Ordinaria 82 · 2021-10-21

Acta_N82_Ordinaria_del_21-10-2021.pdf · 376 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 82 del 2021-10-21 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0024
PAGINA N*1 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Oo
N*82 ORDINARIA. 21-10-2021
SESION ORDINARIA. N*82 DEL 21-10-2021, INICIADA A LAS 18:00 HORAS EN
LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES Y DE MANERA VIRTUAL, CON LA
SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES
Juan Luis Gómez Gómez (Quien Preside) Bernardo Veach Davis
Jonnathan García Chévez Osael Campos Bolaños
Reinaldo Benavides Vargas Jairo Antonio Ojeda Aburto
Luis Ángel Méndez Araya Flor lveth Peraza Campos
Dennia Yaslyn Morales Grajal Rosbil Danier Arguello Badilla
José Antonio Bustos Martínez
Randall Torres Barrientos Marilú Ballestero Cruz
Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres
Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias
SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE
Gabriela Madrigal González
Greivin Bonilla Sánchez Johanna Flores Rosales
Sandra Umaña López
Carmen Sánchez Navarro
José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores
Javier Jiménez Villalobos Ana Rita Rodríguez Jiménez
Alejandra Sancho Bravo Jorge Humberto González Calderón
Licda. Magally Venegas Vargas Lic. Manuel Hernández Rivera
Secretaria Municipal Alcalde Municipal
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N2 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
ORDEN DEL DIA
Acuerdos ARTÍCULO
Juramentación de la Junta
Administrativa Temporal del
2866 -2867 Cementerio de Guápiles, misma
que rige por un periodo de 3
meses (del 14 de Octubre 2021
hasta el 14 de enero del 2022)
2868- al - 2918 1l Correspondencia
Lectura, Discusión y Verificación
del Acta N*78 Ordinaria del 07-
2919-al - 2921 lll. [10-2021, Acta N*79 Extraordinaria
del 12-10-2021 y Acta N“80
Ordinaria del 14-10-2021
2922-al- 2928 | IV Asuntos del Sr. Alcalde
2929 - al - 2931 V Asuntos Varios
2932 - al - 2937 | VI Mociones
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.
Pecocí
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0026
PAGINA N?3 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
ARTICULO |
Juramentación de la Junta Administrativa Temporal del
Cementerio de Guápiles, misma que rige por un período de
3 meses (del 14 de Octubre 2021 hasta el 14 de enero del
2022)
ACUERDO N* 2866
Moción de Orden para alterar el Orden del Día por parte de la Reg. Yaslyn Morales
Grajal para hacer un minuto de Silencio por el fallecimiento del señor Víctor Hansel
Kelly, reconocido atleta de la provincia de Limón.
La regidora Morales menciona una de las frases que caracterizaban al querido
deportista “Un deportista más, un delincuente menos”, quien dedicó su vida al
atletismo.
Además un minuto de silencio en memoria de la señora Nelly Guzmán Villalobos,
madre del señor Paulo Benjamín Astua Guzmán, vicepresidente de la Junta
Administrativa Temporal del Cementerio de Guápiles.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la alteración del Orden del día.
ACUERDO N* 2866-1
Se procede a dar un minuto de silencio en memoria del señor Víctor Hansel Kelly,
reconocido atleta de la provincia de Limón y la señora Nelly Guzmán Villalobos,
madre del señor Paulo Benjamín Astua Guzmán, vicepresidente de la Junta
Administrativa Temporal del Cementerio de Guápiles. Paz a sus restos y fortaleza a
sus seres queridos. a
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0027
PAGINA N%4 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N* 2867
El Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez procede a juramentar a las siguientes personas:
Gerardo Serrano Zúñiga, cédula 3-0174-0629 como Presidente, Zaida Rodríguez
Vargas, cédula 1-0617-0133 como Tesorera, Carmen Espinoza Cabrera, cédula 7-
0066-0635, como Secretaría, Trinidad Valverde Corrales, cédula 6-0225-0094 como
Vocal 1 de la Junta Administrativa Temporal del Cementerio de Guápiles, por un
período de tres meses (del 14 de Octubre 2021 hasta el 14 de enero del 2022).
HF a DEC RICA
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- cias
7 0066 0635. 6 0225 0 94
Ne EUGENIA LR Nombre: TRINIDAD
1*Apelido: -y DES
YApatdo: CABRERA ==. aba CORALES A
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Número de Cédula: 3 0174 0629
| Fecha de Nacimiento: 07 12 1947
| Lugar de Nacimiento: CENTRO TURRIALBA cabac
Nombre del Padre: ANTONIO SERRANO QUIROS |
| Nombre de la Madre: NOEMI ZUÑIGA PICADO
Domicilio Electoral: GUAPILES POCOCI LIMON:
Vencimiento: 07 02 2028 Sexo; Mi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0028
PAGINA N*5 ACTA N*82 Ordinaria. - 21-10-2021
QUEDAN DEBIDAMENTE JURAMENTADOS
ARTICULO ll
Correspondencia
ACUERDO N* 2868
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo
del departamento de Servicios Jurídicos Internos, teléfono: 2713-6516, correo
electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: 1J-28-AGO-2021
Asunto: Respuesta a oficio: CMPL-231-2021, sobre gestión para declarar la
caducidad del procedimiento administrativo: 01-OD-RCA-2020
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Guópiles, 24 de agosto de 2021
Informe Jurídico: 1J-28-AGO-2021
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta a oficio: CMPL-231-2020, sobre gestión para declarar la
caducidad del procedimiento administrativo: 01-OD-RCA-2020,
1. GESTIÓN.
El presente asunto se conoce por oficio: CMPL-231-2020 de la secretaria del
Concejo Municipal, Licda. Magally Venegas Vargas, donde indica que se remite a
este departamento para análisis:
1, Documento que consta de 8 folios dirigido al Concejo Municipal con carácter
de URGENTE, en el que solicitan declarar la caducidad del procedimiento
Administrativo sancionatorio.
2.Ampo |
Expediente 01-OD-RCA-2020.
Órgano Director del procedimiento administrativo.
Folios del 01 al 527
3. Ampo 2
Expediente 01-OD-RCA-2020.
Órgano Director del procedimiento administrativo.
Folios del 01 al 255"
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PAGINA N07 ACTA N*82 Ordinaria. 21+10-2021
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2. ANÁLISIS JURÍDICO,
Los regidores de la administración pasada (2016-2020) Reinaldo Benavides Vargas,
Ginnette Sequeira Granados y Freddy Hernández Miranda, presentaron ante la
Secretaría del Concejo Municipal, un escrito titulado: "SE SOLICITA SE DECLARE LA
CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO POR HABER
OPERADO EL PLAZO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 340 INC, 1) DELA LGAP."
Como breve antecedente para contextualizar el conocimiento de la gestión
planteada, se indica que, en esta municipalidad se dio apertura al procedimiento
administrativo: 01-OD-RCA-2020 contra los citados regidores de la pasada
administración (2016-2020), a quienes se les recriminó el irrespeto al deber de
abstención y al deber de probidad, dado que participaron en la votación del
acuerdo tomado en la sesión extraordinaria 34 del Concejo Municipal realizada el
día 28 de abril de 2017, consistente en la votación del aumento salarial de los
funcionarios municipales, pudiendo acarrearles un conflicto de intereses por ser
familiares de algunos de esos servidores públicos.
Los motivos en que se fundamenta la gestión de caducidad de los exregidores en
lo conducente son:
"El Concejo Municipal de la Municipalidad de Pococí, inició el proceso antes
indicado a solicitud de la Procuraduría de la Ética Pública, para tal efecto se
nombró como Órgano Director del Procedimiento Administrativo al Lic. Roy Alberto
Castro Astúa, quien remitió al Concejo Municipal de la Municipalidad de Pococí, la
respectiva recomendación final, desde el día 19 de mayo del año 2020, según
consta en el expediente administrativo e hizo entrega del expediente en su
totalidad el día 22 de mayo del año 2020, según constancia de entrega del mismo,
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PAGINA N98 ACTA N*%82 Ordinaria. 21-10-2
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valga la pena inclicar que lo único que se encuentra pendiente en dicho proceso
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es el dictado del acto final, por parte del órgano decisor, sea el Concejo Municipal
de la Municipalidad de Pococí, quien es el órgano competente."
“En virtud de los anterior, y habiendo operado el plazo fatal de SEIS MESES lo que
corresponde es el dictado del ARCHIVO del proceso, dado que la administración
mantuvo inaclivo el procedimiento por un plazo mayor al indicado en la norma y
el dictado en este momento de un ACTO FINAL, de cualquier naturaleza, resulta no
solo llegal, sino que acarrearía su nulidad absoluta por dictarse fuera del plazo
antes Indicado.”
Ahora bien, lo conveniente para el análisis de la gestión planteada, es exponer los
actos que constan en el expediente, a partir de la recomendación del órgano
director.
Visible a folio 237 del "Ampo 2", se observa con fecha del 19 de mayo de 2020
comprobante de entrega de la recomendación del órgano director al Concejo
Municipal, con el fin que tomaran la decisión sobre el procedimiento administrativo
en cuestión; por Acuerdo 799, Acta 35, del 19 de mayo de 2020, ese órgano
colegiado decide trasladar a este departamento todo el expediente para su
análisis y recomendación, pero dicho traslado se concretó hasta el 26 de junio de
2020, por oficio: 064-2020, firmado por la secretaria del Concejo Municipal visible a
folio 239 del "Ampo 2", posterior a ello, el Lic, Carlos Hernández emite el informe
jurídico: 1J-032-AGO-2020, remitiéndolo al Concejo en fecha 11 de agosto de 2020,
siendo conocido por el órgano colegiado en sesión del 20 de agosto de 2020,
donde deciden apartarse del criterio jurídico del Lic, Hernández, ordenando enviar
el caso a la Contraloría General de la República hasta el 2 de setiembre de 2020,
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%9 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
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visible a folio 241 del "Ampo 2” para que emanaran una recomendación al
Concejo; en sesión del 15 de setiembre de 2020 (puesto en conocimiento por oficio:
SMP-1564-2020 del 25 de setiembre de 2020), el Concejo conoce la respuesta de la
Contraloría General de la República, acordando trasladar el caso ala Procuraduría
de la Ética Pública para que ellos hicieran una recomendación al órgano
colegiado, producto del declinar de la Contraloría de realizar la recomendación
pretendida visible a folio 243 del "Ampo 2”, haciendo dicho lraslado hasia el 25 de
noviembre de 2020 por oficio: CMPL-224-2020, visible a folio 245 del "Ampo 2",
siendo que la Procuraduría responde en fecha 2 de diciembre de 2020 declinando
también referirse al caso en las mismas condiciones que la Contraloría General de
la República, visible a folio 247 del “Ampo 2”.
Luego de expuesto lo anterior, debe indicarse que el trámite del procedimiento
administrativo es atípico, pues no se han respetado algunos plazos dispuestos por
la Ley General de la Administración Pública como parte de las formalidades del
procedimiento luego de emitida la recomendación del órgano director. En esa
línea, el artículo 261 establece que el procedimiento administrativo deberá
concluirse, por acto final, dentro de los dos meses posteriores a su iniciación, por
otra parte, el artículo 319 de la misma ley, dispone que terminada la
comparecencia del asunto quedará listo para dictar el acto final, lo cual deberá
hacer el órgano competente dentro del plazo de quince días, contado a partir de
la fecha de comparecencia, salvo que quiera introducir nuevos hechos o
completar la prueba en cuyo caso deberá consultar al superior.” Lo cual, si bien
son plazos ordenatorios y no perentorios, deberían de respetarse pues están
previstos en la ley, y en caso de algún retraso, ha de existir una justificación
razonable para tal atraso mas no hay dentro del expediente elementos que
motiven el exceso de plazo transcurrido, pudiendo verse como una violación al
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*10 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
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debido proceso, por la inseguridad jurídica que se causa ante la falta de una
decisión al procedimiento que nos ocupa.
Sobre la caducidad, la Ley General de la Administración Pública en su artículo 340
dispone:
*]) Cuando el procedimiento se paralice por más de seis meses en virlud de causa,
imputable exclusivamente al interesado que lo haya promovido o a la
Administración que lo haya iniciado, de oficio o por denuncia, se producirá la
caducidad y se ordenará su archivo, a menos que se trate clel caso previsto en el
párrafo final del artículo 339 de este Código.
2) No procederá la caducidad del procedimiento iniciado a gestión de parte,
cuando el interesado haya dejado de gestionar por haberse operado el silencio
positivo o negativo, o cuando el expediente se encuentre listo para dictar el acto
final.
3) La caducidad del procedimiento administrativo no extingue el derecho de las
partes; pero los procedimientos se tienen por no seguidos, para los efectos de
interrumpir la prescripción.”
De la lectura de la norma se desprende que la caducidad opera cuando el
procedimiento permanezca paralizado por más de seis meses, trayendo como
consecuencia el archivo de este, sin embargo, resulta de importancia el segundo
párrafo, pues indica que la caducidad no procede cuando el expediente se
encuentre listo para dictar el acto final, y para el caso bajo estudio, es
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0034
PAGINA N911 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
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precisamente esa la circunstancia, pues los propios gestionantes, visible a folio 249
del “Ampo 2", manifiestan:
“Ahora bien, desde la emisión y formal puesta en conocimiento de la
recomendación final, realizada por parte del Órgano Director al Concejo
Municipal, al día de hoy han transcurrido SEIS MESES y DIECINUEVE DÍAS, sin que se
haya emilido dicho acto final...”
En otras palabras, ya el procedimiento se encontraba listo para dictar el acto final,
con lo cual estamos frente al supuesto del párrafo segundo del artículo 340 de la
Ley General de la Administración Pública, resultando improcedente la pretensión
de caducidad del procedimiento, lo cual abarca también el plazo transcurrido
desde la interposición de la gestión hasta su resolución.
Como respaldo, podemos citar al Tribunal de Casación de lo Contencioso
Administrativo y Civil de Hacienda, en su resolución 10-F-TC-2021 (10-2021) de las
nueve horas veinte minutos del veintiocho de enero de dos mil veintiuno, cuyos
jueces al referirse sobre la caducidad exponen:
“La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, ha determinado en reiterados
fallos que la caducidad no es procedente cuando el procedimiento ha concluido
ya por acto final. Ello en razón, de que la fase recursiva que le sigue ya no puede
tener la consecuencia de "terminar" o dar efecto de cierre al procedimiento, en
tanto es claro que este ya ha precluido en su fase ordinaria, restando nada más
verificar la validez de esa conducta en las instancias de revisión; ello si es que la
parte dispone acudir a esa etapa, dado el carácter facultativo que posee según
la regla general del agotamiento de la vía administrativa. Asflo establece el
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*12 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
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numeral 340 de la LGAP en lo literal: "1.-Cuando el procedimiento se paralizare por
más de seis meses en virtud de causa imputable al interesado que lo ha promovido,
se producirá la caducidad y se ordenará enviar las actuaciones al archivo [...) 2.-
No prosperará la caducidad (...) cuando el expediente se encuentre listo para la
resolución final(...)”. En dicho postulado se encuentra entonces, la base para
sostener que si bien el instituto de la caducidad surge como respuesta a una inercia
durante la tramitación, que evita que el asunto llegue a ser resuelto en forma
definitiva; esta no opera cuando el expediente esté listo para el dictado de la
resolución final y mucho menos cuando ésta ya fue dictada, (Al respecto pueden
consultarse las resoluciones de Sala Primera números 147-F-S1-16 de las 11 horas 15
minutos del 18 de febrero de 2016 y 1985-F-S1-2020 de las 10 horas 5 minutos del 11
de junio de 2020)." El énfasis no es del original,
En consecuencia, no es procedente declarar la caducidad del procedimiento
administrativo 01-OD-RCA-2020, por ende, ha de rechazarse dicha gestión de os
regidores de la administración pasada (2016-2020) Reinaldo Benavides Vargas,
Ginnette Sequeira Granados y Freddy Hemández Miranda en todos sus extremos.
Por otra parte, sin perjuicio de lo anterior, es evidente que el plazo transcurrido entre
la recomendación del órgano director hasta la interposición de la gestión de los
citados exregidores es excesivo, y como ya se mencionó, dentro del expediente no
hay justificación alguna que motive la dilación procedimental, sumado al hecho
que es improcedente pedir criterio a la Contraloría General de la República y a la
Procuraduría General de la República para tomar una decisión dentro de un
procedimiento administrativo, del cual ya se contaba con la recomendación del
órgano director y hasta un criterio del Departamento de Servicios Jurídicos.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N913 ACTA N982 Ordinaria. o Q
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Bajo la misma ilación argumentativa, si bien el Concejo Municipal tiene la potestad
de separarse de los criterios que les emitan, como hizo con el informe jurídico: 1J-
032-AGO-2020, tiene la obligación de motivar su decisión, pues así lo dispone el
artículo 136 inciso c) de la Ley General de la Administración Pública:
“1, Serán motivados con mención, sucinta al menos, de sus fundamentos:
..:C) Los que se separen del criterio seguido en actuaciones precedentes o del
dictamen de órganos consultivos;”
No observándose en el expediente la justificación para apartarse del criterio legal
así como de la recomendación del órgano director, añadiendo que, si bien el
Acuerdo 1421, Acta 59, del 20 de agosto de 2020 dice que “Se analizó en la
Comisión de Jurídicos y nos apartamos del Criterio Técnico Legal”, lo cierto es que
dicho análisis de la Comisión de Jurídicos no está tampoco en el expediente,
violentándose lo dispuesto en la parte final del referido artículo 136, sobre que la
“motivación podrá consistir en la referencia explícita o inequívoca a los motivos de
la petición del administrado, o bien a propuestas, dictámenes o resoluciones
previas que hayan determinado realmente la adopción del acto, a condición de
que se acompañe su copia.” Lo cual hace que en el acto administrativo falte uno
de los elementos esenciales, cual es la motivación, comprometiendo su validez, por
ende, en caso de mantener la disposición el honorable Concejo de apartarse del
criterio del órgano director y del Lic, Carlos Hernández, deben justificar (táctica,
probatoria y jurídicamente) su decisión, pues deberá sostenerse eventualmente en
caso de que el procedimiento administrativo se judicialice, sin dejar de lado, que
la decisión final del Concejo Municipal debe tomarse a la brevedad posible, pues
como se expuso, los plazos previstos por la Ley General de la Administración Pública
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0037
PAGINA N%14 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
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no se cumplieron, independientemente de no ser plazos perentorios, con el fin de
otorgar seguridad jurídica a los investigados y respetarles el debido proceso,
3. RECOMENDACIONES.
l. Que la gestión presentada por los exregidores Reinaldo Benavides Vargas,
Ginnette Sequeira Granados y Freddy Hemández Miranda sea rechazada en todos
sus extremos, por cuanto la declaratoria de caducidad pretendida es
improcedente al estar el procedimiento listo para el acto final y no en una etapa
preparatoria, de conformidad con el artículo 340 párrafo segundo de la Ley
General de la Administración Pública.
ll, Que a la brevedad posible el Concejo Municipal decida sobre el resultado del
procedimiento, debido «il plazo transcurrido entre la recomendación del órgano
director hasta la interposición de la gestión por parte de los tres exregidores, esto
con la finalidad de brindar seguridad jurídica y respetar el debido proceso.
111, Que acojan la recomendación del órgano director y la del Lic, Carlos Hernández
Hernández, coordinador titular del Departamento de Servicios Jurídicos Internos,
por informe jurídico: J-032-AGO-2020,
IV, Que en caso de apartarse del criterio emitido por el órgano director y el Lic.
Carlos Hemández de este departamento, el honorable Concejo deberá motivar su
decisión luego de un análisis fáctico, probatorio y jurídico, capaz de sostenerse en
caso de que el procedimiento administrativo se judicialice, en total respeto del
principio de interdicción de la arbitrariedad.
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PAGINA N915
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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v. Que independientemente de la decisión a elegir, se nolifique a las partes el
resultado de esta, para brindarle eficacia al Acuerdo del Concejo Municipal por
tomar.
Finalmente, por este medio remilo los dos expedientes que conforman el
procedimiento de marras, el primero titulado "Ampo 1 Expediente 01-OD-RCA-
2020. Órgano Director del procedimiento adn rinislralivo.” con una cantidad de 527
folios; y el segundo titulado Ampo 2 Expediente 01-OD-RCA-2020. Órgano Director
del procedimiento administrativo.” con una cantidad de 255 folios.
Lic, Christian Córdoba Oviedo
Coordinador a.i. Servicios Jurídicos Internos
Municipalidad de PococÍ
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PAGINA N%16 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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Ys Secretaría del Concejo Municipal
Tel/Fax 2711-12 27
munici. Email: secretariaQmunipococi.go.cr
DEPOCOI prosecretariaconcejoMyahoo.es
SMP, 1378-2020
Guápiles 02 de septiembre 2020
SMP - 1378-2020
Señores:
MSc. Marta Acosta Zúñiga
Coordinadora Contraloría General de la República
Estimados Señores:
Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo
Municipal de Pococí en Sesión N” 59 Extraordinaria del 20-08-2020, dice:
Acta N* 59 Artículo II Acuerdo N* 1421
Se conoce nota suscrita a este Concejo por Lic. Carlos Hernández Hernández,
Coordinador Servicios Jurídicos Internos, dice:
Oficio: 1J-032-AGO-2020
Asunto: Revisión recomendación órgano director nombrado por CAPROBA,
instruir procedimiento contra Freddy Hernández Miranda, Reinaldo Benavides
Vargas y Ginnette Sequeira Granados.
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“Apoyando el desarrollo de nuestro cantón”
E Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N917
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
Secretaría del Concejo Municipal
e o  TellFax 2711-12 27
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SMP. 1378-2020
21-10-20
Pecocí
ASUNTO: REVISIÓN RECOMENDACIÓN ÓRGANO DIRECTOR NOMBRADO
POR CAPROBA, INSTUIR PROCEDIMIENTO CONTRA FREDY HERNÁNDEZ
MIRANDA, REYNALDO BENABIDES VARGAS Y GINNETTE SEQUEIRA
GRANADOS.
SOL; TE: CO! [Y]
FECHA:11 DE AGOSTO 2020
1. GESTIÓN:
El asunto que aquí se analiza, fue remitido a este Departamento Jurídico
mediante acuerdo municipal N%799 de la Sesión Ordinaria N%35 del dia 19 de
mayo de 2020, acuerdo en el que se dispone "trasladar el expediente 01-CD-
RCA-2020 al Departamento de Jurídicos para su análisis y recomendación”.
2. ANALISIS JURÍDICO:
Así las cosas, una vez analizados los documentos adjuntos al acuerdo de cita,
se tiene que el mismo versa sobre el informe del Lic. Roy Alberto Castro Astúa,
quien fungió como órgano director del procedimiento administrativo
expediente 01-OD-RCA-2020, tramitado en contra Fredy Hernández
Miranda, Reynaldo Benavides Vargas y Ginnette Sequeira Granados,
procedimiento que les fue seguido en virtud que siendo regidores propietarios
de la municipalidad de Pococí, se les recriminó era obligatorio el deber de
abstención y el deber de probidad, dado que participaron en la votación del
acuerdo tomado en la sesión extraordinaria N%34 del Concejo Municipal
realizada el día 28 de abril de 2017, debido a que podía acarrearles un
conflicto de intereses por ser familiares de algunos funcionarios municipales.
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Pluye
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0041
PAGINA N*18 ACTA N*82 Ordinaria. 21-1042021
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SMP. 1378-2020
Que debido a dichas circunstancias y el informe de investigación preliminar
AEP-INF-20-2018, emitido por la Procuraduría de la Ética Pública, el Concejo
Municipal de entonces mediante acuerdo N92542 de la Sesión Extraordinaria
N979 del día 25 de octubre del año 2018, solicitó a la Federación CAPROBA
iniciar el proceso de licitación de servicios jurídicos para proceder con la
contratación del órgano director que instruyera el respectivo procedimiento
administrativo, Contrato el cual recayó en la persona del Lic, Roy Alberto
Castro Astúa, profesional que fue debidamente juramentado por la secretaria
del Concejo Municipal, Magaly Venegas Vargas, por instrucción de dicho
órgano colegiado, según lo dispuesto en el acuerdo N*309 de la Sesión
Extraordinaria N%15 del día 2 de marzo de 2020.
En tal sentido el Lic. Roy Alberto Castro Astúa actuando dentro del
procedimiento administrativo expediente 01-OD-RCA-2020, como Órgano
Director del procedimiento administrativo, tramitado en contra Fredy
Hernández Miranda, Reynaldo Benavides Vargas y Ginnette Sequelra
Granados, dispuso en síntesis que una vez analizado los elementos
investigados durante el procedimiento instaurado, recomienda al concejo
municipal como órgano decisor, “proceder a archivar definitivamente el
presente proceso al no encontrar mérito suficiente para acreditar que los
intimados hubiesen incurrido en infracción al artículo 31 inc. a) del Código
Municipal, ni a las disposiciones del artículo 38 de la Ley Contra la Corrupción
y el Enriquecimiento ilícito en la Función Pública NS. 8422"
Así las cosas, realizado un análisis fáctico y jurídico del informe emitido por el
Lic. Roy Alberto Castro Astúa actuando dentro del procedimiento
administrativo expediente 01-OD-RCA-2020, como Órgano Director del
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SMP. 1378-2020
0042
21-10-2021
Pecocí
procedimiento administrativo, no encuentra este departamento jurídico
elementos que permitan variar la recomendación final emitida por el cltado
órgano director dentro del procedimiento objeto del presente asunto,
consecuentemente, si lo tiene a bien el Concejo Municipal, lo procedente es
acoger la recomendación en los términos expuestos por el Lic, Castro Astúa.
3. CONCLUSIONES:
Por lo aquí expuesto, habiendo analizado los alcances fácticos y jurídicos del
informe emitido por el Lic. Roy Alberto Castro Astúa, actuando Órgano
Director dentro del procedimiento administrativo expediente 01-OD-RCA-
2020, no encuentra este departamento jurídico elementos que permitan
variar la recomendación final emitida por el citado órgano director, dentro del
procedimiento objeto del presente asunto, consecuentemente, si lo tiene a
bien el Concejo Municipal, lo procedente es acoger la recomendación en los
términos expuestos por el Lic, Castro Astúa.
En el mismo sentido y en este acto se procede a devolver a la Secretaría del
Concejo Municipal, el expediente administrativo compuesto por dos ampos
enumerados ampo 1 y ampo 2, a efecto de que se custodien según
corresponda,
Sin más que manifestar, se suscribe con toda consideración y respeto:
> SL LS
Lic. Carlos Arítonio Hernández H
Coordinador- Servicios Jurídicos Internos
Cc; Archivo interno. :
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Por Unanimidad de 8 votos, SE ACUERDA: Se analizó en la Comisión de
Jurídicos y nos apartamos del Criterio Técnico Legal. Se traslada a la
Contraloría General de la República para recomendación a este Concejo.
Atentamente:
Secretaria Municipal de Poco: RN
SS
C/c-Archivo
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Participan de la palabra:
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Siguiendo las recomendaciones del departamento legal y nuestro asesor y yo le
pido que nos acojamos a esa recomendación, dice se recomienda al Concejo
Municipal como órgano decisor proceda archivar definitivamente el presente
proceso al no encontrar méritos suficientes para acreditar que los intimados
hubiesen incurrido en infracción al artículo N*31, inciso a del Código Municipal ni
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0044
PAGINA N221 ACTA N9%82 Ordinaria. 21-10-2021
A
a las disposiciones del artículo N%38 de la Ley contra la Corrupci y el
Enriquecimiento ilícito en función pública Ley N*8422.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Yo me abstengo de votar y que vote en lugar mío el Reg. Jairo Antonio Ojeda
Aburto, gracias señor presidente.
Por Unanimidad (Vota el Reg. Jairo Antonio Ojeda Aburto en lugar del Reg.
Reinaldo Benavides Vargas) SE ACUERDA: Archivar definitivamente el
Procedimiento Administrativo 01-OD-RCA-2020, al no encontrar méritos suficientes
para acreditar que los intimados hubiesen incurrido en infracción al artículo N931,
inciso a del Código Municipal, ni a las disposiciones del artículo N*38 de la Ley
contra la Corrupción y el Enriquecimiento ilícito en la Función Pública Ley N*8422,
Que se notifique a los interesados. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
Razonamiento de voto positivo de la Reg. Yaslyn Morales Grajal
Saluda, simplemente quiero justificar mi voto positivo a las recomendaciones del
departamento Legal para archivar dicha denuncia puesto que ellos hicieron una
investigación exhaustiva y esas son las recomendaciones que llegaron a la
conclusión, por no ser esto un órgano de juicio o donde se condenan personas
por lo que nos corresponde a nosotros es acogernos a dicha recomendación, que
conste en actas, muchas gracias.
Reg. Ovidio Vives Castro
Saluda, nada más solicitarle para que se les notifique a las partes del acuerdo que
estamos tomando, gracias.
Razonamiento de voto positivo del Reg. Jonnathan García Chévez
Igualmente, para razonar el voto positivo en la misma línea de la parte legal en la
cual ahí se extiende el criterio y este regidor se basa en esa parte legal que es muy
importante tomar en cuenta en este tipo de decisiones, muchísimas gracias. ------
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0045
PAGINA N22 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10+2021
ACUERDO N* 2869
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Mariano Zúñiga Pérez,
vecino de Jiménez, teléfono: 8324-3430, correo electrónico:
marianomzpOgmail.com, dice:
Asunto: Problema de alcantarillado
Yo Mariano Zúñiga Pérez, ced 3-0198-0892, vecino de Jiménez de Pococí, me dirijo
a ustedes para comunicarles que desde el 2017 envié una nota donde les
explicaba el problema que tengo con las aguas de lluvia que provienen de la
finca del lado oeste de Palí. En la entrada de esa finca pusieron unas alcantarillas
que parecen de juguete, ya que tienen un diámetro de 25 centímetros, lo que
hace un tapón de basura y zacate, por lo que cuando llueve mucho el agua se
desborda hacia el otro lado, y esa agua corre hacia mi casa ubicada al costado
norte de Pallí.
Los ingenieros de turno en ese momento hicieron una visita al lugar y verificaron el
trabajo que se debía hacer, me comentaron que por la falta de presupuesto no
podían hacer las obras. Yo espero que ahora si puedan y lo hagan. Esto debido a
que el pasado 12 de setiembre llovió muy fuerte y se desbordó de nuevo el agua
por la alcantarilla, tanto fue la afectación que el agua entró a mi casa
dañándome los muebles y todo lo que no pudimos alzar rápido.
Espero una pronta solución al problema y agradezco una pronta respuesta
conforme a los tiempos de ley.
»
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0046
PAGINA N*23 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
E : 4 Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*%82 Ordinaria.
PAGINA N*24
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0048
PAGINA N*25 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
AMDTRTAZAA
Participa de la palabra:
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Aquí viene un documento que es un estira y encoge desde el año 2017 y nosotros
como Concejo hemos demostrado que venimos a dar soluciones y no estar
alargando las cosas. Aquí viene un documento de Control Constructivo, viene de
la Unidad Técnica donde concluyen una y dos veces de que la denuncia
presentada por el señor Mariano Zúñiga Pérez sobre un arreglo pluvial a un
costado del Palí en Jiménez, es una cuestión que tanto lo dice la Unidad Técnica
como el departamento de Control Constructivo de que debió haberse hecho ese
trabajito de evacuación de aguas.
Compañeros, quiero decirle a ustedes que esto de estirar y encoger no sirve,
nosotros debemos dar soluciones. Que se traslade a la Unidad Técnica de Gestión
Vial Municipal para que haga las mejoras en el sitio que se debieron de hacer en
el momento que don Freddy y los profesionales establecieron que sí era un
problema de alcantarillado y se solucionaba con unas alcantarillas más grandes.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Unidad Técnica de Gestión Vial
Municipal para que realice las mejoras en el sitio como corresponden. Se Dispensa
del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2870
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Katherine Parra Vargas,
directora de la Escuela Las Lomas, Duacarí, teléfono: 2200-1453, correo
electrónico: esc.laslomasduacariOmep.go.cr, dice:
Asunto: Nombramiento de la Junta de Educación Escuela Las Lomas, Duacarí
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de
Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir
nómina para la conformación de la Junta Educación Escuela Las Lomas, Duacarí,
cédula jurídica N* 3-008-209449, para su nombramiento y juramentación ante el
Concejo Municipal.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*26 ACTA N*82 Ordinaria.
Nombre Cédula
Marisela Herrera Vindas ] 112700828 Ml
Wagner Humberto Durán Sánchez - o 1 109800944
"Pedro Eduardo Sánchez Hernández | o 111910332
-Kattia Patricia Serrano Campos AS 1205350728
“Elena Patricia Zúñiga Aguilar o 701640921.
Cabe mencionar que debido a que la Junta de Educación corresponde a una
escuela unidocente, se presenta nómina y no temas. Se adjunta la respectiva
justificación.
Atentamente, AN
MSc. KathdritWVarra Vargas
Directora Escuela Las Lomas
VB. Supervisor de circuito educativo A Ss
cipalidad de Pococi MSc. Ronald Marín Castillo |
SECRETARI a Supervisor Circuito 05 Guápiles vaples
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombran a las siguientes personas: Marisela
Herrera Vindas, cédula de identidad: 1-1270-0828; Wagner Durán Sánchez, cédula
de identidad: 1-0980-0944; Pedro Sánchez Hernández, cédula de identidad: 1-
1191-0332, Kattia Serrano Campos, cédula de identidad: 2-0535-0728 y Elena
Patricia Zúñiga Aguilar, cédula de identidad: 7-0164-0921 como miembros de la
Junta de Educación de la Escuela Las Lomas, Duacarí. Rige a partir del 24 de
noviembre del 2021, pasar a la Secretaría Municipal para su respectiva
juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*27 ACTA N*82 Ordinaria.
ACUERDO N* 2871
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Sonia Mora Nájera de la
directora de la Escuela Támara, teléfono: 4409-0952, correo electrónico:
esc.tamaramep.go.cr, dice:
Asunto: Nombramiento de la Junta de Educación de la Escuela Támara
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de
Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la
propuesta para el nombramiento de la Junta de Educación de la Escuela Támara
para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal, la cual es por
vencimiento de la junta:
Nombre Cédula |
Roxana Rodríguez Esquivel | 2.0455 0978 |
Ana Ivannia Villagra Barrantes 7.0150 0784
Yenny Umaña Monge 2 17 0238 0964
Silvia Elena Vargas Vindas [2.0496 0898
María de los Ángeles Mora Arias _ | 204660552
NOTA: No se adjuntan más temas por cuanto la comunidad es muy pequeña y
tienen parentesco en grado uno en su mayoría son los esposos y hermanos de los
Firmado digitalmente
PR ¡por Flor María
SONIA'MRA [Ramírez Núñez
¡Fecha: 2021,10,19
NAJERA (FIRMA Ei 10:46:31 -06'00"
Licda. Sonia Morz MSc. Flor María Ramírez Núñez
Directora Escuela Támara VB. Supervisor de circuito educativo
DIRECCIÓN
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombran a las siguientes personas: Roxana
Rodríguez Esquivel, cédula de identidad: 2-0455-0978, Ana Ivannia Villagra
Barrantes, cédula de identidad: 7-0150-0784; Yenny Umaña Monge, cédula de
identidad: 7-0238-0964; Silvia Elena Vargas Vindas, cédula de identidad: 2-0496-
0898 y María de los Ángeles Mora Arias, cédula de identidad: 2-0466-0552 como
miembros de la Junta de Educación de la Escuela Támara. Rige a partir del 24 de
octubre del 2021, pasar a la Secretaría Municipal para su respectiva
juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*28 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
ACUERDO N* 2872
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Noemy Morales Villanueva,
Directora de la Escuela IDA Nayuribe, teléfono: 4409-0951, dice:
Asunto: Sustitución de una persona en la Junta de Educación de la Escuela IDA
Nayuribe por renuncia.
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de
Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la
propuesta de cambio de miembro Junta de Educación de la Escuela IDA
NAYURIBE, sustituyendo a Rosaura Elena Cordero Matarrita, quien renunció al
puesto de Vocal 2.
Proponemos para su nombramiento y juramentación ante el Consejo Municipal a:
Nombre Cédula
Rebeca Alfaro Vargas 701430258
NOTA: Se anota Únicamente 1 terna con una persona, por no contar con más
oferentes de la comunidad. Se tomó en cuenta la equidad de género, al no
contar con oferentes masculinos por cuestión de no participación en las reuniones
o por trabajo solamente quedó una oferente femenina.
Atentamente Su LOS
Director del Centro Educativo
Escuela Campo Tres Es
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra a Rebeca Alfaro Vargas, cédula de
identidad: 7-0143-0258 como miembro de la Junta de Educación de la Escuela
IDA Nayuribe, pasar a la Secretaría Municipal para su respectiva juramentación.
Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*29 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
ACUERDO N* 2873
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Sonia Campos Moreira,
Presidenta de la Junta de Educación de la Escuela Central de Guápiles, correo
electrónico: 30080617140junta.mep.go.cr, dice:
Oficio: JEECG-0009-2021
Asunto: Solicitud de material de relleno
..
mep JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA CENTRAL GUAPILES
e CODIGO PRESUPUESTARIO 3601 CIRCUITO 01
Cédula jurídica: 3-008-061714
JEECG-0009-2021
DE: Junta de Educación Escuela líder Central Guápiles.
PARA: Alcalde Municipal.
Consejo Municipal Municipalidad de Pococí.
FECHA: 18/10/2021
ASUNTO: Solicitud de material de relleno.
La suscrita Sonia Campos Moreira cedula 70119 0601, en calidad de
presidenta de la Junta de Educación Escuela Líder Central Guápiles
cedula jurídica 3008 061714, de la Dirección Regional de Guápiles, les
envía un cordial saludo, deseando éxitos en sus funciones.
Por este medio respetuosamente solicitamos de su valiosa colaboración,
de ser posible en el momento que este al alcance nos faciliten material de
relleno para el terreno del centro educativo, ya que como se puede
apreciar es de suma importancia gestionar la nivelación y compactación
del terreno, hay áreas que se pretende sean de zona verde para el
esparcimiento y recreación de la población estudiantil, las cuales debido a
los desniveles son de poco aprovechamiento.
Por tal motivo solicitamos de su colaboración con la donación de material
de relleno para poder dar un mejor nivel al terreno.
Según el cálculo realizado se podrían ocupar un aproximado de 5 a 6
vagonetas con material.
Quedando atentos a su pronta respuesta; agradecemos su colaboración.
Sonia Campos Mol
Presidenta Junta de Educación
Ce: Arch
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*30 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2
ma
Participa de la palabra:
Reg. José Antonio Bustos Martínez
Hace unos días me llamaron de esta escuelita y lo que se está solicitando es que
si en algún momento la municipalidad tiene que arreglar una calle y necesita
sacar escombros, que se les ayude a rellenar unos huecos muy grandes que tienen
en la escuela, eso es lo que están pidiendo.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía y a la Unidad
Técnica de Gestión Vial para que se proceda con la ayuda, en el momento
oportuno. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO N”* 2874
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Jenny Céspedes Pierre,
Directora del Colegio Nocturno de Cariari, teléfono: 2767-3945, correo electrónico:
col.nocturnodecariarimep.go.cr, dice:
Oficio: DREGUA-SCE03-CNC-OFIC-050-2021
Asunto: Solicitud de colaboración con el alcantarillado
>
»>
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0054
PAGINA N*31 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Dirección Regional de Guápile:
mep Supervisión Euéntiva por Te
a las: Colegio Nocturno de Cariari
“Transformación curricular, una apuesta por la calidad educativa”
11 de octubre del 2021
DREGUA-SCE03-CNC-OFIC-050-2021
Señeros
Consejo municipal de Pococí
Estimados señeros:
Les deseamos el mayor de los éxitos en sus buenos oficios, y sobre todo que gocen de una buena
salud en todas las áreas.
La presente es para solicitar su apoyo en un proyecto que el colegio desea realizar en pro de nuestro
estudiantado y para el beneficio de toda la comunidad de Cariari.
Hace un año, el colegio se propuso el realizar una acera que va de la calle principal a la entrada del
portón del colegio; dicho proyecto ya fue superado con su colaboración, hoy todos los que transitan
esta calle, gocen de ese beneficio. Pero este mismo proyecto, aún no termina. Asía el lado Este del
colegio falta la continuidad de la acera. Nos proponemos ahora el culminar la acera, en todo la parte
frontal del colegio.
Sea solicitado ayuda al MOP, en cuanto a la donación de cemento, dicho ministerio respondió de
forma positiva y para el primer trimestre del 2022 se nos estará realizando entrega del material. De
igual forma en conversación con PRONAE (Programa Nacional de Empleo) se conversa para la
mano de otra del trabajo, de contar con su colaboración se habrá cubierto mas del 50% del proyecto;
y de no ser así, el colegio cubría los costos de mano de obra. Pero para poder tener los materiales
completos del proyecto y su finalización exitosa, nos falta el entubado de un zango que se encuentra
frente al todo lo largo del colegio en donde se pretende realizar la acera; zanjo que debe ser
entubado con alcantarillas (36. La cantidad de alcantarillas que se requiere para cubrir dicho zanjo
es de 280.
Como ustedes comprenderán señores, nos es necesario nuevamente su apoyo para poder continuar
este trabajo. Si no fuera posible el que ustedes nos poder cubrir la totalidad del alcantarillado; aun
así, agradeceríamos cualquier apoyo que nos puedan dar, siempre será bien recibida. El colegio
desea seguir trabajando mano a mano en pro de esta comunidad estudiantil y de todos los vecinos a
su alrededor, juntos hacemos grande este pueblo. Adjuntamos cotización.
Les agradezco de antemano la ayuda que nos pueda brindar.
Sin más.
SMQ
El por: Stephanic Mora Quintero, Oficini:
Revisado por: Dra. Jenny Céspedes Pierre, Directora Co: Archivo.
Cariari, 100 metros al Oeste de la Estación de Bomberos, Pococí, Limón.
Tel: (506) 2767-3945 » WhatsApp (506) 8814 - 4152
Correo electrónico: col.noctumodecariariOmep.go.cr
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Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
0055
PAGINA N*32 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
A IA
ALMACÉN El MEJOR PRECIO DE CARIARIS.A.
CÉDULA JURÍDICA 2-101110681-34
Tolélono:2767-7015 Fax: 2767-1323
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Tel. 2767-7015 Fax. 2767-7323 Forma de Pagor: Contado
Fecha: 11/10/2021 Vendedor: Orlando Durán Araya
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1 417-0026 Alcantarilla 36 PLG Unidad 280.00 28,000.00 7,840,000.00
Observaciones: Subtotal: 7,840,000.00
Descuento:
Neto: 7,840,000.00
LV.: 1,019,200.00
Total: 8,859,200,00
Documento valido por: 1 Día
Exento del impuesto de ventas Firma
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AN Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N%33 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 1 0056
Participa de la palabra:
Sind. José Alexis Chavarría Villarreal
Saluda, comenta que conoce la situación del centro educativo y no tienen
parque, que cerca pasa un zanjo. Que anteriormente se había invertido una
partida gestionada por el Concejo de Distrito y que los administrativos del Colegio
Nocturno de Cariari desean continuar con la obra.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía, Comisión de
Hacendarios, Unidad Técnica de Gestión Vial y al departamento de Obras Civiles
para lo que procedan con la valoración del costo de la obra y se remita un informe
a este Concejo.
ACUERDO N”* 2875
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo,
del departamento de Servicios Jurídicos Internos, teléfono: 2713-6516, correo
electrónico: munipococi.juridicosAgmail.com, dice:
Oficio: SJI-168-SET-2021
Asunto: Respuesta al oficio CMPL-369-2021 sobre proyecto de ley 22.424
»
»>
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*34 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-2
A Municipalidad de Pococí
Pluye munipococijuridicosQgmailcom "pro
a!
Guápiles, 30 de setiembre de 2021
Syl-168-SET-2021
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al oficio: CMPL-369-2021 sobre proyecto de ley 22424,
Por medio de la presenie, en respuesla a la solicilud de criterio sobre el proyeclo
de ley, expediente N.? 22424, del 29 de setiembre de 2021, relacionado con la
“Reducción del impuesto único al GAS LPG, contenido en el artículo 1 de la ley de
simplificación y eficiencia tributaria”, se propone establecer un impuesto Único por
tipo de combustible, tanto de producción nacional como importado, de un monto
de 24 colones, esta reducción se realiza con la finalidad de desahogar un poco la
economía de los costarricenses, así como aportar a la reactivación económica de
pequeñas empresas o industrias, se destaca que el monto sacrificado en
recaudación es de poco impacto en el total de recaudación, por lo cual la
propuesta de bajar el impuesto posee un ámbito más positivo que negativo, porlo
cual no hay oposición al proyecto
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Coordinador a.i. Servicios Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí
OY.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0058
PAGINA N*35 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
9 Municipalidad de Pococí
E ía Muni L
Pluye secretorio(Amunipococi.go.cr  Mcemo
Guápiles, 28 de septiembre de 2021
q CMPL-369-2021
Señor: a]
Lic. Christian Córdoba Oviedo 0%. ¿
Servicios Jurídicos Internos ro |
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Asunto: Traslado de correspondencia Expediente N*22424
“REDUCCIÓN DEL IMPUESTO ÚNICO AL GAS LPG
Estimados Señores (as):
Un cordial saludo, por medio de la presento me permito efectuar el traslado
por instrucciones del señor presidente del Concejo Municipal, de los
siguientes documentos para su respectiva revisión:
Asunto: Criterio sobre el proyecto de Ley, Expediente N.” 22424,
“REDUCCIÓN DEL IMPUESTO ÚNICO AL GAS LPG, CONTENIDO EN EL
ARTÍCULO 1 DE LA LEY 8114, LEY DE SIMPLIFICACIÓN Y EFICIENCIA
TRIBUTARIAS, DEL 4 DE JULIO DEL 2001 Y SUS REFORMAS”. Publicado A La
Gaceta 55, con fecha de 19 de marzo del 2021. Del que le adjunto copia.
Se les agradecerá remitir criterio al Concejo Municipal de Pococí.
Sin más por el momento y 7 tenei
Licda. Magally Venegas Var:
Secretaria Municipal
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*36 ACTA N*82 Ordinaria. 21-1042021
"Consulta expediente 22424
Tattiana Orue Navarro <torueQasamblea.go.cr>
Lun 27 Sep 2021 18:29
Para: secretaria municipal <secretariaQ munipococi.go.cr>
AS BLEA
LEGISLATIVA
27 de setiembre de 2021
AL-DCLEAMB.007-2021
Señores
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Estimados señores:
Para lo que corresponda y con instrucciones de la señora Diputada Paola Vega
Rodríguez, Presidenta de la Comisión Permanente Especial de Ambiente, le
comunico que este órgano legislativo acordó consultar el criterio de esa institución
del proyecto: “EXPEDIENTE N? 22424 “REDUCCIÓN DEL IMPUESTO ÚNICO AL GAS
LPG, CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 8114, LEY DE SIMPLIFICACIÓN Y
EFICIENCIA TRIBUTARIAS, DEL 4 DE JULIO DEL 2001 Y SUS REFORMAS”. Publicado
A La Gaceta 55, con fecha de 19 de marzo del 2021. Del que le adjunto copia.
Respetuosamente se les solicita responder esta consulta en el plazo de ocho días
hábiles que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. Si
transcurrido ese plazo no se recibiere respuesta, se tendrá por entendido que esa
institución no tiene objeción que hacer al proyecto.
Se le agradecerá remitirnos acuse de recibo de esta solicitud de criterio y remitir el
criterio al correo torue(Masamblea.go.cr
Para mayor información sírvase llamar a los teléfonos: 2243-2138 o 2243-2433
Atentamente,
Cinthya Díaz Briceño ASAMBL EA
Jéfa de Área (WO (506) 2243-2433 LEGISLATIVA
Comisiones Legislativas IV [Y ediaztasamblea.go.cr
Departamento
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
Pluye
0059
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0060
PAGINA N937 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2021
LEY PARA REDUCCIÓN DEL IMPUESTO ÚNICO AL GAS LPG,
CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 8114, LEY
DE SIMPLIFICACIÓN Y EFICIENCIA TRIBUTARIAS,
DE 4 DE JULIO DE 2001, Y SUS REFORMAS
ERWEN MASIS CASTRO
DIPUTADO
EXPEDIENTE N.? 22.424
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES
PROYECTO DE LEY
LEY PARA REDUCCIÓN DEL IMPUESTO ÚNICO AL GAS LPG,
CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 8114, LEY
DE SIMPLIFICACIÓN Y EFICIENCIA TRIBUTARIAS,
DE 4 DE JULIO DE 2001, Y SUS REFORMAS
Expediente N.* 22.424
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
El desempleo se ha convertido en uno de los principales problemas que tiene que resolver el país, desde el
tercer trimestre de 2018 en que se registró una tasa del 8,7% ha crecido sostenidamente hasta el segundo
trimestre de 2020 que alcanzó el 24,0% 41 El desempleo es un reflejo de la falta de competitividad del país,
en el cual resulta cada vez más caro producir. La pandemia generada por el covid-19 solo ha venido a
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AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*38 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
empeorar el problema, al afectar las ventas y cadenas logísticas de las empresas, lo cual ha disminuido los
* ingresos y aumentado los costos.
Estos problemas se reflejan en los bajos niveles de actividad económica: el Índice mensual de actividad
económica (IMAE), publicado por el BCCR, presenta una contracción en la actividad económica del país
desde marzo de este año, respecto a los niveles observados el año pasado, con un último resultado de -7,4%
2
para el mes de junio.
Lamentablemente, esto agrava la situación de pobreza afectando a más hogares que tienen dificultades para
cubrir sus necesidades básicas.
La situación del covid ha golpeado con fuerza el comercio, sodas, restaurantes, hoteles y actividad turística
que también es alto generador de empleo y encadenamiento con otros sectores.
Las exportaciones también se han visto afectadas, en el segundo trimestre del año 2020, Procomer reporta
una caída del 9,1% respecto del segundo trimestre del año 2019, lo que exige atención y medidas que
permitan mejorar la competitividad de la producción realizada en el país.
Es claro que la industria local del país tiene que competir en Costa Rica con productos importados, de
múltiples países en los cuales la industria encuentra condiciones muy diferentes en costos e impuestos, por lo
que no son pocos los ejemplos donde en el comercio el producto importado es más barato que el bien
nacional. Esto tiene que ver en gran medida con los altos precios de electricidad y combustibles en el país, en
especial si se comparan con los de los países de la región y con países con los que tenemos tratados de libre
comercio,
Es por lo anterior que se deben buscar medidas que apoyen la reactivación económica, la generación de
empleo y alivien la situación en los hogares de menores ingresos. En ese sentido, se propone con este
proyecto de ley la reducción del impuesto único a un combustible que utilizan todos estos sectores y en
especial los hogares de menores recursos. Específicamente, la propuesta consiste en reducir este impuesto a
un monto similar al del búnker, con lo que el impuesto pasaría de 150,75/L a E24,00/L.
t- Beneficio para los hogares de menores ingresos
El gráfico 2 muestra que el GLP es utilizado por los hogares costarricenses. Del total de gas que se vende en
el país un 38% va a los hogares que lo utilizan para cocinar. Es importante considerar que la reducción de
este impuesto tendría un impacto positivo sobre hogares de bajos ingresos, ya que el 44% de estos lo utiliza
como principal fuente de energía para cocinar. Según la Encuesta Nacional de Hogares 2019, el total de
hogares en condición de pobreza ascendía a 335 895, por lo que mediante esta reducción del impuesto se
beneficia aproximadamente a 147 794 hogares, situación que agravó la pandemia en 2020. Adicionalmente,
la encuesta citada refleja que en el decil 1 de menores ingresos el 56,4% de los del gasto por recarga de GLP
ocupa la 12* posición en términos de importancia de gasto (respecto a todos los bienes y servicios que se
8]
adquieren en ese decil).
Gráfico 1: Consumo de GLP en Costa Rica según sector (2018)
»>
>
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*39 ACTA N*82 Ordinaria.
3% 2%
u Residencial
s Industria
= Servicios
Transporte de carga
= Comercial
a Transporte privado
» Transporte público
Fuente: Sepse, 2018.
Asimismo, cuando se analiza el cargo a un cilindro pequeño de 25 libras de gas en Costa Rica, pagó el
equivalente a $1,82, en Guatemala, $1,38, en El Salvador $1,13, en Honduras $0,88 y en Panamá y
Nicaragua no paga impuesto, según los datos del Comité de Cooperación de Hidrocarburos de América
Central (CCHAC) en la semana del 9-15 de agosto del 2020. Es decir, en Costa Rica se tiene el impuesto
más alto al GLP que lleva a también tener uno de los precios más altos de la región.
Es importante reducir el impuesto único al gas para aliviar la situación de los hogares, en especial de los
hogares más pobres que son los que en mayor proporción utilizan el gas para cocinar.
2- Reducción de costos para sodas, restaurantes, hoteles y hospitales, en el momento que más lo
necesitan.
Este combustible es de uso intensivo en las actividades fuertemente golpeados por el covid-19 tales como
restaurantes, hoteles, comercios hospitales. Su alto precio local perjudica la urgente necesidad de salvar sus
operaciones y buscar la reactivación de sus actividades y con ello aliviar el alto desempleo que se está
sufriendo en estas actividades.
Ante el elevado costo de la electricidad, la opción más competitiva que buscan estas actividades es el gas,
pero con un impuesto tan alto, esa opción resulta también cara y poco competitiva. Por lo que reducir el
impuesto único al gas licuado de petróleo les dará un alivio con un insumo clave para la operación diaria de
todas estas actividades económicas.
En el caso de los hospitales, doble es su efecto por el papel que cumplen en la atención de la emergencia que
nos afecta.
3- Necesidad de reactivación de la actividad industrial y el empleo
El gas licuado de petróleo (GLP), como se muestra en el gráfico 1, tiene también importancia como insumo
para la industria, gran parte de la industria alimentaria la utiliza en su proceso, industria que tiene gran
cantidad de pequeñas y medianas empresas, pero también lo utilizan empresas que exportan y a las cuales
se les dificulta competir con empresas de países en los que no existe un impuesto al combustible tan alto
como el de Costa Rica. Al incorporar ese impuesto en el costo del proceso productivo el producto
costarricense se encarece y resulta más difícil colocarlo tanto en el mercado local frente a productos
importados como en el mercado internacional donde la competencia es feroz.
Gráfico2: Peso del impuesto único del GLP sobre el precio plantel en 2020 (montos en TIL y porcentajes
sobre el precio plantel)
5 ESCOC Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0063
PAGINA N*40 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Ea
200 120% y
100% 8
alo ia
380% mE
£ gs
E 100 60% 22
50 sd 35
20% 8:
y
0 0% e
ma Precio plantel Impuesto ===Peso del impuesto único sobre precio plantel
Fuente:
elaborado con datos de Recope.
El impuesto único al GLP genera distorsiones significativas en el precio de este combustible, las cuales se
trasladan a todos los consumidores. Previo a que el efecto del covid-19 se reflejara en los precios de los
combustibles (enero y febrero, por ejemplo), ya el impuesto único representaba entre 50%-60% del precio
plantel, como lo muestra el gráfico 2.
Esto resulta desproporcionado, ya que los consumidores pagan por este impuesto alrededor del 50%-60% de
lo que le cuesta a Recope la importación de GLP y toda su operación necesaria para ofrecerlo en plantel.
Esta distorsión inclusive es mayor cuando se observan rebajas en el precio internacional, como en mayo, ya
que en este caso los consumidores pagaron solo por este impuesto, el 100% del costo total de Recope para
vender este producto en plantel; lo cual, además de ser desproporcionado, refleja que la dinámica de este
impuesto es altamente perjudicial para las empresas en su necesidad de competir en precios.
Es indispensable brindar competitividad al precio de este insumo, para que las empresas costarricenses
puedan competir en el mercado local y en mercados externos y se logre reactivar la producción y el empleo
formal.
4- Impacto ambiental positivo
Es importante considerar que el GLP es una opción mucho más amigable con el ambiente respecto a otros
combustibles derivados del petróleo. El factor de emisión de gases de efecto invernadero (GE!) para el GLP
es 48%, 38% y 28% inferior que el del búnker, diésel y gasolina, respectivamente. 41 Es decir, que una
reducción del impuesto al GLP permite impulsar ese proceso de transición hacia combustibles más limplos,
que generan menos emisiones y por tanto resultan más amigables con el ambiente.
Incluso, podría favorecer el uso del GLP en el sector transporte, sustituyendo diesel y gasolinas, mientras
mejores y más limpias opciones se incorporen en el país y sumando en la reducción de emisiones de GEI.
De modo que tanto la industria como el transporte aportarían con una disminución en emisiones de GE!, tan
necesarias ante el reto del cambio climático.
5- Reducción del precio para hogares y empresas.
La propuesta es reducir este impuesto a un monto similar al del búnker, en virtud de reconocer la incidencia
que ambos combustibles tienen en la generación de empleo. Por lo tanto, el impuesto pasaría de (50,75/L a
(24,00/L. La tabla 1 muestra el efecto de esta propuesta sobre los precios actuales de la cadena de
comercialización del GLP:
Tabla 1. Efecto en los precios vigentes de la cadena de comercialización del GLP al disminuir el IU (montos en
EL)
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0064
PAGINA N*41 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Plantel 146,83 120,08 -18,2%
Envasador 199,87 173,12 -13,4%
Distribuidor 255,22 228,47 -10,5%
Comercializador 318,86 292,11 -8,4%
Estación de servicio mixta* | 252,24 225,49 -10,6%
Fuente: Aresep (RE-0083-1E-2020). *El precio de la estación de servicio mixta es inferior debido a que
únicamente incorpora su propio margen y el del envasador.
Mediante esta propuesta se generaría una disminución en el precio de GLP a lo largo de toda su cadena de
comercialización. El sector empresarial que compra directamente en plantel vería una reducción de -18% en
el precio del GLP, dato que sería de -8% para los hogares que adquieren este producto.
6- Impacto en recaudación.
La recaudación total por impuesto único ascendió a 2552 016,8 millones en 20190 De este monto, en la
tabla 4 se estima que el GLP representó apenas el 3,1%, ya que su participación en las ventas de Recope es
muy pequeña, en comparación con otros productos de mayor volumen como el diésel y las gasolinas.
Tabla 2. Recaudación del impuesto único (IU) a los combustibles en 2019
17 164,90
Fuente: elaborado con información de Recope. *Promedio simple anual del impuesto único del GLP.
Se estima que el Estado habría dejado de percibir alrededor de (8997 millones en el 2019 si hubiera estado
vigente la presente ley, los cuales representan apenas 1,6% del total recaudado por impuesto único.
Es claro que el monto sacrificado en recaudación, no solo es de poco impacto en el total de la recaudación del
impuesto único a los combustibles, sino que como se ha demostrado genera impactos positivos en toda la
economía desde actividades que pueden lograr reactivación, generación de empleo apoyando toda la cadena
de cargas sociales y otros impuestos que recibirá el Estado, sino que contribuye con actividades afectadas por
la pandemia y en especial con los hogares costarricenses de más bajos ingresos que utilizan el gas para
cocinar los alimentos.
Por todo lo expuesto anteriormente, se propone el presente proyecto de ley para discusión de las señoras y
señores diputados.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY PARA REDUCCIÓN DEL IMPUESTO ÚNICO AL GAS LPG,
CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 8114, LEY
DE SIMPLIFICACIÓN Y EFICIENCIA TRIBUTARIAS,
DE 4 DE JULIO DE 2001, Y SUS REFORMAS
ARTÍCULO 4- Modifíquese el artículo 1 contenido en la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, y sus
reformas, Ley N.* 8114, de 4 de julio del 2001, publicada en el Alcance 53 de La Gaceta N.* 131 de 9 de julio
de 2001, para que en adelante se lea así:
Artículo 1- Objeto, hecho generador y sujetos pasivos.
POCOC Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0065
PAGINA N*%42 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-2021
' Establécese un impuesto único por tipo de combustible, tanto de producción nacional como importado, según
se detalla a continuación:
Tipo de combustible por litro Impuesto en colones (¿)
(...)
LPG 24
(dk
TRANSITORIO ÚNICO- El nuevo monto del impuesto único al gas LPG será vigente el primer día del
mes siguiente al de publicación de esta ley, y su actualización, de acuerdo con el artículo 3 de la Ley N.* 8114,
se realizará a partir del segundo trimestre posterior a su entrada en vigencia.
Rige a partir de su publicación,
Enwen Masis Castro
Diputado
16 de marzo de 2021
NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.
Este proyecto cumplió el trámite de revisión de errores formales, materiales e idiomáticos en el
Departamento de Servicios Parlamentarios.
(0)
(21
Bl
INEC.
Variación interanual de la serie tendencia ciclo.
Enigh 2018-2019.
al Factores de emisión de gases efecto invernadero, Instituto Meteorológico Nacional, 2018. En términos de kg CO,/L
combustible. — (https://www.recope,go.cr/wp-content/uploads/2018/11/Factores-de-emsi%C3%B3n-gases-de-efecto-
Invernadero. pdf)
ll Ministerio de Hacienda.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el criterio técnico del Departamento de
Servicios Jurídicos Internos sobre Proyecto Expediente 22.424 “Reducción del
impuesto Único al GAS LPG, contenido en el artículo 1 de la ley de simplificación
y eficiencia tributaria.” Por tanto, se informa a la Asamblea Legislativa que este
Concejo no tiene oposición al proyecto.
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0066
PAGINA N%43 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N* 2876
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo,
del departamento de Servicios Jurídicos Internos, teléfono: 2713-6516, correo
electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: SJI-169-SET-2021
Asunto: Respuesta al oficio CMPL-372-2021 sobre proyecto de ley 22.293
ma a g Municipalidad de Pococí
POCO y e Servicios Jurídicos
a MS S Teléfono: 2713-6516, Fox: 2710-7181 2%,
Pluye ococijuridic ailcom maromunso
1
Guápiles, 30 de setiembre de 2021
SJI-169-SET-2021
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al oficio: CMPL-372-2021 sobre proyecto de ley 22293.
Por medio de la presente, en respuesia a la solicilud de criterio sobre el proyecio
de ley, expediente N.” 22293, del 29 de setiembre de 2021, relacionado con la
“Modificación al artículo 21 de la ley de transparencia y acceso a la información
pública", se propone modificar el ortículo 21 de la ley de transparencia y acceso a
la información, con el fin de garantizar la disponibilidad de la información en las
páginas web de las entidades públicas de manera continua, esto con el propósito
de que verse la transparencia de los instituciones públicas así como el acceso a la
información que poseen todos los ciudadanos.
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido.
Dot l-
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Coordinador a.i. Servicios Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí
munipococi.go.cr / Facebook: OMunicipolidadDePococi
YA
») Sitio Web: munipococi.go.cr
YA O Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0067
PAGINA N*44 ACTA N*82 Ordinaria. 21410-2021
9/29/21, 8:24 AM Correo: secretaria municipal - Outlook
Consulta Texto Base Expediente 22.293
Jorge Alberto Carvajal Rojas <jorge.carvajalGasamblea.go.cr>
Mar 28 Sep 2021 17:52
Para: javier.gonzalezQ abangares.go.cr <javier.gonzalezO abangares.go.cr>; concejoOabangares.go.cr
<concejoO abangares.go.cr>; heriberto.cuberoGabangares.go.cr <heriberto.cuberoGabangares.go.cr>; concejoWacosta.go.cr
<concejoQacosta.go.cr>; alcaldiaQacosta.go.cr <alcaldiaQacosta.go.cr>; pilar.munozO munialajuela.go.cr
<pilar.munozOmunialajuela.go.cr>; catalina.herreraQ munialajuela.go.cr <catalina.herreraQmunialajuela.go.cr>; Municipalidad
de Alajuelita <emartinezOmunialajuelita.go.cr>; svadoQmunialajuelita.go.cr <svadoOmunialajuelita.go.cr>;
pilarrj110 gmail.com <pilarrj110gmail.com>; drojasOzarcero.go.cr <drojasOzarcero.go.cr>; munizarceroO gmail.com
<munizarceroO gmail.com>; Municipalidad de Alvarado <lfigueroaQmunialvarado.go.cr>; mhernandezOmunialvarado.go.cr
<mhernandezOmunialvarado.go.cr>; czunigaQmuni.aserrigo.cr <czunigaQmuni.aserri.go.cr>; Municipalidad de Aserrí
<IgutierrezQaserri.go.cr>; Municipalidad de Atenas <concejoO atenasmuni.go.cr>; alcaldiaQatenasmuni.go.cr
<alcaldiaQatenasmuni.go.cr>; secretariaconcejoObagaces.go.cr <secretariaconcejoObagaces.go.cr>; mariasObagaces.go.cr
<mariasObagaces.go.cr>
28 de setiembre de 2021
AL-CJ-22293-0662-2021
Señores
Concejo Municipal
Municipalidad
ASUNTO: Consulta Expediente N.? 22.293
Estimados señores:
La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos tiene para su estudio el proyecto N.? 22,293:
“MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 21 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA”. De acuerdo con lo que establece el Artículo 126 del Reglamento
de la Asamblea Legislativa, se procede a realizar la consulta obligatoria del texto base a su
representada, publicado en La Gaceta N* 278, del 23 de noviembre de 2020; el cual se
adjunta.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 (consultas institucionales), del Reglamento
de la Asamblea Legislativa, que indica: ...”Si transcurridos ocho días hábiles no se
recibiere respuesta a la consulta a que se refiere este artículo, se tendrá por entendido
que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto”...
El criterio puede remitirlo en versión digital, en texto abierto, al siguiente correo electrónico:
COMISION-JURIDICOSOasamblea.go.cr/dabMWasamblea.go.cr o bien, el original, puede ser
entregado en la Ventanilla Única, ubicada en el Lobby del primer piso del nuevo edificio de la
Asamblea Legislativa.
Atentamente,
https://outlook.office365.com/mail/inbox/id/AAQKADIS5M205NDMwLTFINDKINDgyMy1hMDJILTM3YWQ5YZZmYmlzNgAQAPIVZW9SEJ2iCXER3408... 1/5
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0068
PAGINA N*45 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
9/29/21, 8:24 AM Correo: secretaria municipal - Outlook
Daniella Agúero Bermúdez ASAMBLEA
Jefe de Área Q 223240 LEGISLATIVA
Área Comisiones Legislativas VIl tel  dab%asamblea.go.cr a
Deportamento de Comisiones Legislativas
-—a
PROYECTO DE LEY
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 21 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA
Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Expediente N.* 22.293
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
La transparencia y el acceso de la información pública es un derecho y deber que tienen todos
los ciudadanos para formar criterios sobre la administración de los recursos públicos y la
funcionalidad de las instituciones. La Constitución Política de Costa Rica menciona en su
artículo 30 “Se garantiza el libre acceso a los departamentos administrativos con propósitos de
información sobre asuntos de interés público”. Sin embargo, y como se desarrollará más
adelante, los resultados de Índice de transparencia del sector público costarricense del 2019
muestra resultados alarmantes en algunos ámbitos, dejando en evidencia la necesidad de que
el expediente N.? 16.198, “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública” tiene que
ser reforzado a la brevedad.
El Índice de transparencia del sector público costarricense (ITSP) se define como "un
instrumento de medición de transparencia de las instituciones que conforman el sector público
costarricense, centrado en el acceso a la información pública disponible en sus sitios web, que
busca ofrecer una medición anual con el objetivo de fortalecer la institucionalidad
costarricense”. El último informe, presentado fue en el 2019 y son evaluadas un total de 254
instituciones públicas, siendo aproximadamente un 80% de la totalidad. Sin embargo, como se
muestra en la siguiente figura los promedios nacionales siguen siendo bastante bajos, Índice
de transparencia 43,13, Acceso a la información 60,44, Rendición de cuentas 40,21,
Participación ciudadana 33,87 y Datos abiertos 28,85, siendo el indicador más bajo.
Figura 1.
Indicador de transparencia del sector público costarricense, promedios nacionales 2019
https://outlook.office365.com/maillinboxfid/AAQKADISM2Q5NDMwLTF¡NDKINDgyMy1 IMDJILTM3YWQSYZzZmYmIzNgAQAPIVZW9SEJ2iCXER34086... 2/5
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0069
PAGINA N*%46 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-20
9/29/21, 8:24 AM Correo: secretaria municipal - Outlook
Índice de Transparencia PES 43,13
Acceso a la información 60,44
Rendición de cuentas 40,21
Participación ciudadana 33,87
Datos abiertos 28,85
Fuentelll; Defensoría de los Habitantes, Universidad de Costa Rica y Centro de Investigación y
Capacitación en Administración Pública.
Es importante que la transparencencia sea un mecanismo para la toma de decisiones,
implementación de políticas y la credibilidad del gobierno. Incluso la falta de transparencia se
considera como una causa del incumplimiento tributario. Un estudio realizado hace una década
por la Contraloría General de la República muestra cómo, contrario a existir una cultura
tributaria, entendida y compartida por la ciudadanía, se da, más bien, un imaginario colectivo
de castigo fiscal ciudadano al Estado nacional por las deudas vigentes de la democracia.
Entre ellas se encuentra la perenne y creciente desigualdad social, la deficiencia de gestión, la
falta de transparencia, la ausencia de rendición de cuentas y la percibida corrupción en las más
altas esferas de la administración pública.(Govaere., 2014, p 253,2
Por lo tanto, es importante que las personas tengan conocimiento del manejo del presupuesto
nacional, para así garantizar un buen uso de las finanzas públicas y tener la confianza que los
impuestos que se pagan tienen un fin, y que generan beneficios a la sociedad, con mejoras o
mayor inversión en bienes y servicios ofrecidos por el Estado.
Este proyecto de ley lo que pretende es modificar el artículo 21 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información, del expediente 16.198, con el fin de garantizar la disponibilidad de la
información en la páginas web de las entidades públicas todo el día, y que el acceso de esta
esté presente en la página de inicio de dichos sitios web, con el fin de comprometerse con el
derecho de la transparencia y acceso la información que los ciudadanos tienen.
Es debido a todo lo anterior que se somete a consideración de los diputados el presente
proyecto de ley.
https://outlook.office365.com/mail/inbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTF¡NDkINDgyMy1hMDJILTM3YWQ5YzZmYmIzNgAQAPIIVZW9SEJ2iCXER3406... 3/5
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0070
PAGINA N*47 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-2021
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 21 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA
Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
ARTÍCULO 1- Modifíquese el artículo 21 de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, para que en adelante se lea de la siguiente manera:
Artículo 21- Acceso directo
Las entidades de la Administración Pública están obligadas, transcurrido un año de la aprobación de la
presente ley, a contar con un portal o página web que incluya toda la información de acceso ciudadano de
acuerdo con los lineamientos establecidos en el artículo 8 de esta ley. El acceso deberá ser directo y de
manera inmediata, con una disponibilidad en cualquier momento que la persona desee consultar dentro de
la página web. El acceso de la información debe estar presente en una pestaña en la página de inicio de
cada entidad.
Rige a partir de su publicación.
Erick Rodríguez Steller
Diputado
Iitps:/oulook.office365.com/mailintoxlid/AAQKADISMZQSNDMwLTFINDKINDgyMy ThMDJILTMIYWOSY2ZmYmIzNgAQAPIVZW9SEJZICXER3406. 2. 5
9/29/21, 8:24 AM Correo: secretaria municipal - Outlook
16 de noviembre de 2020
NOTAS: Este proyecto fue retirado de la corriente legislativa por el señor diputado Erick
Rodríguez Steller, mediante oficio DERS-008-2021, del 17 de febrero del 2021.
Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente Ordinaria de
Asuntos Jurídicos.
Este proyecto cumplió el trámite de revisión de errores formales, materiales e idiomáticos en el
Departamento de Servicios Parlamentarios.
ul http:/www.dhr.go.cr/Red_de_transparencialindice_transparencia/resultados, _itsp/2019/resultados_its_2019.pdf
21 Govaere V. (2014). Construcción democrática de una cultura tributaria. Revista Jurídica lUS Doctrina. Vol. 7 N
10 (2014). Recuperado de: hitps://revistas.ucr.ac.cr/index php/iusdoctrina/article/view/15625
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el criterio técnico del Departamento de
Servicios Jurídicos Internos sobre Proyecto Expediente 22.293 “Modificación al
artículo 21 de la ley de transparencia y acceso a la información pública.” Por
tanto, se informa a la Asamblea Legislativa en los mismos términos que
recomienda el departamento de jurídicos interno.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0071
PAGINA N*48 ACTA N982 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N* 2877
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo,
del departamento de Servicios Jurídicos Internos, teléfono: 2713-6516, correo
electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: SJ1-171-SET-2021
Asunto: Respuesta al oficio CMPL-375-2021 sobre proyecto de ley 21.182
EN
Municipalidad de Pococí
d 1
POCOCI Servicios Jurídicos 4 5
a 1.0 SN Teléfono: 2713-6516, Fox: 2710-7181 +2
Fluye munipococijuridicosQgmoilcom wsruao
£
1
Guópiles, 30 de setiembre de 2021
Syl-171-SET-2021
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al oficio: CMPL-375-2021 sobre proyecto de ley 21182.
Por medio de la presente, en respuesta al criterio, sobre el proyecto de ley,
expediente N.* 21182, del 29 de setiembre de 2021, relacionado con la “Reforma
de los artículos 136, 142,144 y 145 del Código de Trabajo, para actualizar las
jornadas de trabajo excepcionales y resguardar los derechos de las personas
trabajadoras", se propone realizar cambios de horarios con respecto a las jornadas
de trabajo excepcional, ocurriendo cambios en la jornada mixta pasando de un
límite de ocho horas a siete siendo así cuarenta y dos horas semanales.
Se realizan cambios con respecto al registro de las semanas de nómina de los
equipos de personas a las órdenes del empleador, este registro podrá ser
electrónico o físico. Los empleadores deberán llevar en los registros separado de lo
que corresponde a trabajo ordinario, lo que cada uno de los trabajadores pague
en concepto de trabajo extraordinario esta información se les deberá entregar de
manera directa al trabajador y por los medios indicados por este.
Cuando se presenten excedentes estos pasarán a una reserva de reparto donde
se destinará un 50 % para el Consejo de Salud Ocupacional el cual utilizará los
fondos para financiar programas y proyectos sobre la materia.
Se realiza un cambio en el inciso “b” del artículo 274, incluyendo estudios técnicos
anuales de labores donde se puedan aplicar las jomadas excepcionales y se
adicionan los artículos 145 bis y 145 terlos cuales vienen a regular de manera amplia
y específica el tema de jornadas excepcionales.
Quedando a su disposición, sin más 7 A me despido.
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Coordinador a.i. Servicios Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*49 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
E
Municipalidad de Pococí
_3
4 Secretaría Municipal YES
AS DN Teléfono/Fax: 2711-1227 Z2$%
Pluye secretoriaQmunipococi.go.cr Merlin
AAA == == A o]
Guápiles, 29 de septiembre de 2021
. 37
75-2021
Señor: ;
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Servicios Jurídicos Internos
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Asunto: Traslado de correspondencia Expediente N.* 21.182
Estimados Señores (as):
Un cordial saludo, por medio de la presento me permito efectuar el traslado
por instrucciones del señor presidente del Concejo Municipal, de los
siguientes documentos para su respectiva revisión:
Asunto: Criterio sobre el proyecto de Ley, Expediente N.” Expediente N.?
21.182, “REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 136, 142, 144 Y 145 DEL CÓDIGO DE
TRABAJO, PARA ACTUALIZAR LAS JORNADAS DE TRABAJO EXCEPCIONALES Y
RESGUARDAR LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS”
Se les agradecerá remitir criterio al Concejo Municipal de Pococí.
Sin más por el momento y agradecien
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*50 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
9/29/21, 10:34 AM Correo: secretaria municipal - Outlook
Consulta Texto Dictaminado Expediente N.? 21.182 Municipalidades (favor confirmar
recibido)
Flor Sanchez Rodriguez <fsanchezQasamblea.go.cr>
Mié 29 Sep 2021 10:35
Para: Abangares 4 <heriberto.cuberoGabangares.go.cr>; Abangares1 <javier.gonzalezQabangares.go.cr>; abangares2
<concejoQabangares.go.cr>; abangares3 <anabelle.matarritaQabangares.go.cr>; Acosta 2 <concejoQacosta.go.cr>; Acosta 3
<alcaldiaGacosta.go.cr>; Acosta1 <susymorales78G hotmail.com»; Alajuela1 <rosario.munozOmunialajuela.go.cr>; Alajuelita1
<emartinezOmunialajuelita.go.cr>; Alajuelita2 <svadoOmunialajuelita.go.cr>; Alvarado <munialvaradoOmunialvarado.go.cr>;
Alvarado 4 <lfigueroaOmunialvarado.go.cr>; Alvarado 5 <mhernandezOmunialvarado.go.cr>; Alvarado2
<felipe.martinez18Ghotmail.com>; Alvarado3 <fmartinezOmunialvarado.go.cr>; Aserríl <czunigaGmuni.aserri.go.cr>; Aserrí2
<IgutierrezGaserri.go.cr>; Atenas1 <concejoQatenasmunigo.cr>; Atenas2 <alcaldiaQatenasmuni.go.cr>; Bagaces 3
<secretariaconcejoQ bagaces.go.cr>
Í 1 archivos adjuntos (46 KB)
21.182- Texto Dictaminado 21-9-2021.docx;
29 de setiembre de 2021
HAC-603-2021-2022
Señores
Concejo Municipal
S; 0,
Estimados señores:
Con instrucciones de la señora Presidenta de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos
Hacendarios, diputada Ana Lucía Delgado Orozco, le comunico que la Comisión aprobó
remitirles la consulta a todas las municipalidades del texto dictaminado del Expediente N.*
21.182, "REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 136, 142, 144 Y 145 DEL CÓDIGO DE TRABAJO,
PARA ACTUALIZAR LAS JORNADAS DE TRABAJO EXCEPCIONALES Y RESGUARDAR
LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS”, el cual le adjunto.
Le ruego evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que
establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa.
Si requiere información adicional, por favor diríjase a la Secretaría Técnica de la Comisión, a
los teléfonos: 2243-2418, 2243-2257, 2243-2258, o a la direcciones electrónicas:
fsanchez(Vasamblea.go.cr; victoria.vicente(Yasamblea.go.cr.
Atentamente,
Flor Sánchez Rodríguez ASAW" BLEA
Jefe de Área (O (506) 2243-2418 LEGISLATIVA
comitlónes Lsgsictiyos VI ii fsonchezBosombleo.go.cr
Departamento
Comisiones Legislativas (506) 2243-2421 y —
z a
https://outlook.office365.com/mail/inbox/id/AAQKADI5M2Q5NDMw!L TF¡NDKtINDgyMy1 IMDJILTM3YWQSYZZmYmIzNgAQAMdnis%2BDJOSKIPQLKQJ... 1/2
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PAGINA N*51
Pececí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
0074
ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2021
Comisión de Asuntos Hacendarios
órdenes, durante los distintos lapsos diumos, nocturnos o mixtos. Dicho registro podrá ser
revisado por la Inspección de Trabajo para lo que en derecho corresponda”.
“Artículo 144.- Las personas empleadoras deberán consignar en sus registros que
corresponda (físico o digital), debidamente separado de lo que se refiera a trabajo ordinario,
lo que a cada una de sus personas trabajadoras paguen por concepto de trabajo
extraordinario, feriados y días de descanso laborados. Dicha información deberá
entregarse directamente a la persona trabajadora, en los medios indicados por esta, en
la misma oportunidad en que se realicen los pagos, así mismo, cadavez que ésta lo solicite,
Lo anterior, también podrá realizarse de forma electrónica al correo electrónico oficial que
el patrono le designe a la persona trabajadora o por medio de cualquier otra plataforma
digital o sistema autorizado por el patrono al que la persona trabajadora tenga acceso
garantizado, siendo que la comunicación será válida para todos los efectos. Este registro
deberá ser facilitado a la Inspección de Trabajo para lo que en derecho corresponda”.
“Artículo 205.- El seguro de riesgos del trabajo será administrado sobre las bases técnicas
que el Instituto Nacional de Seguros establezca, para garantizar el otorgamiento de las
prestaciones en dinero, médico-sanitarias y de rehabilitación, así comola solidez financiera
del régimen.
La institución aseguradora hará liquidaciones anuales, que incluyan la formación de las
reservas técnicamente necesarias, para establecer los resultados del ejercicio económico
transcurrido. Si se presentaren excedentes, éstos pasarán a ser parte de una reserva de
reparto, que se destinará, en un 50% para el Consejo de Salud Ocupacional que deberá
utilizarlos para financiar los programas y proyectos sobre la materia de su
competencia, así como elaborar o contratar los estudios técnicos para la
actualización de las labores en las cuales se puede aplicar las jornadas
excepcionales; y el resto incorporar mejoras al régimen”.
“ARTICULO 274.- Créase el Consejo de Salud Ocupacional como organismo técnico
adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con las siguientes funciones:
(..)
b. Realizar estudios e investigaciones en el campo de su competencia incluyendo
estudios técnicos anuales de labores en las cuales se puede aplicar las jornadas
excepcionales, así como recomendar la exclusión de actividades en las que se
configure un perjuicio por la aplicación de estas jornadas para las personas
trabajadoras, normadas en el artículo 145 bis y 145 ter de este código;
ARTÍCULO 2.- Adiciónense un artículo 145 bis y 145 ter al Código de Trabajo, Ley N*2 del
27 de agosto de 1943 y sus reformas, para que se lean de la siguiente manera:
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*52 ACTA N*82 Ordinaria.
Comisión de Asuntos Hacendarios
“Artículo 145 Bis, — En casos de excepción muy calificados, se podrá implementar una
jornada excepcional ampliada de trabajo de hasta doce horas por día, hasta un máximo
de cuatro días y contando con tres días libres y consecutivos a la semana, como mínimo,
en aquellas labores que por su naturaleza requieran de procesos continuos de 24 horas de
trabajo a fin de garantizar su operación; y en las labores que por su naturaleza y
condiciones del espacio de trabajo no atenten contra la salud de las personas
trabajadoras.
La implementación de la jornada excepcional ampliada queda sujeta a las siguientes
disposiciones:
1. Se podrá aplicar la jornada excepcional ampliada para las labores ejecutadas
desde los siguientes perfiles ocupacionales: personas trabajadoras
especializadas de industria; personas trabajadoras no calificadas,
semicalificados, calificados y especializados en comercio, turismo y
servicios; personas trabajadoras no calificados, semicalificados, calificados
y especializados de genéricos, personas con técnicos medios en educación
diversificada, técnicos de educación superior, diplomados de educación
superior, bachilleres universitarios y licenciados universitarios; personas
trabajadoras especializadas en transporte.
Las actividades específicas de cada perfil ocupacional establecido serán
detalladas en reglamento emitido por el Poder Ejecutivo; y el Consejo de
Salud Ocupacional deberá realizar al menos un estudio anual de actualización
de estas labores, sin perjuicio de que pueda desarrollar estudios
extraordinarios a partir de la solicitud por parte de sectores.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por medio de la Dirección Nacional
de Inspección del Trabajo será el responsable de otorgar la aprobación para
que se aplique este tipo de jornada de trabajo excepcional en una actividad o
centro de trabajo. Para esto, tendrá que levantar tres registros:
1.1. Registro de la persona o empresa solicitante
1.2. Registro de perfil ocupacional y actividad específica en el que se
aplicará la jornada excepcional.
1.3. Registro del plan de cumplimiento de condiciones básicas de la
Salud Ocupacional establecidos en este Código.
2, Se prohíbe la aplicación de la jornada excepcional ampliada cuando se
presente al menos uno de los siguientes supuestos:
2.1.  Enlabores pesadas, peligrosas o insalubres.
2.2. Cuando los tiempos de exposición y riesgos ambientales sean
especialmente nocivos.
2.3. Cuando se identifique un riesgo para la salud de las personas
trabajadoras con ocasión del trabajo y en donde no sea posible
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*53 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Comisión de Asuntos Hacendarios
eliminar o reducir el riesgo a pesar de la adopción de medidas de
protección o prevención,
2.4. En aquellos trabajos que exijan para su realización un
extraordinario esfuerzo físico o en las que concurran
circunstancias de especial fatiga derivadas de condiciones
anormales de temperatura o humedad, en trabajos que se realicen
teniendo las personas los pies en agua o fango y en los de cava
abierta de tierra.
2.5. En aquellas labores en que se identifique un riesgo de fatiga por la
continua operación de maquinarias, vehículos automotores o
similares, que represente un peligro inminente para la persona
operadora, así como para las personas usuarias o presentes en el
lugar de la actividad.
2.6. Personas trabajadoras menores de edad a la luz de lo dispuesto en
el artículo 87 y siguientes del Código de Trabajo, así como el
artículo 95 del Código de la Niñez y la Adolescencia.
Estas limitaciones se aplicarán a los puestos de trabajo, lugares o secciones
en que se concrete el riesgo y por el tiempo en que subsista la causa que la
motiva, sin que proceda reducir el salario de las personas trabajadoras
afectadas.
Para hacer uso de la jornada excepcional ampliada se debe contar con un
estudio técnico de la Comisión de Salud Ocupacional del centro de trabajo,
en donde se establezca que las actividades de la empresa no presentan
ninguna de las limitaciones indicadas en los puntos anteriores. En caso de no
contar con Comisión de Salud Ocupacional se deberá elaborar estudio
técnico emitido por una persona profesional en la materia.
El Consejo de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
deberá poner a disposición una guía para la elaboración del informe
requerido, instrumento que será de acatamiento obligatorio. Además, podrá
realizar estudios para recomendar la exclusión de actividades en las que se
configure un perjuicio por la aplicación de estas jornadas para las personas
trabajadoras.
3. La persona trabajadora tendrá tres días libres consecutivos luego de cuatro días de
trabajo continuo en el caso de la jornada diurna, y cuatro días libres consecutivos
luego de tres días de trabajo continuo en el caso de la jornada nocturna. Las partes
podrán convenir de mutuo acuerdo, cuál de esos días libres será el de descanso
entre los tres o cuatro días libres consecutivos, según corresponda. Los días de
descanso son de 24 horas y solamente posterior a los días de descanso
establecido se podrá hacer cambio de turno.
4. Las personas trabajadoras que presten sus servicios bajo ésta modalidad de
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0077
PAGINA N*54 ACTA N*82 Ordinoria. 21-10-2
Comisión de Asuntos Hacendarios
jornada excepcional de trabajo, no podrán laborar en jornada extraordinaria.
5. Las personas trabajadoras tendrán, dentro de cada día de trabajo, derecho a un
tiempo mínimo de noventa minutos para descansos y comidas. Este tiempo será
incluido dentro de la jornada como tiempo efectivo de trabajo, para efectos de
remuneración. Aquellas personas trabajadoras que por la naturaleza de su trabajo
deban derrealizar los tiempos de descanso en los locales ubicados dentro del mismo
recinto de trabajo, estos deberán de cumplir conlas condiciones mínimas normadas
en materia de seguridad e higiene del trabajo reglamentadas por el Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social.
6. Las partes, considerando el descanso oportuno de todas las personas trabajadoras,
definirán los lapsos destinados a descanso y comidas, atendiendo la naturaleza del
trabajo y a las disposiciones de este Código. Adicionalmente, las personas
empleadoras a través de Comisiones de Salud Ocupacional o el departamento
encargado deberá emplear medidas contra la fatiga para minimizar el impacto de
los turnos prolongados.
7. La persona empleadora no podrá variar unilateralmente una jornada ordinaria de
trabajo a una jornada excepcional ampliada. Bajo cualquier: circunstancia, la
persona trabajadora deberá consentir la variación, lo cual deberá constar siempre
por escrito. Las empresas en las que se habilite este tipo de jornada
excepcional deberá prever al menos un turno de labores en jornada ordinaria,
para aquellas personas trabajadoras que no puedan o no deseen laborar en
la jornada excepcional calificada.
Una vez aceptada la jornada excepcional ampliada por parte de la persona
trabajadora, se podrá establecer un tiempo prudencial de tres meses para
adaptación, si en ese plazo no se puede continuar con la nueva jornada, se deberá
reinstalar a la persona trabajadora en su jornada ordinaria, en caso de imposibilidad
comprobada de regresar a ese tipo de jornada se deberá liquidar según el artículo
85, inciso d) del Código de Trabajo, referido a la responsabilidad derivada de la
propia voluntad del patrono.
La persona empleadora no podrá tomar ninguna medida o despido con fines
discriminatorios o represalia contra la persona trabajadora que no haya
consentido su variación en el contrato de trabajo, de conformidad con lo
establecido en el artículo 404 de este Código. El Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social tendrá un procedimiento de recepción expedito y anónimo
de denuncias sobre la inadecuada aplicación de esta jornada en su carácter
voluntario, así como en las condiciones normadas para su aplicación.
8. Las mujeres trabajadoras en estado de embarazo o lactancia, las personas
trabajadoras que padezcan alguna enfermedad que pueda agravarse en virtud de
la permanencia prolongada en el lugar de trabajo, las que tengan a su cargo el
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*55 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
Comisión de Asuntos Hacendarios
cuidado de otras personas o las que estén cursando planes de estudio que resulten
incompatibles con el horario de la jornada excepcional ampliada, podrán decidir si
ejecutan labores en la jornada excepcional ampliada o en jornada ordinaria. La
misma norma aplica para la protección en fueros especiales. En caso de decidir
no optar y/o continuar con la jornada excepcional ampliada, estas personas
trabajadoras deberán mantenerse o ser reinstaladas en la jornada ordinaria. Para
tales efectos, deberán comunicar dicha decisión por escrito a su empleador, quien
dispondrá de hasta quince días hábiles para asegurar su reinstalación.
La negativa del empleador a proceder conforme a lo solicitado por estas
personas trabajadoras, la modificación de las condiciones de trabajo en su
perjuicio, o su despido sin justa causa, se considerará discriminatorio de
pleno derecho, por lo que será aplicable lo dispuesto en los artículos 404 y
siguientes y 540, 543 y 573 a 577 del Código de Trabajo.
En ningún caso la jornada excepcional ampliada podrá utilizarse con fines
discriminatorios o como medida o represalia en perjuicio de las personas
trabajadoras, de conformidad con lo establecido en el artículo 404 de este
Código. Al ser una jornada de excepción, se procurará la aplicación
proporcional de la medida en consideración de la conformación de género de
su planilla.
9. Las personas empleadoras tendrán la obligación de facilitar la alimentación y el
transporte para el traslado ida y vuelta de las personas trabajadoras al Centro
de Trabajo, o bien otorgar facilidades de transporte, tales como la entrega de
recursos para el pago de servicio de transporte público o privado, cuando por
razón de la hora en que se inicie o concluya la jornada, o bien la peligrosidad de
la zona en la que se encuentre ubicada el centro de trabajo, o las personas
trabajadoras no dispongan de este servicio o se vea en riesgo su seguridad.
Complementariamente a lo establecido en el artículo 4, inciso i) de la Ley 7210,
Ley de Régimen de Zonas Francas, la persona empleadora podrá, dentro de sus
posibilidades o por mutuo acuerdo con sus personas trabajadoras, facilitar el
servicio de cuido gratuito, dentro o fuera del centro de trabajo, de personas
menores de edad para las personas trabajadoras con responsabilidades
familiares. Las facilidades no serán consideradas de naturaleza salarial.
10. La persona empleadora deberá notificar a la Inspección de Trabajo, la aplicación
de este tipo de jornada excepcional e indicar la cantidad de personas que
trabajan en este tipo dejornada. La inspección de Trabajo podrá a su vez realizar
el ciclo inspectivo para verificar que dicha aplicación se realiza en cumplimiento de
lo dispuesto en esta ley.
11. El patrono deberá aplicar controles, a partir de análisis en Salud Ocupacional y
de manera semestral para evaluar el estado de salud de la persona trabajadora en
jornada excepcional ampliada, de formatal que se garantice una adecuada carga
6
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0079
PAGINA N*56 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Comisión de Asuntos Hacendarios
de trabajo según el puesto ocupado dentro de la empresa, turnos laborales
diseñados para disminuir la fatiga, y se cumpla con los tiempos de descanso
establecidos por ley.
12, Por medio de convención colectiva o arreglo directo, las personas trabajadoras y
las personas empleadoras podrán acordar la aplicación de la jornada excepcional
ampliada en pleno cumplimiento de lo establecido en la legislación laboral. Para tal
efecto, en una determinada empresa se podrá aplicar la jornada excepcional
por rama de actividad, industria, cadena productiva y/o región y, además, bajo
cualquier circunstancia, la persona trabajadora consienta la variación, en los
términos regulados por el Código de Trabajo y el convenio colectivo de rama
aplicable, todo lo cual deberá constar siempre por escrito. Sin perjuicio de lo
dispuesto en los convenios colectivos o arreglos directos, en caso de desacuerdo
entre la empresa y las personas trabajadoras o sus representantes, en cuanto a la
aplicación de este tipo de jornada, las partes podrán solicitar la mediación ante el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para definir el alcance y la limitación en
este tipo de jornadas.
13. En trabajos remunerados por pieza, a destajo o por tarea o a domicilio, el
salario ordinario de la jornada excepcional adoptada de acuerdo a lo señalado
en este capítulo, no podrá ser inferior al salario promedio devengado por la
persona trabajadora en el año anterior. Ese salario promedio devengado por
medio de esos métodos de remuneración, no podrá ser inferior a la suma que
el trabajador hubiera devengado laborando normalmente durante las jornadas
ordinarias y extraordinarias de acuerdo con los mínimos de salarios
establecidos en el Decreto de salarios mínimos respectivo.
El cumplimiento de todas estas condiciones podrá ser verificado por el Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, a través de la Inspección del Trabajo. En caso de
incumplimiento, se concederá plazo de hasta un mes natural, a partir de la respectiva
notificación, para que la persona empleadora cumpla con lo indicado en este artículo. De
no cumplirse con las prevenciones de la Inspección de Trabajo, la persona empleadora se
expone a las sanciones correspondientes por violación de la legislación laboral, pudiendo
la persona trabajadora afectada cobrar las diferencias salariales que correspondan, así
como los daños y perjuicios que demuestre le hayan ocasionado”.
“Artículo 145 ter. - En casos de excepción muy calificados, se podrá implementar una
jornada anualizada diurna, mixta o nocturna, en trabajos estacionales, temporales, de
proceso continuo, así como en actividades sujetas a variaciones calificadas en las
condiciones de su mercado, en su producción, abastecimiento de materias primas o
demanda de servicios. La Inspección de Trabajo, ya sea de oficio o a solicitud de parte,
podrá iniciar los ciclos inspectivos correspondientes para el cumplimiento de dicha
excepcionalidad.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0080
PAGINA N*57 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Comisión de Asuntos Hacendarios
Se permitirá utilizar una jornada excepcional diurna anualizada hasta de dos mil trescientas
veinte horas, una jornada excepcional mixta anualizada hasta de dos mil treinta horas y
una jornada excepcional nocturna anualizada hasta de mil setecientas cuarenta horas.
La implementación de la jornada excepcional anualizada queda sujeta a las siguientes
disposiciones:
1. Las jornadas no podrán sobrepasar el límite de cuarenta y ocho horas semanales en
jornada diurna y cuarenta y dos horas en jornada mixta o de treinta y seis horas
semanales en jornada nocturna y serán remuneradas como jornada ordinaria.
2. Ala persona trabajadora se le deberá garantizar un descanso mínimo de doce horas
entre una jornada y la del día siguiente, según lo establece el artículo 142 de este
Código.
3. La jornada excepcional anualizada no podrá ser mayor de diez horas al día en
jornada diurna, nueve horas treinta y seis minutos al día en jornada mixta y siete
horas con doce minutos al día en jornada nocturna, siempre que el trabajo semanal
no exceda de cuarenta y ocho horas en jornada diurna, cuarenta y dos horas en
jornada mixta y treinta y seis horas en jornada nocturna. Las personas empleadoras
que se acojan a esta jornada deberán elaborar un calendario cuatrimestral y lo
entregarán a las personas trabajadoras con quince días naturales de anticipación a
su entrada en vigencia. En el calendario deberán constar los turnos a laborar en
forma semanal. Cuando el calendario en curso deba ser modificado por razones
objetivas, el cambio deberá ser informado previamente a las personas trabajadoras
con un mínimo de quince días naturales de anticipación a la aplicación efectiva
de esa modificación.
4. La jornada extraordinaria se calculará sobre el exceso diario de la jornada de
acuerdo al límite propuesto y comunicado de previo por parte de la persona
empleadora.
5. Si se despide sin justa causa a una persona trabajadora contratada bajo esta
modalidad de jornada antes de completar el cuatrimestre comprendido en el
calendario, la persona empleadora deberá reajustar y pagar, como jornada
extraordinaria, las horas que haya laborado por encima del máximo establecido por
la jornada ordinaria correspondiente. El cálculo de preaviso y cesantía a causa del
despido injustificado, se hará sobre el promedio de remuneraciones percibidas
durante el último año.
6. Las personas empleadoras que se acojan a la modalidad de jornada excepcional
anualizada, no podrán modificar los salarios promedio por hora en perjuicio de sus
personas empleadas.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI -| 0081
PAGINA N*58 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Comisión de Asuntos Hacendarios
7. Las personas trabajadoras recibirán el mismo salario durante todos los meses del
respectivo cuatrimestre, siempre en consideración de la respectiva jornada. La
remuneración mensual nunca podrá ser inferior al mínimo legal de la ocupación de
la persona trabajadora, con Independencia del número de horas laboradas en el
mes y del salario pactado por las partes.
8. Las personas trabajadoras tendrán, dentro de la jornada de trabajo diaria, no
menos de sesenta minutos para descansos y comidas en jornada completa. Este
tiempo será incluido dentro de la jomada, para efectos de remuneración. En caso
de jornadas parciales el tiempo de descanso será proporcional a la jornada
trabajada.
9. Lajornada excepcionalanualizada permitirá distribuir las horas anuales contratadas
a lo largo del año y en función de la demanda requerida por el empleador, siempre
y cuando se respeten los límites máximos constitucionales y legales de las jornadas
laborales.
10. Las disposiciones del artículo 145 bis, incisos 1, 2, 7, 10, 12 y el párrafo final,
también serán de aplicación para la jornada excepcional anualizada”.
TRANSITORIO |: A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, a las personas
trabajadoras que tengan una jornada de trabajo ordinaria, se les podrá aplicar la jomada
acumulativa, previo acuerdo individual por escrito entre las partes.
TRANSITORIO Il: El Consejo Nacional de Salarios tendrá un plazo de hasta dos meses
naturales, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, para determinar
un salario mínimo por hora para todas las personas trabajadoras que realicen jornada
excepcional ampliada, equivalente a una décima parte del salario mínimo fijado por jomada
de la categoría salarial según corresponda la ocupación que desempeñen.
Rige a partir de su publicación.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el criterio técnico del Departamento
de Servicios Jurídicos Internos sobre Proyecto Expediente 21.182 “REFORMA DE
LOS ARTÍCULOS 136, 142, 144 Y 145 DEL CÓDIGO DE TRABAJO, PARA ACTUALIZAR
LAS JORNADAS DE TRABAJO EXCEPCIONALES Y RESGUARDAR LOS DERECHOS DE
LAS PERSONAS TRABAJADORAS”. Por tanto, se informa a la Asamblea Legislativa
en los mismos términos que recomienda el departamento de jurídicos interno.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI A 0082
PAGINA N*59 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N* 2878
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo,
del departamento de Servicios Jurídicos Internos, teléfono: 2713-6516, correo
electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: SJ1-170-SET-2021
Asunto: Respuesta al oficio CMPL-374-2021 sobre proyecto de ley 22.642
as a Municipalidad de Pococí
POCO y. Servicios Jurídicos
a P S Teléfono: 2713-6516, Fox: 2710-7181 +9,
Pluye munipocociJuridicosQgmoil.com warmuao
¿|
Guápiles, 30 de setiembre de 2021
Syl-170-SET-2021
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al oficio: CMPL-374-2021 sobre proyecto de ley 22642.
Por medio de la presente, en respuesta al criterio, sobre el proyecto de ley,
expediente N.* 22642, del 29 de setiembre de 2021. relacionado con la "Ley de
promoción y fomento de la minería artesanal no metálica regional en cauces de
dominio público. Adición de un nuevo artículo 2 y un nuevo artículo 8. Regulación
de la extracción de materiales de canteras y cauces de dominio público por parte
de las municipalidades”, se propone la introducción en el Código de Minería lo que
son los conceptos de minería y extracción artesanales, así como el establecimiento
de reservas en cauces de dominio público, con el fin de que los mismos se destinen
exclusivamente para su aprovechamiento por parte de grupos organizados de las
comunidades adonde se ubican estos recursos. Se adiciona el nuevo artículo 2 en
la ley 8668, el cual viene a establecer definiciones relacionadas al tema, así como
la adición del nuevo artículo 8 el cual faculta a varias instituciones para colaborar
con sus competencias para las actividades de minería.
Se modifica el artículo 36 de la ley N*. 6797, se agrega una reserva de porcentaje
no menor al 15 % del total del área por concesionar en cada cauce, para efectos
de que el mismo sea otorgado a grupos de areneros de la comunidad donde se
ubica el cause, exclusivo para el desarrollo de actividades de minería artesanal no
metálica.
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido.
Y,
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Coordinador a.i. Servicios Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí
OC.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*60 ACTA N*82 Ordinaria.
9/29/21, 10:17 AM Correo: secretaria municipal - Outlook
Consulta Exp. 22.642
Maureen Chacon Segura <maureen.chaconOasamblea.go.cr>
Lun 27 Sep 2021 15:56
Para: Abangares1 <javier.gonzalezO abangares.go.cr>; Abangares2 <concejoOabangares.go.cr>; Abangares3
<heriberto.cuberoGabangares.go.cr>; Acosta1 <concejoGacosta.go.cr>; Acosta2 <alcaldiaQacosta.go.cr>; Alajuela1
<rosario.munozOmunialajuela,go.cr>; Alajuelita1 <emartinezOmunialajuelita.go.cr>; Alajuelita2 <svadoOmunialajuelita.go.cr>;
Alvarado1 <lfigueroaQmunialvarado.go.cr>; Alvarado2 <mhernandezQOmunialvarado.go.cr>; Aserrí1
<czunigaO muni.aserri.go.cr>; Aserrí2 <IgutierrezQaserri.go.cr>; Atenas1 <concejoGatenasmuni.go.cr>; Atenas2
<alcaldiaQatenasmuni.go.cr>; Bagaces1 <secretariaconcejoMbagaces.go.cr>; Bagaces2 <mariasObagaces.go.cr>; Barval
<secretariamunibarvaQ gmail.com>; Barva2 <secretaria.concejoOmunibarva.go.cr>; Belén? <secretariaconcejo1 Obelen.go.cr>;
Belén2 <alcaldeObelen.go.cr>
27 de setiembre de 2021
AL-CPAS-0410-2021
Señores
Concejo Municipal
ASUNTO: Consulta Exp. 22.642
Estimados señores:
La Comisión Permanente de Asuntos Sociales, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el
proyecto de Ley, Expediente N.” 22.642, “LEY DE PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA
MINERÍA ARTESANAL NO METÁLICA REGIONAL EN CAUCES DE DOMINIO PÚBLICO.
ADICIÓN DE UN NUEVO ARTÍCULO 2 Y UN NUEVO ARTÍCULO 8 EN LA LEY N* 8668 DE
10 DE OCTUBRE DE 2008, “REGULACIÓN DE LA EXTRACCIÓN DE MATERIALES DE
CANTERAS Y CAUCES DE DOMINIO PÚBLICO POR PARTE DE LAS
MUNICIPALIDADES”; Y LA MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 36 DE LA LEY N” 6797”
CÓDIGO DE MINERÍA”, el cual me permito copiar de forma adjunta.
Contarán con ocho días hábiles para emitir la respuesta de conformidad con lo establecido
por el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa; que vencen el día 8 de
octubre.
La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles más, que vencerán
el día 20 de octubre. Esta será la única prórroga que esta comisión autorizará.
De requerir información adicional, favor comunicarse por los teléfonos 2243-2427 2243-2426 o
2243-2421, o bien, al correo electrónico COMI: - ¡ALES! go.cr donde con
todo gusto se la brindaremos.
De no confirmar el documento que se adjunta se tendrá por notificado a partir de su envío,
siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales.
La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas
interesadas.
httos://outlook.office385.com/mail/inbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTF¡NDK'INDgyMy1hMDJiLTM3YWQ5YzZmYmIzNgAQAMBURAXGNOQmvXTAUZ... 1/10
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0084
PAGINA N*61 ACTA N*%82 Ordinario. 21-10-20
9/29/21, 10:17 AM Correo: secretaria municipal - Outlook
d STE
Licenciada Ana Julia Araya Alfaro
Jefa de Área
Área de Comisiones Legislativas Il
PROYECTO DE LEY
LEY DE PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA MINERÍA ARTESANAL NO METÁLICA
REGIONAL EN CAUCES DE DOMINIO PÚBLICO.
ADICIÓN DE UN NUEVO ARTÍCULO 2 Y UN NUEVO ARTÍCULO
8 EN LA LEY N.* 8668, DE 10 DE OCTUBRE DE 2008,
REGULACIÓN DE LA EXTRACCIÓN DE MATERIALES
DE CANTERAS Y CAUCES DE DOMINIO PÚBLICO
POR PARTE DE LAS MUNICIPALIDADES; Y LA
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 36 DE LA
LEY N.? 6797, CÓDIGO DE MINERÍA
Expediente N.” 22.642
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
En los últimos años, Costa Rica modificó sustancialmente la legislación en materia de minería
metálica, prohibiendo dicha actividad a cielo abierto y permitiendo únicamente la explotación
subterránea, bajo esta modalidad, definiendo la extracción con fines de subsistencia familiar y
orientando hacia la minería de pequeña escala cobijados bajo la figura de cooperativa. Por
otra parte, a nivel internacional ha crecido la conciencia sobre la importancia de minería
artesanal, no solo como una estrategia de subsistencia, sino también como una oportunidad
para el desarrollo de los pueblos y como una actividad que puede ser un componente clave de
políticas de lucha contra la pobreza, la búsqueda de la equidad y la paz social.
Esta iniciativa debe dimensionarse bien la definición de minería de pequeña escala, dado que
el término de extracción de minerales ha creado diferencias y dificultades para la definición de
parámetros en leyes y reglamentos por no tener claridad en dicha ilustración, aspecto que
expertos nacionales y potenciales usuarios han tenido problemas a la hora de solicitar
concesiones o permisos, especialmente sobre cuáles son los distintos tipos de minería que
pertenecen a esta categoría y que de modo cada vez se hace más común estar denominando
a este sector como el subsector de la "minería artesanal y en pequeña escala".
Ahora bien, además de la definición de concepto de minería artesanal y pequeña escala, se
debe procurar establecer las condiciones para promover una relación simbiótica entre los
recursos minerales y las comunidades adonde estos se localizan, con el fin de garantizar que
dichas comunidades disfruten plenamente de los beneficios sociales y económicos derivados
de su aprovechamiento.
Lo anterior en el tanto en la actualidad y dadas las condiciones establecidas por la legislación
vigente, las ganancias derivadas de la explotación de recursos minerales se concentran en
pocas manos. En su mayoría son acaparadas por pocas empresas y, en el mejor de los
casos, el aporte a la comunidad consiste en la generación fuentes de empleo.
https:/loutlook.ofice365.comImailinbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDkINDgyMy1hMDJILTMIYWQSY2ZmYmlzNgAQAMBURAXGNOQmVXTdUZ.. . 210
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI y 0085
PAGINA N*62 ACTA N*82 Ordinaria. 21-1042021
9/29/21, 10:17 AM Correo: secretaria municipal - Outlook
Las comunidades rurales más pobres a menudo no cuentan con la información, la asesoría, la
capacitación, los medios económicos ni las oportunidades para asumir por su cuenta la
explotación de los recursos minerales disponibles en su localidad. En este sentido, en pocas
ocasiones se logra consolidar el desarrollo de micro y pequeñas empresas locales que
asuman la prestación directa de estos servicios. Lo anterior reviste especial importancia en el
contexto de la situación actual, generada a nivel mundial por la pandemia originada por el virus
covid-19 y su impacto en la economía, reflejado en una pérdida masiva de empleos. A partir
de esta situación, resulta fundamental promover una legislación que permita reactivar la
economía especialmente en aquellas comunidades y sectores que se han visto más afectados
por la situación de emergencia que se vive en la actualidad.
La presente iniciativa pretende contribuir a la transformación paulatina de esta situación, por
medio de la introducción en el Código de Minería del concepto de minería artesanal y
extracción artesanal, así como el establecimiento de reservas en cauces de dominio público,
con el fin de que los mismos se destinen exclusivamente para su aprovechamiento por parte
de grupos organizados de las comunidades adonde se ubican estos recursos,
Es importante destacar que la reforma propuesta encuentra pleno sustento en el principio
establecido en el artículo 50 de la Constitución Política, que faculta al Estado a organizar la
producción para promover el más adecuado reparto de la riqueza. De hecho, así ha sido
reconocido por la jurisprudencia de la Sala Constitucional, al analizar otras normas legales que
establecen beneficios especiales para los pequeños productores nacionales. En este sentido,
sobre beneficios establecidos a favor de los pequeños pescadores locales que no se otorgaron
a la flota pesquera extranjera, nuestro Tribunal Constitucional manifestó:
No resulta discriminatoria, pues lo que se pretende es otorgar un incentivo a una
actividad productiva generadora de divisas y de alto impacto en el mercado laboral de
las zonas costeras del país, que precisamente depende en mucho de los combustibles
para poder ser llevada a cabo. ¡s potestades de estímulo de la
producción y mejor re, parto de la riqueza que le confiere el artículo 50_de la
Constitución Política, el Estado puede conferir incentivos a ciertas actividades
especialmente sensibles, sin que ello implique una discriminación que en modo
alguno perjudique a las otras actividades humanas que no son favorecidas por el
beneficio (...). (Voto N.? 2004-10484, énfasis agregado).
Por otra parte, mediante Ley N.” 9645, de 19 de diciembre del año 2018, se reforman los
artículos 39 del Código de Minería y el artículo 9 de la Ley N.*8668, “Ley de Regulación de la
Extracción de Materiales de Canteras y Causes de Dominio Público por parte de las
Municipalidades”, de 10 de octubre de 2008, pero además se reforma el artículo 3 de la misma
ley, aunque no lo señala en el texto de lo que se reforma como verá.
El texto del artículo 39 del Código de Minería textualmente dice:
Artículo 39- El Estado, por medio del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), otorgará
permisos y concesiones temporales a los ministerios, al Consejo Nacional de Vialidad (Conavi)
y a las municipalidades, para extraer materiales de los cauces de dominio público o las
canteras, en la jurisdicción de que se trate. Dichas concesiones se extenderán por veinticuatro
meses prorrogables una única vez, por igual plazo, siempre y cuando se justifique para la
atención y finalización de las obras públicas a su cargo.
Para su otorgamiento deberá cumplirse el siguiente trámite:
https://outlook.office365.com/maillinboxfid/AAQKADISM2Q5NDMwLTF|NDkINDgyMy1 IMDJILTM3YWQSYZZmYmIzNgAQAMBURAXGNOQmvXTUZ... 3/10
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0086
PAGINA N*63 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
a ET
9/29/21, 10:17 AM Correo: secretaria municipal - Outlook
a) Solicitud escrita de la institución, que deberá indicar la ubicación del lugar donde
se realizará la extracción.
b) Plan de explotación y justificación del destino de los materiales, el cual deberá
ser únicamente para obras públicas.
c) Nombramiento de un profesional en el campo geológico o en ingeniería de minas,
quien será el responsable y director de la explotación. En caso de inopia comprobada
podrá nombrarse a un profesional calificado con experiencia en áreas afines. Los
honorarios profesionales serán regulados mediante decreto ejecutivo.
d) Si el concesionario no realiza las obras directamente, deberá indicar a la
Dirección de Geología y Minas (DGM) el nombre del contratista o subcontratista
encargado de ejecutarlas.
e) Recibida la solicitud, la DGM hará una inspección y emitirá las recomendaciones
del caso; si son afirmativas, emitirá la recomendación ante el ministro de Ambiente y
Energía para que otorgue el permiso respectivo, el cual deberá contener lo siguiente:
1) Ubicación del sitio de extracción.
2) Volumen autorizado.
3) Plazo de vigencia.
4) Método de extracción.
5) Maquinaria por utilizar.
6) Profesional responsable de la extracción.
7)  Prevenciones ambientales durante la extracción temporal.
Si se pretende una explotación más allá del plazo dispuesto en el primer párrafo, se deberá
cumplir lo dispuesto en los artículos 76 y 77 de este Código y su reglamento.
Todo daño ambiental será responsabilidad de la institución permisionaria o concesionaria o, en
su caso, del contratista o el subcontratista encargado de ejecutar la obra, así como del
geólogo o el ingeniero de minas encargado.
Todos los permisionarios o concesionarios temporales señalados observarán, en lo pertinente,
las disposiciones y los procedimientos establecidos en la Ley N.* 8668, Regulación de la
Extracción de Materiales de Canteras y Cauces de Dominio Público por Parte de las
Municipalidades, de 10 de octubre de 2008.
Se prohíbe terminantemente comercializar los materiales extraídos al amparo de una
autorización otorgada por este artículo al Estado, al Consejo Nacional de Vialidad, a sus
órganos y a las municipalidades. Transgredir esta disposición ocasionará la cancelación
inmediata de la autorización y la aplicación de las sanciones correspondientes a los
funcionarios responsables y, en su caso, al contratista O subcontratista encargado de ejecutar
la obra.
Por su parte el artículo 3 de la Ley N.*8668 sin la reforma señala:
htps:lloullook office365.com/mailinbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDKINDgyMy 1 MDJILTM3YWQ5YzZmYmIzNgAQAMBURAXGNOQmvXTdUZ... 4/10
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0087
PAGINA N*64 ACTA N“82 Ordinaria. 21-10+202
A
9/29/21, 10:17 AM Correo: secretaria municipal - Outlook
* ARTÍCULO 3- Permisos especiales de explotación en caso de emergencias nacionales
declaradas y en caso de riesgo inminente de emergencia.
1) En casos de emergencia nacional o emergencia regional, debidamente declarada por el Poder
Ejecutivo dentro de sus potestades conforme a la Ley nacional de emergencias y prevención
del riesgo, N.* 8488, bastará con que la municipalidad de la circunscripción afectada, en
coordinación con la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias,
comunique a la Dirección de Geología y Minas la siguiente información:
a.  Laubicación del área por beneficiar con la solicitud.
b. Un inventario de las labores por realizar.
c.  Laobra pública en la que se emplearán los materiales.
d.  Elplazo de la extracción.
e.  Elvolumen de material por extraer.
f. El nombre del geólogo o ingeniero de minas responsable de dirigir las labores
extractivas y de regencia.
9- Los medios por los que recibirá notificaciones, de conformidad con la Ley de
notificaciones, citaciones y otras comunicaciones judiciales, N.* 7637.
h. Adicionar una carta del jerarca de la Comisión Nacional de Prevención de
Riesgos y Atención de Emergencias, en la que declare que la obra por realizar es
efectivamente necesaria, como parte de la mitigación de la emergencia o para prevenir
daños mayores en el sector.
Una vez recibida esta comunicación, la Dirección General de Geología y Minas contará con un
plazo máximo de dos (2) días hábiles para responder tal gestión.
En caso de que dicha Dirección no responda en ese plazo, y por tratarse de situaciones de
emergencia decretadas al amparo del artículo 45 de la Constitución Política, la municipalidad
podrá iniciar los trabajos de extracción del material correspondiente, según los lineamientos y
parámetros descritos en la solicitud previamente presentada ante esa Dirección.
2) Ante situaciones de riesgo inminente de emergencia, la municipalidad deberá aportar a
la Dirección de Geología y Minas, lo siguiente:
a.  Laubicación del área por beneficiar con la solicitud.
b. Un inventario de las labores por realizar.
c.  Laobra pública en la que se emplearán los materiales.
d.  Elplazo de la extracción.
e.  Elvolumen de material por extraer.
E El nombre del geólogo o ingeniero de minas responsable de dirigir las labores
extractivas y de regencia.
https://outlook.ofíice365.com/mailinbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTF|NDKINDgyMy1hMDJILTM3YWQSY2ZmYmlzNgAQAMBUR4XGNOQmMVXTdUZz... 5110
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*65 ACTA N*82 Ordinaria.
9/29/21, 10:17 AM Correo: secretaria municipal - Outlook
9- Los medios por los que recibirá notificaciones, de conformidad con la Ley de
notificaciones, citaciones y otras comunicaciones judiciales, N.* 7637.
h. Adicionar una carta del jerarca de la Comisión Nacional de Prevención de
Riesgos y Atención de Emergencias, en la que declare la necesidad imperiosa de
realizar las obras propuestas como mecanismo de mitigación de dicho riesgo inminente
de emergencia o prevención de daños mayores en el sector.
En caso de que la Dirección no responda dicha solicitud, en el plazo de cinco (5) días hábiles
posteriores a su presentación, la municipalidad podrá iniciar los respectivos trabajos de
explotación, siguiendo los lineamientos y parámetros descritos en la solicitud previamente
presentada ante esa Dirección.
3) Si en opinión de la Dirección de Geología y Minas, la municipalidad debe subsanar
errores o completar requisitos en la solicitud, le prevendrá de todos los errores y requisitos
ausentes, por una única vez, mediante resolución. Mientras la información mencionada no se
presente en forma correcta y completa, la municipalidad no podrá iniciar las labores de
explotación. Si habiéndosele otorgado un plazo de ocho (8) días hábiles, la municipalidad no
subsana la documentación requerida o la presenta nuevamente incompleta o incorrecta, la
Dirección de Geología y Minas archivará la solicitud.
Cuando la prevención recaiga fuera del plazo y la municipalidad haya iniciado la extracción,
esta no se suspenderá. Sin embargo, la municipalidad quedará obligada a cumplir, dentro del
plazo conferido, los requerimientos que se le pidan y, en caso de no cumplirlos, no podrá
continuar con la extracción.
4) En los dos casos regulados en este artículo, queda claro que las actividades de
supervisión corresponden a la Dirección de Geología y Minas y a la Setena, mientras que las
de extracción son responsabilidad de la municipalidad y que es esta la que debe supervisarlas
y controlarlas mediante regencia ambiental realizada por un responsable ambiental autorizado
por la Setena y la regencia geológica por un geólogo o ingeniero de minas.
5) De ¡igual manera, en los dos casos regulados en este artículo, en un plazo máximo de
quince (15) días hábiles posteriores a la finalización de la extracción de los materiales, la
municipalidad debe presentar un informe de cierre técnico de la explotación ante la Dirección
de Geología y Minas y la Setena, el cual debe contener indicación de lo siguiente:
a. Los bloques de explotación laborados, indicando área y volumen extraído.
| b. El método y equipo de extracción utilizado.
| c. Eltiempo real utilizado en la explotación.
|
| d. La descripción de las obras realizadas en la ejecución del proyecto.
|
| e. Las condiciones finales de cierre de la fuente.
la Las medidas de restauración o mitigación implementadas.
| En caso de que la municipalidad no presente en tiempo y forma el informe requerido a la
l Dirección de Geología y Minas, no podrá tramitar nuevos permisos especiales amparados en
el marco de esta Ley, hasta la presentación de la documentación solicitada.
https:/loutlook.office365.comImailinbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDKINDgyMy1hMDJILTM3YWQSY22mYmIzNgAQAMBURAXGNOQmvXTAUZ... 6/10
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0089
PAGINA N*66 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
9/29/21, 10:17 AM Correo: secretaria municipal - Outlook
* 6). Sillas labores han sido ejecutadas por un contratista, queda prohibido que su trabajo le
sea compensado con material extraído del sitio. El incumplimiento de esta disposición, será
sancionado conforme lo señala el Código de Minería, Ley N.” 6797, de 4 de octubre de 1982,
y sus reformas, relativo a delitos mineros.
El texto luego de la reforma planteada en la Ley 9645 es el siguiente:
Artículo 3- Permisos especiales de explotación en casos de emergencias nacionales
declaradas y en caso de riesgo inminente de emergencia
1. En casos de emergencia nacional o emergencia regional, debidamente declarada por el
Poder Ejecutivo dentro de sus potestades conforme a la Ley N.” 8488, Ley Nacional de
Emergencias y Prevención del Riesgo, de 22 de noviembre de 2005, bastará con que la
municipalidad de la circunscripción afectada, en coordinación con la Comisión Nacional de
Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, comunique a la Dirección de Geología y
Minas la siguiente información:
[..]
h) Adicionar una carta del jerarca de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y
Atención de Emergencias, en la que declare que la obra por realizar es efectivamente
necesaria, como parte de la mitigación de la emergencia o para prevenir daños mayores en el
sector.
En casos de la atención de las emergencias locales y menores, conforme a la Ley N.* 8488,
Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, bastará con que la municipalidad de la
circunscripción afectada, en coordinación con los comités regionales, municipales y comunales
de emergencia, comunique a la Dirección de Geología y Minas, mediante un informe en el que
declare que la obra por realizar es efectivamente necesaria, como parte de la mitigación de la
emergencia o para prevenir daños mayores en el sector.
[...]
yA Ante situaciones de riesgo inminente de emergencia, la municipalidad deberá aportar a
la Dirección de Geología y Minas lo siguiente:
[..]
h) Adicionar un informe del Comité Cantonal de Emergencias, en el que se indique que las
obras propuestas por realizar son efectivamente necesarias o imperiosas como mecanismo de
mitigación de dicho riesgo inminente de emergencia o prevención de daños mayores en el
sector.
Eccije
Posteriormente se el artículo 9 sin reforma decía:
ARTÍCULO 9- Plazo de la extracción de materiales.
Si el plazo de la extracción de materiales supera los ciento veinte (120) días, ya sean
extracciones en cauces o canteras, la municipalidad tendrá que acogerse a lo dispuesto en el
Código de Minería.
Y luego de la reforma el texto es el siguiente:
https:/foullook.office365.com/mailinbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTF|NDkINDgyMy1hMDJILTM3YWQSY2ZmYmIzNgAQAMBUR4XGNOQmvXTdUZ... 7n0
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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/
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0090
PAGINA N*%67 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2027.
9/29/21, 10:17 AM Correo: secretaria municipal - Outlook
Artículo 9- Plazo de la extracción de materiales
Si el plazo de la extracción de materiales supera los veinticuatro meses, ya sean
extracciones en cauces o canteras, la municipalidad tendrá que acogerse a lo
dispuesto en la Ley N.* 6797, Código de Minería, de 4 de octubre de 1982.
Hechas las anotaciones anteriores se puede concluir que las reformas hechas al Código de
Minería han sido para beneficio de las municipalidades, estableciendo parámetros para otorgar
concesiones de explotación de causes de dominio público y canteras, a las municipalidades;
sin embargo, el tratamiento es similar a los particulares.
En cuanto a la Ley N.*8668 y sus reformas, establece la situación especial de los casos de
emergencia nacional, declara incluso la no declarada, según se extrae de otros artículos de la
ley que no están siendo tratados aquí. No obstante, en ninguno de los casos las
municipalidades tiene un derecho otorgado para enfrentar el día a día de los trabajos que, no
estado de emergencia, tienen que atender en beneficio de la población de su cantón y la
demanda de materiales no es cuestión de un día o un tiempo determinado, en tanto que existe
una gran cantidad de vías en lastre que requieren mantenimiento casi cotidiano, sin contar con
las obras civiles que también deben atender las corporaciones municipales ante, no solo, lo
planificado, sino que también, van requiriendo atender las peticiones de los vecinos de su
cantón, que exigen día a día un mejor servicio, no solo en la atención de las vías cantonales,
sino también, en cuanto al desarrollo de obras civiles por parte de la municipalidad para ellos.
proyecto de ley que pretende otorgar un derecho de explotación a grupos organizados de la
comunidad bajo la modalidad de minería artesanal, para atender proyectos comunales y
municipales para que puedan atender el día a día, su gestión dirigida a beneficiar a toda la
población sin localismos particulares.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY DE PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA MINERÍA ARTESANAL NO METÁLICA
REGIONAL EN CAUCES DE DOMINIO PÚBLICO.
ADICIÓN DE UN NUEVO ARTÍCULO 2 Y UN NUEVO ARTÍCULO
8 EN LA LEY N.* 8668, DE 10 DE OCTUBRE DE 2008,
REGULACIÓN DE LA EXTRACCIÓN DE MATERIALES
DE CANTERAS Y CAUCES DE DOMINIO PÚBLICO
POR PARTE DE LAS MUNICIPALIDADES; Y LA
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 36 DE LA
Ante este panorama se presenta ante la Asamblea Legislativa de la Republica el presente
|
l »
| LEY N.? 6797, CÓDIGO DE MINERÍA
ARTÍCULO 1- Adiciónese un nuevo artículo 2 en la Ley N.* 8668, de 10 de octubre de
2008, Regulación de la Extracción de Materiales de Canteras y Cauces de Dominio Público
por parte de las Municipalidades, y sus reformas.
Artículo 2- Para los efectos de la presente ley se establecen las siguientes definiciones:
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AAA Ps
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a). Arenero: minero artesanal que extrae arena en cauces de domino público, sin utilizar
equipo mecanizado.
b) Extracción artesanal: es la actividad de extracción de arena en cauces de dominio
público, utilizando herramientas manuales o mecánicas de mano.
c) Extracción manual: es la actividad realizada con ayuda de herramientas tales como
pico, pala, barra o similar, baldes, carreta halada por animales de carga y pequeños botes
impulsados por la fuerza humana.
d) Minería artesanal no metálica: actividad llevada a cabo utilizando la extracción manual o
artesanal.
ARTÍCULO 2- Adiciónese un nuevo artículo 8 en la Ley N.” 8668, de 10 de octubre de
2008, Regulación de la Extracción de Materiales de Canteras y Cauces de Dominio Público
por parte de las Municipalidades, y sus reformas.
Artículo 8- El Ministerio de Ambiente y Energía, el Ministerio de Economía, el Instituto
Nacional de Aprendizaje, el Instituto de Desarrollo Rural, el Instituto Mixto de Ayuda Social, el
Instituto de Fomento Cooperativo, el Sistema de Banca para el Desarrollo y la banca pública,
deberán colaborar en sus respectivos ámbitos de competencia, para efectos de que el Estado
otorgue la asistencia, incentivos y promoción requerida para las actividades de minería
artesanal no metálica que se establecen por medio de la presente ley y del Código de Minería.
ARTÍCULO 3- Modifíquese el artículo 36 de la Ley N.* 6797, de 4 de octubre de 1982,
Código de Minería, y sus reformas.
Artículo 36- El Poder Ejecutivo podrá otorgar concesiones de explotación de materiales en
cauces de dominio público por un plazo máximo de diez años, prorrogable de manera
sucesiva por períodos hasta de cinco años, hasta completar un máximo de treinta años, plazo
que incluye la etapa de cierre de la concesión. Lo anterior, siempre y cuando las condiciones
del río lo permitan, según criterio de la Dirección de Geología y Minas (DGM) y que el
concesionario haya cumplido con sus obligaciones durante el período de vigencia de la
concesión. Para solicitar la prórroga, el concesionario deberá mantener al día la viabilidad
ambiental. El procedimiento y los requisitos serán establecidos en el reglamento de esta ley. El
plazo se computará a partir de la inscripción del título en el Registro Nacional Minero,
La superficie máxima que podrá otorgarse para cada concesión será de dos kilómetros de
longitud por el ancho del cauce. En un mismo cauce, ninguna persona física o jurídica podrá
disponer de más de dos concesiones para extraer materiales, ya sea a título personal o como
miembro o representante de una persona jurídica, tampoco sus parientes hasta segundo
grado de consanguinidad o afinidad.
Se reserva un porcentaje no menor al 15% del total del área por concesionar en cada cauce,
para efectos de que el mismo sea otorgado a grupos de areneros de la comunidad adonde se
ubica el cauce, exclusivamente para el desarrollo de actividades de minería artesanal no
metálica. Estos grupos deberán estar organizados en asociaciones, de conformidad con la
Ley N.*218, o mediante asociaciones cooperativas, de conformidad con la Ley N.? 4179. El
otorgamiento de esta área reservada a estos grupos se regirá por las disposiciones contenidas
en el Reglamento al Código de Minería correspondientes a minería artesanal, y el trámite será
expedito por estar amparado a términos de la concesión principal.
Se reserva un porcentaje no menor al 15% del total del área por concesionar en cada cantón
para efectos de que el mismo sea explotado exclusivamente por las municipalidades o bien
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9/29/21, 10.17 AM Correo: secretaria municipal - Oulook
por medio de los concejos municipales de distrito del cantón o distrito adonde se ubica el
cauce.
Para solicitar el permiso o la concesión, el interesado deberá presentar la documentación
completa, según el presente Código y su reglamento, La DGM no recibirá las solicitudes
incompletas.
En situaciones de emergencia declarada, cuando la municipalidad requiera extraer material de
un cauce de dominio público para el cual ya haya sido otorgada una concesión, el
concesionario deberá permitir la extracción de material en los volúmenes autorizados por la
DGM. Dicha extracción deberá realizarse siguiendo los lineamientos establecidos en el plan de
explotación y las recomendaciones ambientales emitidas por el Minae en el estudio de impacto
ambiental.
TRANSITORIO !- Las concesiones ya existentes a la fecha de la promulgación de esta ley
deberán adecuarse a las condiciones aquí establecidas cómo máximo un año después de
publicada la presente ley.
TRANSITORIO !l- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley, en un plazo que no
exceda los tres meses, a partir de la publicación de la presente ley.
Rige a partir de su publicación.
Welmer Ramos González
Diputado
Maureen Chacón Segura ASAV BLEA
pss O 1509) 2243-2427 LEGISLATIVA
> ivotivos 1
Contlenes Leghlo hos) Ú moureen chacondorombleo.go.cr
Depcrtamento
Comisiones Legislativas ee) (500) 2209-2429
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el criterio técnico del Departamento de
Servicios Jurídicos Internos sobre Proyecto Expediente 22.642, “LEY DE
PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA MINERÍA ARTESANAL NO METÁLICA REGIONAL EN
CAUCES DE DOMINIO PÚBLICO. ADICIÓN DE UN NUEVO ARTÍCULO 2 Y UN NUEVO
ARTÍCULO 8 EN LA LEY N* 8668 DE 10 DE OCTUBRE DE 2008, “REGULACIÓN DE LA
EXTRACCIÓN DE MATERIALES DE CANTERAS Y CAUCES DE DOMINIO PÚBLICO POR
PARTE DE LAS MUNICIPALIDADES”; Y LA MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 36 DE LA LEY
N? 6797” CÓDIGO DE MINERÍA”. Por tanto, se informa a la Asamblea Legislativa en
los mismos términos que recomienda el departamento de jurídicos interno.
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PAGINA N*70
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*%82 Ordinaria.
ACUERDO N”* 2879
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo,
del departamento de Servicios Jurídicos Internos, teléfono: 2713-6516, correo
a
electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: SJI-172-OCT-2021
Asunto: Respuesta al oficio CMPL-378-2021 sobre proyecto de ley 22.646
Fluye >
9 Municipalidad de Pococí
POCOS 47 Servicios Jurídicos
a e Teléfono: 2713-6516, Fox: 2710-7181 E,
1
Guápiles, 13 de octubre de 2021
SyJI-172-OCT-2021
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al oficio: CMPL-378-2021 sobre proyecto de ley 22646.
Por medio de la presente, en respuesta al criterio solicitado sobre el proyecto de
ley, expediente N.* 22646, del 30 de setiembre de 2021, relacionado con la
"Autorización al Ministerio de obras públicas y transporte para la enajenación de
las plantas de producción de mezcla asfáltica y los bienes inmuebles en los que
estas se ubiquen a las municipolidades federaciones o confederaciones de
municipalidades.” Se propone la autorización legol de la Asamblea Legislativa,
pora que el Ministerio de Obras Públicas y Transporte pueda enojenar cualquier
forma que admite el Derecho, desde los plantas de producción de mezcla asfáltica
colificada como bien mueble del patrimonio, y a su vez, los blenes inmuebles, los
cuales serán propiedad del estado bajo la administración del MOPT. Esto con la
finalidad de dar uso y producción a los plantas asfálticas que en el pasar de los
días se han convertido en una carga económica para el Estado por no lograr
incurrir en el aprovechamiento esperado, así que se espera que con la presente ley
las municipalidades, federaciones o confederaciones de municipalidades tengan
la opción de enojenarlos blenes para así oprovecharlos en la red vial cantonal,
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido,
<gomtidad qe
SA sucitico,
CHRISTIAN — Fimadoditalmente $ e SN
CHRIS
CORDOBA — Convosaoveno
OVIEDO Fm
(FIRMA) éssarosos
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Coordinador ai. Servicios Jurídicos Intemos
Municipalidad de Pococí
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21-10
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0094
PAGINA N971 ACTA N*%82 Ordinaria. 21-10-2021
Municipalidad de Pococí
e 9
DE COC 4 Secretaría Municipal Qus
ANTTADOANNONINA Teléfono/Fax: 2711-1227
secretoriaAmunipococi.go.cr MANORALO»O
Pluye DS DEPOCO
= A A
Guápiles, 30 de septiembre de 2021
CMPL-378-2021
Señor:
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Servicios Jurídicos Internos
idad ee FococÍ
os Intemíós
9S.
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Asunto: Traslado de correspondencia Expediente N.* 22.646
Estimados Señores (as):
Un cordial saludo, por medio de la presento me permito efectuar el traslado
por instrucciones del señor presidente del Concejo Municipal, de los
siguientes documentos para su respectiva revisión:
Asunto: Criterio sobre el proyecto de Ley, Expediente N.” 22.646
“AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES PARA LA
ENAJENACIÓN DE LAS PLANTAS DE PRODUCCIÓN DE MEZCLA ASFÁLTICA Y
LOS BIENES INMUEBLES EN LOS QUE ÉSTAS SE UBIQUEN A LAS
MUNICIPALIDADES, FEDERACIONES OCONFEDERACIONES DE
MUNICIPALIDADES”
Se les agradecerá remitir criterio al Concejo Municipal de Pococí.
Sin más por el momento y agradecienda | ención, se suscribe;
Cr
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 10095
PAGINA N*%72 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10+2021
tea
LEGISLATIVA
30 de setiembre de 2021
CPEM-053-2021
Señores (as)
Concejo Municipal
Presente
ASUNTO: Consulta proyecto 22.646
Estimados (as) señores (as):
Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Especial de Asuntos
Municipales y Desarrollo Local Participativo y en virtud del informe de consulta
obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, se solicita el criterio de esa
municipalidad en relación con el proyecto “AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSPORTES PARA LA ENAJENACIÓN DE LAS PLANTAS DE
PRODUCCIÓN DE MEZCLA ASFÁLTICA Y LOS BIENES INMUEBLES EN LOS QUE ÉSTAS
SE UBIQUEN A LAS MUNICIPALIDADES, FEDERACIONES OCONFEDERACIONES DE
MUNICIPALIDADES”, expediente 22.646 el cual se adjunta.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible,
enviar el criterio de forma digital.
La Comisión ha dispuesto que en caso de requerirlo se le otorgará una prórroga de 8
días hábiles adicionales por una única vez, que vencerá el próximo 22 de octubre.
Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos
2243-2437,2243-2194,0 al correo electrónico COMISION-GOBIERNOOasamblea.go.cr.
Atentamente,
ASAMBLEA
Erika Ugalde Camacho plc torpt!
Jete Área O 1306) 2243-2437 LEGISLATIVA
Comisiones Legislativos III
Departamento o
Comisiones Legistotivas E) (506) 2243-2440
U eugaldeBosambleo.go.cr
Gha
Departamento de Comisiones Legislativas
Tel: 2243-2437/2438 /2194 E-mail: COMISION-GOBIERNOGasamblea.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI | 0096
PAGINA N973 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
PROYECTO DE LEY
AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
PARA LA ENAJENACIÓN DELAS PLANTAS DE PRODUCCIÓN
DE MEZCLA ASFÁLTICA Y LOS BIENES INMUEBLES EN LOS
QUE ÉSTAS SE UBIQUEN A LAS MUNICIPALIDADES,
FEDERACIONES O CONFEDERACIONES DE MUNICIPALIDADES
Expediente N.? 22.646
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Con la reforma introducida al artículo 170 de nuestra Constitución Política, a través
de la Ley No. 8106 del 03 de junio de 2001; la promulgación de la Ley General de
Transferencias de Competencias del Poder Ejecutivo a las Municipalidades, No,
8801 del 28 de abril de 2010 y la más reciente Ley Especial para la Transferencia
de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal No. 9329 del
15 de octubre de 2015 y sus reformas, el Ordenamiento Jurídico aplicable al Estado
y a las corporaciones municipales, se vio modificado con la intención de fortalecer
la gestión municipal y por consiguiente, “...delimitar un camino...”en la atención de
la Red Vial Cantonal, competencia material y funcional que hoy en día es propia,
plena y exclusiva de las Municipalidades.
Esta variación normativa ha podido plasmar jurídica y materialmente una disposición
del constituyente, que precisamente está expresada en términos de autonomía; de
manera que la operatividad que puedan ejecutar las Municipalidades permitirá que
la infraestructura vial de los cantones pueda ser mejorada y sometida a procesos
de mantenimiento en óptimas condiciones, impactando de forma positiva la calidad
de vida de los habitantes de dichosterritorios, contribuyendo en la facilitación delos
encadenamientos socio productivos que podrán mejorar el transporte de las
materias primas, productos finales y movilidad de las personas usuarias de las vías
terrestres.
De manera que ante la ausencia de una disposición legal que determine la
continuidad de la participación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes en
una competencia municipal, el mismo está impedido, por el principio de legalidad, a
subsidiarrecursos materiales o coadyuvar con las corporaciones municipales en la
atención de la red vial cantonal.
No obstante, la transferencia de competencias recogida en las modificaciones
expuestas párrafos arriba, dejó por fuera los recursos materiales de los que disponía
el MOPT para la atención de la red vial cantonal, transfiriendo asílas competencias,
más no los recursos materiales que tenía destinados para ese fin: las plantas de
mezcla asfáltica, sus terrenos, equipos y planteles.
En razón de lo anterior, es preciso aplicar el contenido de lo establecido en el
artículo 4 de la Ley General de la Administración Pública en cuanto a la
adaptabilidad y eficiencia del servicio que brindan los órganos del Estado para
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0097
PAGINA N%74 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2021
afrontarlos retos que se le presentan y cambiar por esa vía el antiguo programa del
ministerio que buscaba producir materia prima o producto final para el asfaltado de
vías cantonales, que obedecía a una realidad que ya no se presenta en la
institucionalidad del sector.
Además, el informe rendido al final de la administración Solís Rivera (2014-2018)
mediante el oficio DVOP-2018-288 del 4 de mayo del 2018 “sobre las gestiones
ambientales y de acondicionamiento pendientes de las plantas de producción de
mezcla asfáltica del MOPT”, da cuenta de que habían “gestiones ambientales y de
acondicionamiento de las plantas que desde hace varios años impiden el
funcionamiento óptimo” de las mismas, siendo que desde setiembre del 2017, en el
caso de Colima y octubre del 2017, en el caso de la planta de Siquirres, no estaban
operando, con el agravante de que todas las plantas habían cumplido su tiempo de
garantía a la espera de que se construyera la infraestructura necesaria para su
puesta en marcha.
Aunado a ello, dichos informes revelaron que como consecuencia del cambio de
competencias del MOPT, se experimentó una caída en la demanda de Mezcla
Asfáltica; no se contaba con planes de compensación ambiental y el Ministerio de
Ambiente y Energía (MINAE) había negado el permiso de autoconsumo de
combustible a las tres plantas, no existía la regencia química solicitada por
Ministerio de Salud, la infraestructura presentaba deterioros con siderables, no había
recursos humanos asignados y calificados para la operación de las mismas y el
asfalto producido por éstas había perdido competitividad por la ausencia de
controles de calidad, entre otras situaciones que comprometían su operación.
Es por ello que en la administración Alvarado Quesada (2018-2022), el Jerarca del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) determinó la conformación de
un grupo de trabajo que realizara de un estudio socioeconómico para determinar la
viabilidad financiera del programa de plantas de asfalto, puesto que requería de una
inversión considerable en el contexto de estrechez fiscal que enfrentó el gobierno;
inversión que debía enfrentarse a los principios de economía, eficiencia y eficacia
establecidos en el artículo 3 de la Ley No. 8131 del 18 se setiembre del 2001 y sus
reformas "Ley de administración financiera de la República y Presupuestos
Públicos”.
Para dicho informe, se solicitó a la Unidad de Planificación Institucional del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, realizarun análisis sobre las Plantas de
Producción de Mezcla Asfáltica adquiridas por esa Institución, en aras de determinar
la pertinencia de continuar con la administración de estos activos, dada la
modificación legal generada a través de la promulgación de la Ley No. 9329 del 15
de octubre del 2015 y demás aspectos vinculados con la operación de tales Plantas,
generándose a partir de esta solicitud, el Informe Técnico No. MOPT-01-07-01-001-
2019 denominado “Diagnóstico del esquema actual de operación y análisis
socioeconómico de las Plantas Productoras de Mezcla Asfáltica propiedad del
MOPT”.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0098
PAGINA N975 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2021
Para la elaboración del Informe precitado se planteó como objetivo general
“Diagnosticarel esquema actual de operación y realizar un análisis socioeconómico
de las Plantas Productoras de Mezcla Asfáltica propiedad del MOPT, a solicitud del
máximo jerarca institucional”, asimismo, se trazaron 4 objetivos específicos, siendo
el tercero de ellos “Determinar la rentabilidad socioeconómica de producir asfalto
por medio de PPMA propiedad del MOPT”.,
Como producto del análisis llevado a cabo por el grupo de trabajo designado para
tal fin, se concluyó lo siguiente:
“1. La evaluación socioeconómica se realiza mediante un estudio de costo /
beneficio, analizando tres escenarios de rentabilidad para cada una de las plantas:
producción ideal (al 70% de la capacidad máxima de cada PPMA), producción real
y producción mínima requerida.
3. Los indicadores de rentabilidad muestran que, en condiciones de producción
ideal, las cuatro plantas son rentables financiera y económicamente. En
condiciones de producción real, únicamente la planta de Siquirres muestra
rentabilidad, siendo que, en el caso de las demás Plantas, estarían generando
pérdidas para la sociedad. Por su parte en condiciones de producción mínima, es
necesario que el proyecto de la Planta de Guanacaste incremente su
productividad en un 138.5% con relación a la actual, Paso Real en un 1 67.5%
y Colima en un 33.5%. (...)
4. Los indicadores de rentabilidadeconómica muestran beneficios únicamente si las
plantas aumentan la productividad en 138.64% en Guanacaste, 1 67.49% en Paso
Real y 33.46% en Colima. (...)
7. Los recursos de operación y producción señalados, para realizar los trabajos
necesarios y poner a funcionar las plantas de asfalto; deberán ser asignados a la
operación de las plantas para su buen funcionamiento, por lo que es necesario la
valoración de si la rentabilidad obtenida según análisis realizado, es suficiente
para asignar dichos recursos y justificar la puesta en operación y
sostenibilidad de los equipos. (...)
9. El estudio de gestión de riegos indica que, de no contar con la demanda
suficiente del producto, se podría comprometer la rentabilidad de las plantas,
ya que al no tener donde colocar la mezcla, la producción disminuiría, provocando
que se tenga un equipo y grupo de trabajo ocioso, generando altos costos para la
administración, mismos que podrían ser utilizados en otras actividades que generen
mayores beneficios para la sociedad...”.
Gráfico 1. PPMA MOPT: Consolidado de costos incurridos y pendientes
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21-10/2021
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*76 ACTA N*82 Ordinaria.
COLIMA
SIQUIRRES
PASO REAL
GUANACASTE |'
£0,00 1000000 000,00  $2000000 000,00  g3000000 000,00 44000000 000,00
Sd Guanacaste Paso Real Siquirres Lc
Costos pendientes estimados | 43652884 753,76 | 1866211665,60 | é1941901387,80 | 42194022 458,67 |
Costos incurridos 716845 950,00 | 41773797 391,20 872274 176,00 | G1340368 5: |
mu Costos pendientes estimados mn Costos incurridos
Fuente: elaboración propia, basada en datos proporcionados por la secretaría de planificación
sectorial.
Dicho estudio también determinó que el gasto incurrido por el Estado a la fecha de
la realización del informe, era de ¿3.903.286.115,30 millones de colones y que el
gasto pendiente para llevarlas a un estado de aprovechamiento era de
(9.655.020.265,83 millones de colones, además de que la planilla requerida
implicaría un gasto mensual de ¿423.647.196,88 millones de colones.
Tabla 1. PPMA MOPT: Costos pendientes estimados
Costos pendientes Paso Real | Siquirres Colima
Casa de filtros 9231780 266,70 50,00. 40,00 0,00.
Infraestructura $917 365 000,00 40,00] E120.000000,00| 500.000 000,00
Costos U Jn sita 450.549 520,20] CE0849520,20/ G630849520,20|  c80249 520,20
Imprevistos 5% de la Inv. Inicial 635 842 297,50 €36 984 129,00. 43 613 708,80. 655 429 416,57
Estudios. y MMRD*" 875 009 000,00 80,00 675 000 000,00 677 500 000,00.
Costos fijos”* 295 181 411,50] 352828 576,10| 6266888 718,50| €354 966 410,50
Subtotal 41636021 495,90| $470662225,30| 6546351 947,50 41068 745 347,27.
TOTAL 43721781 015,97
Costos variables de ) | 61583 396 624,76] €1 288 176 305,56 | €1 288 176 306,86 | 61087 662 447,40
Costos variables de transporte $133 466633,10| 10737313344] C107373132:44| 637614 66,00
Sub total $2 016 863 257,86 | (1395 549 440,30| 61 395 549 440,30 41125277 111,40
TOTAL 45 933 239 249,87.
TOTAL COSTOS PENDIENTES 9 655 020 265,83
MIRD: Medidos de mitigación de riesgo a desostres.
**Serv. públicos, manejo del agua, recurso humano, mantenimiento
Fuente: Elaboración propia, basada en datos brindados porla Secretaría de Planificación Sectorial
Tabla 2. PPMA MOPT: Costos totales por recurso humano
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Ppecocí
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria.
PAGINA N977
00100
21-10-2021
Salarios por mes personal requerido $24.319.445,53
Salario Escolar $2.025.809,81
Sub-Total 426.345.255,34
Concepto de costo Porcentaje Monto
Aporte Patr. Banco Popular 0,50% $131.726,28
Cont. Patr. Seguro Pensiones 5,08% 41.338.338,97
Cont, Patr, Seguro Salud 9,25% 42.436.936,12
Aporte Patr. Reg. Oblig. Pens. 1,50% 4395.178,83
Aporte Patr. Fdo. Capt. Lab. 3,00% 8790.357,66
Trans. Inst. Descen, CCSS. Contrib. Estatal Seguro Pensiones 0,0124% 43.266,81
Trans. Inst, Descen. CCSS. Contrib. Estatal Seguro Salud 0,0025% 658,63
Póliza de riesgo 1,0000% 8263.452,55
Asociación Solidarista 5,3300% $1.404.202,11
Aguinaldo 8,3300% $2.194.559,77
34,00% 48.958.677,73
TOTAL COSTOS MENSUAL $35.303.933,07
TOTAL COSTOS ANUAL $423.647.196,88
Fuente: Dirección de Gestión Institucional de Recursos Humanos
Nota: El costo total el costo del recurso con de
los plantas de asfalto en un solo turna, Por otra parte, no se tienen definidos las plozas a pros pora atender este
requerimiento, así como el plazo para su estudio, clasificación y nombramiento.
Enrazón de los resultados obtenidos y tomando en consideración quela adquisición
de las Plantas de Producción de Mezcla Asfáltica (PPMA) tuvo como propósito
inicial realizar una atención integral de los servicios de mantenimiento de la red vial
cantonal en el país, mediante el desarrollo de un modelo de gestión autosuficiente
que, como fue expuesto supra, fue trasladado de manera exclusiva y excluyente a
los gobiemos locales, se estimó que lo pertinente es realizar la enajenación
(donación, venta) de estos activos.
Bajo esa línea de pensamiento, este proyecto de ley pretende obtener la
autorización legal de la Asamblea Legislativa, para que el Ministerio de Obras
Públicas y Transportes pueda enajenar de cualquierforma que admite el Derecho,
no sólo las Plantas de Producción de Mezcla Asfáltica que se encuentran como
bienes muebles dentro de su patrimonio, sino a su vez, de los bienes inmuebles en
los cuales éstas se ubiquen, en el entendido de que estos terrenos sean propiedad
del Estado bajo la Administración del MOPT;
lo anterior a favor de las
Municipalidades, Federaciones o Confederaciones de Municipalidades, en aras de
que cuenten con latitularidad de los planteles y de las plantas productoras de asfalto
que faciliten la producción del material que necesitan las vías que integran la Red
Vial Cantonal para su mantenimiento.
En virtud de lo expuesto, con la autorización contenida en este proyecto de ley,
pueden alcanzarse los siguientes beneficios:
l. Facilitara los Gobiernos Locales la producción del material con el que pueden
brindar mantenimiento a las vías de la Red Vial Cantonal que se encuentra bajo su
administración.
¿Za Operativizar el traslado de competencias hacia los Gobiernos Locales, a
través de la transferencia del equipo y maquinaria para poder ejecutar la
competencia.
Pececí
Pluye
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Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00101
PAGINA N078 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
3. La utilización de bienes a nivel municipal que no están siendo utilizados por
el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, evitando su obsolescencia o el
advenimiento de condiciones que impidan su utilización,
Para tales fines, se somete a consideración de las señoras y los señores diputados
el presente proyecto de Ley denominado: “AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES PARA LA ENAJENACIÓN DE LAS
PLANTAS DE PRODUCCIÓN DE MEZCLA ASFÁLTICA Y LOS BIENES
INMUEBLES EN LOS QUE ÉSTAS SE UBIQUEN A LAS MUNICIPALIDADES,
FEDERACIONES O CONFEDERACIONES DE MUNICIPALIDADES”.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES $
PARA LA ENAJENACIÓN DELAS PLANTAS DE PRODUCCIÓN
DE MEZCLA ASFÁLTICA Y LOS BIENES INMUEBLES EN LOS
QUE ÉSTAS SE UBIQUEN A LAS MUNICIPALIDADES,
FEDERACIONES O CONFEDERACIONES
DE MUNICIPALIDADES
ARTÍCULO ÚNICO- Se autorizaal Ministeriode Obras Públicas y Transportes
para que, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, done las Plantas de
Producción de Mezcla Asfáltica de Colima, Guanacaste, Paso Real y Siquirres, a
favor de las Municipalidades, Federaciones o Confederaciones de Municipalidades.
Asimismo, se autoriza al Ministerio de Obras Públicas y Transportes a donara esas
Municipalidades y organizaciones municipales, los equipos, planteles e inmuebles
en las que están ubicadas, en aquellos casos en los cuales dichos terrenos sean
propiedad del Estado, bajo la Administración del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes (MOPT).
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los diecisiete días del mes de
agosto del año dos mil veintiuno.
CARLOS ALVARADO QUESADA
Ing. Rodolfo Méndez Mata
Ministro de Obras Públicas y Transportes
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el criterio técnico del Departamento de
Servicios Jurídicos Internos sobre Proyecto Expediente 22.646 “AUTORIZACIÓN AL
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES PARA LA ENAJENACIÓN DE LAS
PLANTAS DE PRODUCCIÓN DE MEZCLA ASFÁLTICA Y LOS BIENES INMUEBLES EN LOS
QUE ÉSTAS SE UBIQUEN A LAS MUNICIPALIDADES, FEDERACIONES
OCONFEDERACIONES DE MUNICIPALIDADES”. Por tanto, se informa a la Asamblea
Legislativa en los mismos términos que recomienda el departamento de jurídicos
interno.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
00102
21-10-20
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%79 ACTA N*82 Ordinaria.
ACUERDO N* 2880
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo,
del departamento de Servicios Jurídicos Internos, teléfono: 2713-6516, correo
electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: SJI-173-OCT-2021
Asunto: Respuesta al oficio CMPL-380-2021 sobre proyecto de ley 22.555
a Municipolidad de Pococí
POECOC ¿ Servicios Jurídicos 15
a e Teléfono: 2719-6816, Fox: 2710-7181- Led,
munipococijuridicosQlgmailcom vporuzo
Fluye
dl
Guópiles, 13 de octubre de 2021
Syl-173-OCT-2021
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al oficio: CMPL-380-2021 sobre proyecto de ley 22555.
Por medio de la presente, en respuesta al criterio solicitado sobre el proyecto de
ley, expediente N.* 22555, del 30 de setiembre de 2021, relacionado con la “Ley
para el patrocinio de las bandas municipales y comunales”, se propone reformar
el Código Municipal adicionando como una más de las obligaciones de las
municipalidades donar los recursos necesarios a las bandas municipales y
comunales de sus propios municipios, o bien, de otros municipios que lo requieran,
siempre y cuando cuenten con personería jurídica vigente y debidamente inscrita
ante el Registro Nacional, la propuesta se realiza por la importancia social y cultural
que se deriva de las bandas municipales y comunales a nivel nacional, Las
municipalidades están autorizadas de incluir en sus planes operativos anuales las
acciones necesarias para cumplir con sus obligaciones definidas por esta ley, de
igual forma podrán contar con los siguientes recursos adicionales: donaciones de
bienes de instituciones públicas o privadas, nacionales e internacionales,
instituciones y organizaciones no gubernamentales, personas físicas o jurídicas y las
partidas asignadas por ley, los cambios se realizan en los artículos 4 y 71 del Código
Municipal para adaptar lo expuesto.
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido,
: SEU >
CHRISTIAN Firmado digitalmente => SR
CHRISTIAN =$
| CORDOBA  Corbomaovioo
| OVIEDO (FIRMA)
(FIRMA) ni 0000
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Coordinador ai. Servicios Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí
| Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidedDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pecocí
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 001083
PAGINA N*80 ACTA N9%82 Ordinaria. 21-10-2021
9 Munici, í
pnl a ¡palidad de Pococí
e . ar) COC 4 Secretaría Municipal 100
ADAN IN Teléfono/Fax: 2711-1227 2%,
Fluye etariomunipococi.go.cr  mueraumo
Guápiles, 30 de septiembre de 2021
CMPL-380-2021
Señor:
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Servicios Jurídicos Internos
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Asunto: Traslado de correspondencia Expediente N.? 22,555
Estimados Señores (as):
Un cordial saludo, por medio de la presento me permito efectuar el traslado
por instrucciones del señor presidente del Concejo Municipal, de los
siguientes documentos para su respectiva revisión:
Asunto: Criterio sobre el proyecto de Ley, Expediente N.? 22.555
“LEY PARA EL PATROCINIO DE LAS BANDAS MUNICIPALES Y COMUNALES”
Se les agradecerá remitir criterio al Concejo Municipal de PococÍ.
old atención, se suscribe;
B Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Sin más por el momento y agradeciend
3 Licda
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*81 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
30 de setiembre de 2021
CPEM-054-2021
Señores (as)
Concejo Municipal
Presente
ASUNTO: Consulta proyecto 22.555
Estimados (as) señores (as):
Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Especial de Asuntos
Municipales y Desarrollo Local Participativo y en virtud del informe de consulta
obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, se solicita el criterio de esa
municipalidad en relación con el proyecto “LEY PARA EL PATROCINIO DE LAS BANDAS
MUNICIPALES Y COMUNALES”, expediente 22.555 el cual se adjunta.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible,
enviar el criterio de forma digital.
La Comisión ha dispuesto que en caso de requerirlo se le otorgará una prórroga de 8
días hábiles adicionales por una única vez, que vencerá el próximo 22 de octubre.
Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos
2243-2437,2243-2194,0 al correo electrónico COMISION-GOBIERNOOas
Atentamente,
ASAMBLEA
Erika Ugalde Camacho ptas dera
Jete Área WO 1506) 2243-2437 LEGISLATIVA
Comisiones Legistotivos lil
LU eugaldeSasamblea.go.cr
Departamento O 1506) 2243-2440
Comisiones Legistotivas
Gha
Departamento de Comisiones Legislativas
Tel: 2243-2437/2438 /2194 E-mail: COMISION-GOBIERNOGasamblea.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*82 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
PROYECTO DE LEY
LEY PARA EL PATROCINIO DE LAS BANDAS MUNICIPALES Y COMUNALES
Expediente N.* 22,555
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
La banda de música es una agrupación artístico-musical cuyos integrantes
interpretan instrumentos de viento (de metal y madera) y de percusión. Estos
conjuntos hacen parte de la sociedad, la integran y la reúnen a su alrededor. Son
símbolo de su identidad y la representan en otras regiones de nuestro país.
Estas agrupaciones están conformadas por instrumentos musicales pertenecientes
a las familias de los vientos (maderas y metales) y percusión:
- Maderas: flautas, oboes, clarinetes, saxofones y fagotes.
- Metales: trompetas, bugles, comos, trombones, fiscornos, bombardinos y
tubas.
- Percusión: se dividen en: básicos: platillos, redoblante y bombo.
- Percusión sinfónica: timbales, marimba, xilófono, campanas tubulares, platillo
suspendido, piano, cajas chinas, etc.
Las bandas representan un proyecto artístico y educativo que ofrece oportunidades
de formación, creación e interpretación musical a las nuevas generaciones. En
estas agrupaciones se congregan los habitantes de las localidades, así como las
familias de cada uno de sus integrantes, posibilitando el fortalecimiento del tejido
social. La actividad de la banda permite, entre otros, alcanzar los siguientes
objetivos:
EN LO MUSICAL Y EDUCATIVO
- Reconocimiento de parte de los integrantes de sus propias potencialidades
musicales y expresivas, así como construcción de vínculos que les permitan tener
confianza en sí mismos, en los otros y por parte de los demás hacia ellos.
- Desarrollo cognitivo de niños y jóvenes a través de la música, lo cual se ve
reflejado en mayor rendimiento escolar y, por ende, menor deserción del sistema
educativo,
- Valoración dela dimensión artística de la educación através de la articulación
entre las áreas educativa (colegios, escuelas) y cultural (casas de cultura) en
instituciones departamentales y municipales.
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PAGINA N*83
Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
0106
ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
EN LO SOCIAL Y CULTURAL
- Reafirmación de proyectos comunes a través del trabajo conjunto y creación
de espacios de convivencia que contribuyen al mutuo respeto, permitiendo la
regulación de los conflictos por vías no violentas.
- Promoción de nuevos planes de vida individuales y colectivos mediante la
generación de altemativas que permiten enfrentar fenómenos de violencia y
drogadicción.
- Reconocimiento, valoración y apropiación de la música tanto costarricense
como universal de parte de las comunidades. La banda es una agrupación
instrumental cuya versatilidad permite la interpretación y el disfrute de músicas de
los más variados estilos y diversas procedencias.
- Impulso de la participación comunitaria en tomo a proyectos e intereses
comunes.
- Educación de las comunidades en la apreciación de lo artístico.
Costa Rica cuenta con gran cantidad de bandas municipales y comunales. Nuestro
país hasido representado en diversos escenarios, siendouno delos más relevantes
de estos, el Desfile de las Rosas (Pasadena, Califomia, Estados Unidos).
Por medio del espectáculo “Somos Costa Rica", con el que la banda quiso compartir
nuestra esencia con el público, pero especialmente con los hermanos
costarricenses, así como con los radicados en Estados Unidos, este espectáculo
nos puso en la vitrina del mundo y entreabrió un vistazo a nuestra música, nuestras
tradiciones y el orgullo de ser costarricenses.
A continuación, se detallan los nombres de algunas bandas municipales y
comunales, datos de su fundación, los nombres de sus directores y subdirectores,
así como los principales obstáculos a los que se enfrentan para poder realizar su
obra:
4- Banda Municipal de Zarcero: se fundó el 8 de marzo del año 2008; cuenta
con 150 integrantes, el director general Elesban Gerardo Rodríguez, el subdirector
Luis Miguel Araya Rodríguez y el director de percusión Jeudy Morera. Este proyecto
logra salir adelante por algunos instrumentos prestados por la Municipalidad y la
formación musical y toda la operación de la banda sale de cuotas de padres,
actividades para recaudar recursos.
2- Banda Comunal de Turrialba Instituto de Educación Turrialbeño: fuefundada
en el año 2017; cuenta con 80 integrantes, el director es Alejandro Cordero
Solórzano y el subdirector Esteban Campos. Se sostiene por una pequeña ayuda
por parte del colegio Dr. Clodomiro Picado. El proyecto, en esencia, es de la
institución como proyección para la comunidad, por esfuerzo grupal de los
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Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
integrantes de la misma banda, el año anterior tuvieron una donación instrumental
por parte de la embajada americana gracias al alcalde de la Municipalidad, don Luis
Fernando León.
3- Banda Municipal de Acosta: la banda data del año 1930, pero como banda
de marcha desde año 2008; cuenta con 210 integrantes, su director general es el
señor José Manuel Mora Corales y el subdirector Julio César López Zeledón, se
logra mantener por medio de cuotas mensuales de los integrantes y patrocinios.
4- Banda Municipal de Alajuela: su fundación se originó en abril del año 2013;
cuenta con 60 integrantes, su director general es Jesús Campos Luna yse mantiene
por un pequeño presupuesto municipal.
5- Banda Juvenil de Palmares: su fundación se da en el año 199; su director es
José Gerardo Pineda Vargas y el subdirector Josué Pinea Arias, consta de
aproximadamente 100 integrantes, se mantiene por medio de rifas y actividades.
6- Banda Municipal de Naranjo: su fundación se origina en el año 2004; su
director general es Jesús Cruz Rojas, actualmente se encuentran en trámites con la
Municipalidad para ver si logran mejorar el sistema económico.
7- Banda Comunal de Orotina: cuenta con una asociación legal llamada banda
comunal de Orotina. Su fundación se originó en el año 1990; se inició como banda
estudiantil de escuela primaria, pero se convirtió en institución comunal con el fin de
aprovechar estudiantes de todas las edades y toda la comunidad. Su director es
Luis Carlos Madrigal Vega y la banda logra sostenerse por contribuciones de los
padres de familia, para sufragar gastos y actividades.
8- Banda Valle la Estrella: se fundó en el 2009; consta de 120 integrantes,
director Deiby Campos, logra sostenerse por medio de un comité de padres y
patrocinio privado.
9- Banda Cedes Don Bosco: fundada en 1965; cuenta con 130 integrantes, su
director es Luis Fernando Solano Gamboa, se sostiene por medio del aporte de la
junta de padres de familia
10- Banda Municipal de Pococí: se fundó en 1986; consta de 100 integrantes,
su director es Johny Acevedo y se logra mantener por medio de patrocinios y
actividades.
Tal y como se observa, las bandas municipales y comunales se enfrentan
diariamente a la casi nula asignación de recursos para su funcionamiento; por ello,
la presente iniciativa pretende reformar el Código Municipal adicionando como una
más de las obligaciones de las municipalidades el donar los recursos necesarios a
las bandas municipales y comunales de sus propios municipios, o bien, de otros
municipios que así lo requieran y que cuenten con personería jurídica vigente y
debidamente inscritas ante el Registro Nacional, es por ello que considerando la
Pluye
0107
PAGINA N*84 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*85 ACTA N*82 Ordinaria.
importancia que tienen las bandas municipales y comunales en el nivel educativo,
cultural y social, tal y como se señaló en párrafos anteriores, se autoriza además a
las municipalidades por medio de esta ley para presupuestar en sus respectivos
planes operativos las acciones necesarias para poder cumplir con la obligación
creada; asimismo, se dispone que podrán financiarse mediante las donaciones de
bienes o recursos provenientes de instituciones públicas o privadas, nacionales o
intemacionales, así como de las instituciones y organizaciones no
gubernamentales, personas físicas o jurídicas y del presupuesto para obras
especificas designado en los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la
República; además, se pretende exonerar del pago de todo tipo de tributos la
importación de instrumentos musicales, sus partes y accesorios, excepto aquellos
que se produzcan en el país en condiciones similares.
Con fundamento en las consideraciones expuestas, someto a conocimiento de las
señoras y señores diputados, el presente proyecto de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY PARA EL PATROCINIO DE LAS BANDAS MUNICIPALES Y COMUNALES
ARTÍCULO 1- Refórmense los artículos 4 y 71 del Código Municipal,
Ley N.* 7794, de 18 de mayo de 1998, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 4- La municipalidad posee la autonomía política, administrativa y
financiera que le confiere la Constitución Política. Dentro de sus atribuciones se
incluyen las siguientes:
a) Dictar los reglamentos autónomos de organización y de servicio, así como
cualquier otra disposición que autorice el ordenamiento jurídico.
b) Acordar sus presupuestos y ejecutarlos.
c) Administrar y prestar los servicios públicos municipales, así como velar por
su vigilancia y control.
d) Aprobar las tasas, los precios y las contribuciones municipales, así como
proponer los proyectos de tarifas de impuestos municipales.
e) Percibir y administrar, en su carácter de administración tributaria, los tributos
y demás ingresos municipales.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00109
PAGINA N*86 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10:2021
f Concertar, con personas o entidades nacionales o extranjeras, pactos,
convenios o contratos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
9)  Convocaral municipio a consultas populares, para los fines establecidos en
esta ley y su reglamento.
h) Promover un desarrollo local participativo e inclusivo, que contemple la
diversidad de las necesidades y los intereses de la población.
i) Impulsar políticas públicas locales para la promoción de los derechos y la
ciudadanfa de las mujeres, en favor de la igualdad y la equidad de género.
)) Donarlos recursos necesarios a las bandas municipales y comunales de sus
propios municipios o de otros municipios que así lo requieran y que cuenten con
personería jurídica vigente y debidamente inscrita ante el Registro Nacional.
Artículo 71- La municipalidad podrá usar o disponer de su patrimonio mediante
toda clase de actos o contratos permitidos por este Código y la Ley de Contratación
Administrativa, que sean idóneos para el cumplimiento de susfines.
Las donaciones de cualquier tipo de recursos o bienes inmuebles, así como la
extensión de garantías a favor de otras personas solo serán posibles cuando las
autorice, expresamente, una ley especial. Sin embargo, las municipalidades,
mediante el voto favorable de las dos terceras partes del total de los miembros que
integran su concejo podrán donar directamente bienes muebles e inmuebles,
siempre que estas donaciones vayan dirigidas a los órganos del Estado e
instituciones autónomas o semiautónomas, que a su vez quedan autorizadas para
donar directamente a las municipalidades.
Cuando la donación implique una desafectación del uso o fin público al que está
vinculado el bien se requerirá la autorización legislativa previa.
Podrán darse préstamos o arrendamientos de los recursos mencionados, siempre
que exista el convenio o contrato que respalde los intereses municipales.
A excepción de lo dispuesto en los párrafos anteriores, las municipalidades podrán
otorgar ayudas temporales a vecinos y vecinas del cantón que enfrenten
situaciones, debidamente comprobadas, de desgracia o infortunio. También,
podrán subvencionar bandas municipales y comunales, centros de educación
pública, beneficencia o servicio social que presten servicios al cantón respectivo;
además, las municipalidades podrán otorgar becas de estudio a sus munícipes de
escasos recursos y con capacidad probada para estudiar. Cada municipalidad
emitirá el reglamento para regular lo anterior.
ARTÍCULO 2- Autorizaciones y patrimonio. Se autoriza a todas las
municipalidades del país a incluir, en sus respectivos planesanualesoperativos, las
acciones necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones que les sean
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el criterio técnico del Departamento de
Servicios Jurídicos Internos sobre Proyecto Expediente 22.555 “LEY PARA EL
PATROCINIO DE LAS BANDAS MUNICIPALES Y COMUNALES”. Por tanto, se informa a
la Asamblea Legislativa en los mismos términos que recomienda el departamento
de jurídicos interno.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00110
PAGINA N*87 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N” 2881
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo,
del departamento de Servicios Jurídicos Internos, teléfono: 2713-6516, correo
electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: SJI-174-OCT-2021
Asunto: Respuesta al oficio CMPL-382-2021 sobre proyecto de ley 22.450
Municipalidad de Pococí
ii 9
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AN AS k Teléfono: 2713-6516, Fox: 2710-7181 Á se
Fluye munipococijuridicosQgmailcom vaceao
1
Guápiles, 13 de octubre de 2021
Syl-174-OCT-2021
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al oficio: CMPL-382-2021 sobre proyecto de ley 22450.
Por medio de la presente, en respuesta al criterio solicitado sobre el proyecto de
ley, expediente N.* 22450, del 30 de setiembre de 2021, relacionado con la
“Exoneración de pago para la publicación de los reglamentos de los comités
cantonales de la persona joven, comisión permanente del Concejo Municipal en
el diario oficial La Gaceta”, se propone exonerar a las municipalidades del pago
para dar publicidad y publicación, en el diario oficial La Gaceta a los instrumentos
jurídicos derivados de las reglamentaciones del comité cantonales de la persona
joven del país, así logrando un trámite más expedito en la publicación y ejecución
de los reglamentos desarrollados.
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido.
CHRISTIAN Firmado digitalmente
CHRISTIAN
CORDOBA  ConposaoveDo
(FIRMA) 16:37:29 -06'00'
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Coordinador a.i. Servicios Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMMunicipolidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*88 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2
Municipalidad de Pococí
Xe 9
ES mn COC y! Secretaría Municipal ys
a P IGN Teléfono/Fox: 2711-1227
Pluye secretari: unipococi, PROOALIDAD
E
Guápiles, 30 de septiembre de 2021
CMPL-382-2021
Señor:
Lic. Christian Córdoba Oviedo re
Servicios Jurídicos Internos Muni
Sewmvicl
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Asunto: Traslado de correspondencia Expediente N.* 22.450
Estimados Señores (as):
Un cordial saludo, por medio de la presento me permito efectuar el traslado
por instrucciones del señor presidente del Concejo Municipal, de los
siguientes documentos para su respectiva revisión:
Asunto: Criterio sobre el proyecto de Ley, Expediente N.” 22,450,
“EXONERACIÓN DE PAGO PARA LA PUBLICACIÓN DE LOS REGLAMENTOS DE
LOS COMITÉS CANTONALES DE LA PERSONA JOVEN, COMISIÓN PERMANENTE
DEL CONCEJO MUNICIPAL EN EL DIARIO OFICIAL LA GACETA”
Se les agradecerá remitir criterio al Concejo Municipal de Pococí.
Sin más por el momento y agradeciefido Ja atención, se suscribe;
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*89 ACTA N*82 Ordinaria.
9/80/21, 1:03 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
Consulta Exp. 22.450 Municipalidades/Comités Cantonales de la Persona Joven
Maureen Chacon Segura <maureen.chaconOasamblea.go.cr>
Jue 30 Sep 2021 11:56
Para: Abangares1 <javier.gonzalezOabangares.go.cr>; Abangares2 <concejoQabangares.go.cr>; Abangares3
<heriberto.cuberoGabangares.go.cr>; Acosta1 <concejoGacosta.go.cr>; Acosta <alcaldiaMacosta.go.cr>; Alajuela1
<rosario.munozQmunialajuela.go.cr>; Alajuelita1 <emartinezQmunialajuelita.go.cr>; Alajuelita2 <svadoOmunialajuelita.go.cr>;
Alvarado1 <lfigueroaQmunialvarado.go.cr>; Alvarado2 <mhernandezOmunialvarado.go.cr>; Aserríl
<czunigaQmuni.aserri.go.cr>; Aserrí2 <IgutierrezQaserri.go.cr>; Atenas1 <concejoBatenasmuni.go.cr>; Atenas2
<alcaldiaOatenasmuni.go.cr>; Bagaces1 <secretariaconcejoObagaces.go.cr>; Bagaces2 <mariasObagaces.go.cr>; Barval
<secretariamunibarvaQ gmail.com>; Barva2 <secretaria.concejoOmunibarva.go.cr>; Belén1 <secretariaconcejo1Obelen.go.cr>;
Belén2 <alcaldeQbelen.go.cr>
30 de setiembre de 2021
AL-CPJN-133-2021
Señores
Concejo Municipal
ASUNTO: Consulta Exp. 22.450 Municipalidades/Comités Cantonales de la Persona Joven
Estimados señores:
La Comisión Permanente Especial de Juventud, Niñez y Adolescencia, ha dispuesto consultar
el criterio a todas las municipalidades y Comités Cantonales de la Persona Joven, sobre
el proyecto de Ley, Expediente N.” 22.450, “EXONERACIÓN DE PAGO PARA LA
PUBLICACIÓN DE LOS REGLAMENTOS DE LOS COMITÉS CANTONALES DE LA
PERSONA JOVEN, COMISIÓN PERMANENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL EN EL DIARIO
OFICIAL LA GACETA” el cual me permito copiar de forma adjunta. En nota aclaratoria
presentada en la sesión 7 del 21 de setiembre, solicita que se les indique que en esta
consulta se tome en cuenta a los Comités Cantonales de la Persona Joven.
Contarán con ocho días hábiles para emitir la respuesta de conformidad con lo establecido
por el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa; que vencen el día 13 de
octubre.
La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles más, que vencerán
el día 25 de octubre. Esta será la única prórroga que esta comisión autorizará.
De requerir información adicional, favor comunicarse por los teléfonos 2243-2427, 2243-2426 o
2243-2421, o bien, al correo electrónico COMISION-SOCIALESGasamblea.go.cr donde con
todo gusto se la brindaremos.
De no confirmar el documento que se adjunta se tendrá por notificado a partir de su envío,
siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales.
La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas
interesadas. -
https:/foutlook.office365.com/mail/inbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTF|NDKtNDgyMy1 INMDJILTM3YWQ5YzZmYmIzNgAQAG6dMt6yTUURtaSmYo3bD... 1/5
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00113
PAGINA N*90 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-20
9/30/21, 1:03 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
AN
COMISIONES Ja
LEGISLATIVAS U/ ¿54
Pprriórmce >
Licenciada Ana Julia Araya Alfaro
Jefa de Área
Área de Comisiones Legislativas Il
PROYECTO DE LEY
EXONERACIÓN DE PAGO PARA LA PUBLICACIÓN DE LOS REGLAMENTOS
DE LOS COMITÉS CANTONALES DE LA PERSONA JOVEN, COMISIÓN
PERMANENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL,
EN EL DIARIO OFICIAL LA GACETA
Expediente N.” 22.450
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
La Imprenta Nacional desde su creación ha sido la institución encargada de la edición y
publicación de los diarios oficiales, La Gaceta y el Boletín Judicial. Asimismo, se encarga de la
recepción de los documentos que el gobierno y los ciudadanos deben publicar en dichos
diarios para cumplir con el principio fundamental de publicidad de las leyes y demás actos y
acuerdos que así lo requieran, por tanto, son piedra angular de la eficacia y la seguridad
jurídica del país.
Mediante la Ley N.* 5359, Ley de Creación de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional,
artículo 11, se dispone que la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional será quien fije las
tarifas que considere convenientes para atender las publicaciones que efectúe. Es decir, las
publicaciones que se tramitan en la Imprenta, por regla general, se pagan por quienes tienen
interés en su publicidad, debiendo tomar en cuenta para ello los elementos de costo de los
materiales de impresión y edición de las publicaciones.
El Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley 4755, de 3 de mayo de 1971, y sus
reformas, establece en su artículo 61 que la exención “es la dispensa legal de la obligación
tributaria”, lo que implica que es producto de la potestad tributaria del Estado, la que se
manifiesta por medio de una ley de la República, esto de acuerdo con el principio de reserva
de ley en materia tributaria contemplado en el artículo 5 del cuerpo de marras, así como en el
artículo 121, inciso 13), de la Constitución Política. Asimismo, el numeral 62 del Código
Tributario señala las condiciones y requisitos exigidos para tal efecto, indicando lo siguiente:
La ley que contemple exenciones debe especificar las condiciones y los requisitos
fijados para otorgarlas, los beneficiarios, las mercancías, los tributos que comprende, si
es total o parcial, el plazo de su duración (...).
En ese sentido, la Procuraduría General de la República, a través de los Dictámenes C-098-88
del 08 de junio de 1988 y C-94-2010 de 05 de mayo de 2010, ha interpretado que cualquier
exoneración al pago que deben realizar los Poderes del Estado a la Imprenta Nacional debe
estar expresamente autorizado como tal por el "bloque de legalidad".
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03 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
De igual manera, la Procuraduría General de la República, a través del dictamen C-002-2015,
de 27 de enero de 2015, hace referencia al artículo 43 del Código Municipal el cual requiere,
de forma expresa, que todos los reglamentos municipales sean publicados en el diario oficial
La Gaceta.
Artículo 43 del Código Municipal: Toda disposición reglamentaria deberá ser publicada
en La Gaceta y regirá a partir de su publicación o de la fecha posterior indicada en ella.
La disposición del artículo 43 del Código Municipal es corolario del principio de publicidad
previsto en el artículo 240 de la Ley General de la Administración Pública, el cual prescribe que
los actos administrativos de alcance general, lo cual incluye reglamentos, deban ser publicados
en el diario oficial.
Así las cosas, el artículo 43 del Código Municipal establece que toda disposición reglamentaria
municipal aprobada deba ser publicada en La Gaceta. Asimismo, la norma legal establece que
esos reglamentos solamente surten efectos a partir de su publicación o de la fecha posterior
que indiquen, en su caso, esos mismos reglamentos,
Por otra parte, conforme lo dispone el artículo 49 del Código Municipal, Ley N.” 7794 de 30 de
abril de 1998, indica en el párrafo del articulado que: “En cada municipalidad se conformará
un comité cantonal de la persona joven, el cual se considera una comisión permanente
de la municipalidad integrada según lo establecido en la Ley N.? 8261, sus reformas y
reglamentos.”
A su vez, los comités cantonales de la persona joven, como comisiones permanentes de los
concejos municipales, deberán regular su materia mediante un reglamento que funcionará
como una herramienta de control y desarrollo de trabajo para estos comités, en donde se debe
establecer el procedimiento de elección, conformación, sus responsabilidades y las
atribuciones de cada comité en cada cantón, con el fin de planificar, construir, mantener y
mejorar el desarrollo de su trabajo en pro de las juventudes, como también las
responsabilidades del concejo municipal con el comité cantonal de la persona joven.
Ahora bien, el Reglamento del Comité Cantonal de la Persona Joven debe de ser habilitado y
aprobado como así lo indica el Código Municipal; sin embargo, el costo de dicha publicación no
puede ser costeado por parte de los comités cantonales de la persona joven, ya que los
recursos provenientes del Consejo de la Persona Joven, bajo la Ley N.” 8261, son recursos
que deben ser asignados a proyectos específicos, aplicando la política pública vigente.
Ante dicho panorama, actualmente la mayoría de los comités cantonales de la persona joven
carecen de reglamentación a pesar de ser una herramienta eficaz para dar resultados
cualitativos y cuantitativos en la gestión y desarrollo para las juventudes del cantón.
Por consiguiente, ante la realidad descrita en esta exposición de motivos, el presente proyecto
constituye el instrumento legal por medio del cual se pretende exonerar a las municipalidades
del país del pago para dar publicidad y publicación, en el diario oficial La Gaceta a los
instrumentos jurídicos derivados de las reglamentaciones de los comités cantonales de la
persona joven del país, y con ello lograr un trámite mucho más expedito en la publicación y
ejecución de los reglamentos desarrollados.
Ante ello, y siendo que los comités cantonales de la persona joven son una comisión
permanente de la municipalidad, que deberán velar por la formulación e implementación de
programas que incentiven la participación política, social, cultural y económica de las personas
jóvenes dentro de su comunidad, resulta entonces necesario realizar esfuerzos y aplicar
nuevas metodologías para mejorar el funcionamiento y organización de los comités cantonales
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9/30/21, 1:03 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
de la persona joven, a fin de que los procesos de nombramiento y organización: sean
transparentes y acordes con las necesidades del cantón, mejorando los procedimientos de
conformación y organización del comité cantonal de la persona joven.
En virtud de lo anterior someto a conocimiento de las y los señores diputados el siguiente
proyecto de ley: EXONERACIÓN DE PAGO PARA LA PUBLICACIÓN DE LOS
REGLAMENTOS DE LOS COMITÉS CANTONALES DE LA PERSONA JOVEN, COMISIÓN
PERMANENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL EN EL DIARIO OFICIAL LA GACETA.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
EXONERACIÓN DE PAGO PARA LA PUBLICACIÓN DE LOS REGLAMENTOS
DE LOS COMITÉS CANTONALES DE LA PERSONA JOVEN, COMISIÓN
PERMANENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL,
EN EL DIARIO OFICIAL LA GACETA
ARTÍCULO ÚNICO- Exoneración
Se exonera al concejo municipal del pago de las publicaciones requeridas para el trámite de
reglamentación de los comités cantonales de la persona joven de su respectivo cantón en el
diario oficial La Gaceta.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
TRANSITORIO I- Se otorga un plazo hasta de doce meses, a partir de la publicación de esta
ley, para que las municipalidades apliquen o modifiquen el reglamento respectivo en
concordancia con las disposiciones de esta ley.
Rige a partir de su publicación.
María José Corrales Chacón
Diputada
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Maureen Chacón Segura ASA BLEA
Áreo O (506) 22422427 LEGISLATIVA
Comisiones Legislativos Il
9 ( movreen.chaconBasombleo.go.er
Depertamento . 3
Comisiones Legistotivas O 1922020 y —
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el criterio técnico del Departamento de
Servicios Jurídicos Internos sobre Proyecto Expediente 22.450 “EXONERACIÓN DE
PAGO PARA LA PUBLICACIÓN DE LOS REGLAMENTOS DE LOS COMITÉS CANTONALES
DE LA PERSONA JOVEN, COMISIÓN PERMANENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL EN EL
DIARIO OFICIAL LA GACETA”. Por tanto, se informa a la Asamblea Legislativa en los
mismos términos que recomienda el departamento de jurídicos interno.
ACUERDO N* 2882
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo,
del departamento de Servicios Jurídicos Internos, teléfono: 2713-6516, correo
electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: SJ1-175-OCT-2021
Asunto: Respuesta al oficio CMPL-385-2021 sobre proyecto de ley 22.542
»
»>
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Ppecocí
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_ 9
$, Servicios Jurídicos yu
a YI Teléfono: 2713-6516, Fox: 2710-7181 LL
Fluye unipococijuridic mail.c: MAREORALO/D
ERES a
1
Guópiles, 13 de octubre de 2021
Syl-175-OCT-2021
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al oficio: CMPL-385-2021 sobre proyecto de ley 22542.
Por medio de la presente, en respuesta al criterio solicitado sobre el proyecto de
ley, expediente N.* 22542, del 01 octubre de 2021, relacionado con la "Ley de
incentivos para la atracción y promoción de empresas extranjeras de innovación
y tecnología”, se propone una exoneración fiscal dirigida a empresas extranjeras
para que coloque su capital en Costa Rica y así realicen una inyección de dólares
en el mercado. Con este se espera generar estabilidad en el tipo de cambio, sin
intervención del Banco Central de Costa Rica, de igual forma se busca generar
nuevas fuentes de empleo, de manera que las empresas internacionales solo
contraten mano de obra de nacionales o de residentes del país, esto derivado de
un recurso humano óptimo que se poseen en el país según escolaridad de alto
nivel. Por último, es importante resaltar que el capital mínimo de inversión según el
proyecto de ley de una empresa extranjera debe ser de 100.000.00 USD en
adelante,
Firmado digitalmente
CHRISTIAN por CHRISTIAN
(DO! DO
CORDOBA TR
OVIEDO (FIRMA) Fecha: 2021.10.13
16:36:23 -06'00"
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Coordinador a.i. Servicios Jurídicos Intemos A
Municipalidad de Pococí
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Pluye
00117
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Municipalidad de Pococí
AN A
9) SCOCA Secretaría Municipal yes
a AS 4 % Teléfono/Fox: 2711-1227 X+%
Pluye ipococi MdEpoO
as a
Guópiles, 1 de octubre de 2021
_CMPL-385-2021
Señor: $
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Servicios Jurídicos Internos
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Asunto: Traslado de correspondencia Expediente N.* 22.542
Estimados Señores (as):
Un cordial saludo, por medio de la presento me permito efectuar el traslado
por instrucciones del señor presidente del Concejo Municipal, de los
siguientes documentos para su respectiva revisión:
Asunto: Criterio sobre el proyecto de Ley, Expediente N.* 22.542
“LEY DE INCENTIVOS PARA LA ATRACCIÓN Y PROMOCIÓN DE EMPRESAS
EXTRANJERAS DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA”
e les agradecerá remitir criterio al Concejo Municipal de Pococí.
Sin más por el momento y agradecie! la-qtención, se suscribe;
OS
A
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
de PococY |
ídicos Interíos
BIDO
o
OY 10-202.
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|
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10/1/21, 5:30 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
22542
Nancy Vilchez Obando <nvilchezGOasamblea.go.cr>
Vie 1 Oct 2021 11:43
Para: javier.gonzalezO abangares.go.cr <javier.gonzalezO abangares.go.cr>; concejoMabangares.go.cr
<concejoQabangares.go.cr>; heriberto.cuberoGabangares.go.cr <heriberto.cuberoQabangares.go.cr>; concejoMacosta.go.cr
<concejoQacosta.go.cr>»; alcaldiaQacosta.go.cr <alcaldiaQacosta.go.cr>; rosario.munozOmunialajuela.go.cr
<rosario.munozO munialajuela.go.cr>; emartinezOmunialajuelita.go.cr <emartinezOmunialajuelita.go.cr>;
svadoOmunialajuelita.go.cr <svadoOmunialajuelita.go.cr>; IfigueroaQ munialvarado.go.cr <lfigueroaQmunialvarado.go.cr>;
mhernandezOmunialvarado.go.cr <mhernandezOmunialvarado.go.cr>; czunigaQmuni.aserri.go.cr
<czunigaO muni.aserri.go.cr>; IgutierrezQaserri.go.cr <IgutierrezQaserri.go.cr>; concejoGatenasmuni.go.cr
<concejoQatenasmuni.go.cr>; alcaldia atenasmuni.go.cr <alcaldiaQatenasmuni.go.cr>; secretariaconcejoQbagaces.go.cr
<secretariaconcejoObagaces.go.cr>; mariasObagaces.go.cr <mariasObagaces.go.cr>; secretariamunibarvaQ gmail.com
<secretariamunibarvaO gmail.com>; secretaria.concejoOmunibarva.go.cr <secretaria.concejoQmunibarva.go.cr>;
secretariaconcejo1Obelen.go.cr <secretariaconcejo1Obelen.go.cr>; alcaldeObelen.go.cr <alcaldeObelen.go.cr>
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COMISIONES
LEGISLATIVAS
Área Comistones Legislalivas Y
—
San José, 1? de octubre 2021.
AL-CPOECO-1498-2021
Señores
Concejo Municipal
Estimados señores:
Para lo que corresponda y con instrucciones de la señora diputada Ana Karine Niño Gutiérrez,
Presidenta de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos, le consulto el
criterio de esa municipalidad sobre el texto del expediente 22542: “LEY DE INCENTIVOS
PARA LA ATRACCIÓN Y PROMOCIÓN DE EMPRESAS EXTRANJERAS DE INNOVACIÓN
Y TECNOLOGÍA”, el cual se adjunta.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar
también el criterio de forma digital.
Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-2422,
2243-2423, el fax 2243-2425 o el correo electrónico OMISION-
ECONOMICOS(Oasamblea.go.cr.
| Atentamente,
https://outlook.office365.com/mailinbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTF¡NOktINDgyMy1hMDJILTM3YWQ5YzZmYmIzNgAQAOCCL4aUEVZpPWhoxY!.... 110
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PAGINA N*97 ACTA N*82 Ordinoria. 21-10-20
10/1/21, 5:30 PM Correo: secretaria municipal - Oullook
Nancy Vílchez Obando
Jefe de Área
Sala de Comisiones Legislativas V
Comisión Asuntos Económicos-Asamblea Legislativa
PROYECTO DE LEY
LEY DE INCENTIVOS PARA LA ATRACCIÓN Y PROMOCIÓN DE
EMPRESAS EXTRANJERAS DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA
Expediente N.* 22.542
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
El caos sanitario que ha ocasionado la covid-19 ha generado una crisis económica sin
precedentes a nivel mundial y que de igual manera ha afectado ampliamente al país. Por esta
razón, se considera importante definir un mecanismo que pueda ser útil para lograr una
reactivación económica en Costa Rica, el cual es un país en vías de desarrollo y que existe
una fuerte dependencia de la inversión de extranjera directa.
Debido a la baja calificación de riesgo país, que se puede observar en el siguiente cuadro,
muestra a Costa Rica con un grado especulativo para invertir y alejando a los inversionistas a
poner capital. Además, cabe destacar que antes de la pandemia ya las cifras de inversión
extranjera directa venían en decrecimiento, tal es el caso que del año 2007 al 2018 se redujo
en un -4,3% la inversión de empresas internacionales en territorio nacional.
Años 2016 2017| 2018, 2019| 2020
Calificacion de riesgo pais Bal Ba2 B1 B1 B2
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PAGINA N*98 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
—_————————cF
10/1/21, 5:30 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
Cuadro N.* 1: Calificación de riegos país de Costa Rica
Fuente: Datosmacro.com
Esta pandemia ha ocasionado un deterioro importante en el sector turístico, por las
restricciones impuestas que establecieron las autoridades sanitarias. En el año 2020, la
llegada vía área fue de 789,833 turistas y a febrero del 2021 ingresaron 54,745.
DISTRIBUCIÓN DELAS LLEGADAS INTERNACIONALES A COSTA RICA
Vía aérea Porcentaje de composicion
PAISES Y/O ZONAS 2020 Matera 2020
AMÉRICA DEL NORTE 547,466 69%
EUROPA 149,023 19%
AMÉRICA DEL SUR 44,791 6%
AMÉRICA CENTRAL. 32.746 4%
CARIBE 2.810 0%
OTRAS ZONAS” 12,997 2%
Total 789,833 100%
Promedios 131.639 17%
HUPS:/ÍOUUOOK officea65.commaillinbox/id/AAQKADISMZQSNDMwLTF|NDKIND9yMy1hMDJILTM3YWQSY2ZmYmIzNgAQAOCCL4aUJEVZpPWhoxY!.... 3/10
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PAGINA N*99 ACTA N*%82 Ordinaria. 21-10-2021
10/1/21, 5:30 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
Cuadro N.? 2: Distribución de las llegadas internacionales a Costa Rica vía aérea, año 2020
Fuente: Instituto Costarricense de Turismo (ICT)
La calificación negativa de riesgo país que se visualiza en el cuadro 1 ha ocasionado una falta
de inversión de empresas internacionales, provocando una escasez de dólares en el mercado,
donde bajo un régimen con flotación administrada, que tiene implementado el Banco Central,
se necesita una cantidad relevante de divisas de la moneda norteamericana, para así evitar
una subida exponencial en el indicador del tipo de cambio. Sin embargo, no se logró que
hubiera entrada suficiente de dólares al país, debido a la falta de inversión e ingreso de
turistas, lo cual disparó el tipo de cambio, que se refleja en el siguiente gráfico:
Tipo de cambio
2016 20 208 2019 2000 am
tps:/loulook.office365.comImallinboxTd/AAQKADISM2QSNDMwLTFINDIINDgyMy IAMOJILTMIYWOSY2ZmYmIZNgACAOCCL4aUJEVzPPWhoxY! ... 4/10
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PAGINA N*100 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
10/1/21, 5:30 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
Gráfico N.* 1
Fuente: Banco Central de Costa Rica (BCCR)
Por otra parte, con las normas establecidas para evitar la propagación del virus entre los
costarricense, sumado a los dos indicadores negativos antes mencionados, se ha evidenciado
una reducción importante del consumo de la población, generando un efecto directo sobre la
empleabilidad, debido al cierre de negocios y reducción de jornadas laborales y de planilla, de
esta forma se afectó directamente la liquidez de las personas y disminuyó su poder adquisitivo.
Eso sí aumentando la pobreza, la desigualdad social y, por supuesto, la presión de las
finanzas en los hogares con sus respectivos pasivos. Por otra parte, el año 2020 superó al
2019 en la tasa de homicidios, un indicador que aleja a la inversión y el turismo y, por ello, la
empleabilidad es un tema fundamental por recuperar, ya que según el siguiente gráfico se
puede ver el comportamiento de la tasa de desempleo con resultados poco alentadores:
Tasa de desempleo de los últimos trimestres
25.0%
20.0%
15.0% se
10.0%
5.0%
0.0%
2016 2017 2018
Gráfico N.* 2
Fuente: Banco Central de Costa Rica (BCCR)
El país vive una época tan compleja, en la cual se enfrenta a riesgos económicos y sociales.
Por estas razones expuestas, se considera que esta propuesta legislativa viene a atraer
utlook.ofice365.com/mail/in /AAQKADI5M205NDMwLTF¡NDKtINDgyMy1hMDJILTM3YWQ5YzZmYmIzNgAQAOCCL4aUjEVZPPWhoxYl... 5/10
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PAGINA N101 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
10/1/21, 5:30 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
empresas internacionales, generando inversión, empleabilidad, consumo, estabilidad en el tipo
de cambio, mayor recaudación tributaria y, por ende, una mejora en la calificación de riesgo
país.
Según un artículo que publicó el periódico CRHOY https: //www.crhoy. com/economia/empresas-
de-capital-extranjero-repre: ¡-21-de-l. nomia-en-el-pais/, indica que las empresas de
capital extranjero representan un 21% de la economía del país, además aportan un 16% de
ocupación laboral sobre la población de Costa Rica que se encuentra trabajando y remuneran
con un salario promedio de (694.204, que es superior en un 24,4% al salario promedio que
pagan las empresas domésticas.
Al desarrollo productivo de microempresas y empresas medianas extranjeras debe dársele
prioridad en atracción de inversión, para que contribuyan en la reactivación económica
mediante mercados altamente competitivos, para esto se le deben dar condiciones en esta ley
que ayuden a atraer empresas de innovación y desarrollo de otras naciones.
Otro aspecto relevante que brinda el Ministerio de Comercio Exterior (Comex) es que la
inversión extranjera directa (IED) representó del año 2007 al 2019 un 27% del total de las
exportaciones del país en esos periodos, lo cual muestra la importancia de las organizaciones
transnacionales en las exportaciones, lo cual podría aumentar si se logra tener una mayor
cantidad de empresas extranjeras en el país.
En cuando a la IED por régimen las zonas francas, empresas regulares e inmobiliarias son las
que más representaron en el periodo del año 2007 al 2018 el total de la inversión extranjera
directa.
Este proyecto de ley pretende crear un modelo económico que estaría materializado de la
siguiente forma:
d. Se realizaría una exoneración fiscal dirigida a empresas extranjeras para que coloquen
su capital en Costa Rica y así realicen inyección de dólares en el mercado. Con esto se
generaría estabilidad en el tipo de cambio, sin necesidad de la intervención del Banco Central
de Costa Rica (BCCR).
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PAGINA N*102 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10
A
10/1/21, 5:30 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
z Generación de nuevas fuentes de empleo, con la condición de que el 50% del personal
tenga un salario que sea tres veces el salario mínimo de un trabajador en ocupación no
calificada (genérico) en adelante, esto aumentaría un 38% la capacidad de pago de un
segmento de personas que trabajen en estas empresas y que todos estos puestos de trabajo
sean únicamente para ciudadanos nacionales o residentes del país; lo anterior a cambio de la
exoneración fiscal en impuesto de renta total, ya que la empleabilidad generaría liquidez en la
sociedad y les permitiría a los individuos tener mayor capacidad de pago para consumir bienes
o servicios. De esa forma aumenta la producción, por ende, al existir un aumento en los dos
indicadores antes mencionados se podría obtener una mayor recaudación tributaria,
enfocándose en la demanda y no en las utilidades de una empresa.
Tomando en cuenta lo descrito, además de que Costa Rica tiene un alto nivel educativo, que
según datos del Foro Económico Mundial, en el año 2017 ocupaba el lugar 28 del mundo,
siendo esta la posición más alta en América Latina, por lo cual este país cuenta con una
población sumamente educada y capaz de laborar de la manera más eficiente en cualquier
compañía que venga del exterior.
Esto justifica el no tener que atraer personal de afuera, ya que Costa Rica cuenta con recurso
humano óptimo. Otro aspecto fundamental es que tendríamos una mejor solvencia financiera
en el Estado, lo cual ayudaría a una reducción en el déficit fiscal, y se obtendría una mejor
calificación de riesgo país, que atraería mayor inversión y aumento en el precio de los bonos
bursátiles emitidos por el país. Eso sí, dándole enfoque a compañías o emprendedores en
materia de lo que han denominado, en inglés, las Steam (Ciencias, Tecnologías, Ingenierías y
Matemáticas).
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY DE INCENTIVOS PARA LA ATRACCIÓN Y PROMOCIÓN DE
EMPRESAS EXTRANJERAS DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA
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PAGINA N*103 ACTA N%82 Ordinaria.
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ARTÍCULO 1- Objeto
La presente Ley tiene por objeto establecer el marco normativo para incentivar la atracción y
promoción de la Inversión Extranjera Directa (IED), promovida por emprendedores,
investigadores científicos, expertos temáticos, y todo agente de cambio innovador.
ARTÍCULO 2- Mecanismos de Inversión
La IED podrá implementarse según los siguientes mecanismos de inversión:
a) Arrendamientos o adquisición de bienes, muebles o inmuebles.
b) Adquisición de acciones de empresas domiciliadas en el país, conforme a la legislación
vigente.
c) Producción de materia prima y productos intermedios.
d) Prestación de servicios técnicos especializados en tecnología e innovación.
e) Creación de nuevas empresas,
f Otros establecidos por ley.
ARTÍCULO 3- Condiciones para la inversión
Los inversores extranjeros que voluntariamente se acojan a lo dispuesto en esta Ley deberán
cumplir con las siguientes disposiciones:
a) Que la transferencia de capital proveniente del exterior sea canalizada a través del
sistema financiero nacional.
b) Que todo el personal que se contrate y labore en las empresas que provengan del
exterior y que inviertan en el país, sean costarricenses o residentes en el país.
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A
10/1/21, 5:30 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
o) Que la empresa se encadene únicamente con proveedores locales de forma
escalonada en el tiempo, iniciando al menos con un 50%.
d) Que el 50% del personal tenga al menos un salario que sea tres veces el salario mínimo
de un trabajador no calificado definido en el decreto de salarios mínimos emitido por el Poder
Ejecutivo.
e) Que el personal que no esté capacitado, para las labores requeridas, la empresa lo
capacite y le dé un subsidio que sea como mínimo el salario de un trabajador no calificado. Si
el inversionista se ajusta en este inciso no es necesario que cumpla el punto d) anterior,
f) Que el nivel mínimo de empleo sea al menos de 20 colaboradores en adelante y que
cada año aumente un 10% su personal, para el quinto año en adelante el aumento de
colaboradores sea de un 20% por cada año.
9) Que las relaciones laborales que se realicen por efecto de las inversiones establecidas
de conformidad con esta ley estarán sujetas a la legislación laboral vigente en el país.
h) Estos incentivos aplican para empresas extranjeras que tienen operaciones en el
exterior y que vienen a contribuir en el desarrollo de actividades que vinculan la industria, la
universidad, las agencias promotoras de innovación, y las autoridades regulatorias.
i) El capital mínimo de inversión debe ser de $100.000.00 USD (dólares americanos) en
adelante, ya sea en bienes inmuebles, bienes inscribibles, acciones, valores y proyectos
productivos o proyectos de interés nacional y que cada año aumente un 10% su inversión, para
el quinto año en adelante el aumento de inversión sea de un 20% por cada año.
i) Que la mano de obra que sea contratada sea especializada de tal manera que la
empresa se encargará de promover programas de capacitación, conjuntamente con las
universidades, en los distintos tópicos del quehacer de su actividad económica.
El incumplimiento u omisión de lo estipulado en la presente ley por parte de los inversionistas,
faculta a la administración tributaria a ser sancionados según lo estipulado en el artículo 83 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
https://oullook.office365.com/maillinbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDKINDgyMy1! HMDJILTM3YWQ5YZzZmYmizNgAQAOCCL4aUjEVZpPWhoxY!l... 9/10
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*105 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2
ARTÍCULO 4- Incentivos
Las empresas beneficiadas con la presente ley podrán gozar de los siguientes incentivos y
beneficios:
a) Se aplicarán los beneficios establecidos en la Ley de Zonas Francas, en materia fiscal.
b) Una exención en importación de vehículos, tales como: chasis con cabina de una a dos
toneladas de capacidad de carga, camiones o chasis para camiones, pick up de una o dos
toneladas de capacidad de carga y automóviles.
c) Exención por un periodo de cinco años en los impuestos de bienes, inmuebles y
muebles o patente municipal.
d) Exención de impuestos sobre las compras locales, de bienes o servicios necesarios
para la operación y administración de la actividad autorizada a la empresa.
e) Se les ayudará en darles prioridad para agilizar los permisos correspondientes en todas
las instituciones gubernamentales para que no tengan problemas de tramitología.
Disposiciones Transitorias
TRANSITORIO ÚNICO- El Poder Ejecutivo en un plazo de noventa días (90) a partir de la
publicación de la presente ley, elaborará el reglamento correspondiente.
Rige a parlir de su publicación.
Intps/outiook.office365.com/mailintox/id/AAQKADISM2QSNOMwLTFNOKINDgyMy1RMDJILTM3YWOSY2ZmYmIzNgAQAOCCL4aU¡EV2pPWnoxY... 10/10
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el criterio técnico del Departamento de
Servicios Jurídicos Internos sobre Proyecto Expediente 22.542: “LEY DE INCENTIVOS
PARA LA ATRACCIÓN Y PROMOCIÓN DE EMPRESAS EXTRANJERAS DE INNOVACIÓN
Y TECNOLOGÍA”. Por tanto, se informa a la Asamblea Legislativa en los mismos
términos que recomienda el departamento de jurídicos interno.
>) Sitio Web: munipococi.go.cr
Y C Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0129
PAGINA N%106 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10/2021
ACUERDO N” 2883
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo,
del departamento de Servicios Jurídicos Internos, teléfono: 2713-6516, correo
electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: SJI-179-OCT-2021
Asunto: Respuesta al oficio CMPL-387-2021 sobre proyecto de ley 22.054
Municipalidad de Pococí
Servicios Jurídicos Yuus
Teléfono: 2713-6616, Fox: 2710-7181 ÚS
munipococijuridicosGigmailcom "¿ino
'Depococ
es
1
Guáópiles, 13 de octubre de 2021
Syl-179-OCT-2021
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al oficio: CMPL-387-2021 sobre proyecto de ley 22054.
Por medio de la presente, en respuesta al criterio solicitado sobre el proyecto de
ley, expediente N.* 22054, del 05 octubre de 2021, relacionado con la “Ley para la
transformación a ciudades inteligentes", se propone que máximo seis meses
después de la vigencia de la Ley, el Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Telecomunicaciones, dará la normativa que establecerá los procedimientos y
especificaciones técnicas de la infraestructura de telecomunicaciones que deberá
ser acatada obligatoriamente por las municipalidades. El Poder Ejecutivo, a través
del Rector de Telecomunicaciones, establecer vía reglamento las disposiciones y
requisitos técnicos relacionados al despliegue de infraestructura de
telecomunicaciones, las cuales serán de acatamiento obligatorio para todas las
municipalidades del país, en los procedimientos de otorgamiento de licencias y
permisos municipales. Cuando se refiera a solicitud de permiso o licencias
constructiva de infraestructura de comunicaciones ante las municipalidades estas
velarán por el cumplimiento de la Ley de protección al ciudadano del exceso de
requisitos y trámites administrativos, se tramitarán las solicitudes en los plazos
establecidos, de no ser así, el silencio positivo se tomará como aprobación.
Firmado digitalmente
CHRISTIAN CHRISTIAN CORDOBA.
CORDOBA OVIEDO (FIRMA)
OVIEDO (FIRMA) fecaseasos
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Coordinador a.i. Servicios Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00130
PAGINA N*107 ACTA N*82 Ordinaria. 21-1012021
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COC , Secretaría Municipal Ys
LS PS Teléfono/Fox: 2711-1227 ¿5%
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Guópiles, 5 de octubre de 2021
CMPL-387-2021
Señor: E
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Servicios Jurídicos Internos
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Asunto: Traslado de correspondencia Expediente N.? 22.054
Estimados Señores (as):
Un cordial saludo, por medio de la presento me permito efectuar el traslado
por instrucciones del señor presidente del Concejo Municipal. de los
siguientes documentos para su respectiva revisión:
Asunto: Criterio sobre el proyecto de Ley, Expediente N*”22.054
“LEY PARA LA TRANSFORMACIÓN A CIUDADES INTELIGENTES”
Se les agradecerá remitir criterio al Concejo Municipal de Pococí.
Sin más por el momento y agradeciendo la atención,
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*108 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
04 de octubre de 2020
CPEM-069-2020
Señores (as)
Concejo Municipal
Presente
ASUNTO: Consulta texto dictaminado Exp. 22.054
Estimados (as) señores (as):
Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Especial de Asuntos
Municipales y Desarrollo Local Participativo y en virtud del informe de consulta
obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, se solicita el criterio de esa
institución en relación con el texto dictaminado “LEY PARA LA TRANSFORMACIÓN A
CIUDADES INTELIGENTES”, expediente 22.054 el cual se adjunta.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible,
enviar también el criterio de forma digital.
Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos
2243-2437,2243-2194,0 al correo electrónico -GOBIE e: cr.
Atentamente,
ASAMBLEA |
Erika Ugalde Camacho liada so
Jete Áreo O (506) 2249-2437 LEGISLATIVA
Comisiones Legislativas lil O) eupaldenctambia.go:er
Departamento g
Gha/
==== === ===
Departamento de Comisiones Legislativas
Tercer Piso, Edificio Principal, Apdo.67-1013, San José, Costa Rica
Tel: 2243-2437/2438 /2194 Fax: 2243-2440 E-mail: COMISION-GOBIERNOOGasamblea.go.cr
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*109 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
DEA
TEXTO DICTAMINADO
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY PARA LA TRANSFORMACIÓN A COMUNIDADES INTELIGENTES
ARTÍCULO 1.- El Poder Ejecutivo, a través del Rector de Telecomunicaciones,
y previa la recomendación de la Superintendencia de Telecomunicaciones,
establecerá vía reglamento, las disposiciones y/o requisitos técnicos relacionados
con el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones, las cuales serán de
acatamiento obligatorio para todas las Municipalidades del país, en los
procedimientos de otorgamiento de licencias o permisos municipales.
ARTÍCULO 2.- Para la resolución de las solicitudes de permisos o licencias
constructivas de infraestructura de telecomunicaciones ante las Municipalidades,
éstas deberán velar por el cumplimiento de la Ley N* 8220, Ley de Protección al
Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, del 4 de marzo de
2002 y sus reformas, y tramitar dichas solicitudes en los plazos establecidos con la
mayor celeridad posible en virtud de su interés público. Pasado el período, el
silencio positivo se entenderá como aprobación.
TRANSITORIO ÚNICO.- El Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Telecomunicaciones, emitirá en el plazo máximo de seis meses a partir de la
vigencia de esta Ley, la normativa que establezca los procedimientos y las
especificaciones técnicas de la infraestructura de telecomunicaciones que deberá
ser acatada obligatoriamente por las municipalidades.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el criterio
técnico del Departamento de Servicios Jurídicos Internos sobre Proyecto
Expediente 22.054 “LEY PARA LA TRANSFORMACIÓN A CIUDADES INTELIGENTES”. Por
tanto, se informa a la Asamblea Legislativa en los mismos términos que
recomienda el departamento de jurídicos interno.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N2110 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2
ACUERDO N” 2884
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Villegas,
Maff,  Auditora Interna, teléfono: 2711-1701, correo electrónico:
auditoraGmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: Al-0373-2021
Asunto: Acuse de recibido y atención al acuerdo N*2714 de la Sesión Nro 75 y al
oficio CMPL-386-2021
Municipalidad de Pococí
4 Puépiles, Pococí 0)
POCOCI Auditoría Interna
Ni auditoriodmunipococigo.er Ln
Pluye grace.chinchilloQgmoilcom Por MRCLO
nn
Al contestar refiórase
Al oficio N.? Al-0373-2021
Guápiles, 19 de octubre de 2021
Señores
Miembros del Concejo Municipal
Pte.
E Asunto: Acuse de recibido y atención al
acuerdo 2714 de la Sesión Nro. 75 y al Oficio CMPL-386-2021
Respetables señores:
Me permito referirme al acuerdo Nro 2714 de la Sesión Nro 75 del 01 de octubre
2021, donde los miembros del concejo Acuerdan: Se convoca a mesa de trabajo
con la Comisión de Jurídicos, encargada de Auditoria Interna; Lic. Christian Córdoba
Oviedo, Servicios Jurídicos Intemos y al Lic. Luis Felipe Vargas Solano, asesor
municipal. Además, deben de brindar por escrito el criterio técnico referente al
procedimiento administrativo: 01-OD-RCA-2020, para posterior valorar la
posibilidad de conformar un órgano director o elevarlo a otra instancia. Se dispensa
del tramite de comisión, acuerdo definitivamente aprobado.
Sobre el particular, se informa que de acuerdo al articulo 34, inciso a), esta Auditoria
le asiste la prohibición e inhibición de realizar funciones y actuaciones de la
administración activa; y formar parte de un órgano director por lo que es la
Administración que debe resolver lo qua corresponda.
Ley General de Control Interno Nro. 8292
Artículo 34.-Prohibiciones. El auditor interno, el subauditor intemo y los demás
funcionarios de la auditoría intema, tendrán las siguientes prohibiciones:
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701=Fox 2711-1701
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PO: yl ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N111 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00134
Municipalidad de Pococi
POCO 4 Guópites, Pococí 9,
Ci Auditoría Interno
a auditoriomunipocecios." amor A
fluye groceshinchillaomallcom «uma — "RRROO
8) Realizar funciones y actuaciones de administración activa, salvo las necesarias
para cumplir su sa,
b) Formar parto de un órgano director de un procedimiento administrativo.
Sin más que manifestar JBgradeciendo la
GRACE CHINCHILLA ¿7
VILLEGAS (FIRMA) hon 4
Lieda. Grace Chinchilla Villegas, Matt |
Auditora Interna
Ce: Archivo
Los volores áticos no son negociobles.
Auditorio Interno
Teléfono N* 27M1-1701-Fox 2711701
Págino212
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía y al
departamento de Servicios Jurídicos Internos para que brinden una respuesta final
del caso.
ACUERDO N” 2885
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Villegas,
Maff, Auditora Interna y la Licda Sabrina Zúñiga Corrales del despacho de la
Auditoría Interna, teléfono: 2711-1701, correo electrónico:
auditorafSmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: Al-0375-2021
Asunto: Asesoría Nro.1 sobre la gestión de la implementación transversal de
Normas Internacionales para el Sector Público (NICSP), relacionado con el
enfoque técnico.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
OCIgO.Cr AUDITORIA
¡mal MACIADIO ELFOOC
Al contestar refiérase
Al oficio N* Al-375-2021
Guápiles, 18 de octubre de 2021.
Señores:
Miembros del Concejo Municipal
Lic,
Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
ASUNTO: ASESORIA NRO.1 SOBRE LA GESTION DE LA
IMPLEMENTACION TRANSVERSAL DE NORMAS INTERNACIONALES
PARA EL SECTOR PÚBLICO (NICSP), RELACIONADO CON EL
ENFOQUE TÉCNICO.
Respetables señores (as):
De conformidad con la Ley General de Control Interno No.8292 (LGCI), en su
artículo No.21 define el concepto funcional de la Auditoría Interna, que indica:
La auditoría interna es la actividad independiente, objetiva y asesora, que proporciona
seguridad al ente u órgano, puesto que se crea para validar y mejorar sus operaciones.
Contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales, mediante la práctica de un
enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración
del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos
a esta Ley. Dentro de una organización, la auditoría interna proporciona a la ciudadanía
una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto, de la administración
se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas.
Así mismo, la Contraloría General de la República mediante la División de
Fiscalización Operativa y Evaluativa, Área de Fiscalización para el Desarrollo de las
Finanzas Públicas con el propósito de determinar el estado estratégico y técnico en
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701-Fox 2711-1701
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Municipalidad de Pococí  fá
Guápiles, Pococí () (7
Auditoría Interna
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MUNICIPALIDAD
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00135
21-10-2021
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9113 ACTA N*82 Ordinaria.
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0136
21-10-2021
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MUNICIPALIDAD |
Pluye race.chinchillal ail.com Dioni
el proceso de implementación de las NICSP, trabajó en conjunto con las auditorias
y facilitó el instrumento de consulta institucional acerca del seguimiento de la gestión
de la implementación transversal de Normas Internacionales para el Sector Público
(NICSP), desde el enfoque estratégico y técnico, siendo la Auditoría Interna la
encargada de emplear el instrumento, mismo que se aplicó al departamento
Contable.
En línea con lo anterior este ente de fiscalización solicitó que la auditoria genere un
servicio de asesoría al jerarca institucional.
Por consiguiente, como parte de las competencias de la Auditoría Interna indicadas
en el artículo N*22 inciso d) de la Ley General de Control Interno (LGCI), así como
la norma 1.1.4 de las Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector
Público R-DC-119-2009, donde se establece que la auditoria debe proporcionar
servicios de asesoría al jerarca, la cual consiste en el suministro de criterios,
observaciones y demás elementos de juicio para la toma de decisiones con respecto
a los temas que son competencia de la Auditoría Interna.
En virtud de lo anterior, se emite este documento con el fin de coadyuvar en la
mejora de la gestión contable, así como fortalecer el Sistema de Control Interno
(SCI) institucional, al determinar oportunidades de mejora sobre la gestión
institucional concerniente al proceso de implementación de las Normas
Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) y se logre cumplir
con la normativa vigente.
A continuación, me permito señalar lo siguiente:
La aplicación de las NICSP en la elaboración y presentación de la información
financiera de los gobiernos locales permite que las transacciones financieras sean
reconocidas e informadas con base en un marco normativo contable para lograr una
estandarización de criterios contables a nivel internacional, que garantiza de forma
razonable la consecución de información de calidad para realizar una apropiada
rendición de cuentas y toma de decisiones; confiable, oportuna y transparente.
De acuerdo con el Plan General de Contabilidad Nacional versión 2021, sustentadas
en NICSP versión 2018, el Gobierno de Costa Rica decidió adoptar normativa
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 Fax 2711-1701
Págino2|1
POcocí sem
DE POCO
: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00137
PAGINA N*114 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Municipalidad de Pococí
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contable internacional en el Sector Público Costarricense mediante la emisión de
los decretos que se detallan a continuación:
Y El Decreto Ejecutivo N* 34029-H del 16/07/2007, publicado en La Gaceta N* 196
del 11 de octubre de 2007, denominado "Adopción e Implementación de las Normas
Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP), en el Ámbito
Costarricense" y derogado mediante el artículo 10 del Decreto N* 34918-H. Este
Decreto es el primero que habla de NICSP.
=b El Decreto Ejecutivo N* 34918-H del 19/11/2008, publicado en la Gaceta N* 238 del
9/12/2008, denominado "Adopción e Implementación de las Normas Internacionales
de Contabilidad para el Sector Público (NICSP), en el ámbito costarricense”, dicho
decreto en su artículo 7 establecía el plazo de vigencia para la adopción de las
NICSP el 02 de enero de 2012.
+ Mediante el Decreto N* 39665-MH del 08 de marzo del 2016, publicado en la Gaceta
N* 121 del 23/06/2016, se reformaron los artículos 3* y 7* del Decreto N* 34918-H
y se prorrogó la entrada en vigencia de las NICSP hasta el día 01 de enero de 2017.
+ Mediante el Decreto Ejecutivo N” 41039-MH del 01 de febrero de 2018, publicado
en el Alcance N* 92 a la Gaceta N* 79 del 07/05/2018, se estableció un cierre de
brechas en la Normativa Contable Internacional en el Sector Público costarricense
y adopción y/o adaptación de la nueva normativa, para ello se estableció como
nueva fecha para la implementación de dicha normativa hasta el 01 de enero de
2020.
+ Ley N” 9635 del 03/12/2018, denominada Ley de Fortalecimiento de las Finanzas
Públicas, en cuyo artículo 27 establece que todos los entes y los órganos del sector
público no financiero deberán adoptar y aplicar las normas internacionales de
contabilidad para el sector público en un plazo según periodo transitorio, es decir al
año 2023.
Por otra parte, mediante la Resolución N* DCN-0002-2021 del 03 de marzo del
2021, (extracto publicado en la Gaceta N* 58, del 24 de marzo del 2021) se indica:
1. Adoptar e implementar en el Sector Público Costarricense, de conformidad con los
lineamientos establecidos por los Decretos Ejecutivos N* 34918-H del 19 de noviembre de
2008 y sus reformas y N* 41039-MH del 01 de febrero del 2018, la versión 2018 de las
Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) emitidas por el
Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (IPSASB) de la
Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en inglés), publicadas
oficialmente en setiembre de 2018 y traducidas al idioma español en abril de 2019.
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 -Fax 2711-1701
Págino3]1
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 138
PAGINA N2115 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
POCO ii a E
Beneficios de las NICSP según el Plan General de Contabilidad Nacional
versión.
Y El establecimiento de prácticas de información financiera adecuadas.
Y La consistencia en la aplicación de dichas prácticas (tanto dentro del país /
jurisdicción en forma periódica, como entre países por el mismo período).
Y La potencial armonización/convergencia de la información financiera entre
las bases económica y contable, si ello fuera apropiado.
La adopción de las NICSP también implica una mayor eficiencia y efectividad en la
auditoria y análisis de los EEFF gubernamentales, debido a que prácticamente en
todo el mundo vienen adoptándose reglas comunes para la información financiera
de transacciones y eventos similares.
También contribuirá a que la idoneidad en la presentación de la información
financiera (un recurso que escasea tan a menudo en el Sector Público) sea más
dinámica y flexible, más allá de los límites nacionales, con la esperanza de que, por
ejemplo, las economías en desarrollo puedan acceder a este recurso a un costo
más bajo.
Resultados de la aplicación del instrumento de consulta institucional acerca
del seguimiento de la gestión de la implementación transversal de las Normas
Internacionales para el Sector Público (NICSP).
Una vez aplicado el instrumento se determina que existen algunas debilidades en
cuanto a la implementación de las NICSP desde el enfoque técnico, según
preguntas planteadas en el instrumento, así como otros aspectos susceptibles de
mejora, que detallo a continuación:
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 -Fox 2711-1701
Págino4]|N
POCOS Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0139
PAGINA N*116 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-2021
Pluye race.chinchilla(QHgmail. os, ce
Municipalidad de Pococí fá
a 9 Guápiles, Pococí 9)
POS 9 ¿ Auditoría Interna
a auditori. mi i Dr
NUNICIPALIDAD
Aspectos generales:
> No se cuenta con mecanismos de control (políticas y procedimientos)
establecidos para disponer de auxiliares contables, para realizar
conciliaciones con los saldos contables, analizar, corregir los errores y ajustar
las diferencias detectadas, en las cuentas de inventarios y cuentas por
cobrar, propiedad, planta y equipo, activos intangibles y cuentas por pagar,
proveedores.
> No se tiene una estrategia a nivel de sistema de información que tenga como
propósito ayudar a la administración en el control y procesamiento de la
información contable para activos fijos, activos intangibles, inventarios,
beneficios a empleados e instrumentos financieros.
Elementos Básicos en estados financieros:
Los Estados Financieros no presentan información financiera de acuerdo con
la clasificación de cada cuenta, como lo son los activos intangibles, activos
financieros, inventarios, cuentas por pagar provenientes de transacciones
con contraprestación.
NA
> No se incluyen para cada componente de los activos netos/patrimonio
revelado por separado, los efectos de los cambios en las políticas contables
y en la corrección de errores reconocidos de acuerdo NICSP3, ni tampoco se
realiza la conciliación entre el importe en libros de cada componente de los
activos netos/patrimonio al inicio y al final del periodo.
> No se han realizado procedimientos formalmente sobre la metodología de la
elaboración de las notas a los estados financieros, tampoco se han
establecido las fechas en que deben de estar listos los estados financieros y
sus notas, ni se ha establecido la autorización respectiva para su remisión a
la DGCN, debido a que se basan en las disposiciones establecidas por la
Contabilidad Nacional.
> No se cuenta con un mecanismo para realizar el análisis de aquellos eventos
que se han producido entre la fecha de presentación de los estados
financieros y la fecha de autorización para su emisión, determinando si
implican un ajuste o bien la revelación según su importancia relativa.
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701-Fox 2711-1701
Págino5|1N
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9117 ACTA N*82 Ordinaria.
o : a AUDITORIA
Pluye race.chinchilla(dgmailcom remesa
> No se cuenta con mecanismos para identificar la existencia de transacciones
en moneda extranjera, utilización de tasas de cambio aplicables y revelación
correspondiente en los estados financieros.
Aspectos Prioritarios Básicos de las Normas a Evaluar:
NICSP 17 Propiedad, planta y equipo:
> No se han establecido procedimientos para identificar, registrar y clasificar
los activos que son de su propiedad.
NICSP 31 Activos Intangibles:
> No se han establecido mecanismos para identificar, registrar y clasificar los
activos intangibles que son de su propiedad.
> No se han establecido políticas contables donde se establezca la aplicación
de amortización de forma lineal en los activos intangibles que se poseen y
análisis para determinar la vida útil de todos los activos intangibles,
solamente se cuenta con la política general.
NICSP 21 y 26 Deterioro de valor de activos (no generadores y generadores
de efectivo):
> No existen procedimientos para analizar activos no generadores y
generadores de efectivo, que tenga como propósito identificar si se
encuentran dentro del alcance de la NICSP 21 o la NICSP 26.
NICSP 13 Arrendamientos:
> No se dispone de un mecanismo para realizar el análisis de los contratos de
arrendamiento que posee ya sea como arrendador o arrendatario y su
clasificación operativa y financiera, sin embargo, contabilidad nacional aplicó
un cuestionario solicitando dicha información, por el momento solo se
contemplan dichas actividades en el plan de acción actual.
NICSP 36 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos:
> No se dispone de un mecanismo para realizar análisis de la existencia de
inversiones en asociadas y/o negocios conjuntos debido a que no tenemos
inversiones en asociadas ni negocios en conjunto.
Los valores éticos no son negociables.
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Pluye
Es
140
21-10-2021
Municipalidad de Pococí fá
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MUNICIPALIDAD
DEPOCOC
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
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y) Municipalidad de Pococí 5, j (7
NICSP 12 Inventarios:
> No se dispone de mecanismos de control para la administración del
inventario.
NICSP 28 Instrumentos Financieros (Preparación) NICSP 29 Instrumentos
Financieros (Reconocimiento y Medición):
> No se cuentan con mecanismos ni políticas para revisar si el cálculo de
deterioro se ajusta a la metodología de pérdidas esperadas solicitada por la
NICSP 29.
NICSP 5 Costo por préstamo:
> No se cuentan con mecanismos para analizar operaciones de
endeudamiento vigentes, las cuales pueden incluir costos relacionados con
intereses u otros gastos derivados de la adquisición, construcción o
producción de un activo apto.
NICSP 19 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes:
> No se cuentan con mecanismos formalmente establecidos para analizar
provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes que consideren la
periodicidad del análisis, el responsable de realizar la evaluación de los
pasivos y activos contingentes o de suministrar la información al área
contable, como tampoco el responsable de analizar y ajustar si es necesario
las cifras o revelaciones en los estados financieros, sin embargo, este último
se encuentra establecido en el plan de acción.
NICSP 39 Beneficios a empleados:
> No se cuentan con mecanismos para identificar los beneficios a empleados
con respecto a sueldos, salarios y contribuciones a la seguridad social,
aguinaldo y salario escolar, ausencias remuneradas anuales (vacaciones) y
ausencias remuneradas por enfermedad (incapacidades).
> No se cuenta con mecanismos para identificar los beneficios a empleados
con respecto a la participación en ganancias e incentivos ya que no tenemos
un beneficio que contemple ganancias e incentivos.
Los valores éticos no son negociables.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9119 ACTA N982 Ordinaria.
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> 7 Guópiles, Pococí 9)
POCOCI ditoria Epic onda AUDITORIA Yes
Fluye race.chinchilloQdgmailcom recrear MAICRALOAO
> No se cuenta con mecanismos para identificar los beneficios no monetarios
a empleados ya que no se cuenta con ningún convenio colectivo que
contemple estos beneficios.
> No se cuenta con mecanismos para analizar si la institución cuenta con
planes de beneficios o aportaciones definidos.
> No se cuenta con un plan de acción para el registro de la obligación generada
por los planes de contribuciones definidas post-empleo ya que no se cuenta
con planes post-empleo.
NICSP 9 y NICSP 23 Ingresos de Transacciones con/sin Contraprestación:
> No se cuenta con mecanismos para identificar y analizar los ingresos
ordinarios que recibe la institución, como tampoco se puede identificar si
estos corresponden con o sin contraprestación.
> No se cuentan con mecanismos para analizar y reconocer los ingresos con
base en el devengo que contengan al menos; la naturaleza de la transacción,
las circunstancias en que esta se produce, las fechas de pago de tales
ingresos, los momentos del reconocimiento de cada uno de los ingresos, la
identificación de cambios requeridos para realizar el reconocimiento con
base en el devengo y los documentos necesarios para el reconocimiento de
los ingresos con base en el devengo.
NICSP 18 Información Financiera por Segmentos:
> No se cuentan con mecanismos para analizar la necesidad de presentación
de información por segmentos con el fin de impulsar la transparencia y la
rendición de cuentas, solamente se contempla en el plan de acción las
actividades, plazos y responsables.
De lo antes expuesto, se determina el debilitamiento del sistema de control interno
con respecto a la implementación de las NICSP,(directrices, políticas,
procedimientos, los cuales son de suma importancia, ya que son una guía para
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9 Municipalidad de Pococí () (7)
Guópiles, Pococí 9,
POCO iris ce. AE
cumplir con el proceso de implementación de las NICSP según lo disponga la
normativa técnica jurídica vigente, la carencia de estos puede ocasionar la omisión
de actividades por falta de este tipo de mecanismos.
Otro aspecto fundamental en el proceso de implementación de las NICSP es contar
con un sistema informático integrado, este debe estar acorde con las necesidades
institucionales y que se fundamente en los requerimientos según normativa
contable, donde se pueda recopilar, registrar, procesar y controlar de manera
integrada y sistemática los datos, generando información veraz y confiable.
Una actividad relevante es la realización del levantamiento del inventario físico de
los activos, a fin de poder identificar de forma adecuada cada uno de los activos
institucionales y en caso de requerirse, realizar los ajustes necesarios, como
también es de suma importancia la asignación de un responsable permanente de
este proceso.
En relación con los beneficios a los empleados se debe valorar la implementación
las políticas y procedimientos para el tratamiento de los mismos.
La aplicación del instrumento, permitió determinar que la institución no cuenta con
políticas contables particulares, solamente políticas generales, por lo que es
necesario utilizar como insumo las Políticas Generales 2021 aprobadas por
Contabilidad Nacional, donde se cambió de la versión NICSP 2014 a la versión
2018.
Transitorios
El siguiente cuadro muestra los transitorios de acuerdo con la nueva versión de las
NICSP 2018, aplicables a la municipalidad de Pococí, por lo que se detalla mediante
el resumen de la matriz de autoevaluación el avance de la implementación NICSP
versión 2018 indicando el grado de aplicación de las NICSP, si se cuenta con un
plan de acción, si tienen brechas y el avance del plan de acción.
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PAGINA N0121 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10/2021
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RESUMEN MATRIZ DE AUTOEVALUACIÓN DEL AVANCE DE LA IMPLEMENTACIÓN NICSP VERSIÓN 2018
VERSIÓN JUNIO 2021
NICSP 1 de Estados Financieros Si 93% si 9 2% Si
NICSP 2 Estados de Flujo de Efectivo Si 100% o o o
ÍNICSP 3 Políticas Contables, Cambios en las
Estimaciones Contables y Errores el 100% E 9 ha
ÍNICSP 5 Costos por Préstamos Si 100% 0 0 0
ÍNICSP 9 Ingresos Ordinarios Provenientes
[deTransacciones de Intercambio de) hol a E Edad do!
NICSP 12 Inventarios Si EN Si 16 0% Si
NICSP 13 Arrendamientos Si 42% El 18 8% Si
ÍNICSP 14 Hechos Ocunidos Después de la Fecha de | — g 400% E 5 7
Presentación
ÍNICSP 17 Propledades, Planta y Equipo si 51% si 51 0% si
NICSP 18 Infomación Financiera por Segmentos Si 70% El 10 0% El
NICSP 19 Provisiones, Actios Contingentes y
Pasivos Contingentes e TON E a 20 5
INICSP 21 Deterioro del Valor de Acinas No
¡Generadores de Efectivo b-] Co al sd ee el
NICSP 23 Ingresos de Transacciones sin
[Contraprestación (Impuestos y Transferencias) sa sn Ea ad La ba
ÍNICSP 24 Presentación de Información del
Presupuesto en los Estados Financieros - e A 'd 2% Ls
NICSP 28 Instrumentos Financieros: Presentación Si 100% 0 0 0
ÍNICSP 29 Instrumentos Financieros: Reconocimiento
cda si 09% si 2 0% si
ÍNICSP 30 Instrumentos Financieros: Información a pa 70% Al ña a FUN
[Revetar
ÍNICSP 31 Actis Intangibles Si 78% El 19 0% Si
[NIGSP 33 Adopción por primera vez de las Nomas
Intemacionales de Contabilidad del Sector Público de | — Si 0% si 4 0% No
Base de Acumulación (o devengo) (NICSP)
ÍNICSP 39 Benefcios a los empleados El 45% El 2 0% El
Promodio General Grado de Aplicación NICSP 72%
Promedio Gonaral de Avanco on planos de sen En
acción (Cantidad de brachas)
Fuonto: Departamento de Contabilidad
Tomando en consideración que se trata de un tema complejo, del cual muchos
desconocen, como lo es el caso de las unidades primarias que tendrán algún tipo
de rol en esta implementación de NICSP, es importante que esta administración de
considerarlo pertinente valore la posibilidad de seguir asignando recursos para la
contratación de un profesional u empresa que coadyube, de forma tal que la
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PAGINA N*122 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2
A A A A
POCO sudltorios mucipas gear AUDITORIA. A
institución cuente con asesoría, acompañamiento en la aplicación e implementación
de las NICSP. Donde se pueda considerar aspectos como:
Y” Fortalecimiento de los conocimientos del personal de la unidad de
contabilidad.
Y” Capacitación, asesoría y acompañamiento a la unidad contable como a los
encargados de los departamentos administrativos y el personal institucional
involucrado (unidades primarias) en la implementación y aplicación de las
Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP).
Y” Revisión de los resultados en la implementación y aplicación de la normativa
sobre las NICSP.
Y” Elaboración de los procedimientos, directrices, políticas entre otros que se
requieran como parte de la implementación de las NICSP.
Y” Desarrollo e Implementación de sistemas integrados.
yv” Compromiso real de las unidades primarias para que remitan la información
a la instancia competente.
Y” Solicitar a la comisión de implementación de las NICSP la elaboración de las
políticas y procedimientos particulares para la Municipalidad, las cuales
serán aplicadas por la Contabilidad Municipal.
Cabe recalcar que la responsabilidad por el establecimiento, mantenimiento,
fortalecimiento y evaluación del sistema de control interno (SCI) afín a este proceso
de implementación de Normas Internaciones de Contabilidad para el Sector Público
(NICSP), le corresponde a la administración activa de la municipalidad, según lo
dispuesto en el artículo 10 de la Ley General de ControWftterno N* 8292.
AN
Sin mas que manifestar leciendo la atención ] presgnte,
GRACE CHINCHI neporarace
O E To VILLEGAS (FIRMA) Hot asin ao cor
Licda. Sabrina Zúñiga Corrales Licda. Grace Chinchilla Villegas, MAFF
Despacho Auditoría Interna Auditora Interna
Cc: Hacienda Municipal, Adm. Financiera
Contadora Municipal
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Págino"N"|N
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía y al
departamento de Servicios Jurídicos Internos para que emitan criterio al respecto
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*123 ACTA N*82 Ordinaria.
ACUERDO N* 2886
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Robert Viales Viales, director
Las Brisas de  Cariari teléfono: 4409-2767, correo electrónico:
esc.lasbrisas.guapilesamep.go.cr, dice:
Oficio: ELB-054-2021
Asunto: Solicitud de pintura y accesorios para embellecer la institución u otros.
m 1£
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Dirección Regional de Educación Guápiles
Supervisión Escolar Circuito 03, Cariari
Centro Educativo Las Brisas de Cariari Código 3552
Las Brisas, Cariari, 13 de octubre del 2021
OFICIO E.L.B.-054-2021.
Página 1 de 1
PARA: Consejo Municipal de Pococí
Municipalidad de Pococí, Limón.
ASUNTO: Solicitud de pintura y accesorios para embellecer la institución u otros.
Estimados señores la presente es para externarles un cordial saludo y a la vez solicitarles de manera
amable pintura y accesorios para poder pintar todas las paredes, malla y techo de nuestra escuela ya que la
misma se encuentra en una condición bastante mal y el objetivo es darle una imagen diferente en donde la
toda la población escolar sienta un ambiente agradable. Además, necesitamos la adquisición de una moto
guaraña para poder mantenerlas áreas verdes limpias, ya que en este momento no se tiene una contratación
de mantenimiento de terrenos.
Debido a situaciones que han sucedido en la institución no se ha coordinado bien la parte económica en
cuanto al presupuesto y se cuenta con muchas carencias en la parte de infraestructura. Es lamentable que
no contemos con aula de cómputo, se tienen 52 computadoras de la Omar y no sé les da el uso adecuado,
ya que se deben estar llevando a las aulas y luego guardarlas nuevamente a un dispensador movible en el
cual la humedad las puede dañar a parte que se pierde mucho tiempo en estar instalándolas en las aulas y
luego desconectarlas esto hace que los estudiantes no cuenten con el tiempo adecuado para usarlas.
Aclaro que como director apenas tengo como tres meses de hacerme cargo de la parte administrativa y en
conjunto con Junta de Educación se ha tratado de poner al día a la escuela en algunos asuntos.
Por tal razón abogo a los buenos oficios de ustedes para que por favor nos ayuden a darle una mejor
imagen a nuestra escuela Las Brisas.
Sabemos que todos en general quedaremos muy agradecidos con ustedes de que seamos tomados en
cuenta con una partida y así mejorar las instalaciones.
Sin más por el momento,
)
Con respeto y cortesía. ES "A
l phd
Lic. Robert Viales Viales,
0 atidad dp Pococi
En TARMA Nal A Director Las Brisas de Cariari
s rorá Ly
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E
EN
Transformación curricular, una apuesta por la calidad educativa.
Tel. (506) 4409-27-67
costado sur de la plaza de Deportes, Las Brisas, Cariari - Pococí- Limón
esc lasbrisas.guapiles
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00147
PAGINA N0124 ACTA N*82 Ordinaria. 21-]0-2021
E
Participan de la palabra:
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Compañeros yo pido un voto de apoyo para que esto se pase al departamento
del DIE del Ministerio de Educación para que le den una pronta solución.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
En ese mismo tema yo quiero decir que hace unos quince días tuvimos una reunión
donde usted participó con el tema educativo y aprovechando, se tenía que
nombrar a dos representantes para esa comisión Inter cantonal que se iba a
trabajar con Guácimo, Siquirres, Pococí. Tal vez usted AHORA pueda considerar a
quien nombrar para que nos represente.
Esa escuela tiene una orden sanitaria desde el 2015, el compañero Luis Méndez,
José Antonio Bustos y mi persona fuimos a esa escuela y está en muy malas
condiciones, el directos es muy nuevo en la institución.
Señor presidente, creo que debemos llamar nuevamente a la señora del DIE y que
venga a este Concejo a rendir un informe, son 48 centros educativos que están
en malas condiciones en este cantón y la Escuela de Campo Kennedy sigue sin
construir y los niños están recibiendo clases en bodegas. Nosotros como Gobierno
Local si bien es cierto no nos podemos inmiscuir en el tema del MEP, pero si
podemos llamarlos a cuentas porque hay un artículo en el Código Municipal que
dice que las instituciones del estado deben de acudir al llamado del órgano
colegiado y que deben de accionar los mecanismos que así la norma jurídica
corresponda. Señor presidente usted tiene bastante experiencia realizando
recursos de amparo, entonces si no van a venir formalicemos un recurso de
amparo para que una vez por todas le den a nuestros niños y niñas la
infraestructura que se merecen.
En el acta que vamos a aprobar en un rato viene un proyecto de ley que se llama
SINI donde se está diciendo que se va a hacer una comisión u organización que
se llama SINI, derivado del DIE, donde van a poner a más personas con dietas y
más juntas directivas, entonces esa plata de dietas lo que se debe de hacer es
invertirla en centros educativos y no más aparatos estatales y que una vez por
todas tomemos un acuerdo en ese sentido.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0148
PAGINA N*125 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Compañeros lo vamos a pasar entonces con un voto de apoyo al departamento
del DIE. Yo creo que aquí si “Mahoma no va a la montaña, que la montaña vaya
a Mahoma. Yo voy a nombrar a dos personas que preferiblemente sean
educadores para que la Secretaría saque una audiencia con la directora del DIE
a nosotros como representantes y que además de eso se le recuerde a Guácimo
y a Siquirres que deben de nombrar a dos representantes para tratar_la
problemática de la educación en nuestros cantones.
Reg. Randall Torres Barrientos
Saluda, acá a nosotros nos llega cualquier cantidad de solicitudes de centros
educativos, escuelas y colegios. Hoy por ejemplo estuvimos en la Comisión de
Hacendarios que es la que revisa toda la parte presupuestaria y nosotros
queremos decirle a los directores de las escuelas y colegios que si usted envía acá
una solicitud para hacer aulas, gimnasios o hacer infraestructura pesada, no
tenemos la capacidad financiera para poder hacerla, entonces el canal correcto
es el DIE.
Ahora bien, nosotros hacemos valoraciones de proyectos un poco más pequeños
por ejemplo se debe de hacer un techado porque hay una niña con
discapacidad que necesita pasar del aula al comedor y del comedor al aula y a
los baños, además la inversión es menor entonces en esos casos nosotros
valoramos cómo le ayudamos dentro de la medida de las posibilidades.
Queremos dejar claro que estamos prácticamente ejecutando los últimos recursos
que tenemos para atender el cierre, queremos que las personas tengan claridad
y no se creen falsas expectativas, ser muy claros que esperamos el próximo año
con la liquidación presupuestaria para ver dentro del montón de necesidades que
hay por atender, porque donde sí debemos en entrarle duro es a todo lo que son
obras.
Como Concejo Municipal no tenemos la capacidad de atender el faltante de
infraestructura educativa y adicionalmente el déficit que hay en callles, aceras,
tenemos un problema grave en este cantón de inundaciones, por ejemplo en esta
semana lo que es el distrito de Guápiles fue fuertemente afectado por
inundaciones y el asunto es que los habitantes exigen infraestructura porque la
necesidad está latente, tenemos un rezago increíble. En ese sentido, nosotros
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*126 ACTA N*82 Ordinaria.
A A
vamos a seguir atendiendo lo que nos llega, pero somos claros y yb [como
presidente de los asuntos hacendarios debo decir que no tenemos recursós para
hacer obras de gran impacto a nivel educativo, muchas gracias.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro
Saluda, como dijo la compañera Yaslyn Morales, yo creo que no debemos darles
más largas al asunto y debemos de poner un recurso porque seguimos invitándola,
llamándola y nunca vamos a llegar a nada, creo que la Única forma es jalarle el
mecate fuerte para ver si acaso se hacen presentes o ver qué se hace, yo pongo
de ejemplo a la Escuela Campo Kennedy que ya va por 10 años desde que se
hizo el desalojo para meterse a una bodega, un rancho y pagando un alquiler
grandísimo, creo que debemos ser enérgicos y darnos a respetar como órgano
colegiado, muchas gracias.
Reg. Luis Ángel Méndez Araya
Saluda, en ese mismo tema es preocupante porque están saliendo muchísimas
necesidades en escuelas y colegios, aquí priva el derecho a la educación del niño
y de la niña, jóvenes estudiante de colegio y de alguna forma se está violentando,
si bien es cierto los recursos con este tema de la pandemia, que ha sido una
verdadera excusa, se han recortado y eso es lo que dice el Ministerio de
Educación, en este caso del DIE en cuanto al tema de infraestructura. Creo que
aquí tenemos diputados y diputadas, pienso que de alguna forma debemos
hacernos acompañar de ellos para llegar donde la Ministra o que nos hagan el
conecte con la Ministra para llegar directamente con ella y con la directora del
DIE para llevarle previamente la Comisión del Concejo con la directora o director
regional porque ellos que manejan datos de todo lo que es infraestructura
cantonal en este tema de educación pues que nos den una lista de todas las
necesidades que tiene el cantón en este tema y vamos a estas oficina del DIE con
esta lista de necesidades y de una vez, traernos extraoficialmente alguna
respuesta para darle continuidad a todas esas solicitudes, que sí hay bastantes
escuelas y colegios. Estoy seguro de que los supervisores de los centros educativos
de este cantón y la señora directora de la Regional de Guápiles estoy segurísimo
de que debe tener un reporte de todas las necesidades en cuanto a
infraestructura, no solamente la Escuela de Campo Kennedy que es un tema
bastante grave donde están esos niños recibiendo lecciones en conficiones
infrahumana, sino que hay otras necesidades en todo el cantón.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%127 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Reg. Jonnathan García Chévez
Saluda, solicita que vote el regidor Osael Campos Bolaños porque al ser un nivel
directivo de la Ministra de Educación y el DIE, por el momento en el puesto que
también desempeño entonces yo no estaría votando, además desconozco la
totalidad del documento y me parecería irresponsable emitir algún juicio en ese
sentido.
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Respeto su criterio, pero como director de escuela usted tiene el deber de velar
por la calidad de educación de sus alumnos y bajo ese principio de legalidad que
le estoy mencionando usted no se dispone a ninguna sanción porque debe de
legislar por y para los niños y la educación costarricense, pero sin embargo le
vamos a dejar la votación a don Osael.
Reg. Jonnathan García Chévez
Como usted sabe muchas personas del cantón, yo soy director de un centro de
educación en este momento, al referirme en este momento lo que quiero decir
que se entienda en que yo no podría y sería irresponsable hacer una votación
porque desconozco la totalidad del contenido del documento que usted está
mencionando y al ser parte de este ministerio y el DIE ser un nivel directivo
entonces yo no podría votarlo porque sería irresponsable.
Obviamente que este servidor está por el pueblo del cantón de Pococí y por ende
como educador y director de una institución, jamás voy a estar en contra del
desarrollo de las instituciones porque es un beneficio par los niñas de las diferentes
comunidades y usted y las personas que me conocen saben que he luchado
durante años por las comunidades por la parte educativa, comunal, sindical y
demás que está demás decirlo.
Lo que estoy diciendo y que quede en actas, no es que no quiera apoyarlos si no
que desconozco, ese es el criterio que estoy tomando en cuenta, desconozco por
qué se va a tratar con el DIE, porque habla de pinturas y demás y no sé el contexto
o el fondo y por ser un nivel directivo no lo estaría votando en este momento. Lo
que estoy diciendo es que para no perder el voto entonces que el compañero
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00151
PAGINA N128 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-202
ar A a
Osael que no pertenece a este Misterio realice el voto que creo que va a ser
positivo.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Aquí estamos por el bienestar del cantón y de los niños que es el principal objetivo
en este tema, aquí no se está haciendo nada que atente contra una ministra que
para mi no ha servido para nada, lamentablemente sus esfuerzos para la provincia
de Limón han sido nulos, nosotros no podemos venir a defender a un ministerio, lo
que estamos defendiendo son a los niños del cantón de Pococí y señor presidente
lo que carta dice es que nos solicitan pintura, nos están pidiendo apoyo para
arreglar la institución que nosotros fuimos a conocerla y esa institución está en
malas condiciones.
Qué lamentable escuchar al compañero Jonnathan García al cual aprecio, que
no apoye que nosotros traslademos esta solicitud al señor alcalde para ver si se les
puede ayudar porque el interés primero es si le queda bien a una ministra que no
sirve para nada, entonces eso es lo que me preocupa a mí, porque aquí no somos
funcionarios públicos de otra institución, a la hora que estamos aquí somos
regidores y servidores de este pueblo. En el órgano colegiado a partir de que
suena la campana los intereses que debemos proteger son de los niños y del
pueblo de Pococí, es muy lamentable que el partido Liberación Nacional hoy se
opone al progreso de la Escuela de Las Brisas de Cariari.
Reg. Jonnathan García Chévez
Qué pena, lo que quiero que quede claro es que no estoy en contra del desarrollo
de esta o de ninguna institución, lo que yo he dicho es que no lo voto porque no
conozco la totalidad del documento y por lo que ya dije que no voy a repetir.
Tampoco el Partido de Liberación Nacional está en contra del desarrollo de las
instituciones, aquí va a votar mi compañero Osael y sé que lo va a votar positivo,
entonces que quede claro esas dos partes, que por favor, yo no estoy en contra
del desarrollo si no que no puedo votar y la comunidad debe entender esa
situación y que me entienda, que no conozco el documento y que yo trabajo en
ese ministerio, para que no se enreden las cosas y lo otro es que el Partido de
Liberación Nacional jamás va a estar en contra de eso para que seamos claros.
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PAGINA N*129 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Simplemente es por un criterio que puede ser legal y traerme consecuencias
adelante.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Saluda, cuando se trata de proyectitos pequeños de centros educativos por
ejemplo una batería, pinturas o cosas así, nosotros podríamos hacer un esfuerzo y
ayudarles. En proyectos grandes hay que mandarlos donde corresponde al DIE,
estoy de acuerdo con ustedes.
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Lo que me parece es que si nosotros le invertimos ahí por más poquita plata que
sea y luego viene el DIE y construye, se pierde la plata, sin embargo le hemos dado
largas a un asunto que envió un director y con tanta participación de la palabra,
tanta excusa y tanta cosa, donde verdaderamente aquí el interés del niño es el
que prevalece, por lo tanto se lo voy a pasar con voto de apoyo al DIE y del MEP.
Decirles compañeros que el artículo N%78 de la Constitución Política es clara y
precisa y dice que es deber del estado costear la educación desde el prescolar
hasta el tercer ciclo, por lo tanto compañeros y compañeras tenemos asideros
legales para hacer un recurso de amparo lo que les pido es que consigan la
documentación y tramitología que han hecho las diferentes instituciones y verá
que la Sala IV nos dará la razón, porque se está violentando el interés superior del
niño que dicta el artículo N%78 de la Constitución Política.
Por Unanimidad (Vota el Reg. Osael Campos Bolaños en lugar del Reg. Jonnathan
García Chévez) SE ACUERDA: Se brinda un voto de apoyo por parte del Concejo
Municipal y se traslada a la Dirección de Infraestructura Educativa (DIE) y a la
señora Ministra de Educación Pública para lo que corresponda. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Continua la participación de la palabra:
Sind. Sandra Umaña López
Saluda, es para referirme al tema en discusión, en fecha 03 de octubre se envía
un documento a Catalina Crespo Sancho, Defensora de las Habitantes
invitándole para que se haga presente en el cantón de Pococí y realizar una gira
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Pluye
PAGINA N*130 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-20P
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
a...
por diferentes instituciones que tienen orden sanitaria en nuestro cantó
instituciones son Escuelas de Tortuguero, La Colonia, San Bosco, Llano Bonito, San
Francisco, Suerre y Campo Kennedy, ayer precisamente recibo una llamada del
señor Víctor Rojas, funcionario de la Defensoría de los Habitantes con sede en
Limón y me indica que de esas escuelas que le acabo de mencionar y que la
única que tiene presupuesto aprobado por el DIE es la Escuela de Suerre, el resto
de las instituciones a pesar de tener orden sanitaria, ni siquiera parecen dentro de
la programación presupuestaria del DIE, entonces él lo que propone es que estas
instituciones armen un pequeño expediente de los tramites que han hecho
durante este periodo desde que se les dictó orden sanitaria.
¿Con qué objetivo el expediente? Con el objetivo de hacerlo llegar a su oficina
para que inicie un proceso desde la Defensoría de los Habitantes.
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Quiero nombrar a tres personas y empoderar a la secretaria para que solicite una
cita con la Defensoría de los Habitantes y con la Directora del DIE, para en el
mismo día pero a diferente hora, pedirles a los directores y directoras que nos
hagan llegar toda la documentación de las escuelas que tienen orden sanitaria o
si en el Concejo Municipal existe en buena hora.
Por Unanimidad (Vota el Reg. Osael Campos Bolaños en lugar del Reg. Jonnathan
García Chévez) SE ACUERDA: Se nombran a los regidores Alfredo Calderón Alfaro,
Luis Ángel Méndez Araya y el Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez en la Comisión Inter
cantonal para tratar temas de educación de la provincia de Limón. Se autoriza a
la Secretaría Municipal a solicitar una audiencia con la Directora de Infraestructura
Educativa (DIE) y con la Defensora de los Habitantes para tratar el tema de ordenes
sanitarias de los centros educativos de la provincia de Limón. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2887
Se omite acuerdo por error material en la numeración del acta municipal. ------=—-
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*131 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2
ACUERDO N* 2888
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Jorge Sequeira Picado,
Gerente General del CINDE, teléfono: 2201-2803 correo electrónico:
ybarqueroOcinde.org, dice:
Oficio: DG-57-2021
Asunto: En respuesta al oficio CMPL-292-2021 sobre proyecto Caramba Farms
-**CINDE “ie
RICA
PVEST NCOSTARICA
San José, 4 de octubre del 2021
DG-57-2021
Señora
Ana Lucía Madrigal Astorga
Prosecretaria del Concejo Municipal
Presente
Estimada señora Madrigal:
Reciba un cordial saludo de parte de la Asociación Coalición Costarricense de Iniciativas
de Desarrollo (CINDE).
En atención a la consulta enviada mediante oficio CMPL-292-2021, me permito informarle
que CINDE conoce del proyecto Caramba Farms representado por el señor Manuel Lachner
Victory.
Funcionarios de nuestra organización han tenido reuniones con el señor Lachner desde
diciembre del 2020, ante la solicitud de presentar el proyecto para el desarrollo de una zona
franca en Pococí. En su momento compartimos con el señor Lachner la estrategia de
CINDE de apoyo a la promoción de inversiones y capacidades fuera de la GAM y las
oportunidades de inversión sectorial identificadas para la región. Igualmente, la importancia
y valor que significaría para el Caribe contar con un parque de zona franca en Pococí,
particularmente que pueda ofrecer el levantamiento de bodegas para albergar a compañías
interesadas en establecer operaciones en el cantón. En ese sentido, nos complace saber
que el proyecto Caramba Farms fue declarado de interés cantonal.
De parte de CINDE, nos ponemos a sus órdenes para cuando requieran una capacitación
sobre el régimen de zona franca para los funcionarios de la Municipalidad.
Aprovecho la ocasión para informarles sobre las gestiones realizadas por CINDE en el
marco de su estrategia de trabajo con Pococí:
1. Establecimiento empresa Pronuvo: CINDE apoya la instalación de la empresa
Pronuvo en Guápiles de PococÍ, dedicada a producción sostenible de proteína para
alimento animal a base de larva de mosca, bajo el régimen de zona franca.
- En marzo 2020 el equipo solicitó apoyo a don Randall Torres, regidor municipal
para comunicar en las bases de datos municipales la oportunidad de empleos
que la empresa estaba requiriendo, específicamente del perfil de operarios de
bodega.
2. Establecimiento empresa Instantia: CINDE anunció en 2020 el establecimiento
de una nueva planta de la empresa Instantia en Roxana de Pococi, donde producirá
piña deshidrata para exportación bajo el régimen de zona franca.
cinde.org invest with purpose
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 155
PAGINA N9132 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
"e CINDE Wei
RICA
POST MCOSTARICA
- Recientemente se solicitó nuevamente apoyo a don Randall Torres para
comunicar en las bases de datos municipales los empleos de Gerente y
asistencia de Gerencia General que están requiriendo.
3. Proyecto Ventanilla Única de Inversión: el proyecto VUI que lidera PROCOMER
se encuentra en etapa de pre-implementación en la Municipalidad de Pococí y
desde CINDE reconocemos la importancia de éste para que sea implementado en
su etapa final como un incentivo clave para la inversión.
Con el espíritu de seguir fortaleciendo la coordinación entre CINDE y la Municipalidad, les
agradeceríamos mucho coordinar con Yahaira Barquero, Gerente de Fuera de la GAM en
CINDE, quien está realizando un levantamiento de terrenos y bodegas disponibles en el
Caribe. Estoy seguro que será de mucho valor para ella lo que, desde la Municipalidad de
Pococl, pudieran compartirle. Su correo es ybarquero(Mcinde.org para el seguimiento
respectivo,
Estamos convencidos de que los esfuerzos conjuntos nos permitirán seguir maximizando
las oportunidades de generación de empleo y desarrollo regional,
Saludos cordiales,
Digitally signed by JORGE
ENRIQUE SEQUEIRA
. $ PICADO (FIRMA)
Date: 2021.10.04 1950.11
0600
Jorge Sequeira
Gerente General CINDE
Cc: Señor Marvin Rodríguez, Director de Regímenes Especiales, PROCOMER.
YAHAIRA - pigitally signed by
PAOLA VNAIMPAOLA
BARQUERO FERNANDEZ
FERNANDE bate so21.1008
Z (FIRMA) — 1636370600
Participa de la palabra:
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Qué alegría escuchar que CINDE le da al proyecto de don Manuel un visto bueno,
recordemos que se hizo una moción para que los cantones de la provincia
aprobaran declararlo de interés provincial y la mayoría de las municipalidades
que he leído nos han apoyado y se envió a diferentes lugares la aprobación de la
moción de ese día donde nosotros lo declarábamos de interés público, es ahí
donde se ven los frutos de trabajar en equipo y por supuesto de querer apoyarle
la gestión del señor alcalde en su Plan de Gobierno.
| Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al señor Manuel Lachner Victory para lo
que corresponda.
Sitio Web: munipococi.go.cr
| a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00156
PAGINA N*133 ACTA N982 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N”* 2889
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Jorge Hodgson Quinn,
Presidente del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí, correo
electrónico: comitedeportespocociOhotmail.com, dice:
Oficio: CCDRP-221-2021
Asunto: Modificación 07-2021 del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de
Pococí
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCÍ
Cédula Jurídica: 3-007-087876 a
.
Guápiles, miércoles 15 de septiembre del 2021.
CCDRP-221-2021
Señores:
Concejo Municipal WI
4:31,
Estimados señores:
Me permito informarles que en la Sesión Extraordinaria N*34 realizada el martes 14
de septiembre del 2021, la Junta Directiva del CCDR Pococí procede a tomar el
siguiente acuerdo:
ACTA EXTRAORDINARIA N*34 ARTICULO! ACUERDO N*190
Por Unanimidad SE ACUERDA: se aprueba el Modificación 07-2021 y se
remite al Concejo Municipal para su conocimiento. Aprobado y se dispensa
del trámite.
Cordialmente, JORGE Fedor bre
HODGSON aaa
lo ¿2 Q0INN (FIRMA) Econo
Jorge Hodgson Quinn
Presidente
CCDR de Pococí
Ci: Archivo
“El llenar las manos de los jóvenes de deporte, es poner el deporte en buenas manos”
Tel; 2710-37-68/ 2710-17-89
Correo: comitedeportespocociO hotmail.com
PS a]
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%134 ACTA N“82 Ordinaria.
,
Comité Cantonal de
Deportes y
Recreación
de Pococí
Modificación
07-2021
Introducción
El presupuesto de una organización expresa la forma en que se van a aplicar los recursos
disponibles en el futuro para conseguir los objetivos fijados en la estrategia, por lo tanto es una
herramienta esencial para la buena gestión y control interno de la institución.
La presente modificación del presupuesto ordinario 2021 del Comité Cantonal de Deportes
y Recreación de Pococf se realiza de forma (ntegra, revisando cada una de las partidas
presupuestarias para ajustarlas con las necesidades actuales de la meta de Donaciones y la
Meta de Convenio Santos. El objetivo de esta modificación es poder dar el seguimiento
respectivo a la planificación y reorganización que este comité ha venido realizando con las
metas citadas.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a s Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 100159
PAGINA N*136 ACTA N“82 Ordinario. 21-10-2021
Y
POCOCIJ
Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococi,
MODIFICACIÓN AL PRESUPUESTO N*7-2021
Justificaciones
Modificación de los programas:
PROGRAMA ll:
Meta Donaciones:
La modificación planteada es para darle contenido a las siguientes partidas de la Meta de
Donaciones:
-1.03.02 de Publicidad y Propaganda por un monto de ¿200.000,00
-2.02.03 de Alimentos y Bebidas en ¿2.000.000,00
-2.03.99 Otros materiales y productos para la construcción que se utilizaran para la compra de
lavatorios de pedal de acero.
-2.99.04 Textiles y Vestuarios por (1.000.000,00
-2.99.99 Otros útiles materiales y suministros por (2.000.000,00
Meta Convenio Santos:
A esta meta se le da contenido a la partida 2.99.99 de Otros útiles y suministros por un monto
de (1.300.000,00
Para darle contenido presupuestario a las partidas anteriores se disminuye de Bienes duraderos
en la Meta de Donaciones la partida 05.01.99 maquinaria y equipo diverso por € 8.000.000 y así
poder salir con las necesidades programadas.
“El llenar las manos de los jóvenes de deporte, es poner el Deporte en Buenas Manos”
Tele Fax 2710-3768  Pococí, Limón
comitedeportespococi(Ahotmail.com
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce Modificación 07-2021 del Comité
Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí.
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00160
PAGINA N*137 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N”* 2890
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Jorge Hodgson Quinn,
Presidente del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí, correo
electrónico: comitedeportespocociOhotmail.com, dice:
Oficio: CCDRP-220-2021
Asunto: Presupuesto Extraordinario 05-2021 del Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Pococí
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCÍ 7
Cédula Jurídica: 3-007-087876
a
Guáplles, miércoles 15 de septiembre del 2021.
CCDRP-220-2021
Señores:
Concejo Municipal OR.
E
Estimados señores:
Me permito informarles que en la Sesión Extraordinaria N*34 realizada el martes 14
de septiembre del 2021, la Junta Directiva del CCDR Pococí procede a tomar el
siguiente acuerdo:
ACTA EXTRAORDINARIA N*34 ARTICULO! ACUERDO N”189
Por Unanimidad SE ACUERDA: se aprueba el Presupuesto Extraordinario 05-
2021 y se remite al Concejo Municipal para su conocimiento, Aprobado y se
dispensa del trámite.
Cordialmente, JORGE once rocaión
HODGSON —— QUrarE
A ¿QUIN (FIRMA) Edo aso
Jorge Hodgson Quinn
Presidente
CCDR de Pococí
Ci: Archivo
“El llenar las monos de los jóvenes de deporte, es poner el deporle en buenas manos”
Tel: 2710-37-68/ 2710-17-89
Correo: comitedeportespocociS hotmail.com
e SS
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YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*138 ACTA N*%82 Ordinoria.
¿Comité Cantonal de
Deportes y
| Recreación
de Pococí
Presupuesto Extraordinario
05-2021
Capitulo de Ingresos
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
PROYECTO PRESUPUESTARIO 2021
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 05-2021
INDICE
Introducción
Capitulo de Ingresos
Sección de Ingresos Detallados
Capitulo de Egresos
Egresos total por Objeto del Gasto
Egresos totales por Programa
Sección de Egresos Detallados por partida
Egresos por Meta
Estructura Programática
Capitulo de Información Complementaria
Detelle de Origen y Aplicación de Fondos
Marco General
Justificación de Ingresos y Egresos
Certificaciones 14-15
OOZJONADODN ==
hd
QN=0
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00162
PAGINA N9139 ACTA N982 Ordinaria. 21-10-2021
A A
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
PROYECTO PRESUPUESTARIO EXTRAORDINARIO 5-2021
POcoc1 SECCION DE INGRESOS DETALLADOS
GENERALES Y POR PROGRAMAS
CODIGO CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DELOS INGRESOS TOTAL %
1.0.0.0,00,00 INGRESOS CORRIENTES - 0%
1.3.0,0.00,00 INGRESOS NO TRIBUTARIOS - 0.00%
1.3,2,1.04,00 ALQUILERES 0%
1.3.1.3.04.01 Alquiler de Edificios e Instalaciones - 0.00%
[131:2.09.00 OTROS SERVICIOS - 0%)
1.3.1,2.09,04 Servicios Culturales y Recreativos - 0,00%
1.3.1.2.09.09 Venta de Otros Servicios - 0%
1.3.2.0.00.00 INGRESOS DE LA PROPIEDAD 0%
[1.3:2.3:00.00 RENTA DE ACTIVOS FINANCIEROS - 0%)
1.3.2.3.03,00 OTRAS RENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS 0%
1.3.2.3,03.01 Intereses s/Ctas Corrientes y otros Dep de Bcos Estatales - 0%
+.4,0,0.00.! RENCIA: RRIENTE: 13,200,000.00 100%
1.4.1.0.00,00 T/F CORRIENTES DEL SECTOR PUBLICO 13,200,000.00 100%
1.4,1,1,00.00 Transferencias Corrientes del Gobiemo Central - 0%
1.4,1.4.00.00 Transferencias Corrientes de Gobiernos Locales 13,200,000.00 100%
3.3.0.0.00.00 RECURSOS DE VIGENCIAS ANTERIORES - 0%
3.3.1.0.00.00 Superávit Libre - 0%
3.3.2.0.00.00 Superávit Específico - 0%
TOTAL GENERAL DE INGRESOS 13,200,000.00 100%
Comité Cantonal de
Deportes y
Recreación
de Pococí
Presupuesto Extraordinario
05-2021
Capitulo de Egresos
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pluye
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
14 PROYECTO PRESUPUESTARIO AÑO 2021
POCOCI SECCION DE EGRESOS DETALLADOS
GENERALES Y POR PROGRAMAS
PROGRAMA | PROGRAMA Il PROGRAMA lll
Servicios
Administración Mantenimiento | TOTAL EGRESOS
RESUMEN POR PROGRAMA 6 ! foil ñ PRESUPUEST,
11.05
11.05.03
11.05.04
POCO
sg
12.99
12.99.02
12.99.04
22.99.99
15.01
15.01.99
15.02
15.02.99
TOTAL OBJETO DEL GASTO POR SERVICIO. 0.00] 13,200,000.00| 0.00] 13,200,000.00]
CODIGO DE SERVICIO
SERVICIOS 0.00
MATERIALES Y SUMINISTROS 0.00 10,200,000.00| 0.00
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS 0.00 9,100,000.00| 0.00 , .
Utiles y materiales médico, hospitalario y de investigación 0.00 0.00] 0.00 0.00]
Productos de papel, cartón e impresos. 0,000.00) 000 —
Textiles y vestuario 0.00 3,000,000.
Otros útiles, materiales y suministros 0.00 6,100,000.
BIENES DURADEROS 0.00
MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 0.00 3,000,000.00| 0.00
Maquinaria y equipo diverso 0.00 3,000,000.00| 0.00
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS 0.00 0.00] 0.00
Otras construcciones, adiciones y mejoras 0.00 0.00]
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
PROYECTO PRESUPUESTARIO AÑO 2021
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 5-2021
POCOC EGRESOS TOTALES POR PROGRAMA
, PROGRAMAS 1, ll Y 111
EA DIRECCIÓN Y GENERALES
PROGRAMA | PROGRAMA II PROGRAMA ll
ADMNISTRACION DEPORTIVOS Y MANTENIMIENTO TOTALES
GENERAL comunales INSTALACIONES
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TAL
TOTALES POR OBJETO DEL GASTO
SERVICIOS
MATERIALES Y SUMINISTROS
BIENES DURADEROS
13,200,000.00 13,200,000.00
10,200,000.00
3,000,000.00
10,200,000.00
3,000,000.00
oaraoa
100%
0%
77%
23%
PAGINA N*140
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N%82 Ordinaria.
21-1042021
00163
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*141 ACTA N*82 Ordinaria.
ETE
al] 343 3 80ddE
Mi 333333333853838
PROGRAMA | PROGRAMA II PROGRAMA lll
Servicios
Administración
porcion Generales
0.00) 13,200,000. o
0.00
000
y 100,000.00] y 100,000.
Y 0.00]
. 0.00] y y
6,100,000.00| 100.000.
3,000,000.00| , 000.
0.00] y
0.00]
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
PROYECTO PRESUPUESTARIO AÑO 2021
SECCION DE EGRESOS DETALLADOS
GENERALES Y POR PROGRAMAS
POCOCI
RESUMEN POR PROGRAMA.
CODIGO DE SERVICIO
Utiles y materiales médico, hospitalario y de investigación
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS
_ Productos de papel, carión e impresos
TOTAL OBJETO DEL GASTO POR SERVICIO
MATERIALES Y SUMINISTROS.
ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS
Alimenlos para animales
Texiles y vestuario
Olros útiles, materiales y suminisros.
BIENES DURADEROS
MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO
Maquinaria y equipo diverso
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS
Otras construcciones, adiciones y mejoras
SERVICIOS
Alimentos y bebides
[299.04
299.09
[5.01
[5s.01.99
15.02
[5.0299
8 8
IPFEEREE
y
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
PROYECTO PRESUPUESTARIO 2021
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 05-2021
ESTRUCTURA PROGRAMATICA
E POcocI A DEFINITIVA OS
PROGRAMA ll: SERVICIOS COMUNALES
SERVICIO 9 EDUCATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS 13,200,000.00
TOTAL PROGRAMA 11 13,200,000.00
PROGRAMA 11: SERVICIOS COMUNALES
GRUPO 6 OTROS PROYECTOS
Actividad
Proyecto
TOTAL PROGRAMA 11
TOTAL GENERAL DE PROGRAMAS 13,200,000.00 |
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Pluye
Pluye
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POCOCA
4
PAGINA N*142
COMITE CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOC]
CUADRO No. 1
DETALLE DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE RECURSOS
Extraordinario $ -2021
1]
| C==wa | 1 ——20.500.00]
Yo Xiomara Campos Jiménez, mayor, Contadora Pública, responsable de elaborar este detalle) hago constar que los datos suministrados anteriormente corresponden a las aplicaciones dadas por El Comité
Cantonal de Deportes y Recreación de Pococi a la lidadde los recursos con origen libre incorporados en el presupuesto extraordinario 05-2021 |
|
Í e
2
Firma del funcionario responsable:
|
|
|
|
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria.
Pluye
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN
DE POCocÍ
POCOCI
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO N* 05-2021
POCOCE
epiued-qns
SVAINVd-9NS 30 OJQUY
vOnuYa
VIIw
OVQIA LIO
AVIAVUDONA
EXTRAORDINARIO.
9
SUMAS IGUALES]
13,200,000.00
02-08 EDUCATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS
13,200,000.00|
01 EQUIPO Y MOBILIARIO
0.00|
EA ¡MATERIALES Y SUMINISTROS.
¡02 ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS
4,100,000.00
ALIMENTOS Y BEBIDAS
1,100,000.00
HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS
9,100,000,00|
TEXTILES Y VESTUARIOS
3,000,000.00
8,100,000.00.
BIENES DURADEROS
3,000,000.00
¡—[MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO.
EJ
3,000,000.00
¡MAQUINARIA Y EQUIPO DIVERSO
3,000,000.00|
Tesorero
and Quirós
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3
Na Uan.
Marco Mora Ocampo |
PAGINA N%143
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria.
21-1042021
00166
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*144 ACTA N*82 Ordinaria.
POCOCI
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACION DE POCOCI
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES DE POCOCI
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO PARA EL PERIODO 2021
05-2021
JUSTIFICACIÓN DE INGRESOS
DETALLE DE INGRESOS
Recursos de vigencias anteriores
1.4.1,4.00.00 Transferencia Corriente de $13.200.000,00
Gobiernos Locales
Estos ingresos provienen de recursos extraordinario entregados por la
Municipalidad de Pococi, por parte de Regidores y Regidora nombrados en la
introducción de este presupuesto Extraordinario
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES DE POCOCI
PRESUPUESTO ORDINARIO PARA EL PERIODO 2021
JUSTIFICACIÓN DE GASTOS PRESUPUESTADOS EXTRAORDINARIO 5-2021
Programa ll
Mediante este recurso extraordinario se pretende dar contenido a la Meta de
Donaciones para abarcar algunas necesidades que el Comité considere convenientes
para una adecuada función en colaboración del deporte y recreación.
[2 — [MATERIALES Y SUMINISTROS [ £10.200.000,00] 77.28% ]
Se le da contenido a la partida de 2.09.03.02.99.04 deTextiles y Vestuarios por un monto
de ¿3.000.000,00 y £6.100.000,00 a la partida 2.09.03.02.99.99 Otros Útiles Materiales y
Suministros. Así como la partida 02.09.03.02.02.03 de Alimentos y Bebidas.
[5 [BIENES DURADEROS [ ¿3.000.000,00] 22.72% |
Se le da contenido a la partida 2.09.03.05.01.99 de Maquinaria y Equipo Diverso por un
monto de (3.000.000,00.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce Presupuesto Extraordinario 05-2021 del
Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00168
PAGINA N%145 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10:2021
ACUERDO N* 2891
Se conoce nota para este Concejo suscrita por señor Guillermo Chacón Batista de
Camposanto Prados de Esperanza S.A, teléfono: 8552-7352, correo electrónico:
pradosdeesperanzal74gmail.com, dice:
Asunto: Invitación a la inauguración del Camposanto Prados de Esperanza
PRADOS DE 4
“2 ESPERANZA 2
CAMPOSANTO
Sres. Concejo Municipal de Pococí.
Reciban un cordial saludo.
Nuestra empresa Prados de Esperanza S.A. se complace en invitarles a la inauguración
de nuestro Camposanto Prados de Esperanza. La actividad se llevará a cabo el sábado
30 de octubre de 2021 a partir de las 10 am en la Marina de Guápiles, 150 metros al
norte de la bomba Río Blanco.
Esperamos contar con su valiosa presencia.
GUILLERMO — Emtnasaneeo
CHACON BATISTA (FIRMA)
BATISTA (FIRMA) 53303400500
Cordialmente, Prados de Esperanza.
lecom
pradorde esperanza 78 Hna
855173 52
Por Unanimidad SE ACUERDA: Queda abierta la invitación. Para que la Secretaría
Municipal levante una lista de las personas que asistirán a dicha actividad.
ACUERDO N”* 2892
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el regidor José Antonio Bustos
Martínez, teléfono: 8568-1236, correo electrónico: jbustosmartl18200gmail.com,
dice:
Asunto: Informe de Minoría de Comisión de Obra Pública, regidor José Antonio
Bustos Martínez
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Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9147
Ppecocí
Pluye
ACTA N*82 Ordinaria.
A]
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PAGINA N*148
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00171
AE
ACTA N*82 Ordinario. 21-1042021
6
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
PAGINA N*149
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba informe de Comisión y se aprueba el
pago de viáticos para el regidor Jose A. Bustos Martínez. Se Dispensa del Trámite
de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N”* 2893
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el regidor Randall Torres Barrientos,
céd. 7-0102-0913, dice:
Asunto: Informe de Comisión del regidor Randall Torres Barrientos por ausencia de
la sesión N*80 Ordinaria del 14-10-2021.
>
»>
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0017
PAGINA N*150 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-2021
SETI AADTAN ZURITA
13
INFORME DE COMISIÓN
FECHA JUEVES 14 DE OCTUBRE DE 2021
HORA. 6:00 pm
REUNIÓN COMUNIDAD DE SAN MIGUEL DE LA COLONIA
Atendiendo a solicitud los vecinos de Barrio San Miguel y de la señora Miriam Artavia Araya, nos reunimos
para ver el tema del asfaltado del camino, la construcción de aceras y cunetas de la calle el cual se llena
mucho de agua por la ausencia de un adecuado diseño de ingeniería, también nos piden un reductor de
velocidad.
Se le indica a la comunidad que existe una partida de 10 millones para atender estas obras para lo cual la
municipalidad solicita que conversen con el señor del terreno adyacente para que la municipalidad pueda
realizar el corte de las aguas.
Sin más por el momento se termina la reunión a las Diecinueve horas con cuarenta y cinco minutos.
RANDALL > timado
TORRES oniomes
BARRIENTO peacaoniio.o
Randall Torres Barrientos
Regidor
Municipalidad de Pococl.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el Informe de Comisión se autoriza el
pago de viáticos y se autoriza el pago de la Dieta al regidor Randall Torres
Barrientos, por ausencia a la sesión del jueves 14 de octubre de 2021. Se Dispensa
del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N”* 2894
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licenciada Ana Julia Araya
Alfaro Jefa de Área de Comisiones Legislativas Il, correo electrónico:
maureen.chacon0asamblea.go.cr / comision-socialeseasamblea.go.cr, dice:
Oficio: AL-CPAS-0752-2021
Asunto: Consulta al Expediente: 22.518, “CERO TOLERANCIA A LA VIOLENCIA EN
LAS CARRETERAS: REFORMA AL INCISO 1 DEL ARTICULO 2, ADICIÓN DEL ARTICULO
132 BIS, ADICIÓN DE UN INCISO L) AL ARTICULO 143, DE UN INCISO K) AL ARTICULO
151 Y DE UN INCISO C) AL ARTICULO 211 DE LA LEY N? 9078 LEY DE TRÁNSITO POR
VÍAS TERRESTRES Y SEGURIDAD VIAL DEL 26 DE OCTUBRE DEL 2012 Y SUS REFORMAS”
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00174
PAGINA N*151 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
10/27/21, 5:23 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
Consulta Exp. 22.518
Maureen Chacon Segura <maureen.chaconOasamblea.go.cr>
Jue 14 Oct 2021 11:15
Para: Abangares1 <javier.gonzalezQabangares.go.cr>; Abangares2 <concejoabangares.go.cr>; Abangares3
<heriberto.cuberoGabangares.go.cr>; Acosta1 <concejoGacosta.go.cr>; Acosta2 <alcaldia(Hacosta.go.cr>; Alajuela1
<rosario.munozOmunialajuela.go.cr>; Alajuelita1 <emartinezOmunialajuelita.go.cr>; Alajuelita2 <svadoOmunialajuelita.go.cr>;
Alvarado! <lfigueroa2munialvarado.go.cr>; Alvarado2 <mhernandezOmunialvarado.go.cr>; Asertí1
<czunigaOmuni.aserri.go.cr>; Aserri2 <IgutierrezQaserri.go.cr>; Atenas1 <concejoGatenasmuni.go.cr>; Atenas2
<alcaldiaQatenasmuni.go.cr>; Bagaces1 <secretariaconcejoMbagaces.go.cr>; Bagaces2 <mariasGbagaces.go.cr>; Barval
<secretariamunibarvaQ) gmail.com>; Barva2 <secretaria.concejomunibarva.go.cr>; Belén1 <secretariaconcejo1Obelen.go.cr>;
Belén2 <alcalde(belen.go.cr>
14 de octubre de 2021
AL-CPAS-0752-2021
Señores
Concejo Municipal
ASUNTO: Consulta Exp. 22.518
Estimados señores:
La Comisión Permanente de Asuntos Sociales, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el
proyecto de Ley, Expediente N.* 22,518, “CERO TOLERANCIA A LA VIOLENCIA EN LAS
CARRETERAS: REFORMA AL INCISO 1 DEL ARTICULO 2, ADICIÓN DEL ARTICULO 132
BIS, ADICIÓN DE UN INCISO L) AL ARTICULO 143, DE UN INCISO K) AL ARTICULO 151
Y DE UN INCISO C) AL ARTICULO 211 DE LA LEY N* 9078 LEY DE TRÁNSITO POR VÍAS
TERRESTRES Y SEGURIDAD VIAL DEL 26 DE OCTUBRE DEL 2012 Y SUS REFORMAS”,
el cual me permito copiar de forma adjunta.
Contarán con ocho días hábiles para emitir la respuesta de conformidad con lo establecido
por el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa; que vencen el día 27 de
octubre.
La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho dias hábiles más, que vencerán
el día 8 de noviembre. Esta será la única prórroga que esta comisión autorizará.
De requerir información adicional, favor comunicarse por los teléfonos 2243-2427 2243-2426 o
2243-2421, o bien, al correo electrónico ISION-SOC 'asamblea.go.cr donde con
todo gusto se la brindaremos.
De no confirmar el documento que se adjunta se tendrá por notificado a partir de su envío,
siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales.
La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas
interesadas.
https /foullook.office365.corvmal/d/AAQKADISM205HDMwLT FNDKINDgyMy1' HMDJiLTMIYWOSYZZmYmizWNgAQAPBXCvoOikl6sCSKPcgWxni%3D. 16
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00175
PAGINA N9152 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
10/27/24, 5:23 PM Correo: secretaria municipal - Oullook
Cercóca /S
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7 . el Comisiones Joe
K SARA "eN LEGISLATIVAS 1/5
(
Licenciada Ana Julia Araya Alfaro
Jefa de Área
Área de Comisiones Legislativas Il
PROYECTO DE LEY
CERO TOLERANCIA A LA VIOLENCIA EN LAS CARRETERAS: REFORMA AL
INCISO 1 DEL ARTICULO 2, ADICIÓN DEL ARTICULO 132 BIS, ADICIÓN
DE UN INCISO l) AL ARTICULO 143, DE UN INCISO K) AL ARTICULO
151 Y DE UN INCISO C) AL ARTICULO 211 DE LA LEY N.? 9078 LEY
DE TRÁNSITO POR VÍAS TERRESTRES Y SEGURIDAD VIAL
DEL 26 DE OCTUBRE DEL 2012 Y SUS REFORMAS
Expediente N.* 22.518
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
La movilización vial en nuestras carreteras genera diariamente colapsos viales debido a la
cantidad de vehículos que transitan sobre estas. El congestionamiento vehicular genera
innumerables consecuencias, no solo de tipo económico y ambiental, por ejemplo, con el
incremento de la contaminación del aire, sino que incide directamente sobre la calidad de vida
de las personas que se refleja en el aumento de consumo de combustible en los vehículos, la
irritabilidad causada por la pérdida de tiempo y el aumento de estrés por conducir inmerso en
una masa vehicular excesivalo,
Algunas personas se ven seriamente afectadas por los efectos emocionales que les producen
la ansiedad y la tensión de encontrarse largos periodos de tiempo en una presa y que en
muchas ocasiones su conducta se ve afectada por actos violentos que son generados por
conductores que incurren en agresiones hacia otros conductores o entre conductores, todo lo
cual ocurre sobre las vías terrestres.
La Ley N* 9078, Ley de Tránsito por Vías Públicas y Seguridad Vial del 26 de octubre del 2012
y sus reformas es omisa en su definición y específicamente, en la definición de accidente de
tránsito, es decir, del acto en el que un conductor o varios conductores realicen actos violentos
en las carreteras, y lo podemos ver en el inciso 1 del artículo 2, de dicho cuerpo normativo que
indica lo siguiente:
“ARTÍCULO 2- Definiciones
Para la interpretación de esta ley y de su reglamento, tienen el carácter de
definiciones:
T Accidente de tránsito: acción culposa cometida por los conductores de los
vehículos, sus pasajeros o los peatones, al transitar por los lugares a los que se refiere
el artículo 1 de esta ley. En el accidente de tránsito debe estar involucrado al menos
https://outlook.office365.com/mail/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTFNDKINDgyMy1hMDJILTM3YWQSYZZmYmIzNgAQAPBXCYoOikt6sC5KPCgWxnI9%3D 26
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00176
PAGINA N*153 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
10/27/21, 5:23 PM Correo: secretaría municipal - Outlook
un vehículo y producirse muerte o lesiones de personas y/o daños en los bienes a
consecuencia de la infracción de esta ley. (. os
Como vemos en dicha definición, para que exista un accidente de tránsito debe mediar un
vehículo, y como lo manifiesta el Juez Penal especialista en materia de tránsito, David
Hernández Suárez, como la ley es omisa en establecer la forma como deben actuar los
oficiales de tránsito cuando se suceden este tipo de actos violentos, en muchas ocasiones por
temor no intervienen o no acuden a estos llamados, lo cual ocasiona caos viales que
interrumpen el tránsito en nuestras carreteras.
Constantemente, los medios de comunicación nos alertan de situaciones que se suscitan entre
personas, cuando algún conductor detiene su vehículo y agrede a otras personas. Como
5 4; A
ejemplo, el día 01 de marzo del año en curso 1 un conductor enfurecido se baja de su
automotor, agrede a otro, a la vista de los demás y su conducta ocasionó lesiones al otro
conductor que incluso, podían llevar a la muerte.
Dichas conductas también pueden llegar a causar congestionamiento vial, con los efectos por
todos conocidos, desde consecuencias fatales como una ambulancia que lleve a un paciente
en estado crítico, un camión de bomberos con un llamado para ir a detener un incendio, la
llegada tardía de un niño que va camino al centro educativo, o un conductor que deba llegar a
su lugar de trabajo, entre otras situaciones posibles.
Por estos motivos es que necesario regular este tipo de actos, y poder dotar a nuestra policía
de tránsito de las facultades necesarias para poder intervenir y a la vez sancionar este tipo de
conductas que vuelven más violentas nuestras calles, con lo cual, además, contribuimos con
una cultura de paz en las carreteras. Se puede hacer una reseña de lo que contienen las
normas que se proponen y reiterar por qué es necesario hacerlo.
Por las razones expuestas someto a la consideración de la Asamblea Legislativa el presente
proyecto de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
CERO TOLERANCIA A LA VIOLENCIA EN LAS CARRETERAS: REFORMA AL.
INCISO 1 DEL ARTÍCULO 2, ADICIÓN DEL ARTICULO 132 BIS, ADICIÓN
DE UN INCISO l) AL ARTICULO 143, DE UN INCISO K) AL ARTICULO
151 Y DE UN INCISO C) AL ARTICULO 211 DE LA LEY N.? 9078 LEY
DE TRÁNSITO POR VÍAS TERRESTRES Y SEGURIDAD VIAL
DEL 26 DE OCTUBRE DEL 2012 Y SUS REFORMAS
ARTÍCULO 1- Se reforma el inciso 1 contenido en el artículo 2, de la Ley N.?
9078, Ley de Tránsito por Vías Públicas y Seguridad Vial del 26 de octubre del 2012 y sus
reformas, para que en lo sucesivo establezca lo siguiente:
Artículo 2- Definiciones
Para la interpretación de esta ley y de su reglamento, tienen el carácter de definiciones:
https://outlcok.office365.com/mail/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTF¡NDKINDgyMy1! IMDJILTMI3YWQSYZZmYmIzNgAQAPBXCvoOik16sC5KPcgWaxn1%3D 3/6
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00177
PAGINA N*%154 ACTA N*82 Ordinoria. 21-10-2021
Pm
10/27/21, 5:23 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
1. Accidente de tránsito: acción culposa cometida por los conductores de los vehículos,
sus pasajeros o los peatones, al transitar por los lugares a los que se refiere el artículo 1 de
esta ley. En el accidente de tránsito puede estar involucrado al menos un vehículo, o tratarse
de actos violentos como agresiones o peleas entre conductores o sus pasajeros y que
puedan producir muerte o lesiones de personas y/o daños en los bienes a consecuencia de la
infracción de esta ley.
[..]
ARTICULO 2- Se adiciona el artículo 132 bis, se adiciona un inciso ¡) al artículo 143, se
adiciona un inciso k) al artículo 151 y se adiciona un inciso c) al artículo 211 a la Ley N.* 9078,
Ley de Tránsito por Vías Públicas y Seguridad Vial del 26 de octubre del 2012 y sus reformas.
a) Se adiciona el Artículo 132 Bis, cuyo texto dirá:
Artículo 132 Bis- Prohibición de obstaculización de vías terrestres por actos violentos
Es prohibida la obstaculización de las vías terrestres al propiciarse actos violentos de
los conductores o sus pasajeros, cuando sus vehículos impidan la libre circulación de
tránsito.
b) Se adiciona el inciso ¡) al artículo 143, cuyo texto dirá:
Artículo 143- Multa categoría A
Se impondrá una multa de doscientos ochenta mil colones (¿280.000) sin perjuicio de las
sanciones conexas, a quien incurra en alguna de las siguientes conductas:
E..]
Al conductor, pasajero o peatón que inicie o participe en actos de violencia mientras
circula por las vías terrestres y demás lugares que regula el artículo 1 de esta ley.
[..]
c) Se adiciona el inciso k) al artículo 151, cuyo texto dirá:
Artículo 151- Inmovilización del vehículo por retiro de placas
[...]
El retiro de placas se efectuará en los siguientes casos:
[..]
k) Cuando el conductor involucrado en actos violentos en vías públicas,
desobedezca a la autoridad de tránsito, una vez que este último le solicite movilizar su
vehículo, para proceder a regular la libre circulación por vías terrestres.
d) Se adiciona el inciso c) del artículo 211, cuyo texto dirá:
Artículo 211- Potestad de detención de personas
https://outlook.office365.com/mai/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDKINDgyMy1 HMDJILTM3YWOSYZZmYmIzNgAQAPBXCvoOIkt6sC5kPcgWxnI%3D 4/6
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%155 ACTA N*82 Ordinaria.
102101,523PM Como: secrotiña municipal - Oufcck
Las autori de tránsito rán a a los res, pasajeros y
cualquier otra persona que:
15]
o) Impldiere, obstruya o dificultaré en alguna forma, el tránsito vehicular o el
de los debido a su par ón en actos y se niegue a
acatar la orden de las autoridades policiales de movilizar el vehículo.
Rige a partir de su publicación.
Harllan Hoepelman Páez
Carmen Irene Chan Mora Marulin Raquel Azofeifa Trejos
Ignacio Alberto Alpizar Castro Jonathan Prendas Rodriguez
Diputados y diputadas
Maureen Chacón Segura ASAMBLEA
hreo O ¡unos LEGISLATIVA
Cembiones Legales! E) maureenchacentorambiea go.<r
Departamento
Comiriones Legitativos Dz
1 mompson, tan y Bul, Aberto (2001) La congestón del tránsito urbano: causas y consecuendas económicas y sociales.
Santiago de Chte: CEPAL. Di en: hitos //repositorio cenal ore/bit 11362/6381/1/501060513 es df,
consultado el 15/03/2021
Ú
1 asambiea Legislativa (2012) N" 9078. Ley de Tránsito por Vías Terrestres y Seguridad Vial, San José; Sinalevl Disponible
es vam pgrsceb go.e, consultado el 17/03/2024
MO cespedes, Jorge Andrés. (2021) “Exjuez penal: May que reformar la ley de tránsito para sancionar las agresiones en
carretera y sus repercusiones" San Jos4: La Nación. en https:// .com/sucesos/
da INGHASTRCI WAS el 22/03/2021.
eps Mosio0K COMAS command: (SAZOSROAMA TEJA DS ma Poo: »00
21-10
00178
021
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Servicios Jurídicos
Internos para que emitan el criterio al expediente 22.518.
ACUERDO N”* 2894-1
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Nancy Vílchez Obando,
Jete de Área departamento de Comisiones Legislativas, correo electrónico:
comision-economicosTeasamblea.go.cr, nvilchezeasamblea.go.cr, dice:
Asunto: Consulta al Expediente 22184 “LEY QUE ADICIONA UN INCISO D) AL
ARTÍCULO 18 Y UN ARTÍCULO 18 BIS A LA LEY DE FUNDACIONES, LEY N.? 5338, DE 28
DE AGOSTO DE 1973 Y SUS REFORMAS.
Pecocí
Pluye
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N982 Ordinaria.
PAGINA N9156
22184
Nancy Vilchez Obando <nvilchezasamblea.go.cr>
hue 40442021 1915
Far: pur e o a
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«ora Oxeta go»; dr <a
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«secreurama om»; 1 '
Jen goce >; alateRbemgadr
COMISIONES
LEGISLATIVAS.
era Comitonas Leghatvs Y
San Josó, 14 de octubre de 2021.
AL-CPOECO-1582-2021
Señores
Concejo Municipal
Estimados señores:
Para lo que corresponda y con instrucciones de la soñora diputada Ana Karino Niño Gulérroz,
Presidenta de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos le consulto el criterio
de esa municipalidad sobro el texto del expediente 22184,
LEY QUE ADICIONA UN INCISO D) AL ARTÍCULO 18 Y UN ARTÍCULO 18 BIS ALA
LEY DE FUNDACIONES, LEY N.* 5398, DE 28 DE AGOSTO DE 1973 Y SUS REFORMAS, el
cual se adjunta.
Se le agradece evacuar la consulta en el plozo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar
también el exilerio de forma digital.
Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-2422,
2243-2423, o al correo electrónico COMISION-ECONOMICOSBAsAmblea.go.st.
Atentamente,
Nancy Vílchez Obando
Jofo de Área
Sala de Comisiones Legislativas V
Departamento de Comislones Legislativas
"Nota: Favor dar acuse de recibo, es indispensable para el trámite del proyecto.
ANO PEAIS CENAS AACAN, . sc NS
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY QUE ADICIONA UN INCISO D) AL ARTÍCULO 18 Y UN
ARTÍCULO 18 BIS A LA LEY DE FUNDACIONES, LEY N.* 5338,
DE 28 DE AGOSTO DE 1973 Y SUS REFORMAS
ARTÍCULO 1- Adiciónase un inciso d) al artículo 18 de la Ley de Fundaciones, Ley N.* 5330,
de 28 de agosto de 1973, y sus reformas, mismo que so leerá de la siguiente manera:
Artículo 18- Para que las fundaciones puedan recibir de las instituciones públicas donaciones,
subvenciones, transferencias de bienes muebles o inmuebles o cualquier aporto económico
que les permita complementar la realización de sus objetivos, deberán cumplirlos siguientes
requisitos:
h.)
d) Estar al día con el pago de las cuotas obrero palronales de la Caja Costarricense de Seguro
Social, al igual que encontrarse al día con todas sus responsabilidades tributarias,
exceptuando a las fundaciones que se dediquen a lo establecido en el artículo 2 Inciso D y E,
al igual que el artículo 3 inciso CH de la Ley N.* 7293,
ARTÍCULO 2- Adiciónase un artículo 18 bis a la Ley de Fundaciones, Ley N.* 5338, de 28 de
agosto de 1973, y sus reformas, mismo que se leerá de la siguiente manera:
Antículo 18 bis-— Las donaciones, subvenciones, transferencias de blenes muebles o
inmuebles o cualquier otro aporte económico realizado a estas fundaciones por parte do las
instituciones públicas, no podrán ser ullizados para financiar los gastos administrativos.
Rige a partir de su publicación.
Leido y confrentado por.
lecyeh
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Servicios Jurídicos
Internos para que emitan el criterio al expediente 22.184
ACUERDO N* 2895
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Eduardo Cruickshank
Smith, Presidente de la Asamblea Legislativa, teléfono: 2531-6683, correo
electrónico: eduardo.cruikshankGasamblea.go.cr, dice:
PRN-ENCS-429-2021
Asunto: Solicitud de apoyo para Mercado Municipal.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Vean, este documento me pidieron, que lo sacara de la corriente, lo voy a sacar,
yo tenía como recomendación declararlo extemporáneo ya que don Eduardo
pecocí
Pluye
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00180
PAGINA N9157 ACTA N982 Ordinaria. 21-10-2
Cruickshank no es presidente de la Asamblea Legislativa, pero par evitar
problemas mejor lo voy a sacar de la corriente, es que lo envía el señor
Cruickshank con fecha 14 de octubre y él no ya no es presidente de la Asamblea
Legislativa y de casualidad hoy me llamó el asesor que se percató del error y le
dije: “Si gracias a Dios yo me percaté” y me dijo: “Sí, fue Un error, más adelante les
va a llegar firmado como diputado que es.
Lo que pide él es un apoyo al Mercado Municipal de Guápiles y que lo veo muy
bien, pero ellos van a enviar otro documento por lo tanto no voy a ahondar en
discusiones porque ya yo hablé con el asesor y él va a mandar otro documento
ya no como presidente de la Asamblea Legislativa porque en esta fecha no es
presidente, ya él dejó el primero de mayo, ya tiene muchos meses, fue un error del
despacho, por lo tanto, vamos a esperar la otra nota esto es nada más un
comentario, entonces se saca.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla.
Presidente estoy pidiendo la palabra.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Señor Rosbill Arguello.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla.
Muchas gracias señor presidente, señor alcalde, vicealcaldes, regidores
propietarios y suplentes, síndicos, concejales, vecinos del cantón de Pococí. Según
entiendo por palabras del asesor Eduardo Cruickshank, ya se había conversado
con usted para que ese documento no fuera leído, no sé con qué intención lo hizo
usted, pero se le respeta. Yo sí quiero que se consigne en actas la totalidad de mis
palabras, hubo un error involuntario en la oficina del señor Cruickshank y se
membretó por error como presidente de la Asamblea Legislativa, se conversó con
su persona porque se va a enviar un documento nuevo bien escrito, como dije
anteriormente se cometió un error involuntario ya que don Eduardo Cruickshank
Smith no es el presidente de la Asamblea Legislativa pero en fin, usted siempre leyó
el documento y por eso hago la aclaración en segunda instancia.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00181
PAGINA N*158 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Por las palabras que dijo don Rosbill que se inserte en el acta, así como e tá.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla.
Sí, es que yo lo pedí, no es usted el que decide si se inserta o no, soy yo el que
pido.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Que se inserte en actas con el error que viene del primer poder de la República.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla.
Soy yo el que pido, no es usted el que dice que se inserte en actas.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Don Rosbill por favor, respeto estoy hablando.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla.
Igual le pido respeto para lo que yo digo señor, igual le pido respeto.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Se inserta en actas don Rosbill, a como viene el error, así viene, don Rosbill Arguello,
así es.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla.
Soy yo el que decido qué se inserta en actas no usted. Soy yo el que pidió que se
insertara, no usted.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Continuamos con la sesión.
Nota de Secretaría: Se inserta en el acta el documento en discusión.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N9159 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
ASAMBLEA É
LEGISLATIVA
Presidencia Asamblea Legislativa.
PRN-ENCS-429-2021
14 de octubre del 2021
Señores
Concejo Municipal de Pococí
Alcalde Municipal de Limón
Señor
Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal de Pococí
Estimados señores:
Saludos y éxitos en su importante trabajo por el bien de los habitantes de Pococí.
Aprovecho para solicitar su intervención con la finalidad de atender la siguiente
situación:
Ante el interés de vecinos de su localidad, sobre todo pequeños agricultores y
artesanos, deseo instarlos a tomar las decisiones correspondientes para planificar,
proyectar, presupuestar y ejecutar la construcción de un Mercado Municipal que
venga a generar oportunidades para que muchas personas interesadas puedan
vender sus productos con mejor accesibilidad, atención y servicio a los ciudadanos
del cantón. Aparte de la importante cantidad de empleo que se produciría
alrededor de este proyecto.
Los agricultores manifiestan que debido a la carencia de condiciones adecuadas
para la venta de sus bienes se ven obligados casi a regalar sus cosechas a
intermediarios que, a veces, abusan inescrupulosamente de la precariedad en que
se encuentran.
Respetuosamente, que los vecinos de Pococí tengan la posibilidad de un Mercado
Municipal, es una importante decisión política que deben tomar los honorables
regidores y el señor alcalde municipal, por lo cual sugiero que mediante una
Comisión puedan valorar esta petición de sus representados y que como diputado
Depto e Pococí Edificio Principal, San José
bido por: A y y ag 6 Enoy 2531-6683/correo electrónico: eduardo.cruickshank(Wasamblea.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00183
PAGINA N9160 ACTA N*82 Ordinoria. 21-10-2021
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
Presidencia Asamblea Legislativa.
me corresponde apoyar, por los importantes beneficios que puede traer a PococÍ y
los pueblos de todos los rincones de cada uno de sus distritos administrativos.
Esta es una petición respetuosa, con el mayor interés de que se busque el diálogo
en torno a un tema de mucho interés y que produzca acuerdos que permitan
plasmar en acciones concretas para ver materializado en un mediano plazo, una
obra de tan importante calibre. Les agradezco me informen de cualquier decisión
que tomen al respecto.
Fundamento la presente petición, en las disposiciones de los artículos 11, 27 y 30
de la Constitución Política, en relación con los artículos 11 y 13 de la Ley General
de la Administración Pública, artículo 3 de la Ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento lícito en la Función Pública y 32 de la Ley de Jurisdicción
Constitucional, que regulan el deber de rendición de cuentas y probidad, que le
asiste a los funcionarios públicos, así como el ejercicio de la tutela de derecho de
petición, el derecho a ser informado y de obtener pronta respuesta, dentro del
plazo procesal correspondiente, que dicta el bloque de legalidad que regula su
actuación.
Agradezco la atención y pronto despacho que brinde a la presente solicitud.
Con las muestras de consideración y estima,
Atentamente,
Eduardo Cruickshank Smith
| Presidente Asamblea Legislativa
Cal.
Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo de Pococí
Mercadito de Agricultores de Pococí
Archivo
Edificio Principal, San José
Teléfono: 2531-6683/correo electrónico: eduardo.cruickshankMasamblea.go.cr
UL
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00184
PAGINA N9161 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N* 2896
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Nancy Cámara Moya,
Secretaria Ejecutiva de la Cámara de Comercio de Pococí, teléfono: 8974-7489,
correo electrónico: ccpocociOgmail.com, dice:
Asunto: Sobre reunión con la Fuerza Pública, Cámara de Comercio y Concejo
Municipal
10/27/21, 541 PM Correo. secretaria municipal - Outlook
Reunión fuerza pública
CCPOCOCI <infoOecpococi.org>
Mar 19 Oct 2021 07:55
Para: secretaría municipal «secretaria munipococi.go.ct>
Hola buen dia, dos consultas
Aún no se ha definido para cuando la reunión con el Concejo - Fuerza Pública - Cámara, solicitada
en el oficio 040-2021, que se iba a realizar en el Centro Cívico?
Y ya hay respuesta del oficio 076-2021, para que nos faciliten el parque para una feria?
Cualquier información por este medio o al 89747489, le adjunto oficios
Saludos y muchas gracias
Cámara de
Comercio Pococí
Nancy Araya Moya
Secretaria Ejecutiva
Cámara de Comercio de Pococí
»
p>
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00185
PAGINA N9162 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2021
ASOCIACIÓN CÁMARA DE COMERCIO Y AFINES
'ococí DEL CANTÓN DE POCOCÍ
CÉDULA 3-002-762596
Guápiles, 9 de junio del 2021. CCP-040-2021
Señores
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Estimados señores:
La Cámara de Comercio de Pococí muy preocupada por la seguridad del cantón y específicamente con
el distrito de Cariari, ya que últimamente se han dado muchos actos delictivos en esta zona del cantón.
Los comerciantes de Cariari solicitan un espacio con el Concejo Municipal de Pococí y la Cámara les da
el apoyo en esta gestión, solicitando a ustedes nos den ese espacio, para la cual nos gustaría invitar a
don Raúl Rivera comandante de Fuerza Pública en Pococí.
Muy agradecidos por su atención, nos quedamos a la espera de respuesta, cualquier consulta puede
comunicarse al teléfono 8974-7489, o al correo info(Occpococi.org.
Secretarla ejecutiva
Cámara de Comerclo de Pococí
(0 cAmMana or comencio DE Pococí
CcP-076-2021
Guápiles, 29 de septiembre del 2021
Señores
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococi
Estimados señores:
La Cámara de Comercio de Pococí está organizando la 1! Feria Empresarial para los días 10 y 11 de
diciembre de 9am a 9pm, se invitará al comercio asociado y no asociado a la cámara con el fin de
Incentivar la economía en el cantón de Pococí y de esta forma colaborar con un respiro a los comercios.
Nos gustaria que esta feria se realizará en el Parque de Guápiles, por ser unlugar muy céntrico y además
muy ablerto, accesible para todas las personas y de esa manera se tendría distanciamiento entre los
mismos comercios y los visitantes.
Por lo que les solicitamos si nos autorizan el uso del Parque de Guápiles para esta feria, para el mes de
diciembre, quedamos atentos a su respuesta por nuestros medios 8974-7489, correo
Info Becpococi.org.
Muchas graclas, atentamente.
Na ba mb
Secrerária Ejecti
Asoclación Cántara de Comercio y Afines del cantón de Pococí.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Seguridad para que
coordinen una reunión con la Cámara de Comercio de Pococí y la Fuerza Pública.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: OAMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0 e
PAGINA N*163 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-202
ACUERDO N* 2897
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Msc. Dinorah Cubillo
Ortiz, Secretaria Municipal del Concejo de Siquirres, correo electrónico:
secretariaconcejosiquirreesegmail.com, dice:
Asunto: SC-0749-2021
Siquirres lunes 18 de octubre del 2021
SC-0749-2021
ñ Munlelpalidad de Siquirres "
0 DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA
> S UUUCCOS Teléfono: 2768-6079/FAX 2768-2817.
Correo: secretariaconcejosiquirresYgmail.com
si RES
Señora:
Ucda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Pococí
Presente
Estimada Señora:
La presente es para hacer de su conocimiento que el Concejo Municipal de Siquirres en
su Sesión Extraordinaria N*038 celebrada el jueves 14 de oclubre 2021, a las dieciséis
horas, de forma virtual, plataforma Zoom, por el Concejo Municipal de Siquirres, en el
Artículo Ill, Inciso 3), acuerdo N*1908 se conoció y aprobó lo siguiente:
ACUERDO N' 1906-12-10-2021
Sometido a votación por unanimidad se acuerda que las personas nombradas para la Comisión
especial para instruirse sobre los extremos de la propuesta planteada por la Municipalidad de
Pococi (SMP-1562-2021); y proceda a rendir un informe al Concejo Municipal con la
recomendación final, será el Sr. Junior de Los Ángeles Quirós Chavarría, y la Sra. Yoxana
Débora Stevenson Simpson. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN
FIRME.
VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz
Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría.
Cordialmente,
DINORAH DELOS Hrs denota
ANGELES aro
CUBILLO ORTIZ pr,
(ERMA) Ma
MSc. Dinorah Cubillo Ortiz
Secretaría Concejo Municipal
Cc. Archivo.
C.c. Sr. Randal Black ReldPresidente del Concejo Municipal de Siquires
Ce. Sr. Junior de Los Ángeles Quirós Chavarría, y la Sra. Yoxana Débora Stevenson Simpson.
Construyamos un mejor Siquirres Página 1 de 1
WYWW.SIQUIrres.go.cr
Por Unanimidad SE ACUERDA: Esperar el nombramiento de los representantes de
Guácimo para la Comisión Especial para la “Comisión Inter cantonal por la
Educación de la Provincia de Limón” con el objetivo de coordinar una mesa de
trabajo.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*164 ACTA N*82 Ordinaria.
ACUERDO N” 2898
0187
21-10-2021
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Yanett Crawford Steward
del Concejo Municipal de Guácimo, teléfono: 2716-5051, ext: 109 /110, correo
electrónico: secretariaconcejoOguacimo.go.cr, dice:
Oficio: 1230-2021
Asunto: Nombramiento de miembros de Comisión Inter cantonal por la Educación
de la Provincia de Limón
Municipalidad de Guácimo
Secretaría del Concejo Municipal
Tel. 2716-50-51 Ext.109/110
Guácimo, 18 de octubre 2021
S.M.G. Oficio + 1230-2021
Señores (as)
Comisión Inter Cantonal Por La Educación De La Provincia de Limón.
Concejo Municipal de la Municipalidad de Pococí.
S.O.
Estimados (as) señores (as):
REFERENCIA: Nombramiento miembros de comisión,
Para su conocimiento y fines consiguientes me permito transcribir el acuerdo tomado por
el Concejo Municipal del Cantón de Guácimo mediante Sesión Ordinaria N* 41-2021, celebrada el
12 de octubre 2021, dice:
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Nombrar a las Regs. Magda Orocú
Jiménez y Alejandra López Lee, como representantes de esta Municipalidad ante la Comisión
Inter Cantonal Por La Educación De La Provincla de Limón.
( Comuníquese para lo que corresponde al Concejo Municipal de la Municipalidad
de Pococí).
Acuerdo N,% Treinta y Uno. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme,
Definitivamente aprobado.
Cordialmente,
YANETT frac igtamarte
CRAWFORD — porvatrtcuntoro,
STEWART Femxaaiiora
(FIRMA) 135107.0609
Jeanneth Crawford Stewart
Secretaria del Concejo
C. Regs. Magda Orocú Jiménez y Alejandra López Lee
Archivo consecutivo.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se recibe y se conoce
Pececí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
|
PAGINA N*165
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria.
ACUERDO N”* 2899
00188
21-10-2021
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Yanett Crawford Steward
del Concejo Municipal de Guácimo, teléfono: 2716-5051, ext: 109 /110, correo
electrónico: secretariaconcejoOguacimo.go.cr, dice:
Oficio: 1229-2021
Asunto: Solicitud de informe referente a instituciones que han contado con ordenes
sanitarias
Sn, Municipalidad de Guácimo
Da Secretaría del Concejo Municipal
O A Tel. 2716-50-51 Ext.109/110
ENS aan 147
Guácimo, 18 de octubre 2021
S.M.G. Oficio 1+ 1229-2021
Señora
Say Leng Almanza - directora Área Rectoría de Salud
S.O.
Estimada señora:
REFERENCIA; Solicitud de Informe referente a Instituciones que han
contado con ordenes sanitarias.
Para su conocimiento y fines consiguientes me permito transcribir el acuerdo tomado por
el Concejo Municipal del Cantón de Guácimo mediante Sesión Ordinaria N* 41-2021, celebrada el
12 de octubre 2021, dice:
Considerando que a nivel de las Municipalidades de la Provincia se está conformando
la Comisión Inter Cantonal Por La Educación De La Provincia de Limón, este Concejo Municipal
por unanimidad acuerda; Solicitarle cordialmente a la Dra. Say Leng Almanza - Directora Área
Rectoría de Salud - Ministerio de Salud Guácimo, hacer llegar a este Órgano Coleglado un
Informe que contenga reporte sobre todas las Instituciones del Cantón que ala fecha han
contado con Orden Sanitaria, por el tema de Pandemia. Agradeciéndole de antemano su
respuesta positiva.
(Comuníquese para loque corresponde al Concejo Municipal de la Municipalidad
de PococÍ).
Acuerdo N.0 Trelnta. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Definitivamente
aprobado.
Cordialmente,
Frmadodgtaimeto
YANETT OIVANETCRANACRO
CRAWFORD STEWART (FIRMA)
echa 2021101
STEARTCEIRMA ano
Jeanneth Crawford Stewart
Secretaria del Concejo
C. Municipalidad de PococÍ.
Archivo consecutivo.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se recibe y se conoce
Pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00189
PAGINA N2166 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N* 2900
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Denia del Pilar Rojas
Jiménez, Coordinadora General de la Secretaría del Concejo Municipal de
Zarcero, teléfono: 2463-3160, correo electrónico: drojast4zarcero.go.cr, dice:
Oficio: MZ-SCM-306-2021
Asunto: Respuesta del INVU a moción MZ-SCM-251-2021
MUNICIPALIDAD DE ZARCERO
SECRETARIA CONCEJO MUNICIPAL
MZ-SCM-306-2021
18 de octubre del 2021
Señores
Municipalidades del pais
Instituciones del país
Diputados Asamblea Legislativa
Asunto: respuesta del INVU a moción MZ SCM 251 2021
Estimados Señores
Saludos cordiales. La Secretaria Municipal certifica el Artículo IV inciso 10 de la Sesión
Ordinaria número setenta y seis celebrada el 12 de octubre del dos mil veintiuno,
textualmente dice:
El Concejo Municipal acuerda trasladar los documentos de los oficios del INVU PE-527-
10-202, INVU DU-227-09-2021, respuesta a oficio sobre moción del Oficio MZ-SCM-
251-2021 de la Municipalidad de Zarcero sobre trámite de visados, a las municipalidades e
instituciones. Aprobada por unanimidad, en forma definitiva con dispensa de la Comisión
de Gobierno y Administración., 5 votos de los Regidores Propietarios Jonathan Solís Solís,
Margareth Rodríguez Arce, Virginia Muñoz Villegas, Luis Fernando Blanco Acuña,
German Blanco Rojas.
Atentamente,
DENIA DEL PILAR
ROJAS JIMENEZ DELPILARÑONAS JEREZ IMA)
Fecha: 2021.10.18 10:31:09 -06'00'
LRMAde Pilar Rojas Jiménez
Coordinadora General de la Secretaria del Concejo Municipal
Sitio Web: munipococi.go.cr
| a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
 
 
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2202
PAGINA N0171
ACUERDO N” 2901
00194
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Edith Campos Víquez,
Secretaria del Concejo Municipal
roxanaconcejoOmunipoas.go.cr, dice:
Oficio: MPO-SCM-500-2021
Página 1 de $
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE POÁS
A MPO-SCM-500-2021
15 de octubre de 2021
MPO-SCM-500-2021
Señores .
Lie, Carlos Chaves Ávila, Gestión Financiera Tributaria
Llc, Miguel Edo, Murillo Murillo, Gestión Administrativa
Licda, Marcela Castro Herrera, Gestlón Soclal
Ing. Róger Murillo Phillips, Gestión Amblental Municipal
Ing. Jimmy Morera Ramírez, Gestlón de Desarrollo Territorial
Ing. José Jullán Castro Ugalde, Gestión ViaVUnidad Técnica
Municipalidad de Poás
Municipalidades del País
Estimados señores:
Me permito transcribir el ACUERDO NO. 971-10-2021 dictado por el Concejo Municipal de este
Cantón, en su Sesión Ordinaria No. 076-2021 celebrada el día 12 de octubre del año en curso, que
alice:
RESULTANDO
PRIMERO: Que el 22 de febrero de 2021 la Ci ón Nacional de V:
de  Poás, correo electrónico:
Página 2 de $
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE POÁS
MPO-SCM-500-2021
PRIMERO: Que la pandemia por COVID-19 ha generado ua fuerte impucto eu todas las áreas
tivas de la Municipalidad de Poás, a la virtualidad muchas de las princiz
actividades que desarrolla la institución.
SEGUNDO: Que, a lo largo de 2020, diversas casas fanmacéuticas como Jansen, Moderna,
PfizcrBioNTech y AstraZeneca lograron desarrollar y probar vacunas eficaces cu la inmunización
contra COVID-19.
TERCERO: Que diversas entidades reguladoras como la U.S. Food £ Dmg Administration
(FDA) y la Agencia Europea de h (EMA) han aprobado el uso de ia de
varias vacunas contra COVID-19, incluidas las desarrolladas por Pfizer-BioNTech y por
AstraZeueca.
CUARTO: Que la vacuna desarrollada por Pfizer-BioNTech incluso cuenta con aprobación
completa por parte de la FDA.
QUINTO: Que la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología aprobó eluso de las vacunas
Plizer-BioNTech (15 de diciembre de 2020) y AstraZencca ($ de abril de 2021) para la población
costarricense mayor de 12 años,
SEXTO: Que el 22 de febrero de 2021 la Comisión Nacional de Vacunación aprobó la
obligatoriedad de la vacuna contra COVID-19 en funcionarios del sector salud.
SÉTIMO: Que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Ministerio de Salud han
desurollado una estrategia conjunta a lo largo del año para garantizar la aplicación de vacunas a
y
aprobó este lunes la obligatoriedad para aplicar la vacuna COVID-19 en los funcionarios de salud,
tanto en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Ministerio de Salud, y quienes laboran eu
la red de servicios de atención directa en primera líuca del Instituto Nacional de Seguros (INS).
Esta decisión también abarea al personal de salud privado y «será responsabilidad del patrono
tomar las medidas correspondientes de acuerdo con la legislación del país y la normativa
institucional, en el caso de las personas que no quieran vacunarse.
SEGUNDO; Que medi: ión de la R-240-2021 da por el señor Rector de la
Universidad de Costa Rica el 23 de setiembre de 2021, se tomó la decisión de requerir, de manera
obligatoria, la vacunación contra COVID-19 de todas las personas funcionarias de la UCR.
TERCERO: Que se lia considerado oportuno, en protección de la vida y la salud de las personas
funcionarias de la Municipalidad de Poás y las y los visitantes de la institución, acoger en lo que
interesa la resolución de la UCR, para aplicar su contenido eu una ordenanza municipal.
CONSIDERANDO
*POAS, CANTON HIDRICO Y ECOLOGICO DE COSTA RICA”
todas las mayores de 12 años que no tengan una contraindicación médica.
OCTAVO: Que, en el marco de estos esfterzos, Durante el mes, septiembre de 2021, la CCSS
activó un “vacunatón” para aplicar las primeras dosis de la vacuno a toda persona sin importar su
“rea de adscripción. Esto incluye la aplicación de primeras dosis en el Centro de Vacunación
vbicado en Salón detrás del Templo católico de San Pedro de Poás.
NOVENO: Que, a la fecha, las hospitalizaciones y fallecimientos por COVID-19 siguen siendo
uno de los principales problemas de salud en el país y continúan afectando el desarollo de
ivas de la Municipalidad. Sin solo un 13.3% de las personas
izadas cuentan con esquema de vacunación:
DÉCIMO: Que existe sobrada evidencia cientifica que las vacunas aplicadas en Costa Rica
dismiumyen el riesgo de requerir hospitalización o fallecer en caso de contraer COVID-19.
UNDÉCIMO: Que, si bien el artículo 46 del Código Civil prohibe la obligatoriedad de cualquier
examen o tratamiento médico, exceptúa exp “los casos de vacunación obligatoria o de
otras medidas relativas a la salud pública, la seguridad laboral y de los casos previstos enel artículo
98 del Código de Familia.
*POAS, CANTON HIDRICO Y ECOLOGICO DE COSTA RICA”
SECRETARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL
Costado norte del Parque de San Pecro, Apartado Postal $0-4059, Alajuela Costa Rica
Teléfono (506) 2448-4950 Est 108, Fax.: (506) 2244-0820
Correo electrónico: roxaneconcejofimuniposs 90.et
Ppecocí
Pluye
SECRETARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL
¡Costado norte del Parque de San Pedro, Apartado Postal 50-4059, Alajuela Costa Rica
'Ext. 108, Fax: (508)
Correo electrónico: i
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria.
PAGINA N9173
ACUERDO N* 2902
196
21-10-2021
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Emmanuel Quesada
Martínez, Secretaria del Concejo Municipal del Guarco, correo electrónico:
emanuelqmOmuniguarco.go.cr, dice:
Oficio: MG-SM-ACUER-229-2021
Asunto: Apoyo al oficio SMC-1406-2021 del Concejo Municipal de Heredia
El Guorco, 13 de Octubre de 2021
Ahtanco
GOBIERNO LOCAL
OFICIO MG-SM-ACUER-229-2021
ACUERDO S07D0A
ACUERDO SO8DA.
Página 1de1
Señores
Municipalidad de Heredia
Costa Rica
Asunto: APOYO AL Ofíclo SMC 1406-2021 DEL CONCEJO MUNICIPAL DE HEREDIA
Reciban un cerdial saludo.
De contornriclad con lo acordado per el Concejo Municipal de fi Guarco en Sesión Oránaria 1 P111-
2021 celebrada ol 11 de Oclutro Do 2021. me perio informar que con los acuerdos N'S07
y 10500 que dicen
1.2021 de la Comisión de Condición de la Mujer, el cual transcribo lo
unto NL.
Se oprueba el nt
Indicado dento dí
LOficlo SMC 1404-2021 DEL CONCEJO MUNICIPAL DE HEREDIA.
Moción que durante lo sesión! lo. 38 del 18 de enero del 2021 se prosentó elintorme de la Corriión
de la Mujer donde se acordó dar seguimiento al proyecto "Ley conta el acoso y/o violencia poíílica
contra las mujeres” expadente 110.20.1062. Que en esa rrismo sesión se presentó ta moción contra
la Violencia Poflica hacia las Mujeres donde se acordó de fama unórime: “ter a todas las
personas representantes en el Concejo Municipal de Montes de Oca a informarse y sonsbizarsa
sobre esta problemático social pora tomar una posción feme y clica trente a la Vciencia paílica
hacia las mujeros en el espacio municipal", as como "instar a las eSputadas y dpulados de la
República aprobar la convocataa de ampiación para la revisión del expecíente 11o.20.303 Ley
centra el acoso y/o violencia poílica contratas mujeres”.
Visto y anolzado y con votos a favcr de los regidores Heyín Calderon Ureña y Álvaro Quiros esta
comisión dictamina y recomienda ol Concejo Municipis:
1, Que se lome el acuerdo en apoyo a este proyecto de ley N'20.308 LEY PARA PREVENIR
ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LA POLÍTICA.
2. Sea comunique a todas las municipalidades del País.
transcrito
lo anterior para lo que corresponda.
Atentamente, EMMANUEL Fer sat
GERARDO QUESADA Gusana marie pava
MARTINEZ EI) ena
Emanuel Quesada Martinez
Secretario Munlcipol a
Ce/ARCHIVO
Ta: 2100-4000] 1.
me ¡Ev
¡cionamos para servirlo mejor!
Pecocí
Pluye
Concejo Municipal
Secretaría del Concejo Municipal
29 de setiembre del 2021
SCM 1406-2021
HEREDIA
Lo
.
Diputados y Diputadas,
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Señores
INAMU
sorterodinam.go sr
Señoras
FRENTE DE MUJERES POLÍTICAS
mopcostaricacomall.com
Señores.
Comisiones de Condición de la Mujer
MUNICIPALIOADES DE LOS 82 CANTONES
Esumados señores:
Para su conocimiento y demás gestiones, transcribo acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria NI? CIENTO.
VEINTE - DOS MIL VEINTIUNO, celebrada por el Concejo Municipal del Cantén Central de Heredia, el
27 de setiembre del dos mil veintiuno, en el artículo V, el cual dice;
MOCIONES
2. Lcda. Ana Patrida Rodríguez Rodríguez - Lic. Mario Alberto Rodriguez Soto.
“Ara. Ana Yudel Gutiérrez - Ue. Paulino Madrigal Rodríguez
“Asunto: Apoyo a Proyecto de Ley NO 20.208 Ley para preverir, atender, sandonar y erradicar la
Violencia contra las mujeres en la politca.
Texto de la moción
MOCIÓN PARA QUE 5£ BRINDE
Apoyo a Proyecto de Ley N*20.308 LEY PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LA POLÍTICA
Municipalidad Heredia
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
PAGINA N*174
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-20
Concejo Municipal
ia del Con
Municipal
CONSIDERANDO:
1. Que durante la sesión No, 38 del 16 de enero del 2021 se presentó el informe de la Comisión de la
Mujer donde se acordó dar seguimiento al proyecto "Ley contra el acoso y/o violencia política contra las
mujeres” expediente No.20.3092. Que en esa misma sesión se presentó la moción Contra la Violencia
Concejo Municipal
Secretaría del Concejo Municipal
HEREDIA
y prácticas vigentes que sean discriminatorias contra las mujeres. Más allá de espectadoras, las mujeres
“somos hoy actoras, con una presencia en lo publico cada día más relevante,
Esta incorporación en los espacios de participación y toma de decisión, tradicionalmente masculinos, no
ha sido senca: se han aceptado y naturafizado la existencia de conductas derechazo, acoso y violencia
Poltica hacia las Mujeres donde se acordó de forma “Instar a todas las,
en el Concejo Municipal de Montes de Oca a Informarse y sensibiizarse sobre esta problemática sodal
Para fomar una posicón fro y erica nte a la vincia pola hac as mejers an l espacio
municipal”, así como "Instar a las aprobar la
Alabi par Pin el expediente Mo. 20 308 Lay entra acoso y/o ilencia pola Goma ls
mujeres”.
propósito de dicho proyecto es:
folencia política contra las mujeres por razón de género, Induyendo el acoso político coma
una manifestación de esta violencia, Proteger a las mujeres víctimas de acoso y/o violencia política.
Sancionar los actos Individuales o colectivos que limiten o impidan a las mujeres el goce y ejercido de
enla de género y, la de sus perpetradores
Estudios recientes señalan que las mujeres somos quienes, desde décadas atrás, ejercemos en mayor
grado el derecho a elegir, una cultura alas nuevas gl . Por otra parte,
no debemos olvidar la gran cantidad de mujeres que han querido ser parte de órganos de toma de
decisión y que, frente a la violencia de que son víctima desisten o, aquellas que, en ejercicio del cargo
han sido Invisiblizadas u obligadas a renunciar,
Es innegable la capacidad, lderazgo y participación de las mujeres en el día a día en nuestro país: solo
en el año 2018 se presentaron como candidatas a diputadas 418 mujeres y, en el año 2020, más de
14.500 fueron registradas en puestos de toma de decisión de organizaciones cooperativas y comunales,
además de alrededor de 16.600 candidatas a puestos de elección municipal.
Es responsabilidad social y del pais garantizar la participación de las mujeres, y, sus aportes en la toma
00197
su derecho a la participación política y el pleno ejercicio de su ciudadania. Erradicar el acoso y/o violencia de desnes para el desarlo de ina socias lea [unta Costa fa a destacado oras
ollica en contra de las mujeres. delas y enla 'nacional
4. Que ley va más allá de los partidos politicos al Incluir las organizaciones sociales, sindicatos, on el oejeivo de asegurar la igualdad eco, el goce de todos los derechos humanos por todas las
cooperativas, y todos los espacios donde se hace política en las comunidade: personas y eliminar las múltiples formas de discriminación y violencia contra las mujeres, por motivos
5. Que la Investigación "La violencia contra las mujeres en la política municipal: Un estudio sobre su Deere y plomo.
caracterización en la actualidad” (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD, 2019),
conduye que “en el dmbito municipal la vicienda contra las mujeras en la pollica adquiere ona No obstante, en el marco de la celebración del Bicentenario de la Independencia Patria y a poco más de
Y que por las terísticas de la política que la violencia siete décadas de alcanzar el sufragio femenino, el país tiene oportunidad para robustecer su democracia
tome algunas formas por medio de más tuenes y más Paritaria, con múltiples acciones políticas y entre éstas la aprobación de una iniciativa de ley pendiente,
que pueden lograr bloquear por completo la actvidad politica de las mujeres” (PNUD,2019)
6. Que el Proyecto de Ley N*20.308 LEY PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA que oconocs EE MORIA Cpu 128 ES PASS de O
Vda SAS nues e A OLMO sd payasada Violencia afecto, también, el ejercicio de nuestros derechos pollos, pero que es posfble, prevenirla y
iva este viernes 24 de setiembre.
En este contexto, quienes firmamos, solíctamos alas señoras y señores diputados, la pronta aprobación
7. Que el Frente de Mujeres Polics de Costa Ria, organización que regnerepcesentantes e todos los .
rr credo cio de 00.00 EN Pala PRE ATENGE, SANCIOMAN Y EDIC LA MOLA
a e O ria aa ¿dc pa Irratia drpuirsinor Lage 8. Moción Por La Regidora del Concejo! ¡de Montes de Oca Carolina Monge
Pepe pele qunsvir e E Iécs Y Blrstal Castila es la base sobre la que se sustenta eta propuesta para el Concejo Municipal de Hereda.
Vies vercon comprometa con 1 lgualead eleciva, e fimar dicho pronunciamiento, el cual ls:
INAMU Y FRENTE DÉ MUJERES POLÍTICAS POR TANTO:
Mosotras, las abajo mujeres y de sus organi nos M para que este concejo de lo
pora pusad elos derecho hi de a mujeres, por las
de carácter nacional e por el pals a su 1. Respaldar el pronunciamiento del Frente de Mujeres Politicas de Costa Rica y el INAMU,
Sormalva. Con firmeza, os prorunciamos por el derecho de todas las personas a viv una ido plena 2. Instara las diputadas y diputados de la República aprobar el Proyecto de Ley N*20.308 LEY PARA
+n Igualdad, sin violencia ni discriminación. PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LA
Los múltiples esfuerzos que nuestro país ha realizado desde el siglo pasado, con el concurso decidido de POLÍTICA, para dotar de una Jurilca y urgente para la delas
Jas organizaciones de mujeres y ferilstas e pr dels desechos humanos, evidencian hoy, la urgente
necesidad de que el Estado cumpla con la obligación de modificar o abolir las leyes, normas, costumbres
3. Comunicar este acuerdo a la Asamblea Legislativa, al INAMU y al Frente de Mujeres Políticas a los
siguientes correos electrónicos pcordero(inamu.go.cr y mppcostaricamgmall.com
4.. Invitar a las Comisiones de Condición de la Mujer de los 82 cantones del país para que suscriban
su apoyo.
Se dispense del trámite de comisión.
mujeres que participan en la política y que constantemente son víctimas de la violencia política,
5.
ACUERDO 14,
ANALIZADA LA MOCIÓN PRESENTADA POR LA LICDA. ANA PATRICIA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
, EL LIC, MARIO ALBERTO RODRÍGUEZ SOTO, LA ARQ. ANA YUDEL GUTIÉRREZ Y EL LIC,
PAULINO MADRIGAL RODRÍGUEZ, SE ACUERDA POR UNANIMIDAD:
A. RESPALDAR EL PRONUNCIAMIENTO DEL FRENTE DE MUJERES POLÍTICAS DE COSTA
RICA Y EL INAMU,
B. INSTAR ALAS DIPUTADAS Y DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA APROBAR EL PROYECTO DE
LEY N*20.308 LEY PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA
VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LA POLÍTICA, PARA DOTAR DE UNA
HERRAMIENTA JURÍDICA NECESARIA Y URGENTE PARA LA PROTECCIÓN DE LAS
MUJERES QUE PARTICIPAN EN LA POLÍTICA Y QUE CONSTANTEMENTE SON VÍCTIMAS
DE LA VIOLENCIA POLÍTICA.
C. COMUNICAR ESTE ACUERDO A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA, AL INAMU Y AL FRENTE DE
MUJERES POLÍTICAS A LOS SIGUIENTES CORREOS ELECTRÓNICOS
PCORDEROGINAMU.GO.CR Y OPPCOSTARISAMOMAN-COM
D. INVITAR A LAS COMISIONES DE CONDICIÓN DE LA MUJER DE LOS 82 CANTONES DEL
PAÍS PARA QUE SUSCRIBAN SU APOYO.
%% ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO,
Atentamente,
FLORY ALVAREZ e raaeerrocaci
RODRIGUEZ Fon ono101o
(FIRMA) pe
MSc, Flory Álvarez Rodríguez
Secretaría Concejo Municipal de Heredia
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo a los Concejos Municipales
del Guarco y Heredia.
Pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%175 ACTA N*82 Ordinaria.
ACUERDO N* 2903
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Margoth León Vásquez,
Secretaria del Concejo Municipal de Esparza, correo electrónico:
mvasquezOmuniesparza.go.cr, dice:
Oficio: SM-0803-2021
Municipalidad de Esparza
Secretaría del Concejo Municipal Secretaría del Concejo Municipal
S Municipalidad de Esparza ES
Espiritu Santo de Esparza, 07 de octubre de 2021
SM-0803-2021
Señores
Carlos Alvarado Quesada
Presidente de la República
Rodolfo Méndez Mata
Ministro de Obras Públicas y Transporte
Goblernos Locales del País
Comisión Legislativa de la Provincia de Puntarenas
Municipalidades de la Región de Pacifico Central
Diputados
Asamblea Legislativa
Estimados señores:
Para conocimiento suyo y fines consiguientes, pláceme transcribir el acuerdo
tomado por el Concejo Municipal de Esparza, en Acta N* 112-2021 de Sesión
Ordinaria, efectuada el lunes cuatro de octubre del dos mil veintiuno, Artículo
V, inciso 1 que dice:
4- Se conoce moción escrita presentada por la regidora propietaria Karol Arroyo
Vásquez, secundada por los regidores Kevin Antonio Campos Angulo, Ronald Robles
Arley, Fiorella Ramirez Silva, y acogida por la presidencia, que dice:
“MOCIÓN
Presenta: Reg. Kevin Antonio Campos Angulo
Secunda: Reg. Karol Arroyo Vásquez, Reg. Fiorella Ramírez Silva, Reg. Ronald Robles Arley
Acoge: Reg Femando Villalobos Chacón
Considerando:
1. Que en la Sesión Ordinaria N*79 de este Concejo Municipal, se presentó una moción
solicitando al Presidente de la República, así como al Ministro de Obras Públicas y
“Transportes, dar solución pronta y con carácter de urgencia a la condición de deterioro y
Aver 01 entra Calas 4y 6
Tel: 26360128; 26360188 Far 26160174 Enil muusques Orumiesparza gor dssnches O mueieiportagocr.
Pecocí
Pluye
peligro que representa el Puente Sobre el Rio Daranca en Ruta Nacional 1, moción que Tue
y alas autoridades correspondi
2.Que de ese acuerdo municipal, dieciséis Concejos Municipales del país acordaron
brindar sus votos de apoyo a esta iniciativa, elevando así ellos su respaldo y su excitativa a
In intervención pronto del puente.
3. Que posterior a la emisión de ese acuerdo, se recibieron en este Concejo Municipal
diversas conminicaciones por parte del MOPT así como del CONAVI. Siendo que el oficio
DRPC-74-2021-0512 emitido por la Gerencia de Conservación de Vias y Puentes señalaba
+A la fecha de hoy, esta Gerencia no tiene trabajos programados o en ejecución a la estructura
del puente sobre el Río Barranca en ruta nacional 1 (RN 1), esto debido n que desde marzo
la zona de couservación 3-1 Puntarenas se encuentra sin contratos de mantenimiento
periódico o rutinario”. Posterior mediante oficio DVP 38-2021-0240, esta vez de la Gerencia
de Contratación de Vias y Puentes iufonmó a la Municipalidad de Esparza que
e el pi denominado “Cc ión de nuevo puente sobre el Rio
en la Ruta Nacional No.1”, se incluido dentro del Plan Operativo
Institucional 2021 de este Consejo”, sin embargo esta Gerencia también señaló “Cabe
destacar, que el atraso que se ha generado en este proyecto obedece a que el diseño de la
subestructura de dicho puente, será suministrado por el MOPT y dependemos de las
prioridades establecidas en el Deparamento de Puentes de ese Ministerio”, Todo esto
dejando en evidencia uma clara ión por parte de las Instituciones responsables
así como a lo interno de sus mismos ja, sin que se di la diligencia y la
claridad con la que este proyecto debería ser abordado.
4. Que según se lha indicado ya en la moción promovente de este proceso, el Laboratorio
, Materiales y Model (LANAMME) desde el 2011 mediante el
informe LM-PI-001-201 1, denominado “Inspección del Puente sobre el Río Barranca" indicó
textualmente en su página 22 lo siguiente: “El grado de deterioro del puente es crítico
de la ión observada, el agrictamiento y los daños exi en varias
secciones de la losa, la corrosión de las vigas de acero y la vibración excesiva”. Y a pesar de
que desde esa fecha hasta el día de hoy se ha intervenido cn ciertos tramos el puente,
LANAMME conctayó textualmente “En base a lo anterior es que se recomienda sustituir de
inmediato el puente. Los trabajos de reparación resultarían onerosos para una estructura que
prácticamente cumplió su vida útil”, Ha pasado una década desde lo indicado por esta
institución y n día de hoy, el puente por el que transitan miles de personas a diario y que se
determinó como crítico su estado, no ha recibido aún la intervención requerida. En la misma
vía y como hecho a lamentar por medio del decreto presidencial 38489-MP-MOPT de 8 de
mayo de 2014, el entonces Presidente de la República, Luis Guillermo Solís Rivera, declaró
de interés público la intervención de 12 puentes con carácter de urgencia en el país, siendo
que el puente sobre el río Barranca en Ruta Nacional 1 estaba incluido en esta lista.
5. Que mediante la Resolución N.* 2021019089 la Sala Constitucional de la Corte Suprema
de Justicia declaró con lugar el Recurso de Amparo interpuesto contra mbas instituciones
(MOPT y CONAVI) indicando “después de analizar los elementos probatorios aportados,
Avenida 01 entra Calas 46
Til: 16360128; 26360188 Tay 26360174 Emil mrasguez O mmonleparta go. Cxenchez O rmunispurza oc
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria.
PAGINA N*176
L>)
este Tribunal verifica que existe una vis alos de de las:
que utilizan el puente sobre el rio Barranca, en la Ruta Nacional 1. [...] El puente sobre el
río Barranca, en la Ruta Nacional 1 presenta un evidente deterioro, el cual pone en riesgo la
seguridad e integridad fisica de las personas que lo utilizan (....]. El deterioro sobre el puento
en cuestión es de conocimiento de las diferentes autoridades del Estado, (...] La autoridad
recurrida ha recibido y dado r a las gesti das por la icipalidad de
Esparza; sin embargo, el problema del puente persiste, sin fecha cierta para solucionarlo.” Y
en observancia a estos hechos, esta Sala determinó su fallo en contra de las Instituciones,
textualmente “En virtud de lo estratégico de la Ruta No. 1, y con el fin de garantizar la
s e integridad de los de inmediato se Jns instancias de
coordinación en sus resp! ámbitos de G i
las obras que garanticen la seguridad y el utilidad de
el proceso de contratación administrativa respectivo y; que en el plazo de 36 meses contados
a partir de la ión de esta la se pi djudiquen y ej las
Municipalidad de Esparza
Secretaría del Concejo Municipal.
00199
21-10-2021 —
Municipalidad de Esparza
Secretaría del Concejo Municipal
S
para conel p Construcción de nuevo
puente sobre el Río Barranca en la Ruta Nacional No.1”.
6. Que a pesar de lo jo de este fallo, es como N y más
este Concejo Municipal de Esparza como promovente, realizar un certero y vehemente
i a la ejecución de este, ya que la no ejecución incurriría en un delito gravemente
penado por la Ley de la Jurisdicción Constitucional. Por tanto deberá ej toda presión
política que sea posible, por la mayor cautidad de Concejos Municipales del país, y órganos
y entes que sean coercilivos.
7. Que es imperativo que un puente que diariamente decenas de miles de costarricenses
atraviesan por él, sea intervenido lo más pronto; un puente que por todos los habitantes de
310 icar el presente así como la R ón de la Sala Ci ional, a las
Municipalidades de la Región de Pacífico Central, Puntarenas Cantón Central, Montes de
Oro, Orotina, San Mateo, Garabito, Parita y Quepos, solicitando presentar sus
posicionamientos respecto a este Puente, y declarar ellos como de Interés Cantonal este
proyecto.
4. Remitira los restantes Gobiernos Locales del País el presente acuerdo solicitando su apoyo
y suseguimiento al mismo.
5. Trasladar a la Comisión L de la Provincia de P este acuerdo, solici
a los señores Diputados que la conforman, brindar el seguimiento y el control político que
posean a su alcance? HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCIÓN,
las localidades cercanas se conoce su estado de de ;, un puente que conecta
Guanacaste con el resto del país y por donde Esparzanos diariamente transitan a sus trabajos
o demás ocupaciones; un puente que por desidia de las Entidades de Gobierno pone en riesgo
ln integridad de nuestros pobladores.
Por tanto, moclono para que este Concejo Municipal apruebe con dispensa de trámite
de Comisión:
1. Declarar de Interés Público Cantonal el proyecto "Construcción de nuevo puente sobre el
Kio Barranca en la Ruta Nacional No, 1”, del MOPT y CONAVI, encomendando a este
Concejo Municipal al menos de foua anual por el plazo de los 3 años referidos en el Fallo
de la Sala Ci ional, realizar wma Sesión Extraordinaria de iento al proyecto,
convocando para ello a los jerarcas en ejercicio de estas instituciones.
2. Solicitar al Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, así como al Ministro de
Obras Públicas y Transporte, señor Rodolfo Méndez Mata, comunicar u este Concejo
Municipal los avances que a día de hoy se hayan realizado en toro a la presentación y
licitación del proyecto, así como las fechas en las que el proyecto de ó
pueda iniciar.
Se a ión la disp: de trámite de Comisión de acuerdo con el artículo
44 del Código Municipal, la cual resulta APROBADA por unanimidad.
SE ACUERDA: Aprobar en todos sus términos la moción presentada por el regidor
propietario Kevin Campos Angulo. Trasladar copia a la Comisión de Obras Públicas.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO POR UNANIMIDAD.
Atentamente,
CONCEJO MUNICIPAL DE ESPARZA
Asenida OS entra Cas 496
Til: 26160128; 26360188 Far: 26360174 Emil marquez n dunchuco maipo gor
ARGOT reieagraner
COEN
LEON VASQUEZVASOsE oi
(FIRMA) MO 060
Margoth León Vásquez
Secretaria del Concejo Municipal
= Consta Otras Pubicas.
S gm
«o
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo al Concejo Municipal de
Esparza.
ACUERDO N* 2904
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Juanita Villalobos
Arguedas, Secretaria Municipal de
concejoOmontesdeoro.go.cr, dice:
Oficio: N*104-S.M-2021
Pecocí
Pluye
Montes de Oro, correo electrónico:
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
PAGINA N%177
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
0200
ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Municipalidad de Montes de Oro
Secretaria del Concejo Municipal
Teléfono 26399020 Ext.101- Fax 26397623
Correo electrónico: concejodmunimontesdeoro.go.cr
TRANSCRIPCION Y NOTIFICACION DE ACUERDO
RAMA RAAMAR AAA AA 228 A AA8 AA 2302 A AAMRA RADAR DD ADAM AA AGA ADA ABAD RA BASA RADA M0
Oficio N*104-5.M-2021
Miramar, 13 de Octubre del 2021.
Señores
Carlos Alvarado Quesada
Presidente de la República
Rodolfo Méndez Mata
Ministro de Obras Públicas y Transportes
Gobiernos Locales del País
Comision Legislativa de la Provincia de Puntarenas
Diputados Asamblea Legislativa
Estimados Señores:
La Suscrita Juanita Villalobos Arguedas en calidad de
Secretaria Municipal de la Municipalidad de Montes de Oro, se permite
notificar y transcribir acuerdo aprobado en forma definitiva por el Concejo
Municipal de Montes de Oro. según el Artículo IV, Acuerdo N”7 de la Sesión
Ordinaria N*76-2021 de fecha 12 de octubre del 2021, que literalmente dice:
“ACUERDO 7:
El Concejo Municipal de Montes de Oro acuerda dar un voto de apoyo al acuerdo
tomado por el Concejo Municipal de Esparza mediante ol Artículo Y. inciso 1 del
Acta N. 112-2021 Sesión Ordinaria efectuada el lunes 4 de octubre del 2021”
Se ac ado ¡e tely
Sin más por el momento, se suscribe, atenta y servidora,
CONCEJO MUNICIPAL DE MONTES DE ORO
JUANA Mmm gimen
VILLALOBOS — ELucsos
ARGUEDAS ainia
(FIRMA) o
Juanita Villalobos Arguedas
Secretaria Municipal
C.C./Archivo/2021
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo al Concejo Municipal de
Montes de Oro.
ACUERDO N* 2905
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora María de los Ángeles
Hernández Mora, Presidenta Municipal de Moravia y la señora Marisol Calvo
Sánchez, Secretaria, correo electrónico: mcalvoOmoravia.go.cr, dice:
Oficio: SCMM-0476-2021
Asunto: Obligatoriedad para aplicar la vacuna del COVID-19
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
PAGINA N*179
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N%82 Ordinaria.
secaetat del Concejo Marica
Correo erro: momo ropa nor
Teblccox: 2060 2214/2040 2230
MORAVIA
Gobierno Local|
2. Instar respetuosamente a la Akcalla Municipal que Interponga sus buenos
oficios con el fia de que, en su condición de administrador general y ete delas
y, mediante E requiera a
parúr del viernes 15 de octubre de 2021, de manera obligatoria la vacunación
contra COVID-19 de todas las personas funcionarias de la Municipalidad de
Morada.
Para lal efecto, se teccenlenda: instruir al Departamento de Tecnologías de la
Información realivar las acriones corespondientes para crear un formulario a.
pestaña en el llo web de la Munkipaldad para la verificación, que se podrá
hacer mesfante una fotografía por ambos lados del camé de vacunación
(racionato 'ocontacertcad porel Salud
para tal efecto.
Se requiere al Departamento de Recursos Humanos, Sstud Ocupacional y
Médico de Empresa que, una vez verilicada la información, emitan un Informe
posterior al 15 de octubre de 2021, señalando el personal que incumpla esa
eventual dsposición.
De Incumplicse la dispovcón se solicta tomar Las medatas que en derecho
correspondan
3, Fi caso de contar solo con una dos, la verificación de esta que se supere
adentir sería únicamente cuando no hayan transcurrido más de doce semanas
desde ss aplicación.
4. Y eristicra slguno contraindicación mádca o adn no so tuera aecczo a la
vacuna por otros motivos de fuerza mayor comprobable, se sugicre que la
persona funcionaria deba aportar documentación idónea y avalada por bo CCSS
¿ola InsUtución competente que compruebe esta sAuación.
5 Hacer un llunado a la población moraviara a completar su esquema de
vacunación por COVID 19 de mancra eficaz, para lo cual, se instruye ol
Departamento de Comunicación Insttuciona! hacer extensivo
16 Realrmar ala comunidad moraviama que estas medidas buscan salvagundar
lo vida e Integridad sica de todas las personas y son complementarias a los
protocolos sanitarlos que se deben segulr en toda actraidad y esoacio municipal
como el uso de mascarila, el lavado de manos y el Uistanciamiento fico. A
MORAVIA] Gsiiaoor a.
Gobierno Local|  tamees: anos
Notifíquese atodos os Concejos Muntapates del pols a quieres se les insta, respetuosamente a
adoptar ocuerdos de simvar o Igual naturaleza en protección de la vido de xus hobrtantes y
perscnal
> POR UNANIMIDAD para la dispensa de trámite de comisón, por el fondo y aprobeción
¿deliidra de los ediles Marielos Mernández Mora, Ana Teresa Sancho Arroyo, Diego López
óp0r, Randall Montero Rodriguez, Sandra Artavla Salas, Giancarlo Casasola Chaves y Juno
temo Carrasco Ocaña.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORAVIA EN SESIÓN ORDINARIA NÚMERO SETENTA Y SEIS
CELEBRADA EL DÍAONCE DE OCTUBRE DELAÑO DOS MIL VEINTIUNO, ACUERDA APROBAR CON
DISPLNSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN LA MOCIÓN SUSCRITA POR EL REGIDOR PROPIETARIO.
GIANCARLO — CASASOLA CHAVES — (TAMISCRITO — ANTERIORMENTEL — ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
teaués del fomento dea corresponsabitdxd y elculdo conjunto se espera lograr
resultados exitosos desde la prevención. eyes
MARIA DELOS
Noifiquese ala Atolda, a la méxico de empeeso, al Departamento de tecnologias de lo retos oro
as
Toformación, al Veportamento de Sotud Ocupacional, al Departamento de Necursos Ilumanos 4 NERAL MORA
- _ e MARIELOS HERNÁNDEZ MORA. AS
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo al Concejo Municipal de
Moravia.
Pecocí
ACUERDO N”* 2906
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Xinia Espinoza Morales,
Secretaria del Concejo Municipal de  Garabito, correo electrónico:
concejoOmunigarabito.go.cr, dice:
Oficio: S.G-571-2021
Asunto: Voto de apoyo para solicitar prohibir la doble postulación de elecciones
municipales.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9180 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
MUNICIPALIDAD DE GARABITO SECRETARÍA DEL CONCEJO
2 Jacó, 12 de octubre, 2021
S.G. 571-2021.
Señores (as)
Asamblea Legislativa
Municipalidades del Pals
ASUNTO: VOTO DE APOYO PARA SOLICITAR PROHIBIR LA DOBLE POSTULACIÓN |
EN ELECCIONES MUNICIPALES.
Estimados (as) señores (as):
El Concejo Municipal de Garabito en Sesión Ordinaria N* 76, Artículo lll; Inciso G),
celebrada el 11 de octubre del 2021, ACUERDA POR UNANIMIDAD Y EN FORMA
DEFINITIVA:
“BRINDAR voto de apoyo al ACUERDO VI-4 dictado por el Concejo Municipal de TIBÁS,
en su en su SESIÓN ORDINARIA N* 075 celebrada el día 05 de octubre del 2021, notificado
en el oficio N? DSC-ACD-526-10-2021 de fecha 07 de octubre de 2021, dirigido a la
Asamblea Legislativa y a las Municipalidades del País, que en su, POR TANTO, dice lo
siguiente:
4. En concordancia con este proyecto, se solicita a este honorable Concejo Municipal
apoyar este Proyecto de Ley Reforma al Artículo 148 del Código Electoral, Ley N* 8765
de! 02 de Setiembre del 2009 y sus Reformas Expediente N* 22.649; prohibir la doble
postulación de alcalde, vicealcalde, regidores y síndicos.
2. Que esta moción sea enviada a otras municipalidades y a la Asamblea Legislativa para
que el apoyo de este Honorable Concejo sea tomado en consideración,
3, Que se dispense del trámite de comisión y se declare acuerdo detinitivamente
aprobado. Después de ser dispensada del trámite de comisión, se somete a votación
la moción.
SE SOMETE A VOTACION LA MOCION Y ES APROBADA POR MAYORIA CALIFICADA
DE LOS SEÑORES REGIDORES. (CON UNA VOTACION EN CONTRA DE POLINARIS
VARGAS).
SE SOMETE A VOTACION DECLARAR EL ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO
Y SE APRUEBA POR MAYORIA CALIFICADA DE LOS SEÑORES REGIDORES (CON
UNA VOTACION EN CONTRA DE POLINARIS VARGAS). ACUERDO FIRME.”
Licda. Xinia
Secretaria de Concejo.
C/ Copiador e
Sra. Jannina Villalobos Solís - Secretaria — Concejo Municipal de Tibás.
Expediente Asamblea Legislativa.
Expediente Municipalidades.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo al Concejo Municipal de
Garabito.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*181
ACTA N*82 Ordinaria.
ACUERDO N* 2907
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Xinia Espinoza Morales,
Secretaria del Concejo Municipal de  Garabito, coreo electrónico:
concejoOmunigarabito.go.cr, dice:
Oficio: S.G-572-2021
0204
21-10-2021
Asunto: Voto de apoyo al acuerdo de la Municipalidad de Esparza “Para declarar
de interés público cantonal el proyecto de construcción del nuevo puente sobre
Pecocí
Jacó, 12 de octubre, 2021
S.G. 572-2021.
Señores (as)
Carlos Alvarado Quesada
Presidente de la República
Rodolfo Méndez Mata
Ministro de Obras Públicas y Transporte
Gobiernos Locales del Pais
Comisión Legislativa de la Provincia de Puntarenas,
Municipalidades de la Región de Pacífico Central
Diputados — Asamblea Legislativa,
ASUNTO: VOTO DE APOYO AL ACUERDO DE LA MUNICIPALIDAD DE
ESPARZA “PARA DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO CANTONAL EL
PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE NUEVO PUENTE SOBRE EL RÍO
BARRANCA EN LA RUTA NACIONAL NO.1”, DEL MOPT Y CONAVI”.
Estimados (as) señores (as):
El Concejo Municipal de Garabito en Sesión Ordinaria N? 76, Artículo Ill; Inciso H),
celebrada el 11 de octubre del 2021, ACUERDA POR UNANIMIDAD Y EN FORMA
DEFINITIVA:
“BRINDAR voto de apoyo al Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Esparza,
en Acta N” 112-2021 de Sesión Ordinaria, efectuada el lunes cuatro de octubre del
dos mil veintiuno, Artículo V, inciso 1, notificado en el oficio N” SM-0803-2021 de
fecha 07 de octubre de 2021; dirigido a los Sres. Carlos Alvarado Quesada —
Presidente de la República, Rodolfo Méndez Mata — Ministro de Obras Públicas y
Transporte, Gobiemos Locales del País, Comisión Legislativa de la Provincia de
Puntarenas, Municipalidades de la Región de Pacífico Central, Diputados —
Asamblea Legislativa, que en su POR TANTO, dice lo siguiente:
1. Declarar de Interés Público Cantonal el proyecto "Construcción de nuevo puente
sobre el Río Barranca en la Ruta Nacional No.1*, del MOPT y CONAVI,
encomendando a este Concejo Municipal al menos de forma anual por el plazo
de los 3 años referidos en el Fallo de la Sala Constitucional, realizar una Sesión
+ Extraordinaria de seguimiento al proyecto, convocando para ello a los jerarcas
en ejercicio de estas instituciones.
Pluye
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Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00205
PAGINA N*182 ACTA N“82 Ordinaria. 21-10-2021
S.G. 572-2021.
Página N*.2.
2. Solicitar al Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, así como al
Ministro de Obras Públicas y Transporte, señor Rodolfo Méndez Mata,
comunicar a este Concejo Municipal los avances que a día de hoy se hayan
realizado en torno a la presentación y licitación del proyecto, así como las fechas
esperadas en las que el proyecto de construcción pueda iniciar.
3. Comunicar el presente acuerdo, así como la Resolución de la Sala
Constitucional, a las Municipalidades de la Región de Pacífico Central,
Puntarenas Cantón Central, Montes de Oro, Orotina, San Mateo, Garabito,
Parrita y Quepos, solicitando presentar sus posicionamientos respecto a este
Puente, y declarar ellos como de Interés Cantonal este proyecto.
4. Remitir a los restantes Gobiernos Locales del País el presente acuerdo
solicitando su apoyo y su seguimiento al mismo.
5. Trasladar a la Comisión Legislativa de la Provincia de Puntarenas este acuerdo,
solicitando a los señores Diputados que la conforman, brindar el seguimiento y
el control político que posean a su alcance.” HASTA AQUÍ LA
TRANSCRIPCIÓN.
Se somete a votación la dispensa de trámite de Comisión de acuerdo con el artículo
44 del Código Municipal, la cual resulta APROBADA por unanimidad.
SE ACUERDA: Aprobar en todos sus términos la moción presentada por el regidor
propietario Kevin Campos Angulo. Trasladar copia a la Comisión de Obras Públicas.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO POR UNANIMIDAD.” “
Licda. Xinia Espinoza Morales
Secretaria de Concejo.
C/ Copiador
Sra. Margoth León Vásquez - Secretaria — Concejo Municipal de Esparza
Expediente Ministerio de Obras Públicas.
Expediente Asamblea Legislativa
Expediente Casa Presidencial
Expediente Municipalidades
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo al Concejo Municipal de
Garabito.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*183 ACTA N*82 Ordinoria. 21-10-2021
ACUERDO N”* 2908
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Flory Álvarez Rodríguez de
la Secretaria del Concejo Municipal de Heredia, correo electrónico:
falvarezOheredia.go.cr, dice:
Oficio: SCM-1406-2021
Asunto: Moción para que se brinde apoyo al proyecto de Ley N*20.308 Ley para
prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la
política.
Concejo Municipal
29 de setiembre del 2024
SCM 1406-2021
Señores
Diputados y Diputadas
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Señores
INAMU
sordero/dinamu. 9.
Señoras
FRENTE DE MUJERES POLÍTICAS
Ica Ramall.com
Señores
Comisiones de Condición de la Mujer.
MUNICIPALIDADES DE LOS 82 CANTONES
Estimados señores:
Para 94 conccimiento y demás gestiones, transerto acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria N* CIENTO.
VEINTE - DOS MIL VEINTIUNO, celebrada por el Concejo Municipal del Cantén Central de Heredia, el
27 de setiembre del dos mi veintiuno, en el articulo V, el cual dice:
MOCIONES
2. Licda, Ana Patricia Rodríguez Rodriguez - Lic. Mario Alberto Rodríguez Soto
Asa. Ána Ydel Guide - Ue, Paulino Madrigal Rodríguez
Apoyo a Proyecto de Ley N? 20.308 Ley para prevenir, atender, sancionar y erradicar la
lencia doniva las mujeres en poli.
Texto de la moción
MOCIÓN PARA QUE SE BRINOS
Concejo Municiy
Secretaría del Concejo Municipal
HEREDIA
BIERN
CONSIDERANDO:
1. Que durante la sesión No, 38 del 18 de enero del 2021 se presentó el Informe
Mujer donde se acordó dar seguimiento al proyecto "Ley contra el
mujeres” expediente No.20.3002, Que en esa misma sesión se pr
la Comisión de la
so y/o violencia política contra las
tó la moción Cepa la Violencia
Política hada las Mujeres donde se acordó de forma : “Instar a todas las pl
en el Concejo Municipal de Montes de Oca a sobre esta pi mática social
para tomar una posición firme y critica (sl lo violencia política hacia das mujeres en el espacio
municipal”, así como "Instar a las de la Republic
probar la ia de
ampliación para la revisión del expediente No. 20.308 Ley contra el acoso 1% 'olencia política contra las
mujeres”,
3. Que el propósito de dicho proyecto es:
Prevenir la violencia política contra las mujeres por razón de género, Induyendo el acoso político como
Una de esta Proteger a las de acoso y/o violencia politica,
Sancionar los actos Individuales o colectivos que limiten o Impldan a las mujeres el goce y ejercido de
su derecho a la participación política y el pleno ejercicio de su cludadanía. Erradicar el acoso y/o violencia
política en contra de las mujeres.
4, Que ley va más allá de los partidos al Incluir las or sociales,
cooperativas, y todos los espacios donde se hace política en las comunidades,
5. Que la Investigación "La violencia contra las mujeres en la política municipal: Un estudio sobre su
caracterización en la actualidad” (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD, 2019),
conduye que "en el ámbito municipal la violencia contra las mujeres en la política adquiere una
especificidad particular y que por las caracteristicas de la poltia municipal favorecen que la violencia
tome algunas formas por medio de ¡s fuertes y más frecuentes,
que pueden lograr bloquear por completo la actividad política de las mujeres” (PNUD 2019)
6. Que el Proyecto de Ley N*20.308 LEY PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA
VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LA POLÍTICA, será entregado en un acto en la Asamblea
Legistati te viernes 24 de setiembre.
7. Que el Frente de Mujeres Políticas de Costa Rica, organización que reúne representantes de todos los
partidos políticos y cuyo objetivo es “Generar una alianza estratégica y de diálogo continuo de mujeres
organizadas en los mecanismos dentro de los partidos políticos que permita unir intereses e iniciativas,
ar el respeto y ct de los derech de las mujeres” (MPP, 2019),
ha redactado un pronunciamiento y ha extendido la Invitación a todas las autoridades, líderes y llderesas
y toda persona comprometida con la Igualdad efectiva, a firmar dicho pronunciamiento, el cual dice:
INAMU Y FRENTE DE MUJERES POLÍTICAS
, las abajo pl de la diversidad de y de sus organizaciones, nos
por la iva de los derechos de las mujeres, ri por las
¡pr de carácter nacional e inten 1al e incol por el país a su
ya
hormativa, Con firmeza, nos pronunciamos por el derecho de todas las personas a vivir una vida plena
en igualdad, sin violencia ni discriminación.
Los múltiples esfuerzos que nuestro país ha realizado desde el siglo pasado, con el concurso decidido de
Apoyo a Proyecto de Ley N*20.308 LEY PARA
ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LA POLÍTICA
Pecocí
Pluye
las de mujeres y en pro de los derechos humanos, evidencian hoy, la urgente
necesidad de que el Estado cumpla con la obligación de modificar o abolir las leyes, normas, costumbres
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
0206
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9184 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Concejo Municipal
cretaría del Concejo Municipal
y prácticas vigentes que sean discriminatorias contra las mujeres. Más allá de espectadoras, las mujeres
¡somos hoy actoras, con una presencia en lo público cada día más relevante.
Esta incorporación en los espacios de partclpación y toma de decisión, tradidonalmente mascutinos, no
ha sido sencilla: se han aceptado y naturalizado la existencia de conductas de rechazo, acoso y violencia
enla de género y, permitido, la de sus.
Estudios reclentes señalan que las mujeres somos quienes, desde décadas atrás, ejercemos en mayor
grado el derecho a elegir, una cultura alas nuevas! Por otra parte,
'no debemos olvidar la gran cantidad de mujeres que han querido ser parte de órganos de toma de
“decisión y que, frente a la violencia de que son víctima desisten o, aquellas que, en ejercicio del cargo
han sido invisiblizadas u obligadas a renunciar,
Es innegable la capacidad, liderazgo y participación de las mujeres en el dla a día en nuestro pats: solo
en el año 2018 se presentaron como candidatas a diputadas 419 mujeres y, en el año 2020, más de
14.500 fueron registradas en puestos de toma de decisión de organizaciones cooperativas y comunales,
además de alrededor de 16.600 candidatas a puestos de elección municipal.
Es social y del pais. la participación de las mujeres, y, sus aportes en la toma
de decisiones para el desarrollo de una sociedad plena e Igualtaria. Costa Rica se ha destacado por su
liderazgo en la delas obli y y enla 'nacional
on el objetivo de asegurar la igualdad efectiva, el goce de todos los derechos humanos por todas las
Parzonas y eirinr las ios formas de dscriminación y violencia contra las mujeres, por motivos
sexo y género.
o obstante, en el marco de la celebración del Bicentenario de la Independencia Patria y a poco más de
'slete décadas de alcanzar el sufraglo femenino, el país tiene oportunidad para robustecer su democracia
paritaria, con múltiples acciones políticas y entre éstas la aprobación de una iniciativa de ley pendiente,
que reconoce la violencia contra les mujeres, por razones de género, como un contínuum, y que esa
Violencia afecta, también, el ejercicio de nuestros derechos políticos, pero que es posible, prevenirla y
erradcaria.
En este contexto, quienes firmamos, solicitamos a las señoras y señores diputados, la pronta aprobación
del Proyecto de Ley N*20.308 LEY PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA
CONTRA LAS MUJERES EN LA POLÍTICA.
8. Hoción Por La Regidora. del Cor de Montes de Oca Carolina Monge
Castila es la base sobre la que se sustenta esta propuesta para el Concejo Municipal de Heredia,
POR TANTO:
para que este Concejo Mi acuerde lo:
1. Respaldar el pronundamiento del Frente de Mujeres Políticas de Costa Rica y el INAMU,
. Instara las diputadas y diputados de la República aprobar el Proyecto de Ley N*20.308 LEY PARA
EVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LA
POLÍTICA, para dotar de una Jurídica y urgente para la delas
mujeres que participan en la politica y que constantemente son víctimas de la violencia política,
Concejo Muncloa!. ”
3. Comunicar este acuerdo a la Asamblea Legislativa, al INAMU y al Frente de Mujeres Políticas a los
siguientes correos electrónicos pcorderoDInamu.g0.cr y mppcostaricatigmall.com
4. Invitar a las Comisiones de Condición de la Mujer de los B2 cantones del pals para que suscriban
su apoyo.
5. Se dispense del trámite de comisión.
ACUERDO 14,
ANALIZADA LA MOCIÓN PRESENTADA POR LA LICDA. ANA PATRICIA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
, EL LIC. MARIO ALBERTO RODRÍGUEZ SOTO, LA ARQ. ANA YUDEL GUTIÉRREZ Y EL LIC.
PAULINO MADRIGAL RODRÍGUEZ, SE ACUERDA POR UNANIMIDAD:
A. RESPALDAR EL PRONUNCIAMIENTO DEL FRENTE DE MUJERES POLÍTICAS DE COSTA
RICA Y EL INAMU,
B. INSTAR ALAS DIPUTADAS Y DIPUTADOS DELA REPÚBLICA APROBAR EL PROYECTO DE
LEY N*20,308 LEY PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA
VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LA POLÍTICA, PARA DOTAR DE UNA
HERRAMIENTA JURÍDICA NECESARIA Y URGENTE PARA LA PROTECCIÓN DE LAS
MUJERES QUE PARTICIPAN EN LA POLÍTICA Y QUE CONSTANTEMENTE SON VÍCTIMAS
DE LA VIOLENCIA PO!
€. COMUNICAR ESTE ACUERDO A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA, AL INAMU Y AL FRENTE DE
MUJERES — POLÍTICAS A LOS SIGUIENTES CORREOS ELECTRÓNICOS
PCORDEROQINAMU.GO.CR Y MPPCOSTARISADGMANL COM
D. INVITAR A LAS COMISIONES DE CONDICIÓN DE LA MUJER DE LOS 82 CANTONES DEL
PAÍS PARA QUE SUSCRIBAN SU APOYO.
2» ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
Atentamente,
FLORY ALVAREZ — panas
RODRIGUEZ ¿mua
(FIRMA) Teran 3010
0
MSc. Flory Álvarez Rodriguez
Secretaría Concejo Municipal de Meredia
talvarezQheredia90.cr
mbo
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo al Concejo Municipal de
Heredia.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0208
PAGINA N*185 ACTA N982 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N* 2909
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Karen Valverde Miranda
de la Secretaria del Concejo Municipal de Desamparados, correo electrónico:
sconcejoUdesamparados.go.cr, dice:
Oficio: CM-SC-001-60-2021
MUNICIPALIDAD DE Secretaría del Concejo
DESAMPARADOS Municipal
A
CM-5C-001-60-2021
Martes 13 de octubre de 2021
Municipalidades del país /
Concelo Municipal de Sarchí
Estimadas personas:
Transcribo a ustedes, en lo que les corresponde, el acuerdo no. 1 de la sesión no. 60-2021 celebrada por el
Concejo Municipal de Desamparados el día 11 de oclubre de 2021, que reza así:
“El Concejo Municipal de Desamparados acuerda brindar voto de apoyo a la Municipalidad de Sarchí, en
cuanto a la solicitud de información dirigida al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (TNVU), en la que
se solicitan los estudios técnicos jurídicos y el modelo tarifario que sirvieron de baso técnico — legal para la
conformación del Reglamento de Fraccionamiento del INVU, así como el detalle de inspecciones de campo,
el monto de los viáticos, los vehículos y el combustible, relativos a la temática de visados autorizados por el
INVU.” Acuerdo definitivamente aprobado.
Cordialmente:
orol Valverde Miranda
Secretaria del Concejo Municipal
cti
Alcololo Municipal
Se. Luis Fernando Morales
sconcejos. (27 Tel: (506) 2217-3521 Desomporados, Son José,
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo al Concejo Municipal de
Desamparados.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0209
PAGINA N2186 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N* 2910
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Ligia Ester Barquero
Villarreal, correo electrónico: filiallimonerecomm.cr, dice:
Asunto: Asamblea Extraordinaria de Asociadas RECOMM 2021
y
);
FILIAL LIMÓN
Hiarnes, 15 de octubre de 2021
señor (a)
Secretaría del Concejo Municipal
Cantón Pococi
Provincia de Limón
La Junta Directiva de la Filial de Limón de la Red Costarricense de Mujeres Municipalistas
les brinda un caluroso saludo.
En la oportunidad de realizar nuestra Asamblea Provincial Anual de Asociadas RECOMM,
nos dirigimos a usted con la finalidad de solicitar su colaboración en transmitir a las señoras
integrantes del Concejo Municipal que ustad representa y, que a su vez son asociadas a la
RECOMM Filial Limón, la invitación a participar de la Asamblea Provincial Extraordinaria de
Asociadas 2021 que se llevará a cabo en modalidad presencial.
Fecha: VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021
Lugar: Cantón de Guácimo en el Restaurante los Tabacones,
Hora: Inicia a las 9:00 a.m. en primera convocatoria. Segunda convocatoriz a las 10:00 a.m.
Esta Asamblea tiene como propósito presentar la rendición informes de gestión de la
presidencia, tesorería y fiscalía de la Junta Directiva de la RECOMIM Filial Limón, además de
dar a conocer el Plan Operativo Anual y Presupuesto 2022 previsto a ejecutar.
sabemos la situación que hemos pasado a nivel nacional por motivos de la pandemia
COVID-18 y DELTA que está iniciando, porlo que les solicitamos recordar a las señoras llevar
cubrebocas.
Esperando contar su valiosa colaboración a esta solicitud, se despide de usted.
Atentamente,
(5
Ligia Ester Barquero Villarreal
Secretaria de Junta Directiva Recomen Filial Limón
Teléfono: 6078 1212
Correo electrónico: filiallimonS/recomm.cr
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se inserta en actas, queda abierta la invitación para
las asociadas a la RECOMM.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00210
PAGINA N*187 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N”* 2911
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Ana Julia Araya Alfaro,
Jefa de Área de Comisiones Legislativas Il, correos electrónicos: COMISION-
SOCIALESOasamblea.go.cr, maureen.chaconOasamblea.go.cr, dice:
Asunto: Consulta al Expediente 22.682
10/27/24, 7:04 PM Correo: secretaría municipal - Outlook
Consulta Exp. 22.682
Maureen Chacon Segura <maureen.chaconOasamblea.go.cr>
Mié 20 Oct 2021 11:54
Para: A 51 <Javier.gonzale: gor; 2 < ngares.go.1>; A $3
<heriberto.cuberoGabangares.go.cr»; Acosta1 <concejoBacosta.go.cr»; Acosta? <alcaldiaGacosta. gor»; Alajuelar
<rosario.munozQmuni go.cr>; Alajuelitat ir ¡alajuetita.go.cr>; Alajuelita2 <svadoOmunialajuelita.go.cr>;
1 <llig ie ¡go.cr>; Alvarado2 mialvarado.go.cr>; Aserrit
<czunigaQmuniaserri go.cr>; Aserri2 <Iguti go»; Atenast <concej igo.cr>; Atenas2
<alcaldiaQatenasmuni.go.c1>; Bagaces1 <secretariaconcejoDbagaces.g0.a >; Bagaces2 <mariasObagaces. go.ct>; Barval
<sectetari .com»; Barva2 <ses cejoOmunibarva.go.cr>; Belént <secretariaconcejo1Obelengo.cr>;
Belén2 <alcaldePbelen go.cr>
20 de octubre de 2021
AL-CPAS-0801-2021
Señores
Concejo Municipal
ASUNTO: Consulta Exp. 22.682
Estimados señores:
La Comisión Permanente de Asuntos Sociales, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el
proyecto de Ley, Expediente N.? 22.682, “DECLARACIÓN DEL 20 DE DICIEMBRE COMO
DÍA DE LA PRESENCIA AFRO-ANTILLANA EN PUERTO LIMÓN, COSTA RICA”, el cual me
permito copiar de forma adjunta.
Contarán con ocho días hábiles para emitir la res; de conformidad con lo establecido
por el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa; que vencen el día 2 de
noviembre.
La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber
respondiendo este correo, y en ese caso, contarán con ocho días hábiles más, que vencerán
el día 11 de noviembre. Esta será la única prórroga que esta comisión autorizará,
De requerir información adicional, favor comunicarse por los teléfonos 2243-2427 2243-2426 o
2243-2421, o bien, al correo electrónico E go.cr donde con
todo gusto se la brindaremos.
De no confirmar el documento que se adjunta se tendrá por notificado a partir de su envío,
siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales.
La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas
interesadas.
Mtps://0UtOok offico365.comvmal/id/AAQKADISMIZQSHOMLTFAUDK DOY My TRMDALTMIYWQSYZZmMYmIzlIGAQAFBACASyKKMANGINBEIZNAY93D 1/4
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00211
PAGINA N*188 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
10/27/21, 7:01 PM Correo: secretaría municipal - Outlook
Licenciada Ana Julia Araya Alfaro
Jefa de Área
Área de Comisiones Legislativas Il
PROYECTO DE LEY
DECLARACIÓN DEL 20 DE DICIEMBRE COMO DÍA DE LA PRESENCIA
AFRO-ANTILLANA EN PUERTO LIMÓN, COSTA RICA
Expediente N.* 22,682
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Hace más de ciento cuarenta y ocho años grupos de inmigrantes afrodescendientes iniciaron
su traslado a nuestro país, estableciéndose principalmente en la provincia de Limón. El trabajo
arduo y honesto de los afro-antillanos en Costa Rica es parte de las bases del desarrollo de
esta nación desde finales del siglo XIX. Sus contribuciones al país marcaron enormes
aspectos positivos; por ello, cuando se habla de la construcción del ferrocarril al Atlántico, así
como de la construcción y administración de los muelles en Limón, además cuando se trata de
la exportación del banano y del café, símbolos del surgimiento de nuestro país en el ámbito de
la relaciones comerciales con el resto del mundo, se hace necesario rescatar la presencia de
las personas afro-antillanas, que debe resaltarse por parte de nuestro país.
Según documenta el historiador Samuel Stone, en cada uno de los durmientes del ferrocarril al
Atlántico yacen los restos de un integrante de estas inmigraciones y es que con esta
incorporación de personas al país, este recibió un flujo de trabajadores adultos, cuya crianza y
educación fueron, en vez de un costo económico, un invaluable aporte a Costa Rica en todos
los órdenes, especialmente en la cultura, donde con sus bailes, comidas, cantos, pinturas,
prácticas deportivas y demás costumbres brindaron una nueva ventana a la sociedad
costarricense, sumado a la fuerza intrínseca de su formación espiritual y el desarrollo del
Idioma inglés en Costa Rica.
Otro de los grandes aportes del afro-antillano a la sociedad costarricense fue su contribución a
la expansión de la provincia de Limón, pues a medida que se establecieron allí hubo que
construir establecimientos industriales, mejorar el equipamiento de los puertos, sanear, rellenar
y construir casas para su uso, por lo que muchas familias locales amasaron fortunas tratando
con ellos. En este caso, el beneficio en todo momento fue mutuo, entre los costarricenses,
originarios y los afro-antillanos.
También, otro hecho significativo tiene que ver con que la presencia de las y los afro-antillanos,
que sentaron las bases del sincretismo y la tolerancia religiosa, pues el protestantismo hizo su
ingreso a Costa Rica por la provincia de Limón y hoy se ha extendido a prácticamente todo el
territorio nacional.
El nacimiento de Limón se dio con la construcción del ferrocarril al Atlántico, cuya construcción
se inició bajo el régimen del presidente general Tomás Guardia. En 1869, el secretario en el
despacho de Fomento, Eusebio Figueroa, contrató en nombre del gobierno, con la Edward
https//outiook.office365.com/mai/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTF¡NDKINDgyMy1hMDJILTM3YWQSYZZmYmizNgAQAF84c4SyKknwhG3N8EfZNaY%3D 2/4
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0212
PAGINA N*189 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
O
10/27/21, 7:01 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
Reilly and Company, empresa norteamericana -que más tarde formaría la Railway
Company of Costa Rica- la construcción de un ferrocarril y una carretera nacional, pero el
proyecto fracasó.
Fue con el contrato de construcción con Henry Meiggs de julio de 1871 que el proyecto
caminó. Luego surgió la realidad de que no se contaba con suficiente mano de obra en el área
para cumplir con el plazo convenido para la construcción del proyecto, por lo que se tuvo que
recurrir a traer mano de obra contratada para el proyecto, siendo que fueron finalmente los
trabajadores afro-antillanos quienes pudieron soportar las condiciones climáticas y de salud
para poder ejecutar y finalizar la construcción del ferrocarril, donde personas de otras regiones
del mundo no pudieron con dicha labor,
Así las cosas, el primer barco cargado de trabajadores caribeños que emigraban ante la crisis
económica de Jamaica, el “Lizzie”, llegó a Puerto Limón el 20 de diciembre de 1872 trayendo
123 personas, las cuales venían contratadas para realizar los trabajos de construcción del
ferrocarril que comunicaría el centro del país con el puerto de Limón, para abrir las puertas de
Costa Rica al mundo y al crecimiento económico. Se puede asegurar que ese significativo
suceso marca un hito histórico y una invaluable contribución de las personas
afrodescendientes a Costa Rica, la cual continúa en nuestros días desarrollándose y
ampliándose a todo país.
Estas personas, vieron en el contrato del ferrocarril la oportunidad de hacer algún dinero con el
cual pudieran mejorar su condición económica, venida a menos por la ruina de la industria de
la caña de azúcar, a consecuencia de la abolición del trabajo esclavo, y la producción de
azúcar a base de remolacha. Estos inmigrantes, se habían propuesto trabajar y acumular
algún dinero con el cual retornar a su lugar de origen, en mejor condición socio económica;
sueño cumplido por muy pocos.
Por eso, el Concejo Municipal del cantón Central de Limón, reconociendo que la identidad de
Limón se encuentra estrechamente ligada a la presencia afro-antillana y que las tradiciones
culturales afro-costarricenses forman parte del paisaje natural, humano y social de dicho
cantón, declaró el día 20 de diciembre de cada año, "Día de la Presencia Afro-antillana en
Costa Rica”.
Por lo anterior y considerando la relevancia de la llegada de la cultura afro-antillana al país y su
invaluable aporte en el marco general de su identidad y el desarrollo social, económico y
cultural, someto a consideración de la Asamblea Legislativa el siguiente proyecto de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DECLARACIÓN DEL 20 DE DICIEMBRE COMO DÍA DE LA PRESENCIA AFRO-
ANTILLANA EN PUERTO LIMÓN, COSTA RICA
ARTÍCULO ÚNICO- Declárese el día 20 de diciembre de cada año Día de la Presencia
Afro- antillana en Puerto Limón, Costa Rica.
https:/foutlook. office365.com/mail/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDktNDgyMy1 MDJILTMIYWQSYZZmYmizNgAQAF8404SyKknwhG3N8EfZNaY%3D 3/4
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00213
PAGINA N*190 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-202
10/27/21, 7.01 PM Correo: secretaria municipal - Outlook
El Ministerio de Educación Pública, el Ministerio de Cultura y Juventud, las municipalidades del
país y demás instituciones del Estado costarricense quedan autorizadas para realizar actos,
celebraciones y conmemoraciones oficiales para visibilizar la importancia de Presencia Afro-
antillana Costa Rica.
Rige a partir de su publicación.
Eduardo Newton Cruikshank Smith
Diputado
Maureen Chacón Segura ASAM BLEA
Áreo WO (500) 2243-2427 LEGISLATIVA
Comisiones Legislativas ll
( maureen.chacondasamblea.go.cr
Departamento a 1506) 2243-2429
Comisiones Legislativas
htps:lloulook olfice265.comvmail/id/AAQKADISM2QSHDMwLTFMDKI IDyMy 1HMDJILTMIYWOSYZZmYmIzlIgAQAF84cASyKknwhG3NGEIZHAY93D 4/4
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Servicios Jurídicos
Internos para que emitan criterio al Expediente 22.682.
Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 214
PAGINA N*191 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N”* 2912
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora María Ester Carmona
Ruíz, Secretaria del Concejo Municipal de Nicoya, correo electrónico:
concejomunicipalOmuninicoya.go.cr, dice:
Asunto: Referente a acuerdo municipal N*%019-077-2021 del Concejo Municipal de
Nicoya.
16 SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE NICOYA
Municipalidad de Nicoya
Referencia: Acuerdo Municipal No. 019-077-2021 del Concejo Municipal de
Nicoya.
Fecha de creación: 20-10-2021
SEÑORES:
CONSEJO NACIONAL DE LA PRODUCCIÓN.
COMISIÓN DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
ASAMBLEA LEGISLATIVA.
CONCEJOS MUNICIPALES DEL PAÍS.
PRESENTE
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 53 del Código Municipal (Ley 7794), y en
observancia de las normas que rigen la materia, se procede a transcribir mediante
Acuerdo Municipal lo acordado en la Sesión Ordinaria No. 077 celebrada el martes 19
de octubre del 2021 por el Concejo Municipal de Nicoya, que textualmente indica:
Acuerdo Municipal No. 019-077-2021: EL CONCEJO MUNICIPAL DE NICOYA EN
FORMA UNÁNIME ACOGE LA MOCIÓN PRESENTADA POR EL REGIDOR MARTÍN
ANTONIO REYES SALINAS, REFERENTE AL RECHAZO A LA INICIATIVA QUE SE
TRAMITA BAJO EXPEDIENTE LESGISLATIVO N* 21.424 “MODIFICACIÓN DEL
ARTÍCULO N* 9 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE
PRODUCCIÓN, N* 2035”, QUE EN LETRA INDICA:
Nicoya, Guanacaste
Teléfono: 2686-4789
Correo Electrónico: concejomunicipalá/municoya.go.er
20/10/2021 10:20
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0215
PAGINA N*192 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-2021
18 SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE NICOYA
CONSIDERANDO
4- QUE, EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA SE TRAMITA EL PROYECTO DE LEY
BAJO EL EXPEDIENTE LEGISLATIVO N.? 21.424 DENOMINADO “MODIFICACIÓN
DEL ARTÍCULO N.* 9 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE
PRODUCCIÓN, N* 2035”.
2- QUE, MEDIANTE EL PROYECTO DE LEY INDICADO SE PRETENDE AGREGAR
EL SIGUIENTE PÁRRAFO AL ARTÍCULO 9 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO
NACIONAL DE PRODUCCIÓN, N* 2035: “EN EL CASO DE LAS JUNTAS
ADMINISTRATIVAS Y DE EDUCACIÓN DE LOS CENTROS EDUCATIVOS
PÚBLICOS, SERÁ OPCIONAL EL ACUDIR AL CONSEJO NACIONAL DE
PRODUCCIÓN (CNP) PARA COMPRAR LOS SUMINISTROS PARA LOS
COMEDORES ESTUDIANTILES”.
3- QUE, EL CONCEJO MUNICIPAL DE NICOYA SE HA CARACTERIZADO POR
APOYAR A LOS EMPRENDEDORES Y PRODUCTORES LOCALES.
POR LO TANTO
ESTE CONCEJO MUNICIPAL APRUEBA MANIFESTAR SU DESACUERDO CON EL
PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE LEGISLATIVO N* 21.424 DENOMINADO
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO N* 9 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO
NACIONAL DE PRODUCCIÓN, N* 2035”, RESPECTO A CATALOGAR COMO
OPCIONAL ACUDIR AL CNP PARA COMPRAR LOS SUMINISTROS DE LOS
COMEDORES ESTUDIANTILES Y RECHAZAR TODA INICIATIVA O PROYECTO DE
LEY QUE ATENTE CONTRA EL DEBILITAMIENTO DEL PROGRAMA DE
ABASTECIMIENTO INSTITUCIONAL (PAI) DEL CONSEJO NACIONAL DE LA
PRODUCCIÓN.
— — - — -
Nicoya, Guanacaste
Teléfono: 2686-4789
Correo Electrónico: concejomunicipaldomunicoya.go.cr
20/10/2021 10:20
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0216
PAGINA N*193 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Era
y SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE NICOYA
ASÍ MISMO, SE CONSIDERA NECESARIO PROMOVER EL SURGIMIENTO DE
NUEVAS INICIATIVAS DE APOYO A ESTE PROGRAMA PARA LA SOSTENIBILIDAD
Y FORTALECIMIENTO DE LAS MICRO, PEQUEÑO Y MEDIANOS PRODUCTORES
AGROPECUARIOS Y AGROINDUSTRIALES LOCALES. FINALMENTE, INSTAR A
LAS AUTORIDADES COMPETENTES A FORMULAR UNA POLÍTICA PÚBLICA
EFECTIVA ENFOCADA EN LOS INTERESES NACIONALES.
NOTIFÍQUESE AL CONSEJO NACIONAL DE LA PRODUCCIÓN, A LA COMISIÓN DE
CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA Y A LOS CONCEJOS
MUNICIPALES DEL PAÍS A FIN DE QUE BRINDEN SU VOTO DE APOYO A ESTA
MOCIÓN.
SE EXIME DEL TRÁMITE DE COMISIÓN
DEFINITIVAMENTE APROBADO CON FIRMEZA.
MARIA Firmado
digitalment
ESTER MARIA ESTER
CARMONA CARMONA RUIZ
RUIZ (FIRMA)
Fecha: 2021.10.20
(FIRMA) 10:27:35 -06'00'
María Ester Carmona Ruiz
Secretaria del Concejo Municipal
Cc. Archivo
Nicoya, Guanacaste
Teléfono: 2686-4789
Correo Electrónico: concejomunicipalíomunicoya.go.cr
20/10/2021 10:20
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*194 ACTA N*82 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Municipalidad de Municipalidad
Trámite Urgente
Avalado por: ON va PEN
1. / Mies Ln yo
2 í Y A
3. 7.
4
Suscribe Martín Antonio Reyes Salinas
Regidor Propietario
Partido Político La Gran Nicoya
Asunto: Rechazo a la Iniciativa que se tramita bajo Expediente Legislativo N* 21,424
“Modificación del Artículo N* 9 de la Ley Orgánica del Concejo Nacional de Producción, N*
2035"
Considerando
1- Que, en la Asamblea Legislativa se tramita el proyecto de ley bajo el expediente
legislativo N.* 21.424 denominado "Modificación del Artículo N.? 9 de la Ley Orgánica del
Consejo Nacional de Producción, N* 2035”.
2- Que, mediante el proyecto de ley indicado se pretende agregar el siguiente párrafo al
artículo 9 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción, N* 2035: “En el caso de
las juntas administrativas y de educación de los centros educativos públicos, será opcional el
acudir al Consejo Nacional de Producción (CNP) para comprar los suministros para los
comedores estudiantiles”.
3- Que, el Concejo Municipal de Nicoya se ha caracterizado por apoyar a los
emprendedores y productores locales.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00218
PAGINA N%195 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2021
Por tanto
Se recomienda al Concejo Municipal:
Con fundamento en lo indicado se solicita y se recomienda a este respetable Concejo
Municipal Acuerde:
El Concejo Municipal de Nicoya manifiesta su desacuerdo con el proyecto de ley
Expediente Legislativo N” 21.424 denominado Modificación del Artículo N* 9 de la Ley
Orgánica del Concejo Nacional de Producción, N* 2035”, respecto a catalogar como opcional
acudir al CNP para comprar los suministros de los comedores estudiantiles y rechazar toda
iniciativa o proyecto de ley que atente contra el debilitamiento del Programa de
Abastecimiento Institucional (PAI) del Consejo Nacional de la Producción. Así mismo, se
considera necesario promover el surgimiento de nuevas iniciativas de apoyo a este programa
para la sostenibilidad y fortalecimiento de las micro, pequeño y medianos productores
agropecuarios y agroindustriales locales. Finalmente, instar a las autoridades competentes a
formular una política pública efectiva enfocada en los intereses nacionales.
Exímase del trámite de Comisión, apruébese con firmeza
Dr. Martín Antonio Reyes Salinas
Presidente del Concejo Municipal
Partido La Gran Nicoya
Participan de la palabra:
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Esto es porque la Asamblea Legislativa está creando una ley para que las escuelas
que no quieran comprarle al Consejo Nacional de la Producción no le compren
porque ustedes saben que en el pasado que mientras que Un kilo de pollo o de
carne en el CNP cuesta 44.500, en una carnicería se consigue en 43.500, entonces
esa ley viene a eso, para que sea opcional, si la Junta de Educación considera
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%196 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-
educador y cuando ejercía le compraban la carne y la vendían al d
cara ¿por qué razón? porque no tiene la capacidad ellos de producir la carne y
al estar comprando los productos que consumen las escuelas, el producto sale
más caro cuando lo compramos en el Consejo Nacional de la Producción, por lo
tanto no estaría dándole voto de apoyo.
Reg. Randall Torres Barrientos
Ahora que se habla del asunto de las compras de las escuelas al CNP hay un
problema gravísimo y es que el CNP no le está pagando a los productores, todavía
hoy tuvo un problema inmenso porque por ejemplo si un productor le debía de 80
millones de colones, les pagaban 15 millones de colones, un tema que se achaca
al tema de la regla fiscal, en la Asamblea Legislativa tienen que hacer un proyecto
de ley para ver que excepción hacen y que el CNP pueda pagarles, por lo que
yo no estaría apoyando este tipo de iniciativas, coincido con usted que
deberíamos patrocinar la apertura y que los centros educativos puedan comprar
al que les venda más barato y con mejor calidad, pero no sujetarse.
Este Concejo Municipal debería de darle un voto para que el CNP pueda atender
realmente e instar a los diputados para que solucionen este problema porque
inclusive a los productores se les exige que deben de estar al día con la CCSS, que
tienen que estar al día con muchas cosas y cómo van a estar al día si no se les
paga.
Es un problema grave, inclusive varios productores de la zona están siendo
gravemente afectados y están al punto de la quiebra, entonces a mí me
preocupa mucho, nosotros como municipalidad estamos haciendo una serie de
acciones para reactivar e incentivar esta economía y viene el Gobierno con este
tipo de situaciones que no atiende y no paga a la gente y está creando un grave
problema de tipo económico y social.
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
De hecho sí, ese otro punto que se me escapaba y bien destacado don Randall,
hay escuelas que se van a comprar a otra parte y compran hasta tres tantos sino
le compran al CNP, yo estaría dando un voto negativo a la propuesta del Concejo
Municipal de Nicoya.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00
PAGINA N*197 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Reg. José Antonio Bustos Martínez
Yo tampoco voto.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Yo voto a favor al voto de apoyo.
Reg. Jonnathan García Chévez
Indica que por ser en la misma línea del tema anterior se abstiene de votar por lo
que en su lugar vota el Reg. Osael Campos Bolaños.
Por Mayoría de 7 votos en contra, 2 votos a favor (Vota a favor el Reg. Reinaldo
Benavides Vargas y el Reg. Osael Campos Bolaños) SE ACUERDA: Voto negativo a
esta gestión del Concejo Municipal de Nicoya.
ACUERDO N* 2913
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Eduardo Enrique Quirós
Valverde, Vecino del Barrio La Teresa, correo electrónico:
eduardo.quirosOsinac.go.cr, dice:
Asunto: Problemas con la recolección de basura.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0221
PAGINA N9198 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Eduardo Enrique Quiros Valverde.
Cedula ff 01-0513-0044.
correo electrónico: eduardo.quirosOsinac.go.cr
Barrio la Teresa.
La Rita — Pocosi-Limón.
13 de Octubre del 2021
Consejo Municipal
Municipalidad de pocosi
Guápiles - Limón
Estimados señores del Consejo Municipal:
Resido en el barrio La Teresa y tenemos el problema de que no llegan a recoger la basura,
A pesar de que en este lugar hay una gran cantidad de casas de habitación.
Provocando una situación que atenta contra la salud de los ciudadanos, ya que los pobladores
queman sus desechos, o los dejan tirados en la vía pública.
En este barrio existen niños, adolescentes y persona de la tercera edad que resultan afectados
por esta práctica.
Recoger la basura un día a la semana permitiría a los que habitamos en el barrio más
tranquilidad en lo referente a la salud, sobre todo en estos momentos que estamos en el país en
una emergencia sanitaria debido al COBID 19,
Agradezco de antemano el apoyo que se le dé a esta propuesta por el bien dela salud de
población del Barrio La Teresa.
Gracias.
Atentamente,
Cedula 14 01-0513-0044.
correo electrónico: eduardo.quirosOsinac.go.cr
n
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Unidad Técnica de Gestión
Ambiental Municipal para que le rinda un informe a este Concejo en el plazo que
establece la ley.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0222
PAGINA N*199 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N”* 2914
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Ángel Hernández Araya,
Sub-Comité del Deporte y la Recreación de La Rita, dice:
Asunto: Solicitud de aprobación y juramentación
19 octubre 2021
Para: Comité de Deportes y La Recreación de Pococí y Concejo Municipal
De: Sub Comité del Deporte y la Recreación de la Rita.
Estimado Servidores. Después de saludarlo, nos dirigimos a ustedes con el
fin de hacerles llegar la nómina del nuevo sub comité del Deporte y la
Recreación de la Rita, dicho directorio se escogió el día: 17-10-2021, en una
Asamblea, donde participaron 30 personas, es por ello que les solicitamos
su aprobación y Juramentación, dicho sub comité quedo integrado así:
Presidente: Ángel Hernández Araya, céd: 7-0118-0007
Vicepresidente: Elena Hemández Gómez, céd: 7-0188-0633
Secretaria: Marlen Yadira Salazar Brenes, céd: 2-0477-0874
Tesorera: Heidy Alvarado Carrillo, céd: 7-0171-0839
Vocal 1: Gerardo Mora Mora, céd: 1-0650-0183
Vocal 2: Andreina Moreno Hernández, céd: 1-1914-0782, menor de (16 años)
Vocal 3: Fernando Torres García, céd: 7-0320-0327, menor de (16 años)
>
Ángel Hernández Araya
Céd: 7-01180007
k Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00223
PAGINA N*200 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-2021
RARA
Participa de la palabra:
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
¿Trae el visto bueno de la Asociación? Porque creo que el Comité Cantonal de
Deportes lo exige o el reglamento.
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Se traslada al Comité Cantonal de Deportes y Recreación para que nos diga qué
procede.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Ok, perfecto.
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Igual como Concejo Municipal le estamos dando un voto de apoyo.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda un voto de apoyo por parte del Concejo
Municipal de Pococí, se traslada al Comité de Deportes y Recreación de Pococí
para que se proceda con su legitimación y juramentación.
ACUERDO N” 2915
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Rebeca Pérez Leandro y vecinos
de la Leona de Bella Vista, tel: 8318-78-95, correo: rperezleandroOyahoo.com ,
dice:
Asunto: Solicitud de instalación de 6 reductores de velocidad.
Nosotros los vecinos Bellavista, la Leona, camino a Monte Sion, le solicitamos que
nos ayuden con la instalación de al menos é reductores de velocidad, que sería
desde la entrada a Monte Sion hasta la vuelta del puente la Leona, además de
señales de tránsito como altos, cedas y velocidad máxima cerca de la escuela,
ya que en ningún lugar existe señales de reglamento tan necesarios como los
antes mencionados. Hay una escuela, puentes que no se sabe quién tiene el
derecho a pasar y crucen muy peligrosos.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*201 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
La solicitud se debe a que los conductores de los vehículos pasan a alta velóCidad
en esa recta, no se percatan ni les importa si hay niños que van y vienen de la
escuela, adultos mayores, personas caminando en las orillas de la calle, ya que,
no hay aceras para caminar seguros, y además, perritos que salen a caminar. Ya
en varias ocasiones ha ocurrido percances con animales, aunque se les ha dicho
que reduzcan la velocidad, no hay forma que entiendan el peligro.
Aunado a esto, el alumbrado público no está funcionando en algunos sectores
de la carretera, se ha solicitado al ICE pero no nos solucionan la situación. Esta
calle se ha vuelto muy transitada durante el día y la noche por diferentes tipos de
vehículos, la velocidad aumentó desde que se hizo tratamiento de asfalto.
Agradecemos su pronta respuesta y firmamos los siguientes vecinos.
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Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI D
PAGINA N*202 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Solicitud de instalación de reductores de velocidad. La Leona 2021
Guápiles, lunes 18 de octubre 2021
Señores:
Consejo Municipal de Pococí
Ingeniería de Tránsito
Asociación de Desarrollo Bellavista La leona.
Reciban un cordial saludo.
Nosotros los vecinos Bellavista, la Leona, camino a Monte Sion, le solicitamos que nos
ayuden con la instalación de al menos 6 reductores de velocidad, que sería desde la entrada a Monte
Sion hasta la vuelta del puente la Leona, además de señales de tránsito como altos, cedas y velocidad
máxima cerca de la escuela, ya que en ningún lugar existe señales de reglamento tan necesarios
como los antes mencionados. Hay una escuela, puentes que no se sabe quién tiene el derecho a
pasar y crucen muy peligrosos.
La solicitud se debe a que los conductores de los vehículos pasan a alta velocidad en esa
recta, no se percatan ni les importa si hay niños que van y vienen de la escuela, adultos mayores,
personas caminando en las orillas de la calle, ya que, no hay aceras para caminar seguros, y además,
perritos que salen a caminar. Ya en varias ocasiones ha ocurrido percances con animales, aunque se
les ha dicho que reduzcan la velocidad, no hay forma que entiendan el peligro.
Aunado a esto, el alumbrado público no está funcionando en algunos sectores de la
carretera, se ha solicitado al ICE pero no nos solucionan la situación. Esta calle se ha vuelto muy
transitada durante el día y la noche por diferentes tipos de vehículos, la velocidad aumentó desde
que se hizo tratamiento de asfalto,
Agradecemos su pronta respuesta y firmamos los siguientes vecinos.
Correo para cualquier información. rperezleandroW yahoo.com Teléfono 83187895 Rebeca Pérez
Leandro.
Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00226
PAGINA N*203 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-02
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada la solicitud a Ingeniería de Tránsito, al
Ministerio de Obras Públicas y Transporte con un voto de apoyo por parte de la
Municipalidad de Pococí.
ACUERDO N* 2916
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Orlando Rojas Carranza,
céd. 2-0302-0448, tel: 85766-84-25, correo: orojas19550gmail.com dice:
Por medio de la presente solicito respetuosamente inspección en la calle pública
ubicada en Barrio Coopevigua 3, 50 metros Sur de Local Venta de Pollo Ventana
mi Sabor, ya que, es preocupante el nivel de empozamiento de agua que ahí se
genera, ya que, al parecer no se cuenta con salida para esas aguas pluviales,
causando así, malos olores, daño en la misma vía pública, incomodidad del
tránsito de vehículos y muchos zancudos e insectos que afectan a los residentes
de esa zona, amablemente solicito por favor inspeccionar zona para así tratar de
darle solución a dicha inconformidad.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Q Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00227
PAGINA N*204 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10+2021
Se despide agradeciendo su colaboración.
18 de octubre 2021.
Consejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Por medio de la presente solicito respetuosamente inspección en la calle pública ubicada
en Barrio Coopevigua 3, 50 metros Sur de Local Venta de Pollo Ventana mi Sabor, ya que, es
preocupante el nivel de empozamiento de agua que ahí se genera, ya que, al parecer no se cuenta
con salida para esas aguas pluviales, causando así, malos olores, daño en la misma vía pública,
incomodidad del tránsito de vehículos y muchos zancudos e insectos que afectan a los residentes
de esa zona, amablemente solicito por favor inspeccionar zona para así tratar de darle solución a
dicha inconformidad.
Se despide agradeciendo su colaboración,
Orlando Rojas Carranza
2-0302-0448
Correo. orojas19550gmall.com
Cel. 8766-8425
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Unidad Técnica de Gestión Vial
Municipal para que rinda un informe al Concejo y al Señor Orlando Rojas.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00228
PAGINA N*205 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
ACUERDO N* 2917
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Braulio Arce Vargas, céd. 7-0216-
0122, tel: 8994-06-34, correo: barce36209gmail.com , vecino de Asemeba, El Prado
y presidente del del Comité Pro Mejoras, dice:
Asunto: Proyectos de la comunidad.
En Asemeba hay muchos proyectos se podrían llegar a hacer por el bien de la
comunidad, pero desde 2017 se ha estado pidiendo asistencia con las calles,
cordón de caño y aceras. Sería increíble contar con calles asfaltadas, espacios
debidamente demarcados para peatones y no estar preocupado por el manejo
de las aguas pluviales, en verdad se necesita y hace mucho tiempo que estamos
en el olvido.
Justo a finales del 2016 hubo varias lluvias que causaron inundaciones en
diferentes propiedades, aunque parezca increíble, pero fue una afectación
grande tanto para Asemeba como para muchos vecinos colindantes en la Calle
Israel y todas las viviendas que están al norte del tanque de agua del AyA. Por
eso, primeramente, quisiera aprovechar el medio para darles contexto, contar un
poco cuál es la situación en el barrio, y luego especificar la asistencia que
buscamos por parte de la Municipalidad, Concejo, Junta Vial Cantonal, Unidad
Técnica de Gestión Vial Municipal, y todos los entes involucrados.
Para facilitar la navegación por el documento, incluyo un índice. Espero hacer
entrega de esta carta tanto en físico como en digital (vía correo electrónico),
adjuntaré en el mismo varios documentos que respalden lo que voy a describir, y
los invito a pasar a la sección de “Necesidades actuales” si quieren saber sobre
las necesidades y solicitudes específicas.
»
»
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0022
PAGINA N*206 ACTA N*82 Ordinaria. a 21-10-/202
Octubre 17, 2021. dla:
2%
Miembros del Concejo Municipal.
Municipalidad de Pococí.
Presente.
Saludos, espero estén bien. Escribe Braulio Arce Vargas, vecino de Asemeba, El Prado y
presidente del del Comité Pro Mejora del barrio.
En Asemeba hay muchos proyectos se podrían llegar a hacer por el bien de la comunidad, pero
desde 2017 se ha estado pidiendo asistencia con las calles, cordón de caño y aceras. Sería increíble
contar con calles asfaltadas, espacios debidamente demarcados para peatones y no estar preocupado
por el manejo de las aguas pluviales, en verdad se necesita y hace mucho tiempo que estamos en el
olvido.
Justo a finales del 2016 hubieron varias lluvias que causaron inundaciones en diferentes
propiedades, aunque parezca increíble, pero fue una afectación grande tanto para Asemeba como para
muchos vecinos colindantes en la Calle Israel y todas las viviendas que están al norte del tanque de
agua del AyA. Por eso, primeramente, quisiera aprovechar el medio para darles contexto, contar un poco
cuál es la situación en el barrio, y luego especificar la asistencia que buscamos por parte de la
Municipalidad, Concejo, Junta Vial Cantonal, Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, y todos los entes
involucrados.
Para facilitar la navegación por el documento, incluyo un Índice. Espero hacer entrega de esta
carta tanto en físico como en digital (vía correo electrónico), adjuntaré en el mismo varios documentos
que respalden lo que voy a describir, y los invito a pasar a la sección de "Necesidades actuales” si
quieren saber sobre las necesidades y solicitudes específicas.
| Tel Z2at-I2-22
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI U
PAGINA N*207 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-20
CAE AAA AS a aa
Índice
ASAMECA AAAAAAOA 3
A1. Inicio del Comité.
A2. Inundaciones. .
A3. Reactivación del Comi 5
B, Labores realizadas: circa crac ÓN 6
B1. Colocación de alcantarillas y material nos entregó la Municipalidad.
B2. Reposición de material solicitado por el AyA: 7
B3Alumbrado PU: rra 8
B4. Colocación del hidrante.
B5. Presupuesto participativo 2017.
B6. Estudio de aguas al MINAE. ..... rá
B7. Reunión con la Vicepresidenta Yaslyn Morales y el Regidor Suplente Rosbill Argúello............... 12
C. Necesidades actuales.
C1. Actualización sobre el presupuesto participativo 2017. .
C2. “Nueva” solicitud: calles, cordón de caño y aceras para Asemeba. .. e
[NA A O TA 12
C4. Realizar un estudio de aguas. ..............
C5. Control de agua pluvial sobre la ruta 247.
Anexos
Anexo 1. Fotos actuales del barrio.
Anexo 2. Carta a la alcaldesa
Anexo 3. Carta presentada ante el Concejo Municipal para la Juramentació
Anexo 4. Cartas solicitando donaciones para reponer material al AYA.........ccocoacianononennamanenceross 22
Anexo 5. Formulario enviado al presupuesto participativo 2017 y carta a la Asociación de Desarrollo.
reGvenaConrercerenorsaroro cosa renusandaoadiocescioicancorancininidicrtiloiasioncalinióccrosirisie ricino 28
Anexo 6. Dictamen de cuerpo de agua emitido por el MINAE. ...coonionconinnicnnonocnoconroscoroonenncaneoncanerosannss 31
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*208 ACTA N*82 Ordinaria.
A. Antecedentes
A1. Inicio del Comité.
21-10-20
SANTA
Las Directivas del Comité fueron muy activas a finales de los noventa y principios del dos mil.
Parte de lo que se hizo en aquellos años fue el “tratamiento asfáltico”, pero:
4. La capa es delgada, NO fue un asfaltado.
2. NO se abarcó la totalidad de las calles del barrio (ver anexo 1). Si tomamos la figura 1 como
referencia (la. denominación. empleada no. es oficial, la implementé para facilitar un. poco la
ubicación dentro del barrio), las secciones finales (al este) de las calles A, B y C nunca han
tenido dicho tratamiento. En el caso de las calles A y C fue que no se incluyó el tramo final
de las mismas, en la calle B se prefirió comprar unas alcantarillas en lugar de arreglar la calle
para modificar el canal de la quebradita alcantarillada que atraviesa el barrio.
3. NO.abarca la totalidad de la calle. Dicho de otra manera: siempre ha habido una franja de
zacate entre el cordón de caño y la calle (anexo 1).
Nunca ha tenido mantenimiento.
93
Lo que queda de dicho tratamiento asfáltico es mínimo. No es que se le hicieran huecos, es
que literalmente ya no existe en la mayoría de las calles (anexo 1).
RUTA 247 Ñ
+ illa Mn
ña él Flrra.
A 5 Lo Uva a
”
| mn » A os
m5 a Ml a E
y y = v a a
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2 ae Jae Ja Ja Ja [s Ja JE a
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Figura +. Croquis del barrio.
Fuente propia.
Tomando las palabras del señor Regidor Ovidio Vives Castro durante la sesión del Concejo
Municipal del 24 de abril de 2017: “Asemeba es de las pocas comunidades que tiene ese tratamiento
asfaltico en el distrito de la Colonia”. Ignoro si ese comentario es acertado, pero considero que decir que
tenemos tratamiento asfáltico en Asemeba es equivocado. El mismo se aplicó hace más de 20 años, y
como mencioné anteriormente, no se aplicó a la totalidad de la urbanización, ha carecido de
mantenimiento y en muchas secciones es inexistente (no son huecos ni daños, en verdad no queda
rastro del tratamiento). Por otro lado, en muchos barrios en Guápiles han estado asfaltando, en el mismo
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pecocí
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 232
PAGINA N2209 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
distrito de La Colonia se dispone de aceras, señalización horizontal y un montón de mejores en la véd
vial, pero Asemeba sigue en el olvido.
A2. Inundaciones.
Las lluvias de finales de 2016 fue lo que hizo se decidiera reactivar el Comité ya que hubo varias
casas inundadas, reflejo del mal manejo de aguas pluviales que existe en conjunto a mala condición de
la "quebradita alcantarillada" a donde se encauzan los desagúes del barrio.
Ciertamente, la “quebradita alcantarillada” que he mencionado varias veces es protagonista en
todo esto, pero lo que pasó en las fotografías incluidas en las figuras 2 y 3 fue sorprendente, ya el agua
venía crecida, no fue en el barrio que inició el problema. Muchas propiedades se vieron afectadas, desde
donde inician las casas, al sur de Asemeba. Por eso el interés de evitar que estas aguas que vienen del
sur lleguen al barrio, ya que por mejor alcantarillado que exista, si un volumen tan grande de fluido
aparece, será imposible de manejar.
Figura 2. Inundaciones en calle A en diciembre de 2016.
Fotos tomadas por el vecino Gustavo Sandoval.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*210 ACTA N*82 Ordinaria.
PIO
Figura 3. Inundaciones en calle A en diciembre de 2016.
Fotos tomadas por el vecino Gustavo Sandoval.
Cabe mencionar que las fotografías son de la calle A, pero tanto la B y la C, por todas las partes
en que pasa la quebradita alcantarillada (consultar figura 11 para ver posición de la quebradita a través
de Asemeba y como inicia desde el potrero donde está el tanque de agua del AyA), hubo inundaciones.
El agua fue demasiada, no se veía la calle, ni caños, nada, era como estar viendo un río. Y una vez
terminada la llena, el “tratamiento asfáltico” quedó completamente lavado. La sección final de la calle C
fue de los sectores más afectados, el agua se llevó demasiado material del que conformaba la ruta.
A3, Reactivación del Comité.
Se convocó a reunión vecinal, se votó para elegir los nuevos representantes, se entregó una
carta al despacho de la alcaldesa (anexo 2) y se juramentó la nueva Directiva frente al Concejo Municipal
en la sesión del 03 de julio de 2017 (anexo 3).
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00234
PAGINA N*211 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
B. Labores realizadas.
B1. Colocación de alcantarillas y material nos entregó la Municipalidad.
El señor Guido Sánchez Hernández fue quien facilitó las alcantarillas y material. Fue lo primero
se hizo (enero 2017) mediante horas de trabajo de un "backhoe" (figura 4). Las mismas fueron
canceladas con contribuciones vecinales, quienes también ayudaron voluntariamente a colocar las
alcantarillas y material. Los resultados que se obtuvieron se observan en la figura 5.
mn AÑO
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Figura 4. Recibos por horas de trabajo del backhoe.
Fuente propia.
Fuente propia.
Cabe mencionar que, ya que la calle B tenía alcantarilla del mismo diámetro que la provista por
la Municipalidad (como se mencionó antes, que nunca se le aplicó tratamiento asfáltico porque se
priorizó la mejora del alcantarillado), el material que se observa en la figura 5 se le facilitó a los vecinos
de Calle Israel (figura 6), quienes también sufrieron con las inundaciones de diciembre de 2016 y
comunidad por la que la misma quebradita alcantarillada fluye.
|
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|
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Figura 5. Fotografía 0 la calle B y C, respectivamente, después de los arreglos.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*213 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
B3. Alumbrado público.
Se contactó al ICE y el 16 de junio de 2017 se cambiaron las lámparas del barrio en su totalidad
(figura 8).
Enaco 17, 2017
na£ito Costaniconsa de Ejocuicidad.
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Proa.
Extmedos señores, recian un coral saludo de par de ta Junta Direcóva del Comtá Pro
Mejoras de ASEMEBA, El Prado, aleva la presonlo para hacer de su concciriento lo.
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sotesaos de la lorma más condal de su epoyo en la renovación o cambio de los.
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n horas de la noche.
Agradeciendo de amemano la fina atención a la presento y en espera do su pronta:
rospueeia de ustedes muy cordialmente,
Presidente ] rien SS
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Figura 8. Carta al ICE solicitando mantenimiento del alumbrado público del barrio.
Fuente propia,
B4. Colocación del hidrante.
Gracias al Benemérito Cuerpo de Bomberos, se realizó el estudio y posterior colocación de un
hidrante el 12 de abril de 2018 (figura 9).
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0238
PAGINA N*215 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
A
RR
B6. Estudio de aguas al MINAE.
Solicitado vía correo electrónico el 10 de mayo de 2020. En el oficio recibido el 14 de mayo del
mismo año (anexo 6) se determina la "quebradita alcantarillada" que atraviesa el barrio NO corresponde
al dominio público (NO se requieren permisos para intervenirlo). Recibido el 14 de mayo de 2020,
Anteriormente se hizo mención a la figura 11, pero es importante señalar que la línea punteada
en un tono de celeste señala el cauce de la quebradita. Como se ha mencionado, atraviesa el barrio de
Asemeba en el sentido sur a norte, también a todas las propiedades que están al este de la ruta 247 y
al norte del potrero de la familia Badilla donde se encuentra el tanque de agua del AyA. Además, las
otras líneas continuas en tono azul son otros cuerpos de agua cercanos al barrio, siendo el río Guápiles
el señalado al oeste (izquierda) y un río que pasa por Finca Los Diamantes al este (derecha).
Ciertamente las calles, cordón de caño y aceras son el objetivo primordial de esta carta, pero de
nada sirve tenerlas y que el barrio se inunde, o que dichas obras se vean estropeadas por el agua. Por
ello consideramos importante que, antes de hacer las calles, cordón de caño y aceras, un Ingeniero
visite el barrio, estudie y dictamine qué se debe de hacer para evitar inundaciones. Nosotros hemos
conversado sobre dos alternativas: desviar las aguas al riachuelo que pasa por Finca Los Diamantes, o
encausarlas al río Guápiles.
%, giga
minas
Simbología
|—- Canal Gestión 3136-2020
¡— Cauces y afluentes guapiles
Propiedad L-
674752-1987
Diseño:
Ing. Gilberth Molina
Arce
Fuentes:
Direccion de Aguas
Atlas 2014, 11CR
Sistema Nacional de
Información Territorial
Imagenes: Google
Proyeccion: Ocotepeque
1935 / Costa Rica Norte
Fecha Publicacion Mapa:
14 de mayo de 2020
Imagen 1. Sitio de análisis.
Figura 11. Cauce de la quebradita alcantarillada que atraviesa Asemeba.
Fuente: MINAE, 2020, p.1.
La segunda opción, en relación a llevar las aguas al río Guápiles, sería de gran ayuda no sólo
para Asemeba, sino para cualquier usuario de la ruta 247. Tanto los vehículos que transitan la misma,
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI D
PAGINA N*216 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
como peatones y demás, se ven afectados cuando llueve. En las paradas de bus ni siquiera se puede
estar de pie porque ambos lados de la ruta 247 se vuelven ríos, Hace unos años se hizo un arreglo
(figura 12), que está excelente, pero se quedó corto ya que solo abarca una sección del barrio. En la
figura se tiene la primera vista hacia.el norte, la segunda:es la vista hacia.el sur y la última .es el sumidero
final del trabajo. Disponer en ambos lados de la ruta 247 de caños como el que se muestra en la figura
12 sería lo ideal.
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80. pps
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Figura 12. Caño en el costado oeste de la ruta 247, cercano al inicio de la calle C de Asemeba.
Fuente propia.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*217 ACTA N*82 Ordinaria.
Ass
B7. Reunión con la Vicepresidenta Yaslyn Morales y el Regidor Suplente Rosbill Argúéllo.
El 21 de noviembre de 2620 visitaron el barrio, discutimos con ellos los puntos aquí descritos y
se entregó documentación impresa a doña Yaslyn, incluido el respaldo de todo lo enviado al presupuesto
participativo 2017. Se habló de que iban a enviar a colaboradores municipales a revisar los elementos
que manejan el agua pluvial, junto a la quebradita alcantarillada, pero no se han tenido actualizaciones
al respecto.
C. Necesidades actuales.
C1. Actualización sobre el presupuesto participativo 2017.
¿Qué pasó con el presupuesto participativo 2017? ¿Qué pasó con los documentos entregamos?
¿La Municipalidad y departamentos afines recibieron la información y están al tanto de las solicitudes y
necesidades? ¿Se van a tomar acciones en el corto o mediano plazo?
C2, “Nueva” solicitud: calles, cordón de caño y aceras para Asemeba.
e
|
| Asemeba necesita calles asfaltadas, cordón de caño y aceras. La comunidad tiene más de 20
| años en el olvido, el supuesto “tratamiento asfáltico” está muy dañado y nunca ha recibido
| mantenimiento, hay zacate casi que en la totalidad de orillas de las calles, caños que no cuentan con el
desnivel adecuado para que fluyan las aguas y algunos vecinos han hecho aceras, pero muy pocas se
| conectan y los peatones no suelen utilizarlas.
Recordarle a la Municipalidad, Concejo Municipal, Junta Vial Cantonal, Unidad Técnica de
Gestión Vial Municipal, y todos los entes involucrados, una vez más, los mismos puntos venimos
presentando desde 2017, En el caso específico del Concejo Municipal, la primera vez se les presentó el
tema fue el 24 de abril de 2017. Los presupuestos que incluyo en este escrito muy probablemente están
| desactualizados, pero están elaborados por una empresa privada y por un Ingeniero Civil, por lo que
representan una buena guía.
Es importante mencionar que el barrio está dispuesto a colaborar con tal de agilizar las obras.
Por ejemplo, si se ocupa un porcentaje del valor de las mismas, mano de obra, herramientas, impuestos
u otros, estoy seguro podemos llegar a un acuerdo. Tal y como hicimos con las horas de backhoe y
material había que devolverle al AyA, a puro apoyo vecinal se obtuvo lo requerido.
C3. Visitar el barrio.
Los invito a que visiten el barrio de Asemeba, podemos reunirnos con la Directiva del Comité
cuando gusten y dispongan a bien.
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Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00241
PAGINA N2218 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-2021
C4. Realizar un estudio de aguas.
Se necesita que se apersone un profesional a estudiar la quebradita alcantarillada que pasa por
Asemeba, junto a los desniveles, cordones de caño, sumideros y todo lo relacionado a manejo de aguas
pluviales en la comunidad para tratar de que no se repita una inundación.
Esto es indispensable antes de pensar en el proyecto de calles, cordón de caño y aceras.
Ciertamente las calles, aceras y cordón de caño son lo que queremos, pero de nada vale tener ese
proyecto listo y que el barrio se siga inundando, o que las obras vayan a ser dañadas por el agua. Se
considera hay dos opciones viables en cuanto al manejo de aguas, sea llevarlas al río Guápiles o al
riachuelo pasa por Finca Los Diamantes.
C5. Control de agua pluvial sobre la ruta 247.
Ya que la ruta 247 es nacional, les pedimos por favor intercedan ante el Ministerio de Obras
Públicas y Transportes para que un proyecto similar al existente (figura 12) se amplie y cubra más
secciones de El Prado, en especial las secciones cercanas a las paradas de bus para evitar se inunden.
La estructura fotografiada lleva las aguas al río Guápiles, por lo que hace falta sería ampliar la
cantidad de metros que cubre dicho caño en la sección oeste de la ruta 247. La sección este carece de
caños, por lo que sería necesario estudiar cuáles son las posibilidades.
Para ir cerrando la carta, vuelvo a resaltar que estos temas se han expuesto frente al Concejo al
menos en 2 ocasiones, también se envió documentación al Presupuesto participativo 2017 y no han
habido avances. Asemeba puede que necesite de muchas cosas, pero contar con calles, aceras y
cordón de caño sería un gran punto de partida, junto a un estudio adecuado para evitar inundaciones.
Agradezco la atención, quedamos atentos a cualquier indicación y/o novedad. Atentamente,
A, ;
Braulio Arce Vargas - 7 0216 0122
Celular 8994 0634
Correo barce3690gmail.com
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0242
PAGINA N*219 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Anexos
Anexo 1. Fotos actuales del barrio.
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Figura 13. Fotografía al inicio de la calle A (vista hacia el este).
Fuente propia.
Figura 14. Fotografía a la mitad de la calle A (vista hacia el este).
Fuente propia.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00243
PAGINA N%220 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Figura 15. Fotografía al inicio de la calle B (vista hacia el este).
Fuente propia.
Figura 16. Fotografía a la mitad de la calle B (vista hacia el este).
Fuente propia.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00244
PAGINA N*221 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2021
Figura 17. Fotografía al inicio de la calle C (vista hacia el este).
Fuente propia.
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Figura 18. Fotografía a la mitad de la calle C (vista hacia el este).
Fuente propia.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00245
PAGINA N*222 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-2021
le D (vista hacia el norte).
Fuente propia.
Figura 20. Fotografía de la calle D (vista hacia el sur).
Fuente propia.
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PAGINA N*223 ACTA N*82 Ordinaria
INN
Anexo 2. Carta a la alcaldesa.
MUMOIPALIDAD DE POCOCÍ
ELA CASA
Enero 18, 2017 :
Dra, Elibeth Venegas Villalobos.
Alcaldesa Municipal.
Municipalidad de Pococí.
Presente.
Estimada señora, reciba un cordial saludo de parte del Comité Pro Mejoras de ASEMEBA,
El Prado, sirva la presente para hacer de su conocimiento lo siguiente:
1- Agradecerte por la ayuda brindada a nuestra comunidad por medio del Sr. Vicealcalde
Guido Sánchez Hemández, en la entrega de las alcantarillas y material para la instalación
de las mismas, esto debido al daño causado en nuestra comunidad con las llenas de los
días 20 y 25 de Diciembre de 2016.
2- En el año 2005 se había nombrado una Junta Directiva en nuestra comunidad, la cual
por diversas circunstancias dejó de funcionar, y en necesidad de velar por nosotros y en
consejo dado por el señor Vicealcalde, se citó para el 04/01/17 una reunión para reactivar
la Junta Directiva del Comité Pro Mejoras de ASEMEBA, El Prado.
3- Para el dia en mención y con la asistencia de 20 personas de nuestra comunidad se
formó la nueva Junta Directiva, quedando de lá siguiente manera:
Presidente. Braulio Arce Vargas.
Vicepresidente: Luis Fabián Solís Núñez
Secretaria: Katia LeMaire Naranjo.
Tesorero: Gabriel Antonio Ramirez Araya.
Vocal 1; Ana Lucia Monge Pérez.
Vocal 2: Marjorie Quirós Delgado.
Vocal 3: José Andrés Padilla Sáurez.
Fiscal: Jorge Silva Guido.
4- El Sr. Guido, muy gentimente nos visitó la primera vez para verificar la entrega de los
materiales y el cuido de los mismos y luego cuando se estaban colocando las alcantarillas
inspeccionando la tabor que se estaba realizando.
5- Asimismo se le comunicó que en la calle del centro las alcantarillas que se nos brindó no
se ¡ban a instalar debido a que las que hay están en perfecto estado, por lo que se van a
devolver y que el material de relleno y el lastre se van a distribuir en las calles, por el mal
estado de las mismas, labor que aún se está realizando con el apoyo de los vecinos de la
comunidad
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 100247
PAGINA N*224 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
RA
6- Es de suma importancia señora alcaldesa y de gran agrado para nosotros, que nos pueda
acompañar a una de nuestras reuniones de la Junta o en su defecto que podamos reunimos
con su estimable persona el día que usted nos pueda atender, para informarle de nuestros
proyectos, los cuales hacemos de su conocimiento:
a- Colocación de hidrantes en nuestra comunidad, ya se le notificó a la Estación de
Bomberos por medio de un correo electrónico de nuestra necesidad, solo
esperamos la respuesta y visita de tan estimable ente de servicio.
b- La construcción de aceras.
C- Reparación de las calles y cordón de caño.
d- Mantenimiento del servicio de alumbrado público.
e- Clasificación de deshechos (reciclaje).
Agradeciendo de antemano la fina atención a la presente y en espera de su pronta
respuesta de usted muy cordialmente,
Fvesato japo? Pd Motion A
Braulio Arge Vargas +" ¿2 > ce Katla LeMaire Naranjo
«Presidente z) Secretaria
Cc archivo. LES
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI DO
PAGINA N*225 ACTA N%82 Ordinario. 21-10-20
Anexo 3. Carta presentada ante el Concejo Municipal para la Juramentación.
Julio 03, 2017
Miembros del Concejo Municipal.
Municipalidad de Pococí,
Presente.
Respetables regidores y síndicos miembros del Concejo Municipal, reciban un cordial saludo de parte
del Comité Pro Mejoras Asemeba, El Prado, sirva la presente para hacer de su conocimienta lo siguiente:
4, Debido al daño causado en la comunidad por dos llenas a finales de diciembre el Sr. Vicealcalde
Guldo Sánchez Hernández facilitó la entrega de alcantarillas y material para la instalación de las mismas.
También visitó las obras en compañía del Ingeniero Ólger Gutiérrez Mendoza.
2. En 2005 se nombró una Junta Directiva en nuestra comunidad, la cual por diversas circunstancias
dejó de funcionar, y en necesidad de velar por nosotros y en consejo dado por el señor Vicealcalde, se
citó para el 04 de enero del presente año una reunión para reactivar la Junta Directiva del Comité Pro
Mejoras Asemeba, El Prado,
3, Para el día en mención y con la asistencia de veínte personas de nuestra comunidad se formó la
nueva Junta Directiva, quienes hoy nos presentamos ante ustedes para la debida juramentación:
Presidente: Braulio Arce Vargas 70216 0122 8994 0634
Vicepresidente: Luis Fabián Solís Núñez 1 1281 0700 B925 4305
Secretaria: Katia LeMaire Maranjo 1 0694 0169 8675 8982
Tesorero: Gabriel pre ol Araya 10415 0050 8727 6164
Vocal 1: Ana Lucía Monge Pérez 30288 0335 71527828
Vocal 2: José Andrés Padilla Sáurez 1 1129 0507 8302 8528
Vocal 3: Fressy Serrano Álvarez 3 0283 0905 8533 8300
Fiscal: Jorge Silva Guido 60153 0727 8783 6915
4. Hemos visitado los hogares del barrio exponiendo los cinco proyectos en los que se quiere trabajar.
Por comentarios vecinales y con el apoyo de la Directiva se incluye un proyecto adicional, los cuales
hacemos de su conocimiento:
a- Colocación de un hidrante: se realizaron trámites via correo electrónico. El Benemérito Cuerpo
de Bomberos visitó el barrio el 24 de enero y designó la ubicación del mismo. Los trámites
restantes corresponden al instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA). Tema
expuesto ante el Concejo en la sesión del 24 de abril.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*226 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
RENDON E LINARES
b- La construcción de aceras: incluido dentro del formulario para el Presupuesto participativo 2017,
entregado el 23 de mayo.
c- Reparación de las calles y cordón de caño: incluido dentro del formulario para el Presupuesto
participativo 2017, entregado el 23 de mayo.
d- Mantenimiento del servicio de alumbrado público: el 16 de junio el ICE cambió las lámparas del
barrio en su totalidad. Tema expuesto ante el Concejo en la sesión del 24 de abril.
e- Clasificación de deshechos (reciclaje): está en desarrollo pero varias familias están clasificando
desechos y se cuenta con el apoyo del gestor ambiental don Julio Salas.
f- Zona de recreo (parquecito). Asemeba carece de zonas de recreo y se quiere apoyo municipal
para que se compre alguno de los lotes actualmente disponibles, haciéndolo área pública. Una
Joven vecina estudiante de Ingeniería Civil está dispuesta a desarrollar el TCU en el mismo para
que la comunidad disponga de un parquecito, para el disfrute tanto de niños como de adultos.
Agradeciendo de antemano la fina atención a la presente y en espera de la debida juramentación para
segulr desempeñando labores, de ustedes muy cordialmente,
* Braulló Arce Vargas
Presidente
8994 0634
Katia LeMalre Naranjo
Secretaria
8675 8982
Cc archivo.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0250
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ERA
Anexo 4. Cartas solicitando donaciones para reponer material al AyA.
Pecocí
Enero 16, 2017
Sr, Vianney Cerdas.
Almacén San Francisco.
Guápiles.
Presente.
Estimado señor, reciba un cordial saludo de parte de la Junta Directiva del Comité Pro
Mejoras de ASEMEBA, El Prado, sirva la presente para hacer de su conocimiento lo
siguiente:
1- Agradecerle por la ayuda brindada a nuestra comunidad en la colocación y
mantenimiento de las casetillas de la parada de buses.
2- En el año 2005 se había nombrado una Junta Directiva en nuestra comunidad, la cual
por diversas circunstancias dejó de funcionar, y en necesidad de velar por nosotros y en
consejo dado por el señor Vicealcalde Guido Sánchez Hernández, se citó para el 04/01/17
una reunión para reactivar la Junta Directiva del Comité Pro Mejoras de ASEMEBA, El
Prado.
3- Para el día en mención y con la asistencia de 20 personas de nuestra comunidad se
formó la nueva Junta Directiva, quedando de la siguiente manera:
Presidente: Braulio Arce Vargas.
Vicepresidente: Luis Fabián Solís Núñez.
Secretaria: Katia LeMaire Naranjo,
Tesorero: Gabriel Antonio Ramírez Araya.
Vocal 1: Ana Lucía Monge Pérez.
Vocal 2; Marjorie Quirós Delgado.
Vocal 3: José Andrés Padilla Sáurez.
Fiscal: Jorge Silva Guido.
4- Los días 20 y 25 de diciembre de 2016, hubo dos llenas, las cuales afectaron
grandemente a nuestra comunidad, por lo que acudimos a la Municipalidad, quienes muy
gentilmente nos ayudó dando alcantarillas y relleno para la colocación de las mismas.
5- En la colocación de las alcantarillas se afectó la tuberia de agua potable por la
modificación de las mismas, al ser de mayor tamaño, dando como resultado el cambio de
los siguientes materiales por parte del instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA):
a- 5 codos de 3" de 90? de PVC.
b- 1 unión de transición de 3” de PVC.
c- 1 unión lisa de 3” de PVC.
|- 1 adaptador macho de 9”.
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PAGINA N*228
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0025
ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
PRI AD EA
Nuestro compromiso con este ente de servicio fue el de devolverle estos materiales usados
en la reparación del servicio de agua potable.
6- Para hacer de su conocimiento al reactivar la Junta Directiva, no tenemos fondos
económicos, estamos en un plan de colaboración por parte de toda la comunidad, pero
como usted comprenderá esto es un proceso lento.
7- Por tal motivo recurrimos a su estimable persona para solicitarle de la forma más atenta
una donación del material citado en el punto 5.
Agradeciendo de antemano la fina atención a la presente y en espera de su pronta
respuesta de usted muy cordialmente,
Brablio Arce Vargas . *
Presidente É
Katia LeMalre Naranjo
Secretaria
Ccarchivo, >
Pd: — Teléfono del presidente: 8994 0634
Teléfono de la secretaria: 8675 8982
Teléfono del tesorero: 8727 6164
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI O
PAGINA N*229 ACTA N*82 Ordinaria 21-10-20
Enero 17, 2017
Sr. Julio Bonilla.
Almacén Don Julio.
Guápiles.
Presente.
Estimado señor, reciba un cordial saludo de parte de la Junta Directiva del Comité Pro
Mejoras de ASEMEBA, El Prado, sirva la presente para hacer de su conocimiento lo
siguiente:
1- En el año 2005 se había nombrado una Junta Directiva en nuestra comunidad, la cual
por diversas circunstancias dejó de funcionar, y en necesidad de velar por nosotros y en
consejo dado por el señor Vicealcalde Guido Sánchez Hernández, se citó para el 04/01/17
una reunión para reactivar la Junta Directiva del Comité Pro Mejoras de ASEMEBA, El
Prado.
2- Para el día en mención y con la asistencia de 20 personas de nuestra comunidad se
formó la nueva Junta Directiva, quedando de la siguiente manera:
Presidente: Braulio Arce Vargas.
Vicepresidente: Luis Fabián Solis Núñez.
Secretaria: Katia LeMaire Naranjo.
Tesorero: Gabriel Antonio Ramírez Araya.
Vocal 1: Ana Lucia Monge Pérez.
Vocal 2: Marjorie Quirós Delgado.
Vocal 3: José Andrés Padilla Sáurez.
Fiscal: Jorge Silva Guido.
3- Los dias 20 y 25 de diciembre de 2016, hubo dos llenas, las cuales afectaron
grandemente a nuestra comunidad, por lo que acudimos a la Municipalidad, quienes muy
gentilmente nos ayudó dando alcantarillas y relleno para la colocación de las mismas.
4- En la colocación de las alcantarillas se afectó la tubería de agua potable por la
modificación de las mismas, al ser de mayor tamaño. Nuestro compromiso con el Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) fue el de devolverle los materiales
usados en la reparación del servicio de agua potable. De los ocho artículos adeudados
recibimos una donación de don Vianney Cerdas del Almacén San Francisco, con quien
conversamos ayer. Siendo los materiales faltantes:
a- 1 unión de transición de 3" de PVC.
b- unión lisa de 3” de PVC.
C- 1 adaptador macho de 3".
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*230 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
PEE:
5- Para hacer de su conocimiento al reactivar la Junta Directiva, no tenemos fondos
económicos, estamos en un plan de colaboración por parte de toda la comunidad, pero
como usted comprenderá esto es un proceso lento,
6- Por tal motivo recurrimos a su estimable persona para solicitarle de la forma más atenta
una donación del material citado en el punto 4.
Agradeciendo de antemano la fina atención a la presente y en espera de su pronta
respuesta de usted muy cordialmente,
Braulió Arce Vargas; E Katla LeMalre Naranjo
Presidente : Secretaria
Cearchivo. PS
Pd: — Teléfono del presidente: 8994 0834
Teléfono de la secretaria; 8675 8982
Teléfono del tesorero: 8727 6164
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI gU
PAGINA N*231 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
AAA
Enero 30, 2017
Colono Construcción,
Guápiles,
Presente.
Reciban un cordial saludo de parte de la Junta Directiva del Comité Pro Mejoras de
ASEMEBA, El Prado, sirva la presente para hacer de su conocimiento lo siguiente:
1- En el año 2005 se había nombrado una Junta Directiva en nuestra comunidad, la cual
por diversas circunstancias dejó de funcionar, y en necesidad de velar por nosotros y en
consejo dado por el señor Vicealcalde Guido Sánchez Hemández, se citó para el 04/01/17
una reunión para reactivar la Junta Directiva del Comité Pro Mejoras de ASEMEBA, El
Prado.
2. Para el dia en mención y con la asistencia de veinte personas de nuestra comunidad se
formó la nueva Junta Directiva, quedando de la siguiente manera:
Presidente. Braulio Arce Vargas.
Vicepresidente: Luis Fabián Solís Núñez.
Secretaria: Katia LeMaire Naranjo.
Tesorero: Gabriel Antonio Ramirez Araya,
Vocal 1: Ana Lucía Monge Pérez.
Vocal 2: Marjorie Quirós Delgado.
Vocal 3: José Andrés Padilla Sáurez.
Fiscal: Jorge Silva Guido.
3- Los días 20 y 25 de diciembre de 2016, hubo dos llenas, las cuales afectaron
grandemente a nuestra comunidad, por lo que acudimos a la Municipalidad, quienes muy
gentilmente nos ayudó dando alcantarillas y relleno para la colocación de las mismas.
4- En la colocación de las alcantarillas se afectó la tuberia de agua potable. Nuestro
compromiso con el Instituto Costaricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) fue el de
devolverle los materiales usados en la reparación. De los ocho artículos adeudados hemos
recibido donaciones de don Vianney Cerdas (Almacén San Francisco) y de don Julio Bonilla
(Almacén Don Julio). Siendo el material faltante:
a- 1 unión de transición de 3” de PVC,
5- Para hacer de su conocimiento al reactivar la Junta Directiva, no tenemos fondos
económicos, estamos en un plan de colaboración por parte de toda la comunidad, pero
como comprenderán esto es un proceso lento.
6- Portal motivo recurrimos a su estimable institución para solicitarle de la forma más atenta
una donación del material citado en el punto 4.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 90
PAGINA N*232 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Agradeciendo de antemano la fina atención a la presente y en espera de su pronta
respuesta de usted muy cordialmente,
Braulio'Arce Vargas LeMaire Naranjo
Presidente Secretaria
Ce archivo.
Pd: Teléfono del presidente: 8994 0634
Teléfono de la secretaria: 8575 8982
Teléfono del tesorero: 8727 6164
V
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ú
PAGINA N*233 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Anexo 5. Formulario enviado al presupuesto participativo 2017 y carta a la Asociación (de
Desarrollo.
Mayo 23, 2017
Concejo de Distrito de La Colonia.
Municipalidad de Pococí.
Presente.
Reciban un saludo de parte del Comité Pro Mejoras de Asemeba, El Prado. Sirva la presente para hacer
de su conocimiento lo siguiente:
1- Producto de dos llenas ocurridas en diciembre de 2016 el Sr. Vicealcalde Guido Sánchez Hernández
entregó alcantarillas y material para la instalación de las mismas, además recomendó la conformación
de un grupo vecinal. En 2005 se había nombrado una Junta Directiva en nuestra comunidad, la cual por
diversas circunstancias dejó de funcionar. Se citó para el 04/01/2017 una reunión para reactivar la Junta
Directiva del Comité Pro Mejoras de Asemeba, El Prado.
La Directiva quedó de la siguiente manera:
Presidente: Braulio Arce Vargas.
Vicepresidente: Luis Fabián Solís Núñez.
Secretaria: Katia LeMajre Naranjo.
Tesorero: Gabriel Antonio Ramírez Araya.
Vocal 1: Ana Lucía Monge Pérez.
Vocal 2: José Andrés Padilla Sáyrez.
Vocal 3: Fressy Serrano Alvarez.
Fiscal: Jorge Silva Guido
2- Aprovechando la organización del Comité se han realizado cuatro reuniones desde entonces siendo
prioritarios los siguientes proyectos:
>»
- Colocación de hidrante (el cuerpo de Bomberos Guápiles visitó el barrio y determinó la ubicación
adecuada, la solicitud y comunicación se ha realizado vía correo electrónico).
La
Construcción de aceras.
c- Reparación de las calles y cordón de cafio.
d- Mantenimiento del servicio de alumbrado público (se visitó el ICE el 17 de enero).
e- Clasificación de desechos (se contactó al gestor ambiental don Julio Salas)
Se asistió a la sesión del Concejo Municipal del 24 de abril. Se nos informó de la reunión para el
presupuesto participativo y los regidores estuvieron a favor de agilizar el trámite de colocación del
hidrante con el AyA y demás organizaciones involucradas, y el mantenimiento del alumbrado público
con el ICE (el jueves 18 de mayo se recibió una llamada del ICE confirmando recibieron un aviso escrito
de parte de la Municipalidad).
3- La última reunión del Comité fue el domingo 07 de mayo por lo que se discutió lo expuesto en la
sesión del Concejo Municipal pero se ignoraba lo relacionado a la reunión para el presupuesto
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria.
257
21-10-2021
participativo. Se asistió a la misma y se obtuvo el formulario al que se adjunta este documento. El
proyecto incluye las aceras, cordón de caño y calles de la urbanización Asemeba, El Prado.
Ha habido poca comunicación con la Asociación de Desarrollo Integral Prado pero el presidente don
Benigno Amador está atento y a disposición. También hemos recibido información y apoyo del Regidor
Municipal don Ovidio Vives Castro, a quien se invitó a la próxima reunión del Comité en el mes de junio.
Aunque falte documentación adicional y vaya incompleto el formulario, el vecino, miembro del Comité e
Ingeniero don Jose Andrés Padilla S., elaboró el siguiente presupuesto:
PRESUPUESTO DE OBRAS A CONTRATAR PARA URBANIZACION ASEMEBA
CONSTRUCTIVA UNIDAD | CANTIDAD | PSGLCmADO | TOTAL
Deosalicion, y botado aceras y orion, mi 1.577,70 5.000 £7.888.500,00
a e | 1.577,70 6 500 210.255 050,00
Aceras 1.20 m mi 1.577,70 € 19.500 £30.765. 150,00
Cordón y caño mi 1.577,70 £23.000 £30,287.100,00
Rampas de aceras und, 18,00 £85.000 £1.530.000,00
Tragentes doble uno, 7,00 £250.000 £5.950.000,00
Conformación subrasante mi 7.084,00 2.000 $14.128 000,00
Sybase,lastre 30 cm m 7.084,00 7.000 € 49,448 000,00
Base estabilizada 20 om m? 7.084,00 €£11.000 £77.704.000,00
Carpeta asfáltica 5 cm mi 7.084,00 €9.090 £93.576.000,00
Señalización vertical postes 12,00 $ 180.000 £2.100.000,00
Señalizacion horizontal Boal 708,4 5.000 3.532.000,00
Señalizacion horizontal fechas 18 £300.000 £5.400.000,00
Señalizacion horizontal 3 ná 9 €125.000 £:1.125.090,00
TOTAL €309.748.800,00
Se incluye impreso el documento brindado por Consultoría y Construcción DI.CO.PRO., S. A.
Agradeciendo de antemano la fina atención muy cordialmente,
Braulio Arce Vargas
Presidente
3994 0634
Pecocí
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Katia LeMaijre Naranjo |
Secretaria
8675 8982
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*235 ACTA N*82 Ordinaria.
Mayo 23 ,2017,
Sr. Benigno Amador,
Presidente.
Asociación Desarrollo Integral Prado.
Estimado señor, reciba un cordial saludo de parte del Comité Pro Mejoras de Asemeba, El Prado,
deseándole muchos éxitos en su labor.
La presente es para hacerle entrega de las actas de reunión del Comité como justificante de nuestra
labor, asimismo hacemos entrega del presupuesto para mejoras de aceras, calles y cordón de caño en
el barrio, según lo externado por la Sra. Elibeth Venegas (alcaldesa) y lo discutido en la reunión para
presupuesto participativo del distrito La Colonia, para que la organización que su persona preside nos
brinde todo su apoyo logístico y para el bien común.
Agradeciendo de antemano todo su apoyo, de ustedes muy cordialmente
_ Fil , - a sis
rol Jon rr po, OSA
Secretaria
8675 8982
Presidente
8994 0634
Braulio/Arce Vargas Ú e, Katia LeMaire Naranjo"
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PAGINA N*236 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
po IRRES ROTOZ
Anexo 6. Dictamen de cuerpo de agua emitido por el MINAE.
Cir
IN q MINAE MINISTERIO DE bre ENERGIA Din con de
X Mercer DIRECCIÓN DE AGUA
DA-UHCAROG-0300-2020 nn
DA-UHCAROG-0300-2020
14 de mayo de 2020
Sr. Braulio Arce Vargas
Asunto; Respuesta a gestión 3136-2020
Estimado señor:
Reciba cordial saludo. En seguimiento y atención de su solicitud de dictamen recibida de forma
completa el pasado lunes 11 de mayo de 2020, en la que solicita a la Dirección de Agua emitir
criterio respecto de la naturaleza de un cuerpo de agua ubicado en la propledad con numero de
plano L- 674752-1987, ubicado en el Prado, Guápiles, Pococí; se le informa lo siguiente:
1. Que en revisión del registro nacional de aprovechamientos de agua y cauces de la Dirección
de Agua del Minae, el mismo cuerpo de agua solicitado a valorar posee criterio prevlo emitido
mediante oficio DA-UHCAROG-0442-2018.
2. Que del criterio emitido previamente se desprende que el cuerpo de agua solicitado a valorar
corresponde a un canal y que el mismo NO corresponde al dominio público.
Diseño:
Ing. Gilberth Molina
Arce
Fuentes:
Direccion de Aguas
Atlas 2014, ITCR
Sistema Nacional de
Información Territorial
Imagenes: Google
Proyeccion: Ocotepeque
1935 / Costa Rica Morte
Fecha Publicacion Mapas
14 de mayo de 2020
Imagen 1. Sitio de análisis.
(606) 2103-2800 FAX: (506) 2221-7516 Apartado: 13043-1000
semdagocí aguarda go er EDIFICIO ALVASA entrada Ruta Nacional £32, Av 19
(Costado esta Peñódico La República) Barrio Tournón, San Josá, Costa Rica.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00260
PAGINA N*237 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
"
MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGIA DIRECCION de
1 MNAE DIRECCIÓN DE AGUA Bao 0 SE
DA-UHCAROG-0300-2020 DN
Atentamente:
GILBERTH —— rimsnónaimore
OCTAVIO reci
MOLINA ARCE pesaba
(FIRMA Sr 090%
Ing. Gllberth Molina Arce
Oficina regional de Guápiles
Unidad Hidrológica Caribe
v
Y (608) 2103-2600 FAX: (805) 2221-7616 Apartado; 13043-1000
CS pasada ase EDIC ALVASA errada Ps Maciel A 10
(Costado este so La República) Barrlo Toumón, San José, Costa Rica.
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía y a la Comisión de
Hacendarios.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*238 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
ACUERDO N* 2918
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Jesús Gerardo Muñóz
González, céd. 5-0261-0677 y Maribel Jiménez Montero, céa. 7-0124-0618, dice:
Estimados señores.
Por este medio les saludo y a la vez sirva la presente para solicitarles muy
respetuosamente la respectiva extensión de ramal para que llegue hasta mi
propiedad, folio 23877-000, plano L-203887-1991, propiedad a nombre tanto de mi
persona Jesús Gerardo Muñoz González, cédula 5-261-677 como de mi esposa,
Maribel Jiménez Montero, cédula 7-0124-0618.
El motivo es de contar toda mi familia con el derecho al agua potable, pero
principalmente es el de poder atender la gran necesidad de la enfermedad de
nuestro hijo Abraham Gerardo Muñoz Jiménez, cédula 7- 0285-0884, quién al sufrir
un accidente de tránsito en su motocicleta, el pasado 29 de marzo del 2020, le
ocasionó una ruptura y quebradura en la tibia y el peroné de su pierna izquierda,
como consecuencia y aunado a eso, al bañarse con agua de pozo se le
desarrolló una bacteria que le carcomió tanto el hueso como la carne, siendo
esta una de las más dañinas, conocida como estafilococos aerus, lo cual ya se la
declararon crónica en el hospital de trauma en San José, (verimágenes adjuntas)
dado esto y debido a la falta de agua potable.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*239 ACTA N*82 Ordinaria 21-10-20
ERRANTE
Le adjunto copias de cédulas.
De ser necesario podemos adjuntarle dictámenes de epicrisis de hijo Abrahan Gerardo Muñoz
Jiménez.
Agradeciendo la atención brindada a la presente me despido de ustedes.
Leses Motor ti Ey
Jesús Gerardo Muñoz González Maribel Jiménez Montero
cédula 5-261-677 cédula 7-0124-0618
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios para que
valoren la posibilidad de ayudarles.
ARTICULO lll
Lectura, Discusión y Verificación del Acta N*78 Ordinaria del
07-10-2021, Acta N*79 Extraordinaria del 12-10-2021 y Acta
N*80 Ordinaria del 14-10-2021
ACUERDO N* 2919
Se conoce Acta N*78 Ordinaria del 07-10-2021, dice:
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el Acta N*78 Ordinaria del 07-10-2021
ACUERDO N* 2920
Se conoce Acta N*79 Extraordinaria del 12-10-2021
Reg. Jonnathan García Chévez.
q Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya < S Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%240 ACTA N'82 Ordinaria. 21-10-2021
Se acoge al artículo 48 de CM. No vota por no encontrarse en la sesión./Además
indica que, se debe revisar la hora de inicio ya que fue a las 2:00/pm y la
compañera Sandra Umaña no participó de dicha sesión y aparece en la
asistencia.
Síndica Sandra Umaña, por favor que se revise la hora de inicio de la sesión y que
no estuve presente.
Nota de Secretaría: Se aclara y que se consigne en el acta que, la hora de inicio
de la sesión fue a las 14:00 y que la síndica Sandra Umaña no se asistió a dicha
sesión.
Por Mayoría de 8 Votos a Favor, 1 se abstiene (el regidor Jonnathan no vota) SE
ACUERDA: Se aprueba el Acta N*79 Extraordinaria del 12-10-2021.
ACUERDO N* 2921
Se conoce Acta N*80 Ordinaria del 14-10-2021
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*80 Ordinaria del
14-10-2021.
ARTICULO IV
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N* 2922
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Lic. Manuel Hernández
Rivera, Alcalde Municipal, tel: 2711-12-08, correo:
manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio DAMCM-0189-2021
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY , h Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*241 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2
proceso de Licitación Nacional Número 2018LN-00001-CLO1 del contrato DP
2018 Servicio de Tratamiento de Residuos Sólidos entre la Municipalidad de Pococí
y Corporación Tecnológica Magallanes CTM.
Municipalidad de Pococí
cí á,
E E S Md Despacho del Alcalde Ys
a e y Teléfono: 2711-1208 <pe2%
Pluye monuel dez, PCIA
rr
Guápiles, 19 de octubre de 2021
DAMCM-0189-2021
Sres.
Concejo Municipal de Pococí
ASUNTO; Solicitud de acuerdo de pago para revalidación de orden de compra del
proceso de Licitación Nacional Número 2018LN-00001-CLO1 del contrato DPM-035-
2018 Servicio de Tratamiento de Residuos Sólidos entre la Municipalidad de Pococí
y Corporación Tecnológica Magallanes CTM.
Respetables señores:
Mediante la presente me permito remitir Solicitud de acuerdo de pago para
revalidación de orden de compra del proceso de Licitación Nacional Número
2018LN-00001-CLO1 del contrato DPM-035-2018 Servicio de Tratamiento de Residuos
Sólidos entre la Municipalidad de Pococí y Corporación Tecnológica Magallanes
CIM tramitado por el Ing. Fabián Delgado Villalobos con solicitud de acuerdo
adjunto elaborado por Proveeduría Municipal.
Se despide,
Lic. Mafuel Hérnández Rivera
Alcalde
palidad de Pococí
ECRETARIA |.
i va Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*242 ACTA N*82 Ordinaria. 21-1042021
cis _ Municipalidad de Pococí ET
POCOC Sub- Proveedor Yo
a e Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 pe%
Pluye ronald.quirosAWmunicipococi.go.cr — MarerAuoso
Guápiles 18 de octubre del 2021
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: se solicita acuerdo de pago.
Respetables señores:
Se remite solicitud de acuerdo de pago, correspondiente a la continuación de la Licitación
Nacional número 2018LN-000001-CLO1, con contrato No.DPM-035-2018, por concepto de
tratamiento de residuos sólidos en el sitio denominado Los Laureles, entre la Municipalidad
de Pococí y la empresa Corporación Tecnológica Magallanes (CTM), solicitud presentada
por el Lic, Fabian Delgado Villalobos.
Con el fin de poder continuar con el proceso de la Licitación Nacional número 2018LN-
000001-CLO!, con contrato No.DPM-035-2018, servicio de tratamiento de residuos sólidos,
tratada en el sitio denominado Los Laureles.
Se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, se autorice al Señor Alcalde a pagar la
continuación "Licitación Nacional número 2018LN-000001-CLO1, con contrato No.DPM-035-
2018, por concepto de tratamiento de residuos sólidos en el sitio denominado Los Laureles",
a favor de la empresa: Corporación Tecnológica Magallanes (CTM]), por un monto de
475.000.000 (setenta y cinco millones de colones exactos), monto de acuerdo al contenido
presupuestario existente con numero de solicitud 1963, por recomendación del Lic. Fabian
Delgado Villalobos coordinador unidad Gestión Ambiental Municipal.
Sin más que agregar; A
RONALD QUIROS rina.o cunas acres
BRENES (FIRMA) Feo 221019075724
pe
Lic. Ronald Quirós Brenes
Sub-Proveedor
Sitio Web; munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipolidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*243 ACTA N*82 Ordinaria.
MON VMIUNICIPALIDAD DE POCOCI
SOLICITUD DE COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS
Teléfono: (506) 2713-6561, Fax (506) 2710-71-82.
a]
Fecha 12-10-2021
4-0199-0854,
Por medio de la presente, yo_Fahian Delgado Villalobos, cédula No,
Del Departamento;___Gestión Ambiental Observaciones: Incorporación de recurso económico al contrato CTM_
Cant Descripción del Bien o servicio CÓDIGO PRESUPUESTARIO — | Total Solicitud
(Uso exclusivo Presupuesto
Municipal) q
1 [02.16 Tratamiento y Disposición de Residuos |)) -) 4-01 01-QU-A 4 lb 19, 000,0%
01.04,99 Otros servicios de gestión y apoyo AAN E
Se requiere la incorporación de recursos
económicos en el contrato DPM-035-2018,
para poder continuar brindando el servicio
de tratamiento de residuos solidos en el
Relleno Sanitario Los Laureles.
Monto: (! 75 000 000,00
A LOTA
de ¿IN | Se adjuntan especificaciones técnicas en el
E
P_<_ | oficio UTGAM-589-2021
FE Herticion d+ Oya) de dió Y odo PÁNICO (MANDA
EE, rvicón dd Fara y tdmeno + Lona INDI S
EE lp Libro UNO “LS ODAN
La solicitud de compra debe venir acompañada con:
Presentar esta solicitud con una proforma, a la unidad de Presupuesto, para realizar
Separación y estimar los recursos solicitados.
Presentar las especificaciones técnicas, firmadas, impresas y digitales, por parte de la Unldad solicitante.
Esta solicitud debe venir con todas las firmas requeridas y sellos.
FABIAN DELGADO ¿xi
VILLALOBOS ES
(FIRMA) ER
Firma del solicitante Vo.Bo. Liquidez. MUNICUSA NA odíata; oc)
Unidad de Plesunuasto
— A PRESUPUESTARIO Y
Ú ALCALDE Vo.Bo. Contenido Presupuestario
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
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Seatrarte
Firmada!
HENRY BRYAN pormtuarena
CAYO
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1930440507
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*244 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-202H_
Municipalidad de Pococí
7) PS
D E de Unidad Técnica de Gestión Ambiental q3 5
ah e A Teléfono: 2710-6600
HAMICIPALIDAD.
DEPOGOCI
VEDA
Fluye ambientol(munipococi.go.cr
Guápiles, 13 de octubre de 2021
UTGAM-589-2021
Sr.
Ronald Quirós Brenes
Departamento de Proveeduría
Asunto: Continuación Servicio de Tratamiento y Disposición Final de Residuos
Estimado señor:
Le saludo muy cordialmente y me permito informarle sobre la situación que
acontece con el contrato DPM-035-2018, relacionado con el servicio de
tratamiento y recolección de residuos no valorizables, mismo que se encuentra
adjudicado a la empresa Corporación Tecnológica Magallanes (CTM), el cual
actualmente carece de solvencia económica, finalizando este periodo 2021, para
poder tramitar las facturas correspondientes a dicho servicio.
Es fundamental para Municipalidad de Pococí, poder incluir con premura los
recursos económicos necesarios al código 02.16.01.01.04,99 OTROS SERVICIOS DE
GESTION Y APOYO, en función de evitar un problema de salud pública y ambiental,
que este tipo de servicio remedia para el Cantón.
Por tanto, serequiere adicionar 75.000.000,00 (setenta y cinco millones de colones
con cero céntimos) al contrato supra mencionado, con el fin de cancelar las
facturas que serán emitas por la empresa CTM, en los próximos 2.5 meses (Octubre
Diciembre) restantes del contrato, relacionadas al tratamiento y disposición final
de los residuos generados en Pococí.
Página 1 de 2
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*245 ACTA N*82 Ordinaria.
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Municipalidad de Pococí
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POCOC ¿ Unidad Técnica de Gestión Ambiental ya
e e Teléfono: 2710-6600
ha Fluye ambientalOmunipococigo.cr  mecnueo
Guápiles, 13 de octubre de 2021
UTGAM-589-2021
Se agradece de antemano su atención.
FABIAN ES
DELGADO.
VILLALOBOS
f__(EIRIAA)
Lic. Fabián Delgado Villalobos
Geslión Ambiental Municipal
CC/ Archivo.
00268
21-10-2021
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Página 2 de 2
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a Mo OEAAIO Sitio Web: munipococi.go.cr
L Too Facebook: GMunicipolidadDePocaci
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al Señor Alcalde a pagar la continuación
de la “Licitación Nacional número 2018LN-000001-CLO1, con contrato No.DPM-
035- 2018, por concepto de tratamiento de residuos sólidos en el sitio denominado
Los Laureles”, a favor de la empresa: Corporación Tecnológica Magallanes (CTM),
por un monto de ¿75.000.000 (setenta y cinco millones de colones exactos), monto
de acuerdo al contenido presupuestario existente con numero de solicitud N*1963,
por recomendación del Lic. Fabian Delgado Villalobos Coordinador Unidad
Gestión Ambiental Municipal. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
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a , Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
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AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI O
PAGINA N*246 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
RED TIIRS RIATAZA
ACUERDO N?* 2923
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Lic. Manuel Hernández
Rivera, Alcalde Municipal, tel: 2711-12-08, correo:
manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio DAMCM-0187-2021
Asunto: Compra directa No. 2021CD-000096-0032000702 Tratamiento asfáltico
Calle 10 Sur 7-02-064
Mediante la presente me permito remitir solicitud de autorización de adjudicación
y acuerdo de pago de Compra directa No. 2021 CD-000096-0032000702
Tratamiento asfáltico Calle 10 Sur 7-02-064 tramitado por la Unidad Técnica de
Gestión Vial Municipal con solicitud de acuerdo adjunto elaborado por
Proveeduría Municipal.
Se despide,
YE S
Lic. MahuerHernández Rivera." e
Alcalde > ne
»
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ú
PAGINA N*247 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Municipalidad de Pococí
9 AS
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Despacho del Alcalde
AS LD Teléfono: 2711-1208 pe 9,
Pluye manuel hernandez(Amunipococi.go.cr MUNICIPALIDAD
AAA
[AENA
Guópiles, 18 de octubre de 2021
DAMCM-0187-2021
Sres.
Concejo Municipal de Pococí
ASUNTO: Compra directa No. 2021CD-000096-0032000702 Tratamiento asfáltico
Calle 10 Sur 7-02-064
Respetables señores:
Mediante la presente me permito remitir solicitud de autorización de adjudicación
y acuerdo de pago de Compra directa No. 2021CD-000096-0032000702
Tratamiento asfáltico Calle 10 Sur 7-02-064 tramitado por la Unidad Técnica de
Gestión Vial Municipal con solicitud de acuerdo adjunto elaborado por
Proveeduría Municipal.
Se despide,
Lic. mallvsitisinándes Riveta e
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Alcalde A >
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*248 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2
Municipalidad de Pococí
G < Sub Proveedor Y 15
a A Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 PRA
Pluye ronald.quirosOmunicipococi.go.cr Marron
Guápiles, 18 de octubre del 2021
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago.
Respetables señores:
Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la plataforma
electrónica SICOP, Compra Directa No. 2021CD000096-0032000702, Tratamiento asfaltico
camino Calle 10 Sur 7-02-064, (Obra pública) tramite gestionado por Ing. Olger Iván
Rodriguez Mendoza, Coordinador de la Unidad Técnica de Gestión vial municipal 8114.
Se logra determinar lo siguiente:
El acto de apertura de las ofertas se realizó electrónicamente en donde participan las
siguientes empresas a saber:
Quebradores Pedregal S.A. por un monto de 422.090.823,12 (Veinte dos millones noventa
mil ochocientos veinte tres con 12/100 colones), presenta una experiencia de 7 proyectos,
según se extrae de la carpeta de “Constancia de experiencia de la empresa" presente en
la plataforma SICOP. Dentro del listado que presenta la empresa solo 7 proyectos cuentan
como proyectos similares según lo solicitado en el cartel.
La empresa No cumple como "Empresa Local", tal como se solicita en el cartel,
considerando que el oferente presenta una patente en el cantón de Pococí, la misma para
la actividad de Fabricación de productos de concreto, que no es afín con el objeto
contractual, que requiere una empresa especializada en la construcción de un tratamiento
superficial bituminoso. Si bien es cierto presentan una patente comercial que si responde
al objeto contractual es emitida por la Municipalidad de Heredia a nombre de
QUEBRADORES PEDREGAL, S.A., para la actividad de “Construcción de infraestructura vial”,
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
¡EL yl Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*249 ACTA N*82 Ordinaria.
ú g Municipalidad de Pococí
POCOC ¿ Sub Proveedor
a Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 27%,
Pluye ronald.quirosOmunicipococi.go.cr  Marcriucao
a TZ PP a
Cabe mencionar que se solicita la subsanación de la patente domiciliada en el cantón de
Pococí y que su vez sea del a fin a la actividad a contratar, se da respuesta a través de la
empresa [ver Anexo en SICOP).
Por lo tanto, es admisible al contar con patente en construcción de caminos, pero su vez
NO se otorgan el puntaje de empresa local, por lo antes señalado.
Consultora Y Constructora Jiménez SA. por un monto de ¿24.965.900,00 (veinticuatro
millones novecientos sesenta y cinco mil novecientos colones exactos), presenta una
experiencia de 9 proyectos ver oferta en SICOP en documento "oferta Municipalidad de
Pococí TS3 Gamboa", en los folios 20 a la 30", además cumple como Empresa Local, esto
de acuerdo con el cuadro adjunto.
Además, se solicita aclaración en las memorias de cálculo, sin que este sea motivo de
variación en los montos económicos.
Constructora Meco S.A. por un monto de 431.605.162,58 (Treinta y Un Millones Seiscientos
Cinco Mil Ciento Sesenta y Dos colones con 58/100), presenta una experiencia de más de
10 proyectos, según se extrae de la carpeta de "Pococí 1t96F" presente en la plataforma
SICOP de la página 72 a la 75.
En referencia a "Empresa Local", la patente presentada en la oferta con domicilio en el
cantón de Pococí corresponde a la actividad de venta de agregados, porlo que se solicita
que se subsane ya que el objeto a contratar según cartel corresponde a una empresa
especializada en la construcción de tratamientos asfalticos, se subsana atreves del oficio
GRL-374-2021 (Anexo en SIOCP) sin embargo, la misma NO CUMPLE como empresa Local.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*250 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2902
_A Municipalidad de Pococí
pecocí A
a > Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Pluye ronald.quirosQmunicipococi.go.cr  MecpiLoso
e a ARRE A a
Evaluación de Ofertas.
Una vez revisado el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que
cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de Precio 70%,
Experiencia 20% y Empresa Local 10%, así establecido en el legajo cartelario.
Ss | a Oferta Evaluación | |
Razón Social 70 puntos 20 puntos | 10 puntos | 70 puntos | 20 puntos | 10 puntos
Experiencia [Empresa Empresa Total
Precio (ttde Local Precio [Experiencia] Local
proyectos)
(4 22090823,12 7 No 70% 10% 0% 80%
s.A | 4299650000 | 9 el : 10%. | 82%
¡Constructora Meco S. A (431605162,58| Masde10 69%
Determinando lo siguiente:
Una vez realizada la evaluación de la Compra Directa No. 2021 CD000096-0032000702, esta
Unidad recomienda adjudicar a la empresa_Consultora Y Constructora Jiménez SA, por
cumplir con lo solicitado, además de ser la oferta con mayor puntuación.
Por tanto, se recomienda al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor Alcalde a
pagara la empresa: Consultora y Constructora Jiménez SA, por un monto de 429.993,500,00
(veinte y nueve millones novecientos noventa y tres mil quinientos colones exactos) monto
que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario existente.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
|
|
|
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00274
PAGINA N*251 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
qa PE g Municipalidad de Pococí
pz G De Sub Proveedor Y
a 2 L Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 ¿E %
Pluye ronald.quirosOmunicipococi.go.cr  Mitrncooo
aaa
Según detalle:
RenglondePago | Descripción del Renglon Unidad | Cantidad | Precio | Variacion| Cantidad Precio Total
Unitario Final
[sc 135 [Monto Provicional global 1 ésoooo.o| 02 12 4600 000,00
[CR.301.03 ¡Base de Agregado graduacion C mm 650 413 076,00| 100 750 49 807 000,00
[cR.301.06 [Subbase de agregado graducion B m 300 G12500.00| 50 350 94 375 000,00]
lenozor  |Reacondicionamiento de Subrasante | km oso  |essooow0! 006 | 0ss 4227 500,00
CK.303.01 (a) |[Reacondicionamiento de Cunetas m 1000. 4400,00, 100 1100 $440 000,00|
[cR-411.0 0 Tratamiento Superficial mo | 3300 | €270000 20 3720 410.044 000,00]
¡CR.251.01 (a) Enrocado colado clase A (Fe=140 mm 30 490 000,00) 20 so 94 500 000,00|
lkg/cor)
429 993 500,00
Sin más que agregar se suscribe;
RONALD Firmado digitalmente
¡por RONALD QUIROS
QUIROS BRENES BRENES (FIRMA)
Fecha: 2021.10.18
(FIRMA) 14:02:15 -06'00'
Lic. Ronald Quirós Brenes
Sub-Proveedor
Municipal de Pococí.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al Señor Alcalde a pagar a la Empresa:
Consultora y Constructora Jiménez SA. Por un monto de £29.993.500,00
(veintinueve millones novecientos noventa y tres mil quinientos colones exactos)
monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario existente, según
detalle del “Por Tanto”. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2924
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Lic. Manuel Hernández
Rivera, Alcalde Municipal, tel: 2711-12-08, correo:
manuel. hemandezOmunipococi.go.cr , dice:
Oficio DAMCM-0188-2021
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*252 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-202
CEA A
Asunto: Compra directa No. 2021CD-000097-0032000702 Tratamiento Asfáltico San
Martín 702-574 Calle Super Gamboa Jiménez
Mediante la presente me permito remitir solicitud de autorización de adjudicación
y acuerdo de pago de Compra directa No. 2021 CD-000097-0032000702
Tratamiento Asfáltico San Martín 702-574 Calle Super Gamboa Jiménez tramitado
por la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal con solicitud de acuerdo adjunto
elaborado por Proveeduría Municipal.
Se despide,
Lic. MGnuel Hernández Rivera?"
Alcalde
q...
»>
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*253 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Municipalidad de Pococí
y Despacho del Alcalde
a ed > Teléfono: 2711-1208 »e%Y,
e u coci.gO.Cr MUNICIPALIDAD
Pluye manuel hernandez: nipococi E mun
CEC CREA
Guópiles, 18 de octubre de 2021
DAMCM-0188-2021
Sres.
Concejo Municipal de Pococí
ASUNTO: Compra directa No. 2021 CD-000097-0032000702 Tratamiento Asfáltico San
Martín 702-574 Calle Super Gamboa Jiménez
Respetables señores:
Mediante la presente me permito remitir solicitud de autorización de adjudicación
y acuerdo de pago de Compra directa No. 2021CD-000097-0032000702
Tratamiento Asfáltico San Martín 702-574 Calle Super Gamboa Jiménez tramitado
por la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal con solicitud de acuerdo adjunto
elaborado por Proveeduría Municipal.
Se despide,
Lic. Ménuel Hernández Rivera
Alcalde
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*254 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2
Municipalidad de Pococí
m a
de Cc Sub Proveedor
AN Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Fluye ronald.quirosWmunicipococi.go.cr  Mrecpaloso
¡ACE IR NA
Guápiles, 18 de octubre del 2021
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita acuerdo de pago.
Respetables señores:
Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la plataforma
electrónica SICOP, Compra Directa No, 2021CD000096-0032000702, proyecto: Tratamiento
asfaltico camino San Marlin 702-574, Calle Super Gamboa, Jiménez, pertenecientes al
código C.7-02-574, tramite gestionado por el Ing. Olger Iván Rodríguez Mendoza,
Coordinador de la Unidad Técnica de Gestión Vial municipal.
Se logra determinar lo siguiente:
El acto de apertura de las ofertas se realizó electrónicamente en donde participan las
siguientes empresas a saber:
Quebradores Pedregal S.A. por un monto de £21.150.618,80 (Veintiún Millones Ciento
Cincuenta Mil Seiscientos Dieciocho Con 80/100 colones), presenta una experiencia de 7
proyectos, según se extrae de la carpeta de "Constancia de experiencia de la empresa"
presente en la plataforma SICOP. Dentro del listado que presenta la empresa solo 7
proyectos cuentan como proyectos similares según lo solicitado en el cartel.
La empresa No cumple como Empresa Local, tal como se solicita en el cartel, considerando
que el oferente presenta una patente en el cantón de Pococí, la misma para la actividad
de Fabricación de productos de concreto, que no es afín con el objeto contractual, que
requiere una empresa especializada en la construcción de un tratamiento superficial
bituminoso.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*255 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
_,
pecocí suse dd
a Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 EZRA
Pluye ronald.quirosOmunicipococi.go.cr
NUNICIPALIDAD
DEPOCOc
Si bien es cierto presentan una patente comercial que si responde al objeto contractual es
emitida por la Municipalidad de Heredia a nombre de QUEBRADORES PEDREGAL, S.A., para
la actividad de “Construcción de infraestructura vial”,
Cabe mencionar que se solicita la subsanación de la patente domiciliada en el cantón de
Pococí y que su vez sea del a fin a la actividad a contratar, se da respuesta a través de la
empresa (ver Anexo en SICOP).
Por lo tanto, es admisible al contar con patente en construcción de caminos, pero su vez
NO se otorgan el puntaje de empresa local, por lo antes señalado.
Consultora y Constructora Jiménez SA. por un monto de £21.407.560,00 (veintiún millones
cuatrocientos siete mil quinientos sesenta colones exactos), presenta una experiencia de 9
proyectos ver oferta en SICOP en documento “oferta Municipalidad de Pococí TS3
Gamboa”, en los folios 20 a la 30", además cumple como Empresa Local, esto de acuerdo
con el cuadro adjunto.
Además, se solicita aclaración en las memorias de cálculo, sin que este sea motivo de
variación en los montos económicos.
Evaluación de Ofertas.
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que
cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de Precio 70%,
Experiencia 20% y Empresa Local 10%, así establecido en el legado cartelario.
Olerta Evalvación
70 puntos 20 puntos 10 puntos — | 70puntos | 20puntos 10 puntos
Exporlencia — (1 deJEmprosa Local Total
ee sad Precio proyectos) precio — | Experiencia — | Empresa Local
[Consultora y Constructora Jimenez $. A | € 21 407 560.00 9 E 69,16 10,00 10,00 89.16
[Constructora Pedregal S.A €E21 150 618,20 7 No 70.0 10.00 0.00 80.00
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: GMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ú
PAGINA N*256 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
Municipalidad de Pococí
cocí 0
y Sub Proveedor
PO UC Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 yes
Fluye ronald.quirosOmunicipococi.go.cr "aceso
nos remata
Determinando lo siguiente:
Una vez realizada la evaluación de la Compra Directa No. 2021CD000097-0032000702, esta
Unidad recomienda adjudicar a la empreso_Consultor: Y Constructora Jiménez SA, por
cumplir con lo solicitado, además de ser la oferta con mayor puntuación,
Por tanto, se recomienda al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor Alcalde a
pagarala empresa: Consultora Y Constructora Jiménez SA, por un monto de 424,951.680,00
(veinte y cuatro millones novecientos cincuenta y un mil seiscientos ochenta colones
exactos) monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario existente, Según
detalle:
óndel ] | Precio Cantidad |
D ¡ón del Unidad | € 1
pl del nie . aio pe Precio Tota
lscxss  [Montopravisiona! 1] | £500000.00
[craoLos — [Based 3 891 680,00]
[CR.30L.01 42 875.000,00|
(CR30391
[cn.303.01 (a) [Reacondicionamiento de Cunetas mo| [900.0]
cr.cos.o1 — [Canal Revestido Tipo V mo las [hsm] as [10 | 1socoood
CRAILO O [Tratamiento Superficial Bituminosa m 3750 | c27oow0| 10 | 380 | cro3soo000
424 951 680,00
li dsc]
Sin más que agregar se suscribe;
Flmado digitalmente por
RONALD QUIROS ronato quios eaenes
FIRMA)
BRENES (FIRMA) Fecha: 2021.1022 11:11:41
0600
Lic. Ronald Quirós Brenes
Sub-Proveedor
Municipol de Pococí.
Por Unanimidad SE ACUEDRDA: Se autoriza al Señor Alcalde a pagar a la empresa:
Consultora Y Constructora Jiménez SA, por un monto de ¿£24.951.680,00
(veinticuatro millones novecientos cincuenta y un mil seiscientos ochenta colones
exactos) monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario
existente. Según detalle del “Por Tanto”, según Compra directa No. 2021CD-
000097-0032000702 Tratamiento Asfáltico San Martín 702-574 Calle Super Gamboa
Jiménez. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00280
PAGINA N*257 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2
ACUERDO N?* 2925
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Lic. Manuel Hernández
Rivera, Alcalde Municipal, tel: 2711-12-08, correo:
manuel. hernmandezOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio DAMCM-0190-2021
Asunto: Solicitud de autorización para suscribir convenio de cooperación
interinstitucional entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la
Municipalidad de Pococí para la formalización de la Unidad de Empleo en el
Marco del Sistema Nacional de Empleo.
no Municipalidad de Pococí
fluye monuelhernondezQmunipococigo.cr mara
2. ms
Guápiles, 19 de octubre de 2021
DAMCM-0190-2021
Sres,
Concejo Munlclpal de Pococí
ASUNTO: Solicitud de autorización para suscribir convenio de cooperación
interinstitucional entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Municipalidad
de Pococí para la formalización de la Unidad de Empleo en el Marco del Sistema
Nacional de Empleo.
Respetables señores:
Mediante la presente me permito remitir solicitud de autorización para suscribir
convenio de cooperación interinstilucional entre el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social y la Municipalidad de Pococí para la formalización de la Unidad
de Empleo en el Marco del Sistema Nacional de Empleo.
Este cuenta con el análisis de Servicios Jurídicos Internos como consta en el oficio
adjunto 1J-31-AGO-2021 emitido por la Licda. Mayra Montes Arce; por cuanto se
solicita al honorable Concejo Municipal autorizar al Alcalde a suscribir el presente
borrador de convenio.
Se despide,
Alcalde
coc
cata e HA
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*258 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10
N) Municipalidad de Pococí
Y, Despacho del Alcalde
MIS Teléfono: 2713-6501, Fax: 2710-7181
MINISTERIO DE TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL Manuel.hernandezsOmunipococ.go.cr
E coa sos ITA PAS
CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DETRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL Y LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
PARA LA FORMALIZACIÓN DE UNIDAD DE EMPLEO
EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
Entre nosotros, el MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, cédula jurídica número
dos - uno cero cero - cero cuatro dos cero uno dos, representado en este acto por SILVIA
LARA POVEDANO portadora de la cédula de identidad 1-0500-0564, Ministra de Trabajo
y Seguridad Social, según Acuerdo Presidencial N*574-P de fecha 11 de enero de 2021,
en adelante MTSS, y MANUEL HERNÁNDEZ RIVERA, mayor, casado, abogado, portador
de la cédula de identidad número siete-cero ochenta y seis-ochocientos cincuenta,
vecino del Distrito de Guápiles de Pococí, en mi condición de Alcalde de la
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ, con nombramiento según resolución N*, 1319-El1-2020 de
las 10:10hrs del 24 de febrero del 2020 del Tribunal Supremo de Elecciones, publicado en
la Gaceta N* 44 del jueves 05 de marzo del 2020, cédula de persona jurídica número
tres-cero catorce-cero cuarenta y dos mil ciento veinticinco, con oficina en Guápiles,
Pococí, provincia de Limón; que para los efectos del presente convenio y en lo sucesivo
se denominará “LA MUNICIPALIDAD", hemos acordado celebrar el presente CONVENIO
DE COOPERACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN DE UNIDAD DE EMPLEO EN EL MARCO DEL
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO, el cual se regirá por las siguientes disposiciones:
CONSIDERANDO
1.- Que el Artículo 56 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, establece
el trabajo como un derecho del individuo y una obligación con la sociedad; que el
Estado debe procurar que todos[as) tengan una ocupación honesta y Útil -
debidamente remunerada - e impedir que por su causa se fijen condiciones mediante
las cuales se menoscaben tanto la libertad como la dignidad del hombre o se degrade
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI DO
PAGINA N*259 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
» Municipalidad de Pococí
Y Despacho del Alcalde
UN Teléfono: 2713-6501, Fax: 2710-7181
MINISTERIO DE TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL Manuel.hernandezsOmunipococ.go.cr
su trabajo a la condición de simple mercancía; y que el Estado garantiza el derecho de
libre elección de trabajo.
Il Que el artículo 72 de la Constitución Política de la República establece que el Estado
mantendrá, mientras no exista un seguro de desocupación, un sistema técnico y
permanente de protección a las personas desocupadas involuntarias y que procurará
su reintegración al trabajo.
Il.- Que el artículo 1 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Ley
No. 1860 del 21 de abril de 1955, dispone que dicho Ministerio tiene a su cargo la
dirección y estudio de todos los asuntos relativos al trabajo y bienestar social,
definiéndose así, como rector en materia de empleo en Costa Rica.
1V.- Que, de acuerdo con el artículo 72 de la Constitución Política, mediante el Decreto
Ejecutivo No. 41 -776-MISS-MEP-MIDEPLAN-MDHIS-MCM-MCSP del 10 junio del 2019,
Creación del Sistema Nacional de Empleo (en adelante, Decreto Ejecutivo No. 41.776)
se creó el Sistema Nacional de Empleo (en adelante, SNE) “con el objetivo de definir el
ordenamiento, lógica y gobernanza que deben tener los servicios de empleo, de forma
que estos se articulen e integren entre sí en una lógica sistémica que responda tanto a
las dinámicas del mercado laboral -articulando oferta y demanda-, como a las
necesidades de las personas en búsqueda de empleo o ya empleadas para conservar
su trabajo o mejorar sus condiciones laborales, priorizando aquellas que se encuentran
en condición de vulnerabilidad”.
V.- Que, de acuerdo con el artículo 13 del Decreto Ejecutivo No. 41.776 citado, el SNE
cuenta con una Agencia Nacional de Empleo (por sus siglas, ANE), “como mecanismo
operativo a cargo del Instituto Nacional de Aprendizaje, que articula los servicios de
empleo y la red de unidades de empleo. La ANE funcionará acorde a los lineamientos
del Consejo de Empleo y para todos los servicios de empleo, Estará conformada por un
equipo técnico y administrativo que gestionará las relaciones interinstitucionales
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*260 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-202
» Municipalidad de Pococí
”Y Despacho del Alcalde
MS Teléfono: 2713-6501, Fax: 2710-7181
MINISTERIO DE TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL Manuel.hernandezsOmunipococ,go.cr
_= a _— PP Pa
necesarias para la articulación de los servicios que se integran en las capas del SNE y
serán ofertados y de acceso a la población a través de la red de unidades de empleo".
VI.- Que, según los artículos 15 y 16 del Decreto Ejecutivo No. 41.776 citado, el SNE cuenta
con una Red de Unidades de Empleo (por sus siglas, RUE) conformada por un conjunto
de Unidades de Empleo, con presencia territorial o virtual, las cuales funcionarán según
el Modelo de Gestión del SNE y con el apoyo y coordinación de la ANE. Dichas unidades
de empleo podrán ser públicas, privadas o público-privadas y, según su capacidad, ser
de los siguientes tipos:
a) TIPO A: Sucursal de la Agencia de Empleo (SAE): ventana Única de servicio de
nivel avanzado, con la capacidad de gestionar la oferta de servicios de las cuatro capas
del SNE.
b) TIPO B: Oficina de Empleo (OE): ventana de servicio de nivel básico que,
presencial o virtualmente, ofrecerá servicios de registro, asignación de citas,
intermediación e información general a las personas y empresas usuarias. Dentro de
estas oficinas se incluyen las oficinas municipales de empleo, las oficinas de empleo o
coordinación con la empresa de los colegios técnicos profesionales y cualquier otra que
ofrezca los servicios a nivel básico.
Vil.- Que, el Decreto Ejecutivo No. 41.776 citado, busca reforzar el rol rector del MTSS, a
través de la Dirección Nacional de Empleo, así como establecer una clara separación
del papel rector del rol de ejecución y prestación de servicios, estableciendo a la ANE
como coordinador técnico/operativo (Art. 13).
VIll.- Que, con el fin de implementar las acciones administrativas, técnicas, operativas y
legales necesarias para el eficiente y eficaz funcionamiento de la Red de Unidades de
Empleo coordinada por la Agencia Nacional de Empleo, a través del soporte y apoyo
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI D0284
PAGINA N2261 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
y» Municipalidad de Pococí
Y Despacho del Alcalde
UN Teléfono: 2713-6501, Fax: 2710-7181
MINISTERIO DE TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL Manuel.hernandezsOmunipococ.go.cr
de esta última a las diferentes unidades de empleo, el MTSS y el INA suscribieron el XX de
noviembre del 2020 el Convenio Específico No. XX-2020 denominado “CONVENIO
ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y
EL INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA RED DE
UNIDADES DE EMPLEO Y LA AGENCIA NACIONAL DE EMPLEO, EN EL MARCO DEL SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO”.
1X.- Que, según el artículo 19 del Decreto Ejecutivo No. 41.776 y el Acuerdo No. 1-2020 del
Consejo de Empleo, el SNE dispone de la plataforma informática www.ane.cr, la cual se
constituye en el instrumento o los instrumentos de carácter tecnológico para la gestión
virtual y/o presencial de servicios de empleo y atención a personas y empresas de
acuerdo con el Modelo de Gestión del SNE, para lo cual, tanto las personas y empresas
usuarias, como las organizaciones públicas o privadas involucradas en el SNE -ya sea
como unidades de empleo, centros de formación, instituciones prestatarias de servicios
de empleo, etc.- tendrán acceso a ésta.
X.- Que, en el marco del SNE, el MTSS, por medio de la Dirección Nacional de Empleo y
sus Departamentos de Intermediación, Orientación y Prospección de Empleo y
Generación de Empleo, promueve la descentralización de los servicios de empleo
mediante la participación de los Gobiemos Locales, los cuales, de acuerdo con el
artículo 16 y 15 del Decreto Ejecutivo No. 41.776 citado, pueden constituirse como
unidades de empleo y ser parte de la RUE.
XI.- Que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social -por medio de la Dirección Nacional
de Empleo y los departamentos involucrados en este convenio—promueve la creación
de unidades de empleo municipales con la finalidad de beneficiar a la población
desempleada, subempleada, en busca de mejores opciones laborales, en procura de
un primer empleo o de su desarrollo en el empleo con un enfoque en la inclusión social
y territorial.
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= TIA era
XIl.- Que mediante las unidades de empleo municipales se tiene como objetivo atender
alas personas y empresas y que se facilite su acceso a los diferentes servicios de empleo
que se enmarcan en el SNE, en una lógica de ventanilla Única.
XIll.- Que, según el Decreto Ejecutivo 41.776 citado, dentro de los servicios de empleo se
enmarcan todos aquellos que refuercen la empleabilidad y propicien la intermediación
laboral, entiéndase entre ellos, servicios de registro, información, orientación,
capacitación y formación, intermediación de empleo y permanencia en el empleo, así
como con servicios de apoyo complementarios a éstos. De manera que, en estos se
enmarcan programas y servicios como por ejemplo: el Programa Nacional de Empleo
del MISS Decreto Ejecutivo No. 29.044-TSS-COMEX del 30 de octubre de 2000 y sus
reformas; Programa EMPLEATE del MTSS, creado mediante reforma al Decreto Ejecutivo
No. 29.044-TSS-COMEX, y sus reformas (Decretos Ejecutivos No. 37.143 MTSS-COMEX, No.
41.494 MTSS-COMEX, y No. 42.199 MTSS-COMEX); servicios de capacitación, formación,
certificación de competencias, acreditación, ayudas económicas, orientación,
intermediación y otros que, en virtud de la Ley No. 6868 del 5 de mayo de 1983, y sus
reformas (leyes No. 9798 del 12 de septiembre de 2019, y No. 9931 del 18 de enero de
2021), que brinda el Instituto Nacional de Aprendizaje; servicios y programas de
asistencia social que brinda el Instituto Mixto de Ayuda Social, de acuerdo con su Ley de
creación No. 4760 del 4 de mayo de 1971; servicios educativos, de educación técnica y
de orientación del Ministerio de Educación Pública; y otros que brindan instituciones que
conforman el SNE,
XIV.- Que el decreto N” 38.954-MTSS-MDHIS-MIDEPLAN del 14 de mayo del 2015,
estableció la Estrategia Puente al Desarrollo, con la finalidad de brindar servicios que
potencien la movilidad social, en los cantones señalados por dicho decreto. En este
sentido, el objetivo de esta Estrategia se vincula con el presente convenio porque
mediante aquélla se desea “atender la pobreza de las familias desde un enfoque
multisectorial e interinstitucional, garantizando el acceso al sistema de protección social,
al desarrollo de capacidades, al vínculo con el empleo y la empresariedad, a las
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A — po —— PP EA
ventajas de la tecnología, a la vivienda digna y al desarrollo territorial, en aras del
desarrollo humano e inclusión social",
XV.- Que el SNE, de acuerdo con el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 41.776 citado,
tiene un enfoque en la inclusión social, razón por la cual debe priorizarse la atención de
aquellas personas con mayores condiciones de vulnerabilidad, siendo clave la
articulación con la Estrategia Puente al Desarrollo, así como con las políticas sociales del
país.
XVI.- Que para el cantón de POCOCÍ, es de la mayor relevancia acceder a los servicios
públicos de empleo que ofrece el SNE, en virtud de que cuente con un abordaje integral
ala problemática del desempleo que aqueja a la población, así como para el desarrollo
en el empleo de ésta y la mejora de su calidad de vida, a través de una oferta completa
de servicios públicos de empleo que fortalecen la empleabilidad y tienen por objetivo
final propiciar la inserción laboral, misma que es articulada bajo la rectoría del MTSS y
operativizada por la ANE.
XVII.- Que, de acuerdo con el artículo 16 del Decreto Ejecutivo No. 41.776, para que una
unidad de empleo pueda operar, deberá contar con un convenio o carta de
entendimiento con el MTSS con dicho objeto.
XVIIl.- Que, según el Artículo 2 del Código Municipal, Ley No. 7794 del 30 de abril de 1998,
las municipalidades tienen “capacidad jurídica (...) para ejecutar todo tipo de actos" y
que el Artículo 7 les permite firmar convenios con el ente u órgano público competente,
para llevar a cabo, conjunta o individualmente, servicios u obras en su cantón.
XIX.- Que según el Inciso F) del Artículo 4 del Código Municipal, las municipalidades
pueden “concertar, con personas nacionales o extranjeras, pactos, convenios o
contratos necesarios para el cumplimiento de sus funciones”. Asimismo, el Inciso h) del
mencionado Artículo, faculta a las municipalidades para “promover un desarrollo local
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== - a a a
participativo e inclusivo que contemple la diversidad de las necesidades y los intereses
de la población”. Por otra parte, en el Inciso i) se establece que las municipalidades
tienen la atribución de “impulsar políticas públicas locales para la promoción de los
derechos y la ciudadanía de las mujeres a favor de la igualdad y la equidad de género".
XX.- [En caso que exista un convenio previo entre la Municipalidad y el MTSS] Que de
conformidad con el transitorio xxx del Decreto Ejecutivo No. 41.776, este convenio
complementa el convenio suscrito entre la Municipalidad y el MTSS en fecha xxx en
materia de servicios de empleo. Por lo tanto, cualquier aspecto regulado en convenio
preexistente, y que no sea cubierto por el presente convenio prevalecerá en la relación
entre ambas instituciones acá representadas.
XXI.- Que se prevé una implementación incremental de los servicios definidos por el
Decreto Ejecutivo No. 41.776 en su artículo 4, de forma que las obligaciones de las Partes,
se ajustarán a la evolución de dicho proceso.
PORTANTO
Las partes acuerdan suscribir el presente convenio de COOPERACIÓN TÉCNICA Y
OPERATIVA PARA LA FORMALIZACIÓN DE UNIDAD DE EMPLEO EN EL MARCO DEL SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO, el cual se regirá por las disposiciones legales de cada una de las
instituciones, así como por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. DEL OBJETO.- El presente convenio tiene por objetivo formalizar, en la
Municipalidad, una Unidad de Empleo (por sus siglas, UE) en el marco del Sistema
Nacional de Empleo (por sus siglas, SNE) de acuerdo con el Decreto Ejecutivo No. 41.776-
MTSS-MEP-MIDEPLAN-MDHIS-MCM-MCSP del 10 junio del 2019, (en adelante, Decreto
Ejecutivo No. 41.776), a través del establecimiento de alianzas de cooperación técnica
y operativa entre la Municipalidad y el MTSS, que propicien la articulación de los
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diferentes servicios de empleo a favor de las personas trabajadoras y las empresas, con
un enfoque en la inclusión social.
SEGUNDA. DE LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS. - Para la consecución del objeto planteado
en el presente convenio, este tendrá los siguientes objetivos específicos:
a) Establecer una UE en la Municipalidad que facilite, simplifique y agilice el acceso
por parte de la población a los diferentes servicios de empleo en el marco del SNE, en
una lógica de ventanilla Única, mediante los cuales pueda mejorar su empleabilidad o
estabilidad laboral.
b) Dotar a la UE establecida en la Municipalidad, de los insumos necesarios, así como
del apoyo técnico y operativo, para el adecuado servicio a las personas y empresas
usuarias que son atendidas en el cantón, de manera que funja como ventanilla Única
de atención, de acuerdo con el modelo de gestión del SNE, el Decreto Ejecutivo No.
41.776 citado y los lineamientos que al efecto pueda emitir el Consejo de Empleo o la
Secretaría Técnica del SNE.
c) Fomentar la empleabilidad de las personas trabajadoras a través de los diversos
servicios de empleo en el marco del SNE.
a) Apoyar a oferentes y demandantes de empleo en la búsqueda de opciones
laborales y personas trabajadoras.
e) Promover los servicios de empleo, dirigidos a personas desempleadas en busca
de opciones laborales y a personas que desean cambiar de empleo, para una mejora
de sus condiciones laborales, así como dirigidos al desarrollo en el empleo, de acuerdo
con el Modelo de Gestión del SNE y el Decreto Ejecutivo No. 41.776 citado y los
lineamientos que al efecto pueda emitir el Consejo de Empleo o la Secretaría Técnica
del SNE.
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= mos
f) Promover los servicios de empleo dirigidos a las empresas de acuerdo con el
Modelo de Gestión del SNE y el Decreto Ejecutivo No. 41 .776 citado y los lineamientos
que al efecto pueda emitir el Consejo de Empleo o la Secretaría Técnica del SNE.
9) Desarrollar estudios e investigación de mercado laboral.
h) Fomentar la inserción laboral y el desarrollo de altermativas de empleo por cuenta
propia, emprendimientos y pequeñas empresas.
i) Establecer una estrecha coordinación entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social y la Municipalidad, para desarrollar por medio de los servicios brindados por los
departamentos de la Dirección Nacional de Empleo, proyectos de capacitación y de
infraestructura comunal.
j) Dar atención prioritaria a las poblaciones con mayores condiciones de
vulnerabilidad, de acuerdo con los lineamientos y acuerdos del Consejo de Empleo,
según el Decreto Ejecutivo No. 41.776, en estrecha coordinación con la Estrategia
Puente al Desarrollo dispuesta en el Decreto Ejecutivo No. 38.954-MTSS-MDHIS-MIDEPLAN
citado y sus reformas.
k) Priorizar los proyectos que cuenten con la participación de la Municipalidad o
entidades como la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, el Ministerio de
Obras Públicas y Transportes, Acueductos y Alcantarillados y el Ministerio de Ambiente y
Energía para potenciar el Programa Nacional de Empleo en los municipios, así como
aquellos proyectos que cuenten con apoyos definidos y concretos para su realización.
i) Apoyar en el desarrollo de estudios del mercado de trabajo, empate entre oferta
y demanda.
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TERCERA. DE LAS OBLIGACIONES DEL MISS. - Para el cumplimiento de los objetivos
definidos en el presente convenio, el MTSS tendrá las siguientes obligaciones:
a) Trasladar los lineamientos del Consejo de Empleo y la Secretaría Técnica del SNE,
en apego al Decreto Ejecutivo No. 41.776 citado a las UEen cada Municipalidad a través
de la ANE.
b) Dictar, en el ejercicio de su rectoría y desde la Presidencia del Consejo de Empleo,
los lineamientos necesarios para la consolidación del SNE, así como de los servicios
descritos en el Decreto Ejecutivo No. 41.776 citado, para la efectiva ejecución de este
convenio.
c) Dictar, a través de la Dirección Nacional de Empleo, y las instancias internas del
Ministerio, los lineamientos necesarios para la ejecución de este convenio.
d) Fiscalizar el cumplimiento de los objetivos y obligaciones que se disponen en este
convenio, así como en el Decreto Ejecutivo No, 41.776, el modelo de gestión del SNE, y
los lineamientos que al efecto pueda emitir el Consejo de Empleo o la Secretaría Técnica
del SNE, por parte de la Municipalidad y de la Agencia Nacional de Empleo (por sus
siglas, ANE), para lo cual el propio MTSS, emitirá las recomendaciones y medidas
correctivas cuando se amerite; lo anterior de acuerdo a la Ley de Control Interno, No.
8292 del 31 de julio de 2002 y sus reformas.
e) Velar por el cumplimiento de los objetivos y las acciones enmarcadas en el
presente convenio o cualquier otra iniciativa, que se pueda impulsar en el marco del
SNE, en estrecha coordinación con la ANE.
f) Solicitar a la ANE para que esta brinde coordinación y soporte a la Unidad de
Empleo establecida en la Municipalidad, en los siguientes aspectos (considerando el
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proceso evolutivo de la consolidación de los servicios definidos en el artículo 4 del
Decreto Ejecutivo No. 41.776):
+ Capacitación, apoyo, acompañamiento, inducción, «asesoramiento y
seguimiento, a nivel técnico y operativo, de la Unidad de Empleo establecida en
la Municipalidad y su personal, para que se fomente su correcto funcionamiento,
de acuerdo con el Decreto Ejecutivo No. 41.776, el Modelo de Gestión del SNE y los
lineamientos que al efecto pueda emitir el Consejo de Empleo o la Secretaría
Técnica del SNE.
+ Acceso a la plataforma informática del SNE, denominada ane.cr, para que sea
utilizada por la Unidad de Empleo establecida en la Municipalidad.
«Soporte técnico a la UE establecida en la Municipalidad, en el uso de la
plataforma informática ane.cr.
+ Articulación interinstitucional y con los centros de formación para la adecuada
prestación de los servicios de empleo, a las personas y empresas que sean
atendidas a través de la Unidad de Empleo establecida en la Municipalidad,
atendiendo los criterios de priorización definidos por el Consejo de Empleo, de
acuerdo con el Decreto Ejecutivo No. 41.776, así como de acuerdo a la capacidad
operativa, administrativa y financiera de las instituciones y organizaciones
prestatarias de los servicios.
+ Organización y articulación de la Red de Unidades de Empleo (por sus siglas, RUE),
así como de las relaciones entre las diferentes unidades de empleo del país, de
forma que se pueda dar adecuadamente la atención a las personas, a través de
la concertación y la complementariedad de los esfuerzos realizados por cada
unidad de empleo y las instituciones que prestan servicios en el marco del SNE.
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+ Colaboración en la organización de actividades, campañas y eventos de
fomento a los servicios de empleo y al SNE en conjunto con la Municipalidad,
+ Dotación de recursos, instrumentos y herramientas de carácter operativo para
que la UE preste adecuadamente sus servicios a las personas y empresas, en el
marco del SNE y su Modelo de Gestión, y los lineamientos que al efecto pueda
emitir el Consejo de Empleo o la Secretaría Técnica del SNE; a saber: manuales,
protocolos y flujos de atención, cartera de servicios de empleo, procesos,
procedimientos, estándares, formularios, definiciones y otros que se requieran.
9) Apoyar, a través del Departamento de Intermediación de Empleo y el
Observatorio del Mercado Laboral, la realización de investigaciones del mercado
laboral, entendidas como la recopilación y el análisis de información relacionada con la
oferta y la demanda, con la finalidad de contribuir a la toma de decisiones y al
establecimiento de políticas, objetivos, planes y estrategias.
h) Atender en el marco de EMPLEATE la oferta que con fines de capacitación e
inserción laboral, envíe la Municipalidad siempre y cuando existan centros de formación
acreditados en las zonas por las instituciones competentes. Esta oferta, además, debe
ajustarse a los criterios de priorización definidos por el Consejo de Empleo, de acuerdo
con el Decreto Ejecutivo No. 41.776, así como a la capacidad operativa, administrativa
y financiera de la institución.
i) Coordinar por medio de los diferentes departamentos de la Dirección Nacional
de Empleo, involucrados en este convenio, las actividades que beneficien a las
poblaciones meta.
CUARTA. De las obligaciones de LA MUNICIPALIDAD. - Para el cumplimiento de los
objetivos definidos en el presente convenio, la Municipalidad tendrá las siguientes
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obligaciones (considerando el proceso evolutivo de la consolidación de los servicios
definidos en el artículo 4 del Decreto Ejecutivo No. 41.776):
a) Acatar los lineamientos emitidos por el Consejo de Empleo y la Secretaría Técnica
del Sistema Nacional Empleo, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo No. 41.776 citado,
transmitidos a través de la Dirección Nacional de Empleo del MTSS y la ANE.
Estos lineamientos serán brindados en el proceso de inducción y capacitación constante
que los departamentos de la Dirección Nacional de Empleo y la ANE, involucrados en
este convenio, brindarán al personal destacado por la Municipalidad en la Unidad de
Empleo.
Asimismo, en apego a dichos lineamientos, cualquier recomendación por parte del MTSS
o la ANE, para el mejor funcionamiento de la Unidad de Empleo, deberá ser acatado
para la conservación del estándar de Unidad de Empleo.
b) Una vez que todos los servicios del SNE se encuentren en operación , la
Municipalidad deberá disponer y mantener en operación permanente una unidad de
empleo, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo No. 41.776 y el Modelo de Gestión del SNE,
y los lineamientos que al efecto pueda emitir el Consejo de Empleo o la Secretaría
Técnica del SNE; así como según el tipo de unidad de empleo indicado en la cláusula
quinta de este convenio, para atender a la población en busca de empleo, a las
personas empleadoras en búsqueda de talento humano que requieran servicios de
empleo. Durante el proceso de consolidación de tales servicios, la Municipalidad podrá
contar con la Unidad de Empleo en su total capacidad según el Anexo 1, o bien, podrá
hacerlo de forma incremental, siempre con apoyo de la ANE.
c) La unidad de empleo deberá coordinar con la ANE y podrá estar dedicada a
esta especialidad, o podrá ser compartida en caso de que, al momento de su
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implementación, no se cuente con el espacio físico requerido, siempre y cuando se
cumplan con los requerimientos del tipo de unidad según la cláusula quinta.
d) Asignar, a la unidad de empleo municipal establecida, los recursos humanos,
financieros, tecnológicos, operativos y de infraestructura necesarios para su adecuado
funcionamiento y para el desarrollo de las acciones técnico-operativas que se
desprendan de éste. Esto de acuerdo con los requisitos para el tipo de unidad
implementada, que se disponen en la cláusula quinta de este convenio,
e) Proporcionar al menos un equipo informático, a disposición de las personas
usuarias de la unidad de empleo, donde puedan acceder a sus servicios de manera
presencial, siempre y cuando las condiciones sanitarias tanto nacionales, regionales,
como del inmueble lo permitan.
f Facilitar en todo momento la coordinación con la ANE y la Dirección Nacional de
Empleo, manteniendo disponible el equipo humano destacado en la Unidad de Empleo
para ello, permitiendo a éste asistir a las diversas actividades de promoción,
capacitaciones y reuniones que se den en el marco del SNE y apoyando la realización
de dichas actividades, cuando así le sea requerido.
9) Ofrecer a la población del cantón de Pococílos programas y servicios de empleo
en el marco del SNE y su modelo de gestión, incluyendo PRONAE y EMPLEATE, así como
los servicios de las instituciones parte del SNE, según el Decreto Ejecutivo No. 41.776
citado, el Modelo de Gestión y los lineamientos que al efecto emita el Consejo de
empleo. La oferta programática se deberá realizar con base en las indicaciones
establecidas por la Dirección Nacional de Empleo y la ANE, así como en el Modelo de
Gestión del SNE y los lineamientos que al efecto pueda emitir el Consejo de Empleo o la
Secretaría Técnica del SNE.
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mx — a A
h) Mantener un ambiente libre de discriminación de cualquier tipo y en pego a la
igualdad de trato de todas las personas.
1) Brindar apoyo técnico a las organizaciones comunales (Asociaciones,
Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales
[ASADAS], Juntas de Educación, Juntas de Salud) en la aplicación de los formularios del
Programa Nacional de Empleo.
) Priorizar la atención de personas en condiciones de vulnerabilidad y de acuerdo
con los criterios de priorización, definidos por el Consejo del Empleo del SNE y
comunicados a la Unidad de Empleo por medio de la ANE o la Dirección Nacional de
Empleo.
k) Atender a las poblaciones referidas por la ANE, el Centro de Operaciones Virtuales
y Telefónicas (por sus siglas, COV) o la Dirección Nacional de Empleo, ya sea a través de
la plataforma informática, citas, listas, eventos u otros mecanismos.
1D Aplicar los instrumentos y procedimientos para la atención de las personas que
demanden los servicios de empleo, con base en los lineamientos establecidos por el
Consejo Nacional de Empleo y la Secretaría Técnica del Sistema Nacional de Empleo,
así como por la Dirección Nacional de Empleo y sus departamentos.
m) Reclutar a las personas desempleadas, subempleadas, en busca de un mejor
empleo, que deseen mejorar su perfil ocupacional, requieran un subsidio económico
temporal de desempleo por medio de PRONAE, o quieran desarrollar iniciativas de
autoempleo, las cuales deben cumplir con los requisitos o perfil de entrada de dicho
programa.
n) Orientar a las personas atendidas por la Unidad de Empleo para que se registren
en la plataforma informática www.ane.cr.
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0) Hacer un uso adecuado de la plataforma informática del SNE, denominada
ane.cr, para lo cual se deberán acatar, en todo momento y sin excepción alguna, los
lineamientos de seguridad, confidencialidad y privacidad de dicha plataforma, de
conformidad con los lineamientos dispuestos en el Decreto Ejecutivo No. 41.776, por la
ANE o por la Dirección Nacional de Empleo.
Pp) Informar oportunamente a la ANE sobre la realización de actividades organizadas
por la Municipalidad o la Unidad de Empleo, las cuales se relacionen con los objetivos
de este convenio,
q) Publicar en la página web municipal los enlaces de “www.ane.cr”,
“www.empleate.cr" y “www.pronae.cr", con el objetivo de facilitar el acceso de la
población a estos recursos y colaborar en la divulgación de dichos sitios.
19) Atender, a través de la Dirección Nacional de Empleo, las solicitudes por parte de
la Municipalidad con respecto al funcionamiento técnico y operativo de la ANE.
QUINTA. DEL TIPO DE UNIDAD DE EMPLEO. - A la Municipalidad que, en uso de la
autonomía municipal constitucionalmente garantizada, decida suscribirse al presente
convenio, se le dotará de una licencia y autorización para operar la Unidad de Empleo
establecida bajo el marco del SNE, para lo cual, aceptará cumplir con el siguiente
estándar de servicio: TIPO B, Oficina de Empleo.
Con ello, la Municipalidad se compromete a cumplir con los requisitos para el tipo de
unidad según lo descrito en el Anexo 1.
SEXTA. DELA COORDINACIÓN TÉCNICA Y OPERATIVA. - De acuerdo con el Artículo 13 del
Decreto Ejecutivo No. 41.776, la ANE se encargará de la coordinación técnica y
operativa de la Red de Unidades de Empleo, en apego a los lineamientos establecidos
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Fluye
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me == a A
por el Consejo de Empleo, la Secretaría Técnica y la rectoría del MTSS. Para ello, la ANE
dará seguimiento, apoyo y soporte técnico a la Unidad de Empleo establecida, de
acuerdo con las siguientes tareas:
a)
b)
c)
d)
e)
1
9)
h)
Asesoría y/o capacitación a la Unidad de Empleo establecida, para una
adecuada gestión, de acuerdo con el Modelo de Gestión del SNE, sus
procesos, procedimientos y protocolos.
Soporte técnico y capacitación en el uso de la plataforma informática del
SNE, denominada ane.cr.
Seguimiento y apoyo a la gestión realizada por la Unidad de Empleo.
Administración y mantenimiento de la plataforma informática ane.cr.
Comunicación de procesos, procedimientos y protocolos definidos según el
Modelo de Gestión del SNE.
Articulación de servicios de empleo, ejecutados a través de las
organizaciones — prestatarias de estos, para que sean brindados
adecuadamente a las personas atendidas por medio de la Unidad de
Empleo.
Coordinación con las entidades públicas y privadas relacionadas con
servicios empleo, apoyos complementarios y otros servicios.
Derivación de personas y empresas a ser atendidas en la Unidad de Empleo,
de acuerdo con los criterios de priorización definidos por el Consejo de
Empleo.
Realización de actividades de promoción de los servicios de empleo en
conjunto con la Unidad de Empleo, pudiendo ser actividades donde
participen en conjunto diversas unidades de empleo por afinidad territorial,
sectorial, de poblaciones atendidas u otra índole.
Para la realización de las tareas anteriores, la ANE asignará a personas funcionarias
coordinadoras que funjan como enlace con los diferentes grupos de agentes, según el
tipo de Unidad de Empleo establecida y definida en la cláusula quinta.
pecocí
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Pluye
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= == == A AAA
SÉPTIMA. DE LOS INFORMES SEMESTRALES. - La Unidad de Empleo Municipal, establecida
de conformidad con el presente convenio, deberá rendir informes a la ANE, de forma
semestral, los cuales deberán contener, como mínimo la siguiente información:
a) Datos sobre población atendida en el marco del SNE, con el detalle de:
¡Cantidad de personas oferentes y demandantes atendidas en la Unidad de Empleo.
¡Cantidad de personas oferentes por sexo, lugar de residencia, edad, experiencia y
escolaridad, tanto atendidas como registradas en la plataforma ane.cr.
ñi.Cantidad de empresas orientadas como registradas en la plataforma www.ane.cr por
ubicación y actividad económica.
iv.Cantidad de puestos vacantes registrados en la plataforma informática ane.cr,
directamente por la Unidad de Empleo o por las empresas atendidas, identificando
claramente la ocupación y nivel educativo requeridos éstas.
v.Cantidad de personas atendidas que aplicaron a puestos vacantes.
vi.Cantidad de personas que efectivamente se colocaron en los puestos para los cuales
aplicaron, para lo cual la Unidad de Empleo, dará seguimiento a las personas y empresas
para conocer dicha información. Además, se deberá detallar el sexo, ocupación y si
tienen alguna condición de discapacidad.
vi.Número de talleres de orientación realizados, los cuales deben incluir el detalle de
personas asistentes por sexo, ocupación y edad.
+ Cantidad de personas derivadas a servicios de desempleo,
+ Número de empresas visitadas según ubicación.
b) Datos de población atendida para PRONAE, con el siguiente detalle:
+ Cantidad de personas atendidas por sexo, edad y procedencia.
+ Cantidad de proyectos ejecutados por modalidad.
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+ Cantidad de proyectos remitidos al Programa Nacional de Empleo.
c) Datos de personas atendidas para EMPLEATE:
. Cantidad de personas jóvenes atendidas en ventanilla por sexo, edad y lugar de
procedencia.
. Cantidad de personas jóvenes preseleccionados, por sexo, edad y lugar de
procedencia.
. Cantidad de personas jóvenes referidas al Programa Empléate del Departamento
de Intermediación de Empleo.
Estos informes se rendirán digitalmente con el oficio respectivo o, en su defecto, según
indicaciones del enlace de la ANE.
OCTAVA. DEL USO DE PLATAFORMA INFORMÁTICA. - Siendo que, de conformidad con el
artículo 19 del Decreto Ejecutivo No. 41.776 y el Acuerdo No. I-2020 del Consejo de
Empleo, el SNE dispone de la plataforma informática www.ane.cr, la Municipalidad
acuerda realizar la mejor utilización de ésta para los fines que en este Convenio se
establecen. Para lo cual, además, tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Acatar los lineamientos emanados por el Consejo de Empleo, la Secretaría
Técnica y por la Agencia Nacional de Empleo.
b) Aplicar los protocolos de comunicación definidos para los procesos y
procedimientos del Sistema Nacional de Empleo.
c) Alimentar la base de información de la oferta y la demanda de los servicios.
d) Brindar orientación a la oferta y demanda que se registra en el Servicio, a través
de la plataforma.
e) Actuar en estricto apego y vigilancia de todos los protocolos de privacidad y
seguridad establecidos por la ANE para el uso de la plataforma informática, que se
compartan en el marco del presente convenio, así como por la Ley No. 8968 del 07 de
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EA == on => => pe AS
julio de 2011, y sus reformas; Ley de Protección de la Persona frente al tratamiento de sus
datos personales.
f Recolectar, usar, y administrar legítimamente y con confidencialidad los datos
personales de las personas que sean atendidas a través de la plataforma informática y
la Unidad de Empleo, de forma que dichos datos sean Única y exclusivamente utilizados
para tal fin y, bajo ninguna circunstancia, podrán trasladarse a otra base de datos.
gl Velar por el buen uso de la plataforma electrónica www.ane.cr.
El acceso a la plataforma será otorgado a través de las respectivas credenciales,
conformadas por nombre de usuario y contraseña, las cuales se entregarán a cada
persona funcionaria de la Municipalidad que se asigne a la Unidad de Empleo
establecida. Por lo cual, la Municipalidad será la responsable de que cada persona
funcionaria haga un uso correcto de la credencial de acceso, no pudiendo compartirla,
en ningún caso, con terceras personas, así sean también funcionarias municipales. Para
ello, la Municipalidad deberá suscribir acuerdos de confidencialidad con cada persona
funcionaria que tendrá acceso a la plataforma informática.
La Dirección Nacional de Empleo o la ANE harán entrega de cada credencial de
acceso.
NOVENA. DE LA FISCALIZACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA UNIDAD DE EMPLEO. — Una vez que
todos los servicios del SNE se encuentren en operación, el MTSS, a través de la Dirección
Nacional de Empleo y la ANE podrán realizar evaluaciones y fiscalizaciones periódicas a
la Unidad de Empleo establecida, de conformidad con la Ley de Control Interno citada,
con el fin de determinar el cumplimiento de los parámetros y cláusulas que se establecen
en el presente convenio. A partir de los resultados de dichas evaluaciones, el MTSS
establecerá las acciones correctivas o recomendaciones, las cuales serán de
acatamiento obligatorio so pena de perder de la licencia de Unidad de Empleo
otorgada. Lo anterior de acuerdo a la Ley de Control Interno, No. 8292 del 310 de julio
de 2002 y sus reformas.
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DÉCIMA. DE LA CONFIDENCIALIDAD. - Toda información comercial, técnica o de
cualquier otra índole, relacionada con la actividad que al amparo de este Convenio se
ejecute o con las Partes mismas, que alguna de ellas pueda divulgar a la otra parte o a
sus empleados, agentes o representantes, se recibirá y mantendrá por estas personas
bajo el carácter de información confidencial y no podrá ser divulgada. Las Partes no
divulgarán dicha información a persona o entidad que no tenga que conocerla, y dicha
información sólo se utilizará en relación con el objeto de este Convenio, respetando a su
vez las disposiciones contempladas en la Ley de Información No Divulgada N* 7975 del
04 de enero de 2000 y sus reformas, y Ley No. 8968 citada, de Protección de la Persona
frente al tratamiento de sus datos personales.
El MTSS y la Municipalidad declaran y garantizan que asumen el compromiso de
mantener en la más absoluta confidencialidad, y de no revelar, publicar o comunicar
ningún elemento de información confidencial. Para efectos de este Convenio, la
información confidencial se refiere a información, documentación o material, que las
partes, sus ejecutivos, empleados y asesores conozcan en virtud de la ejecución del
presente Convenio, incluyendo:
No será considerada como información confidencial:
a. Sea de conocimiento público y/o de las Partes, antes de la suscripción de este
Convenio.
b. Llegue a ser de conocimiento público sin mediar incumplimiento de ninguna de
las partes a sus obligaciones de confidencialidad conforme este Convenio.
Es Llegue a ser del conocimiento de las Partes a través de terceros que, al mejor
entendimiento de las partes no hayan recibido dicha información, violentando algún
deber de confidencialidad para con las Partes.
d. Sea información de acceso público o irrestricto, según la normativa vigente.
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PAGINA N9279 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
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Las partes aceptan conservar de manera confidencial:
a. Toda la información y documentos de carácter privado objeto de este Convenio.
b. La información y documentación que cada una de las Partes haya entregado a
la otra antes, durante o después de la celebración del presente Convenio. Esta
información y documentación, podrá utilizarse Únicamente para los propósitos de las
operaciones contempladas en el presente Convenio, quedando estrictamente
prohibido cualquier otro uso.
DÉCIMA PRIMERA. DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL. - Ninguna de LAS PARTES será
responsable por cualquier retraso o incumplimiento de las actividades acordadas bajo
el presente Convenio que resulte, directa o indirectamente, de caso fortuito o causa de
fuerza mayor, Se entiende por caso fortuito o causa de fuerza mayor, aquellos hechos o
acontecimientos ajenos al control razonable de LAS PARTES, que incluyen en forma
enunciativa, más no limitativa: huelgas, disturbios laborales, incendios, cuarentenas,
epidemias, guerras, disturbios civiles, insurrecciones, inundaciones, desastre natural,
bloqueos, por mandato u orden de autoridad civil, judicial o administrativa, cualquier
otra causa análoga, que por encontrarse fuera del control razonable de LAS PARTES,
impidan el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el Convenio.
Cuando por fuerza mayor o caso fortuito se imposibilite la continuación de las
actividades materia del Convenio, cualquiera de LAS PARTES involucradas podrá darlas
por terminadas sin responsabilidad, de acuerdo con lo dispuesto por el Convenio.
DÉCIMA SEGUNDA. DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. - El MTSS y la Municipalidad se
reservan los derechos de propiedad intelectual y derechos conexos propios o de
terceros, que se relacionen directa o indirectamente con la ejecución de este convenio.
Por lo tanto, cualquier material institucional al que alguna de las partes tenga acceso,
pertenece Única y exclusivamente a la entidad que lo genera y el simple acceso o uso
no constituye cesión alguna de derechos de propiedad intelectual.
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Pluye
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Con el presente convenio cualquier permiso de uso sobre propiedad intelectual,
otorgado para la ejecución de éste deberá darse mediante una autorización previa, la
cual deberá darse por parte del MTSS, la ANE o la Municipalidad, según corresponda.
Para aquellas campañas o actividades publicitarias y/o promocionales que desee
realizar cualquiera de las partes, así como para el uso del logotipo de cada una de ellas
en anuncios, artículos promocionales, presentaciones o actividades de naturaleza afín,
cada parte deberá contar con la previa autorización por escrito de la otra parte, sin que
por ello se entienda que existe una relación de tipo laboral, ni que está facultada para
contraer obligaciones, frente a terceros, a nombre y por la cuenta de la otra parte.
Las publicaciones o divulgaciones que se hagan deberán acatar los manuales,
lineamientos, protocolos o procedimientos de imagen del SNE y la ANE,
En aquellos casos, en los que la titularidad sobre los derechos de propiedad intelectual
surja en virtud de la ejecución del presente Convenio, se deberá regular mediante las
adendas o convenios específicos correspondientes.
DÉCIMA TERCERA. DE LA NO RELACIÓN LABORAL ENTRE LAS PARTES. - El personal
designado por cada una de LAS PARTES para la ejecución del presente Convenio, o de
las adendas que puedan llegar a ser suscritas, se encontrará en forma total y absoluta
bajo la subordinación de la parte que lo haya designado para ello, por lo que,
conservará su relación laboral con dicha parte, y no se crearán relaciones de carácter
laboral entre este personal y la otra Parte del presente Convenio.
DÉCIMA SEGUNDA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y CLÁUSULAS DE RESCISIÓN. - De
presentarse alguna divergencia o posible incumplimiento de alguna de LAS PARTES
durante la ejecución de este Convenio, deberá ser resuelta conjuntamente por las
personas coordinadoras designadas por LAS PARTES.
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Pluye
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o e
Si LAS PARTES no se ponen de acuerdo en la solución de la divergencia o incumplimiento,
se podrá recunir a la rescisión del Convenio por mutuo acuerdo en documento escrito
firmado por LAS PARTES.
DÉCIMA TERCERA. DEL PLAZO Y TERMINACIÓN ANTICIPADA. - El presente convenio es por
tiempo indefinido, sin embargo podrá ser terminado por cualquiera de LAS PARTES en
cualquier momento, sin necesidad de causa, y sin responsabilidad, siempre que se de
aviso previo realizado por escrito con al menos 60 (sesenta) días naturales de antelación.
No obstante, las Partes harán su mejor esfuerzo para dar una adecuada solución a los
programas y actividades que se hubieren iniciado hasta su finalización normal.
DÉCIMA CUARTA: DE LAS CONTRAPARTES INSTITUCIONALES. - Las partes suscribientes
designan para efectos de coordinación interinstitucional, verificación y seguimiento de
los servicios contenidos en el presente convenio a las siguientes personas:
La Municipalidad nombra a quien ocupe la Vicealcaldía, como enlace y contraparte
de éste. Esta persona tiene la obligación de velar e interponer las acciones necesarias,
para lograr el correcto cumplimiento del presente convenio, así como supervisar los
servicios ofrecidos en la oficina de empleo. Asimismo, debe mediar entre el personal
municipal y del MTSS, para garantizar el mejor funcionamiento de los servicios ofrecidos
mediante este acuerdo.
El MTSS, designará, a través de la persona a cargo de la Dirección Nacional de Empleo,
a una persona funcionaria del Departamento de Intermediación de Empleo de la
Dirección Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, como
facilitador de los procesos de formalización de este convenio y como enlace con el
personal de la municipalidad involucrada en el mismo, para la evacuación de dudas o
consultas y la recepción de sugerencias.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ú
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UN Teléfono: 2713-6501, Fax: 2710-7181
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a PAS
Por el Programa Nacional de Empleo, el MTSS designa a la persona funcionaria analista
de proyectos con el encargo de atender la región a la que pertenezca la municipalidad
firmante de este convenio. Compete a esta persona coordinar, con las personas
funcionarias colaboradoras municipales, la ejecución del Programa: llenado y revisión
del formulario con base en la modalidad del proyecto, recepción de documentación,
canalización y coordinación de manera permanente de sugerencias, dudas o
elementos de mejora, así como la supervisión, monitoreo y seguimiento de los diferentes
proyectos.
Para todos los efectos se aclara que las personas funcionarias del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social antes mencionadas, tienen la obligación de consultar, coordinar y
acatar los lineamientos, recomendaciones o sugerencias dictadas por sus respectivas
jefaturas, así como por el Consejo de Empleo y Secretaría Técnica del SNE.
Por otra parte, el cambio de cualquiera de las contrapartes debe comunicarse
formalmente con al menos una semana de anticipación a la sustitución. Finalmente,
corresponderá a los funcionarios o funcionarias citadas, la tutela de los fondos públicos.
DÉCIMA QUINTA. Comunicación y notificaciones. - Se fija como domicilio y lugar para
recibir todo tipo de comunicación y notificación relativa a la aplicación del acuerdo:
Por MTSS Por la Municipalidad
Marcos Solano Yamileth Hidalgo Arias
Director Nacional de Empleo Primera Vicealcaldesa
Correo: marcos.solanoOmtss.go.cr Correo: Yamileth.hidalgofGmunipococi.go.cr
Teléfono: 2233-0622 Teléfono: 2713-6560, ext. 140
En caso de haber cambios en los datos señalados por las partes, se deberá de informar
por escrito la nueva persona, correo y teléfono para la realización de comunicaciones y
notificaciones.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*283 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
IMTSS
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Municipalidad de Pococí
Despacho del Alcalde
Teléfono: 2713-6501, Fax: 2710-7181
Manuel.hernandezsOmunipococ.go.cr
DÉCIMA SEXTA. CUANTÍA. - No se estima cuantía en el presente convenio, para efectos
fiscales, en razón de la naturaleza gratuita de este.
A...
ESTANDO AMBAS PARTES DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO EN ESTE DOCUMENTO, EN
SEÑAL DE ACEPTACIÓN, LO FIRMAMOS DIGITALMENTE EN EL AÑO 2021.
Silvia Lara Povedano
MINISTRA
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
cc. Archivo
Lic. Manuel Hernández Rivera
ALCALDE
Municipalidad de Pococí
Pececí
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI O
PAGINA N*284 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
y Municipalidad de Pococí
Y Despacho del Alcalde
iS Teléfono: 2713-6501, Fax: 2710-7181
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ANEXO 1:
DESCRIPCIÓN DE TIPO DE UNIDADES DE EMPLEO Y REQUISITOS PARA SU IMPLEMENTACIÓN
a) TIPO A: Sucursal de la Agencia de Empleo (SAE): ventana Única de servicio de nivel
avanzado, con la capacidad de gestionar la oferta de servicios de las 4 capas o
componentes del Modelo de Gestión del SNE, de conformidad con el Decreto Ejecutivo
No. 41.776 citado.
Las SAE son espacios operativos que brindarán y gestionarán toda la cartera de servicios,
disponibles de la Agencia Nacional de Empleo, que podrán ser de carácter público,
como privado o público-privado. Cada SAE deberá prestar sus servicios de acuerdo con
los estándares mínimos recomendados por la ANE a través del Catálogo de Servicios
definido.
Los servicios que se ofrecerán de forma obligatoria en una SAE para personas y empresas
son:
L. Información y primera atención
Registro
Orientación de primer nivel
Orientación especializada (acompañamiento hacia el trabajo)
Acompañamiento en procesos de Formación y Capacitación
Intermediación
E E
Permanencia y Desarrollo en el empleo
Asimismo, estos servicios se explicarán de forma específica y podrán variar, ampliar o
disminuirse, de acuerdo con la cartera de servicios RUE definidos por la ANE y los cuales
se comunicarán oportunamente, o bien, los lineamientos que al efecto pueda emitir el
Consejo de Empleo o la Secretaría Técnica del SNE,
Zr
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI DO308
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A) Municipalidad de Pococí
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MS Teléfono; 2713-6501, Fax: 2710-7181
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== mes — Ez sra A A
En cuanto al personal requerido por la SAE, como mínimo la Municipalidad deberá
contar con los siguientes agentes de empleo asignados a esta:
Cantidad Mínima Tipo de Agente de Empleo (cargo / funciones) Requerido
1 a) Agente de Ventanilla Única . Obligatorio
1 b) Agente de orientación Obligatorio
1 c) Agente empresarial Obligatorio
1 d) Agente de Articulación Obligatorio
1 e) Agente de Intermediación Obligatorio
b) TIPO B: Oficina de Empleo (OE): ventana de servicio de nivel básico que, presencial o
virtualmente, ofrecerá servicios de registro, asignación de citas, intermediación e
información general a las personas y empresas usuarias.
Las Oficinas de Empleo son espacios de servicio de nivel básico, ofrece y gestiona
algunos servicios del catálogo de servicios de la Agencia Nacional de Empleo. Estas
podrán ser de carácter público, como privado o público-privado. Cada OE deberá
prestar sus servicios de acuerdo a los estándares mínimos recomendados por la ANE a
través del Catálogo de Servicios definido.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00309
PAGINA N*286 ACTA N982 Ordinaria. 21-10-20
N Municipalidad de Pococí
Y Despacho del Alcalde
MS Teléfono: 2713-6501, Fax: 2710-7181
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Los servicios que, como mínimo, se ofrecerán de forma obligatoria en una OE para
personas y empresas son:
Ta Información y primera atención
Za Registro
3. Orientación de primer nivel
4. Intermediación
En cuanto al personal requerido por la OE, como mínimo la Municipalidad deberá contar
con los siguientes agentes de empleo asignados a esta:
Cantidad Mínima Tipo de Agente de Empleo (cargo / funciones) Requerid
o
1 a) Agente de Ventanilla Única Opcional
1 b) Agente de orientación Opcional
1 Cc) Agente empresarial Opcional
1 d) Agente de Articulación Opcional
1 e) Agente de Intermediación Obligatori
o
Los perfiles técnico-profesionales que se podrán desempeñar dependiendo de su
capacidad, así como de si es OE o SAE- dentro de las UE son los siguientes:
a) Agente de ventanilla única: Primer punto de contacto de la persona o empresa
atendida con la UE y tendrá como funciones primordiales, dar información general y la
gestión de cita con agentes de la propia oficina, sucursal o COV, según se requiera. Se
trata de un perfil que cuenta con, como mínimo, con uno de los siguientes requisitos:
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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> Municipalidad de Pococí
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UN Teléfono: 2713-6501, Fax: 2710-7181
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== == == Sl rs
a. Un título de bachiller en enseñanza media o título equivalente debidamente
reconocido;
b, Egresada o egresado del INA en servicios de formación y capacitación que sean
atinentes al cargo.
b) Agente de Orientación: Deberá contar con el grado de licenciatura en orientación y
estar incorporada al Colegio de Profesionales en Orientación de Costa Rica y tener
habilidades en servicio al cliente y capacitación en paquetes informáticos de oficina, o
conocimientos prácticos en ese campo, conforme con los requerimientos del cargo,
certificados de acuerdo con la normativa vigente o según los procedimientos legales
establecidos, siempre que en los respectivos programas académicos no consten cursos
de igual naturaleza, aprobados y aportados por los interesados.
c) Agente Empresarial: Se trata de un perfil que cuenta con, como mínimo, grado de
bachiller universitario en carreras atinentes al puesto y un alto nivel de capacidades de
negociación y gestión empresarial; así como capacitación en paquetes informáticos de
oficina, o conocimientos prácticos en ese campo, conforme con los requerimientos del
cargo, certificados de acuerdo con la normativa vigente o según los procedimientos
legales establecidos, siempre que en los respectivos programas académicos no consten
cursos de igual naturaleza, aprobados y aportados por los interesados.
d) Agente de articulación: Persona encargada de dar seguimiento a gestiones relativas
al Sistema Nacional de Empleo, la cual deberá establecer líneas de contacto con las
diversas instituciones, organizaciones, sucursales y oficinas que componen dicho sistema.
Debe contar con, como mínimo, grado de bachiller universitario y cumplir con un perfil
atinente al cargo.
e) Agente de intermediación: Perfil que cuenta con, como mínimo, grado de bachiller
universitario y un alto nivel de capacidades de negociación, gestión empresarial y
atención a personas de diversas características; así como capacitación en paquetes
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PAGINA N*288 ACTA N*82 Ordinario.
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Y Despacho del Alcalde
IN Teléfono: 2713-6501, Fax: 2710-7181
MINISTERIO DE TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL Manuel.hernandezsOmunipococ.go.cr
informáticos de oficina, o conocimientos prácticos en ese campo, conforme con los
requerimientos del cargo, certificados de acuerdo con la normativa vigente o según los
procedimientos legales establecidos, siempre que en los respectivos programas
académicos no consten cursos de igual naturaleza, aprobados y aportados por los
interesados. Asimismo, será deseable que haya aprobado uno o varios cursos en
técnicas de oficina, gestión de documentos o archivo. Dicha persona se encargará de
dar seguimiento a gestiones relativas al Sistema Nacional de Empleo, la cual deberá
establecer líneas de contacto con personas en búsqueda de empleo y empresas con
necesidades de recurso humano, con el fin de propiciar la contratación de éstas.
El espacio físico donde se brinden los servicios según el estándar seleccionado, debe
cumplir con las condiciones de accesibilidad de conformidad con la Ley No. 8661 del 19
de agosto de 2008 que “Aprueba Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad y su Protocolo” y la Ley No. 7600 del 02 de mayo de 1996, y sus reformas
"Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad".
1
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*289 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Municipalidad de Pococí a]
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Guápiles, 31 de agosto 2021.
Informe Jurídico: 1J-31-AGO-2021
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Cantón Pococí
1. GESTIÓN.
Con la instrucción del Coordinador de Servicios Jurídicos Internos, procedo a
brindar respuesta a su Oficio DAM 0410-2021, del 04 de mayo 2021, asignado a la
suscrita el día 16 de agosto del año en curso. En dicho oficio se solicita el análisis
para la firma del convenio de cooperación con el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, para la implementación de una oficina de intermediación de empleo,
2. ANÁLISIS JURÍDICO:
Es importante tener como punto de partida que aquí estamos ante una solicitud,
no solo de firmar un convenio de cooperación interinstitucional, sino que además,
se analiza la posibilidad de crear y formalizar una UNIDAD DE EMPLEO U OFICINA
MUNICIPAL DE EMPLEABILIDAD, lo que implica, claro está, contratar los servicios
profesionales, o bien, asignar como recargo a algún colaborador municipal que se
encuentre en alguna plaza ya existente.
Durante el proceso de consolidación de tales servicios, la Municipalidad podrá
contar con la Unidad de Empleo en su total capacidad, o bien, podrá hacerlo de
forma incremental, siempre con apoyo de la Agencia Nacional de Empleo (ANE),
adscrita al Sistema Nacional de Empleo del MTSS.
La unidad municipal de empleo deberá coordinar con la ANE y podrá estar
dedicada a esta especialidad, o podrá ser compartida en caso de que, al
1
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Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
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Municipalidad de Pococí
ga GC e Servicios Jurídicos
a >, O Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181
Fluye munipococijuridicosAdgmail.com
AS DIEZ a
momento de su implementación, no se cuente con el espacio físico requerido,
siempre y cuando se cumplan con los requerimientos del tipo de unidad según la
cláusula quinta.
Veamos el caso que nos ocupa, el Ministerio de Trabajo (MTSS), mediante el
Sistema Nacional de Empleo (SNE) y su Agencia Nacional de Empleo (ANE), quien
a su vez cuenta con una Red de Unidades de Empleo (RUE) conformada por un
conjunto de Unidades de Empleo, las cuales pueden ser de dos tipos: Sucursal de
la Agencia de Empleo (SAE): ventana Única de servicio de nivel avanzado, con la
capacidad de gestionar la oferta de servicios de las cuatro capas del SNE, Y la
Oficina de Empleo (OE): esta consiste en una oficina de servicio de nivel básico
que, presencial o virtualmente, ofrecerá servicios de registro, asignación de citas,
intermediación e información general a las personas y empresas usuarias. Dentro
de estas oficinas se incluyen las oficinas municipales de empleo, las oficinas de
empleo o coordinación con la empresa de los colegios técnicos profesionales y
cualquier otra que ofrezca los servicios a nivel básico.
DEL OBJETO DEL CONVENIO: Crear alianzas de cooperación técnica y operativa
entre la Municipalidad y el MTSS, que propicien una conexión entre las personas
trabajadoras y las empresas, con un enfoque en la inclusión social. Así como
establecer una estrecha coordinación entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, empresa privada y la Municipalidad, para desarrollar proyectos de
capacitación y de infraestructura comunal.
DE LAS OBLIGACIONES Y COMPROMISOS DEL MISS: dentro de los compromisos y
obligaciones asumidas por el MTSS, encontramos que ellos serán quienes asumirán
el tema de la capacitación, apoyo, acompañamiento, inducción, asesoramiento
2
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Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*291 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
POCOCI Servicios Jurídicos MO
a e Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 <¿6%
Pluye munipococijuridicos ailcom Mee
a a] Aca
y seguimiento, a nivel técnico y operativo, a favor de la persona que se contrate
para manejar esta nueva oficina municipal o Unidad de Empleo establecida en la
Municipalidad para que se fomente su correcto funcionamiento.
El MISS, brindará el acceso a la plataforma informática del SNE, denominada
ane.cr, para que sea utilizada por la Unidad de Empleo (UE) establecida en la
Municipalidad. Así como el Soporte técnico a la UE establecida en la
Municipalidad, en el uso de la plataforma informática ane.cr. También deberá de
articular con los centros de formación para la adecuada prestación de los servicios
de empleo, a las personas y empresas que sean atendidas a través de la Unidad
de Empleo establecida en la Municipalidad; y enlazar esta oficina municipal con la
Red de Unidades de Empleo (por sus siglas, RUE), y con las diferentes unidades de
empleo del país, de forma que se pueda dar adecuadamente la atención a las
personas, a través de la concertación y la complementariedad de los esfuerzos
realizados por cada unidad de empleo y las instituciones que prestan servicios en
el marco del SNE.
El Ministerio de Trabajo, también deberá de colaborar en la organización de
actividades, campañas y eventos de fomento a los servicios de empleo y al SNE en
conjunto con la Municipalidad. Dotar de recursos, instrumentos y herramientas de
carácter operativo para que esta nueva Unidad Municipal de Empleo (UE) preste
adecuadamente sus servicios a las personas y empresas, en el marco del SNE y su
Modelo de Gestión, y los lineamientos que al efecto pueda emitir el Consejo de
Empleo o la Secretaría Técnica del SNE; a saber: manuales, protocolos y flujos de
atención, cartera de servicios de empleo, procesos, procedimientos, estándares,
formularios, definiciones y otros que se requieran.
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AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*292 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10,2021
Municipalidad de Pococí ("]
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a A, l Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 ¿Z¿%
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También deberá de apoyar, a través del Departamento de Intermediación de
Empleo y el Observatorio del Mercado Laboral, la realización de investigaciones del
mercado laboral, entendidas como la recopilación y el análisis de información
relacionada con la oferta y la demanda, con la finalidad de contribuir a la toma
de decisiones y al establecimiento de políticas, objetivos, planes y estrategias.
Atender en el marco de EMPLEATE la oferta que con fines de capacitación e
inserción laboral, envíe la Municipalidad siempre y cuando existan centros de
formación acreditados en las zonas por las instituciones competentes.
El MISS, a través de la Dirección Nacional de Empleo y la ANE podrán realizar
evaluaciones y fiscalizaciones periódicas a la Unidad de Empleo establecida, de
conformidad con la Ley de Control Interno.
DE_LAS OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE PococÍ:
1. Asignar, ala unidad de empleo municipal establecida, los recursos humanos,
financieros, tecnológicos, operativos y de infraestructura necesarios para su
adecuado funcionamiento y para el desarrollo de las acciones técnico-
operativas que se desprendan de éste. Esto de acuerdo con los requisitos
para el tipo de unidad implementada, que se disponen en la cláusula quinta
de este convenio.
2. Proporcionar al menos un equipo informático, a disposición de las personas
usuarias de la unidad de empleo, donde puedan acceder a sus servicios de
manera presencial, siempre y cuando las condiciones sanitarias tanto
nacionales, regionales, como del inmueble lo permitan.
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AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00316
PAGINA N*293 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Municipalidad de Pococí (")
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a dl Teléfono: 2713-6851 6, Fax: 2710-7181 «¿8%
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DE LOS DEBERES DE LA PERSONA ENCARGADA DE ESA UNIDAD MUNICIPAL DE
EMPLEO: algunos de los compromisos que se deberán asumir como parte del
trabajo cotidiano de esa Unidad de Empleo, veamos:
a) Reclutar a las personas desempleadas, subempleadas, en busca de un
mejor empleo, que deseen mejorar su perfil ocupacional, requieran un
subsidio económico temporal de desempleo por medio de PRONAE, o
quieran desarrollar iniciativas de autoempleo, las cuales deben cumplir con
los requisitos o perfil de entrada de dicho programa.
b) Orientar a las personas atendidas por la Unidad de Empleo para que se
registren en la plataforma informática www.ane.cr.
c] Hacer un uso adecuado de la plataforma informática del SNE, denominada
ane.cr, para lo cual se deberán acatar, en todo momento y sin excepción
alguna, los lineamientos de seguridad, confidencialidad y privacidad de
dicha plataforma, de conformidad con los lineamientos dispuestos en el
Decreto Ejecutivo No. 41.776, por la ANE o por la Dirección Nacional de
Empleo.
d) Informar oportunamente a la ANE sobre la realización de actividades
organizadas por la Municipalidad o la Unidad de Empleo, las cuales se
relacionen con los objetivos de este convenio.
e) Publicar en la página web municipal los enlaces de "www.ane.cr”,
“www.empleate.cr” y “www.pronae.cr”, con el objetivo de facilitar el
acceso de la población a estos recursos y colaborar en la divulgación de
dichos sitios.
f) Atender, a través de la Dirección Nacional de Empleo, las solicitudes por
parte de la Municipalidad con respecto al funcionamiento técnico y
operativo de la ANE.
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*294 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí ()
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a > DA, Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 Ln
Pluye munipococijuridic: mail.co! HARCPALIDAO
n_n IZ PA NT AS
a) Rendir informes a la ANE, de forma semestral, al MTSS.
h) Hacer un adecuado uso de la PLATAFORMA DE INFORMATICA,
www.ane.ct, para los fines que en este Convenio se establecen. Para lo cual,
además, tendrá las siguientes responsabilidades:
IL. Acatar los lineamientos emanados por el Consejo de Empleo, la Secretaría
Técnica y por la Agencia Nacional de Empleo.
Il... Aplicar los protocolos de comunicación definidos para los procesos y
procedimientos del Sistema Nacional de Empleo.
Il. Alimentar la base de información de la oferta y la demanda de los servicios,
IV. Brindar orientación a la oferta y demanda que se registra en el Servicio, a
través de la plataforma.
V. Actuar en estricto apego y vigilancia de todos los protocolos de privacidad
y seguridad establecidos por la ANE para el uso de la plataforma
informática, que se compartan en el marco del presente convenio, así como
por la Ley No. 8968 del 07 de julio de 2011, y sus reformas; Ley de Protección
de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales.
VI.  Recolectar, usar, y administrar legítimamente y con confidencialidad los
datos personales de las personas que sean atendidas a través de la
plataforma informática y la Unidad de Empleo, de forma que dichos datos
sean única y exclusivamente utilizados para tal fin y, bajo ninguna
circunstancia, podrán trasladarse a otra base de datos.
LOS COMPROMISOS DE AMBAS PARTES: El MISS y la Municipalidad declaran y
garantizan que asumen el compromiso de mantener en la más absoluta
6
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> Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*%295 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-20
Municipalidad de Pococí ()
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AN 0D < Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 «Z¿5%
Fluye munipococijuridicosí ailcom "wee
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confidencialidad, y de no revelar, publicar o comunicar ningún elemento de
información confidencial. Además, se reservan los derechos de propiedad
intelectual y derechos conexos propios o de terceros, que se relacionen directa o
indirectamente con la ejecución de este convenio.
EN CUANTO AL PERFIL DEL PROFESIONAL A CARGO: Deberá contar como mínimo,
arado de bachiller universitario y un alto nivel de capacidades de negociación,
gestión empresarial y atención a personas de diversas características; así como
capacitación en paquetes informáticos de oficina, o conocimientos prácticos en
ese campo
EN CUANTO AL ESPACIO FÍSICO: La Oficina donde se brinden los servicios según el
estándar seleccionado, debe cumplir con las condiciones de accesibilidad de
conformidad con la Ley No. 8661 del 19 de agosto de 2008 que "Aprueba
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo"
y la Ley No. 7600 del 02 de mayo de 1996, y sus reformas "Ley de Igualdad de
Oportunidades para las Personas con Discapacidad”.
3. CONCLUSIÓN:
Es criterio de esta Unidad que existe suficiente sustento legal que permite la firma
de convenios de cooperación con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y
siendo que este municipio goza de autonomía política, administrativa y financiera
suficiente para concertar convenios, debo indicar que, es jurídicamente viable la
firma del convenio de cooperación aquí indicado, ya que ello contribuirá en gran
manera el tema de inserción laboral en nuestro cantón, el cual no se eximió del
gran desempleo que sufre nuestro país.
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a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*296 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Municipalidad de Pococí
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AY de Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 Ln
uni ijuri s(Hgmailcom  vwerumo
Fluye
Así las acosas, previo a ser aprobado este convenio, se recomienda analizar
detenidamente se está en capacidad de asumir este compromiso, siendo que en
este momento se está atravesando una reestructuración laboral a lo interno del
municipio. Aunado a ello, se deberá contar el recurso humano, financiero,
tecnológicos, operativo y de infraestructura necesario para un adecuado
funcionamiento de esta Unidad Municipal de Empleo; en todo caso, tomando en
consideración que esta Oficina podrá iniciarse de forma incremental, incluso podrá
darse la apertura de ésta de manera compartida con otra oficina.
No omito recordarle que, previamente deberá contar con el acuerdo de concejo
municipal donde se le autorice a la firmar de este convenio de cooperación.
Se da por evacuada su consulta.
Cordialmente,
Firmado digitalmen
MAYRA GEMALLE Fred
MONTES ARCE  ARCE(FIRMA)
Fecha: 2021.09.03 15:33:20
(FIRMA) pos
Licda. Mayra Montes Arce
Servicios Jurídicos Internos
Ce/ Archivo Interno,
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: EAMunicipalidadDePococi
Por Unanimidad SE ACUEDRDA: Se autoriza al Señor Alcalde suscribir convenio de
| cooperación interinstitucional entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la
Municipalidad de Pococí para la formalización de la Unidad de Empleo en el
Marco del Sistema Nacional de Empleo. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*297 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2072
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
RED RAS
ACUERDO N”* 2926
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Lic. Manuel Hernández
Rivera, Alcalde Municipal, tel: 2711-12-08, correo:
manuel. hernandezOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio DAMCM-0191-2021
Asunto: Licitación Abreviada No. 2021LA-000028-0032000702 Tratamiento Asfáltico
Calle Ramales, Formosa, Buenos Aires, Géminis, Celestial, La Flor, Entrada Sevilla
Cariari
Mediante la presente me permito remitir solicitud de autorización de adjudicación
y acuerdo de pago de Licitación Abreviada No. 2021 LA-000028-0032000702
Tratamiento Asfáltico Calle Ramales, Formosa, Buenos Aires, Géminis, Celestial, La
Flor, Entrada Sevilla Cariari tramitado por la Unidad Técnica de Gestión Vial
Municipal con solicitud de acuerdo adjunto elaborado por Proveeduría Municipal.
Lic. Manuel HemándezRiveÑk + 0% 5
Alcalde j
Se despide,
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»>
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*298 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Municipalidad de Pococí
9 [E
Despacho del Alcalde
AN Teléfono: 2711-1208 D. A
Fluye manuel. hernande: unipococi.go.cr — MUNICIPALIDAD
ESTE
Guópiles, 19 de octubre de 2021
DAMCM-0191-2021
Sres.
Concejo Municipal de Pococí
ASUNTO: Licitación Abreviada No. 2021LA-000028-0032000702 Tratamiento Asfáltico
Calle Ramales, Formosa, Buenos Aires, Géminis, Celestial, La Flor, Entrada Sevilla
Cariari
Respetables señores:
Mediante la presente me permito remitir solicitud de autorización de adjudicación
y acuerdo de pago de Licitación Abreviada No. 2021LA-000028-0032000702
Tratamiento Asfáltico Calle Ramales, Formosa, Buenos Aires, Géminis, Celestial, La
Flor, Entrada Sevilla Cariari tramitado por la Unidad Técnica de Gestión Vial
Municipal con solicitud de acuerdo adjunto Apaga por Proveeduría Municipal.
Se despide,
AER .
Lic. Manuel Hernández Rivelt €
Alcalde :
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI . 100322
PAGINA N*299 ACTA N982 Ordinaria. 21-10-2
Municipalidad de Pococí
9 ES
Sub Proveedor MT
AN Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 ]S%
Pluye ronald.quirosOmunicipococi.go.cr  MerAuDAD
Guápiles, 19 de octubre del 2021
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita adjudicar y autorizar acuerdo de pago.
Respetables señores:
Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la plataforma
electrónica SICOP, de la Licitación Abreviada 2021 LA-000028-0032000702, se solicita la
contratación de una empresa para el Tratamiento asfaltico en Calles Ramales Formosa,
Buenos Aires, Celestial, Géminis, La Flor, entrada Sevilla, Cariari, y contando con el análisis y
recomendación de adjudicación por parte del Ing. Olger Gutierrez Mendoza,coordinador
UTGAM.
Se logra determinar lo siguiente:
En el acto de apertura de ofertas se realizó electrónicamente en donde participa las
siguientes empresas a saber:
Quebradores Pedregal S.A
Se recibe una oferta, por un monto de ( 29.441.392,10 (Veintinueve millones cuatrocientos
cuarenta y un mil trescientos noventa y dos colones con 10/100), presenta una experiencia
de 7 proyectos, según se extrae de la carpeta de "Constancia de experiencia de la
empresa" presente en la plataforma SICOP. Dentro del listado que presenta la empresa solo
7 proyectos cuentan como proyectos similares según lo solicitado en el cartel.
La empresa No cumple como Empresa Local, tal como se solicita en el cartel, considerando
que el oferente presenta una patente en el cantón de Pococí, la misma para la actividad
de Fabricación de productos de concreto, que no es afín con el objeto contractual, la cual
se solicita una empresa especializada en la construcción de un tratamiento superficial
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*300 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
9 Municipalidad de Pococí PS
POCOC ¿ Sub Proveedor
a Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 ¿5%
Pluye ronald.quirosfWmunicipococi.go.cr Metro
y AAA na
bituminoso. Si bien es cierto presentan una patente comercial que si responde al objeto
contractual sin embargo la misma es emitida por la Municipalidad de Heredia a nombre de
QUEBRADORES PEDREGAL, S.A., para la actividad de “Construcción de infraestructura vial”,
Cabe mencionar que se solicita la subsanación de la patente domiciliada en el cantón de
Pococí y que su vez sea a fin a la actividad a contratar, se da respuesta a través de la
empresa (ver Anexo en SICOP).
Porlo tanto, es admisible al contar con patente en construcción de caminos, pero su vez NO
se otorgan el puntaje de empresa local, por lo antes señalado.
Consultora y Constructora Jiménez SA
Se recibe una oferta, por un monto de ( 31.988.840,00 (Treinta y un millones novecientos
ochenta y ocho mil ochocientos cuarenta colones), presenta una experiencia de 9
proyectos ver oferta en SICOP en documento “oferta Municipalidad de PococíTS3", en los
folios 20 a la 30", además cumple como Empresa Local, esto de acuerdo con el cuadro
adjunto. Además, se solicita aclaración en las memorias de cálculo, sin que este sea motivo
de variación en los montos económicos.
Constructora Quesada 8. Campbell SA,
Se recibe una oferta, por un monto de € 34.533.415,64 (Treinta y cuatro millones quinientos
treinta y tres mil cuatrocientos quince colones con 64/100), presenta una experiencia de 11
proyectos ver oferta en SICOP en documento “oferta”, en los folios 16 a la 54", además
cumple como Empresa Local, esto de acuerdo con el cuadro adjunto.
Constructora Dinaju SA,
Se recibe una oferta, por un monto de ( 45.186.383,33 (cuarenta y cinco millones ciento
ochenta y seis mil trescientos ochenta y tres colones con 33/100). presenta una experiencia
de 9 proyectos ver oferta en SICOP en documento “Empresa”, en las páginas 7 y 8".
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*301 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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e Sub Proveedor
a Teléfono: 2713-6561 Ext, 122
Pluye ronald.quirosAmunicipococi.go.cr
En relación con la empresa local me permito indicar que la misma NO cumple como tal, ya
que lo solicitado en el cartel indica que esta debe de tener al menos 3 años de presencia
en el cantón, y tal como se observa en la patente domiciliada en el Cantón de Pococí la
misma tiene fecha del presente año. Razón por la cual no se le otorga la puntuación de
empresa local.
Constructora Meco SA, Retiro oferta del concurso, visible en el sistema de compras públicas
SICOP.
Evaluación de Ofertas.
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron
técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de Precio 70%, Experiencia 15% y 15%
Empresa Local, así establecido en el legajo cartulario.
Oferta Evaluación
70 puntos | 15 puntos | 15 puntos | 70 puntos | 15 puntos 15 puntos
Razón Social aa
xperiencia
Empresa Empresa Total
Precio (ti de bs Precio [Experiencia .
Local Local
proyectos)
Pedregal (29 441 392,10 A No 70% 10% 0% 80,0%
Consultora y Constructora Jimenez 5. A_ | 4 31 988 840,00, 9 si 64% 10% 15% 89,4%
¡Quesada 8: Campbell (34533 415,64 11 si 60% 15% 15% 89,7%
¡Constructora Dinaju S, A. 4 45 186 383,33 9 No 46% 10% 0% 55,6%
Determinando lo siguiente:
Una vez realizada la evaluación y verificación del cumplimiento de lo solicitado en el cartel
electrónico (Visible en la página de SICOP, Obra Publica Licitación Abreviada No, 2021LA-
000028-0032000702, la contratación de una empresa para el Tratamiento asfaltico en Calles
Ramales Formosa, Buenos Aires, Celestial, Géminis, La Flor, entrada Sevilla, Cariari, esta
Unidad recomienda adjudicar a la empresa_Constructora Quesada 8 Campbell SA, por
cumplir con lo solicitado además de ser la oferta mejor calificada.
3) Sitio Web: munipococi.go.cr
a C Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*302 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
PORO IIA UTA id EIA
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POCOC¿ Sub Proveedor us
a AS 5 Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Pluye ronald.quirosfWmunicipococi.go.cr  MNcolLns
AS A
Por tanto, se recomienda al Concejo Municipal de Pococí, adjudicar y autoriza al señor
Alcalde a pagar a la empresa; Constructora Quesada 2 Campbell SA, por un monto de
434.533.415,64 (Treinta y cuatro millones quinientos treinta y tres mil cuatrocientos quince
colones con 64/100) monto de acuerdo con el contenido presupuestario existente.
Sin más que agregar se suscribe;
Firmado digitalmente
RONALD por RONALD QUIROS
QUIROS BRENES (FIRMA)
Fecha: 2021.10.19
BRENES (FIRMA) roo:
Lic. Ronald Quirós Brenes
Sub-Proveedor
Municipalidad de Pococí
Por Unanimidad SE ACUEDRDA: Se adjudica y se autoriza al Señor Alcalde a pagar
a la empresa: Constructora Quesada 8 Campbell SA, por un monto de
£34.533.415,64 (Treinta y cuatro millones quinientos treinta y tres mil cuatrocientos
quince colones con 64/100) monto de acuerdo con el contenido presupuestario
existente. De acuerdo con Licitación Abreviada No. 2021LA-000028-0032000702
Tratamiento Asfáltico Calle Ramales, Formosa, Buenos Aires, Géminis, Celestial, La
Flor, Entrada Sevilla Cariari. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2927
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Lic. Manuel Hernández
Rivera, Alcalde Municipal, tel: 2711-12-08, correo:
manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio DAMCM-0192-2021
Asunto: Solicitud de acuerdo para autorización municipal para promover la
disminución de la morosidad de los contribuyentes y facilitar la recaudación en
aplicación de la Ley 10026.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a A Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0326
PAGINA N*303 ACTA N“82 Ordinaria. 21-10-2021
El
ER - 9 Municipalidad de Pococí
z G o de Despacho del Alcalde
PO ey) A Teléfono: 2711-1208 + %
i Í MUNICIPALIDAD.
manuel hernondez(OAmunipococi.go.cr Mu
ron preercraeas
Guápiles, 21 de octubre de 2021
DAMCM-0192-2021
Sres.
Concejo Municipal de Pococí
ASUNTO: Solicitud de acuerdo para autorización municipal para promover la
disminución de la morosidad de los contribuyentes y facilitar la recaudación en
aplicación de la Ley 10026
Respetables señores:
Mediante la presente me permito remitir solicitud de acuerdo para autorización
municipal para promover la disminución de la morosidad de los contribuyentes y
facilitar la recaudación en aplicación de la Ley 10026 que autoriza a las
Municipalidades a promover la disminución de la morosidad de sus contribuyentes
y facilitar la recaudación publicada en el Alcance Digital No. 204 de la Gaceta No.
194 del 08 de octubre del 2021.
Se adjunta el documento con la propuesta elaborada por la Administración
Tributaria y Hacienda Municipal que al final conjieñe la propuesta de acuerdo
municipal requerido.
Se despide,
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde '
Eatairo d
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*304 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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-» > Administración Tributaria
a ¡9 € Teléfono: 2713-6522 Ext. 109 yes
Pluye Cyntia.oviloG)munipococi.go.cr  MarcpaLnso
¡PERERA AS
19 de octubre de 2021
Asunto: AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA PROMOVER LA DISMINUCIÓN DE LA
MOROSIDAD DE SUS CONTRIBUYENTES Y FACILITAR LA RECAUDACIÓN
Lic. Manuel Hernández
Alcalde Municipal
Presente
Estimado señor:
Debido a la publicación de la Ley No, 10026, en el Alcance Digital No. 204
de la Gaceta No. 194 del pasado 08 de octubre, misma que autoriza a las
Municipalidades a promover la disminución de la morosidad de sus contribuyentes
y facilitar la recaudación, se adjunta propuesta de documento para integrar a
nuestro Gobierno Local en la implementación de dicha norma.
Estamos a la orden para lo que considere necesario,
CYNTIA VANESSA Firmado digitalmente por MAURICIO Fernado digitalmente
AVILA MADRIGAL a GARITA VARELA VR
(FIRMA) a (FIRMA) Fecheao2102
Cyntia Ávila Madrigal Mauricio Garita Varela
Administración Tributaria Hacienda Municipal
Cc/ Coordinadores Tributarios, Plataforma de Servicios, Tl, Asuntos Jurídicos.
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Municipalidad de Pococí
Administración Tributaria MZ
Teléfono: 2713-6522 Ext. 109 ¿Zoe
MUNICIPALIDAD
K A
Cyntia.ovilaG3munipococi.go.cr mae
APLICACIÓN DE LA LEY 10026, PARA PROMOVER LA DISMINUCIÓN DE LA
MOROSIDAD DE SUS CONTRIBUYENTES Y FACILITAR LA RECAUDACIÓN EN EL
CANTÓN DE POCOCÍ.
Al ser las quince horas del día diecinueve de octubre de 2021, la Hacienda
Municipal y el Departamento de Administración Tributaria, proceden a remitir los
lineamientos técnicos a considerar en la aplicación de la Ley 10026, que promueve
la disminución de la morosidad y pretende facilitar la recaudación de tributos
municipales, en el Cantón de Pococí.
RESULTANDO
Primero: De acuerdo con el Alcance Digital No. 204 de la Gaceta No. 194 del
pasado 08 de octubre, mediante Ley 10026 se autoriza a las municipalidades del
país a promover la disminución de la morosidad y facilitar la recaudación en el
Cantón de Pococí.
Segundo: Que la Hacienda Municipal una vez hecho el estudio de morosidad del
Cantón de Pococí y a fin de utilizar la herramienta legal para facilitar la
recaudación en el cantón, así como atacar el índice de morosidad, propone los
lineamientos técnicos correspondientes a la realidad del Cantón de Pococl.
Tercero: Para efectos de aplicar la ley, se requiere un acuerdo municipal que
establezca condiciones de su implementación, acompañado de un estudio
técnico y Un plan de condonación, tomado dentro de los nueves meses posteriores
a la publicación de la presente ley.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N*305 ACTA N*82 Ordinoria. 21-10-2072
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pececí
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*306 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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po o Administración Tributaria Yi05
a 1.0 ¿de Teléfono: 2713-6522 Ext. 109 De,
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Pluye Cyntio.ovilaQmunipococi.go.cr  marcrluoso
AO nn AS Al
Cuarto: Que la ley de autorización municipal para promover la disminución de la
morosidad de sus contribuyentes y facilitar la recaudación consta de 6 artículos, de
los cuales el primero otorga a la Municipalidad la autorización para la condonación
de recargos, intereses y multas por concepto de impuestos y tasas municipales a
los sujetos pasivos del Cantón.
La misma norma establece que el período de la condonación es el comprendido
hasta el primer trimestre del año 2021, así mismo condiciona la efectividad de esta
al pago de la totalidad del principal adeudado, o arreglo de pago de la deuda
principal.
Quinto: En cuanto al segundo artículo, se establece que la aplicación de la ley
requiere de tres elementos formales: a) Un acuerdo de Concejo Municipal (tomado
dentro de los nueve meses posteriores a la publicación de la Ley). b) Un estudio
técnico. c) Un plan de implementación.
Sexto: Los artículos tercero y cuarto regulan, uno, el pago de la deuda por medio
de la figura de “arreglo de pago”, hasta por un plazo de 24 meses y el otro posibilita
que aquellos contribuyentes que se encuentren en cobro judicial pueden acogerse
al beneficio, siempre y cuando cancelen los costos de abogado externo, perito y
otros.
Séptimo: El artículo quinto, establece las excepciones de la norma para los
siguientes casos: a) Que el sujeto pasivo se encuentre denunciado ante el Ministerio
Público por irregularidades en delitos tributarios. b) La norma no cobija los recargos,
los intereses y las multas del impuesto de construcción, multa de parquímetros y las
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N9307 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
9 Municipalidad de Pococí
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infracciones a Ley 9047, Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido
Alcohólico.
Octavo: Finalmente, el artículo sexto, promueve campañas de divulgación, para
| que los contribuyentes se enteren de los alcances y los procedimientos de los
beneficios consignados en esta ley.
Noveno: Que, al iniciar el tercer trimestre del 2021, el estudio técnico de la base de
datos municipal arroja altos Índices de morosidad, estos resultados provienen de
varios elementos que son importantes de mencionar:
+ Una base de datos con información deficiente e inexacta.
+ Unsistema informático con un alto índice de errores.
+. La realidad económica del país y las consecuencias del periodo
pandémico.
Décimo: Que la propuesta remitida por el área técnica contempla un incremento
considerable en los índices de morosidad, porlo que esta herramienta legal vendría
a ser una oportunidad para atacar esta situación que atraviesa las finanzas
municipales.
CONSIDERANDO
Primero: Estudio de morosidad realizado al sistema informático.
Previo a exponer los resultados del estudio realizado, es importante recordar que
los impuestos y tasas municipales son una fuente vital de rentas para la mayoría de
los gobiernos locales, sirven para financiar la infraestructura y servicios esenciales
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*308 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2
Municipalidad de Pococí
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Pluye Cyntio.ovilaAmunipococi.go.cr  Macravoso
7 Pa mi Omara
para sus ciudadanos. Es por ello que una adecuada gestión de cobro de dichos
impuestos y tasas facilita el logro de los objetivos y metas municipales, al poder
contarse con los recursos financieros en forma y en la cantidad necesaria.
Impacto Financiero: En relación con el impacto financiero a las finanzas
municipales como bien lo indica la norma en cuestión, este recae en la
condonación de aquellos accesorios que acompañan los adeudos tributarios.
La ley tiene como espíritu incidir en la morosidad de aquellos tributos que por su
carga en intereses o multas por atraso continúan acumulando tiempos sin ser
asumidas, máxime la coyuntura económica que atraviesa el país y donde un tema
de cumplimiento fiscal en muchas familias pasa a Un segundo plano en este
contexto, con la finalidad de dar una aproximación a la posible afectación de los
ingresos municipales al aplicar la ley, tenemos lo reflejado en la siguiente tabla:
Tabla 1.
Tipo de accesorio tributario Recaudación Anual Promedio mensual de
] estimada ingresos estimados |
Multas pago mora pago bienes 1000000,00 83 333,33
y servicios
Multa por atraso en el pago de Q 301781379 € 251 484,48
patentes
Intereses moratorios por atraso E 91 676880,79 € 7 639 740,07
de pago de impuestos y EEN
Intereses moratorios por atraso  % 17 389 307,13 1 449 108,93
en pago de patentes
Intereses moratorios por atraso  L 3052410,70 Q 254 367,56
enotros tributos. ERA AE NO eco
Intereses moratorios por atraso E 74 458 501,66 E 6 204 875,14
en pago en servicios
municipales ñ .
Total e 190594 914,07 € 15 882 909,51
Fuente: proyecciones de cierre 2021, Hacienda Municipal.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*309 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-72
Municipalidad de Pococí
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Pluye OyntioviloQmunipococioo.cr marga
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Análisis de ingresos por concepto de intereses y multas por atraso,
Con base en los datos reflejados en la tabla anterior, se observa de forma sencilla
que los ingresos reales en un año por los conceptos que pretenden ser condonados
en su totalidad rondan los 200 millones de colones.
En ese sentido, podría determinarse este monto como la "ausencia" que sufría en
los ingresos el presupuesto municipal, en contra posición de ingresos directos en los
principales de cada tributo que goza de este beneficio y con un posible impacto
en la morosidad total del gobierno local, por lo que se estima que podría ser más
el beneficio que los costos en este periodo de condonación.
Dentro del mismo orden de ideas, es importante anotar que el incumplimiento de
pago, es decir la morosidad, es uno de los principales riesgos a gestionar en una
entidad que financia su operatividad mediante la recaudación de tributos como
es la Municipalidad, a fin de brindar una mejor comprensión de la situación actual
de la morosidad, se muestran los porcentajes de morosidad que actualmente
maneja la institución.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*310 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Municipalidad de Pococí
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Gráfica 1.
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50%
40%
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Fuente: Reporte de cuentas por cobrar al cierre de julio de 2021.
Tal y como puede observarse, la mayor concentración de morosidad se ubica en
el impuesto de bienes inmuebles, servicio de recolección y tratamiento de
desechos sólidos, mantenimiento de parques y la multa por no declaración de
bienes inmuebles.
La Municipalidad de Pococi ha venido haciendo grandes esfuerzos con la gestión
de cobratoria, tanto administrativa como judicial, no obstante el impacto de la
situación económica afecta de forma negativa en las finanzas municipales, el
esfuerzo realizado para motivar al contribuyente como descuentos por adelanto
de pagos, arreglos de pago, suspensión de licencias municipales, recordatorios de
pago, notificaciones personalizadas y vía correo, no han sido suficientes para
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI D
PAGINA N9311 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Municipalidad de Pococí
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obtener los resultados de la gestión de cobros, por ello se debe considerar la
aplicación de la Ley 10026 como una oportunidad de mejora, así mismo se debe
fortalecer la comunicación publicidad de la misma para tener un mayor impacto.
Segundo: Del Plan de Condonación:
Plan de limplementación Ley 10026
Municipalidad de Pococi
OBJETIVO PRINCIPAL: Regular al amparo del marco legal, las acciones dirigidas a
contrarrestar la morosidad de los contribuyentes y facilitar la recaudación en el
Cantón de Pococi.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
1. Acogerse a la norma 10026, que permite promover la disminución del índice
de morosidad de la municipalidad y facilitar la recaudación.
2. Determinar los términos y el plazo de aplicación de la norma.
3. Implementar facilidades que permitan facilitar la recaudación de tributos
municipales.
4. Activar una campaña de promoción a los contribuyentes para que se
acojan al beneficio.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9312 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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Para efectos del presente plan de implementación, deberá entenderse por
morosidad el incumplimiento del pago de capital y/o de intereses en las fechas
establecidas.
IMPLEMENTACIÓN:
La Municipalidad de Pococi con fundamento a lo establecido en la ley PARA
PROMOVER LA DISMINUCIÓN DE LA MOROSIDAD DE SUS CONTRIBUYENTES Y
FACILITAR LA RECAUDACIÓN, otorga a los contribuyentes del Cantón de Pococi el
beneficio de condonar los recargos, los intereses y las multas que adeuden a la
municipalidad por concepto de impuestos municipales y tasas, en el período
comprendido hasta el primer trimestre del año 2021.
Según lo establecido en la norma se tienen las siguientes consideraciones:
1. La condonación autoriza recargos, intereses y multas por concepto de
impuestos y tasas municipales, esto implica:
+ Los intereses por recolección y tratamiento de servicios.
+ Los intereses por impuesto de Patente y multa por este mismo
concepto.
+ Dela Ley 9047 de Únicamente los intereses, la infracción queda por
fuera.
2. Se trata de una condonación parcial o total de recargos, intereses y multas
por concepto de impuestos y tasas.
3. Elperiodo que cobija dicha ley considera Un plazo que cubre hasta el |-2021.
(primer trimestre de 2021).
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00336
PAGINA N*313 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2021
Municipalidad de Pococí
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Pluye Cyntio.ovilaG)munipococi.go.cr  MaecravosD
4. La norma no cubre:
+ Los intereses generados por el impuesto de bienes inmuebles,
+ Lasanción por no declaración de bienes inmuebles.
+ Elimpuesto de construcciones.
*  Lasinfracciones a la Ley 9047.
Las condiciones para la aplicación de la norma son:
+. Queel sujeto pasivo pague la totalidad del principal adeudado o se acoja
a un arreglo de pago.
Condiciones para el arreglo de pago:
+ Se podrán suscribir arreglos de pago con el Municipio por un plazo hasta de
18 meses para personas físicas y hasta 12 meses para personas jurídicas, para
que los contribuyentes que cancelen el total del principal de sus
obligaciones pendientes por concepto de impuestos municipales y tasas.
+ Se incluirá en dicho documento el principal de la deuda a pagar y los
periodos posteriores puestos al cobro.
+ El contribuyente que se acoja a este beneficio deberá de previo presentar
actualizar los datos (RUC), siempre y cuando corresponda.
+ La prórroga de estos plazos Únicamente procederá en los casos que la
Jefatura de Administración Tributaria lo autorice, por una Única vez y hasta
por un máximo de 6 meses adicionales, considerando la fecha de la primera
suscripción de dicho arreglo de pago.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*314 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2
Municipalidad de Pococí ()
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Fluye Cyntio.ovilaGAmunipococi.go.cr  macpalmao
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Condiciones para los contribuyentes que se encuentran en Cobro Judicial:
Los sujetos pasivos que se encuentran en las etapas de cobro extra o judicial, antes
de acogerse a este beneficio, deberán cancelar los honorarios del abogado
externo, los gastos de perito en que haya incurrido la municipalidad, para el trámite
de cobro de sus deudas, junto con las costas procesales.
Si el cobro ha sido trasladado a los abogados externos y aún no se ha presentado
la demanda judicial, pero las personas contribuyentes atienden el llamado de estos
profesionales en derecho, podrán acogerse al beneficio siempre y cuando de
previo cancelen los honorarios del abogado externo, los gastos de perito en que
haya incurrido la municipalidad, para el trámite de cobro de sus deudas, junto con
cualquier otro cargo existente.
Excepciones: Casos en que no procede autorizar la condonación:
+ Cuando la municipalidad haya denunciado o se encuentre ante una
situación denunciable ante el Ministerio Público, por estimar que existen
irregularidades que pueden ser constitutivas de los delitos tributarios
tipificados en los artículos 92 y 93 de la Ley 4755, Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, de 3 de mayo de 1971 y en otros cuerpos de
aplicación directa o de manera supletoria.
+ No se autoriza la condonación referida a los recargos, los intereses y las
multas que adeuden a la municipalidad por concepto de:
a. Impuesto de construcciones
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00338
PAGINA N*315 ACTA N*82 Ordinaria. ] 21-10+202
Municipalidad de Pococí
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POCÓC ¿ Administración Tributaria 4 y 5
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Pluye
taza
b. Infracciones a la Ley 9047 de Regulación y Comercialización de
Bebidas con Contenido Alcohólico.
Cc. ley 7509 de impuesto de bienes inmuebles y multa por no
presentación de la declaración de bienes inmuebles.
Por Tanto
Conforme lo anteriormente expuesto, así como lo dispuesto en la Ley 10026,
publicada en el Alcance Digilal No. 204 de la Gaceta No. 194 del pasado 08 de
octubre, la Alcaldía Municipal, la Coordinación Hacendaria y el Departamento de
Administración Tributaria recomiendan al Concejo Municipal acogerse a las
disposiciones de la norma, en vilud de los beneficios que se presentan a los
contribuyentes del Cantón y a la oportunidad pora sanear la gartera morosa de la
Y
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peas, e ca Alcalde Municipdl "y y, ANESSA AVILA nas
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(FIRMA) PERMAN MADRIGAL
150 art FIRMA) Mo cto
Mauricio Garita Varela Cyntla Avila Madrigal
Haclenda Municipal Administración Tributaria
Por Unanimidad SE ACUEDRDA: Conforme lo expuesto en el estudio técnico y plan
de implementación remitido por la Administración a este Concejo Municipal, así
como lo ordenado en la Ley 10026 para la PROMOVER LA DISMINUCIÓN DE LA
MOROSIDAD DE SUS CONTRIBUYENTES Y FACILITAR LA RECAUDACIÓN se acuerda:
1. Que la Municipalidad de Pococí fundamentada en la Ley 10026 autorice la
condonación parcial o total de recargos, intereses y multas por concepto de
impuestos municipales y tasas.
2. Autorizar el Plan de implementación de la Ley, propuesto por la
Administración Municipal.
3. Recibir el estudio técnico de porcentaje de morosidad aportado por el
Coordinador de Hacienda y la Administración Tributaria Municipal.
4. Aplicar la Ley 10026 a todas aquellas deudas que se encuentren en la base
de datos de la Municipalidad de Pococí hasta el 1-2021. (primer trimestre de 2021).
5. Solicitar a la administración para que coordine con el Departamento de TI,
Departamento de Cobros y Prensa, para que se configuren las plataformas
tecnológicas y administrativas que faciliten la aplicación del Plan y se divulgue y
comunique a los contribuyentes sobre sus beneficios. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Z Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*316
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria.
ACUERDO N* 2928
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Lic. Manuel Hernández
Rivera, Alcalde Municipal, tel: 2711-12-08,
manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio DAMCM-0193-2021
Asunto: Plan Anual Operativo y Presupuesto Extraordinario 04-2021 por un monto
de £1.000.000.000,00 de colones exactos.
Pececí
Ss 9 Municipalidad de Pococí
E S 9 Despacho del Alcalde
a A. > Teléfono: 2711-1208 <<» %,
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Guópiles, 21 de octubre de 2021
DAMCM-0193-2021
Sres.
Concejo Municipal de Pococí
Saludos cordiales,
El suscrito, Manuel Hemández Rivera, en mi condición de alcalde de la
Municipalidad de Pococí, les remito el presupuesto extraordinario 04-2021 y solicito
formalmente se me autorice proceder ante la Contraloría General de la República
con el trámite de excepcionalidad según lo establecido en la norma 4,2.11. de la
Normas Técnicas sobre Presupuesto Público referente a la fecha para someter a
aprobación externa los documentos presupuestarios.
Lo anterior, por cuanto según lo establecido en la norma 4.3.11 "Cantidad de
variaciones presupuestarias y monto máximo «a variar por modificación
presupuestaria”, señala lo siguiente:
4.3.11 “Cantidad de variaciones presupuestarias y monto máximo a variar por
modificación presupuestaria. Durante el año, el presupuesto institucional sólo podrá
ser variado por medio de tres presupuestos extraordinarios aprobados o aprobados
parcialmente.
Los límites establecidos en la presente norma no serán aplicables en aquellas
circunstancias excepcionales en las que la variación presupuestaria deba
realizarse:
Pluye
a
correo:
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*317 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Municipalidad de Pococí
POCOCI Despacho del Alcalde Yes
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Fluye 'nande: Lgo.cr memtno
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a) Cuando, una vez agotados los límites establecidos, se perciban ingresos que no
fueron posibles de prever y por tanto no pudieron incluirse en los tres presupuestos
extraordinarios permitidos.
En lo que respecta a la Municipalidad de Pococí, se presentaron tres presupuestos
extraordinarios, el último de ellos remitido a la Contraloría General de la Republica
el 30 de agosto de 2021, aprobado por el Concejo Municipal en sesión N%64
ordinaria del 26-08-2021,
No obstante, el 02 de setiembre de 2021 la Municipalidad de Pococí firmó un
convenio de cooperación interinstitucional con la Junta de Administración
Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica para el desarrollo del
proyecto para la promoción de la economía, la cultura, la recreación y el turismo
Por la Municipalidad de Pococí en la avenida central Guápiles-Jiménez, en
adelante denominado "Avenida Pococí", por un monto de £1.000.000.000,00. Los
recursos para transferir fueron incorporados en el presupuesto extraordinario 03-
2021 de JAPDEVA, remitido a la Contraloría General de la República el 30 de
setiembre de 2021 con numero de ingreso 28571.
Con este recurso se pretende realizar la primera etapa de la fase 1 del proyecto:
“Avenida Pococí, promoción de la economía, la cultura, la recreación y el turismo
por la Municipalidad de Pococí en la avenida central Guápiles — Jiménez”, el cual
pretende impulsar al cantón de Pococí hacia su desarrollo sostenible, ordenando
la avenida principal de la ciudad, y reorientándola hacia una dinámica que
priorice la cultura y la recreación, y fomente la dinámica del comercio y el turismo,
aprovechando la esencia del cantón de Pococí y la identidad de sus habitantes.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*318 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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Despacho del Alcalde Yes
a Teléfono: 2711-1208 Z+ 2
manuel hernandez(Amunipococi.go.cr  mniuno
Pluye poco
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Una avenida central próspera, ordenada, que priorice la movilidad limpia y segura,
la sostenibilidad ambiental y que dinamice la economía y el turismo, es una visión
compartida por muchos de los habitantes, que creen en el potencial y la
abundancia del cantón. Todo ese potencial será impulsado por una gestión
adecuada de una zona estratégica ubicada a lo largo del distrito de Guápiles y
Jiménez.
Actualmente, esta zona conocida como “bulevar de Guápiles” y "Paseo línea
vieja” luce desordenada, el mantenimiento de la infraestructura no es el óptimo,
además los problemas de la indigencia y el comercio informal provocan un mal
aspecto. La inadecuada disposición de los desechos sólidos y líquidos que
producen las viviendas y el comercio atentan contra la protección del medio
ambiente. Estas situaciones no permiten aprovechar el potencial turístico de la
zona. La movilidad urbana se ve afectada por la falta de un ordenamiento que
priorice el transporte limpio y seguro, así como la inclusividad, lo cual atenta contra
la protección y seguridad humana.
El gobierno local ha destinado durante muchos años recursos para desarrollar este
espacio, y se han realizado gestiones para la consecución de recursos financieros,
sin embargo, nunca se contó con un plan maestro para su desarrollo, por lo que es
frecuente observar adiciones o mejoras al espacio público que no corresponden a
una sola línea arquitectónica o una sola visión de desarrollo, de acá la importancia
de contar con un plan de desarrollo que permita el desarrollo de la construcción
de obras por etapas.
El proyecto Avenida Pococí es un recorrido de 6.7 kilómetros entre los distritos de
Guápiles y Jiménez. Consiste en la reconstrucción de la dinámica socioeconómica
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9319 ACTA N%82 Ordinario.
Municipalidad de Pococí
9
Despacho del Alcalde
AS e Teléfono: 2711-1208 yoo
monuelhernondezOmunipococi.go.cr
Pluye rc
de la avenida central, a través de la reconceptualización del espacio físico que
promueva la economía, la cultura, la recreación y el turismo, El proyecto se divide
en 2 fases, las cuales se distinguen por sus marcadas diferencias de densidad
urbana y paisaje. La fase 1 estará comprendida entre la comunidad de Toro
Amarillo y el recinto de la Universidad de Costa Rica en el distrito de Guápiles, esta
fase presenta características más urbanas, y ya se ha impactado con desarrollo
comercial e infraestructura de transporte como calles asfaltadas y aceras.
La fase 1 del proyecto consiste en el diseño y construcción de la avenida central
de Guápiles, la cual tiene una longitud de 3.5 km y un ancho promedio de 35
metros, para un área total estimada de 122.500 m2. La avenida debe contemplar
carriles vehiculares, aceras y ciclovía, además de contemplar factores
ambientales, culturales e innovadores, que atraigan turismo y brinde seguridad a
los usuarios de una manera inclusiva y privilegiando la salud y la movilidad urbana,
La Municipalidad de Pococí considera este proyecto como uno de los más
importantes para el desarrollo del cantón, ya que gran parte de la población visita
el centro de Guápiles, y es un centro referente para todo el cantón y sus visitantes,
convirtiéndolo en su "fachada principal".
Para la conceptualización arquitectónica se tomó en consideración seis ejes:
ambiente, seguridad, cultura, salud, turismo e innovación. Para este diseño además
se cuenta con la marca ciudad "Pococí fluye”, el cual añade a este proyecto
identidad, con lo que se pretende generar apropiación de los lugareños hacia este
espacio público e incorpora un fuerte componente de atracción de turismo,
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*320 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Municipalidad de Pococí
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Despacho del Alcalde 10
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Pluye manuel hernandezO)munipococi.go.cr Mean
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La Avenida Pococí servirá de destino, pero también de vitrina para mostrar al
visitante otros destinos de interés turístico en el cantón a través de anuncios y
centros de atención al turista, con lo cual se redirigirá al visitante a zonas como las
imponentes cataratas del sector montañoso del sur, hasta las maravillas naturales
encontradas en el parque nacional Tortuguero y barra de colorado, pasando por
diversos proyectos de turismo rural comunitario y gran cantidad de actividades
socioculturales.
El sector cultura será clave para la generación de espacios con manifestaciones
culturales en algunos espacios de la Avenida, de manera que se ofrezca al visitante
la oportunidad de conocer más a fondo la cultura y la identidad pocociceña.
Por lo expuesto anteriormente les solicito de la forma más respetuosa se autorice a
la alcaldía y se apruebe el Plan Anual Operativo y Presupuesto Extraordinario 04-
2021 por un monto de 1.000.000.000,00 de colones exactos.
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Lic. Manfel Hemnándós Rlyera
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00344
PAGINA N9321
pecocí
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ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-202
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MUNICIPALIDAD
DE POCOCI
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
04-2021
Pecoci
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0345
PAGINA N*322 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2021
Extraordinario 04-2021
a Municipalidad de Pococí
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TABLA DE CONTENIDOS
2021
Sección de Ingresos:
Detalle General de Ingresos 4
Sección de Egresos:
Clasificador Económico del Gasto Consolidado 6
Clasificador Económico del Gasto por Programa 7
Detalle General de Egresos por Programa 8
Detalle General de Egresos Consolidado 9
Programa lll. Inversiones 10
Estructura Programática Definitiva mn
Sección de Información complementaria:
Detalle de Origen y Aplicación de Recursos 13
Justificación de Ingresos 14
Justificación de Egresos 15
Plan Anual Operativo
Matriz Desempeño Programático Programa lll 31
Certificaciones
Certificación JAPDEVA 33
Certificación Presupuesto Verificación Requisitos Legalidad 35
Certificación de CCSS 39
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 06
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PAGINA N*323 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
- SECCIÓN DE INGRESOS
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*324 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20%
A an
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 04-2021
12.0.0,0. ).0.0.000 — JINGRESOS DE CAPITAL B E | 1000000000,00/ 100,00%|
Coordinadoéta ) Presupuesto
¡ández Rivera
Alcalde Municipal
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI D0348
PAGINA N*325 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
a P Extraordinario 04-2021
Municipolidad de Pococi | 2021
SECCIÓN DE EGRESOS
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*326 ACTA N82 Ordinaria.
») _—
:
É
E
MUNICIPALIDAD DE POCOCT
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 04-2021
4
Mi
é
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*327 ACTA N*82 Ordinaria.
ae Extraordinario 04-2021
a Municipalidad de Pococí
2021
TOTAL
MUNICIPALIDAD DE POCOCT
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 04-2021
'es
n
Ing. Marisel Chaves C!
Licda. Lissette Mora Agúero
Coordinadora de Presupuesto
HECHO POR:
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 008
PAGINA N*328 ACTA N*82 Ordinario. 21-104+2021
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 04-2021
BIENES DURADEROS
HECHO POR:
vBo;
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00352
PAGINA N*329 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 04-2021
SECCIÓN DE EGRESOS
CODIGO. Írorar OBJETO DEL GASTO POR ACTIVIDAD
15.02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES, Y MEJORAS
s.0206 Obras urbonísticas
£ La
HECHO POR:
Li
icda. Lissette Móra Agúero
Coordinadorg/de Presupuesto
vB”:
Lic. Man! ¡ández Rivera
Alcalde Municipal
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*330 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-
E Extroordinorio 04-2021
a Municipolidad de Pococi
2021
1000 000 000,00 10001
1000 000 000,00 ' 11
Coordinadora de Pfesupuesto
Alcalde Municipal
Licda. Lissette Mora Agúero
PROGRAMA 3
Lic. Manuel Herpé
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS
vB":
5.0206 Obras urbanísticas
CODIGO|TOTAL OBJETO DEL GASTO POR PROYECTO
HECHO POR:
5.02
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00354,
PAGINA N*331 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
J Extraordinario 04-2021
a o) Monicipolidad de Pococí | 2021
MUNICIPALIDAD DE POCOCT
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 04-2021
PROGRAMA lll: INVERSIONES
¡GRUPO
¡Actividad
06 | OTROS PROYECTOS
o1 |! ETAPA AVENIDA POCOCI
TOTAL GENERAL DE PROGRAMAS] .
HECHO POR:
cda, Lissette Mora Agúero
Coordinadora de Presupuesto
vB”:
Alcalde Municipal
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Pluye
/
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00355
PAGINA N*332 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-2
SECCIÓN DE INFORMACIÓN -
COMPLEMENTARIA
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*333 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
p Extraordinario 04-2021
Y o) Municipalidad de Pococi 2021
ae
sones dadas por la entidad a la totalidad de los
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
CUADRO N.* 1 PE 04-2021
"que los datos sumi
hago
04- 2021).
DETALLE DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE RECURSOS (Libres y especificos)
INCORPORAR EN LA COLUMNA “APLICACIÓN” LA INFORMACIÓN DE_LOS RECURSOS POR PARTIDA POR OBJETO DEL GASTO ASÍ COMO POR CLASIFICACIÓN ECONÓMICA
y
Ingresos
no podrán
consultorías (art. 3 Ley N:*7319).
a
(2) El detallo a nivel de partida por objeto del gasto se requiere para la aplicación de todos los recursos libr
[Yo (Licda. Lissette Mora Agúero, Cc de
pers incorporados en el presupuesto exec!
Firma del funcionario responsable”
(1) Las.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*334 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Extroordinario 04-2021
a o) Municipalidad de Pococí 2021
mernerams
JUSTIFICACIÓN DE INGRESOS
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 04-2021
El presupuesto que se propone corresponde al monto total de
£1.000.000.000,00, específicamente una transferencia de la Junta de
Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente
Atlántica, según convenio de cooperación interinstitucional firmado con la
Municipalidad de Pococí, en la ciudad de Guápiles a los 02 días del mes
de setiembre del 2021.
> Transferencias de Capital 41.000.000.000,00
Se incorpora el recurso por un monto de £1.000.000.000,00, transferencia
que realizara la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo
Económico de la Vertiente Atlántica JAPDEVA, según convenio de
cooperación interinstitucional para el desarrollo del proyecto para la
promoción de la economía, la cultura, la recreación y el turismo Por la
Municipalidad de Pococí en la avenida central Guápiles-Jiménez, en
adelante denominado "Avenida Pococí”. Los recursos para transferir fueron
incorporados en el presupuesto extraordinario 03-2021 de JAPDEVA,
remitido a la Contraloría General de la República el 30 de setiembre de
2021 con numero de ingreso 28571.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00358
PAGINA N*335 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
Extraordinorio 04-2021
a Municipalidad de Pococí
rr
JUSTIFICACIÓN DE EGRESOS POR PROGRAMA
2021
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 04-2021
1. PROGRAMA lll: INVERSIONES,
> BIENES DURADEROS [(%1.000.000.000.00)
Con este recurso se pretende realizar la primera etapa de la fase 1 del
proyecto: "Avenida Pococí, promoción de la economía, la cultura, la
recreación y el turismo por la Municipalidad de Pococí en la avenida
central Guápiles - Jiménez", el cual pretende impulsar al cantón de Pococí
hacia su desarrollo sostenible, ordenando la avenida principal de la
ciudad, y reorientándola hacia una dinámica que priorice la cultura y la
recreación, y fomente la dinámica del comercio y el turismo,
aprovechando la esencia del cantón de Pococí y la identidad de sus
habitantes.
Una avenida central próspera, ordenada, que priorice la movilidad
limpia y segura, la sostenibilidad ambiental y que dinamice la economía y
el turismo, es una visión compartida por muchos de los habitantes, que
creen en el potencial y la abundancia del cantón. Todo ese potencial será
impulsado por una gestión adecuada de una zona estratégica ubicada a
lo largo del distrito de Guápiles y Jiménez.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ú
PAGINA N*336 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
i Extraordinorio 04-2021
AS Municipalidad de Pococi
a
Actualmente, esta zona conocida como "bulevar de Guápiles" y
2021
“Paseo línea vieja" luce desordenada, el mantenimiento de la
infraestructura no es el óptimo, además los problemas de la indigencia y el
comercio informal provocan un mal aspecto. La inadecuada disposición
de los desechos sólidos y líquidos que producen las viviendas y el comercio
atentan contra la protección del medio ambiente. Estas situaciones no
permiten aprovechar el potencial turístico de la zona. La movilidad urbana
se ve afectada por la falta de un ordenamiento que priorice el transporte
limpio y seguro, así como la inclusividad, lo cual atenta contra la
protección y seguridad humana.
El gobierno local ha destinado durante muchos años recursos para
desarrollar este espacio, y se han realizado gestiones para la consecución
de recursos financieros, sin embargo, nunca se contó con un plan maestro
para su desarrollo, por lo que es frecuente observar adiciones o mejoras al
espacio público que no corresponden a una sola línea arquitectónica o
una sola visión de desarrollo, de acá la importancia de contar con un plan
de desarrollo que permita el desarrollo de la construcción de obras por
etapas.
El proyecto Avenida Pococí es un recorrido de 6.7 kilómetros entre los
distritos de Guápiles y Jiménez. Consiste en la reconstrucción de la
dinámica socioeconómica de la avenida central, a través de la
reconceptualización del espacio físico que promueva la economía, la
cultura, la recreación y el turismo. El proyecto se divide en 2 fases, las
cuales se distinguen por sus marcadas diferencias de densidad urbana y
paisaje. La fase 1 estará comprendida entre la comunidad de Toro Amarillo
y el recinto de la Universidad de Costa Rica en el distrito de Guápiles, esta
fase presenta características más urbanas, y ya se ha impactado con
desarrollo comercial e infraestructura de transporte como calles asfaltadas
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ú
PAGINA N*337 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
rectos oracoa | 2021
y aceras. La segunda fase es desde el recinto de la UCR hasta el centro
del distrito de Jiménez, la cual posee características de naturaleza rural,
con paisajes menos impactados pero que también posee construcciones,
aunque más de características habitacionales. La siguiente imagen
muestra la ubicación de ambas fases:
Imagen 1. Ubicación de las fases del proyecto.
FASE | FASE Il
3,5 Km 3,2 Km
Fuente: Imagen de Google earth adecuada por el autor.
La fase 1 del proyecto consiste en el diseño y construcción de la
avenida central de Guápiles, la cual tiene una longitud de 3.5 km y un
ancho promedio de 35 metros, para un área total estimada de 122.500 m2.
La avenida debe contemplar carriles vehiculares, aceras y ciclovía,
además de contemplar factores ambientales, culturales e innovadores,
que atraigan turismo y brinde seguridad a los usuarios de una manera
inclusiva y privilegiando la salud y la movilidad urbana.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*338 ACTA N*82 Ordinaria, 21-10-20?
Y
El siguiente croquis muestra la ubicación de la fase 1 de la obra:
Imagen 2, Ubicación de la fase 1
IRECINTO DE LA
INIVERSIDAD DE
'OSTARICA
Fuente: Imagen tomada de Google earth adecuada por el autor
Para abarcar todo el proyecto, la Municipalidad pretende
desarrollar la construcción por etapas en periodos plurianvales.
Este documento presenta el estudio de perfil para le ejecución de
una primera etapa de la fase |, con una construcción de 9100 m2,
localizada en el sector donde se considera que generará el mayor
impacto positivo.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*339 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-202
La siguiente imagen muestra la localización de esta primera etapa de la
fase |:
Imagen 3. Ubicación de la etapa | de la fase |
Fuente: Imagen de Google earth adecuada por el autor.
La siguiente imagen muestra un acercamiento de la ubicación de la
primera etapa:
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0363
PAGINA N*340 ACTA N*82 Ordinaria 21-10-202
Imagen 4. Ubicación de la primera etapa de la Fase l.
Fuente: Imagen de Google earth adecuada por el autor.
El siguiente mapa muestra una planificación de espacios realizada
de manera participativa por diversos grupos sociales de Guápiles. Muestra
un plan de desarrollo acorde con la realidad actual y el potencial de cada
sector. Este mapa fue considerado en la confección del anteproyecto
arquitectónico.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00364
PAGINA N2341 ACTA N82 Ordinaria. 21-10-2021
Imagen 5. Mapa sociocultural de la ciudad de Guápiles.
GUÁPILES
iciudaD
UN MAPA CULTURAL PARA LA CIUDAD DE GUÁPILES 09000
CULTURAL a A
Fuente: Taller de diseño participativo (2018) por Mauricio Cordero.
La Municipalidad de Pococí considera este proyecto como uno de
los más importantes para el desarrollo del cantón, ya que gran parte de la
población visita el centro de Guápiles, y es un centro referente para todo
el cantón y sus visitantes, convirtiéndolo en su "fachada principal”.
Para la conceptualización arquitectónica se tomó en consideración seis
ejes: ambiente, seguridad, cultura, salud, turismo e innovación. Para este
diseño además se cuenta con la marca ciudad “Pococí fluye”, el cual
| añade a este proyecto identidad, con lo que se pretende generar
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*342 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
a => o. = Pa
apropiación de los lugareños hacia este espacio público e incorpora Un
fuerte componente de atracción de turismo.
La Avenida Pococí servirá de destino, pero también de vitrina para
mostrar al visitante otros destinos de interés turístico en el cantón a través
de anuncios y centros de atención al turista, con lo cual se redirigirá al
visitante a zonas como las imponentes cataratas del sector montañoso del
sur, hasta las maravillas naturales encontradas en el parque nacional
Tortuguero y barra de colorado, pasando por diversos proyectos de turismo
rural comunitario y gran cantidad de actividades socioculturales,
El sector cultura será clave para la generación de espacios con
manifestaciones culturales en algunos espacios de la Avenida, de manera
que se ofrezca al visitante la oportunidad de conocer más a fondo la
cultura y la identidad pocociceña.
Se estimó que para diseñar y construir este proyecto se requiere un
monto de siete millones de dólares para cada una de las dos fases,
generando factibilidad social y económico además de algunos ingresos
que podrían cubrir los costos de operación y mantenimiento.
El gran potencial de turismo del cantón de Pococí, el impulso que
generará la marca cantón, la cercanía a vías de comunicación
importantes como la ruta 32, ferrocarril al atlántico y un aeródromo en las
inmediaciones de la avenida, además del espíritu emprendedor,
colaborativo y trabajador de los pocociceños son aspectos que aumentan
el potencial de desarrollo de este proyecto, que generará un impulso
importante a la economía local a través del desarrollo de turismo, mejorará
la seguridad ciudadana y protegerá el medio ambiente.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00366
PAGINA N*343 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-2
a Se
PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA
> NOMBRE DEL PROYECTO
| Etapa Avenida Pococí.
> DESCRIPCIÓN
Promoción de la economía, la cultura, la recreación y el turismo por la
Municipalidad de Pococí en la avenida central Guápiles — Jiménez”, el
cual pretende impulsar al cantón de Pococí hacia su desarrollo sostenible,
ordenando la avenida principal de la ciudad, y reorientándola hacia una
dinámica que priorice la cultura y la recreación, y fomente la dinámica del
comercio y el turismo, aprovechando la esencia del cantón de Pococí y la
identidad de sus habitantes.
> OBJETIVO GENERAL
Mejorar el ordenamiento territorial, la imagen y la movilidad urbana un
área de 9100 m2 de la avenida central de guápiles en un plazo de 10
meses utilizando materiales de excelente calidad que brinden belleza y
durabilidad a las obras.
Objetivo de operación.
Mejorar el ordenamiento territorial, la imagen y la movilidad urbana en
la avenida central de Guápiles a través de la construcción de
infraestructura moderna y segura.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*344 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-20;
a put
Objetivo de ejecución.
Mejorar el ordenamiento y la movilidad urbana un área de 9100 m2
de la avenida central de guápiles en un plazo de 12 meses utilizando
materiales de excelente calidad que brinden belleza y durabilidad a las
obras.
Objetivos específicos:
1. Mejorar las condiciones de movilidad peatonal en la avenida
central de Guápiles a través de la reconstrucción de superficies
para que cumplan con la Ley 7600.
2. Mejorar los sistemas de manejo de aguas pluviales para proteger
la infraestructura y la seguridad humana.
3. Mejorar la iluminación artificial del sector conocido como
"bulevar de Guápiles” a través del diseño y construcción de un
sistema de iluminación moderno y eficiente.
4. Mejorar las áreas verdes de la avenida central de Guápiles a
través de la optimización de los espacios públicos con Jardines y
arborización acorde a la zona.
5. Promover la movilidad limpia y segura a través de la construcción
de una ciclovía que le brinde seguridad y confort a los usuarios,
> MODALIDAD DE EJECUCIÓN
Contratación de servicios tipo llave en mano.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*345 ACTA N*%82 Ordinario. 21-10-202
AS IS _— AS
> FINANCIAMIENTO
Fondos del canon para el desarrollo de la zona huetar caribe de
JAPDEVA.
> COSTO TOTAL
La construcción de la primera etapa de la fase 1 tendrá un costo
estimado de ('1.000.000.000,00. Con este monto se pretende intervenir un
área de 9100 m?, la etapa de construcción de las obras será financiada
por JAPDEVA.
Los costos de la construcción de la obra se desglosan a
continuación. Este cálculo es preliminar, y está basado en el anteproyecto
arquitectónico.
Obi plementa: (16.137.368,58
Demolición de superficies y
movimiento de tierras m2 5260 (5.100,00| 226.826.000,00
Superficie de asfalto y
demarcación m2 150 217.987,75|  (2.698.162,50
Ciclovía (superficie de asfalto
y demarcación) m2 1666 (42.987,75| (71.617.591,50
Césped m2 2115 £2.900,00|  £6.133.500,00
Acabado enchapado en
superficies de concreto
existentes m2 706 (20.200,00| €14.261.200,00
Contrapiso de concreto con
enchape m2 4225 76.165,00 | £321.797.125,00
Superficie con piedra de río m2 217 (18.000,00|  23.906.000,00
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Pluye
PAGINA N*346
SP
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-202
PA
Muro de contención MI 200|  (138.130,00| £27.626.000,00
cordón y caño /muro MI 4754 %20.000,00| 295.080.000,00
Arbustos ornamentales U 925 E10.000,00|  £9.250.000,00
Árbol ornamental U 106 £18.500,00|  £1.961.000,00
Rack para bicicleta Ú 36 £100.000,00|  £3.600,000,00
Banca de concreto negrita uÚ 35 £824.600,00| (28.861.000,00
Banca de concreto bolardo  |U 35|  €125.125,00|  24.379.375,00
Basurero Drake Ú 9|  E233.275,00|  £2.099.475,00
Luminaria de poste (Tipo
venus) U 56| £1.530.000,00| (85.680.000,00
Canalización eléctrica Gl 1 | £40.000.000,00| (40.000.000,00
Bebederos U 4 £625.000,00|  £2.500.000,00
Canalización pluvial y cajas
de registro Gl 1|€58.631.470,00| (58.631.470,00
; Costos indirectos (823.045.267,58
Honorarios de Dirección
Técnica (5%) 2 41.152.263,38
Equipo y herramientas (1%) 212.345.679,01
Administración y utilidad
(15%) %123.456.790,14
TOTAL| £1.000.000,000
> PLAZO ESTIMADO EJECUCIÓN
Dieciocho meses.
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Pecocí
Pluye
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*347 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2921
pr sr
Extroordinario 04-2021
Y o) Municipalidad de Pococí 2021
mm PARIS
> META ANUAL
Periodo 2021. incorporación de recursos.
Periodo 2022. Enero a agosto: Licitación pública para la construcción
de las obras.
Periodo 2022. Setiembre a diciembre: Construcción de obras.
Periodo 2023. Enero a junio: Construcción de obras y finalización
proyecto Avenida Pococí.
> UNIDAD RESPONSABLE DEL PROYECTO
Obras Civiles y Servicios Municipales de la Municipalidad de Pococí.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI D
PAGINA N*348 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
A] Ea
Extroordinario 04-2021
a po) Municipalidad de Pococí 2021
e
LIE,
Imágenes del Anteproyecto arquitectónico
Fuente: anteproyecto arquitectónico “Avenida Pococí”. LDB Arquitectura.
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Y > Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Y
PAGINA N*349 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Anteproyecto arquitectónico.
Fuente: anteproyecto arquitectónico “Avenida Pococí”. LDB Arquitectura.
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ls
Pa pS
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*350 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Extraordinario 04-2021
a > Municipalidad de Pococí 2021
cra
PLAN ANUAL OPERATIVO
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AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 08375
PAGINA N*352 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-2021
a a Ps]
CERTIFICACIONES
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*353 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-
Extroordinorio 04-2021
Municipalidad de Pococi 2021
Junta de Administración Portuaria y de
Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica
GERENCIA-ADMINISTRACIÓN DE DESARROLLO
Teléfonos (505) 2799-0455 2799-0455
Correo electrónico :xbustos Gjapdeva go.cr
Apartado 1320--7300
Limón, 30 setiembre 2021
GD-233-2021
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde
Municipalidad de Pococí
Estimado señor:
Reciba un saludo cordial de parte de la Administración de Desarrollo de la Junta
de Administración Portuaria y de Desarrollo de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA).
Me es grato indicarle que en la sesión extraordinaria No.22-2021, Acuerdo 171-
2021 Art. |, se aprobó por parte del Consejo de Administración incorporar en el
Presupuesto Extraordinario 3-2021, mediante el modelo de gestión de
Transferencias Corrientes a Gobiernos Locales un monto de £1.000.000.000,00 a
la Municipalidad de Pococí para el proyecto Promoción de la economía, la
cultura, la recreación y el turismo por la Municipalidad de Pococí en la
avenida central Guápiles — Jiménez:
3. Avenida Pococí se incorporan recursos por a suma de (21.000.000.000,00, Se
adjunta CONVENIO-SUSCRITO entre JAPDEVA y la Municipalidad de Pococí,
aprobado mediante acuerdo N* 125-21 Artículo 11/ Sesión Extraordinaria 19-2021.
9 agosto 2021, el modelo de gestión en la Transferencia de capital de recursos a
la Municipalidad de PococÍ.
Este proyecto se ejecutará mediante la modalidad de contratación “llave en mano”
y tendrá un tiempo de ejecución estimado de tres años, por lo que se estará
presupuestando de manera en un solo tracto. Esta última opción debido a la
necesidad del ejecutor de contar con el recurso previo a la realización del proceso
de contratación.
A continuación, se detalla el desglose de la necesidad presupuestaria en base al
plan de inversión del proyecto:
Página 1
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*354 ACTA N*82 Ordinoria. 21-10-20
Extroordinario 04-2021
Municipolidad de Pococí 2021
por
Junta de Administración Portuaria y de
Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica
GERENCIA-ADMINISTRACIÓN DE DESARROLLO
Teléfonos (505) 2799-0456 2799-0455
Coneo electrónico :xbustosGjapdeva.go.cr
Apartado 1320--7300
Presupuesto Monto Porcentaje
lll extraordinario 2021 (1.000.000.000.00 100%
Total (1.000.000.000.00 100%
No omito recordar la coordinación que nuestro equipo ha mantenido con el
Ingeniero Brandon Agúero Maroto del Departamento de Ingeniería de la
Municipalidad de Pococí
De precisar información adicional puede referirse al siguiente contacto: Karla
Rodríguez González krodriguezOjapdeva.go.cr, o Fernando Abdelnour Vega,
fabdelnourOjapdeva.go.cr, o teléf, 2799-0455.
Atentamente,
EDGAR GERARDO Eran Por
VILLARREAL RUIZ ANULAR ZA)
Fi : 2021.09.30
(Fl IRMA) 1 1:26 -0600'
Ing. Edgar Villarreal Ruiz
Gerente, a.i Admón. Desarrollo
JAPDEVA.
c: MBA. Andrea Centeno Rodriguez - Presidenta Ejecutiva JAPDEVA
Ing. Brandon Agilero Maroto
Coordinación Equipo Multidisciplinario — JAPDEVA
archivo
N
El
“bb
ñy
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0037
PAGINA N*355 ACTA N*82 Ordinoria. 21-10-
A ranscconasa e vere | 2021
ARE a Ez
División de Fiscalización O) ti Evaluati
—=* CGR ivisión de Fiscalización so y la
Certificación de verificación de requisitos del bloque de legalidad presupuestario
que debe cumplir el presupuesto inicial y sus variaciones, para las
municipalidades
Sujetos obligados a realizar la cerlificación y sus electos legales: Esta certificación deberá ser
completada y emitida bajo la entera responsabilidad del funcionario designado formalmente,
por el jerarca superior o titular subordinado, como responsable del proceso de formulación del
presupuesto institucional, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.2.16 de las
Normas Técnicas sobre Presupuesto Público N-1-2012-DC-DFOE' y en los “Lineamientos para la
formulación y remisión a la Contraloría General de la República del presupuesto institucional”.
El citado funcionario está en la obligación de conocer integralmente el proceso de formulación
presupuestaria de manera que se encuentre en condición de certificar todos y cada uno de los
ítems en ella contenidos. Asimismo, deberá hacer las revisiones y verificaciones del caso para
garantizar la veracidad de la información que se consigna en su certificación. El consignar
datos o información que no sea veraz acarreará las responsabilidades y sanciones penales
según los artículos 366 y 367 del Código Penal, civiles y administrativas (previstas principalmente
en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos N.? 8131 y la Ley
General de Control Interno N.? 8292).
Indicaciones para el llenado de la certificación:
a. Seleccione en la columna correspondiente “SI”, “NO" o "NO APLICA” cuando el
funcionario que certifica ha verificado el cumplimiento fiel o no, del enunciado incluido
en la columna de “Requisitos”.
b.  Enla columna de "Observaciones" debe Inclulrse una explicación amplla de las razones
por las que se ha señalado que No se cumple o No aplica el requisito señalado en el
enunciado.
c. Se aclara que la normativa y requisitos expresamente contenidos en el modelo de
certificación aportado por la Contraloría General, constituye una recopilación de
aspectos generales a considerar, por lo que no agota el universo de aplicación del
bloque de legalidad que resulta particular para cada institución y en ese sentido, es la
propia entidad la responsable de incorporar todos los aspectos específicos que son
susceptibles de verificación y por ende de inclusión en la citada certificación.
d. La certificación debe ser sometida al Jerarca respectivo prevlo al acto de aprobación del
presupuesto inicial o sus variaciones, a efecto de que éste confirme que se ha verificado
el cumplimiento del bloque de legalidad presupuestario correspondiente. Después del
acto de aprobación procede la firma de la certificación por parte del funcionario
designado por el Jerarca.
' Publicadas en La Gaceta N.? 64 del 29 de marzo de 2012.
Contraloría General de la República
1: (506) 2501-8000. F: ($06) 2501-8100 “C: contraloria.general8cgrcr.go.cr
bilo-l/vare corgocd Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00379
PAGINA N*356 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20,
A
Extraordinorio 04-2021
Y Municipolidad de Pococí
perro
Certificación de verificación de requisitos del bloque de legalidad presupuestario
que debe cumplir el presupuesto inicial y sus variaciones, para las
municipalidades
2021
El (la) suscrito (a) Lissette Mora Agúero cédula 701450007
Mayor, soltera, vecina del Distrito La Rita, contadora_, Coordinadora de Presupuesto
responsable del proceso de formulación de Presupuesto Extraordinario 04
año _2021 de la Municipalidad de Pococí designado por
Alcalde Manuel Hérnandez Rivera por este medio certifico, con conocimiento
de las responsabilidades penales, civiles y administrativas que me sean atribuibles al
certificar información no veraz, que he revisado todos los aspectos del bloque de
legalidad contenidos en esta certificación.
Requisitos del bloque de legalidad presupuestario que en caso de Incumplimiento debe darse
la improbación o archivo sin trámite según corresponda”, del presupuesto inicial o sus
variaciones, por parte de la Contraloría General de la República”.
Seleccione
Requi
1. El documento presupuestario remitido a la Contraloría
General de la República fue aprobado por el Concejo
Municipal, conforme lo dispuesto en el artículo 13,
inciso b) y 105 del Código Municipal -CM- (principios
de legalidad, participación y publicidad), y en
concordancia con los artículos 70 y 129 y siguientes de
la Ley N.? 62271.
2. Se incluye el contenido presupuestario para cumplir Se incluyó contenido
con las órdenes emitidas por la Sala Constitucional, presupuestario en el Pl
acorde con lo dispuesto en los artículos 41 y 48 de la No Aplica pel
Constitución Política.
2 Sin perjuicio de las responsabilidades que se puedan atribuir a los funcionarios que han incumplido sus deberes, según
lo establece la Ley N.” 8131 y la Ley General de Control Interno, N.* 8292.
3 Además de los relativos al acta de aprobación del presupuesto ordinario, establecidos en el Código Municipal.
4 Ley General de la Administración Pública, publicada en La Gaceta N.*15 de 22 de enero de 1979.
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EA
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00380
PAGINA N*357 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
A A A o REO CBA
R Extraordinario 04-2021
a po) Municipolidad de Pococí 2021
Dz A As
3. Se incluye el contenido presupuestario suficiente”, ¡Se incluyó contenido
cuando ha vencido el plazo de ires meses para presupuestario en el Pl
atender las obligaciones derivadas de resoluciones 2021:
judiciales, conforme con lo dispuesto en el artículo 78,
punto 2, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso |No Aplica
Administrativa N.? 3667* o acorde con lo dispuesto en
el artículo 168 inciso 2) del Código Procesal
Contencioso Administrativo, Ley N.* 8508”, según
corresponda.
4, Se emitió el documento "Consulta Morosidad Digital
Web"? de la CCSS en el cual conste que la institución
se encuentra al día en el pogo de las cuotas
patronales y obreras de esta Institución o que existe, Si
en su coso, el correspondiente arreglo de pago
debidamente aceptado, según lo dispuesto en el
artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS, N.* 17? y
sus reformas.
$5. El documento presupuestario incluye el contenido El contenido
económico suficiente para cumplir con todos los era clip cón los nte
compromisos «adquiridos -Crédito municipal-, de No Aplica créditos municipales se
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 del Código incorporó en el PI 2021.
Municipal (principios de universalidad e integridad y
programación).
6. Se incorpora el contenido presupuestario para El contenido
financiar las partidas y subpartidas de gastos presupuestario suficiente
necesarios para el funcionamiento de la institución SaoÓn eel
durante todo el año, de acuerdo con lo dispuesto en No Aplica
el artículo 176 de la Constitución Política y los artículos
4 y 5 inciso a) de la Ley N.* 8131 (principios de
universalidad e integridad y sostenibilidad).
7. Se incluye la asignación presupuestaria para el pago ¡Se incorporó en el Pl
del seguro de riesgos del trabajo, según lo dispuesto ” 12021, Norma 6, Norma
en el aríículo 331 del Código de Trabajo, Ley N.? 210 y [NO Aplica cria N
sus reformas. se Incorpora E
5 Los egresos respectivos se clasificará en la portida y subpartida por objeto del gasto, así como en los programas
presupuestarios correspondientes.
* Publicada en La Gaceta N.* 65 del 19 de marzo de 1966.
? Publicada en el Alcance N.? 38 a La Gaceta N.” 120 del 22 de junio del 2006.
* Dicho documento deberá incluirse como un anexo al documento presupuestario en el espacio que el SIPP disponga
para ello y la fecha de validez debe coincidir con la fecha de presentación del documento presupuestario a la
Contraloría General.
* Ley N? 17 del 22 de octubre de 1943.
1* Publicada en La Gaceta N.? 192 del 29 de agosto de 1943.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*358 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2821
A E
Extraordinario 04-2021
AN > Municipalidad de Pococí | 2021
kl
8, Se incluye en el documento presupuestario el No se incorporan
contenido económico requerido de acuerdo con el pila ta las
porcentaje establecido", para la transferencia al Sooparicas:ca
Fondo de Capitalización Laboral (3%), conforme lo No Aplica SnUIraoneS
dispuesto en la Ley de Protección al Trabajador N.”
7983.
9. La municipalidad se encuentra al día en las ¡La municipalidad no tiene!
operaciones con el IFAM, acorde con lo establecido créditos con el IFAM,
en el artículo 37 de la Ley del Instituto de Fomento y [No Aplica
Asesoría Municipal, N.? 4716 (principios de legalidad,
universalidad e integridad).
lO0.la Municipalidad formuló el documento La municipalidad no
presupuestario correspondiente y giró a favor de la realiza festejos
institución respectiva las utilidades de los festejos populares.
populares en la proporción que correspondía —artículo |No Aplica
11 y 12 de la Ley de Nombramiento Comisiones de
Festejos Populares, N.” 4286 y sus reformas- [principio
de legalidad).
1. El Concejo Municipal conoció la información La información plurianual
plurianual, elaborada en cumplimiento a lo ' se conoció y aprobó para
establecido en el artículo 176 de la Constitución [NO Aplica el PI 2021.
Política y la norma 2.2.5 de las NTPP.
12.El documento presupuestario cumple con los
elementos a considerar en la fase de formulación y
aprobación intema indicados en las Normas Técnicas [Si
sobre Presupuestos Públicos (norma 4.1.3).
Además, cerlifico que se ha verificado el cumplimiento razonable de todos los aspectos del bloque de
legalidad que le aplican a la Institución en materia de presupuesto y del contenido incluido en el
documento presupuestario.
Esta certificación la emitó a las _13:27_ horas del_21_ de Octubre de___2021
Nombre: Lissette Mora Aguero
Puesto: Coordinadora de Presupuesto
Correo electrónico: lissette.moroOmunipococi.go.cr
Teléfono: 2713-65-58, 8708-07-42
LISSETTE MORA tenasoagutrast por
SETE NORA ACOEAD 1AAN
AGUERO (FIRMA) had ioatiaa 12757 cano
A ——— o _—m———————_—_—_—_ _—_m— V. Julio 2020
"La base para el cálculo de dichos porcentajes corresponderá a los montos por concepto de Remuneraciones
básicas, Remuneraciones eventuales (excepto Dietas), Incentivos salariales (excepto decimotercer mes) y
Remuneraciones diversas.
* Este campo debe completarse en aquellos casos en los cuales el funcionario que emite la certificación posee firma
digital, de lo contrario, se procede a imprimir la certificación y se firma el documento de forma física.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0382
PAGINA N*359 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2
Extroordinorio 04-2021
P Municipalidad de Pococí | 2021
Documento Digital Consulta Morosidad + PATRONO / TI / AV
No. PA39959347
Patrono al Día
'Al ser las 8:14 AM del 26/08/2021 he procedido a consultar vía Web a la Caja Costarricense de Seguro Social -
¡Sistema Centralizado de Recaudación (SICERE) a:
RAZÓN SOCIALINOMBRE CÉDULA(FIS/JJUR)
MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE POCOCI 3014042125
REVISADOS LOS REGISTROS POR CONCEPTO DE CUOTAS OBRERAS Y PATRONALES, ARREGLOS DE
PAGO, CHEQUES DEBITADOS Y OTRAS FACTURAS, EL PATRONO / TRABAJADOR INDEPENDIENTE ARRIBA
DETALLADO CON CÉDULA Y RAZÓN SOCIAL INDICADA SE ENCUENTRA AL DÍA. LO INDICADO
¡ANTERIORMENTE CORRESPONDE A CAJA Y LEY DE PROTECCIÓN AL TRABAJADOR, NO APLICA PARA LAS|
¡OTRAS INSTITUCIONES (INA, IMAS, ASFA Y BANCO POPULAR)
NÚMERO PATRONAL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL LUGAR DE PAGO
[3014042125 MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE POCOCI__ |GUAPILES
*Esto documento os válido solo por el día do hoy.
*"Este es un documento digital, por lo tanto cuando se Imprima plerde valídez del mismo.
*"En caso que necesito verificar ol documento digital puedo accesar
página web:, vww.cess sa.cr- Consulta de Patrono al dia, y digitar
e vo del su tpo y asociado.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: EAMunicipalidadDePococi
Laa
Por Unanimidad SE ACUEDRDA: Se Aprueba el Plan Anual Operativo y Presupuesto
Extraordinario 04-2021 por un monto de 41.000.000.000,00 de colones exactos. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
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a Facebook: OAMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0038
PAGINA N*360 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
ARTICULO V
Asuntos Varios
ACUERDO N* 2929
Se conoce comentario del regidor suplente Rosbill Arguello Badilla, dice;
Gracias señor presidente voy a ser muy breve, la palabra repugnante no es de
recibo. La tinta con la que le escribieron a usted en el Tribunal Supremo de
Elecciones que era regidor propietario es la misma tinta con la que me escribieron
a mi en mi credencial, por lo que no es de recibo señor presidente, por favor
respete.
La verdad es que solamente solicito que se consigne en actas todo lo que he
hablado yo hoy que es mi derecho, usted no puede decirle que se consigne en
actas lo que hablo otra persona, porque es un derecho de cada persona, muchas
gracias señor presidente. -
ACUERDO N”* 2930
Se conoce comentario del regidor suplente Osael Campos Bolaños, dice;
Saluda, es una petitoria para el señor alcalde y a todos, igual.
Se está haciendo un trabajo con el backhoe en la comunidad de San Antonio, se
están colocando unas alcantarillas, es un trabajo muy importante porque es por
unas aguas que se quedaban acumuladas y es un problema que varios regidores
lo habíamos visto. La solicitud es porque nos queda un trayecto de 40 metros y hoy
lo vimos con el encargado que está ahí y me dice que hable con el Ing. Olger
para ver si se pudiera colocar más alcantarillas o cunetas en ese trayecto.
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A Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*361 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
nas
La solicitud que hago es para ver, con todo respeto, si el señor alcalde le ordena
a Olger que podamos revisar esa parte y aprovechar ahorita que está la
maquinaria aquí o una cuadrilla que pudiera mandar, el encargado también
sugería que se podían hacer unas cunetas, para no hacer el zanjo y no utilizar
alcantarillas, cualquiera de las dos opciones serían la solución porque son como
cuatro casas que se inundan.
No sé cómo está el compromiso porque es una maquinaria alquilada, pero sí sería
bueno para aprovechar y arreglar ese problema.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía para que
valore.
ACUERDO N* 2931
Se conoce propuesta de la Reg. Yaslyn Morales Grajal, dice:
En la mañana cuando estuvimos en comisión hablamos del mes de noviembre
que es el mes del emprendedurismo y hemos tenido reuniones con algunas
mujeres emprendedoras que nos han expuesto problemas debido a la falta de
ventas. También el compañero Luis Méndez y mi persona hemos hablado con
algunos agricultores que también tienen problemas con su cultivo y su venta.
Por lo que hablamos con el INTA y el MAG y ellos proponen hacer una feria de
emprendedurismo y agricultura en el INTA el día 12 de noviembre y el 26 de
noviembre con apoyo de la Municipalidad. Hablamos con don Manuel y dijo estar
de acuerdo, nada más seria bueno que saquemos un acuerdo para ayudarles
con algunas cositas que son mínimas porque ellos casi que todo lo tienen
programado.
Para el 05,06 y 07 de noviembre prestarles la explanada del Parque de Guópiles,
frente al Colono y pedirle al Comité Cantonal de Deportes y la Recreación de
Pococí que nos preste la pila para montar todo el protocolo y que esas señoras en
artesanía, bisutería y todo lo demás, que ya están organizadas, se puedan poner
a vender sus productos ese fin de semana.
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Pluye
Á
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*362 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-20
Por último, estuvimos hablando con el coordinador de la Mesa Económica, el Reg.
Randall Torres para escoger 19,20 y 21 para hacer una feria e incorporar al señor
presidente de la Expo Pococí que ha estado muy colaborador y nos ha dicho que
le gustaría hacer alguna actividad para que se aprovechen las instalaciones,
entonces como es el mes del emprendedurismo esta municipalidad debe de
proponer que esto se active, siempre guardando el protocolo y las distancias y
todo lo demás, debemos de apoyar a nuestros emprendedores del cantón de
Pococí.
Eso sería para sacar un acuerdo de toda esa agenda y que las personas
empiecen a organizarse.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la propuesta de la Reg. Yaslyn Morales
Grajal. Se aprueba la agenda para las actividades del mes de noviembre en
conmemoración del “Mes del Emprendedurismo”. Solicitar el permiso
correspondiente al Comité Cantonal de Deportes y la Recreación de Pococí para
uso de la explanada del Parque de Guápiles con el fin de realizar una feria de
artesanas los días 05, 06 y 07 de noviembre, además del préstamo de pilas para
la implementación del protocolo de la prevención del COVID-19. Se traslada al
presidente de la Expo-Pococí para que los días 19,20 y 21 de noviembre se realice
una actividad que incentive la reactivación económica en las instalaciones de la
Expo Pococí y al INTA y MAG para que se coordine los días 12 y 26 de noviembre
una feria de agricultores en las instalaciones del INTA. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ARTICULO VI
Mociones
ACUERDO N”* 2932
Moción Presentada por los regidores: Juan Luis Gómez Gómez, Randall Torres
Barrientos, Yaslyn Morales Grajal, Alfredo Calderón Alfaro, Luis Ángel Méndez
Araya, Ovidio Vives Castro, avalada por el Concejo en Pleno, dice:
y e Sitio Web: munipococi.go.cr
Y y ÁÍ Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00386
PAGINA N*363 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-20
AR Mo
5h eN
e, Pecocí
MoEpoc0d Concejo Municipal de Pococí Pluye
Moción
Moción presentada por: El Concejo En Pleno.
Día_21 Mes Octubre_ Año 2021.
Considerando:
Debido al alto volumen de trabajo generado en la Secretaría Municipal de
Pococí y de los choferes que trasladan a los regidores a las diferentes
sesiones, comisiones y mesas de trabajo.
Que la comisión de Hacendarios con fecha 21 de octubre de 2021 en
forma unánime dictaminó positivamente el hacer esta recomendación de
modificación presupuestaria.
Mocionamos:
Para que en la Modificación presupuestaria que está pronta a realizar la
Administración, se aparte el contenido presupuestario para el pago de horas
extras de Secretaría la suma de £2.976.089,60 y para los choferes la suma de y
2.430.000. Tomando en cuenta que hay compañeros de Secretaría y choferes
que se le adeuda el pago atrasado por falta de contenido económico.
También se mociona para que el departamento de Presupuesto se encargue
de cumplir con la aplicación de las respectivas cargas sociales a los montos
mencionados anteriormente.
Fima: an dal Lore Me
Jo
GE
Por Unanimidad SE ACUEDRDA: Se Aprueba la moción. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00387
PAGINA N*364 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-
ACUERDO N? 2933 DS
Moción Presentada por el regidor: Juan Luis Gómez Gómez, dice:
Considerando:
- Que en el expediente N*19-0008411027-CA-9, El contencioso Administrativo
declara sin lugar el Recurso de Apelación presentado por corporación de
Desarrollo Agrícola del Monte S.A.
2- En dicha resolución se declara sin lugar y se declara sin lugar y se acepta la via
Administrativa.
3- La Municipalidad de Pococí mantiene el derecho de camino público y
codificado en la comunidad Agroportica.
Mociono:
Para que este Concejo Municipal brinde un voto de apoyo al Sr. Manuel
Hernández Rivera para que se proceda con la apertura del camino con el código
7-02-024 en la comunidad de Agroportica y de esta forma sse le regrese el
derecho violentado por la empresa Del Monte hace más de 20 años a los
propietarios de parceleros (Orlando Barrillas Jiménez, Eladio Carranza y Jorge
Jiménez) y a sus respectivas familias el derecho a libre tránsito.
A
Firma: |
)l
A ua A e coma ICE
Cod A 60610134
»
>
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AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00388
PAGINA N*365 ACTA N*82 Ordinoria. a 21-10-20
A
EXPEDIENTE: — 19-000841-1027-CA-9
PROCESO: JERARQUIA IMPROPIA (Municipal)
ACTOR/A: CORPORACION DE DESARROLLO AGRICOLA DEL MONTE
SA
DEMANDADA: MUNICIPALIDAD DE POCOCI
“Ls No. 409 -2021
Nos
TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN TERCERA, ANEXO A
DEL Il CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. Goicoechea, a las trece horas diez
minutos del veintiséis de marzo del dos mil veintiuno.
Conoce este Tribunal en condición de contralor no jerárquico de legalidad, del Recurso
de Apelación interpuesto por Michael Calderón Segura, mayor, abogado, cédula de
identidad número .1-1005-0185 en representación de Corporación de Desarrollo del
Monte Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-010882, contra la resolución
administrativa n* DA-1779-2018 del 28 de noviembre de 2018, dictada por la
Alcaldesa de Pococí, Dra. Elibeth Venegas Villalobos. :
Redacta el juez Marenco Ortiz.
Considerando
[.- Sobre la prueba para mejor resolver. En su escrito de revocatoria con apelación el .
representante de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte'S.A. solicita como
prueba para mejor resolver, se realice en sitio un replanteo del camino con base en las
coordinadas Lamber Norte 559967, 285876 y 559805, 266471, a fin de que se pueda
demostrar donde finaliza el camino. Previo a indicar si se acepta o no la prueba
ofrecida por el recurrente importante resaltar que algunos requisitos para ser
considerada como prueba para mejor resolver, aceptados por la doctrina y la
jurisprudencia son: a) su carácter excepcional, b) hechos o circunstancias novedosas,
Cc) prueba idónea, d) no producir indefensión a las partes, e) es prueba del juez. En este
* orden de ideas, el artículo 67.2 del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria
165) dispónei""a:. Prueba en segunda instancia. La admisión de prueba en segunda instancia
ELEUTERIO RODOLFO MARENCO CIÚPIZ, JUEZA DECISOR/A,
tenari Cuad Festichvo"PSPRcepcional. Únicamente se podrá admitir aquella a
CRA cu de TORIO Es ASRZO pom aq quese
EXP: 1Y-ULUSA-LUZ LA
Goicoechea, Calle Blancos, $0 metros oeste del BNCR, frente a Café Dorado, Teléfonos: 2545-0099, 2545-0107, 2545-0158. Fax: 2241-5664 y
+ 2545-0006. Corrco electrónico: tproca-sgdocMpoderjudicial.go.er
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a A DA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*366 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2
estrictamente necesaria para resolver los puntos objeto de alzada, cuando no se haya podido
ofrecer o practicar en primera instancia por causas ajenas a la parte, El tribunal solo
ordenará prueba de oficio, cuando sea indispensable...” De una revisión de la prueba para
mejor resolver ofrecida por la parte, considera este órgano que la misma no es
relevante para cambiar el fondo del asunto, además que ya existe en autos un informe
técnico emitido por la Unidad Técnica de Gestión Vial de la Municipalidad, que hace
referencia a lo que se quiere probar con la misma, y que será objeto de valoración en el
fondo del asunto. En razón de lo anterior se rechaza la prueba para mejor resolver
ofrecida por la representación de Corporación de Desarrollo del Monte.
ll.- Antecedentes. De interés para la resolución del presente caso se tiene por
acreditados los siguientes hechos: 1) Que la finca inscrita en el Partido de Limón, folio
real mecanizado número 116662-000, plano catastrado n” L-818245-2000, es
propiedad de la empresa Desarrollo del Monte: Sociedad Anónima (hecho no
controvertido por las partes). 2) Que por nota: del 20 de julio de 2017 el señor Orlando
Barillas Jiménez realiza solicitud de inspección de camino (imagen 8, expediente
electrónico). 3) Que en oficio n* UTOP-MPL-020-2018 del 26 de enero de 2018, el Ing.
David Quirós Aguilar informa el resultado de la inspección realizada en el camino
objeto del procedimiento y recomendó iniciar el procedimiento administrativo que
establece el artículo 33 de la Ley General de Caminos Públicos, a fin de que las partes
involucradas puedan ser tomas en cuenta en el debido proceso y determinar la
naturaleza del camino (imágenes 17-31, expediente electrónico). 4) Que mediante
resolución del 22 de agosto de 2018 se inicia el procedimiento administrativo para la
reapertura de camino público, realizando el traslado de cargos a la empresa
Corporación de Desarrollo Agrícola S.A. (imágenes 43-49, expediente electrónico). 5)
Que el 27 de setlembre de 2018 se realiza la audiencia oral y privada, en la cual se
evacúa las pruebas documentales y el testimonio de cuatro testigos (Imágenes 50-79,
expediente electrónico). 6) Que la empresa Corporación de Desarrollo Agrícola S.A.
como prueba documental aporta oficio n” DIGT-TOT-0400-2018 emitido por el
Coordinador de Subproceso de Clasificación Territorial, hojas cartográficas Río Sucio,
fotografía uaéreas del Instituto Geográfico Nacional (imágenes 72-78, expediente
electrónico) 2) ¡Quomina ven éinalizada todas las etapas del procedimiento, el órgano
Goicoechea, Calle Blancos, $0 metros oeste del BNCR, frente n Café Dorado, Teléfonos: 2545-0099, 2545-0107, 2545-0158. Fax: 2241-5664 y
2545-0006. Correo electrónico: tproca-sgdocMpoder-judicial.go.cr
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0389
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PAGINA N*367 ACTA N*%82 Ordinaria ] 21-10-20
director del procedimiento realiza su informe final en fecha 28 de noviembre de 2018. 8)
Por medio de oficio n? DA-1779-2019 del 03 de diciembre de 2018, la señora Alcaldesa
Municipal, Elibeth Venegas, emite el acto final, indicando que en virtud de los hechos
probados, las consideraciones fácticas y jurídica acoge en todos sus extremos la
resolución recomendativa del órgano Director del Procedimiento, y en consecuencia
ordena la reapertura del camino público, inventariado con el código 7-02-024
(Imágenes 121-122, expediente electrónico). 9) Por medio descrito del 11 de diciembre
de 2018 la representación legal de la empresa Corporación de Desarrollo agrícola S.A.
interpone recurso de revocatoria con apelación contra el acto administrativo n* DA-
1179-2018 (imágenes 142-143, expediente electrónico). 10) Por resolución n* RES-DA-
01-2019 del 21 de enero de 2019, se rechaza el recurso de revocatoria y se elevan los
autos a este Tribunal (imágenes 146-149, expediente electrónico),
lIl.- Motivos de Agravio. En resumen en el escrito 'de agravios la parte indica que su
representada es propietaria de la finca inscrita en el partido de limón folio real n*
116662-000, plano catastrado n* L-818245-000, la cual nace de la segregación
realizada en el año 2006 de la finca n” L-9893-000. Que para el año 1985 el Instituto
Geográfico Nacional, al confeccionar la.segunda edición de la hoja cartográfica Río
Sucio Incluyó el camino ubicado dentro de las coordenadas Lambert Norte 559967,
265876 y 559805, 266471, no obstante según oficio DIG-TOT-0400-2018 del 3 de
octubre de 2018, emitido por el coordinador del Subproceso de Clasificación Territorial,
se indica que si bien el camino está incluido en la hoja cartográfica, nunca el Instituto
Geográfico Nacional verificó en campo para determinar si dicho camino es público ono.
Que de acuerdo a las coordenadas del camino , el mismo no finaliza en el lindero entre
la propiedad de mi representada y la del denunciante, sino que finaliza a unos 10 o 15
metros de dicho lindero, con lo cual se logra acreditar, que dicho camino no le estaría
dando acceso a ninguna finca.
IV.- Del caso concreto. Previo a entrar a resolver el fondo del asunto, importante
Indicar los límites y potestades que el ordenamiento jurídico le impone a este órgano
para resolver los recursos de apelación como el que nos ocupa, en sentido esta
TEL eimodo gil e: , '
[Es] Secció lia urenida delimitando, su, alcengs, indicando; “... De previo se debe aclarar que
EVELYN SOLAXO ULLOA. JUL g
FRANCISCO NS FORIES. JU "ADECISOR A
EXP; 19-000841-1027-CA.
Goicoechea, Calle Blancos, $0 metros ocste del BNCR, fiente a Café Dorado. Teléfonos: 2545-0099, 2545-0107, 2545-0158, Fax: 2241-5664 y
2545-0006. Correo electrónico: tproca-sgdocpoder-judicial.go.er
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*368 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
la apelación municipal en "jerarquía impropia" o "control no jerárquico" es desarrollada por
este Tribunal a la luz del artículo 181 de la Ley General de la Administración Pública,
limitándose a revisar la legalidad de lo actuado por la Administración dentro del límite de los
' agravios expresados por_la parte recurrente debidamente desarrollados en el líbelo
recursivo. Por consiguiente, los agravios resultan en un elemento medular de las
impugnaciones en esta sede, toda vez que con base en ellos el Contralor no Jerárquico, a
_ quien corresponde conocer del recurso pueda analizar si cabe anular o modificar lo resuelto,
En este orden se revisa lo dispuesto por el inferior, según los argumentos de la parte apelante
que combatan los fundamentos fácticos y jurídicos en los cuales se cimienta la resolución
objeto de recurso. Resulta indispensable, para poder efectuar esa labor de control, que
los argumentos vertidos por el inferior, en los cuales hace descansar fáctica y jurídicamente
su resolución, sean atacados de manera concreta por el recurrente...” (res. n* 441-2016. 30 de
setiembre de 2016). Indicado lo anterior, se resalta que si bien el escrito de agravios
presentado por la representación de la empresa Corporación de Desarrollo Agrícola
S.A. no es muy extenso y desarrollado, del mismo se desprende que su inconformidad
central gira en torno a la valoración de la prueba documental que realiza la
Municipalidad, por lo que al ser este un órgano contralor de legalidad, se entra a revisar
la conformidad o no del elemento motivo, correspondiente al acto impugnado. Criterio
del Tribunal. De una revisión del expediente considera esta Cámara que el recurso
debe de ser rechazado por las siguientes consideraciones que a continuación se
exponen. Según lo dispuesto en la Ley de Caminos cuando un camino es cerrado se
debe de seguir un procedimiento administrativo con el fin de verificar la verdad real de
los hechos, y determinar al finalizar el mismo la naturaleza jurídica del camino en
cuestión, en ese sentido el artículo 33 reza: “... Para la reapertura de la vía, el Ministerio
de Obras Públicas y Transportes o la Municipalidad en caso de calles de su jurisdicción, por sí
o a instancia de los funcionarios de caminos o de cualquier persona procederá a levantar una
información que hará constar, mediante declaración de tres testigos, mayores de edad, vecinos
del lugar y de reconocida buena conducta que el camino estaba abierto al servicio público o de
particulares y desde cuándo ha sido estrechada o cerrada e incluirá su informe técnico de la
Oficina correspondiente. Oído el infractor y comprobado en la información que el camino fue
Firmado digit de:
dorvudolo vsprechadosiidodebida antorititión, o que estuvo al servicio público por más de un
FVELYN SOLANO ULLOA. JUEZTA DECISOR ¿
FRANCISCO CHAVES TORRES, JU ISORA
EXP: 19-000841-1027.CA
Goicoechca, Calle Blancos, $0 metros oeste del BNCR, frentes Café Dorado. Teléfonos: 2545-0099, 2545-0107, 2545-0158. Fax: 2241-5664 y
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PAGINA N2369 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2041
AA
año, el Ministerio o la Municipalidad ordenará la reapertura en un plazo perentorio no mayor
"de tres días y en rebeldía del obligado, ejecutará por su cuenta la orden....”. De la anterior
norma, importante para al análisis del sub examine, se resalta que en este caso, al ser
un camino vecinal, la competencia recae sobre la Municipalidad, la cual debe recabar
toda la prueba documental y testimonial, de oficio u ofrecidas por las partes, para
ponerlas a su disposición, y respetando el debido proceso; siendo estos elementos el |
fundamento jurídico y fáctico (motivo) para sustentar el acto administrativo que
determine la naturaleza jurídica del camino (público o privado). Estudiado los autos, se
tiene que realizada la denuncia por un particular, la Municipalidad de Pococí por medio
del Ing. David Quirós, realiza la inspección in situ, y la contrasta con la documentación
_ cartográfica y planimetría, recomendando se inicie el procedimiento administrativo que
establece el artículo 33 de la Ley de Caminos, con el fin de escuchar a las partes
involucradas (prueba 3). Una vez instaurado el procedimiento administrativo se notifica
a las partes y se convoca a la audiencia de recepción de pruebas en la cual se
reclbieron tres testigos (partes afectadas), quienes son coincidentes en indicar que el
camino objeto del proceso y que colinda con sus parcelas, era utilizado anteriormente
para sacar madera y productos agrícolas; por su parte el testigo-perito, indica que de
un estudio de la documentación, aclara: que existen dos ediciones de la hoja
cartográfica Río Suclo, que en la primera edición (1967) no existe el camino, mlentras
en la segunda edición (1985) si se representa el camino; que en dicha hoja no se indica
si es público o privado, y que de acuerdo a las fotografía aéreas de la zona de fecha
1971 no se observa ningún camino, Ahora bien, en relación a la prueba documental se
tiene que existen dos hojas cartográficas (Río Sucio), un informe técnico del
Departamento de Catastro de la Municipalidad (visita en situ, y estudio de los planos
existentes), los planos catastrados número L-818245-2002 (prueba 1), L-818341 -2002,
L-819425-2002 y L-819432-2002 (propledad de las parcelas de los afectados),
oficio nm” DIG-TOT-0400-PUB emitido por el Coordinador de Subproceso de
Clasificación Territorial y el inventario municipal en el cual se tiene dicho camino como
público, bajo el código 7-02-024. Con el anterior acervo probatorio la Municipalidad
Es] realiza la valoración de las mismas y arriba a la conclusión de que el camino es de
Firmado digital de:
ña aleza:pública: enarsur reapertura. En este orden de ideas, importante traer a
f COR: A
e SOLANO ELLE,
ISCO. CORK
EXE: 19-000841-1027.CA
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*370 ACTA N*82 Ordinaria. _ 21-10-202
colación lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley de Construcciones que en lo que
interesa dispone: “..Todo terreno que en los planos existentes de la Municipalidad, o en el
Archivo de la Dirección General de Obras Públicas, o el de la Dirección General de Caminos,
o en el Catastro, o en cualquier otro archivo, museo o biblioteca pública, aparezca como yla
pública se presumirá que tiene la calidad de tal, salvo prueba plena en contrario, que deberá
rendir aquél que afirme que el terreno en cuestión es de propiedad particular o pretenda tener
algún derecho exclusivo a su uso...”, de dicha norma se desprende una presunción "iuris
tantum” en favor del dominio público, por consiguiente se invierte la carga de la prueba,
* y le toca a la parte destruir tal presunción con prueba fehaciente. En este orden de
ideas en el sub examine la representación de la empresa denunciada, solo aporta
como prueba documental técnica relevante el plano catastrado de la finca en cuestión,
fotos aéreas de la finca realizadas por el Instituto Geográfico Nacional en el año 1971,
hojas cartográficas Río Sucio y el oficio N* DIG-TOT-0400 (hecho probado 6) para
demostrar que el camino es privado, sin embargo de una valoración de los mismos, y a
criterio de la empresa en sus agravios, resulta relevante el oficio n* DIG-TOT-0400
pues con el mismo trata de demostrar que el camino que aparece en la segunda
edición hoja cartográfica Río Sucio no fue verificado por dicho Instituto al momento de
realizarla. Pues bien, de una lectura del mismo no considera este órgano colegiado
que dicha prueba sea contundente y que permita arribar a la conclusión de que el
camino es privado, ello por cuanto si bien es cierto, en dicho documento se indica que
el Instituto al momento de realizar la segunda edición de la hoja cartográfica Río Sucio,
no verifica la categorización del tramo del camino indicado como público o privado,
también lo es que al final de dicho documento se hace la aclaración que la
determinación de la naturaleza pública o privada le corresponde ya sea al MOPT o a la
Municipalidad, por consiguiente no es una prueba contundente que determine la
naturaleza del camino por sí misma, en conclusión esta prueba debe de ser valorada
con el resto de prueba documental y testimonial, que consta en autos, para en conjunto
determinar si efectivamente el camino es público o no. Por todo lo indicado
anteriormente considera esta Cámara que la valoración de la prueba realizada por la
Munici alidad de Pococí se encuentra dentro de los parámetros de la sana crítica, y al
Firmado dixitul de:
no'serdestruidalaspresunción derdentanialidad del camino, lo procedente es rechazar
EVELYN SOLANO Len LA DECISOR A
ERANCISCO CUAVIS TORRES. JU
EXE: 19-000841-1027-CA
Goicocchea, Calle Blancos, $0 metros oeste del BNCR, frente a Café Doralo. Teléfonos: 2545-0099, 2545-0107, 2545-0158, Fax: 2241-5664 y
2545-0006, Correo electrónico: tproca-sgdocOpoder-judicial.go,cr
- EC Sitio Web: munipococi.go.cr
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ECISORA
PAGINA N9371
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N%82 Ordinaria.
LAA
el recurso de revocatoria, como en efecto se hace, y confirmar en todos sus extremos
el acto impugnado. No existiendo ulterior recurso se da por agotada la vía
administrativa.
Y,- De la devolución del expediente, Al haberse sustanciado esta sede en forma
electrónica, queda a disposición de las partes obtener una copia integral que contiene
tanto el expediente administrativo remitido por la Corporación Munlcipal así como la
totalidad de las plezas que conforman la presente alzada, para lo cual deberá aportar el
dispositivo electrónico de almacenamiento (llave maya o disco compacto). Asimismo,
en caso que hubiere ingresado documentación física o electrónica (planos, fotografías,
informes, etc.) que permanezca aún en custodia el Despacho, podrá retirarla quien la
aportó en un plazo de 30 días hábiles, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
12 del Reglamento sobre Expediente Electrónico ante el Poder Judicial, aprobado por
la Corte Plena en sesión n.* 27-11 del 22 de agosto del 2011, artículo XXVI y publicado
en el Boletín Judicial n.* 19 del 26 de enero del 2012, así como en el acuerdo aprobado
por el Consejo Superior del Poder Judicial, en la sesión n.* 43-12 celebrada el 3 de
mayo del 2012, artículo LXXXI.
Por Tanto,
Se declara sin lugar el recurso de apelación. Se confirma el acto impugnado. Se da por
agotada la vía administrativa. Notifíquese.
Rodolfo Marenco Ortiz
Evelyn Solano Ulloa Francisco José Chaves Torres
21-10-2
1
Por Unanimidad SE ACUEDRDA: Se Aprueba la moción. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2934
Moción Presentada por el regidor: Juan Luis Gómez Gómez, dice:
Considerando:
1- Que el INAMU ye el MEIC escogieron a 5 artesanos, como representantes del
cantón de Pococí, con el fin de promover la identidad local y Nacional, además
estas artesanas han sido certificadas por el ICT, del programa artesanos con
identidad Costa Rica y ganadoras de Forja mujeres.
2- En esta feria se estará dando campo a representantes del cantón
seleccionadas en la feria ExpoPymes 2021 y será los días 05,06 y 07 de noviembre.
Pecocí
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*372 ACTA N%82 Ordinaria. 21-10-2021
Mociono: Para que este Concejo le brinde Transporte de Ida y regreso con 2
vehículos municipales, que le permita el transporte a las 5 personas incitadas y
para que puedan trasladas sus productos que utilizarán en el centro de
Convenciones en Heredia.
Las personas son: Karolyn Cruz de Cariari, Kathia López de Jiménez, Xinia Jiménez
de Cariari, Ligia Espinoza y Kathia Rivera estas Últimas de Guápiles.
Firma:
uan Dhuis Gone? Comte.
Municipalidad de Pococí
Consejo Municipal
Pococí, 20 octubre 2021
Estimados Sres.
Esperando se encuentre bien, la presente es para manlfestarle lo siguiente:
Somos 5 artesanas seleccionadas por el Inamu y MEIC para representar a Pococí, Limón, con
nuestras artesanías con Identidad local y nacional, somos Pymes, reclentemente dos certificadas
con el Sello Costa Rica Artesanal, además de todas ser certificadas por el ICT, del Programa
A con Costa Rica y as de Fomujeres, Estamos seleccionadas en la Feria
EXPOPYME 2021, organizada por el MEIC, Inamu, INA, a realizarse los días 05,06,07 de noviembre
del presente año en el Centro De Convenciones, ya que por la situación del covi-19 nuestras
empresas fueron afectadas y no contamos con presupuesto para los gastos de transporte.
Al ser artesanas de zonas rurales, Karolyn Cruz Avalos cédula 1-1052-0091 de Cariari, Kattia López
Mora cédula 1-1012-0156 de Suerre de Jiménez, Xinia Jiménez Mora cédula 9-0083-0514 de Cariari,
Ligia Espinoza Barrantes cédula 7-0033-0517 y Kattia Rivera Espinoza cédula 1-0705-0148 ambas
vecinas de Guápiles.
Deseamos solicitarles el transporte para trasladarnos el día 04 de noviembre, con salida a las 8 ara
de Carlari, Barrio San Francisco, calle Celestial, y recoger a las compañeras en la ruta a Guápiles
centro, rumbo a San José al centro de Convenciones que queda por Heredia, regresando el
domingo 7 de noviembre después del desmontaje a las 7 pm, por este medio le solicitamos a
ustedes como institución de nuestro cantón para que nos brinden el transporte del traslado de 5
personas con el producto y equipo necesario para el montaje del stand y poder realizar una buena
presentación de nuestro cantón, el cual para nosotros seria de mucha ayuda contar con su apoyo
y agradecemos toda la colaboración que nos puedan brindar.
Nos di ido una pronta
NOTA; Solicitar que el acuerdo sea declarado en firme por el poco tiempo y definitivamente
APROBADO.
asolvo uz Malos Kattia López Mora
1-1062-0091 1-1012-0156 HÁMIO
8386-53-76 8848-67-45
InnovacloneskaritoQgmall.com kalo307788 hotmail.com
e ;
1
has L 3417 etc o e
PO lato Alas >
9-0083-0514 7-0033-0517
Kattia Rivera Espinoza
1-0705-0148
Por Unanimidad SE ACUEDRDA: Se Aprueba la moción. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
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PAGINA N*373 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
NIETOS E EIA
ACUERDO N* 2935
Se conoce propuesta de la regidora Yaslyn Morales Grajal, dice;
Hay una fundación de agricultores que les dieron un crédito para comprar unas
maquinas y resulta que solo les alcanza para que les traiga una maquina a
Guápiles, entonces hablé con el señor Manuel Hernández para saber si se les
podía prestar un pick up porque la maquina no es grande y don Manuel me
coordinó para que se le pudiera ayudar el día lunes, pero como se va a trasladar
a una persona para que pueda venir, se necesita sacar un acuerdo para que se
le pueda brindar ese servicio a esa agrupación de agricultores que se dedican al
aceite de coco, entonces para que tomemos el acuerdo para el uso del vehículo
el día lunes, ya está coordinado.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la propuesta de la Reg. Yaslyn Morales
Grajal. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2936
Moción Presentada por el regidor: Randall Torres Barrientos, dice:
Considerando:
1- Debido a la problemática que ha surgido con respecto al impago de las
compras que realiza el Concejo Nacional de la producción a los productores
provocado por la regla fiscal.
Mociono: Solicitar al Concejo Nacional de la producción, a la Asamblea legislativa
para que brinden una solución inmediata para que le paguen a los productores
lo más pronto posible a fin de evitar que estos lleguen a la quiebra y provoquen
una grave afectación económica.
Por Unanimidad SE ACUEDRDA: Se Aprueba la moción. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*374 ACTA N*82 Ordinoria. 21-10-20
DARRO
ACUERDO N* 2937
Moción Presentada por el regidor: Randall Torres Barrientos, dice:
Considerando
A raíz de la poca planificación de los trabajos realizados en la Ruta 32 debido a que no contempló los
estudios actualizados de diseño de cunetas, drenajes y alcantarillas y en donde se están canalizando las
aguas hacia los principales barrios causando fuertes inundaciones.
Mociono
Para citar a la empresa Constructora Chec a audiencia con el Concejo Municipal de Pococí para el día
Jueves 28 de Octubre de 2021 para que realicen un plan remedial debido a la alta afectación de nuestras
comunidades.
RANDALL TORRES famoactonaes or
BARRIENTOS BARRIENTOS (FIRMA)
Fecha: 2021.10.18 18:45:50
(Fl RMA) -06'00'
Participan de la palabra:
Reg. Randall Torres Barrientos.
Con este tema de la moción de las inundaciones, en esta semana tuvimos dos
días fatales que se inundó todo Bovinos de Toro Amarillo, se inundó Vistas del
Volcán y zonas aledañas.
Hay un problema grave frente a la trocha también, a una señora que no se
inundaba hace dos meses, ahora se le inunda y eso parece un lago.
Hemos estado insistiendo con la empresa constructora china, porque ellos andan
desaparecidos, porque ellos lo que hicieron fue mandar a un empleado y el
empleado dice que no hay afectación entonces el tema de la moción es, citarlos
aquí en la Municipalidad para que ellos den la cara y después si fuera posible ir a
hacer un recorrido como se hizo la ultima vez y fue muy productivo que fue
llevarlos directamente pero primero con una sesión aquí para que ellos den la cara
porque lo que ellos están diciendo es que no hay implicación.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*375 ACTA N*82 Ordinaria. 21-10-2021
NANA CTRA
Esto es muy grave porque estamos a finales de octubre, pero de aquí a fin de año
va a llover un montón, aquí llueve y en dos horas se inunda cualquier lugar y antes
había problema, pero ahora se ha multiplicado el tema de las inundaciones. Yo
tengo videos aquí de un montón de gente que se le ha inundado la casa.
Hoy en la mañana estaba viendo una señora, me llevó a la casa, se le inundó
toda la casa, tiene dos niñas, tiene toda la ropa en sacos, ropa mojada, se le
dañaron todos los enceres, abombada la refrigeradora, entonces nosotros
tenemos que ver como contribuimos.
Reg. Luis Ángel Méndez Araya.
Yo no tengo problemas en apoyar la moción, pero habíamos tenido la idea de
conformar una comisión aquí en el Concejo y reforzarla con la comisión de Ruta
32, recuerden que hay una comisión inclusive fue juramentada por acá en el
Concejo, entonces teníamos la idea de hacerlos llegar a las partes donde se está
dando toda esta problemática.
La idea es que también los vecinos y lugareños, hagan acto de presencia y
presionen. Aquí pueden venir uno o dos de los chinos, y al final vienen hasta 4 o 5
pero no hablan español, ya tuvimos la experiencia cuando estuvieron aquí hasta
con lo del jefe mayor y había una chinita que era la que estaba traduciendo y al
final creo que no quedamos en nada.
Yo no tengo problema de apoyar la moción porque apunta en la misma línea de
la solución del problema, pero para hacerlo más efectivo teníamos la idea de
hacer una comisión para llegarles a ellos y reforzar la comisión que se haga de
aquí del Concejo, más la comisión de Ruta 32, más un par de los de la empresa
Chec y avisarles a los lugareños para que se presenten.
Reg Reinaldo Benavides.
Este problema se está dando desde la Unión de Guápiles hacia el Este, una vez fui
a hacer una inspección y ahí la gente se nos está inundando con las aguas que
nos tiran los chinos hacia el norte, hacia el caserío, eso es una recomendación,
otra es que, tenemos que ver cómo se contrata un intérprete para cuando
vengan los chinos, y no solo para eso, porque ahorita creo que nos presentan un
recurso de amparo porque las sesiones son televisadas y vistas por toda la
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00399
PAGINA N9376 ACTA N*82 Ordinario. 21-10-2021
EARL Pos
población y las personas que tienen problemas de audio ahorita nos reclaman
porque ellos no pueden escuchar las sesiones.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla.
Tengo alrededor de unos 40 años de vivir aquí en calle Barrio Los Ángeles, antes
llovía más pero no se daba lo que se da ahorita. Yo personalmente me nombré
en comisión, el pueblo me nombró en comisión y me fui a caminar ahí y observo
solo para Barrio Los Ángeles, estos señores hicieron tres desvíos de aguas y si ahorita
está corriendo esta correntada aquí en esta quebradita aquí en Barrio Los
Ángeles, espérense que ellos abran las otras dos alcantarillas que desviaron hacia
esta quebradita.
Entonces yo quiero agradecerle al señor regidor Randall Torres por esta moción y
hacerle un llamado a todo el pueblo a que nos hagamos presentes de alguna
manera porque esto ni siquiera ha empezado, aquí hay dos alcantarillas hacia
comalitos que están por abrirse y cuando estas aguas escurran, quien nos salva.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Somete a votación la moción.
Por Unanimidad SE ACUEDRDA: Se Aprueba la moción. Se convoca a los
representantes de la Constructora Chec para que asistan al Concejo Municipal de
Pococí el jueves 28 de octubre de 2021 a las 10:00 am. para que realicen un plan
remedial debido a la alta al de nuestras comunidades. Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitive; Vimante Aprobado. 1
AL SER LAS VEINTE HERA ¿REGRIINUTOS E LEVANI 7 SESIÓN
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F- Juan Ls Gómez Gómez VISA
Presidente Municipal
] cda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
- F- Lic. Mañúel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Ce/ Regidores, Otros.
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