Ordinaria 85 · 2024-12-23

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Acuerdos en esta acta

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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N1 ACTA N*85 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N*85 ORDINARIA. 23-12-2024
SESION ORDINARIA. N*85 DEL 23-12-2024, INICIADA A LAS 17:14 HORAS EN
LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA:
CLA IE TIA
REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES
Luis Ángel Méndez Araya Gerardo Cubillo Gamboa
Patricia Aguilar Araya Virginia Hernández Rivera
Walter Villagra Rodríguez
Carmen Sánchez Navarro Yoseline Rocío Abarca Torres
Carlos Alberto Retana López
Eva Isabel Torres Marín Sandra Umaña López
Robert Jiménez Araya (Sust. Ricardo Villalobos Vargas)
Jordán Chaves Chaves Ovidio Vives Castro
Juan Mauricio Mora Cruz Jeffry Rojas Serrano
SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE
Walter William Ching Durán (Sust. María Paula Sandi Hidalgo)
Greivin Bonilla Sánchez Katherine Mendoza Montero
Xinia Segura Araya Gilbert Alberto Zúñiga Arias
Deseado Suarez Arias Einyel Chávez Benavides
Analive Murillo Flores Luis Venegas Ávila
Rolando Cordero Céspedes Gricelda Hernández Vargas
A La RA AAA
AUSENTES SIN JUSTIFICACIÓN
Ricardo Villalobos Vargas Fabian Sánchez Loría
William Hernández Valverde María Paula Sandi Hidalgo
Esmeralda Chaves Briones Augusto Benlis Benlis
Licda. Magally Venegas Vargas Lic. Manuel Hernández Rivera
Secretaria Municipal Alcalde Municipal
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N%85 Ordinaria. _
PAGINA N*%2
ORDEN DEL DÍA
Acuerdos
Artículos
Puntos a tratar
2462
Oración por parte de la comisión
de Asuntos Religiosos / Reseña de
la Navidad por el Presbítero Juan
Carlos Álvarez Valverde.
2463
Juramentación de la Junta de
Educación Escuela Suerre de
Jiménez y juramentación de 1
miembro de la Escuela Diamantes.
2464-2465
Presentación de la compañía
Danza Folklórica Herencia Criolla
(representante Pablo Arturo Acuña
López) y Ensamble Musical
Folclórico Guápiles (representante
Juan Pablo Chaves).
2466
IV
Asuntos del Señor Presidente
2467-2468
V
Asuntos del Señor Alcalde
2469
VI
Correspondencia
2470-al-2473
VII
Asuntos Varios
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día y Comprobación de
Pecocí
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Quorum
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PAGINA N*3 ACTA N%85 Ordinaria.
DA
ARTICULO |
Oración por parte de la comisión de Asuntos
Religiosos / Reseña de la Navidad por el Presbítero
Juan Carlos Álvarez Valverde
ACUERDO N* 2462
Se conoce comentario por parte del Sr. Pate. Juan Mauricio Mora Cruz, dice;
Hoy es una sesión muy especial, es la Última de este año por eso nos hacemos
acompañar del Padre Juan Carlos Álvarez, quien viene a regalarnos una reseña
de la Navidad.
Está primero la oración que es por parte de la Comisión de Asuntos Religiosos, pero
ellos están un poco atrasados con el tráfico en Pococí, ¿ya está por acá? bueno
qué dicha entonces vamos a iniciar con la oración que ellos nos traen preparado.
Posteriormente, el padre Juan Carlos nos va a dar una reseña de la Navidad y
después seguimos con Herencia Criolla que nos traen varios bailes hoy, como les
digo hoy es una sesión muy especial, terminamos nuestro trabajo de este año,
tenemos asuntos varios también para que cada uno de ustedes pueda enviarle
un mensaje a todo el pueblo de Pococí.
Bienvenido don Ernesto y miembros de la comisión, si gustan toman posición para
comenzar con la oración ¿o faltan algunos miembros?, están los que están,
démosle.
Pastor Ernesto Álvarez Herrera, Comisión Municipal de Asuntos Religiosos
Saluda, Gracias te damos Oh, Dios, porque tú eres grande, eres bueno, gracias
porque has cuidado nuestro cantón, gracias por estas autoridades que están hoy
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PAGINA N%4 ACTA N*85 Ordinaria. 23-1
aquí Señor, Únelas cada día más, guárdales, bendíceles y gracias porque nuestro
cantón es bendito también y yo sé que parte de esto es lo que está haciendo
cada uno de estos líderes señor, que es buscarte en cada reunión.
Te alabamos y te bendecimos y ponemos de una vez el año 2025 en tus manos
Señor, gracias por los logros, gracias también por los errores que se han aprendido
señor y gracias porque tú tienes el control del cantón y de las autoridades. En el
nombre de Jesús, oramos y nos encomendamos, amén y amén.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
Muchas gracias don Ernesto y compañeros, seguidamente le cedo la palabra al
Padre Juan Carlos, para que nos ayude con la reseña de la Navidad.
Pbro. Juan Carlos Álvarez Valverde
Saluda, quiero empezar con un texto de San Lucas que dice; no tengan miedo
porque les traigo una buena noticia que será motivo de gran alegría para todos,
hoy les ha nacido en el pueblo de David un Salvador que es el Mesías, el señor.
Como comunidad creyente de Pococí, quiero darles las gracias por su servicio en
medio de esta comunidad, por ser servidores entrañables y entregados, he sido
testigo de esto estando cerca de ustedes en sus quehaceres. Sé que el trabajo
público es un trabajo sacrificado y a veces poco valorado, sobre todo en las
largas horas que se dedican visitando comunidades, escuchando a las personas
para poder hacer de nuestro cantón un lugar más humano y próspero.
Quiero decirles con estas sentidas palabras que oramos por ustedes, porque en el
servicio a los demás, hay una profunda cercanía desde nuestra fe en Cristo, servir
a los más privilegiados de él, los pobres, los desamparados, los que no tienen voz
por consiguiente estas voces deben ser audibles en este lugar de servicio por su
propia función, para traer esperanza a muchas familias. Sus manos deben ser las
que levanten a otros, las que ayuden a tocar vidas y dar caricias ante sus dolores,
sus ojos deben ver las bellezas motivadoras de Jesús en quienes quieren construir
el bien y también deben ser quienes denuncien aquello que no es justo y en
consecuencia nos cimenta el bien común.
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Muchas de estas características que he rememorado para nosotros és una
imagen de Cristo Vivo en esta comunidad, servidores de los débiles, voceros de la
verdad. Gracias por perpetuar cada día la esperanza con su trabajo, sean
apasionados en su función, servicio que les ha dado Dios gran responsabilidad
como regalo de lo alto.
E
No se cansen nunca de decir la verdad, aunque pareciera que todo esté en
contra, sigan siendo perseverantes, busquen siempre el diálogo y no la violencia
en las palabras, aprendan a perdonar y a pedir perdón cuando se equivoquen.
La mejor herramienta en la construcción de la civilización del amor es la escucha,
sean oyentes y comprensivos con los demás, en ocasiones las ideas de los otros
pueden ser mejores que el bien común de las propias. No caigan en la tentación
de ver como una utopía lo mejor para todos, cuando pase eso se pierde el rumbo
y la esperanza.
Aprendan a tener amigos y a construir en comunidad, a abrazar y a llorar con su
gente, a tener paciencia y ser tolerantes. Pídanle a Dios mucha inteligencia
emocional para no tomar rumbos arbitrarios por sus sentimientos o por los dolores
de su historia, sean modelo de buenos políticos con valores y principios y por sobre
todo, cuando se caigan aprendan a levantarse. Darle gracias a Dios y como el
rey Salomón, pidan a Dios la sabiduría en la toma de decisiones.
Como les decía al principio les traigo una buena noticia, es Cristo que ha nacido
en la humildad de un pesebre, ilustrado en tan hermoso nacimiento aquí puesto
en este salón del Concejo. Cristo los ama muchísimo, con su historia, sus caídas y
sus alegrías, con su todo lo llamó para hacer y dejar una huella buena imborrable
en este momento histórico del cantón.
Quiero desearles una feliz navidad, una muy feliz Navidad, quiero desearles un
muy buen año nuevo 2025 a ustedes y a quienes nos escuchan por redes. Siempre
estaremos orando por ustedes, para que Dios los proteja constantemente y los
guía a ser buenos servidores Santos.
Por favor, ahora que llega Navidad, abracen a sus familias y miren para arriba,
sean agradecidos porque su fruto profesional es siembra de quienes lo formaron
para estar hoy aquí, sus padres o quienes los crearon, sus profesores y tutores, lo
que son hoy no es fruto de sus esfuerzos meramente, ha sido un camino de muchas
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manos que lo formaron. Por Último, enseñen lo que saben a las futuras
generaciones para que quienes luego lideren este hermoso cantón, lo amen
como lo aman ustedes y nosotros.
Les vengo a anunciar una gran alegría, que Cristo ha nacido y sigue naciendo en
sus corazones, le sigue llamando por su nombre, le sigue dando oportunidades y
lo sigue haciendo más humanos como él, que es verdadero hombre y verdadero
Dios.
Dios bendiga este cantón próspero, a las manos que siguen trabajando por el
bien, Dios bendiga a todos. Feliz Navidad y Feliz año nuevo 2025, que la paz y la
misericordia de Dios esté siempre con ustedes. Que viva Jesús y que viva este
cantón de Pococí y por favor, no dejen de abrazar a sus hijos y a sus familias
siempre y aún más en estos días festivos, porque son su mejor regalo.
Niñito Jesús que naciste en Belén, bendice esta municipalidad y a nosotros
también, gracias.
di Pa O UL E
ARTICULO |!
Juramentación de la Junta de Educación Escuela
Suerre de Jiménez
ACUERDO N* 2463
Al ser las diecisiete horas con treinta minutos del veintitrés de diciembre de dos mil
veinticuatro, se presenta ante el Concejo Municipal las siguientes personas:
> Shirley Mora Arce, cédula 1-0843-0912
> Víctor Julio Mora Rodríguez, cédula 7-0097-0828
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N97 ACTA N%85 Ordinaria.
>» Karina Guido Pérez, cédula 1-1506-0570
> Iris Vanessa León Villalobos, cédula: 4-0190-0643
> Karla Murillo Todd, cédula 1-1038-0029
Para ser juramentados como miembros de la Junta de Educación de la Escuela
Suerre de Jiménez. Los mismas fueron NOMBRADOS en la Sesión N*84 Ordinaria del
19-12-2024, Artículo VI, Acuerdo N*2448 (SMP-2344-2024).
El señor Juan Mauricio Mora Cruz, en calidad de presidente municipal con
capacidad plena para realizar este acto, procede a juramentarlos.
QUEDAN DEBIDAMENTE JURAMENTADOS.
in UL .. con
Nota de Secretaría: Al ser las 17:31 se procede a un receso, inicia la sesión al ser
las 17:35.
ARTICULO lll
Presentación de la compañía Danza Folklórica
Herencia Criolla (representante Pablo Arturo Acuña
López) y Ensamble Musical Folclórico Guápiles
(representante Juan Pablo Chaves).
ACUERDO N* 2464
Se conoce comentario por parte del Sr. Pate. Juan Mauricio Mora Cruz, dice;
Don Pablo primero agradecerle por acudir a este llamado, este es un pequeño
regalo para el Concejo Municipal y para todo el pueblo de Pococí.
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PAGINA N*8 ACTA N“85 Ordinaria.
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La presentación de ustedes es fenomenal, en algún momento la vi y quise traerla
a este recinto. Muchas gracias por acudir a esta solicitud Pablo y tiene usted la
palabra para que nos dé una reseña de ese grupo tan lindo.
Sr. Pablo Arturo Acuña López, director de la compañía Danza Folklórica Herencia
Criolla
Muchísimas gracias, en realidad nosotros somos un proyecto que se inició en el
Colegio Técnico de Pococí hace 20 años, se inició como grupo de bailes
Folclóricos Herencia Criolla.
Por alguna razón, en algún momento estuvimos en La Leticia, fuimos a hacer una
presentación allá con los jóvenes del colegio, nos regalaron un caballito de
madera y el muchacho nos dijo que se llamaba Criollo, entonces pensamos de
ahí en tomar la posibilidad de darle al grupo el nombre Herencia Criolla porque
nosotros lo que queríamos era dejar un legado.
Hoy día, la agrupación cuenta con más de 60 personas entre bailarines y ahora
11 músicos que son los que nos acompañan hoy. Nosotros tenemos la prerrogativa
de promoverlos como una entidad sin fines de lucro que pretende reforzar o
fortalecer más que todo el patrimonio cultural y material, de hecho esa es nuestra
visión; crear un espacio cultural permanente para que permita fortalecer el
patrimonio cultural inmaterial de Costa Rica, independientemente del lugar
donde estemos porque la cultura es algo vivencial, la cultura no es algo estudiado
ni es algo impuesto, la cultura es lo que cada cantón tiene en sus moradores, en
sus ciudadanos y se desarrolla de acuerdo a la formación que ellos reciben.
También nosotros tenemos una misión que es difundir la cultura popular
costarricense a través de la interpretación de la música y las danzas folklóricas,
nosotros consideramos que somos uno de los pocos grupos que subsisten en el
país, después de 20 años de trabajo. Que hemos logrado fortalecer u obtener las
investigaciones que nos permiten hacer puestas en escena, que estén adecuadas
a lo que es el contexto histórico en el que se desarrollaron, no es nada inventado
ni para que se vea bonito, todos nuestros vestuarios son investigados.
Le decimos a esto cultura popular, ¿por qué cultura popular? porque es la forma
en que las personas transmiten sus conocimientos, es la forma en que las familias
viven, cómo desarrollan sus costumbres, cómo es que ellos le dicen a sus hijos
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI NN
PAGINA N%9 ACTA N*85 Ordinaria. 23-12,2024
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bueno es que mire ese muchacho parece un ajito pelado ¿por qué? porque es
una familia que posiblemente sea muy meticulosa en el aseo, o esa gente son
honrados a carta cabal, son cosas que tienen que ver con la formación que
recibimos en nuestros hogares, eso es lo que nosotros pretendemos, nosotros no
queremos en la agrupación personas estudiados en danza, ni graduados en
ninguna universidad que hayan estudiado danza clásica, ni danza
contemporánea porque es importante que nosotros sepamos que la cultura
popular costarricense es la que se vive en los hogares de Costa Rica y eso es lo
que queremos, que el grupo se vea rústico como somos los costarricenses verdad
humildes, personas de hogar, personas convencionales bailando como se
disfrutaba en las diferentes celebraciones que se hacían en los pueblos.
No queremos gente estudiada en danza, no queremos gente que nos venga a
enseñar sobre danza clásica ni posiciones, ni nada de eso, sino que queremos
rescatar lo que se vivió en Costa Rica en algún momento.
Cuando estamos hablando de Herencia Criolla, nos referimos a un grupo que
entonces hace las puestas en escena basándose en investigaciones, no
solamente de danza sino que a nivel de vestuario, basándose en las
investigaciones de 50 años del historiador Edgar Cerdas Rojas que puso a nuestro
servicio, las investigaciones de lo que es el traje folclórico costarricense en las
versiones que corresponda.
Eso quiere decir que cada provincia como tal tiene un traje, porque nosotros lo
usamos por ejemplo decimos esta es la ropa de dominguear, esta es la ropa de
trabajar y está es la ropa de fiesta entonces nosotros usualmente tenemos tres
atuendos entonces en el pasado fue exactamente igual, se usó ropa de trabajo,
traje laboral, ropa de dominguear, traje de gala y ropa festiva para alguna
celebración especial en siete provincias, eso quiere decir que nosotros podríamos
tener por lo menos 21 trajes.
He tenido la fortuna y la dicha de traerles hoy a ustedes una investigación que nos
puso en contacto con una página de la historia de este cantón, en donde en 1950
nos visitó un trío que se llamó Trío Los Juanes, los tres señores se llamaban Juan,
eran primos, eran de El Yas de Cartago y compusieron una canción para Guápiles
que se llama línea vieja. Nosotros estamos trabajando en la coreografía para
hacer no solamente el rescate del traje de vaqueano que usaron ellos para venir
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a la zona, porque les metía mucho miedo por las terciopelos, entonces ten que
venir con polaina y con ropa especial.
Queremos que ese traje se promueva, traté de darle la idea a la Dirección
Regional de Enseñanza, pero no hubo suficiente apoyo entonces se lo propuse a
mi grupo y mi grupo dice no Pablo montemos el cuadro de Guápiles, para que
cuando nosotros salgamos del cantón, podamos representarlo dignamente, así
que próximamente ustedes también espero y con el apoyo que ustedes nos han
brindado, tengamos la oportunidad de hacerles la presentación con el traje como
corresponde y con la música rescatada de estos señores.
Son dos canciones en realidad una se llama Tardecitas de Mi Tierra y la otra se
llama Línea Vieja. Nosotros también para eso, hemos contado ahora con la
participación del Ensamble Musical Folclórico Guapil, que son jóvenes de la
comunidad, compañeros docentes que se han aventurado con nosotros a lo que
es la interpretación de la música folklórica, para hacer la puesta en escena con
música en vivo y tener un grupo que tenga el profesionalismo que se requiere,
para llevar una muestra folclórica correcta a aquellos lugares que visitemos.
Nosotros el año entrante estamos cumpliendo 20 años, tenemos dentro de
nuestros proyectos presentarnos en el Auditorio Nacional, al cual desde ahora
todos ustedes están invitados, tenemos una entrada de cortesía para cada uno
de ustedes para que nos acompañen el domingo 01 de junio en el Auditorio
Nacional, donde vamos a hacer una presentación de aproximadamente dos
horas, acompañados por los compañeros músicos, con un espectáculo que va a
presentar aproximadamente tres canciones de cada provincia, incluyendo la
parte de Limón, que es la provincia que nosotros representamos.
Dicho esto, queremos también contarles que nosotros tenemos la propuesta de
un Festival Folclórico que se llama Festival Cultural Herencia Criolla, que nosotros
queremos realizar cada vez que podamos, cada año por lo menos en el mes de
julio que es el periodo de vacaciones, para que nosotros podamos crear una
fecha de visitación turística, porque a este festival nosotros invitamos todas
aquellas agrupaciones que nos han recibido fuera de Costa Rica.
Este año nosotros trajimos tres grupos, uno salvadoreño, uno de México y otro de
Chile que ustedes posiblemente vieron actuando en el Parque Central, el que
nosotros le pedimos a ustedes que nos permitieran presentarlos ahí, la comunidad
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PAGINA N911 ACTA N*85 Ordinaria. 23-1
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en general sacó muchas fotos, sobre todo los muchachos Chilenos, per
que es muy importante que nosotros podamos promover este cantón y darle un
matiz que no sea una ciudad de paso, sino un lugar para llegar y disfrutar, que es
lo que queremos lograr con este tipo de festival.
Por otra parte, nosotros tenemos diferentes proyectos, tenemos proyectos a nivel
de vestuario, tenemos proyectos a nivel de adquisición de instumentos, se nos
hace muy necesario la adquisición de una marimba y también tenemos la
necesidad de algunos activos como lo son accesorios para música y dentro de
los proyectos que nosotros vamos a desarrollar el año entrante, queremos
contarles que después del primero de junio, el siguiente proyecto que vamos a
tener en vigencia es la gira a la ciudad de Morelia, México, a principios de julio y
después de venir de allá, una semana después estamos saliendo para Portugal a
un festival folclórico que se llama Danzas del Mundo y también estamos invitados
a Italia, ellos nos esperan en noviembre, pero queremos entrar en conversaciones
con la agrupación Proyección Folclórica Oro Verde para referirlos a ellos a ver si
ellos pueden asumir esa responsabilidad, porque no nos alcanza la plata verdad
como para estar subidos en el avión a cada rato.
Así que yo les agradezco mucho, espero que lo que nosotros traemos como parte
de la presentación que hacemos sea de su agrado y queremos decirles que este
grupo existe no porque que nosotros queramos ser mejores que nadie, sino porque
queremos que este cantón sea el mejor cantón del país porque la riqueza de un
cantón y de un pueblo está en sus jóvenes y creo que si nosotros mantenemos
espacios abiertos para que ellos puedan aprender de la cultura y conservarse de
una manera correcta, creo que lo estamos haciendo bien.
Cualquier pregunta estoy a sus órdenes.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
Muchas gracias, Pablo, creo que podemos comenzar ya, queremos oírlos y
queremos verlos.
Sr. Pablo Arturo Acuña López, director de la compañía Danza Folklórica Herencia
Criolla
Está bien, perfecto.
gs Sitio Web: munipococi.go.cr
a e) Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA No12 ACTA N%85 Ordinaria.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
No sin antes agradecerle también a Juan Pablo Chávez, que es el representante
de Guapil, muchas gracias por estar hoy acá.
Sr. Pablo Arturo Acuña López, director de la compañía Danza Folklórica Herencia
Criolla
Está de camino, pero está Carlos Ramírez que es el subdirector, muchas gracias.
Voy a hacer la presentación de la canción, esta canción se llama Gamonal es
folclórica y es anónima. En realidad los Gamonales vivieron en todo el país, se
baila tanto en Guanacaste, la zona del Caribe y en la Zona Sur. El traje que ustedes
están viendo, nosotros lo quisimos traer hoy porque es uno de los atuendos más
nuevos que tenemos y es de los que está más bonitos, porque nuestros trajes ya
casi todos tienen 20 años, entonces tiene mucho kilometraje, así que procuramos
traer lo mejorcito que teníamos para que ustedes se sientan a gusto con lo que
van a ver, gracias.
Nota de Secretaría: La Compañía Danza Folclórica Herencia Criolla y Ensamble
Musical Folclórico Guapil proceden con la presentación cultural.
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8 Ud PE Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N913 ACTA N%85 Ordinaria.
ES) Concejo Municipal Pococi
A 17:50:11 |
Concejo Municipal Pococi
Sesión N* 85
Nosotros también hemos ensayado algunas canciones que son vocales y nos
gusta mucho una canción que es muy icónica, voy a pedirle entonces a los
compañeros que por favor cambien de pareja para que las otras compañeras
que están afuera, tengan la oportunidad de bailar.
Nosotros desde que el grupo comenzó, se montó una canción que se llama Pájaro
Carpintero, que se ha convertido prácticamente en el himno de este grupo, no
sabemos por qué en realidad, en una oportunidad pudimos compartir con María
Mayela Padilla que es la cantautora de esa canción y nos dijo, yo he visto muchas
coreografías de mis canciones, pero no he visto una como esta y me gusta mucho
que sea aquí en Guápiles.
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YA A. >) Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N914 ACTA N*85 Ordinaria. 23-12-2024
Así que, tal vez saber que siempre nos han alabado y nos han felicit
trabajo que nosotros hacemos, espero que Pájaro Carpintero de María Mayela
Padilla les guste tanto como nos gusta a nosotros bailarla.
>] concejo Municipal Pococá
Sesión N* 85
Concejo Municipal Pococí
| Sesión N' 85 17:54:29
Muchísimas gracias, las experiencias que nosotros hemos vivido con estos jóvenes
nos recuerdan muchas cosas que nosotros podemos contar de ese cantón. Si
queremos salir no es porque queremos tal vez viajar porque posiblemente uno
preferiría salir de vacaciones, lo que queremos es contarles que Guápiles es un
lugar donde la gente puede llegar a forjar una vida, cualquier pregunta estamos...
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
E) en ES : k Di Sitio Web: munipococi.go.cr
AY a AY) > L Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N915 ACTA N%85 Ordinaria. ¿
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Agradecerle Pablo a usted y a cada uno de los miembros del grupo, agradecerle
a Guapil también. Voy a abrir un espacio para que los compañeros regidores y
regidoras puedan felicitarlos y hacerle cualquier consulta que ellos deseen, creo
que tenemos primero a Don Carlos Retana.
Reg. Carlos Retana López
Saluda, realmente impresionante, muy admirable. Cuando yo estudiaba en el
Técnico de Pococí, Pablo era profesor y siempre ha demostrado ser una persona
comprometida, con liderazgo marcado, todos estos proyectos y con este en
particular, con este proyecto folklórico realmente se han transformado vidas, hay
muchachos que han obtenido una beca para estudiar gracias al talento
desarrollado en un proceso que ha sido de corazón, en un proceso que como
bien lo decía Pablo hace un rato, es sin fines de lucros, es un tema de desarrollo
cultural, es un tema de hacer crecer las personas.
Ocupamos muchos Pablos en el mundo, ocupado muchos Pablos en Pococí,
gente comprometida de quiere hacer las cosas bien y que sepa hacer disfrutar
ese talento porque ahí están las personas, pero siempre falta un elemento
catalizador, un líder que organice las cosas para que sucedan.
Qué bonito Pablo, que usted hace que las cosas sucedan, qué bonito ver a todos
estos muchachos y muchachas, transformando su vida y aportando para el
desarrollo cultural del cantón, a veces la gente ve solamente a un grupo bailando
y me gustó mucho lo que decía Pablo, estamos buscando que Pococí no
solamente sea un lugar de tránsito, sino que sea un lugar para venir a quedarse y
me parece que es ha sido el mismo pensamiento de la administración de Don
Manuel y este Concejo, Pococí tiene que cada día ir creciendo y desarrollándose
y con el aporte personas como ustedes, esto cada vez es más posible, muchas
gracias.
Reg. Luis Ángel Méndez Araya
Saluda, qué honor y qué agradable casualidad y se ríe porque sabe a qué me
refiero, estuve en la animación del evento de barrio Nájera en la iluminación del
arbolito y ahí tuve el honor de presentar y de presenciar la calidad, pero es que
fue calidad desde un inicio, desde horas de la mañana, todos los grupos que se
fueron presentando.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI Sn Ñ
PAGINA N%16 ACTA N%85 Ordinaria. 23-12-2024 + z
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Hice mucho énfasis en ese tema porque fue calidad las presentaciones que se
vieron ahí y ni qué decirle de ustedes mis respetos, fue calidad y algo que usted
hizo también Don Pablo, resaltarlo, la fusión con el grupo Oro Verde en ese
momento, para bailar el Punto Guanacasteco, a quién se le hubiera ocurrido
verdad, a don Pablo se le ocurrió, estaba en ese momento presente el grupo Oro
verde y resulta que Don Pablo se le ocurre hacer una fusión con los dos grupos y
bailaron el Punto Guanacasteco y fue espectacular, el público encantadísimo y
yo me quedaba sin palabras verdad, no sabía ni qué decirles en ese momento
verdad, pero de veras un honor y don Pablo qué Dios lo bendiga a usted y a las
muchachas y muchachos, muchísimas gracias.
Ustedes son embajadoras y embajadores de nuestra comunidad, de nuestro
distrito, de nuestra provincia y del país, donde ustedes vayan ahí va a estar
representado Pococí. Qué orgullo tenerlos hoy acá, en esta sala de sesiones y mire
usted qué agradable casualidad. Muchísimas gracias señor presidente.
Reg. Patricia Aguilar Araya
Saluda, bienvenido al Grupo Herencia Criolla, cuando los veo bailar me hacen
bailar a mí, el sentimiento que logran cuando los veo es lindo. En mi infancia una
vez lo hice, no lo volví a hacer, pero esas sonrisas en sus rostros y lo que se proyecta
cuando se baila, es muy lindo, no dejen de hacerlo porque eso siento que es lo
que se vende de nuestro cantón, de nuestro país y de la cultura que bien lo decía
Don Paulo, de la cultura que nos han inculcado nuestros antecesores.
Ahora lo decía bien el padre y decía que de las buenas herencias que tenemos
los seres humanos y de la crianza que nos heredaron nuestros padres y nos
antepasados, es lo que vemos reflejado el día de hoy aquí. Muchas gracias por
representar nuestro cantón, bendiciones.
Reg. Carmen Sánchez Navarro
Saluda, creo que estamos terminando un año de verdad con mucha bendición
compañeros porque esto yo no lo he vivido en años y verlo terminar así este año
es de mucha bendición y usted que nos engalanan en esta última sesión del año,
la 85, ustedes están cerrando con broche de oro.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI NMNn156
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PAGINA N*17 ACTA N*85 Ordinaria. 23-12-2024 *__--
Felicitarles porque esto se trae en la sangre, yo soy una persona que me encanta
mucho moverme, la música me atrae, me inyecta entonces esas son cosas que a
uno lo motivan.
Motivarles a que sigan adelante, pensando siempre en que Dios siempre va a abrir
puertas, caminos, bendiciones para ustedes para que salgan adelante. Conozco
de compañeras que tienen grupos folclóricos y de verdad ha sido un reto, yo sé
que esto no es fácil, es lucha, es presupuesto, es todo lo que conlleva esto, no es
solamente venir a presentar. Una prensa de esas, yo sé que vale un platal porque
lo veo con mi compañera, cuando piden tanto para un traje, un traje de estos
vale mucha plata y sabemos el costo, el sacrificio y con el amor que ustedes lo
hacen de verdad Dios les ha de bendecir siempre.
Qué Dios les bendiga y felicitarlos grandemente.
Reg. Walter Villagra Rodríguez
Saluda, felicitarlos por esta presentación tan bonita y pues decirle que en realidad
pues para mí eso lo traigo en la sangre, aunque nunca lo practiqué, soy nacido
en Guanacaste. Gracias a Dios pues a los 11 años llegué a esta comunidad y aquí
me tienen, sirviendo y decirles pues que lo que ustedes hacen, requiere mucho
sacrificio.
Ustedes estar presentes aquí tienen que dejar la familia por allá, actividades
personales y venir a cumplir, eso es muy importante lo que hacen. No solamente
las palabras bonitas, decirles que aquí tienen a un servidor y que en algún
momento de mi parte, de este Concejo y esta municipalidad pudiéramos aportar
algo para que ustedes puedan seguir en eso, aquí vamos a estar, dando el apoyo
hasta donde podamos y a ver en qué podemos servirles porque como dijo la
compañera y todos sabemos, todo requiere un sacrificio y no viene de la nada,
ahí vamos a estar en lo poquito que podamos, apoyándolos desde el Concejo
Municipal.
Felicitarlos y que tengan una muy feliz Navidad y un próspero año nuevo.
Reg. Eva Torres Marín
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Saluda, los felicito, yo conozco a Pablo hace mucho tiempo verdad. 20 años, yo
sé que han pasado más de una semillita por ahí, me imagino que los va viendo
crecer en ese proceso, eso es lindísimo de verdad.
Super orgullosa, más bien darle las gracias porque ustedes son personas, como
dijo el compañero, embajadores no solamente del cantón, si no van a otros países
y nos vamos a conocer. Yo he tenido la oportunidad de andar ahí en algún
momento y es tan bonito cuando uno está y ve los grupos ticos representándonos
en otro país, se siente super orgulloso.
Decirles compañeros que tenemos que sentimos super orgullosos, porque son
artistas, como dijo Pablo, tal vez son muchachos que no fueron a una academia,
pero lo que ustedes hacen son profesionales, son artistas de verdad. Como dijo
algún compañero, este Concejo Municipal con el apoyo de la alcaldía, hemos
apostado en la parte social, la parte cultural, porque creemos. Yo sé que hay
muchas necesidades en el cantón, pero creemos en la cultura, porque sabemos
que hay muchos muchachos que podemos rescatar y están ocupaditos haciendo
otras cosas mejores.
Ojalá hubiera muchos grupos y en la parte social también, estamos apostando
por qué y en la de deporte, hay que trabajar en eso y de mi parte de verdad
felicitar a los muchachos y gracias por salir del país y como dijo Pablo, no es que
van a pasear, uno sabe el trabajo que tienen que hacer ustedes porque son
muchas presentaciones, ahí van a trabajar y a representar dignamente al país.
Muchísimas gracias y que Dios lo siga bendiciendo, Pablo que Dios le dé las fuerzas
para seguir con este grupo 20 años más, no crea que se pueda ir todavía no, ahí
van más semillitas para arriba, entonces que Dios le dé esas fuerzas a usted para
que siga creando estos artistas que son del cantón.
Muchas felicidades y mi corazón se hace pequeñito de la emoción porque sí creo
en la cultura. Muchas gracias.
Reg. Robert Jiménez Araya
Saluda, Pablo muchas gracias de verdad porque desde hace muchos años
nosotros seguimos, más que mi sobrino ha estado con usted casi que desde el
principio, he sabido a través de él la luchas que ustedes han hecho, cuando han
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tenido que salir. Me acuerdo de que una vez fuimos al teatro para poder salir,
nosotros fuimos a la presentación esa las luchas que han hecho ustedes, lo
hermoso que realmente ustedes al representarnos aquí dentro y fuera del país, es
maravilloso.
No dejen de seguir viviendo esa emoción, ese amor, esa intensidad porque es
algo que nos lleva hacia el futuro, ustedes jóvenes y ya también un poquito más
más allá de jóvenes que han estado ahí, que siga esa semillita como dijo la
compañera, que tenemos que seguir, se van unos, vienen otros y tenemos que ir
inculcando siempre este grupo verdad y estas cosas para Costa Rica, muchas
gracias por estar aquí.
Sr. Pablo Arturo Acuña López, director de la compañía Danza Folklórica Herencia
Criolla
Muchas gracias por todos sus elogios, en realidad nosotros lo que hacemos lo
hacemos porque nos nace, nadie me dice a mí que tengo que estar todos los
sábados llueva o truene, esperando al grupo para ensayar o llegar de San José,
porque yo ahora trabajo en Tres Ríos, sin embargo hay cosas que nosotros tenemos
que señalar y apuntar verdad, nosotros sin el apoyo que ustedes nos puedan
brindar, no podríamos ser una agrupación sobresaliente.
Yo creo que cuando estamos hablando de que hay jóvenes talentosos y personas
a las que se les reconoce su talento, sus destrezas, es porque hay líderes que son
sensibles a esas posibilidades, a esas características y necesitamos de su apoyo.
No quiero poner una nota verdad, pero sínos duele mucho saber que por ejemplo
nosotros hoy por hoy ya no tenemos donde ensayar, porque el Centro Cívico nos
sacó dentro de la oferta que nosotros estábamos llenando y consideramos que es
un lugar que se está subutilizado, porque se está usando para propósitos que no
están marcados por las verdaderas necesidades de los jóvenes, sino que están
marcados por los intereses de las personas que están a cargo.
Es una verdadera lástima que nosotros tengamos que salir de ahí y buscar un lugar
donde tengamos que pagar por ensayar, se nos hace muy necesario que ustedes
nos escuchen, que se acerquen a nuestras agrupaciones, porque no somos los
Únicos que estamos en eso, sino que le demos ese espacio a la cultura.
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Les agradecemos verdaderamente que ustedes sean sensibles a esa necesidad
que tiene nuestras agrupaciones culturales y que podamos hacer que los jóvenes
que son la verdadera riqueza del país y del cantón, sean respetados y sean
tomados en cuenta para que nosotros podamos seguir desarrollando una
verdadera actividad que nos permita sacar a los jóvenes de la violencia que sé
que son sometidos cuando no tienen espacios abiertos para poder.
Agradezco por ejemplo a doña Patricia que nos recibió en La Colonia con brazos
abiertos, a cada uno de ustedes, a don Jordan, a Juancito que siempre nos ha
manifestado su interés y a cada uno de ustedes porque sus palabras, yo las tomo
como palabras verdaderas, como personas que son ustedes respetables, son
sinceras y eso es lo que ustedes pueden encontrar en nosotros, sinceridad porque
nosotros lo que hacemos lo hacemos porque queremos al país.
Ahora que el grupo musical nos acompaña, tal vez ustedes puedan pensar bueno,
pero son profesores, tienen plata verdad, tenemos un compañero que tiene un
instrumento que tiene 17 años, que ya no se puede afinar más, entonces son cosas
que nosotros hacemos y estamos como arañando verdad esas cositas, así que les
pedimos, de Igualmente sé que sus bendiciones nos llegan porque ustedes nos
escuchan. Muchísimas gracias, estamos para servirles y ojalá que ustedes puedan
dirigir sus esfuerzos para que lugares como el Centro Cívico, verdaderamente se
abra a los jóvenes, muchas gracias.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
Compañeros, ustedes pueden no creerlo, que este espectáculo tan lindo que nos
presentaron hoy esté pasando una situación como la que nos acaba de explicar
Pablo y es cierto, lastimosamente se les está cerrando las puertas del Centro
Cívico.
Hace dos meses y algo, don Jordan y mi persona estuvimos en una reunión en el
Centro Cívico con Pablo y con José Luis, viendo la posibilidad de que no se les
cierren esas puertas. En ese momento pues no llegamos a nada, ahorita apelaría
a la gestión que pueda hacer el señor alcalde. Si hay algo que creo que identifica
este Concejo y a la alcaldía y no me cabe duda de eso, es que estamos
enfocados en el tema cultural, en el tema deportivo y en el tema social, que es
importantísimo para la juventud de este cantón.
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Solo enfocándonos en esos temas, podemos sacar del vandalismo, de la
delincuencia, de la drogadicción a muchos jóvenes, ese tema es vital para tener
juventud sana en el cantón.
Otro anuncio, Herencia Criolla sale el próximo año del país a representar a Costa
Rica y al cantón, próximamente vamos a tener nuevamente a Pablo aquí en
enero porque viene a hacernos una solicitud y tiene que ver con ese viaje tienen
que hacer en el mes de julio, ¿Portugal correcto? para que sepan de antemano
que lo vamos a tener nuevamente aquí a finales de enero porque creo que es
importante poder ayudarles y para que ellos nos vayan a representar a Portugal
muy dignamente.
Pablo, reiterarle el agradecimiento por este regalo para todo el cantón de Pococí,
para todos los que nos siguen a través de las redes sociales y para el Concejo
Municipal en pleno. Yo me siento muy orgulloso de ustedes y le agradezco
enormemente que estuvieran hoy acá, regalándonos este grandísimo
espectáculo.
Finalizamos con una intervención breve del regidor Retana.
Reg. Carlos Retana López
Muchas gracias señor presidente, pero lo que pasa es que no estamos
solucionando el problema, o sea a quién hay que llamar aquí, qué voluntades hay
que mover porque el tema es que ustedes fueron, se reunieron y no tuvimos luz
blanca para esto.
¿Qué es lo que hay que hacer?, ¿qué ocupamos hacer? porque con el tema del
viaje a Portugal yo creo que aquí podemos apoyar verdad, siempre ha habido
voluntad para apoyar, pero con este tema que es urgente y que es importante,
¿a qué autoridad tenemos que llamar aquí al Concejo como gobierno? y que dé
las explicaciones correspondientes o de quién es la falta voluntad para que eso
suceda.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
Regidor viera que sí hicimos alguna gestión ahí con la junta del Colegio Técnico y
estuvieron anuentes, pero les cobran 50.000 colones por semana, por cada
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sábado verdad y ustedes ensayan todos los sábados del mes, entonces estamos
hablando de 200,000 colones por mes.
Obviamente esa opción pues no nos sirve, pero yo sé que aquí el señor alcalde
nos puede dar alguna buena noticia, adelante señor alcalde.
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera
Saluda, efectivamente a mí me parece que hay que convocar al Ministro de
Justicia y Paz porque no se vale, lamentablemente aquí creamos un edificio y
resulta que justicia y paz es el que toma las decisiones y hemos venido peleando
desde hace tiempos porque nosotros tenemos que hacer reparaciones y arreglos,
pero resulta que ellos toman decisión.
Inclusive ahora son ellos y también están quitando a los compañeros de la Banda
Municipal, que no les permiten y hablamos de que era un centro que era para
que los jóvenes pudieran disfrutar ahí y lamentablemente ellos toman otras
decisiones. Si fuera de nosotros encantados, pero ahí el que tiene que ver es el
Ministro de Justicia y Paz y la encargada que él tiene ahí, entonces tenemos que
más bien convocar al ministro para ver cómo resolvemos el problema, porque no
son solo ellos también la Banda Municipal no tiene donde entrenar tampoco.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
Muchas gracias señor alcalde, nada más permítame un momentito que el padre
tiene algo que anunciarles.
Pbro. Juan Carlos Álvarez Valverde
De qué horas a qué horas ensayan ustedes.
Sr. Pablo Arturo Acuña López, director de la compañía Danza Folklórica Herencia
Criolla
Nosotros ensayamos los sábados después de las 3:00 p.m. a 10:00 p.m. Lo hacemos
así porque tenemos una sección infantil que atendemos a las 3:00 p.m. donde
tenemos niños de 9 a 12 años, después llega la sección juvenil que es donde están
los chicos de colegio y que son menores de edad todavía, pero que ya bailan y
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ya se ven un poco más adultos y después tenemos la sección de adultos, que son
66 personas las que hay en este momento, ahora tenemos que crearle el espacio
al grupo musical porque nosotros acabamos de encontrarnos verdad, tuvimos la
suerte de conocer a Juan Pablo Chávez que ahora sí está aquí, estaba atrasado
por todo esta pega de tránsito que hay ahorita. Son personas muy talentosas.
¿Qué es lo que pasa? nosotros si buscamos músicos para traer, hay que pagarles,
es decir hay músicos que no le tocan una cuerda si no se les paga, estos
compañeros al igual que nosotros lo están haciendo a iniciativa de ellos propios,
no nos están cobrando un cinco por nada.
Nuestra agrupación no es una agrupación con fines de lucro y lo que más nos
interesa de esto es poder llevar una muestra donde se diga bueno los grupos de
San José tienen teatros y tienen auditorios y lugares muy lindos para ensayar, para
cautivar a su público, nosotros ahora que vamos a ir el primero de junio al Auditorio
Nacional, tenemos que vender la entrada mucho más barata de lo que lo vende
el auditorio, para que las personas de aquí que nos quieran ir a ver, puedan
comprar esa entrada y puedan pagarse el transporte en autobús especial para ir
a vernos en un teatro, porque nosotros tenemos esa limitación por acá.
Pbro. Juan Carlos Álvarez Valverde
Don Pablo, hagamos una cosa entonces comuniquémonos para ver si ponemos
a disponibilidad el salón parroquial para que ustedes entonces vayan ensayando
ahorita, mientras se abre ahorita la discusión tal vez entre los grupos para que
podamos por lo menos brindarle un espacio.
Nada más hay que coordinar un poquito los horarios, porque también puede
haber agendas ya de sábados que hay que ver, pero hagámoslo así mientras se
hacen los diálogos con el señor alcalde, su persona y el Concejo para ayudar y
que no se quede estancado un proyecto tan bueno, ¿está bien? con mucho
gusto.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
Solo aclarar un asuntito, anuencia por parte de don José Luis, que es el
administrador del Centro Cívico sí hay y él no lo explicaba claramente, el tema
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justamente es lo que acaba de acotar el señor alcalde verdad, el Ministerio de
Justicia y Paz.
Sr. Pablo Arturo Acuña López, director de la compañía Danza Folklórica Herencia
Criolla
Es correcto.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
Ahí es donde está la piedrita en el zapato para ustedes y el horario en el que
ustedes también pues ensayan, que es bastante de noche, pero yo lo entiendo
porque es el horario que más se les acomoda a todos por un tema laboral.
Sr. Pablo Arturo Acuña López, director de la compañía Danza Folklórica Herencia
Criolla
Por horarios de trabajo y estudio.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
Entonces compañeros, no sé si lo ven a bien tomamos el acuerdo de convocar all
Ministro de Justicia y Paz para tocar este tema de Herencia Criolla y otros también
que tienen este problema, los que estén de acuerdo favor levantar la mano.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se convoca a mesa de trabajo al señor Gerald
Campos Valverde, Ministro de Justicia y Paz para tratar el tema de uso de las
instalaciones del Centro Cívico por la Paz de Pococí para los grupos culturales del
cantón, entre ellos Herencia Criolla, Banda Municipal de Pococí y otros. Indicar
disponibilidad de fechas según su agenda. Se Dispensa del Trámite de Comisión
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Vota a favor los regidores: Juan Mauricio Mora Cruz, Luis Méndez Araya, Patricia Aguilar
Araya, Carmen Sánchez Navarro, Carlos Retana López, Eva Torres Marín, Ricardo
Villalobos Vargas, Walter Villagra Rodríguez y Jordan Chaves Chaves.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
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Compañeros vamos a tomar un breve receso para despedir al grupo y para
despedir al padre. Padre si usted quiere quedarse hasta el final de la sesión, para
nosotros es una bendición, pero ya seguimos aquí en asuntos netamente del
Concejo, pero si usted nos quiere acompañar hasta el final no hay ningún
problema.
Llevamos ocho meses padre en que, lo primero que hacemos antes de iniciar es
la oración, siempre, yo creo que por eso hemos sido tan bendecidos y el pueblo
de alguna forma nos reconoce a este Concejo y al Señor alcalde, creo yo el buen
trabajo que hemos desempeñado hasta el momento.
Creo que el encomendarnos. a Dios, nos ha traído obviamente muchas
bendiciones, muchas gracias, padre por acompañarnos el día de hoy y darnos
esa reseña de Navidad y como le digo, si quiere quedarse no hay ningún
problema, bendito sea Dios.
Pbro. Juan Carlos Álvarez Valverde
Juancito, nosotros trajimos unas empanaditas y unas galletas.
Sr. Pate. Juan Mauricio Mora Cruz
Vamos a dar un breve receso para compartir.
Nota de Secretaría: Al ser las 18:23 se procede a un receso, inicia la sesión al ser
las 18:30.
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ACUERDO N* 2465
Al ser las dieciocho horas con treinta y seis minutos del veintitrés de diciembre de
dos mil veinticuatro, se presenta ante el Concejo Municipal la señora:
> Pamela Cristina Sojo Valverde, cédula de identidad: 7-0194-0648
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Para ser juramentada como miembro de la Junta de Educación de la Escuela Los
Diamantes. La misma fue NOMBRADA en la Sesión N*81 Extraordinaria del 10-12-
2024, Artículo |, Acuerdo N*2290 (SMP-2299-2024).
El señor Juan Mauricio Mora Cruz, en calidad de presidente municipal con
capacidad plena para realizar este acto, procede a juramentarla.
Sesión N*85 MESE
Sesión N* 85 Ordinaria del Concejo Municipal de Pococí
QUEDA DEBIDAMENTE JURAMENTADA.
Vota a favor los regidores: Juan Mauricio Mora Cruz, Luis Méndez Araya, Patricia Aguilar
Araya, Carmen Sánchez Navarro, Carlos Retana López, Eva Torres Marín, Ricardo
Villalobos Vargas, Walter Villagra Rodríguez y Jordan Chaves Chaves.
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EE
ARTICULO IV
Asuntos de Trámite Urgente a Juicio de la Presidencia
ACUERDO N* 2466
Se conoce nota suscrita por Manuel Antonio Álvarez Poveda, secretario General
SUTRAM, correo electrónico: sutrampococi202209gmail.com dice:
Asunto: Nueva Convención Colectiva de la Municipalidad de Pococí.
CUARTA CONVENCION ¿8
COLECTIVA DETRABAJO LESA
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d (5) MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Quas SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
merino CONVENCIÓN COLECTIVA
Contenido
PRESENTACION asomarse 2
OPTION 3
Titularidad, Ámbito De Aplicación, Representación De Las Partes Y Duración
CAPÍTULO Il
De La Salud Ocupacional, Seguridad E Higiene En El Trabajo
CAPÍTULO II! ..
Contratación, Prestaciones Laborales Y Garantías Municipales
CAPÍTULO IV
Jornada De Trabajo, Vacaciones Y Licencias
CAPÍTULO V...
Salarios
CAPÍTULO Vcc 37
Actividades Culturales Y Deportivas
CAPÍTULO Vil ccicccccccocooiononnonooonnnonn near 38
Educación Y Ambiente
CAPÍTULO lll... conninsoai NORTE 46
Carrera Administrativa: Principios, Procedimientos Especiales Y Vigencia De La
Convención Colectiva
DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
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4 (5) MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Yuas SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
A CONVENCIÓN COLECTIVA
PRESENTACIÓN
Estimados compañeros:
El presente documento es la CUARTA CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO,
suscrita entre la Municipalidad de Pococí y el SINDICATO UNITARIO DE
TRABAJADORES MUNICIPALES. SUTRAM.
Esta se fundamenta en la constitución política que señala:
ARTICULO 62.- Tendrán fuerza de ley las convenciones colectivas de trabajo que,
con arreglo a la ley, se concierten entre patronos o sindicatos de patronos y
sindicatos de trabajadores legalmente organizados.
ARTÍCULO 74.- Los derechos y beneficios a que este capítulo se refiere son
irrenunciables. Su enumeración no excluye otros que se deriven del principio
cristiano de justicia social y que indique la ley; serán aplicables por igual a todos los
factores concurrentes al proceso de producción y reglamentados en una legislación
social y de trabajo, a fin de procurar una política permanente de solidaridad nacional.
Su estudio les permitirá conocer la ley profesional que regula las relaciones
laborales en la Municipalidad de manera que nuestros derechos estén garantizados.
Junta Directiva SUTRAM 2023-2024
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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Pececí
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
CONVENCIÓN COLECTIVA
CONVENCIÓN COLECTIVA:
CAPÍTULO 1.
TITULARIDAD, ÁMBITO DE APLICACIÓN, REPRESENTACION DE LAS
PARTES Y DURACIÓN
ARTÍCULO 4: Titularidad de la convención.
La Municipalidad del cantón de Pococí, con cedula jurídica 3-014-042125, en
adelante se denominará la Municipalidad, reconoce al Sindicato Unitario de
Trabajadores Municipales del Cantón de Pococí (SUTRAM) con cedula jurídica 3-
011-153086, en adelante se denominará como el Sindicato, como el representante
legítimo de las personas trabajadoras municipales del cantón de Pococí, en los
intereses profesionales, colectivos e individuales de todas las personas
trabajadoras. Se compromete a negociar la convención colectiva con este Sindicato
y todos los problemas o conflictos de orden laboral, económico, social y cultural que
se planteen sin perjuicio del derecho que tienen las personas trabajadoras afiliadas
de hacerlo directamente ante la Municipalidad, en los asuntos de orden individual
de su exclusivo interés. Esta convención se regirá por las siguientes cláusulas:
Artículo 2: Libertad sindical y prevención de toda coacción Anti Sindical.
La Municipalidad garantiza la libertad sindical y el funcionamiento de toda la
organización. Para ello permitirá la celebración de las asambleas generales del
Sindicato, las cuales se realizarán dos veces al año, la primera en el mes de febrero
y la segunda en el mes de agosto. Podrá realizar asambleas extraordinarias en
casos de conflictos no resueltos que lo ameriten conforme a la ley.
La Municipalidad no ejercerá coacción alguna, ni presiones, halagos, promesas, o
comportamientos semejantes que busquen afectar la libertad sindical o lograr la
renuncia de las personas trabajadoras afiliados al Sindicato o su no afiliación al
mismo; asimismo se abstendrá de intervenir directa o indirectamente en el fomento
de organizaciones que creen paralelismo sindical.
Cuando el Sindicato denuncie alguna violación a la presente clausula y la misma se
compruebe debidamente, se aplicará al funcionario responsable la sanción
correspondiente a una falta grave conforme al artículo 81 del código de trabajo.
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SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
CONVENCIÓN COLECTIVA
4 (á MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
o
a
Toda acción de las antes señaladas por parte de representantes patronales de la
municipalidad será considerada una práctica laboral desleal.
El alcalde o alcaldesa se compromete a evitar que cualquiera de sus representantes
realice acciones de tal naturaleza. La Municipalidad garantiza una política de
respeto a todas las garantías que otorgan a los trabajadores y sus organizaciones
sindicales, el Código de Trabajo, el Código Municipal, la Constitución Política y los
Convenios Internacionales de la Organización Internacional del Trabajo, O.I.T.
especialmente los convenios 87 y 98. En este sentido, la Municipalidad girara
instrucciones precisas y claras a todos los trabajadores y funcionarios con
atribuciones de mando, para que las acaten. A todos los jefes, la Municipalidad les
girará órdenes para que se abstengan de ejercer represalias de cualquier
naturaleza, o persecución contra los representantes sindicales, los trabajadores
afiliados o contra aquellos que de una u otra manera participen en actividades
sindicales, o cuando acudan a presentar sus reclamos a los representantes
patronales.
Artículo 3: Objeto y Carácter de Ley Profesional.
Esta convención colectiva tiene como objeto, establecer y regular las relaciones
laborales entre la Municipalidad y su personal. La Municipalidad y el Sindicato se
obligan al cumplimiento de la presente convención que tiene el carácter de Ley
Profesional.
La Municipalidad se compromete a disponer lo pertinente para que sus
representantes cumplan con las obligaciones aquí contraídas y el Sindicato
garantiza el cumplimiento de lo pactado por parte de sus afiliados y dirigentes. Tiene
carácter vinculante para las partes, entendiendo por tales a la Municipalidad y al
Sindicato SUTRAM.
La Municipalidad garantiza una política de respeto a todas las garantías que otorgan
a las personas trabajadoras y sus organizaciones Sindicales, el Código de Trabajo,
el Código Municipal, la Constitución Política y los Convenios Internacionales de la
Organización Internacional del Trabajo (O.!.T) especialmente los convenios 87, 98,
111. Igualmente, los derechos económicos y sociales garantizados por la
Convención Americana de los Derechos Humanos y su protocolo adicional o su
pacto de San Salvador, ambos ratificados por Costa Rica.
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AY us Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PRIDE AT
y (5) MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Qus SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
o CONVENCIÓN COLECTIVA
En este sentido, la Municipalidad girará instrucciones precisas y claras a todas las
personas trabajadoras y funcionarios con atribuciones de mando, para que las
acaten.
Artículo 4: Ámbito Temporal.
La Presente Convención tendrá una vigencia de tres años a partir de la firma de la
misma. Durante el periodo en que se esté negociando la nueva Convención,
quedara en vigencia la actual y, por tanto, sus artículos son de aplicación para
ambas partes, (al momento de acercarse el vencimiento de la convención y existir
mutuo acuerdo de negociar se mantendrá activa)
Artículo 5: Vigencia de los Derechos Humanos Relativos al Trabajo.
a -La Municipalidad garantiza la plena vigencia de los Derechos Humanos relativos
al trabajo, conforme al principio de progresividad y no discriminación, garantizando
el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos
humanos relativos al trabajo.
b-Igualmente garantiza el marco jurídico vigente, la capacitación y el desarrollo
profesional para el mejoramiento continuo del servicio público municipal, el salario,
los derechos económicos y sociales incluida la estabilidad laboral, sus correlativas
medidas de protección, incluido el pago puntual y el respeto de las garantías
sociales de rango constitucional.
a) Además, se compromete a extender por todos los medios legales a su alcance,
los derechos que aquí se consignan como conjunto de garantías mínimas a todas
las personas trabajadoras.
b) Por tanto forman parte integral de esta convención colectiva los Convenios 87,
98 , 111, 135, 190, así como la recomendación 143, y todos los demás
instrumentos internacionales de la Organización Internacional del Trabajo, así
como los derechos económicos y sociales, el derecho al trabajo (art. 6);
estabilidad laboral e igualdad en las condiciones de trabajo (art. 7); derecho a la
huelga y a la libertad sindical (art. 8); derecho a la seguridad social (art. 9);
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SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
a CONVENCIÓN COLECTIVA
¿Es MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
a
derecho a la salud (art. 10); derecho a un medio ambiente sano (art. 11); derecho
a la alimentación (art. 12); derecho a la educación (art. 13); derecho a la
constitución y protección de la familia (art. 15); Protección de los ancianos y las
personas con discapacidad (artículos 17 y 18), todos los anteriores del Protocolo
adicional de la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San
Salvador, ratificado por el país.
c) También forman parte de esta convención colectiva los derechos civiles y
políticos garantizados por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
por lo que la Municipalidad garantiza la plena vigencia de los mismos.
Artículo 6: Ámbito Personal.
La presente Convención tiene carácter de Ley Profesional para:
a)- Las partes que la suscriban.
b)- Todas las personas que en el momento de entrar en vigencia trabajen en la
Municipalidad, y las que en el futuro ingresen a laborar en la Municipalidad.
Se exceptúan aquellos que la ley expresamente les impida ser beneficiados por este
instrumento convencional.
Esta Convención no implica renuncia de parte del Sindicato que la suscribe, ni de
las personas trabajadoras a sus derechos, ventajas y condiciones de trabajo que
actualmente disfrutan, o de las mejoras que en el futuro lleguen a disfrutar.
Artículo 7: Acceso a Centros de Trabajo y Solución de Conflictos.
La Municipalidad reconoce el derecho de los miembros del Sindicato, a tener acceso
a las diferentes dependencias municipales, centros de trabajo, con el objeto de
constatar el estricto cumplimiento de la presente Convención, Leyes sociales, y
demás disposiciones para lo cual se les dará autorización, siempre que no alteren
las condiciones normales de trabajo.
La Municipalidad y el Sindicato se comprometen a discutir los conflictos originados
en la prestación del trabajo en un término no mayor de 48 horas (días hábiles) y a
resolverlos de ser posible mediante el diálogo social.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
Ro CONVENCIÓN COLECTIVA
; (5) MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
yes
Para tal efecto ambas partes se comprometen a reunirse a la mayor brevedad
posible en las personas de su secretario general y el alcalde o alcaldesa en su caso,
para favorecer una comunicación proactiva en torno a los problemas que se susciten
en las relaciones laborales que favorezca la prevención de conflictos mayores.
Artículo 8: Representante Patronal para dirimir Conflictos Colectivos.
En la relación Obrero - Patronal será representante de la Municipalidad, el alcalde
o alcaldesa o en su caso el suplente, que será designado mediante nota o correo
electrónico dirigido al secretario general del Sindicato, pero solo en casos de
ausencia prolongada o por razones de emergencia u oportunidad.
Artículo 9: Sindicato Titular para Resolver Conflictos y plazos para resolver
casos de interés colectivo.
a) La Municipalidad reconoce y autoriza la participación y funcionamiento en todos
sus centros de trabajo al Sindicato y organizaciones de segundo y tercer grado a
que esta organización pertenezca. Asimismo, reconoce y autoriza el libre acceso
a todos los centros de trabajo de los miembros de la Junta Directiva y los
delegados Sindicales que esta designe, para realizar actividades propias de su
función Sindical, sin que se vea afectada la prestación de los servicios
Municipales.
b) En igual forma, cuando se trate de conflictos laborales, constatar el cumplimiento
de todo lo pactado en la presente Convención, las Leyes Laborales, sus
reglamentos, Leyes conexas y demás disposiciones legislativas o reglamentarias
aplicables.
c) El Sindicato podrá solicitar la información que requiera en relación con los
conflictos de índole laboral o disciplinarios a las autoridades municipales, en la
persona del alcalde o alcaldesa Municipal, quien deberá responder en casos de
urgencia en el plazo que las partes convengan, que no podrá ser mayor a 24
horas en casos de urgencia o conflicto declarado o de 8 días en casos ordinarios
propios de la relación laboral. Los delegados antes mencionados contarán con
las facilidades de procedimiento necesarias para que puedan ejercer su función.
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SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
no CONVENCIÓN COLECTIVA
Artículo 10: Audiencia con el alcalde o alcaldesa y Concejo Municipal.
a) Cuando algún representante del Sindicato, de una organización de segundo
o tercer grado al que pertenezca, requiera audiencia con el alcalde o
alcaldesa, para tratar asuntos concernientes a las personas trabajadoras
municipales, trátese o no de la aplicación del presente convenio, se les
atenderá dentro de un plazo máximo de 72 horas (días hábiles) . Igual plazo
regirá para la resolución positiva o negativa de sus gestiones ante los
personeros de la Municipalidad.
b) El Concejo Municipal recibirá a los representantes sindicales del SUTRAM
en las audiencias que estos soliciten.
c) La no aplicación de todas las cláusulas anteriores se considera una práctica
laboral desleal.
Artículo 11: Regulación del debido proceso y derecho de defensa.
a) El derecho a la defensa y a un proceso justo es parte esencial y fundamental
del Estado Social de Derecho y de sostenimiento de la democracia, por lo
que constituye un derecho humano fundamental y por tanto el Sindicato
puede representar a todas las personas trabajadoras que así lo soliciten en
sus conflictos individuales.
b
La garantía del debido proceso, plasmada en la Constitución Política en sus
artículos 39, 40 y 41, como derecho fundamental de aplicación inmediata y
consignada, entre otras, en la Declaración Universal de Derechos Humanos
de 1948 (artículos 10 y 11), en la Declaración Americana de los Derechos y
Deberes del Hombre proclamada en el artículo XXVI y en la Convención
Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica,
1969, Artículos 8 y 9)
c) El debido proceso y el derecho a la defensa estarán garantizados a todo
trabajador municipal para defenderse de las acciones administrativas y
judiciales que puedan provenir de la propia Municipalidad, o de diferentes
entidades del Estado o acciones de personas o empresas privadas con las
que se relaciona por razón de su cargo.
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aa.
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nero CONVENCIÓN COLECTIVA
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es
d) El debido proceso se basa en la existencia de unos procedimientos ya
definidos por la ley; se entiende, además, como un conjunto de garantías
previstas por el orden jurídico que buscan proteger al trabajador municipal en
una actuación judicial o administrativa imprevista y como resultado de su
labor normal. En este sentido, el debido proceso se da también en
situaciones administrativas y penales, como las sanciones o contravenciones
de tránsito, cuando se trate de vehículos municipales
e) Por tanto este derecho consiste en la oportunidad para interponer recursos,
la adecuada intimación de cargos que se le atribuyen al trabajador o
trabajadora, el ajuste a las normas preexistentes al acto que se imputa; la
competencia de la autoridad administrativa que orienta el proceso; la
aplicación del principio de favorabilidad en materia laboral conforme a los
artículos 15 y 17 del Código de Trabajo que incluye la aplicación de la norma
más favorable y la condición más beneficiosa; el derecho a una resolución
que defina las cuestiones jurídicas planteadas sin dilaciones injustificadas; la
ocasión de presentar pruebas y de controvertir las que se aleguen en contra
y, desde luego, la plena observancia de las formas propias de cada proceso
según sus características.
f) La Municipalidad concederá un día completo con goce salarial al funcionario
cuando se trate de un proceso de suspensión o despido para preparar la
defensa.
9) El Sindicato puede asumir la defensa de la persona trabajadora a su solicitud.
La municipalidad reconoce que aplicará en sus procedimientos laborales
internos el principio in dubio pro operario y el derecho al debido proceso está
garantizado por los Derechos Universales reconocidos por la Carta de
Naciones Unidas, el artículo 11 de la Constitución Política, artículos 10 y 11
de la Ley General de la Administración Pública, al considerar que la
Municipalidad no puede sobreponerse a los derechos humanos de sus
trabajadores ni puede estar por encima de ellos.
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Artículo 12: Oficina Sindical, Aplicación de los Principios de la Libertad
Sindical.
La Municipalidad garantiza:
a) Una oficina Sindical para el SUTRAM debidamente equipada y acondicionada
(con el respectivo sanitario) en donde se puedan realizar las reuniones de la
Junta Directiva y capacitación Sindical dentro del Palacio Municipal. En caso de
que se abran nuevas sedes municipales se garantizara un nuevo espacio físico
para la atención de los afiliados del SUTRAM. La Municipalidad concederá un
escritorio, sillas, mesa de trabajo de sesiones, papelería y suministros de oficina;
equipo de oficina, computadoras, impresora multifuncional, proyector, mueble de
cocina, equipo de ventilación, microondas, Coffe maker, artículos y suministros
de limpieza; servicio de energía eléctrica, agua potable y de conectividad
(internet); para el desarrollo de las actividades sindicales en la oficina que se
asigne. (Rige a partir de la construcción del edificio nuevo).
b) El derecho de las personas trabajadoras a organizar Sindicatos y a afiliarse al de
su elección, para la protección y promoción de sus intereses como proyección de
este derecho.
c) La Municipalidad otorgará dos veces por mes como licencia sindical con goce de
salario para reuniones o sesiones de la Junta Directiva del SUTRAM, dicho día
será definido previo acuerdo por la Municipalidad y el SUTRAM; en caso que se
requiera cambiar el día de licencia sindical para reuniones o sesiones, este
cambio deberá de ser notificado al menos con tres días de antelación a la otra
parte y deberá ser aprobado por ambas partes. Para el disfrute de la presente
licencia la Municipalidad tomará las previsiones necesarias con el fin de
garantizar la prestación de los servicios esenciales que le sean previstos por ley.
d) La Municipalidad, otorgara licencia sindical con goce de salario a los afiliados y
afiliadas del SUTRAM, un día al año para que participen en las asambleas
ordinarias del SUTRAM siendo estas en el mes de febrero y la segunda en el
mes de agosto, y 2 medios para las asambleas extraordinarias. Las licencias
sindicales establecidas en este inciso se tramitarán ante el alcalde o alcaldesa.
Para el disfrute de la presente licencia la Municipalidad tomará las previsiones
necesarias con el fin de garantizar la prestación de los servicios esenciales que
le sean previstos por ley.
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CONVENCIÓN COLECTIVA
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e) La Municipalidad concederá hasta 1 días hábiles por mes a los dirigentes
sindicales para actividades propias de su cargo. Para ello lo informaran con 3
días de anticipación ante el alcalde o alcaldesa. Esta licencia es independiente a
los supuestos del inciso c de este numeral. De igual manera la Municipalidad
tomará las previsiones necesarias con el fin de garantizar la presente licencia y
la prestación de los servicios esenciales establecidos por ley que sean de su
competencia.
f) La Municipalidad concederá licencias con goce de salario en días hábiles, para
el desarrollo de 2 actividades de capacitación por año para los miembros junta
directiva. Los temas a desarrollar serán con el fin de mejorar el clima
organizacional de la Municipalidad y la promoción de los derechos laborales,
dichos temas son los siguientes: materia de salud laboral, resolución alterna de
conflictos, derechos colectivos de los trabajadores, protección del ambiente y
estudio de la convención colectiva. Para cada actividad de capacitación la
Municipalidad aportará la suma de un millón quinientos mil colones, los cuales
serán depositados a las cuentas del SUTRAM o bien mediante cheque a favor
de SUTRAM, con diez días de antelación, para ello el SUTRAM deberá de
comunicar con un mes de antelación a la Municipalidad la actividad a desarrollar,
con el fin de hacer efectivo el pago y el otorgamiento de las licencias a quienes
participarán. El aporte señalado anterior por parte de la Municipalidad es
conforme al principio de razonabilidad y proporcionalidad, en razón de los costos
y de los beneficios que dichas capacitaciones proporcionan a cada persona
participante.
g) La Municipalidad permitirá al Sindicato formar parte de las federaciones y
confederaciones nacionales y asociarse a las ya existentes, así como formar
parte de organizaciones Sindicales internacionales y asociarse a la de su
elección y tratará con las organizaciones de segundo y tercer grado los asuntos
que se le sometan en conjunto con el Sindicato Municipal.
h) La Municipalidad reconoce los principios de la libertad sindical por lo que
garantiza la independencia sindical y su libertad de acción, así como sus
derechos de representación de los intereses colectivos. Por ello permitirá que los
Sindicatos, Federaciones y Confederaciones funcionen libremente.
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merzaao
i) Además, la Municipalidad garantiza el pleno respeto de esta convención colectiva
y su carácter voluntario, fundado en la libre decisión de las partes, así como la
normativa que las regula.
j) Asimismo, se compromete a no interpretar unilateralmente la convención
colectiva en perjuicio de las personas trabajadoras y su obligado cumplimiento
sobre la base de la buena fe, por lo que garantiza que no realizará acciones
unilaterales para eliminar derechos adquiridos.
k) Se garantiza el fuero sindical para todas las personas trabajadoras y trabajadores
afiliados. La Municipalidad garantiza que no despedirá a ningún trabajador por el
desarrollo de actividades Sindicales ni prometerá favores por no afiliarse o
desafiliarse del Sindicato. Lo dispuesto anteriormente es conforme al artículo 367
del Código de Trabajo que permite establecer normas más favorables en
convenciones colectivas.
l) Se garantiza los principios de negociación colectiva libre y voluntaria y por tanto
se abstendrá de desconocer lo negociado, por ser esto violatorio del convenio 98
de la OIT.
m) Ningún miembro del Comité Ejecutivo del Sindicato, podrá ser destituido por el
simple hecho de ser dirigente de las personas trabajadoras o participar o
promover conflictos colectivos de carácter económico y social conforme a la ley,
y hasta dos años después de haber dejado de ejercerlo de conformidad con el
artículo 367 del Código de Trabajo que permite establecer normas más
favorables en convenciones colectivas.
n) En caso de tener que proceder contra un dirigente por razones de índole laboral;
deberá cumplirse con lo que establece la recomendación 143 de la O.I.T. y el
Código de Trabajo. Si no se siguen los procedimientos se considerará una
práctica anti sindical y un despido discriminatorio.
o) El o la dirigente que disfrute de una licencia sindical con goce de salario
establecido en el inciso e, también puede optar por los beneficios que establece
la carrera administrativa señalados en el Capítulo VII! de la presente Convención
Colectiva.
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mono CONVENCIÓN COLECTIVA
p) En el Caso del Comité Ejecutivo, se les concederá potestades de ingresar a todos
los inmuebles municipales y se atenderá de la forma oportuna en el tanto no haya
una interrupción de las labores. Podrán reunirse con las personas trabajadoras
sin que exista permiso previo hasta por quince minutos para prevenir conflictos o
una vez que las personas trabajadoras hayan planteado sus insatisfacciones de
manera que amerite una intervención inmediata.
CAPÍTULO ll.
DE LA SALUD OCUPACIONAL, SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
Artículo 13. Oficina de Salud Ocupacional. Objetivo de la salud ocupacional,
Información, consulta, participación y delegados Sindicales de salud.
a- La Municipalidad mantendrá una oficina de Salud Ocupacional conforme lo
que establece el artículo 300 del Código de Trabajo, que contará con un
profesional en la materia y la estructura idónea para su operación. Se
pondrán en ejecución todas las medidas que se emanen de dicha oficina,
así como del Comité de Emergencia Municipal, Comité de Emergencia y del
Consejo de Salud Ocupacional y del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, dentro de los plazos que estos fijen.
La Municipalidad y el Sindicato podrán solicitar al Consejo de Salud Ocupacional o
al Departamento de Salud Ocupacional Municipal inspecciones e informes
periódicos a fin de constatar que existen condiciones apropiadas para el desarrollo
normal del trabajo municipal.
b- El objetivo principal de la salud ocupacional es el de velar por el bienestar, la
salud y las condiciones de trabajo de cada individuo en una organización. La
presencia de la salud ocupacional en una organización es de vital importancia
ya que además de procurar el más alto bienestar físico, mental y social de las
personas trabajadoras, éste también busca establecer y sostener un medio
ambiente de trabajo seguro y sano
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; (5) MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
YuBs SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
ias CONVENCIÓN COLECTIVA
c- Todo proceso de prevención se hará en coordinación con las personas
trabajadoras y sus organizaciones. Para ello el SUTRAM podrá tramitar las
solicitudes y consultas de las personas trabajadoras que tengan en esta materia
y hacer recomendaciones o solicitar estudios especializados cuando se requiera
d- La Municipalidad y las empresas relacionadas por concesiones de servicios
municipales, pondrán a disposición del personal contratado un ejemplar de la
convención colectiva, las leyes y reglamentos existentes que regulan la
prevención de riesgos laborales, y además cuidará de que el personal que brinde
servicios municipales bajo cualquier modalidad de contratación y personal
interino reciba una adecuada información en materia de salud laboral, la
seguridad e higiene en el trabajo.
Artículo 14: Comedor Municipal
La Municipalidad facilitara un comedor que cumpla con las condiciones de higiene
y espacio necesarias, lo anterior en cada uno de los distintos centros de trabajo que
componen a la Municipalidad de Pococí, para que las personas trabajadoras puedan
ingerir sus alimentos.
Artículo 15: Plan anual y Mapa de Riesgos.
Para la elaboración del plan anual y el mapa de riesgos, la Municipalidad se basará
en la “Guía para la elaboración del Programa de Salud Ocupacional”, así como lo
dispuesto en los siguientes reglamentos:
a. Reglamento de Comisiones y Oficinas o Departamentos de Salud
Ocupacional (Decreto N* 39408-MTSS).
b. Reglamento para la prevención y protección de las personas trabajadoras
expuestas a estrés térmico por calor (Decreto N* 39147S-TSS -— 39147-
MTSS).
c. Reglamento de Política Nacional de Salud Ocupacional (Decreto N* 39321-
MTSS).
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Pecocí
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Yias SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
PS CONVENCIÓN COLECTIVA
d. La Norma de hidratación de las personas en actividades físicas tipo laboral
de riesgos (Decreto N” 39589-S).
Artículo 16: Condiciones de trabajo y uniformes.
La Municipalidad y el Sindicato acuerdan un uniforme único que identifique a sus
trabajadores y en adelante el que se utilice. Por lo anterior la Municipalidad en
conjunto con el departamento de salud ocupación estarán en la obligación de
entregar cada año y durante el mes de abril, uniformes a todas las personas
trabajadoras, entendidos estos como el conjunto de prendas de vestir, zapatos,
botas, capas, gorras, mangas protectoras, chalecos reflectivos, según las
necesidades de cada área y lo dispuesto en esta Convención. (no incluye personal
de gestión y apoyo y ocasionales)
Una vez retirados por las personas trabajadoras, serán de uso obligatorio y quién
incumpla esta disposición, se le considerará como una falta leve la primera vez, todo
conforme al Código de Trabajo.
a) La entrega de los uniformes y demás implementos, deberá ser efectiva en el
mes de abril de cada año por parte de la Municipalidad, para ello se debe
garantizar que se encuentre debidamente dentro del presupuesto ordinario.
b) El Departamento de Compras Públicas será el responsable de todo el trámite
que se requiera para la compra de los uniformes y Equipo de Protección
Personal (EPP). El Sindicato nombrará un representante de su junta directiva
para fiscalizar el proceso de la compra de los uniformes y EPP, así como la
respectiva entrega a las personas trabajadoras. El alcalde o alcaldesa
gestionará la compra, solicitando al Departamento de Compras Públicas que
proceda con el trámite respectivo. El Departamento de Compras Públicas
incorporará al cartel como requisito que la empresa seleccionada para la
confección de los uniformes deberá visitar los centros de trabajo para tomar las
medidas del personal y demás detalles previos a la confección de los uniformes
c) Los uniformes para los funcionarios operativos de los Departamentos de
Gestión Ambiental y Obra Publica constarán de cuatro camisas, cuatro
pantalones, mangas protectoras, gorras (especial para cada tipo de trabajo) o
cascos, chalecos reflectivos, además bloqueador solar para cada trabajador
(una vez al mes o cuando lo amerite), guantes, zapatos y botas de buena
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CONVENCIÓN COLECTIVA
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calidad de acuerdo con las necesidades de cada puesto (ver Manuel descriptivo
de puestos y cantidades según el puesto ver actividades)
d) Los zapatos serán de la calidad necesaria según lo defina el profesional en
Salud Ocupacional, con garantía de un año y que sea especializado para cada
tipo personal: Aseo de Vías, Recolección de Basura, Zona Marítima Terrestre,
Plantel, Obras Varias, Caminos y Calles, Parques y Obras de Ornato,
Protección al Medio Ambiente, Unidad Técnica de Gestión Vial, Maquinaria,
Bienestar Social y seguridad, dichos zapatos se entregarán una vez al año. Las
anteriores especificaciones deberán incorporarse al respectivo mapa de
riesgos, y no exime de cumplir con otras obligaciones de Equipo de Protección
Personal (EPP), para lo cual todos los funcionarios deberán ser capacitados
para cumplir con los reglamentos sobre esta materia. (cambiar a minúscula)
e) Los uniformes para las personas trabajadoras de la administración constarán
de falda o pantalón, blusas para las mujeres, camisa y pantalón para los
hombres y dos pares de zapatos por ano (tres piezas inferiores y tres piezas
superiores) (De acuerdo a los requerimientos del departamento de salud
ocupacional)
Artículo 17: Equipo Especial de Protección ( EEP)
A los colaboradores municipales se les dotará de EEP según lo requiera su puesto
de trabajo y todo lo que requieran según la necesidad de sus tareas y que se
repondrán una vez demostrado que se han gastado y tendrán un casillero y espacio
acondicionado para que guarden sus implementos de trabajo, en las siguientes
áreas:
a) Obras Públicas, Maquinaria, Servicios Públicos, se les dará una capa
impermeable con el logo de la Municipalidad, guantes, carretillos, escobones,
arañas, palas, y chalecos reflectivos dependiendo de la actividad en que se
desempeñe, todo lo anterior previa entrega de los anteriores en mal estado.
b) Al personal se le prohíbe no utilizar el equipo de seguridad brindado para sus
tareas, así mismo no podrá utilizarlos en labores ajenas a la Municipalidad.
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d (5) MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Ys SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
ps CONVENCIÓN COLECTIVA
c) Al personal de limpieza se les dotará de uniformes e implementos apropiados
para la realización de sus labores.
d) A los diferentes centros de trabajo municipales se les suplirá de extintores e
indicadores de riesgos de incendio y demás recomendaciones de conformidad al
mapa de riesgos. El respectivo mantenimiento corresponde al departamento de
Salud Ocupacional.
Además de lo anterior, La Municipalidad y el Sindicato, se comprometen a garantizar
el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el “Procedimiento de Selección Uso y
Mantenimiento del Equipo de Protección Personal” código AL-RH-P03, aprobado el
25 de setiembre del 2019, como la herramienta que garantiza la dotación de equipos
necesarios a los funcionarios y el uso obligatorio de los mismos.
Artículo 18: El Plan de Prevención de Riesgos, La Evaluación de Riesgos
Laborales, La Formación del personal en salud laboral y La Seguridad e
Higiene del Trabajo.
Para el cumplimiento por parte de la Municipalidad en relación a la prevención de
riegos, la evaluación de los riesgos laborales, así como los procesos de formación
del personal en materia de salud laboral y al seguridad e higiene en el trabajo, se
basará en la "Guía para la elaboración del Programa de Salud Ocupacional”, así
como lo dispuesto en los siguientes reglamentos:
a. Reglamento de Comisiones y Oficinas o Departamentos de Salud
Ocupacional (Decreto N* 39408-MTSS).
b. Reglamento para la prevención y protección de las personas trabajadoras
expuestas a estrés térmico por calor (Decreto N* 39147S-TSS — 39147-
MTSS).
c. Reglamento de Política Nacional de Salud Ocupacional (Decreto N” 39321-
MTSS).
d. La Norma de hidratación de las personas en actividades físicas tipo laboral
de riesgos (Decreto N* 39589-S).
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ES CONVENCIÓN COLECTIVA
¿es MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
a
Artículo 19: Servicios de Prevención Municipal por Riesgos Laborales y
condiciones personales de salud.
a) En caso de fumigación de las instalaciones municipales y de las personas
trabajadoras que utilizan productos químicos, contaminantes o peligrosos, se
deberán tomar precauciones extremas, así mismo quienes desempeñen dichas
labores deberán contar con la autorización expresa de un médico, además, se
garantiza el cumplimiento por parte de la Municipalidad, así como el trabajador
con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N*38371-S-MTSS.
b) En el caso de las personas trabajadoras de mantenimiento de vías la
Municipalidad se compromete con los trabajadores que manipulen productos
químicos, en que además de la protección adecuada y el EPP, se les facilitará
una revisión anual de su estado de salud en los centros médicos de la Caja
Costarricense de Seguro Social, con arreglo a los riesgos específicos
inherentes a su trabajo. Deberán contar con una adecuada señalización
preventiva que proteja su labor de manera idónea.
c) Personas con discapacidad: El personal que sea declarado con incapacidad
parcial permanente o que sufra lesiones permanentes, será reubicado en
función de sus minusvalías, garantizando la retribución y un puesto de trabajo.
Asimismo, procurara al personal con capacidades disminuidas un nuevo puesto
de trabajo ajustado a sus capacidades, y en los casos en que la tarea habitual
asignada con anterioridad no pueda realizarse sin riesgo para la salud, se
buscara reubicarlo en otro puesto de trabajo.
ARTÍCULO 20: Acoso Laboral como Riesgo de Trabajo. Prohibición.
El acoso laboral o mobbing es un riesgo de trabajo y una modalidad de acoso en el
trabajo que se ejerce a través de la violencia psicológica, que además causa daños
en la salud de las personas trabajadoras.
Se define el acoso laboral como una serie reiterada de conductas hostiles, a veces
sutiles y de intensidad menor, pero también, que en su conjunto conforman un
proceso de discriminación y descalificación, pero no por eso menos violento y
discriminatorio. Puede darse a través de diferentes modalidades:
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pe CONVENCIÓN COLECTIVA
¿Es MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
>
ls El acoso sexual
ll El acoso por motivos de procesos discriminatorios, como el aislamiento, la
minusvaloración del trabajador o trabajadora,
II... Para todos los efectos la Municipalidad y el Sindicato se comprometen a
tratarlo como un caso de riesgo de trabajo y se dará parte al Instituto Nacional de
Seguros en casos graves o cuando no se haya podido prevenir oportunamente.
IV. — Porla naturaleza del tema existirá una comisión especial bipartita, encargada
de atender las denuncias por acoso laboral en todas sus formas. Esta deberá ser
debidamente capacitada para proteger a las posibles víctimas y garantizar la
confidencialidad de los procesos. Por lo anterior la Municipalidad establecerá
además una campaña de prevención en todos los centros de trabajo para evitar
toda forma de violencia.
Artículo 21: Son conductas que constituyen acoso laboral las siguientes.
a) Se aísla a la víctima del resto de sus compañeros, o se le hace el vacío, o se
impide la comunicación de la víctima
b) Ala víctima se la somete a burlas, o se corren rumores acerca de su reputación,
o se descalifica su trabajo por medio de rumores, notas reiteradas o recargo de
funciones impropias para dejar evidente sus pocas capacidades.
c) Cuando no se le asignan tareas, se le asignan tareas insustanciales o se le
asigna trabajo peligroso, o bien se le recarga el trabajo para demostrar su
ineficacia laboral.
d) Las amenazas veladas, el envío de anónimos, llamadas telefónicas y mensajes
virtuales con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio.
e) Los comentarios hostiles y humillantes de descalificación profesional
expresados en presencia de compañeros de trabajo.
f) Las injustificadas amenazas de despido expresadas en presencia de los
compañeros de trabajo.
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aero CONVENCIÓN COLECTIVA
¿es MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
>
g) El trato notoriamente discriminatorio respecto a los demás empleados en
cuanto al otorgamiento de derechos y prerrogativas laborales.
h) La negativa a suministrar materiales e información absolutamente
indispensables para el cumplimiento de la labor.
i) La negativa claramente injustificada a otorgar permisos, licencias por
enfermedad, licencias ordinarias y vacaciones, la no denuncia de los riesgos
de trabajo.
j) Alusión pública a hechos pertenecientes a la intimidad de la persona o
expresiones discriminatorias en razón de género o raza
k) Burlas sobre la apariencia física o la forma de vestir formuladas en público.
l) Múltiples denuncias disciplinarias temerarias por supuestos incumplimientos
laborales no demostrados.
m) Otros comportamientos de naturaleza injuriante o descalificadora. El acoso
laboral en cualquiera de sus formas constituye un riesgo de trabajo que se
asocia al estrés, la depresión, la ansiedad, la violencia en el trabajo, el
hostigamiento horizontal y vertical y la intimidación, por lo que se constituye en
un problema de salud resultado de procesos discriminatorios y
descalificaciones laborales. Conociendo las partes que el acoso en las
relaciones de trabajo lesiona la calidad de vida, la dignidad, la intimidad, el
honor y la integridad física y psíquica, y por ser susceptibles de causar un daño
irreparable al trabajador, en caso de denuncia se procederá a tomar las
medidas cautelares necesarias, incluidas el traslado o la suspensión de la
jefatura o persona denunciada como acosadora.
Artículo 22: Acoso y hostigamiento sexual.
Se prohíbe el acoso y hostigamiento sexual en todos los centros del trabajo de la
Municipalidad. En caso de la existencia de alguna denuncia, el procedimiento y las
sanciones a aplicar será conforme a dispuesto en la ley N*7476 “Ley contra el
hostigamiento sexual en el empleo y la docencia”.
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asocio CONVENCIÓN COLECTIVA
, (5) MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
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CAPÍTULO Ill.
CONTRATACIÓN, PRESTACIONES LABORALES Y GARANTÍAS
MUNICIPALES
Artículo 23: Política de empleo estable.
La Municipalidad se compromete a establecer una política de empleo estable y a
celebrar consultas con el Sindicato sobre las cuestiones relativas a las condiciones
de trabajo y empleo de las personas trabajadoras (inclusive los colaboradores de
gestión y apoyo y ocasionales)
ARTICULO 24: Condiciones de trabajo, acceso al empleo, contratación,
promoción laboral de trabajadores con alguna discapacidad.
La Municipalidad garantiza la plena vigencia de la convención sobre los derechos
humanos de las personas con discapacidad en materia de condiciones de trabajo,
acceso al empleo, contratación, promoción laboral de trabajadores con alguna
discapacidad, lo anterior al amparo de la Ley N*7600 “Ley de Igualdad de
Oportunidades para las Personas con Discapacidad”.
ARTICULO 25: Discriminación laboral.
Alos efectos de esta convención, se prohíbe todo tipo de discriminación, lo anterior
de conformidad con el artículo 404 del Código de Trabajo.
ARTICULO 26: Igualdad, no discriminación y protección contra la
discriminación.
La Municipalidad reconoce que todas las personas son iguales ante la ley y en
virtud de ella y que tienen derecho a igual protección legal y a beneficiarse de los
procesos internos de la Municipalidad, acceso a los beneficios y participación en
igual medida sin discriminación alguna. Por lo anterior en la Municipalidad está
prohibida toda discriminación por motivos de discapacidad y garantizarán a todas
las personas con discapacidad protección legal igual y efectiva contra la
discriminación por cualquier motivo.
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La Municipalidad adoptará todas las medidas administrativas, educativas y de otra
índole que sean pertinentes para proteger a las personas con discapacidad, o que
hayan tenido una discapacidad resultada de su trabajo y contra todas las formas
de abuso o discriminación garantizando el pleno acceso a la salud.
ARTICULO 27: Estabilidad En El Trabajo, Condiciones Justas, Equitativas y
Satisfactorias de Trabajo.
La Municipalidad promoverá que toda persona goce de derecho al trabajo en
condiciones justas, equitativas y satisfactorias para lo cual garantiza:
a) La estabilidad de las personas trabajadoras en sus empleos, de acuerdo con las
características de las industrias y profesiones y con las causas de justa
separación. En casos de despido sin justa causa, el trabajador tendrá derecho a
una indemnización o su recontratación en el cargo, al igual que a cualquier otra
prestación prevista por la legislación nacional. Para ello establecerá un régimen
de estabilidad laboral, a través de una política de no despedir trabajadores, salvo
que se trate de alguna de las causales previstas en el artículo 81” del Código de
Trabajo, en los artículos 158 y 160 del Código Municipal y Leyes Conexas.
b) Asegurar una remuneración que garantice como mínimo a todas las personas
trabajadoras condiciones de subsistencia digna y decorosa para ellos y sus
familias y un salario equitativo e igual por trabajo igual, sin ninguna distinción.
c) Promover el derecho de todo trabajador a seguir su vocación y a dedicarse a la
actividad que mejor responda a sus expectativas y a cambiar de empleo, de
acuerdo con la reglamentación nacional respectiva y el derecho del trabajador a
la promoción o ascenso dentro de su trabajo para lo cual se tendrán en cuenta
sus calificaciones, competencia, probidad y tiempo de servicio;
d) La salud, seguridad e higiene en el trabajo conforme a los compromisos de esta
convención colectiva.
e) La prohibición de trabajo discriminatorio o por medios indirectos que afecten la
seguridad social o los derechos de enfermedad, maternidad o jubilación de sus
trabajadores de cualquier forma.
f) La Municipalidad se compromete a cumplir con lo establecido en el convenio 111
de la organización internacional de trabajo no ejercerá ningún tipo de acciones
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tales como halagos, promesas, presiones, entre otras, a las personas
trabajadoras, que pudieran dar como resultado la separación del Sindicato. En
consecuencia, la Municipalidad no hará discriminación de ningún tipo entre sus
trabajadores, ya sean estos sindicalizados o no.
ARTICULO 28: Procedimiento de suspensión o despido.
Con el fin de implementar un modelo preventivo de relaciones laborales como una
forma de lograr la armonía y la paz laboral en el Centro de Trabajo, cuando la
Municipalidad pretenda suspender o despedir por cualquier motivo a un trabajador
1” Se notificará al trabajador (a) de manera personal y al Sindicato siguiendo los
procedimientos que establecen el Código Municipal y La Ley de Administración
Pública.
ARTICULO 29: Presiones contra las personas trabajadoras y reducción de
personal.
a) La Municipalidad y sus representantes, los encargados, jefes y demás personal
con funciones de mando, se abstendrán de ejercer acciones como halagos,
represalias, presiones, en contra de ningún trabajador afiliado al Sindicato, ni
contra este.
b) De ocurrir una situación de las aquí indicadas se considerará acoso laboral y
dará derecho al trabajador de realizar la denuncia correspondiente al SUTRAM
o autoridades nacionales.
c) Cuando la Municipalidad despida a un trabajador o dirigente sindical sin justa
causa o sin haber agotado los procedimientos señalados por esta Convención
y el inciso b) de artículo 541 del Código de Trabajo, procederá a la inmediata
reinstalación, pagándole lo relativo a salarios caidos durante el tiempo que dejo
de laborar para la Municipalidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 368 del
Código de Trabajo.
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CAPÍTULO IV
JORNADA DE TRABAJO, VACACIONES, LICENCIAS E INCAPACIDADES
ARTÍCULO 30: Jornada de trabajo. Tipos de jornada.
La Municipalidad se compromete a respetar en todas sus contrataciones las
jornadas laborales reguladas en el código de trabajo.
El trabajo efectivo que se ejecute después de la jornada ordinaria establecida en la
Municipalidad de Pococí se entenderá como jornada extraordinaria, siempre que no
lesione gravemente los derechos de las personas trabajadoras y este corresponda
a una necesidad real de la Municipalidad y que no se pueda prestar en otro
momento, siendo además que se prohíbe realizar horas extraordinarias cuando se
trate de actividades pesadas, insalubres o peligrosas conforme al artículo 142 del
Código de Trabajo. Esta jornada se remunerará a tiempo y medio según lo dispuesto
en el numeral 139 del Código de Trabajo. Se entiende que las funciones habituales
de la Municipalidad se deben realizar en el transcurso de la jornada ordinaría de
labores.
ARTICULO 31: Jornadas de trabajo en la Municipalidad.
La jornada de trabajo será de lunes a viernes, bajo el siguiente horario
1-Colaboradores de sanidad (se consideran en esta clasificación, los empleados en
labores insalubres, aplicadores de herbicida, limpieza de alcantarillas, aguas
negras, etc.) de 6.00 A.M. a 12.M.D. Jornada continua con derecho a 15 minutos
para tomar café a las 8.00 A.M.
2-Colaboradores de campo, de 6 A.M. a 1 P.M. con derecho a 15 minutos para
tomar café a las 8.00 A.M.
3-Colaboradores de recolección de basura seguirán la jornada que indica la
costumbre por ser trabajo insalubre.
4- Colaboradores de maquinaría de 6.A.M. a 2.P.M. con una hora de almuerzo.
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5-Colaboradores administrativos, conserjes e inspectores de, 8. A.M. a 15.P.M con
una hora para almorzar, alternándose para cumplir la jornada continua.
ARTICULO 32: Derecho al descanso tras la terminación de la jornada.
a) Toda persona trabajadora, con la excepción de aquellas situaciones
excepcionales que prevé el artículo 140 del Código de Trabajo, tendrá derecho
al descanso absoluto una vez terminada su jornada de trabajo diario y antes del
inicio de la siguiente jornada.
b) En cualquier caso y salvo las excepciones que prevé esta norma, no se
considerara una falta laboral el que la persona trabajadora no responda a la
comunicación recibida, durante el tiempo de descanso.
ARTÍCULO 33. Vacaciones.
a) Las vacaciones constituyen una garantía social fundamental dada por la
Constitución Política y deben disfrutarse conforme a la obligación de la
Municipalidad de garantizar los derechos económicos, sociales y culturales de
las personas trabajadoras. Las vacaciones son la interrupción retribuida
establecida legalmente y de manera anual para proporcionar descanso y
recreación al trabajador y su familia. Es parte fundamental del derecho a una
vida familiar digna e integral.
b) Este derecho es derivado de su propia relación laboral y se encuentra
constitucionalmente reconocido como irrenunciable e imprescriptible, según el
artículo 74 constitucional. El importe de la retribución se establecerá conforme
lo dispuesto en el artículo 157 del Código de Trabajo.
c) Las vacaciones deben ser disfrutadas necesaria y obligatoriamente, no siendo
posible su compensación económica, salvo las excepciones previstas en el
artículo 156 del Código de Trabajo.
d) Las vacaciones deben de ser disfrutadas por el colaborador conforme lo
establece el artículo 107 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios
de la Municipalidad de Pococí que textualmente indica: Los (as) responsables
de las dependencias de trabajo de la Municipalidad de Pococí, señalaran la
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época en que los funcionarios (as) disfrutaran de sus vacaciones, tratando de
que no se altere la buena marcha de las funciones encomendadas, ni que sufra
menoscabo la efectividad del descanso. La fijación deberán hacerla dentro de
las 8 semanas siguientes al día en que cumpla el derecho de disfrutar sus
vacaciones. Si transcurridas las ocho semanas no se a fijado la fecha
correspondiente, el colaborador (a) podrá solicitarlas por escrito ante él o (la)
coordinador (a) correspondiente de la dependencia respectiva, en tal caso se
deberá conceder el disfrute de las vacaciones de inmediato. Si el (la) coordinador
(a) no las otorga en el tiempo estipulado en el párrafo anterior, podrá el
colaborador (a) reportar esta situación a G H C A (Recursos Humanos), quien
previa consulta al alcalde (sa) procederá a otorgar las vacaciones e iniciará el
proceso correspondiente para determinar las eventuales responsabilidades del
(la) coordinador (a) infractor, lo anterior en consonancia de la Convención
Colectiva vigente.
No existe caducidad o prescripción del derecho de vacaciones, salvo una vez
finalidad la relación laboral su plazo de prescripción para hacer efectivo el cobro
de dicho derecho será conforme al artículo 413 del Código de Trabajo. Al
producirse el cese en la relación laboral, el trabajador tendrá derecho al pago de
todos los días de vacaciones que se le adeuden hasta ese momento y de manera
proporcional conforme a los supuestos del párrafo segundo del artículo 153 del
Código de Trabajo.
Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la
Municipalidad, coincida en el tiempo con una licencia temporal derivada del
embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del
contrato de trabajo por incapacidad en razón de salud ,se tendrá derecho a
disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la licencia, incapacidad temporal
o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le
correspondiera, al finalizar el periodo de suspensión, aunque haya terminado el
año natural a que correspondan.
ARTÍCULO 34: Disfrute de vacaciones en la Municipalidad.
Los colaboradores (a) de la Municipalidad de Pococí disfrutaran de vacaciones
anuales remuneradas de acuerdo con las siguientes normas y lo establecido en la
Convención Colectiva de Trabajo vigente y de la siguiente manera:
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a-Si hubieran trabajado de cincuenta semanas a cuatro años gozaran de quince
días hábiles de vacaciones.
b-Si hubieran trabajado de cinco años a ocho años gozaran de veintidós días hábiles
de vacaciones.
c-Si hubieran trabajado nueve años o más gozaran de 30 días hábiles de
vacaciones.
El derecho a vacaciones se tiene cualquiera que sea la modalidad de la relación
laboral del servidor (a) con la Municipalidad y aunque no preste servicios todos los
días de la semana laboral, ni la totalidad de la jornada ordinaria.
ARTÍCULO 35: Vacaciones De Semana Santa y Navidad.
La Municipalidad otorgará vacaciones colectivas durante los días laborales (lunes,
martes y miércoles) de Semana Santa y en navidad según lo determine la propia
institución. Con excepción de aquellas dependencias y puestos que con la debida
justificación requieran presentarse a laborar.
ARTÍCULO 36. Días Libres y Feriados.
a) La Municipalidad pagará a sus trabajadores todos los días feriados señalados
en el artículo 147 del Código de Trabajo. Además, pagara los días festivos
establecidos por Asueto municipal, Decreto Ejecutivo o ley especial que señalen
días feriados no contemplados en la ley ni en esta convención colectiva.
b) La Municipalidad previa solicitud del sindicato al amparo del principio de
razonabilidad y proporcionalidad permitirá participar en marchas convocadas
organizadas por instituciones del estado o sindicales u otras organizaciones sin
fines de lucro, siempre que su objetivo sea la concientización de algún tema que
abarque derechos humanos, temas ambientales, lucha contra temas de impacto
e interés para la convivencia pacífica de nuestra nación. Para ello la
Municipalidad tomará las previsiones necesarias para garantizar la prestación
de los servicios públicos esenciales que la ley le dispone.
c) En estos casos se designará una comisión de representación donde se
involucre a todo el personal municipal con cualquier tipo de contratación, entre
ellos personas en propiedad e interinos. Dicha designación será coordinada con
la junta directiva del sindicato. La participación no podrá ser de corte político
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electoral o de una confesión religiosa, ni en contra de Tratados Internacionales
firmados o ratificados por nuestro país.
ARTICULO 37: Permisos laborales complementarios de las vacaciones.
Los permisos y licencias deben disfrutarse a partir del día hábil en que se presenta
el hecho generador. Se entiende por permiso la cesación temporal de la prestación
de servicios por causa determinada y en general retribuirle por la Municipalidad en
los siguientes supuestos:
a) Permiso por Gestación: Para la madre por el tiempo indispensable para la
realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que
deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
b) Maternidad en ocasión de fallecimiento de la madre: En caso de fallecimiento
de la madre y en tutela de los derechos de la persona recién nacida, la
Municipalidad otorgará a favor del padre, un período de tres meses, para el cuido
de la persona recién nacida, lo anterior al amparo del voto 15127-2016 de la
Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de las doce horas dos
minutos del catorce de octubre de dos mil dieciséis.
c) Permiso por muerte de pariente: Siendo un derecho del colaborador (a) de la
Municipalidad podrá solicitar licencia ocasional o de excepción de los siguientes
casos: Las licencias por regla general serán sin goce de salario, no obstante,
tratándose de casos especiales de casos especiales contemplados en el Código
Municipal, podrán concederse con el disfrute de la retribución correspondiente.
a-Situaciones familiares del colaborador (a)
Por nacimiento de un hijo (a) el colaborador gozará de 3 días hábiles libres.
Por nacimiento de un hijo (a) la colaboradora gozará de un mes prenatal y tres
meses pos natal. es entendido que cuando la C.C.S.S, brinde alguna subvención
a dicha colaboradora la Municipalidad pagara el otro porcentaje del salario, hasta
completar el 100% del mismo, el lapso de los meses indicados.
Por muerte del conyugue, hermanos, padres e hijos, la Municipalidad dará 7 días
hábiles al colaborador (a), siempre y cuando presente un dictamen medico
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Por enfermedad de conyugue, padres e hijos, la Municipalidad dará 5 días
hábiles al colaborador (a). (presentar dictamen médico)
Por matrimonio del colaborador (a), la Municipalidad le dará 8 días hábiles.
Por citas judiciales, el tiempo que sea necesario, justificando mediante
comprobante de la autoridad judicial.
La municipalidad concederá permiso por 1 día hábil a todos aquellos choferes
que tengan que renovar su licencia, esto con la justificación respectiva.
La Municipalidad pagará a sus colaboradores(a) todos los feriados señalados
en el artículo 148 del Código de Trabajo. Además, dará asueto a sus
colaboradores (as) 1 día hábil para las fiestas de Expo Pococí, tomado él
cuenta el día de asueto por ley.
d) Lactancia de partos múltiples. La Municipalidad otorgará una hora como
derecho de lactancia por cada una de las personas recién nacidas productos de
un parto múltiple de conformidad en lo dispuesto en el voto N* 2013-006703 de
las diez horas y veinte minutos del 17 de mayo del 2013 de la Sala Constitucional.
e) Permiso para cumplimiento de un llamado de una institución pública o
autoridad: Todo llamamiento realizado por autoridad competente o bien por
institución pública que requiera la presencia del trabajador (a).
f) Permiso para funciones sindicales o representativas: Los integrantes de la
junta sindical podrán ausentarse del trabajo, con derecho a su remuneración,
para realizar consultas del sindicato durante al menos dos veces al año con las
instituciones involucradas externamente en el proceso, con previo aviso a su
jefatura inmediata con al menos tres días hábiles de antelación, quien deberá
garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales.
Permiso para examen o trabajo de graduación: El trabajador tiene derecho al
disfrute de un día hábil con goce de salario para la presentación de cada trabajo
oexámenes de graduación. De igual forma se otorgará un día hábil al funcionario
para la preparación de los exámenes de bachillerato.
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h) Permiso por Consulta médica: Toda persona trabajadora de la Municipalidad
que deba asistir a consulta, cita médica en la CCSS, en el INS o médico
particular, sin que medie incapacidad, contará con permiso con goce de salario.
Para tales efectos, la persona trabajadora está en la obligación de comunicar
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previamente a la Jefatura inmediata y presentar el comprobante del tiempo
utilizado para ello, emitido por la entidad correspondiente.
Igualmente, las personas trabajadoras de la Municipalidad contarán con permiso
con goce de salario, cuando deban asistir a consulta, cita médica en la CCSS,
INS o médico particular acompañando a sus hijos o hijas menores de edad, o
mayores con alguna discapacidad, los padres adultos mayores, su cónyuge,
compañera o compañero, sin que pueda darse ninguna discriminación en razón
de su orientación sexual o identidad de género.
Para el otorgamiento del permiso aquí estipulado, la Municipalidad utilizará los
criterios o principios de razonabilidad, en cuanto a la necesidad objetiva de dicho
permiso.
En todo caso el tiempo de traslado se considerará parte de la licencia, conforme
al principio de razonabilidad y proporcionalidad.
i) Licencia por paternidad: Todo trabajador, a partir del nacimiento o adopción
de sus hijos e hijas tendrá derecho a una licencia con goce de salario de un mes.
En el caso de adopción, el trabajador deberá presentar certificación de la
sentencia aprobatoria emitida por el Juez de Familia. Lo anterior, de conformidad
con el marco legal tanto nacional como en las convenciones y recomendaciones
internacionales y la jurisprudencia patria.
j) Licencia sin goce de salario: Las personas trabajadoras tendrán derecho a un
período de alejamiento y suspensión de la relación laboral de duración no
superior a 2 años para motivos personales. Esta licencia se podrá solicitar en
periodos hasta de 6 meses prorrogables o en su totalidad según el caso, Artículo
154 del Código Municipal.
k) Licencia sin goce de salario para cuidado de hijos: Las personas
trabajadoras tendrán derecho a un período de alejamiento y suspensión de la
relación laboral de duración no superior a 3 años para atender al cuidado de
cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los
supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque éstos
sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la
resolución judicial o administrativa.
Il) Licencia para cuidado de familiar: Las personas trabajadoras de la
Municipalidad tendrán derecho a licencia con goce de salario por el plazo
máximo de un mes, para atender a su padre o madre, hijos o hijas, cónyuge en
matrimonio o en unión libre, , que requieran cuidados especiales por causa de
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accidentes o enfermedades graves no terminales, debidamente comprobado
mediante certificación médica extendida por la Caja Costarricense de Seguro
Social o el Instituto Nacional de Seguros.
Esta licencia no podrá ser otorgada simultáneamente a más de una persona si
en la familia hubiese dos o más trabajadores con derecho a obtenerla.
En casos excepcionales se podrá conceder una prórroga hasta por un mes más.
m) Permisos sin goce de salario para personas con nombramiento interino. La
Municipalidad otorgara permisos sin goce da salario hasta por treinta días, a
personas con nombramiento interino, siempre que no exceda el periodo de su
nombramiento. Lo anterior para atender asuntos personales, previo trámite de
solicitud del interesado y aprobación por parte de la Municipalidad.
ARTICULO 38: Incapacidades.
La Municipalidad reconocerá las ausencias al trabajo del colaborador (a) motivadas
por incapacidad para trabajar, ya sea enfermedad, maternidad o riesgo profesional
y se sujetará las siguientes disposiciones:
a-Por visitas al médico tanto del INS, como de la C.C.S.S. La municipalidad pagará
al colaborador (a) el tiempo necesario, siempre que sea justificado.
b- Por incapacidades de C.C.S.S, de menos de 4 días, la Municipalidad pagará al
colaborador (a) 100% del salario.
c-Por incapacidad de la C.C.S.S, después de 4 días, la Municipalidad pagará al
colaborador (a) el porcentaje necesario hasta completar el 100% del salario y por el
tiempo que dure la incapacidad y mientras este vigente la Convención Colectiva.
d-Tratándose de incapacidad para trabajar por riesgo profesional se tomará lo
dispuesto por el articulo 235 de la Ley Sobre el Riesgo de Trabajo, números 6727
del 4 de marzo de 1982 y sus reformas, garantizándose en todo caso el 100% del
salario.
En todo caso lo que no se encuentre aquí expresamente regulado respecto de las
incapacidades, se consideran disposiciones supletorias de la presente Convención
Colectiva, para la extensión de incapacidades a los colaboradores (a) beneficiarios
(as) del régimen de enfermedad y maternidad y el reglamento en general de riesgo
de trabajo y las interpretaciones que los mismos expida la C.C.S.S. En ningún caso
de incapacidad para trabajar por enfermedad, maternidad o riesgo profesional el
monto del subsidio que pague la respectiva institución aseguradora sumado al que
pague la Municipalidad podrá exceder el monto del salario del colaborador.
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ARTÍCULO 39: Suspensión de labores con reserva del puesto.
Las personas trabajadoras, sin perjuicio de lo establecido en la legislación laboral,
tendrán derecho a la suspensión de su contrato de trabajo o relación laboral, con
reserva de puesto, en los siguientes casos:
a) Riesgo durante el embarazo de la mujer trabajadora. Las trabajadoras
embarazadas tendrán derecho al período pre y post natal, de acuerdo con el marco
normativo vigente.
b) Privación de libertad de la persona trabajadora. Mientras no exista sentencia
condenatoria firme, incluidas tanto la detención preventiva como la prisión
provisional, la persona trabajadora no podrá ser cesada en su contrato de trabajo.
CAPÍTULO V
SALARIOS
ARTICULO 40: Garantías salariales.
La Municipalidad garantiza en materia de salarios que:
a) Toda persona trabajadora tendrá derecho a un salario mínimo de fijación
periódica, por jornada ordinaria, que le procure bienestar y existencia digna y que
salario será siempre igual para trabajo igual en idénticas condiciones de
eficiencia.
b) Los salarios mínimos que se fijen conforme a la ley regirán desde la fecha de
vigencia del Decreto respectivo para todos los trabajadores, y por tanto la
Municipalidad realizara de oficio el aumento respectivo en el supuesto de que no
se esté en presencia de ninguna medida extraordinaria dispuesta en la Ley
N*9635, aunque dicho salario sobrepase el salario mínimo para ajustar el costo
de vida.
c) El salario mínimo legal de los servidores públicos está integrado por el salario
base de la respectiva categoría en que está ubicada el cargo que se desempeña,
sumando a éste las partidas que por aumento en el costo de vida se estén
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reconociendo, total que, para ejecutarlo, debe ser ajustado presupuestariamente
al salario mínimo decretado, el cual no puede ser menor en ningún caso.
d) La Municipalidad debe ajustar los salarios de sus servidores a efecto de que éstos
no perciban menos del mínimo de ley. Consecuentemente, quedan fuera del
concepto de salario mínimo, las sumas que los servidores públicos tengan
derecho a percibir en razón de prohibición del ejercicio profesional o dedicación
exclusiva, carrera profesional, aumentos anuales, zonaje, viáticos y otras de
similar índice a las cuales se tiene derecho por razones personales y no en
consideración al puesto desempeñado.
e) El pago del salario del personal Municipal se hará de forma bisemanal,
dependiendo del grupo laboral depositándose en la cuenta respectiva del
colaborador (a) en alguno de los bancos o instituciones financieras.
f) La Municipalidad reconocerá el pago de viáticos a todos cuando en virtud de sus
funciones de asesoría y supervisión o realización de obras deban desplazarse
fuera de su lugar ordinario de trabajo a una distancia superior a 10 kilómetros,
conforme a esta convención y a las disposiciones del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para funcionarios públicos emitido por la Contraloría
General de la República.
9) La Municipalidad pagara el salario escolar de todas las personas trabajadoras en
la primera semana del mes de enero de cada año.
ARTÍCULO 41: Promoción profesional y evaluación del desempeño.
La Municipalidad con el fin de promover la capacitación constante de las personas
trabajadoras de la Municipalidad, garantiza el incentivo denominado “Carrera
Profesional” dispuesto en la Ley N*9635 y su reglamento.
En relación a la evaluación del desempeño, se regirá lo dispuesto en el código
municipal y normativa laboral vigente.
ARTÍCULO 42: Compensación por acuerdo entre partes de la terminación del
contrato de trabajo.
La Municipalidad y la persona trabajadora podrán acordar dar por terminado el
contrato de trabajo, de acuerdo a esta Convención Colectiva la persona trabajadora
recibirá una compensación económica que se calculará y se pagará en razón de un
mes de salario por cada año de servicio laborado para la Municipalidad y hasta un
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máximo de 10 años, esta compensación económica no se pagará si el trabajador
continúa laborando en el sector público. Este tipo de acuerdo podrá ser efectivo por
parte de la Municipalidad con un máximo de diez trabajadores por año, uno por
Departamento y se pagarán de acuerdo a los primeros diez acuerdos, los cuales
deberán celebrarse con antelación al 01 de julio de cada año. En el Presupuesto
Ordinario del año siguiente se incluirán estos cálculos para hacerlos efectivos en
enero del año siguiente. De ser improbado el presupuesto ordinario, se incluirán en
el próximo presupuesto extraordinario dando prioridad al financiamiento de estos
pagos.
ARTÍCULO 43. Pago de auxilio de cesantía.
El pago de auxilio de cesantía se pagará conforme a los criterios establecidos en
los incisos 1, 2, 3 del artículo 29 del Código de Trabajo, y el tope del auxilio de la
cesantía será de diez años como máximo calculados a un mes de salario completo
por año. Se incluye dentro de éste a los trabajadores incapacitados
permanentemente por el Instituto Nacional de Seguros. Además, podrán solicitar el
auxilio de cesantía el conyugue, los hijos menores de edad o inhábiles, los hijos
mayores de edad y los padres, del trabajador municipal que hubiese fallecido dentro
del término de un año desde que se dio el hecho generador.
ARTÍCULO 44. Contenido presupuestario y forma de pago.
La Municipalidad tendrá el contenido presupuestario disponible para cuando alguna
persona trabajadora deba separarse permanentemente por prescripción médica de
la C.C.S.S. o el INS, la Municipalidad cancelará lo correspondiente al auxilio de
cesantía al trabajador de una sola vez, si éste así lo solicita. Asimismo, lo hará con
todo aquel que haga solicitud por tener derecho de acuerdo a la ley y a esta
Convención.
La cesantía se pagará en un periodo máximo de dos meses a partir de la finalización
del contrato. En el caso de trabajador fallecido en ese mismo plazo le corresponde
realizar el depositó de la cesantía ante el juzgado de trabajo respectivo.
El Departamento de GHCA y la Dirección de Hacienda tienen la responsabilidad de
planificar y atender preventivamente el procedimiento respectivo para cumplimiento
del pago de auxilio de cesantía al funcionario en forma oportuna y eficaz. Todos los
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trabajadores que a la fecha de renegociación de este artículo estuvieran en edad de
jubilación pueden jubilarse con la norma más favorable.
ARTICULO 45: Definiciones relativas a salarios con implicaciones en los
cálculos económicos.
Aguinaldo: Remuneración anual que se paga diciembre de cada año,
correspondiente al promedio de los salarios ordinarios y extraordinarios devengados
de diciembre de un año a noviembre del año siguiente, incluye la sumatoria de
salarios ordinarios y extraordinarios devengados de diciembre de un año a
noviembre del año siguiente, que dividido por doce da el monto del mismo a pagar.
Anualidad: Aumento anual que recibe el funcionario por cada año completo al
servicio de la Municipalidad.
Forma de pago: La remuneración en la Municipalidad es por unidad de tiempo de
manera que se pagan todos los días del año. El pago de los salarios debe ser
mediante depósito en la cuenta bancaria de todo trabajador.
Salario: El salario está compuesto no sólo de una suma fija global sino de otras
sumas recibidas por toda persona trabajadora por realización de servicios,
bonificaciones, horas extraordinarias y viáticos. Todos los pagos mencionados en
el párrafo anterior son considerados como parte del salario y por ende afectan el
cálculo.
CAPÍTULO VI.
ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS
ARTICULO 46: Actividades recreativas y culturales.
La Municipalidad en coordinación con el sindicato promoverá actividades
recreativas y culturales entre las personas trabajadores en coordinación con el
sindicato. Como parte del cumplimiento de este compromiso:
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a) Brindará el apoyo cada año en implementación de máximo 1 uniforme para
hombre y mujer, 3 balones, 1 par de guantes. El presupuesto de ello deberá
incluirse en dentro de presupuesto ordinario.
b) Fomentara grupos para la promoción de bellas artes para lo cual desarrollara
actividades y concursos en teatro, pintura, escultura, danza, música y demás
actividades que promuevan la cultura entre su personal.
Cc) Celebrará anualmente en coordinación con los sindicatos un día para comentar
temas de la seguridad social y de defensa de los derechos humanos económicos
y sociales. Dicha actividad se hará mediante actividades culturales y educativas.
La Municipalidad presupuestará esta actividad.
d) La Municipalidad se compromete a prestar o tramitar el préstamo de las
instalaciones deportivas bajo su administración o dadas bajo convenio, para uso
de los trabajadores Municipales previa coordinación y sujeto a disponibilidad. Así
mismo quedarán exonerados del pago que por concepto de entrada se cobre.
No rige para actividades especiales ni personales.
e) La Municipalidad presupuestará la suma de ¿4.000.000,00 (cuatro millones de
colones) anuales, monto que se actualizará cada año de acuerdo a la tasa
inflacionaria, para que los grupos deportivos o culturales que en su nombre y
representación actúen, puedan cumplir sus fines dignamente y con decoro.
Estos grupos deberán estar conformados únicamente por las personas
trabajadoras de la Municipalidad de Pococí, la cual elaborará un reglamento para
el otorgamiento de las ayudas económicas. Lo anterior se incluirá dentro del
presupuesto ordinario, así como la fiesta de fin de año para todos los
colaboradores municipales.
f) Cuando los equipos deportivos o agrupaciones culturales requieran traslados
más allá de 10 kms, la municipalidad proveerá el transporte, en el caso de los
equipos deportivos que participen en campeonatos oficiales que requieran pago
de inscripciones, jueceo y otras erogaciones propias de la participación, estas
serán asumidas en su totalidad por la municipalidad.
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CAPÍTULO VII.
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EDUEACION Y AMBIENTE
ARTÍCULO 47: De La Educación Como Derecho Humano Fundamental.
a) La Municipalidad y el sindicato reconocen la educación y formación profesional
para todas y todos, como un derecho humano fundamental y un deber social. En
este marco integral, comprenden que tal reconocimiento debe estar reflejado en
la igualdad plena y dignificadón de las condiciones y relaciones de trabajo de
todo el personal, así como en el ejercicio administrativo, para garantizar la
excelencia y visión científica, y a esos efectos acuerdan fortalecer la educación
de calidad para todo su persenal.
b) La Municipalidad reafirma susompromiso para la universalización la educación
primaria y secundaria de tedo su personal y el apoyo a los procesos de
continuación de estudios sujeriores o especializados en distintas áreas de la
formación profesional.
Cc) Para ello las partes de manera conjunta promoverán programas educativos entre
su personal sin discriminaciónni exclusión, centrada en la formación integral del
ser humano y en el balame dinámico de los objetivos que orientan una
educación para la vida, el trabajo y la convivencia ciudadana.
Además de lo antes dispuesto, s regirán:
a- Actividades de Capacitación: Se considerarán actividades de capacitación todas
aquellas que permitan al colaborador (a) adquirir conocimientos, desarrollar
habilidades y destrezas, así como actitudes favorables para el puesto o para un
puesto por ocupar, de igual o mayor categoría, que serán promovidas por la
administración.
b- Actividades de Capacitación y Formación programadas: Se considerarán
actividades de capacitación y formación programada, todas aquellas en que la
municipalidad mediante el Praeso de GHCA, determine por medio de un estudio
las necesidades en materia de capacitación y para su satisfacción elaborará un
plan cuyos objetivos tiendan su solución.
c- Actividades de Capacitación no programadas: Se considerarán actividades de
capacitación no programadas todas aquellas que el Proceso de GHCA no
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CONVENCIÓN COLECTIVA
contemple en sus programas regulares, pero que su contenido sea de interés
para la Municipalidad. Estas actividades pueden ser organizadas y ofrecidas por
otras unidades administrativas (Despacho del alcalde (sa), coordinaciones y
unidades) o por organismos, instituciones, empresas, compañías, sociedades, u
otras, ajenas a la municipalidad, donde para su realización debe mediar la
aprobación del Proceso de GHCA.
Actividades de Capacitación Escolarizadas: Se considerarán actividades de
capacitación escolarizadas o de formación todas aquellas que se realizan en
forma sistemática, ordenada y secuencial en una carrera determinada que
otorga un grado académico de estudios reconocidos. Se contemplan la
educación general básica, enseñanza media, carreras técnicas, universitarias,
para universitarias y de especialización o cualquier otra denominación análoga.
Actividades de Capacitación no Escolarizadas: Se considerarán actividades de
capacitación no escolarizadas todas aquellas que se realizan fuera de un
sistema escolarizado, sin que obedezcan a una carrera determinada, ni al
otorgamiento de un grado académico, que permitan a los funcionarios (as)
adquirir conocimientos para el puesto o para un puesto por ocupar, de igual o
mayor categoría. Se reconocerán como actividades de capacitación no
escolarizadas los cursos, seminarios, congresos, charlas, pasantías, visitas de
observación, jornadas, mesas redondas o cualquier otra denominación análoga.
Actividades de Inducción: Se considerarán actividades de Inducción todas
aquellas que permitan al colaborador (a) adquirir conocimientos en torno a la
municipalidad a fin de acelerar y facilitar el proceso de identificación y aceptación
de esta. Estas serán no escolarizadas y programadas únicamente por el proceso
de recursos humanos.
Becas: Se considerarán becas aquellas facilidades y financiamientos otorgados
por la municipalidad a sus funcionarios (as), para la participación en actividades
de capacitación y formación.
Becas para capacitación: Se considerarán becas para capacitación todas
aquellas otorgadas a funcionarios para su capacitación o formación
programadas o autorizadas por el Proceso de GHCA.
Beca como incentivo: Se considerarán becas como incentivo a las becas
otorgadas a funcionarios para que realicen estudios escolarizados y no
escolarizados en actividades de capacitación no programadas.
Financiamiento de la actividad: Se considerará financiamiento al pago total o
parcial de conceptos como salario, matricula, derechos de estudio, derechos de
examen, material didáctico, hospedaje, alimentación, transporte, tesis.
Financiamiento del material didáctico: Se considerará como financiamiento del
material didáctico al pago total o parcial de documento, folletos, fotocopias o
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bibliografía que sea necesaria para la consecución de los objetivos de la
capacitación o formación, según lo determine el Proceso de GHCA, previo
estudio.
ARTÍCULO 48: Complementación de estudios.
a) Todo el personal que no haya concluido su educación primaria y secundaria
podrá matricular en el programa de complementación de estudios, que será
coordinado por una comisión bipartita del Sindicato y la Municipalidad, cuyos
proyectos que patrocinara la Municipalidad con distintas instituciones de
educación pública sin costo para el trabajador para lo cual la municipalidad
brindara los apoyos necesarios en convenios con el MEP y la UNED, tiempo o
contratación de personal, a efectos de lograr este objetivo a la mayor brevedad
posible.
b) Para lo anterior los representantes patronales y sindicales en la comisión
deberán nombrarse en el siguiente mes a partir de que entre en vigencia esta
convención colectiva. Los representantes sindicales contaran con licencia para
reunirse a estos efectos, empleando para ello un tiempo razonable de manera
que no afecte sus funciones habituales y previa coordinación con al menos tres
días hábiles con la jefatura correspondiente.
ARTICULO 49: Becas.
La Municipalidad podrá beneficiar a todos sus trabajadores que deseen superarse
académicamente con un subsidio de hasta un 100% de los gastos correspondiente
a carreras técnicas y de un 40% para carreras de bachillerato y licenciatura a fines
de su puesto laboral o bien otro departamento donde puedan devolver y aplicar su
conocimiento, incluyendo matrícula y todo cobro que se derive de este concepto.
Se creará un fondo de veinte millones de colones que será administrado por el
SUTRAM para apoyar los programas de estudio presentados por cada colaborador
(a). Para el financiamiento del fondo acá dispuesto la Municipalidad lo
presupuestara dentro del presupuesto ordinario. Dichas becas serán establecidas
por una comisión sindical que definirá los beneficiarios con criterios objetivos.
Las normas que se aplicarán serán las siguientes:
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a) La Municipalidad consignara en su presupuesto anualmente, la cantidad
necesaria para otorgar becas a los trabajadores por año
b) Este programa se aplicará a cualquier tipo de estudio que busque la
superación del trabajador que beneficie a la institución, cuando se trate de estudios
básicos, como primaria o conclusión de estudios secundarios.
c) Si fueran estudios avanzados técnicos o universitarios, deberán ser en áreas
que le vayan a ayudar al trabajador a tener un mejor desempeño en su puesto, o en
un puesto existente dentro de la Municipalidad y siempre relacionado con la
actividad de la Municipalidad. Esto será aplicable únicamente a la primera carrera
del funcionario y hasta el grado de licenciatura; como excepción a la regla anterior
si el funcionario cuenta con una carrera universitaria no relacionado con al ámbito
de actividad de la municipalidad podrá ser objeto de una beca para una carrera que
si está relacionada con la actividad municipal.
d) Para estudios Técnicos y Universitarios, el trabajador deberá haber laborado
por lo menos un año continuo para la Municipalidad, para mantener el beneficio
deberá continuar siendo funcionario de la Municipalidad de Pococí.
e) La solicitud debe ser aprobada por la Comisión sindical de Becas con visto
bueno del alcalde o la alcaldesa Municipal. Al entregar el beneficio correspondiente,
el trabajador firmará una letra de cambio o documento idóneo por el monto recibido.
f) Si el trabajador abandona los estudios, pierde o retira materias, deberá
reintegrar a la Municipalidad el valor total de los cursos abandonados, perdidos o
retirados. Todo trabajador deberá presentar sus notas certificadas por la Instancia
que impartió el curso a la Comisión de Becas y a GHCA. El Becado que abandone
injustificadamente, no gozará de este beneficio hasta por un periodo máximo de un
año, salvo aquellos casos de fuerza mayor, casos fortuitos debidamente
comprobados documentalmente por el becado ante la Comisión de Becas.
9) Una vez concluidos los estudios de las personas trabajadoras, estas
adquirirán un compromiso de trabajar con la Municipalidad por un período mínimo
de tiempo, de acuerdo a la siguiente tabla:
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Tipo de Estudio Compromiso de Tiempo
Educación de primaria, secundaria o terciaria | Ninguno
Educación en Carreras Técnicas 1 año
Educación Universitaria 3 años
Si el trabajador rompiera con este compromiso, cancelará el monto que la
Municipalidad invirtió en él, en forma proporcional al tiempo de laborar. En el caso
de que el trabajador deje el estudio, antes de terminar su carrera, adquiere también
un compromiso de trabajar con la Municipalidad por un período que se calcula
considerando la parte proporcional del nivel alcanzado en su carrera, según la tabla
anterior.
ARTÍCULO 50: Capacitación y Formación Profesional.
Los procesos de capacitación y formación se regirán de la siguiente forma:
a) La Municipalidad podrá otorgar licencias con goce de salario para al menos dos
personas por departamento para formación profesional, sindical o ambiental, de
manera que las personas afiliadas al sindicato participen en procesos de
capacitación y formación sindical o ambiental para garantizar la eficiencia de los
servicios municipales. Estas licencias serán solicitadas por Sindicato al alcalde
o alcaldesa para que en un plazo no mayor a cinco días apruebe dichas
licencias. De todas las actividades de formación profesional que realice la
Municipalidad se brindara información al sindicato para su conocimiento y
divulgación.
b) La Municipalidad y el sindicato buscaran establecer programas de formación
profesional con el Instituto Nacional de Aprendizaje y otras instituciones de
educación Superior. Asimismo, coordinaran programas de becas con
Organizaciones e instituciones nacionales e internacionales y el Ministerio de
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Relaciones Exteriores a efectos de becar a su personal o que se beneficie de las
becas existentes.
ARTÍCULO 51: Capacitación en Resolución alterna de Conflictos.
La Municipalidad en coordinación con el sindicato, promoverá el uso de
procedimientos voluntarios de resolución de conflictos como un instrumento para
prevenir situaciones conflictivas, de naturaleza individual y colectiva, con el fin de
que las partes cuenten con las herramientas, conocimientos y destrezas para
encontrar soluciones de común acuerdo. Para tales efectos, promoverán procesos
de capacitación dirigidos a sus mandos intermedios y superiores, así como a las
asesoras y asesores legales y las delegadas y delegados sindicales.
ARTÍCULO 52: Educación para prevenir y enfrentar el acoso sexual.
La Municipalidad reafirma el compromiso de enfrentar decididamente toda
manifestación de acoso sexual. Para tales efectos, en coordinación con el sindicato,
programará campañas de educación y sensibilización para prevenir el acoso sexual,
en todas las dependencias de la Municipalidad
ARTÍCULO 53: Capacitación para la atención de los problemas de alcoholismo
y drogas.
La Municipalidad por medio de la Unidad de Desarrollo Sociocultural establecerá
programas educativos preventivos en materia de alcoholismo y otras drogas. Para
ello realizará las coordinaciones interinstitucionales necesarias con entidades
públicas especializadas como el lAFA, la CCSS y el Ministerio de Salud, entre otras;
con el fin de brindar atención oportuna a las personas trabajadoras que enfrenten
problemas de alcoholismo y fármaco dependencia. Lo anterior de conformidad con
lo establecido en la jurisprudencia de la Sala Constitucional.
ARTÍCULO 54: Programa de desarrollo profesional y eficacia administrativa
que atienden público.
a) La Municipalidad y el sindicato se comprometen a realizar acciones conjuntas
con el fin de promover estilos de liderazgo y ambientes de trabajo donde
prevalezca el respeto, el trato digno y la comunicación asertiva, con el propósito
de prevenir situaciones de acoso laboral como riesgo laboral que destruye el
ambiente de trabajo.
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b) La Municipalidad y el sindicato acuerdan promover un programa de desarrollo
organizacional. Será un proceso sistemático y planificado en el que se utilicen
los principios de las ciencias del comportamiento para incrementar la efectividad
individual de los equipos de trabajo de la Municipalidad.
c) Este programa estará enfocado a que la Municipalidad funcione mejor a través
de un cambio total de valores, actitudes y aptitudes de todo su personal. La
Municipalidad desarrollará, a través la comisión bipartita de educación,
programas de capacitación en desarrollo organizacional para todas las personas
trabajadoras que laboran directamente atendiendo munícipes de manera
regular. Incluirá formación en valores propios del servicio municipal, la
eliminación del trabajo a presión y toda forma de violencia y su sustitución por
una orientación sistémica e integral de los servicios, el mejoramiento de las
capacidades de liderazgo, orientación en la solución proactiva de conflictos y
problemas, la retroalimentación y la formación de equipos.
d) La Municipalidad y los representantes sindicales coordinarán con el 1.N.A., para
que, mediante convenios, se den cursos de capacitación profesional a sus
empleados, ofreciéndoles a estos los posibles cursos que en el año pudieran
darse, en igualdad de oportunidades para los trabajadores en coordinación con
el .N.A. Es entendido que los permisos para dichos cursos, serán con goce de
salario e incluye viáticos.
ARTÍCULO 55: Política ambiental Municipal.
La Municipalidad de Pococí conocedora de la importancia de proteger el ambiente
y la salud pública, se compromete a mejorar el desempeño ambiental en el ejercicio
de sus funciones, a través de un sistema de gestión ambiental que realimente todos
sus trabajadores, actividades y proyectos. Por lo tanto, la Municipalidad se
compromete a:
a) Cumplir y capacitar a su personal sobre la legislación nacional ambiental
vigente y las medidas a tomar por esta Municipalidad para atender el cambio
climático. Dicha capacitación será orientada por la comisión bipartita de educación.
b) Garantizar un ambiente sano en la institución, mediante un cambio cultural
sustentado en la educación ambiental y la concientización a sus colaboradores y la
comunidad reforzando los programas de educación ambiental y manejo de
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desechos. Se establecerán programas demostrativos de gestión de desechos en
todos los distritos del cantón en colaboración con el sindicato.
ARTICULO 56: Compromisos Ambientales de la Municipalidad.
La Municipalidad se compromete a prevenir la contaminación y promover la
mitigación de los impactos ambientales de sus actividades, a través del control de
todos los aspectos ambientales de la institución, promoviendo un plan interno de
manejo de desechos, y a revisarlo bajo un marco de mejora continua del sistema de
gestión. Lo anterior lo ejecutara a través de la Unidad de Control Ambiental.
ARTICULO 57: Fechas de importancia ambiental.
La Municipalidad llevará a cabo actividades de capacitación y considerará para ello
las fechas de importancia ambiental, fomentando el trabajo voluntario y la
participación del personal municipal mediante las propuestas que realice la comisión
bipartita de educación. Se creara un calendario ambiental y se realizara una
actividad mensual, considerando para ello aportes municipales para divulgar las
siguientes fechas: 26 de enero Día de mundial de la educación ambiental; 28 de
enero Día Reducción de Emisiones de CO2; 2 de Febrero Día mundial de los
humedales; 3 de Marzo Día mundial de la naturaleza; 22 de Marzo Día mundial del
agua; 22 de Abril Día Mundial de la tierra; 22 de Mayo Día internacional de la
biodiversidad;5 de Junio Día Mundial del ambiente; 15 de Junio Día nacional del
árbol; 11 de Julio Día internacional de los manglares; 24 de Agosto Día de los
parques nacionales; 29 de Septiembre Día mundial de los mares; 5 de Diciembre
Día internacional del voluntariado.
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CAPÍTULO VIII
CARRERA ADMINISTRATIVA: PRINCIPIOS, PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
Y VIGENCIA DE LA CONVENCION COLECTIVA
ARTÍCULO 58: Carrera Administrativa Municipal: Plazas, Sustituciones,
Vacantes, Traslados y Periodo De Prueba.
Se fortalece la Carrera Administrativa Municipal de conformidad con el artículo 192
de la Constitución Política de Costa Rica, los artículos 124 y siguientes
concordantes del Código Municipal, así como los artículos del Reglamento
Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de Pococí que regulen
el tema; de acuerdo con lo cual se entiende la Carrera Administrativa como un
medio de desarrollo y promoción humana por mérito.
ARTÍCULO 59. Ingreso al régimen Municipal.
Para ingresar al régimen municipal se seguirá lo dispuesto en el 128 del Código
Municipal y el Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Municipalidad
de Pococí,
ARTÍCULO 60. Manual Descriptivo de Puestos
La Municipalidad adecuará y mantendrá actualizado el Manual Descriptivo de
Puestos con base en sus necesidades y para favorecer el logro de sus objetivos,
tomando en cuenta una metodología participativa y de consulta a las personas
trabajadoras por medio del sindicato como representación colectiva de todo el
personal, conforme a las siguientes reglas:
a) Contendrá una descripción completa y sucinta de las tareas típicas y
suplementarias de los puestos, los deberes, las responsabilidades y los
requisitos mínimos de cada clase de puestos, así como otras condiciones
ambientales y de organización.
b) La municipalidad no podrá crear plazas sin que los perfiles ocupacionales
correspondientes estén incluidos, en dicho manual.
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c) La municipalidad mantendrá actualizado Manual de organización y
funcionamiento, cuya aplicación será responsabilidad del alcalde municipal.
d) Ningún empleado devengará un sueldo inferior al mínimo correspondiente al
desempeño del cargo que ocupa considerando además las cargas de trabajo
y las tareas que se le adiciones por labores afines a su puesto. En estos casos
deberá hacerse el reconocimiento salarial correspondiente.
e) Los sueldos y salarios se regirán por lo dispuesto en el artículo 131 del Código
Municipal.
ARTÍCULO 61. Selección de personal
El personal se seleccionará por medio de pruebas de idoneidad, conforme a las
siguientes reglas y lo que determina el Código Municipal:
a) El personal de la Municipalidad será nombrado conforme a lo dispuesto en el
artículo 133 del Código Municipal y el Reglamento Autónomo de Organización
y Servicio de la Municipalidad de Pococí. En todo caso será conocido
previamente por el SUTRAM con las salvedades establecidas por el Código
Municipal para los puestos nombrados por el Concejo Municipal.
b) Las características de estas pruebas se establecerán conforme a lo dispuesto
en el artículo 134 del Código Municipal y el Reglamento Autónomo de
Organización y Servicio de la Municipalidad de Pococí.
c) No podrán ser empleados municipales las personas mencionadas en el
artículo 136 del Código Municipal.
ARTÍCULO 62. Incentivos y Beneficios
Los incentivos y beneficios que propicien el cumplimiento de los objetivos de la
municipalidad y que fomenten el desarrollo y la promoción del personal municipal,
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estarán regulados por lo que determina el Código Municipal y esta Convención
Colectiva.
ARTÍCULO 63: Modificaciones respecto al Manual Descriptivo de Puestos y
los Manuales de Procedimientos.
a) El SUTRAM podrá revisar y proponer modificaciones respecto al Manual
Descriptivo de Puestos y los Manuales de Procedimientos, así como los
reglamentos existentes y los que requiera la Municipalidad. Esta revisión se
realizará de forma conjunta, dando participación a los jefes de Departamento
para escuchar sus criterios con el fin de hacer las recomendaciones
pertinentes al alcalde o alcaldesa.
b) Toda sustitución de un puesto de trabajo en forma temporal o permanente, se
le pagará al empleado que sustituya, igual salario que el titular y si hubiere un
aumento de salario en ese puesto, lo gozará de inmediato. Todo recargo de
funciones superior a ocho días deberá cancelarse en el mismo mes calendario.
c) Los empleados que sean trasladados a otros puestos de forma interina,
conservaran todos los derechos sus derechos adquiridos.
d) Todo servidor municipal deberá pasar satisfactoriamente un período de prueba
en materia de ascensos hasta de tres meses de servicio, contados a partir de
la fecha de vigencia del acuerdo de su nombramiento. En caso de traslados
regirá el mismo término de un mes.
ARTÍCULO 65: Vacantes.
Al quedar una plaza vacante, la municipalidad deberá llenarla de acuerdo con las
siguientes opciones:
1. Mediante ascenso directo del funcionario calificado para el efecto y si es del
grado inmediato.
2. Ante inopia en el procedimiento anterior, convocará a concurso interno entre
todos los empleados de la Institución.
3. De mantenerse inopia en la instancia anterior, convocará a concurso externo,
publicado por lo menos en un diario de circulación nacional y con las mismas
condiciones del concurso interno. Mientras se realiza el concurso interno o
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externo, el alcalde o alcaldesa podrá autorizar el nombramiento o ascenso
interino de un trabajador hasta por un plazo máximo de dos meses todo
conforme al artículo 125 del Código Municipal. El servidor que concurse por
oposición y cumpla con los requisitos quedará elegible, si obtuviera una nota
mayor o igual a 70. Mantendrá esta condición por un lapso de un año, contado
a partir de la comunicación.
4. En cualquier procedimiento citado en el artículo anterior deberá atenderse,
según corresponda, en lo dispuesto en los artículos 125, 137 y concordantes
del Código Municipal, así como los dispuesto eh el Reglamento Autónomo de
Organización y Servicio de la Municipalidad de Pococí. La Oficina de GHCA
presentará al alcalde o alcaldesa una nómina de elegibles, de tres candidatos
como mínimo, en estricto orden descendente de calificación. Sobre esta base,
el alcalde o alcaldesa escogerá al sustituto.
ARTICULO 66: Ascenso Directo.
a) Cuando en un departamento quedara una plaza vacante, la administración
tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles para que la misma sea ocupada
mediante ascenso directo, por una persona trabajadora del grado inmediato
existente inferior y dando preferencia al funcionario de mayor antiguedad
dentro de la institución de acuerdo al puesto existente, que esté en propiedad
y calificada para tal efecto, quien además deberá someterse a lo dispuesto en
la Carrera Administrativa.
b) En ningún caso se nombrará por inopia sin previamente haber cumplido con
el siguiente procedimiento:
1. En caso de que en el departamento no haya un trabajador que pueda
ascender directamente, Recursos Humanos verificará en la estructura
municipal la existencia de un trabajador en propiedad que cumpla con
todos los requisitos establecidos para que ocupe la plaza vacante por
medio del ascenso directo, respetando el escalafón y la Carrera
Administrativa vigente en la Municipalidad.
2. Las condiciones para realizar un ascenso directo se ejecutarán con un
trabajador aplicando la Carrera Administrativa.
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ARTÍCULO 67: Concurso Interno y externo:
1. Ante inopia en el procedimiento anterior, se convocará a concurso interno entre
todos los colaboradores en propiedad e interinos de la Institución, de acuerdo con
lo definido en el artículo 137 del Código Municipal.
2. La convocatoria al concurso interno debe ser divulgada en todos los centros de
trabajo para el conocimiento de todas las personas trabajadoras municipales, por
medio de circulares que se pegarán en pizarras informativas y todos los medios
posibles, con un mínimo de 5 días hábiles de anticipación a la fecha de inicio de
la recepción de ofertas. Como resultado del concurso interno se formulará una
nómina de elegibles de la cual la administración escogerá el sustituto.
En los concursos externos se siguen las siguientes normas:
1. De mantenerse la inopia en la instancia anterior, la Municipalidad de Pococí
convocará a un concurso externo, en el cual podrá participar cualquier persona
que cuente con los requisitos establecidos para el puesto, para lo que se hará
pública la convocatoria mediante un periódico de circulación nacional, además
de la página web oficial de la Municipalidad de Pococí.
2. De las personas que participen en el concurso externo, resultarán elegibles los
que reúnan los requisitos indicados en el Manual Descriptivo de Puestos y que
hayan cumplido con todas las etapas del proceso, de los cuales se formará una
nómina de tres candidatos como mínimo, de ésta el alcalde o alcaldesa escogerá.
3. Para concursos internos y externos, se elegirá siempre entre aquellas personas
que superen el 70% de la calificación establecida en el Manual de Reclutamiento
y Selección de Personal de la Municipalidad de Pococí.
4. Los nombramientos que procedan por escalafón, ascensos o por concursos
internos o externos, serán precedidos por un período de prueba que no podrá
exceder los tres meses. Para lo cual la jefatura inmediata informará a GHCA si el
trabajador se desempeñó satisfactoriamente durante dicho periodo, para
proceder al nombramiento en propiedad.
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SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
eco CONVENCIÓN COLECTIVA
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5. Cuando una plaza vacante no pueda ser ocupada mediante ascenso directo y
mientras se efectúan los procesos de selección de personal definidos en el
artículo anterior de esta Convención Colectiva, la administración nombrará
interinamente en ese puesto a un trabajador de la Municipalidad.
6. Serán requisito para su nombramiento que se encuentre en propiedad y que
cuente con los requerimientos de idoneidad del puesto, para lo cual el
departamento de Recursos Humanos contará con un plazo máximo de cinco días
hábiles, contados a partir de que se haya comprobado la inopia, comprobando
que no existe por lo tanto ningún trabajador que pueda ascender directamente al
puesto.
Deberá presentar a el alcalde o alcaldesa la lista de las personas trabajadoras
que según Carrera Administrativa pueden ocupar la plaza vacante. Igual
procedimiento se utilizará en los casos de las ausencias temporales de cualquier
trabajador en propiedad, para lo cual deberá mantenerse actualizada la base de
datos del personal municipal.
7. La Municipalidad podrá crear nuevas plazas si las mismas se encuentran
contempladas dentro del estudio técnico de Recursos Humanos, siempre que se
cuente con el respaldo de la viabilidad financiera. Una vez elaborado dicho
estudio, deberá ser conocido por la junta directiva de SUTRAM, donde el
Sindicato podrá hacer sus observaciones para determinar los alcances y las
repercusiones que tenga tal acción. Producto de dicho análisis, en un plazo
máximo de quince días hábiles, se emitirá una recomendación de SUTRAM y al
alcalde o alcaldesa Municipal. De lo anterior, se excepcionan la creación de
nuevos servicios o plazas establecidas por ley.
Artículo 68: Personas trabajadoras interinas.
a) Las personas trabajadoras interinas con más de un año quedarán amparadas
por los derechos y beneficios de la Carrera administrativa si la necesidad de sus
puestos es permanente en la Municipalidad, y por tanto la Municipalidad deberá
tomar las previsiones y sacar estas plazas a concurso.
b) Se excluyen de la Carrera Municipal solamente los funcionarios interinos los
nombrados para cubrir las ausencias temporales de los funcionarios
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MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
CONVENCIÓN COLECTIVA
permanentes, contratados por la partida de suplencias o por contratos para
cubrir necesidades temporales de plazo fijo y los funcionarios de confianza los
contratados a plazo fijo por las partidas antes señaladas para brindar servicio
directo al alcalde, el Presidente y Vicepresidente Municipales y a las fracciones
políticas que conforman el Concejo Municipal. Lo anterior de conformidad con el
artículo 127 del Código Municipal.
ARTICULO 69: Procedimiento En Materia De Evaluación Del Desempeño.
La Evaluación del desempeño se regirá por lo dispuesto en el código municipal y
demás normativa de empleo público vigente.
ARTÍCULO 70: Permutas y traslados horizontales.
Previo informe y consulta de permutas y traslados horizontales de los servidores
con sus jefes inmediatos y el sindicato, el alcalde podrá autorizar estos movimientos,
siempre que no les causen evidente perjuicio y cuando satisfaga una necesidad real
de la municipalidad.
ARTÍCULO 71: Garantías de cumplimiento de esta convención colectiva.
a) Cuando el sindicato, considere que uno o más actos de la administración violen
esta Convención, así mismo si la Administración considera afectado su derecho,
agotarán en primera instancia las vías internas administrativas, dentro de un
plazo de tres días hábiles siguientes al recibo de la nota de solicitud.
b) Sino existiera acuerdo la parte afectada solicitará una reunión de alto nivel, con
la participación del Ministerio de Trabajo. Luego de agotada esta instancia,
cualquiera de las partes y el Sindicato principalmente, podrá recurrir a los
mecanismos que señala esta Convención Colectiva y a las leyes laborales
vigentes.
ARTÍCULO 73: Prórroga, denuncia, revisión y consulta.
Esta Convención puede prorrogarse por acuerdo de las partes por dos años más,
si las partes no la denuncian dentro del plazo establecido para tal efecto en el
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4 (A MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES MUNICIPALES
o CONVENCIÓN COLECTIVA
Código de Trabajo. Si denunciada la Convención y expirado su plazo de vigencia,
las partes no hubieran llegado a un acuerdo para la firma de otra Convención, o se
suspendiera el proceso de negociación, ésta se entenderá prorrogada en su
totalidad hasta la entrada en vigor de la siguiente, con total independencia de la
negociación de otras condiciones económicas y retributivas, fundadas en convenios
complementarios, o realizadas con anterioridad, que mantienen su vigencia.
Disposiciones Transitoria
TRANSITORIO |. La Municipalidad pagará a elaborar 40 ejemplares de la
Convención Colectiva; los que serán entregados al Sindicato en un plazo máximo
de dos meses después de aprobada la presente Convención Colectiva de Trabajo.
Las partes otorgantes, de entera conformidad, suscribimos la presente Convención
Colectiva de Trabajo a las horas del de Diciembre del 2024.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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Participan de la palabra:
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz.
Como ustedes saben hace alrededor de 3 meses venimos trabajando el tema de
la convención colectiva, hace alrededor de dos semanas finalizamos con el último
artículo si no me equivoco el 70, 72 por ahí más o menos. Ya revisamos cada uno
de los artículos en varias mesas de trabajo, hemos estado ahí el regidor Chaves,
ha estado Doña Patricia, Don Walter ha estado también, Carmencita también ha
estado y Don Luis en una ocasión y también Evita.
O sea, hemos estado prácticamente todos los regidores propietarios, revisamos
desde el primer artículo hasta el último de esa convención colectiva. Yo le pedí al
sindicato que me enviara el borrador con todas las correcciones que nosotros, les
pedimos, que integraran los artículos legales que interpretan algunos artículos de
esta convención incorporados también.
Este documento que nos envían donde nos remiten esto dice lo siguiente:
“En mi condición de secretario general de SUTRAM, deseamos
como organización que el todopoderoso reine en su hogar y en el de
todos los que conformamos esta gran familia municipal. Remito la
nueva convención colectiva de la municipalidad de pocos Sí donde
queremos Solicitar a usted en condición de presidente del honorable
Concejo municipal apoyo total e incondicional para que esta sea
aprobada de forma definitiva.
Ala vez informarle que de la anterior convención hemos extraído
el eliminado y reformado artículos y consideramos no son anuentes a
lo negociable, por ejemplo: algunos referentes a la entrega de
uniformes, zapatos, becas, actividades culturales y deportivas y todo
lo que no es aplicable a las diferentes leyes que nos rigen actualmente.
Confiamos en este gran consejo municipal y agradecemos De
antemano todo lo que hasta el momento nos han brindado”.
Bueno, por lo menos a mí no me cabe duda de que la revisión de esta
convención colectiva de alguna forma me doy cuenta de que no es
abusiva, que se eliminaron varias situaciones ahí que en algún momento
llegó a abusar en lo que era becas, en lo que era uniformes, zapatos y otras
cosas ahí.
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Ya eso está de alguna forma este plasmado acá con todas las correcciones
que nosotros hicimos y lo que queda este don Manuel, es entregársela, le
hago entrega formal de esta de este borrador para que la Administración
también pueda revisarlo este y si Dios lo permite estarla aprobando el primer
o segundo mes de este año que ingresa.
Yo creo que es un derecho de todos los trabajadores de esta municipalidad
eh Por ahí está el monto que se redujo considerablemente, por lo que a mí
respecta sobre ese tema pues estaremos atentos y anuentes a que la
Administración lo revise lo valore, sabemos que solo lo vamos a poder
aprobar nada más verdad el presupuesto que se le incorpore pues ya será
en el 2026, pero creo que sí es importante por lo menos tenerla aprobada
para cuando eso cuando eso corresponda.
Reg. Carlos Retana López.
Muchas gracias señor presidente después de que la administración revise y
de sus criterios al respecto ¿cuál sería el procedimiento, luego viene aquí,
es trasladada a comisión de asuntos jurídicos para analizar el asunto? y
también sería muy bueno que tal vez nuestro asesor la revise a profundidad.
Porque yo creo como usted bien lo dice, han venido trabajando los señores
regidores, Incluso en algún momento yo estuve en una mesa de trabajo. Los
señores regidores han estado muy atentos a la situación y me parece a mí
por esa vez que estuve con la gente del sindicato que ellos son muy
razonables, son personas que igual quieren muchísimo la municipalidad, no
es un sindicato abusivo, es un sindicato con mucha conciencia y lo que
buscan es garantizar las mejores condiciones para los trabajadores.
En ese buen espíritu de entendimiento que se ha venido trabajando, me
parece igual que usted que todo va a marchar bien, pero es importante
tener los referentes jurídicos verdad, para las decisiones que tomemos
gracias.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz.
Sí y como les digo, importante señalar que acogieron todas absolutamente todas
nuestras recomendaciones, incluso antes de que empezáramos a revisar esa
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PAGINA N*82 ACTA N*85 Ordinaria. 23-12
convención si no me equivoco, Don Manuel ya había sometido ese Borrador
antes de que lo corrigiéramos nosotros al departamento jurídico y tengo
entendido que el departamento jurídico no le hizo mayor señalamiento.
Entonces yo creo que pues no debería ser muy expedito de aquí en adelante lo
que lo que venga sobre ese tema verdad.
Reg. Carlos Retana López.
Sí lo que pasa es que digamos, el criterio que puede emitir el departamento
jurídico de la Municipalidad está encontrado. porque hay un tema de que
son trabajadores de la municipalidad y no se puede ser juez y parte.
Por eso a mí me parece que pasarlo la comisión de asuntos jurídicos y que
nuestro asesor propiamente haga esa revisión y las recomendaciones del
caso es importante, porque hay cosas que nos pueden parecer buenas a
nosotros, hay cosas que le pueden parecer buenas al Sindicato y en eso
coincidimos, pero, por encima de todo eso está la norma verdad. Entonces
puede ser que haya cosas de buena voluntad pero que la norma y los
principios de todo el bloque de legalidad no lo permita.
Entonces es importante que vayamos aprobar algo, que no riña en ninguna
medida con el bloque legalidad.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz.
Sí claro, podemos facilitarle también una copia a nuestro asesor jurídico y en
algún momento ver los dictámenes en conjunto verdad.
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera.
Vea Juanci, yo vi la convención que tenían ellos y la convención, es decir
yo no me opongo a una convención colectiva siempre y cuando no se
perjudique a los contribuyentes y que vamos a hacer no una convención
como el pasado, que había un montón de privilegios y que al final el que lo
tiene que pagar es el pueblo.
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Entonces ellos hacen una propuesta yo les dije “me parece que h
resolver, hay que arreglar estas estas propuestas”, no volvieron, se fueron
para donde ustedes no volvieron a presentarme ninguna otra propuesta
más, hay que revisar esta propuesta y la convención se tiene que regir por
un procedimiento, o sea, se debe nombrar una comisión y una comisión y
con representantes para llegar al final, pero sí me parece que hay que
valorar.
Ahorita estaba viendo ahí y hay que cuantificar, o sea cuánto es el costo
porque, podemos decir 40 becas, pero ¿cuánto valen esas becas? pueden
ser becas de maestrías y entonces ¿cuánto cuesta eso al pueblo? yo les
decía que hablaran por porcentajes, porque no es lo mismo la gente de
campo que la gente que en la administración, entonces, o sea, que
hiciéramos un porcentaje igual los uniformes. No sé si al final eso lo valoraron
y silo hicieron así, o sea hay que cuantificarlo porque al final también debe
tener un respaldo técnico para que sea avalada.
La cesantía, a mí me parece que ya hay un tope en la cesantía que ya se
dio, es cosa juzgada, nosotros no podemos levantar el tope para ser más
años o que quiera y quedarles bien a los empleados, o sea, no podemos
decirles que sí que lo vamos a hacer y al final no funciona la convención.
Ya el tope de cesantía se dio y es cosa juzgada y ahí no podemos ir más
allá de lo que dice la sala Constitucional, entonces no sé cuánto quedaron
al final, pero hay cosas que al final parecen bonitas y uno las ve bonitas y
por quedar bien entonces, sí les vamos a ayudar, pero después y al que
vamos a cargar es el pueblo.
Y yo se lo he dicho a los empleados "yo no me opongo, siempre y cuando
sea justo para ustedes y para el pueblo" o sea hagamos algo, un equilibrio
que al final, no quiero ver a la gente aquí, al pueblo que se venga encima
diciendo que por la culpa de nosotros les dimos un montón de privilegios.
O sea, es facilísimo y decidir y decir Tome aquí está, yo les otorgo esto y les
doy esto, ¿pero después quién paga?, diay la gente, todos los
Constituyentes que pagamos impuestos entonces, debe haber un equilibrio
para que esto funcione y hay que sentarse, hay que hacer todo el
procedimiento, pero la última vez, hace como dos meses dejaron uno y yo
les dije “Bueno cambien esto, arréglenlo" y no volvieron a pedirme
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reuniones, no volvieron a tener reuniones conmigo, interpretaron nada más
cosas.
Entonces supongo que con ustedes cambiaron algunas cosas, pero hay
que hay que analizarlas, sentarse y seguir los procedimientos que establece
para poder aprobar la convención.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz.
Símuchas gracias don Manuel, justamente ahí está el borrador para que lo someta
a todas las consideraciones que usted crea conveniente.
Sí vimos todos los temas que usted acaba de mencionar, cesantía, no vienen
marcas para la compra de zapatos ni uniformes, cero marcas, se rebajó el monto
también, se rebajó considerablemente el monto de becas, en fin, es que vimos
artículo por artículo y ellos, yo siento que están con mucha disposición.
Entonces no lo dude don Manuel que ellos van a estar anuentes a cualquier mesa
de trabajo que haya que hacer y que se someta la convención donde usted
considere que sea necesario someterla.
De aquí pues ya comienza otra etapa entonces ahí vamos a estar eh anuentes a
seguir colaborando tanto con la administración y también con el sindicato. No la
veo abusiva de ninguna forma, pero creo que, si encontramos algo que se nos
haya ido a nosotros ellos, estoy seguro de que están dispuestos a considerarlo y
modificar cualquier artículo de esa convención.
Pero sí yo creo que es necesario que este los trabajadores de esta municipalidad
tengan esa convención colectiva, es vital y creo que debemos de trabajar en
sentar eso el próximo año.
¿Sobre este tema algún otro compañero?, copia sería entonces copia para todos
Magaly.
Le corresponde al señor alcalde este revisar el documento y si él cree es viable
pues una mesa de trabajo adicional pues obviamente tanto ellos como nosotros
también estamos dispuestos.
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada la nueva Convención Colectiva de la
Municipalidad de Pococí al Señor alcalde para su análisis y consideración. Se
traslada copia a cada regidor.
Vota a favor los regidores: Juan Mauricio Mora Cruz, Luis Méndez Araya, Patricia Aguilar
Araya, Carmen Sánchez Navarro, Carlos Retana López, Eva Torres Marín, Ricardo
Villalobos Vargas, Walter Villagra Rodríguez y Jordan Chaves Chaves.
ARTICULO V
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N”* 2467
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal,
teléfono: 2711 1208, correo electrónico: manuel. hernandezOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: DAMCM-0196-2024
Asunto: Presentación de Oficio SPCA-804-2024 para solicitud de prórroga al
convenio con Chiquita Tropical Ingredientes S.A. según los términos descritos en
el oficio del Proceso de Control Ambiental y la solicitud de la empresa.
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4 Municipalidad de Pococí
Área de Servicios Públicos y
a Proceso de Control Ambiental
Teléfono: 2710-6600 stan
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Guápiles, 23 de diciembre de 2024
SPCA-804-2024
Lic, Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Asunto: Prórroga al convenio con Chiquita Tropical Ingredlents S.A.
Estimado alcalde:
Reciba un cordial saludo por parte del Proceso de Control Ambiental, sirva
la presente para informar que la empresa Chiquita Tropical Ingredients S.A. se
encuentra solicitando una prórroga de un mes calendario para el convenio
vigente entre la Municipalidad de Pococí y la empresa. Lo anlerior se debe a que
el convenio vigente vence el próximo 03 de enero del 2025, y siendo que el
municipio retoma funciones hasta el 06 de enero del 2025, se realiza esta solicitud,
parte do nuostro proceso se considera prudente esta prórroga en el tanto se
gestiona formalmente la firma del nuevo convenio entre partes.
Se debe indiciar La prórroga solicitada no modifica de manera alguna las cláusulas
vigentes con excepción de la del plazo de vigencia, la firma de esta prórroga
debe ser autorizada por parte del Concejo Municipal, por lo cual se solicita que el
acuerdo manifieste lo siguiente:
"Este concejo Municipal autoriza al Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde
Municipal, a firma prorroga de un mes adicional para el convenio vigente
de disposición sobre bienes, mermas, subproductos, desperdicios del
Reglamento de la Ley de Zona Franca entre la Municipalidad de Pococí y
Chiquita Tropical Ingredients, S.A”
Se adjunta a la presente la solicitud realizada por la empresa.
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a Proceso de Control Ambiental
Teléfono: 2710-6600 reino
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Guáplles, 23 de diclembre de 2024
SPCA-804-2024
Se agradece la atención a la presente.
LUIS Flurmado digitalmente
ALEJANDRO ni
VEGA VARGAS fecha: 2024.12.23
(FIRMA) 14:16:49 -0600
Lic. Luis Alejandro Vega Vargas
Control Ambiental Municipal
CC/ Archivo.
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Participan de la palabra:
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz.
Don Maikol, ¿conoce usted el fondo de esta solicitud? si nos la puede explicar si
es tan amable.
Lic. Maikol Fernández Loría. Asistente Alcaldía.
Saluda, Bueno, es el convenio que regularmente se hace con Chiquita por el tema
de las mermas y todo esto entonces, como nos quedó encajonado el cierre de
año con la renovación del convenio, ellos están pidiendo un mes para poder
cerrar el año mientras nosotros hacemos el nuevo convenio, nada más que se les
autorice un mes más una prórroga del convenio que ya está vigente para seguir
con la entrega de lo que ya tenemos en el convenio a las a las empresas
autorizadas o personas autorizadas mientras hacemos ya el convenio nuevo. Pero
como quedamos a fin de año el compañero Fabián y Alejandro nos gestionaron
esa solicitud de un mes, ahí creo que al final de la nota del proceso ambiental
viene una propuesta del del acuerdo si no me equivoco.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz.
Sería entonces el acuerdo. Los que estén de acuerdo en autorizar al licenciado
Manuel Hernández Rivera a la firma de la prórroga de un mes adicional para el
convenio vigente de disposición sobre bienes, mermas, subproductos,
desperdicios del reglamento a la Ley de Zona franca entre la Municipalidad
Pococí y Chiquita Tropical Ingredientes Sociedad Anónima favor levantar la mano,
de conformidad con la explicación que nos dio don Maikol. Nueve votos a favor.
Para que sea dispensado de trámite de comisión. nueve votos.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde
Municipal a firmar prórroga de un mes adicional para el convenio vigente de
disposición sobre bienes, mermas, subproductos, desperdicios del Reglamento de
la Ley de Zona Franca entre la Municipalidad de Pococí y Chiquita Tropical
Ingredientes, S.A. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
O Di Sitio Web: munipococi.go.cr
a nd > Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*89 ACTA N*85 Ordinaria.
Vota a favor los regidores: Juan Mauricio Mora Cruz, Luis Méndez Araya, Patricia Aguilar
Araya, Carmen Sánchez Navarro, Carlos Retana López, Eva Torres Marín, Robert Jiménez
Araya, Walter Villagra Rodríguez y Jordan Chaves Chaves.
ACUERDO N” 2468
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal,
teléfono: 2711 1208, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: DAMCM-0198-2024
Asunto: Solicitud de autorización para el cierre de vías el 26 de diciembre de 6:00
am hasta las 11:00 pm por concierto de Fantasía Navideña 2024. Recorrido:
Alrededores del Parque Central de Guápiles.
>
>
Sitio Web: munipococi.go.cr
A : Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*90 ACTA N*85 Ordinaria.
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A Municipalidad de Pococí ,
POCOC E Despacho del Alcalde
a Teléfono: 2711-1208 9%,
Fluye manuel hernondezOmunipococi.go.cr  Mwerivoro
IDA RIA
Guáplles, 23 de diciembre de 2024,
DAMCM-0198-2024
Sres,
Concejo Municipal de Pococí
Saludos cordiales,
En atención a la reprogramación que se realizó de los eventos de Fantasía Navideña 2024,
en específico el concierto de cierre pasando del 22 de diciembre al 26 de diciembre,
solicito al Concejo Municipal autorizar los sigulentes clerres de vías en las horas y fechas
que se describen:
26 de diciembre 2024: Cierre a parlir de las 6 a.m. hasta las 11 p.m. Concierlo de Fantasía
Navideña 2024, Recorrido: Alrededores del Parque Central de Guápiles.
Croquis:
“28. eE 155 2h
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N*91 ACTA N*85 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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PAGINA N*92 ACTA N%85 Ordinaria. -2024*+ _
TRAD VERAS - muaa AO
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza el cierre de vías solicitado para el 26 de
diciembre de 2024 en horario de 6:00 am hasta las 11:00 pm por Concierto de
Fantasía Navideña 2024, según croquis presentado por el Lic. Manuel Hernández
Rivera, Alcalde Municipal, mediante el Oficio DAMCM-0198-2024. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Vota a favor los regidores: Juan Mauricio Mora Cruz, Luis Méndez Araya, Patricia Aguilar
Araya, Carmen Sánchez Navarro, Carlos Retana López, Eva Torres Marín, Robert Jiménez
Araya, Walter Villagra Rodríguez y Jordan Chaves Chaves.
ARTICULO VI
Correspondencia
ACUERDO N”* 2469
Se conoce nota suscrita por el Lic. Ademar Reyes Barrios de la Unidad de Licencias
y Patentes, teléfono: 2713-6560 ext: 126, correo electrónico:
ademar.reyesemunipococi.go.cr, dice:
Oficio: PA-409-2024
Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales
conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la
problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes
establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico,
les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera
condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo
N? 5, inciso “b”, que dice:
“Artículo 5. — La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio,
licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades
ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán
someterse las licencias para actividades comerciales:
Pz e ES , De Sitio Web: munipococi.go.cr
Y a A. Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N*93 ACTA N*85 Ordinaria
b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de liceñcias se
extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una
presunción razonable que, con la actividad solicitada, se podría violentar la ley
vio el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la
Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos
iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros
supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la
dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título
vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha
de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en
forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida
el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por
ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la
actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden
público.” (El resaltado es supletorio.)
LICENCIA DE LICORES
NOMBRE DIRECCIÓN CATEGORÍA
CARIARI, 50 METROS OESTE DE CATEGORÍA D1/
JIMANAA RERBALIBETA LA CLÍNICA DEL DOLOR MINISUPER
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el refrendo de la patente con base al
criterio técnico indicado en el Oficio PA-409-2024, suscrito por el Lic. Ademar
Reyes Barrios de la Unidad de Licencias y Patentes. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Vota a favor los regidores: Juan Mauricio Mora Cruz, Luis Méndez Araya, Patricia Aguilar
Araya, Carmen Sánchez Navarro, Carlos Retana López, Eva Torres Marín, Robert Jiménez
Araya, Walter Villagra Rodríguez y Jordan Chaves Chaves.
se > Sitio Web: munipococi.go.cr
YA > y Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*94 ACTA N%85 Ordinaria.
ARTICULO VII
Asuntos Varios
ACUERDO N”* 2470
Moción presentada por el regidor Juan Mauricio Mora Cruz, presidente del
Concejo Municipal, dice:
Asunto: Respuesta al Recurso de Revocatoria interpuesto por la empresa
Componentes EL ORBE S.A. contra el acto de adjudicación de la Licitación Menor
N*2024-LE-000011-002000702. Proyecto: Servicio Administado de Equipo de
cómputo y sistema para automatizar la atención de casos en tecnologías de
información (mesa de ayuda).
v
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*95 ACTA N*85 Ordinaria.
MOCION
Conoce este Concejo Municipal recurso de revocatoria contra el acto de adjudicación de la licitación
menor No. 2024-1.£-000011-0032000702, interpuesto por la sociedad COMPONENTES EL ORBE S.A,
cédula de persona jurídica número 3-101-111502, representada por su apoderado generalísimo sin
limitación de suma Juan Manuel Barquero Vargas y; Ñ
CONSIDERANDO
l-Que la administración promovió proceso de licitación menor denominada Proyecto: Servicio
Administrado de Equipo de cómputo y sistema para automatizar la atención de casos en tecnologías
de información (mesa de ayuda).
11,-Que una vez realizado el procedimiento, la administración remitió el oficio DAMCM-0120-2024
de fecha 31 de octubre 2024 suscrito por el señor Alcalde Municipal, solicitando la adjudicación y
autorización de acuerdo de pago para la licitación menor No, 2024-LE-000011-0032000702.
1I.-Que mediante acuerdo 2072 tomado en artículo II! de la sesión extraordinaria No. 74 del 8 de
noviembre de 2024, el Concejo Municipal aprueba adjudicar y autorizar al señor Alcalde Municipal
a pagar a la empresa COMPONENTES EL ORBE S.A, para la licitación menor No. 2024-LE-000011-
0032000702 Proyecto: Servicio Administrado de Equipo de cómputo y sistema para automatizar la
atención de casos en tecnologías de información (mesa de ayuda), solicitado por casos en
tecnologías de información y con expediente electrónico visible en SICOP. El contrato tendrá una
vigencia de 1 año prorrogable por 1 año más. Para lo cual se dispensó del trámite de comisión y se
declaró definitivamente aprobado, procediéndose a ordenar la integración del acuerdo en la
plataforma de SICOP conforme a la Ley General de Contratación Pública.
IV.-Que inconforme con la decisión tomada por el Concejo, la sociedad adjudicada presenta ante la
administración recurso de revocatoria, solicitando se declare con lugar el recurso y
consecuentemente se anule el acto de adjudicación dictado por este Concejo Municipal, planteando
a la vez como opciones para proseguir con el trámite de contratación, condicionar la misma, a) ya
sea a un ajuste de precios según una nueva tabla, consecuentemente el ajuste de los presupuestos
correspondiente y; b) realizar el contrato con una adjudicación anual con posibilidad de tres
prórrogas de 12 meses cada una y hasta completar 48 meses, en el entendido de que las prorrogas
serán facultativas de la Administración, pudiendo ésta validar lo consiguiente al presupuesto cada
año.
V.-Que analizado el texto del recurso interpuesto se advierte que NO fue integrado al sistema de
compras públicas conforme lo establecen los numerales 8 inciso g), 16 in fine y 87 párrafo segundo
de la Ley General de Contratación Pública, 242 párrafo primero, 243 párrafo primero y 244 inciso d)
del Reglamento a la citada Ley, por lo que al conocerlo en sesión este Concejo debió rechazarlo de
plano por inadmisible al no cumplir con los requisitos formales que la normativa y el reglamento
exigen.
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PAGINA N*96 ACTA N%85 Ordinaria.
VI.- Que no resulta de recibo ninguna excusa para la no presentación del recurso en la plataforma
de SICOP, pues la única opción atendible debió ser acompañada por un reporte directamente
extendido por dicha plataforma en el caso de que el día en que se presenta el recurso NO hubiese
servicio las 24 horas, dado que el término para la presentación recursiva en cuestión conforme lo
determina el numeral 87 párrafo primero de la Ley General de Contratación Pública, autoriza dicha
presentación entendiendo como hábiles todas las horas del propio día en que venza el plazo para
presentarlo,
VIl.- Que de conformidad con lo aquí expresado debe rechazarse de plano el recurso por inadmisible
ante la falta de requisitos formales para su presentación, con lo cual el acuerdo de adjudicación
dictado por este Concejo permanece firme e incólume tal y como fuera integrado a la plataforma de
SICOP en su momento.
POR TANTO
Este Concejo Municipal acuerda: a) rechazar de plano por inadmisible el recurso de revocatoria
incoado por la empresa COMPONENTES EL ORBE S.A, cédula de persona Jurídica número 3-101-
111502, en contra del acuerdo de adjudicación tomado por este Concejo Municipal número 2072,
tomado en artículo 11! de la sesión extraordinaria No. 74 del 8 de noviembre de 2024, el cual fue
declarado definitivamente aprobado.
b) Que encontrándose vigente y firme el acuerdo de adjudicación se ordena a la Administración
proceder de conformidad con lo dispuesto en el mismo, lo anterior en aras del interés público y las
necesidades urgentes de la Institución.
Que se dispense del trámite de comisión y se declare definitivamente aprobado, procediendo a
notificar al recurrente en la forma y términos de la Ley General de Contratación Pública,
Participan de la palabra:
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz.
Someto a votación, la moción presentada, los que estén de acuerdo, si tienen
alguna duda antes de someterlo a votación.
Reg. Carlos Retana López.
Es ratificar que la votación va a ir sometida, por lo menos de mi parte en el orden
de lo que se lee en la propuesta que usted nos presenta señor presidente, o sea,
si no se presenta el recurso como establece la norma, por sí mismo el recurso no
tiene ninguna validez, el cumplimiento de la norma realmente es lo que prima en
esta decisión.
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PAGINA N*97 ACTA N*85 Ordinaria. 23-12
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz.
La someto a votación los que estén de acuerdo favor levantar la mano. Nueve
votos, para que sea dispensado de todo trámite. Nueve votos.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Aprueba la Moción presentada por el regidor
Juan Mauricio Mora Cruz, presidente municipal. por tanto, Se rechaza de plano
por inadmisible el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa
COMPONENTES EL ORBE S.A, cédula de persona jurídica número 3-101111502, en
contra del acuerdo de adjudicación tomado por el Concejo Municipal, número
2075, tomado en artículo III, de la sesión Extraordinaria N*74 del 08 de noviembre
de 2024, el cuál fue declarado definitivamente aprobado. Que encontrándose
vigente y firme el acuerdo de adjudicación se ordena a la Administración
proceder de conformidad con lo dispuesto en el mismo, lo anterior en aras del
interés público y las necesidades urgentes de la institución. Que se notifique al
recurrente en la forma y términos de la Ley General de Contratación Pública. Se
dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Vota a favor los regidores: Juan Mauricio Mora Cruz, Luis Méndez Araya, Patricia Aguilar
Araya, Carmen Sánchez Navarro, Carlos Retana López, Eva Torres Marín, Robert Jiménez
Araya, Walter Villagra Rodríguez y Jordan Chaves Chaves.
ACUERDO N* 2471
Moción presentada por la Reg. Patricia Aguilar Araya, avalada por todos los
regidores, dice;
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PAGINA N*98 ACTA N*85 Ordinaria.
Pecocí
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Concejo Municipal de Pococí
Moción
Moción presentada por: Patricia Aguilar Araya
Día 23 Mes 12 Año 2024.
Considerando:
Que los trajes folklóricos costarricenses rescatan, promueven y proyectan
el valioso legado cultural y las tradiciones de nuestro país.
Que existen organizaciones que celebran Festivales Folclóricos en el
cantón, donde participan invitados nacionales e internacionales,
consolidándose, como un evento emblemático para el cantón de Pococí.
Que Pococí cuenta con una amplia diversidad de grupos folclóricos,
conformados por personas comprometidas con la preservación y
transmisión de nuestras tradiciones, quienes han representado al cantón y
al país en giras internacionales.
Que Pococí ha tenido el privilegio de recibir agrupaciones de distintos
países, las cuales han participado en presentaciones y festivales organizados
localmente, lo cual fortalece los lazos culturales y promueve el intercambio
artístico,
Que la instauración de un día dedicado al folclore contribuirá no solo al
fortalecimiento de nuestra identidad cultural, sino también al desarrollo
turístico y económico de la región.
Mociono: Oficializar el Día del Traje Folklórico Costarricense como
una festividad en el calendario local, a celebrarse cada año el 18 de julio,
Firma: Fcio ON De
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PAGINA No99 ACTA N985 Ordinaria.
Participa de la palabra.
Reg. Patricia Aguilar Araya.
Muchas gracias señor presidente para leer una moción presentada por la regidora
Patricia Aguilar Araya.
CONSIDERANDO.
Que los trajes folklóricos costarricenses rescatan, promueven y proyectan el valioso
legado cultural y tradiciones de nuestro país.
Que existen organizaciones que celebran Festivales Folklóricos en el cantón,
donde participan invitados nacionales e internacionales, consolidándose como
un evento emblemático para el Cantón de Pococí.
Que Pococí cuenta con una amplia diversidad de grupos folklóricos conformados
por personas comprometidas con la prevención y transmisión de nuestra
tradiciones quienes han representado al cantón Y al país en giras internacionales.
Que Pococí ha tenido el privilegio de recibir agrupaciones de distintos países los
cuales han participado en presentaciones y festivales organizados localmente, lo
cual fortalece los lazos culturales y promueve el intercambio artístico.
Que la instauración de un día dedicado al folklore contribuirá no solo al
fortalecimiento de nuestra entidad cultural, sino también al desarrollo turístico y
económico de la región.
MOCIONO:
Oficializar el día del traje Folklórico Costarricense como una festividad en el
calendario local, al celebrarse cada año el 18 de julio.
Esta moción señor presidente, está firmada por todos los señores regidores, entre
ellos la Comisión de Asuntos Culturales.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz.
Los que estén de acuerdo en aprobar la moción presentada por la compañera
Patricia Aguilar Araya, favor levanta la mano.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Oficializar el día del traje Folklórico Costarricense
como una festividad en el calendario local, cada año el 18 de julio.
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PAGINA N2100 ACTA N*85 Ordinaria.
ACUERDO N* 2472
Se conoce comentario por parte del Reg. Luis Ángel Méndez Araya, dice;
Señor presidente, solamente tal vez ratificar la Sesión, la primera Sesión del 2025,
solamente, gracias.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz.
Sí, ¿Cuándo se mandó la nueva fecha Magally2 ¿Hoy fue o el viernes? ... Sí, vamos
a asignar igual, va a ser el jueves 02 de enero a las 6:00 de la tarde hasta que sea
publicada la nueva la nueva fecha y hora.
ACUERDO N”* 2473
Se conoce comentario por parte del Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz, dice;
Bueno, creo que no van a participar más... ¿no? Bueno, de mi parte este desearles
una muy Feliz Navidad y un muy Próspero Año Nuevo y bendecido año. Ocho
meses de estar con todos ustedes acá, me siento muy cómodo con todos ustedes
y a todos les tengo una gran estima, un gran cariño. Creo, que este este año que
viene va a ser un año que nos va a dar muchos frutos, sigamos trabajando como
venimos trabajando, no esperemos acá a pesar del cariño que nos tenemos y el
respeto que nos tenemos que estemos de acuerdo siempre en todo, tengamos la
madurez de aceptar que van a haber discrepancias verdad, pero como siempre
les digo, que esas discrepancias sean tratadas con todo el respeto que se merece
cada uno de nosotros.
Adelante doña Yami, agradecerle también al señor alcalde todo el trabajo, toda
la dedicación, todas las horas que nos da a cada uno de nosotros también,
escuchando los problemas que vemos en las comunidades, la anuencia de él
también a colaborarnos y a colaborar con las comunidades, yo creo que es
importante para el trabajo que hemos venido realizando. Adelante señora
vicealcaldesa.
Licda. Yamileth Hidalgo Arias. Vicealcaldesa Municipal.
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PAGINA N*101 ACTA N%85 Ordinaria.
Muy buenas noches a todo el Concejo en Pleno, al señor alcalde, al compañero
Maikol, al licenciado y a todas las personas que nos ven y escuchan en diferentes
redes. Para mí es un privilegio estar aquí en este podio dándole las gracias a usted
señor presidente y a todos los regidores, regidoras, síndicos, porque me he sido
muy acompañada con ustedes, me he sentido muy ameno el ambiente, quiero
decirlo y externarlo en este momento, porque es importante que nuestra
ciudadanía sepa de mi voz, externar mi gratitud y respeto a este Concejo por su
buena comunicación, por su humanismo, se han hecho cosas muy lindas, en
algunas no he estado y me lo he perdido, pero el otro año. Yo conversé hoy con
don Juan, me dijo y me llena de gratitud y alegría escucharlo decirme - “Doña
Yami, es bueno, yo la quiero ver ahí que esté con nosotros.” La verdad es que, los
quiero muchísimo y también a todo Pococí y a quienes viven en Pococí y nos
visitan en estos fines y principios de años, gracias, gracias por llegar a esos festejos,
gracias a los compañeros que estuvieron metidos en los festejos de cada
comunidad, en los festejos de cada distrito, es importantísimo para cada
comunidad. Antes era Navidad sin ti, como la canción y solo en Guápiles y ahora
los vemos no solamente en distritos, sino en los mismos distritos de las diferentes
comunidades que nos dio la oportunidad nuestro Dios y nos dio la oportunidad de
esta bonita relación que hay en el Consejo Municipal con la administración y que
no cabe duda también el aporte que hacen nuestros colaboradores.
Yo quiero agradecerle también a los colaboradores y colaboradoras municipales
por todo el trabajo que este año se realizó, a las Secretarias del Concejo Municipal
mi respetos, porque siempre están muy anuentes a lo que yo les pida, lo que sea,
me dicen - “Doña Yami, ya casi se lo paso y ahí están con un gran interés y una
gran responsabilidad” y a todos esos compañeros que no se ven en cámaras, a
los regidores, a los síndicos también agradecerles y que Dios me los bendiga y que
sigamos dando frutos para este bello cantón, desarrollándolo sobre todo y que
nuestro cantón llegue a ser uno de los mejores, es bueno, nuestro cantón es bueno,
pero queremos que sea el mejor, no de la provincia, sino de nuestro país,
muchísimas gracias y bendiciones, felices pascuas y próspero año 2025. Gracias,
señor presidente por la oportunidad, bendiciones.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
Gracias, si algún otro quiere enviarle un mensaje al pueblo de Pococí ¿no? no veo
bueno. A bueno ahí está Anita.
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PAGINA N*102 ACTA N?85 Ordinaria.
Sind. Analive Murillo Flores
Muy buenas noches, compañeros, y a todo el Concejo en Pleno, a todos los
hogares del cantón de Pococí.
Compañeros, yo lo que quiero es agradecerles enormemente porque sé que
siempre en esto tenemos algunos disgustillos por ahí, pero me ha gustado mucho
la armonía que hemos tenido últimamente, el convivio, las cosas que hemos
podido festejar juntos y ha sido muy bonito. Agradecerles a todos, porque bien
que mal todos hemos puesto un granito de arena para que todo salga bien y que
todos nos llevemos bien.
Agradecerle al pueblo de Pococí porque realmente ellos confiaron mucho y
quiero decir algo que creo que todo lo hemos hablado, pero muchas veces no lo
decimos abiertamente que, este Concejo Juancito, no es porque sea usted, no es
que quiera como dicen: Lavarle el coco, pero realmente usted ha sido como un
eje principal en este Concejo donde todo se ha podido llevar armoniosamente,
muy bonito, como le dijera; como muy humano este Concejo, al Señor alcalde
por la paciencia, porque yo sé que en esto tenemos que tener mucha paciencia
por los errores que hayamos cometido los compañeros síndicos entre nosotros
mismos, que por favor este me disculpen si en algún momento también yo he
cometido errores, decirles que en esta Navidad realmente llegue la bendición a
todos nuestros hogares y que sea algo fuera de serie en el sentido de que nosotros
en esta oportunidad hemos tenido una nueva familia que somos nosotros ahorita
como Concejo hemos tenido una nueva familia, muchas gracias al Cantón de
Pococí decirles, felices fiestas, felices Pascua y un Próspero Año Nuevo, gracias.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
¿Algún otro compañero síndico que quiera enviar un mensaje de navidad al
cantón? Sí, Regidora Torres adelante, tiene la palabra.
Reg. Eva Torres Marín
Nuevamente buenas noches, compañeros, quiero decirles que nosotros aquí en
curul tenemos que hacer el trabajo verdad que nos recomendó el pueblo por eso
estamos acá y yo siempre he dicho que Dios pone los poderes y por algo estamos
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PAGINA N*103 ACTA N*%85 Ordinaria.
aquí, cada uno de nosotros somos personas que trabajamos por la comunidad y
por eso estamos aquí.
Decirle al Señor alcalde, a los colaboradores y a Juancito como presidente, como
dijo la compañera Anita porque ha ido llevando porque no es fácil, queremos
hacer nuestro trabajo bien por el bien del cantón, estos días hemos estado
trabajando en esas mesas de trabajo para que el pueblo sepa que estamos
trabajando para hacer las cosas como deben de ser, desearle al pueblo de
Pococí a todos los compañeros que pasemos esta navidad llena de muchas
bendiciones en familia verdad y ese Próspero Año Nuevo, de una vez me voy a
este disculpar que en la primera Sesión no voy a estar, pero desearles que estén
bien compañeros y de verdad me siento muy feliz que Dios me dio la oportunidad
de estar otra vez acá, ya había tenido la oportunidad de estar otras veces.
Agradecerle al pueblo y a Dios, por algo uno está aquí y que quiero hacer mi
trabajo bien con ustedes compañeros vean a una amiga a una persona, yo creo
que las personas que estamos aquí somos muy humanas y creemos en Dios y
gracias al señor presidente que siempre nos inculcó que hagamos una oración
antes de iniciar, porque creo que uno siempre tiene que iniciar con esa oración y
poner todos en manos de Dios porque Dios es el que nos guía a nosotros. Vea,
ahora que estuvo el padre y también este la Comisión de Asuntos Religiosos,
agradecerles, no sé si ya se fueron, ellos están orando por nosotros y yo sé que
muchas personas están orando por nosotros para que hagamos las cosas bien y
nosotros queremos hacer las cosas bien por el bien del cantón, decirle a la
ciudadanía que nosotros somos personas del pueblo que nos conocen, somos
personas honestas, trabajadoras y que vamos a seguir adelante y decirle al Señor
alcalde. Aquí estamos señor alcalde, queremos hacerle el trabajo bien y a los
colaboradores también, no quería dejar la oportunidad de felicitar a Maikol.
Bueno, ahí los que estuvimos en el festival, yo sé que estuvo lloviendo mucho, más
bien agradecerle a esos grupos a esos valientes grupos que llegaron bajo la lluvia,
felicitar a cada uno de esos y a Maikol yo lo vi ahí todo mojadito, con botas y
hasta requinto, yo sé que ese festival no es de la noche a la mañana, los que
hemos estado en una organización es duro, es un trabajo de seis, un año, entonces
de verdad Maikol mis felicitaciones a usted, porque ese festival estuvo muy bonito
y eso el pueblo lo ve, a usted y a todas las personas que están a su alrededor de
verdad gracias por hacer feliz este cantón y a esos niños, a esos jóvenes y a esos
adultos mayores muchas gracias y de verdad mis bendiciones para todos y que
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PAGINA N9104 ACTA N%85 Ordinaria. 23-
el otro año estemos más unidos que ahorita con la ayuda de nues
Celestial.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
Muchas gracias regidora, Maikol no se quiso mojar solo, entonces nos embarcó y
dice — “No, yo no me voy a mojar solo, también van los regidores” y nos embarcó
y le dimos el reconocimiento al Presidente Ejecutivo de INDER en la calle ahí
mojándonos, pero estuvo bonito estuvo muy bonito muchas gracias, Maikol,
muchas gracias señor alcalde y terminamos con el mensaje del señor alcalde,
adelante... A bueno Patri adelante y terminamos entonces con el señor alcalde.
Reg. Patricia Aguilar Araya
Muchas gracias señor presidente, agradecerles al Concejo en Pleno lo que hemos
vivido en este tiempo que hemos estado juntos, si bien es cierto no solamente
como amigos tenemos o pensamos diferente, también tenemos diferentes criterios
hasta con nuestras familias y eso es de cada uno de los seres humanos, decirles
que ojalá que podamos pasar al Concejo, a los síndicos y al Cantón de Pococí
que de veras nazca Jesús en nuestros corazones, que es lo que nos fortalece y nos
puede, no, traeremos nuevas energías en estos días que vamos a estar
celebrando con nuestras familias y que ese amor que cada uno de nuestras
familias nos aporte también sea importante para después venir con mucho
optimismo para trabajar por un cantón, porque a nosotros nos eligieron
exactamente para eso, creo que los señores regidores no quieren que uno hable
mucho hoy, hay bastante amor como para no decir que no, no soy de las
regidoras que hablo, espérese para saber decir la palabra idónea casi siempre,
soy la que dicen a nivel de la provincia. Me pusieron la Dama De Hierro, porque
decían que era muy dura cuando tenía que contestar, pero quiero decirles que
detrás de cada persona siempre hay una historia y de cada historia de nosotros
también tenemos que cumplir los objetivos para los cuales vinimos aquí como lo
dijo el día de hoy el sacerdote y con los valores que nuestros padres nos
inculcaron.
Agradecerle a don Manuel porque siempre es el que oye mis descargas y es al
que le doy todas mis quejas de lo que sucede, al señor presidente que a veces
me ha dejado en neutro cuando le hago una pregunta y me contesta diferente y
me deja a veces en neutro, saben que es en neutro no sé qué contestarle,
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PAGINA N*105 ACTA N*85 Ordinaria.
entonces de todo corazón de veras hay que tener sabiduría para poder hacer las
cosas, entonces de todo corazón darle las gracias y que disfrutemos bastante,
para mí una Feliz Navidad y un Próspero Año Nuevo al Cantón de Pococí, muchas
gracias.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
Muchas gracias regidora. Ahora sí finalizamos con el señor alcalde, adelante tiene
la palabra.
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera
Primero quiero agradecerle a Dios por permitimos estar aquí, en la mañana si no
por la mano de Dios quizás no estuviera aquí en esta Sesión, gracias a Dios me
tiene aquí, agradecerle al Concejo Municipal y a los síndicos por el apoyo, esto
no es fácil, esto es difícil y solo unidos podemos sacar esto adelante con la ayuda
de Dios y unidos todos. Como seres humanos vamos a cometer errores, pero al
final veo que los errores siempre los hacemos y no es con una mala intención, es
por algo que nos pasó o algo, pero nunca de parte de mi persona el Concejo va
a tener que afrontar algún error por culpa mía o el cantón, o sea yo vengo aquí a
hacer las cosas de la mejor manera como Dios manda, esto es difícil, pero solo
con la ayuda de Dios y estando juntos podemos sacar adelante, agradecerle a
los empleados a cada uno de los empleados, no digo nombres porque cada uno
con su granito de arena que aportan vienen a ayudaros a que las cosas se hagan
una realidad a los contribuyentes, porque los contribuyentes sin ellos no podemos
hacer muchísimas cosas que hoy nos saquean en el cantón, gracias a ellos que
todos los días pagan sus impuestos y vienen a la Municipalidad, con eso podemos
seguir haciendo obras en el cantón.
Agradecerle a los compañeros también que siguen laborando como los de
ambiente y los de aseos y vías que ellos no paran, ellos siguen trabajando todos
los días del año y hoy siguen toda la semana trabajando para bien del cantón,
agradecer a los a los compañeros de la Comisión Local de Emergencias, este mes
pasado fue difícil y sin ayuda de ellos de todos los compañeros que estuvieron ahí
y están no hubiera sido posible poder llevar la ayuda a muchas comunidades y
que fueron perjudicadas con la fuerte lluvias y desearles una Feliz Navidad y un
Próspero Año Nuevo agarrado de la mano de Dios, solo con de la mano de Dios
podemos salir adelante y ojalá que el próximo año, sea un año mejor que este
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PAGINA N*106 ACTA N“85 Ordinaria.
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para todos los habitantes del del cantón y para todos ustedes y sus familias, que
Dios los bendiga a todos.
Sr. Pdte. Juan Mauricio Mora Cruz
Muchas gracias señor alcalde, iniciamos esta Sesión con una oración y la vamos
a terminar con una oración de Gracias por el año que dejamos y por el que viene
próximo que sea mucho mejor que este, don Luis Venegas, nos ponemos de pie
por favor.
Sind. Luis Vengas Ávila
Muchas gracias a todos, Dios es el que permitió que todos estuviéramos aquí, el
Señor es el que pone todas las autoridades y yo creo que, aunque tal vez no
tenemos la amistad, una amistad Grande, pero nos hemos conocido poquitos,
pero pareciera que nos conocemos de hace mucho tiempo, hay algo que nos
une y yo creo que es Dios en sus planes, en sus propósitos y si no hubiéramos venido
es probable que algunos no hubiéramos conocido algunas personas de aquí o no
nos hubieran conocido a nosotros.
Entonces, yo quiero decirles que el Espíritu Santo siempre nos va a estar iluminando,
siempre nos va a estar acompañando y dice la palabra del Señor que hubo unos
magos que vinieron desde el Oriente y cuando llegaron, llegarón preguntando
¿Dónde está el rey de los Judíos que ha nacido? Pero dice así. Porque su estrella
hemos visto en el Oriente y venimos a adorarle, los mismos israelitas o judíos en ese
entonces no habían conocido lo que iba a pasar, pero ellos desde las estrellas
había una estrella que sobresalía y esa estrella los dirigió, estuve viendo y me di
cuenta que aproximadamente hay 1602 km desde Arabia hasta Belén, entonces
esa gente que venía en lo mejor verdad, que eran los camellos en aquel entonces
se imagina usted el tiempo que duraron pasando desierto pasando noches de
todo y la estrella dice que siempre ¡ba adelante de ellos y la estrella se puso frente
o encima de la casita o del pesebre donde estaba María, donde estaba José y
donde estaba el niño.
Entonces, yo quiero decirles que el Espíritu Santo es el que convence al hombre
de pecado y es el que lleva a todos los seres humanos a Cristo el Señor, en esta
Navidad le pedimos al Señor que siempre nos siga guiando que el Espíritu Santo
siga guiando a cada uno de ustedes y a mí como padre a los que son que son
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PAGINA N*107 ACTA N*85 Ordinaria.
mamás que siga dirigiendo al Señor Alcalde, que siga dirigiendo al señor
presidente. Yo he tenido muchos presidentes y Juan sí lo ha hecho
demasiadamente bien, yo dije desde el principio, más ahora y a ustedes regidores
también que el Espíritu Santo los dirija a toda fuente de verdad porque eso es lo
que es el Espíritu Santo, que el Señor les revele al Señor Jesucristo y sobre todo que
estén cerquita estos días y como dijo alguien por ahí no deje de abrazar su familia
porque eso es lo más importante, cuando todos se van, cuando ya no estemos
aquí nuestras familias siempre va a estar con nosotros apoyándonos en las buenas
y en las malas, que pasen una Feliz Navidad en estos días con su familia, démosle
gracias al señor.
Padre, gracias por todo, gracias por el Espíritu Santo, gracias por Jesucristo y
gracias por cada día que nos das de vida Señor, gracias porque este cantón
realmente ha prosperado y cada vez señor va a estar mejor. Yo te agradezco
Señor por la administración, por todos los trabajadores, por el señor alcalde
Manuel, por el presidente, por todo el Concejo, por los síndicos y por todos los
trabajadores de esta Municipalidad. Gracias, que donde quiera que haya este un
habitante o una persona en este cantón este, donde esté, que tenga paz, que
tenga que comer en estos días Señor, muchas gracias y. que todo el Cantón de
Pococí y Costa Rica Señor venga para ellos una gran bendición y que este 2025
Señor tú traigas muchas soluciones acerca de todo lo que estamos sufriendo, en
el nombre de nuestro Señor Jesucristo bendecimos a todo el Concejo Municipal
Amén. Feliz Navidad para todos y Próspero Año Nuevo.
a Gs UL == Es ES E
F-Juan Mauricio Mora Cruz - ba da. Magally Venegas Vargas
1 Secretaria Municipal
Presidente Municipal
Cc/ Regidores, Otros.
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