Ordinaria 77 · 2018-10-16

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 77 del 2018-10-16 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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PAGINA N°1                 ACTA N°77 Ordinaria.                      16-10-2018



         MUNICIPALIDAD DE POCOCI
              ACTA MUNICIPAL
         N°77 ORDINARIA. 16-10-2018
  SESION ORDINARIA. N°77 DEL 16-10-2018, INICIADA A LAS 17:00
  HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA
  SIGUIENTE ASISTENCIA:
  ===============================================================
  REGIDORES DIRECTORIO                     REGIDORES SUPLENTES
  Johnny Vargas Arrieta
  Arelys Fernández Chaves (Sust. Patricia Aguilar Araya)
  Ovidio Vives Castro                       Mariela Monge Araya
  Ginnette Sequeira Granados                Luis. Gdo. Venegas Ávila
  Bernardo Antonio Veach Davis              Virginia Hernández Rivera
  Reinaldo Benavides Vargas                 Marta Salgueras Vásquez
  Eliecer Araya Brenes                      Oscar Garro Rojas
  Freddy Hernández Miranda (Quien Preside)Mª de los Ángeles Núñez Fuentes
  Maricruz Chaves Alfaro                    Domingo Matarrita Gutiérrez
  =====================================================
  SÍNDICOS PROPIETARIOS        SÍNDICOS SUPLENTE
  Geison Valverde Méndez                   Lucy Barrantes Jiménez
  Johnny Córdoba Hernández                 Katherine Mendoza Montero
  Juan Luis Gómez Gómez
  Luis Ángel Rodríguez González            Dafne Padilla Monge
  José A. Chavarría Villarreal             Ana Patricia Rosales Valverde
  Javier Jiménez Villalobos
  Joel Umaña Salazar                       Lisseth Monge Araya

        GUILLERMO DELGADO                     ELIBETH VENEGAS
             OROZCO.                             VILLALOBOS
            SECRETARIO                      ALCALDESA MUNICIPAL
  =====================================================



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                        ORDEN DEL DÍA

   Acuerdos                                          ARTÍCULO


  2460 al 2473              I                    Correspondencia

                                   Lectura, Discusión y Verificación del
                                    Acta N°73 Ordinaria del 02-10-2018,
  2474 - 2475               II      Acta N°74 Extraordinaria del 04-10-
                                                   2018

  2476 al 2482             III           Asuntos de la Sra. Alcaldesa




             Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.

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                                   ARTICULO I
                                Correspondencia

ACUERDO Nº 2460
El señor Presidente Freddy Hernández Miranda nombra en comisión a la Reg. Patricia
Aguilar Araya, que presente su debido informe de comisión.



ACUERDO Nº 2461
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Alcaldesa Elibeth Venegas
Villalobos, dice:

DACM-0319-2018

Por este medio les presento para su conocimiento y aprobación Plan Anual Operativo
Ajustado y la Modificación Presupuestaria 07-2018, por un monto de ¢86,787, 083.00
(ochenta y seis millones setecientos ochenta y siete mil ochenta y tres colones con 00/100)
correspondiente a la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria 8114.

El mismo como sigue:




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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Traslada a la Comisión de Hacendarios,
coordinar con el Dpto. de Presupuesto.


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ACUERDO Nº 2462
Se conoce nota para este Concejo suscrita por vecinos del Calle del Trapiche Suerre de
Jiménez, dice:

Dada la potestad de la municipalidad quien debe otorgar o denegar las licencias en cada cantón para
la comercialización de bebidas con contenido alcohólico, la cual debe estar reglamentada por el
concejo municipal mediante acuerdo de mayoría calificada del total de sus miembros, nosotros los
vecinos del poblado de Suerre, ubicados en la llamada calle El Trapiche, ésta, ubicada a 400 m oeste
de la escuela de Suerre, solicitamos NO se otorgue el uso de suelo para establecer un Bar en la calle
antes mencionada, debido a las siguientes razones:

      El lote para el cual se solicita el uso de suelo para el establecimiento de un Bar,
       está ubicado a 400 m oeste y 150m sur de la escuela de Suerre y a 150 m del Bar
       El Trapiche ya establecido en la zona y limita con lotes dedicados a vivienda, donde
       habitan familias con niños menores de edad y como se menciona en la ley 9047
       donde decreta la Regulación y Comercialización de bebidas con contenido
       alcohólico en su artículo 9 de las prohibiciones "inciso a) No se podrá otorgar ni
       autorizar el uso de licencias clases A y B a negocios que se encuentren en zonas
       demarcadas como de uso residencial", como es el caso de la zona afectada, a lo
       largo de toda la calle el trapiche el uso es residencial.

       En el poblado de Suerre ya existe un bar (Bar el Trapiche, antes mencionado)
        ubicado sobre la calle principal a 400 m oeste de la escuela de Su erre ya 150m
        del lote en cuestión. Dado el tamaño y densidad de población de esta zona, con
        un nuevo Bar se estaría afectando los criterios de conveniencia, racionalidad,
        proporcionalidad, razonabilidad e interés superior del menor, riesgo social y
        desarrollo equilibrado de la zona, como se menciona en la ley 9047, artículo 3
        inciso C, decreto de la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica, de la
        Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico, en el capítulo
        I Disposiciones Generales.
      El lote en cuestión no cuenta con un adecuado acceso y espacio para el
       estacionamiento y circulación de camiones (repartidores de cerveza) y para la
       entrega de otros productos, ni para el estacionamiento de vehículos los cuales se
       estacionarían en la vía pública, situación que no es permitida por ley, además que
       obstaculizarían el tránsito libre por esta calle.



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   La calle sobre la cual está ubicado dicho lote, si bien es denominada calle publica,
     en el momento no cumple con los requisitos como tal, ya que el ancho de ésta no
     permite la circulación libre de dos vehículos, no cuenta con las alcantarillas
     necesarias para la evacuación de las aguas de escorrentía y es una calle de lastre,
     lo cual provoca el deterioro continuo de esta vía y con las lluvias se hacen canales,
     en la actualidad presenta zanjos laterales. Los vecinos que firmamos a
     continuación, gradecemos de antemano la atención y colaboración que nos
     brinden, nuestra esperanza es continuar conviviendo en paz y tranquilidad con toda
     nuestra comunidad.




Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la Alcaldía para lo que
corresponda.


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ACUERDO Nº 2463
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Fernando Mora Oporta, Presidente
de la Asociación Lomas del Sierpe (ASOLOMAS), dice:

Sirva la presente para saludarles y a la vez solicitarles su apoyo para la apertura de la feria
del agricultor en campo cinco de Cariari. Ya tenemos avanzado el proyecto, perfil,
diagnóstico, y convenios.

Requerimos patente y permiso de funcionamiento entre otros. Por lo cual solicitamos una
audiencia.

Se adjunta Convenio, el mismo como sigue:




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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la Alcaldía para lo que
corresponda.

ACUERDO Nº 2464
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Dianey Cerdas Fallas, Gerente General
Almacenes San Francisco, dice:



Reciban un cordial y caluroso saludo, así mismo me permito manifestar lo siguientes:

Como ustedes recordaran el pasado 3 de enero del presente año nuestra amada sucursal de Guápiles
sufrió un lamentable incendio, el cual consumió prácticamente toda la estructura de la ferretería, gracias
al apoyo del pueblo de Pococí y las diferentes entidades que nos han tendido la mano, al esfuerzo,
convicción y fe por salir adelante que siempre hemos tenido como empresa, hoy estamos logrando
agendar fecha de apertura para el nuevo edificio que aún se encuentra en construcción.

A manera de gratitud y en retribución con el pueblo queremos hacer de este nuevo renacer, una gran
celebración el próximo 22, 23 Y 24 de noviembre 2018 y así celebrar en grande junto con el pueblo de
Pococí y todos aquellos que nos deseen acompañar.

Para ellos se tienen programados espacios culturales, grandes descuentos en todos nuestros
productos, demostración de artículos de las distintas casas comerciales, regalías, grandiosas rifas,
repartición del queque inaugural con todos aquellos que nos acompañen el viernes 23, bocadillos
gratuitos, tamaleada, además de actividades deportivas igualmente gratuitas.

Todo lo anterior porque queremos celebrar junto al pueblo que nos vio nacer una primera vez, el resurgir
después de la tragedia.

Es por ello que de manera formal y afectuosa les hacemos cordial invitación a todos los estimados(as)
miembros del consejo, a la señora alcaldesa y vicealcaldes de la Municipalidad de Pococí, a fin de que
nos acompañen el viernes 23 de noviembre a las 11 am al acto oficial de inauguración.

Por ultimo queremos solicitarles de manera formal y respetuosa se nos autorice cerrar los días arriba
indicados, un pequeño espacio (50 metros lineales) de la calle que pasa por uno de los costados del
almacén, sea frente a nuestras bodegas (detalle en croquis adjunto). Esto debido al movimiento que
esperamos se genere en esos días en razón de las actividades descritas. Aspecto este último que
puede ser corroborado y coordinado por medio de algunos de los departamentos de ingeniería que sus
autoridades dispongan.

Fijo los siguientes medios para cualquier comunicación al respecto, correo electrónico
dianeycerdasf@gmail.com y el teléfono 2710-70-36, celular 8878-4648.

Se adjunta Croquis.


                          “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el permiso para el cierre de calle de uno de
los costados del almacén, los días 22-23 y 24 de noviembre2018.Se Dispensa del
Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 2465
PROPUESTA
Síndico Juan Luis Gómez Gómez:

Ese documento de jurídico el cual está explicando el señor Presidente, creo que valdría la
pena como que le dieran una copia a cada compañero, se lo llevaran y lo analizaran en la
casa hicieran una sesión extraordinaria para ver solo ese documento, es importante
porque el combo fiscal va amanociar los dineros municipales si se aprueba, si alguien
avala eso sería importante que todos los regidores hagan un pronunciamiento sobre eso,
para que nosotros como municipalidad le demostremos a los poderes de la republica que
también tenemos un razonamiento lógico en defensa de la gente humilde de este país

Reg. Maricruz Chaves Alfaro.




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Concuerdo con la palabras del señor Juan Luis lo avala el señor Regidor Bernardo Veach
Davis, pero en este caso considero no solamente la parte de la Comisión Jurídica, sino
que ahí deberíamos de tener el conocimiento todos en pleno para tener el documento y
como lo dice el compañeros leyéndolo aquí en el momento y poderlo determinar por si
bien es cierto la Sala ya se pronunció con respecto a eso y nosotros ya tenemos un
conocimiento pleno al respecto porque en su momento nos ha llegado el documento y
hemos visto entonces ya ese documento nos hace ver que estamos en una afectación es
simplemente de tener conocimiento.

Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.

Yo se los dejo a ustedes lo estoy haciendo abiertamente respetándole el espacio, hay una
propuesta del compañeros Juan Luis, avalada por el señor Bernardo Veach, la voy a
someter a consideración, indica que se vea en la siguiente sesión, ya yo lo he dicho ya
dos, tres veces es que no ponen atención, vuelvo a lo mismo, el que esté de acuerdo con
la propuesta del señor Gómez avalada por el señor Veach, sírvase levantar la mano.

Por Mayoría de 2 votos a favor y 7 en contra, SE ACUERDA: Rechazar la Propuesta,
votan a favor el Regidor Bernardo Veach Davis y la Regidora Maricruz Chaves
Alfaro.

Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.
De esto hay tiempo hasta pasado mañana, lo dije dos, tres veces hay tiempo hasta pasado
mañana hasta día jueves tiene que enviarse, para que pueda entrar en la comisión en la
Asamblea Legislativa que está analizando y estudiando el caso, procedo a leer
conclusiones.


                               CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ.
                       SE RESPONDE CONSULTA LEGISLATIVA EXP. N° 20580,
                                OFICIO AL-DSDI-OFI-0329-2018.


Al ser las dieciocho horas del dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho, el Concejo Municipal de Pococí,
dispone con respecto al proyecto de ley de fortalecimiento de las finanzas públicas N° 20580.


Que mediante oficio AL-DSDI-OFI-0329-2018, recibido vía correo electrónico el 05 de
octubre anterior, respecto a la consulta institucional del texto actualizado del Expediente
Legislativo Nº 20580, denominado LEY DE FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS



                           “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PÚBLICAS, y con el objetivo de cumplir con lo dispuesto en el artículo 157 del Reglamento
de la Asamblea Legislativa, nos permitimos manifestarle lo siguiente:

               I. DE LA NATURALEZA JURÍDICA DE LAS MUNICIPALIDADES.


Como es conocido, las municipalidades en el ordenamiento jurídico costarricense, ostentan la
naturaleza de entes administrativos, con personalidad jurídica, con patrimonio propio y capacidad
jurídica plena para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para cumplir sus fines, lo
anterior en total sintonía con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley General de la Administración
Pública y complementado con el artículo 2 del Código Municipal, siendo lo anterior congruente con
la posición de la Sala Constitucional, respecto a los efectos o consecuencias que se dan a partir
de la descentralización administrativa, como es el caso de la municipalidades (descentralización
territorial), pues la descentralización produce la creación de una persona jurídica o ente menor,
en ese sentido dicha Sala en el Voto N° 1607-91, sostuvo que “….en todas las formas de
descentralización la figura jurídica del Estado desaparece para dar lugar, precisamente, a una
persona jurídica diversa de él, como lo recoge, respecto a la Administración Pública, el artículo 1°
de su Ley General…” (Véase en el mismo sentido las Sentencias Nos 3629-05 de 5 de abril de
2005, 9563-06 de 5 de julio 2006 y 17600-06 de 6 de diciembre de 2006.)
Sin dejar de lado quizá, uno de los aspectos de mayor relevancia de las municipalidades como
entes territoriales, cual es la delegación expresa que les hizo el constituyente, vía artículo 169,
donde se dispuso en lo que interesa que la administración de los intereses y servicios locales en
cada cantón, están a cargo del Gobierno Local y en ese sentido, la MUNICIPALIDAD debe
procurar que las necesidades en los diferentes campos o actividades se logren satisfacer,
delegación que el constituyente con ojo futurista quiso potenciar, dotando a las municipalidades
de autonomía en los términos del artículo 170 de la Constitución Política, reforzado por el legislador
en el artículo 4 del Código Municipal.


Igualmente, no se omite el aporte que la jurisprudencia de la Sala Constitucional, ha venido
desarrollando desde su creación, dando a las municipalidades en cuanto al protagonismo
que estas deben tener en el ejercicio de la función que realizan, así como la delimitación

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de la autonomía que esa Sala hiciera en el Voto 5445-99, donde de manera clara, delimitó
los tipos de autonomía que ostentan los entes territoriales en el ordenamiento jurídico
costarricense, disponiendo así, cuatro tipos de autonomía a saber, Autonomía política:
Autogobierno, elección de sus autoridades por medio de mecanismos de carácter
democrático y representativo.
Autonomía administrativa: Libertad frente al Estado para la adopción de sus decisiones
fundamentales, políticas, planes, programas, presupuestos.
Autonomía normativa: Potestad de dictar su propio ordenamiento en las materias de su
competencia.
Autonomía tributaria: Iniciativa para la creación, modificación, extinción, o exención de
los tributos municipales.


Todo lo anterior nos permite concluir, hasta esta parte del presente pronunciamiento, que
la relación que existe entre el Estado ente mayor, respecto al ente menor, caso particular
de las municipalidades, es únicamente de “tutela administrativa es intersubjetiva y
horizontal, esto es, se produce entre dos entes públicos, normalmente mayor -Estado- y
los menores los últimos dotados de personalidad jurídica y con autonomía”. (Jinesta Lobo,
Ernesto. Pag. 63. Tratado de derecho administrativo Tomo I (Parte General)). Ello deviene
en suma importancia para efectos del pronunciamiento que se emite, toda vez, como se
verá en cada uno de los artículos que seguidamente se analizan, estos contienen una
redacción que evidencian una abierta violación a los distintos tipos de autonomía, según
fueron mencionados, asemejándose esa intromisión a una relación de Jerarquía
Administrativa, misma que como ya se indicó, no existe entre los entes territoriales y el
ente público mayor (Estado Central).

         II. SOBRE LAS OBSERVACIONES ESPECÍFICA DEL TEXTO 20580.




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Las mismas se plantearán, siguiendo el mismo orden en que está estructurado el proyecto
de ley; dicho ello, procedemos de la siguiente forma:

TITULO I. LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

Artículo 9, Numeral 2: no sujeción de las municipalidades al IVA: no encuentra esta
Corporación Municipal inconveniente alguno.


Artículo 9, Numeral 10: no sujeción de la prestación de servicios de comunicación
colectiva contratados por las Municipalidades al IVA: no encuentra esta Corporación
Municipal inconveniente alguno.


TRANSITORIO VI: exoneración total -por 3 meses- de intereses en las deudas
correspondientes a las obligaciones tributarias con el IFAM: no encuentra esta
Corporación Municipal inconveniente alguno.

TÍTULO II. LEY DE IMPUESTO A LOS INGRESOS Y UTILIDADES.

No tiene esta Corporación Municipal observaciones.



TÍTULO III
MODIFICACIÓN A LA LEY DE SALARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA


Artículo 26: la inclusión, en el inciso 2, de las Municipalidades dentro del capítulo del
ordenamiento del sistema remunerativo y del auxilio de cesantía para el sector público,
lesiona la autonomía municipal normativa, la administrativa y la tributaria dispuestas
en Voto de la Sala Constitucional 5445-99, según se indicó y lo dispuesto en el artículo
170 constitucional, sin omitir mencionar que la situación financiera de las municipalidades




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hay que verla desde un escenario distinto al que presenta el Gobierno Central o Ente
Público Mayor.


Argumentos que serán reiterados para las demás propuestas contenidas en este título.


Artículos 35 y 36: en relación con los porcentajes de compensación por dedicación
exclusiva y prohibición, esta Corporación Municipal es del criterio que, para el régimen
municipal, deben mantenerse los porcentajes actuales a efectos de ofrecer los
estímulos necesarios para garantizar el compromiso y excelencia profesional de sus
servidores, aunado a lo ya mencionado, respecto a las autonomías que se ostentan -
administrativa, normativa y tributaria-, mismas que cada municipalidad debe activar al
momento de analizar o no el pago de una dedicación exclusiva o cualquier otro incentivo
salarial.


Artículo 39: en línea con la jurisprudencia constitucional, consideramos que la
indemnización por concepto de auxilio de cesantía, al menos para el régimen municipal,
que goza del beneficio de convenciones colectivas, debería ser con un tope de 12 años,
sin perjuicio del análisis que a futuro haya que realizar sobre los alcances y naturaleza
jurídica de las convenciones colectivas, al amparo del derecho de la constitución,
específicamente el artículo 62, así como los convenios de la Organización Internacional
del Trabajo (OIT).


Artículo 43: esta Corporación municipal está de acuerdo con el no pago de viáticos a
quienes perciban dietas, en el entendido de que no están incluidos los miembros de
los Concejos Municipales, pues si estuvieran incluyendo a los de los Concejos
Municipales esto contravendría el artículo 30 del código municipal que autoriza el pago a
estos y en consecuencia violentaría la autonomía normativa.



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Artículos 46, 47 y 49: esta Corporación municipal no está de acuerdo, que en materia
de Empleo Público, en lo que respecta a las municipalidades, la rectoría corresponda
al Ministro (a) de Planificación Nacional y Política Económica, ya que ello lesiona
groseramente la autonomía municipal, tal y como ha sentenciado de manera recurrente la
jurisprudencia constitucional. Admitir ello sería subordinar el accionar municipal a las
regulaciones del Gobierno de La República en la materia, crear una relación de jerarquía
donde no existe. De igual forma, discrepamos de la obligación de acatar
obligatoriamente los lineamientos de la Dirección General del Servicio Civil por las
razones ya expuestas.


Artículo 50: al tener las municipalidades un régimen salarial propio, descrito en el Código
Municipal, con particularidades diferentes que el Gobierno Central, discrepamos que el
incentivo por anualidades sea por un monto fijo y no nominal, volvemos a insistir esto
es un asunto de giro propio de la administración municipal, a la luz de la autonomía
normativa, administrativa y tributaria de ser el caso.


Artículo 52: discrepamos que la modalidad de pago para los servidores municipales
sea mensual con adelanto quincenal, por cuanto -además de violentar las autonomías
constitucionales ya citadas-, transgrede estipulaciones contenidas en diversas
convenciones colectivas vigentes, en numerosas municipalidades del país que han
pactado la modalidad bisemanal.


Artículo 55: esta Corporación Municipal no está de acuerdo en supeditar a la Reserva de
Ley la creación de incentivos y compensaciones salariales, por cuanto violenta el
artículo 62 constitucional, que faculta que ello pueda hacerse mediante convención
colectiva, además como ya se indicó, la situación financiera de las municipalidades, hay
que verla desde un escenario distinto al que presenta el Gobierno Central o Ente Público
Mayor.

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TÍTULO IV. RESPONSABILIDAD FISCAL DE LA REPÚBLICA

Artículos 15 y 23: esta Corporación se opone a que el Ministerio de Hacienda
presupueste y gire los destinos específicos, supeditándolo a criterios de asignación
propios y únicos de la dinámica del Gobierno Central, la existencia de recursos en Caja
Única así como a la eficiencia presupuestaria de los beneficiarios.


Ello pone en peligro, sobre todo los recursos que se transfiere a las municipalidades por
concepto del impuesto a los combustibles (Ley 8114), en donde la jurisprudencia
constitucional, como es el caso del Voto 11165-04 del 8 de octubre de 2004, ha
sentenciado que la omisión de presupuestar y girar estos recursos a las
municipalidades violenta derechos humanos fundamentales de 4ª generación.


De igual forma esta disposición ignoraría la jurisprudencia de nuestra Sala Constitucional,
como es el caso del Voto N° 2119-2005, que ha dictaminado que no se puede cambiar
el destino específico de los impuestos por ley de presupuesto o por normas de rango
inferior siendo ello posible únicamente modificando la ley ordinaria correspondiente.


Artículo 25: rechazamos que se pretenda que el Ministerio de Hacienda, únicamente
presupueste -a su discreción- aquellas transferencias con destino específico que
estén incluidas en la Constitución Política y que tengan fines sociales, a sabiendas
que únicamente el gasto destinado a la educación pública tiene rango constitucional en su
numeral 78.


Con ello además, se tornarían nugatorias las reformas al artículo 170 constitucional, las
leyes 8801, 9329 y todas aquellas que a futuro, vía transferencias, dispongan mayores
recursos a las municipalidades para atender competencias que hoy están conferidas el


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Poder Ejecutivo y que no tengan estrictamente fines sociales (infraestructura, seguridad
ciudadana, etc.)


                       III. CONCLUSIONES SOBRE LA INICIATIVA

De la forma expuesta dejamos constancia de nuestras observaciones a la literalidad del
texto sometido a nuestro conocimiento. Ello no obsta para rendir nuestra opinión
favorable a la necesidad impostergable que se debe efectuar una reforma tributaria
que procure resolver el problema de las finanzas públicas, la cual debe respetar
algunos enunciados básicos como:


   A. Emitir las reformas con criterios de justicia social, evitando imponer tributos de
      manera regresiva (impuesto sobre la renta) que afecten a la mayoría de la población
      para dar paso, como ha sucedido en sociedades vanguardistas, a una reforma
      tributaria progresiva orientada a exigir que contribuyan en mayor medida quienes
      tienen mayores ingresos y atacando la evasión fiscal que ronda el 8% del Producto
      Interno Bruto.


   B. Excluir al régimen municipal de las medidas de contención del gasto, cuyo problema
      medular es la deuda pública del Poder Central y no el comportamiento de las
      finanzas municipales, ya que como es conocido, corresponde a cada corporación
      municipal ser autosuficiente en cuanto a la gestión tributaria, sin perjuicio de las
      transferencias que les hace el Gobierno Central



   C. Respetar la autonomía municipal sin adscribir su funcionamiento y administración,
      a las políticas y lineamientos del Gobierno Central (Ministerio de Hacienda,
      Autoridad Presupuestaria, Dirección General de Tributación, Dirección General de
      Servicio Civil, Mideplan, etc.) en materia tributaria, presupuestaria y de empleo

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     público, evitando una sujeción que venga a vulnerar las autonomías ampliamente
       citadas.



   D. Salvaguardar el proceso de descentralización del Estado con el traslado de
       transferencias y recursos del Poder Ejecutivo a las Municipalidades, de tal manera
       que las reformas tributarias no afecten el fortalecimiento de los gobiernos locales,
       como máxima expresión de la representación popular de las sociedades
       democráticas.



En los términos expuestos manifestamos nuestra posición sobre el proyecto de ley
sometido a nuestra consideración.



                            CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Con base en los argumentos arriba desarrollados
en el presente documento, la Municipalidad de Pococí deja expuesta su posición
sobre el proyecto de Ley N°20580 y respondido por ende, el oficio N° AL-DSDI-OFI-
0329-2018- Dispénsese del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.

ACUERDO Nº 2466

Se conoce nota para este Concejo suscrita por Eva Torres Marín, Asociación Desarrollo
de Cariari, dice:

Un Gusto Saludarles, y a su vez por este medio, Yo EVA TORRES MARIN, mayor, casada, vecina
de Cariari, Pococí, Limón, Profesional, portadora de la cédula de identidad número: 7-0168-0512,
actuando en su condición de representante Legal de la Asociación de Desarrollo Integral de Cariari,
cédula Jurídica Número: 3-002-084107, se prepara para realizar una actividad denominada FERIA
NAVIDEÑA CARIARI 2018, del 29 de noviembre al 10 de diciembre.

                        “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Tres de los eventos muy importantes que desarrollaremos corresponden a CABALGATA
NOCTURNA, DESFILE DE BOYEROS Y DESFILE DE FANTASIA NAVIDEÑA, los cuales no
tocarán rutas Nacionales, únicamente el desfile de Boyeros 600 metros de calle, ya que
corresponderán a las Rutas Municipales, sin injerencia de La Dirección Regional de Ingeniería de
Tránsito, no obstante si de compromiso de tramitar los permisos internos, por esta razón
solicitamos los siguientes dos aspectos para que este Consejo los bote el día de Hoy por
unanimidad y así poder tramitar los permisos correspondientes a un de días hábiles de las
actividades:

1) Que este honorable Consejo declare Estas Tres Actividades de Interés económico y cultural
   para el evento Fantasía Navideña en las fechas y recorridos señalados por evento.
2) Que se otorgue el permiso correspondiente para el uso de calles Municipales debidamente
   señaladas en los croquis y recorridos adjuntos.
   Estos dos puntos anteriores otorgaran a la organización las herramientas documentales
   necesarias para la tramitología de los Vistos Buenos de Participación en eventos de Carretera.
   Esta documentación es muy omitida por los organizadores, los cuales fomentan la
   clandestinidad, desestimando la responsabilidad Civil que poseen los organizadores


En este tipo de actividades, por esta razón la Asociación de Desarrollo Integral de Cariari,
continuara con su trayectoria de producir eventos con responsabilidad. Agradeciéndoles la
atención brindada esperamos una pronta respuesta, para evacuar cualquier duda al respecto
aportamos los teléfonos 8541-05-38
FECHAS:


01 DE DICIEMBRE:
Cabalgata: recorrido iniciara en el Redondel de Toros, saliendo por la entrada principal de las
Fiestas, hacia la carretera a Formosa doblando 200 metros oeste, dobla a mano izquierda pasando
por el Pani, avanzado hasta doblar a a la izquierda hasta llegar al barrio la Foresta, avanzando
350 metros, y 400 sobre la calle, dobla a la derecha y avanza sobre la Finca del Sr. Willy Elizondo
hasta tocar carretera de lastre y salir nuevamente a Formosa, donde doblara a la derecha sobre


                        “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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el pavimento hasta el supermercado después de la entrada a Barrios España y Salir al Barrio San
Juan donde finalizara el Recorrido.


08 de diciembre: Desfile Navideño, iniciará en el almacén Buen Precio, hasta Monge exprés
pasando por el frente de la Delegación Atrtelec, Banco Popular, dobla a la Izquierda 100 metros al
frente del Parque hasta salir a la Ferretería San Martín dobla a la izquierda, luego a la derecha
hasta llegar al Campo Ferial donde dará una vuelta en Circulo, como segunda opción si se
opusiese la Fuerza Pública iniciara en la entrada al Barrio San Juan por la Pizzería en Línea directa
hasta llegar 25 metros oeste antes del Palí y continuar hasta el Campo Feria!



09 de diciembre: Desfile de Boyeros; Iniciara en el Campo Ferial por detrás del Redondel pasando
por el Barrio San Juan avanzando 200 metros norte, 200 este y 100 al sur, dobla a la derecha 25
metros y luego 100 metros este pasando por la Y griega, Pinturas Prosol, hasta el Servi Pan, dobla
a la derecha pasando por Mus Mani, exprés pasando por el frente de la Delegación Atrtelec, Banco
Popular, dobla a la Izquierda 100 metros al frente del Parque hasta salir a la Ferretería San Martín
dobla a la izquierda, luego a la derecha hasta llegar al Campo Ferial donde dará una vuelta en
Circulo, como segunda opción si se opusiese la Fuerza Pública iniciara en la entrada al Barrio San
Juan por la izzería en Línea directa hasta llegar 25 metros oeste antes del Palí y continuar hasta
el Campo Ferial.




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Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el permiso siempre y cuando cumplan con
los requisitos de ley. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente
Aprobado.


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ACUERDO Nº 2467
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. José Pablo Cordero Siles, dice:

Por la presente, la Asociación de Béisbol de Pocod, solicita formalmente autorización para
hacer uso de la cancha de béisbol ubicada dentro del polideportivo Rogelio Alvarado, con
disponibilidad de lunes a domingo, siendo que no contamos con días específicos de
entrenamiento, esto por la variación del clima en nuestro cantón, dicha utilización de la
cancha tendría la finalidad de continuar con el proceso de entrenamientos para Juegos
Deportivos Nacionales, categoría infantil y juvenil, y torneos locales recreativos de otras
categorías. Es de conocimiento de esta asociación que dichas instalaciones actualmente
no cuentan con póliza que cubra en caso de un eventual accidente, razón por la cual se
encuentra cerrada al público en general, ante esto proponemos cubrir nosotros con el
costo por concepto de pago de una póliza de riesgo civil que cubriría el perímetro del
diamante de béisbol, y por consiguiente a nuestros atletas y padres de familia que les
acompañen, por el plazo que cubre dicha póliza, todo esto en atención a lo que realmente
nos ocupa, que es velar por la recreación de nuestros deportistas en este caso específico
de la disciplina de béisbol, quienes como ya es conocido ampliamente tienen más de un
año de no contar con un espacio apropiado para esto, y en atención a que si bien la
decisión sobre la cual versará dicha autorización quedará amparada a la discrecionalidad
de un acto administrativo, recordemos que estos encuentran su límite en los principios
elementales de justicia, así como en la lógica y conveniencia, que estarían basta mente
justificadas en que actualmente el campo existe y está siendo desaprovechado por un
tema que subsanaríamos momentáneamente con esta propuesta, es por esto que está
direccionada a encontrar una solución a un conflicto que afecta a población de nuestro
cantón que incluye niños y jóvenes, algunos de ellos en riesgo social y deserción escolar,
agradecemos de antemano la atención más célere posible a nuestra solicitud ya su vez
solicitamos respetuosamente que en caso de ser negativa su respuesta, nos sea extendida
por escrito la respectiva argumentación, es todo.

Por Unanimidad SE ACUERDA: No se puede autorizar el uso de la cancha de béisbol
hasta que no haya un convenio entre la Municipalidad de Pococí y la Junta de
Educación del CT P de Pococí, se traslada al despacho Alcaldía para lo que
corresponda.

ACUERDO Nº 2468

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Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Karen Patricia Porras Arguedas,
Directora Ejecutiva Unión Nacional de Gobiernos Locales, dice:

Estimados Municipalitas, en el Diario Oficial La Gaceta Nº 186 del martes 9 de octubre del
2018 se ha publicado la Ley de la República N° 9587, la misma refiere a la
AUTORIZACIÓN PARA LA CONDONACION TRIBUTARIA EN EL REGIMEN
MUNICIPAL.

Las municipalidades del país por una única vez, pueden otorgar a los sujetos pasivos
(contribuyentes) la condonación total del pago de los recargos, los intereses y las multas
que adeuden a la municipalidad por concepto de impuestos, tasas, servicios municipales
y por el impuesto sobre bienes inmuebles, hasta tercer trimestre 2018.
Cada concejo municipal, según sus condiciones particulares, decidirá si se acoge a un
plan de condonación, lo cual debe hacerse mediante un acuerdo municipal que debe ser
tomado dentro de los tres meses posteriores a la entrada en vigencia de la ley 9587 (hasta
el 9 de enero 2019). El acuerdo debe determinar el plazo por el cual regirá la condonación,
que no podrá exceder de seis meses, contado a partir de la firmeza del acuerdo municipal.
La condonación se le aplicara al contribuyente si cancela la totalidad del principal
adeudado, siendo que la administración municipal podrá establecer facilidades de pago
acordes con la legalidad pertinente, durante el periodo de vigencia que aplique la
municipalidad
Es importante indicar que dicha autorización aplica también a los concejos municipales de
distrito, debidamente establecidos al amparo de la Ley N." 8173, Ley General de Concejos
Municipales de Distrito, de 7 de diciembre de 200l.
Para lograr la mayor recaudación posible, las municipalidades que se acojan a lo
dispuestos en la Ley 9587 procurarán realizar una adecuada campaña de divulgación, de
tal forma que los contribuyentes se enteren de los alcances y los procedimientos de este
beneficio.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 2469
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Maritza Torres Brenes, Cédula
N°700740758, autenticado por el Lic. Walter William Ching Duran Carné 21600, dice:

La misma como sigue:

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Traslada a la Junta Administradora del
Cementerio de Guápiles e Informe a este órgano colegiado lo que corresponda.

ACUERDO Nº 2470
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal de Pococí, dice:

DACM-0306-2018

Asunto: Remisión solicitud ayuda de la Asociación de Desarrollo Integral de Bataan

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Respetables señores:
Mediante la presente se remite nota de solicitud de ayuda de la Asociación de Desarrollo
Integral de Bataan CADIBA), ellos indican que requieren el apoyo de esta municipalidad
con la maquinaria municipal para atender un problema de basura que se les está
presentando. La ADIBA se compromete en aportar los gastos de combustible respectivo.
Lo anterior en virtud de las competencias, se remite con el fin de que este honorable
Concejo indique a la administración el proceder al respecto.




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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Asunto Jurídicos para
su análisis.




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ACUERDO Nº 2471
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Marlene Jiménez Pérez Secretaria del
Consejo Intermunicipal Federación Caproba, dice:

Reciba un cordial saludo; por indicaciones de la Dirección Ejecutiva de CAPROBA, les
informo que el día lunes 15 de octubre las oficinas de la Federación permanecerán
cerradas; por motivo del traslado del feriado del Día de las Culturas.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

ACUERDO Nº 2472
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Ovidio Vives Castro, Presidente
COMAD, Municipal de Pococí., dice:

IPED081-2018.

Estimados reciban un cordial saludo.

La comisión Municipal de Accesibilidad y discapacidad de la Municipalidad de Pococí en
conjunto con el área de Inclusión para personas con Discapacidad y La Unidad de
derechos de Personas con Discapacidad de la Asamblea Legislativa, tienen el agrado de
invitarlos al taller de seguimiento y fortalecimiento de las Comisiones Municipales de
accesibilidad y Discapacidad.

Este taller tiene como fin establecer las pautas necesarias para gestionar estrategias
integrales de promoción y cumplimiento de los derechos de las más de 60.000 personas
con discapacidad que habitan en la provincia de Limón, así mismo diseñar modelos de
seguimiento y planificación para presentar a los parlamentarios de la Comisión Caribe.
El taller se realizará el día 25 de octubre de 9:00 a 3:00 pm en Ríos tropicales, ubicado en
el cantón de Siquirres.

Sin más por el momento nos despedimos quedando a la espera de su confirmación.
Para ampliar detalles sobre esta actividad, puede ponerse en contacto con Kembly Mora
Rodríguez     al    teléfono   8723      2801    o   bien    al   correo    electrónico
inclusiondiscapacidad.munip(@,gmail.com

Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar Viáticos y Transporte.


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ACUERDO Nº 2473
Se conoce nota para este Concejo presentada por la señora Alcaldesa Elibeth Venegas
Villalobos. Dice:

DACM-0302-2018:
Asunto: Remisión Oficio PDI-91-10-2018. De la MAF. Rosalyn Corrales Salas
Planificación y Desarrollo Institucional- Acuerdo de Aprobación.

Respetables señores:

Mediante la presente se remite el oficio PDI-91-10-2018 de la MAF. Rosalyn Corrales
Salas de Planificación y Desarrollo Institucional, en el mismo se adjunta el Marco
Orientador del Establecimiento y Funcionamiento del Sistema Específico de Valoración
del Riesgo (SEVRI) como resultado de la gestión realizada mediante Compra Directa
2017CD-000156-CL01 en donde se contrató a la Licda. Fanny Segura Castro quien
elaboró el marco, revisado y corregido por la Licda. Yalena Noguera Chinchilla y MAF
Rosalyn Corrales Salas.

Lo anterior, para conocimiento y aprobación del honorable Concejo Municipal.




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               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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               “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Reg. Jhonny Vargas Arrieta.

Yo creo que ya se le dio chance a los señores Regidores, el SEVRI pues yo creo que es
muy importante aprobarlo si lo leyeron no sé.

Reg. Freddy Hernández Miranda.

Voy abrir el espacio si se les dio la semana pasada pero si requieren también un par de
días más, respeto la solicitud, es una herramienta pero está en discusión.

Reg. Maricruz Chaves Alfaro.

Yo ya hice lectura del documento vi que esta todo en regla y son herramientas como lo
dice perfectamente que son también necesarias y que la Contraloría también lo está
pidiendo, entonces obviamente al ser algo que va en competencia con la parte importante
municipal para la ejecución también de la revisión de los dineros y demás considero que
es bastante adecuado y es parte del trabajo que se genere.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el Marco Orientador del Establecimiento y
Funcionamiento del Sistema Específico de Valoración del Riesgo (SEVRI). Se
Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.

RAZONAMIENTO DE VOTO POSITIVO.
Por el Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.

Apoyo la herramienta que se supone debe ser el SEVRI, para la corporación municipal sin
embargo dada la situación financiera de la Municipalidad de Pococí, no asumo
compromisos financieros que emanen de este documento.




                                 ARTICULO II
 Lectura, Discusión y Verificación del Acta N°73 Ordinaria del
     02-10-2018, Acta N°74 Extraordinaria del 04-10-2018


                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ACUERDO Nº 2474
Se Conoce Acta N°73 Ordinaria del 02-10-2018

Nota de Secretaria: En el Acuerdo 2374 Léase correctamente el Regidor que voto en
contra es Freddy Hernández Miranda con su respectivo Razonamiento de Voto
Negativo, dice:

En su momento yo voy había pedido una revisión de convenios por la situación fiscal que
tenemos en la Hacienda Municipal, por esa razón al no tenerlo lo voto en contra.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N°73 Ordinaria del
02-10-2018. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente
Aprobado.

ACUERDO Nº 2475
Se Conoce Acta N°74 Extraordinaria del 04-10-2018


Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N°74 Extraordinaria
del 04-10-2018. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente
Aprobado.




                                 ARTICULO III
                       Asuntos de la Sra. Alcaldesa.

ACUERDO Nº 2476
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa
Municipal, dice:

DACM-0316-2018.
Asunto: Se solicita Adjudicar y Acuerdo de Pago.


                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 78 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2018-CD-000213-CL01, Ítem N.1 construcción
aceras y sistemas drenaje distrito La Colonia, Ítem N.2 mejoras casa Deportes Distrito
Jiménez, Ítem N.3 construcción aceras Distrito Cariari, Ítem NA Mobiliario Salón Comunal
Palmitas, La Teresa, San Gerardo, San Isidro y Triangulo distrito La Rita, solicitado por el
Asistente. Frank Benavides Jiménez Dpto. Obras Civiles.

A la hora de la apertura se recibió oferta de las empresas:




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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                                       POR TANTO

Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la Sra. Alcaldesa a pagar a las empresas:

Ítem N.1 construcción aceras y sistemas drenaje distrito La Colonia.

      Almacén El Mejor Precio de Cariari S.A, por un monto de ¢3. 984.942.57, (tres
       millones novecientos ochenta y cuatro mil novecientos cuarenta y dos colones con
       57/100) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por
       recomendación del Ing. Brandon Agüero Maroto Dpto. Obras Civiles. Según detalle:




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Ítem N. 2. Mejoras casa Deportes Distrito Jiménez.

      Almacén El Mejor Precio de Cariari S.A, por un monto de ¢968.469.06 (novecientos
       setenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con 06/100) monto que
       se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del
       Asistente. Frank Benavides Jiménez Dpto. Obras Civiles. Según detalle:




Ítem N.3 construcción aceras Distrito Cariari

      Almacén El Mejor Precio de Cariari S.A, por un monto de ¢7.569.914.65 (siete
       millones quinientos sesenta y nueve mil novecientos catorce colones con 65/100)
       monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por
       recomendación del Asistente. Frank Benavides Jiménez Opto. Obras Civiles.
       Según detalle:




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar a las
empresas: Ítem N.1 construcción aceras y sistemas drenaje distrito La Colonia,
Almacén El Mejor Precio de Cariari S.A, por un monto de ¢3. 984.942.57. Ítem N. 2.
Mejoras casa Deportes Distrito Jiménez, Almacén El Mejor Precio de Cariari S.A, por
un monto de ¢968.469.06. Ítem N.3 construcción aceras Distrito Cariari, Almacén El
Mejor Precio de Cariari S.A, por un monto de ¢7.569.914.65. Compra Directa No.
2018-CD-000213-CL01. Dispénsese del trámite de comisión. Acuerdo
definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 2477
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa
Municipal, dice:

                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°175                    ACTA N°77 Ordinaria.                             16-10-2018

DACM-0317-2018.
Asunto: Se solicita Adjudicar y Acuerdo de Pago.

Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 45 folios, correspondiente
a una modificación unilateral al contrato DPM-36-2018, a favor de la empresa AMC de Sarapiquí
S.A, con el fin de aumentar a 1.5 meses más al actual contrato de vigilancia, para brindar los
servicios en el centro Cívico de Pococí. Esta modificación unilateral se realiza con fundamento al
artículo No. 208 del

Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. El trámite se realiza a solicitado por el
señor MBA. Mauricio Garita Varela, coordinador Hacienda.

                                         POR TANTO:

Se le solicita al Concejo Municipal, autorice a la señora Alcaldesa a pagar 1.5 meses más el
actual contrato DPM-36-2018, con el fin de brindar la vigilancia en el centro Cívico de Pococí.

   Se aumenta la suma de ¢4.000.000.00, (cuatro millones de colones exactos) por un periodo
    de 1. 5 meses, al contrato DPM-36-2018.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar 1.5 meses más el
actual contrato DPM-36-2018, con el fin de brindar la vigilancia en el centro Cívico de
Pococí. Se aumenta la suma de ¢4.000.000.00.Dispénsese del trámite de comisión.
Acuerdo definitivamente Aprobado.


ACUERDO Nº 2478
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa
Municipal, dice:

DACM-0318-2018.
Asunto: Se solicita Adjudicar y Acuerdo de Pago.

Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 89 folios,
correspondiente a la Licitación Abreviada No. 2018-LA-000025-CL01, Compra de
Materiales, construcción salón comunal Palmitas Dos, solicitud presentada por el Ing.
Brandon Agüero Maroto Dpto. Obras Civiles.

A la hora de la apertura se recibió oferta de las empresas:




                        “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°176                 ACTA N°77 Ordinaria.                        16-10-2018




                                    POR TANTO:

Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice y adjudique a la señora Alcaldesa a pagar
a la empresa:

      Almacenes El Colono S.A, por un monto de ¢24.753.049.06 (veinte y cuatro millón
       setecientos cincuenta y tres mil cuarenta y nueve colones con 06/100) monto que
       se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del
       Ing. Brandon Agüero Maroto Dpto. Obras Civiles. Según detalle:




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°177                 ACTA N°77 Ordinaria.                       16-10-2018




                                                                         Por
Unanimidad, SE ACUERDA: Se Adjudica y se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar a
la empresa: Almacenes El Colono S.A, por un monto de ¢24.753.049.06, Licitación
Abreviada No. 2018-LA-000025-CL01, Compra de Materiales, construcción salón
comunal Palmitas Dos. Dispénsese del trámite de comisión. Acuerdo
definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 2479
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa
Municipal, dice:

DACM-0313-2018.
Asunto: Se solicita Adjudicar y Acuerdo de Pago.

Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 64 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2018-CD-000211-CL01, Ítem N.1 Remodelación

                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°178                    ACTA N°77 Ordinaria.                     16-10-2018
Salón Multiusos y Ampliación Soda La Colonia, Ítem N.2 Aceras Camino 441 El Porvenir,
solicitado por el" Asistente. Frank Benavides Jiménez Opto. Obras Civiles.

A la hora de la apertura se recibió oferta de las empresas:




                                    POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la empresa:

Ítem N.1 Remodelación Salón Multiusos y Ampliación Soda La Colonia.
    Almacenes El Colono S.A, por un monto de ¢917.097.85 (novecientos diecisiete mil
      noventa y siete colones con 85/100) monto que se ajusta de acuerdo al contenido
      presupuestario existente por recomendación del Ing. Brandon Agüero Maroto Dpto.
      Obras Civiles. Según detalle:




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°179                 ACTA N°77 Ordinaria.                       16-10-2018




Ítem N. 2. Aceras Camino 441 El Porvenir.

      Almacenes El Colono S.A, por un monto de ¢3.983.704.65 (tres millones
       novecientos ochenta y tres mil setecientos cuatro colones con 65/100) monto que
       se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del
       Asistente. Frank Benavides Jiménez Dpto. Obras Civiles. Según detalle:




Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar a la empresa:
Ítem N.1 Remodelación Salón Multiusos y Ampliación Soda La Colonia, Almacenes
El Colono S.A, por un monto de ¢917.097.85. Ítem N. 2. Aceras Camino 441 El
Porvenir, Almacenes El Colono S.A, por un monto de ¢3.983.704.65. Compra Directa
No. 2018-CD-000211-CL01. Dispénsese del trámite de comisión. Acuerdo
definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 2480
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa
Municipal, dice:

DACM-0312-2018.
Asunto: Se solicita Adjudicar y Acuerdo de Pago.



                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°180               ACTA N°77 Ordinaria.                       16-10-2018
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 64 folios,
correspondiente a la Compra 'Directa No. 2018-CD-000210-CL01, Ítem N.1 construcción
Aceras y Embellecimiento Área Comunal de Jiménez, Ítem N.2 Remodelación Cocina
Salón Comunal El Porvenir, solicitado por el Asistente. Frank Benavides Jiménez Opto.
Obras Civiles.

A la hora de la apertura se recibió oferta de las empresas:

Ítem N.1 Construcción Aceras y Embellecimiento Área Comunal de Jiménez.




                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°181                  ACTA N°77 Ordinaria.                         16-10-2018




la empresa: Almacenes El Colono S.A y Almacén El Mejor Precio de Cariari S.A, cumple
con todo lo solicitado en el cartel, oficio visible en los folios No.58-61.

                                      POR TANTO:

Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la empresa:

Ítem N.1 Construcción Aceras y Embellecimiento Área Comunal de Jiménez.



                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°182              ACTA N°77 Ordinaria.                       16-10-2018
   Almacenes El Colono S.A, por un monto de ¢ 5.249.432.35 (cinco millones
     doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos treinta y dos colones con 35/100)
     monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por
     recomendación del Ing. Brandon Agüero Maroto Dpto. Obras Civiles. Según detalle:




Ítem N. 2. Remodelación Cocina Salón Comunal El Porvenir.
      Almacén El Mejor Precio de Cariari S.A, por un monto de ¢183.293.20 (ciento
       ochenta y tres mil doscientos noventa y tres colones con 20/100) monto que se
       ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del
       Asistente. Frank Benavides Jiménez Dpto. Obras Civiles. Según detalle:

Materiales y Productos eléctricos Telefónicos y de Cómputo:




Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar a la empresa: Ítem
N.1 Construcción Aceras y Embellecimiento Área Comunal de Jiménez, Almacenes El
Colono S.A, por un monto de ¢ 5.249.432.35. Ítem N. 2. Remodelación Cocina Salón Comunal
El Porvenir, Almacén El Mejor Precio de Cariari S.A, por un monto de ¢183.293.20. Compra
'Directa No. 2018-CD-000210-CL01. Dispénsese del trámite de comisión. Acuerdo
definitivamente Aprobado.


ACUERDO Nº 2481
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa
Municipal, dice:


                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°183                  ACTA N°77 Ordinaria.                       16-10-2018
DACM-0309-2018.
Asunto: Se solicita Adjudicar y Acuerdo de Pago.
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 72 folios,
correspondiente a la Licitación Abreviada No. 2018-LA-000024-CL01, Compra de Aros y
Llantas para uso de Recolectores, solicitud presentada por el Licdo. Fabián Delgado
Coordinador de Unidad Gestión Ambiental Municipal.




                                   POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se adjudique y autorice a la señora Alcaldesa a pagar
a la empresa:

Llantas del Pacifico S.A, por un monto de ¢730.00, 00 (setecientos treinta mil colones
exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por
recomendación del Licdo. Fabián Delgado Villalobos, Dpto. Gestión Ambienta. Según
detalle:




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°184                 ACTA N°77 Ordinaria.                        16-10-2018




Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Adjudica y se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar
a la empresa: Llantas del Pacifico S.A, por un monto de ¢730.00, 000.00, Licitación
Abreviada No. 2018-LA-000024-CL01, Compra de Aros y Llantas para uso de
Recolectores. Dispénsese del trámite de comisión. Acuerdo definitivamente
Aprobado.

ACUERDO Nº 2482
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa
Municipal, dice:

DACM-0311-2018.
Asunto: Se solicita Adjudicar y Acuerdo de Pago.

Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 51 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2018-CD-000208-CL01, compra de banquetas y
juegos de Jardín para uso de la ADI Santa Clara, solicitud presentada por el Licdo. Fabián
Delgado Villalobos Dpto. Gestión Ambiental.




                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°185                  ACTA N°77 Ordinaria.                         16-10-2018




                                    POR TANTO:

Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la empresa:
        Almacenes El Colono S.A, por un monto de ¢1.599.955,95 (un millón quinientos
           noventa y nueve mil novecientos cincuenta y cinco colones con noventa y cinco
           céntimos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente
           por recomendación del Licdo. Fabián Delgado Villalobos Opto. Gestión
           Ambienta.


Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar a la empresa:
Almacenes El Colono S.A, por un monto de ¢1.599.955,95. Compra Directa No. 2018-
CD-000208-CL01, compra de banquetas y juegos de Jardín para uso de la ADI Santa
Clara. Dispénsese del trámite de comisión. Acuerdo definitivamente Aprobado.



                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°186            ACTA N°77 Ordinaria.                    16-10-2018



AL SER LAS DIESISIETE HORAS CON TREINTA Y OCHO MINUTOS SE LEVANTA LA
                               SESIÓN




  F-FREDDY HERNANDEZ MIRANDA               F-GUILLERMO DELGADO OROZCO
      PRESIDENTE MUNICIPAL                      SECRETARIO MUNICIPAL




C/c: SRS. REGIDORES, OTROS.
     ARCH.




                 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.