Ordinaria 36 · 2025-01-07
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 36 del 2025-01-07 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 4) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°1 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “ 1.1. “Dispensar del trámite de comisión de acuerdo con el artículo 44 del Código Municipal…
- Acuerdo 2 (pág. 11) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°2 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 2.1. Dispensar del trámite de comisión de acuerdo con el artículo 44 del Código Municipal, e…
- Acuerdo 3 (pág. 24) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°3 Con cinco votos presente a favor SE ACUERDA: 3.1. Acoger la moción presentada por el Intendente. ACUERDO UNANIME Y FIRME 3.…
- Acuerdo 3 (pág. 24) · unanime ACUERDO N°3 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Acoger el dictamen de la comisión y aprobar tal y como se transcribe en el dictamen el…
- Acuerdo 4 (pág. 28) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “ 4.1. Acoger en todas sus partes la moción presentada por la Intendencia.******************…
- Acuerdo 5 (pág. 29) · unanime ACUERDO N°5 Con cinco votos a favor SE ACUERDA: 5.1 Acoger la moción presentada por la Intendencia, y recibir en audiencia en sesión extraordinaria al…
- Acuerdo 6 (pág. 47) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°6 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 6.1. Acoger en todas sus partes el dictamen presentado por la comisión de asuntos jurídicos”…
- Acuerdo 7 (pág. 52) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°7 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 7.1. Acoger en todas sus partes el dictamen presentado por la comisión de asuntos jurídicos”…
- Acuerdo 8 (pág. 58) · unanime ACUERDO N°8 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 8.1 Acoger en todas sus partes el dictamen emitido por la comisión de asuntos jurídicos”. AC…
- Acuerdo 9 (pág. 60) · unanime ACUERDO N°9 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 9.1. Acoger el dictamen presentado por la comisión”. ACUERDO UNANIME 9.…
- Acuerdo 10 (pág. 61) · unanime · firme ACUERDO N°10 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 10.1. Acoger en todas sus partes el dictamen emitido por la comisión permanente de Hacienda…
ACTA 036-25
07/01/2025
ACTA N°036 - 2025
PERIODO CONSTITUCIONAL
2024-2028
ACTA NÚMERO CERO TREINTA Y SEIS - DOS MIL VEINTICINCO DE LA SESIÓN ORDINARIA
QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA SIETE DE
ENERO DEL DOS MIL VEINTICINCO A LAS DIECIOCHO HORAS EN LA SALA DE SESIONES
DE ESTE CONCEJO.
PRESIDENTE Con base en el artículo 38 del Código Municipal y ante la ausencia del Concejal
Carlos Mauricio Duarte Duarte invito al Sr. Mario Delgado Rodriguez Concejal suplente a asumir
la curul de propietario.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Minor Centeno Sandi
PRESIDENTA Y SINDICA SUPLENTE
Olga Moncada Ledezma
CONCEJALES PROPIETARIOS
Mario Delgado Rodriguez.
Francisco Madrigal Céspedes
Denia Villalobos Barahona
Angie Vanessa Bonilla Santana.
CONCEJALES SUPLENTES
Rafael Angel Duran Baltodano
INTENDENTE
Lic. Ronny Montero
VICE INTENDENTA
Zulay Mora Jimenez
ASESORA LEGAL
Lic. Aralyn Villegas
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Carlos Mauricio Duarte Duarte
CONCEJALES SUPLENTES
Diana Salas Ibarra
Ivania Prendas Quesada
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo el
orden del día propuesto para esta sesión
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ACTA 036-25
07/01/2025
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO I. ORACION
A cargo de la vice Intendenta Sra. Zulay Mora
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 035-24 en la cual estuvieron presentes los
Concejales (Carlos Duarte, Olga Moncada, Ivania Prendas y Rafael Duran). La cual se
ratifica en todas sus partes.
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
a. Se recibe a la Lcda. Yorleny Madrigal Villegas. Encargada de la Administracion
Tributaria. Quien viene a presentar el Plan Anual Operativo y el Plurianual
PRESIDENTE. Le da la bienvenida y concede la palabra
a.1. Lcda. Yorleny Madrigal. Agradece el espacio
PLURIANUAL 2025-2028
ACTA 036-25 07/01/2025
ACTA 036-25
07/01/2025
CONSIDERANDO:
❑ Que mediante OFICIO N° INT-005-2025 el Intendente Municipal remite a este Concejo
para su analisis y aprobacion el Plurianual 2025-2028
❑ Que la administradora Tributaria y Financiera hace presentación de esta herramienta de
planificación tan importante 2025-2028 ajustada con el extraordinario 01-2025
ACUERDO N°1
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “ 1.1. “Dispensar del trámite de comisión
de acuerdo con el artículo 44 del Código Municipal, el cual resulta aprobada por unanimidad.
ACUERDO UNANIME Y FIRME
1.2. Dar por conocida la información del Plurianual 2025-2028, la cual se detalla a continuación.
ACTA 036-25 07/01/2025
ACTA 036-25 07/01/2025
ACTA 036-25 07/01/2025
ACTA 036-25 07/01/2025
ACTA 036-25 07/01/2025 ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor Centeno Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO. a.2. Lcda. Yorleny Madrigal. Encargada de la administración tributaria PRESENTACION PLAN ANUAL OPERTATIVO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-25
ACTA 036-25 07/01/2025
ACTA 036-25
07/01/2025
CONSIDERANDO:
❖ Que mediante OFICIO N°INT-015-2025 la Intendencia Municipal hace traslado a este
Concejo del Plan Anual Operativo correspondiente al presupuesto extraordinario 01-2025
❖ Que la Administradora Tributaria y Financiera ha realizado formal presentación de esta
herramienta de Planificación anual
❖ Que en el PAO se contemplan los proyectos con las áreas estratégicas de planificación a
la que pertenecen, objetivo de mejora, meta y responsables entre otros
❖ Que el monto total de PAO extraordinario 01-2025 es de ¢3,467,157,663.24
ACUERDO N°2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 2.1. Dispensar del trámite de comisión de
acuerdo con el artículo 44 del Código Municipal, el cual resulta aprobada por unanimidad.
ACUERDO UNANIME Y FIRME
ACTA 036-25
07/01/2025
2.2. Aprobar en todas sus partes el Plan Anual Operativo para el Presupuesto Extraordinario 01-
2025, el cual se detalla a continuación:
PLAN ANUAL OPERATIVO
ACTA 036-25 07/01/2025
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ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos
Barahona, Minor Centeno Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana. Se
somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas
sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
b. Se recibe a los señores Daniel Gutierrez, Mónica Castro y Estefanny Mena de la
organización Somos Congos Costa Rica
PRESIDENTE. Les da la bienvenida y concede la palabra
DANIEL GUTIERREZ. Agradece el espacio y hace una reseña de la labor que realiza Somos
Congos, los rescates que realizan y como hacen los traslados a un centro de rescate en Alajuela
denominado WILDLIFE
1. Proyecto. se denomina “Monos congos” especie emblema del Distrito de Cóbano”, este
proyecto se presentó en el 2021 , de parte de la gestión ambiental se recibió un correo
donde se daba por recibido y su visto bueno pero nunca nadie nos respondió de la
Intendencia. El mono Congo es una especie importante para la reforestación por la
propagación de las semillas y atractivo turístico, somos Congos trabaja desde el 2021 en
medidas de prevención y mitigación con el ICE, en el 2024 se firmó el decreto de protección
a las líneas eléctricas para evitar que se electrocuten , todo esto se ha logrado gracias al
trabajo en Cóbano, hemos sido un precedente, participamos en un simposio internacional
y el ICE también lo hizo y la gente quedo sorprendida del trabajo realizado ni Brasil con
tanta extensión de bosque
Con la implementación de estas medidas de protección de las líneas se ha bajado
significativamente el monto de pérdidas este año pasado fueron 78. Ahora el mayor problema
lo tenemos con los atropellos y los perros.
2 proyecto. Agrega que desde que se realizo el asfaltado en diferentes zonas del distrito se han
incrementado los atropellos en fauna silvestre y es por eso que traen la iniciativa de colocar
reductores de velocidad y visibilizar la fauna. Indican que les gustaría poder iniciar el proyecto
colocando reductores en tres sitios específicos, lo que harían ellos por ser un proceso experimental
y no estar seguros de su efectividad. Los tres sitios serian del puente de quebrada Carmen al
sector del super muralla, el segundo frente a katana y el tercero entre ranchos Itauna y la iglesia
de Santa Teresa el material a utilizar es asfalto frio y pintura
PRESIDENTE. Para este proyecto se debe hacer un convenio por lo que se pasara a la
administración.
LOS DOS SE PASARÁN A LA ADMINISTRACION PARA SU ANALISIS
Debido a que se nos terminó el tiempo el tercer proyecto se traerá a concejo la próxima semana
Se realizan otros cometarios y los señores se retiran
c. Se recibe al Lic. Walter Brenes
PRESIDENTE. le da la bienvenida y concede la palabra
LIC. BRENES. Agradece el espacio e indica que no puede dejar pasar lo que esta pasando en el
dpto. de Desarrollo Urbano esto ha escalado a situaciones que no se puede dejar pasar ya lo he
hablado con don Ronny y ya existe incluso a nivel de la fiscalía general de la republica una
investigación sobre el Dpto. de Desarrollo Urbano, también el Sr. Alberto Vasquéz se molesto
conmigo porque lo estoy participando dentro de la denuncia y Don Ronny esta copiado en todo,
incluso hay un expediente abierto en la fiscalía de la probidad y aquí hay otro en la fiscalía de
Cobano, yo tengo mucha experiencia en derecho municipal , constructivo, sanitario, llevo muchos
años trabajando en pro de comunidades y casi siempre cuando aparezco es con temas bastantes
ACTA 036-25 07/01/2025 difíciles pero que deben ser compartidos con la comunidad y especialmente con ustedes, cuando uno tiene tanta informacion y la oportunidad de haber estudiado lo vuelve a uno mas responsable. No conozco a la persona que esta a cargo del Dpto. no la podría identificar, pero si puedo identificar cuando las cosas son mas que simples errores y podría pensar que se trata de una burla sobre lo que esta pasando con los permisos constructivos en este distrito. Tengo un caso que con un permiso de demolición se construyeron 4 casas, 4 piscinas, 4 cocheras, 4 cocinas en zona agrícola , entonces unos se pregunta cómo llega a suceder esto y tuve que acudir al CFIA vino el inspector del CFIA y le dijo a la ingeniera y a todos los demás responsables que la construcción no podía seguir y la construcción esta a un 90 % lo que tengo entendido fue que solamente se presento la denuncia penal por desobedecía al cierre que se le genero pero la construcción continua y que esta sucediendo y lo hablaba con los inspectores municipales que entonces se rumorea que los inspectores llegan y presuntamente reciben dinero para que esto continúe entonces cuales son los perjudicados los inspectores entonces creo que ustedes como Concejo, Don Ronny y mi persona no podemos ser tan ingratos de seguir exponiendo a los principales soldados en el campo para que digan que están recibiendo plata porque eso es lo que se esta diciendo , pero entonces uno se pregunta este Concejo Municipal, la auditoria de este Concejo Municipal, la Intendencia de este Concejo Municipal ¿tiene abierta una investigación en contra de la encargada del depto. de Desarrollo urbano si o no? Porque a esta escala yo le puedo dar fotografías, expedientes, tengo 4 expedientes por violación al reglamento de construcción y los 4 tienen total factibilidad de que sean declarados con lugar. Cuando uno es abogado litigante y sabe que todos estos procesos que se establecen en contra del concejo municipal tienen una condenatoria o un perjuicio monetario sería muy irresponsable seguir avanzando con los procesos sin ponerlos a ustedes en autos y decirles que esto va a tener un daño patrimonial para las finanzas de este distrito. Otro ejemplo tengo una construcción adonde solo se pueden hacer dos niveles y alguien muy astuto sugirió que si rellenaban dos niveles más podrían ir 4 niveles hacia arriba y casualmente eso se hizo con un permiso de movimiento de tierras después con un permiso de vivienda y después ampliación de vivienda después le hicieron una clausura y la construcción ya esta en un 60% y van por el tercer nivel y eso está aquí no más. Eso es lo que les traigo que nos preguntemos que es lo que esta pasando en nuestro distrito y que a vista y paciencia de todos nosotros sigan sucediendo estas cosas, yo hable directamente con el director del CFIA y le dije necesito que se haga una investigación es este concejo municipal y es algo muy sencillo, cuantos metros cuadrados de permisos constructivos se otorgan, cuantos metros cuadrados reales se están construyendo y que me dijo el y como entro yo ahí, muy sencillo porque el metraje cuadrado que no se este reportando en el APC del CFIA no se está cobrando y están perdiendo ese dinero y ustedes aquí tienen el mismo problema el metraje cuadrado que no se reporta no se esta pagando en la licencia constructiva y entonces se nos esta yendo la plata. Lo que no puedo dejar pasar y que ustedes deben saber es que hay un departamento de desarrollo urbano que a mi parecer debe ser investigado, y les digo algo y estas cosas a mi no me pesan, si yo tengo que sacar a alguien de
ACTA 036-25 07/01/2025 aquí esposado y va a ser bajo mi responsabilidad porque las cosas no puedes seguir así, yo lo voy a hacer y a mi no me tiembla la mano para realmente poner mi nombre adelante y levar una investigación con probidad con fiscalía general para que ustedes se den cuenta que la cosas no son así no más es que no puede ser posible que en playa hermosa hayan construido dos mansiones de 5 pisos sin permisos constructivos y están terminadas y operando y uno dice pero como y cuantas veces llegaron los inspectores municipales, la ingeniera, ahí estuvo CFIA hay un informe donde dicen que no pueden avanzar y uno se pregunta y como hacen para alquilar y la licencia comercial, es el segundo nivel que le tienen ustedes que caer, si una persona no tiene licencia constructiva como va a tener licencia comercial, no, es que no tiene licencia comercial es que estamos perdiendo en licencias constructivas y comerciales, es muy delicado lo que les estoy diciendo y como ustedes actuaron con el primer tema de acabar de con las fiestas ilegales y creo que este tema no puedo seguir cargándolo solo y debo trasladárselo a ustedes . Alguna sugerencia que creo que han funcionado muy bien, a como se publica en el perfil de Facebook de fiestas ilegales que no tienen permiso creo que deberían publicarse de las construcciones que no tienen permiso y se están construyendo y las actas de clausura porque resulta que ya no hay fiestas ilegales porque los sacan en el Facebook entonces que les de vergüenza que no tienen permiso y que con una acta de clausura están avanzando y también para los que operan sin licencia comercial sáquenle la foto y súbanla porque los que se están exponiendo afuera y recibiendo las balas porque los conozco a todos y no tengo nada que decir de ninguno son los inspectores. Tenemos que idear un sistema donde la gente tenga que cumplir con las leyes y no digo que sea solo acá, pero para bien o desdicha de algunos vivo acá. Que se haga una investigación interna si ustedes vieran los permisos de construcción que están en la APC y los van a ver en campo se sorprenderían de lo que se aprueba y lo que se construye y desgraciadamente cuando uno es jefe de un dpto. es jefe y responsable de lo que suceda y recordemos que los funcionarios públicos y ustedes como Concejo son funcionarios públicos tienen una alta responsabilidad por acción y por omisión y no es que quiera hacerlos responsable a partir de hoy pero si invitarlos a hacer equipo porque si no se controlan las construcciones ilegales e irregulares vamos a acabar con los arboles porque están acabando con todo y no recibimos ingresos por licencias constructivas ni comerciales talvez se nombre una comisión que tenga la habilidad de investigar que esta pasando en el dpto. de desarrollo urbano que se meta mano ahí. Es mas y se los digo porque me consta hay que empezar por investigar que pasa desde la plataforma de servicio hasta lo que llega al dpto. de desarrollo urbano porque resulta ser que hay permisos constructivos que me duran un año pero hay permisos que me salen en un mes o hasta menos yo quisiera tener la habilidad para que todo se resuelva en 10 días y seguro ustedes también entonces quisiera saber como hay alguna habilidad o magia escondida que si sucede en ciertas personas, empresas o sujetos pero para otros es completamente un calvario sacar un permiso constructivo acá, Por acá va mi idea que puedan investigar no estoy seguro porque no lo he investigado si
ACTA 036-25 07/01/2025 ustedes tienen una auditoria municipal si hay auditoria este tema debe ir a la auditoria municipal lo debe investigar y presentar un informe y con todo el respeto que se merece la persona a cargo de ese depto. a la cual no conozco a partir de mañana debe tener más cuidado con las decisiones que toma porque creo aquí somos bastantes ojos y espero que mis ojos se multipliquen en ustedes porque si nos pasa esto con licencias constructivas nos puede estar pasando con impuestos, licencias comerciales y con todo lo que se regula en esta municipalidad DENIA. Yo había presentado una moción la primera que era relacionado sobre este tema, del tiempo que se dura en otorgar esos permisos y sobre la atención en plataforma ANGIE. Don Walter muchas gracias estoy muy agradecida con que venga alguien y de la cara y diga lo que verdaderamente esta pasando en la zona. Muchos vemos y nos hemos quedado a manos cruzadas. Invito a todos a denunciar las irregularidades. Hay que darle un punto final a todo esto OLGA. Su exposición refleja el sentir de mucha gente, sin embargo que lástima que esta exposición no vino a darla hace mucho tiempo porque son situaciones que no se vienen dando a que en este año. A veces tratamos de corruptos a los funcionarios, pero también lo somos quienes nos valemos de ellos y pagamos esos favores y no denunciamos. Instar a no promover este tipo de acciones, decirles que son un poco amenazantes y eso lo deja a uno, así como este muchacho viene a exponer o a amenazar, pero estamos en un país de derecho. Nosotros somos el concejo y la administración es otra cosa y vamos a ver qué acciones se van a tomar. No podemos asegurar nada sino lo podemos probar. El que tiene pruebas que venga y denuncie LIC. BRENES. Concuerdo con usted que esto viene desde administraciones pasadas, pero aclaro que yo vivo acá hace 4 meses yo no estaba habilitado para venir acá y no es amenaza es comentario. Si ustedes ven un documento firmado por mi a nivel de denuncia créanme que hay caso, si el concejo, la auditoria o la comisión que vaya a crear ocupan la informacion yo se las doy RONNY. Agradecerles primero debe existir una investigación preliminar por lo que jamás me voy a referir a lo que ha expuesto por lo mismo y que bueno que se aclaro hace 4 meses que vive por acá, a mi oficina Walter llego con una persona que tenía un caso de aproximadamente 11 meses y de manera inmediata llamamos a la coordinadora del dpto. a ver qué pasaba se ordenó dar atención prioritaria al caso y en cuestión de 3 semanas se finalizaron los procesos y se otorgó el permiso, por lo menos ese tema de los retrasos nosotros lo hemos tomado con la diligencia que nos compete y mas sabiendo que son finanzas municipales y que requerimos de esos ingresos para poder desarrollarnos. Me gusta mucho el tema este de publicar las construcciones ilegales vamos a ver si legalmente es posible y si legalmente se nos aplica créame que no voy a dudar en hacerlo porque tenemos que dar a conocer lo que no esta bien y si es a lo interno de la m municipalidad quiero que quede claro que ya tuvimos que hacer una investigación preliminar y un procedimiento hasta el final donde ese funcionario ya no está acá y si tenemos que hacerlo y llevarlo hasta el final lo vamos a hacer. Fuimos votados por un cambio y ese cambio lo tenemos
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que hacer al 100% en lo que sea necesario de esta institución o de cualquier otra porque nos
hemos encontrado construcciones sin permiso de construcción con agua y con electricidad y so
cosas que también en si momento lo vamos a denunciar como administración. Auditoria interna si
tenemos puedes llegar en cualquier momento y poner las denuncias que sean necesarias con su
respectiva documentación.
SE REALIZAN OTROS COMENTARIOS Y SE RETIRA
ARTICULO IV. MOCIONES
Se conocen mociones propuestas por el Intendente Municipal
a. ASUNTO: BANDERA DEL DISTRITO
Señores
Concejo Municipal de Distrito Cóbano
MOCIÓN
Quien suscribe, Ronny Montero Orozco, Intendente de este Concejo Municipal de Distrito, con
fundamento en el artículo 27) del Código Municipal, Mociono lo siguiente
CONSIDERANDO:
1. Que el municipio de Cóbano no posee colores que le representen oficialmente.
2. Que estas en un proceso de independencia cantonal que requiere tener nuestra propia identidad
3. Que es necesario motivar y continuar con la tradición de los colores que han representado a Cóbano
en el tiempo.
4. Que Cóbano merece tener una bandera que nos identifique a nivel nacional e internacional.
Por tanto, el Intendente Municipal de Cóbano propone al Concejo Municipal de Cóbano la siguiente
moción:
IDENTIDAD DE CÓBANO COLORES BLANCO Y ROJO
Introducción
Los colores que han identificado a Cóbano durante décadas son el blanco y el rojo. Estos colores no solo se
seleccionaron por su atractivo visual, sino que representan valores fundamentales de la comunidad, su
historia, su cultura y su visión colectiva. Este documento justifica la elección de estos colores en función de
su significado simbólico y su relevancia en la identidad de Cóbano.
Justificación del Blanco
El blanco es un color que transmite la idea de pureza, paz y unidad. Su inclusión como uno de los colores
representativos de Cóbano está profundamente vinculada a los siguientes elementos:
1. Simbolismo de la Paz y Unidad: En la cultura de Cóbano, el blanco es un recordatorio constante de
los valores de paz y solidaridad que la comunidad ha preservado a lo largo de los años. Es un color
que refleja la disposición de los habitantes para convivir en armonía, a pesar de las diferencias
individuales.
2. Representación de la Limpieza y Transparencia: El blanco se asocia con la claridad y la honestidad.
Cóbano es una comunidad que valora la transparencia en sus relaciones interpersonales y en su
gobernanza. Este color refleja esa apertura, la voluntad de mostrar el lado más auténtico de sus
habitantes y su entorno.
3. Conexión con la Naturaleza: Cóbano, siendo una región cercana al mar y rodeada de naturaleza, se
encuentra en un lugar donde el aire y el paisaje son prístinos y naturales. El blanco simboliza esta
pureza natural, la limpieza del entorno y el compromiso con la preservación del medio ambiente.
Justificación del Rojo
El rojo, por otro lado, es un color con una energía vibrante, que resalta aspectos fundamentales de la
identidad de Cóbano. Su inclusión responde a la necesidad de resaltar la pasión, valentía y esfuerzo
colectivo de la comunidad.
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1. Simbolismo de Valentía y Lucha: El rojo es un color que representa la fuerza, el coraje y el
compromiso. A lo largo de la historia de Cóbano, los habitantes han mostrado una notable
determinación para superar desafíos y adversidades. El rojo evoca esa valentía histórica,
recordando a las generaciones pasadas y su esfuerzo por mantener el bienestar y la identidad del
pueblo.
2. Reflejo del Espíritu Comunitario: Cóbano es una comunidad unida, donde el trabajo en equipo y la
solidaridad son pilares esenciales. El rojo es un color que simboliza la pasión y la energía que los
ciudadanos de Cóbano aportan para el crecimiento de su comunidad. Este color también resalta la
importancia de la cooperación activa y la acción en común para lograr metas colectivas.
3. Vínculo con la Cultura Local: El rojo está profundamente arraigado en las festividades y
celebraciones locales. Este color, que frecuentemente aparece en los trajes tradicionales, en las
banderas y en otros símbolos culturales, resalta la alegría, vibración y calor humano que
caracterizan a Cóbano.
Sinergia entre el Blanco y el Rojo
La combinación de blanco y rojo no es solo una elección estética, sino una representación visual de la
armonía entre dos fuerzas complementarias. El blanco, con su serenidad y claridad, equilibra la intensidad
y energía del rojo, creando una imagen visualmente poderosa y llena de significado. Juntos, estos colores
transmiten una sensación de unidad, esfuerzo colectivo y valentía, mientras que a la vez reflejan la
autenticidad y la transparencia del pueblo de Cóbano.
1. Unidad en la Diversidad: Mientras que el blanco evoca la unión en la diversidad, el rojo refuerza la
pasión que nace de la individualidad y el compromiso con los ideales comunes. Esta relación visual
resalta la fuerza de una comunidad que, aunque diversa, se une bajo ideales compartidos.
2. Estabilidad y Energía: El blanco aporta la calma necesaria para un desarrollo estable, mientras que
el rojo impulsa la acción, la transformación y el avance. Juntos, los dos colores representan un
equilibrio entre la paz y el dinamismo, la serenidad y la fuerza, fundamentales para el progreso de
Cóbano.
Especificaciones para la Bandera de Cóbano
La bandera de Cóbano se compone de tres franjas horizontales dispuestas de la siguiente manera:
1. Dos franjas rojas: Las franjas rojas ocupan la parte superior e inferior de la bandera, representando
la valentía, el coraje y la fuerza de la comunidad de Cóbano.
2. Una franja blanca en el centro: La franja blanca central simboliza la paz, la unidad y la claridad de
la comunidad. Esta franja divide la bandera equilibradamente y destaca como un símbolo de
armonía y transparencia.
Proporciones y Colores
• Proporción de la bandera: La bandera debe tener una proporción estándar de 2:3 (alto:ancho).
• Ancho de las franjas: Las franjas rojas deben ocupar la parte superior e inferior de la bandera en un
ancho igual, mientras que la franja blanca central debe tener un ancho que sea un poco mayor o
igual al de las franjas rojas, manteniendo la armonía en el diseño.
Colores:
• Rojo: El color rojo debe ser un tono vibrante, intenso y enérgico, representando la pasión y la
valentía.
• Blanco: El color blanco debe ser puro, representando paz y claridad, sin alteraciones de tonos.
Esta disposición y elección de colores buscan reflejar tanto la historia como los valores de Cóbano, con un
diseño claro y simbólico.
ACTA 036-25
07/01/2025
Por lo que se solicita se acuerde:
1. Que los colores de Cobano sean blanco y rojo
2. Que la bandera de Cóbano se componga de tres franjas horizontales dispuestas de la
siguiente manera:
Dos franjas rojas: Las franjas rojas ocupan la parte superior e inferior de la bandera, representando la
valentía, el coraje y la fuerza de la comunidad de Cóbano.
Una franja blanca en el centro: La franja blanca central simboliza la paz, la unidad y la claridad de la
comunidad. Esta franja divide la bandera equilibradamente y destaca como un símbolo de armonía y
transparencia. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION
ACUERDO N°3
Con cinco votos presente a favor SE ACUERDA: 3.1. Acoger la moción presentada por el
Intendente. ACUERDO UNANIME Y FIRME
3.2. Aprobar que la creación de una bandera que represente al Distrito de Cobano la cual estará
compuesta por dos franjas rojas que ocupan la parte superior e inferior de la bandera,
representando la valentía, el coraje y la fuerza de la comunidad de Cóbano y una La franja blanca
central que simboliza la paz, la unidad y la claridad de la comunidad. Esta franja dividirá la bandera
equilibradamente y destacara como un símbolo de armonía y transparencia”, ACUERDO
UNANIME Votan a favor los concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona,
Minor Centeno Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana. Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
b. ASUNTO CORRECCION CONVENIO ADI MAL PAIS-SANTA TERESA
Quien suscribe, Ronny Montero Orozco, Intendente de este Concejo Municipal de Distrito, con
fundamento en el Código Municipal, Mociono lo siguiente:
MOCION
CONSIDERANDO:
I. Que en la sesión Ordinaria número 020- 24, artículo VI, inciso b, del día diecisiete de
setiembre del año dos mil veinticuatro, a las dieciocho horas, en la sala de sesiones de
este Concejo, El Concejo tomo el siguiente acuerdo:
ACUERDO N°3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Acoger el dictamen de la comisión y
aprobar tal y como se transcribe en el dictamen el convenio denominado CONVENIO ENTRE EL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COBANO Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
INTEGRAL DE MAL PAÍS Y SANTA TERESA DE COBANO”. ******
3.2. Remitir el presente acuerdo de Convenio al Concejo Municipal de Puntarenas para su debida
ratificación.***
3.3. Autorizar al Intendente a firmar el convenio con la Asociación de Desarrollo de Mal País-Santa
Teresa, una vez este cuente con la ratificación del Concejo de la Municipalidad de Puntarenas.
ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Carlos Mauricio Duarte Duarte, Denia
Villalobos Barahona, Minor Centeno Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana.
ACTA 036-25
07/01/2025
II. El acuerdo se trasladó a la Municipalidad de Puntarenas para su respectiva ratificación,
el mismo fue ratificado en la Sesión Ordinaria N°40 celebrada el día 31 de octubre2024,
en su Artículo 8° Inciso D. del Concejo Municipal de Puntarenas.
III. En fecha reciente se evidenció que existía un error de fondo en la aprobación.
Específicamente se consignó mal la información en los bienes dados en administración,
dicho error en la CONSIDERANDO TERCERO y DUODECIMO y en el Objetivo,
mismas que quedaron establecidas de la siguiente forma:
TERCERO: El Concejo Municipal del Distrito de Cóbano es propietario del bienes inmuebles ubicados en
Santa Teresa de Cóbano, TERRENO FINCA 232614, PLANO P-2094164-2018 Y LA PLAZA DE
DEPORTE FINCA 239919, PLANO: P-2020916-2017.
DUODECIMO: Con respecto a la reparación de caminos, del área de jurisdicción de dicho convenio, cuando
se tenga injerencia y sea posible, la Asociación se encargará de recibir el material, y el Concejo Municipal
de Distrito de Cóbano facilitará la maquinaria, con el objetivo de realizar las reparaciones a satisfacción, o
en su defecto cualquiera de las dos partes, de disponerlo, podrá suministrar maquinaria, material o mano de
obra.
Con sustento en los considerandos anteriores, las partes acuerdan firmar el presente CONVENIO ENTRE
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
INTEGRAL DE MAL PAÍS Y SANTA TERESA PARA DAR EN USO Y ADMINISTRACIÓN LOS INMUEBLES
TERRENO FINCA 232614, PLANO P-2094164-2018 Y LA PLAZA DE DEPORTE FINCA 239919, PLANO:
P-2020916-2017.
II. Objetivo.
El objetivo del presente convenio lo constituye la facilitación por parte de El Concejo Municipal del Distrito
de Cóbano, del uso y administración de los bienes inmuebles terreno Finca 232614, plano P-2094164-2018
y de la plaza de deportes 6-239919-000, plano P-2020916-2017 a la ASOCIACION, sin que tal acto
implique derecho alguno de los que el ordenamiento jurídico confiere al propietario de un inmueble, en lo
que a la nuda propiedad se refiere, ni cualquier acto propio del dominio sobre eso bienes. Así como convenio
de cooperación y coordinación de lo necesario para el desarrollo de eventos sociales, culturales, u otros de
la misma índole, de conveniencia para el Distrito y los habitantes de injerencia de la ASOCIACIÓN. Así
mismo, cooperación con respecto a la reparación de caminos, del área de jurisdicción de dicho convenio,
cuando se tenga injerencia y sea posible.
VI. Resulta de importancia corregir el error del acuerdo aprobado.
V. Fundamento jurídico, la ley establece en el artículo 157 de la ley general de
administración pública, que los errores en cualquier momento se pueden corregir.
Por lo tanto.
1. Amparado en la norma jurídica citada y los considerandos expuestos se solicita al
honorable Concejo Municipal aprobar la siguiente recomendación:
Modificar el acuerdo número 3 de la sesión ordinaria la sesión Ordinaria número 020- 24, artículo
VI, inciso b, del día 17 de setiembre de 2024, en donde se aprobó el Convenio de CONVENIO
ENTRE EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COBANO Y LA ASOCIACIÓN DE
DESARROLLO INTEGRAL DE MAL PAÍS Y SANTA TERESA DE COBANO, para que sea lea
correctamente:
CONVENIO ENTRE EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COBANO Y LA
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MAL PAÍS Y SANTA TERESA DE COBANO.
Entre nosotros, LIC. RONNY JOSE MONTERO OROZCO, con cédula de identidad número dos – seiscientos
siete - ciento cuarenta y seis, mayor, casado , vecino de Rio Negro de Cóbano, en carácter de INTENDENTE
MUNICIPAL, es quien ostenta la representación legal del Concejo Municipal de distrito de Cóbano, cedula
de personería jurídica número 3-007-078297, con las facultades que le otorga el Articulo 17, Inciso n) del
Código Municipal y la Resolución número 2715-E11-2024 de las diez horas con cincuenta minutos del dos
de abril del año dos mil veinticuatro, publicada en el alcance N°70 a la Gaceta N°63 del día diez de abril del
año dos mil veinticuatro, para el periodo que va del primero de mayo del año dos mil veinticuatro al treinta
de abril del año dos mil veintiocho, el cual fue juramentado en la sesión solemne del día 1 de mayo del año
dos mil veinticuatro quién en adelante y para efectos de este convenio en adelante se denominará: “ CMDC
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“ e ,IVANNIA PATRICIA RODRÍGUEZ PORRAS, mayor, soltera, de profesión administradora, cédula de
identidad número 4-0197- 0488, vecina de Mal País, en condición de presidenta de la Asociación de
Desarrollo Integral de Mal País y Santa Teresa, con cédula jurídica 3-002-087007, quien en adelante y para
efectos de este convenio se denominara “LA ASOCIACIÓN”.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: El Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, de conformidad con lo dispuesto en el ARTICULO
169 y 170 de la Constitución Política, en concordancia con lo establecido en el Código Municipal, en los
ARTIULOS 2, 4 párrafo primero e inciso c), es la entidad llamada a velar por la administración de los intereses
y servicios locales, en la jurisdicción de su competencia.
SEGUNDO: Al amparo de esa competencia constitucional y legal que el ordenamiento le confiere, puede
concertar con personas o entidades nacionales e internacionales pactos y convenios, necesarios para el
cumplimiento de sus fines, tal como lo dispone el artículo 4, inciso f) del Código Municipal, así como las
disposiciones contenidas en la ley de contratación administrativa, su reglamento y demás normativa
aplicable a la materia.
TERCERO: El Concejo Municipal del Distrito de Cóbano es propietario de los bienes inmuebles ubicados en
Santa Teresa de Cóbano, TERRENO FINCA 6-199004-000 descrita mediante PLANO P-1205341-2008 PLAZA
DE DEPORTE y la FINCA 6-207112-000 descrita mediante Plano P-1205349-2008 para Salón de uso comunal.
CUARTO: “LA ASOCIACIÓN” mediante acuerdo número 2.de la sesión ordinaria Número 182 de fecha 23 de
Agosto de 2024 Se acuerda en firme, aprobar el presente convenio ENTRE EL CONCEJO MUNICIPAL DEL
DISTRITO DE COBANO Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MAL PAÍS Y SANTA TERESA DE
COBANO.
QUINTO: La ley sobre el desarrollo de la comunidad, número 3859 del 07 de abril de 1967, en su artículo 14
textualmente plantea “Declárase de interés público la constitución y funcionamiento de asociaciones para
el desarrollo de comunidades, como un medio de estimular a las poblaciones a organizarse para luchar, a la
par de organismos del Estado, por el desarrollo económico y social del país.
SEXTO: El artículo 16 de la ley supra mencionada establece que el Estado, las instituciones autónomas y
semiautónomas, las municipalidades y demás entidades públicas, quedan autorizadas para otorgar
subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a estas asociaciones, como una forma
de contribuir al desarrollo de las comunidades y al progreso económico y social del país.
SETIMO: El artículo 23 de la ley en mención establece que, para su funcionamiento, las asociaciones pueden
adquirir toda clase de bienes, celebrar contratos de cualquier tipo y realizar toda clase de operaciones lícitas
dirigidas a la consecución de sus fines.
OCTAVO: “LA ASOCIACIÓN” está constituida de conformidad con la Ley 3859 y se encuentra vigente a la
fecha, según consta en su personería jurídica, extendida por DINADECO.
NOVENO: La Asociación de Desarrollo Integral de Mal País y Santa Teresa de Cóbano, como administrador
de los inmuebles velará que las instalaciones del inmueble, del presente convenio, cumpla con este
propósito y ninguna de las actividades que se realicen en estos interfieran con el mismo.
DECIMO: La ley sobre el Desarrollo de la Comunidad N° 3859, establece en su artículo 18, lo siguiente
“Artículo 18.- Las asociaciones de desarrollo están obligadas a coordinar sus actividades con las que realice
la Municipalidad del cantón respectivo, a fin de contribuir con su acción al buen éxito de las labores del
organismo municipal y obtener su apoyo. En atención al artículo de cita, el Concejo Municipal del Distrito
de Cóbano y la ASOCIACIÓN, coordinaran lo necesario para el desarrollo de eventos sociales, culturales, u
otros de la misma índole, de conveniencia para el Distrito y los habitantes de injerencia de la ASOCIACIÓN.
DUODECIMO: Con respecto a la reparación de caminos, del área de jurisdicción de dicho convenio, cuando
se tenga injerencia y sea posible, la Asociación se encargará de recibir el material, y el Concejo Municipal
de Distrito de Cóbano facilitará la maquinaria, con el objetivo de realizar las reparaciones a satisfacción, o
en su defecto cualquiera de las dos partes, de disponerlo, podrá suministrar maquinaria, material o mano
de obra.
Con sustento en los considerandos anteriores, las partes acuerdan firmar el presente CONVENIO ENTRE EL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MAL PAÍS
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Y SANTA TERESA PARA DAR EN USO Y ADMINISTRACIÓN LOS TERRENO FINCA 6-199004-000 descrita
mediante PLANO P-1205341-2008 PLAZA DE DEPORTE y la FINCA 6-207112-000 descrita mediante Plano P-
1205349-2008 para Salón de uso comunal.
II. Objetivo.
El objetivo del presente convenio lo constituye la facilitación por parte de El Concejo Municipal del Distrito
de Cóbano, del uso y administración de los bienes inmuebles terreno FINCA 6-199004-000 descrita
mediante PLANO P-1205341-2008 PLAZA DE DEPORTE y la FINCA 6-207112-000 descrita mediante Plano P-
1205349-2008 para Salón de uso comunal a la ASOCIACION, sin que tal acto implique derecho alguno de los
que el ordenamiento jurídico confiere al propietario de un inmueble, en lo que a la nuda propiedad se
refiere, ni cualquier acto propio del dominio sobre eso bienes. Así como convenio de cooperación y
coordinación de lo necesario para el desarrollo de eventos sociales, culturales, u otros de la misma índole,
de conveniencia para el Distrito y los habitantes de injerencia de la ASOCIACIÓN. Así mismo, cooperación
con respecto a la reparación de caminos, del área de jurisdicción de dicho convenio, cuando se tenga
injerencia y sea posible.
III. Obligaciones.
Serán obligaciones del CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO las siguientes:
1) Mantener los inmuebles objeto del presente convenio a LA ASOCIACIÓN para el uso y
administración de los mismos, mientras dure la vigencia del presente convenio.
2) Cualesquiera otra que se deriven de este acuerdo o resulten necesarias para el correcto
acatamiento de los fines e intereses del CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO y de los
vecinos usuarios de los inmuebles.
3) Revisar el informe anual suministrado por la Asociación para validar que no existan anomalías. De
existir, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, como Órgano colegiado deberá informar a la
administración municipal sobre las posibles anomalías que encuentre en dicho informe y que
atenten contra las cláusulas y condiciones pactadas en este convenio. La administración municipal
mediante un oficio deberá de informar de estas anomalías a la Asociación para que esta rectifique
las mismas. De no corregirse, la Asociación podrá ser sancionada y hasta revocarse el presente
convenio.
Serán obligaciones de LA ASOCIACIÓN las siguientes:
1) Remitir a la Municipalidad informe anual relacionado al uso y administración del bien inmueble,
objeto del presente convenio, del cual entregará una copia al Concejo Municipal de Distrito.
2) Brindarle al bien inmueble objeto de este convenio, el debido mantenimiento y cuido, así como el
pago de los servicios públicos correspondientes.
3) Administrar el bien inmueble de manera tal que se asegure el cumplimiento de la finalidad de LA
ASOCIACIÓN y del Concejo de Distrito, cual es el fortalecimiento del desarrollo de la comunidad.
4) Garantizar que en los bienes inmuebles objeto del presente convenio no se realicen actividades
político – partidarias o que atenten contra la moral, la dignidad y las buenas costumbres.
5) Integrar, en la medida de lo posible, a la mayor parte de la comunidad en la organización, ejecución
y desarrollo de actividades, para procurar el máximo aprovechamiento del bien inmueble en
cuestión.
6) Previo a ejecutar cualquier obra de infraestructura en los inmuebles, LA ASOCIACIÓN deberá de
someter a conocimiento del CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO LA el proyecto con sus
respectivos planos, para que sea esa dependencia quien otorgue la aprobación respectiva al
proyecto o en su caso lo envié a la dependencia correspondiente. Dichas mejoras serán
consideradas propiedad de la Municipalidad, sin que ésta tenga que pagar su valor.
7) Elaborar un reglamento de manejo de uso del bien inmueble. En la confección de dicho reglamento
participará el Concejo de Distrito de Cóbano, el cual velará por el cumplimiento de las disposiciones
del mismo, las cuales no deben atentar contra la autonomía y las funciones de dicho Concejo.
8) Las actividades que se desarrollen en los inmuebles, serán a criterio y autorización de LA
ASOCIACIÓN como administrador, de ninguna forma se atentarán contra la autonomía y las
funciones del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano
9) Ante situaciones de emergencia decretadas por el Poder Ejecutivo o condiciones de riesgo en el
Distrito de Cóbano, LA ASOCIACIÓN deberá entregar el uso del inmueble al Concejo Municipal del
Distrito de Cóbano, para el Comité Municipal de Emergencias, con el objetivo de ser usado como
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alojamiento temporal para personas afectadas por el periodo operacional requerido por las
autoridades locales. Para ello el Comité Municipal de Emergencias de Cóbano deberá de disponer
de las llaves de acceso a las instalaciones.
IV. El órgano supervisor y de coordinación.
El órgano supervisor encargado de velar por la ejecución de lo pactado será, por parte del CONCEJO
MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO, Por su parte, LA ASOCIACIÓN designará como órgano
fiscalizador a quien ostente el cargo de fiscal en la Junta Directiva o bien a través de la persona que
el presidente designe, con acuerdo de la Junta Directiva.
V. Aporte de fondos.
Para efectos fiscales y por el objeto de este convenio su cuantía es inestimable.
VI. Plazo del convenio.
El presente convenio tendrá una vigencia de diez años, contados a partir de su firma, existiendo la
posibilidad de prorrogarlo de manera automática, por medio de acuerdo del Concejo Municipal de
Distrito hasta por un periodo igual o mayor, solicitud que deberá de realizarse con al menos seis
meses de antelación a la conclusión de la vigencia del mismo.
VII. Aprobación.
Que mediante el acuerdo N° xxx artículo N° xxx, de la Sesión Ordinaria N° XXX, celebrada el XXX, se
autoriza al señor Intendente a firmar el presente convenio.
En aceptación de lo anterior, ambas partes firmamos dos tantos de igual valor literal, en el distrito de
Cóbano, el día XXXX. ES TODO. Se somete a votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes
2. Posterior a la aceptación y aprobación enviar al concejo Municipal de Puntarenas para su
respectiva modificación mediante acuerdo. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION
ACUERDO N°4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “ 4.1. Acoger en todas sus partes la moción
presentada por la Intendencia.******************
4.2. Aprobar en todas sus partes el convenio denominado CONVENIO ENTRE EL CONCEJO
MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COBANO Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL
DE MAL PAÍS - SANTA TERESA DE COBANO tal como se indica en la moción” ****
4.3. Remitir al Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas para su debida ratificación.
4.4. Autorizar al Intendente a firmar el respectivo convenio una vez sea aprobado por el Concejo
Municipal de Puntarenas. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Mario Delgado
Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor Centeno Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y
Angie Bonilla Santana. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
c. ASUNTO. HIMNO OFICIAL
Señores
Concejo Municipal de Distrito Cóbano
MOCIÓN
Quien suscribe, Ronny Montero Orozco, Intendente de este Concejo Municipal de Distrito, con
fundamento en el artículo 27) del Código Municipal, Mociono lo siguiente
CONSIDERANDO:
1. Que el municipio de Cóbano no posee un himno oficial.
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2. Que estas en un proceso de independencia cantonal que requiere tener nuestra propia
identidad
3. Que es necesario motivar e iniciar una tradición con un himno que nos represente en el
tiempo.
4. Que Cóbano merece tener un himno que nos identifique a nivel nacional e internacional.
5. Que en los años 80 el señor Miguel Vega Alvarado cantante, musico y compositor escribió
una canción para Cóbano
Por tanto, el Intendente Municipal de Cóbano propone al Concejo Municipal de Cóbano la
siguiente moción:
1. Dar una audiencia al señor Miguel Vega Alvarado cantante, musico y compositor
para que exponga la letra de la canción que puede ser el himno oficial de Cóbano
ACUERDO N°5
Con cinco votos a favor SE ACUERDA: 5.1 Acoger la moción presentada por la Intendencia, y
recibir en audiencia en sesión extraordinaria al Sr. Miguel Vega Alvarado y que el Intendente
realice la convocatoria con la debida anterioridad . ACUERDO UNANIME. Votan a favor los
Concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor Centeno Sandi, Francisco
Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana.
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
COMISION DE ASUNTOS JURIDICOS
a. ASUNTO. APROBACION Y PUBLICACION POR SEGUNDA VEZ DEL REGLAMENTO
PARA LA GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS DEL DISTRITO DE COBANO.
DICTAMEN DE COMISION
Acta numero cero nueve - dos mil veinticuatro de la comisión permanente de Asuntos Jurídicos,
celebrada el día veintidós de noviembre del dos mil veinticuatro, a las quince horas con treinta
minutos en la sala de sesiones de este Concejo. Presentes los miembros: Minor Centeno, Ivania
Prendas, Mario Delgado y la asesora Licda. Aralyn Villegas, Asesora Legal del Concejo de
Concejales
DICTAMEN N°03
CONSIDERANDO:
→ Que el Concejo ha trasladado a esta comisión la versión final del reglamento para la gestión
integral de residuos sólidos del distrito de Cóbano, el cual incluye las observaciones que
se aceptaron, una vez publicado por primera vez en el periódico La Gaceta como proyecto
de reglamento
→ Que se han conocido y analizado las observaciones realizadas y aceptadas
→ Que este es un reglamento muy importante para este Concejo
POR LO TANTO
Esta comisión permanente de Asuntos Jurídicos con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del Código
Municipal DICTAMINA, recomendar al Concejo:
1. Se apruebe en todas sus partes el Reglamento denominado Reglamento para la gestión
Integral de Residuos Sólidos del Distrito de Cóbano, el cual se detalla:
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Reglamento para la Gestión Integral de Residuos Sólidos del Distrito de Cóbano
En uso de las facultades conferidas en el artículo 140 incisos 3) y 18) y artículo 169 de la Constitución
Política, el artículo 28 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública N.º 6227; artículos 60, inciso
c) y 69 de la Ley Orgánica del Ambiente N.º 7554; el artículo 8, inciso b) de la Ley para la Gestión Integral
de Residuos N.º 8839; el artículo 13, inciso c) del Código Municipal N.º 7794; y según acuerdo municipal,
de la Sesión Ordinaria número ___ de fecha __ de _____ de 202_.
Considerando:
a) Que el artículo 50 de la Constitución Política reconoce el derecho de toda persona a gozar de un ambiente
sano y ecológicamente equilibrado, así como el deber del Estado de garantizar, defender y preservar dicho
derecho.
b) Que según el artículo 169 de la Constitución Política corresponde a la municipalidad la administración
de los intereses y servicios locales.
c) Que según la Ley para la Gestión Integral de Residuos corresponde a las municipalidades la gestión
integral de residuos sólidos en su cantón.
d) Que de conformidad con el Código Municipal, el Concejo puede organizar mediante reglamento la
prestación de los servicios públicos municipales.
e) Que el Distrito de Cóbano cuenta con el Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos como
instrumento para la planificación y ejecución del manejo de los residuos a nivel local.
Por tanto; el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano conforme a las potestades mencionadas, acuerda emitir
el Reglamento Municipal para la Gestión Integral de Residuos Sólidos del Distrito de Cóbano.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Objetivo general. Regular y ordenar la gestión integral de los residuos sólidos provenientes de
las actividades humanas en el Distrito de Cóbano.
Artículo 2. Objetos específicos. Se tienen por objetivos específicos los siguientes:
a) Definir las responsabilidades de los diferentes actores y generadores.
b) Establecer el marco jurídico para la elaboración, actualización, implementación y monitoreo del Plan
Municipal para la Gestión Integral de Residuos Sólidos.
c) Regular la separación, recolección, transporte, transferencia, almacenamiento temporal, valorización,
tratamiento y disposición final de los residuos.
d) Definir y establecer la estructura institucional y operativa necesaria para cumplir la gestión integral de
residuos.
e) Complementar las regulaciones nacionales vigentes en materia de gestión integral de residuos sólidos.
f) Generar procesos de educación ambiental relacionados con la gestión integral de residuos y el consumo
responsable.
Artículo 3. Alcance. Este reglamento es de acatamiento obligatorio para todas las personas físicas y jurídicas,
públicas y privadas, generadoras de residuos sólidos, usuarios del servicio de recolección municipal y
entidades autorizadas por el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano para el manejo de algunas de las etapas
de la Gestión Integral de Residuos Sólidos que se encuentren localizadas dentro del ámbito territorial del
Distrito de Cóbano.
Artículo 4. Definiciones y acrónimos. Para los efectos de este reglamento se entiende por:
Almacenamiento: Acción de retener temporalmente residuos en tanto se entregan al servicio de recolección.
Centros de recuperación de materiales: Sitio de recepción y almacenamiento temporal de residuos para su
valorización, donde los materiales recuperables pueden ser pesados y clasificados de acuerdo a su naturaleza
para su posterior comercialización.
Compostaje: Técnica que permite la descomposición aeróbica de la materia orgánica biodegradable en forma
controlada para lograr un producto utilizable como mejorador de suelo.
Concesionario: Persona física o jurídica a quien, mediante un acto jurídico-administrativo le es otorgado
temporalmente el derecho de hacerse cargo del servicio de recolección, transporte, tratamiento, reciclaje y/o
disposición final de los residuos ordinarios del distrito o parte de él.
Concejo: Para efectos del presente Reglamento, siempre que sea indicado, se refiere al Concejo Municipal
de Distrito de Cóbano.
Contenedor: Recipiente destinado al almacenamiento temporal de residuos sólidos.
Contribuyente: Persona física o jurídica que recibe los servicios municipales y que tiene la obligación de
pagar las tasas respectivas.
Disposición final: Ordenada y definitiva colocación, distribución y confinamiento de los residuos en un sitio
diseñado para este fin.
Embalaje: Recipiente o envoltura que contiene los residuos de manera temporal para proteger su contenido
y facilitar su almacenaje, manipulación y transporte.
ACTA 036-25 07/01/2025 Factor de ponderación: Factor numérico que representa la proporcionalidad entre las categorías tarifarias al multiplicarse por la tasa residencial más baja, para obtener una distribución equitativa de los costos del servicio. Fuente de generación: Lugar donde se generan los residuos. Generador: Persona física o jurídica, pública o privada, que genera residuos sólidos a través del desarrollo de procesos productivos, servicios, comercialización o consumo. GIRS: Gestión Integral de Residuos Sólidos. Conjunto articulado de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas, educativas, de planificación, monitoreo y evaluación para el manejo de los residuos sólidos ordinarios, desde su generación hasta la disposición final. Gestor: Persona física o jurídica, pública o privada, encargada de la gestión total o parcial de los residuos sólidos y debidamente autorizada de conformidad con el artículo 32° de la Ley para la Gestión Integral de Residuos. Gran generador: Persona física o jurídica, pública o privada, que genere una cantidad igual o superior a 24 toneladas de residuos sólidos ordinarios al año o su equivalente en otra unidad de medida. Incentivo: Beneficio otorgado a los generadores que contribuyen con una correcta gestión de los residuos. Lixiviado: Líquido que se forma como resultado del proceso de percolación de un fluido a través de un sólido y que en su composición presenta gran cantidad de los compuestos presentes en el sólido que atraviesa. Manejo integral: Medidas técnicas y administrativas para cumplir con lo estipulado en la Ley N.º 8839 y su reglamento. PMGIRS: Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos del Distrito de Cóbano. Instrumento que orienta las acciones municipales para la gestión integral de residuos. Propietario: Persona física o jurídica con título de propiedad inscrito en el Registro Nacional. Poseedor: persona física o jurídica que ejerce el dominio sobre un inmueble sin contar con título inscrito en el Registro Público. Puntos estratégicos: Sitios seleccionados por sus características geográficas, logísticas y administrativas para la colocación de contenedores especializados para la recolección de los residuos valorizables. Recolección: Acción de recolectar los residuos sólidos de competencia municipal en las fuentes de generación o en los sitios destinados para ello, previo al traslado para su valorización, tratamiento y/o disposición final. Recolección privada: Todo proceso de recolección de residuos que se realice de manera directa entre un generador y un gestor autorizado de residuos dentro del territorio del distrito, sin la intervención del Concejo. Recolección selectiva: Recolección de residuos sólidos previamente separados según su tipo en la fuente. Reglamento: El presente reglamento. Residuos punzo-cortante: Todo objeto con capacidad de penetrar y/o cortar tejidos; entre ellos: instrumental médico y quirúrgico, artículos de laboratorio, vidrios rotos, alambre de púas, y otros de uso industrial y doméstico con características similares. Su manejo, almacenamiento y disposición requieren precauciones especiales para evitar accidentes y proteger la salud de las personas involucradas en su manipulación, así como para prevenir riesgos de contaminación ambiental. Relleno sanitario: Método de ingeniería para la disposición final de los residuos sólidos que cumple con el Decreto N.º 38928-Reglamento Sobre Rellenos Sanitarios. Residuo sólido: Material sólido o semi-sólido, pos-consumo cuyo generador o poseedor debe o requiere deshacerse de él. Residuo sólido fácilmente biodegradable: Residuo orgánico sólido o semi-sólido, de origen animal o vegetal, que puede ser descompuesto y aprovechado por medio del compostaje. Residuo sólido no valorizable: Residuo que no tiene valor de uso o recuperación y que debe ser dispuesto adecuadamente. Residuo sólido ordinario: Residuo de origen domiciliario o que proviene de cualquier otra actividad comercial, de servicios u oficinas, de limpiezas de vías o zonas públicas, que tengan características similares a los domiciliarios. Residuo sólido peligroso: Aquel que, por sus características corrosivas, radioactivas, tóxicas, infecciosas, biológicas o la combinación de ellas, pueden provocar reacciones tóxicas, explosivas, corrosivas, radioactivas, biológicas, bioinfecciosas, inflamables, combustibles u otras que puedan causar daños a la salud de las personas y al ambiente. Residuo sólido valorizable: Residuo que tiene valor de reúso o tiene potencial de ser valorizado a través de procesos de reciclaje o compostaje. Residuos de construcción y demolición: Aquellos generados en faenas tales como: la construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de edificios. Residuos de manejo especial: Aquellos que, por su volumen, cantidad, riesgos potenciales, necesidades de transporte, condiciones de almacenaje o valor de recuperación, requieren salir de la corriente normal de residuos.
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Residuos electrónicos: residuos que se derivan de aparatos electrónicos tanto de uso doméstico como
comercial. Se consideran parte de estos residuos los componentes, subconjuntos y consumibles que forman
parte del producto.
Residuos sólidos no tradicionales/voluminosos: Aquellos objetos dispuestos por sus propietarios en forma
esporádica al haber terminado su vida útil, los cuales, por su tamaño, peso o características, no son aptos para
la recolección ordinaria y requieran de un servicio especial de recolección (p.ej. refrigeradores, calentadores
de agua, estufas, colchones, lavadoras o cualquier mueble de características similares).
Tasa: Tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio
público, individualizado en el contribuyente y cuyo producto no debe tener un destino ajeno al servicio, razón
de ser de la obligación.
Tarifa: Denominación que se le da a la expresión matemática que representa el costo que debe cancelar el
contribuyente por la prestación efectiva o potencial del servicio público.
Tratamiento: Transformación de los residuos o partes específicas a nuevos productos o al cambio de las
características (p.ej. reciclaje, compostaje, tratamiento mecánico-biológico, tratamiento térmico, etc.).
Trazabilidad de los residuos: Caracterización de cada etapa del manejo de los residuos, desde que se
generan hasta su disposición final.
Unidad comercial: Aquella que genera sus actividades comerciales dentro de un mismo local y que,
mediante una barrera física, como por ejemplo una pared, permite distinguirlo de otro local.
Unidad institucional: Aquella que por su naturaleza está libre del pago de impuestos municipales y que, por
lo general, son entidades estatales o de interés social (p.ej. ASADAS, Iglesias, Asociaciones de Desarrollo
Integral, etc.).
Unidad residencial: Recinto habitable que satisface las necesidades básicas de alojamiento y/o que cuenta
al menos con dormitorio, cocina, baño y sanitario.
Usuario: Toda persona física o jurídica, pública o privada, que resulte afectada o beneficiada de los servicios
de la gestión integral de residuos.
Valorización: Conjunto de acciones asociadas cuyo objetivo es recuperar el valor de los residuos para que
sean utilizados nuevamente en los procesos productivos, así como la protección de la salud y el ambiente.
Vía pública: Es todo terreno de dominio público y de uso común, que por disposición de la autoridad
administrativa se destinare al libre tránsito de conformidad con el ordenamiento jurídico urbano.
Artículo 5. Propiedad de los residuos. Los residuos sólidos generados en el Distrito de Cóbano serán
propiedad y responsabilidad del Concejo, desde el momento en que los usuarios del servicio público sitúan o
entregan los residuos para su recolección de conformidad con el presente Reglamento; sin embargo, previa
autorización del Concejo, estos residuos podrán ser entregados y/o recolectados por un gestor autorizado o
una empresa mixta para su valorización, asumiendo a su vez la propiedad de estos y la responsabilidad de su
manejo.
CAPÍTULO II
De las Competencias del Concejo y Atribuciones del Departamento de Gestión Ambiental
Artículo 6. Competencias del Concejo. Son competencias del Concejo las siguientes:
a) Elaborar, actualizar, aprobar e implementar el PMGIRS.
b) Proveer el servicio de recolección de residuos sólidos ordinarios en forma selectiva, accesible, periódica
y eficiente a todos los habitantes del distrito, así como de centros de recuperación de materiales, con
especial énfasis en los de pequeña y mediana escala para su posterior valorización.
c) Fijar y actualizar las tasas para los servicios de manejo de residuos sólidos que permitan realizar la
gestión integral de los mismos, considerando los costos asociados y necesarios para dicha gestión,
más un 10% de utilidad para su desarrollo.
d) Establecer alianzas y convenios con otros gobiernos locales, cooperativas, grupos organizados,
empresas locales, nacionales o internacionales, asociaciones u otras entidades públicas o privadas
con el fin de que participen en la gestión integral de los residuos sólidos.
e) Prevenir y eliminar los vertederos y botaderos a cielo abierto, los acopios no autorizados y los
tratamientos inadecuados de residuos.
f) Promover la capacitación, campañas educativas y sensibilización de los habitantes del distrito.
g) Realizar campañas de información y comunicación sobre la GIRS en el distrito.
h) Proveer los recursos necesarios para realizar y fiscalizar los procesos de GIRS en el distrito.
i) Atender las denuncias de incumplimientos a la Ley para la Gestión Integral de Residuos N.º 8839
ante los órganos competentes.
j) Tramitar las sanciones correspondientes en casos de incumplimiento de la legislación vigente.
k) Promover e incentivar en la población la disminución de la generación de residuos derivados de
fuentes no renovables y de un solo uso, así como la generación de residuos que atenten contra la
salud pública y ambiental.
Artículo 7. Atribuciones de la Oficina de Gestión Ambiental. Son atribuciones de la Oficina de Gestión
Ambiental las siguientes:
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a) Elaborar, implementar y actualizar el PMGIRS en coordinación con la Comisión para la Gestión
Integral de los Residuos Sólidos, creada por el Concejo Municipal.
b) Presupuestar anualmente el recurso económico que necesita la Oficina de Gestión Ambiental para el
cumplimiento del PMGIRS y este Reglamento.
c) Coordinar y fiscalizar los procesos técnicos de separación, recolección, transporte, transferencia,
almacenamiento temporal, valorización, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos
generados en el distrito.
d) Establecer e informar a la población sobre las rutas, horarios y periodicidad en que se prestará el
servicio de recolección de residuos.
e) Coordinar con otras unidades, áreas técnicas y logísticas del Concejo para la realización de
actividades que tengan como objetivo el mejoramiento de la gestión integral de los residuos.
f) Determinar, en conjunto con la Administración Tributaria, las tasas por los servicios municipales
relacionados a la GIRS.
g) Mantener actualizado el registro de usuarios del servicio de recolección a nivel residencial, comercial
e institucional.
h) Procurar la utilización de los recursos disponibles, personal, maquinaria, equipo e instrumentos, de
forma tal que permita la optimización de sus funciones.
i) Promover la sensibilización de los habitantes del distrito sobre la importancia de la reducción en el
consumo, la reutilización, la separación y la valorización de los residuos sólidos.
j) Promover, apoyar e incentivar iniciativas tecnológicas y educativas locales que sean amigables con
el ambiente y que promuevan la gestión integral de los residuos por medio de la acción
interinstitucional.
k) Gestionar procesos de investigación e innovación en materia de gestión de residuos sólidos mediante
alianzas con universidades públicas y privadas.
l) Solicitar a los generadores que se encuentren dentro del territorio del distrito, información acerca del
manejo de los residuos ordinarios, especiales y peligrosos que provengan de sus actividades.
m) Establecer el registro de empresas y particulares autorizados para la prestación de servicios de
recolección de residuos sólidos en el distrito.
n) Establecer y mantener actualizado el registro de los grandes generadores de residuos sólidos.
o) Mantener bases de datos detalladas y actualizadas que contendrán la información relativa a la
situación local, inventarios de residuos generados, infraestructura disponible para su manejo,
disposiciones jurídicas aplicables a su regulación y control, entre otros aspectos que faciliten el logro
de los objetivos de la Ley 8839 y los ordenamientos que de ella emanen.
p) Estimular y promover la participación de la población en las actividades necesarias para la vigilancia
y cumplimiento del presente Reglamento.
q) Coordinar con las autoridades y órganos competentes, la vigilancia del cumplimiento de la normativa
vigente y aplicable en materia de residuos sólidos.
r) Elaborar, instrumentalizar y operar un área de atención de denuncias.
s) Tramitar denuncia y sanciones en caso de incumplimiento del presente Reglamento.
CAPÍTULO III
Plan Municipal para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos
Artículo 8. Generalidades. Este plan es el instrumento que orientará las acciones municipales para la
gestión integral de residuos en el Cantón. La estrategia del plan será elaborada para un período de diez
años. Los planes de acción deben ser actualizados cada cinco años mediante un proceso participativo y
divulgado mediante una audiencia pública de acuerdo con lo descrito en el Artículo 12 de la Ley para la
Gestión Integral de Residuos N.º 8839 y el Artículo 21 del Reglamento General a la Ley para la Gestión
Integral de Residuos N.º 37567-S-MINAET-H.
Artículo 9. Contenido del Plan Municipal para la GIRS. El Plan Municipal debe incorporar como
mínimo los elementos establecidos en el artículo 22° del Reglamento General a la Ley para la Gestión
Integral de Residuos.
CAPÍTULO IV
Generadores de Residuos
Artículo 10. Tipos de generadores. Los generadores en el Distrito de Cóbano están clasificados de la
siguiente manera:
a) Residencial: Es todo aquel que genera sus residuos en una unidad residencial y cuyos residuos suelen
ser ordinarios y especiales.
b) Comercial: Es todo aquel que genera sus residuos en una unidad comercial como producto de
actividades de venta de bienes o servicios y cuyos residuos suelen ser ordinarios, peligrosos y/o
especiales.
c) Institucional: Es todo aquel que genera sus residuos en una unidad institucional y cuyos residuos
suelen ser ordinarios, especiales e incluso peligrosos.
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d) Mixto: Cuando existe combinación del tipo Residencial con Institucional o Comercial.
Artículo 11. Obligaciones de los generadores. Los generadores tendrán las siguientes obligaciones:
a) Reducir, minimizar y separar los residuos desde la fuente de generación, según las categorías
establecidas en el presente reglamento y clasificar según los tipos de residuos valorizables.
b) Almacenar temporalmente los residuos generados en sus casas, comercios o terrenos de tal forma que
no causen ningún impacto y/o riesgo para la salud y el ambiente.
c) Los residuos deberán ser colocados para su recolección de acuerdo a las rutas y horarios establecidos
para este fin, según las opciones que el Concejo ofrezca y comunique.
d) Colocar los residuos en un recipiente al frente de su propiedad y con acceso a la vía pública o en
sitios oficialmente designados para esto, evitando la obstrucción peatonal y vehicular, la libre
escorrentía de aguas pluviales y que no puedan ser alcanzados por la fauna, pero sí por el personal de
recolección.
e) Mantener limpios y en condiciones higiénicas los sitios de entrega, las canastas, recipientes,
contenedores o bodegas en los cuales se disponen los residuos en espera de su recolección.
f) Entregar los residuos sujetos a disposición final exclusivamente a un sistema municipal de
recolección o a gestores autorizados por el Ministerio de Salud para brindar este servicio, así como
vigilar que estos sean gestionados en forma ambiental y sanitariamente segura.
g) En las zonas donde el Concejo o gestores autorizados ofrecen el servicio de recolección de manera
selectiva, los residuos sólidos deberán entregarse debidamente empacados en bolsas plásticas o de
características similares (preferiblemente biodegradables), cumpliendo con las siguientes
condiciones:
i. Su resistencia deberá soportar la tensión ejercida por los residuos contenidos y por la
manipulación, y su capacidad no debe exceder los 20 kilogramos de peso.
ii. Su color debe ser de acuerdo a lo siguiente: transparentes para residuos valorizables, verde para
residuos orgánicos y cualquier color exceptuando los anteriormente mencionados y el rojo, para
residuos no valorizables.
iii. Deberán poder cerrarse por medio de un dispositivo de amarre fijo o nudo, de tal forma que
estando cerrados no permitan la entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos.
iv. Los residuos punzo-cortantes deberán ser empacados individualmente y depositados en un
recipiente cerrado, de tal forma que no constituyan un riesgo para la salud del personal
recolector, con su debida rotulación.
v. Todo empaque dañado deberá sustituirse a la mayor brevedad por el usuario, quien también
deberá recolectar los residuos que se hayan salido de los empaques.
h) Los residuos valorizables tales como vidrio, papel, cartón, plástico, aluminio, entre otros, deben ser
entregados libres de residuos orgánicos. El ente recolector podrá establecer otras o nuevas
condiciones para su separación, embalaje y recolección que serán comunicadas previamente a los
usuarios.
i) En caso que los residuos sean esparcidos en la vía pública por cualquier circunstancia antes de ser
recolectados, el generador y el dueño del inmueble donde estos se generaron deberán recogerlos y
depositarlos nuevamente en un recipiente adecuado.
j) Si el Concejo no ha establecido una ruta de recolección periódica de residuos valorizables, los
usuarios deberán participar de las campañas de recolección de este tipo o llevarlos a un centro de
acopio comunal debidamente autorizado.
k) Evitar la existencia de obstáculos temporales y/o permanentes, incluyendo vehículos estacionados,
que impidan la accesibilidad de los camiones recolectores frente a los dispositivos de
almacenamiento individual o colectivo, que dificulten la labor de recolección o que pongan en riesgo
la integridad del operario recolector. Dichas conductas se encuentran reguladas en el Artículo 84 y
sancionadas según Artículo 85 del Código Municipal N.º 7794.
l) En caso de existir obstáculos, temporales y/o permanentes frente a su propiedad o al contenedor,
ajenos al Concejo y que impidan la prestación efectiva del servicio, éste se dará por realizado sin
responsabilidad para el gobierno local, por lo cual se presentará el informe respectivo de la situación
ante el encargado de la Oficina de Gestión Ambiental, como respaldo en caso de presentarse reclamo
por parte del usuario.
m) En el caso de que los residuos sólidos no sean recolectados por incumplimiento en el horario por
parte del usuario, por la peligrosidad de los mismos, por no corresponder a la categoría de residuos
recolectados en ese día o por alguna infracción a lo establecido en este reglamento y la legislación
vigente, el generador deberá retirar esos residuos de la vía pública de forma inmediata y disponerlos
correctamente en la siguiente jornada de recolección respectiva.
n) No entregar al servicio de recolección municipal residuos ordinarios mezclados con residuos de
manejo especial, peligrosos, no tradicionales o voluminosos.
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o) El usuario no debe colocar los residuos directamente en el camión recolector, esta labor sólo podrá
ser efectuada por el personal designado para este fin.
p) En sitios donde no transite el camión recolector debido a las condiciones de acceso, los usuarios
deberán trasladar sus residuos ordinarios al punto más cercano de la ruta de recolección que el
Concejo indique.
q) Los residuos generados por el mantenimiento de áreas verdes o jardines (ramas, zacate, hojas, etc.),
no se consideran residuos sólidos ordinarios que deban ser llevados a un relleno sanitario, por lo que
el generador no deberá entregarlos al servicio de recolección municipal de residuos ordinarios y
deberá darles un manejo adecuado.
r) Los animales muertos deberán ser dispuestos por los propietarios o responsables de estos, excepto
por lo dispuesto en el artículo 8 inciso e) de la ley 8839.
s) Las personas físicas o jurídicas poseedoras de animales, deberán responsabilizarse de recoger las
excretas y todo residuo que estos generen.
t) Pagar de forma oportuna la tarifa correspondiente por los servicios que brinda el Concejo en
recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos.
u) En caso de que se realicen campañas específicas de recolección de residuos peligrosos, de manejo
especial o de cualquier otro tipo, deberán ser entregados al servicio de recolección o al centro de
acopio temporal establecido en recipientes adecuados, evitando ocasionar daños a la salud y al
ambiente.
CAPÍTULO V
Sistemas de Almacenamiento Colectivo de Residuos
Artículo 12. Contenedores colectivos. Serán de uso obligatorio para los usuarios que:
a) Se ubiquen en vías que no sean públicas.
b) Se ubiquen en vías donde el ingreso del vehículo recolector resulte difícil o peligroso y se imposibilite
la recolección puerta a puerta.
c) Se ubiquen en zonas muy empinadas donde se requiera de un esfuerzo extraordinario de los
funcionarios de recolección, de un elevado uso del tiempo de la cuadrilla, o que se deba forzar
significativamente a los vehículos de recolección.
d) Desarrollen sus actividades en condominios, alamedas, servidumbres y edificios de dos o más pisos.
e) Se ubiquen en centros comerciales.
f) Sean considerados un gran generador de residuos.
Artículo 13. Tipos de contenedores de almacenamiento colectivos. Por su estructura y forma de uso, se
definen los siguientes tipos:
a) De canasta: aquellos en los que la extracción de los residuos se realiza por la parte superior, que
pueden estar elevados o colocados directamente sobre el suelo y que cuentan con una tapa superior.
b) De cajón: aquellos en los que la extracción de los residuos se realiza lateralmente, que pueden estar
elevados o colocados directamente sobre el suelo y que cuentan con puertas laterales.
Artículo 14. Requisitos para los sistemas de almacenamiento colectivo. Los contenedores a los que hace
referencia los Artículos 12 y 13 del presente reglamento cumplirán como mínimo con los siguientes
requisitos:
a) Deben poseer tapas superiores y/o puertas laterales para proteger los residuos de la fauna, que sean
resistentes a las inclemencias del tiempo.
b) Estar ubicados en el sitio que mejor garantice el fácil acceso a los residuos desde la vía pública.
Deben construirse o ubicarse dentro de la propiedad privada, contiguos a la acera, o donde el Concejo
autorice, garantizando el acceso directo desde la vía pública.
c) En contenedores con puertas laterales, la apertura de las mismas no debe interrumpir u obstaculizar
el tránsito por la vía pública
d) El diseño del sistema debe ser ergonómico para garantizar condiciones óptimas de seguridad
ocupacional a los operarios recolectores y facilitar la labor de extracción de los residuos.
e) Contar con las dimensiones necesarias y suficientes para garantizar el almacenamiento temporal y
adecuada de los residuos, evitando que estos se depositen residuos fuera de los contenedores. Según
su tipo, deberán respetarse las siguientes condiciones:
i. Tipo canasta: la altura medida desde el suelo hasta el borde superior del contenedor no debe
superar una altura de 1,2 m, mientras que su profundidad máxima (vertical) no debe ser mayor
a 1 m. Sus dimensiones máximas deberán ser de 2,0 m de ancho y 4,0 m de largo.
ii. Tipo cajón: cuando la altura sea igual o menor a 1,5 m, la relación entre la medida de la altura y
la profundidad (horizontal) no podrá ser inferior a 1,5:1.
f) Los contenedores de uso colectivo no pueden estar ubicados dentro de las áreas de protección forestal,
salvo casos que respondan al interés público, sea autorizado por el Concejo Municipal y se toman las
medidas de prevención y mitigación suficientes para salvaguardar el medio ambiente.
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Artículo 15. Responsabilidades de los usuarios de contenedores colectivos. Cada usuario será
responsable de las siguientes acciones:
a) Diseño, construcción, rotulación y colocación, previa coordinación con el Concejo y visto bueno de
la persona encargada del servicio municipal de recolección de residuos.
b) Garantizar el aseo y realizar el mantenimiento del contenedor, velando por su uso adecuado y
evitando la formación de ambientes propicios para la propagación de insectos y roedores.
c) Cumplir con los horarios de recolección programados de forma tal que los residuos sean colocados
en un plazo no superior a 12 horas de anticipación.
d) Garantizar el acceso a los operarios del servicio municipal durante la jornada de recolección.
e) Mantener debidamente cerrado con llave o candado el contenedor después de cada uso.
f) Abstenerse de colocar residuos sin empacar, bolsas de residuos rotas y/o fuera del contenedor, puesto
que en cuyo caso no se recolectarán dichos residuos.
g) La disposición de los residuos no debe representar ninguna molestia para los vecinos o transeúntes,
ni tampoco afectar en forma alguna el libre tránsito por las vías públicas y aceras del distrito o el
funcionamiento del alcantarillado pluvial.
Artículo 16. Ferias u otras actividades públicas. Los encargados de turnos, festejos populares o patronales,
conciertos u otras actividades y espectáculos públicos a la que acuda el público de forma masiva, deberán
presentar un plan de manejo de los residuos durante el trámite de los respectivos permisos municipales, en el
que se indique la forma como se manejarán los residuos garantizando su recolección, transporte, tratamiento
y disposición final de acuerdo con este reglamento, y dicho plan debe contar con visto bueno por parte de la
Oficina de Gestión Ambiental municipal como parte de los requisitos para la aprobación de tales permisos.
Artículo 17. Ferias del Agricultor. Los inquilinos, encargados, responsables o administradores de
mercados públicos o ferias del agricultor deberán establecer un programa de gestión de residuos sólidos
para sus instalaciones y procesos, además, se les considerará un generador de tipo comercial, por lo que se
les asignará una tarifa de conformidad a lo que se indique en el ajuste tarifario vigente.
Artículo 18. De los programas de manejo de residuos por parte de los generadores. Estos deberán
cumplir con la Política Nacional de Gestión de Residuos, la Ley para la Gestión Integral de Residuos 8839
y su reglamento, la “Estrategia Nacional de Recuperación, Separación y Valorización de Residuos” así
como lo establecido en el PMGIRS y el presente reglamento.
Artículo 19. Obligatoriedad de conocimiento. El conocimiento del presente reglamento es una obligación
de todos los generadores del distrito y demás actores definidos en el alcance del mismo, por lo que su
desconocimiento no podrá ser usado como excusa para omitir las obligaciones respectivas y las sanciones
correspondientes.
CAPÍTULO VI
Gestores Autorizados
Artículo 20. Para el Concejo, el gestor autorizado de residuos sólidos es aquella persona física o jurídica
que cumpla con lo siguiente:
a) Contar con permiso sanitario de funcionamiento.
b) Contar con una patente municipal vigente para la gestión de residuos, en caso de tratarse de una
empresa comercial privada.
c) Contar con un programa de manejo de residuos en su calidad de generador como resultado de su
actividad de manejo.
d) Estar debidamente inscrito en el Registro de Gestores del Ministerio de Salud.
e) Presentar los requisitos anteriores ante la Oficina de Gestión Ambiental del Concejo para su registro.
Artículo 21. Tipos de gestores. Los gestores de residuos sólidos en el Distrito de Cóbano se clasificarán de
la siguiente manera:
a) De residuos ordinarios: aquellos que realizan el manejo de los residuos ordinarios, valorizables y no
valorizables; a nivel residencial, comercial e institucional.
b) De residuos de manejo especial y/o peligrosos: son aquellos facultados para el manejo de residuos
de manejo especial y residuos peligrosos, acorde a la Ley N.º 8839, el Reglamento para la
Declaratoria de Residuos de Manejo Especial N.º 38272-S y el Reglamento General para la
Clasificación y Manejo de Residuos Peligrosos N.º 41527 -S-MINAE.
c) De residuos electrónicos: aquellos gestores especializados en el manejo de residuos electrónicos,
según lo dispone el Decreto Ejecutivo 35933-S.
d) De residuos de la construcción y demolición: aquellos que manejen de manera parcial o total residuos
derivados o relacionados a procesos de construcción y/o demolición.
Artículo 22. Los gestores que posean convenios, contratos o alguna otra forma de asociación remunerada o
no remunerada con el Concejo, deberán entregar al menos un informe semestral al Concejo en donde se
indique la cantidad de material recolectado, la forma de ejecución de la recolección, los comprobantes o
certificaciones de los procesos de valorización y disposición u otra información que le sea solicitada.
Artículo 23. El Concejo podrá cancelar la autorización a los gestores que:
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a) No cuenten con permiso sanitario de funcionamiento.
b) No cuenten con una patente municipal vigente para la gestión de residuos, en caso de tratarse de una
empresa comercial privada.
c) Incumplan las regulaciones establecidas en este reglamento sobre el manejo de los residuos sólidos
en alguna de sus etapas.
d) No presenten los informes solicitados por el Concejo luego de más de 60 días naturales desde su
solicitud.
CAPÍTULO VII
Recolección de Residuos
Artículo 24. Servicio de recolección de residuos sólidos. La recolección de los residuos sólidos se podrá
realizar de forma selectiva según las siguientes categorías:
a) Ordinarios no valorizables.
b) Ordinarios valorizables.
c) Orgánicos compostables.
d) Otros residuos: Siempre que exista el acceso a la tecnología adecuada para su manejo.
Artículo 25. Categorías para separación de residuos sólidos. Previa comunicación del Concejo, de las
rutas y horarios de recolección selectiva, cuando exista un mecanismo adecuado para su manejo, los tipos
de residuos que deben ser separados (limpios y secos) por parte de los generadores son:
a) Papel y cartón: secos, sin restos de grasa, gomas o resinas, grapas metálicas, prensas de folder y cintas
adhesivas. Se exceptúan el papel higiénico, servilletas, papeles emplasticados, papel químico, papel
carbón, cartón de huevos y otros que se indiquen.
b) Plásticos: botellas, galones y bolsas plásticas, según los tipos que indique el Concejo y/o el gestor
autorizado para su manejo.
c) Aluminio y hojalata: latas de bebidas y de alimentos, piezas de hojalata, etc. No se incluye el papel
aluminio.
d) Envases poli-laminados: envases de tetrabrik o tetrapak.
e) Vidrio: botellas, vasos, copas y recipientes de vidrio o cristal de todo color, sin quebrar, sin embargo,
en tal caso, el vidrio quebrado debe entregarse separado por color, rotulado y envuelto de manera que
no represente riesgo de accidentes. Se exceptúan los vidrios planos de ventanas, espejos, lozas,
cerámicas, bombillos y fluorescentes.
f) Orgánicos: Residuos compostables según se indique por medios informativos.
g) De la construcción y demolición: restos de materiales constructivos o que resulten de procesos de
demolición.
h) Ordinarios no valorizables: los residuos que no corresponden a ninguno de los anteriores y que no
sean electrónicos, especiales o peligrosos.
i) Otros no indicados: cuando exista la tecnología adecuada para su recuperación el Concejo
comunicará las condiciones.
Artículo 26. El Concejo proveerá la información necesaria para que se puedan separar en la fuente de
generación los diferentes tipos de residuos, de conformidad con las necesidades del servicio de recolección
y dependiendo de la capacidad que exista para su valorización y disposición final. Las actualizaciones o
modificaciones de las categorías de residuos indicadas en el presente capítulo serán comunicadas a los
generadores a través del sitio web del Concejo.
Artículo 27. Frecuencia. - El Concejo establecerá la frecuencia, el día, hora, sector y el tipo de residuos a
recolectar en cada ruta de recolección y publicará dicha información en medios de comunicación local, sitio
web, redes sociales oficiales, radio, circulares, plataforma de servicios municipal, entre otros. En caso de
cambios, se comunicará a los usuarios con al menos ocho días de anticipación. Los diferentes tipos de
residuos se gestionarán según las capacidades del Concejo para su adecuado manejo y bajo un esquema de
mejora constante de los servicios de recolección, en apego a la legislación vigente; por esta razón, las
características del servicio podrán estar sujetas a modificaciones. El generador debe apegarse de manera
estricta al programa de recolección establecido y comunicado por el Concejo.
Artículo 28. El servicio se dará por prestado cuando se presente una o varias de las siguientes condiciones:
a) Cuando se mezclen residuos ordinarios con residuos especiales y/o peligrosos.
b) Cuando se coloquen para la recolección residuos sin empacar.
c) Cuando se dispongan residuos en cualquier empaque cuyo peso supere los 20 kg, empaques no
autorizados por este reglamento o empaque rotos.
d) Cuando no se sitúen con acceso a la vía pública para su recolección.
e) Cuando existan obstáculos ajenos al Concejo que impidan la recolección.
f) Cuando se coloquen para su recolección de manera tardía, luego de haberse brindado el servicio
municipal.
Artículo 29. Si los residuos no fueron recolectados por razones atribuibles al generador, este deberá retirarlos
de la vía pública de forma inmediata y guardarlos dentro de su propiedad, de forma tal que no queden
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expuestos a la acción de terceros. Podrá disponerlos una vez que se ajusten por completo al presente
reglamento, así como al horario establecido para el siguiente servicio de recolección.
Artículo 30. Los funcionarios de recolección, ya sea personal del Concejo, contratista o concesionario, tienen
prohibido ingresar en propiedad privada con el fin de recoger residuos de cualquier tipo. Los residuos que
estén detrás del límite de propiedad no serán recolectados, aunque no haya cerramientos (portones o cercas)
que impidan el acceso, esto incluye desarrollos verticales u horizontales en condominio.
CAPÍTULO VIII
Recolección privada
Artículo 31. El usuario podrá contratar directamente a una empresa privada, para que movilice sus residuos
ordinarios, valorizables, de jardín, no tradicionales, peligrosos, de manejo especial, de construcción y
demolición, entre otros, siempre y cuando el proveedor del servicio esté debidamente inscrito y autorizado
por el Ministerio de Salud y cuente con las licencias municipales necesarias e inscripción respectiva ante la
Oficina de Gestión Ambiental Municipal para realizar dicha actividad; sin embargo, el uso de un servicio de
carácter privado no inhibe el pago por la prestación efectiva y eficiente del servicio público municipal cuando
este se brinde de manera efectiva o potencial.
Artículo 32. Vehículos para la recolección privada. Deben contar con las siguientes condiciones:
a) Sistema que evite el derrame de lixiviados y dispersión de residuos en la vía pública.
b) Manteado o lona que cubra los residuos que transporta y eviten su caída a la vía pública.
c) Cumplir con lo establecido en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial.
Artículo 33. Pérdida de la autorización municipal. El recolector privado perderá su autorización municipal
si no realiza oportunamente la renovación de su inscripción o cuando se comprueben incumplimientos en la
gestión de los residuos que maneja conforme al presente reglamento y la legislación vigente aplicable. La
renovación de la inscripción debe realizarse con al menos 30 días naturales de anticipación previo a su fecha
de vencimiento.
CAPÍTULO IX
Centros de recuperación y almacenamiento temporal de residuos sólidos
Artículo 34. El Concejo tiene la facultad de instalar y operar centros de recuperación de materiales
valorizables o autorizar a terceros, previamente calificados para su acopio, clasificación y comercialización.
Artículo 35. Los centros de recuperación públicos o privados que se encuentren dentro del territorio del
distrito deberán cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento de Centros de Recuperación
de Residuos Valorizables, Decreto Ejecutivo N.º 41052-S.
Artículo 36. Todos los centros de recuperación localizados en el distrito deberán presentar ante el Concejo
al menos un informe semestral en donde se indique la cantidad, por tipo, de residuos valorizables
recolectados o recibidos y su trazabilidad.
Artículo 37. Queda prohibido el almacenamiento de residuos sólidos peligrosos o de manejo especial en los
mismos sitios que los valorizables, a menos que se cuente con la debida autorización de las entidades
competentes.
Artículo 38. Centros de recuperación de materiales orgánicos. El Concejo tiene la facultad de instalar y
operar centros de recuperación de materiales orgánicos o autorizar a terceros previamente calificados para
el acopio y tratamiento de los mismos y la comercialización del producto final. Estos centros deberán contar
con los permisos correspondientes por parte de las instituciones competentes y cumplir con la legislación
nacional vigente y aplicable.
CAPÍTULO X
Disposición Final de los Residuos
Artículo 39. Tratamiento y disposición final. Los residuos sólidos no valorizables recolectados y
transportados por el Concejo o por un tercero autorizado, podrán ser depositados y tratados en rellenos
sanitarios que cumplan con la normativa vigente y aplicable (Decreto Ejecutivo N.º 38928-S Reglamento
sobre Rellenos Sanitarios) y que estén debidamente autorizados por las autoridades correspondientes.
Artículo 40. Alternativas de disposición final. El Concejo podrá optar por la utilización de alternativas
para la disposición final de los residuos sólidos, ya sea para su aprovechamiento en la generación de nuevas
materias primas, energía o cualquier otra forma que permita una mejor gestión de los residuos, siempre y
cuando sea técnica, ambiental y financieramente favorable y cumpla con la normativa nacional vigente y
aplicable.
CAPÍTULO XI
Puntos estratégicos para la recolección de residuos
Artículo 41. Tipos de puntos de recolección. Se clasifican de la siguiente manera:
a) Puntos permanentes: aquellos que mantienen el servicio de recolección diferenciado de residuos
sólidos valorizables con frecuencia y horarios establecidos. Están diseñados para ser utilizados por
la comunidad que habita alrededor del punto.
b) Puntos ocasionales: Se utilizarán para la recolección de residuos valorizables y no tradicionales de
manera ocasional, durante campañas de recolección. El Concejo informará por los medios de
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comunicación disponibles las características de cada punto, así como las fechas y horarios en que se
habiliten a la comunidad.
Artículo 42. Sitios para la colocación de puntos estratégicos. Deberán contar con las siguientes
condiciones:
a) Un espacio físico que brinde seguridad de los contenedores o recipientes para la separación de los
residuos y que aseguren la integridad de los mismos.
b) Contar con el apoyo de un representante del inmueble donde se instale el punto estratégico o
responsable por parte de la comunidad, que coordine su utilización, recolección y limpieza.
c) Contar con la capacidad de ser habilitado en un horario que permita su adecuada utilización.
d) Previa autorización del Concejo, se pueden establecer puntos estratégicos en áreas e incluso vías
públicas, siempre y cuando estos no obstruyan el libre tránsito y la visibilidad de vehículos y
peatones, así como no representar un potencial punto de contaminación y proliferación de plagas, por
lo que, una vez establecidos, pueden del mismo modo eliminarse cuando el caso lo amerite.
Artículo 43. Obligaciones del Concejo. Tendrá las siguientes obligaciones:
a) Garantizar la recolección periódica de los residuos, de manera que el sitio se mantenga limpio y
ordenado.
b) Ofrecer capacitación a los generadores y a los administradores que utilicen el punto estratégico.
c) Facilitar información y realizar la divulgación del sitio para su adecuada utilización.
Artículo 44. Obligaciones de los usuarios. Tendrán las siguientes obligaciones:
a) Separar adecuadamente los residuos según las disposiciones del Artículo 25 de este reglamento.
b) Respetar los horarios de recepción de residuos.
c) Notificar al Concejo sobre la presencia de recolectores informales cerca de los puntos de recolección.
d) Velar por la protección de los bienes y activos del Estado, como contenedores, rótulos y señales
oficiales, entre otros.
CAPÍTULO XII
Promoción de la participación civil y comunitaria
Artículo 45. Mecanismos. La participación ciudadana en los procesos de GIRS utilizará los mecanismos
dispuestos en las regulaciones establecidas en el Capítulo III del Reglamento General a la Ley de Gestión
Integral de Residuos.
Artículo 46. Supervisión civil. Las personas residentes y visitantes del distrito velarán por el cumplimiento de
la normativa nacional vigente y aplicable a la GIRS y en caso de que requiera denunciar deberá proceder según
lo indicado en el Artículo 81 de este reglamento.
Artículo 47. Programas de educación ambiental. El Concejo pondrá en ejecución y de forma continua,
estrategias de capacitación, campañas educativas y de sensibilización de los habitantes del distrito, para
fomentar la cultura de separación en los hogares, comercios, instituciones y servicios, la recolección de
residuos valorizables, la limpieza de los espacios públicos y la gestión integral de los residuos.
Artículo 48. Convenios y alianzas estratégicas. El Concejo podrá establecer convenios y alianzas con
instituciones públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales, asociaciones de desarrollo o grupos
comunales, para la implementación de proyectos y programas de gestión integral de residuos sólidos dentro
del distrito, sin embargo, deberán contar con los requisitos legales y administrativos vigentes para su debida
inscripción y ejecución, además, cada uno será independiente y deberá ser aprobado por el Concejo antes de
su implementación.
Artículo 49. Participación ciudadana. El Concejo fomentará la participación ciudadana en los procesos de
GIRS, ya sea mediante actividades de capacitación e información, voluntariado en actividades ambientales,
coadministración de puntos estratégicos de recolección a través de Asociaciones de Desarrollo, grupos
organizados e instituciones que maximicen los recursos institucionales para abordar el cumplimiento de la
Ley N.º 8839 y la normativa relacionada.
CAPÍTULO XIII
Tasas por la gestión de residuos sólidos
Artículo 50. Fijación. El Concejo fijará y actualizará las tasas por el servicio municipal de gestión de residuos
sólidos conforme al Artículo 83 del Código Municipal y sus reformas, que incluya e integre todos los costos
asociados al servicio más un diez por ciento (10%) de utilidad para desarrollarlos. Dicha tasa puede ser
adaptada anualmente conforme a la inflación del país y a las necesidades del servicio y una vez fijada, entrará
en vigencia treinta días después de su publicación en La Gaceta.
Artículo 51. Modelo tarifario. El modelo empleado para la actualización de tarifas será establecido y
revisado por el Departamento de Administración Tributaria y Financiera y el Departamento de Gestión
Ambiental del Concejo; deberá contener de manera detallada la metodología de proyección de los costos y
del cálculo de las tarifas; y deberá ser aprobado por el Concejo Municipal previo a su implementación.
Artículo 52. Tarifas diferenciadas. El Concejo podrá establecer tarifas diferenciadas para el manejo de los
residuos según su clasificación, frecuencia de recolección, tratamiento, cantidad generada o tipo de
actividad que realice el generador.
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Artículo 53. Sobre el cobro. El Concejo realizará el cobro del servicio para toda propiedad donde haya una
edificación (residencial, comercial o institucional), que sea habitable y donde exista disponibilidad del
servicio, incluso en unidades residenciales, comerciales y/o institucionales desocupados, conforme al artículo
83 del Código Municipal, sus reformas y el modelo tarifario avalado por el Concejo Municipal.
Artículo 54. Tarifas especiales. Cuando el Concejo lo considere necesario, podrá incorporar al modelo
tarifario tarifas especiales por prestación del servicio de recolección de residuos sólidos, conforme a la
siguiente tipificación:
a) Comercial 0: se aplicará para edificios declarados ante el Departamento de Bienes Inmuebles como
locales comerciales y que se encuentren vacíos, es decir, sin licencia comercial asignada. De igual
forma, se asignará esta categoría a los edificios cuya patente o licencia comercial le sea cancelada o
eliminada.
b) Generación sobre límite máximo establecido: cuando un establecimiento comercial esté asignado a
la categoría comercial más alta establecida en el modelo tarifario aprobado por el Concejo y genere
una cantidad mayor (ton/mes) a la de dicha categoría, el costo por el manejo de dicho excedente
(¢/ton) podrá ajustarse al cobro del trimestre correspondiente. La Oficina de Gestión Ambiental
calculará el costo de manejo por tonelada de residuos sólidos mediante el servicio municipal y
presentará un informe al respecto ante la Administración Tributaria y Financiera para su validación,
previo a la aplicación de la tarifa especial.
c) Vulnerabilidad social: La tarifa especial por vulnerabilidad social podrá aplicar únicamente para
aquellas unidades residenciales que, mediante certificado emitido por una entidad competente, se
determine que presenta una situación vulnerabilidad socioeconómica. En tales casos, la tarifa que
podrá aplicarse corresponderá a un 50% de la tasa correspondiente según el sector tarifario residencial
en que se encuentre. Esta tarifa es complementaria a la tarifa Residencial de Lujo definida en el inciso
g del presente artículo.
d) Mixta: Cuando una unidad comercial y una unidad residencial o una unidad institucional y una unidad
residencial, se encuentran dentro de una misma propiedad, que la actividad comercial o institucional
está ligada a la unidad residencial y que por ende generan los residuos de manera conjunta, ambas
tarifas en cuestión podrán unificarse de manera que prevalezca la mayor entre ambas. Para dichos
casos, deberá existir una solicitud formal de unificación de tarifas por parte del contribuyente y para
su aplicación deberá mediar un informe de la Oficina de Gestión Ambiental en el que se apruebe la
unificación; dicha oficina determinará los mecanismos por los cuales evaluará cada caso en
particular. La unificación que resulte aprobada comenzará a regir en el trimestre siguiente con
respecto a trimestre en que se encuentre la fecha de solicitud.
e) Unificación comercial: cuando existen dos o más actividades comerciales dentro de una misma finca
y se relacionen entre sí debido a su naturaleza, siendo que requieran licencias comerciales
independientes, las tarifas asignadas podrán unificarse de manera que solo se asigne una categoría
comercial que refleje la generación (kg/mes) conjunta de las actividades. Para dichos casos, deberá
existir una solicitud formal de unificación de tarifas por parte del contribuyente y para su aplicación
deberá mediar un informe de la Oficina de Gestión Ambiental en el que se apruebe la unificación;
dicha oficina determinará los mecanismos por los cuales evaluará cada caso en particular. La
unificación que resulte aprobada comenzará a regir en el trimestre siguiente con respecto a trimestre
en que se encuentre la fecha de solicitud.
f) Actividades sociales y exteriores: estas actividades comprenden a las mencionadas en el artículo 16
del presente reglamento. En dichos casos, se aplicará una tarifa comercial base (por defecto) según
lo determine la Oficina de Gestión Ambiental, sin embargo, dependiendo de la generación de residuos
resultante de la actividad, dicha tarifa podrá ser modificada a la categoría correspondiente o incluso
a la tarifa especial “Generación sobre límite máximo establecido”, para ello, se realizará una
estimación de la generación de residuos (ton) mediante medición en campo y la tarifa correspondiente
se establecerá mediante informe de la Oficina de Gestión Ambiental con visto bueno de la
Administración Tributaria y Financiera.
g) Residencial de lujo: conforme a la Ley 8636, sobre Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de
Programas de Viviendas, se considerarán como unidades residenciales de lujo aquellas cuyo valor
fiscal de la construcción (incluido el valor de las instalaciones fijas y permanentes) sea superior a los
¢ 145.000.000,00; o al valor que establezca el Poder Ejecutivo; en dichos casos, la tarifa por servicio
de recolección de residuos corresponderá al doble de la tarifa asignada según el sector tarifario
residencial en la que se ubique la vivienda. Esta tarifa es complementaria a la tarifa Vulnerabilidad
Social definida en el inciso c del presente artículo.
Artículo 55. En edificios de apartamentos, cada apartamento se considerará una unidad residencial, excepto
los casos en que el edificio cuente con licencia comercial para hospedaje.
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Artículo 56. Cuando exista una licencia comercial que por su naturaleza permita que la actividad comercial
se realice en más de una finca, se podrá asignar una sola categoría comercial acorde a la generación
(kg/mes) de dicha actividad, en tal caso, la categoría se vinculará a la finca titular de la licencia comercial.
Artículo 57. En el caso de los centros comerciales y plazas, se realizará una asignación tarifaria a cada
local comercial de manera individualizada. Por su parte, a cada local comercial que se encuentre
desocupado se le asignará una categoría comercial 0.
Artículo 58. Toda vez que se emita un permiso constructivo de tipo residencial, se aplicará al inmueble
correspondiente la categoría residencial del sector tarifario residencial donde se ubique el proyecto,
mientras que, para proyectos constructivos de tipo comercial, se aplicará la categoría comercial 0, la cual se
modificará una vez que se haya emitido la licencia comercial respectiva. Para ambos casos, la asignación se
realizará a partir de la fecha en que dicho permiso sea emitido por el Concejo, excepto que se demuestre la
fecha de inicio de las obras, así entonces, la asignación tarifaria regirá a partir de ese momento.
Artículo 59. Cuando una licencia comercial es suspendida temporalmente, al establecimiento comercial se
le asignará la categoría comercial 0 por el tiempo en que exista dicha suspensión; una vez que la licencia
comercial sea activada nuevamente, se volverá a aplicar la categoría comercial que tuvo antes de dicha
suspensión.
Artículo 60. Reclamos. El contribuyente podrá presentar reclamos cuando considere que:
a) El factor de ponderación que se le aplica no es acorde con su promedio de generación de residuos
ordinarios mensual, en el caso de unidades comerciales e institucionales.
b) Se están duplicando cobros.
c) Se está realizando un cobro en una propiedad sin construcción.
d) Asignación incorrecta de una categoría residencial cuando el inmueble se ubica en otro sector
residencial.
e) No sea el titular o responsable del bien inmueble al que se le atribuya una tarifa y su cobro.
Artículo 61. El reclamo debe efectuarlo el dueño o apoderado legal de la propiedad donde se desarrolla la
actividad generadora de residuos, o por aquella persona a la cual se le haya asignado el cobro
correspondiente.
Artículo 62. Resoluciones. En los casos correspondientes al inciso a) del Artículo 60 de este reglamento, la
Oficina de Gestión Ambiental luego de la evaluación correspondiente comunicará al Departamento de
Administración Tributaria y Financiera la categoría que deberá asignarse al contribuyente, en tal caso dicha
modificación aplicará a partir del trimestre siguiente a la presentación del reclamo, sin embargo, podrá
aplicarse inclusive desde el trimestre en curso cuando el reclamo se realice dentro de los primeros diez días
hábiles del mismo. Los casos relacionados a los incisos b), c), d) y e) del Artículo 60 del presente
reglamento serán atendidos por la Administración Tributaria y Financiera.
Artículo 63. Conforme al Artículo 83 del Código Municipal, los contribuyentes deberán pagar por los
servicios de manejo integral de residuos sólidos que le preste el Concejo, aunque ellos no demuestren
interés en tales servicios.
CAPÍTULO XIV
Incentivos
Artículo 64. Los generadores que participen en el proceso de GIRS en el distrito podrán solicitar incentivos
ante el Concejo, presentando ante la Unidad de Gestión Ambiental el formulario para solicitud de
incentivos en GIRS que estará disponible en dicha oficina y en el sitio web del Concejo, junto a la
información complementaria que se requiera para optar por los distintos tipos de incentivo. Estos serán
otorgados únicamente a partir de la gestión integral de los residuos ordinarios. Los residuos peligrosos, de
manejo especial y otros distintos a los ordinarios no se considerarán para este fin y deben ser manejados de
acuerdo a lo establecido en la legislación nacional.
Artículo 65. Tipos de incentivos. Dentro de los tipos de incentivos que el Concejo podrá otorgar a quienes
participen activamente en los programas de GIRS, están:
a) Reconocimiento público: de manera formal y en los medios de comunicación oficiales del Concejo
(sitio web oficial, redes sociales, entre otros) y en actividades relacionadas con la GIRS.
b) Constancias de participación del generador en programas de GIRS: documento que hace constar por
parte de la Oficina de Gestión Ambiental que un generador lleva a cabo buenas prácticas en GIRS.
c) Recalificación de la categoría asignada: para aquellas actividades comerciales que por
implementación de buenas prácticas en GIRS hayan logrado una reducción significativa en su
generación mensual de residuos sólidos ordinarios y manejados mediante el servicio municipal.
d) Reducción del 5% en la tasa por manejo de residuos: cuando el solicitante es un generador de tipo
comercial o institucional que demuestre buenas prácticas en manejo de residuos, que cuenten con el
respectivo Programa de Residuos por parte de Generadores, que lleve a cabo buenas prácticas en la
GIRS y que sean verificables.
e) Apoyo a centros educativos: los centros educativos del distrito formularán proyectos de GIRS que
una vez inscritos ante el Concejo, participarán por recursos de apoyo para su puesta en marcha, que
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facilitará el Concejo a través de alianzas públicas y público-privadas. El Concejo establecerá y
comunicará los requerimientos y condiciones de cada concurso previo a la apertura de los mismos.
f) Asignación de recursos para comunidades ejemplares o grupos de base comunitaria sin fines de lucro:
las agrupaciones comunales del distrito formularán proyectos en GIRS y los presentarán ante el
Concejo, quien revisará y evaluará las propuestas para determinar su viabilidad técnica, legal y
financiera. Posteriormente, el Concejo asignará recursos para su ejecución. Las propuestas deben ser
presentadas durante el primer trimestre de cada año. El Concejo establecerá y comunicará los criterios
de solicitud y participación para poder optar por tales recursos.
Artículo 66. Procedimiento para optar por el incentivo de recalificación de la categoría asignada.
Cuando un generador comercial o institucional considere que la categoría a la que fue asignado ya no aplica
debido a sus buenas prácticas en GIRS, debe seguir el siguiente procedimiento:
a) Completar y presentar el formulario de solicitud de recalificación de tarifa por servicio de recolección
de residuos.
b) Presentar el Programa de Residuos por Parte de los Generadores, conforme al Anexo II del Decreto
N° 37567-S-MINAET-H, Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos, avalado
por el Ministerio de Salud.
c) Incluir dentro del Programa de Residuos por Parte de los Generadores las tareas y metas para lograr
la eliminación de los plásticos de un solo uso y la sustitución por otras alternativas.
d) Incluir dentro del Programa de Residuos por Parte de los Generadores alternativas para el manejo
adecuado de sus residuos orgánicos (si los producen), distinto al de disposición final en un relleno
sanitario.
e) Demostrar la implementación, seguimiento y monitoreo del Programa de Residuos a través de
registro fotográfico y documentación correspondiente.
f) La Oficina de Gestión Ambiental revisará la documentación aportada por el generador, para la
verificación de los datos y en caso necesario coordinará la inspección al sitio.
g) La Oficina de Gestión Ambiental emitirá un criterio de aprobación o desaprobación de la solicitud y
si es pertinente propondrá la categoría a la que debe ser asignado el generador.
h) Los departamentos facultados para modificar la categoría asignada al solicitante, lo harán partiendo
del criterio de la Oficina de Gestión Ambiental.
Artículo 67. Validez del incentivo. El incentivo de recalificación de la categoría asignada tendrá validez a
partir del trimestre siguiente desde la fecha de su otorgamiento, siempre y cuando no se compruebe alguna
falta a este reglamento que obligue a eliminar el incentivo otorgado o se aplique un nuevo ajuste tarifario
que modifique la categorización de los usuarios.
CAPÍTULO XV
Prohibiciones
Artículo 68. Prohibiciones para los generadores. Se prohíbe a los generadores de residuos sólidos
realizar las siguientes acciones:
a) Disponer residuos sólidos en sitios no autorizados, lotes baldíos, terrenos desocupados, laderas, sitios
públicos (alcantarillas, cunetas, calles, aceras, derechos de vía, parques, áreas de juegos infantiles,
áreas comunales), cuerpos de agua y/o sus zonas de protección, entre otros.
b) Colocar los residuos sólidos para su recolección con más de doce horas de anticipación, previo a que
se brinde el servicio según la ruta y el horario establecido por el Concejo.
c) Entregar a los programas de recolección separada residuos no considerados por dicho programa o
mezclados con otro tipo de residuos que los contaminen.
d) Quemar cualquier tipo de residuo sólido.
e) Colocar los residuos sólidos ordinarios para su recolección sin un adecuado embalaje o sin empacar.
f) Enterrar residuos ordinarios (exceptuando los residuos orgánicos), peligrosos o especiales.
g) Depositar en cualquiera de las rutas de recolección oficiales, sin existir un sistema adecuado para su
recolección, lo siguiente:
1. Residuos peligrosos o de manejo especial.
2. Residuos infectocontagiosos.
3. Sustancias líquidas y excretas.
4. Animales muertos o partes de ellos.
5. Lodos provenientes de plantas de tratamiento, trampas de grasa o tanques sépticos.
6. Baterías de ácido-plomo.
7. Fluorescentes.
8. Residuos de la construcción o demolición.
9. Llantas o partes de cualquier tipo de vehículo.
10. Residuos de jardín (hojas, ramas y troncos).
11. Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
12. Residuos voluminosos.
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h) Entregar cualquier tipo de residuos a personas físicas o jurídicas, vehículos o lugares no autorizados
para la recepción de los mismos.
i) Gestionar, almacenar, valorizar, tratar y/o disponer de residuos ordinarios en condiciones contrarias
a las establecidas o en lugares no autorizados o aprobados por las autoridades competentes y el
presente reglamento.
j) Acumular o abandonar materiales, residuos de la construcción y demolición, o cualquier residuo u
objeto en la vía pública, en concordancia con el Reglamento de Construcciones del Instituto Nacional
de Vivienda y Urbanismo, publicado el 22 de marzo de 2018, la Ley de Igualdad de Oportunidades
para las Personas con Discapacidad N.º 7600, publicada el 29 de mayo de 1996, así como cualquier
otra normativa aplicable.
Artículo 69. Prohibiciones para los recolectores. Se prohíbe a la entidad recolectora realizar las
siguientes acciones:
a) Transportar y/o arrastrar todo tipo de residuo en vehículos no autorizados, para ser depositados en
lugares no autorizados.
b) Ingresar y circular en predios de propiedad privada con el fin de recoger residuos de cualquier tipo.
Los residuos que estén dentro de la propiedad no serán recolectados, aunque no haya cerramientos
que impidan el acceso como portones o cercas, en concordancia con el Artículo 23 de la Constitución
Política de Costa Rica.
c) Recolectar residuos peligrosos, de manejo especial, infecto-contagiosos o medicamentos sin contar
con la debida autorización de las autoridades competentes.
d) Mezclar residuos valorizables con otro tipo de residuos.
e) Dejar residuos esparcidos en vía pública.
f) Disponer o almacenar residuos en sitios no autorizados.
g) Lavar o limpiar vehículos o cualquier recipiente que haya contenido o transportado residuos, en vías
y áreas públicas.
h) Comprar, vender o almacenar material valorizable sustraído ilícitamente.
i) Realizar cualquier acción, práctica u operación con los residuos que deteriore el ambiente, afecte la
calidad de los recursos naturales o afecten a la salud pública del distrito.
CAPÍTULO XVI
Infracciones y Sanciones
Artículo 70. Infracciones Administrativas. De conformidad con la Ley N.º 9825, Reforma a la Ley para
la Gestión Integral de Residuos, la Ley Orgánica del Ambiente y el Código Municipal, las infracciones
administrativas de la Ley para la Gestión Integral de Residuos N.º 8839 se clasificarán en leves, graves y
gravísimas. Las sanciones de las infracciones leves y graves serán competencia del Concejo y las sanciones
de las infracciones gravísimas serán competencia del Tribunal Ambiental Administrativo.
Artículo 71. Infracciones gravísimas. Se considerarán infracciones gravísimas, sin perjuicio de que
constituya delito, las siguientes:
a) Gestionar, almacenar, valorizar, tratar, depositar y disponer residuos peligrosos o residuos de manejo
especial declarados por el Ministerio de Salud, en lugares no autorizados o aprobados por las
autoridades competentes o en condiciones contrarias a las establecidas en las disposiciones
correspondientes.
b) Mezclar residuos ordinarios con residuos peligrosos, contraviniendo lo dispuesto en la Ley para la
Gestión Integral de Residuos N.º 8839 y demás ordenamientos que de ella deriven.
c) Comprar, vender y almacenar material valorizable robado o sustraído ilícitamente.
d) Quemar, incinerar, enterrar, almacenar o abandonar residuos peligrosos, en sitios no autorizados.
e) Transportar residuos peligrosos sin la autorización correspondiente.
Artículo 72. Sanciones de las infracciones gravísimas. Sin perjuicio de la obligación del infractor de
indemnizar y reparar el daño ambiental, las infracciones gravísimas se sancionarán con una multa de cien a
doscientos salarios base, de acuerdo con el Artículo 2 de la Ley que crea el Concepto Salario Base para
Delitos Especiales del Código Penal N.º 7337, y con el pago del daño ambiental.
Artículo 73. Infracciones graves. Se consideran infracciones graves las siguientes:
a) Disponer residuos ordinarios por vía de quema, enterramiento de residuos no orgánicos o abandono
de residuos ordinarios en la vía pública, sistemas de alcantarillado, nacientes, cauces de agua y sus
áreas de protección, así como en propiedad privada no autorizada para tales fines.
b) Comprar, vender, almacenar y tratar residuos valorizables ilícitamente.
c) Recolectar de la vía pública residuos valorizables ilícitamente.
d) Brindar de forma ilegal o contraria a las disposiciones municipales el servicio de recolección y
disposición de residuos.
Artículo 74. Sanciones de las infracciones graves. Para unidades residenciales y las unidades comerciales,
las infracciones graves serán sancionadas con ocho veces la tarifa del servicio de recolección de residuos del
Concejo del sector tarifario donde se ubique la vivienda o de la categoría comercial asignada al
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establecimiento comercial, respectivamente, mientras que para infractores distintos a los descritos
anteriormente se les aplicará una sanción de ocho veces la tarifa residencial más alta vigente, todo esto, sin
perjuicio de la obligación del infractor de compensar y reparar el daño ambiental, así como el pago
correspondiente a los costos en los que haya incurrido el Concejo. En el caso de los incisos a) y d) Artículo
73 del presente reglamento, las sanciones se aplicarán tanto a los dueños registrales de los predios donde se
permita la quema de residuos, como a las personas que promuevan o contraten la quema o disposición ilegal
de residuos. Cuando la persona que realiza la infracción no es dueña de una propiedad o vehículo vinculado
a una infracción de este tipo, se le referirá al Ministerio Público con ayuda de la Fuerza Pública para que se
le procese por flagrancia.
Artículo 75. Infracciones leves. Se consideran infracciones leves las siguientes:
a) Gestionar los residuos ordinarios en condiciones contrarias a las establecidas en las disposiciones
municipales sobre el servicio de gestión integral de residuos estipuladas en el presente reglamento, y
no contempladas en el Artículo 73 del mismo.
b) Importar al territorio nacional o entregar envases, recipientes o empaques de poliestireno expandido
en cualquier establecimiento comercial.
c) Incumplir con lo establecido en la Ley para Combatir la Contaminación por Plástico y Proteger el
Ambiente N.º 9786, del 26 de noviembre de 2019.
Lo anterior sin perjuicio de la obligación del infractor de indemnizar y reparar el daño ambiental, así como
el pago de los costos en los que haya incurrido el Concejo en recoger y disponer los residuos correctamente.
Artículo 76. Sanciones de las Infracciones Leves. Las infracciones leves serán sancionadas con cinco veces
la tarifa que corresponda de acuerdo con la categoría asignada. Lo anterior sin perjuicio de la obligación del
infractor de indemnizar y reparar el daño ambiental, así como el pago de los costos en los que haya incurrido
el Concejo en recoger y disponer los residuos correctamente.
Artículo 77. Naturaleza del Infractor. Se considera infractor a toda persona mayor de edad que cometa
cualquiera de las infracciones descritas en los Artículos 71, 73 y 75 del presente reglamento. En
contraposición, cualquier persona, física o jurídica podrá presentar denuncias por violaciones a este
reglamento ante la Plataforma de Servicios del Concejo, dirigidas a la Oficina de Gestión Ambiental o por
los medios que el Concejo disponga para ello.
Artículo 78. Sanciones Administrativas. A toda aquella persona física o jurídica, acreedora de una sanción
por acción o por omisión, por falta leve, falta grave o sujeta al traslado de una denuncia por falta gravísima
al Tribunal Ambiental Administrativo, se le deberá respetar el procedimiento administrativo plasmado en el
la Ley General de la Administración Pública N.º 6227, en respeto del principio de legalidad, donde se derivan
el debido proceso, derecho a la defensa, así como los demás principios descritos las leyes conexas.
Artículo 79. Suspensión o revocatoria de permisos, patentes y licencias. De conformidad con la Ley N.º
9825, Reforma a la Ley para la Gestión Integral de Residuos, la Ley Orgánica del Ambiente y el Código
Municipal, cuando el mismo infractor sea sancionado por cometer una infracción a esta ley, en más de dos
ocasiones en el plazo de un año calendario, el Ministerio de Salud o Concejo de acuerdo con sus
competencias, podrán cerrar hasta por tres días los locales comerciales, así como suspender o revocar las
patentes, las licencias, los permisos y los registros necesarios para la realización de las actividades que hayan
dado lugar a la comisión de las infracciones. Adicionalmente a la suspensión o revocatoria de permisos y
licencias, el Concejo deberá realizar la sanción pecuniaria correspondiente a la infracción. En todo caso se
deberá garantizar el debido proceso y el derecho de defensa de los administrados.
Artículo 80. Fondo para la GIRS. Se gestionará conforme al artículo 29 de la Ley N° 8839, para que una
vez girados por la Tesorería Nacional al Concejo, estos ingresarán directamente al presupuesto de la Gestión
Integral de Residuos Sólidos con el fin de apoyar la implementación de las acciones del Plan Municipal para
la Gestión Integral de Residuos.
CAPÍTULO XVII
Denuncias y fiscalización
Artículo 81. Denuncias. Se realizarán según lo estipulado en el artículo 62 del Reglamento General a la Ley
para la Gestión Integral de Residuos, Decreto Ejecutivo N.º37567-S-MINAET-H. Cualquier persona física o
jurídica, podrá realizar las denuncias relacionadas por infracciones a la legislación nacional vigente en cuanto
a la GIRS ante el Concejo y/o las autoridades competentes.
Artículo 82. Deber de denuncia ante el Tribunal Ambiental Administrativo. Cuando se presuma daño
ambiental o ante las infracciones descritas en el Artículo 53 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos
N.º 8839 o en el Artículo 71 del presente reglamento, el Ministerio del Ambiente y Energía, el Ministerio de
Salud, el Concejo o cualquier otra autoridad de policía presentarán la denuncia ante el Tribunal Ambiental
Administrativo, el cual deberá conceder audiencia al interesado, de conformidad con lo establecido en la Ley
Orgánica del Ambiente N.º 7554 y el reglamento de procedimiento de dicho Tribunal. Además de los entes
citados, cualquier persona, física o jurídica, podrá presentar denuncias al Tribunal Ambiental Administrativo
y a las instancias judiciales correspondientes por violaciones a esta ley.
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Artículo 83. Inspecciones de seguimiento y fiscalización. De conformidad con la Ley N.º 9825, Reforma a
la Ley para la Gestión Integral de residuos, la Ley Orgánica del Ambiente y el Código Municipal, los
funcionarios del Ministerio de Salud y municipales, debidamente identificados de acuerdo con sus
competencias, podrán realizar inspecciones de verificación, seguimiento o cumplimiento de la normativa
relativa a la gestión integral de residuos. Para dicho efecto, los inspectores tendrán carácter de autoridad de
policía, con fe pública. Durante la inspección, los funcionarios indicados anteriormente tendrán libre acceso
a las instalaciones o los sitios de inspección y podrán hacerse acompañar de las personas expertas que
consideren necesarias, así como de la Fuerza Pública, quienes están en la obligación de facilitar toda la
colaboración que estos requieran para el eficaz cumplimiento de sus funciones. En todo caso, la inspección
se realizará garantizando el debido proceso. En caso de encontrarse indicios de incumplimiento de la Ley
para la Gestión Integral de Residuos N.º 8839, los reglamentos que de ella se deriven, o el presente
reglamento, se le notificará al responsable el inicio del procedimiento respectivo, señalando la inconformidad
y solicitando su corrección dentro de un plazo de 10 días hábiles.
Artículo 84. Normas para realizar inspecciones y aplicar sanciones. Para la aplicación de las sanciones
establecidas en los Artículos 54 y 55 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos N.º 8839 y en el
Capítulo XV del presente reglamento, se debe considerar lo siguiente:
a) Al momento de aplicar la sanción, los inspectores se encargarán de confeccionar una boleta de
infracción que debe consignar el nombre del infractor ya sea persona física o jurídica; el número de
identificación o cédula jurídica; la ubicación o el número de finca del inmueble o lugar donde se
cometió la infracción y la placa del vehículo, en caso de que corresponda o se cuente con esta; los
artículos infringidos y el monto de la multa.
b) El Concejo podrá documentar cualquier información mediante acta de inspección, en caso de que
existan testigos, se consignarán todos los datos relativos a ellos, quienes estarán obligados a
suministrar la información que se les solicite. También, se consignará cualquier otro medio probatorio
autorizado por ley, como videos o fotografías.
c) El infractor quedará notificado al momento en que se le entregue la boleta de infracción en donde se
aplicará la sanción.
d) La boleta de infracción deberá indicar las consecuencias derivadas de la falta de pago de la multa
establecida por la autoridad municipal, así como el plazo para recurrir.
e) Si la denuncia no es interpuesta por un funcionario municipal, cualquier persona podrá interponerla
ante el Concejo.
f) De contar únicamente con el número de placa vehicular del infractor, vía convenio con el Instituto
Nacional de Seguros (INS), el Concejo podrá ejecutar el cobro correspondiente a la multa.
g) Las sanciones por las infracciones a los artículos 54 y 55 de la Ley para la Gestión Integral de
Residuos N.º 8839 se cancelarán ante el Concejo en un plazo de ocho días hábiles siguientes a su
firmeza, o en cualquier banco del sistema bancario nacional con los que el Concejo establezca
convenios.
h) En caso de incumplimiento de pago, devengarán intereses moratorios equivalentes al promedio
simple de las tasas activas de los bancos estatales para créditos del sector comercial y en ningún caso
podrá exceder más de diez puntos de la tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica,
según el Artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N.º 4755, publicada
el de 4 de junio de 1971. Lo anterior deberá ser advertido en la boleta de infracción, salvo de las
multas cobradas por medio del Instituto Nacional de Seguros (INS), las cuales no devengará intereses.
i) Los recursos interpuestos por parte del infractor obedecerán a lo establecido en los Artículos 170 y
171 del Código Municipal N.º 7794.
j) Las conductas y omisiones sancionadas en los Artículos 54 y 55 de la Ley para la Gestión Integral
de Residuos N.º 8839 constituyen sanciones de naturaleza administrativa, que se aplicarán por la
autoridad municipal sin perjuicio de la obligación del infractor de indemnizar y reparar el daño
ambiental que ocasionen, conforme se indica en esa ley y en el presente reglamento.
k) Los recursos económicos que el Concejo recaude por las sanciones impuestas y sus intereses, tendrán
por destino financiar actividades del Plan Municipal para la Gestión Integral de Residuos. Estos
recursos no serán sujetos de ningún rebajo administrativo.
l) Para la aplicación de cualquier sanción se deberá garantizar al infractor el debido proceso y el derecho
de defensa.
Artículo 85. Responsabilidades del inspector. El funcionario municipal encargado de las inspecciones
documentará adecuadamente las denuncias e inspecciones y cuando se detecten incumplimientos procederá
a realizar la notificación respectiva al responsable. Este funcionario deberá aportar una copia legible de la
notificación practicada y el informe respectivo al Departamento de Gestión Ambiental. Las observaciones
que el Concejo realice en sus inspecciones o por denuncias, serán canalizadas a través del Departamento de
Gestión Ambiental hacia el o los representantes de la entidad involucrada.
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Artículo 86. Medidas Protectoras. El Concejo, ante la violación de este reglamento, debe aplicar las
siguientes medidas protectoras, de conformidad con el Artículo 99 de la Ley Orgánica del Ambiente N.º
7554:
a) Advertencia mediante un comunicado o notificación que existe un reclamo específico.
b) Amonestación acorde con la gravedad de los hechos violatorios detectados y comprobados.
c) Restricciones parciales o totales, u orden de paralización inmediata de los actos que provocan la
denuncia.
d) Cancelación parcial, total, permanente o temporal de los permisos o las patentes de los locales o las
empresas que provocan la denuncia, el acto o la actividad contaminante o destructiva.
e) Imposición de las medidas compensatorias o estabilizadoras del ambiente o la diversidad biológica.
f) Modificación o demolición de las instalaciones o construcciones que dañen el medio ambiente.
g) Alternativas de compensación de la sanción y por una sola vez a recibir cursos educativos oficiales
en materia ambiental, además trabajar en obras comunales en el área del ambiente.
Artículo 87. Notificaciones. Previo a la imposición de estas multas, el Concejo deberá de notificar al
propietario o poseedor de los inmuebles correspondientes, su deber de cumplir tales obligaciones. En caso
de omisión de apersonarse o ejercer su derecho de defensa, se procederá a imponer la multa
correspondiente, la cual se cargará en la misma cuenta donde le cobran los servicios públicos a cada
contribuyente.
CAPÍTULO XVIII
Disposiciones finales
Artículo 88. Declaraciones de Interés Público. Se declaran de interés público para el Distrito de Cóbano
las siguientes políticas, planes y estrategias: la Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos; la
Política Nacional de Producción y Consumo Sostenibles; el Plan Nacional para la Gestión Integral de
Residuos; el Plan de Acción para la Gestión Integral de Residuos; el Primer Plan Nacional de Compostaje; el
Plan Nacional de Residuos Marinos 2021-2030; el Plan de Descarbonización 2018-2050; la Estrategia
Nacional de Separación, Recuperación y Valorización de Residuos; la Estrategia Nacional de Economía
Circular y; la Estrategia Nacional para la Sustitución de Plásticos de un Solo Uso por Alternativas Renovables
y Compostables.
Artículo 89. Consulta. De conformidad con lo establecido en el Artículo 43 del Código Municipal N.º 7794,
cualquier modificación que se realizare a este reglamento se someterá a consulta pública no vinculante por
un lapso mínimo de 10 días hábiles. Los interesados en hacer oposiciones al mismo, deberán dirigir sus
planteamientos por escrito, en memorial razonado, ante la Oficina de Gestión Ambiental del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano. Vencido este plazo, se evaluarán las observaciones recibidas y debidamente
se incorporarán las que sean pertinentes y el nuevo texto será sometido a conocimiento del Concejo
Municipal.
Artículo 90. Publicación. El realizará la publicación de este reglamento en el Diario Oficial La Gaceta una
vez que sea aprobado. Cualquier modificación deberá realizarse siguiendo el procedimiento vigente para este
fin.
Artículo 91. Entrada en vigencia. Este reglamento regirá la Gestión Integral de Residuos en el Distrito de
Cóbano a partir de su publicación definitiva en el Diario Oficial La Gaceta. Este Reglamento sustituye y
deroga cualquier otro reglamento emitido con anterioridad sobre gestión de residuos y/o servicios públicos
en el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, así como cualquier otra norma contenida en otro reglamento
que lo contradiga.
Artículo 92. Divulgación. El Concejo tiene la responsabilidad de divulgar adecuadamente el presente
reglamento una vez aprobado. Cualquier modificación posterior deberá seguir un procedimiento de consulta
a la ciudadanía, publicación y difusión.
Artículo 93. Normas supletorias. En lo no previsto en el presente reglamento se aplicarán supletoriamente
las siguientes normativas: Constitución Política de Costa Rica, Ley para la Gestión Integral de Residuos N.º
8839, Ley General de Salud N.º5395, Ley Orgánica del Ambiente N.º 7554, Ley para Combatir la
Contaminación por Plástico y Proteger el Ambiente, N.º 9786, Ley para la Prohibición del Poliestireno
Expandido N.º 9703, Reglamento General para la gestión integral de residuos N.º 37567-S-MINAETH,
Reglamento sobre rellenos sanitarios N.º 38928, Reglamento sobre llantas de desecho N.º 33745-S,
Reglamento sobre la gestión de los desechos infectocontagiosos que se generan en establecimientos que
presten atención a la salud y afines N.º 30965-S, Reglamento de centros de recuperación de residuos
valorizables N.º 41052-S, Reglamento para la gestión integral de los residuos electrónicos N.º 35933-S,
Reglamento sobre el Manejo de Residuos Sólidos Ordinarios N.º 36093-S, Reglamento General para la
Clasificación y Manejo de Residuos Peligrosos N.º 41527-S-MINAE, Reglamento para la Declaratoria de
Residuos de Manejo Especial N.º 38272-S, Reglamento para la Disposición Final de Medicamentos,
Materias Primas y sus Residuos N.º 36039-S, Reglamento para el Manejo y Disposición Final de Lodos y
Biosólidos N.º 39316-S, Código Municipal N.º 7794, entre otra legislación relacionada, y sus respectivas
actualizaciones o modificaciones.
ACTA 036-25
07/01/2025
CAPÍTULO XVIII
Transitorios
Transitorio 1. A los recolectores privados, así como los gestores no autorizados que realicen actividades
relacionadas con alguna de las etapas del manejo de residuos sólidos en el Distrito de Cóbano, se les otorgará
un plazo de seis meses a partir de la publicación del presente reglamento para que realicen la inscripción de
su actividad ante el Concejo, conforme lo establece el presente reglamento.
Transitorio 2. A todos los usuarios y administradores de los contenedores colectivos, que para la fecha de
entrada en vigencia del presente reglamento no cuenten con las condiciones que en este se describen para su
diseño y uso, tendrán un plazo de seis meses para ajustarlo a las condiciones determinadas en los Artículos
12, 13, 14 y 15 del presente reglamento. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION
2. Se autorice la publicación por segunda vez en el periódico oficial La Gaceta del Reglamento
para la Gestión Integral de Residuos Sólidos del Distrito de Cóbano”. ES TODO. Se somete
a votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes.
ACUERDO N°6
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 6.1. Acoger en todas sus partes el dictamen
presentado por la comisión de asuntos jurídicos”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
6.2. Aprobar el reglamento denominado REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE
RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE CÓBANO publicado por primera vez en la gaceta
número 14 del día veinticinco de enero del dos mil veinticuatro y autorizar su publicación por
segunda vez en el Diario Oficial La Gaceta” ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales
Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor Centeno Sandi, Francisco Madrigal
Céspedes y Angie Bonilla Santana. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
b. ASUNTO. CONVENIO ENTRE EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO
Y EL CONAVI
Acta número cero uno - dos mil veinticinco de la comisión permanente de Asuntos Jurídicos, celebrada el
día seis de enero del dos mil veinticinco, a las quince horas con cinco minutos en la sala de sesiones de este
Concejo. Presentes los miembros: Minor Centeno, Ivania Prendas y los asesores Diego Céspedes Núñez.
Técnico Talento Humano del Concejo Municipal de Distrito y la Licda. Aralyn Villegas, Asesora Legal del
Concejo de Concejales
Ausente: Mario Delgado
DICTAMEN N°01
CONSIDERANDO:
→ Que solicita al honorable concejo Municipal tomar el acuerdo para que se proceda a
aprobar el convenio entre el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y CONAVI.
→ Que por las condiciones en que se encuentran las Rutas Nacionales 160 y 624 y debido a
que se ha indicado que el CONAVI no cuenta con presupuesto para reparación de calles
en lastre, se hace necesario contar con un convenio que nos permita hacer reparaciones
mínimas que facilite el tránsito en esas rutas.
POR LO TANTO
Esta comisión permanente de Asuntos Jurídicos con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del Código
Municipal DICTAMINA, recomendar al Concejo:
1. Se apruebe el presente convenio denominado “CONVENIO DE COOPERACIÓN
INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL CONCEJO NACIONAL DE VIALIDAD Y EL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO” el cual se detalla:
ACTA 036-25
07/01/2025
“CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL
CONCEJO NACIONAL DE VIALIDAD Y EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO”
Nosotros, CRISTHIAN ARROYO GAMBOA, mayor, divorciado, Ingeniero en Construcción, vecino de Cartago,
cédula de identidad número uno-cero novecientos setenta y dos - cero cuatrocientos setenta y cuatro, en
mi condición de Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Vialidad, nombrado por el Consejo de
Administración, de conformidad la Sesión Ordinaria Acta No.34-2024 del dieciocho de julio de dos mil
veinticuatro, nombramiento a partir que rige a partir del 22 de julio del año 2024, y que se encuentra vigente
al día de hoy, con facultades de Apoderado General sin Límite de suma y con fundamento en el artículo 13
inciso b) de la Ley de Creación del Consejo Nacional de Vialidad (Ley 7798), debidamente autorizado para
suscribir el presente Convenio de cooperación, y en adelante denominado como “CONAVI”, con cédula de
persona jurídica número tres-cero cero siete-dos tres uno seis ocho seis, y LIC. RONNY JOSE MONTERO
OROZCO, con cédula de identidad número dos – seiscientos siete - ciento cuarenta y seis, mayor, casado ,
vecino de Rio Negro de Cobano, en carácter de INTENDENTE MUNICIPAL, es quien ostenta la representación
legal del Concejo Municipal de distrito de Cóbano, cedula de personería jurídica número 3-007-078297, con
las facultades que le otorga el Articulo 17, Inciso n) del Código Municipal y la Resolución número 2715-E11-
2024 de las diez horas con cincuenta minutos del dos de abril del año dos mil veinticuatro, publicada en el
alcance N°70 a la Gaceta N°63 del día diez de abril del año dos mil veinticuatro, para el periodo que va del
primero de mayo del año dos mil veinticuatro al treinta de abril del año dos mil veintiocho, el cual fue
juramentado en la sesión solemne del día 1 de mayo del año dos mil veinticuatro, en adelante denominado
“CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO”; conforme lo dispone el artículo 14 del Código Municipal,
Ley 7794, y al artículo 4 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito No. 8173, y debidamente
autorizado para suscribir el presente Convenio, aprobado por el Consejo Municipal de conformidad con el
oficio No.MP-SM-AC-0300-08-2024 de fecha 26 de agosto de 2024, en donde se notifica el acuerdo 4 de la
sesión ordinaria 25 de fecha 22 de agosto de 2024; acordamos formalizar el presente Convenio de
cooperación para la intervención de la red nacional dentro del Distrito de Lepanto; de conformidad con las
cláusulas y estipulaciones que a continuación se insertan:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES.
1. El CONAVI de conformidad con su Ley de Creación, No. 7798 de 30 de abril de 1998, es un órgano
desconcentrado del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, asimismo en el Artículo 4, se expresa como
parte de sus objetivos: Inciso a) Planear, programar, administrar, financiar, ejecutar y controlar la
conservación y la construcción de la red vial nacional, en concordancia con los programas que elabore la
Dirección de Planificación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. c) Ejecutar, mediante contratos,
las obras, los suministros y servicios requeridos para el proceso de conservación y construcción de la
totalidad de la red vial nacional.
2. Que la Conservación vial según el Artículo 1 de la Ley de Creación del CONAVI consiste en el conjunto
de actividades destinadas a preservar, de forma continua y sostenida, el buen estado de las vías y los
puentes, de modo que se garantice un servicio óptimo al usuario. La conservación vial comprende todo lo
que no alcanza a ser construcción de obras nuevas o variación sustancial de estándar de las existentes.
Tampoco comprende las obras de restauración que se requieren a causa de emergencias, salvo lo dispuesto
por la Ley como excepción. Dentro de la conservación vial pueden distinguirse las siguientes actividades:
mantenimiento (rutinario y periódico), refuerzo, rehabilitación y mejoramientos puntuales.
3. Que el CONAVI de acuerdo al numeral 7 literal 7.1.2 del Reglamento de Organización y
Funcionamiento del Consejo Nacional de Vialidad, podrá concertar los convenios y contratos que sean
necesarios para cumplir con sus funciones.
4. Que según lo establecen los artículos 12, 13, 14, y 14 bis del Código Municipal y de acuerdo con los
artículos 169 y 170 de la Constitución Política, la Municipalidad es una persona jurídica estatal con
patrimonio propio y capacidad jurídica plena, para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para
el cumplimiento de sus fines, administrando los intereses de su jurisdicción.
5. Que según lo establece el artículo 14 del Código Municipal, Ley 7794: “En los concejos municipales
de distrito, el funcionario ejecutivo indicado en el artículo 7 de la Ley No. 8173, es el intendente distrital
quien tendrá las mismas facultades que el alcalde municipal”.
ACTA 036-25 07/01/2025 6. Que la Ley General de Concejos Municipales de Distrito No. 8173 en su numeral 4 establece que: “Los concejos municipales de distrito tendrán las competencias locales en el respectivo distrito y podrán convenir en toda clase de alianzas de cooperación con la municipalidad del cantón y con entes públicos no territoriales. Para concertar convenios con otras municipalidades u otros concejos municipales de distrito, necesitarán la aprobación de la municipalidad del cantón al que pertenece el distrito que gobiernan y administran”. 7. Que de conformidad con el artículo cuatro de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, “CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO” está facultado para celebrar convenios con los entes u órganos públicos para llevar a cabo, de manera conjunta o individual, servicios u obras en su Distrito. 8. Que el “CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO” mediante los oficios: No. IOP 268-2024 del 01 de octubre del 2024, No. OF-IM-0791-2024 de fecha 07 de octubre de 2024 propuso los aportes, la identificación de las rutas a intervenir y manifestó su compromiso a realizar las intervenciones durante el plazo de vigencia del presente convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Consejo Nacional de Vialidad y el Distrito de Lepanto. 9. Que en consonancia con todo lo anterior, “EL CONAVI” y “Que en consonancia con todo lo anterior, “EL CONAVI” y “CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO” han acordado emprender acciones que involucrarán el esfuerzo conjunto y coordinado de ambas instituciones a favor de la colectividad y el cumplimiento de los fines públicos que son su razón de ser. 10. Que en el presente acto las instituciones suscribientes del presente convenio de cooperación, dentro del ámbito de sus respectivas competencias conferidas por el ordenamiento jurídico según se ha señalado, en primera instancia unen esfuerzos para la atención del interés público de índole nacional para para la intervención de la red vial nacional dentro del Distrito de Lepanto. 11. Que en virtud de que no existe definidas obras puntales, el presente convenio se representará en cuantía inestimable, y que una vez sean definidas las prestaciones y obras a realizar, se deberá de comprobar que existen los recursos necesarios para el cumplimento de los compromisos y prestaciones por parte de CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO y EL CONAVI. 12. Que mediante acuerdo firme No. xxx de la sesión ordinaria No. xxx celebrada el xxx de xxx de 2024, el Consejo Municipal del Distrito de Lepanto, brinda el visto bueno al presente documento y aprueba la suscripción del convenio de cooperación. 13. Que, mediante acuerdo firme No.xxx de la Sesión xxx-2024 de fecha xxx de xxx de 2024, el de Administración del Consejo Nacional de Vialidad, aprobó el presente convenio. CLÁUSULA SEGUNDA: JUSTIFICACIÓN Y OBJETO. La función esencial y prioritaria del Estado consiste en velar por la conservación, protección, administración, aprovechamiento y fomento de los recursos públicos del país, de acuerdo con el principio de sostenibilidad, proporcionalidad y razonabilidad de su uso. A tal efecto, fomenta entre las diversas instituciones públicas la obligación de ayuda recíproca, con el fin de cumplir con sus respectivos objetivos y fines públicos. En este sentido, la Sala Constitucional a través del Voto 5445-99 de las 14:30 horas del 14 de julio de mil novecientos noventa y nueve, dispuso la necesidad de establecer una coordinación permanente entre las diferentes instituciones y entes de las administraciones públicas, para la ejecución de proyectos de interés, sin que el régimen municipal sea la excepción; por lo expuesto, se hace indispensable realizar proyectos conjuntos para darle solución a las problemáticas comunes a las administraciones municipales de la región, situación que hace necesario la suscripción de Convenios, de manera planificada, con reglas claras, potenciando las fortalezas de cada actor institucional con sello de éxito para todos y de esta forma resolver problemas de la ciudadanía de manera integral. Con fundamento en lo anterior, EL CONAVI y EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO, han determinado como parte de sus esfuerzos para mejorar la vialidad y obras importantes para crear infraestructura necesaria en diferentes vías del Distrito de Lepanto. El presente convenio tiene como objeto la cooperación recíproca y unión de esfuerzos entre EL CONAVI y CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO, para mejorar las condiciones a través de actividades puntuales de conservación y rehabilitación vial para dar transitabilidad, y seguridad a la red vial nacional,
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por parte de EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO en las Ruta Nacional No. 160, Ruta Nacional
No.624, rutas que atraviesan el Distrito de Cobano; mismas que se atenderán en caso de emergencias, o
bien por el deterioro de las mismas, previa coordinación entre las partes suscribientes del presente
convenio de cooperación.
CLÁUSULA TERCERA: DE LAS OBLIGACIONES Y LOS APORTES DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
LEPANTO.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO bajo su propia iniciativa y previa autorización del Ingeniero
de Zona de EL CONAVI, a través del presente convenio, podrá llevar a cabo actividades puntuales de
conservación vial, para mejorar las condiciones en la Rutas Nacional No. 160, Ruta Nacional No.624, rutas
que atraviesan el Distrito de Cóbano, y que se describen a continuación:
Cuadro No.1 Rutas Nacionales ubicadas en el distrito de Cobano
LONGITUD
RUTA SECCIÓN DESCRIPCIÓN
(KM)
160 Paquera (RUTA.160)-Nandayure (RUTA 160) 36
624 Cobano (RUTA. 624) - Montezuma (RUTA 624) 6.7
TOTAL DE KILOMETROS 42.70
Se entenderán como aportes del CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO, las actividades de
conservación vial, de conformidad con las necesidades de cada ruta en específico, así como a las
especificaciones establecidas en los pliegos de condiciones de las Licitaciones Públicas o los procesos de
contratación vigentes para la red vial, así como lo establecido en el Plan de sectorización y transporte
público 2011-2035; y la normativa técnica vigente, debiendo entenderse como los aportes dentro del
presente convenio de cooperación los siguientes:
Mantenimiento periódico
1. Renovación de la condición original de los pavimentos mediante la aplicación de capas adicionales o
recarpeteos asfálticos o de secciones de concreto.
2. Reposición de señalamiento en mal estado o inexistente.
3. Movilidad peatonal en el Distrito mediante aceras que cumplan la ley 7600.
4. Limpieza y reparación de elementos estructurales dañados o protección de puentes y vías.
5. Limpieza y reparación de componentes pluviales como cordones de caño, cunetas o tubería pluvial.
6. Sustitución de tramos con baja capacidad de soporte (pegaderos)
Mantenimiento rutinario
1. Limpieza de drenajes y control de la vegetación.
2. Bacheo manual o mecanizado de las superficies de ruedo construidas por materiales granulares
expuestos.
3. Bacheo manual o mecanizado de las superficies de ruedo construidas por materiales granulares
expuestos.
4. Mantenimiento ligero de puentes, de las obras de protección y otras que sean necesarias para la
seguridad vial y peatonal.
5. Restitución de la demarcación y el señalamiento.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO, deberá de informar de previo al CONAVI –por los
medios tecnológicos existentes y comprobables-, con al menos 24 horas de antelación al inicio de las
obras, de las actividades y las tareas a realizar a fin de que EL CONAVI coordine la verificación e inspección
que sea requerida.
La Intendencia del Consejo Municipal de COBANO, se compromete a guardar las partidas presupuestarias
para la ejecución de la parte que le corresponde de las labores de atención de emergencias, construcción
de puentes y otras actividades en rutas nacionales indicadas en el presente convenio de cooperación
CLÁUSULA CUARTA: DE LAS OBLIGACIONES Y LOS APORTES DEL CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD.
EL CONAVI a través del presente convenio contraerá los siguientes compromisos los cuales se entenderán
como sus aportes:
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1. Tomando en cuenta las generalidades del presente convenio de cooperación, EL CONAVI, llevará a
cabo el aporte de la inspección y verificación de calidad de las obras realizadas, por parte del CONCEJO
MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO en la Ruta Nacional No. 21, Secciones 6076; 60762 y 60780, Ruta
Nacional No.163, Secciones 60921 y 60922; Ruta Nacional No.623, Secciones 51240 y 60940, rutas que
atraviesan el Distrito de Lepanto.
2. El CONAVI, coordinará de previo con el Administrador Vial de la zona, y con el CONCEJO MUNICIPAL
DEL DISTRITO COBANO, con el ingeniero a cargo de la inspección de las obras o quien delegue el cargo la
Gerencia de Conservación de Vías y Puentes, a levantar o emitir un informe mensual, con los resultados
correspondientes y la frecuencia para la toma de muestras de ensayo.
3. Los ensayos de calidad, serán llevados a cabo de conformidad con el Reglamento para la
Contratación Especial de Laboratorios de Ensayo para la Obtención de los Servicios de Verificación de la
Calidad de los Proyectos de EL CONAVI.
4. El CONAVI dentro de sus posibilidades y en caso que se cuente con alguna contratación vigente para
la atención de las vías nacionales del Distrito, brindará recursos llámense, planos constructivos, curvas de
nivel, inspección técnica, diseños hidráulicos e hidrológicos, estructura de pavimentos, todo aquel recurso
humano necesario para la ejecución de cualquier proyecto, materiales para la construcción, siempre que se
cuente con el respectivo presupuesto, todo esto en caso de requerirse como aporte para las obras que sean
realizadas por parte de CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO, para la atención de las Rutas
Nacionales Nos 21; 163, y 623, rutas que atraviesan el Distrito de Lepanto, objeto del presente convenio de
cooperación
CLÁUSULA QUINTA: CONTRAPARTES TÉCNICAS RESPONSABLES.
El CONAVI designa como contraparte técnica del proyecto a la Gerencia de Conservación de Vías y Puentes,
representada por el Ingeniero Eddy Baltodano Araya, director de la Región Chorotega, para la parte de
mantenimiento de vías o cualquier otra persona que el Gerente de Conservación de Vías y Puentes designe.
Por su parte, el CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO designa como contraparte técnica del
proyecto al Coordinador de Infraestructura de Obra Pública, Ing. David Camacho Brenes o quien ocupe dicho
cargo, o bien cualquier otra persona que el Intendente de dicho Consejo Municipal de Distrito designe.
CLÁUSULA SEXTA: PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCION DE ESTE CONVENIO.
Para la debida ejecución de este convenio en lo que respecta a rutas nacional, se deben de seguir una
línea de procedimientos establecidos, donde los mismos se enumeran continuación:
1. Convocar a reunión en sitio a inspectores de EL CONAVI o al ingeniero encargado de la zona, con la
contraparte técnica del CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO para establecer los alcances
de las obras a ejecutar.
2. Elaborar un informe sobre lo visto en la reunión en sitio y las necesidades para la ejecución de las
obras a ejecutar.
3. Presentar por parte de la Municipalidad o del CONAVI los diseños (en caso de ser necesario) de las
obras a ejecutar.
4. Realizar reunión Pre-construcción para establecer la disponibilidad presupuestaria para la ejecución
de las obras y las obligaciones de cada uno en el proyecto en específico.
5. Elaboración de documentos de formalización para el proyecto en cuestión, donde se establecerán
los alcances y aportes de cada una de las instituciones, con las respectivas firmas de quien ostente
legitimación por parte de El CONAVI y del Consejo Municipal del Distrito de Cóbano.
6. Realizar la ejecución de las obras, cumpliendo todo lo pactado en la reunión pre-construcción y lo
acordado en el presente convenio.
7. Elaborar un informe de ejecución de obra en donde se incluya todos los informes durante la
ejecución de las mismas, para así realizar un informe final para cada obra realizada.
CLÁUSULA SETIMA: VIGENCIA.
La vigencia del presente Convenio es de dos (2) años calendario, prorrogable por otro periodo igual, previo
acuerdo de las partes. Dicho plazo se computará a partir de la fecha de emisión de la orden de inicio suscrita
por ambas partes.
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CLÁUSULA OCTAVA: DE LAS MODIFICACIONES.
Cualquier modificación a los términos del presente convenio deberá de ser acordada por las partes
mediante la formalización de la respectiva adenda.
CLÁUSULA NOVENA: DE LA FISCALIZACIÓN.
De conformidad con las competencias legalmente otorgadas, EL CONAVI ejercerá la fiscalización inherente
a sus competencias, a través de un coordinador que será nombrado para tal efecto. La ausencia de
fiscalización por parte de la Administración no exime de cumplir a cabalidad con sus obligaciones ni de la
responsabilidad que de ello se derive.
CLÁUSULA DÉCIMA: CAUSAS DE RESCISIÓN Y FINALIZACIÓN ANTICIPADA.
Cualquiera de las partes, podrá rescindir unilateralmente el presente CONVENIO por razones de interés
público, caso fortuito o fuerza mayor. Asimismo, dichas partes podrán de común acuerdo, poner término a
este convenio, siempre que medien circunstancias de interés público para ello. En el caso que se esté
ejecutando un trabajo al amparo del presente convenio y suceda la rescisión o resolución, EL CONCEJO
MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO continuará con las obras pendientes hasta su conclusión y EL CONAVI
continuara inspeccionando estos trabajos hasta su finalización y recibo.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: DE LA ESTIMACIÓN DEL CONVENIO.
El presente convenio se constituye de una cuantía en cuantía inestimable; lo anterior, en virtud que las
actividades de conservación vial, se darán de conformidad con las necesidades de cada ruta en específico y
con las especificaciones establecidas en cada contratación, momento en el cual se logrará determinar los
aportes económicos de cada una de las partes suscribientes.
El presente Convenio Específico no crea relación financiera o de empleo entre las instituciones y,
encontrándose los compromisos adquiridos para cada parte dentro de sus respectivas actividades
ordinarias.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: DE LAS NOTIFICACIONES
Para los efectos del artículo 22 y siguientes de la Ley ocho mil seiscientos ochenta y siete, Ley de
Notificaciones Judiciales, las PARTES conocedoras de las implicaciones que esta manifestación conlleva,
aceptan como válida la notificación que se haga en el lugar señalado como su domicilio en el presente
ACUERDO, pasando éste a ser su DOMICILIO INSTITUCIONAL; asimismo se comprometen como se dirá más
adelante, a notificar por escrito a la contraparte de cualquier cambio en su domicilio, de tal forma que las
PARTES dejan señalada la siguiente dirección para el caso de una eventual notificación, sea ésta judicial o
extrajudicial, así como para cualquier comunicación o requerimiento, la cual se tendrá como válida si es
notificada mediante entrega de un original de la misma en las direcciones que se indican a continuación.
En caso de que alguna de las partes cambie su domicilio Institucional, deberán notificarlo por escrito a la
otra y dicho cambio se tendrá por efectuado al día siguiente de la notificación del cambio de domicilio.
HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION DEL ORIGINAL.
2. Se autorice a la Intendencia Municipal a firmar el presente convenio y se envié al Concejo
Municipal de Puntarenas para su ratificación y aprobación. ES TODO. Se somete a votación
el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes.
ACUERDO N°7
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 7.1. Acoger en todas sus partes el dictamen
presentado por la comisión de asuntos jurídicos”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
7.2. Aprobar el convenio de nominado CONVENIO DE COOPERACIÓN
INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL CONCEJO NACIONAL DE VIALIDAD Y EL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO COBANO”. ********
7.3. Remitir este convenio al Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas para su
respectiva ratificación”********
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7.4. Autorizar al Intendente Municipal a firmar este convenio ACUERDO UNANIME. Votan
a favor los Concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor
Centeno Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana. Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas
sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
c. ASUNTO. MODIFICACION AL PERFIL COORDINADOR TALENTO HUMANO (PM1)
Acta número cero uno - dos mil veinticinco de la comisión permanente de Asuntos Jurídicos, celebrada el
día seis de enero del dos mil veinticinco, a las quince horas con cinco minutos en la sala de sesiones de este
Concejo. Presentes los miembros: Minor Centeno, Ivania Prendas y los asesores Diego Céspedes Núñez.
Técnico Talento Humano del Concejo Municipal de Distrito y la Licda. Aralyn Villegas, Asesora Legal del
Concejo de Concejales
Ausente: Mario Delgado
DICTAMEN N°02
CONSIDERANDO:
✓ Que el Concejo mediante PASE CMC-S-439-2024 ha trasladado a esta comisión, para su
análisis, solicitud de transformación de la actual plaza de asistente de talento humano a
Coordinador de Talento Humano
✓ Que el puesto de asistente de talento humano se ubica en la categoría de TM3 y el perfil
es el que se detalla a continuación
ASISTENTE DE TALENTO HUMANO TM3
NATURALEZA DEL CARGO
Ejecución de labores administrativas, técnicas, profesionales especializadas por su especialidad,
responsabilidad y volumen en los procesos y subprocesos de Administración de Talento Humano.
RESPONSABILIDADES POR RESULTADOS
✓ Asiste en la realización de estudios de clasificación y valoración de puestos a nivel interno y externo.
✓ Asiste en el proceso de inducción y socialización del personal de nuevo ingreso.
✓ Asiste en la Administración del sistema del disfrute de vacaciones del personal municipal.
✓ Asiste en la Administración de los expedientes del área de Recursos Humanos. Documentos de
ingreso, amonestaciones, certificados de capacitaciones, entre otros.
✓ Asiste, analiza y tramita las solicitudes del personal sobre licencias o permisos con/sin goce de
salario acorde a lo establecido en el Código Municipal, Reglamento Autónomo de Servicios,
Convención Colectiva.
✓ Asiste técnicamente y da soporte a los subprocesos de la gestión del Recurso Humano del
Departamento.
✓ Apoya a la coordinación del Departamento de Recursos Humanos en la elaboración de informes y
trabajos varios de su especialidad.
✓ Atiende los teléfonos, fax, correos electrónicos, recibe, anota y distribuye los mensajes y resuelve
consultas al público externo y compañeros.
✓ Confecciona constancias de salario y de tiempo laborado.
✓ Asiste a nivel presupuestario para la confección de Relaciones de Puestos y detalle de los impactos
presupuestarios de salarios.
✓ Asiste, confecciona y mantiene actualizada la información del expediente personal entre ellos, el
prontuario, certificados, constancias, acciones de personal y en general.
✓ Asiste en la Generación de planillas de salarios (pago de dietas, aguinaldos, salario escolar,
deducciones mensuales según corresponda, pensiones alimenticias, embargos, deducciones
autorizadas, retención del impuesto sobre la renta, horas extras, pago días feriados).
✓ Hace pedidos de materiales y útiles de oficina de su Unidad y lleva los controles correspondientes.
✓ Lleva el control de la correspondencia interna y externa del departamento.
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✓ Asiste en las labores administrativas, técnicas, especializadas por su especialidad, responsabilidad
y volumen en los procesos y subprocesos de Administración de Talento Humano.
✓ Asiste con el control efectivo del registro de asistencia, y sus correspondientes medidas correctivas.
✓ Asiste en la actualización del módulo del sistema de Declaraciones Juradas según la Ley N° 8422.
✓ Mantiene actualizado la base de datos del Sistema de Información de Talento Humano.
✓ Organiza y mantiene actualizado el archivo del departamento de talento humano al día, ya sea de
documentos que deban incorporarse a los expedientes, documentos de deducciones, entre otros.
✓ Realiza el ingreso de los datos de los nuevos colaboradores al sistema de planillas de la organización.
✓ Realiza el envío de los comprobantes de pago de la planilla, así como la entrega a cada Coordinador
de Departamento.
✓ Realiza la planilla quincenal del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano.
✓ Realiza labores variadas de oficina que exigen conocimientos elementales de archivística, digitar
listados, notas, informes, memorandos y otros documentos similares.
✓ Asiste en la realización de los cálculos para las autorizaciones presupuestarias (preaviso-auxilio de
cesantía-defunción, vacaciones).
✓ Recibe y revisa documentos variados, recoge las firmas que correspondan, hace entrega de los
mismos o procede a darles trámites y lleva los controles pertinentes.
✓ Recibe, registra, clasifica, sella, lee, distribuye y archiva la correspondencia que llega diariamente a
la oficina.
✓ Recopila la información necesaria para iniciar los procedimientos disciplinarios y remitirlos a la
Coordinación del Departamento.
✓ Asiste en la revisión de la información relacionada con las marcas de ingreso del personal y su
adecuado seguimiento.
✓ Tramita las solicitudes de pago (beneficios económicos).
✓ Vela por que los pagos relacionados a las deducciones de la planilla se realicen en forma oportuna.
(Préstamos, Pensiones, Cooperativas Embargos, INS, etc.).
✓ Verifica y analiza las solicitudes del personal sobre reconocimiento de anualidades del Sector
Público.
✓ Realiza otras labores propias de su cargo a solicitud del Coordinador inmediato.
COMPLEJIDAD DEL CARGO
Para resolver los asuntos requiere aplicar e interpretar en ocasiones procedimientos y reglamentos
específicos, para lo cual requiere conocer principios básicos de las técnicas propias del campo de actividad.
La labor es supervisada en las diferentes fases del proceso en que participa. Es evaluado por observación
directa y/o por medio de los reportes o informes que presenta. Los trabajos son evaluados en sus diversas
etapas.
SUPERVISIÓN RECIBIDA
Recibe supervisión del Coordinador Inmediato.
SUPERVISION EJERCIDA
No ejerce
RESPONSABILIDAD POR RECURSOS ECONÓMICOS
En algunos casos es responsable de mayores ingresos al Concejo Municipal Distrito Cóbano por medio de
la gestión que realiza.
RESPONSABILIDAD POR EQUIPOS Y MATERIALES DE TRABAJO
Es responsable por el uso racional y custodia de los asignados y no asignados tales como: computadoras,
equipo de oficina diverso y los materiales que se le asignen.
RESPONSABILIDAD POR RELACIONES DE TRABAJO
Las actividades originan relaciones con compañeros, superiores, funcionarios de otras oficinas de la
organización y de organismos de los sectores públicos o privadas. La información que se suministra puede
causar ficciones o conflictos y debe ser manejada con la debida discreción.
CONDICIONES DE TRABAJO
Buenas condiciones ambientales, propias de una oficina y dentro de la jornada ordinaria de trabajo, en
donde las posibles molestias pueden originarse en la atención al público, a frecuentes llamadas telefónicas
y ruidos continuos producidos por máquinas de oficina y similares. Las actividades pueden exigir,
ocasionalmente, algún esfuerzo físico y / o mental para realizar tareas repetitivas y sencillas. La actividad
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puede exigir desplazamientos fuera de la oficina. En ocasiones se podría requerir o demandar algún grado
de disponibilidad.
CONSECUENCIA DEL ERROR
Los errores en que se incurra pueden inducir a demoras en los procesos subsiguientes, afectar la toma de
decisiones, perjudicar al usuario o la comunidad, causar perjuicios económicos y de imagen institucional.
COMPETENCIAS GENÉRICAS.
✓ Sentido de la urgencia.
✓ Sentido de orden.
✓ Enfoque al logro
✓ Habilidad para la resolución de conflictos
✓ Discreción.
✓ Integridad
✓ Atención al detalle.
✓ Servicio al cliente.
COMPETENCIAS TÉCNICA
✓ Manejo de paquetes de cómputo tanto básicos (Word y Excel).
✓ Servicio al cliente.
✓ Relaciones humanas.
✓ Capacitación en el debido proceso.
✓ Manejo de sistema integrado municipal.
✓ Manejo de herramientas tecnológicas
✓ Conocimiento en legislación laboral.
FORMACIÓN
Bachiller Universitario en la especialidad del puesto o afines al cargo
EXPERIENCIA
Un año de experiencia en actividades afines al cargo.
REQUISITOS LEGALES
Incorporado al colegio profesional respectivo o afines al cargo
Licencia B1 y/o A2
✓ Que el puesto de Coordinador de Talento Humano propuesto se ubica en la categoría
PM1
✓ Que el estudio para la transformación de la plaza fue realizado por la CAM de la Unión
Nacional de Gobiernos Locales, el cual se adjunta a este dictamen.
POR LO TANTO
Esta comisión permanente de Asuntos Jurídicos con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del Código
Municipal DICTAMINA, recomendar al Concejo:
1. Se apruebe la modificación del puesto de asistente de talento humano categoría TM3 A
Coordinador de Talento Humano con categoría PM1, cuyo perfil se detalla a continuación:
COORDINADOR DE TALENTO HUMANO (PM1)
NATURALEZA DEL TRABAJO
Ejecución de labores profesionales relacionadas con planificación, organización, coordinación, dirección,
ejecución, evaluación y control en los procesos que realiza en la institución, así como el dominio de la
gestión municipal, interpretación de normas y procedimientos; y la prestación de asesoría en el campo
profesional de su competencia y las labores que se encuentran bajo su responsabilidad.
RESPONSABILIDAD POR RESULTADOS
1. Planear, dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades referentes al Proceso de Talento
Humano.
2. Elaborar y mantener actualizados los instrumentos para la Administración del Talento Humano
municipal.
3. Normalizar y estandarizar los procedimientos de gestión del Talento Humano de la Municipalidad.
4. Elaboración de la planilla para el pago de los funcionarios municipales que conlleva la inclusión de
incapacidades de CCSS, asistir e incluir las liquidaciones laborales para los funcionarios y todos los
cambios que se generen para la misma.
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5. Gestionar con las unidades de trabajo involucradas las firmas de las planillas, nóminas y demás
gestiones de pagos.
6. Mantener actualizadas las normativas vigentes de la Institución cada vez que se requiera.
7. Revisar e incluir el tiempo extraordinario laborado para todos los departamentos.
8. Tramitar los diferentes tipos de nombramientos o movimientos respecto al personal.
9. Realizar las planillas de dietas de los miembros del Concejo Municipal según corresponda.
10. Velar y entregar en tiempo los reportes para deducciones aplicadas a los compañeros posterior al
pago.
11. Revisar las deducciones, pensiones y embargos mensuales y aplicarlas a la planilla
correspondiente.
12. Digitar y enviar la planilla mensual a la CCSS y al INS. Firmar las constancias salariales cuando
corresponda.
13. Colaborar en el control de vacaciones de los funcionarios municipales.
14. Mantener actualizados todos los archivos de Salarios e Incentivos.
15. Colaborar en la confección de carnés institucionales.
16. Colaborar en los procesos de reclutamiento y selección cuando sea requerido en actividades
como: análisis de ofertas, aplicación de pruebas de conocimiento, coordinación con las jefaturas
de diversas áreas sobre pruebas prácticas, conformación de ternas, entre otras, según la
normativa vigente en esta materia.
17. Colaborar en la confección de avisos de accidentes cuando sea requerido.
18. Coordinar la aplicación de la evaluación del desempeño del personal de la Municipalidad en
coordinación con las diferentes jefaturas.
19. Realizar diversos informes sobre la gestión del Talento Humano.
20. Analizar estudios de la escala salarial para realizar los ajustes pertinentes.
21. Coordinar y ejecutar las diferentes actividades relativas al desarrollo del Talento Humano.
22. Coordinar y participar en el desarrollo de las diferentes actividades requeridas para lograr un
efectivo mejoramiento continuo de la organización.
23. Realizar estudios sobre incentivos y beneficios del personal.
24. Coordinar las diferentes actividades de control asistencia y puntualidad del personal municipal.
25. Informar sobre el régimen disciplinario del personal de la Municipalidad según corresponda.
26. Recopilar y analizar las diferentes fuentes de ordenamiento jurídico en lo que respecta a la gestión
del Unidad de Recursos Humanos y comunicarlo.
27. Brindar asesoría en materia laboral a las diferentes instancias municipales. Coordinar lo referente
al pago de planillas del personal y dietas de regidores.
28. Gestionar los expedientes del personal de la Municipalidad velar su orden y actualización.
Confeccionar algunas acciones de personal.
29. Elaborar y coordinar las liquidaciones de prestaciones legales y cesantía. Coordinar lo referente a
la declaración jurada de bienes ante la Contraloría General de la República.
30. Revisar y distribuir la correspondencia diaria que recibe en el proceso de Talento Humano.
31. Responder correspondencia interna y externa.
32. Coordinar la información de las prácticas profesionales o pasantías de los estudiantes que vienen
a la institución.
33. Asistir a reuniones de diversa índole en relación con la administración del Talento Humano.
34. Coordinar las funciones que se le asignan a cada una de los funcionarios del proceso de Talento
Humano y velar porque las mismas se desarrollen de manera adecuada.
35. Redactar y revisar informes, proyectos, reglamentos, instructivos, manuales y otros instrumentos
técnicos y documentos similares.
36. Presentar informes de labores ante la jefatura.
37. Mantener controles sobre los diferentes trabajos bajo su responsabilidad y vela porque éstos se
cumplan de acuerdo con los programas, fechas y plazos establecidos.
38. Colaborar con funcionarios de nivel superior en el desarrollo de proyectos, estudios técnicos y
análisis del más alto grado de dificultad.
39. Responder por la aplicación de los métodos y procedimientos del sistema de control interno y
velar por la calidad, eficiencia y eficacia del mismo.
40. Elaborar el Plan de Trabajo en relación a la gestión institucional y al área a cargo.
41. Colaborar en la elaboración del Plan de Trabajo y Plan Anual Operativo.
42. Participar en las distintas comisiones inter e intra institucionales en las cuales se le nombre como
parte.
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43. Cumplir con las normas y disposiciones en materia de Salud Ocupacional.
44. Atender y resolver consultas que le presentan sus superiores, compañeros y público en general,
relacionadas con la actividad a su cargo.
45. Asistir a reuniones con superiores y colaboradores con el fin de coordinar actividades, mejorar
métodos y procedimientos de trabajo, actualizar problemas que se presenten en el desarrollo de
las labores, definir situaciones y proponer cambios, ajustes y soluciones diversas.
46. Ejecutar otras tareas atinentes al puesto y cualquier otra función que su superior inmediato le
asigne.
SUPERVISIÓN RECIBIDA
Las actividades se desarrollan con independencia dentro del marco de las disposiciones legales, normativa,
procedimientos, protocolos, reglamentos, circulares y otras disposiciones aplicables a su área de actividad,
así como las indicaciones que le suministran sus superiores jerárquicos. Su labor es evaluada por la jefatura
inmediata por medio de la observación de la eficacia y eficiencia logrados en el cumplimiento de los planes
de trabajo, metas y objetivos cumplidos, consistencia y oportunidad de las recomendaciones planteadas.
SUPERVISIÓN EJERCIDA
Le podría corresponder la coordinación, control y evaluación del trabajo de personal operativo,
administrativo, técnico o profesional, siendo responsable por la oportunidad, calidad, eficiencia y eficacia
en el logro de los objetivos y metas por parte de las unidades del proceso.
RESPONSABILIDAD POR RECURSOS ECONÓMICOS
Es responsable de los recursos económicos que maneja en la Municipalidad, por evitar pérdidas económicas
o presupuestarias y lograr mayor eficiencia y eficacia organizacional por medio de la gestión que realiza.
RESPONSABILIDAD POR EQUIPOS Y MATERIALES DE TRABAJO
Es responsable por el adecuado empleo del equipo y los materiales que se le asignan para el cumplimiento
de sus actividades. En algunos casos, el trabajo demanda portar valores y documentos de importancia por
la información que contienen, razón por la cual debe velar por su adecuado uso y custodia.
CONDICIONES DE TRABAJO
Generalmente, las labores características de esta clase se realizan en condiciones controladas de oficina y
campo que requieren mayor esfuerzo mental y físico, pueden ser desarrolladas en forma individual o en
equipo. Le puede corresponder laborar fuera de la jornada ordinaria de trabajo, cuando las condiciones lo
exijan. Las responsabilidades asignadas generan algún nivel de presión debido a la necesidad de cumplir
con las exigencias cambiantes de los usuarios y el vencimiento de plazos establecidos para entregar y
cumplir con las obligaciones.
CONSECUENCIA DEL ERROR
Los errores cometidos pueden provocar pérdidas económicas y materiales o atrasos en el desarrollo de las
actividades desempeñadas y, por consiguiente, repercutir negativamente en el desempeño organizacional
de la dependencia donde labora, e inducir a una mala toma de decisiones, creando una imagen negativa de
la Institución, por lo que las actividades deben ser realizadas con sumo cuidado y precisión. La mayoría de
errores pueden ser detectados en fases posteriores de revisión de las labores que desempeña, sin embargo,
podrían originar daños irreversibles.
COMPETENCIAS
Competencias Competencias Competencias Técnicas
Cardinales Específicas
*Compromiso *Análisis y solución de *Leyes, reglamentos, normas, acuerdos,
*Ética situaciones dictámenes, resoluciones, políticas y
*Innovación y *Trabajo colaborativo procedimientos en materia municipal.
creatividad *Prudencia *Servicios Municipales.
*Perseverancia en la *Capacidad de *Word, Excel, y Power Point de nivel intermedio.
consecución de planificación y *Sistemas informáticos municipales.
objetivos organización *Técnicas especializadas propias de la actividad
*Responsabilidad Social *Comunicación eficaz en que labora.
*Otros conocimientos requeridos por el puesto
ubicado en esta clase.
*Métodos de investigación y Elaboración de
informes.
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FORMACIÓN
Bachillerato Universitario en una carrera atiente al puesto.
EXPERIENCIA
1 año de experiencia en labores afines al puesto.
REQUISITOS LEGALES
Incorporado al Colegio Profesional respectivo. HASTA AQUI LA TRANSCRIPCION.
2. Se autorice al Intendente Municipal a la firma del contrato de Dedicación Exclusiva por 5
años según la Ley 9635 y según la Ley 10159, además de que se realice el pago retroactivo
desde el 01 de enero de 2025. ES TODO. Se somete a votación el dictamen el cual es
aprobado en todas sus partes.
ACUERDO N°8
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 8.1 Acoger en todas sus partes el dictamen
emitido por la comisión de asuntos jurídicos”. ACUERDO UNANIME
8.2. Aprobar la modificación del puesto de asistente de talento humano categoría TM3 a
Coordinador de Talento Humano con categoría PM1, autorizar al Intendente Municipal a la firma
del contrato de Dedicación Exclusiva por 5 años según la Ley 9635 y según la Ley 10159
8.3. Realizar el pago retroactivo desde el 01 de enero de 2025”. ACUERDO UNANIME. Votan a
favor los Concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor Centeno Sandi,
Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana.
d. ASUNTO: CREACION DE PERFIL ASISTENTE ADMINISTRATIVO (AIM1)
Acta número cero nueve - dos mil veinticinco de la comisión permanente de Asuntos Jurídicos,
celebrada el día seis de enero del dos mil veinticinco, a las quince horas con cinco minutos en la
sala de sesiones de este Concejo. Presentes los miembros: Minor Centeno, Ivania Prendas y los
asesores Diego Céspedes Núñez. Técnico Talento Humano del Concejo Municipal de Distrito y la
Licda. Aralyn Villegas, Asesora Legal del Concejo de Concejales
Ausente: Mario Delgado
DICTAMEN N°03
CONSIDERANDO:
→ Que el Concejo ha trasladado a esta comisión el perfil de Asistente Administrativo con
categoría de AM1 para su respectiva aprobación.
→ Que el perfil de Asistente Administrativo fue realizado por la CAM de la Unión Nacional de
Gobiernos Locales.
POR LO TANTO
Esta comisión permanente de Asuntos Jurídicos con base en el artículo 34 inciso g, y 49 del Código
Municipal DICTAMINA, recomendar al Concejo:
1. Se apruebe el perfil de Asistente Administrativo con categoría AM1 quedando de la
siguiente manera:
ASISTENTE ADMINISTRATIVO (A) MUNICIPAL (AM1)
NATURALEZA DEL PUESTO
Ejecución de actividades auxiliares de soporte administrativo que consisten en la prestación de servicios
básicos administrativos de variada naturaleza al usuario interno y externo, que demandan la aplicación de
conocimientos e interpretación de procedimientos para atender o resolver los asuntos que se presentan en
un campo de la gestión municipal.
RESPONSABILIDAD POR RESULTADOS
▪ Organizar, clasificar y archivar documentos y expedientes administrativos, asegurando su fácil acceso y
conservación.
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07/01/2025
▪ Brindar atención y apoyo a los ciudadanos que visitan las oficinas municipales, respondiendo consultas y
orientando sobre trámites y servicios en forma personal o telefónica.
▪ Redactar informes, oficios, actas, correos electrónicos, y otros documentos que surgen como consecuencia
de las actividades que realiza.
▪ Apoyar al área en la cual se desempeña en actividades administrativas, en ejecución de seguimiento de
oficios, elaboración de agendas de trabajo, elaboración de oficios y respuestas vía correo electrónico.
▪ Gestionar el correcto cumplimiento y el orden de los compromisos agendados de la gestión.
▪ Apoyar y coordinar actividades en conjunto al área o actividad procesal que se desempeñe.
▪ Organizar y coordinar reuniones, incluyendo la preparación de agendas, convocatorias y minutas de las
mismas.
▪ Asistir en la elaboración y seguimiento de procesos administrativos, como presupuestos, compras y
contratación de servicios.
▪ Utilizar software y sistemas de gestión administrativa para el registro y seguimiento de actividades y
trámites.
▪ Llevar un control de los suministros y materiales de oficina, realizando solicitudes de reposición cuando sea
necesario.
▪ Trabajar en conjunto con otros departamentos para facilitar la comunicación y el flujo de información
dentro de la municipalidad.
▪ Mantener actualizadas las bases de datos y registros administrativos, asegurando la integridad y
disponibilidad de la información.
▪ Participar en programas de capacitación para mejorar habilidades administrativas y conocer nuevas
herramientas y procedimientos.
▪ Cumplir con las normas y disposiciones en materia de Salud Ocupacional.
▪ Atender y resolver consultas que le presentan sus superiores, compañeros y público en general,
relacionadas con la actividad a su cargo.
▪ Asistir a reuniones con superiores y colaboradores, con el fin de coordinar actividades, mejorar métodos y
procedimientos de trabajo, actualizar problemas que se presenten en el desarrollo de las labores, definir
situaciones y proponer cambios, ajustes y soluciones diversas.
▪ Ejecutar otras tareas atinentes al puesto y cualquier otra función que su superior inmediato le asigne.
COMPLEJIDAD DEL CARGO
El trabajo se realiza siguiendo una rutina establecida, así como instrucciones u órdenes precisas y
procedimientos básicos. El trabajo es evaluado mediante la calidad y oportunidad de los resultados
logrados, así como por el trato que ofrece a compañeros, jefes y clientes-ciudadanos y la disposición a
colaborar cuando se le requiere.
SUPERVISIÓN RECIBIDA
El trabajo se lleva a cabo siguiendo instrucciones precisas en cuanto a métodos y sistemas de trabajo,
establecidas en la normativa vigente o bien giradas verbalmente o por escrito por las jefaturas respectivas.
Su labor es supervisada y evaluada mediante la apreciación de la calidad y oportunidad de los servicios
prestados, por los reportes presentados y por la satisfacción mostrada por los usuarios a los que se les
brinda el servicio.
SUPERVISIÓN EJERCIDA
No le corresponde supervisar el trabajo de otros.
RESPONSABILIDAD POR RECURSOS ECONÓMICOS
No tiene responsabilidad por recursos económicos.
RESPONSABILIDAD POR EQUIPOS Y MATERIALES DE TRABAJO
Es responsable por el adecuado uso, la custodia y el adecuado empleo de formularios oficiales, materiales
de oficina y por equipos de comunicación, informáticos y de oficina en general.
CONDICIONES DE TRABAJO
El trabajo por lo general se realiza dentro de oficinas. Se encuentran expuestos a accidentes laborales
normales como caídas, resbalones o golpes. Se requiere de un grado de concentración mental normal en la
ejecución de las funciones. Trabaja usualmente en jornadas diurnas. El desplazamiento es por lo general
dentro de las oficinas y en ocasiones en otras entidades.
CONSECUENCIA DEL ERROR
ACTA 036-25
07/01/2025
Los errores en la ejecución de las funciones podrían afectar a los clientes, usuarios y compañeros, así como
la imagen municipal; los cometidos en los procesos de trabajo pueden causar demoras innecesarias,
molestias a los usuarios y un alto costo de operación en los servicios prestados.
COMPETENCIAS
Competencias Cardinales Competencias Específicas Competencias Técnicas
*Compromiso *Dominio y aplicación práctica *Dominio de Excel, Word y
*Ética *Comunicación eficaz Power Point
*Innovación y creatividad *Calidad y productividad *Técnicas básicas de
*Perseverancia en la *Orientación al servicio organización de oficinas
consecución de objetivos *Responsabilidad personal *Técnicas de redacción
*Responsabilidad social *Conocimiento de los servicios
y procedimientos municipales
*Conocimientos de leyes y
reglamentos
FORMACIÓN ACADÉMICA
• Bachiller de Secundaria Aprobada.
REQUISITO DE EXPERIENCIA
• Tres meses de experiencia en labores relacionadas al puesto.
REQUISITOS LEGALES
• No aplica. ES TODO. Se somete a votación el dictamen el cual es aprobado en todas sus partes.
HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION.
RONNY. Esta es una de las plazas que no se aprobaron por parte de la contraloría, pero la idea
es tener creado el perfil para el momento en que volvamos a incluir la plaza en presupuesto
ACUERDO N°9
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 9.1. Acoger el dictamen presentado por la
comisión”. ACUERDO UNANIME
9.2. Aprobar la creación del perfil del puesto de Asistente Administrativo con categoría AM1 según
se indica en el dictamen”. ACUERDO UNANIME ACUERDO UNANIME. Votan a favor los
Concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor Centeno Sandi, Francisco
Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana.
COMISION DE HACIENDA Y PRESUPUESTO
e. ASUNTO. PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025 POR UN MONTO DE TRES MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL
SEISCIENTOS SESENTA Y TRES COLONES CON 24/100 (¢ 3,467,157.663.24)
Acta numero cero uno - dos mil veinticinco de la comisión permanente de Hacienda y Presupuesto,
celebrada el día seis de enero del dos mil veinticinco, a las doce horas con cinco minutos en la sala de
sesiones de este Concejo. Presentes los miembros: Minor Centeno Sandi, Olga Moncada Ledezma y Angie
Bonilla Santana y el asesor Diego Céspedes Núñez. Técnico Talento Humano del Concejo Municipal de
Distrito.
Ausente: Angie Bonilla Santana
DICTAMEN N°1.
CONSIDERANDO:
→ Que mediante OFICIO INT-591-2024 la Intendencia hace traslado al Concejo del
Presupuesto Extraordinario número 01-2025.
ACTA 036-25
07/01/2025
→ Que mediante pase CMC-S-001-2025 el Concejo ha trasladado a esta comisión el primer
Presupuesto Extraordinario 01-2025 por un monto de TRES MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y SIETE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS
SESENTA Y TRES COLONES CON 24/100 (¢ 3,467,157.663.24)
INGRESOS
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
SECCION DE INGRESOS
Porcentaje
CÓDIGO DETALLE MONTO
Relativo
COBANO
INGRESOS TOTALES 3,467,157,663.24 100.00%
3.0.0.0.00.00.0.0.000 FINANCIAMIENTO 3,467,157,663.24 100.00%
3.1.0.0.00.00.0.0.000 FINANCIAMIENTO INTERNO 250,000,000.00 7.21%
3.1.1.6.00.00.0.0.000 Préstamos directos de instituciones públicas financieras 250,000,000.00 7.21%
3.3.0.0.00.00.0.0.000 RECURSOS DE VIGENCIAS ANTERIORES 3,217,157,663.24 92.79%
3.3.1.0.00.00.0.0.000 SUPERÁVIT LIBRE 2,137,652,106.32 61.65%
3.3.2.0.00.00.0.0.000 SUPERÁVIT ESPECIFICO 1,079,505,556.91 31.14%
EGRESOS
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
EGRESOS TOTALES 3,467,157,663.24 100%
0 REMUNERACIONES 63,084,021.71 1.82%
1 SERVICIOS 246,947,552.19 7.12%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 109,151,372.97 3.15%
5 BIENES DURADEROS 2,888,142,928.03 83.30%
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 159,395,471.70 4.60%
9 CUENTAS ESPECIALES 436,316.64 0.01%
POR LO TANTO
Esta comisión permanente de Asuntos de Hacienda y Presupuesto con base en el artículo 34 inciso
g, y 49 del Código Municipal DICTAMINA, recomienda al Concejo:
✓ Se apruebe el Primer Presupuesto Extraordinario 01-2025 del Concejo Municipal de Distrito
de Cóbano, por un monto de TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE
MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES
COLONES CON 24/100 (¢ 3,467,157.663.24). ES TODO. Se somete a votación el
dictamen el cual se aprueba en todas sus partes.
ACUERDO N°10
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 10.1. Acoger en todas sus partes el dictamen
emitido por la comisión permanente de Hacienda y Presupuesto”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
10.2. Aprobar el Presupuesto Extraordinario 01-2025 de este Concejo Municipal por un monto de
tres mil cuatrocientos sesenta y siete millones ciento cincuenta y siete mil seiscientos
sesenta y tres colones con 24/100 (¢ 3,467,157,663.24), el cual se detalla a continuación:
INGRESOS
ACTA 036-25
07/01/2025
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
SECCION DE INGRESOS
Porcentaje
CÓDIGO DETALLE MONTO
Relativo
COBANO
INGRESOS TOTALES 3,467,157,663.24 100.00%
3.0.0.0.00.00.0.0.000 FINANCIAMIENTO 3,467,157,663.24 100.00%
3.1.0.0.00.00.0.0.000 FINANCIAMIENTO INTERNO 250,000,000.00 7.21%
3.1.1.6.00.00.0.0.000 Préstamos directos de instituciones públicas financieras 250,000,000.00 7.21%
3.3.0.0.00.00.0.0.000 RECURSOS DE VIGENCIAS ANTERIORES 3,217,157,663.24 92.79%
3.3.1.0.00.00.0.0.000 SUPERÁVIT LIBRE 2,137,652,106.32 61.65%
3.3.2.0.00.00.0.0.000 SUPERÁVIT ESPECIFICO 1,079,505,556.91 31.14%
EGRESOS
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
EGRESOS TOTALES 3,467,157,663.24 100%
0 REMUNERACIONES 63,084,021.71 1.82%
1 SERVICIOS 246,947,552.19 7.12%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 109,151,372.97 3.15%
5 BIENES DURADEROS 2,888,142,928.03 83.30%
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 159,395,471.70 4.60%
9 CUENTAS ESPECIALES 436,316.64 0.01%
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
PROGRAMA I
DIRECCION Y ADMINISTRACION GENERAL
PROGRAMA I 151,979,925.50 100.00%
04 REGISTRO DE DEUDA, FONDOS Y TRANSFERENCIAS 151,979,925.50 100.00%
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
DETALLE DEL OBJETO DEL GASTO PROGRAMA I
EGRESOS PROGRAMA I 151,979,925.50 100.00%
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 151,979,925.50 100.00%
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
PROGRAMA II
CODIGO DESCRIPCION ASIGNACION
II SERVICIOS COMUNALES 311,052,389.26 100%
2 RECOLECCION DE BASURA 103,222,255.84 33.2%
9 EDUCATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS 8,017,942.23 2.6%
MEJORAMIENTO EN LA ZONA MARÍTIMO
15 42,000,000.00 13.5%
TERRESTRE
17 MANTENIMIENTO EDIFICIOS 50,750,000.00 16.3%
25 PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE 8,172,639.30 2.6%
26 DESARROLLO URBANO 4,000,000.00 1.3%
28 ATENCION EMERGENCIAS CANTONALES 94,889,551.89 30.5%
TOTAL PROGRAMA II 311,052,389.26
ACTA 036-25
07/01/2025
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
DETALLE DEL OBJETO DEL GASTO PROGRAMA II
EGRESOS PROGRAMA II 311,052,389.26 100.00%
1 SERVICIOS 91,183,319.74 29.31%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 47,335,921.73 15.22%
5 BIENES DURADEROS 172,533,147.79 55.47%
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
DETALLE DEL PROGRAMA III
EGRESOS PROGRAMA III 3,004,125,348.48 100.00%
GRUPOS
02 VIAS DE COMUNICACIÓN 2,452,670,154.99 81.64%
MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL DISTRITO
02-02 222,408,877.24 7.40%
DE CÓBANO
CONST. INFRAESTRUCTURA VIAL RUTA C6-
02-03 261,026,456.24 8.69%
01-135 DELICIAS-SAN ISIDRO (LIBRE)
CONST. INFRAESTRUCTURA VIAL RUTA C6-
02-04 199,940,000.00 6.66%
01-128 Y 038 LAS DELICIAS (LIBRE)
ALCANTARILLADO PLUVIAL EN CABUYA
02-05 22,600,000.00 0.75%
RUTA C6-01-117 Y 123 (LIBRE)
CONSTRUCCIÓN DE ALCANTARILLADO
02-06 PLUVIAL PLAYA CARMEN RUTA C6-01-001 77,000,000.00 2.56%
(LIBRE)
CONSTRUCCIÓN INFRAESTRUCTURA VIAL
02-07 RUTA C6-01-037/135 SAN ISIDRO-DELICIAS 200,000,000.00 6.66%
(LIBRE)
CONSTRUCCIÓN INFRAESTRUCTURA VIAL
02-08 165,000,000.00 5.49%
REDONDEL RUTA C6-01-126 (LIBRE)
SEÑALIZACION VERTICAL, HORIZONTAL Y
02-09 DEMARCACIONES EN LAS VÍAS DEL 15,000,000.00 0.50%
DISTRITO CÓBANO (LIBRE)
CONSTRUCCION ACERAS EN EL DISTRITO
02-10 105,405,298.15 3.51%
DE CÓBANO, SEGÚN PVQCD (Ley N ° 9976)
MEJ. INFRA. VIAL, RUTA C6-01-037 SAN
02-11 46,005,458.67 1.53%
ISIDRO - DELICIAS DE COBANO (LEY 8114)
BACHEO, CUNETAS, GUARDA VIAS,
02-12 CORDON Y CAÑO EN LA ZMT (LEY 6043, 28,000,000.00 0.93%
40%MZT)
APERTURA DE CALLE Y ADOQUIN EN
02-13 15,781,528.20 0.53%
MONTEZUMA (LEY 6043, 40%MZT)
BACHEO, CUNETAS, GUARDA VIAS,
02-14 CORDON Y CAÑO EN EL DISTRITO DE 13,898,312.41 0.46%
CÓBANO (LEY 6043, 40%MEJORAS CANTON)
CONSTRUCCION DE PUENTE
02-15 365,500,000.00 12.17%
(RIO NEGRO-SANTIAGO) (Financiamiento BP)
CONSTRUCCION DE CALLE ASFALTO EN
02-16 100,000,000.00 3.33%
RUTA C6-01-001 PLAYA CARMEN (LIBRE)
CONSTRUCCION DE INFRA. VIAL EN SANTA
02-17 275,386,026.48 9.17%
TERESA CENTRO RUTA C6-01-001 (LIBRE)
CONST. DE INFRA. VIAL EN BELLO
02-18 HORIZONTE (PUENTE RIO RESPINGUE 93,551,422.29 3.11%
CAMINO AL CENTRO) RUTA C6-01-109
CONSTRUCCION DE INFRA. VIAL ENTRADA
02-19 99,499,775.31 3.31%
A LA ESPERANZA RUTA C6-01-016
CONSTRUCCION ALCANTARILLA SOBRE
02-20 QUEBRADA LA MALDITA Y TSB3 EN RUTA C6- 146,667,000.00 4.88%
01-089
ACTA 036-25
07/01/2025
06 OTROS PROYECTOS 551,455,193.49 18.36%
SOPORTE EXT. ALQUILER DE MAQUINARIA DEL
06-01 SERV. RECOLECCIÓN DESECHOS PARA SU 50,000,000.00 1.66%
DESARROLLO (SANIDAD)
DEPORTE Y RECREACIÓN DISTRITAL CÓBANO
06-03 247,156,939.33 8.23%
(3%)
FISCALIZACION LICENCIAS COMERCIALES Y
06-06 LICORES, Y ACT. DE LICENCIAS EN MAPA 66,798,254.16 2.22%
CATASTRAL CMD CÓBANO
ESTUDIOS PRELIMINARES EN ANTIGUO
06-07 VERTEDERO MUNICIPAL PARA PLAN DE CIERRE 25,000,000.00 0.83%
TÉCNICO (SANIDAD)
INSTALACIÓN DE CONTENEDORES
06-08 COMUNITARIOS PARA RESIDUOS SÓLIDOS 15,000,000.00 0.50%
(SANIDAD)
ACTUALIZACIÓN DE BASE DATOS
06-09 CONTRIBUYENTES DEL SERVICIO RECOLECCIÓN 4,000,000.00 0.13%
DE RESIDUOS SÓLIDOS (SANIDAD)
COMPOSTERAS DOMÉSTICAS PARA GESTIÓN DE
06-10 12,000,000.00 0.40%
RESIDUOS ORGÁNICOS (SANIDAD)
MEJORAMIENTO DEL ÁREA DE OPERARIOS DEL
06-11 SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS 10,000,000.00 0.33%
SÓLIDOS (SANIDAD)
ADQUISICION DE NUEVA UNIDAD DE
06-12 RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS 84,000,000.00 2.80%
(SANIDAD)
COMPRA DE TERRENO DE 1.000 M2 PARA
06-13 FUTURA AMPLIACIÓN DE ESC. RIO NEGRO DE 25,000,000.00 0.83%
COBANO (LEY 8461)
EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA MEJORAS EN EL
06-14 12,500,000.00 0.42%
AREA DE PLATAFORMAS
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
DETALLE DEL OBJETO DEL GASTO PROGRAMA III
EGRESOS PROGRAMA III 3,004,125,348.48 100.00%
0 REMUNERACIONES 63,084,021.71 2.10%
1 SERVICIOS 155,764,232.45 5.19%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 61,815,451.24 2.06%
5 BIENES DURADEROS 2,715,609,780.24 90.40%
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 7,415,546.20 0.25%
9 CUENTAS ESPECIALES 436,316.64 0.01%
ACTA 036-25
07/01/2025
CONTROL INTERNO
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
PROGRAMA I: DIRECCION Y ADMINISTRACION GENERAL
CODIGO ASIGNACION
CLASIFICACION DEL GASTO CLASIFICADOR ECONÓMICO PARCIAL TOTAL
P G S P CATEGORÍA CÓBANO
I 04 6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 151,979,925.50
TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL Transferencias corrientes al Sector
6.01 1.3.1 151,979,925.50
SECTOR PÚBLICO Público
Transferencias corrientes al Gobierno Transferencias corrientes al Sector
6.01.01 1.3.1 8,512,071.04
Central Público
6.01.01.01 Aporte Organo Normalización Tecnica 1.3.1 Transferencias corrientes al sector público 8,512,071.04
Transferencias corrientes a Órganos Transferencias corrientes al Sector
6.01.02 1.3.1 28,971,868.84
Desconcentrados Público
Junta Administrativa del Registro Nacional
6.01.02.01 1.3.1 Transferencias corrientes al sector público 17,024,142.07
(2% IBI)
6.01.02.04 Aporte CONAGEBIO Ley 7788 1.3.1 Transferencias corrientes al sector público 1,636,674.90
6.01.02.07 70% Fondo parques Nacionales Ley 7788 1.3.1 Transferencias corrientes al sector público 10,311,051.87
Transferencias corrientes a Instituciones Transferencias corrientes al Sector
6.01.03 1.3.1 98,902,580.81
Descentralizadas no Empresariales Público
Consejo Nacional de Rehabilitación
6.01.03.01 1.3.1 Transferencias corrientes al sector público 13,781,870.46
(CONAPDIS)
6.01.03.02 Juntas de Educación (10% IBI) 1.3.1 Transferencias corrientes al sector público 85,120,710.35
Transferencias corrientes a Gobiernos Transferencias corrientes al Sector
6.01.04 1.3.1 15,593,404.81
Locales. Público
Union Nacional de Los Gobiernos Locales
6.01.04.03 1.3.1 Transferencias corrientes al sector público 6,890,936.23
(UNGL)
Federacion de Consejos Municipalidades de
6.01.04.04 1.3.1 Transferencias corrientes al sector público 8,702,468.57
Distrito (FECOMUDI)
Total Presupuesto Extraordinario 01-2025 OBJETO-GASTO y ECONÓMICO 151,979,925.50 151,979,925.50
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
PROGRAMA II: 02-02 RECOLECCIÓN DE BASURA
CODIGO ASIGNACION
CLASIFICACION DEL GASTO CLASIFICADOR ECONÓMICO PARCIAL TOTAL
P G S P CATEGORÍA CÓBANO
1 GASTOS CORRIENTES 103,222,255.84
ADQUISICIÓN DE BIENES Y
II 02 1 SERVICIOS 1.1.2 80,722,255.84
SERVICIOS
1.01 ALQUILERES 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 60,722,255.84
1.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 60,722,255.84
1.08 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 20,000,000.00
Mantenimiento y reparación de equipo de
1.08.05 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 20,000,000.00
transporte
I 01 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 22,500,000.00
2.01 PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 6,000,000.00
2.01.01 Combustibles y lubricantes 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 6,000,000.00
MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN
2.03 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 1,500,000.00
LA CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO
2.03.01 Materiales y productos metálicos 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 1,500,000.00
HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y
2.04 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 15,000,000.00
ACCESORIOS
2.04.02 Repuestos y accesorios 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 15,000,000.00
Total Presupuesto Extraordinario 01-2025 OBJETO-GASTO y ECONÓMICO 103,222,255.84 103,222,255.84
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
PROGRAMA II: 02-09 EDUCATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS
CODIGO ASIGNACION
CLASIFICACION DEL GASTO CLASIFICADOR ECONÓMICO PARCIAL TOTAL
P G S P CATEGORÍA CÓBANO
1 GASTOS CORRIENTES 8,017,942.23
II 09 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 8,017,942.23
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS
2.99 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 8,017,942.23
DIVERSOS
2.99.04 Textiles y vestuario (deportivo) 1.1.3 Adquisición de Bienes y Servicios 5,061,836.23
2.99.04 Textiles y vestuario (cultural) 1.1.4 Adquisición de Bienes y Servicios 2,956,106.00
Total Presupuesto Extraordinario 01-2025 OBJETO-GASTO y ECONÓMICO 8,017,942.23 8,017,942.23
ACTA 036-25
07/01/2025
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
PROGRAMA II: 02-15 MEJORAMIENTO DE LA ZONA MARITIMO TERRESTRE
CODIGO ASIGNACION
CLASIFICACION DEL GASTO CLASIFICADOR ECONÓMICO PARCIAL TOTAL
P G S P CATEGORÍA CÓBANO
II 15 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 42,000,000.00
2.2 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 42,000,000.00
5.01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 2.2.1 Maquinaria y equipo 42,000,000.00
5.01.02 Equipo de transporte 2.2.1 Maquinaria y equipo 32,000,000.00
5.01.03 Equipo de comunicación 2.2.1 Maquinaria y equipo 10,000,000.00
Total Presupuesto Extraordinario 01-2025 OBJETO-GASTO y ECONÓMICO 42,000,000.00 42,000,000.00
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
PROGRAMA II: 02-17 MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS
CODIGO A S I G N A C I O N
CLASIFICACION DEL GASTO CLASIFICADOR ECONÓMICO PARCIAL TOTAL
P G S P CATEGORÍA CÓBANO
1 GASTOS CORRIENTES 15,750,000.00
II 17 1 SERVICIOS 1.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 2,500,000.00
1.08 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN 1.1.2 Adquisición de Bie ne s y Se rvicios 2,500,000.00
Mantenimiento y reparación de equipo
1.08.07 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 2,500,000.00
y mobiliario de oficina
II 17 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1.1.2 Adquisición de Bie ne s y Se rvicios 13,250,000.00
MATERIALES Y PRODUCTOS DE
2.03 USO EN LA CONSTRUCCIÓN Y 1.1.2 Adquisición de Bie ne s y Se rvicios 12,500,000.00
MANTENIMIENTO
2.03.01 Materiales y productos metálicos 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 1,500,000.00
2.03.03 Madera y sus derivados 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 3,000,000.00
Materiales y productos eléctricos,
2.03.04 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 2,000,000.00
telefónicos y de cómputo
2.03.05 Materiales y productos de vidrio 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 2,000,000.00
2.03.06 Materiales y productos de plástico 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 1,000,000.00
Otros materiales y productos de uso
2.03.99 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 3,000,000.00
en la construcción y mantenimiento
ÚTILES, MATERIALES Y
2.99 1.1.2 Adquisición de Bie ne s y Se rvicios 750,000.00
SUMINISTROS DIVERSOS
2.99.04 Textiles y vestuario 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 750,000.00
II 17 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 35,000,000.00
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 35,000,000.00
MEJORAS
5.02.01 Edificios 2.1.1 Edificaciones 35,000,000.00
Tota l Pre supue sto Ex tra ordina rio 01-2025 OBJETO-GASTO y ECONÓMICO 50,750,000.00 50,750,000.00
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
PROGRAMA II: 02-25 PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE
CODIGO AS I G NACI O N
CLASIFICACION DEL GASTO CLASIFICADOR ECONÓMICO PARCIAL TOTAL
S P CATEGORÍA CÓBANO
1 GASTOS CORRIENTES 7,529,043.40
1.1 GASTOS DE CONSUMO
ADQUISICIÓN DE BIENES Y
II 25 1 SERVICIOS 1.1.2 3,961,063.90
SERVICIOS
1.07 CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 750,000.00
1.07.02 Actividades protocolarias y sociales 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 750,000.00
1.08 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 3,211,063.90
Mantenimiento y reparación de equipo de
1.08.05 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 3,211,063.90
transporte
II 25 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 3,567,979.50
MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA
2.03 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 443,595.90
CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO
Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de
2.03.04 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 443,595.90
cómputo
2.04 HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 3,124,383.60
2.04.02 Repuestos y accesorios 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 3,124,383.60
II 25 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 643,595.90
2.2 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 643,595.90
5.01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 2.2.1 Maquinaria y equipo 643,595.90
5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 2.2.1 Maquinaria y equipo 643,595.90
Total Presupuesto Extraordinario 01-2025 OBJETO-GASTO y ECONÓMICO 8,172,639.30 8,172,639.30
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
PROGRAMA II: 02-26 DESARROLLO URBANO
CODIGO ASIGNACION
CLASIFICACION DEL GASTO CLASIFICADOR ECONÓMICO PARCIAL TOTAL
S P CATEGORÍA CÓBANO
1 GASTOS CORRIENTES 4,000,000.00
II 26 1 SERVICIOS 1.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 4,000,000.00
1.08 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 4,000,000.00
Mantenimiento y reparación de equipo de
1.08.08 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 4,000,000.00
cómputo y sistemas de informacion
Total Presupuesto Extraordinario 01-2025 OBJETO-GASTO y ECONÓMICO 4,000,000.00 4,000,000.00
ACTA 036-25
07/01/2025
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
PROGRAMA II: 02-28 ATENCION DE EMERGENCIAS
CODIGO ASIGNACION
CLASIFICACION DEL GASTO CLASIFICADOR ECONÓMICO PARCIAL TOTAL
S P CATEGORÍA CÓBANO
II 28 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 94,889,551.89
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 94,889,551.89
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 94,889,551.89
Total Presupuesto Extraordinario 01-2025 OBJETO-GASTO y ECONÓMICO 94,889,551.89 94,889,551.89
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
PROGRAMA III: INVERSIONES
PROGRAMA III: 02-VIAS DE COMUNICACIÓN
CODIGO ASIGNACION
CLASIFICACION DEL GASTO CLASIFICADOR ECONÓMICO PARCIAL TOTAL
MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL
III 02 02 P CATEGORÍA CÓBANO
DISTRITO DE CÓBANO
2 GASTOS DE CAPITAL 102,365,451.24
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL
III 02 1 SERVICIOS 2.1.2 Vías de comunicación 66,150,000.00
1.04 SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO 2.1.2 Vías de comunicación 16,000,000.00
1.04.03 Servicios de ingeniería y arquitectura 2.1.2 Vías de comunicación 6,000,000.00
1.04.99 Otros servicios de gestión y apoyo 2.1.2 Vías de comunicación 10,000,000.00
1.08 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN 2.1.2 Vías de comunicación 50,150,000.00
1.08.02 Mantenimiento de vías de comunicación 2.1.2 Vías de comunicación 50,000,000.00
Mantenimiento y reparación de equipo de
1.08.05 2.1.2 Vías de comunicación 150,000.00
transporte
III 02 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 2.1.2 Vías de comunicación 36,215,451.24
2.01 PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 2.1.2 Vías de comunicación 25,000.00
2.01.04 Tintas, pinturas y diluyentes 2.1.2 Vías de comunicación 25,000.00
MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN
2.03 2.1.2 Vías de comunicación 35,435,451.24
LA CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO
2.03.01 Materiales y productos metálicos 2.1.2 Vías de comunicación 200,000.00
Materiales y productos minerales y
2.03.02 2.1.2 Vías de comunicación 35,235,451.24
asfálticos
HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y
2.04 2.1.2 Vías de comunicación 65,000.00
ACCESORIOS
2.04.01 Herramientas e instrumentos 2.1.2 Vías de comunicación 65,000.00
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS
2.99 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 690,000.00
DIVERSOS
2.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 75,000.00
2.99.04 Textiles y vestuario 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 85,000.00
2.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 530,000.00
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 112,627,879.80
2.2 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 82,627,879.80
5.01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 2.2.1 Maquinaria y equipo 6,712,000.00
5.01.01 Maquinaria y equipo para la producción 2.2.1 Maquinaria y equipo 600,000.00
5.01.03 Equipo de comunicación 2.2.1 Maquinaria y equipo 512,000.00
5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 2.2.1 Maquinaria y equipo 2,000,000.00
5.01.05 Equipo de cómputo 2.2.1 Maquinaria y equipo 3,600,000.00
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 30,000,000.00
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 30,000,000.00
5.03 BIENES PREEXISTENTES 75,915,879.80
5.03.01 Terrenos 2.2.2 Terrenos 75,915,879.80
III 02 6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 7,415,546.20
OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES Transferencias corrientes al Sector
6.06 1.3.2 7,415,546.20
AL SECTOR PRIVADO Privado
6.06.01 Indemnizaciones 1.3.2 Transferencias corrientes al Sector Privado 7,415,546.20
Total Proyecto 222,408,877.24 222,408,877.24
ACTA 036-25
07/01/2025
CONST. INFRAESTRUCTURA VIAL RUTA
III 02 03 P CATEGORÍA 261,026,456.24
C6-01-135 DELICIAS-SAN ISIDRO (LIBRE)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 261,026,456.24
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 261,026,456.24
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 261,026,456.24
CONST. INFRAESTRUCTURA VIAL RUTA
III 02 04 P CATEGORÍA 199,940,000.00
C6-01-128 Y 038 LAS DELICIAS (LIBRE)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 199,940,000.00
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 199,940,000.00
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 199,940,000.00
ALCANTARILLADO PLUVIAL EN CABUYA
III 02 05 P CATEGORÍA 22,600,000.00
RUTA C6-01-117 Y 123 (LIBRE)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 22,600,000.00
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 22,600,000.00
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 22,600,000.00
CONSTRUCCIÓN DE ALCANTARILLADO
III 02 06 PLUVIAL PLAYA CARMEN RUTA C6-01- P CATEGORÍA 77,000,000.00
001 (LIBRE)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 77,000,000.00
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 77,000,000.00
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 77,000,000.00
CONSTRUCCIÓN INFRAESTRUCTURA
III 02 07 VIAL RUTA C6-01-037/135 SAN ISIDRO- P CATEGORÍA 200,000,000.00
DELICIAS (LIBRE)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 200,000,000.00
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 200,000,000.00
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 200,000,000.00
CONSTRUCCIÓN INFRAESTRUCTURA
III 02 08 P CATEGORÍA 165,000,000.00
VIAL REDONDEL RUTA C6-01-126 (LIBRE)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 165,000,000.00
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 165,000,000.00
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 165,000,000.00
SEÑALIZACION VERTICAL, HORIZONTAL
III 02 09 Y DEMARCACIONES EN LAS VÍAS DEL P CATEGORÍA 15,000,000.00
DISTRITO CÓBANO (LIBRE)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 15,000,000.00
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 15,000,000.00
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 15,000,000.00
CONSTRUCCION ACERAS EN EL
III 02 10 DISTRITO DE CÓBANO, SEGÚN PVQCD P CATEGORÍA 105,405,298.15
(Ley N ° 9976)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 105,405,298.15
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 105,405,298.15
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 105,405,298.15
MEJ. INFRA. VIAL, RUTA C6-01-037 SAN
III 02 11 ISIDRO - DELICIAS DE COBANO (LEY P CATEGORÍA 46,005,458.67
8114)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 46,005,458.67
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 46,005,458.67
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 46,005,458.67
BACHEO, CUNETAS, GUARDA VIAS,
III 02 12 CORDON Y CAÑO EN LA ZMT (LEY 6043, P CATEGORÍA 28,000,000.00
40%MZT)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 28,000,000.00
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 28,000,000.00
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 28,000,000.00
APERTURA DE CALLE Y ADOQUIN EN
III 02 13 P CATEGORÍA 15,781,528.20
MONTEZUMA (LEY 6043, 40%MZT)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 15,781,528.20
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 15,781,528.20
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 15,781,528.20
BACHEO, CUNETAS, GUARDA VIAS,
CORDON Y CAÑO EN EL DISTRITO DE
III 02 14 P CATEGORÍA 13,898,312.41
CÓBANO (LEY 6043, 40%MEJORAS
CANTON)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 13,898,312.41
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 13,898,312.41
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 13,898,312.41
CONSTRUCCION DE PUENTE
III 02 15 (RIO NEGRO-SANTIAGO) P CATEGORÍA 365,500,000.00
(Financiamiento BP)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 365,500,000.00
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 365,500,000.00
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 365,500,000.00
ACTA 036-25
07/01/2025
CONSTRUCCION DE CALLE ASFALTO EN
III 02 16 P CATEGORÍA 100,000,000.00
RUTA C6-01-001 PLAYA CARMEN (LIBRE)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 100,000,000.00
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 100,000,000.00
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 100,000,000.00
CONSTRUCCION DE INFRA. VIAL EN
III 02 17 SANTA TERESA CENTRO RUTA C6-01-001 P CATEGORÍA 275,386,026.48
(LIBRE)
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 275,386,026.48
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 275,386,026.48
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 275,386,026.48
CONST. DE INFRA. VIAL EN BELLO
III 02 18 HORIZONTE (PUENTE RIO RESPINGUE P CATEGORÍA 93,551,422.29
CAMINO AL CENTRO) RUTA C6-01-109
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 93,551,422.29
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 93,551,422.29
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 93,551,422.29
CONSTRUCCION DE INFRA. VIAL
III 02 19 ENTRADA A LA ESPERANZA RUTA C6-01- P CATEGORÍA 99,499,775.31
016
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 99,499,775.31
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 99,499,775.31
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 99,499,775.31
CONSTRUCCION ALCANTARILLA SOBRE
III 02 20 QUEBRADA LA MALDITA Y TSB3 EN P CATEGORÍA 146,667,000.00
RUTA C6-01-089
III 02 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 146,667,000.00
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y
5.02 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 146,667,000.00
MEJORAS
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2.1.2 Vías de comunicación 146,667,000.00
Total Presupuesto Extraordinario 01-2025 OBJETO-GASTO y ECONÓMICO 2,452,670,154.99 2,452,670,154.99
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
PROGRAMA III
INVERSIONES
Código ASIGNACIÓN
P G S CLASIFICACION DEL GASTO CLASIFICADOR ECONÓMICO PARCIAL TOTAL
III 6 OTROS PROYECTOS P CATEGORIA 538,955,193.49
S P CATEGORÍA
SOPORTE EXT. ALQUILER DE MAQUINARIA
III 6 01 DEL SERV. RECOLECCIÓN DESECHOS PARA 50,000,000.00
SU DESARROLLO (SANIDAD)
1 SERVICIOS GASTOS CORRIENTES 50,000,000.00
50,000,000.00
1.01 ALQUILERES 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 50,000,000.00
1.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 1.1.2 adquisición de bienes y servicios 50,000,000.00
DEPORTE Y RECREACIÓN DISTRITAL
III 6 03 247,156,939.33
CÓBANO (3%)
1 GASTOS CORRIENTES 20,000,000.00
1.1 GASTOS DE CONSUMO
III 6 1 SERVICIOS 1.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y 5,000,000.00
1.05 GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 5,000,000.00
1.05.01 Transporte dentro del país 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 5,000,000.00
III 6 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 15,000,000.00
2.04 HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 4,000,000.00
2.04.01 Herramientas e instrumentos 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 4,000,000.00
2.04.02 Repuestos y accesorios 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS
2.99 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 11,000,000.00
DIVERSOS
2.99.04 Textiles y vestuario 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 5,000,000.00
2.99.05 Útiles y materiales de limpieza 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 1,000,000.00
2.99.99 Otros útiles, materiales y suministros diversos 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 5,000,000.00
III 6 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 226,720,622.69
2.2 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 53,720,622.69
5.01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 2.2.1 Maquinaria y equipo 6,000,000.00
5.01.01 Maquinaria y equipo para la producción 2.2.1 Maquinaria y equipo 6,000,000.00
5.02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 173,000,000.00
5.02.07 Instalaciones 2.1.4 Instalaciones 7,000,000.00
5.02.99 Otras construcciones adiciones y mejoras 2.1.5 Otras obras 166,000,000.00
5.03 BIENES PREEXISTENTES 47,720,622.69
5.03.01 Terrenos 2.2.2 Terrenos 47,720,622.69
III 6 9 CUENTAS ESPECIALES 4 SUMAS SIN ASIGNACIÓN 436,316.64
9.02 SUMAS SIN ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA 4 SUMAS SIN ASIGNACIÓN 436,316.64
Sumas con destino específico sin asignación
9.02.02 4 Sumas sin Asignación 436,316.64
presupuestaria
247,156,939.33
ACTA 036-25
07/01/2025
1 GASTOS CORRIENTES 61,798,254.16
1.1 GASTOS DE CONSUMO 61,798,254.16
III 6 0 REMUNERACIONES 1.1.1 REMUNERACIONES 60,163,715.52
1.1.1.1 Sueldos y salarios 50,918,485.31
0.01 REMUNERACIONES BÁSICAS 1.1.1.1 Sueldos y salarios 43,387,500.00
0.01.03 Servicios especiales 1.1.1.1 Sueldos y salarios 43,387,500.00
0.03 INCENTIVOS SALARIALES 1.1.1.1 Sueldos y salarios 7,530,985.31
0.03.03 Decimotercer mes 1.1.1.1 Sueldos y salarios 3,916,806.56
0.03.04 Salario escolar 1.1.1.1 Sueldos y salarios 3,614,178.75
1.1.1.2 Contribuciones sociales 9,245,230.21
CONTRIBUCIONES PATRONALES AL
0.04 1.1.1.2 Contribuciones sociales 4,582,663.68
DESARROLLO Y LA SEGURIDAD SOCIAL
Contribución Patronal al Seguro de Salud de la
0.04.01 1.1.1.2 Contribuciones sociales 4,347,655.28
Caja Costarricense de Seguro Social
Contribución Patronal al Banco Popular y de
0.04.05 1.1.1.2 Contribuciones sociales 235,008.39
Desarrollo Comunal
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS
0.05 DE PENSIONES Y OTROS FONDOS DE 1.1.1.2 Contribuciones sociales 4,662,566.53
CAPITALIZACIÓN
Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de
0.05.01 1.1.1.2 Contribuciones sociales 2,547,490.99
la Caja Costarricense de Seguro Social
Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de
0.05.02 1.1.1.2 Contribuciones sociales 1,410,050.36
Pensiones Complementarias
0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de Capitalización 1.1.1.2 Contribuciones sociales 705,025.18
ADQUISICIÓN DE BIENES Y
III 6 1 SERVICIOS 1.1.2 1,634,538.64
SERVICIOS
SEGUROS, REASEGUROS Y OTRAS
1.06 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 1,384,538.64
OBLIGACIONES
1.06.01 Seguros 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 1,384,538.64
1.99 SERVICIOS DIVERSOS 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 250,000.00
1.99.05 Deducibles 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 250,000.00
III 6 5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 5,000,000.00
5.01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 2.2 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 5,000,000.00
5.01.02 Equipo de transporte 2.2.1 Maquinaria y equipo 3,000,000.00
5.01.03 Equipo de comunicación 2.2.1 Maquinaria y equipo 2,000,000.00
ESTUDIOS PRELIMINARES EN ANTIGUO
III 6 07 VERTEDERO MUNICIPAL PARA PLAN DE 25,000,000.00
CIERRE TÉCNICO (SANIDAD)
ADQUISICIÓN DE BIENES Y
III 6 1 SERVICIOS 1.1.2 25,000,000.00
SERVICIOS
1.04 SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 25,000,000.00
1.04.03 Servicios de ingeniería y arquitectura 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 25,000,000.00
ACTUALIZACIÓN DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL SERVICIO
III 6 09 4,000,000.00
RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
1 GASTOS CORRIENTES 4,000,000.00
1.1 GASTOS DE CONSUMO 4,000,000.00
III 6 0 REMUNERACIONES 1.1.1 REMUNERACIONES 2,920,306.19
1.1.1.1 Sueldos y salarios 2,471,548.95
0.01 REMUNERACIONES BÁSICAS 1.1.1.1 Sueldos y salarios 2,106,000.00
0.01.02 Jornales 1.1.1.1 Sueldos y salarios 2,106,000.00
0.03 INCENTIVOS SALARIALES 1.1.1.1 Sueldos y salarios 365,548.95
0.03.03 Decimotercer mes 1.1.1.1 Sueldos y salarios 190,119.15
0.03.04 Salario escolar 1.1.1.1 Sueldos y salarios 175,429.80
1.1.1.2 Contribuciones sociales 448,757.24
CONTRIBUCIONES PATRONALES AL
0.04 1.1.1.2 Contribuciones sociales 222,439.41
DESARROLLO Y LA SEGURIDAD SOCIAL
Contribución Patronal al Seguro de Salud de la
0.04.01 1.1.1.2 Contribuciones sociales 211,032.26
Caja Costarricense de Seguro Social
Contribución Patronal al Banco Popular y de
0.04.05 1.1.1.2 Contribuciones sociales 11,407.15
Desarrollo Comunal
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS
0.05 DE PENSIONES Y OTROS FONDOS DE 1.1.1.2 Contribuciones sociales 226,317.84
CAPITALIZACIÓN
Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de
0.05.01 1.1.1.2 Contribuciones sociales 123,653.50
la Caja Costarricense de Seguro Social
Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de
0.05.02 1.1.1.2 Contribuciones sociales 68,442.89
Pensiones Complementarias
0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de Capitalización 1.1.1.2 Contribuciones sociales 34,221.45
ADQUISICIÓN DE BIENES Y
III 6 1 SERVICIOS 1.1.2 579,693.81
SERVICIOS
1.05 GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 558,633.80
1.05.01 Transporte dentro del país 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 150,000.00
1.05.02 Viáticos dentro del país 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 408,633.80
SEGUROS, REASEGUROS Y OTRAS
1.06 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 21,060.01
OBLIGACIONES
1.06.01 Seguros 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 21,060.01
III 6 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 500,000.00
2.01 PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 350,000.00
2.01.01 Combustibles y lubricantes 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 250,000.00
2.01.02 Productos farmacéuticos y medicinales 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 100,000.00
ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS
2.99 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 150,000.00
DIVERSOS
2.99.03 Productos de papel, cartón e impresos 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 50,000.00
2.99.04 Textiles y vestuario 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 100,000.00
COMPOSTERAS DOMÉSTICAS PARA
III 6 10 GESTIÓN DE RESIDUOS ORGÁNICOS 12,000,000.00
(SANIDAD)
ADQUISICIÓN DE BIENES Y
III 6 1 SERVICIOS 1.1.2 2,000,000.00
SERVICIOS
1.07 CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 2,000,000.00
1.07.01 Actividades de capacitación 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 2,000,000.00
5 BIENES DURADEROS 2.2 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 10,000,000.00
5.99 BIENES DURADEROS DIVERSOS 10,000,000.00
5.99.99 Otros bienes duraderos 2.2.5 Activos de valor 10,000,000.00
MEJORAMIENTO DEL ÁREA DE OPERARIOS
III 6 11 DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE 10,000,000.00
RESIDUOS SÓLIDOS (SANIDAD)
5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 10,000,000.00
2.2 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 4,000,000.00
5.01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 2.2.1 Maquinaria y equipo 4,000,000.00
5.01.99 Maquinaria, equipo y mobiliario diverso 2.2.1 Maquinaria y equipo 4,000,000.00
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 6,000,000.00
5.02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 6,000,000.00
5.02.01 Edificios 2.1.1 Edificaciones 6,000,000.00
ACTA 036-25
07/01/2025
ADQUISICION DE NUEVA UNIDAD DE
III 6 12 RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS 84,000,000.00
(SANIDAD)
5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 84,000,000.00
5.01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 2.2 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 84,000,000.00
5.01.02 Equipo de transporte 2.2.1 Maquinaria y equipo 84,000,000.00
COMPRA DE TERRENO DE 1.000 M2 PARA
III 6 13 FUTURA AMPLIACIÓN DE ESC. RIO NEGRO 25,000,000.00
DE COBANO (LEY 8461)
5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 25,000,000.00
5.03 BIENES PREEXISTENTES 2.2 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 25,000,000.00
5.03.01 Terrenos 2.2.2 Terrenos 25,000,000.00
EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA MEJORAS
III 6 14 12,500,000.00
EN EL AREA DE PLATAFORMAS
1 SERVICIOS 400,000.00
1.07 CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 400,000.00
1.07.01 Actividades de capacitación 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 400,000.00
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 100,000.00
2.04 HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 100,000.00
2.04.01 Herramientas e instrumentos 1.1.2 Adquisición de Bienes y Servicios 100,000.00
5 BIENES DURADEROS 2 GASTOS DE CAPITAL 12,000,000.00
5.01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 2.2 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 10,000,000.00
5.01.03 Equipo de comunicación 2.2.1 Maquinaria y equipo 3,000,000.00
5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 2.2.1 Maquinaria y equipo 5,000,000.00
5.01.05 Equipo de cómputo 2.2.1 Maquinaria y equipo 2,000,000.00
5.02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS 2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 2,000,000.00
5.02.01 Edificios 2.1.1 Edificaciones 2,000,000.00
Total Presupuesto Extraordinario 01-2025 OBJETO-GASTO y ECONÓMICO 551,455,193.49 551,455,193.49
CUADROS
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO
CUADRO N.º 4
PLAZAS POR SERVICIOS ESPECIALES (ART.46 LMEP)
Para completar este cuadro debe considerar el artículo 46 de la Ley Marco de Empleo Público N° 10159 que se detalla a continuación:
Artículo 46- Relaciones de s ervicio tem porales o por períodos . Se podrán contratar, de form a tem poral, nuevas pers onas s ervidoras públicas para realizar:
a) Labores extraordinarias .
b) Labores jus tificadas en proces os productivos tem porales o por perfiles que dependan de los es tándares y el alto des em peño de una determ inada fam ilia de pues tos .
c) Labores que requieran determ inadas des trezas fís icas , cognitivas o afines requeridas para actividades es pecíficas .
d) Labores originadas por la atención de em ergencias o fuerza m ayor, las cuales m antendrán una relación laboral por el plazo que es tablezca cada adm inis tración.
No procederá la contratación tem poral de s ervidores públicos para la atención de actividades ordinarias de las entidades y los órganos incluidos , a excepción de las contrataciones efectuadas por el Poder Judicial, el Tribunal Suprem o de
Elecciones , la Caja Cos tarricens e de Seguro Social y la Com is ión Nacional de Em ergencias o cuando por razones de conveniencia nacional, por inopia o por razones de em ergencia, s ea neces ario acudir a es ta vía para garantizar la
La plaza fue
incorporada en Hay un
Ingreso ordinario Plazo de la
ejercicios contrato Fecha de inicio Fecha final del Inciso del artículo 46 al Justificación amplia y clara de la plaza
Nombre de la plaza que financia la plaza en
presupuestarios de vigente del contrato contrato cual está vinculado solicitada
plaza meses (2025)
años anteriores (Sí/No)
(Sí/No)
Dentro del diagnóstico actual y la necesidad de
contar con el proyecto es la falta de un mapa
catastral actualizado de las licencias
comerciales y la incapacidad para atender
Fondo de Ley Licores,
denuncias de ventas ilegales, dentro de los
25% del licencias de
Inspector 10 No No N/A N/A Inciso b) objetivos podemos mencionar; el consolidar en
licores, Ley Nº 9047
un sistema geoespacial (QGUIS) la información
(Control e inspección)
de todas las licencias comerciales, priorizando
las de licores, para garantizar su precisión,
accesibilidad y utilidad en la planificación y
supervisión.
Dentro del diagnóstico actual y la necesidad de
contar con el proyecto es la falta de un mapa
catastral actualizado de las licencias
comerciales y la incapacidad para atender
Fondo de Ley Licores,
denuncias de ventas ilegales, dentro de los
25% del licencias de
Inspector 10 No No N/A N/A Inciso b) objetivos podemos mencionar; el consolidar en
licores, Ley Nº 9047
un sistema geoespacial (QGUIS) la información
(Control e inspección)
de todas las licencias comerciales, priorizando
las de licores, para garantizar su precisión,
accesibilidad y utilidad en la planificación y
supervisión.
Dentro del diagnóstico actual y la necesidad de
contar con el proyecto es la falta de un mapa
catastral actualizado de las licencias
comerciales y la incapacidad para atender
Fondo de Ley Licores,
denuncias de ventas ilegales, dentro de los
25% del licencias de
Inspector 10 No No N/A N/A Inciso b) objetivos podemos mencionar; el consolidar en
licores, Ley Nº 9047
un sistema geoespacial (QGUIS) la información
(Control e inspección)
de todas las licencias comerciales, priorizando
las de licores, para garantizar su precisión,
accesibilidad y utilidad en la planificación y
supervisión.
Dentro del diagnóstico actual y la necesidad de
contar con el proyecto es la falta de un mapa
catastral actualizado de las licencias
comerciales y la incapacidad para atender
Fondo de Ley Licores,
denuncias de ventas ilegales, dentro de los
25% del licencias de
Inspector 10 No No N/A N/A Inciso b) objetivos podemos mencionar; el consolidar en
licores, Ley Nº 9047
un sistema geoespacial (QGUIS) la información
(Control e inspección)
de todas las licencias comerciales, priorizando
las de licores, para garantizar su precisión,
accesibilidad y utilidad en la planificación y
supervisión.
Dentro del diagnóstico actual y la necesidad de
contar con el proyecto es la falta de un mapa
catastral actualizado de las licencias
comerciales y la incapacidad para atender
Fondo de Ley Licores,
denuncias de ventas ilegales, dentro de los
25% del licencias de
Inspector 10 No No N/A N/A Inciso b) objetivos podemos mencionar; el consolidar en
licores, Ley Nº 9047
un sistema geoespacial (QGUIS) la información
(Control e inspección)
de todas las licencias comerciales, priorizando
las de licores, para garantizar su precisión,
accesibilidad y utilidad en la planificación y
supervisión.
Firma del funcionario responsable: Diego Céspedes Núñez
27/12/2024
Versión actualizada a julio de 2024
ACTA 036-25
07/01/2025
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO CÓBANO
CUADRO N.° 3 (Modelo anterior)
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL (RECURSOS HUMANOS)
Procesos sustantivos
-cantidad de plazas-
Detalle general Por programa
Sueldos para Servicios
Nivel I II III IV
cargos fijos especiales
Nivel superior ejecutivo 3 3
Profesional 18 1 7 11 1
Técnico 15 5 7 7 6
Administrativo
De servicio 14 0 10 4
Total 50 6 17 28 11 0
RESUMEN:
Plazas en procesos sustantivos y de apoyo Plazas fijas y especiales
100
Plazas en sueldos para cargos fijos 50
50
Plazas en servicios especiales 6
0
Total de plazas 56
Plazas en sueldos para cargos fijos Plazas en servicios especiales
Plazas en procesos sustantivos y de apoyo Plazas en procesos sustantivos y de apoyo
100
Plazas en procesos sustantivos 56
50
Plazas en procesos de apoyo 0
Total de plazas 56 0
Plazas en procesos sustantivos Plazas en procesos de apoyo
RESUMEN POR PROGRAMA: Plazas según estructura programática
40
Programa I: Dirección y Administración General 17 35
30
Programa II: Servicios Comunitarios 28 25
20
Programa III: Inversiones 11 15
Programa IV: Partidas específicas 0 10
5
Total de plazas 56 0
Programa I: Programa II: Programa III: Programa IV:
Dirección y Servicios Inversiones Partidas específicas
Administración Comunitarios
General
CANTIDAD DE PLAZAS
Tipo de plaza Presupuestos Observaciones
Presupuesto Modificaciones Presupuesto Variación de un
extraordinarios Total 2025
Inicial 2025 2025 Inicial 2026 año a otro
2025
Se mantienen las
mismas 50 plazas
Cargos fijos 50 0 0 50 0 0
aprobadas en el
Ordinario 2025
Se incluyen
5 servicios especiales
Servicios especiales 1 5 0 6 0 0 para proyecto de
inversión, actualización
de base datos
Procesos sustantivos 0 0 0 0 0 0
Funcionario responsable: Diego Cespedes Núñez
Fecha: 27/12/2024
Versión actualizada a julio de 2023
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO
CUADRO N.° 1
DETALLE DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE RECURSOS (LIBRES Y ESPECÍFICOS)
INCORPORAR EN LAS COLUMNAS DE "APLICACIÓN" LA INFORMACIÓN DE LOS RECURSOS POR PARTIDA POR OBJETO DEL GASTO ASÍ COMO POR CLASIFICACIÓN ECONÓMICA
APLICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO APLICACIÓN CLASIFICACIÓN ECONÓMICA
CÓDIGO SEGÚN Act/Serv/
INGRESO MONTO Programa Proyecto
07/01/2025
CLASIFICADOR DE Grupo Transacciones Sumas sin
Partida Presupuestaria Monto Corriente Capital
INGRESOS Financieras asignación
ACTA 036-25
Préstamos directos de
CONSTRUCCION DE PUENTE (RIO NEGRO-
3.1.1.6.00.00.0.0.000 instituciones públicas 250,000,000.00 III 02 15 250,000,000.00
SANTIAGO) (Financiamiento BP)
financieras
Préstamos directos de
3.1.1.6.00.00.0.0.000 instituciones públicas III 02-15 5 Bienes duraderos 250,000,000.00 250,000,000.00
financieras
REGISTRO DE LA DEUDA, FONDOS Y
3.3.2.0.00.00.0.0.000 SUPERÁVIT ESPECIFICO 1,079,505,556.91 I 04 -
TRANSFRENCIAS
Junta Administrativa del
Registro Nacional, 3% del 17,024,142.07 I 04 6 REGISTRO NACIONAL 2% 17,024,142.07 17,024,142.07
IBI, Leyes 7509 y 7729
Junta Administrativa del
Registro Nacional, 3% del I 04 6 Transferencias 17,024,142.07
IBI, Leyes 7509 y 7729
Juntas de educación, 10%
impuesto territorial y 10% 85,120,710.35 I 04 6 JUNTAS DE EDUCACION 10% 85,120,710.35 85,120,710.35
IBI, Leyes 7509 y 7729
Juntas de educación, 10%
impuesto territorial y 10% I 04 6 Transferencias 85,120,710.35
IBI, Leyes 7509 y 7729
Organismo de
Normalización Técnica, 8,512,071.04 I 04 6 O.N.T. 8,512,071.04 8,512,071.04
1% del IBI, Ley Nº 7729
Organismo de
Normalización Técnica, I 04 6 Transferencias 8,512,071.04
1% del IBI, Ley Nº 7729
Aporte al Consejo
Nacional de Personas con
13,781,870.46 I 04 6 CONAPDIS 13,781,870.46 13,781,870.46
Discapacidad
(CONAPDIS) Ley N°9303
Aporte al Consejo
Nacional de Personas con
I 04 6 Transferencias 13,781,870.46
Discapacidad
ORIGEN Y APLICACIÓN
(CONAPDIS) Ley N°9303
REGISTRO DE LA DEUDA, FONDOS Y
I 04 - 27,541,131.58 27,541,131.58
TRANSFRENCIAS
Unión de Gobiernos
6,890,936.23 I 04 6 Transferencias 6,890,936.23
Locales
Federacion de concejos
municipales de distrito de 8,702,468.57 I 04 6 Transferencias 8,702,468.57
costa rica
Ley Nº7788 10% aporte
1,636,674.90 I 04 6 Transferencias 1,636,674.90
CONAGEBIO
Ley Nº7788 70% aporte
10,311,051.87 I 04 6 Transferencias 10,311,051.87
Fondo Parques Nacionales
Ley Nº7788 30%
Estrategias de protección 8,172,639.30 II 25 - PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE 8,172,639.30
medio ambiente
Ley Nº7788 30%
Estrategias de protección II 25 1 Servicios 3,961,063.90 3,961,063.90
medio ambiente
Ley Nº7788 30%
Estrategias de protección II 25 2 Materiales y suministros 3,567,979.50 3,567,979.50
medio ambiente
Ley Nº7788 30%
Estrategias de protección II 25 5 Bienes duraderos 643,595.90 643,595.90
medio ambiente
Fondo de Ley Licores,
FISCALIZACION LICENCIAS COMERCIALES Y
25% del licencias de
66,798,254.16 III 06 06 LICORES, Y ACT. DE LICENCIAS EN MAPA 66,798,254.16
licores, Ley Nº 9047
CATASTRAL CMD CÓBANO
(Control e inspección)
07/01/2025
Fondo de Ley Licores,
25% del licencias de
III 06-06 0 Remuneraciones 60,163,715.52 60,163,715.52
ACTA 036-25
licores, Ley Nº 9047
(Control e inspección)
Fondo de Ley Licores,
25% del licencias de
III 06-06 1 Servicios 1,634,538.64 1,634,538.64
licores, Ley Nº 9047
(Control e inspección)
Fondo de Ley Licores,
25% del licencias de
III 06-06 5 Bienes duraderos 5,000,000.00 5,000,000.00
licores, Ley Nº 9047
(Control e inspección)
Fondo Ley Simplificación y
MEJ. INFRA. VIAL, RUTA C6-01-037 SAN ISIDRO -
Eficiencia Tributarias Ley 46,005,458.67 III 02 11 46,005,458.67
DELICIAS DE COBANO (LEY 8114)
Nº 8114
Fondo Ley Simplificación y
Eficiencia Tributarias Ley III 02-11 5 Bienes duraderos 46,005,458.67 46,005,458.67
Nº 8114
Impuesto por movilización COMPRA DE TERRENO DE 1.000 M2 PARA FUTURA
de carga portuaria Ley Nº 32,677,451.24 III 06 13 AMPLIACIÓN DE ESC. RIO NEGRO DE COBANO (LEY 25,000,000.00
8461 8461)
Impuesto por movilización
de carga portuaria Ley Nº III 06-13 5 Bienes duraderos 25,000,000.00 25,000,000.00
8461
Impuesto por movilización
MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL DISTRITO DE
de carga portuaria Ley Nº III 02 02 7,677,451.24
CÓBANO
8461
Impuesto por movilización
de carga portuaria Ley Nº III 02-02 2 Materiales y suministros 7,677,451.24 7,677,451.24
8461
Fondo recolección de
103,222,255.84 II 02 - RECOLECCIÓN DE BASURA 103,222,255.84
basura
Fondo recolección de
II 02 1 Servicios 80,722,255.84 80,722,255.84
basura
Fondo recolección de
II 02 2 Materiales y suministros 22,500,000.00 22,500,000.00
basura
40% Obras mejoramiento
85,781,528.20 III 02 VÍAS DE COMUNICACIÓN:
zonas turísticas:
40% Obras mejoramiento BACHEO, CUNETAS, GUARDA VIAS, CORDON Y CAÑO
III 02 12 28,000,000.00
zonas turísticas: EN LA ZMT (LEY 6043, 40%MZT)
40% Obras mejoramiento
III 02-12 5 Bienes duraderos 28,000,000.00 28,000,000.00
zonas turísticas:
40% Obras mejoramiento APERTURA DE CALLE Y ADOQUIN EN MONTEZUMA
III 02 13 15,781,528.20
zonas turísticas: (LEY 6043, 40%MZT)
40% Obras mejoramiento
III 02-13 5 Bienes duraderos 15,781,528.20 15,781,528.20
zonas turísticas:
40% Obras mejoramiento
II 15 MEJORAMIENTO DE LA ZONA MARITIMO TERRESTRE 42,000,000.00
zonas turísticas:
40% Obras mejoramiento
II 15 5 Bienes duraderos 42,000,000.00 42,000,000.00
zonas turísticas:
BACHEO, CUNETAS, GUARDA VIAS, CORDON Y CAÑO
40% obras mejoramiento
13,898,312.41 III 02 14 EN EL DISTRITO DE CÓBANO (LEY 6043, 40%MEJORAS 13,898,312.41
del Cantón:
CANTON)
40% obras mejoramiento
III 02-14 5 Bienes duraderos 13,898,312.41 13,898,312.41
del Cantón:
Fondo programas
EDUCATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS
deportivos 50% 5,061,836.23 II 09 DEPORTIVO 5,061,836.23
(deportivo)
espectáculos públicos
Fondo programas
deportivos 50% II 09 2 Materiales y suministros 5,061,836.23 5,061,836.23
espectáculos públicos
Fondo programas
culturales 50% 2,956,106.00 II 09 CULTURAL EDUCATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS (cultural) 2,956,106.00
espectáculos públicos
Fondo programas
culturales 50% II 09 2 Materiales y suministros 2,956,106.00 2,956,106.00
espectáculos públicos
Comité Cantonal de
199,436,316.64 III 06 03 DEPORTE Y RECREACIÓN DISTRITAL CÓBANO (3%) 199,436,316.64
Deportes
Comité Cantonal de
III 06-03 1 Servicis 5,000,000.00 5,000,000.00
07/01/2025
Deportes
Comité Cantonal de
III 06-03 2 Materiales y suministros 15,000,000.00 15,000,000.00
Deportes
ACTA 036-25
Comité Cantonal de
III 06-03 5 Bienes duraderos 179,000,000.00 179,000,000.00
Deportes
Comité Cantonal de
III 06-03 9 Cuentas especiales 436,316.64 436,316.64
Deportes
Comité Distrital de
Deportes (Sesión Ord. Nº
47,720,622.69 III 06 03 DEPORTE Y RECREACIÓN DISTRITAL CÓBANO (3%) 47,720,622.69
294-2019, art VI, acuerdo
Nº2)
Comité Distrital de
Deportes (Sesión Ord. Nº
II 06-03 5 Bienes duraderos 47,720,622.69 47,720,622.69
294-2019, art VI, acuerdo
Nº2)
Reforma de la Ley 8488,
Ley Nacional de
94,889,551.89 II 28 ATENCION DE EMERGENCIAS 94,889,551.89
Emergencias y Prevención
del Riesgo (Exp.21.217)
Reforma de la Ley 8488,
Ley Nacional de
II 28 5 Bienes duraderos 94,889,551.89 94,889,551.89
Emergencias y Prevención
del Riesgo (Exp.21.217)
Movilidad peatonal (Ley CONSTRUCCION ACERAS EN EL DISTRITO DE
105,405,298.15 III 02 10 105,405,298.15
9976) CÓBANO, SEGÚN PVQCD (Ley N ° 9976)
Movilidad peatonal (Ley
III 02-10 5 Bienes duraderos 105,405,298.15 105,405,298.15
9976)
Préstamo Nº 065-017-
012274-9 del Banco
Popular para
CONSTRUCCION DE PUENTE (RIO
"CONSTRUCCIÓN DE 115,500,000.00 III 02 15 115,500,000.00
NEGRO-SANTIAGO) (Financiamiento BP)
PUENTE (RIO NEGRO-
SANTIAGO)"
.
Préstamo Nº 065-017-
012274-9 del Banco
Popular para
"CONSTRUCCIÓN DE III 02-15 5 Bienes duraderos 115,500,000.00 115,500,000.00
PUENTE (RIO NEGRO-
SANTIAGO)"
.
3.3.1.0.00.00.0.0.000 SUPERÁVIT LIBRE 2,137,652,106.32 II 17 MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS 50,750,000.00
SUPERÁVIT LIBRE II 17 1 Servicios 2,500,000.00 2,500,000.00
SUPERÁVIT LIBRE II 17 2 Materiales y suministros 13,250,000.00 13,250,000.00
SUPERÁVIT LIBRE II 17 5 Bienes duraderos 35,000,000.00 35,000,000.00
SUPERÁVIT LIBRE II 26 DESARROLLO URBANO 4,000,000.00
SUPERÁVIT LIBRE II 26 1 Servicios 4,000,000.00 4,000,000.00
MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL DISTRITO DE
SUPERÁVIT LIBRE III 02 02 214,731,426.00
CÓBANO
SUPERÁVIT LIBRE III 02-02 1 Servicios 66,150,000.00 66,150,000.00
SUPERÁVIT LIBRE III 02-02 2 Materiales y suministros 28,538,000.00 28,538,000.00
SUPERÁVIT LIBRE III 02-02 5 Bienes duraderos 112,627,879.80 112,627,879.80
SUPERÁVIT LIBRE III 02-02 6 Transferencias 7,415,546.20 7,415,546.20
CONST. INFRAESTRUCTURA VIAL RUTA C6-01-135
SUPERÁVIT LIBRE III 02 03 261,026,456.24
DELICIAS-SAN ISIDRO (LIBRE)
SUPERÁVIT LIBRE III 02-03 5 Bienes duraderos 261,026,456.24 261,026,456.24
CONST. INFRAESTRUCTURA VIAL RUTA C6-01-128 Y
SUPERÁVIT LIBRE III 02 04 199,940,000.00
038 LAS DELICIAS (LIBRE)
SUPERÁVIT LIBRE III 02-04 5 Bienes duraderos 199,940,000.00 199,940,000.00
ALCANTARILLADO PLUVIAL EN CABUYA RUTA C6-01-
SUPERÁVIT LIBRE III 02 05 22,600,000.00
117 Y 123 (LIBRE)
SUPERÁVIT LIBRE III 02-05 5 Bienes duraderos 22,600,000.00 22,600,000.00
CONSTRUCCIÓN DE ALCANTARILLADO PLUVIAL
SUPERÁVIT LIBRE III 02 06 77,000,000.00
PLAYA CARMEN RUTA C6-01-001 (LIBRE)
SUPERÁVIT LIBRE III 02-06 5 Bienes duraderos 77,000,000.00 77,000,000.00
CONSTRUCCIÓN INFRAESTRUCTURA VIAL RUTA C6-
SUPERÁVIT LIBRE III 02 07 200,000,000.00
01-037/135 SAN ISIDRO-DELICIAS (LIBRE)
SUPERÁVIT LIBRE III 02-07 5 Bienes duraderos 200,000,000.00 200,000,000.00
CONSTRUCCIÓN INFRAESTRUCTURA VIAL REDONDEL
SUPERÁVIT LIBRE III 02 08 165,000,000.00
RUTA C6-01-126 (LIBRE)
SUPERÁVIT LIBRE III 02-08 5 Bienes duraderos 165,000,000.00 165,000,000.00
SEÑALIZACION VERTICAL, HORIZONTAL Y
SUPERÁVIT LIBRE III 02 09 DEMARCACIONES EN LAS VÍAS DEL DISTRITO 15,000,000.00
CÓBANO (LIBRE)
07/01/2025
SUPERÁVIT LIBRE III 02-09 5 Bienes duraderos 15,000,000.00 15,000,000.00
CONSTRUCCION DE CALLE ASFALTO EN RUTA C6-01-
ACTA 036-25
SUPERÁVIT LIBRE III 02 16 100,000,000.00
001 PLAYA CARMEN (LIBRE)
SUPERÁVIT LIBRE III 02-16 5 Bienes duraderos 100,000,000.00 100,000,000.00
CONSTRUCCION DE INFRA. VIAL EN SANTA TERESA
SUPERÁVIT LIBRE III 02 17 275,386,026.48
CENTRO RUTA C6-01-001 (LIBRE)
SUPERÁVIT LIBRE III 02-17 5 Bienes duraderos 275,386,026.48 275,386,026.48
CONST. DE INFRA. VIAL EN BELLO HORIZONTE
SUPERÁVIT LIBRE III 02 18 (PUENTE RIO RESPINGUE CAMINO AL CENTRO) RUTA 93,551,422.29
C6-01-109
SUPERÁVIT LIBRE III 02-18 5 Bienes duraderos 93,551,422.29 93,551,422.29
CONSTRUCCION DE INFRA. VIAL ENTRADA A LA
SUPERÁVIT LIBRE III 02 19 99,499,775.31
ESPERANZA RUTA C6-01-016
SUPERÁVIT LIBRE III 02-19 5 Bienes duraderos 99,499,775.31 99,499,775.31
CONSTRUCCION ALCANTARILLA SOBRE QUEBRADA
SUPERÁVIT LIBRE III 02 20 146,667,000.00
LA MALDITA Y TSB3 EN RUTA C6-01-089
SUPERÁVIT LIBRE III 02-20 5 Bienes duraderos 146,667,000.00 146,667,000.00
SOPORTE EXT. ALQUILER DE MAQUINARIA DEL
SUPERÁVIT LIBRE III 06 01 SERV. RECOLECCIÓN DESECHOS PARA SU 50,000,000.00
DESARROLLO (SANIDAD)
SUPERÁVIT LIBRE III 06-01 1 Servicios 50,000,000.00 50,000,000.00
ESTUDIOS PRELIMINARES EN ANTIGUO VERTEDERO
SUPERÁVIT LIBRE III 06 07 MUNICIPAL PARA PLAN DE CIERRE TÉCNICO 25,000,000.00
(SANIDAD)
SUPERÁVIT LIBRE III 06-07 1 Servicios 25,000,000.00 25,000,000.00
INSTALACIÓN DE CONTENEDORES COMUNITARIOS
SUPERÁVIT LIBRE III 06 08 15,000,000.00
PARA RESIDUOS SÓLIDOS (SANIDAD)
SUPERÁVIT LIBRE III 06-08 1 Servicios 5,000,000.00 5,000,000.00
SUPERÁVIT LIBRE III 06-08 2 Materiales y suministros 10,000,000.00 10,000,000.00
ACTUALIZACIÓN DE BASE DATOS CONTRIBUYENTES
SUPERÁVIT LIBRE III 06 09 DEL SERVICIO RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS 4,000,000.00
(SANIDAD)
SUPERÁVIT LIBRE III 06-09 0 Remuneraciones 2,920,306.19 2,920,306.19
SUPERÁVIT LIBRE III 06-09 1 Servicios 579,693.81 579,693.81
SUPERÁVIT LIBRE III 06-09 2 Materiales y suministros 500,000.00 500,000.00
COMPOSTERAS DOMÉSTICAS PARA GESTIÓN DE
SUPERÁVIT LIBRE III 06 10 12,000,000.00
RESIDUOS ORGÁNICOS (SANIDAD)
SUPERÁVIT LIBRE III 06-10 1 Servicios 2,000,000.00 2,000,000.00
SUPERÁVIT LIBRE III 06-10 5 Bienes duraderos 10,000,000.00 10,000,000.00
MEJORAMIENTO DEL ÁREA DE OPERARIOS DEL
SUPERÁVIT LIBRE III 06 11 SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS 10,000,000.00
(SANIDAD)
SUPERÁVIT LIBRE III 06-11 5 Servicios 10,000,000.00 10,000,000.00
ADQUISICION DE NUEVA UNIDAD DE RECOLECCIÓN
SUPERÁVIT LIBRE III 06 12 84,000,000.00
DE DESECHOS SÓLIDOS (SANIDAD)
SUPERÁVIT LIBRE III 06-12 5 Bienes duraderos 84,000,000.00 84,000,000.00
EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA MEJORAS EN EL
SUPERÁVIT LIBRE III 06 14 12,500,000.00
AREA DE PLATAFORMAS
SUPERÁVIT LIBRE III 06-14 1 Servicios 400,000.00 400,000.00
SUPERÁVIT LIBRE III 06-14 2 Materiales y suministros 100,000.00 100,000.00
SUPERÁVIT LIBRE III 06-14 5 Bienes duraderos 12,000,000.00 12,000,000.00
3,467,157,663.24 3,467,157,663.24 578,578,418.57 2,888,142,928.03 0.00 436,316.64
(1) Las municipalidades no podrán destinar los ingresos percibidos a remuneraciones, ni a consultorías (artículo 3 de la Ley N.° 7313).
(2) El detalle a nivel de partida por objeto del gasto se requiere para la aplicación de todos los recursos libres y específicos
Yo Laura Segura Muñoz, mayor, vecina de San Isidro de Cóbano, funcionaria responsable de elaborar este detalle, hago constar que los datos suministrados anteriormente corresponden a las aplicaciones dadas por la entidad a la totalidad de los recursos incorporados en el
presupuesto extraordinario 01-2025.
Firma del funcionario responsable: _______________________________
Versión actualizada a julio de 2024
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO
CUADRO N.° 2
APLICACIÓN DE RECURSOS DE SUPERÁVIT
INCORPORAR EN LAS COLUMNAS DE "APLICACIÓN" LA INFORMACIÓN DE LOS RECURSOS POR SUBPARTIDA POR OBJETO DEL GASTO
07/01/2025
CÓDIGO SEGÚN APLICACIÓN OBJETO DEL GASTO APLICACIÓN CLASIFICACIÓN ECONÓMICA
ACTA 036-25
CLASIFICADOR DE Transacciones Sumas sin
Corriente Capital
INGRESOS TIPO DE SUPERÁVIT MONTO PROGRAMA Subpartida Monto Financieras asignación
SUPERÁVIT
3.3.2.0.00.00.0.0.000 1,079,505,556.91
ESPECIFICO
Junta Administrativa del I-REGISTRO DE LA
Registro Nacional, 3% del 17,024,142.07 DEUDA, FONDOS Y 6.01.02.01 REGISTRO NACIONAL 2% 17,024,142.07 17,024,142.07
IBI, Leyes 7509 y 7729 TRANSFRENCIAS
Juntas de educación, 10% I-REGISTRO DE LA
impuesto territorial y 10% 85,120,710.35 DEUDA, FONDOS Y 6.01.03.02 JUNTAS DE EDUCACION 10% 85,120,710.35 85,120,710.35
IBI, Leyes 7509 y 7729 TRANSFRENCIAS
Organismo de I-REGISTRO DE LA
Normalización Técnica, 8,512,071.04 DEUDA, FONDOS Y 6.01.01.01 O.N.T. 8,512,071.04 8,512,071.04
1% del IBI, Ley Nº 7729 TRANSFRENCIAS
Aporte al Consejo
I-REGISTRO DE LA
Nacional de Personas con
13,781,870.46 DEUDA, FONDOS Y 6.01.03.01 CONAPDIS 13,781,870.46 13,781,870.46
Discapacidad
TRANSFRENCIAS
(CONAPDIS) Ley N°9303
I-REGISTRO DE LA
Unión de Gobiernos
6,890,936.23 DEUDA, FONDOS Y 6.01.04.03 Unión de Gobiernos Locales 6,890,936.23 6,890,936.23
Locales
TRANSFRENCIAS
Federacion de concejos I-REGISTRO DE LA
Federacion de concejos municipales de distrito de
municipales de distrito de 8,702,468.57 DEUDA, FONDOS Y 6.01.04.04 8,702,468.57 8,702,468.57
costa rica
costa rica TRANSFRENCIAS
I-REGISTRO DE LA
Ley Nº7788 10% aporte
1,636,674.90 DEUDA, FONDOS Y 6.01.02.04 Ley Nº7788 10% aporte CONAGEBIO 1,636,674.90 1,636,674.90
CONAGEBIO
TRANSFRENCIAS
I-REGISTRO DE LA
Ley Nº7788 70% aporte Ley Nº7788 70% aporte Fondo Parques
10,311,051.87 DEUDA, FONDOS Y 6.01.02.07 10,311,051.87 10,311,051.87
Fondo Parques Nacionales Nacionales
TRANSFRENCIAS
Ley Nº7788 30%
II-25 Protección del medio
Estrategias de protección 8,172,639.30 1.07.02 Actividades protocolarias y sociales 750,000.00 750,000.00
ambiente
medio ambiente
Ley Nº7788 30%
II-25 Protección del medio Mantenimiento y reparación de equipo de
Estrategias de protección 1.08.05 3,211,063.90 3,211,063.90
ambiente transporte
medio ambiente
Ley Nº7788 30%
II-25 Protección del medio Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de
Estrategias de protección 2.03.04 443,595.90 443,595.90
ambiente cómputo
medio ambiente
Ley Nº7788 30%
II-25 Protección del medio
Estrategias de protección 2.04.02 Repuestos y accesorios 3,124,383.60 3,124,383.60
ambiente
medio ambiente
Ley Nº7788 30%
II-25 Protección del medio
Estrategias de protección 5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 643,595.90 643,595.90
ambiente
medio ambiente
III-06-06FISCALIZACION
LICENCIAS
Fondo de Ley Licores,
COMERCIALES Y
25% del licencias de
66,798,254.16 LICORES, Y ACT. DE 0.01.03 Servicios especiales 43,387,500.00 43,387,500.00
licores, Ley Nº 9047
LICENCIAS EN MAPA
(Control e inspección)
CATASTRAL CMD
CÓBANO
III-06-06FISCALIZACION
LICENCIAS
Fondo de Ley Licores,
COMERCIALES Y
25% del licencias de
LICORES, Y ACT. DE 0.03.03 Decimotercer mes 3,916,806.56 3,916,806.56
licores, Ley Nº 9047
LICENCIAS EN MAPA
(Control e inspección)
CATASTRAL CMD
CÓBANO
III-06-06FISCALIZACION
LICENCIAS
Fondo de Ley Licores,
COMERCIALES Y
25% del licencias de
LICORES, Y ACT. DE 0.03.04 Salario escolar 3,614,178.75 3,614,178.75
licores, Ley Nº 9047
LICENCIAS EN MAPA
(Control e inspección)
CATASTRAL CMD
CÓBANO
07/01/2025
III-06-06FISCALIZACION
LICENCIAS
Fondo de Ley Licores,
COMERCIALES Y
ACTA 036-25
25% del licencias de Contribución Patronal al Seguro de Salud de la
LICORES, Y ACT. DE 0.04.01 4,347,655.28 4,347,655.28
licores, Ley Nº 9047 Caja Costarricense de Seguro Social
LICENCIAS EN MAPA
(Control e inspección)
CATASTRAL CMD
CÓBANO
III-06-06FISCALIZACION
LICENCIAS
Fondo de Ley Licores,
COMERCIALES Y
25% del licencias de Contribución Patronal al Banco Popular y de
LICORES, Y ACT. DE 0.04.05 235,008.39 235,008.39
licores, Ley Nº 9047 Desarrollo Comunal
LICENCIAS EN MAPA
(Control e inspección)
CATASTRAL CMD
CÓBANO
III-06-06FISCALIZACION
LICENCIAS
Fondo de Ley Licores,
COMERCIALES Y
25% del licencias de Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de
LICORES, Y ACT. DE 0.05.01 2,547,490.99 2,547,490.99
licores, Ley Nº 9047 la Caja Costarricense de Seguro Social
LICENCIAS EN MAPA
(Control e inspección)
CATASTRAL CMD
CÓBANO
III-06-06FISCALIZACION
LICENCIAS
Fondo de Ley Licores,
COMERCIALES Y
25% del licencias de Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de
LICORES, Y ACT. DE 0.05.02 1,410,050.36 1,410,050.36
licores, Ley Nº 9047 Pensiones Complementarias
LICENCIAS EN MAPA
(Control e inspección)
CATASTRAL CMD
CÓBANO
III-06-06FISCALIZACION
LICENCIAS
Fondo de Ley Licores,
COMERCIALES Y
25% del licencias de Aporte Patronal al Fondo de Capitalización
LICORES, Y ACT. DE 0.05.03 705,025.18 705,025.18
licores, Ley Nº 9047 Laboral
LICENCIAS EN MAPA
(Control e inspección)
CATASTRAL CMD
CÓBANO
III-06-06FISCALIZACION
LICENCIAS
Fondo de Ley Licores,
COMERCIALES Y
25% del licencias de
LICORES, Y ACT. DE 1.06.01 Seguros 1,384,538.64 1,384,538.64
licores, Ley Nº 9047
LICENCIAS EN MAPA
(Control e inspección)
CATASTRAL CMD
CÓBANO
III-06-06FISCALIZACION
LICENCIAS
Fondo de Ley Licores,
COMERCIALES Y
25% del licencias de
LICORES, Y ACT. DE 1.99.05 Deducibles 250,000.00 250,000.00
licores, Ley Nº 9047
LICENCIAS EN MAPA
(Control e inspección)
CATASTRAL CMD
CÓBANO
III-06-06FISCALIZACION
LICENCIAS
Fondo de Ley Licores,
COMERCIALES Y
25% del licencias de
LICORES, Y ACT. DE 5.01.02 Equipo de transporte 3,000,000.00 3,000,000.00
licores, Ley Nº 9047
LICENCIAS EN MAPA
(Control e inspección)
CATASTRAL CMD
CÓBANO
III-06-06FISCALIZACION
LICENCIAS
Fondo de Ley Licores,
COMERCIALES Y
25% del licencias de
LICORES, Y ACT. DE 5.01.03 Equipo de comunicación 2,000,000.00 2,000,000.00
licores, Ley Nº 9047
LICENCIAS EN MAPA
(Control e inspección)
CATASTRAL CMD
CÓBANO
III-03-02-11 MEJ. INFRA.
Fondo Ley Simplificación y
VIAL, RUTA C6-01-037
Eficiencia Tributarias Ley 46,005,458.67 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 46,005,458.67 46,005,458.67
SAN ISIDRO - DELICIAS
Nº 8114
DE COBANO (LEY 8114)
III-06-13 COMPRA DE
TERRENO DE 1.000 M2
Impuesto por movilización
PARA FUTURA
de carga portuaria Ley Nº 32,677,451.24 5.03.01 Terrenos 25,000,000.00 25,000,000.00
AMPLIACIÓN DE ESC.
8461
RIO NEGRO DE
COBANO (LEY 8461)
III-02-02
Impuesto por movilización
MANTENIMIENTO DE LA
de carga portuaria Ley Nº 2.03.02 Materiales y productos minerales y asfálticos 7,677,451.24 7,677,451.24
07/01/2025
RED VIAL DISTRITO DE
8461
CÓBANO
ACTA 036-25
Fondo recolección de II-02 Recolección de
103,222,255.84 1.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 60,722,255.84 60,722,255.84
basura basura
Fondo recolección de II-02 Recolección de Mantenimiento y reparación de equipo de
1.08.05 20,000,000.00 20,000,000.00
basura basura transporte
Fondo recolección de II-02 Recolección de
2.01.01 Combustibles y lubricantes 6,000,000.00 6,000,000.00
basura basura
Fondo recolección de II-02 Recolección de
2.03.01 Materiales y productos metálicos 1,500,000.00 1,500,000.00
basura basura
Fondo recolección de II-02 Recolección de
2.04.02 Repuestos y accesorios 15,000,000.00 15,000,000.00
basura basura
III-02-12 BACHEO,
CUNETAS, GUARDA
40% Obras mejoramiento
85,781,528.20 VIAS, CORDON Y CAÑO 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 28,000,000.00 28,000,000.00
zonas turísticas:
EN LA ZMT (LEY 6043,
40%MZT)
III-02-13 APERTURA DE
40% Obras mejoramiento CALLE Y ADOQUIN EN
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 15,781,528.20 15,781,528.20
zonas turísticas: MONTEZUMA (LEY 6043,
40%MZT)
II-15 MEJORAMIENTO
40% Obras mejoramiento
DE LA ZONA MARITIMO 5.01.02 Equipo de transporte 32,000,000.00 32,000,000.00
zonas turísticas:
TERRESTRE
II-15 MEJORAMIENTO
40% Obras mejoramiento
DE LA ZONA MARITIMO 5.01.03 Equipo de comunicación 10,000,000.00 10,000,000.00
zonas turísticas:
TERRESTRE
III-02-14 BACHEO,
CUNETAS, GUARDA
40% obras mejoramiento VIAS, CORDON Y CAÑO
13,898,312.41 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 13,898,312.41 13,898,312.41
del Cantón: EN EL DISTRITO DE
CÓBANO (LEY 6043,
40%MEJORAS CANTON)
Fondo programas II-09 EDUCATIVOS,
deportivos 50% 5,061,836.23 CULTURALES Y 2.99.04 Textiles y vestuario 5,061,836.23 5,061,836.23
espectáculos públicos DEPORTIVOS (deportivo)
Fondo programas II-09 EDUCATIVOS,
culturales 50% 2,956,106.00 CULTURALES Y 2.99.04 Textiles y vestuario 2,956,106.00 2,956,106.00
espectáculos públicos DEPORTIVOS (cultural)
III-06-03 DEPORTE Y
Comité Cantonal de RECREACIÓN
199,436,316.64 1.05.01 Transporte dentro del país 5,000,000.00 5,000,000.00
Deportes DISTRITAL CÓBANO
(3%)
III-06-03 DEPORTE Y
Comité Cantonal de RECREACIÓN
2.04.01 Herramientas e instrumentos 4,000,000.00 4,000,000.00
Deportes DISTRITAL CÓBANO
(3%)
III-06-03 DEPORTE Y
Comité Cantonal de RECREACIÓN
2.99.04 Textiles y vestuario 5,000,000.00 5,000,000.00
Deportes DISTRITAL CÓBANO
(3%)
III-06-03 DEPORTE Y
Comité Cantonal de RECREACIÓN
2.99.05 Útiles y materiales de limpieza 1,000,000.00 1,000,000.00
Deportes DISTRITAL CÓBANO
(3%)
III-06-03 DEPORTE Y
Comité Cantonal de RECREACIÓN
2.99.99 Otros útiles, materiales y suministros diversos 5,000,000.00 5,000,000.00
Deportes DISTRITAL CÓBANO
(3%)
III-06-03 DEPORTE Y
Comité Cantonal de RECREACIÓN
5.01.01 Maquinaria y equipo para la producción 6,000,000.00 6,000,000.00
Deportes DISTRITAL CÓBANO
(3%)
III-06-03 DEPORTE Y
Comité Cantonal de RECREACIÓN
5.02.07 Instalaciones 7,000,000.00 7,000,000.00
Deportes DISTRITAL CÓBANO
(3%)
III-06-03 DEPORTE Y
Comité Cantonal de RECREACIÓN
5.02.99 Otras construcciones adiciones y mejoras 166,000,000.00 166,000,000.00
Deportes DISTRITAL CÓBANO
(3%)
07/01/2025
ACTA 036-25
III-06-03 DEPORTE Y
Comité Cantonal de RECREACIÓN Sumas con destino específico sin asignación
9.02.02.01 436,316.64 436,316.64
Deportes DISTRITAL CÓBANO presupuestaria (educativos culturales y deportivos)
(3%)
Comité Distrital de III-06-03 DEPORTE Y
Deportes (Sesión Ord. Nº RECREACIÓN
47,720,622.69 5.03.01 Terrenos 47,720,622.69 47,720,622.69
294-2019, art VI, acuerdo DISTRITAL CÓBANO
Nº2) (3%)
Reforma de la Ley 8488,
Ley Nacional de II-28 ATENCIÓN DE
94,889,551.89 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 94,889,551.89 94,889,551.89
Emergencias y Prevención EMERGENCIAS
del Riesgo (Exp.21.217)
III-02-10 CONSTRUCCION
ACERAS EN EL
Movilidad peatonal (Ley
105,405,298.15 DISTRITO DE CÓBANO, 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 105,405,298.15 105,405,298.15
9976)
SEGÚN PVQCD (Ley N °
9976)
Préstamo Nº 065-017-
012274-9 del Banco
III-02-15 CONSTRUCCION
Popular para
DE PUENTE
"CONSTRUCCIÓN DE 115,500,000.00 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 115,500,000.00 115,500,000.00
(RIO NEGRO-SANTIAGO)
PUENTE (RIO NEGRO-
(Financiamiento BP)
SANTIAGO)"
.
II-17 MANTENIMIENTO Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario
3.3.1.0.00.00.0.0.000 SUPERÁVIT LIBRE 2,137,652,106.32 1.08.07 2,500,000.00 2,500,000.00
DE EDIFICIOS de oficina
II-17 MANTENIMIENTO
SUPERÁVIT LIBRE 2.03.01 Materiales y productos metálicos 1,500,000.00 1,500,000.00
DE EDIFICIOS
II-17 MANTENIMIENTO
SUPERÁVIT LIBRE 2.03.03 Madera y sus derivados 3,000,000.00 3,000,000.00
DE EDIFICIOS
II-17 MANTENIMIENTO Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de
SUPERÁVIT LIBRE 2.03.04 2,000,000.00 2,000,000.00
DE EDIFICIOS cómputo
II-17 MANTENIMIENTO
SUPERÁVIT LIBRE 2.03.05 Materiales y productos de vidrio 2,000,000.00 2,000,000.00
DE EDIFICIOS
II-17 MANTENIMIENTO
SUPERÁVIT LIBRE 2.03.06 Materiales y productos de plástico 1,000,000.00 1,000,000.00
DE EDIFICIOS
II-17 MANTENIMIENTO Otros materiales y productos de uso en la
SUPERÁVIT LIBRE 2.03.99 3,000,000.00 3,000,000.00
DE EDIFICIOS construcción y mantenimiento
II-17 MANTENIMIENTO
SUPERÁVIT LIBRE 2.99.04 Textiles y vestuario 750,000.00 750,000.00
DE EDIFICIOS
II-17 MANTENIMIENTO
SUPERÁVIT LIBRE 5.02.01 Edificios 35,000,000.00 35,000,000.00
DE EDIFICIOS
II-26 DESARROLLO Mantenimiento y reparación de equipo de
SUPERÁVIT LIBRE 1.08.08 4,000,000.00 4,000,000.00
URBANO cómputo y sistemas de informacion
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 1.04.03 Servicios de ingeniería y arquitectura 6,000,000.00 6,000,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 1.04.99 Otros servicios de gestión y apoyo 10,000,000.00 10,000,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 1.08.02 Mantenimiento de vías de comunicación 50,000,000.00 50,000,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA Mantenimiento y reparación de equipo de
SUPERÁVIT LIBRE 1.08.05 150,000.00 150,000.00
RED VIAL DISTRITO DE transporte
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 2.01.04 Tintas, pinturas y diluyentes 25,000.00 25,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 2.03.01 Materiales y productos metálicos 200,000.00 200,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 2.03.02 Materiales y productos minerales y asfálticos 27,558,000.00 27,558,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
07/01/2025
SUPERÁVIT LIBRE 2.04.01 Herramientas e instrumentos 65,000.00 65,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
ACTA 036-25
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 2.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 75,000.00 75,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 2.99.04 Textiles y vestuario 85,000.00 85,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 2.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad 530,000.00 530,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 5.01.01 Maquinaria y equipo para la producción 600,000.00 600,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 5.01.03 Equipo de comunicación 512,000.00 512,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 2,000,000.00 2,000,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 5.01.05 Equipo de cómputo 3,600,000.00 3,600,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 30,000,000.00 30,000,000.00
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 5.03.01 Terrenos 75,915,879.80 75,915,879.80
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-02
MANTENIMIENTO DE LA
SUPERÁVIT LIBRE 6.06.01 Indemnizaciones 7,415,546.20 7,415,546.20
RED VIAL DISTRITO DE
CÓBANO
III-02-03 CONST.
INFRAESTRUCTURA
SUPERÁVIT LIBRE VIAL RUTA C6-01-135 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 261,026,456.24 261,026,456.24
DELICIAS-SAN ISIDRO
(LIBRE)
III-02-04 CONST.
INFRAESTRUCTURA
SUPERÁVIT LIBRE VIAL RUTA C6-01-128 Y 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 199,940,000.00 199,940,000.00
038 LAS DELICIAS
(LIBRE)
III-02-05
ALCANTARILLADO
SUPERÁVIT LIBRE PLUVIAL EN CABUYA 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 22,600,000.00 22,600,000.00
RUTA C6-01-117 Y 123
(LIBRE)
III-02-06 CONSTRUCCIÓN
DE ALCANTARILLADO
SUPERÁVIT LIBRE PLUVIAL PLAYA 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 77,000,000.00 77,000,000.00
CARMEN RUTA C6-01-
001 (LIBRE)
III-02-07 CONSTRUCCIÓN
INFRAESTRUCTURA
SUPERÁVIT LIBRE VIAL RUTA C6-01- 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 200,000,000.00 200,000,000.00
037/135 SAN ISIDRO-
DELICIAS (LIBRE)
III-02-08 CONSTRUCCIÓN
INFRAESTRUCTURA
SUPERÁVIT LIBRE 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 165,000,000.00 165,000,000.00
VIAL REDONDEL RUTA
C6-01-126 (LIBRE)
07/01/2025
III-02-09 SEÑALIZACION
ACTA 036-25
VERTICAL, HORIZONTAL
SUPERÁVIT LIBRE Y DEMARCACIONES EN 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 15,000,000.00 15,000,000.00
LAS VÍAS DEL DISTRITO
CÓBANO (LIBRE)
III-02-16 CONSTRUCCION
DE CALLE ASFALTO EN
SUPERÁVIT LIBRE 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 100,000,000.00 100,000,000.00
RUTA C6-01-001 PLAYA
CARMEN (LIBRE)
III-02-17 CONSTRUCCION
DE INFRA. VIAL EN
SUPERÁVIT LIBRE SANTA TERESA 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 275,386,026.48 275,386,026.48
CENTRO RUTA C6-01-
001 (LIBRE)
III-02-18 CONST. DE
INFRA. VIAL EN BELLO
HORIZONTE (PUENTE
SUPERÁVIT LIBRE 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 93,551,422.29 93,551,422.29
RIO RESPINGUE
CAMINO AL CENTRO)
RUTA C6-01-109
III-02-19 CONSTRUCCION
DE INFRA. VIAL
SUPERÁVIT LIBRE ENTRADA A LA 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 99,499,775.31 99,499,775.31
ESPERANZA RUTA C6-
01-016
III-02-20 CONSTRUCCION
ALCANTARILLA SOBRE
SUPERÁVIT LIBRE QUEBRADA LA 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 146,667,000.00 146,667,000.00
MALDITA Y TSB3 EN
RUTA C6-01-089
III-06-01 SOPORTE EXT.
ALQUILER DE
MAQUINARIA DEL
SUPERÁVIT LIBRE SERV. RECOLECCIÓN 1.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 50,000,000.00 50,000,000.00
DESECHOS PARA SU
DESARROLLO
(SANIDAD)
III-06-07 ESTUDIOS
PRELIMINARES EN
ANTIGUO VERTEDERO
SUPERÁVIT LIBRE 1.04.03 Servicios de ingeniería y arquitectura 25,000,000.00 25,000,000.00
MUNICIPAL PARA PLAN
DE CIERRE TÉCNICO
(SANIDAD)
III-06-08 INSTALACIÓN
DE CONTENEDORES
SUPERÁVIT LIBRE COMUNITARIOS PARA 1.04.06 Servicios generales 5,000,000.00 5,000,000.00
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-08 INSTALACIÓN
DE CONTENEDORES
SUPERÁVIT LIBRE COMUNITARIOS PARA 2.03.01 Materiales y productos metálicos 10,000,000.00 10,000,000.00
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 0.01.02 Jornales 2,106,000.00 2,106,000.00
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 0.03.03 Decimotercer mes 190,119.15 190,119.15
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
07/01/2025
CONTRIBUYENTES DEL
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 0.03.04 Salario escolar 175,429.80 175,429.80
ACTA 036-25
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
Contribución Patronal al Seguro de Salud de la
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 0.04.01 211,032.26 211,032.26
Caja Costarricense de Seguro Social
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
Contribución Patronal al Banco Popular y de
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 0.04.05 11,407.15 11,407.15
Desarrollo Comunal
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 0.05.01 123,653.50 123,653.50
la Caja Costarricense de Seguro Social
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 0.05.02 68,442.89 68,442.89
Pensiones Complementarias
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
Aporte Patronal al Fondo de Capitalización
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 0.05.03 34,221.45 34,221.45
Laboral
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 1.05.01 Transporte dentro del país 150,000.00 150,000.00
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 1.05.02 Viáticos dentro del país 408,633.80 408,633.80
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 1.06.01 Seguros 21,060.01 21,060.01
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
07/01/2025
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 2.01.01 Combustibles y lubricantes 250,000.00 250,000.00
RECOLECCIÓN DE
ACTA 036-25
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 2.01.02 Productos farmacéuticos y medicinales 100,000.00 100,000.00
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 2.99.03 Productos de papel, cartón e impresos 50,000.00 50,000.00
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-09 ACTUALIZACIÓN
DE BASE DATOS
CONTRIBUYENTES DEL
SUPERÁVIT LIBRE SERVICIO 2.99.04 Textiles y vestuario 100,000.00 100,000.00
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-10 COMPOSTERAS
DOMÉSTICAS PARA
SUPERÁVIT LIBRE 1.07.01 Actividades de capacitación 2,000,000.00 2,000,000.00
GESTIÓN DE RESIDUOS
ORGÁNICOS (SANIDAD)
III-06-10 COMPOSTERAS
DOMÉSTICAS PARA
SUPERÁVIT LIBRE 5.99.99 Otros bienes duraderos 10,000,000.00 10,000,000.00
GESTIÓN DE RESIDUOS
ORGÁNICOS (SANIDAD)
III-06-11
MEJORAMIENTO DEL
ÁREA DE OPERARIOS
SUPERÁVIT LIBRE DEL SERVICIO DE 5.01.99 Maquinaria, equipo y mobiliario diverso 4,000,000.00 4,000,000.00
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-11
MEJORAMIENTO DEL
ÁREA DE OPERARIOS
SUPERÁVIT LIBRE DEL SERVICIO DE 5.02.01 Edificios 6,000,000.00 6,000,000.00
RECOLECCIÓN DE
RESIDUOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-12 ADQUISICION
DE NUEVA UNIDAD DE
SUPERÁVIT LIBRE RECOLECCIÓN DE 5.01.02 Equipo de transporte 84,000,000.00 84,000,000.00
DESECHOS SÓLIDOS
(SANIDAD)
III-06-14 EQUIPOS Y
ACCESORIOS PARA
SUPERÁVIT LIBRE 1.07.01 Actividades de capacitación 400,000.00 400,000.00
MEJORAS EN EL AREA
DE PLATAFORMAS
III-06-14 EQUIPOS Y
ACCESORIOS PARA
SUPERÁVIT LIBRE 2.04.01 Herramientas e instrumentos 100,000.00 100,000.00
MEJORAS EN EL AREA
DE PLATAFORMAS
07/01/2025
ACTA 036-25
III-06-14 EQUIPOS Y
ACCESORIOS PARA
SUPERÁVIT LIBRE 5.01.03 Equipo de comunicación 3,000,000.00 3,000,000.00
MEJORAS EN EL AREA
DE PLATAFORMAS
III-06-14 EQUIPOS Y
ACCESORIOS PARA
SUPERÁVIT LIBRE 5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 5,000,000.00 5,000,000.00
MEJORAS EN EL AREA
DE PLATAFORMAS
III-06-14 EQUIPOS Y
ACCESORIOS PARA
SUPERÁVIT LIBRE 5.01.05 Equipo de cómputo 2,000,000.00 2,000,000.00
MEJORAS EN EL AREA
DE PLATAFORMAS
III-06-14 EQUIPOS Y
ACCESORIOS PARA
SUPERÁVIT LIBRE 5.02.01 Edificios 2,000,000.00 2,000,000.00
MEJORAS EN EL AREA
DE PLATAFORMAS
TOTAL
3,217,157,663.24 3,217,157,663.24 578,578,418.57 2,638,142,928.03 0.00 436,316.64
Yo Laura Segura Muñoz, mayor, vecina de San Isidro de Cóbano, funcionaria responsable de elaborar este detalle, hago constar que los datos suministrados anteriormente corresponden a las aplicaciones dadas por la entidad a la totalidad de los recursos incorporados
de superávit incorporados en el presupuesto extraordinario 01-2025.
Firma del funcionario responsable: _______________________________
Versión actualizada a julio de 2024
ACTA 036-25
07/01/2025
JUSTIFICACIÓN
JUSTIFICACION DE INGRESOS
Con base en lo dispuesto en los artículos 176 de la constitución política, 106,114 y 115 del
Código Municipal.
La estimación que se detalla comprende la liquidación presupuestaria de compromisos del
periodo 2023 aprobada en la sesión extraordinaria N° 005-24, art. II, inciso a, del 19 de julio
2024, además, se llevó a cabo una estimación con sustento en el estudio integral del
comportamiento de los ingresos de enero a noviembre 2024. Información revisada y
analizada por el encargado del departamento administrativo y financiero, esto según los
datos generados por el sistema interno municipal. Además, se cuenta con las
certificaciones correspondientes de la administración financiera y de tesorería, así mismo
esta intendencia municipal tiene un crédito aprobado, y está pendiente una parte de los
desembolsos del mismo, por lo tanto, ha solicitado se incorpore en este presupuesto, así
mismo se ha velado por el cumplimiento de los principios de previsión y exactitud.
INGRESOS TOTALES 3.467.157.663,24
(tres mil cuatrocientos sesenta y siete millones, ciento cincuenta y siete mil,
seiscientos sesenta y tres colones con 24/100)
INGRESOS POR FINANCIAMIENTO
3.1.1.6.00.00.0.0.000 Préstamos directos de instituciones públicas financieras 250,000,000.00 7.21%
1. PRESTAMOS DIRECTOS DE INSTITUCIONES PUBLICAS FINANCIERAS
Este Concejo Municipal, mantiene una línea de crédito de uso múltiple activo con el Banco Popular
y de Desarrollo Comunal aprobado desde el 2019 (oficio N°20152, del documento DFOE-DL-2269,
préstamo formalizado en el documento CEO-039-2019), crédito para ser utilizado por tractos en
tres proyectos diferentes y que a la fecha queda pendiente uno de los desembolsos para ser girado
y utilizado en el desarrollo de proyectos de nuestro Distrito, por lo que se pretende utilizar el último
de los subcreditos para los proyectos “Construcción del Puente Río Negro-Santiago”. Dicho crédito
cuenta con la operación n° 065-076-011749-7 (indicada mediante oficio INT-594-2024), por lo que
se pretende incorporar en el presente presupuesto extraordinario 01-2025, para lograr completar
el proyecto en infraestructura vial para la construcción de dicho puente, mismo que es de suma
importancia para los vecinos de dicha comunidad.
3.3.1.0.00.00.0.0.000 SUPERÁVIT LIBRE 2,137,652,106.32 61.65%
ACTA 036-25
07/01/2025
2. SUPERAVIT LIBRE
Corresponde al superávit libre que se determinó tanto en la liquidación presupuestaria de
compromisos del periodo 2023 aprobada en la sesión extraordinaria N° 005-24, art. II, inciso a, del
19 de julio 2024, por un monto de ¢1,833,562,180.70, y, además, se llevó a cabo una estimación
con sustento en el estudio integral del comportamiento de los ingresos de enero a noviembre 2024,
como se puede apreciar en el siguiente cuadro:
Concejo Municipal de Distrito Cobano
PRESUPUESTO DE INGRESOS
PRESUPUESTO DE EJECUCION DE NOVIEMBRE 2024
Cuenta Nombre Ordinario Total Disponible
4.1.1.2.1.01 Impuesto sobre la propiedad de bienes inmuebles Ley No. 7729 850,000,000.00 1,305,849,284.00 -455,849,284.00
4.1.1.3.2.01.05 Impuestos específicos sobre la construcción 140,000,000.00 240,521,761.00 -100,521,761.00
4.1.1.3.3.01.01 Impuesto Sobre Rotulos Publicos 10,500,000.00 10,639,491.00 -139,491.00
4.1.1.3.3.01.02 Patentes Municipales 450,000,000.00 794,501,868.00 -344,501,868.00
4.1.1.3.3.01.09 Otras licencias profesionales, comerciales y otros permisos 70,000,000.00 83,842,858.00 -13,842,858.00
4.1.1.9.1.01 Timbres Municipales 30,000,000.00 88,760,083.50 -58,760,083.50
4.1.3.1.2.09.09 Venta de otros servicios 8,500,000.00 8,965,775.00 -465,775.00
4.1.3.2.2.09 Otros ingresos de la renta de la propiedad 0.00 111,448.00 -111,448.00
4.1.3.2.3.03.01 Intereses sobre cuentas corrientes y otros depositos en Bancos 20,000,000.00 73,100,563.82 -53,100,563.82
4.1.3.3.1.09.09.01 Multas por infracción a la Ley de construcciones 10,000,000.00 36,727,776.00 -26,727,776.00
4.1.3.3.1.09.09.02 Multas por atraso presentación declaraciones Patentes 9,370,000.00 25,068,079.00 -15,698,079.00
4.1.3.3.1.09.09.04 Multa por morosidad Patentes Licores ART.10 0.00 710,414.00 -710,414.00
4.1.3.4.1 Intereses moratorios por atraso en pago de impuesto 0.00 47,439,024.00 -47,439,024.00
4.1.3.4.2 Intereses moratorios por atraso en pago de bienes y servicios 0.00 8,694,509.00 -8,694,509.00
4.1.3.9.9 Ingresos varios no especificados 50,000.00 520,000.00 -470,000.00
-1,127,032,934.32
Lo cual nos da en ingresos extraordinarios dentro del periodo por más de mil millones, por lo que
se está presentando dicho monto acumulado por ¢2.137.652.106,32, para continuar con el
desarrollo de proyectos que mejoren nuestro distrito y el cumplimiento de metas y objetivos
propuestos en nuestros planes a corto, mediano y largo plazo.
3.3.2.0.00.00.0.0.000 SUPERÁVIT ESPECIFICO 1,079,505,556.91 31.14%
3. SUPERAVIT ESPECÍFICO
Corresponde al superávit específico que se determinó en la liquidación presupuestaria de
compromisos del periodo 2023 aprobada en la sesión extraordinaria N° 005-24, art. II, inciso a, del
19 de julio 2024, también, se llevó a cabo una estimación con sustento en el estudio integral del
comportamiento de los ingresos de enero a noviembre 2024, con aquellos ingresos de aplicación
específica, indicados en el siguiente cuadro:
ACTA 036-25
07/01/2025
Junta Administrativa del Registro Nacional, 3% del IBI, Leyes
17,024,142.07
7509 y 7729
Juntas de educación, 10% impuesto territorial y 10% IBI, Leyes
85,120,710.35
7509 y 7729
Organismo de Normalización Técnica, 1% del IBI, Ley Nº 7729 8,512,071.04
40% Obras mejoramiento zonas turísticas: 85,781,528.20
40% obras mejoramiento del Cantón: 13,898,312.41
Fondo programas deportivos 50% espectáculos públicos 5,061,836.23
Fondo programas culturales 50% espectáculos públicos 2,956,106.00
Comité Cantonal de Deportes 199,436,316.64
Aporte al Consejo Nacional de Personas con Discapacidad
13,781,870.46
(CONAPDIS) Ley N°9303
Unión de Gobiernos Locales 6,890,936.23
Federacion de concejos municipales de distrito de costa rica 8,702,468.57
Ley Nº7788 10% aporte CONAGEBIO 1,636,674.90
Ley Nº7788 70% aporte Fondo Parques Nacionales 10,311,051.87
Ley Nº7788 30% Estrategias de protección medio ambiente 8,172,639.30
Fondo Ley Simplificación y Eficiencia Tributarias Ley Nº 8114 46,005,458.67
Impuesto por movilización de carga portuaria Ley Nº 8461 32,677,451.24
Fondo recolección de basura 103,222,255.84
Comité Distrital de Deportes (Sesión Ord. Nº 294-2019, art VI,
47,720,622.69
acuerdo Nº2)
Reforma de la Ley 8488, Ley Nacional de Emergencias y
94,889,551.89
Prevención del Riesgo (Exp.21.217)
Fondo de Ley Licores, 25% del licencias de licores, Ley Nº
66,798,254.16
9047 (Control e inspección)
Movilidad peatonal (5% periodo 2022) 105,405,298.15
Préstamo Nº 065-017-012274-9 del Banco Popular para
115,500,000.00
"CONSTRUCCIÓN DE PUENTE (RIO NEGRO-SANTIAGO)"
JUSTIFICACIÓN DE GASTOS
PROGRAMA I
En este programa se incluyen las actividades del Registro de la deuda, fondos y transferencias,
que por ley se deben transferir a las entidades correspondientes.
04-REGISTRO DE DEUDAS FONDOS Y TRANSFERENCIAS
Transferencias corrientes: Se procede a presupuestar las transferencias separadas de acuerdo
al resultado de la liquidación presupuestaria a junio 2023 así como con el corte del periodo de
enero a noviembre 2024, todo esto de acuerdo a la ley y poder girar a las diversas instituciones
para que estas puedan realizar sus actividades propuestas, dentro de estos podemos citar, Aporte
Órgano Normalización Técnica, Junta Administrativa del Registro Nacional (2% IBI), Aporte
CONAGEBIO Ley 7788, 70% Fondo parques Nacionales Ley 7788, Consejo Nacional de
Rehabilitación (CONAPDIS), Juntas de Educación (10% IBI), y las transferencias a gobiernos
locales, todo esto de acuerdo a los porcentajes establecidos en las leyes correspondientes.
ACTA 036-25
07/01/2025
CLASIFICACION DEL GASTO PARCIAL TOTAL
P G S CÓBANO
I 04 6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 151,979,925.50
TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL
6.01 151,979,925.50
SECTOR PÚBLICO
Transferencias corrientes al Gobierno
6.01.01 8,512,071.04
Central
6.01.01.01 Aporte Organo Normalización Tecnica 8,512,071.04
Transferencias corrientes a Órganos
6.01.02 28,971,868.84
Desconcentrados
Junta Administrativa del Registro Nacional
6.01.02.01 17,024,142.07
(2% IBI)
6.01.02.04 Aporte CONAGEBIO Ley 7788 1,636,674.90
6.01.02.07 70% Fondo parques Nacionales Ley 7788 10,311,051.87
Transferencias corrientes a Instituciones
6.01.03 98,902,580.81
Descentralizadas no Empresariales
Consejo Nacional de Rehabilitación
6.01.03.01 13,781,870.46
(CONAPDIS)
6.01.03.02 Juntas de Educación (10% IBI) 85,120,710.35
Transferencias corrientes a Gobiernos
6.01.04 15,593,404.81
Locales.
Union Nacional de Los Gobiernos Locales
6.01.04.03 6,890,936.23
(UNGL)
Federacion de Consejos Municipalidades de
6.01.04.04 8,702,468.57
Distrito (FECOMUDI)
PROGRAMA II
En este programa se incluye el contenido presupuestario de aquellos servicios que se financian
con recursos específicos, con el fin de continuar en la mejora de los servicios en el sano
cumplimento de objetivos de la administración de este Concejo Municipal de distrito, dentro de los
cuales tenemos el Servicio de Recolección de Basura, Educativos, Culturales y Deportivos,
Mejoramiento Zona Marítimo Terrestre, Mantenimiento de Edificios, Protección del Medio
Ambiente, Desarrollo Urbano y Atención de Emergencias.
Estas proyecciones pretenden responder al cumplimiento de los objetivos plasmados en el plan de
desarrollo municipal de este concejo de distrito.
Servicios: Se requiere ajustar disponibilidad presupuestaria para el alquiler de maquinaria para el
servicio de recolección de desechos sólidos siendo que se cuenta con contrataciones por demanda
para garantizar la continuidad del servicio, y lo más importante se proyecta ampliar la frecuencia o
periodicidad a las comunidades que se les brinda el servicio. No menos importante contar con
suficiente contenido para el mantenimiento y reparación de las unidades con que cuenta ese
Concejo para la recolección de desechos, ya que el uso frecuente también hace que haya mayor
desgaste de las unidades, las actividades protocolarias y sociales con las que se pretende atender
las actividades conmemorativas por fechas ambientales, así como reuniones de distintas
comisiones ambientales municipales: residuos sólidos, aguas residuales, recursos naturales y vida
silvestre. Como parte del mantenimiento de edificios municipales se requiere atender algunas de
las unidades de aires acondicionados tanto mantenimiento (limpieza), como reparaciones
habituales. El servicio de desarrollo urbano requiere dar mantenimiento y reparación al sistema de
información Q`Gis con el que cuenta este concejo municipal, este se ha venido utilizando con
ortofotos de más de 10 años y las imágenes Google que poseen más de 3 años, lo que no permite
ACTA 036-25 07/01/2025 a este departamento poder revisar donde se están realizando la mayor cantidad de proyectos constructivos, así mismo situaciones de aperturas de calles o movimientos de tierra. Obteniendo esta actualización podremos identificar estos espacios y fomentar la visita a los mismos e iniciar los procesos de fiscalización y regularización de estas construcciones o movimientos. Materiales y suministros: Se requiere aumentar la partida de combustibles y lubricantes para atender la demanda en generación de residuos sólidos, así como también de repuestos para los vehículos del servicio, para que su funcionamiento sea el mejor, en esta ocasión se prevé la compra de soldadura para algunas reparaciones básicas en los vehículos recolectores y la elaboración de cajas de seguridad para herramientas en bodega y contenedores. Para el servicio de educativos, culturales y deportivos, el cual se está financiado con recurso específico del fondo de programa deportivo y cultural, se pretende apoyar con uniformes tanto deportivos, como culturales para los grupos folclóricos con que cuenta nuestro distrito, mismos que nos han representado hasta internacionalmente. Es importante contar con materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento, ya que los edificios municipales requieren de mantenimiento preventivo, se pretende comprar loza sanitaria, inodoros, lavamanos, para los baños debido a que los que existen se encuentran en mal estado, lo que produce fugas de agua y malos olores, por lo que buscando el bienestar y la salubridad de los funcionarios y visitantes se requiere realizar este cambio de manera casi urgente. Para el servicio de protección del medio ambiente, la gestión ambiental requiere de materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo como teclado, mouse para el desarrollo de funciones que los actuales ya no funcionan de la mejor manera, repuestos para la unidad vehicular tanto correctivo como preventivo. Bienes duraderos: El departamento de zona marítima terrestre pretende adquirir equipo de transporte doble tracción con el fin de llevar a cabo las labores cotidianas de campo como lo son inspecciones, atención de denuncias, levantamientos topográficos, avalúos, etc., ya que el vehículo con el que contaba este departamento a pesar de que se ha reparado en varias ocasiones ya su vida útil, acabó. Además, es importante contar con un GPS topográfico para el área de catastro para lograr una mayor precisión. El departamento de mantenimiento de edificios requiere contratar una persona o empresa que cumpla con los requisitos de contratación para llevar a cabo las mejoras requeridas en los edificios municipales, entre las cuales se pueden mencionar; cambio de lozas sanitarias, reparaciones en techos y cielo rasos, pintura interna; esto debido al mal estado de los techos que ha generado filtraciones de agua lo que ha venido provocando que la pintura se dañe y genera humedad lo cual podría provocar afecciones respiratorias a los usuarios del edificio, por lo que con el fin de salvaguardar la salud tanto de los funcionarios como de los visitantes y la vida útil del edificio. Además, el servicio de protección del medio ambiente desde el gestor ambiental ha solicitado se incorpore la compra para un escritorio de oficina que cumpla con la ergonomía necesaria y contar con mayor espacio de trabajo, considerando que el actual no es funcional y se encuentra deteriorado.
ACTA 036-25
07/01/2025
Desde el servicio de atención de emergencias, el comité municipal de emergencias ha solicitado
se incluya contenido presupuestario que le corresponde de acuerdo a la ley N° 8488, para vías de
comunicación terrestre, con el fin de mantener las vías de comunicación habilitadas cuando nos
encontramos principalmente en la época lluviosa, donde existen muchos ríos y quebradas que en
ocasiones provocan rompimiento de puentes o pasos de alcantarilla y los vecinos han estado
incomunicados durante un tiempo. Es importante tener disponibilidad presupuestaria para ejecutar
en caso de emergencias o desastres naturales propios de la zona.
PROGRAMA III
Remuneraciones: desde el periodo 2023 en el extraordinario se ha intentado desarrolla un plan-
proyecto para fiscalización de licencias comerciales y de licores, así como también la actualización
del mapa catastral de dichas licencias. Pero con las fechas de las aprobaciones no ha sido posible
la implementación, pues los tiempos no dan para realizar las contrataciones y ejecutar antes de
finalizar el periodo.
Actualmente existen alrededor de 900 licencias comerciales 140 licencias de licores, por lo que
con este proyecto se espera atender la mayor cantidad de demandas y denuncias, y lograr un
mejor control para que la unidad de patentes cumpla con lo estipulado en la ley correspondiente.
Cabe mencionar que el proyecto se está financiando con el 25% de lo recaudado por licencias de
licores, y de ahí determinar si es factible la contratación de más personal fijo o bien destinar estos
fondos a otro tipo de proyecto.
La administración tributaria-financiera de este concejo de Distrito ha realizado un análisis para
corroborar la viabilidad financiera para que este concejo pueda sostener económicamente la
contratación de cinco inspectores y que dichas contrataciones no pongan en peligro las finanzas.
Por lo tanto, una vez analizada la disposición de los recursos disponibles del extraordinario 01-
2025 se puede indicar lo siguiente:
En cuanto a la contratación de los cinco inspectores el monto para sostener los funcionarios o
funcionarias, los cuales corresponderían a un Técnico Municipal 2B es de ¢60,163.715, por un
periodo de hasta por diez meses del año 2025 y se financiarían dichos puestos del 25% de ingreso
especifico de licencias de licores para el proyecto de patentes. Por lo tanto; esta administración
considera que la solicitud planteada es factible sostenerla por el tiempo solicitado (hasta 10
meses) ya que se cuenta con el recurso económico, siendo que proviene de una liquidación
presupuestaria, además, dicha solicitud es en miras de tratar de aumentar los ingresos de esta
institución por medio de fiscalización, control y seguimiento de actividades lucrativas del distrito.
Dentro del diagnóstico actual y la necesidad de contar con el proyecto es la falta de un mapa
catastral actualizado de las licencias comerciales y la incapacidad para atender denuncias de
ventas ilegales, dentro de los objetivos podemos mencionar; el consolidar en un sistema
geoespacial (QGUIS) la información de todas las licencias comerciales, priorizando las de licores,
para garantizar su precisión, accesibilidad y utilidad en la planificación y supervisión.
ACTA 036-25 07/01/2025 Este proyecto nos permitirá alcanzar resultados significativos en dos ámbitos claves, primero; actualización del mapa catastral de licencias comerciales: localización exacta de establecimientos, permitiendo identificar áreas críticas y oportunidades de mejorar, optimizar la recaudación tributaria, fortalecer la planificación territorial y la transparencia teniendo un mayor acceso a información actualizada y confiable. Segundo; fiscalizar ventas ilegales: dando respuesta oportuna y fundamentada a las denuncias, identificar y sancionar establecimientos que operan fuera del marco legal y prevenir actividades irregulares. Como parte del impacto analizado con dicha implementación es una visualización dinámica de la información comercial y su relación con otras capas geográficas, como escuelas, hospitales o zonas de restricción, la automatización de procesos de fiscalización como la generación de reportes y alertas sobre áreas con alta incidencia de denuncias y además la integración con otros datos municipales potenciando la gestión coordinada del territorio. Además, el proyecto se encuentra alineado con los objetivos estratégicos del nuestro concejo de distrito al promover la modernización tecnológica, la sostenibilidad financiera mediante una recaudación eficiente y el fortalecimiento de la confianza ciudadana mediante una fiscalización efectiva y transparente. En conclusión, la actualización del mapa catastral y fortalecimiento de la fiscalización representa una estrategia integral para abordar los desafíos actuales relacionados con la gestión territorial y la supervisión de actividades. Estas acciones no solo incrementan la precisión y confiabilidad de la información catastral, sino que también fortalecen la capacidad institucional para planificar, regular y tomar decisiones informadas que beneficien tanto al sector público como a la ciudadanía. Una gestión territorial sólida permite identificar y aprovechar de manera óptima los recursos disponibles, mejora la respuesta a las denuncias y garantiza un control más eficiente de las irregularidades. Asimismo, fomenta la transparencia en la administración pública y refuerza la confianza de los contribuyentes. Este enfoque, que combina tecnología con normativas actualizadas, es esencial para responder a las necesidades de las comunidades, mejorar la fiscalización y contribuir al desarrollo sostenible del territorio. En definitiva, estas iniciativas no solo resuelven problemas inmediatos, como las limitaciones en la fiscalización y la atención de denuncias, sino que sientas las bases para un desarrollo territorial más equilibrado. Para el proyecto actualización de base datos contribuyentes del servicio recolección de residuos sólidos, se requiere contratar bajo la figura de jornales ocasionales, personal para atender una realidad que se está viviendo y es el incremento en la demanda del servicio municipal de recolección de residuos surge como consecuencia de nuevas unidades comerciales y residenciales que emplean dicho servicio municipal; en muchas ocasiones, las mismas no poseen permisos constructivos o la información de los inmuebles y sus dueños se encuentra desactualizada en el registro municipal de contribuyentes, ocasionando que la tarifa por el servicio de recolección se vuelve incobrable, al menos hasta que se conozca la cantidad de viviendas y comercios que existen en una finca, su dueño o representante legal, y dicho cobro se consigne en
ACTA 036-25 07/01/2025 el sistema municipal de cobros. Por todo lo anterior, se hace necesario realizar un censo municipal que recabe la información correspondiente en el campo y luego se realice el ingreso de los respectivos cobros en el sistema municipal. Servicios: Para las inversiones se requieren servicios de mantenimiento de las vías de comunicación, así como alquiler de maquinaria, gestión y apoyo, de ingeniería y arquitectura para el desarrollo del proyecto plan de desarrollo territorial, es importante contar con estudios preliminares como insumo y base para los diseños de infraestructura vial, apoyo en el reforzamiento de controles de calidad en la ejecución de los proyectos como verificar especificaciones técnicas de las contrataciones y demás que cumplan con el Manual CR2010. Mantenimiento de los vehículos para el traslado de equipos y personal a las zonas de trabajo en las vías terrestres, tanto para inspecciones como los peones y de ingeniería. Para este presupuesto extraordinario 01-2025, se tienen dos proyectos muy importantes que son: Estudios preliminares en antiguo vertedero municipal para plan de cierre técnico y la instalación de contenedores comunitarios para residuos sólidos, por lo que se requiere contar con servicios de gestión y apoyo en servicios de ingeniería y arquitectura y servicios generales, donde se pretende que el antiguo vertedero (botadero) municipal que se encuentra clausurado se inicie su cierre técnico definitivo, la propuesta es iniciar realizando los estudios preliminares en las áreas como geología, biología, hidrología, entre otras; cuyos resultados permitan generar un punto de partida para la elaboración del Plan de Cierre Técnico. Por lo tanto, se va a requerir el pago de transporte y viáticos para los peones. También se cuenta con el proyecto de deporte y recreación distrital Cóbano se pretende apoyar con transporte a los participantes en juegos nacionales y otras competencias. Respecto a la instalación de contendores se espera solucionar una situación de que en algunos sitios de las rutas de recolección de residuos sólidos establecidas, existen problemas de acumulación de residuos en sitios inadecuados, que generan tanto impacto visual como a la salud pública y ambiental; una manera de mitigar dichos efectos es mediante la instalación de contenedores con capacidad suficiente para almacenar dichos residuos previo a la recolección, con su debida rotulación y señalización. Por otra parte, tenemos un proyecto de composteras domésticas para gestión de residuos orgánicos, se pretende mediante métodos alternativos como el compostaje, una disminución en la fuente de los residuos sólidos que normalmente son recolectados y transportados hasta un relleno sanitario para su disposición final y tratamiento. Este proyecto pretende adquirir composteras domésticas que mediante un programa de "Préstamo" con su respectiva capacitación y seguimiento, la Administración Municipal facilite alternativas tangibles a sus contribuyentes para que puedan realizar un manejo integral de residuos, cuyo producto puede ser empleado para enriquecer el suelo, jardinería, etc.
ACTA 036-25 07/01/2025 Materiales y suministros: Es importante contar con algunas herramientas e instrumentos como bombas de atomizar, palas, entre otros como apoyo a los diferentes comités de deportes locales para el desarrollo propias de las actividades deportivas en las diferentes comunidades; también para apoyo en las actividades deportivas y recreativas se pretende adquirir uniformes para las diferentes disciplinas deportivas y culturales en las que participan nuestros jóvenes principalmente, se quiere apoyas también con algunos materiales de limpieza para las pequeñas instalaciones con que cuentan los comités comunales, así como, balones, silbatos, entre otros. La oficina de ingeniería vial solicita contar con al menos un poco de pintura para el área interna, siendo que la misma se encuentra en un contenedor-oficina y el mismo se encuentra deteriorado y requiere mejorar el ambiente laboral. Además, solicitan la compra de cadenas para realizar trabajos de instalación de alcantarillas principalmente. Así también es importante adquirir materiales minerales y asfálticos para dar continuidad a los proyectos viales con lastre siendo que en épocas de lluvia esta afecta muchos las vías de comunicación que son por las que transita toda nuestra población y visitantes; además, se requiere adquirir cintas métricas para la medición de áreas y superficies en el área de campo, algunos artículos de oficina, para archivo de expedientes que no fueron suficientes los solicitados inicialmente. En el área de inspección se requiere de un bolso y capa para resguardar documentos de bitácoras por ejemplo cuando debe realizar inspecciones y esté lluvioso, siendo que la actual ya cumplió su vida útil, de la misma manera se requiere contar con un nuevo casco, chalecos reflectados para el resguardo de nuestro inspector. Para el proyecto de instalación de contendores comunitarios se va a requerir de materiales y productos metálicos para la confección de los mismos. En el caso del proyecto actualización de base datos contribuyentes del servicio recolección de residuos sólidos, es necesario contar con algunos materiales como: combustibles y lubricantes, productos farmacéuticos y medicinales, productos de papel, cartón e impresos y también textiles y vestuario, para el traslado en ocasiones por vehículos municipales, que van a requerir de combustible los productos farmacéuticos para que los peones puedan contar con suministro de bloqueadores solares al ser una labor de exposición al sol en labores se censos, así mismo, papelería para la labor y capas en caso de contar con lluvias. Bienes duraderos: En el proyecto deporte y recreación distrital Cóbano, se pretende adquirir nuevas máquinas para cortar césped, para uso de los comités comunales, también se quiere implementar un sistema de riego en la cancha de futbol del centro del distrito, misma que es utilizada para los juegos nacionales y LINAFA. Además, se requiere realizar mejoras y construcciones de camerinos, bodegas, cierres perimetrales y la creación de parques infantiles gimnasios al aire libre en diferentes comunidades del distrito con las canchas debidamente inscritas en propiedades
ACTA 036-25 07/01/2025 municipales. Además, como se ha venido proyectando la compra de un terreno para la construcción de un gimnasio digno de esta comunidad. Además, esta administración propone un proyecto de mejora en la plataforma que se centra en optimizar las condiciones operativas y de seguridad del departamento mediante la adquisición y mejora de equipos tecnológicos y de vigilancia, en particular, se enfocará en la renovación y expansión de la infraestructura de seguridad, así como en la actualización de los equipos de cómputo para asegurar el funcionamiento eficiente y seguro de las operaciones. Para garantizar un servicio eficiente, seguro y continuo, es fundamental contar con los recursos adecuados en áreas clave como la seguridad y la tecnología. El equipo de vigilancia, especialmente las cámaras de seguridad, juegan un papel crucial en la protección tanto del personal como de los activos de la institución, mientras que la actualización del equipo de cómputo asegura la disponibilidad de herramientas necesarias para una gestión ágil y eficiente. Los principales objetivos del proyecto son instalar y actualizar el sistema de vigilancia, renovar equipos de cómputo, optimizar el espacio de trabajo y mantener al personal capacitado en atención a los usuarios, esto nos permitirá obtener los siguientes resultados: mayor seguridad en las instalaciones con sistemas de vigilancia actualizados y funcionales, mejorar la eficiencia operativa gracias a la modernización del equipo de cómputo y reducir riesgos relacionados con la falta de equipos de seguridad y tecnología adecuada. La mejora en la plataforma se centra en acciones que garanticen un servicio eficiente, seguro y preparado para responder a las necesidades de los usuarios internos y externos. El departamento de sanidad pretende adquirir una nueva unidad de recolección de desechos sólidos, siendo que; actualmente, la capacidad de carga real media de los camiones recolectores municipales es de aproximadamente 9,5 ton/viaje. Por su parte, el relleno sanitario donde se tratan y disponen los residuos se ubica a 146 km de distancia del casco central del Distrito de Cóbano (292 km de ida y regreso), mientras que una ruta interna de recolección puede significar 60 km de recorrido, lo que implica un recorrido total de 352 km para manejar 9,5 toneladas de residuos sólidos. Hasta que esta gestión se complete, el camión recolector podrá quedar habilitado nuevamente para realizar la recolección en las comunidades del distrito. Sin embargo, la compra de un camión recolector con capacidad real para manejar entre 18 y 20 ton/viaje significaría una mejora importante en la prestación del servicio por los siguientes motivos: i. Mayor eficiencia y rendimiento en el manejo de residuos, ya que se incrementa la capacidad de carga por viaje; ii. Mayor disponibilidad de camiones para prestación del servicio en rutas internas del distrito, ya que este haría la labor que normalmente harían 2 camiones recolectores; iii. Menos inversión en reparaciones, puesto que un camión nuevo requiere menos mantenimientos, por su parte, se puede prever en la compra un plan de mantenimiento ajustado a la realidad y a la experiencia del servicio de recolección;
ACTA 036-25 07/01/2025 iv. Menor dependencia de la empresa privada para la recolección de residuos, a la cual, se le paga un monto de ₡ 569.766,67 por viaje, no obstante, con esta compra se puede reducir dicha dependencia. En el caso de los proyectos relacionados a vías de comunicación tenemos: Dentro del proyecto mantenimiento de la red vial distrito de Cóbano, poseemos la necesidad de adquirir una motosierra para atender las caídas de árboles en la vía de comunicación que se han venido dando por los fuertes vientos, también se ha visto la necesidad de contar con radios de comunicación y sus respectivos cargadores y baterías para lograr una comunicación fluida, especialmente cuando es necesario la regulación del tránsito vehicular mientras se está en la ejecución de obras. El equipo de cómputo que utiliza la ingeniería vial requiere actualizarse para poder manejar eficientemente el procesamiento de sistemas para diseños y control de los proyectos, el actual ya no se ajusta a la necesidad real. También requiere de mobiliario de oficina llámese sillas, muebles de escritorio y armarios. Se pretende construcción de cunetas, cabezales y realizar bacheos por lo que se ha incluido presupuesto en vías de comunicación terrestre para contratación de dichas obras. Adicional a esto se está considerando la inclusión de terrenos para la posible adquisición de terreno por la expropiación en la construcción del puente sobre el Río Negro en la comunidad del mismo nombre. Para los demás proyectos en vías de comunicación contamos con los siguientes: Construcción de infraestructura vial ruta C6-01-135 Delicias-San Isidro, ruta necesaria para contar con ruta alterna entre San Isidro y Montezuma, que por su auge turístico es una calle de descongestiona otras rutas y garantiza una solución a los habitantes de estas comunidades con la cual se pretende la eliminación de la cantidad de polvo que genera el tránsito vehicular durante el verano y los “pegaderos” durante el invierno. Construcción infraestructura vial ruta C6-01-128 y 038 Delicias, como se indicó en el proyecto mencionado anteriormente, la idea es continuar en un tramo más adelante continuar con parte de la solución a los problemas viales en dicha comunidad desde otro trayecto, tratando de atender los tramos con más incidencia de dificultad. Alcantarillado pluvial en Cabuya ruta C6-01-117 y 123, durante la época de invierno este sector sufre afectación ya que es cercano a la costa y por la topografía del lugar plana y rodeada de montaña el flujo pluvial pasa por varias propiedades de la parte baja ocasionando gran afectación por lo que se pretende colocar tubería pluvial para direccionar algunas de estas aguas e ir corrigiendo esta situación para mejorar el bienestar de los habitantes de esta comunidad y sus visitantes. Construcción de alcantarillado pluvial Playa Carmen ruta C6-01-001, en vista de que MOPT, BID Y GIZ, están en la elaboración del proyecto de construcción de un tramo de 600 metros lineales en concreto con cordón y caño, el Concejo Municipal pretende construir el alcantarillado pluvial en esta zona para canalizar las aguas hasta la quebrada Danta y continuar dando solución a los problemas viales del distrito.
ACTA 036-25 07/01/2025 Construcción infraestructura vial ruta C6-01-037/135 San Isidro Delicias, actualmente esta ruta se encuentra en muy mal estado, la estructura está muy debilitada por lo tanto es necesario recuperar lo existente y reconstruir lo que ya no es posible recuperar, dando un mejor confort y seguridad a los usuarios y disminuir el impacto en la que se produce en el desgaste entre las calles de ambas comunidades, por su conformación actual de lastre y mezcla asfáltica en algunos trayectos, esto como complemento que se espera atender con otro proyecto financiado con los recursos provenientes de la Ley 8114/9329. Construcción infraestructura vial redondel ruta C6-01-126, esta es otra ruta alterna con la que cuenta nuestro distrito y que por su auge turístico puede dar mayor accesibilidad a los usuarios y descongestionar la ruta principal de Cóbano centro hacia Montezuma, Cabuya y las Delicias. Señalización vertical, horizontal y demarcaciones en las vías del distrito Cóbano, en los últimos años se viene realizando la construcción de calles en asfalto por lo que es necesario la señalización, en vista de la falta de educación vial de muchos conductores ha generado un alto índice de accidentes por la imprudencia y velocidad de los conductores, por lo tanto, se pretende que esto genere una disminución en la tasa de accidentes demarcando las principales vías. Construcción aceras en el distrito de Cóbano, según plan vial quinquenal del concejo de distrito, actualmente el distrito de Cóbano cuenta con pocas aceras que se ajusten a la movilidad peatonal y de la mano con la Ley 7600, además que de las aceras existentes muchas de ellas se encuentran en mal estado, y que fueron construidas muchos años atrás por ende no cumplen con las características, que rige actualmente dichas leyes con respecto a la movilidad peatonal, por lo tanto, se debe brindar, a los ciudadanos aceras que les proporcionen seguridad y traslados a sus diferentes puntos de llegada de cada uno de ellos. Mejoramiento a la infraestructura vial, ruta C6-01-037 San Isidro - Delicias, este tramo de ruta C6- 01-037 actualmente se encuentra en mal estado, el mismo contiene actualmente una estructura muy debilitada por lo que es necesario recuperar lo existente y reconstruir dicha estructura para dar mayor confort y seguridad a los usuarios de dicha ruta, lo anterior se da por la formación de huecos en la vía, misma que se ha bacheado dos veces y por lo tanto se hace necesario su recuperación. Además de ser posible continuar en un tramo en el entronque entre la Calle de San Isidro y Delicias ruta C6-01-135, el motivo actual es que dicha ruta, en la salida de dicha calle para enrumbarse sobre la de San Isidro se produce un desgaste ya que la calle que viene de las Delicias está conformada con lastre. Bacheo, cunetas, guarda vías, cordón y caño en la zmt, es importante cuidar y mejorar los trabajos que se han venido realizando en estas rutas pertenecientes a la zona marítima terrestre con nuevas construcciones sobre la vía como son las cunetas y demás. Apertura de calle y adoquín en Montezuma, en dicho sector se cuenta con una calle de acceso y salida del centro de Montezuma, por lo tanto, se requiere de una ruta alterna que facilite la circulación vial en Montezuma, en vista de que es la zona de gran atractivo turístico. Compuesto de comercio, centro educativo y playas, es necesario dar una salida alterna para agilizar el tránsito.
ACTA 036-25 07/01/2025 Bacheo, cunetas, guarda vías, cordón y caño en el distrito de Cóbano, actualmente se cuenta con varias rutas en tratamiento superficial y asfalto y se requiere de dar mantenimiento anual para conservar dichas estructuras en buenas condiciones, que con el paso de los años se van formando huecos y además de sus reparaciones también es necesario continuar construyendo obras como cabezales y otros para ampliar la vida útil de lo ya construido. Construcción de puente (Rio Negro-Santiago), este proyecto se ha incorporado en más de una ocasión en los presupuestos, pero a pesar de los esfuerzos realizados, no se ha logrado concretar, por diferentes motivos, existe una situación en el caudal de dicho río que provoca una afectación de deslave y erosión que está provocando que dicha ruta sea intransitable por parte de los lugareños, por lo tanto es de vital importancia dar solución a esta problemática con la construcción de dicho puente lo antes posible. Construcción de calle en asfalto en ruta C6-01-001 Playa Carmen, en este proyecto también está participando el MOPT, BID y GIZ, por lo tanto, el concejo municipal dando su aporte para completar la construcción en asfalto de dicha ruta, la misma dará una solución en parte a la excesiva cantidad de polvo y barro según la estación climática. Construcción de infraestructura vial en Santa Teresa centro ruta C6-01-001, esta es una de las rutas más transitadas por el atractivo costero con sus hermosas playas, por lo que el concejo municipal pretende continuar construyendo tramos específicos en la ruta en cuestión de acuerdo al Plan Vial Quinquenal. Construcción de infraestructura vial en Bello Horizonte (puente Rio Respingue camino al centro) ruta C6-01-109, esta ruta en su totalidad está compuesta por lastre, además existen muchas pendientes, por lo que el acceso es crítico hasta para los vehículos de doble tracción, por lo tanto, es importante atender la necesidad de esta población lo antes posible. Construcción de infraestructura vial entrada a La Esperanza ruta C6-01-016, al igual que en el caso anterior esta ruta también se encuentra conformada por lastre y su topografía es con muchas pendientes “cuestas”, haciendo su acceso difícil, de igual manera se pretende lograr mejorar la situación al menos en las principales pendientes. Construcción alcantarilla sobre quebrada la maldita y TSB3 en ruta C6-01-089, esta ruta específicamente en ese paso de quebrada no hay paso para las comunidades entre Rio Negro y San Jorge como ruta alterna, por lo tanto, se pretende habilitar y dar acceso garantizando una ruta segura para sus usuarios. En relación a otros proyectos de inversión podemos mencionar los siguientes: Fiscalización licencias comerciales y licores, y actualización de licencias en mapa catastral CMD Cóbano, el cual requiere para su desarrollo adquirir equipo de transporte y equipo de comunicación, que serían una motocicleta y unas cámaras para la realización de las inspecciones nocturnas principalmente. Ya que con la moto actual no se lograría dar abasto por la demanda de fiscalizaciones que se deben hacer para lograr actualizar el mapa catastral.
ACTA 036-25
07/01/2025
Para el proyecto Composteras domésticas para gestión de residuos orgánicos de los fondos
correspondientes a sanidad es necesario adquirir los “cajones” o “estantes”, que debido a su
descripción se clasifican en otros bienes duraderos, para llevar a cabo dicho proyecto, como fuente
principal para el manejo de los residuos.
Mejoramiento del área de operarios del servicio de recolección de residuos sólidos, también
corresponde a la atención en sanidad, hemos venido buscando mejorar la infraestructura para esta
área, por lo que durante las labores de recolección de residuos sólidos, los operarios de dicho
servicio deben dejar sus pertenencias en el área de bodega municipal y sin las condiciones
adecuadas de seguridad, resultando algunas veces en extravío y sustracción ilícita de sus
implementos y artículos personales por parte de terceros, razón por la cual, este proyecto pretende
la compra de casilleros que permitan a los funcionarios de dicho servicio resguardar con seguridad
sus pertenencias y dedicarse a su labor sin la preocupación o distracción de que sus bienes sean
sustraídos ilícitamente, considerando además, que actualmente dichos funcionarios no cuentan
con una bodega propio u oficina, así como un área donde puedan consumir sus alimentos cuando
lo pueden realizar en el plantel municipal. Es por esto que se está solicitado incorporar maquinaria,
equipo y mobiliario diverso y edificios.
Como parte de los recursos provenientes de la Ley 8461 (impuesto por movilización de carga
portuaria) se pretende la compra de un terreno de 1.000 m2 para futura ampliación de escuela en
la comunidad de Río Negro de Cóbano, la cual se encuentra con una amplia población escolar que
pasó de tener 30 estudiantes matriculados a aproximadamente 100, por lo tanto, es indispensable
contar con mayor espacio donde posteriormente se pueda construir una infraestructura que soporte
la creciente población y cómo sabemos dicha comunidad no cuenta con el terreno ni los recursos
para ampliar dicha estructura. Siendo conocedores de la importancia y prioridad de nuestros niños,
este concejo considera apoyar a esta comunidad con la compra de un terreno y continuar en la
mejora escolar.
Transferencias: tenemos pagos por reajustes de precios de proyectos viales por atender,
debidamente solicitados y estudiados de acuerdo a los estipulado en el artículo 18 de la Ley de
Contratación Administrativa y el articulo 31 del Reglamento de la misa ley, tanto por parte de la
proveeduría municipal, como por parte de ingeniería vial y trasladados a la intendencia para su
resolución. Los mismos constan en sus respectivos expedientes. Es por esto que se solicitó dejar
contenido presupuestario para el pago de indemnizaciones.
Cuentas especiales: Para el proyecto deporte y recreación distrital Cóbano se considera una
parte de los recursos en esta partida para posible proyecto que aún no se encuentra definido.
Dentro de la información sobre la importancia relativa de cada gasto en relación con el total
de gastos, podemos indicar que de acuerdo al resumen anexo la prioridad de nuestro
concejo de distrito es lograr mayor inversión en proyectos viales significativos para la
población, para este presupuesto la inversión es de más de un 83% sobre el total de los
gastos, para los servicios suma más de un 7% sobre el total, este gasto se da
principalmente para alquiler de maquinaria para garantizar la continuidad de la contratación
de servicios de recolección y transporte de residuos sólidos, así como apoyo para el
mantenimiento de vías de comunicación cuando la maquinaria propia no da abasto para
atender todas la vías terrestres. Además, la mayoría de los servicios, materiales y
ACTA 036-25
07/01/2025
suministros son para lograr el desarrollo de otros proyectos necesarios para el
funcionamiento municipal, como es mejores condiciones de espacio para el área operativa
(peones), que cumpla con los requisitos mínimos estipulados por el ministerio de trabajo y
seguridad social, lo cual significa un 3% sobre el total de los gastos.
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 01-2025
EGRESOS TOTALES 3,467,157,663.24 100%
0 REMUNERACIONES 63,084,021.71 1.82%
1 SERVICIOS 246,947,552.19 7.12%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 109,151,372.97 3.15%
5 BIENES DURADEROS 2,888,142,928.03 83.30%
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 159,395,471.70 4.60%
9 CUENTAS ESPECIALES 436,316.64 0.01%
TABLAS DE EQUIVALENCIAS
Según Clasificador Económico y Objeto del Gasto del Sector Público
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
(en colones)
Código por Código por
CLASIFICADOR ECONÓMICO DEL GASTO DEL SECTOR PÚBLICO CE OBG CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO DEL SECTOR PÚBLICO
1 GASTOS CORRIENTES 578,578,418.57
1.1 GASTOS DE CONSUMO 419,182,946.87
1.1.1 REMUNERACIONES 63,084,021.71 1.1.1 0 REMUNERACIONES 63,084,021.71
1.1.1.1 Sueldos y salarios 53,390,034.26
1.1.1.1 0.0 1 REMUNERACIONES BÁSICAS 45,493,500.00
1.1.1.1 0.01.02 Jornales 2,106,000.00
1.1.1.1 0.01.03 Servicios especiales 43,387,500.00
1.1.1.1 0.03 INCENTIVOS SALARIALES 7,896,534.26
1.1.1.1 0.03.03 Decimotercer mes 4,106,925.71
1.1.1.1 0.03.04 Salario escolar 3,789,608.55
1.1.1.2 Contribuciones sociales 9,693,987.45
1.1.1.2 0.04 CONTRIBUCIONES PATRONALES AL DESARROLLO Y LA SEGURIDAD SOCIAL 4,805,103.08
1.1.1.2 0.04.01 Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja Costarricense de Seguro Social 4,558,687.54
1.1.1.2 0.04.05 Contribución Patronal al Banco Popular y de Desarrollo Comunal 246,415.54
1.1.1.2 0.05 CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS FONDOS DE CAPITALIZACIÓN 4,888,884.37
1.1.1.2 0.05.01 Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social 2,671,144.48
1.1.1.2 0.05.02 Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias 1,478,493.26
1.1.1.2 0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral 739,246.63
1.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 356,098,925.16 1.1.2 1 SERVICIOS 246,947,552.19
1.1.2 1.01 ALQUILERES 110,722,255.84
1.1.2 1.01.01 Alquiler de edificios, locales y terrenos -
1.1.2 1.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 110,722,255.84
1.1.2 1.04 SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO 46,000,000.00
1.1.2 1.04.03 Servicios de ingeniería y arquitectura 31,000,000.00
1.1.2 1.04.06 Servicios generales 5,000,000.00
1.1.2 1.04.99 Otros servicios de gestión y apoyo 10,000,000.00
1.1.2 1.05 GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE 5,558,633.80
1.1.2 1.05.01 Transporte dentro del país 5,150,000.00
1.1.2 1.05.02 Viáticos dentro del país 408,633.80
1.1.2 1.06 SEGUROS, REASEGUROS Y OTRAS OBLIGACIONES 1,405,598.65
1.1.2 1.06.01 Seguros 1,405,598.65
1.1.2 1.07 CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO 3,150,000.00
1.1.2 1.07.01 Actividades de capacitación 2,400,000.00
1.1.2 1.07.02 Actividades protocolarias y sociales 750,000.00
1.1.2 1.08 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN 79,861,063.90
1.1.2 1.08.02 Mantenimiento de vías de comunicación 50,000,000.00
1.1.2 1.08.05 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte 23,361,063.90
1.1.2 1.08.07 Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina 2,500,000.00
1.1.2 1.08.08 Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de informacion 4,000,000.00
1.1.2 1.99 SERVICIOS DIVERSOS 250,000.00
1.1.2 1.99.05 Deducibles 250,000.00
1.1.2 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 109,151,372.97
1.1.2 2.01 PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 6,475,000.00
1.1.2 2.01.01 Combustibles y lubricantes 6,250,000.00
1.1.2 2.01.02 Productos farmacéuticos y medicinales 100,000.00
1.1.2 2.01.04 Tintas, pinturas y diluyentes 125,000.00
1.1.2 2.03 MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO 59,879,047.14
1.1.2 2.03.01 Materiales y productos metálicos 13,200,000.00
1.1.2 2.03.02 Materiales y productos minerales y asfálticos 35,235,451.24
1.1.2 2.03.03 Madera y sus derivados 3,000,000.00
1.1.2 2.03.04 Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo 2,443,595.90
1.1.2 2.03.05 Materiales y productos de vidrio 2,000,000.00
1.1.2 2.03.06 Materiales y productos de plástico 1,000,000.00
1.1.2 2.03.99 Otros materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento. 3,000,000.00
1.1.2 2.04 HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS 22,189,383.60
1.1.2 2.04.01 Herramientas e instrumentos 4,065,000.00
1.1.2 2.04.02 Repuestos y accesorios 18,124,383.60
1.1.2 2.99 ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS 20,607,942.23
1.1.2 2.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 75,000.00
1.1.2 2.99.03 Productos de papel, cartón e impresos 50,000.00
1.1.2 2.99.04 Textiles y vestuario 13,952,942.23
1.1.2 2.99.05 Útiles y materiales de limpieza 1,000,000.00
1.1.2 2.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad 530,000.00
1.1.2 2.99.99 Otros útiles, materiales y suministros diversos 5,000,000.00
1.3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 159,395,471.70 1.3 6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 159,395,471.70
1.3.1 Transferencias corrientes al Sector Público 151,979,925.50 1.3.1 6.01 TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PÚBLICO 151,979,925.50
1.3.1 6.01.01 Transferencias corrientes al Gobierno Central 8,512,071.04
1.3.1 6.01.02 Transferencias corrientes a Órganos Desconcentrados 28,971,868.84
1.3.1 6.01.03 Transferencias corrientes a Instituciones Descentralizadas no Empresariales 98,902,580.81
1.3.1 6.01.04 Transferencias corrientes a Gobiernos Locales. 15,593,404.81
1.3.2 Transferencias corrientes al Sector Privado 7,415,546.20 1.3.2 6.02 TRANSFERENCIAS CORRIENTES A PERSONAS -
1.3.2 6.06 OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PRIVADO 7,415,546.20
1.3.2 6.06.01 Indemnizaciones 7,415,546.20
2 GASTOS DE CAPITAL 2,888,142,928.03 2 5 BIENES DURADEROS 2,888,142,928.03
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 2,571,150,829.64 5.02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS 2,571,150,829.64
2.1.1 Edificaciones 43,000,000.00 2.1.1 5.02.01 Edificios 43,000,000.00
2.1.2 Vías de comunicación 2,355,150,829.64 2.1.2 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2,355,150,829.64
2.1.4 Instalaciones 7,000,000.00 2.1.4 5.02.07 Instalaciones 7,000,000.00
2.1.5 Otras obras 166,000,000.00 2.1.5 5.02.99 Otras construcciones adiciones y mejoras 166,000,000.00
2.2 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 316,992,098.39
2.2.1 Maquinaria y equipo 158,355,595.90 2.2.1 5.01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 158,355,595.90
2.2.1 5.01.01 Maquinaria y equipo para la producción 6,600,000.00
2.2.1 5.01.02 Equipo de transporte 119,000,000.00
2.2.1 5.01.03 Equipo de comunicación 15,512,000.00
2.2.1 5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 7,643,595.90
2.2.1 5.01.05 Equipo de cómputo 5,600,000.00
2.2.1 5.01.99 Maquinaria, equipo y mobiliario diverso 4,000,000.00
5.03 BIENES PREEXISTENTES 148,636,502.49
2.2.2 Terrenos 148,636,502.49 2.2.2 5.03.01 Terrenos 148,636,502.49
5.99 BIENES DURADEROS DIVERSOS 10,000,000.00
2.2.5 Activos de valor 10,000,000.00 2.2.5 5.99.02 Piezas y obras de colección -
2.2.5 5.99.99 Otros bienes duraderos 10,000,000.00
9 CUENTAS ESPECIALES 436,316.64
4 SUMAS SIN ASIGNACIÓN 436,316.64 9.02 SUMAS SIN ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA 436,316.64
4 9.02.02 Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria 436,316.64
Total Presupuesto EXTRAORDINARIO 01-2025 CLAS. ECONÓMICO 3,467,157,663.24 Total Presupuesto EXTRAORDINARIO 01-2025 OBJETO-GASTO 3,467,157,663.24
ACTA 036-25
07/01/2025
TABLA DE EQUIVALENCIA
Código por
OBG CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO DEL SECTOR PÚBLICO
TABLA DE EQUIVALENCIA
Según Clasificador Objeto del Gasto del Sector Público
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
(en colones)
CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO DEL SECTOR PÚBLICO Monto
0 REMUNERACIONES 63,084,021.71
0.0 1 REMUNERACIONES BÁSICAS 45,493,500.00
0.01.02 Jornales 2,106,000.00
0.01.03 Servicios especiales 43,387,500.00
0.03 INCENTIVOS SALARIALES 7,896,534.26
0.03.03 Decimotercer mes 4,106,925.71
0.03.04 Salario escolar 3,789,608.55
CONTRIBUCIONES PATRONALES AL DESARROLLO Y LA
0.04 4,805,103.08
SEGURIDAD SOCIAL
Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja Costarricense de
0.04.01 4,558,687.54
Seguro Social
0.04.05 Contribución Patronal al Banco Popular y de Desarrollo Comunal 246,415.54
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y
0.05 4,888,884.37
OTROS FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la Caja Costarricense
0.05.01 2,671,144.48
de Seguro Social
0.05.02 Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias 1,478,493.26
0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral 739,246.63
1 SERVICIOS 246,947,552.19
1.01 ALQUILERES 110,722,255.84
1.01.01 Alquiler de edificios, locales y terrenos -
1.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 110,722,255.84
1.04 SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO 46,000,000.00
1.04.03 Servicios de ingeniería y arquitectura 31,000,000.00
1.04.06 Servicios generales 5,000,000.00
1.04.99 Otros servicios de gestión y apoyo 10,000,000.00
1.05 GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE 5,558,633.80
1.05.01 Transporte dentro del país 5,150,000.00
1.05.02 Viáticos dentro del país 408,633.80
1.06 SEGUROS, REASEGUROS Y OTRAS OBLIGACIONES 1,405,598.65
1.06.01 Seguros 1,405,598.65
1.07 CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO 3,150,000.00
1.07.01 Actividades de capacitación 2,400,000.00
1.07.02 Actividades protocolarias y sociales 750,000.00
1.08 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN 79,861,063.90
1.08.02 Mantenimiento de vías de comunicación 50,000,000.00
1.08.05 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte 23,361,063.90
1.08.07 Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina 2,500,000.00
Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de
1.08.08 4,000,000.00
informacion
1.99 SERVICIOS DIVERSOS 250,000.00
1.99.05 Deducibles 250,000.00
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 109,151,372.97
2.01 PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 6,475,000.00
2.01.01 Combustibles y lubricantes 6,250,000.00
2.01.02 Productos farmacéuticos y medicinales 100,000.00
2.01.04 Tintas, pinturas y diluyentes 125,000.00
ACTA 036-25
07/01/2025
MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA CONSTRUCCIÓN Y
2.03 59,879,047.14
MANTENIMIENTO
2.03.01 Materiales y productos metálicos 13,200,000.00
2.03.02 Materiales y productos minerales y asfálticos 35,235,451.24
2.03.03 Madera y sus derivados 3,000,000.00
2.03.04 Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo 2,443,595.90
2.03.05 Materiales y productos de vidrio 2,000,000.00
2.03.06 Materiales y productos de plástico 1,000,000.00
2.03.99 Otros materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento. 3,000,000.00
2.04 HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS 22,189,383.60
2.04.01 Herramientas e instrumentos 4,065,000.00
2.04.02 Repuestos y accesorios 18,124,383.60
2.99 ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS 20,607,942.23
2.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 75,000.00
2.99.03 Productos de papel, cartón e impresos 50,000.00
2.99.04 Textiles y vestuario 13,952,942.23
2.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad 530,000.00
2.99.99 Otros útiles, materiales y suministros diversos 5,000,000.00
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 159,395,471.70
6.01 TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PÚBLICO 151,979,925.50
6.01.01 Transferencias corrientes al Gobierno Central 8,512,071.04
6.01.02 Transferencias corrientes a Órganos Desconcentrados 28,971,868.84
Transferencias corrientes a Instituciones Descentralizadas no
6.01.03 98,902,580.81
Empresariales
6.01.04 Transferencias corrientes a Gobiernos Locales. 15,593,404.81
6.06 OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PRIVADO 7,415,546.20
6.06.01 Indemnizaciones 7,415,546.20
5 BIENES DURADEROS 2,888,142,928.03
5.02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS 2,571,150,829.64
5.02.01 Edificios 43,000,000.00
5.02.02 Vías de comunicación terrestre 2,355,150,829.64
5.02.07 Instalaciones 7,000,000.00
5.02.99 Otras construcciones adiciones y mejoras 166,000,000.00
5.01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 158,355,595.90
5.01.01 Maquinaria y equipo para la producción 6,600,000.00
5.01.02 Equipo de transporte 119,000,000.00
5.01.03 Equipo de comunicación 15,512,000.00
5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 7,643,595.90
5.01.05 Equipo de cómputo 5,600,000.00
5.01.99 Maquinaria, equipo y mobiliario diverso 4,000,000.00
5.03 BIENES PREEXISTENTES 148,636,502.49
5.03.01 Terrenos 148,636,502.49
5.99 BIENES DURADEROS DIVERSOS 10,000,000.00
5.99.99 Otros bienes duraderos 10,000,000.00
9 CUENTAS ESPECIALES 436,316.64
9.02 SUMAS SIN ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA 436,316.64
9.02.02 Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria 436,316.64
Total Presupuesto extraordinario 01-2025 3,467,157,663.24
ACTA 036-25
07/01/2025
Según Clasificador Económico y Objeto del Gasto del Sector Público
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
(en colones)
CLASIFICADOR ECONÓMICO DEL GASTO DEL SECTOR PÚBLICO
1 GASTOS CORRIENTES 578,578,418.57
1.1 GASTOS DE CONSUMO 419,182,946.87
1.1.1 REMUNERACIONES 63,084,021.71
1.1.1.1 Sueldos y salarios 53,390,034.26
1.1.1.2 Contribuciones sociales 9,693,987.45
1.1.2 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 356,098,925.16
1.3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 159,395,471.70
1.3.1 Transferencias corrientes al Sector Público 151,979,925.50
1.3.2 Transferencias corrientes al Sector Privado 7,415,546.20
2 GASTOS DE CAPITAL 2,888,142,928.03
2.1 FORMACIÓN DE CAPITAL 2,571,150,829.64
2.1.1 Edificaciones 43,000,000.00
2.1.2 Vías de comunicación 2,355,150,829.64
2.1.4 Instalaciones 7,000,000.00
2.1.5 Otras obras 166,000,000.00
2.2 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS 316,992,098.39
2.2.1 Maquinaria y equipo 158,355,595.90
2.2.2 Terrenos 148,636,502.49
2.2.5 Activos de valor 10,000,000.00
4 SUMAS SIN ASIGNACIÓN 436,316.64
Total Presupuesto EXTRAORDINARIO 01-2025 CLAS. ECONÓMICO 3,467,157,663.24
ACTA 036-25
07/01/2025
CERTIFICACIONES
ACTA 036-25 07/01/2025
ACTA 036-25
07/01/2025
HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION.
ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos
Barahona, Minor Centeno Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana. Se
somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas
sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
10.3. Remitir a la Municipalidad de Puntarenas para lo que corresponde. ACUERDO UNANIME
Votan a favor los Concejales Mario Delgado Rodriguez, Denia Villalobos Barahona, Minor Centeno
Sandi, Francisco Madrigal Céspedes y Angie Bonilla Santana. Se somete a votación la aplicación
del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
SE DISPENSA
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
INFORME SEMANAL
a. OFICIO N.º INT-018-2025. ASUNTO: INFORME DEL 31 DE DICIEMBRE 2024 AL 7 DE
ENERO 2025.
ACTA 036-25
07/01/2025
Estimados señores:
Por medio de la presente le saludo deseándole éxito en el desempeño de sus funciones, a la vez, me permito
presentarles el informe correspondiente.
Martes 31 de diciembre
Realizamos procesos de cierre final compromisos y demás actividades.
Miércoles 1 de enero
Dia Feriado
Jueves 2 de enero
Estuvimos presentes realizando varios procesos de presupuesto y administración.
Viernes 3 de enero
Estuvimos presentes realizando varios procesos de presupuesto y administración.
Así mismo realizando limpieza y acomodo de oficinas de intendencia y vice intendencia para la apertura de
oficinas al público.
Lunes 6 de enero
Al ser las 7 40 am se inició el nuevo año laboral con una reunión de todos los funcionarios y funcionarias en
miras de exponer algunas cosas del año que finalizo y cuál es la manera de trabajar en este 2025.
Se realizaron varias reuniones con coordinadores municipales.
Se atendieron a varias personas que llegaron a buscarnos tanto viceintendecia como intendencia municipal
Martes 7 de enero
Nos reunimos con la Auditora para ver un informe de construcciones esto con inspección y coordinadora de
desarrollo urbano.
Recibimos a varios vecinos que requerían ser escuchados por varias situaciones
Continuamos con procesos propios de la administración municipal, correos, oficios y demás actividades.
Se mantuvo reunión con la profesional contratada para atención de las mujeres del distrito.
La señora Viceintendente realizo parte de las actividades y funciones encomendadas y demás apoyo a esta
intendencia Municipal.
b. Lcda. Lidieth Porras. Coordinadora a.i. Dpto. ZMT. OFICIO PZMT-001-2025. ASUNTO.
PROYECTO DE RESOLUCION CLOROFILA S.R.L.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZMT
c. Lcda. Lidieth Porras. Coordinadora a.i. Dpto. ZMT. OFICIO PZMT-002-2025.
PROYECTO RESOLUCION ARABINA NIGHTS S.A.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZMT
CONSULTAS AL INTENDENTE
MARIO. Árbol que esta en Florida a la entrada de la calle a la pura vida está seco
RONNY. Ya se coordinó con el ICE pero hay que esperar que venga una maquina especial para
poda
ACTA 036-25 07/01/2025 MARIO. En el sector que van a pavimentar en Delicias hay unos árboles que el ICE podo al lado de la finca, pero la otra parte del árbol quedo hacia la calle, es para prevenir RONNY. Voy a coordinar con el inspector de caminos ANGIE. En el presupuesto esta incluida la calle la Menchita, que está en pésimas condiciones RONNY. Con el ordinario se le va a hacer un bacheo en asfalto y con el extraordinario vamos a ver si se puede hacer un recarpeteo (esto se tratará de hacer en varios sectores donde la calle en pavimento está muy dañada) MINOR. Es importante porque se ha descuidado mucho las partes en asfalto RAFEL ANGEL. El sector de la lora amarilla por San Isidro esta en muy mal estado, talvez meter la niveladora arrancar eso y volver a conformar es mejor eso a esos huecos quiebra llantas RONNY. Es complicado porque aunque sean huecos los vecinos no tienen polvo. Se va a valorar a ver que se puede hacer, rellenar con asfalto o quitarlo y poner un sello asfaltico RAFAEL ANGEL. Acueductos y alcantarillados se ha dedicado a hacer huecos en el único espacio que tenemos pavimentado em la comunidad de Manzanillo, lo están destrozando, que podemos hacer RONNY. Creo que es el momento de iniciar con recursos que los vecinos pongan recursos. De nuestra parte voy a averiguar si tienen el debido permiso para realizar esos rompimientos de vías RAFAEL ANGEL. En el sector de playa Carmen donde se esta poniendo las alcantarillas dejaron una parte tan delgada que solo pasa un carro generándose un cuello de botella, en lugar de darle el ancho de ley lo dejaron más angosto y no se porque hacer esto en este tempo RONNY. No es que se dejo angosto es que agarraron parte de la vía de parqueo y se hico en este tiempo porque es lo que había, no teníamos otra opción -FRANCISCO. Ay A dejo un hueco muy peligroso al frente de costa coral. También los vecinos del muelle preguntan si se les va a arreglar la entrada RONNY. Estamos terminando unos trabajos para pasar a ese sector OLGA. Cuesta de Montezuma llegando a la entrada a la derecha es un parqueo, y hay sectores de la 624 en muy mal estado RONNY. Con Montezuma tenemos un proyecto de apertura de calle que le va a dar un respiro a la comunidad. Este es un problema histórico en Montezuma y todo el distrito por eso se está trabajando en un plan regulador que debió esta hace muchos años. También estamos viendo con zmt no concesionar ciertos espacios y dejarlos para parqueos. ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA a. Lic. Francisco Saborío. ASUNTO. Solicita respuesta a denuncia interpuesta por el y el Sr. Jorge Luis Wilson “chico Wilson” ya que ha transcurrido un tiempo más que razonable
ACTA 036-25 07/01/2025 PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION Y QUE SE NOS REMITA COPIA DE LA RESPUESTA QUE SE LE BRINDE AL SR. WILSON. POR EL TIEMPO TRANSCURRIDO SIN CONTESTAR SE DEBERIA DAR PRIORIDAD b. Dr. Randall Alvarez. Director General. Hospital Monseñor Sanabria.. CCSS. OFICIO HMS-DG-0109-2025. ASUNTO. Invitación dirigida al Presidente Municipal al acto de inauguración del Hospital el próximo 31 de enero a las 10.30 a.m. en la explanada principal de la nueva sede ubicada en el INVU de Barranca. Se conceden dos espacios PRESIDENTE. Asisten Rafael Angel Duran. Concejal suplente y Olga Moncada Ledezma. Vice presidenta ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES SE DISPENSA ***************************************************U.L.**************************************************** PRESIDENTE. Al ser las veinte horas con cuarenta minutos se da por finalizada la sesión. BUENAS NOCHES Sr. Minor Centeno Sandi Sra. Roxana Lobo Granados PRESIDENTE SECRETARIA