Ordinaria 935 · 2023-05-25

Acta_Ordinaria_N35_Celebrada_el_25-05-2023.pdf · 260 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 935 del 2023-05-25 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N91 ACTA N935 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N*35 ORDINARIA. 25-05-2023
SESION ORDINARIA. N*35 DEL 25-05-2023, INICIADA A LAS 18:00 HORAS EN
LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES
Juan Luis Gómez Gómez
Osael Campos Bolaños (Sust. Jonnathan García Chévez)
Reinaldo Benavides Vargas
Luis Ángel Méndez Araya Flor Iveth Peraza Campos
Dennia Yaslyn Morales Grajal (Quien Preside)
José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde
Randall Torres Barrientos Marilú Ballestero Cruz
Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres
Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias
SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE
Gabriela Madrigal González
Greivin Bonilla Sánchez Johanna Flores Rosales
Carmen Sánchez Navarro Keylor Andrey Campos Mora
José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores
Javier Jiménez Villalobos
Alejandra Sancho Bravo Jorge Humberto González Calderón
NOMBRADOS EN COMISIÓN: AUSENTES SIN JUSTIFICACIÓN
Jonnathan García Chévez Jairo Antonio Ojeda Aburto
Bernardo Veach Davis Rosbil Danier Arguello Badilla
Sandra Umaña López José Luis Diaz Valverde
Ana Rita Rodríguez Jiménez
Licda. Magally Venegas Vargas Lic. Manuel Hernández Rivera
Secretaria Municipal Alcalde Municipal
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%2 ACTA N35 Ordinaria.
ORDEN DEL DÍA
Acuerdos Artículos Puntos a tratar
Lectura, Discusión y Verificación
914-al-916 del Acta N*31 Extraordinaria del
09-05-2023 y Acta N*32 Ordinaria
del 11-05-2023
917-al-935 ll Correspondencia
936-al-941 1 Asuntos del Sr. Alcalde
942-al-945 AA] Dictámenes de Comisiones
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día y Comprobación de
Quorum
ARTICULO |
Lectura, Discusión y Verificación del Acta N*31
Extraordinaria del 09-05-2023 y Acta N*32 Ordinaria
del 11-05-2023
ACUERDO N* 914
Se conoce comentario por parte de la Sra. Pata. Yaslyn Morales Grajal, dice;
a Cd GC " Sitio Web: munipococi.go.cr
YA A 1. Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%3 ACTA N*35 Ordinaria.
E abre esta sesión al ser las 18:04 y decretamos un receso hasta por cinceminutos
para poder atender a una ciudadana que está requiriendo hacernos una
pregunta antes de iniciar esta sesión, hasta por cinco minutas.
Nota de Secretaría: Al ser las 18:09 se procede a un receso, hasta por cinco
minutos.
Regresamos del receso, le voy a pedir al regidor Osael que por favor tome la curul
de su compañero Jonnathan García.
A . UL E En =
ACUERDO N* 915
Se conoce para lectura, Discusión y Verificación el Acta N*31 Extraordinaria del
09-05-2023, dice;
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*31 Extraordinaria
del 09-05-2023.
ACUERDO N* 916
Se conoce para lectura, Discusión y Verificación el Acta N*32 Ordinaria del 11-05-
2023, dice;
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*32 Ordinaria del
11-05-2023.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%4 ACTA N*35 Ordinaria.
ARTICULO ll
Correspondencia
ACUERDO N* 917
Se conoce nota suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, coordinador del Área
de Planificación y Desarrollo Urbano, teléfono: 2713-6573, correo electrónico:
henry.madrigalmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: OFICIO: APDU-039-2023 R
Asunto: Solicitud De Información Respecto A Las Áreas Públicas De La Urbanización
Valle Escondido / Consulta Regidor Juan Luis Gomez
>
>
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*5 ACTA N*35 Ordinaria.
14 B Municipalidad de Pococí
POCO e Área de Planificación y Desarrollo Urbano
o S Teléfono: 2713-6573
Pluye henry.modrigalOmunipococi.go.cr
Miércoles 24 de mayo del 2023
OFICIO; APDU-039-2023
Sr.
Juan Luis Gómez Gómez
Regidor
Concejo Municipal de Pococí
Presente
REFERENTE: SOLICITUD DE IMFORIMACIÓN RESPECTO A LAS ÁREAS PÚBUCAS DE LA URBANIZACIÓN VALLE ESCONDIDO
Estimado Regidor,
Le saludo muy respetuosamente y a la vez remito la presente nota con la finalidad de
dar seguimiento a la solicitud planteada por su persona, mediante la cual requiere conocer
una serie de detalles referente a la entrega de áreas públicas del proyecto denominado
como Urbanización Valle Escondido, el cual se ubica en el distrito de Guápiles, costado este
del liceo Experimental Bilingúe, en la propiedad con número de plano de catastro L-2070686-
2018; cuyo profesional responsable es el mismo solicitante de recepción (IC-16769).
Básicamente hace hincapié en el Oficio SMP-1599, Acta 1N*60, Artículo IV, Acuerdo
N91679, Sesión M%0 Extraordinaria del 18 de agosto del 2022, mediante la cual se presentó el
informe APDU-124-2022 denominado "Solicitud de autorización a la alcaldía / recepción de
áreas y calles públicas", para el proyecto citado supra, en el cual se acordó la aprobación y
autorización para que el Sr. Alcalde compareciera ante notario público y materializar la
titulación de los inmuebles (calles y áreas públicas) a favor de la Municipalidad de Pococí.
Respecto a lo anterior, el Regidor Gómez Gómez solicita la evacuación de dos
consultas, las cuales se indican a continuación:
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PAGINA N*%6 ACTA N*35 Ordinaria.
9 , Municipalidad de Pococí (7)
POCO: ¿ Área de Planificación y Desarrollo Urbano
Nx Teléfono: 2713-6573 a
Pluyo henry.madrigalOmunipococi.go.cr DEPOCO
o Er
a) Porque se solicita al Sr. Alcalde la recepción de 792 metros cuadrados de Facilidades
Comunales, donde se incluyen 205,42 metros cuadrados que es planta de tratamlento y que le
correspondería a AyA.
Con el objetivo de realizar una retrospectiva del proyecto, es importante recordar que
dicha urbanización fue tramitada, en su primera etapa, mediante el Contrato de Consultoría
OC-929609, la cual cuenta con un total de 46 segregaciones, con un área promedio de 543,11
metros cuadrados, área de lote mínimo de 205,42 metros cuadrados, con sistema de
tratamiento de aguas residuales mediante Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, sistema
de alcantarillado pluvial que desfoga a la quebrada son nombre ubicada al costado este del
proyecto, 3391,94 metros cuadrados de calles públicas y un total de 2971,34 metros cuadrados
de áreas públicas distribuidas según su naturaleza.
Dicho proyecto cuenta con aprobación y autorización por parte del Instituto Macional
de Vivienda y Urbanismo, Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Ministerio de
Salud, Benemérito Cuerpo de Bomberos, Dirección de Agua del MINAE, Secretaría Técnica
Nacional Ambiental, Municipalidad de Pococí, Instituto Costarricense de Electricidad, entre
otros.
La solicitud de aceptación y autorización al Alcalde para la recepción tanto de las
calles como de las áreas públicas fue remitida al Concejo Municipal mediante Oficio APDU-
124-2022 de fecha 28 de julio del año 2022, lo cual se basa en la tabla de áreas aprobada en
el proyecto, de acuerdo a los planos constructivos, como se indicó en la siguiente tabla:
Tabla 1.- Terreno de área púbica a inscribir
Plano Catastro Folio Real Área (m”) Naturaleza
1-2317187-2021 FR 187034-000 3392,00 Calles Públicas
1-35849-2022 Parte FR 187035-000 792,00 Facilidades Comunales
L-35850-2022 Parte FR 187035-000 1969,00 Juegos Infantiles
Fuente: Planificación y Desarrollo Urbano
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*7 ACTA N*35 Ordinaria.
9 unicipalidad de Pococí
POCOCI Área de ic y ala pe «dy
Teléfono: 2713-6573 a
henry.madrigalOmunipococi.go.cr 'DEPOCOCI
Fluye
Como se observa en la tabla anterior, se solicitó la recepción de las calles públicas,
facilidades comunales y juegos infantiles, con áreas de 3392,00 m?, 792,00 m? y 1969,00 m?
respectivamente, por lo que desmiento completamente que se recomendara la aceptación
del tereno en el cual se ubica la planta de tratamiento, pues dicho terreno debe ser
entregado por parte del desarrollador al Instituto Costaricense de Acueductos y
Alcantarillados, luego de operarla por un plazo mínimo de 1 año, con sus respectivos reportes
operacionales. Según la tabla de áreas del proyecto, el terreno de la planta posee un total de
60 metros cuadrados. Mediante la siguiente figura, se muestra la tabla de áreas aprobada
para el presente proyecto:
CUADRO GENERAL DE ÁREAS ETAPA 1
Descripción m2
¡Area total de etapa 01 33967,40
¡Am pliación vial 4770,62
¡Servidumbre 112,72
Zona de protección de planta de tratamiento 634,43
Total urbanizablo 31449,64|
Uso de terreno urbanizablo
Uso Elemento m2 m2 %
v
e
n
E Loles residenciales 2502037 — | 2602637 | 79,58
b
t
e
v
Z Calles 3391,94 3391,94 10,79
s
P
ú Parque 210,60
ñ Juegos infantiles 1969,03 2971,34 9,45
i
o Facilidades comunales 791,71
he Planta de tratamiento 60,00 60,00 0,19
¡Total urbanizable 31449,64| 100,00
¡Número total de lotes 46 Un
¡Area de lote promedio 544,05 |m2
¡Area de lote mínima 218,63 |m2
¡Area pública por loto 64,59 [m2
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PAGINA N%8 ACTA N*%35 Ordinaria.
9 . Municipalidad de Pococí Ú
POCO: ¿ Área de Planificación y Desarrollo Urbano
a Teléfono: 2713-6573 Lis
Pluye henry.modrigalOmunipococi.go.cr DEPOCOC
b) Porque si el proyecto “Valle Escondido” en su primera etapa con un total de 46
segregaclones, con un total de 24.983, se le autoriza al Sr. Alcalde recibir Únicamente 1909
metros cuadrados, cuando según ml criterio debe ser 3.748 metros cuadrados de áreas
recreativas.
Respecto a la segunda consulta, le comento que las solicitudes de donación de áreas
públicas se realizan de acuerdo al diseño de sitio aprobado por todas las instituciones, y la
tabla de áreas que se muestra en la figura anterior, por lo que la solicitud se realizó por un total
de 2761,00 metros cuadrados de área pública y 3392,00 metros cuadrados de calles pública,
los cuales se encuentran debidamente inscritos a favor de la Municipalidad de Pococí.
Además, es importante recordar que mediante Oficio APDU-124-2022 se le indicó al
Concejo Municipal textualmente lo siguiente: “Resaltar que está pendiente la entrega del área
de parque, lo cual deberá ser solventado por el propietario o el profesional responsable, ya
que en la presente solicitud no se incluye, y en campo fue absorbida por el área de la planta
de tratamiento".
Por lo tanto, de acuerdo a lo expresado por parte del Ing. Joel Fernández Fonseca,
desarrollador del proyecto, el área de planta de tratamiento se tuvo que extender un poco
debido a solicitudes adicionales requeridas por el ICAA, como bodegas y casetilla para el
guarda de seguridad, lo cual se constituyen en elementos para un mejor funcionamiento y
seguridad de la planta. Además, se tomó la decisión de enmallar tanto el área de la planta
de tratamiento con el área de parque ubicada al costado norte del proyecto.
Aun así, el proyecto supera el límite de área pública solicitado para proyectos de
urbanización, ya que el Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones establece lo
siguiente:
“ARTÍCULO 59. Cesión de área pública para juegos infantiles, parques y facilidades
comunales
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N99 ACTA N*35 Ordinaria.
9 . Municipalidad de Pococí 3]
POCOC Área de Planificación y Desarrollo Urbano
a Teléfono: 2713-6573
Pluye
henry.madrigalAmunipococi.go.cr 'DEPOCOCI
Todo urbanizador debe ceder área gratuitamente al uso público, según sea el tipo de
urbanización:
1) Urbanización de uso residencial: 20,00 m* por lote; esta cantidad en porcentaje no
debe ser menor de un 5% ni mayor de un 20% del área urbanizable, salvo en vivienda de
interés social, en cuyo caso el mínimo será el 10%".
Sumado a lo anterior, es importante recordar que mediante Acuerdo N*2779 de la
Sesión M*78 Ordinaria del 07 de octubre del 2021, mediante Oficio SMP-1713-2021, se aprobó la
solicitud de visado de planos del proyecto, la cual fue solicitada directamente por el Ing. Joel
Fernández Fonseca, siendo lo anterior un trámite técnico de la administración; lo anterior en
desapego a lo establecido en el inciso 5, artículo 1*120, del Reglamento de Fraccionamiento y
Urbanizaciones del Instituto Macional de Vivienda y Urbanismo; en cuanto a la gestión del
visado del plano general de la urbanización ante el INVU, por parte del profesional responsable,
lo cual no se realizó.
Sin más por el momento, se despide,
HENRY BRYAN Fimado digitalmente
MADRIGAL — FaoncALcavO
CALVO FAMA)
Fecha:
(FIRMA) Are cin
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Área Planificación y Desarrollo Urbano
CC: Archivo
Lic. Manuel Hernández Rivera - Alcalde Municipal
Secretoría- Concejo Municipal Pococí
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Pluye
 
 
PAGINA N*12 ACTA N*35 Ordinaria. 25-0:
Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ñ
ITA
Unidad de Topografía
2713-6560, ext 128
ht. i ¡(gmail.com
tel:
martes, 19 de octubre de 2021
El presente documento corresponde al visado municipal aprobado en atención a lo establecido en el
Reglamento a la Ley del Catastro Nacional, artículo 79, Ley de Planificación Urbana, artículos 33 y 34,
Regalmento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí, acuerdo tomado por el
Concejo Municipal de Pococí en sesión N* 50 ordinaria del 21-07-2020, Artículo IV, Acuerdo N* 1223,
PROVINCIA CANTÓN DISTRITO
PococÍ GUAPILES
O
A A A
El expediente electrónico de dicho visado municipal se encuentra en la oficina de la Unidad de
Topografía de la Municipalidad de Pococí.
N2 de expediente digital Contrato Presentación
APT-21814-081021 975763 2021-76130-C
Área (m?) Finca (s)
3392 7170542-000
Firmado
Responsable: digitalmente por
L US Esteban Gutiérrez
berri >) Solís
—/ Fecha: 2021.10.19
14:37:25 -06'00'
A
Pluye
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Facebook: AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N*13
Dienes Monitoreados
Búsqueda Gráfica Marcas
Carrito de Compras
Consultas Gratuitas >€
Costíficación Imágenes ¿€
Detale de Servicios
Historial do Compras
Historial do Usos
Impuesto Personas Jurídicas
Índice Personas Físicas
Índice de Personas Jurídicas
Transitorio III Loy 9420
Mi Cuenta
Mi Inventario
Reserva de Matricula
Solicitud de Placas
Sadas del Pals
Avisos Importantes
» Estimado usuario, recuerde
que no deben rechazar su
Certificación digitol en
laguna entidad, por lo que si
tiene problemas para la
recepción de este documento
y aplicación de sus efectos
legales, sirvase comunicarlo
al centro de asistencia al
usuario, Teléfono. 2202-0888.
Pecocí
ACTA N*35 Ordinaria.
, acta | Puequrtas E | asadas ftercttaas | Cee Deasced
Consulta de Plano
f j Permite realizar una consulta de plano
Y
Buscar Por: y
Provincia Inscripción:
Número Inscripción: 2317187
Año Inscripción: 2021
4
Plano(s) Catastrado(s)
Provincia: 7 - LIMÓN Número Inscripción: 2317187
Año Inscripción: 05 Nov 2021 Área Plano: 3,392.00
Bloque: Lote:
Estado: INSCRITO Coordenada Norte: 245415.0
[Coordenada Este: 559260,0  CRTH Nort: 1130755.0
[CRTM Este: 522953.0 Verificado Zona Catastrada; No
Ubicación(es)
Provincia [ Cantón [ Distrito
7 - LIMÓN 2 - POCOCÍ1 - GUAPILES
3 ___ Tilulares(es)
Primer Segundo
[toantiicacion | Nombre | Apellido | Apellido
CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL C,B.S. SOCIEDAD DE
0260 RESPONSABILIDAD LIMITADA
Fraccionamiento(s) Plano: Inexistente(s)
.. A Flnca(s) Ñ
Provincia [Número Finca [Sub-matrícula [Duplicado [Matriz Filial [Inmueble
7 - LIMÓN 170542 000
di PA O) :rada(s)
¡Código Provincia [Número Finca [Sub-matricula [Duplicado [Matriz Filial
17 - LIMON 107034 0
Plano(s) MiJo(s): Inexistente(s)
pr 08) PAÑO)
[código Provincia [Número [Año
7 - LIMÓN 2070686 2018
Anotaciones: InexIstente(s)
El Registro Inmobiliario advierte que las anotaciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no están
disponibles para ser consultadas por este medio.
LLOSA!
Esta Aparado Lom 24200 Cu dt
Este SO se Vsasira mejor es resolución de 1024 x 76Bpx o superior
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PAGINA N*14
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Búsqueda Gráfica Marcas
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Consullas Graluilas ><
Certificación Imágenes /%
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Índico de Personas Jurídicas
Transitorio III Ley 9428
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Mi laventario
Reserva de Mavicula
Solcitud de Placas
Salidas del País
Avisos Importa
« Estimado usuario, recuerde
que no deben rechazar su
Certificación digital en
ninguna entidad, por lo que si
tiene problemas para la
rec de este documento
aplicación de sus efectos
legales, sirvase comunicarlo
al centro de osistencia al
usuario, Teléfono. 2202-0888.
ACTA N*35 Ordinaria.
REPUDLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CONSULTA POR NUMERO DE FINCA
MATRICULA: 187034---000
PROVINCIA: LIMON FINCA: 187034 DUPLICADO; HORIZONTAL: DERECHO; 000
SEGREGACIONES: NO HAY
NATURALEZA: TERRENO DESTINADO A CALLE PUBLICA
SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
LINDEROS:
NORTE : CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL C.B.S SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
SUR : CALLE PUBLICA
ESTE : CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL C,B,S SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
OESTE ; CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL C.B,S SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
MIDE: TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS
PLANO:L-2317187-2021
ANTECEDENTES DOMINIO DE LA FINCA:
FINCA DERECHO INSCRITA EN
7-00170542 000 FOLIO REAL
VALOR FISCAL: 21,044,000.00 COLONES
PROPIETARIO:
CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL C.8,S, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
CEDULA JURIDICA 3-102-691937
ESTIMACIÓN O PRECIO: UN MILLON COLONES
DUEÑO DEL DOMINIO
PRESENTACIÓN: 2022-00205806-01
FECHA DE INSCRIPCIÓN: 25-MAR-2022
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA; NO HAY
GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY
SERV Y RESERV REF:1787-007-001
CITAS: 303-02303-01-0901-002
FINCA REFERENCIA 7009371 000
AFECTA A FINCA: 7-00107034 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
SERV Y RESERV REF:08371-000
CITAS: 344-03017-01-0903-001
FINCA REFERENCIA 08371-000
AFECTA A FINCA; 7-00107034 -000
CANCELACIONES PARCIALES: SI HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
SERVIDUMBRE SIRVIENTE
CITAS: 359-11778-01-0005-001
FINCA REFERENCIA 00036617 000
AFECTA A FINCA: 7-00197034 -000
CANCELACIONES PARCIALES: SI HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
SERVIDUMBRE DE AGUAS PLUVIALES
CITAS: 2019-331137-01-0001-001
FINCA REFERENCIA 700170542 000
AFECTA A FINCA; 7-00187034 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY:
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
SERVIDUMBRE DE AGUAS PLUVIALES
CITAS: 2019-331137-01-0004-001
FINCA REFERENCIA 700170542 000
AFECTA A FINCA: 7-00187034 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NC HAY.
Envtido el 28-07-2022 » los 08:46 horas
Pa ea Pl ]
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%15 ACTA N*35 Ordinaria.
COMPROBANTE DE INSCRIPCION CATASTRAL
REGISTRO INMODILIARIO
EE s SUBDIRECCIÓN
Ae CATASTRAL. Catastro Maclonal 7
A es cUrciÓN er 2022-36341-C
00 7-35849-2022 : 22/06/2022 12:29:34
feta 2D lor Reíngroso ( | MN
DEAD COROERO SAEZ
Contrato 1010697
Fecha 21/06/2022
Visado CFIA
ENTERO BANCARIO Mo, 451745752
EMTERO BANCARIO No. 459252291
DERROTERO
UNEA, AZIMUT DIST, (o)
1-2 105'0727 10.08
2.3 2093954" 30.45
N 3-4 EEN 6.47
4-5 3593954 19.11
5-6 EA 27.10
6-7 179'39:54* 12.55
7-1 09'3912 12.39
UBICACION GEOGRAFICA
MOJA GUAPIES.
ESCMA | : 50.000
HOTAS:
* ACUERDO MUNICIPAL NUMERO 261 1,
' SESION ORDINARIA No. 81, DEL OG DE NOVICMSRE 2010.
* ACUERDO MUNICIPAL NUMERO 2816,
SESION EXTRAORDINARIA Mo, 79, ACTA No. 79,
DEL 12 DE OCTUBRE 2021.
* ERROR UNCAL : 0.010. !
* UNOEROS BOSTENTES. e
* FRENTE A CALLE PUBLICA DE 1-2 ES 10.88m,
* ESTE PLANO SERVIRA UNICAMENTE PARA REALIZAR EL MOVIMIENTO REGISTRAL.
UNA VEZ INSCRITO EL FRACCIONAMIENTO RESPECTIVO,
EL PLANO SURTIRA LOS EFECTOS JURIDICOS CORRESPONOIENTES,
DESOE LA FECHA DE SU INSCRIPCION EN LA SUBDIRECCION CATASTRAL.
* MODIFICA AL PLANO CATASTRADO No. L-231718G-2021.
* COUNOAMTE (A) CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL C.B.5. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD UMITADA,
* REFERENCIA DE VÉRTICE 2 A PA
AZUAUT: 71*1753" --- DISTANCIA: 24.92m
5 SITUADO BI VALE ESCONDICO INFORMACION REGISTRO PUBLICO As
digitalmente DISTRITO 1% GUAPLES. ES PARTE DE FOO REAL N*
por GERALD CANTON 2* POCOA ea as
PEREZ PROVINCIA 79 UMON
ROSALES 7187035 - 000 | rorocao
(FIRMA) AREA: 2 TOMO 22412
AREA SEGUN REGISTRO
GERALD PEREZ ROSALES Y g2 mt (SNE)
IIGEMERO TOFOGRAFO 1.1 24162 | A 2761 m* ARCHIVO.
qiDhólf AAA AAA VESCECOM
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI z
PAGINA N*16 ACTA N*35 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
De pecocí Unidad de Topografía
Fluye tel: 2713-6560, ext 128
Correo: apt.munipococi gmail.com
Oficio: UTOP-MPL-APT-934-2022 martes, 21 de junio de 2022
El presente documento corresponde al visado municipal aprobado en atención a lo establecido en el
Reglamento a la Ley del Catastro Naclonal, artículo 79, Ley de Planificación Urbana, artículos 33 y 34,
Regalmento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí, acuerdo tomado por el
¡Concejo Municipal de Pococí en sesión N* 50 ordinarla del 21-07-2020, Artículo IV, Acuerdo N* 1223,
PROVINCIA CANTÓN O)
LIMÓN POcocÍ GUAPILES
A A A Al
El expediente electrónico de dicho visado municipal se encuentra en la oficina de la Unidad de
Topografía de la Municipalidad de Pococí.
APT-22535-060522 1010697 2022-36341-C
Área SE A A ) Finca (s)
7 187035-000
Plano representa facilidades comunales, con un ancho de 14.0 metros de calle pública.
[Según lo estipulado en el artículo 22 del Reglamento pra el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí,
el visado de este plano no es un visto bueno para construir, así mismo no obliga al ente encargado del acueducto
¡correspondiente a otorgar el servicio respectivo. La Municipalidad no se hace responsable por la comerclalización del
inmueble para efectos constructivos en perjuicio de segundas y terceras personas.
Firmado
—, digitalmente por
a Ing.Esteban
(lit Gutiérrez Solís
e Fecha: 2022.06.21
11:37:20 -06'00'
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PAGINA N*177 ACTA N*%35 Ordinaria.
Bienes Monitoreados
Consulta de Plano
Busqueda Gráfica Marcas
Permite realizar una consulta de plano
Carrito de Compras E]
comia Buscar Por: Número de Plano v
sl FA
RUESO A y Provincia Inscripción: [7 -LIMÓN Y
Centificación Imágenes + Número Inscripción: [35619
Detalla do Servicios Año Inscripción: 2022
Historial da Compras
Historial de Usos
Impuesto Personas Jurídicas
Índice Personas Físicas Plano(s) Catastrado(s)
Índice de Personas Jurídicas Provincia; 7 - LIMÓN Número Inscripción: 35849
Transitorio Ill Loy 9420 e 27 Jun 2022 Aa Plano: 792,00
Mi Cuenta Estado: INSCRITO  Coordenada Norte: 245300.0
MI Inventario ¡Coordenada Este; 559225.0  CRTM Norte: 1130640,0
¡CRTM Este: 522918.0 Verificado Zona Catastrada: No
Reserva de Matricula
Solicitud de Placas Ubicación(es)
Salidas del País [Provincia | Cantón | Distrito
17 - LIMÓN 2 - POCOCÍ 1 - GUAPILES
Avisos importantes
» Estimado usuario, recuerde Titulares(es)
denme lia ss ¡| PA Primer Segundo
.ertificación digital en
ainguna entidad, por lo ques [Identificacion Nombre Apellido | Apellido
AO CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL C.B.S. SOCIEDAD DE
lón de est e
MEAN de Ue OostOn 3102691937 — RESPONSABILIDAD LIMITADA
legales, sirvase comunicarlo
al centro de asistencia al
usuario, Teléfono, 2202-0888. Fraccionamiento(s) Plano: Inexistente(s)
Provincia [Número Finca [Sub-matrícula [Duplicado [Matriz Filial [Enmueble
7 - LIMÓN 187035 000
Finca(s) Generada(s): Inexistente(s)
Plano(s) Hijo(s): Inexistente(s)
ano(s) Padre(s)
cia [Número [Año
7 - LIMÓN 2317186 2021
Anotaciones: Incxistente(s)
El Registro Inmoblllario advlerte que las anotaciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no están
disponibles para ser consultadas por este medio,
netas. Apr ted Postal ETA LÓ Cr dao
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PAGINA N*18 ACTA N*35 Ordinaria.
Bioros Montoreados
Le REPUBLICA DE COSTA RICA
Búsqueda Gráfica Marcas REGISTRO NACIONAL
IMERO DE FINCA
Carra da Compras. 187035-=-000
Censuktas Gratullas /*
Carticación imágenes E PROVINCIA: LIMON FINCA: 187035 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO; 000
Delalle de Serácios SEGREGACIONES: NO HAY
NATURALEZA: TERRENO DESTINADO A PARQUE Y FACILIDADES COMUNALES
Historial do Compras SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
Hiiodal do Usos LINDEROS:
e ds NORTE : CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL C.B.S SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
id SUR : CALLE PUBLICA CON UN FRENTE A ELLA DE 21.01 METROS, CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL C.B.S
Indico Porsonas Físicas SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
pe ESTE : CALLE PUBLICA CON UN FRENTE A ELLA DE 12.24 METROS Y CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL
ll C.B.S SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Transitorio II! Loy 9428 OESTE ; CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL C,B.S SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Mi Cuenta
MIDE: DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS
Mi laventadio PLANO:1-2317186-2021
Reserva de Matricula
Sokitud de Placas
Salidas dol Pais ANTECEDENTES DOMINIO DE LA FINCA:
FINCA — DERECHO INSCRITA EN
Av s importantes 7-00170542 000 FOLIO REAL
Estimado usuario, recuerde
que no deben rechazar su
Cestificación digital en
VALOR FISCAL: 17,130,000,00 COLONES
ninguna entidad, por lo que sl PROPIETARIO:
tiene problemas para la CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL C,B.S. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
recepción de este documento CEDULA JURIDICA 3-102-691937
A de sus efectos ESTIMACIÓN O PRECIO: UN MILLON COLONES
:gales, sirvase comunicar
DUEÑO DEL DOMINIO
A eno 202:000, PRESENTACIÓN: 2022-00205806-01
FECHA DE INSCRIPCIÓN: 25-MAR-2222
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY
GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY
SERV Y RESERV REF:1787-087-001
CITAS: 303-02303-01-0901-002
FINCA REFERENCIA 7008371 000
AFECTA A FINCA: 7-00107035 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
SERV Y RESERV REF:08371-000
CITAS: 344-03017-01-0903-001
FINCA REFERENCIA 08371-000
AFECTA A FINCA: 7-00187035 -000
CANCELACIONES PARCIALES: Sl HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO MAY:
SERVIDUMBRE SIRVIENTE
CITAS: 359-11778-01-0005-001
FINCA REFERENCIA 00036617 000
AFECTA A FINCA: 7-00107035 -000
CANCELACIONES PARCIALES: Sl HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY:
SERVIDUMBRE DE AGUAS PLUVIALES
CITAS: 2019-331137-01-0001-001
FINCA REFERENCIA 700170542 000
AFECTA A FINCA: 7-00107035 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY:
SERVIDUMBRE DE AGUAS PLUVIALES
CITAS: 2019-331137-01-0004-001
FINCA REFERENCIA 700170542 000
AFECTA A FINCA; 7-00187035 -00€
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
Emitido el 28-07-2022 a las 09:47 horas : |
Deo 5 IA L
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Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Unidad de Topografía
tel: 2713-6560, ext 128
apt.munipocociO gmail.com
Oficio: UTOP-MPL-APT-935-2022
martes, 21 de junio de 2022
El presente documento corresponde al visado municipal aprobado en atención a lo establecido en el
Reglamento a la Ley del Catastro Nacional, artículo 79, Ley de Planificación Urbana, artículos 33 y 34,
Regalmento para el Control de Fracclonamlentos de la Municipalidad de Pococí, acuerdo tomado por el
Concejo Municipal de Pococí en sesión N* 50 ordinaria del 21-07-2020, Artículo IV, Acuerdo N* 1223,
PROVINCIA CANTÓN DISTRITO
LIMÓN PococÍ GUAPILES
5,
Aira en la ofi A
El expediente electrónico de dicho visado municipal se encuentra en la oficina de la Unidad
Topografía de la Municipalidad de Pococí.
APT-22535-060522 2022-36343-C
1010697
7 187035-000
Acceso
Plano representa en su naturaleza Juegos infantiles con un ancho de calle pública, frente a los
vértices 1 y 2 de 11.0 metros, y frente a los vértices 3, 4 y 5 de 14.0 metros.
¡Según lo estipulado en el artículo 22 del Reglamento pra el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí,
el visado de este plano no es un visto bueno para construir, así mismo no obliga al ente encargado del acueducto
correspondiente a otorgar el servicio respectivo. La Municipalidad no se hace responsable por la comercialización del
inmueble para efectos constructivos en perjulclo de segundas y terceras personas.
Firmado
9) _ digitalmente por
ALE. ng.Esteban
Galli? >) Gutiérrez Solís
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Índice Personas Físicas
Índico de Personas Jurídicas
Transitorio 11I Ley 9428
Mi Cuenta
Mi Inventario
Reserva de Matrícula
Solicitud de Placas
Salidas del País
Avisos importantes
» Estimado usuario, recuerde
que no deben rechazar su
Certificación digital en
ninguna entidad, por lo que si
tiene problemas para la
recepción de este documento
y aplicación de sus efectos
legales, sirvase comunicarlo
al centro de asistencia al
usuario, Teléfono, 2202-0888.
Pecocí
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ACTA N935 Ordinaria.
Consulta de Plano
ps j Permite realizar una consulta de plano
E
> Buscar Por: Número de Plano v
Provincia Inscripción: 7-LIMÓN v
Número Inscripción: —— [35050
Año Inscripción: 2022
L Eon suis]
Plano(s) Catastrado(s)
Provincia; 7-LIMÓN Número Inscripción: 35850
'Año Inscripción: 27 Jun 2022 Área Plano: 1,969.00
Bloque: Lote:
Estado; INSCRITO  Coordenada Norte: 245325.0
Coordenada Este: 559225.0  CRTM Norte: 1130665.0
CRTM Este: 522918.0 Verificado Zona Catastrada: No
Ubicación(es) qe
[Provincia | Cantón | Distrito
17 - LIMÓN 2 - POCOCÍ 1 - GUAPILES
Titulares(es) al de >
— == ar
1 Primer Segundo
¡Identificacion Nombre Apellido | Apellido
CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL C,B,S. SOCIEDAD DE
HOLD RESPONSABILIDAD LIMITADA
Fraccionamiento(s) Plano: Inexistente(s)
RA Finca(s)
[Provincia [Número Finca [Sub-matrícula [Duplicado [Matriz Filial [Inmueble
[7 - LIMÓN 187035 000
Finca(s) Generada(s): Inexistente(s)
Plano(s) Hijo(s): Inexistente(s)
Plano(s) Padre(s) _
Código Provincia [Número [año
7 - LIMÓN 2317186 2021
Anotaciones: Inexistente(s)
El Registro Inmobiliario advierte que las anotaciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no están
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Esto silo se visuabra mejor en resolución de 1024 x 7E89x o superior
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*22 ACTA N*35 Ordinaria.
9 a Municipalidad de Pococí
POCO: ¿ Area de Planificación y Desarrollo Urbano
N Teléfono: 2713-6573
Pluyo henry.madrigalOmunipococi.go.cr
Jueves 28 de julio del 2022
OFICIO: APDU-124-2022
Srs (as).
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN A LA ALCALDÍA / RECEPCIÓN DE ÁREAS Y CALLES PÚBLICAS
URBANIZACIÓN VALLE ESCONDIDO - PRIMERA ETAPA - COSTADO ESTE DEL LICEO DE GUÁPILES, POCOCÍ
Estimados(as) señores(as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad
de dar seguimiento a lo requerido por parte del Ing. Joel Femández Fonseca, cédula de
identidad 1 1160 0584, en calidad de representante legal de la Constructora Bien Social C.B.S.
Sociedad de Responsabilidad limitada, cédula jurídica 3-102-691937, mismo que solicita la
aprobación de titulación de varios terrenos a favor de la Municipalidad de Pococí, los cuales
forman parte de la primera etapa de la Urbanización Valle Escondido.
El proyecto se identifica mediante el Contrato de Consultoría OC-929609, cuenta con
un total de 46 segregaciones, con un área promedio de 543,11 metros cuadrados, área de
lote mínimo de 205,42 metros cuadrados, con sistema de tratamiento de aguas residuales
mediante Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, sistema de alcantarillado pluvial que
desfoga a la quebrada son nombre ubicada al costado este del proyecto, 3391,94 metros
cuadrados de calles públicas y un total de 2971,34 metros cuadrados de áreas públicas
distribuidas según su naturaleza.
Página 1 de 3
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*23 ACTA N*35 Ordinaria.
25-
9 , Municipalidad de Pococí (7)
POCOCI Área de Planificación y Desarrollo Urbano
a PA
MUNCIPALIDAD
DEPOCOA
Teléfono: 2713-6573
Pluye henry.madrigalAmunipococi.go.cr
Para efectos de la presente solicitud, los terrenos sujetos a aceptación por parte del
Concejo Municipal están destinados a calles públicas, facilidades comunales y juegos
Infantiles, correspondientes a la Urbanización Valle Escondido, ubicado al costado este del
Liceo Experimental Bilingue, en la propiedad con número de plano de catastro L-2070686-2018,
distrito Guápiles. Los mismos se describen a continuación:
Tabla 1.- Terreno de área púbica a inscribir
Pl Catastro Folio Real Área (m*) Naturaleza
1-2317187-2021 FR 187034-000 3392,00 Calles Públicas
Facilidades
L-35849-2022 Parte FR 187035-000 792,00 ES
L-35850-2022 Parte FR 187035-000 1969,00 Juegos Infantiles
Fuente: Planificación y Desarrollo Urbano
Es importante señalar que, mediante Oficio DDCU-161-2021, de fecha 06 de octubre del
2021, se remitió el visto bueno para la recepción del proyecto, por parte del Departamento de
Desarrollo y Control Urbano, la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal y la Unidad de
Topografía, con el objetivo de que el Concejo Municipal recibiera el proyecto y aprobara el
mosaico catastral. Lo anterior fue aprobado mediante Acuerdo N*2778, de la Sesión N*78
Ordinaria del 07 de octubre del 2021, mediante Oficio SMP-1712-2021. Todo lo anterior, en
cumplimiento del artículo N*33 de la Ley de Planificación Urbana.
Posterior a ello, mediante Acuerdo N*2779 de la Sesión 1*78 Ordinaria del 07 de octubre
del 2021, mediante Oficio SMP-1713-2021, aprobó la solicitud de visado de planos del proyecto,
la cual fue solicitada por el Ing. Joel Fernández Fonseca; lo anterior en desapego a lo
establecido en el inciso 5, artículo N*120, del Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones
del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; en cuanto a la gestión del visado del plano
general de la urbanización ante el INVU, por parte del profesional responsable, lo cual no se
realizó.
Página 2 de 3
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PAGINA N*24 ACTA N*35 Ordinaria.
4 unicipalidad de Pococí
POCOCI Área de ¡Ronificación y E o
Teléfono: 2713-6573
Pluye henry.madrigalOmunipococi.go.cr
La petitoria del solicitante requiere que se apruebe y acepte la inscripción de los
terrenos citados a favor de la Municipalidad de Pococí. Para ello, es requisito indispensable que
el Concejo Municipal autorice al Alcalde en ejercicio a comparecer ante notario público y
materializar la titulación de dichos inmuebles, mismo que se ubican en la Urbanización Valle
Escondido, al costado este del Liceo Experimental BilingUe, distrito Guápiles, cantón Pococí, lo
anterior en cumplimiento con lo establecido en el artículo MY 40 de la Ley de Planificación
Urbana. Resaltar que está pendiente la entrega del área de parque, lo cual deberá ser
solventado por el propietario o el profesional responsable, ya que en la presente solicitud no se
incluye, y en campo fue absorbida por el área de la planta de tratamiento.
Se adjunta la siguiente información complementaria:
a) Imágenes de planos, visados y estudios registrales de:
Y 1-2317187-2021 visado según oficio UTOP-MPL-APT-2189-2021
Y  1-35849-2022 visado según oficio UTOP-MPL-APT-0934-2022
Y 1-35850-2022 visado según oficio UTOP-MPL-APT-0935-2022
b) Estudios registrales de folio reales partido de Limón 187034 y 187035
c) Solicitud de aceptación de terrenos por parte del Ing. Joel Fernández Fonseca.
d) Copia de cédula de identidad del Ing. Joel Femández Fonseca
e) Copia de personería jurídica de la empresa Constructora Bien Social C.B.S. Sociedad de
Responsabilidad Limitada
Sin más por el momento, se despide,
HENRY BRYAN ey e
MADRIGAL — MADRIGALCALVO
CALVO Paita 08.17
(FIRMA) 09:17:15-0600'
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Área Planificación y Desarrollo Urbano
CC: Archivo
Lic. Manuel Hernández Rivera - Alcolde Municipal
Página 3 de 3
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PAGINA N*25 ACTA N*35 Ordinaria.
a Municipalidad de Pococí 4 (
POCOC e Dpto. Desarrollo y Control Urbano YOs
a Teléfono: 2713-6573 “<>
Pluye henry.madrigalOmunipococi.go.cr  "Bepecon
FAA
Miércoles 06 de octubre del 2021
OFICIO: DDCU-161-2021
Srs(as).
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: SOUCITUD DE RECEPCIÓN Y APROBACIÓN DE MOSAICO CATASTRAL
URBANIZACIÓN VALLE ESCONDIDO / COSTADO ESTE DEL LICEO EXPERIMENTAL BIUNGUE, GUÁPILES
Estimados(as) señores[as),
Les saludo muy respetuosamente y ala vez les remito la presente nota con la finalidad
de dar seguimiento a lo requerido vía correo electrónico por parte del Ing. Joel Fernández
Fonseca, referente a la solicitud de recepción del proyecto denominado como Urbanización
Valle Escondido, el cual se ubica en el distrito de Guápiles, costado este del Liceo
Experimental BilingUe, en la propiedad con número de plano de catastro L-2070686-2018; cuyo
profesional responsable es el mismo solicitante de recepción (IC-16769).
El proyecto se identifica mediante el Contrato de Consultoría OC-929609, cuenta con
un total de 46 segregaciones, con un área promedio de 543,11 metros cuadrados, área de
lote mínimo de 205,42 metros cuadrados, con sistema de tratamiento de aguas residuales
mediante Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, sistema de alcantarillado pluvial que
desfoga a la quebrada son nombre ubicada al costado este del proyecto, 2833,90 metros
Página 1 de 12
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PAGINA N*26 ACTA N*35 Ordinaria.
a Municipalidad de Pococí
POCOC ¿ Dpto. Desarrollo y Control Urbano
a Teléfono: 2713-6573 “sr
Fluye henry.madrigalAmunipococi.go.cr — "¿Erocoa
cuadrados de áreas públicas y un total de 3409,65 metros cuadrados de área pública
distribuida según su naturaleza.
El objetivo del presente informe es cumplir con lo establecido en la Ley M*4240 (Ley de
Planificación Urbana), la cual indica textualmente en su artículo M*33 lo siguiente:
“Para todo fraccionamiento de terrenos o inmuebles situados en distritos urbanos y demás
áreas sujetas a control urbanístico, será Indispensable haber visado antes, en la oficina
municipal autorizada, el plano que indique la situación y cabida de las porciones
resultantes y que, además, el notario o funcionario público autorizante, dé fe en el acto
de extensión u otorgamiento del documento respectivo, de que la división coincide con
la que exprese dicho plano. Los fraccionamientos que se hagan por documento privado,
al igual que en los documentos públicos, se reputarán ineficaces si carecen de razón
notarial o municipal sobre la preexistencia del plano visado".
Además, es importante recalcar lo establecido por el Reglamento de Fraccionamiento y
Urbanizaciones del Instituto Macional de Vivienda y Urbanismo, en su artículo M*120 denominado
“Trámite de visado del Plano General de Urbanizaciones y Conjuntos Residenciales, mismo que
solicita los siguientes requisitos:
“Posterior al permiso de construcción de las obras de la urbanización o del conjunto
residencial, se debe tramitar el Plano General de Urbanizaciones y Conjuntos
Residenciales, según corresponda. Para lo anterior se debe cumplir con las siguientes
disposiciones:
1) El profesional responsable del diseño del proyecto debe gestionar el visado del Plano
General de Urbanizaciones o Conjuntos Residenciales ante la municipalidad respectiva.
2) La municipalidad en atención al procedimiento establecido, debe verificar que el
proyecto de urbanización o conjunto residencial se haya construido según los planos
aprobados del proyecto.
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PAGINA N*27 ACTA N*35 Ordinaria.
a Municipalidad de Pococí
POCOC ¿ Dpto. Desarrollo y Control Urbano Do
AS Teléfono: 2713-6573 “Se
Pluye henry.madrigalAmunipococi.go.cr MTS
3) Para la recepción de las obras de la urbanización o del conjunto residencia, el
Concejo Municipal debe pronunciar su autorización por medio de un Acuerdo Municipal.
4) La municipalidad emite el visado del Plano General de la Urbanización o del Conjunto
Residencial, que debe indicar el número de acuerdo municipal, fecha, nombre y firma
del funcionario que otorga el visado.
5) Con el visado municipal, el profesional responsable gestiona el visado del Plano
General de la Urbanización o del Conjunto Residencial ante el INVU; se debe realizar una
inspección del proyecto por parte de Instituto, con la finalidad de verificar que lo
indicado en el Plano General de la Urbanización o del Conjunto Residencial sea
congruente con la obra construida.
(4%)
Con el visado de la municipalidad respectiva y del INVU, el Plano General de la
Urbanización o del Conjunto Residencial se transtorma en Mapa Oficial. Posteriormente el
profesional responsable tramita ante el Registro Inmobillario la segregación de los lotes y
áreas públicas que forman parte del proyecto.
Por lo indicado en el artículo transcrito anteriormente, se hace necesaria la aprobación
por parte del Concejo Municipal del Mosalco Catastral del proyecto, como requisito solicitado
por el Instituto Macional de Vivienda y Urbanismo, y de esta manera proceder con las
respectivas segregaciones de la Urbanización, así como la titulación de las áreas y calles
públicas a favor de la Municipalidad de Pococí.
Según los requisitos establecidos por el Departamento de Desarrollo y Control Urbano,
para la recepción de proyectos de urbanización, el interesado presentó la siguiente
documentación e informes respectivos:
l. Solicitud de inspección y recepción de obras, dirigida al Departamento de Desarrollo y
Control Urbano, así como al Concejo Municipal, fimada por el dueño de la propiedad y el
profesional responsable.
Página 3 de 12
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PAGINA N*28 ACTA N*35 Ordinaria.
_
9 Municipalidad de Pococí MÍ,
POCOC e Dpto. Desarrollo y Control Urbano yl
AS Teléfono: 2713-6573 “<>
Fluye henry.madrigalOmunipococi.go.cr  "Beroccs
2. Documento denominado “Informe Técnico para Recepción de Obras - Urbanización Valle
Escondido”, con fecha del 24 de setiembre del año 2021, elaborado por parte del Ing.
Alejandro Rodríguez Vindas, funcionario del Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados, sin consecutivo, mediante la cual se indica la recepción tanto del sistema
de agua potable como del sistema de alcantarillado sanitario, además de la planta de
tratamiento de aguas residuales.
Según se conversó con el Ing. Rodríguez Vindas, vía telefónica, el informe final de recepción
de obras será remitido al ingeniero responsable del proyecto, a inicios de la próxima
semana, indicando además que no posee ningún pendiente a la fecha.
3. Revisión y aceptación de la línea Eléctrica por parte del Instituto Costarricense de
Electricidad, con consecutivo 1550-0765-2020, de fecha 27 de agosto del año 2020 y
elaborado por Mauricio Mata Saborío del Área de Desarrollo Región Huetar (Unidad
Estratégica de Megocios).
4. Informe de resultado de prueba de hidrante a Proyecto Residencial Valle Escondido,
Guápiles, por parte del Benemérito Cuerpo de Bomberos, con consecutivo CBCR-038781-
2021-260-00115 de fecha 21 de setiembre del año 2021, elaborado por Manuel Rojas
Cerdas, perteneciente al Programa de Revisión de Proyectos Constructivos del Benemérito
Cuerpo de Bomberos de Costa Rica.
5. Informe UTGVM-731-2021 de fecha 06 de octubre del año 2021, elaborado por parte del
Ing. Olger Gutiérrez Solís de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, mediante el cual
se revisaron los siguientes aspectos:
a. Diseño de mezcla
b. Pruebas de compactación
c. Verificación de espesores
d. Pruebas de resistencia de concreto estructural
e. Chequeos de compactación
Según dicho informe, y de acuerdo con los ensayos y pruebas realizadas, se cumplió con
las especificaciones técnicas, por lo que esa Unidad recibe satistactoriamente los trabajos
Página 4 de 12
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" Municipalidad de Pococí
POCOC « Dpto. Desarrollo y Control Urbano
AS Teléfono: 2713-6573
Pluye henry.madrigalAmunipococi.go.cr
ejecutados en la calzada, tanto en la carpeta y sus distintas capas preliminares, como en la
señalización vertical y horizontal.
6. Mota de compromiso de arborización y mantenimiento de zonas de parques por un período
de dos años, elaborada por el Ing. Joel Femández Fonseca, de fecha 22 de setiembre del
año 2021.
7. Nota compromiso de calidad y de reparación de daños que ocuniesen en las obras por un
período no menor a 5 años, según lo establece el artículo 1185 del Código Civil, elaborada
por el Ing. Joel Fernández Fonseca, de fecha 22 de setiembre del año 2021.
8. Avances parciales del proyecto presentado ante la Secretaría Técnica Macional Ambiental
(SETEMA), elaborado por Giorgio Federico Murillo Tsijli, inscrito Cl-095-97-SETENA, expediente
administrativo D1-00679-2019-SETENA.
9. Visto bueno por parte de la Unidad de Topografía Municipal, referente al replanteo total de
las áreas del proyecto, incluyendo lotes, áreas y calles públicas (Ley 1*4240). Dicho informe
se identifica mediante el consecutivo UTOP-MPL-338-2021, de fecha 06 de octubre del año
2021, elaborado por el Ing. David Quirós Aguilar.
10. Informe de laboratorio con consecutivo JMA.0007-2021 elaboradas por Aseguramiento
Técnico en Calidad, con fecha 01 de setiembre del 2021, sobre calidad de concreto de la
infraestructura del proyecto, las cuales cumplen con lo indicado en planos constructivos y
especificaciones técnicas del proyecto.
11. Mediante el presente informe manifiesto el Visto Bueno de Aprobación de las obras de
infraestructura del proyecto, por parte del Departamento de Desarrollo y Control Urbano,
de acuerdo con lo establecido en los planos constructivos [Artículo 32 Ley N*4240)
12. Mediante el presente informe manifiesto la Aprobación del equipamiento y delimitación de
las áreas públicas, por parte del Departamento de Desarrollo y Control Urbano (Artículo 40
Ley N%4240)
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PETITORIA
Según establece el artículo N*33 de la Ley de Planificación Urbana (Ley M*4240), y el
visto bueno técnico emitido por el Departamento de Desarrollo y Control Urbano, La Unidad
Técnica de Gestión Vial y la unidad de Topografía, el desarrollador requiere la aprobación del
proyecto por parte del Concejo Municipal, lo cual consiste en la recepción del proyecto y
la aprobación del mosaico catastral (diseño de sitio).
Se adjuntan como anexos la totalidad de aprobaciones e informes citados
anteriormente, diseño de sitio final, planos de agrimensura de áreas y calles públicas, así como
las fotografías del proyecto.
Importante rescatar que existen algunos pendientes, citados al profesional vía correo
electrónico, los cuales indica serán corregidos a la brevedad del caso. Dichas correcciones
incluyen detalles en loseta táctil, rampas para discapacitados y aceras (previstas pluviales).
Sin más por el momento, se despide,
HENRY BRYAN era
MADRIGAL — FiaorGaLcaIvo
CALVO FRA
(FIRMA) 37000
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano
CC.: Archivo
lic. Manuel Hemández Rivera - Alcaldía Municipal
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ANEXOS
_ Figura 1.- Recepción del Proyecto Residencial Valle Escondido
Fuente: Dpto. Desarrollo y Control Urbano (Guápiles, 01 octubre 2021)
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Figura 3.- Recepción del Proyecto Residencial Valle Escondido
Fuente: Dpto. Desarrollo y Control Urbano (Guápiles, 01 octubre 2021)
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Figura 4.- Recepción del Proyecto Residencial Valle Escondido
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Fuente: Dpto. Desarrollo y Control Urbano (Guápiles, 01 octubre 2021)
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Secretaría del Concejo Municipal
Pluye secretario()munipococigo.cr marcelo
SMP-1712-2021
2.
Guápiles, 14 de octubre de 2021
SMP-1712-2021
Señor(a):
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coordinador del departamento de Desarrollo y Control Urbano
Estimado (a) Señor (a):
Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo
Municipal de Pococí en Sesión N* 78 Ordinaria del 07-10-2021, dice:
Acta N* 78 Artículo | Acuerdo N' 2778
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo,
Coordinador del departamento de Desarrollo y Control Urbano, teléfono: 2713-
6573, correo electrónico: henry.madrigal9munipococi.go.cr, dice:
Oficio: DDCU-161-2021
Asunto: Referente a la solicitud de recepción y aprobación de mosalco catastral
urbanización Valle Escondido, costado este del Liceo Experimental Bilingue,
Guápiles.
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Pluye
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Municipalidad de Pococí (7)
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a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿ZL¿6%
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SMP-1712-2021
14 Municipolidad de Pococí
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AS Teléfono: 2713-6573 Lie»
Pluyo henry.madrigolOmunipococigo.cr “¿eras
Miércoles 06 de octubre del 2021
OFICIO: DDCU-161-2021
Sa(as).
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococi
Presente
REFERENTE: SOUCIUO DE RECEFCIÓN Y APROBACIÓN DE 1AOSA:CO CATASIRAL
URBANIZACIÓN VALLE ESCONDIO / COSTADO ESIE DEL UICEO EXPERU.ENITAL BAINGLE, GUÁPLES
Estimados(as) señcres(os).
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remio la presente nota con lo finaidad
de dor seguimiento a lo requerido vía correo electrónico por porte del Ing. Joel Femóndez
Fonseca, ala de ¡ón del proyecto como 6
Valle Escondido, el cual se ubica en el dístiilo de Guóples, costado este del liceo
Experimental Bigngde, en la propiedad con número de plano de catastro L-2070686-2018; cuyo
profesional responsable es el mismo soicitante de recepción (IC-16769).
El proyecto se klentifica medionte el Contrato de Consultoría OC-929409, cuenta con
un tolal de 46 segregaciones, con un área promecto de 543,11 metros cuadrados, área de
lote mínimo de 205,42 metros cuadrados, con sistema de tratamiento de aguas residuales
mediante Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, sistema de alcantarilado pluvial que
destogo a la quebrada son nombre ubicada al costado este del proyecto, 2833,90 metros
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9 Municipalidad de Pococí
Cc Secretaría del Concejo Municipal Ys
a Teléfono/Fox: 2711-1227 Zo
Fluye secretorio(munipococigo.cr meras
SMP-1712-2021
LA Municipolidad de Pococí
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sm Teléfono: 2713-6573. «LE
Fluye henry.madrigolSmunipococigo.cr — “rea”
cuadrados de óreas púbicas y un total de 3409,65 melros cuadrados de área pública
esstribuida según su naturaleza.
El objetivo del presente informe es cunpit con lo establecido en la Ley 114240 (Ley de
Piarificación Urbana), la cual indica textualmente en su artículo 1P33 lo siguiente:
*Para todo fraccionamiento de torrenos o inmuoblos situados en distritos urbanos y domós
óreas sujelas a control «bonático, será Indispensable haber visado antes, en la oficina
municipal autorizada, el plano que indique la situación y cabida ce las porciones
resultantes y que, aderrás, el notario o funcionario público aulorizante, dé te en el acto
de oxtonsión u otorgamiento dol documento respectivo, de que la división coincido con
la que exprese dicho plano. Los fraccionamientos que se hagan por documento privado,
al igua! que en los documentos públicos, se reputarán ineficaces carecen de razón
notara! o municipal sobre la preexistencia del plano visado".
Además, es imporlente tecolcar lo establecido por el Reglamento de Fraccionamiento y
Urbanizaciones del Instituto acional de Vivienda y Urbarismo, en su articulo 11120 denominado
*Irómite de visado del Piono General de Urbonizociones y Conjuntos Residenciales, mismo que
solicita los siguientes requistos:
*Posteriar al permiso de constucción de las obras de la urbanización o del conjunto
residencial, se debe tramilar el Piano General de Uibanizaciones y Conjuntos
Residenciales. según corresponda. Para lo anterior se debe cumplí con las siguientes
disposiciones:
1) El profesional responsable del diseño del proyecto debe gestionar el visado del Plano
General de Urbanizaciones o Conjuntos Residencioles ante la municipoidad respectivo.
2) La municipaidad er atención al procedimiento establecido, debe verificar que el
proyecto de urbanización o conjunto residencial se haya constivido según los planos
aprobados del proyecto.
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Municipalidad de Pococí
14
De Secretaría del Concejo Municipal
a Teléfono/Fax: 2711-1227 Yes
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9 Municipolidod de Pococí
POCOCI Dpto. Desorrollo y Control Urbono pu
a Teléfono: 2719-6573. «LA
Fluye henrymadrigolOmunipococigosr “ER
3) Pera la recepción de los obras de la ubarización o del conjunto residencia, el
Concejo Municipal debe pronunciar su autorización por medio de un Acuerdo Municipal.
4) La municipalidad emite el visado del Plano Generol de la Urbanización o del Conjunto
Residencial. que debe indicar el número de acuerdo muricipa, techa, nombre y fima
del funcionario que olcega el visado,
5) Con el visado el el visado del Plano
dela ón o del Cs ante el INVU; se debo reolizar una
irspección del proyecto por parte de Instituto, con la linoidad de verificar que lo
indcado en el Plano Generol de la Urbonización o del Conjunto Residencial sea
congruente con la obra construida.
Le)
Con el visado de la municipalidad respectiva y del INVU, el Plano Generol de la
lón o del Coni se en Mopa Oñiciol. Posteriormente el
proteslonol responsable tramita ante el Registro Inmobiliario la segregación de los lotes y
áreas públicas que forman parle del proyecto.
Por lo indicado en el articulo transcrito antericrmente, so hace necesaria la aprobación
por parte del Concejo del Mosaleo Cs del proyecto, como requisito sclicitado
por el Instilulo Hocional de Vivienda y Uibonismo, y de esta manera proceder con las
respectivas segregaciones de la Ubarización, así como la titulación de las áreas y calles
públicos a favor de la Municipoidad de Pococi.
Según los requísilos establecidos por el Departamento de Desarallo y Control Urbano,
para la recepción de proyectos de urbanización, el interesado presentó la siguiente
documentación e informes respeclivos
l. Sohicitud de inspección y recepción de obras, dirigida al Departamento de Desarrolo y
Conttol Urbano, así como al Concejo Muricipal, fimada por el dueño de la propiedad y el
protesional resporsable.
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mea
2. Documento denoninado *Infome Técnico para Recepción de Obras - Urbanización Vale
Escondido", con fecha del 24 de setiembre del año 2021, elaborado por parte del Ing.
Alejandro Rodríguez Vindas, funcionaño del Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantaritados, sin corseculivo, mediante la cual se indica la recepción tanto del sistema
de agua polable como del sistema de olcantarilado sarilario, además de la planta de
tralomiento de aguas residuales.
Según se conversó con el ing. Rodríguez Vindas, vía telefónica, el informe final de recepción
de obras será remitido al ingeniero responsable del proyecto, a inicios de la próxima
semana, indicando ademós que no posee ningún pendiente a la fecha
3. Revisión y aceptación de la linea Eléctica por parte del Instituto Costarricense de
Electricidad, con conseculivo 1550-0765-2020, de fecha 27 de agosto del año 2020 y
elaborado por Mauricio Mata Saboío del Área de Desarrolo Región Huetar (Unidad
Estratégica de legocios).
4. Informe de resultado de prueba de hidronte a Proyecto Residencial Valle Escondido,
Guóples, por parto del Benemérito Cuerpo de Bomberos, con consecutivo CBCR-038781-
2021-260-00115 de fecha 21 de setiembre del oño 2021, elaborado por Manuel Rojas
Cerdas, perteneciente ol Programa de Revisión de Proyectos Construclivos del Benemérito
Cuerpo de Bomberos de Costa Rica.
5. Informe UIGVM-731-2021 de fecha 06 de octubre del año 2021. elaborado por parle del
Ing. Olger Gutiérrez Soís de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, mediante el cual
se revisaron los siguientes aspectos:
a. Diseño de mezcla
b. Pruebas de compactación
€. Verificación de espesores
d. Pruebas de resistencia de concreto estructural
e. Chequeos de compactación
Según dicho informe, y de acuerdo con los ensayos y pruebos realizadas, se cumplió con
los especificaciones técnicas, por lo que esa Unidad recibe satistactoiamente los trabajos
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Pluye henrymadrigalGmunipococigo.cr “eras
ejecutados en la calzada, tanto enla carpeta y sus distintas capas prefminores, como en la
señalización vertical y horizontal.
6.  Hota de compromiso de arborización y montenimiento de zonas de parques por un período
de dos oños, elaborada por el Ing. Joel Fernández Forseca, de lecho 22 de setiembre del
año 2021,
7... Mota compxomiso de calidad y de reparación de daños que ocuriesen en las obras por un
período no mener a 5 años, según lo establece el artículo 1185 del Código Civil, eloborada
por el Ing. Joel femández Fonseca, de fecha 22 de setiembre del año 2021.
8. Avonces parciales del proyecto presentado ante la Secretaría Técnica Iacional Ambiental
(SEIENA). eloborado por Giorgio Federico Murilo Isifi, inscrilo C1.095-97-SETENA, expediente
administrativo Dl -00879-2019-SETEMA.
9. Visto bueno par parle de la Unidad de Topogralía Muricipal, reterente al replanteo total de
los áreas del proyecto, incluyendo lotes, áreas y cales públicas (Ley 114240). Dicho informe
se identifica medonte el consecutivo UTOP-MPL-338-2021, de fecha 06 de oclubre del año
2021, elaborado por el Ing. David Quirós Aguiar.
10. Informe de laboratorio con consecutivo JMA.0007-2021 elaboradas por Asegurarriento
Técnico en Calidad, con fecha 01 de setiembre del 2021, sobre caldad de concreto de la
infraestructura del proyecto, las cuales cumplen con lo indicado en planos constructivos y
especificaciones lécnicas del proyecto.
1. Medante el presente informe marifesto el Vsto Bueno de Aprobación de las obras de
infraestructura del proyecto, par parte del Departamento de Desanolo y Control Urbano,
de acuerdo con lo establecido en los planos constructivos (Artículo 32 Ley 114240)
12. Mediante el presente informe manifiesto la Aprobación del equipamiento y delimitación de
las áreas públicas. por parte del Deparlamento de Desarollo y Control Urbano (Articulo 40
Ley 1194240)
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PETITORIA
Según establece el articulo 11733 de la Ley de Planificación Urbana (Ley 114240). y el
visto bueno técnico emitido por el Departamento de Desarrollo y Control Urbano, La Unidad
lécrica de Gestión Vio! y la uridad de lopografía, el desarolador requiere la aprobación del
proyecto por parte del Concejo Municipal. lo cual consiste en la recepción del proyecto y
la aprobación del mosalco catastral (diseño de sitio).
Se adiuntan como anexos la lotaidad de oprobaciones e infames citados
anteriormente, diseño de sitio final, planos de agrimensura de áreas y calles públicas, asi como
las totogratíos del proyecto.
Importonte rescatar que existen algunos pendientes, citados al profesional ía correo
electrónico, los cuales indica serór corregidos a la brevedad del caso. Dichas correcciones
Incluyen detalles en loseta táctil, rampas pora dscopacitados y aceros (previstas pluviales).
Sin más por el momento, se despide,
HENRY dao por al
MADRIGAL Dorcuaso
CALVO, Fecha 2821 1208
(FIRMA) 1473745
Ing. Heruy Madrigol Calvo
Coord. Dpto. Desaroño y Control Urbano
CC: Archivo
Le Iacruel Horándoz Pivera - Alcala turicipa!
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Figura 5.- Recepción del Proyecto Resdencial Vota Escondido
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Guápiles, 22 de Setiembre 2021
Ing. Henry Madrigal Calvo
Dpto. Desarrollo y Control Urbano
Municipalidad de Pococí
Ref. Recepción Final de Obras - Urbanización Valle Escondido
Estimado ingeniero,
Sirva la presente para brindarle un amable saludo. El suscrito es Joel Fernández Fonseca con
número de cédula 1-1160-0584, y representante legal de la Constructora Bien Social CBS,
con cédula Jurídica 3-102-691937, que desarrolla el proyecto urbanístico Residencial Valle
Escondido.
Alo largo de estos 6 meses hemos procedido a ejecutar las Obras de Infraestructura de la
Urbanización.
En este momento nos encontramos listos para la entrega y Recepción definitiva de todas
las obras ejecutadas. Por lo tanto le solicito amablemente proceder con la coordinación de
la inspección final para optar la Recepción de Obras.
Agradezco confirmar el día y la hora que se podrán llevar a cabo la visita de Inspección Final
en compañía de su persona y de los otros departamentos de Ingenieria Municipal. Adjunto
a esta solicitud los siguientes requisitos de recepción de Obras:
2. Nota de AyA indicando la aceptación de Red de Agua potable y Red Sanitaria —
Pendiente.
3. Nota del ICE indicando la aceptación de la Red de Energía Eléctrica.
4. Nota del Benemérito Cuerpo de Bomberos sobre pruebas de los hidrantes.
5. Pruebas de Laboratorio garantizando la resistencia del concreto utilizado en los
diferentes elementos.
6. Pruebas de Laboratorio garantizando el grado de compactación de Sub-rasante,
Sub-base y base.
Pruebas de Laboratorio garantizando los espesores y compactación de la superficie
de rodamiento (asfalto).
7
1
Constructora CBS S.R.L. / tel. 2711-2225/ 2711-2226 / infofbauercr.com / www.bauercr.com (6)
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PAGINA N*51 ACTA N*35 Ordinaria.
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secretorio(Qmunipococigo.cr — mecpamso
DE POCO
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8. Nota de compromiso de arborización y mantenimiento de parques.
9. Nota de compromiso de calidad y reparación de daños.
15. Cierre del Proyecto en Etapa | presentado ante la SETENA.
Agradezco mucho su colaboración para poder recibir la totalidad de las obras. Quedo atento
a la confirmación al teléfono: 8730-7666, o al correo: ¡fernandez Obauercr.com
JOEL Firmado digitalmente
JOEL FERNANDEZ
FERNANDEZ E ONSECA (FIRMA)
FONSECA Fecha: 2021.09.22
(FIRMA) 18:12:05 -0600'
Joel Fernández Fonseca
Ced. 1-1160-0584
Constructora Bien Social CBS
2
Constructora CBS S.R.L. / tel. 2711-2225/ 2711-2226 / infofbauercr.com / www.bauercr.com ( )
Página 15/93
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (MMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N*52 ACTA N935 Ordinaria.
4 Municipalidad de Pococí
Secretaría del Concejo Municipal ya IÓ
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secretario(Qmunipococigo.cr Marcano
DEPOG0A
Pluye
SMP-1712-2021
ar
12. Nota de AyA indicando la aceptación de 3. Nota del ICE indicando la aceptación de
Red de Agua potable y Red Sanitaria — la Red de Energía Eléctrica,
Pendiente,
O) A A ESO,
KA, Nota del Benemérito Cuerpo de 1S, Pruebas de Laboratorio garantizando la
Bomberos sobre pruebas de los hidrantes. resistencia del concreto utilizado en los
diferentes elementos.
(.) (Y
A O crec om 0909 ptos tomsomear
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PAGINA N*53 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
14
Cc Secretaría del Concejo Municipal Y y
a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿Ze%
DEPOCOA
Pluye
SMP-1712-2021
AA RÉÁ y
d ratorio garanti 17. Pruebas de Laboratorio garantizando los
grado de compactación de Sub-rasante, Sub- espesores y compactación de la superficie de
base y base. rodamiento (asfalto),
18. Nota de comoromiso de arzorización y 19, Mota de compromiso de calidad y
tenimien! rques. teporación de daños.
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PAGINA N*54 ACTA N*35 Ordinaria. 25-05:2023k
Municipalidad de Pococí
7d IS
Secretaría del Concejo Municipal ui y
a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿L+%
Pluye secretario)munipococigo.cr  mweeumo
SMP-1712-2021
1115. Cierre del Proyecto en Etapa |
presentado ante la SETENA.
u
Constructora C8S S.R.L. / tel. 2711-2225/ 2711-2226 / infofPWbavercr.com / www.bauercr.com € )
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PAGINA N*55 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
4
POCOC 4 Secretaría del Concejo Municipal Y Y
M Teléfono/Fax 2711-1227 +,
Pluye secretarioQ)munipococigo.cr  meceinso
SMP-1712-2021
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
ALCANTARILLADOS
ES
ANIVERSARIO
1961-2021
Informe Técnico para Recepción de Obras
Urbanización Valle Escondido.
Lugar: Guápiles, Pococí, Limón
Fecha de Informe: 24 de setiembre del 2021
Informe Elaborado por:
Alejandro Rodríguez Vindas.
, >
ALEJANDRO O
RODRGUEZ 232
VINDAS (FIRMA) Fate 202109 2%
ES
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PAGINA N*56 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
y Secretaría del Concejo Municipal
AN Teléfono/Fax: 2711-1227
Pluye
SMP-1712-2021
¡mm ra
Con el propósito de cumplir con el requerimiento establecido en el procedimiento de
Recepción de Desarrollos urbanísticos, extensiones de ramal y obras primarias,
bajo el Código: GTE-102-02-P; se procede a emitir el informe técnico para la
recepción del Conjunto Residencial Valle Escondido Etapa 1.
Como parte del seguimiento dado por AyA en el Proyecto Valle Escondido, ubicado
al costado este del Liceo Experimental Bilingúe de Guápiles, cita Guápiles de
Pococí; se procede a resumir los principales informes que se han dado para verificar
el adecuado funcionamiento de los sistemas de Agua Potable, Alcantarillado
sanitario, Alcantarillado Pluvial y a la Planta de Tratamiento de Valle Escondido.
Primero: Se constata la Aprobación de los Diseños y los Planos del Conjunto
Residencial Valle Escondido Etapa | para los sistemas de Agua Potable,
Alcantarillado Sanitario, Alcantarillado Pluvial, emitidas en la Resolución URB-AyA-
2021-018 del Departamento de Urbanizaciones de AyA.
Segundo: Se aplicó en las revisiones realizadas, el Formulario de Inspección de
obras de infraestructura protocolo de GTE-102-02-F1 del AyA.
Tercero: El día 13 de abril del 2021 se realiza la primera visita al Proyecto Valle
Escondido, donde se verifica que todos los componentes que se están construyendo
para los sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario y alcantarillado pluvial,
tienen las mismas capacidades, ubicaciones y características que las indicadas en
los planos del proyecto y aprobados por el Departamento de Urbanizaciones del
AyA.
En el caso de las capacidades del sistema de Alcantarillado Pluvial las mismas
fueron ampliadas al aumentar los diámetros que se indicaron en los planos
aprobados.
Se filmó con el uso de una cámara de poste todo el alcantarillado sanitario del
Proyecto y se determinó que existía línea vista en todos los tramos instalados, no
se detectó ningún daño en las tuberías instaladas, únicamente existía suciedad en
algunos tramos.
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Pluye
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PAGINA N*57 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
3
C Cc Secretaría del Concejo Municipal Y $
ax Teléfono/Fox: 2711-1227 X%,
lomuni )
Pluye 38
SMP-1712-2021
Figura N* 4. Muestra en un mapa tipo semáforo los resultados de las filmaciones del alcantarillado
sanitario, los tamos mostrados en amarillo tienen suciedad y sedimentos en el tramo.
Cuarto: El día 21 de junio del 2021, se procedió a realizar la segunda inspección
al proyecto, tal y como consta en el informe de esta inspección (adjunto) y en la
Figura N? 2, todo el alcantarillado fue limpio de sedimentos, constatando que las
observaciones realizadas en el primer informe fueron subsanadas.
Adicionalmente, se procedió a verificar las pendientes instaladas, para constatar
que las mismas cumplen con los planos aprobados, donde se determina que las
pendientes instaladas fueron un poco mayores a las aprobadas, lo que es
adecuado.
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Pluye
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PAGINA N*58 ACTA N*35 Ordinaria. 25-0
ag Municipalidad de Pococí
POCOC ¿ Secretaría del Concejo Municipal y
a Teléfono/Fox: 2711-1227 [2%
Pluye A]
SMP-1712-2021
Figura N* 4. Muestra en un mapa tipo semáforo los resultados de las pruebas realizadas al
alcantarillado sanitario, todos los tramos están conformes
En esta inspección, se procedió a verificar que todos los pozos de registro cuentan
con flangers, escaleras, contratapas, acabados, impermeabilizado el pozo y la
limpieza de estos; donde se determina que todo está construido correctamente.
Se verifica la colocación de todos los hidrantes del Proyecto. Finalmente, para
proseguir con la prueba de presión del sistema, se le solicita al desarrollador
subsanar algunos aspectos menores en los tres sistemas revisados.
Quinto: Los días 29 de julio y 12 de agosto se realizar las pruebas de presión a la
tubería de agua potable, según documentos adjuntos y con la supervisión del Jefe
Técnico de la Cantonal de Pococií, el Sr Marvin Perez, donde las tuberías cumplen
con las pruebas satisfactoriamente.
Sexto: Mediante visita de inspección realizada el 20 de agosto del 2021, se
constata la existencia de todas las previstas de agua potable, aguas residuales y de
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PAGINA N*59 ACTA N*35 Ordinaria.
sg Municipalidad de Pococí
K o, Secretaría del Concejo Municipal
a Teléfono/Fax: 2711-1227
secretorio(munipococi.go.cr
Pluye
SMP-1712-2021
as a Ear
aguas pluviales, así como la nivelación de los cubre válvulas del sistema de agua
potable; con esta inspección se aprueba la colocación de asfalto de todas las calles
de este desarrollo.
Este mismo día se verifica que la construcción de la Planta de Tratamiento haya
sido construida de acuerdo con planos aprobados. De esta revisión en sitio, se
acuerdan algunas mejoras a los sistemas de tratamiento aprobados, cuyos
resultados finales serán plasmados en los planos de obra terminada de los sistemas
y detallados en el “ Informe de Memoria de mejoras realizadas”, el cual adjunto.
Es importante indicar que se ha indicado al desarrollador que se deben hacer
algunas mejoras adicionales para poder lograr todos los requerimientos para que
esta planta de tratamiento pueda ser operada en el futuro por AyA, con lo que se
indica que esto se verá posteriormente.
Sétimo: Mediante inspección electromecánica del 17 de setiembre del 2021 a la
Planta de Tratamiento de Valle Escondido, se realizan las siguientes
recomendaciones: Independizar los circuitos de los sopladores y colocar un
interruptor de desconexión de forma separada, colocar una regleta de tierras en el
panel de control y colocar un sistema automático de retardo para que los equipos
no enciendan de forma inmediata, cuando se tienen fluctuaciones del fluido
eléctrico, ya que esto puede dañar los equipos. Una vez realizadas estas mejoras,
se constata que todos los equipos y valvulería funcionan adecuadamente, se
midieron los amperajes de operación de todos los equipos y sus rangos de
protección. En términos generales la Planta de Tratamiento, esta lista para iniciar
operaciones. Se indica a los desarrolladores que posteriormente, se emitirá un
informe sobre mejoras a realizar en los elementos electromecánicos de la Planta de
Tratamiento, que deberán ser tomados en cuenta al momento de que se pretenda
entregar esta Planta para ser operada por AyA.
Octavo: Se cuenta con los planos de obra terminada de la Planta de Tratamiento
de Aguas Residuales, sistema de Agua potable, alcantarillado sanitario y
alcantarillado pluvial del Conjunto Residencial de Valle Escondido | etapa.
Por lo anterior corresponde proseguir con los trámites de interconexión del
desarrollo para recibir el sistema de agua potable del Conjunto Residencial de Valle
Escondido, ya que se constata que todos los sistemas están en óptimas condiciones
para empezar a operar.
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Pluye
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PAGINA N*%60 ACTA N935 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
Secretaría del Concejo Municipal Yu
AS Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿2%
¡aQmuni ¡
Pluye DEPOCOC
SMP-1712-2021
AAA
2021-08-27
1550-0765-2020
Ingeniero
Joel Fernández Fonseca
Proyecto Valle Escondido - Distrito Guápiles
Caso N” 2020-03-030
Estimado señor
Asunto: Revisión y aceptación técnica de red eléctrica
De acuerdo al asunto indicado, le infomamos que la obra ejecutada tiene las siguientes
características técnicas: Extensión de 691 metros de línea de distribución eléctrica: 80 metros de
línea primaria monofásica sola y 611 metros de linea primaria monofásica con secundario, se
instalaron 2 transformadores autoprotegidos uno de 15 kVA y otro 25 kVA ambos a operar
19.9/34.5 kV, instalados en el poste 4 875/017 número 16814 y 1 transformador de 25 kVA en el
poste ff 762-001 número 136813. Además, se instaló 1 corta circuito en el poste de inicio poste
$ 875/011 y se instalaron 17 lámparas completas led 120/240 V.
Cumpliendo con los requisitos establecidos por el ICE según el “Manual de Normas de
Construcción Tomo1, le informamos que la misma fue recibida de conformidad por esta oficina a
partir del 05 de agosto del año en curso.
Para más información favor comunicarse a los teléfonos de nuestra oficina, haciendo mención al
Número de expediente.
Sin más por el momento, se despide
Atentamente,
Área Desarrollo Región Huetar Caribe
División Distribución y Comercialización
Gerencia Electricidad
MAURKCIO ANDRES.
MATA SABORIO p 0
AFIRMA GA Y,
11:39.36 2021.0427 (o
0006
Ing. Mauriclo Mata Saborio
Encargado
MSMAwav
ee expediente
25: Archivo Gestión caso No. 2010-03-030
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*é1 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
COC Secretaría del Concejo Municipal
a Teléfono/Fax: 2711-1227
in h
MUNICIPALIDAD
Pluye DEPOCOC
SMP-1712-2021
RP: pene
DIANA Correo de Constructora Baer 8 SA - irturme de pructa de trdartes Rusdenaal Vale escondido.
¿ DAUER Joel Fernandez <j.fernandezBbauercr.com>
Informe de prueba de hidrantes Residencial Valle escondido
1 mensaje
MANUEL ESTEBAN ROJAS CERDAS <mrojasc2bomberos.go.c1> 21 de septiembre de 2021, 11:13
Para: | fernandez Bbaverer.com
Cx al gor, hi ab gor, ¡bomberos go cr
Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica
Programa revisión proyectos constructivos (ING)
CBCR-038781-2021-260-00115
Martes 21 de septiembre de 2021
Señor
Joel Fernándoz Fonseca
Rosidoncial Vato escondido
Referencia: Informo de prueba de hidrantes Residencial Valo escondido
Estimado señor:
Recba un cordaal saludo de quienes para el ¡Cuerpo de de Costa
Rico.
Se remito (adjunto) informe de resultado de la inspección de verificación del cumplimiento de la loy
de Hidrantes N'8641 en Limón, Pococí, Guaples, Residencial Vale escondido.
Conclusión
e Cuerpo de de CostaRica, que:
1-Los hidrantos no cumplen con ol caudal roquerido por el Cuerpo de Bomberos y el Reglamento a
la Ley do Hidrantos (caudal 31,55 Hrs por segundo [500 gpm] para un riesgo residencial).
2. Los hidrantos cumplen con la presión residual requerida por el Cuerpo de Bomberos y el
Reglamento a la Loy do Hidrantes (presión residual 1,0546 kg'emn*[15 psi).
3-Los hidrantos cumplen con el ostado físico.
4.Los hidrantes cumplen con el color amanio para red pública.
Se queda a las órdenes para consultas relacionadas a este informe al teléfono (506) 2547-3738, a
los correos electrónicos hidrantes 2 bomberos go.cr e ingenieria Bbomberos.go.cr
Atentamente,
Manuel Esteban Rojas Cerdas
Programa revisión proyectos
constructivos (ING)
Ce: Ingeniería de Bomberos; Comisión Interna Ley de Hidrantes; Estación de Bomberos de Guapies
Hips] ¡mal 17k=bot: Asoych- id«tbroad MGIAI7MSI2M7SATATSTI1Asimpl=meo PADANT11S923475 1/2
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Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*63 ACTA N*35 Ordinaria. 25-0
14 Municipalidad de Pococí BES
POCOC¿ Secretaría del Concejo Municipal 1
a Teléfono/Fox: 2711-1227 ¿ZL¿5%
secretario(Qmunipococigo.cr recen
DE POCO
Pluye
SMP-1712-2021
Con el propósito de cumplir con el requerimiento establecido en el procedimiento de
Recepción de Desarrollos urbanísticos, extensiones de ramal y obras primarias,
bajo el Código: GTE-102-02-P; se procede a emitir el informe técnico para la
recepción del Conjunto Residencial Valle Escondido Etapa 1.
Como parte del seguimiento dado por AyA en el Proyecto Valle Escondido, ubicado
al costado este del Liceo Experimental Bilingúe de Guápiles, cita Guápiles de
Pococí; se procede a resumir los principales informes que se han dado para verificar
el adecuado funcionamiento de los sistemas de Agua Potable, Alcantarillado
sanitario, Alcantarillado Pluvial y a la Planta de Tratamiento de Valle Escondido.
Primero: Se constata la Aprobación de los Diseños y los Planos del Conjunto
Residencial Valle Escondido Etapa | para los sistemas de Agua Potable,
Alcantarillado Sanitario, Alcantarillado Pluvial, emitidas en la Resolución URB-AyA-
2021-018 del Departamento de Urbanizaciones de AyA.
Segundo: Se aplicó en las revisiones realizadas, el Formulario de Inspección de
obras de infraestructura protocolo de GTE-102-02-F1 del AyA.
Tercero: El día 13 de abril del 2021 se realiza la primera visita al Proyecto Valle
Escondido, donde se verifica que todos los componentes que se están construyendo
para los sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario y alcantarillado pluvial,
tienen las mismas capacidades, ubicaciones y caracteristicas que las indicadas en
los planos del proyecto y aprobados por el Departamento de Urbanizaciones del
AyA.
En el caso de las capacidades del sistema de Alcantarillado Pluvial las mismas
fueron ampliadas al aumentar los diámetros que se indicaron en los planos
aprobados.
Se filmó con el uso de una cámara de poste todo el alcantarillado sanitario del
Proyecto y se determinó que existía línea vista en todos los tramos instalados, no
se detectó ningún daño en las tuberías instaladas, únicamente existia suciedad en
algunos tramos.
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PAGINA N*64 ACTA N*35 Ordinaria. 25-
Municipalidad de Pococí
14
Secretaría del Concejo Municipal Y
a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿Le
Fluye secretariof)munipococigo.cr  taeeesnso
SMP-1712-2021
Figura N* 1. Muestra en un mapa tipo semáforo los resullados de las pruebas realizadas al
alcantarillado sanitario, todos los tramos están conformes
En esta inspección, se procedió a verificar que todos los pozos de registro cuentan
con flangers, escaleras, contratapas, acabados, impermeabilizado el pozo y la
limpieza de estos; donde se determina que todo está construido correctamente.
Se verifica la colocación de todos los hidrantes del Proyecto. Finalmente, para
proseguir con la prueba de presión del sistema, se le solicita al desarrollador
subsanar algunos aspectos menores en los tres sistemas revisados.
Quinto: Los días 29 de julio y 12 de agosto se realizan las pruebas de presión a la
tubería de agua potable, según documentos adjuntos y con la supervisión del Jefe
Técnico de la Cantonal de Pococi, el Sr Marvín Perez, donde las tuberias cumplen
con las pruebas satisfactoriamente.
Sexto: Mediante visita de inspección realizada el 20 de agosto del 2021, se
constata la existencia de todas las previstas de agua potable, aguas residuales y de
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%65 ACTA N*35 Ordinaria.
1d Municipalidad de Pococí
POCOC 4 Secretaría del Concejo Municipal qa Y
AS Teléfono/Fax: 2711-1227 26%,
secretario(Qmunipococigo.cr — moroso
Pluye
SMP-1712-2021
¡e
2021-08-27
1550-0765-2020
Ingeniero
Joel Fernández Fonseca
Proyecto Valle Escondido - Distrito Guápiles
Caso N”2020-03-030
Estimado señor
Asunto: Revisión y aceptación técnica de red eléctrica
De acuerdo al asunto indicado, le informamos que la obra ejecutada tiene las siguientes
características técnicas: Extensión de 691 metros de línea de distribución eléctrica: 80 metros de
línea primaria monofásica sola y 611 metros de línea primaria monofásica con secundario, se
Instalaron 2 transformadores autoprotegidos uno de 15 kVA y otro 25 kVA ambos a operar
19.9/34.5 kV, instalados en el poste $ 875/017 número 16814 y 1 transformador de 25 kVA en el
poste t 762-001 número 136813. Además, se instaló 1 corta circuito en el poste de inicio poste
$ 875/011 y se instalaron 17 lámparas completas led 120/240 V.
Cumpli con los itos estal por el ICE según el “Manual de Normas de
Construcción Tomo1, le informamos que la misma fue recibida de conformidad por esta oficina a
partir del 05 de agosto del año en curso.
Para más Información favor comunicarse a los teléfonos de nuestra oficina, haciendo mención al
número de expediente.
Sin más por el momento, se despide
Atentamente,
Área Desarrollo Región Huetar Caribe
División Distribución y Comercialización
Gerencia Electricidad
MAURICIO ANDRES.
MATA SABORIO
(SIRNA GUN
11.39.36 2021.08.27
“oc.
Ing. Mauricio Mata Saborio
Encargado
MSMiwav
ec expediente
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*67 ACTA N*35 Ordinaria.
E A Municipalidad de Pococí  aagX
dx Cc Secretaría del Concejo Municipal Ya
a Teléfono/Fax: 2711-1227 L¿5%
Fluye secretario(Qmunipococigo.cr mece:
SMP-1712-2021
DA A
BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA
INSPECCION DE
HIDRANTES
Proyecto Residencial
Valle Escondido
Guapiles
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PAGINA N*68 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
14
O Secretaría del Concejo Municipal YDS
a Teléfono/Fox: 2711-1227 ¿[+2
Pluye M0
SMP-1712-2021
AA E a EIA
Referente a la inspección y pruebas del hidrante ubicado en Limón, Pococí,
Guapiles residencia Valle e: dido contiguo al Liceo Experimental Bilingue
informa lo siguiente: La tubería se encuentra instalada en 6”, los hidrantes son
nuevos y los mismos multiválvulares.
Tipo de riesgo a cubrir: _Educativo
(Residencial- Comercial-Industrial- Hospitalario, otros)
Fecha de inspección: 13-11-2021
Hora de las pruebas: 10:10 a 11:20
Hidrante N* 1
Ubicación: Limón, Pococí, Guapiles del colegio Bilingue 180 metros al este en la
entrada al residencial.
Longitud: -83” 47' 27” Latitud: +10” 13' 27” Altitud: 128,00 m
BOCAS | DIÁMETRO BOCA
2 64 mm|( 2 1/2 ")
1 114 mmj|( 4 1/2”)
DIÁMETRO PRESIÓN DINÁMICA. CAUDAL
34,93[mm (13/8 ")| 0,28 kg/cm? 1 4 psi)| 6,97 lps (110,54 gpm)
Tipo de Hidrante: Apoyo _ o Estratégico X
Presión Estática: ___28 PSI
Diámetro de Boquilla: _13/8" __
Presión Dinámica: __ 04 PSI
Presión Residual: 16 PSI
Color: Amarillo
Estado Físico: _ Excelente
Estado operativo: Malo
Nuevo o Reparado: Nuevo
El resultado de la inspección es producto de una verificación en campo, por lo que el Cuerpo de Bomberos no
se responsabiliza de cambios en el ensus os o fallas en general, así como variaciones en los
caudales y presión de entrega posteriores a la recepción.
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Pluye
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PAGINA N*69 ACTA N*35 Ordinaria. 25- 0S:2028_-
Municipalidad de Pococí
A
O Cc Secretaría del Concejo Municipal 0) Y
a Teléfono/Fax: 2711-1227 96%,
Fluye secretarioQ)munipococigo.cr  Maeoeiuexo
SMP-1712-2021
a RÁ —Á .-=
Tipo de riesgo a cubrir: Residencial
(Residencial- Comercial-Industrial- Hospitalario, otros)
Fecha de inspección: 13-11-2021
Hora de las pruebas: 10:10 a 11:20
Hidrante N* 2
Ubicación: Limón, Pococí, Guapiles, del colegio Experimental Bilingúe, 200 metros
este, 100 metros norte y 50 metros este
Longitud: -83* 47" 24” Latitud: +10” 13' 26” Altura: +238,00 metros
BOCAS | DIÁMETRO BOCA
2 64 mm|( 2 1/2”)
1 114 mm|( 4 1/2")
DIÁMETRO PRESIÓN DINÁMICA CAUDAL
34.93[mm (13/8 ")] 0.42 kg/cm? ( 6psi)| 8.54 lps ( 135.38 gm)
Tipo de Hidrante: Apoyo X_ó Estratégico ___
Presión Estática: ___28 PSI
Diámetro de Boquilla: _13/8" __
Presión Dinámica: __ 6 PSI
Presión Residual: 16 PSI
Color: Amarillo
Estado Físico: Excelente
Estado operativo: Malo
Nuevo o Reparado: __nuevo
Referente a la inspección y pruebas del hidrante ubicado en _Limón, Pococí, La
Rita, la Teresa informa lo siguiente:
Eltesutado dea inspección es producto de una verifcación en campo, por loque el Cuerpo de Borbaros po
se respon de enel en sus o fallas en general, así como varieciones en los
caudales y presión do entrega posteriores a la recepción.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*70 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
C De Secretaría del Concejo Municipal Y Y
a Teléfono/Fax: 2711-1227 PARA
ii MUNICIPALIDAD.
DEPOCOR
Fluye secretario(munipococi.go.cr
SMP-1712-2021
pa Eo
Tipo de riesgo a cubrir. _Residencial
(Residencial- Comercial-Industrial- Hospitalario, otros)
Fecha de inspección: 03-011-2020
Hora de las pruebas: 10:05 a 10:30
Hidrante N? 3
Ubicación: Limón, Pococí, Guapiles, del colegio Experimental Bilingue, 200 metros
este, 100 metros norte, 100 metros este y 100 metros norte.
Longitud: -83* 47 22” Latitud: +10? 13' 36” Altura: +236,00 metros
BOCAS | DIÁMETRO BOCA
2 64 mm|( 2 1/2")
1 114 mm|( 4 1/2”)
DIÁMETRO. PRESIÓN DINÁMICA CAUDAL
34.93[mm (13/8 ")| 0.56 kg/co* (8 psi)| 9.86 lps (_ 156.33 gpm)
Tipo de Hidrante: Apoyo X_ó Estratégico ___
Presión Estática: ___36 PSI
Diámetro de Boquilla: _1 3/8”
Presión Dinámica: __8 PSI
Presión Residual: __ 18 PSI
Color: _____Amarillo______
Estado Físico: _ Excelente
Estado operativo: ___Malo
Nuevo o Reparado: Nuevo
El resultado de la inspección es producto de una verificación en campo, per lo que el Cuerpo de Bomberos no
se responsablliza de cambios en el higrante, en sus accesorios o fallas en general, así como variaciones en los
ceudales y presión de entrega posteriores a la recepción.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI A
2 ul
PAGINA N971 ACTA N*35 Ordinaria. 25-05-2023%__--
9 Municipalidad de Pococí BAN
POCOC ¿ Secretaría del Concejo Municipal Po y
a Teléfono/Fax: 2711-1227 ee
secretario(munipococigo.cr  Mmceuno
DEPOCOA
Pluye
SMP-1712-2021
Hidrante N* 4
Ubicación: Limón, Pococí, Guapiles, del colegio Experimental Bilingúe, 200 metros
este, 100 metros norte, 100 metros este y 100 metros norte.
Longitud: -83” 47' 25” Latitud: +10” 13' 34” Altura: +236,00 metros
BOCAS | DIÁMETRO BOCA
2 64 mm |( 2 1/2")
1 114 mm|( 4 1/2”)
DIÁMETRO. PRESIÓN DINÁMICA CAUDAL
34.93[mm (13/8 ")| 0.56 kg/cm' (8 psi)[ 9.86 lps (_ 156.33 gpm)
Tipo de Hidrante: Apoyo X_ó Estratégico __
Presión Estática: ___28 PSI
Diámetro de Boquilla: _13/8" _
Presión Dinámica: __8PSI___
Presión Residual: 18 PSI
Color: Amarillo
Estado Físico: _ Excelente
Estado operativo: Malo
Nuevo o Reparado: ___Nuevo_
Observaciones Generales: Los hidrantes no reúnen las necesidades mínimas
la cantidad requerida seria de 500 gpm residencial y 800 gpm en centros
educativos.
Atentamente: Mauricio Cordero Gómez.
Estación de Bomberos _Guápiles
Elresultado de la inspección o. producto de una verificación en campo, por lo que el Cuerpo de Bomberos no
se respor de ensus rios o fallas en general, así como variaciones en los
caudales y presión de pr rolladores 5 la recepción.
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Pluye
 
 
 
 
 
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%78 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
Secretaría del Concejo Municipal
AY Teléfono/Fax: 2711-1227
¡aQmuni A
Pluye
SMP-1712-2021
E AS EAS
ATEC LAB 0001.15
E Aseguramiento Técnico En Calidad Vers 01/09/2015
E cams. INFORME DE LABORATORIO
INFORME DE LABORATORIO N* JMA.0007-2021
IDENTIFICACIÓN
lists: Constructora BIEN SOCIAL
Dirección: Pococí
Proyecto: Urbanización Valle Escondido
Fecha de recepción de muestra: La que detalla en el cuadro de falla
Muestreo efectuado por: Cliente
Identificación de muestra: cc
Fecha de informe 22 de junio del 2021
Pruebas efectuadas: Fallo testigos de concreto
Resultados
Se adjuntan los resultados obtenidos en la falla de testigos de concreto a los
07, 28 días, ensayo realizado por el técnico ATEC.001, los elementos
analizados fueron muestreados por (El cliente).
Resultados aplicas solo para (tes emayados.
Sas comentarios sca muy Inportacres para la mejora cocina de ATEC Aseguramiento Tésalco en Calidad.
Envíe sas apartes ala dirección ¡0 eco a
Nose poraela reproducción total o parcial de este done 1d la arcricación exa de ATEC Asepurzacosdo Téctico en Calidad
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Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*80 ACTA N*%35 Ordinaria.
4 Municipalidad de Pococí
COC Secretaría del Concejo Municipal ES 54
a Teléfono/Fox: 2711-1227
Pluye secretario Qmunipococigo.cr
SMP-1712-2021
ATEC LAB 0001.15
q IEC Aseguramiento Téenico En Calidad Vers 01/09/2015
INFORME DE LABORATORIO
AO
COMENTARIOS E INTERPRETACIONES:
+ Dichos testigos fueron muestreados en el sitio por el cliente.
Atentamente.
Mii
a
Cl 4128-48 (C1 - 105-2002)
Resuirados aplican solo para íters ensayados.
$us comentarios sco rmuy Inportarses para la mejor cectina de ATEC Asegarambento Téseico en Calidad.
Envie sus aportes a la dirección ¡ero seso coro.
Co sepemzela tal o pascal de eso uh ¡exrea de ATEC. Téeraco en Calitod.
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Pluye
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*92 ACTA N*35 Ordinaria.
1) Municipalidad de Pococí
POCOC e Secretaría del Concejo Municipal YUS
a Teléfono/Fax: 2711-1227 2%,
MACOPALOAD
Fluye DEPOCOA
SMP-1712-2021
. Lec 1GC INGENIERÍA DE PAVIMENTOS S.A.
EA | RIFORME DE ENSAYO N Informe
E 01-1794-2021
Anexo 1
Tramo de prueba
Tabla 1
Resultado de Ensayos
REFERENCIA (') Tramode Prueba
PROYECTO: Residencial Valle Esconddo
Señores
¡Constructora Bien Social CBSSRL
Guápies, Limón
Estados Señores,
A contiruación les presento los resutados oblenidos con el tramo de prueba de mezcla asfálica en caliente
desarrolado el 2021-08-20 en el proyecto de referencia.
[Ubicación [Cale 2, frente a tanques de agua residuales
[Hora 11.00 AM
[Longitud (m) 100,0
ho (m) 8
[Espesor (cm) o
¡adora [HANA 9 toneladas
[Temperatura de la mezcla Jráoc
[% COMPACTACIÓN OBTENDOS CON DENSNETRO NUCLEAR
Mébima: 2420 ,
PASADAS / NODO DENSIDAD HÚNEDA (91m) 5 CONPACTACIÓN
2204 m4
lcelo: 2 Pasadas con Plancha 20 hai
2 Pasadas con Vibración 55 mn
252 EN]
Salto de página
DÍ! CARBONO
o 0% INVENTARIO
NS eo
o—Q
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Pluye
 
 
 
 
 
 
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*100 ACTA N*35 Ordinaria.
9 Municipalidad de Pococí EAS
POCOC ¿ Secretaría del Concejo Municipal IÓ
a Teléfono/Fox: 2711-1227 od
secretario()munipococigo.cr  Meceiumso
Pluye
SMP-1712-2021
Guápiles, 22 de Setiembre 2021
Ing. Henry Madrigal Calvo
Dpto. Desarrollo y Control Urbano
Municipalidad de Pococí
Compromiso 'aciól ¡antenimiento de Parques - Urbani: Ó
Valle Escondido
Estimado ingeniero,
Sirva la presente para brindarle un amable saludo. El suscrito es Joel Fernández Fonseca con
número de cédula 1-1160-0584, y representante legal de la Constructora Bien Social CBS,
con cédula Jurídica 3-102-691937, que desarrolla el proyecto urbanístico Residencial Valle
Escondido,
Esta carta tiene la intención de generar un compromiso en firme de parte de mi
representada para realizar la “Arborización y Mantenimiento de zonas de Parques” por un
periodo de dos años contados a partir de esta fecha.
Como desarrollador del proyecto coloqué árboles y vegetación en la zona de Parque, la cual
estoy dispuesto a mantener y cuidar durante el periodo indicado.
Cabe mencionar que la futura comunidad que habitará el Residencial tiene la intención de
crear una Asociación de Vecinos que a la vez se adscriba a la A.D./. Pacabes, con la intención
de generar un convenlo de Mantenimiento y Aprovechamiento de Zonas Públicas con la
Municipalidad, lo que le dará continuidad al mantenimiento de las zonas de Parque en el
futuro. En su momento se estará llevando la gestión al despacho municipal.
Se despide atentamente,
JOEL Firmado digitalmente
FERNANDEZ — POtJOEL FERNANDEZ
FONSECA (FIRMA)
FONSECA Fecha: 2021.0922
FIRMA) 1812390600
Joel Fernández Fonseca
Ced. 1-1160-0584
Constructora Bien Social CBS
Constructora CBS S.R.L. / tel. 2711-2225/ 2711-2226 / infoPbauercr.com / www.bauercr.com ()
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*101 ACTA N*35 Ordinaria.
unicipalidad de Pococí
y Municipalidad de Pococí
Secretaría del Concejo Municipal PB Y
a Teléfono/Fox: 2711-1227 5
Fluye secretorio(Qmunipococigo.cr merino
SMP-1712-2021
Guáplles, 22 de Setiembre 2021
Ing. Henry Madrigal Calvo
Dpto, Desarrollo y Control Urbano
Municipalidad de Pococí
Garantía de Calidad y Reparaciones - Urbanización Valle Escondido
Estimado ingeniero,
Sirva la presente para brindarle un amable saludo. El suscrito es Joel Fernández Fonseca con
número de cédula 1-1160-0584, y representante legal de la Constructora Bien Social CBS,
con cédula Jurídica 3-102-691937, que desarrolla el proyecto urbanístico Residencial Valle
Escondido.
Mediante esta carta manifiesto el compromiso a nombre de mi representada, de garantizar
el buen funcionamiento de todos los elementos instalados en la infraestructura urbana
construidos y que son parte de las obras a ser entregadas a la Municipalidad.
Los sistemas y elementos cubiertos por este compromiso de garantía son:
- — Aceras y cordón y caño en concreto
- Estructura de pavimento de calles públicas
Equipamiento de parques y zonas verdes
- Alcantarillado Pluvial y sus desfogues
Cabe mencionar que el mal uso, daños intencionales o accidentales por parte de terceros,
suciedad general, o eventos de fuerza mayor o naturales de proporciones más allá de lo
esperable en periodos de 10 años, no serán cubiertos porla garantía y reparaciones. En este
momento todos los elementos se encuentran en estado óptimo para ser utilizados.
En todos los casos asumiremos con responsabllidad la revisión y eventual reparación de
eventuales daños que sean originados de algún vicio oculto o defectos de fabricación e
instalación en dichos elementos por un periodo de 5 años contados a partir de esta fecha.
()
Constructora CBS S.R.L. / tel. 2711-2225/ 2711-2226 / info Obauercr.com / www.bauercr.com
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*102 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
C € Secretaría del Concejo Municipal (O
a Teléfono/Fax: 2711-1227 <Z+%
Pluye secretorio()munipococigo.cr Meco
SMP-1712-2021
RAS
Se despide atentamente,
JOEL Firmado
digitalmente por
FERNANDEZ JOEL FERNANDEZ
(FIRMA)
FONSECA / FOSECACIRIN
(FIRMA). 18:13:01 -06'00'
Joel Fernández Fonseca
Ced. 1-1160-0584
Constructora Bien Social CBS
Constructora CBS S.R.L. / tel. 2711-2225/ 2711-2226 / infofSbauercr.com / www,bauercr.com
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*103 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
Secretaría del Concejo Municipal 8
a Teléfono/Fax: 2711-1227
MUROCIPALIDAD
Pluye 'DEPO00a.
SMP-1712-2021
LA E == ASS
4 Municipolidad de Pococí
Unidad de Topografía
Ay Teléfono: 2713-6540 Ext.128 ¿Lee %,
david.quiro: junipococi.go.cr raro
Fluye estebon.gui Pb sir racial al
Guópies, 6 de oclubre de 2021
Olicio: UTOP-MPL-388-2021
Asunto: “Inspección de áreas púl de ón Valle Esc A
Ing. Herry Madrigal Calvo
Coord. Depto. Desarrolo y Control Urbano
Municipalidad de Pococi
Estimado compañero:
En atención a su oficio DDCU-157-2021, le informo que realicé la Inspección de
campo de las áreas públicas de la urbanización, encontrando diferencias que van desde
los $ men hasla los 5 cm, porlo que considero que kas dimensiones en silio se ajustan bien a
lo indicado en planos.
Sin más por el momento me despido.
Atentamente,
Frra6r6iptaimerta gor DAMO AFADLDO QUÍOS
AMAR FRIN,
AMAR
[—  OIERSORAÑISCA 02 8IDADANO, ce DAVID
NOLDO QUADS AGULAN FR
lo Quirós Aguilar — Fecha 202119:061351M 060%
Verb de Adebe karate Reader 2021 00729098
Unidad de Topografía
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*104 ACTA N*35 Ordinaria.
9 Municipalidad de Pococí
CO Secretaría del Concejo Municipal Qu
a Teléfono/Fax: 2711-1227 <+7L
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DE PO00CI
Pluye
SMP-1712-2021
9 Municipalidad de Pococí (7)
Unidad Técnica de Gestión vial 4
a Teléfono: 2710-6613
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Fluye VIGVM+731-2021 “ers
triada”
Doo 19
Guáplles, 6 de octubre de 2021
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coordinador
Dpto. Desarrollo y Control Urbano
Ing. Joel Fernandez Fonseca
Desarrollador
Asunto: Informe proyecto Residencial Vale Escondido, ubicado en Guápies, del distrilo
«de Guápilas.
Estimados Señores.
Una vez reaizados la visila a campo, en relación al proceso de recepción del proyecto
denominado Reskienciol Vale Escondido, ubicado en el distrito de Guápiles, costado
Osste de Jardín de niños Monte Sory, en la propiedad con numero de plano L-2070686-
2018, registrado por el ing. Joel Fermandez Fonseca. IC- 16769 cuyo prepielario es
Constructera de Bien Social CBSS.R.L. con cedula jurídica 3-101-102-691937.
Er dichos visitas ol proyecto se encuentra la colocación de la carpeta asfállica en
caliente (MAC). Irabojo reaizado imógones aportadas.
Imagen 1 Imagen 2
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PAGINA N*105 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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¡dx Secretaría del Concejo Municipal
a Teléfono/Fax: 2711-1227
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SMP-1712-2021
PR JA aa AAA
A Municipalidad de Pococí (5)
ha) Unidad Técnica de Gestión vial
POCOC¿ elétones pr 1
fluye VIGVM-731-2021 “ERES
A
Do acuerdo con la toma de muestras ensitio el día 07 de setiembre del presente año, par
porte de la empresa Laboratoro LEC Ingeniería de Pavimentos S.A, cuyo resultado se
registra en el Informe 01-1858-2021, delerminóndose que los mismos cumplen con el
chequeo de compactación, control de espesores, y el control de temperatura de manera
satistactoria según mélodo de ensayo, los mismos se presentan en el ANEXO. Las
siguientes imágenes perilen visuañizar lo realizado.
Imagen 3 Imagen 4
Imagen 5
E
¡PEER Esa
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%106 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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DE POCOA
Pluye
SMP-1712-2021
mm o
14 Municipalidad de Pococí (7)
6) Unidad Técnica de Gestión vial
POCOC¿ pe E
fluye
rl deere mun poco 40.
Con respecto a la demarcación verlical y horontal presentaron cambios según planos
constuclivos (aprobados por el INVU). sín embargo, los cambios son considerando el
criterio experto beneficiosos para la seguiidad vial y pealonal del proyecto y son
alinentes con lo establecido en el Manvol Centroamericano de Seguridad Viol (SIECA).
considerando que además de lo que so indico en planos, se realizaron colocación
ocicional de señalamiento los cuales de igual manera en beneficio del proyecto,
considerados como aspectos de mejoras
Algunos de los Irabajos obedecen a pasos peatonales, fmiles de velocidad, rampas y
bordes, allos y cedas, de acuerdo con lasimágenes siguientes.
Imagen? Imagen 8
[EEES Ez
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI Nx>2064/
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Municipalidad de Pococí
9
Secretaría del Concejo Municipal yuoÓ
a Teléfono/Fax: 2711-1227
Om , ad
Pluye oO
SMP-1712-2021
EXP. ADM. D1-0679-2019 -SETENA
Proyecto: RESIDENCIAL VALLE ESCONDIDO
Desarrollador: Constructora Bien Social CBS S.R.L.
16 de setiembre del 2021
Señores
Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA)
Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE)
San Francisco de Goicoechea
Presente
Estimados Señores:
Por éste medio adjunto Informe Regencial Ambiental 1-2021 que abarca el periodo
desde finales de enero hasta julio del 2021 para el Proyecto “RESIDENCIAL VALLE
ESCONDIDO”, localizado en Guápiles, Pococí, Limón. Corre bajo el Expediente
Administrativo N* D1-0679-2019-SETENA, que está siendo desarrollado por la
CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL CBS S.R.L., con cédula Jurídica 3-102-691937.
Sin otro particular, se despide JOEL Firmado digitalmente
FERNANDEZ — PorJOEL FERNANDEZ
FONSECA (FIRMA)
FONSECA Fecha: 2021.09.17
vo0h iaa Da E
Constructora Bien Social CBS S.R.L.
Representante Legal
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9116 ACTA N*35 Ordinaria.
9 Municipalidad de Pococí
POCOC e Secretaría del Concejo Municipal YDÍ
a Teléfono/Fox: 2711-1227 L22
secretariof)munipococi.go.cr
MAECPALDAD
Fluye DEPO0
SMP-1712-2021
Exp Ada DI!
Informe Regeocial
PROYECTO
“RESIDENCIAL VALLE ESCONDIDO”
Desarrollador: CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL CBS S.R.L.
Representante Legal: Joel Fernández Fonseca
Cédula Jurídica: 3 - 102 — 691937
Teléfono: Oficina 2711-2226 y Gerencia Proyecto 8730-7666; Facsimil: No Hay
Ubicación del proyecto: Guápiles.
Dirección Exacta; Contiguo al Liceo Experimental Bilingúe de Pococi.
EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D1-00679-2019-SETENA
PERIODO FEBRERO 2021 — JULIO 2021
INFORME REGENCIAL 1-2021
REGENTE AMBIENTAL: GIORGIO FEDERICO MURILLO TSIJLI.
NÚMERO DE INSCRIPCIÓN: Cl-095-97-SETENA.
TELÉFONO - FACSÍMIL: 2520-2138, CELULAR 8396-9689
CORREO-E: gmurillo(Mgeologos.or.cr
JOEL Firmado
d digitalmente por
GIORGIO FEDERICO Farcioncia pebenico FERNANDEZ JOEL FERNANDEZ
MURILLOTSILI MURILLO TSULI FIRMA) FONSECA FONSECA (FIRMA)
(FIRMA) Fecha: 2021.09.16 Fecha: 2021.09.17
A .Mas60600 (FIRMA, 16:1633-0600'
Giorgio FedericoMurillo Tsijli Joel Fernández Fonseca
Geólogo, C1-095:97-SETENA Constructora Bien Social CBS S.R.L.
Regente Amblental Representante Legal
San José, Costa Rica
Agosto, 2021
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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Municipalidad de Pococí
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CO Secretaría del Concejo Municipal YO
a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿Le%,
Quai ,
Pluye Lona
SMP-1712-2021
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Residencial Valle Escondido Exp Ad DI1-00679-2019-SETENA
Cowstructora Bica Social CBS SRL Inforiwe Regcocial Asabicatal 12021
A. Tabla De Contenido
B. Información General 3
1, Ubicación del Proyecto 3
1. Dirección Exacta de la Actividad, Obra o Proyecto 3
11. Empresa Desarrolladora 3
IV. Responsable Ambiental 3
V. Número y Fecha de Resolución De Viabilidad Ambiental 3
VI. Periodicidad de Presentación Del Informe de Regencia Ambiental 3
Vil. Fecha de Inicio de Actividades 3
Vill. Descripción de la Actividad, Obra o Proyecto 4
C. Lista de Control Ambiental 5
D. Observaciones de Cumplimiento de los Compromisos Ambientales 5
E. Tareas y Metas Pendientes 6
F. Conclusiones 6
G. Recomendaciones 6
H. Registro Fotográfico 7
1. Fotografía(s) Bitácora Ambiental 10
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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9 Municipalidad de Pococí
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AY Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿L2 2h
Fluye secretorio(Qmunipococigo.cr  Mreorsus
SMP-1712-2021
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Residencial Val!
Esp Aiku DI-00679
Infomme Regencial Aare
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Constrxctora alCBSSRI
ota 112021
B. Información General
1. Ubicación del proyecto.
1. Provincia: Limón.
2. Cantón: Pococi.
3. Distrito. Guápiles.
4. Coordenadas GPS (CRMTO5) Hoja GUÁPILES, Escala 1:50000.
_ | Costa Rica Transversal de Mercator (CRTMO5) |
Í Longitud 522878.774 Lablud: 1130720.824
5. Número de plano calastrado: El plano es: L-2070686-2018,
6. Número de finca: L-170542-000
li, Dirección exacta de la actividad, obra o proyecto:
Contiguo al Colegio Experimental Bilingúe de Guápiles.
il. Empresa Desarrolladora.
1. CONSTRUCTORA BIEN SOCIAL CBS S.R.L.
, Cédula de Personería Juridica: 3 — 102 - 691937
. Representante Legal: Joel Fernández Fonseca
|. Número de Teléfono: oficina 2711-2226 y Celular Gerencia 8730-7666.
. Número de Fax: No tienen.
|. Correo electrónico: j.femandezQbauercr.com
oraon
iv. Responsable Ambiental
- Giorgio Federico Munllo Tsijli
. Código de inscripción ante la SETENA: Cl-095-1997.
|. Número de Teléfono: 8396-9689.
|. Número de Fax: 2520-2138.
, Correo electrónico: gmurilloQgeologos.or.cr
DApn=
v. Número y fecha de Resolución de Viabilidad Ambiental
Resolución N* 419-2020-SETENA del 11 de marzo del 2020.
vi. Periodicidad de presentación del Informe de Regencia Ambiental:
Cada 6 meses en etapa constructiva y un informe final consolidado.
vil. Fecha de inicio de actividades:
Las labores constructivas y operativas se iniciaron la última semana de enero del
año 2021, lo que para efectos de los informes regenciales lo incluimos en el mes
de febrero.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9119 ACTA N*35 Ordinaria.
9 Municipalidad de Pococí
GC € Secretaría del Concejo Municipal y Y
a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿Hs
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Fluye
SMP-1712-2021
oustado. Exp. Ada DI-00679-2019-SETENA
Constructora Bien Social CBS S RL Informe Regencial Ambiental 12021
vill, Descripción de la actividad, obra o proyecto:
Desarrollo urbanístico bajo la modalidad de Urbanización, con lotes residenciales
independientes y también un área comercial al frente de la propiedad. Se espera
tener 145 loles residenciales, en las cuales los nuevos propietarios construirán
posteriormente casas individuales. El área comercial destinada es de 1.5Ha, en
la cual a futuro se construirán parqueos y locales comerciales varios. El proyecto
tendrá calles internas asfaltadas, con derechos de via de 14m y 9m, También se
contará con áreas comunes y recreativas de Juegos infantiles, y parques. El
proyecto cuenta con todos los servicios y se tiene previsto la construcción de una
Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) para tratar todas las aguas
residuales de los lotes. El tipo de planta será de lodos activados con aireación
extendida y el efluente limpio será dispuesto en una quebrada cercana de
carácter público. El desfogue pluvial se efectuará en cuatro puntos diferentes,
todos a cuerpos de agua oficiales. Por efectos constructivos, se dividió el
proyecto en 2 fases, de las cuales, la Fase 1 a nivel electro- mecánico ya está
concluido y queda pendiente la construcción de la Fase 2 en este aspecto.
Cuadro de áreas:
Descripción A o [e
Areatolalde la finca 20.005,00 39,997: .
Ampliación vil 1770.00 100% a
Zona de protección de cauce fuvia 1218.51 100% .
Servidumbres | 228153 10 |
Zona de planta de tratamiento 53,16 100%
Loles residenciales 51.608,92 30%
Loles comerciales 14,638.05 100%
Calles 14.594,33 25%
Parques 2.946,72 20% 2
Alameda ñ 248,56 0% S
Juegos infantiles 1974.27 35% .
Faciídades comunales 3.550,98 25% E
Planta de tratamiento 60,00 100%
Tolal urbanizable 76910,65 2%
Número total de lotes 155,00 45- -
Número de lotes comerciales 1,00 1 a
Área de lote promedo 338.98 A2IT -
late minimo 160,92 218,63 -
E CI
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Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%120 ACTA N*35 Ordinaria.
a Municipalidad de Pococí
POCOC y Secretaría del Concejo Municipal Y 4
a Teléfono/Fox: 2711-1227 ÁS
fluye secretario(Qmunipococigo.cr  mrceiueso
SMP-1712-2021
A BA
Residencial Valle Escondido Exp Ak D1-0067
Coastustora Bien Social CBS SRL Informe Regeocial Al
c. LISTA DE CONTROL AMBIENTAL
INDICADOR CUMPLIMIENTO
CALIDAD DEL AIRE Mantenimiento preventivo y control de la
Generación de emisiones por maquinaria. Hay | maquinaria para evitar generación de gases en
corta de árboles aistados exceso hacia la amósfera.
PAISAJE ,
Arealizar movimientos de lerra, controlarla
o PAIR se alecia | erosión dentro de la propiedad,
Dentro del AP, controlar posbles sitios de erosión
que puedan generar un minimo de turbiedad hacia
CAJDAD.DAGUA los canales de escorrenlla cercanos, Evitar
derrames de grasas, aceites o combustibles.
DISPOSICION DE DESECHOS SOLIDOS Los desechos son manejados previamente por el
servicio municipal.
GENERACION DE EMPLEO
La construcción del proyecto habitacional y
área comercial va a lener un impacto
momentáneo de corto plazo por su
construcción, sin embargo, para las casas se | El aporte a la comunidad mediante la generación
necesitarán servicios domésticos y para la de empleo se considera de gran Importancia, se
zona alla són de espera aumente con el tiempo de forma directa e
personas para ofrecer los servicios así como el | indirecta
mantenimiento se las mismas, lo que puede
generar empleo en la zona y mejorar las
condiciones económicas de varias famiias
(empleos directos e indirectos).
d. OBSERVACIONES DE CUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS
AMBIENTALES.
Todos los compromisos ambientales se han cumplido a cabalidad.
Para efectos de la instalación eléctrica de postes y cables, el Instituto Costarricense
de Electricidad solicitó un avance del proyecto que fuera presentado al SETENA lo
cual se hizo previo a éste IRA, el delalle a induirse fue el siguiente:
Construcción de 811 metros de red de distribución eléctrica primaria con secundario,
soportado en 15 postes de 11 metros de altura y 3 postes de 9 metros de altura.
Parte de estas obras se ubican fuera del AP en vía pública.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*121 ACTA N935 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
De Secretaría del Concejo Municipal
a Teléfono/Fox: 2711-1227
cm e
Pluye
SMP-1712-2021
E A AAA
Residencial Valle Escondido Exp Ada DI-00579-2019-SETENA
Constructora Bien Social CBS SRL Informe Regencial Ambiental 1-2021
Se determinó un excelente control de desechos en las vistas y sobre todo con un
control muy estricto en cuanto a los envases, botellas y envoltorios que llevaran los
peones de la obra, así como desechos de reemplazos de alguna máquina como filtros
o aceites que se colocaran en sitios especificos y controlados por el maestro de obras
así como el desarrollador.
e. TAREAS Y METAS PENDIENTES.
No hay tareas pendientes de implementar, solamente continuar con el buen desarrollo
de la obra como se está realizando hasta el momento.
f. CONCLUSIONES.
El proyecto tiene un excelente desempeño a nivel ambiental, hasta el momento en que
se están construyendo las obras mecánicas y las calles de la Fase 1 del proyecto, ya
varias terminadas con solamente algunos detalles menores pendientes de finalización.
gy. RECOMENDACIONES
Continuar con medidas de control ambiental como se han realizado hasta el momento
y en caso de generación de polvo, difícil en la zona de Guápiles, proceder al riego con
tanqueta y aspersión.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*122 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí (1)
9
C Cc Secretaría del Concejo Municipal Y
a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿LL
ni ¿
Fluye Moo
SMP-1712-2021
scondido Exp. Ads DI-00
1 Bien Social CBS SRI Informe Regencial Au
Foto 1: Obras ya finalizadas de aceras, caños, calle de lastre que solo falta asfaltar con
postes y sistema eléctrico y alumbrado colocado.
Foto 2: Otro detal similar a la foto 1.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9123 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
Secretaría del Concejo Municipal
a Teléfono/Fox: 2711-1227 Ys
Pluye DEPCO0
SMP-1712-2021
[Rm ASS
Resislcucial Valls Escondido Exp Ada. DI-00979-2019SETENA
Ci ructora Bea Social CBS SKL. laforme Regeacial Aymbiertal 12021
Foto 3: Detalle de la
recolección local.
Foto 4: Área de caminatas y zona de recreo infantil.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*124 ACTA N*35 Ordinaria.
Pecocí
Pluye
SMP-1712-2021
Municipalidad de Pococí
Secretaría del Concejo Municipal y
Teléfono/Fox: 2711-1 227 PA
MAADOPALIDAD
'DE POCO.
Exp Adan D1-006
Laforme Regencia!
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Pecocí
Pluye
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9125 ACTA N*35 Ordinaria.
a Municipalidad de Pococí
POCOC ¿ Secretaría del Concejo Municipal Ys
a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿[eL
Pluye secretario(Qmunipococigo.cr meets
SMP-1712-2021
EI
Residencial Valle Escondido Exp Adm D1-00679-2019-SETENA
Constractora Biga Social CBS SRL Tafosime Regen<ial Arabia 12021
h FOTOCOPIAS DE LA BITACORA AMBIENTAL.
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Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*127 ACTA N*35 Ordinaria.
9 Municipalidad de Pococí
POCOC « Secretaría del Concejo Municipal
a Teléfono/Fax: 2711-1227 2%
Pluye secretarioQ)munipococigo.cr mcr
SMP-1712-2021
AAA
Residencial Valle Escondido Exp. Adi. DI-00679-2019-SETENA
Coustrucroza Bien Social CBS SRL. Laforme Regencia! Aacubiental 1-2021
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Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*129 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí (>)
3
PO SOC Secretaría del Concejo Municipal Y 95
a ¡Ox Teléfono/Fox: 2711-1227 «2%
Fluye secretaria()munipococigo.cr  trecrinso
SMP-1712-2021
Participan de la palabra:
Reg. Jonnathan García Chévez
¿Qué dijo don Henry en relación a eso? porque yo no tengo conocimiento, ósea
¿cuáles son las recomendaciones?
Me preocupa que usted dice que faltan algunos detallitos que se pueden ir
arreglando.
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Procede a leer el oficio DDCU-161-2021 del departamento de Desarrollo y Control
Urbano.
Don Henry nos está recomendando que sí se puede aprobar, simple y
sencillamente tienen que cumplir con esos detallitos. Para su conocimiento, hoy
estuvimos en el sitio y le voy a decir una cosa, me quito el sombrero porque si
nosotros lográramos que todos los proyectos se hagan de la forma que lo está
haciendo este señor, no tendríamos problemas, este cantón luciría muy bello
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se acogen las recomendaciones del Ing. Henry
Madrigal Calvo, coordinador del departamento de Desarrollo y Control Urbano
emitidas en el oficio DDCU-161-2021. El Concejo Municipal de Pococí recibe y
aprueba el mosaico catastral del proyecto Urbanización Valle Escondido, ubicado
costado este del Liceo Experimental Bilingue, Guápiles, esto según lo establecido
en el artículo N*33 de la Ley de Planificación Urbana (Ley N%4240) y con el visto
bueno emitido por el departamento de Desarrollo y Control Urbano, Unidad Técnica
de Gestión Vial y Unidad de Topografía. Lo anterlor, en el entendido que el
desarrollador debe cumplir con los pendientes que incluyen detalles como losetas
táctil, rampas para personas con discapacidad, aceras (previstas pluviales). Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Atentamente: MAGALLY Firmado digitalmente
VENEGAS por MAGALLY VENEGAS
VARGAS Fecho-2021:1014
(FIRMA) 12:35:58 -06'00'
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Pococí
Cc/ Archivo.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9130 ACTA N*35 Ordinaria.
9 Municipalidad de Pococí
POCOC Secretaría del Concejo Municipal Y)
a Teléfono/Fox: 2711-1227 PURA
AMORALDAD
Fluye 'DEPOCOa
SMP-1713-2021
Guápiles, 15 de octubre de 2021
SMP-1713-2021
Señor(a):
Lic. Manuel Hemández Rivera Desarrollo y Control Urbano
Alcalde Municipal
Ing. David Quirós Aguilar
Ing. Joel Fernández Fonseca Topografía
Constructora Bien Social CBS
Ing. Esteban Gutiérrez Solís
Ing. Henry Madrigal Calvo Topografía
Estimado (a) Señor (a):
Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el
Concejo Municipal de Pococí en Sesión N” 78 Ordinaria del 07-10-2021, dice:
Acta N* 78 Artículo | Acuerdo N* 2779
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Ing. Joel Fernández
Fonseca, Constructora Bien Social CBS teléfono: 2711-2225, correo
electrónico: infoObavecr.com, dice:
Asunto: Solicitud de Visado de Planos Catastrados nuevos — Urbanización
Valle Escondido.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9131 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9 ipolidad de Pococí
Secretaría del Concejo Municipal
a Teléfono/Fax: 2711-1227
Pluye secretorio(Qmunipococi.go.cr
SMP-1713-2021
Guápiles, 06 de Octubre 2021
Estimados Sres, Regidores:
Juan Luis Gómez Gómez, Presidente Municipal
Yaslin Morales Grajal, Vicepresidenta Municipal
Randall Torres Barrientos, Regidor Propletarlo
Jonnathan García Chévez, Regidor Propletarlo
Reinaldo Benavides Vargas, Regidor Propietario
Luis Ángel Méndez Araya, Regidor Propletarlo
José Antonio Bustos Martínez, Regidor Propletarlo
Ovidio Vives Castro, Regldor Propletario
Alfredo Calderón Alfaro, Regldor Propietario
Municipalidad de Pococí
Ref. SOLICITUD — Visado do Planos Catastrados nuevos - Urbanización Vallo
Escondido
Estimados señores,
Sirva la presente para darles un caluroso saludo. Soy el Ingeniero Joel Fernández Fonseca,
con cédula 1-1160-0584 y mediante la presente quisiera solicitarle a su Honorable Consejo,
autorizar de manera prioritaria el Visado Municipal de los planos catastrados de la nueva
Urbanización Valle Escondido.
He completado a cabalidad las obras de infraestructura requeridas para poner en
funcionamiento el nuevo desarrollo, a como consta en los oficios UTGVM-0731-2021,
UTOP-MPL-388-2021 y DDCU-161-2021 elaborados por parte de las unidades de Ingenlería
de la Municipalidad de PocodÍ.
Es por esto que pido su colaboración para poder obtener el visado municipal de los
respectivos planos catastros nuevos lo antes poslble y así poder iniciar con la recuperación
económica de la actividad a través de la construcción de las viviendas y la pronta población
de los vecinos y nuevos contribuyentes.
Agradezco profundamente el apoyo que este consejo y la alcaldía han brindado a este
proceso y a la posibilidad de que en Pococí se desarrollen buenos proyectos de
Infraestructura para el beneficio de todos los ciudadanos.
¡dy
'DE POCO
2124
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*132 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
POCOC V Secretaría del Concejo Municipal ye 15
Teléfono/Fox: 2711-1227
Pluye 'PEPOCOa
SMP-1713-2021
En definitiva este es proyecto es de gran beneficio para la comunidad y agradezco que el
Honorable Consejo Municipal nos apoye a nosotros los empresarios a seguir desarrollando
el Cantón de Pococí.
Quedo atento a su estimable colaboración. Se despide atentamente,
Ing. Joel Fernández Fonseca
Ced, 1-1160-0584
Constructora Bien Social CBS
Constructora CBS S.R.L. / tel. 2711-2225/ 2711-2226 / info(Mbauercr.com / www.bauercr.com Ñ 2 )
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*133 ACTA N*35 Ordinaria.
y Municipalidad de Pococí
POCOC 0 Secretaría del Concejo Municipal Ys
a . ustéfono/Ess 271-1227 Le
secretorioQmunipococigo.cr
MORADO
Pluye DEPOCOA
SMP-1713-2021
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar solicitud de visados de planos del
Proyecto Valle Escondido ubicado en el distrito de Guáplles y solicitado por
el Ing. Joel Fernández Fonseca. $e Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Razonamiento positivo de la Reg. Yaslyn Morales Grajal
En la aprobación de visados de planos me gustaría indicar que si bien es
cierto, esta regidora en un proyecto anterior votó negativo aduciendo que
el Concejo Municipal no autoriza planos, yo quiero dejar claro que yo hice
hoy consta, que lo que nosotros estamos aprobando que el departamento
dé el visto bueno de visados, puesto que ya cumplió y el criterio que
recibamos el proyecto para que quede claro, porque se debe ser
consecuente con lo que habla y es por eso que a este proyecto hoy le doy
mi voto, puesto que está con el 100% del cumplimiento, lo que quedaría es
nada más la recepción del proyecto ante el BANHVI para agilizar el tiempo
y que quede justificado.
ES Pr UL:
Atentamente:
MAGALLY pora .
ligitalmente por
VENEGAS  macaLLY VENEGAS
VARGAS (FIRMA)
VARGAS Fecha: 2021.10.15
(FIRMA) 13:47:44 -06'00'
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Pococí
Cc/ Archivo.
Página 4/4
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Participan de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Esto lo había pedido también el compañero Randall, entonces le dieron una
copia al Concejo, entonces se conoce el oficio donde se le responde al
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*134 ACTA N*35 Ordinaria.
compañero, que se le dé copia a Juan Luis, no sé Randall si quiere copia o que se
le envíe digital.
Una copia para el regidor Torres y que quede en custodia de la secretaría, porque
como ustedes verán es bastante grueso, entonces solo que quede en custodia de
la secretaría o no sé si quieren que eso se inserte en actas.
En discusión, es una consulta. Se inserta en el acta la consulta.
Reg. Randall Torres Barrientos
Nada más era para consultar al regidor Gómez, que como hizo una serie de
observaciones verdad, que si una vez que vea el documento, que las pueda
reafirmar para que pueda quedar todo en orden.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Señora presidenta, yo aquí actúo independientemente, nadie tiene que
recomendarme nada, muchas gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Bueno por el orden, vamos a tomar nota lo que dice el regidor Torres para darle
seguimiento, o sea él está hablando en general y creo que hay que tener un
poquito de respeto. Creo que lo que usted piensa se lo respetamos y lo que él
piensa y cree también entonces yo no creo que haya que tener algún
inconveniente aquí
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se inserta en actas.
ACUERDO N* 918
Se conoce nota suscrita por la MSc. Yamileth Hidalgo Arias, Vicealcaldesa primera
de la Municipalidad de Pococí, teléfono: 2710-7182, correo electrónico:
vicealcaldialWmunipococi.go.cr, dice:
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*135 ACTA N*35 Ordinaria.
Asunto: Convocatoria a mesa de trabajo para articular temas referentes al Festival
Inclusivo Pococí 2023.
Municipalidad de Pococí
14
Despacho de la Viceolcaldeso ("]
a yomileth.hidalgoOmunipococi.go.cr qu
o
Fl vicealcaldialQmunipococi.go.cr
ús Teléfono: 27107182. “¡8
Pococí, 25 de mayo de 2023
Señores:
MBA. Karen Porras Arguedas - Directora Ejecutiva UNGL.
licda. Yancy Gabriela Mora Bran - Jefatura Reglonal Caribe, CONAPDIS.
licda. Grace Hernández Miranda - Encargada Prensa y Comunicación Municipalidad de
Pococí.
Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí.
Mike Osejo Villegas - Director Ejecutivo Instituto de Fomento y Asesoría Municipal.
Jorge Alvarez Rosales - Profesional Unidad de Programas y Proyectos Deportivos y
Recreativos ICODER.
Concejo Municipal de Pococí.
Jorge Andrés Arlas Barrantes - Asesor Reglonal de Educación Especial.
ONGs y Residencias de Personas con discapacidad Cantón de Pococí.
Asunto: Invitación a Mesa de Trabajo, Festival Inclusivo Pococí 2023.
Reciban un cordial saludo de parte del despacho de la vicealcaldia de
Pococí. Por medio de la presente se les invita cordialmente a mesa de trabajo para
articular lemas referentes al Festival Inclusivo Pococí 2023, por realizarse en el mes
de agosto del presente año.
La reunión se realizará el día viernes 2 de junio, en un horario de 10 am. a 2
p.m. en el auditorio del Centro Cívico por la Paz de Pococí y es de suma
importancia su participación.
Esperando contar son su valiosa presencia, puede confirmar su asistencia a
los teléfonos 2710-7182 // 2713-6560 ext. 146 o alos correos electrónicos
vicealcaldial 8munipococi.go.cr, yamilet.hidalgoS8munipococi.go.cr .
Se adjunta oficio SMP-649-2023 declaratoria de Interés Público el Festival
Inclusivo Pococí 2023,
Agradeciendo su atención se despide;
YAMILETH Firmado digtamente
por YAMAETHMDALGO
HIDALGO ARIAS ERA)
Fecha 20230525
ARIAS (FIRMA) 145724600
MSc. Yamileth Hidalgo Arias
Vicealcaldesa primera.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipolidadDePococi
E
Por Unanimidad SE ACUERDA: Queda abierta la reunión.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
/ A
/ Y
¡9
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 140.227 H/
PAGINA N136 ACTA N935 Ordinaria. 25-05-2023%__-
ACUERDO N'* 919
Se conoce nota suscrita por la Licda Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna
correo: auditoriaS8munipococi.go.cr / grac.chinchillaQgmail.com dice:
Oficio N? Al-104-2023
Asunto: Adición de la advertencia N*1-2023 sobre competencias modificadas por
el Concejo Municipal.
Municipolidad de Pococí 5
A .  uápites, Pococí 9) (
POCOC¿ a Auditoría Interna
> - ou DORIA
Mr
Fluye grace.chinchilloQgmoil.com Eos mao
Al contestar refiérase
Al oficio N* Al-104-2023
Guápiles, 10 de mayo del 2023.
Señores
Miembros del Concejo Municipal
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Pte.
ASUNTO: Adición de la Advertencia Nro. 1 sobre competencias
modificadas por el Concejo Municipal
Respetable señor(a)(es):
El pasado 05 de enero 2023, este Despacho mediante oficio Al-005-2023, remitió
Advertencia sobre competencias modificadas por el Concejo Municipal, en el
Reglamento General de la Proveeduría Municipal, visto por el Concejo Municipal en
la Sesión Nro. 7 del 19 de enero 2023, Acuerdo Nro. 124.
Al respecto y en adición a la Advertencia Nro. 1-2023, se remite oficio MH-DCoP-
0F-0312-2023 de la Dirección de Contratación Pública del Ministerio de Hacienda,
donde se reafirma lo extemado por este Despacho de Auditoria, en sus
conclusiones indica dicho documento:
1. La competencia para dictar actos finales en procedimientos de contratación
pública reside en el máximo jerarca de la institución. Tratándose del régimen
municipal, recae sobre el Concejo Municipal, a excepción de los supuestos
en que, por medio de reglamento interno del mismo órgano, se haya
delegado esta función en el alcalde Municipal.
2. La tramitación del procedimiento de contratación es competencia de la
instancia que funja como proveeduria institucional; unidad competente para
realizar los actos preparatorios del acto final, lo anterior con base en los
diferentes informes realizados por las distintas unidades administrativas de
Los volores éticos no son negociables.
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701-Fox 2711-1701
Pógino1|2
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%137 ACTA N*35 Ordinaria.
y Municipalidad de Pococí b)
7 Guópiles, Pococí Y) K
Audit: Int
POCO idas am
la municipalidad, técnica, legal, financiera y otra que se requiera en razón del
objeto contractual, en atención a la idoneidad y expertis de sus funcionarios.
3. Esjurídicamente viable que el Concejo Municipal emita regulaciones internas
que asignen funciones a las unidades solicitantes relacionadas con el análisis
técnico de las ofertas (en lo que corresponda a valoración técnica de
cumplimiento). Así mismo, las demás valoraciones técnico, jurídicas,
financieras, entre otras, deberán ser realizadas por funcionarios idóneos para
esa labor, pudiendo pertenecer éstos a unidades administrativas distintas de
la proveeduría institucional, siendo que asiste a éstas un deber de obligada
colaboración con la instancia tramitadora de los procedimientos de
contratación pública.
4. Es competencia de la proveeduría institucional o unidad administrativa que
realice las funciones tramitadoras de la contratación pública, el preparar la
decisión final — realizar la labor de recomendación de acto final para
conocimiento del máximo jerarca de la institución, como parte de las
actuaciones previas a la adopción del acto final por parte del competente.
Esta función de recomendar el acto final de los procedimientos de
contratación pública podría recaer — en caso de existir — en la comisión de
recomendación de adjudicaciones.
En este sentido, se solicita a los miembros del Concejo Municipal, atender la
Advertencia Nro. 1-2023, y comunicar en un plazo de 10 días, lo que corresponda.
Se adjunta a este oficio MH-DCoP-OF-0312-2023, de la Dirección de Compras del
Ministerio de Hacienda y Acuerdo 124 del Concejo Municipal
Sin mas que manifestar y agradeciendo la atención a la presente
GRACE CHINCHILLA. Furadogtatenteporciace
VILLEGAS (FIRMA) — Pena 2o2osto sá) 0800
Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff
Auditora Interna
CC: Advertencia Nro. 1-2023
Area Administrativa Financiera
Compras Públicas
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701
Página2]2
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
N
PAGINA N*138 ACTA N*%35 Ordinaria. 25-05-2023
14 Municipalidad de Pococí
S taría del C Municipal
Pluye secretorio(Qmunipococigo.cr morro
SMP-162-2023
Guópiles, 03 de febrero de 2023
SMP-162-2023
Señores (as):
Lic. Manuel Hemández Rivera
Alcalde Municipal
Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff
Auditora Interna
Estimados señores (as):
Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo
Municipal de Pococí en Sesión N* 07 Ordinaria del 19-01-2023, dice:
Acta N* 07 Artículo III Acuerdo N* 124
Se conoce nota suscrita por licenciada Grace Chinchilla Villegas, Maff, Auditora
Interna, teléfono: 2711 1701, correo electrónico: grace.chinchilla:Gmail.com, dice:
Oficio: Al-005-2023-2023
Asunto: Advertencia Nro-1-2023 sobre competencias modificadas por este
Concejo.
>
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%139 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
Secretaría del Concejo Municipal
a Teléfono/Fox: 2711-1227
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Al contestar refiérase
Al oficio N* Al-005-2023-2023
Guápiles, 16 de enero de 2023.
Señores:
Miembros del Concejo Municipal
Pte.
ASUNTO: Advertencia Nro-1-2023 sobre competencias
modificadas por este Concejo
Respetables señoras y señores:
De conformidad con el inciso d) del artículo 22 de la Ley General de Control Interno,
es competencia de la auditoría Interna, “advertir a los órganos pasivos que fiscaliza
sobre posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando
sean de su conocimiento”, me permito exponer lo siguiente:
Sobre el particular me permito indicarle lo siguiente:
1) En virtud de que la Unidad de Proveeduría ha tenido como práctica en los
procesos de adquisición de bienes y servicios, remitir a las unidades
solicitantes las ofertas recibidas para que estas realicen el proceso de
análisis y recomendación de la oferta, esta Auditoría emitió el servicio de
advertencia No.20-2022, mediante el cual entre otras cosas se señaló:
“En virtud de lo expuesto, esta Auditoría Intema, con el afán de contribuir al
desempeño transparente y ajustado al marco legal y técnico por parte de esta
institución, y con el propósito de fortalecer sus sistemas de control interno y
Los valores éticos no son negociables.
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de administración financiera, estima necesaria emitir el presente oficio de
advertencia sobre la aplicación de los artículos 29 y 30 del Reglamento
General de la Proveeduría Municipal. Dichas normas, indican textualmente
lo siguiente:
“Articulo No. 29 - Estudio y valoración de ofertas La Proveeduría para
licitaciones públicas y abreviadas estudiará y seleccionará las ofertas_con el
apoyo técnico de la dependencia usuaria o competente y la Asesorla Legal
dentro de los plazos establecidos al efecto. La resolución de recomendación
de adjudicación se dictará dentro del plazo establecido en el cartel, a falta de
estipulación expresa en el mismo, se efectuará dentro de los 20 dias hábiles
contados a partir del acto de apertura. Dentro de los ocho días hábiles
posteriores el Concejo tomará el acuerdo de adjudicación.". (El subrayado no
es del texto original)
“Articulo No. 30 - Recomendación de la Adjudicación La recomendación de
adjudicación que emitirá la Oficina de Proveeduría Municipal deberá contener
como mínimo lo siguiente: resumen del objeto de la contratación y
enumeración de las ofertas recibidas, una sintesis del estudio técnico y el
estudio legal, recomendación de aquella o aquellas ofertas que de
conformidad con lo dispuesto en el cartel respectivo resulten ganadoras de
las contrataciones promovidas, contendrá además las principales
condiciones que regirán en un eventual contrato. Esa recomendación será
elevada por medio de la Proveeduría al conocimiento del Concejo Municipal,
órgano responsable de dictarla adjudicación en todos los casos que superen
el monto del tope superior vigente para los procedimientos de contrataciones
Directas en el periodo correspondiente. En los tramites que correspondan a
montos iguales y o menores al tope superior para procedimientos de
contrataciones Directas vigentes en el momento, la recomendación de
adjudicación deberá ser sometida a conocimiento del alcalde o alcaldesa
Municipal, órgano responsable de dictar la adjudicación en estos casos.”. (El
subrayado no es del texto original)
Los volores éticos no son negociables.
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Como se observa, las normas transcritas son claras en señalar que es
responsabilidad directa de la Proveedurla Institucional, la realización de los
análisis de las ofertas que se reciben como producto de los procesos de
contratación administrativa que se tramitan y la generación de la
recomendación de adjudicación que corresponda, para lo cual y sólo en el
caso que resulte necesario, puede acudir esa instancia al apoyo de la unidad
usuaria o competente, en los términos señalados por el artículo 29 referido.
No obstante, lo anterior, esta Auditoría Interna tiene evidencia de que el
Departamento de Contratación Pública a su cargo, solicita para cada proceso
de contratación pública que tramita, que la unidad solicitante del bien o
servicio realice el proceso de estudio, valoración de ofertas y la
recomendación de adjudicación correspondiente; por lo que, en la especie,
se incurre en un traslado de competencias no autorizado por la normativa
vigente.
Lo anterior, además de constituir incumplimiento de las normas señaladas,
vulnera el control interno institucional por cuanto se concentra en las
unidades usuarias de los bienes y servicios demandados no sólo la
generación de las especificaciones técnicas necesarias para la conformación
de la decisión inicial de contratar, sino también el análisis de las ofertas
recibidas y la recomendación del proveedor a seleccionar, lo que potencia el
riesgo de que se presenten actuaciones irregulares en el proceso de
contratación administrativa que se desarrolla.
Al respecto, se debe tener presente que la norma 2.5.3 de la Normas de
Control Intemo para el Sector Público N-2-2009-CO-DFOE1, establece el
principio de separación de funciones incompatibles, según el cual:
“El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben
asegurarse de que las funciones incompatibles, se separen y distribuyan
entre los diferentes puestos; así también, que las fases de autorización,
aprobación, ejecución y registro de una transacción, y la custodia de activos,
estén distribuidas entre las unidades de la institución, de modo tal que una
Los valores éticos no son negociables.
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sola persona o unidad no tenga el control por la totalidad de ese conjunto de
labores.”.
Así las cosas y con el respeto debido, esta Auditoría Interna le advierte sobre
la necesidad de que a la brevedad posible se suspenda la práctica de
trasladar a las unidades usuarias la responsabilidad del análisis de ofertas y
generación de la recomendación de adjudicación en los procesos de
contratación que se tramitan, a efecto de cumplir con la normativa atinente a
la materia y prevenir eventuales afectaciones al control interno institucional.
Como un elemento adicional, se le recuerda la necesidad de revisar y
eventualmente actualizar el Reglamento General de la Proveeduría Municipal
vigente, en razón de la reciente puesta en vigencia de la Ley General de
Contratación Pública nro. 9986 y su Reglamento.”
2) Frente a esta advertencia, el señor Alcalde Municipal propone al Concejo la
modificación del contenido de estos dos artículos para que sea la Unidad
solicitante la que haga todo el análisis comparativo de ofertas y recomendar
la oferta a adjudicar, lo cual aprobó el órgano colegiado en Sesión N” 88
Ordinaria del 16-12-2022, dice: Acta N? 88 Artículo V Acuerdo N” 2681.
En las consideraciones de dicho acuerdo el señor asesor legal señala entre
otras cosas “Porque como está ahora, al departamento de Compras Públicas
le tocaría por ejemplo recomendar la reparación de un camino por decirlo asi,
lo cual no sería razonable entonces la idea es que, con esa leve reforma de
los artículos 29 y 30 se pueda solventar esa situación."
3) Según el Manual de Funciones de la Municipalidad de Pococí el “encargado
de contratación pública” le corresponde entre otras funciones “recomendar
la adquisición de blenes y servicios según los montos establecidos en
el Reglamento de Compras de la Institución,” lo cual no fue considerado
en la modificación aprobada.
4) La Ley General de Contratación Pública define con toda claridad las
competencias en los procesos de contratación. En su artículo 37 dice:
ARTÍCULO 37- Decisión inicial. Todo procedimiento de contratación pública
dará comienzo con la decisión inicial, la cual deberá ser suscrita por la
Los valores éticos no son negociables.
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jefatura de la unidad solicitante o por el titular subordinado competente, de
conformidad con las disposiciones intemas de cada institución. Cuando el
objeto contractual sea de obra que deba tramitarse mediante licitación mayor,
la decisión inicial deberá ser suscrita conjuntamente por el jefe de la unidad
solicitante y por el jerarca, quien podrá delegar tal actuación. (...)
Y en relación con el competente para llevar a cabo el proceso de
contratación, dice el artículo 131 en lo conducente:
ARTÍCULO 131- Proveedurías institucionales y juntas de adquisiciones. En
cada uno de los órganos y sujetos públicos, sometidos a los alcances de esta
ley, existirá una dependencia encargada de los procedimientos de
contratación pública, con la organización y las funciones que se determinarán
vía reglamentaria.
La proveeduría institucional tendrá plena competencia para conducir los
trámites del procedimiento de contratación pública y podrá adoptar los actos
y requerirlos informes que resulten necesarios para preparar la decisión final.
De igual forma, podrá realizar compras coordinadas con otras instituciones o
a través de la Dirección de Contratación Pública. (...)”
5) A su vez el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública en sus
artículos 86 y 314 define las competencias de la Unidad Solicitante y de la
Unidad de Proveeduría, de la siguiente manera:
“Artículo 86. La decisión administrativa que da inicio al procedimiento de
contratación será emitida por la jefatura de la unidad solicitante o por el titular
subordinado competente, de conformidad con las disposiciones internas de
cada institución, salvo que el objeto contractual sea de obra pública que deba
tramitarse mediante licitación mayor en cuyo caso, la decisión inicial deberá
ser suscrita conjuntamente por el jefe de la unidad solicitante y por el jerarca
quien podrá delegar tal actuación. (...)”
“Artículo 314. Las proveedurías institucionales o juntas de adquisiciones
serán las unidades competentes para tramitar los procedimientos de
contratación pública de bienes, suministros, servicios, obras públicas y
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podrán dictar la resolución final de adjudicación, declaratoria de deserción o
de infructuosa, en los procedimientos de contratación pública de su
institución, y suscripción de las formalizaciones contractuales derivadas de
dichos procedimientos, cuando estos actos sean delegados formalmente por
el máximo jerarca, siguiendo para ello las disposiciones pertinentes de la Ley
General de la Administración Pública o en su ley de creación o reglamentos
de organización dictados por el máximo jerarca que así lo disponga.
En el caso de la Administración Central las funciones de las proveedurías se
encuentran establecidas en el Reglamento que regule el funcionamiento de
las Proveedurias Institucionales de los Ministerios del Gobierno; en las
demás instituciones públicas, las funciones de las proveedurias podrán ser
realizadas por unidades administrativas determinadas según lo establecido
en su normativa.
Toda unidad Administrativa, independientemente de su naturaleza o
ubicación en la estructura orgánica institucional, estará obligada a brindar la
colaboración y asesoría que requiera la proveeduría institucional para el
debido cumplimiento de las obligaciones y atribuciones.”
6)
Frente a todo lo expuesto, considera esta auditoría que la modificación
aprobada podría violentar las competencias claramente definidas por la Ley
General de Contratación Pública y su Reglamento para la Unidad solicitante
y para la Proveeduría institucional.
Resulta claro que, si bien las Unidades solicitantes son las conocedoras de
la necesidad que se debe satisfacer, y si las ofertas cumplen con el objeto
pretendido, no les corresponde hacer análisis comparativo ninguno para
hacer una recomendación de adjudicación. En ese sentido el ejemplo citado
por el señor asesor legal del Concejo resulta equivocado pues el
Departamento de compras o proveeduría cuando hace una recomendación
de adjudicación no está recomendando la reparación de un camino, es una
necesidad que ya viene definida en el cartel, lo que recomienda es la oferta
que mejor satisface los parámetros de selección previstos en el cartel. El
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criterio técnico de la Unidad solicitante no debe confundirse con la labor de
recomendación de adjudicación que resulta estar reservada para la Unidad
de compras, según lo define también el Manual de funciones para el
encargado de contratación pública según se expuso.
7) Además de lo dicho, encargar a quien define la necesidad y por ende la
decisión inicial, de seleccionar la oferta, implica un claro conflicto de interés,
aún más cuando esa Unidad le compete la fiscalización de la ejecución del
objeto contratado. Es por ello, reitero que se debe tener presente que la
norma 2.5.3 de la Normas de Control Interno para el Sector Público N-2-
2009-CO-DFOE1, establece el principio de separación de funciones
incompatibles, según el cual:
“El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben
asegurarse de que las funciones incompatibles, se separen y distribuyan
entre los diferentes puestos; así tamblén, que las fases de autorización,
aprobación, ejecución y registro de una transacción, y la custodia de
activos, estén distribuidas entre las unidades de la institución, de modo tal
que una sola persona o unidad no tenga el control por la totalidad de ese
conjunto de labores.” (negrita es nuestra)
Sobre el particular es importante citar lo que al respecto señala el artículo 12
de la Ley General de Control Interno, en lo conducente:
Artículo 12.-Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema
de control interno. En materia de control interno, al jerarca y los titulares
subordinados les corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes:
a) Velar por el adecuado desarrollo de la actividad del ente o del órgano a su
cargo.
b) Tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de
desviaciones o irregularidades.
c) Analizar e implantar, de inmediato, las observaciones, recomendaciones y
disposiciones formuladas por la auditoria interna, la Contralorla General de
la República, la auditoría externa y las demás instituciones de control y
fiscalización que correspondan. (...)”
Los valores éticos no son negociables.
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En este caso se han determinado situaciones que deben ser atendidas por este
órgano colegiado, y que a su vez podrian generar riesgos de debilitamiento del
control interno que la Ley citada prevé como causal de responsabilidad.
En ese sentido se hace la respetuosa advertencia, a fin sea considerada por este
Concejo Municipal y se tomen las medidas que resulten pertinentes para abordar
los riesgos expuestos.
Se adjunta Advertencia Nro-20-2022 del 15-12-2022 2022 y Acuerdo Nro. 2681,
Acta 88 16-12-2022.
Sin más que manifestar y agradeciendo la atención a la presente,
GRACE CHINCHILLA Fado eta artesa
VILLEGAS (FIRMA) — feas momia ene
Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff
Auditora Interna
CC: Advertencia Nro.1-2023
Los valores éticos no son negociables.
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departamento solicitante, o sea quien inicia las gestiones de contratación
como el departamento de Proveeduría, actualmente departamento de
Compras Públicas.
Entonces lo que se realiza en este momento con el artículo 29 y 30 es dejar
mas claro cuál va a ser las competencias de cada departamento.
También, la idea es que esto, por decitlo asi viene a ser como un parche,
mientra se traboja en el reglamento definitivo.
Básicamente es aclarar las competencias por ejemplo, el departamento de
compror públicas se va a encargar de revisar los requisitos generales de la
ley. que si está al dia con Ffodesaf, con la Caja, con el INS etc. y el
departamento soliciante es el que se va a encargar del objeto, sea un bien
o servicio que se esté contratando.
Porque como está ahora, al departamento de Compras Públicas le tocaría
por ejemplo recomendar la reparación de un camino por decirlo así, lo cual
no sería razonable entonces la idea es que, con esa leve reforma de los
articulos 29 y 30 se pueda solventar esa situación.
Reitero, es como un parque porque ya si Dios quiere a inicios del otro año se
estará haciendo el reglamento definitivo.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Los que estén de acuerdo en hacerle esos pequeños cambios a ese
reglamento por favor levantarla mano.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba realizar la modificación a los
artículos 29 y 30 del Reglamento Interno de la Proveeduría Municipal para su
adecuación a la nueva normativa vigente y brindar seguridad Jurídica a los
procesos de contratación municipales quedando de la sigulente manera:
Artículo 29: La Proveeduría y el departamento solicitante para licltaciones
públicas, abrevladas y compras directas, estudiarán y seleccionarán las
ofertas. Compete a la Proveeduría verlficar los requisitos legales en materla
de contratación y compete al departamento solicitante verificar el
cumplimiento de los requisitos para el blen o servicio solicitado, todos dentro
de los plazos establecidos al efecto. La resolución de recomendación de
adjudicación, la dictará el departamento solicitante, luego de la
verificación de requisitos con la Proveeduría, dentro del plazo establecido
Diarios SIA
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SMP-2674-2022
en el pllego de condiciones, a falta de estipulación expresa en el mismo, se
efectuará dentro de los 20 días háblles contados a partir del acto de
apertura. Dentro de los ocho días háblles posteriores el Concejo Municipal
tomará el acuerdo de adjudicación.
Artículo 30: La recomendación de adjudicación que emita el departamento
solicitante deberá contener como mínimo lo siguiente: resumen del objeto
de la contratación y enumeración de las ofertas recibidas, una síntesis del
estudio técnico y el estudio legal, recomendación de aquella o aquellas que
de conformidad con lo dispuesto en el cartel respectivo resulten ganadoras
de las contrataciones promovidas, contendrá además las principales
condiciones que regirán en un eventual contrato. Su adjudicación se regirá
de la sigulente manera:
1- Corresponderá como licitación Reducida todo el trámite
indicado en el reglamento de funcionamiento de la Proveeduría Municipal,
como Compra directa, siendo adjudicada por parte del señor alcalde .o
quien este designe- mediante informe detallado del departamento
solicitante.
2- Corresponderá como licitación Menor todo el trámite indicado
en el reglamento de funcionamiento de la Proveeduría Municipal, como
licitación Abreviada, siendo adjudicada por parte del Concejo Municipal,
mediante informe detallado del departamento solicitante.
3- Corresponde como licitación Mayor todo el trámite Indicado en
el reglamento de funcionamiento de la Proveeduría Municipal, como
licitación Pública Nacional, siendo adjudicada por parte del Concejo
Municipal, mediante informe detallado del departamento solicitante.
publíquese en el Diario Oficial La Gaceta 1 vez. Se Dispensa del Trámite de
Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.
MAGALLY Fernado digitalmente
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VARGAS Fecha: 202 91.1
(FIRMA) 08:16:18 -0800
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Al oficio N* Al.418.2022
Guápiles, 15 de diciembre de 2022.
Licenciado
Ronald Quirós Brenes
Coordinador Contratación Pública
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Estimado señor:
Asunto: Adverlencia Nro. 20-2022 sabre la aplicación de los articulos 29 y
30 del Reglamento General de la Proveeduría Muricpal vigente
De acuerdo cun el artículo 21 de la Ley General de Caníral Intemo nro.
8292, la Auditccla Imierna es la actividad que debe proporcionar seguridad al enfe u
érgana estatal, procurando wafdar y mejorar sus operaciones, contibuyemio
además a que se alcancen los objetivos institucionales. Asimismo, le brinda a la
ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto de
la administración. ze ejecuta conforme al marco legaf y léomico y a las prácticas
sanas.
En exe senído y de acuerdo con las compelencias estableodas a los
audilorias internas en el inciso 4] del arlícuóo 22 de la cilada Ley, diias unidades
deben asezarar y advertir y los éeganos pasivos que fiscaliza sobre los pasibles
acias de determi ductas y decis cuando sean de su
conocimiento.
En virtud de la expuesto, esta Auditoria interna, con el afán de conmibair al
desempeña transparente y ajustado al maroo legal y técnico pue parle de esla
institución, y con el propásilo de fortalecer sus sistemas de control imemo y de
administración financiera, estima necesario emitir el presente cóicio de advenenca
sobre la aplicación de los artículos 29 y 20 del Reglamento General de la
Proveeduría Municipal.
Dichas ncemas, indican textualmente lo guiente:
Lozaulores étices po san rapecióbles.
idiota interna
Tudisano 0? 2MIAD- Fex 271-100
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IS PS AS
Muy atinadamente la Auditoría nos hace una advertencia de lo que ella considera.
Ella considera que por ejemplo los diferentes departamentos que son los que hacen
la recomendación de hacer un proceso y que lo diseñan a la necesidad de la
municipalidad, así en grandes rasgos como que son juez y parte verdad, porque al
principio diseñan el cartel y ya después tienen que decidir, no es que deciden sino
que hacen la recomendación dentro de todos los que participaron de cuál es la
mejor oferta, que al final el que tiene la última palabra es el Proveedor porque el
proveedor al final decide cual es la oferta que escoge.
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera.
A mí me parece que hay que llevarlo más a análisis porque, por ejemplo: ella dice
que los ingenieros hacen las peticiones en el cartel y con base a eso, el proveedor
tiene que llegar y adjudicar la licitación.
Con la nueva ley de contratación a mí me parece que el técnico es el ingeniero,
el ingeniero tiene que hacer un análisis técnico para que el proveedor pueda
tomar una decisión, por ejemplo: en la maquinaria, cómo va a saber el proveedor
qué tipo de maquinaria es el que, en el cartel están solicitando los ingenieros
entonces, cómo se va a asesorar. El Proveedor sabe de procedimientos pero no
sabe de las partes técnicas entonces es necesario que los técnicos sean los que
recomienden o hagan un análisis técnico al proveedor para que pueda tomar una
decisión.
Igual al Concejo porque, hay cosas donde uno conoce el equipo, pero no todo el
equipo se conoce y qué es lo que se está pidiendo ejemplo: cuando hablan
especificaciones técnicas de un asfaltado, ahí lleva mucho requisito técnico, cómo
va a hacer el proveedor para decidir, mire ganó esta empresa por esto, digamos
si se va solo por el monto y objeto y los requisito que pide el cartel, a la hora del
precio, la capacidad de la empresa pero hay cosas muy importantes que se tiene
que conocer en el cartel y ella dice que tiene que resolverlo el proveedor.
A mí me parece que hay que sentarse con ella y ver a ver cuál mecanismo es.
Inclusive yo le decía a Randall que con la nueva ley de contratación nosotros
tenemos que hacer un reglamento a la ley, creo que el Lic. Christian y don Ronald,
ellos llevan algo ya avanzado de ese reglamento para proceder con las nuevas
contrataciones hay que reformar el reglamento que tenemos actual.
Pero me parece que se hay que sentarse con ella para ver las partes técnicas,
porque va a ser muy difícil para Proveeduría poder adjudicar las licitaciones
pendientes.
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9 Municipalidad de Pococí
De Secretaría del Concejo Municipal Yas
AN Teléfono/Fox: 2711-1227 ¿Zoe
OA 4
Pluye MERC
SMP-162-2023
Sr. Pdte. Randall Torres Barrientos.
Yo en este caso comprendo a la Auditora en una parte de su visión, porque mi
formación de auditor me da a decir, bueno es que digamos, el que hace un cartel
no debería también participar ni siquiera recomendando.
Ella lo abarca también en la ley de control interno que también hay que tener
cuidado y un equilibrio, pero yo sé muy bien que ya para el ló va a estar va el
reglamento y vamos a tener la situación clara y lo importante es que estamos
atendiendo y nos estamos ocupando de este tema.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
En la parte técnica tanto en obras civiles y lo que es maquinaria pues, quién tiene
traer la recomendación de qué es lo que se ocupa, porque proveeduría trabaja
con los requisitos que pide el técnico en este caso el departamento de los
ingenieros.
Si he visto algo que no es legal que por ejemplo, a veces yo he visto que dice:
“Fulano recomienda a equis empresa” eso sí hay que eliminarlo, porque yo como
ingeniero soy el que mando y digo, qué tipo de camiones, qué tipo de tractor, qué
tipo de compactadora y los ítem de cada trabajo que se va hacer y al final yo digo
"Recomiendo a fulano” Eso síse debe eliminar, que ningún funcionario en ese caso
los técnicos, pongan esa palabrita “recomendamos”, porque eso sí es ilegal.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brindará tiempo a la Administración al 16 de
febrero para que puedan elaborar el reglamento respectivo.
Atentamente: MAGALLY Firmado
digitalmente por
VENEGAS MAGALLY VENEGAS
VARGAS (FIRMA)
VARGAS Fecha: 2023.02.03
(FIRMA) 18:26:04 -06'00'
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Pococí
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“DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN - ES CONTATACIÓN TRABAJANDO, DECIOIENDO, LEJORAMOO
San José, 2 de mayo de 2023
MH-DCoP-0F-0312-2023
Señora
Grace Chinchilla Villegas
Auditora Intema
Municipalidad de Pococí
Asunto: Respuesta al oficio No. Al-075-2023. Sobre la competencia para estudiar y recomendar la oferta
adjudicable.
Estimada señora:
Con un cordial saludo, se procede a dar respuesta a su oficio No. Al-075-2023 de 24 de marzo de 2023, mediante
el cual acude a la capacidad técnica consultiva en materia de contratación pública que asiste a la Dirección de
Contratación Pública, en adelante DCoP, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 129 dela Ley General
de Contratación Pública, No. 9986 (en adelante LGCP), al respecto me permito indicar lo siguiente.
l. Sobre la competencia para conocer de la consulta.
A la DCOoP, en el ejercicio de las competencias que le confieren los artículos 129 de la LGCP y 309 de su
Reglamento, le corresponde atender las consultas que los sujetos amparados por el artículo 1 de la citada Ley,
le planteen en materia de contratación pública.
En ese orden de ideas, se verifica el cumplimiento de los requisitos para la presente gestión establecidos en la
Directriz MH-DCoP-DIR-002-2022 de 09 de diciembre de 2022 dominada “Requisitos para la atención de
consultas dirigidas a la Dirección de Contratación Pública”, luego de lo cual esta DCoP procede a emitir criterio
sobre los cuestionamientos realizados, por versar estos sobre materia de contratación pública, en términos
generales, ya que la competencia que asiste a esta Dirección no le permite conocer o resolver casos concretos,
cuya determinación es propia del ámbito de decisión de la entidad contratante.
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AA COSTA RICA
e TRABAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO.
MH-DCoP-0F-0312-2023
11. Sobre la legitimación del consultante.
De acuerdo con lo establecido en la Directriz MH-DCoP-DIR-002-2022, como parte de los requisitos que deben
cumplirse al momento de plantear una solicitud relacionada con la competencia que ostenta esta Dirección en
materia técnica consultiva, ésta debe “Plantearse (...) En el caso de los auditores internos deberá plantearla
el auditor o subauditor interno. La consulta deberá presentarse en forma digital, al correo oficial:
dcopQhacienda.go.cr debidamente firmada por el consultante.”
Partiendo de lo anterior, se tiene que la consulta que nos ocupa fue planteada por la señora Grace Chinchilla
Villegas, en su condición de auditora interna de la Municipalidad de Pococí, razón por la cual ostenta legitimación
para la presentación de la gestión. Adicionalmente, se verifica que la consulta fue planteada en forma digital a la
cuenta de correo correspondiente, el día 24 de marzo, por lo que se tiene como presentada conforme al requisito
transcrito.
Il. Planteamiento de la consulta.
Se requirió la atención de dos consultas puntuales que versan sobre la competencia para estudiar ofertas y
generar la recomendación de adjudicación, planteándose las siguientes interrogantes.
*1- ¿Resulta acorde con el ordenamiento jurídico que el Concejo Municipal regule intemamente respecto
de la contratación administrativa que las Unidades solicitantes del servicio, deban realizar el análisis de
las ofertas y determinar y/o recomendar la oferta a adjudicar?
2- ¿Esa competencia para estudiar las ofertas y recomendar la oferta adjudicable es de la Unidad de
Proveeduría?”
Ambas preguntas serán atendidas durante la exposición del criterio de la DCoP y referenciadas en las
correspondientes conclusiones.
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Cometa COSTA RICA
DIRECCIÓN Es "DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN TRABAJAJIDO, DECIDIO, MEJORANDO.
MH-DCoP-0F-0312-2023
1V. Criterio jurídico aportado.
En el criterio aportado por el consultante se adicionan algunos elementos considerativos relevantes para el tema
en consulta como lo son que “Según el Manual de Funciones de la Municipalidad de Pococi al “encargado de
contratación pública” le corresponde entre otras funciones “recomendar la adquisición de bienes y servicios
según los montos establecidos en el Reglamento de Compras de la Institución.”. Posteriormente, se citan
algunas normas de la LGCP y su Reglamento en punto a la competencia para la emisión de la decisión inicial de
las contrataciones, para la tramitación de éstas, así como sobre el funcionamiento de las proveedurías
institucionales y las juntas de adquisición.
De seguido, se indica en resumen el criterio de la Auditoría Intema de la Municipalidad de Pococí respecto del
tema, señalándose en lo de interés:
%(...) considera esta auditoría que resulta claro que, si bien las Unidades solicitantes son las conocedoras
de la necesidad que se debe satisfacer, y si las ofertas cumplen con el objeto pretendido, no les
corresponde hacer análisis comparativo ninguno para hacer una recomendación de adjudicación.
El criterio técnico de la Unidad solicitante no debe confundirse con la labor de recomendación de
adjudicación que resulta estar reservada para la Unidad de compras (...)”
Ampliado su argumentación indicando que “Además de lo dicho, encargara quien define la necesidad y por ende
la decisión inicial, de seleccionar la oferta, implica un claro conflicto de interés, aún más cuando esa Unidad le
compete la fiscalización de la ejecución del objeto contratado.” lo cual en opinión del consultante podría generar
un conflicto y posible contradicción a las Normas de Control Interno para el Sector Público.
De esta forma concluye el consultante que *(...) el Concejo Municipal no tendría sustento jurídico para regular
internamente en el sentido que la labor de análisis de ofertas y recomendación de adjudicación recaiga en la
Unidad solicitante del servicio.”.
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MH-DCoP-OF-0312-2023
V. Criterio de la Dirección de Contratación Pública.
Para atender la consulta puntual planteada por el solicitante del criterio, deviene importante referimos algunas
consideraciones previas y hacer una clara distinción entre las dos funciones objeto de consulta, señaladas por
la Auditoría Interna consultante, separando el alcance de la valoración técnica de las ofertas y la recomendación
de adjudicación.
Lo primero que debe indicarse es que por regla general, el poder adjudicador — sea la competencia para dictar
actos finales en procedimientos de contratación pública — reside en el máximo jerarca de la institución; y
tratándose del régimen municipal, conviene recordar lo dispuesto por el inciso e) del artículo 13 del Código
Municipal, Ley No. 7794 que refiere a las competencias del consejo municipal en los siguientes términos:
“Artículo 13. - Son atribuciones del concejo:
(...)
e) Celebrar convenios, comprometer los fondos o bienes y autorizar los egresos de la municipalidad,
excepto los gastos fijos y la adquisición de bienes y servicios que estén bajo la competencia del alcalde
municipal, según el reglamento que se emita conforme a la Ley General de Contratación Pública y su
reglamento.”
De esta manera, el legislador dispuso que la adquisición de bienes y servicios — en el régimen municipal — recae
sobre el Concejo Municipal, a excepción de los supuestos que por medio de un reglamento interno del mismo
órgano sean delegados en el Alcalde Municipal.
Partiendo de lo anterior, también resulta necesario recordar que si bien la competencia adjudicadora en materia
de contratación pública, recae en el consejo municipal de cada municipio, a excepción de los temas que por
reglamento dispuesto por cada Municipalidad hayan sido encomendados a la figura del alcalde; también lo es
que no corresponde al consejo municipal ni al alcalde, según sea el caso, la realización del procedimiento de
contratación propiamente dicho, ni la adopción de una serie de actos que son considerados como preparatorios
para el dictado del acto final correspondiente.
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Ministeño: 2022-2026 ¿NN
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Sobre este particular, mediante oficio No. 00369 (DAGJ-0059-2006) del 06 de enero del 2006, la Contraloría
General de la República referenciaba el tema de la siguiente manera:
“Ahora bien, es claro que los procedimientos de contratación administrativa se componen de una serie
de actos concatenados, preparatorios la mayoría de ellos, tendientes al dictado de ese acto final. Dentro
de ellos, podemos mencionar el cartel, la apertura de ofertas, la calificación de ofertas y las
recomendaciones técnicas, legales y financieras; todos los cuales podríamos enmarcar como actos de
carácter preparatorios.
Dada las características de tales actos, consideramos que escapan a la naturaleza, funciones y
competencias del Concejo Municipal, ya que si bien es cierto, por el mandato legal señalado y de
conformidad con la normativa interna pueden dictar actos de adjudicación, no les corresponde el manejo
administrativo de los procedimientos.
Desde esa óptica, considera este Despacho que no es procedente que el Concejo Municipal se dedique
a trámites de carácter administrativo, como confeccionar o modificar carteles, realizar los llamados a
concurso, realizar los estudios, técnicos o legales, entre otros, pues ese tipo de actos son ajenos a un
órgano colegiado y deliberativo como el Concejo.”
Así las cosas, debe entenderse que la realización de una serie de actos, que son de interés para su persona
dada la consulta realizada, son efectuados por las dependencias administrativas de la Municipalidad de que se
trate, atendiendo a la reglamentación y normas de control interno que cada gobierno local ha dispuesto al efecto.
En ese sentido, como bien referencia en su consulta, debe existir una decisión inicial de la contratación que se
requiera, cuya elaboración compete a la jefatura de la unidad solicitante en los términos dispuestos por el numeral
37 de la LGCP y 86 de su Reglamento; sin embargo, debe hacerse ver que la participación del procedimiento de
contratación pública correspondiente por parte de esa unidad solicitante, no se reduce únicamente a la
contratación, inclusive en su ejecución, tal y como señala el inciso h) del artículo 86 mencionado.
“Artículo 86. Decisión inicial.
(..)
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ANA tral COSTA RICA
DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN: TRABAJAMOS, DECIDIDO, WJORANDO.
PÚBLICA
MH-DCOP-OF-0312-2023
h) Indicación expresa de los recursos humanos y materiales de que dispone o llegara a disponer para
verificar la correcta ejecución del objeto del contrato. En la etapa de definición de especificaciones
técnicas, selecció! ejecución contractual deberá participar la unidad usuaria de
Administración que formuló el requerimiento.” (El resaltado no es del original)
De esta forma, no se comparte el criterio extemado por la auditoría consultante en el tanto indicó “/...) si bien las
Unidades solicitantes son las conocedoras de la necesidad que se debe satisfacer, y si las ofertas cumplen con
el objeto pretendido, no les corresponde hacer análisis comparativo ninguno para hacer una
recomendación de adjudicación.” en este punto, resulta relevante hacer ver que si bien es cierto el tramitador
de la contratación debe ser un funcionario de la instancia administrativa que funja como proveeduría institucional,
conforme a lo dispuesto en el TÍTULO VII de la LGCP,- ya que a dicha instancia corresponde la tramitación de
los procedimientos de contratación pública de conformidad con la normativa vigente — también lo es que, sus
decisiones se basan en los estudios técnicos, legales, financieros y de cualquier otra índole que requiera a las
unidades especializadas de la institución, quienes tienen un deber de obligada colaboración, según lo
expresamente dispuesto en el artículo 319 del Reglamento a la LGCP, el cual dispone:
“Artículo 319. Obligada colaboración. Para el eficiente y eficaz cumplimiento de las funciones de las
proveedurías institucionales, todas las demás unidades administrativas de la Institución de tipo técnico,
jurídico, contable, financiero, presupuestario, informático y de cualquier otro orden, están obligadas a
brindarle colaboración y asesoría en el cumplimiento de sus cometidos.”
De esta manera, la unidad solicitante es la que principalmente conoce sobre su necesidad - objeto contractual
- y la que tiene, usualmente, la especialidad técnica para valorar los bienes y servicios que son ofrecidos a la
entidad contratante; por otra parte, la proveeduría institucional es la instancia tramitadora de los procedimientos
de contratación, que si bien podría asumir un rol de valorador para bienes o servicios de uso común (como útiles
de oficina sin particularidades o especificaciones adicionales), no le corresponde valorar técnicamente las ofertas
cuyos objetos contractuales escapan de su conocimiento y expertis, reiterándose su papel predominantemente
de tramitador de los procesos de contratación y garantista de que los procedimientos de adquisición se lleven a
cabo con estricto apego a la normativa e instrumentos de control interno que la institución establezca, en punto
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lenda .
A ARA COSTA RICA
DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN O
PÚBLICA
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a favorecer los principios rectores de la materia de contratación pública, como lo pueden ser el principio de
eficiencia y el de transparencia.
Dicho lo anterior, resulta elemental diferenciar la función de recomendar la potencial adjudicación que le asiste
a la Proveeduría Institucional, de la función de valorar técnicamente las ofertas; y esta segunda, ciertamente,
podría competer, respecto de la valoración técnica, a la unidad solicitante que conoce su necesidad y las
características técnicas requeridas, resultando la instancia idónea para valorar técnicamente el cumplimiento de
las plicas que se reciban; sin embargo, la función de recomendar el posible acto final, trasciende su competencia
y es una función propia de la instancia que funja como proveeduría institucional, como se detallará más adelante.
Con lo anteriormente expuesto, se tiene claridad de que el alcance de la valoración técnica de las ofertas es
una labor que podría resultar de competencia, total o parcialmente, de la unidad solicitante, así como que,
el realizar la recomendación de adjudicación recae en la proveeduría institucional como unidad
tramitadora del procedimiento de contratación, específicamente en el funcionario encargado del trámite,
quien debe preparar la recomendación de acto final en el Sistema Digital Unificado, con base en las
fundamentaciones técnico, jurídico, financiero y de cualquier otra índole que le proveen las unidades
especializadas de la entidad contratante que deberá someterla a conocimiento y aprobación de las distintas
instancias correspondientes de control interno y ante quien posea la competencia suficiente para adoptar el acto
final que corresponda.
Teniendo presente la anterior consideración preliminar, se procede a dar respuesta — en términos generales - a
las preguntas puntuales realizadas por el consultante en el mismo orden en que fueron planteadas.
*1- ¿Resulta acorde con el ordenamiento jurídico que el Concejo Municipal regule internamente respecto
de la contratación administrativa que las Unidades solicitantes del servicio, deban realizar el análisis de
las ofertas y determinar y/o recomendar la oferta a adjudicar?”
En atención a la autonomía municipal y a las competencias otorgadas por el legislador al Consejo Municipal, se
advierte que dicho órgano tiene facultades suficientes para disponer, a través de normativa interna, cómo deben
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EA. COSTA RICA
DIRECCIÓN COCCIÓN DE CONTRATACIÓN TRABAJANOO, DUCIDILICOO, MUEJONANOO.
MH-DCoP-0F-0312-2023
organizarse a lo interno para realizar los actos preparatorios necesarios para la adopción, de los actos finales en
los procedimientos de contratación pública que deba conocer el máximo jerarca de la institución.
Claro está, las disposiciones internas que determine el Consejo Municipal, no pueden contrariar las disposiciones
de carácter legal que puedan estar estipuladas en leyes especiales; en este orden, tratándose de materia de
contratación pública, la competencia para dictar normativa interna del Consejo Municipal, sólo encontraría límites
en la propia LGCP, su reglamento y normativa conexa. A modo de ejemplo, vía normativa interna no pueden
disponerse plazos que excedan al máximo permitido por la ley para la realización de actuaciones concretas,
como lo es el dictado del propio acto final de la contratación, ni tampoco delegarse actuaciones que la Ley
dispone que son exclusivas del jerarca, como lo es la resolución motivada que decida sobre una donación de
bien inmueble,
Ahora bien, tal y como lo dispone el artículo 51 de la LGCP y 139 de su Reglamento, el acto final deberá consistir
en una decisión informada por parte del órgano competente que deberá estar sustentada en criterios técnicos y
jurídicos, partiendo de ello, el Consejo Municipal puede disponer, atendiendo a la organización interna de la
Municipalidad, cuál o cuáles instancias administrativas del municipio deberán participar en la elaboración de esos
criterios que darán sustento a las decisiones finales en los procedimientos de contratación pública.
De esta manera respecto a la interrogante “(...) acorde con el ordenamiento jurídico que el Concejo Municipal
regule internamente respecto de la contratación administrativa que las Unidades solicitantes del servicio, deban
realizar el análisis de las ofertas (...);resultaría acorde con la LGCP y normativa conexa que las unidades
solicitantes participen del análisis de las ofertas, en lo que corresponde a su valoración técnica, y que por lo
tanto, el Consejo Municipal podría disponerlo de esa manera mediante normativa interna.
Sin embargo, resulta necesario indicar que el análisis de ofertas no se agota en la elaboración de criterios
técnicos respecto de las plicas presentadas, sino que necesariamente deben emitirse criterios jurídicos, que
verifiquen la viabilidad legal del posible contrato que se persigue, así como que se elaboren las valoraciones
correspondientes para conocer si la contratación resulta viable desde otras perspectivas, como la financiera,
determinando — entre otros - la correspondiente razonabilidad de los precios ofertados; de esta manera, no
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HAGenPa COSTA RICA
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resultaría lógico ni conveniente, encargar la totalidad del análisis de las ofertas a la unidad solicitante, pues
podría darse el caso de que ésta carezca de apoyo legal o financiero o que dicha función esté centralizada en
otras oficinas en razón de sus competencias; debiendo recurrirse a otras instancias administrativas como lo
podrían ser el departamento o unidad legal y el departamento o unidad financiera respectivamente para que
practiquen las valoraciones correspondientes a las ofertas, en atención a su conocimiento e idoneidad para
realizar la labor. En razón de lo cual, corresponde a la Administración efectuar el análisis respectivo, para que
su organización funcional resulte idónea para lograr satisfacer el fin público y adoptar las actuaciones conforme
a derecho, siempre que ello se encuentre acorde con lo que se ha mencionado.
Continuando con la pregunta realizada, se procede a analizar si las unidades solicitantes podría o deberían
recomendar la oferta a adjudicar y si esto puede ser dispuesto por el Consejo Municipal. En este punto, debe
hacerse ver que existe una norma de rango legal, prevista en el numeral 131 de la LGCP que dispone entre las
competencias de la proveeduría institucional, el preparar la decisión final, lo que involucra la labor de realizar la
correspondiente recomendación del acto final, en ese sentido dispone en lo de interés la norma citada que:
“ARTÍCULO 131- Proveedurías institucionales y juntas de adquisiciones. En cada uno de los órganos y
sujetos públicos, sometidos a los alcances de esta ley, existirá una dependencia encargada de los
procedimientos de contratación pública, con la organización y las funciones que se determinarán vía
reglamentaria.
La proveeduría institucional tendrá plena competencia para conducir los trámites del procedimiento
de contratación pública y podrá adoptar los actos y requerir los informes que resulten necesarios para
preparar la decisión final.” (El resaltado no es del original)
Del extracto anterior, se advierte que el legislador otorgó plena competencia a la unidad de proveeduría
institucional para efectuar la función que señala en su consulta, sea realizar la recomendación de adjudicación;
de forma tal que dicha recomendación resulta de competencia del funcionario que funja jefatura de dicha unidad
administrativa, y se efectúa no con insumos propios de la proveeduria, sino basado en los informes de múltiples
materias (técnica, financiera, o de cualquiera otra índole dependiendo del objeto contractual) que se hayan
requerido a las instancias correspondientes.
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De esta manera, y dada la función que la Ley le asigna a la proveeduría institucional, como encargada de los
procedimientos de contratación, y parte operativa del subsistema de contratación pública, no advierte esta DCoP
viabilidad para que el Consejo Municipal mediante normativa intema, regule que la recomendación de
adjudicación deba ser realizada por la unidad solicitante, recayendo la competencia para ese acto en el
funcionario que funja como jefatura de dicha instancia tramitadora según se extrae de la normativa legal vigente
anteriormente expuesta.
Adicionalmente, conviene mencionar la facultad regulada en el artículo 318 del Reglamento a la LGCP sobre la
posibilidad que asiste a las entidades contratantes de conformar una comisión de recomendación de
adjudicaciones, regulándose que “La Administración podrá (...) establecer la conformación de una comisión de
recomendación de adjudicaciones, con competencia exclusiva, para analizar y recomendar la adjudicación de
las contrataciones que por la naturaleza de la contratación así se requiera.” De esta manera, si la entidad
contratante así lo dispone y regula, podría existir una instancia especializada para la función de
recomendar los actos finales de determinados procedimientos de contratación.
Atendida la primera interrogante, se procede a verificar la segunda interrogante planteada.
*2- ¿Esa competencia para estudiar las ofertas y recomendar la oferta adjudicable es de la Unidad de
Proveeduría?”
Parte de esta interrogante fue atendida anteriormente cuando se aclaró que, por disposición legal, la competencia
para preparar la decisión final recae en la proveeduría institucional, por ende, la figura del proveedor institucional
o quien se encuentre a cargo de la unidad administrativa que realice las labores de tramitación de la contratación
pública, es quien ostenta competencia definida para preparar la correspondiente recomendación del acto final.
Importante recordar que, si la entidad contratante ha hecho uso de su facultad de nombrar una comisión de
recomendación de adjudicaciones, realizar efectivamente la recomendación del acto final cuando corresponda
según las disposiciones intemas que se establezcan al efecto, sería competencia de esa instancia administrativa.
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Se procede ahora a dar respuesta a la primera parte de la interrogante, en relación a que si es competencia de
la unidad de proveeduría el estudiar las ofertas. Al respecto, debe indicarse que si bien el tema no ha sido
expresamente desarrollado anteriormente, si fue referenciado en el sentido de que el artículo 131 de la LGCP,
es claro en indicar que la preparación del acto final la realiza la proveeduría, pero utilizando para ello los informes
que resulten necesarios que le preparan las distintas unidades administrativas especializadas en atención a su
obligada colaboración con la unidad a cargo de la tramitación de los procedimientos de contratación pública.
De esta forma, si bien le corresponde a la proveeduría institucional realizar la apertura de las ofertas y por ende
inspeccionar de primera mano las plicas presentadas para determinar si continúan para su respectiva valoración,
también lo es que, la revisión técnica, jurídica o de cualquier otra índole, debe ser desarrollada por personal
idóneo en atención al análisis que se requiera, por ende, salvo que la unidad de proveeduría institucional
disponga del personal y experiencia idónea para realizar la labor, deberá apoyarse en las distintas dependencias
administrativas de la entidad contratante para obtener los insumos e informes correspondientes que le permitan
—en atención a los parámetros previamente establecidos en el pliego de condiciones — efectuar la recomendación
del acto final o adoptar los actos preparatorios que se estimen necesarios como lo pueden ser, las solicitudes de
subsanación, siempre que estas no constituyan una eventual ventaja indebida.
Por último, es menester recordar que los estudios que se realizarán a la hora de analizar las ofertas, no son
antojadizos y deberán obedecer a los parámetros establecidos previamente en el pliego de condiciones. Al
respecto la LGCP, en su numeral 40, es categórica en indicar que:
“En el pliego de condiciones se deberán indicar, de manera expresa, los estudios a los que se someterán
las ofertas para determinar su elegibilidad.”
Inclusive, cuales unidades administrativas estarán a cargo de esas valoraciones, lo cual debe ser de
conocimiento de todos los posibles interesados, siendo que dicha información debe constar en el expediente
desde su decisión inicial, así como en el respectivo cronograma de tareas del procedimiento de que se trate, en
ese sentido, detalla el artículo 37 de la LGCP lo siguiente:
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“La decisión inicial contendrá una justificación de la procedencia de la contratación, una descripción y
estimación del costo del objeto, el cronograma con las tareas y las unidades responsables de su
ejecución con las fechas de inicio y finalización, un funcionario designado como administrador del
contrato, los parámetros de control de calidad (...)” (El resaltado no es del original)
De esta manera, se tienen por atendidas las consultas planteadas concluyéndose lo siguiente.
VI. Conclusiones.
4. La competencia para dictar actos finales en procedimientos de contratación pública reside en el máximo jerarca
de la institución. Tratándose del régimen municipal, recae sobre el Concejo Municipal, a excepción de los
supuestos en que, por medio de reglamento intemo del mismo órgano, se haya delegado esta función en el
Alcalde Municipal.
2. La tramitación del procedimiento de contratación es competencia de la instancia que funja como proveeduría
institucional; unidad competente para realizar los actos preparatorios del acto final, lo anterior con base en los
diferentes informes realizados por las distintas unidades administrativas de la municipalidad, técnica, legal,
financiera y otra que se requiera en razón del objeto contractual, en atención a la idoneidad y expertis de sus
funcionarios.
3. Es jurídicamente viable que el Consejo Municipal emita regulaciones intemas que asignen funciones a las
unidades solicitantes relacionadas con el análisis técnico de las ofertas (en lo que corresponda a valoración
técnica de cumplimiento). Así mismo, las demás valoraciones técnico, jurídicas, financieras, entre otras, deberán
ser realizadas por funcionarios idóneos para esa labor, pudiendo pertenecer éstos a unidades administrativas
distintas de la proveeduría institucional, siendo que asiste a éstas un deber de obligada colaboración con la
instancia tramitadora de los procedimientos de contratación pública.
4. Es competencia de la proveeduria institucional o unidad administrativa que realice las funciones tramitadoras
de la contratación pública, el preparar la decisión final — realizar la labor de recomendación de acto final — para
Dirección: San José, Avenida 2da Cale 1 y 3
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MÍ misa COSTA RICA
MH-DCoP-OF-0312-2023
conocimiento del máximo jerarca de la institución, como parte de las actuaciones previas a la adopción del acto
final por parte del competente. Esta función de recomendar el acto final de los procedimientos de contratación
pública, podría recaer — en caso de existir — en la comisión de recomendación de adjudicaciones.
Atentamente,
fumado dtalmcente por
VESENIA DELOS — VESEMA DELOS ANGELES
ANGELES LEDEZMA LEOEZ1A ROORGUEZ
PODNSUEZ Feracion» 0503
e
(FIRMA) 164012-060
Yesenia Ledezma Rodriguez
Directora de la Dirección de Contratación Pública
oc. Archivo y digesto de contratación pública.
EXA SOS
E + ACOSTA MENA
Realizado por. Revisado por: Aprobada por.
Randall Quesada Ulate Alejandra Román Hernández Erka Solís Acosta
Asesor Legal, Unidad Coordinadora, Unidad Jefa, Departamento de Normas
Normativa, DCOP. Normativa, DCOP y Contrataciones, DCOP.
Drección: San José, Avenida 2da Calle 1 y 3
Tel 2539-4339 - 2539-6208
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Participa de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Teníamos pendiente una mesa de trabajo el día de hoy para ver tres temas, uno
era: “Adición de la advertencia N*1-2023 sobre competencias modificadas por el
Pecocí
Pluye
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PAGINA N*172 ACTA N*35 Ordinaria.
Concejo Municipal", con el tema de la proveeduría, unos artículos del reglamento
de Proveeduría que se habían cambiado, entonces voy a leer una propuesta de
acuerdo que nos hace el Asesor Juridico para ver si ustedes lo tienen a bien
aceptarlo así o si quieren agregarle algo.
“En atención con lo expuesto por la Auditoría Interna de esta
municipalidad en el oficio: Al-104-2023 del 10 de mayo de 2023, siendo que
el Departamento de Compras Públicas está trabajando en el reglamento
interno de contratación ajustado a la nueva Ley de General Contratación
Pública y su reglamento, se solicita al citado departamento que en un
plazo máximo de un mes presente el borrador del reglamento interno de
contratación a este Concejo Municipal, tomando en consideración la
advertencia de la Auditoría Interna.”
En discusión el acuerdo, al no haber discusión, les solicito a los regidores que están
de acuerdo en aprobarlo por favor levantar la mano.
Por Unanimidad SE ACUERDA: En atención con lo expuesto por la Auditoría Interna
de esta municipalidad en el oficio: Al-104-2023 del 10 de mayo de 2023, siendo
que el Departamento de Compras Públicas está trabajando en el reglamento
interno de contratación ajustado a la nueva Ley de General Contratación Pública
y su reglamento, se solicita al citado departamento que en un plazo máximo de
un mes presente el borrador del reglamento interno de contratación a este
Concejo Municipal, tomando en consideración la advertencia de la Auditoría
Interna. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 920
Se conoce nota suscrita por la Licda Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna
correo: auditoriaGmunipococi.go.cr / grace.chinchillaGgmail.com dice:
Oficio N? Al-095-2023
Asunto: Advertencia N*2-2023 sobre reglamentación interna para el Control de
Fraccionamiento de la Municipalidad de Pococí
q L Sitio Web: munipococi.go.cr
AY 1D Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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Municipalidad de Pococí 4
2 Guápiles, Pococí () A
POCOC¿ Auditoría Interna e) xd
AUDITORIA
Pluye hinchillaQH)gmail.com  rcruoverco  MACRALOAD
rs Pra
Al contestar refiérase
Al oficio N.? Al-095 2023
Guápiles, 11 de mayo del 2023.
Señores
Miembros del Concejo Municipal
Pte.
1- ASUNTO: Advertencia Nro. 2-2023 sobre reglamentación interna para
el Control de Fraccionamiento de la Municipalidad de Pococí.
Respetable señor(a)(es):
De acuerdo con el artículo 21 de la Ley General de Control Interno nro.
8292, la Auditoría Interna es la actividad que debe proporcionar seguridad al ente u
órgano estatal, procurando validar y mejorar sus operaciones y contribuir a que se
alcancen los objetivos institucionales. Asimismo, le brinda a la ciudadanía una
garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto de la administración,
se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas.
En ese sentido y de acuerdo con las competencias establecidas a las
auditorías internas en el inciso d) del artículo 22 de la citada Ley, dichas unidades
deben asesorar y advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles
consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su
conocimiento.
En virtud de lo expuesto, esta Auditoría Interna, con el afán de contribuir al
desempeño transparente y ajustado al marco legal y técnico por parte de esta
institución, y con el propósito de fortalecer sus sistemas de control interno, estima
necesaria emitir el presente Oficio de advertencia sobre la aplicación del
Reglamento para el Control de Fraccionamiento de la Municipalidad de Pococí.
Sobre el particular se indica:
Los valores éticos no son negociables.
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y] Municipqligas de Pococí 5) (7
piles, Pococí 9)
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uye OS 'DE FOCO
2- El 05 de julio 2020, se publicó en la Gaceta Nro. 162, el Proyecto de
Reglamento para el Control de Fraccionamiento de la Municipalidad de
Pococí. (Consulta Pública no vinculante por plazo 10 días art. 43 Código
Municipal).
3- El 31 de julio 2020, se publicó en la Gaceta Nro. 188, el Reglamento para el
Control de Fraccionamiento de la Municipalidad de Pococí.
4- El 30 de octubre 2020, mediante oficio DU-UAC-356-2020, el Instituto
Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), comunica al alcalde Municipal,
Concejo Municipal y Coordinador de Desarrollo y Control Urbano, de esta
municipalidad que nos interesa lo siguiente:
B. Es importante señalar que si bien es cierto los gobiernos municipales ostentan autonomía para
su administración, y pueden dictar reglamentos para normar sus intereses, esto no implica el
irrespeto de la normativa de aplicación general nacional existente. Así lo indicó la Sala
Constitucional, Expediente N*94-000757-007-CO-E, Resolución N*005445-19, de las catorce
horas treinta minutos del catorce de julio de mil novecientos noventa y nueve:
“La autonomía no puede ser entendida como un derecho de la Municipalidad en los
términos en que se conciben las libertades públicas reconocidas constitucionalmente en
favor de los administrados. No puede afirmarse que esa autonomía otorga a la
Municipalidad la capacidad legal para hacer todo lo no prohibido por el ordenamiento
jurídico dentro de la localidad. La autonomía debe verse desde dos perspectivas: la de la
organización y su régimen subjetivo y la de las competencias concretas a través de las
cuales se materializa, en cada momento, la esfera de actuación de la estructura. En efecto,
la autonomía alude a un autogobierno, que en el caso de nuestras Municipalidades es
democrático...”.
Los valores éticos no son negociables.
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Municipalidad de Pococí 9)
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4 Guópiles, Pococí
POCÓ ¿ ed Auditoría Interna
a S auditoriomunipococi.go.cr AUDITORIA
Fluye grace.chinchillaigmail.com - racmonercos
“La autonomia se ejerce en el marco del ordenamiento estatal: Según la Constitució!
en ETA una de ER corporaciones munici; les como araBndS la 5 de la GIO a
política plena. Los principios de unidad del Estado y soberanía estatal constituyen, así, un
límite negativo que circunscribe, necesariamente, el ámbito en que puede desarrollarse la
autonomía local”. (Lo subrayado no corresponde al original).
C. Es decir, la autonomia municipal no puede ir en contra del ordenamiento jurídico nacional; tal
como lo señala el artículo 4 del Código Municipal, las municipalidades pueden emitir sus propios
reglamentos de organización y de serviclo, lo que por tanto no Incluye reglamentos cuya razón
de ser responde al cumplimiento de lo que establece una Ley de la República.
D. Siguiendo esta línea de análisis, para el caso de los fraccionamientos, existe una Única Ley de
que contiene disposiciones al respecto: la Ley de Planificación Urbana, Ley N*4240, que los
gobiemos municipales deben darse a la tarea de cumplir, en atención a su jerarquía.
E. La Ley de Planificación Urbana, específicamente el artículo 15 (citado anteriormente), establece
la potestad de los goblernos municipales para planificar y controlar su territorio a través de su
plan regulador y los reglamentos que lo componen: los cinco reglamentos de desarrollo urbano.
Lo anterior amparados precisamente en el Artículo 169 de la Constitución Política.
Uno de los reglamentos de desarrollo urbano que forman parte de un plan regulador es el de
fraccionamiento y urbanizaciones, tal como lo expresa esta Ley en su Artículo 21:
“Artículo 21.- Los principales reglamentos de Desarrollo Urbano serán:
1. El de Zonificación, para usos de la tierra;
2. El de Fraccionamiento y Urbanización, sobre división y habilitación urbana de
los terrenos;
3. El de Mapa Oficial, que ha de tratar de la provisión y conservación de los
espacios para vias públicas y áreas comunales;
4. Elde Renovación Urbana, relativo al mejoramiento o rehabilitación de áreas en
proceso o en estado de deterioro; y
5. Elde Construcciones, en lo que concierne a las obras de edificación.”
(Lo subrayado no corresponde al original).
F. Adicionalmente, la Ley N*4240 en el Capítulo Cuarto. Fraccionamiento y Urbanizaciones,
Artículo 32, indica que es por medio del Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones del
Plan Regulador, que la Municipalidad debe definir los lineamientos para permitir
fraccionamientos en su territorio:
“Artículo 32.- El Reglamento de Fraccionamiento y Urbanización, al puntualizar las
condiciones municipales para permitir fraccionamientos, urbanizaciones o ambas
operaciones, entre otros requisitos, incluirá los correspondientes al acceso a via pública, a
notificación y amanzanamiento y a la cesión de áreas para uso público; establecerá,
asimismo, previa consulta a los organismos competentes, normas mínimas sobre
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Fluye inchi rosceuomeerocos — MNICPALIOAO
¡A poa
construcción de calles y aceras pavimentos, cañerlas, drenajes pluviales y sanitarios, y
electrificación y alumbrado público. (...)” (Lo subrayado no corresponde al original).
G. Tal como se indicó en el punto E del presente oficio, la Ley de Planificación Urbana en su
Artículo 15 señala que la competencia y la autoridad de las municipalidades para planificar su
territorio y controlar el desarrollo urbano, debe realizarse dentro del marco de un plan regulador
y sus reglamentos de desarrollo urbano.
Es decir, la única manera de dictar lineamientos locales en lo relacionado a fraccionamientos,
dentro del marco de la legalidad, es mediante el Reglamento de Fraccionamiento y
Urbanizaciones, inmerso en el Plan Regulador.
H. La Munlclpalldad de PococÍ cuenta con Plan Regulador, publicado en La Gaceta N*130 del 08
de julio de 1982, modificado en la Gaceta N*109 del 07 de junio de 1999.
lL Por tanto, para incorporar disposiciones para la división y habilitación de predios (fraccionar) la
Municipalidad de PococÍ debe seguir el procedimiento establecido en el artículo 17 de la Ley de
Planificación Urbana, para en este caso modificar su Plan Regulador:
“Artículo 17. Previamente a implantar un plan regulador o alguna de sus partes, deberá la
municipalidad que lo intenta:
1. Convocar a una audiencia pública por medio del Diario Oficial y divulgación adicional
necesaria con la indicación de local, fecha y hora para conocer del proyecto y de las
observaciones verbales o escritas que tengan a bien formular los vecinos o
interesados. El señalamiento deberá hacerse con antelación no menor de quince
dias hábits;
2. Oblener la aprobación de la Dirección de Urbanismo, si el proyecto no se hubiere
originado en dicha oficina o difiera del que aquella hubiere propuesto, sin perjuicio
de los recursos establecidos en el artículo 13;
3. Acordar su adopción formal, por mayoría absoluta de votos; y
4. Publicar en "La Gaceta" el aviso de la adopción acordada, con indicación de la fecha
a partir de la cual se harán exigibles las correspondientes regulaciones.
Igualmente serán observados los requisitos anteriores cuando se trate de modificar,
suspender o derogar, total o parcialmente, el referido plan o cualquiera de sus
reglamentos.” (Subrayado no corresponde al original)
y. En tanto la Municipalidad de Pococí no cuente con regulación local en la materia de
fraccionamientos en su Plan Regulador, debe acatar supletoriamente las disposiciones
establecidas en el Reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones vigente, tal como lo
establece la Ley de Planificación Urbana en su Transitorio ll:
Concluye diciendo que el Proyecto de Reglamento para el Control de
Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí, no cumplió con el debido proceso
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Municipalidad de Pococí 4
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POCOC¿ Auditoría Interna
a auditoriafimunipococi.go.cr  Auprroria “Lar
Pluye FOCA EE COO pra
para su implementación, según se despre de la siguiente lectura del oficio DU-UAC-
356-2020, del INVU:
El Departamento de Urbanismo del INVU informa que en estricto apego a lo dispuesto en el artículo
47 de la Ley de Planificación Urbana, el Proyecto de Reglamento para el Control de
Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí no ha cumplido con el debido proceso para su
implementación, ya que no fue promulgado dentro del marco legal de un plan regulador y, por tanto,
no procede su aplicación en el cantón de Pococí.
Porlo anterior se solicita realizar las acciones necesarias para cesar la aplicación de Reglamento
supra citado, y comunicar al respecto a este Departamento en un plazo preventorio de 10 días
hábiles, en cumplimiento de las competencias que nos confiere el artículo 7, inciso 4 de la Ley de
Planificación Urbana:
“Artículo 7. Créase la Dirección de Urbanismo, adscrita al Departamento de Urbanismo del
Instituto, encargada de: (...)
4. Ejercer tlgllanela y autoridad para el debido cumplimiento de las normas de interés
ley y en los reglamentos de desarrollo urbano.”
No se omite manifestar lo que señala la Constitución Política, en su Artículo 129, establece:
"Las leyes son obligatorias y surten efectos desde el día que ellas designen; a falta de este
requisito, diez días después de su publicación en el Diario Oficial.
Nadie puede alegar ignorancia de la ley salvo en los casos que la misma autorice.
No tiene eficacia la renuncia de las leyes en general, ni la especial de las de interés público.
Los actos y convenios contra las leyes prohibitivas serán nulos, si las mismas leyes no
disponen otra cosa.
La ley no queda abrogada ni derogada sino por otra posterior; contra su observancia no podrá
alegarse desuso, costumbre ni práctica en contrario. Por vía de referéndum, el pueblo podrá
abrogarla o derogarla, de conformidad con el artículo 105 de esta Constitución.”
En otras palabras, nuestra Constitución Política establece que la ignorancia de las normas no excusa
su incumplimiento, mandato que tiene su origen en el derecho romano siglos atrás. Por tal razón,
tanto funcionarios municipales como ediles, que ocupan cargos de relevancia a nivel municipal,
deben estar informados de la legislación vigente, ya que pueden generar posibles demandas contra
el gobierno local, por desconocimiento de la normativa sobre desarrollo urbano vigente.
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yA Municipalidad de Pococí 5) (
Guópiles, Pococí 9) 4
k 'Y Auditoría Intern:
5- El 04 de noviembre 2020, mediante oficio DDCU-246-2020, el Coordinador
de Desarrollo y Control Urbano, le da seguimiento al Oficio DU-UAC-356-
2020 del INVU, señalándole al señor alcalde en sus conclusiones lo
siguiente:
Para el Departamento de Desarrollo y Control Urbano de la Municipalidad de PococÍ
es claro y concreto el criterio extemado por parte del Departamento de Urbanismo
del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, indicando que no se ha cumplido
con el debido proceso para la implementación del citado reglamento, según indica
el artículo N*17 de la Ley de Planificación Urbana, razón por la cual se sollcita
actuar de manera inmediata para cesar la aplicación del mismo, ya que no fue
promulgado dentro del marco legal de un plan regulador.
Es por todo lo anterior que solicito a la Alcaldía Municipal someter el siguiente
Reglamento al debido proceso indicado, en aras de cumplir con lo establecido en la
Ley de Planificación Urbana, y emitir un comunicado oficial solicitando la suspensión
de la aplicación de este, hasta tanto cumpla con cada uno de los procedimientos y
aprobaciones respectivas.
6- El 26 de febrero 2021, mediante oficio DU-038-02-2021, el INVU, comunica
a todas las Alcaldías y Concejos Municipales, en lo que nos interesa lo
siguiente:
..(..) POR TANTO Considerando lo expuesto, tanto por la Procuraduria General de
la República y por la Sala Constitucional, y por oficios remitidos con anterioridad por
este Departamento de Urbanismo del INVU hacia algunos gobiernos locales que
han aprobado mediante acuerdos del concejo municipal y publicado en el Diario
Oficial La Gaceta, sus propios reglamentos de construcciones y/o fraccionamientos
y urbanizaciones, sin contar con un plan regulador vigente, es que, amparados en
lo dispuesto en el artículo 7 inciso 4) de la Ley de Planificación Urbana N* 4240,
como potestad de fiscalización, por medio del presente acto, este Departamento
hace del conocimiento a los 82 gobiernos locales y los 8 concejos de distrito, el
Dictamen de la Procuraduría General de la República C-034-2021 del 11 de febrero
de 2021 y la Resolución de la Sala Constitucional N* 2021-003249, esta última de
carácter erga omnes.
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Municipalidad de Pococí 4
9 Puépiles, Pococí 1) xD)
POCO: > ss Auditoría Interna
a auditorioQmunipococi.go.cr e a AUDITORIA
Pluye grace.chinchilla)gmoilcom  rwcreurirco — MIRADO
Queda claro que, los reglamentos antes descritos solamente nacen a la vida jurídica
por medio de un plan regulador
Por lo tanto, siempre respetuosos y conocedores del principio de autonomía
municipal, pero en estricto acatamiento al principio de legalidad y la jurisprudencia
de cita, se les insta para que, en el plazo prudencial de 15 días hábiles, efectúen las
medidas correctivas apegadas al ordenamiento jurídico en cuanto a la aplicación y
publicación de los reglamentos de desarrollo urbano emitidos sin contar de previo
con un plan regulador vigente.
7- El 18 de marzo 2021, en la Sesión Nro. 20 el Concejo conoció Oficio DDCU-
048-2021, suscrito por el Coordinador de Desarrollo y control Urbano, sobre
comunicado del INVU a los gobiernos lo cales DU-038-2021, y recordatorio
de Oficio DDCU-246-2020, relacionada a la publicación del "Reglamento
para control de fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí”. Adjuntando
los oficios:
a) Oficio DU-UAC-356-2020
b) Acuerdo 1223
c) Oficio DDCU-246-2020
d) Oficio DU-038-02-2021
e) Criterio C-034-2021 PGR
f) Resolución No 2021003249/Expediente 20-020850-0007-CO
El Concejo Municipal toma el siguiente acuerdo:
ACUERDO Nro. 441
Por Unanimidad SE ACUERDA: Este Concejo Municipal suspende el
Reglamento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de
Pococí, en apego a las recomendaciones realizadas por el INVU en los
oficios DU-UAC-356-2020 y DU-038-02-2021. Se dispensa de trámite de
comisión. Acuerdo definitivamente aprobado.
9) El 08 de abril 2021, en la Sesión nro. 28 Ordinaria, el Concejo Municipal
recibe Recurso Extraordinario de Revisión contra el Acuerdo Municipal Nro.
441 de la Sesión Nro. 20 del 18-03-2021 donde se indica:
Los o éticos no son negocioples:
uditoría Inter:
Teléfono No 271-1701 Fox 2711-1701
Pógino7|M
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y) Municipalidad de Pococí Y) , (
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fluye grace.chinchillo)gmail.com  rxcreowrrco  MAOPALDAD
Por las razones que a continuación se exponen:
PRIMERO: La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del
gobierno municipal según dispone el numeral 169 de la constitución política y numeral 3 de la ley 7794
Código Municipal.
SEGUNDO: Las corporaciones municipalidades como un único ente descentralizado de forma territorial
de la administración publica goza de autonomía política, financiera y administrativa según numeral 170
de la constitución política y numeral 4 de la ley 7794 de código municipal.
TERCERO: Es atribución de los consejos municipales según el numeral 13 inciso p “Dictar las medidas de
ordenamiento urbano ”
CUARTO; El Reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones fue aprobado en septiembre anterior por
la Junta Directiva del Instituto de Vivienda y Urbanismo, este fue elaborada en forma inconsulta, con ésta
Municipalidad y con la mayor parte de los demás municipios del país, lo que ha motivado que
organizaciones como la nuestra se hayan apuesto a este reglamento.
QUINTA: Al estar vigente el reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones, se han recibido para
calificación, planos de agrimensura que se ajustan a esa normativa, pero que contradicen lo dispuesto en
el reglamento a Ley de Catastro Nacional, decreto ejecutivo N'34331-J del 29 de noviembre del 2007,
según¡lo, indicado sul pegisteo nacional de la propiedad. ( ver circular DRI-037-2020 del Registro
Inmobiliario), ,- entes
TAMmIia
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Municipalidad de P Í
pececí .itiea 9 UD
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SEXTO: El registro inmobiliario ha indicado lo siguiente: "señores registradores realizarán la calificación
de los planos de agrimensura de conformidad con lo dispuesto en el reglamento a la Ley de Catostro
Nacional decreto ejecutivo N*34331-J del 29 de noviembre del 2007, sin tomar en consideración las
normas que provienen del Reglamento de Fraccionomientos y Urbanizaciones”.
SEPTIMO : El registro inmobiliario a indicado que : ”se aplicara la ley de planificación urbana en todo el
territorio naciona! ,sin importar el área a segregar y la naturaleza del inmueble , de forma tol, que a
cualquier fraccionamiento de inmueble se le deberá solicitar visado municipal .” Dicho lo anterior se
podría inducir a error a los usuarios y generarles inseguridad jurídica, por lo que se recomienda a las
dependencias técnicas de las municipalidades valorar las circular DRI-037-2020 del Registro Inmobiliario.
OCTAVO : Con base a circular DRI-037-2020 del Registro Inmobiliaria queda sumamente claro de la
imposibilidad de aplicar el nuevo reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones , hasta no sean
modificados los artículos 33,34,71,79,81,85 del reglamento a Ley de Catastro nacional, decreto ejecutivo
¿¡N* 34331-J del 29 de noviembre del 2007 , mismos que a la fecha no ha sido modificados,
PETIRORIA
Por las razones antes expuestas solicitamos vehementemente que se derogue el acuerdo N? 441, de la
seslón ordinarla N*20 del pasado 18 de marzo del 2021, acuerdo que dispuso la desaplicación del
Reglamento para el Control de Fracci lentos de la Mun lldad de Pococí, publicado en la G
N? 188 del vlernes 31 de Jullo del 2020,
Asimismo se el res! imiento y con aplicación del Reglamento para el Control de
Fracclonamlentos de la Municipalidad de PococÍ, publicado como ya se indicó en la Gaceta N* 188 del
viernes 31 de julio del 2020.
ING.REINALDO ARIAS HERNANDEZ
PRESIDENTE ATZA
Quedamos atentos a los correos topoactual(Hgmail.com topfuentes(2gmail.com. O bien a los números
telefónicos 89218970 ,88590391.
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9 Guápiles, Pococí
POCO ¿ Auditoría Interna
a auditorioQmunipococi.go.cr AUDITORIA
Pluye grace.chinchillaQigmail.com  rucruovrircos
al
rm e
El Concejo Municipal, toma el acuerdo 531 donde se indica:
Por Unanimidad SE ACUERDA Se aprueba el restablecimiento y consecuente
aplicación del Reglamento para el Control de Fraccionamiento de la Municipalidad
de Pococí, publicado como ya se indicó en la Gaceta N*188 del viernes 31 de julio
del 2020. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
Por todo lo antes señalado se indica y advierte a los señores Regidores que de
conformidad con la Ley de Planificación Urbana, se encarga al INVU, la planificación
nacional urbana, y aun cuando el numeral 15 de dicha Ley permite a las
Municipalidades la planificación local, esta debe darse en el ámbito del desarrollo
del respectivo plan regulador. Dice:
Artículo 15.- Conforme al precepto del artículo 169 de la Constitución Política,
reconócele la competencia y autoridad de los gobiernos municipales para planificar
y controlar el desarrollo urbano, dentro de los límites de su territorio jurisdiccional.
Consecuentemente, cada uno de ellos dispondrá lo que proceda para
Implantar un plan regulador, y los reglamentos de desarrollo urbano conexos,
en las áreas donde deba regir, sin perjuicio de extender todos o algunos de sus
efectos a otros sectores, en que priven razones calificadas para establecer un
determinado régimen contralor.” (Negrita es nuestra)
El artículo 19 de la citada Ley de Planificación Urbana señala:
"Artículo 19.- Cada Municipalidad emitirá y promulgará las reglas procesales
necesarlas para el debido acatamiento del plan regulador y para la protección
de los intereses de las salud, seguridad, comodidad y bienestar de la
comunidad." (El resaltado no es del original.)
De lo anterior deriva el control que ejercen las Autoridades municipales respecto del
cumplimiento de la normativa urbanística local, mediante el uso del "poder de
policía", con el cual se asume el poder-deber de asegurar el orden público, la
salubridad, la tranquilidad, la seguridad de las personas, así como la
organización moral, política y económica de la sociedad.
Los valores éticos no son negociables,
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701
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PAGINA N*183 ACTA N*35 Ordinaria.
9 Municipalidad de Pococí 4 ] ()
POCOCI speres 9 qUG
ouditorioQmunipococigo.cr  aunroma Gr
Pluyo grace.chinchillaGHgmail.com  rraecnrco  MESSPoso
uo —
Pero este control y desarrollo se prevé a nivel general en la adopción del Plan
regulador no así en contra de este, o de forma aislada en contra incluso de
normativa emitida por el INVU nivel nacional
Se debe tener presente que cualquier acto que se adopte contrario a lo que
establece el marco normativo aplicable, podría implicar el incumplimiento del
principio de legalidad del numeral 11 Constitucional y 11 de la Ley General de la
Administración Pública, frente a lo dispuesto por la Ley General de Control Interno
que obliga al jerarca en su artículo 12 según lo siguiente:
Artículo 12.-Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema de
control interno. En materia de control interno, al jerarca y los titulares subordinados les
corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes:
a) Velar por el adecuado desarrollo de la actividad del ente o del órgano a su cargo.
b) Tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de
desviaciones o Irregularidades. (...)” (Resaltado es nuestro)
El no tomar medidas oportunas ante la evidencia relacionada con eventuales
irregularidades, podría generar como consecuencia la responsabilidad del
funcionario en los términos del numeral 39 de esta misma Ley.
CONSECUENCIA:
Por lo anterior se le ruega al Concejo valorar lo aquí expuesto, y tomar las medidas
que resulten procedentes, para lo cual deberá informarse a esta auditoría en el plazo
de 10 días.
Sin más que manifestar y agradeciendo la atención a la presente,
GRACE CHINCHILLA— Irruós agtarmerte pr tact
VILLEGAS (FIRMA) —— ena sanos Miasi aa noO
Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff
Auditora Interna
CC: Advertencia Nro. 2-2023
Ing. Henry Madrigal Calvo
Alcalde
Los valores éticos no son ¡negaciobles
Auditoría Intern
Teléfono N* 2711-1701- Fox 2711-1701
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PAGINA N*184 ACTA N*35 Ordinaria.
Participan de la palabra:
a
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
El segundo tema que teníamos hoy en la mesa de trabajo, a la que algunos
podíamos venir y otros por trabajo no lo pudieron hacer, estuvo los profesionales:
Henry Madrigal, Olger Gutiérrez, David Quirós, el Lic. Christian Córdoba el Lic.
Manuel Hernández, el regidor Gómez, el regidor Méndez, mi persona y el regidor
Jose Antonio Bustos.
La Advertencia N*%2-2023 sobre reglamentación interna para el Control de
Fraccionamiento de la Municipalidad de Pococí se conversó para disponer del
siguiente acuerdo, voy a leerlo, igualmente está en discusión.
“De conformidad con lo expuesto por la Auditoría Interna de
esta municipalidad en el oficio: Al-095-2023 del 11 de mayo de 2023,
se hacen propios los argumentos de hecho y de derecho allí expuestos
de conformidad con el artículo 136.2 de la Ley General de la
Administración Pública, en consecuencia, se resuelve derogar el
Reglamento para el control de fraccionamientos de la Municipalidad
de Pococí publicado en la Gaceta 188 del 31 de julio de 2020.
Publíquese este acuerdo en La Gaceta.”
Reg. Juan Luis Gómez Gómez.
Yo voy a votar positivamente esa recomendación que nos hace Christian, pero
que quede claro que, nosotros como Concejo hemos fallado en no haber
trabajado desde un principio con el reglamento que publicó el INVU para
urbanizaciones, para proyectos urbanísticos, nos apartamos de eso, entonces es
urgente por error corregir lo mal actuado porque los errores no engendran
derecho.
número dos: ahí falta decir que en adelante o una vez que se publique, el
reglamento que estará en vigencia es el reglamento del INVU.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Yo solamente quiero aclarar una cosa, nosotros no hemos hecho el reglamento
actuando de alguna manera ilegal.
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PAGINA N?185 ACTA N*35 Ordinaria.
Cuando el INVU, cuando el INVU sacó aquella ley que todas las municipalidades
optaron por tomar acuerdos, hacer sus reglamentos, las municipalidades del país
hicieron sus propios reglamentos, después ellos vinieron y dijeron que los Únicos
que podían hacer reglamentos eran los que tenían planes reguladores, al nosotros
no tener un plan regulador vigente no podíamos hacer el reglamento y lo que
teníamos que hacer era aplicar el del INVU, entonces ellos nos hacen la
advertencia por medio de la Auditoría y nosotros derogamos ese reglamento.
Después de que eso sucede haciendo un recuento, eso lo aprobamos el 18 de
marzo del 2022, después los topógrafos del cantón que tienen una asociación,
ellos le metieron un recurso de revisión al acuerdo de la derogatoria del del
reglamento y ellos hicieron una petitoria, en ese momento fue: “Que por las
razones expuestas solicitamos vehementemente que se derogue el acuerdo
número 441 de la sesión ordinaria número 20 del 18 de marzo del 2021 acuerdo
que dispuso la de esa aplicación del reglamento para el control de
fraccionamiento” Nosotros sí seguimos digamos los pasos que el INVU, las
advertencias que nos hicieron.
Entonces en esa oportunidad el recurso de revisión que ellos le hacen al acuerdo
nosotros lo aprobamos aceptando el recurso, entonces eso hizo que el
reglamento otra vez se aplique, entonces la señora Auditora nos hace una
advertencia que debemos derogar el reglamento.
Entonces hoy en reunión con Christian y los técnicos y don Manuel se llegó al
diálogo o discusión de que eso es lo que hay que hacer, votar para que el
reglamento se derogue y que se aplique el del INVU.
Yo creo que ninguno de los que estamos aquí sabemos que eso le sirve al cantón
de Pococí porque eso tiene consecuencias de que los cascos urbanos, que hay
delimitaciones y un montón de cosas, pero eso es lo que dispone la ley.
Entonces el acuerdo que hay que tomar es el que ya leí anteriormente, y está en
discusión ese tema para que puedan hacer uso de la palabra antes de votarlo
tiene la palabra regidor Torres.
Reg. Randall Torres Barrientos.
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PAGINA N*186 ACTA N*%35 Ordinaria. 25-0 Za _
Yo siento que esta Municipalidad se vuelve como muy reactiva, o sea, la Auditora
llega y dice que tal cosa tiene que modificarse e inmediatamente se toma un
acuerdo verdad sin analizar las repercusiones que son muy graves las
consecuencias.
La administración activa no puede actuar simplemente porque dice “Bueno se
apareció ahí una normativa, un reglamento que dice que tenemos que regirmnos
con las regulaciones de la ley de planificación urbana y ya” Esa no es la solución,
la solución es que tenemos más de 40 años nosotros con un plan regulador
completamente desactualizado, obsoleto y a mí realmente lo que más me
molesta es que somos demasiado pasivos, aquí es para que nosotros nos vayamos
al INVU a decir ¿cómo pretenden ustedes que nosotros apliquemos esas
regulaciones si son completamente arcaicas? ¿Cuánto ha pasado de tiempo?,
imagínate 40 años, tenemos que regirnos entonces con el Plan viejo de hace
cuarenta y resto de años según el INVU, ya se había avanzado un montón y no
hemos tenido noticias, pasan los años y no hay noticias del plan regulador.
Y por eso es que yo soy vehemente en esto, porque es muy fácil, yo llego levanto
la mano y ahora es con la ley de planificación urbana y todos los planos que van
a venir, las segregaciones, ¿pretendemos nosotros decir que somos un cantón que
pretende desarrollarse con este tipo de cosas? ¿O simplemente que, si no nos
mandan a la cárcel supuestamente, si mantenemos la misma decisión, si
mantenemos nuestra autonomía? porque eso es lo que ha pasado ahora,
¿entonces para qué somos autónomos? mejor dijeran que no, estamos sujetos al
aparato central y el gobierno no nos da un solo cinco. ¿qué va a pasar con todas
las constructoras?, ¿qué va a pasar con todas aquellas familias que sueñan por
tener una casa, que esos padres de familia que le van a segregar a sus hijos esos
lotes, y van a decir: “no, tienen que pasar este camino tortuoso ahora” ¿por qué?
Porque alguien se le ocurrió que el reglamento nuestro no servía y que el que el
que tienen que servir es el de la ley de planificación urbana.
Yo creo que, si nosotros pedimos a la Auditora un tiempo de 15 días, yo pensé que
hoy se ¡iba a analizar y todo, pero yo inclusive, no sé si se me malinterpretó pero yo
pedí que estuvieran los topógrafos externos, que son los que bregan por el día a
día de lo que está pasando.
Entonces yo reafirmo y quiero que quede en actas que me opongo
rotundamente, porque no es solamente llegar y decir bueno diay vamos a
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PAGINA N9187 ACTA N*35 Ordinaria.
derogar y ya, entonces todo mundo tranquilo, todo mundo felices, salvamos
nosotros responsabilidad nuestro pellejo ¿ y la gente que está afuera que?, yo no
voy a permitir eso porque yo estoy aquí, fui elegido por el pueblo para defenderlos,
no para acomodarme a funcionarios públicos que simplemente desde un
escritorio llegan y dicen que eso no procede y que tiene que ser la ley de
planificación urbana. Que quede en actas, que conste mi pensamiento gracias.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
Saluda, creo que nosotros como autonomía tenemos que regimos bajo la ley
nuestra, y si bien es cierto están las leyes, pero posteriormente los Concejos hacen
sus reglamentos, existen las servidumbres de paso donde caben seis lotes y eso es
por ley de la República y aquí lo quieren ignorar o el INVU quiere hoy por hoy
aplicar que una servidumbre de 6 mts se hagan aceras cordón y caño entonces
¿que queda de paso?
Igual existen las calles agrícolas que así nacieron por ley y aquí el departamento
Municipal o los departamentos quieren pasarle por encima o inclusive atrasar el
desarrollo.
En el gobierno de don Enrique Alfaro y Don Emilio aquí se aprobaron muchas calles
y algunas calles uno las veía como un callejón sin embargo son venas arterias que
vienen al desarrollo del cantón.
Por lo tanto, de acuerdo con esa propuesta yo la votaría en contra, gracias
presidenta.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez.
Muchas gracias, señora presidenta miren compañeros, bien es cierto que el
comentario que hace Don Randall se asemeja al comentario que hizo nuestro
Señor alcalde ahora que estuvimos en discusión del documento, pero al final de
la jornada quedó claro dos cosas:
Una: que nosotros como Concejo Municipal no podemos actuar por encima de
la ley, la ley se debe respetar.
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PAGINA N*188 ACTA N*35 Ordinaria. 25-05
2
Dos: Otra cosa que quedó clara en esa sesión de trabajo, lástima que algunos no
vinieron y tendrán sus razones, es que los errores no engendran derecho. Y al
nosotros no tener un reglamento vigente, la ley es clara y tenemos que acatar el
ordenamiento jurídico que establece el Instituto Nacional de Vivienda y
Urbanización, oiga así se llama, es el que regula todo y mientras tanto, si bien es
cierto usted le va a causar muchos daños a nuestros topógrafos, le va a causar
daños a las personas que trabajan fraccionando pero es la legalidad y por lo
tanto, yo lo voy a votar positivo porque ese fue el acuerdo, aunque era una
minoría que habíamos porque éramos cuatro, yo sílo voy a votar positivo, porque
ahí tuvimos claro en la presencia de Henry y Don David y estaba don Manuel que
también conoce mucho de la ley que, habíamos cometido el error de aprobar un
reglamento de un de un grupo de topógrafos acá del cantón que no está por
encima de reglamento del INVU, ese está primero por lo tanto yo lo voy a votar
positivo.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro.
Saluda, Yo lo voy a votar positivo porque ya está el criterio los técnicos Muchas
gracias.
Reg. Ovidio Vives Castro.
Saluda, bueno está claro la advertencia, la recomendación que nos está
haciendo nuestra Auditora, muchas veces no nos gusta apegarnos a ciertos
criterios o recomendaciones que nos prestan nuestros colaboradores, pero si bien
es cierto en este cantón se ha desarrollado durante muchos años un desorden
urbano, creo que el señor alcalde es testigo y lo sabe muy bien lo que le voy a
decir, él fue ejecutivo municipal en un periodo si no me equivoco 98 - 2002 y
después pasó a ser alcalde, antes se tomaban acuerdos por tomarlos y muchas
veces acuerdos en contra de la misma ley. Yo soy una persona que he vivido en
carne propia, que era poner junto con otros vecinos míos de Cascadas en orden
a la comunidad de Cascadas por mala decisiones que tomaron acuerdos
municipales hace veinte y resto de años, donde se hacían desórdenes en lo que
es la Urbanización, en lo que es el control urbano. A mí me costó mucho junto con
mis amigos y compañeros de la ADI tratar de poner en orden después de 19 años,
carreteras que aparecían a nombres de terceros y le estaban cobrando los
impuestos a esos señores cosa que, caminos ya codificados inventariados por el
MOPT pero por el desorden que hubo, inclusive y los mismos funcionarios y
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PAGINA N*189 ACTA N?35 Ordinaria. 25-05-2028
profesionales de este cantón que muchas veces algunos son muy buenos, otros
han querido pues hacer las cosas un poco más rápida y muchas veces las hacen
un poco desordenadas pero, cuando nos quieren poner en cinta muchas veces
como que no nos gusta.
Ya yo de este tema pues me he venido tratando de leer un poquito y escuchar a
Los topógrafos algunos y leyendo también lo que nos dice pues la misma ley, pues
en parte yo comparto un poco el criterio de la ley del urbanismo, la del INVU, que
lamentablemente este pedazo de institución que tenemos que es el INVU, muchas
veces goza para ciertos beneficios de millonarios nada más, porque si podemos
ver aquí cerca Hay un proyecto que se le aprobó y las calles creo que van de 9,
o 10,80 10 metros, porque la ley así lo establece que para ciertos construcciones
o residenciales se puede aprobar calle de 8 hasta de 10 metros, pero cuando se
trata de gente muy humilde, de gente que casi no tiene nada, pues la ley le aplica
a que las calles sean este declaradas de 14 metros, cosa que yo en eso no estoy
de acuerdo y no lo estaré nunca.
Pero viendo el criterio que nos envía la señora Auditora y lo que los compañeros
conversaron temprano con los profesionales y con el señor alcalde pues yo voy a
votar a favor también, yo no voy a tampoco a complicarme más el asunto, por
ahí vi un comentario de unos profesionales topógrafos criticándonos por lo que
aprobamos en el 2020, echándonos la responsabilidad a nosotros.
Entonces digo yo: “ah bueno, como que no estaban contentos”, ahí tengo yo
unos mensajes guardados, vea usted digo yo, quién nos está criticando.
Bueno entonces ahora me complace votar a favor de esta recomendación que
nos está haciendo la señora presidenta que ya es conocido por el señor alcalde
y por los funcionarios de nuestra municipalidad Muchas gracias.
Reg. Luis Ángel Méndez Araya.
El tema nos preocupa a todos porque de alguna forma nos bloquea la
oportunidad o la posibilidad tanto al alcalde como a este Concejo de seguir
avanzando en este tema y de poder ayudar a muchísimos contribuyentes que
tienen situaciones en este sentido.
Aún escuchando ahora a la Auditora, aún la versión de la auditora: dice ella que
ella respeta más el criterio técnico que su propia opinión, la opinión de la auditora
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PAGINA N*190 ACTA N*35 Ordinaria.
es eso, hacer auditorajes y llevar un control de lo que está bien y lo que está mal
dentro del engranaje de la Municipalidad, pero que en sí lo que debe empezar
acá obviamente debe ser el criterio técnico y hoy escuchamos abiertamente a
Henry Madrigal en este sentido y a los topógrafos que estaban hoy participando
en la mesa de trabajo.
Igual que mis compañeros pues estaría votando lo positivo Muchas gracias, señora
presidenta.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Gracias, señora presidenta, quiero dejar constando adicionalmente, posibles
repercusiones desde el punto de vista legal, porque la Municipalidad con esta con
este acuerdo está cambiando las políticas y eso crea una inseguridad jurídica,
que no solamente en la parte urbana, sino más afectada la parte rural, creo que
nosotros deberíamos porque tenemos tiempo, o sea nos habían dado 15 días
adicionales todavía tenemos tiempo.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
10 días.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Habíamos pedido 15 días adicionales.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Yo tengo entendido que eran 10.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Nosotros solicitamos en la sesión pasada 15 días adicionales de tiempo, entonces
para hacer una, o la misma comisión de topógrafos para analizar, porque aquí es
importante un plan remedial, o sea por eso les decía yo, no solamente es tomar la
decisión, sino que es ver qué se puede hacer para que sea un proceso un poco
más ágil para el administrado que al final es el que va a sufrir con esta decisión.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
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PAGINA N*191 ACTA N*35 Ordinaria.
Yo nada más quiero aclara que, el acuerdo que nosotros teníamos para el día de
hoy era una convocatoria a una reunión el jueves 25 de mayo de 2023 a las 2:00
de la tarde en las instalaciones de la Municipalidad de Pococí para ver:
Adición de la Advertencia N*1 sobre competencias modificadas por el Concejo
Municipal. que eso tiene que ver con la Proveeduría
Y la Advertencia N*%2-2023 sobre reglamentación interna para el Control de
Fraccionamiento de la Municipalidad de Pococí.
Entonces, si bien es cierto, se pidió un plazo de 15 días, pero se dijo que para
analizarlo el día de hoy, entonces al estar la mesa de trabajo el día de hoy se tomó
el acuerdo de traerlo a la sesión para ser discutido y ser votado.
Nada más quiero aclarar eso verdad, ya le voy a dar la palabra Don Randall, nada
más quiero aclarar eso porque tenemos que ser responsables con las decisiones y
yo entiendo la postura del regidor Torres porque ese fue uno del diálogo que
tuvimos en la mesa de trabajo, pero esto nos trae consecuencias, consecuencias
muy serias de no acatar, es un incumplimiento nuestro deber cuando una
advertencia de la señora Auditora llega y no se toma a la brevedad posible las
decisiones.
Entonces yo entiendo al compañero Randall, pero creo que esto ya ha sido
conversado y ya tenemos una decisión tomada sin embargo tiene la palabra el
compañero Randall.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Bueno entonces mejor no voy a hablar, porque si ya la decisión está tomada para
qué voy a hablar verdad, o sea quiere decir aquí que ya se tienen nueve votos u
ocho votos no sé, me parece que eso es una falta total de respeto y hay otra cosa
que no se está tomando en cuenta, que es el tiempo que se tiene.
La Auditoría dió 10 días y después nosotros pedimos 15 días hábiles, son 25 días
hábiles, todavía estamos a tiempo y dice la parte legal que el que está en tiempo
no debe, o sea que nosotros todavía tenemos la posibilidad de poder en una
decisión, yo en esto quiero ser muy vehemente, aquí no son posiciones, no lo vean
como que Randall tiene esta posición, sino que simplemente es analizar lo que se
dice, si es racional, o no es racional, analizar la repercusiones por ejemplo lo que
hablaba de la seguridad jurídica y poder tomar una decisión consensuada.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*192 ACTA N*35 Ordinaria.
Ahora, si como dice usted que ya la decisión está tomada, más bien yo estoy
hablando de más verdad porque, simplemente aquí lo que tengo que hacer
como minoría, que en este caso tengo la minoría es, señalar todas las
repercusiones que se tiene y señalar mis argumentos porque aquí estamos para
deliberar y aquí no importa que hay partido no hay partido o no hay partido eso
es aparte, aquí estamos discutiendo un tema demasiado importante para Pococí
entonces, señora secretaria que queda anotado textualmente lo que ha dicho
gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Yo solamente quiero aclarar que quede en actas, que cuando yo digo que se
tomó la decisión es que para eso fue la reunión de las 2 de la tarde, que nueve
personas que estaban invitadas solo vinimos cuatro, los compañeros que no
vinieron sus razones tienen personales, sea de trabajo o enfermedad o x cosa que
no pudieron venir, entonces esos cuatro regidores que fuimos minoría, tomamos el
acuerdo de traerlo hoy al Concejo y de que fuera discutido y votado, entonces
solo que quede, no es que tenemos los votos, no es que hicimos lobby, no es que
es un irrespeto como dice el Señor vicepresidente no, es que vinimos a una reunión
y tomamos el acuerdo de traer la sesión. Yo entiendo lo que el compañero Randall
está defendiendo y créame que esa fue una fuerte discusión que tuvimos en la
mesa de trabajo porque sabemos que tomar esta decisión va a tener
consecuencias, pero hay que tomar decisiones, hay que tomar decisiones porque
eso es lo que nos corresponde aquí y nada es personal, o sea yo no creo que aquí
tengamos que pensar que es una posición no, es que para eso estamos aquí para
defender las causas y usted lo está haciendo bien, está defendiendo la causa
muy bien, a como nos la mandó la Auditoría, ella llegó y nos dijo porque no es que
es ella que no quiere, que es que está de majadera, simplemente tiene que
aplicar lo que la Contraloría le manda decir a ella, entonces esto es una cosa de
criterio simplemente.
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera.
Saluda, igual la exposición que hizo Randall tiene sus razones, igual las
exposiciones que hizo Juan Luis y los compañeros, lamentablemente es un
reglamento que viene desde el INVU, es un reglamento que fue impugnado ya
por muchas organizaciones y que lamentablemente sí va a golpear al cantón y
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%193 ACTA N*%35 Ordinaria.
ens
2.5
principalmente la zona rural. El centro cuadrante urbano no va a ser muy
afectado, pero sí las partes rurales del cantón, fuera de los cuadrantes.
Al final el que toma la decisión es el INVU desde San José y entonces si bien es
cierto ya ellos en el reglamento fue impugnado el reglamento por el Colegio de
topógrafos, por algunos alcaldes y prestamos documentos y le dan la razón al
INVU, entonces a mí me parece que deberíamos antes de tomar el acuerdo me
parece a mí que deberíamos de convocar a INVU, por dos cosas:
Una: Porque el INVU tiene el Plan regulador y ahí lo tiene el plan regulador de
nosotros durmiendo el sueño los justos, o sea no avanza entonces, a mí me parece
que deberíamos de convocar al presidente ejecutivo del INVU Y que esté Ojalá el
Colegio de Ingenieros también para que estén presentes porque así podemos
tener un debate más rico, porque por un lado están los topógrafos que tienen que
aplicar lo que le impone el INVU y tienen la experiencia y por el otro lado va a
estar el INVU que va a defender.
Lamentablemente lo vienen haciendo en todas las municipalidades, ya todas
están aplicando esa dirección es que metió el INVU ese reglamento.
Nosotros en el momento que estaba por salir nosotros hicimos el reglamento se
recuerdan, lo probaron después se derogó, después se volvió a reponer,
Lamentablemente o sea hay que respetar la ley pero a mí me parece que
debemos de hacer una defensa y lo principal es traer ambas partes y que ojalá
expongan aquí y también para nosotros exponer con el plan regulador nuestro,
porque si el plan de regulador nuestro está y se aprueba, eso va a venir a resolver
muchísimas cosas.
Lamentablemente, o sea, al INVU le sirve dormir el plan regulador, porque
entonces ahora ellos aplican ese reglamento, las Municipalidades que no tienen
plan regulador el INVU va a aplicar el reglamento y lamentablemente van a salir
perjudicados muchos habitantes del cantón, no por ese Concejo, no por esta
Administración sino por una directriz que emite el INVU que hay que respetarla.
Lamentablemente por más que queramos salimos y jurídicamente hay que
respetar o sea la directriz, o se impugna y nos dan la razón, que no la dieron
porque al final se recurrieron y entonces ellos se armaron bien Lamentablemente
la sala les da la razón, entonces ahora lo que queda es aplicar, pero a mí me
parece que hay que sentarlos primero, antes de tomar una decisión. El Concejo
es soberano y el Concejo toma la decisión pero me parece que lo más sabio es
convoquemos al INVU, convoquemos al Colegio de Topógrafos y nos sentemos
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ná) 285.
PAGINA N0194 ACTA N%35 Ordinaria. 25-05/2 >
ahí para ver qué es y qué sale de eso, porque al final ejemplo: la gente dé la parte
urbana van a tener que pagar, ir al INVU y pagar el plano para que se lo visen y
después de que lo visen, lo pasan a la Municipalidad y ¿cuándo el INVU está en
capacidad para llegar y recibir un plano y resolverlo en 10 días?, No creo, no tiene
la gente.
Entonces resulta que los otros que son de zonas rurales, que está fuera del plan
este que están proponiendo ellos, entonces vienen a la Municipalidad, entonces
vamos a tener entre iguales, gente desigual ¿por qué? Porque a unos se le va a
cobrar y a otros no se les va a cobrar, entonces es un poco complicado de
aplicación.
Entonces a mí me parece que lo más sabio es convocar y ellos van a tener que
venir y que nos expliquen y expongan y ya de una vez con las exposiciones el
Concejo toma la decisión y que no va a perjudicar al Concejo Municipal, a la
alcaldía y a la gente del pueblo.
Reg. Reynaldo Benavides Vargas.
Antes de hacer el comentario, para contribuir quiero avalar la propuesta del señor
alcalde, me parece importante y me parece importante invitar a la Asociación
de topógrafos, porque creo que uno como regidor si no sabe de un tema pues
tiene que buscar ayuda y es lo más sabio por lo tanto, yo avalo la propuesta del
señor alcalde para que se dé tiempo y se convoque al INVU y se invite a la
Asociación de Topógrafos, porque aquí no se trata de quién tiene más fuerza sino
cómo favorecemos la mayoría de este cantón. Gracias
Reg. Alfredo Calderón Alfaro.
Compañeros yo entiendo la posición de Randall, excelente, porque
desgraciadamente en este país las leyes se hacen detrás de un escritorio, no
hacen consultas al pueblo ni a otros personajes que conocen del sistema, pero
ahora, se habla de la Autonomía de la Municipalidad, yo digo que nada que ver,
la posición mía sería semiautónomas porque estamos regidos por los aparatos
estatales.
Así es que, también yo apoyaría la posición de Manuel que es invitar a esta gente
porque realmente ellos son y que se le ponga ahí en la invitación que urge la
presencia de ellos.
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PAGINA N*195 ACTA N*35 Ordinaria.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
AS
Voy a hacer un receso hasta por cinco minutos.
Nota de Secretaría: al ser las 18:47 se procede a dar un receso, inicia la sesión al
ser las 18:52.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Estálbamos discutiendo un documento anteriormente y en la discusión del tema el
compañero Randall Torres hizo una propuesta y luego don Manuel también que
va en la misma línea entonces es una propuesta avalada por Reinaldo y por el
compañero Torres que hace el señor alcalde, la propuesta es la siguiente:
PROPUESTA +1:
“Que se llame al presidente ejecutivo del INVU, al presidente(a) del
Colegio de profesionales de topógrafos de Costa Rica, a la Asociación de
Topografía del cantón de Pococí (2 o 3 representantes), a los compañeros
técnicos de la Municipalidad de Pococí a una mesa de trabajo y que se le
pida a la señora Auditora 15 días más de prórroga por la Advertencia que
nos había mandado que teníamos que tener en 10 días un resultado, el
próximo jueves 01 de junio a las 3:00 pm en la sala de sesiones del Concejo
Municipal de Pococí, y que se le ponga en el acuerdo al presidente
ejecutivo del INVU que la presencia de él es de carácter urgente para esta
Municipalidad ya que tenemos una advertencia y que debemos
resolverla.”
Los que estén a favor se acuerdo, favor levantar la mano.
Por mayoría de 6 votos a favor, 3 votos en contra (Votan en contra los regidores Yaslyn
Morales Grajal, Juan Luis Gómez Gómez y Jose A. Bustos Marfínez) SE ACUERDA: Aprobar
la propuesta del señor alcalde Manuel Hernández Rivera avalada por los regidores
Reinaldo Benavides Vargas y Randall Torres Barrientos para que se convoque al
presidente(a) ejecutivo del INVU, al presidente(a) del Colegio de profesionales de
topógrafos de Costa Rica, a la Asociación de Topografía del cantón de Pococí (2
o 3 representantes), a los compañeros técnicos de la Municipalidad de Pococí a
una mesa de trabajo de manera presencial a realizarse el Jueves 01 de junio a las
3:00 pm en la sala de sesiones del Concejo Municipal de Pococí. Además, se le
solicita a la señora Auditora Interna, una prórroga de 15 días más por la
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*196 ACTA N*35 Ordinaria.
AR proa
Advertencia N%2-2023 sobre reglamentación interna para el Control de
Fraccionamiento de la Municipalidad de Pococí.
Aunado a este acuerdo se le informa al señor presidente ejecutivo del INVU que
su presencia es de carácter urgente debido a que, el Concejo Municipal de
Pococí, debe resolver la advertencia realizada por la Auditora Interna. Se Dispensa
del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
La segunda propuesta que estábamos leyendo era tomar el siguiente acuerdo:
PROPUESTA +$2:
“De conformidad con lo expuesto por la Auditoría Interna de
esta municipalidad en el oficio: Al-095-2023 del 11 de mayo de 2023,
se hacen propios los argumentos de hecho y de derecho allí expuestos
de conformidad con el artículo 136.2 de la Ley General de la
Administración Pública, en consecuencia, se resuelve derogar el
Reglamento para el control de fraccionamientos de la Municipalidad
de Pococí publicado en la Gaceta 188 del 31 de julio de 2020.
Publíquese este acuerdo en La Gaceta.”
Los que estén de acuerdo por favor levantar la mano
Por mayoría de 6 votos en contra 3 votos a favor (Votan a favor los regidores Yaslyn
Morales Grajal, Juan Luis Gómez Gómez y Jose A. Bustos Martínez) SE ACUERDA: Se
rechaza la propuesta.
ACUERDO N* 921
Se conoce Reglamento para Contferir Distinciones Honoríficas en el Cantón de
Pococí, dice:
REGLAMENTO PARA CONFERIR DISTINCIONES HONORÍFICAS
EN EL CANTÓN DE POCOCIÍ
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*197 ACTA N*35 Ordinaria.
CAPÍTULO |
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. El presente reglamento establece las normas y procedimientos
bajo los cuales el Concejo Municipal de Pococí otorgará distinciones honoríficas
para premiar a las personas u organizaciones por su labor altruista y desinteresada
a favor de la nación, el cantón o la comunidad, en los campos cultural, ambiental,
científico, artístico, deportivo, económico, profesional, social, derechos humanos
o político.
Artículo 2. Carácter de las distinciones honoríficas. Las distinciones reguladas en el
presente reglamento tienen carácter exclusivamente honorífico, no derivándose
de su otorgamiento derecho alguno al beneficiario o responsabilidad hacia el
Gobierno Local.
Artículo 3. Clasificación de las distinciones honoríficas. Las distinciones honoríficas
serán máximas, notorias, declaratoria de interés cultural o cantonal.
Artículo 4. Distinciones honoríficas máximas. Las distinciones honoríficas máximas
serán las designaciones de "Hija o Hijo Predilecto del Cantón" y de "Ciudadana o
Ciudadano Distinguido del Cantón. Adicionalmente, podrán obtener a criterio del
Concejo Municipal, alguno de los reconocimientos del artículo 7 de este
reglamento.
Artículo 5. Distinciones honoríficas notorias. Las distinciones honoríficas notorias
serán aquellos que se pueden otorgar, por un acto específico como señal de
gratitud del municipio. Serán los siguientes:
a) Reconocimiento a la excelencia académica, el cual se otorgará al
estudiantado de instituciones educativas del cantón por su desempeño
académico o su esfuerzo y dedicación.
b) Reconocimiento a la excelencia deportiva, el cual se otorgará a aquellas
personas deportistas que alcancen un éxito nacional, regional o internacional en
la disciplina que practiquen o para quienes pródigamente fomentan de manera
especial la práctica del deporte.
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PAGINA N*198 ACTA N*35 Ordinaria.
O
c) Reconocimiento al aporte cultural, el arte y música, el cual se otorgará a
quienes sobresalgan en todos los campos de la cultura, con especial atención a
aquellas expresiones culturales autóctonas y la promoción de la diversidad
cultural.
d) Reconocimiento a la protección del medio ambiente, el cual se otorgará a las
personas físicas o agrupaciones en reconocimiento de las acciones especiales
para la conservación del medio ambiente, la lucha contra el cambio climático y
la protección del recurso hídrico.
e) Reconocimiento al mérito ciudadano, el cual se otorgará a las personas físicas
o jurídicas que por una acción específica hayan brindado un aporte
extraordinario al mejoramiento de la calidad de vida de sus semejantes
demostrando con su acción las más nobles virtudes humanas.
f) Reconocimiento al liderazgo y desarrollo comunal, el cual se otorgará a las
personas o grupos comunales que destaquen en la organización vecinal.
g) Reconocimiento al aporte educativo, el cual se otorgará a aquellas personas
por su aporte significativo al mejoramiento de la educación en el cantón.
h) Reconocimiento al aporte por los Derechos Humanos, el cual se otorgará a
aquellas personas u organizaciones por su aporte en la protección y avance de
los Derechos Humanos.
i) Reconocimiento a la valentía ciudadana, el cual se otorgará a quien haya
realizado un acto de valor heroico en beneficio del prójimo con riesgo de su vida
o sacrificio excepcional, con atención particular a casos de desastre y calamidad
pública.
j) Visitante distinguido, el cual se otorgará a personas físicas nacionales o
extranjeras, que, por razones de amistad entre los pueblos, o por el aporte que
estos han realizado en beneficio de la nación, el cantón o la comunidad.
Artículo 6. Declaratoria de interés cultural o cantonal. Podrá otorgarse la
declaratoria de interés cultural o cantonal, como una distinción honorífica, a
aquellas actividades, proyectos u organizaciones que impliquen un aporte a los
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%199 ACTA N*35 Ordinaria
campos cultural, ambiental, científico, artístico, deportivo, económico,
profesional, social, derechos humanos o político del cantón de Pococí.
Artículo 7. Galardones. Conforman los reconocimientos para las distinciones
honoríficas máximas y notorias, los siguientes:
a) Nomenclatura de vías cantonales.
b) Nomenclatura de inmuebles municipales.
c) Efemérides cantonales.
d) Colocación de placas y monumentos.
e) Medallas o pergaminos conmemorativos.
Artículo 8. Comisión Especial de Distinciones Honoríficas. La Comisión Especial de
Distinciones Honoríficas es el órgano encargado de recomendar al Concejo
Municipal el otorgamiento de las distinciones honoríficas contemplados en el
presente reglamento. Será dirigida por una persona integrante del Concejo
Municipal y seguirá los lineamientos del Reglamento de Sesiones del Concejo
Municipal del Cantón de Pococí.
Artículo 9. Integración de la Comisión Especial de Distinciones Honoríficas. La
Comisión Especial de Distinciones Honoríficas estará integrada por tres o cinco
personas integrantes de distintas fracciones políticas del Concejo Municipal.
Adicionalmente, podrán ser designadas como asesorías de la comisión, personas
del cantón con reconocida trayectoria en los distintos temas establecidos en el
presente reglamento.
CAPÍTULO Il
Requisitos y procedimiento para conferir Distinciones Honoríficas
Artículo 10. Otorgamiento de distinciones honoríficas máximas. Las distinciones
honoríficas máximas son excepcionales, se otorgarán con un plazo mínimo de dos
respecto de la última distinción de este tipo conferida, en la sesión que para tales
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*200 ACTA N*35 Ordinaria. >
efectos acuerde el Concejo Municipal previa recomendación de la Comisión
Especial de Distinciones Honoríficas.
Artículo 11. Postulación para distinciones honoríficas máximas. Toda persona
mayor de edad con domicilio en el cantón o persona integrante del Concejo
Municipal podrá postular una candidatura para las distinciones honoríficas
máximas. La Secretaría del Concejo Municipal recibirá por medio físico o
electrónico, toda postulación para distinciones honoríficas máximas. El expediente
de cada candidatura será enviado a cada una de las fracciones políticas
representadas en el Concejo Municipal.
Artículo 12. Plazo para la postulación a distinciones honoríficas máximas. El
Concejo Municipal, previa recomendación de la Comisión Especial de
Distinciones Honoríficas, fijará las fechas con el plazo que estimen razonable para
la recepción de postulaciones. Cerrado el plazo no se admitirá ninguna
postulación, a menos que así se acuerde por unanimidad de votos del Concejo
Municipal.
Artículo 13. Requisitos de la postulación para distinciones honoríficas
máximas. Dicha postulación deberá indicar al menos:
a) Cumplir con los requisitos indicados para cada reconocimiento.
b) Nombre completo, número de cédula de la persona, institución u organización
postulante y postulada.
c) Hoja de vida.
d) Información sobre la trayectoria y participación de la persona que, a criterio
del postulante justifiquen el eventual otorgamiento a la candidatura propuesta.
e) Documentación, certificaciones, fotografías, testimonios, archivos
audiovisuales, registros y constancias del Archivo Nacional, entrevistas en medios
escritos, y cualquier otra documentación que respalde la postulación.
f) Correo electrónico para notificaciones.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*201 ACTA N*35 Ordinaria.
Artículo 14. Requisitos para el reconocimiento de "Hija o Hijo Predilecto". Las
candidaturas para el reconocimiento de "Hija o Hijo Predilecto" deberán cumplir
los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad.
b) Ser una persona nacida en el cantón de Pococí y contar con residencia
permanente y continua de al menos quince años.
c) Haber trabajado en cualquier campo del quehacer comunal.
d) Que el trabajo nacional, cantonal o comunal realizado de forma voluntaria,
represente un aporte excepcional para el desarrollo o mejoramiento cualitativo
del área en que se desempeñó y goce de reconocimiento público.
Artículo 15. Requisitos para el reconocimiento de "Ciudadana o Ciudadano
Distinguido". Las candidaturas para el reconocimiento de "Ciudadana o
Ciudadano Distinguido" deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad.
b) Ser una persona residente del cantón de Pococí por al menos en forma
permanente y continua, con un mínimo de diez años de residencia.
c) Haber trabajado en cualquier campo del quehacer nacional, cantonal o
comunal de forma destacada y continua.
d) Que el trabajo nacional, cantonal o comunal realizado de forma voluntaria,
represente un aporte excepcional para el desarrollo o mejoramiento cualitativo
del área en que se desempeñó y goce de reconocimiento público.
Artículo 16. Trámite de distinciones honoríficas máximas. Con el fin de evaluar las
postulaciones para distinciones honoríficas máximas, la Comisión Especial de
Distinciones Honoríficas se reunirá de manera ordinaria según lo acuerden sus
integrantes y de forma extraordinaria cuando sea necesario. En caso de requerirlo,
la comisión podrá convocar a audiencia a la persona postulante con el fin de
aclarar lo que corresponda respecto de la postulación.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*202 ACTA N*35 Ordinaria.
Artículo 17. Recomendación y declaratoria de distinciones honoríficas
máximas. La Comisión Especial de Distinciones Honoríficas emitirá su dictamen
con al menos sesenta días naturales de antelación a la fecha de la sesión
programada para su otorgamiento, el cual será conocido en la sesión ordinaria
inmediata siguiente del Concejo Municipal. El acuerdo para el otorgamiento de
una distinción honorífica máxima requerirá de mayoría calificada de las personas
integrantes del Concejo Municipal. Esta disposición también regirá para las
distinciones honoríficas notorias.
zo
Artículo 18. Otorgamiento de distinciones honoríficas notorias. Las distinciones
honoríficas notorias se otorgarán en la sesión del Concejo Municipal convocada
al efecto, previa recomendación de la Comisión Especial de Distinciones
Honoríficas, de acuerdo con la fecha en que se acuerde.
Artículo 19. Postulación para distinciones honoríficas notorias. Toda persona mayor
de edad con domicilio en el cantón o persona integrante del Concejo Municipal
podrá postular una candidatura para las distinciones honoríficas notorias, misma
que será recibida por la Secretaría del Concejo.
Artículo 20. Plazo para la postulación a distinciones honoríficas notorias. Las
postulaciones para distinciones honoríficas notorias podrán ser recibidas en
cualquier momento, pero su consideración dependerá de la calendarización que
el Concejo Municipal, previa recomendación de la Comisión Especial de
Distinciones Honoríficas, acuerde para su otorgamiento.
Artículo 21. Requisitos para proponer la declaratoria de interés cultural o
cantonal. Serán requisitos para proponer la declaratoria de interés cultural o
cantonal los siguientes:
a) Nombre completo, número de cédula de la persona, institución u organización
postulante y postulada.
b) Recuento histórico del proyecto, actividad u organización.
c) Periodicidad y antigúedad del proyecto, actividad u organización.
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PAGINA N*203 ACTA N*35 Ordinaria. 25-05-2023
d) Información sobre la trayectoria del proyecto, actividad u organización que, a
criterio de la persona postulante justifiquen el eventual otorgamiento a la
candidatura propuesta.
e) Documentación, certificaciones, fotografías, testimonios, archivos
audiovisuales, registros y constancias del Archivo Nacional, entrevistas en medios
escritos, y cualquier otra documentación que respalde la postulación.
f) Correo electrónico para notificaciones.
g) En caso de organizaciones que sean postuladas, deberán tener un mínimo de
diez años de trayectoria cantonal desde su fundación
Artículo 22. Procedimiento para el otorgamiento de la declaratoria de interés
cultural o cantonal. La propuesta o postulación para el otorgamiento de la
declaratoria de interés cultural o cantonal, será conocida por el Concejo
Municipal y trasladada a la Comisión Especial de Distinciones Honoríficas para su
análisis y dictamen.
CAPÍTULO Il
Disposiciones Finales
Artículo 23. Revocatoria de distinciones honoríficas. Las distinciones honoríficas
podrán ser revocados por actos o manifestaciones contrarias a los motivos que
justificaron la concesión. Lo anterior se tramitará mediante la instauración de un
procedimiento administrativo, el cual recomendará al Concejo el acuerdo
correspondiente. Dicho acuerdo deberá ser tomado por mayoría calificada de
votos del Concejo Municipal.
Artículo 24. Registro de distinciones honoríficas. Corresponde a la Secretaría
Municipal llevar el registro del otorgamiento de distinciones honoríficas y su
revocatoria, mismo que deberá ser publicado en los medios electrónicos oficiales
de la Municipalidad. De igual manera, estará facultada para emitir certificaciones
de dicho registro.
Artículo 25. Del presupuesto. La administración preverá en el presupuesto ordinario
de cada año las partidas presupuestarias específicas para ejecutar lo dispuesto
en el presente reglamento, respetando la disponibilidad de recursos y lo dispuesto
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*204 ACTA N*%35 Ordinaria. ee
en el artículo 112 del Código Municipal y el artículo 110 inciso f) de la Ley de
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos.
Artículo 26. Las distinciones honoríficas otorgadas previo a la publicación de este
reglamento se mantendrán vigentes, sin embargo, no será obligación de la
municipalidad aplicarles esta normativa en cuanto al otorgamiento de
galardones.
Este reglamento entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
Participan de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Para hoy habíamos hablado de un Reglamento para Conferir Distinciones
Honoríficas en el Cantón de Pococí, disposiciones generales, esto es un
reglamento que consta de 26 artículos.
A todos se los mandamos a sus correos y también nos dieron unas copias ahora,
no sé si alguien tiene algo que objetar de este reglamento. Este reglamento lo hizo
el licenciado Christian Córdoba, que lo obtuvo algo similar de alguna otra
municipalidad, entonces lo que estén de acuerdo en aprobar este reglamento,
por favor levantar la mano. Me imagino que esto tiene que ser publicado dos
veces, entonces que Magdgally para que no tenga que volver aquí, que lo
publiquen la primera vez, cuando le den el visto bueno sea publicado por
segunda vez, sin que tenga que venir al Concejo.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el Reglamento para Conferir Distinciones
Honoríficas en el Cantón de Pococí. Que se publique en el Diario Oficial La Gaceta.
Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 922
Se conoce nota suscrita por la señora Evelyn Vega, del Comité Comunal El
Malagueño, teléfono: 8576-7374, correo electrónico: vivivega2074gmail.com,
dice:
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*205 ACTA N*35 Ordinaria.
os
Asunto: Solicitud para ser tomados en cuenta en un próximo presupuesto para
finalizar los trabajos restantes y tratamiento asfáltico para la calle.
Am
Balastre, 4 de mayo del 2023
Señor:
Manuel Hernández Rivera
Alcalde de Pococí
Estimado señor alcalde: y lor Se Jo Muni e pa (
Nos es grato dirigirnos a su autoridad, para manifestarle a usted, a la ingeniería
municipal y colaboradores, nuestra satisfacción por el tratamiento realizado a
nuestra calle del Malagueño.
Años han pasado de múltiples gestiones ante nuestra municipalidad y no es hasta
el actual gobierno local, que se brinda tan alentador soporte a la comunidad.
Entendemos perfectamente la carga social que implican para la municipalidad la
infraestructura vial del cantón y otras obras y por ello aceptamos, con respeto y
satisfacción, el trabajo realizado, teniendo clara la necesidad de dar un compás
de espera para lo que ha quedado pendiente.
Abogamos la esperanza de que para el próximo presupuesto se nos tome en
cuenta para así concluir el compromiso original de terminar la sección de ingreso y
el carpeteado asfáltico. De hecho, está previsto en nuestros cálculos y con el
respaldo del comité de caminos de esta comunidad, que el proyecto integral de la
calle; con sus aceras, áreas verdes, ornamentales, alcantarillado, control sanitario
y ambiental, responde a un proceso que requiere tiempo, inversión, planificación y
compromiso de ambas partes.
En virtud de lo indicado, esperamos contar con el apoyo municipal para que se
nos cumpla con los objetivos que nos hemos propuesto, para lo cual contamos
con la inclusión del trabajo pendiente en el presupuesto a ejecutar el próximo año
Con un sincero agradecimiento
Están a
P/ Comité Comunal EL Malagueño
NOTIFICACIONES:
vivivega207(M gmail.com / 85767374
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios.
L Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*206 ACTA N%35 Ordinaria.
ACUERDO N* 923
.a
Se conoce nota suscrita por la señora Laura Catalina Rojas Araya, secretaria del
Concejo Municipal de Oreamuno, correo electrónico:
laura.rojaseoreamuno.go.cr, dice;
Oficio: Oficio MUOR-SCM-0560-2023
Asunto: Voto de apoyo para que el cantón de Oreamuno se declare libre de
acoso, violencia y hostigamiento, político, en toda la jurisdicción del Cantón y en
cualquier actividad de tinte social, político, económico, ambiental, entre otros.
Oreamuno, 25 de mayo del 2023
Oficio MUOR-SCM-0560-2023
Página 1 de 3
Señores(as)
CONCEJOS MUNICIPALES DEL PAIS “O
RED DE MUJERES MUNICIPALISTAS”O
Estimados(as) señores(as):
La suscrita Secretaria se permite transcribir a ustedes para su conocimiento y fines
consiguientes el Inciso 3*, del Artículo Vil, Acuerdo No.1937-2023, estipulado en la Sesión
Ordinaria No.246-2023, celebrada por el Concejo Municipal el dia 23 de mayo del 2023, que
literalmente dice:-
INCISO 3?: ACUERDO No.1937-2023: MOCIÓN PRESENTADA POR EL SEÑOR ERICK
JIMÉNEZ VALVERDE, ALCALDE MUNICIPAL Y LA REGIDORA SUPLENTE BEATRIZ
SILESKY GONZALEZ, APOYADA POR LOS REGIDORES PROPIETRIOS ILEANA
BONILLA GÓMEZ, KAREN MARTÍNEZ BONILLA, MELANIA OBANDO SOLANO,
CRISTIAN MATA GUZMÁN, CARLOS PÉREZ HERNÁNDEZ; REGIDORES SUPLENTES
GABRIELA VALVERDE GUILLÉN, ADRIÁN MASIS SILES, JUAN BRENES ARAYA,
MARIBEL CALVO RAMÍREZ; SÍNDICO PROPIETARIOS JOSÉ MONGE LEITÓN, JAIRO
ABARCA MÉNDEZ, ISAAC NÚÑEZ QUIRÓS, EDUARDO RAMÍREZ MONTENEGRO,
MARTÍN MONTENEGRO FIGUEROA; SÍNDICOS SUPLENTES ISABEL PÉREZ
GRANADOS, ADRIANA RUÍZ VEGA, ARELLYS MORA JIMÉNEZ Y YORLENY
GRANADOS REDONDO,
CONSIDERANDO QUE:
4- Según las Nacional Unidas, la Violencia Psicológica consiste en provocar miedo a
través de la intimidación; amenazar con causar daño fisico a una persona, su pareja o
sus hijas o hijos, o con destruir sus n las y bienes; en a una p a
maltrato psicológico o en forzarla a aislarse de sus amistades, de su familia, de la
escuela o del trabajo. Por otra parte, también define la Violencia Emocional como
aquella práctica que consiste en minar la autoesima de una persona a través de
críticas eninfravalorar sus: ji insultaria o: aotros tipos
de abuso verbal; en dañar la relación de una pareja con sus hijas o hijos; o en no
permitir a la pareja ver a su familia ni a sus amistades. caen
Portal web:
WINW OTERO $01
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*207 ACTA N935 Ordinaria.
lí MUNICIPALIDAD Oreamuno, 25 de mayo del 2023
% DE OREAMUNO Oficio MUOR-SCM-0560-2023
Página 2 de 3
2-  LaLey contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia N*7476,
en su fundamento indica la importancia de los principios constitucionales del respeto
por la libertad y la vida humana, el derecho al trabajo y el principio de igualdad ante la
ley, los cuales obligan al Estado a condenar la discriminación por razón del sexo y a
establecer politicas para eliminar la discriminación contra la mujer, según la
Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer y la Convención interamericana para prevenir, sancionar
y erradicar la violencia contra la mujer.
3-  LaLey para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en
la política N*10235, en su artículo +4 indica que se entiende por: a) Violencia contra
las mujeres en la política: toda conducta, sea por acción, omisión o tolerancia, dirigida
contra una o varias mujeres que aspiren o estén en ejercicio de un cargo o una función
pública, que esté basada en razones de género o en la identidad de género, ejercida
de forma directa, o a través de terceras personas o por medios virtuales, que cause
daño o sufrimiento y que tenga como objeto o como resultado menoscabar o anular el
reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos políticos, en uno o en varios de los
siguientes supuestos, b) Discriminación contra las mujeres: según lo establece la
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la
Mujer, la discriminación contra las mujeres denotará toda distinción, exclusión o
restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el
reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil,
sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las
libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en
cualquier otra esfera. La violencia contra las mujeres basada en el sexo o en el género
configuran también una forma de discriminación contra las mujeres, prohibida por la
citada convención.
4- Que la Municipalidad de Oreamuno viene realizando esfuerzos para priorizar la
equidad, la eliminación de la violencia en todas sus representaciones, la inclusión y el
respeto al ser humano como ente integral en la sociedad. Asimismo, la Municipalidad
mantiene el compromiso de planificar políticas públicas para promover el respeto hacia
las mujeres que participan en procesos electorales, así como aquellas que alcancen
puestos de elección popular.
POR TANTO, MOCIONO PARA QUE:
La Municipalidad de Oreamuno se declare libre de acoso, violencia y hostigamiento, político,
en toda la jurisdicción del Cantón y en cualquier actividad de tinte social, político, económico,
ambiental, entre otros; que se realice dentro del Cantón de Oreamuno, para hacer valer los
derechos, deberes y las penas impuestas en la jurisprudencia nacional, para atacar estos
actos reprochables que atentan contra la estabilidad emocional de las mujeres. --------—...-—-
Notifíquese a todos los concejos municipales del país y a la de Mujeres Municipalistas. ---—--
Teléfono: Correo electrónico:
+ (506) 25510730, ext. 109 Secretaria: laura.rojas(Doreamuno.go.cr Portal web:
Telefax directo:
2551-8907 Concejo Municipal: concejomunicipalZoreamuno.g0.cr www.oreamuno.go.cr
Dirección Cc > sur del Parque de Sa Avenida 9A, Calle 3:
Rica,
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PAGINA N*208 ACTA N*35 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD Oreamuno, 25 de mayo del 2023
DE OREAMUNO Oficlo MUOR-SCM-0560-2023
Página 3 de 3
Con dispensa del trámite de comisión, se dedare definitivamente aprobado y en firme,
apliquese el articulo 45 del Código Municipal.
Se somete a votación la dispensa del trámite de comisión, es aprobado por
unanimidad.
Se somete a votación el fondo de la moción, es aprobada por unanimidad. —=ummrmraoo
Se somete a votación aplicar el artículo 45 del Código Municipal, para declarar el
acuerdo como definitivamente aprobado. es aprobado por unanimidad. ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME. eS
Atentamente,
LAURA Femado Sgtabrrte
CATALINA Pau CAraina
ROJAS ARAYA Fons maposos
(FIRMA) Moa 507
LAURA ROJAS ARAYA
SECRETARIA CONCEJO MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Correo electrónico:
730, ext 109 |
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo a la moción del Concejo
Municipal de Oreamuno. Notifíquese al interesado.
ACUERDO N* 924
Se conoce nota suscrita por la señora Ma Rosaura Rodríguez Zúñiga, presidenta de
la Asociación de Desarrollo Integral Colonia Zeledón, Lagos, teléfono: 8608-0987,
correo electrónico: adicoloniazleyahoo.com, dice:
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PAGINA N*209 ACTA N*35 Ordinaria.
Asunto: Invitación a reunión para tratar asuntos sobre mantenimiento de puente
sobre Río de Guápiles en Colonia Zeledón, exoneración de permisos de
construcción del salón comunal, mantenimiento de camino, solicitud de donación
de play y enmallado para plaza de deportes.
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL
COLONIA ZELEDÓN LOS LAGOS
CARIARI, POCOCÍ, LIMÓN CÉDULA JURIDICA 3-002-701255
Señores(as)
Vicealcaldes
Presidenta del consejo municipal
Regidores
Estimados señores(as)
Es un honor y un privilegio saludarles cordial y respetuosamente.
La junta directiva de la Asociación de Desarrollo Integral Colonia Zeledón Lagos le extiende la
invitación a una reunión de trabajo con el objetivo de dialogar sobre varios asuntos muy
importantes para el futuro de nuestras comunidades.
La fecha de la reunión es: 12 de junio 2023
Hora: 2:00 pm
Lugar: Iglesia Evangelio Completo Colonia Zeledón
Los asuntos a tratar son:
. Mantenimiento del puente sobre el Río Guápiles en Colonia Zeledón
. Exoneración del permiso de construcción del Salón Comunal
. Mantenimiento del camino
. Donación de un play y el enmallado de la plaza Colonia Zeledón
Se despiden muy agradecidos de antemano
M2 Rosaura Rodriguez Zúñiga. Geanina Barrios A.
Presidenta Secretaria
Tel: 86080987 Tel: 27676974
Correo: adicoloniazlO yahoo.com
AD. COLONIA ZELEDÓN LAGOS
[CÉD, JUR:3-002:701255 « CÓD: 3585
FUNDADA El 25/01/2015
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PAGINA N*210 ACTA N935 Ordinaria.
Participa de la palabra:
as
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Me gustaría que tal vez la síndica de Roxana, porque estos es jurisprudencia de
Roxana verdad Colonia Zeledón, que ojalá pueda asistir. Ellos tienen cuatro temas
y que pueda asistir con su compañero, o sino su compañero si usted no puede.
Mantenimiento de puente sobre Río de Guápiles, exoneración de permisos de
construcción del salón comunal, mantenimiento de camino, solicitud de donación
de play y enmallado para plaza de Colonia Zeledón, el 12 de junio a las 2:00 p.m.
en la Iglesia Evangelio Completo.
Sería muy bueno que los que podamos acompañarlos, vayamos y me dicen para
que coordinemos el transporte porque sí es un poquito largo, entonces hay que
apoyarlos, es una comunidad que gracias a Dios ya está saliendo adelante con
el tema de la seguridad jurídica que por muchos años no tenían el acceso y ya
están trabajando en eso y están saliendo adelante.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Queda abierta la invitación.
ACUERDO N* 925
Se conoce nota suscrita por el señor Willis Rankin, cédula de identidad: 7-0071-
0772, vicepresidente de la Cámara de Turismo y Comercio de Tortuguero, correo
electrónico: allrankinstoursehotmail.com, dice:
Asunto: Oposición al Reglamento de Impuestos Municipales del Cantón de Pococí
para el otorgamiento de permisos temporales en las zonas clasificadas como
especiales al amparo de las Leyes 9477 y la Ley 10.000.
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mua
Tortuguero, 24 de mayo 2023
Concejo Municipal de PococÍ
Estimados señores y estimadas señoras
Por medio de la presente, Willis Bernard Rankin González en mi condición de
representante de la Cámara de Turismo de Tortuguero, y los vecinos, todos comerciantes,
que se presentaron en la reunión de anoche para analizar el reglamento que nos presentó
el Concejo Municipal, nos presentamos a manifestar nuestra oposición al Reglarmento de
Impuestos Municipales del Cantón de Pococí para el otorgamiento de permisos
temporales en las zonas clasificadas como especiales al amparo de las leyes 9477 y la ley
10.000, informaron ustedes en el Salón Multiuso el recién pasado viernes 19 de mayo del
año 2023, sesionando en Tortuguero el Consejo Municipal a las 19 horas, con base en lo
siguiente:
1- Consideramos discriminatorio y con un trato desigual, que algunos negocios, por
ejemplo, en zonas al lado de la Laguna le han otorgado patentes comunes, estando
en zonas clasificadas como especiales.
2- Que una patente en precario podrá ser revocada en cualquier momento que la
Municipalidad lo decida.
3- Tanto Barra de Tortuguero como otros pueblos cercanos, han venido operando sus
negocios al margen del artículo 88 del Código Municipal.
4- ¿Siendo una patente temporal repetimos, pueden revocarla la Municipalidad de
PococÍ cuando deseen y que Implicaciones tendría para las personas
comerciantes? El cierre del negocio, no poder operar el mismo, o cobro de
mayores multas,
5- Cuáles serían los cánones a pagar por negocio, esto no fue informado por ustedes.
6- Es entendible que se deba regular la actividad lucrativa en estas zonas, lo
discriminatorio es que no estas patentes no sean permanentes como el resto de
patentes ya otorgadas por ustedes. A
7- Que pasa con los locales comerciales ya construidos que necesitan mantenimiento
O mejoras porque según este reglamento no se permiten construcciones.
En espera de su respuesta se despide de ustedes,
Notificaciones
«recibiremos al email: AllrankinstoursEhotmail.com
mente
Willis Rankin, Cédula 7 0071 0772
Vicepresidente de la Cámara de Turismo y comercio de Tortuguero
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PAGINA N*212 ACTA N935 Ordinaria.
Participan de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Solamente quisiera decir que, voy de darle la palabra al regidor Torres, pero ante
decir que bueno, nosotros este reglamento lo socializamos, tratamos de incluir al
pueblo, estuvieron metidos comerciantes.
Los canones no van a ser más caros ahí que en Guápiles centro, por ejemplo ya
hay una tasa de cobro de patentes, o sea el hecho que ellos tengan un
reglamento especial no es que estamos haciendo la diferencia en temas de
cobros verdad, eso para que quede claro ahí.
Se conoce esta nota, le voy a dar la palabra a Randall y luego a Juan Luis.
Reg. Randall Torres Barrientos
Muchas gracias, señora presidenta, si tal vez es que bueno en la sesión no se
pudieron atender todas las inmensidad de consultas que tiene la gente, es
entendible que la gente tenga dudas. Por ejemplo el otorgamiento de una
patente a título precario nosotros la damos aquí.
Igual acá cuando le damos la patente por ejemplo los minisúper las hacemos por
tres o seis meses, medimos cuál es el comportamiento del patentado, que no haya
pleitos, que no vendan por ejemplo licor a menores de edad o a personas fuera
del horario establecido. Son un montón de aspectos que están en la ley de
comercialización de bebidas alcohólicas, deberían de darle una lectura para que
vean toda la implicación, el monto que se paga es el monto que está establecido
para todas las patentes, creo que es un 0.020 si no me equivoco por cada millón
verdad se paga una un monto establecido, no es un monto siento yo que oneroso
que eso le da derecho a operar.
Por ejemplo antes no se tenía nada para operar, antes los restaurantes vendían
licor sin nada, la muni no ganaba nada, ¿qué es lo que gana la persona que va
a obtener la patente? Se va a legalizar, si tiene que hacer un trámite de crédito
va a tener un documento, inclusive un uso de suelo, que dice que tiene una
patente, entonces ya va a poder tener acceso para remodelar si tiene un hotelito,
remodelar el hotelito con más habitaciones, los bancos les van a dar crédito, en
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PAGINA N*213 ACTA N*35 Ordinaria.
todas las demás regulaciones que se tengan, por ejemplo el Ministerio de
Economía les otorga una condición también de pymes que también les da
beneficios, los impuestos que pagan también son menores, les dan
capacitaciones y creo que hay una inmensidad de cosas que pueden obtener,
¿qué es lo que tienen que hacer? iniciar con el trámite inmediatamente, conseguir
los documentos, el plano, que se decida y todos los demás documentos y probar.
No tener miedo, no vean a la municipalidad como un enemigo, no, nosotros
somos amigos de todos, lo que queremos es... y por qué pedimos por ejemplo lo
de MINAE, porque tiene que certificarse que usted está en una zona apta, no le
vamos a dar obviamente a una persona que esté en una zona frágil o una zona
impactada, desgraciadamente no le vamos a poder porque va a tener una
afectación al ambiente.
Lo que les digo, el mensaje a la Asociación, si necesitan más capacitación o un
funcionario que vaya, o si yo tengo que ir yo voy también, voy allá a asesorarlos,
a evacuar dudas, acompaño a Vera y a su equipo, gran equipo que tiene,
Ademar, Gaudi, excelentes funcionarios. Darnos la oportunidad, conózcanos y
vean a ver que nosotros lo que tenemos son buenas intenciones para que cada
persona se desarrolle en su pequeño o mediano negocio, muchas gracias.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Yo sé que este Concejo y el departamento de Patentes tuvo una buena intención,
pero cuando yo me senté en ese salón y escuché algunas evacuaciones que no
se dieron, me sentí muy mal porque eso hizo que después me llovieran ese montón
de mensajes, de inclusive donde estaban los compañeros después de la sesión,
ahí me subieron las fotos y me preocupa mucho porque sí tiene razón este
documento, les voy a explicar compañeros, sí tiene razón la manifestación que
están haciendo.
Por ejemplo, ahí hay patente que se han entregado en el pasado a como se han
entregado aquí en el centro de Guápiles y ahora ir a entregar patentes de uso
precario, ya verdaderamente es un acto discriminatorio. También es un acto
discriminatorio de que tres meses y tienen que renovar la patente, Dios mío por
favor juepucha, quiere decir que los tres meses según el trámite si no es nada ágil
van a tener que salir tres, cuatro veces y van a perder un montón de días la gente
ahí.
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PAGINA N*214 ACTA N*35 Ordinaria. 0
E e
Entonces no, compañeros definitivamente yo con todo el cariño y respeto que le
tengo a los funcionarios públicos siento que este trabajo producido tenía que
haber sido mejor y con el personal que tenemos nosotros puede ser mejor, tal vez
nos apresuramos, pero sí tiene sus falencias y yo compañeros tengo que aceptar,
yo me sentí muy mal cuando hicieron algunas consultas ahí y no fueron
evacuadas por los funcionarios, quedaron de volver y esas cosas nos hacen lucir
muy mal a nosotros, nos hacen lucir mal como órgano colegiado, nos hacen lucir
mal como una institución llamada Municipalidad de Pococí.
Estoy buscando ahí para enseñarle a la señora presidenta del montón de
comentarios, el montón de cosas, surgió un malestar después de que terminó la
sesión. Lamentablemente diay nosotros queríamos hacerlo mejor, yo iba todo
contento inclusive y fui la vez que me mandó la señora presidenta y la idea era
llevarles una solución, pero si ustedes revisan con paciencia el trabajo que se
presentó, tengan la seguridad que se pudo haber presentado un trabajo mejor,
muchas gracias, señora presidenta.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Solamente para aclarar que las patentes que se dan en Guápiles por ejemplo
también se dan por tres meses y son también en precario y se prorroga, entonces
no se fue a llevar algo diferente ahí. Aquí se dan patentes tres meses y la gente
viene y pide otros tres meses y eso no viene al Concejo ¿por qué? porque ahí
mismo Patentes le hace la prórroga, pero no hay ninguna diferencia en el tipo de
patente que se llegó a Tortuguero, nada más para dejar este claro eso verdad.
No estamos haciendo ninguna discriminación, yo creo que ellos no entendieron la
forma de la Ley 8582 Ley de Patentes de aquí, están todos los requisitos y está lo
que se hace, entonces se fue con todas las mayores intenciones allá a Tortuguero,
viajamos 4 horas en un bote donde no había agua por ejemplo para entrar,
duramos 4 horas o tres horas y media y el esposa de Marcelly se bajaba del bote
a empujar y a la salida igual duramos y también el departamento de Bienestar
Social fue a entregar útiles y materiales didácticos a las escuelas, al colegio, a la
escuela y al CENCI-NAL.
Por ahí andan fotos diciendo que ya empezó la campaña política, no, es que esas
cosas había que llevarlas, ¿cómo íbamos a ir con las manos vacías? una bola que
tenían los chiquitos ahí toda desbaratada, llegaron ahí 10 balones, imagínese, más
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Ai/Pococí
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PAGINA N*215 ACTA N*35 Ordinaria.
A a O
bien solo a la escuela eso es un poquito, deberíamos haber llevado 50 balones,
pero bueno nada más para aclarar, muchas gracias.
Reg. Randall Torres Barrientos
Bueno yo creo que hay mucho desconocimiento con lo que se hizo, porque no
es cierto lo que dice Juan Luis de que la gente va a tener que estar haciendo
viajes, no, porque todo se presenta por correo electrónico, inicia todo con la
elaboración del plano y una vez que se tiene todos los requisitos se sube al correo
y ahí le resuelven, pero qué es lo que pasa, si no se hace el intento la primera vez
se van a seguir quejando de cosas que es que no saben cómo es que funciona
verdad.
Por eso es por lo que yo digo también en un momento dado que sí se tenga
mucha duda, el departamento de Vera puede ir o cualquier otro compañero
para que sigan aclarando dudas y por qué insisto en el tema de la patente en
precario, por ejemplo un bar que empieza a poner música estridente a altas horas
de la noche, fuera de un horario establecido, está violando verdad la Ley de
Patentes.
Una persona que tenga menores de edad en un bar también verdad o que les dé
la una o dos de la mañana y no deje a la gente a dormir qué es lo que pasa ahí,
en ese caso sí vamos a tener que quitarle la patente que está en precario, no se
la podemos dar a un año porque no sabemos qué va a pasar con esa persona,
con ese patentado en todo ese tiempo, entonces por eso es que se da por esos
plazos, pero eso va prorrogándose si usted tiene un buen comportamiento, a usted
le sigue prorrogando la patente, eso sería presidenta.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro
Sí, yo creo que lo que faltó ahí fue planificación antes de, se hubiera hecho una
mesa de trabajo para socializar el reglamento, pero ahí quedó muchas cosas en
tela duda como lo es con MINAE.
La de MINAE le hacían preguntas y decía, diay mándelo para hacer el estudio y
ahí vemos y resolvemos, ahí fue cuando la gente comenzó a decir, se puso
incrédula.
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PAGINA N*216 ACTA N*35 Ordinaria.
Entonces yo lo que le pido a ustedes que tal vez se continúe con esta cuestión y
se den mesas de trabajo, muchas gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Lo que vamos a hacer es que voy a nombrar en comisión a algunos para que
vayan en la mañana a hacer mesas de trabajo porque también hubo un
desconocimiento, o sea las mesas de trabajo las tenían que realizar ustedes.
Usted llegaba, se reunía con la Asociación y traía apuntes verdad, yo por ejemplo
me fui a las escuelas con Mauren, escuchamos, atendimos a la directora a la
escuela, vimos las necesidades de los baños que tienen y posteriormente ellos
llegaron a la sesión a pedir que le ayudáramos, entonces esa era la idea, pero
bueno.
Vamos a nombrar comisiones para que vayan allá, los que quieren ir me dicen,
hacemos una jornada, se va y hacen las reuniones, traen y luego les mandamos
las propuestas, entonces ahí me avisan quiénes quieren ir, los nombramos en
comisión y los mandamos a que vayan a trabajar.
Entonces se conoce esa nota.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce.
ACUERDO N* 926
Se conoce nota suscrita por la MSc. Yamileth Hidalgo Arias, Vicealcalde de la
Municipalidad. de  Pococí, teléfonos: 2710-7182, correo electrónico:
vicealcaldial munipococi.go.cr, dice:
Asunto: Invitación Actividad Preventiva Sembremos Seguridad, San Gerardo La
Rita.
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PAGINA N9217 ACTA N*35 Ordinaria. 25-05-2028."
Municipalidad de Pococí
A
Despacho de la Vicealcaldesa (
a ¿ yamileth.hidalgoQOmunipococi.go.cr yu
Pluye vicealcaldialAmunipococi.go.cr Dl
Teléfono: 2710 7182 pe Po0oa.
Pococí, 24 de mayo de 2023
Señores:
Concejo Municipal
Asunto: Invitación Actividad Preventiva Sembremos Seguridad, San Gerardo La Rita.
Reciba un cordial saludo deseando éxitos en sus labores.
Mediante la presente, hacemos de su conocimiento, que en coordinación
interinstitucional con entidades gubernamentales , fuerzas vivas de las
comunidades , entidades privadas y grupos de apoyos localizados dentro del
cantón en el marco de la Estrategia de Sembremos Seguridad, vinculadas a las
líneas de trabajo según el diagnóstico denominado “Análisis Cantonal Estrategia
Integral de Prevención para la Seguridad Pública Municipalidad de Pococí,” cuyo
objetivo primordial consiste en utilizar dicha herramienta como instrumento de
gestión estratégica, que permita identificar las principales problemáticas que
afectan e inciden ala seguridad y convivencia ciudadana, logrando la integración
de técnicas y heramientas metodológicas, contra la violencia, riesgos sociales,
delitos y otros factores generadores de inseguridad, logrando llevar acabo un
trabajo interinstitucional en gestión comunitaria, para cumplir con las acciones de
la Estrategia Sembremos Seguridad.
Por lo anterior se les invita cordialmente a la actividad preventiva
Sembremos Seguridad, el próximo viernes 25 de mayo del presente año, a partir
8:30 am a 2:00 pm, en plaza de deportes, San Gerardo, La Rita.
Esperando contar son su valiosa presencia, puede confirmar su asistencia a
los teléfonos 2710-7182 // 2713-6560 ext. 146 o a los correos electrónicos
vicealcaldial munipococi.go.cr, yamilet.hidalgofmunipococi.go.cr .
Agradeciendo su atención se despide;
YAMILETH HIDALGO Srmass £otaimanse por ra un ETA.
ARIAS (FIRMA) Peace sr
MSc. Yamileth Hidalgo Arias
Vicealcaldesa
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Por Unanimidad SE ACUERDA: Queda abierta la invitación.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N?218 ACTA N%35 Ordinaria.
ACUERDO N* 927
Se conoce nota suscrita por los señores Juan Carlos Salazar Jiménez, cédula de
identidad: 2-0386-0931, teléfono: 8848-8827, correo electrónico:
mariesehotmail.com, y Gilberto Quesada Alfaro, cédula de identidad: 2-0428-
0185, dice:
Asunto: Solicitud de espacio públicos municipales para realizar presentaciones
musicales.
Señores
Consejo Municipal de Pocoa
Esumados 5eñ
Por este medi saludamos y a la vez, y tamos con todo respeto, se no03 pueda dar un permiso para
realgar auvidades muscales en lugares públicos municpales,
Desde algun tiempo el senor Gilberto Quesada y su servidor Juan Carlos Salazar Jimenez, hemos estado
acalirando la necesidad de que por medoo de presentaciones musicales le podemos aportar 1 Cuit
popular.
des ze realizaran en el momento en que se tenga la dispomidilidacd y por tal metivo del
Puerro
e, que nos faculte pura presentarnos de Íctma Espontanes
¿ tambien que estos espacios 32 puedan aprovechar para pessonas que en su momento reaiman
3 de emprendimiento como venta de artesinids y Mas.
Agradecemos de antemarso la oportunidad que se nos pueda brindar y as de esto manera aportar al arte
y cuitura popular ce nuestro Camión.
Atentomente,
¿uan Carla zar Jimenez
au
o
Céd; 2-0385-0931
CONTO: raavies O hol mail. com-
Te]. 8848 8827
Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N*219 ACTA N935 Ordinaria.
Participan de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Bueno, nosotros no podemos dar permisos así, espontáneo, tiene que pedir
permiso con una fecha porque nosotros asignamos a veces a las personas.
Que más bien nos pase un calendario de cuáles son las fechas que él quisiera y
cuáles lugares del cantón para nosotros poder darle ese permiso.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Sí, yo lo había comentado en una reunión que tuvimos, son dos músicos que ya
prácticamente van buscando el descanso, la pensión y ellos lo que quieren es
cultura, por ejemplo, en la iglesia de Jiménez la misa sale a las 8:00 p.m. entonces
estar por ahí en el parque, ir a Cariari.
Es una hora, entonces más o menos para estudiar eso, pero sí eso es lo que ellos
quieren, por ejemplo ellos pusieron en el parque de Guápiles, pero ellos quieren ir
a Roxana, Cariari, Campo Cinco, qué sé yo, porque ya están buscando la pensión,
son músicos de este cantón, uno es de Jiménez de Mariachi Pococí, el otro es Juan
Carlos Salazar, entonces esa es la idea.
Por ejemplo, qué sé yo si van a Cascadas en un rinconcito en la iglesia, plantarse
ahí una hora. Ellos dicen, no queremos que nos den el permiso en el Parque de
Guópiles en el día tal, a tal hora, sino la salida de misa de Jiménez, la salida de
misa de Guápiles que ahí hay un parquecito al frente, es promover la cultura en
esos campos. Gracias, señora presidenta.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Bueno, entonces lo que vamos a hacer es eso, que nos digan cómo en qué
lugares y qué días para poder ayudarles, sí estamos de acuerdo en eso. Más bien
qué bonito estar en el parque y que le echen una serenata
Por Unanimidad SE ACUERDA: Indicarles a los solicitantes que remitan a este
Concejo un cronograma con las fechas y lugares en los que desean realizar las
presentaciones culturales para que sea valorado dicho permiso.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*220 ACTA N*35 Ordinaria. 25-05-202%__--
ACUERDO N”* 928
Se conoce nota suscrita por la señora Silvia Quesada Díaz, colaboradora del
Comité Filial San Martín de Porres, Bellavista de La Leona, dice:
Asunto: Obra de Teatro El Show de Elvirilla.
PARROQUIA
SAGRADO CORAZÓN
2 DEJESÚS
UAPILES. POCOCI
FILIAL SAN MARTIN DO PORRES
BELLAVISTA LA LEONA
Bellavista, 25 de mayo 2023
Señores:
Concejo Municipal
E.S.M.
Estimados señores:
Reciban un cordial saludo y los mejores éxitos en sus funciones.
La comunidad de Bellavista, tiene como proyecto la pro construcción del templo católico en
nuestra comunidad de La Leona, tenemos programada una obra de teatro llamada “El Show
de Elvirilla” en el Salón Parroquial de la Iglesia Católica en Guápiles centro, a realizarse el
31 de mayo a las 6:00 p.m.
Acudimos ante ustedes, para que se nos facilite darle difusión al evento y así ofrecer las
entradas y poder utilizar el quiosco del parque central de Guápiles o alrededores, para el
próximo sábado 27 de mayo, con un horario aproximado de las 10 a.m. a las 4 de la tarde.
Agradecemos el apoyo y así lograr el objetivo propuesto.
Atentámente; —
Va NY SS
ASÍS
simi Que da Díaz e
Colaboradora del Comité Filial Sa Martín de Porres, de la Leona
2 y) Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N*221
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N935 Ordinaria.
AGRADO CORAZÓN
Jelesia Catálica :
MAN MAKIIN ¡
LaLeora
Bela Vista, Guapiles
'OQUIA
FILIAL SAN MARTIN DO PORRES
BELLAVISTA LA LEONA
Bellavista, 05 de mayo 2023
Señores
Comercio de Guápiles
La comunidad de Bellavista, tiene como proyecto la pro construcción del templo católico en
nuestra comunidad de La Leona, de allí que usted tiene el agrado de ser partícipe de esta
gran obra, lo anterior por cuanto el Miércoles 31 de mayo 2023, tenemos programada una
obra de teatro llamada “El Show de Elvirilla” en el Salón Parroquial de la Iglesia Católica
en Guápiles centro, en donde USTED como comercio de nuestro cantón podrá donar lo que
tenga a gusto y, dicha donación podrá ser utilizada como parte de las deliciosas comidas
que tendremos este día a los presentes.
También si es su deseo contablemente registrar esta donación en el flujo normal de su
negocio, la misma se puede realizar a nombre de Temporalidades de la Iglesia Católica,
cédula jurídica 3-010-045875.
Por lo tanto, los abajo firmantes, agradecemos su confirmación a los correos y (0) celulares
que se indican para recolectar su donativo.
Sin más por el momento y eternamente agradecidos, nos despedimos de ustedes.
Atentamente
(varado V. Ye$senia Montano
Vicepresidente Secretaria
Participa de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Yo creo que está bien, siempre y cuando no haya una actividad previa. Los que
estén de acuerdo por favor levantar la mano.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza el uso del Kiosco del Parque de Guápiles,
siempre y cuando no existe una actividad previa.
Pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*222 ACTA N*35 Ordinaria. -
Propuesta del Reg. Randall Torres Barrientos
IAASRADTA
Yo creo que también, bueno creo que en la página de la Municipalidad ya
aparece la actividad, me parece importante para que la gente pueda enterarse
y debido al nivel de alcance que tiene la municipalidad de este tema, gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Correcto, apoyo la propuesta esa para que también se ayuden por medio de la
página.
E A P e Ul= E ES
ACUERDO N* 929
Se conoce nota suscrita por el Lic. Ademar Reyes Barrios, Unidad de Patentes,
teléfono: 2713-6560 ext: 126, correo electrónico: ademar.reyesOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: PA-136-2023
Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales
conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la
problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes
establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico,
les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera
condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo
N? 5, inciso "b", que dice:
"Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio,
licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades
ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán
someterse las licencias para actividades comerciales:
b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se
extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una
presunción razonable que, con la actividad solicitada, se podría violentar la ley
vio el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la
¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
a a: » Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*223 ACTA N*35 Ordinaria.
Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos
iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros
supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la
dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título
vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha
de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en
forma definitiva, pudiendo revocarse esta Última, cuando por causa sobrevenida
el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por
ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la
actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden
público." (El resaltado es supletorio.)
Licencia de Licor
NOMBRE DIRECCIÓN CATEGORÍA
SEYLIN GAMBOA Mi a CATEGORÍA C/
COLLAO 3.5 KM SUR RESTAURANTE
) /. Sd DIOS (0)
Atentamente; E 1 LIMON CR.
Lic. A ESOS o o i ¿ NA
Unidad/de Licencias y Patentes
Por UNANIMIDAD SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 930
Se conoce nota suscrita por el Lic. Ademar Reyes Barrios, Unidad de Patentes,
teléfono: 2713-6560 ext: 126, correo electrónico: ademar.reyesOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: PA-136-2023
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N*224 ACTA N*35 Ordinaria.
Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales
conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la
problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes
establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico,
les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera
condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo
N? 5, inciso "b", que dice:
"Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio,
licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades
ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán
someterse las licencias para actividades comerciales:
b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se
extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una
presunción razonable que, con la actividad solicitada, se podría violentar la ley
vio el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la
Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos
iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros
supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la
dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título
vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha
de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en
forma definitiva, pudiendo revocarse esta Última, cuando por causa sobrevenida
el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por
ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la
actividad se esté desarrollando en evidente “violación a la ley y/o al orden
público." (El resaltado es supletorio.)
Licencia de Licor
NOMBRE DIRECCIÓN CATEGORÍA
LA RITA, 250 METROS
IRIA MARIN DURAN NOROESTE DE LA PLAZA DEL
PORVENIR
CATEGORIA C /
RESTAURANTE
¿ a Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N*225 ACTA N*35 Ordinaria.
PP
Ñ 7 / re]
Atentamente; f H A LIMON C.R. Jo
AÑ
JUNO de
Lic. Ademar Reyes y
Unidad/de Licencias y Patentes
Por UNANIMIDAD SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 931
Se conoce nota suscrita por el Lic. Ademar Reyes Barrios, Unidad de Patentes,
teléfono: 2713-6560 ext: 126, correo electrónico: ademar.reyesOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: PA-136-2023
Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales
conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la
problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes
establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico,
les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera
condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo
N? 5, inciso "b", que dice:
“Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio,
licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades
ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán
someterse las licencias para actividades comerciales:
b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se
extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una
presunción razonable que, con la actividad solicitada, se podría violentar la ley
vio el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la
Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos
iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros
—<y<
¿ k Sitio Web: munipococi.go.cr
Y a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*226 ACTA N*35 Ordinaria. 25-05-2022*_-
supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la
dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título
vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha
de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en
forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida
el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por
ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la
actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden
público." (El resaltado es supletorio.)
Licencia de Licor
NOMBRE DIRECCIÓN CATEGORÍA
GUAPILES, 75 METROS SUR
JOSE GUERERO LEON DE LA MUNICIPALIDAD DE
POCOCI - RUTA 32.
CATEGORIA C /
RESTAURANTE
7) y DB
SÍ 10]
Atentamente; Í ( LIMON CR. Jo
A A
Ñ
UNO: ”
Lic. Ademar Reyes Bi ES
Unidad/de Licencias y Patentes Doa ¿O
Por UNANIMIDAD SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 932
Se conoce nota suscrita por MSc. María Álvarez Cruz, directora de la Escuela
Leesville, teléfono:4409 2723, correo electrónico: esc.leesvilleomep.go.cr, dice:
Asunto: Nombramiento 1 miembro Junta Educación Escuela Lesville
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*227 ACTA N*35 Ordinaria.
me F-PJ-04 MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
>p Escuela Leesville
tó a A
os Leesville, Roxana, Pococí, Limón.
44092723
F-PJ-04 Formulario para envío de ternas para miembros de Juntas de Educación y
Juntas Administrativas
11/05/2023
Señores (as)
Concejo Municipal de Pococí
Estimados (as) señores (as):
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10
y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamentó General de Juntas de Educación y Juntas
Administrativas”, procedo a remitir propuesta para nombramiento de un miembro para la conformación de
la Junta Administrativa Escuela Leesville, código 3657, de acuerdo con el articulo 23 del Decreto
Ejecutivo 38249 MEP, que indien, los miembros de las Juntas podrán ser removidos por el Concejo
Municipal respectivo cuando medie justa causa. Se considera justa causa, entre otras: a) Cuando sin
prevlo permiso o licencia, dejaren de concurrir a seis seslones consecutivas, o a sels alternas dentro de
un período inferior a sels meses. b) Cuando incumplleren, descuidaren o mostrasen desinterés en sus
funciones y responsabllidades estipuladas en el presente reglamento. c) Cuando hubleren sido
condenados por los Tribunales de Justicia por cualquier motivo. d) Cuando autoricen el uso de recursos
públicos, Irrespetando el destino establecido por las distintas fuentes de financiamiento, e) Si incurren en
otras faltas graves según lo establecido en el presente reglamento. Por ausentarse al puesto del Señor:
Henry Méndez Villegas cédula de identidad 701440710, el cual NO presenta carta de renuncia ; se propone
para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal:
Nombre e | Cédula
LOSE MIGUEL ROBLES CAMACHO 111760823
Mmep | rer3.os > MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Lao Escuela Leesvillo
e e Leosvillo, Roxana, Pococí, Limón.
:
Msc Maria Alvarez Cruz
Directora
VB. Supervisor de circuito educativo
Supervisor doJ/Cirr|
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra a la siguiente persona, Jose Miguel
Robles Camacho, cédula de identidad. 1 1176 0823, como miembro de la Junta
de Educación de la Escuela Leesville. Pasar a la Oficina de Secretaría para su
respectiva Juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*228 ACTA N*35 Ordinaria.
ACUERDO N* 933
Se conoce nota suscrita por MSc. Rolando Vargas Fernández, director del Centro
Educativo Roxana, teléfono: 2491100, correo electrónico: esc.roxanaQmep.go.cr,
dice:
Asunto: Nombramiento Junta Educación Escuela Roxana
glonal d váplles
pm. f Y 18 CENTRO EDUCATIVO ROXANA
A mep CIRCUITO Os — CÓDIGO: 3686 DNP
¿0 EdocaciónPUDlIcA. Frente a la Iglesla Católica de Roxana
“Encendamos Juntos la luz”
Formulario para envío de nómina para miembros de Juntas de Educación y
Juntas Administrativas
Roxana, martes 09 de mayo de 2023.
Señores (as)
Concejo Municipal de Pococí.
Estimados (as) señores (as):
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10
y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas
Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la conformación del puesto de miembros
de Junta de Educación, esto debido a que los miembros de Junta anterior entregaron la carta de
renuncia con fecha a partir del 28 de abril de 2023.
Las únicas propuestas recibidas de candidatos con los documentos solicitado según el proceso realizado
en reuniones de personal docente y administrativo de los cuales las siguientes personas: Sergio Giovanni
Gutiérrez Alemán, cédula 206280274; Arellys Angélica Marín Quesada, cédula 112770832; Carlos
Baltodano Guzmán, cédula 701560918; Caroli Miranda Vargas, cédula 702030706; Jéssica Carolina Arias
Miranda, cédula 702050824.
Por tanto, se envían sólo 5 propuestas de miembros para que formen parte de la Junta de Educación de
la Escuela Roxana Pococí, Limón, Cédula Jurídica 3-008-056845 para su nombramiento y juramentación
ante el Concejo Municipal:
Nomina
Nombre Cédula
Sergio Giovanni Gutiérrez Alemán 206280274
Arellys Angélica Marín Quesada 112770832
Carlos Baltodano Guzmán 701560918
Caroli Miranda Vargas 702030706
Jéssica Carolina Arias Miranda 702050824 A
Atentamente, A
E
Msc. Rólando Vargas Fernángfoz E
(Firma y sello del Director del Centro
EMlucaliv Re;
Wisc. Willlam Vega Duarte "0,
VB. Asesor supervisor del Circuito O:
(Firma y sello).
Adjunto:
- Cartas de renuncia de los cinco miembros anteriores.
PO yl « Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*229 ACTA N?35 Ordinaria.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombran a las siguientes personas, Sergio
Giovanni Gutierrez Aleman, céd. 2-0628-0274, Arellys Angelica Marín Quesada,
céd. 1-1277-0832, Carlos Baltodano Guzmán, 7-0156-0918, Caroli Miranda Vargas,
céd. 7-0203-0706, Jessica Carolina Arias Miranda, céd. 7-0205-0824, como
miembro de la Junta de Educación del Centro Educativo Roxana. Pasar a la
Oficina de Secretaría para su respectiva Juramentación. Se Dispensa del Trámite
de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N? 934
Se conoce nota suscrita por Licda. Sonia Guevara Espinoza, directora de la
Escuela El Cedral, teléfono: 44092713, correo electrónico:
esc.elcedral.guapilesOmep.go.cr, dice:
Asunto: Nombramiento Junta Educación Escuela El Cedral
»
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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PAGINA N*230 ACTA N*35 Ordinaria. 25-05-2023%__-
MO A E EIA 00 aa. cry
E Ñ Dirección Regional Guápiles 1 < Es 1
AN Supervisión Educativa Circuito 06 F-PJ-04
mMep Escuela El Cedral
delaseccico Pia Correo esc.elcedral.guapiles(Qmep.go.cr
Teléfono 44092713
F-PJ-04 Formulario para envío de Nómina para miembros de Juntas de Educación y
Juntas Administrativas
22 de mayo de 2023
Señores (as)
Concejo Municipal de Pococí
Estimados (as) señores (as):
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10
y 1I del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas
Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de la Nómina N%1 para nombramiento la Junta de
Educación El Cedral, Cariari, Pococí, por renuncia de sus miembros nombrados por el Consejo
Municipal Y no se fueron a juramentar, esto para su respectivo nombramiento ante el Concejo
Municipal:
Les informamos que se presenta la Nómina, tres mujeres y un hombre, debido a que en la comunidad de El
Cedral es muy pequeña y en su mayoría son familia o guardan parentesco en primero y segundo grado,
además no existen más personas interesadas, hay muchos nicaragflenses sin documentación, También
hacemos de su conocimiento que las personas escogidas para el puesto están de acuerdo, se presentan las
hojas de delincuencia, de los que la conformaran y copia de cedula, declaraciones juradas.
Nomina N'L
Nombre Cédula
Johanna Sandoval Rodríguez 2-0650-0057
María Eugenia Mora Mena 7-0147-0526
Rosa María Cambronero Salazar 7-0185-0424
Rafael Ángel Vargas Acuña 7-0114-0219
Nota: Hago de conocimiento que la escuela es Unidocente y por ello muy pocos hombres les gusta participar
por sus trabajos y no desean ser parte, además no saben leer, por ello la participación de un hombre, Se adjunta
copias de cédula y hojas de antecedentes penales de la persona propuestas, se propone solo cuatro porque un
miembro ya se encuentra juramentado.
LES
Atentamente,
Licda, E 728 Guevara Espinoza
Directora Escuela E) Cedral
VB. Supervisor de circuito educativo (
ES
Supérvisora Escolar Circuito 08 eS
Dirección Regional De Educación POS AZ a
Por Uranio SE ACUERDA: Se nombran a las siguientes personas, Johanna
Sandoval Rodríguez, céd. 2-0650-0057, María Eugenia Mora Mena, céd. 7-0147-
0526, Rosa María Cambronero Salazar, céd. 7-0185-0424, Rafael Ángel Vargas
Acuña, céd. 7-0114-0219, como miembro de la Junta de Educación Escuela El
Cedral. Pasar a la Oficina de Secretaría para su respectiva Juramentación. Se
Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*231 ACTA N*35 Ordinaria.
ACUERDO N* 935
Se conoce nota suscrita por MPa. Johan Manuel Mora Muñoz, director Escuela San
Antonio, teléfono: 2763 3302, correo electrónico:
esc.sanantonio.occidental9mep.go.cr, dice:
Asunto: Nombramiento 1 miembro Junta Educación Escuela San Antonio
Qe
Ai MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA rro Y
mMEep 100)
Escuela San Antonio
ta oros
2763 3302
Frente a Librería Jocelyn- San Antonio
F-PJ-04 Formulario para envío de ternas para miembros de Juntas de Educación y
Juntas Administrativas
Señores (as)
Concejo Municipal de Pococí.
Estimados (as) señores (as):
Martes 23 de mayo del 2023
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10
y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas
Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la confonnación de la Junta de Educación de
Escuela San Antonio, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal:
Este proceso de sustitución se ejecuta debido a la renuncia de un miembro.
Terna N*L
Nombre
Cédula
Marcos Venegas Alvarez
5 0185 0952
Yamileth Araya Mejías
5 0362 0187
7.0138 0065
Laura Virginia Gutiérrez Quirós
Atentamente,
Director Esc. Sal
VB. Supervisor de circuito educativo (
ale
MSc. William,Vega Duarte.
Supervisor de Centros EdUcativoS Circuito 05 DREG.
Adjunto:
Hoja de delincuencia y copia de cédula de cada uno de las personas propuestas.
Por Mayoría de 8 votos a favor, 1 voto en contra (vota en contra el regidor José
Antonio Bustos Martínez) SE ACUERDA: Se nombra a la siguiente persona, Marcos
Venegas Álvarez, cédula de identidad, 5-0185-0952, como miembro de la Junta
de Educación Escuela San Antonio. Pasar a la Oficina de Secretaría para su
respectiva Juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
Pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*232 ACTA N*35 Ordinaria.
ARTICULO lll
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N* 936
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal,
teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr y
el Ing. Olger Gutiérrez Mendoza de Obra Pública, correo electrónico:
obrapublicaQOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: DAMCM-0008-2023
Asunto: Solicitud de la exclusión del Registro Vial Cantonal de los caminos
afectados por la Ley 10076,
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*234 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí ()
sg
€ Despacho del Alcalde la 15
a Teléfono: 2711-1208 Lo,
mal Ñ
MICRO
Pluye REFOCOa
EA
Los mismos corresponden al sector de Colorado Oriente, comunidades de Línea Vieja,
Coopemalanga, San Gerardo, La Aurora, La Morenita, Los Palmares, Caño Sirena, finca
Thames, Finca Lomas, Milla Cuatro, Jalova, Lomas de Sierpe y El Zancudo.
Sin más por el momento, se despide.
MANUEL
HERNANDEZ PO IN
RIVERA (FIRMA) PO a
Lic. Manuel Hemández Rivera
Alcalde
OLGERIVAN Saca mancuneanes
GUTIERREZ MENDOZA (FIFMA)
MENDOZA (FIRMA) pda! 11:01:38
pri
Ing. Olger Gutiérrez Mendoza
Coordinador Obra Pública
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*235 ACTA N935 Ordinaria.
Participan de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Eso era de Pococí antes, es lo que Guácimo segregó de Pococí, entonces yo
quiero hacer una propuesta, esas comunidades ya no pertenecen a la
municipalidad, pero antes de iros yo propongo que hagamos una sesión
extraordinaria en esa comunidad donde Javier.
Pero no se ha traspasado, bueno entonces que vayamos una comitiva a darle
apoyo a Javier, diciéndole a la comunidad que diay, a explicarles y que no le
vayan a echar la culpa a Javier porque muchas personas dicen que porque Javier
no los defendió y no fue una cosa del síndico, o sea fue una cosa de Ley de la
República, que la señora exdiputada hizo una ley, no le consultaron a nadie y se
aprobó, entonces sería bueno que vayamos a acuerpar a Javier.
Sí, pero yo pienso que hagámosle una visita a la comunión aunque ya no sea
nuestra para que nos reunamos con la comunidad antes de que Javier se vaya
para Guácimo o él cambio su domicilio electoral entonces vayamos allá a hablar
con la gente, aunque ya no podemos hacer nada, pero apoyemos al compañero
entonces propongo para que la próxima semana vayamos a visitar la comunidad
de Javier,
Sind. Javier Jiménez Villalobos
Saluda, me gustaría digamos tener el apoyo de ustedes que vayan a la
comunidad y expongan lo que sucedió, se lo agradecería mucho y ahí que
coordinen
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Vamos airlo a apoyar Javier para que la comunidad sepa que usted como síndico
hizo lo humanamente posible, pero que eso ya no fue su responsabilidad sino que
es la responsabilidad de una exdiputada de la República de que vive en Cantón
de Pococí. Después coordinamos para que usted nos dé un tour.
Entonces el acuerdo municipal donde se indique que la municipalidad de Pococí
solicita la exclusión de Registro Vial Cantonal, lo que yo leí antes, pero aquí viene
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*236 ACTA N*35 Ordinaria.
AAA PA
con el código, el inicio del camino, el fin del camino y la distancia, entonces este
cuadro que se propone lo mismo que leí nada más que viene con muchos
números y si yo me pongo a leerlos duramos bastante entonces que se apruebe
así de acuerdo al oficio que mandó el señor alcalde.
¿Los que estén de acuerdo?
Por Unanimidad SE ACUERDA: Considerando la entrada en vigor de la Ley N*10076,
la Municipalidad de Pococí solicita la exclusión del Registro Vial Cantonal de los
caminos afectados por dicha ley, para que sean incorporados al Registro Vial del
Cantón de Guácimo, los caminos son los indicados en el cuadro del oficio
DAMCM-0008-2023, suscrito por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde
municipal y el Ing. Olger Gutiérrez Mendoza de Obra Pública. Los mismos
corresponden al sector de Colorado Oriente, comunidades de Línea Vieja,
Coopemalanga, San Gerardo, La Aurora, La Morenita, Los Palmares, Caño Sirena,
finca Thames, Finca Lomas, Milla Cuatro, Jalova, Lomas de Sierpe y El Zancudo. Se
Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 937
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hernandezOemunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: DAMCM-0067-2023
Asunto: Solicitud de Acuerdo para brindar un espacio físico en el plantel Municipal
a la CNE para la instalación de un módulo de almacenamiento y administración
de los suministros y equipos asignados por la CNE al Comité Municipal de
Emergencia de Pococí.
»
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Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*237 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipolidad de Pococí  ” 9")
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POCOCA Despacho del Alcalde MY
a Teléfono: 2711-1208 ¿5%
monuel hernondezQmunipococi.go.cr Mera
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Pluye
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Guápiles, 25 de mayo de 2023
DAMCM-0067-2023
Señores
Concejo Municipal
Mediante le presente oficio hago de su conocimiento que la Comisión Nacional de
Prevención de Riesgos y Alención de Emergencias (CNE), en su enfoque territorial
para la prevención y alención de emergencias, resulta de suma importancia la
capacidad de respuesta en el nivel local, la logística de las instituciones que tiene
presencia ahí, como lo es la municipalidad o las instituciones de respuesta a
emergencias (Política, Tránsito, Cruz Roja y Bomberos, entre otras), pero esta se
complementa y es altamente dependiente de los recursos logísticos que despliega
la CNE, relacionado con los suministros, equipos, los sistemas de comunicación,
entre otros, necesarios para atender a la población.
Sin embargo, la realidad es que los niveles regionales carecen de espacios
adecuados para la operación de los Centros de Coordinación de Operación
Regional (salas de situación), existen solo cuatro bodegas regionales y en el ámbito
municipal, los suministros y equipos de respuesta que aporta la CNE se encuentran
en espacios aportados por las municipalidades, la mayoría carente de condiciones
adecuadas para almacenamiento.
Ante tal situación la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de
Emergencias (CNE), esta elaborando un proyecto de adquirir bodegas modulares
para ubicarlas en terrenos municipales con el propósito de facilitar a los comités de
emergencia el acceso rápido a suministros y equipo de emergencia aportado por
la CNE, con ello lograr más efectividad y una mejora de los tiempos de respuesta a
emergencias.
Pococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*238 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí (:)
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MUNICIPALIDAD.
manuel hernondezOmunipococi.go.cr cr
Pluye manuel. hernondez ococi.go.c iy
e A A ASAS
Guópiles, 25 de mayo de 2023
DAMCM-0067-2023
Por lo tanto la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de
Emergencias (CNE), está interesada de llevar acabo la instalación de una bodega
modular en el Cantón de Pococi, para el almacenamiento y administración de los
suministros y equipos asignados por la CNE al Comité Municipal de Emergencia de
Pococi y el compromiso de que la Municipalidad brinde un espacio físico para la
instalación de la misma, para eventualmente elaborar un convenio entre la CNE y
la Municipalidad de Pococi
Por lo antes expuesto, se solicita al honorable Concejo autorice al Alcalde a firmar
carta de compromiso ante la CNE de brindar un espacio físico en el plantel
municipal para la instalación de la misma, y eventualmente elaborar un convenio
entre la CNE y la Municipalidad de Pococi.
y!
Lic. Manuel e a
Alcalde
Agradeciendo su atención se despide;
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a firmar carta de
compromiso ante la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de
Emergencias (CNE), de brindar un espacio físico en el plantel municipal para la
instalación de una bodega modular para el almacenamiento y administración de
los suministros y equipos asignados por la CNE al Comité Municipal de Emergencia
de Pococí y eventualmente elaborar un convenio entre la CNE y la Municipalidad
de Pococí. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N?239 ACTA N%35 Ordinaria.
ACUERDO N* 938
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: DAMCM-0070-2023
Asunto: Solicitud de autorización para la Licitación Reducida N*2023LD-000032-
0032000702 Servicio de gestión y apoyo para plataforma de servicios.
re, A Municipalidad de Pococí (7)
POCOC cs UY)
fluye monuelhernondezQmunipococigo,cr Mero
a meo
Guápiles, 25 de mayo de 2023
DAMCM-0070-2023
Sres.
Honorable
Concejo Municipal
Mediante la presente remito solicitud de autorización para la Licitación Reducida
No. 2023LD-000032-0032000702, servicio de gestión y apoyo para plataforma de
servicios según detalle adjunto.
Sin más por el momento, me despido.
Alcalde
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OAMunicipolidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*240 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí ("]
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POCOC¿ Compras Públicas ys
AN Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Ze
fluye ronald.quirosAmunipococi.go.cr  "auemavoso
PS ===
Guópiles, 25 de mayo del 2023
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago.
Licitación Reducida No. 2023LD-000032-0032000702, servicio de gestión y apoyo
para plataforma de servicios.
Respetables señores:
Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la
plataforma electrónica SICOP, se logra determinar lo siguiente:
En el acto de apertura de ofertas se realizó electrónicamente en el sistema SICOP,
en donde participan la siguiente señora:
Proveedor Precio Ofertado Admisibilidad
Cedula
702110609 | Margin Mendoza Sandi (595.000,00, por mes Si
Evaluación
Una vez revisado el expediente, se procede a realizar la evaluación de la única
oferta que cumplieron técnicamente, donde se califica 80% precio, experiencia
20%, así establecido en el pliego de condiciones.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*241 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí (o)
a - 4 K
POCOC¿ Compras Públicas yes
a de á Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Ze %
Pluña ronald.quirosAmunipococi.go.cr Marceau
A]
Oferente Admisblidod Foclorde evolvoción
Perñlocodimico | — Estudos
¿dla Nom peñercianinio | 0% Meco
C tre Empeñercomirimo | oño abad
Jo0NI0A9 | Mognlderdo:o Só Curgle Cuergla Curgla 197 10 “
Determinando lo siguiente:
Una vez aplicados los factores de evaluación, esta unidad recomienda contratar
a la señora Margin Mendoza Sandi, por cumplir con lo solicitado en el pliego de
condiciones.
Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor: alcalde,
a pagar a favor de la señora Margin Mendoza Sandi, por un monto total de
(595.000,00 (quinientos noventa y cinco mil colones exactos) mensuales, para un
total de €£5.950.000,00(cinco millones novecientos cincuenta mil con cero
céntimos) durante un periodo de trabajo de diez meses, monto tomando en
consideración el contenido presupuestario existente y los costos unitarios
presentados por la señora recomendada.
Sin más que agregar se suscribe;
RON AL D Q U | ROS Firmado digitalmente por
RONALD QUIROS BRENES (FIRMA)
BRENES (FIRMA)  Fecha:2023.05:25 15:33:05-0600'
Lic. Ronald Quiros Brenes
Compras Publicas
Municipalidad de Pococí.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*242 ACTA N*35 Ordinaria.
MA
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor alcalde a pagar a favor de la
señora Margin Mendoza Sandi, por un monto total de ¿595.000,00 (quinientos
noventa y cinco mil colones exactos) mensuales, para un total de
£5.950.000,00(cinco millones novecientos cincuenta mil con cero céntimos)
durante un periodo de trabajo de diez meses, monto tomando en consideración
el contenido presupuestario existente y los costos unitarios presentados por la
señora recomendada. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 939
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: DAMCM-0068-2023
Asunto: Solicitud de acuerdo requerido para corta de árboles para la habilitación
de la ruta de “Calle Quirós”.
a Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*243 ACTA N935 Ordinaria.
e 9 Municipalidad de Pococí
ombiental(munipococi.go.cr
Eluys os
Guápiles, 19 de mayo de 2023
SPCA-238-2023
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Asunto: Solicitud de acuerdo requerido para corta de árboles.
Estimado señor:
Le saludo respetuosamente y a la vez le informo que el Proceso de Control
Ambiental, se encuentra tramitando la corta de 45 árboles de distintas especies según
inventario adjunto, esto como parte de la habilitación de la ruta de "Calle Quirós",
ubicada del puente Rio Toro Amarillo 500 mts este, contiguo entrada residencial a
mano derecha.
La motivación del presente oficio es que, según el Reglamento para trámite de
permisos y control del aprovechamiento maderable en terrenos de uso agropecuario,
sin bosque y situaciones especiales en Costa Rica, Oficialización de "Sistema de
Información para el control del aprovechamiento forestal" (SICAF), establece en su
artículo 20 que uno de los requisitos para lograr la corta de los árboles es el siguiente:
e. Una certificación del Acuerdo Municipal en firme, en el que se autorice o se
avale, según corresponda la corta los árboles, en el caso de solicitudes de
corta o eliminación de árboles en rutas vecinales, indicándose como mínimo
en el mismo número de sesión, fecha y número de acuerdo.
Por lo anterior se remite el acuerdo que debe ser tomado por el Concejo Municipal
para cumplir con el requisito previo.
El acuerdo debe de indicar lo siguiente:
Y Se acuerda autorizar a Lic. Manuel Hernández Rivera en su condición
de Alcalde de la Municipalidad de Pococí para que trámite la
solicitud de corta de 45 árboles de distintas especies según inventario
pl! carBono
¿7 INVENTARIO
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipatidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%244 ACTA N935 Ordinaria.
mn o 9 Ñ Municipalidad qe Pococí
ab 0 BA
Pluye Mco
Guápiles, 19 de mayo de 2023
SPCA-238-2023
adjunto, situados en "Calle Quirós”, con dirección del puente Rio Toro
Amarillo 500 mts este, contiguo entrada residencial a mano derecha.
Se agradece de antemano la atención a la presente;
FABIAN DELGADO Fon escicocees
VILLALOBOS — minos
(FIRMA)
Lic. Fabian Delgado Villalobos
Gestión Ambiental Municipal
Cc: Archivo
,
z ? VENTARIO Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: OAMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pluye
Anexo 1: Listado de árboles inventariados en Finca Folio Real 7-191089, propiedad de Municipalidad del Cantón de Pococí.
PAGINA N*245
Nombre Htot
Cons | común Código | Dap(cm) | Hc (mts) (mts) AB (m2) |Volumen(m3) | Coord-x CR__| Cood-y CRT_|Uso |Observ-1
1 Guarumo 1997 26,8 3,34 13 0,071824 | 0,19 520752,6863 | 1128164,188 | NC
2 Guarumo 1997 23 3,34 13 0,0529 0,14 520752,5575 | 1128161,672 | NC
3 Javillo Hura crepitans 532 38 3,34 10 0,1444 0,38 520752,6029 | 1123135,497 | C
4 Guabo Inga oerstediana 669 21 1,67 10 0,0441  |0.06 $20750,6076 | 1128076,288 | NC Proyectado
5 Guarumo Cecropia insignis 1997 23,5 3,34 14 0,055225 | 0,14 520749,1506 | 1128064,466 | NC
6
Ze
8
9
POCOCE
9
Guarumo Cecropia insignis 1997 33 3,34 15 0,1089 |0,29 520751,0263 | 1128058,079 | NC Proyectado
Proyectado
Proyectado
Proyectado
Hura crepitans s32 40 5,02 21 0,16 0,63 $520750,4676 | 1128043,674
Hura crepitans 532 45 5,02 21 0,2025 0,80 520750,5143 | 1128042,399
Hura crepitans $32 40 5.02 21 0,16 0,63 520750,421 | 1128044,948
10 Casquil Cupania cinerea 1859 31,6 3,34 13 0,099856 | 0,26 S520749,1101 | 1128022,835 | NC
11 Guarumo Cecropia insignis 1997 36,4 3,34 19 0,132496 | 0,35 520749,2827 | 1128036,648 | NC
12 Casquil Cupania cinerea 1859 23 1,67 18 0,0529 10,07 520748,5918 | 1128021,97 | NC
13 Casquil Cupania cinerea 1859 30 3,34 18 0,09 0,24 520748,7013 | 1128023,769 | NC
14 Guabo Inga oerstediana 669 36,2 3,34 18 0,131044 | 0,34 520748,4482 | 1128014,724 | NC
15 Guabo Inga oerstediana 669 21,6 1,67 10 0,046656 | 0,06 520746,9617 | 1127997,437
16 Laurel Cordia alliodora 408 41,3 10,03 21 0,170569 | 1,34 520746,8472 | 1127995,67
17 Cedro amargo | Cedrela odorata 1230 27,5 5,02 22 0,075625 | 0,30 S20753,8744 | 1127997,717
18 Manteco Tapirira myriantha 31 30 5,02 20 0,09 0,35 520753,8895 | 1127999,721
19 Cciba Ceiba pentandra 1058 44,5 6,69 20 0,198025 | 1,04 520753,4066 | 1127988,469
20 Laurel 403 21,6 3,34 17 0,046656 | 0,12 520744,4818 | 1127985,277
21 Laurel Cordia alliodora 408 45 10,3 23 0,2025 1,64 520746,2113 | 1127977,737
Heliocarpus
22 Burio appendiculatus 1066 35 3,34 20 0,1225 0,32 520745,833 | 1127967,855 | NC Proyectado
Heliocarpus
23 Burio appendiculatus 1066 30 3,34 20 0,09 0,24 520745,9324 | 1127969,587 | NC Proyectado
Heliocarpus
24 Burio appendiculatus 1066 25 2,51 20 0,0625 |0,12 520746,0991 | 1127972,583 | NC Proyectado
Heliocarpus
25 Burio appendiculatus 1066 20 1,67. 20 0,04 0,05 520745,9931 | 1127971,141 | NC Proyectado
26 |Laurel 408 40 10,3 21 0,16 1,729 520744,1727 | 1127976,207 | C Proyectado
27  |laurel Cordia alliodora 408 30 6,69 21 0,09 0,47 520744,4862 | 1127975,578 | € Proyectado
ujuju
MUNICIPALIDAD DE
ACTA N*35 Ord
Seco en pie
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2
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Proyectado
28 | Guarumo Cecropia insignis 1997 30,2 1,67 18 0,091204 | 0,12 520748,7272 | 1127964,129 | NC
29  |Guabo Inga oerstediana 669 50 5,02 20 0,25 0,99 520750,5182 | 1127945,879 | NC
Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Trá
Por Unani
mi
mas:
PAGINA N*246
30 Guarumo Cecropla Insignis 1997 22,5 1,57 17 0,050625 | 0,07 520749,6989 | 1127937,34_|NC
.z
31 Guarumo Cecropia insignis 1997 30 1567 19 0,09 0,12 520750,0325 | 1127944,542 | NC
32 Guarumo Cecropía insignis 1997 22,3 1567 21 0,049729 | 0,07 520749,9352 | 1127942,021 | NC
3 Laurel Cordia alliodora 408. 20 251 25 0,04 0,08 520743,1283 | 1127936,814 | C
POCOCE
dad SE ACUERDA
9
Pluye
34 | baurel Cordia alliodora A ES 10.3 25 9,3025 [2,45 $20742,727 | 1127927.868| €
35 Fruta dorada __ | Virola kosch: 1381 45 6,69 25 0,2025 106 520741,2691 | 1127884,577 |C
36 Hule Castilla clastica 1295 17,2 167 15 0,029584 | 0,04 520740,4675 | 1127870,433 | NC
37 Hule Castilla elastica 1295 20,3 167 15 0,041209 | 0,05 520740,7933 | 1127874,168 | NC
Heliocarpus
38 | 6urio appendiculatus 1066 |as 167 7 0oz2s |o03 520740,0649 | 1127855,682 | wc
z
Hellocarpus
39 |8urio appendiculatus 1066 lies  |167 3 0,027225 | 0,04 520742,0194 | 1127852,005 | NC
Heliocarpus
40 |Burio appendiculatus 1066 |iz3  |1s7 10 0,029929 | 0,04 520741,8942 | 1127851,008 | nc
Heliocarpus
41  |Burio appendiculatus 1066 [ws  |167 10 0,031684 | 0,04 520741,2655 | 1127834,853 | NC
22 —| Laurel Cordla alliodora 408 [30 6.59 23 0,09 0,47 520739,3758 | 1127833,074 [0 [Pr 7
43 Guabo Inga oerstediana 669 35 2,51 13 0,1225 0,24 520738,6683 | 1127814,705 | NC Pro ido.
44 Laurel Cordia alliodora 408, 25,5 4,18 19 0,065025 | 0,21 520739,5593 | 1127812,011 | C
45 _|Guabo Inga cerstediana 669 317 3,34 14 0,109489 | 0,26 520739,8756 | 1127788,959 | NC
indicado, situados en “Calle Quirós", con di
Total 18,25
.z
solicitud de corta de 45 árboles de distintas especi
en su condición de Alcalde de la Municipalidad de Pococí
mite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
r
ya
es según i¡
, para que trámite la
nvent
500 mts este, contiguo entrado residencial o mono derecho. Se Dispensa del
Se acuerda autorizar a Lic. Manuel Hernández Rivera
rección del puente Rio Toro Amorillo
Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
ario supra
Simbologia
Codigo: Numeracion según Inventario Nacional
Dap: Diametro a la aítura del pecho, medido en
centimetros
Hc: Altura comercial
en metros
Ht: Altura total del
arbol en metros
AB: Area Basal en
metros cuadrados
vi del arbol en metros
Coordenadas x-y: Ubicación Geoespacial del arbol
en coordenadas CRTMOS
Uso: C: Arbol comercial NC: Arbol no comercial
P: Arbol medido mediante proyeccion debido a
gambas o deformidad
Z
a:
Z
>» Q
Q 7
>
3 y
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3.
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S
e
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*247 ACTA N*35 Ordinaria.
ACUERDO N* 940
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hermandezOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: DAMCM-0069-2023
Asunto: Solicitud de autorización para la Licitación Reducida No. 2023LD-000031-
0032000702, contratación de un consultor ambiental por servicios profesionales,
tramite gestionado por el Lic. Fabián Delgado Villalobos, Coordinador de Gestión
Ambiental.
á
Municipalidad de Pococí
ú 9
pr (e Cc Despacho del Alcalde Ys
a 1.0 , Teléfono: 2711-1208 2%,
monuelhernandezOmunipococi.9o.cr
Pluye . AR
Guópiles, 25 de mayo de 2023
DAMCM-0069-2023
Sres.
Honorable
Concejo Municipal
Mediante la presente remilo solicitud de autorización pora la Licitación Reducida
No. 2023LD-000031-0032000702, contratación de un consultor ambiental por
servicios profesionales, tramite gestionado por el Lic. Fabián Delgado Vilalobos,
Coordinador de Gestión Ambiental.
Sin más por el momento, me despido.
o OS LOZS......
Sitio Web: munipococi.go.cr / Focebook: BMunicipolidadDePococi  /3;2/ A
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*248 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9 A
POCÓ y. Compras Públicas ys
a 9 C Teléfono: 2713-6561 Ext. 122. 2%
Flvye ronald.quirosAimunipococi.go.cr Marron
a |
Guápiles, 25 de mayo del 2023
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago.
Licitación Reducida No. 2023LD-000031-0032000702, contratación de un consultor
ambiental por servicios profesionales, tramite gestionado por el Lic. Fabian
Delgado Villalobos, Coordinador de Gestión Ambiental.
Respetables señores:
Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la
plataforma electrónica SICOP, se logra determinar lo siguiente:
En el acto de apertura de ofertas se realizó electrónicamente en sistema SICOP, en
donde participan las siguientes empresas:
+  Willlam Villegas Chavarría, presentó una oferta, por un precio total de
€ 6.050.000,00 por servicios profesionales.
+ Luis Alejandro Vega Vargas, presentó una oferta, por un precio total de
£ 10.450.000,00 por servicios profesionales.
+ Osd Consultoría Ing Tegral S.A, presentó una oferta, por un precio total de
L 12.430.000,00 por servicios profesionales.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*249 ACTA N*35 Ordinaria. 25-05-20
1 JE
¡POCOCÍ
2 N
No 2
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Municipalidad de Pococí (as)
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PO UCA Compras Públicas yal
a O Teléfono: 2713-6561 Ext. 122. 25%
fluye ronald.quirosGAmunipococi.go.cr  Mawcraloso
EPOCA
AA
Análisis Requisitos de Admisibilidad
El Lic. Fabian Delgado Y, Coordinador de Gestion ambiental realiza un análisis
de los requisitos de admisibilidad presentados por cada oferente, según la
enumeración mostrada el cartel de licitación:
Nombre de la Empresa/Persona Cumplimiento de Requisitos de
Admisibilidad
5.1 5.2 5.3
Wiliam Villegas Chavarría No aporla | Noaporta | Aporla
Luis Alejandro Vega Vargas
y 999 9 Aporta Aporta Aporta
Osd Consultoría Ing Tegral
Sociedad Anónima No aporta | No aporta | Aporta
Razonamiento
Una vez hecha la revisión y análisis de la documentación cargada al SICOP sobre
requisitos de admisibilidad, el Lic. Fabian Delgado Villalobos concluye:
William Villegas Chavarría,
En el caso de la oferta presentada por el señor WILLIAM VILLEGAS CHAVARRIA, se
indica que la misma NO cumple con todos los requisitos de admisibilidad solicitados
en el pliego de condiciones.
En el apartado de experiencia requerida, se solicita como mínimo 24 meses de
computables dentro del régimen municipal en labores referentes a saneamiento
ambiental, sin embargo, el oferente Únicamente presenta experiencia en 2
proyectos como regente ambiental en temas vinculados con obra pública:
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*250 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
7 A AE
by ESCOC¿ Compras Públicas 05
J Teléfono: 2713-6561 Ext. 122. ¿5%
Pluye ronald.quirosAmunipococi.go.cr "acuoso
POCO
A
- Colocación de Capa Asfáltica Sacramento a Volcán Barva 2.8 -
Sustitución de puente sobre el rio Poas, en Calle Rufino.
De igual manera, el cuadro denominado "CERTIFICACION DE EXPERIENCIA”,
aportado por el oferente, no se presenta según el formato que indica el pliego de
condiciones, haciendo omisión a las fechas de inicio y finalización de cada
proyecto.
En otro punto el oferente no menciona las características del computador propio,
el cual es solicitado en el inciso "e", del apartado 5.1. Dicha información se
encuentra dentro de los requisitos de admisibilidad.
En la misma línea, el oferente no adjunto documento probatorio donde se
demuestra experiencia en Planes Municipales para la Gestion Integral de Residuos
Sólidos, según se solicita en el apartado 5.2. Además, tampoco presenta
documentación referente a conocimientos en la elaboración de inventarios de
carbono neutralidad o Cambio Climático.
Por último, el oferente no presenta un desglose de precio o estructura de costos
donde se pueda visibilizar un presupuesto detallado y completo con todos los
elementos que lo componen la oferta, según lo indica el documento Pliego de
Condiciones.
Luis Alejandro Vega Vargas,
En el caso del presente oferente, cumple con la totalidad de los requisitos de
admisibilidad solicitados en el pliego de condiciones, presentando los atestados
pertinentes. De igual forma, su oferta se encuentra dentro del margen de precio
disponible para esta contratación.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*251 ACTA N*35 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
POCOC Compras Públicas
AS e Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 2
Fluye ronald.quirosQAmunipococi.go.cr
e
Osd Consultoría Ing Tegral S.A,
En el caso de la oferta presentada por la empresa OSD CONSULTORIA INGTEGRAL
SOCIEDAD ANONIMA, se menciona que actualmente NO presenta una patente
vigente, donde indique que la empresa está habitada para brindar el servicio
descrito, ya que la misma en apariencia aún se encuentra en trámite de
aprobación.
En relación con el precio ofertado por la empresa, el mismo excede el contenido
presupuestario destinado por este Proceso para la presente contratación. De igual
manera, dicho precio de la oferta no es admisible ya que incluye el IVA, siendo la
municipalidad exenta de este cargo.
En relación con los requisitos de admisibilidad, la empresa no demuestra tener el
mínimo de 24 meses computables de experiencia dentro del régimen municipal en
temas ambientales. Además, a pesar de contar con vasta experiencia en temas
de carbono neutralidad y regencias ambientales, no aportan documentos
probatorios al respecto, según solicita el apartado 5.2.
Por último, el oferente no presenta un desglose de precio o estructura de costos
donde se pueda visibilizar un presupuesto detallado y completo con todos los
elementos que lo componen la oferta, según lo indica el documento Pliego de
Condiciones.
Evaluación
Una vez revisado el expediente, se procede a realizar la evaluación de la Única
oferta admisible (Lic. Luis Alejandro Vega Vargas), donde se califica 60% precio,
experiencia 40%, así establecido en el pliego de condiciones, quedando de la
siguiente manera:
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%252 ACTA N*35 Ordinaria.
25-05-2023"
Municipalidad de Pococí
pe _A
POCÓ y Compras Públicas ys
AS e GS Teléfono: 2713-6561 Ext. 122. Le %,
ronold.quirosGmunipococi.go.cr  mnemboso
Fluye
Cumplimiento
de Oferta
Nombre %
Especificaciones| Económica
A Técnicas |
Luis Alejandro Vega Cumple $0
Vargas
Experiencia
40
Puntaje
Total
100.
Determinando lo siguiente:
Una vez aplicados los factores de evaluación, esta unidad recomienda adjudicar
esta contratación al señor: Luis Alejandro Vega Vargas, por cumplir con lo
solicitado en el pliego de condiciones.
Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor: alcalde,
a pagar a favor del señor: Luis Alejandro Vega Vargas. por un monto total de
£950.000,00 (novecientos cincuenta mil colones con cero céntimos) mensuales,
para un total de €10.450.000,00(diez millones cuatrocientos cincuenta mil con cero
céntimos) durante un periodo de trabajo de once meses, por servicios
profesionales, para uso del departamento de Gestión Ambiental municipal.
Sin más que agregar se suscribe;
RONALD QUIROS +:
BRENES (FIRMA) +
Lic. Ronald Quiros Brenes
Compras Publicas
Municipalidad de Pococí.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor: alcalde, a pagar a favor del
señor: Luis Alejandro Vega Vargas, por un monto total de ¿950.000,00 (novecientos
cincuenta mil colones con cero céntimos) mensuales, para un total de
£10.450.000,00(diez millones cuatrocientos cincuenta mil con cero céntimos)
durante un periodo de trabajo de once meses, por servicios profesionales, para
uso del departamento de Gestión Ambiental municipal. Se Dispensa del Trámite
de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*253 ACTA N*35 Ordinaria.
ACUERDO N* 941
Moción presentada por los regidores Juan Luis Gómez Gómez y Reinaldo
Benavides Vargas, dice;
Considerando:
1. Que con fecha 31-10-2022, acta N%76, Artículo VIII, Acuerdo 2315, en la
sesión ordinaria efectuada el 27-10-2022, el Concejo aprueba de forma
unánime por moción presentada por el regidor Reinaldo Benavides, que
visto que en el presupuesto extraordinario 2022, existe una transferencia de
capital para el Comité de Deporte y la Recreación de Pococí para
implementos deportivos y textiles por 21.500.000 y que se modificó o rebajó
600.000 para transporte dentro del país para la Banda Comunal del
Progreso de Cariari, 2500.000 para la Banda Municipal de Pococí y 400.000
para la Asociación de Ciclismo Guapileños.
Mociono
Para que este honorable deje sin efecto el acuerdo N*2315 y se apruebe
mantener 71.500.000 para lo que inicialmente se tenía, es decir, para implementos
deportivos y textiles. Se aclara que son 71.000.000 para textiles y ¿500.000 para
implementos deportivos.
»
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*254 ACTA N*35 Ordinaria. 25-05-2023=--7
25S-5-23
Y ¿2
POCO
Concejo Municipal de Pococí Pluye
Moción
Moción presentada por: Ma É iB
ny ey na enavdeas
y Día__Mes___Año
Considerando: E - La
gnc Pa a
5 3 Ez z
E - Nue oy
5 enfa NA /
Naba pea7 SS uba Lety she tencla ye Cf e
Continua con la participación de la palabra el Reg. Juan Luis Gómez Gómez, dice;
No hay problema, ya lo hablamos con don Manuel y el recurso están en el Comité
de Deportes, es para ayudarle a la Fortuna con unas camisetas que el
compañero...
¿Usted piensa meterlo todo en textiles?, pero no puso el monto cuánto...ah, sí, se
lo van a devolver...
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*255 ACTA N*35 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
OTI
Vamos a hacer un receso...
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Era millón y medio, ok, regálame un lapicero...
Nota de Secretaría: Al ser las 19:39 se procede a un receso, se reanuda la sesión
al ser las 19:40.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Dejar sin efecto el acuerdo N*2315, del acta N*76
Ordinaria del 27-10-2022, Artículo VIII. Además se aprueba mantener el recurso
económico de ¿1.500.000 modificado en el Acuerdo N*2315 para su fin inicial, es
decir, para la compra de implementos deportivos y textiles. Se aclara que son
£1.000.000 para textiles y ¿500.000 para implementos deportivos. Se Dispensa del
Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
ARTICULO VI
Dictámenes de Comisiones
ACUERDO N* 942
Se conoce nota suscrita por la señora Shirley Murillo Flores, teléfono: 8556-67-57,
correo electrónico: smurillofCcolonos.com , dice:
Asunto: Informe de Comisión por inasistencia al acta N*28 del 25-04-2023.
»
Pluye
 
 
 
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*260 ACTA N*35 Ordinaria. 25-
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el informe de comisión del r
Jose Antonio Bustos Martínez. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
AL SER LAS DIECINUEVE HORAS CON CUARENTA Y DOS MINUTOS SE LEVANTA LA
SESIÓN
DE
F- Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Cc/ Regidores, Otros.
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye