Ordinaria 56 · 2019-08-13

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 56 del 2019-08-13 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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PAGINA N°1                 ACTA N°56 Ordinaria.                      13-08-2019



         MUNICIPALIDAD DE POCOCI
              ACTA MUNICIPAL
         N°56 ORDINARIA. 13-08-2019
  SESION ORDINARIA. N°56 DEL 13-08-2019, INICIADA A LAS 17:00
  HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA
  SIGUIENTE ASISTENCIA:
  ===============================================================
  REGIDORES DIRECTORIO                     REGIDORES SUPLENTES
  Johnny Vargas Arrieta                     Arelys Fernández Chaves
  Patricia Aguilar Araya                    Osael Campos Bolaños
  Ovidio Vives Castro                       Mariela Monge Araya
  Ginnette Sequeira Granados                Luis. Gdo. Venegas Ávila
  Virginia Hernández Rivera (Sust. Bernardo Antonio Veach Davis)
  Reinaldo Benavides Vargas                 Marta Salgueras Vásquez
  Eliecer Araya Brenes                      Oscar Garro Rojas
  Freddy Hernández Miranda (Quien Preside)Mª de los Ángeles Núñez Fuentes
  Maricruz Chaves Alfaro                    Domingo Matarrita Gutiérrez
  =====================================================
  SÍNDICOS PROPIETARIOS        SÍNDICOS SUPLENTE
  Geison Valverde Méndez                   Lucy Barrantes Jiménez
  Johnny Córdoba Hernández                 Katherine Mendoza Montero
  Juan Luis Gómez Gómez
  Luis Ángel Rodríguez González            Dafne Padilla Monge
  José A. Chavarría Villarreal             Ana Patricia Rosales Valverde
  Javier Jiménez Villalobos
  Joel Umaña Salazar                       Lisseth Monge Araya

        GUILLERMO DELGADO                     ELIBETH VENEGAS
             OROZCO.                             VILLALOBOS
            SECRETARIO                      ALCALDESA MUNICIPAL
  =====================================================



                    “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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                        ORDEN DEL DÍA

   Acuerdos                                          ARTÍCULO


  1696 al 1764              I                    Correspondencia


  1765 al 1770              II           Asuntos de la Sra. Alcaldesa


                                   Lectura, Discusión y Verificación del
      1771                 III      Acta N°53 Ordinaria del 06-08-2019,


  1772 al 1779             IV                         Mociones




             Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.




                    “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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                                  ARTICULO I
                                Correspondencia

ACUERDO Nº 1696
El señor Presidente Freddy Hernández Miranda, procede a juramentación del Comité Filial
Pro-Desarrollo Barrio La Unión, dice:

Reciban un cordial saludo y deseos de éxitos en su importante labor, en pro del cantón de
Pococí. A la vez aprovechamos para solicitar lo siguiente:

La juramentación del Comité Filial Pro Desarrollo Barrio la Unión, el cual procura el progreso
de los caminos, infraestructura y todo tipo de bien social, abarcando los caseríos de todo
Barrio la Unión. Este fue conformado en una reunión de vecinos el día 10 de mayo y el día
30 de mayo del presente año se afilio a la Asociación de Desarrollo Integral de Asentamiento
Campesino el Indio Guápiles-Pococí, quedando conformado de la siguiente manera:

 Nombre completo                    Cédula                     Puesto
 Javier Morazán Arguello.           205340245                  Presidente.
 Ana Yancy Gamboa Ramírez           701890210                  Vice Presidenta
 Emily Fabiola Medrano              702430233                  Secretaria.
 Rodríguez
 Ana Benites Lobo.                  701760665                  Tesorera.

 Martha Iris Alemán Pérez.          502380560                  Vocal 1
 Minor Aragón Durán.                109430417                  Fiscal.




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Quedan Debidamente Juramentados.


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ACUERDO Nº 1697
El señor Presidente Freddy Hernández Miranda, procede a juramentar como
representante Municipal, dentro de la Junta Administrativa de la Fundación Ángel de Amor,
a la señora Hilda Zamora Arias, cédula de identidad número 202900284, vecina de La Rita
de Pococí, teléfono 84217849. Solicitud hecha en el oficio N°FADA-0437-2019.




Queda debidamente Juramentada.

ACUERDO Nº 1698

Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Mayra Montes Arce, Servicios
Jurídicos Internos, dice:

Informe Jurídico: IJ-025-JUL-2019.
Asunto: Destitución de Junta Administrativa Cindea San Martin.

GESTIÓN: En respuesta al Acuerdo N°1152 del Acta 37 del 04 de JUNIO 2019, donde el
Concejo Municipal conoce Oficio DREG-DSAF-189-2019, con fecha del 03 de junio 2019,
suscrita por el Lic. Henry Paulo Amey Gómez, Jefe del Departamento de Servicios
Administrativos y Financieros de la Dirección Regional de Educación de Guápiles. Quien
recomienda la destitución de la totalidad de los cinco miembros de la Junta Administrativa
del Cindea San Martín, cedula jurídica 3008702831, a saber:




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Por Unanimidad, Se atiende a la Junta del Cindea de San Martín el día 20-08-2019 a
las 5:00 PM.

ACUERDO Nº 1699
Se Conoce nota para este Concejo suscrita por Conrad Rose, Director del CINDEA, San
Martín, dice:




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Por Unanimidad, SE ACUERDA: Atenderlos el día 20-08-2019 a las 5:00 PM.



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ACUERDO Nº 1700
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Johnny Alberto Rodríguez Rodríguez,
Consejo Intermunicipal de Federación y verificación de servicios, dice:

DEC-JR-097-08-2019.

Asunto: Convocatoria a reunión para revisión de transferencias y verificación de servicios.
Estimado señor, Veach Davis:

Reciba un cordial saludo, el suscrito, Johnny Alberto Rodríguez Rodríguez, en calidad de
representante legal de la Federación de Municipalidades de Cantones Productores de
Banano de Costa Rica denominada Federación CAPROBA, con cédula jurídica 3-007-
066420, por medio de la presente me permito realizar una convocatoria formal a reunión
para la revisión de transferencias, el día martes 13 de agosto a las 3:00 pm y el día jueves
14 de agosto a las 9:00 am para realizar la verificación de servicios para la Municipalidad
de Pocod; en las oficinas de Federación CAPROBA.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1701
Se Omite.

ACUERDO Nº 1702
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos.
Coordinadora Unidad de Patentes, dice:

Oficio: PA-224-2019.

Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.

                                Licencias de comerciales
      Exp     Nombre del Solicitante       Actividad                DIRECCION




                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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               Elizondo Salazar       Ferretería          La Rita, 135 mts noroeste
      286            Hugo                                       del servicentro


Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1703
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos.
Coordinadora Unidad de Patentes, dice:

Oficio: PA-224-2019.

Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.

                               Licencias de comerciales
      Exp    Nombre del Solicitante       Actividad               DIRECCION

               Alvarado Bolaños           Minisúper        Guápiles, 300 mts oeste
      287           Carlos                                  de la Iglesia Católica


Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1704
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos.
Coordinadora Unidad de Patentes, dice:

Oficio: PA-224-2019.

Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.

                               Licencias de comerciales


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      Exp    Nombre del Solicitante       Actividad               DIRECCION

             Corporación Rhomil       Desarrollo y venta   Guápiles, 75 mts este de
      288           S.A                 de Software            correos de CR


Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1705
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos.
Coordinadora Unidad de Patentes, dice:

Oficio: PA-224-2019.

Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.

                               Licencias de comerciales
      Exp    Nombre del Solicitante       Actividad               DIRECCION

              Ramírez Barahona        Venta de comidas      Guápiles, diagonal al
      289       María José                 rapidas         Estadio Ebal Rodríguez
                                                            frente a la Musmani


Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1706
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos.
Coordinadora Unidad de Patentes, dice:

Oficio: PA-224-2019.

Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.

                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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                               Licencias de comerciales
      Exp    Nombre del Solicitante       Actividad               DIRECCION

                Cortes Fajardo            Barbería          Guápiles, 25 mts oeste
      290           Yadir                                   de antigua Panadería
                                                                    Soley


Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1707
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos.
Coordinadora Unidad de Patentes, dice:

Oficio: PA-224-2019.

Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.

                               Licencias de comerciales
      Exp    Nombre del Solicitante       Actividad               DIRECCION

               Vargas Villalobos            Soda             Cariari, contiguo a la
      291           Hugo                                  plaza de futbol de Campo
                                                                     Cinco


Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1708
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos.
Coordinadora Unidad de Patentes, dice:

Oficio: PA-224-2019.



                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°45                   ACTA N°56 Ordinaria.                     13-08-2019
Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.

                               Licencias de comerciales
      Exp    Nombre del Solicitante       Actividad               DIRECCION

                                                           Jiménez, 100 m sur de la
      292         Gutiérrez               Ferretería              Escuela
              Altamirano Alberto

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1709
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos.
Coordinadora Unidad de Patentes, dice:

Oficio: PA-224-2019.

Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.

                               Licencias de comerciales
      Exp    Nombre del Solicitante       Actividad               DIRECCION

                                                             Guápiles, 25 m sur del
      293    VJR Automotriz S.A       Mecánica rápida       INS frente al plantel del
                                                                      ICE


Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1710
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos.
Coordinadora Unidad de Patentes, dice:


                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°46                   ACTA N°56 Ordinaria.                            13-08-2019
Oficio: PA-224-2019.

Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.

                                  Licencias de comerciales
      Exp     Nombre del Solicitante         Actividad                DIRECCION

                                                                Cariari, Urba Las Flores
      294       Orozco Barboza          Venta de artesanía             casa N°E9
                     Ligia

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1711
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos.
Coordinadora Unidad de Patentes, dice:

Oficio: PA-224-2019.

Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.

                                       Licencias de licor
         Nombre del Solicitante    Actividad y categoría          DIRECCION

                                                            Guápiles, dentro de las
            Minisúper Rio              Mini súper D1         instalaciones del Rio
             Blanco S.A                                             Blanco.


Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1712
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos.

                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°47                ACTA N°56 Ordinaria.                             13-08-2019
Coordinadora Unidad de Patentes, dice:

Oficio: PA-224-2019.

Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.

                                     Permiso temporal
         Nombre del Solicitante   Actividad y categoría         DIRECCION


            Joyce Jiménez           Venta de flores
              Ledezma             Guápiles, dentro del    13/14/15 y 16 de agosto
                                    antiguo Bar La                 2019
                                     Montecarlo

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1713
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal de Pococí. dice:

DACM-0236-2019

Asunto: Remisión oficio DA-l081-2019 del Ing. Edgar Villarreal Ruíz, Vice Alcalde
Respetables señores:

Mediante la presente se remite el oficio DA-1081-2019 del Ing. Edgar Villarreal Ruíz, vice
alcalde, en el mismo se hace de conocimiento todo el proceso referente al trámite de la
compra directa de la contratación N°2019CD-000082-CLOl Contratación de Servicios de
Limpieza para el Centro Cívico por la paz de Pococí, hasta la declaración de infructuoso
por parte del señor Villarreal en seguimiento a la normativa vigente.




                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°48          ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°49          ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°50             ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.


                 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°51                  ACTA N°56 Ordinaria.                        13-08-2019


ACUERDO Nº 1714
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Verónica Delgado Barahona Cédula N°1-
1425-0323, dice:

Comisión Especial Permanente de Recurso Hídrico de Pococí.

Reciban un cordial saludo. Por medio de la presente, los suscritos Verónica Delgado
Barahona, cédula de identidad 1-1425-0323 y Luis Carlos Cerdas Álvarez, cédula 7-0178-
0602, nos dirigimos a ustedes con el fin de sustentar oficio anterior con fecha de 08 de
agosto del 2019, donde presentamos solicitud de apoyo para disponer de agua potable en
relación con un proyecto de vivienda personal que tenemos. Nuestro proyecto de vivienda
se desea realizar en la propiedad matrícula de folio real número 7-59740-000 localizada
en el distrito de Guápiles, cantón de Pococí, Provincia de Limón, según plano catastro W7-
0939303-1990 a nombre de Luisca de Pococí S.A, un lugar sumamente céntrico, incluso
nuestro lote cuenta con calle pavimentada.
Consideramos importante mencionar que la extensión de ramal solicitada es de la casa
contiguo a nuestro lote (tal y como puede observarse en fotografías adjuntas); es decir
que la casa vecina sí cuenta con servicio de agua del AYA según número de NISE 522-
4911, el cual ustedes pueden verificar en su sistema, así como en nuestro expediente
2019-38. Por lo tanto, como pueden constatar en las fotografías adjuntas, el ramal
solicitado es de escasos metros y nosotros nos estaríamos haciendo cargo del costo que
implique la extensión.
Agradecemos de antemano toda la colaboración que nos puedan brindar, ya que de ello
depende nuestro proyecto de vivienda.




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°52          ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°53          ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°54               ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión Hídrico.


                   “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°55                   ACTA N°56 Ordinaria.                     13-08-2019
ACUERDO Nº 1715
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Vera Jiménez Villalobos, Unidad de
Patentes, dice:

Oficio 217. UP 2019.




                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°56          ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°57          ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°58             ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

                 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°59                ACTA N°56 Ordinaria.                     13-08-2019
ACUERDO Nº 1716
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Isidro Gerardo Jiménez Artavia Cédula
N°6-197-811, dice:




                    “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°60          ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°61               ACTA N°56 Ordinaria.                     13-08-2019
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra en comisión al Sindico Juan Luis Gómez
Gómez, Giselle Aguilar Barquero A, Ing. Edgar Villarreal, presenten informe a este
Concejo.

ACUERDO Nº 1717
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Fundación Líderes Globales para el
Fomento de Gobiernos Locales, dice:




                    “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°62             ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.


                 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°63                ACTA N°56 Ordinaria.                      13-08-2019
ACUERDO Nº 1718
El señor Presidente Freddy Hernández Miranda procede a Juramentar a la Comisión Pro
mejoras La Emilia, Guápiles.

Nombre                                                  N° Cédula.




                    “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°64          ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°65                  ACTA N°56 Ordinaria.                       13-08-2019




Por Unanimidad SE ACUERDA: Quedan Debidamente Juramentados.

ACUERDO Nº 1719
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Mauricio Garita V Coordinador de
Hacienda, dice:

DHM-101-2019.

Asunto: Salida a vacaciones ordenadas por el despacho de la Alcaldía.

Respetable Señora

El pasado miércoles 31 de julio se recibió en esta oficina el Oficio DA-1184-20 19, donde
se me ordena sin ningún tipo de organización ni planificación una salida sorpresiva a
vacaciones por un periodo de casi dos meses. Literalmente el oficio señala del 07 de
agosto al 27 de setiembre de 2019, regresando el día 30 de setiembre, al respecto le
señalo lo siguiente:

PRIMERO: Que toma por sorpresa al suscrito, que el despacho de la Alcaldía, una vez
más en total abuso de su poder jerárquico como lo ha acostumbrado durante su
Administración, de una forma unilateral, sin la más mínima consideración con los planes
personales del suscrito, si el periodo de vacaciones es atinente o no a la necesidad y
programación para el goce y disfrute de las mismas, ordene sin mayor atención la salida.

SEGUNDO: Que fundamenta su oficio en los artículos 153, 159 y 155 de la Reforma
Procesal Laboral, afirmación que es incorrecta porque no existe una norma que se

                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°66                   ACTA N°56 Ordinaria.                         13-08-2019
denomine "Reforma Procesal Laboral" se interpreta que los artículos son del Código de
Trabajo y en ese sentido la sorpresa es aún mayor, por cuanto el suscrito siempre que ha
requerido vacaciones ha tenido casi que implorarlas, mismas que han sido plazos de 3 a
4 días y que durante el disfrute de las mismas, se me llama a mi celular, para temas
laborales y ahora resulta que se decide otorgar alrededor de dos meses consecutivos en
una de las épocas cruciales de la actividad de un gobierno local, como lo es la elaboración
presupuestaria, tema que será desarrollado ampliamente en otro apartado.

Se extrae de esta situación, la única intención de causar al suscrito un malestar con un
periodo de vacaciones que no ha sido solicitado, pues sería irresponsable de parte de la
persona de la Hacienda Municipal, dejar botados sus actividades y responsabilidades en
lo concerniente al presupuesto durante la época de alto volumen de trabajo. Por tanto, que
el despacho de la alcaldía señale que: "se ha revisado, las vacaciones pendientes de
disfrutar" ... resulta hasta ofensivo, pues no es una situación desconocida para nadie el
hecho que por múltiples actividades se han acumulado, aquí lo que llama la atención es
que coincidentemente sea el periodo decidido por su autoridad, el mismo vinculado a la
elaboración del presupuesto Inicial para el año 2020.

No obstante lo anterior, lo que se tiene aquí no es más que un doble discurso, claramente
no es el goce de mis vacaciones el eje medular de la decisión tomada, sino que esto es
una situación más de hostigamiento laboral accionada por su persona y que pese a los
múltiples llamados a la ética que en otros documentos le he expresado, no cesa su
persona el acoso laboral hacia el suscrito y esto no es más que otra forma de invisibilizar
la labor que realiza la Coordinación de Hacienda.

TERCERO: Que evidentemente una salida sorpresiva, donde se le otorga al suscrito,
cuatro días hábiles para recapitular la cantidad de pendientes, siendo de su conocimiento
que el día 31 de julio a las 10 de las noche se estaban remitiendo a la Contraloría General
de la República, 10 concerniente, al Informe Semestral del año en curso, es materialmente
imposible hacer un adecuado recuento de situaciones pendientes y realizar las
coordinaciones respectivas. De esta forma, amparado en la normativa vigente, realizo el
formal descargo de responsabilidades que pueda acarrear por deberes y pendientes que
el suscrito como Coordinador de la Hacienda Municipal se le pueda atribuir de forma
maliciosa y detallo a graso modo 10 que a primera mano queda en mi escritorio:

a. Sobre el Presupuesto Inicial 2020: en este caso específico, esta Coordinación tiene dentro
   de sus obligaciones, realizar las justificaciones que corresponden a los ingresos y en otras
   ocasiones colabora con temas específicos que se requiere respaldar en cuanto a
   justificaciones. En este momento se tienen casi listas dichas justificaciones definitivas con los
   montos que ha determinado esta Coordinación son las proyecciones para el próximo ejercicio



                        “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°67                   ACTA N°56 Ordinaria.                          13-08-2019
   económico 2020. Así las cosas, se adjunta copia de la última estimación enviada a la Unidad
   de Presupuesto.


Los montos propuestos son los que por parte de la Hacienda Municipal se están
procediendo a justificar, por ende cualquier cambio entre la propuesta y lo que se
defina como documento final queda fuera de la responsabilidad del suscrito. De igual
forma, deben encomendar a un funcionario que afine las justificaciones finales que serán
entregadas, para efectos del documento final, así mismo cualquier información adicional
que se requiere formular.

En relación a las solicitudes de plazas, recalificaciones, reasignaciones y cualquier otra
que incida en la carga financiera de la partida de REMUNERACIONES, se aprovecha este
nuevo documento para confirmar todos los criterios extemados en los estudios técnicos
que fueron entregados al despacho de la Alcaldía. Donde en resumen se señala:
RECHAZAR de forma categórica cualquier incremento en la carga fija salarial, por ser
técnicamente insostenible bajo las condiciones deficitarias, crear algún gasto adicional por
conceptos de remuneraciones. Una decisión contraria, sería poner en juego las finanzas
municipales.

Aunado a lo anterior, si llegara a existir un criterio donde se aparten de los estudios
técnicos, en especial el financiero, debe ese despacho, designar a un funcionario que
acredite un panorama diferente a los descritos por la Hacienda Municipal y proceda a
realizar los análisis de viabilidad financiera y los entregue a la Unidad de Presupuesto. De
forma tal que cualquier situación diferente a lo establecido en los estudios técnicos
queda fuera de la responsabilidad de la Hacienda Municipal.

De igual forma, siempre sobre el tema del Presupuesto Inicial 2020, queda pendiente de
atender el oficio UP-018-2018, remitido por parte de la Unidad de Presupuesto el día
de ayer, donde se indica que existe una diferencia de más de 600 millones,
pendientes de balancear en contraparte con los ingresos proyectados.

Finalmente, sobre la forma en que se cierre el presupuesto, así como la orientación que
se le dé al mismo y las consecuencias que pueda traer para el próximo año, descargo
cualquier responsabilidad, producto de mi ausencia.

b. Sobre las coordinaciones hechas con las Licda. Andrea Camacho: considerando que el
oficio N°77-2019 de la Administración Financiera, deja claramente establecida la
saturación de carga de trabajo, misma que ha sido reportada a su despacho se le
asignaron las siguientes actividades en mi ausencia:



                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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1.Revisión y control de solicitudes, órdenes de pago y otros para visto bueno de
financiamiento.

2-Revisión y control de los ingresos diarios por concepto de recaudación de las
diferentes cajas, tanto en el edificio principal, así como de Cariari.

c. Sobre los pendientes que deben ser organizados a fin de atender plazos de ley que
correspondan se tienen los siguientes temas:

1.Cálculo, desarrollo y tramitación de las tasas para el año 2020, en este sentido
establece el reglamento de Cobro Administrativo y Judicial:

Artículo 50. -Determinación de tasas y precios públicos. Para la determinación de tasas
por los servicios municipales prestados y en concordancia con lo estipulado en el artículo

74 del Código Municipal, los estudios deberán realizarse una vez al año, entre la segunda
quincena de junio hasta la primer quincena de agosto y serán enviados al Concejo
Municipal antes del vencimiento de la segunda quincena del mes de agosto. El Concejo
Municipal contará con un plazo de sesenta días naturales para someterlos a estudio,
consultas, correcciones y aprobación definitiva. La fecha para su aprobación definitiva
deberá darse a más tardar el treinta y uno de octubre de cada año y la publicación en el
diario La Gaceta deberá hacerse como fecha límite el treinta de noviembre de cada año,
de manera que el cargo en la base de datos municipal para todos los contribuyentes
empiece a regir el primero de enero de cada año. Previo a la aprobación definitiva de las
tasas, el Concejo Municipal de Pococí, procurará dar participación a la ciudadanía en el
proceso de análisis y determinación de la tasa.

Sobre este particular, una vez que se establecieron nuevos modelos tarifarios ha sido el
suscrito el responsable de consolidar todos los insumos por parte de las Unidades
vinculadas y con estos se procede bajo el procedimiento anteriormente descrito, a
determinar las tasas, así como la publicación respectiva.

Es importante recordar que este tema es fundamental para las finanzas de todos los
servicios municipales, además de ser trascendentales para los efectos de la calificación
del Índice de Gestión Municipal, tal como se observó la semana pasada. De esta forma,
conociendo el procedimiento que esto conlleva y las publicaciones que corresponden,
descargo cualquier responsabilidad si las tasas no están debidamente calculadas y
publicadas en tiempo para poder cobrarlas el próximo año 2020, por ende cualquier
incidencia en la situación financiera de servicios como el de Tratamiento que urge



                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°69               ACTA N°56 Ordinaria.                     13-08-2019
atender mediante esta actualización quedan fuera de la mi responsabilidad, pues
una vez que me reincorpore los plazos ya no darían para lo que corresponde.

Con base en lo anterior, se informa que ya se estaban iniciando las coordinaciones con
todas las unidades responsables para este proceso. Así mismo, se estaba coordinando
con Gestión Ambiental lo respectivo a la urgente necesidad de actualizar el estudio de
categorías para los diversos servicios, otra situación que queda pendiente y sobre la
que libero responsabilidad.

Finalmente, en cuanto a una invitación señalada por el compañero Fabián Delgado de
asistir al IF AM en este mes de agosto a plantear a modo de ejemplo nuestro modelo
tarifario, queda sin atender dicha actividad.

2. Ejecución del proyecto RUC, tal como se le indicara en días pasados, para este mes
estaba programado iniciar con la ejecución de este proyecto que está vinculado con la
migración al nuevo sistema de San Carlos, específicamente en cuanto la depuración y
actualización de datos. Se deja la solicitud para el proceso de adjudicación.

3. Se dejan las Cuentas por Cobrar debidamente actualizada al 30 de junio de 2019, sobre
este particular se debe asignar un funcionario responsable que de forma mensual las
realice y entregue a la Unidad de Contabilidad.

4. El expediente de la Asociación de Cocotales se deja con la orden de pago para que
continúe con el trámite respectivo.

5. Las solicitudes relacionadas en relación con los videos de las cámaras, quedan a la
deriva, así como la comunicación diaria y operativa con Fuerza Pública, además recordar
que no se ha finiquitado el convenio sobre este tema.

6. Queda como un tema pendiente y de suma urgencia, atender la recomendación del
recorte presupuestario antes del 31 de agosto de 2019, siendo que las proyecciones
apuntan casi 400 millones de diferencia en relación al comportamiento, se recomendó
como mínimo un recorte de 350 millones de forma urgente para evitar un déficit en el
presente año.

7. Queda pendiente, realizar las proyecciones de gastos para el cierre del año. Tal como
se había indicado en la reunión anterior, una vez que el Sr. Brandon Agüero entregara el

informe sobre los proyectos esta coordinación, justamente para esta primera semana de
agosto haría entrega de dichas proyecciones, lo que se ve imposibilitado por esta salida.



                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°70                     ACTA N°56 Ordinaria.                          13-08-2019
8. Queda pendiente realizar un estudio sobre los intereses que calcula el sistema a
solicitud del Ministerio de Justicia, esto es de carácter urgente para continuar con el trámite
que esta Coordinación de Hacienda ha liderado, para que se asuman las obligaciones de
ese ministerio.

9. Finalmente, pese a que esta Coordinación ha realizado esfuerzos para atender una
serie de recomendaciones, específicamente a la creación de reglamentos para la
institución, son múltiples las recomendaciones que están pendientes de atender, mismas
que dentro de la programación de trabajo estaban para la primera quincena de agosto.
Así mismo, cualquier otra situación derivada de mi ausencia y que genere algún tipo de
retraso queda fuera de la responsabilidad y la competencia del suscrito.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1720
Se Conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Villegas,
Auditora Interna Municipalidad de Pococí, dice:

AI oficio N° AI-311-2019.

                         Asunto: Ingresos Primer Semestre 2019.




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PAGINA N°71          ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios.



                  “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ACUERDO Nº 1721
Se Conoce nota para este Concejo del señor Presidente Carlos Alvarado Quesada,
Presidente de La Republica de Costa Rica, dice:




Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.


                    “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ACUERDO Nº 1722
Se Conoce nota para este Concejo suscrita por Johnny Alberto Rodríguez Rodríguez
Director Ejecutivo Federación Caproba, dice:

DEC-JR-093-08-2019.




                   “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Traslada al Depto. Presupuesto, Licda. Andrea
Camacho.

ACUERDO Nº 1723
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Yadir Corea Arias, Presidente Asociación
de Desarrollo la Maravilla de Roxana, dice:




                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce, traslada a la Comisión de Hacendarios.



                  “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ACUERDO Nº 1724
Se Conoce nota para este Concejo, Informe de comisión de Juan Luis Gómez Gómez,
dice:

                            INFORME DE COMISIÓN
                      Junta Administrativa CINDEA- Cariari.




Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.


                   “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ACUERDO Nº 1725
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Eladio Rodríguez Castillo,
Vicepresidente Consejo, teléfono: 8703-91-60, dice:

Reciba un cordial saludo de nuestra parte, deseando las mayores bendiciones y éxitos en
su emprendimiento y familia.

El motivo de la presente es para hacerle saber la necesidad que tenemos en nuestra
comunidad. Nosotros como consejo económico de la Iglesia católica de Agroportica
estamos en desarrollo de del templo, a lo que tenemos la gran necesidad de adquirir
algunos detalles para la conclusión del mismo, de esta forma embellecer el templo y la
presentación que se da como comunidad organizada.

Por esta razón acudimos a su persona para que en su labor social y en pro del desarrollo
de las comunidades nos ayude a facilitar la donación de 25 mesas rectangulares plástico-
metal con las 150 sillas respectivas equivalentes para cada mesa, esto para poder realizar
eventos de pastoral, eclesiásticos y en pro del desarrollo del templo.

Esperamos en Dios nos puedas colaborar para dar detalles a la conclusión del templo.
Agradecemos su maravillo corazón colaborador con el pueblo.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios.

ACUERDO Nº 1726
Mediante la firma de este documento, nosotros los propietarios de casas de Barrio Israel
solicitamos que en la calle Israel sean instaladas las alcantarillas en el "crique" (ya que el
mismo en temporadas lluviosas se desborda a la calle la cual se inunda y causa daños
materiales para los propietarios de las viviendas), levanten y pavimenten lacalle( ya que
no tenemos instalaciones apropiadas para el desagüe en la calle y nos afecta nuestras
viviendas, tomando en cuenta que todos los propietarios estamos pagando los impuestos
municipales y tenemos el derecho de exigir mejoras). Nos comprometemos a mantener el
libre el flujo de las alcantarillas que ustedes como municipio van a instalar.




                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Traslada Alcaldía y Junta Vial.

ACUERDO Nº 1727
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Ana Patricia Solís Rojas, Secretaria
Concejo Municipal de San Carlos, dice:

Les comunico que el Concejo Municipal de San Carlos en su Sesión Ordinaria celebrada
el lunes 22 de julio de 2019, en el salón de sesiones de ésta Municipalidad, mediante
Artículo N° XIII, Acuerdo N° 23, Acta N° 4;3, ACORDÓ:

   1. Solicitar a los Diputados de la Asamblea Legislativa de Costa Rica, que se
      presente una reforma al artículo Ley de Fortalecimiento de Finanzas Publicas
      N.9635, Título 1, Capitulo 111: Exenciones y tasa del Impuesto: para incorporar a
      las actividades de bienes y servicios otorgados por los Comités Cantonales de
      Deportes y Recreación de los cantones de Costa Rica.
   2. Notificar este acuerdo a los Concejos Municipales de todo el país, para que si lo
      tienen en consideración apoyen esta propuesta y procedan a cornunicarlo
      directamente a la Asamblea Legislativa. -
Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ACUERDO Nº 1728
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Roy Gómez Lizano, Presidente
Asotaxi, dice:

Sirva la presente, para invitarlos con el mayor de los respetos a una reunión promovida
por esta Asociación, el día 09 de agosto del presente, a las 10.00 AM, con el señor director
ejecutivo del Consejo De Transporte Publico (CTP), Lic. Manuel Vega y miembros del
consejo de transporte público en las instalaciones de la Municipalidad de Pococí.

La finalidad de la misma es, buscar la solución en CON.JUNTO a la problemática que nos
aqueja en materia de transporte público modalidad Taxi, en el distrito de Guápiles.

Quedo en espera de su confirmación y participación a esta reunión.

Me despido agradeciéndole órdenes por medio del rgomezli@Yahoo.com toda la atención
a la misma y poniéndome a sus número 8466-5052 o al correo electrónico.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1729
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Juan Antonio Vargas, Director
Ejecutivo Femetrom, dice:

Por la presente, me permito informarles que la Federación Metropolitana de
Municipalidades (FEMETROM), estará celebrando un taller de trabajo, en el cual será
presentado el Proyecto de Valorización de Residuos Sólidos Municipales.
Dentro de los aspectos que se analizarán en este importante evento, se encuentran las
diversas formas de valorización de residuos, así como aspectos de carácter social, entre
las que destacan la generación de empleo, y la incorporación del adulto mayor a estos
procesos productivos.
El taller se llevará a cabo el día miércoles 21 de agosto, iniciando a las 8:00 am, en el
auditorio de la Municipalidad de San José, quinto piso.
Para confirmar su participación, puede comunicarse con Cindy Cerdas, al teléfono 2296-
02-26 o a los correos ccerdas@femetrom.go.cr, secretariafemetrom@femetrom.go.cr

Por Unanimidad SE ACUERDA: Trasladar al departamento de Gestión Ambiental.

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ACUERDO Nº 1730
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Johnny Alberto Rodríguez Rodríguez,
Director Ejecutivo Federación Caproba, dice:

DEC-JR-086-08-2019.

Asunto: Solicitud de desembolsos, Federación Caproba.




                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°86               ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de la Alcaldía.



                   “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ACUERDO Nº 1731
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Lizbeth Barrantes Arroyo, Directora
Ejecutiva Conapdis, dice:

DE-720-2019.

Reciban un cordial saludo y a la vez, de forma atenta me complace en invitarle a la Sesión de
trabajo sobre Comisiones sobre Accesibilidad y Discapacidad. Se solicita designar una
persona funcionaria de la Comisión

La actividad se llevará a cabo en las instalaciones de la sala de la antigua administración
del Estado Nacional en la Sabana, el 7 de agosto de 2019 en horario de 8:00 am a 3:00
pm. Se ha previsto ofrecer el refrigerio y el almuerzo para actividad. Se adjunta para su
conocimiento la agenda de la sesión.

Para sus confirmaciones ruego que pueda dirigirlas al correo klopez@conapdis.go.cro al
sespinoza@conapdis.go.cr antes del 02 de agosto.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1732
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Olger Irola Calderón, Director
Ejecutivo Adepo, dice:

ADEPO-070-2019.

La Asociación para el Fomento Social y Económico de Pococí (ADEPO), los invita a la
asamblea ordinaria, el día 8 de agosto a las 5pm primera convocatoria, 6pm segunda
convocatoria, en el auditorio de la Universidad San José en Guápiles.

Para nosotros es un placer contar con su presencia en nuestra asamblea, para que
conozcan el trabajo que está realizando y realizará la asociación. Es de mucho agrado su
presencia, por favor confirmar asistencia al correo adpococi@gmail.com o al teléfono
2711-0607.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.



                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ACUERDO Nº 1733
Se Conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Olger Irola Calderón Director
Ejecutivo de ADEPO, dice:

ADEPO-085-2019.

El próximo 22 de agosto de 8am a 4pm realizaremos, en el Centro Cívico de Pococí, la
primer feria vocacional tecnológica. Esta feria está dirigida a 400 jóvenes de último nivel
educativo de los cantones de Siquirres, Guácimo y Pococí. La misma contará con la
participación de representantes del Ministerio de Ciencia y Tecnología, la Universidad de
Costa Rica, el CONARE, entre otros.

Para nosotros como organizadores sería muy valioso contar con la declaratoria de interés
cantonal de dicha actividad, por lo cual le solicitamos al Concejo considerar esta petitoria,
ya que la actividad es parte del proyecto macro de atracción de inversiones y busca que
los jóvenes de la región visualicen las oportunidades que a corto plazo se podrían estar
generando en las áreas técnicas y tecnológicas.
Adjunto afiche informativo de la actividad. Cualquier consulta se puede comunicar con
nosotros al 2711-0607 o al correo adpococi@gmail.com.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Declara de Interés Municipal la Actividad.
Dispénsese del trámite de Comisión. Acuerdo definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1734
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Gilberth Molina Arce, Unidad
Hidrológica Caribe, MINAE, dice:

DA-UHCAROG-0522-2019.
Asunto: Solicitud de criterio.

En la oficina regional de Guápiles que atiende la unidad hidrológica Caribe de la Dirección
de Agua, se encuentra en atención el expediente administrativo 1232-0, en el cual se
denuncia varios supuestos relativos a trabajos en el cauce del río Toro Amarillo, ubicado
en Guápiles, Limón; al respecto se les indica:
1. La denuncia descrita en el expediente 1232-0 corresponde al supuesto delito de obras
en cauce del dominio público sin autorización de la Dirección de Agua del Minae.



                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°89                    ACTA N°56 Ordinaria.                        13-08-2019
                                                       0
2. Se realizó inspección al sitio el pasado jueves 1 de agosto de 2019. En el sitio se
verifica que el área de análisis de la denuncia corresponde al cauce del río Toro Amarillo,
en las cercanías de los límites divisorios entre las concesiones mineras #3-2009 y #193-
92, información extraída tras consulta al registro nacional minero realizada el día 5 de
agosto de 2019 y de acuerdo a la informa aportada al expediente de marras.

3. En revisión del expediente se indica la existencia de un camino "publico" el cual se
encuentra en disputa legal al día de hoy según consta en información aportada por el
denunciante y que forma parte del expediente 11-001848-0485-PE del juzgado penal del
segundo circuito judicial de la zona atlántica.

El camino en disputa, tal y como lo indica la municipalidad de Pococí en oficio UTOP-MPL-
519- 2013 (adjunto al expediente 1232-0) tendría un ancho de 14 metros y una longitud
de 160.68 metros, a partir del punto con coordenadas latitud: 243.929 Y longitud: 554.821
Lambert Norte. Véase imagen #1 para visualizar su ubicación geográfica.




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°90          ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°92          ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°93              ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la Alcaldía, para que
atienda dicha información y criterio requerida, según oficio DA-UHCAROG-0522-
2019.


                  “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°94                  ACTA N°56 Ordinaria.                         13-08-2019
ACUERDO Nº 1735
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Flor María Villarreal Villarreal,
Secretaria ADI Astúa Pirie, dice:

 Del Honorable Consejo Municipal de Pococí reciban un cordial saludo, por medio de la
presente la Asociación De Desarrollo Integral de Astúa Pirie les solicita en el presupuesto
de caminos específicamente en asfaltado tomen en cuenta las calles de las Gaviotas,
nuestra comunidad es de muy bajos Recursos, es una comunidad, con una población
extensa, entre ellos hay niños adultos Mayores que se desplazan a diferentes lugares
,unos al trabajo, a la escuela a los centros de salud las condiciones de los caminos no se
encuentran en buen, porque cuando llueve se deterioran mucho más nos interesa que nos
tomen en cuenta ,ya sea con asfalto o un tratamiento sería la mejor opción para acabar
con la problemática de nuestros cominos

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios.

ACUERDO Nº 1736
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Presidente Carlos Alvarado Quesada
y el Sr. Michel Soto Rojas Ministro de Gobernación y Policía, dice:

                                 Decreto N°41854-MGP
Asueto 19 de setiembre 2019.




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Trasladar al Dpto. de Prensa la divulgación
respectiva.


                 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ACUERDO Nº 1737
Se conoce nota para este Concejo suscrita por MBA Karen Porras Arguedas, UNGL, dice:

DE-E-253-07-2019.




Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1738
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Germán Gerardo Gómez Vega,
Presidente Asociación para el Desarrollo Sostenible de Anturias de Pococí, dice:

ADESANPO-002-2019.




                    “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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              “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°100             ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce. Se traslada al Reg. Reinaldo Benavides.


                  “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°101                ACTA N°56 Ordinaria.                     13-08-2019
ACUERDO Nº 1739
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sindico Juan Luis Gómez Gómez, dice:




                    “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°102                 ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce informe de comisión.

ACUERDO Nº 1740
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Haydee Villarreal Lefebre,
coordinadora General Céd 6-0084-0685, dice:

Por medio de la presente los saludamos con el respeto que ustedes se merecen,
deseándoles éxitos en sus labores.

Aprovecho la oportunidad para hacerles la siguiente solicitud:



                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°103                 ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019
Ver la posibilidad de solicitarles una pequeña colaboración para la adquisición de
camisetas para nuestro grupo de adultos mayores.
Tenemos la necesidad de vernos identificados en todo tipo de eventos cuando somos
invitados a estos.

Como es sabido los grupos de adultos mayores no reciben ninguna ayuda gubernamental
y debemos sobrevivir por si mismos. Les enviamos las tallas de las 70 personas que
conforman el grupo:
Tallas: XS: 1- S: 4 - M: 33 - L: 16 -- XL: 12 - XXL: 2- XXXXL: 2.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1741
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sra. Nora Chacón Coto, cédula N°3-248-
270, dice:

Por este medio la suscrita Nora Chacón Coto cedula 3-248-270, representante del comité
de mejoras Urbanización el Llano, Cariari, Pococí, en nombre de los vecinos; externo el
agradecimiento mal por la gran labor que se está realizando en nuestra comunidad,
realizando el proyecto del alcantarillado pluvial, mismo por el que venimos luchando los
diversos comités que han existido desde hace más de 20 años, y que al día de hoy este
comité ha luchado en conjunto con ustedes desde hace ya casi 5 años, pues desde la
administración anterior lo hemos tratado de coordinar y hoyes una realidad gracias a
ustedes.

Deseamos informarles que como conocedores de la legislación vigente según, lo
pronunciado por los funcionarios que han estado a cargo del proceso de construcción, y
en la parte administrativa,
que hemos tratado de fortalecer la gestión sobre la confección de drenajes y trampas de
grasa, con los vecinos que incumplen con la normativa, sin embargo, encontramos
resistencia al cambio y la mejora en procura del bienestar común, por parte de algunas
personas, si deseamos dejar claro que estos trabajos, ya se están realizando por varios
vecinos que son conscientes de la importancia de cumplir con lo solicitado por ustedes y
por el Ministerio de Salud, pero no es la totalidad.

Por otro lado, deseamos humildemente solicitar se completen los trabajos del
alcantarillado, mismo que ha solucionado el problema de inundación en al menos 50
viviendas, que también se nos tome en cuente y contemos con su apoyo para la reparación
de las calles, tanto las 'que se afectaron por los rompimientos de zanjas , como las que


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desde hace más de 10 años no se intervienen, conocedores de su gran espirito de
colaboración y de su compromiso con las comunidades a las que dignamente representan,
esperamos su pronta respuesta, sin más por el momento, suscribe.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1742
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo, Abogado-
Servicios Jurídicos Internos, dice:

Oficio N°SJI-167-AGO-2019.
Asunto: Estado de la impugnación presentada dentro de la Licitación Abreviada 2019LA-
000005-CL01.

Por medio de la presente, con mucho respeto, en relación con el Acuerdo 1581, Acta 51
del 26 de julio de 2019, donde se solicita un informe sobre una impugnación de la empresa
Quesada & Campbell S.A., dentro de la Licitación Abreviada 2019LA- 000005-CL01,
''Tratamiento Superficial Bituminoso La Corte-Green Valley-Calle Almosa", se indica que
previo a ello, para evitar futuras nulidades y retrasos en la ejecución de la obra, respetando
el artículo 194 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se procedió, con
la colaboración activa de la Unidad de Proveeduría, a notificar a la empresa adjudicada,
por el plazo de tres días hábiles, para que si a bien lo tienen, ejercieran su derecho
defensa, por tal motivo, una vez escuchada a esta empresa, se podrá iniciar a trabajar en
el informe, el cual Dios primero, se estaría presentando para la sesión del martes 20 de
agosto de 2019.




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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1743
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo, Servicios
Jurídicos Internos, dice:

Oficio N°SJI-146-JUL-2019.
Asunto: Remisión de borrador de convenio con la ADI de Toro Amarillo, Guápiles.

Por medio de la presente, en respuesta a su Oficio: DA-0883-2019, del 11 de julio de 2019,
procedo a remitir vía correo electrónico, borrador de convenio con la Asociación de
Desarrollo Integral de Toro Amarillo, en la cual se pretende dar en administración, un
terreno de área comunal, para beneficio de los munícipes del lugar, una vez revisado, en
caso de estar de acuerdo, debe ser llevado al Concejo Municipal para su aprobación




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Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Aprueba Convenio entre la Municipalidad de
Pococí y la Asociación de Desarrollo Integral de Toro Amarillo, Guápiles.
Dispénsese del trámite de Comisión. Acuerdo definitivamente Aprobado.


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ACUERDO Nº 1744
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Eva Torres Marín, Presidenta
Asociación del Adulto Mayor de Cariari, dice:


La presente es para saludarlo de parte de la Asociación del Adulto Mayor de Cariari, y a
la vez deseándole muchos éxitos en sus funciones.

El motivo de nuestra carta es para solicitarles si nos pueden ayudar con una Patente
temporal para la Asociación del Adulto Mayor de Cariari para trabajaría en las Actividades
de la Expo Pococí que se llevara a cabo desde el 11 al 23 de setiembre del presente año,
esto con el fin de recaudar fondos para nuestra Institución, ya que contamos con 95
Adultos Mayores internos, los cuales hay que brindarles el servicio de alimentación,
lavandería, cocina, terapia física, enfermería, entre otras.

Agradeciendo de antemano la ayuda que nos puedan brindar, y a la vez agradecer por la
ayuda que nos han brindado.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Aprueba la solicitud. Se Traslada a la Junta
Directiva Expo Pococí. Dispénsese del trámite de Comisión. Acuerdo
definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1745
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el MSc. Manuel Delgado Matamoros,
Presidente Expopococi, dice:

EXPOPOCOCI N°223-19.

Reciban un saludo cordial de parte de la Junta Directiva de la Asociación de Exposiciones
Agropecuarias de Pococí (Expopococí).
Hacemos de su conocimiento que nos encontramos en los preparativos finales para la
realización de la tradicional la Feria Expopococí 2019.
Sin duda el apoyo brindado en los últimos cuarenta y tres años por parte del gobierno local
que ustedes representan, ha sido invaluable.
Por lo anterior, acudimos ante ustedes con el objetivo de solicitar una audiencia ante este
honorable cuerpo colegiado, a fin de exponerles los planes para este año, brindar
información acerca de la feria 2018 y coordinar diferentes necesidades con la máxima
autoridad local que ustedes representan.

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Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Aprueba la audiencia para el día martes 20-08-
2019 a las 17:00 hrs. Dispénsese del trámite de comisión. Acuerdo definitivamente
Aprobado.

ACUERDO Nº 1746
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Cheryl Saborío Iglesias, dice:

Por medio de la presente me permito saludar y a su vez hacer llegar una solicitud formal
para que sea declarada pública la calle N" 9 del barrio el Tablón, Ubicada respectivamente
en el distrito dos Jiménez, cantón dos Pococí, de la provincia siete de Limón sobre la ruta
32 de la Bomba EUSSE quinientos metros sur en calle número nueve.

Es necesaria una calle publica, en la actualidad está como entrada de servidumbre
agrícola y por ese motivo no se ha podido segregar los lotes que se han donado como
herencia en beneficio de las personas que actualmente viven en el lugar, pero sin poder
tener plano o escritura. Actualmente contamos con agua potable y alumbrado eléctrico y
buen acceso al lugar entre otros servicios, solo requerimos de la aprobación de dicha
solicitud en vista de que los afectados son diez familias que utilizan este acceso algunas
son de baja condición económica que poseen un lote, pero no lo han podido segregar para
construir una vivienda.

Los vecinos se reunieron en reiteradas ocasiones para concretar los acuerdos pertinentes.
dentro de los acuerdos cada miembro acreedor de finca colindante en ambos lados de la
calle, realizo el debido retiro de las cercas que anterior mente estaban establecidas para
dar paso a una calle de catorce metros de ancho con 160 metros de largo, sin salida. Para
este trámite se presentan copias de los planos actuales (con el compromiso de renovarlos
a el momento de declararse pública la calle, estableciendo los nuevos y respectivos
linderos), se entrega una copia de la cédula identidad, una declaración jurada de cada
acreedor de las propiedades colindantes con el consentimiento de donar el terreno
requerido estrictamente para el uso de la calle y copias de los planos




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Por Unanimidad SE ACUERDA: S e traslada a topografía y Unidad Técnica para lo
que corresponde.


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ACUERDO Nº 1747
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Asamblea Legislativa, dice:

Para lo que corresponda y con instrucciones de la señora diputada Paola Vega Rodríguez,
Presidenta de la Comisión Especial de Ambiente, le comunico que este órgano legislativo
acordó consultar el criterio de esa institución sobre el texto sustitutivo del proyecto:
“EXPEDIENTE Nº 20985. LEY PARA COMBATIR LA CONTAMINACIÓN POR PLÁSTICO Y PROTEGER
EL AMBIENTE, del que le remito una copia.




Respetuosamente se les solicita responder esta consulta en el plazo de ocho días hábiles
que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. Si transcurrido
ese plazo no se recibiere respuesta, se tendrá por entendido que esa institución no tiene
objeción que hacer al proyecto.

Se le agradecerá remitirnos acuse de recibo de esta solicitud de criterio y remitir el criterio
al correomcatalan@asamblea.go.cr

Para mayor información sírvase llamar a los teléfonos: 2243-2139 o 2243-2433.

           ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

                 COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE AMBIENTE

                                   TEXTO SUSTITUTIVO



                     LEY PARA COMBATIR LA CONTAMINACIÓN
                     POR PLÁSTICO Y PROTEGER EL AMBIENTE



                                                                     EXPEDIENTE N° 20985

ARTÍCULO 1.- Interés público. Se declara de interés público los proyectos y
emprendimientos públicos o privados de economía circular, prevención,
sustitución, reducción y eliminación de la contaminación por plástico de un solo uso, así


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como las iniciativas de reconversión productiva, deconservación, uso sostenible e
investigación para la sustitución del plástico de un solo uso.

ARTÍCULO 2.- Reconversión Productiva. Se autoriza al Sistema de Banca para el
Desarrollo y a las entidades del Sistema Financiero Nacional a generar programas
especiales de investigación para la innovación, financiamiento y acompañamiento a micro
y pequeñas empresas, que desarrollen proyectos de conservación, reducción, reciclaje,
prevención y reconversión productiva de industrias dedicadas a la fabricación de productos
plásticos. Lo anterior deberá considerar lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley N° 8634 del
26 de abril de 2008, Ley Sistema de Banca para el Desarrollo.

ARTÍCULO 3.- Prohibición de pajillas plásticas. Se prohíbe la comercialización y
entrega gratuita de pajillas plásticas al consumidor en restaurantes y afines.

El Ministerio de Salud, con base a criterios técnicos y previa consulta pública, definirá vía
reglamento los casos que se exceptúan de esta prohibición. También se exceptúan los
productos donde la pajilla forme parte del empaque.

ARTÍCULO 4.- Prohibición de bolsas plásticas. Se prohíbe la comercialización y
entrega gratuita de bolsas de plástico al consumidor final en supermercados y
establecimientos comerciales cuya finalidad sea la de acarrear los bienes hasta su destino
final.

Se exceptúan las bolsas plásticas que garanticen su reutilización, que estén certificadas
de bajo impacto ambiental y que cumplan con las siguientes características:

      a) Bolsa Pequeña de 45 cm de ancho x 60 cm de largo y un espesor mínimo de
      0.75 milésimas de pulgada, fabricada con al menos 50% de material reprocesado.

      b) Bolsa Mediana de 52 cm de ancho x 68 centímetros de largo y un espesor
      mínimo de 0.88 milésimas de pulgada, fabricada con al menos 50% de material
      reprocesado.

      c) Bolsa biodegradable.

En el caso de los incisos anteriores, la certificación de bajo impacto ambiental debe
realizarla una organización acreditada por el Ente Costarricense de Acreditación (ECA) de
acuerdo a los parámetros técnicos que establezca el Ministerio de Salud en el reglamento
de la presente ley.

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ARTÍCULO 5.- Botellas plásticas. Los importadores, productores, comercializadores y
distribuidores de botellas plásticas de un solo uso y/o de los productos envasados en este
tipo de botellas, deberán cumplir al menos uno de los siguientes lineamientos dentro del
territorio nacional:

      a) Las botellas plásticas que se comercialicen o distribuyan en el mercado
      nacional, deberán contener un porcentaje de resina reciclada el cual se definirá vía
      reglamentaria considerando el tipo de producto a envasar, la tecnología disponible
      y accesible para el país, la disponibilidad de resina en el mercado local, las
      condiciones de asepsia, salud pública, higiene, inocuidad y las demás condiciones
      necesarias para garantizar la salud pública y la protección del ambiente.

      b) Establecer un programa efectivo de recuperación, reuso, reciclaje,
      aprovechamiento energético u otro medio de valorización para los residuos
      derivados del uso o consumo de sus productos en el territorio nacional. Los
      parámetros para implementar de programas de recuperación serán definidos vía
      reglamentaria considerando criterios de disponibilidad y acceso a los residuos.

      c) Participar en un programa sectorial de residuos o por la naturaleza del residuo
      para su gestión integral, organizado ya sea por sector o por producto.

      d) Elaborar productos o utilizar envases o embalajes que, por sus características
      de diseño, fabricación o utilización, minimicen la generación de residuos y faciliten
      su valorización, o permitan su disposición en la forma menos perjudicial para la
      salud y el ambiente.

      e) Establecer alianzas estratégicas con al menos un municipio para mejorar los
      sistemas de recolección y gestión integral de residuos.

Se exceptúan de la aplicación de este artículo aquellas botellas plásticas que contengan
insumos necesarios para la producción agropecuaria.

ARTÍCULO 6.- Adquisiciones y compras del Estado. Se prohíbe para las nuevas
adquisiciones o compras de todas las instituciones de la Administración Pública, empresas
públicas y municipalidades, la compra de artículos de plástico de un solo uso, entre los
que se encuentran los platos, vasos, tenedores, cuchillos, cucharas, pajillas y
removedores desechables y otros utilizados principalmente para el consumo de alimentos.




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En dichos casos, las instituciones de la Administración Pública, empresas públicas y
municipalidades podrán adquirir estos productos de materiales plásticos que permitan su
reutilización, o bien, sean reciclados, reciclables, biobasados reciclables (bioreciclables) o
con algún aditivo que reduzca el consumo de materiales de origen fósil.

El Ministerio de Salud, con base a criterios técnicos y previa consulta pública, definirá vía
reglamento los casos que se exceptúan de esta prohibición. En caso de que se declare
estado de emergencia, esta prohibición no aplicará.

ARTÍCULO 7.- Educación para la gestión. El Consejo Superior de Educación, el
Ministerio de Educación Pública (MEP), el Consejo Nacional de Rectores (CONARE), el
Ministerio de Salud (MS), el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), en conjunto con
Centros Tecnológicos, Científicos y de Investigación, adscritos a algún Centro de
Enseñanza de Educación Superior debidamente autorizado, deberán elaborar e
implementar un programa de educación y formación sobre la gestión integral de residuos,
el impacto que su mala gestión causa al ambiente y la importancia de la protección de los
ecosistemas.

Dicho programa deberá ir dirigido a las instituciones públicas y privadas, a nivel preescolar,
escolar, secundario, parauniversitaria, universitario y técnico, instituciones de la
Administración Públicas, empresas públicas y municipalidades.

ARTÍCULO 8.- Régimen sancionatorio. El incumplimiento de las disposiciones
contenidas en esta ley, se sancionarán con una multa de uno a diez salarios base, de
acuerdo con el artículo 2 de la Ley N° 7337, de 5 de mayo de 1993, y con el pago del daño
ambiental.

ARTÍCULO 9.- Fiscalización. El Ministerio de Salud tendrá a su cargo la fiscalización y el
cumplimiento de lo establecido en la presente ley.

TRANSITORIO I.- El Poder Ejecutivo, mediante el Ministerio de Salud, con base a criterios
técnicos y previa consulta pública, reglamentará la presente ley en un plazo no mayor a
seis meses contados a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

TRANSITORIO II.- Lo dispuesto en los artículos 3, 4 y 5 empezará a regir doce meses
después de la entrada en vigencia del reglamento de la presente ley.

TRANSITORIO III.- Lo dispuesto en el artículo 6 no aplicará para las condiciones y
contratos previamente establecidos a la entrada en vigencia de la presente ley.

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Rige a partir de su publicación.


Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1748
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Asamblea Legislativa, dice:

Con instrucciones de la señora Presidenta de la Comisión Permanente Ordinaria de
Asuntos Hacendarios, diputada Ana Lucía Delgado Orozco, le comunico que la Comisión
aprobó remitir la consulta a la SUPEN del Expediente N.° 21.337, “FORTALECIMIENTO
DE LA METODOLOGIA DE FISCALIZACION DE LAS AUDITORIAS INTERNAS DE LAS
ENTIDADES Y/O INSTITUCIONES DEL SECTOR PUBLICO, MEDIANTE LA REFORMA
PARCIAL DE LA LEY GENERAL DE CONTROL INTERNO N°. 8292 DEL 31 DE JULIO
DEL 2002 Y SUS REFORMAS”, el cual adjunto.

 Le ruego evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo
que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa.

 Si requiere información adicional, por favor diríjase a la Secretaría Técnica de la Comisión,
a los teléfonos: 2243-2418, 2243-2257, 2243-2258, o a la direcciones
electrónicas: fsanchez@asamblea.go.cr; victoria.vicente@asamblea.go.cr.


                                   PROYECTO DE LEY


    FORTALECIMIENTO DE LA METODOLOGIA DE FISCALIZACION DE LAS
      AUDITORIAS INTERNAS DE LAS ENTIDADES Y/O INSTITUCIONES
        DEL SECTOR PUBLICO, MEDIANTE LA REFORMA PARCIAL DE
            LA LEY GENERAL DE CONTROL INTERNO N°. 8292
             DEL 31 DE JULIO DEL 2002 Y SUS REFORMAS.


                                                                      Expediente N.º 21.337


ASAMBLEA LEGISLATIVA:



                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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La inestabilidad económica del país evidencia la necesidad de soluciones al problema
estructural de las finanzas del Gobierno Central, con un déficit fiscal creciente y con miras
a que esta problemática avance si no se toman las medidas que mitiguen este efecto en
el corto, mediano y largo plazo.

Los efectos de una crisis fiscal no se orientan únicamente a las limitaciones que enfrentaría
el Gobierno Central en la atención de las obligaciones de los compromisos financieros,
sino que en el desempeño de otras áreas de la economía tales como: el sistema financiero
a lo interno y externo, el sistema no financiero, empleo, producción (encadenamientos
productivos), competitividad y en otro orden de ideas el estudio de una eventual
reorganización del aparato estatal en busca de mayores niveles de eficiencia y justificación
desde la óptica de costo/beneficio y valor agregado a las finanzas del Estado en el
cumplimiento de los objetivos de acuerdo con su dimensión y direccionamiento vía país.

Estas acciones deben de ser abordadas y acompañadas con una serie de cambios en las
metodologías de trabajo y funciones que desempeñan los funcionarios públicos
específicamente en materia de fiscalización del sistema de control interno que pese a ser
deficiente se ha mantenido en el transcurso del tiempo, específicamente en el campo que
desempeñan las auditorías internas.

Se requiere que la fiscalización sobre los procesos, operaciones y actividades
institucionales generen un valor agregado oportuno y en la marcha, no podemos disponer
de sistemas de fiscalización que vengan a aportar información a la administración de las
instituciones y/o entidades, muchos meses y hasta años después de haber ocurrido un
evento de gran trascendencia para la organización.

En complemento con lo anterior, que la labor que desempeñan estas unidades de control
y fiscalización sean debidamente supervisadas por la Contraloría General de la República
para que en sus planes de trabajo anuales se incluyan labores de transcendencia
preventiva y correctiva como función asesora oportunamente previo a la ejecución de los
eventos a cargo de la administración activa.
Considero que reforzar el trabajo que vienen desempeñando las auditorías internas, nos
permitiría mantener un control interno institucional más eficiente y vendría a representar
un valor agregado a algunos temas adicionales que mantienen relación directa con la
reactivación económica de este país.

Según indicadores del Banco Central de Costa Rica, el proyecto de Ley de Fortalecimiento
de las Finanzas Públicas, permitiría reducir el déficit financiero del Gobierno Central en
3,68 puntos de la producción al año 2022, visualizándose como se indica en la siguiente
gráfica:



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Como se observa, durante el periodo del 2019 al 2022, se estima por concepto de ingresos
por IVA, Renta, Amnistía, Remuneraciones y Regla fiscal, un porcentaje entre el 0.91%
para el año 2019 y hasta un 3.68%, del PIB, para el año 2022.

Conscientes de que a estos nuevos ingresos se le debe acompañar con acciones
concretas en diversas direcciones para disminuir en alguna medida la brecha del déficit
fiscal y salvaguardar y ordenar la administración de los nuevos y existentes recursos
financieros, nuestra fracción ha venido insistiendo desde principios de esta legislatura, que
el Poder Ejecutivo deberá presentar un plan de acción en donde se plasme la ruta del
fortalecimiento y reactivación económica vía país.

Sobre este tipo de inquietudes las auditorías internas deberían de retomar un papel
realmente participativo y protagónico en su ámbito de acción en materia de fiscalización
oportuna a lo interno de cada institución y/o entidad pública.

Otro de los temas de gran trascendencia e importancia y que se requiere que las auditorías
internas mantengan un papel protagónico como asesor de la administración activa es
respecto a las metodologías empleadas a nivel institucional y/o entidades en la formulación
y elaboración de los presupuestos públicos.

Se consultó a la Contraloría General de la República1, respecto a la razonabilidad que
muestran las cifras que consignan el Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República anual a nivel institucional y su criterio respecto a la razonabilidad también del
origen de los recursos financieros para su ejecución.

Este órgano fiscalizador, manifestó entre otros temas, que los gastos realizados por las
instituciones en su conjunto puedan ser financiados con los recursos considerados también


          1
              Oficio AL-FPUSC-47-OF.RPF-022-2018 del 05/06/2018.


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en su conjunto, por lo que no sería preciso referirse a un concepto de razonabilidad del
origen de los recursos para el financiamiento de cada institución.

Además, que dicho Ente Contralor, ha insistido en la necesidad de atender dos fenómenos
que contribuyen en gran medida a generar y agravar la problemática del déficit fiscal y del
crecimiento de la deuda pública que enfrenta el Gobierno, a saber:

        “El presupuesto de 2017 se formuló, aprobó y ejecutó con desequilibrio. En su
        versión de Proyecto de Ley, la diferencia entre ingresos y gastos corrientes fue de
        ¢1 632 751 millones; en el presupuesto inicial fue de ¢1 575 812 millones, en la
        ejecución fue de ¢1 372 345 millones, cifra última que representa un 4,2% del PIB,
        con una tendencia creciente en los últimos años.” (CGR, Memoria Anual 2017,
        pág. 58).

        Con respecto a los destinos específicos ejecutados en 2017, se señaló que estos
        “…alcanzaron la suma de ¢3 922 242 millones (93,6% de ejecución), con un
        crecimiento de 11,3% respecto a 2016, y representa un 12,0% del PIB” (CGR,
        Memoria Anual 2017, pág. 63), y nuevamente se advirtió de la incidencia de los
        destinos específicos sobre la situación fiscal, al indicar que:

        “Este esquema de asignación presupuestaria con base en destinos específicos es
        uno de los generadores de riesgos para la estabilidad de las finanzas públicas y
        la eficiencia del aparato estatal, en la medida en que estimula el crecimiento
        inercial en el financiamiento de programas, crecimiento que no necesariamente se
        encuentra acorde a las condiciones macroeconómicas y fiscales del país, y carece
        de criterios de asignación sustentados en eficiencia y cumplimiento de metas
        institucionales (…) Esta Contraloría General ha subrayado en reiteradas ocasiones
        la necesidad de repensar acerca de los destinos específicos, con el objetivo de
        que la determinación de los límites mínimos de asignación presupuestaria derive
        de una discusión que valore la realidad fiscal del país, las necesidades de la
        población y los costos de los servicios públicos, con el fin de permitir al Poder
        Ejecutivo y al legislador presupuestario mayor flexibilidad para realizar eventuales
        ajustes.” (CGR, Memoria Anual 2017, pág. 67-68).

        En lo que respecta a los presupuestos aprobados por la Contraloría General de la
        República según sector institucional para los períodos 2016 y 2017, junto con el
        criterio del Órgano Contralor “…sobre la razonabilidad del origen de los recursos
        económicos para su financiamiento” para algunas instituciones del sector público,
        ese Organo Contralor, manifestó que la Contraloría General de la República
        elabora y presenta a la Asamblea Legislativa tres informes con periodicidad anual,
        en los que se realiza el análisis presupuestario del Sector Descentralizado, a

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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      saber: 1) el Informe de Presupuestos Públicos – Situación y perspectivas3, en el
      que expone el proceso de aprobación presupuestaria del año en curso, haciendo
      énfasis en el presupuesto inicial aprobado o aprobado parcialmente; 2) el informe
      de Evolución Fiscal y Presupuestaria al primer semestre4 del año en curso, donde
      se enfoca el análisis en la ejecución al 30 de junio; y 3) la Memoria Anual de la
      Contraloría, que considera el ejercicio económico del 1° de enero al 31 de
      diciembre.

        Para el caso del ejercicio económico 2017, la Contraloría tramitó la aprobación por
        ¢14 587 237 millones, ¢183 270 millones menos que lo presupuestado, según se
        puede observar en cuadro 18 del Informe de Presupuestos Públicos 2017.
        Situación y Perspectivas, pág. 61.

En otro orden de ideas, es de suma importancia señalar que este legislador ha venido
observando que los diversos procesos de fiscalización a lo interno de las instituciones no
han sido lo más oportunos posibles, en razón de que los mismos se desempeñan en un
ámbito posterior al acontecimiento de los eventos a nivel interno institucional.

Como uno de los indicadores, lo podemos notar en el nivel de subejecuciones
presupuestarias de los presupuestos institucionales de las Instituciones que conforman el
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la Republica.

Somos conocedores respecto a la necesidad de un mayor nivel de eficiencia en la
administración financiera institucional (instituciones y entidades estatales y de bien social)
con el objeto de evitar que año con año se generen cúmulos de superávits presupuestarios
con incidencia en sus estados financieros, utilidades o reservas que podrían
eventualmente representar gastos superfluos, que vendrían a contravenir el uso adecuado
de los recursos económicos desde la óptica de costo/beneficio y valor agregado en
beneficio directo a las finanzas de la hacienda pública.

Es de suma importancia tener presente la magnitud de sectores que componen el sector
público, y el comportamiento de algunas variables presupuestarias con el objeto de medir
directamente una problemática que por falta de fiscalización oportuna provoca en muchos
casos que se generen subejecuciones presupuestarias de recursos financieros con el
agravante que posiblemente estos recursos económicos han venido financiándose con
deuda por parte del Estado.

En otros temas, consideramos de gran relevancia el que se haga consciencia respecto a
la enorme estructura que mantiene actualmente el aparato estatal y pese a ello, se denota
un débil abordaje a los temas de fiscalización de los recursos públicos.


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                      COMPOSICION DEL SECTOR PUBLICO.




Del esquema anterior se desprende que el sector público está compuesto por : el sector
público no financiero representado por, el Gobierno Central, Gobierno de la República,
Instituciones Descentralizadas y Gobiernos Locales, Gobierno Central y Órganos
Desconcentrados. Empresas Públicas no Financieras, Empresas Públicas no Financieras
Nacionales y Empresas Públicas no Financieras Municipales.

Además, el Sector Público Financiero, Instituciones Públicas Financieras, Instituciones
Públicas Financieras Bancarias, Instituciones Públicas Financieras No Bancarias y
Instituciones Públicas Financieras de Rectoría y Supervisión.

Seguidamente se extrae un breve comentario respecto a las entidades que conforman las
instituciones Descentralizadas no Empresariales, Instituciones Públicas Financieras,
Órganos Desconcentrados y Gobiernos Locales-




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                                 Cuadro N° 1
               Instituciones Descentralizadas no Empresariales




                                  Cuadro N°2
                      Instituciones Públicas Financieras




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                             Cuadro N° 3
                       Órganos Desconcentrados




                              Cuadro N°4
                           Gobiernos Locales




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Mediante el cuadro siguiente y para ser consecuentes con lo comentado en parte por la
Contraloría General de la República, se presenta un breve detalle de los niveles de
subejecución presupuestaria de algunas instituciones a nivel del presupuesto nacional,
2016-2017.

Cuadro N°. 5
                          PRESUPUESTO NACIONAL 2016-2017
                       RECURSOS ECONOMICOS NO EJECUTADOS
                                (Millones de colones).

                                          No Ejec.     No Ejec.     Relac.(%)   Relac.(¢)
             Descripción
                                           2016         2017        2017/2016   2017/2016
 101 Asamblea Legislativa                    3,678.2      3,436.3
 102 Contraloría Gral de la Rep.               977.0      1,022.1
 103 Def. de los Hab de la Rep.                461.6        500.3
 201 Presidencia de la República             1,210.1      1,623.5
 202 M. de la Presidencia                      575.1        939.9
 203 M. de Gobernac. y Policía               2,797.1      6,830.6
 204 M. de Relac Exter. y Culto              2,624.5      3,479.5
 205 M. de Seguridad                        19,289.6     31,576.7
 206 M. de Hacienda                         13,204.0     14,521.2
 207 M. de Agricultura y Ganad.              1,779.9      4,784.3
 208 M. Econ., Indust y Comerc.                657.8      1,383.3
 209 M de Obras Públ y Transp.              17,117.8     41,055.1
 210 M. de Educación Pública               146,121.1    184,044.9
 211 M. de Salud                             7,654.5     17,046.6
 212 M. de Trabajo y Seg Social             13,512.3     49,181.4
 213 M. de Cultura y Juventud                3,635.8      9,077.2
 214 M. de Justicia y Paz                    7,158.6     22,178.2
 215 M. de Viv y Asent Humanos                 113.3        695.4
 216 M. de Comercio Exterior                   650.2      2,065.2
 217 M. de Planif Nal y Pol Econ               587.9        837.9
 218 M. de Ciencia y Tecnología                575.4      2,428.0
 219 M. de Ambiente y Energía               10,635.0      7,004.3
 230 Serv de la Deuda Pública               63,721.0    511,339.9


                            “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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 231 Regímenes de Pensiones                               21,549.4           32,379.2
 232 Partidas Específicas                                     489.3              513.4
 301 Poder Judicial                                       28,106.8           28,416.6
 401 Trib Supremo de Elecciones                            5,444.6             8,283.3
 Total General                                          374,327.9           986,644.5         163.58%           612,316.59
Fuente: elaboración propia datos suministrados por el Dpto. de Análisis Presupuestario, Asamblea Legislativa.


De la información anterior se desprende que durante el año 2017 el monto por concepto
de subejecuciones presupuestarias alcanzó los ¢986,644.5 millones de colones, un 164%
superior al año anterior 2016 cuya cifra fue por el orden de los ¢374,327.9 millones de
colones.

Gráficamente.

                                         SUBEJECUCION PRESUPUESTARIA
                                                AÑOS: 2016-2017
                                                 Millones de ¢
             1.000.000,00


               500.000,00


                       0,00
                                             1                                   2
                      Series2            374.327,90                         986.644,50




                                    Cuadro N° 6
                PRESUPUESTOS PÚBLICOS SEGÚN SECTOR INSTITUCIONAL
                               Billones de Colones
                                       2018




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Como se observa, el monto del presupuesto 2018 alcanzó los ¢25.66 billones de colones,
de estos ¢5.43 billones fueron destinados para las Instituciones Descentralizadas No
Empresariales. ¢4.97 billones para las Empresas Públicas No Financieras. ¢3.60 billones
para la Instituciones Públicas Financieras.       ¢ 1.69 billones para los Órganos
Desconcentrados. ¢0.58 billones par los Gobiernos Locales y un ¢9.374 billones para el
Gobierno Central.
Es importante destacar, que prácticamente todas las instituciones y entidades públicas
mantienen como parte de su estructura funcional un Departamento de Auditoría Interna.
Sin embargo, nos hemos dado la tarea de revisar en términos generales el proceder que
estos departamentos de control y fiscalización desempeñan en algunas instituciones que
han sido fuertemente cuestionadas en el seno de la Comisión Permanente Especial de
Ingreso y Gasto Público, así como los diversos temas que se abordan en los informes de
liquidación presupuestaria y hemos llegado a la conclusión de la necesidad urgente de
que las auditorías internas mantengan su independencia respecto a la administración
activa como en la actualidad se práctica, no obstante se considera necesario que
modifiquen su modus operandi de tal forma que generen un mayor valor agregado por
medio de la fiscalización oportuna sobre la administración de recursos económicos
públicos.

Es por ello que someto ante ustedes señoras y señores diputados el presente Proyecto de
Ley con el fin de contribuir al fortalecimiento a las finanzas públicas con procesos de
fiscalización oportunos que generen realmente un valor agregado medible a lo interno de
las instituciones y entidades públicas por medio de las auditorías internas en defensa de
los recursos públicos.




                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°133         ACTA N°56 Ordinaria.              13-08-2019
       LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
                             DECRETA:

     FORTALECIMIENTO DE LA METODOLOGIA DE FISCALIZACION DE LAS
       AUDITORIAS INTERNAS DE LAS ENTIDADES Y/O INSTITUCIONES
         DEL SECTOR PUBLICO, MEDIANTE LA REFORMA PARCIAL DE
             LA LEY GENERAL DE CONTROL INTERNO N°. 8292
              DEL 31 DE JULIO DEL 2002 Y SUS REFORMAS.

ARTÍCULO 1-        Para que se modifiquen los artículos números 8,10, 21 y 26 de la Ley
General de Control Interno N°. 8292 y se lea:

Artículo 8- Concepto de sistema de control interno. Para efectos de esta Ley, se
entenderá por sistema de control interno la serie de acciones ejecutadas por la
administración activa, y las acciones independientes realizadas por la auditoria
interna en materia de fiscalización y control de previo, durante y después de
ocurrido el o los eventos, diseñadas para proporcionar seguridad en la consecución de
los siguientes objetivos:

a)    Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso
      indebido, irregularidad o acto ilegal.

b)    Exigir confiabilidad y oportunidad de la información.

c)    Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones.

d)    Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.

Artículo10- Responsabilidad por el sistema de control interno. Serán responsabilidad del
jerarca, y del titular subordinado establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema
de control interno institucional, y las auditorías internas realizar las acciones
necesarias de fiscalización en forma independiente para identificar, medir, evaluar
y fiscalizar tanto verbalmente como por escrito los riesgos inherentes sobre cada
evento, de previo, durante y después de su ejecución por parte de la administración
institucional, como valor agregado a su actividad de asesoría oportuna y efectiva
ante la administración activa para el fortalecimiento de los sistemas de control
interno de los recursos económicos de la hacienda pública.                 Asimismo, será
responsabilidad de la administración activa realizar las acciones necesarias para
garantizar su efectivo funcionamiento y la auditoria interna fiscalizar tales acciones.




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Artículo 21- Concepto funcional de auditoría interna. La auditoría interna es la activad
independiente, objetiva y asesora, de previo, durante y después de ocurridos los
eventos en la institución y/o entidad, que proporciona seguridad al ente u órgano,
puesto que se crea para validad y mejorar sus operaciones. Contribuye a que se alcancen
los objetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional
para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los
procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos a esta Ley. Dentro de una
organización, la auditoría interna proporciona a la ciudadanía una garantía razonable de
que la actuación del jerarca y la del resto, de la administración se ejecuta conforme al
marco legal y técnico y a las prácticas sanas.

Artículo 26- Protección al personal de la auditoría. Cuando el personal de la auditoría
interna, inclusive el Auditor y Subauditor, en el cumplimiento de sus funciones, se involucre
en un conflicto legal o una demanda, la institución dará todo su respaldo tanto jurídico
como técnico y cubrirá los costos para atender ese proceso hasta su resolución final,
siempre y cuando se compruebe por medio de un procedimiento administrativo u
Órgano Director la veracidad de los hechos o incumplimientos denunciados por la
auditoria en contra de la administración activa y/o terceros sobre el alcance de la
legislación vigente.

ARTICULO 2-           Para que se modifique el inciso a) del artículo 45 que modifica el
artículo 31 de la ley N°. 7428, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, del
7 de setiembre de 1994. Para que en adelante se lea:

Articulo 31- Potestad de informar y asesorar. La Contraloría General de la República
rendirá, a los órganos parlamentarios y a cada uno de los diputados, los informes que
estos le soliciten; lo realizará de oficio cuando su participación se haya solicitado de
conformidad con el segundo párrafo del artículo 22 de la presente Ley. En razón del
carácter de órgano auxiliar en el control y fiscalización de la Hacienda Pública, la
Contraloría General de la República remitirá al Plenario Legislativo copia de todos los
informes restantes que rinda en el ejercicio de dichas potestades.

La Contraloría General de la República, incluirá en el informe denominado “Memoria
Anual” que remite a la Asamblea Legislativa, un apartado referente a la
razonabilidad, idoneidad, cumplimiento e incumplimiento de los contenidos y
ejecución de los planes de trabajo anuales de las auditorías internas de las
entidades y/o instituciones del sector público en resguardo de los intereses
públicos de acuerdo a lo establecido en la presente ley, y las acciones que procedan
en caso de incumplimientos.




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Rige a partir de su publicación.

24 de abril de 2019.


NOTAS:    Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente
    Ordinario de Asuntos Hacendarios.

|            El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto
             a los requerimientos de estructura.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1749
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Asamblea Legislativa, dice:

Para lo que corresponda y según moción aprobada por la Comisión Permanente Ordinaria
de Asuntos Económicos, le comunico que este órgano legislativo acordó consultar el
criterio de esa institución sobre el texto sustitutivo del expediente 20961: “LEY CONTRA
LA ADULTERACIÓN, IMITACIÓN Y CONTRABANDO DE BEBIDAS CON CONTENIDO
ALCOHÓLICO”, el cual se adjunta.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible,
enviar también el criterio de forma digital.

Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-
2422, 2243-2423, el fax 2243-2425 o el correo electrónico COMISION-
ECONOMICOS@asamblea.go.cr.

Nota: favor confirmar el recibido conforme, es indispensable para la tramitación de este
proyecto de ley.

                                 TEXTO SUSTITUTIVO

    Aprobado en la sesión ordinaria N.° 15 celebrada el martes 30 de julio de 2019


                                     EXPEDIENTE 20961



                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°136          ACTA N°56 Ordinaria.            13-08-2019
        LEY CONTRA LA ADULTERACIÓN, IMITACIÓN Y CONTRABANDO DE
                BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO

 ARTÍCULO 1.- Se modifica el artículo 15 de la Ley N.° 9047, Regulación y
Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, de 25 de junio de 2012, para que
en adelante se lea de la siguiente manera:

Artículo 15.- Adulteración, imitación y contrabando.

 Se prohíbe la adulteración y la imitación del licor y de bebidas con contenido alcohólico,
así como su contrabando. La autoridad competente para determinar la adulteración, la
imitación, la fabricación clandestina o el contrabando es la Policía de Control Fiscal, que
deberá decomisar el producto adulterado, de imitación o contrabandeado.

 Sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el Código Penal, Ley N°4573 y sus
reformas, todas las autoridades públicas estarán en la obligación de denunciar ante la
Policía de Control Fiscal, la Policía Municipal o los Inspectores Municipales, los casos de
adulteración, imitación, fabricación clandestina o contrabando de bebidas con contenido
alcohólico.

 Como herramienta contra el comercio ilícito, el Ministerio de Hacienda en coordinación
con el Ministerio de Economía, Industria y Comercio de Costa Rica, deberán establecer
un mecanismo de identificación y registro de los licores nacionales y extranjeros, mediante
etiquetados de seguridad de bebidas alcohólicas o cualquier otro tipo de mecanismo
tecnológico, no manipulable, no replicable, confiable y fidedigno, que permita su
trazabilidad y posibilite la identificación por parte de los consumidores y de las autoridades
competentes de las bebidas con contenido alcohólico adulterado, de imitación o de
contrabando.

 El Ministerio de Hacienda será el encargado de mantener un repositorio central para el
debido manejo del mecanismo de identificación y registro.

 La sola ausencia de alguno de los mecanismos dispuestos en el párrafo anterior, faculta
a la Policía Municipal o a los Inspectores Municipales a decomisar el producto respectivo
y las municipalidades autorizadas a proceder con las siguientes sanciones:



          a) Cierre provisional y precautorio del establecimiento durante quince días
          naturales.


                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°137               ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019
       b) Iniciar el procedimiento administrativo de cancelación de las respectivas
       licencias y patentes municipales.

          c) En caso de reincidencia debidamente demostrada, realizar el cierre
          definitivo e inmediato del establecimiento.

          d) Cualquier otra sanción que proceda de conformidad con la legislación
          vigente.

 La Policía de Control Fiscal deberá establecer convenios de capacitación y formación con
las municipalidades para proveer a los cuerpos policiales municipales de la preparación y
los conocimientos para desempeñar las funciones mencionadas.

 Las funciones establecidas en el presente artículo no podrán ser delegadas a ningún ente
privado.

 TRANSITORIO ÚNICO.- El Ministerio de Hacienda en coordinación con los Ministerios de
Economía, Industria y Comercio y de Salud, deberán reglamentar la presente ley y
establecer el mecanismo de identificación y registro a que hace referencia la presente ley,
en un plazo máximo de seis meses, contados a partir de su entrada en vigencia.

Rige a partir de su publicación.”


Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1750
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Asamblea Legislativa, dice:

ASUNTO: Consulta Exp. 21.431

Estimados (as) señores (as):
Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente de Asuntos Municipales,
y en virtud de la moción 15-4 aprobada, se solicita el criterio de esa institución en relación
con el proyecto de ley 21.431 “LEY PARA ELIMINAR LA REELECCION INDEFINIDA EN
TODOS LOS CARGOS DE ELECCION POPULAR A NIVEL MUNICIPAL”, el cual se
adjunta.



                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible,
enviar también el criterio de forma digital. La Comisión ha dispuesto que en caso de
requerirlo se le otorgará una prórroga de 8 días hábiles adicionales por una única
vez, que vence el 29 de agosto del año en curso.

Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-
2437, 2243-2194, o al correo electrónico COMISION-GOBIERNO@asamblea.go.cr.


                                               PROYECTO DE LEY

        LEY PARA ELIMINAR LA REELECCION INDEFINIDA EN TODOS LOS
          CARGOS DE ELECCION POPULAR A NIVEL MUNICIPAL


                                                                                                   Expediente N.° 21.431

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

En Costa Rica, el proceso electoral ha seguido una vía de importantes cambios y
desarrollos que representan puntos de inflexión histórica en cuanto a las características y
funcionamiento del sistema político. En la actualidad, no solo se ha superado la vieja
política bipartidista, que había venido determinando el proceso de poder colectivo desde
inicios de la década de los ochentas, sino que se ha asistido a la emergencia de nuevas
formas de hacer política en las elecciones tanto nacionales como municipales, nuevas
reglas en el sistema electoral como un todo y nuevas conductas políticas de parte de la
ciudadanía2.

Sobre estas nuevas conductas políticas y cambios a las reglas que demanda la
ciudadanía, sobre la actual legislación en materia de elecciones municipales, en reiteradas
ocasiones se ha procurado reformar un tema de una envergadura tan importante para los
gobiernos locales, como lo es el limitar o eliminar por completo la reelección indefinida en
cargos de elección popular, situación que ha causado en muchas ocasiones,
concentraciones de poder en una misma persona por un lapso considerable de tiempo.
Sin embargo, estas propuestas no han prosperado por falta de voluntad política, la cual se
debe tener para avanzar en el camino del cambio de los procesos electorales y adecuar
la legislación actual siguiendo la misma línea que se ha venido dando respecto a la
eliminación de la reelección indefinida en los cargos de elección popular.

          2
           Sánchez, Fernando (2007). Partidos políticos, elecciones y lealtades partidarias en Costa Rica: erosión y cambio. Salamanca:
          Ediciones Universidad de Salamanca. Págs. 141-161.


                            “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Este tipo de reelección en puestos de elección popular en el régimen municipal, se
encuentra estipulada en el último párrafo del artículo 14 del Código Municipal, Ley N⁰.
7794, del 30 de abril de 1998, la cual establece en lo que interesa:

        Artículo 14.-

        “(…)

        Todos los cargos de elección popular a nivel municipal que contemple el
        ordenamiento jurídico serán elegidos popularmente, por medio de elecciones
        generales que se realizarán el primer domingo de febrero, dos años después de
        las elecciones nacionales en que se elija a las personas que ocuparán la
        Presidencia y las Vicepresidencias de la República y a quienes integrarán la
        Asamblea Legislativa. Tomarán posesión de sus cargos el día 1º de mayo del
        mismo año de su elección, por un período de cuatro años, y podrán ser
        reelegidos.”

Lo que genera este artículo del Código Municipal, es dejar abierta la posibilidad de una
reelección de forma indefinida, es decir no delimita lo concerniente a un plazo específico
en estos cargos o a la prohibición de reelecciones sucesivas, situación que se ha ido
erradicando con el paso de los años, legislando en función de eliminar las reelecciones
indefinidas en casi todos los ámbitos, tanto del régimen de empleo público como en los
cargos de elección popular.

Históricamente, en las elecciones municipales, la figura de la reelección ha tenido un
impacto directo en las ofertas electorales que se presentan. Por ejemplo, en las elecciones
municipales del año 2016, dos de cada tres candidatos a las alcaldías del país, postularon
sus nombres para mantenerse en el poder de forma perpetua, unos 54 aspirantes a la silla
ejecutiva de las municipalidades. Esto refleja la tendencia a mantenerse en el poder
durante muchos años, algunos hasta por 9 años, otros 13 y otros hasta 17; muchos de
ellos con el mismo partido político, otros con partidos diferentes ya existentes, como el
caso de Montes de Oca para las elecciones del 2010 y del 2016, y otros con partidos
cantonales nuevos, como en San José o Limón, para esta última campaña3.

Es menester recordar que la decisión de prohibir la reelección indefinida de los alcaldes
en nuestro país, es un tema de política legislativa, según las atribuciones del legislador
que se establecen en el artículo 169 de la Constitución Política. Esto constituye una

          3
           Murillo, Álvaro y Cambronero, Natasha (2015). Dos de cada tres alcaldes quieren seguir hasta el 2020. En: Periódico La
          Nación. Versión digital: www.nacion.com. 1/8/2015. Consultado: 15/5/2019.


                           “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°140                ACTA N°56 Ordinaria.                 13-08-2019
decisión que se debe tomar en el ámbito político, cuya valoración respecto a la
conveniencia y oportunidad es exclusiva del legislador.

En la legislación costarricense, no existe una norma expresa que realmente garantice la
rotación en los cargos de elección popular a nivel municipal, por eso esta iniciativa vendría
a solventar este vacío, para que se cumpla así con el principio democrático constitucional
de la alternatividad, que se estableció en el artículo 9 de la Constitución Política.

        “ARTÍCULO 9º-

        El Gobierno de la República es popular, representativo, participativo, alternativo y
        responsable. Lo ejercen el pueblo y tres Poderes distintos e independientes entre
        sí. El Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial.”

Sobre la reelección indefinida siempre han existido diversos criterios, unos señalan que
vale la pena promover el continuismo, asumiendo que si los alcaldes y regidores se
mantienen en el poder es porque “están haciendo bien las cosas”. Otros, por el contrario,
han señalado que se trata de la imposición de una dictadura institucional que se va
consolidando debido a que no existe, expresamente, una ley o norma que lo prohíba.

El nivel de abstencionismo histórico de las elecciones locales, el cual ha rondado entre un
75% y un 65% aproximadamente, deja en evidencia que la percepción sobre el premio al
buen trabajo no es tan cristalina, como, en primera instancia, se podría suponer. Lo cierto
del caso es que los alcaldes se reeligen porque así lo desean, no hay duda, pero el
problema se da en muchos casos, cuando pretenden perpetuarse en el poder para así
satisfacer intereses personales, desvirtuando así la función de servidores del pueblo para
la cual se crearon los cargos de elección popular. Estas situaciones no se deben permitir
y definitivamente, se debe crear un marco legal que así lo delimite, función que como se
aclaró anteriormente, recae sobre el legislador.

Uno de los principales factores que propician esto, es precisamente la reelección sucesiva
sin límites de parte de los funcionarios de elección popular a nivel municipal, por el poder
que despliegan algunos de estos dirigentes en el plano local, ya que son capaces de mover
recursos públicos en gran escala, así como estructuras políticas entre las comunidades y
barreadas. Los partidos terminan convirtiéndose en una clase de “franquicia”, es decir, los
líderes locales utilizan una careta formal para alcanzar objetivos personales, en detrimento
de los ideológicos y programáticos de los partidos4.


          4
           Chacón, Vinicio (2015). Partidos se convierten en franquicias políticas para llegar a cargos públicos. En: Semanario
          Universidad. Versión digital: www.semanariouniversidad.ucr.cr. 17/11/2015. Consultado: 14/5/2019.


                           “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°141                    ACTA N°56 Ordinaria.                       13-08-2019
Como se puede extraer de los argumentos vertidos, el objetivo del presente proyecto de
ley consiste en regular el tema de la reelección sin límites en puestos de elección popular
en el ámbito de gobiernos locales, proponiendo eliminar la reelección indefinida,
imponiendo un límite a los alcaldes y demás puestos de elección municipal en ejercicio,
para imposibilitarles gobernar el municipio por más de dos períodos de forma sucesiva, es
decir un máximo de 8 años consecutivos, sin ser esta una prohibición indefinida ni vitalicia,
ya que permite la reelección en periodos no consecutivos, respetando así el derecho
constitucional a elegir y ser electo.

Con base en los fundamentos señalados, este proyecto de ley tiene como finalidad el
promover una sana competencia electoral que premie las mejores propuestas, a las
personas más idóneas, que prevenga la prevalencia de intereses personales sobre los de
las comunidades, concentraciones de poder y dictaduras disfrazadas de ayuda social; al
igual que garantice el principio constitucional de la alternabilidad. Por eso presentamos
esta iniciativa y la sometemos a consideración de los diputados y diputadas.

          LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
                                DECRETA:

        LEY PARA ELIMINAR LA REELECCION INDEFINIDA EN TODOS LOS
          CARGOS DE ELECCION POPULAR A NIVEL MUNICIPAL




ARTÍCULO ÚNICO-           Se modifica el párrafo final y se agrega uno adicional al artículo
14 de la Ley N.º 7794, Código Municipal, de 30 de abril de 1998 y sus reformas. El texto
se leerá así:

Artículo 14- […]

Todos los cargos de elección popular a nivel municipal que contemple el ordenamiento
jurídico serán elegidos popularmente, por medio de elecciones generales que se realizarán
el primer domingo de febrero, dos años después de las elecciones nacionales en que se
elija a las personas que ocuparán la presidencia y las vicepresidencias de la República y
a quienes integrarán la Asamblea Legislativa. Tomarán posesión de sus cargos el día 1º
de mayo del mismo año de su elección, por un período de cuatro años, y podrán ser
reelegidos sucesivamente por un solo periodo adicional.

Todos los cargos de elección popular a nivel municipal, podrán ser reelegidos en forma no
sucesiva y se aplicarán las mismas reglas del párrafo anterior.

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Rige a partir de su publicación.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1751
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Asamblea Legislativa, dice:

La Comisión Permanente Especial de Juventud, Niñez y Adolescencia, ha dispuesto
consultar su criterio sobre el proyecto de Ley, Expediente N° 21.291, “LEY PROTECCIÓN
A LA LACTANCIA MATERNA” el cual me permito copiar de forma adjunta.

Contará con ocho días hábiles para emitir la respuesta de conformidad con lo
establecido por el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa.

De requerir información adicional, favor comunicarse por los teléfonos 2243-2427, 2243-
2426     o      2243-2421,     o      bien,    al    correo       electrónico COMISION-
SOCIALES@asamblea.go.cr donde con todo gusto se la brindaremos.

                                   PROYECTO DE LEY



             LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LA LACTANCIA MATERNA

                                                                     Expediente N.º 21.291

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

 El artículo 51 de la Constitución Política ordena una protección especial para la familia, y
en particular para la madre y su hijo. Dicha norma dice textualmente lo siguiente:

 Articulo 51.      La familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad,
tiene derecho a la protección especial del Estado. Igualmente tendrán derecho a
esa protección la madre, el niño, el anciano y el enfermo desvalido.

 La Convención sobre los Derechos del Niño, por su parte, ratificada por la Asamblea
Legislativa, mediante la Ley N.° 7184, en su artículo 1, indica que para los efectos de dicha
Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad,



                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de
edad[1].

 Este mismo cuerpo legal, en su artículo 3, establece un principio que es fundamental y se
refiere al llamado “interés superior del niño”, el cual pretende que en “…todas las medidas
concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar
social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una
consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño[2]”.

 Este principio es replicado en el Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley          N.º
7739, en el numeral 5, el cual contempla que todas las acciones públicas o privadas
relativas a personas menores de dieciocho años, deberán considerar su mejor interés, el
cual le garantiza el respeto de sus derechos, dentro de un ambiente físico y mental sano,
que procure el pleno desarrollo personal[3].

 En razón de la importancia que reviste el principio indicado, la legislación debe abocarse
en orientar su potestad reguladora, hacia el beneficio, protección y tutela de los derechos
de este grupo etario, tomando en cuenta que “…el concepto de interés del menor no
constituye otra cosa que la proyección en las personas menores de edad del problema de
la protección de los derechos fundamentales (…) el menor es titular de derechos
fundamentales porque tiene personalidad jurídica desde el momento de su nacimiento
(…)[4]”. De este modo, se constituye en un elemento básico que debe informar toda la
legislación, en particular, la que se desarrolle para los menores de edad.

 Es en cumplimiento de este deber del Estado costarricense que se considera necesario y
apropiado legislar para proteger la lactancia materna, cuyos beneficios para el lactante
son evidentes, pues le da al infante anticuerpos y la nutrición óptima para su sano y óptimo
desarrollo, tanto físico como emocional, pues no solo le beneficia a nivel nutricional sino
que el lazo que le une a su madre tiene también múltiples beneficios, y se estrecha aun
más con la lactancia.

 Este mismo derecho de la lactancia materna lo vemos ya regulado en legislaciones de
diversos países, incluyendo Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, Chile, entre
otros. Este proyecto de ley se ha aprovechado de los avances legislativos en esos países
como fuente.

 Legislar para proteger la lactancia materna, es una forma de darle seguridad a las mujeres
y a sus hijos, garantizando la lactancia libre en cualquier espacio público, incluso en los
espacios de trabajo.




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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 Han sido indignantes los episodios que hemos conocido, donde se expulsa a una madre
que daba de mamar a su hijo en un centro comercial, con una respuesta ciudadana que
no se hizo esperar y que ha llevado a los administradores a ofrecer disculpas. Pero estas
situaciones se deben prevenir y sancionar, para garantizar ese derecho del infante a ser
amantado por su madre, erradicando los prejuicios que estorban para el libre ejercicio de
esa lactancia materna.

Se considera apropiado y razonable establecer sanciones ante cualquier discriminación
arbitraria que cause privación, perturbación o amenaza del derecho a la lactancia
materna. También se considera conveniente la difusión de campañas que promuevan la
lactancia materna y los beneficios para los menores de dos años.

 Por otra parte, y yendo un poco más allá de esa protección a la lactancia, se considera
oportuna la protección y fomento de Bancos de Leche Humana y el incentivo de la
donación de leche materna por parte de las madres que quieran y que tengan un estado
de salud necesario, con el fin de entregársela a lactantes que por alguna razón no cuentan
con esta alimentación, para garantizar la mejor nutrición a los bebés cuyas madres por
alguna razón no les pueden amamantar.

Autoridades de centros hospitalarios han manifestado la necesidad de contar con un banco
de leche materna en cada provincia, lo cual conlleva una inversión considerable, pero que
está dentro de lo posible si hay voluntad política para ello.

 Por las razones antes expuestas es que se somete a consideración de esta Asamblea
Legislativa el presente proyecto de ley.

          LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

                                       DECRETA:

                   LEY PROTECCIÓN A LA LACTANCIA MATERNA

 ARTÍCULO 1-         Es derecho preferente del hijo ser amamantado directamente por su
madre, salvo que por indicación médica se resuelva lo contrario. Todos los recién nacidos
tienen derecho a una adecuada y exclusiva lactancia materna durante los primeros seis
meses de vida.

 El Estado reconoce y ampara el acto de amamantamiento el que considera como un acto
fundamental e importante en la crianza del niño. La lactancia materna es el mejor método
de la nutrición infantil.


                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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 ARTÍCULO 2-          Para todos los efectos se entenderá que la lactancia con leche
materna o lactancia materna es el medio óptimo e ideal para asegurar la alimentación
saludable de lactantes, hasta los seis meses de manera exclusiva y hasta los dos años de
edad en forma complementaria, y constituye la forma más eficiente de protección integral
de la salud de madres e infantes lactantes.

 ARTÍCULO 3-             Se dará especial relevancia al fomento, protección y apoyo
intersectorial a la lactancia materna exclusiva, idealmente hasta los seis meses de edad
de infantes lactantes, y su continuación a lo menos hasta los dos años de edad
complementada con otros alimentos.

 Esta protección cubre también los procesos de obtención de leche materna distintos del
amamantamiento directo, especialmente en lo que respecta a la higiene, inocuidad y
seguridad en su extracción, manipulación, conservación y entrega a los lactantes. Se
deberán coordinar las políticas públicas necesarias para tal efecto, con especial énfasis
en las áreas pública y privada de educación y salud.

 Las madres tienen el derecho de amamantar a niños cualquiera sea su edad, sexo, estirpe
o condición, en consecuencia, la ley prohíbe todo acto que impida, restrinja o entorpezca
el libre ejercicio de este derecho. En lugares de alta afluencia de público, tales
como: almacenes, tiendas, bazares, bodegas, depósitos de mercaderías y demás
establecimientos comerciales semejantes, deberá el empleador mantener salas,
especializadas, independientes y anexas al lugar de trabajo, donde las mujeres puedan
amamantar a sus hijos alejadas del público general. Las salas de amamantamiento al
interior de algún recinto serán siempre de uso voluntario para las madres, debiendo contar
siempre y en todo caso con condiciones adecuadas de higiene, comodidad y seguridad
que establezca la autoridad de salud pertinente.

 ARTÍCULO 4-         Los prestadores de acciones de salud, sean públicos o privados,
deben promover el apego precoz, alojamiento conjunto madre e hijo, brindar información
y apoyo en lactancia materna; asimismo, deben evitar las prácticas que desalienten el
amamantamiento tales como: la separación de las madres de sus hijos; la alimentación
con mamaderas; la demora en darle el pecho al lactante por primera vez; la falta de
orientación en los problemas inmediatos de la lactancia materna; la prescripción de
sucedáneos de la leche materna en forma innecesaria o el inicio de alimentos
complementarios.

 ARTÍCULO 5-         Se prohíbe la discriminación y todo acto arbitrario en daño de la
maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento. Quien incurra en un acto
discriminatorio o arbitrario, que impida, restrinja o entorpezca el ejercicio libre del


                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°146                  ACTA N°56 Ordinaria.                       13-08-2019
amamantamiento o lactancia materna en contra de una madre en razón de su rol de tal,
incluyendo la lactancia, será sancionado con una multa de uno a tres salarios base.

 ARTÍCULO 6-            La leche materna tiene como uso prioritario la alimentación en
beneficio de él o los lactantes que sean sus hijos biológicos.

 Sin perjuicio de lo anterior, todas las madres, salvo aquellas que se encuentren incluidas
en grupos de riesgo de ser portadoras de enfermedades transmisibles, o que sean
consumidoras de sustancias que causen perjuicio al lactante, podrán donar
voluntariamente su leche, para el uso o beneficio de los recién nacidos que no tengan
posibilidad de ser alimentados por su propia madre, o en aquellos casos en que, pudiendo
serlo, la leche producida por la madre constituya un riesgo para la salud del lactante.

 En ningún caso la donación de leche materna se realizará de forma directa pechoboca
entre la mujer donante y el lactante.

 Las madres, además, podrán donar su leche materna para uso en programas de estudio,
docencia e investigación en universidades, instituciones educacionales e instituciones
públicas, los que no podrán hacer uso comercial de sus resultados.

 Tanto la donación como la lactancia serán controladas por profesionales competentes, en
los bancos de leche y en las instituciones que establezca la Caja Costarricense de Seguro
Social, mediante los mecanismos que al efecto se establezca a través del reglamento que
dicte al efecto. El Estado procurará que en exista al menos un banco de leche materna
en cada provincia y velará por su buen funcionamiento y debido mantenimiento.

 ARTÍCULO 7-         Queda prohibida toda forma de comercialización y venta de la leche
materna. La infracción a esta normativa será sancionada con multa de uno a tres salarios
base.

 ARTÍCULO 8-           Se autoriza a todas las entidades públicas a donar recursos
materiales, financieros y humanos a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social para
la construcción, mantenimiento y mejoras de los bancos de leche a los que hace referencia
esta ley. Asimismo, el Instituto Nacional de la Mujer destinará al menos un cinco por ciento
de su presupuesto para los mismos fines de construcción, mantenimiento y mejoras en los
bancos de leche materna en todo el país.

 TRANSITORIO I- Un reglamento dictado por la Caja Costarricense de Seguro Social
dentro de los noventa días siguientes a la fecha de publicación de esta ley, fijará los
criterios y estándares de higiene, comodidad y seguridad a que alude el artículo 3 de esta
ley.

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°147                  ACTA N°56 Ordinaria.                        13-08-2019
Rige a partir de su publicación.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1752
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Asamblea Legislativa, dice:

ASUNTO: Consulta Proyecto Expediente N.° 21.274

 La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos tiene para su estudio el proyecto: N.°
21.274:“REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 214 Y EL INCISO D) DEL ARTÍCULO 234 DE
LA LEY DE TRÁNSITO POR VÍAS PÚBLICAS Y TERRESTRES Y SEGURIDAD VIAL
N° 9078 DEL 4 DE OCTUBRE DE 2012 Y SUS REFORMAS”. De acuerdo con lo que
establece el Artículo 126 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se determinó
consultar el texto base a su representada, publicado en el Alcance N° 145, en La Gaceta
119, del 26 de junio de 2019; el cual se adjunta.

 De conformidad con lo que establece el artículo 157 (consultas institucionales), del
Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: …”Si transcurridos ocho días
hábiles no se recibiere respuesta a la consulta a que se refiere este artículo, se
tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al
proyecto”...

 El criterio puede remitirlo en versión digital, en texto abierto, al siguiente correo
electrónico:COMISION-JURIDICOS@asamblea.go.cr/dab@asamblea.go.cr o                    bien,
el original, puede ser entregado en la Secretaría de la Comisión, ubicada en el tercer piso
del edificio central (Comisión de Asuntos Jurídicos).

                                  PROYECTO DE LEY

      REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 214 Y El INCISO D) DEL ARTÍCULO 234

          DE LA LEY DE TRÁNSITO POR VÍAS PÚBLICAS Y TERRESTRES

                  Y SEGURIDAD VIAL N.° 9078, DE 4 DE OCTUBRE

                             DE 2012 Y SUS REFORMAS




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Expediente N.º 21.274

 ASAMBLEA LEGISLATIVA:

 El presente proyecto de ley tiene como objetivo ampliar las capacidades municipales en
materia de seguridad vial a través de la posibilidad legal de investir a los oficiales
parquimetristas (inspectores de estacionamientos con boleta) como inspectores de
tránsito municipal.

 La existencia de los oficiales parquimetristas tiene fundamento en la Ley N.° 3580 Ley de
Instalación de Estacionómetros (Parquímetros), de 13 de noviembre de 1975 y sus
reformas, que otorga la facultad a los municipios de cobrar un impuesto por el
estacionamiento en las vías públicas y le permite contar con un cuerpo de inspectores de
estacionamientos con boleta para ejecutar la ley supra citada.

 En atención a lo anterior, los oficiales parquimetristas se encargan de efectuar
infracciones o partes por mal estacionamiento, por lo que están relacionados con el tema
de seguridad y ordenamiento vial, y directamente con la mejora del entorno urbano.

 La experiencia de los cuerpos de policía municipal que han asumido funciones como
inspectores de tránsito municipal, ha sido muy exitosa en cantones urbanos y los
municipios que han decidido que deben intervenir y contribuir positivamente al
ordenamiento vial, en procura de la seguridad, salud, comodidad y bienestar de la
comunidad.

 La decisión de los municipios de contar con inspectores de tránsito municipal, se ha
justificado en el escaso recurso humano con el que cuenta la Dirección General de
Tránsito del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y la dificultad de dicho
ente de garantizar los efectivos suficientes para atender la seguridad vial de cada cantón.

 Con este proyecto de ley, la municipalidad podría ampliar sus capacidades y servicios en
el campo de la seguridad vial y comunitaria, así como en el planeamiento urbano, a través
de la optimización de su recurso humano disponible, sin alterar sus ingresos ni
comprometer recursos que actualmente se destinen a otras actividades.

Con la reforma propuesta, los oficiales parquimetristas, de todas aquellas municipalidades
que hoy día cuentan con este tipo de servidores públicos municipales, podrían ingresar al
curso de capacitación con la de la Dirección General de Tránsito del MOPT para contar
oficialmente con la competencia requerida para ser investidos como inspectores de
tránsito municipal y ejercer dicha función.


                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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 Se agradece y reconoce a Marco Antonio Seravalli González su colaboración en la
redacción de este proyecto de ley. Sus conocimientos en el campo fueron pilares
fundamentales para que este texto ingrese a la corriente legislativa.

 Por las razones expuestas, someto a consideración de las y los señores diputados el
presente proyecto de ley.

          LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

                                       DECRETA:

      REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 214 Y El INCISO D) DEL ARTÍCULO 234

          DE LA LEY DE TRÁNSITO POR VÍAS PÚBLICAS Y TERRESTRES

                  Y SEGURIDAD VIAL N.° 9078, DE 4 DE OCTUBRE

                            DE 2012 Y SUS REFORMAS

    ARTÍCULO ÚNICO-           Se reforman los artículos 214 y el inciso d) del artículo
   234 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas y Terrestres y Seguridad Vial N.°
     9078, de 4 de octubre de 2012 y sus reformas. Los textos son los siguientes:

Artículo 214-        Inspectores municipales y oficiales parquimetristas de tránsito

 Sin perjuicio de las labores ordinarias de la Policía de Tránsito, en cada cantón podrá
investirse a policías municipales y a los oficiales parquimetristas como inspectores de
tránsito municipal, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Dirección
General de Tránsito para la designación de sus inspectores. Para ello, el alcalde del
municipio respectivo deberá presentar la solicitud ante la Dirección General de Tránsito,
órgano que deberá resolver la solicitud en el plazo de veinte días hábiles.

 Los inspectores de tránsito municipal podrán confeccionar las boletas por infracciones
contempladas en los artículos 96, 143, 144, 145, 146 y 147 de esta ley.

 Las autoridades municipales investidas deberán cumplir las disposiciones, las
obligaciones, los protocolos y el ámbito geográfico de competencia territorial debidamente
demarcado mediante señalización vertical y definido por la Dirección General de la Policía
de Tránsito, así como con la reglamentación respectiva.



                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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 Las boletas de infracción que se confeccionen fuera de dicho ámbito de competencia
territorial carecerán de validez y serán anuladas de oficio por el Cosevi.

El avituallamiento de este cuerpo policial corresponderá a la municipalidad respectiva.

Artículo 234-        Destinos específicos de las multas

 De las sumas recaudadas por concepto de multas por infracciones, que señala el inciso
c) del artículo 10 de la Ley N.º 6324, Ley de Administración Vial, de 24 de mayo de 1979,
y sus reformas, el Cosevi realizará, semestralmente, las siguientes transferencias de las
sumas netas recaudadas una vez descontadas las comisiones que se pagan a los entes
autorizados por la recaudación de las multas y sus accesorios.

 d)      Un setenta por ciento (70%) del monto de las multas que hubieran sido
confeccionadas por los inspectores de tránsito municipal de acuerdo con lo previsto en el
artículo 214 de la presente ley, producto de las infracciones definidas en esta ley, será
transferido a la municipalidad donde se confeccionó la boleta. Estos montos se destinarán
a inversión de capital en el fortalecimiento de la seguridad vial y el financiamiento del
programa de los inspectores de tránsito municipal.

TRANSITORIO ÚNICO-

El Poder Ejecutivo tendrá tres meses para actualizar la reglamentación atinente para
investir a los oficiales parquimetristas como inspectores de tránsito municipal.
Rige a partir de su publicación.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1753
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Asamblea Legislativa, dice:

Para lo que corresponda y con instrucciones del señor Diputado Enrique Sánchez
Carballo, Presidente de la Comisión Permanente Especial de Derechos Humanos, le
comunico que este órgano legislativo acordó consultar el criterio de esa
institución sobre el texto del proyecto: “EXPEDIENTE Nº 21300. “LEY PARA
GARANTIZAR EL ACCESO AL AGUA POTABLE PARA CONSUMO HUMANO COMO
UN DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL Y DISPOSICIONES GENERALES PARA SU
TUTELA "Publicado en el Alcance N° 148, a La Gaceta 121 de 28 de junio de 2019.



                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Respetuosamente se les solicita responder esta consulta en el plazo de ocho días
hábiles que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. Si
transcurrido ese plazo no se recibiere respuesta, se tendrá por entendido que esa
institución no tiene objeción que hacer al proyecto.

Se le agradecerá remitirnos acuse de recibo de esta solicitud de criterio y remitir el
criterio al correomaria.moreno@asamblea.go.cr

Para mayor información sírvase llamar a los teléfonos: 22 43 2433 o 22 43 2140

Atentamente,

          LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

                                        DECRETA:

             LEY PARA GARANTIZAR EL ACCESO AL AGUA POTABLE

           PARA CONSUMO HUMANO COMO UN DERECHO HUMANO

        FUNDAMENTAL Y DISPOSICIONES GENERALES PARA SU TUTELA

 ARTÍCULO 1-           La presente ley tiene como objeto garantizar el acceso al agua como
derecho humano fundamental, por considerarse un recurso esencial para la vida, el
desarrollo sostenible y los ecosistemas, que es limitado, vulnerable e indispensable en la
realización de otros derechos humanos fundamentales.

 ARTÍCULO 2-         Todos los habitantes del país tienen el derecho humano a disponer
de agua salubre, suficiente, aceptable, accesible y asequible para su uso personal y
doméstico.

 ARTÍCULO 3-           La gestión integral del recurso hídrico debe garantizar su acceso
universal, solidario, equilibrado y equitativo, en cantidad y calidad adecuadas, para
satisfacer las necesidades sociales, ambientales y económicas de las generaciones
presentes y futuras y el desarrollo sostenible de la nación.

 Dicha gestión deberá aplicarse tomando en consideración la vulnerabilidad, adaptación y
mitigación del cambio climático que afecta directa o indirectamente el recurso hídrico y los
ecosistemas asociados.



                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ARTÍCULO 4-          El recurso hídrico es un elemento esencial para la vida, en el cual
convergen múltiples actividades sociales, económicas y ambientales que deben ser
orientadas para su aprovechamiento sostenible.

 Es obligación del Estado costarricense asegurar el derecho de acceso al agua a todos los
habitantes de la República, mediante una gestión integrada y una adecuada planificación
que garanticen la gestión sostenible de este recurso.

Asimismo, el Estado debe tomar medidas efectivas para asegurar el uso sostenible del
recurso hídrico, evitando su contaminación, degradación, sobreexplotación o agotamiento.

 ARTÍCULO 5-            Los siguientes principios y disposiciones generales fundamentan la
tutela del recurso hídrico:

 a)     Valor social: el agua es un bien esencial e indispensable para la vida y para
todas las actividades del ser humano en sociedad y su interacción con el ciclo hidrológico.

b)     Valor económico: el agua tiene un valor económico diferenciado en todos los
diversos usos a los que se destina, incluidas las actividades productivas o de contenido
económico.

c)      Valor cultural: el agua es un bien cultural y en su gestión deberán considerarse las
prácticas tradicionales y la cosmovisión de los pueblos indígenas.

d)     Uso múltiple: el Estado reconoce que el recurso hídrico es un recurso de
uso múltiple, cuyo acceso para el consumo humano es universal, solidario y equitativo.

e)        Aprovechamiento      sostenible:     el   aprovechamiento         del    recurso
hídrico debe realizarse de manera eficiente y debe utilizarse infraestructura y tecnología
adecuadas para evitar su agotamiento, desperdicio y contaminación.

f)     Deber de informar: las autoridades competentes tienen la obligación de informar a
la población, por medios idóneos, sobre las condiciones de calidad y cantidad del recurso
hídrico, así como de su gestión integral.

g)      Equidad de género: el Estado, las municipalidades y las demás instituciones
públicas procurarán la participación equilibrada de hombres y mujeres en el
abastecimiento, la gestión, el uso, el aprovechamiento y la protección del recurso hídrico.

h)     Daño ambiental: quien ocasione daños al recurso hídrico o a los ecosistemas
asociados a este deberá reponerlos a su estado anterior. Cuando ello no sea posible

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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procederá a mitigarlos sin menoscabo de su deber de compensar o indemnizar los daños
y perjuicios producidos a terceros o a la sociedad.

i)     Gestión integrada del recurso hídrico: la gestión del recurso hídrico, el suelo,
los ecosistemas y los recursos relacionados deberán estar coordinados con el fin de
maximizar el bienestar social y económico resultante de manera equitativa, sin
comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas vitales.

j)       Integración de las aguas y los ecosistemas: la planificación hídrica
debe contemplar, de forma integrada, el ciclo hidrológico en todas sus manifestaciones
atmosféricas, superficiales y subterráneas, así como el ciclo hidrosocial. Para ello, se
deben valorar y respetar la función y los servicios de los ecosistemas, así como asegurar
la sostenibilidad económica y la gestión integral del recurso hídrico.

k)     Principio de coordinación: la gestión del agua requiere una coordinación integrada
para elaborar y articular políticas públicas y la planificación en materia de su manejo, uso
y protección, y con la necesaria participación de la Administración Pública centralizada,
descentralizada, autónoma, semiautónoma, las municipalidades, las empresas públicas y
el Estado.

Los principios y demás disposiciones establecidos en esta ley no podrán menoscabar o
disminuir, en ningún caso, los parámetros de protección ambiental vigentes a la fecha de
su entrada en vigencia.

Rige a partir de su publicación.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1754
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Angélica María Gómez Aguilar Mabu
Producciones, dice:

Por medio de la presente, solicitamos su visto bueno o apoyo institucional para realizar
una activación publicitaria de la marca Claro de Costa Rica, en este caso llamada Feria
Claro, dicha activación se planea realizar los días 31 de Agosto y 01 de Septiembre, en el
parque central de Cariari, este evento va dirigido hacia el público en general, que se estará
desplazando al lugar, tendrá un horario de 4 horas a partir de la 1:00 pm hasta las 5:00
pm, también es importante indicar que por el tipo de actividad no hacemos ningún tipo de
venta de alimentos, este evento contará con los siguientes juegos:


                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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1. Un inflable pequeño
2. Una pared escaladora
3. Go-Karts para niños
4. Trampolín
5. Sonido, música familiar y animación

La compañía Claro Costa Rica, está realizando una serie de activaciones de marca
dirigidas a toda la familia, completamente gratis, la idea es crear una recordación de marca
por medio de actividades que fomenten la integración familiar y esperamos contar con su
muy valioso apoyo para poder realizar esta actividad, así mismo nos comprometemos a
cuidar y mantener el orden del lugar, y hacer un adecuado manejo de los desechos sólidos.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Aprueba el préstamo del Parque de Cariari, los
días 31 de Agosto y 01 de Septiembre 2019, sujeto a la coordinación que por
responsabilidad empresarial y social coordinara con el Sr. Regidor Araya Brenes.
Dispénsese del trámite de Comisión. Acuerdo definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1755
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Carlos Méndez Jiménez, Director Centro
Educativo Santa Clara Roxana, dice:

En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de Educación"
y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento General de Juntas
de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la propuesta de nómina para la
conformación de la Junta de Educación Escuela Santa Clara Roxana Pococí, y cedula
jurídica 3008087585 para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal:

Marta Nieves Blanco Cerdas                            601240278
Roxana Valverde Rojas                                 112440755
Yohanna Ruiz Barboza                                  207200452
Olga María Moya Román                                 702210635
Sonia Magali Porras Garro                             701140090

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra a las anteriores personas, Pasar a la
Oficina del Sra. Alcaldesa para su respectiva Juramentación. Dispénsese del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ACUERDO Nº 1756
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Xinia Quesada Campos, Directora
Liceo de Cariari, dice:

En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de Educación"
y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento General de Juntas
de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la propuesta de temas que
corresponde para la conformación de la Junta Administrativa Liceo de Cariari, para su
nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal:

Oscar David Chacón Alpizar                           109850659
Eliecer Calderón Espinoza                            601560319
María del Carmen Portuguéz Recio                     601770189
Yessenia Palma Martínez                              701260867
Flory Mena Vásquez                                   105690441

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra a las anteriores personas, Pasar a la
Oficina del Sra. Alcaldesa para su respectiva Juramentación. Dispénsese del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado

ACUERDO Nº 1757
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Julio Cesar Gómez Piña, Director del
Centro Educativo San Rafael, dice:

En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de Educación"
y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento General de Juntas
de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la propuesta de temas para la
conformación de la Junta de Educación Escuela San Rafael, para su nombramiento y
juramentación ante el Concejo Municipal, dicha institución va a renovar la Junta,
únicamente se presentan cinco miembros debido a que la comunidad es muy pequeña y
algunos no quieren formar parte de ella.

Randall Guillermo Soto López                         109820769
Ricardo Virgilio Gómez Pérez                         603810713
Oscar Daniel Fernández Zúñiga                        701940141
Shirley Saray Pereira Rodríguez                      701840773
Víctor Manuel Leiva Pineda                           702180272



                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°156              ACTA N°56 Ordinaria.                13-08-2019
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra a las anteriores personas, Pasar a la
Oficina del Sra. Alcaldesa para su respectiva Juramentación. Dispénsese del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado

ACUERDO Nº 1758
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Comité Pro-Mejoras La Javellana,
Jeanette Rojas Aguilar Presidente, dice:

La presente es para saludarle y a la vez, infórmale que nosotros el Comité de Vecinos Las
Javellanas, Urbanización Linda Vista, le solicitamos una visita de campo lo ante posible,
con el objetivo de que seamos informados del lugar más apropiado para la instalación de
un play para nuestros niños, donado por parte de la Municipalidad gracias a la señora
Regidora Patricia Agilar, esto con el fin que su persona deje definidos los respectivos
linderos del terreno disponible, junto con la petitoria de un back up, para realizar las obras
de limpieza, que son necesarias, para que todo quede de la mejor manera posible, y
acorde con el fin uso del mismo.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la Alcaldía Henrry
Madrigal.

ACUERDO Nº 1759
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Fraccionamiento Urbanístico Castillos de
Nazareth, José Mario Jara Alvarado Vice-Presidente, dice:

                 RESIDENCIAL CASTILLOS DE NAZARETH S.A.
Cédula Jurídica No. 3-101-674336 Ciudad Cariari, Ulloa, Heredia Correo electrónico
                              jmjaraa@outlook.com


El suscrito, JOSE MARIO JARA ALVARADO, mayor empresario, portador de la cédula de
identidad número 2-0291-1493, vecino de Ciudad Cariari, Residencial Los Arcos, Ulloa,
Heredia, en mi calidad de VICEPRESIDENTE con facultados de apoderado generalísimo
sin límite de suma, de la empresa RESIDENCIAL CASTILLOS DE NAZARETH S.A.,
cédula de persona jurídica número 3-101-674336, me apersono ante sus dignas personas
a manifestar y solicitar lo siguiente.

                                  ANTECEDENTES:

                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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1.- Nuestro proyecto de interés social denominado "Fraccionamiento Urbanístico Castillos
de Nazareth", ubicado en el Distrito 50 Cariari, 800 metros al norte de la Escuela Huetar
Norte en Barrio Nazareth, tiene como objetivo dotar de vivienda digna a 95 familias en
extrema necesidad del Cantón de Pocod, y por esa razón los concejales amparados al
Artículo 57, inciso a) del Código Municipal, acordaron declarar el proyecto como de interés
municipal y público, mediante el Artículo 11, Acuerdo No. 2494, del Acta Extraordinaria
No. 93 del 11 de noviembre de 2011.

2.- El 2 de marzo de 2018 postulamos el proyecto al MIVAH en el Formulario "Fase 1 ID
F- 0001", a efectos de inscribirnos en el "Registro de elegibilidad de proyectos
habitacionales financiados al amparo del Artículo 59 de la Ley 7052 del Sistema Financiero
Nacional para la Vivienda".

3.- El 24 de octubre de 2018 registramos el proyecto en la Dirección FOSUVI del Banco
Hipotecario de la Vivienda -BANHVI-, a través de la Entidad Autorizada Banco Popular y
de Desarrollo Comunal.

4.- Con fundamento en: a) el Acuerdo No. 2494, Artículo 11 del Acta Extraordinaria No. 93
de la Municipalidad de Pocod; b) el Informe No. 19-0031 del "Estudio geotécnico con
formato del SETENA para Formulario D-1", realizado en el mes de marzo de 2019 por la
empresa consultora Castro & De La Torre; y e) los reglamentos y directrices del BANHVI;
concluimos el diseño de los planos constructivos de nuestro fraccionamiento urbanístico,

siguiendo los lineamientos y reglamentos urbanísticos vigentes al día de hoy. Estos planos
nos permitieron elaborar los respectivos presupuestos de obra.

                                    SOLICITUD:

Por los anteriores antecedentes, solicitamos al Concejo Municipal lo siguiente:

A.- Que, con fundamento en los presupuestos de obras, se nos autorice cancelar los
permisos para iniciar de inmediato con los movimientos de tierra, a efectos de conformar
y lastrear las calles internas del proyecto; conformar las terrazas de los lotes, aceras,
cordón y caño; así como la instalación de la tubería pluvial y de agua potable. Las
anteriores obras serán construidas en total coordinación y supervisión con el
Departamento de Desarrollo y Control Urbano, que deberá dar por recibidas las
respectivas obras a su entera satisfacción cuando éstas estén finalizadas.



                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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B.- Que, ustedes como representantes de los diferentes distritos del Cantón de Pocod,
nos remitan al WhatsApp 8414-5290 de Constructora EP S.A., los nombres con el
respectivo número de cédula y teléfono de contacto de las familias postulantes al bono de
vivienda total, a efectos de iniciar de inmediato la confección de los expedientes, por
cuanto el BANHVI estableció un plazo de dos años para el vencimiento de los documentos de
los expedientes.

Atentamente,

Fraccionamiento Urbanístico Castillos de Nazareth,
José Mario Jara Alvarado
Vicepresidente

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la solicitud planteada al Concejo, por el
señor José Mario Jara Alvarado de Fraccionamiento Urbanístico Castillos de
Nazareth. Se Dispensa del Tramite de Comisión, Acuerdo definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1760
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Patricia Aguilar Araya, Presidente
Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael, dice:

La Junta Directiva de la Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael, La Colonia en
sesión # 267 ordinaria celebrada el lunes 8 de julio 2019, acordamos hacer Las fiestas
San Rafael el cual estará a cargo de la Iglesia Católica, los fondos recaudaos se invertirán
en los proyectos de conclusión el Cierre Perimetral iglesia católica de La Colonia, Centro
Pastoral Diocesano y Parroquia de Guápiles aulas de catequesis, las fiestas están
programadas a celebrarse del 11 al 21 de octubre del presente año.
Dentro de los eventos que hemos programado están: toros, carrusel es, actividades
artesanales, actividades deportivas, baile, tope y comidas caseras es por ello que
solicitamos permiso para realizar dichos eventos.

Correo: paguilar2009@hotmail.com /Allen Quirós 8312-7300

Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar y apartar las fechas solicitadas. Se
Dispensa del Tramite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 1761
Se conoce expediente para este Concejo confeccionado por la secretaria del Concejo:

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.

En diferentes semanas han venido representantes de vecinos de la Uva, Promesas,
Carolina, Calle Hamburgo, se lo solicito en su momento al señor Secretario el expediente
de todas las veces que han venido, porque a veces se tergiversa una u otra cosa.

Nota: Expediente se encuentra en los archivos de Depto. de Secretaria, bajo el nombre
Comunidades Hamburgo, La Uba, Carolina, Promesas, Carlota y Urbanización La Rita.

Reg. Maricruz Chaves Alfaro.

Con base a ese expediente lo que cabe es hacer la moción, para pedir la prioridad con
respecto a los caminos, en el momento que se ingresó con los dineros tratar de darles
prioridad.

Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.

Yo creo lo que tienen que hacer es recopilar todos los datos, porque el compañero
Reinaldo había incluido una partida de diez millones, otros habían metido, yo creo lo que
deben es como recopilar toda la información y transformarla precisamente en una moción,
para tener claridad si ya entraron dineros y si están pendientes otros entonces que entren
dentro de la misma moción como un ítem. Estoy de acuerdo que se haga el trámite
correspondiente para atender el camino, pero ya hay dineros que si entraron entonces
esos que inicien el trámite.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 1762
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos.
Alcaldesa Municipal, dice:

DACM-0219-2019.

Mediante la presente me permito saludarle y hacer de conocimiento solicitud de traslado
de recursos extraordinarios a CAPROBA-UTAMA por un monto de 4.950.000,00 que
fueron incluidos en el Presupuesto Ordinario 2019 como recursos extraordinarios UTAMA.
Se adjunta al presente oficio la solicitud de autorización de desembolso por parte de la
Administradora Financiera, Licda. Andrea Camacho Zárate, así como el oficio DA-1163-
2019 del plan de inversión para la solicitud de traspaso de los recursos para la
continuación del contrato 020-2018.

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°160                ACTA N°56 Ordinaria.                        13-08-2019
Agradezco la consideración de este honorable Concejo Municipal para que se autorice a
la administración a realizar el desembolso a CAPROBA-UTAMA por un monto de
4.950.000,00 colones para el trámite descrito en la documentación adjunta.




                    “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°161          ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°162          ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°163              ACTA N°56 Ordinaria.                    13-08-2019




Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la administración a realizar el
desembolso a CAPROBA-UTAMA por un monto de 4.950.000,00 colones para el
trámite descrito en la documentación adjunta. Dispénsese del trámite de Comisión.
Acuerdo definitivamente Aprobado.



                   “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°164                 ACTA N°56 Ordinaria.                        13-08-2019
ACUERDO Nº 1763
Reg. Pdte, Freddy Hernández Miranda:

Domingo Matarrita Gutiérrez, igual que José Ángel Rodríguez González, en un momento
dado uno se nombro en comisión un día y el otro en otra sesión, y viendo el informe de
comisión ellos se encontraban en comisión los dos días.
Lo que el secretario indico, de que ellos tienen exponerlo y hacer la nota a recursos
humanos para el reconocimiento de la dieta.

Reg. Domingo Matarrita G.

Saluda, en efecto eso fue en el acta N°49 del día 16-07-2019, el acuerdo fue el N°1503,
el día 12 presentamos el informe de comisión de los cual el señor Luis Ángel y mi persona,
habíamos asistido a la comunidad de San Jorge El Millón, el día 02 de julio y el día 09 de
julio, los cuales entregamos el informe, lo que pasa que estando los dos juntos solo
aparecía yo en comisión y a Luis Ángel no, para el día nueve estamos en lo mismo pero
aparece solo Luis Ángel en el Comisión.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Que el señor secretario tome nota para hacer lo que
corresponda para el reconocimiento de la dieta de los compañeros antes
mencionados.

ACUERDO Nº 1764
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Marlene Jiménez Pérez,
Secretaria Consejo intermunicipal CAPROBA, dice:

Reciban un cordial saludo; por directriz de la Presidencia del Consejo Intermunicipal, se
les convoca a Sesión Extra-Ordinaria 12-2019 para el día 17 de agosto del 2019 al ser las
11:00 am, en el Cantón de Talamanca.
Agenda.
Artículo     1:    Oración.
Artículo     II:   Confirmación del Cuórum.
Artículo     III:  Contestación Recurso de Revocatoria
Articulo:    IV    Atención Arq. Andrés Solano. Espacios Públicos y Ordenamiento
Articulo     V:    Mociones y Asuntos Varios.
Artículo     VI:   Clausura.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Pagar Viáticos y transporte.

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°165                 ACTA N°56 Ordinaria.                        13-08-2019




                                  ARTICULO II
                       Asuntos de la Sra. Alcaldesa.

ACUERDO Nº 1765
COMENTARIO:

Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas Villalobos.

Quiero dar como un informe rápido, sobre el trabajo que se ha venido realizando, con
respecto a la permanencia de la delegación en Guápiles, hemos estado haciendo algunos
trabajos de drenaje de aguas fluviales, se ha utilizado el Back- joe, ya se está iniciando
con un proyecto de drenajes, posteriormente vamos a continuar con electrificación
cambiado de cables, para informarles que se ha hecho un trabajo con la comisión que
participa el Concejo Municipal, la Cámara de Comercio y la comisión de Seguridad, ha
sido exitoso el trabajo y agradecer a todos los actores que han estado en este proceso, se
ha visto la comunidad de Pococí organizada, solidaria por un proyecto de muchísimo
impacto.

ACUERDO Nº 1766
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:

DACM-0238-2019

Asunto: Se solicita acuerdo de pago.

Respetables señores:
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 36 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2019-CD-000135-CL01: Compra e Instalación
de Aire Acondicionado Salón de la Alcaldía, solicitud presentada por la MBA Marcela
Cordero Aguilar.


                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°166                    ACTA N°56 Ordinaria.                       13-08-2019
Se recibió Oferta de la empresa:


      Frio Fenix S.A, oferta por una monta de ¢1.865.000.00, (un millón ochocientos
       sesenta y cinco colones exactos).Aportando certificaciones completas según
       cartel de Invitación.


Se procede a realizar la admisibilidad de las ofertas presentadas según lo indicado en el
artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa:
       Evaluación

                       Oferentes       Oferta            Precio Total
                                                         100% Puntos
                       Frio    Fenix   ¢1.865.000.00 100           100
                       S.A

De acuerdo al análisis y revisión del proceso, por parte de la administración y de la MBA
Marcela Cordero Aguilar, determino que la empresa: Frio Fenix S.A, cumple con todo lo
solicitado en el cartel, oficio visible en los folios No. 30-33.


                                      POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la empresa:


      Frio Fenix S.A, por un monto de ¢1.450.000,00 (un millón cuatrocientos cincuenta
       mil colones exactos), que serán utilizados para Compra e Instalación de Aire
       Acondicionado Salón de la Alcaldía, monto que se ajusta de acuerdo al contenido
       presupuestario existente por recomendación de la MBA Marcela Cordero Aguilar.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza a la señora Alcaldesa a pagar a la
empresa: Frio Fenix S.A, por un monto de ¢1.450.000,00 (un millón cuatrocientos
cincuenta mil colones exactos), que serán utilizados para Compra e Instalación de
Aire Acondicionado Salón de la Alcaldía, monto que se ajusta de acuerdo al
contenido presupuestario existente por recomendación de la MBA Marcela Cordero
Aguilar. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.

                        “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°167                 ACTA N°56 Ordinaria.                         13-08-2019
ACUERDO Nº 1767
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:

DACM-0237-2019

Asunto: Se solicita acuerdo de pago.

Respetables señores:
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 51 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2019-CD-000138-CL01, contratar por los
servicios de Gestión y Apoyo dos peones para realizar labores de mantenimiento de
parques, solicitud presentada por el Licdo. Fabián Delgado Villa lobos, Coordinador de
Unidad de Gestión Ambiental Municipal.
Se recibió Ofertas de los señores:

         Derly Coto Barrantes, oferta por un monto de ¢ 425.000,00 (cuatrocientos
          veinte y cinco mil colones exactos) mensuales, con certificaciones completas
          según cartel.
         Alexander Solís Vega, oferta por un monto de ¢ 425.000,00 (cuatrocientos
          vente y cinco mil colones exactos) mensuales, con certificaciones completas
          según cartel.


Se procede a realizar la admisibilidad de las ofertas presentadas según lo indicado en el
artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa:
Evaluación:

     Nombre        Cumplimiento     Oferta  Experiencia Entrevista Puntaje
                   de
                   Especificacion Económica                         Total
                   es
                      Técnicas
     Derly             Cumple            60           20            7.8       87.8
     Coto
     Barrantes
     Alexander         Cumple            60           30            7.9       97.9


                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°168                  ACTA N°56 Ordinaria.                         13-08-2019
    Salís
     Vega



De acuerdo al análisis y revisión del proceso, por parte de la administración y del Licdo.
Fabián Delgado Villalobos, Coordinador de Unidad de Gestión Ambiental Municipal,
determino que los señores: Derly Coto Barrantes y Alexander Solis Vega, cumple con
todo lo solicitado en el cartel, oficio visible en los folios No. 47 al 49.

                                  POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a los
señores:


          Derly Coto Barrantes, por un monto de ¢2.975.000,00 (dos millones
           novecientos setenta y cinco mil colones exactos) por un periodo de 7 meses,
           monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación
           del señor Fabián Delgado Villalobos.
          Alexander Solis Vega, por un monto de ¢2.975.000,00 (dos millones
           novecientos setenta y cinco mil colones exactos) por un periodo de 7 meses,
           monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación
           del señor Fabian Villalobos.


Por mayoría de 6 votos a favor, 3 en contra SE ACUERDA: Se autoriza a la señora
Alcaldesa a pagar a los señores: Derly Coto Barrantes, por un monto de
¢2.975.000,00 (dos millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos) por
un periodo de 7 meses, monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por
recomendación del señor Fabián Delgado Villalobos. Alexander Solis Vega, por un
monto de ¢2.975.000,00 (dos millones novecientos setenta y cinco mil colones
exactos) por un periodo de 7 meses, monto de acuerdo al contenido presupuestario
existente por recomendación del señor Fabian Villalobos. Los Regidores Reinaldo
Benavides Vargas, Maricruz Chaves Alfaro, Eliecer Araya Brenes, votan en contra.




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°169                 ACTA N°56 Ordinaria.                         13-08-2019
ACUERDO Nº 1768
PROPUESTA:
Reg. Patricia Aguilar Araya.

En el sector del Bajillo en la Colonia, se están haciendo unas mejoras de cunetas y la está
haciendo el CONAVI, la escuela de Guápiles necesita una vagoneta de tierra para mejorar
los jardines, para tomar un acuerdo y enviarle al CONAVI la solicitud de una vagoneta de
material de tierra.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la propuesta, Se Dispensa del Tramite de
Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. Trasladar a CONAVI y al Despacho
del señor Ministro.

ACUERDO Nº 1769
Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.

Que existe un hueco de tapa de alcantarilla por el centro de estudio de San Agustín calle
la Colonia, Que se puede hacer un paliativo, me ha indicado tránsito y otros, que cuando
la gente transita en vehículo se tira al otro lado del hueco, para que Giselle Barquero
presente una opción para no decir que A y A le toca, para atender para que no haya un
accidente por ese hueco.

ACUERDO Nº 1770
COMENTARIO.
Reg. Mariela Monge Araya.

tengo una inquietud está observando los trabajos sobre el aeropuerto, yo quisiera saber y
tal vez Giselle me puede ayudar ahí sí ya finalizó lo que son los trabajos de las mejoras
del aeropuerto porque me quedo así como una duda, primero se corrigió el asunto de las
aguas supongo verdad ahí se le llama la caja de registro esa que no tiene una tapa, y yo
había asumido había entendido entre los acuerdos con el CONAVI, o Aviación Civil que
eran las mejoras que se iba a ser, entendía que se iba hacer una acera a todo el alrededor
del aeropuerto estoy observando que donde se corrigieron el asunto de aguas pensé que
ese frente donde da la curva también iba a haber una acera por lo menos hasta donde
finalizaba el área del aeropuerto.



                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°170                  ACTA N°56 Ordinaria.                          13-08-2019
Ya lo restante no porque decían que por seguridad para los habitantes ya que se les había
cortado el tránsito por medio de ahí por seguridad si va hacer, y eso no se ha finiquitado
entonces me gustaría que se consulte y si fuera que eso no sé contemplo pues con la
investidura del Concejo Municipal y Alcaldía se le solicite Aviación Civil que corrija eso y
que por la seguridad de los habitantes y de todos los transeúntes y vecinos de ahí, se
contemple esos metros de acera de más.

Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.

Tal vez Giselle uste que le llevo el pulso, hizo el informe talvez si ya se está corrigiendo y
si ha visualizado al respecto a algo sobre proyecto.

Giselle Barboza. (Unidad Técnica MPL).

Con relación a la consulta Mariela, lo que en su momento habíamos propuesta corregir,
se corrigió pero fue en el área interna, lo que está sucediendo es que el barrio que se llama
San Rafael que esta por el colegio Bilingüe se inundaba producto del agua que corría
sobre la superficie del aeropuerto como los laterales y no había un sistema de hidráulico
apropiado principalmente de sur a norte, ese problema de resolvió, siguiendo la acera
donde están esas dos cajas de registro, está la cuneta, está el espaldón, la empresa como
tal no continuo la acera porque no estaban contemplado dentro de la estructura, ahí lo que
nos queda porque si usted ve la gente de esa área principalmente de esa Urbanización
camina por eso espaldón, los chiquitos vienen a la escuela y las familias enteras vienen
por ese espaldón, que es el espaldón no es la acera, que el espaldón realmente es un
factor muy inseguro para el peatón.

En ese sentido algo que se le puede hacer es solicitar una recomendación a CONAVI para
que amplíe el proyecto como tal, para salvaguardar en ese momento o el espacio que
queda ampliarla cera por lo menos hasta la entrada Palma Dorada, pero si
lamentablemente como que todo se juntó, el espacio muy angosto está en una curva no
hay acera, esa caja de registro es muy grande, es peligrosa para los niños etc.


Por Unanimidad, SE ACUERDA: En aras de salvaguardar la integridad física de los
peatones, llámense niños y adultos mayores y discapacitados y en general,
solicitarle a CONAVI, Aviación Civil contemplar la ampliación de la acera, alrededor
del trabajo hasta Palma Dorada en el aeropuerto de Guápiles. Se Dispensa del
Trámite Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado. Trasladarlo Aviación Civil, a
CONAVI al despacho del Ministro de Transportes la respectiva propuesta.




                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°171                 ACTA N°56 Ordinaria.                       13-08-2019




                                 ARTICULO III
 Lectura, Discusión y Verificación del Acta N°53 Ordinaria del
                          06-08-2019

ACUERDO Nº 1771
Se Conoce Acta N°53 Ordinaria del 06-08-2019

Reg. Patricia Aguilar Araya.

En el documento 1692, yo solicite a la señora Alcaldesa si podía traer un informe hoy de
como iba el convenio con fuerza pública, para ver la nueva construcción de lo que es la
delegación del distrito de La Colonia, entonces si me gustaría si ella por lo menos si
investigo algo.

Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas Villalobos.

Esto es un tema que le hemos estado dando mucho seguimiento, y doña Patricia
directamente con la Vice- Ministra ha estado comunicándose directamente, si se solicitó
un informe apenas nos envíen el informe con mucho gusto se lo hacemos llegar la ventaja
es que la señora Fiorela si nos dio directamente el número de teléfono, entonces es
bastante fácil el acceso de parte de doña Patricia y mi persona.

Acuerdo 1651. Que se lea correctamente:

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Autoriza a la señora Alcaldesa a firmar Convenio entre
la Municipalidad de Pococí y la Asociación de Desarrollo Integral de Toro Amarillo de
Guápiles. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N°53 Ordinaria del
06-08-2019.




                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°172                  ACTA N°56 Ordinaria.                           13-08-2019




                                   ARTICULO IV
                                       Mociones

ACUERDO Nº 1772
Reg. Maricruz Chaves Alfaro.

Hay un hueco frente a Pali, para que hagan revisión del mismo.
Otro punto me indicaron que en el cuadrante de La Colonia con respecto al proyecto de
tratamiento asfaltico que se realizó dijeron que no se llegó hasta el final, lo dejaron como
25 metros no le pusieron el tratamiento asfaltico dijeron que no estaba dentro de los
parámetros.

Pero a mí me habían dicho que sí que hasta al fondo medida tanto y yo medí el tiempo
para medir calle por calle, toda y cada una de esas, entonces me extraña que me digan
que no llegaron hasta el final, entonces para ver qué acción la que llaman el cuadrante de
la Amistad, al fondo quedo un faltante que no sé por qué no se concluyó, necesito tener
conocimiento si se va a terminar o no se va a terminar y por qué no se terminó porque la
empresa no hizo el trabajo hasta él final.

Por Unanimidad, Se Acuerda: Que el ingeniero Freddy Rivera nos presente un informe
sobre la situación del acabado en atender dicha calle La Amistad.

ACUERDO Nº 1773
Solicito el carro para el día viernes en la tarde, para poder asistir a Palmitas para ver unas
calles.

Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.

Hemos tenido problemas recientemente, porque después de las dos de la tarde y después
de una reunión que hubo en el despacho de la Alcaldía deslegitimaron en algún sentido el
accionar de este lado, entonces los muchachos han tenido problemas para el cobro de
extras y viáticos, que antes no se presentó nunca un momento.



                       “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°173                   ACTA N°56 Ordinaria.                      13-08-2019
Ustedes entenderán yo he tenido que hacer malabares, yo nunca casi ando un carro de
esos, tengo que andar mi carro para arriba y para abajo, porque ustedes entenderán que
ellos no pueden andar después de las dos de la tarde de gratis, 3,4,5,6,7 de la noche ni
cobrando ni siquiera viáticos, voy hablarlo mañana con la señora Alcaldesa para ver cómo
nos ponemos de acuerdo, yo el carro Maricruz se lo mantengo, me pone el Jueves en la
mañana un mensaje.

Síndico Juan Luis Gómez Gómez.

Me preocupa don Freddy, y quiero apoyar lo que usted en el comentario que hizo
anteriormente, no pueden estarle castimando a los choferes del Concejo Municipal el
trabajo en donde los regidores y rara veces los síndicos vamos al campo hacer algún
trabajo que es importante, yo creo señor Presidente que usted debe conferenciar bien con
doña Elibeth Venegas, porque no se vale, que nuestros choferes del Concejo Municipal
no se les dando el incentivo por el trabajo que ellos hacen y en ese les pido a los señores
regidores que nunca les neguemos lo que ellos se ganan porque todos trabajamos para
ganar, nadie lo hace de gratis.

ACUERDO Nº 1774
Síndico José A, Chavarría V.

Hay un problema en Cristo Rey de Cariari, en la calle de un paso se ocupan 5 o 10
alcantarillas.

Otro problema una señora en sillas de ruedas, que le van hacer una casa de bono y ocupa
unas 20 alcantarillas para que entre la vagoneta.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada la solitud al Sindico José Chavarría
Patricia Rosales y que coordine con el Vice- Alcalde Edgar Villarreal la visita al
campo para atender esas solicitudes, que ustedes nos indiquen, porque si esas
alcantarillas van en propiedad privada, tiene que atenderse con una documentación
que corresponde.

ACUERDO Nº 1775

  MOCION PRESENTADA POR LOS REG. JOHNNY VARGAS ARRIETA, FREDDY
                      HERNANDEZ MIRANDA.


                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°174                  ACTA N°56 Ordinaria.                         13-08-2019
Que las municipalidades poseen la autonomía política, administrativa y financiera
conferida por la Constitución Política para tutelar y garantizar el bien común del cantón
promoviendo el desarrollo local con la respectiva coordinación interinstitucional que
garantice la dotación de servicios necesarios para la población.

Que de manera constante este Concejo Municipal ha emitido solicitudes para la atención
del estado de la ruta nacional 247, no obstante, las mejoras ahí realizadas por parte del
ente encargado han sido insuficientes lo que provoca constantemente que las personas
que habitan las zonas más alejadas de nuestro distrito central tengan dificultades para
movilizarse.

Que, al ser una ruta nacional, es obligación del Ministerio de Obras Públicas y sus
dependencias dar el mantenimiento necesario y oportuno para evitar situaciones de
incomunicación o riesgo en el libre tránsito de las personas que utilizan esta ruta pero que
la Municipalidad podría colaborar en caso de ser necesario y mediante un convenio
aprobado por este Concejo.

Que se ha venido trabajando con representantes de las asociaciones de desarrollo del
sector para procurar la mejora del camino retomando el proceso exitoso que se gestó con
el convenio recién aprobado para la Ruta 817 y donde se está procurando que este
gobierno local pueda realizar los aportes a su alcance.

Que el día 09 de agosto se realizó una reunión en la que evaluaron acciones a tomar con
la participación de cerca de 20 representantes comunales y se conversó también sobre
acciones inmediatas que se deben atender.

Que durante una gestión de inspección realizada también el día 09 de agosto del 2019, se
pudo comprobar que existen dos pasos de alcantarilla corrugado a puntos de colapsar en
el sector de Linda Vista que presenta un riesgo inminente y que debe ser atendido
urgentemente antes de que se lamente un evento mayor, teniendo presente que por este
paso se trasladan incluso los buses que dan servicio a la comunidad y que el paso está
tan estrangulado que con dos eventos climáticos más podrían imposibilitarse del todo el
tránsito por ese sector.

En el transcurso de la tarde se pudo conversar con el Director de Conavi, Sr. Mario
Rodríguez, quien giró instrucciones al encargado de Emergencias de CONAVI David
Meléndez para que se realice atención inmediata del tema, para lo que se programó el
próximo lunes una reunión con representantes de la Alcaldía y CONAVI para coordinar el
proceso de intervención.



                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°175               ACTA N°56 Ordinaria.                       13-08-2019
Además, es necesario darle validez y soporte al trabajo que se viene realizando en la
comunidad para lo que quisiéramos conformar" una comisión especial al respecto
aprovechando la presencia de los vecinos.

MOCIONO:


Para que se autorice a la administración a coordinar con el CONAVI y aportar, en caso de
que sea necesario, materiales o maquinaria para la reparación de estos dos pasos
colapsados y posteriormente se dará informe al Concejo Municipal del compromiso
adquirido por nuestra parte.

Para que se cree y juramente una comisión especial para darle seguimiento a este asunto
y a la elaboración de un convenio para la atención de la ruta 247 junto con las Asociaciones
de Desarrollo, CONAVI y la Municipalidad de Pococí.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el informe y Moción, con copia al Sr. Mario
Rodríguez y al Ministro de Obras Públicas y Transporte. Se Dispensa del Tramite de
Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado, que se traslade a Sr. Mario Rodríguez
CONAVI, Despacho del señor Ministro,

ACUERDO Nº 1776
COMENTARIO.
Arelys Fernández Chaves.

Quería informarles de una situación que se nos presento hoy en el Distrito de Jiménez, en
horas de la mañana se nos informo que el río Molino corrió un agua sumamente negra lo
cual nos llamó la atención porque no viene del volcán.

Nos dimos la tarea de empezar a caminar hacia arriba y descubrimos y cosa que no es
nuevo para los habitantes de Jiménez que excompañia Mundimar, actualmente hoy
Chiquita Tropical Ingredients S.A, está tirando todos los desechos al río tengo los videos
en donde un tubo de seis pulgadas sale un agua completamente negra a lo que creemos
vienen de la laguna de la tratamiento o lagunas de oxidación, nos preocupa mucho,
sabemos que esta compañía si bien llego a brindarnos trabajo para todos los habitantes
del Cantón a cambio de eso tuvimos que perder un río, se había controlado un tiempo,
pero ahora curiosamente cada vez que llueve y el rio cambia su tonalidad.




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°176                 ACTA N°56 Ordinaria.                       13-08-2019
Tenemos el acta nos acompañó la fuerza pública, el departamento de aguas con los
ingenieros del Minae para ver la información, tengo que hacer la denuncia porque ya son
muchos años de vivir en esto. Explica Ampliamente.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra en comisión al Ing. Fabian Delgado,
Henry Madrigal, Reg. Arelys Fernández. Se Dispensa del Tramite de Comisión
Acuerdo Definitivamente, se traslada al despacho de la Alcaldía.

ACUERDO Nº 1777
Reg. Eliecer Araya Brenes.

El asunto es de la Calle donde esta Hogares Crea en La Rita, esa calle esta despedazada,
para ver si se le puede hacer algo a esa calle.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Trasladar solicitud del camino al Despacho de la
Alcaldía.

ACUERDO Nº 1778
Sindico José Alexis Chavarría V.

Asunto: Calle de Palermo al frente de la Pulpería Oasis, hueco que esta peligroso le pido
a la señora Alcaldesa que nos ayude con eso.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Trasladar solicitud del camino al Despacho de la
Alcaldía y coordinar con Giselle Barboza.

ACUERDO Nº 1779
Reg. Presidente Freddy Hernández Miranda.

A solicitud y demás con respecto a la sesión del viernes pasado de crear una comisión,
los compañeros Eliecer Araya Brenes y el señor Reinaldo Benavides Vargas, nombrar la
comisión para seguimiento con el tema de SINTRAJAP del tema que se tocó aquí de
Japdeva.
Comisión:

NOMBRE                                                     N° CEDULA.


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Reg. Freddy Hernández Miranda                             700900950
Reg. Eliecer Araya Brenes.                                601020224
Reg. Reinaldo Benavides Vargas                            700560748

El señor secretario Guillermo Delgado Orozco, procede a juramentarlos.

Quedan Debidamente Juramentados.

AL SER LAS DIECIOCHO HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS SE LEVANTA
                             LA SESIÓN




  F-FREDDY HERNANDEZ MIRANDA                    F-GUILLERMO DELGADO OROZCO
       PRESIDENTE MUNICIPAL                          SECRETARIO MUNICIPAL




C/c: SRS. REGIDORES, OTROS.
     ARCH.




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