Extraordinaria 122 · 2017-11-02

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Acta 104-2017 hasta 150-2018         tomo15



                 Acta SESIÓN Ext Ordinaria
                        N-122-2017.
Acta de Sesión Ext Ordinaria 122-2017, celebrada el día 2 de noviembre del
2017, en Sala de Sesiones del Concejo Municipal Distrito de Lepanto al ser las
6:00 p.m De ese día con la presencia de los señores:
Neftalí Brenes Castro.                     Presidente Municipal
Hellen Gómez Agüero cc Helen Agüero        Concejal Propietaria
Montes
Ana Patricia Brenes Solórzano              Concejal Propietaria
Argentina del Roció Gutiérrez Toruño       Concejal Propietaria en ausencia de
                                           Gerardo Obando Rodríguez.
Keila Patricia Vega Carrillo.              En ausencia del señor Osmin Morera
                                           Rosales asume la propiedad.
Roberto Bolívar Barahona                   Concejal Suplente.
       Ausentes:
Osmin Ivan Morera Rosales                  Concejal Propietario.
Gerardo Obando Rodríguez                   Concejal Propietario
Ronny Acon Monge.                          Concejal Suplente, No se ha
                                           juramentado.
La presencia de la señora secretaria Municipal, Kattya Montero Arce.
AGENDA
CAPITULO I. COMPROBACION DEL QUORUM.
CAPITULO II. PALABRAS            DEL SEÑOR NEFTALI BRENES CASTRO,
PRESIENTE MUNICIPAL.
CAPITULO III PUNTO UNICO SE RECIBE AL SEÑOR ERICK BADILLA DE
LA UNION NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES PARA PRESENTAR
DOCUMENTO DE           RESTRUCTURACION SEGÚN ORGANIGRAMA                    DEL
CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO, PARA SU ANALISIS Y
APROBACION.
CAPITULO IV, MOCIONES y ACUERDOS
CAPITULO V. CIERRE DE SESION
………………………………………………………………………………………………………..
CAPITULO I. COMPROBACION DEL QUORUM.
El señor Presidente Municipal realiza la comprobación del quórum, este es
aprobado unánime.
CAPITULO II. PALABRAS           DEL SEÑOR NEFTALI BRENES CASTRO,
PRESIENTE MUNICIPAL.
El señor Presidente Municipal Neftalí Brenes Castro, le da la bienvenida a
los presentes y a los señores que nos acompañas al señor Erick Badilla y Johan
Ramírez Suarez ambos de la Unión Nacional de Gobiernos Locales. Al mismo
tiempo agradece al público que nos acompaña, indica que específicamente el
punto de la agenda es (presentación estudio técnico en conjunto con los
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profesionales de la UNGL, para realizar una propuesta final de reorganización de
la estructura administrativa y operativa de nuestro municipio) este es aprobado por
UNAINMIDAD.
Al mismo tiempo somete en la agenda incluir                en el CAPITULO IV.
AUTORIZACION A LA INTENDENCIA MUNICIPAL A INCIAR                         CON LOS
PROCESOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE L0S PROYECTOS
CON LOS RECURSOS DE LA LEY 9329 PARA EL AÑO 2017 EN
CONCORDANCIA CON EL PLAN OPERATIVO ANUAL. CAPITULO V.
MOCIONES Y ACUERDOS, CAPITULO VI. CIERRE DE SESION. Este es
aprobado por UNAINMIDAD.
CAPITULO III PUNTO UNICO SE RECIBE AL SEÑOR ERICK BADILLA DE
LA UNION NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES PARA PRESENTAR
DOCUMENTO DE            RESTRUCTURACION SEGÚN ORGANIGRAMA                     DEL
CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO, PARA SU ANALISIS Y
APROBACION.

Expone la vía positiva, según vía positivas que se detalla continuación
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GRACIAS.
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Algunos puntos que se vieron anteriormente.
Se empieza explicando la función que va a realizar la UNGL en conjunto con
este municipio para un mejor funcionamiento en cuanto atención al público y un
mejor funcionamiento institucional.
Código Municipal
Se explica el código municipal       en su artículo 115. ARTÍCULO 115.-
Establéese la Carrera administrativa municipal, como medio de
desarrollo y promoción humanos. Se entenderá como un sistema
integral, regulador del empleo y las relaciones laborales entre los
servidores y la administración municipal. Este sistema propiciará la
correspondencia entre la responsabilidad y las remuneraciones, de
acuerdo con mecanismos para establecer escalafones y definir niveles
de autoridad. Sistema Integral del CAM
Explica los componentes que deben de existir.
Componente del sistema Integral.
    • Art. 121 no queda definido el cómo debe de ser.
    • La Municipalidad tiene la potestad de organizarse como mejor considere.
    • Art. 120. Manual Integral de Puestos
    • Art. 122 y Transitorio I del Código Municipal.
    • Escala Nacional de Salarios
 Componente organizacional
La Municipalidad debe de organizarse de una forma lógica, coherente y
contemplando lo siguiente:
Que es lo mejor para la organización fundamentándose en razones técnicas, se
debe de desarrollar plan de desarrollo Humano Local, PEM y Plan de gobierno.
Plan regulador, debe de establecerse. Utilizar diferentes reglamentos.
Se debe de analizar lo que es patente. Demos de buscar lo que es mejor para la
comunidad, aquí entramos diciendo que está realizando la muni y que queremos
lograr.
No tenemos una organización que esté orientada a lo que diga los ciudadanos,
sino a una institución pública.
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Elementos diagnósticos: La Municipalidad debe de organizarse de una
forma lógica, coherente y contemplando lo siguiente:
 Debemos de delimitar con tiempo determinado momento o tramite. Con este
sistema debe de salir en 20 minutos, nos hemos acostumbrado a un exceso de
burocracia, yo hago un pedacito y se la paso a otra compañera otro pedacito. El
trámite lo tiene que hacer una sola persona, para eso está la plataforma de
servicios. Pone en ejemplo de los bancos Popular y las cooperativas de crédito.
En cuanto a las municipalidades, muchos errores en la gestión, operamos y
operamos, venimos y queremos cambiar los procesos, que es lo que el ciudadano
pide y se genera impactos positivos.
Gestión de procesos.
Una gestión al servicio del ciudadano.
“cadenas de valor”, generen resultados e impactos positivos para el ciudadano,
Enfoque funcional, áreas y procesos, enfoque de procesos orientada a
resultados. Se dan situaciones que tenemos 30 días. No pensamos en ellos sino
en nosotros mismos. Desgraciadamente así pensamos los funcionarios públicos.
Podemos hacer las cosas de otra manera.
Gestión de procesos. Vamos a hacer un mapeo, hay procesos estratégicos
operacionales.
Procesos estratégicos.
Procesos Operativos Misionales.
Proceso de apoyo o soporte.
Debe de hacerse un abordaje diferente no individualizarlos debe de trabajar en
conjunto.
Mapa de procesos .Mapacromapa 1 nivel Municipalidad de Costa Rica.
Proceso Estratégico.
Aquí se presenta el organigrama.
Hay situaciones de comunidades que pasa en otras municipalidades que
pregunta el usuario donde está mi trámite, no se sabe, aquí no pasa eso. La
persona hace el trámite de principio a fin. Vamos a trabajar con ustedes un
mapeo, las municipalidades carecen de gestión técnica, ejemplo si llega alguien
de determinada calle va al sistema y no aparece en el mapa catastral, donde
están los ejercicios, el funcionario debe de tener cosas por hacer , debe de
hacer diferentes funciones, y no si no viene no se puede hacer el trámite.
Gestión Cultural y sistema Financieros.
Macromapa 2 nivel Municipalidad de Costa Rica.
Todo eso que está ahí debe de realizar todo es, ustedes aunque pequeños,
deben de hacer lo mismo de las municipalidades grandes. Los trámites deben de
hacer un funcionario. Un trámite debe de hacer ágil, adquirir un sistema
informático bueno, ya hay municipalidades que tiene un buen sistema. Eso da la
autoridad a las municipalidades. Ley 8220 debemos de levantar la información,
ejemplo el uso de suelo no tiene vencimiento, pero si no está registrado, volvemos
a pedir los requisitos.
Presidente Municipal Neftalí Brenes. A mí me preocupa el personal, de cómo
cambiar la mentalidad, que se debe de hacer, si queremos cambiar algo. Si
existencia resistencia debido al cambio.
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Sr. Erick Badilla, La resistencia al cambio es norma, estamos acostumbrado a
un cambio, si no hay resistencia algo hay mal. Traemos una psicóloga para
empezar a trabajar en eso.
La psicología maneja trámites de liderazgo, hay gente que no quiere cambiar.
Existen diferentes tipos de personas que están n una capsula, si hay alguien
complicado que no quieren cambiar. Se debe de trabajar con las personas, hay
algo que son procedimiento y no un estándar. Habrá casos especiales. Tenemos
el lujo los trabajadores de no trabajar y si estamos con ganas sacamos las tareas,
debemos de tener indicadores de gestión, el intendente debe de conocer todo
junto con los empleados del tema financieros. En ocasiones ni los mismos
funcionarios saben para que trabajen. Se debe de buscar el proceso humano.
Concejal Propietaria Patricia Brenes. Los cambios aparecieron a través de las
evaluaciones, desde que yo entre aquí, decía aquí no se evalúa al personal. No
es que queramos andar detrás de la gente. Si no que la gente se siente
satisfecha, lo logre.
Sr Erick Badilla Indicadores de gestión debe de haber aquí, queremos llegar a
una organización.
Debemos de tener escrito los procesos y los indicadores de gestión, empezamos
a trabajar con todo el mundo, un sentido de pertenecía, nos sentimos motivados.
Les proponemos trabajar en conjunto.
Línea Procesal, Productos y Resultados
Debemos de invertir en el personal. Para obtener buenos resultados.
Pretendemos la tercera de marzo la propuesta de lo que vamos a realizar, para
bien si ustedes están de acuerdo en aprobar el proyecto que ellos traen.
Alguna consulta.
Presidente Municipal Neftalí Brenes. El Concejo Municipal, tiene que nombrar a
la secretaria, contabilidad, auditor, pero para qué?. No tenemos auditor, Yo
estoy de acuerdo en el cambio, si es para bien, yo estoy anuente a un cambio, si
esta anuente para mejorar, es importante que los funcionarios participen, una vez
vine a realizar un trámite y me mandaron para otro lado, pudiendo hacerlo aquí,
yo estoy anuente para que se haga un cambio.
Sr Erick Badilla Es importante que trabajemos en conjunto, que se haga un
aporte una opinión contraria. Estamos para servirles.
Concejal Propietaria Keila Vega La propuesta esta bonita, lo que siento es que
se haga lo solicitado.
Presidente Municipal Neftalí Brenes Yo estoy de acuerdo siempre cuando se
traiga la psicóloga mientras y cuando se de capacitación con el personal
Patricia, indica que los insta que se casen con este proyecto. Agradecer a la
intendencia por la propuesta que nos trajo. Igualmente a indica la señora Keila
Vega.
Presidente Municipal Neftalí Brenes Yo estoy de acuerdo en el cambio, si
tenemos recursos no tener esa oficina ahí. Pero no hay contenido. Para mi es
bueno siempre y cuando sea para
Se hace un receso de minutos de minutos, aprobada con cinco votos.
7.44 se reinicia la sesión
CAPITULO V. MOCIONES Y ACUERDOS
Inciso a
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PRESENTADA            POR JOSE FRANCISCO RODRIGUEZ JOHNSON,
INTENDENTE MUNICIPAL DE LEPANTO, PRESENTA MOCIÓN PARA
CONCEJO MUNICIPAL NUMERO 006-2017.
CONSIDERANDO: Primero: El artículo 121 del Código Municipal reza así: “Las
municipalidades mantendrán actualizado un Manual de organización y
funcionamiento, cuya aplicación será responsabilidad del alcalde municipal.
”Segundo: El artículo 120 dice: “Las municipalidades adecuarán y
mantendrán actualizado el Manual Descriptivo de Puestos General, con base
en un Manual descriptivo integral para el régimen municipal. ” Tercero: El
artículo 170 de nuestra Constitución Política indica: “Las corporaciones
municipales son autónomas”. "Desde un punto de vista jurídico-doctrinario, esta
autonomía debe ser entendida como la capacidad que tienen las Municipalidades
de decidir libremente y bajo su propia responsabilidad, todo lo referente a la
organización de determinada localidad (el cantón, en nuestro caso). Así, algún
sector de la doctrina ha dicho que esa autonomía implica la libre elección de sus
propias autoridades; la libre gestión en las materias de su competencia; la
creación, recaudación e inversión de sus propios ingresos; y específicamente, se
refiere a que abarca una autonomía política, normativa, tributaria y administrativa,
definiéndolas, en términos muy generales, de la siguiente manera: autonomía
política: como la que da origen al autogobierno, que conlleva la elección de sus
autoridades a través de mecanismos de carácter democrático y representativo, tal
y como lo señala nuestra Constitución Política en su artículo 169; autonomía
normativa: en virtud de la cual las municipalidades tienen la potestad de dictar su
propio ordenamiento en las materias de su competencia, potestad que en nuestro
país se refiere únicamente a la potestad reglamentaria que regula internamente la
organización de la corporación y los servicios que presta (reglamentos autónomos
de organización y de servicio); autonomía tributaria: conocida también como
potestad impositiva, y se refiere a que la iniciativa para la creación, modificación,
extinción o exención de los tributos municipales corresponde a estos entes,
potestad sujeta a la aprobación señalada en el artículo 121, inciso 13 de la
Constitución Política cuando así corresponda; y autonomía administrativa: como
la potestad que implica no sólo la autoformación, sino también la
autoadministración y, por lo tanto, la libertad frente al Estado para la adopción de
las decisiones fundamentales del ente.” (Sala Constitucional, resolución número
1999-5445 de las catorce horas treinta minutos del catorce de julio de 1999, el
subrayado corresponde con el original)
Cuarto: Esta administración municipal considera que la estructura organizacional
actual tiene deficiencias y debilidades que han limitado el accionar y la
consecución de los objetivos de nuestro gobierno local, para lo cual ha venido en
contacto con personeros de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, para valorar
cambios significativos en el modelo actual, con la asesoría de profesionales en
materia de Recursos Humanos, Ingeniería Industrial, Psicología, Contabilidad y
otros, con el objetivo primordial de mejorar la eficiencia y eficacia del servicio
público que brindamos a la comunidad de Lepanto, así como elevar la recaudación
de tributos e impuestos municipales.
Quinto: Sobre ese particular, siguiendo el predicado de la Sala Constitucional,
indica que la Administración cuenta no sólo con la potestad administrativa “para
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reorganizar sus oficinas administrativas -y por ende, tanto al personal que en ellas
labore, como a las funciones que éste desempeñe- en la forma en que mejor se
realice el cumplimiento de sus fines y, por lo tanto, que más convenga al interés
público perseguido, claro está, siempre que ello no conlleve un grave perjuicio al
servidor.
POR TANTO, ESTA ADMINISTRACION MUNICIPAL SOLICITA AL CONCEJO
LO SIGUIENTE:
El Concejo Municipal de Distrito Lepanto acuerda: Autorizar al Intendente
Municipal a continuar con el estudio técnico en conjunto con los profesionales de
la UNGL, para realizar una propuesta final de reorganización de la estructura
administrativa y operativa de nuestro municipio que venga a mejorar el servicio
público que ofrecemos y que todos los nombramientos de los funcionarios
interinos se prorroguen hasta que la nueva propuesta sea sometida a aprobación
ante este honorable Concejo Municipal.
Basándonos en lo anterior el Concejo Municipal ACUERDA con cinco votos,
aprobar en todas sus partes aprobar en todas sus partes la moción presentada
por el señor José Francisco Rodríguez Johnson, Intendente Municipal y
autorización del mismo para a continuar con el estudio técnico en conjunto con los
profesionales de la UNGL, para realizar una propuesta final de reorganización de
la estructura administrativa y operativa de nuestro municipio que venga a mejorar
el servicio público que ofrecemos y que todos los nombramientos de los
funcionarios interinos se prorroguen hasta que la nueva propuesta. Se somete a
votación este es DEFINTIVAMENTE APROBADO CON CINCO VOTOS, Votan
los señores Neftalí Brenes Castro, Presidente Municipal, Hellen Gómez Agüero
cc Helen Agüero Montes, Concejal Propietaria, Ana Patricia Brenes Solórzano,
Concejal Propietaria, Argentina del Roció Gutiérrez Toruño, Concejal Propietaria,
en ausencia de Gerardo Obando Rodríguez, Keila Patricia Vega Carrillo, en
ausencia del señor Osmin Morera Rosales asume la propiedad.
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
Inciso b
PRESENTADA            POR JOSE FRANCISCO RODRIGUEZ JOHNSON,
INTENDENTE MUNICIPAL DE LEPANTO, MOCIÓN PARA CONCEJO
MUNICIPAL NÚMERO, MOCIÓN PARA CONCEJO MUNICIPAL NUMERO 005-
2017.
CONSIDERANDO:
Primero: Que es bien conocido por este honorable Concejo Municipal, los
proyectos aprobados mediante la modificación presupuestaria 001-2017
correspondiente a recursos de la Ley 9329 PRIMERA LEY ESPECIAL PARA LA
TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS: ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA DE
LA RED VIAL CANTONAL, de importancia para el mejoramiento de los caminos
de nuestro distrito Lepanto.
Segundo: Que el artículo 13 inciso E del Código Municipal indica entre otras
atribuciones del Concejo Municipal la siguiente: Celebrar convenios,
comprometer los fondos o bienes y autorizar los egresos de la
municipalidad, excepto los gastos fijos y la adquisición de bienes y servicios
que estén bajo la competencia del alcalde municipal, según el reglamento
que se emita, el cual deberá cumplir con los principios de la Ley de
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Contratación Administrativa, No. 7494, de 2 de mayo de 1995 y su
reglamento.
Tercero: Actualmente en nuestro municipio NO EXISTE el reglamento citado en el
artículo anterior, que venga a regular los procesos de contratación administrativa.
Cuarto: Que el artículo 17, inciso H del Código Municipal indica entre otras
atribuciones del Alcalde o Intendente la siguiente: Autorizar los egresos de la
municipalidad, conforme al inciso e) del artículo 13 de este código.
Quinto: El artículo 229 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa
reza así: De la posibilidad de delegación. El máximo Jerarca de la Institución,
podrá delegar, la decisión final a adoptar en los procedimientos de
contratación administrativa, así como la firma del pedido u orden de compra,
lo anterior, siguiendo al efecto las disposiciones del reglamento interno que
se dicte al efecto; dicha designación deberá recaer en un funcionario u
órgano técnico, quien deberá emitir sus actos con estricto apego a la
normativa de contratación administrativa, para poder apartarse de dicho
criterio, deberán mediar razones técnicas de igual naturaleza. Dicha
delegación se llevará a cabo de conformidad con los alcances de la Ley de
Contratación Administrativa; Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos y lo señalado por la Ley General de la
Administración Pública.
Sexto: Que los artículos 27 y 84 de la Ley de Contratación Administrativa,
establecen los límites económicos a partir de los cuales aplica cada uno de los
diferentes procedimientos de contratación, y la cuantía para poder apelar ante la
Contraloría General de la República el acto de adjudicación.
Sétimo: Que dichos artículos establecen que la Contraloría General de la
República debe actualizar los límites antes señalados a más tardar la segunda
quincena de febrero de cada año tomando como referencia, entre otros, la
variación porcentual de Índice de Precios al Consumidor (IPC), para lo cual emitió
la circular R-DC-11-2017 de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA,
San José a las quince horas del veinte de febrero del dos mil diecisiete, misma
que se adjunta.
POR TANTO, ESTA ADMINISTRACION MUNICIPAL SOLICITA AL CONCEJO
LO SIGUIENTE:
Que se tome un acuerdo municipal donde se autorice al Intendente Municipal, a
iniciar con los procesos de contratación administrativa de los proyectos
presupuestados con los recursos de la Ley 9329 para el año 2017 en consonancia
con el Plan Operativo Anual; aprobando y/o autorizando las decisiones iniciales y
las adjudicaciones de los procesos de escasa cuantía, contratación directa,
licitación abreviada y recursos de apelación, de acuerdo a la circular R-DC-11-
2017 de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, San José a las quince
horas del veinte de febrero del dos mil diecisiete, en concordancia con la Ley y
Reglamento de Contratación Administrativa vigentes y normativas conexas. Así
como el giro de recursos económicos de la cuenta de caja única número
73911362200043274 destinada exclusivamente para albergar recursos de la
citada Ley; acuerdo donde priva el interés público de nuestra comunidad de
Lepanto.
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Basándonos en lo anterior el Concejo Municipal ACUERDA con cinco votos,
aprobar en todas sus partes la moción presentada por el señor José Francisco
Rodríguez Johnson, Intendente Municipal y autorización del mismo, iniciar con
los procesos de contratación administrativa de los proyectos presupuestados con
los recursos de la Ley 9329 para el año 2017 en consonancia con el Plan
Operativo Anual; aprobando y/o autorizando las decisiones iniciales y las
adjudicaciones de los procesos de escasa cuantía, contratación directa, licitación
abreviada y recursos de apelación, de acuerdo a la circular R-DC-11-2017 de la
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, San José a las quince horas del
veinte de febrero del dos mil diecisiete, en concordancia con la Ley y Reglamento
de Contratación Administrativa vigentes y normativas conexas. Así como el giro de
recursos económicos de la cuenta de caja única número 73911362200043274
destinada exclusivamente para albergar recursos de la citada Ley; acuerdo donde
priva el interés público de nuestra comunidad de Lepanto. ACUERDO
APROBADO UNANIME. Aplicación del artículo 45 este DEFINTIVAMENTE
APROBADO. Votan los señores Neftalí Brenes Castro, Presidente Municipal,
Hellen Gómez Agüero cc Helen Agüero Montes, Concejal Propietaria, Ana
Patricia Brenes Solórzano, Concejal Propietaria, Argentina del Roció Gutiérrez
Toruño, Concejal Propietaria, en ausencia de Gerardo Obando Rodríguez, Keila
Patricia Vega Carrillo, en usencia del señor Osmin Morera Rosales asume la
propiedad. DEFINITIVAMENTE APROBADO.
CAPITULO VI. CIERRE DE SESION
Al no haber más asuntos que tratar se cierra la sesión al ser las 7:55 p.m .de
ese día.
          _____________________           SELLO     _____________________
                 PRESIDENTE                                 SECRETARIA