Ordinaria 36 · 2025-09-04
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 36 del 2025-09-04 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA- TREINTA Y SEIS- DOS MIL VEINTICINCO-CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ- EL DÍA CUATRO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO- ALSER LAS DIECIOCHO HORAS QUINCE MINUTOS, CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA: REGIDORES PROPIETARIOS Carlos Alberto Barrenechea Martínez-Presidente del Concejo. Ivonne Patricia Espinoza Rosales-Vicepresidenta del Concejo. Maureen Contreras Arrieta Macdonald Espinoza Ruiz. Kenia María Vásquez Angulo. Carlos Alberto Moreno Arredondo. Cindy María Leal Cordero. REGIDURÍAS SUPLENTES Marjorie López Yong. Warner Rodríguez Angulo. Nery Imelda Valerin Duartes. Mauro Enrique Contreras Moreno. Mario André Madrigal Alfaro. Yarina Yamileth Arauz Barrantes. Lidia María Briceño Gómez. SÍNDICOS PROPIETARIOS Ileana Fonseca Matarrita funge por Carlos Andrés Lara Ramírez -Distrito Bolsón. Katia Rodríguez Gutiérrez-Distrito Veintisiete de Abril. María Eunice Moraga Duarte-Distrito Tempate. José Basilio Bustos Angulo-Distrito Cartagena. Edwin Gómez Corea-Distrito Cuajiniquil. Trino Barrantes Pérez-Distrito Diriá. Balbino López Arrieta-Distrito Cabo Velas. Jeannette Huertas López -Distrito Tamarindo. SÍNDICOS SUPLENTES: Flor Elena Castañeda Bonilla-Distrito Santa Cruz.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 36-2025
Del 04 de septiembre 2025
Johnny Ríos Cerdas-Distrito Tempate.
Evelyn Adriana Gutiérrez García-Distrito Cartagena.
Yeimy Giselle Valerin Rodríguez-Distrito Cuajiniquil.
Hazel Ramírez Villarreal-Distrito Diriá.
Martin Héctor Barrantes Vásquez-Distrito Tamarindo.
COMISIÓN:
Carlos Andrés Lara Ramírez -Distrito Bolsón.
AUSENTE:
Allan Marrochi Rodríguez-Distrito Santa Cruz.
Yorhany Pizarro López-Distrito Veintisiete de Abril.
María Yojana Paniagua Obando-Distrito Cabo Velas.
POR LA ALCALDÍA:
Msc. Mitzy Salazar Morales-Primer Vicealcaldesa.
ORDEN DEL DÍA:
Comprobación de Quórum.
Aprobación Orden del Día.
Juramentaciones:
1-Liceo Experimental Bilingüe.
Audiencias:
1-Señora Sonia Vallejos Vallejos.
2-Asociación de desarrollo Integral de San Juanillo.
3-Asociaciones de Desarrollo Integral de Marbella y Ostional.
Lectura de actas:
1-Sesión ordinaria 35-2025.
Correspondencia.
Informe de Alcaldía.
Informes de Comisión.
Mociones.
Cierre.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUÓRUM. -Señor Presidente del Concejo, con siete regidores propietarios hay quorum, inicia la sesión ordinaria. Se somete a votación el Orden del Día. ARTÍCULO 02. APROBACIÓN ORDEN DEL DÍA. INCISO 01. Señora Vicepresidente del Concejo da lectura al Orden del Día. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar el orden del día presentado por la presidencia del Concejo. VOTO DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. VOTOS: Carlos Alberto Barrenechea Martínez, Maureen Contreras Arrieta, Macdonald Espinoza Ruiz, Kenia Vásquez Angulo, Carlos Alberto Moreno Arredondo, Ivonne Patricia Espinoza Rosales, Cindy Leal Cordero. ARTÍCULO 03. JURAMENTACIONES. INCISO 01. Se procede a juramentar al señor Melvin Jesús Morales Villalta cédula 503030589 como integrante de la Junta Administrativa del ante la Liceo Experimental Bilingüe de Santa Cruz, nombrado en sesión ordinaria 35- 2025 artículo 06 inciso 07 del 28 de agosto 2025. ARTÍCULO 04. AUDIENCIA. INCISO 01. Señor Presidente del Concejo da espacio en audiencia a la señora Sonia Vallejos Vallejos. Respaldo en video de la sesión ordinaria del minuto 06:01 al minuto 54:35. Asunto: Solicitud de intervención, mejoras de rutas cantonales sector Huacas. No se dictan acuerdos en este apartado. INCISO 02. Señor Presidente del Concejo da espacio en audiencia a la señora Presidenta de la Asociación de Desarrollo Integral de San Juanillo. Asunto: Proyecto Salón Comunal. Respaldo en video de la sesión ordinaria del minuto 54:54 al 01:27:19 No se dictan acuerdos en este apartado. INCISO 03. Señor Presidente del Concejo da espacio en audiencia a representante de las Asociaciones de Desarrollo Integral de Marbella y Ostional, señora Patricia Mata Herrera. Asunto: Seguridad en el sector distrito Cuajiniquil, solicitud de bien inmueble para la posible construcción de
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 Delegación Policial. Respaldo en video de la sesión ordinaria del minuto01:28:01 al 01:53:17. No se dictan acuerdos en este apartado. ARTÍCULO 05. LECTURA DE ACTAS. INCISO 01. Se somete a ratificación acta de la sesión ordinaria 35-2025 del 28 de agosto 2025. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: aprobar a acta de sesión ordinaria 34-2025 del 28 de agosto 2025. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. VOTOS: Carlos Barrenechea Martínez, Maureen Contreras Arrieta, Macdonald Espinoza Ruiz, Kenia Vásquez Angulo, Carlos Alberto Moreno Arredondo, Ivonne Patricia Espinoza Rosales, Cyndi Leal Cordero. ARTÍCULO 06. CORRESPONDENCIA. INCISO 01: Se conoce Oficio DAM-2762-2025, firmado por el señor MSc. Jorge Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Remisión Presupuesto inicial 2026, con el propósito de que el Honorable Concejo Municipal adopte un acuerdo correspondiente para su aprobación y posterior remisión a la Contraloría General de la Republica. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto, para su análisis, el Oficio DAM-2762-2025 Remisión Presupuesto inicial 2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 02: Se conoce Oficio DAM-2711-2025, firmado por el señor MSc. Jorge Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Oficio DDUR- DGV-COOR-0496-2025, en relación con solicitud de apoyo institucional para gestionar ante el CONAVI la intervención de la ruta nacional N°920. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se comunique a los gestionante, los oficio DAM-2711-2025 y DDUR-DGV-COOR-0496-2025. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 INCISO 03. De la Asesoría Jurídica Municipal oficio AC-80-2025. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN: Autorizar la licencia de licores categoría C, solicitada por Heisel Fiorella Zúñiga Matarrita cédula 5-0399-0899 en el negocio RESTAURANTE QUÉ HAMBRE, ubicado en Cartagena, 125 metros al norte de Supercompro, Distrito Cartagena; según la recomendación de Asesoría Jurídica AC-80-2025 que indica y verifica el cumplimiento de lo dispuesto por el por el artículo 9 del Reglamento de la Ley y el artículo 10 de reglamento a la ley Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólicas ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO. INCISO 04. De la Asesoría Jurídica Municipal oficio AC-81-2025. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN: Autorizar la licencia de licores categoría C, solicitada por persona jurídica 3-102-921395 SRL, cédula 3-102-921395, en el Restaurante MOTHER EARTH HOTEL, ubicado de la ASADA Tamarino 100 metros este, Tamarindo Distrito Tamarindo; según la recomendación de Asesoría Jurídica AC-81-2025 que indica y verifica el cumplimiento de lo dispuesto por el por el artículo 9 del Reglamento de la Ley y el artículo 10 de reglamento a la ley Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólicas ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO. INCISO 05: Se conoce Oficio CBCR-035222-2025, DGB-01525, del señor Héctor Chávez León, Dirección General del Cuerpo de Bomberos de Costa Rica. Referencia: Compromiso institucional y lineamientos técnicos para la nueva estación de bomberos de Costa Rica. El Cuerpo de Bomberos de Costa Rica reitera y garantiza su disposición de concretar la permuta del terreno donde actualmente se ubica la estación de Santa Cruz, de manera que este proceso forme parte integral del desarrollo del proyecto de la nueva estación.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 Por parte del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, reiteramos nuestra voluntad institucional de continuar con el análisis técnico, legal y financiero necesario para dar viabilidad al proyecto con el fin de que Santa Cruz cuente con una estación moderna y adecuada para la atención de emergencias. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía el oficio CBCR-035222-2025 del Cuerpo de Bomberos de Costa Rica referente al Compromiso institucional y lineamientos técnicos para la nueva estación de bomberos de Costa Rica. Respuesta acuerdo SM-1420-ORD-32-2025. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 06: Se conoce documento del señor Alexander Víctor Fuentes, presidente Gobierno Estudiantil Colegio de Santa Barbara. INDICA: 1-Solicitar de su valioso apoyo para la construcción de un parqueo de bicicletas destinado al uso de los estudiantes de nuestra institución, lo cual requerimos de los siguientes materiales. 2-Se conoce documento del señor Alexander Víctor Fuentes, presidente Gobierno Estudiantil Colegio de Santa Barbara. Por medio de la presente queremos solicitar la donación de mesas de concreto con sus respectivas bancas que serán colocadas en diferentes áreas del Colegio para uso de nuestros estudiantes. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, las solicitudes presentadas por el Gobierno Estudiantil Colegio de Santa Barbara. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 07: Se conoce documento de la Asociación Cultural Santa Cruz. Asunto: Oficialización y permiso de utilización del Anfiteatro Carlos Rodríguez Santana y Parque Bernabela Ramos Sequeira: Solicitarles el permiso correspondiente para llevar a cabo la XLIV Semana Cultural de Santa Cruz la cual dará inicio el 4 de enero al 11 de enero 2026, a la vez solicitamos la oficialización de dicho festival cultural, además le solicitamos que, como copatrocinadores del evento, se haga efectivo el aporte económico que todos los años brinda la Municipalidad.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar separación de fechas del04 al 11 de enero 2026 para la realización de la XLIV SEMANA CULTURAL DE SANTA CRUZ. Autorizar la utilización de Anfiteatro Carlos Rodríguez santana y el Parque Bernabela ramos, para las actividades solicitadas. Trasladar a Alcaldía, para lo que corresponda, la solicitud de aporte económico solicitada. Trasladar a Presidencia del Concejo la solicitud de mesa de trabajo solicitada. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 08: Se conoce documento de las señoras Vilma Pizarro Pizarro y Marta Eugenia Pizarro Pizarro: Nosotras Vilma Pizarro Pizarro y Marta Eugenia Pizarro Pizarro, nos dirigimos a ustedes para que interpongan sus buenos oficios ya que ustedes tienen la potestad de decisión sobre el acontecimiento que se presentó en Playa Avellanas. Por este motivo solicito y en virtud del reconocimiento de la condición de pobladora de la Sra Vilma Pizarro ruego a su despacho que de conformidad con la legislación vigente y las facultades que otorga la Ley, se me asigne un lote en un lugar adecuado o bien s eme brinden las condiciones necesarias para nuestra ubicación. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar al Departamento de Zona Marítimo Terrestre, la solicitud presentada por las señoras Vilma Pizarro Pizarro y Marta Eugenia Pizarro Pizarro. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 09: Se conoce documento de Junta de Vecinos de la Comunidad de los Ángeles, Asociación de Desarrollo Integral de santa Barbara, Concejo de Distrito Diriá: Perderles su apoyo correspondiente en lo que concierne la realización del siguiente proyecto; Mejoras para el Salón Comunal de los Ángeles, el cual consiste en colocarle porcelanato en toda su estructura. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, la gestión presentada por Junta de Vecinos de la Comunidad de los Ángeles, Asociación de Desarrollo Integral de santa Barbara, Concejo de Distrito Diriá VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 INCISO 10: Se conoce Oficio CFTN2026-14-2025, del señor Omar Cruz Jiménez, Presidente de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2026: En atención al oficio SM-1408-ORD-31-2025 del 11 de agosto mediante el ese Honorable Concejo Municipal solicita a la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales el aporte de copias de actas firmadas por el presidente y el Secretario, según corresponda. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de Gobierno y Administración, el oficio CFTN2026-14-2025 de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2026, en igual condición a la señora Ivonne Espinoza Rosales-regidora propietaria. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 11: Se conoce documento del señor Jorge Arredondo Calderón: Solicito se me otorgue audiencia pública urgente ante el Concejo Municipal. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Presidencia del Concejo, se programe la audiencia solicitada. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 12: Se conoce Denuncia indica: Solicito a los señores de la Municipalidad de Santa Cruz: que revisen la actividad comercial del negocio Madeimoselle cuenta con los permisos respectivos ya que aparentemente están ejerciendo la actividad comercial sin los debidos permisos de funcionamiento de parte de la Municipalidad. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía y a Inspectores Municipales, para la atención de la denuncia presentada. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 13: Se conoce Oficio EES-09-2025, de la Escuela El Socorro. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar a los señores Jenny María Gutiérrez Pérez cédula 503180763. Bernal Ismael Rodríguez Álvarez cédula 503510838, Elieth de las Piedades Chavarría Rojas cédula 502360856, Sianis Teresa Villarreal Sobalbarro cédula 502690248, Yilberth Isidro Rodríguez Gómez cédula 503940711, como integrantes de la Junta de educación Escuela El Socorro, así recomendado por el oficio EES-09-2025. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 INCISO 14: Se conoce gestión del señor Ronny Gómez Villafuerte, Rep. de la Asociación Judo Sabanero: Por este medio me permito solicitar la autorización del Concejo Municipal para la realización del Tope de Caballistas el próximo m14 de septiembre, en la comunidad de Santa Bárbara el evento se propone iniciar de 2:00 a 6:00 pm, teniendo como punto de salida el Redondel Montelimar. Así mismo solicitamos la participación de la Policía Municipal, 2 Toldos municipales, vallas para cierre del perímetro donde se realizara el tope, estañones, bolsas negras, transportes y guantes para recoger residuos. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar separación de fechas para la realización de Tope de Caballistas, organizada por Asociación Deportiva Judo Sabanero, para el 14 de septiembre 2025, trasladar a Alcaldía, las demás solicitudes presentada por la Asociación. La Asociación deberá cumplir con la normativa de salud y seguridad necesarias para la realización del evento. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO. INCISO 15: Se conoce documento del señor Allan Marrochi Rodríguez cédula 5-0307-0050, en calidad de Sindico Propietario del Distrito 01 del cantón de Santa Cruz manifiesta: Por situaciones personales y familiares por este medio presento la RENUNCIA IRREVOCABLE de mi función de manera inmediata. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Comuníquese al Tribunal Supremo de Elecciones la renuncia suscrita por señor Allan Marrochi Rodríguez cédula 5-0307-0050, en calidad de Sindico Propietario del Distrito 01 del cantón de Santa Cruz. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 16: Se conoce gestión de la Asociación de Desarrollo Integral de El Llano: La Asociación de Desarrollo Integral de El Llano, estará celebrando una actividad el día 13 de setiembre en horario de 7:00 pm a 12:00 pm, solicitamos la aprobación de una patente temporal de venta de licores para dicha actividad.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar una licencia temporal de licores para el 13 de septiembre 2025 en actividad social, organizada por Asociación de Desarrollo Integral de El Llano. La Asociación de Desarrollo deberá cumplir con la normativa de salud y seguridad requerida para el evento. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 17: Se conoce gestión de la Asociación de Desarrollo Integral de El Llano: Solicitar el proyecto Calles Recreativas en nuestra comunidad, consideramos que esta iniciativa sería de gran beneficio para nuestras familias. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, la solicitud presentada por la Asociación de Desarrollo Integral de El Llano. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 18: Se conoce documento de la Escuela María Leal Rodríguez. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Conocer de la renuncia de la señora María del Carmen Alvarado Santana cédula 501730976 ante la Junta de Educación de la Escuela María Leal Rodríguez. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. 02.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar a la señora Marjorie del Rosario Solera Brenes cédula 105750944 ante la Junta de Educación de la Escuela María Leal Rodríguez, así recomendado por la Supervisión de Educación 01. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 19: Se conoce documento de los funcionarios Municipales de Santa Cruz: Reclamo colectivo por reconocimiento y pago de anualidades adquiridas conforme a la resolución de la Sala Constitucional y criterios internos de interpretación jurídica. Quienes suscribimos, funcionarios y funcionarias municipales de la Municipalidad de Santa Cruz, nos dirigimos al Concejo Municipal y a la Alcaldía, con el fin de plantear un reclamo colectivo en relación con el reconocimiento y pago de nuestras anualidades por derechos adquiridos, conforme a lo establecido por la Sala Constitucional en la resolución
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 N°08201-2025 el criterio jurídico AJ-481-2025 de la Asesoría Jurídica y el oficio AIM-145-2025 emitido por la Auditoria Interna, así como los pronunciamientos de la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la República. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía el Reclamo colectivo por reconocimiento y pago de anualidades adquiridas. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 20: Se conoce documento de la señora Shirley Molina Santana: Solicito en representación de trabajadores de la Municipalidad de Santa Cruz, mesa de trabajo a fin de aclarar situación sobre anualidades que se nos adeudan a un grupo de funcionarios. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se programe la mesa de trabajo solicitada. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. ARTÍCULO 07. INFORME ALCALDIA. INCISO 01. Señor Alcalde municipal presenta informe de labores realizadas. Detalle de presentación.
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MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 No se dictan acuerdos en este apartado. ARTÍCULO 08. INFORME DE COMISIÓN. INCISO 01. De la Comisión de Asuntos Culturales, dictamen de las diecisiete horas del día 04 de setiembre de 2025. Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y de acuerdo con lo solicitado por el Concejo Municipal en el oficio SM- 1449-2025, Artículo 06, Inciso 29, mediante el cual se remite solicitud presentada por el señor Alonso Barrantes Chavarría, representante legal de Cimarrona Los Independientes, quien indica que: “ han sido invitados a participar en el Festival Internacional de Danza del Valle de México 2025, a realizarse del 16 al 25 de octubre 2025, en diversas localidades de la ciudad de México, por lo que solicitan que su participación sea declarada de INTERES CULTURAL CANTONAL. Esta agrupación, dedicada a la preservación, difusión y promoción de las tradiciones musicales autóctonas del cantón de Santa Cruz ha sido invitada a este evento, por lo que representa un honor y compromiso con la identidad cultural costarricense y en especial con la tradición musical de nuestro cantón.” -Analizada y estudiada la solicitud presentada, esta comisión resuelve lo siguiente: Del Código Municipal se desprende: Artículo 4- La municipalidad posee la autonomía política, administrativa y financiera que le confiere la Constitución Política. Dentro de sus atribuciones se incluyen las siguientes: I) Apoyar la creación y el funcionamiento de las escuelas municipales de
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 música, así como escuelas de música, comparsas, cimarronas y bandas sinfónicas que, sin fines de lucro, brinden formación musical dentro del cantón. Estas escuelas, comparsas, cimarronas y bandas deberán contar al menos con personería jurídica vigente, debidamente inscrita ante el Registro Nacional. Así las cosas, esta comisión recomienda al Concejo Municipal APOYAR con la declaratoria de Interés Cultural Cantonal a la participación de Cimarrona Los Independientes en el Festival Internacional de Danza del Valle de México 2025, a realizarse del 16 al 25 de octubre 2025, por representar esta agrupación la tradición musical de nuestro cantón. -Por lo anterior, recomendamos al Honorable Concejo Municipal APROBAR el presente dictamen, asimismo, se solicita notificar de este acuerdo a los interesados. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el dictamen Comisión de Asuntos Culturales de las diecisiete horas del día 04 de setiembre de 2025. Se dispone: Apoyar con la declaratoria de Interés Cultural Cantonal a la participación de Cimarrona Los Independientes en el Festival Internacional de Danza del Valle de México 2025, a realizarse del 16 al 25 de octubre 2025, por representar esta agrupación la tradición musical de nuestro cantón. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO. INCISO 02. De la Comisión de Asuntos Jurídicos, de las Diecisiete horas diez minutos del día veintiocho de agosto de 2025. Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y del oficio SM-1489-ORD-33-2025 14 de agosto 2025 en donde se comunica el acuerdo del Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Ordinaria 33- 2025, Artículo 05, Inciso 18, del 14 de agosto 2025. INCISO 18: Del Departamento de Recursos Humanos Oficio RRHH-320-2025 Traslado de Expediente administrativo de demanda de acoso laboral. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos oficio RRHH-320-2025 de expediente administrativo de demanda por acoso, se resuelva en plazo de 10 días.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 CONSIDERANDO Sobre el Traslado del Expediente: En sesión ordinaria del día 14 de agosto se conoció oficio RRHH-320-2025 del día 12 de agosto del año 2025 emitido por la Licda. Yensie Duarte Ramírez, en su condición de Coordinadora de Recursos Humanos de la Municipalidad de Santa Cruz. Dicho oficio corresponde al traslado al Concejo Municipal del Expediente sobre demanda de acoso laboral incoada por el Ingeniero. Manrique Solorzano Zapata, coordinador del Departamento de Tecnologías de informática contra el señor Alcalde Msc. Jorge Arturo Alfaro Orías. Oficio que fue remitido por Secretaria del Concejo Municipal vía correo electrónico el día 22 de agosto del año 2025, mediante el Oficio SM-1489- ORD-33-2025, en el cual se pone en conocimiento a esta Comisión el acuerdo tomado por el concejo municipal en la sesión ordinaria 33-2025, artículo 05, inciso 17 del día 14 de agosto del 2025, acuerdo en el cual se da un plazo de 10 días hábiles a esta comisión y cuyo plazo entra a regir a partir de la notificación del acuerdo y vence el día 04 de setiembre del 2025. Sobre el tema, es necesario indicar que actualmente no existe un reglamento interno municipal o una comisión institucional de acoso, ante ese vacío el Concejo Municipal sería el llamado como autoridad competente para resolver la denuncia de acoso laboral presentada por el funcionario Solorzano Zapata contra el señor alcalde Alfaro Orías. POR TANTO: Esta comisión recomienda al honorable concejo municipal: 1- De previo a entrar a conocer el fondo del asunto se solicita una prórroga de 15 días hábiles contados a partir de la aprobación del acta que contiene el acuerdo, esto con la finalidad de determinar por lo complejo del asunto si este concejo es competente o no para conocer de la denuncia. 2-Se recomienda a la Alcaldía Municipal en su condición de Administrador de los Departamentos y Servicios Municipales se proceda en un plazo no menor a 30 días para que se nombre una COMISION DE ACOSO LABORAL MUNICIPAL y junto a ella se tome en cuenta las disposiciones contenidas en la “GUÍA TÉCNICA: PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL ACOSO LABORAL O “MOBBING” EN EL LUGAR DE TRABAJO, aprobado por el Consejo de Salud Ocupacional Acuerdo del Consejo de Salud Ocupacional del
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en sesión ordinaria N° 042-2021, celebrada el 17 de noviembre del 2021. Lo anterior en virtud de que el Estado costarricense y sus instituciones por mandato constitucional y según lo establecido en el Código de Trabajo en los artículos 56, 66, 140, incisos 3) y 20) y 146 de la Constitución Política, artículos 273, 274, 282, 284, 288 ,300 y 404 del Código de Trabajo y artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, N 6227, debe reconocer el derecho de toda persona de contar con un trabajo digno, respetuoso, libre de conductas y comportamientos hostiles y garantizar la salud y bienestar físico, mental y social en el trabajo. Por tal motivo el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a través del Consejo de Salud Ocupacional, acuerda el 10 de octubre del 2018 (Acuerdo Número 3060) que se elabore una guía que oriente técnicamente a los encargados de salud ocupacional, médicos del trabajo, psicólogos, encargados de recursos humanos, jefaturas y al personal en general sobre la forma de detectar, prevenir y atender de manera oportuna el acoso laboral en los lugares de trabajo. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el dictamen Comisión de Asuntos Jurídicos, de las Diecisiete horas diez minutos del día veintiocho de agosto de 2025. 1- Autorizar prórroga de 15 días hábiles contados a partir de la aprobación del acta que contiene el acuerdo, esto con la finalidad de determinar por lo complejo del asunto si este concejo es competente o no para conocer de la denuncia. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO. 2.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el dictamen Comisión de Asuntos Jurídicos, de las Diecisiete horas diez minutos del día veintiocho de agosto de 2025. 2-Se recomienda a la Alcaldía Municipal en su condición de Administrador de los Departamentos y Servicios Municipales se proceda en un plazo no menor a 30 días para que se nombre una COMISION DE ACOSO LABORAL MUNICIPAL y junto a ella se tome en cuenta las disposiciones contenidas en la “GUÍA TÉCNICA: PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL ACOSO LABORAL O “MOBBING” EN EL LUGAR DE TRABAJO, aprobado por el Consejo de Salud Ocupacional Acuerdo del Consejo de Salud Ocupacional del
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en sesión ordinaria N° 042-2021, celebrada el 17 de noviembre del 2021. Lo anterior en virtud de que el Estado costarricense y sus instituciones por mandato constitucional y según lo establecido en el Código de Trabajo en los artículos 56, 66, 140, incisos 3) y 20) y 146 de la Constitución Política, artículos 273, 274, 282, 284, 288 ,300 y 404 del Código de Trabajo y artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, N 6227, debe reconocer el derecho de toda persona de contar con un trabajo digno, respetuoso, libre de conductas y comportamientos hostiles y garantizar la salud y bienestar físico, mental y social en el trabajo. Por tal motivo el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a través del Consejo de Salud Ocupacional, acuerda el 10 de octubre del 2018 (Acuerdo Número 3060) que se elabore una guía que oriente técnicamente a los encargados de salud ocupacional, médicos del trabajo, psicólogos, encargados de recursos humanos, jefaturas y al personal en general sobre la forma de detectar, prevenir y atender de manera oportuna el acoso laboral en los lugares de trabajo. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO. INCISO 03. Lectura de Dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos, de las Dieciocho horas cinco minutos del día cuatro de setiembre de 2025. Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y Oficio SM-1518-ORD-35-2025 emitido el día 29 de agosto 2025 en donde se comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Ordinaria 35-2025, Artículo 06, Inciso 21, del 28 de agosto 2025: INCISO 21: Lectura de oficio DAM-2748-2025 de Alcaldía Municipal: Interposición de veto con acuerdo del Concejo Municipal de la sesión ordinaria 34-2025 del 21 de agosto 2025. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de Asuntos Jurídico, se resuelva dentro del plazo establecido, el veto bajo el oficio DAM-2748-2025 de Alcaldía Municipal: Interposición de veto con acuerdo del Concejo Municipal de la sesión ordinaria 34-2025 del 21 de agosto del 2025
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 CONSIDERANDO Esta Comisión entra a resolver el veto presentado por el señor alcalde y para interés hacemos referencia a lo siguiente: a-En el punto segundo del veto se indica: “Con oficio MSC-TI-797-2025 del día 26 de junio del 2025, el ingeniero Melvin José Matarrita Matarrita, en su condición de analista de Sistemas del Departamento de Tecnologías de Información, rinde pormenorizado informe en el que a criterio de Alcaldía se evacua uno a uno los ítems consultados por el concejo municipal y responde al acuerdo comunicado con el oficio SM-1113-ORD-25-2025” b-En el tercer punto del veto se señala que: “en sesión ordinaria 34-2025 del pasado 21 de agosto y en el contexto de la audiencia conferida al señor Ingeniero Manrique Solorzano Zapata coordinador del Departamento de Tecnologías de Información, el presidente municipal sometió a votación de los demás regidores solicitar la revisión por el coordinador del oficio MSC-TI-797-2025 y remita un informe al concejo municipal, sea avalando dicho documento o bien formulando las observaciones que considere pertinente.” c- Dentro de las consideraciones jurídicas para fundamentar la interposición del veto manifiesta que: -Tercero: “El oficio MSC-TI-797-2025 del día 26 de junio del 2025, del ingeniero Melvin José Matarrita Matarrita para Alcaldía es una respuesta adecuada, suficiente, ya que el mismo fue elaborado por el profesional en informática que ocupa la plaza de Analista de Tecnologías en el Departamento de Tecnologías de Información Municipal y su respuesta tiene legitimidad técnica y administrativa. Por lo que pretender que el señor coordinador de dicho departamento revise y avale dicho oficio, el concejo cuestiona de forma indebida la autenticidad y suficiencia del Informe. Asimismo, dentro de la motivación alcaldía expone motivos de Legalidad porque el acuerdo municipal invade competencias y de Oportunidad porque el acuerdo es innecesario. ACTUACIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL En base a lo anterior es de vital importancia para esta comisión hacer un recuento de las actuaciones del Concejo Municipal y el porqué de la toma del acuerdo que está siendo vetado: PRIMERO: Este concejo conoció el Oficio No. AIM-040-2024 de fecha del 19 de marzo del año 2025 emitido por el Auditor Municipal Lic. Luis Bernardo Barrantes Castro Asunto: Informe sobre mal estado del Proyecto Vial Camino Los Jobos –Villareal C-5-03-208-00 realizado con recursos de la Ley 8114 y
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 Ley 9329 que presenta evidentes inconsistencias en cuanto la calidad y durabilidad de las obras. Dentro de su informe señala el auditor entre otras: “En atención a denuncia sobre el mal estado por presentar evidentes inconsistencias en cuanto la calidad de los materiales y la durabilidad de la inversión realizada en la ruta cantonal los Jobos-Villareal según se detalla en la denuncia presentada ante el Concejo Municipal y ante esta Auditoría Interna, como parte de la fiscalización ciudadana, se remite el siguiente informe con el fin de que se tomen las medidas correctivas necesarias en lo que respecta a la utilización de los recursos de la ley 8114,ley 9329 y recursos propios municipales para fomentar la aplicación de sanas prácticas. Dentro de los hallazgos que refiere auditoria están: Código: El camino Los Jobos-Villarreal cuenta con el código C-5-03-208-00, que comprende el tramo entre el Cuadrante Urbano Tamarindo (ENT.C.277) y el Cuadrante Urbano Villarreal (ENT.C.13). Longitud: La longitud total del tramo es de 3.43 km. Procedimientos de Contratación y Ejecución de la Intervención: 1-Imprimación: Procedimiento: 2021LN-000002-0021000001 -Orden de Pedido: 0822022002200134 Costo de la Primera Intervención: Se adjudicó un monto total de ₵73.059.121,42 colones. Responsabilidad Técnica: Durante la ejecución, se asignaron los ingenieros Welder Bonilla Gutiérrez y Wasser Matarrita Díaz. La documentación sugiere que el Ing. Wasser Matarrita Díaz lideró la gestión, aunque se recomienda corroborar esta información( el subrayado no es del original), dado que la Ing. Mary Paz Castillo se encontraba en permiso sin goce de salario. 2-Proceso de Asfaltado (Segunda Etapa): Se identificaron tres órdenes de pedido asociadas al proceso de pavimentación: -Orden Pedido 0822023002200230: Fecha: 22-12-2023 Contratista: Constructora Herrera S.A. Monto: 278.785.594,30 colones Fecha de entrega definitiva: 19/06/2024 -Orden 0822023002200214: Fecha: 12-12-2023 Contratista: Constructora Herrera S.A. Monto: 105.699.413,27 colones Fecha de entrega definitiva: 21/06/2024 - Orden 0822023002200219: Fecha: 21-12-2023
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 Contratista: Constructora Herrera S.A. Monto: 157.097.047,86 colones Fecha de entrega definitiva: 28/05/2024 Conforme se indicó en el oficio DDUR-DGV-COORD-077-2025, la inversión que se realizó consta de dos Etapas cuyo costo invertido es de: I Etapa de Imprimación costo ₡73 059 121,42 colones y la II Etapa de pavimentación ₡541.582. 055,43 colones. El costo promedio por kilómetro según lo indicado corresponde a una longitud de 3.43 Km de la ruta dando como resultado para la I Etapa de ₡21 300 035,40 por Km de la inversión realizada y para la II Etapa un costo promedio de ₡157.895.642,98 por Km, quedando un resultado total de la inversión en ₡179 195 678,38 por Km. El 26 de noviembre del 2024 se realizó trabajo de campo por la Auditoría Interna, complementado con imágenes presentadas al concejo, que evidenció que la ruta se encontraba en un deterioro en el 70% aproximadamente de su longitud total, según el informe de auditoría se denotaba un claro deterioro de la vía, misma que había sido ya intervenida en dos ocasiones, una con un tratamiento superficial y la segunda como una capa asfáltica dejando muestra a criterio del auditor de que podrían existir posibles inconsistencias en cuanto la calidad de los materiales utilizados, la calidad de compactación realizada, el cumplimiento de las especificaciones técnicas y el riesgo notorio en cuanto la durabilidad. Agrega que la falta de estudios técnicos previos como lo son los diseños y otros podrían ser parte de las deficiencias en los procesos constructivos, que al final podrían haber causado el deterioro prematuro, tanto como son los procesos de compactación, problemas en la colocación de la emulsión asfáltica y la falta de sistemas adecuados de evacuación pluvial. Anteriormente ya el auditor mediante oficio AIM-011-2024, advirtió sobre la utilización de recursos de las Leyes 8114 y 9329, enfatizando la responsabilidad del jerarca y de los titulares subordinados en la ejecución del presupuesto, debiendo esta ejecución realizarse en estricto apego a la normativa legal y técnica vigente. …Además indicó en su informe que “la ausencia de una priorización adecuada expone a la administración a riesgos, ya que no se garantiza que los fondos se destinen a las rutas que realmente presentan mayores necesidades o beneficios socioeconómicos, contraviniendo el inciso j) del artículo 5 del Decreto 40137- MOPT. En cuanto la calidad de materiales y durabilidad de las obras la auditoría interna ha detectado que podrían existir posibles incumplimientos contractuales
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 en cuanto a la calidad de los materiales utilizados en las obras, evidenciados por el deterioro prematuro de las rutas intervenidas en el marco de la Licitación Nacional N° 2021LN- 000002-00210000. Se ha determinado que en el caso específico no se realizaron la cantidad de pruebas de calidad adecuadas, no se cumplieron con el control de parámetros críticos (por ejemplo, “Textura superficial” y control de temperatura durante la colocación y compactación), lo que podría comprometer la durabilidad de las obras. Concluye el audito su informe diciendo que tanto en el caso de Los Jobos – Villareal como en la ejecución de inversiones en la Municipalidad de Santa Cruz, se evidencia una falta de robustez en el sistema de control interno, que se traduce en deficiencias en la documentación, control técnico y seguimiento de los procesos contractuales.” SEGUNDO: Mediante el oficio Oficio SM-880-EXTR-09-2025 se traslada a la comisión de Gobierno y Administración para su respectivo estudio, el acuerdo de la sesión ordinaria 09-2025, Artículo 03, inciso 01, del 13 de mayo del 2025, donde se comunica Oficio DAM-1490-2025 del Alcaldía Municipal en el cual se remite Informe Técnico sobre el Proyecto de Mantenimiento y Mejoramiento de la Ruta Cantonal Villarreal-Playa Tamarindo Caminos Los Jobos. Informe de la Dirección de Desarrollo Urbano y Rural DDUR-CM-02-2025 emitido por el Ingeniero Diego Rodríguez Galagarza, director del Departamento de Desarrollo Urbano y Rural. En dicho informe el Ingeniero Diego Rodríguez Galagarza, director del Departamento de Desarrollo Urbano y Rural menciona entre otras cosas lo siguiente: -“Finalmente la dificultad en la obtención de la información también fue un factor preponderante en el retraso sufrido, ya que información histórica esencial (boletas diarias de maquinaria, informes de ingeniería, informes de verificación de calidad, etcétera) que se supone debía estar en los archivos de la Unidad Técnica de Gestión Vial en realidad no se encontró, ya sea que el funcionario responsable aparentemente no la transcribió según los formatos oficiales o se borró de los archivos digitales según han manifestado y denunciado reiteradamente algunos funcionarios de la Unidad Técnica de Gestión Vial.”
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 Es importante informarles que, para brindar la información específica solicitada, fue necesario realizar una profunda revisión y estudio de la información archivada por parte de la Unidad Técnica de Gestión Vial, para lo cual se solicitó formalmente a dicho departamento una copia unificada y foliada de toda la información física y digital existente sobre las distintas etapas del proyecto. En ese sentido, mediante la nota con oficio DDUR-UTGV-DMJ-2025 el suscrito hizo solicitud expresa al Ing. Didier Monge Jiménez, jefe Titular de la Unidad Técnica de Gestión Vial, de suministro de toda la información física (expedientes administrativos debidamente foliados) y de información digital, relacionada. Como respuesta a la solicitud de información planteada me fue suministrado un expediente de 556 folios, el cual contiene básicamente documentación de la plataforma S.I.C.O.P. y única y totalmente concerniente a la etapa de pavimentación del camino. Respecto a la etapa previa de colocación de la subbase y de su respectiva actividad de imprimación, el Ing. Didier Monge Jiménez manifiesta textualmente lo siguiente: “Es importante señalar que el expediente no incluye información tal como boletas de inspección de la fase de a la colocación de la subbase e imprimación, ni boletas relacionadas con el uso de maquinaria municipal que colaboró en dicho proceso, ya que este control fue realizado directamente por el Ing. Wasser Matarrita y a la fecha no ha sido posible la localización de registros correspondientes en el departamento.” Agrega el Director del Departamento en su informe que solicitó formalmente por escrito al Departamento de Tecnologías de Información, acceso a la información de respaldo en el sistema de cómputo municipal de toda la información concerniente a la gestión de los Ingenieros Wasser Matarrita Díaz y Welder Bonilla Gutiérrez, quienes fungieron como Ingenieros de Proyectos de la Unidad Técnica de Gestión Vial durante los años 2023 y 2024. Además, el profesional menciona que buscó fuentes de información oral, correspondiente a entrevistas a funcionarios de la Cuadrilla de Maquinaria y Equipo que participaron directamente en cada una de las etapas de
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 intervención en el mencionado camino, durante los años 2023 y 2024 haciendo una descripción de la maquinaria y equipo solicitado.”(La negrita y el subrayado no es del original). TERCERO: En respuesta a dicho informe la Comisión de Gobierno y Administración en el Dictamen de las Diecisiete horas veinte minutos del día diecinueve de junio de 2025, determina que: -Las justificaciones esbozadas por el profesional en la falta de “información histórica esencial que se supone debía estar en los archivos de la Unidad Técnica de Gestión Vial en realidad no se encontró, ya sea que el funcionario responsable aparentemente no la transcribió según los formatos oficiales o se borró de los archivos digitales” no eran excusas de recibo para la Comisión toda vez que la normativa es muy clara. -Asimismo la Comisión indicó en el dictamen que la normativa es muy clara al establecer la rigurosidad con que debe manejarse la información de los actos que realicen las instituciones públicas esto con el fin de ejercer un efectivo control, por lo tanto que el Director del Departamento manifieste que hasta este año solicito al Departamento de Tecnología informática Municipal que le indicaran que había sucedido con la información, resulta extemporáneo ya que la misma ley señala la obligación de los jerarcas anualmente a revisar los sistemas y controles de los equipos, funcionarios y procedimientos que tiene a su cargo en razón de sus funciones. -La Comisión señalo también que en base a la información recopilada por el Director del Departamento Municipal, la única que puede ser verificada es la recabada en la Plataforma SICOP pero las entrevistas que realizó a funcionarios de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal después de tanto tiempo, si bien servían para contextualizar aspectos generales, carecían de elementos que pudieran contrarrestar sus dichos con la documentos del proyecto, es más el mismo director en el informe hablaba de montos aproximados y no montos certeros para un proyecto que concluyó y que ha sido criticado por las pésimas condiciones en que se encontraba al momento del dictamen de comisión, situaciones que ya habían sido señaladas por el Auditor Municipal por el Licenciado Luis Bernardo Barrantes Castro, emitido el día 28 de febrero de 2025, Oficio No. AIM-026-2025, Asunto: Advertencia sobre la implementación y actualización del Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI) en la Municipalidad de Santa Cruz, quien indicaba:
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 “A la fecha, se ha evidenciado la ausencia en la actualización y aplicación en el SEVRI formalmente implementado en nuestra municipalidad, esta carencia podría implicar riesgos significativos, tales como: 1. Inexactitudes o errores en la información contable y financiera. 2. Incumplimiento del ordenamiento jurídico. 3. Deficiente atención a los contribuyentes. 4. Pérdida, despilfarro o uso indebido de los activos y recursos institucionales. 5. Deficiencia e ineficacia en las operaciones. 6. Falta de confiabilidad y oportunidad de la información 7. Proliferación de actos de corrupción. En dicha advertencia de auditoria se hacían una serie de recomendaciones al alcalde municipal y al Concejo Municipal para tomar acciones que ayuden a mejorar la implementación del SEVRI conforme a las directrices de la Contraloría General y demás normas regulatorias. Por todo lo anterior la Comisión recomendó al Concejo Municipal en el ejercicio de sus facultades de fiscalización y control otorgados por la Ley se solicitará: -Al Coordinador del Departamento de Tecnología de Información Municipal . Si se le ha presentado solicitud por parte del director del Departamento de Desarrollo Urbano y Rural o del Coordinador de la Unidad Técnica Vial Municipal para investigar la aparente manipulación de información del citado proyecto, favor indicar hora, fecha y contenido de la solicitud. . Si la respuesta es afirmativa deberá indicar la fecha y lo que en razón de su cargo procedió a llevar a cabo para determinar si dicha información no se encuentra disponible en los equipos. -Los funcionarios que tenían y tienen acceso al equipo donde se resguardaba la información del Proyecto -Qué funcionarios podían o pueden modificar, manipular o borrar la información contenida en el Departamento de Desarrollo Urbano y Rural y la Unidad Técnica de Gestión Municipal. -Cuales son los protocolos que el Departamento maneja para salvaguardar la información que se registra por parte de los departamentos municipales. -Cual es el procedimiento para establecer el control de acceso a los equipos y sistemas municipales con que cuentan los Departamentos municipales. ( La negrita y cursiva no es del original).”
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 CUARTO: El acuerdo del dictamen citado en líneas anteriores fue comunicado mediante el oficio SM-1113-ORD-25-2025, lo que originó el informe MSC- TI-797-2025 del día 26 de junio del 2025, del ingeniero Melvin José Matarrita Matarrita en su condición de analista en informática del Departamento de Tecnologías de Información Municipal y no de su coordinador el funcionario Solorzano Zapata tal y como se acordó por el concejo municipal de acuerdo a la recomendación de la Comisión de Gobierno y Administración. QUINTO: Mediante oficio SM-1489-ORD-33-2025 14 de agosto 2025 se comunica el acuerdo del Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Ordinaria 33- 2025, Artículo 05, Inciso 18, del 14 de agosto 2025, en el cual se remite oficio RRHH-320-2025 del día 12 de agosto del año 2025 emitido por la Licda. Yensie Duarte Ramírez, en su condición de Coordinadora de Recursos Humanos de la Municipalidad de Santa Cruz. Dicho oficio corresponde al traslado al Concejo Municipal del Expediente sobre demanda de acoso laboral incoada por el Ing. Manrique Solorzano Zapata, coordinador del Departamento de Tecnologías de informática contra el señor Alcalde Msc. Jorge Arturo Alfaro Orías, y esta demanda se traslada a la Comisión de Asuntos Jurídicos Municipal. Y siendo que esta demanda no ha sido dictaminada por esta comisión creemos oportuno solo señalar ciertos aspectos que para efectos del presente dictamen sobre el veto interpuesto es necesario mencionar: -En su denuncia el coordinador del Departamento de Tecnologías de Información Municipal manifiesta que el señor Alcalde lo envió a vacaciones mediante el Oficio del 20 de junio del 2025 DAM-1930-2025 y que durante el tiempo que estuvo fuera se hicieron importantes autorizaciones de ingreso, consultas y modificación de los servidores informáticos municipales.(El subrayado y cursiva no es del original) -El Ing. Solorzano Zapata mediante solicitó audiencia al concejo municipal y esta le fue otorgada el pasado 21 de agosto del 2025 en la sesión ordinaria del concejo municipal 34-2025, en su intervención el señor presidente del concejo indica: “Solicitarle a usted Coordinador se tome su tiempo revise este informe MSC-TI-797-2025, y que nos mande un informe a este Concejo ya sea avalando este o haciendo las observaciones que tiene que hacer, esa es mi solicitud y someto a votación.”
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 FUNDAMENTACIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS JUJRIDICOS De todo lo anterior es menester de esta Comisión manifestar que dentro del ejercicio de control y fiscalización que le son otorgados por ley al concejo municipal, tal y como se detalla en líneas anteriores, el mismo ha venido realizando una serie de gestiones para dilucidar las razones por las cuales el Proyecto Vial “CAMINO LOS JOBOS-TAMARINDO” tuvo que ser intervenido en varias ocasiones por el deterioro en la capa asfáltica y otras reparaciones que también tuvieron que realizarse, nótese que es el mismo director del Departamento de Desarrollo Urbano y Rural Municipal, quien en su informe indica que hay información no encontrada y que fue solicitada al señor coordinador de TI Municipal y por su parte también el Lic Matarrita Matarrita en el informe elaborado manifiesta que la información fue entregada por parte de su superior el ingeniero Solorzano Zapata al Director del Departamento Urbano y Rural Municipal. De manera que ambos informes se contradicen entre si pues el Ingeniero Rodríguez Galagarza en su condición de Director del Departamento de Desarrollo Urbano y Rural aseguró en su informe que no tenía la información por encontrarse perdida o borrada y que había denuncias de los funcionarios al respecto, ante estas circunstancias este concejo lo que pretende es aclarar lo dicho por el Director del Departamento Urbano y Rural sobre la información perdida del Proyecto Vial “CAMINO LOS JOBOS-TAMARINDO”, proyecto que tuvo un costo municipal considerable y que no cumplió las expectativas requeridas y siendo que actualmente hasta el día de hoy no hay una versión clara del porque de esos deterioros y de los responsables de la verificación del proyecto y los posteriores reclamos por las deficiencias del mismo. Constitucionalmente el artículo 30 garantiza el libre acceso a los “departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público”, este derecho de acceso a la información administrativa resulta ser un mecanismo de control, puesto que, le permite a cualquier ciudadano, ejercer un control óptimo de la legalidad y de la oportunidad, conveniencia o mérito y, en general, de la eficacia y eficiencia de la función administrativa desplegada por los diversos entes públicos, potestad que también le es otorgada al Concejo Municipal de acuerdo a su facultad de vigilancia por la adecuada administración de los bienes y servicios que se brindan al Cantón. Esta participación ciudadana efectiva y directa en la gestión y manejo de los asuntos públicos por parte de la Municipalidad de Santa Cruz resultaría
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 inconcebible si no se cuenta con un bagaje importante de información lo que hace que, el derecho de acceso a la información administrativa sea una herramienta indispensable, como otras tantas, para la vigencia plena de los principios de transparencia y publicidad administrativas es por ello que jurisprudencialmente se ha sostenido que: “ todos y cada uno de los entes y órganos públicos que conforman la administración respectiva, deben estar sujetos a los principios constitucionales implícitos de la transparencia y la publicidad que deben ser la regla de toda la actuación o función administrativa.” Ahora bien, sobre el tema el Dictamen Número 088 del 27/05/2013 de la Procuraduría General de la Republica en lo que interesa dispuso: “ lo cierto es que para ejercer las funciones que como regidores les corresponde, a éstos les asiste un deber de cooperación de parte de la Alcaldía y de los demás departamentos administrativos de la Municipalidad respectiva. Este deber de cooperación implica proveer al regidor con la información que éste requiera. Ciertamente, la Constitución y la Ley le garantizan al Concejo Municipal importantes competencias de gobierno local en diversas materias.… Es notorio que ninguna de estas competencias puede ser ejercida eficazmente si los miembros del Concejo Municipal, sea sus regidores, no cuentan con la información que estimen prudente, necesaria y pertinente. El principio de cooperación que se encuentra ínsito en el artículo 169 Constitución Política exige que la Alcaldía y las dependencias municipales que de ella dependan suministren la información que requieren los miembros del Concejo para sus funciones.” Por su parte la Sala Constitucional en su voto N.° 8973-2003 de las 18:17 horas del 26 de agosto de 2003 dice: “En resumen, se trata de que, en el ejercicio de las competencias propias del Concejo Municipal, de los Regidores que lo integran y del Alcalde, todas las instancias cooperen mutuamente para que cada una pueda cumplir eficientemente su labor, sin menoscabo de las atribuciones específicas de cada quien… Como se afirmó anteriormente, al Concejo Municipal le corresponde la labor de gobierno y, entre otras funciones, de aprobar…y velar por la correcta gestión municipal. Tal tipo de tareas requiere de un acercamiento particular de los regidores con los diversos departamentos administrativos, lo que implica el ejercicio de las facultades de consultar e inquirir información directamente, pues ello resulta relevante para el establecimiento de las
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 36-2025
Del 04 de septiembre 2025
directrices del gobierno municipal e incluso para someter a discusión en el
Concejo asuntos de interés comunal o alguna problemática en la
administración, sin que de esta forma pueda interpretarse que se desconozca
la jerarquía administrativa del alcalde…precisamente por tratarse de
información de interés público, cuyo acceso de manera ágil debe estar a
disposición del regidor, quien en su gestión de gobierno municipal y con el
propósito de velar por la regularidad de la actividad municipalidad,
evidentemente puede requerir examinar asuntos...
De la cita realizada se desprende con absoluta claridad la posibilidad jurídica
que detentan los ediles para peticionar de forma directa la información que
estimen pertinente para cumplir con las competencias que les otorga el
ordenamiento jurídico. Tal factibilidad se deriva del principio de cooperación
mutua establecido en el artículo 169 de la Constitución Política.”
De lo mencionado se desprende que el concejo municipal tiene la facultad de
solicitar el criterio de los coordinadores sobre los informes de sus subalternos,
pues esta es una atribución de fiscalización y control que le corresponde para
asegurar que la gestión municipal se ajuste a las políticas y normativas
establecidas, dichos términos se circunscriben a:
• Fiscalización:
El concejo tiene la potestad de evaluar la gestión de los diferentes
departamentos municipales para verificar que los actos municipales se
ajusten a las políticas y normas adoptadas por ellos.
Por lo tanto si el concejo municipal está revisando un informe de un
departamento en este caso específico el de Departamento de Desarrollo Urbano
y Rural realizada por el mismo director del departamento y el del Departamento
de Tecnologías de Informática en la figura del analista en sistemas, podría
solicitar al coordinador de dicho departamento su opinión o criterio sobre la
información presentada en el informe de su subalterno, sobre todo tomando en
cuenta que en ambos informes se indica que quien recibió la solicitud de
recuperación de la información fue el Ingeniero Solorzano Zapata en su
condición de Coordinador del Departamento de Tecnologías de informática, lo
anterior con la única finalidad de aclarar la información suministrada en los
informes que actualmente generan confusión al concejo y con ello asegurar la
correcta gestión y el cumplimiento de las normativas vigentes, en ningún
momento este Concejo está dudando de la capacidad o credibilidad de los
funcionarios municipales sino de la información contenida en sus informes por
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 resultar contradictoria y que fácilmente se podría esclarecer con quien en realidad tuvo a su cargo la gestión de recuperación de información solicitada por el Departamento de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad de Santa Cruz. De manera que para esta Comisión no existe objeción para que el cuerpo edil pueda peticionar información respecto de utilización y gestión de los recursos públicos en el Proyecto Vial “Camino Los Jobos-Tamarindo”, la claridad de cuál fue la Información que pudo recabar el director del Departamento de Desarrollo Urbano y Rural para emitir el informe al concejo sobre el proyecto en cuestión y la verificación por parte del coordinador del Departamento de Tecnologías de la Información contenida en el Informe de su subalterno, esto en razón de que el Lic Matarrita Matarrita no fue a quien se le solicitó tal gestión ni fue realizada por él. Así las cosas, para esta comisión no resulta correcto argüir, como lo hace el señor alcalde, que se está en presencia de intromisión de competencias. Tampoco resulta de recibo el argumento que acusa que la solicitud al señor Solorzano Zapata resulta innecesario, puesto que nada impide al Concejo Municipal, así como a ningún ciudadano, peticionar información relevante respecto de la inversión en obra pública que se realiza en su cantón, lo cual no puede ser clasificado como innecesario y un desgaste de recursos administrativos sin justificación solo por el hecho que exista un informe previo rendido por su subalterno. POR TANTO Esta Comisión recomienda al honorable concejo municipal: Rechazar el veto presentado por el señor alcalde y se traslade al Tribunal Contencioso Administrativo en su condición de Jerarca Impropio para lo que corresponda. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el Dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos, de las Dieciocho horas cinco minutos del día cuatro de setiembre de 2025, se dispone rechazar el veto presentado por el señor alcalde y se traslade al Tribunal Contencioso Administrativo en su condición de Jerarca Impropio para lo que corresponda. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO. VOTOS: Carlos Barrenechea Martínez, Maureen Contreras Arrieta, Macdonald Espinoza Ruiz,
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 Kenia Vásquez Angulo, Carlos Alberto Moreno Arredondo, Ivonne Patricia Espinoza Rosales, Cyndi Leal Cordero. ARTÍCULO 09. MOCIONES. INCISO 01. De la Moción presentada por señor Carlos Barrenechea Martínez- regidor propietario se transcribe: CONSIDERANDO PRIMERO: Que este concejo tuvo conocimiento de una denuncia planteada sobre el Proyecto Municipal “Camino los Jobos-Tamarindo” en donde entre otras cosas se indicaba: deterioro de la capa asfáltica a pocos meses de entregada la obra, falta de culminación de aceras, cordón y caño, de la intervención municipal para la rehabilitación del mismo sin haber aplicado las responsabilidades contenidas en el contrato a la empresa adjudicataria de la obra, que hubo falta de vigilancia y fiscalización del proyecto, qué la información de los funcionarios responsables del control y fiscalización del proyecto, así como las minutas de visitas entre otra información fue borrada de los equipos de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal oficina a cargo del Departamento de Desarrollo Urbano y Rural. SEGUNDO: Que el director del Departamento de Desarrollo Urbano y Rural (DDUR), Ing. Diego Rodríguez Galagarza, presentó Informe solicitado por este concejo ante la denuncia planteada y dentro de su informe señala la pérdida o borrado de información esencial del proyecto el "Proyecto Los Jobos- Tamarindo", lo cual fue corroborado por funcionarios de la Unidad Técnica de Gestión Vial según se señala en el informe del Ing. Rodríguez Galagarza. TERCERO: Que ante esta situación el concejo municipal acuerda solicitar a Alcaldía, al Director del Departamento de Desarrollo Urbano y Rural Municipal, al Coordinador de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, Coordinador de Departamento de Tecnologías de Información (TI), información puntual sobre el Proyecto en cuestión. CUARTO: Que el Departamento de Tecnologías de Información (TI) emite el informe MSC-TI-797-2025, rendido por el Ing. Melvin José Matarrita Matarrita, en su condición de Analista de Sistemas del Departamento de
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 Tecnologías de Información (TI). QUINTO: Que el señor Ing. Manrique Solorzano Zapata en su condición de coordinador del Departamento de Tecnologías de Información (TI) solicitó audiencia ante este concejo municipal para referirse las gestiones que se han hecho desde su departamento y de la inversión municipal para proteger, resguardar y mantener la información municipal, y el mismo manifestó en dicha audiencia ante este Concejo Municipal desconocer el contenido del informe MSC-TI-797-2025 emitido por su subalterno el Ing. Melvin José Matarrita Matarrita. Y ante esta situación el concejo municipal acuerda solicitar el criterio sobre dicho informe al Ing. Solorzano Zapata. SEXTO: Que el Concejo Municipal, en ejercicio de su facultad de control y fiscalización, realizó dicha solicitud al coordinador del Departamento de Tecnologías de Información, Ing. Solórzano Zapata, debido a que el propio coordinador manifestó en audiencia ante este Concejo Municipal desconocer el contenido del informe MSC-TI-797-2025 y porque en el informe emitido por el director del Departamento de Desarrollo Urbano y Rural (DDUR), Ing. Diego Rodríguez Galagarza hizo referencia de que informó al señor Solorzano Zapata de la dificultad para obtener información del Proyecto Los Jobos -Tamarindo por la supuesta perdida en los sistemas informáticos de la misma. SETIMO: Que la normativa municipal, administrativa, constitucional y la jurisprudencia costarricense, en particular el artículo 30 de la Constitución Política, así como los pronunciamientos de la Sala Constitucional (voto N.° 8973-2003) y la Procuraduría General de la República (Dictamen N.° 088- 2013), otorgan al Concejo Municipal la potestad de control y fiscalización sobre la labor de los funcionarios y la adecuada administración de los recursos públicos. OCTAVO: Que tanto el informe emitido por el director del Departamento de Desarrollo Urbano y Rural (DDUR), Ing. Diego Rodríguez Galagarza y el informe MSC-TI-797-2025, rendido por su subalterno el Ing. Melvin José Matarrita Matarrita, Analista de Sistemas del Departamento de Tecnologías de Información (TI), tienen versiones que son contradictorias entre si generando confusión y la necesidad de una aclaración por parte del jerarca del Departamento de TI.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 NOVENO: Que solicitar un criterio al coordinador del Departamento de TI sobre un informe emitido por un subalterno es una acción legítima y fundamental para la fiscalización, la transparencia y la rendición de cuentas propias del cargo que ostentamos como regidores. POR TANTO: Se mociona para que el Concejo Municipal de Santa Cruz acuerde: ÚNICO: Solicitar al Ing. Manrique Solórzano Zapata, coordinador del Departamento de Tecnologías de Información, que, en el plazo de 3 días hábiles a partir de la comunicación del presente acuerdo, remita un informe al Concejo Municipal con las observaciones o recomendaciones pertinentes si las hubiera sobre el oficio MSC-TI-797-2025, emitido por su subalterno, el Ing. Melvin José Matarrita Matarrita, esto con el objetivo de aclarar las dudas que existen por haber versiones contradictorias entre el Departamento de Desarrollo Urbano y Rural y el Departamento de Tecnologías de la Información, que persisten sobre la información de la gestión de un proyecto de inversión municipal de alto costo, específicamente el Proyecto Vial “Camino Los Jobos-Tamarindo". Este informe deberá: a) Avalar el contenido del oficio mencionado o, en su defecto, formular las observaciones o recomendaciones que considere pertinentes, en razón de su condición de jerarca del departamento. b) Aclarar las razones por las cuales el Analista de Sistemas fue quien rindió el informe en lugar del coordinador, a pesar de que el acuerdo que contenía la solicitud fue dirigida específicamente al coordinador del departamento. d) Manifestar cualquier otro aspecto que, a su criterio, sea relevante para aclarar las inconsistencias y versiones contradictorias en torno a la gestión de la información del proyecto de inversión pública en cuestión. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos la moción presentada por Carlos Barrenechea Martinez-regidor propietario, se dispone: ÚNICO: Solicitar al Ing. Manrique Solórzano Zapata, coordinador del Departamento de Tecnologías de Información, que, en el plazo de 3 días hábiles a partir de la comunicación del presente acuerdo, remita un informe al Concejo Municipal con las observaciones o recomendaciones pertinentes si las hubiera sobre el oficio MSC-TI-797-2025, emitido por su subalterno, el Ing. Melvin José Matarrita Matarrita, esto con el objetivo de aclarar las dudas que existen
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 por haber versiones contradictorias entre el Departamento de Desarrollo Urbano y Rural y el Departamento de Tecnologías de la Información, que persisten sobre la información de la gestión de un proyecto de inversión municipal de alto costo, específicamente el Proyecto Vial “Camino Los Jobos-Tamarindo". Este informe deberá: a) Avalar el contenido del oficio mencionado o, en su defecto, formular las observaciones o recomendaciones que considere pertinentes, en razón de su condición de jerarca del departamento. b) Aclarar las razones por las cuales el Analista de Sistemas fue quien rindió el informe en lugar del coordinador, a pesar de que el acuerdo que contenía la solicitud fue dirigida específicamente al coordinador del departamento. d) Manifestar cualquier otro aspecto que, a su criterio, sea relevante para aclarar las inconsistencias y versiones contradictorias en torno a la gestión de la información del proyecto de inversión pública en cuestión. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO. INCISO 02. De la Moción presentada por señor Carlos Barrenechea Martínez- regidor propietario se transcribe: Al Honorable Concejo Municipal de Santa Cruz: Asunto: Solicitud de acuerdo para atender el caso del ciudadano Carlos Manuel Gómez Ramírez, cédula de identidad N° 1-0080-0004, residente de San Pedro, Santa Cruz, Guanacaste, quien requiere un permiso de construcción para remodelar su vivienda en beneficio de su hijo, Néstor Manuel Gómez Espinoza, quien presenta diversas condiciones de salud que le generan una situación de vulnerabilidad. I. Considerandos Vulnerabilidad familiar: El núcleo familiar, compuesto por el señor Carlos Manuel Gómez Ramírez, su esposa, Milagro de Jesús Espinoza Ortiz (cédula de identidad N° 8-0098-0443), y su hijo, Néstor Manuel Gómez Espinoza, enfrenta actualmente una situación que puede ser considerada de alta vulnerabilidad económica y de salud. El joven Néstor Manuel padece de Distrofia muscular Duchenne, debilidad muscular progresiva y otras patologías que requieren adaptaciones urgentes en su hogar para mejorar su calidad de vida. Su madre padece Fibromialgia-Fibrositis, lo que dificulta su capacidad de cuidado, mientras que el padre cuenta con ingresos limitados.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 Necesidad de permiso de construcción: El señor Gómez Ramírez solicitó a la Municipalidad, el 6 de agosto de 2025, un permiso de construcción para realizar las remodelaciones necesarias, con el apoyo de un beneficio que le fue otorgado por el IMAS. Denegatoria del permiso: El permiso fue denegado según el padre debido a una deuda municipal inferior a ₡200,000.00. La solicitud de un arreglo de pago también fue rechazada, lo cual impide a la familia acceder a la ayuda del IMAS y realizar las mejoras en su vivienda. Marco legal y normativo: La legislación costarricense reconoce la protección y el bienestar de las personas en estado de vulnerabilidad, estableciendo la obligación del Estado y las instituciones públicas de garantizar sus derechos. Ley N° 7600, Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad: Esta ley promueve la igualdad de oportunidades y la eliminación de la discriminación, garantizando el acceso a los servicios y el bienestar. El artículo 24 insta a las instituciones públicas a eliminar barreras arquitectónicas para garantizar la autonomía de esta población. Las remodelaciones solicitadas por el señor Gómez Ramírez buscan precisamente eliminar dichas barreras y mejorar la accesibilidad de su hijo. Ley N° 8220, Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos: Esta ley establece que las instituciones públicas deben simplificar los trámites y requisitos para los ciudadanos, especialmente en casos donde existan motivos de interés social o vulnerabilidad. La rigidez en la denegatoria de un arreglo de pago va en contra del espíritu de esta normativa. Jurisprudencia constitucional: La Sala Constitucional ha reiterado en múltiples ocasiones que la solidaridad social debe guiar las acciones de las instituciones públicas, especialmente cuando se trata de proteger los derechos fundamentales de grupos vulnerables. La Municipalidad de Santa Cruz, como entidad pública, tiene el deber de buscar soluciones que no obstaculicen el bienestar de sus ciudadanos más necesitados. Por tanto, se somete a la consideración de este Concejo Municipal la siguiente moción para que, una vez aprobada, se gire la instrucción respectiva: -Instruir a la Alcaldía Municipal, al Departamento de Vulnerabilidad Social y Bienes Inmuebles, Construcciones, y la Comisión Municipal COMUDAN para
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 36-2025 Del 04 de septiembre 2025 que, de manera conjunta y en un plazo máximo de 10 días hábiles, realicen un análisis exhaustivo del caso del señor Carlos Manuel Gómez Ramírez y se pueda determinar la solución más viable para Nestor Manuel. El objetivo es buscar la forma de facilitar la emisión del permiso de construcción, permitiendo así que el señor Gómez Ramírez reciba la ayuda del IMAS y pueda realizar las remodelaciones que mejoren la calidad de vida de su hijo, Néstor Manuel Gómez Espinoza. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos la moción presentada por Carlos Barrenechea Martínez-regidor propietario, se dispone: -Instruir a la Alcaldía Municipal, al Departamento de Vulnerabilidad Social y Bienes Inmuebles, Construcciones, y la Comisión Municipal COMUDAN para que, de manera conjunta y en un plazo máximo de 10 días hábiles, realicen un análisis exhaustivo del caso del señor Carlos Manuel Gómez Ramírez y se pueda determinar la solución más viable para Nestor Manuel. El objetivo es buscar la forma de facilitar la emisión del permiso de construcción, permitiendo así que el señor Gómez Ramírez reciba la ayuda del IMAS y pueda realizar las remodelaciones que mejoren la calidad de vida de su hijo, Néstor Manuel Gómez Espinoza. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO. ARTÍCULO 10. CIERRE. INCISO 01. SEÑOR PRESIDENTE DEL CONCEJO: SIN MÁS ASUNTOS POR ABORDAR DA POR FINALIZADA LA SESIÓN ORDINARIA TREINTA Y SEIS- DOS MIL VEINTICINCO- AL SER LAS VEINTIÚN HORAS CINCUENTA Y OCHO MINUTOS DEL DÍA CUATRO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO. Carlos Alberto Barrenechea Martínez José Yorjani Rosales Contreras Presidente del Concejo Municipal Secretario del Concejo.