Ordinaria 25 · 2026-06-23
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 25 del 2026-06-23 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
JOSE Firmado
digitalmente
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ YORJANI por JOSE
YORJANI
Sesión Ordinaria 25-2026 ROSALES ROSALES
Del 23 de junio de 2026
CONTRER
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA- VEINTICINCO - DOS MIL(FIRMA)
CONTRERAS
VEINTISÉIS-CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL AS DE SANTAFecha:
CRUZ- EL DÍA VEINTITRÉS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS-2026.09.17
(FIRMA)
ALSER LAS DIECIOCHO HORAS QUINCE MINUTOS, CON LA SIGUIENTE15:42:04 -06'00'
ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS
Carlos Alberto Barrenechea Martínez-Presidente del Concejo.
Ivonne Patricia Espinoza Rosales-Vicepresidenta del Concejo.
Maureen Contreras Arrieta
Macdonald Espinoza Ruiz.
Kenia María Vásquez Angulo.
Carlos Alberto Moreno Arredondo.
Cindy María Leal Cordero.
REGIDURÍAS SUPLENTES
Marjorie López Yong.
Warner Rodríguez Angulo.
Nery Imelda Valerin Duartes.
Mauro Enrique Contreras Moreno.
Mario André Madrigal Alfaro.
Yarina Yamileth Arauz Barrantes.
Lidia María Gómez Ramírez.
SÍNDICOS PROPIETARIOS
Carlos Andrés Lara Ramírez-Distrito Bolsón.
Katia Rodríguez Gutiérrez-Distrito Veintisiete de Abril.
María Eunice Moraga Duarte-Distrito Tempate.
José Basilio Bustos Angulo-Distrito Cartagena.
Edwin Gómez Corea-Distrito Cuajiniquil.
Trino Barrantes Pérez-Distrito Diriá.
Balbino López Arrieta-Distrito Cabo Velas.
Martin Héctor Barrantes Vásquez funge por Jeannette Huertas López-Distrito
Tamarindo.
SÍNDICOS SUPLENTES:
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 25-2026
Del 23 de junio de 2026
Ileana Fonseca Matarrita-Distrito Bolsón.
Johny Ríos Cerdas-Distrito Tempate.
Evelyn Adriana Gutiérrez García -Distrito Cartagena.
Yeimy Giselle Valerin Rodríguez-Distrito Cuajiniquil.
Hazel Ramírez Villarreal-Distrito Diriá.
María Yojana Paniagua Obando-Distrito Cabo Velas.
AUSENTE:
Flor Elena Castañeda Bonilla-Distrito Santa Cruz.
Jeannette Huertas López-Distrito Tamarindo.
Yorhany Pizarro López-Distrito Veintisiete de Abril.
POR LA ALCALDÍA:
Msc. Jorge Arturo Alfaro Orias-Alcalde.
Msc. Mitzy Salazar Morales-Primer Vicealcaldesa.
ORDEN DEL DÍA:
1. Comprobación de Quórum.
2. Aprobación Orden del Día.
3. Lectura de actas:
a. Sesión ordinaria 24-2026.
4. Correspondencia.
5. Informe de Alcaldía.
6. Informes de Comisión.
7. Mociones.
8. Cierre.
ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUÓRUM.
-Señor Presidente del Concejo: Con siete regidores propietarios, se inicia la
sesión ordinaria.
ARTÍCULO 02. APROBACIÓN ORDEN DEL DÍA.
INCISO 01. Señor Presidente del Concejo da lectura al Orden del Día.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar el orden del día presentado
por la Presidencia del Concejo.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 VOTO DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. VOTOS: Maureen Contreras Arrieta, Macdonal Espinoza Ruiz, Carlos Alberto Barrenechea Martínez, Kenia María Vásquez Angulo, Carlos Moreno Arredondo, Ivonne Espinoza Rosales, Cindy María Leal Cordero. ARTÍCULO 03. LECTURA DE ACTAS. INCISO 01. Se somete a ratificación acta de la sesión ordinaria 24-2026 del 18 de junio 2026. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Ratificar acta de la sesión ordinaria 24 -2026 del 18 de junio 2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. ARTÍCULO 04. CORRESPONDENCIA. INCISO 01. Lectura de oficio AC-077-2026 de la Asesoría Jurídica Municipal. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar la licencia de licores categoría D1- Minisúper solicitada por 3-102-937645 S.R.L. cedula 3-102- 937645, la cual se desea ubicar en el Minisúper con venta de licor ME MART FOODS SANTA CRUZ, situada en Santa Cruz de Pollo Rico 100 metros Este, Distrito Primero, Santa Cruz; así recomendado por oficio AC-077-2026 de la Asesoría Jurídica Municipal al cumplir con lo dispuesto por el por el artículo 9 del Reglamento de la Ley y el artículo 10 de reglamento a la ley Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólicas ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 02. Lectura de oficio AC-078-2026 de la Asesoría Jurídica Municipal. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: ACOGER la renuncia planteada por Paola Moreira Abarca, cedula 1-1607-474, para retirar de la base de datos de la Municipalidad de Santa Cruz, la Licencia de licores en la numeración 1219 clase D1, que se encontraba funcionando en el MINISUPER BEACH PITS, ubicado en la comunidad de Playa Grande, diagonal a Minae, Distrito Octavo
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 Cabo Velas; así recomendado por oficio AC-078-2026 de la Asesoría Jurídica Municipal. Proceda la Administración Tributaria al cobro administrativo del saldo adeudado si existiera. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 03. Lectura de oficio AC-081-2026 de la Asesoría Jurídica Municipal. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar la licencia de licores clase D1 minisúper, solicitada por ALMACEN SANTACRUCEÑA CERDAS Y SOLANO S.R.L. cedula 3-102-800018 en el negocio denominado negocio SUPER Y LICORERA LOS CARTAGOS, en Santa Cruz, diagonal a restaurante El Milenio Distrito Primero Santa Cruz, cantón Tercero Santa Cruz; así recomendado oficio AC-081-2026 de la Asesoría Jurídica Municipal, al cumplir con lo dispuesto por el por el artículo 9 del Reglamento de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la ley Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólicas. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 04. Lectura de oficio AC-082-2026 de la Asesoría Jurídica Municipal. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar la licencia de licores clase D1 minisúper, solicitada por YORLENY MARIA DINARTE OBANDO, cedula 5-0211-0394 en el negocio denominado negocio MINISUPER SAN JERONIMO, en San Jerónimo de Hatillo, Santa Cruz, 300 metros este del cruce a los Ranchos, Distrito Tercero, Veintisiete de Abril, cantón Tercero Santa Cruz; así recomendado oficio AC-081-2026 de la Asesoría Jurídica Municipal, al cumplir con lo dispuesto por el por el artículo 9 del Reglamento de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la ley Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólicas. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 05. Lectura de oficio AC-083-2026 de la Asesoría Jurídica Municipal.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar la licencia de licores clase C restaurante, solicitada por GUANACOL SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica numero 3-101-862155, en el negocio denominado negocio RESTAURANTE RANCHO CHAMBER, en Arado, Santa Cruz, ciento cincuenta metros al Sur del CEN CINAI, Distrito Primero Santa Cruz, cantón Tercero Santa Cruz; así recomendado oficio AC-083-2026 de la Asesoría Jurídica Municipal, al cumplir con lo dispuesto por el por el artículo 9 del Reglamento de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la ley Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólicas. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 06. Lectura de oficio JDCCDRSC-77-06-2026 del Comité Cantonal de Deportes, indica: Como actor que fiscaliza y respalda el trabajo conjunto con el comité de deportes de Santa Cruz, a nivel del cantonal, se llevó a cabo el pasado 10 de junio una mesa de trabajo en las instalaciones del CCDRSC, con la presencia de miembros del concejo, alcaldía, junta directiva del CCDRSC, colaboradores administrativos, con el objetivo de dar conocer los procesos operativos, administrativos, de gestión para buscar la trazabilidad operacional, es enriquecedor conocer las posiciones de las partes comprometidas. Siendo conocedores de las necesidades y procesos que se están materializando se acuerda solicitar: 1. Con el fin de garantizar una ejecución ordenada, expedita, y eficiente de los programas, proyectos deportivos y recreativos, solicitamos apegados a los lineamientos que así se requieran en el marco legal y financiero los desembolsos de manera trimestral y no mensual como se está realizando actualmente. 2. Se solicita al concejo el aumento del porcentaje aportado al CCDRSC, lo cual viene a cubrir las necesidades locativas que se tienen actualmente, realizar el abordaje por proyectos, permite al concejo municipal fortalecer y gestionar, lo cual el comité se compromete a presentar proyectos. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, presente informe con recomendaciones, de los solicitado por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación santa Cruz. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 INCISO 07. Lectura de oficio DDUR-DGV-PROMO-64-2026 de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar aval al trámite ante MINAE, aprovechamiento forestal para la corta de un árbol de guácimo, en sector La Florcita en Paraíso, para la construcción de red eléctrica por Coopeguanacaste, según el oficio DDUR-DGV-PROMO-64-2026 de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 08. Lectura de oficio DDUR-DGV-PROMO-65-2026 de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar aval al tramite ante MINAE para aprovechamiento forestaren Portegolpe, para la corta de un árbol de aceituno y un árbol d saíno, para la construcción de red eléctrica por Coopeguanacaste, según el oficio DDUR-DGV-PROMO-65-2026 de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 09. Lectura de oficio AC-324-2026 de la Asesoría Jurídica Municipal: Respuesta acuerdo SM-921-ORD-18-2026 gestión e la señora Rivera Rodríguez. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se comunique a la Comisión Especial de Vivienda, y a la gestonante el oficio AC-324-2026 de la Asesoría Jurídica. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 10. Lectura de oficio FMG-97-2026 de la Federación de Municipalidades de Guanacas y Upala. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Considerando el oficio FMG-97- 2026 de la Federación de Municipalidades de Guanacas y Upala, se dispone solicitar a los señores y señores Diputados de la Asamblea Legislativa, se restablezca la Comisión Especial por Guanacaste, como mecanismo de análisis,
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 articulación, fortalecimiento de la atención de necesidades territoriales particulares, y políticas públicas relacionadas con el desarrollo integral de la Provincia. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 11. Lectura de oficio 20-2026 del Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local de la UNED: Presentación de Memoria 2025 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio 20-2026 del Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local de la UNED. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 12. Lectura de oficio SCE-73-CTO-01-17-06-2026 de Msc. Rolando Pizarro Pizarro Supervisor circuito 01, solicitud de apoyo con actividades Celebración de la Anexión del Partido de Nicoya a Costa Rica 25 de Julio. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, para la coordinación que corresponda, lo solicitado bajo oficio SCE-73-CTO-01-17- 06-2026 de Msc. Rolando Pizarro Pizarro Supervisor circuito 01, solicitud de apoyo con actividades Celebración de la Anexión del Partido de Nicoya a Costa Rica 25 de Julio. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 13. Lectura de oficio DRESC-SEC01-JEEJLB-01-2026 de Escuela Josefina López Bonilla: Solicitud de mesa de trabajo. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Presidencia del Concejo, se programe mesa de trabajo solicitada bajo oficio DRESC-SEC01- JEEJLB-01-2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 14. Lectura de gestión de las sociedades 3-102-912601 y 3-102- 940782: Solicitud de proceso de derribo o demolición de obras no autorizadas realizadas por la sociedad 3-102-893783.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía la gestión presentada. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 15. Gestión del señor Juan Carlos Chaves Jaén: Solicitud de intervención municipal ante consumo recurrente de bebidas alcohólicas y afectación de espacio público en Bernabela. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, Policía Municipal y Departamento de Rentas, la gestión presentada por el señor Juan Carlos Chaves Jaén. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 16. Gestión del señor Eduardo Espinoza Matarrita: Solicitud de seguimiento e informe de las gestiones realizadas proceso de declaratoria de calle pública Barrio Melita sector Brasilito. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, presente informe en plazo de 10 días, de lo solicitada por señor Eduardo Espinoza Matarrita. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 17. De Alcaldía Municipal: Invitación a presentación de rendición de cuentas del Instituto Costarricense de Electricidad, el 25 de junio 2026 a las 14:00 horas. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocida la invitación presentada por la Alcaldía. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 18. De la Asociación de Desarrollo Integral de Guapote. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar separación de fecha 18 de julio 2026 y una licencia temporal de licores, para realizar actividad bailable, a favor de la Asociación de Desarrollo Integral de Guapote. La Asociación deberá cumplir con la normativa municipal, de seguridad y salud requerida para el tipo de actividad que pretende realizar. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 INCISO 19. Lectura de documento de la Junta Administrativa del CTP de Santa Barbara: Solicitud de licencia temporal entre las fechas 13 al 18 de julio 2026, durante Campeonato de futbol sala en las instalaciones del gimnasio de la institución. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se incumple con los artículos 7 párrafo ultimo y 9.i) de la Ley 9047, indica “Las licencias temporales no se otorgarán, en ningún caso, para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico dentro (…) y en los lugares donde se desarrollen actividades deportivas, mientras se efectúa el espectáculo deportivo, no procede el otorgamiento de la licencia solicitada. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 20. Lectura de documento de la Junta Administrativa del CTP de Santa Barbara: Solicitud de autorización de 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar el uso de vías cantonales para el Desfile Cultural de Boyeros y Caballistas, el 01 de julio 2026 con horario de 5:00pm a 7:00pm organizada por la Junta Administrativa del CTP de Santa Barbara. La Junta Administrativa deberá cumplir con la normativa municipal, de salud y seguridad exigida para el evento que pretende realizar. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 21. Gestión Escuela Cartagena. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar a Gregorio Arandú Viales Rodríguez cédula 502820757, como integrante de la junta de Educación Escuela Cartagena, así recomendado por la Dirección del Centro Educativo y supervisor Circuito 03. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 22. Gestión CINDEA Santa Cruz.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Conocer de la renuncia Maribel Rosales Ruíz cédula 501770246 ante la Junta Administrativa CINDEA Santa Cruz, así indicado bajo el oficio 49-CSC-2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. 02.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar a Meibell Yanin Matarrita Vanegas cédula 1-1649-0803 ante la Junta Administrativa CINDEA Santa Cruz, así indicado bajo el oficio 49-CSC-2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 23. Lectura de oficio DAM-1603-2026 de Alcaldía Municipal. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: aprobar el Convenio de Cooperación y Subvención Temporal entre la Municipalidad de Santa Cruz y la Asociación de Desarrollo Integral de San Pedro para la realización de evento cultural, según el oficio DAM-1603-2026 adjuntos el criterio jurídico AJ-614, la constancia de contenido presupuestario DFCP-C-00165-2026. Autorizar al señor Alcalde Municipal, la firma del convenio aprobado. Acuerdo VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 24. Lectura de oficio ZMT-499-226 del Departamento de Zona Marítimo Terrestre: solicitud de cesión de derechos de concesión a favor de la sociedad R ISA DE JUNQUILLAL SRL. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de Zona Marítimo Terrestre, para su dictamen el oficio ZMT-499-226 del Departamento de Zona Marítimo Terrestre. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 25. De la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2026-2027: Solicitud de correo institucional a nombre de la Comisión a efectos de comunicación y tramites respectivos. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a alcaldía, para la gestión que corresponda, la solicitud presentada por la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2026-2027 VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 INCISO 26. Lectura de oficio PIMS-GD-120-2026 del Departamento de Planificación Municipal: Presentación de proyectos y prioridades de los Concejos de Distrito, a mas tardar el 03 de julio 2026. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a la Concejos de Distrito, para la gestión que corresponda y el cumplimiento de la fecha establecida. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 27. Gestión Escuela Lagarto. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Conocer de la renuncia presentada por la señora Jessica Pamela Rosales Arrieta cédula 1-1103-0302 ante la Junta de Educación Escuela Lagarto. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. 02.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar a Dailyn Catalina Campos Gómez cédula 504420415 ante la Junta de Educación Escuela Lagarto, así recomendado por la Directora del Centro Educativo y Supervisora Circuito 04. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. ARTÍCULO 05. INFORME DE ALCALDÍA. INCISO 01. Señor alcalde municipal presenta el siguiente informe:
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MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 INCISO 02. COMENTARIOS. -Intervención señora Maureen Contreras Arrieta-regidora propietaria: Consultas realizadas sobre solicitudes de instrumentos musicales a centros educativos y grupos organizados de comunidades. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se instruye a la Secretaría del Concejo, compile expediente administrativo sobre solicitudes de instrumentos musicales para el periodo 2020 al 2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. -Intervención de las señoras Ileana Fonseca Matarrita sindica Distrito Bolsón, y Lidia Gómez Ramírez-regidora suplente: De la intervención de la ruta nacional 920, que se tiene programado iniciar mañana, se cuenta con horas maquinaria por parte de COSEVI, sin embargo, no se tiene material o lastre para que la intervención se realice y perdura en los próximos meses de invierno, por lo que se solicita se valore la posibilidad de donar lastre para esta intervención.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 02.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía Municipal, se valore la posibilidad de donacion de material lastre para la intervención de la ruta 920 por parte de CONAVI. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. -Señora Kenia Vásquez Angulo-regidora propietaria: dar lectura al oficio DAM-1708-2026 indica “Por este medio me permito informarles que he sido invitado a participar en el Tercer Congreso Mundial de Ciudades y Comunidades Amigables con las Personas Adultas Mayores, organizado por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales de España, con el patrocinio de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Dicho congreso se llevará a cabo en el País Vasco, España, del 14 al 21 de junio de 2026. Durante mi ausencia del país y, conforme al artículo 14 del Código Municipal, la señora Msc. Mitzy Salazar Morales fungirá como Alcaldesa de la Corporación Municipal, garantizando la continuidad de las labores administrativas, operativas y de representación institucional. Cabe señalar que los gastos económicos correspondiente a boletos aéreos, hospedaje y alimentación serán cubiertos personalmente por el suscrito. Sin otro particular, agradezco su atención y reitero mi compromiso con el fortalecimiento de políticas y acciones que promuevan el bienestar de las personas adultas mayores en nuestro cantón.” De ahí la consulta en que condición se encontraba su persona ya que este oficio solo comunica que doña Mitzy lo va a sustituir según el Código Municipal que comunicarse la sustitución, pero sin embargo no se menciona no se solicita en que condición administrativa u persona se iba a encontrar lo digo porque según el código municipal la licencia con goce de salario para representar a la corporación municipal la otorga el Concejo previamente y revise también el acuerdo que se había tomado y fue efectivamente dar por conocido el oficio 1708-2026 el acuerdo de la sesión ordinaria 23-2026 del 11 de julio que así lo hacia el oficio que no venia incluido alguna otra solicitud con relación a permiso de goce o sin goce de salario , no se si tiene alguna respuesta al respecto señor alcalde. -Alcalde municipal: no emite respuesta.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 -Señora Kenia Vásquez Angulo-regidora propietaria: siendo que no hay alguna respuesta del señor alcalde sería solicitarles a ustedes tomar el acuerdo de elevar la consulta solicitar a la Auditoria Interna tome en cuanto las consultas hechas al señor alcalde y den criterio en que condición o en que permiso se ausentaba esos días. -Señor Presidencia. Solicitarle a Auditoría interna criterio sobre el viaje España en que condición tomando en cuanto al DAM-1708 no se menciona. Respaldo en video de la sesión del minuto 2:40:41 al 2:45:20. 03.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar la solicitud presentada por la señora Kenia Vásquez Angulo-regidora propietaria, se traslade a la Auditoria Interna para lo que corresponda. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. -Señor Presidente sobre mesa de trabajo con ASADA SurfSide de los temas abogados intervención y reparación de las rutas cantonales, proceso de contratación de abogados para el proceso de recuperación de áreas municipales, de a creación de la comisión especial, que con los cambios en las regidurías y los cambios en la ASADA quedo obsoleta, como recomendación se debe actualizar los integrantes, para lo cual se 04.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar Comisión Especial para la recuperación de áreas municipales SurfSide, a Msc. Jorge Arturo Alfaro Orias. Alcalde, Ing. Diego Rodríguez-Coordinador, Ing. Carina Cruz Campos- Catastro y Topografía, Lic. Allan Viales Matarrita-Asesoría Juríica, por el Concejo los señores regidores propietarios Ivonne Espinoza Rosales y Carlos Barrenechea Martínez, pendiente de asignar lo miembros de la Asada SurfSide. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. ARTÍCULO 06. INFORMES DE COMISIÓN. INCISO 01. Lectura de Dictamen 14-2026 de la Comisión de Gobierno y Administración, al ser las Diecisiete horas veintitrés minutos del día veintitrés de junio del 2026.
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Del 23 de junio de 2026
Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y del Oficio SM-905-ORD-17-2026 del 20 de mayo 2026 en donde se
comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión
Ordinaria 17-2026, Artículo 05, Inciso 36, del 30 de abril 2026.
INCISO 36. De Alcaldía Municipal oficio DAM-1239-2026: Remisión de
propuesta de estrategia para la elaboración y desarrollo de plan Regulador
Urban y Plan Regulador Costero del cantón de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES
1. Que mediante el oficio número DAM-1239-2026, de fecha 30 de abril de
2026, el M.Sc. Jorge Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal, remitió a
este Concejo Municipal la "Propuesta de estrategia para la elaboración y
desarrollo del Plan Regulador Urbano y del Plan Regulador Costero del
cantón de Santa Cruz". Dicho documento fue elaborado técnicamente por
la Dirección de Desarrollo Urbano y Rural, bajo el oficio DDUR-AL-28-
2026.
2. Que la formulación y remisión de esta estrategia responde de manera
obligatoria al cumplimiento de la Disposición D3 contenida en el In-
forme N.º DFOE-LOC-IAD-00012-2025 de la Contraloría General de la
República, titulado "Gestión del Otorgamiento de Licencias de Construc-
ción y del Ordenamiento Territorial del Cantón de Santa Cruz".
3. Que la mencionada Disposición D3 del ente contralor exige taxativa-
mente a la Municipalidad elaborar, someter a conocimiento y resolución
del Concejo Municipal, divulgar e implementar una estrategia formal
para el desarrollo de los planes reguladores urbano y costero, la cual debe
contemplar actividades, plazos, funcionarios responsables, recursos ne-
cesarios e informes periódicos de avance.
4. Que en el informe técnico remitido por la Dirección de Desarrollo Ur-
bano y Rural se expone un detallado diagnóstico sobre la problemática
territorial del cantón. En este se destaca que en los últimos 20 años Santa
Cruz ha experimentado un exponencial crecimiento inmobiliario y cons-
tructivo que, ante la ausencia de un plan regulador local vigente, se ha
desarrollado de manera desordenada, ejerciendo una severa presión sobre
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los servicios básicos (agua potable, infraestructura, educación, seguridad
social) y el equilibrio ecológico del cantón.
II. DICTAMEN
PRIMERO: De la competencia constitucional y legal en ordenamiento
territorial: El artículo 169 de la Constitución Política de la República de Costa
Rica, en estrecha concordancia con el artículo 15 de la Ley de Planificación
Urbana (Ley N.º 4240), reconoce de forma exclusiva y plena la competencia y
autoridad de los gobiernos municipales para planificar y controlar el desarrollo
urbano dentro de los límites de su territorio jurisdiccional, siendo la
implantación del Plan Regulador una obligación ineludible de esta Corporación.
SEGUNDO: De la alineación con la planificación estratégica institucional:
Esta Comisión constata con agrado que la propuesta de estrategia presentada no
es una acción aislada, sino que se encuentra perfectamente blindada y alineada
con los instrumentos vigentes de este gobierno local: la Política 1 de
Ordenamiento Territorial del Plan Estratégico Municipal 2022-2026, y los
compromisos de máxima prioridad fijados en la página 48 del Plan de Gobierno
Municipal 2024-2028, aprobado por este Concejo mediante el Oficio SM-856-
ORD-21-2024.
TERCERO: De las acciones tácticas ejecutadas y por ejecutar: Tras analizar
minuciosamente el documento de la Dirección de Desarrollo Urbano y Rural,
se verifica la ejecución cronológica de pasos técnicos fundamentales requeridos
para el éxito del proyecto:
o El estudio normativo preliminar de los manuales del INVU e ICT realizado
por el Director de Desarrollo Urbano, Ing. Diego Rodríguez Galagarza, y la
Jefa de Catastro, Ing. Alejandra Sancho Perlaza.
o La integración activa de la Comisión Técnica de Planes Reguladores nom-
brada desde noviembre de 2021 (Oficio SM-1849-Ord.44-2021), compuesta
por un equipo interdisciplinario de ingenieros, biólogos, geógrafos y aboga-
dos de la municipalidad.
o La inversión histórica de ₡70.615.610,00 mediante la Licitación Abreviada
N.º 2022LA-000021-0021000001 para la delimitación geoespacial precisa de
las áreas del Patrimonio Natural del Estado (PNE) en la zona costera, insumo
entregado al SINAC-MINAE para subsanar los errores cartográficos preexis-
tentes.
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Del 23 de junio de 2026
o La creación formal en el año 2025 del Departamento de Planificación Ur-
bana y el posterior nombramiento de la Comisión Especial de Planes Regu-
ladores en noviembre de 2025 (Oficio SM-2171-EXTR-23-2025), garanti-
zando la fiscalización del contrato.
CUARTO: Del estado actual del contrato y cronograma: Actualmente se
encuentra en plena ejecución la Licitación Mayor N.º 2024LY-000002-
0021000001 (Contratación de Consultoría para la Elaboración del Plan
Regulador Urbano y del Plan Regulador Costero) adjudicada a la empresa
ECOPLAN S.R.L. por un monto de ₡527.429.553,42. El contrato inició
formalmente el 17 de septiembre de 2025 con un plazo de ejecución de 18
meses, registrando a la fecha un avance relativo del 30%, proyectando las
Audiencias Públicas obligatorias para el primer trimestre del año 2027.
QUINTO: De los mecanismos de fiscalización y rendición de cuentas: La
estrategia incorpora un sólido sistema de control interno y transparencia
ciudadana que cumple a cabalidad con lo exigido por la Contraloría General de
la República, estructurado en tres niveles:
1. Reuniones bimensuales de la Alcaldía y la Dirección de Desarrollo Urbano
para evaluar avances e incentivar la inclusión social.
2. Elaboración y remisión formal de informes bimensuales de avance por parte
de la Coordinadora a.i. del Departamento de Planificación Urbana, Ing. Ale-
jandra Sancho Perlaza.
3. Rendición de cuentas con frecuencia trimestral ante el Plenario del Con-
cejo Municipal, garantizando el acceso a la información y control de los
administrados.
III. POR TANTO
Por las consideraciones técnicas, legales y de oportunidad expuestas, y con el
firme propósito de dotar al cantón de Santa Cruz de un crecimiento sostenible,
ordenado y apegado a derecho, los suscritos miembros de la Comisión de
Gobierno y Administración recomendamos al Plenario del Concejo Municipal
adoptar los siguientes acuerdos:
N.° 1: Aprobar en todos sus extremos y dar por recibida la "Propuesta de
estrategia para la elaboración y desarrollo del Plan Regulador Urbano y
del Plan Regulador Costero del cantón de Santa Cruz", remitida por la
Alcaldía Municipal mediante el oficio DAM-1239-2026 y sustentada en el
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 informe técnico DDUR-AL-28-2026 de la Dirección de Desarrollo Urbano y Rural. Esto en estricto cumplimiento de la Disposición D3 del Informe N.º FFOE-LOC-IAD-00012-2025 de la Contraloría General de la República. N.° 2: Instruir a la Administración Municipal (Alcaldía) y al Departamento de Planificación Urbana dar continuidad inmediata a la implementación de la estrategia aprobada. Asimismo, se les solicita coordinar las gestiones pertinentes para calendarizar la primera Rendición de Cuentas Trimestral ante este Plenario de conformidad con los compromisos fijados en la sección de seguimiento de la propuesta. N.° 3: Solicitar a la Secretaría de este Concejo Municipal proceder con la remisión formal de la certificación de este acuerdo, junto con el documento íntegro de la estrategia aprobada, a las instancias internas municipales pertinentes para su debida divulgación entre los funcionarios. De igual manera, remitir copia certificada a la Contraloría General de la República como prueba fehaciente del cumplimiento normativo de la Disposición D3. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el Dictamen 14-2026 de la Comisión de Gobierno y Administración, de las diecisiete horas veintitrés minutos del día veintitrés de junio del 2026. Se acuerda: N.° 1: Aprobar en todos sus extremos y dar por recibida la "Propuesta de estrategia para la elaboración y desarrollo del Plan Regulador Urbano y del Plan Regulador Costero del cantón de Santa Cruz", remitida por la Alcaldía Municipal mediante el oficio DAM-1239-2026 y sustentada en el informe técnico DDUR-AL-28-2026 de la Dirección de Desarrollo Urbano y Rural. Esto en estricto cumplimiento de la Disposición D3 del Informe N.º FFOE-LOC- IAD-00012-2025 de la Contraloría General de la República. N.° 2: Instruir a la Administración Municipal (Alcaldía) y al Departamento de Planificación Urbana dar continuidad inmediata a la implementación de la estrategia aprobada. Asimismo, se les solicita coordinar las gestiones pertinentes para calendarizar la primera Rendición de Cuentas Trimestral ante este Plenario de conformidad con los compromisos fijados en la sección de seguimiento de la propuesta. N.° 3: Solicitar a la Secretaría de este Concejo Municipal proceder con la remisión formal de la certificación de este acuerdo, junto con el documento íntegro de la estrategia aprobada, a las instancias internas municipales pertinentes para su debida divulgación entre los funcionarios. De igual manera,
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 remitir copia certificada a la Contraloría General de la República como prueba fehaciente del cumplimiento normativo de la Disposición D3. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 02. Lectura de Dictamen 15-2026 de la Comisión de Gobierno y Administración, al ser las Diecisiete horas cuarenta minutos del día veintitrés de junio del 2026. Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y del Oficio SM-1094-ORD-21-2026 se comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Ordinaria 21-2026, Artículo 06, Inciso 11, del 28 de mayo 2026. INCISO 11. Lectura de oficio DAM-1381-2026 de Alcaldía Municipal: Convenio ULICORI-Municipalidad de Santa Cruz. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de Gobierno y Administración, para su dictamen, el oficio DAM-1381-2026 de Alcaldía. RESULTANDO PRIMERO: Que mediante oficio DAM-1381-2026 de fecha 25 de mayo de 2026, la Alcaldía Municipal remitió al Concejo Municipal la propuesta de Convenio de Cooperación entre la Municipalidad de Santa Cruz y la U Libre de Centroamérica S.A. (ULICORI), solicitando el análisis y aprobación correspondiente. SEGUNDO: Que el convenio tiene como finalidad establecer vínculos de cooperación entre ambas entidades para facilitar oportunidades de formación académica y beneficios educativos a funcionarios municipales y sus familiares mediante descuentos en programas académicos ofrecidos por ULICORI. TERCERO: Que el proyecto de Convenio de Cooperación entre la Municipalidad de Santa Cruz y la U Libre de Centroamérica S.A. (ULICORI) fue sometido a conocimiento del Departamento de Asesoría Jurídica Municipal, instancia que mediante Oficio AJ-196-2026 emitió criterio jurídico sobre su contenido, concluyendo la viabilidad legal de su suscripción y formulando las observaciones y recomendaciones correspondientes para su perfeccionamiento.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 DICTAMEN CONSIDERANDO I. SOBRE LA COMPETENCIA MUNICIPAL Los artículos 169 y 170 de la Constitución Política reconocen la autonomía municipal para la administración de los intereses y servicios locales. Por su parte, el artículo 4 del Código Municipal faculta a las municipalidades para promover el desarrollo integral de sus comunidades y adoptar acciones orientadas al fortalecimiento de las capacidades humanas, sociales y económicas de la población. Asimismo, el artículo 13 del Código Municipal atribuye al Concejo Municipal la competencia para acordar la celebración de convenios y demás instrumentos de cooperación que resulten de interés para el gobierno local. II. SOBRE EL OBJETO DEL CONVENIO Del análisis del texto propuesto se desprende que el convenio tiene como propósito fortalecer las oportunidades educativas para funcionarios municipales y sus familiares mediante la aplicación de descuentos en programas académicos ofrecidos por ULICORI, así como promover actividades de cooperación educativa entre ambas instituciones. La Comisión considera que dicho objetivo resulta compatible con los principios de capacitación, profesionalización y fortalecimiento del recurso humano que deben orientar la gestión pública moderna. III. SOBRE LA AUSENCIA DE COMPROMISOS ECONÓMICOS MUNICIPALES Se observa que el convenio no genera erogaciones económicas directas para la Municipalidad de Santa Cruz ni compromisos presupuestarios futuros. Los beneficios académicos son otorgados por la universidad mediante descuentos en sus programas educativos, mientras que los costos de matrícula y demás obligaciones académicas son asumidos directamente por cada beneficiario. Por consiguiente, la suscripción del convenio no implica disposición de fondos públicos ni genera cargas financieras para la Hacienda Municipal.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 IV. SOBRE LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES La Comisión observa que la cláusula octava contempla la posibilidad de suministrar información de contacto de funcionarios o asociados para efectos de divulgación del convenio. Al respecto, debe advertirse que cualquier suministro de datos personales deberá ajustarse estrictamente a la Ley N.° 8968, Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales. En consecuencia, no podrá facilitarse información personal de funcionarios municipales a terceros sin el consentimiento previo, expreso e informado de los titulares de dichos datos o sin que exista habilitación legal suficiente. Por ello, se recomienda que la divulgación de los beneficios del convenio se realice a través de los canales institucionales de la Municipalidad, sin compartir bases de datos de funcionarios con la entidad privada. V. SOBRE EL INTERÉS PÚBLICO DEL CONVENIO La capacitación y formación académica del recurso humano municipal constituye un elemento esencial para el fortalecimiento institucional y la mejora continua de los servicios públicos. De igual manera, el acceso a oportunidades educativas favorece el desarrollo profesional de los funcionarios municipales y contribuye indirectamente al fortalecimiento de la gestión administrativa y de la atención brindada a la ciudadanía. VI. SOBRE EL CRITERIO DE LA ASESORÍA JURÍDICA MUNICIPAL Esta Comisión toma nota que el convenio objeto de análisis cuenta con la revisión y visto bueno previo del Departamento de Asesoría Jurídica Municipal, según consta en el Oficio AJ-196-2026 incorporado al expediente administrativo correspondiente. Asimismo, se observa que las recomendaciones emitidas por dicha dependencia se encuentran orientadas a fortalecer la seguridad jurídica del instrumento de cooperación, particularmente en aspectos relacionados con la protección de datos personales, el uso de instalaciones municipales y la correcta delimitación de las obligaciones asumidas por las partes. En consecuencia, esta Comisión estima que el criterio jurídico emitido constituye un elemento técnico de relevancia que respalda la viabilidad legal del convenio propuesto y permite concluir que su objeto, contenido y finalidad resultan compatibles con el ordenamiento jurídico vigente, siempre que se
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 incorporen las observaciones señaladas por la Asesoría Jurídica Municipal. En virtud de ello, la Comisión estima que el convenio responde a fines de interés público compatibles con los objetivos institucionales de la Municipalidad de Santa Cruz. Aun así, esta comisión cree conveniente: A-MODIFICAR LA CLÁUSULA SEIS POR EL SIGUIENTE TEXTO PROPUESTO: SEIS: La MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ GUANACASTE podrá facilitar a ULICORI espacios físicos institucionales para la realización de actividades informativas relacionadas con los beneficios objeto del presente Convenio, siempre que exista disponibilidad de espacio, no se afecte la prestación de los servicios municipales y medie la autorización administrativa correspondiente. La utilización de dichos espacios será de carácter temporal, no exclusivo y no generará derecho adquirido alguno a favor de ULICORI, quedando sujeta a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables al uso de instalaciones municipales. Lo anterior porque: Protege el patrimonio municipal. Evita que el convenio se interprete como una cesión permanente de instalaciones públicas. Mantiene la discrecionalidad administrativa sobre el uso de bienes municipales. Se ajusta a los artículos 11 de la Constitución Política y 11 de la Ley General de la Administración Pública. B-MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA OCHO TEXTO PROPUESTO: OCHO: La MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ GUANACASTE se compromete a divulgar la existencia y beneficios del presente Convenio entre sus funcionarios por medio de los canales institucionales que considere pertinentes, tales como correo institucional, medios digitales internos, circulares o cualquier otro mecanismo oficial de comunicación. Toda divulgación adicional que pretenda realizar ULICORI deberá coordinarse previamente con la Municipalidad y sujetarse a las autorizaciones correspondientes. En ningún caso la MUNICIPALIDAD suministrará a ULICORI bases de datos,
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números telefónicos, correos electrónicos, direcciones, información personal o
cualquier otro dato de carácter personal perteneciente a funcionarios
municipales o terceros, salvo que exista consentimiento previo, expreso e
informado de los titulares de dichos datos o habilitación legal que lo permita.
Cumple con la Ley N.° 8968.
Reduce significativamente el riesgo de denuncias por violación a la Protección
de Datos.
Evita responsabilidades administrativas para la Municipalidad.
CONCLUSIONES
Que el convenio propuesto posee un objeto lícito y compatible con las
competencias municipales.
Que no genera obligaciones económicas directas para la Municipalidad de Santa
Cruz.
Que promueve oportunidades de capacitación y desarrollo profesional para
funcionarios municipales y sus familias.
Que resulta jurídicamente viable su aprobación, siempre que se respeten las
disposiciones de la Ley N.° 8968 sobre protección de datos personales.
Que deberá verificarse previamente la vigencia de la personería jurídica de U
Libre de Centroamérica S.A. y las facultades de representación de quien
suscribe el convenio.
POR TANTO
La Comisión de Gobierno y Administración recomienda al Concejo Municipal:
1. Tener por acreditado que el Convenio de Cooperación entre la Munici-
palidad de Santa Cruz y la U Libre de Centroamérica S.A. (ULICORI)
cuenta con criterio favorable de viabilidad jurídica emitido por el Depar-
tamento de Asesoría Jurídica Municipal mediante Oficio AJ-196-2026,
sujeto a las observaciones y recomendaciones contenidas en dicho crite-
rio técnico-jurídico.
2. Aprobar el Convenio de Cooperación entre la Municipalidad de Santa
Cruz y la U Libre de Centroamérica S.A. (ULICORI.
3. Declarar viable la suscripción del Convenio de Cooperación entre la Mu-
nicipalidad de Santa Cruz y la U Libre de Centroamérica S.A. (ULI-
CORI).
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4. Autorizar al señor Alcalde Municipal para proceder con la firma del con-
venio una vez verificada la vigencia de la personería jurídica de la em-
presa y las facultades de representación legal correspondientes.
5. Disponer que la ejecución del convenio deberá ajustarse estrictamente a
la Ley N.° 8968, Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento
de sus Datos Personales, absteniéndose la Municipalidad de suministrar
información personal de funcionarios sin el consentimiento legalmente
requerido.
6. Recomendar a la Administración la incorporación de las modificaciones
recomendadas por la Comisión de Gobierno y Administración en las
cláusulas sexta y octava, previo a su suscripción definitiva por las partes."
Ya que a criterio de esta Comisión estas modificaciones hacen que el
convenio se ajusta adecuadamente al Código Municipal, la Ley General
de la Administración Pública, la Ley N.° 8968 y los principios de legali-
dad, transparencia y protección del patrimonio público.
01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 15-2026 de la Comisión de Gobierno y Administración, al ser las
diecisiete horas cuarenta minutos del día veintitrés de junio del 2026.
1-Tener por acreditado que el Convenio de Cooperación entre la Municipalidad
de Santa Cruz y la U Libre de Centroamérica S.A. (ULICORI) cuenta con
criterio favorable de viabilidad jurídica emitido por el Departamento de
Asesoría Jurídica Municipal mediante Oficio AJ-196-2026, sujeto a las
observaciones y recomendaciones contenidas en dicho criterio técnico-jurídico.
2-Aprobar el Convenio de Cooperación entre la Municipalidad de Santa Cruz y
la U Libre de Centroamérica S.A. (ULICORI.
3-Declarar viable la suscripción del Convenio de Cooperación entre la
Municipalidad de Santa Cruz y la U Libre de Centroamérica S.A. (ULICORI).
4-Autorizar al señor Alcalde Municipal para proceder con la firma del convenio
una vez verificada la vigencia de la personería jurídica de la empresa y las
facultades de representación legal correspondientes.
5-Disponer que la ejecución del convenio deberá ajustarse estrictamente a la
Ley N.° 8968, Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus
Datos Personales, absteniéndose la Municipalidad de suministrar información
personal de funcionarios sin el consentimiento legalmente requerido.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 6-Recomendar a la Administración la incorporación de las modificaciones recomendadas por la Comisión de Gobierno y Administración en las cláusulas sexta y octava, previo a su suscripción definitiva por las partes." Ya que a criterio de esta Comisión estas modificaciones hacen que el convenio se ajusta adecuadamente al Código Municipal, la Ley General de la Administración Pública, la Ley N.° 8968 y los principios de legalidad, transparencia y protección del patrimonio público. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 03. Lectura de Dictamen 19-2026 de la Comisión de Eventos Públicos, al ser las dieciséis horas cuarenta minutos del día veintitrés de junio del 2026. Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y del Oficio SM-1141-ORD-22-2026 del 16 de junio 2026, se comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Ordinaria 22- 2026, Artículo 04, Inciso 12, del 04 de junio 2026. INCISO 13. De la Asociación de Desarrollo Integral de El Cacao. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Especial de Eventos, la solicitud de separación de fechas 12, 13, 14 y 15 de noviembre 2026 para realizar Festejos Populares, y la patente temporal para las actividades. CONSIDERANDO I. Marco Jurídico: El presente dictamen se fundamenta en el siguiente bloque de legalidad: Constitución Política de Costa Rica: Artículos 169 y 170, que consagran la autonomía municipal para la administración de los intereses locales. Código Municipal: Artículo 13, inciso e), sobre las atribuciones del Concejo para dictar políticas y aprobar convenios o permisos de uso del espacio público. Ley de Desarrollo de la Comunidad (Ley 3859): Que respalda las gestiones de las Asociaciones de Desarrollo Integral (ADI) como entes colaboradores del Estado y las Municipalidades. Convenio sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (UNESCO): Ratificado por Costa Rica, que obliga a las instituciones
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 a proteger las tradiciones locales. DICTAMEN PRIMERO: Que la Asociación de Desarrollo Integral de El Cacao ha solicitado la reserva de fechas para la realización de las fiestas de la comunidad los días 12, 13, 14 y 15 de noviembre 2026, actividad que tiene como finalidad principal la obtención de recursos económicos destinados al financiamiento de proyectos y necesidades de interés comunal. SEGUNDO: Que las Asociaciones de Desarrollo Integral constituyen organizaciones de interés público reguladas por la Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad N.° 3859, cuya finalidad es promover el desarrollo económico, social, cultural y comunal de las comunidades que representan. TERCERO: Que de la información aportada se desprende que las fiestas patronales constituyen una tradición de las comunidades santacruceñas y El Cacao por diversas circunstancias, no había realizado actividades populares durante varios años, por lo que su reactivación representa una oportunidad para fortalecer las costumbres, tradiciones, identidad cultural y sentido de pertenencia de la comunidad. CUARTO: Que las actividades patronales tradicionalmente constituyen espacios de integración comunitaria, fortalecimiento de los valores culturales locales, promoción de la participación ciudadana y dinamización de la economía local mediante la generación de oportunidades para emprendedores, comerciantes y organizaciones comunales. QUINTO: Que la reserva de fechas solicitada no implica por sí misma la autorización definitiva para el desarrollo de las actividades programadas, debiendo la organización cumplir oportunamente con la totalidad de requisitos, permisos, autorizaciones sanitarias, de seguridad, pólizas, planes de emergencia y demás exigencias establecidas por el ordenamiento jurídico vigente y las instituciones competentes. SEXTO: Que esta Comisión considera que la reactivación de una actividad tradicional que no se realiza desde hace varios años constituye una iniciativa de interés comunal que contribuye al fortalecimiento del tejido social de la comunidad de El Cacao y al desarrollo de actividades orientadas al bienestar colectivo. POR TANTO
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La Comisión de Eventos Públicos recomienda al Concejo Municipal:
1. Aprobar la reserva de fechas solicitada por la Asociación de Desarrollo
Integral de El Cacao para la realización de las fiestas patronales de la
comunidad los días 12, 13, 14 y 15 de noviembre 2026 y la autorización
una patente temporal para el evento.
2. Reconocer el valor cultural, social y comunitario que representa la recu-
peración de una tradición local que ha permanecido inactiva durante va-
rios años.
3. Dejar expresamente establecido que la presente reserva de fechas no
exime a los organizadores del cumplimiento de todos los requisitos lega-
les, permisos institucionales y autorizaciones administrativas que resul-
ten aplicables para la realización de las actividades programadas.
4. Instar a los organizadores a desarrollar las actividades en estricto apego
a la normativa vigente en materia de seguridad, salud pública, protección
de menores, gestión de riesgos, control de espectáculos públicos y demás
disposiciones aplicables.
01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 19-2026 de la Comisión de Eventos Públicos, al ser las dieciséis horas
cuarenta minutos del día veintitrés de junio del 2026. Se acuerda:
1-Aprobar la reserva de fechas solicitada por la Asociación de Desarrollo
Integral de El Cacao para la realización de las fiestas patronales de la comunidad
los días 12, 13, 14 y 15 de noviembre 2026 y la autorización una patente
temporal para el evento.
2-Reconocer el valor cultural, social y comunitario que representa la
recuperación de una tradición local que ha permanecido inactiva durante varios
años.
3-Dejar expresamente establecido que la presente reserva de fechas no exime a
los organizadores del cumplimiento de todos los requisitos legales, permisos
institucionales y autorizaciones administrativas que resulten aplicables para la
realización de las actividades programadas.
4-Instar a los organizadores a desarrollar las actividades en estricto apego a la
normativa vigente en materia de seguridad, salud pública, protección de
menores, gestión de riesgos, control de espectáculos públicos y demás
disposiciones aplicables.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 04. Lectura de Dictamen 20-2026 de la Comisión de Especial de Eventos Públicos, al ser las Diecisiete horas del día veintitrés de junio del 2026. Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y del Oficio SM-1147-ORD-22-2026 del 16 de junio 2026 en donde se comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Ordinaria 22-2026, Artículo 04, Inciso 17, del 04 de junio 2026. INCISO 18. Gestión Asociación de Desarrollo Integral de Marbella. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Especial de Eventos, la solicitud de separación de fechas del 11 al 14 de febrero 2027, presentada por Asociación de Desarrollo Integral de Marbella. CONSIDERANDO I. Marco Jurídico: El presente dictamen se fundamenta en el siguiente bloque de legalidad: Constitución Política de Costa Rica: Artículos 169 y 170, que consagran la autonomía municipal para la administración de los intereses locales. Código Municipal: Artículo 13, inciso e), sobre las atribuciones del Concejo para dictar políticas y aprobar convenios o permisos de uso del espacio público. Ley de Desarrollo de la Comunidad (Ley 3859): Que respalda las gestiones de las Asociaciones de Desarrollo Integral (ADI) como entes colaboradores del Estado y las Municipalidades. Convenio sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (UNESCO): Ratificado por Costa Rica, que obliga a las instituciones a proteger las tradiciones locales. DICTAMEN PRIMERO: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Marbella, organización comunal legalmente constituida al amparo de la Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad N.° 3859, presentó solicitud de reserva de fechas
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 para la realización de las Fiestas de Marbella 2027, a celebrarse del 11 al 14 de febrero de 2027. SEGUNDO: Que de la documentación aportada se acredita que la realización de dicha actividad fue conocida y aprobada por mayoría de la Asamblea General de la Asociación de Desarrollo Integral de Marbella, según consta en el Acta N.° 63, Acuerdo N.° 1, adoptado en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2026. TERCERO: Que las Asociaciones de Desarrollo Integral constituyen organizaciones de interés público cuyo objeto es promover el desarrollo económico, social, cultural y recreativo de las comunidades que representan, conforme a lo dispuesto en la Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad y su reglamentación. CUARTO: Que las fiestas comunales constituyen espacios de integración social, fortalecimiento de la identidad local, participación ciudadana, convivencia comunitaria y promoción de actividades recreativas, culturales y deportivas en beneficio de la población. QUINTO: Que la actividad propuesta reviste interés para la comunidad de Marbella, en virtud de que promueve la participación de vecinos, organizaciones comunales, emprendedores y actores locales, contribuyendo al fortalecimiento del tejido social y al desarrollo comunitario. SEXTO: Que la reserva de fechas constituye un acto previo de coordinación institucional que permite garantizar una adecuada planificación de las actividades comunales dentro del cantón, evitando conflictos de programación con otros eventos previamente autorizados. SÉTIMO: Que la aprobación de la reserva de fechas no constituye autorización definitiva para la realización de las actividades programadas, debiendo la organización cumplir oportunamente con todos los requisitos, permisos, pólizas, autorizaciones sanitarias, planes de emergencia, permisos de espectáculos públicos y demás exigencias establecidas por la legislación vigente y las instituciones competentes. POR TANTO La Comisión de Eventos Públicos recomienda al Concejo Municipal:
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Del 23 de junio de 2026
1. Aprobar la reserva de fechas solicitada por la Asociación de Desarrollo
Integral de Marbella para la realización de las Fiestas de Marbella 2027,
del 11 al 14 de febrero de 2027.
2. Reconocer que la actividad propuesta reviste interés comunal por su
aporte a la recreación, integración social, fortalecimiento de la identidad
local y promoción de la participación ciudadana.
3. Dejar expresamente establecido que la presente reserva de fechas no sus-
tituye ni exonera a los organizadores de obtener la totalidad de permisos,
autorizaciones y requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico para la
realización de las actividades programadas.
4. Notificar el acuerdo a la Asociación de Desarrollo Integral de Marbella
para lo que corresponda.
01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 20-2026 de la Comisión de Especial de Eventos Públicos, al ser las
Diecisiete horas del día veintitrés de junio del 2026. Se acuerda:
1. Aprobar la reserva de fechas solicitada por la Asociación de Desarrollo
Integral de Marbella para la realización de las Fiestas de Marbella 2027,
del 11 al 14 de febrero de 2027.
2. Reconocer que la actividad propuesta reviste interés comunal por su
aporte a la recreación, integración social, fortalecimiento de la identidad
local y promoción de la participación ciudadana.
3. Dejar expresamente establecido que la presente reserva de fechas no sus-
tituye ni exonera a los organizadores de obtener la totalidad de permisos,
autorizaciones y requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico para la
realización de las actividades programadas.
4. Notificar el acuerdo a la Asociación de Desarrollo Integral de Marbella
para lo que corresponda.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 25-2026 Del 23 de junio de 2026 ARTÍCULO 07. MOCIONES. INCISO 01. No se presentan mociones escritas. ARTÍCULO 08. CIERRE. INCISO 01. SEÑOR PRESIDENTE DEL CONCEJO: SIN MÁS ASUNTOS POR ABORDAR DA POR FINALIZAD A LA SESIÓN ORDINARIA – VEINTICINCO - DOS MIL VEINTISÉIS - AL SER LAS VEINTIÚN HORAS TRECE MINUTOS DEL VEINTITRÉS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS. Carlos Alberto Barrenechea Martínez- José Yorjani Rosales Contreras, Presidente del Concejo Municipal Secretario del Concejo Municipal.