Ordinaria 104 · 2022-04-25

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1                        ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº 104
2
3    Acta de la Sesión Ordinaria número 104-2022, celebrada por el Concejo Municipal
4    de Jiménez en la Sala de Sesiones de este ayuntamiento, el día veinticinco de
5    abril del año dos mil veintidós, a las dieciocho horas con treinta minutos; con
6    la asistencia de los señores (as) regidores (as) y síndicos (as), propietarios (as) y
7    suplentes siguientes:
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9    REGIDORES PROPIETARIOS: Mauren Rojas Mejía- Presidenta Municipal,
10   Geovanna Abarca Chavarría- Vicepresidenta Municipal, Marco Aurelio Sandoval
11   Sánchez, Mario Guillermo Rivera Jiménez y Pamela Dotti Ortiz.
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13   REGIDORES SUPLENTES: Ricardo Aguilar Solano, Marjorie Chacón Mesén, José
14   Jesús Camacho Ureña y Guiselle Cascante Cerdas.
15
16   SÍNDICOS PROPIETARIOS: Xinia Méndez Paniagua- Distrito Juan Viñas y Evelio
17   Camacho Ulloa- Distrito Pejibaye.
18
19   AUSENTES: Claudina Mora Ulloa- Regidora suplente, Wilberth Hernández Sojo-
20   Síndico suplente distrito Juan Viñas, Ivannia Mora Gamboa- Sindica Suplente
21   Distrito Pejibaye, José Carlos Vindas Ureña- Síndico propietario distrito
22   Tucurrique y Liz Amadelys Morales Rodríguez- Síndica suplente distrito
23   Tucurrique.
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25
26   Asiste la siguiente funcionaria:
27
28   ALCALDESA MUNICIPAL: Lissette Fernández Quirós
29
30
31                        ARTÍCULO I.          Apertura de la sesión
32
33   La señora Presidenta, Mauren Rojas Mejía, da las buenas tardes a los y las
34   presentes; luego da lectura del Orden del Día programado para la sesión de hoy, el
35   cual se aprobó en forma unánime.

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1                      ARTÍCULO II.       Comprobación de quórum
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3    Se comprueba el quórum por parte de la Presidencia Municipal, se determina que
4    el mismo está completo, al contarse con los Regidores Propietarios respectivos
5    (para este día 5 de 5).
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7                              ARTÍCULO III.        Audiencias
8
9    1- Presente la señora Eugenia Aguirre Raftacco, Directora de Incidencia Política y
10   Comunicación de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, ofrece al Concejo la
11   siguiente presentación, conforme se detalla:




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1       -    Los señores y señoras de Concejo le agradecen la presentación brindada.
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3                ARTÍCULO IV.       Aprobación del Acta Ordinaria Nº 103
4
5                                      ACUERDO 1º
6    No existiendo objeciones ni correcciones, el Concejo Municipal de Jiménez, somete
7    a votación el Acta de la Sesión Ordinaria Nº 103 y la aprueba y ratifica en todos
8    sus extremos por medio de los votos afirmativos de los regidores propietarios
9    Mauren Rojas Mejía, Geovanna Abarca Chavarría, Marco Aurelio Sandoval
10   Sánchez, Mario Guillermo Rivera Jiménez y Pamela Dotti Ortiz.
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12          ARTÍCULO V.       Lectura, análisis y trámite de la Correspondencia
13
14   1- Oficio DINADECO-DDN-OF-314-2022 fechado 19 de abril, enviado por el
15   señor Franklin Corella Vargas, Director Nacional de Dinadeco.
16   Les manifiesta lo siguiente “…De conformidad a la Circular CIR-TN-034-2021 y en
17   concordancia con los artículos 5, 12, 58, 59, 69 de la Ley 8131: “Ley de
18   Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos”, los artículos
19   82,92,93,94,95,100,101 del Decreto Ejecutivo n° 32988-H-MP-PLAN, “Reglamento
20   a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos”,
21   la Ley 9371, “Eficiencia en la Administración de los Recursos Públicos”, la
22   observancia del Decreto Nº 37485-H, “Reglamento para Transferencias de la
23   Administración Central a Entidades, se solicita atender las siguientes disposiciones
24   para la transferencia a entidades beneficiarias en caja única, de los recursos
25   publicados en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
26   el Ejercicio Económico del 2022 (No 10103), ante lo cual, resulta importante señalar
27   lo siguiente; Con el fin de efectuar el reconocimiento de los recursos asignados en
28   la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
29   Económico del 2022 (No 10103), se requerirá que la Municipalidad de Jiménez
30   remita de forma electrónica y en formato PDF con su respectiva firma digital a la
31   dirección de correo electrónico larias@dinadeco.go.cr los siguientes requisitos: 1.
32   Nota de solicitud dirigida al Jefe del Departamento Financiero de DINADECO de,
33   Lic. Adrián Arias Marín, solicitando los recursos, el cual deberá ser firmada por la
34   Alcaldía Municipal. 2. Copia del estado de cuenta de caja única, cuenta exclusiva
35   para depósitos al impuesto del cemento. 3. Copia de la Personería Jurídica. 4. Copia

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1    de la Cédula Jurídica 5. Copia de la aprobación de la Contraloría General de la
2    República de los recursos asignados. 6. Copia del detalle de origen y aplicaciones
3    de recursos específicos. Debido a lo expuesto y ante los recursos asignados para
4    el 2022, correspondientes a la Ley 9829 “Impuesto del 5% sobre la venta y
5    autoconsumo del cemento producido en territorio nacional o importado para el
6    consumo nacional al cemento”, se informa que, se girará una vez que los ingresos
7    hayan sido efectivos y registrados por la Contabilidad Nacional, transferidos en giros
8    mensuales (doceavos), en las fechas establecidas por la Tesorería Nacional y ante
9    el cumplimiento de lo expuesto en este oficio.
10   Para tales efectos se le indica las fechas del calendario de pago por caja única.
     IQ                  II Q
     Enero        11            25
     Febrero      08            22
     Marzo        08            22
     Abril        07            22
     Mayo         10            24
     Junio        07            22
     Julio        08            22
     Agosto       09            23
     Setiembre    08            22
     Octubre      10            24
     Noviembre    08            22
     Diciembre    09            26
11   Para tales efectos y en cumplimiento de las últimas cuotas del periodo 2022, se
12   solicita que antes del 01 de octubre del 2022, deberá remitirse al Departamento
13   Financiero Contable de Dinadeco, una declaración jurada indicando los
14   compromisos contraídos y el monto requerido de la transferencia asignada para
15   hacer frente al cierre del periodo, además de señalar en forma expresa que no
16   generarán superávit libre para períodos subsiguientes y que todo gasto adicional se
17   encuentre devengado o como compromiso no devengado. Se asumirá que, de no
18   presentar la declaración jurada en tiempo y forma, la institución da por entendido
19   que no requerirá de los recursos. A continuación, se indica las recomendaciones a
20   seguir para la declaración jurada;  Oficio de la Declaración Jurada firmada por el
21   alcalde, formato    con    firma   digital,   favor   remitirla al   correo   electrónico
22   larias@dinadeco.go.cr.  Detalle de los compromisos contraídos indicando la
23   descripción del gasto (con su respectiva nomenclatura) y monto requerido de la
24   transferencia asignada por los meses pendientes a transferir. Cabe indicar que, el
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1    no cumplimiento de lo solicitado implicaría no girar los recursos publicados en la Ley
2    N° 10103, correspondientes a la Ley 9829 “Impuesto del 5% sobre la venta y
3    autoconsumo del cemento producido en territorio nacional o importado para el
4    consumo nacional al cemento”, el cual es de absoluta responsabilidad de la
5    Municipalidad, por lo que se ruega puntualidad en la atención de los lineamientos y
6    fechas establecidas.”
7
8                                        ACUERDO 1º
9    Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de este oficio a la Alcaldía y
10   Contabilidad Municipal, para lo que corresponda.
11
12   2- Oficio INAMU-PE-0496-2022 fechado 18 de abril, enviado por la señora
13   Marcela Guerrero Campos, Presidenta Ejecutiva del INAMU.
14   Les manifiesta lo siguiente “…Costa Rica ha venido logrando avances sustantivos
15   en materia de derechos políticos de las mujeres. Una de las reformas significativas
16   fue la inclusión del principio de paridad en el Código Electoral del año 2009, que
17   señala en su artículo 2: “Artículo 2: La participación política de hombres y mujeres
18   es un derecho humano reconocido en una sociedad democrática, representativa,
19   participativa e inclusiva, al amparo de los principios de igualdad y no discriminación.
20   La participación se regirá por el principio de paridad que implica que todas las
21   delegaciones las nóminas y los demás órganos pares estarán integrados por un
22   50% de mujeres y un 50% de hombres, y en delegaciones, nóminas u órganos
23   impares la diferencia entre el total de hombres y mujeres no podrá ser superior a
24   uno. Todas las nóminas utilizarán el mecanismo de alternancia por sexo, en forma
25   tal que dos personas del mismo sexo no pueden estar en forma consecutiva en la
26   nómina”. Pese a estas modificaciones normativas y los esfuerzos por impulsar la
27   participación de las mujeres en todos los espacios de toma de decisiones, las
28   elecciones municipales del año 2020 dejaron como resultado una deuda histórica
29   con las mujeres y con la paridad como pilar de la democracia: de 82 alcaldías
30   solamente 8 fueron ocupadas por mujeres (9.75%); de 8 intendencias, únicamente
31   llegó una mujer (13%) y de 508 puestos en las regidurías en propiedad, llegaron
32   209 mujeres (41%). Conforme el Observatorio Municipal de la Unión de Gobiernos
33   Locales, revisado en 2020, de los 82 Concejos Municipales solamente 20 de ellos,
34   quedó electa una mujer como presidenta del Concejo Municipal, lo que representa
35   solamente el 24,4%. Por su parte en las vicepresidencias quedaron electas 47

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1    mujeres que representan el 57,3%. En ese contexto, desde los mandatos del INAMU
2    referidos a proteger los derechos de las mujeres consagrados tanto en
3    declaraciones, convenciones y tratados internacionales como en el ordenamiento
4    jurídico costarricense; promover la igualdad entre los géneros y propiciar acciones
5    tendientes a mejorar la situación de la mujer y, desde el marco del respeto y
6    reconocimiento a la autonomía municipal, es que hacemos un llamado a fomentar
7    el espíritu del principio de paridad en las elecciones de mayo próximo a la
8    Presidencia y Vicepresidencia de los Concejos Municipales, así como, para la
9    segunda mitad del periodo de su gestión. Para lo cual, les instamos a: -La elección
10   de forma paritaria de las presidencias y vicepresidencias del Concejo Municipal.
11   Además, el cumplimiento paritario en las presidencias para el periodo, lo cual
12   significa que, si actualmente durante el 2020 al 2022 la presidencia del Concejo es
13   ocupada por un hombre, se logre la elección de una mujer (o viceversa) para el
14   periodo 2022-2024. -La representación proporcional por sexo del Concejo Municipal
15   en la integración de las Comisiones municipales, tanto permanentes como
16   especiales. Así lo indica el dictamen número C-387-2020 emitido por la
17   Procuraduría General de la República y que se fundamenta en una serie de
18   normativa nacional e internacional dirigida a impulsar los derechos humanos y
19   políticos de las mujeres como también, la paridad de género en los espacios de
20   toma de decisiones. Normativa que como expresa este dictamen al citar el artículo
21   7.b de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación
22   contra la Mujer, “pretende proscribir aquellas prácticas a través de las cuales se
23   pretenda, directa o indirectamente, impedir, incluso de modo subrepticio y aun
24   reflejo, que las mujeres electas a cargos públicos puedan, sin embargo, participar,
25   de modo real, en las decisiones públicas y ejercer sus funciones” (dictamen número
26   C-387-2020). -La prevención y atención de la violencia contra las mujeres en los
27   espacios políticos, a nivel interno del Concejo. Se requieren acciones contundentes
28   de cero tolerancia a todo tipo de discriminación y violencia, como la que viven
29   muchas mujeres en la política. Reconocemos el compromiso de los concejos que
30   han asumido acuerdos contundentes en pro de la no violencia contra las mujeres
31   en la política, así como, aquellos que han realizado esta y otras acciones que
32   permitan erradicar éste y todos los tipos de violencia. -Igualdad en la designación
33   de recursos y acciones que atenúen el límite estructural que tienen las mujeres para
34   acceder a los recursos económicos, situación que se ha agudizado debido a la crisis
35   sanitaria y económica que enfrenta el país. Al respecto el Artículo N° 13 sobre las

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1    atribuciones del Concejo, estipula entre otros, lo siguiente: “l) Aprobar el Plan de
2    Desarrollo Municipal y el Plan Anual Operativo que elabore la persona titular de la
3    alcaldía, con base en su programa de gobierno e incorporando en él la diversidad
4    de necesidades e intereses de la población para promover la igualdad y la equidad
5    de género” (Código Municipal). -La inclusión de las demandas de las mujeres y la
6    igualdad efectiva entre los géneros como temas de interés municipal. Lo cual
7    implica, la ampliación, el fortalecimiento y legitimación de las oficinas de las mujeres
8    e igualdad de género en las municipalidades, también, las políticas para la igualdad
9    efectiva entre mujeres y hombres, políticas de alcance municipal y regional. A dos
10   años de gestión de los Concejos Municipales y en una coyuntura crucial para el
11   desarrollo local y nacional, las elecciones de las presidencias y vicepresidencias de
12   los Concejos Municipales pueden ser una oportunidad para que hagan suyo el papel
13   protagónico que tienen en el avance de los derechos políticos de las mujeres, el
14   cumplimiento paritario en el sentido más amplio, como en la democracia
15   costarricense. Por ello, el llamado a relevar la participación efectiva de las mujeres
16   del Concejo, quienes representan al 50% de las habitantes de cada uno de los
17   cantones. Además, de hacer suyo los postulados de la democracia paritaria que
18   supera la representatividad por sexo del 50% y aspira a relevar los principios
19   democráticos en el centro de las trasformaciones hacia relaciones respetuosas,
20   donde mujeres y hombres tengan acceso y disfrute de los derechos humanos que
21   les asisten. Valoramos y reconocemos el papel de los gobiernos municipales en la
22   construcción de normas, prácticas y pautas que fomenten los principios de igualdad,
23   no discriminación y respetos en la función municipal y nos ponemos a sus órdenes
24   para aportar desde estos pilares democráticos.”
25   Se toma nota.
26
27   3- Copia de oficio GSD-UEN-GAR-2022-01362 fechado 08 de abril, recibido el
28   19 del mismo mes, enviado por el señor Vladimir Mesén Montenegro, UEN
29   Gestión de Acueductos Rurales del A y A.
30   Le manifiesta lo siguiente “…En el proceso de verificación y mejora de la cobertura
31   de servicios de acueductos rurales, se han identificado algunas zonas del cantón de
32   Jiménez que no cuentan con entes operadores conformados legalmente, o que
33   tienen ASADAS sin convenio de Delegación con el AyA, y a pesar de esto se emiten
34   cartas de disponibilidad de servicio de agua potable para tramitar permisos de
35   construcción ante la Autoridad Municipal. Estas cartas de disponibilidad son

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1    emitidas de manera ilegal, de acuerdo con lo dispuesto por AyA y la Dirección de
2    Aguas de MINAE. Esto provoca la presentación de documentos inválidos ante la
3    instancia Municipal, generándose no solo una incertidumbre legal, si no poniéndose
4    en riesgo la continuidad del servicio de las personas usuarias con las implicaciones
5    que esto puede tener para el abastecimiento de agua potable y por ende hacia la
6    salud de la población. Bajo este escenario es importante hacer notar que para los
7    casos donde un ente operador no legalizado quiera emitir disponibilidades de
8    servicio, se aplicará lo establecido en los artículos 34, 36 y 46 del Reglamento para
9    la Prestación de Servicios de AyA. “Artículo 34. De la solicitud de la constancia de
10   disponibilidad de servicios para parcelas con fines agrícolas, pecuarios, forestales
11   o mixtos. Además de lo previsto en los artículos 15 y 30 de este reglamento, para el
12   caso de solicitudes asociadas a parcelas con fines agrícolas, pecuarios, forestales
13   o mixtos, donde se pretendan construir viviendas o edificaciones, para ser
14   abastecidas con agua para uso poblacional, el solicitante deberá presentar la
15   autorización emitida por la Municipalidad correspondiente conforme a lo dispuesto
16   para tal efecto en el Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones y sus
17   reformas, para lo cual el interesado debe contar con un estudio de suelos y de
18   capacidad de uso de las tierras elaborado por un Certificador de Uso Conforme del
19   suelo autorizado según las disposiciones establecidas en el Reglamento a la Ley de
20   Uso, Manejo y Conservación de Suelos, Decreto Ejecutivo N°29375- MAG-MINAE-
21   S-HACIENDA-MOPT y el Decreto Ejecutivo N°30636-MAG, denominado Creación
22   del Registro Oficial de Certificadores de Uso Conforme del Suelo y sus reformas o
23   la normativa que les sustituya. El AyA podrá coordinar con otras Instituciones del
24   Estado, las acciones que considere pertinentes a fin de verificar la naturaleza de la
25   parcela, así como cualquier otra condición que considere relevante para efectos del
26   otorgamiento de la disponibilidad solicitada. Artículo 36- De la emisión de la
27   constancia de disponibilidad de servicios. (…) En cuanto a solicitudes que
28   realicen terceros de buena fe que reciban la prestación del servicio por parte de otro
29   tipo de operador no legalizado, se aplicará lo establecido en el artículo 46 del
30   presente reglamento. Corresponderá a la Subgerencia de Gestión de Sistemas
31   Delegados emitir las constancias para las ASADAS que no cuenten con Convenio
32   de Delegación o tengan la personería vencida”. Artículo 46- De las solicitudes por
33   parte de terceros de buena fe que reciben los servicios de un operador no
34   legalizado. Las solicitudes referidas a los artículos 36, 39, 43 y 76 del presente
35   reglamento, que realicen terceros de buena fe que reciban la prestación del servicio

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1    por parte de un operador no legalizado, deberán ser remitidas formalmente ante la
2    Presidencia Ejecutiva del AyA, para la determinación del operador legal que asumirá
3    la atención de la solicitud, mediante la conformación del expediente administrativo
4    y la aplicación del procedimiento interno institucional a cargo del Área de Rectoría
5    de AyA.” Una vez definido el operador legal por parte de la Presidencia Ejecutiva,
6    sea AyA o una ASADA, se resolverá la solicitud conforme a la normativa ordinaria
7    establecida en este cuerpo normativo. Además de lo expuesto anteriormente, se
8    debe considerar que las Sociedades de Usuarios de Agua (SUA) al no ser
9    prestadores del servicio de agua potable tampoco se encuentran autorizadas para
10   generar estos documentos, ya que no se encuentran bajo supervisión del AyA, por
11   lo cual no existe ningún respaldo de la Institución ante las gestiones realizadas con
12   este ente. De acuerdo con criterio de la Dirección Jurídica del AyA, únicamente el
13   AyA como ente operador, las Municipalidades, las ASADAS con convenio de
14   delegación (del AyA) y la Empresa de Servicios Públicos de Heredia, pueden emitir
15   certificaciones de disponibilidad de servicios de acueducto y alcantarillado en
16   nuestro país. Como puede observarse, un ente operador de servicio de agua
17   potable que no se encuentre legalmente constituido no puede emitir nuevas
18   disponibilidades de servicio sin aprobación del ente Rector, por lo que anexo a esta
19   nota se incluye un listado con las ASADAS y Comités de la región que han sido
20   identificados que están imposibilitadas para emitir este requisito para nuevas
21   construcciones. De acuerdo con lo indicado por el transitorio I y II del Reglamento
22   de ASADAS, deben comenzarse procesos de firma de convenios de Delegación con
23   las ASADAS que puedan cumplir con lo requerido, a criterio técnico de la ORAC, y
24   deben asignarse ASADAS a las áreas de cobertura abastecidas por terceros. Los
25   plazos para esta legalización por parte de los entes operadores está vencido y es
26   requerido que se ejecute lo dispuesto por la legislación en los casos aplicables.
27   “Transitorio I. Las ASADAS que a la fecha de publicación en el Diario Oficial La
28   Gaceta de este Reglamento, no tuviesen firmado el convenio de delegación
29   regulado por el anterior Decreto Ejecutivo N° 32529-S-MINAE, tendrán un plazo
30   máximo de hasta un año para tramitar la firma del convenio de delegación. Si
31   transcurrido el plazo indicado en este Transitorio la ASADA no ha firmado el
32   convenio de delegación, por razones atribuibles a la ASADA, el AyA deberá solicitar
33   la declaratoria de extinción ante la autoridad competente, por la imposibilidad legal
34   para cumplir con el fin por el que fue constituida. Transitorio II. Cualquier persona
35   física o jurídica u organización que esté administrando un sistema de

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1    abastecimiento de agua potable y/o saneamiento y que no se ajuste a las
2    disposiciones contenidas en el presente reglamento, tendrá un plazo máximo de un
3    año a partir de la publicación de este Reglamento en el Diario Oficial La Gaceta,
4    para realizar los ajustes a esta normativa. Caso contrario, deberá el AyA iniciar el
5    proceso de liquidación y realizar la gestión administrativa correspondiente, para
6    operar este sistema directamente o trasladar la prestación del servicio a otra ASADA
7    legalmente constituida.” Para poder tener una mejor coordinación entre las partes,
8    estamos en la mayor disposición de tener espacios de conversación para hacerlos
9    partícipes de los planes que se tienen para la mejora de la prestación del servicio
10   de agua potable por parte de las ASADAS de la región, con apoyo de la Unión de
11   ASADAS de Turrialba y Jiménez (UNATUJI), quienes son una unión debidamente
12   constituida y respaldada por el AyA. En el siguiente cuadro se señalan los entes
13   operadores identificados del cantón de Jiménez que no cuentan con Convenio de
14   Delegación con el AyA para la prestación del servicio de agua potable.
15   Provincia                 Cantón                     Nombre del Operador
16   Cartago                   Jiménez                    Las Vueltas de Tucurrique
17   Cartago                   Jiménez                    San Joaquín de Pejibaye”
18   Se toma nota.
19
20   4- Copia de nota fechada 06 de abril, recibida el 19 del mismo mes, enviada a
21   la Asociación de Desarrollo Integral de Juan Viñas, por parte del señor Jorge
22   Cedeño Fernández, vecino de la Urbanización Los Alpes de Juan Viñas.
23   Les manifiesta lo siguiente “…Mi nombre es Jorge Cedeño Fernández, cédula
24   303420346, vecino de la Urbanización Los Alpes de Juan Viñas. Les solicito, a la
25   Asociación de Desarrollo Integral de Juan Viñas, su gestión y cumplimiento con lo
26   establecido en el Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones vigente
27   para con la Comunidad de la Urbanización Los Alpes, el cual indica lo siguiente en
28   su Artículo 59: […] Aunque ustedes deben ceder varias zonas para uso público,
29   solicito darle trámite inmediato y ceder el área pública para juegos infantiles a la
30   Municipalidad de Jiménez, trámite que no han realizado tras más de 20 años de la
31   creación de la urbanización. Específicamente, proceder con lo solicitado para el
32   Área de Juegos Infantiles, ubicada frente a la Iglesia Católica de la Comunidad y
33   que también colinda en su lado noroeste con los lotes o fincas 3-135989-000 y 3-
34   135990-000. De forma extraoficial se ha ventilado que la Asociación de Desarrollo
35   Integral Juan Viñas pretende o está gestionando el fraccionamiento del Área de

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                          Acta Sesión Ordinaria 104 del 25-04-2022
1    Juegos Infantiles supra indicada, lo cual sería ilegal e irresponsable con la Niñez de
2    mi Comunidad. Además, confío en que la Municipalidad de Jiménez sea vigilante
3    de la ley y no dé el aval ni el trámite correspondiente para este eventual caso, desde
4    mi perspectiva ni siquiera para ningún otro fraccionamiento debido al incumplimiento
5    legal de ceder todas las áreas de uso público por parte de la Asociación de
6    Desarrollo Integral Juan Viñas a la Municipalidad de Jiménez, especialmente lo
7    referente a el (sic) área de Juegos Infantiles. Espero que solo sea un rumor, ustedes
8    me confirmarán lo correcto. Adicionalmente, debo hacer mi observación y reclamo
9    a la Asociación de Desarrollo Integral Juan Viñas ya que ustedes han incumplido
10   con el mínimo de Áreas de Juegos Infantiles para la Urbanización Los Alpes, el cual
11   está   debidamente    indicado   en   el   Reglamento     de   Fraccionamiento      y
12   Urbanizaciones vigente, el cual indica en su Artículo 61: […] En nuestra
13   Constitución Política se establece nuestro derecho a un ambiente sano y
14   ecológicamente equilibrado. Es importante ofrecer los espacios públicos para que
15   nuestra Niñez pueda disfrutar de un ambiente de libertad para jugar y hacer
16   actividad física, algo tan importante para la salud física y mental…”
17   Se toma nota.
18
19   5- Asesoría AI-04-2022 fechada 20 de abril, enviada por la señora Sandra Mora
20   Muñoz, Auditora Interna.
21   Les manifiesta lo siguiente “…La asesoría realizada, cuenta con asidero legal en el
22   artículo 22, inciso d) de la Ley General de Control Interno, el cual establece como
23   competencia de la Auditoría Interna, “d) Asesorar, en materia de su competencia, al
24   jerarca del cual depende…”. De acuerdo con el artículo 21 de la Ley General de
25   Control Interno, N.° 8292, la auditoría interna es la actividad que debe proporcionar
26   seguridad al ente u órgano estatal, procurando validar y mejorar sus operaciones y
27   contribuir a que se alcancen los objetivos institucionales. Asimismo, le brinda a la
28   ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto de
29   la administración, se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas
30   sanas. Dentro de las competencias de la Auditoría Interna indicadas en el artículo
31   N°22 inciso d) de la LGCI, así como a la norma 1.1.4 del Manual de Normas para el
32   Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público R-DC-119-2009, se establecen
33   los servicios de asesoría que debe prestar la Auditoría Interna a la Administración
34   Activa, esta consiste en el suministro de criterios, observaciones y demás
35   elementos de juicio para la toma de decisiones con respecto a los temas que

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                           Acta Sesión Ordinaria 104 del 25-04-2022
1    son competencia de la Auditoría Interna. Es por lo anterior que remito una asesoría
2    sobre el Nuevo Modelo de Gestión de Compras Públicas y la preparación que debe
3    llevar a cabo la Municipalidad para la implementación de la Ley General de
4    Contratación Pública N°9986 que rige a partir del 01 de diciembre del año en
5    curso, con el propósito de generar insumos para promover mejoras en la
6    gobernanza, transparencia, planificación, control, ética, orientación a resultados y
7    promoción de la competencia en la contratación pública. Esta asesoría tiene como
8    insumo el cuestionario por dimensiones elaborado por la Contraloría General de la
9    República (CGR) que permite medir el nivel de preparación de la Municipalidad de
10   Jiménez para la implementación de dicha normativa. Es importante indicar que para
11   brindar la presente Asesoría, implica realizar observaciones que previenen lo que
12   legal, administrativa y técnicamente corresponde a un asunto determinado y se
13   brinda a las autoridades correspondientes, que según lo manifestado por la
14   Contraloría General de la República, este tipo de asesorías, se brinda en el
15   entendido que se dan elementos de juicio para la preparación y formación de la
16   voluntad administrativa y además está asesoría no compromete la independencia y
17   objetividad en el desarrollo posterior de ese proceso en cuanto las demás
18   competencias que la Auditoría puede y debe ejercer en su papel de fiscalizador. I.
19   Introducción La evolución de la Ley de Contratación Administrativa a la Ley
20   General de Contratación Pública, no se trata únicamente de una actualización de la
21   norma, sino más bien implica un cambio profundo en la visión estratégica de la
22   actividad contractual, en cómo puede aportar al cumplimiento de los fines
23   institucionales y finalmente promover la generación de valor público. Si bien es
24   cierto, no se cuenta aún con el Reglamento de la Ley, es importante avanzar en el
25   proceso de revisión de la norma e internalización del cambio. ¿Por dónde empezar?
26   Este es un proceso de cambio a nivel organizacional, entendiendo que esto tiene
27   implicaciones no sólo para las unidades de Proveedurías, sino que trasciende a toda
28   la Municipalidad (legal, planificación, financiero, unidades técnicas). ¿Cómo
29   gestionar el cambio? Primero hay que entender el cambio. Revisar la Ley. Entender
30   cómo ésta impacta a la Municipalidad de Jiménez: normativa interna, gobernanza,
31   gestión de riesgos, roles, qué es lo nuevo que trae la norma, cómo se puede
32   aprovechar esas mejoras para potenciar los servicios que ofrece la Municipalidad y
33   por ende, cómo se va a impactar la ciudadanía con este nuevo modelo de compras.
34   Entender cuáles han sido aquellas falencias que históricamente se han tenido en
35   materia de contratación, por ejemplo: si es usual que recurran los pliegos de

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                          Acta Sesión Ordinaria 104 del 25-04-2022
1    condiciones, si es usual que se presenten recursos de revocatoria o de objeción,
2    será que no se es preciso en el momento de definir las características de los objetos
3    contractuales o se tiene problemas definiendo criterios de selección o no se realiza
4    un debido proceso de monitoreo en la etapa de ejecución contractual. Posterior a
5    realizar este diagnóstico se puede gestionar de la manera más organizada y
6    participativa el cambio a lo interno de la Municipalidad. II. Dimensión N°1:
7    Estrategia y Estructura La Administración Municipal debe reflexionar sobre si la
8    institución ha revisado qué implicaciones tiene la Ley N°9986 para la Estrategia
9    Institucional: ¿la forma en la que la institución desarrolla sus procedimientos de
10   compra se vincula con su planificación estratégica, o por el contrario se requieren
11   mejoras que permitan que desde la actividad contractual se pueda apoyar la
12   estrategia institucional? La Administración debe analizar si se promueve el
13   desarrollo (social, ambiental, local, entre otros) desde su actividad contractual. Por
14   ejemplo, algunas instituciones promueven en sus pliegos de condiciones la
15   contratación de empresas lideradas por mujeres, o bien empresas que incentiven la
16   contratación de personas con discapacidad o que pertenezcan a algún grupo
17   vulnerable, si se promueve la participación de las PYMES (dado que las PYMES
18   tienen el potencial de impactar el desarrollo local). Se reitera que es relevante
19   considerar qué adquieren la institución y cómo se adquiere. Por ejemplo, en una
20   contratación de servicios de limpieza, si se promueve el uso de productos amigables
21   con el ambiente, que sea una PYME, si se promueve el empleo o la participación
22   de grupos vulnerables; en una contratación de vehículos, si se adquieren los más
23   contaminantes o no; entre otros. Se requiere establecer mecanismos de
24   coordinación a lo interno de la Municipalidad que faciliten la comunicación y el
25   involucramiento de toda la organización en este proceso preparatorio. Esto es
26   relevante, pues a pesar de que se trata de un cambio normativo relacionado al tema
27   concreto de contratación pública, los efectos deberán enfrentarlos y gestionarlos la
28   organización como un todo. Es decir, es un cambio cuyo alcance compete tanto a
29   las unidades de proveeduría, las unidades de ejecución y el resto de la organización.
30   Desde una perspectiva de gobernanza, las reuniones periódicas enfocadas a dar
31   seguimiento a este proceso preparatorio, permite conocer las inquietudes,
32   limitaciones, riesgos, fortalezas y oportunidades de mejora de las diferentes partes
33   interesadas internas. Con respecto al desarrollo de la actividad contractual bajo un
34   esquema presupuestario plurianual, la Municipalidad de Jiménez, debe analizar qué
35   tan recurrentes son las compras de bienes, servicios u obras, si su ejecución

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1    trasciende o no el periodo presupuestario, en los casos en los que las respuestas
2    sean afirmativas, considerar en las estimaciones plurianuales de ingresos y gastos.
3    Por ejemplo, en la adquisición de computadoras, dado que son bienes con un cierto
4    periodo de obsolescencia y de un costo elevado en función de los requerimientos
5    que tenga la administración. En este sentido, es relevante buscar maneras
6    eficientes para gestionar estas compras de forma que se cumpla con el ciclo
7    presupuestario en curso y que se vayan considerando asimismo las necesidades
8    futuras. Por ejemplo, ir proyectando en la plurianualidad que cada 3 o 4 años hay
9    que renovar equipos. Esto también es relevante de cara a la reforma del artículo
10   N°176 de la Constitución Política, en el cual se indica: “La gestión pública se
11   conducirá de forma sostenible, transparente y responsable, la cual se basará en un
12   marco de presupuestación plurianual, en procura de la continuidad de los servicios
13   que presta. (...)” esta frase se adicionó mediante reforma aprobada en la Ley N°9696
14   de 11 de junio de 2019. III. Dimensión N°2: Procesos e Información La nueva Ley
15   regula ciertos elementos: modificaciones contractuales, uso de excepciones, uso de
16   procedimientos de urgencia, así como el inicio de procedimientos sin contenido
17   presupuestario, por lo que se le recomienda a la Administración Municipal, analizar,
18   definir e implementar mecanismos que favorezca la gestión y la toma de decisiones
19   informada sobre estos particulares. Con respecto a la figura de la caducidad de las
20   contrataciones públicas, que busca la eficiencia en el tiempo, debe crear reflexión
21   en la Administración que provoque el análisis y genere conocimiento si en la
22   Municipalidad es frecuente o no, el tener procedimientos de contratación detenidos
23   por lapsos de tiempo importantes, pues de ser así, implicaría un mayor riesgo de
24   que procedimientos que son más complejos o que no están siendo adecuadamente
25   monitoreados excedan el plazo de 6 meses y caduquen de acuerdo a lo establecido
26   en el artículo N°112 de dicha Ley. La Administración debe implementar mecanismos
27   que promuevan la transparencia, el acceso a la información y la rendición de
28   cuentas en la contratación pública, esto va más allá de colocar un enlace que
29   direccione al SICOP en la página web institucional. Por ejemplo, una acción que
30   promueve la transparencia respecto al flujo de los fondos públicos, desde el principio
31   del procedimiento y durante el ciclo de la contratación, visualiza de dónde provienen
32   los recursos, cuál es el monto inicial, el monto por ampliaciones, el monto por
33   sanciones y finalmente lo que se pagó, seguimiento de las obras, entre otras, que
34   dichos datos sean de fácil acceso y trazables. Por otro lado, si en un ejercicio de
35   transparencia la Municipalidad pone a disposición del público en general

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1    información relevante, pero no manipulable, no se estaría cumpliendo con las
2    prácticas de datos abiertos. La información debe ser procesable, en formatos
3    abiertos, de libre uso y sin costo. Con respecto a un canal de atención de consultas,
4    no es necesario que sea un canal específico sobre el tema de “contratación
5    administrativa”, puede ser por ejemplo a través de un formulario de “Contáctenos”,
6    donde se puedan recibir consultas en la materia y que sean atendidas
7    oportunamente por la Institución, un correo electrónico o consultas telefónicas. Lo
8    anterior, busca promover una reflexión hacia un ejercicio de transparencia más
9    consciente y propositivo. Ahora, en otro tópico, los criterios de evaluación de las
10   ofertas son de suma importancia para priorizar a las empresas de manera tal que
11   se “premian” conductas o características que se consideran deseables: - Criterios
12   económicos: Como punto de partida, esto implica diferencias entre precio y valor,
13   entendiendo que no necesariamente las ofertas más económicas son las que
14   generan mayor valor público, ni aquellas más caras son una garantía de calidad,
15   por ejemplo. Dado lo anterior, es posible considerar esquemas de evaluación de
16   ofertas donde el precio no sea el único criterio. Por ejemplo, si se va a comprar una
17   impresora, y se elige la opción más barata, a pesar de que tal vez no es la más
18   eficiente en cuanto a consumo, requiere mantenimiento más continuo, consume
19   más tinta, los cartuchos son más caros, etc. versus otra oferta de mayor costo pero
20   que cubre el mantenimiento y repuestos. - Criterios de Calidad: Utilizando como
21   por ejemplo criterios de evaluación o desempate donde se dé puntos adicionales a
22   oferentes que demuestren que la calidad de sus bienes o servicios cumplen con
23   determinados estándares deseables. Por ejemplo, si para el bien, servicio u obra a
24   contratar se cuenta con una certificación ISO en los tópicos relevantes para el objeto
25   contractual. - Criterios Social y Cultural: Por ejemplo, si en la evaluación de ofertas
26   se dan puntos adicionales a quiénes fomenten la participación de grupos sociales
27   vulnerables, en razón de determinadas características sociales o culturales. En
28   algunos contratos se indican algunas cláusulas relacionadas con el tema social y
29   cultural, incentivando la participación de población indígena, empleo femenino,
30   personas con discapacidad. - Innovación: Como por ejemplo, asignando puntos
31   adicionales a oferentes que presenten una oferta en la cual el objeto contractual
32   tenga características mejoradas a las características básicas solicitadas por la
33   administración (como productos que sean más duraderos, más eficientes o más
34   amigables con el ambiente). Por ejemplo, en un procedimiento de contratación de
35   un sistema informático, los criterios de evaluación o desempate para la selección de

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1    oferentes pueden dar puntos adicionales para aquellas ofertas en las que -bajo
2    criterios objetivos- la solución provista es mucho más innovadora y eficiente. Lo
3    anterior implica que el análisis de ofertas debe ser objetivo y estar técnicamente
4    sustentado,   además    de   valorar   otros   elementos   distintos   al   precio.   -
5    Regionalización: Por ejemplo, dar puntos adicionales si un oferente pertenece a
6    una zona geográfica determinada con el objetivo de promover el desarrollo en dicha
7    zona, si se trata de una PYME, o si promueven empleo a grupos vulnerables que
8    pertenecen a determinada zona. Por ejemplo, si un Gobierno Local está contratando
9    servicios de limpieza y en sus criterios de evaluación de ofertas o desempate
10   establece otorgar puntos adicionales a las empresas que pertenecen al cantón o la
11   región en la que están ubicados, ello con el fin de promover y/o reactivar economías
12   locales. - Ambientales: Se refiere a que en los criterios de calificación de ofertas
13   y/o desempate se incorpore la dimensión ambiental. Por ejemplo, que se den puntos
14   adicionales a aquellas empresas que presenten un plan de gestión de residuos
15   aprobado por el Ministerio de Salud. Por último, es importante implementar
16   mecanismos de verificación y fiscalización para asegurar que grandes empresas no
17   utilicen la figura de PYMES para obtener beneficios, como por ejemplo de tales
18   acciones pueden ser la verificación a través del registro del MEIC o del MAG del
19   tamaño de la empresa proveedora, así como la revisión de la declaración jurada
20   sobre el tamaño de la empresa en el Sistema Digital Unificado. IV. Dimensión N°3:
21   Competencias y Equipos Como se mencionó en la Dimensión No.1, es
22   recomendable que la Administración defina un equipo interdisciplinario (en la
23   medida de las posibilidades) para liderar el proceso preparatorio ante la
24   implementación de la Ley No.9986. A la vez, es conveniente que la Administración
25   le comunique al personal municipal sobre el proceso que se va a iniciar, así como
26   hacerles de conocimiento un plan de trabajo con las principales actividades del
27   proceso preparatorio, un cronograma con responsables y plazos, actividades de
28   monitoreo y seguimiento, entre otros. Es importante que haya un involucramiento y
29   liderazgo muy activo desde los niveles jerárquicos de la Municipalidad, ello para
30   respaldar también, el trabajo de las personas y / o unidades (Proveeduría) que
31   llevan mayor peso en el proceso. Además, es importante que la Administración
32   implemente acciones para acompañar a los colaboradores en la entrada en vigencia
33   de la Ley N°9986 y de esta manera gestionar el proceso de cambio y los efectos
34   que puede tener sobre las personas. Es usual que los grandes cambios generen
35   resistencia, preocupación o ansiedad, por lo cual es relevante que el personal se

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1    sienta acompañado. Algunas actividades pueden ser como, por ejemplo: - Acciones
2    de sensibilización de por qué el cambio es relevante (charlas, webinar). - Definición
3    de una red de apoyo que se encargue de llevar a cabo esa transición a la Ley No.
4    9986 (por ejemplo, a quién dirigir consultas, que escuche para conocer las
5    inquietudes, temores o preocupaciones del personal y ofrezca la seguridad
6    necesaria para minimizar estos efectos). - Comunicación constante mediante
7    circulares a las personas involucradas en el proceso de gestión de compras. -
8    Capacitaciones. V. Dimensión N°4: Liderazgo y Cultura La Administración debe
9    plantear acciones para promover un enfoque de gestión por resultados en las
10   contrataciones. El artículo N0 8 de la Ley N°9986, en el principio de valor por dinero
11   establece lo siguiente: “… toda contratación pública debe estar orientada a
12   maximizar el valor de los recursos públicos que se invierten y a promover la
13   actuación bajo el enfoque de gestión por resultados en las contrataciones, de tal
14   forma que se realicen en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio
15   y calidad”. Acciones como, por ejemplo: - Medición del grado de eficiencia y
16   satisfacción en la contratación pública (se están comprando los bienes, servicios y
17   obras requeridos, de qué forma se están comprando, se monitorea la satisfacción
18   del usuario interno y/o externo según corresponda). - Elaboración de indicadores
19   para verificar el cumplimiento de los objetivos que pretende satisfacer la
20   administración. - Efectiva rendición de cuentas en la ejecución contractual (sobre el
21   desempeño del contratista, avances en la ejecución física, financiera, entre otros). -
22   Evaluaciones a los proveedores. La Ley General de Contratación Pública establece
23   como principio la integridad: “la conducta de todos los sujetos que intervengan en la
24   actividad de contratación en la que medien fondos públicos se ajustará al
25   cumplimiento de las normas y los valores éticos, entre ellos, la honestidad, la buena
26   fe, la responsabilidad y el respeto, prevaleciendo en todo momento el interés
27   público”. Por lo que la Administración debe generar prácticas que fomenten la ética
28   y prevención de la corrupción. Por ejemplo: - Recordatorios del principio de legalidad
29   y deber de probidad entre los funcionarios. - Código de ética. - Código de conducta
30   o Manual de ética para proveedores y contratistas. - Comisión institucional de ética
31   y valores. - Programa de formación en materia de integridad dirigido al personal
32   involucrado en la contratación pública, por ejemplo, en la inducción de personal. -
33   Programa de anticorrupción dirigidos a funcionarios y proveedores. Cada uno de los
34   funcionarios, jefaturas, Alcaldía y Concejo Municipal puede ser impulsor del cambio,
35   esta nueva norma busca promover una mayor y mejor generación de valor público.

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1    Se anexa  El cuestionario por dimensiones elaborado por la Contraloría General
2    de la República (CGR) que permite medir el nivel de preparación de la Municipalidad
3    de Jiménez para la implementación de dicha normativa. Dicho cuestionario es para
4    la señora Alcaldesa y el señor Intendente, el cual debe de ser contestada para el
5    día 29 de abril de 2022.”
6    Se toma nota.
7
8    6- Copia de oficio S.M. 0265-2022 fechado 21 de abril, enviado por el Concejo
9    Municipal de Distrito de Tucurrique a la licenciada Vivian Garbanzo Navarro,
10   Gerente del Área de Fiscalización para el Desarrollo Local de la Contraloría
11   General de la República.
12   Le manifiestan lo siguiente “…Para los efectos pertinentes y con todo respeto, me
13   permito transcribir el Acuerdo ,n°2, artículo IV de la sesión ordinaria número 95-
14   2022, celebrada por el Concejo Municipal del Distrito de Tucurrique, el día 19 de
15   abril de 2022, al ser las 18 horas con 30 minutos. Basados en el oficio N° 06522,
16   DFOE-LOC-0492, suscrito por la Licenciada Vivian Garbanzo Navarro- Gerente de
17   Área de Fiscalización para el Desarrollo Local, dirigido a la Secretaria del Concejo
18   Municipal, al Presidente del Concejo Municipal, al Intendente Municipal y a la Vice
19   Intendente Municipal, en el cual solicitan información sobre las gestiones para el
20   nombramiento del Auditor Interno por tiempo indefinido del Concejo Municipal del
21   Distrito de Tucurrique, este Concejo acuerda por unanimidad de los presentes
22   enviar atenta nota a la Licenciada Vivian Garbanzo Navarro- Gerente de Área de
23   Fiscalización, indicando lo siguiente: Desde el pasado 8 de marzo del 2022,
24   mediante Número de ingreso 7043-2022, se remite consulta al Departamento de
25   Contratación Administrativa, en relación a lo siguiente: “Este Concejo Municipal se
26   encuentra iniciando el proceso de contratación del Auditor Interno, nos está
27   colaborando la Federación de Municipalidades de Cartago, revisando la legislación,
28   el artículo 30. Jornada Laboral de la Ley General de Control Interno, indica lo
29   siguiente: Artículo 30.-Jornada laboral. La jornada laboral del auditor y sub auditor
30   internos será de tiempo completo. En casos muy calificados, el jerarca podrá
31   solicitar a la Contraloría General de la República una reducción de la jornada, la
32   cual no podrá ser inferior a medio tiempo. Las municipalidades cuyo presupuesto
33   ordinario sea igual o inferior a doscientos millones de colones (¢200.000.000,00),
34   podrán contratar, sin la autorización de la Contraloría General de la República, al
35   auditor y al sub auditor internos únicamente por medio tiempo. Para reducir la

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                          Acta Sesión Ordinaria 104 del 25-04-2022
1    jornada laboral de la plaza del auditor o del sub auditor internos, el jerarca ordenará
2    un estudio técnico, que deberá presentarse a la Contraloría General de la República,
3    la que resolverá en definitiva lo que proceda. Por tanto, requerimos saber si el
4    presupuesto ordinario se debe tomar sumando los recursos de la Ley 8114/9329, ó
5    únicamente los recursos propios del municipio” Hasta la fecha, no hemos recibido
6    respuesta. Se consultó a la Secretaria Marjorie Garro, del Área de Desarrollo Local
7    vía teléfono, está nos informa que la consulta realizada se encuentra en trámite en
8    el Comité de Consulta, que los asistentes técnicos se encuentran analizando y que
9    en esta área el plazo de contestación es mayor. Por tanto, para continuar con las
10   gestiones de nombramiento del Auditor Interno por tiempo indefinido, se requiere de
11   la respuesta por parte de su representada, para continuar con el proceso de
12   contratación. Comuníquese este acuerdo al Concejo Municipal de la Municipalidad
13   de Jiménez, a la señora Mauren Rojas Mejía – Presidenta del Concejo Municipal de
14   la Municipalidad de Jiménez. ACUERDO FIRME.”
15   Se toma nota.
16
17   7- Nota fechada 18 de abril, enviada por la señora María Isabel Sánchez
18   Montoya, Directora del Liceo Hernán Vargas Ramírez, con el visto bueno del
19   señor José Luis Jiménez Salazar, Supervisor del Circuito Educativo.
20   Les manifiesta lo siguiente “…procedo a remitir la propuesta de nómina o ternas
21   para la conformación de la Junta Administrativa y el nombre tal y como se registró
22   en el Registro Nacional, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo
23   Municipal…”
24
25                                       ACUERDO 7º
26   Este Concejo acuerda por Unanimidad; nombrar la Junta Administrativa del Liceo
27   Hernán Vargas Ramírez del distrito de Pejibaye, que fungirá por el período
28   comprendido de abril del 2022 a abril del 2025; integrada por las siguientes
29   personas:
30         Rocío Salas Aguirre                             cédula 3 0309 0924
31         Raúl Calvo Hernández                            cédula 3 0259 0563
32         Maribel Picado Badilla                          cédula 3 0298 0081
33         Ana Marleny Navarro Camacho                     cédula 3 0310 0481
34         Estefanie Esquivel Guzmán                       cédula 3 0428 0543



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                           Acta Sesión Ordinaria 104 del 25-04-2022
1    ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Que se comunique este acuerdo a la
2    señora Directora de la institución, y se solicite por su medio la presencia de los
3    miembros nombrados, para su respectiva juramentación, a cargo de la señorita
4    Alcaldesa Municipal.
5
6    8- Oficio MSP-DMSP-DVURFP-DGFP-DRTC-DPJIME-JF-04-09-2022 fechado 21
7    de abril, enviado por el Subintendente Milton García Flores, Jefe de la
8    Delegación Policial de Jiménez.
9    Les manifiesta lo siguiente “…En base a la implementación del Marco del Nuevo
10   Modelo Preventivo de Gestión Policial de la Fuerza Pública y como parte del
11   Proceso de la Planificación de la Estrategia Integral de Prevención para la
12   Seguridad Pública “Sembremos Seguridad” de la cual esta Municipalidad está
13   integrada. Con el propósito de genera la implementación del proceso de
14   implementación Sembremos Seguridad en este Cantón, para este cuarto trimestre
15   2022. Se solicita a este estimable Concejo un espacio para la presentación de la
16   estrategia y la implementación de las mesas de articulación, donde estará presente
17   el Director Regional Policial o en su defecto el SubDirector de Cartago y el Jefe de
18   la Delegación Policial de Jiménez. Lo anterior antes del 31 de Mayo del 2022.”
19
20                                      ACUERDO 8º
21   Con base en el oficio MSP-DMSP-DVURFP-DGFP-DRTC-DPJIME-JF-04-09-2022
22   fechado 21 de abril, enviado por el Subintendente Milton García Flores, Jefe de la
23   Delegación Policial de Jiménez; este Concejo acuerda por Unanimidad; atenderles
24   en la Sesión Ordinaria del lunes 09 de mayo, a las 6 y 30 de la tarde.
25
26   9- Oficio AL-DCLEAMB-027-2022 fechado 22 de abril, enviado por la señora
27   Cinthya Díaz Briceño, Jefa del Área de Comisiones Legislativas IV, Asamblea
28   Legislativa.
29   Les manifiesta lo siguiente “…Para lo que corresponda y con instrucciones de la
30   señora Diputada Paola Vega Rodríguez, Presidenta de la Comisión Permanente
31   Especial de Ambiente, le comunico que este órgano legislativo acordó consultar el
32   criterio de esa institución sobre el texto actualizado del proyecto: “EXPEDIENTE Nº
33   21237. “REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 38 Y 40 DEL CÓDIGO DE MINERÍA, LEY
34   N° 6797, DE 4 DE OCTUBRE DE 1982 Y SUS REFORMAS. ACTUALIZACIÓN DE
35   LOS IMPUESTOS POR EXTRACCIÓN EN CANTERAS Y CAUCES DE DOMINIO

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                            Acta Sesión Ordinaria 104 del 25-04-2022
1    PÚBLICO PARA BRINDAR SEGURIDAD JURÍDICA Y FORTALECER LOS
2    INGRESOS DE LOS GOBIERNOS LOCALES” del que le remito una copia.
3    Publicado en el Alcance No 171 a La Gaceta 143 el 31 de julio de 2019.”
4
5                                       ACUERDO 9º
6    Este Concejo acuerda por Unanimidad; trasladar copia de este oficio a la Comisión
7    Municipal de Asuntos Ambientales, para su análisis y posterior dictamen.
8
9    10- Correo electrónico recibido el 21 de abril, enviado por el señor Carlos
10   Pantoja Calderón.
11   Les manifiesta lo siguiente “…Agradezco la contestación del Honorable Concejo
12   Municipal de Jiménez, y confirmo el recibido. No obstante, me es imposible acatar
13   lo estipulado en el oficio SC-1096-2022, en cuanto el oficio de marras indica que «
14   [...] le solicitamos que se sirva ubicar las fechas aproximadas de la toma de los
15   acuerdos respectivos, para la búsqueda de la información.» ya que precisamente
16   me encuentro solicitando, de forma respetuosa, dicha información (incluyendo las
17   fechas) puesto que la desconozco, y si las hubiese conocido las habría indicado en
18   la solicitud. Comprendo y admiro el arduo trabajo de la Secretaría del Concejo, en
19   especial al ser esta de carácter unipersonal. Sin embargo, reitero que no cuento con
20   ningún medio para poder establecer cuáles son las fechas aproximadas de la toma
21   de los acuerdos en cuestión, de tal forma que agradezco por adelantado su
22   comprensión y quedo atento a su respuesta.”
23
24      -   La señora Secretaria indica que buscando información, se le indica que el
25          señor Vicealcalde realizó la revisión de los libros de actas para obtener ésta
26          y más información del cantón, recopilado en un documento denominado
27          Infografía Jiménez, sin poder ubicar la fecha de creación del Escudo.
28
29      -   Los señores del Concejo autorizan a la señora Secretaria, para que le haga
30          llegar esa información al señor Pantoja, vía correo electrónico, con la
31          indicación de que no se pudo ubicar la fecha de creación del Escudo.
32
33   11- Oficio Nº SC-08IL-2022 fechado 22 de abril, enviado por la señora Nuria
34   Estela Fallas Mejía, Secretaria de Concejo.



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                          Acta Sesión Ordinaria 104 del 25-04-2022
1   Les manifiesta lo siguiente “…En acatamiento del acuerdo 2º del Artículo XI, de la
2   Sesión Ordinaria Nº 95 del martes 22 de febrero del año en curso, procedo a
3   informarles sobre las labores realizadas por la Secretaría del Concejo, durante la
4   semana del lunes 18 al viernes 22 de abril, como detallo:

                          Semana: Del 18 al 22 de Abril 2022
                            SECRETARÍA DE CONCEJO

          INFORME DE LABORES (Incluida la modalidad de Teletrabajo)
          Día                                     Objetivo                                  Modalidad
                               Recibo de correspondencia (Inclusión en carpeta de
                         correspondencia para sesión del martes 19 de abril hasta las 11
                                                        AM)
                       Envío a las autoridades municipales, por correo electrónico, de la
                            carpeta de correspondencia para la sesión del 19 de abril
                               Recibo de correspondencia (Inclusión en carpeta de
                                correspondencia para sesión del lunes 25 de abril)
                                      Revisión y respuesta correo electrónico
                              Elaboración, redacción y revisión Acta Ordinaria 102
                                                   (finalización)
                       Envío por correo electrónico del Acta Ordinaria 102 a jerarcas de
                             la institución y 101 a los ciudadanos que la solicitaron
                            Elaboración y envío de correos electrónicos a la Alcaldía
                       reportando hora de ingreso y salida de labores y tiempos de inicio
      Lunes 18 Abril                  y finalización de desayuno y almuerzo                  Teletrabajo
                               Recibo de correspondencia (Inclusión en carpeta de
                                correspondencia para sesión del lunes 25 de abril)
                       Impresión y preparación del material de trabajo para la sesión del
                                  19 de abril y del Acta Ordinaria 102 (original)
                                      Revisión y respuesta correo electrónico                 Oficina
     Martes 19 Abril                       Archivo de Correspondencia
                               Recibo de correspondencia (Inclusión en carpeta de
                                correspondencia para sesión del lunes 25 de abril)
                                      Revisión y respuesta correo electrónico
                          Preparación y envío de correspondencia: Acuerdos del Acta
                            Ordinaria Nº 102 y Acuerdos Firmes Acta Ordinaria 103
      Miércoles 20         Actualización del Expediente de Consecutivo de oficios de          Oficina
         Abril                            Acuerdos Municipales año 2022
                         Elaboración y envío por correo electrónico de Certificación de
                            Personería Jurídica del Concejo Municipal de Distrito de
                                          Tucurrique (Nº CSC-016-2022)
                              Elaboración, redacción y revisión Acta Ordinaria 103
                                           Archivo de Correspondencia
                               Recibo de correspondencia (Inclusión en carpeta de
                                correspondencia para sesión del lunes 25 de abril)
                              Elaboración, redacción y revisión Acta Ordinaria 103           Teletrabajo
     Jueves 21 Abril
                                      Revisión y respuesta correo electrónico
                          Actualización Expediente Digital Correspondencia Interna-
                                                   Remitida 2022
    ________________________________________________________________________
                         Acta Sesión Ordinaria 104 del 25-04-2022
                                  Actualización Carpeta Publicaciones Gaceta 2022
                         Actualización Control de Acuerdos Municipales 2022-Abril hasta
                                                  Acta Ordinaria 102
                          Actualización del Expediente de Comisiones Municipales 2020-
                                                          2024
                             Elaboración y envío de correos electrónicos a la Alcaldía
                         reportando hora de ingreso y salida de labores y tiempos de inicio
                                        y finalización de desayuno y almuerzo
                                 Recibo de correspondencia (Inclusión en carpeta de
                           correspondencia para sesión del lunes 25 de abril hasta las 12
                                                       Mediodía)
                         Envío a las autoridades municipales, por correo electrónico, de la
                              carpeta de correspondencia para la sesión del 25 de abril
                                        Revisión y respuesta correo electrónico
                                Elaboración, redacción y revisión Acta Ordinaria 103
                                                     (finalización)
                         Envío por correo electrónico del Acta Ordinaria 103 a jerarcas de
                               la institución y 102 a los ciudadanos que la solicitaron
                         Elaboración y envío por correo electrónico de dos certificaciones    Teletrabajo
      Viernes 22 Abril
                                 de Personería Jurídica, del CMD Tucurrique y de la
                           Municipalidad de Jiménez, a solicitud de la Alcaldía (Nº CSC-
                                                 017 y CSC-018-2022
                          Preparación del Informe de Labores de la semana del 18 al 22 de
                           abril, y envío por correo electrónico a la Alcaldía y al Concejo
                           Municipal mediante oficio Nº SC-08-IL-2022 del 22-04-2022
                           Actualización Expediente de Actas Municipales: Ordinarias -
                                              Administración 2020-2024
                             Elaboración y envío de correos electrónicos a la Alcaldía
                         reportando hora de ingreso y salida de labores y tiempos de inicio
                                        y finalización de desayuno y almuerzo
1    Se toma nota.
2
3                        ARTÍCULO VI.         Dictámenes de Comisión
4
5    No hubo.
6
7                        ARTÍCULO VII.         Informe de la Alcaldesa
8
9    1-Se conoce el “INFORME DE LABORES. Nº16-2022. 22/abril/2022. Señores.
10   Concejo Municipal de Jiménez. Presente. Reciban un afectuoso saludo de mi
11   parte; les brindo un informe de las labores de la semana del 18 al 22 de abril del
12   año en curso, como detallo a continuación:
13         Labores administrativas.
14         Atención al público.
15         Sesión extraordinaria de la Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias.

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                           Acta Sesión Ordinaria 104 del 25-04-2022
1         Sesión de la Agencia para el Desarrollo Turrialba-Jiménez (ADEL).
2   Trabajos realizados bajo supervisión del Departamento de Gestión Vial de la
3   Municipalidad de Jiménez:
4      1. Limpieza mecanizada en el camino Bajo Abarca de Juan Viñas, para una
5          intervención de 300 metros lineales.




6      2. Inicia limpieza mecanizada de cunetas en el camino Rosemounth de Juan
7          Viñas.




8      3. Limpiezas manuales en los siguientes sectores
9             a. Plaza Vieja, sector Río Gato.




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                         Acta Sesión Ordinaria 104 del 25-04-2022
1               b. Plaza Vieja, sector Aeropuerto-Ponciana.




2               c. Plaza Vieja, Centro.




3    Se toma nota.
4
5
6    ARTÍCULO VIII.      Informe de la Junta Vial y el Departamento de Gestión Vial
7
8    No hubo.
9
10          ARTÍCULO IX.          Atención de los señores (as) Síndicos (as)
11
12   No hubo.
13
14                             ARTÍCULO X.         Mociones
15
16   No hubo.
     ________________________________________________________________________
                           Acta Sesión Ordinaria 104 del 25-04-2022
1                          ARTÍCULO XI.        Asuntos Varios
2
3    No hubo.
4
5
6
7
8
9
10
11
12   Siendo las veinte horas con treinta minutos exactos, la señora Presidenta
13   Municipal, regidora Mauren Rojas Mejía, da por concluida la sesión.
14
15
16
17
18
19
20
21
22   Mauren Rojas Mejía                            Nuria Estela Fallas Mejia
23   PRESIDENTA MUNICIPAL                          SECRETARIA DEL CONCEJO
24   ___________________________última línea______________________________




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                          Acta Sesión Ordinaria 104 del 25-04-2022