Ordinaria 37 · 2022-05-19
Acta_Ordinaria_N37_Celebrada_el_19-05-2022.pdf · 315 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 37 del 2022-05-19 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original. Incluye 10 acuerdo(s) sin número, marcados ~.
- Acuerdo 915 (pág. 3) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N'* 915 Se presenta ante este Concejo el señor Andrés Rodríguez Rodríguez, vecino de San Rafael La Colonia, dice; Saluda, indica que, hace dos…
- Acuerdo 916 (pág. 7) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 916 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Yamileth Hidalgo Arias, alcaldesa aL.i., teléfono: 2711-1208, correo electrónico:…
- Acuerdo 917 (pág. 18) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 917 Se conoce comentario del regidor propietario Reg. Randall Torres Barrientos, dice: Indica que, en relación con el tema en discusión, la…
- Acuerdo 918 (pág. 20) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 918 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Yamileth Hidalgo Arias, alcaldesa a.i., teléfono: 2711-1208, correo electrónico: …
- Acuerdo 919 (pág. 33) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 919 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Yamileth Hidalgo Arias, alcaldesa a.i., teléfono: 2711-1208, correo electrónico: …
- Acuerdo 920 (pág. 44) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 920 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Yamileth Hidalgo Arias, alcaldesa all, teléfono: 2711-1208, correo electrónico: m…
- Acuerdo 921 (pág. 55) · unanime · aprobado ACUERDO N* 921 Se conoce nota suscrita por el Licda. Cyntia Ávila Madrigal del departamento de la Dirección Jurídica, teléfono: 2713-6516, correo elec…
- Acuerdo 922 (pág. 62) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 922 Se conoce nota suscrita por el Licda. Mayra Montes Arce del departamento de la Dirección Jurídica, teléfono: 2713-6516, correo electrón…
- Acuerdo 923 (pág. 70) · unanime ACUERDO N* 923 Se conoce nota suscrita por la Licda. Sabrina Zúñiga Corrales, del departamento de Auditora Interna, Te: 2711-17-01, correo: auditoriaS…
- Acuerdo 923 (pág. 72) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 923-1 Se conoce nota suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Vilegas, Maff, Auditora Interna, Te: 2711-17-01, correo: auditoriaGmunipococi.…
- Acuerdo 924 (pág. 74) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 924 Se conoce nota suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Vilegas, Maff, Auditora Interna, Te: 2711-17-01, correo: auditoriamunipococi.go.…
- Acuerdo 925 (pág. 78) · unanime ACUERDO N* 925 Se conoce nota suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Vilegas, Maff, Auditora Interna, Te: 2711-17-01, correo: auditoriaGmunipococi.go…
- Acuerdo 926 (pág. 81) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 926 Se conoce nota suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Vilegas, Maff, Auditora Interna, Te: 2711-17-01, correo: auditoriaGmunipococi.go…
- Acuerdo 927 (pág. 103) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N”* 927 Se conoce nota suscrita por la Licda. Mayra Montes Arce de la Dirección Jurídica, teléfono: 2713-6516, correo electrónico: munipocoi.j…
- Acuerdo 928 (pág. 106) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 928 Se conoce nota suscrita por la señora MSc. Wendy Cruz Ávalos, Directora de Escuela Las Vegas de Río Palacios Tel: 4409-27-16, correo: e…
- Acuerdo 929 (pág. 107) · unanime ACUERDO N* 929 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor MSc. Armando Cárdenas Villalta, director del Centro Educativo Tarire, correo ele…
- Acuerdo 930 (pág. 109) · unanime ACUERDO N* 930 2 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor MSc. Armando Cárdenas Villalta, director del Centro Educativo Tarire, correo e…
- Acuerdo 931 (pág. 110) · unanime ACUERDO N* 931 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Bernardo Salazar Vargas, director de la Escuela El Líder, La Rita, teléfono: 2763…
- Acuerdo 932 (pág. 111) ACUERDO N* 932 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Katherine Campos Porras, secretaria del Concejo Municipal de Hojancha, correo e…
- Acuerdo 2022 (pág. 111) · unanime · firme · aprobado ACUERDO 2022-104-23: Se acoge la “Moción Especial de Reconocimiento”; que a la letra dice: MOCION ESPECIAL DE RECONOCIMIENTO REGIDURIAS PROPONENTES: J…
- Acuerdo 2850 (pág. 171) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N*2850.- SE ACUERDA: l-EXTERNAR UNA FELICITACIÓN DE PARTE DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA UNIÓN, AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, RO…
- ~ Acuerdo (pág. 173) · firme · aprobado 2 0346 Municipalidad de Santa Ana PARA QUE EL PAÍS DE VISAS HUMANITARIAS A LAS PERSONAS NACIONALES DE UCRANIA, ASÍ COMO DE OTROS PAÍSES QUE TENGAN CON…
- ~ Acuerdo (pág. 195) · firme · aprobado s equitativos. Reg. Alfredo Calderón Alfaro. Ellos lo que están solicitando es una rendición de cuentas y eso se lo puede dar el comité de Deportes. S…
- ~ Acuerdo (pág. 200) · aprobado oderado generalísimo de la empresa Residencial Castillos de Nazareth S.A. Se reciben en donación las siguientes áreas ubicadas en el distrito de Caria…
- ~ Acuerdo (pág. 201) · aprobado declaradas como públicas: El 28 de abril de 2020 mediante Acuerdo No. 657, Artículo ll, Acta No. 29, de la Sesión Ordinaria No. 29, el Concejo acordó …
- ~ Acuerdo (pág. 208) · firme · aprobado llo Urbano, el Ing. Esteban Gutiérrez Solís y el ing. David Quirós Aguilar del departamento de Topografía para analizar lo solicitado por la Empresa R…
- ~ Acuerdo (pág. 225) · firme · aprobado irmativa me despido atentamente ERNESTO Firmado digitalmente s ALVAREZ ALVAREZ HERRERA HERRERA (FIRMA ha: 05. (FIRMA) oiioozo600 Ps. Ernesto Álvarez H…
- ~ Acuerdo (pág. 228) · firme · aprobado se solicita al Ministerio de Hacienda, esclarecer a las juventudes del país lo concerniente al desembolso de los CCPJ de los cantones que se han visto…
- ~ Acuerdo (pág. 299) · firme · aprobado , Que la Administración nos brinde el monto que se les paga a la empresa o empresas contratadas para dar el servicio a la Institución y además deberán…
- ~ Acuerdo (pág. 305) · firme · aprobado ado a estas, en cuanto a controles y registros que permita al gobierno local, establecer un programa de fiscalización. III. Solicitar al Ministerio de…
- ~ Acuerdo (pág. 310) · firme · aprobado propuesta del regidor Luis Ángel Méndez Araya, Se le da un plazo de 15 días al señor Alberto Reina Lamas, Administrador del Centro de Convenciones Tal…
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*37 Ordinaria. PAGINA N*1 SIGUIENTE ASISTENCIA: REGIDORES PROPIETARIOS Juan Luis Gómez Gómez Jonnathan García Chévez Reinaldo Benavides Vargas Luis Ángel Méndez Araya José Antonio Bustos Martínez Randall Torres Barrientos Ovidio Vives Castro Alfredo Calderón Alfaro SÍNDICOS PROPIETARIOS Gabriela Madrigal González Greivin Bonilla Sánchez Sandra Umaña López Carmen Sánchez Navarro José A. Chavarría Villarreal Javier Jiménez Villalobos Alejandra Sancho Bravo Licda. Magally Venegas Vargas Secretaria Municipal Pecocí Pluye MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N*37 ORDINARIA. 19-05-2022 SESION ORDINARIA. N*37 DEL 19-05-2022, INICIADA A LAS 18:00 HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES Y DE MANERA VIRTUAL, CON LA REGIDORES SUPLENTES Dennia Yaslyn Morales Grajal (Quien Preside) Bernardo Veach Davis Osael Campos Bolaños Jairo Antonio Ojeda Aburto Flor Iveth Peraza Campos Rosbil Danier Arguello Badilla Rita Marcelly Umaña Valverde Marilú Ballestero Cruz Yoseline Rocío Abarca Torres Hilda Zamora Arias SÍNDICOS SUPLENTE Johanna Flores Rosales José Luis Diaz Valverde Keylor Andrey Campos Mora Shirley Murillo Flores Ana Rita Rodríguez Jiménez Licda. Yamileth Hidalgo Arias Alcaldesa Municipal a.i. Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*2 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022%__- ORDEN DEL DÍA Acuerdos |Artículos Puntos a tratar Atención al señor Andrés Rodríguez 915 | p Rodríguez 916 -al - 922 Il Asuntos de la Sra. Alcaldesa 923 - al - 927 1 Informes de la Auditoría Interna 928 - al - 959 IV Correspondencia 960 - al - 963 V Dictámenes de Comisiones 964 - al - 966 VI Mociones 967 - al - 969 VI! Asuntos Varios Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*3 ACTA N*37 Ordinaria. ARTICULO | Atención al señor Andrés Rodríguez Rodríguez ACUERDO N'* 915 Se presenta ante este Concejo el señor Andrés Rodríguez Rodríguez, vecino de San Rafael La Colonia, dice; Saluda, indica que, hace dos días hubo un accidente trágico carretera a la Colonia bajando por Estándar. Lo anterior debido a que los vecinos de las fincas no cumplen con las limpiezas del escaño, la calle o el espaldón, existen como cuatro fincas grandes que, no se sabe si los dueños viven en otro lugar porque los vecinos no los limpian. Solicita apoyo de la Municipalidad para que envíen una niveladora o un back hoe para limpiar estas rondas de calle lo antes posible debido a que es una ruta muy transitada e importante porque es una ruta por la que sale casi todo el producto bananero y piñero del cantón y es una ruta muy angosta que limita mucho el tránsito para bicicletas o para personas. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Agradece al señor Andrés por venir ante el Concejo a externar esa petición y solicita a la señora alcaldesa en ejercicio que tome nota de la petición del ciudadano para que realicen los trabajos que crean convenientes ya que es una ruta municipal. Reg. Reinaldo Benavides Vargas. Saluda, comenta que, de momento es recomendable mandar la niveladora ya que prácticamente donde iría el espaldón, está más alta la calle, la niveladora ayudaría a que las personas puedan transitar por la orilla. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*4 ACTA N*37 Ordinaria. RE De igual manera solicita que se repare las orillas de la ruta que va de la escuela El Molino hacia Mundimar porque cuando llueve se hacen hasta 10 centímetros de agua. Reg. Ovidio Vives Castro. Saluda, agradece al señor haber venido a exponer el tema, además indica que son cientos de caminos los que tienen este tipo de problemas, no solo a nivel del cantón sino también en toda la provincia que los tienen en muy malas condiciones, no la Municipalidad, sino los mismos propietarios de los inmuebles. Menciona que, el artículo 84 del Código Municipal dice las obligaciones que tiene cada propietario, de darle mantenimiento y limpieza a lo que haya al frente de cada propiedad, si no lo cumplen, pueden ser multados por no cumplir con este artículo. Por otro lado, el departamento Ambiental puede tomar nota de estas propiedades y notificar a los dueños de propiedades que tienen que limpiar la propiedad y explicarles el por qué, de no hacerlo la Municipalidad está en todo el derecho de enviar una cuadrilla de saneamiento ambiental y luego pasarles la factura y ser cobrada una multa según lo establece el artículo 84 del Código Municipal. Recomienda a la Alcaldesa hacer una campaña de información a los ciudadanos para que conozcan sobre el artículo 84 del Código Municipal. Finaliza diciendo que cuando caen fuertes lluvias en el cantón, las alcantarillas se atascan por la gran cantidad de basura y muchas veces le echan la culpa a la Municipalidad, pero es porque los ciudadanos deben limpiar sus negocios y sus casas. Reg. Supl. Flor Iveth Peraza Campos. Saluda, indica que, cuando se habla de calle Estándar no es solo las propiedades, sino también involucra el alumbrado público, por ahí circulan todos los camiones hacia las bajuras porque esa es la ruta de acceso que tienen permitido. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*5 ACTA N*37 Ordinaria. == _ AAA Desde hace 2 años se solicitó el alumbrado de ese sector al ICE, porque es una ruta muy utilizada tanto por los vehículos como por ciclistas y personas que hacen deporte, pero la iluminación en la noche es muy poca, hay zonas muy oscuras y cuando está de lluvia, no se ve prácticamente nada aun yendo con la luz alta. Comenta que cuando ella hizo la gestión hace dos años, le indicaron que la iban a poner en programación para el 2021 pero a la fecha no se ha hecho nada. PROPONE: Que se llamen a personeros del ICE y así se pueda exponer el tema de iluminación de Calle Estándar ya que, lamentablemente ya ocurrió la muerte del señor don Rogelio, la cual ocurrió en uno de los sectores más oscuros de esa zona. Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Avala la propuesta de la regidora Suplente Flor Iveth Peraza. (la señora presidenta somete a votación la propuesta) Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la propuesta de la regidora Suplente Flor Iveth Peraza para que se manden a llamar a personeros del ICE con el tema de Iluminación Calle Estándar. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Comenta sobre el mismo tema de seguridad ciudadana, en el año 2020, Acta N*35 se mocionó sobre la obligación de los dueños de propiedades para limpiar las rondas de calles, pero desconoce si el departamento de Gestión Ambiental hizo efectivo el acuerdo, pero este Concejo Municipal gestionó el tema a través de esa moción. Reg. Juan Luis Gómez Gómez. Indica que, está votando positiva la propuesta de la compañera, justificando que es una obligación de la Municipalidad mantener a través del departamento de Obra Pública, se les dé el mantenimiento que hay que darle, ya sea que se le comunique a los dueños de las propiedades que realicen la limpieza o que la Municipalidad lo haga y luego se les cobre. Los funcionarios deben saber que, en Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%6 ACTA N*37 Ordinaria. - cualquier momento nos puede caer una responsabilidad por no hacer lo que hay que hacer. Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla. Saluda, hace dos años murió un señor atropellado, cerca de la terminal de buses, sonde empiezan los charrales, hace varios años se viene hablando del peligro en la vuelta del campo de Aterrizaje en la calle que va para la Colonia. Me he ganado varios enemigos porque lo publicamos en Rosbill Informa, pero de un enojo no pasamos. Se habló del peligro en la carretera hacia la Pavona, bueno ahí fue don Luis y otros señores regidores a volar machete, excelente, pero yo creo que ya hace dos años y unos cuantos días ya es suficiente. Sobre la palabra “proyectos de impacto”, bueno, impactemos Pococí, no puede ser posible que semana a semana se le esté enviando una nota a una persona para que limpie su charral. Muchas veces hablan de los regidores, pero se debe tomar una decisión a partir de hoy y que nos ayuden las Asociaciones de Desarrollo, que nos ayuden los comités de vecinos que nos ayude la fuerza Pública, los directores, los maestros a que todas esas zonas peligrosas estén limpias. En el aeropuerto no hay luz, no hay aceras, cómo se la juega la gente de Palma Dorada para venir a Guápiles. Recordando que yo no voto, pero con el derecho a voz, hago mi comentario para que pueda servir en algo. Síndica Sandra Umaña López. Saluda, una noticia muy lamentable conocer el fallecimiento del señor Rogelio Delgado León, una persona muy querida en el cantón. Condiciones climáticas, estado de la vía, el alumbrado público y el estado de las propiedades aledañas, fueron factores que se combinaron para que ocurriera el lamentable hecho, sin embargo, ninguno de estos factores justifica la pérdida de la vida de un ser humano. Como miembros del Concejo Municipal, es responsabilidad velar por la seguridad de los ciudadanos del cantón de Pococí, si bien es cierto se toman acuerdos encaminados hacia ese fin, también es importante darles seguimiento a esos Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N97 ACTA N*37 Ordinaria. acuerdos, de fiscalización y seguimiento para llevar un control de los acuerdos que se toman en el Concejo para el bienestar de los ciudadanos. Señora presidenta Yaslyn Morales Grajal. Comenta a los presentes, que esta semana ha girado instrucciones a la secretaría para que cada acuerdo que semanalmente se gestione en este Concejo para ver qué ha pasado con estos acuerdos. Indica que, el tema ya ha sido discutido y que ya queda en manos de la Alcaldesa que se pueda gestionar lo antes posible. Extender las condolencias para la familia del señor Rogelio Delgado León y para la señora Doña Hortensia Romero Cubero que es la abuelita de la compañera Ana Lucía Madrigal Astorga. (se procede a dar un minuto de silencio). Sra. Alcaldesa a.i. Yamileth Hidalgo Arias. Agradece al señor Andrés por venir y por la preocupación que tiene para con los vecinos, comenta que a partir de mañana enviará instrucciones para que una cuadrilla pueda llegar al lugar y que se valore las fincas aledañas para ver si se puede encontrar las soluciones. UL a. ARTICULO ll Asuntos de la Sra. Alcaldesa ACUERDO N* 916 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Yamileth Hidalgo Arias, alcaldesa aL.i., teléfono: 2711-1208, correo electrónico: Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI S PAGINA N98 ACTA N937 Ordinaria. 19-05-2022% manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, yamileth.hidalgoOmunipococi.go.cr, dice: Oficio: DAMCM-0065-2022 Asunto: Compra Directa No. 2022CD-000046-0032000702 Contratación Gestor Social Auxiliar para Procesos Sociales y Culturales. 5 Municipalidad de Pococí “MAS POCOC ¿ Despacho del Alcalde AY Teléfono: 2711-1208 ¿Ls %, Pluyo manuel hernandez(Amunipococi,go,cr MnieeAuoao PREPA Guápiles, 16 de mayo de 2022 DAMCM-0065-2022 rar, Sres. Honorable Concejo Municipal Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago para compra directa No. 2022CD-000046-0032000702 Contratación Gestor Social Auxiliar para Procesos Sociales y Culturales Mediante la presente remito solicitud de acuerdo de adjudicación y pago para la compra directa No. 2022CD-000046-0032000702 Contratación Gestor Social Auxiliar para Procesos Sociales y Culturales solicitado por la Dra. Mauren Monge Bolaños según detalle adjunto. Sin más por el momento, me despido. di (sc. Jamiett Hidalgo Arias Alcaldesa a.i. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%9 ACTA N937 Ordinaria. 7) a . MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Área de Servicios Públicos POCOC 0 MUMOPALIDAD Proceso de Desarrollo Social y Cultural Pluyo mauren.mongeOWmunipococi.go,cr E Guápiles, 12 de mayo de 2022 SPSC-043-2022 ANALISIS OFERTA PROCESO 2022CD-000046-0032000702 Señores Unidad Compra Pública Municipalidad de Pococí Posterior al análisis de la oferta Única presentada para el proceso 2022CD-000046- 0032000702, se tienen la oferta presentada por: 2 LUIS SOTO JIMÉNEZ Sobre los CRITERIOS DE ADMISIBILIDAD citados en el cartel: Profesional con mínimo licenciatura en | Cumple Adjunta título de licenciatura en Psicología (demostrable con Psicología con énfasis en clínica titulación). Incorporado al colegio respectivo, en | Cumple Aporta carné de incorporación condición activa, con incorporación al colegio de Profesionales en igual o mayor a 5 años (demostrable Psicología de Costa Rica, con carmmet de incorporación, la condición activa según condición activa se constatará en sitio verificación en misma página web del colegio). del colegio Con experiencia de 5 años como | Cumple Se anexa certificación emitida mínimo en el desarrollo y por coordinador de Servicios acompañamiento de proyectos Públicos de la Municipalidad de sociales, con certificación de Pococí, donde consta experiencia emitida por las experiencia de 7 años en la Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi >? O Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N910 ACTA N*87 Ordinaria. 9 MUNICIPALIDAD DE POCOCI a SCOCE Área de Servicios Públicos Proceso de Desarrollo Social y Cultural «Sym Pluyo mauren.mongeO'munipococi.go.cr "ópuao PTU instituciones donde ha brindado sus ejecución de proyectos de servicios. (Las charlas individuales no se interés social. consideran en este rubro, se entiende que los procesos tienen un inicio y final, con objetivos claros). Con experiencia mínima de 5 años en | Cumple Se anexa certificación emitida el ámbito municipal, tanto en por coordinador de Servicios funciones administrativas como en el Públicos de la Municipalidad de desarrollo de actividades de campo PococÍ, donde consta (conocimiento en la elaboración de experiencia de 7 años en labores PAOS, SEVRIS, Planes estratégicos, administrativas y de proyección visitas de campo, informes clínicos- social dentro de la sociales, procesos de capacitación). Municipalidad de Pococí. Deberá aportar constancia emitida por el gobierno local donde se ha desempeñado y ejecutado las acciones citadas. Con experiencia mínima de 1 año en | Cumple Se anexa certificación emitida la Administración de Centros Cívicos por coordinador de Servicios por la Paz, con certificación emitida Públicos de la Municipalidad de por la institución donde brindó sus PococÍ, donde consta servicios. experiencia de 2 años en labores administrativas concernientes al Centro Cívico por la Paz de Pococí. Con dominio demostrable de la | Cumple Aporta declaración jurada sobre herramienta SINIRUBE, deberá emitir el uso de la herramienta SINIRUBE declaración ¡jurada sobre el con 2 años de experiencia. conocimiento y práctica en el uso. Consta en certificación emitida por el coordinador de Servicios Públicos de la Municipalidad de Pococí el manejo de la herramienta SINIRUBE. Según la revisión y análisis de la documentación cargada al SICOP se determina que la oferta Única recibida cumple con los Criterios de Admisibilidad. + Se da por admisible la oferta presentada por el Proveedor JOSÉ LUIS SOTO JIMÉNEZ. Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (MunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N911 ACTA N*37 Ordinaria. y MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ POCÓÚC¿ Área de Servicios Públicos Proceso de Desarrollo Social y Cultural «Sm Pluyo mauren.mongeOmunipococi.go.cr "ao APLICACIÓN DE CRITERIOS DE EVALUACIÓN Calificación de la oferta Precio 60 Residente Local / Empresa Local 15 “Formación adicional-experiencia 25 a) PRECIO 60 Oferta por 45,452,736,00 60 puntos al precio más bajo, las demás ofertas se | PP: MPO valorarán con la siguiente Mosa X60 fórmula: Se otorgan 60 puntos Única oferta b) RESIDENTE LOCAL / EMPRESA LOCAL 15 Adjunta declaración jurada donde indica su residencia en Barrio Jáquima, distrito Jiménez del cantón de Pococí. En sistema de la CCSS el proveedor es consultante dentro del cantón de Pococí. Se otorgan 15 puntos 15 puntos O puntos Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: EAMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*12 ACTA N*37 Ordinaria. 9 MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ , (7 POCOCE Área de Servicios Públicos 1 Proceso de Desarrollo Social y Cultural «Sy Pluyo mauren.mongeO)munipococi.go.cr "red Po a o IEA Cc) FORMACIÓN ADICIONAL-EXPERIENCIA 25 Experiencia 5 puntos O puntos Dos certificaciones en formativa en materia de paz, suma temáticas de 76 horas Construcción de Paz Se otorgan 5 puntos (mínimo 50 horas) Experiencia 5 puntos O puntos Dos certificaciones en formativa en materia municipal, temáticas de suma 108 horas formación municipal Se otorgan 5 puntos (mínimo 100 horas) Experiencia 5 puntos O puntos Seis certificaciones en formativa en maleria de derechos temáticas de de NNA (se excluye derechos para la una al no definir niñez y la cantidad de horas), adolescencia suma 96 horas (mínimo 80 horas) Se otorgan 5 puntos Experiencia 5 puntos O puntos Dos certificaciones en formativa en materia de abordaje temáticas de de sustancias abordaje de psicoactivas, suma sustancias 134 horas psicoactivas (mínimo Se otorgan 5 puntos 100 horas) Experiencia 5 puntos O puntos Cuatro certificaciones formativa en en materia de temáticas de género, abordaje de violencia basada en la violencia y abuso género, género, sexual, masculinidad, masculinidades, otros, suma 85 horas abuso sexual, Se otorgan 5 puntos emprendedurismo, (mínimo 80 horas) Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%13 ACTA N937 Ordinaria. 4 MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ POCOCE Área de Servicios Públicos Proceso de Desarrollo Social y Cultural «ZSyw Pluyo mauren.mongeO)munipococi.go.cr "read E INTREGACIÓN DE CRITERIOS Precio 60 60 Residente Local / Empresa Local 15 15 Formación adicional-experiencia 25 25 TOTAL ASIGNADO 100 PUNTOS POR TANTO, Se recomienda cidjudicar el proceso 2022CD-000046-0032000702 al proveedor JOSÉ LUIS SOTO JIMÉNEZ, con una calificación de 100 PUNTOS, Se solicita se adjudique el monto total de (25,452,736.00, por un periodo de seis meses y medio, Suscribe, MAUREN rimado e jente por PRISCILLA MAUREN PRISCILLA MONGE MONGE BOLAÑOS (FIRMA) BOLAÑOS Fecha: 2022.05.12 (FIRMA) 11:41:06 -06'00' Licda. Mauren Monge Bolaños Coordinadora Proceso de Desarrollo Social y Cultural Municipalidad de Pococí Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi o) k Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%14 ACTA N*37 Ordinaria. 9 Municipalidad de Pococí (0) POCOC¿ Compras Publicas Qs AS Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 «LS» Fluye ronald.quirosOmunipococi.go.cr MopocoS e CT Guópiles, 13 de mayo del 2022 Número de Oficio 00017 Señores: Concejo Municipal de Pococí Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago. Compra Directa No. 2022CD-000046-0032000702, contratación Gestor Social Auxiliar para procesos sociales y Culturales. Respetables señores: Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la plataforma electrónica SICOP, tramite gestionado por parte de la Licda. Mauren Monge Bolaños, coordinadora Proceso de Desarrollo Social y Cultural Municipalidad de Pococí. Se logra determinar lo siguiente: En el acto de apertura de ofertas el cual se realizó electrónicamente en la aplicación SICOP, participa el siguiente señor: José Luis Soto Jimenez, Presento una oferta por un precio total de y 5.452.736.00, (cinco millones cuatrocientos cincuenta y dos mil setecientos treinta y seis colones exactos), oferta admisible. Criterios de Admisibilidad: Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%15 ACTA N*937 Ordinaria. E 9 Municipalidad de PococíÍ , (7) POCOC Compras Publicas Yes a Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 «LS MUNICIPALIDAD DE POCOCI Fluye ronald.quirosQmunipococi.go.cr e Profesional con mínimo licenciatura] Cumple Adjunta título de licenciatura en Psicología [demostrable con en Psicología con énfasis en titulación). clínica Incorporado al colegio respectivo, | Cumple Aporta carné de en condición activa, con incorporación al colegio de incorporación igual o mayor a 5 Profesionales en Psicología años (demostrable con carnet de de Costa Rica, condición incorporación, la condición activa activa según verificación en se constatará en sitio web del misma página del colegio colegio). Con experiencia de 5 años como | Cumple Se anexa certificación mínimo en el desarrollo y emitida por coordinador de acompañamiento de proyectos Servicios Públicos de la sockalss, con , ceríificación de Municipalidad de Pococí, experiencia emitida por las hantacad donde consta experiencia de 7 años en la instituciones donde ha brindado ejecución de proyectos sus servicios. (Las charlas de interés social. individuales no se consideran en este rubro, se entiende que los procesos tienen un inicio y final, con objetivos claros). Con experiencia mínima de 5 años | Cumple Se anexa certificación en el ámbito municipal, tanto en emitida por coordinador de funciones administrativas como en Servicios Públicos de la el desarrollo de actividades de Municipalidad de Pococí, campo [conocimiento en la donde consta experiencia de elaboración de PAOS, SEVRIS, 7 años en labores Planes estratégicos, visitas de administrativas y de campo, informes clínicos sociales, proyección social dentro de procesos de capacitación). la Deberá aportar constancia Municipalidad de Pococí. emitida por el gobierno local donde se ha desempeñado y ejecutado las acciones citadas. Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi Pececí Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*37 Ordinaria. Municipalidad de Pococí , Compras Publicas Yes Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Dr rt PAGINA N%16 Pecocí : MUNICIPAL Fluye ronald.quirosQmunipococi.go,cr ' burocod ¡ar IAEA Con experiencia mínima de 1 año | Cumple en la Administración de Centros Cívicos por la Paz, con certificación emitida por la institución donde brindó sus servicios, Se anexa certificación emitida por coordinador de Servicios Públicos de la Municipalidad de Pococí, donde consta experiencia de 2 años en labores administrativas concernientes al Centro Cívico por la Paz de PococíÍ. Con dominio demostrable de la | Cumple Aporla declaración jurada herramienta SINIRUBE, deberá sobre el uso de la emitir declaración jurada sobre el herramienta SINIRUBE con 2 conocimiento y práctica en el uso. años de experiencia. Consta en certificación emitida por el coordinador de Servicios Públicos de la Municipalidad de Pococí el manejo de la herramienta SINIRUBE. Evaluación de Ofertas. Una vez revisado el expediente, se procede a realizar la evaluación de la oferta que cumplió técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de Precio 60%, y 15% Empresa Local, 25% Formación adicional-experiencia, así establecido en el cartel. Precio 60 60 Residente Local / Empresa 15 15 Local Formación adicional 25 25 experiencia TOTAL ASIGNADO 100 PUNTOS Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi Pecocí Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*17 ACTA N*37 Ordinaria. OSI RISE 5 y 9 Municipalidad de Pococí y (7) PO: 9 ¿ Compras Publicas yes a . Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 Liso MUNICIPALIDAD: Fluye ronald.quirosGmunipococi.go.cr —darocod A e Una vezrevisado el expediente y aplicado los factores de evaluación se determina contratar al señor: José Luis Soto Jimenez, por cumplir con lo solicitado en el cartel de esta compra directa además de ser oferente único. Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar a la señora: alcaldesa, a pagar a favor del señor: José Luis Soto Jimenez, por un monto total de £ 5.452.736.00, (cinco millones cuatrocientos cincuenta y dos mil setecientos treinta y seis colones exactos), esto tomando en consideración el contenido presupuestario existente. Sin más que agregar se suscribe; ELVIS ANTONIO Firmado digitalmente por ELVIS (FIRMA) Fecha: 2022.05.13 15:05:13 -06'00' Elvis Montenegro Diaz Compras Públicas Municipalidad de Pococí. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza a la señora alcaldesa a pagar a favor del señor José Luis Soto Jiménez, por un monto total de £5.452.736,00 (cinco millones cuatrocientos cincuenta y dos mil setecientos treinta y seis colones exactos), esto tomando en consideración el contenido presupuestario existente de la Compra Directa No. 2022CD-000046-0032000702 Contratación Gestor Social Auxiliar para Procesos Sociales y Culturales. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Sitio Web: munipococi.go.cr A y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI NS DS PAGINA N*18 ACTA N937 Ordinaria. 19-05-2022% A A PRA ACUERDO N* 917 Se conoce comentario del regidor propietario Reg. Randall Torres Barrientos, dice: Indica que, en relación con el tema en discusión, la municipalidad debe solucionar el tema de varias contrataciones de servicios de gestión y apoyo que se han realizado reiterativas y que superan el año. Indica que basta jurisorudencia que dice que si una persona trabaja más de un año, se convierte en un trabajador regular y llama la atención de la posible implicación de que se pueda establecer una relación laboral porque se configuran todos los supuestos de una relación laboral, tiene una persona que lo supervisa, tiene un horario definido y está subordinado, tiene las tres características, por lo que en el próximo presupuesto ordinario se debe trabajar este tema, porque considera que estas personas deben de incorporarse como trabajadores regulares. Lo que se debe es determinar es que, si esta persona tiene 8 años laborando para la municipalidad, entonces se tiene la capacidad y el presupuesto como para que esta persona pueda ser un trabajador regular. Que le preocupa que estas personas deben de pagar con su propio peculio las cargas sociales, las pólizas de riesgo de trabajo, no tienen estabilidad, no reciben aguinaldo, salario escolar. Solicita a la administración y al Concejo para que se establezca una estructura administrativa adecuada para dar solución a todos los casos. Msc. Yamileth Hidalgo Arias - Alcaldesa a.i. Explica ampliamente que la municipalidad estuvo en un proceso de reorganización en medio de la pandemia, que la administración se preocupa por el presupuesto municipal. Que está dentro del plan está el poder ayudar a brindar la estabilidad de las personas contratadas por gestión y apoyo. Que la administración y el Concejo deben crear la estrategia presupuestaria. Reg. Reinaldo Benavides Vargas Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*19 ACTA N*37 Ordinaria. o Indica que este tema en particular es un seguimiento. Explica ampliamente que se deben de separar los recursos en el próximo presupuesto porque hay buenos funcionarios que merecen ser parte de la planilla de la municipalidad. Reg. Ovidio Vives Castro Menciona que hay varios casos en la misma situación y es un tema que se debe de solucionar. Considera que hay un buen ambiente y que en el momento que llegue al Concejo, se va a apoyar. Propuesta de la Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal, avalada por el Concejo en pleno. Concuerda con la administración para que se hagan los esfuerzos este próximo año y que el tema va a depender si en la Comisión de Hacendarios se crean rubros. Que muchas veces estas personas trabajan tiempo extraordinarias sin remuneración y sin derecho de cobrar viáticos. La propuesta es solicitar al departamento de Gestión Humana y Carrera Administrativa un listado de todas las personas que brindan los Servicios de Gestión y Apoyo, que se certifiguen los años que han prestado el servicio y cuánto es el presupuesto necesario para darles plazas interinas, además indicar si el puesto es necesario para la municipalidad, porque es la Única forma de saber si en la Comisión de Hacendarios se puede presupuestar los recursos. Reg. Randall Torres Barrientos Comenta que le ha inquietado bastante este tema porque cada trabajador es merecedor de su paga y en este caso se trata de una desigualdad odiosa que ha permanecido y se debe atender. Que se le debe de demostrar a la Contraloría General de la Republica que existen los recursos para que en el tiempo, esa persona pueda seguir laborando. Indica que le agregaría a la propuesta presentada por la señora presidente, que se busque una asesoría y con el conocimiento de causa, presentar el presupuesto del año 2023 de forma correcta a la Contraloría General de la República. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*20 ACTA N*37 Ordinaria. _ Propone iniciar el proceso con tiempo suficiente para el analisis. Además, indica que existe una diferencia salarial notoria con funciones similares. Reg. Luis Ángel Méndez Araya Indica que aunque es un tema administrativo, pero desea enfatizar que hay un personal administrativo y de campo comprometido, la gran mayoría está en la modalidad de gestión de apoyo, que es importante el tema de abrir las plazas para brindar estabilidad a estas personas. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la propuesta de la Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal, avalada por el Concejo en pleno. Se le solicita al departamento de Gestión Humana y Carrera Administrativa remitir un estudio de las personas contratadas por Gestión y Apoyo en la Municipalidad de Pococí, que se certifiquen los años laborados, puesto que desempeñan, indicar el presupuesto anual requerido en caso de que cree la plaza interina y si los puestos son requeridos por la Municipalidad de Pococí. Además, recomendar una posible asesoría que brinde un claro procedimiento para el año 2023. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N” 918 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Yamileth Hidalgo Arias, alcaldesa a.i., teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, yamileth.hidalgoOmunipococi.go.cr, dice: Oficio: DAMCM-0066-2022 Asunto: Compra Directa No.2022CD-000038-0032000702 Mejoramiento de superficie de ruedo Los Pinos C 7-02-729. » > Sitio Web: munipococi.go.cr Y y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*21 ACTA N*37 Ordinaria. 9 Municipalidad de Pococí Despacho del Alcalde Ye a Teléfono: 2711-1208 <»e%, Pluye manuel hernandezQmunipococi.go.cr Meeaoso FICA Guáópiles, 17 de mayo de 2022 DAMCM-0066-2022 Sres. Honorable Concejo Municipal Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago para compra directa No. 2022CD-000038-0032000702 Mejoramiento de superficie de ruedo Los Pinos C 7-02- 729 Mediante la presente remito solicitud de acuerdo de adjudicación y pago para la compra directa No. 2022CD-000038-0032000702 Mejoramiento de superficie de ruedo Los Pinos C 7-02-729 según detalle adjunto. Sin más por el momento, me despido. Alcoldesa ai. 1 de Pococi apar. AT) Et. > Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
ps A MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*22 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022 __- AA a MUNICIPALIDAD DE POCOCI OBRA PUBLICA 4 a Pecocí ml NE Pluye olger.gutlerrez(9munipococi.go.cr DEPOCOCI Guáplles, 16 de mayo de 2022 OPM-0237-2022 Lic. Ronald Quiroz Proveeduría. ASUNTO: Recomendación "Mejoramlento de superficie de ruedo Los Pinos la Rita C 7-02- 729". Estimado compañero, De acuerdo, a la contratación N*2022 CD-000038-0032000702, donde se solicita la contratación de una empresa especializada en la construcción del camino conocido como Los Pinos, La Rita, la cual deberá cumplir con todas las especificaciones y normas indicadas. Misma recibe dos ofertas las cuales se someten a revisión. Oferta 1. “Consorcio Mapache-Dinaju”, OFERTA ADMISIBLE Se recibe una oferta, por un monto de (£ 19.628.712,34(Diez y nueve millones seiscientos veintiocho mil setecientos doce colones con 34/100, (Pagina 27 SICOP). Mejoramiento Superficie Ruedo Los Pinos 7-02-729 La Rita, Ley 8114 Formato de Presentación Memoria de Calculo Oferta Económico Licitación N*: [2022C0-000038:0032000702 Empresa: Transporte Mapache S.A Proyecto: [Calle Los Pinos Descripción Unidad Cantidad [costou Monto $C 13.5 Montos provisionales glob 1,00 $1500.000,00 | € 1500000,00 n/a [Horas Back Hoe h 8,00, e 16mmos|e 134783,60| cR.608.01 [Canal revestido Upo IV m2 140,00. q z230994|g 3123391,60 CR.30103 |Base de agregados graduación € m3 450,00. 4 15762,00| 4 7092900,00 cA.303.01_ [Reacondicionamiento de subrasantes y espaldones km 0,45 € caromoo| e 2798766 CA 552.01 (a) [Reacondici dela cunetas m 200,00. e suele ac2474,00 CR.411,036 (e) [Tratamiento superficial bituminoso E-33 m2 2475,00 € 2850] € 7035286,50 [Monto Total en Números: % 19628712,34 [Monto Total en Letras: millones selscientos veinte y ocho mil setecientos doce con 34/10. . munipococi.go.cr F :BO. / Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*23 ACTA N*37 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCI 9 OBRA PUBLICA 4 (1) POCOC ¿ Teléfono: 2710-6613 yl y a obrapublicaQmunipococi.go.cr air Pluye olger.gutierrez2munipococi.go.cr MDEPOCOd rre ace AA Patente Una de las partes del consorcio se encuentra patentada en el Cantón de Pococí, tal y como se demuestra en la siguiente imagen extraída de la oferta presentada en la plataforma SICOP, por lo cual CUENTA como empresa local MUNICIPALIDAD DE POCOCI | Ú UNIDAD DE PATENTES E GUAPILES, 29 días de JUNIO del 2021. : NUMERO DE ACUERDO: OFICINA PARA CONSTR! ON DE OBRAS CIVILES NÚMERO DE LICENCIA: 13415 DISTRITO: GUAPILES NOMBRE PATENTADO(A): DINAJU S.A. CÉDULA: 3101138088 ACTIVIDAD AUTORIZADA: OFICINA ADMINISTRATIVA NOMBRE DEL LOCAL: DINAJU SOCIEDAD ANONIMA UBICADO EN: GUÁPILES, DEL INS 600 MTS SUR | PARA USO ÚNICAMENTE EN EL LOCAL COMERCIAL AUT ORIZADO COLÓQUESE EN LUGAR VISIBLE | MELO ¡D DE PATENTES Importanto, [ Encaso de que la Icancia sea lVaspasada a olra persona o do local, devera esto, y hos! | En caso de cierra de la actividad comercial deberá noticarlo a la Muncipalidad, de lo contrario contuará el cobro del impuesto munipococi.go.cr (7 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*24 ACTA N937 Ordinaria. 19-05- y” MUNICIPALIDAD DE POCOCI () OBRA PUBLICA Pluye Poo MS MDEPOCOo! Experiencia En relación con la experiencia vista en el documento llamado oferta a partir de la página 108 (SICOP), se demuestra que la experiencia presentada por el consorcio no cuenta con la suficiente información que autentifique si la experiencia en proyectos cuenta con inscripción ante el CFIA tal y como se solicita en el pliego cartelario, se solicita la subsanación de dicha información a través del oficio OPM-0228-2022, el cual se tiene respuesta por parte del consorcio. Re: Subsanación de documentación | 4) Pesponder | y Resgonduratodos | > Ratios [5]|«e] Pedro Suarez <psuarezuQtmapache.com> Í pasa O Olger Gutierrez tes 195/2022 10 EC > Proyectos Transportes Mapache (O Mago dic aquí para descargar lesbgenes, Para ayudarte a proteger su confidandaidad, Outlook ha enzo la Cercarga automatico de algunrt imágenes an este mantaje. Buenas tardes Adjuntos documentos. Elvio, 6 may 2022 alas 15:11, Olger Gutierrer (<okger gutierrez munipococigo.c1>) escribió: Ing. Olger Gutiérrez Mendoza [ caes Obra Pútica ya Poritcación y Deronclo Urbano e e munipococi.go.cr 1) Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*27 ACTA N*37 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCI cs OBRA PUBLICA / POCOC ¿ Teléfono: 2710-6613 yes a de obrapublicaQOmunipococl.go.cr Fluye olger.gutierrez(2munipococl.go.cr MEEPOCOS Oferta 2. Constructora Quesada 8. Campbell, S.A, OFERTA ADMISIBLE Se recibe una oferta, por un monto de L 19.861,9200,30 (Diez y nueve millones ochocientos sesenta y un mil novecientos colones con 30/100. MEJORAMIENTO DE SUPERFICIE DE RUEDO LOS PINOS LA RITA C-7:02-729 SUMARIO DE CANTIDADES Descripción UNIDAD CANTIDAD PRECIO UNITARIO — PRECIOTOTAL [Mantos provislonales 1.000.000,00 1.000.000,000 Horas Back Hoe X 16.337,30 130.698,400 [Canal revestido tipo IV 22.691,70 3.176.838,000 [Dase de agregados graduacion C, caso 2 15.749,20 7.087.140,000. CR.303.01 de Y km 363.965,00. 167.423,900 CR.303.01(2) [Reacond:cionamiento de cunetas m 273,50 246.150,000. CR.411.06(c) [Tratamiento Superficial Bituminoso EE-33 cy 3. 8,053.650,000 Patente El consorcio se encuentra palentada en el Cantón de Pococí, tal y como se demuestra en la siguiente imagen extraída de la oferta presentada en la plataforma SICOP, por lo cual CUENTA como empresa local. MUNICIPALIDA p DE POCOC; PATENTE 6414 TALLER CON PARQUEO BODEGA Y OFICINA CONSTRUCTORA Dirección: Tanque del agua en el Prado 390 metros al norte. Are RITE LOCUMENTO YM UN LUGAR VISIBLE ML PÚBLICO munipococi.go.cr Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*29 ACTA N937 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCI sg OBRA PUBLICA POCOC ¿ Teléfono: 2710-6613 a unipococi.: a a MUNICIPALIDAD Pluye olger. ipococi. DEPOCOCI BERNA Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de Precio 70%, 20 experiencia y 10% Local, así establecido en el legajo cartulario, queda a criterio del departamento de Proveeduría realizar la revisión de los cumplimientos legales, ¡A, PRECIO. (máximo 70 puntos) Para la oferta más a los de la de las ¡ofertas que resullan , so sola: 6 la más ce para los Intereses de la] ¡Administración utilizando el siguiente crilerio: MOP lora)" Donde: PP; Puntos asignados por precio. IMOP: Monto de la oferta con menor precto. IMOEA: Monto de la oferta económica en estudio. [B-EXPERIENCIA EN PROYECTOS SIMILARES (20 p!s.). La Ja en se mecrá por la de obras re por lla compañía, mismas anto el Coleglo do de y de [Costa Rica (CHA), se conskdera pr obras que! la cor de [ISB 3 con dimensiones Iguales o supedores a lo solicitado en el cuadro de cantidades lespecificamente en el renglón de pago de 1B3, porlo que deberá presentar constancia [de acia acredil porel: del proyecto, conla cual se lastablace el siguiente parámatro; [De la 5 obras similoros = $ puntos. [De $4 10 obras simiares = 10 punlos. [Más dle 10 obras similares =_20 puntos. C. EMPRESA LOCAL (10 pls.). En aras de una mayor de las locales, como parte de la e: del cantón, en el Decreto N*42709-H-MEIC-MISS- MINAE-MICIT, en el cual se para la de empresos pymes y empresas de la economía social en las compras públicas de la lón, según criterios de y sost porlo tanto, se le darón 10 puntos a las empresas que cumplan con al menos las siguientes condiciones: la. Teneruna potente comerciol activa enta Municipalidad de Pococí. Para acreditar este punto debe pr copla de la o finalo a en esto cortel, y cede de los oficinos administrativas ubicados dentro del territorio del cantón., aportar la ubicación exacto de las oficinos. Para el caso de los ol menos | de los que lo , deberá cumple con el punto anterior [a.) munipococi.go.cr 7 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI S PAGINA N*30 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ! g OBRA PUBLICA POCO " el Teléfono: 2710-6613 AS obrapublicaGmunipococi.go.cr Pluye olger.gutierrerOmunipococi.go.cr "BEPOCOd ¡EIA CITAR ADA Evaluación de las ofertas Mejoramiento de superficie de ruedo Los Pinos la Rita C 7-02-729 Rinsenal Oferta Evaluación Calificaciá ¡azón Social Experincia | Empresa Experincla | Empresa altficación Precio (20%) | agg | tocargao») [Precio (70%) 2995 | Locar(10%) [Consorcio Mapache-Dinaju 419628 712,34 LU st 70% 0% 10% 80% Constructora Quesada €: Camball S.A | 419861 900,30 [Mas de 10 s 69% 20% 10% 99% Por lo tanto, una vez realizada la evaluación, esta unidad recomienda a la Constructora Quesada 3. Campbell S.A, por ser la mejor oferta según el método de evaluación y además de cumplir con todos los requisitos establecidos en el pliego cartelario. Se solicita adjudicar por un monto de ( 19.861.900,30 (Diez y nueve millones ochocientos sesenta y un mil novecientos colones con 30/100), distribuidos según cantidades y precios presentados en la oferta, por parte de la empresa recomendada. Agradeciendo la atención a la presente, se despide OLGER IVAN GUTIERREZ MENDOZA (FIRMA) Firmado digitalmente por OLGER IVAN GUTIERREZ MENDOZA (FIRMA) Fecha: 2022.05.16 08:44:00 -06'00" Ing. Olger Gutiérrez Mendoza Coordinador Obra Publica Municipalidad de Pococí CC. Archivo, Pecocí Pluye munipococi.go.cr a Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N931 ACTA N*37 Ordinaria. 9 Municipalidad de Pococí y POCOC Compras Publicas AS Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 LLSz% Fluye ronald.quiros4munipococi.go.cr — "Beroco” a Ea Guápiles, 02 de mayo del 2022 Número de Oficio 00018 Señores: Concejo Municipal de Pococí Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago. Compra Directa No, 2022CD-000038-0032000702, Mejoramiento de superficie de ruedo Los Pinos la Rita C 7-02729. Respetables señores: Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la plataforma electrónica SICOP, tramite gestionado por parte «del ing. Olger Gutierrez Mendoza. Coordinador de Obra Pública Municipalidad de Pococí, Se logra determinar lo siguiente: En el acto de apertura de ofertas el cual se realizó electrónicamente en la plataforma de compras públicas SICOP, participan las siguientes empresas: Consorcio Mapache-Dinaju, se recibe oferta por un monto de £19.628.712,34(Diez y nueve millones seiscientos veintiocho mil setecientos doce colones con 34/100), presentando certificaciones y declaraciones solicitadas en el cartel Constructora Quesada 38. Campbell, se recibe oferta por un monto total de 219.861.900,30 (Diez y nueve millones ochocientos sesenta y un mil novecientos colones con 30/100), presentando certificaciones y declaraciones solicitadas en el cartel. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*32 ACTA N*37 Ordinaria. g Munici By > palidad de Pococí POCOC Compras Publicas yes AS dl Teléfono: 27. 6561 Ext. 122 Pluye ronald. quirosOmunipococi, go.cr a Evaluación. Una vez revisado el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplió técnicamente de la siguiente forma: Precio 70%, 20 experiencia y 10% Local, así establecido en el cartel de invitación, Mejoramiento de superficie de ruedo Los Pinos la Rita C 7-02-729 Oferta Evaluación Razón Social brecio(rox) | Eseeriencio | Empresa. |... ,, (79, | Experiencia || Empresa Caliticación (209%) |Local(10%) | (20%) — | Local (10%) o |[Consorclo Mapache-Dinaju o 419628 712,34 Y si 70% 0% 10% 80% [Constructora Quesada 8. Cambell S.A | 4 19-861 900,30 |Mas de 10 si 69% 20% 10% 99% D 1 viente: Una vez aplicados los factores de evaluación de las ofertas se determina contratar a la empresa: Constructora Quesada 8, Campbell S.A, por cumplir con lo solicitado en el cartel de licitación y además de ser el oferente mejor evaluado. Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar a la señora: alcaldesa, a pagar a favor de la empresa: Constructora Quesada 8. Campbell S.A, por un manto total de £19.861.900,30 (Diez y nueve millones ochocientos sesenta y un mil novecientos colones con 30/100), distribuidos según cantidades y precios presentados en la oferta, por parte de la empresa adjudicada. Sin más que agregar se suscribe; Firmado digitalmente por ELVIS ELVIS ANTONIO ANTONIO MONTENEGRO DIAZ MONTENEGRO DIAZ (FIRMA) (FIA) e Fecha: 2022.05.17 13:01:30 -06'00' Elvis Montenegro Diaz Compras Públicas Municipalidad de Pococí. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza a la señora alcaldesa a pagar a favor de la empresa: Constructora Quesada 3¿Campbell S.A, por un monto de £19.861.900,30 (diecinueve millones ochocientos sesenta y un mil novecientos colones con 30/100), distribuidos según cantidades y precios presentados en la oferta, por parte de la empresa adjudicada de la Compra Directa No.2022CD- 000038-0032000702 Mejoramiento de superficie de ruedo Los Pinos C 7-02-729. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*33 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N* 919 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Yamileth Hidalgo Arias, alcaldesa a.i., teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, yamileth.hidalgoOmunipococi.go.cr, dice: Oficio: DAMCM-0067-2022 Asunto: Licitación Abreviada No. 2022LA-000004-0032000702 Compra de Agregados Base Triturada para Caminos de los Distritos de Jiménez, Guápiles, La Colonia y Roxana. Municipalidad de Pococí : 9 pa < € Despacho del Alcalde Yes a Teléfono: 2711-1208 Pluye ¡anuel hernandez: Y CAD Guópiles, 19 de mayo de 2022 DAMCM-0067-2022 Sres. Honorable Concejo Municipal Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago para Licitación Abreviada No. 2022LA-000004-0032000702 COMPRA DE AGREGRADOS BASE TRITURADA PARA CAMINOS DE LOS DISTRITOS DE JIMÉNEZ, GUÁPILES, LA COLONIA Y ROXANA Mediante la presente remito solicitud de acuerdo de adjudicación y pago para la Licitación Abreviada No. 2022LA-000004-0032000702 COMPRA DE AGREGRADOS BASE TRITURADA PARA CAMINOS DE LOS DISTRITOS DE JIMÉNEZ, GUÁPILES, LA COLONIA Y ROXANA según detalle adjunto. Sin más por el momento, me despido. Alcaldesa a. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI NX PAGINA N*34 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05- MUNICIPALIDAD DE POCOCI 9 OBRA PUBLICA POCOC ¿ Teléfono: 2710-6613 a obrapublica(2munipococi.go.cr Rao Pluye olger.gutierrezOmunipococi.go.cr "BEPOCOd A HA Guápiles, 17 de mayo de 2022 OPM-0246-2022 Lic. Ronald Quiroz Proveeduría. ASUNTO: Recomendación'"Compra de agregados Base triturada para Caminos de los distritos de Jimenez, Guápiles, La Colonia y Roxana". Estimado compañero, De acuerdo, a la Licitación Abreviada N*2022 LA-000004-0032000702, donde se solicita la contratación de una empresa especializada en la venta de materiales para los distritos de Guápiles, Jimenez, La Colonia y Roxana, esto para dar mantenimiento a los caminos codificados, los mismos deberán cumplir con todas las especificaciones y normas indicadas en el CR-2010. Misma recibe dos ofertas las cuales se someten a revisión. Oferta 1. Almacenes El Colono S.A, OFERTA ADMISIBLE Precio Se recibe una oferta, por un monto de por £ 70.229.400,00 (Setenta millones doscientos veinte nueve mil cuatrocientos colones exactos. Distancia Se tiene una distancia de boca de planta al centroide establecido en el pliego cartelario de 12.1 km, dato suministrado en la oferta por el contratista (ver imagen adjunta). munipococi.go.cr 0) Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*35 ACTA N987 Ordinaria. 19-05- MUNICIPALIDAD DE POCOCI OBRA PUBLICA Y PO COC 4 Teléfono: 2710-6613 sd a obrapublica(Q2munipococi.go.cr Pluye olger.gutierrez2munipococi.go.cr “BEPOSOS” 22 min (12.1 km) por Ctra. Braulio Carrillo/Carretera 32 y Porvenir Patente El almacén se encuentra patenta en el cantón de Pococí, por lo cual CUENTA como empresa local (ver detalle en SICOP) Oferta 2. Consorcio 3102-Reysa, OFERTA ADMISIBLE Precio Se recibe una oferta, por un monto de por £ 72.952.163,10 (Setenta y dos millones novecientos cincuenta y dos mil ciento sesenta y tres colones con 10/100). Distancia Se tiene una distancia de boca de planta al centroide establecido en el pliego cartelario de 17 km, dato suministrado en la oferta por el contratista (ver imagen adjunta). munipococi.go.cr 35) Sitio Web: munipococi.go.cr Y e Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ñ PAGINA N*36 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05- MUNICIPALIDAD DE POCOCI — g OBRA PUBLICA POCOC ¿ Teléfono: 2710-6613 AY obrapublica?munipococi.go.cr REA Pluye olger.gutierrez(Omunipococi.go.cr DEPOCOC sl LUGAR DE ENTREGA: Nuestro centro de acopio donde estará el material para entregar a la municipalidad; se encuentra a 17 km. de la plaza de deportes de La Colonia. Patente El consorcio presenta a una de las partes patentada en el cantón de Pococí, sin embargo, la patente de dicha empresa es de “taller Industrial y Oficina Constructora", las cuales no son actividades objeto de contratación en dicho proceso, la cual es la venta de agregados, por lo cual NO CUENTA como empresa local. y Mimiepaldad de Rococí Oficina d de ¡Patentes lugar Visible) NA COMENTA TALLA FOCAL RA ML Oferta 3. Servicios James 8. Chavarría S.A, OFERTA ADMISIBLE Precio Se recibe una oferta, por un monto de por £ 76.650.000,00 (Setenta y seis millones seiscientos cincuenta mil colones exactos). Distancia Se tiene una distancia de boca de planta al centroide establecido en el pliego cartelario de 8.3 km, dato suministrado en la oferta por el contratista (ver imagen adjunta). munipococi.go.cr na] / LA Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N937 ACTA N*37 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCI 74 OBRA PUBLICA () POCOÓC ¿ Teléfono: 2710-6613 ys a obrapublicaQmunipococi.go.cr “ro Pluye olger.gutierrezOmunipococi.go.cr "BEROCOS Patente El Tajo se encuentra patenta en el cantón de Pococí, por lo cual CUENTA como empresa local, (ver detalle en SICOP). Oferta 4. Constructora Meco S.A, OFERTA ADMISIBLE Precio Se recibe una oferta, por un monto de por E 78.840.000,00 (Setenta y ocho millones ochocientos cuarenta mil colones exactos). Distancia Se tiene una distancia de boca de planta al centroide establecido en el pliego cartelario de 15.2 km, dato suministrado en la oferta por el contratista (ver imagen adjunta, se toma imagen con coordenadas dadas por el oferente). munipococi.go.cr ft Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*38 ACTA N937 Ordinaria. 19-05- sg MUNICIPALIDAD DE POCOCI " OBRA PUBLICA Teléfono: 2710-6613 POCOCI obrapublica2munipococi.go.cr PI a R MUNICIPALIDAD. Pluye olger.gutierrez(Omunipococi.go.cr DEPOCOCI A Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de Precio 70%, 20% distancia y 10% Local, así establecido en el legajo cartulario, queda a criterio del departamento de Proveeduría realizar la revisión de los cumplimientos legales. A. PRECIO, (máximo 70 puntos) Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la Municipalidad, de las [ofertas que resulten elegibles, se seleccionará la más conveniente poro los intereses de la ¡Administración utilizando el siguiente criterio: MOP =| == ezo elos) ¡Donde: IPP: Puntos asignados por precio. IMOP: Monto de la oferta con menor precio. IMOEA: Monto de la oferta económica en estudio. munipococi.go.cr E És LL Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*39 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05 MUNICIPALIDAD DE POCOCI g OBRA PUBLICA POCOC ¿ Teléfono: 2710-6613 a obrapublica(2munipococi.go.cr Pago 4 E MUNICIPALIDAD Pluy e olger.gutierrez2munipococi.go.cr DEPOCOCI ¡TEE PA B. DISTANCIA. (méximo 20 puntos) La distancia, se evaluará de la siguiente manera, donde obtendrá mayor puntaje el tajo más cercano ol punto indicado con Coordenadas-CRTMOS; 521461.97,1132847.05: 'DKM PP= CRE)" 20 Dónde: Pe: Puntos asignados por distancia, DKMi Distancia en kilómetros mós cercano. DKE: Distancia en kilómetros en estudio. CC. EMPRESA LOCAL (10 pts.). En aros de fomentar una mayor participación de las empresos locales, como porte de la reactivación económica del cantón, amparado en el Decreto N*42709-H-MEIC-MISS- MINAE+MICITT, en el cuol se establece medidos pora incentivar la porticipación de empresos pymes y empresos de la ria sociol en los compras públicos de la , según criterios de ión y sostenil porlo tanto, sele dorón 10 puntos a los empresa: que cumplon con al menos las siguientes condiciones: o. Teneruna patente comercial activa enla Municipalidad de Pococ!. Pora acreditar este punto debe presentar copio de la patente a fin a la actividad a contrator e: contel, y cede de las ofici ; dentro del teritorio del cas aportar la ubicación exacto de los oficinas. Para el caso de los consorcios, al menos 1 de los oferentes que lo conforman, deberá cumplir con el punto anterior (a.) Evaluación de las ofertas Compra de Materiales Distritos de Guapiles, Jimenez, La Colonia y Roxana " sat Oferta Evaluación da Razón Social pi km] Emp Di km Calificación Precio (70%) | ¡209% | tocatíioss [Peto 20%] 209) | Local(10%) [Almacenes El Colono S.A $70 229400,00 | 121 E 70% 14% 10% 93,7% [Consorcio 3102-Reysa €7295216310| 17 No 73 10% 0% 71,2% ¡Servicios James 8, Chavarria S.A 476650 000,00 83 si 64% 20% 10% 94,1% [Constructora Meco S.A 478 840 000,00 15,2 Ss 62% 1% 10% 83,3% munipococi.go.cr Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*37 Ordinaria. PAGINA N*40 PO cocí Pluye OBRA PUBLICA Teléfono: 2710-6613 obrapublicaQmunipococi.go.cr a MUNICIPALIDAD. olger.gutierrez(2munipococi.go.cr DEPOCOC [TA AS MUNICIPALIDAD DE POCOCI () Por lo tanto, una vez realizada la evaluación, esta unidad recomienda a James 2 Chavarría S.A, por ser la mejor oferta según el método de evaluación y además de cumplir con todos los requisitos establecidos en el pliego cartelario. Se solicita adjudicar por un monto de £ 79.968.000,00 (Setenta y nueve millones novecientos sesenta y ocho mil colones exactos), distribuidos tal y como se muestra en la siguiente tabla, respetando los precios unitarios presentes en la oferta por el contratista, modificando las cantidades y adaptándose al contenido presupuestario. Gúapiles Jimenez Precio Precio Descripción | Cantidad Unitario Total Descripción | Cantidad Unitario Total Base 2700 s250| € 14175000,00 | [Base 2700 s5250| £ 14 175000,00 Sub Base | 1108] 5250] d 5817000,00 | [Sub Base | 1108| 5250] 4 5817000,00 Total d 19992 000,00 Total $ 19.992 000,00 La Colonia Roxana Precio e Precio Descripción | Cantidad Unitario Total Descripción | Cantidad Unitario Total Base 2700] s250| 4 14 175 000,00 | [Base 2700] s5250| g 14175000,00 Sub Base | 1108] 5250] $ 5817000,00 | [Sub Base | 1108] s250| 4 5817 000,00 Total g 19992 000,00 Total $ 19992 000,00 Descripción Agradeciendo la atención a la presente, se despide O VAN Firmado digitalmente LGER | por OLGERIVAN GUTIERREZ GUTIERREZ MENDOZA (FIRMA) MENDOZA Fecha: 2022.05.17 (FIRMA) 15:10:27 -06'00' Ing. Olger Gutiérrez Mendoza Coordinador Obra Publica Municipalidad de Pococí CC. Archivo. munipococi.go.cr ESA Pecocí Pluye ES Ll Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*41 ACTA N*37 Ordinaria. PR a Municipalidad de Pococí E] POCOC Compras Públicas ys a : Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 Pluye ronald.quirosAmunipococi.go.cr 'oeroco _ TT ERA Guópiles, 18 de mayo del 2022 Señores: Concejo Municipal de Pococí Referencia: Se solicita adjudicar y autorizar acuerdo de pago. Licitación Abreviada No. 2022LA-000004-0032000702, Compra de agregados Base triturada para Caminos de los distritos de Jimenez, Guápiles, La Colonia y Roxana. Respetables señores: Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la plataforma electrónica de compras públicas SICOP, tramite gestionado por parte del ing. Olger Gutierrez Mendoza. Coordinador de Obra Pública Municipalidad de Pococí. Se logra determinar lo siguiente: En el acto de apertura de ofertas el cual se realizó electrónicamente en la plataforma de compras públicas SICOP, participan las siguientes empresas: Almacenes El Colono S.A, se recibe oferta por un monto de 270.229.400,00 (Setenta millones doscientos veinte nueve mil cuatrocientos colones exactos), presentando certificaciones y declaraciones solicitadas en el cartel Consorcio 3102-Reysa, se recibe oferta por un monto total de £72.952.163,10 [Setenta y dos millones novecientos cincuenta y dos mil ciento sesenta y tres colones con 10/100), presentando certificaciones y declaraciones solicitadas en el cartel. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*42 ACTA N937 Ordinaria. 19-05-2028 9 : ; 9 e ER al (7) Fluye ronald.quirosQmunipococi.go.cr Mepocon Servicios James 38 Chavarría S.A, se recibe oferta por un monto total de 276.650.000,00 (Setenta y seis millones seiscientos cincuenta mil colones exactos), presentando certificaciones y declaraciones solicitadas en el cartel. Constructora Meco S.A, se recibe oferta por un monto total de /78.840.000,00 (Setenta y ocho millones ochocientos cuarenta mil colones exactos). Evaluación. Una vez revisado el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplió técnicamente de la siguiente forma: Precio 70%, 20 experiencia y 10% Local, así establecido en el cartel de invitación. Compra de Materiales Distritos de Guapiles, Jimenez, La Colonia y Roxana Oferta Evaluación Razón Social Precio (70%) Distancia km| Empresa Precio (70%) Distancia km] Empresa Calificación (20%) | Local (10%) (20%) _ | Local (10%) ¡Almacenes El Colono S.A 470 229 400,00| 121 st 70% 13.72% 10% 93,72% Consorcio 3102-Reysa 4172 952 163,10| 17 No 67.39% 9.76% 0% 77,15% ¡Servicios James 8: Chavarria S.A 4 76 650 000,00] 8,3 si 64.14% 20% 10% 94,14% Constructora Meco S.A 478840 000,00 15,2 si 62.35% 10.92% 10% 83,27% Determinando lo siguiente: Una vez aplicados los factores de evaluación a las ofertas se determina contratar a la empresa: Servicios James 3. Chavarría S.A, por ser el oferente con la puntuación más alta según la evaluación. Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar a la señora: alcaldesa, a pagar a favor de la empresa: Servicios James 2. Chavarría S.A, por un monto total de £),79.968.000,00 (Setenta y nueve millones novecientos sesenta y ocho mil colones exactos), distribuidos tal y como se muestra en la siguiente tabla, respetando los precios unitarios presentes en la oferta por el contratista, modificando las cantidades y adaptándose al contenido presupuestario. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%43 ACTA N*37 Ordinaria. z a - g Municipalidad de Pococí () PO cy) ¿ Compras Públicas Yes ax O 9 Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 LS Fluye ronald.quirosAmunipococi.go.cr “eres” abi il teriales por distrito: Guápiles Jiménez A Precio S Preclo Descripción | Cantidad Unitario Total Descripción | Cantidad Unitario Total Base 2700) 5250| € 14 175000,00 | [Base 2700| 5250| € 14 175000,00 Sub-Base | 1108| 5250] € 5817000,00 | [Sut-base | 1108 5250| 4 5817000,00 Total € 19 992000,00 Total d 19992000,00 La Colonia Roxana , Precio Pm. . Precio Descripción | Cantidad | jpyapo Total Descripción | Cantidad | pirario Total Base 2700 5250| € 14 175000,00 | [Base 2700] 5250| € 14 175000,00 [Sub-Base 1108| 5250| € 5817 000,00 | |Sub-Sase 1108| 5250| 4 5817000,00 Total 4 19992 000,00 Total 4 19992 000,00 Sin más que agregar se suscribe; RONALD ORAL QUO BRENES (FIRMA) pa Lic. Ronald Quiros Brenes Compras Públicas Municipalidad de PococíÍ. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se adjudica y se autoriza a la señora alcaldesa a pagar a la empresa: James 8 Chavarría S.A, por un monto de 79.968.000,00 (setenta y nueve millones novecientos sesenta y ocho mil colones exactos), distribuidos tal y como se muestran en la tabla de distribución de materiales por distrito (oficio OPM-0246-2022) , respetando los precios unitarios presentas en la oferta por el contratista, modificando las cantidades y adaptándose al contenido presupuestario existente de la Licitación Abreviada No. 2022LA-000004- 0032000702 Compra de Agregados Base Triturada para Caminos de los Distritos de Jiménez, Guápiles, La Colonia y Roxana. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%44 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N* 920 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Yamileth Hidalgo Arias, alcaldesa all, teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, yamileth.hidalgoOmunipococi.go.cr, dice: Oficio: DAMCM-0068-2022 Asunto: Carta de Entendimiento entre el Instituto Nacional de las Mujeres, Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, Unión Nacional de Gobiernos Locales y la Municipalidad de Pococí. » » Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%45 ACTA N*37 Ordinaria. Municipalidad de Pococí a POCOC ¿ Despacho del Alcalde AN Teléfono: 2711-1208 Ke Fluye monuelhernandezQmunipococi.go.cr Merino ma a A] Guápiles, 19 de mayo de 2022 DAMCM-0068-2022 Sres. Honorable Concejo Municipal Mediante la presente me permito remitir carta de entendimiento entre el INAMU-IFAM- UNGL-Municipalidad Pococí, cuya finalidad es coordinar procesos estratégicos para la promoción de los derechos de las mujeres en el ámbito local, esto como parte de una gestión interinstitucional que se está promoviendo con las municipalidades de Pococí, Matina y Guácimo. Como es de su conocimiento, en el territorio nacional se ha dado una serie de manifestaciones de violencia contra mujeres turistas, como lo acontecido días atrás en la zona de Parismina, Limón. Desde el INAMU se nos ha manifestado que es de suma importancia, accionar de manera integral en función de la no violencia de género y promover el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las mujeres, en coordinación con el estado costarricense y la sociedad civil; por lo que nos unimos en esta iniciativa. Solicito se autorice a quien ocupe el cargo de la Alcaldía a suscribir la carta de entendimiento entre el Instituto Nacional de las Mujeres, Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, Unión Nacional de Gobiernos Locales y la Municipalidad de Pococí. Sin más por el momento, me despido. ¡amileth Hidalgo Arias Alcaldesa a.i. Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*46 ACTA N*37 Ordinaria. INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL e INAMU IFAMs5% 3 UNGL Dat MUNICIPALIDAD. DE POCOCI CARTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES, INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL, UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES Y LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ. Entre nosotros, el Instituto Nacional de las Mujeres, representado por la señora Adilia Caravaca Zúñiga, mayor de edad, abogada, vecina de Santa Ana, portadora de la cédula de identidad número uno - cuatrocientos ochenta y siete - setecientos ochenta, en mi condición de PRESIDENTA EJECUTIVA del Instituto Nacional de las Mujeres, cédula jurídica número tres — cero cero siete — cero siete cinco ocho siete seis, según consta en el artículo cuarto, acuerdo once de la Sesión Ordinaria número uno del Consejo de Gobierno, celebrada el ocho del mes de mayo del año dos mil veintidós, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en el Alcance número noventa y uno del diez de mayo del año dos mil veintidós, con facultades de Apoderada Generalísima sin Límite de Suma, conforme con el artículo dieciséis incisos a), d) e i) de la Ley de Creación del Instituto Nacional de las Mujeres, Ley número setenta y ocho cero uno, en adelante y para efectos de este acto denominado “INAMU”, el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, representado por el señor Jorge Emmesto Ocampo Sánchez, mayor de edad, soltero, vecino de Pilas de San Isidro de Alajuela, portador de la cédula de identidad dos — cuatrocientos cuarenta — quinientos diecisiete, en mi condición de PRESIDENTE EJECUTIVO cédula jurídica cuatro- cero cero cero cero cuatro dos uno cuatro dos — tres, en adelante “IFAM”, autorizado este acto en el acuerdo quinto, de la sesión número 09-2022, celebrada por la Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, el día 24 de marzo de 2022, la Unión Nacional de Gobiernos Locales, representado por la señora Karen Patricia Porras Arguedas mayor, casada una vez, Licenciada en Administración de Empresas, vecina del cantón de Atenas, Alajuela, cédula de identidad número dos - cero cuatro seis seis — cero dos cero uno, en su condición de DIRECTORA EJECUTIVA, cédula jurídica número tres — cero cero siete- cero ocho cuatro cero cero uno, en adelante “UNGL”, autorizado para este acto por acuerdo 37-2022, de la sesión número 07, celebrada por la Junta Directiva de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, el día 10 de Marzo de 2022, la Municipalidad de Pococí, representada por el señor Manuel Hernández Rivera, mayor de edad, casado, abogado, portador de la cédula de identidad siete - cero cero ocho seis — cero ocho cinco cero, en mi condición de ALCALDE de la Municipalidad de Pococí, cédula jurídica número tres — cero catorce — cero cuarenta y dos mil ciento veinticinco conforme al artículo 17 inciso n) del Código Municipal, en adelante “La Municipalidad”, hemos convenido en celebrar la presente carta de entendimiento con el propósito de coordinar procesos estratégicos para la promoción de los derechos de las mujeres en el ámbito local, así como reforzar el mandato y capacidad del Programa Municipal Oficina de la Mujer o unidad encargada del tema de género. CONSIDERANDO: l. Que la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, ley No. 6968 del 2 de octubre de 1984, reconoce que las mujeres siguen siendo objeto de importantes discriminaciones y; que por lo tanto, se asume la obligación Página | 1 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*47 ACTA N937 Ordinaria. e INAMU IFAMsié FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL. UNGL establecida en el inciso e) del numeral 2 de seguir una política encaminada a eliminar dicha discriminación y, con tal objeto, se compromete a tomar las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra la mujer practicada por cualquiera personas, organizaciones o empresas, incluyendo las acciones afirmativas encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre hombres las mujeres, reguladas en el inciso 1) del artículo 11. Que la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer, ley No. 7499 del 22 de junio de 1995, reconoce que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales, limitando total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades, y obliga en su numeral 8 incisos a), d) y f) a adoptar programas para fomentar el conocimiento y la observancia del derecho de la mujer a una vida libre de violencia y el derecho a que se respeten y protejan sus derechos humanos, así como suministrar servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia y acceso a programas eficaces de atención integral y capacitación que le permitan participar plenamente en la vida pública, privada y social. lll. Que mediante la resolución CEDAW/C/CRI/CO/7 del 21 de julio del 2017, observaciones finales sobre el séptimo informe periódico de Costa Rica, el Comité CEDAW recomienda en el punto 11 inciso b), “Refuerce el mandato, las asignaciones presupuestarias y la capacidad de las Oficinas Municipales de la Mujer para abordar los derechos de la mujer y la igualdad de género a nivel local IV. Que la Ley de Creación del Instituto Nacional de las Mujeres, ley No. 7801 del 30 de abril de 1998, establece en el artículo 4 inciso e) que, para el cumplimiento de sus fines, el Instituto tendrá las siguientes atribuciones: Promover la creación de oficinas ministeriales, sectoriales y municipales de la mujer; además, garantizar y coordinar su funcionamiento. V. Que el Código Municipal, Ley No. 7794 del 30 de abril de 1998, en su artículo 4 inciso i), indica que dentro de las atribuciones de la Municipalidad, se incluye impulsar políticas públicas locales para la promoción de los derechos y la ciudadanía de las mujeres, en favor de la igualdad y la equidad de género; asimismo, el numeral 17 inciso p), señala que corresponde a la persona titular de la alcaldía, impulsar una estrategia municipal para la gestión del desarrollo que promueva la igualdad y equidad de género, tanto en el quehacer municipal como en el ámbito local con la previsión de los recursos necesarios. VI. Que la Ley contra la Violencia Doméstica, ley No. 7586 del 10 de abril de 1996, establece en su artículo 21 incisos 5) que, corresponderá al Instituto Nacional de las Mujeres vigilar el cumplimiento de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Para cumplir con las obligaciones encomendadas, dicha institución fomentará la educación y capacitación del personal de Página | 2 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*48 ACTA N*37 Ordinaria. e INAMU IFAM3% INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL. UNGL la administración de justicia, policial y de otros funcionarios responsables de la aplicación de la ley, así como del personal encargado de aplicar las políticas para prevenir, sancionar y eliminar la violencia doméstica. VII. Que la Política Nacional para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres en Costa Rica (PIEG), tiene como propósito que al finalizar el año 2030, se aumente “(...) el número de mujeres en Costa Rica que hacen ejercicio efectivo de sus derechos en igualdad con los hombres, en un marco de respeto a los derechos humanos y a la inclusión de las diversidades económicas, de edad, étnicas, culturales y geográficas y que además, establece que para lograr el cumplimiento de los objetivos se requiere de la coordinación entre las instituciones públicas, de la colaboración de organizaciones sociales interesadas y del sector privado empresarial, lo que implica el fortalecimiento de las instancias de coordinación ya existentes y que han funcionado hasta la fecha en la implementación de la PIEG.” VIII. Que la Política Nacional para la atención y la prevención de la violencia contra las mujeres de todas las edades Costa Rica 2017-2032, aspira a promover una cultura no machista, la ruptura de los ciclos de transmisión social e intergeneracional de la violencia contra las mujeres, la no impunidad y la debida diligencia en la respuesta del Estado Costarricense para el avance en la erradicación de esta violencia y como requisito para el pleno desarrollo humano de las mujeres y la sociedad; y que en el eje 3 establece acciones estrategias claves, a saber 1) Diseño y puesta en funcionamiento de un mecanismo nacional que articule proyectos y/o programas públicos y privados de desarrollo, contra la pobreza y para la autonomía económica dirigido a niñas y adolescentes embarazadas y niñas y adolescentes madres incluyendo a sus hijos e hijas. 2) Atención articulada, continua y de largo plazo a niñas y adolescentes embarazadas y a niñas y adolescentes madres en condición de pobreza, vulnerabilidad y/o exclusión. 3) Identificación de la inversión pública dirigida a mujeres afectadas por violencia. Además, en el eje 4 establece la importancia del desarrollo de respuestas institucionales efectivas para el acceso real a la justicia de las mujeres que enfrentan diversas situaciones de violencia contra la mujer. IX. Que según la Ley No. 4716, Ley de Organización del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal “IFAM”, en su Artículo 4, establece que “el objeto del 1.F.A.M. es fortalecer el régimen municipal, estimulando el funcionamiento eficiente del gobierno local y promoviendo el constante mejoramiento de la administración pública”. X. Que el IFAM en su Plan Estratégico Institucional 2021-2030, define como uno de sus objetivos estratégicos: “Establecer un centro de formación y desarrollo que promueva las mejores prácticas de gestión municipal y la competitividad de los territorios”. Además, en atención a este objetivo, determina como una línea de acción necesaria: “Elaborar las mallas curriculares con enfoque de género”. XI. Que el IFAM en su Plan Estratégico Institucional 2021-2030, define como uno de sus objetivos estratégicos: “Desarrollar un ecosistema de soluciones e infraestructura Página | 3 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*49 ACTA N*37 Ordinaria. IRTE e] MUNICIPALIDAD DE POCOCi tecnológica que facilite la transformación digital del Régimen Municipal”. Además, en atención a este objetivo, determina como una línea de acción necesaria: “Diseñar y ejecutar un programa virtual de formación y capacitación continua con enfoque de género en transformación digital”. , Mío 7 FAM> o IN lU I AN FOMENTO Y ASESORÍA nl UNGL XII. Que la UNGL es una entidad de derecho público, representativa de carácter nacional, con personería jurídica otorgada por Ley No. 5119 del 20 de noviembre de 1972, que surge de la necesidad del Régimen Municipal Costarricense de contar con una organización superior que represente y vele por sus intereses, capaz de canalizar los esfuerzos y luchas por el mejoramiento municipal. XIII. La Unión Nacional Gobiernos Locales, aglutina a las municipalidades de la República de Costa Rica y es dirigida por un Consejo Directivo compuesta por alcaldes y concejales, democráticamente electos, tiene como propósito fundamental el fortalecimiento de los gobiemos municipales, mejorando sus capacidades y conocimientos, así como el impulso de la descentralización y la autonomía local. POR TANTO: De conformidad con los considerandos anteriores, las partes acordamos suscribir la presente “Carta de Entendimiento” que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. Del objeto. La presente carta de entendimiento tiene como propósito coordinar procesos estratégicos para la promoción de los derechos de las mujeres en el ámbito local, así como para reforzar el mandato y la capacidad del Programa Municipal Oficina de la Mujer o Unidades encargadas del tema de Género, en adelante “OFIM”. SEGUNDA. Que, para el cumplimiento del objeto de la presente carta de entendimiento, las partes se comprometen a lo siguiente: 1. El INAMU se compromete a lo siguiente: a) Brindar asesoría y acompañamiento técnico a la OFIM para el cumplimiento de sus fines. b) Brindar asesoría a las OFIMs para la ejecución, seguimiento y evaluación de la Política de Igualdad de Género y la incorporación de la perspectiva de género en el quehacer municipal. c) Orientar y brindar información para que la OFIMs logren incorporarse a las redes regionales en materias como violencia doméstica e intrafamiliar, emprendedurismo, participación ciudadana, entre otros, con la finalidad de fortalecer su capacidad de gestión interinstitucional. Página | 4 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*50 ACTA N*37 Ordinaria. e INAMU IFAMS35% MUNICIPAL. L d) Capacitar a las personas profesionales de la OFIM en materia de derechos y empoderamiento de las mujeres, violencia basada en género, planificación con enfoque de género, liderazgo, entre otros temas de relevancia y actualizar dichos conocimientos. e) Desarrollar proyectos en conjunto con la OFIM para el empoderamiento de las mujeres y mejorar su calidad de vida en la comunidad, para lo cual se deberán suscribir los convenios específicos requeridos según la normativa vigente. 1) Informar y coordinar con las Oficinas de las Mujer de los diferentes gobiernos locales, los proyectos que se gestionan en el cantón a fin de generar acciones conjuntas. 9) Compartir metodologías con la OFIM con la finalidad de replicar procesos en la atención grupal e individual, garantizando la calidad de servicio brindado. h) Asesorar a la OFIM para la gestión de los recursos económicos, materiales y humanos necesarios para su adecuado funcionamiento ante las diferentes autoridades municipales como alcaldes/as, Comisiones Municipales de la Condición de la Mujer, Concejo Municipal, y otros. i) Facilitar herramientas a las encargadas de las OFIM para promover mecanismos de coordinación entre las diferentes instituciones a nivel local con el fin de articular esfuerzos y recursos, y velar porque las políticas institucionales incorporen las necesidades e intereses de las mujeres. 2. El IFAM se compromete a: a) Brindar asesoría, capacitación y acompañamiento técnico a la OFIM para el cumplimiento de sus fines. b) Desarrollar proyectos en conjunto con la Municipalidad para el mejoramiento de la calidad de vida de las mujeres en el ámbito local para lo cual deberán suscribirse los instrumentos correspondientes. c) Coordinar con diferentes autoridades municipales como alcaldía, Comisiones Municipales de la Condición de la Mujer, Concejo Municipal, y otros, para promover la asignación de recursos económicos, materiales y humanos necesarios para el adecuado funcionamiento de las OFIM en los ejercicios presupuestarios y de planificación del gobierno local. d) Ofrecer asesoría a la Municipalidad para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de género, según lo establecido en la normativa vigente. Para brindar otros servicios de la Oferta Programática Institucional, se deberán cumplir con los trámites y procesos que el IFAM dispone según su normativa. Página | 5 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*51 ACTA N*37 Ordinaria. lo INAMU. IFAMS5% INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL. UNGL 3. La Unión Nacional de Gobiernos Locales se compromete a: a) Continuar con el fortalecimiento de las capacidades y competencias de las Oficinas Municipales de la Mujer (OFIM) y su respectiva Red municipal. b) Funcionar como puente con entes estratégicos de organismos internacionales, por ejemplo, como lo ha venido haciendo la oficina de INL de la Embajada de Estados Unidos en Costa Rica y Gobiernos Locales para reforzar la labor realizada por las OFIM. c) Divulgar las acciones realizadas por la Red de OFIM mediante campañas de comunicación estratégica a través de los medios de divulgación institucionales para que sean de conocimiento de toda la ciudadanía. d) Incidir políticamente en proyectos de ley que promuevan el fortalecimiento de la OFIM y su respectiva Red municipal, así como identificar aquellos que debiliten su funcionamiento. 4. La Municipalidad a través del Programa Oficina de la Mujer o su equivalente se compromete a: a) Brindar información permanente y establecer mecanismos de referenciación y coordinación para las mujeres sobre sus derechos, servicios existentes en distintas instituciones; así como de los programas y servicios que desarrolla el INAMU y otras Instituciones públicas como privadas, a favor de la igualdad y equidad de las mujeres. b) Fomentar la participación, la organización, el liderazgo y la toma de decisiones de las mujeres en los distintos espacios locales y organizaciones. C) Impulsar la incorporación de políticas para la igualdad y la equidad de género y para la prevención y atención de la violencia en los planes Municipales a fin de que estos incorporen los intereses y necesidades de las mujeres, así como monitorear el cumplimento de las políticas públicas en favor de los derechos de las mujeres en el ámbito local. d) Coordinar de manera permanente con el INAMU, con la Red Nacional de Oficinas Municipales de la Mujer y mecanismos municipales para la igualdad de género, e) Favorecer la participación a nivel Institucional por medio de los mecanismos existentes en materia de género y de prevención y atención de la violencia para el cumplimiento de la política pública. f) Coordinar sistemáticamente con la Comisión de la Condición de la Mujer de las Municipalidades y las distintas instancias Municipales que tengan que ver con el cumplimiento de sus objetivos. Página | 6 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*52 ACTA N*37 Ordinaria. e INAMU IFAM>;% FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL U L 9) Brindar atención especializada en violencia contra las mujeres, mediante el desarrollo de diversas estrategias: grupos de apoyo, grupos terapéuticos, entre otros, en el caso en que se cuente con el recurso para dicha atención. En el caso en el que no se cuente, se promoverá la búsqueda de los recursos paulatinamente. h) Promover la sensibilización a diferentes actores locales sobre el tema de derechos y perspectiva de género, para incidir en la transformación de patrones socioculturales que promueven relaciones de dominación y discriminación. TERCERA. De los recursos. Para cumplir con las actividades ordinarias derivadas de los compromisos planteados, las instituciones participantes de la Carta de Entendimiento utilizarán sus propios recursos: tiempo profesional, instalaciones para capacitación y reuniones de trabajo, viáticos y otros propios del trabajo de campo profesional, que será parte de las funciones regulares de cada institución. En caso de que se considere necesario, las instituciones participantes podrán disponer y transferir recursos específicos para el cumplimiento de metas comunes, que se encuentren en el marco de esta Carta de Entendimiento, según lo establecido en los convenios específicos de los proyectos respectivos La presente carta de entendimiento es de naturaleza administrativa, y no crea ninguna relación laboral y financiera entre las partes que la suscriben. CUARTA. Respecto de competencias. La participación del INAMU, IFAM, UNGL y la Municipalidad en los proyectos conjuntos, será de forma tal que no implique la delegación de sus funciones y el cumplimiento de deberes que le competen de acuerdo con la legislación vigente y por ende son indelegables. En todo caso, las actividades que se realicen para el desarrollo de los objetivos de esta Carta de Entendimiento se harán en apego al ordenamiento jurídico vigente, con especial atención a la normativa internacional ratificada por Costa Rica sobre la protección de los derechos fundamentales de las mujeres. QUINTA. De los procesos específicos. Se suscribirán convenios específicos con planes de trabajo anuales y sus respectivos planes de acción con el objeto de definir el diseño, ejecución, desarrollo y seguimiento de proyectos específicos, la asesoría, capacitación y recursos requeridos, así como los compromisos de cada parte participante. Página | 7 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*53 ACTA N*37 Ordinaria. e INAMU IFAM>5;¡% MUNICIPAL, SEXTA. De la difusión. Las partes se comprometen a respetar y promover la imagen organizacional de las instituciones suscritas en este acuerdo, en los proyectos y materiales que se ejecuten conjuntamente. SETIMA. De la solución de conflictos, Las partes acuerdan que cualquier conflicto de coordinación que surja durante el desarrollo de esta Carta de Entendimiento, será resuelto de común acuerdo entre las personas designadas por las partes para su ejecución y seguimiento. OCTAVA. Dependencias responsables. Las dependencias, de cada Institución, responsables de la ejecución, la coordinación y seguimiento son las siguientes: INAMU: Para efectos de la ejecución de la presente carta de entendimiento, la persona responsable será la jefatura del Departamento de Desarrollo Regional, siendo las Unidades Regionales la primera línea de ejecución. IFAMI: El IFAM designa al funcionario o funcionaria Silvia Elena Céspedes Fallas, cédula de identidad número 1-1465-0713, cargo Promotora Municipal, localizable en el correo electrónico scespedes(ifam.go.cr y número telefónico 2507-1149. UNGL: La UNGL designa al funcionario o funcionaria Karla Rojas Pérez, cédula de identidad número 2-0591-0394, cargo Directora de Seguimiento Estratégico de Proyectos y Cooperación Internacional, localizable en el correo electrónico krojas(Qunal.or.cr y número telefónico +(506)8938-6720. MUNICIPALIDAD: La Municipalidad de Pococí, designa a la funcionaria Mauren Monge Bolaños, cédula de identidad número 7-0143-0099 del Área de Desarrollo Social Cultural, localizable en el correo electrónico mauren.mongeAmunipococi.go.cr y número telefónico 2101-5426. NOVENA. Resolución o rescisión. En caso de que se requiera recurrir a la rescisión o resolución de la presente Carta de Entendimiento y si existieran proyectos en ejecución que no hayan concluido, las partes asumen expresamente el compromiso de cumplir con todas sus obligaciones hasta la terminación del proyecto, a fin de no afectar los derechos de las mujeres participantes. DÉCIMA. De la estimación. La presente Carta de Entendimiento no generará por sí mismo ningún compromiso presupuestario entre las instituciones suscribientes. Página | 8 Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*54 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*37 Ordinaria. PA e INAMU IFAM3;% POMO Y Ascscata UNGL MARICIPALIDAD UNDECIMA. Plazo. La presente Carta de Entendimiento tiene un plazo de tres años prorrogables hasta por dos periodos de igual duración cada uno, previo análisis de las instituciones suscribientes del cumplimiento de los objetivos, según vigencia de la Política Nacional para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres 2018-2030. DUODECIMA: Vigencia. La presente Carta de Entendimiento, entrará en vigor a partir de la fecha de la última firma ológrafa que se ponga al documento o desde la última firma digital que se incorpore al texto. En fe de lo anterior y plenamente conformes, firmamos el día 19 de mayo del 2022. Adilia Caravaca Zúñiga Jorge Ernesto Ocampo Sánchez Presidenta Ejecutiva Presidente Ejecutivo Instituto Nacional de las Mujeres Instituto de Fomento y Asesoría Municipal Karen Porras Arguedas Manuel Hernández Rivera Directora Ejecutiva Alcalde Unión Nacional de Gobiernos Locales Municipalidad de Pococí Página | 9 19-05-2022 v Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al alcalde en ejercicio a suscribir la carta de entendimiento entre el entre el Instituto Nacional de las Mujeres, Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, Unión Nacional de Gobiernos Locales y la Municipalidad de Pococí con la finalidad que se coordine procesos estratégicos para la promoción de los derechos de las mujeres en el ámbito local. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*55 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N* 921 Se conoce nota suscrita por el Licda. Cyntia Ávila Madrigal del departamento de la Dirección Jurídica, teléfono: 2713-6516, correo electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice: Oficio: 1J-28-05-2022 Asunto: Es respuesta al oficio CMPL-84-2022. y Municipolidad de Pococí (7) Dirección Jurídico a Teléfono: 2713-6516, Fox: 2710-7181. "aus Fluyo munipococijuridicos gmail.com Marrecoa Guáplles, 12 de mayo de 2022 1J-28-05-2022 Señoras y Señores Concejo Municipal de Pococí Presente 1. GESTIÓN: Se procede con la respuesta al oficio emitido por el Concejo Municipal CMPL-B4- 2022, recibido vía correo electrónico en esta Dirección Jurídica, el pasado 9 de mayo , en el que solicita el criterio legal para realizar consulta ante la Contraloría General de la República (CGR), en relación con el acuerdo aprobado por el Concejo en la Sesión N* 21 Ordinaria del 17- 03-2022, Artículo ll, Acuerdo N? 488: "Que se le consulte a la Contraloría General de la República de si existe la posibilidad de contratar a un profesional que brinde asesoría legal como persona de confianza para el Concejo Municipal”. La solicitud presentada adjunta los oficios CMPL-66-2022 de fecha 25 de marzo de 2022 emilido por la Secretaria del Concejo Municipal, DJ 0786 y DJ-0907 ambos emitidos por la Dirección Jurídica de la CGR, de fechas 07 y 25 de abril de 2022 respectivamente, el último de estos comunicando al Concejo Municipal elrechazo de la consulta por incumplimiento de los articulos 8 y 10 del “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República", resolución R-DC-197-2011 publicado en Gaceta N* 244 del 20 de diciembre de 2011. Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*56 ACTA N*937 Ordinaria. 4 Municipalidad de Pococí Y Er b Dirección Jurídica AS POCOCI Teléfono: 2713-6516, Fox: 2710-7181 “Kew munipococijuridicos(Hgmail.com MUNICIPALIDAD Pluye DE POCOC! IE 2, ANÁLISIS JURÍDICO: De una revisión a los documentos aportados por el Concejo Municipal, la consulta que se remitió a la Contraloría General de la República, versa sobre la posibilidad de realizar una contratación directa a un profesional que brinde asesoría legal como persona de confianza para el Concejo Municipal de Pococí. Dentro de los mismos parámetros se agrega a la misma solicitud, el oficio CMPL-66-2022 que indica: “existe el contenido presupuestario para realizar dicha contratación, la consulta va en la línea de si se puede realizar una contratación directa, esto sin tener que ofertarse en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) y sin presupuestar el recurso en el Presupuesto Ordinario, es decir, que la Comisión de Hacendarios incorpore los recursos y que el Concejo Municipal mediante consenso contrate al profesional de confianza para que brinde los servicios de asesoría legal...” De previo a emitir el criterio técnico por parte de esta Dirección, se debe citar la normativa que respalda la contratación de servicios, regulada en el artículo 64 de la ley de Contratación Administrativa, el cual establece el procedimiento para este tipo de adquisiciones, ya sea para personas físicas o jurídicas, según sus montos, entre ellos se encuentra la contratación directa, que cita el acuerdo de consulta. Bajo este escenario y a nivel jurisprudencial se observan varios criterios emitidos por la propia CGR en relación con las características del contrato de servicios profesionales: “(...) En efecto, un contrato de servicios profesionales es suscrito de conformidad con las reglas que establece la Ley de la Contratación Administrativa. La naturaleza de este contrato es administrativa. Por ende, los derechos y obligaciones de las partes son los propios del contrato administrativo (...)”. Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*57 ACTA N*37 Ordinaria. sy Municipalidad de Pococí (4) ii ijuridi: il MUNI .IDAD Pluye munipococijuridicos gmail.com Meses TEMES Conforme lo citado, la figura de contratación directa conlleva un procedimiento y características regladas en la Ley y su reglamento, particularmente el artículo 27, determina los límites económicos a partir de los cuales aplica cada uno de los diferentes procedimientos de contratación y la cuantía para apelar ante la Contraloría General de la República, de esta forma la contratación directa para servicios profesionales, deberá acatar los procedimientos de concurso que establece la ley, siendo el mecanismo legal y normal o idóneo para este tipo de contratos, en los cuales se debe cumplir con la participación en el SICOP. Ahora bien, dentro del Reglamento a La Ley de Contratación Administrativa se encuentra el artículo 139 que establece los objetos de naturaleza o circunstancias concurrentes incompatibles con el concurso, indica el citado artículo que la Administración, podrá contratar de forma directa ciertos bienes o servicios que, por su naturaleza o circunstancias concurrentes, no puede o no conviene adquirirse por medio de un concurso, es decir que constituye la excepción a los referidos procedimientos anteriormente citados. No obstante, el citado artículo 139, se trata de una forma excepcional de negociación de la administración pública, algunos de ellos requieren de forma adicional una autorización expresa, en este caso de la Contraloría General de la República, sin embargo, su manejo se encuentra limitado y es posible Únicamente cuando por la naturaleza del objeto contractual, por su Uso o destino, o por especiales seguridades que se requieran. Por ejemplo, cuando exista un único oferente y nadie más en el mercado pueda ofrecerle a la Administración el bien o servicio requerido, también ha indicado la jurisprudencia que no sólo se trata de esta particularidad de oferente Único, sino que además se requiere que tal objeto, Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*58 ACTA N*37 Ordinaria. yá 9 Municipalidad de Pococí fluye munipococijuridicosQimailcom MNISPALIDAD por su naturaleza, uso y/o seguridades, sea el preciso y satisfactorio para la Administración. Dentro de este mismo artículo 139 el inciso f) señala: “Atención urgente de gestiones Judiciales: “La contratación de servicios de abogacía, cuando corresponda atender de manera pronta e impostergable una gestión judicial, siempre y cuando no se cuente con funcionarios idóneos para la tramitación del asunto. Si no se requiere de la atención profesional inmediata deberá acudirse al procedimiento ordinario correspondiente.” (el resaltado no coresponde al original). Para este caso, el mismo inciso orienta a la administración en qué momento puede utilizarse esta figura, quedando claro que son condiciones fuera de lo ordinario, de carácter urgente y cuando la administación no cuente con el recurso humano especializado en la materia de revisión. Por otra parte, también existe habilitación normativa en el artículo 146 del mismo reglamento que señala: "-Contrataciones autorizadas por la Contraloría General de la República. La Contraloría General de la República podrá autorizar, mediante resolución motivada, la contratación directa o el uso de procedimientos sustitutivos a los ordinarios en otros supuestos no previstos por las anteriores disposiciones, cuando existan razones suficientes para considerar que es la mejor forma de alcanzar la debida satisfacción del interés general, o de evitar daños o lesiones a los Intereses públicos (...)" (lo destacado no es del original). De todo lo anterior se determina, que la normativa vigente habilita diferentes mecanismos excepcionales, más céleres a la contratación regular del procedimiento de contratación, sin embargo, deben reunir las condiciones establecidas en cada uno de los artículos que se han mencionado. Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*59 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022" Municipalidad de Pococí 9 Dirección Jurídica a Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 h Luridicasoomal MUNICIPALIDAD Pluye DEPOCOCÍ RA A AA EMT En resumen, la figura de contratación directa para adquirir servicios de un profesional que brinde asesoría legal al Concejo Municipal, es una de las formas posibles previstas por Ley de Contratación Administrativa para satisfacer las necesidades del Estado, para el caso que se consulta y bajo los términos en que se plantea la solicitud de análisis, se observa que se trata de una contratación de servicios profesionales regular, que debería someterse a los principios ordinarios de contratación, pues no se aportan variables que puedan considerarse extraordinarias y que sirvan de sustento en la realización de un proceso diferente al régimen concursal regular. Se entiende entonces que, para acudir a otras formas de contratación, deben existir elementos extraordinarios, que justifiquen o se configuren dentro de lo dispuesto en los artículos citados, tanto de la Ley como de su Reglamento que aclaran, algunas de las ocasiones y circunstancias en las que la administración puede prescindir de la contratación ordinaria. Ahora bien, si el Concejo Municipal lo que requiere es una contratación de asesoría permanente o la posibilidad de nombrar personal de confianza, debe tomar en cuenta las partidas presupuestarias por servicios especiales, dependiendo de los recursos económicos disponibles al efecto, recordando que este tipo de nombramientos siempre es a plazo fijo y para un proyecto específico. RECOMENDACIÓN: Es criterio de esta Dirección, que tanto en las normas jurídicas como en la jurisprudencia administrativa citada, existen diferentes regímenes de contratación administrativa que puede utilizar la corporación municipal de acuerdo con sus fines y límites presupuestarios, no obstante, acudir a la contratación de un criterio legal externo, teniendo un departamento para la atención de asuntos jurídicos de la Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi 5 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*60 ACTA N*37 Ordinaria. ma 3 Municipalidad de Pococí E S Dirección Jurídica AY Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 Ro munipococijuridicosHgmail.com MwceALIOAD Pluye Municipalidad, debe hacerse Únicamente en casos excepcionales como así lo ha manifestado la propia CGR, esto se puede traducir en que aplica Únicamente para casos de inopia de expertos o de gran complejidad o importancia, en este supuesto, sí existe normativa suficiente, que ampare la contratación de servicios de técnicos extraños a la Administración en condiciones muy particulares. Por tanto, con los elementos documentales que se tienen al alcance para emitir el presente criterio jurídico, debe ser el mismo Concejo Municipal quien defina la figura jurídica que debe de adoptar en la adquisición del servicio requerido, tomando en cuenta las circunstancias, observaciones, normativa y jurisprudencia aquí citada. Se da por evacuada su consulta. Cordialmente, CYNTIA VANESSA Erena VANESSA AVILA AVILA MADRIGAL MADRIGAL (FIRMA (FIRMA) Pd Licda. Cyntia Avila Madrigal Directora Jurídica Municipalidad de Pococí Ce/ archivo interno Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*61 ACTA N937 Ordinaria. Participan de la palabra: QDD A Reg. Reinaldo Benavides Vargas Indica que el Código Municipal faculta que se contrate un profesional, personas de confianza, por fracción, siempre y cuando exista el contenido presupuestario. Quien dio la recomendación la dio a favor de la administración y no puede callar. Reg. Ovidio Vives Castro Indica que, en la misma línea, que no se puede quedar callado, respeta la recomendación, pero no la comparte. Que el órgano colegiado es totalmente diferente al administrativo y no se puede obviar lo indicado por el Código Municipal, donde se indica que las fracciones pueden contratar a personas de confianza y que además es una práctica frecuente de otras municipalidades del país. Comenta que a Pococí le sale muy barato porque no se contrata a asesores y que el criterio externado por la Licda. Cyntia Ávila no lo comparte. Que es un derecho que tiene el Concejo de contratar por fracción o para el Concejo uno o varios asesores legales. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal Que entiende lo manifestado por los señores regidores porque ha sido su iniciativa la idea de contratar un asesor, se presupuestó el contenido y no se ejecutó. La directora jurídica lo que indica es que en este momento no hay contenido presupuestario, por lo que la Única forma de contratar en estos momentos es que sea una situación excepcional, pero si desde la Comisión de Hacendarios se presupuesta el contenido requerido, se puede contratar al profesional bajo los principios jurídicos que en este caso es SICOP. Enfatiza que sí se puede realizar la contratación. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se inserta en actas. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*62 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N” 922 Se conoce nota suscrita por el Licda. Mayra Montes Arce del departamento de la Dirección Jurídica, teléfono: 2713-6516, correo electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice: Oficio: 1J-29-5-2022 Asunto: Autorización para firma de Convenio entre los cantones de Guácimo y Pococí para el acceso e intercambio de información en el marco de la Ley 10076. 14 Municipalidad de Pococí K (5) POCOC¿ Dirección Jurídica a 1. Teléfono: 2713-6516, Fox 2710-7181 “> munipococijuridicosigmoilcom MS Fluyo ni ijuridi a po Guápiles, 17 de mayo de 2022 14-29-5-2022 Asunto: Autorización para firma de convenio entre los cantones de Guácimo y Pococí para el acceso e intercambio de información en el marco de la Ley 10076. Señoras y Señores Concejo Municipal de Pococí 1. GESTIÓN. Con la instucción de la Directora Juridica, procedo a brindar respuesta a las instrucciones verbales giradas por el señor alcalde, asi como lo acordado en reunión sostenida en las instalaciones de la Municipalidad de Guácimo, el día 20 de abril del año en curso, procedo a remitir la propuesta de Convenio de Cooperación entre la Municipalidad de Guácimo y la Municipalidad de Pococí, así como las siguientes observaciones: 2. ANÁLISIS JURÍDICO. De conformidad con lo dispuesto con los artículos 169 y 170 de la Constitución Política: 2, 3, 4 inc .f), 13 inc. e). y 71 del Código Municipal, de manera expresa se autoriza a los municipios «dada su autonomía política, administrativa y financiera conferida conslitucionalmente- a concertar, con personas o entidades nacionales o extranjeras, pactos, convenios o contratos necesarios para llevar a cabo sus servicios y el cumplimiento de sus obras, por ello debo indicar que jurídicamente es viable Iramitar la solicitud del presente Convenio de Cooperación para el acceso e intercamblo de Información en el marco de la Ley 10076. Sitio Web: munípococi.gc Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*63 ACTA N*37 Ordinaria. 14 Municipalidad de Pococí K () POCOC¿ Dirección Jurídica a Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 a Pluye muni ocijuridicos(Agmail.com MA ee Pm a DET En dicha ley se dio el traslado de varios poblados que ahora pertenecen a Guácimo. Por ello, mediante esta ley de realizaron las Modificación de los Límites entre los Cantones de Guácimo y Pococí en el Sector de Colorado Oriente, comunidades de línea Vieja, COOPEMALANGA, San Gerardo, la Aurora, la Morenita, Los Palmares, Caño Sirena, Finca Thames, Finca Lomas, Milla Cuatro; Jalova, Lomas de Sierpe y el Zancudo. El objeto del convenio, es facilitarles información concemiente a los impuestos sobre los bienes inmuebles, catastro y valoraciones, infraestructura vial, inventarios puentes y caminos, patentes, datos e información de la zona marítimo terrestre y cualquier otra información que se requiera para completar el proceso de transición, para la administración del territorio recientemente trasladado del Cantón de Pococí a Cantón de Guácimo, contemplado en el artículo 3 de la ley 10076. En esta propuesta de convenio, es muy clara al indicar que el Municipio de Guácimo deberá de acatar de manera estricta lo dispuesto en el artículo 117 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, en los términos de confidencialidad ordenados para este tipo de informaciones, recordando que sus funcionarios y empleados no pueden divulgar en forma alguna la cuantía u origen de las rentas, ni ningún otro dato que figure en las declaraciones, ni deben permitir que estas o sus copias, libros o documentos, que contengan extractos o referencia de ellas sean vistos por otras personas que las encargadas en la Administración de velar por el cumplimiento de las disposiciones legales reguladoras de los tributos a su cargo. m Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%64 ACTA N*37 Ordinaria. A Municipalidad de Pococí (7) POCOC¿ Dirección Jurídica a Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 a Pluye munipococijuridicos(d)gmail.com Mc A AS El Por otra parte, las obligaciones de la Municipalidad de Pococí, son básicamente: 1. Facilitar el acceso a la información que con motivo de este convenio sea pertinente suministrar a la Municipalidad de Guácimo. 2. Coordinar con los representantes de la Municipalidad de Guácimo, los medios y formatos, mediante los cuales se facilitará la información que sea pertinente, que haya sido levantada y generada en los territorios indicados en la Ley 10076. En cuanto a las eventuales modificaciones del este convenio, estas se permiten mediante una adenda, debidamente aprobada por ambos concejos municipales. Y lo que respecta al plazo, éste es de 12 meses, contados a partir de la firma, pudiendo las partes acordar una prórroga hasta por 12 meses más, cuando así lo determinen de mutuo acuerdo. Cabe recordar que esta Unidad Jurídica, revisa la fundamentación legal que existe para que este Gobierno Local suscriba convenios de esta naturaleza. Sin embargo, la recomendación técnica o presupuestaria, siempre deberá ser emitida por las Áreas respectivas, no obstante en este caso se omite el aspecto presupuestario ya que no se requiere de tal. 3. CONCLUSIÓN. Esta Dirección Jurídica, considera que jurídicamente es viable autorizar la firma del Convenlo de Cooperación para el acceso e intercambio de Información en el marco de la Ley 10076. Por lo que recomienda que se autorice suscribir el citado convenio de cooperación con la municipalidad de Guácimo; en consecuencia se Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Nk e PAGINA N*65 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022%__.-- e Municipalidad de Pococí 1D) Pluye munipococijuridico: jgmat.com DE POCOCI autorice al alcalde, Lic. Manuel Hernandez Rivera, o en sustitución de éste, a la vicealcaldesa, MSc. Yamileth Hidalgo Arias, suscribir el citado convenio. Se adjunta la propuesta de convnelo de cooperación. Se da por evacuada su consulta. Firmado digitalmente por MAYRA GEMALLE OATES] pm A MONTES ARCE (FIRMA) Fecha: 2022.05.17 12:29:14 -06'00' Licda. Mayra Montes Arce Dirección Jurídica CC. Archivo interno. Licda. Mayra Montes Arce Pas e Abogada Y a n Dirección Jurídica y el maga montesámuninococi ao e ólono: 2/19 46516 ox DEPOCOO Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*66 ACTA N*37 Ordinaria. CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERMUNICIPAL ENTRE MUNICIPALDIAD DE GUÁCIMO Y MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ PARA EL ACCESO E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN EN EL MARCO DE LA LEY 10076 Entre nosotros, MANUEL HERNÁNDEZ RIVERA, mayor, casado, abogado, portador de la cédula de identidad número 7-0086-0850, vecino del Distrito de Guápiles de Pococí, en mi condición de Alcalde de la MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ, con nombramiento según resolución N*. 1319-E11-2020 de las 10:10hrs del 24 de febrero del 2020 del Tribunal Supremo de Elecciones, publicado en la Gaceta N* 44 del jueves 05 de marzo del 2020, cédula de persona jurídica número 3-014-042125, con oficina en Guápiles, Pococí, provincia de Limón; que para los efectos del presente convenio y en lo sucesivo se denominará “LA MUNICIPALIDAD”, y GERARDO FUENTES GONZÁLEZ, mayor, divorciado, pensionado, con cédula de identidad número 2-0292-1486 vecino de distrito primero de Guácimo, en su condición de ALCALDE en funciones de la MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO, cédula de Personería Jurídica 3014 042122, con oficina en Guácimo, para el período legal comprendido entre el 01 de mayo de 2020 y el 30 de abril de 2024, según Declaratoria emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones, mediante resolución 1319-E11-2020; hemos acordado suscribir el presente Convenio de Cooperación para el acceso e intercambio de información en el marco de la Ley 10076, denominada Modificación de los Límites entre los Cantones de Guácimo y Pococí en el Sector de Colorado Oriente, comunidades de Línea Vieja, COOPEMALANGA, San Gerardo, la Aurora, la Morenita, Los Palmares, Caño Sirena, Finca Thames, Finca Lomas, Milla Cuatro; Jalova, Lomas de Sierpe y el Zancudo; según las disposiciones indicadas seguidamente. CONSIDERANDO ÚNICO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 de la Constitución Política, la administración de los intereses y servicios locales en cada Cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal, en ese sentido las MUNICIPALIDADES deben procurar que las necesidades de los munícipes, en los diferentes campos o actividades se logren satisfacer; en consecuencia, el presente convenio se regirá por las siguientes clausulas: PRIMERO: Con sustento en lo dispuesto por el artículo 3, 4, 13, 17 y 71 del Código Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*67 ACTA N*37 Ordinaria. A | CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERMUNICIPAL E] ENTRE MUNICIPALDIAD DE GUÁCIMO Y ES Yao MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ S amero | PARAELACCESO E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN yl ——— EN EL MARCO DE LA LEY 10076 NS Municipal; y, con base en la buena relación interinstitucional que existe entre ambos municipio, CONVENIMOS celebrar el presente convenio de cooperación, cuyo objeto principal es de facilitar e intercambiar información concerniente a los impuestos sobre los bienes inmuebles, catastro y valoraciones, infraestructura vial, inventarios puentes y caminos, patentes, datos e información de la zona marítimo terrestre, y cualquier otra información que se requiera para completar el proceso de transición, para la administración del territorio recientemente trasladado del Cantón de Pococí a Cantón de Guácimo, contemplado en el artículo 3 de la ley 10076. SEGUNDA: Las partes procurarán generar el intercambio de información que sea necesaria para la elaboración del presupuesto ordinario para el periodo 2023, a más tardar el 15 de julio de 2022. En dicho sentido, el intercambio de información sobre la transición establecida en la Ley 10076 será constante, creándose los mecanismos para que de forma conjunta se resguarden los intereses de ambos municipios. TERCERO: De la información proporcionada por la Municipalidad de Pococí. Por medio del presente convenio podrá la Municipalidad de Guácimo recibir información documental o formato PDF, por parte de la Municipalidad de Pococí, siendo responsabilidad del Gobierno Local de Guácimo, dar un correcto uso a la información obtenida y utilizarla estrictamente para los fines previstos en el Código Municipal, Código de Normas y Procedimientos Tributarios y demás normativa de Derecho Público que sea aplicable de forma supletoria. Para el caso de la información de carácter tributario, deberá el Municipio de Guácimo acatar de manera estricta lo dispuesto en el artículo 117 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, en los términos de confidencialidad ordenados para este tipo de informaciones, recordando que sus funcionarios y empleados no pueden divulgar en forma alguna la cuantía u origen de las rentas, ni ningún otro dato que figure en las declaraciones, ni deben permitir que estas o sus copias, libros o documentos, que contengan extractos o referencia de Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*68 ACTA N*37 Ordinaria. AT CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERMUNICIPAL ENTRE MUNICIPALDIAD DE GUÁCIMO Y MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ ANA PARA EL ACCESO E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN A EN EL MARCO DE LA LEY 10076 ellas sean vistos por otras personas que las encargadas en la Administración de velar por el cumplimiento de las disposiciones legales reguladoras de los tributos a su cargo. CUARTO: Del traslado de información. La información se trasladará tomando en consideración los formatos previamente acordados por las partes técnicas y que estén disponibles en la Municipalidad de Pococí, ya que es en esta Municipalidad donde se custodia o mantiene la información de interés de los territorios indicados en la Ley 10076. En caso de que el proceso de traslado de datos requiera algún de apoyo de recursos económicos, estos serán asumidos por el municipio receptor de la información. QUINTO: De las obligaciones de la Municipalidad de Pococí. 1. Facilitar el acceso a la información que con motivo de este convenio sea pertinente suministrar a la Municipalidad de Guácimo. 2. Coordinar con los representantes de la Municipalidad de Guácimo, los medios y formatos, mediante los cuales se facilitará la información que sea pertinente, que haya sido levantada y generada en los territorios indicados en la Ley 10076. SEXTO: De las obligaciones de la Municipalidad de Guácimo. 1. Garantizar la seguridad y correcta custodia de la información obtenida de la Municipalidad de Pococí. 2. Realizar un correcto uso de la información suministada por parte de la Municipalidad de Pococí. 3. Continuar danto servicio, atención y mantenimiento a sus nuevos contribuyentes en los temas relacionados con cementerios, juramentación y destitución de juntas de educación y juntas administrativas, coordinación con las asociaciones de desarrollo, comités de camino (en lo referente a levantamiento de necesidades para el periodo 2023), subcomité y asociaciones deportivas, persona joven, inversión en áreas comunales (contemplados para el periodo 2023), Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%69 ACTA N937 Ordinaria. A | CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERMUNICIPAL E ENTRE MUNICIPALDIAD DE GUÁCIMO Y ¿ MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ ES o PARA EL ACCESO E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN a. DEPOCOC! Near ES one EN EL MARCO DE LA LEY 10076 E procedimientos de reapertura de caminos, y coordinaciones con otras instituciones tales como Ebais, ICE, AyA regional del MEP, las ONG de la zona y demás fuerzas vivas de interés para el Cantón. SETIMO: De modificaciones al convenio. De común acuerdo y conforme a las posibilidades de ambas instituciones, se podrán incluir modificaciones, así como adiciones a este Convenio. Cualquier modificación a los términos del presente convenio deberá ser acordada por las partes mediante la celebración por escrito de la respectiva adenda, debidamente aprobada por ambos concejos municipales. OCTAVO: Del Plazo. El plazo del presente convenio lo será de 12 meses, contados a partir de la suscripción de este, pudiendo las partes acordar una próroga hasta por 12 meses más, cuando así lo determinen de mutuo acuerdo, El presente convenio ha sido aprobado por el Concejo Municipal de Pococí, mediante acuerdo N* adoptado en sesión. celebrada el día __de mayo 2022; asimismo el Concejo Municipal de Guácimo aprobó este convenio mediante acuerdo N9 adoptado en sesión. celebrada el día __ de mayo 2022. Estando las partes de acuerdo con todos y cada uno de los acuerdos contenidos del presente convenio, lo suscriben en dos [2) tantos originales de un mismo tenor y efecto, el día del mes de mayo 2022. MANUEL HERNÁNDEZ RIVERA GERARDO FUENTE GONZÁLEZ ALCALDE ALCALDE MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al alcalde en ejercicio a suscribir Convenio de Cooperación Intermunicipal entre la Municipalidad de Guácimo y la Municipalidad de Pococí, para el acceso e intercambio de información en el marco de la Ley 10076. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*70 ACTA N*37 Ordinario. ARTICULO lll Informes de Auditoría Interna ACUERDO N* 923 Se conoce nota suscrita por la Licda. Sabrina Zúñiga Corrales, del departamento de Auditora Interna, Te: 2711-17-01, correo: auditoriaSmunipococi.go.cr grace.chinchilla gmail.com dice: Oficio Al oficio N%AI-189-2022 Asunto: Atención de Gestiones relacionadas con el Cementerio de Guápiles. » » Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N971 ACTA N*37 Ordinaria. o y) Municipalidad de Pococi 4 ! auditoriaQmunipococi.go.cr AUDITORIA - Pluye grace.chinchilla2gmail.com “PP Al contestar refiérase Al oficio N* Al-189-2022 Guápiles, 18 de mayo de 2022. Señores Concejo Municipal Pte. Asunto: Atención de Gestiones relacionadas con el Cementerio de Guápiles. Respetable señor(a) (es): Mediante acuerdo No.926 de Acta No.37 de la sesión extraordinaria No.37 del 02 de junio del 2020 y mediante acuerdo No.105 de Acta No.06 de la sesión extraordinaria No.06 del 28 de enero del 2021, se solicitó a este despacho realizar una investigación a la Junta Administrativa del Cementerio de Guápiles y también atender el caso presentado por un contribuyente. Por lo anterior este despacho emitió el proyecto “Sobre la gestión y control de los servicios brindados por la administración del Cementerio de Guápiles PAl-002-2021” mismo que fue visto mediante acuerdo No.2610 acta No.71 del 16 de septiembre 2021 por este honorable Concejo, donde acordó trasladar el informe a la Comisión de Jurídicos y que posteriormente rindan un dictamen al Concejo Municipal. Sin más que manifestar y agradeciendo la atención a la presente, to SABRINA Fimado galante ipalidofi de Pecoci por SABRINA ZUÑIGA ZUNIGA CORRALES (FIRMA) CORRALES Fecha:20220518 “y - AL ¿ (FIRMA) 10:26:16-0600 Y, ¡ Aiñitoría vr Licda. Sabrina Zúñiga Corralés TA í2rna Despacho de Auditoría Interfaz 559 Cc: Gestión Cementerio de Guápiles * * Los valores éticos no son negociables. Auditoria Interna ipalidad Pococí Teléfono N* 2711-1701 —Fax 2711-1701 er A port Página1|1 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Jurídicos para lo que corresponda. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*72 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N* 923-1 Se conoce nota suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Vilegas, Maff, Auditora Interna, Te: 2711-17-01, correo: auditoriaGmunipococi.go.cr grace.chinchillaGgmail.com dice: Oficio Al oficio N%Al-174-2022 Asunto: Seguimiento Oficio Al-162-2022 y Murio as tal uópiles, Pococ d POCO ¿ Auditoría Interna 9, a auditorioQmunipococi.go.cr ad Fluyo groce.chinchilaQgmoil.com ¿rro re Al contestar refiérase Al oficio N* Al-174-2022 Guápiles, 13 de mayo de 2022. Licda. Yamileth Hidalgo Arias Alcaldesa Municipal Pte. Asunto: Recordatorio Oficio Al-162-2022 Respetables señor (es) (as): El pasado 05 de mayo 2022, se solicitó información referente a las recomendaciones giradas mediante proyecto PAl-003-2021, referente a "Auditoría de Carácter Especial acerca del Sistema de Control Interno establecido por la Municipalidad de Pococí para la ejecución de los Recursos Destinados a la Atención de la Red Vial Cantonal (LEYES NROS. 8114 y 9329. Sobre el particular se otorgo un plazo de cinco días para que informara sobre las acciones llevadas a cabo para cumplir con las recomendaciones, dicho plazo venció el día de ayer, sin embargo, no se ha recibido respuesta de su parte, a pesar de que las mismas están sobradamente vencidas. Por todo lo anterior, se solicita que informe en un plazo no mayor de tres días, lo solicitado por esta Auditoría Interna. Nuevamente, se detalla cada recomendación pendiente. 1.1. — Al alcalde Municipal y Junta Vial Cantonal a) Girarlas instrucciones a las unidades administrativas correspondientes en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de recibo del presente informe, para que las obras incluidas en los proyectos de presupuesto institucional correspondiente al ejercicio económico 2022 y en lo sucesivo, estén debidamente vinculados con el PCDSYV, tal como lo exigen el Reglamento a la Ley 9329 (Ver puntos 2.2.1 y 2.2.2 de este proyecto). Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N? 2711-1701-Fox 2711-1701 Página1]3 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N973 ACTA N*37 Ordinaria. Municipalidad de Pococí 14 ápi Í (] Guópiles, Pococí POCO cmmmercicinian: Y WES fluye race.chinchilla()gmail.com AUDITORIA earoc0S sem 0 15e0cor Para dar por atendida esta recomendación se debe remitir a esta Auditoría Interna copia del documento donde se gira la mencionada instrucción. (vencimiento 03 marzo 2022) b) Girar las instrucciones a las unidades correspondientes, para que, de manera inmediata, se coordine lo que corresponda con el MOPT, para ver a que se debe la diferencia de los 47.78 kilómetros en el inventario de la red vial cantonal. Ver punto 2.1.1 de este proyecto. Para dar por atendida esta recomendación se debe remitir a esta Auditoría Interna en un plazo de dos meses el documento donde subsane la situación comentada en el punto 2.1.1.). (vencimiento 03 abril 2022) c) Girar las instrucciones a las unidades administrativas correspondientes en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de recibo del presente proyecto, para que los cambios que se generen en la ejecución de obras se procedan a revelarlos y ajustarlos en el plan anual operativo y el PCDSV con el fin de mantener la concordancia de la información y la debida rendición de cuentas, tal como lo exigen el Reglamento a la Ley 9329 (Ver punto 2.2.3 de este informe). Para dar por atendida esta recomendación se debe remitir a esta Auditoría Intema copia del documento donde se gira la mencionada instrucción. (vencimiento 03 marzo 2022) d) Girar las instrucciones a las unidades administrativas correspondientes en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de recibo del presente proyecto, para suprimir la práctica de presupuestar recursos para el desarrollo de proyectos con nombres genéricos o generales y de no especificar los códigos de los caminos a intervenir, como la ubicación exacta, tal como lo pide el Reglamento a la Ley 9329 (Ver punto 2.2.4 de este informe). Para dar por atendida esta recomendación se debe remitir a esta Auditoría Intema copia del documento donde se gira la mencionada instrucción. (vencimiento 03 marzo 2022) e) Girar las instrucciones a las unidades administrativas correspondientes en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de recibo del presente proyecto, en el sentido de que se debe ajustar el formulario elaborado para complementar toda la información que la misma administración considera relevante y observar los dispuesto según la normativa técnica legal vigente, para efectos de la presupuestación de los proyectos de obra pública, referente a la atención de la red vial cantonal (Ver punto 2.2.5 de este informe). Para dar por atendida esta recomendación se debe remitir a esta Auditoría Interna copia del documento donde se gira la mencionada instrucción. (vencimiento 03 marzo 2022) f) Girar las instrucciones a las unidades administrativas correspondientes en el plazo de dos meses contado a partir de la fecha de recibo del presente informe, Los valores éticos no son negociables, Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701 Página2/|3 Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
(51 ¡Qi 19) MUNICIPALIDAD DE POCOCI e PAGINA N974 ACTA N937 Ordinaria. 19-05-2022 *_- yA Municipclldad de: pocos POCO ami Y auditoria Amunipo: Pluye grace.chinchillaHgmail.com ron rca nro, o determinen la conciliación de los saldos correctos que deben reflejar los estados de cuenta bancaria, Caja Única del Estado, con los registros contable presupuestario y corregir así lo señalado en el punto 2.7 de este proyecto). Para dar por atendida esta disposición se debe remitir a esta Auditoría Interna copia de la conciliación de los saldos determinados por la Administración. (vencimiento 03 abril 2022) Se recuerda a la Administración la obligatoriedad de analizar e implementar las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 12, inciso c) de la Ley General de Control Interno, No 8292/2002. Así mismo se informa que por el incumplimiento de recomendaciones, podría incurrir en causales de responsabilidad administrativa, de conformidad con el articulo 39 de la Ley General de Control Interno. Favor subir sus respuestas para cada recomendación al Sistema Síguelo, esto con el objetivo de llevar un mejor control intemo y cumplir con la Política Cero Papeles. Sin más que manifestar y agradeciendo la atención al respecto. ca rd CHINCHILLA por m VILLEGAS Femuaoaznsia (FIRMA) 105250000" Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff Auditora Interna Cc: Seguimiento PAI-003-2021 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se traslada a la señora Alcaldesa a.i. para que en el plazo de tres días le conteste a la señora Auditora y que sea de carácter Urgente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Acuerdo Firme. ACUERDO N* 924 Se conoce nota suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Vilegas, Maff, Auditora Interna, Te: 2711-17-01, correo: auditoriamunipococi.go.cr grace.chinchillaf+gmail.com dice: Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*75 ACTA N*37 Ordinaria. Oficio Al oficio N*%Al-175-2022 Asunto: Seguimiento Oficio Al-163-2022 Municipalidad de Pococí AMO ANS Vb UN rl ¡Qí V > N / N . 19-05-2022 %__-- S A Guápiles, Pococí POCOC¿ Auditoría Interna 9) 0% auditorioAmunipococi.go.cr Fluye r chinchillad)gmail.com AUDITORIA Al contestar refiérase Al oficio N* Al-175-2022 Guápiles, 12 de mayo de 2022. Ingeniero Olger Gutiérrez Mendoza Obra Pública Pte. Asunto: Seguimiento Oficio Al-163-2022 Respetables señor (es) (as): El pasado 05 de mayo 2022, se solicitó información referente a las recomendaciones giradas mediante proyecto PAl-003-2021, referente a “Auditoría de Carácter Especial acerca del Sistema de Control Interno establecido por la Municipalidad de Pococí para la ejecución de los Recursos Destinados a la Atención de la Red Vial Cantonal (LEYES NROS. 8114 y 9329. Sobre el particular se otorgó un plazo de cinco días para que informara sobre las acciones llevadas a cabo para cumplir con las recomendaciones, dicho plazo venció el día de ayer, sin embargo, no se ha recibido respuesta de su parte, a pesar de que las mismas hay recomendaciones sobradamente vencidas. Por todo lo anterior, se solicita que informe en un plazo no mayor de tres días, lo solicitado por esta Auditoría Interna. Nuevamente, se detalla cada recomendación pendiente. 4,3 Al Coordinador de Obra Publica a) Elaborar, en el plazo de un mes contados a partir de la fecha de recibo del presente informe, un plan de acción con indicación de los objetivos, fechas de conclusión y responsables para llevar a cabo el proceso de revisión, ajuste y actualización de la normativa aplicable a la ejecución de los recursos destinados a la atención de la red vial cantonal. En este sentido debe formular e Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 -Fax 2711-1701 Págino1|4 Pluye DE POCOCI AS Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%76 ACTA N*37 Ordinaria. y) Municipalidad de Pococí pececí iii Y Y auditoriaQ)munipococ a a Pluye grace.chinchilla(Hgmail.com AUDITORIA OO implementar la regulación intema relativa a la organización y función de la unidad nueva y la Junta Vial cantonal. Para dar por atendida esta recomendación se debe remitir a esta Auditoría Intema en un plazo de un mes el documento donde se gira la mencionada instrucción y en un plazo de cuatro meses la regulación internada aprobada por el Concejo Municipal. (Ver el punto 2.1 de este informe. Se solicita remita el Plan de Acción (Vencimiento 03-03-2022) Regulación Interna (03-06-2022) b) Tomar las medidas correspondientes para que las obras incluidas en los proyectos de presupuesto institucional correspondiente al ejercicio económico 2022 y en lo sucesivo, estén debidamente vinculados con el PCDSV, tal como lo exigen el Reglamento a la Ley 9329 (Ver puntos 2.2.1 y 2.2.2 de este informe). (Vencimiento 24-02-2022) c) Elaborar un informe dirigido a la Alcaldía Municipal, en el plazo de seis meses contados a partir de la fecha de recibo del presente informe acerca de: L Las justificaciones y el impacto tanto del proyecto como del uso de los fondos provenientes de las Leyes 8114 y 9329, referente a los ajustes que se hicieron a las ofertas presentadas y los presupuestos de las obras detalladas en el punto 2.3.a) de este informe. ii Las justificaciones técnicas y administrativas que sustentan las diferencias en la información consignadas en las especificaciones técnicas y las tablas de pago por los trabajos ejecutados referente a los proyectos detallados en el punto 2.3.b) de este informe. li. Las justificaciones y el impacto tanto del proyecto como del uso de los fondos provenientes de las Leyes 8114 y 9329, referente a la ejecución de obras diferentes a las solicitadas en el cartel de contratación y a las condiciones de deterioro que muestran las obras detalladas en el punto 2.3. c). Los ajustes que se hicieron a las ofertas presentadas y los presupuestos de las obras detalladas en el punto 2.3.c) de este informe. iv. Las justificaciones y el impacto tanto del proyecto como del uso de los fondos provenientes de las Leyes 8114 y 9329, referente a la ejecución de las contrataciones 2020 CD-173-CLO1, Sistema de drenaje y mejoramiento de la superficie de ruedo y 2021LA-000009-0032000702 (Alcantarillado y mejoras Calle Jazmín -Mejoras Calle las Flores, Tratamiento Asfaltico Calle las Flores -Calle Jazmín detallada en el punto 2.3.c) de este informe. Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701 Página2]4 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N977 ACTA N*37 Ordinaria. y) Municipaligao de Pococí (7 uápiles, Pococí /6 POCOC¿ Horial pr cb Eos 9) yu) Pluye grace.chinchilla()gmail.com AUDITORIA rl Para dar por cumplida esta recomendación se debe remitir a esta Auditoría Interna una copia del informe de rendición de cuentas solicitado. (Vencimiento 03-08-2022) a) Presentar a esta Auditoría Interna, en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de recibo del presente documento, la información relacionada con la ejecución de recursos provenientes de las leyes 8114 y 9329 respecto de los cuales no se identifican sus nombres, ni códigos de caminos y la dirección exacta, tal como se expone en el punto 2.4 de este informe. (Vencimiento 03-03-2022) b) Presentar a la Alcaldía, en el plazo de tres meses contado a partir de la fecha de recibo del presente documento, un informe que detalle las justificaciones del pago de los renglones “trabajo a costa más porcentaje” y “montos provisionales” que debió reconocer la Municipalidad por la ejecución de las obras, según se establece en el punto 2.5 de este informe. Para dar por cumplida esta recomendación se debe remitir a esta Auditoría Interna una copia del informe de rendición de cuentas solicitado. (Vencimiento 03-05- 2022) c) Rendir un informe a la Alcaldía, en el plazo de tres meses, acerca de las debilidades que presentan los expedientes técnicos de los 32 proyectos facilitados por esa unidad y tomar las medidas correspondientes para que en lo sucesivo los expedientes de caminos y de los proyectos contengan la información ordena y debidamente foliada y evitar situaciones como las comentadas en el punto 2.6 de este informe. Para dar por cumplida esta recomendación se debe remitir a esta Auditoría Interna una copia del informe de rendición de cuentas solicitado. (Vencimiento 03-03-2022) d) Realizar, en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de recibo de este documento, una revisión de lo expuesto en el punto 2.8, y presentar un informe a la Alcaldía Municipal donde se justifiquen las situaciones señalas. e) Para dar por cumplida esta recomendación se debe remitir copia del informe que prepare esa unidad, a la Auditoría Interna Municipal. (Vencimiento 03-04-2022) Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701 Pógina3|4 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*78 ACTA N*37 Ordinaria. o y Municipalidad de Pococí , ( PecocÍ msi 9 Y Pluye grace.chinchilladY)gmail.com AUDITORIA o Se recuerda la obligatoriedad de analizar e implementar las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 12, inciso c) de la Ley General de Control Interno, No 8292/2002. Así mismo se informa que por el incumplimiento de recomendaciones, podría incurrir en causales de responsabilidad administrativa, de conformidad con el artículo 39 de la Ley General de Control Interno Favor subir sus respuestas para cada recomendación al Sistema Síguelo, esto con el objetivo de llevar un mejor control interno y cumplir con la Política Cero Papeles. Sin más que manifestar y agradeciendo la atención al respecto. Firmado digital GRACE por GRACE CNCHILA CHINCHILLA VILLEGAS (FIRMA) Fecha: 2022.5.13 VILLEGAS (FIRMA) 773 “0600 Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff Auditora Interna Cc: PAI-003-2021 Ing. Henry Madrigal Calvo Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se traslada al señor Ing. Olger Gutierrez Mendoza, Coordinador Obra Pública, para que en el plazo de tres días le conteste a la señora Auditora. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 925 Se conoce nota suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Vilegas, Maff, Auditora Interna, Te: 2711-17-01, correo: auditoriaGmunipococi.go.cr grace.chinchillaGgmail.com dice: Oficio: Al-176-2022 Asunto: Seguimiento oficio Al-164-2022 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%79 ACTA N*937 Ordinaria. POCOC¿ o Auditoría Interno 9) yes Pluye grace.chinchillaYgmail.com AUDITORIA MALO Al contestar refiérase Al oficio N* Al-176-2022 Guápiles, 12 de mayo de 2022. Ingenieros Henry Madrigal Calvo -Área de Planificación y Desarrollo Urbano Olger Gutiérrez Mendoza Pte. Asunto: Seguimiento Oficio Al-164-2022 Respetables señor (es) (as): El pasado 05 de mayo 2022, se solicitó información referente a la recomendación girada mediante proyecto PAl-003-2021, referente a "Auditoría de Carácter Especial acerca del Sistema de Control Interno establecido por la Municipalidad de Pococí para la ejecución de los Recursos Destinados a la Atención de la Red Vial Cantonal (LEYES NROS. 8114 y 9329. En dicho documento se trajo a colación oficio APDU-047-2022, suscrito por el ingeniero Madrigal Calvo, dirigido al ingeniero Gutierrez Mendoza, Coordinador de Obra Pública, donde en lo que nos interesa señalo: “requiero sea remitido al presente servidor el Manual para la administración de proyectos que aplicaba la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, y que actualmente aplica el Proceso de Obra Pública. Además, hacer referencia a los mecanismos y acciones de control que se aplican actualmente para cumplir con las regulaciones del manual, y así generar los procesos necesarios para subsanar las respectivas debilidades. Para lo anterior se otorga un plazo de 8 dlas hábiles, con el objetivo de cumplir con los plazos establecidos por la Auditoría Intema. Por todo lo anterior solicito que, en_un plazo de tres días, se indique a este Despacho, que acciones de control se establecieron en concordancia con la recomendación dada. Se recuerda la obligatoriedad de analizar e implementar las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 12, inciso c) de la Ley General de Control Interno, No 8292/2002. Así mismo se informa que por el incumplimiento de recomendaciones, podría incurrir en causales de responsabilidad administrativa, de conformidad con el artículo 39 de la Ley General de Control Interno Los valores éticos no son negociables, Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701 Páginal|2 LA Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*80 ACTA N*37 Ordinaria. yl Municipal lol POCOC¿ ns Auditorio Interna auditorio(Amunipococi.go.cr fluye grace.chinchilloGigmoil.com _ ,, Favor subir sus respuestas para cada recomendación al Sistema Síguelo, esto con el objetivo de llevar un mejor control interno y cumplir con la Política Cero Papeles. Sin más que manifestar y agradeciendo la atención al respecto. Firmado digitalmente GRACE For RACE CHNCHLLA CHINCHILLA VILLEGAS (FIRMA) Fecha: : VILLEGAS (FIRMA) Fecha:20220513 Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff Auditora Interna Cc: PAI-003-2021 Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701 Página2]2 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía para que gestione la respuesta al oficio Al-176-2022. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*81 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N* 926 Se conoce nota suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Vilegas, Maff, Auditora Interna, Te: 2711-17-01, correo: auditoriaGmunipococi.go.cr arace.chinchilla gmail.com dice: Oficio: Al-178-2022 Asunto: Remisión del Proyecto Final “PAl-002-2022, Seguimiento de Gestión Pública sobre el establecimiento e implementación de mecanismos para la prevención de la Corrupción”. Municipalidad de Pococí ¿45 Fluyo orace.chinchilloQgmailcom »+mremoe MecRuaO Al contestar refiérase Al oficio N* Al-178-2022 Guápiles, 16 de mayo 2022 Señores Miembros del Concejo Municipal Alcaldesa ai ASUNTO: REMISIÓN DEL PROYECTO FINAL “PAI-002-2022 SEGUIMIENTO DE GESTIÓN PÚBLICA SOBRE EL ESTABLECIMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DE MECANISMOS PARA LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN” Estimados señores: De conformidad con lo establecido en la Ley General de Control Interno No. 8292 y normativa conexa, esta Auditoría Interna presentó el borrador del proyecto citado en la referencia, el 10 de mayo 2022, es por lo anterior que se procede a efectuar la comunicación final de los resultados, conclusiones y recomendaciones del estudio. Se Transcribe lo que establece la Ley General de Control Intemo No. 8292 sobre los informes dirigidos al jerarca. Artículo 37. —Informes dirigidos al Jerarca. Cuando el informe de auditoría esté dirigido al jerarca, este deberá ordenar al lilular subordinado que corresponda, en un plazo improrrogable de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el informe, la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de tales recomendaciones, dentro del plazo indicado deberá ordenar las soluciones altemas que motivadamente disponga; todo ello tendrá que comunicarlo debidamente a la auditoría interna y al titular subordinado correspondiente. Artículo 38. —Planteamlento de conflictos ante la Contraloría General de la República. Firme la resolución del jerarca que ordene soluciones distintas de las recomendadas por la auditoría interna, esta tendrá un plazo de quince días hábiles, contados a partir de su comunicación, para exponerle por escrito Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701-Fox 2711-1701 Pógino1/2 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
SS La A faY IVA MUNICIPALIDAD DE POCOCI x PAGINA N*%82 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022 *--" 9 Municipalidad de Pococí /b) (7 CO Guópiles, Pococí 9) los motivos de su inconformidad con lo resuelto y para indicarle que el asunto en conflicto debe remitirse a la Contraloría General de la República, dentro de los ocho días hábiles siguientes, salvo que el jerarca se allane a las razones de inconformidad indicadas. La Contraloría General de la República dirimirá el conflicto en última instancia, a solicitud del jerarca, de la auditoría interna o de ambos, en un plazo de treinta días hábiles, una vez completado el expediente que se formará al efecto. El hecho de no ejecutar injustificadamente lo resuelto en firme por el órgano contralor, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el capítulo V de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N* 7428, de 7 de setiembre de 1994. Artículo 39. —Causales de responsabilidad administrativa. El jerarca y los titulares subordinados incurrirán en responsabilidad administrativa y civil, cuando corresponda, si incumplen injustificadamente los deberes asignados en esta Ley, sin perjuicio de otras causales previstas en el régimen aplicable a la respectiva relación de servicios. [...] Igualmente, cabrá responsabilidad administrativa contra los funcionarios públicos que injustificadamente incumplan los deberes y las funciones que en materia de control interno les asigne el jerarca o el titular subordinado, incluso las acciones para instaurar las recomendaciones emitidas por la auditoría interna, sin perjuicio de las responsabilidades que les puedan ser imputadas civil y penalmente [...]. En la conferencia final estuvieron presentes los siguientes funcionarios por parte de la administración MBA, Rosalyn Corrales Salas, Planificación, MBA, Marcela Cordero Aguilar, Lic. Hansell Gamboa Madrigal, de Gestión Humana y carrera administrativa y Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff, Auditora Interna No se presentaron a la conferencia la alcaldesa ai, MBA. Yamileth Hidalgo Arias Sin más que manifestar y agradeciendo la atención a la presente, GRACE CHINCHILLA Peramsgutree po VILLEGAS (FIRMA) — Fee stos sti ao Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff Auditora Interna Cc: Archivo Papeles de Trabajo Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 -Fox 2711-1701 Página2]2 Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*83 ACTA N*37 Ordinaria. 14 Va POCOC Municipalidad de Pococí D, ¡0 Pluyo Guápiles, Pococí AUDITORIA o MANEALIDAD Or POCOCH DE POCOCI PROYECTO No. PAl-002-2022 Guápiles, 16 de mayo 2022 MUNICIPALIDAD DE POCOCI AUDITORIA INTERNA Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace. JE imall.com; audi ul coci.go.cr Página 1/20 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*84 ACTA N*37 Ordinaria. y" 6 , emma POCOCI Municipalidad de Pococí D) ys Fluyo Guápiles, Pococí AUDITORIA, izo PROYECTO SOBRE: SEGUIMIENTO DE GESTION PÚBLICA SOBRE EL ESTABLECIMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DE MECANISMOS PARA LA PREVENCION DE LA CORRUPCION EN COORDINACION CON LA CGR Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchill: ¡mail.com; auditori junipococi.go.cr Página 2]|20 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*85 ACTA N*37 Ordinaria. : . Ni ESCOC Municipalidad de Pococí BD) 0) Pluye Guápiles, Pococí AUDITORIA MUOPALICAD merca recon peroo CONTENIDO Página No. RESUMEN EJECUTIVO 1. INTRODUCCION ...... 1.1. Origen del estudio......... 1.2. Objetivo general del estudio .................. 1.3. Generalidades acerca del objeto examinado .. 1.4. Naturaleza y alcance del estudio ............ 1.5. Comunicación de los resultados . 1.6. Metodología aplicada ........ RES Dedo corru 2 Ze SUDARUUIINA ULTADOS Ambiente de Control a favor de la integridad y la prevención de la upción 8 Gestión de los riesgos de corrupción. ... 2.3. Participación ciudadana y transparencia 2.4. Percepción de mecanismos o prácticas en la prev. y manejo de riesgos de Corrupción. ...oooocccnnn o 3. CONCLUSIONES... 4. RECOMENDACIONE: Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillafgmajl.com; au unipococi.go.cr Página 3]20 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*86 ACTA N*37 Ordinaria. Ñ 1) POCOC Municipalidad de Pococí B dy Fluyo Guápiles, Pococí AUDITORIA, pre] RESUMEN EJECUTIVO El objetivo del presente proyecto consiste en “Determinar si la Municipalidad ha definido e implementado mecanismos de prevención de la corrupción en su gestión municipal. Este proyecto se considera Importante, ya que la corrupción es un mal que nos aqueja a todos, es el abuso de un cargo para obtener beneficios personales o para terceros. Se manifiesta de diferentes modos, pero en todos los casos perjudica la transparencia de la gestión, la imagen y la credibilidad de la institución, y en ocasiones puede llegar a provocar la desaparición de ésta. Por lo tanto, los mecanismos de control destinados a prevenir la corrupción en la Municipalidad de PococÍ se deben traducir en resultados medibles que permitan contrarrestar este flagelo y llevarlo a niveles aceptables mediante un desempeño eficaz, en al menos lo siguiente, Ambiente de Control a favor de la integridad y la prevención de la corrupción, Gestión de riesgos de la corrupción y participación ciudadana y transparencia. En este proyecto se determinó que la Municipalidad de PococÍ, no ha establecido y preservado una cultura institucional orientada a la ética y prevención de la corrupción. En primer lugar, a pesar de contar con un Código de ética y conducta, este no ha sido divulgado y no es de conocimiento de sus funcionarios, no se han establecido políticas U objetivos estratégicos que permitan direccionar a la administración municipal, en materia de integridad, ambiente de control y prevención de la corrupción, misma que debe ser participativa con los ciudadanos del cantón y alineada a la estrategia de integridad y prevención de la corrupción. Aunado a lo anterior, se determinó que el Sistema Especifico de Valoración de Riesgo Institucional (SEVRY), no se contempla el riesgo de la corrupción en los procesos o áreas más vulnerables, por lo tanto, carece de mecanismos de control que permitan administrar los mismos. En consecuencia, no contemplar el riesgo de la corrupción en los procesos o áreas más vulnerables, podría llevar a que dichos riesgos se materialicen en conductas no deseadas, antiéticas o corruptas, de forma que repercuta en efectos adversos para la municipalidad, como, por ejemplo: perdida de erario (sustracción o desviación de recursos), pérdida de credibilidad pública, pérdida de confianza en el funcionario etc. Por otro lado, no se tiene estrategias para estimular la participación ciudadana en la prevención de la corrupción a través de la denuncia, en este sentido se debe dar a conocer a la ciudadanía los medios por lo que se puedan presentar denuncias sobre posibles hechos irregulares y otras gestiones ante la administración y la Auditoria Intema. Con el fin de subsanar las debilidades señaladas se están girando las recomendaciones pertinentes a la administración municipal. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillaQgmail.com; auditoriaQmunipococi.go.cr Página 4/20 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*87 ACTA N*37 Ordinaria. 14 » PA eCOC Municipalidad de Pococí D) Y dd Guápiles, Pococí A 1. INTRODUCCIÓN 1.1. Origen del estudio Este proyecto se llevó de cabo de acuerdo con una invitación para participar por parte de la Contraloría General de la República por lo cual se incluyó en el Plan de Trabajo para el año 2022. 1.2. Objetivo general del estudio Determinar si la Municipalidad ha definido e implementado mecanismos de prevención de la corrupción en su gestión municipal. 1.2.1 Objetivos específicos 1.2.1.1. Verificar si la administración municipal ha definido políticas y procedimientos en todas sus unidades que garanticen un ambiente de control saludable que potencialice la medición de riesgo de corrupción. 1.2.1.2. Verifique si se han establecido procedimientos para el desarrollo de las actividades de manera transparente y efectiva de parte de todas las unidades administrativas y operativas. 1.2.1.3. Verifique si se da un proceso de monitoreo del sistema de control interno institucional. 1.2.1.4. Determine si se cuenta con sistemas de información eficientes y eficaces que con ayuden en el cumplimiento de los objetivos institucionales y el correcto manejo de los fondos públicos. 1.3. Generalidades acerca del objeto examinado La corrupción se entiende como el abuso de un cargo para obtener beneficios personales o para terceros. Se manifiesta de diferentes modos, pero en todos los casos perjudica la transparencia de la gestión, la imagen y la credibilidad de la institución, y en ocasiones puede llegar a provocar la desaparición de ésta. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-4701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchil mail.com; auditori: junipococi.go.cr Página5]|20 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI N S PAGINA N*88 ACTA N937 Ordinaria. 19-05-2092*_- 14 id P POCOCI Municipalidad de Pococí 0) (dy El 81% de los encuestados relacionado a la percepción de la corrupción, señalaron que la corrupción perjudica en su vida cotidiana. El 71% no conoce acciones por parte de la administración para evitar la corrupción. El principal marco normativo para la prevención de la corrupción se encuentra sustentado en los siguientes documentos: > Convención Interamericana Contra la Corrupción > Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción > Ley contra la Corrupción y Enriquecimiento llícito en la Función Pública y su reglamento. La lucha contra la corrupción es una tarea cuya responsabilidad recae en el Estado, como garante en la tutela de los fondos públicos y el bienestar de la ciudadanía. El Rlesgo de la corrupción, se podría definir como la “Posibilidad de que, por acción u omisión, se use el poder para desviar la gestión de lo público hacia un beneficio privado”. 1.4. Naturaleza y alcance del estudio El presente proyecto es de carácter especial que consistió en verificar el cumplimiento de los criterios técnicos y legales que corresponden, al Seguimiento de la Gestión Pública sobre el Establecimiento e Implementación de Mecanismos para la Prevención de la Corrupción. El período evaluado corresponde del 01 de enero 2020 al 31 diciembre 2021, ampliándose cuando se estimó necesario. En el desarrollo del proyecto se observó las Normas Generales de Auditoría para el Sector Público (NGASP), las Normas para el ejercicio de las auditorías internas en el sector público (R-DC-119-2009), así como, las fuentes de criterios de auditoría aplicables al proyecto. 1.5. Comunicación de los resultados Los resultados obtenidos, así como las recomendaciones contenidas en este proyecto, fueron comunicados verbalmente en reunión sostenida el 10 de mayo de 2022, con la presencia de los siguientes funcionarios de la administración: MBA. Rosalyn Corrales Salas, Planificación, MBA, Marcela Cordero Aguilar, Gestión de Los valores éticos no son negociables Auditoría Intema Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillafMgmail.com; auditoriaQmunipococi.go.er Página 6|20 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*89 ACTA N*37 Ordinaria. POCocÍ Municipalidad de Pococí D) 0) Pluye Guápiles, Pococí AUDITORIA MAP 04 POCO Talento Humano y Carrera Administrativa, Lic. Hansell Gamboa Madrigal, Gestión Talento Humano, y Lcda. Grace Chinchilla Villegas, Maff. Auditora Interna. No se hizo presente a la conferencia la Alcaldesa ai, MBA Yamileth Hidalgo Arias. 1.6. Metodología aplicada De manera general se describe los pasos realizados para la ejecución del presente proyecto, el cual consistió en la recopilación, documentación, compilación, análisis y examen, de la información considerada relevante sobre: a) Solicitud de información a la unidad de Planificación, Gestión Humana y carrera administrativa, Área Administrativa Financiera, Contratación Pública, Área de Planificación y Control Urbano, Área Tributaria, Prensa y Comunicación. b) Encuestas a funcionarios municipales y jerarcas sobre manejo de conductas antiéticas y percepción de la corrupción. c) Aplicación de tres herramientas de trabajo suministradas por la Contraloría General de la República, eje 1 Ambiente de control a favor de la integridad y la prevención de la corrupción, eje 2 Gestión de los riesgos de corrupción y el eje 3 Participación ciudadana y transparencia. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchill: all com; auditori unipococi.go.cr Página 7]|20 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*90 ACTA N*37 Ordinaria. ERES DPTRTER A Pecocí Municipalidad de Pococí y) Y Fluye Guápiles, Pococí AUDITORIA ino 2. RESULTADOS 2.1. Ambiente de Control a favor de la integridad y la prevención de la corrupción 2.1.1 Ausencia de mecanismos de divulgación que garanticen la implementación del Código de Ética y Conducta. La Municipalidad de Pococí, cuenta con un Código de ética y conducta, aprobado en mayo 2021, por parte de la Alcaldía Municipal, y por el Concejo Municipal en marzo 2022, sin embargo, a la fecha no es de conocimiento del personal municipal. En este sentido, se carece de mecanismos formales de divulgación, que permitan que el personal municipal conozca del mismo, en procura de lograr el establecimiento y preservación de una cultura institucional orientada a la ética y prevención de la corrupción. Es de importancia, y de interés que se instauren mecanismos que, de manera estructurada y periódica, permitan fomentar una mayor conciencia y la convicción en los funcionarios de que la ética debe estar implícita en la labor diaria. En este sentido, las políticas, los procedimientos y prácticas deben promover la conducta ordenada, ética, económica, eficiente y eficaz; asimismo, la demostración y la insistencia de las autoridades superiores con respecto a una conducta ética es de particular relevancia para el fortalecimiento de la actuación apegado a la ética y al sistema de control interno. 2.1.2 Ausencia de Políticas u objetivos estratégicos que direccionen a la Municipalidad en materia de integridad, ambiente de control, y prevención de la corrupción. El Jerarca no ha establecido políticas u objetivos estratégicos que permitan direccionar a la administración municipal, en materia de integridad, ambiente de control y prevención de la corrupción, misma que debe ser participativa con los ciudadanos del cantón y alineada a la estrategia de integridad y prevención de la corrupción. ' Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchilla2gmall. com; auditoriafimunipococi.go.cr Página 8/20 Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI XEN. 92 2 PAGINA N291 ACTA N*87 Ordinaria. 19-05-24 1) POCOC Municipalidad de Pococí DB) ¡0% Fluye Guápiles, Pococí AUDITORIA MUNICIPALIDAD PEncPALIDNO Ot POceCr DE POCOC 2.1.3 Necesidad de incorporar normativa sobre conflicto de intereses, uso y resguardo de los recursos público, prevención sobre el otorgamiento o recepción de dádivas, análisis de riesgos de corrupción, supervisión constante, promoción de una cultura de integridad y prevención de la corrupción, deber de abstención. La Municipalidad de Pococí, no ha incorporado en los diferentes reglamentos, temas sobre conflicto de intereses, uso y resguardo de los recursos público, prevención sobre el otorgamiento o recepción de dádivas, análisis de riesgos de corrupción, supervisión constante, promoción de una cultura de integridad y prevención de la corrupción, deber de abstención. En el ordenamiento jurídico costarricense, la ética encuentra sus raíces en el artículo 11 de la Constitución Política, el cual establece los principios de legalidad y eficiencia, como base para una rendición de cuentas de todos los funcionarios públicos. La regulación dicta lo siguiente: “Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella. [...] La Administración Pública en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con la consecuente responsabilidad personal para los funcionarios en el cumplimiento de sus deberes [...]" Por su parte, el Reglamento a la Ley contra la corrupción y enriquecimiento ilícito en la función pública, en su artículo 1 señala que la Acción de prevenir: “Es el conjunto de estrategias, tácticas y acciones que realiza la Administración, la Contraloría General de la República, la Procuraduría de la Ética Pública y las auditorías internas de las instituciones y empresas públicas, en forma separada o en coordinación, con la finalidad de evitar actos de corrupción en la Administración Pública, los conflictos de intereses y asegurar la preservación y el uso adecuado de los recursos asignados a los funcionarios públicos en el desempeño de sus funciones, así como el establecimiento de medidas y sistemas que exijan a los funcionarios públicos informar a la autoridad competente sobre los actos de corrupción en la función pública de los que tenga conocimiento y para instruirlos en la adecuada comprensión de sus responsabilidades y las normas éticas que rigen sus actividades. Además, de las estrategias, tácticas y acciones para estimular la participación de la sociedad civil y de las organizaciones no gubemamentales en los esfuerzos destinados a evitar la corrupción en la Administración Pública.” Asimismo, Ley General de Control Interno Nro. 8292, en su artículo 13, con respecto al ambiente de control, serán deberes del jerarca y de los titulares subordinados, entre otros, los siguientes: Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchill: all.com; auditori: junipococi.go.cr Página 9/20 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*92 ACTA N*37 Ordinaria. ETE Pecocí Municipalidad de Pococí BD, 0% Fluye Guápiles, Pococí AUDITORIA MARRCPALIAD HARIEPIZAD DL POCOS! pa POCO “a) Mantener y demostrar integridad y valores éticos en el ejercicio de sus deberes obligaciones, así como contribuir con su liderazgo y sus acciones a promovenlos en el resto de la organización, para el cumplimiento efectivo por parte de los demás funcionarios. b) Desarrollar y mantener una filosofía y un estilo de gestión que permitan administrar un nivel de riesgo determinado, orientados al logro de resultados y a la medición del desempeño, y que promuevan una actitud abierta hacia mecanismos y procesos que mejoren el sistema de control Ínterno. c) Evaluar el funcionamiento de la estructura organizativa de la institución y tomar las medidas pertinentes para garantizar el cumplimiento de los fines institucionales; todo de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable. a) Establecer claramente las relaciones de jerarquía, asignar la autoridad y responsabilidad de los funcionarios y proporcionar los canales adecuados de comunicación, para que los procesos se lleven a cabo; todo de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable. e) Establecer políticas y prácticas de gestión de recursos humanos apropiadas, principalmente en cuanto a contratación, vinculación, entrenamiento, evaluación, promoción y acciones disciplinarias; todo de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.” En concordancia con lo anterior, las Normas de control interno para el Sector Público, establece que el jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben establecer y divulgar factores formales orientados a la promoción y el fortalecimiento de la ética institucional, dentro de ellos; un código de ética, indicadores que permitan dar seguimiento a la cultura ética institucional y a la efectividad de los elementos formales para su fortalecimiento. Una estrategia de implementación tendente a formalizar los compromisos, las políticas y los programas regulares para evaluar, actualizar y renovar el compromiso de la institución con la ética; así como las políticas para el tratamiento de eventuales conductas fraudulentas, corruptas o antiéticas, el manejo de conflictos de interés y la atención apropiada de las denuncias que se presenten ante la institución en relación con esas conductas, y para tramitar ante las autoridades que corresponda las denuncias de presuntos ilícitos en contra de la Hacienda Pública. Así las cosas, las condiciones descritas anteriormente, se asocian en gran medida, a la ausencia de una estrategia en la que se establezcan de manera clara las responsabilidades en materia ética y la prevención de la corrupción. 2.2. Gestión de los riesgos de corrupción 2.2.1 No se contempla en la valoración de riesgo, el riesgo de la Corrupción. La Municipalidad de Pococí, realiza todos los años, la valoración de riesgo, sin embargo, no se tiene contemplado los criterios y/o eventos que constituyen riesgos de Los valores éticos no son negociables Auditoría Intema Teléfono N 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillaffgmail.com; auditoriafómunipococi.go.cr Página 10]20 Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*93 ACTA N*37 Ordinaria. Pecocí Municipalidad de Pococí a 0) Pluyo Guápiles, Pococí AUDITORIA MUNICIPALIDAD Hace Das Dr Pocce DE POCO la corrupción en la gestión institucional, por lo tanto, carece de mecanismos de control que permitan administrar los mismos, por ejemplo: a) Con relación al talento humano, no se han definido e implementado mecanismos de control para administrar los siguientes riesgos: y Conflicto de intereses. y” Otorgamiento o recepción de dádivas. y” Contrataciones de personal sin cumplir con los requisitos establecidos formalmente. y” Otorgamiento de incentivos salariales sin cumplir con los requisitos. y” Pérdida o sustracción de información de los expedientes de personal. y” Carencia o insuficiencia de la supervisión. b) No se cuenta con una política y/o lineamientos para direccionar el manejo del talento humano, en los siguientes temas: Y” Rotación de personal. Y Declaraciones de conflicto de interés. Y” Evaluación del desempeño con elementos de ética y probidad. y” Cumplimiento de las regulaciones laborales: horarios, permisos, tiempos de descanso, cuidado de los activos asignados. c) El proceso de Compras Públicas no cuenta con mecanismos de control para administrar los siguientes riesgos: y” Conflicto de intereses. y” Otorgamiento o recepción de dádivas. y” Adjudicación sin cumplir con los requisitos. Y Oferentes con impedimentos para contratar con la Municipalidad. y” Compras sin sustento en un plan anual de adquisiciones. Y Procesos de contratación no cumplen con los niveles de aprobación definidos. y” Pérdida o sustracción de información de los expedientes de contratación. y Carencia o insuficiencia de la supervisión. Si bien la administración, señalo que dichos mecanismos son los que se encuentran en la plataforma de SICOP, estas no corresponden a herramientas propias que ayuden a sanear o minimizar los riesgos que se podrían presentar a lo interno de la organización, por otro lado, es de conocimiento de este Despacho, de procesos de contratación los niveles de aprobación solo intervienen una sola persona, junto con el proveedor. d) No se han establecido controles para que se incluyan cláusulas sobre prevención de fraude y corrupción en los contratos con los proveedores. Los valores éticos no son negociables Auditoría Intema Teléfono N* 2711-4701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchill allcom; auditoriamunipococi.go.er Página 11|20 Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*94 ACTA N*37 Ordinaria. 14 a POCOC Municipalidad de Pococí D, ¿dy de ¡Guápllee, Rococi RS MT e) No tiene por práctica informar a los oferentes en cada proceso de adquisición, acerca de conductas o prácticas que riñen con el deber de probidad, la ética y los riesgos de corrupción. f) No se tiene por práctica solicitar declaraciones de conflictos de interés en los procesos de adquisición de bienes y servicios, a los funcionarios a cargo de las contrataciones. g) En los trámites como permisos de construcción y otorgamiento de licencias municipales, la Municipalidad no ha definido e implementado mecanismos de control para administrar los siguientes riesgos: Y” Conflicto de intereses. Y” Otorgamiento o recepción de dádivas. Y Pérdida de información de los expedientes del trámite. Y” Carencia o insuficiencia de la supervisión. h) No se tiene por práctica solicitar declaraciones de conflictos de interés a los funcionarios municipales a cargo de tramitar los permisos de construcción y licencias municipales. i) No cuenta con procedimientos internos que le permitan la toma de decisiones en cuanto a la mejora regulatoria y simplificación de trámites Para prevenir la corrupción, es necesario contar con herramientas, mecanismos, prácticas y sistemas que facilitan su lucha, anticipándose, detectando y actuando sobre las causas y condiciones propicias del fenómeno. Dichas herramientas consisten en una amplia gama de instrumentos aplicables a distintos contextos que permiten evitar y detectar la corrupción, que implica desde las políticas hasta sistemas que facilitan el control y la transparencia. La prevención como mecanismo de actuación de los servidores públicos frente al fraude y la corrupción resulta fundamental en cualquier contexto. Sin importar cuales sean las circunstancias, la prevención es una conducta esencial en el funcionamiento de cualquier organización. Algunas razones por las que la prevención debe prevalecer son las siguientes: > Es propio de todas las instituciones públicas, evitar el fraude, así como promover los valores de eficiencia, eficacia, transparencia y responsabilidad en el uso de los recursos públicos. La prevención tiene la capacidad de evitar la pérdida de recursos y el prejuicio en los derechos de las personas y permite detectar las prácticas corruptas. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchill: ¡mall com; audi ¡unipococi. Página 12|20 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*95 ACTA N*37 Ordinaria. ! POCOCA Municipalidad de Pococí Y) gun Pluye Guápiles, Pococí AUDITORIA pel MIERDA Ot POCOC Da POCO En este contexto, el artículo 1 del señala que la Acción de prevenir: Es el conjunto de estrategias, tácticas y acciones que realiza la Administración, la Contraloría General de la República, la Procuraduría de la Ética Pública y las auditorías internas de las instituciones y empresas públicas, en forma separada o en coordinación, con la finalidad de evitar actos de corrupción en la Administración Pública, los conflictos de intereses y asegurar la preservación y el uso adecuado de los recursos asignados a los funcionarios públicos en el desempeño de sus funciones.... . En este sentido el artículo 14 de la Ley general de Control Intemo dispone que serán deberes del jerarca y los titulares subordinados, Identificar y analizar los riesgos relevantes asociados al logro de los objetivos y las metas institucionales, analizar el efecto posible de los riesgos identificados, su importancia y la probabilidad de que ocurran, y decidir las acciones que se tomarán para administrarlos y Adoptar las medidas necesarias para el funcionamiento adecuado del sistema de valoración del riesgo y ubicarlo por lo menos en un nivel de riesgo organizacional aceptable. En consecuencia, no contemplar el riesgo de la corrupción en los procesos o áreas más vulnerables, podría llevar a que, por la inexistencia de controles o acciones, dichos riesgos se materialicen en conductas no deseadas, antiéticas o corruptas, de forma que repercuta en efectos adversos para la municipalidad, como, por ejemplo: perdida de erario (sustracción o desviación de recursos), pérdida de credibilidad pública, pérdida de confianza en el funcionario. 2.3. Participación ciudadana y transparencia a) La municipalidad de Pococí cuenta con los siguientes mecanismos para la participación y el control ciudadano: y Acceso a las sesiones del Concejo Municipal (de forma física o virtual). Y Participación de actores sociales en la construcción de la planificación estratégica. Y Participación de actores sociales en la elaboración del plan presupuesto anuales. Y” Encuestas de opinión sobre los trámites y servicios que brinda la Municipalidad Y” Denuncia ciudadana. Y Sitio web oficial actualizado. Y Perfiles en redes sociales activos. y” Sesiones de rendición de cuentas. Y” Reuniones con actores sociales. Y” Firma de convenios con empresas, cámaras, organizaciones. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillaflgmail.com; audit junipococi.go.cr Página 13]20 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*96 ACTA N*37 Ordinaria. y a POCOCA Municipalidad de Pococí 0) úl foo Guápiles, Pococí AUDITORIA, e b) Se cuenta con una reglamentación interna para la atención de denuncias por parte de la Auditoría Interna, mismo que se encuentra en proceso de publicación en la Gaceta. c) La recepción de denuncias ciudadanas sobre los presuntos actos de corrupción o faltas al deber de probidad y a la transparencia en el ejercicio de la función pública, se realiza por medio de recepción física en la secretaria Concejo, Alcaldía o en la Auditoría Interna; o por medio de correo electrónico. d) La Auditoría Interna, cuenta con un registro formal en el que se consigne la recepción, el seguimiento y la atención de las denuncias interpuestas por los ciudadanos, la administración no lleva un registro de las denuncias recibidas e) La Auditoría interna, tiene establecido mecanismos para guardar la confidencialidad de las denuncias, sin embargo, la administración no ha establecido mecanismos para guardar la confidencialidad de las denuncias. Lo anterior evidencia los esfuerzos realizados por la administración municipal en materia de transparencia o libre acceso a la información, lo cual llevo a la Institución a estar en el TOP 10, según el Índice de Transparencia del Sector Público 2021 (Octavo lugar), con un 87.95, sin embargo, se debe mejorar en los siguientes aspectos: a) No hay participación ciudadana en la construcción de la planificación estratégica y tampoco realizan encuestas de opinión sobre los trámites y servicios que brinda la Municipalidad. b) No se cuenta con un departamento a cargo de establecer contacto permanente con los actores sociales del cantón, tampoco ha ejecutado campañas de divulgación para sensibilizar a los actores sociales sobre la importancia de la transparencia y rendición de cuentas. c) No hay divulgación entre los ciudadanos de los mecanismos de denuncia confidencial. Prevenir la corrupción, implica que se deben desarrollar estrategias para estimular la participación ciudadana en la prevención de la corrupción a través de la denuncia, en este sentido se debe dar a conocer los mecanismos que tiene la institución para presentar denuncias sobre posibles hechos irregulares y otras gestiones ante la administración y la Auditoria Interna. Los valores éticos no son negociables Auditoría Intema Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillafMgmail. com; _auditoriaMmunipococi,go.cr Página 14]20 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*97 ACTA N*37 Ordinaria. POcocí Municipalidad de Pococí SD) xd) Pluye Guápiles, Pococí AUDITORIA MUNICIPALIDAD HePALIA 0% POCOS Da Poco. Dichos mecanismos de denuncia resultan efectivos para descubrir acciones corruptas, fraudes y otras conductas irregulares, superando por mucho a otros controles de corrupción, tales como auditorias. Esto permitirá que se transmite el mensaje de que acciones que se oponen a la política de integridad pueden ser fácilmente reportadas y atendidas. 2.4. Percepción de mecanismos o prácticas en la prevención y manejo de riesgos de corrupción. En el mes de febrero 2022, la Auditoria Interna realizó una encuesta por medio de un formulario a 47 personas (funcionarios-alcaldía), solo se recibieron 21 formularios (respuestas), lo que representa un 44.7%, en términos generales se obtuvo lo siguiente: a) Marco Ético + El 85.7%, señalaron que conocen la misión, visión y valores de la Municipalidad de Pococí, 9.5% indica que no y un 4.8% NS/NR. + El 47.6% no conocen el Manual de ética y conducta de la institución, 33.4% si lo conoce y un 19% NS/NR El 38.1 % indica que no se han definido a nivel municipal compromisos éticos + El 38.1 % indica que no se han definido a nivel municipal compromisos éticos, el 19.05% dice que si, un 4.75% indica que se encuentra en proceso y un 38.1% NS/NR. e El 57.14 %, indica que no se han definido ni se utilizan indicadores de gestión ética, un 4.76% dice que si y un 38.1% NS/NR. + El 47.62% indica que, no se hacen estudios o sondeos entre el personal y usuarios de servicios para medir el clima ético y la percepción de corrupción, un 4.76% indica que no y un 47.62% NS/NR. b) Percepción de la corrupción + El 81% cree que la corrupción perjudica en su vida cotidiana, el 14.3% indica que no y un 4.7% NS/NR. + Un 71.5 % indica que, no conoce acciones por parte de la Municipalidad para evitar la corrupción, un 9.5% indica si conoce y un 19% no sabe o no responde + El 90.5% señala que conoce la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento en la función pública, un 4.8% no conoce y un 4.8% NS/NR. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-4701, Email. grace.chinchillafMgmall.com; auditoriamunipococi.go.cr Página 15/20 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*98 ACTA N*37 Ordinaria. Pecocí Municipalidad de Pococí Y) xD) Pluye Guápiles, Pococí AUDITORIA MUNICIPALIDAD. MIERDAS DE POCO DE POCOCI. Creen que de los procesos institucionales que tienen mayor riesgo de corrupción son: Adquisición de bienes y servicios. Otorgamiento de permisos. Financiero o tesorería. Cobro de impuestos o tarifas. Construcción de obras. Ayudas sociales. Ascensos. Contratación de personas. Indicaron que el principal responsable de evitar la corrupción es: Ciudadanía y funcionario público. El sector público. Empresas Privadas. Entes fiscalizadores. Alcaldía. Todos. SN SSA US SOS NS Normativa Legal y Técnica 2, El 41% indicó que no existe normativa en relación con: Discriminación, acoso, represalias y similares Uso indebido de recursos Difusión de información confidencial Participación en actividades políticas Solicitud y aceptación de dadivas Falsificación de registros Sustracción de activos Faltas a la moral y la integridad Favorecimiento ilícito Tráfico de influencias Conflicto de intereses Falsificación de ingresos o egresos Resolución de asuntos contra derecho Nepotismo (beneficiar a familiares), amiguismo (beneficiar a amigos) o ambos el 37% dijo que si, el 21.08% NS/NR y 0.92% está en proceso. DDD d) Valoración de Riesgos de la corrupción + El 33.3%, señala que la Municipalidad no hace ningún ejercicio de valoraciones riesgo de la corrupción, el 23.8 dice que si y el 42.9 NS/NR. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701, Email. .chinchill A junipococi.go.er Página 16] 20 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%99 ACTA N*37 Ordinaria. Pecocí Municipalidad de Pococí 1) 0% Fluye Guápiles, Pococí AUDITORIA MUNCRALIDAD Depocoa PIRICPALIZAD DL POCOS e El 28.57% indica que no se cuenta con una metodología institucional para identificar y tratar riesgos de comportamiento antiético y vulnerabilidad a la corrupción, un 4.76% indica que se encuentra en proceso y un 66.67 NS/NR. + El 38.1% indica que no se han establecido medidas para mitigar los principales riesgos éticos y vulnerabilidades, un 9.52% dice que si, un 9.52% indica que se encuentran en proceso y un 42.86 no sabe o no responde. e El 52.4% indica que no se han ejercido controles efectivos para disminuir riesgos de conductas antiéticas, un 9.52% indica que sí y un 38.1% NS/NR. e El 47.62% indica que, no se hacen estudios o sondeos entre el personal y usuarios de servicios para medir el clima ético y la percepción de corrupción, un 4.76% indica que no y un 47.62% NS/NR. e) Transparencia y rendición de cuentas + El 52.4% señaló que no conoce el canal para denunciar eventuales actuaciones corruptas en el municipio, el 28.6% señala que si las conoce y 19 % NS/NR e El 57.1%, indicó que hay transparencia en la información institucional, 28.6% indicó que no y un 14.3% NS/NR. + El 42.9% indica que no se da participación a la ciudadanía en la toma de decisiones, 14.3 % indica que sí y 42.9% N/S/NR + El 38.1% indica que los procesos y procedimientos institucionales están bien definidos, un 23.8% indica que no y un 38.1% NS/NR. + El 28.57 indican que no se cuentan con mecanismos para garantizar la confidencialidad del denunciante, el 9.52% indica que sí, un 14.29% indica que se encuentra en proceso y un 47.62% NS/NR. De acuerdo con los resultados de la encuesta, esta revela una percepción de situaciones que podrían generar riesgos de actos de corrupción que se pueden materializar, por lo que este insumo será tomado en consideración por parte de este Despacho de Auditoria en su planificación anual. Así mismo los resultados antes descritos, confirman lo señalado en los ejes desarrollados en los apartados anteriores. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace. lts mail. com; auditori: ¡coci +4 Página 17|20 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9100 ACTA N*37 Ordinaria. _ 14 á a 7 POCOC Municipalidad de Pococí D, 0 Fluye Guápiles, Pococí AUDITORIA, po 3. CONCLUSIONES La Municipalidad de Pococí, cuenta con un Código de Conducta, sin embargo, este no es de conocimiento del personal municipal. Por lo tanto, se deben establecer mecanismos formales de divulgación para que todo el personal conozca el mismo, en función de sus deberes y responsabilidades. Se debe fomentar la ética y la prevención de la corrupción. Así mismo, se carece de políticas u objetivos estratégicos que direccionen a la Municipalidad en materia de integridad, ambiente de control, y prevención de la corrupción. No se contempla el riesgo de corrupción, por lo que podría suceder que estos se materialicen en conductas no deseadas, antiéticas o corruptas, de forma que repercuta en efectos adversos para la municipalidad, como, por ejemplo: perdida de erario público (sustracción o desviación de recursos), pérdida de credibilidad pública, pérdida de confianza en el funcionario. Se deben desarrollar estrategias para estimular la participación ciudadana en la prevención de la corrupción a través de la denuncia, en este sentido se debe dar a conocer los mecanismos que tiene la institución para presentar denuncias sobre posibles hechos irregulares y otras gestiones ante la administración y la Auditoria Interna. Es necesario que la administración implemente mecanismos de control para la recepción de denuncias y guardar la confidencialidad de las mismas de conformidad con la normativa técnica legal vigente. Los resultados de la encuesta realizada a los funcionarios y Jerarcas sobre la percepción de la corrupción podrían generar riesgos de actos de corrupción que se pueden materializar, por lo que este insumo será tomado en consideración por parte de este Despacho de Auditoria en su planificación anual. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillaf2gmail.com; auditoriaf4munipococi.go.cr Página 18] 20 Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*101 ACTA N*37 Ordinaria. POcocí Municipalidad de Pococí Y) 0% Fluye Guápiles, Pococí AUDITORIA MUNCPALIDAD o Poca De roco0 4. RECOMENDACIONES De conformidad con las competencias contempladas en el artículo 35* de la Ley General de Control Interno N* 8292, así como, la norma 2.11? de las Normas para el ejercicio de la Auditoría en el sector público, se emiten las siguientes recomendaciones. 4.1. Alcalde (sa) Municipal a) Establecer políticas u objetivos estratégicos que permitan direccionar a la administración municipal en materia de integridad, ambiente de control y prevención de la corrupción. Al respecto véase el punto 2.1.2. para el cumplimiento de lo anterior se considera como plazo de 30 días a partir de aceptado el presente proyecto b) Tomar las acciones que considere necesarias para subsanar las debilidades apuntadas en el 2.3 de este informe relacionadas a: Personal a cargo de mantener contacto con los actores sociales, divulgación de mecanismos para fomentar la denuncia ciudadana, mecanismos de control para atención, registro y confidencialidad de las denuncias; para el cumplimiento de lo anterior se considera como plazo de 90 días a partir de aceptado el presente proyecto 4.2. Gestión Humana Y Carrera Administrativa a) Elaborar un plan de acción, donde se especifique una estrategia orientada a la prevención de la corrupción, misma que debe ser divulgada. La estrategia debe contener al menos los objetivos estratégicos y operativos que sean medibles, así como los responsables y plazos de cumplimiento de tales objetivos, considerar como mínimo: 1 La Gaceta N? 169 del 4 de setiembre del 2002. Artículo 35.—Materias sujetas a informes de auditoría interna. (...) Los hallazgos, las conclusiones y recomendaciones de los estudios realizados por la auditoría interna, deberán comunicarse oficialmente, mediante informes al jerarca o a los titulares subordinados de la administración activa, con competencia y autoridad para ordenar la implantación de las respectivas recomendaciones. La comunicación oficial de resultados de un informe de auditoría se regirá por las directrices emitidas por la Contraloría General de la República. 2 La Gaceta N* 28- Miércoles 10 de febrero de 2010, R-DC-119-2009. 2,11. Seguimiento de acciones sobre resultados. (...) El auditor interno debe establecer, mantener y velar porque se aplique un proceso de seguimiento de las recomendaciones, observaciones y demás resultados derivados de los servicios de la auditoría interna, para asegurarse de que las acciones establecidas por las instancias competentes se hayan implementado eficazmente y dentro de los plazos definidos por la administración. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chi ¡mail.com; auditor ñ i.go.c Página 19|20 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
ENPOcocií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*102 ACTA N*37 Ordinario. pececí 2 ¡0% Ñ AE Municipalidad de Pococí Y) Fluye Guápiles, Pococí AUDITORIA, MARIO A) Mecanismos formales de divulgación que permitan que el personal municipal conozca y aplique el Código de Ética y Conducta, en su labor diaria B) Incorporación en los diferentes reglamentos normativa sobre conflicto de intereses, uso y resguardo de los recursos públicos, otorgamiento o recepción de dádivas, análisis de riesgos de corrupción, supervisión constante promoción de una cultura de integridad y prevención de la corrupción etc. Para el cumplimiento de lo anterior, se debe enviar a la Auditoria Interna en un plazo de 30 días, el plan de acción. Ver apartado 2.1 4.3. Planificación Municipal 4.3.1 Incorporar la temática de identificación y valoración del riesgo de la corrupción, como un componente más dentro de la gestión de riesgos institucional, de modo que permita identificar los posibles riesgos de corrupción (conflicto de intereses, soborno, recepción de dádivas etc.) evaluar la probabilidad, el impacto de dichos riesgos, idoneidad de controles existentes, y priorizar riesgos, establecer medidas de control para gestionarlos. Para el cumplimiento de lo anterior, se debe enviar a la Auditoria Interna en un plazo de 30 días, un oficio donde se indique la incorporación del riesgo de corrupción, como un componente más dentro de la gestión de riesgo institucional. Ver apartado 2.2 Finalmente, las recomendaciones emitidas procuran contribuir con la institución en la corrección de las deficiencias que debidamente han sido identificadas por esta Auditoria y qué, como también se ha expuesto, reflejan debilidades de gestión de relevancia para la Administración. GRACE Fumado Sgitalmente CHINCHILLA por GRACE CHINCHILLA: VILLEGAS —— Fromamosts (FIRMA) 10.42.57 -0800' Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff Auditora Interna Los valores éticos no son negociables Auditoria Interna Teléfono N* 2711-1701 —Fax 2711-4701, Email. hillafbgmall. com; audit m Página 20] 20 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía, a la Comisión de Jurídicos y regidor Randall Torres Barrientos para lo que corresponda. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
laa. / N pl fl 5 PÓCOCÍ ] A MUNICIPALIDAD DE POCOCI Nel / PAGINA N9103 ACTA N937 Ordinaria. 19-05- ACUERDO N”* 927 Se conoce nota suscrita por la Licda. Mayra Montes Arce de la Dirección Jurídica, teléfono: 2713-6516, correo electrónico: munipocoi.juridicosegmail.com, dice: Oficio: 1J-30-5-202 Asunto: En respuesta al oficio SMP-611-2022. 4 Municipalidad de Pococí K () POCOC Dirección Jurídica a Ed Teléfono: 2713-6516, Fox: 2710-7181 a Pluye munipococijuridicosQgmailcom —— "Bepec0n Guáplles, 19 de mayo de 2022 1J-30-5-2022 Señoras y Señores Concejo Municipal de Pococí 1. GESTIÓN. Con la instrucción de la Directora Jurídica, procedo a brindar respuesta al oficio SMP-611-2022 del 19 de abril 2022, en el que se remite solicitud formal de Katherine Rojas Arguedas, vecina del distrito Jiménez, localizable al correo electrónico: nsequeiraarayaGholmail.com En dicho acuerdo se aprobó: “Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección Jurídica para que emita criterio e informe al Concejo Municipal sl la solicitud es procedente”. 2. ANÁLISIS JURÍDICO, La señora Rojas, solicita se autorice una segregación en cabeza propia de la finca ipal con folio real 7-1719-000, la medida a segregar es un AREA de 34,41mt, estos treinta y cuatro metros con 41cm, se agregaran a su folio real 7-60684-000, el cual mide 264m, esta REUNIÓN DE FINCAS ya se encuentra plasmada en su nuevo plano catastrado L-231652-2021, visado por este municipio según informe técnico UTOP-MPL-062-2022 del 7 de febrero 2022, emitido por Topografía Municipal. Esta Dirección Jurídica, mediante Oficlo DJ-72-5-2022, de fecha 05 de mayo del 2022, le solicitó un informe técnico al Área de Control Urbano, el cual responde en su OFICIO: APDU-088-2022 del 16 de mayo del año en curso, que: Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: EMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*104 ACTA N*37 Ordinaria. a Municipalidad de Pococí (] POCOC¿ Dirección Jurídica a Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 a Pluye munipococijuridicos)gmail.com MAS a) El plano L-2316952-2021, con un área total de 269 m?, tendría como finalidad, “segregar y reunir” fincas, de los cuales 34,41 m? pertenecen al folio real 7-001719- 00 (Finca Municipal) y el resto del área (234,59 m?) pertenecen al folio real 7060684- 000, propiedad de la solicitante Katherine Rojas Arguedas. b) El terreno en su totalidad, publicitado en el plano L-2316952-2021, no forma parte de áreas destinada al uso público, llámense parques, juegos infantiles o facilidades comunales. Cc) El plano L-2316952-2021, no tiene anotaciones y se encuentra activo, inscrito el 04 de noviembre del 2021 y debidamente visado según oficio UTOP-MPL-APT-2248- 2021 del 28 de octubre del 2021, emitido por el Top. Esteban Gutiérrez Solís. d) El terreno publicitado en el plano L-2316952-2021, se encuentra ubicado aproximadamente 70 metros al sur de la esquina sureste de Escuela del distrito de Jiménez, el cual cuenta con servicios básicos instalados, una casa de habitación de aproximadamente 42 m? construida en mampostería. Además, el lote se encuentra parcialmente delimitado mediante postes en todos sus vértices, colinda al norte con Elieth Arguedas Rivera, al este con ruta nacional frente de 10,90 metros), al sur con calle pública (frente de 25,09 metros), y al oeste con Elki Rocío Arguedas Peña. e) El folio real 1719, derecho 000, se encuentra inscrito a favor de la Municipalidad de Pococí desde el 21 de julio de 1980, el cual cuenta con un total de 33 segregaciones. No posee anotaciones y no se publicitan gravámenes o afectaciones. Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*105 ACTA N*37 Ordinaria. PESTE ETA 4 Municipalidad de Pococí 3 () POCO | Dirección Jurídica a Sd Teléfono: 2713-6516, Fax 2710-7181 al Pluye munipococijuridicos(Hgmail.com DE POCOCi f) Tanto el folio real 1719-00 (Municipalidad ce Pococí) como el 7060684-000 (Katherine Rojas Arguello], publicitacdos en el plano L-2316952-2021, se encuentran fuera del Plan Regulador vigente. 3, CONCLUSIÓN, Esta Dirección Jurídica, considera que jurídicamente es viable autorizar dicha reunión de fincas aquí descritas. Así como autorización al alcalde para que comparezca ante notario público y que éste firme el respectivo Instrumento notarial dle traspaso. Se da por evacuacda su consulta. MAYRA Firmado digitalmente GEMALLE por MAYRA GEMALLE MONTES ARCE ouanizesio o (FIRMA) 15:04:56 -06'009 edo Most , PON CC. Archivo interno. 3 Sitio Web: munipococi.go.cr /Facebook: AMunicipalidadDePococi Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza la reunión de fincas descritas en el oficio 1J-30-5-2022 y plasmadas en el plano catastrado L-2316952-2021, área total de 269 m?, comprende las fincas con folio real 7-001719-00 de 34,41 m? y folio real 7060684-000 de 234,59 m? propiedad de la señora Katherine Rojas Arguedas. Se autoriza al alcalde en ejercicio para que comparezca ante notario público y proceda con la firma del respectivo instrumento notarial de traspaso. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*106 ACTA N937 Ordinaria. | ARTICULO IV Correspondencia Nota de Secretaría: Se procede con un receso, al ser las 17:16 se reanuda la sesión. ACUERDO N” 928 Se conoce nota suscrita por la señora MSc. Wendy Cruz Ávalos, Directora de Escuela Las Vegas de Río Palacios Tel: 4409-27-16, correo: esc.vegasdelriopalaciosOmep.go.cr dice: Asunto: Nombramiento de la Junta de Educación Escuela Las Vegas del Río Palacios. En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas” procedo a remitir la propuesta de Nómina para la Nueva Junta de Educación por vencimiento, de la Junta de Educación Escuela Las Vegas del Río Palacios, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: Adjunto: Copia de cédula de cada una de las personas propuestas, Nombre Cédula Shirley Guzmán Venegas 6-0302-0931 Andrés Astua Rodríguez 1-1442-0498 Danicza Leiva Sandoval 7-0224-0756 Kenneth Gabriel Díaz Solís 7-0204-0060 Ana Josefa Manzanarez Orosco 155835463924 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra a las siguientes personas: Shirley Guzmán Venegas, céd. 6-0302-0931, Andrés Astua Rodríguez, céd.1-1442-0498, Danicza Leiva Sandoval, céd. 7-0224-0756, Kenneth Gabriel Díaz Solís, céd.7-0204-0060, Ana Josefa Manzanarez Orosco, céd.155835463924. Esta Junta Rige a partir del 30 | Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9107 ACTA N937 Ordinaria. de mayo de 2022 al 30 de mayo de 2025. Pasar a la Oficina de Secretaría de Comisiones para su respectiva Juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 929 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor MSc. Armando Cárdenas Villalta, director del Centro Educativo Tarire, correo electrónico: esc.tarireOmep.go.cr, dice: Oficio: DREG-SCE02-ET-019-2022 Asunto: Solicitud de materiales para arreglo de infraestructura educativa. v Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*108 ACTA N*37 Ordinaria. ES O LAA A A a a a aa me Dirección Reglonal de Guápiles od p Supervisión Educativa Circuito 02 PAIS Escuela Tarire Transformación curricular, una apuesta por la calidad educativa. Tarire, La Rita, 17 de mayo del 2022 DREG-SCE02-ET-019-2022 Para: Yaslyn Morales Grajal Presidenta Municipal De: Msc. Armando Cárdenas Villalta. Director Centro Educativo Tarire. Asunto: Solicitud de donación — Materiales de Construcción Reciba un cordial saludo. El Centro Educativo Tarire, actualmente presenta una serie de problemas en infraestructura, que a corto plazo se transformarán en graves problemas de deterioro en la planta física. En definitiva, se requiere cuanto antes realizar la pintada una parte de los techos de la escuela, además de cambiar algunas láminas de zinc, las cuales están muy dañadas. También, es necesario pintar toda la malla perimetral que se colocó años atrás, y lamentablemente aún no se ha pintado. Aunado a eso, cuanto antes requerimos pintar la superficie de la cancha multiuso, En el presupuesto del presente año, se había incluido dinero para comprar pintura, pero lamentablemente por los recortes presupuestarios que realizó el Ministerio de Hacienda, no se ha podido comprar la cantidad de pintura necesaria, ni láminas de zinc que se necesitan para solventar los problemas citados. Es así, como apelando al sentido de colaboración y solidaridad, que nos identifica a todos costarricenses, y en especial a la Municipalidad de Pococí, le solicito que nos donen 10 láminas de zinc corto, 1 cubetas de pintura para techos, 1 cubeta de pintura para cachas deportivas, 10 galones de pintura para malla o el equivalente en cubetas y 3 galones de aguaras Muy agradecido, se despide cordialmente: Firmado digital ARMANDO dro loa mente CARDENAS CARDENAS VILLALTA VILLALTA AER) (FIRMA) 137 osa MSc. Armando Cárdenas Villalta. Director Centro Educativo Tarire. ACV/ C. Sr, Armando Cárdenas Villalta. Director, Escuela Tarlre. Archivo Tarire, La Rita, Costado sur de la plaza comunal, Tel.: (506) 2763-2090 - 44092772 Correo electrónico: esc.tarire(Qmep.go.cr. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios para que valoren la solicitud. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%109 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N* 930 2 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor MSc. Armando Cárdenas Villalta, director del Centro Educativo Tarire, correo electrónico: esc.tarireOmep.go.cr, dice: Oficio: DREG-SCE02-ET-020-2022 Asunto: Solicitud de implementos deportivos. Dirección Reglonal de Guáplles ” Supervisión Educativa Circuito 02 Escuela Tarire E? Transformación curricular, una apuesta por la calidad educativa. Torire, La Rita, 17 de mayo del 2022 DREG-SCE02-ET-020-2022 Parn: Yaslyn Morales Grajal Presidenta Municipal De: Msc, Armando Cárdenas Villalta. Director Centro Educativo Tarire. Asunto: Solicitud de donación - Implementos Deportivos Reciba un cordial saludo. El Centro Educativo Tarire, lamentablemente se ha visto afectado seriamente por la reducción presupuestaria impuesta por el Ministerio de Hacienda. Lo cual no permite cubrir una serie de necesidades en ámbito de recreación y deportivo, En consecuencia de lo expuesto, les solicitamos su valiosa colaboración para que la Municipalidad de Pococí nos dome: Uniformes Deportivos y equipamiento para la práctica de deportes de los estudiantes de la Escuela Tarire (Balones de fútbol, basquetbol, volelbol, mallas para voleibol y marcos de Futbol Sala, entre otros...) Muy agradecido, se despide cordialmente: ARMANDO — Fimadodigtalmente ARMANDO CARDENAS — Enommasvatacra VILLALTA CRU Fecha: 2022.05.17 (FIRMA) 15.0134-0600' MSc. Armando Cárdenas Villalta. Director Centro Educativo Tanire. ACV €. Sr. Armando Cárdenas Villalta. Director, Escuela Tartre. Ardilvo Tarire, La Rita, Costado sur de la plaza comunal, Tel.: (500) 2763-2090 - 44092772 Correo electrónico: esc.tarlremep.JO.cr. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios y al Comité Cantonal de Deporte y la Recreación de Pococí para que valoren la solicitud. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*110 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N* 931 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Bernardo Salazar Vargas, director de la Escuela El Líder, La Rita, teléfono: 2763-1327, correo electrónico: esc.laritamep.go.cr, dice: Oficio: DREG-SECO2-DELR-001-1605-2022 Asunto: Solicitud de contenido económico para proyecto de reciclaje. z ep MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Dirección Regional de Educación Guápiles Supervisión Escolar Circuito N* 02 Escuela Líder La Rita yu a La Rita, 16 de mayo del 2022. OFICIO DREG-SEC02-DELR-001-1605-2022. Página 1 de 1 Señores Concejo Municipal Municipalidad de Pococí. Estimables honorables miembros de este concejo, les saludo deseando éxito en sus funciones, el motivo de la presente es solicitar el aporte económico de aproximadamente cinco millones de colones. En nuestro centro educativo estamos desarrollando un proyecto de reciclaje en convenio con Pococí Limpio, pero no contamos con la infraestructura suficiente para tal efecto (centro de acopio), queremos inculcar esta buena práctica en los estudiantes, pero no contamos con ese espacio y poder hacer de esto, logrando un cambio para proteger y conservar nuestro medio ambiente. Aunado a esto, se nos hace urgente la construcción de una bodega, dado que, por la carencia de infraestructura, se colocan pupitres desechados, escritorios inservibles y otros en los pasillos, creando esto un peligro latente en la seguridad de los estudiantes y demás usuarios de nuestra institución. Además, se hizo un convenio con la empresa Artemisa Recicladora, esta empresa se dedica a la conversión de plástico, en piezas que asemejan madera. Ellos nos proveen algunas piezas con las que tenemos el proyecto de crear un parque — jardín, en donde las docentes lleven a los estudiantes a leer (esto con el fin de promover la lectura desde un ambiente diferente al aula) para crear un mayor impacto cognitivo. Se despide de usted muy cordialmy DER Z $e 1% Ó er A > lS z 1] Lic. Bérnardo Salazar Vargas Director Escuela Líder La Rita Transformación curicular, una apuesta por la calidad educafiiicip,. ardadlá)) ECG Le 5 Tel 2763-13-27 Dirección: Frente a la Plaza de Deportes La Rita Recivido pot. El di Correo electrónico. esc.larita9mep.go ¿HON no Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios y departamento de Control Ambiental para que valoren la solicitud. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*111 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N* 932 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Katherine Campos Porras, secretaria del Concejo Municipal de Hojancha, correo electrónico: concejoOmunihojancha.com, dice: Oficio: SCMH-199-2022. 5) Somos Hojancha, 11 de Mayo del 2022 HOJANCHA SCMH-199-2022 GOBIERNO LOCAL Señores: Concejo Municipales del país Estimados señores: Para su conocimiento transcribo acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Hojancha en sesión ordinaria 106-2022, celebrada el 09 de Mayo del 2022, que textualmente dice: ACUERDO 11. El Concejo Municipal de Hojancha; acuerda: Apoyar acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Concejo Municipal de Tarrazú, por medio del cual brinda un voto de apoyo en todos sus extremos al oficio CM-100-430-2022, emitido por el Concejo Municipal de Vázquez de Coronado, tomado en la sesión ordinaria N* 104-2022, celebrada el lunes 25 de abril del 2022, en donde textualmente dice: “ACUERDO 2022-104-23: Se acoge la “Moción Especial de Reconocimiento”; que a la letra dice: MOCION ESPECIAL DE RECONOCIMIENTO REGIDURIAS PROPONENTES: Johanna Jiménez Muñoz, Roxana Núñez González, Jason Gutiérrez Lara, María del Carmen Garro Molina, Giselle Sandoval Hernández. CONSIDERANDO: 1. Que, por primera vez en el linaje ancestral indígena del territorio de Alto Comte Burica ocurre el nombramiento oficial de una mujer cacique Ngábe-Buglé. Este acontecimiento histórico tuvo lugar, este sábado 23 de abril en el Centro Comunal de Progreso, ubicado entre los cantones de Corredores y Golfito en la Zona Sur de Costa Rica. 2. Idalia Andrade Degracia llevará a partir ahora el cacicado a sus 36 años, continuando con la tradición de su familia y ante todo, validando su demostrada capacidad de liderazgo, así como el legado de su padre, don Miguel Andrade, el anterior cacique, quién falleció hace dos años. Sus hermanos acordaron apoyarla en su decisión y le cedieron su lugar, confiados en su capacidad. Además de la responsabilidad de asumir este histórico mandato, se suma su destacada labor como emprendedora, madre soltera de cuatro hijos, maestra de primaria y secundaria, así como profesora de la lengua ngábe — buglé (conocida popularmente como guaymí).; POR TANTO, SE MOCIONA: 1. Para reconocer desde el Gobierno Local de Vázquez de Coronado este nombramiento como el cambio en estructuras históricamente habilitadas para el género masculino, el cacicadas de la da EA Teléfono 2659- 9116 extensión 214 /Email: concejoLmunihojancho.com. o Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*112 ACTA N*37 Ordinaria. GOBIERNO LOCAL señora Andrade Degracia, contó con la aprobación y ratificación de la mayoría del Consejo Nacional de Caciques y Líderes Indígenas de Costa Rica, modificando un paradigma patriarcal y tradicional de su comunidad de los otros cinco asentamientos ngábe - buglé, así como por los otros siete grupos étnicos distribuidos en 24 territorios a lo largo y ancho del país, con una población estimada de 110 000 indígenas costarricenses. 2. Que esta moción sea remitida a los Gobiernos Locales de los 82 cantones del país, para validar este nombramiento como un gran reconocimiento a la labor de una lideresa indígena quien como parte de su empoderamiento como cacica deberá preservar las costumbres, la continuidad del idioma, gastronomía y el arraigo de la tradición para las nuevas generaciones, unido a su posición como líder en la lucha por los derechos y proyección de su pueblo, lo anterior de la mano con la Asociación de Desarrollo Integral de Alto Comte, la cual toma las decisiones legales y de proyectos. 3. En lo posible enviarle una felicitación a la señora Andrade Degracia por su nombramiento por medio del Gobierno Local que la representa. 4, Delegar a la Secretaria del Concejo para las comunicaciones pertinentes. APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Sin más que agregar, se suscribe atentamente KATHERINE Firmado digitalmente KATHERINE MARBETH MARBETH CAMPOS CAMPOS PORRAS (FIRMA) Fecha: 2022.05.11 PORRAS (FIRMA) 08:07:06 -06'00' Katherine Campos Porras Secretaria Concejo Municipal LL Archivo PAD OS, e Mn : aso UNC, Teléfono 2659- 9116 extensión 214 /Email: concejofmunihojancha.com, Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda un voto de apoyo a las gestiones realizadas por el Concejo Municipal de Hojancha. Se Dispensa del trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*113 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N* 933 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Eilyn Ramírez Porras, secretaria del Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, correo electrónico: eilyn.ramirezemunisrh.go.cr, dice: Oficio: SCM-157-2022. rd XA Municipalidad de San Rafael de Heredia Secretaría Concejo Municipal 06 de mayo del 2022 Oficio SCM-157-2022 Señor Verny Valerio Hernández Alcalde Municipal Municipalidad San Rafael de Heredia Señores Comisión de la Mujer Municipalidad San Rafael de Heredia Señores Concejos Municipales del País Estimados señores: Me permito transcribirle el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, en Sesión Ordinaria 172-2022 celebrada el 02 de mayo del 2022: MOCIÓN +5 MOCIÓN CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN PROPONENTE: Fracción Partido Liberación Nacional Acciones de la Municipalidad Reciente Proyecto De Ley 20308 Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en la Política Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*114 ACTA N*37 Ordinaria. == NA Municipalidad de San Rafael de Heredía Secretaría Concejo Municipal 06 de mayo del 2022 Oficio SCM-157-2022 CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recientemente se aprobó el proyecto de ley 20308 LEY PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES ENLA POLÍTICA SEGUNDO: Que dentro de las acciones de las diferentes instituciones se encuentran 4 puntos que involucran a las municipalidades de nuestro país que se exponen a continuación. ARTÍCULO 8.- Acciones preventivas en el nivel municipal El concejo municipal y las alcaldías de cada municipalidad e intendencias tomarán las acciones para prevenir la violencia contra las mujeres en la política según lo establecido en la presente ley, en el marco de su autonomía y competencias legales, considerando las siguientes: a) Dictar políticas de prevención, emitir reglamentos y adoptar protocolos para incorporar en los procedimientos disciplinarios, los principios y las normas contenidos en esta ley para su efectivo cumplimiento, así como difundir los alcances de la presente ley. b) Adoptar acciones afirmativas para garantizar la efectiva igualdad entre mujeres y hombres que prevenga toda forma de violencia y discriminación basada en la condición del género. e) Diseñar y ejecutar capacitaciones y formación en igualdad de género y prevención de la violencia hacia las mujeres en la política a todo el funcionariado municipal, así como a las estructuras de decisión municipal. d) Otras acciones idóneas, pertinentes y efectivas para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley. Las acciones establecidas en este artículo contarán con el criterio técnico y recomendaciones del órgano institucional municipal especializado en la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de género. POR TANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN RAFAEL DE HEREDIA, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL CÓDIGO MUNICIPAL, ACUERDA: ACUERDO +5 Telefax: 2237-07-89 2262-3797 2262-7978 Ext: 150 Fax: 2260-0213 E: concejod munisth.go.cr Página web: www.munisrh.go.cr. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*115 ACTA N*37 Ordinaria. e Municipalidad de San Rafael de Heredía 06 de mayo del 2022 Oficio SCM-157-2022 PRIMERO: Instar a la Alcaldía Municipal, Concejo Municipal y Comisión de la Mujer de la Municipalidad de San Rafael de Heredia la aplicación y ejecución de las acciones presentes en la ley aprobada. SEGUNDO: Declarar el Concejo Municipal de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, espacio libre de Violencia Política. TERCERO: Trasladar el acuerdo a los Concejos Municipales del país. Se solicita dar firmeza a este acuerdo Se somete a votación la dispensa de trámite de comisión: Siete Regidores presentes, siete votos afirmativos. APROBADO ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Siete Regidores presentes, siete votos afirmativos. APROBADO Atentamente, CONCEJO MUNICIPAL EILYN REBECA RANIREZ PORRAS (FIRMA) Eilyn Ramírez Porras Secretaria Telefax: 2237-07-89 2262-3797 2262-7978 Ext: 150 Fax: 2260-0213 E: concejo munisth.go.cr Página web; www.munisrh.go.cr. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda un voto de apoyo a las gestiones realizadas por el Concejo Municipal de Sa Rafael de Heredia. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9116 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N* 934 IN CERIES Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor MATI. Erickson Álvarez Calonge, director ejecutivo SINIRUBE, correo electrónico: jredondoGOsinirube.go.cr, dice: Oficio: IMAS-SINIRUBE-389-2022 Asunto: Advertencia sobre incumplimientos de obligaciones en el marco del Convenio de Cooperación. Sinirube San José 26 de abril de 2022 Al contestar refiérase al oficio IMAS-SINIRUBE-389-2022 Sefíores Alcaldía y Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE POCOcÍ Presente Asunto: Advertencia sobre incumplimientos de obligaciones en el marco del Convenio de Cooperación Estimados señores: Reciba un cordial saludo. En seguimiento al cumplimiento de lo estipulado en el Convenio de Cooperación entre el Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (SINIRUBE) y su representada, procedemos a realizar los siguientes señalamientos de incumplimiento. En primera instancia destacamos lo indicado en la cláusula tercera del convenio, sobre la obligatoriedad de la incorporación de la información requerida por el SINIRUBE, la cual debe ser enviada periódicamente (mensualmente como máximo) El envío de información al SINIRUBE cumple con un doble objetivo, en primera instancia el conformar la base de datos de cobertura nacional con la información de las personas que requieran servicios, asistencias, subsidios o auxilios económicos, por encontrarse en situaciones de pobreza o necesidad, por otro lado, el que esta base de datos sea un instrumento que permita simplificar, reducir el exceso de trámites y requisitos a los potenciales beneficiarios de los programas sociales. La obligatoriedad en el envío de información, uso de la plataforma, etc se encuentra amparada no solo en lo estipulado en el convenio suscrito, sino también en algunas leyes, decretos y directrices: La Ley N* 9137 de creación Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado, el Art 19 declara de orden público la creación del Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado y por ende priva sobre los intereses particulares de las administraciones (Ley General de la Administración Pública Artículo113, inciso 2). Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9117 ACTA N*37 Ordinaria. Sinirube La Directriz N% 60-MTSS-MDHIS también en los artículos del 1 al 5, entre otras cosas SINIRUBE como la fuente de información socioeconómica de las personas y hogares, tomar como oficial la clasificación y priorización, el uso obligatorio para la selección de personas y hogares beneficiarios, simplificar y reducir el exceso de trámites y requisitos, contribuir con el levantamiento de nuevos datos y en la actualización de la información socioeconómica de los hogares. Además, la Ley N* 8220, Ley de Protección al Ciudadano en el exceso de requisitos y trámites administrativos señala que “la entidad u órgano de la Administración Pública que para resolver requiera fotocopias, constancias, certificaciones, mapas o cualquier información que emita o posea otra entidad u órgano público, deberá coordinar con esta su obtención por los medios a su alcance, para no solicitarla al administrado”. Ante esto, es menester que la administración garantice el acceso a la plataforma SINIRUBE del personal que así lo requiera y supervise que el mismo haga un uso adecuado de la herramienta y de la información contenida en ella. Es de conocimiento que el sistema de información del SINIRUBE se ha constituido en una herramienta fundamental en la ejecución de diferentes programas sociales del estado, sin embargo, el éxito de esta plataforma no será posible sin la colaboración y trabajo articulado de todas las instituciones y gobiernos locales, además de la integración de información de calidad permitirían robustecer la gran base de datos del sector social y reorientar las políticas públicas. En esta línea SINIRUBE también ha destinado esfuerzos en crear nuevas herramientas y mejorar la experiencia de los usuarios institucionales, poniendo a disposición una plataforma más ágil, amigable con el fin de atender a las personas ciudadanas con información veraz y oportuna. Por todo lo anterior, considérese este oficio como un llamado a cumplir con la entrega de información en tiempo y forma de acuerdo con lo estipulado en el convenio firmado entre ambas partes, así como a la obligatoriedad de entregar dicha información lo cual se encuentra respaldo por diferentes leyes y decretos mencionados anteriormente. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*118 ACTA N937 Ordinaria. a “e Sinirube Para el cumplimiento de lo estipulado en este oficio ponemos a su disposición personal que le brindarán acompañamiento y asesoría, así como herramientas que facilitarán los procesos para ponerse al día con el cumplimiento de los diferentes compromisos los cuales tienen respaldo jurídico, en un plazo de 10 días hábiles. Cordialmente, ERIKSON Firmado digitalmente ERIKSON ALEXANDER ALEXANDER ALVAREZ ALVAREZ CALONGE (FIRMA) CALONGE (FIRMA) Fecha: 20220429 MATI. Erickson Álvarez Calonge Director Ejecutivo, SINIRUBE Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía y al departamento de Desarrollo Sociocultural. ACUERDO N* 935 Se conoce nota suscrita por el señor MSc. Jonnathan García Chévez, Regidor Municipal, céd. 50307-0418, tel: 8522-04-59 correo: jonnathan.garciaGhotmail.com dice: Oficio: RMP-JGCH-001 -2022 Asunto: Solicitud de permiso para sesionar de manera virtual fuera del país de forma temporal por un periodo que abarca desde el 01 de junio al 31 de octubre del año 2022 con goce de pago de dietas. > »> Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N119 ACTA N*37 Ordinaria. Municipalidad de Pococí Regidor MSc. Jonnathan García Chévez Concejo Municipal Guápiles, 18 de mayo del 2022. OFICIO: RMP-JGCH-001-2022 Página 1 de 4 Señores (as) Concejo Municipalidad de Pococí Guápiles-Pococí-Limón Estimados (as) señores (as): Por este medio me permito saludarles y a su vez desearles grandes éxitos en sus funciones, dentro de tan importante entidad. La presente tiene como finalidad, hacer de su conocimiento una situación de índole personal y familiar, que he vivido desde el nacimiento de mi hijo, sin embargo, para el presente año, la situación se torna más compleja y de inmediata intervención. A continuación, me permito explicar el caso de mi hijo: Edward García Alvarado, quien es un niño de 4 años, que nació con Agenesia completa de fíbula del miembro inferior derecho, bowing anterior de tibia y ausencia del 5 rayo, noticia que fue comunicada durante el embarazo, en este momento no se conocía las dimensiones de la enfermedad de Edward, sin embargo, desde este mismo instante rogamos a Dios por el bienestar de nuestro hijo e iniciamos las investigaciones de su padecimiento, efectivamente en el momento del nacimiento se confirma el diagnóstico médico emitido meses atrás, el Hospital Nacional de Niños mantuvo un pronóstico reservado en sus primeros días de vida, posteriormente, indican que ante la severidad del cuadro, no es candidato para cirugía reconstructiva osteomuscular y se ofrece como alternativa la amputación del syme, como padre la noticia me causa un inmenso dolor, ya que visualizo a mi hijo con la carencia de su pie y las múltiples repercusiones que podría tener a lo largo de su vida. Pese al dolor que se enfrenta, se logra tener claridad en los pensamientos y se procede a buscar opciones a nivel internacional, con la clara convicción que la medicina en otros “Teléfono (506) 8522-0459 Guápiles, Pococí, Limón jonnathan.garciaZ3hotmail.com Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*120 ACTA N*37 Ordinaria. AEREA Municipalidad de Pococí Regidor MSc. Jonnathan García Chévez Concejo Municipal Guápiles, 18 de mayo del 2022. OFICIO: RMP-JGCH-001-2022 Página 2 de 4 países quizás podría ofrecer otra alternativa para Edward, se inicia con la búsqueda de una segunda opinión, se establece contacto con Shriners Hospitals for Children, ubicado en 3551 N. Broad St.Philadelphia, Pennsylvania 19140, United States, hospital, que nos abre las puertas y con ello una esperanza para que Edward conserve su pie. En una cita inicial es valorado por especialistas de este hospital, que indican que efectivamente es posible que a través de cirugía de extremidades, mi hijo logre desplazarse con normalidad conservando su pie, se efectúan las respectivas coordinaciones y dicha cirugía fue asignada para el 20 de enero del 2022. Entre tanta incertidumbre, por fin, existe una esperanza para ayudar a Edward, sin embargo, según el médico tratante, el periodo de permanencia en los Estados Unidos, para el abordaje médico requiere de un periodo prolongado de estadía en este país, Edward, mi hijo, reitero, padece de hemimelia del peroné del lado derecho y discrepancia en la longitud de las piernas, comenzó su tratamiento médico con la Dr. Nossov en los Hospitales Shriners para Niños de Filadelfia, en enero 2022, sin embargo y así lo indica el médico tratante requerirá atención y tratamiento ortopédico hasta al menos finales de octubre de 2022, actualmente recibe tratamiento médico continuo aproximadamente dos veces por semana, incluido evaluaciones clínicas, radiografías y terapias físicaslocupacionales. Las circunstancias propias de este caso, un niño de 4 años que debe recibir tratamiento médico en Estados Unidos, ya que sufre una enfermedad o condición de salud no grave, pero debidamente calificada, donde la presencia del cuidador es indispensable o esencial, para el tratamiento requerido, por el tipo de padecimiento y cirugía a la cual será sometido, se requiere de asistencia constante y directa de sus padres, durante el periodo preoperatorio y postoperatorio. Por lo tanto, como progenitor de Edward, Teléfono (506) 8522-0459 Guáplles, PococÍ, Limón jonnathan.garciaQhotmail.com PEO Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*121 ACTA N*37 Ordinario. 19-05-2022=- RES EA Municipalidad de Pococí Regidor MSc. Jonnathan García Chévez Concejo Municipal Guápiles, 18 de mayo del 2022. OFICIO: RMP-JGCH-001-2022 Página 3 de 4 expuesta la situación anterior y amparado en sus buenos oficios solicito con todo respeto se proceda a efectuar los estudios necesarios para que sea otorgado a mi persona en calidad de Regidor Propietario, un permiso para sesionar de manera virtual fuera del país de forma temporal, por un periodo que abarca del mes de junio al mes de octubre del año 2022, con goce de pago de dietas. Es importante indicar y tomar en consideración los siguientes aspectos relacionados con la solicitud planteada anteriormente: 1. La participación de mi persona, en las sesiones de manera virtual, en este caso es excepcional y fundada en motivos especiales y extraordinarios, como lo es la situación de salud que aqueja a mi hijo Edward Daniel García Alvarado, razón por la cual, cabría considerar que dicha sesión puede realizarse mientras mi persona que se encuentran fuera del país, ya que concurren circunstancias extraordinarias. 2. La condición de los medios tecnológicos empleados permite a mi persona, una integración plena dentro de la sesión, que acceden a mantener la simultaneidad en la deliberación, colegialidad y deliberación de los miembros del concejo municipal, así como la posibilidad que la sesión sea observada por toda persona que desee hacerlo. 3. La participación de mi persona, en sesiones virtuales fuera del país, es una condición temporal. 4. Durante el desarrollo de la sesión virtual, mi persona no realizará otra labor privada o pública de forma simultánea, es decir, no existiría superposición horaria. Agradezco los aspectos mencionados anteriormente sean valorados y tomados en cuenta en la toma de decisión. Teléfono (506) 8522-0459 Guápiles, PococÍ, Limón jonnathan.garciahotmail.com Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*122 ACTA N*37 Ordinaria. Municipalidad de Pococí Regidor MSc. Jonnathan García Chévez Concejo Municipal Guápiles, 18 de mayo del 2022. OFICIO: RMP-JGCH-001-2022 Página 4 de 4 Por último, ustedes se preguntarán, si realmente amerita que mi hijo actualmente se encuentre recibiendo atención en el Shriners Hospitals for Children, centro médico que proporciona tratamiento ortopédico pediátrico especializado, que le permitirá deambular independientemente de la forma más efectiva?, como padre de Edward, mi respuesta es sí, debido a que los centros médicos de nuestro país, concluyeron como opción viable la amputación de su pie, como padre, también mi responsabilidad es buscar las alternativas para ofrecer a mi hijo las mejores condiciones de vida, tener la firme convicción que hoy todo esfuerzo, toda lucha, toda gestión y sobre todo cada decisión que se tome, permiten a mi hijo alcanzar una mejor condición de vida y el logro de su desarrollo integral como ser humano. Por otra parte, no omito, indicar que seguiré asumiendo con responsabilidad, dedicación y compromiso mi labor como Regidor del cantón de Pococí. Se adjuntan los respectivos documentos probatorios sobre el padecimiento mencionado, los mismos se resguardan en expediente de solicitud de permisos. Para cualquier consulta adicional, sírvase comunicarse al teléfono 8522-0459 o bien al correo electrónico: jonnathan.garciaQhotmail.com Sin más por el momento y agradeciendo las gestiones que realicen en torno a la solicitud, se despide, AA se fonnatian larcía Chévez Regidor ado idad de Pococí Teléfono (506) 8522-0459 Guápiles, Pococí, Limón jonnathan garcia hotmail.com Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9123 ACTA N937 Ordinaria. TA CGR Al contestar refiérase al oficio N* 8333 08 de junio de 2021 DJ-0768 Señora Ana Teresa Sancho Arrollo Presidenta del Concejo Municipal A... MUNICIPALIDAD DE MORAVIA (ce: mcalvoQQmoravia.go.cr) Estimada señora: Asunto: Se atiende consulta en relación con el pago de dietas a miembros del Concejo Municipal, que sesionan por medios tecnológicos, pero que se encuentran temporalmente fuera del país. l.. OBJETO DE LA CONSULTA Nos referimos a su oficio n.* SCMM-0174-04-2021 del 20 de abril del 2021, por medio del cual solicita el criterio de esta Contraloría General respecto a la interrogante de ¿Si procede el pago de dietas cuando algún miembro del Concejo Municipal sesione válidamente por los medios tecnológicos mediante videoconferencia, pero temporalmente se encuentre fuera del país?. ll. SOBRE LA POTESTAD CONSULTIVA De previo a proceder con el análisis de la consulta planteada, es necesario realizar algunas precisiones en relación con la potestad consultiva que ostenta este Órgano Contralor. En primer término, cabe señalar que dicha función fue prevista en el numeral 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (n.* 7428), la cual fue complementada mediante la emisión del Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General (n.* R-DC-197-2011). En dicha norma reglamentaria, se señalan los requisitos y lineamientos que rigen la potestad consultiva de la Contraloría General de la República. Así, por medio del artículo 2, se dispuso que el Órgano Contralor debe: *(...) atender las gestiones que le dirijan los sujetos consultantes en las materias de su competencia constitucional y legal”. Aunado a lo anterior, en el artículo 7 se estableció: “(...) Los dictámenes que emita la Contraloría General de la República, en el ámbito de su competencia, serán vinculantes para los sujetos consultantes y para quienes sean integrados al procedimiento consultivo Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloría. generclácgrer.go.cr blto://wowecar.go.cu Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*124 ACTA N*37 Ordinaria. CGR de acuerdo con el trámite del artículo 12 de este reglamento, exceptuando a los órganos parlamentarios y a los diputados de la República. Cuando la Contraloría General de la 2 República considere que su respuesta no tiene carácter obligatorio, así lo indicará de forma expresa”. De particular importancia resulta lo dispuesto en el numeral 8, en el cual se establecieron los requisitos mínimos que se deben de cumplir para proceder con la atención de las consultas planteadas ante la Contraloría General de la República. Al respecto, vale hacer mención de lo establecido en el inciso 2, en que se exige que la consulta debe plantearse en términos generales, sin que se someta al Órgano Consultivo a la resolución de circunstancias concretas propias del ámbito de decisión del sujeto consultante, o que atañen a la situación jurídica del gestionante. Lo anterior, con el fin primordial de no sustituir a la administración en el desempeño de sus funciones. Tómese en consideración, además, que el consultante, en la resolución particular de cada caso planteado, cuenta con una mayor cantidad de insumos a la hora de solucionar los conflictos y particularidades que en el despliegue normal de su actividad puedan surgir. Con base en lo anterior, es que los criterios emitidos por este Órgano Contralor no pretenden, en ningún término, sustituir o solucionar casos específicos que se sometan a su conocimiento. Siendo que la consulta planteada por parte de la Presidenta del Concejo Municipal de la Municipalidad de Moravia cumple con los requisitos señalados anteriormente, se procede a continuación a resolver la misma. MI. CRITERIO DEL ÓRGANO CONTRALOR Tomando en consideración lo expuesto en el apartado anterior, se procede a emitir el presente criterio en los términos que a continuación se exponen. A. En relación con el pago de dietas a los miembros del Concejo Municipal. Tal y como lo señaló recientemente esta Contraloría General' , en consulta relacionada con el pago de dietas a los síndicos municipales, es preciso señalar que la Contraloría General ha referido, en otras ocasiones, que el pago de dietas o de algún tipo de Y Oficio N* 1646 (DJ-0144) de fecha 02 de febrero del año 2021. Contraloría General de la República t (608) 2501-8000, F: (505) 2501-8100 C: contrcloria generolécgrcr.go.cr hito://wwe.corgo. ci Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%125 ACTA N937 Ordinario. 19-05-2022. -- CGR remuneración a los miembros de los órganos colegiados de entidades del sector público es materia de reserva de ley, por lo tanto, tal rubro se podrá reconocer siempre y cuando 3 así haya sido expresamente autorizado en una norma de rango legal. Lo anterior, en atención al principio de legalidad (artículos 11 de la Constitución Política y 11 de la Ley General de la Administración Pública), así como al de legalidad financiera que debe regir el quehacer de las diversas entidades que componen el sector público. En este sentido, se pueden consultar los oficios n.* 11373 (CGR/DJ-1557) del 10 de agosto del 2015 y n.* 12636 (DJ-1114- 2012) del 22 de noviembre de 2012, Ahora, en cuanto al reconocimiento de dietas en el sector municipal, es relevante indicar que el Código Municipal regula, de forma expresa, los supuestos bajo los cuales resulta procedente el pago de dietas a los regidores propietarios y suplentes. Así, el numeral 30 señala: "Los montos de las dietas de los regidores propietarios se calcularán por cada sesión. Solo se pagará la dieta correspondiente a una sesión ordinaria por semana y hasta dos extraordinarias por mes; el resto de las sesiones no se pagarán. (...) Los regidores propietarios perderán las dietas, cuando no se presenten dentro de los quince minutos inmediatos posteriores a la hora fijada para comenzar la sesión o cuando se retiren antes de finalizar la sesión.” Valga indicar también que la misma norma referida señala aquel supuesto en el que el regidor perdería la dieta, de ahí que no pueda disponerse en modo distinto el reconocimiento de dicho rubro, si no se cumple con lo señalado. Sobre el particular, la Procuraduría General de la República ha emitido diversos criterios que recalcan la relevancia de esta regla. Así, por ejemplo, en el dictamen n.* C-240-2005 del 01 de julio de 2005 dispuso que: *(...) debemos indicar que reiteradamente este Despacho ha sostenido la tesis según la cual, para tener derecho al pago de dietas es necesario que su eventual receptor esté presente en la sesión que se remunera y que dicha sesión se realice válidamente. (...) es preciso indicar que las dietas son la contraprestación económica que recibe una persona por participar en la sesión de un órgano colegiado. El fundamento de las dietas se encuentra en la prestación efectiva de un servicio, servicio que consiste en la Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (504) 2501-8100 C: contraloria.genero!+cgrcr.go.cr hito://erww.conooc Apdo. 1179-1000, San José, Costo Rica Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*126 ACTA N937 Ordinaria. —= CGR 4 participación del servidor en las sesiones del órgano” (La negrita no corresponde al original)”. En este sentido, resultaría improcedente el pago de un beneficio económico que no ha sido previamente establecido por la norma legal, en razón que compete exclusivamente al legislador el reconocimiento y determinación del pago de dietas a los miembros de los órganos colegiados de entidades del sector público. Esta postura coincide, además, con la expuesta por la Procuraduría General de la República en el Dictamen n.* C-437-2020 del 5 de noviembre del 2020, en dicha oportunidad se indicó: *(...) Los precedentes aludidos evidencian que esta Procuraduría ha mantenido una línea jurisprudencial invariable en el sentido de que el pago de dietas por participar en las sesiones de un órgano colegiado del sector público solo es posible si el receptor de esa remuneración asistió puntualmente a la sesión completa.” (La negrita no corresponde al original). B. Sobre la realización de sesiones virtuales del Concejo Municipal. Sobre el particular, en primer término, se debe recordar que el Código Municipal establece de qué forma se conforma el Concejo, al respecto el numeral 12 estipula: “El gobierno municipal estará compuesto por un cuerpo deliberativo denominado Concejo e integrado por los regidores que determine la ley, además, por un alcalde y su respectivo suplente, todos de elección popular”, Asimismo, a partir del numeral 35 se regula lo concerniente a las sesiones del Concejo Municipal. Así, se dispuso la obligación de sesionar, como mínimo, una vez a la semana, se estableció el quórum para que dichas sesiones sean válidas y, además, se determinó que las mismas tienen carácter público, Ahora bien, respecto a la posibilidad de realizar sesiones virtuales por parte de un Concejo Municipal, esta Contraloría se pronunció al respecto mediante oficios DFOE-DL- 0455 (04380) del 25 marzo de 2020 y DFOE-DL-0477 (04534) del 26 de marzo de 2020, "Sobre el particular se puedan consultar, además, los dictámenes n.* C-011-90, n.* C-127-97, n.” C-194-99, n.* C-162- 2001, n.* C-294-2001, n.* C-165-2002, n.* C-211-2002, n* C-212-2002, m.* C-214-2002, n.* C-215-2002, n.* C-228-2003 y n.* C-077-2004. Contraloría General de la República T: (504) 2501-8000, F: (506) 2501.6100, C: contri generciegica yo er hllo://wew.caroo.c/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*127 ACTA N*37 Ordinaria. CGR 5 en atención a solicitudes realizadas, tanto por la Municipalidad de Cartago, como por la Municipalidad de Moravia, Hay que resaltar que al momento de responder tales gestiones que, valga la aclaración, no fueron tramitadas como consultas reguladas en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General, sino como asesorías en hacienda pública, por lo que no se emitieron como criterios vinculantes, no se contaba con norma legal habilitante para la realización de sesiones de Concejos Municipales, de manera virtual, Caso contrario ocurre en la actualidad, ya que con la promulgación de la Ley 9842 del 27 de abril del año 2020, además de modificar el artículo 37 del Código Municipal, se incorporó el numeral 37.bis, artículo que -en su esencia- habilita a los Concejos Municipales a sesionar de manera virtual, siempre y cuando se cumpla con los supuestos que la norma dispone para su procedencia. Este artículo 37. bis dispone, en lo que interesa, lo siguiente: “Las municipalidades y los concejos municipales de distrito quedan facultados para realizar, en caso de que así se requiera, sesiones municipales virtuales a través del uso de medios tecnológicos, cuando por estado de necesidad y urgencia, ocasionado por circunstancias sanitarias, de guerra, conmoción interna y calamidad pública exista una declaración de estado de emergencia nacional o cantonal. Tales sesiones se podrán celebrar en dichas condiciones a través de esos medios, en el tanto concurra el cuórum de ley. * Del citado artículo valga resaltar que el mismo dispone como situación habilitante para que los Concejos Municipales puedan celebrar las sesiones de manera virtual, la “declaración de estado de emergencia nacional o cantonal", ocasionada por circunstancias sanitarias, entre otras. Como es claro, se debe partir que dicha posibilidad de sesionar de manera virtual estará aparejada a esta declaración de estado de emergencia y, esto, es precisamente por el carácter de excepcionalidad que se le dan a este tipo de sesiones, pues lo habitual y natural es que el Concejo sesione de manera presencial en el local sede de la municipalidad, tal y como se desprende del artículo 37 del mismo cuerpo legal, esto con el fin de garantizar la publicidad y la participación ciudadana. No podemos olvidar que la administración que requiera acudir a este tipo de sesiones virtuales, deberá primordialmente reglamentar dichas sesiones, así como lo establece el Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (508) 2501-8100 C: controloría. generalá cgycr.go.cr bitp://vpww.cargo.cy Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*128 ACTA N*37 Ordinaria. CGR 6 artículo 41 del Código Municipal, esto no solo con la finalidad de regular el procedimiento y los requisitos aplicables, sino también, como se señaló líneas atrás, para garantizar la publicidad y la participación ciudadana en las sesiones del concejo. En ese sentido, la propia Procuraduría General de la República, en dictamen C-131-2020*, señaló al respecto: “Así las cosas, es evidente que, en orden a celebrar sesiones virtuales, no basta que el Concejo Municipal disponga y reglamente un procedimiento electrónico que garantice la convocatoria, constitución del quórum, deliberación y votación del órgano colegiado; sino que, además, debe asegurar que dicho procedimiento garantice la publicidad de las sesiones y la participación del público en el capítulo correspondiente de la respectiva sesión. En consecuencia, es notorio que, para que las sesiones del Concejo Municipal puedan celebrarse en forma virtual, de tal modo que sean válidas, dicho órgano deliberante no solo debe reglamentar el procedimiento electrónico que ha de servir de cauce para la deliberación de los asuntos por parte de los regidores, sino que, también, debe establecer, de conformidad con el artículo 35 del Código Municipal (Lo resaltado no es del original) Lo expuesto por la Procuraduría General en el dictamen de referencia, es congruente con lo estipulado en el párrafo segundo del artículo 37.bis del Código Municipal, en el sentido de que el Concejo deberá, no solo garantizar la convocatoria, constitución del quórum, deliberación y votación del Concejo municipal, así como la publicidad de las sesiones y la participación del público, sino que además se debe asegurar la transmisión simultánea, tutelar los principios de simultaneidad, colegialidad y deliberación de los miembros del Concejo. Al respecto, señala dicho artículo lo siguiente: “El medio tecnológico dispuesto por la municipalidad deberá garantizar la participación plena de todos los asistentes, la transmisión simultánea de audio, video y datos a todos quienes participen, debiendo respetar el principio de simultaneidad, colegialidad y deliberación del órgano colegiado. Asimismo, deberá garantizar la publicidad y participación ciudadana en las sesiones del concejo a través de los medios que considere más efectivos y convenientes, a efectos de que las personas interesadas puedan acceder a estas para conocer las deliberaciones y los acuerdos.” * Dictamen C-131-2020 del 07 de abril del 2020 Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.generalñregrer.go er hilo://wnww.cor.qo.cl Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%129 ACTA N*37 Ordinaria. CGR De ahí que resulte indispensable que la realización de sesiones virtuales se reglamente íl idóneamente por parte del Concejo, para establecer reglas claras que posibiliten un buen desempeño de los participantes y su efectividad, además de la importancia de garantizar la participación ciudadana. Todo esto involucra un correcto uso de los recursos públicos. Ahora bien, como aspecto a considerar, el artículo 37.bis señala aquellos supuestos que se deben cumplir para garantizar la participación de los miembros del Concejo por medios tecnológicos y que dicha participación se tenga por válida, aspectos absolutamente necesarios para que los participantes puedan recibir lícitamente las dietas correspondientes. El artículo 37. bis señala al respecto: “Para que la participación de los miembros del concejo por medios tecnológicos sea válida deberá” *1) Existir una plena compatibilidad entre los sistemas o medios empleados por el emisor y el receptor, pues se debe garantizar la autenticidad e integridad de la participación, voluntad y la conservación de lo actuado. 2) Los participantes no podrán realizar otra labor privada o pública y no podrán estar de forma simultánea durante el desarrollo de la sesión, en cualquier otro tipo actividad pública o privada. 3) El pago de la dieta se justificaría Únicamente si el miembro participa de la totalidad de la sesión y se mantiene en ella, y si, además, se garantizaron los principios de colegialidad, simultaneidad, deliberación y votación. 4) Garantizar las condiciones para asegurar el acceso pleno a la sesión a todas las personas integrantes del concejo, propietarios y suplentes. De no ser posible esto, deberá optarse por el traslado físico del recinto, previsto en el segundo párrafo del artículo 37. Como se aprecia, el artículo de cita, es claro en indicar los aspectos que se deben cumplir para que las sesiones virtuales del Concejo se consideren válidas, así como la participación de sus integrantes. En ese sentido, la propia administración municipal deberá velar por que los medios tecnológicos empleados para las sesiones garanticen la autenticidad e integridad de la participación, no solo de los miembros del Concejo, sino además del público en general. A su vez, debemos resaltar que los participantes y en especial los miembros del Concejo, no podrán bajo ninguna circunstancia estar realizando alguna otra labor sea pública o privada, ni podrán desarrollar de forma simultánea a la sesión, cualquier otra actividad pública y privada. Contraloría General de la República 1: (506) 2501-8000, : 1506) 2601-8100_C: conlroloria.generalficgrer.go.cr hllo://wrww.cor.qo.ct Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*130 ACTA N*37 Ordinaria. TA CGR Sobre el tema en particular del desempeño simultáneo de cargos públicos, debemos traer a colación, que la prohibición que señala el inciso 2) del artículo 37. bis., va aparejada con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento lícito en la Función Pública (Ley N* 8422), que indica que: “Asimismo, quienes desempeñen un cargo dentro de la función pública, no podrán devengar dieta alguna como miembros de juntas directivas o de otros órganos colegiados pertenecientes a órganos, entes y empresas de la Administración Pública, salvo sí no existe superposición horaria entre la jornada laboral y las sesiones de tales órganos. Quienes, sin ser funcionarios públicos integren, simultáneamente, hasta tres juntas directivas u otros órganos colegiados adscritos a órganos, entes y empresas de la Administración Pública, podrán recibir las dietas correspondientes a cada cargo, siempre y cuando no exista superposición horaria. (...)”. (El destacado no es del original) En línea con lo anterior, es claro que los miembros del Concejo, en el caso de funcionarios públicos, deberán garantizar que no exista superposición horaria al momento de sesionar de manera virtual, con las labores normales de su cargo, Pero esta prohibición también alcanza a aquellos miembros del Concejo que no desempeñen cargos públicos y que por el contrario su ámbito laboral sea meramente privado. Al respecto, sobre la importancia de respetar el tema de la superposición horaria, la Procuraduría General de la República en el dictamen C-298-2007 del 28 de agosto de 2007, muy en línea con el inciso 2) del artículo 37. bis señaló lo siguiente: "La presencia virtual debe respetar la prohibición de superposición horaria “Como se advierte, la restricción original fue modificada, de tal suerte que en la actualidad sí resulta legalmente procedente que un funcionario pueda percibir simultáneamente su salario y también el pago de dietas por su asistencia a juntas directivas u otros órganos colegiados, pero bajo la estricta condición de que no exista superposición horaria entre su jornada laboral y las sesiones de tales órganos. Tal condición tiende a evitar que las labores y responsabilidades públicas se descuiden o sean atendidas en una forma indebida o ineficiente, lo cual cobra importancia al tomar en cuenta que justamente la eficiencia es uno de los principios que inspiran la prestación de los servicios públicos, de conformidad con el artículo 4% de la Ley General de la Administración Pública. Reviste importancia resaltar la exigencia de que no exista superposición horaria, pues se trata de una regla roloría General de la República Contra T: 1506) 2501-8000, F: (508) 2501-8100 C: contratoria.generalá cgrer.go.cr hilo: Qocu Apdo. 1179-1000, Son Joré, Costo Rica Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*131 ACTA N937 Ordinaria. CGR de principio que debe respetarse incluso sí no estuviera recogida de modo expreso como lo hace la norma de cita, toda vez que se deriva directamente 9 de las obligaciones que impone el régimen de empleo público. Lo anterior, por cuanto el salario con el cual se retribuye la relación de servicio con el Estado apareja una serie de obligaciones, siendo una de las más importantes el efectivo cumplimiento de las labores del cargo, obligación que no puede atenderse apropiadamente sí dentro de la jornada el funcionario se distrae en actividades o funciones ajenas a su puesto, aún cuando se trate de labores para otra institución pública. Debe tenerse presente que la superposición horaria en el desempeño de dos cargos públicos conllevaría además un enriquecimiento sin causa, pues para uno de los puestos el funcionario estaría laborando un tiempo menor al que se le ha remunerado efectivamente. (...)”. De la misma forma respecto al desempeño de cargos privados, en el mismo dictamen de referencia la Procuraduría señaló: “Es de advertir, no obstante, que la regla de no superposición horaria, en razón de sus finalidades, se aplica también respecto del desempeño simultáneo de una función pública y una actividad privada. La simultaneidad propia del órgano colegiado exige que durante la celebración de la sesión el miembro se dedique Íntegramente a dicha sesión. Sencillamente, el miembro del colegio no puede simultáneamente deliberar en el órgano colegiado y estar trabajando en su actividad privada. Baste recordar que, por principio, es imposible materialmente que se presente un correcto cumplimiento de dos cargos cuando se presentan condiciones de superposición horaria, por lo que esa posibilidad debe entenderse como no permitida. Y esta prohibición debe mantenerse a pesar de que la sesión se realice virtualmente.” C. Sobre la excepcionalidad de celebrar sesiones virtuales. Como tema relevante, debemos destacar que el Código Municipal en su artículo 37. bis faculta a las municipalidades y a los Concejos municipales de distrito a realizar, en caso de que así se requiera, sesiones municipales virtuales, cuando "por estado de necesidad y urgencia, ocasionado por circunstancias sanitarias, de guerra, conmoción interna y calamidad pública exista una declaración de estado de emergencia nacional o cantonal. Contraloría General de lo República 1: 1806) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloría generalcgrer.go.er hito://voww.canoo.c/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%132 ACTA N*37 Ordinaria. CGR En línea con lo indicado, no podemos dejar de lado que el artículo citado alude a la existencia de situaciones extraordinarias que ameriten una declaración de emergencia nacional o cantonal, para que se habilite la posibilidad de realizar sesiones virtuales a los Concejos municipales. De ahí que dicha forma de celebración de las sesiones tenga carácter absolutamente excepcionalidad, pues sólo bajo estos supuestos se deberá acudir a dicho remedio, La normalidad dicta que las sesiones se realicen en el local sede de la Municipalidad, esto por un tema de cercanía con la comunidad y arraigo territorial, además como medio para garantizar la difusión y efectiva participación ciudadana. 10 Aunado a lo anterior, es importante indicar que dicho estado de emergencia nacional o cantonal, deberá estar sujeto a circunstancias particulares que afecten al país, como "... sanitarias, de guerra, conmoción interna y calamidad pública...”, razón por la cual una vez superadas dichas circunstancias o depuesto el estado de emergencia nacional o cantonal, las sesiones del Concejo deberán retornar a su formato presencial, según lo establece el mismo Código Municipal (artículo 37). Valga resaltar que el tema de la excepcionalidad de las sesiones virtuales ya había sido zanjado por la Procuraduría General de la República, antes de la promulgación de la Ley 9842 del 27 de abril del año 2020. En el dictamen C-136-2020 15 de abril de 2020, la Procuraduría General se refiere a este tema, para lo que retoma lo que ya había dispuesto en dictámenes anteriores, concretamente, el C-241-2013 de 4 de noviembre de 2013 y C-298-2007 de 28 de agosto de 2007. Al respecto, destaca lo siguiente: “Esa excepcionalidad se traduce también en el hecho de que las sesiones virtuales únicamente pueden realizarse por circunstancias especiales, atendiendo a supuestos de urgencia, y en la medida que se pretenda dar continuidad y regularidad al funcionamiento del órgano, lo cual aplica también en los casos de integración de un miembro que se encuentra fuera del país. Al respecto, indicamos:”... la sesión virtual debe ser excepcional y, adelantando lo que se dirá de seguido, fundada en motivos especiales también extraordinarios. Por lo que cabría considerar que dicha sesión puede realizarse con personas que se encuentran fuera del país cuando concurran circunstancias extraordinarias y a condición de que los medios empleados permitan una integración plena dentro de la sesión, a efecto de que se mantenga la simultaneidad en la deliberación. Lo cual implicaría que la sesión virtual tendría que programarse de tal forma que el miembro ausente pueda hacer acopio en el extranjero de la tecnología necesaria para mantener una Contraloría General de la República T: (508) 2501-8000, F: ($06) 2501-8100. C: contraforia.generolácgrcr.go.cr hito://vewwcor.00.c1/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*133 ACTA N*37 Ordinoria. CGR videoconferencia.” De la trascripción del texto anterior, además de quedar claro el tema de la excepcionalidad a la que se viene haciendo mención, cabe destacar que del mismo texto se desprende un tema de suma importancia para la atención de la presente consulta, a saber, la posibilidad de que algún miembro del Concejo Municipal participe válidamente por los medios tecnológicos mediante videoconferencia, en sesiones del Concejo Municipal, estando temporalmente fuera del país, tema que trataremos en el apartado siguiente. D. Integración de un miembro del Concejo Municipal que se encuentra temporalmente fuera del país. De previo a las apreciaciones que sobre este apartado se dirán, valga mencionar que este tema, como se indicó líneas atrás no es un tema novedoso, por el contrario, ya fue abordado por la Procuraduría General de la República, en dictámenes de vieja data. A saber, en el dictamen C-298-2007 del 28 de agosto de 2007, posición que fue reiterada en el C-241-2013 del 04 de noviembre del 2013 y el C-136-2020 del 15 de abril de 2020. En su momento, se le consultó a la Procuraduría General de la República sobre la posibilidad de efectuar sesiones de junta directiva integrando dentro de ellas a miembros que se encuentran fuera del país. Al atender esta consulta la Procuraduría manifestó lo siguiente: “Se consulta si la sesión virtual es posible integrando a un miembro que se encuentra fuera del país. Como ya se indicó, la sesión virtual debe ser excepcional y, adelantando lo que se dirá de seguido, fundada en motivos especiales también extraordinarios. Por lo que cabría considerar que dicha sesión puede realizarse con personas que se encuentran fuera del país cuando concurran circunstancias extraordinarias y a condición de que los medios empleados permitan una integración plena dentro de la sesión, a efecto de que se mantenga la simultaneidad en la deliberación. Lo cual implicaría que la sesión virtual tendría que programarse de tal forma que el miembro ausente pueda hacer acopio en el extranjero de la tecnología necesaría para mantener una videoconferencia.” Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.generaláccgrcr.go.cr hlip://www.cqr.go.c/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9134 ACTA N*37 Ordinaria. —2 CGR Si bien para la fecha en que se emiten estos oficios de referencia, aún no se contaba con 1 norma habilitante que permitiera la celebración de sesiones virtuales a los Concejos municipales, lo cierto es que este tema ya había sido abordado por la Procuraduría, incluyendo el hecho de poder celebrar sesiones virtuales cuando un miembro del órgano colegiado se encuentra fuera del país. Respecto a esta posibilidad cabe señalar lo siguiente, nótese como el dictamen de la Procuraduría a pesar de ser previo a la emisión de la Ley 9842, que introduce dentro del Código Municipal la posibilidad de realizar sesiones virtuales, señala aspectos a considerar, que van estrechamente vinculados con los supuestos que señala dicho artículo. En primer lugar, las sesiones virtuales se podrán realizar únicamente por motivos extraordinarios, lo que claramente refiere a aquella excepcionalidad de las sesiones virtuales, característica que ya fue abordada ampliamente en esta consulta. Por otra parte, coincide el dictamen en que los medios empleados para la celebración de las sesiones virtuales deben permitir la integración plena de los miembros del Concejo y la simultaneidad de sus deliberaciones, así como la publicidad y posibilidad de participación de toda persona que desee hacerlo. Con fundamento en lo anterior, considera este órgano contralor que para que sea posible el pago de la dieta correspondiente a un miembro que sesiona válidamente por los medios electrónicos, pero que temporalmente se encuentra fuera del país, se deben considerar otros aspectos aparte de los que señala el artículo 37. bis del Código Municipal. Es claro que se tendrá que contar con un reglamento que establezca el procedimiento y las herramientas para que el Concejo sesione válidamente de forma virtual, esto para garantizar la eficiencia, la deliberación, la participación y todos aquellos aspectos que se deben considerar. Asimismo, como bien señala la consultante, la participación del miembro del Concejo fuera del país deberá ser temporal. De ninguna manera se podría permitir que un miembro sesione de forma permanente estando fuera del país, pues no sólo sería contrario a la excepcionalidad que debe primar en estas circunstancias, sino que desnaturalizaría la condición que ostentan los regidores municipales como representantes cantonales, siendo uno de los principales distintivos de este mandato el contacto permanente y conocimiento cercano de las realidades y necesidades de quienes habitan en el respectivo cantón. Una adecuada defensa y gestión de los intereses Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloría. generalBegrer.go.er hitp://www.cor.00.c Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9135 ACTA N*37 Ordinaria. CGR 13 cantonales solo puede nacer del necesario arraigo que debe mantener el regidor con el territorio y la población que lo eligió. En línea con lo anterior, se considera que la salida del país del regidor, o miembro del órgano colegiado, debe contemplar una justificación válida y de peso, conocida y aprobada de antemano por el pleno del Concejo y sustentada en situaciones especiales o extraordinarias, que justifiquen tanto su salida del país, pero más aún la participación de forma virtual en las sesiones del Concejo estando fuera del país. Al respecto, cabe hacer la salvedad que el mismo Código Municipal contempla que cada regidor municipal contará con un suplente y que dichos suplentes “estarán sometidos, en lo conducente, a las mismas disposiciones de este título para los regidores propietarios. Sustituirán a los propietarios de su partido político, en los casos de ausencias temporales u ocasionales.”(Artículo 28). De tal modo que se puede acudir a este mecanismo que el propio ordenamiento jurídico dispone en aquellos casos de ausencias temporales de los regidores propietarios para efectos de contar con el cuórum suficiente para sesionar. IV, CONCLUSIONES De conformidad con las consideraciones expuestas anteriormente y en razón de la regulación que establece al efecto la normativa nacional, se puede concluir que: 1. El pago de dietas o de algún tipo de remuneración a los miembros de los órganos colegiados de entidades del sector público es materia de reserva de ley, por lo tanto, tal rubro se podrá reconocer siempre y cuando así haya sido expresamente autorizado en una norma legal. 2. En este sentido, resultaría improcedente el pago de un beneficio económico que no ha sido previamente establecido por la norma legal, en razón que compete exclusivamente al legislador el reconocimiento y determinación del pago de dietas a los miembros de los órganos colegiados de entidades del sector público. 3. Con la promulgación de la Ley 9842 del 27 de abril del año 2020, además de la modificación del artículo 37 del Código Municipal, se incorporó el numeral 37.bis, artículo que -en su esencia- habilita a los Concejos Municipales a sesionar de manera virtual, siempre y cuando se cumpla con los supuestos que la misma norma dispone para su procedencia. 4. Se debe partir que la posibilidad de sesionar de manera virtual estará aparejada Contraloría General de la República 1: ($08) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloría. generoláicgrer.go.ct Hlip://wewr.coroos!/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%136 ACTA N*37 Ordinaria. CGR con una declaración de estado de emergencia y, esto, es precisamente por el carácter de excepcionalidad que tiene este tipo de sesiones, pues lo natural es 14 que el Concejo municipal sesione de manera presencial en el local sede de la municipalidad. 5. Resulta indispensable que la realización de sesiones virtuales se reglamente idóneamente, para establecer reglas claras que posibiliten un buen desempeño de los participantes y su efectividad, además de la importancia de garantizar la participación ciudadana. Todo esto involucra un correcto uso de los recursos públicos. 6. Los participantes y en especial los miembros del Concejo no podrán bajo ninguna circunstancia estar realizando alguna otra labor, sea pública o privada, ni podrán desarrollar de forma simultánea a la sesión, cualquier otra actividad pública y privada. Además deberá garantizarse que no exista superposición horaria. 7. La sesión virtual debe ser excepcional y fundada en motivos especiales y extraordinarios, razón por la cual, cabría considerar que dicha sesión puede realizarse con personas que se encuentran fuera del país cuando concurran circunstancias extraordinarias y a condición de que los medios empleados permitan una integración plena dentro de la sesión, a efecto de que se mantenga la simultaneidad en la deliberación. 8. La participación del miembro del Concejo que se encuentra fuera del país, en una sesión virtual, solo se puede dar si esa ausencia del país es temporal, por lo que, de ninguna manera se podría permitir que un miembro sesione de forma permanente estando fuera del país. 9. Se podría, además, considerar la participación del suplente en aquellos casos de ausencia temporal del regidor propietario para efectos de contar con el quórum suficiente para sesionar. Finalmente, le recordamos la importancia de registrarse y utilizar el Sistema de la Potestad Consultiva, de manera que podamos brindarle un servicio más oportuno y eficiente en la atención de su gestión. El mismo lo encuentra en nuestro sitio web WwWw.Cgqfr.qo.cr En los términos señalados, se tiene por atendida su consulta. Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000. F: ($06) 2501-8100 C: contralorio.generolácgrer.go.cr hilo:/fwrerw.cor.oo.ct/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*137 ACTA N%37 Ordinaria. CGR Firmado digitalmente por ROSA MARIA FALLAS IBAÑEZ FERRANOLE mero POr ALLAN OBANDO Fecha: 2021-06-08 10:14 Fecha; 2021-06-08 10:25 Licda. Rosa Fallas Ibáñez Lic. Allan Obando Fernández Gerente Asociada, División Jurídica Fiscalizadora, División Jurídica Contraloría General de la República Contraloría General de la República RFVAOF G: 2021001899 Exp. CGR-CO-2021003063 CC: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local, CGR. (3 , Participan de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos. Saluda, indica referente a la solicitud que fue estudiada ampliamente y la conclusión es, que esta es una situacion extraordinaria y especial, así mismo es de carácter temporal, es permitida por el Código Municipal el cual tiene la potestad para tomar esta decisión, fundamentada en los artículos 30 del código Municipal y 37 (bis). Aunado a lo anterior indica que, el compañero regidor ha demostrado estar atento siempre a las sesiones de tipo virtual, además ha continuado con el contacto con los munícipes y va a seguirlo manteniendo. Recalca la importancia de que todos los presupuestos del artículo 37 bis se cumpla y recuerda al regidor que deberá tener una plena compatibilidad en los sistemas para que pueda conectarse y se garantice la integridad y autenticidad de la participación y no podrá realizar otra labor privada ni pública en forma simultánea durante el desarrollo de la sesión. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*138 ACTA N*37 Ordinaria. _ Con relación al pago de la dieta se justificaría Únicamente si el mismo participa en la totalidad de la sesión y participa de ella y si además se garantizan los principios de colegialidad, simultaniedaa, deliberación y votación. Además se debe garantizar las condiciones para asegurar el pleno acceso a la sesión a todas las personas integrantes de este Concejo, propietarios y suplentes y le consta que la secretaría lo ha hecho de excelente forma. Bajo todo ese cuadro, indica que, estaría apoyando este permiso porque se estaría cumpliendo con todos los aspectos legales y reglametnarios que la misma normativa indica que solo pueden hacer lo que está normado por ley. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Aclara que, antes de la sesión se consultó la petición del regidor con el departamento jurídico legal de la Municipalidad, que estuvieron 8 regidores presentes y el licenciado Christian fue claro en lo que dijo. Sin embargo, le gustaría que lo dicho por el abogado de manera verbal, que lo haga por escrito por medio de un criterio jurídico para que quede como prueba de lo que se habló. Reg. Juan Luis Gómez Gómez. Indica que va a votar positivo el permiso temporal que solicita el Regidor Jonnathan García de la bancda de PLN para sesionar fuera del país con fundamento en la declaratoria de emergencia sanitaria Nacional por la epidemia del COVID 19, tambien por la declaratoria dada por la Organización Mundial de la salud donde dice que el coronavirus es considerado una pandemia. Además la mayoría de las naciones del mundo han declarado estado de emergencia por el COVID 19, dichas declaratorias están aún vientes y son requisitos fundamental para autorizar el cita permiso temporal por concurrir circunstancias extraordinarias por caso fortuito y el criterio técnico emitido por la Dirección Jurídica de la Municipalidad de Pococí. Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla. Aún y con todo lo que se ha dicho aquí, es mejor tener un documento que lo firma el departamento legal, es una situación que lo de la enfermedad y eso es Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*139 ACTA N*37 Ordinaria. conocido, mas bien todos los días yo hago oración, pero, yo no me la jugaría y menos a quedarme callado. a Aquí pueden venir a decirnos, inclusive, los licenciados nos pueden recomendar que votemos algo y queda a criterio de nosotros entonces, no estoy desconfiando del departamento legal ni de ningún licenciado que vino aquí a gastar su tiempito colaborando pero, sí me gustaría manfestarles que previo a un documento que así lo estipule. Yo tuve una experiencia en el 2006 y decía que en situaciones "x o y” debía solicitarse la sustitución al Tribunal Supremo de elecciones, no voy a ser tan drástico en esta ocasión, yo sé que todo ha cambiado y que por ahí puede haber una salida, pero por el respeto y cariño que le tengo a mi compañero y a todos ustedes y siempre con mi manera de ser voy a seguir insistiendo en ese documento, en esa prueba que nosotros tengamos para no estar tristes ahí a los cuatrocientos metros, ahí en los tribunales algún día. Reg. Randall Torres Barrientos. Dentro de las justificaciones deja dos aspectos: Primero: El artículo 5 del código de la niñez habla del interés superior del niño y en este momento de análisis está en juego la salud del niño y está la situación de un padre que debe atender a ese niño para que pueda lograr su recuperación completa de la salud, esa es otra convención que está establecida. Segundo: El Concejo para la sesión virtual se ampara a un decreto ejecutivo que es Nacional que es el número 42227MP-S del 16 de marzo del 2020 y el Concejo Municipal a partir del Oficio del 12 de junio de 2020, el SMP-833-2020 es que se empieza a sesionar de forma virtual. Además, dentro del análisis de ese decreto ejecutivo, el artículo 13 dice que solamente el Poder Ejecutivo declarará la cesación del estado de emergencia nacional, cuando se cumplan las fases definidas de acuerdo con el articulo 2 que son tres fases: a) la fase de respuesta de contención y control del brote, b) la fase de rehabilitación c) la fase de reconstrucción. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*140 ACTA N*37 Ordinaria. En estos momentos según lo indicó la comisión nacional de emergencia estámos en la fase a) la fase de respuesta de contención y control del brote. Entonces, el tema de la pandemia sigue vigente y se han tomado en cuenta todas las regulaciones para poder tomar esa decisión. Reg. Ovidio Vives Castro. Comenta que el voto de él va positivo para la petitoria que está haciendo el compañero Jonnathan. (Comenta sobre una situación similar ocurrido en el Concejo Municipal de Moravia e indica que hay un gran respaldo legal que le da la Contraloría para esta Municipalidad por medio del oficio N*“8333, DJ-0768). Además el articulo 37 bis, respalda al Concejo de brindar este apoyo siempre y cuando sea temporal, además de haber un criterio justificado bajo la resolución de la Contraloría General de la República. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Se dirije al regidor Jonnathan y le desea bendiciones y que Dios le de fuerzas para esta situación que está atravesando, además indica que antes de ser políticos son seres humanos y deben apoyar:el dolor de otros, sino, para qué son políticos si no pueden ayudar al prógimo, además de estar apelgados a la legalidad. (solicita a la secretaria que en el acuerdo adjunte el criterio en mención, emitido por la Contraloría General de la República con fecha 08 de junio de 2021, DJ-0768 Oficio N*8333. Los derechos humanos, las convenciones internacionales establecen qué se puede y qué no y el artículo 5 del código de la niñes establece el derecho superior de los niños y vamos a respetarlo de manera que votaré este acuerdo bajo todos los principios ya mencionados y solicito se adjunte el oficio DJ-0768 Oficio N*8333. Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Comenta que se debe interponer como respaldo los artículos que mencionó el regidor Randall Torres y que aún se mantiene vigente el tema de la virtualidad. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*141 ACTA N*37 Ordinaria. Tambien bajo el respaldo del Oficio de la Contraloría estará votando a favor lo solicitado por el regidor Jonnathan García. Reg. Alfredo Calderón Alfaro. Razona el voto positivo en vista de que no se ha levantado la restricción sanitaria, por tanto, el regidor Jonnathan tiene derecho de conectarse virtualmente. Reg. Jonnathan García Chévez. Se acoge al artículo 31, inciso a) del Código Municipal y en su defecto, el regidor Osael Campos Bolaños puede participar de la votación. Reg. Osael Campos Bolaños. Agradece el apoyo que se le está brindando al compañero Jonnathan García. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Comenta que el regidor Jonnathan García aporta prueba documental de la cual va a quedar en un expediente en el departamento de Secretaría por tratarse de temas confidenciales y de temas de salud basados en el principio de confidencialidad, en el acta van a quedar el documento donde él solicita el permiso y el criterio de la Contraloría. [ Procede a explicar cómo quedaría el acuerdo y lo somete a votación) Por Unanimidad SE ACUERDA: Visto el Oficio: RMP-JGCH-001-2022, con fecha 18 de mayo-2022, emitido por el Regidor Jonnathan García Chévez donde solicita un permiso para sesionar de manera virtual fuera del país de forma temporal por un periodo que abarca desde el 01 de junio al 31 de octubre del año 2022 con goce de pago de dietas, debido al motivo expuesto ampliamente en el oficio de cita, este Concejo Municipal decide otorgar el permiso solicitado por hasta cinco meses, para sesionar de manera virtual fuera del país con goce de pago de dietas, con fundamento en el Artículo 37 (bis) del Código Municipal y en el Dictamen DJ- 0768 de la Contraloría General de la República con fecha 08 de junio de 2021. (El regidor Jonnathan García Chévez se acoge al artículo 31 inciso a) del Código Municipal se aparta de la votación y vota en su lugar el regidor Osael Campos Sitio Web: munipococi.go.cr Y > Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9142 ACTA N*37 Ordinaria. Bolaños) Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Acuerdo Firme. ACUERDO N* 936 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Jorge Hodgson Quinn, presidente Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí, tel: 2710-37-68, dice: Oficio: CCDRP-086-2022 Asunto: Presupuesto Extraordinario 103-2022 del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí. v Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%143 ACTA N937 Ordinaria. Er N US Cl 05) COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCÍ po) NS 4 Cédula Jurídica: 3-007-087876 Y Guápiles, martes 22 de marzo del 2022. CCDRP-086-2022 Señores: Concejo Municipal Estimados señores: Me permito informarles que en la Sesión Ordinaria N*10 realizada el lunes 14 de marzo del 2022, la Junta Directiva del CCDR Pococí procede a tomar el siguiente acuerdo. ACTA ORDINARIA"10 ARTICULO Vil. ACUERDO N*676 Por Unanimidad SE ACUERDA: se aprueba el Presupuesto Extraordinario N*03-2022 y se remite al Concejo para su conocimiento. Aprobado por los presentes y se dispensa. Cordialmente, JORGE Fumado dialmente HoctaconsóNn Cray Es Lic. Jórge Hodgson Quinn Presidente CCDR de Pococí Ci: Archivo “El llenar las manos de los jóvenes de deporte, es poner el deporte en buenas manos” Tel: 2710-37-68/ 2710-17-89 Correo: secretariaccdrpOgmaill.com Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
e A - pS MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%144 ACTA N*37 Ordinaria. Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí Presupuesto Extraordinario 3-2022 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9145 ACTA N*37 Ordinaria. PRESUPUESTO EXTRAORD 3 2022 P METAB COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN f DE PococÍ POCOCI PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO N2 03-2022 3 ” e E ólel a Jáli s|b E als EXTRAORDINARIO 3 6 3 É +15 19 2:04 E 2 5 3 SUMAS IGUALES 9782 250,00 02-09 'EDUCATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS. 782 250,00 09 ANTON n6>* 782 251 00 REMUNERACIONES 565 642,62 101 REMUNERACIONES BASICAS 189 944, 103 [SERVICIOS ESPECIALES de 189 944/' 03 INCENTIVOS SALARIALES 162, 103 [DECIMO TERCER MES 162,03 104. ¡CONTRIBUCIONES PATRONALES 016,71 01 |¡CONTRIBUCION PATRONAL AL SEGURO DE SALUD DE LA CAJA COST SEG SOCIAL 569, 104 |[CONTRIBUCION PATRONAL AL FONDO DE DESARROLLO SOC Y ASIG FAMILIARES 209 497, 05 |[CONTRIBUCION PATRONAL AL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUMAL 20 949,72| 105 CONTRIBUCIONES PATRONALE? 408 519,56| 101 [CONTRIBUCION PATRONAL AL SEGURO DE PENSIONES DE LA CCSS 219 972,07 102 [APORTE PATRONAL AL REGIMEN OBLIGATORIO DE PENSIONES COMPLEMENTAR 3 798,89 103 [APORTE PATRONAL AL FONDO DE OAPITALIZACION LABORAL 2 849,1 04 |CONTRIBUCION PATRONAL A OTROS FONDOS ADMINISTRADOS POR ENTES PUB 1 899,4: 104 ¡SERVICIOS 3100 000,01 Lo 04 JERVICIOS DE GESTION Y APOYO 3100 000,00] 199 ¡OTROS SERVICIOS DE GESTION Y APOYO 3100 000,00] 02 MATERIALES Y SUMINISTROS 865 000,00 102 ¡ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS 65 000, 03 [ALIMENTOS Y BEBIDAS 65 000, 99 UTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS 800 000, 199 |OTROS UTILES MATERIALES Y SUMINISTROS 800 000,1 106 ¡TRANSFERENCIAS CORRIENTES 251607, 03 PRESTACIONES 251 607,38; 101 [PRESTACIONES LEGALES 251 607,38 A Ñ Hacha Por : Xiomara Campos Jiménez Contadora Junta Directiva: Marco Mora Ocampo Tesorero 4 Paga Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
ec S - 3 MUNICIPALIDAD DE POCOCI EN TATA) PAGINA N*146 ACTA N*37 Ordinaria. e Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococi Detalle General de Ingresos EXT 3-2022 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*147 ACTA N*37 Ordinario. COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI PROYECTO PRESUPUESTARIO EXTRAORDINARIO 3-2022 SECCION DE INGRESOS DETALLADOS ES GENERALES Y POR PROGRAMAS CODIGO CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DELOS INGRESOS TOTAL % 1.0.0.0.00.00 INGRESOS CORRIENTES 9,782,250.00 100% 1.3,0,0.00.00 INGRESOS NO TRIBUTARIOS - 0.00% 1.3.2.1.04.00 ALQUILERES 0% 1.3,1,3.04.01 Alquiler de Edificios e Instalaciones - 0.00% [1.3.1.2.09,00 OTROS SERVICIOS 9,782,260.00 100%] 1.3.1,2.09.04 Servicios Culturales y Recreativos 1 - 0.00% 1.3.1,2.09.09 Venta de Otros Servicios 9,782,250.00 100% 1.3.2.0.00.00 INGRESOS DE LA PROPIEDAD 0% 1.3.2.3.00.00 RENTA DE ACTIVOS FINANCIEROS . 0%) 1.3.2.3.03.00 OTRAS RENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS 0% 1.3.2.3.03.01 Intereses s/Ctas Corrientes y otros Dep de Bcos Estatales - 0% 4.0.0.0. 3 z 0%] 1.4.1.0.00.00 T/F CORRIENTES DEL SECTOR PUBLICO - 0% 1.4,1.1.00,00 Transferencias Corrientes del Gobierno Central - 0% 1.4.1.4.00.00 Transferencias Corrientes de Gobiernos Locales - 0% 3.0.0,0.00.00 Fl JAMIENTO - 0%| 3.3.0.0.00.00 RECURSOS DE VIGENCIAS ANTERIORES - 0% 3.3.1.0.00.00 Superávit Libre - 0% 3.3.2.0.00.00 Superávit Específico - 0% TOTAL GENERAL DE INGRESOS 9,782,250.00 100% Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
n« MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%148 ACTA N*37 Ordinaria. Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococl Detalle General de Gastos por meta Justificaciones de Egresos EXT 3-2022 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*149 ACTA N*37 Ordinaria. POCOCI COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACION DE POCOCI COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES DE POCOCI PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO PARA EL PERIODO 2022 03-2022 JUSTIFICACIÓN DE INGRESOS DETALLE DE INGRESOS Recursos de vigencias anteriores 1.3.0.0.00,00.0.0 Ingresos No Tributarios : £9.782,250,00 1.3.1.2.00.00.0.0 Venta de Servicios 49.782.250,00 1.3,1.2.09,09.0.0 Venta de Otros Servicios £9.782.250,00 Estos ingresos provienen de 2 vías: 1. Ingresos propios: provienen de'los ingresos generados de las Escuelitas de Futbol para niños y jóvenes del cantón de Pococí, que con la apertura sanitaria por la Situación Covid pudo iniciar el 28 de Febrero 2022, en donde se estima la matrícula para este extraordinario el ingreso de casi 130/ niños y jóvenes, en donde los precios están compuestos de matrícula una sola vez de (5.000,00 y mensualidad de 47.000,00. Los cuales son autosuficientes para cubrir los gastos que esta meta genera y aporta a cubrir contenido de Ligas Menores. COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES DE POCOCI PRESUPUESTO ORDINARIO PARA EL PERIODO 2022 JUSTIFICACIÓN DE GASTOS PRESUPUESTADOS EXTRAORDINARIO 3-2022 Programa ll Mediante este programa se pretende abarcar todas las necesidades de los diferentes programas deportivos y culturales, así como de recreación que el Comité considere convenientes para una adecuada función de los mismos. Se modifica el nombre de la Meta 09 del Programa Il , la cual pasa a llamarse “Convenio Santos, Ligas Menores y Escuelitas del cantón” y se le da contenido en las partidas de remuneraciones para cubrir los pagos a entrenadores de las Escuelas de Futbol de Ligas Menores de Santos y Cariari, para las categorías U1S5 — U17 y U20 También se le da Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
Pluye Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr POCOCE 9 POCOCI Se detalla en el siguiente cuadro las partidas a las que se les dio contenido presupuestario COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACION DE POCOCI en el Programa ll. Meta 14 “Escuelas de Futbol” El avan uo AVWIWVeSoYd vOlINVd [val vd 808 20 OJO eppued-qns SUMAS IGUALES! 9 782 250,00 02-09 9 782 250,00 [EDUCATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS 1] y [REMUNERACIONES 04 ¡REMUNERACIONES BASICAS 03 Ss 00! 5.565 642,62 4 189 944,25] ¡SERVICIOS ESPECIALES 4 189 944,25] 03 INCENTIVOS SALARIALES 349 162,03 103 DECIMO TERCER MES 349 162,03: ¡CONTRIBUCIONES PATRONALES 618 016,78! 04 ICONTRIBUCION PATRONAL AL SEGURO DE SALUD DE LA CAJA COST SEG SOCIAL 387 569,84! 04 ICONTRIBUCION PATRONAL AL FONDO DE DESARROLLO SOC Y ASIG FAMILIARES 05 209 497,21 ICONTRIBUCION PATRONAL AL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUMAL 05 20 949,72! ¡CONTRIBUCIONES PATRONALES 408 519,56| 04 ICONTRIBUCION PATRONAL AL SEGURO DE PENSIONES DE LA CCSS 219 972,07 102 ¡APORTE PATRONAL AL REGIMEN OBLIGATORIO DE PENSIONES COMPLEMENTAR 83 798,89 03 ¡APORTE PATRONAL AL FONDO DE CAPITALIZACION LABORAL 62 849,16| 04 ICONTRIBUCION PATRONAL A OTROS FONDOS ADMINISTRADOS POR ENTES PUB 41 899,44| 04 3100 000,00 ¡SERVICIOS ¡SERVICIOS DE GESTION Y APOYO 3100 000,00 [OTROS SERVICIOS DE GESTION Y APOYO 3 100 000,00| 02 MATERIALES Y SUMINISTROS 02 865 000,00) ¡ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS 03 65 000,00 [ALIMENTOS Y BEBIDAS 65 000,00 UTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS 3800 000,00! ¡99 ¡OTROS UTILES MATERIALES Y SUMINISTROS. 800 000,00| 06 [TRANSFERENCIAS CORRIENTES 251 607,38; [PRESTACIONES 251 607,38| 01 [PRESTACIONES LEGALES 251 607,38| PAGINA N*151 ACTA N*37 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCI / | / / ES 1) A pS 05-20
- E MUNICIPALIDAD DE POCOCI DONFEE PAGINA N*152 ACTA N*37 Ordinaria. (CDE) Us 54 == == Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococi nexos: Origen y Aplicación de fotos Estructura Programática Plan Operativo Anual Marco General Otros Certificación CCSS Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*153 ACTA N*37 Ordinaria. COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI PROYECTO PRESUPUESTARIO 2022 PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 03-2022 ESTRUCTURA PROGRAMATICA POCOCI DEFINITIVA PROGRAMA Il: SERVICIOS COMUNALES SERVICIO 9 EDUCATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS 9,782,250,00 TOTAL PROGRAMA Il AE 9,782,250,00 PROGRAMA ll: SERVICIOS COMUNALES GRUPO 6 OTROS PROYECTOS - Actividad Proyecto TOTAL PROGRAMA $ S Í TOTAL GENERAL DE PROGRAMAS 9,782,250.00 | Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*158 ACTA N*37 Ordinaria. MARCO GENERAL (Aspectos estratégicos generales) [Comité Cantonal de Deportes y Recreación 1. Nombre de la institución. (E de | 2. Año del POA. [oz2 ] 3, Marco filosófico Institucional. [Contribuir al desarrolo cantonal por medio de] la promoción del Deporte y la Recreación, [como factores determinantes en la formación] 3.1 Misión: integral del individuo, con instalaciones| [deportivas y recreativas adecuadas para que] [Ser una organización concreta, proactiva y] transparente, promotora del deporte en todas] avisó las disciplinas posibles para los atletas del Ñ . cantón, así como creadora de actividades] recreativas para los habitantes del Canton del |Pococ! la de los 2|Transparencia en todas las acciones] [deportivas y administrativas del Comité 3|Promover el desarrolo educacional, recreativo ly deportivo en todas las areas, niveles [modalidad de las formaciones profesionales | 3.3 Políticas Instit | a[íntegración de las fuerzas vivas comunales en] al Justicia y equidad en la distibución de los] eS 5|Respetar las desiciones del Pueblol Imanifestado en las diferentes instancias del An, 6|Creación de Subcomites comunales del a el ivo y mediante la habilitación de infrastructura [Que prive el interes general antes que ell 9|Que priva el interes general antes que elf Distrital 4, Plan de Desarrollo Municipal. [Nombre del Área estratágica ¡Objetivo (s) Estratégico (s) del Área [infraestructura [Plan de equipamiento para la reacreación, cultura y] [deporte, manteniendo en condiciones aceptables la Jinfrastructura deportiva existento en el canton del Pococí, ademas de colaborar en el mejoramiento] [deportivo en centros educativos y brindar donaciones] [de implementos deportivos y otros relacionaldo. 2|Promoción y Desarrallo deportivo [Apoyo a los diferentes Sub comites de deportes] icomunales y las diferentes asociaciones deportivas,| asi como a las diferentes disciplinas deportivas en el 3|Desarralo Institucional Fortalecer la gestión institucional atravás do la] adecuada gestión de proyectos y mejora de procesos| internos 5. Observaciones. l Elaborado por: 1 Loda. Xiomara Campos Jiménez ] Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%159 ACTA N*37 Ordinaria. Documento Digital Consulta Morosidad + PATRONO / TI / AV No. PA49874068 Patrono al Día Al ser las 3:19 PM del 22/04/2022 he procedido a consultar vía Web a la Caja Costarricense de Seguro Social - Sistema Centralizado de Recaudación (SICERE) a: RAZÓN SOCIAL/NOMBRE CÉDULA(FIS/JUR) COMITE CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACION DEL CANTON DE POCOCI B 3007087878 REVISADOS LOS REGISTROS POR CONCEPTO DE CUOTAS OBRERAS Y PATRONALES, ARREGLOS DE PAGO, CHEQUES DEBITADOS Y OTRAS FACTURAS, EL PATRONO / TRABAJADOR INDEPENDIENTE ARRIBA DETALLADO CON CÉDULA Y RAZÓN SOCIAL INDICADA SE ENCUENTRA AL DÍA. LO INDICADO| ANTERIORMENTE CORRESPONDE A CAJA Y LEY DE PROTECCIÓN AL TRABAJADOR, NO APLICA PARA LAS! OTRAS INSTITUCIONES (INA, IMAS, ASFA Y BANCO POPULAR) NÚMERO PATRONAL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL LUGAR DE PAGO 3007087876 COMITE CANTONAL DE DEPORTES Y GUAPILES [RECREACION DEL CANTON DE POCOCI === Última Línea e "Este documento es válido solo por el día de hoy. “Este es un documento digital, por lo tanto cuando se Imprima plerdo valldez del mismo. *En coso que el digital puede a: a la página web:, www.ccss.sa.cr- Consulta de Patrono al día, y digitar el consecutivo del documento, su tipo y número de Identificación asociado, Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce y se inserta en el Acta El Presupuesto Extraordinario 03-2022 del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí. ACUERDO N?* 937 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora MSc. Eugenia Aguirre Raftacco, directora de Incidencia Política y Comunicación, Unión Nacional de Gobiernos Locales, dice: Oficio 1P-024-05-2022 Asunto: Proyectos de Ley Expediente 23.065 Ley de comisiones mixtas municipales. Y Expediente 23.011 Modificación de la fecha de elección de los cargos del Régimen Municipal. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*160 ACTA N?*37 Ordinaria. UNGL San José, jueves 12 de mayo de 2022 Oficio IP-024-05-2022 Señores (as) Alcaldías Municipales e Intendencias Municipales Concejos Municipales y Concejos Municipales de Distrito Municipalidades del país Estimados (as) Señores (as): Reciban un cordial saludo por parte de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL) institución que agremia y representa políticamente al Régimen Municipal desde hace 44 años. Dentro de las acciones estratégicas de la Dirección de Incidencia Política y Comunicación se incluye consolidar el rol estratégico de la UNGL como representante del Régimen Municipal, ante el Poder Ejecutivo y Legislativo, para el fortalecimiento del municipalismo. Para lograr lo anterior, hacemos de su conocimiento las fichas técnicas de los siguientes proyectos de ley que se encuentran actualmente en la corriente legislativa y que se relacionan con el Régimen Municipal Costarricense: + Expediente 23.065 Ley de Comisiones Mixtas Municipales + Expediente 23.011 Modificación de la fecha de elección de los cargos del Regimen Municipal Para más información agradecemos sea remitida al correo del asesor de incidencia política, José Carlos Ruiz Fonseca, al correo electrónico jruizQungl.or.cr quien también podrá atender sus consultas al teléfono: 7175 7884/2290-4152. De antemano agradecemos la atención a este oficio. Atentamente, EUGENIA CAROLINA - fumado digitalmente por AGUIRRE RAFTACCO batracco pim (FIRMA) Fecha: 2022.05.16 13:19:24-06'00 MsC. Eugenia Aguirre Raftacco Directora de Incidencia Política y Comunicación Unión Nacional de Gobiernos Locales Central Telefónica: 2290-3806 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N161 ACTA N937 Ordinaria. NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL PROYECTO DE LEY Título del Proyecto de Ley: MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ELECCIÓN DE LOS CARGOS DEL RÉGIMEN MUNICIPAL Comisión Legislativa a cargo del proyecto: Plenario Nivel de avance del trámite legislativo: Pendiente de asignar comisión Cantidad de artículos DO ETETTCN Cantidad de diputados 1” Firmante Carlos Avendaño Cantidad de fracciones otivaciones de los proponentes y resumen Reducir el gasto del Estado en los procesos electorales unificando elecciones na: elecciones municipale: Algunos de los principales temas que aborda el proyecto Tema 1: Gasto en procesos Tema 3. electorales Tema 2: Tema 4: ¿Crea nuevas responsabilidades / competencias para las municipalidades? ¿Compromete recursos municipales existentes? ¿Define monto o porcentaje de recursos a comprometer? ¿Asigna recursos nuevos a las municipalidades? ¿Reduce o afecta el presupuesto municipal? ¿Respeta la autonomía municipal? Observaciones y comentarios generales sobre el proyecto e Este proyecto pretende reformar la Ley 8765, Código Electoral, para unificar los procesos electorales del régimen municipal con las elecciones para presidente, vicepresidentes y diputados, estableciendo que se realicen el primer domingo de febrero del año que corresponda la renovación de los cargos a partir del 2026. Esto con la intención de reducir el gasto del Estado en dos procesos electorales a uno. Principales artículos del Proyecto ARTÍCULO 4- Refórmase el artículo 150 del Código Electoral, Ley N* 8765 del 19 de agosto de 2009 y sus reformas, para que se lea como sigue: (.) ARTÍCULO 2- Modifícase el último párrafo del artículo 14 del Código Municipal, Ley N* 7794 del 30 de abril de 1998 y sus reformas, para que se lea como sigue: NÚMERO DE EXPEDIENTE PROYECTO DE LEY: Para conocer el texto completo del expediente, su tramitación, dictámenes, informes o proponentes, digite el número de expediente en el siguiente link Este documento: "Ficha Resumen Proyecto de Ley”, permite un panorama general del expedi insumo que pone a disposición de las municipalidades la UNGL para facilitarles la atención a las consultas de la Asamblea Legislativa. Respetando la autonomía municipal no constituye un criterio a favor o en contra del proyecto, sino un resumen. Cuando la Asamblea Legislativa consulta directamente a la UNGL, el proyecto se conoce en el Consejo Directivo. Fecha: 1105/2022 | Elaborado por: Andrey Paz Ch. Información con Eugenia Aguirre: caguirreícunglorero Raúl Jiménez: xiimenszíungLorsr Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*162 ACTA N*37 Ordinaria. MERO DE EXPEDIENTE DEL PROYECTO DE LEY Título del Proyecto de Ley: LEY DE COMISIONES MIXTAS MUNICIPALES Comisión Legislativa a cargo del proyecto: Plenario Nivel de avance del trámite legislativo: Pendiente de asignar comisión Cantidad de artículos Cantidad de diputados 1* Firmante Cantidad de fracciones Motivaciones de los proponentes y resumen Las municipalidades carecen de mecanismos para ampliar la participación ciudadana y apoyar su gestión en ella, el proyecto de ley surge con el propósito de reclutar el trabajo voluntario de personalidades destacadas de la localidad que en diversos temas pueden aportar su experticia para ayudar a dilucidar a los concejos municipales las mejores decisiones. Algunos de los principales temas que aborda el proyecto Tema 1: Tema 3: Comisiones mixtas Tema Tema 4: Problemas locales ¿Crea nuevas responsabilidades / competencias para las municipalidades? ¿Compromete recursos municipales existentes? ¿Define monto o porcentaje de recursos a comprometer? ¿Asigna recursos nuevos a las municipalidades? ¿Reduce o afecta el presupuesto municipal? ¿Respeta la autonomía municipal? Observaciones y comentarios generales sobre el proyecto Pretende introducir un cambio en el Código Municipal para que los concejos municipales puedan acordar la creación de comisiones mixtas para el estudio de temas concretos y rendir dictámenes al pleno del concejo municipal, convocando a ciudadanos y ciudadanas que manifiesten su voluntad de participar en el estudio de determinados problemas locales Principales artículos del Proyecto ARTÍCULO ÚNICO- Adiciónese un inciso v) al artículo 13 del Código Municipal, Ley N.? 7794, y sus reformas: 3) NÚMERO DE EXPEDIENTE PROYECTO DE LE 23.065 Para conocer el texto completo del expediente, su tramitación, dictámenes, informes o proponentes, digite el ero de expediente en el siguiente link .cr/Centro_de_informacion/Consultas SIL/SitePages/ConsultaProyectos. Este documento: "Ficha Resumen Proyecto de Ley", permite un panorama general del expediente. Es un insumo que pone a disposición de las municipalidades la UNGL para facilitarles la atención a las consultas de la Asamblea Legislativa. Respetando la autonomía municipal no constituye un criterio a favor o en contra del proyecto, sino un resumen. Cuando la Asamblea Legislativa consulta directamente a la UNGL, el proyecto se conoce en el Consejo Directivo. Fecha: 11/05/2022 Elaborado por Andrey Paz Ch. Inform Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se inserta en el Acta. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI A A cr ACUERDO N* 938 Se conoce nota suscrita por el señor Hugo Virgilio Rodríguez Presidente Ejecutivo IFAM, Tel: 2507-1019, correo: esolanoQifam.go.cr dice: Oficio: JD-AC-058-22 Por este medio comunico el acuerdo segundo tomado por la Junta Directiva en la sesión 11-2022, mediante el cual se convoca a la Asamblea de representantes de las Municipalidades para la elección de los tres miembros de la Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), transcrito con el oficio JD-AC- 058-22. Asimismo, se remite para su información el “Reglamento para la Elección de los tres Miembros de la Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) por parte de las Municipalidades” vigente, publicado en La Gaceta No. 126 del 02 de julio del 2014 y la publicación de la convocatoria a la Asamblea realizada el 12 de mayo del 2022 en el periódico La Nación. Agradecemos la confirmación de recibido de la presente información y, a la brevedad posible, ponerla a despacho en una sesión del Honorable Concejo Municipal; quien conforme al Reglamento para la Elección, Únicamente por medio de acuerdo deberán designar y comunicar al Tribunal Electoral a más tardar el miércoles 08 de junio del 2022 inclusive y por el medio señalado en el oficio JD-AC-058-22 asambleaOifam.go.cr, el nombre completo y dos apellidos, número de cédula de identidad y dirección de residencia de las dos personas que representarán a la Municipalidad en la Asamblea que será celebrada el día 16 de junio de 2022. Respetuosamente se les informa que, pasada esa fecha, conforme a lo establecido en el Reglamento para la Elección, no se recibirán acuerdos y las personas que hubieren sido designadas, no integrarán el padrón electoral y; consecuentemente, no podrán participar en la Asamblea que será realizada el día 16 de junio de 2022. Favor confirmar recibido. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*164 ACTA N*37 Ordinaria. Elena Solano Araya Asistente Administrativa 2507-1019 Junta Directiva esolanoOifam.go.cr Impulsamos el desarrollo nacional desde la construcción local UD IFAMSó FOMENTO Y ASESORÍA PUNICIPAL 20 de abril del 2022 JD-AC-058- 22 Honorables Concejos Municipales de todo el País Presente Estimados (as) señores (as): Para su conocimiento y los fines pertinentes, transcribo a ustedes el acuerdo segundo, capítulo dos de la sesión ordinaria 11-2022, celebrada por la Junta Directiva a las 16:20 horas del día 07 de abril en curso en curso: CONSIDERANDO: 1% Queconformeala Ley No. 4716 del 09 de febrero de 1971, el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal es una Institución Autónoma que tiene por objeto el fortalecimiento del Régimen Municipal en su conjunto. 2% Que dentro de sus atribuciones, su Ley de Organización y Funcionamiento ha definido entre otras, el financiamiento del sector, la asistencia técnica y la capacitación. 3" Que larepresentación del sector municipal dentro de la Junta Directiva del IFAM, se constituye en un medio para integrar una visión sectorial municipal, con visión de otros actores de la realidad nacional, profundizando así la democracia costarricense. 42 Queconforme al artículo 4 del “Reglamento para la Elección de los tres Miembros de la Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) por parte de las Municipalidades”, la Junta Directiva estará integrada por la persona titular de la Presidencia Ejecutiva designada por el Consejo de Gobierno, tres personas designadas por el Consejo de Gobierno y tres personas elegidas por las Municipalidades del País. 5% Queelproceso de elección de quienes representarán a las Municipalidades ante la Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal se realizará en una asamblea general de representante mediante votación secreta. 6% Que, para ser representante de cada Municipalidad, las personas designadas deberán ser mayores de edad, con solvencia moral y preferiblemente reconocida capacidad y 2507-1000 O Aitamcostarica wermitamgocr O Bitamer Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*165 ACTA N*37 Ordinaria. ARANA e Página 2 de 5 I FAM >: 20 de abril del 2022 mermuro ne » JD-AC-058-22 FOMENTO Y ASESORÍ, MUNICIPAL probada experiencia en asuntos municipales, con efectiva residencia e inscripción electoral en el cantón que represente. 7% Que los representantes de cada Municipalidad deberán estar acreditados formalmente por acuerdo tomado por los Concejos Municipales, mediante oficio emitido por la Secretaría Municipal en donde conste de forma clara, el número de acuerdo y fecha, así como los datos personales de cada representante, a saber: nombres y apellidos completos, números de cédulas de identidad precisos, números telefónicos y dirección de residencia y correo electrónico. 8 Que, ala Asamblea de Representantes de las Municipalidades, solamente podrán ingresar y participar aquellas personas formalmente designadas por medio de los acuerdos tomados por los Concejos Municipales del País, cuya acreditación hubiera ingresado a la sede del Tribunal Electoral o a las direcciones de correo electrónico que se indiquen en el presente acuerdo, dentro de los cinco días hábiles previos a la realización de la asamblea. Los acuerdos que ingresen fuera del plazo señalado no podrán ser acreditados y las personas designadas, no formarán parte del padrón electoral y no podrán ingresar. 9% Quedicha asamblea se realizará conforme al artículo 7 de la Ley de Organización y Funcionamiento del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal y los artículos 12 y 19, inciso b) del Reglamento para la Elección de tres Miembros de la Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal por parte de las Municipalidades. 10% Quese hace unarespetuosa aclaratoria para que se tome en consideración que este Instituto conforme a la ley, solamente celebra dos sesiones ordinarias al mes generalmente después de las 16:00 horas (sesiones extraordinarias exclusivamente cuando sean necesarias), que el monto por concepto de cada dieta es de (57.439.10 (cincuenta y siete mil cuatrocientos treinta y nueve colones con 10/100), menos las deducciones de ley, que en caso de celebrarse una sesión presencial no se cubren viáticos, no se ofrece transporte, ni se ofrece el servicio de alimentación, que por Reglamento de Junta Directiva de IFAM las sesiones pueden ser remotas o virtuales a través de medios informáticos (PCs, Tablets, Laptops o celular) desde cualquier lugar de país, importante indicar también que la sesiones del órgano se han venido realizando desde hace dos años de forma virtual y esto puede continuar dependiendo de la decisión propiamente de cada uno de los miembros de Junta Directiva que sean elegidos como Órgano Superior Jerárquico, por lo cual es importante contar con acceso a internet básico y, finalmente, que las sesiones tienen una duración máxima de 4 horas. Sitio Web: munipococi.go.cr A E $ Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9166 ACTA N*37 Ordinaria. PIAR ta Página 3 de 5 IFAM 54 20 de abrÍl del 2022 A A Y JD-AC-058-22 FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL 11% Que, mediante acuerdo octavo, capítulo ocho de la sesión ordinaria 09-2022, celebrada el 24 de marzo del 2022, la Junta Directiva acordó convocar a todos los concejos municipales del país a la Asamblea de representantes de las Municipalidades para la elección de tres miembros de la Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), el jueves 02 de junio del 2022, a las 08:00 horas en las instalaciones del Centro de Convenciones de Costa Rica. 12% Que en el capítulo inherente al Informe del Presidente Ejecutivo, dicho funcionario explica que efectuada una revisión minuciosa del Reglamento para la Elección de Tres Miembros de la Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal por parte de las Municipalidades, observaron que la Asamblea de representantes municipales se debe convocar dentro de los tres meses siguientes a la toma de posesión del cargo el Presidente de la República y, dentro de ese término, la Junta Directiva convocará a dicha Asamblea con al menos un mes entre la publicación de la convocatoria y la realización de la Asamblea; por consiguiente, no es posible convocar la Asamblea para el 02 de junio del 2022 como se dispuso en el acuerdo octavo supra citado, razón por la cual propone se traslade la fecha de la convocatoria a la Asamblea de representantes para el 16 de junio del 2022 en cumplimiento a la normativa; asimismo, aclara que ya fue consultado el Centro de Convenciones y tiene disponible dicha fecha. POR TANTO: Fundamentándose en lo expuesto, con los votos afirmativos de todas las personas que integran la Junta Directiva, que corresponden al Presidente Ejecutivo; a las directoras Durán Quirós, Ramírez López y Zeledón Alfaro; y los directores Alfaro Gómez, Cabezas Varela y Rodríguez Chaves, se acuerda: L Modificar en lo conducente el acuerdo octavo de la sesión ordinaria 09-2022, a efecto de trasladar al 16 de junio del 2022 la convocatoria a la Asamblea de representantes, tal y como lo plantea el Presidente Ejecutivo. 2 Convocar a la Asamblea de representantes de las Municipalidades para la elección de tres miembros de la Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM). Las personas que se designen deben contar con reconocida capacidad y probada experiencia en asuntos municipales; además se insta a cumplir con los principios de paridad de género designando a un hombre y a una mujer. 3 Comunicar que la asamblea se realizará el día JUEVES 16 DE JUNIO DE 2022, a las 08:00 horas en primera convocatoria y a las 9:00 horas en segunda OQ Jifamcostarica O Bilamer Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%167 ACTA N*37 Ordinaria. Up Página 4 de 5 A a MUNICIPAL convocatoria en las instalaciones del Centro de Convenciones de Costa Rica, ubicado en Autopista General Cañas, Ruta 1 Barreal, Ulloa, Heredia: https://waze.com/ul/hd1u0v042k. 4. Informar que el punto único de agenda será: La elección de los tres miembros representantes de las municipales que integrarán la Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal para el período 2022-2026, 5. Notificar atodos los Concejos Municipales del país que el nombramiento de las dos personas representantes debe hacerse exclusivamente por la VÍA DE ACUERDO MUNICIPAL. Dicho acuerdo deberá incluir los nombres y apellidos completos, números de cédula de identidad precisos, números telefónicos, dirección de residencia y de correo electrónico de las dos personas designadas. SIN EXCEPCIÓN no se recibirán acuerdos que carezcan de la indicada información y que no sean designados por acuerdo del Concejo Municipal. 6. Informar que el Tribunal Electoral para esta elección se encuentra conformado por las siguientes personas: propietarios: señora Maricela Hernández Ruiz, quien preside, señor Fernando Leiva Castillo, Secretario del Tribunal y señor Rafael Gerardo Cordero Marín y como suplentes: señor Carlos Soto Estrada, señor Raúl Barboza Calderón y señora María Elena Solano Araya. de Comunicar que SIN EXCEPCION, conforme al artículo 14 del Reglamento para la Elección de los tres Miembros de la Junta Directiva del IFAM, la fecha límite para la recepción de los acuerdos de los Concejos Municipales con los nombres de las DOS PERSONAS designadas por cada Municipalidad, será el día MIÉRCOLES 08 DE JUNIO DE 2022. Por consiguiente, los acuerdos que ingresen posterior a esta fecha no podrán ser acreditados y las personas designadas no formarán parte del padrón electoral y no podrán participar de la asamblea. La recepción de los acuerdos estará a cargo del Tribunal Electoral, cuya sede es la Secretaría de la Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal. Los acuerdos deberán ser enviados a la dirección del correo electrónico: asambleaGifam.go.cr 8. Recordar a los Concejos Municipales que las personas que resulten electas en la Junta Directiva del IFAM, tienen impedimentos legales para ocupar nuevos cargos de elección popular, así como para formar parte de otras juntas directivas. 2507-1000 O ¡ifamcostarica Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9168 ACTA N937 Ordinaria. ! Ú Página 5 de 5 TFAM siz 20 de abril del 2022 ad JD-AC-058-22 FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL 9. Comisionar a la Administración para que: a) Conforme al inciso c) del artículo 19, e inciso b) del artículo 21 del “Reglamento para la Elección de los Miembros de la Junta Directiva del IFAM”, publique a la brevedad el presente acuerdo en un medio de circulación nacional. b) Disponga e instruya lo pertinente. Se declara acuerdo firme. Notifíquese. Atentamente, HUGO VIRGILIO RODRIGUEZ ESTRADA (FIRMA) PERSONA FISICA, CPF-01-0421-0781. Fecha declarada: 25/04/2022 09:52:23 AM Esta representación visual no es fuente de confianza. Valide siempre la firma. Hugo Virgilio Rodríguez Estrada PRESIDENTE EJECUTIVO FLC/esa cc: Presidencia Ejecutiva (correo electrónico) Dirección Ejecutiva (correo electrónico) Auditoría Interna (correo electrónico) Asesoría Jurídica (correo electrónico) Departamento Administrativo (correo electrónico) Unidad de Adquisiciones y Contrataciones (correo electrónico) Departamento de Administración Hacendaria (correo electrónico) Departamento Gestión de Fortalecimiento Municipal (correo electrónico) Unidad de Capacitación y Formación (correo electrónico) Junta Directiva (correo electrónico) Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*169 ACTA N*37 Ordinaria. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra a las siguientes personas: Regidor Randall Torres Barrientos cédula. 7-0102-0913, teléfono: 8703-61-50, correo: randalltorres270gmail.com vecino del Cantón de Pococí, Distrito Guápiles, Barrio Pinares y al regidor Ovidio Vives Castro cédula. 3-0331-0527, teléfono: 8301-49-01, correo: vovidiocOyahoo.com vecino del cantón de Pococí, Distrito La Colonia San Rafael, barrio Cascadas Dos. Como representantes de la Municipalidad de Pococí en la Asamblea del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), que será celebrada el jueves 16 de junio de 2022 a las 08:00 am en las instalaciones del centro de Convenciones de Costa Rica ubicado en Autopista General Cañas, ruta 1 Barreal, Ulloa, Heredia. Se autoriza el pago de viáticos y transportes a los regidores Randall Torres y Ovidio Vives. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 939 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Vivian María Retana Zúñiga, Municipalidad de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, tel: 2274-50-00, dice: Oficio N* MLU-SM-366-2022 Asunto: felicitación al nuevo presidente de la República Rodrigo Chaves Robles. v = L e Sitio Web: munipococi.go.cr a dá Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
Hi SN Iba NN ¡3 rococií Ne! 15 Wi MUNICIPALIDAD DE POCOCI NN y PAGINA N*170 ACTA N237 Ordinaria. 19-05-2022%*_-- OA LA, UNIÓN MLU-SM-366-22-2020/2024 Página 1 de 2 13 de mayo de 2022. Señor: Rodrigo Chaves Robles Presidente de la República de Costa Rica Presente Estimado señor: El Honorable Concejo Municipal de La Unión en Sesión Ordinaria No 162 realizada el jueves 12 de mayo del 2022, Capítulo Cuarto denominado: Informes de Comisión, trató el Dictamen de la Comisión de Asuntos Culturales Punto N*2.- que contiene la siguiente recomendación: Punto N* 2 Felicitación al nuevo Presidente de la República Esta Comisión de Cultura recomienda al Honorable Concejo Municipal adoptar el siguiente acuerdo: ACUERDO: 1-Externar una felicitación de parte del Honorable Concejo Municipal de La Unión, al señor Presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, y a la vez, extenderle una cordial invitación para que, participe en una Sesión de este Concejo Municipal. Manifestarle que, estamos a su disposición y de todo su Gabinete, para trabajar en pro del Cantón de La Unión. 2- Remitir copia de este acuerdo a todas las Municipalidades. Una vez conocido esta recomendación; se procede a someter a votación y se transcribe el acuerdo adoptado por dicho Órgano Colegiado, el cual se detalla a continuación: Municipalidad de La Unión, costado norte del Centro de la Cultura y las Artes, Apartado Postal O1014-2250, La Unión - Cartago. Central Telefónica (506) 2274-5000 - wwW,launion.go.cr Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*171 ACTA N*37 Ordinario. a Or LA ., YM UNIÓN CANTÓN DEL AGUA MLU-SM-366-22-2020/2024 Página 2 de 2 ACUERDO N*2850.- SE ACUERDA: l-EXTERNAR UNA FELICITACIÓN DE PARTE DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA UNIÓN, AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, RODRIGO CHAVES ROBLES, Y A LA VEZ, EXTENDERLE UNA CORDIAL INVITACIÓN PARA QUE, PARTICIPE EN UNA SESIÓN DE ESTE CONCEJO MUNICIPAL. MANIFESTARLE QUE, ESTAMOS A SU DISPOSICIÓN Y DE TODO SU GABINETE, PARA TRABAJAR EN PRO DEL CANTÓN DE LA UNIÓN. 2-REMITIR COPIA DE ESTE ACUERDO A TODAS LAS MUNICIPALIDADES. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO EN FIRME. CON LOS VOTOS AFIRMATIVOS DE LOS REGIDORES: MORA NAJERA, MORA MARIN, ESPINOZA MAJANO, QUIRÓS ARAYA, ANDRADE CHAVARRIA, VEGA SOTO, NUÑEZ MORA Y SANABRIA VILLALOBOS. LA REGIDORA BRENES OVIEDO VOTA NEGATIVAMENTE. Atentamente, VIVIAN MARIA Caco le por RETANA ZUÑIGA (FIRMA) ZUÑIGA (FIRMA) 000 Vivian María Retana Zúñiga Secretaria del Concejo Municipal Municipalidad de La Unión C: Municipalidades del país. Archivo. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se brinda voto de apoyo a la gestión. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*172 ACTA N937 Ordinaria. ACUERDO N* 940 o Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Roberto Josué Meléndez Brenes, tel: 2582-72-00, correo: secretariaconcejoOsantaana.go.cr dice: € MUNICIPALIDAD A +506 2582.7200 4H www.santeana.go.cr y SantaAna 24506 2282.0348 M Municipalidad de Santa Ana Santa Ana, 11 de mayo de 2022 Transcripción de acuerdo 336-2022 Para los efectos legales o administrativos correspondientes; se transcribe el Acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Santa Ana, en Sesión Ordinaria N*106, celebrada el martes 10 de mayo de 2022: VIl.- DICTÁMENES DE COMISIONES: Vil.1.- Dictámenes N? 26, 27 y 28 de la Comisión de Asuntos Jurídicos. ViI.1.2. Dictame 227: Sr, Gonzalo Rojas, Regidor Suplente -— Mociól sas Humanitarias 3. Traslado 398-2022, del Concejo Municipal de Santa Ana, tomado en la Sesión Ordinaria N?100, celebrada el martes 29 de marzo de 2022. Asunto: IX.- ASUNTOS VARIOS: 1X.1.- GONZALO ROJAS ROJAS: 1. Solicita al Concejo enviar excitativa al Gobierno de Costa Rica, para que el país de visas humanitarias a las personas nacionales de Ucrania, así como instar a las demás Municipalidades a apoyar la iniciativa. EL SEÑOR REGIDOR SUPLENTE GONZALO ROJAS ROJAS, PRESENTA MOCIÓN, ACOGIDA POR LA REGIDORA PROPIETARIA LIDIA LACAYO MENA, PARA QUE SE ENVÍE UNA EXCITATIVA AL GOBIERNO DE COSTA RICA, PARA QUE EL PAÍS DE VISAS HUMANITARIAS A LAS PERSONAS NACIONALES DE UCRANIA, ASÍ COMO DE OTROS PAÍSES QUE TENGAN CONFLICTOS ARMADOS Y PROBLEMAS POLÍTICOS; ASIMISMO, INSTAR A LAS DEMÁS MUNICIPALIDADES A APOYAR LA INICIATIVA; SOLICITA DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN Y FIRMEZA DEL ACUERDO. EL REGIDOR SUPLENTE GONZALO ROJAS ROJAS, RETIRA LA SOLICITUD DE DISPENSA. La Comisión de Asuntos Jurídicos recomienda al Concejo Municipal, acoger la moción del Sr. Gonzalo Rojas, Regidor Suplente, en sentido de que se envíe una excitativa al Gobierno de Costa Rica, para que el país de visas humanitarias a las personas nacionales de ucrania, así como de otros países que tengan conflictos armados y problemas políticos; asimismo, instar a las demás municipalidades a apoyar la iniciativa.” ACUERDO N* 07: SE APRUEBA POR UNANIMIDAD Y EN FIRME: PRIMERO: SE APRUEBA EL DICTAMEN N* 27 DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS; SEGUNDO: SE ACOGE LA MOCIÓN DEL SR. GONZALO ROJAS, REGIDOR SUPLENTE, EN SENTIDO DE QUE SE ENVÍE UNA EXCITATIVA AL GOBIERNO DE COSTA RICA, TEL: 2582 7286 secretariaconcejosantaana.go.cr Página 1 de 2 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*173 ACTA N*37 Ordinaria. e MUNICIPALIDAD ( +506 2582.7200 E www.santaana.go.cr e«SantaAna 10000262 0346 Municipalidad de Santa Ana PARA QUE EL PAÍS DE VISAS HUMANITARIAS A LAS PERSONAS NACIONALES DE UCRANIA, ASÍ COMO DE OTROS PAÍSES QUE TENGAN CONFLICTOS ARMADOS Y PROBLEMAS POLÍTICOS; ASIMISMO, INSTAR A LAS DEMÁS MUNICIPALIDADES A APOYAR LA INICIATIVA; TERCERO: NOTIFÍQUESE ESTE ACUERDO A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, A LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, AL SEÑOR REGIDOR GONZALO ROJAS ROJAS Y A LAS DEMÁS MUNIPALIDADES DEL PAÍS. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Votos a favor: César Chavarría Saborío, Catherine Mora Chavarría, Walter Herrera Cantilo, Ricardo Alfaro Villegas, Lidia Lacayo Mena, Catalina Obregón López, Esteban Balmaceda Arias. Firmado por ROBERTO JOSUE MELENDEZ BRENES (FIRMA) PERSONA FISICA, CPF-01-1418-0490. Atentamente, Fecha declarada: 12/05/2022 08:16 AM Esta representación visual no es fuente de confianza. Valide siempre la firma. Lic. Roberto Josué Meléndez Brenes Secretario Municipal Concejo Municipal de Santa Ana Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo a la gestión de la Municipalidad de Santa Ana. ACUERDO N* 941 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Marco Antonio Fallas Hernández, Apoderado General Unidad Administración y Venta de Bienes, Banco Nacional, tel: 2212-20-00 dice: v Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%174 ACTA N*37 Ordinaria. Subgerencia General de Operaciones Infraestructura y Compras 12 de mayo de 2022 BT-2022-659 Señor Juan Luis Gómez Gómez Presidente Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Estimado señor: Reciba un cordial saludo del Banco Nacional de Costa Rica. Por medio de la presente, nuevamente recurrimos a su Despacho, en relación con la gestión “apertura de la calle pública en la zona de La Curia de Roxana”, misma que hemos interpuesto en tres ocasiones ante su Dependencia: la primera vía oficio DGIC-CAB-141- 2017, la segunda mediante misiva BT-1311-2020 remitida el pasado 25 de setiembre del año 2020 y la tercera mediante documento BT-0181-2021 el pasado 11 de febrero del año anterior. Procederé a citarle algunas etapas y/o gestiones que se han dado desde esta última solicitud (11 febrero 2021): e Se señala el 23 de junio 2021 la audiencia oral y privada: misma que no se lleva a cabo dado que las partes llegan a una “conciliación y/o acuerdo”, se destaca el 23 de agosto como fecha programada para la apertura del camino, sin embargo, dado que Teléfono: (506) ncr.fi.cr, SWIFT: BNCRCRSJ Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*175 ACTA N*37 Ordinaria. Subgerencia General de Operaciones Infraestructura y Compras (Ra el INDER es parte en el proceso el día 12 de agosto 2021 se efectúa una reunión con tal instituto en donde ellos deben realizar estudios topográficos para determinar si uno de los terrenos les pertenece o de ser el caso confirmen la apertura del camino. e El pasado 04 de octubre 2021, la señora Rocio Rivera Arguedas en su condición de jefe Oficina de Desarrollo Territorial Cariari, nos remite el oficio INDER-GG-DRT-FT- IRT-1179-2021, mismo que no transcribe en su totalidad, pero detalla: Estimada señora: En atención al oficio INDER-GG-DRT-RDHC-OTCA-1102-2021, en el que solicita se le indique si el plano catastrado L-717015-2001, forma parte de tierras administradas por el Inder, al respecto se le informa que se procedió con el estudio respectiva por parte de la Ing. Cecilia Villalobos Sáenz, del cual se determina que de acuerdo a la ubicación cartográfica que muestra el mencionado plano, se localiza en el asentamiento Astúa Pirie. El estudio registral del plano no muestra haber generado titulo de propiedad. e Posteriormente el 26 de octubre 2021, vía correo don Henry Madrigal de Control Urbano nos brinda copia del siguiente correo: “Buenas tardes David, Le solicito revisar el presente informe elaborado por parte del INDER, y gestionar las acciones necesarias para cumplir con el objetivo de la apertura del camino, en coordinación con dicha institución, todo lo anterior en pro de generar una apertura mediante mutuo acuerdo.” e Ese mismo 26 de octubre, vía correo don David del área de topografía de la Municipalidad cita: Teléfono: (506)22 ncr.fi.cr, SWIFT: BNCRCRSJ Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*176 ACTA N*37 Ordinaria. Subgerencia General de Operaciones Infraestructura y Compras Ra “Buenas tardes Henry. Entendido. Es importante indicar que el camino está obstruido únicamente por el inmueble indicado por Don Jimmy Garita. Los demás propietarios hacia el Oeste y hacia el Sur ya realizaron la habilitación respectiva. Copio al Lic. Christian Córdoba Oviedo. Christian, creo que en este caso debemos solicitarle al INDER que proceda con la apertura del camino lo antes posible. Quedo atento para proceder con la comunicación hacia el INDER.” e Producto de nuestro seguimiento el 26 de noviembre 2021, nos informan vía correo: “Buenos días Don John. Ya el acceso al inmueble representado en el plano catastrado L-388533-1980 fue debidamente habilitado por parte de los vecinos. Estamos a la espera que el INDER habilite el acceso al inmueble representado en el plano catastrado L-388532-1980, ya que el camino de acceso a éste está cerrado por la parcela con plano L-717015-2001.” e El 28 de enero del año en curso, la sección de topografía de la Municipalidad le solicita vía correo a los personeros del INDER un avance, es decir que les falta con el tema de la habilitación? A lo cual responde el INDER el 03 de marzo: coordinar una visita de campo, misma que se agendo para el 17 de marzo 2022. e El pasado 04 de abril como parte de nuestro seguimiento se le remite correo a los funcionarios de la Municipalidad para conocer el estado del proceso en estudio y nos remiten el siguiente correo: bncr fi.cr, SWIFT: BNCRCRS) Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI A PAGINA N*177 ACTA N*37 Ordinorio. 19-05-2022--7 Sub, al I de Operaci | BANCO “Buenos días Don John. Hoy atendí a la señora Shirley Brenes, hija de Don Roque Brenes. Don Roque figura en la licitación privada N2736 del Banco Nacional, y dado que es un adulto mayor, con 78 años de edad, ella está ayudándole a reunir documentos y hacer trámites. Doña Shirley me indica que la relación de Don Roque con el banco es únicamente en relación con el terreno representado en el plano L-1852831-2015 (plano cancelado), que es parte de la finca folio real 7005891-000 (finca objeto de la licitación). Doña Shirley nos consulta el motivo por el cual se ha relacionado a Don Roque con las calles públicas que son objeto del proceso en el que es parte la Municipalidad de Pococí, ya que hemos determinado con toda certeza que el área de Don Roque (plano L-1852831-2015) no tiene ninguna relación con las calles públicas que nos han ocupado. Doña Shirley y Don Roque desean que se valore la posibilidad de separar el proceso que el Banco tiene con Don Roque del actual proceso en el que está participando la Municipalidad de Pococ/, dado que las calles afectadas no tienen relación con las calles de acceso a la propiedad de interés de Don Roque, y así poder formalizar el traspaso de la propiedad. Cualquier comentario, quedo atento. Saludos.” Expuesto el escenario anterior, es de suma importancia conocer el estado o trámite a seguir en cuanto a la “apertura de la calle pública en la zona de La Curia de Roxana”, ya que el resultado de esta gestión es determinante para continuar con la pretensión del señor Roque Brenes, es decir el atraso o cantidad de días que lleva su Gobierno Local en esta diligencia supera los plazos establecidos y nos expone a una demanda, incidente o conflicto con el señor Brenes, nuestro espíritu no es elevar el caso a otras instancias pero requerimos de su apoyo y oportuna diligencia. Teléfono: (506)2212- O, r.fi.cr, SWIFT: BNCRCRS) Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*37 Ordinaria. PAGINA N*178 . 27 19-05-202 RR Subgerencia General de Operaciones | | BANCO Infraestructura y Compras | NACIONAL Para notificaciones señalo el correo abogadosbtObncr.fi.cr Cordialmente, UNIDAD ADMINISTRACIÓN Y VENTA DE BIENES. 01 Firmado s9,DlGy> e A %. |, digitalmente por £ ÍMARCO ANTONIO FALLAS, 0 HERNANDEZ Fecha: 2022.05.12 (FIRMA) 11:01:30 -06'00' Ing. Marco Antonio Fallas Hernández FALLAS HERNANDEZ (FIRMA) Apoderado General JOHN AG ¡GUERO BONILLA (Hi (¡BOMLLA (FIRMA) Wcomñétha; 2022.05.12 11:16:04 -06'00' Lic. John Agúero Bonilla, Abogado Administración de Bienes Según el artículo 9 de la Ley 8454: “Los documentos y las comunicaciones suscritos mediante firma digital, tendrán el mismo valor y la eficacia probatoria de su equivalente firmado en manuscrito.” C.C: Shirley Brenes Nájera / shirleybrena(Yhotmail.com / joviedoOgmail.com Archivo/Consecutivo Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Ing Henry Madrigal Calvo y al Ing. Olger Gutierrez Mendoza para que, en un plazo de 22 días para que respondan. ACUERDO N* 942 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Rafael Ángel Vega Quirós, tel: 8310-28-21 dice: Asunto: Solicitud de reductores de velocidad en la Colonia calle hacia la plaza Carlos Luis Aguilar. Pecocí Pluye » » Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*179 ACTA N937 Ordinaria. 19-05-2022" La Colonia, 12 de mayo del 2022 Señores: Municipalidad de Pococí COpSE To Map! er FAL Estimados señores, Por este medio yo, Rafael Ángel Vega Quirós, cédula 7-0035-0686, solicito muy amablemente la colocación de reductores de velocidad en la Carretera que esta frente a mi casa, la cual se ubica en La Colonia, Calle hacía la Plaza Carlos Luis Aguilar; esto debido a que se está dando que pasan vehículos a muy alta velocidad y no miden el peligro, ya que sobre esta Calle transitamos y vivimos varios adultos mayores y niños lo cual es muy riesgoso, y como vecino me da temor de que llegue a ocurrir algún accidente o atropello. Agradecemos toda la ayuda que puedan brindar. Sin más, atentamente: ') e! (ala y 5 - Rafael Ángel Vega Quirós Cédula 7-0035-0686 310 24 721 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Ing. Olger Gutiérrez, para que conteste si se puede o no poner reductores en esa zona, en un plazo de 15 días. ACUERDO N* 943 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Lucas Zúñiga Molina, presidente ADI| Campo Uno, tel: 6277-02-95 dice: Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (MMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*180 ACTA N*37 Ordinaria. Por Unanimidad SE ACUERDA: Brindar audiencia en la próxima atención al público de la señora presidenta. ACUERDO N* 944 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Teodora Valladares Serrano, presidenta ADI Barrio Los Sauces, dice: Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9181 ACTA N937 Ordinaria. Asunto: solicitud de reparación de calles. Asociación de Desarrollo Integral- Los Sauces Guapiles, Pococ, Limón. Cédula Jurídica: 3-00242-3020 Correo electrónico: adilossaucestdhotmail. com 18 de mayo del 2022 Sres. Consejo Municipal La presente es para saludarles y a la vez desearle éxitos en sus labores la presente es para hacerle una petición la comunidad de los sauces les agradecería toda colaboración que nos puedan brindar para el arreglo de las calles interiores de nuestro barrio ya que se encuentran en muy mal estado teniendo personas asmáticas y muchos adultos mayores en sillas de ya que hace muchos años que no se les da mantenimiento se despide de ustedes agradeciendo toda ayuda. Agradeciéndole de ante mano, se suscribe atentamente la Asociación de Desarrollo Integral Los Sauces. IS RIO. Z á Teodora Valladares Serrano 12 LOS SAUCES Es Faustino Obando AS Presidenta Vicepresidente *+ ar Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de Obra Pública. ACUERDO N* 945 Se conoce nota suscrita por vecinos del cantón de Pococí, dice: Asunto: Solicitud de Rendición de Cuentas del Comité Cantonal de Deportes. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*182 ACTA N*37 Ordinaria. a GUÁPILES, POCOCÍ, LIMÓN. 16 DE MAYO DE 2022 SEÑORAS, SEÑORES CONCEJO MUNICIPAL ALCALDE MUNICIPAL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Invocando Interés y legitimidad para obrar, es que por este medio, vecinas y vecinos de varios distritos del cantón de Pococí, que se han unido conformando el Comité Cívico de Pococí, DEMANDAMOS RESPUESTAS, RENDICIÓN DE CUENTAS DEL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y UNA INTERVENCIÓN POR PARTE DEL ENTE AUDITOR EN SUS CALIDADES DE REPRESENTANTE LOCAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ANTE LAS IRREGULARIDADES CONTEMPLADAS EN LA EJECUCIÓN DE PRESUPUESTOS, OMISIÓN DE RESPUESTAS, ESCASO APOYO EFICIENTE A LAS ORGANIZACIONES DEPORTIVAS Y RECREACIONALES DEL CANTÓN, SUMADO DE LA FALTA DE MECANISMOS DE TRANSPARENCIA PARA CONOCER LOS PROGRAMAS Y CONTENIDOS ESPECÍFICOS DE LAS PARTIDAS MONETARIAS DESTINADAS A LAS COMPETENCIAS DE DICHO ÓRGANO MUNICIPAL. Según “EL MANUAL BASICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CCDR POCOCTÍ”, se debe de definir lo dispuesto en el artículo 164 del Código Municipal (Ley No. 7794) “En cada cantón, existirá un Comité cantonal de deportes y recreación que estará adscrito a la municipalidad respectiva y gozará de personalidad jurídica instrumental para construir, administrar y mantener las instalaciones deportivas de su propiedad u otorgadas en administración. Asimismo, habrá Comités comunales de deportes y recreación, adscritos al comité cantonal respectivo." Por su parte la Procuraduría General de la República, en su Dictamen C-136-2002 del 4 de junio del año dos mil dos, nos aclara que los Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*183 ACTA N*37 Ordinario. A e ——— “s comités cantonales, no son organizaciones independientes sino, “órganos colegiados de naturaleza pública, con personalidad jurídica instrumental, y que al estar adscritos a los gobiernos locales, debe entenderse que forman parte de la estructura organizativa de las municipalidades, y por ello se encuentran sometidos a su control. Dichos órganos ejercen funciones determinadas en materia deportiva y recreativa, que son propias de los gobiernos locales, pero que en virtud de criterios de desconcentración y eficiencia, el legislador dispuso que se le asignaran a tales Comités.” De esta manera el calificativo de instrumental que se hace de la personalidad, significa que e: a personalidad limitada al manejo di determinados fondos, es decir que su atribución supone una gestión presupuestaria independiente y, por ende, la titularidad de un presupuesto propio, como textualmente se nos indica en el Dictamen C-174-2001 de la misma Procuraduría General de la República y por lo tanto, debe entenderse, el Comité un órgano de la Municipalidad, en este caso del cantón de Pococí, el cual se encuentra inmerso en la estructura organizativa de ella, es decir, es parte de esta y por lo tanto su comportamiento debe ajustarse a tal forma de organización, principalmente en su posición estratégica y enfoque de objetivos comunes específicos”. Considerando que: Amparados en los criterios emitidos en la Gaceta 96, Martes 18 de mayo del 2004 de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICACONTRALORIA, RESOLUCIONES LINEAMIENTOS GENERALES A CONSIDERAR EN LA FORMULACIÓN DE PLANES OPERATIVOS ANUALES Y PRESUPUESTOS: 1*— Que el artículo 11 de la Constitución Política señala que la Administración Pública en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con la consecuente responsabilidad personal para los funcionarios en el cumplimiento de sus deberes, 2”—Que los artículos 183 y 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica establecen a la Contraloría General de la República como institución auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la Hacienda Pública, Asimismo, en el inciso 2 del artículo 184, antes citado, se establece como deber y atribución de la Contraloría el examinar, aprobar o improbar los presupuestos de las Municipalidades e instituciones autónomas y fiscalizar su ejecución y liquidación. 3%—Que el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N* 7428 la designa como órgano Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*184 ACTA N*37 Ordinaria rector del Sistema de Control y Fiscalización Superiores de la Hacienda Pública y le confiere facultades para emitir disposiciones, normas, políticas y directrices de acatamiento obligatorio por parte de los entes sujetos pasivos, para el uso correcto de los fondos públicos. 4”—Que en el artículo 18 de la referida ley, reformado por el inciso d) del artículo 126 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos N* 8131 del 18 de septiembre del 2001, se establece que la Contraloría General examinará para su aprobación o improbación, total o parcial, los presupuestos de los entes referidos en el artículo 184 de la Constitución Política, así como del resto de la administración descentralizada, las instituciones semiautónomas, las empresas públicas y los Órganos, las unidades ejecutoras, los fondos, los programas y las cuentas, 5"—Que en el artículo 4 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, se indica que todo presupuesto público deberá responder a los planes operativos institucionales anuales, de mediano y largo plazo, adoptados por los jerarcas respectivos así como los principios presupuestarios generalmente aceptados; además, deberá contener el financiamiento asegurado para el año fiscal correspondiente, conforme a los criterios definidos en la citada Ley. Y en la resolución; R-D C-00122-2019. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DESPACHO CONTRALOR. San José, a las once horas del dos de diciembre de dos mil diecinueve. Considerando: 1—Que los artículos 183 y 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica establecen a la Contraloría General de la República como institución auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la Hacienda Pública. 2?—Que los artículos 1, 11 y 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N.* 7428 designan a la Contraloría General de la República, como órgano rector del Sistema de Control y Fiscalización Superiores de la Hacienda Pública. Aunado a lo anterior, la misma ley le confiere facultades para emitir disposiciones, normas, políticas y directrices para el ejercicio de sus competencias -entre ellas las relacionadas a la materia presupuestaria- las cuales son de acatamiento obligatorio por parte de los sujetos pasivos que se encuentran dentro de su ámbito de fiscalización. 3”—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N.* 7428, cuando se otorgue el beneficio de una transferencia de fondos gratuita y sin contraprestación del sector público a un sujeto privado, Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*185 ACTA N*37 Ordinaria. a se requerirá la aprobación de la Contraloría General de la República, del presupuesto del beneficio otorgado. Además, dicho presupuesto del beneficio quedará bajo el ámbito de fiscalización facultativa de la Contraloría General de la República. Aunado a lo anterior, el artículo 8 de la citada Ley establece, que respecto a las entidades privadas, únicamente formarán parte de la Hacienda Pública los recursos que administren o dispongan, por cualquier título, para conseguir sus fines, y que hayan sido transferidos o puestos a su disposición mediante norma o partida presupuestaria, por los Poderes del Estado, sus dependencias y órganos auxiliares, el Tribunal Supremo de Elecciones, la administración descentralizada, las universidades estatales, las municipalidades y los bancos del Estado. 4—_Que según se dispone en los artículos 8 y 10 de la Ley General de Control Interno, N.*8292, el jerarca y los titulares subordinados son los responsables de establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional, estando dentro de los objetivos de ese sistema de control, proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal; así como cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico, $%—Que según lo dispuesto en el apartado 4.5.3 de las Normas de Control Interno para el Sector Público (N-2-2009-CO-DFOE) emitidas mediante Resolución R-CO-9-2009 del 26 de enero de 2009, le corresponde a los jerarcas y los titulares subordinados, establecer los mecanismos necesarios para la asignación, el giro, el seguimiento y el control del uso de los fondos que la institución conceda o deba transferir a sujetos privados, para asegurar el debido cumplimiento del destino legal y evitar abusos, desviaciones o errores en el empleo de tales fondos, 6— Que el análisis del ordenamiento jurídico ha dado origen a enfoques mejorados del Sistema de Administración y Fiscalización de la Hacienda Pública, así como a nuevas perspectivas de los actores que intervienen en el proceso de fiscalización de los recursos públicos transferidos a sujetos privados, lo que a su vez permite un ajuste al proceso de aprobación presupuestaria de los beneficios otorgados del sector público al sujeto privado, en procura de Optimizar el sistema creado, para que sea más eficiente en la atención de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N.? 7428. Se recalca el plazo legal para dar respuesta, entrega inmediata de información de interés público o en menor tiempo posible, Extensión del plazo en solicitudes complejas, Deber de informar motivos de retraso y tiempo estimado de respuesta, Supuestos que suspenden plazo, Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%186 ACTA N*37 Ordinaria. Acceso inmediato de partes a expedientes administrativos. El plazo de 10 días hábiles previsto en el artículo 32 de la LJC es de aplicación para la respuesta de las solicitudes de información, “(...) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, cuando el amparo se refiera al derecho de petición y de obtener pronta resolución, establecido en el artículo 27 de la Constitución Política y no hubiere plazo señalado para contestar, se entenderá que la violación se produce una vez transcurridos 10 días hábiles desde la fecha en que fue presentada la solicitud en la oficina administrativa, sin perjuicio de que en la decisión del recurso se aprecien las razones que se aduzcan para considerar insuficiente ese plazo, atendidas las circunstancias y la índole del asunto. (...)”. Dicho lo anterior en el amparo legal que las normas vigentes y lo que la Constitución Política señala, se solicita lo siguiente: + Se considera urgente conocer los procederes para que el COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES OMITIERA RESPUESTA al SMP-2052-2021 del 12 de noviembre del 2021 tal cual se solicitan en dicho oficio. o Publicación de los informes trimestrales del Comité Cantonal desde el 2020 a mayo del 2022, o Planes Anuales Operativos desde el 2020 al 2022, o Estimación de presupuestos requeridos para aportar a las organizaciones deportivas del cantón de Pococí. » Informe financiero con detalle de los sujetos o grupos financiados con presupuesto del Comité Cantonal de Deportes. o Informe financiero con detalle de los proveedores, licitaciones y contrataciones directas realizadas en el periodo 2020-2022, Sin más, la documentación escrita será entregada al regidor suplente Rosbill Arguello Badilla y de manera pública y digital por alguna plataforma como red social, se deberá transmitir la rendición de cuentas del Comité Cantonal de Deportes y lo que este escrito ha detallado anteriormente, Además, enviar copia fiel de la documentación al correo: CCPococifAcomitecivico.com Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%188 ACTA N*37 Ordinaria. 4 Municipalidad de Pococí O Secretaría del Concejo Municipal Y a , Teléfono/Fox: 2711-1227 Hp% Pluye secretaria(Qmunipococigo.cr meros SMP-2052-2021 PONER RE a AS Guáplles, 12 de noviembre de 2021 SMP-2052-2021 Señores(as): Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí Sr. Rafael Jiménez Jiménez jose.prendas.sanchezOmep.go.cr Estimados Señores(as): Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pococí en Sesión N* 85 Ordinaria del 04-11-2021, dice: Acta N* 85 Artículo | Acuerdo N* 3028 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Rafael Jiménez Jiménez, céd. 7-0063-0870, correo: jose.prendas.sanchezOmep.go.cr tel: 8479-12-16 dice: Página 1/3 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*189 ACTA N*37 Ordinaria. 9 Municipalidad de Pococí Secretaría del Concejo Municipal a Teléfono/Fax: 2711-1227 Pluye SMP-2052-2021 Pococí, martes 02 de noviembre de 2021 Señores (as): Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Estimados (as) señores (as): Reciban de antemano un cordial saludo y externarles los mejores deseos en el desarrollo de sus funciones. Los abajo firmantes, en calidad de ciudadanos del cantón de Pococi, solicitamos se nos pueda entregar certificación de: + El Plan Anual Operativo, Presupuesto Ordinario y Presupuesto Extraordinario del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí presentados al Concejo Municipal para el período del año 2021. Esto según se destaca en el Reglamento para la organización, funcionamiento y elección del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí, en el Artículo 6”, en donde se detalla lo siguiente: Artículo 6”—El Concejo Municipal autorizará el plan de desarrollo del Comité Cantonal de Deporte, en materia deportiva y recreativa, como también el respectivo Presupuesto Ordinario, Extraordinario, planes anuales operativos y las modificaciones propuestas por el Comité Cantonal, que estarán reguladas con el reglamento interno de la Municipalidad de Pocoet para las variaciones económicas las cuales deberán cumplir con los li úl emitidos por la Contraloría General de la República. e Informes trimestrales de labores del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí presentados al Concejo Municipal durante el periodo del año 2021. Este informe se destaca en el Reglamento para la organización, funcionamiento y elección del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de PococÍ, en el Capítulo V - Artículo 12 - inciso “k", en donde se detalla como funciones del CCDR: k) Preparar un informe trimestral de labores y presentarlo al Concejo Municipal para su aprobación, a más tardar el último día hábil de los meses de abril, julio, octubre y enero de cada año. + Informes semestrales de ingresos y egresos de los recursos asignados y de aquellos que se recibieron de otras fuentes de ingreso del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí presentados al Concejo Municipal durante el periodo del año 2021. Este informe se destaca en el Reglamento para la organización, funcionamiento y elección del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí, en el Capítulo V - Artículo 12 - inclso *l, en donde se detalla como funciones del CCDR: dMiclad de Pococí Página 2/3 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*190 ACTA N*37 Ordinaria. Municipalidad de Pococí A Secretaría del Concejo Municipal y Y a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿3% secretario(Qmunipococigo.cr Mecaucao Pluye SMP-2052-2021 1) Rendir ante el Concejo Municipal informes semestrales de ingresos y egresos de los recursos que le fueran asignados y de aquellos que se recibieron por otras fuentes de ingreso. El informe del segundo semestre deberá ser acompañado por la liquidación presupuestaria del año, el cual deberá ser preparado por un contador autorizado. Lo anterior, facultado por los artículos 27 y 28 de la Constitución Política de la República de Costa Rica. Notificar a José Luis Prendas Sánchez al teléfono 84791216 y / o al correo electrónico jose.prendas.sanchez(OQmep.go.cr Atentamente: Tirndas Ra mi Jiménez José Prendas Sánchez Cédul 70 Cédula 113350033 Cédula 701710567 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí para que contesten e informen al Concejo Municipal. Atentamente: MAGALLY Firmado digitalmente por VENEGAS MAGALLY VENEGAS VARGAS (FIRMA) VARGAS Fecha: 2021.11.12 (FIRMA) 09:23:25 -06'00' Licda. Magally Venegas Vargas Secretaria Municipal de Pococí Ce/ Archivo. Página 3/3 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
¡al POCOCÍ V a MUNICIPALIDAD DE POCOCI Né> 192 - PAGINA N9191 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05420 E” CERA EEES BES CREES Participan de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos. Comenta que a veces las personas hacen afirmaciones temerarias y que no se sostienen por sí solas, ya que decir que en una organización como el Comité Cantonal de Deportes hay irregularidades, es muy temeraria. Deben haber pruebas tan suficientes y pertinentes que se sostengan por sí solas. A veces es injusto pues aunque el trabajo que está haciendo el comité no es perfecto, sí dan su máximo esfuerzo por hacerlo bien y ahí está la Auditoría y pueden llegar a revisar a libro abierto la labor que está haciendo el Comité Cantonal de Deportes y no es defenderlos, pues ellos se defienden solos pero es importante valorar el contexto de todo lo que están haciendo. Aconseja a los miembros del comité que se reúnan con estas personas para que se pueda llegar a buen puerto y se puedan abrir los canales para corregir las cosas de una vez por todas. Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla. Para seguir la linea, yo no estoy acusando, escuché que no están defendiendo, pero resulta que se piden documentos igual como los pediría yo aquí en la Municipalidad o cualquier ciudadano, que me indiquen en qué se invirtieron los 10,000,000 millones de colones en el año tal y le entregamos al ciudadano las copias del presupuesto Ordinario y las modificaciones presupuestarias y todo lo demás. Ciudadanos del cantón de Pococí incluido mi persona, le he pedido al Comité Cantonal de Deportes y no digo nombres porque no tengo nada contra nadie, ni a favor ni en contra, le hemos pedido por ejemplo al comité de Deportes que nos de el inventario, malas caras, enojos. Yo quiero hacer una aclaración en este tiempo y toque me queda, Rosbill informa es un medio de prensa al que pueden denunciar si tiene suficientes pruebas y Rosbill Informa es un ciudadano que se llama Rosbill ArgUello Badilla entonces me pueden denunciar, yo hablo con pruebas, pero cada nota que yo realizo la contestan de mala manera, yo tengo ahí unos mensajes que los voy a guardar Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*192 ACTA N*37 Ordinaria. LS Únicamente para cuando yo sea acusado para defenderme, pero yo no estoy atacando a nadie, cuando yo hablo algo aquí hablo como uno más de los ciudadanos y no estoy atacando a ninguna persona pero, si usted ve atletas que se rajan los pies compitiendo y no tienen tenins hay que decirle: “señores, usted no porque eso es personal, el comité de Deporte le ayuda solamente a las instituciones deportivas ya reglamentadas reglasdas en una Xx lista en el cantón”. Pero no solamente dar espalda, maltratar y ofender a entrenadores, eso no se hace, el puesto no dura para toda la vida y por ahí hay algunos que creen que van a seguir ahí desde el año 2016 - 2017- 2018, yo no los voy a quitar, ni estoy en eso, pero no puede ser posible que se mal atienda a las personas, a deportistas. Hay mensajes, por eso yo vengo a hablar aquí, porque los tengo en mi celular y son mi defensa, pero a mí no me van a amenazar que no me van a dar un uniforme, a mí no me van a amenazar mi actividad deportiva ahí adentro en Pococí, a mí no me pueden amenazar, entonces no tengo ningún problema con decir lo que la gente siente. Resumiendo: Hay una nota de vecinos pidiendo informes desde el año pasado, se le pide al Comité de Deportes, yo le pedí un inventario se molestaron, guardé un campito ahí de calma pero seguimos con nuestra labor. Agradecerle a los vecinos que están pidiendo cuentas, eso se llama fiscalizar y es un derecho, no vengo a culpar a nadie en ningún momento, no me asesoro con ningún abogado, no tengo ese apoyo, simplemente ellos mismos me ofrecen a mí la ayuda. Que quede claro como dije al inicio, tampoco vine a atacar a nadie ni a defender a nadie, yo no quiero estar en el Comité de Deportes yo soy taxista y soy político, bueno o malo, el pueblo lo dirá. Reg. Randall Torres Barrientos. Yo si quiero dejar claro porque el documento habla de “Irregularidades”, no dice ni “presuntas irregularidades” dice: “Irregularidades” y a mí me parece que, con base a lo que dice Rosbill, que lo que dice es que no se le da información que es diferente. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*193 ACTA N*37 Ordinaria. La Administracion Pública está regida por la ley 8220 que es la ley contra el exceso de requisitos, tiene 10 días la Administración para responder, si no ha respondido, pues sí se le puede decir que por favor brinden la información porque, yo no puedo decir aquí que ellos no dan información, porque mas bien nos hacen presentaciones, están los presupuestos, están los informes, que Magally tambien los tiene a disposición o sea, no se puede tampoco hablar que no hay rendición de cuentas, ahora si quieren un tema específico sí tendría que, ojalá responderlo pero ya sería que le remitamos eso al comité para que, en el asunto en específico que están indicando los señores, les responsa y se les da 10 días que es lo que la Administración Pública establece. Pero tambien, estas personas si no se les da respuesta tienen un recurso de amparo por información aunque no es necesario llegar a ese escenario. Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla. Preguntas que nos hacemos es como por ejemplo: qu e en época de pandemia se ejecuten 4206.095.308.11 y 67.075306 millones en época de pandemia año 2019, en el año 2020 2166.000.000, ¿54000000 de aporte extraordinario. En el año 2021 g166.000.000,00 y g158.000.000,00 millones de otro aporte extraordinario, esa es una de las consultas, son muchos millones, porque la gente dice: “pedimos un uniforme y no nos ayudan y en otro lado sí”, es responder, es explicar, es responder, es agarrar la página del Comité y decir: “Señores disculben pero tienen que hacerlo así” si un pueblo informado es un pueblo ordenado, cuando hay información no hay discusión, no hay preguntas. No como ponerme un mensaje a mí, el de la página del Comité de Deportes hoy decirme que estoy mintiendo, que estoy diciendo una falsedad en una nota que puse que, están entregando implementos deportivos, “señores aprovechen vayan al Comité de Deportes” entonces me ponen: Que yo estoy indicándole a la gente que hagan cosas ilegales, que los uniformes entregan de acuerdo un plan y a una nota y yo solo requete sé, que yo estoy incitando a que se irrespete y eso yo no lo voy a permitir. Aquí lo que queremos es información, a otra persona si lo llamaron y le dijeron: “señor, disculpe, qué es lo que necesita para dárselo” pero tiene como 4 meses estarlo pidiendo, ¿por qué hasta ahora después de que se hizo público un Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9194 ACTA N*37 Ordinaria. documento que venía para acá?, ni siquiera yo conocía el contenido el documento pero ya lo conocían ¿entonces?, aquí vamos a seguir. Información es lo que pide el pueblo. Reg. Randall Torres Barrientos. Yo no estaría dispuesto a apoyar ue se traslada la Auditoría porque en estos momentos no tenemos ni siquiera una noticia “criminis” de qué ocurrió algo irregular. Al Comité no se le traslada ni siquiera el 3% que por ley se le tiene que trasladar, no los estoy justificando pero yo los veo repartiendo bolas y repartiendo implementos y que bueno porque las comunidades se están beneficiando y son comunidades que necesitan. Pero lo que sí quiero dejar claro es que no se puede ser irresponsable de salir ahí Y comunicar ahí que vayan allá al Comité Cantonal de Deportes porque ahí están repartiendo “xo y”, o sea no podemos ser tan irresponsables y decir que cualquier persona que llega ahí, va a tener oportunidad de que le den una bola, como si fuera una fiesta con de partir confites y me parece dentro mi óptica, dentro de mi análisis que no se está actuando bien. Entonces en este momento le ruego que ese documento lo mandemos al Comité Cantonal de Deportes para que ellos tengan una respuesta y le demos seguimiento, a ver si les contestaron, podemos propiciar una reunión con estas personas para explicarles, darles una presentación, recoger consultas, yo creo que sí estamos pecando en que no estamos recogiendo el sentir de la gente. ¿Por qué la gente está molesta? yo siento que hay que atenderlos y explicar y ver de qué manera se le puede dar apoyo a la mayoría de las disciplinas, que no nos enfoquemos solamente fútbol, hay otras disciplinas también que hay que ayudar, en eso sí deberíamos de procurar ser más equitativos. Reg. Alfredo Calderón Alfaro. Ellos lo que están solicitando es una rendición de cuentas y eso se lo puede dar el comité de Deportes. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*195 ACTA N937 Ordinaria. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Traslada al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí para que brinden la información solicitada por los vecinos en el tiempo establecido por ley. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 946 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Katherine Rivera Jiménez, docente escuela Roxana, dice: Asunto: Solicitud de ayuda para mejoramiento área de juego de la escuela. Roxana, 17 de mayo del 2022 Sres. Consejo Municipal Municipalidad de Guápiles Respetables señores La docentes de preescolar de la Escuela de Roxana, Katherine Rivera Jiménez , Marjorie Chaves Cascante, Fressy Serrano Álvarez, Karina Gómez Godoy. queremos externarles nuestra preocupación con el área de juegos de nuestros niños, ya que no reúne las condiciones que les permitan desarrollar habilidades motoras y sociales, tan importantes en su diario vivir, Deseamos contar con su apoyo, para que los niños puedan gozar de una mejor área donde disfruten de hamacas, sube y baja, pasa manos, que sean seguros para niños de 4 a G años. Nosotras con el apoyo de los padres, logramos mejorar un par de hamacas, pero no dan abasto, más bien se presta para que haya conflictos, ya que son muchos niños, quienes las usan. No tenemos los medios económicos, ya que los padres son en su mayoria son de escasos recursos y ya no se tiene el apoyo de la Junta de Educación, ya que la misma se ha visto perjudicada con los recortes de presupuesto, Los costos de un play son muy elevados y se nos sale de las manos por lo cual acudimos a ustedes para su apoyo que seria de gran utilidad, esperamos su pronta respuesta, Adjuntamos foto Atentamente: Sitio Web: munipococi.go.cr SÍ SAICOCI Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*196 ACTA N*37 Ordinaria. Muchas gracias. Decor: Here Ruero Jimena 1-167-633 Y) 0h 3. 283-905 F-013)- 1549 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la comisión de Hacendarios para su análisis. ACUERDO N'* 947 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Herrol Orozco Briceño, tel: 6125-51-94 dice: v Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9197 ACTA N*37 Ordinaria. Guápiles, 13 de mayo del 2022 Estimado Consejo Municipal de Pococí De nuestra mayor consideración: Tenemos el agrado de dirigirnos a usted, a fin de solicitarle audiencia en la sesión más próxima con el fin de la juramentación de un grupo de vecinos del cantón de Pococí interesados en la conformación de un comité cívico para llevar acabo la conmemoración de la Afro descendencia en el mes de agosto, esto por motivo, que como cantón perteneciente a la provincia de Limón, es de gran importancia el desarrollo de actividades que promueven el reconocimiento, la justicia y fomenten el respeto de sus derechos humanos, así como su visibilidad como grupo social importante hacia el aporte del desarrollo del cantón. Entre los objetivos propuestos hasta la fecha por el grupo de personas interesadas en la formación del comité, se expone: 1. Informar y promover acciones que impulsen la efectividad del decreto N*43191-MP-MCJ donde se declara de interés público a la Población Afro costanicense, su identidad cultural, idioma, tradición histórica, cultura y cosmovisión en el cantón de Pococí. 2. Establecer la tercera semana de agosto como fecha para la celebración de la persona negra y Afro descendencia en el cantón de Pococí. Dicho comité estará conformado por. Herrol Orozco Briceño Cecilia Barker Neil Catalina Alvarado León Aida Cook Fonseca Thais Hall Spencer Grace Scarlett Walker George Zúñiga Samuels Agradezco de antemano su atención y consideración, quedo a sus órdenes. Atentamente: Herrol Orozdo Briceño TEL: 61255194 Participan de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: OAMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%198 ACTA N*37 Ordinaria. ' A mi me parece que es muy buena esa iniciativa que nosotros como cantón de Pococí, ese día de la afro descendencia podamos exaltarla como lo hemos hecho en otros años. Es importante esa riqueza cultural que tenemos en el tema de gastronomía, baile, diversas formas en que se expresa, vestimenta etc. La pregunta es, si este comité está amparado bajo alguna Asociación. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. No ellos no vienen con ningún acuerdo de Asociación, pero esto es una iniciativa que doña Mauren Monge ha estado impulsando desde el Centro Cívico, entonces serían personas de Guápiles y recientemente Guápiles tiene una Asociación, entonces sería bueno que ellos se conversen con la Asociación para que cumplan lo estipulado que se les hace a otros comités. Aquí hemos sido muy rígidos en eso, recuerdo que Juan Luis cuando estuvo en la presidencia recuerdo que decía que, si no traen un acuerdo de la Asociación de Desarrollo no se juramentaban, entonces decirles que estamos de acuerdo en apoyarlos pero que se suscriban a la Asociación de su Distrito que sería en este caso la Nueva ADI de Guápiles. Por Unanimidad SE ACUERDA: Este Concejo Municipal se encuentra en la Anuencia de apoyarlos, toda vez que cumplan con el requisito de suscribirse a la Asociación de Desarrollo de su Distrito que sería en este caso la ADI Guápiles y presenten una nota de respaldo al Comité por parte de la Asociación de Desarrollo. ACUERDO N* 948 Se conoce nota suscrita por el señor Jose Mario Jara Alvarado, Representante Legal de Residencial Castillos de Nazareth S.A. dice: Oficio: JMJA-1605-2022 El suscrito, JOSE MARIO JARA ALVARADO, adulto mayor, empresario, portador de la cédula de identidad número 2-0291-1493, vecino de Ciudad Cariari, Residencial Los Arcos, Ulloa, Heredia, en mi condición de VICEPRESIDENTE con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad RESIDENCIAL CASTILLOS Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*199 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022 DE NAZARETH S.A., cédula de persona jurídica número 3-101-674336, con fundamento en los siguientes ANTECEDENTES, nos apersonamos respetuosamente ante su digno Concejo, a solicitar lo siguiente. 16 de mayo de 2022 JMJA-1605-2022 Señora y señores Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE POCOCI El suscrito, JOSE MARIO JARA ALVARADO, adulto mayor, empresario, portador de la cédula de identidad número 2-0291-1493, vecino de Ciudad Cariari, Residencial Los Arcos, Ulloa, Heredia, en mi condición de VICEPRESIDENTE con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad RESIDENCIAL CASTILLOS DE NAZARETH S.A., cédula de persona jurídica número 3-101-674336, con fundamento en los siguientes ANTECEDENTES, nos apersonamos respetuosamente ante su digno Concejo, a solicitar lo siguiente, ANTECEDENTES: 1.- NEGOCIACIÓN DE BUENA FE Y LEALTAD: El 3 de agosto de 2017 en una reunión con la ex alcaldesa ELIBETH VENEGAS VILLALOBOS y el ex presidente del anterior Concejo Municipal FREDDY HERNANDEZ MIRANDA, se nos propuso por parte del municipio, que nuestra representada desarrollara y construyera un proyecto de interés social contiguo a la urbanización “La Sole”, a efectos de contener y minimizar el impacto social negativo que genera actualmente dicho residencial, ya que la mayoría de las familias iniciales de este proyecto de interés social provenían de lugares conflictivos del GAM. El plan municipal contempló en ese momento, unir las áreas comunales colindantes de “La Sole” y “Residencial Castillos de Nazareth”, a efectos de crear un vínculo urbanístico que permitiera socializar deportiva y recreativamente la zona, con el apoyo de la Asociación de Desarrollo del distrito y los aportes financieros denominados “bonos comunales” que otorga el Banco Hipotecario para la Vivienda (BANHVI). En esa primera reunión estuvo presente el MBA Juan de Dios Rojas Cascante, quien ocupo los cargos de subgerente de operaciones y Gerente General del BANHVI durante 30 años, quien compareció para definir el tipo de financiamiento BANHVI que fuera acorde con los requerimientos municipales. En esa reunión las partes: sea la Municipalidad de Pococí y nuestra empresa, acordamos que el proyecto se tramitaría ante la MUNICIPALIDAD y el BANHVI bajo la modalidad de financiamiento con recursos del FOSUVI, conocida como “Proyectos de Compra de Lotes con Servicios Básicos y el Desarrollo de Viviendas al amparo del Artículo 59, Ley del Sistema Financiero para la Vivienda N* 7052 y sus Reformas”. (FORMULARIO S-002-17). Sitio Web: munipococi.go.cr AN < Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*200 ACTA N*37 Ordinaria. AER 2.- Obligaciones acordadas entre la Municipalidad de Pococí y Residencial Castillos de Nazareth S.A.: Obligaciones a cumplir por la Municipalidad: 2.1.- Declarar e inscribir como públicas las calles del proyecto, porque en este tipo de financiamiento con recursos del FOSUVI, el BANHVI lo que compra son lotes urbanizados con todos los servicios públicos debidamente habilitados. 2.-2,- Otorgar el visado municipal a los planos de catastro de los lotes del proyecto, para efectos de segregación e inscripción ante el Registro Nacional, siempre y cuando estuviera debidamente otorgada la disponibilidad de agua por parte del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA). Obligaciones a cumplir por Residencial Castillos de Nazareth S.A.: 2.-3.- Ejecutar los 17 requisitos técnicos y constructivos estipulados en el FORMULARIO S- 002-17, el cual fue aprobado por la Junta Directiva del BANHVI mediante Acuerdo it 5, de la Sesión N* 94-2017 del 22 de diciembre de 2017. 3.- Aprobación de las calles públicas por parte del Concejo Municipal: El 28 de enero de 2020 como consecuencia de los trabajos realizados en el terreno y a efectos de aligerar la tramitación del proyecto, y continuar con el plan de desarrollo acordado por las partes, mediante Acuerdo No. 116, Artículo Il, Acta No. 06 de la Sesión Ordinaria No, 6, el Concejo acordó lo siguiente: “Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la solicitud del señor José Mario Jara Alvarado, apoderado generalísimo de la empresa Residencial Castillos de Nazareth S.A. Se reciben en donación las siguientes áreas ubicadas en el distrito de Cariari, Cantón Pococí, Provincia Limón, según plano catastrado No. L- 1528500-2011: Calle de 11 metros de ancho x 453,49 ml de largo y otra calle de 10 metros de ancho x 159,77 ml de largo, para un área total de 6.596,09 metros cuadrados y se declaran como Calles Públicas. Publíquese en el diario oficial La Gaceta. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado”. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*201 ACTA N*37 Ordinaria. ERARIO TRATA 3 4.- Publicación en el Diario Oficial La Gaceta: El 3 de abril de 2020 mediante Oficio SMP-65-2020 de la Licda. Magally Venegas Vargas, secretaria municipal, se procedió a publicar en el “Diario Oficial La Gaceta No. 69”, el acuerdo conteniendo la aprobación de las calles públicas del proyecto, para conocimiento de toda la comunidad. 5.- Autorización del Concejo a la Alcaldía para recibir ante notario público las áreas declaradas como públicas: El 28 de abril de 2020 mediante Acuerdo No. 657, Artículo ll, Acta No. 29, de la Sesión Ordinaria No. 29, el Concejo acordó lo siguiente: “Por UNANIMIDAD, SE ACUERDA: Se Autoriza al alcalde en ejercicio (Alcaldía Municipal) comparecer ante notario público recibir mediante escritura pública, las áreas declaradas como públicas por el Concejo Municipal. Asimismo, se autoriza el visado correspondiente para agilizar el trámite registral. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado”. Nótese que los actos tomados por el Concejo Municipal en Sesión 06 Ordinaria, de fecha 28 de enero de 2020, Acta 06, Artículo ll, Acuerdo 116 y Sesión 29 Ordinaria, de fecha 28 de abril del año en curso, Acta 29, Artículo Il, Acuerdo 657, son actos firmes y legítimos, que establecieron la declaratoria de calles públicas y su recepción, por parte de la Alcaldía. 6.- Firma e inscripción de la escritura de segregación y donación de las calles públicas del proyecto: El 15 de diciembre de 2020 el suscrito en representación de Residencial Castillos de Nazareth S.A,, y el Lic. Manuel Guillermo Hernández Rivera, actuando en su condición de alcalde de la Municipalidad del Cantón de Pococí, comparecimos ante la Licda. Laura Virginia Baltodano Acuña, Notaria Pública, y firmamos la “Escritura No. 241 de segregación y donación de los lotes de calle pública segregados”, visible al Folio 199 frente del Tomo 5” del protocolo de la referida notaria, quedando debidamente segregadas e inscritas a nombre de la Municipalidad del Cantón de Pococí, las calles públicas del proyecto con las sIgulentes inscripciones registrales: 6.1.- Finca del Partido de Limón matrícula de folio real número 181642-000 con una medida de 5.041 m2, según plano de catastro número L-2197485-2020. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*202 ACTA N*37 Ordinaria. 6.2.- Finca del Partido de Limón matrícula de folio real número 181643-000 con una medida de 770 m2, según plano de catastro número L-2197486-2020. 6.3,- Finca del Partido de Limón matrícula de folio real número 181644-000 con una medida de 769 m2, según plano de catastro número L-2197488-2020. 7.- Solicitud del visado municipal a la Unidad de Topografía en los planos de catastro de los lotes individuales: A efectos de dar cumplimiento a la SEGUNDA OBLIGACION MUNICIPAL referente al otorgamiento del visado municipal en los planos de catastro de los lotes del proyecto, para efectos de segregación e inscripción ante el Registro Nacional, decidimos continuar con la negociación de buena fe acordada con la municipalidad, procediendo con la confección de los planos de catastro individuales de los lotes, para su presentación e inscripción ante el Área Catastral Registral del Registro Inmobiliario, subdirección catastral. El 24 de marzo de 2022 iniciamos la tramitación digital del VISADO MUNICIPAL, de los planos de catastro individuales de los lotes ante el Área de Topografía de la Municipalidad de Pococí. El 29 de marzo de 2022 mediante el OFICIO APT-22360-240322 el Ing. Esteban Gutiérrez Solís, de la Unidad de Topografía, nos remitió la “Minuta de rechazo del trámite de visado municipal”, indicando en las OBSERVACIONES del rechazo lo siguiente: “La solicitud en cuestión se trata de un proyecto urbanístico, por lo que se le solicita presentarse ante la Coordinación del Área de Planificación y Desarrollo Urbano (Ing. Henry Madrigal Calvo) con el fin de contar con el visto bueno correspondiente, según normativa vigente”. El 31 de marzo de 2022 en tiempo y forma presentamos el “RECURSO DE REVOCATORIA Y APELACION EN SUBSIDIO” ante la Alcaldía Municipal, en contra de la RESOLUCIÓN APT-22360-240322 dictada por el Ing. Esteban Gutiérrez Solís, de Unidad de Topografía el día 29 de marzo de 2022. El 29 de abril de 2022 mediante el OFICIO UTOP-MPL-181-2022 la Unidad de Topografía, nos rechazó el RECURSO DE REVOCATORIA procediendo a trasladar el RECURSO DE APELACION a la Alcaldía Municipal ”...para que conozca el asunto y resuelva según corresponda”. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*203 ACTA N937 Ordinaria. pa : 5 PETITORA: Con fundamento en los anteriores ANTECEDENTES le solicitamos respetuosamente al Concejo Municipal lo siguiente: A." Que se proceda a nombrar e integrar una “Comisión” para que estudie, examine, dictamine y recomiende una solución técnica y legal, para solventar nuestro diferendo técnico con la Unidad de Topografía, ya que la decisión del Ing. Esteban Gutiérrez Solís de “RECHAZAR” el VISADO MUNICIPAL de los planos de catastro de los lotes de nuestro proyecto de interés social, violenta el principio de buena fe y lealtad negocial, y el bloque de legalidad acordado previamente por mi representada con el Concejo y la Alcaldía, por cuanto la solicitud de VISADO no está orientada a una exención de trámites o requisitos, por el contrario, lo que pretendemos es dar continuidad a lo acordado con la municipalidad. La decisión de la Unidad de Topografía nos está causando cuantiosas pérdidas financieras, ocasionándonos además graves daños y perjuicios que afectarán severamente las finanzas de nuestro grupo, tal y como lo demostraremos con el Informe del “Perito Actuario Matemático” contratado para tal efecto. El rechazo del visado municipal también perjudica a las 92 familias en extrema pobreza del proyecto, y retrasa la reactivación económica y generación de empleos en la zona de “La Sole” donde se ubica el proyecto, donde escasean las oportunidades de trabajo y vivienda. B.- Que en el caso de que el Concejo acepte nuestra propuesta de integrar la “Comisión”, solicitamos que la investigación se fundamente en la documentación que consta en el expediente administrativo de la Unidad de Topografía, donde consta nuestro OFICIO JMJA- 1205-2022 que contiene un “relato cronológico de los hechos” con sus correspondientes documentos de respaldo. C.- Asimismo, solicitamos respetuosamente que la “Comisión” si lo considera conveniente, se asesore con la Unidad de Servicios Jurídicos Internos del municipio, para que compruebe que el FUNDAMENTO LEGAL Y TECNICO de la NEGOCIACIÓN, fue basado en el “Principio de Autonomía Municipal” y en la “Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda Ley N” 7052”, cuyos requisitos están debidamente establecidos en el FORMULARIO S-002-17. D.- Otra importante consideración legal y técnica a revisar por parte de la “Comisión”, es que los VISADOS MUNICIPALES SOLICITADOS, son emitidos por el municipio únicamente para efectos de inscripción de los planos de los lotes del proyecto, es decir, no implican una licencia de construcción. La importancia del visado, radica en que nos permitirá continuar con la inscripción de los planos de catastro, y realizar las posteriores segregaciones en cabeza propia, y una vez que contemos con las fincas y los planos de Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*204 ACTA N*37 Ordinaria. DE catastro debidamente inscritos e individualizados, la Municipalidad de Pococí podrá iniciar de inmediato el proceso de la escogencia de las familias en extrema pobreza postulantes al bono de vivienda, mientras nuestra representada en paralelo, comenzaría con la tramitación de los expedientes familiares a través de la Entidad Autorizadas del SFNV Ley 7052. Heredia, 16 de mayo de 2022.- JOSE MARIO Firmado digitalmente JARA por JOSE MARIO JARA ALVARADO (FIRMA) ALVARADO Fecha: 2022.05.16 (FIRMA) 14:54:10 -06'00' Residencial Castillos de Nazareth S.A. José Mario Jara Alvarado Representante Legal Propuesta de la señora pdta Yaslyn Morales Grajal. Yo propongo que hagamos una mesa de trabajo con los 9 regidores propietarios, el señor Alcalde, la parte técnica (Esteban, Henry y David) y la parte legal doña Cyntia o quien ella considere que deba estar. Reg. Randall Torres Barrientos Indica que, no le queda claro qué es lo que solicita el señor, el por qué quiere una comisión, es que las comisiones las crea el Concejo. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal Procede a leer nuevamente la petitoria realizada por el señor Jose Mario Jara y recalca que, esto debe ser tratado en una mesa de trabajo, no en una comisión, como lo indicó anteriormente: e Con 2representantes de la empresa e Los?9regidores propietarios e Yla Alcaldía con el equipo técnico. Y pone en discusión el documento. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*205 ACTA N*37 Ordinaria. Reg. Randall Torres Barrientos. Comenta que le quedan muchas dudas con relación a este tema, ya que él respeta mucho el criterio técnico de los profesionales, y si un ingeniero está recomendando no aprobar una serie de planos, por falta de requisitos por parte de la empresa, entonces hay que enviarlos a cumplir la normativa. Recomienda solicitarle primero un informe a Esteban para ver cómo está esa situación. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal Indica que ya existen informes y por ende la empresa está realizando estas petitorias. Reg. Randall Torres Barrientos. Indica que, la nota la ve muy amenazante, no es usual que este administrado les esté diciendo que es lo que hay que hacer. Que le preocupa demasiado que en apariencia, dentro de la amenaza que hace es un tema Contencioso, de litigio con el estado, en este caso con la Municipalidad por este tema de esos planos. En estos momentos no se tiene todo el cuadro fáctico para tener claro que es el asunto y cuál es el tema del rechazo, pero hay que tener cuidado con eso y pedir los informes técnicos antes de tomar una decisión. Indica que, él no estaría avalando crear una comisión sin tener claro todo y que no sea un tema subjetivo, ya que no se puede tomar decisiones por situaciones sesgadas, se debe tener todo el espectro claro para poder decidir. Además, la empresa tendría otro camino que es hacer un tema Contencioso si cree tener la verdad, el Municipaio tiene los técnicos que dicen que está mal y él dice que está derecho entonces, para eso está un tercero un jerarca impropio, que se denomina el Tribunal Contencioso o los juzgados también dónde puede ir a dirimir este problema. Reg. Reinaldo Benavides. Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*206 ACTA N*37 Ordinaria. 19-052022---" Opina que el Concejo Municipal debe apoyar estos proyectos siempre y cuando estén legales y a derecho. A pesar de no conocer mucho sobre este proyecto, sí sabe que en el Concejo Anterior se le aprobaron las calles a estas personas. Tambien sabe que hubo alguna negociación con los empresarios por parte de la Administración pero no está seguro. Finaliza indicando que, para un proyecto de vivienda, silo hacen cumpliendo con todo, nadie va a oponerse, se debe escuchar a los empresarios, pero lo que inicia bien, termina bien. Reg. Ovidio Vives Castro. Indica que él siempre va a mantener la línea en apoyar siempre todo lo bueno que venga a este cantón. Comenta que, el regidor Randall Torres captó muy bien lo poco que la regidora presidenta lo mencionó, es amenazante y muy serio y deberían invitar para la mesa de trabajo, a dos representantes de esta empresa porque deben buscar una solución. Ratifica que parece bien la propuesta que la señora presidente de formar una mesa de trabajo con los técnicos, que tomen en cuenta dos representantes de esta empresa. Este es un tema de la Administración anterior pero si hay un acuerdo ahí en documento donde la Municipalidad o la Administración se comprometió con esta empresa y hasta hoy no se ha cumplido. Reg. Alfredo Calderón Alfaro. Propone que se reúnan primero con el Ingeniero Henry para que les den la información completa y posteriormente con los empresarios. Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Siendo que hay un criterio técnico previo, los regidores actuales no conocen el fondo del problema ya que se trata de algo de la Administración anterior y es lo que deben investigar. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*207 ACTA N*37 Ordinaria. AAA Opina que la figura de la mesa de trabajo es la más idónea para buscarle una solución al tema y obviamente a la solución de vivienda de muchas familias de este cantón. Reg. Randall Torres Barrientos. Una vez viendo el documento queda claro que lo que pasó fue, que en el año 2017 se declararon unas calles públicas y despues de eso se pretenció que se les visara Una serie de planos, el problema es que este proyecto es de tipo urbanístico por lo que tiene que tener aceras, cordón de Caño, calle asfaltada y en eso brindará todo el respaldo para los aspectos técnicos de los ingenieros Esteban y Henry Madrigal ya que el Concejo Municipal no puede pretender pasar por encima de todo eso y simplemente aprobar unos planos que están en verde. En este caso en específico y considerando además, que hay un recurso de apelación que está pendiente de resolver por parte del Concejo Municipal, sería mejor que se reuniera allá con los técnicos Municipales pero bajo una perspectiva de que va a cumplir con una serie de requerimientos para que ese proyecto le pueda dar seguridad a la gente. Reg. Juan Luis Gómez Gómez. Recomienda que se traiga a la mesa de trabajo a las tres personas de la parte de Desarrollo Urbano y unas dos o tres personas del otro grupo, y plantearle a Henry que lo que lo haga de una forma positiva, que indique que el proyecto se puede hacer si llevan a cabo los requerimietos de la parte técnica. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Propone que se realicen dos jornadas de trabajo: La primera que se realice la próxima semana con los técnicos para que le expliquen al Concejo. Posteriormenta, en la segunda semana junio que ya estaba don Manuel, entonces reunirse con la Administración, Servicio jurídico, los dos representantes de la empresa y el Concejo Municipal. pero primero se debe conocer bien a fondo el tema. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
OCO€NÑ) lc ¡Qi/[p MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ne 209- PAGINA N9208 ACTA N987 Ordinaria. 19-05-2022." A Por Unanimidad SE ACUERDA: Realizar la primera mesa de trabajo el jueves 26 de mayo a las 10:00 de la mañana en la sala de sesiones del Concejo Municipal, con los regidores propiestarios, la Alcaldesa a.i. Yamileth Hidalgo Arias, la Licda. Cyntia Ávila del departamento de Dirección Jurídica (o a quien designe), los Ingenieros Municipales: Henry Madrigal Calvo del Área de Planificación y Desarrollo Urbano, el Ing. Esteban Gutiérrez Solís y el ing. David Quirós Aguilar del departamento de Topografía para analizar lo solicitado por la Empresa Residencial Castillos de Nazareth S.A. mediante el oficio NJMJA-1605-2022. Posteriormente se aprueba realizar la segunda mesa de trabajo el jueves 09 de junio a las 10:00 am, con la Alcaldía, la Dirección Jurídica Municipal, los ingenieros Municipales y dos representantes de la Empresa Castillos de Nazareth S.A. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Acuerdo Firme. ACUERDO N* 949 Se conoce nota para este Concejo suscrita por los regidores de la Municipalidad de Siquirres, dice: Oficio DA-046-2022MCA. Asunto: Solicitud de voto de apoyo a la moción del Concejo Municipal de Siquirres. » »> Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*209 ACTA N937 Ordinaria. Siquirres, Lunes 16 de mayo de 2022 DA-046-2022MCA Municipalidad de Siquirres DEPARTAMENTO DE ALCALDÍA Siquirves Teléfono: 2768-6266/ Ext. 102 (a8( sl al lAZÓN DEL ves SIQUIRRES Correo: mcashúsiquirres.go.cr MOCION Considerando PRIMERO: Vivimos en un mundo cada día más distante del ideal que queremos, nos acomodamos al corre y corre de la vida, a actuar como la sociedad nos demanda, sin medir las consecuencias que a futuro nos deparará el destino. En este escenario una vez más, la Provincia de Limón sufre las consecuencias del abandono que por años ha vivido por parte de todas las instituciones del Estado, siendo la provincia que mueve a este país con las exportaciones e importaciones, generando a través de los puertos las divisas que ayudan al desarrollo del país, menos al Caribe. SEGUNDO: La Provincia de Limón es atacada por los medios televisivos, redes sociales ante las eventualidades que suceden no solo en Limón, sino en el país y el mundo; se estigmatiza en gran medida que solo en nuestra provincia se dan este tipo de situaciones. No es de recibo para nuestro Cantón y Provincia que nos sigan poniendo etiquetas de “peligroso”, “violan y matan a las mujeres”, “no visiten en Caribe” y muchas más, cuando sus autores y emisores no conocen la situación que aqueja a cada una de nuestras comunidades. TERCERO: Las instituciones del estado están en deuda con nuestro cantón, los altos jerarcas se olvidan de que están para servir a las comunidades y brindar mayor atención a las zonas vulnerables. Limón es tierra de gente trabajadora, que ama las bellezas de nuestra tierra, sus playas, rios y más bellezas naturales son un crisol de luz y color que engalana nuestras vidas diariamente. CUARTO: Sin embargo, una vez más debemos exponer las falencias de las instituciones del estado que están presentes en nuestro cantón, pero que no ayudan en nada a mejorar la calidad de vida de los siquirreños. + Ministerio de Seguridad Pública: o Pocos efectivos de fuerza pública, para una zona altamente conflictiva por el sicariato, narcotráfico, asaltos, entre otros. o Condiciones insalubres en muchas de las delegaciones, algunas hasta con orden sanitaria. Construyamos un mejor Siquirres www.siquirres.go.cr Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*210 ACTA N*37 Ordinaria. Siquirres, Lunes 16 de mayo de 2022 DA-046-2022MCA o Flota vehicular escasa o en malas condiciones, ejemplo de ello la patrulla que tuvo un accidente y falleció un oficial. o Falta de capacitación y profesionalismo en el actuar de los oficiales, como se puede ver en casos de violación, sicariato, narcotráfico. Tal cual ocurre en la situación externada por la comunidad de Barra de Parismina. e INAMU o Poca presencia en el Cantón de Siquirres. o Desde el año pasado no llegan a realizar las atenciones itinerantes para trabajar el marco preventivo en nuestro cantón. o No solamente se debe hacer presente el día de la marcha contra la violencia a las mujeres en el mes de noviembre, es presencia todo el año. o No se cuenta con una oficina descentralizada en el cantón o al menos que tenga un horario de visita fijo a la semana. o Atendiendo a la firma de carta de entendimiento es menester del INAMU, desarrollar proyectos en conjunto con la OFIM para el empoderamiento de las mujeres y mejorar su calidad de vida en la comunidad, esperamos que esta sea una acción inmediata ya que se cuenta con la carta de entendimiento firmada este mes de marzo. e ICT o Visitas periódicas para ayudar a las comunidades a promover turísticamente las zonas. o Generar capacitaciones sectorizadas, para la atención de los turistas, tomando en cuenta a todos los cantones de la provincia. e JAPDEVA o Zonas como Barra de Parismina están urgidas de la titulación de las tierras, para normalizar y legalizar las situaciones precarias en que cientos de ciudadanos ejercen su privativo acceso a la propiedad privada en un marco de derecho. o Asesoría profesional y técnica para los respectivos trámites. La anterior enumeración solo recoge un pequeño resumen de lo que se puede encontrar en “Siquirres Corazón del Caribe”, donde los ciudadanos se esfuerzan día a día por salir adelante, gente trabajadora que luchan día a día, sabiendo que las instituciones del estado hacen caso omiso a las necesidades que nos aquejan. Construyamos un mejor Siquirres www.siquirres.go.cr Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*211 ACTA N937 Ordinaria. Siquirres, Lunes 16 de mayo de 2022 DA-046-2022MCA QUINTO: Situaciones como la vivida en la comunidad de Barra de Parismina, es un llamado de alerta, que ocupamos más apoyo institucional, más y mejores oportunidades de estudio, empleo, vivienda digna, calidad de vida; pero lamentablemente se atienden después de un evento tan desafortunado como la violación de dos turistas. Por tanto: Se solicita a este honorable Concejo Municipal tomar el siguiente acuerdo: Trasladar esta moción con sus considerandos completos y con las siguientes petitorias a las siguientes instituciones del Estado: A la Oficina del INAMU en el cantón y sede central. + Atención Psicológica permanente del INAMU en el cantón y distritos. + Gestionar los proyectos para el empoderamiento de las mujeres para mejorar su calidad de vida en el cantón de Siquirres y sus distritos. + Atención al oficio INAMU-PE- 0145-2022, en el que indican que se procedería a coordinar una reunión con el segundo vicepresidente saliente, a fin de identificar acciones concretas para el Caribe Norte en relación con la seguridad de la región. Estas serán consignadas como partes de las acciones recomendadas a seguir por la próxima administración. Al Ministerio de Seguridad Publica en la persona de su Ministro. + Más efectivos de Fuerza Publica en Barra de Parismina y el cantón. + Mejores condiciones en sus instalaciones. + Arreglo de la flota vehicular para los efectivos de Fuerza Pública. A JAPDEVA. e Titulación de las tierras bajo su administración, propiciando y apoyando los proyectos necesarios para su efectivo impulso, tanto en Barra de Parismina como del Pacuare. A los Concejos Municipales de la Provincia de Limón. + Para que tomen un voto de apoyo. A todos los Concejos Municipales e intendencias. + Para que tomen un voto de apoyo. Construyamos un mejor Siquirres www.siquirres.go.cr CASTO EI ATREA RS Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*37 Ordinaria. AS A | PAGINA N*212 Siquirres, Lunes 16 de mayo de 2022 A todos los señores diputados de la Republica. Al señor Presidente de la República y oficina de la señora Vicepresidenta de la República. Firmado RAN DAL digitalmente por ALBERTO RANDAL ALBERTO BLACK REID BLACK REID (rirma) Fecha: 2022.05.17 (FIRMA) 16:58:11 -06'00' YOXANA Firmado digitalment DEBORA — VOXANADERORA STEVENSON STEVENSON SIMPSON SMPSON(FIRMA) Fecha: 2022.05.17 (FIRMA) 17:11:07 -06'00' MAUREEN Firmado digitalmente CASH ARAYA Inarami (FIRMA) Tászis.oo00" Maureén Cash Araya SUSANA DE LOS ANGELES - ANGELESCRUZ CRUZ VILLEGAS VILLEGAS (FIRMA) DA-046-2022MCA Firmado digitalmente por SUSANA DELOS Fecha: 2022.05.17 Alcaldesa a.i. (FIRMA) 16:27:59-06'00' Firmado JUNIOR DE Firmado ELIAS digitalmente por LOS ANGELES digitalmente por ALBERTO - ELIAS ALBERTO JUNIOR DELOS JARA VEGA QUIROS ANGELES QUIROS JARA VEGA frirma) CHAVARRIA — <HAVARRIA (FIRMA) FIRMA Fecha: 2022.05.17 Fecha: 2022.05.17 ( ) — 1637:07-0600 (FIRMA) 17:22:56 -06'00" Firmado digitalmente KARLA ANDREA porkKARLA ANDREA ALVARADO MUÑOZ ALVARADO fm MUÑOZ (FIRMA) Fecha: 2022.05.17 19. :57:50 -06'00" Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo a la gestión de la Municipalidad de Siquirres. ACUERDO N* 950 Se conoce boletín informativo por parte de la Contraloría General de la República, dice: Asunto: Recordatorio para las declaraciones juradas. Pecocí Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
PAGINA N*213 0009 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*37 Ordinaria. Boletín $2 Estimado (a) declarante tenga presente: e El plazo para la recepción de las declaraciones juradas de bienes 2022 vence el viernes 20 de mayo. Para obtener la clave de acceso para llenar la declaración jurada de bienes, debe hacerlo mediante la siguiente ruta: Ir al sitio web www.sgr.go.er Ingresar a “Declaración jurada de bienos” Ingresar a la sección "Declaración anual mayo 2022" Seleccionar la primera opción: "Autogeneración de claves” Dar clic en: "Ingrese aquí” Seleccionar: "Envío de Código”. Debe indicor su usuario y dar clic en el botón "Enviar". Una vez recibido el código, proceda a validarlo y definir una clave. CIO Y Recuerde que el Usuario corresponde a su número de cédula? con un cero al inicio y que el código de verificación NO es la clave de acceso al sistema, *En caso de ser extranjero su usuario corresponde al número de identificación con que fue registrado en el sistema. Como factor de seguridad, al indicar en forma correcta su usuario y clave, el Sistema de declaraciones le enviará un PIN que debe validar para ingresar al formulano. En la sección “Declaración anual mayo 2022" podrá encontrar información relacionada con la presentación de declaraciones juradas. Recuerde que el uso de su clave es personal, por lo que no debe facilitarse a terceros. En coso de dudas o consultas, puede contactarnos al correo electrónico declaraciones juradasftcgrer.go.cr, al centro de llamadas 905-DECLARE (3325273) o al 2501-8150 o a través de nuestro servicio de atención en linea (web: chato) Este correo se genera en forma automática a todos los declarantes activos de la base de datos, por lo que sí ya presentó la declaración anual haga caso omiso a este comunicado. Además, si presentó declaración inicial entre los meses de enero y mayo de este año no tiene que presentar declaración anual 2022. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*214 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N* 951 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora MBA. Karen Patricia Porras Arguedas, Directora Ejecutiva UNGL, TEL: 2290-38-06, 2290-41-58, correo: asanchezOunal.or.cr dice: Oficio: DE-E-081-05-2022 Asunto: Nombramiento de 2 delegados, quienes serán los representantes del Concejo Municipal ante la Asamblea Nacional de Municipalidades. » »> Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*215 ACTA N*37 Ordinaria. San José, Mayo 2022 DE-E-081-05-2022 Señores (as) Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Presente Estimados señores (as): Reciban un cordial saludo de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), ente gremial y político que representa, posiciona y defiende a las municipalidades del país, fortaleciendo la autonomía política, administrativa, financiera e institucional de los gobiernos locales desde hace 44 años. El Artículo 9 del Estatuto de la Unión Nacional de Gobiemos Locales establece que: “Artículo 9 “Son miembros de la Asamblea Nacional: a. Tres delegados del Gobierno Municipal, de los cuales dos serán nombrados por acuerdo del Concejo Municipal de cada una de las Municipalidades afiliadas a la UNGL, los cuales deberán ser regidores o regidoras, y uno será quien ostente la titularidad de la alcaldía en ejercicio. b. Dos delegados nombrados por acuerdo del Consejo Directivo de cada una de las Federaciones de Municipalidades, los cuales deberán ser Regidores, regidoras, titulares de la Alcaldia, titulares Intendencias. e. Tres delegados de los Concejos Municipales de Distrito, de los cuales Dos delegados nombrados por acuerdo del Concejo Municipal de Distrito, los cuales deberán ser concejales de distrito y uno será quien ostente la titularidad de la intendencia en ejercicio. En los nombramientos de delegados y delegadas realizados por los Concejos Municipales, Concejos Municipales de Distrito y Federaciones de Municipalidades deberá respetarse la equidad de género. En caso de que no se respete la equidad de género en el concejo municipal, el concejo municipal de distrito o federación de municipalidades deberá especificarlo en el acuerdo respectivo, caso contrario se rechaza de plano el nombramiento por incumplimiento de lo establecido. Ningún delegado o delegada podrá tener una doble representación ante la Asamblea Nacional”. Central Telefónica: 2290-3806 ¡ G gl.or.cr / www.ungl.d Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*216 ACTA N937 Ordinaria. Por lo anteriormente expuesto, se solicita respetuosamente a ese honorable Concejo Municipal proceder al nombramiento de los delegados (as) de su municipalidad, concejo municipal de distrito o federación municipal, según corresponda. Dichos delegados (as) serán los representantes ante la Asamblea Nacional de Municipalidades durante el período comprendido de mayo 2020 a mayo 2024. La Asamblea Nacional se realizará en fecha, hora y lugar que será comunicada oportunamente por la UNGL. Asimismo, para acreditarse como delegado (a) de nuestra Asamblea Nacional es requisito indispensable el envío del acuerdo municipal respectivo, en el cual debe constar nombre completo de los dos delegados(a), número de cédula de identidad, correo electrónico y número de teléfono celular mediante el cual se pueda contactar. Dicho acuerdo debe remitirse a la mayor brevedad al correo electrónico de la Sra. Guiselle Sánchez Camacho, gsanchez(Qungl.or.cr / número de teléfono directo 2290-4158 / celular 8348-7559, para conformar el respectivo padrón de delegados (as). Sin otro particular y deseándoles éxito en sus funciones se despide. Atentamente, KAREN PATRICIA Firmado digitalmente por KAREN PATRICIA PORRAS PORRAS ARGUEDAS ARGUEDAS 020, 16 echa: y (FIRMA) 12:09:39 -06'00' MBA. Karen Porras Arguedas Directora Ejecutiva Unión Nacional de Gobiernos Locales CC: Archivo Propuesta por el regidor Randall Torres Barrientos. Propongo a la regidora Yaslyn Morales Grajal [ como propietaria) y al regidor Jose Antonio Bustos Martínez (como suplente). Se somete a votación la propuesta. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra a la regidora Yaslyn Morales Grajal, céd. 7-0179-0177, correo: yas.grajalOgmail.com (como propietaria) y al regidor Jose Antonio Bustos Martínez, céd. 7-0146-0481, correo: jbustosmart182008gmail.com Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*217 ACTA N*37 Ordinaria. (como suplente), quienes serán los re; j A E presentantes del Concejo Municipal de Pococí ante la Asamblea Nacional de Municipalidades. Se autoriza el e de viáticos y Transporte. Se Dispensa del Trámite d isió Definitivamente Aprobado. l EUR MAUALdS ACUERDO N”* 952 Se conoce nota para este Concejo suscrita ñ i imé AF | por la señora Rosibel Jiménez Pé Presidenta comité Barrio Los Helechos, céd. 7-0086-0701, tel: 8352-54-30 dice: e Asunto: Problemática con el servicio de transporte. ME OIRUO A SU PERSONA CON EL FIN DE HACER DE SU COMDCIMIENTO QUE ANTERIORIACMTE LA EMPRESA TRACASA NOS DRINDADA EL SERVICIO DEL NUS COM LA PUTA DELA URBA CADA HORA LUEGO UNIFICARON VAS RUTAS COM OTROS BARRIOS, (ENTRE SEMANA COM LOS SAUCES Y EL SÁBADO CON TORO AMARILLO Y LOS SAUCES) SIM EMBARGO, A PARTIA DEL 02 DE MAYO NOS SUSPENDIERON EL SERVICIO POR COMPLETO, COMO COMPRENDERÁ, ES SUMAMENTE PREOCUPANTE ESTA SITUACIÓN, PORQUE SON MUCHAS LAS PERSONAS IOñOS, JÓVENES, ADULTOS, ADULTOS MAYORES) QUE UTILIZAN DICHO SERVICIO PARA ASISTIR A 5U5 TRABAJOS EN EMPRESAS PÚBLICAS, PRIVADAS Y EN COMERCIOS, LAS PERSONAS QUE TIENEN QUE ASISTIR A CITAS MÉDICAS, A REALIZAR COMPRAS Y DEMÁS, PERO LO MÁS PREOCUPANTE, LOS ESTUDIANTES QUE ASISTEN A LA ESCUELA 1OS ÁNGELES QUÉ UTILIZAN DICHO SERVICIO PARA SU TRASLADO, SIN DEJAR DE LADO, LOS ESTUDIANTES DE COLEGIO, QUÉ PESE A QUE CUENTAN CON SERVICIO ESTUDIANTIL, MAY OCASIONES EN QUE ENTRAN O SALEN EM HORARIOS CONTRARIOS AL MISMO Y POR ENDE REQUIEREN TAMBIÉN DEL TRANSPORTE PÚBLICO PARA 1P O REGRESAR. TOMANDO TAMBIÉN EN CONSIDERACIÓN, LA SITUACIÓN ECONÓMICA EN QUE NOS ENCONTRAMOS ES DEMASIADO DIFÍCIL COMO PARA PODER ESTAR PAGANDO TAXIS POR OTRA PARTE, LA EMPRESA ADUCE QUE DICHA MODIFICACIÓN OBEDECE A LOS CAM2105 POR LO DE LA AMPLIACIÓN DE LA RUTA 32, PERO DE IGUAL MANERA, SI LA ENTRADA DE LA TROCHA LA CERRARAN POR DICHOS TRABAJOS, LA ENTRADA DE CALLE FLORES YA ESTA HABILITADA Y EL BUS TAMBIÉN PUEDE INGRESAR POR AHÍ (APROXIMADAMENTE 300 MTS DE DISTANCIA UNA DE LA OTRA) OTRA DE LAS RAZONES QUE MANIFIESTAN ES POR MEDIDAS DE PRESIÓN CONTRA EL GOBIERTO POR LO DEL ALZA DE COMBUSTIBLE, PERO RECORDEMOS, QUE A LOS QUE NOS ESTÁN PERJUDICANDO ES A LOS USUARIOS, QUE AL FIN Y AL CABO, SOMOS QUIENES SOSTENEMOS EL SERVICIO CON EL PAGO DE LOS PASAJES Y NO AL GOBIERNO COMO TAL O BIEN, QUE NOS QUEDEMOS SÓLO CON EL SERVICIO QUE BRINDA LA RUTA DE BELLA VISTA QUE PASA POR NUESTRO BARRIO, PERO EL PROBLEMA ES QUE ESA RUTA, SOLO TIENZ HALILITADO 3 SERVICIOS AL DÍA. OTRO PUNTO IMPORTANTE, ES QUE EL DESCONTENTO NO SÓLO ES POR PARTE DE LOS VECINOS DE LOS HELECHOS, SINO TAMBIÉN DEL RESTO DE LOS BARRIOS QUE UNIFICARON EN LAS RUTAS, PORQUE AHORA LOS RECORRIDOS DURAN MÁS TIEMPO POR RECORRER MAYOR DISTANCIA POR TODO LO ANTERIOR, ES QUE REQUERIMOS DE SU INTERVENCIÓN PARA QUE POR FAVOR S£ 105 BRINDE EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO EN NUESTRO DARRIO. PO CY) 4 Sitio Web: munipococi.go.cr C € Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*218 ACTA N937 Ordinaria. MUCHAS GRACIAS POR TODO UN LO QUE NOS PUEDAM AYUDAR, CORDIALMENTE, Isra rs ás y ROSIBEL JIMÉNEZ PÉREZ C£ PRESIDENTA COMITÉ BO, LOS HELECHOS CÉDULA 700860701 TELÉFONO 8352-5430 ADJUNTO ENCONTRARÁN: Y HORARIO DEL BUS QUE SE NOS BRINDADA (CADA HORA) w' HORARIO DEL BUS DE BELLA VISTA (3 VECES AL DÍA) : v/ PUBLICACIÓN EN FACEBOOK DONDE INFORMARON DE lA SUSPENSIÓN DEL SERVICIO, HORARIOS DE LAS RUTAS QUE FUERON UNIFICADAS Y PUBLICACIÓN DE FACEBOOK DEL SEÑOR ROSBILL (REGIDOR MUNICIPAL) SOBRE DESCONTENTO DE LOS OTROS BARRIOS Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*219 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022 *—- O ea! oa 3 “5 ..l 100% M 9:06 AM 1 mao rubnvaciunes — UPIIgNiES — vIUEUS ———Q, Buscar Os; 9 19 comentarios » 23 veces compartido pl) Megusta — () Comentar X/ Compartir on «Rosbill Informa» 59% 2h-9 Usuarios de la Empresa TRACASA anuncian manifestaciones en Toro Amarillo Guáplles Pococí. Rosbill Argúello Badilla / editor. No aceptamos el cambio de horarios y disminución de los servicios, por eso iremos a las calles a manifestarnos. Consultamos en las oficinas de la empresa de autobuses TRACASA y se nos indica que se han tomado esas medidas ya que son más los gastos que los ingresos, lo anterior sin tomar en cuenta los últimos dos aumentos de los combustibles, además los preclos están fijados en base a £606 y no al actual precio de £904 del combustible y hoy tenemos un 60 % menos de usuarios que antes de la pandemia. Mol 1? ..i 100% M 9:06 AM MO ruuntaUIVnEs — UpUUONES VIVO Q, Buscar La comunidad de Toro Amarillo, comunidades aledañas y usuarios en general de la empresa TRACASA se manifiestan inconformes debido a que se cambiaron las rutas de la noche a la mañana, afectando de esta manera el traslado a diferentes puntos, tal es el caso de Tribunales de Justicia, Calle Vargas y otros sitios de gran afluencia de vecinos del cantón, según lo indicaron a este medio informativo. Los vecinos solitan reconsiderar tal situación y que se dé el servicio como antes. Participan de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos. ar Y Cc j ECU 4 Sitio Web: munipococi.go.cr Ya a , Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*220 ACTA N937 Ordinaria. Comenta que estuvo hablando varias veces con don Carlos López Solano dueño de Tracasa junto con Castillo y le comentó que no le parecía justo que han estado quitando rutas en la parte urbana, por ejemplo, en Calle tractor que quitaron el servicio, la gente tiene que pagar taxi, hay gente con discapacidad y ahora esta ruta de Sauces. La empresa cuando presentó los requisitos ante el Ministerio de Transporte, ante la Aresep, dijeron que tenían capacidad para atender estas comunidades y no es justo que las desatiendan, por un tema de decir que el combustible está muy caro y que las calles están en mal estado. En los próximos meses la Municipalidad va a realizar la reparación de Calle Tractor y Los Sauces en gran parte está en buen estado, pero no basta solo con eso, debemos hacer una excitativa ante Tracasa, para que considere esa decisión debido a todas las justificaciones que yo he dado anteriormente para respaldar a las comunidades. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Que les parece si convocamos al Consejo de Transporte Público, a la síndica de Guópiles y a Tracasa y podemor resolver este tema entre todos. Ya sea virtual o presencial, y el día que ellos indiquen que estemos aquí todos. Reg. Ovidio Vives Castro En relación a este tema, ¿los vecinos tienen alguna nota donde Tracasa le solicitó o le dio conocimiento al CTP?. El CTP es el que da el permiso en las rutas de buses en todo el país. Yo le digo a los vecinos, que, si es así, que Tracasa está tomando esta decisión, los mismos vecinos organizadamente con la Asociación de Desarrollo, le puede solicitar a poner a conocimiento al CTP y le puede solicitar que alguna otra empresa de buses pueda ingresar a sus comunidades. Aquí quien se están perjudicando son los ciudadanos y ellos tienen toda la potestad de hacer una nota, respaldada con varias firmas y enviársela al CTP. Pero bueno, vamos a esperar la reunión con Tracasa y con la Comisión de Transporte público de nuestra comunidad para ver qué pasa. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*221 ACTA N*37 Ordinaria. Síndica Sandra Umaña López. Comentar que una situación similar pasa en el distrito de La Colonia, entonces considerar factible mi participación en esa mesa de trabajo. Reg. Supl. Flor lveth Peraza Campos. Con relación al tema de los transportistas, me parece necesario también con la empresa Badilla, ya que en sectores de la bajura han quitado el servicio que por años han brindado, argumentando lo caro de los combustibles y el poco uso de los buses. Han estado quitando rutas que por años han estado fijas como lo son: Caño Seco, Porvenir, Ticabán y dejaron solamente un servicio en la mañana y otro en la tarde. Y son zonas muy alejadas del centro de Guápiles y es preocupante ya que las personas de estas zonas tienen que venir adultos mayores, jóvenes a estudiar, personas a trabajar, a citas médicas, y están quedando con la accesibilidad muy escasa. Quien no tiene un vehículo propio o no puede pagar un taxi se ve limitado a salir de la hora de la mañana y regresar hasta la noche a sus casas. PROPUESTA presentada por el regidor Luis Ángel Méndez Araya. Mas bien hago una propuesta, de invitar a un representante de cada una de las empresas de transporte colectivo de este cantón, para tratar diferentes temas y entre ellos, el tema de discapacidad, ya que existen muchas necesidades en cuanto al transporte colectivo que se deben regular y buscarle una solución en conjunto con los representantes de las empresas. Reg. Juan Luis Gómez Gómez. Lo mismo está pasando en Camuro, el bus, aduciendo el alto costo del combustible está parqueándose en el Triangulo y no está entrando a Camuro, entonces para que inviten también a la síndica de La Rita y ojalá pudieran venir personas de la comunidad. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Entonces esa jornada de trabajo se va a hacer en el centro Cívico en el Auditorio, que se saque el espacio y se invita a los síndicos que tienen ese problema de cada Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*222 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022*_-* AREA distrito, si hay algún representante de las comunidades que sea una persona de la Asociación de Desarrollo pero que traigan Únicamente el tema de transporte ya que es el Único tema que se tratará ese día, no que vengan con cosas de paradas de autobuses u otros. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Transporte Público y se convoca a participar de una mesa de trabajo a personeros del Consejo de Transporte Púbico, a representantes de las empresas de transporte público que operan en el cantón de Pococí, a los síndicos de los diferentes distritos del cantón que tengan esta problemática en su distrito y a un representante de las Asociaciones de Desarrollo de las comunidades que tengan esta problemática. La reunión se llevará a cabo en el Centro Cívico y se comunicará la fecha oportunamente. Para tratar la problemática de suspensión de rutas por parte de las empresas de transporte público en el cantón de Pococí. ACUERDO N* 953 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor José Rodríguez Vega, Secretario Junta Directiva Expo Pococí, Tel. 2710-50-55 / 2710-28-01, coreo: infoOexpo.pococi.com dice: Oficio: JD-43-2022 Asunto; Felicitación a la señora presidenta Yaslyn Morales Grajal por el nombramiento como presidenta municipal. v Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*223 ACTA N*37 Ordinaria. ASOCIACION DE EXPOSICIONES AGAOPECUARIAS DE POCOCI EXPO-POCOCI Teléfonos: (505) 2710-50-55 (506) 2710-28-01 (505) 2710-20-03 FAX: (506) 2710-60-45 Apdo: (623) 7210 Quáplles, Pococí E-mail: info6e»po-pococi.com 3D-43- 2022 Guápiles, 06 MAYO 2022 Sra. Yaslin Morales Grajal. REGIDORA CONCEJO MUNICIPAL POCOCI Pte. Por medio de la presente, luego de saludarle, me permito en nombre de nuestra organización EXPO POCOCI, hacerle llegar nuestras muestras SINCERAS de felicitación por la reciente designación de su persona como PRESIDENTE MUNICIPAL del Concejo Municipal de la Municipalidad del Cantón de Pococi. Sin otro particular por el momento y deseándoles éxitos en el cumplimiento de sus nuevas funciones y responsabilidades me es muy grato suscribirme con las muestras más sinceras de consideración y respeto. Atte. JOSE Firmado digitalmente por JOSE RODRIGUEZ RODRIGUE vea Fecha; 2022.05.06 Z VEGA 10:00:47 -06'00' Ing. José Rodríguez Vega. Secretario Junta Directiva EXPO POCOCI Por Unanimidad SE ACUERDA: Se recibe felicitación. ACUERDO N* 954 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Ernesto Álvarez Herrera, céd. 2-0413-031, tel: 2710-75-45 correo: infoQiccaguapiles.org pastor principal de Asociación Comunitaria Int. Casa de Adoración dice: Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*224 ACTA N*37 Ordinaria. ASOCIACIÓN COMUNITARIA INT. CASA DE ADORACIÓN ASOCICA Ced. Jurídica 3-002-637986 / Tel 2710-7545 infoGiccaguapiles.org / www.iccaguapiles.org Guápiles de Pococí, 16 de mayo de 2022 Señores Consejos Municipal de PococÍ. Estimados regidores bendiciones Por este medio deseo solicitar muy respetuosamente, permiso para cerrar de 8 de la mañana a 1 de la tarde la calle 4 que pasa frente a nuestra iglesia. El radio de cierre seria desde la escuela Juan XXIIl a la Sala de Belleza Jessica ya que deseamos tener unas actividades por motivo de la celebración de la semana de la familia. Ver croquis Av. Central Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*225 ACTA N*37 Ordinaria. Creemos que no ocaslonara problemas ya que es una calle poco transitada por ser domingo y los comercios están cerrados. Agradeciendo su respuesta afirmativa me despido atentamente ERNESTO Firmado digitalmente s ALVAREZ ALVAREZ HERRERA HERRERA (FIRMA ha: 05. (FIRMA) oiioozo600 Ps. Ernesto Álvarez Herrera Pastor Principal Cedula 2-413-031 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza el permiso para el cierre de la Calle 4 ubicada en Guápiles Centro y que va desde la Iglesia Juan XXIIl a la sala de Belleza Jessica por motivo de la celebración de la semana de la Familia para el día 08 de la mañana a 4 de la tarde. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N? 955 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora lleana María Acuña Jarquín, Jefe Departamento Secretaría Municipalidad de San José, dice: Oficio DSM-1646-2022 Asunto: Solicitud de voto de apoyo v Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
Ppecocí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*226 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022 mp 1 j ij SD Municipalidad de San José e y Al Secretaría Municipal pa 18 de mayo de 2022 DSM-1646-2022 Licenciada Paula Vargas Ramírez Alcaldesa ai. Señores Concejos Municipales Señora Nayuribe Guadamuz Rosales Ministra de Cultura y Juventud Señor Luis Antonio González Jiménez Director Ejecutivo, Consejo Persona Joven Estimados señores: Para su conocimiento y fines consiguientes, me permito transcribir el Acuerdo 10.1, Articulo IV, de la Sesión Ordinaria No. 106, celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el 17 de mayo del año Dos mil veintidós, que a la letra dice: Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen 013- CAJ-22 de la Comisión de Asuntos Jurídicos. Se acuerda: “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen 013-CAJ-2022 de la COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS suscrito por los miembros: MARÍN GÓMEZ, ACEVEDO ACEVEDO, MONGE CABEZAS, CANO CASTRO, ZAMORA CORDERO, que dice: ASUNTO: Expediente: 76.105-2020-2024; Municipalidad de Esparza solicita al Ministerio de Hacienda, esclarecer a las juventudes del país lo concerniente al desembolso de los CCPJ. RESULTANDO PRIMERO: Que la Municipalidad de Esparza solicita al Ministerio de Hacienda, esclarecer a las juventudes de este país lo concerniente al desembolso de los CCPJ de los cantones que se han visto afectados con la finalidad de realizar desembolsos en las semanas restantes del actual período presupuestario. Solicitan voto de apoyo en ese sentido. Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*227 ACTA N*37 Ordinaria. 1 so Municipalidad de San José Y) e! Secretaría Municipal Página 2. 18 de mayo de 2022 DSM-1646-2022 SEGUNDO: Que dicho Acuerdo fue conocido por la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de San José el martes 18 de enero del 2022, según consta en el Acta N%034, CONSIDERANDO PRIMERO: Que de acuerdo con el artículo 49 del Código Municipal, en cada cantón se conformará un Comité Cantonal de la Persona Joven, como espacio que involucre y represente a las juventudes en la toma de decisiones y en la realización de acciones articuladas en beneficio de esta población. SEGUNDO: Que de acuerdo a este mismo artículo, los CCPJ serán considerados una Comisión Permanente del Concejo Municipal, por lo que su apoyo y acompañamiento es compromiso directo del máximo órgano deliberativo del Gobierno Local. TERCERO: Que según la Ley N* 8261, “Ley General de la Persona Joven”, en su artículo 25 sobre el financiamiento de los Comités, se expresa "Un veintidós y medio por ciento (22,5%) del presupuesto del Consejo (CPJ) será destinado a financiar los proyectos de los comités cantonales de la persona joven. El Consejo girará los recursos a la municipalidad de cada cantón, con destino específico al desarrollo de proyectos de los comités cantonales de la persona joven [...]” CUARTO: Que a pesar de anteriormente señalado, son múltiples los CCPJ del país que al día de hoy no han contado con el desembolso ordinario correspondiente al año en curso, siendo que por disposición directa del Ministerio de Hacienda, los procesos de desembolso entre el CPJ y las municipalidades se ha visto detenido en el tanto se continue con el análisis del cumplimiento de la Regla Fiscal en los Gobiernos Locales de conformidad con la Ley N*%9635 y su reglamento, lo cual representa un ejercicio de mucha importancia para el fortalecimiento del sector público, pero que por su tardanza genera un estado de incertidumbre al no esclarecerse si los Comités Cantonales de la Persona Joven contarán o no con los recursos asignados en el presente periodo presupuestario, esto de acuerdo al Oficio DGPN-0809-2021 de la Dirección General de Presupuesto Nacional. QUNTO: Que de no contar oportunamente con una respuesta con respecto a este particular, y por tanto no realizarse los desembolsos en las semanas restantes del actual periodo presupuestario, se estaría ocasionando una gran afectación a las juventudes que en los diferentes cantones no percibirán los beneficios e iniciativas que desde los distintos CCPJ se han organizado en procura de invertir estos recursos que por ley les pertenecen a las personas jóvenes. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*228 ACTA N*37 Ordinaria. 59 Municipalidad de San José IN e! Secretaría Municipal Página 3. 18 de mayo de 2022 DSM-1646-2022 PORTANTO: Ala luz del dictamen 013-CAJ-2022 de la Comisión de Asuntos Jurídicos, el Concejo Municipal de San José manifiesta: PRIMERO: Apoyar la solicitud de la municipalidad de Esparza mediante la cual se solicita al Ministerio de Hacienda, esclarecer a las juventudes del país lo concerniente al desembolso de los CCPJ de los cantones que se han visto afectados, con la finalidad de realizar desembolsos en las semanas restantes del actual período y a su vez emprender los procesos necesarios para evitar que esta problemática se siga presentando. SEGUNDO: Notifíquese a todos los Concejos Municipales del país, al Viceministerio de Juventud y al Director Ejecutivo del Consejo de la Persona Joven.” ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Firmado ILEANA MARIA digitalmente por ACUÑ A ILEANA MARIA (FIRMA) Fecha: 2022.05.18 14:54:43 -06'00' Licda. lleana Acuña Jarquín Jefe, Departamento Secretaría Municipal KSG. CC: SCA. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo. ACUERDO N”* 956 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Luis Diego Vega Guillén tel: 6316-27-13 — 6071-68-38, correo: Idva77nQgmail.com del comité Pro-mejoras Proyecto Don Edwin, dice: Asunto: Solicitud de implementos de chapia. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*229 ACTA N*37 Ordinaria. 19 de mayo del 2022 Dirigido a: Consejo Municipal Pococí Estimados: Por este medio los integrantes del Comité Pro mejoras del proyecto Don Edwin, queremos solicitarles donaciones con algunos productos como (chillido, gasolina o una máquina para chapia), ya que el Comité no cuenta con ingresos fijos mensuales y se abastece de ventas, rifas o pequeñas actividad que se realizan en la comunidad, estas donaciones que pedimos son con el fin de mantener limpias las zonas verdes y áreas de juegos de los niños(plays) los cuales son 5. Para notificaciones : Luis Diego Vega Guillen Li Di 0 Vega Guille: Corina Arguedas Hemandes de Telefonos : 63162713 - 60716838 Correo:Idvg77n(O gmail.com Agradeciendo la ayuda que nos puedan brindar y ando su pronta respuesta Comité Pro mejoras Proyecto Don Edwin PO yA ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr pe Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*230 ACTA N*37 Ordinaria. li ) EMMA A, Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
ES A ¡QíPÓCoci MUNICIPALIDAD DE POCOCI N d PAGINA N*231 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05:2022% _-- Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Control Ambiental para que analicen si pueden donarles conforme a los solicitado. ACUERDO N* 957 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Eddy Araya Miranda, Director Financiero, dice: Oficio: DF-315-2022 Asunto: Solicitud erogaciones realizadas con recursos de la Ley N*7313 1.B. del año 2021. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*232 ACTA N*37 Ordinaria. Aa Ye coiEnicón ne Departamento Financiero YECUA » Y San José, 19 de mayo del 2022 DF-315-2022 Lic. Manuel Hernández Rivera Alcalde Municipalidad de Pococí Asunto: Solicitud erogaciones realizadas con recursos de la Ley N* 7313 1.B. del año 2021 Reciba un cordial saludo. Se le informa que el Ministerio de Gobernación y Policía, como ente concedente de recursos públicos y en resguardo a los mismos, verifica que estos hayan cumplido con la finalidad por la cual los dineros fueron presupuestados. En virtud a lo anterior, y según muestre estadístico por importancia relativa, se consideró incluir dentro del plan de trabajo para el año 2022, el estudio de los dineros transferidos en el año 2021, recursos económicos procedentes de la Ley N* 7313 del Impuesto al Banano. Así las cosas, y en aras de iniciar con el análisis respectivo, se le solicita remitir a este Departamento Financiero el legajo en formato PDF de cada una de las obras que se indican a continuación, o en su defecto, número de contratación para su verificación en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP); a saber: Ministerio de Gobernación y Policía Recursos transferidos de la Ley N* 7313 del Impuesto al Banano año 2021 Solicitud de información relacionada a las transferencias |H___ Proyecto realizado Monto € 1|Muro contensión y mejoras Delegación Tortuguero 25.000.000,00 2|Cementerio Calle Los Cholos, La Rita 030291Mod 08-2021 materiales minerales 15.000.000,00 3|Mejoras instalaciones Coopecuna Cartagena, La Rita 7.000.000,00 4|Mejoras Delegación Policial Jiménez 3.000.000,00. 5|Mejoras Cascadas 57-02-08 15.000.000,00 6|Asfalto Santa Rosa Tarire 7-02-364, La Rita 35.000. 000,00. 7|Mejoras Parque Jiménez 15.000.000,00 8|Transferencias de capital CCDP 25.000.000,00 ¡Convenio compra y extracción de materiales 030296 mod 08-2021 materiales 9|minerales 15.000.000,00 10|jUtiles y materiales de resguardo y seguridad 2.000.000,00 11|Repuestos y accesorios 25.000.000,00 12| Construcción aula Escuela la Carlota 15.000.000,00 13|SUMINISTROS ADI SAN RAFAEL LA COLONIA 148 200,00 148.200,00 [Total € 197.148,200,00 Dirección Financiera- Teléfono: 2234-1360 ext. 1061. Correo Electrónico direcci ancier: Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*233 ACTA N*37 Ordinaria. Cualquier duda con mucho gusto Sin más por el momento me despido, Flmado talmente EDDV ERNESTO ARAYA MIRANDA RANA FAA (FIRMA) 12:14:19-0600 Eddy Araya Miranda Director Financiero mem/Cc. Concejo Municipal Auditoria Municipal Archivo Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de la Alcaldía. ACUERDO N* 958 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Nancy Araya Moya, colaboradora, Juntos por Pococí, tel: 8974-74-89 correo: infoO8ccpococi.org dice: Guápiles, 19 de mayo del 2022 Señores Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Estimados señores: El grupo “Juntos por Pococí” es un colectivo con representación de organizaciones sociales del cantón, el cual desea colaborar con el desarrollo de Pococí. Muy respetuosamente les solicitamos un espacio en una sesión del Concejo Municipal de Pococí, con el fin de que conozcan nuestra agrupación y para presentar algunas iniciativas que estamos organizando. Pueden contactarnos por medio de la Cámara de Comercio de Pococí al correo info(Accpococi.org o al teléfono 8974-7489. Muchas gracias por su atención, atentamente. Colabufadora Juntos por Pocóci Por Unanimidad SE ACUERDA: Se les brindará audiencia en la próxima atención al público de la señora presidenta Municipal. Ls Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*234 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N* 959 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Adilia Caravaca Zúñiga, presidenta ejecutiva INAMU, tel: 2283-06-57, correo: despachoQinamugo.cr, dice: Oficio: INAMU-PE-0586-2022 Asunto: Paridad en Concejos Municipales. M Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*235 ACTA N*37 Ordinaria. 19- U INAMU 2022-2026 ¿NN COSTA RICA TRABAJANDO, DECIDIENDO, MEJORANDO. 18 de mayo de 2022 INAMU-PE-0586-2022 Señoras y señores Concejos Municipales Presente Asunto: Paridad en Consejos Municipales Estimadas señoras y estimados señores: Reciban un cordial saludo de parte del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU). Sirva la presente para cursar una felicitación a las señoras y los señores electos en las Presidencias y las Vicepresidencias de los Concejos Municipales, deseándoles éxitos en sugestión. Conforme el Observatorio Municipal de la Unión de Gobiernos Locales, revisado en 2020, de los 82 Concejos Municipales solamente en 20 de ellos, quedó electa una mujer como presidenta del Concejo Municipal, lo que representa el 24,4%. Por su parte en las vicepresidencias quedaron electas 47 mujeres que representó el 57,3%. Para 2022 los resultados con los que se cuentan siguen sin mostrar avances en cuanto la distribución del poder de forma paritaria, por el contrario, evidencian un gran obstáculo debido a que quedaron electas 23 mujeres presidentas de 82 municipalidades, lo que equivale a un 28.04%, lo cual nos llama a seguir impulsando la democracia paritaria en todos los espacios, pero con especial atención, en el ámbito municipal. Además, aprovecho para compartirles sobre la publicación en día de hoy de la “Ley para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política”, en la cual, las municipalidades tienen un papel relevante. Dicha normativa señala en su Artículo número 8, que los Concejos municipales y las alcaldías e intendencias “tomarán las acciones para prevenir la violencia contra las mujeres en la política”, las cuales deben contar con el criterio técnico y recomendaciones del órgano institucional municipal especializado en la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de género, entre otros aspectos que contemplan esta Ley. Por ello, quisiera agradecerles por todas aquellas acciones que se tomen para el impulso y compromiso con la paridad y con esta Ley, que sin duda abonará el camino hacia el fortalecimiento de la democracia paritaria y a la erradicación de la violencia contra las mujeres en la política. Desde ya me pongo a su disposición durante mi gestión como Presidenta Ejecutiva y les insto a continuar con el trabajo por el desarrollo local desde un enfoque que permita concretar la igualdad efectiva. Sin otro particular, atentamente, ADILIA CARAVACA ZUÑIGA (FIRMA) Fado igtalmente poraD! a CARAVACA ZUNIGA(IRAA Adilia Caravaca Zúñiga Presidenta Ejecutiva del INAMU ACZ/yh C. Departamento de Ciudadanía Activa INAMU Departamento de Desarrollo Regional INAMU Instituto Nacional de les Mujeres al San Pedro, complejo Sigma nico. despachoddinamu go cr / www. inamugo cr Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*236 ACTA N937 Ordinaria. FARSA CARITA RR Diario Oficial A sunno A. CE] Rica ALCANCEN'98 A LA GACETA N*90 Año CXLIV San José, Costa Rica, martes 17 de mayo del 2022 193 páginas PODER LEGISLATIVO LEVES PROYECTOS DOCUMENTOS VARIOS HACIENDA INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS BANCO CENTRAL DE COSTA RICA AUTORIDAD REGULADORA DELOS SERVICIOS PÚBLICOS Imprenta Nacional laUruca, San José, C.R. e e k a E á Sitio Web: munipococi.go.cr a IN XA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*237 ACTA N*37 Ordinaria. PODER LEGISLATIVO LEYES ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PLENARIO LEY PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LA POLÍTICA DECRETO LEGISLATIVO N.* 10235 EXPEDIENTE N.? 20.308 SAN JOSÉ - COSTA RICA Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*238 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022 — 10235 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LA POLÍTICA CAPÍTULO | OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN ARTÍCULO 1- Objetivo El objetivo de la presente ley es prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la politica como práctica discriminatoria por razón de género, que es contraria al ejercicio efectivo de los derechos políticos de las mujeres, todo en concordancia con el principio de igualdad ante la ley de todas las personas, establecido en el artículo 33 de la Constitución Política del país. Queda entendido que la discrepancia de criterio, el disenso de opiniones, la manifestación de posiciones adversas, el debate o la discusión democráticos, la selección o el apoyo a alternativas distintas de las planteadas o propuestas por una mujer, están protegidos por los principios de libertad de expresión y de autodeterminación. ARTÍCULO 2- Interpretación del régimen jurídico de la presente ley El régimen juridico relacionado con la erradicación de la violencia contra las mujeres en la politica deberá interpretarse en la forma que garantice el cumplimiento de las obligaciones previstas y los compromisos derivados de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, así como en otros instrumentos internacionales de derechos humanos. El contenido de la presente ley o su interpretación en ningún caso podrá limitar o vulnerar la autodeterminación de las personas ni la libre expresión de sus ideas, cuando se realice de forma respetuosa, independientemente del sexo de quien las manifieste. La discrepancia de criterio, el disenso de opiniones, la manifestación de posiciones adversas, el debate o la discusión democráticos, la selección o el apoyo a alternativas distintas de las planteadas o propuestas por una mujer, son parte del libre ejercicio democrático y están protegidos por los principios de libertad de expresión y de autodeterminación. Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*239 ACTA N937 Ordinaria. LEY N.? 10235 2 Asimismo, nadie podrá invocar la presente ley para forzar o imponer a otras personas una aspiración, nombramiento o candidatura determinada, o para obligarlas a votar por alguien, Para interpretar o integrar la presente ley, se tendrán como fuentes supletorias la Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia, Ley 7476, de 3 de febrero de 1995; la Ley contra la Violencia Doméstica, Ley 7586, de 10 de abril de 1996; el Código Electoral, Ley 8765, de 19 de agosto de 2009; la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, Ley 8589, de 25 de abril de 2007; la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227, de 2 de mayo de 1978 y el Código Municipal, Ley 7794, de 30 de abril de 1998, ARTÍCULO 3- Ámbito de aplicación de esta ley Esta ley protege los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia de género en la política y será de aplicación en los siguientes ámbitos: a) Cuando las mujeres sean afiliadas y participen en la estructura, comisiones u órganos a lo interno de los partidos políticos. b) Cuando las mujeres sean aspirantes, precandidatas y candidatas a cargos de elección popular o de designación. c) Cuando las mujeres estén en el ejercicio de cargos de elección popular, o de designación. d) Cuando, por la naturaleza de sus funciones, las mujeres estén a cargo de la promoción y ejecución de politicas públicas institucionales de igualdad de género y derechos politicos de las mujeres, y participen en órganos, programas y estructuras en instituciones públicas para el cumplimiento de sus competencias y atribuciones. CAPÍTULO Il DEFINICIONES ARTÍCULO 4- Definiciones Para efectos de la presente ley, se entiende por: a) Violencia contra las mujeres en la política: toda conducta, sea por acción, omisión o tolerancia, dirigida contra una o varias mujeres que aspiren o estén en ejercicio de un cargo o una función pública, que esté basada en razones de género o en la identidad de género, ejercida de forma directa, o a través de terceras personas o por medios virtuales, que cause daño o sufrimiento y que tenga como objeto o como resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos políticos, en uno o en varios de los siguientes supuestos: Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*240 ACTA N*37 Ordinaria. ERIN LEY N.* 10235 3 1) Obstaculizar total o parcialmente el ejercicio del cargo, puesto o funciones públicas. 2) Forzar a la renuncia de la precandidatura, candidatura o cargo político o a lo interno de una organización social. 3) Afectar el derecho a la vida, la integridad personal y los derechos patrimoniales para impedir el libre ejercicio de los derechos políticos. 4) Perjudicar la reputación, el prestigio y la imagen pública para impedir el libre ejercicio de los derechos políticos. La violencia contra las mujeres en la política incluye, entre otras, el acoso u hostigamiento, la violencia fisica, psicológica, sexual, patrimonial y simbólica. b) Discriminación contra las mujeres: según lo establece la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la discriminación contra las mujeres denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera. La violencia contra las mujeres basada en el sexo o en el género configuran también una forma de discriminación contra las mujeres, prohibida por la citada convención. c) Cargos de representación partidaria: son aquellos ejercidos por delegadas a las diversas asambleas territoriales, integrantes de los comités ejecutivos y fiscalias de las diversas escalas, integrantes de los diversos tribunales y órganos de la estructura de la agrupación política, tanto aquellos definidos en la legislación electoral, como los creados por los estatutos partidarios. También, deberán entenderse como parte de estas representaciones las precandidaturas y candidaturas a cargos de elección interna de cada partido político. d) Cargos de elección popular: son aquellos cargos a los que, según la Constitución Política o las leyes, se accede mediante el voto directo de la ciudadania. Estos puestos incluyen los cargos titulares y suplentes. e) Cargos por designación: son aquellos cargos que, según la Constitución Política o las leyes, se accede mediante un acto de nombramiento que realizan las jerarquías de la Administración Pública y el Poder Legislativo, para dirigir instituciones públicas o para integrar juntas directivas u otros órganos colegiados incluyendo las magistraturas. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
Pececí MUNICIPALIDAD DE POCOCI 1 Cargos de dirección a lo interno de organizaciones sociales: son aquellos puestos de dirección de los órganos que forman parte de la estructura interna de cada una de las organizaciones, sean estas sindicatos, asociaciones civiles, cooperativas, asociaciones solidaristas o asociaciones de desarrollo comunal, y que varia en cada una según la normativa que las rige. 9) Cargos de la función pública para la promoción de la igualdad y la equidad de género: son aquellos que tienen la competencia institucional de impulsar políticas de promoción de la igualdad de género y que pueden implicar participación en Órganos y estructuras institucionales como parte de sus funciones y atribuciones. ARTÍCULO 5- Manifestaciones Son manifestaciones de la violencia contra las mujeres en la política, entre otras, las siguientes: a) Asignar responsabilidades o tareas ajenas a su cargo, o funciones que de manera manifiesta no se corresponden con su jerarquía e investidura, de manera arbitraria. b) Asignar funciones teniendo conocimiento de que no existen los recursos necesarios para hacerlas viables o ejecutables. c) Quitar o suprimir responsabilidades, funciones o tareas propias del cargo, sin justificación alguna. d) Impedir, salvo impedimento legal, el acceso a la información necesaria para la toma de decisiones, o facilitar con mala intención información falsa, errada, desactualizada o imprecisa que la induzca al inadecuado ejercicio de sus funciones. e) Impedir o restringir su reincorporación al cargo, cuando se haga uso de un permiso, incapacidad o licencia. ñ Restringir, de manera injustificada y arbitraria, su participación en comisiones, comités y otras instancias inherentes a su cargo, conforme a la legislación o reglamentación establecidas. 9) Discriminar por encontrarse en condición de embarazo o lactancia; licencia, incapacidad u otra condición relacionada con la maternidad, h) Divulgar o revelar información privada sin previa autorización escrita o cesión de derechos de imagen, por cualquier medio o plataforma en que se difunda información, comunicación, datos, materiales audiovisuales, fotografías y contenidos digitales, con el objeto de limitar o anular sus derechos políticos menoscabando su reputación, prestigio o imagen pública. Pluye PAGINA N*241 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022 --* LEY N.* 10235 4 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI x PAGINA N*242 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022" LEY N.* 10235 5 i) Hacer desistir de interponer o de proseguir con las acciones legales o de impedir la ejecución de una resolución dictada en favor de sus derechos políticos, mediante amenazas, agresión o daños contra ella o contra personas con quien mantenga un vínculo afectivo. ) Menoscabar, con o sin la presencia de la afectada, su credibilidad o su capacidad política en razón de su condición de género, mediante ofensas, gritos, insultos, amenazas, calificativos humillantes y burlas en privado o en público. k) Atacar a la mujer o mujeres en razón de su condición de género, mediante comentarios, gestos, calificativos u otros con connotación sexual, en privado o en público, incluidos los medios virtuales, que afecten el ejercicio de sus derechos políticos. 1D Agredir fisicamente por su condición de género a una mujer o grupo de mujeres por razones propias de su cargo. m) Utilizar lenguaje, imágenes y símbolos o propaganda electoral que reproduzcan estereotipos y roles tradicionales con el objeto de menoscabar el ejercicio político de una mujer o grupo de mujeres, descalificándolas o reduciéndose a una condición de subordinación por razones de género. n) Retardar el pago o parte de los componentes salariales que integran el salario correspondiente u otro tipo de remuneraciones en clara violación de la legislación laboral. Si no resulta aplicable la Ley contra el Acoso u Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia, en razón de las particularidades del caso, se deberá aplicar lo dispuesto en esta ley. Cuando los hechos de violencia contemplados en esta ley configuren un delito, se tramitará la denuncia según la legislación penal y procesal penal correspondiente, sin perjuicio de las sanciones establecidas en la presente ley. CAPÍTULO l1l PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LA POLÍTICA ARTÍCULO 6- Responsabilidades de los partidos políticos En materia de prevención y atención de la violencia contra las mujeres en la política, los partidos políticos, sin excepción, deben realizar acciones permanentes dirigidas a garantizar el libre ejercicio de los derechos políticos de las mujeres y erradicar toda forma de discriminación, sexismo, segregación, roles, mandatos y estereotipos basados en su género, de conformidad con la ley y los convenios internacionales de derechos humanos vigentes. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*243 ACTA N*37 Ordinaria. Ral LEY N.* 10235 6 Son responsables, además, de diseñar, aprobar, ejecutar, monitorear y evaluar políticas internas, reglamentos y protocolos dirigidos a promover una participación de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, así como la prohibición de incurrir en actos de violencia contra las mujeres en la política, el procedimiento para la investigación de las denuncias, asi como las sanciones a imponer. Asimismo, deben constituir los órganos internos encargados de llevar el procedimiento de investigación. Estas políticas deben impulsarse a la totalidad de las estructuras y órganos de los partidos políticos, asi como en las capacitaciones que se realicen para las personas que aspiren a puestos de elección popular o de designación, así como en los procesos internos de nombramiento de puestos, selección de candidaturas incluida la fase de campaña o de elección. ARTÍCULO 7- Retención del monto de la contribución estatal Los partidos politicos deberán incluir mecanismos permanentes de formación, capacitación y prevención de la violencia contra las mujeres en la politica en sus estatutos y en los procesos de elección correspondientes, de acuerdo con el artículo 52 del Código Electoral, Ley 8765. Cuando a un partido político con derecho a la contribución estatal se le demuestre no haber cumplido con las obligaciones establecidas en el articulo 6 de la presente ley, el Tribunal Supremo de Elecciones podrá ordenar la retención del veinticinco por ciento (25%) del monto liquidado por el partido político correspondiente a los gastos permanentes de capacitación. ARTÍCULO 8- Acciones preventivas en el nivel municipal El concejo municipal y las alcaldías de cada municipalidad e intendencias tomarán las acciones para prevenir la violencia contra las mujeres en la política según lo establecido en la presente ley, en el marco de su autonomía y competencias legales, considerando las siguientes: a) Dictar políticas de prevención, emitir reglamentos y adoptar protocolos para incorporar en los procedimientos disciplinarios, los principios y las normas contenidos en esta ley para su efectivo cumplimiento, así como difundir los alcances de la presente ley. b) Adoptar acciones afirmativas para garantizar la efectiva igualdad entre mujeres y hombres que prevenga toda forma de violencia y discriminación basada en la condición del género. c) Diseñar y ejecutar capacitaciones y formación en igualdad de género y prevención de la violencia hacia las mujeres en la política a todo el funcionariado municipal, as! como a las estructuras de decisión municipal. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*244 ACTA N937 Ordinaria. 19-05-2022 LEY N.* 10235 7 d) Otras acciones idóneas, pertinentes y efectivas para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley. Las acciones establecidas en este artículo contarán con el criterio técnico y recomendaciones del órgano institucional municipal especializado en la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de género. ARTÍCULO 9- Responsabilidades de la Asamblea Legislativa La Asamblea Legislativa deberá diseñar, aprobar y adoptar una Política para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Política, que incluya un reglamento y protocolo de actuación, donde se definan la responsabilidad de los jerarcas, Órganos legislativos y departamentos competentes para la divulgación y cumplimiento de esta ley, a fin de asegurar el conocimiento, la observancia y su efectiva aplicación. Para tales efectos, requerirá el criterio y las recomendaciones del órgano institucional competente de igualdad y equidad de género de la institución. Para las acciones de implementación, divulgación de la política y capacitación en la temática, la Asamblea Legislativa planificará e incluirá en su presupuesto los recursos que resulten necesarios para dar cumplimiento a esta disposición. ARTÍCULO 10- Responsabilidades para la institucionalidad pública Las jerarquías de todas las instituciones públicas, en coordinación con los mecanismos de igualdad y equidad de género de cada institución, tienen la obligación de diseñar, aprobar e implementar normativas internas de prevención, para incorporar en los procedimientos disciplinarios, los principios y las normas contenidos en esta ley para su efectivo cumplimiento, así como difundir los alcances de la presente ley. Deben adoptar, además, acciones afirmativas para garantizar la efectiva igualdad entre mujeres y hombres que prevenga toda forma de violencia y discriminación basada en la condición del género. Deberán brindar capacitaciones y formación en igualdad de género y prevención de la violencia hacia las mujeres en la política dirigidas a las personas funcionarias, asl como a las estructuras u Órganos de decisión, que deberán estar incorporadas en la planificación y en el presupuesto institucional. ARTÍCULO 11- Rectoría en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres en la política Le corresponde al Instituto Nacional de las Mujeres diseñar, ejecutar, monitorear y asesorar en las políticas públicas y recomendaciones para la prevención y atención de la violencia contra las mujeres en la política, en coordinación con otras Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
Pecocí LEY N.* 10235 8 instituciones públicas, organizaciones e instancias que desarrollen programas para las mujeres y para la igualdad de género. Deberá incluir, al menos, acciones de divulgación, sensibilización, información, comunicación y capacitación sobre los alcances de la presente ley, así como sobre los efectos perjudiciales de la violencia contra las mujeres en la politica y los mecanismos de protección. Además, deberá brindar la información, apoyo psicológico, orientación, asesorla jurídica y coadyuvancia a las mujeres denunciantes de violencia en la política por razones de género, cuando así se les solicite y en el marco de sus competencias y atribuciones legales. ARTÍCULO 12- Campañas y acciones de divulgación de las instituciones públicas para la prevención Todas las instituciones públicas deben elaborar directrices y lineamientos para difundir campañas y programas educativos y formativos que incluyan materiales escritos, audiovisuales y contenidos digitales que contribuyan a: a) Erradicar la violencia contra las mujeres en la política. b) Evitar toda expresión que discrimine a las mujeres con base a estereotipos de género. c) Asegurar el respeto de los derechos políticos y a la reputación de las mujeres que participen en la política. d) Promover el debate democrático en el marco del ejercicio del derecho a la de la libertad de expresión, el derecho al acceso a la información y el ejercicio de la libertad de prensa, incluyendo el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y las responsabilidades derivadas de estas libertades. El Instituto Nacional de las Mujeres promoverá y coordinará con los medios de comunicaciones públicas y privadas la ejecución de estas acciones dirigidas a la implementación de esta ley. El Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural deberá difundir materiales audiovisuales y contenidos digitales que promuevan los derechos de las mujeres y las niñas a una vida libre de violencia en los ámbitos públicos y privados, que incluya la prevención de la violencia en la política y la erradicación de los papeles estereotipados de género. ARTÍCULO 13- Deber de divulgar la ley El Instituto Nacional de las Mujeres, la Defensoria de los Habitantes de la República y los mecanismos institucionales para la igualdad y equidad de género deberán Pluye MUNICIPALIDAD DE POCOCI » PAGINA N245 ACTANC37 Ordinaria. 19-05-2022 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*246 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022* - A LEY N.* 10235 9 coadyuvar en la divulgación de esta ley en el marco de sus competencias y atribuciones legales y promover que las instituciones públicas incluyan en sus planes el uso responsable y respetuoso de la comunicación, a través de las nuevas tecnologías de información y comunicación, en relación con los derechos de las mujeres y su participación politica, con particular atención al periodo legal de campaña electoral. El Tribunal Supremo de Elecciones, a través del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, tendrá la responsabilidad de divulgar el contenido de la presente ley, de conformidad con el artículo 309 del Código Electoral. CAPÍTULO IV GENERALIDADES DEL PROCEDIMIENTO ARTÍCULO 14- Principios generales que informan el procedimiento Informan el procedimiento de investigación por denuncias de violencia contra las mujeres en la política los principios generales del debido proceso, legalidad, presunción de inocencia, de proporcionalidad, razonabilidad y libertad probatoria, así como los principios específicos de confidencialidad y de no revictimización. Los procedimientos en ningún caso podrán incluir la ratificación de una denuncia por parte de la mujer ni realizar una etapa de investigación preliminar de los hechos. Tampoco se autoriza a promover la conciliación entre las partes ni convocar a audiencias con ese propósito en ninguna etapa del proceso, por denuncias de violencia contra las mujeres en la política. ARTÍCULO 15- El principio de confidencialidad Para efectos de esta ley, la confidencialidad opera en todos los casos de violencia política contra las mujeres y conlleva el deber de las instancias que conocen y tramitan la denuncia de no dar a conocer la identidad de la persona denunciante ni de las personas denunciadas, así como de las particularidades del procedimiento, declarándose confidencial desde el inicio hasta su finalización. En caso de faltar a este, la o las personas transgresoras se sujetarán a los procedimientos y sanciones en vía administrativa o jurisdiccional que corresponda según el caso. No obstante lo indicado en el párrafo anterior, la información relativa a estas sanciones, incluyendo la identidad de las personas sancionadas, posteriormente a la resolución del procedimiento y una vez adquiera firmeza, será de acceso público. ARTÍCULO 16- Principio de no revictimización Se entiende por no revictimización la prohibición que rige a las autoridades y órganos intervinientes de someter a la mujer denunciante a interrogatorios Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*247 ACTA N*37 Ordinaria. LEY N.* 10235 10 extenuantes, incriminatorios o a tratos humillantes que afecten su dignidad, en todas las etapas procesales y posterior al desarrollo de la investigación. Sobre la base de este principio, se prohibe realizar investigaciones preliminares sobre los hechos denunciados en el marco de la presente ley. La persona víctima tendrá derecho a solicitar de previo que la persona denunciada no esté presente durante su declaración. ARTÍCULO 17- Las partes La persona denunciante y la persona denunciada se consideran partes del procedimiento. ARTÍCULO 18- Las pruebas Las pruebas serán valoradas de conformidad con las reglas de la sana critica, la lógica y la experiencia; se deberá valorar la prueba indirecta y todas las otras fuentes del derecho, atendiendo los principios especiales que rigen la violencia contra las mujeres en la política, con la prohibición expresa de considerar aspectos o antecedentes de la vida privada de la mujer denunciante, que tengan como fin menoscabar su imagen y derecho a la intimidad. La introducción de hechos o elementos falsos en la denuncia o la portación de pruebas falsas, por parte de la denunciante, se considerará falta grave. ARTÍCULO 19- El plazo de la investigación El procedimiento de investigación por denuncias de violencia contra las mujeres en la politica tendrá un trámite prioritario y expedito según lo dispuesto en esta ley, y deberá resolverse en un plazo ordenatorio de tres meses, incluyendo la resolución final. ARTÍCULO 20- Asesoramiento jurídico y apoyo emocional En los procedimientos que contempla esta ley, las partes podrán hacerse representar por una persona profesional en derecho de su elección. También, podrán hacerse acompañar del apoyo emocional o psicológico de su confianza en las diversas fases del procedimiento. ARTÍCULO 21- Medidas cautelares Ante una denuncia por violencia contra las mujeres en la política se podrán ordenar medidas cautelares, mediante resolución fundada y con el objetivo de garantizar la integridad y la seguridad personales, que podrán consistir en: Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*248 ACTA N*37 Ordinaria. LEY N.* 10235 11 a) Que la persona denunciada se abstenga de perturbar a la mujer o mujeres afectadas o a las personas que brinden asesoría o acompañamiento legal o psicológica a la mujer o mujeres afectadas. b) Que la persona denunciada se abstenga de interferir en el ejercicio de los derechos políticos de la mujer afectada. c) Comunicar a las autoridades policiales sobre la denuncia interpuesta para que brinden auxilio o protección prioritaria en caso de requerirlo. d) Cualquier otra medida que cumpla con la naturaleza cautelar, según se requiera para la protección de los derechos la mujer afectada. La resolución que ordena las medidas cautelares será notificada de manera personal y establecerá el plazo máximo de cumplimiento, atendiendo a las circunstancias particulares y el contexto en el que se dicta la medida. El incumplimiento de las medidas cautelares podría ser denunciado en la vía penal por el delito de desobediencia, tipificado en el articulo 314 del Código Penal, Ley 4573, de 4 de mayo de 1970. De manera excepcional, el órgano competente podrá ordenar medidas cautelares anto causam; sin embargo, la victima deberá interponer la denuncia en el plazo de diez días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de las medidas provisorias. En contra de la resolución que ordene las medidas cautelares cabrán los recursos de revocatoria y apelación en subsidio ante el superior, los cuales deberán resolverse en un plazo no mayor a cinco días hábiles. ARTÍCULO 22- Criterios de aplicación Las medidas cautelares deberán resolverse de manera prevalente y con carácter de urgencia, El plazo de vigencia estará determinado por resolución razonada, según las características de cada proceso. En la aplicación de las medidas cautelares se deben procurar la seguridad personal de la mujer o mujeres afectadas y garantizar el pleno ejercicio de sus derechos políticos, como criterios de priorización. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
Pecocí MUNICIPALIDAD DE POCOCI LEY N.* 10235 12 CAPÍTULO V PROCEDIMIENTO A LO INTERNO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS ARTÍCULO 23- Obligación de establecer un procedimiento interno de atención de denuncias Los partidos políticos deberán establecer en sus estatutos y en su normativa interna las disposiciones para que los tribunales de ética puedan tramitar denuncias por violencia contra las mujeres en la política, en las que se denuncie a una de las personas afiliadas. La tramitación de la denuncia a lo interno de un partido político no impide que simultáneamente o posteriormente la persona denunciante inicie el procedimiento administrativo, electoral, constitucional o judicial, según corresponda, ARTÍCULO 24- Acompañamiento de las víctimas En caso de que el partido político haya previsto, dentro de su estructura interna, un órgano especializado en igualdad y equidad de género y derechos de las mujeres, este debe ser informado sobre la interposición de la denuncia a efectos de dar seguimiento al cumplimiento de la normativa interna respectiva. Esta normativa debe incluir los órganos institucionales responsables de dar acompañamiento a la víctima, tanto legal como psicológicamente. ARTÍCULO 25- Confidencialidad Las instancias partidarias encargadas de tramitar y resolver este tipo de denuncias están obligadas a observar el principio de confidencialidad en las actuaciones, en los términos establecidos por el artículo 15 de la presente ley. CAPÍTULO VI PROCEDIMIENTO DE DENUNCIA CONTRA UNA PERSONA SERVIDORA PUBLICA ARTÍCULO 26- Trámite de la denuncia Cuando la denuncia por hechos de violencia contra las mujeres en la política es contra una persona servidora pública deberá ser interpuesta ante la instancia institucional encargada del régimen disciplinario. No se debe promover la conciliación entre las partes ni convocar a audiencias con ese propósito en los procesos que se realicen por violencia contra las mujeres en la política. Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*250 ACTA N*37 Ordinaria. UA LEY N.? 10235 13 Si en la respectiva institución, la instancia encargada de tramitar denuncias por presuntas faltas disciplinarias es unipersonal, entonces deberá integrarse con dos personas más para que este tipo de denuncias sean instruidas por un órgano colegiado de tres personas. Tal órgano director deberá estar conformado paritariamente y sus integrantes preferiblemente tendrán conocimientos en materia de género, derechos humanos, derechos políticos y violencia contra las mujeres. Se deberá observar el procedimiento que se tenga previsto para las faltas disciplinarias, tomándose en consideración que la denuncia tendrá trámite preferente y que no podrán ordenarse investigaciones preliminares sobre los hechos. Las instancias encargadas de tramitar y de resolver estas denuncias deberán observar el debido proceso y las disposiciones específicas de la presente ley. CAPÍTULO Vil SANCIONES POLÍTICAS, ÉTICAS Y ADMINISTRATIVAS ARTÍCULO 27- Sanciones a personas electas popularmente El procedimiento y las sanciones para las personas electas popularmente que incurra en conductas de violencia contra las mujeres en la política, según la gravedad de conducta y de acuerdo con las definiciones de la presente ley, son: a) A los diputados y las diputadas, cuando así lo acuerde el Plenario legislativo, la sanción será de amonestación ética. b) A los alcaldes, alcaldesas, intendentes, intendentas, titulares y suplentes cuando, a partir de la investigación que realice la comisión investigadora o el órgano director del procedimiento al tenor de lo establecido en esta ley, se demuestre que el hecho fue cometido por un alcalde o una alcaldesa, intendentes y suplentes, la sanción será la amonestación escrita, la suspensión o la pérdida de credenciales. c) A las regidoras y los regidores, titulares y suplentes cuando, a partir de la investigación que realice la comisión investigadora o el órgano director del procedimiento al tenor de lo establecido en esta ley, se demuestre que el hecho fue cometido por un regidor o una regidora; la sanción será la amonestación escrita, la suspensión o la pérdida de la credencial. d) A las síndicas y los sindicos municipales, titulares y suplentes y a las demás personas elegidas popularmente en el nivel de gobierno local cuando, a partir de la investigación que realice la comisión investigadora o el órgano director del procedimiento al tenor de lo establecido en esta ley, se demuestre que el hecho fue cometido por un síndico o una síndica, u otra sanción será la amonestación escrita, la suspensión o la pérdida de la credencial. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*251 ACTA N*37 Ordinaria. LEY N.? 10235 14 En caso de que se recomiende la pérdida de credencial se trasladará al Tribunal Supremo de Elecciones, para que inicie el proceso de cancelación de credenciales correspondiente. ARTÍCULO 28- Jurisdicción para impugnación de la sanción de pérdida de credenciales La resolución del Tribunal Supremo de Elecciones que ordene la pérdida de credencial con base en esta ley solo podrá ser impugnada de acuerdo con las reglas de la propia jurisdicción electoral, ARTÍCULO 29- Sanciones contra una persona integrante de un partido político Las sanciones a imponer a una persona afiliada que incurra en conductas de violencia contra las mujeres en la política, según la gravedad de la conducta y de acuerdo con las definiciones de la presente ley son: a) Amonestación escrita. b) Destitución del cargo en los órganos de representación y dirección del partido político. c) Suspensión de la afiliación del partido político por un mes y hasta por un año, d) Expulsión del partido politico, por el plazo máximo de dos ciclos electorales, es decir, por ocho años. Las sanciones de suspensión o expulsión solo cabrán en casos de extrema gravedad. ARTÍCULO 30- Sanciones contra personas servidoras públicas y contra las que ejercen funciones públicas por designación Tratándose de personas servidoras públicas y personas que ejercen funciones públicas por designación, las sanciones a imponer por conductas de violencia contra las mujeres en la política, según la gravedad de conducta y de acuerdo con las definiciones de la presente ley son: a) Amonestación escrita. b) Suspensión sin goce de salario hasta por dos meses. c) Despido sin responsabilidad patronal. d) Revocatoria del nombramiento por designación. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*252 ACTA N?*37 Ordinaria. LEY N.* 10235 15 ARTÍCULO 31- Agravantes de las sanciones Se consideran agravantes de la violencia contra las mujeres en la política y por consiguiente deberán ser tomadas en cuenta al momento de imponer la sanción, una o varias de las siguientes circunstancias: a) Es ejercida por más de una persona en conjunto, b) Es ejercida además en razón de género por causa o en razón de sus características físicas, culturales, elnia/raza, edad, discapacidad, orientación sexual, identidad de género, origen social, creencias religiosas y personales, situación económica o condición de salud. c) Es ejercida contra una mujer en estado de embarazo o en periodo de lactancia. d) Se haga uso de cualquier medio fisico o digital que amplifique el alcance de la manifestación de violencia. e) Cuando la conducta suponga amenazas o lesiones contra integrantes de su familia. ARTÍCULO 32- Plazo para interponer la denuncia y prescripción El plazo para interponer la denuncia, de acuerdo con esta ley, se considerará de un año y se computará a partir del último hecho de violencia o a partir de que cesó la causa justificada que le impidió denunciar, ARTÍCULO 33- Registro de sanciones Para efectos de levantar un registro de sanciones de acceso público por violencia contra las mujeres en la política, la resolución final sancionatoria en firme debe ser comunicada al Tribunal Supremo de Elecciones. El Tribunal Supremo de Elecciones debe comunicar a su vez las resoluciones finales sancionatorias al Instituto Nacional de las Mujeres, a efectos de que este levante un registro de sanciones completo. ARTÍCULO 34- Remisión aotras jurisdicciones Las sanciones contempladas en la presente ley se impondrán sin perjuicio de que la mujer o las mujeres afectadas acudan a la vía correspondiente, cuando las conductas también constituyan hechos punibles por el Código Penal o en otras leyes especiales, o bien, configuren conductas sancionadas en la Ley contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia o en otras leyes. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N2253 ACTA N937 Ordinaria. 19-05-2022* LEY N.* 10235 16 CAPÍTULO VIII REFORMAS LEGALES ARTÍCULO 35- Reformas al Código Electoral Se reforma el inciso p) y se adicionan los incisos t) y u) del artículo 52; se adiciona un párrafo tercero al artículo 136 y un párrafo final al articulo 225, todos del Código Electoral, Ley 8765, de 19 de agosto de 2009. Los textos son los siguientes: Artículo 52- Estatuto de los partidos políticos El estatuto de los partidos constituye su ordenamiento fundamental interno y deberá contener al menos lo siguiente: (...) Pp) La forma en la que se distribuye en el periodo electoral y no electoral la contribución estatal de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política, De lo que el partido político disponga para capacitación, deberá establecerse en forma permanente y paritaria tanto a hombres como a mujeres, con el objetivo de capacitar, formar y promover el conocimiento de los derechos humanos, la ideología, la igualdad de géneros, incentivar los liderazgos, la participación politica, el empoderamiento, la postulación, el ejercicio de puestos de decisión, la prevención y el procedimiento para la denuncia de violencia contra las mujeres en la política, entre otros. (...) 10) Contener normativa interna en la cual se establezcan procedimientos internos-y las sanciones administrativas correspondientes por violencia contra las mujeres en la política. Los partidos políticos deben establecer un procedimiento interno para conocer y tramitar las denuncias, de conformidad con la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Política. Una vez emitida la resolución, el partido político deberá remitir, en el plazo de tres días naturales, copia de la resolución final en firme al Tribunal Supremo de Elecciones. (..) u) Contener acciones permanentes dirigidas a prevenir, atender y garantizar y promover el libre ejercicio de los derechos politicos de las mujeres militantes y erradicar toda forma de discriminación, sexismo, segregación, estereotipos de género y violencia por razones género, de conformidad con la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Política y los convenios internacionales de derechos humanos vigentes. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
Pecocí MUNICIPALIDAD DE POCOCI ES A PAGINA N%254 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022% LEY N.* 10235 17 Artículo 136- Libertad para difundir propaganda (...) Está prohibida toda propaganda en contra de los derechos políticos de las mujeres y toda apología del odio en base al género o sexo que constituya incitaciones a la violencia contra las mujeres en la vida política, o cualquier otra acción ilegal similar contra las mujeres o grupo de mujeres que participan en la vida politica, por motivos de sexo o género. (...) Artículo 225.- Derechos tutelados por el amparo electoral (...) Serán conocidas por amparo electoral las manifestaciones de violencia contra las mujeres en la política, cuando esta suponga una afectación al efectivo ejercicio de su cargo o en general, del derecho de participación política de la afectada. ARTÍCULO 36- Reformas de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural Se adiciona un inciso p) al artículo 4 y se reforma el inciso c) del articulo 19 de la Ley 8346, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (Sinart), de 12 de febrero de 2003. Los textos son los siguientes: Articulo 4% Principios. La actividad del Sinart, S. A. como sistema de comunicación, se inspirará en los siguientes principios: (..) Pp) principio de protección, promoción y divulgación de los derechos humanos de las mujeres y las niñas a una vida libre de violencia y discriminación en los ámbitos públicos y privados. Artículo 19- Financiamiento. El Sinart, S.A. se financiará de la siguiente manera: (..) c) La Asamblea Legislativa, la Defensoría de los Habitantes de la República, la Contraloría General de la República, las instituciones autónomas y semiautónomas, las empresas públicas y demás entes menores, así como todas las instituciones y dependencias del Poder Ejecutivo, pautarán en el Sinart S.A., mediante la agencia de publicidad del Sinart S.A., creada en esta ley, por lo menos el diez por ciento (10%) de los dineros que destinen a publicidad e información en radio, televisión u otros medios de comunicación, y de los cuales deberá destinar al menos un tres por Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*255 ACTA N*37 Ordinaria. ES LEY N.* 10235 18 ciento (3%) a la difusión de materiales y contenidos escritos, audiovisuales y digitales que contribuyan al cumplimiento de los fines y las obligaciones establecidos a las instituciones públicas en la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Política. (-) ARTÍCULO 37- Reforma de la Ley de Asociaciones Solidaristas Se adicionan los incisos i) y j) al artículo 13 de la Ley de Asociaciones Solidaristas, Ley 6970, de 7 de noviembre de 1984, Los textos son los siguientes: Artículo 13- Los estatutos de la asociación solidarista deberán expresar: (..) i) La normativa en la cual se establezcan procedimientos internos y las sanciones administrativas correspondientes por violencia contra las mujeres en la política. Deben establecer un procedimiento interno para conocer y tramitar las denuncias administrativas, de conformidad con la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Política. Si la persona denunciada ocupa un cargo por designación, se deberá remitir, en el plazo de tres días naturales, copia del expediente al órgano correspondiente que lo designó para anular su nombramiento y su sustitución y al Ministerio Público según corresponda el hecho. j) Incluir, como parte de sus respectivos estatutos, acciones permanentes dirigidas a garantizar y promover el libre ejercicio de los derechos políticos de las mujeres, y erradicar toda forma de discriminación, sexismo, segregación, estereotipos de género y violencia por razones de género, de conformidad con la presente ley y los convenios internacionales de derechos humanos vigentes, ARTÍCULO 38.- Reforma del Código de Trabajo Se reforma el artículo 345 de la Ley 2, Código de Trabajo, de 26 de agosto de 1943, para que se le adicionen los incisos m) y n). Los textos son los siguientes: Artículo 345- Los estatutos de un sindicato expresarán: (...) m) La normativa en la cual se establezcan procedimientos internos y las sanciones administrativas correspondientes por violencia contra las mujeres en la política. Deben establecer un procedimiento interno para conocer y tramitar las denuncias administrativas, de conformidad con la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Politica. Si la persona Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*256 ACTA N*37 Ordinaria. LEY N.* 10235 19 denunciada ocupa un cargo por designación, se deberá remitir, en el plazo de tres días naturales, copia del expediente al órgano correspondiente que lo designó para anular su nombramiento y su sustitución y al Ministerio Público según corresponda el hecho, n) Las acciones permanentes dirigidas a garantizar y promover el libre ejercicio de los derechos políticos de las mujeres, y erradicar toda forma de discriminación, sexismo, segregación, estereotipos de género y violencia por razones género, de conformidad con la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Politica y los convenios internacionales de derechos humanos vigentes. ARTÍCULO 39- Se reforma la Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad Se reforma al articulo 4 adicionando los incisos g) y h) y al articulo 19 adicionando dos incisos m) y |) de la Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad, Ley 3859, de 7 de abril de 1967. Los textos son los siguientes: Artículo 4% Además de las funciones que le otorga la Ley 3859, el Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad tiene las siguientes atribuciones: (...) 9) Establecer la normativa en la cual se establezcan procedimientos internos y las sanciones administrativas correspondientes por violencia contra las mujeres en la política. h) Impulsar acciones permanentes dirigidas a garantizar y promover el libre ejercicio de los derechos políticos de las mujeres, y erradicar toda forma de discriminación, sexismo, segregación, estereotipos de género y violencia por razones género, de conformidad con la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Política y los convenios internacionales de derechos humanos vigentes. Artículo 19- Además de los requisitos expresados en el artículo 17 de la ley, el estatuto de las asociaciones de desarrollo debe expresar: (...) m) La normativa en la cual se establezcan los procedimientos internos y las sanciones administrativas correspondientes por violencia contra las mujeres en la política. Deben establecer un procedimiento interno para conocer y tramitar las denuncias administrativas, de conformidad con la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Política y designar el órgano interno que tendrá competencia para conocer de estas denuncias e imponer las sanciones, en caso de que se determine la responsabilidad de la persona denunciada, una vez firme la resolución. Si la persona denunciada ocupa un cargo Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*257 ACTA N*37 Ordinaria. LEY N.* 10235 20 por designación, se deberá remitir, en el plazo de tres días naturales, copia del expediente al órgano correspondiente que lo designó para anular su nombramiento y su sustitución y al Ministerio Público según corresponda el hecho. » Establecer acciones permanentes dirigidas a prevenir, atender, garantizar y promover el libre ejercicio de los derechos politicos de las mujeres, y erradicar toda forma de discriminación, sexismo, segregación, estereotipos de género y violencia por razones género, de conformidad con la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Política y los convenios internacionales de derechos humanos vigentes. ARTÍCULO 40- Se adiciona un inciso g) al artículo 18; un inciso f) al artículo 24 del Código Municipal, Ley 7794, de 30 de abril de 1998. Los textos son los siguientes: Artículo 18- Serán causas automáticas de pérdida de la credencial de alcalde municipal: (..) 9) Lo señalado por el artículo 28, inciso b), de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Política, en caso de que la sanción sea la pérdida de credenciales. Artículo 24- Serán causas de pérdida de la credencial de regidor: (...) f) Lo señalado por el artículo 28, inciso c), de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Política, en caso de que la sanción sea la pérdida de credenciales. TRANSITORIO 1. En un plazo hasta de seis meses, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, los partidos políticos, las instituciones públicas, las municipalidades, la Asamblea Legislativa y las organizaciones sociales deberán cumplir con las obligaciones establecidas respectivamente en el capitulo lll, Prevención de la violencia contra las mujeres en la política, de esta ley. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*258 ACTA N*37 Ordinaria. LEY N.* 10235 21 TRANSITORIO ll. La Asamblea Legislativa contará con un plazo de un año, contado a partir de la entrada en vigencia de esta ley, para promulgar el reglamento que establezca el procedimiento para aplicar a las diputaciones lo dispuesto en esta ley. Rige a partir de su publicación. ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los veintiocho dias del mes de abril del año dos mil veintidós. COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO Silvia Hernández Sánchez Presidenta Aracelly Salas Eduarte Xiomara Priscilla Rodriguez Hernández Primera secretaria Segunda secreatria LEY N.* 10235 PA 22 Dado en la Presidencia de la República, San José, a los tres días del mes de mayo del año dos mil veintidós. EJECÚTESE Y PUBLÍQUESE. CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de la Presidencia, Geannina Dinarte Romero.—La Ministra de la Condición de la Mujer, Marcela Guerrero Campos.—l vez.— Exonerado.—( L10235 - IN2022644112 ). Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*259 ACTA N*37 Ordinaria. ARTICULO V Dictámenes de Comisiones ACUERDO N* 960 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaria Comisiones, tel: 2713-65-30 ext. 133, correo: secretariacomisionesomunipococi.gocr dice: Oficio-105-2022 Asunto: Entrega Minuta Comisión de Derechos de Pueblo Barrio Nuevo de Santa Rosa. 14-05. Z 9 Municipalidad de Pococí , O "> O < "> Secretaría de Comisiones a », , Teléfono/Fox: 2713-6560, Ext. 133 25%, MUNERALOO secretoriaco ao Pluye Guápiles, 19 de mayo de 2022 Oficio-105-2022 Señores (as): Concejo Municipal Estimados: Reciban un cordial saludo, mediante la presente hago entrega de la Minuta de la Comisión de derechos de pueblo del Barrio Nuevo de Santa Rosa, para conocimiento y aprobación ante el Concejo Municipal. Sin más por el momento se suscribe: YA MariBel Olivas Amaya Secretaria de Comisiones Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N0260 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-2022” A E 9 Municipalidad de Pococí > de Secretaría de Comisiones del Ñ Y a 3) > ¿ Concejo Municipal ya Fluyo Teléfono/Fox: 2713-6560. Ext:133 pesimo. secretariocomisionesQmunipococi.go.cr ro Minuta N.1 Comisión de Derechos de Barrlo Nuevo de Santa Rosa Fecha: 24-03- 2022 Lugar de Reunión: Modo virtual y presencial en las instalaciones de Concejo Municipal de PococÍ. Agenda: Inició de la Comisión de Derechos de Barrio Nuevo de Santa Rosa, para dar seguimiento. Asistencia: Reg. Randall Torres Barrientos. Reg. Alfredo Calderón Alfaro Reg. Luis Ángel Mendez. Ing. Wilson Rosales Hidalgo. (Asesor) Ing. David Quiros Aguilar. Dpto. de Topografía. Ing. Esteban Gutiérrez Solís. Dpto. Topografía. Sr. Amoldo Monge Jiménez. Dpto del Área de Planificación y Control Urbano, Arliculo | Reg. Randall Torres Barrientos, saluda, da inició y cede la para labra al Ing. Wilson Rosales Hidalgo Ing. Wilson Rosales Hidalgo. (Asesor), explica como está el proceso con la vinculación del Proyecto del Barrio Nuevo de Santa Rosa, según el Dictamen: 070, Además afirma que el Proyecto que dice que es todo terreno, va a llegar de información posesoria en su momento al juzgado y el juez automáticamente cuando vea que el ancho de calle es menor a los 14 mis y que la línea de centro es de 7 mts, dice que automáticamente le va a dar nulidad al caso, dice que por eso es que no puede haber menos de esa cantidad, tanto de los metros como de que esta como el ancho en la calle pública, dice que tiene que ser la lnea de centro de 7 mts y de ancho los 14 mis. Además, dice que ese dictamen se lo paso al regidor Ovidio Vives, Adjunto documento del Dictamen 070 del 16-03-2011. Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*261 ACTA N*37 Ordinaria. Dictamen : 070 del 03/2011 ((RECONSIDERA DE OFICIO PARCIALMENTE ) 16 de marzo, 2011 C-070-2011 Señor José Luis Li Sing Auditor interno Municipalidad de Bagaces Estimado señor: Con aprobación de la señora Procuradora General de la República, me refiero a su consulta contenida en el oficio No. MB-Al-26-2010, relativa a “el levantamiento de planos de agrimensura de terrenos sin inscribir y la interpretación correcta de la LEY DE INFORMACIONES POSESORIAS, articulo [sic] 19 inciso a, y su relación directamente con la LEY GENERAL DE CAMINOS PUBLICOS, articulo [sic] 4”. Además, su oficio No. MB-Al-26-2010 menciona discrepancias en el departamento de Catastro Municipal “ya que no todas las vías oficiales tienen 14 metros de derecho de vía" y hace referencia a “la ciudad”, La Ley de Planificación Urbana (artículo 1) y el Reglamento del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para el control nacional de fraccionamientos y urbanizaciones (artículo 1.9) definen área urbana como el "ámbito territorial de desenvolvimiento de un centro de población", de donde esta Procuraduría, en el Dictamen No. C-002-1999 del 5 de enero de 1999, reiterado en la Opinión Jurídica No. O.J.-122-2000 del 6 de noviembre del 2000, dedujo "que toda cludad es área urbana". De lo expuesto se infiere que se nos está requiriendo la aclaración de si el artículo 4 de la Ley General de Caminos Públicos regula el ancho del derecho de vía de las calles locales, cuya definición vigente es la de “vías públicas incluidas dentro del cuadrante de un área urbana, no clasificadas como traveslas urbanas de la Red Vial Nacional” (artículo 1 de la Ley No. 5060). 1. Relación entre los artículos 19, inciso a) de la Ley de Informaciones Posesorias y 4 de la Ley General de Caminos Públicos Los numerales citados, se transcriben en ese orden: "ARTÍCULO 19.- Las fincas inscritas por medio de esta ley quedarán afectadas por las siguientes reservas, sin que haya necesidad de indicarlas en la resolución: Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*262 ACTA N*37 Ordinaria. a) Si el fundo es enclavado o tiene frente a caminos públicos, con ancho inferior a velnte metros, estará afecto a las reservas que indica la Ley General de » Caminos Públicos. ...”. “ARTÍCULO 4.- El ancho de las carreteras y de los caminos vecinales será el que indique los Departamentos Técnicos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, sin que pueda ser menor de veinte metros para las primeras y de catorce metros para los segundos.” Por su parte, el artículo 7 de la Ley General de Caminos Públicos dispone: “ARTÍCULO 7.- Para la construcción de caminos públicos el Estado tendrá derecho a utilizar, sin indemnización alguna: a) Los porcentajes señalados como reserva para tal fin en las propiedades inscritas o pendientes de inscripción en el Registro Público; y b) Hasta un doce por ciento (12%) del área de los terrenos que en adelante se otorguen por el Estado o las Municipalidades a título de concesión, canje de terrenos, baldíos, aplicaciones de gracia, colonlas agrícolas, adjudicación de lotes en terrenos baldíos y todos aquellos otros derechos o conceslones que otorgue el Estado por cualquier otra causa en los baldíos nacionales. Esta reserva se aplicará en cualquier momento a caminos de cualquier naturaleza con un ancho no mayor de veinte metros, o al aprovechamiento de fuerzas hidroeléctricas o para el paso de líneas telegráficas o telefónicas, para construcción de puentes o utilización de cursos de agua que fueren necesarios para el abastecimiento de poblaciones, abrevaderos de ganado o irrigación, O para cualquier otra finalidad de utilidad pública. Tales restricciones y cargas irán aparejadas a la inscripción de la finca afectada, quedando obligado el funcionario a quien corresponde otorgar la escritura o suscribir el mandamiento inscribible a dejar constancia de las mismas. El Registro Público no inscribirá el título si en éste no constan dichas restricciones y cargas.”. (La negrita no pertenece al original). A. Las reservas del artículo 7 de la Ley General de Caminos Públicos Constituyen, como su nombre lo indica, una “reserva” del Estado para futuras obras de interés público que se aplica por el artículo 19, inciso a) de la Ley de Informaciones Posesorias, a los terrenos titulados al amparo de esa Ley. No hay certeza de que se produzca algún día la construcción del camino público, No se define de manera específica cuál porción de los terrenos es la que se va a utilizar en un futuro, sino que se establece un porcentaje de la cabida total de los inmuebles. Los particulares pueden disponer libremente de la totalidad de los terrenos mientras no se individualice cuál sector de su propiedad va a ser utilizada. Se aplicarían, por ejemplo: para la construcción de caminos públicos nuevos; por camblo de categoría de vías públicas existentes (previsto en el artículo 29 del Decreto No. 34624 del 27 de marzo del 2008, Reglamento sobre el manejo, normalización y responsabilidad para la inversión pública en la red vial cantonal); o incluso, por una nueva clasificación, como la incorporada mediante Ley No. 6676 de 18 de setiembre de 1981, de Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*263 ACTA N937 Ordinaria. reforma al artículo 19 de la Ley General de Caminos Públicos, en cuya exposición de motivos se lee que las carreteras terciarias corresponderían a “caminos vecinales de clerta Importancia” (folio 2 del expedlente legislativo). B. El artículo 4 de la Ley General de Caminos Públicos Esta norma se refiere al ancho de los derechos de vía, existentes al momento de realizarse un proceso de Información Posesoria, de dominio público (artículos 4 y 5 de la Ley de Construcciones y 227.1) del Código Penal) y por lo tanto, no susceptibles de posesión válida para alegar la prescripción positiva, al ser inalienables e imprescriptibles (Sala Constitucional, voto No, 2306-1991, precedente de reiterada cita en esa sede). Los artículos 11 y 18 de la Ley de Informaciones Posesorias imponen al Juez el rechazo de las Diligencias si se pretende titular terrenos pertenecientes al Estado, tales como estos derechos de vía (artículos 2 de la Ley General de Caminos Públicos y 235, inciso 33 de la Ley de tránsito por vías públicas terrestres), los cuales no podrían quedar comprendidos en fincas particulares por ser de dominio público (artículos 261 y 262 del Código Civil). En razón de lo anterior, de incluirse en el título otorgado por Información Posesoria, este quedaría viciado de nulidad. II. Ancho del derecho de vía de las calles locales en la Ley General de Caminos Públicos A. Precisiones previas El derecho de vía no sólo está conformado por la superficie de rodamiento : (calzada) donde transitan los vehículos, sino además por otras zonas adyacentes tales como aceras, caños, cordones, cunetas, espaldones, taludes y zanjas de drenaje. En este sentido, la Ley de tránsito por vías públicas terrestres define en su artículo 235: derecho de vía como el área o superficie de terreno destinada al uso de una vía pública, con zonas adyacentes utilizadas para instalaciones y obras complementarias, limitada a ambos lados por los linderos de las propiedades colindantes (inciso 33); acera como la vía destinada al tránsito de peatones (inciso 2); calzada como la superficie de la vía sobre la cuál transitan los vehículos, compuesta por uno o varios carriles de circulación (inciso 14); y espaldón u hombro como la superficie adyacente a ambos lados de la calzada, cuya finalidad es dar soporte lateral al pavimento, servir para el tránsito de peatones y proporcionar espacio para las emergencias del tránsito y para el estacionamiento eventual de vehículos (inciso 36). En análoga dirección, el Reglamento del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para el control nacional de fraccionamientos y urbanizaciones, artículo 1.9, define como derecho de vía su ancho total, “esto es la distancia entre líneas de propiedad Incluyendo en su caso calzada, fajas verdes y aceras” y como calzada la “franja comprendida entre cordones, cunetas o zanjas de drenaje, destinada al tránsito de vehículos”. El Decreto No. 34624 del 27 de marzo del 2008, Reglamento sobre el manejo, normalización y responsabilidad para la inversión pública en la red vial cantonal, considera también como parte del derecho de vía: calzada, espaldones, zonas verdes, aceras, ciclo vías, sistema de drenaje, cordón y caño, obras de estabilización o contención, entre otros, Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*264 ACTA N*37 Ordinaria. Actualmente, la Ley General de Caminos Públicos distingue la red vial nacional y la red vial cantonalL+, La primera es propiedad del Estado, es administrada por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes y está constituida por las carreteras. La red vial cantonal la integran las vías públicas no incluidas por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes dentro de la red vial nacional, en tres categorías: caminos vecinales, caminos no clasificados y calles locales; es administrada por las municipalidades, pero la propiedad de los caminos es del Estado, mientras que los entes locales tienen la propiedad de las calles (artículos 1 y 2 de la Ley General de Caminos Públicos). B. Antecedentes El artículo 4 de la Ley General de Caminos Públicos establece: “ARTÍCULO 4.- El ancho de las carreteras y de los caminos vecinales será el que indique los Departamentos Técnicos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, sin que pueda ser menor de veinte metros para las primeras y de catorce metros para los segundos.” (El texto corresponde a la Ley No. 5060 de 22 de agosto de 1972, en su texto original. El destacado es nuestro). Para determinar si este artículo resulta aplicable a las calles locales, cabe analizar si la Ley trata indiscriminadamente los caminos vecinales y las calles, de tal modo que al referirse a los primeros, debe interpretarse que está incluyendo a las segundas. Además, es indispensable aclarar si la atribución a los "Departamentos Técnicos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes” de la competencia para indicar el ancho de las vías, es fortuita o constituye un indicativo de que la norma está restringida a los caminos vecinales y a las carreteras, con exclusión de las calles. El antecedente del artículo 4 se encuentra en la Ley General de Caminos Públicos No. 757 de 11 de octubre de 1949, la cual distinguía entre caminos nacionales (llamados también públicos), caminos vecinales y calles: "Artículo 70,- Se entiende por calles las que están dentro del perímetro de las ciudades y villas. Caminos públicos y vecinales los demás...” (La negrita no es del original). Su artículo 13 es similar al numeral 4 de la Ley General de Caminos Públicos actual: "Artículo 13.- A los caminos públicos y vecinales se les dará el ancho que XA indiquen los departamentos técnicos del Ministerio de Obras Públicas y no podrá ser menor de veinte metros para los primeros y catorce metros para los segundos...” (El destacado no pertenece al original). a Esta norma guarda relación con el artículo 1, que atribuía al Departamento de Caminos Públicos la construcción y conservación de los caminos nacionales o públicos, y a la Sección de Caminos Vecinales de ese Departamento, la construcción y conservación de los caminos vecinales. En cambio, la construcción, arreglo y reparación de las calles se encargaba a las municipalidades (artículo 6). En la Ley General de Caminos Públicos No. 1338 de 29 de agosto de 1951, también se distinguió entre caminos nacionales o públicos, caminos vecinales y calles, atribuyendo al Estado la propiedad de los terrenos ocupados por los caminos nacionales y vecinales y a las municipalidades, la propiedad de los ocupados por las calles; encargando al Estado la construcción y conservación de los caminos nacionales y vecinales por medio Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*265 ACTA N*37 Ordinaria. > de los Departamentos de Caminos Públicos o de Caminos Vecinales, respectivamente, y a . las municipalidades la construcción y conservación de las calles (artículos 1 y 2). La relación entre el artículo 1 y el equivalente al artículo 4 actual, es aún más clara que en la Ley anterior y evidencia que la participación de los “Departamentos Técnicos” en la indicación de los derechos de vía obedece a las competencias del Ministerio en relación con los caminos nacionales (hoy carreteras) y vecinales: “Artículo 1%,- La construcción y conservación de los caminos, sus complementos y accesorios, corresponden al Ministerio de Obras Públicas por medio de sus Departamentos de Caminos Públicos o el de Caminos Vecinales, según se trate respectivamente de caminos públicos o nacionales, o de caminos vecinales; y a las Municipalidades si se tratare de calles.” (La negrita es nuestra). "Artículo 7*.- El derecho de vía de los caminos públicos y de los vecinales será el que indiquen los Departamentos Técnicos del Ministerio de Obras Públicas, sin que pueda ser menor de veinte metros para los primeros y catorce metros para los segundos...”. (El destacado no pertenece al original). Ambas normas están en el capítulo 1 de la Ley, y de acuerdo con el Transitorio 1V, entretanto las leyes municipales no acordaran otra norma, las disposiciones de ese capítulo se aplicarían también a las calles. En este Transitorio IV se evidencia que, en el espíritu del legislador, el artículo 7 no Incluía las calles, y que su aplicación se hizo extensiva a estas solo como una decisión de política legislativa de carácter temporal. La estructura de la Ley de Caminos Públicos No. 1851 de 28 de febrero de 1955, era muy similar a la de la Ley No. 5060. Su capítulo I estaba formado por 4 numerales: - el artículo 1 distinguió entre carreteras, caminos vecinales y calles (caminos dentro del cuadrante de una población); - el artículo 2, atribuía al Estado (Ministerio de Obras Públicas) la propiedad, construcción, conservación y vigilancia de las carreteras y la propledad y construcción de los caminos vecinales, en tanto que la conservación y vigilancia de los caminos vecinales se atribuyó a las municipalidades (por medio de las Juntas de Caminos) así como la propledad, construcción y mantenimiento de las calles; - el artículo 3 se refería a las carreteras nacionales que cruzaran poblaciones, en similar sentido al actual; y - el artículo 4 era prácticamente igual que el vigente: Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*266 ACTA N*37 Ordinaria. “Artículo 40,- El ancho de las carreteras y de los caminos vecinales será el que Indiquen los Departamento [sic] Técnicos del Ministerio de Obras Públicas, sin que pueda ser menor de velnte metros para las primeras y de catorce metros para los segundos.” (La negrita no es del original). AU Este, como se ve, sigue la línea de la Ley No. 1338, aunque ya en la Ley No. 1851 no se especifican los nombres de los respectivos “Departamentos Técnicos”, frase que quedó del artículo 7 anterior, La Ley No. 1851 mencionaba las tres clases de caminos públicos (carreteras, caminos vecinales, y calles), en 7 normas: los artículos 1, 2, 10, 26, 32, 37 y 41; mientras que citaba únicamente las categorías de carreteras y caminos vecinales (sin distinguir las calles), además del 4, en los artículos 26 (en relación con la ubicación de postes de transmisión de energía eléctrica, telegráficos o telefónicos), y en el 42 (relacionado con sanciones por sustracción de bienes o fondos públicos): “Artículo 26.- No podrá hacerse ninguna edificación a la orilla de las carreteras sin la previa autorización escrita del Ministerio de Obras Públicas, ni a la orilla de los caminos vecinales y calles sin la aprobación escrita de la Municipalidad correspondiente. [Encargada de la conservación y vigilancia de los caminos vecinales y propietaria de las calles]... Los postes utilizados en la trasmisión de fuerza eléctrica, y los que soporten hilos telegráficos o telefónicos no podrán colocarse a una distancia menor de seis metros del centro de los caminos. Los que estuvieren colocados a menor distancia u obstaculicen futuras ampliaciones deberán ser trasladado [sic] en cuanto se produzca requerimiento del Ministerio de Obras Públicas o de las Juntas de Caminos [encargadas de la conservación y vigilancia de los caminos vecinales]. Para la colocación de posterías nuevas para transmisión eléctrica o para telégrafos o teléfonos debe pedirse autorización al Ministerio de Obras Públicas o a la respectiva Municipalidad según se trate de carreteras o de caminos vecinales. Quienes violaren las disposiciones de este artículo serán sancionados conforme a los artículos 303 y 306, inciso 4) del Código Penal.” (La negrita y las frases entre corchetes no pertenecen al original). “Artículo 42.- Los funcionarios y empleados encargados de la construcción y mantenimiento de carreteras y caminos vecinales y quienes administren o custodien fondos o bienes de acuerdo con esta ley, incurrirán en las sanciones establecidas por los artículos 379 a 383 del Código Penal, en los casos previstos por esos textos legales. [Malversación de caudales públicos y peculado en el Código Penal de 1941, Ley No. 368 de 21 de agosto de 1941]. A solicitud del Ministerio de Obras Públicas, de los Departamentos respectivos, de las respectivas Juntas de Caminos o del Ejecutivo Municipal o del Encargado Cantonal de Caminos, la autoridad que conozca de una denuncia o acusación por sustracción de bienes pertenecientes a caminos públicos o vecinales, podrá ordenar a la persona en cuyo poder se encuentren, la devolución de lo sustraído, bajo pena de apremio.” (El destacado y la frase entre corchetes no son del original). Ambas normas son un resabio de Leyes anteriores, lo que explica su texto: la previsión del artículo 26 referente a ubicación de los postes eléctricos y telegráficos estaba incorporada en el artículo 13 de la Ley No. 757, relativo al ancho de los caminos nacionales y vecinales: “Artículo 13.- A los caminos públicos y vecinales se les dará el ancho que indiquen los departamentos técnicos del Ministerio de Obras Públicas y no podrá Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*267 ACTA N*37 Ordinaria. ser menor de veinte metros para los primeros y catorce metros para los segundos. Los postes de trasmisión de fuerza eléctrica y los telégrafos no podrán colocarse a una distancia menor de seis metros del centro de vía. Los que actualmente estorban en los caminos y los que puedan llegar a estorbar en futuras ampliaciones de vías, deben o deberán ser trasladados a requerimiento de Departamento de Caminos Públicos.” (La negrita no pertenece al original). Y en el numeral 27 de la Ley No. 1338, relativo también a caminos nacionales y vecinales: “Artículo 27.- No se podrá edificar a la orilla de caminos públicos y vecinales sin previa aprobación escrita del Departamento correspondiente del Ministerio de Obras Públicas... Los postes utilizados en la trasmisión de fuerza eléctrica, los que soportan hilos telegráficos o telefónicos, no podrán colocarse a una distancia menor de seis metros del centro de un camino. Los que actualmente estorban, o los que pudieran llegar a estorbar en futuras ampliaciones de los caminos, serán trasladados a requerimiento de las respectivas entidades. No podrá colocarse una línea de esos postes sin previa aprobación de los Departamentos respectivos del Ministerio de Obras Públicas. Los que violaren las disposiciones de este artículo serán sancionados conforme al artículo 303 e inciso 4) del artículo 306 del Código Penal.” (El destacado es nuestro). Y la previsión concerniente a sanciones por sustracción de blenes o fondos públicos procede del artículo 10 de la Ley No. 1338, que se limitaba a caminos públicos o nacionales y vecinales; “Artículo 10.- Los funcionarios o encargados de la construcción y mantenimiento de caminos públicos y vecinales y los que perciban, administren o custodien bienes o fondos pertenecientes al Estado, de acuerdo con esta ley, incurrirán en las sanciones establecidas por los artículos 379 a 383 del Código Penal, en los casos previstos por esos textos legales. [Malversación de caudales públicos y peculado en el Código Penal de 1941, Ley No. 368 de 21 de agosto de 1941]. A solicitud del Ministerio de Obras Públicas, de los Departamentos respectivos, la autoridad que conozca de una denuncia o acusación por sustracción de bienes pertenecientes a caminos públicos o vecinales, podrá ordenar a la persona en cuyo poder se encuentren, la devolución de lo sustraído, bajo pena de apremio.” (El destacado y la frase entre corchetes no pertenece al original). Al respecto nótese: que en el segundo párrafo del artículo 42 de la Ley No. 1851 se conservan las categorías de “caminos públicos” (nacionales) y vecinales de la Ley No. 1338; que el numeral 10 recién trascrito está restringido a bienes o fondos pertenecientes al Estado (caminos nacionales y vecinales) y que en la Ley No. 1338 correspondía al Ministerio de Obras Públicas la construcción y conservación de los caminos nacionales y de los vecinales. De acuerdo con lo anterior, estas normas, retomadas en las leyes posteriores, no comprendían las calles y por lo tanto no procede afirmar que se traten indiscriminadamente Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*268 ACTA N*37 Ordinaria. a los caminos vecinales y las calles. La Ley General de Caminos Públicos No. 5060 de 22 de agosto de 1972 menciona también las tres clases de caminos públicos (carreteras, caminos vecinales, y calles), en 6 normas: los artículos 1, 2, 5, 19, 30 y 34; mientras que cita Únicamente las categorías de carreteras y caminos vecinales (sin distinguir las calles), además del artículo 4, en los artículos 19 (en relación con la ubicación de postes de transmisión de energía eléctrica, telegráficos o telefónicos), y en el 35 (atinente a sanciones por sustracción de bienes o fondos públicos), que siguen siendo, igual que los numerales 26 y 42 de la Ley anterior, resabios de lo indicado en las leyes antecesoras, de donde se explica su sentido: “Artículo 19.- No podrán hacerse construcciones o edificaciones de ningún tipo frente a las carreteras existentes o en proyecto sin la previa autorización del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, ni al frente de los caminos vecinales y calles sin la aprobación escrita de la Municipalidad correspondiente. [Encargada de la administración de los caminos vecinales y de las calles.] Las Municipalidades coordinarán los alineamientos frente a los caminos vecinales con el Ministerio quien será el que establezca la política, más conveniente al interés público... Los postes utilizados en la transmisión de fuerza eléctrica y los que soporten hilos telegráficos o telefónicos, no podrán colocarse a una distancia menor de sels metros del centro de los caminos. Los que estuvieren colocados a menor distancia u obstaculicen futuras ampliaciones, deberán ser trasladados en cuanto se produzca requerimiento del Ministerio de Obras Públicas y Transportes o de las Municipalidades [encargadas de la administración de los caminos vecinales]. Para la colocación de una nueva postería para la trasmisión de fuerza eléctrica o para telégrafos o teléfonos, se debe pedir autorización del Ministerio de Obras Públicas y Transportes o a la respectiva Municipalidad, según se trate de carreteras o caminos vecinales. De no cumplirse el requerimiento del Ministerlo, este podrá hacer los trabajos que sean necesarios por su cuenta cobrando al responsable el valor de aquéllos más de un 50% como recargo, sin perjuicio de la multa que fuere aplicable.” (La negrita y las frases entre corchetes no pertenecen al original). Artículo 35.- Los funcionarios y empleados encargados de la construcción y mantenimiento de carreteras y caminos vecinales y quienes administren o custodien fondos o bienes de acuerdo con esta ley, incurrirán en las sanciones establecidas por los artículos 352 a 355 del Código Penal en los casos previstos en esos textos legales. A solicitud del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de los departamentos respectivos, del Ejecutivo Municipal debidamente autorizado por acuerdo tomado por la Municipalidad, la autoridad que conozca de una denuncia o acusación por sustracción de bienes pertenecientes a caminos públicos o vecinales, podrá ordenar a la persona en cuyo poder se encuentren, la devolución de lo sustraído, bajo pena de apremio.” ( Así reformado por el artículo 10 de la ley No. 5113 de 21 de noviembre de 1972. La negrita no pertenece al original). Obsérvese que en el segundo párrafo del artículo 35 se conservan las categorías de “caminos públicos” (nacionales) y vecinales, de la Ley No, 1338, Del análisis anterior cabe concluir que históricamente el ancho de las calles no ha sido objeto de regulación en las Leyes de Caminos Públicos, Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*269 ACTA N*37 Ordinaria. A C. Análisis del caso De lo expuesto se concluye que el artículo 4 de la Ley General de Caminos Públicos no regula el ancho de las calles locales, y en este único punto se reconsidera el Dictamen No. C-178-1997 del 22 de setiembre de 1997, en cuanto estima que esa norma establece que el ancho mínimo de las calles debe ser de catorce metros. En razón de lo anterior, el ancho de las calles locales será el que disponga el Plan Regulador, aprobado por la Dirección de Urbanismo y publicado en el diario oficial (artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana), el cual debe: responder a la satisfacción del interés general; ajustarse a parámetros de razonabllidad; y apegarse a las reglas de la ciencia y de la técnica, y a principlos elementales de la lógica y conveniencia (artículos 16 y 160 de la Ley General de la Administración Pública). El Plan Regulador es de obligado acatamiento para la municipalidad que lo adoptó, la cual no tiene potestad para desaplicarlo discrecionalmente (Dictámenes números C-327-2001 del 28 de noviembre del 2001, C-93-2004 del 19 de marzo del 2004 y C-20-2009 del 29 de enero del 2009). En defecto de regulación del ancho de las calles en Planes Reguladores locales, resultan aplicables las normas del Reglamento para el control nacional de fraccionamlentos y urbanizaciones emitido por el Instituto Naclonal de Vivienda y Urbanismo, en virtud del transitorio 11 de la Ley de Planificación Urbana: “I11.2.6 Calles locales: Reglamentadas por la Municipalidad: cuando exista el respectivo reglamento aprobado; de lo contrario se regirán por lo dispuesto en este Reglamento, de acuerdo con la ley No. 5900 de 19 de abril de 1976.” La Sala Constitucional, en el voto No. 4205-96 de 14 horas 33 minutos del 20 de agosto de 1996, anuló una reforma efectuada al Transitorio 11 de la Ley de Planificación Urbana, remitiendo a su texto incorporado mediante Ley No. 5900 de 19 de abril de 1976: “En virtud de tal declaratoria de inconstitucionalidad debe quedar vigente el texto dictado por Ley número 5900, de diecinueve de abril de mil novecientos setenta y sels, y que entró en vigencia el ocho de mayo de mil novecientos setenta y sels, el cual dice: "El Instituto dictará las normas de desarrollo relativas a las materias a que se refiere el artículo 21 de esta Ley. Podrá además, confeccionar los planes reguladores y delimitar los distritos urbanos y demás áreas sujetas a control urbanístico, en tanto las municipalidades no hubieren promulgado en la respectiva materia, o parte de ella, sus propias disposiciones locales con ajuste a esta ley. Los preceptos y reglamentos que dicte el Instituto regirán en los territorios jurisdiccionales o en la parte de ellos que las normas señalen, a partir de su publicación en el Diario Oficial”. PO y Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*270 ACTA N937 Ordinaria. A A De todo lo señalado, queda claro que la competencia del INVU en materia urbanística, en primer término se dirige a la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo Urbano, instrumento a través del cual, se fijan las políticas generales sobre el crecimiento y desarrollo de las áreas urbanas, y que es elaborado por la Dirección de Urbanismo y es propuesto por la Junta Directiva del Instituto; y en segundo lugar, como competencia residual, la facultad de dictar las normas urbanísticas —reglamentos y planes reguladores— en ausencia de normas urbanísticas dictadas por las respectivas municipalidades. Lo anterior encuentra su fundamento en el hecho de que negarle esta competencia a esta institución autónoma, implica crear un vacío en el ordenamiento jurídico que provoca un serio perjuicio en la seguridad jurídica nacional. Es el artículo 21 de la citada ley, la que define los reglamentos que el INVU puede dictar en materia urbanística, siempre en ausencia de los dictados por los gobiernos locales; éstos son: "1.) El de Zonificación, para usos de la tierra; 2.) El de Fraccionamiento y Urbanización, sobre división y habilitación urbana de terrenos; 3.) El de Mapa Oficial, que ha de tratar de la provisión y conservación de los espacios para vías públicas y aéreas comunales; 4.) El de Renovación Urbana, relativo al mejoramiento o rehabilitación de áreas en proceso o en estado de deterioro; y 5.) El de Construcciones, en lo que concierne a las obras de edificación".” (La negrita no pertenece al original). Sobre la aplicación supletoria de Reglamentos del INVU ante omisión de Planes Reguladores locales, al amparo de este Transitorio II, se ha pronunciado este órgano asesor, en los dictámenes números C-327-2001 del 28 de noviembre del 2011 y C-155-2009 del 19 de junio del 2009. III. Aclaración adicional En su oficio No, MB-Al-26-2010 además indica que gran parte de los profesionales que tramitan planos de inmuebles sin inscriblr, consignan una franja de “FUTURA AMPLIACIÓN VIAL” como se ilustra en el slguiente gráfico: Y que lo anterior lo hacen con el argumento de que la Procuraduría “ha solicitado que se indique la ampliación sobre los predios al frente del levantamiento”, circunstancia que le genera “serias dudas sobre estar reflejando limitaciones sobre predios que no tienen nada que ver con el que está generando el trámite”. Al respecto cabe indicar, que la Ley de Informaciones Posesorias ordena tener como parte en esas Diligencias a esta Procuraduría, para garantizar que no se titulen bienes estatales, especialmente los que son de dominio público (artículos 5, 8 párrafo segundo y 10 de la Ley de Informaciones Posesorias, No. 139 de 14 de julio de 1941). Si se constata que el plano aportado desacata el ancho del derecho de vía respectivo, o no lo especifica, se solicita la presentación de un nuevo plano que proporcionalmente respete ese derecho, requlriéndose en el caso de los caminos vecinales, por ejemplo, la existencia de siete metros de ancho del centro de la vía (Lc) al lindero del terreno objeto de las diligencias. Esta Procuraduría no solicita se consignen en los planos franjas con las leyendas “futura ampliación vial” o “ampliación de la vía”, mucho menos contiguas a terrenos que Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
O,” SA / NN 18 / 10 añ Ñ) MUNICIPALIDAD DE POCOCI $ Y PAGINA N*271 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05 no son objeto de titulación en el proceso. Atentamente, M. Sc. Susana Fallas Cubero Procuradora Adjunta 24/3/22, 13:15 Texto Dictamen 070 al El artículo 19 de la Ley No. 5060 fue reformado por la Ley No. 6676 de 18 de setiembre de 1981, v Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*273 ACTA N*37 Ordinaria. A También dice que hay planos del 2014 firmados por la misma oficina Topográfica de la Municipalidad, donde ya hay bonos. Externa que la idea es ponerse de acuerdo, porque muchas de las personas del barrio quieren poder catastrar, quieren poder tener su lote y casa. lo que él sugieres es que lo que quiere es poder eliminar un poco lo que son las obras de Infraestructura, ya que independiente que es cada uno ellos como fracciona de sus terrenos, se les dificulta y no lo van a poder lograr, dice que existe un área comunal de un parquecito, una plaza que más bien él les había dicho que si ellos necesitan que él realice el plano, con mucho gusto les ayudaría. Comenta que una mayoría de personas tiene anuencia de retirarse de la línea de centro 7 metros o completamente que queden los 14 metros. Además, comenta que tiene una minuta donde a ellos les están solicitando solo que el lugar tenga el visado de la Municipalidad, certificando que eso sea calle pública, pero cumpliendo el ancho de calle sea de 14 y que la línea de centro sea de 7, eso dice que es el Único inconveniente que pone el registro para que se pueda catastrar, dice que entonces ellos están solo a la espera de ese visado Municipal, Ing. Esteban Gutierrez Solís, saluda y dice que a él lo que le ha llegado es la solicitud de ocho planos para visar, y comenta que en su momento todavía no se había realizado el plano del área Comunal, porque eso se generó posterior estos, Afirma que si bien es cierto a ellos se les solicito todo acerca de las obras de infraestructura, también se realizó la inspección al sitio y se encontró que la mayoría están invadiendo el derecho de vía público. Además, hace referencia a lo que indica el ing. Wilson Rosales, que los metros que se están solicitando a las personas que se retiren si son obligados, tanto los 14 mis de ancho como de la línea de ceniro 7 mts, que de no ser así en el momento que llegue alguien con esa cantidad menor no se les podría ayudar, por que hasta el juez en su memento les va a rechazar el trámite y con respecto al derecho de vía dice que las personas tendrán que irse corriendo poco a poco. Dice que con respecto al área pública ya se realizó el plano y que además le realizó la consulta al ing. Henry Madrigal para lo que es la infraestructura y con respecto a las disponibilidades de agua, sería bueno que cada uno de ellos presenten su carta, ya que sería un trámite independiente. Ing. David Quiros Aguilar, saluda y dice que el proceso se ha vendo atendiendo por bastante tiempo por el departamento de Desarrollo y Control Urbano, Además, externa que ya han ido varias veces a reunirse con los vecinos, ya que ellos tenían varias consultas es ahí que se les converso del ancho de calle, dice que con respecto a eso es algo que no es por parte, Reg. Randall Torres Barrientos. MBA, le solicita al ingeniero David, un cálculo aproximado del valor que costaría el proyecto, ya que por parte de los compañeros regidores hay interés en invertir en esta comunidad. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*274 ACTA N*37 Ordinaria. Ing. David Quiros Aguilar, dice que, por parte de Topografía, él o el Ing. Esteban, podrían ayudar sin ningún costo, que hasta podrían tener listo un destogue para las aguas que están en el costado Oeste del barrio e indica que en el fondo hay una agúita, dice que quizás por ahí puede estar el desfogue del barrio, pero que hay que consultar en la colindancia, porque colinda con la finca de Buen Precio, para poder hacer el destogue de aguas por ahí. Comenta que a ellos les correspondería realizar el levantamiento Topográfico, el diseño de perfiles y el trazo preliminar de la tubería de destogue pluvial y que con ese diseño que ellos realizan, la Unidad de Obra Pública cuantifica las cantidades a utilizar de tuberías, de materiales, de mano de obra y sugiere que atreves de ellos se puede Cuantificar el proyecto, pero recomienda que lo primero es realizar el levantamiento topográfico y el diseño preliminar del cual ellos se encargan. Reg. Randall Torres Barrientos. MBA, pregunta que si hay alguna forma de que se pueda avanzar en el visado de los planos ¿ Ing. David Quiros Aguilar, dice lo que los tenía detenido y en espera era por el tema del área de parque, que ya está inscrito y lo de las obras de infraestructura. También comenta que el departamento de Topografía se compromete a realizar el levantamiento y los perfiles, para la otra semana, se podría tener un avance en base a eso y que, a partir de la entrega de esos perfiles a la Unidad de Obra Pública, para que ellos vayan elaborando el diseño y que el Concejo pueda ayudar con los recursos que se necesitan, para poder ir avanzando con eso. SE ACUERDA: se le solicita al Ing. Henrry Madrigal Calvo. Coordinador del departamento de Área de Planificación de Desarrollo Urbano, que pueda elaborar un informe técnico sobre las obras de infraestructura y las más complementarias y otras que bien lo considere del Barrlo Nuevo Santa Rosa. Esto es con el fin de darles recursos presupuestarios a este proyecto y poder continuar con los realizados. Se necesita valorar en esta comisión su recomendación, para analizar las solicitudes de visados presentados. Solicitamos que el informe se realice con base al informe del levantamiento que realizó el Ingeniero Yonder Calderón Vargas, de la Unidad Topográfica de la Municipalidad. Lic. Randall Torres Barrientos MBA, Maribel Olivas Amaya Presidente de la Comisión de Derechos Secretaria de Comisiones de Barrio Nuevo de Santa Rosa Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce y se inserta en Actas. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*275 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N'* 961 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaria Comisiones, tel: 2713-65-30 ext. 133, correo: secretariacomisionesomunipococi.gocr dice: Oficio-106-2022 Asunto: Entrega Minuta Comisión Parque Desarrollo Humano Cariari. AT OSO Municipalidad de Pococí as] E Ea e) DI de Secretaría de Comisiones Yes tbl a IAS AN Teléfono/Fax: 2713-6560, Ext. 133 Zoe Fluye secretariacomisionesOmunipococi.go.cr mee AAA == S n LAA Guápiles, 19 de mayo de 2022 Oficio-106-2022 Señores (as): Concejo Municipal Estimados: Reciban un cordial saludo, mediante la presente hago entrega de la Minuta de la Comisión Parque Desarrollo Humano Cariari, para conocimiento y aprobación ante el Concejo Municipal. Sin más por el momento se suscribe: tl Codo Ha! Olivas Amaya Secretarla de Comisiones Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*276 ACTA N*37 Ordinaria. Municipalidad de Pococí e 9 Pra 8) COC Secretaría de Comisiones del ÑO Em a Pd DN Concejo Municipal qua Fluye Teléfono/Fax: 2713-6560. Ext:133.—— Gasmtno ES secretoriacomisionesOmunipococi.go.cr Minuta de la Comisión Parque Desarrollo de Cariari Fecha: 22-03- 2022 Hora Inicio: 2:00 p.m Lugar de Reunión: Modo virtual y presencial en las instalaciones de Concejo Municipal de Pococí Asistencia: + Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Asesor + Reg. Alfredo Calderón Alfaro. Asesor + Sind. Prop. José Alexis Chavarría Villareal. Asesor + Sra. Anais Rodríguez Salas + Sra. Eva Torres Marín + Sr. Jorge Antonio Arias Barrantes Articulo | Reg. Luis Ángel Méndez Araya, saluda y cometa que la idea de esta convocatoria es ir viendo los puntos de vista y poder ir cumpliendo con lo requerido en esta comisión, además que es bueno saber que estamos representando un terreno de Cariari, que se ha dado la fiscalización para que se den de la mejor manera los trabajos que se van a realizar. Reg. Alfredo Calderón Alfaro, saluda y dice que las personas que están adjudicadas en el proyecto tienen entendido que se está empezando, que todo lo que está ahí no tiene ningún valor que es lo que él entiende y solicita que alguien le aclare un poco más. Sra. Anais Rodríguez Salas, saluda y comenta que la situación esta igual que al principio que el Ministerio de cultura desde hace ya bastante tiempo, como les explicaron con planos y los diseños en el encuentro que se realizó, ellos apartaron y ofrecieron espacios al MEP a canal 13, para una torre que el espacio es muy pequeño al INA un considerable espacio a la UNED Y A LA Municipalidad de Pococí y el terreno se queda para el Ministerio de Cultura Comunitario, dice que el MEP, no ha resuelto nada que fue lo que les dijeron en la Última conversación, también el INA, esta en espera ya sea por los miembros de la Junta directiva, si ellos Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*277 ACTA N*37 Ordinaria. programan por Quinquenio y que ya esos estaban programados, comenta que por parte de ellos está muy difícil aún, también dice que la Municipal de Pococí es que es la Única que ha dado respuesta Reg. Luis Ángel Méndez Araya, Sugiere que se invite a personeros representantes de MEP, CANAL 13, INA UNED, Ministerio de Cultura, si pudieran participar los de la Fuerza Pública es mucho mejor, la idea es ir viendo cuales son los proyectos o que él lo que ellos tiene programado, la idea es que ellos puedan conocer a la Comisión y de esa forma poder articular con ellos, saber que expectativas tienen. La idea es entran en un enlace con estos beneficiarios de esos terrenos y poder hablar con el Li. Manuel Hernández. Alcalde Municipal, para que designe al ingeniero y les pueda asesorar. Se espera saber que es lo que van a construir estas diferentes instituciones, Comenta que le preocupa mucho el tema de la Discapacidad, ya que en la donación de estos terrenos no está incluido y sería muy importante que se le pudiera apartar un poco de terreno, para que se pudiera realizar una construcción a los discapacitados del Cantón de Pococí. Reg. Alfredo Calderón Alfaro, comenta que, si es muy importante el saber que es lo que estas instituciones van a hacer con el terreno, porque si se lo van a dejar la idea es que realmente lo ocupen Reg. Luis Ángel Méndez Araya, dice que por eso es bueno que la Comisión, realice la convocatoria y pueda llamar a cuentas o que den hasta por escrito el perfil del proyecto que esperan realizar + Hacen varios comentarios por parte del reg. Alfredo Calderón, Reg. Luis Ángel Mendez, Sra, Eva Torres, la Sra. Anais Rodríguez y se acuerda lo siguiente. SE ACUERDA: Que se invite para una nueva mesa de trabajo para el día 27-04- 2022, al ser la 1:00 p.m, con la participación de los siguientes funcionarios de las diferentes Instituciones INA, UNED, funcionarios de la Municipalidad de Pococi como al Lic. Manuel Hernández Rivera. Alcalde Municipal, el Ing. Brandon Aguero Maroto. Coordinador del Área de Servicios Públicos, también a el MEP, Ministerio de Cultura, Fuerza Pública, Y 13 Lic. Luis Ángel Méndez Araya Maribel eu Amaya Presidente de la Comisión Secretaria de Comisiones De la COMAD “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” ap 2 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*278 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N”* 962 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaria Comisiones, tel: 2713-65-30 ext. 133, correo: secretariacomisionesOmunipococi.gocr dice: Oficio-107-2022 Asunto: Entrega de Oficio que hace constar la suspensión de mesa de trabajo Valle del Roble de Astúa Pirie. di 14 Municipalidad de Pococí HA Os: ? ESACOC Secretaría de Comisiones Gl? a A. l Teléfono/Fax: 2713-6560, Ext. 133 ¿Zo % Pluye secretarlocomisionesQmunipococigocr mncpauoso La A E —i SAS Guápiles, 18 de mayo de 2022 Oficio-107-2022 Señores (as): Concejo Municipal Estimados: Reciban un cordial saludo, mediante la presente hago entrega de un oficio que hace constar la suspensión de la mesa de trabajo que se tuvo que hacer por falta de Quorum, para conocimiento ante el Concejo Municipal. Sin más por el momento se suscribe: uo Maribel den Amaya Secretaria dej Comisiones Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*279 ACTA N*37 Ordinaria. Municipalidad de Pococí . 9 POCOC y! Secretaría de Comisiones Ys LN Y US ON Teléfono/Fox: 2713-6560. Ext.133 «Zoe % MUNCALIDAD Fluye DEpoco0 Guápiles, 14 de mayo del 2022 Oficio-104-2022 Acta. Reunión suspendida por falta de Quórum de la mesa de trabajo Valle del Roble, De acuerdo con el código Municipal del Capitulo V de sesiones del Concejo y Acuerdos en el Artículo 38 dice; “Si, pasado los quince minutos, no hubiese cuórum, se dejará constancia en el libro de actas y se tomará la nómina de los miembros presentes, a fin de acreditarles su asistencia para efecto del pago de dietas”. La cual también adjunto asistencia de los Regidores que se presentaron para la mesa de trabajo del Valle del Roble, el 06-04-2022, a las 1:00 p.m. Asistencia: Regidora. Dennia Yaslyn Morales Grajal. Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Reg. Alfredo Calderón Alfaro Lic. Manuel Hernández Rivera. Alcalde Municipal Sr. Maikol Hernández Loría. Asistente Alcaldía Ing. Henry Madrigal Calvo. Coordinador de departamento de Sin más por el momento, se suscribe; Defnia Yaslyn Morales Grajal A Amaya Nicepresidenta Municipal Secretari4 de Comisiones Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*280 ACTA N*37 Ordinaria. ACUERDO N* 963 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaria Comisiones, tel: 2713-65-30 ext. 133; correo: secretariacomisionesomunipococi.gocr dice: Oficio-108-2022 Asunto: Entrega Minuta N*02 de Comisión Parque Desarrollo Humano Cariari. no OTE 2... a Municipalidad de Pococí eee 1405101 e) e Cc Secretaría de Comisiones 463 a y > Teléfono/Fax: 2713-6560, Ext. 1388 LL, Pluye secretoriocomisionesAmunipococi.go.cr Maras Guápiles, 19 de mayo de 2022 Oficio-108-2022 Señores (as): Concejo Municipal Estimados: Reciban un cordial saludo, mediante la presente hago entrega de la Minuta N* 2, de la Comisión Parque Desarrollo Humano Cariari, para conocimiento y aprobación ante el Concejo Municipal. Sin más por el momento se suscribe: Ya lo. te Maribel Olivas Amaya Secretaria de Comisiones Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*281 POCOCÍ Ñ a EN NAS Q MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*37 Ordinaria. Municipalidad de Pococí Secretaría de Comisiones del Concejo Municipal Teléfono/Fox: 2713-6560. Ext: 133 secretoriacomisionesAimunipococi.go.cr Fluye Minuta de la Comisión Parque Desarrollo de Carlarl Fecha: 27-04- 2022 Hora Inicio: 1:00 p.m Lugar de Reunión: Modo virtual y presencial en las instalaciones de Concejo Municipal de Pococí Asistencia: + Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Asesor +. Reg. Alfredo Calderón Alfaro, Asesor , + Ing. Brandon Aguero Maroto. Coordinador del departamento de Área de servicios Públicos Articulo | Ing. Yonder Salas Duran. Diputado. Sind. Prop. José Alexis Chavarría Villareal. Asesor Sr. Maikol Fernández Loría Sr. Jorge Antonio Arias Barrantes Sra. Anais Rodríguez Salas Sra. Eva Torres Marín + Reg. Luis Ángel Méndez Araya, saluda y le sede la palabra al Ing. Brandon Agúero Maroto. Coordinador del departamento de Área de servicios Públicos Ing. Brandon Agúero Maroto, realiza la siguiente presentación, del proyecto del Parque Desarrollo Humano de Cariari Pecocí “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*282 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*37 Ordinaria. ANTECEDENTES Dj Plan para el Parque de Desarrollo Humano Cariari, Ministerio de Cultura y Juventud, 2016 Década 90': “Convenlo de Cooperación Técnica en Materia de Radiodifusión entre la República de Costa Rica y el Relno de España", Ley No.8212. Se Inauguró el centro emisor de Onda Corta de la Radio Naclonal de España en la localidad de Cariari de Pococií, provincia de Limón: en una propledad de aproximadamente 21.19 hectáreas En octubre del 2013 se clerra la radio y pasa postejormente a ser donada al Ministerio de Cultura y Juventud [MCJ), slendo de Interés de esta Institución darle la mejor utilidad o la propledad en beneliclo nacional, reglonal y comunal. Posterlormente a ser donada al Ministerio de Cultura y Juventud (MCJ). siendo de interés de esta Institución darle la mejor utilidad a la propledad en benelíclo nacional, regional y comunal; se Inició un proceso de idenlilicación de los proyectos más pertinentes para este terreno, decidiendo así que un espacio público con la capacidad de ofrecer no sólo actividades recreativas al alre libre, sino tamblén actividades educativas. capacitación técnica, expresión cultural, consciencia ambiental, entre otras posibilidades. lo cual favorecería el desarrollo económico. ambiental y social. Pecocí “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
Í! . ' POCOCI MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*283 ACTA N*37 Ordinaria. 19-0 RÍO TORIUGUERO -. ANTECEDENTES - ' Propuesta Plan para el Parque de Desarrollo Humano Cariari, Ministerio de Cultura y Juventud, 2016 El MCJ presenta la idea de un Parque de Desarrollo Humano tanto al Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos [(MIVAH), como al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), Municipalidad de Pococí, Ministerlo de Educación Pública (MEP), Ministerio de Seguridad Pública (Fuerza Pública) y posterlormente a la Universidad Estatal a Distancia (UNED). De esta manera se Inicia una propuesta que Involucra a slete Instituciones públicas, sumado también al trabajo previo del MCJ con miembros de la comunidad y la Comisión Central Distrito de Carlari; El MIVAH, por su parte propuso la posiblidad de un Bono Colectivo, en donde el objetivo principal del proyecto es aprovechar la oportunidad que el terreno, lograr mayor empoderamiento e Identidad, así como proporcionar esparcimiento sano, participación e Involucramiento de los ciudadanos. o “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” S Sitio Web: munipococi.go.cr a y o << 1 Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*284 ACTA N237 Ordinaria. VISTA A NIVEL MACRO Espacio:Can carácter de corredor cultural + recreativo y natural, el cu educativos, que brindarán: Instituciones públicas ubicadas en sus al desarrolló social, ombiental y económico sostenible: Olrécerá una gran diversidad de servicios educativos, cultórales, :recrieativos;> administrativos y. de seguridad » FS “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” AA a] - 4 Z Sitio Web: munipococi.go.cr a a. Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*285 ACTA N*37 Ordinoria. Área Artístico - Cultural a) Propuesta patbicipalwa desde la Comunidad b) Propuesta lécnica (Instuciones: Públicas) Imagen 4: Elaboración MIVAH a partir del documento Propuesta Plan para el Parque de Desarrollo Humano Carlarl, Ministerio de Cultura y Juventud, 2016. PARQUE DE DESARROLLO HUMANO DE CARIARI TRAMA URBANA COMUNIDAD DE CARIARI DECARIARI ESPACIO EDUCATIVO, CULTURAL, DEPORTIVO Y SOCIAL “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” 5 Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*286 ACTA N937 Ordinaria. -. ANTECEDENTES $) - PROPUESTA DE BONO COLECTIVO DEL MIVAH Áreas Verdes recreativas: + Áreas de conservación y reforestación, accesos a senderos, áreas de estar y zonas de descanso. Incluye mobiliario urbano, drenajes, iluminación y obras de ornato » Áreas de juegos Infantiles y jardín, + Áreas de Skale Park (bicicletas, patinetas y patines): con las instalaciones requeridas para llevar a cabo dichas actividades, bebederos, áreas de estar, graderías, elementos de iluminación, estacionamientos para bicicletas, incorporación de vegetación nativa y exótica. + Area de gimnasio deportivo: canchas de básquetbol, vóleibol y futsal con sus respectivos espacios de baños, vestidores, duchas, áreas de estar,máquinas de gimnasio al aire libre, bancas, asientos, basureros, bebederos, elementos de iluminación, estacionamientos para bicicletas, introducción de vegetación nativa y exólica. Au Fetal para 0 65 Ma rn Dar AA de am al Pq e Dc Mr a sp 0 “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*287 ACTA N*37 Ordinaria. Instituciones! Públicas Imagen 2: Diagrama MIVAH de Zonificación de la propledad de la Antigua Radio España, en donde se aprecian las parcelas que corresponderán a las instituciones públicas y la parcela para el desarrollo del Bono Colectivo. Simbologia 4) Wurvepalasa 0 Poe 3) Master de Cunura y Y temerosa Misterio de Educación Pubies $ Lonas (Y sra runs ds ea) Ururersidad Nación! de Educación a Destaco Q Bons Cetecuro “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” 7 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*288 ACTA N*37 Ordinaria. Propuesta de áreas y proyectos prioritarios: Posibilidad de reaizarze con fondos del Bono Colectivo: 1. Carpa de ciao. + Espacio pata actividades cuturalos, salas do ensayos y copactaciones 4, Cictomia. + TealroAue toro 4 4 Marcado 2. Áreas ventas de conservación, recración y Para pequeñas emproras local 1olorostación. (anesania, turiitco, agricola) 2 La Cosa (antigua Casa co los adariratiidoros), + Expuclo de pastos coman 3, Sato Park (Bicicletas y pubnelas) 4, Gimnasio doportvo (Bajo tacho. barquelbo!, veloibol, futsata) Imagen 5: Elaboración MIVAH a partir del documento Propuesta Plan para el Parque de Desarrollo Humano Carlarl, Ministerlo de Cultura y Juventud, 2016.Propuosta de áreas y proyectos prlorltarlos y de zonificación desde el proceso participativo. ANTECEDENTES COMPROMISOS A ADQUIRIR POR LAS INSTITUCIONES Acuerdo para el adecuado uso y disposición de los espacios Institucionales adyacentes al parque a “La Municipalidad asumirá las obras que se construyan con el Bono Colectivo y se compromete a darles el mantenimiento requerido, a través del plan de operación y mantenimiento de la propuesta, el cual contemple el lipo de mantenimiento, gestión y administración que requerirá una vez realizado el diseño de los componentes urbano- arquitectónicos, paisajístico, social y de vialidad, asi como de las actividades que todos estos implican, con el objetivo de evitar problemas de deterioro en las obras o bien no alcanzar las metas propuestas” “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón Sitio Web: munipococi.go.cr AS Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*289 ACTA N*37 Ordinaria. <=. ANTECEDENTES LA PROPUESTA DE FINANCIEMIENTO DEL PROYECTO A TRAVEZ DEL BONO dd COLECTIVO NO SIGUIÓ ADELANTE POR ASPECTOS PRESUPUESTAIOS ==. ANTECEDENTES e / SOBRE LA DECLARATORIA A DE LAS CALLES PÚBLICAS “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” 3 A Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*290 ACTA N*37 Ordinaria. <= ANTECEDENTES A Z e a A SOBRE LA DECLARATORIA DE LAS CALLES PÚBLICAS 1-Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Doclaratoria de Callos Publicas dol disoño dol Proyocto Parque de Dosarrollo Humano Torrono donado por Radlo España, distrito Según Propuesta del Ministerio do Cultura Juventud y Doportos. So Disponsa dol Trámite do Comisión. Acuerdo Dofinitivamonto Aprobadg, a ANTECEDENTES Y za _— LE El Ministerio de Cultura y Juventud no solicitó formalmente la declaratoria de las calles Ñ públicas, por lo que podría existir un vicio de nulidad 2. ANTECEDENTES 7 SOBRE LA SOLICITUD DE FINANCIAMIENTO A JAVDEVA. A TRAVES DEL CANON PARA Ss EL DESARROLLO DE LA REGION HUETAR CARIBE Tops Apra impar ie y rtacin Goñi COMIRRCINA CORA VANA ARA AA Ra TA a MIA “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*291 ACTA N*37 Ordinaria. <= ANTECEDENTES SOBRE LA SOLICITUD DE FINANCIAMIENTO A JAVDEVA, A TRAVES DEL CANON PARA EL DESARROLLO DE LA REGION HUETAR CARIBE De acuerdo con el reglamento para uso del Canon, el proyecto no podría ser aprobado, ya que faltan aspectos de la tenencia de las tierras y estudios preliminares. LAS TIERRAS SIGUEN SIENDO DEL MINISTERIO DE CULTURA = ¡ANTECEDENTES Lo Trabajo de graduación de Gary A. Hernandez Ballestero. TEC o TEC Idoia ica CUADRA EDUCACIÓN TÉCNICA CUADRA EDUCACIÓN DIVERSIFICADA Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*292 ACTA N*37 Ordinaria. CUADRA EDUCACIÓN CUADRA CULTURAL VIALIDAD TÉCNICA CUADRA EDUCACIÓN DIVERSIFICADA CUADRA RESIDENCIAL €. MINISTERIO DE 'SEGURIVAD PUBLICA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA MINISTERIO DE CULTURA RESIDENCIAS Y IUVENTUO MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÁBLICA IESCUELAI “Apoyando el desarrollo de nuestro can Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*293 ACTA N*37 Ordinaria. CUADRA CULTURAL «+ A “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*295 ACTA N*37 Ordinaria. PROPUESTA PARA RETOMAR EL PROYECTO - ETAPAS PARA DESARROLLAR EL PROYECTO MINISTERIO DE CULTURA Ap! MUBUCIPALIDAD. JAPUEVA. VA OIROS. Municipalidad == PROPUESTA PARA RETOMAR EL PROYECTO >) ESTIMACION DEL PLAZO DE DESARROLLO Y EJECUCIÓN MIRISTERIO DE CULTURA MUNICIPALIDAD: JAPDEVA Muvan LS Municipalidad Sn o 2022 2023 2024 - 2025 2026 “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” £ Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*296 ACTA N*37 Ordinaria. » Proyecto 1: Desarrollo de vialidad y áreas verdes. » Proyecto 2: Municipalidad oficina local de Cariari ER gro VAN Pepu danza dl rr Pq Ent Mas e Presupuesto estimado para vialidad y áreas verdes (áreas comunes) REQUERIMIENTOS FINANCIEROS Vialidad £480.000.000,00. Equipamiento de Espacio Público £200.000.000,00 ¡Gimnasio y Skate Park 6750.000.000,00 Áreas de Conservación y Reforestación 470.000.000,00 TOTAL 41.500,000.000,00 DIOS, PLANOS Y DO Topografía - £10.000,000,00. Estudios Preliminares 0,5% £7.500.000,00 Anteproyecto Arquitectónico 1,0% 415.000.000,00 Presupuesto 1,0% 415.000,000,00 Planos Constructivos 4,0% € 6).000.000,00 TOTAL (107.500.000,00 “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*297 ACTA N937 Ordinaria. 19-05-2022 =--" Proyecto 2. Municipalidad. Oficina local de la en Cariari ó Acuerdos sugeridos: + Solicitar una reunión a la Ministra(o) entrante para conversar acerca de este proyecto, y elaborar una estrategia para la gestión del convenio o los convenios para ceder las áreas públicas. e Solicitar un pronunciamiento al departamento de Planificación y desarrollo urbano, sobre la situación técnico-legal de las calles públicas que aparentemente fueron declaradas en el acuerdo SMP 2622-17 del 17 de noviembre de 2017; tomando en consideración que el Ministerio de Cultura, propietario legal del inmueble, no ha solicitado formalmente esa declaración. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*298 ACTA N*37 Ordinaria. Reg. Luis Ángel Méndez Araya, comenta que es importante que el diputado Yonder Salas Duran, conozca más acerca del ese proyecto y dice que se está claro que se está en un proceso de transición y por eso se debe dan una espera para ver cuáles van a hacer los nuevos jerarcas que van a comandar algunas instituciones y también dando inicio con nuevo nombramiento del nuevo Ministro de cultura. Comenta que por parte de esta comisión se espera poder seguir dando el seguimiento que corresponde, para que se den los resultados que se quiere. Ho. da Reg. Luis Ángel Méndez Araya Maribel Olivas Amaya Presidente de la Comisión Secretaria de Comisiones Parque Desarrollo Humano Cariarl Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce. ARTICULO VI Mociones ACUERDO N* 964 Moción presentada por el regidor Alfredo Calderón Alfaro, avalada por los regidores Luis Ángel Méndez Araya y Yaslyn Morales Grajal. dice: Considerando: Que la Municipalidad ha avanzado en el tema digital de las tecnologías de información, en el cual ha habido un apoyo importante de parte de este Órgano Colegiado y cuya prioridad es brindar las herramientas tecnológicas a la población del cantón, para que pueda tener el acceso ágil a las diferentes plataformas informáticas, entre ellas El Sitio Web, Interconectividad con el Sistema Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%299 ACTA N*937 Ordinaria. ERE Bancario Nacional, que permita la realización de los Pagos de los contribuyentes y consultas a la documentación Institucional y demás herramientas tecnológicas. Para el buen desempeño de las diferentes unidades institucionales. Ante la evidente interrupción que se está generando, casi que diariamente, según lo que expresan ciudadanos preocupados del por qué colapso el sistema informático y que muchas veces según lo que expresan, llegan a la Plataforma de Servicios y no hay sistema para hacerles el cobro por la caída de la plataforma y del internet. Por lo tanto, se propone: 1, Que la Administración nos brinde el monto que se les paga a la empresa o empresas contratadas para dar el servicio a la Institución y además deberán venir los montos y órdenes de compra. 2, Que se especifique cuánto adeudan o cuánto se ha pagado en períodos anteriores. 3. Este informe escrito deberá estar presentado el miércoles 25 de mayo, para analizarlo en la sesión posterior. hu Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Moción del regidor Alfredo Calderón. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Acuerdo Firme. ACUERDO N* 965 Moción presentada por el regidor Alfredo Calderón Alfaro con relación la revisión de los carteles o licitaciones para que sean revisados por el Concejo Municipal previo a que sean incorporados a SICOP. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*300 ACTA N*37 Ordinaria. Nota de Secretaría: La señora presidenta somete a discusión la moción, y tras diferentes opiniones por parte de los señores regidores se propone, reunirse el lunes con para discutir la presentación de carteles a Proveeduría y el regidor Alfredo Calderón acepta retirar la moción para consensuarlo mejor antes de presentarla posteriormente. Se retira la Moción. ACUERDO N* 966 Moción presentada por la señora presidente Yaslyn Morales Grajal. dice: Considerando: Primero: Que la Municipalidad de Pococí, en años pasados ha realizado esfuerzos por fiscalizar las actividades de explotación de cauces de dominio público, conocidos como tajos y que de estos estudios se han determinados situaciones que deben ser analizadas a profundidad desde el control tributario. Segundo: Que según datos de la página del MINAE, específicamente en la Dirección de Geología y Minas se tiene el siguiente detalle relacionado con las concesiones de cada uno de los cantones que integran la Región Huetar Caribe: Figura 1. Detalle de concesiones Región Huetar Caribe. Concesión Huetar Carlbe 2019-2020 Concesiones Conseclones Trámile de Suspensión esperando Cantón activas Inaclivas otorgamiento Intclaron labores prórroga Planta [Sector cle Sarapiquí de 4 2 o o o Pococí 14 12 o 0 0 2 ¡Guácimo 1 3 2 1 o 0 Siquires 4 0 2 0 0 0 ¡Matina 5 2 1 0 1 Y Urnón 7 19 o 0 o 0 Talamanca 1 o 0 o 0 o ¡TOTAL 39 21 7 1 1 2 Fuente. MINAE, DGM Drección de Geología y Minas Según se desprende de la figura indicada es el cantón de Pococí que posee el mayor número de concesiones en esta región. Adicionalmente, se tienen los datos a nivel país que reflejan la cantidad de concesiones según el tipo: Figura 2. Detalle por tipo de concesión Región Huetar Caribe. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N9301 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N937 Ordinaria. Concesión según división Cantón Cauce Tajo Planta ¡Sector Sarapiquí 11 [0] 0 Pococí 24 2 2 [Guácimo 3 1 0 [Siquirres 3 1 0 Matina 6 1 1 Limón 7 0 0 Talamanca 1 0 0 TOTAL 55 5 3 Fuente. MINAE, DGM Dirección de Geología y Minas De la figura anterior, se observa que la mayor cantidad de concesiones dadas están en el cantón de Pococí, no obstante, actualmente no todas están activas, tal como se puede observar en la Figura 1 existe un total de 12 concesiones en estado inactivo, seguido por el cantón de Sarapiquí. Otro aspecto importante por analizar es la cantidad de producción por región de donde se deriva el 44% corresponde a la Región Huetar Caribe, de la cual forma parte el cantón d e Pococí. Figura 3. Detalle de producción por región. v Producción total por reglón Reglón Producción (m3) Porcentaje Región Central | 1624 569,00 16% Reglón Central Il 1217 625,50 12% Región Brunca 538 556,00 5% Región Chorotega 1 593 998,61 16% Región Huetar Caribe 4 514 948,00 44% Reglón Huetar Norte 646 879,61 6% 59 827,00 1% Región Pacífico Central ¡TOTAL 10 196 403,72 100% Fuente. MINAE, DGM Dirección de Geología y Minas Aunado a lo anterior se destaca que al ser la región Huetar Caribe la zona que mayor producción destaca, siendo Pococí el cantón que extrae el mayor volumen de material con un 51 %, confirma la gran explotación sobre esta actividad. Figura 4. Detalle de concesiones Región Huetar Caribe. Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*302 ACTA N*37 Ordinaria. Producción total por cantón Huetar Caribe Cantón Volumen de materlal extraldo (m3) Porcentaje Sector Sarapiquí 855 623,00 15% PococÍ 1948 900,00 51% Guácimo 105 539,00 4% Siquirres 262 393,00 8% Matina 1157 115,00 16% Limón 182 378,00 6% Talamanca - 0% TOTAL 4 511 948,00 100% Tercero: Que, de un recuento de los datos históricos relacionados con ingresos, se tiene que, para la Municipalidad de Pococí, el comportamiento ha sido el siguiente: destacando en los periodos 2014-2015 el mayor ingreso de los Últimos diez años, esto con ayuda de un proyecto de fiscalización ejecutado en esos periodos. Figura 5. Gráfico que detalle de concesiones Región Huetar Caribe. Ingresos sobre la explotación de recursos naturales y minería exsososózaoa LUAAIATATO! 212929288376 121990152.76 £117376360,55 g extseororsar L10A71 106460 €110725924,75 £102726594.82 93259080,08 EJE 23 2014 2015 EN 27 216 2019 20 EI] «lngresosreoles El17376969.55 11072592475 El4QUB0Ó2I02 IALILA747.O! 12929288376 12199015276 10272659402 C991259060.0 C115201096,07 €120471 106,40 Fuente: Auxiliares de la Hacienda Municipal. Cuarto: Que, para efectos del cobro del Impuesto correspondiente a esta actividad, la forma y cálculo se encuentra normada en el artículo Artículo 38,-Los concesionarios, tanto físicos como jurídicos, referidos en este título V, pagarán a la municipalidad correspondiente según la ubicación del sitio de extracción, el equivalente a un treinta por ciento (30%) del monto total que se paga mensualmente por concepto de impuesto de ventas, generado por la venta Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI e PAGINA N*303 ACTA N*37 Ordinaria. 19-0 de metros cúbicos de arena, piedra, lastre y derivados de estos. En casó de que no se produzca venta debido a que el material extraído forma parte de materiales destinados a fines industriales del mismo concesionario, se pagará un monto de cien colones ((¿100,00) por metro cúbico extraído, monto que será actualizado anualmente con base en el índice de precios al consumidor, calculado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos. Las tasas serán canceladas en favor de la tesorería de la corporación municipal, en el lugar y la forma que esta determine. Cada municipalidad, por medio de sus inspectores, verificará y fiscalizará los volúmenes de material extraído que egresen del tajo y los que se reporten. La falta de pago dentro del plazo legalmente establecido causará un cobro de interés de financiamiento, desde el momento en que el impuesto debió ser pagado con base en la tasa de interés fijada por el artículo 57, y de intereses por mora igual al artículo 80 y 80 bis, todos del Código de Normas y Procedimientos Tributarios; lo anterior conforme al artículo 69 del Código Municipal, en lo que corresponda, y al título XVII del presente CÓDIGO. (La negrita no corresponde al original). Se deriva de lo anterior, que existe un procedimiento claro, para la determinación de la obligación tributaria, siendo el insumo de la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el documento de donde se tasa lo correspondiente al impuesto de minería. De ahí la importancia de las posibilidades de fiscalización que se puedan realizar en conjunto por parte de ambas administraciones tributarias, tanto del Ministerio de Hacienda, como del gobierno local, para cerrar cualquier brecha de incumplimiento que exista. Por tanto, mociono: l; Que, desde este Concejo Municipal, se apoyen con el recurso económico necesario los proyectos relacionados con la fiscalización de estas actividades en próximos documentos presupuestarios, de acuerdo con la propuesta técnica que emita el Área Tributaria. IN Solicitar a la Dirección de Geología y Minas del MINAE, un informe actualizado de las concesiones del Cantón de Pococí, detallando todo lo relacionado a estas en cuanto a controles y registros que permita al gobierno local, establecer un programa de fiscalización. 111. Solicitar al Ministerio de Hacienda, un informe de las acciones de fiscalización realizadas a esta actividad en específico (explotación de cauces de dominio público, tajos o canteras y afines) en los últimos cinco años y que se 9 POCOC Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*304 ACTA N*37 Ordinaria. 19-05-20 indique si se han desarrollado propiamente en la Provincia de Limón por'parte de la Administración Tributaria. Presentado por: Yaslin Morales Grajal 1 Ss mM ; Apoyo Técnico: Administración Tributaria. Participan de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos. Felicita a la señora presidenta por la moción y comenta que, si hay alguien que está lucrando en este cantón, son estas empresas y la administración con pocas acciones puede empezar a generar, poniendo a alguien ahí en la salida que genere un control, además, se le puede pedir a estar empresas la declaración de renta del último año, aunado a esto, en Patentes debe haber personas que se puedan destinar para esta labor. Reg. Ovidio Vives Castro. Felicita a la señora presidenta por la moción e Indica que este mismo proyecto se intentó hacer en el periodo 2016-2020, sin embargo, no se logró, pero este Municipio es para que esté percibiendo por ese concepto de ventas de esos agregados entre 1.300 y 1.600 millones de colones en recursos libres y este año no se llega ni a los 200 millones. Sobre las concesiones inactivas se debería revisar si verdaderamente están inactivas y también hay que modificar el artículo 38 del código de minería, para que se pueda abrir una puerta para todas las Municipalidades del país porque si no se modifica ese artículo, no se les puede pedir los libros contables a estas empresas. Reg. Juan Luis Gómez Gómez. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*305 ACTA N*37 Ordinaria. _ 19-05-2 Felicita a la señora presidenta por la moción, ya que se inicia una lucha qu iniciar hace mucho tiempo. Explica ampliamente. debió Reg. Reinaldo Benavides Vargas. Explica que en el año 2008 se pusieron inspectores en los tajos y se dio la recaudación en ese entonces, pero ese es el modo de cobrar, con inspectores que estén 24/7 o con una romana que sea de la Municipalidad o bien que sea de empresa mixta. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Recalca que este es un primer paso de estudio y de toma de decisiones del órgano Colegiado, posteriormente se hará un estudio para el tema de las pesas y posteriormente otro estudio para ver de dónde se pueden conseguir los recursos y los felicita a todos por apoyar esta iniciativa. (somete a votación la propuesta) Por Unanimidad (vota el regidor Bernardo Veach en lugar del regidor Juan Luis Gómez quien se encuentra con permiso de la señora presidenta) SE ACUERDA: Se aprueba la Moción de la señora presidenta Yaslyn Morales Grajal, |. Para que este Concejo Municipal apoye con el recurso económico necesario, los proyectos relacionados con la fiscalización de estas actividades en próximos documentos presupuestarios, de acuerdo con la propuesta técnica que emita el Área Tributaria. IL Solicitar a la Dirección de Geología y Minas del MINAE, un informe actualizado de las concesiones del Cantón de Pococí, detallando todo lo relacionado a estas, en cuanto a controles y registros que permita al gobierno local, establecer un programa de fiscalización. III. Solicitar al Ministerio de Hacienda, un informe de las acciones de fiscalización realizadas a esta actividad en específico (explotación de cauces de dominio público, tajos o canteras y afines) en los últimos cinco años y que se indique si se han desarrollado propiamente en la Provincia de Limón por parte de la Administración Tributaria. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Acuerdo Firme. Sitio Web: munipococi.go.cr Ya h Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI y UY PAGINA N*306 ACTA N*937 Ordinaria. 19-0512022* ARTICULO V Asuntos Varios ACUERDO N' 967 Se conoce comentario por parte del Regidor Randall Torres Barrientos, dice: Quiero aprovechar este momento para una situación que se dio hoy en la tarde y quedé muy preocupado. Hoy en la tarde llovió torrencialmente y hay que ver este edificio lleno de huecos, lleno de goteras. Me preocupa porque es un centro con locales y hoy vi un caso de una señora adulta mayor que estaba en una silla de ruedas, casi se cae al pasar por un charco que se dio ahí en el piso. Yo creo que esta Municipalidad tiene que intervenir y si la Municipalidad no interviene, o la Administración no interviene, yo si voy a dar mi voz por los que no tienen voz. Porque hay una segunda situación que me tiene muy molesto con el Administrador de este Edificio, que es, que mantiene los servicios sanitarios cerrados. Quiere decir que si uno está ahí en la soda no tiene donde ir al baño, una persona que venga de carretera y quiera ir a la soda y quiera utilizar los baños, no tiene los baños abiertos. Tienen dos baños ahí cerca de la entrada de la Municipalidad y los tiene cerrados, eso violenta todas las regulaciones del Ministerio de Salud. tiene la obligación este administrador de tener abierto, no es posible, una chiquita que tenía que ir al baño, suplicándole a la mamá, porque no tenía donde orinar, tiene que venir la gente a pedir permiso a Tacobell para usar el baño y eso no se puede permitir y no puede continuar. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*307 ACTA N*37 Ordinaria. Aquí los baños tienen que estar abiertos y debe tener un lavatorio por la menos, una señora que quería lavarse las manos no podía ni siquiera lavarse las manos, son temas de salubridad. No sé si podemos hacer una excitativa al Ministerio de Salud para que haga una revisión, pero creo que debe ser suficiente y ojalá me esté viendo don Alberto Reina para decirle que eso no se hace. ¿Cómo estamos atentando contra un principio, un derecho que tenemos?, de vivir en un ambiente sano y equilibrado. Él tiene la obligación, no solo de tenerlos abiertos sino de tenerlos limpios, aseados, hay que hacer algo con este tema, y lo mismo creo que nos ha estado bailando con el tema del ascensor, no ha habido forma. También sobre la bulla cuando hay sesión. Yo quiero dejar esto patentizado, decirle también a doña Yamileth que aquí pagamos un alquiler y es caro y aquí arriba por todo lado hay goteras, y allá en el salón que es en la planta baja, es algo terrible, hoy fue Una situación que a mí me preocupa mucho, que suceda una desgracia por una gotera de ese tipo que alguien se caiga y pueda dañarse. No podemos seguir así, porque no nos está dando el servicio con relación a lo que dice el contrato. Doña Yami a mí me gustaría que usted intervenga en ese tema para beneficio de todo el mundo. Quiero que quede en actas esto, y si usted doña Yami no toma acción yo la voy a tomar como ciudadano o como regidor o como sea. Sra. Alcaldesa Yamileth Hidalgo Arias. Don Randall con ese tema nosotros tenemos por escrito, cuando le hemos solicitado a don Alberto, yo tomé la decisión con lo del ascensor, ahí hay documentos que en cualquier momento si hay una denuncia, nosotros tenemos en expedientes todas las solicitudes que a don Reina se le ha hecho, verbales y por escrito. Entonces, no es que no hemos estado anuentes a los temas, con lo del ascensor, con lo de las goteras y otras cositas más, pero claro que vamos a agarrarlas todas juntas como un recordatorio al señor don Reina, porque sí hemos actuado. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*308 ACTA N937 Ordinaria. Igual él es el administrador de este local que nosotros arrendamos, pero si no, con toda la documentación le vamos a mandar copia a este Honorable Concejo de la petitoria, me comprometo a hacerle un recordatorio por escrito y ustedes van a tomar las decisiones respectivas, la Administración igual. Pero si quiero que nos den un acompañamiento en esto porque todos nos tenemos que apoyar y el señor aquí lo digo abiertamente, cuando se le ha pedido, dice que las cosas están arregladas y todo el mundo con valdes a penas llueve, incluso Salud Ocupacional también tiene documentos y muy claro está ahí, entonces será hacerlo tipo recordatorio, se le va a mandar copia a este Honorable Concejo y ahí ustedes podrán tomar decisiones posteriores. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Yo me uno a esa denuncia verbal que está haciendo el compañero Randall Torres, verdaderamente es triste ver cómo hay gente que quiere ir al baño y no puede usar los de allá abajo porque están cerrados. Hasta yo a veces que estoy ahí comiéndome algo y me da pereza subir aquí, puedo usar ese baño y está cerrado, entonces eso no puede ser. También solicito a Magally que, por favor vea a ver el acuerdo que aquí se tomó de mandar al Ministerio de Salud para que hiciera una inspección a este edificio, yo lo pedí y los compañeros me apoyaron, qué pasó con eso, si le dimos trámite, darle seguimiento a ese acuerdo y si no lo hemos mandado todavía al Ministerio de Salud, por favor a la brevedad posible lo haga y que venga el Ministerio de salud a inspeccionar Reg. Ovidio Vives Castro. Totalmente en apoyo a la denuncia o la información que nos está presentando el regidor Randall, recuerdo que en los primeros dos años de pandemia en los momentos más difíciles estos señores de la cafetería le estuvieron honrando el pago del alquiler mes a mes, en los momentos más difíciles donde no llegaba casi gente. Señora alcaldesa también tiene el apoyo mío, creo que una forma de poder socar riendas acá, porque ya se le ha comunicado verbal o por escrito es, pararle el Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
A = ye YA | TON / AN MUNICIPALIDAD DE POCOCI a AN N => PAGINA N*309 ACTA N*37 Ordinaria. 19-0542022%* _. próximo pago, o nos arregla esto o no hay pago todavía, de por sí, tenemos todo el año para pagarle el resto que nos queda tengo entendido, pero podemos apretarlo, podemos decirle, no se va a pagar por el momento hasta que nos arregle esto, esto y esto, así brinque o salte, porque él tiene que respetarnos y tener conciencia y sensibilidad humana hacia personas que necesitan el servicio, y por decir que está malo porque no está malo (yo ya estuve por ahí inspeccionándolo), y no es así. Más bien él debería estar muy agradecido primero con Dios y con la Administración porque le hemos colaborado mucho. Aquí hay mucha gente que denuncia todos los días cosas que ve por fuera y sin embargo uno trata de que nos acomodemos, osea, ayúdenos, pero le ayudamos pero que tampoco se pase de la raya así que, señora alcaldesa tiene todo mi apoyo. Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Aquí es secundar las palabras de los compañeros, hemos sido demasiado tolerantes porque este tema se ha repetido muchas veces, se han enviado documentos, se le ha recordado al señor, con el tema del ascensor y ahora se le suma el tema del servicio sanitario. Es absurdo que vamos a tener los servicios sanitarios cerrados, donde hay adultos mayores, donde hay niños, donde hay discapacitados, contribuyentes que llegan a hacer su gestión al primer piso, tendrían que subir al segundo piso para hacer uso del servicio. Yo no sé si el señor propietario de este edificio es consecuente con lo que dice, a mí me está quedando a deber y se está haciendo una denuncia, y le pido a la señora Alcaldesa y ojalá podamos apoyar esta denuncia, se está trabajando en una denuncia sobre estos dos temas, el tema del ascensor y ahorita se le suma el tema del servicio sanitario. Podríamos pedirle desde ya, una respuesta por escrito para que este señor se pronuncie y brinde una fecha pronta para solucionar el problema, pero no se le va a dar ni 15 ni 22 días ni un mes. Esto ya rebasó los límites de la tolerancia. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*310 ACTA N*37 Ordinaria. Sra Pdta. Yaslyn Morales Grajal En ese sentido Luis hizo una propuesta, que le damos 15 días a Alberto Reina para que arregle los pendientes de este edificio y abra ese servicio sanitario de lo contrario procederemos ante las instancias que correspondan para que él tenga lo que tenga que hacer como arrendatario. Los que estén de acuerdo, levantar la mano. Reg. Alfredo Calderón Alfaro. Compañeros y compañeras, lo más grave también es que él tiene alquilada la cafetería también y no tienen servicio ellos. ¿cómo es posible que alquile un local sin servicio sanitario?, yo creo que nosotros debemos ir pensando en alquilar otro edificio, ya ir viendo a ver qué otro edificio presenta mejores condiciones que este. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la propuesta del regidor Luis Ángel Méndez Araya, Se le da un plazo de 15 días al señor Alberto Reina Lamas, Administrador del Centro de Convenciones Talamanca Pococí 8. Hotel Caribe Light, para que arregle los pendientes de este edificio y abra el servicio sanitario ubicado en la planta baja del edificio, ubicado en la entrada principal de lo contrario procederemos ante las instancias que correspondan para que él tenga lo que tenga que hacer como arrendatario. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 968 Nombramiento de los miembros de la Comisión Especial de Asuntos de la Mujer en Pococí. Según acuerdo tomado por este Concejo Municipal en Sesión N* 36 Ordinaria del 12-05-2022, mediante el Acuerdo N?* 914 en la que se crea la “Comisión especial de Asuntos de la Mujer en Pococí”, misma que será integrada por las mujeres del Concejo Municipal que deseen formar parte de ella y las mismas son: Rita Marcelly Umaña Valverde Flor lveth Peraza Campos Hilda Zamora Arias Sandra Umaña López = Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*311 ACTA N*37 Ordinaria. Alejandra Sancho Bravo Carmen Sánchez Navarro Por Unanimidad SE ACUERDA: Que la señora Secretaria proceda con la juramentación respectiva. ACUERDO N' 969 Se conoce nota para este Concejo suscrita por ACIB, tel: 2668-11-28, correo: isotelaQacibcr.com dice: ¿Sabías que el cáncer de | Cérvix es de los cánceres más prevenibles que existen? Es por esto, que la Organización Mundial de la Salud, lanzó la “Estrategia mundial de eliminación del cáncer de cérvix como problema de salud pública”, cuya meta es: Que todas las mujeres mayores de 30 años participen en un programa para detectar y tratar lesiones precancerosas Que todas las niñas del mundo sean vacunadas contra el virus del papiloma humano (VPH) Si más mujeres en el mundo lograran protegerse contra la infección del VPH, se podría disminuir el número de años que tomaría eliminar el cáncer de cérvix como problema de salud pública. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*312 ACTA N*37 Ordinaria. Por esta razón, surge el estudio PRISMA Que busca comprobar que aplicar una dosis de la vacuna contra el VPH, ofrece un beneficio importante a las mujeres jóvenes. Los datos se presentarían a la Organización Mundial de la Salud para que valoren, cambiar la recomendación actual en mujeres jóvenes de tres dosis a una dosis. Súmate a las 5000 mujeres de 18 a 30 años que participan en el Estudio PRISMA. ¿Quién realiza el estudio? La Agencia Costarricense de Investigaciones Biomédicas (ACIB-FUNIN) y el Instituto Nacional del Cáncer de los Estados Unidos (NCI). ACIB-FUNIN es una organización sin fines de lucro, especializada en realizar investigaciones epidemiológicas para mejorar la salud de las personas. Para más información sobre este estudio, puede contactarnos al: ., 2668-1128 ()) http://www.acibcr.org/ [n] A También, puede escanear oo: YY el siguiente código QR. dE pa 59 Om" acio de -fUNnno “prisma poa Fundación INCIENSA ARAS Este documento fue aprobado por el CECFUNN con número de estudio CEC-FUNIN-007-2021 Rd M h Pa yw Sitio Web: munipococi.go.cr a C Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*313 ACTA N937 Ordinaria. PoR Noticias Etiqueta - Cáncer de Cérvix Una dosis de vacuna contra papiloma ofrece protección sólida contra cáncer de cérvix Criterio sería decisivo en países de bajos recursos donde no se protege a todas las niña contra virus de transmisión sexual; en Costa Rica esquema es de dos dosis. 12 de abril 2022. 3:11 PM Por Irene Rodriguez e ¿Una sola dosis de vacuna contra papiloma protegería a adultas? Estudio tico busca averiguarlo Esta pobiación actualmente usa tres dosis de vacuna para prevenir el virus, ensayo clínico pretende determinar si basta con una. Investigación ya se realiza con adolescentes. 31 de enero 2022, 12:37 PM Por irene Rodríguez e Costa Rica es el país con más sobrevida por cáncer de cérvix en el mundo Estud'o Global Cancer Facts and Figures indicó que el 78% de quienes son diagnosticadas con este cáncer sobreviven cinco años después de su diagnóstico, un puesto compartido con Corea 20 de noviembre 2019. 11:28 AM Por Irene Rodríguez + Cocreador de vacuna contra papiloma: “No es exagerado decir que gracias al trabajo hecho en Costa Rica ahora entendemos mejor el virus” Douglas Lowy, quien fue d'ractor de Centro Nacional del Cáncer de Estados Unidos (NCI), está en Costa Rica como parte de una capacitación a nivel cientifico para profesionales de salud que aplicarán esta Inyección a niñas de diez años 26 de febrero 2019, 11:11 AM: Por Irene Rodrigues + Incidencia de dos tipos de papiloma ligados a cáncer ha bajado desde aparición de la vacuna Desde 2008 hasta 2015, reportes de los tipos 16 y 18, ligados con el 70% de los tumores de cérvix se redujo en una tercera parte, según estudio del Centro de Control de Enfermedades de Estados Unidos (CDC). 16 de marzo 2019, 5:47 PM Per Irene Rodríruez e PEO yA Sitio Web: munipococi.go.cr a pe Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*314 ACTA N*37 Ordinaria. LA MACIÓN Noticias Etiqueta - Cáncer de Cérvix Una dosis de vacuna contra papiloma ofrece protección sólida contra cáncer de cérvix Criterio seria decisivo en países de bajos recursos donde no se protege a todas las niña contra virus de transmisión sexual, en Costa Rica esquema es de dos dosis. 12 de abril 2022, 3:11 PM Por Irene Rodríguez + ¿Una sola dosis de vacuna contra papiloma protegería a adultas? Estudio tico busca averiguarlo Esta población actualmente usa tr 31 de enero 2022. 12:37 PM Por Irene Rodríguez + Costa Rica es el país con más sobrevida por cáncer de cérvix en el mundo Estudio Global Cancer Facts and Figures indicó que el 78% de quienes son diagnosticadas con este cáncer sobreviven cinco años vespués de su dlagnósuco, un puesto comparto con Cotea á 20 de noviembre 2019, 11:28 AM Por Irene Rodríguez e Cocreador de vacuna contra papiloma: “No es exagerado decir que gracias al trabajo hecho en Costa Rica ahora entendemos mejor el virus” Douglas Lowy, quien fue director del Centro Naciona! del Cáncer de Estados Unidos (ICI), está en Costa Rca como parte de una capacitación a nivel cientifico para profesionales de salud que aplicarán esta inyección a niñas de diez años 26 de febrero 2019. 11:11 AM Pozirene Rodríguez e Incidencia de dos tipos de papiloma el "a [m1] ligados a cáncer ha bajado desde anarición de la vacuna 2d Desde 2008 hasta 2015, reportes de los tipos 16 y 18, ligados con el 70% de los tumores de cérvix se redujo en una tercera parte, según estudio del Centro de Contro! de Enfermedades de Estados Unidos (CDC). dica 16 de marzo 2019, 5:47 PM Por Unanimidad SE ACUERDA: Que se traslade esta información a la señora Grace Hernández coordinadora del departamento de Prensa y Comunicación para que promocione en la página de la Municipalidad este tipo de políticas públicas para que muchas mujeres de Pococí puedan utilizarlo. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9315 ACTA N*37 Ordinaria. PA — EX Fl Yaslyn a, Grajal Su LE 3 y F- Licda. Magally Venegas Vargas Presidenta Municipal e; 2 57 Secretaria Municipal Cc/ Regidores, Otros. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye