Extraordinaria 913 · 2022-02-15

Sesión_N13_Extraordinaria_Celebrada_el_15-02-2022.pdf · 138 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 913 del 2022-02-15 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original. Incluye 7 acuerdo(s) sin número, marcados ~.

MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N?1 ACTA N913 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N*13 EXTRAORDINARIA. 15-02-2022
SESION EXTRAORDINARIA. N*13 DEL 15-02-2022, INICIADA A LAS 14:00 HORAS
EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES Y DE MANERA VIRTUAL, CON LA
SIGUIENTE ASISTENCIA:
RIIIE
REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES
Juan Luis Gómez Gómez (Quien Preside) Bernardo Veach Davis
Reinaldo Benavides Vargas Jairo Antonio Ojeda Aburto
Luis Ángel Méndez Araya Flor lveth Peraza Campos
Dennia Yaslyn Morales Grajal Rosbil Danier Arguello Badilla
José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde
Randall Torres Barrientos Marilú Ballestero Cruz
Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres
Hilda Zamora Arias (Sus. Alfredo Calderón Alfaro)
CAT aa IDEA
SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE
Gabriela Madrigal González
Greivin Bonilla Sánchez Johanna Flores Rosales
Carmen Sánchez Navarro Keylor Andrey Campos Mora
José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores
Ana Rita Rodríguez Jiménez (Sust. Javier Jiménez Villalobos)
Jorge Humberto González Calderón (Sust. Alejandra Sancho Bravo)
Licda. Magally Venegas Vargas Lic. Manuel Hernández Rivera
Secretaria Municipal Alcalde Municipal
Pecocí
Pluye
Sitio Web: munípococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*2 ACTA N913 Extraordinaria.
ng
ORDEN DEL DÍA
Acuerdos ARTÍCULO
239-al-254 | Correspondencia
255-al-258 Il Asuntos del Sr. Alcalde
Por Unanimidad de 8 votos presentes, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.
ARTICULO |
Correspondencia
ACUERDO N* 239
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora MSc. Mayela Rojas
Montero, Directora Centro Educativo Cocorí, teléfono: 4409-27-92, Correo:
esc.cocorimep.go.cr dice:
Asunto: Sustitución de un miembro de Junta del Centro Educativo Cocolri.
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de
Educación” y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY LY, ó Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*3 ACTA N913 Extraordinaria.
propuesta de temas para la sustitución de un miembro de la Junta de Educación
Escuela Cocorí, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo
Municipal:
14 de febrero del 2022.
Señores(as)
Concejo Municipal de Pococi Estimados (as) señores (as):
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10 y 11
del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”,
procedo a remitir la propuesta de temas para la sustitución de un miembro de la Junta de Educación Escuela Cocori,
para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal:
Terna N“1
Nombre Cédula
[Doris Liliana Bermúdez Vargas 702170882
jofinis Rojas Jiménez 602790823
filena Hernández Castrillo 701880317
Atentamente,
sk
dh x
e DOOR
A: pu ES.
ii Msc. Mayela Rojas Montero.
> Ny Directora
y
JA ,
) $ - khano_L CIRCUITO 62
Msc, Carlos Retana López LA RITA
pr VB. Supervisor de circuito educativo — * mep
: Sello .
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se nombra a la señora Doris
Liliana Bermúdez Vargas cédula 7-0217-0882, como miembro de la Junta de
Educación Escuela Cocorí. Pasar a la oficina de Secretaría para su respectiva
Juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%4 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02
ACUERDO N”* 240
Se conoce nota suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo, Dirección Jurídica,
teléfono: 2713-65-16 correo electrónico: munipococi.juridicosegmail.com dice;
Oficio: DJ-26-2-2022
Asunto: Respuesta al Acuerdo 99, Acta 6, del 20 de enero de 2022.
74 Municipalidad de Pococí
SCOC Dirección Jurídica
a Teléfono: 2713-6516, Fox: 2710-7181 PURA
Pluye nipococijuridi mail. vceDAO
ros
1
Guópiles, 14 de febrero de 2022
DJ-26-2-2022
Honorable
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al acuerdo 99, acta 6, del 20 de enero de 2022.
Por medio de la presente, en respuesta al acuerdo 99, acta 6, del 20 de enero de
2022, relacionado con un “Recurso de Adición, Revisión y Aclaración contra el Acto
de Adjudicación de la licitación Abreviada 2021LA-000042-00320007202",
interpuesto por la empresa Consultora y Constructora JiménezS.A., en este acto les
envío la resolución DJ-CM-04-2022, como sugerencia para que tomen una decisión
al respecto, asimismo, les sugiero respetuosamente que el acuerdo propiamente
dicho sea el POR TANTO, y que se llene la información de la hora y fecha del día de
la sesión en que este cuerpo colegiado conocerá el caso.
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido,
CHRISTIAN - Firmado digitalmente
por CHRISTIAN
CORDOBA  corposaovieoo
OVIEDO Pia!
Fecha: 2022.02.14
(FIRMA) 14:38:54 -06'00'
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Dirección Jurídica
Municipalidad de Pococi
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook AMunicipalidadDePococi
a a
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*5 ACTA N913 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
DJ-CM-04-2022.
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ. CONCEJO MUNICIPAL. AL SER LAS CATORCE HORAS
QUINCE MINUTOS DEL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDÓS. SE CONOCE
“RECURSO DE ADICIÓN, REVISIÓN Y ACLARACIÓN CONTRA EL ACTO DE
ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN ABREVIADA 2021LA-000042-0032000702
“TRATAMIENTO SUPERFICIAL BITUMINOSO 3 PORVENIR””.
RESULTANDO
L. Por acuerdo 72, acta 04, del 13 de enero de 2022, este Concejo Municipal
conoció recurso de revocatoria de la empresa DINAJU S.A., contra el acto de
adjudicación del procedimiento de contratación administrativa 2021LA-000042-
0032000702, resolviendo:
“Por Unanimidad SE ACUERDA: Con fundamento en el artículo 157 de la Ley de
Administración Pública, el artículo No. 195 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, el Manual de especificaciones generales para la
Construcción de carreteras, caminos y puentes (CR-2010) y el expediente
electrónico de la Licitación abreviada No. 2021LA-000042-0032000702, visible en la
página del SICOP y consideraciones arriba expuestas se resuelve: Acoger en todos
sus extremos el Recurso de Revocatoria contra el Acto de adjudicación
presentado por la empresa Dinaju SA, el cual se detalla: Se recomienda dejar sin
efecto la adjudicación otorgada a la empresa Consultora y Constructora Jiménez
S.A, además realizada la revisión técnica de las ofertas de las empresas:
Constructora Quesada y Campbell S.A, DINAJU S.A. se logra determinar que la
empresa Constructora Quesada y Campbell S.A tampoco cumple técnicamente
en su oferta con lo indicado en la norma CR-2010, por lo que la Única oferta
admisible y que cumple técnicamente es la empresa DINAJU S.A, dado esto, la
Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, recomienda acoger el recurso
presentado y re-adjudicar, la Licitación abreviada No. 2021 LA-000042-0032000702
“Tratamiento superficial Bituminoso ++ 3, Porvenir”, a favor de la empresa DINAJU
S.A por un monto de £39.975.000,00 (Treinta y nueve millones novecientos setenta
y cinco mil colones), lo anterior considerando el contenido presupuestario y
respetando precios unitarios del oferente (Únicamente se varían cantidades)
según el cuadro del “Por Tanto”. Así las cosas, con fundamento en el artículo 195
del Reglamento a la Ley de contratación administrativa, con la presente
resolución se da por Agotada la Vía Administrativa. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.”
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
PAGINA N*%6 ACTA N*13 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Il. El Ing. Julián Jiménez Rojas, representante de la empresa Cons ltora y
Constructora Jiménez S.A., producto del acuerdo mencionado en el RESULTANDO
anterior, presentó un “RECURSO DE ADICIÓN, REVISIÓN Y ACLARACIÓN CONTRA
EL ACTO DE ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN ABREVIADA 2021LA-000042-
0032000702 “TRATAMIENTO SUPERFICIAL BITUMINOSO 3 PORVENIR”, pretendiendo
lo siguiente:
“En mérito de los argumentos expuestos, hechos pruebas aportadas y
fundamentos de derecho invocados, solicito a su Honorable autoridad:
¡A Declarar nulo el acuerdo tomado por el Concejo Municipal en Sesión No. 04
ordinaria del 13-01-2022 acta No. 04 artículo IIl acuerdo 72 por tener vicio de
errores materiales a saber:
. Confunde requisitos mínimos de admisibilidad con errores en el cartel los
cuales no se pueden corregir en esta etapa procesal.
. Confunde que los requisitos mínimos de admisibilidad tratan de modificar las
normas que establece el CR-2010.
2. Declarar sin lugar el recurso de revocatoria presentado por la empresa
DINAJU S.A. y dejar en firme la adjudicación a mí representada Consultora y
constructora Jiménez S.A.”
CONSIDERANDO
PRIMERO. Las diligencias de adición y aclaración se hallan reguladas en el artículo
177 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, norma la cual indica:
“Artículo 177.-Diligencias de adición y aclaración. Dentro de los tres días hábiles
siguientes a la notificación de la resolución que resuelva un recurso de objeción,
apelación o revocatoria, las partes podrán solicitar las aclaraciones o adiciones
que consideren pertinentes para la correcta comprensión de lo dispuesto por la
Contraloría General de la República o la Administración, según sea el caso. Por
medio de estas diligencias sólo se podrán corregir errores materiales, precisar
términos del pronunciamiento, subsanar omisiones o correcciones que presente la
resolución, sin que sea posible variar lo resuelto. La gestión deberá ser resuelta
dentro de los cinco días hábiles siguientes a su presentación y no impedirá la
firmeza de lo dispuesto.”
Sitio Web: munipococi.go.cr
a e Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N97 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-2
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ERA ATEO
, + , PR e
Como puede verse, según ha expuesto la Contraloría General de la República, Tas
diligencias de cita están referidas a aclarar o adicionar aspectos ambiguos U
omisos de una resolución, sea en la parte resolutiva o aquellas considerativas que
apoyen o den fundamento a esa parte resolutiva, en esa línea, una gestión de
adición y aclaración no puede conllevar a que se modifique la parte sustantiva
de la resolución dictada a la que haga referencia, de lo contrario se caería en la
creación de situaciones de incerteza jurídica en clara violación, del dictado de la
justicia pronta y cumplida. Es claro entonces que por la vía de la adición y
aclaración no se abordan temas de fondo para su modificación sustantiva, y
cualquier solicitud de parte tendiente a ese fin, debe tenerse desde ya por
rechazada de plano, incluso si formalmente se pretende hacer ver por parte del
interesado como adición y aclaración, cuando un análisis de fondo permite
concluir que no lo es. (Ver resolución R-DCA-1044-2016).
SEGUNDO. Del caso en concreto. Al observar la gestión del representante de la
empresa Consultora y Constructora Jiménez S.A., si bien lo titula como aclaración
y adición, lo cierto es que, al estudiar sus pretensiones, ineludiblemente
conllevarían al cambio sustancial de la decisión adoptada por este Concejo
Municipal pues, de hecho, no se pide en sí una aclaración o adición, sino la
nulidad de un acuerdo, y que se rechace una impugnación previamente
acogida, tomando un camino distinto al previsto por el artículo 177 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, por ende, la gestión del
representante de la empresa Consultora y Constructora Jiménez S.A. debe ser
rechazada de plano.
Por otra parte, en cuanto a lo que titula el gestionante como “REVISIÓN”, es
importante hacer ver que el artículo 172 del Reglamento a la ley de Contratación
Administrativa, establece que los medios de impugnación en contra de los actos
en los procedimientos de contratación administrativa son el recurso de objeción
al cartel, y los recursos de apelación o revocatoria en contra del acto de
adjudicación y contra la declaratoria de infructuoso o desierto del concurso, no
contemplando la “REVISIÓN”, sin dejar de lado que las diligencias de adición y
aclaración no son medios impugnatorios, por eso no se les tiene como recursos en
el sentido estricto del término, como sí al de objeción al cartel, revocatoria y
apelación.
POR TANTO
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY LY) z Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N98 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-0212022
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Por Unanimidad de 8 Votos presentes (vota la regidora Hilda Zamora en|Júgar del
regidor Alfredo Calderón Alfaro) SE ACUERDA: Por los motivos expuestos, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 172 y 177 del Reglamento a la Ley
de Contratación Administrativa, SE RECHAZA DE PLANO la gestión del Ing. Julián
Jiménez Rojas en su condición de representante de la empresa Consultora y
Constructora Jiménez S.A., por no ser contestes sus pretensiones con el objeto de
las diligencias de aclaración y adición. NOTIFÍQUESE. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado
ACUERDO N? 241
Se conoce nota suscrita por el Lic. Víctor Bermúdez, Despacho de Auditoría
Interna, teléfono: 2710-17-01 correo electrónico: auditoriaG'munipococi.go.cr
dice;
Oficio: Al-045-2022
Asunto: Seguimiento de recomendaciones.
v
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 254
PAGINA N*9 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-20
Municipalidad de Pococí Y
y ad e Guápiles, Pococí 9) (7
PO 7 ¡Se Auditoría Interna
AUDITORIA
auditoriaOmunipococi.go.cr
Pluyo grace.chinchilla gmail.com cdinidaiid De Pocoa
qm eres
Al contestar refiérase
Al oficio N* Al-045-2022
Guápiles, 11 de febrero de 2022,
Señores.
Miembros del Concejo Municipal.
Pte.
Asunto: Seguimiento de recomendaciones.
Respetables señores (as):
Este despacho de Auditoría Interna se encuentra realizando el Proyecto
"Seguimiento de recomendaciones de la Auditoría Intema y Disposiciones
Contraloras”.
Como parte del PAI-002-2021 "Proyecto sobre la gestión y control de los servicios
brindados por la administración del Cementerio de Guápiles”, se encuentra
pendiente de cumplimiento la siguiente recomendación:
4.1.1 Apoyar a la Junta Administrativa del Cementerio de Guápiles en el
cumplimiento de las recomendaciones emitidas por este despacho de conformidad
con las competencias contenidas en el Código Municipal articulo No.13 sobre las
atribuciones del Concejo Municipal.
Sobre el particular es importante señalar que el proyecto mencionado fue remitido
a sus estimables autoridades el pasado 14/09/2021, mediante oficio Al-333-2021, y
fue conocido en el acuerdo No.2610, Sesión Ordinaria No.71, del 16/09/2021, en el
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna
Teléfono N' 2711-1701 — Fax 2711-1701
A,
ECO: Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Página1]2
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 55
PAGINA N*%10 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
Municipalidad de Pococí
e Guápiles, Pococí 9) úl
a De Auditoría Interna
di ipococi. AUDITORIA Pura
auditoria(2munipococi.go.cr
O
Pluye grace.chinchilla gmail.com Mco”
a —_—
cual se acordó: Se traslada a la Comisión de Jurídicos y que posteriormente rindan
un dictamen al Concejo Municipal.
Ahora bien, en el acuerdo No.3442, Sesión Ordinaria No.96, del 27/12/2021, se
observa el oficio 16-2021, del 27/12/2021, referente a Informe de Comisión
Municipal de Jurídicos, en el cual aparece el Proyecto PAl-002-2021 “Proyecto
sobre la gestión y control de los servicios brindados por la administración del
Cementerio de Guápiles, y por unanimidad se acuerda: Se aprueba el Informe de la
Comisión Municipal de Jurídicos Munita N*01 y todos los acuerdos contenidos en
él, Se Dispensa del Trámite de. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Por lo antes mencionado, se solicita a ese Concejo Municipal, tomar el acuerdo
como corresponde, según la normativa técnica legal vigente.
Sin más que manifestar y agradeciendo la atención al respecto.
VICTOR HUGO - Firmado digitalmente
VIDAL por VICTOR HUGO VIDAL|
BERMUDEZ (FIRMA)
BERMUDEZ Fecha: 202202.11
(FIRMA) 08:46:35 -06'00'
Lic. Víctor Vidal Bermúdez
Despacho de Auditoría Interna
Cc: PAI-001-2022.
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701
Página2/2
AA ESA
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N911 ACTA N%13 Extraordinaria. 15-02
Participa de la palabra:
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Nota de Secretaria: El señor presidente procede a leer el oficio Al-045-2022 del
despacho de la Auditoría Interna.
Aquí compañeros, solo hacer una observación para que se le informe a la señora
auditora, decirle que la Junta Administrativa del Cementerio renunció de plano,
para que ella lo tenga claro.
Que este Concejo cumpliendo con sus deberes y potestades, procedió a nombrar
una Junta Administrativa interina la cual ya venció y que en estos momentos,
según dictamen de Comisión de Jurídicos, se procede a hacer una invitación a
personas que tengan interés del distrito primero de Guápiles para que integren
dicha Junta Administrativa, se les está solicitando el currículum, por ahí del jueves
vamos a ver una moción y vamos a ver el dictamen de comisión. --------=====—====""-
ACUERDO N”* 242
Se conoce nota suscrita por el señor Andrés Oviedo Guzmán, Gerente de Asuntos
Regulatorios e Interconexión de Claro CR Telecomunicaciones S.A, teléfono: 4400-
7000, correo electrónico: andres.oviedoGclaro.cr, dice;
Oficio: RI-0056-2022
Asunto: Información de adjudicación a Claro por parte de SUTEL para la
conectividad de telefonía fija y banda ancha fija en el cantón de Pococí.
DÁ
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y . Facebook: AMMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 257
PAGINA N912 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
ARIES
RI — 0056 — 2022
San José, 9 de febrero del 2022
Honorables integrantes
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
Estimados señores:
Reciban un cordial saludo de mi parte.
Por este medio, el suscrito Andrés Oviedo Guzmán, mayor de edad, titular de la
cédula de identidad número 2 — 550 — 256, en mi condición de Gerente de Asuntos
Regulatorios e Interconexión con facultades de apoderado generalísimo de la
compañía CLARO CR TELECOMUNICACIONES S.A., con cédula de persona
jurídica número 3 — 101 — 460479, de conformidad con las certificaciones adjuntas,
me apersono antes ustedes con el objeto de realizar dos solicitudes en particular.
No obstante, y de previo a realizar las respectivas solicitudes deseo hacer de su
conocimiento que mi representada, fue adjudicataria del concurso llevado adelante
por la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) para llevar conectividad
a telefonía fija y banda ancha fija en el cantón de Pococí con recursos del Fondo
Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL), específicamente en los distritos de
Cariari, Colorado, La Rita y Roxana.
Lo anterior ha permitido que al día de hoy se encuentren conectados 121 centros
educativos en esos distritos. Aprovecho para agradecer a esta corporación
municipal el apoyó que nos brindó durante el trámite de los permisos necesarios
para desplegar la infraestructura necesaria para llevar la conectividad.
Una vez desarrollado el proyecto, nos hemos visto enfrentados a algunas
situaciones ajenas que han venido impactando el desarrollo del mismo, y me refiero
específicamente a los problemas por cortes en la fibra óptica que sirve como medio
de transmisión, pues se han generado cortes por situaciones como caída de
árboles, vandalismo, accidentes de tránsito, roedores, entre otros, lo cual a su vez,
genera desmejora en los servicios.
En razón de lo anterior, y con el objeto de buscar alternativas que brinden mayor
seguridad a la estabilidad del proyecto, fue que nos dimos a la tarea de buscar
opciones redundantes a la que actualmente tenemos en la zona, para de esta
manera en caso de tener una afectación en la fibra óptica por cualquiera de las
razones ya antes expuestas, el servicio continue brindándose sin afectarse.
Claro C.R. Telecomunicaciones, S.A.
Edificio Torre Cordillera. De Plaza Mayor, 300 metros al Sur
Rohrmoser, Pavas, San José, Costa Rica T. +508 4400-7000 Página 1 de 3
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 258
PAGINA N*13 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-2022
Fue así, como logramos encontrar una ruta en la cual ya el Instituto Costarricense
de Electricidad (ICE) cuenta con una ruta de postes a la cual solicitamos acceso y
nos fue otorgado, no obstante, existe en dicha ruta espacio de cerca de un kilómetro
en el cual es necesario sembrar postes para poder realizar la conexión redundante.
Es por esa razón que requerimos solicitar la autorización al honorable Consejo
Municipal para la autorización y entrega de los permisos necesarios para realizar
dichos trabajos, los cuales deben de realizarse específicamente en la zona de la
Roxana, tal y como se muestra en la imagen, específicamente la línea amarilla que
se sobrepone sobre la azul.
Cuatro Esquinas
/
La Esperanza
Roxana
eDlo NUéxo de Duacarl
Adicionalmente, la segunda solicitud a la que hice referencia, esta relacionada con
explorar la posibilidad de otorgar una espacio de la agenda de dicho Consejo a mi
representada con el objeto de detallarles más información y en caso de ser
necesario evacuar las consultas necesarias.
Claro C.R. Telecomunicaciones, S.A.
Edificio Torre Cordillera. De Plaza Mayor, 300 metros al Sur
Rohrmoser, Pavas, San José, Costa Rica T. +506 4400-7000 Página 2 de 3
CATS k de / Sitio Web: munipococi.go.cr
a) US . Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 59
PAGINA N%14 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02/2022
DAI
Para notificaciones señalo el correo notificaciones.sutelMWclaro.cr
Sin más por el momento, se suscribe,
ANDRES Firmado digitalmente
OVIEDO por ANDRES OVIEDO
GUZMAN (FIRMA)
GUZMAN Fecha: 2022.0209
(FIRMA) 16:46:14 -08'00'
Andrés Oviedo Guzmán
Gerente de Asuntos Regulatorios e Interconexión
CLARO CR TELECOMUNICACIONES S.A.
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se convoca a sesión
Extraordinaria el martes 22 de febrero de 2022 a la 1:00 pm en la sala de sesiones
para atender a personeros de Claro CR Telecomunicaciones y Atención al Sr.
Alberto Cabezas del Instituto de Asesoría y Atención del Migrante. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N” 243
Se conoce nota suscrita por el Ing. Henry Bryan Madrigal Calvo, Coordinador Dpto.
Desarrollo y Control Urbano, teléfono: 2713-65-73 correo electrónico:
henry.madrigalmunipococi.go.cr dice;
Oficio: APDU-027-2022
Asunto: Convenio para el Otorgamiento de Garantía de Construcción de
Infraestructura y áreas públicas del fraccionamiento Valle del Roble, Astúa Pirie,
Cariari.
pe
»>
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 260
PAGINA N%15 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-20
Oficio APDU-027-2022 URGENTE - Proyecto Astúa Pirie - CONVENIO
Henry Madrigal Calvo <henry.madrigalGmunipococi.go.cr>
Vie 11 Feb 2022 11:42
Para: Manuel Hernandez Alcalde (manuelalcaldepocociO gmail.com) <manuelalcaldepocociOgmail.com>; Manuel
Hernandez Rivera <manuel.hernandezQmunipococi.go.cr>; secretaria municipal <secretariaQmunipococi.go.cr>
CC: acastilloO:grupocolono.com <acastilloOgrupocolono.com>; Alberto Guzmán <aguzmanOguzmanycia.cr>; Jeancarlo
Ruiz <jeancarlo.ruizQ munipococi.go.cr>; Esteban Gutierrez <esteban.gutierrezQmunipococi.go.cr>; Cyntia Avila Madrigal
<gyntia.avila O munipococi.go.cr>
(Y 3 archivos adjuntos (8 MB)
APDU-027-2022 Alcaldía - Concejo Municipal referente Oficio DAM-057'7-2021 Convenio de Garantía - Fraccionamiento
Astua Pirie - IRREGULARIDADES.pdf; DAM-0577 2021 REMISION CONVENIO FRACCIONAMIENTO ASTUA PIRIE.pdf;
CONVENIO PROYECTO VALLE DEL ROBLE.pdf;
Srs(as).
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde
Municipalidad de Pococí
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
Estimados(as) señoreslas),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito el presente informe de fiscalización con
el objetivo de dar seguimiento a lo requerido mediante Oficio DAM-0577-2021 por parte de la
Alcaldía Municipal, de fecha 01 de junio del 2021, mediante el cual se solicita proceder según lo
establecido en el denominado “Convenio para el otorgamiento de garantía por construcción de
obras de infraestructura, equipamiento y entrega de áreas públicas, correspondientes al proyecto
urbanístico Valle del Roble, Astua Pirie (Cariari), entre la Municipalidad de Pococí, José Alberto
Castillo y Guzmán Y Compañía (DAM-CO-0001-2021)".
Se adjunta Oficio APDU-027-2022, copia del Oficio DAM-0577-2021 y copia del Convenio
DAM-CO-0001-2021.
Sin más por el momento, se despide
Ing. Henry Madrigal Calvo
Aaa
y] Coordinador as
POCÓC ¿ ” Área Planificación y Desarrollo Urbano Ya
a )) henry.madrigalé8munipococi.go.cr a 2
riego. 12) e
7 Teléfono: 2713 6573 ext. 106
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N916
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 261
ACTA N*13 Extraordinaria. as 15-02-2022
Ñ ag Municipalidad de Pococí
COC Despacho del Alcalde
a Teléfono: 2711-1208 «LE %
Pluye el he d ul cr MuUNCIRALOAD
DEPOCOCI
me a
Guápiles, 1 de junio de 2021
DAM-0577-2021
a
Ing. Henry Madrigal Calvo
DDCU
Ing. Jean Carlo Rulz Hernandez
pPpcc
Ing. David Quiros Aguilar
Ing. Esteban Gutiérrez Solís
Topografía
Mediante el presente oficio se remite para su conocimiento y se proceda según
corresponda, Convenio para el otorgamiento de garantía por construcción de
obras en infraestructura, equipamiento y entrega de áreas públicas,
correspondientes al Proyecto Urbanístico Valle del Roble, Astúa Pirie (Cariari), entre
la Municipalidad de Pococí, José Alberto Castillo Calvo y Guzmán y Compañía.
Agradeciendo su atención se despide;
Lic. Manuel Mernández Rivera
Alcalde
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: GMunicipalidadDePococi
A A
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%17 ACTA N913 Extraordinaria.
9 A Municipalidad de Pococí (7)
POCOC¿ Área de Planificación y Desarrollo Urbano
a Teléfono: 2713-6573 a
Fluye henry.modrigalOmunipococi.go.cr MERO
RAI FER
Jueves 10 de febrero del 2022
OFICIO: APDU-027-2022
Srs(as).
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde
Municipalidad de Pococí
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
CARÁCTER URGENTE
REFERENTE: OFICIO DAMM-0577-2021 RESPECTO AL CONVENIO PARA EL OTORGAMIENTO DE GARANTÍA DE CONSTRUCCIÓN
DE INFRAESTRUCTURA Y ÁREAS PÚBLICAS DEL FRACCIONAMIENTO VALLE DEL ROBLE, ASTUA PIRIE, CARIARI
Estimados(as) señores(as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito el presente informe de fiscalización
con el objetivo de dar seguimiento a lo requerido mediante Oficio DAM-0577-2021 por parte de
la Alcaldía Municipal, de fecha 01 de junio del 2021, mediante el cual se solicita proceder
según lo establecido en el denominado “Convenio para el otorgamiento de garantía por
construcción de obras de infraestructura, equipamiento y entrega de áreas públicas,
correspondientes al proyecto urbanístico Valle del Roble, Astua Pirie (Cariarl), entre la
Municipalidad de Pococí, José Alberto Castillo y Guzmán Y Compañía (DAM-CO-0001-2021)”.
Página 1 de 10
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (OMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*18 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02
e 4 , Municipalidad de Pococí (7)
POCO e Área de Plonificación y Desarrollo Urbano
a Teléfono: 2713-6573 a tl
MUNICIPALIOAD
DE POCOCI
Pluye henrymadrigalOmunipococi.go.cr
Dicho convenio fue suscitado por el Lic. Manuel Hernández Rivera (Alcalde Municipal), el
Sr. José Alberto Castillo Calvo (Inversionista) y el Sr. Alberto Guzmán Cordero (Constructora
Guzmán y Compañía) bajo el nombre citado anteriormente, y según el documento brindado al
presente departamento, se dio debido a una nota presentada al Concejo Municipal por parte
de la Sra. Francinie Castillo Ramos y el Sr. Guamán Cordero, solicitando el visado municipal de
un total de 82 planos de agrimensura, los cuales se describen como lotes residenciales, calles
públicas, juegos infantiles, área de parque, lagunas de retención, planta de tratamiento y área
comunal.
Además, manifestaron un compromiso con el Concejo Municipal de construir las obras
de infraestructura del proyecto, bajo la postura de que la Municipalidad de Pococí no otorgará
las respectivas licencias de construcción de las viviendas hasta tanto no se hayan concluido las
obras de infraestructura; todo lo anterior bajo la ratificación de una declaratorio de calles
públicas mediante Acuerdo N*2301 de la Sesión M%86 Extraordinaria de fecha 15 de diciembre
del año 2020.
Como parte del contenido del Convenio, el cual explica detalladamente el mecanismo
utilizado y los informes generados previo a la declaratoria de calles públicas, se cita como
necesidad por parte de los desarrolladores el visado municipal de 82 planos de agrimensura
que conforman la primera etapa del presente proyecto, con el objetivo de iniciar los trámites de
formalización de los bonos de vivienda ante el Banco Hipotecario de la Vivienda (BAMHVI) y el
Banco Popular, junto con el visto bueno municipal para el inicio inmediato de las obras de
infraestructura, previa aprobación del proyecto ante las otras instituciones estatales, para la
obtención de eventuales créditos para el desarrollo del mismo y la tramitación de bonos de
vivienda.
Lo mas importante a destacar, dentro de la orden girada por la Alcaldía Municipal de
proceder con lo establecido en el Convenio, es importante destacar lo establecido en la
Cláusula Tercera denominada “Prestaciones y contraprestaciones”, la cual indica textualmente
lo siguiente:
Pógina 2 de 10
| Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (QOMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 264
PAGINA N*19 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
e 4 , Municipalidad de Pococí
POCOC Área de Planificación y Desarrollo Urbano
a Teléfono: 2713-6573
Pluye henrymadrigalGmunipococi.go.cr
“La Empresa iniciará inmediatamente los trámites de aprobación de los planos
constructivos ante las distintas instituciones, dentro de las cuales se destacan el Instituto
Nacional de Vivienda y Urbanismo, Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos,
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Instituto Costarricense de
Electricidad, Ministerio de Salud, Cuerpo Benemérito de Bomberos, Secretaría Técnica
Nacional Ambiental, entre otros; para la aprobación del Proyecto URBANISTICO VALLE DEL
ROBLE, ASTUA PIRIE, para desarrollarlo por etapas. La empresa debe cumplir dichas
aprobaclones en Un plazo máximo de 3 meses a partir de la firma del Convenlo, período
en el cual se deben entregas los respectivos planos constructivos aprobados al Municipio,
para la obtención de la licencia municipal de construcción ante el Departamento de
Desarrollo y Control Urbano”. (La negrita no pertenece al original).
De acuerdo a lo establecido anteriormente, es garante el Área de Planificación y
Desarrollo Urbano que el desarrollador del proyecto INCUMPLIÓ con el plazo establecido, ya
que a los 3 meses posteriores a la firma del convenio, no se presentaron ni se han presentado
| (a la fecha) los planos constructivos del proyecto aprobados por las distintas instituciones
señaladas. Posteriormente, el citado convenio señala textualmente lo siguiente:
“Igualmente, la Municipalidad autorizará a la desarrolladora a Iniciar la construcción de
las obras de Infraestructura de la primera etapa del proyecto, previa aprobación de los
planos constructivos en ventanilla Única del Colegio Federado de Ingenieros y
Arquitectos, además de la totalidad de las instituciones involucradas, así como el
posterior pago del respectivo impuesto de construcción". (La negrita no pertenece al
original).
Tomando en cuenta lo citado en dicho convenio, a la fecha no se han presentado los
planos constructivos aprobados por las diferentes instituciones involucradas, ni mucho menos
cuenta con la licencia municipal de construcción, razón por la cual el Municipio no ha
otorgado ningún tipo de licencia municipal de construcción para el inicio de las obras de
infraestructura.
Página 3 de 10
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: GMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 265
PAGINA N*20 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
< re 14 , Municipalidad de Pococí (7)
POCOC¿ Área de Planificación y Desarrollo Urbano
a Teléfono: 2713-6573 a
MUNICIPALIDAD
Pluye henry.madrigalAmunipococi.go.cr DE POCOCI
Y la situación se agrava mucho más cuando el día 24 de noviembre del año 2021, en
razón de múltiples consultas de los vecinos de la comunidad de Astúa Pirie, se realiza inspección
al sitio para percatarnos del presunto inicio de las obras de infraestructura de dicho proyecto, y
en este momento cercioramos de que, en el acceso ubicado al costado norte de la Ruta
Macional M%247 (detrás del fraccionamiento consolidado y construido) se encontraban
realizando una serie de trabajos a gran escala, sin licencia municipal de construcción, tales
como:
a) Movimientos de tierra a escala
b
c) Construcción de la red de agua potable, lo cual incluye la tubería, válvulas, previstas,
Acondicionamiento de la superficie de rodamiento
hidrantes y demás elementos no expuestos a la vista
d) Construcción de la red de alcantarillado sanitario, incluyendo previstas, pozos, tubería y
demás elementos no expuestos a la vista
e) Construcción de la red de alcantarillado pluvial, lo cual incluye tubería, pozos, tragantes,
cabezales y demás elementos no expuestos a la vista
f) Sistema de electrificación y alumbrado público
9) Lagunas de retención de aguas pluviales
h)] Planta de tratamiento de aguas residuales
Por lo tanto, es sumamente preocupante que un proyecto de tales magnitudes se
desarrolle sin los permisos municipales respectivos, lo cual requiere de un proceso de
aprobación previa de los diseños por parte de instituciones tales como el Instituto Nacional de
Vivienda y Urbanismo, Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados, Instituto Costarricense de Electricidad, Ministerio de Salud, Cuerpo
Benemérito de Bomberos, Secretaría Técnica Nacional Ambiental, entre otras.
Continuando con el contenido del convenio remitido por la Alcaldía Municipal, dentro
de la misma cláusula tercera se señala textualmente lo siguiente:
Página 4 de 10
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*21 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2
9 A Municipalidad de Pococí
POCOC¿ Área de Planificación y Desarrollo Urbano
a Teléfono: 2713-6573
Pluye henry.modrigalOmunipococi.go.cr
“Además, la Municipalidad adquiere el compromiso de visar los planos de agrimensura
de todos los 82 lotes de la primera etapa del Proyecto, de los cuales 72 son residenciales,
y no otorgará ningún tipo de permisos de construcción de viviendas en dicho proyecto
(primera etapa), hasta que se cumpla con lo indicado en el presente convenio, en
cuanto a la aprobación, construcción y recepción de la TOTALIDAD de las obras de
infraestructura y equipamiento". (La negrita no pertenece al original).
Por lo antes citado, no está de más indicar que el Área de Planificación y Desarrollo
Urbano de la Municipalidad de Pococí, en aras del cumplimiento de lo solicitado por medio del
Oficio DAM-0577-2021 de fecha 01 de junio del 2021, no dará trámite a ningún proceso de
recepción de calles públicas y áreas de uso público del proyecto hasta tanto no se cumpla con
la totalidad de las cláusulas incluidas en el convenio, y como se sobre entiende en el párrafo
anterior, no autorizará la emisión de licenclas municipales de construcción para las viviendas
mencionadas en el anteproyecto, ya que el texto es claro y los incumplimientos citados
generan la no aprobación de dichas licencias.
CONCLUSIONES
a) Mediante Oficio DAM-0577-2021 por parte de la Alcaldía Municipal, de fecha 01 de junio
del 2021, se solicitó dar seguimiento al Convenio denominado “Convenio para el
otorgamiento de garantía por construcción de obras de infraestructura, equipamiento y
entrega de áreas públicas, correspondientes al proyecto urbanístico Valle del Roble,
Astua Pirie (Cariari), entre la Municipalidad de Pococí, José Alberto Castillo y Guzmán Y
Compañía (DAM-CO-0001-2021)”.
b) Dicho convenio fue suscitado por el Lic. Manuel Hemández Rivera, como Alcalde
Municipal, el Sr. José Alberto Castillo Calvo, identificado como el Inversionista del
proyecto y el Sr. Alberto Guzmán Cordero, identificado como el encargado de la
Constructora Guzmán y Compañía.
Página 5 de 10
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 26
PAGINA N922 ACTA N918 Extraordinaria. 15-02,2022
LA , Municipalidad de Pococí (7)
POCO Área de Planificación y Desarrollo Urbano
a tl
Teléfono: 2713-6573
Fluye henry.madrigolGmunipococi.go.cr E
ao ra
e) El desarrollador del proyecto INCUMPLIÓ con el plazo establecido, ya que, a los 3 meses
posteriores a la firma del convenio, no se presentaron ni se han presentado (a la fecha)
los planos constructivos del proyecto aprobados por las distintas instituciones señaladas
en el convenio. Por lo tanto, el Municipio no ha otorgado ningún tipo de licencia
municipal de construcción para el inicio de las obras de infraestructura.
d) Mediante inspección realizada el día 24 de noviembre del año 2021, se corroboró un
avance significativo de las obras de infraestructura de dicho proyecto, en actividades
significativas tales como movimientos de tierra a escala, acondicionamiento de la
superficie de rodamiento, construcción de la red de agua potable, red de alcantarillado
sanitario y la red de alcantarillado pluvial, sistema de electrificación y alumbrado
público, lagunas de retención de aguas pluviales y la planta de tratamiento de aguas
residuales.
e) El Área de Planificación y Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Pococí no dará
trámite a ningún proceso de recepción de calles públicas y áreas de uso público del
proyecto hasta tanto no se cumpla con la totalidad de las cláusulas incluidas en el
convenio, y no autorizará la emisión de licencias municipales de construcción para las
viviendas.
ft) El Desarrollador debe cumplir con la totalidad de las cláusulas incluidas en el contenido
del convenio, principalmente con el proceso de aprobación de planos constructivos por
parte del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, Colegio Federado de Ingenieros y
Arquitectos, — Instituto Costaricense de Acueductos y Alcantarillados, — Instituto
Costarricense de Electricidad, Ministerio de Salud, Cuerpo Benemérito de Bomberos, así
como el seguimiento del proyecto por parte de la Secretaría Técnica Macional
Ambiental; todo lo anterior señalado en el Convenio.
g) Es importante recalcar que la totalidad de las obras de infraestructura realizadas en el
proyecto, no cuentan a la fecha con el aval de aprobación de las diferentes
instituciones involucradas en el proceso, razón por la cual tampoco se realizó un proceso
de inspección y fiscalización de lo construido, lo cual representa un serio problema a
corto plazo, una vez que se tramiten los planos constructivos, se aprueben (según lo
Página 6 de 10
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (OMunicipalidadDePococi
a
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 268
PAGINA N*23 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
Municipalidad de Pococí
1)
POCOC Área de Planificación y Desarrollo Urbano
a Teléfono: 2713-6573
Pluye henry.madrigalOmunipococi.go.cr
establecido en el convenio) y las diferentes instituciones realicen las visitas de campo
para revisar trabajos ya constituidos, como en el caso del Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados, los cuales ubicaran las red de agua potable, red de
alcantarillado sanitario y pluvial ya construidos, sin la fiscalización respectiva, desde las
especificaciones técnicas de los materiales utilizados hasta el proceso constructivo.
h) Debido a las anomalías identificadas en varias de las cláusulas del Convenio, será de
gran importancia someter a consideración y revisión de la Dirección Jurídica Municipal
dichos incumplimientos, con el objetivo de dar seguimiento al proceso.
1) Se adjuntan como anexos las fotografías de los trabajos realizados en el sitio, con fecha
del 24 de noviembre del año 2021.
Sin más por el momento, se despide,
HENRY Firmado
digitalmente por
BRYAN HENRY BRYAN
MADRIGAL — MADRIGAL CALVO
(FIRMA)
CALVO Fecha: 2022.02.11
(FIRMA) 11:29:34-0600'
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano
CC: Archivo
José Alberto Costillo - Inversionista - Grupo Colono
Alberto Guzmán Cordero - Desarrollador - Constructora Guzmón y Compañía
Ing. Jean Carlo Ruiz Hernández - Proceso de Control Constructivo
Ing. Esteban Gutiérrez Solís - Proceso de Topografía
MAF. Cinthyo Ávila Madrigal - Dirección Jurídica
Página 7 de 10
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: GOMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*24 ACTA N913 Extraordinaria.
9 , Municipalidad de Pococí
POCOCE Área de Planificación y Desarrollo Urbano
a Teléfono: 2713-6573
Pluye henry.madrigalOmunipococi.go.cr
ANEXOS
Figura 1.- Inspección de Obras de Infraestructura — Proyecto Astúa Pirie
-
AS RS
Fuente: Área de Planificación y Desarrolo Urbano (Noviembre, 2021)
Página 8 de 10
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (MunicipalidadDePococi
Pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 270
PAGINA N*25 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
LA , Municipalidad de Pococí (0)
POCOCI Área de Plonificación y Desarrollo Urbano yu05
a Teléfono: 2713-6573 *“<
Fluye henry.madrigolOmunipococi.go.cr MO
AS
Figura 2.- Inspección de Obras de Infraestructura — Proyecto Astúa Pirie
| e A
Fuente: Área de Planificación y Desarrollo Urbano (Noviembre, 2021)
Página 9 de 10
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: QMunicipolidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*26 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-2
9 ) Municipalidad de Pococí + (7)
POCOCA Área de Plonificación y Desarrollo Urbano
a tl
Teléfono: 2713-6573
Fluye henrymodrigalOmunipococi.go.cr ME pocO
IC ames
Figura 3.- Inspección de Obras de Infraestructura — Proyecto Astúa Pirie
Página 10 de 10
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (OMunicipolidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*27 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2
g Municipalidad de Pococí
POCOC Convenio y garantía de cumplimiento
Proyecto Valle del Roble, Astúa Pirie iuniarauoro
DEPOCOC
Fluye
Para A
DAM-CO-0001-2021
CONVENIO PARA EL OTORGAMIENTO DE GARANTÍA POR CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE
INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y ENTREGA DE ÁREAS PÚBLICAS, CORRESPONDIENTES
AL PROYECTO URBANISTICO VALLE DEL ROBLE, ASTUA PIRIE (CARIARI), ENTRE LA
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ, JOSÉ ALBERTO CASTILLO CALVO Y GUZMÁN Y COMPAÑÍA
Entre nosolros, MUNICIPALIDAD DE pococÍ, cédula de persona jurídica número lres-
cero catorce-cero cuarenta y dos mil ciento veinticinco-veinte, domiciliada en
Guápiles centro, Cantón de Pococí, Provincia de Limón, costado Oeste de la Plaza El
Salvador, cédula de persona jurídica tres-cero catorce-cuarenta y dos mil ciento
veinticinco, representada en este acto por Entre nosotros, MANUEL HERNÁNDEZ RIVERA,
mayor, casado, abogado, cédula de identidad: 7-086-850, vecino de Guápiles,
Pococí, en mi condición de Alcalde de la MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ, cédula jurídica
Ne 3-014-042125, con facultades suficientes para este acto, según Resolución N? 1319-
El 1-2020 dictada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas diez minutos
del veinticuatro de febrero de dos mil veinte, en su condición de ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ, debidamente autorizado para este acto, mediante
Acuerdo N*677 de la sesión ordinaria N'33 de fecha 29 abril del 2021, oficio SMP-622-
2021, JOSÉ ALBERTO CASTILLO CALVO, mayor, casado, ingeniero agrónomo, cédula 7-
0055-0165 en representación de RAPICRÉDITOS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-
101-219415 y GUZMÁN 8. COMPAÑÍA, cédula jurídica 3-101- 323774 representada en
este acto por su Presidente con Facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de
Suma, señor ALBERTO G MÁN CORDERO, mayor, divorciado, Empresario, cédula ó-
204-509, vecino de Géfiari de Pococí con fundamento el Artículo 39 de la Ley de
'mán Cordero
Desarrollador
Página 1 de 13
go.cr / Facebook: GOMunicipalidadDePococi
EIA TRA NN
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 273
PAGINA N*28 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
> 9 Municipalidad de Pococí
- Convenio y garantía de cumplimiento
a Proyecto Valle del Roble, Astúa Pirie numeroso
Fluye 'DEPOCOCÍ
PP NR
DAM-CO-0001-2021
Planificación Urbana hemos acordado en celebrar el presente CONVENIO PARA El
OTORGAMIENTO DE GARANTÍA POR CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA,
EQUIPAMIENTO Y ENTREGA DE ÁREAS PÚBLICAS, CORRESPONDIENTES AL PROYECTO
URBANISTICO VALLE DEL ROBLE, ASTUA PIRIE (CARIARI) el cual se regirá por las siguientes
|
| cláusulas:
PRIMERA: Deflniciones.
Para los efectos del presente documento, se entenderá por:
Convenio: El presente acuerdo para el otorgamiento de garantía por obras de
infraestructura y entrega de áreas destinadas a parques y facilidades comunales en
Proyecto URBANISTICO VALLE DEL ROBLE, ASTUA PIRIE ubicado en Cariari, PococÍ.
Municipalidad: La Municipalidad del Cantón de Pococí.
Desarrollador: Guzmán 8. Cía. S.A.
| Urbanización: Proyecto URBANISTICO VALLE DEL ROBLE, ASTUA PIRIE, ubicado en el
sector de Astúa Pirie, Distrito Cariari, Cantón de Pococí.
Diseño de sitio: Un plano de conjunto a escala con las debidas dimensiones,
mostrando el trazado y ancho de las calles que lo conforman (respetando derechos
Desarrollador
Página 2 de 13
sl
--“Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: GMunicipalidadDePococi
POCO > Sitio Web: munipococi.go.cr
MS Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*29 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2
> 9 Municipalidad de Pococí
POCÓOC Convenio y garantía de cumplimiento
Proyecto Valle del Roble, Astúa Pirie “umerivoso
Pluye DEPOCO0!
PEARL AA AS
DAM-CO-0001-2021
de vía según reglamento Municipal y Ley General de Caminos Públicos); el tamaño y
la forma de los bloques, los lotes y áreas públicas; elementos de las obras de
infraestructura tales como aceras, cordón y caño, alcantarillado de aguas pluviales,
aguas servidas y red de agua potable; existencia de servidumbres y sus restricciones,
además de otros datos de interés, junto con un cuadro que resuma, en metros
cuadrados y en porcentajes, la cantidad de terreno destinado a cada uso, el número
de lotes, el área mínima y promedio de ellos.
Dicho plano de conjunto deberá mostrar los Iinderos de la propiedad, y ser firmados
por un profesional a fin.
Obras de Infraestructura: Conjunto de instalaciones que permiten la operación de los
servicios públicos tales como: abastecimiento de agua, alcantarillado pluvial y
sanitario, drenaje o planta de tratamiento, electricidad, aceras y cordón de caño,
además de vías públicas.
Especificaciones técnicas: Las entidades competentes determinaran las obras de
infraestructura que requieran los fraccionamientos y urbanizaciones, considerando la
localización, carácter de estos y atendiendo a las normas aplicables. Las
Municipalidades dictaminarán acerca de los acabados de pavimento, drenajes
pluviales, aceras y similares.
Desarrollador
E] cNHeméández Rivera
Icalié Municipal
NE" 5 /
De Poco0” ge
», e
«"% Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OMunicipalidadDePococi
EZ A PPEOOO A: q AAA
Página 3 de 13
PO y Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N930 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-P
ná e Municipalidad de Pococí
> Convenio y garantía de cumplimiento
a Proyecto Valle del Roble, Astúa Pirie e
DEPOCOU
Fluye
DAM-CO-0001-2021
SEGUNDA: Antecedentes.
Que la Sra. Francinie Castillo Ramos y el Sr. Alberto Guzmón Cordero, cédula de
identidad 1 1096 0233 y 6 0204 0509 respectivamente, presentan al Concejo Municipal
una nota solicitando el visado municipal de un total de 82 planos de agrimensura, los
cuales constan de lotes residenciales, calles públicas, juegos infantiles, área de
parque, lagunas de retención, planta de tratamiento y área comunal.
Que manifiestan un compromiso con el Concejo Municipal de construir las obras de
infraestructura del proyecto, bajo la postura de que la Municipalidad de Pococí no
otorgará las respectivas licencias de construcción de las viviendas hasta tanto no se
hayan concluido las obras de infraestructura.
Que el Concejo Municipal ratifica que mediante Acuerdo N*2301 de la Sesión N*86
Extraordinaria de fecha 15 de diciembre del año 2020, se aprobó la declaratoria de la
calle pública sobre la cual solicitan la confección del citado proyecto urbanístico.
Que mediante Acuerdo N9677 de la Sesión N*33 Ordinaria de fecha 29 de abril del
2021, Oficio SMP-622-2021. el Concejo Municipal acuerda: "Se aprueba la propuesta
presentada por el Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez. El Concejo Municipal aprueba el
visado de los 82 planos del proyecto Valle del Roble en Astúa Pirie de Cariari (...). En el
entendido de que si el Sr. Alberto Guzmán Cordero no cumple con la edificación de la
Obras de Infraestruclura “fequerida en el proyecto Valle del Roble en Astúa Pirie de
Desarrollador
»
” SÍ Página 4 de 13
2” Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
e
POCO ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: QAMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 2
PAGINA N931 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-20
9 Municipalidad de PococÍ
POCOCA Convenio y garantía de cumplimiento
Proyecto Valle del Roble, Astúa Pirie iS
Pluye DEPOCOCÍ
AAA AA
DAM-CO-0001 -2021
Cariari, que esta Municipalidad le deniegue inmediatamente los permisos de
construcción de los 82 planos que se visaron previamente”.
Que según indican los solicitantes, así como el Acuerdo N2677, el trámite requerido
obedece a la necesidad de la empresa de que “el expediente siga su CUIsO de
tramitación en las entidades autorizadas del Banco Popular y el BAHINVI”.
Que mediante Oficio DDCU-262-2020 de fecha 15 de diciembre del 2020, el Ing. Henry
Madrigal Calvo, coordinador del Departamento de Desarrollo y Control Urbano, emite
informe técnico haciendo alusión al Oficio DU-UAC-171-2019 de fecha 03 de julio del
año 2019, elaborado por la Ing. Aura Yee Orozco (Unidad de Asesoría y Capacitación
- INVU) y por MAG. Jorge Mora Ramírez (Jefe del Deparlamento de Urbanismo — INVU),
así como al Oficio DDCU-187-2020 de fecha 28 de julio del 2020 remitido al Concejo
Municipal.
Que mediante Oficio UTGVM-1 170-2020 de fecha 15 de diciembre del año 2020, el Ing.
Freddy Rivera Varela, coordinador de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal,
emite informe técnico indicando que "este fraccionamiento se tramita bajo el nombre
de Urbanización Valle del Roble, al ser Un trámite de Urbanización, este clepartamento
no puede emitir criterio para la aprobación o no de calle pública, ya que este debe
llevar el debido proceso (...)”.
fo Guzmán Cordero
6 ¿lei Municipal Desarrollador
cta F
E AL 1040 DS
>> qe Página 5 de 13
Dan,
E Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OMunicipalidadDePococi
IA A EARTACIADA
POCO Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 277
PAGINA N*32 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
4 EA Municipalidad de Pococí (7)
POCO Convenio y garantía de cumplimiento
a ' Proyecto Valle del Roble, Astúa Pirle Del
DE POcoc!
DAM-CO-0001-2021
Que mediante Oficio DDCU-101-2021 de fecha 21 de mayo del 2021, el Departamento
de Desarrollo y Control Urbano, acompañado de la Unidad de Topografía así como de
la Unidad de Planificación y Control Constructivo, emiten criterio respecto a lo
requerido mediante Oficio DAM-0473-2021 de fecha 19 de mayo del 2021, el cual
hace referencia Acuerdo N0778, Sesión Ne38 Ordinaria del 17 de mayo del 2021
referente a la solicilud de aprobación del visado de 72 lotes para la segunda elapa
del Proyecto Valle El Roble, Astua Pirie, Cariari.
Que el Desarrollador tramita la primera etapa de un proyecto urbanístico, el cual se
ubica en Astúa Pirie, Distrito de Caria, Cantón de Pococí, Provincia de Limón, sobre la
propiedad con número de plan catastro L-1 608397-2012, Finca Folio Real N*142942-000,
inscrito a favor de Rapicréditos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-21 9415.
Que, en el citado proyecto, se requiere la construcción de las obras de infraestructura
correspondientes, para lo cual aportan como prueba la memoria de cálculo
elaborada por el ingeniero Randall Van Patien Solano, representante de la empresa
constructora Guzmán y Compañía, el cual se anexa a este documento y forma parte
integral del mismo.
Mediante dicho documento, los desarrolladores garantizan el monto final de la
totalidad de las obras de infraestructura requeridas, desde el equipamiento urbano
hasta las lagunas de retención pluvial y la planta de tratamiento, obras que serán
S
Al gut, Cordero
Desarrollador
estrictamente necest ás para el avance del proyecto.
Página 6 de 13
ook: OMunicipolidadDePococi
A
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: QMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
AGINA N*33 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-0 4
A A
Municipalidad de Pococí (7)
cí Convenio y garantía de cumplimiento
Proyecto Valle del Roble, Astúa Pirle oro,
Pluye Derococt
lerilndiin: Aral proa
DAM-CO-0001-2021
A
Dichas obras tienen un costo global de doscientos sesenta y UN millones cuatrocientos
treinta y nueve mil ochenta colones con once céntimos (4261.439.080, ,00).
Que el Desarrollador requiere el visado municipal de 82 planos de agrimensura que
conforman la primera elapa del presente proyecto, con el objetivo de iniciar los
irámites de formalización de los bonos de vivienda ante el Bunco Hipotecario de la
vivienda (BANHVI) y el Banco Popular, junto con el visto bueno municipal para el inicio
inmediato de las obras de infraestructura, previa aprobación del proyecto ante las
otras instituciones estatales, para la obtención de eventuales créditos para el
desarrollo del mismo y la tramitación de bonos de vivienda.
TERCERA: Prestaciones y contraprestaciones.
En virtud de lo anterior, ambas partes acordamos que:
La Empresa iniciará inmediatamente los trámites de aprobación de los planos
constructivos ante las distintas instituciones, dentro de las ct sales se destacan el Instituto
Nacional de Vivienda y Urbanismo, Coleglo Federado de Ingenieros Y Arquitectos,
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, instituto Costarricense de
Electricidad, Ministerio de Salud, Cuerpo Benemérito de Bomberos, Secretaría Técnica
Nacional Ambiental, entre_olros; para la aprobación del Proyecto URBANISTICO VALLE
DEL ROBLE, ASTUA PIRIE/para desarrollarlo por etapas. La empresa debe cumplir dichas
n Cordero
Desarrollador
Página 7 de 13
ipococi.go.cr / Facebook; GMunicipolidadDePococi
a
¡ARTETA AARDIA
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: OMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 79
PAGINA N*34 ACTA N%13 Extraordinaria. 15-02-2022
, 9 Municipalidad de Pococí (7)
POCOS Convenio y garantía de cumplimiento
a ñ . Proyecto Valle del Roble, Astúa Pirie pa eS
fluye 'DEPOCOCI
DAM-CO-0001-2021
aprobaciones en UN plazo máximo de 3 meses a partir de la firma del Convenio,
período en el cual se deben entregas los respectivos planos constructivos aprobados
al Municipio, para la obtención de la licencia municipal de construcción ante el
Departamento de Desarrollo y Control Urbano.
Igualmente, la Empresa desarrolladora se compromete a Iraspasar A nombre de la
Municipalidad, las óreas públicas (calles y áreas de parque y facilidades comunales)
de la primera etapa del referido proyecto, una vez que cuente con los planos de
catastro correspondientes.
Las áreas públicas deben ser debidamente delimitadas y equipadas, de acuerdo con
lo establecido en el Reglamento de Fraccionamientos Y Urbanizaciones del INVU.
Las obras de infraestructura que aquí se garantizan, serán construidas por la
desarrolladora, cumpliendo la ejecución de tales procesos constructivos, CON las
normas de calidad y seguridad establecidas por el ordenamiento jurídico en general y
con las directrices que sobre el particular hayan emitido el Instituto Nacional de
vivienda y Urbanismo, Colegio Federado de Ingenieros Y Arquitectos, Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Instituto Costarricense de Electricidad,
Ministerio de Salud, Cuerpo Benemérito de Bomberos, Secretaría Técnica Nacional
Ambiental, la Municipalidad y cualquier otra entidad pública competente.
Desarrollador
Página 8 de 13
idadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: OMunicipolidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 280
PAGINA N%35 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
9 Municipalidad de PococÍ
POCOS Convenio y garantía de cumplimiento
a Proyecto Valle del Roble, Astúa Pirie iuromatioao
Fluyo 'DEPOCOCÍ
DAM-CO-0001-2021
Estas obras incluyen las aceras, cordón y caño, loseta táctil, rampas para
discapacitados, red de agua potable, alcantarillado pluvial y sanitario, electrificación
y alumbrado público, superficie de rodamiento en asfalto, concreto o adoquín,
señalización vertical y horizontal, equipamiento y delimitación de áreas públicas,
lagunas de retención pluvial, planta de tratamiento de aguas residuales, entre otros.
Igualmente, la Municipalidad autorizará a la desarrolladora a iniciar la construcción de
las obras de infraestructura de la primera etapa del proyecto, previa aprobación de
los planos constructivo en ventanilla Única del Colegio Federado de Ingenieros y
Arquitectos, además de la totalidad de las instituciones involucradas, así como el
posterior pago del respectivo impuesto de construcción.
Además, la Municipalidad adquiere el compromiso de visar los planos de agrimensura
de todos los 82 lotes de la primera etapa del Proyecto, de los cuales 72 son
residenciales, y no otorgará ningún tipo de permisos de construcción de viviendas en
dicho proyecto (primera etapa), hasta que se cumpla con lo indicado en el presente
convenio, en cuanto a la aprobación, construcción y recepción de la TOTALIDAD de
las obras de infraestructura y equipamiento.
Los planos de agrimensura deberán incluir dentro de sus notas, el Acuerdo Municipal
Ne2301 de la Sesión N*8B6 Extraordinaria de fecha 15 de diciembre del año 2020,
mediante el cual se declararon las calles públicas. Además, deberá señalarse el
me gra
Desarrollador
número de consecutivo del presente Convenio.
Página 9 de 13
¡o Web: munipococi.go.cr / Facebook: GMunicipalidadDePococi
APRA A a Uan
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: QOMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N%13 Extraordinaria.
PAGINA N*36
15-02-2
Municipalidad de Pococí
s 2) Y (7)
POCO Convenio y garantía de cumplimiento
" . Proyecto Valle del Roble,
Fluye
Astúa Pirle  umciuoao
DEPOCOcI
> O
A ne
DAM-CO-0001-2021
Queda entendido por ambas partes, que la Desarrolladora tramitará y cancelará los
correspondientes permisos de construcción por las obras dichas, todo conforme a los
planos constructivos revisados y aprobados por las
lo cual forma parte integral del presente Convenio.
CUARTA: DELA GARANÍÍA.
distintas instituciones mencionadas,
Para goranlizar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el Desarrollador,
este aportará garantía fiduciaria por la suma de doscientos sesenta y un millones
cuatrocientos treinta y nueve mil ochenta colones con once céntimos
(4261.439.080,00). La garantía de comentario se extenderá por el plazo del presente
Convenio.
Si el Desarrollador cumpliere satistactoriamente,
a criterio del Departamento de
Desarrollo y Control Urbano, así como de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal,
con lo pactado en el presente Convenio, la Municipalidad procederá a la devolución
del documento en que 56 haya constituido la garanlía fiduciara que aquí se ha
acordado.
Es importante recordar que, una vez revisados,
tasados y aprobados los planos
constructivos por parte de las instituciones involucradas, se deberá ajustar el monto de
Vorcio,
E pogutAn LOS
, 00 o Web: munipococi.go.cr / Facebook:
la garantía fiduciarigfijado en el presente convenio, al monto registrado por el CFIA,
0 Guzmán Cordero
Desarrollador
Página 10 de 13
GMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: GMunicipolidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
282
PAGINA N*37 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-2022
pecocíi
9 Municipalidad de PococÍ
POCOC Convenio y garantía de cumplimiento
Proyecto Valle del Roble, Astúa Pirie O
Fluye DEPOCOC
DAM-CO-0001-2021
en el entendido que incluye tanto obras de infraestructura como lagunas de retención
pluvial y planta de tratamiento de aguas residuales.
Queda entendido por ambas partes que el presente Convenio no implica el
otorgamiento de permisos de construcción alguno de las obras pactadas ni de las
eventuales viviendas o locales que prelendan edificarse en el futuro.
QUINTA: Plazo para el cumplimiento.
La Desarrolladora tiene el plazo de un año calendario, contado a partir de la entrada
en vigencia del presente Convenio, para terminar la totalidad de la tramitología,
aprobación, construcción y recepción de las obras de infraestructura que aquí se
detallan, así como realizar el equipamiento, delimitación y traspaso de las áreas
destinadas a parques y facilidades comunales ordenadas por ley.
si vencido el plazo anterior, se comprueba que la Desarrolladora no cumplió sin justa
causa con los compromisos adqyiridos, la Municipalidad procederá a ejecutar la
garantía otorgada. De existir justa causa y habiéndose demostrado la misma en el
respectivo expediente administrativo que al efecto deberá conformarse, la
Municipalidad procederá a su valoración y prorrogará de ser necesario los plazos
fijados en este Convenio.
erto Guzmán Cordero
Desarrollador
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OMunicipalidadDePococi
EEE A
Fluye
Página 11 de 13
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: GMunicipolidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N938 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-20
a Ped . Municipalidad de rece y
PS A a
DAM-CO-0001-2021
SEXTA: Incumplimiento y Pacto Comisorio Expreso.
| El incumplimiento injustificado del Desarrollador de cualquiera de las obligaciones
| contraídas en este convenio, se considerará grave y por ende dará lugar a la
Resolución Contractual de Pleno Derecho del mismo y facultará a la Municipalidad
para iniciar los procedimientos administrativos y judiciales necesarios pora ejecutar la
garantía otorgada.
SÉTIMA: Normas Supletorlas.
Lo no previsto o estipulado en el presente Convenio se regirá por la Ley de
Planificación Urbana, Reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones, Ley de
Construcciones, Ley y Reglamento del Catastro Nacional, Ley General de Salud, Ley
Consliluliva del ICAA, así como en la demás normativa conexa en el tema de
desarrollos urbanísticos. Para los efectos de esta cláusula, el informe rendido por el
Departamento de Control y Desarrollo Urbano, la Unidad Técnica de Gestión Vial
Municipal, la Unidad de Topografía y la Unidad de Planificación y Control Constructivo,
forma parte integral del presente Convenio, 1uzón por la cual, los datos, obligaciones y
resultados que en dicho informe se consignan se tienen por incorporados al presente
documento y en caso de contradicción o incongruencia entre el citado informe y el
presente Convenio, privará la información consignada en el referido informe.
e rto se Cordero
Desarrollador
Página 12 de 13
Sl
Ca Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: GAMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*39 ACTA N%13 Extraordinaria.
9 Municipalidad de Pococí
POCO Convenio y garantía de cumplimiento
Proyecto Valle del Roble, Astúa Pirie mero,
DEPOCOC
Fluye
a PP ns
DAM-CO-0001-2021
OCTAVA: Nollficaciones.
Para todos los efectos administrativos y judiciales derivados de este Convenio, el
Desarrollador fija como lugar para recibir notificaciones la dirección indicada al inicio
de este documento.
NOVENA: Vigencla.
El presente convenio entrará a regir a partir del día treinta y uno de mayo del dos mil
veintiuno.
EN FE DE LO ANTERIORMENTE PACTADO, FIRMAMOS EN TRES ORIGINALES, A LAS ONCE
HORAS DEL 31 DE MAYO DEL DOS MIL VEINTEIUNO.
Alberto Guzmán Cordero
Desarrollador
pos p Página 13 de 13
Paecesuoso EA
o pu osito Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección
Jurídica para que emitan criterio del oficio APDU-027-2022 y recomienden al
Concejo Municipal.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: OMunicipalidadDePococ!
fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*40 ACTA N%13 Extraordinaria. 2. 15-02-2022
ACUERDO N? 244
Se conoce nota suscrita por la señora Marcia Valladares Bermúdez, área de
Comisiones Legislativas, teléfono: 2243-28-90 correo electrónico:
mvalladaresQasamblea.go.cr , dice;
Oficio: AL-CJ-22.655-1452-2022
Asunto: Consulta Proyecto Expediente N.? 22.655, “LEY PARA PROHIBIR LA DOBLE
POSTULACIÓN DE CANDIDATOS A LOS PUESTOS DE ALCALDE Y REGIDOR”.
11 de febrero 2022
AL-CJ-22.655-1452-2022
Señores
Honorable Concejo Municipal
Municipalidad
ASUNTO: Consulta Proyecto Expediente N.* 22.655
Estimado señores
La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, tiene para su estudio el proyecto: El Expediente N*
22.655: “LEY PARA PROHIBIR LA DOBLE POSTULACIÓN DE CANDIDATOS A LOS PUESTOS DE
ALCALDE Y REGIDOR”.
De acuerdo con lo que establece el Artículo 126 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se procede a
realizar la consulta obligatoria a la Institución que ustedes representan. Para tales efectos, se adjunta el Texto
Base en discusión.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 (consultas institucionales), del Reglamento de la
Asamblea Legislativa, que indica: ...” Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta
a que se refiere este artículo, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que
hacer al proyecto” ...
El criterio puede remitirlo en versión digital, en texto abierto, a los siguiente correos electrónicos:
[mallto:COMISION-JURIDICOSGasamblea.go.cr%620/|COMISION-JURIDICOSO2samilec.go e if
dab(Wasamblea.go.cr O bien, el original, puede ser entregado en la Secretaría de la Comisión, ubicada en el
piso -1 del edificio principal (Comisión de Asuntos Jurídicos).
Cordialmente,
Merca Veladores Bermúdez ASAMBLEA
Corsi tapó ost
dá D montrrimre
Departamento
Centicrn legis
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: OMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
AGINA N%41 ACTA N%13 Extraordinaria. 15-02-2022
-
11 de febrero 2022
AL-CJ-22.655-1452-2021
Señores
Honorable Concejo Municipal
Municipalidad
ASUNTO: Consulta Proyecto Expediente N.* 22.655
Estimado señores
La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, tiene para su estudio el proyecto: El
Expediente N? 22.655: “LEY PARA PROHIBIR LA DOBLE POSTULACIÓN DE CANDIDATOS A
LOS PUESTOS DE ALCALDE Y REGIDOR”.
De acuerdo con lo que establece el Artículo 126 del Reglamento de la Asamblea Legislativa,
se procede a realizar la consulta obligatoria a la Institución que ustedes representan. Para
tales efectos, se adjunta el Texto Base en discusión.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 (consultas institucionales), del
Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: ...” Si transcurridos ocho días hábiles
no se recibiere respuesta a la consulta a que se refiere este artículo, se tendrá por
entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto” sd
El criterio puede remitirlo en versión digital, en texto abierto, a los siguiente correos
electrónicos: COMISION-JURIDICOSGasamblea.gO.cr l dabGasamblea.go.cr O bien,
el original, puede ser entregado en la Secretaría de la Comisión, ubicada en el piso -1 del
edificio principal (Comisión de Asuntos Jurídicos).
Cordialmente,
Marcia Volodores Bermúdez ASAMBLEA
Ateo O ana LEGISLATIVA
Comisice ss Legiloivas
e O muolodorerBoramalea gor
Deportamento
Comicos leglalivos
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección
terio con relación al expediente N*22.655
Jurídica para que emitan cri
COC Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: OMunicipolidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 287
PAGINA N*42 ACTA N%13 Extraordinaria. 15-02-2022
ACUERDO N' 245
Se conoce nota suscrita por la señora Shirley Calderón Quesada, de Recope,
teléfono: 2284-27-45, correo electrónico: caminos.desarrolloQrecope.go.cr dice;
Oficio: P-0062-2022
Asunto: Ampliación volumen de material asfáltico donado.
Oficio P-0062-2022 - Ampliación M. Pococí
Caminos Desarrollo <caminos.desarrolloQrecope.go.cr>
Lun 18 Feb 2022 10.02
Para: manuelalcaldepocociógmail.com <manuelalcaldepocociBgmailcom>
CC: Olger Gutierrez <olgergutiercezÉ muni pacocigo.cr>; Frank Benavides «frank benavidesmunipocacigo.cro; Dyala
Granados Brealey <Dyala Granados Drecopego.cr >; Lín Cabezas Picado <lin.cabezasBrecope.go.cf; Álvaro Enrique Ureña
Monge «AlvaroEnique UrenaBrecope.go.cf; Diana Rocca Mondragon ediana-"mBrecopego.cío; Johanna Mata Solano
«Johanna-msiDrecope goce secretaria municipal esecretariadmunipocad ga.cr>
Buen dia!
Señor
Manuel Hernández Rivera
Alcalde
Municipalidad de Pococi
Reciba un cordial saludo de mi parte. En respuesta a la solicitud planteada en nota DAM-0125-
2022, tengo a bien remitirle el oficio P-0062-2022.
Quedo a sus órdenes para lo que estime necesario,
Slds,
Caminos Desarrollo
Shirley Calderón Quesada
a ña caminos desarrollofMrecope.go.l
errar Wnww.recope.go.cr
A gg
Misión
Somos la empresa que garantiza la seguridad energética del país mediante el abastecimiento de combustibles, asfaltos y
naftas, con calidad y responsabilidad ambiental.
Visión
Ser la empresa que contribuye con la tra nstormación de la matriz energética del país hacia una baja huella ecológica,
mediante procesos eficientes, alta tecnología, personal innovador y orientado al cliente.
Esta comanicación fineluidas sus ancans) es praegiada y confidencial para el uso exclusivo det destinataria.
mis communtcaban fattachments included) ds prialeged andconfidentia!. e for the exclusive use af the addresses.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipolidadDePococi
Fluye
PAGINA N*43
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
RECOPE
Seguridad energética Presidencia
40 de febrero 2022
P-0062-2022
Señor
Manuel Hernández Rivera
Alcalde
Municipalidad de PococÍ
Estimado señor:
Ampliación volumen de material asfáltico donado
Mediante oficio DAM-0125-2022, el Municipio a su cargo solicita la ampliación del volumen de
emulsión asfáltica de rompimiento rápido donado mediante oficio P-0496-2022, para la ejecución del
camino con código 7-02-025 entre Campo Dos y Llano Bonito, entre las estaciones 2+700 hasta
5+200.
Esta solicitud se realiza con la finalidad de contar con el producto suficiente para realizar un riego de
imprimación, previo a la colocación de la carpeta, que permita una correcta ejecución del proyecto,
garantizando una mayor durabilidad de la carpeta colocada.
Al respecto, posterior a la visita de inspección efectuada y en atención a los términos del Reporte
No.0004-2022, copia adjunta, se informa que se amplía el volumen de la emulsión en 9 460 litros,
por lo que la donación total de este producto queda en 28 390 litros. Se mantiene el volumen del
producto de AC 30 donado según oficio P-0496-2021, sea de 227 100 litros.
En caso que se tenga un remanente de la emulsión, se recomienda su utilización en las caras
laterales de las cunetas conformadas en tierra, con el fin de impermeabilizar lateralmente la
estructura del pavimento, minimizando el riesgo de entrada de humedad a la estructura. Se solicita
además, la presencia del Inspector de campo durante la realización de los ensayos de punto de riego
y durante el proceso de riego, para garantizar que se cumpla con los parámetros de dosificación
indicados por el profesional responsable.
Finalmente, posterior a la ejecución de proyecto, se solicita incorporar en el informe de cierre la
siguiente documentación: Informe de punto de riego de imprimación para documentar la dosificación
aplicada realizada por el laboratorio de materiales destacado en el proyecto e Informe de punto de
riego de liga para documentar la dosificación aplicada realizada por el laboratorio de materiales
destacado en el proyecto.
Atentamente,
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO S.A.
Firmado digitalmente por
= MENCAOMNOL VILA OS
Ry Ec o2202:10173540-0600
Alejandro Muñoz Villalobos
Presidente
sCcQ/IDvO
Tel. 2284-2745 | 2284-2746
presidenciafrecope.go.cr
WwWwW.recope.go.cr
ACTA N%13 Extraordinaria. 15-02-2022
A]
pecocíi
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: OMunicipolidadDePococi
00
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%44 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-20
Seguridad energética Presidencia
P-0062-2022 / p. 2
Anexo.- Reporte PococÍ 0
Ce: Magaly Venegas Vargas, Secretaria Concejo Municipal de Osa
Olger Gutiérrez Mendoza, Unidad Técnica Gestión Vial
Frank Benavidez Jiménez, Unidad Técnica Gestión Vial
Álvaro Ureña Monge, Jefe Departamento Transacciones Comerciales
Expediente Municipalidad de Pococí 2021
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la
alcaldía para lo que corresponde y que informen al Concejo Municipal.
ACUERDO N' 246
Se conoce nota suscrita por el Ing. José Antonio Arias Arias, MGP, UEN Gestión de
Acueductos Rurales, teléfono: 2242-3412, correo electrónico: joariasQaya.go.ct,
dice;
Oficio: GSD-UVEN-GAR-2022-00457
Asunto: En respuesta al oficio SMP-2460-2021.
|
A
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: QOMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 90
PAGINA N%45 ACTA N*%13 Extraordinaria. 15-02-2022
Puerto Limón, Costa Rica
MON INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
<= hpartado 1097-1200. Teléfono 2242-3412 — joarias(aya.go.cr
4 de febrero del 2022
Al contestar refiérase al N?
GSD-UEN-GAR-2022-00457
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipalidad de Pococí
Licda. Magaly Venegas Vargas
Secretaria Concejo Municipalidad de Pococí
Estimados señores:
El presente se emite en respuesta al oficio SMP-2460-2021 de la Secretaría
Municipal y en seguimiento al oficio DAM-0227-2021 de la Alcaldía Municipal.
El asunto en cuestión en ambos oficios refiere a la solicitud de colaboración
económica por parte de la ASADA Buenos Aires a la Municipalidad de Pococí para
el giro de una partida presupuestaria con la finalidad de construir un tanque de
almacenamiento para el acueducto de la comunidad de Buenos Aires.
Es de nuestro conocimiento que dicha partida presupuestaria había sido asignada
a la ASADA Buenos Aires por la anterior administración municipal (período 2016-
2020) pero que la misma fue desestimada por la actual administración debido a que
el requerimiento de dicho tanque no contaba con aval técnico de parte de AyA.
Respecto al tema por el requerimiento de la ASADA Buenos Aires de un tanque de
almacenamiento se efectuó una reunión en la Sala de Sesiones del Consejo
Municipal de Pococí el pasado 13 de agosto de 2020 en la que estuvieron presentes
Código: 'ADM-93-04-F2 - Versión: 02 Página 1 de 3
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: GMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*46 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-2
varios miembros del Concejo, en cuenta el Presidente del mismo Sr. Juan Luis
Gómez, Lic. Manuel Hernández, Msc. Yamileth Astorga, Ing. Nathalie Montiel, Licda.
Cynthia Harvey y mi persona entre otros por parte de AyA.
Durante dicha reunión se trataron varios temas concernientes a la gestión de
sistemas de agua potable tanto de AyA como de ASADAS en el cantón de Pococí,
puntualmente se trató el tema del tanque en marras, el Sr. Alcalde Manuel
Hernández manifestó en esa ocasión que efectivamente la partida presupuestaria
para dicho tanque había sido cancelada debido a la ausencia de un dictamen
técnico por parte de AyA por medio del cual se aprobara y/o justificara la necesidad
del tanque para el acueducto de la Comunidad de Buenos Aires.
Se acordó entre los involucrados que se coordinaría con la ASADA Buenos Aires
para la elaboración de un Estudio Técnico Integral mediante el cual, entre otros
parámetros, se analizaría la necesidad de almacenamiento de agua potable para el
acueducto. Según manifestó el Lic. Manuel Hernández, en aquella ocasión, la
Municipalidad quedaría a la espera de la aprobación del requerimiento del tanque
por parte de AyA y que posterior a eso se valoraría nuevamente la asignación de
una partida presupuestaria para tal fin según la solicitud de la ASADA Buenos Aires.
Mediante oficio GSD-UEN-GAR-2021-05411 de fecha 15 de diciembre del 2021 la
UEN Gestión de ASADAS ORAC Huetar Caribe de AyA aprobó el Estudio Técnico
“Diagnóstico y propuesta de mejoras al acueducto de la ASADA de Buenos
Aires, Pococí, con proyección al año 2041”, dentro de los entregables de este
estudio se puede mencionar que el sistema de acueducto de la comunidad de Bue-
nos Aires necesita de la implementación de un nuevo tanque de almacenamiento
de un volumen de 400 metros cúbicos para cubrir la demanda requerida de acuerdo
con los parámetros técnicos analizados en el estudio.
Mediante el oficio GSD-UEN-GAR-2021-01328 del 25 de marzo del 2021 se le in-
dicó a la Alcaldía Municipal que en cuanto el estudio técnico estuviera aprobado se
le informaría al respecto con la finalidad de dar continuidad al trámite solicitado por
Código: ADM-93-04-F2 - Versión: 02 Página 2 de 3
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: OMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 292
PAGINA N*47 ACTA N*%13 Extraordinaria. 15-02-2022
A A]
al ASADA Buenos Aires. En este acto se informa de manera oficial a la Municipali-
dad de Pococí que el requerimiento del tanque por parte de la ASADA está justifi-
cado y que cuenta con aval técnico de nuestra parte.
No omitimos manifestar que la eventual construcción de dicho tanque se debe rea-
lizar con sistemas constructivos aprobados por AyA a saber, concreto o mamposte-
ría integral según diseños de AyA y acero vitrificado o plástico reforzado con fibra
de vidrio como alternativa. Para cada caso se debe de analizar las distintas varia-
bles, parámetros de diseño y relación de costos; la propuesta técnica constructiva
que se elija debe de contar con el aval de nuestra representada.
Atentamente,
Firmado digitalmente por
JOSE ANTONIO ARIAS ARIAS (FIRMA)
Fecha y hora: 04/02/2022 02:50 PM
Ing. José Antonio Arías Arias; MGP
UEN Gestión de Acueductos Rurales
C. Tomás Martínez Baldares - Presidencia Ejecutiva
Diana Smith Parks - UEN Gestión de Acueductos Rurales
Fernando Vílchez Rojas - Subgerencia Gestión de Sistemas Delegados
Juan Carlos Barquero López- Presidente ASADA Buenos Aires
Archivo
Código: ADM-93-04-F2 - Versión: 02 Página 3 de 3
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: GMunicipalidadDePococi
Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 293
PAGINA N*48 ACTA N913 Extraordinaria. | 15-02-2022
e
Participa de la palabra:
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Aquí dice que tiene el aval del AyA, yo creo que debe de existir un convenio de
ayuda entre el AyA, ADI de Buenos Aires o la Junta Administrativa de la Asada y la
Municipalidad de Pococí, por lo que lo estoy pasando al departamento jurídico,
porque si todas las asadas “se nos tiran” a que les hagamos tanques, dejaríamos
de construir carreteras.
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección
Jurídica para que emitan criterio y recomienden al Concejo Municipal.
ACUERDO N' 247
Se conoce nota suscrita por la MSc. Dinorah Cubillo Ortiz, secretaria del Concejo
Municipal de  Siquirres, teléfono: 2768-6079, correo electrónico:
secretariaconcejosiquirresogmail.com, dice;
Oficio: SC-096-2022
Asunto: Voto de apoyo al sMP-88-2022del Concejo Municipal de Pococí.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: QAMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 294
PAGINA N%49 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
Siquirres miércoles 09 de febrero de 2022
SC-096-2022
Á 5 Municipalidad de Siquirres 0
R DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA
TT vi uu res Teléfono: 2768-6079/FAX 2768-2817.
Moricipatidad
SIQUIRRES [Cemazon ot. cama S Xx 2761 .
Correo: secretariaconcejosiquirresHgmail.com
Señora:
Licda. Magaly Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Municipalidad de Pococi
Presente
Estimada Señora:
La presente es para hacer de su conocimiento que el Concejo Municipal de Siquirres en su
Sesión Ordinaria N%092 celebrada el martes 01 de febrero 2022, a las diecisiete horas con
quince minutos, de forma virtual, plataforma Zoom, por el Concejo Municipal de Siquirres, en
el Artículo 1V, inciso 2), Acuerdo N*2239, se conoció y aprobó lo siguiente:
2.-Oficio número SMP-88-2022 que suscribe la Licda. Magaly Venegas Vargas/Secretaria
Municipal de Pococí, dirigido a los señores y señoras Lic. Germán Marín Sandí como Director
General, Dirección General de la Policía de Tránsito, Concejo Municipal de Guácimo, Concejo
Municipal de Sarapiqui, Concejo Municipal de Siquirres, Diputados y Diputadas de la
Provincia de Limón, en la cual remiten acuerdo tomado en Sesión Ordinaria número 08-2022
celebrada el 27 de enero del 2022, artículo 1, acuerdo N*133, por lo que solicitan un voto de
apoyo en relación a solicitarle a la Dirección General de la Policía de Tránsito, representada
por el Lic. Germán Marín Sandi como Director General, que se gestione la incorporación de
nuevo personal para la Delegación de Tránsito de Guápiles que pueda atender el rezago de
recurso humano existente cuanto antes posible.
ACUERDO N? 2239-01-02-2022
Sometido a votación por unanimidad el Concejo Municipal de Siquirres acuerda: Brindar un
voto de apoyo al oficio número SMP-88-2022 que suscribe la Licda. Magaly Venegas
Vargas/Secretaria Municipal de Pococí, referente a solicitarle a la Dirección General de la
Policia de Tránsito, representada por el Lic. Germán Marín Sandí como Director General, que
se gestione la incorporación de nuevo personal para la Delegación de Tránsito de Guápiles que
pueda atender el rezago de recurso humano existente cuanto antes posible ono
VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz
Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría.
Cordialmente,
DINORAH DELOS pre
ANGELES CUBILLO ono care rave)
ORTIZIFIRMA)
A
MSc. Dinorah Cubillo Ortiz
Secretaria Concejo Municipal
Municipalidad de Siquirres
Ce. Archivo.
Cc. Sr. Randal Black Reid/Presidente Municipal Municipalidad de Siquirres.
Construyamos un mejor Siquirres Página 1 de 1
www.siquirres.go.Ccr
ESA
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se conoce.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 5
PAGINA N950 ACTA N913 Extraordinari 15-02-2022
A ón nn TAL ES
ACUERDO N' 248
Se conoce nota suscrita por la señora Nancy Vílchez Obando, Jefe de Área de la
Sala de Comisiones Legislativas V, teléfono: 2243-2423, correo electrónico:
COMISION-ECONOMICOSGasamblea.go.cr, nvilchezeasamblea.go.cr , dice;
Oficio: AL-CPOECO-1934-2022
Asunto: Expediente N*22362 “Modificación de la Ley N.? 8839, de 24 de junio de
2010, y sus reformas, Ley para la Gestión Integral de Residuos, publicada en La
Gaceta N.? 135 de 13 de julio de 2010; y modificación del transitorio XVII del
capítulo V de la Ley N. 9635, de 3 de diciembre de 2019, Ley de Fortalecimiento
de las Finanzas Públicas, publicada en el alcance N.* 202 a La Gaceta N.* 225 de
4 de diciembre de 2020”.
San José, 08 de febrero de 2022.
AL-CPOECO-1934-2022
Señores
Concejo Municipal
Estimados señores:
Para lo que corresponda y con instrucciones de la señora diputada Ana Karine Niño Gutiérrez,
Presidenta de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos, le consulto el criterio
de esa institución sobre el texto del expediente N.*22362: “MODIFICACIÓN DE LA LEY N.”
8839, DE 24 DE JUNIO DE 2010, Y SUS REFORMAS, LEY PARA LA GESTIÓN INTEGRAL
DE RESIDUOS, PUBLICADA EN LA GACETA N.* 135 DE 13 DE JULIO DE 2010; Y
MODIFICACIÓN DEL TRANSITORIO XVII DEL CAPÍTULO V DE LA LEY N, 9635, DE3DE
DICIEMBRE DE 2019, LEY DE FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS,
PUBLICADA EN EL ALCANCE N.” 202 A LA GACETAN.? 225 DE 4 DE DICIEMBRE DE
2020", el cual se adjunta.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles.
Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-2422,
2243-2423, o al correo electrónico COMISION-ECONOMICOS(Oasamblea.go.cf.
COMIIVN-ELVNIAMAA
Atentamente,
ns
Nancy Vílchez Obando
Jefe de Área
Sala de Comisiones Legislativas V
trato esto cominelfabOxidAAQKADISMZOSNDMGLTE DK IIMOJLTAS VOZ IO ACAMEISO CI AO 1123
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: OAMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 96
PAGINA N?51 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-2022
A A]
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outlook
Comisión Asuntos Económicos-Asamblea Legislativa
PROYECTO DE LEY
MODIFICACIÓN DE LA LEY N.* 8839, DE 24 DE JUNIO DE 2010, Y SUS
REFORMAS, LEY PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS,
PUBLICADA EN LA GACETA N.? 135 DE 13 DE JULIO DE 2010;
Y MODIFICACIÓN DEL TRANSITORIO XVII DEL CAPÍTULO V
DE LALEY N. 9635, DE 3 DE DICIEMBRE DE 2019,
LEY DE FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS
PÚBLICAS, PUBLICADA EN EL ALCANCE
N.2 202 ALA GACETA N.* 225 DE
4 DE DICIEMBRE DE 2020
Expediente N.* 22.362
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Cada vez es más importante y relevante la gestión integral de los residuos, ante un panorama
mundial de acelerado y alarmante crecimiento de estos. La generación de desechos, como se ha
demostrado a nivel internacional, es un producto natural de los procesos de mayor urbanización
de las sociedades, del desarrollo económico de los países y del crecimiento de la población.
En el año 2012 el mundo generó 1.3 billones de TM de desechos municipales sólidos, los cuales
aumentaron a 2,1 billones de TM en 2016, mostrando un crecimiento del 54,6%; y se espera que
para el año 2050 la generación de esos desechos alcance el volumen insospechado de 3.4
billones de TM, un 70% más que en 2016.10! El Banco Mundial sostiene que los desechos “....
constituyen [...] el desafío más amplio que afecta a salud humana y los medios de subsistencia,
el medio ambiente y la prosperidad”.
A nivel mundial, se estima que el mundo tiene una tasa de generación de residuos municipales
sólidos de 0.74 Kg por persona por día, mientras que los países de Norte América (Canadá y
Estados Unidos) presentan la tasa más alta (2.21 Kg por persona por día) y los de Europa, la
segunda tasa más alta (1.18 Kg por persona por día). Los países del África, por razones obvias
de menor crecimiento y desarrollo, tienen tasa de generación mucho más baja (0.46 Kg por
persona por día). América Latina, en general, presenta una tasa intermedia de 0.99 Kg por
persona por día.
https:/outlook.office365. comimadinboxid/AAQKADISMZQSNDMwLTFINDKA!DGyMy IAMDJLTM YWOSYzZmYÍmizNgAQAMIBISOAdIVMADRUITE. . 2123
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 297
PAGINA N*52 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-2022
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outlook
Gráfico No. 1.- Tasas de generación de residuos municipales sólidos a nivel
mundial
(en Kgrs por persona por día)
22
ó
15
1.18
: 0.99
7 081
0.56 0.52
pr A
Promedio Evropa AñaEstey  AsaSur Norte Medio Este África América
Mundial Pacifico América Latina
Fuente: elaboración propia con base en datos del Banco Mundial de “What a waste 2.0: A
global snapshot of solid waste management to 2050”.
Para el caso de los países de América Latina, aunque se dispone de una tasa media de 0.99 Kg
por persona por día, México presenta una tasa más alta de 1.16 Kg por persona por día y
Guatemala ofrece la tasa más baja (0.47 Kg por persona por día). Costa Rica, debido a su grado
de desarrollo y relativa urbanización, presenta una tasa intermedia de 0.86 Kg por persona por
día, la cual resulta más elevada que el promedio mundial (0.74 Kg por persona por día), pero
menor al promedio de América Latina (0.99 Kg por persona por día).
Gráfico No. 2.- Tasas de generación de residuos municipales sólidos en
América Latina (en Kgrs por persona por dia)
| 0.47
SS
SS Se
S $ $
SS
Fuente: elaboración propia con base en datos del Banco Mundial de “What a waste 2.0: A
global snapshot of solid waste management to 2050”.
hitos Ioulook.offce365.comimallinboxid/AAQKADISMZOSNDMwLTFINDKINDgy My 1IMDJLTNOYWOSY2ZmYÍmIz!IgAQAMIBISOAdKIVMADRUITIO..- 3/23
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 298
PAGINA N*53 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outiook
Un tema de mayor gravedad aún es el hecho de que la dispos
ición de esos residuos municipales
3
sólidos es muy deficiente a nivel mundial. El En efecto, se estima que el 37% de los desechos se
dispone en rellenos sanitarios, el 33% se depositan en simpl
es “vertederos a cielo abierto”, UN
11% se incineran. Para el caso de
19% se reciclan o se aprovechan mediante compostaje, y el
América Latina y El Caribo4) se estima que más de dos tercios de los residuos simplemente “...
se tiran en algún tipo de relleno sanitario”. El dilema de nuestra sociedad que no queremos para
nuestro futuro es tener simplemente que resignarnos a “...convivir con basura...”, y más bien el
foco de atención se ha puesto en “...la generación, recolección y tratamiento de los residuos [...]
como punto de partida para luchar contra la contaminación de residuos sólidos”.
No obstante ello, es claro que la generación de desechos municipales sólidos es apenas una
parte pequeña de la generación total de desechos. En efecto, a nivel global se estima que la
generación de desechos industriales es 17 veces mayor que la generación de desechos
municipales sólidos, y la generación de desechos de la agricultura es 4.5 veces mayor.
Gráfico No. 3.- Tasas de generación total de residuos sólidos a nivel mundial
(en Kgrs por persona por día)
12.73
4 335
Ñ 1.68
74
0. E 032 025 002
0 rea _— ps
Residuos Residuos Residuos Resiósos Residuos  Resiévos Residuos
Vánicipales — lndustriales — Agrioltora Construcción — Peligrosos Médicos Electrónicos
Fuente: elaboración propia con base en datos del Banco Mundial de “What a waste 2.0: A
global snapshot of solid waste management to 2050”.
Costa Rica no escapa a ese mismo panorama mundial de la producción y disposición de
desechos sólidos no solo de carácter municipal, sino industrial y de otros orígenes. En cuanto a
la generación de desechos municipales sólidos, por ejemplo, el Ministerio de Saludo! estimaba
ya para 2016 que la tasa de generación de residuos alcanzaba un 1.1 Kg por persona por día
para el caso de los cantones definidos como urbanos, lo cual supera el promedio nacional
identificado en el trabajo reseñado del Banco Mundial (0.86 Kg por persona por día). Incluso, el
ente rector en esta materia señalaba que « ..el "manejo inadecuado” de los residuos constituye
uno de los principales problemas ambientales que enfrenta la sociedad
costarricense...”
Justamente, con el propósito de enfrentar la problemática descrita de la generación de residuos
sólidos se promulgó la Ley N? 8839, de 24 de junio de 2010, y sus reformas, “Ley para la
https://outlook.office365. orvimatImboxd/AAQKADEMZOSNDMet TFINDKINDOyMy IRMOJILTMIYWQSY2ZmYmizNgAQAMIBISOAdIIUMADRUITIO- e. 4123
pececí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 299
PAGINA N*54 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02+2022
8/2/22, 14:48 Correo: secrelaria municipal - Outlook
Gestión Integral de Residuos”, publicada en La gaceta N.? 135 de 13 de julio de 2010, que tiene
por objeto “regular la gestión integral de residuos y el uso eficiente de los recursos, mediante la
planificación y ejecución de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas,
educativas, ambientales y saludables de monitoreo y evaluación”, tal y como se desprende de la
lectura del artículo 1 de esta.
No menos importante que ello es que la ley contempla en el artículo 2 diversos objetivos
específicos dentro de los que conviene destacar el de “...fomentar el desarrollo de mercados
de subproductos, materlales valorizables y productos reciclados, reciclables y
blodegradables, entre otros [...J en forma tal que se generen nuevas fuentes de empleo y
emprendimientos, se aumente la competitividad y se aprovechen los recursos para incrementar
el valor agregado a la producción nacional” (inciso d) del artículo 2, el destacado no es del
original).
No obstante ello, a pesar de los objetivos planteados en la legislación, el “INFORME ESTADO
DE LA NACIÓN EN DESARROLLO HUMANO SOSTENIBLE 2019 ha reconocido que el
cumplimiento de los fines descritos ha sido muy deficiente. Se destaca que han continuado las
malas prácticas de disposición de residuos en sitios inapropiados; se afirma que « el Ministerio
de Salud no ha logrado posicionarse como ente rector del sector de residuos...”, no se observa
un desarrollo importante en el mercado de subproductos, materiales valorizables y productos
reciclados, reciclables y biodegradables; se indica que no existe un política articulada para
desarrollar un plan que influya en las pautas de conducta de los consumidores y los generadores
mediante acciones educativas y de sensibilización; y finalmente se señala que no se ha logrado
promover la incorporación de los productores e importadores en la búsqueda de soluciones a la
problemática de los residuos.
Aún, sí conviene tener presente que el desarrollo de la mencionada legislación sobre la gestión
integral de residuos atiende al concepto de “economía circular” desarrollado al final de los años
ochenta por PEARCE y TURNER. Según ese enfoque, el principio básico que orienta las
estrategias de economía circular es el cierre de ciclos materiales, utilizando los desechos de un
proceso industrial como nueva fuente de recursos, lo cual permite alargar sustancialmente la vida
de la materia dentro del sistema económico, reduciendo tanto las entradas como las salidas de
este.
Desde este punto de vista con este enfoque, según CERDA Ol se abandona el concepto de
“economía lineal" basado en el principio de “producir, usar y tirar”; por el concepto de reutilizar los
desechos de los procesos industriales como nueva fuente de recursos productivos para la
producción.
Es decir, si se entiende el sistema económico con un sistema lineal como el indicado, la parte de
los recursos que no sirven para producir bienes de consumo y los mismos bienes de consumo
que finalmente no se consumen, simplemente se desechan como residuos a la naturaleza.
Sin embargo, algunos autores indican que los antecedentes de la economía circular se remontan
a BOULDING/ + que desde 1966 planteo la necesidad de sustituir el sistema económico abierto
tradicional por uno de ciclo cerrado, denominando la economía abierta como la “economía del
Cowboy”, pues esta figura legendaria “...resulta Un tipo representativo de las llanuras ilimitadas y
puede asociarse también al comportamiento derrochador, explotador, romántico y violento, que
es característico de las sociedades abiertas”. Por otra parte, se veía la economía del futuro
como una economía de ciclo cerrado que denominó la “economía del astronauta”, “en la que la
Tierra se ha convertido en una única nave espacial, sin reservas ilimitadas de nada, debido a su
extracción y a la contaminación, y en la que, por tanto, el hombre debe hallar su lugar en un
sistema ecológico cíclico que sea capaz de una reproducción continua de las formas materiales,
https://outlook. reses comiratfaboxta/AAQKADISMZQSNOMLTE DK y TOMO LTS WOSY ZA RIGACAMIBISOAGOVIADR IO 5/23
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: GAMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*55 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-2022
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outlook
Economía Lineal
MATERIA PRIMA DESECHO
yo
PRODUCIR CONSUMIR DESECHAR
aun cuando no pueda evitar la utilización de inputs de energía”. Así, desde esos tempranos
inicios se detalla la importancia de rescatar aquella parte del consumo que produce residuos
para convertirlos en insumos nuevos para posteriores procesos productivos, destacando la tarea
de conservar el stock total de recursos e impulsando el mejor desarrollo tecnológico para esos
fines.
Modernamente, el enfoque de la “economía circular” es mucho más relevante en razón de que
considera como un costo del mismo proceso de producción la generación de residuos no
deseados por la misma producción y que posteriormente se trasladan a la naturaleza. De esta
manera, el flujo del proceso de producción bajo el concepto de una “economía circular”,
considera el tratamiento ulterior que puedan tener los desechos generados tanto de los procesos
de producción propiamente dichos, así como del consumo de bienes finales de parte del
consumidor.
De este modo, como puede observarse en el esquema siguiente, una vez generados los
desechos (W), ya sea de la producción o del acto de consumo final, una buena parte de ellos
pueden ser convertidos nuevamente en recursos para la producción mediante procesos de
reciclaje por ejemplo; o mediante procesos más complejos de gestión de residuos que permita
transformar el desecho en algún producto reutilizable en un determinado flujo de producción.
Sobre este particular, VALERO y VALERO al referirse al tema indican que la “Economía
Circular, propone minimizar los residuos a través de la reutilización, la reparación, la re-
manufactura y el reciclado de los materiales existentes y de los productos...” aunque reconocen
que siempre quedarán residuos no procesables.
Por ello, no es de extrañar que dentro de los Objetivos de desarrollo sostenible, exista una
dimensión ambiental de los efectos del comercio mundial que promueve el concepto de
“economía circular”. No obstante, existe claridad que ese acercamiento entre comercio y medio
ambiente no se logrará naturalmente por las fuerzas del mercado, sino que requiere el esfuerzo
de los países para armonizar medidas de política comercial con el desarrollo sostenible.
En este sentido, conviene indicar que si bien la Ley N.* 8839, de 24 de junio de 2010, y sus
reformas, “Ley para la Gestión Integral de Residuos”, dispone como un objetivo particular de su
creación el “...desarrollar y promover los incentivos que se establecen en esta Ley y otras
leyes para contribuir a la gestión integral de residuos para todos los sectores” (inciso I), artículo
2, el destacado no es del original), lo cierto es que no se encuentran desarrollados incentivos
https://outlook.office365. conmailinboxid/AAQKADISM2OSNDMWLTFNDKINDGyMy IRMDJILTMIYWOSY2ZmYmi2NgAQAMIBISOAdKIVMADRUNTTO..- 6/23
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*56 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outlook
para
el
FABRICACIÓN .-
RECURSOS o que
emp
resa
s
que
parti
cipe
n el
conc
REUTILIZACIÓN epto
de
“eco
nom
ía
circu
lar”,
pro
USO Y CONSUMO movi
RESIDUOS td
espe
cial
men
te la creación e instalación de empresas dedicadas a la gestión integral de residuos,
En general, de la experiencia internacional se extrae que algunos países han venido
incentivando no solo los procesos de recolección de desechos del consumo reciclables (como
latas, vidrio, plástico y otros) por medio de la aplicación del principio de la "Responsabilidad
extendida del productor o importador”, sino que también favorece el otorgamiento de algunos
tratamientos fiscales para la gestión en el tratamiento de los residuos sólidos y líquidos,
justamente con la idea de retornar productos reciclados al proceso de producción y disminuir la
carga de productos que se pueden depositar en el ambiente en determinadas circunstancias.
TOBÓN y vascol.l destacan algunas políticas públicas particulares sobre la materia. Las
primeras tienen como propósito disminuir los costos de la importación de maquinaria, equipo e
insumos utilizados en el rescate de productos reciclados mediante la reducción de los aranceles
y carga impositiva a la importación. De manera similar, se observan también incentivos mediante
ciertos ajustes en el impuesto sobre la renta, de modo que se permite la consideración de tratar
como rentas exentas las generadas por las actividades económicas dedicadas al reciclaje o la
gestión de residuos con procesos propios. Finalmente, se contempla, en algunos casos, Un
incentivo asociado con el impuesto al valor agregado (IVA) que consiste en la exención del pago
de ese tributo a determinados equipos, maquinarias e insumos que se utilizan en estos procesos
de producción de la “economía circular”.
En relación con la reducción de aranceles y cargas a la importación, es importante traer a
2
colación que la Organización Mundial del Comercio (omo el plantea que “una forma práctica
de acercar las políticas comerciales a las ambientales es reducir los obstáculos al comercio de
los bienes y servicios que puedan contribuir a lograr que el consumo y la producción sean más
ecológicos y más sostenibles”, denominando esos bienes y servicios como "BIENES Y
SERVICIOS AMBIENTALES” y citando casos como el de producción de energía limpia y
https:Mouticok office365. comImeiintoxd/AAQKADISMZOSIDMWTENDIANDGy My IRMDJLTMS YWOSYzZmYmI2NgACAMIBISOAdIIVMADRUITIO.- 7123
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*57 ACTA N913 Extraordinaria. 15-0
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Oulook
renovable, la gestión integral de residuos sólidos y la supervisión de la calidad del medio
ambiente.
En razón de ello, la OMC ha promovido la reducción de los obstáculos al comercio de esos
“BIENES Y SERVICIOS AMBIENTALES” con el interés de que tales bienes puedan llegar a los
consumidores a precios más competitivos con servicios ambientales de alta calidad,
favoreciendo que las empresas paguen menos “ por las mejores tecnologías ecológicas
3,
disponibles” 1231 En ese sentido, conviene traer a colación que desde el 8 de julio de 2014
dieciocho participantes de la OMC, que representan 46 miembros, han estado celebrando
negociaciones multilaterales para establecer un ACUERDO SOBRE BIENES AMBIENTALES!
que permita promover el comercio de un mayor número de productos ambientales fundamentales
(maquinaria, equipo e insumos) con aranceles reducidos o exentos relacionados con procesos
de gestión de desechos o residuos, utilización más eficiente de la energía y de los recursos,
tratamientos de aguas residuales, entre otros. Costa Rica ha participado activamente en ese
grupo desde su conformación, como uno de los 18 participantes iniciales.
En el caso particular de Colombia, por ejemplo, mediante Ley N.? 1715, de 13 de mayo de 2014,
por medio de la cual se regula la integración de las energías renovables no convencionales al
Sistema Energético Nacional Ll publicada en el Diario Oficial N.? 49.150 de 13 de mayo de
2014, se dispone en el artículo 13 un incentivo arancelario para la importación de maquinaria,
equipo e insumos destinados a inversión en proyectos de fuentes no convencionales de energía,
siempre que tales bienes no sean producidos localmente.
En relación con beneficios vinculados con el impuesto sobre la renta, en algunos casos se
observan también incentivos mediante ciertos ajustes en el impuesto sobre la renta, de modo
que se permite la consideración de tratar como rentas exentas del impuesto las generadas por
las actividades económicas dedicadas al reciclaje o la gestión de residuos con procesos propios.
En el caso de Colombia, por ejemplo, el ESTATUTO TRIBUTARIO) define en el artículo 235-
2, inciso 3), como “rentas exentas a partir del año gravable 2019”, la correspondiente a la “...
venta de energía eléctrica generada con base en energía eólica, biomasa o residuos agrícolas,
solar, geotérmica o de los mares [...] realizada Únicamente por empresas generadoras, por un
término de quince (15) años, a partir del año 2017...”. Para el mismo caso de Colombia, la Ley
N2 1715 de 13 de mayo de 2014, por medio de la cual se regula la integración de las energías
renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional, publicada en el Diario Oficial N.?
49.150 de 13 de mayo de 2014, dispone en el artículo 11 que los obligados tributarios para
declarar renta podrán deducir de su renta, por un período no mayor de 15 años, el 50% de la
inversión realizada en fuentes de energía no convencionales. De igual manera, el valor a deducir
no podrá ser superior al 50% de la renta líquida del contribuyente determinada antes de restar el
valor de la inversión. De manera similar, el artículo 255 del mismo ESTATUTO TRIBUTARIO
consagra un descuento del 25% del impuesto sobre la renta por las inversiones realizadas en
control, conservación y mejoramiento del ambiente. Finalmente, para el mismo caso de Colombia
merece destacarse que la Ley N.? 1715, ya mencionada, dispone en el artículo 14 el beneficio de
la depreciación acelerada para la maquinaria, equipo y obras civiles que realicen operaciones
destinadas a generación de energía mediante fuentes no convencionales, para lo cual la tasa de
depreciación anual no podrá ser superior al 20%.
Finalmente, en algunos casos, se contempla también un incentivo asociado con el impuesto al
valor agregado (IVA) que consiste en la exención del pago de ese tributo a determinados
equipos, maquinarias e insumos que se utilizan en estos procesos de producción.
https://outlook.office365. cor/mal/nboxid/AAQKADISM2Q5NDMwLTEINDINDgyMy INMDJJILTMIYWOSY2ZmYmIzNgAQAMIBIS9AdKIVMASRUITID. 8/23
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipolidadDePococi
Pluye
Y
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 303
PAGINA N*58 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-
A aaa POMADA
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outlook
En el caso de Colombia, por ejemplo, el ESTATUTO TRIBUTARIO en el inciso f) del artículo 428
indica claramente que no causan el
« ..la importación de maquinaria O
impuesto sobre las ventas (no está afectada por el impuesto)
equipo, siempre y cuando dicha maquinaria o equipo no se
produzcan en el país, destinados a reciclar y procesar basuras O desperdicios (la maquinaria
comprende lavado, separado, reciclado y extrusión), y los destinados a la depuración O
tratamiento de aguas residuales, emisiones atmosféricas o residuos sólidos, para recuperación
de los ríos o el saneamiento básico
para lograr el mejoramiento del medio ambiente...”.
Además, en el numeral 16) del artículo 424 se agrega que tampoco causan impuesto sobre las
ventas “La compraventa de maquinaria y equipos destinados al desarrollo de proyectos O
actividades que se encuentren regi
de Gases Efecto Invernadero defini
istrados en el Registro Nacional de Reducción de Emisiones
do en el artículo 155 de la Ley 1753 de 2015, que generen y
certifiquen reducciones de Gases Efecto Invernadero -GEl, según reglamentación que expida el
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible”. Finalmente, para el mismo caso de Colombia,
la Ley N.? 1715 de 13 de mayo de 2014, por medio de la cual se regula la integración de las
energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional, publicada en el Diario
Oficial N.? 49.150 de 13 de mayo de 2014, dispone en el artículo 12 la exoneración del impuesto
sobre las ventas para el caso de |
importados que se destinen a la pro
Por las razones expuestas, y ante
los equipos, elementos, maquinaria y servicios nacionales O
ducción de energía a partir de fuentes no convencionales.
la necesidad de promover la creación y funcionamiento de
empresas que se dediquen a la gestión integral de residuos en Costa Rica, presentamos el
siguiente proyecto de ley que tiene como objetivo otorgar algunos incentivos fiscales para la
operación de empresas bajo el concepto de “economía circular” con procesos propios de
valoración de residuos, ya sea de la producción o del acto de consumo final, de modo que una
buena parte de ellos pueden ser convertidos nuevamente en recursos para la producción
mediante procesos de reciclaje, por ejemplo, o mediante procesos más complejos de gestión de
residuos que permita transformar el desecho en algún producto reutilizable en un determinado
flujo de producción.
Aunado a lo anterior, es necesario reformar la LEY N.* 8839, DE 24 DE JUNIO DE 2010, Y SUS
REFORMAS, “LEY PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS”, a fin de cambiar la rectoría
en cuanto a la gestión de los residuos, pues obviamente quien debe tenerla, en razón de su
competencia ambiental, no es otra
que el Ministerio de Ambiente, por lo que se aprovecha, en
esta iniciativa, de dar la rectoría a dicho Ministerio.
Es importante señalar, además, que la presente iniciativa establece una contribución especial
para toda persona física O jurídica
que produzca o importe bienes cuyos residuos finales sean
declarados de manejo especial y/o peligroso por el Ministerio de Ambiente y Energía, cuya
finalidad será atender el principio
de responsabilidad extendida del productor para mitigar o
compensar su impacto ambiental, así como la creación de un galardón denominado "Sello de
Economía Circular” para estimular
anualmente a las personas físicas y jurídicas que participen
en el modelo de la gestión integral de residuos como economía circular, el cual será otorgado por
el Ministerio de Ambiente y Energía
Its IoalooK oTe538S cominalImboXid/AAQKADISMZOSINOMTEINDKINDOyMy IIMDIILTMOYWOSYzZIMYmIZNgACAMBrSOAdVIAORUTD» .- 9923
pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AAMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*59 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-202
ón nn AA Pa
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outlook
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
MODIFICACIÓN DE LA LEY N? 8839, DE 24 DE JUNIO DE 2010, Y SUS
REFORMAS, LEY PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS,
PUBLICADA EN LA GACETA N.? 135 DE 13 DE JULIO DE 2010;
Y MODIFICACIÓN DEL TRANSITORIO XVII DEL CAPÍTULO V
DELALEYN. 9635, DE 3 DE DICIEMBRE DE 2019,
LEY DE FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS
PÚBLICAS, PUBLICADA EN EL ALCANCE
N.2 202 ALA GACETA N.? 225 DE
4 DE DICIEMBRE DE 2020
ARTÍCULO 1- Se agregan a la Ley N.? 8839, de 24 de junio de 2010, y sus reformas, Ley
para la Gestión Integral de Residuos, publicada en La gaceta N.* 135 de 13 de julio de 2010, los
siguientes artículos 18 bis, 21 bis y 21 ter:
Artículo 18 bis- Sello de calidad de economía circular. Se establece un galardón
denominado “Sello de Economía Circular” para estimular anualmente a las personas físicas y
jurídicas que participen en el modelo de la gestión integral de residuos como economía circular,
el cual será otorgado por el Ministerio de Ambiente y Energía.
El Ministerio de Ambiente y Energía establecerá una Comisión Especial con participación de las
organizaciones empresariales representativas de las empresas dedicadas a la gestión integral de
residuos que recomendará las personas físicas o jurídicas merecedoras del galardón.
El Ministerio de Ambiente y Energía dispondrá por decreto ejecutivo las normas bajo las cuales
se regirá el funcionamiento de la Comisión Especial y el procedimiento para generar la
recomendación del galardón.
Artículo 21 bis- Incentivos para gestores integrales de residuos. Las personas físicas O
jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, que brinden servicios de recolección, transporte y
acopio, preparación para la valorización, tratamiento, valorización, exportación o disposición final
de residuos reciclables, coprocesables, especiales y/o peligrosos con actividades propias de
gestión integral de residuos y que se encuentren debidamente inscritos ante la Administración
Tributaria y ante el Ministerio de Ambiente y Energía, podrán disfrutar de los siguientes
incentivos, con las salvedades que se indican:
a) Internar a territorio nacional la maquinaria y el equipo, al igual que sus accesorios y
repuestos, partes y componentes para el respectivo proceso de gestión integral de residuos,
inscrito en el Ministerio de Ambiente y Energía, sin sujeción al pago de todo tributo o derecho
consular sobre la importación ylo impuesto interior, incluyendo el impuesto sobre el valor
agregado.
https://outlook.office365. corviratínboxtlAAQKADEMZOSIDMATEINDIANDOyMy IMD JLTMIYWOSYZmYmizhgAQAMIBISOAdKIMIMADR IT 10723
pececí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: QOMunicipolidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*60 ACTA N*13 Extraordinario. 15-02
8/2/22, 14:48 Correo: secrelaria municipal - Outlook
b) Exoneración de todo impuesto interior, incluyendo el impuesto sobre el valor agregado,
sobre la importación o compra local de materias primas e insumos para la actividad de gestión
integral de residuos.
c) Exención de todo tributo a las utilidades, así como cualquier otro cuya base imponible se
determine en relación con las ganancias brutas O netas, los dividendos abonados a los
accionistas o ingresos o ventas, hasta por un período de 10 años.
Artículo 21 ter- Las empresas beneficiarias indicadas en el artículo 21 bis de esta ley
deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Estar debidamente inscritas ante el Ministerio de Ambiente y Energía, en el registro de
gestores cumpliendo tas obligaciones y requisitos establecidos por la legislación.
b) Disponer de un proceso propio para la gestión y valorización integral de residuos. Las
empresas transnacionales o extranjeras, en caso de no contar con un proceso de
transformación, valorización y disposición final para los residuos en el territorio nacional, deberán
acreditar que lo tienen en otro territorio.
ARTÍCULO 2- Se agrega un inciso 36 al artículo 8 del título 1, capítulo III, de la Ley de
Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N.? 9635, de 3 de diciembre de 2019, publicada en
el Alcance N.? 202 a La Gaceta N.2 225 de 4 de diciembre de 2020, cuyo texto es el siguiente:
Artículo 8- Exenciones. Están exentos del pago de este impuesto:
L.]
36. Los servicios de recolección, transporte y acopio, preparación para la valorización,
tratamiento, valorización, exportación O disposición final de residuos reciclables, coprocesables,
especiales y/o peligrosos, y Se encuentren debidamente inscritos ante la Administración
Tributaria y el Ministerio de Ambiente y Energía, estarán exentos del impuesto sobre el valor
agregado.
ARTÍCULO 3- Refórmense los artículos 7, 9, 10, 12, 13,14, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24,
25, 30, 32, 35, 41, 42, 42 ter, 42 quater, 42 quinquies, 44, 46, 48,49,53 y 54 de la Ley N.? 8839,
de 24 de junio de 2010, y sus reformas, Ley para la Gestión Integral de Residuos, para que en
adelante se lean:
Artículo 7- Rectoría
El jerarca del Ministerio de Ambiente y Energía será el rector en materia de gestión integral de
residuos, con potestades de dirección, monitoreo, evaluación y control. Para el cumplimiento de
los objetivos de esta ley, tiene entre sus funciones las siguientes:
a) Formular y ejecutar la política nacional y el Plan Nacional de Gestión Integral de
Residuos, así como evaluarlos y adaptarlos periódicamente en coordinación con el Ministerio de
Salud y el Ministerio de Agricultura y Ganadería.
b) Dictar los reglamentos, por tipo de residuo, que sean necesarios para la gestión integral
de residuos.
c) Verificar la aplicación de esta ley y sus reglamentos.
https://outlook. office365. omnia RAGKADISMZOSNDMNATEINDKNDO My IIMDILTMSVINO ZA CAMISA MADRE . 313
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: QAMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*61 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02120
8/2/22, 14:48 Correo: secrelaria municipal - Oulook
d) Desarrollar las herramientas y los reglamentos técnicos que sean necesarios para la
gestión integral de residuos.
e) Fomentar e implementar la coordinación interinstitucional para una gestión integral de los
residuos, insertándola en una acción ambiental pública, para optimizar e integrar coherentemente
los esfuerzos y los recursos de la Administración Pública central y descentralizada en esa
materia.
f Definir los indicadores de cumplimiento en materia de gestión integral de residuos.
9) Evaluar en forma continua las políticas, los planes, los programas y los reglamentos
técnicos asociados a la gestión integral de residuos.
h) Identificar las oportunidades para alcanzar la gestión integral de residuos, fomentando
tecnologías, inversiones y la réplica de modelos que demuestren ser eficaces y aplicables según
las condiciones y las características de los residuos generados en el país.
i) Administrar el Fondo para la gestión integral de residuos, que se crea en esta ley.
Establecer un sistema de información nacional sobre gestión integral de residuos que
permita elaborar los inventarios e indicadores relacionados con la gestión integral de residuos
que complementen el sistema de indicadores e índices de salud y ambientales nacionales.
k) Promover incentivos para la gestión integral de residuos, dirigidos especialmente al
fomento y la capacitación de microempresas, cooperativas y otras organizaciones y/o empresas
sociales que trabajan en la recuperación y gestión de residuos.
1) Vigilar para que en el marco de aplicación de esta ley se respete la Ley N.* 8220,
Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, de 4 de marzo de
2002, y sus reformas.
Artículo 9- Construcción participativa
Para la formulación de la política, el plan y los reglamentos técnicos, el Ministerio de Ambiente
y Energía deberá garantizar la participación de los sectores vinculados a la gestión integral de
residuos en el ámbito nacional, y quedan facultados para crear las comisiones ad hoc que
consideren necesarias para el cumplimiento de los objetivos de esta ley.
El reglamento de esta ley desarrollará las disposiciones para la participación de las personas y
de las organizaciones legalmente constituidas, para la construcción participativa de los
instrumentos descritos en el párrafo anterior, tendientes a proteger y mejorar el ambiente, en
cumplimiento de esta ley.
Artículo 10- Política nacional de residuos
El Ministerio de Ambiente y Energía debe formular, en forma participativa, la política nacional
para la gestión integral de residuos.
Artículo 12- Planes municipales de residuos
El plan municipal de gestión integral de residuos es el instrumento que orientará las acciones de
las municipalidades para la gestión integral de residuos en el cantón. Se elaborará a partir de los
lineamientos dictados en el Plan Nacional y el reglamento de esta ley. Este plan podrá ser
formulado en forma mancomunada con otras municipalidades.
MOS AnOK ONES COITO KADIENZOSNDMALTE DANDO Y IDO ZN ACAMRIO Ad UnADR Ut . 1273
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 307
PAGINA N*62 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Oullook
La municipalidad convocará a una audiencia pública conforme lo establecerá el reglamento de
esta ley, en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Energía, a fin de presentar
formalmente a la comunidad y a los interesados los alcances del plan municipal de gestión
integral de residuos.
Los planes municipales serán presentados ante el Ministerio de Ambiente y Energía para su
registro, seguimiento y monitoreo.
Artículo 13- Planes sectoriales de residuos o por la naturaleza del residuo
Los diferentes sectores de la sociedad podrán desarrollar programas para la gestión integral de
un determinado sector o residuo de su interés, que considere la cantidad y la composición de los
residuos. Estos programas deberán coadyuvar al cumplimiento de la política nacional, el Plan
Nacional y los objetivos de esta ley. Estos programas serán presentados ante el Ministerio de
Ambiente y Energía para su registro, seguimiento y monitoreo.
Artículo 14- Programas de residuos por parte de los generadores
Todo generador debe contar y mantener actualizado un programa de manejo integral de
residuos. En caso de que el programa incluya la entrega de residuos a gestores autorizados, el
generador debe vigilar que esté autorizado para el manejo sanitario y ambiental de acuerdo con
los principios de esta ley.
Este programa debe ser elaborado e implementado por el generador para el seguimiento y
monitoreo por parte de los funcionarios del Ministerio de Ambiente y Energía.
El reglamento de esta ley determinará los contenidos del programa de manejo integral de
residuos, el cual deberá coadyuvar al cumplimiento de la política nacional, el Plan Nacional, el
plan municipal y los objetivos de esta ley. Además, establecerá cuáles generadores,
dependiendo de su actividad, estarán exentos de presentar los programas de manejo que indica
este artículo. Quedan exentas de la elaboración de dicho programa las viviendas unifamiliares.
Artículo 16- Fiscalización de los programas de residuos de los generadores
Los funcionarios del Ministerio de Ambiente y Energía, o en coadyuvancia los funcionarios del
Ministerio de Salud, todos debidamente identificados, podrán visitar, sin previo aviso, las
instalaciones de los generadores públicos y privados para fiscalizar la existencia y la
implementación del respectivo programa de manejo. El ingreso de las personas funcionarias del
Ministerio de Ambiente y Energía a las instalaciones de estos generadores será de carácter
obligatorio e inmediato. Mediante notificación escrita, el Ministerio de Ambiente y Energía podrá
girar recomendaciones técnicas para su mejora o para que se adopten las medidas correctivas
que se estimen pertinentes.
Artículo 17- Sistema nacional de información
El Ministerio de Ambiente y Energía será el órgano responsable del funcionamiento del sistema
nacional de información sobre gestión integral de residuos, que contendrá la información relativa
a la situación nacional. Se autoriza al Instituto Nacional de Estadística y Censos para que brinde
apoyo técnico en la elaboración y el mantenimiento de este sistema.
Dicho sistema debe incluir los inventarios de residuos generados y valorizados, la infraestructura
y las tecnologías apropiadas para su manejo, el inventario de gestores autorizados y otros
aspectos que faciliten el logro de los objetivos de esta ley y los reglamentos que de ella se
deriven.
https://outlcok office365. com/mail/inboxfid/ AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDKNDgy My INMDJILTM3YWOSY2ZmYmIzNgAQAMIBIs9AdKIVMA9RUITr. 2. 13/23
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POC
OCI 308
PAGINA N%63 ACTA N913 Extraordinaria. 15-0212022
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outlook
Las instituciones de la Administración Pública, empresas pública:
s, municipalidades, generadores
y gestores estarán en la obligación de suministrar oportunamente la información requerida para
alimentar dicho sistema. Asimismo, serán responsables de la veracidad de la información y de
asegurar que dicha información sea fácilmente verificable.
presentar la información serán definidas vía reglamento.
Artículo 18- Acceso a la información
La periodicidad y la forma de
El Ministerio de Ambiente y Energía deberá elaborar y difundir informes periódicos, sobre los
aspectos relevantes contenidos en el sistema nacional de información.
Además, deberá asegurar y establecer los medios idóneos para que la información pertinente
sobre la gestión de residuos sólidos sea de acceso público, según se establece en el principio de
derecho a la información.
Artículo 19- Programa nacional de educación
Créase el Programa Nacional de Educación para la gestión integral de residuos y se declara de
interés público. Este incluye tanto la educación formal como la no formal.
El Consejo Superior de Educación emitirá las políticas educati
ivas nacionales que orienten el
Programa Nacional de Educación sobre la gestión integral de residuos, en todos los niveles de la
Educación Preescolar, General Básica y Diversificada, tanto pública como privada. Para ello, se
incorporarán como eje transversal del currículo los objetivos, los contenidos, las lecciones y las
actividades necesarias para ese fin que propicien el fortalecimiento, la formación y la divulgación
de nuevos valores y actitudes en lo relativo a pautas de conducta y que contribuyan a alcanzar
los objetivos de esta ley. Para estos efectos, el Ministerio de Educación Pública coordinará estas
acciones con el Ministerio de Ambiente y Energía.
Cada año el Ministerio de Educación deberá incorporar estas actividades en la elaboración del
plan anual operativo, a fin de asegurar la dotación de los recursos necesarios para su ejecución.
Las instituciones de educación superior y técnica deberán
establecer en los programas
académicos de las carreras afines a la materia la formación en gestión integral de residuos.
Asimismo, todos los centros educativos públicos y privados
del país deberán establecer e
implementar planes de manejo integral de residuos que se generen en sus instalaciones, como
una forma de enseñar a los educandos en forma práctica sobre la gestión integral de residuos.
Artículo 20- Fomento para la gestión integral de residuos
El Ministerio de Ambiente y Energía, en coordinación con otras instituciones públicas y los
sectores involucrados, promoverá en el reglamento de esta ley las herramientas legales,
políticas, económicas, los instrumentos de mercado o de comunicación, así como los incentivos
no fiscales u otros, para el fomento de la prevención de la co
ntaminación, la aplicación de la
producción más limpia, la reutilización y la valorización de residuos, para promover las
tecnologías menos contaminantes en el tratamiento y la disposición final de estos.
En el establecimiento de estas herramientas se fomentará
fortalecimiento de las micro y pequeñas empresas, las coop.
la creación, el desarrollo y el
erativas, las organizaciones de
mujeres y otras formas de organización social que coadyuven al cumplimiento de la politica, el
Plan Nacional, el plan municipal respectivo y los objetivos de esta ley.
Artículo 22- Medidas especiales
https://outicok office365. comimailinboxfid/ AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDKINDgy My IKMDJILTMIYWO!
pececi
Pluye
15YzZmY mizNgAQAMIBIS9AdKkJVmA9RulTF... 14/23
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AAMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 309
PAGINA N*64 ACTA N%13 Extraordinaria. 15-02-2022
8/2/22, 14:48 Correo: secrelaria municipal - Outlook
El Ministerio de Ambiente y Energía podrá adoptar, vía reglamento o decreto ejecutivo, medidas
para lo siguiente:
a) Promover la importación, fabricación y comercialización de productos y/o residuos que
favorezcan la gestión integral de residuos.
b) Prohibir la importación de materiales cuya valorización O gestión integral sea limitada o
inexistente en el país.
c) Restringir o prohibir, en coordinación con los sectores y de acuerdo con las metas que se
fijen al efecto, la importación, fabricación y comercialización de productos que dificulten el
cumplimiento de las políticas nacionales para la gestión integral de residuos.
d) Crear sistemas de depósito, devolución y retorno para los residuos de difícil valorización
que no estén sujetos a Un programa de manejo.
e Promover las estructuras de comercialización de residuos valorizables y de los productos
de ellos obtenidos.
1 Solicitar al productor o importador de un determinado producto, ante la duda razonable de
que este pueda ocasionar daños a la salud y al ambiente, que utilice el análisis de ciclo de vida U
otro instrumento de evaluación del riesgo, de conformidad con los estándares y requisitos que se
establezcan vía reglamento. El propósito de esta medida es la observancia del principio
precautorio, la autorización o no del ingreso de estos productos, SU fabricación O
comercialización en el país, así como la definición de los términos, los límites y las condiciones
en que estas actividades podrán llevarse a cabo, en caso de ser autorizadas.
Promover estructuras socialmente justas y ambientalmente adecuadas de
comercialización de residuos valorizables y de los productos de ellos obtenidos, con la finalidad
de evitar prácticas monopolísticas.
h) Coordinar con las autoridades del Ministerio de Seguridad Pública, el Organismo de
Investigación Judicial y las municipalidades la regulación de la comercialización de materiales
valorizables. Se podrá restringir este tipo de actividad cuando esta promueva actos ilícitos contra
bienes de dominio público o dedicado a un servicio público.
1) Prohibir o limitar temporalmente la exportación de residuos cuando tengan valor
estratégico para el país.
El Ministerio de Ambiente y Energía queda autorizado para coordinar con otros ministerios O
entes públicos, vía reglamento o decreto ejecutivo, las medidas especiales necesarias para el
cumplimiento de esta ley.
Artículo 23- Participación ciudadana
El Ministerio de Ambiente y Energía y las municipalidades, en el marco de sus competencias,
promoverán la participación de todas las personas en forma activa, consciente, informada y
organizada en la gestión integral de residuos. Para ello deberán:
a) Convocar, fomentar y apoyar la conformación, consolidación y operación de grupos intersectoriales interesados en participar en el
diseño e instrumentación de políticas y programas correspondientes.
A los grupos Sociales organizados en la realización de programas, proyectos y olras iniciativas sociales para la gestión integral
lo rosiduos.
https://outlook office365. otr RDO:KURAOKADISMZQSNDMNTENDKINDO MY IMD LTS VWOSV ZAMBIA MARE . 1523
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: OMunicipolidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%65 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outlook
c) Fomentar la aplicación de la presento ley, medianto la realización de acciones conjuntas con la comunidad para la gestión integral de
A ciduos, con énfasis en la valorización de los materiales contenidos en ellos. Para tal fin. podrán establecer convenios de cooperación con
Comunidades urbanas y rurales, instituciones académicas, micro y pequeñas empresas, cooperalivas y olras formas de organización social, de la
gestión integral de residuos.
E) . Fomentar y garantizar la participación ciudadana en el control y la fiscalización del cumplimiento de esta lay, de la política y el Plan
lacional, así como de otros programas y proyectos en la materia.
El reglamento de esta ley desarrollará las disposiciones para la participación de las personas y
de las organizaciones legalmente constituidas, en la toma de decisiones y las acciones
tendientes a proteger y mejorar el ambiente, en cumplimiento de esta ley.
Artículo 24- Fondo
Créase el Fondo para la gestión integral de residuos para alcanzar los objetivos de esta ley,
cuyos recursos se constituirán a partir de lo siguiente:
a) Las transferencias que se le asignen anualmente en los presupuestos ordinarios y
extraordinarios de la República.
b) La reasignación del superávit de operación del Fondo para la gestión integral de residuos.
c) Los legados y las donaciones de personas físicas o jurídicas, organizaciones nacionales
o internacionales, públicas o privadas, y los aportes del Estado o de sus instituciones.
d) Las contribuciones de organismos nacionales e internacionales, públicos o privados, de
acuerdo con los respectivos convenios.
e) Los fondos provenientes de convenios de préstamos internacionales para financiar
actividades o proyectos relacionados con la gestión integral de residuos.
Los ingresos procedentes de la venta de guías, formularios, publicaciones, venta de
servicios, refrendo de documentos, autorizaciones, certificaciones, inscripciones y registro
realizados por el Ministerio de Ambiente y Energía para el cumplimiento de los objetivos de esta
ley.
g Los montos provenientes de las infracciones gravísimas y graves establecidas en la
presente ley, así como los intereses moratorios generados.
h) Los provenientes de la imposición de obligaciones compensatorias o estabilizadoras del
ambiente, así como estimaciones del daño al ambiente fijadas así por el Tribunal Ambiental
Administrativo, cuando se den como resultado del manejo inadecuado de residuos.
) Los recursos provenientes de los acuerdos de conciliación que realiza el Tribunal
Ambiental Administrativo, en los casos objeto de esta ley.
3) Los montos fijados por el Tribunal Ambiental Administrativo por el daño ambiental, por los
casos objeto de esta ley.
Artículo 25- Manejo del Fondo
Las sumas recaudadas serán remitidas a una cuenta especial en la caja única del Estado que
será administrada por el Ministerio de Ambiente y Energía. Para cumplir las funciones señaladas
en esta ley, el Ministerio de Ambiente y Energía deberá elaborar los presupuestos
correspondientes a las obligaciones y las actividades que esta ley les impone, así como a
suscribir los contratos de administración que se requieran.
OS oOK ESSE COMANDO ACKADISMZOSNOMLTENDKNDEJ My IMD NOS IzIGACAMIsOAdUMAOR UE 16/23
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: OMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*66 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02+2022
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outlook
Con respecto a las multas e ingresos correspondientes a los incisos h), 1) y j) del artículo 24 de
esta Ley, la Tesorería Nacional deberá girarlos a la municipalidad del cantón donde se originó la
infracción correspondiente, con el fin de que utilicen estos recursos para el cumplimiento de los
objetivos de esta ley.
Artículo 30- Autorización
Autorízase a las instituciones de la Administración Pública, empresas públicas y municipalidades
para que donen, permuten, vendan y de ser necesario, bajo autorización expresa del Ministerio
de Ambiente y Energía, exporten los residuos y los materiales de su propiedad que puedan ser
objeto de reutilización o valorización, de conformidad con el procedimiento que establezca el
reglamento de esta ley.
Artículo 32- Registro de gestores
Todas las personas, físicas O jurídicas, públicas O privadas, que se dediquen a la gestión total o
parcial de residuos para poder operar deben registrarse ante el Ministerio de Ambiente y Energía
y cumplir los requisitos que establezca el reglamento respectivo, así como cualquier otra
legislación ambiental, de salud y social pertinente.
Los gestores de residuos deberán cancelar el monto que establezca dicho reglamento por
concepto de registro para financiar las actividades de monitoreo y control.
Los gestores autorizados deberán indicar expresamente los sitios en donde se recuperarán,
procesarán y manipularán los residuos para su posterior valorización, y deberán cumplir todos
los requisitos legales de ubicación, construcción y operación pertinentes para los
establecimientos.
El reglamento de esta ley definirá las funciones de los gestores.
Artículo 35- Exenciones para la importación de residuos
El Ministerio Ambiente y Energía podrá autorizar la importación de residuos para ser valorizados
en el país, siempre y cuando determine, con fundamento en estudios técnicos y aplicando el
principio precautorio, que no pone en peligro la salud y el ambiente. Para ello se deben dar las
siguientes condiciones:
a) Que por razones de economías de escala dicha importación permita o promueva el
establecimiento de una tecnología ambientalmente adecuada, debidamente reconocida y
aceptada en el ámbito internacional, para el tratamiento de residuos similares generados en el
país que de otra forma no podrían ser gestionados localmente de manera responsable.
b) Que dicha importación se realice de conformidad con el procedimiento y los protocolos
que se establecerán para garantizar el adecuado seguimiento y control.
c) Que el destino final de dichos residuos no sea su tratamiento y disposición final, salvo
que su importación sea necesaria para alcanzar la capacidad productiva de las operaciones de
las empresas gestoras ambientales con el fin el fortalecer, promocionar y asegurar los procesos
productivos y de disposición correcta de residuos el territorio nacional.
a 2. 1723
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: GAMunicipolidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 312
PAGINA N*67 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outlook
d) Que se cuente con el criterio técnico previo de la Secretaría Técnica para la Gestión
Racional de Sustancias Químicas.
e) Que el residuo sea fuente de materia prima para la elaboración de otros productos.
1 Que se cuente con procedimientos y protocolos establecidos para Su adecuado transporte
y trasiego en territorio nacional.
9) Cualquier otra condición que establezca el reglamento de esta ley.
La autorización para el caso concreto establecerá la cantidad, las características, el tipo de
residuos autorizados y el destino de estos.
Artículo 41- Residuos de manejo especial
El Ministerio de Ambiente y Energía deberá declarar, vía decreto ejecutivo, los residuos de
manejo especial que serán separados de la corriente normal de los residuos para ser sujetos de
una gestión diferenciada y evitar que ocasionen daños a la salud y el ambiente.
El Ministerio de Ambiente y Energía y las municipalidades deberán promover y facilitar la
existencia de la infraestructura necesaria para la valorización, el tratamiento y la disposición final
de los residuos de manejo especial.
Artículo 42- Responsabilidad extendida del productor de residuos de manejo especial
El productor o importador de bienes cuyos residuos finales sean declarados por el Ambiente y
Energía como de manejo especial deberá ejecutar al menos alguna de las siguientes medidas
para mitigar o compensar su impacto ambiental:
a) Establecer un programa efectivo de recuperación, reuso, reciclaje, aprovechamiento
energético u otro medio de valorización para los residuos derivados del uso o consumo de sus
productos en todo el territorio nacional.
b) Participar en un programa sectorial de residuos o por la naturaleza del residuo para su
gestión integral, organizado ya sea por sector o por producto.
c) Adoptar un sistema de depósito, devolución y retorno en el cual el consumidor, al adquirir
el producto, dejará en depósito una cantidad monetaria que será recuperada con la devolución
del envase o el producto.
d) Elaborar productos o utilizar envases O embalajes que, por sus características de diseño,
fabricación o utilización, minimicen la generación de residuos y faciliten su valorización, O
permitan su eliminación en la forma menos perjudicial para la salud y el ambiente.
e) Establecer alianzas estratégicas con las municipalidades para mejorar los sistemas de
recolección y gestión integral de residuos.
Artículo 42 ter- Contribución especial. Se establece una contribución especial para toda
persona física O jurídica que produzca O importe bienes cuyos residuos finales sean declarados
de manejo especial y/o peligroso por el Ministerio de Ambiente y Energía que atenderá el
principio de responsabilidad extendida del productor para mitigar o compensar su impacto
ambiental.
Tal contribución especial no podrá superar el equivalente a tres dólares, moneda de los Estados
Unidos de América, como máximo, por cada unidad producida o importada del bien cuyo residuo
https://outiook.office365. commailinboxlid/ AAQKADISM2QSNDMwLTFINDKNDgyMy 1 AMOJILTMSYWOSY2ZmYmlzNgAQAMIBrs9AdkIVMA9RUITT.. . 18/23
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: OMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*68 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-
A PEE AO
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outlook
final sea declarado especial y/o peligroso por el Ministerio de Ambiente y Energía
La contribución especial será fijada por decreto ejecutivo para los residuos declarados de manejo
especial que el Ministerio de Ambiente y Energía determine, para lo cual puede tener en
consideración las particularidades del tipo de residuo, los casos de excepción que se considere
pertinente definir y determinando en cada caso el tipo de unidad ya sea unidad física, litro o kilo,
sobre la cual recaerá la contribución especial.
Artículo 42 quater- Fondo para el Manejo de Residuos (Fomare). Los recursos provenientes de
la Contribución Especial, constituirán el Fondo para el Manejo de Residuos (Fomare), los cuales
serán administrados por el Ministerio del Ambiente y Energía en una cuenta especial.
Los recursos del Fondo para el Manejo de Residuos podrán utilizarse como máximo en un 7,5%
para sufragar los gastos y cargos de manejo administrativo, control contable y supervisión de los
recursos; y en otro 7,5% para sufragar los costos del Sello Calidad de Economía Circular. El
restante 85% será utilizado integramente para promover el manejo y disposición final de esos
residuos por parte de diversos agentes que participen en el proceso de manejo, disposición final,
reciclaje y transformación de los residuos especiales y/o peligrosos.
Anualmente, el Ministerio de Ambiente y Energía deberá elaborar un presupuesto con la
distribución del Fondo para el Manejo de Residuos, de modo que se consignen los recursos
específicos para cada uno de los fines dispuestos anteriormente de acuerdo con los porcentajes
máximos indicados.
Artículo 42 quinquies- Tarifas para procesamiento de residuos. El Ministerio de Ambiente y
Energía determinará mediante reglamento las tarifas que se pagarán por el manejo, disposición
final, reciclaje y transformación de los residuos especiales y/o peligrosos, las cuales se pagarán
del Fondo para el Manejo de Residuos a las personas físicas o jurídicas acreditadas como
gestores de residuos que participen en el procesamiento y transformación de los residuos
especiales y/o peligrosos definidos. Las tarifas se definirán por unidad ya sea unidad física, litro o
kilo, para cada caso de tipo de residuo especial y/o peligroso.
El Ministerio de Ambiente y Energía dispondrá mediante reglamento las disposiciones necesarias
para el pago de las tarifas por el procesamiento de residuos a las personas físicas o jurídicas
acreditadas.
Artículo 44.- Obligaciones
Los generadores de residuos peligrosos deberán cumplir las obligaciones que
reglamentariamente se determinarán, entre ellas las siguientes:
a) Separar adecuadamente y no mezclar los residuos peligrosos, evitando particularmente
las mezclas que supongan un aumento de su peligrosidad o dificulten su gestión.
b) Envasar y etiquetar de acuerdo con la regulación nacional e internacional vigente, los
recipientes que contengan residuos peligrosos; como mínimo se incluirá la clasificación de
riesgo, las precauciones ambientales y sanitarias, así como de manejo y almacenamiento.
c) Llevar un registro de los residuos peligrosos generados que incluyan tipo, composición,
cantidad y destino de estos para garantizar completa rastreabilidad del flujo de los residuos en
todo momento.
d) Suministrar a los gestores autorizados para llevar a cabo la gestión de residuos la
información necesaria para su adecuada manipulación, trasiego, transporte, tratamiento y
disposición final.
HS IoaIcOK fÍCO3ES comimalnboXia/AAKADISMZOSNDMTFJNDIANDGy My IRMDJILTMOYWOSY2ZmYMIZAGACAMIBISOAdI MASA YE .. 19723
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*69 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outlook
e) Presentar informes semestrales al Ministerio de Ambiente y Energía donde se
especifique, como mínimo, la cantidad de residuos peligrosos producidos, la naturaleza de estos
y el destino final.
1] Informar inmediatamente al Ministerio de Ambiente y Energía en caso de desaparición,
pérdida o derrame de residuos peligrosos.
9) Contratar únicamente gestores autorizados para gestionar residuos peligrosos.
h) Contar con áreas de almacenamiento temporales, cuya ubicación, diseño, construcción y
operación cumplan la reglamentación vigente en la materia.
Artículo 46- Remediación
En caso de detectarse suelos contaminados, el Ministerio de Ambiente y Energía deberá emitir la
declaración de suelo contaminado y ejercer las acciones necesarias porque quien resulte
responsable de la contaminación deberá proceder a su limpieza y recuperación, de acuerdo con
los lineamientos generales que se establecerán vía reglamento y con un plan de remediación,
previamente aprobado por dicho Ministerio.
En caso de que no sea posible identificar al responsable de la contaminación de un sitio por el
manejo inadecuado de residuos, el Ministerio de Ambiente y Energía, en coordinación con la
municipalidad respectiva y cualquier otra autoridad que consideren conveniente, llevarán a cabo
las acciones necesarias para su remediación cuando existan riesgos inminentes para la salud y
el ambiente.
Artículo 48- Infracciones gravísimas y sus sanciones
Se considerarán infracciones gravísimas, sin perjuicio de que constituya delito, las siguientes:
a) Gestionar, almacenar, valorizar, tratar y disponer residuos peligrosos o residuos de
manejo especial declarados por el Ministerio de Ambiente y Energía en lugares no autorizados O
aprobados por las autoridades competentes o en condiciones contrarias a las establecidas en las
disposiciones correspondientes.
b) Realizar el depósito o confinamiento de residuos fuera de los sitios destinados para dicho
fin.
c) Mezclar residuos ordinarios con residuos peligrosos, contraviniendo lo dispuesto en esta
ley y demás ordenamientos que de ellas deriven.
d) Depositar residuos peligrosos y/o de manejo especial en sitios no autorizados para este
tipo de residuos.
e) Comprar, vender y almacenar material valorizable robado o sustraído ilícitamente.
Quemar, incinerar, enterrar, almacenar o abandonar residuos peligrosos, en sitios no
autorizados.
9) Transportar residuos peligrosos, sin la autorización correspondiente.
Sin perjuicio de la obligación del infractor de indemnizar y reparar el daño ambiental, las
infracciones gravísimas se sancionarán con una multa de cien a doscientos salarios base, de
https://outiook.office365. comimailinboxd/AAQKADISM2QSNOMWLTFNDKINDgyMy1hMDJILTMSYWOSYZZmYmI2NgAQAMIBIS9AdKJVIMADR UT. .. 20123
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 315
PAGINA N*70 ACTA N%13 Extraordinaria. 15-02-2022
8/2/22, 14:48 Correo: secrelaria municipal - Outlook
acuerdo con el artículo 2 de la Ley N.? 7337, de 5 de mayo de 1993, y con el pago del daño
ambiental.
Artículo 49.- Infracciones graves y SUS sanciones
Se considerarán infracciones graves, sin perjuicio de que constituya delito, las siguientes:
a) Quemar, incinerar, enterrar, almacenar o abandonar residuos ordinarios, en sitios no
autorizados.
b) Gestionar, almacenar, valorizar, tratar y disponer de residuos ordinarios en lugares no
autorizados o aprobados por las autoridades competentes o en condiciones contrarias a las
establecidas en las disposiciones legales correspondientes.
c) Transportar en forma habitual residuos ordinarios O residuos de manejo especial
declarados por el Ministerio de Ambiente y Energía, sin la autorización correspondiente.
Sin perjuicio de la obligación del infractor de indemnizar y reparar el daño ambiental, las
infracciones graves se sancionarán con una multa de veinte a cien salarios base, de acuerdo con
el artículo 2 de la Ley N.? 7337, de 5 de mayo de 1993, y con el pago del daño ambiental.
Artículo 53- Inspecciones
Los funcionarios del Ministerio de Ambiente y Energía o en coadyuvancia funcionarios del
Ministerio de Salud, debidamente identificados, podrán realizar las inspecciones de verificación,
seguimiento O cumplimiento de la normativa relativa a la gestión integral de residuos, en
cualquier inmueble y en el momento que lo requieran, para lo cual tendrán carácter de autoridad
de policía, con fe pública. Dicha inspección se realizará sin previo aviso y deberá cumplir el
procedimiento estandarizado que vía reglamento se establecerá.
Durante la inspección, los funcionarios indicados en el párrafo anterior tendrán libre acceso a las
instalaciones o los sitios de inspección y podrán hacerse acompañar de las personas expertas
que consideren necesarias, así como de la Fuerza Pública, quienes están en la obligación de
facilitar toda la colaboración que estos requieran para el eficaz cumplimiento de sus funciones.
Los inspectores municipales podrán coadyuvar con el Ministerio de Ambiente y Energía en la
supervisión de los generadores públicos y privados, en los mismos términos en que lo hacen los
funcionarios precitados.
En caso de encontrarse indicios de incumplimiento de esta ley o su reglamento, se le notificará al
responsable el inicio del procedimiento respectivo.
Artículo 54- Cancelación de permisos y licencias
El Ministerio de Ambiente y Energía podrá suspender, revocar O cancelar las licencias, los
permisos y los registros necesarios para la realización de las actividades que hayan dado lugar a
la comisión de la infracción.
TRANSITORIO |-
El Ministerio de Salud deberá traspasar al Ministerio de Ambiente y Energía, en un plazo máximo
de tres meses, contado a partir de la publicación de esta ley, la administración del Fondo que se
crea en esta ley.
TRANSITORIO ll-
https://outlook office365. comimailinbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDKNDOyMy 1 HMOJILTMAYWOSY2ZmYmIzNgAQAMIBIS9AdKkIVMA9RUITT... 21123
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: QOMunicipalidadDePococi
Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 316
PAGINA N271 ACTA N*13 Extraordinario. 15-02+2022
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Oulook
El Ministerio de Ambiente y Energía deberá abrir, en el plazo máximo de tres meses, contado a
partir de la publicación de esta ley, una cuenta especial para el Fondo para la gestión integral de
residuos dentro de la caja única del Estado.
Rige a partir de su publicación.
1
(1 Banco Mundial. “What a waste 2.0: A global snapshot of solid waste management to 2050”.
Washington D.C. United States of America. 2018. Páginas 17 y 18. Disponible en la página WEB del Banco Mundial
(wuw.bancomundial.org), en la dirección electrónica https: llopenknowledge woridbank org/handle/10986/30317.
2)
2 Banco Mundial. “Los desechos: un análisis actualizado del futuro de la gestión de los desechos
sólidos”. Setiembre 20, 2018. Disponible en la página WEB del Banco Mundial (www.bancomundia org), en la
dirección electrónica úhtlps://www.bancomundial.org/es/news/immersive-story whatas -updated-
look-into-the-future-of-solid-waste-management.
al Banco Mundial. “What a waste 2.0: A global snapshot of solid waste management to 2050”.
Washington D.C. United States of America. 2018. Página 18.
14]
(4) Banco Mundial. “Convivir con la basura: el futuro que no queremos”. Marzo 6, 2019. Disponible en la
página WEB del Banco Mundial (www.bancomundial org) en la dirección electrónica
htips://www.ban: ¡comundial.org/es/n ews/feature/2019/03/06/convi vir-con-basura-el-futuro-que-no-queremos.
1 Ministerio de Salud. “Plan Nacional para la gestión integral de residuos 2016-2021”. Primera edición.
San Josó, Costa Rica. Marzo de 2016. Página 13.
(sl Soto, Silvia. “Gestión de los residuos sólidos en Costa Rica”. Informe Estado de la Nación en
Desarrollo Humano Sostenible 2019. Investigación de Base. San José, Costa Rica. 2019. Páginas 5a%1.
7)
a Pearce, David W.; Tumer, R. Kerry. “Economics of natural resources and the environment”. Johns
Hopkins University Press. Washington, U.S.A. December 1, 1989.
(8l Cerdá Tena, Emilio. “Principios y características de la economía circular”. En: Jiménez Herrero,
Luis, M.; Pérez Lagúella, Elena. “Economía Circular-Espiral: Transición hacia un metabolismo económico
cerrado”. Primera Edición. Editorial del Economista. Madrid, España. Setiembre de 2019. Página 111
(e Boulding E., Kenneth. “La economía de futura nave espacial Tierra”. En: Asociación de Economía
Crítica (AEC). Revista de Economía Crítica (REC). N.? 14. Segundo semestre de 2012. Santiago de Compostela.
España. Páginas 327 a 338. Disponible en la página WEB de Revista de Economía Crítica
(uww.revistaeconomiacrtica.org), en la dirección electrónica
http://www.revistaeconomiactitica.org/si 'es/defaultfiles/revistas/n14/Cla: ¡icos3-art.pdf.
(10) Valero, Antonio; Valero, Alicia. “Pensando más allá del primer ciclo: economía espiral”. En: Jiménez
Herrero, Luis, M.; Pérez Lagúella, Elena. “Economía Circular-Espiral: Transición hacia un metabolismo
económico cerrado”. Primera Edición. Editorial del Economista. Madrid, España. Setiembre de 2019, Página 79.
114) Tobón Orozco, David; Vasco Correa, Carlos Andrés. “Mecanismos de política económica ambiental:
retos en la prestación del servicio de aseo en grandes ciudades”. Universidad de Antioquía. EMVARIAS
GRUPO EPM. Primera Edición. Medellín, Colombia. Mayo de 2019. Páginas 84 a 87.
1121 Organización Mundial del Comercio (OMC). “Objetivos de desarrollo sostenible: incorporar el
comercio para lograr los Objetivos de Desarrollo sostenible”. Ginebra, Suiza. Página 46.
(13) IBIDEM.
(141 Puede consultarse la página WEB de la Organización Mundial del Comercio (www.wto.or9), sección de
ACUERDO DE BIENES AMBIENTALES, en la dirección electrónica
https://1www.wto.org/spanish/tratop. slenvir_ s/ega_s.htm.
115] La Ley N.* 1715 de 13 de mayo de 2014 puede ser consultada en la página WEB del Senado de
Colombia (www.secretariasenado.gov.co), en la dirección electrónica
http//www.secretariasenado.gov.co/senadolb asedoc/ley_1715 2014.htmiittop.
pliwww.secretariasenado.gov.colsenaco/basacoa
https://outiook office365.  orireoxid/RACKADISMZQSNDM TENDIDO y IIMDJITMSYWOSYZZMYmMIZNgAQAMIISOAdIIVMAORUT 22/23
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: QAMunicipalidadDePococi
Pluye
317
15-02-2022
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*72 ACTA N918 Extraordinaria.
8/2/22, 14:48 Correo: secretaria municipal - Outlook
ES
A
'ATUTO TRIBUTARIO de Colombia puede ser consultado en la dirección electrónica
L »
a 23123
SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección
Por Unanimidad de 8 votos presentes
lación al Expediente N“22.362.
Jurídica para que emitan criterio con re
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: OMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%73 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
ACUERDO N? 249
Se conoce nota suscrita por la señora Gabriela Ríos Cascante del Área de
Comisiones Legislativas vill,. teléfono: 2243-2065, Correo electrónico:
gabriela.rioseasamblea.go.cr, COMISION-JURIDICOSGasamblea.go.ct, dice;
Oficio: AL-CJ-20870-1425-2022
Asunto: Consulta Expediente N220.870 “Reformas al Código Electoral para
introducir la Figura de Revocatoria de Mandato para la Presidencia,
Vicepresidencias de la República, Diputaciones, Alcaldes, Regidores y Síndicos.”
Martes 08 de febrero de 2022.
AL-CJ-20870-1425-2022
Señores (as)
Concejo Municipal
Presente
ASUNTO: Consulta Expediente N.” 20.870
Estimados señores y señoras:
La Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos tiene para su estudio el proyecto N.” 20.870:
“REFORMAS AL CÓDIGO ELECTORAL PARA INTRODUCIR LA FIGURA DE REVOCATORIA DE
MANDATO PARA LA PRESIDENCIA, VICEPRESIDENCIAS DE LA REPÚBLICA, DIPUTACIONES,
ALCALDES, REGIDORES Y SÍNDICOS.” En sesión N.* 34 del 08 de febrero de 2022, se acordó
consultar el texto base a su representada, publicado en el Alcance N.* 141 en La Gaceta N.* 142, del
07 de agosto de 2018; el cual se adjunta.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 (consultas institucionales), del Reglamento de la
Asamblea Legislativa, que indica: ... »SI transcurridos ocho días hábiles no se reciblere respuesta a
la consulta a que se reflere este artículo, se tendrá por entendido que el organlsmo consultado
no tiene objeción que hacer al proyecto”...
El criterio puede remitirlo en versión digital, en texto abierto, al siguiente correo electrónico: COMISION-
JURIDICOSGasamblea.go.cr/dab(Qasamblea.go.cr o bien, el original, puede ser entregado en la
Secretaría de la Comisión, ubicada en el piso 5100 del nuevo edificio (Comisión de Asuntos Jurídicos).
Atentamente,
Gabriela Ríos Cascante ASAP BLEA
Alsa (WO (506) 2243-2065 LEGISLATIVA
Comisiones Legislativas VIII
o gobriela.riosBasamblea.go.cr
Departamento
Comisiones Legislativas
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 319
PAGINA N%74 ACTA N*13 Extraordinario. 15-02-2 322
A
A DE COSTA RICA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLIC.
PROYECTO DE LEY
O ELECTORAL PARA INTRODUCIR LA FIGURA
DE REVOCATORIA DE MANDATO PARA LA PRESIDENCIA,
VICEPRESIDENCIAS DE LA REPÚBLICA, DIPUTACIONES,
ALCALDES, REGIDORES Y SÍNDICOS
REFORMAS DEL CÓDIG
VARIOS SEÑORES DIPUTADOS
Y SEÑORA DIPUTADA
EXPEDIENTE N.? 20.870
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES
]
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: GMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 320
PAGINA N%75 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-2022
PROYECTO DE LEY
REFORMAS DEL CÓDIGO ELECTORAL PARA INTRODUCIR LA FIGURA
DE REVOCATORIA DE MANDATO PARA LA PRESIDENCIA,
VICEPRESIDENCIAS DE LA REPÚBLICA, DIPUTACIONES,
ALCALDES, REGIDORES Y SÍNDICOS
Expediente N.* 20.870
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
El siguiente proyecto de ley es una iniciativa de los señores, Lic. José Miguel
Corrales Bolaños, Dr. Manrique Jiménez Meza y el periodista Armando Acuña
Delgado, presentada ante el área de gestión de propuestas ciudadanas, la cual nos
hemos permitido acoger.
La posibilidad de que los ciudadanos a través del referéndum revocatorio decidan
sobre la permanencia o no de un funcionario público de elección popular, como es
la magistratura de presidente de la República, refuerza aún más el concepto de
responsabilidad y rendición de cuentas de los funcionarios públicos en el ejercicio
de sus funciones, como veremos.
Con la figura de la revocatoria del mandato, el cargo de elección popular para
presidente de la República, estaría sometido a consulta popular vía referéndum,
quienes decidirían sobre la prolongación o terminación de un determinado mandato.
Se trata de una innovación de gran envergadura en nuestro sistema constitucional
y democrático, por cuanto la revocatoria del mandato presidencial significaría un
instrumento político de participación directa del pueblo en ejercicio de su soberanía,
de carácter real y efectivo, pues, por medio de dicho mecanismo de participación,
el ciudadano podrá ejercer su poder sobre las autoridades que eligió para
removerlas de sus cargos cuando lo estime necesario. En este caso se trata de la
máxima autoridad del Poder Ejecutivo.
Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, el vocablo
revocación proviene de la palabra latina “revocatio”, que significa remover O
cambiar, la cual deriva de la voz original latina “revoco”, que quiere decir llamar o
apelar de nuevo.
El jurista GARCÍA PELAYO buscando una definición de revocación del mandato
expresó: “se trata del derecho de una fracción del cuerpo electoral a solicitar la
destitución de un funcionario de naturaleza electiva antes de expirar su mandato, la
cual se llevará a cabo mediante decisión tomada por el cuerpo electoral y con
arreglo a determinada proporción mayoritaria”.
- LA
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y . Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%76 ACTA N%13 Extraordinaria. 15-02+20
Expediente N.* 20.870 2
DOMÍNGUEZ NASSAR por su parte define la figura como sigue:
“... es la facultad concebida al pueblo para promover O lograr la destitución o
revocatoria de la representación de un funcionario o elegido, cuando este se
conduzca en sus funciones en forma contraria a los intereses populares o del Estado
en general”.
En suma, la figura del referendo revocatorio permite declarar, de forma excepcional,
la falta absoluta -por voluntad popular- de la gestión de un cargo público de elección
popular. La procedencia del referendo revocatorio, comporta forzosamente la
cesación en el cargo del funcionario desaprobado popularmente.
El fundamento constitucional de la revocatoria del mandato reside en la soberanía
popular, que, en nuestra Constitución, se manifiesta en los artículos 2, 3 y 4.
Precisamente a través del reconocimiento y ejercicio de las libertades políticas,
opera la participación de los individuos en el proceso del poder, y al ser la
democracia una forma de toma de decisiones colectivas, tal ejercicio a su vez es la
esencia del principio democrático.
Ya la Sala Constitucional, refiriéndose al ejercicio de la soberanía indicó:
“El poder estatal debe sin embargo, respetar siempre la voluntad popular
manifestada mediante las decisiones de las asambleas constituyentes originarias.
La libertad-participación constituye una esfera de autonomía individual que le otorga
al individuo la posibilidad de actuar o participar en lo político y social, de acuerdo
con su propia voluntad, mientras respete las normas especiales de cada actividad.
La titularidad de ese derecho, en lo que atañe a su ejercicio, y por imposición de la
idea política dominante en la actual sociedad, corresponde al grupo humano que
integra el Estado, el cual lo ejerce directamente, o por medio de sus representantes
que lo conforman, en el plano originario el poder constituyente y en el derivado el
gobierno y los legisladores. Los derechos políticos se dirigen a los ciudadanos para
posibilitarles participar en la expresión de la soberanía nacional: derecho al voto en
las elecciones y votaciones, derecho de elegibilidad, derecho de adhesión a un
partido político, etc. Son los que posibilitan al ciudadano a participar en los asuntos
públicos y en la estructuración política de la comunidad de que forma parte. El
ejercicio de estos derechos en sede estatal, lejos de colocar al ciudadano electo en
lejanía, separación u oposición a tal Estado, lo que hace es habilitarlo para tomar
parte en la articulación y planificación política de la sociedad de la cual es miembro.
Son derechos que están destinados a los ciudadanos para posibilitarles la
participación en la expresión de la soberanía nacional; su fin primordial es evitar que
el Estado (mediante cualquiera de sus funciones, ejecutiva, legislativa, judicial,
electoral o municipal) invada o agreda ciertos atributos del ser humano. Es así que
suponen por lo tanto, una actitud pasiva o negativa del Estado, una abstención por
parte de éste, dirigida a respetar, a no impedir y a garantizar el libre y no
discriminatorio goce de los mismos. Son derechos, por tanto, que se ejercen para
afirmar y confirmar el poder soberano del pueblo sobre el Estado, y proveen a sus
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 322
PAGINA N977 ACTA N%13 Extraordinaria. 15-02-2022
Expediente N.? 20.870 3
titulares, los ciudadanos, de medios y garantías para defenderse contra el ejercicio
arbitrario del poder público”. (VSC-2771-03)
Se ha dicho que la razón teleológica del control del poder no es otra que la
protección de la libertad. La posibilidad de que los ciudadanos puedan revocar a
quienes los representan constituye un instrumento de libertad política, ya que, la
libertad solo puede estar asegurada cuando la soberanía pertenece al pueblo.
El control de las personas sobre sus representantes es importante ya que "no existe
democracia sin limitación y no hay limitación sin control. De lo anterior se infiere
que el control es un elemento central de la democracia, dado que en el Estado
constitucional moderno la democracia se ha juridificado”. (Gutiérrez Gutiérrez,
Carlos José. Temas Claves de la Constitución Política. Editorial IJSA, 12. Edición,
San José, 1999, página 55).
La figura de la revocatoria del mandato tiene mucha relación con la reforma
constitucional del año 2000 que introdujo en nuestra Constitución Política la figura
de la rendición de cuentas de los funcionarios públicos. El artículo 11 constitucional
dice:
“Artículo 11- Los funcionarios públicos son simples depositarios de la
autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no
pueden arrogarse facultades no concedidas en ella. Deben prestar
juramento de observar y cumplir esta Constitución y las leyes. La acción
para exigirles la responsabilidad penal por sus actos es pública.
La Administración Pública en sentido amplio, estará sometida a Un
procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con la
consecuente responsabilidad personal para los funcionarios en el
cumplimiento de sus deberes. La ley señalará los medios para que este
control de resultados y rendición de cuentas opere como un sistema que
cubra todas las instituciones públicas”.
Con esta reforma se introdujeron a nivel constitucional dos elementos de
importancia en la función y organización administrativas modernas:
1- La evaluación de resultados.
2- La rendición de cuentas.
Estos elementos de control de las funciones de la Administración Pública, serán
mucho más efectivos contando con el referendo revocatorio del mandato, por cuanto
será posible para los electores decidir si un determinado cargo de elección popular
cumple a cabalidad con lo encomendado por el cuerpo soberano: el pueblo. En
este caso, la figura del presidente de la República estará permanentemente a
disposición del escrutinio popular sobre la buena marcha de los asuntos públicos.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 323
PAGINA N*78 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
4
Expediente N.” 20.870
Esta es una forma efectiva para determinar un control de resultados sobre diferentes
gestiones públicas, y garantizar una administración más eficiente, a sabiendas que
pende sobre el cargo una eventual cesación por decisión popular, si no existen los
resultados esperados o se incurre en faltas graves. Como lo expresó la exposición
de motivos del expediente de reforma parcial que introdujo el segundo párrafo de
reforma al artículo 11 de la Constitución Política (Exp. 13.338): ox)
ya no se trata únicamente de una Administración que no transgreda los derechos
del administrado, sino de una que los efectúe. Un Estado ineficiente no puede en
consecuencia ser constitucional, puesto que el cumplimiento deficitario de
exigencias constitucionales significa Un comportamiento inconstitucional por
omisión relativa (...)”.
Ciertamente, en la doctrina y legislación comparadas se han identificado algunas
ventajas de esta figura, aplicables a nuestro ordenamiento jurídico, tales como:
a) Autoriza para que los electores puedan remover de sus cargos al presidente
y vicepresidentes de la República por pérdida de confianza popular.
b) Permite recordarle a los funcionarios públicos de elección popular, que el
incumplimiento de los deberes puede ser objeto de sanción a través de la remoción
de los mandatos correspondientes; también que cada gestión pública es producto
de funciones pasajeras ejercidas con responsabilidad, transparencia y rendición de
cuentas.
c) Incrementa el interés ciudadano en los asuntos públicos, porque les permite
participar de manera directa en la toma de decisiones políticas fundamentales.
Por las razones anteriores, se somete la presente propuesta de reforma
constitucional a la consideración de la Asamblea Legislativa.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: QMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%79 ACTA N%13 Extraordinaria. _ 15-02-20
Expediente N.* 20.870 5
REFORMAS DEL CÓDIGO ELECTORAL PARA INTRODUCIR LA FIGURA
DE REVOCATORIA DE MANDATO PARA LA PRESIDENCIA,
VICEPRESIDENCIAS DE LA REPÚBLICA, DIPUTACIONES,
ALCALDES, REGIDORES Y SÍNDICOS
ARTÍCULO 1- Refórmase el capítulo VII “Cancelación o anulación de
credenciales” sección 1, el cual se leerá así:
CAPÍTULO VII
2 CANCELACIÓN O ANULACIÓN DE CREDENCIALES DE LOS
FUNCIONARIOS DE ELECCIÓN POPULAR
SECCIÓN |
Revocatoria o anulación de las credenciales de presidente
Artículo 2- Cuando lo solicite el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo o el 10% del
electorado inscrito en el Padrón Electoral, el TSE convocará a referéndum
revocatorio del mandato dado al presidente y vicepresidentes de la República en el
ejercicio de sus cargos, de manera conjunta o individualizada, o por virtud de la
disposición del 5% del electorado de la respectiva provincia, cuando la solicitud se
refiera a diputados en ejercicio.
Una vez cumplido con este requisito y con los otros trámites que disponga la ley, el
TSE señalará día y hora para la celebración del respectivo referéndum.
Artículo 3- Cuando participe el 40% como mínimo del electorado nacional en el
caso del referéndum revocatorio del mandato del presidente o vicepresidentes de la
República, y la mitad más uno de los electores que hayan votado por la revocatoria
del mandato, se tendrá como revocado.
Artículo 4- En el caso de la revocatoria del mandato a los diputados o diputado,
se tendrá por revocado cuando concurra el 40% de los electores de la provincia que
los eligió o eligió, y se supere por uno o más el voto que obtuvo el respectivo
diputado en su elección popular.
Artículo 5- Cuando fuera revocado el mandato al presidente de la República, el
TSE llamará al primer vicepresidente o, en su defecto, al segundo vicepresidente
para que lo sustituya por el resto del periodo. En caso de que fueren revocados los
mandatos del presidente de la República y los vicepresidentes, se llamará al
presidente de la Asamblea Legislativa a ejercer el cargo de presidente de la
República.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: QMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*80 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02
Expediente N.* 20.870 6
Artículo 6- El TSE sustituirá al diputado cuyo mandato fuera revocado, por el
candidato que sigue en la lista del partido político que lo eligió para concluir el resto
del respectivo periodo.
Artículo 7- Cuando el TSE diera curso a la solicitud de la revocatoria del mandato
de los funcionarios públicos de elección popular, el TSE dará audiencia hasta por
tres meses para que el afectado o los afectados ejerzan su defensa y presenten las
pruebas en su descargo. Pasado este periodo, con autorización del TSE, se
procederá con la recolección de firmas en el caso del referéndum ciudadano.
Artículo 8- Las causales de revocatoria o anulación de credenciales del
presidente y vicepresidentes de la República, son las siguientes:
a) Incapacidad física O mental.
b) Incapacidad manifiesta en el desempeño de su cargo.
c) Firma de tratados públicos o convenios internacionales que sean contrarios
a la Constitución Política.
d) Cuando se arrogue la soberanía de la República.
e) Cuando perdiere su condición de ciudadano en ejercicio o hiciere votos
públicos religiosos en favor de cualquier credo, con abandono de su condición de
miembro del Estado seglar.
f Cuando fuere condenado por delitos de acción pública.
9) Cuando viole el principio de alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia
de la República o el de la libre sucesión presidencial consagrados en la Constitución
Política.
h) Por haberse apropiado de fondos públicos o bienes públicos.
i) Por haber aceptado donaciones en contra de lo tipificado en convenios
internacionales.
j) Por negarse a ejecutar 0 hacer cumplir todo cuando dispongan la
Constitución Política y la ley.
k) Por participar en actividades electorales de los partidos políticos o hace
alguna forma de ostentación partidaria.
) Por utilizar la autoridad o influencia de su cargo en beneficio de algún partido
político o de alguna empresa privada o personal.
m) Por ayudar de cualquier forma, con acción u omisión, al grupo gestor u
opositor de algún referéndum.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: OMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 326
PAGINA N*81 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-
Expediente N.” 20.870 7
n) Por haber violado los derechos humanos contemplados en la Constitución
Política, en los tratados y convenios internacionales.
SECCIÓN 1
Las causales de revocatoria o anulación de credenciales de diputados, alcaldes,
regidores y síndicos.
Artículo 9- Son causales de revocatoria y anulación de credenciales del diputado:
a) Legislar en beneficio propio o a favor de parientes hasta el segundo grado de
consanguinidad y primero en afinidad.
b) Contribuir con su voto para el reconocimiento a cargo del Tesoro Público,
obligaciones que no hayan sido declaradas por el Poder Judicial o aceptadas por el
Poder Ejecutivo, o conceder becas, pensiones, jubilaciones o gratificaciones.
c) Apropiarse de fondos o bienes públicos.
d) Cuando a juicio de sus electores, manifestara negligencia o incompetencia
en el cumplimiento de sus deberes como representante popular.
Artículo 10- Sin perjuicio de lo que se dispongan en leyes especiales, son causales
de revocatoria y anulación de credenciales de alcaldes, regidores y síndicos:
a) Ejercer las funciones y potestades públicas en beneficio propio o a favor de
parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y primero en afinidad.
b) Reconocer o favorecer a cargo del Tesoro Público, obligaciones que no
hayan sido declaradas por el Poder Judicial o aceptadas por el Poder Ejecutivo, o
conceder becas, prebendas o gratificaciones.
c) Haberse apropiado de fondos o bienes públicos de manera directa o por
interpósita persona física O jurídica.
d) Cuando a juicio de sus electores manifestara negligencia o incompetencia en
el cumplimiento de sus deberes como representante de su confianza.
Rige a partir de su publicación.
Erick Rodríguez Steller
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N%13 Extraordinaria. 15-02/2022
PAGINA N*82
AN NA PR
8
Expediente N.” 20.870
Pedro Miguel Muñoz Fonseca Óscar Mauricio Cascante Cascante
Otto Roberto Vargas Víquez Carlos Luis Avendaño Calvo
|
|
Dragos Dolanescu Valenciano Wálter Muñoz Céspedes
Rodolfo Rodrigo Peña Flores Pablo Heriberto Abarca Mora
Aracelly Salas Eduarte
Diputados y diputada
24 de julio de 2018
NOTAS: Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión
Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos.
Este proyecto cumplió el trámite de revisión de forma en el
Departamento de Servicios Parlamentarios.
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección
n relación al Expediente N?20.870.
Jurídica para que emitan criterio co
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: MunicipalidadDePococi
Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*83 ACTA
ACUERDO N* 250
Se conoce nota suscrita por el MS
Municipal de Osa, teléfono:
aherreradmunideosa.go.cr, dice;
Oficio: PCM-N*1635-2020-2024.
Asunto: Solicitud de apoyo para que se evi
productos y subproductos asociados a tiburo
Municipalidad de Osa
Secretaría Concejo Municipal
328
N913 Extraordinaria. 15-02
2.
c. Allan Herrera Jiménez, Secretaria del Concejo
2782-0000, ext: 185, correo electrónico:
te la comercialización y consumo de
nes y manta rayas.
o Rigina di
Estimados (as) Sr. (as):
4. Carolina Ramírez, Unidos por Los Ti!
2. Yanina Chaverri Rosales, alcaldesa,
Por este medio transcribo a su persona al
Ciudad Cortes, 09 de febrero del 2022.
Transcripción-PCM-N% 635-2020-2024
burones.
Municipalidad de Osa.
cuerdo tomado por el Concejo Municipal de Osa,
en Sesión Ordinaria N*92-2020-2024 celebrada el 02 de febrero del 2022, el cual dice: ---
RTÍCULO X. MOCIONES DELA
Acuerdo N'4. De la alcaldesa munici, al,
Estimados señores:
La suscrita Yanina Chaverri Rosales, Alcaldes:
la misma sea acogida y tomada en
Con fundamento en las disposiciones
totales de mercurio en productos de
exceden el límite permitido por parte
recientes estudios sobre el nivel de contaminación por mercurio en los tiburones y ray:
nacionales, elaborados por el Centro de Investi:
de la Universidad de Costa Rica
tome acuerdo mediante el cual
subproductos asociados a tiburo!
consideran necesarias para que Ñ
de sus dietas. Que se dispense
a
di
nes
SEÑORA ALCALDESA.
Yanina Chaverri Rosales, que a la letra dice: ----
¡a Municipal, presento la siguiente moción, para que
cuerdo.
de la Ley General de Salud, siendo que las concentraciones
tiburón que se han encontrada a la venta en Costa Rica
de la FDA de los EEUU, considerando además los más
'as de aguas
ción en Ciencias del Mar y Limnología (Cimar)
gal
(UCR), se mociona con el fin de que este Concejo Municipal
se evite la comercialización y consumo de productos y
y tayas, como parte de las medidas precautorias que se
población disminuya y elimine el consumo de tiburón y rayas
le trámite de comisión y se declare acuerdo definitivamente
aprobado.
Una vez leida y analizada la moción,
isión. Esto por
dispensar de trámite de comi
Propietarios Joaquín Porras Jiménez,
el Concejo Municipal ACUERDA: Acuerdo N%
medio de los votos de los Regidores
Andrey Zúñiga Sáenz, Sonia Segura Matamoros y
Tairis Chavarría Vargas.
Acuerdo N? 2, el Concejo Municipal ACUER!
los Regidores Propietarios
Matamoros y Tairis Chavarría
Municipal solicita se evite la comercialización y consumo de pi
como parte de las medidi
ión disminuya y elimine
ite manifestar que la documen!
expediente del acta para cualquier consulta.
medio de los votos de |:
Sáenz, Sonia Segura
asociados a tiburones y rayas,
necesarias para que la poblac
sus dietas. No se om
DA: Aprobar de manera DEFINITIVA. Esto por
Joaquín Porras Jiménez, Andrey Zúñiga
ía Vargas. Por tanto, este Concejo
roductos y subproductos
las precautorias que se consideran
el consumo de tiburón y rayas de
tación del trámite consta en el
ale
T: (506) 2782-0000 -Exl. 195 F: (506) 2786-8492- aherreraómunideosa.!
pececí
Pluye
or - www.goblerolocalosa.go.cr
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: GAMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 329
PAGINA N*84 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-
Municipalidad de Osa O0S9
Secretaría Concejo Municipal ras
—Jranssrinción.PCM-N:I635-2020-2024 Pásivazdes
a ALDAD >
Atentamente; SS AD O
ALLAN JOSE PEN es a NA
IMENEZIEAMA Fea A
eS
RSS
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se conoce.
Msc. Allan Herrera Jim:
Secretario del Concejo Municip:
ACUERDO N' 251
Se conoce nota suscrita por el señor Alberto Cabezas del instituto de Asesoría y
atención del Migrante, correo: periodistacostarricenseQ0gmail.COM dice;
Oficio: DRAM-0134-2022 (Informe de comisión COMAD Municipalidad de Liberia.
Asunto: Solicitud de audiencia ante el Concejo Municipal de Pococí con relación
al caso de don Manuel Jiménez Jiménez que es una persona ciega, abogado y
notario que no le dejan ejercer el notariado.
o]
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: QOMunicipalidadDePococi
Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%85 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-2022
A MUNICIPALIDAD DE LIBERIA
El DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA
% - CONCEJO MUNICIPAL
TEL. 2666-2161 / FAX. 2666-0044
40 de Febrero de 2022 D.R.A.M-0134-2022
SEÑOR:
4 ALBERTO CABEZAS, PRESIDENTE DEL. INSTITUTO PARA LA DEFENSA
Y ASESORÍA DE MIGRANTES.
4 INSTITUTO PARALA DEFENSA Y ASESORÍA DEL. MIGRANTE.
4 MUNICIPALIDADES DEL PAIS.
Estimado Señor:
Le transcribo acuerdo del Concejo Municipal de Liberia, artículo tercero de la Sesión
Extraordinaria No. 141-2022, celebrada el 09 de febrero del 2022, que dice:
INFORME DE LA COMISIÓN DE ACCESIBILIDAD Y SEGURIDAD, ACTA 1101-2022:
2.1 Se recibe al señor Manuel Enrique Jiménez Jiménez, persona ciega costarricense,
abogado Instituto para la defensa y asesoría del migrantes a la que el estado le
prohíbe ser notario en base al artículo 4 inciso 4 Ley 7764 del 17 de abril 1998, y al
señor Alberto Cabezas, presidente del Instituto para la defensa y asesoría de
migrantes” (IDAM), quienes presentan la siguiente moción para que las personas
discapacitadas ejerzan como notarios públicos:
Considerando: 1. Que nuestra Municipalidad tiene que sostener acciones tendientes a
la integración de los ciudadanos dentro de un entorno de ciudad fundamentada en la
democracia, los derechos humanos, la convivencia pacífica y la legalidad. 2. El
Concejo Municipal recibió en audiencia a Manuel Enrique Jiménez Jiménez, persona
ciega costarricense, abogado Instituto para la defensa y asesoría del migrantes a la
que el estado le prohíbe ser notario en base al artículo 4 inciso 4 Ley 7764 del 17 de
abril 1998, siendo este una persona con discapacidad sensorial y no con discapacidad
física o mental. 3. Que el 1 de mayo es una conmemoración del movimiento obrero
mundial y es una jornada que se ha utilizado habitualmente para realizar diferentes
reivindicaciones sociales y laborales a favor de las clases trabajadores y es Un día
festivo nacional en la mayoría países del mundo. 4. Que es necesario generar políticas
y proyectos a favor de la clase trabajadora con discapacidad a nivel nacional y
cantonal. Por lo tanto, este Honorable Concejo acuerda: 4. Através de los miembros O
asesores de la Comisión de Accesibilidad de la Municipal y actuando en
representación de la Municipalidad de Liberia se: a. coadyuve la acción de
inconstitucional interpuesta por la Fundación Michael Vásquez N. 21-026446-007-CO.
b. Reunirse con entidades para dar a conocer este acuerdo y solicitar coadyuvar la
lucha de esta persona ciega. C. Respaldar y acompañar la idea del proyecto de ley que
presentó la Fundación Michael Vásquez y el Instituto para la defensa y asesoría del
migrante en la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa con la finalidad
que las personas con discapacidad ejercer como notarios. d. Solicitar al Poder
Ejecutivo de Costa Rica crear un decreto ejecutivo para que se autorice a las personas
ciegas puedan ser notarias con todas las disposiciones legales utilizando las
herramientas de accesibilidad que se amerite en cada caso. 2. Se nombra como
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: QOMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*86 ACTA N%13 Extraordinaria. 15-02-2022
Er MUNICIPALIDAD DE LIBERIA
DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA
CONCEJO MUNICIPAL
TEL. 2666-2161 / FAX. 2666-0044
asesores de esta comi
Morales usuario de sil
Personas con Discapa
Ministerio de Trabajo y
discapacida
(IDAM) Periodista,
propondrán políticas y proye
Liberia.
para que
007-CO.
Li
elaborado por un periodista)
migrante a reunirse en
logren crear un edifici
con la Presidencia Municipal
coadyuben esta al
6. Instalar a la Alcaldía Municipal a rev!
¡ón al Instituto para la
dificio para atender a
alguna instalac
a construir su e
Acuerdo 1: La comisión de
inconstitucional interpuesta por
Reunirse con entidades para
b)
lucha de esta persona ciega
Municipal. C. Respaldar y al
Fundación Michael Vásquez y el In:
Oficina de Iniciativa Populal
personas
Costa Rica creal
puedan ser notarias con
accesibilidad que se amerite
esta comisión de
Morales López, usuario
Personas con Discapacidad Chorotega Y de la
Seguridad Social y Alberto
Ministerio de Trabajo y
discapacidad, ]
(IDAM),P'
propondrá!
Liberia. 3.
para que
007-CO.
Liberia donde se dé a con
n políticas y proye
sesiones del Concejo Mun
Municipal, conforme a la disp
APROBAD
¡sión de Ac
lla de ruedas mie
cidad Chorotega y 4
Seguridad Social y Albe
d, Presidente del Instituto para la
Administrador de empresas,
3. Remitir un acuerdo
4. Elaborar y enviar ul
beria donde se dé a conocer es
lo o lugar de reun
con discapacidad ejercer como notarios. d. Solicit
Accesibilidad de la
de silla de ruedas miembro de la Asa
eriodista, Administrador de empresas,
Remitir un acuerdo Mul
coadyuben esta acción de incol
4. Elaborar y enviar un comunicado de pre
¡oCel
elaborado por un periodista). 5. Autorizar
migrante a reunirse en las i
icipal),
cesibilidad de la Municipalidad de Liberia a Diego
mbro de la Asamblea Consultiva de las
e la Comisión de Empleabilidad del
rto Cabezas, persona Con
defensa y asesoría de migrantes”
Máster en educación, los cuales nos
ctos a favor de la clase trabajadora con discapacidad de
Municipal para instar a todas las municipales del país
cción de inconstitucionalidad expediente N. 21-026446-
n comunicado de prensa del Concejo Municipal de
te respaldo a esta persona ciega (que el mismo sea
I Instituto para la defensa y asesoría del
Municipalidad de Liberia mientras que
iones en nuestro cantón, previa coordinación
Alcalde, conforme a la disponibilidad de espacio físico.
isar si existe la posibilidad de donar un terreno O
defensa y asesoría del migrantes para que inicie
las personas vulnerables.
o
ccesibilidad acuer
la Fundación Mich
da: a) Coadyuvar en la acción de
ael Vásquez N. 21-026446-007-CO.
te acuerdo y solicitar coadyuvar la
, por medio de la comisión de accesibilidad del Concejo
compañar la idea del proyecto de ley que presentó la
stituto para la defensa y asesoría del migrante en la
la Asamblea Legislativa con la finalidad que las
ar al Poder Ejecutivo de
personas ciegas
mientas de
asesores ad honorem de
Municipalidad de Liberia a los señores Diego
mblea Consultiva de las
Comisión de Empleabilidad del
Cabezas, persona Con
soría de migrantes”
los cuales nos
a
r de
e
defensa y ase:
ct
nicipal p:
nstitucionalidad expediente
nsa del Concejo Municipal de
rsona ciega (que el mismo sea
defensa y asesoría del
Liberia (sala de
Concejo
r este respaldo a esta pel
al Instituto para la
de la Municipalidad de
previa coordinación con la secretaria del
dad de espacio físico.
onibili
O POR DOS VOTOS POSITIVOS DE LOS REGIDORES FERNANDO
MADRIGAL Y ALBÁN TORRES.
pececí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipolidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*87 ACTA N*13 Extraordin 15-02-2022
Put PR
rr MUNICIPALIDAD DE LIBERIA
5) DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA
UI)” CONCEJO MUNICIPAL
as
TEL. 2666-2161 / FAX. 2666-0044
ACUERDO
EL CONCEJO MUNICIP, L DE LIBERIA ACUERDA: COADYUVAR EN LA
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONAL INTERPUESTA POR LA FUNDACIÓN
MICHAEL VÁSQUEZ N. 21-026446-007-CO. B) REUNIRSE CON ENTIDADES
PARA DAR A CONOCER ESTE ACUERDO Y SOLICITAR COADYUVAR LA
LUCHA DE ESTA PERSONA CIEGA, POR MEDIO DE LA COMISIÓN DE
ACCESIBILIDAD DEL CONCEJO MUNICIPAL. C. RESPALDAR Y ACOMPAÑAR
LA IDEA DEL PROYECTO DE LEY QUE PRESENTÓ LA FUNDACIÓN MICHAEL
VÁSQUEZ Y EL INSTITUTO PARA LA DEFENSA Y ASESORÍA DEL MIGRANTE
EN LA OFICINA DE INICIATIVA POPULAR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
CON LA FINALIDAD QUE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EJERCER
COMO NOTARIOS. D. SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DE COSTA RICA
CREAR UN DECRETO EJECUTIVO PARA QUE SE AUTORICE A LAS
PERSONAS CIEGAS PUEDAN SER NOTARIAS CON TODAS LAS
DISPOSICIONES LEGALES UTILIZANDO LAS HERRAMIENTAS DE
ACCESIBILIDAD QUE SE AMERITE EN CADA CASO. 2. NOMBRAR como
ASESORES AD HONOREM DE ESTA COMISIÓN DE ACCESIBILIDAD DE LA
MUNICIPALIDAD DE LIBERIA A LOS SEÑORES DIEGO MORALES LÓPEZ,
USUARIO DE SILLA DE RUEDAS MIEMBRO DE LA ASAMBLEA CONSULTIVA
DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD CHOROTEGA Y DELA COMISIÓN DE
EMPLEABILIDAD DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y
ALBERTO CABEZAS, PERSONA CON DISCAPACIDAD, PRESIDENTE DEL
INSTITUTO PARA LA DEFENSA Y ASESORÍA DE MIGRANTES”
(IDAM), PERIODISTA, ADMINISTRADOR DE EMPRESAS, MÁSTER EN
EDUCACIÓN, LOS CUALES NOS PROPONDRÁN POLÍTICAS Y PROYECTOS A
FAVOR DE LA CLASE TRABAJADORA CON DISCAPACIDAD DE LIBERIA. 3.
REMITIR UN ACUERDO MUNICIPAL PARA INSTAR A TODAS LAS
MUNICIPALES DEL PAÍS PARA QUE COADYUBEN ESTA ACCIÓN DE
INCONSTITUCIONALIDAD EXPEDIENTE N. 21-026446-007-CO. 4. ELABORAR Y
ENVIAR UN COMUNICADO DE PRENSA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE
LIBERIA DONDE SE DÉ A CONOCER ESTE RESPALDO A ESTA PERSONA
CIEGA (QUE EL MISMO SEA ELABORADO POR UN PERIODISTA). 5.
AUTORIZAR AL INSTITUTO PARA LA DEFENSA Y ASESORÍA DEL MIGRANTE
A REUNIRSE EN LAS INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE LIBERIA
(SALA DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL), PREVIA COORDINACIÓN
CON LA SECRETARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL, CONFORME A LA
DISPONIBILIDAD DE ESPACIO FÍSICO.
MENTE APROBADO POR 7 VOTOS POSITIVOS DE LOS REGIDORES
DEFINITIVA! [TIVOS DE LOS REGIPARES
IDIA CORTES, DE! 'S BALTODANO, ALEJ DRO MORALES, ALBAN TORRE:
RICARDO QUIROS, BYRON CAMPOS Y FERNANDO MADRIGAL.
CONCEJO MUNICIPAL DE LIBERIA
Farrado ágitalmente
KARLA ORTIZ Ima oXtu ez
RUIZ (FIRMA) fecn2o220210
102454 -0600
KARLA ORTIZ RUIZ
SECRETARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL.
cc: -CONSECUTIVO.
FECHA: HORA: RECIBIDO POR:
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Informarle al señor Alberto
Cabezas que se le Brindará un espacio en la sesión Extraordinaria del martes 22
de febrero de 2022 en la sala de sesiones del Concejo Municipal de Pococí, de
manera presencial y/o virtual por medio de la plataforma ZOOM. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a > Facebook: QOMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*88 ACTA N%13 Extraordinaria. 15-02-2
ACUERDO N? 252
Se conoce nota suscrita por la señora Lizbeth Margarita Elizondo Campos del
Comité Pro-Mejoras de Roxanita 2, teléfono: 8651-4279 / 6255-8470, Correo
electrónico: comitepromejorasroxanita.28 gmail.com, dice;
Asunto: Solicitud de im olementos deportivos
tre otros implementos deportivos, que favorezcan a estos niños, nes y
trenamientos y partidos. Cualquier ayuda que nos puedan brindar, Menará de alegría » ]
dimos y les deseamos lo mejor para que puedan seguir apoyando a los habitantes de las
comunidades que conforma nuestro hermoso cantón.
mano su atención, Dios los bendiga.
COMITE PROMEJORAS
á ROXANITA 2. CARIARI
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se traslada al Comité Cantonal
de Deportes y la Recreación de Pococí para que valoren la solicitud e informen al
Concejo.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: OMunicipolidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 334
PAGINA N*89 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-20
ACUERDO N?* 253
Se conoce nota suscrita por el señor Minor de la O Mora, Presidente de
ASOPEDISCA, correo electrónico: mynordelaomoraQgmail.com, dice;
Oficio: ASPCD-001-2022
Asunto: Solicitud de donación en equipo de oficina
¿OPEDISC,
Y Ny
ol
ASOCIACIÓN PARA LA PERSONA CON DISCAPACIDAD DE CARR!
CÉDULA JURIDICA 3 0002 789735
CARIARI- món
Carlarl 8 de febrero del 2022
ASPCD-001-2022
Consejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Estimados Sres.
Reciban un cordial saludo de parte de la Asociación de Personas con Discapacidad de Carlarl,
nosotros somos una ONG sin fines de lucro que tiene como fin luchar por la promoción e inclusión
de los derechos de las personas con discapacidad del cantón.
En mi condición como presidente de la Asociación para la persona con Discapacidad de Cariari
Pocod quiero solicitar el apoyo para compra de materiales de equiparación para la oficina ya que
no contamos con el material necesario para hacer cumplir algunos objetivos de la organización
equiparación de esta. No contamos con ninguna ayuda por parte del gobierno y ninguna institución
local, hemos trabajado con la ayuda de padrinos y padres de familia lo cual me permite enumerar
algunas de esas necesidades.
- Archivador para Expedientes.
Impresora con scanner competente a documentos.
- Tintas para Impresora.
- Fotocopiadora.
Hojas Blancas larga y corta.
- 150 Folder de Colores.
- Papel Bristol para impresiones pictogramas.
/- Plastificadoras de fundas.
Mesas o escritorio para desarrollar actividades con los estudiantes.
peyor e y
Estos materiales nos podrán ayudar a continuar con nuestra georreferencia que estamos realizando
a nivel del cantón de pococí y poder seguir aportando nuestra ayuda muchas personas que no
cuentan con un carnet de discapacidad y así mismo tener una referencia con cuanta población nos
enfrentamos para tener porcentajes específicos. Ya que algunos de los honorables regidores
conocen el lugar de donde se atiende a las personas y también de las necesidades que se presentan
enla asociación.
Esperando su apoyo y consideración de nuestra solicitud, muy agradecido.
MINORDELA Pare
CUR MaLaO
OMORA — serna
(FIRMA) a
Minor De La O Mora
Presidente ASOPEDISCA
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión
Municipal de la Accesibilidad y la Discapacidad (COMAD) para lo que
corresponda.
. Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 335
PAGINA N990 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-
ACUERDO N” 254
Se conoce nota suscrita por la Licda. Grettel María DÍAZ Artavia, presidenta de la
Asociación Deportiva de Toro Amarillo, correo electrónico:
consorciojuridicopocociOhotmalil.com, dice;
Asunto: Solicitud de mejora en el planche y parquecito.
Toro Amarillo, 08 de febrero del año 2022.
Concejo Municipal de Pococí,
Regidor Randall Torres,
Presente.
Estimados Señores (a):
Reciban un cordial saludo de la Asociación Deportiva de Toro Amarillo, Guápiles, Pococí,
Limón, con cedula jurídico número; y con el debido respeto manifestamos:
En nuestra comunidad de Toro Amarillo, frente a la Iglesia Católica, tenemos un lugar el cual
llamamos El Planche, dicho lugar es propiedad de la Municipalidad de Pococí, hay muchos
jóvenes y niños que practican deporte, como lo es futbol, baskeball, volibol mujeres, y otras
actividades preventivas Y rescate de las drogas y la violencia.
Pero se encuentra en muy mal estado, se requiere invertir en el Planche debido a que ya tiene
huecos y producen accidentes, no hay marcos, los tableros están quebrados, no hay marcación
del área de juego, la malla necesita reparación en soldadura, y hay un poste de electricidad
que se necesita ubicar en otro lugar para poder ampliar el planche ya que es muy pequeño y
no hay una gradería, también necesita más iluminación.
Este Planche para nuestra comunidad es muy importante, y es por ello que acudimos ante
ustedes para solicitarles la ayuda para realizar las mejores correspondientes, nosotros
contamos con mano de obra, pero no tenemos los recursos para los materiales por lo que se
los solicitamos para dicho fin.
También donde se encuentra el Parquecito, que es propiedad de la Municipalidad de Pococí,
hay un área de aproximadamente cinco por ocho metros costado norte, que se podría
aprovechar y hacer un planche con maquinas de hacer ejercicio, lo cual seria un complemento
y Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: QMunicipalidadDePococi
Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*91 ACTA N%18 Extraordinaria. 15-02-2022
importante para la buena salud física y mental de población. Por lo que le solicitamos
desarrollar dicho proyecto.
En cuanto al Parquecito, lugar preferido de los niños y niñas, se encuentra en muy mal estado
el Play necesita intervención en la madera y pintura, los habitantes de la calle se han robado
hasta las bancas, faltan hamacas, pintura, y lo más importante reforzar la malla para evitar
daños.
Por lo que les solicitamos nos ayuden a reconstruir el Parquecito, así como el Planche y
activación del área de máquinas de ejercicios, nosotros COMO lo hemos indicado podemos
facilitar la mano de obra, más necesitamos los materiales y suministros.
También les solicitamos se nos conceda la administración de dichos lugares, con el fin de
tener acceso directo y desarrollar actividades en Pro a la familia.
Sin mas por el momento y agradeciendo de ante mano su apoyo e intervención en el rescate
de lugares públicos de bienestar y vida en nuestra comunidad de Toro Amarillo, nos
despedimos deseándoles éxitos y bendiciones para ustedes y Su familiar.
Firmado digitalmente por
GRETTEL MARIA DIAZ ARTAVIA
(FIRMA)
Fecha: 2022.02.08 20:07:58
0600
Licda. Grettel Maria Diaz Artavia
Vicepresidenta.
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de
Hacendarios y al regidor Randall Torres Barrientos para que analicen la solicitud.
ARTICULO !l
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N? 255
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal,
teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hermandezOmunipococi.go.ct,
dice;
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: OMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N?92 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-2
Oficio: DAMCM-0018-2022
Asunto: Plan Anual Operativo y Modificación Presupuestaria 01-2022 por un monto
de £400.000.000,00 colones y documentación adjunta.
Licda. Lisseth Mora Agúero Coordinadora Área Administrativo-Financiera
Saluda, procede a explicar ampliamente y en detalle la Modificación
Presupuestaria, la misma como sigue:
Municipalidad de Pococí
7d PE
p de y Despacho del Alcalde 1%
a A. ( tafisna 2711-1208
MOCOA
manu nange: Dococi.go.cr oococi.go,cr 'O,c
Pluye
o AA o CARA
Guópiles, 15 de febrero de 2022
DAMCM-0018-2022
Sres.
Concejo Municipal de Pococí
Asunto: Modificación Presupuestaria 01-2022 Recursos 8114
Mediante la presente me permito remilir para su respectiva aprobación el Plan Anual
Operativo Ajustado y Modificación Presupuestaria 01-2022 por un monto de
400.000.000,00 colones y documentación adjunta.
Sin más que agregar se suscribe;
Lic. manuki Hgsróndeznivera ;
Alcalde
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: QOMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*93
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 338
ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2
9 Municipalidad de Pococí
a De Area Administrativa Finaj
a Teléfono: 2713-6558 A
Fluye lissettemoro(Qmunipococi.go.cr menos
UE o IA
Guápiles, 15 de febrero de 2022
AAF-006-2022
Licenciado:
Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Asunto: Remisión de modificación presupuestaria 01-2021.
Estimado señor:
Según lo solicitado por su respetable autoridad en oficio DAM-0141-
2022, se le remite la modificación presupuestaria 01-2022 para su revisión y
posterior envió y aprobación al Concejo Muflicipal de Pococí.
Sin más por el momento.
Licda. Lissette Mora Agúero
Área Administrativa Financiera
cc. Archivo.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pluye
>
SCO<.
Sitio Web: munip
Facebook: OMunicipolidadDePococi
ococi.go.cr
pecocí
fluye
Emall: infopresupuestoOomunipococl.co.cr |
Tel: 2713-6558 Ext: 127
POpIAnoW
Aouo36014
aNo9g
opuod-ans
ap odni9
opnuod
0190
19
50150)
OMua)
CU
Modificación Presupuestaria NS 01-2022 LEY 8114
Soldo Disponible
Monto Disminuye
Monto Aumenta
Saldo Actual
Unidad de Presupuesto
400 000 000,00 | 400
000 000,00
400 000 000,00
400 000 000,00
502
VIAS DE COMUNICACIÓN
30 000 000.00]
30 000 000.00
o!
0.00|
0,00,
META.
30 000 000,00]
30 000 000.00]
0.00]
0,001
MEJORAMIENTO SAN GERARDO- LA AURORA 7-02-357,7-02-349.7-02-338,7-
02-339, LEY 8114, INICIAL 2022.
30 000 000,00
30 000 000.001
0.001
0.00|
MATERIALES Y SUMINISTROS
30 000 000.00]
0.00]
0,00!
MATERIALES Y PRODUCTOS DEUSO ENLA TONSTRUCCIÓN Y
MANTENIMIENTO.
103-02
VIAS DE COMUNICACIÓN.
30 000 000,00
170 000 000.00
30 000 000,00
170 000 000.00.
0,001
0,001
0,00|
0,00]
META.
170 000 000.00
170 000 000.00]
0.00]
0,00]
MEJORAMIENTO SAN GERARDO- LA AURORA 7-02-357,7-02-349.7-02-338,7-
102-339. LEY 8114. INICIAL 2022.
170 000 000,00|
170 000 000.00|
0,00|
0,00|
[BIENES DURADEROS
170.900 000.00]
170 000 000.00]
0.00]
0,00]
CONSTRUCCIONES, ADICI! NES Y MEJORAS
[03-02
¡VIAS DE COMUNICACIÓN,
170 000 000.00!
0,00!
170 000 000.00!
0,00|
0.00!
55 000 000.00
0,001
o
55 000 000.00|
META.
0.00
0,00]
'55 000 000.00]
55 000 000.00!
58
MEJORAMIENTO CAMINO 7-02-025 ENTRE CAMPO DOS Y LLANO BONITO.
LEY 8114. MODIO1 2022
0,00|
0,00|
55 000 000.00!
55 000 000.00|
OS
[BIENES DURADEROS
0,00!
0,00|
55 000 000.00|
55 000 000.00
[02
CONSTRUCCIONES. ADICIONES Y MEJORAS
VIAS DE COMUNICACIÓN.
0.001
0,00!
0.001
0.00!
55 000 000.00]
7,000 000.00]
55 000 000.00
7 000 000.00
159
META.
0.00|
0.00]
7,000 000.00]
7000 000.00]
ESTUDIOS PRELIMINARES PUENTE SECTOR DOS TICABAN 7-02-442, LA RITA,
LEY 8114. MODIO1 2022
0,00|
0,00|
7 000 000,00
7 000 000.00!
ap]
SERVICIOS
0.00]
7,000 000.00]
7 000 000,00)
[04 |
SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO
03
7] 59
[03-02
[VIAS DE COMUNICACIÓN
0.001
0,00!
0,001
0.00!
7 000 000.00!
5 000 000.00]
7.000 000.00
5 000 000.00]
MODIFICACION Página 1
PAGINA N*94
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N%13 Extraordinaria.
15-02-20
339
 
 
 
Pluye
CONSTRUCCIÓN DE PUENTES CALLE VIEJA JIMÉNEZ 7-02-004, LEY 8114. 0.00|
IMODI 01 2022 E
[02 [MATERIALES Y SUMINISTROS 0.90] 0.00] 120 000 000.00] 120 000 000.00]
MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA CONSTRUCCIÓN Y
lo3 MANTENIMIENTO 0.00 0.00 120 000 000.00| 120 000 000.00]
0,00| 120 000 000,00| 120 000 000,00
199
[502 VIAS DE COMUNICACIÓN 0.00 0.00 3 800 000.00] 3 800 000.00]
ES [META 0.00 0.00] 3.800 000.00 3800 000.001
CONSTRUCCIÓN DE PUENTES CALLE VIEJA JIMÉNEZ 7-02-004, LEY 8114.
MODI 01 2022 0,00] 0,00| 3800 000.00] 3800 000.00]
a 02 MATERIALES Y SUMINISTROS 0.00] 0.00 3 800 000.00| 3 800 000,00]
104 HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS 0,00! 0.00] 3800 000.00] 3800 000.00]
[01
POCO
[502 [VIAS DE COMUNICACIÓN 0.00 0.00 8200 000.00| 8200 000.001
165 META, 0.00] 0.00] 8 200 000.00 8 200 000.00]
CONSTRUCCIÓN DE PUENTES CALLE VIEJA JIMÉNEZ 7-02-004, LEY 8114.
ODIO1 2022 0.00 0.00 8200 000.00| 8 200 000.00]
los. BIENES DURADEROS 0.00 0.00] 8200 000,00 8200 000.00|
(ar MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO. 0.00 0.00 8200 000,00! 8200 000.00|
165
van
IDENTE CONCEJO.
MUNICIPAL
Morel Chaves Chaves
Asistente de Presupuesto
PAGINA N*98
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N913 Extraordinaria.
MODIFICACION Página $
Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
15-02-2
343
 
 
 
PAGINA N%102
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N%13 Extraordinaria.
—_ CGR
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Certificación de verificación de requisitos del bloque de legalidad
presupuestario que debe cumplir el presupuesto inicial y sus variaciones, para
las municipalidades
Sujetos obligados a realizar la certificación y SUS efectos legales: Esta certificación
deberá ser completada y emitida bajo la entera responsabilidad del funcionario
designado formalmente por el jerarca superior o titular subordinado, como responsable
del proceso de formulación del presupuesto institucional, de conformidad con lo
establecido en el numeral 4.2.16 de las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público N-1-
2012-DC-DFOE! y en las "Indicaciones para la formulación y remisión a la Contraloría
General de la República del presupuesto institucional”.
El citado funcionario está en la obligación de conocer integralmente el proceso de
formulación presupuestaria de manera que se encuentre en condición de certificar
todos y cada uno de los ftems en ella contenidos. Asimismo, deberá hacer las revisiones
y verificaciones del caso para garantizar la veracidad de la información que se
consigna en su certificación. El consignar datos o información que no sea veraz
acarreará las responsabilidades y sanciones penales según los artículos 366 y 367 del
Código Penal, civiles Y administrativas (previstas principalmente en la Ley de
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, N.2 8131 y la Ley
General de Control Interno, N.* 8292).
Indicaciones para el llenado de la certificación:
a. Seleccione en la columna correspondiente "sf", “No” O "No Aplica” cuando el
funcionario que certifica ha verificado el cumplimiento fiel o No, del enunciado
incluido en la columna de “Requisitos”.
b. En la columna de “Observaciones” debe incluirse una explicación amplia de las
razones por las que se ha señalado que No se cumple O No aplica el requisito
señalado en el enunciado. Asimismo, en los casos en que se responda que Sí, se
deberá referenciar lo que corresponda, tal como números de folios, números de
acuerdo de aprobación, resoluciones judiciales, entre otras aclaraciones que se
estimen pertinentes.
c. Se aclara que la normativa y requisitos expresamente contenidos en el modelo de
certificación aportado por la Contraloría General, constituye UNA recopilación de
aspectos generales a considerar, por lo que no agota el universo de aplicación del
A
1 Publicadas en La Gaceta N.2 64 del 29 de marzo de 2012, reformadas por las resoluciones R DC 064 2013 y
R DC 073 2020 del Despacho Contralor de los quince horas del nueve de mayo de dos mil trece, publicada
en La Gaceta N'. 101 y de las ocho horas del dieciocho de setiembre de dos mil veinte, publicada en el
Alcance N? 266 de La Gaceta N? 245, respectivamente
347
15-02-2022
Contraloría General de la República
1: (506) 2501-8000. F: ($06) 2501-8100 E: contralorio.generol3cgrer.go.cr
hllo://www.caroo.cd Apdo. 1179-1000, Son José, Costa Rica
pececí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: GOMunicipolidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 348
PAGINA N*103 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
bloque de legalidad presupuestario.
a. Lacertificación debe ser sometida al Jerarca respectivo previo al acto de aprobación
del presupuesto inicial o sus variaciones, a efecto de que éste confirme que se ha
verificado el cumplimiento del bloque de legalidad presupuestario correspondiente.
Después del acto de aprobación procede la firma de la certificación por parte del
funcionario designado por el Jerarca,
e. La certificación emitida y firmada debe adjuntarse en el Sistema de Información sobre
Planes y Presupuestos (SIPP) en el apartado disponible para ello dado que constituye
un requisito establecido en las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (NTPP).
y
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
AGINA N*104 ACTA N%13 Extraordinaria.
PAGINA NOIA AAA
Certificación de verificación de requisitos del bloque de legalidad
presupuestario que debe cumplir el presupuesto inicial y sus variaciones, para
las municipalidades
El (la) suscrito (a)  lissefte Moro Agbero_—— cédula 701450007 ,
calidades? Contadora, vecina del distrito de La Rita puesto. Coordinadora Área Agk
responsable del proceso de formulación de Modificación 01 año 2022
de la Municipalidad de Municipalidad de Pococí S designado por
Alcalde, Manuel Hernandez Rivera , por este medio certifico, con conocimiento
de las responsabilidades penales, civiles y administrativas que me sean atribuibles al
certificar información no veraz, que he revisado todos los aspectos del bloque de legalidad
contenidos en esta certificación.
Requisitos del bloque de legalidad presupuestario que en caso de incumplimiento debe darse
la Improbación o archivo sin trámite según corresponda, del presupuesto inicial o sus
variaciones, por parte de la Contraloría General de la República.
Requisitos seleccione (Sí/ Observaciones
No/ No
aplica)
1. El documento presupuestario remitido a la Contraloría
General de la República fue aprobado por el Concejo
Municipal, conforme lo dispuesto en el artículo 13, inciso
b) y 105 del Código Municipal -CM- (principios de
legalidad, participación Y publicidad), y en
concordancia con los artículos 70 y 12? Y siguientes de
la Ley N.2 62275.
2, Se incluye el contenido presupuestario para cumplir
con las órdenes emitidas por la Sala Constitucional,
acorde con lo dispuesto en los artículos 41 y 48 de la
Constitución Política.
No hay resoluciones
pendientes, sin embargo
se incorporo contenido
en el Pl 2022.
No Aplica
2 Ejemplo de calidades: mayor de edad, casado, vecino de (lugar), contador, entre otros.
3 Sin perjuicio de las responsabilidades que se puedan atribuir a los funcionarios que han incumplido sus deberes, según
lo establece la Ley N.2 8131 y la Ley General de Control Interno, N. 8292.
4 Además de los relativos al acta de aprobación del presupuesto ordinario, establecidos en el Código Municipal.
5 Ley General de la Administración Pública, publicada en La Gaceta N.*15 de 22 de enero de 1979.
PO y? ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
a O pe Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9105 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-20
IN 4
3. Se incluye el contenido presupuestario suficientes, No hay resoluciones
cuando ha vencido el plazo de tres meses para pendientes, sin embargo
atender las obligaciones derivadas de resoluciones Ss O
judiciales, conforme con lo dispuesto en el artículo 78, >
punto 2, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- |No Aplica
Administrativa, N.* 36677 o acorde con lo dispuesto en
el artículo 168 inciso 2) del Código Procesal
Contencioso Administrativo, Ley N.? 85089, según
corresponda.
4, Se emitió el documento “Consulta Morosidad Digital [Se realizó la consulta en
Web"? de la CCSS en el cual conste que la institución el SICERE.
se encuentra al día en el pago de las cuotas patronales
y obreras de esta Institución o que existe, en su caso, el [sj
correspondiente arreglo de pago debidamente
aceptado, según lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley
Constitutiva de la CCSS, N.? 1710 y sus reformas.
5. El documento presupuestario incluye el contenido Se incorporó en el Pl
económico suficiente para cumplir con todos los 2022.
compromisos adquiridos -Crédito municipal, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 del Código
Municipal (principios de universalidad e integridad y
programación).
6. Se incorpora el contenido presupuestario para Se incorporó en el Pl
financiar las partidas y subpartidas de gastos necesarios 2022.
para el funcionamiento de la institución durante todo
el año, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 176 |No Aplica
]
|
No Aplica
de la Constitución Política y los artículos 4 y 5 inciso a)
de la Ley N.* 8131 (principios de universalidad e
integridad y sostenibilidad).
7. Se incluye la asignación presupuestaria para el pago ¡Se incorporó en el Pl
del seguro de riesgos del trabajo, según lo dispuesto en 2022.
el arlículo 331 del Código de Trabajo, Ley N.? 21! y sus
reformas.
8. Se incluye en el documento presupuestario el
contenido económico requerido de acuerdo con el
No Aplica
$ Los gastos respectivos se clasificarán en la partida y subpartida por objeto del gasto, así como en los programas
presupuestarios correspondientes.
7 Publicada en La Gaceta N.? 65 del 19 de marzo de 1966.
8 Publicada en el Alcance N.? 38 a La Gaceta N.? 120 del 22 de junio del 2006.
9 Dicho documento deberá incluirse como un anexo al documento presupuestario en el espacio que el SIPP disponga
para ello y la fecha de validez debe coincidir con la fecha de presentación del documento presupuestario a la
Contraloría General.
10 Publicada el 22 de octubre de 1943.
11 Publicada en La Gaceta N.* 192 del 29 de agosto de 1943.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 351
PAGINA N*106 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-202
porcentaje establecido!?, para la transferencia al Se incorpora el
Fondo de Capitalización Laboral (1,5%)13, conforme lo contenido Lt las
dispuesto en la Ley de Protección al Trabajador N.? [sj usen! pee
7983. modificación 01-2022.
9. La municipalidad se encuentra al día en las No se llenen deudas con
operaciones con el FAM, acorde con lo establecido en el IFAM.
el artículo 37 de la Ley del Instituto de Fomento y [Si
Asesoría Municipal, N.? 4716 (principlos de legalidad,
universalidad e integridad).
10.La Municipalidad formuló el documento presupuestario No se realizan festejos
correspondiente y giró a favor de la institución populares.
respectiva las utilidades de los festejos populares en la
proporción que correspondía artículo 11 y 12 de la Ley
de Nombramiento Comisiones de Festejos Populares,
N.? 4286 y sus reformas- (principio de legalidad).
No Aplica
11. El Concejo Municipal conoció la información Se conoció en el Pl 2022
plurianual, elaborada en cumplimiento a lo Si
establecido en el artículo 176 de la Constitución Política
y la norma 2.2.5 de las NTPP.
12.El. documento presupuestario cumple con los
elementos a considerar en la fase de formulación y
aprobación interna indicados en las Normas Técnicas
sobre Presupuestos Públicos (norma 4.1.3).
Si
Además, certifico que se ha verificado el cumplimiento razonable de todos los aspectos del bloque de
legalidad que le aplican a la institución en maleria del plan-presupuesto y del contenido incluido en el
documento presupuestario.
Esta certificación se emitió a las _13:45_ horas del_15_ de Febrero de 2022
Nombre: Lissette Mora Aguero
Puesto: Coordinadora Área Administrativa FinancieraPuesto
Correo electrónico: lissette.moraQmunipococi.go.cr
Teléfono: 2713-65-58
LISSETTE MORA om
firma! AGUERO (FIRMA) — fecha:2022021513:4838-0500 v. Julio 2021
__ ASAS
2 La base para el cálculo de dicho porcentaje corresponde a los montos por concepto de Remuneraciones básicas,
Remuneraciones eventuales (excepto Dietas), Incentivos salariales (excepto decimotercer mes) y Remuneraciones
diversas.
3 El cambio de porcentaje se reformó mediante la Ley N.? 9906 publicada en el Alcance N.? 265 de la Gaceta N.* 243
del 5 de octubre de 2020.
4 Este campo debe completarse en aquellos casos en los cuales el funcionario que emite la certificación posee firma
digital, de lo contrario, se procede a imprimir la cettificación y se fima el documento de forma física,
5
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: QOMunicipolidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N913 Extraordinaria.
PAGINA N9107
No. PA47270704
Patrono al Día
Documento Digital Consulta Morosidad + PATRONO / TI / AV
| Al ser las 12:55 PM del 15/02/2022 he rocedido a consultar vía Web a la Caja Costarricense de Seguro Social -
Sistema Centralizado de Recaudación (SICERE) a:
RAZÓN SOCIAL/INOMBRE
CÉDULA(FIS/JUR)
MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE POCoci
3014042125
PAGO, CHEQUES DEBITADOS Y OTRA:
ANTERIORMENTE CORRESPONDE A CAJA Y LEY DE PROTECCI
OTRAS INSTITUCIONES (INA, IMAS, ASFA Y BANCO POPULAR)
REVISADOS LOS REGISTROS POR CONCEPTO DE CUOTAS OBRERAS Y PATRONALES, ARREGLOS DE
FACTURAS, EL PATRONO / TRABAJADOR INDEPENDIENTE ARRIBA
N SOCIAL INDICADA SE ENCUENTRA AL DÍA, LO INDICADO
N AL TRABAJADOR, NO APLICA PARA LAS
NÚMERO PATRONAL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL LUGAR DE PAGO
3014042125 MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE POCOCI GUAPILES
A E
"Este documento es válido solo por el día de hoy.
*Este es un documento digital, por lo tanto cuando se Imprima plerde validez del mismo.
*En caso que necesite verificar el documento digital puede accesar a la página web:, WWW,CCS8.SA,CT- Consulta de Patrono al día, y digitar
el consecutivo del documento, su tipo y número de Identificación asociado.
=
pececí
Pluye
»>
»
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: GAMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 353
PAGINA N9108 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2
Municipalidad de Pococí
9
YC Despacho del Alcalde 1004
a Teléfono: 2711-1208 <45 2
Fluye oci.ge DEPOcOc
Guápiles, 15 de febrero de 2022
DAM-0141-2022
Licda. Lissette Mora Agúero
Presupuesto
MBA, Rosalyn Corrales
Planificación Institucional
Saludos cordiales,
Mediante la presente les solicito realizar el Plan Anual Operativo y Modificación
Presupuestaria 01-2022 por un monto de 400.000.000,00 colones según acuerdo
14729 del acta de la sesión extraordinaria 01-2022 celebrada por la Junta Vial
Cantonal del día 11 de febrero del 2022.
Sin otro particular,
Y *
Lic. Manu perfóndez Rivera.”
Alcalde Municipal
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
POCO 4 Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 354
PAGINA N*109 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2
Pecocíi
Fluye
Municipalidad de Pococí
Junta Vial Cantonal omeioao
DE POCOCI
Acta sesión extraordinaria Número 01-2022 celebrada por la Junia Vial Cantonal
de la Municipalidad de Pococí en la sala de sesiones de tal órgano, al ser las diez
horas con treinta y dos minutos del día 11 de febrero del 2022 con la asistencia de
los siguientes miembros.
Miembros Presentes:
Lic. Manuel Hernández Rivera
Ing. Olger Gutierrez Mendoza
Sr, Greivin Bonilla Jimenez
Sr. Luis Méndez Araya
Miembro ausente:
Sr. Ricardo Villalobos Vargas
Otros presentes
Presidente de la Junta Vial
Coordinador Obra Pública
Representante de Síndicos
Representante del Concejo
Representante de Asoc. Desarrollo
Guisselle Aguilar Barquero, según acuerdo 691 tomado por la Junta Vial en sesión
extraordinaria N* 02-2020.
1- Saludo
2- Comprobación del Quórum
3- Aprobación del Orden del Día
4- Punto Único: Modificación presupuestaria 01-2022
5- Cierre de sesión
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: GAMunicipalidadDePococi
pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*110 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-
y
POCOS E Municipalidad de Pococí
a Junta Vial Cantonal aan
DE POCOCI
PFluye
ERRRIAAREzs
Capítulo | Saludos
Lic. Manuel Hernandez Rivera
Un cordial saludo a todos, gracias por estar presentes mediante la plataforma
virtual de Zoom.
Capítulo Il Comprobación del Quórum
Comprobación del quórum mediante los miembros presentes en esta sesión de
forma virtual Zoom, estando Ing. Olger Gutierrez Mendoza, Sr. Greivin Bonilla
Jimenez, Sr. Luis Méndez Araya y Lic. Manuel Hernández Rivera.
Capitulo lll Aprobación del orden del día
De acuerdo con lo establecido en el orden que se les envió en la convocatoria, los
que estén de acuerdo se somete a votación.
Acuerdo 728
Se somete a votación el orden del día, modificación presupuestaria 01-2022,
aprobado el orden del día por los presentes Lic. Manuel Hernández Rivera. Ing.
Olger Gutierrez Mendoza. Sr. Greivin Bonilla Jimenez. Sr. Luis Méndez Araya.
Aprobado por unanimidad. Acuerdo Firme.
Capítulo IV — Modificación presupuestaria 01-2022
Continuamos con el punto que nos ocupa la presentación de la modificación 01-
2022, tiene la palabra el compañero Olger Gutierrez Mendoza.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OMunicipalidadDePococi
NN CTA PEA
pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 356
PAGINA N9111 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-
POCO > Municipalidad de Pocoí
a Junta Vial Cantonal era
POcoci
Pluye
AA PERA
Ing. Olger Gutierrez Mendoza.
Buenos días a todos, se presenta los puntos a aumentar y disminuir mediante la
modificación presupuestaria 01-2022, por lo que se describe a continuación los
proyectos que se disminuyen como los que aumentan.
Se modifican los rubros de la tablal correspondientes a diferentes partidas
presupuestarias, disminuyendo un monto total de £.400.000,000,00 [Cuatrocientos
millones colones exactos), cabe mencionar que el proyecto correspondiente a
mejoramiento de San Gerardo-La Aurora, no se van a considerar por la
administración para su respectiva ejecución, el proyecto Puente el Molino será
modificado para realizarlo vía administración (No por contrato), por lo que se pone
de conocimiento la lista de estos para su reducción económica.
Tabla 1 Proyectos para disminuir
RECURSOS 8114
MADRE
MEJORAMIENTO SAN GERARDO: LA AURORA 7:02:357,7:02-349,7:02-338,7-02- 339, LEY B114. INICIAL 2022.
MEJORAMIENTO SAN GERARDO- LA AURORA 7-02-357,7.02-349,7-02-338,7-02- 339, LEY 8114, INICIAL 2022. $170.00 000,00]
PUENTE MOLINO, JIMENEZ, LEY 8114. INICIAL 2022. 6200 009 000,00!
[Total $400 009 000,
[03-02-16-05-02-02
Conocida la disminución de las anteriores partidas presupuestarias, se procede
con la presentación de las obras ha aumentar por un monto igual a
£400.000,000,00 (Cuatrocientos millones colones exactos) mediante los siguientes
puntos presupuestarios de acuerdo con lo que se presenta en la tabla 2.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: GQMunicipalidadDePococi
O CT CAR
POCO ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 359
PAGINA N9114 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2
g
POCO Municipalidad de Pococí EZRA
a csi Junta Vial Cantonal MAREALONO
AE DIRARFTA O PPP rra
Justificación de modificación Presupuestaria
Dada la presentación de los diferentes puntos presupuestarios a disminuir,
así como, los puntos a aumentar en la modificación presupuestaria 01-2022, lo
anterior con la justificante:
+. Se disminuye € 200.000.000,00 (Doscientos millones de colones
exactos) correspondiente a Mejoramiento San Gerardo la Aurora 7-
02-357,7-02-349,7-02-338,7-02- 339, LEY 8114 dicha partida no se
ejecutara por esta administración, dado a que esta sector según el
Decreto + EXPEDIENTE N.? 22.010 (MODIFICACIÓN DE LÍMITES ENTRE LOS
CANTONES DE GUÁCIMO Y PococÍ EN EL SECTOR DE COLORADO ORIENTE,
COMUNIDADES DE LÍNEA VIEJA, COOPEMALANGA, SAN GERARDO, LA AURORA, LA
MORENITA, LOS PALMARES, CAÑO SIRENA, FINCA THAMES, FINCA LOMAS, MILLA
CUATRO, JALOVA, LOMAS DE SIERPE Y EL ZANCUDO), este sector no
pertenece a la jurisdicción del Cantón de Pococí, se pretende
aumentar € 55.000.000,00 (Cincuenta y cinco millones colones) para
realizar una adenda al proyectos Campo Dos-Llano Bonito, esto para
suplir imprevistos a la hora de la ejecución, se amentaría
£7.000.000,00 (Siete millones colones) para realizar estudios
preliminares Puente sector Dos Ticaban 7-02-442, se aumentaría
adicionalmente € 5.000.000,00 (cinco millones colones) en mejoras
sistemas de drenaje Calle Vieja 7-02-004, esto para la compra de
materiales plásticos que ayuden durante la construcción de la
ampliación de la ruta, se aumenta b 15.000.000,00 (quince millones
colones). relastreos caminos Cariari, esto con el fin de alquilar
Sitio Wsbimun! A SN UA ele aaa en lostro
PA CL 4 Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 360
PAGINA N*115 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-202
, (7)
Fluye PE POCOCI
del distrito de Cariari, se aumenta ( 18.000.000,00 (Dieciocho millones
colones) para Construcción de puente de cuadro en Campo Cuatro,
estos desglosados en minerales, metálicos y maderas los mismos para
poder cumplir con la contrapartida de los proyectos MOPT-BID, se
aumentaría 4 35.000.000,00 (Treinta y cinco millones colones) relastreo
Caminos Roxana, esto con el fin de alquilar maquinaria que ayuden
el mantenimiento de los caminos en lastre del distrito de Roxana,
además se aumentaría € 10.000.000,00 (Diez millones colones)
relastreo Caminos Roxana, para la compra de agregados que de
igual manera ayuden en el mantenimiento de los caminos, por Último
se aumentaría £ 55.000.000,00 (Cincuenta y cinco millones colones)
para inversión de obra vial, que permita la contratación de personal
jornal para el mantenimiento de caminos en el Cantón de PococÍ.
+ Además se disminuye é 200.000.000,00 (Doscientos millones de
colones exactos) correspondiente Puente Molino, Jimenez, Ley 8114,
a su ves se recalca que dicha modificación es para la construcción
del mismo puente, pasando de una modalidad de obra por contrato
a un proyecto a ejecutar por administración donde lo que se
adquiría seria la compra de insumos y contratación de personal,
tomando en consideración lo anterior se aumenta ¿+ 54.500.000
(cincuenta y cuatro millones quinientos mil colones), para la
contratación de personal jomal ocasional, se aumenta é 13.000.000
(Trece millones colones) para el alquiler de equipo a utilizar durante la
construcción de los puentes, se aumenta é 120.500.000 (Ciento veinte
millones quinientos mil colones) para la compra de minerales,
metálicos, madera, pintura y otros, de igual manera para la
sitio WEBS e LOS Une en Ze go. [Doce
PEO yl 4 Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*116 ACTA N913 Extraordinaria.
£
POCOS ¿ Municipalidad de Pococí «dy
a Junta Vial Cantonal A ISIDAD
upScOd
¡DA PA
Fluye
millones de colones) para compra de herramienta y equipo
necesario para una debida construcción del proyecto.
A continuación, se presenta el PAO y los perfiles correspondientes.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (OMunicipolidadDePococi
PO $9 4 Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9118 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-202
9
POCOCA Municipalidad de Pococí
a Junta Vial Cantonal auNicipaLiDaD
DEPOCOCI
Fluye
FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN:
Fluye Telifono:2713-65-58 Ext127-130
role corales Pruniporael po.
Ngette mora Srmunipocod1o.
PERFIL DE PROYECTO
Este formulario tiene el propósito de servir de base para la inclusión de proyectos
o inversiones en el presupuesto municipal. Contiene requerimientos mínimos, sin
embargo, cualquier documento adicional puede ser adjuntado para aclarar la
descripción y fines del proyecto o Inversión.
1. Nornbre del proyecto: Adenda Proyecto Mejoramiento Camino C.7-02-
025, entre Campo Dos y Llano Bonito, Ley 8114.
2. Código de Camino: C.7-02-025
3. Be Estratégico (Desarrollo Económico, Infraestructura, Seguridad
Ciudadano, Modemización Municipal, Ambiente y Desarrollo, Desarrolo
Social): Infraestructura Vial
4. Alcance: Mejorar la transilividad de la red vial cantonal.
5. Descripción: Construcción de pavimento flexible, para el proyecto Mejora
del camino C.7-02-025, en una longitud de 2.5 km iniciando en la estación
2+700 (puente del rio Tortuguero), hasta la estación 5+200 (centro de
población de la comunidad de Llano Bonito).
6. Objetivo principal: Mejorar la superficie de ruedo del camino C.7-02025.
7. Justificación: Se requiere este recurso para realizar actividades de
mantenimiento y mejoramiento de la red vial cantonal.
8. Monto total de la inversión: g 55 000 000 (Veinte millones de colones).
9. Desglose de códigos presupuestarios:
Vías de comunicación terrestre 56.02.02
pido li
Frank Benavides Jiménez
Asistente Ingeniería Obra Publica
Municipalidad de Pococí
po
Sitio Web: munipococi.go.cr / FocoeER: GOMunicipalidadDePococi
POC 4 Sitio Web: munipococi.go.cr
De Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 64
PAGINA N*119 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
POCOC Municipalidad de Pococí 3
AY Junta Vial Cantonal huweridoan
BE Pococ!
Fluye
y FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN
POCOS ¿ DE PERFILES DE PROYECTO
a Plenificación y Presupuesto Municipal
fluye Teláfono:2713-65-50 Ext 127-130
sosalyn corrales Omuniporcl gor
Jsnette mer Omunipoced.po..
PERFIL DE PROYECTO
Este formulario tiene el propósito de servir de base para la inclusión de proyectos
o inversiones en el presupuesto municipal. Contiene requerimientos mínimos, sin
embargo, cualquier documento adiclonal puede ser adjuntado para aclarar la
descripción y fines del proyecto o inversión.
1. Nombre del proyecto: Estudios preliminares Puente SectorDos Ticabón, La
Rita, Código Camino 7-02-442.
2. Eje Estratégico (Desarrollo Económico, Infraestructura, Seguridad
Ciudadana, Modemización Municipal, Ambiente y Desarrollo, Desarrollo
Social]: Infraestructura Vial
3. Alcance: Realizar los estudios de suelos y diseño, para la estructura
Puente Sector Dos Ticabón, La Rita.
4. Descripción: Se pretende realizar los estudios de suelos y diseño, para la
estructura Puente Sector Dos Ticabán, La Rita, por parte de un laboratorio
certificado por el ECA, con el fin de garantizar la calidad de los trabajos
a ejecutar como parte de mantenimiento, rehabittación y mejoramiento
de lared vial cantonal de la Municipaldad de Pococi
5. Objetivo principal: Realizar los estudios de suelos requeridos, para el
diseño de estructura Puente.
6. Justificación: Se requiere este recurso para la contratación de una
empresa especializada y certificada en la ejecución de ensayos y
verificación obras y material en intervención de la red vial cantonal, con
el fín realizar los estudios de suelos y diseño, para la estructura Puente
Sector Dos Ticabón, La Rita.
7. Monto total de la inversión: g 7 000 000,00 (Siete millones de colones).
Sitio Web: munipococi,go.cr / Fac : GAMunicipalidadDePococi
FO $9 ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 366
PAGINA N9121 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-
4
POCOC « Municipalidad de Pococí
a Junta Vial Cantonal auNiSIPALIDAD
DEPOCOC!
Pluye
NUIT
A FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN
pecocÍí om
a Planificación y Presupaesto Municipal
Pluye Teléfono:2713-6550 Ext 127438
rosal comal ranipocrel por
Hunettamernfmunipocod.go.o.
PERFIL DE PROYECTO
Este formulario tiene el propósito de servir de base para la inclusión de proyectos
o inversiones en el presupuesto municipal. Contiene requerimientos mínimos, sin.
embargo, cualquier documento adicional puede ser adjuntado para actorar ka
descripción y fines del proyecto o inversión.
1. Nombre del proyecto: Construcción de Puentes Calle Vieja Jiménez,
Camino C.7-02-004.
2. He Estratégico (Desorollo Económico, Infraestructura, Seguridad
Ciudadono, Modernización Municipal, Amblente y Desarrolo, Desarollo
Social): Infraestructura Vial
3. Alcance: Mejoror la conectividad de la red vial cantonal.
4. Descripción: Se pretende realizar intervención con mejoramiento del
Puente sobre el Rio Mofino y Rio Cristina, Distrito Jiménez, como parte del
mantenimiento de la red vial cantonal, de la Municipalidad de Pococi,
5. Objetivo principal: Mejorar los puentes sobre el Rio Molino y Rio Crístina,
como parte de la conectividad de los caminos e intervención de la red
vial cantonal.
6. Justificación: Se requiere este recurso para realizar actividad de
mejoramiento de los puentes sobre el Rio Molino y Rlo Cristina, como parte
del desarrollo de la red vlal cantonal.
7. Monto total de la inversión: ¿ 200000 000,00 (Doscientos milones de
colones).
Sitio Web: munipococi.go.cr / Foc : QMunicipolidadDePococi
PEA $9 Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*122
Pecocí
ACTA N913 Extraordinaria.
Municipalidad de Pococí
Junta Vial Cantonal
Fluye
Pasa
POcocí
IO
Pluge
15-02-202
MUNICIPALIDAD.
DE POGOCÍ
FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN
DE PERFILES DE PROYECTO
Planificación y Presupuesto Municipal
Telifono 2713-65-58 Ext 127-130
rosalga corales Pmunipacaci go.
fret mora fPmenipoced go.
8. Desglose de códigos presupuestarios:
+ Materiales y productos metálicos. 02.03.01
Monto: $ 30 000 000,00
Materiales y productos minerales y asfalficos 02.03.02
Monto: £ 75 000 000,00
+ Maderas y sus derivados. 02.03.03
Monto: $ 10000 000,00
+ Tintas, pinturas y diluyentes. 02.01.04
Monto: £ 500 000,00
Otros materiales y productos de uso en la construcción y
mantenimiento. 02.03.99
Monto: é 5 000 000,00
+ Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario. 01.07.02
Monto: e 13 000 000,00
+» Herramientas e instrumentos. 02.04,01
Monto: € 3 800 000,00
+ Maquinaria y equipo pora la producción. 05.01.01
Monto: £ 7 000 000,00
+ Maquinaria equipo y mobiliario diverso. 05.01.99
Monto: é 1200 000,00
* Peones ocasionales.
Monto: é 54 500 000,00
Sitio Web: munipococi.go.cr / FacetraBk: GMunicipolidadDePococi
as rrratcagararta
REINALDO Relato mae
SENAVIDES
PU
IMENEZ FIA) Ven ao
Frank Benavides Jiménez
Asistente Ingeniería Obra Publica
Municipalidad de Pococí
Pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 368
PAGINA N0123 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-20
18
14
ESCOC ¿ Municipalidad de Pococí
a Junta Vial Cantonal O
Fluye DE POCOCÍ
A AA
FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN
Pecocí rama
Fluye Tolfeno:2713-6558 Ext 127-450
soslya corrales Omanipacari po.er
Fusette mon fmenipocod go.
PERFIL DEPROYECTO
Este formulario tiene el propósito de servir de base para la inclusión de proyectos
o inversiones en el presupuesto municipal. Contiene requerimientos mínimos, sin
embargo, cualquier documento adicional puede ser adjuntado para aclarar la
descripción y fines del proyecto o Inversión.
Nombre del proyecto: Inversión en Obras Viales en el cantón.
2 He Estratégico (Desarollo Económico, Infraestructura, Seguridad
Ciudadano, Modemización Municipal, Ambiente y Desarrolo, Desarrollo
Social): Infraestructura Vial.
3. Alconce: Mejorarla conectividad y transitablidad de la red vial cantonal.
4. Descripción: Se pretende reolizar la contratación de personal ocasional,
como parte del fortalecimiento en ejecución de obra por administración,
en proyectos varios en el cantón de Pococí, tales como; Construcción de
aceros, construcción de puentes, estucturas tipo vado, sistemas de
drenajes, bacheo mecanizado, entre otras, esto como parte del
mantenimiento de la red vial cantonal, de la Munlcipalidad de Pococí.
5. Objetivo principal: Generar obros impacto y actividades
complementarias, como parte del mantenimiento de la red vial cantonal.
en aros de fortalecer los índices de serviclabilidad y transitabildad de tos
caminos.
6. Justificación: Se requiere este recurso pora realizar la contratación de
personal ocasional, con el fin de generar desarrollo de obras públicas,
como parte del mantenimiento de la red vial cantonal.
Monto total de la inversión: ¿ 55 000 000,00 [Cincuenta y cinco millones de
bol
colones).
¡0%
Sitio Web: munipococi.go.cr / FaceBuek: OMunicipolidadDePococi
POCOC Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 370
PAGINA N*125 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02.2022
9
POCÓC el Municipalidad de Pococí
a Junta Vial Cantonal
Fluye
20
DEPO00CÍ
FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN
DEPERFILES DE PROYECTO
el
POCOC) E oa
rom comal munipocosi goce
Pluye
Esxttemonf8munipocod qo.er
% a
PERFIL DE PROYECIO
Este formulario tiene el propósito de servir de base para la inclusión de proyectos o
inversiones en el presupuesto municipal. Contiene requerimientos mínimos, sin embargo,
cualquier documento adiclonal puede ser adjuntado para aclorarla descripción y fines del
proyecto o inversión.
1. Nombre del proyecto: Sistemas de drenajes Calle Viaja C.7-02-004
2. Ele Estratégico (Desarrollo Económico, Infraestructura, Seguridad Ciudadana,
Modernización Municipal, Ambiente y Desarrollo, Desarrollo Social): Infraestructura
vial
3. Alcance: Mejorar la conectividad y transitabilidad de la red vial cantonal.
4. Descripción: Se pretende realizar la compra de materiales PVC, como parte del uso
para cambio o reparación de tubería en el proyecto de sistemas de drenaje en calle
vieja a Jimenez, tales como; Reconstrucción de tuberías madre, ramales de tubería,
acometidas, entre otras, esto como parte del mantenimiento de la red vial pluvial, de
la Municipalidad de Pococí.
5. Objetivo principal: Generar obras impacto y actividades complementarias, como
parte del mantenimiento de la red de sistemas de drenajes.
$. Justificación: Se requiere este recurso pora realizar las obras complementarias en la
ted de sistemas de drenajes en obras públicas, como parte del mantenimiento.
7. Monto total de la inversión: € 5000.000,00 [Cinco milones de colones).
8. Desglose de códigos presupuestarios:
+ Materiales y Productos de Plástico 02.03.06: ¿ 5 000 000,00
BENAVIDES
JDAENEZ (FIRMA) Ina Ses
Frank Benavides Jiménez
Asistente Ingeniería Obra Publica
Municipalidad de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr / Fa k: AMunicipalidadDePococi
E Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*126 ACTA N*13 Extraordinaria.
4
POCOC e Municipalidad de Pococí
a Junta Vial Cantonal muncipaioao
Fluye DE POCOC!
A
FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN
7 DE PERFILES DE PROYECTO
POCOC Al Planificación y Presupuesto Munidgel
a Telífono:2113-55-50 Ex 127-130
fluye rosal corel Ounipocad par
Ussette more fPmurigocad poz.
PERFIL DE PROYECTO
Este formulario tiene el propósito de servir de base para la Inclusión de proyectos o Inversiones
en el presupuesto municipal. Contiene requerimientos mínimos, sin embargo, cualquier
documento adicional puede ser adjuntado para aclarar la descripción y fines del proyecto o
inversión.
1. Nombre del proyecto: Construcción Fuente de Cuadro en Campo 4 Cararl 7.02.032
2. Código Camino 7-02-032.
3. Eje Estratégico (Desarrolo Económico, Infraestructura, Seguridad Civdadano,
Modernización Municipal, Ambiente y Desarollo, Desarrolo Social): Infraestructura Vial
4. Alconce: Mejorar la conectividad de la red vial cantonal,
5. Descripción: Se pretende realizar intervención del puente en el camino a Campo 4
código 7.02.032 en el entronque con la Ruta nacional 247, como parte del mejoramiento
de la red vial cantonal, de la Municipalidad de PococÍ.
6. Objetivo principal: Rehablitar y Mejorar el puente, como parte de la conectividad del
camino e intervención de la red vial cantonal,
7. Justificación: Se requiere este recurso para realizar actividades de rehabilitación y
mejoramiento del puente de la red vial cantonal.
8. Monto total de la inversión: £18.000.000,00 (dieciocho milones de colones)
9. Desglose de códigos presupuestarios:
Materiales Minerales y asfalticos (02.03.02): £ 10.500.000,00
Materiales y Productos Metálicos (02.03.01): £ 4.500.000,00
Maderas y sus Derivados (02.03.03): € 3.000.000,00
FRANK: BT
SENAVDES PR
IMENEZ (FIRMA) io 20
Frank Benavides Jimenez
Asistente Ingenlero Obra Publica
Municipalidad de Pococi
Sitio Web: munipococi.go.cr / FoRo: GMunicipalidadDePococi
PO yl 4 Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*127 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2
1)
POCIOCA Municipalidad de Pococí
a Junta Vial Cantonal aa
DE POCOCI
Pluye
FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN
a DE PERFILES DE PROYECTO
POcocí A
a Teséfono:2713-65-58 Ext 127-130
Pluyo rosal corrales O mun ipocaci go cr
Fasette more fOrmnipococl go.
==
PERFIL DE PROYECTO
Este formulario tiene el propósito de servir de base para la inclusión de proyectos o inversiones
en el presupuesto municipal. Contiene requerimientos mínimos, sin embargo, cualquler
documento adicional puede ser adjuntado para aclarar la descripción y fines del proyecto o
inversión.
. Nombre del proyecto: Relastreo Caminos de Caríar [Alquiler de Maquinaria).
2. Eje Estratégico [Desarrolo Económico, Infraestructura, Seguridad Ciudadana,
Modemización Municipal. Ambiente y Desarrolo, Desarrolo Social): Infraestructura Vial
3. Alcance: Mejorar la transitividad de la red vial cantonal.
4. Descripción: Se pretende realizar una intervención de Mantenimiento de la Superficie
de Ruedo de los caminos de la red vial cantonal.
5. Objetivo principal: Dar el mantenimiento respectivo de los caminos de la red vial
cantonal.
6. Justificación: Se requiere este recurso para realizar actividades de mantenimiento de la
red viol cantonal.
7. Monto total de la inversión: E 15000 000,00 (Quince millones de colones).
8. Desglose de códigos presupuestarios:
Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario (1.01.02]
Frank Benavides Jimenez
Asistente Ingeniero Obra Publica
Municipalidad de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr / OR GMunicipolidadDePococi
E
PO yl Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 373
PAGINA N*128 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02 22
9
POCOC d Municipalidad de Pococí
a Junta Vial Cantonal paar
DE POGOCI
Fluye
FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN
y
DE PERFILES DE PROYECTO
PO Planificación y Presupuesto Masicipal
a CO) Tolo 2530 LATAS)
soso corales Prepa
Easertemerrmenipordre
AA
PERFIL DE PROYECTO
Este tormulario ene el propósito de servir de base para la inclusión de proyectos o inverdones
en el presupuasto municipal. Contiene requerimientos mínimos, sin embargo. cualquier
documento adicional puede ser adjuntado para aclarar la descripción y fines del proyecto
oinversión.
1. Nombre del proyecto: Relastreo Caminos de Roxana.
Adenda al contrato 2021 LA-0023-00320007 por concepto de alquiler de maquinaria
para acarreo y colocación de material con niveladora.
2. Eje Esrotégico (Desorollo Económico, Inf setura, $ lad Ch
Mi ía Mu |, Ambiente y Di , Desarrollo Social): Infraestructura Vial
3. Alcance: Mejororla transitividad de la red vial cantonal.
4. Descripción: $e pretende realizar una intervención de Mantenimiento de la Superficie
de Ruedo de los caminos de la red vial cantonal, y
5. Objetivo principal: Dor el mantenimiento respectivo de los caminos de la red víal
cantonal.
8. Justificación: Se requiere este o para realzar
la red vial contonal.
7. Monto total deta inversión: £ 35 000 000.00 (treinta y cinco millones de colones).
8. Desglose de códigos presupuestarios:
Alquiler de maguinaro, equipo y mobiiaño 11.07.02)
des de mi de
== ES
BENAN
JIMENEZ FGMÓ) Viso eo
Frank Benavides Jimenez
Asistente Ingeniero Obra Publica
Municipalidad de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr / Fosemaok: QMunicipalidadDePococi
POCUC¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*129 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-20
9
POCOC el Municipalidad de pocoí
a Junta Vial Cantonal zio
Fluye
FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN
Pecocí poseo
Fluye Teléfono:271345-58 Ext 127-130
cab coralina por.
Ennte mon flmuniporos qe.
PERFIL DE PROYECTO
Este formulario tiene el propósito de sewir de base pora la inclusión de proyectos o
inversiones en el presupuesto municipal. C: mínimos, sin
emborgo, cualquier documento adicional puede ser cójuntado para aclarar la
descripción y fines del proyecto o invenión.
1. Nombre del proyecto: Relastreo Caminos de Roxana.
2. Eje Estratégico ¡Desarrollo Económico, In ycturo, Se Civ
Modernización A y Di Di Social):
Infraestructura Vial
3. Alcance: Mejoror la transitividad de la red vial cantonal.
4. Descripción: Se pretende realizar intervanción de los caminos en lastre, con
la colocación de material en estos, como parte del mantenimiento de lared
vial cantonal de la Municipalidad de Pococi.
5. Objetivo principal: Rehabiítar los caminos en lastre, como parte de la
intervención de la red vial cantonal.
$. Justificación: Se requiere este recurso pora realizar actividades de
mantenimiento de la red vial cantonal.
7. Monto total de la inversión: É 10 000 000.00 (Diez millones de colones).
8. Desglose de códigos presupuestarios:
+  Mateñales y productos minerales y ostóllicos: 203.02
FRANK E
RENALDO ias
BENAVIDES
ARENEZ (FIRMA stato eso
FrankBenavides Jimenez
Asistente Ingeniero Obra Publica
Municipalidad de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr / FAROL: OMunicipalidadDePococi
AAN "$ e Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 375
PAGINA N*130 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02-20
A
4 (0)
POCOC Municipalidad de Pococí
a Junta Vial Cantonal e
Fluye DE POCOCI
Acuerdo 729
Se somete a votación la modificación presupuestaria 071-2022, y es aprobada por
los presentes, Lic. Manuel Hernández Rivera. Ing. Olger Gutierrez Mendoza Sr.
Greivin Bonilla Jiménez. Sr. Luis Méndez Araya. Aprobado por unanimidad.
Acuerdo Firme.
Capítulo V clerre de sesión
Se cierra la sesión al ser las diez horas con cuarenta y dos minutos .
sidente de JVC Secretario de JVC
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Somete a votación la Modificación.
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se aprueba el Plan Anual
Operativo y Modificación Presupuestaria 01-2022, la cual contiene recursos de la
8114, por un monto de ¿400.000.000,00 colones y documentación adjunta. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N” 256
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal,
teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr,
dice;
Oficio: DAMCM-0019-2022
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9131 ACTA N?13 Extraordinaria. 15-02-2
Asunto: Solicitud Contratar y pagar obras y proyectos incluidas en Modificación
Presupuestaria 01-2022 recursos proveniente de la Ley 8114.
Municipalidad de Pococí () s
1
De 14 e De Despacho del Alcalde Yes
a INS Teléfono: 2711-1208 <¿e%,
Pluye monuelhernandez(Omunipococi.go.cr  Meruor
Guápiles, 15 de febrero de 2022
DAMCM-0019-2022
Sres.
Concejo Municipal de Pococí
Saludos cordiales,
En vista de la relevancia para una ejecución pronta de los proyectos incluidos en
la modificación presupuestaria 01-2022 de recursos provenientes de la ley 8114,
obras que han sido previamente discutidas con representantes del honorable
Concejo Municipal; me permito solicitar la autorización de este órgano colegiado
para contratar y pagar las obras y proyectos incluidas en la modificación
presupuestaria 01-2022 que en total representan un monto de 400.000.000,00 de
colones exactos.
Sin otro particular,
Lic. mel Herñándezgivera <
Alcalde SÓ
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se aprueba y se autoriza a la
Administración y al Señor Alcalde, Contratar y pagar obras y proyectos incluidas
en Modificación Presupuestaria 01-2022 que en total asciende a un monto de
£400.000.000,00 colones exactos. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%132 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02+20
ACUERDO N* 257
Se conoce Resolución por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal,
teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr,
dice;
RES-DAM-0001 -2022
Asunto: Solicitud al Concejo Municipal para autorizar al señor Alcalde firmar
arreglo conciliatorio o tansacción- en el proceso judicial 15-000193-0930-Cl con
el señor Willy Jiménez Morales.
Municipalidad de Pococí
' LA
z S De Despacho del Alcalde (Y
a e ¿C Teléfono: 2711-1208 Le%,
Pluye monuelhernondezQmunipococi.go.cr "eo
RES-DAM-0001-2022
1
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ. Despacho del Alcalde. Al ser las diez horas del quince
de febrero de dos mil veintidós.
RESULTANDO:
1. En el antiguo edificio del Concejo Municipal, ubicado en el centro de Guápiles,
al costado oeste de la Plaza San Salvador, en la primera planta de la estructura
estaba el negocio "Risas", un bar y restaurante cuyo establecimiento fue dado en
arriendo por el Gobierno Local a la señora Nuria Morales aproximadamente en la
década de 1980, siendo que, al ocurrir su fallecimiento, en cumplimiento del
artículo 84 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, pasó a manos de
su hijo Willy Jiménez Morales.
1. No existen registros en la Municipalidad de Pococí de un contrato escrito, por lo
que siempre se manejó como un contrato verbal.
1. Con el pasor de los años, tanto el edificio del palacio municipal, como el edificio
del Concejo, sufrieron los embates del tiempo, sin embargo, no se les dio el
mantenimiento adecuado para evilar su deterioro, lo cual provocó la intervención
del Ministerio de Salud en varios momentos, por el peligro latente que representaron
las estructuras.
IV. En el año 2012, el Ministerio de Solud gira Orden Sanitaria HA-ARSP 2534-2012, en
la que declara inhabitables el antiguo Palacio Municipal, y el edificio donde se
ubicoba la sala de sesiones y la Secretaría del Concejo Municipal, la Auditoría
Interna y el restaurante Risas, por encontrarse en estado ruinoso, peligroso e
insalubre, dicha orden fue notificada a las portes el 1 de setiembre de 2012.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
ue az AA
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 378
PAGINA N*133 ACTA N%13 Extraordinaria. 15-02-20
Municipalidad de Pococí
3 AD
0 Cc Despacho del Alcalde al $
a > Teléfono: 2711-1208 Ho 2%
Pluye manuel hernondez(Amunipococi.go.cr "eee
RES-DAM-0001-2022
anar as
2
v. En el mes de agosto de 2013, en cumplimiento de la orden sanitaria emitida por
el Ministerio de Salud, la Municipalidad de Pococí realiza la demolición del antiguo
Palacio Municipal, así como el desalojo de otros establecimientos pequeños que
están en ese mismo inmueble (Cerrajería, supermercado y soda) quedando
únicamente pendiente por demoler el edificio donde se encontraba el Concejo
Municipal.
VI. En el año 2014, como parte del seguimiento a esa orden dada en setiembre de
2012, se gira nueva Orden Sanitaria HC-ARSP 2063-2014, con fecha del 21 de marzo
de 2014, en la que la Ing. Andrea Madrigal Quesada, del Proceso de Regularización
de la Salud, recomendó en su informe técnico, el desalojo para demolición del
edificio del Concejo Municipal, que es el mismo donde en la planta baja se
ubicaba el bar restaurante Risas.
vil. En el año 2015, se incorpora a la Municipalidad de Pococí al proceso de
conocimiento bajo la causa 14-008091-1027-CA, promovido por el señor Willy
Jiménez Morales, contra el Ministerio de Salud, solicitando como medida cautelar,
la suspensión de la orden de la orden sanitaria de desalojo y demolición, petición
que fue otorgada de manera provisional por parte este Tribunal, pero rechazada
en dos ocasiones por el Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo.
Posteriormente, mediante sentencia verbal 24-2017-T de las 15:40 horas del
12 de enero de 2017 del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de
Hacienda, se declaró inadmisible la demanda de conocimiento y se ordenó
el archivo del proceso. Contra lo resuelto por ese Tribunal, el señor Willy
Jiménez Morales y su abogado plantearon recurso de apelación, el cual fue
rechazado de plano mediante Resolución N*60-2017-ll de las 08:50hrs del 17 de
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 379
PAGINA N*134 ACTA N913 Extraordinario. 15-02-20
Municipalidad de Pococí
9 ET
Despacho del Alcalde als
AN Teléfono: 2711-1208 +2
HURCRALOAO
'POcOaI
Pluye ¡anuel andez(A)munipococi.go,cr mu
RES-DAM-0001-2022
3
febrero 2017 del Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo y Civil
de Hacienda.
Vill. En el año 2015, el señor Willy Jiménez Morales interpuso un proceso judicial
contra la Municipalidad de Pococí, expediente: 15-000193-0930-Cl, por
incumplimiento del Gobierno Local en sus obligaciones como arrendante, siendo
respondida dicha acción por el ayuntamiento en 2016.
IX. En el mes de julio de 2018 el edificio que ocupó el Concejo Municipal y el bar
restaurante Risas fue demolido.
X. La Municipalidad de Pococí y el señor Willy Jiménez Morales, han tenido
intenciones de llegar a un arreglo conciliatorio, donde se ponga término amistoso
a este conflicto que lleva varios años, al punto que se han celebrado varias
audiencias en la sección de Conciliaciones del Tribunal Contencioso
Administrativo, donde se requiere una justificación como la presente para su
posterior aprobación por el juez conciliador.
CONSIDERANDO
PRIMERO. El artículo 6 de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos
establece que las municipalidades en calidad de arrendadores o arrendatarias
están sujetas a dicha normativa, salvo disposición expresa de su propio
ordenamiento jurídico, quedando regidas por las disposiciones legales y
reglamentarias de contratación administrativa.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 380
PAGINA N9135 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-202
E dad ñ 9 Municipalidad de Pococí MRS
K Despacho del Alcalde YES
a d Teléfono: 2711-1208 PZA
Fluye manuel hernandezQmunigococi.go.cr "cano
RES-DAM-0001-2022
ETTFTITADINS A MA
4
SEGUNDO. El artículo 26 de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y
Suburbanos establece las obligaciones del arrendador, entre las cuales, según el
inciso c) está el conservar la cosa en buen estado,
TERCERO. El artículo 34 de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos,
estipula que el arrendador está obligado a reparar el bien cuando sea necesario,
a fin de conservarlo en buen estado para su utilización habitual, sin tener derecho
a elevar la renta por ello.
CUARTO. Sobre el caso que nos ocupa, se puede determinar con base en los
hechos y las órdenes sanitarias del Ministerio de Salud, que la Municipalidad de
Pococí no dio el debido mantenimiento a su edificio principal, ni al edificio del
Concejo, que era donde se encontraba el bar restaurante Risas; si bien se pudieron
hacer trabajos, estos no tuvieron relevancia a nivel estructural que era lo realmente
necesario, ocasionando el deterioro irreversible de estas edificaciones, a tal punto
de ser catalogas como ruinosos, peligrosos e insalubres, por el citado ministerio.
QUINTO. El bar restaurante Risas funcionó durante muchos años teniendo su
clientela constante, de lo cual la comunidad guapileña es testigo, siendo un
negocio próspero, es importante indicar que si bien el establecimiento estuvo sin
licencia de licores, esto no fue por un extenso momento en comparación de
cuando funcionó a cabalidad; al darse las órdenes sanitarias, ineludiblemente
ocurrió un perjuicio en contra del señor Willy Jiménez Morales, ya que al cerrarse el
local, no podría conseguir otro en las mismas condiciones, haciendo referencia a
aspectos como el precio de alquiler y su Ubicación privilegiada en el centro de
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI S
PAGINA N*%136 ACTA N*13 Extraordinaria. 15-02
E 9 Municipalidad de Pococí ()
Despacho del Alcalde 1000
Pp SAICOUC Teléfono: 2711-1208 ¿4%
fluye ue e: ipococi.go.cr "eceauoso
RES-DAM-0001-2022
ma INEA PAS ASS
5
Guápiles, por lo que la Municipalidad de Pococí incumplió las supra indicadas
normas de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos,
SEXTO. Que la posibilidad de arreglar conflictos de manera pacífica es un Derecho
Constitucional contemplado por el artículo 43 de la Constitución Política, reiterado
por el artículo 2 de la Ley sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la
Paz Social, el cual indica que “Toda persona tiene el derecho de recurrir al diálogo,
la negociación, la mediación, la conciliación, el arbitraje y otras técnicas similares,
para solucionar sus diferencias patrimoniales de naturaleza disponible."
POR TANTO
De conformidad con todo lo expuesto, en atención de los artículos 6, 24 inciso c) y
34 de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, particularmente
del artículo 43 de la Constitución Política, se solicita respetuosamente al Concejo
Municipal, autorizar al suscrito alcalde para conciliar -y por ende firmar un arreglo
conciliatorio o transacción- en el proceso judicial 15-000193-0930-Cl con el señor
Willy Jiménez Morales, una vez listo el documento y firmado por ambas partes, será
llevado a este cuerpo colegiado para la aprobación de su contenido.
NOTIFÍQUESE.
Lic. Manuel Hérndihdéz Rivera
Alca]
c/archivo
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: CAMunicipalidadDePococi
PO: y Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9137 ACTA N*%13 Extraordinaria. 15-0272022
os
Por Mayoría de 7 votos a Favor, 1 en contra de 8 votos presentes (vota contra
la regidora Yaslyn Morales Grajal) SE ACUERDA: Se autoriza al Señor Alcalde
Manuel Hernández Rivera para conciliar -y por ende firmar un arreglo conciliatorio
o transacción- en el proceso judicial 15-000193-0930-Cl con el señor Willy Jiménez
Morales y que una vez listo el documento y firmado por ambas partes, se presente
a este cuerpo colegiado para la aprobación de su contenido. NOTIFÍQUESE. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Razonamiento de voto negativo por parte de la Regidora Yaslyn Morales Grajal.
Saluda, quiero justificar mi voto negativo por lo que esta regidora no tiene claridad
en cual serían las condiciones de la conciliación, se habla que es el señor Alcalde
quien se va a encargar de eso, pero creo que nosotros somos los que tenemos la
responsabilidad y como no tengo claridad del documento ni del proceso, que sé
que es un proceso largo, conozco la historia, pero no conozco la legalidad del
proceso es por eso que no lo voto.
Razonamiento de voto positivo por parte del Regidor Randall Torres Barrientos.
Quiero justificar mi voto positivo porque este es un litigio viejo en donde en este
acuerdo estaríamos autorizando al alcalde para que realice un proceso que se
llama transacción, que eso es un arreglo alternativo de conflicto que va a poner
fin al litigio y que va a buscar de la mejor manera que se resuelva.
Obviamente don Manuel va a buscar el beneficio como Administrador de la
Municipalidad, el mejor beneficio, entonces, yo lo voto porque tengo toda la
confianza y sé que don Manuel va a hacer la mejor negociación que va a ser en
beneficio de la Municipalidad muchas gracias.
Razonamiento de voto positivo por parte del Regidor Juan Luis Gómez Gómez.
Excelente don Randall yo también quiero decir a modo de razonamiento positivo,
que yo confío en el trabajo que don Manuel ha venido haciendo en todas las
gestiones y sabiendo que a este Concejo le toca autorizar al señor alcalde a
realizar diferentes gestiones, yo lo estoy votando positivo.
Regidora Yaslyn Morales Grajal.
Que conste en actas que en ningún momento me referí a que no tenga
credibilidad de lo que pueda negociar el Licenciado don Manuel como abogado
o como representante legal del Municipio, pero esta regidora no ha visto un
< Sitio Web: munipococi.go.cr
a ed A Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 383
PAGINA N*138 ACTA N913 Extraordinaria. 15-02-2022
expediente, no ha visto en qué condiciones de ese litigio que nos ante ea
nosotros que no conocemos el fondo, solo la forma, es por eso por lo que yo no
me siento cómoda votando por lo que, cuando tenga que venir aquí el tema de
conciliación después de que yo estudie el expediente con mis asesores legales,
yo podré optar por dar un voto positivo a lo que se dictamine. Que conste en
actas literalmente todo lo que dije.
UL
AL SER LAS CATORCE HORAS CON CUARENTA MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN
F- Juan LuisG ómez oí je 7 ¿ieda. Magally Venegas Vargas
p
7% Secretaria Municipal
F-Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Cc/ Regidores, Otros.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye