Ordinaria 121 · 2018-04-23

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 121 del 2018-04-23 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original. Incluye 11 acuerdo(s) sin número, marcados ~.

                          MUNICIPALIDAD DE ZARCERO
                      SESION ORDINARIA CIENTO VEINTIUNO
Sesión Ordinaria número ciento veintiuno celebrada el veintitrés de abril del dos mil
dieciocho a las dieciocho horas con la presencia de los siguientes miembros:
REGIDORES PROPIETARIOS
JONATHAN JESUS SOLIS SOLIS                  Presidente Municipal
VIRGINIA MUÑOZ VILLEGAS                     Vicepresidenta Municipal
MARIANO CORDERO ARROYO
JORGE LUIS PANIAGUA RODRIGUEZ
ALEJANDRA MARIA VILLALOBOS RODRIGUEZ

REGIDORES SUPLENTES
OSCAR CORELLA MORERA
ANA ISABEL BLANCO ROJAS
GERARDA FERNANDEZ VARELA

SINDICOS PROPIETARIO
OLGA RODRIGUEZ ALVARADO
KATTIA MARCELA RODRIGUEZ ARAYA
LUIS ALCIDES ALPIZAR VALENCIANO
MARIA ELENA HUERTAS ARAYA
LUIS RICARDO PANIAGUA MIRANDA
GREIVIN QUIROS RODRIGUEZ
ALCALDE MUNICIPAL
RONALD ARAYA SOLIS
SECRETARIA MUNICIPAL
DENNIA DEL PILAR ROJAS JIMENEZ

MIEMBROS AUSENTES
REGIDORES SUPLENTES
GERARDO ENRIQUE PANIAGUA RODRIGUEZ                           Licencia sin goce dieta
SINDICOS PROPIETARIO
GERARDO ENRIQUE VILLALOBOS SALAS

SINDICOS SUPLENTES
HERNAN RODRIGUEZ SIBAJA RICARDO CASTRO RODRIGUEZ,
MARY HELEN RODRIGUEZ ROJAS, MARLENE ROJAS DURAN
BEATRIZ AVILA UGALDE OLGA LIDIA ARCE PANIAGUA

VICEALCALDESA MUNICIPAL
LAURA SOLANO ARAYA
Se inicia la sesión con el siguiente orden del día:
1. Saludo al Concejo Municipal
2. Comprobación del quórum
3. Lectura y aprobación de la agenda
4. Meditación
5. Atención a Visitas:
-Comité de Caminos de Calle La Quina
Juramentación.
-Fuerza Pública
Asunto: Informe de Labores
6- Lectura y Aprobación del Acta Ordinaria 120
7- Lectura de correspondencia
7- 1- Nota entregada por Esteban Varela solicita audiencia para el 7 de mayo para presentar
explicación de propuesta de la Reforma a la Ley General de la Persona Joven.

7-2- Nota enviada por el Ministerio de Salud, asunto solicitud de apoyo proceso de
investigación de evaluación de resultados de la aplicación el enfoque positivo de la salud en
la región occidente.
7-3- Nota enviada por la Asamblea Legislativa Asunto: consulta Dictamen Expediente
20.152 “Declaración del Calipso como patrimonio cultural inmaterial costarricense y a
Walter Ferguson ciudadano distinguido”.
7-4- Nota enviada por la Municipalidad de San Ramón remiten acuerdo 03 de iniciativa
presentada por el Regidor Roger Barboza Lèpiz, Presidente Municipal.
8-Informe del Alcalde Municipal
9- Asuntos de la Presidencia
10- Mociones y acuerdos
11-Asuntos Varios
12- Cierre de la Sesión

ARTICULO I: LECTURA Y APROBACION DE LA AGENDA
El Concejo Municipal acuerda aprobar la agenda en forma unánime. 5 votos de los
Regidores Jonathan Solís Solís, Virginia Muñoz Villegas, Mariano Cordero Arroyo, Jorge
Luis Paniagua Rodríguez, Alejandra Villalobos Rodríguez.

ARTICULO II: ATENCION A VISITAS
1-Se recibe la visita del Subintendente Alexander Farrier Gómez,Sub Jefe de Puesto, se
presenta para dar Rendición de Cuentas del primer trimestre del año 2018.

Expone que el Jefe de la Delegación Cantonal es Dagoberto Villalobos, por cuestión de rol
y horario está libre.

   Presenta datos Generales del cantón: Territorio: 155.13 Km2. Población: 12.250
   habitantes Limites: Norte: San Carlos. Sur: Naranjo. Este: Valverde Vega, Oeste: San
   Ramón

Sobre el Recurso Humano se refiere al personal que tienen, en el servicio de día y noche se
trabaja con seis oficiales normalmente:
Personal Policial 39 Oficiales

Personal Administrativo 2 Secretarias

03 Jefaturas: Dagoberto Villalobos, Jefe Cantonal, Alexander Farrier Gómez,Sub Jefe y
Don Walter Jiménez Jefe Distrital.

02 Agentes de Operaciones,02 Armero,04 Oficiales de Guardia

02 Agentes en cocina,01 limpieza,14 Agentes en base, Tácticos 25,

En servicio 12, normalmente por día y noche trabajamos con 6 oficiales

Presenta los datos generales de Zarcero, indica que en los 7 distritos el lenguaje policial que
utilizan es HB para cada distrito y le suman unos códigos según el distrito ejemplo: HB01
Zarcero, y según el distrito se le agrega el número.
En Recurso Humano se refiere al personal que tienen, por lo general en el servicio día y
noche se trabaja con 6 oficiales.
Recurso móvil: Pick-up 03,VTA 01 con cajón para detenidos

Presenta los resultados generales enero 2018
 Aprehensiones Total             Otras     Total                     Vehiculo       Total
                            Flagrancias
Por drogas            7     (DCLP)              1          Decomisados                 0
                            Controles
Por VIFA              2     Carreteras         146         Recuperados                 0
Por delitos c.              Personas
Propiedad             0     Revisadas         2497         Hallados                    0
                            Vehiculos
Por otros             8     Revisados          718
Por capturas          9
               Tipo de Droga
                                             Total            Armas de Fuego         Total
Marihuana           Total       Crack
Kilos                   0     Gramos                0      Pistola                     0
Libra                   0     Piedras               0      Revólver                    0
Onzas                   0     Cajeta                0      Escopeta                    0
Gramos                 15         Cocaina                  Otras                       0
Puchos                  5     Kilos                 0      Armas Blancas             Total
Cigarrillos             0     Gramos                0      Puñales                     0
Cajeta                  0     Puntas                2      Machetes                    0
Tocola                  0                                  Cuchillos                   1
Plantas                 0                                  Otros                       0
Semillas                0
            Presenta comparación de incidentes
                                                                     Fuerza Pública de Costa Rica
                                                            Comparativo de Incidentes vs Acciones Operativas
                                                                      Dirección Regional de Huetar Norte
                                                                             Delegación (Zarcero)
                                                              Del 01 Ene 2018 a las 00:00 al 31 Ene 2018 a las 23:59

            Octava-Huetar Norte
            Delegación                         Procedimientos      Porcentaje      Incidentes      Porcentaje    Acciones Operativas    Porcentaje
            Zarcero                            Circunstanciales
                                                      10              100%            40             100%               271               100%
            Guadalupe                                 2               20%              3              8%                 11                4%
            La Brisa                                  0                0%              4              10%                16                6%
            Laguna                                    2               20%              9              23%                30                11%
            Palmira                                   0                0%              1              3%                 15                6%
            Tapezco                                   1               10%              4              10%                54                20%
            Zapote                                    0                0%              3              8%                 18                7%
            Zarcero                                   5               50%             16              40%               127                47%




            Incidentes son las llamadas que ingresan de la población a la Delegación o a los despachos
            el 911
            Resultados Generales de Febrero 2018
             Expone lo que se da, no varía
    Aprehensiones                 Total                                         Otras                       Total                      Vehículo      Total
Por drogas                                 0                      Flagrancias (DCLP)                              0           Decomisados               0
Por VIFA                                   3                      Controles Carreteras                           80           Recuperados               0
Por delitos c. Propiedad                   1                      Personas Revisadas                            1047          Hallados                  0
Por otros                                  2                      Vehiculos Revisados                           383
Por capturas                             7
                                  Tipo de Droga
                                                                                                                Total            Armas de Fuego       Total
Marihuana                                 Total                                 Crack
Kilos                                      0                      Gramos                                          0           Pistola                   0
Libra                                      0                      Piedras                                         0           Revólver                  0
Onzas                                      0                      Cajeta                                          0           Escopeta                  0
Gramos                                     0                                 Cocaina                                          Otras                     0
Puchos                                     0                      Kilos                                           0           Armas Blancas           Total
Cigarrillos                                0                      Gramos                                          0           Puñales                   0
Cajeta                                     0                      Puntas                                          0           Machetes                  0
Tocola                                     0                                                                                  Cuchillos                 0
Plantas                                    0                                                                                  Otros                     0
Semillas                                   0
Presenta comparación de incidentes mes de febrero 2018

                                                    Fuerza Pública de Costa Rica
                                           Comparativo de Incidentes vs Acciones Operativas
                                                     Dirección Regional de Huetar Norte
                                                            Delegación (Zarcero)
                                             Del 01 Feb 2018 a las 00:00 al 28 Feb 2018 a las 23:59

Octava-Huetar Norte
Delegación                    Procedimientos      Porcentaje      Incidentes      Porcentaje    Acciones Operativas     Porcentaje
Zarcero                       Circunstanciales
                                     1               100%            20             100%               302                100%
Guadalupe                            0                0%              3              15%                16                 5%
La Brisa                             0                0%              6              30%                34                 11%
Laguna                               0                0%              5              25%                38                 13%
Palmira                              0                0%              2              10%                19                 6%
Tapezco                              1               100%             2              10%                46                 15%
Zapote                               0                0%              0              0%                 35                 12%
Zarcero                              0                0%              2              10%               114                 38%




Resultados Generales de Marzo 2018
           Aprehensiones     Total                               Otras                     Total                      Vehiculo       Total
Por drogas                            0            Flagrancias (DCLP)                             0          Decomisados                1
Por VIFA                              2            Controles Carreteras                          83          Recuperados                1
Por delitos c. Propiedad              0            Personas Revisadas                          1020 Hallados                            0
Por otros                             0            Vehiculos Revisados                          382
Por capturas                       1
                           Tipo de Droga
                                                                                               Total         Armas de Fuego Total
Marihuana                         Total                         Crack
Kilos                                 0            Gramos                                         0          Pistola                    0
Libra                                 0            Piedras                                        0          Revólver                   0
Onzas                                 0            Cajeta                                         0          Escopeta                   0
Gramos                                0                        Cocaina                                       Otras                      0
Puchos                                0            Kilos                                          0          Armas Blancas            Total
Cigarrillos                      0               Gramos                                    0      Puñales                          0
Cajeta                           0               Puntas                                    0      Machetes                         0
Tocola                           0                                                                Cuchillos                        1
Plantas                          0                                                                Otros                            0
Semillas                         0

* VIFA violencia intrafamiliar
Presenta comparación de incidentes de marzo 2018

                                                     Fuerza Pública de Costa Rica
                                           Comparativo de Incidentes vs Acciones Operativas
                                                     Dirección Regional de Huetar Norte
                                                            Delegación (Zarcero)
                                             Del 01 Mar 2018 a las 00:00 al 31 Mar 2018 a las 23:59

Octava-Huetar Norte
Delegación                    Procedimientos       Porcentaje     Incidentes      Porcentaje    Acciones Operativas   Porcentaje
Zarcero                       Circunstanciales
                                     2               100%            13             100%                103             100%
Guadalupe                            0                0%              2              15%                 7               7%
La Brisa                             1                50%             0              0%                  8               8%
Laguna                               0                0%              4              31%                 26              25%
Palmira                              0                0%              1              8%                  7               7%
Tapezco                              0                0%              2              15%                 7               7%
Zapote                               0                0%              3              23%                 10              10%
Zarcero                              1                50%             1              8%                  38              37%




Resultados Generales al 22 de Abril del 2018
           Aprehensiones    Total                    Otras                     Total                          Vehiculo                 Total
Por drogas                     3         Flagrancias (DCLP)                            2              Decomisados                          0
Por VIFA                       2         Controles Carreteras                        39               Recuperados                          0
Por delitos c. Propiedad       0         Personas Revisadas                         279               Hallados                             0
Por otros                      1         Vehiculos Revisados                        163
Por capturas                   3
                       Tipo de Droga
                                                                                   Total                Armas de Fuego                   Total
Marihuana                          Total                    Crack
Kilos                                    0                Gramos                              0                Pistola          0
Libra                                    0                Piedras                             0                Revólver         0
Onzas                                    0                Cajeta                              0                Escopeta         0
Gramos                               27                     Cocaina                                            Otras            0

Puchos                               10                   Kilos                               0                Armas Blancas   Total
Cigarrillos                              0                Gramos                              0                Puñales          0
Cajeta                                   0                Puntas                              0                Machetes         0
Tocola                                   0                                                                     Cuchillos        3
Plantas                                  0                                                                     Otros            0
Semillas                                 0
Semillas                                 0

Presenta comparación de incidentes al 22 de abril 2018
                                               Fuerza Pública de Costa Rica
                                   Comparativo de Incidentes vs Acciones Operativas
                                             Dirección Regional de Huetar Norte
                                                    Delegación (Zarcero)
                                     Del 01 Abr 2018 a las 00:00 al 22 Abr 2018 a las 17:06

Octava-Huetar Norte
Delegación            Procedimientos         Porcentaje    Incidentes     Porcentaje     Acciones Operativas      Porcentaje
Zarcero               Circunstanciales
                             6                 100%           34             100%                 106               100%
Guadalupe                    0                  0%             0              0%                   5                   5%
La Brisa                     0                  0%             2              6%                   5                   5%
Laguna                       3                  50%            9             26%                  18                 17%
Palmira                      0                  0%             1              3%                   6                   6%
Tapezco                      1                  17%            6             18%                   3                   3%
Zapote                       0                  0%             4             12%                   9                   8%
Zarcero                      2                  33%           12             35%                  60                 57%
                                                                    Fuerza Pública de Costa Rica
                                                                            Resumen de Incidentes
                                                                        Dirección Regional de Huetar Norte
                                                                               Delegación (Zarcero)
                                                              Del 01 Abr 2018 a las 00:00 al 22 Abr 2018 a las 17:10

    Región        Delegación

Oct ava-Huet ar Nort e: 44

                Zarcero: 44
                               Código de Incidente                HB01    HB02   HB03   HB04   HB05   HB06
                               36.04 - Cons um o de Licor e n       1       0     0      0      0      0
                               Vía Pública
                               52.01 - Ve nta Drogas                1       0     0      0      0      0
                               52.04 - Te ne ncia de Droga          2       2     0      0      0      0
                               89.07 - Riña-Incide nte No           1       0     0      0      0      0
                               ubicado
                               90.66 - Cons um o de Droga-          1       0     0      0      0      0
                               Incide nte No ubicado
                               91.07 - Es cándalo Mus ical-         1       2     0      0      0      0
                               Incide nte No ubicado
                               91.3 - Alarm a activada-             1       0     0      0      0      0
                               Incide nte No ubicado
                               91.34 - Pe rs ona Sos pe chos a-     1       1     0      0      0      0
                               Incide nte No ubicado
                               91.61 - Ince ndio-Incide nte No      1       0     0      0      0      0
                               ubicado
                               64.05 - Tacha Ve hículos             0       1     0      0      0      0
                               72.01 - Te ntativa de s uicidio      0       1     0      0      0      0
                               72.03 - Hom icidio                   0       1     0      0      0      0
                               80.42 - Accide nte de tráns ito      0       1     0      1      0      0
                               80.56 - Ince ndio                    0       1     2      0      0      0
                               66.02 - Pe rs ona Agre s iva         0       0     1      0      0      0
                               67.09 - Portación de arm a           0       0     1      0      0      0
                               ile gal
                               89.07 - Riña-Incide nte No           0       0     1      0      0      0
                               ubicado
                               89.1 - Pe rs ona Agre s iva-         0       0     1      0      0      0
                               Incide nte No ubicado
                               64.14 - Te ntativa de robo           0       0     0      1      0      0
                               66.01 - Riña                         0       0     0      1      1      0
                               73.02 - Viole ncia Ps icológica      0       0     0      1      0      0
                               Muje r
                               417 - Accione s de                   0       0     0      0      1      0
                               ace rcam ie nto com unitario
                               80.86 - Accide nte de tráns ito      0       0     0      0      1      0
                               con pe rs ona he rida
                               91.15 - Ve hículo Sos pe cho-        0       0     0      0      0      1
                               Incide nte No ubicado




Comparación primeros tres meses del 2017 y 2018




En el año llevamos un asalto más que en el 2017, en el robo de vehículo, vivienda,
edificación y ganado el año pasado no tuvimos ni uno, este año llevamos 3 vehículos, 3
vivienda 1 edificio, 1 robo ganado, ahí es donde se disparan las estadísticas, se miden a un
cien por ciento, es algo que tal vez no sea tan lógico pero así lo mide el Ministerio, si el
año pasado tuvimos cero en robo a viviendas en los primeros meses y este año tuvimos uno
se nos dispara la incidencia a un cien por ciento, o si tuvimos el caso de asaltos llevamos
tres se nos dispara la incidencia a un cien por ciento porque llevamos de más que el año
pasado. Normalmente el Ministerio mide las estadísticas de esa forma por un lado es
bueno por otro lado decimos nosotros en la parte policial pero si se nos aumentó
únicamente un delito, pero se aumenta un cien por ciento, por eso el Ministerio lo juzga a
uno, para la población sí es bueno que el Ministerio lo mida de esa forma, porque ellos
dicen qué peligroso, se aumentó el cien por ciento. Ellos no ven que se aumentó un delito,
ellos ven la cantidad el margen de porcentaje, por eso es bueno para la población porque
pueden decir están necesitando personal a como se leen las estadísticas.
PROGRAMAS POLICIALES PREVENTIVOS
    • Se está trabajando en Programas GREAT
    • Pinta Seguro.
    • Capacitación a Comités Seguridad Comunitaria.
    • Seguimientos a comercios.
    • Respuestas Operativas a las necesidades de las comunidades.
    • Charlas en los Colegios VIFA y Noviazgo.
Estrategias Operativas Implantadas en el Cuadrante

Las Estrategias que la Unidad Policial está realizando según modalidad de delito son:
Delitos contra la Propiedad:
                   • Trabajos en conjunto con el OIJ
                   • Operativos con objetivos específicos
                   • Patrullajes preventivos y controles de carretera
                   • Organización Comunal
                   • Conformación de Comités de Seguridad

Se trabaja para hacer dos comités en Barrios los Alpes y Calle Murillo
    • Se da seguimiento cuatro veces por año nos reunimos con los comités organizados
       de Calle los Blanco, Santa Teresa, Barrio Los Alpes, Pueblo Nuevo, Laguna, Casa
       Pastoral, Anatery, Los Ángeles, Lajas y Calle Murillo, estos son los comités activos.
       El año pasado se disolvieron muchos comités, ocho en total, esto porque no asistían
       a las reuniones entre ellos Palmira, Guadalupe, La Legua, Tapezco, La Brisa
       Zapote, Zarcero centro y San Luis, ya eran organizados pero al perder el interés eso
       obligó a deshacerlos. Actualmente se está trabajando la Escuela Félix Villalobos,
       y La Brisa en el Programa GREAT. En el mes de febrero y marzo se trabajó Liceo
       de Alfaro Ruiz y Liceo de Laguna. Está pendiente la capacitación de 250 niños, en
       el programa de pinta seguro se trabaja en Pueblo Nuevo el 20 de mayo de las 9 a 13
       horas, será una actividad recreativa con fuerzas vivas y niños.
Presenta avances_
Seguimientos comercios en Laguna y Zarcero
Expone una estrategia policial de la Unidad según como sean los delitos con el OIJ se
coordina, se tiene buena relación ya tienen la información de lo que viene sucediendo en
las últimas semanas. Operativos con objetivos específicos. Patrullajes preventivos y
controles de carretera. Organización Comunal. Conformación de Comités de Seguridad.

 Presidente Municipal: muchas gracias por la información, usted nos indica que son treinta
y nueve oficiales en base, nos indica que por noche andan seis oficiales, en base nos quedan
treinta y tres oficiales fuera de servicio en las noches, de eso treinta y tres, la pregunta si se
ocasionara una situación de verdadera emergencia en la comunidad si existiese una
situación bastante compleja como lo que se ha dado en estos días asaltos y demás de esos
treinta y tres oficiales libres existe la posibilidad de que en una situación de estas ellos
puedan estar activos? o hay una directriz de que sólo los seis que hay en base tienen que
trabajar?.
Subintendente Farrier: normalmente tiene que ser algo de emergencia nacional para traer a
un funcionario a laborar fuera de horas de servicio, debe hacer un desastre o algo que
amerite, dependiendo de la situación los oficiales pueden ser llamados.
Presidente Municipal: en estos momentos un día como hoy solamente podemos echar mano
a seis oficiales para todos los siete distritos de Zarcero? A estas horas
Alexander Farrier Gómez: la Delegación debe cumplir con muchas necesidades de la
región. Por ejemplo en este momento tenemos un evento como la Expo, la Dirección
Regional echa manos a varios cantones y nos quitan dos de esos seis, pero es comprensible
si nosotros tenemos un evento grande como la expo ellos prestan oficiales también, hoy
trabajamos con cuatro un oficial de guardia y tres que andan en patrulla para todo el cantón.
Presidente Municipal: eso lo tenemos claro qué tenemos ahorita cuatro funcionarios o seis
dependiendo del día o noche, en el día por lo general cuántos hay en base?.
Sub Jefe de Puesto Farrier Gómez: normalmente tenemos ocho
Presidente Municipal: de esos treinta y nueve oficiales siempre andan aproximadamente
libres en el día treinta y un oficiales?.
Subintendente : no
Presidente Municipal: Es variable en este caso en el día en base los que hay máximo son
ocho de los treinta y nueve, es decir hay treinta y un oficiales que están libre por día.
Subintendente Alexander Farrier Gómez: sí
Presidente Municipal: tenemos estos números, yo sé que las preguntas van un poco
caminando por otro lado, tenemos ocho y ocho, dieciséis, y ocho, veinticuatro y ocho
treinta y dos más ocho estaríamos hablando de cuarenta, estamos hablando de que nosotros
en estos momentos cada oficial estaría repitiendo labores cada cinco días aproximadamente.
Subintendente Alexander: trabajan un horario de tres por tres , tres libres y tres trabajados.
Presidente Municipal: tendríamos ocho funcionarios trabajando hoy , ocho mañana, ocho
pasado, así por día, si son cuarenta oficiales, treinta y nueve, estaría trabajando un oficial
por día aproximadamente de los treinta y nueve que hay, hablando de cinco días a la
semana, sin tomar en cuenta sábados y domingos, para ir dejando claro los números porque
esta es una cuestión que tenemos nosotros que ir aclarando poco a poco a la población y de
lo cual a pesar de que tengamos treinta y nueve oficiales no tenemos personal, tenemos
muy poco personal a mi criterio y se lo digo a usted y a cualquier persona que esté en la
Fuerza Pública, para mí lo que está pasando en estos momentos en Zarcero que hayan ocho
oficiales por día en una comunidad como la nuestra es insuficiente, igual con cuatro o seis
oficiales, dependiendo de la situación o los eventos que se hagan si hay festejos en otro
lado o que se yo, el asunto es que seis oficiales también para Zarcero son insuficientes,
usted nos dice que actualmente de esos ocho oficiales que tenemos en el día, debe haber
uno en oficialía, uno en jefatura esos son administrativos, que debe haber en servicio, uno
jefatura, otro en oficialía, ahí perdemos dos prácticamente los que tienen que estar en base,
quedaríamos con seis de los ocho, y los de la cocina quedamos con cinco, y los de limpieza,
quedamos con cuatro en calle, en el día tenemos en calle cuatro oficiales para todo el
cantón de Zarcero, esto responde a las dudas y consultas que yo he tenido de aquí hacia
atrás con respecto a estos temas, una de las preguntas que me han hecho y yo también me
he hecho es que en Zarcero en el día ya hace mucho, mucho tiempo estoy hablando de
mucho tiempo, no veo caminando por las calles de Zarcero a ningún oficial de policía,
antes lo hacía en parejas, estamos hablando de hace ocho años hacia atrás, eso tiene su
explicación porque usted me dice que ahora están cuatro personas nada más trabajando por
día, si mandamos a un oficial a caminar por acá el tiempo de respuesta en una emergencia
es demasiado corto y no podríamos echar mano a todos los eventos que se podrían
presentar en el día, tal vez por ahí viene la explicación. Si en el día tenemos cuatro y la
noche cuatro de esos de la noche tiene que estar uno en oficialía y otro en jefatura,
solamente tendríamos dos en calle para todo un cantón donde tenemos una población
bastante grande, una móvil, en un evento donde hayan más de 4 personas peleando la
fuerza pública está en detrimento y atada de manos, con respecto a las situaciones que se
han presentado aquí en Zarcero con las situaciones que para nadie es un secreto y nadie es
ciego, yo he llamado incluso a la Fuerza Pública, tenemos un lugar de distribución de
drogas bastante fuerte, creo que los índices que nos están presentando son índices que
pueden ir muchísimo más para arriba y ser más exponenciales, lo que pasa es que no
tenemos agentes, uno de los puntos que para nadie es un secreto es de distribución acá y
que es fuerte y lo hago público y que quede en actas, es el Centro Comercial, este Plaza
Zarcero, es uno de los lugares en donde más distribución de drogas hay en Zarcero, y se lo
digo no lo he visto yo, me lo cuentan los mismos adolescentes de la comunidad, que es
efectivamente de ahí de donde se distribuye para todo el cantón de Zarcero, San Ramón,
para Naranjo y para Ciudad Quesada, este es un banco en donde vienen ellos a hacer los
retiros, qué tenemos que hacer para que en realidad esos treinta y nueve oficiales que
tenemos acá no sean un número en un papel, que efectivamente la traducción de esos ocho
oficiales que tenemos en el día sean realmente ocho y no cuatro, que esos oficiales de la
noche que a veces son cuatro no sean dos sino cuatro en la calle o más ojalá unos diez, la
justificación de hace mucho tiempo atrás que yo he hecho esta pregunta en otras ocasiones
que han venido los compañeros de la Fuerza Pública ha sido de que Zarcero se tiene a nivel
nacional del Ministerio Público como una comunidad en donde las cosas no pasan, o una
comunidad muy tranquila, o que no denuncia, el asunto es que si eso es así pues entonces
tenemos que atacar o empezar a educar a la población en hacer denuncias, ya los cursos de
seguridad personal que se han presentado aquí en varias ocasiones, esos programas de
seguridad son programas muy buenos pero creo que ya es hora de que nosotros como
comunidad empecemos a entender que hay que denunciar para tener más efectivos en una
delegación que costó no sé cuántos millones de pesos, para tener única y exclusivamente a
ocho funcionarios que en realidad son cuatro los que andan en la calle en el día que para
mi criterio debería ser al revés, porque en la noche es donde pasan los delitos, no en el día,
la noche es la sombra y la manta de los delincuentes se pueden ocultar, para mí es más
importante la noche que el día, esa es una cuestión que el Ministerio de Seguridad tendrá
que revisar, ahora bien por otro lado con respecto a los porcentajes que usted nos presenta
el año pasado tuvimos cero pero este año tenemos una denuncia y se elevó al cien por
ciento, por supuesto no hay punto de comparación, si el año pasado no tuvimos
delincuencia y este año tuvimos un caso de delincuencia evidentemente se elevó al cien por
ciento, si el año pasado hubiésemos tenido diez casos de delincuencia y este año
hubiésemos tenido ocho, la incidencia baja a un veinte por ciento, es una cuestión lógica,
no creo que está mal medido, está bien, aunque los índices porcentuales estén dando el
favoritismo a Zarcero por cuestiones porcentuales en realidad los números sí valen, porque
si el porcentaje valiera y los aumentos porcentuales por año estuvieran haciendo
exponención de más del cien por ciento o del cincuenta por ciento inclusive aquí no
tendríamos ocho oficiales por día tendríamos de veinte a treinta, no tuviéramos cuatro
oficiales de noche tenderíamos a diez o quince que es lo ideal, yo no sé que la
infraestructura no tiene cama pa tanta gente, no lo sé no lo conozco, pero debemos ir
pensando como comunidad, ya ir colaborando con esto. Sé que ustedes como funcionarios
de la Fuerza Pública de Zarcero también son seres humanos y no hay persona que no tenga,
todo el que tiene ombligo tiene miedo, y enfrentarse a un grupo vandálico o evento donde
hay quince personas volándose machete en donde solamente sean dos o tres funcionarios
policiales, eduquen a la gente indicándoles la realidad de las cosas en donde si los policías
pueden echar mano a los civiles, eso se llama moción de auxilio, es un poco riesgoso pero
también la gente y la población de Zarcero tiene que darse cuenta que si ustedes están en
una situación comprometedora el hacerse de la vista gorda también es delito, se llama
omisión de auxilio, si yo estoy viendo que le están pegando a un oficial y yo no hago nada
yo estoy cometiendo un delito, pudiendo haberlo ayudado, pero esa información no le llega
a la población, cómo es posible que han existido asuntos que los han denunciado aquí
mismo, los han hecho públicos aquí en el Concejo Municipal en donde y se lo digo de
frente a usted, cómo es posible que estando una unidad policiaca en Tapezco hay un tipo
haciendo desorden y alboroto, llega la Fuerza Pública, se parquea ahí y el tipo se mete
medio cuerpo porque así lo dijeron literalmente acá dentro de la unidad policiaca
gritándole, insultándole y violentando y mancillando la imagen de la Fuerza Pública y los
efectivos de la Fuerza Pública no hicieron nada?. Puede que sea por asuntos de naturaleza
legal o asuntos en que el número supere a los compañeros de la Fuerza Pública y esté en
riesgo la integridad de ellos, pero entonces si es por asuntos de naturaleza legal hagamos
algo como comunidad, hagamos algo como Nación, hagamos algo como Estado, si es por
asuntos de número hagamos algo por ese número, elevémoslo, en donde no hayan dos o
tres unidades, que hayan cinco o seis aquí en Zarcero caminando todos los días, yo quiero
volver ver a mi Zarcero con los miembros de la Fuerza Pública como lo vi ayer en San
Ramón, ahí sí los veo caminando en parejas, aquí no más en Ciudad Quesada también lo he
visto y los he visto en Naranjo también, qué nos pasa?, hay alguna solución señor oficial de
la Fuerza Pública para todo esto?.
Subintendente Alexander Farrier Gómez: voy a contarles que yo he trabajado en otros
cantones difíciles pero a la vez fáciles, ejemplo Liberia, en San Carlos, pero ahí tenía
doscientos noventa policías, la incidencia de San Carlos se dispara comparado a Zarcero
pero los números valen, entonces nuestros jefes envían personal donde hay más denuncias,
donde la gente llama, la gente denuncia, yo lo he visto en un año que tengo de estar aquí, a
la gente le da pereza ir allá, no tiene esa cultura de ir a denunciar, el aumento de denuncias
es el aumento de efectivos de Fuerza Pública, se puede denunciar.
Presidente Municipal: qué ha hecho la Fuerza Pública de Zarcero para informarle esto al
pueblo, han hecho alguna campaña para enseñarle al pueblo a denunciar?
Subteniente: claro que sí
Presidente Municipal: yo nunca lo he visto aquí, te lo digo en serio.
Subteniente Alexander: lo hacemos en cada reunión de seguridad comunitaria, del año
pasado a este ocho comités organizados se desintegraron Palmira, Guadalupe La Legua,
Tapezco, La Brisa Zapote, Zarcero centro y San Luis, por no llegar, por pérdidas de
interés, seguro perdieron el interés de seguir reuniéndose.
Presidente Municipal: es interesante, todas esas comunidades que se desintegraron son los
centros más peligros, son los centros en donde suceden las cosas, uno va a Tapezco y las
caras si estuviéramos entrando en la aplicación de una teoría que se aplicaba hace muchos
años en el derecho penal que se llamaba la teoría del hombroso, se aplicaba una cuestión la
teoría del delincuente nato, que la personas nacen no se hacen, y con solo los rasgos físicos
se establecía si una persona era delincuente o no, si nosotros aplicáramos la teoría del
hombroso le cuento que más de uno estuviéramos bajo las rejas, pero si le voy a decir que
también no está muy lejos de la realidad, uno pasa por esos lugares y uno ve unas caras que
si ahora no solo fueron , o si no lo serán, el asunto desgraciadamente en esas comunidades
que son las que más deberían estar activas en la comunidad con esos comités, son los que
no les importan, por eso están como están.

Regidor Propietario Jorge Paniagua: buenas noches señor oficial, lamentablemente este
domingo hizo ocho tuve que sentir vergüenza ajena porque sentí vergüenza de la policía
que tenemos en el cantón, cuando yo no sé de donde aparecieron pero habían cinco
oficiales y dos patrullas con un paciente nicaragüense borracho y otro que estaba a la par,
y que mal se siente uno cuando una persona está en medio de los guardias y les dicen:
“cómo les dicen”, yo me sentiría indignado de ser guardia y no hacer nada en ese momento
y dejar que una persona de esa capacidad causando lesiones ante la comunidad porque lo
que estaba ahí a un costado a los súper era gente del pueblo, cuando esa persona se metía
y yo la vi personal y si tengo que poner testigos los pongo, porque los habían metiendo
medio cuerpo borracho en una patrulla, yo decía si la mete en mi carro yo lo saco a
trompadas, o algo le hago porque solo el asco de tenerlo adentro ya era bastante, y no se
hace nada, quieren que la gente no se indigne, yo entre lo que puse aquí es porqué se
disuelven los grupos comunitarios? Muy fácil, se disuelven porque no aportan nada la
policía a esos grupos, se les da la instrucciones y se les deja juéguesela a ver qué pasa, si
no hay seguimiento y si no hay compromiso de las autoridades no vamos a lograr nada, que
se denuncia ya lo dijo muy fácil, denuncie que en tal parte se da, yo he denunciado que en
Tapezco hay por lo menos tres bunquer donde se está expendiendo, el señor Presidente
dice que de aquí salen para tal parte yo le digo que salieron para Tapezco, es una de las
partes donde se distribuye, la Brisa otra parte donde hay casitas que se distribuye, nada
hacemos con denunciar si primero la autoridad y perdóneme la sinceridad, tan floja, tan
poco convincente de querer hacer las cosas bien y segundo no contando con otras
instituciones que deben ser responsables junto con ustedes, pero hoy les toca a ustedes,
queremos ver que no solo nosotros denunciemos , qué es lo que está pasando, le voy a
decir algo y lo he dicho en otra ocasión, a veces uno siento miedo de denunciar porque si
yo denuncio en Zarcero cuando llego a Tapezco ya la denuncia la saben allá, entonces más
tristeza siente uno tras de que tuvo que ver las frustración de ver unos guardas burlados por
un nicaragüense borracho, todavía tienen que sentir uno la desconfianza de que presenté la
denuncia pero llegó más rápido el chisme de la denuncia para que vean a ver que hacen eso,
yo puse aquí muy fácil, usted dijo antes no se encuentra nada malo yo no sé y perdóneme
otra vez si son muy sincero, no sé si será que las sirenas suenen para que los delincuentes
corran o para que haya nadie cuando ustedes llegan, porque le da a uno tristeza, yo conozco
la actuación y ya que dice que usted que bien de Liberia que bien que viene, usted debe
conocer el caso de una oreja cortada y después la otra oreja cortada y de último el pescuezo,
estamos esperando que pase eso aquí, yo pienso que no, yo pienso que lo que tenemos que
hacer y está bien acepto la responsabilidad de la comunidad donde vivo y en este momento
acepto la responsabilidad del cantón de no denunciar, pero también le digo así sinceramente
usted tiene un año de estar aquí, si pregunta por un puño de guardas que están aquí no
tienen uno tienen quince y créame lo que le digo denunciar es un riesgo, este es un pueblo
pequeño, comparado hablemos de población San Carlos, hablemos de población Liberia yo
llego y denuncio ante usted allá y no sé ni quién es usted ni sabe quién soy yo, yo puse la
denuncia y usted sigue en la denuncia, aquí todo mundo nos conocemos, yo llamo aquí
muy fácil decir, denuncio que en tal parte está vendiendo marihuana y el pescuezo mío vale
veinte pesos mañana, pero si tenemos quien nos proteja, es muy fácil usted dice no debería
ser lo lógico marihuana aquí en este cantón se lo digo con toda sinceridad es más lógico
marihuana aquí en el cantón de Zarcero que en San Carlos, es más lógico, hay cosas que
uno se explica, cuando usted nos dice que los delitos en estos cuatro meses se han
disparado y que para la gente de guardia responsable de los nombramientos es sinónimo
de alerta y ese sinónimo de alerta nos dejó esta semana con dos guardias, un robo con un
baleado, hubo un robo con una señora con niños en brazos con anillos y cosas zafadas a la
fuerza y golpeada con una cacha de un revólver, qué queremos que pase,                estamos
buscando que no nos premien con quitarnos que nos premien con darnos, que tengamos
algo que tenga sentido que podamos denunciar, que seamos libres, proteger a la misma
guardia, pero le digo sinceramente, no es factible que uno meta la mano por alguien que se
deja irrespetar tan fácilmente, yo deseara decir solo cosas lindas, es mi cantón pero no
puedo ante lo que está ocurriendo ante lo que se está dando y muchas veces aquí a los
compañeros les he dicho que triste, no esperemos a que esto se nos descomponga muy fácil,
de aquí a tres meses vamos a tener y usted en la lista va a poder apuntar dos o tres personas
más muertas si esto sigue a cómo va, porque esa es la realidad, para eso es que estamos
trabajando, muchas gracias.

Alexander Farrier Gómez: buenas noches es curioso eso que menciona de los compañeros
que dejaron que un tipo se les meta a la patrulla, si bien es cierto soy de las personas que
cuido a mi personal sobre todas las cosas, primero la integridad física de mi personal aparte
de que son oficiales y están capacitados para responder a cualquier situación, en su gran
mayoría son personas mayores, a como dice usted tal vez es que exista, pero ya son
personas mayores, no sabía de esa situación pero igual ahora dialogo con ellos, lo de las
denuncias es importante porque le voy a contar así como algo que uno como policía debe
saber, el día que hubo el homicidio del Señor de Pueblo Nuevo, llegó una señora y me dice
vez ya eso pasó dos veces, la semana pasada el hermano de él o no sé si es familia también
llegaron y lo secuestraron y le robaron el dinero, pero eso nos dimos cuenta ya ahí, si
nosotros nos enteramos de algo, montamos acciones operativas en ese lugar,
posteriormente a lo que es la venta de droga en el Centro Comercial curiosamente yo sí sé
quien vende droga ahí, yo sí conozco a los vendedores de droga, les voy a decir algo tal vez
algunos tengan hijos en la escuela o el colegio, son muchachos del colegio, ya estamos
trabajando en eso, lamentablemente van a ver que un hijo o un sobrino va a ir a la cárcel, si
no es lamentable, para mí no porque es el trabajo pero si es una forma de que se va a sanar
esta situación, no le quiero hacer mucha larga a este tema, pero sí don Jorge nosotros a
veces necesitamos saber algunas cosas, no estamos esperando a que pase un desastre ya ha
pasado, yo me acuerdo aquí el año pasado como en cuestión de una semana o quince días
hubieron dos muertos allá en una casa, un nicaragüense hizo un doble o triple homicidio, a
la semana siguiente un muchacho vino se ahorcó en un poste de luz, en la misma semana
cayó un rayo en una casa, ya no tiene que ver nada en el asunto pero fue una cuestión de
una semana, entonces no hay que esperar un desastre, aquí pasan los desastres, y yo le digo
a los compañeros a los muchachos, los lugares pequeños y en los lugares que no pasa nada
cuando pasa algo es un desastre y este lugar tiende a estas cosas, porque casi nunca pasa
nada, en Liberia un muerto por semana, no era un desastre porque era algo como
costumbre , en San Carlos si no es en Pital un muerto por allá es en Fortuna, y si no es en
Fortuna, pero en esos lugares no es un desastre, aquí sí, aquí porque no se da, el año pasado
se dio ese desastre en todo el año pero en una semana pasaron tres, este año llevamos este
asalto, que en ese asalto asumimos Fuerza Pública gran parte de la responsabilidad porque
ahí a nosotros no toca estar patrullando, los locales comerciales, la población, el de Pueblo
Nuevo ahí no asumimos porque fue algo dentro de una vivienda, es algo que se nos escapa,
lo que sí en carretera y vía pública ahí nosotros sí asumimos, sin embargo por cuestiones
administrativas nos dejan con dos oficiales en la calle en estos días, nosotros hacemos el
mayor esfuerzo posible por lograr cubrir tanta cosa, hoy tenemos una patrulla, normalmente
se dan muchas violencias domésticas es una constante, una violencia doméstica una móvil
la atiende y eso se lleva de tres a cuatro horas porque hay que tomar a la afectada y llevarla
al Juzgado, y traer las medidas y ese procedimiento hay que iniciarlo y terminarlo, en todo
ese rato ocupamos de las seis a las doce la móvil.
Presidente Municipal: con el respeto que usted se merece señor oficial, para mí una muerte
en Zarcero, una muerte en Liberia, en San Carlos siempre va a ser una catástrofe.

Alcalde Municipal: gracias Don Alex por acompañarnos hoy, la indignación es generaliza
muestra, en la reunión que tuvimos el martes pasado, donde se exponen varios temas,
donde el zarcereño no está acostumbrado, es cierto lo que dice Don Jorge, es cierto lo que
dice Don Jonathan, para nosotros el solo hecho de ver a una persona haciendo escándalo en
la vía pública es indignante, nos crea caos, disconformidad, inseguridad, en la reunión del
día martes exponen todos los vecinos indignados por el asalto que se había dado días atrás
en el Barrio Hogar de Ancianos, precisamente a una persona discapacitada, el dueño del
establecimiento comercial, en reunión que fue la comunidad que se encargó de hacer la
convocatoria que fuimos invitados y estuvimos ahí, la gente decía y al igual con todo
respeto para ustedes necesita saber quiénes son los jefes de la policía aquí , pero ese día
muchos decían quiénes son los jefes, por qué no estuvieron hoy aquí?, es cierto estuvo
Carlos Hidalgo y Walter Jiménez, Don Walter hizo la disculpa por ustedes, yo creo que eso
es sano que se haga, ese día tal vez nos sea sano es una crítica constructiva que se diga en
un tema que iba a ser televisado y que luego se publicó que se diga que tras que no tenemos
gente todavía nos quitan gente esta semana para que vaya a San Carlos, eso fue decirle al
ladrón tome la llave, para que haga el daño, dígale a la gente que estamos escasos de gente
y vamos a atacar aquí, al igual don Alex yo sé que usted viene de dos lugares conflictivos,
para mí el foco de incidencia criminal que se ha dado es preocupante porque nosotros no
estamos acostumbrados, igual yo respeto su explosión tal vez los números o el porcentaje
el Ministerio de Seguridad o Fuerza Pública no los valora, pero por Dios un crimen atroz
como el que sucedió en Laguna de tres muertes, ojalá nunca más suceda aquí, no vuelva a
pasar, eran tres personas muy queridas, zarcereñas usted me va a disculpar usted me puede
decir en San Carlos hay cinco, son sancarleños, San Carlos tendrá que ver como hace para
solucionar ese problema, hoy me permití hacer una llamada al Director del OIJ, yo le decía
Don Pablo estamos preocupados por los temas que se han venido dando, porque la Fuerza
Pública no tiene la cantidad de gente suficiente para hacerle frente a las incidencias que se
dan, o la prevención que se da, sabemos que ustedes son preventivos y que el OIJ es
administrativo.
Yo hoy quisiera proponer aquí, yo hoy hablé con don Alexander y muy preocupado dije yo
hoy hace ocho indiqué aquí que había estado comunicándome con Don Juan José
Andrade, él había estado acá, se le hizo un homenaje porque cumplía no sé cuántos años de
servicio, después lo visitamos allá buscando se diera un mayor incremento en los oficiales
y sigo con esa idea, pero por respeto a lo que usted me dijo que no lo hiciéramos en la
forma en que yo lo pensaba hacer, sino que hoy si el Concejo tiene a bien solicitar un
acuerdo donde nosotros le expliquemos a Don José ya sea que se presente acá si es que se
puede, o que nos dé una cita para ir hablar de este tema, sobre cantidad de personas que
usted dice, sobre la cantidad de personas que trabaja en la Fuerza Pública, perdón pero esos
cuatro de vacaciones profilácticas se da a raíz de que se tiene que sacar el personal para que
lo disfrute, estamos de acuerdo pero usted mismo indicaba que hay gente que no puede salir
de ahí, Zarcero necesita cinco oficiales como esos que estén en la calle, que puedan
patrullar como lo hacen, pero eso no lo sabe Don Juan José o si lo sabe está en San José ,
pero nosotros somos de Zarcero y queremos que esa situación se mejore, yo le decía a Don
Pablo la situación pero nosotros consideramos a raíz de la problemática que se da día con
día que todo lo que se está haciendo es insuficiente, y hace falta material humano, quiero
proponerles al Concejo solicitarles un acuerdo de hacerle llegar la invitación a Juan José o
que nos dé la oportunidad de ir allá pero decirle Zarcero necesita más personal, oficiales
que efectivamente lleguen a colaborar, no tengo nada contra los que están ahí que
dichosamente ya se van a pensionar y los mandan para que llenen un espacio dentro del
listado que usted tiene pero no son funcionales, solamente para las labores que tienen a lo
interno porque no los puede quitar antes, no sé qué le parece porque nosotros tenemos una
comisión especial aquí conformada por los Regidores, este servidor Pablo del OIJ y otros
compañeros, que queremos ver más efectividad en este tema, pero si usted indica que no
tiene personal y tampoco hacemos nada para que Don Juan José o el Ministro se den
cuenta de que Zarcero necesita más gente, yo creo que el foco de incidencia como que no
lo comparto porque cinco muertes en menos de un año para mí sí significa mucho, primero
porque soy Zarcereño y segundo porque somos una población de trece mil doscientos
noventa y algo de habitantes, y que nos quiten en menos de un año cinco personas por actos
delictivos yo creo que ese número aunque para el Ministerio no sea tan significativo para
nosotros si lo es, usted considera que nosotros metamos mano tanto Concejo como este
servidor para ver de qué manera podemos solicitar el incremento de personal o que esos
cinco funcionarios que están ahí como usted lo indica puedan ser no suplidos sino diga son
cinco persona que no pueden salir a trabajar, que no pueden cumplir una misión más que
estar ahí presentes, trabajitos suaves digámoslo así, pero lo que ocupamos son esas cinco
personas en la calle, entonces si usted me dice a mí me parece que no, yo digo desestimo
mí oportunidad pero qué considera usted que necesitan ustedes tanto del apoyo del Concejo
o la administración para que los altos jerarcas de ustedes pongan atención y digan sí a
Zarcero los vamos a dotar de dos o más funcionarios
La vez que fuimos a hacer una solicitud de ampliación de personal era con dos compañeros
que habían sido miembros de la Fuerza Pública y por razones ajenas a nosotros se quedaron
sin poder haber sido nombradas, dos personas importantísimas porque tenían la
experiencia, pero creo que fue por la edad que ya no calificaban para poder ingresar de
nuevo, mi pregunta qué ocupan ustedes como jefes de la Guardia de Zarcero que nosotros
como ciudadanos o la comunidad para que el Ministerio de Gobernación diga si vamos a
dotar a esas gentes de más material, pero que se me diga que la incidencia de cinco muertes
en un año en Zarcero no es significativa, para nosotros si lo es y muy grande, sé que en San
Carlos cada veinticinco metros hay un muerto, pero es San Carlos, yo quiero ver
vigilancia, creo ver esas incidencias en cero del puente de la Vieja hasta el puente del Río
Espino en nuestra zona de cobertura, igual con todo respeto si podemos incidir nosotros que
por medio de un acuerdo podemos tomar medidas preventivas para eso igual, Jonathan le
hizo una pregunta que al igual aquel día no la contestaron era por qué no dar un patrullaje a
pie , si se puede llamar así por lo menos en el distrito central, gracias.
Alexander Farrier Gómez: no hay que esperar para que suceda una catástrofe, aquí sucede
puse de ejemplo Laguna, no es que sea insignificante no aquí sucede, no hay que esperar
nada porque sucede, una muerte de un ser humano jamás para mí es insignificante, para
contestarle a don Ronald la pregunta qué deben hacer por supuesto ustedes son el Gobierno
Local ustedes son los que piden y quitan, si no servimos pueden pedir que nos saquen.

Regidor Suplente Oscar Corella: en cuanto al comentario que hizo de Don Jonathan no
estoy de acuerdo, en Palmira sí se denuncia tal vez de otra manera, pero si se hizo, quiero
decir que la muerte de este señor fue no fue en Palmira, eso pasó por culpa de las leyes en
Costa Rica, este muchachito traía una trayectoria muy importante y se denunció y qué pasó,
la Fuerza Pública hizo un trabajo extraordinario de cuatro o cinco horas, lo detuvieron
llegó donde tenía que llegar y lo dejaron libre, a los ocho días exactamente se produjo lo
que se hizo, el comité este que había de vigilancia se deshizo y más bien ahí ya me di
cuenta que hay otro denunciante, si se denuncia en Palmira, ojalá no seamos los próximos
pero sí se denuncia.
Presidente Municipal: esa era otra de las preguntas que iba a hacer a don Alexander, porque
yo soy uno de los que denuncia, en varias ocasiones ya he llamado a la Fuerza Pública
porque no hay ni una ni dos ni tres, hay diez , doce motos parqueadas en Plaza Zarcero, en
la noche y son doce motos de las que nosotros llamamos las jala pan, las pequeñas, las que
usan los panaderos, esas motos son las que se usan para hacer ese tipo de atracos o de los
atracadores, son muy fáciles de manipular, son fáciles de escabullirse por todo lado, ese
tipo de vehículos son usados habitualmente por este tipo de personas que suelen delinquir,
yo he llamado en muchas ocasiones a la Fuerza Pública y la respuesta es no tenemos
efectivos, la pregunta mía es la siguiente que la debía hacer a él antes de que se saliera por
la situación que se está presentado, si yo estoy denunciando que hay en este momento
movimientos ilegales qué está haciendo la Fuerza Pública patrullando en un lugar donde no
hay delito, yo llamo y denuncio que hay una situación ilegal sucediendo en ese momento
en Plaza Zarcero donde es evidente a la vista y paciencia de todos los vecinos y andan
patrullando en la Brisa, en la Peña, hay que hacerlo directamente; si usted tiene que
marcharse a cumplir con su deber primero es su deber, acaba de hacer una intervención el
Regidor Suplente Oscar Corella que es vecino de Palmira en donde él indica que no está de
acuerdo con el comentario que yo hice anteriormente porque él dice que en Palmira sí se
denuncia, constantemente están presentando denuncias y en contacto con los señores de la
Fuerza Pública, indica que lo que sucedió con el ahora occiso de Pueblo Nuevo fue una
situación que se da por una situación no de inactividad de la Fuerza Pública sino de
ineficiencia de las leyes de Costa Rica, porque ya ustedes habían hecho un operativo una
semana anterior bastante fuerte y ocho días después se jala una torta, que está haciendo un
carajo de estos en la calle, bueno esto es un problema de naturaleza legal, le voy a hacer
muy claro a los compañeros, eso no es un problema de naturaleza legal, eso tampoco es un
problema de la Fuerza Pública, es problema de Fiscalía porque las leyes están hechas en
Costa Rica para que se cumplan, lo que pasa es que los fiscales aquí en Costa Rica son tan
ineficientes que aquí los delincuentes salen a las veinticuatro horas no por culpa de un Juez
de la República, sino por culpa de los fiscales que hacen los levantamientos de prueba,
hacen rompimiento de la cadena probatoria tan absurdos que para nosotros los abogados
que somos Defensores Públicos o defensores privados es tan, tan fácil traerse un proceso al
suelo por un descuido de un procedimiento de manejo de la prueba o de los hechos por un
fiscal que viene totalmente inexperto o porque no le da la gana de trabajar es que los
procesos se caen y por eso es que aquí la impunidad está a más del noventa por ciento en
Costa Rica, no es culpa de la Fuerza Pública, ni es culpa de las leyes de Costa Rica
compañeros, abramos los ojos esto es culpa de la fiscalía, de los fiscales que nosotros
tenemos en estos momentos en nuestro Poder Judicial, y es por ello que los jueces tampoco
tienen la culpa porque a ellos no les queda de otra más que decir no tenemos pruebas
suficientes, se incumplió con la cadena probatoria, no hay elementos suficientes porque el
fiscal tampoco pudo montar un caso firme concreto y a los jueces no les queda más que
dejarlos sueltos, me hace gracia ver en estos momentos como manipula el criterio público,
el carácter público, la prensa de Costa Rica porque dice el juez lo dejó libre a las
veinticuatro horas, el juez no lo dejó libre fue el fiscal y eso es algo que hay que dejar claro
aquí en Costa Rica, el trabajo de los fiscales en el Poder Judicial es ineficiente porque es el
que no otorga las herramientas suficientes a los cuerpos judiciales para que estas personas
se queden dentro y no afuera, poquito a poco se va caminando, poquito a poco se va
haciendo la pregunta que hizo Don Ronald anteriormente qué podemos hacer?,

Jefe Cantonal, Alexander Farrier Gómez: yo estaba con el comentario de que ustedes son el
Gobierno Local y son los que a los funcionarios públicos quitan y ponen, es decir ustedes
necesitan más personal, están en su obligación de solicitar más personal, así de fácil es la
respuesta, es como una obligación de ustedes de interferir para que se les cubra una
necesidad, todo depende de la forma en que se haga, si mi trabajo es malo o de los jefes se
hace la solicitud con todo respeto con el coraje que tiene Don Jorge, obviamente se va a
interpretar de que la jefatura que está actualmente no sirve, Don Jorge lo dice con un coraje
lógico, todos quieren expresarse como Don Jorge, como recomendación mi responsabilidad
es seguir la cadena de mando, tenemos una Directora Doña Kattia Chavarría que por ahí es
donde pueden empezar, esa es mi recomendación, ustedes verán la forma de cómo actúan
para solicitar más profesional para que cubran su necesidad, mi obligación es informarle
que se debe hacer de acuerdo a la cadena de mando.

Alcalde Municipal: usted considera que lo del personal que tienen ahorita es suficiente?
Alexander Farrier Gómez; no jamás, estamos carentes de personal, la Directora tal vez lo
pueda solucionar a ustedes Kattia Chavarría Directora Regional Huetar Norte, por
jurisdicción pertenecemos a San Carlos.
Presidente Municipal: en ese caso en vista de que nosotros tenemos culpa en esto, porque
no hemos apretado el pescuezo, los delincuentes siguen respirando de Zarcero porque
nosotros no les hemos cortado la respiración, somos una herramienta, por eso debemos
trabajar en conjunto, yo me voy a dar a la tarea de ir a tocar las puertas que sean necesarias,
si tengo que ir a hablar directamente con el Ministro lo hago porque ya esto es demasiado,
nuestro pueblo ha tenido un detrimento en su calidad de vida de manera estrepitosa, hemos
perdido nuestro pueblo en el plazo de menos de seis años, yo vengo diciendo ya no es el
Zarcero que yo conocí y disfruté, ya nosotros tenemos nuestros mandos en nuestras manos,
tenemos nuestro poder y lo tenemos que utilizar, somos Gobierno Local, somos figuras
políticas, para que nos notemos tenemos que ejecutarlo, no estamos pintados acá, para no
estar pintamos salgamos de esa pintura y que nos vean caminando en la calle vamos a
hablar con esta señora Kattia Chavarría y si no lo resuelve nos vamos más arriba, y si más
arriba no nos resuelven nos iremos a las últimas instancias si yo tengo que denunciar, se lo
digo porque esa es mi naturaleza denunciar para eso estudié, para eso me educaron para
denunciar, si tengo que denunciar al Ministro de la República de Costa Rica, al Ministro de
Seguridad lo haré por defensa de los derechos de mi pueblo de Zarcero, aquí queremos
gente, que se trabaje, queremos protección, yo creo que es el momento, que se levanten los
que están dormidos, ya es hora de que Zarcero se escuche y se haga escuchar a nivel
nacional porque nos están dejando olvidados y esto no es posible.

Regidor Suplente Oscar Corella; cada cuánto deben dar el informe a la Municipalidad?
Alexander Farrier Gómez,Sub Jefe de Puesto: cada tres meses
Regidor Suplente Oscar Corella: yo creo que hace rato no se hace.
Presidente Municipal: en diciembre vinieron a dar un informe.
Síndica de Laguna Kattia Rodríguez: para hacer una consulta qué posibilidades hay de que
exista un policía en cada comunidad como antes había, hace muchos años había uno en
cada comunidad, pienso si sería bueno consular eso en su caso a la entidad correspondiente
para saber qué se puede hacer, porque en el asalto que hubo ayer en la Brisa por decir algo
si la policía hubiera andando en Antery cuánto tiempo le toma salir desde allá para llegar a
la Brisa ?, es lamentable, hoy lo decía es lamentable lo que está pasando en Zarcero, para
mí no es costumbre ni me adapto a pensar que tengamos que vivir en un Zarcero donde
haya un crimen como usted mismo lo dijo uno por semana o dos o que se yo la cantidad, no
es justo que nosotros que hemos vivido en paz siempre tengamos ahora que tener miedo de
salir a la calle a hacer mandado a la pulpería, pensando que alguien lo puede asaltar, cómo
cree el temor de esta señora que estaba ayer en la Brisa con esos dos hijos me pongo en ese
lugar, lamentablemente lo que pasa ahora lo hace a uno pensar muchas cosas, ya ni en la
casa está uno seguro, donde antes podíamos dejar una puerta abierta empujada ya no se
puede, ya a los estudiantes es mejor ir a toparlos depende de la hora que salgan, también no
me explico como usted dice que hay treinta y nueve policías en Zarcero y solo ocho
trabajando entonces, para qué treinta y nueve policías, si hay ocho mejor esos hagan el
trabajo de treinta y nueve, yo entiendo al igual que nosotros somos seres humanos
necesitamos descanso vacaciones y de todo pero es como ilógico, como decir que en el
Concejo habemos diecisiete o dieciocho personas y solo trabajan cuatro que hacemos los
demás? Muchas gracias.

Sub Jefe de Puesto Farrier: es redondear en el mismo tema, de treinta y nueve solo quedan
cuataro para trabajar, de esos treinta y nueve, tres son jefaturas doce son agentes de
operaciones, dos armeros cuatro oficiales de guardia, dos agentes de cocina, uno de
limpieza, son catorce, de esos veinticinco los divido en cuatro escuadras, de esas cuatro
escuadras que hay seis muchachos ahorita sáquele a la noche dos en San Carlos, a la del
día sáquele dos que están en San José en capacitación, es la forma que veamos las cosas,
yo les digo tienen que levantar la voz, si lo dicen de la forma en que lo dice Don Jorge los
cuatro policías que tal vez no tiene la culpa van a recibir toda la culpa, van a quedar como
ineficientes de alguna forma en que usted lo indica.
Presidente Municipal: sáquele los número que crea es ineficiente la cantidad yo le voy a
ser muy claro, no lo voy a decir como Don Jorge, yo las culpas se las hecho a quien
realmente tiene la culpa de que aquí no hayan gentes, yo las culpa se las hecho a quien
realmente tiene la culpa de que no hayan gentes. lo que pasa es que los jueces de la
república muchos de ellos que no trabajan en este tipo de materias creen que tiene la verdad
absoluta.
Sub Jefe de Puesto Farrier: expone lo que le está pidiendo en este momento una juez sobre
un traslado de unas niñas, a veces uno tiene que hablar como Don Jorge.
Alcalde Municipal: el zarcereño por su idiosincrasia nosotros veíamos antes como la policía
en aquel entonces donde un policía cogía a un ladrón, o alcohólico, lo echaba al fondo se lo
llevaba donde tuviera que llevarlo, ahora eso no se ve, es mucha tramitología que se tiene
que dar para que un muchacho sea trasladado, son muy pasivos, es mi forma de ver las
cosas, no sé si es el lineamiento o la tramitología, antes había más rudeza a la hora de
atender un caso, como que la policía si era de temor, ahora la policía nadie le tiene temor,
nadie le respeta como se debe, nadie le teme al policía, a no ser un caso específico que
tengan que abrir a la fuerza, mencionando el caso que ya se mencionó aquel día en el tema
de la Plaza Zarcero, si se logran dar cuenta yo sé que se está trabajando, pero cómo puede
ser posible porque alguien mencionó que las motocicletas estaban dentro de ese
establecimiento, a ustedes no les corresponde o no les es posible decirles señor hágame el
favor y moviliza ese vehículo que usted tiene es para que lo estacione en la acera y no
estén apuñados como están a veces que pueden causar un problema, hay cosas donde uno
dice hasta dónde ha ido cambiando todo, porque yo desconozco y me declaro ignorante de
cómo es el procedimiento de ustedes que uno logra ver de que el policía es muy pasivo,
Don Jorge ha mencionado lo de Tapezco, yo no sé con qué le hubiera dado y esas actitudes
que uno dice la gente duda, en la reunión del martes pasado la gente criticó fuertemente la
labor policial y Don Walter y Don Carlos Hidalgo y el otro compañero decían que hay
procedimiento que no se pueden hacer, pero la gente no lo sabe, si nosotros fuéramos las
personas que podemos transmitirle a nuestras familias, el problema no es el hecho de venir
a criticarlos es buscar soluciones en conjunto, mi pregunta iba enfocada en si podíamos
hacer una solicitud a esta señora y luego más arriba, a mí me gusta llegar a la raíz, si hay
que ir arriba vamos, tenga mi apoyo siempre y cuando se nos permita llegar hasta donde
queremos.

Regidor Propietario Jorge Paniagua: no sé qué relación tiene la guardia rural con el
tránsito, la realidad es que ustedes requieren la eficiencia de la gente de tránsito, el naciente
de motos que están habiendo en los distritos y en el centro requiere hacer algo, a la Escuela
de Tapezco llegan motos con dos personas y con un chiquito sin casco a dejar un alumno y
esas mismas motos sirven para trasladar desde el alumno hasta un paquete a Pueblo Nuevo
a La Legua o a cualquier parte donde haya que ir a dejarlo, nada hacen ustedes con ponerle
cuidado a la situación que se está dando porque en realidad lo veo en Tapezco en el Bajo
de Tapezco, esa naciente de motos que por semana se ve el crecimiento, ya en esta
comunidad deben haber quince motos sólo ahí andan como en San Carlos que me
disculpen, ya no existe casco, se necesita que el tránsito tenga intervención en esto, ellos
son participativos porque es otra cosa que se está dando, el transporte de gente a servicio
agrícola de fincas, muchos jalan almuerzos en esas mochilas otros no, y los transportan la
mismas personas que transportan gente a trabajar, en este momento y en esta situación que
nos encontramos, por todo lado hay que atacar, no importa que la persona venga sucia, con
botas de hule igual es un medio que se utiliza, las drogas no tienen ni limpieza ni suciedad
lo que tienen es destrucción, hay que atacar y en ese caso yo como una recomendación
digo busquemos también tránsito para que ayude.

Vicepresidenta Municipal Virginia Muñoz; buenas noches, muchas gracias por su
participación si es cierto que en este momento tenemos grandes problemas, yo creo que es
un lucha de todos, la comunidad , Fuerza Pública, Instituciones, todos debemos de
ponernos a cuidar nuestro cantón, al pueblo de Zarcero, el martes en la reunión alguien
habló de que los barrios se organizaran ahora es fácil con los watsApp siempre y cuando se
usen solo para eso, ya nos organizamos los vecinos, cuando yo veo una persona que me
parece sospechosa que no la conozco y que está ahí caminado y sube y baja hacia el
colegio yo he llamado a la Fuerza Pública siempre me han atendido, han sido eficientes en
cuestión de ir a dar vueltas, revisar, por ese lado me alegra mucho yo no tengo queja contra
los oficiales, porque siempre que he acudido a ellos me han ayudado, me parece que no
debemos dejarnos, si se nos han perdido muchas cosas que teníamos en Zarcero con mucha
tranquilidad y de todo que no sigamos perdiendo más cosas que tomemos esto como dice
Don Ronald al toro por los cuernos, todavía aún la población de Zarcero le tiene mucho
respeto a la Fuerza Pública, me entristece cuando en otras comunidades no los respetan,
protegen a los delincuentes y eso el Zarcereño no es así es muy respetuoso de la Autoridad,
no debemos dejarlo perder para eso necesitamos que la Fuerza Pública y la comunidad esté
muy unida y que sepamos que son servidores de nuestra comunidad y que y ahí vamos a
estar todos ayudando, muchas gracias y hagamos el propósito de formar esos watsApp en
nuestros barrios y vecinos para estar atentos para todo lo que no está bien.
Presidente Municipal: Don Alexander muchas gracias de parte del Concejo Municipal por
su presencia, por la disposición de contestar las preguntas, por dar la información que nos
ha dado yo si voy a tomar la posición y la recomendación que nos da el Señor Alcalde voy
a solicitarle a usted que me indique lo datos básicos de la Directora Regional.

Alexander Farrier Gómez,Sub Jefe: Doña Kattia Chavarría Valverde, Directora Regional,
Huetar Norte. Mi celular es 85111952.

EL Concejo Municipal acuerda autorizar al Señor Alcalde Municipal Ronald Araya Solís a
fin de que éste pueda mediante nota hacer la gestión necesaria ante Doña Kattia Chavarría
Valverde Directora Regional, Huetar Norte de la Fuerza Pública a fin de que nos conceda
una cita para que venga al Concejo Municipal o que representantes tanto de la
Municipalidad como don Ronald Araya, el suscrito o cualquier otra persona que se pueda
llegar a considerar en su momento a fin de que nos dé una cita para tocar aspectos de
seguridad Regional de importancia.

Presidente Municipal: Don Alexander muchísimas gracias por acompañarnos, no lo
atrasamos más, sabemos que sus labores son bastante importantes, Zarcero necesita que
usted esté en su centro de trabajo, es su labor, gracias a Dios usted viene con disposición
de hacerlo acá ante nosotros, su puesto es bastante importarte para nosotros también no
queremos quitarle más tiempo.

Alexander Farrier Gómez,Sub Jefe Alexander: gracias a todos estamos para servirles a
todos, normalmente permuto en la delegación vivo en Guanacaste, trabajo cinco días, dos
libres, casi estoy al servicio 24 horas ahí tienen mi número.

ARTICULO III: LECTURA Y APROBACION DEL ACTA ORDINARIA CIENTO
VEINTE
En el artículo VI después de la palabra comunidad eliminar las letras ad. Aprobado por
unanimidad, 5 votos de los Regidores Jonathan Solís Solís, Virginia Muñoz Villegas,
Mariano Cordero Arroyo, Jorge Paniagua Rodríguez, Alejandra Villalobos Rodríguez.

ARTICULO IV LECTURA DE CORRESPODENCIA
1- Se conoce nota entregada por Esteban Varela solicita audiencia para el 7 de mayo para
presentar explicación de propuesta de la Reforma a la Ley General de la Persona Joven. Se
acuerda otorgar la audiencia para el 7 de mayo a las dieciocho horas. Aprobado por
unanimidad, con dispensa de la Comisión de Jurídicos, definitivamente, aprobado, 5 votos
de los Regidores Jonathan Solís Solís, Virginia Muñoz Villegas, Mariano Cordero Arroyo,
Jorge Paniagua Rodríguez, Alejandra Villalobos Rodríguez.

2- Se conoce nota enviada por el Ministerio de Salud, asunto solicitud de apoyo al proceso
de investigación de evaluación de resultados de la aplicación del enfoque positivo de la
salud en la región occidente.
Alcalde Municipal: la implementación de programa ASIS se incorporó a partir del 2016
con el CCCI, ya se implementó y hay dos funcionarios encargados, el apoyo se les ha dado
previamente.
El Concejo Municipal acuerda informarles que estamos a la disposición del Ministerio de
Salud con relación al proceso de investigación de evaluación de resultados de la aplicación
del enfoque positivo. Aprobado por unanimidad, con dispensa de la Comisión de Jurídicos,
definitivamente, aprobado, 5 votos de los Regidores Jonathan Solís Solís, Virginia Muñoz
Villegas, Mariano Cordero Arroyo, Jorge Paniagua Rodríguez, Alejandra Villalobos
Rodríguez.

3- Se conoce nota enviada por la Asamblea Legislativa Asunto: consulta Dictamen
Expediente 20.152 “Declaración del Calipso como patrimonio cultural inmaterial
costarricense y a Walter Ferguson ciudadano distinguido. Se acuerda trasladar el
documento a la Comisión de Asuntos Culturales, reunión el miércoles 25 de abril a las 6,
reunión de jurídicos para el mismo día. Aprobado por unanimidad, definitivamente,
aprobado, 5 votos de los Regidores Jonathan Solís Solís, Virginia Muñoz Villegas, Mariano
Cordero Arroyo, Jorge Paniagua Rodríguez, Alejandra Villalobos Rodríguez.
4- Se conoce nota enviada por la Municipalidad de San Ramón remiten acuerdo 03 de
iniciativa presentada por el Regidor Roger Barboza Lèpiz, Presidente Municipal.
 Se acuerda trasladar el documento a la comisión de jurídicos para hacer valoración de
fondo para ver en que se puede colaborar. Aprobado por unanimidad, definitivamente,
aprobado, 5 votos de los Regidores Jonathan Solís Solís, Virginia Muñoz Villegas, Mariano
Cordero Arroyo, Jorge Paniagua Rodríguez, Alejandra Villalobos Rodríguez.

ARTICULO V INFORME DEL ALCALDE MUNICIPAL
El Señor Ronald Araya Solís, Alcalde Municipal presenta el siguiente informe al Concejo
Municipal:
Presenta solicitud del salón de sesiones para reunión que realizarán el martes 24 de abril
con las Asadas para tratar tema relacionado a la disponibilidad del Recurso Hídrico, oficio
MZ AM 246 18
Se le informa que queda el Señor Alcalde como responsable de la utilización del salón a fin
de que haya un representante como solicitante del mismo.

Presenta la labor de la Unidad Técnica del 16 al 21 abril según oficio MZ UT 110 2018

Recordarán que hoy hace ocho entregué a cada uno del os Regidores Propietarios el
documento propiamente del presupuesto extraordinario 1 para que lo analizaran, hoy traigo
aquí ya el documento junto con su matriz de planificación elaborada, no sé si lo lograron
observar, analizar.
Presidente Municipal en ese caso lo que habría que hacer es coordinar un día para que
ustedes nos mande el funcionario que nos haga la exposición completa, ya nosotros lo
revisamos, si ustedes lo tiene a bien ya lo vi, es importante que eso se toque aquí
directamente, no sé si lo mandamos a la Comisión de Hacienda y Presupuesto porque usted
lo que nos dio fue en conocimiento la semana pasada, ahora bien si quiere que lo valoremos
no sé si usted va a mandar alguno de los funcionarios municipales a fin de que haga la
exposición del mismo?
Alcalde Municipal: si recordarán lo que les hice llegar a ustedes fue una copia del borrador
donde lo que viene expuesto es los dineros que se fueron a ejecución y que se tienen que
presupuestar para el primer presupuesto extraordinario, si ustedes así lo quieren si ustedes
me permiten sería a raíz de que nos precisa este tema hay dineros que están ocupándose
esto va a la Contraloría, la Contraloría más o menos dura un mes, entonces si estamos
urgidos de algunas modificaciones que hay que hacer y algunas otras cosas que ya están
expuestas acá, que el Concejo lo apruebe para enviarlo a la Contraloría, si a ustedes les
parece, solicito con todo respeto que se modifique la agenda del día jueves para que el
compañero diera una explicación rápida y concisa para que se pudiera revisar el día jueves
así que quedara ya aprobado y que el compañero pueda ya en conjunto con la matriz
enviarlo a la Contraloría para no atrasarnos más.
Presidente Municipal: queda expuesta la solicitud del señor Alcalde a fin de que se
modifique la agenda para la sesión extraordinaria convocada para este jueves en donde
tenemos la presencia de la Liga Cuenca y que se adjunte como también otro tema a tratar el
asunto del Presupuesto Extraordinario.

El concejo Municipal acuerda incluir en la agenda de la sesión extraordinaria que se
realizará el jueves 26 de abril el tema del presupuesto extraordinario 1y. Aprobado por
unanimidad, con dispensa de la Comisión de Jurídicos, definitivamente, aprobado, 5 votos
de los Regidores Jonathan Solís Solís, Virginia Muñoz Villegas, Mariano Cordero Arroyo,
Jorge Paniagua Rodríguez, Alejandra Villalobos Rodríguez.
Hace ya bastante días habíamos expuesto los proyectos que Unidad Técnica había estado
valorando y que habían sido aprobados, entre ellos los caminos propiamente de la
Chicharra y el tema Calle El Jilguero, en el documento que la compañera Vannesa envió no
vamos a decir que tuvo la culpa pero después de analizarlo ella reconoce que sólo observó
uno de los dos procesos que se le habían enviado, lo que se aprobó anteriormente fue
únicamente la publicación que salió en la Gaceta fue que transporte mapache había ofertado
y ganado el proceso por un monto de sesenta y cinco millones que era la ampliación que se
logró dar raíz de que la Empresa Mapache cobró más barato que los otros tres, entonces
Mailot solicita una ampliación y se logra dar que vamos a ocupar sesenta y cinco millones
para cada uno de los proyectos, entonces el otro día me decía Vanesa que se podría
presentar un recurso de revisión, no cabe ni por fondo ni por nada porque no se aplica el
artículo 47, no hubo apelación fue una mala interpretación de la compañera que lo
reconoce, tal vez de una mala explicación a ustedes y hoy traigo un documento para que sea
leído y analizado y se pueda proceder a hacer la modificación del acuerdo IV inciso 3 de la
sesión ordinaria número para que lo analicen.

1-Se conoce por parte del Concejo Municipal mediante oficio MZ-AJ-0249-2018 la
solicitud de modificación al acuerdo IV inciso 3 de la sesión ordinaria número 118 del 2
abril del 2018 en donde se toma el acuerdo de hacer una adjudicación a la licitación
abreviada número 2018LA-000001-OPMZ para la “contratación de asfaltado de caminos”
a la Empresa Transportes Mapache S.A., cédula jurídica 3-101-651337 para que en
adelante se lea correctamente de la siguiente manera: El Concejo Municipal acuerda
adjudicar la licitación abreviada        número 2018LA-000001-OPMZ denominada
“contratación asfaltado de caminos” por un monto total de ciento treinta millones de
colones netos (₡130.000.000) para la Empresa Transportes Mapache S.A., cédula jurídica
3101-651337 de los cuales sesenta y cinco millones de colones de esos ciento treinta
millones son para el camino a La Chicharra con el código 2-11- 038, 2-11-056, y sesenta y
cinco millones de colones (₡65.000.000) de esos ciento treinta millones al Camino El
Jilguero código 2- 11-044. Aprobado por unanimidad, con dispensa de la Comisión de
Jurídicos, definitivamente, aprobado, 5 votos de los Regidores Jonathan Solís Solís,
Virginia Muñoz Villegas, Mariano Cordero Arroyo, Jorge Paniagua Rodríguez, Alejandra
Villalobos Rodríguez.

Alcalde Municipal: hoy tuvimos una llamada de RECOPE para ver cómo va el proceso de
los trabajos que estamos realizando, recordemos se hizo en Calle Pacayal, en Anatery está
finalizado solo hoy se está colocando quince viajes que la comunidad quiso aportar, se está
limpiando la tierra que no se había logrado eliminar.
Del jueves a sábado seguiremos en conformación del espacio en el tema de finalización de
San Elena ,ya está la base y sub base colocada, vamos a echarle agua y conformarla para
que el día lunes ya que está coordinada la visita del camión distribuidor, que lo paga la
comunidad aplicarla ya con las dos vagonetas, porque pasado mañana nos dan el proceso
de la conformación de los 2 kms restantes que faltan en Santa Elena, para ingresar el martes
o miércoles con el otro proyecto ya tenemos todo, el problema es que si no avanzamos
hasta Santa Elena y finaliza, nosotros tenemos en este momento los tanques llenos de
emulsión, porque lo han destinado para Santa Elena debemos terminar ahí y si no nos dan
más emulsión porque no podríamos solicitar, hoy solicitamos una prórroga de que nos
dieran unos 15 días más para terminar con la totalidad de los 3 proyectos, el día 25 tenemos
que exponer ante los personeros de RECOPE en una sesión que ellos nos indicaron nos
escogieron para que hiciéramos una exposición sobre los temas RECOPE ahí vamos a estar
presentes para indicar qué es lo que se ha hecho en los últimos tres proyectos que están en
un ochenta por ciento del avance total.
FEDOMA tiene la información de una encuesta pequeña, es algo básico, si alguien desea
llenarla son 4 preguntas, es un trabajo en el tema cultura ya tenemos algunos llenos si
alguien quiere llenarlo.
La declaración jurada que tenemos que presentar del 2 de mayo al 22, no ha llegado un
listado con las claves, con su correo institucional deben hacer la declaración jurada, a todos
nos corresponde, hay que estar revisando.
El reglamento de obras menores, ya se les había entregado, si es necesario que se les haga
llegar otro documento con gusto, se lo pido al departamento porque se dio tiempo de
noviembre a seis meses después de su publicación a cada una de las municipalidades por lo
menos si hay que hacer algún cambio que lo hagan porque se tiene que publicar antes del
3 de mayo.
Presidente Municipal: que se envíe el reglamento directamente al Concejo Municipal el día
de mañana para que el tema sea conocido por jurídicos el miércoles a más tardar, a fin de
que esto pueda ser leído en modificación de la agenda para el jueves solicito se agregue
otro tema más a la sesión extraordinaria del jueves para que sea leído el dictamen de
comisión de Asuntos Jurídicos que se va a realizar el miércoles con respecto al reglamento
de obras menores que nos indica el señor Alcalde, se acuerda modificar la agenda para la
sesión extraordinaria a fin de que se pueda leer el dictamen de comisión de asuntos
jurídicos con respecto al tema de obras menores. Aprobado por unanimidad, con dispensa
de la Comisión de Jurídicos, definitivamente, aprobado, 5 votos de los Regidores Jonathan
Solís Solís, Virginia Muñoz Villegas, Mariano Cordero Arroyo, Jorge Luis Paniagua
Rodríguez, Gerarda Fernández Varela.

ARTICULO VI ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA
El Presidente Municipal Jonathan Solís Solís, procede a dar lectura a la Comisión de
Asuntos Jurídicos, textualmente dice:
DICTAMEN DE COMISION DE ASUNTOS JURÍDICOS

1-Dictamen de Comisión de Asuntos Jurídicos del 18 de ABRIL del 2018, encontrándose
presentes los señores Jonathan Solís Solís y Mariano Cordero Arroyo, al ser las 18 horas se
conoce proyecto de Reglamento Interno de Trabajo para la Municipalidad de Zarcero,
presentado por la administración, mismo que haciendo un análisis completo de éste, se hace
constar que goza de un total de 147 artículos, 30 capítulos, todos de conformidad con lo
establecido en el Código de Trabajo de Costa Rica, que confrontada con la normativa
vigente que regula los temas laborales en nuestro ordenamiento jurídico, se ajusta en un
todo, no contraviniendo derechos y obligaciones en el tema de derecho laboral, siendo que
el mismo es congruente y se ajusta a la realidad de nuestra Municipalidad, y que el mismo
es concreto, conciso, pero no omiso con las obligaciones, derechos y deberes laborales para
los funcionarios municipales y para la Institución como tal. Así las cosas siendo un cuerpo
normativo y en virtud de las facultades que nos otorga la Constitución de Política de Costa
Rica, y con las facultades de que nos brinda el Código Municipal de poder auto regularnos
en virtud del principio de Autonomía Municipal, se aprueba dicho reglamento para su
debida aplicación posterior a su publicación en el Diario Oficial la Gaceta. Publíquese. El
Concejo Municipal acuerda aprobar el dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos.
Aprobado por unanimidad, con dispensa de la Comisión de Jurídicos, definitivamente
aprobado, 5 votos de los Regidores Jonathan Solís Solís, Virginia Muñoz Villegas, Mariano
Cordero Arroyo, Jorge Paniagua Rodríguez, Alejandra Villalobos Rodríguez.
                           MUNICIPALIDAD DE ZARCERO
                     REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO
CAPÍTULO I
Principios y propósitos que inspiran este reglamento

Artículo 1: Son principios que inspiran este reglamento y que deben orientar las labores de
la Municipalidad y sus servidores(as), el servicio al usuario(a), la armonización de los
procedimientos, la simplificación, la flexibilidad, la eficacia, el trabajo en equipo, la
proporcionalidad, y el apego a las más estrictas normas de ética y conducta en el ejercicio
de la función pública, así como el respeto a la dignidad y a los derechos del personal, con
acatamiento riguroso del principio de legalidad y los principios generales del Régimen
Municipal. El servicio cliente-ciudadano(a) como objetivo primordial en la prestación de
servicios.
CAPÍTULO II
Disposiciones generales y definiciones
Artículo 2: Se establece el presente Reglamento Autónomo de Organización y Servicios
para regular las relaciones de trabajo, el funcionamiento, y el servicio entre la
Municipalidad y su personal de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, siendo
de acatamiento obligatorio para todos.
Artículo 3: La Municipalidad propiciará la efectiva vigencia de los principios universales
del Derecho Laboral y aplicará las sanciones pertinentes a los responsables por la violación
de dicha normativa, atendiendo al debido proceso.
Artículo 4: Para todos los efectos legales que se deriven de la aplicación de este
reglamento, debe de entenderse por:
Municipalidad: La Municipalidad de Zarcero y sus dependencias actuales y futuras.
Alcalde(sa): El o la máximo (a) Jerarca Administrativo de la Municipalidad.
Alcaldes(as) suplentes o Vicealcaldes(as): Personas que sustituirán al Alcalde(sa)
Municipal en sus ausencias temporales o definitivas, o según lo señale el Código
Municipal.

Funcionarios(as), personal o colaboradores(as): la persona física que presta a la
Municipalidad en propiedad, interinidad, sus servicios materiales o intelectuales, o de
ambos géneros, a nombre y por cuenta de esta, en virtud de un acto válido y de eficaz
investidura, y que es nombrado de acuerdo con los requerimientos que sobre la materia
establece el Código Municipal.
Los términos “servidor(a) publico(a), empleado(a) publico(a),” “encargado (a) de servicio
público” y demás similares se consideran equivalentes al de personal o funcionario(a)
público.
Reglamento: El presente Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la
Municipalidad.
Régimen Municipal: La forma de gobierno, de regirse la Municipalidad.
Recursos Humanos: La unidad administrativa encargada de la ejecución de las
actividades, tareas, y funciones relacionadas con la administración de recursos humanos de
la Municipalidad. Tendrá una nomenclatura y representación en el mapa básico de procesos
de la Municipalidad conforme lo decidan las autoridades competentes de la Municipalidad.
Artículo 5: Los(as) Directores(as), Jefaturas y todos aquellos funcionarios(as) que tengan
bajo su responsabilidad, tareas de administración, o supervisión de personal, son
responsables ante el Alcalde(sa) o Vicealcalde(sa) designado, de velar por la correcta
aplicación de todas las disposiciones de este reglamento.
CAPÍTULO III
Estructura de la Organización
Artículo 6: La Organización Municipal ésta integrada por:
Un cuerpo deliberativo denominado Consejo Municipal e integrado por Regidores(as),
Propietarios(as) y Regidores(as) Suplentes, cuyas atribuciones se encuentran establecidas
en el artículo 13 del Código Municipal.
Un(a) Alcalde(sa) Municipal, y dos Alcaldes(as) suplentes o Vicealcalde(sa), que tienen las
obligaciones, potestades y responsabilidades derivados de los artículos 17 y demás del
Código Municipal, artículos 101 y 103 de la Ley General de la Administración Pública, y
demás leyes conexas que rijan sobre la materia.

Un(a) auditor(a) nombrado(a) por el Concejo Municipal, cuyas obligaciones se encuentran
indicadas en el 52 del Código Municipal, y el artículo 31 de la Ley de Control Interno.
Directores, coordinadores y jefes(as) que componen las distintas unidades administrativas
que conforman la estructura organizacional de la Municipalidad; cargos que serán
nombrados por el o la Alcalde(sa) Municipal, tal y como lo establece la legislación vigente
en la materia.
Artículo 7: La Municipalidad mantendrá actualizado un Manual de Organización y
Funcionamiento cuya aplicación será responsabilidad del Alcalde(sa) Municipal, o quién
este designe.
Artículo 8: El o la Alcalde(sa) Municipal, es el enlace entre el Concejo Municipal y los
servidores(as) de la comunidad, él o ella es el o la funcionario(a) de mayor jerarquía dentro
de la Institución, por lo que toda información por parte de la administración que sea
dirigida al Concejo Municipal ha de ser remitida por su despacho.
A él o ella corresponde la presentación ante el Consejo de toda iniciativa y de los informes
que presente la administración ante dicha instancia. En ambos casos, podrá delegar esta
función de manera circunstancial o permanente.

CAPITULO IV
Del Departamento Legal
Artículo 9: El asesor legal brindará todo el apoyo legal en materia laboral a la institución,
así como lo que al respecto se indique en el Manual de Clases de Puestos de la
Municipalidad Zarcero.
CAPITULO V
Obligaciones de los o las funcionarias

Artículo 10: Además de las que expresamente regula el Código de Trabajo, son
obligaciones de los o las trabajadoras:
Prestar los servicios personalmente, en forma regular y continua, de acuerdo con el
respectivo contrato o relación, dentro de la jornada de trabajo, bajo la dirección del patrono
o de sus representantes, a cuya autoridad están sujetos en todo lo concerniente al trabajo.
Ejecutar las labores que se les encomienden, siempre que sean compatibles con sus
aptitudes, estado y condición, con la intensidad, cuidado, dedicación y esmero apropiados,
en forma, tiempo y lugar convenidos, concentrando la atención en la labor que está
realizando, a fin de que la misma resulte de la mejor calidad posible.
Observar durante el trabajo buenas costumbres y disciplina, así como vestir en forma
correcta y acorde con las labores que desempeña y utilizar el uniforme que se le asigne.
Guardar la consideración debida en la atención al público, de manera que su proceder no
origine queja por mal servicio, omisión del mismo o maltrato.
Mantener el orden y el aseo en el puesto de trabajo con la finalidad de agilizar la atención al
público.
Restituir al patrono los materiales no usados, y conservar en buen estado los instrumentos,
útiles, herramientas, maquinaria, etc. que se les faciliten para el trabajo, en el entendido de
que no serán responsables por el deterioro normal ni el que se ocasione por caso fortuito,
fuerza mayor, mala calidad, o defectuosa confección.
Responder económicamente por los daños que causen por dolo o culpa grave, en términos
señalados por el artículo 36 del Código de Trabajo; o cualquier otra circunstancia
imputable.
Guardar discreción sobre asuntos relacionados con su trabajo o vinculados con otras
dependencias municipales.
Reportar a la jefatura inmediata, los daños o imprudencias que otros compañeros causen en
perjuicio de la Municipalidad.
Rendir los informes que se les soliciten en los plazos establecidos para tal efecto.
Tomar pedidos o mensajes en forma clara y completa.
Cuidar, resguardar, preservar y emplear debidamente los recursos públicos municipales.
CAPÍTULO VI
Obligaciones de los o las funcionarias con autoridad administrativa, técnica o de
ambos tipos
Artículo 11: Además de lo contemplado en el artículo anterior y en el presente reglamento,
los o las funcionarias que ocupen cargos con autoridad administrativa, técnica o de ambos
tipos, están obligados a:
Diagnosticar periódicamente, en forma objetiva y veraz las características de desempeño de
todos(as) sus colaboradores(as), tanto en el aspecto técnico como administrativo y
brindarles o gestionar la capacitación que requieran.
Preparar informes y reportes con la correspondiente periodicidad sobre el desempeño de su
respectiva unidad o proyecto.
Reportar de forma inmediata cualquier hecho relevante que requiera una pronta solución.
Observar que se cumplan las normas de disciplina y asistencia de sus colaboradores(as).
Planificar, orientar, y guiar a sus colaboradores(as) para que las actividades y procesos
asignados se desarrollen conforme a las normas de eficacia y calidad deseadas.
Dictar las disposiciones administrativas necesarias para el buen desempeño del equipo de
colaboradores(as).
Planear y programar, en los niveles que lo exijan, las condiciones del entorno y las acciones
estratégicas y operativas pertinentes.
Formular los anteproyectos de presupuesto correspondiente al Departamento respectivo.
Velar para que los o las funcionarias bajo su coordinación y supervisión cumplan con las
obligaciones señaladas y no incurran en las conductas prohibidas por este Reglamento.
 Efectuar la calificación y evaluación del desempeño de los o las colaboradores en forma
objetiva, puntual y veraz, y enviar en el plazo estipulado los documentos y reportes que al
efecto se establezcan.
Atender las observaciones, ideas e inquietudes del equipo de colaboradores(as) y buscar la
pronta solución a las gestiones que le formulen, siempre y cuando procedan dentro del
ámbito de su competencia conforme al ordenamiento jurídico establecido.
Velar para que las relaciones interpersonales sean cordiales y se desarrollen dentro de los
cánones del respeto mutuo.
Velar por el incremento en la capacidad de autodirección y autocontrol de sus
colaboradores.
Crear y mantener una cultura de trabajo orientada a estimular en sus colaboradores(as) el
trabajo en equipo, sustentando en un enfoque de procesos y productos y en una vocación de
creatividad y anticipación a los cambios.
Cumplir con todas las responsabilidades que se confieran y con aquellas contenidas en el
artículo 104 de la Ley General de la Administración Pública.
Planear y controlar que sus subordinados(as) disfruten de sus vacaciones de modo tal que
no se produzcan acumulaciones indebidas.
Brindar especial atención a los o las servidoras en los aspectos propios de su desempeño
durante el período de prueba.
Cumplir con sus funciones sin sujeción a los límites de la jornada establecida por este
Reglamento, cuando fuere necesario, sin que ello genere remuneración, de conformidad con
lo establecido por el Código de Trabajo y las directrices de la Contraloría General de la
República.
Elevar a decisión del o la Alcalde(sa) o superior designado en el plazo improrrogable de
tres días a partir del mismo día en que tuvo conocimiento, las faltas graves en que
incurrieron los y las servidores(as) a su cargo.
Cumplir con todas las demás obligaciones propias de su cargo.

CAPÍTULO VII
Prohibiciones de las o los funcionarios
Artículo 12: Está prohibido a los servidores(as) de la Municipalidad:
Lo indicado en el artículo 72 del Código de Trabajo.
Actuar en el desempeño de sus cargos, con fines distintos de los encomendados en sus
cargos.
Tener obligaciones laborales con otras entidades, públicas o privadas, o adquirir
compromisos con evidente superposición horaria a su relación laboral con la
Municipalidad.

Participar en actividades vinculadas con empresas o intereses privados que puedan causar
evidente perjuicio a los municipales o competir con ellos.
Utilizar o distraer los bienes y recursos municipales en labores, actividades y asignaciones
privadas distintas del interés público.
Durante los procesos electorales, ejercer actividad política partidaria en el desempeño de
sus funciones y durante la jornada laboral; así como violar las normas de neutralidad que
estatuye el Código Electoral.
Aceptar dádivas, obsequios o recompensas que se les ofrezcan como retribución de actos
inherentes a sus cargos.
Solicitar o percibir, sin la ausencia expresa del Alcalde(sa), subvenciones de otras entidades
públicas por el desempeño de sus funciones.
Sancionar a sus subordinados(as) para tomar contra ellos alguna represalia de orden
político, electoral o violatoria de cualquier otro derecho concebido por las leyes.
Usar el poder oficial o la influencia que surja de él, para conferir o procurar servicios
especiales, nombramientos, o cualquier otro beneficio personal que implique un privilegio,
a sus familiares hasta el tercer grado en ascendientes y descendientes, por afinidad o
consanguinidad, amigos o extraños, medie o no remuneración.
Emitir normas en su propio beneficio.
Usar a título oficial, los distintos bienes municipales, la papelería o el prestigio de la oficina
pública para asuntos de carácter personal o privado.
Usar los servicios del personal subalterno, así como los servicios que presta la institución a
la que sirve, para beneficio propio, de familiares hasta el tercer grado de ascendientes y
descendientes, por afinidad o consanguinidad, amigos o extraños, salvo el derecho personal
que pueda corresponderle.
Participar en transacciones financieras utilizando información de la Municipalidad que no
es pública.
Aceptar pago u honorarios por discurso, conferencia o actividad similar, a la que haya sido
invitado a participar en su calidad de funcionario municipal.

Llevar a cabo trabajos o actividades, remuneraciones o no, fuera de su empleo que estén en
conflicto con sus deberes y responsabilidades municipales, que generen motivo de duda
razonable sobre la imparcialidad en la toma de decisiones que competen al empleado(a),
salvo excepciones admitidas por la ley.
Actuar como agente o abogado de cualquier persona, familiar o no, en reclamos
administrativos o judiciales contra la entidad a la que sirve.
Efectuar o patrocinar trámites o gestiones administrativas, que se encuentren directa o
indirectamente relacionadas con su cargo de forma tal que su acción implique
discriminación o favorecimiento.
Dirigir, administrar, patrocinar, representar o prestar servicios, remunerados o no, a
personas de existencia física o jurídica, que gestionen o exploten concesiones o privilegios
de la Administración, o que fueren proveedores o contratistas.
Solicitar servicios o recursos especiales para la institución, cuando dicha aportación
comprometa o condicione en alguna medida la toma de decisiones.
Hacer abandono o dejar de hacer las labores encomendadas sin causa justificada, o sin
permiso expreso de la jefatura inmediata.
 Sin perjuicio de otros supuestos calificados como abandono de trabajo, constituye tal:
Atender negocios de carácter personal, o ejecutar algún trabajo de cualquier naturaleza,
ajeno a los fines de su función o de la Municipalidad.
Visitar otras oficinas que no sean aquellas donde prestan sus servicios, a no ser que lo exija
la naturaleza del trabajo; así como mantener conversaciones innecesarias con
compañeros(as) de labores o con extraños, en perjuicio o con demora del trabajo que se está
ejecutando; incluye la utilización de medios tecnológicos.
Distraer con cualquier clase de juegos o bromas a los o las compañeros(as) de trabajo o
quebrantar la cordialidad y el mutuo respeto que deben ser normas en las relaciones del
personal de la Municipalidad.

Incumplir las órdenes de los superiores jerárquicos, cuando sean propias de su competencia,
salvo excepciones establecidas por ley.
Divulgar el contenido de informes o documentos confidenciales, así como hacer público
cualquier asunto de orden interno o privado de la oficina, sin la autorización
correspondiente.
Ingerir licor o presentarse en estado de embriaguez, drogadicción, o cualquier otra
condición análoga, en las distintas dependencias de la Municipalidad.
Utilizar o ceder útiles, herramientas y equipo de cualquier tipo, suministros por la
Municipalidad, para objeto distinto de aquel al que están oficialmente destinados.
Portar armas de cualquier clase durante las horas de labor, salvo que ellas sean requisito
derivado del desempeño de su cargo.
Recoger o solicitar, directa o indirectamente, contribuciones, suscripciones o cotizaciones
de otros(as) compañeros(as); o realizar colectas, rifas o ventas de objetos dentro de las
oficinas salvo las excepciones muy calificadas, autorizadas por alguna de Dirección
Administrativa según sea el caso.
Ampararse en la condición de funcionario(a) de la Municipalidad o invocarle para obtener
ventajas de cualquier índole, ajenas a las funciones que se le han encomendado.
Ejercer actividades profesionales cuando las mismas riñan con el ejercicio de las funciones
que se estén desempeñando, o violen la prohibición que imponga la ley para el ejercicio
liberal de la profesión, o violen los deberes del régimen de dedicación exclusiva, o servir de
mediadores para facilitar a terceros sus actividades profesionales, valiéndose para ello del
cargo o posición que ocupa.
Salvo lo previsto en la ley, hacer reclamos u otras gestiones similares a favor de los
particulares, en forma directa o indirecta, contra las diversas dependencias de la
Municipalidad; llevar contabilidades o practicar auditorajes, excepto en cuanto a los
negocios propios, de su cónyuge, ascendientes, descendientes y colaterales, hasta el tercer
grado por consanguinidad o afinidad, debiendo comunicarlo a las autoridades municipales
respectivas.

Ejercer presión, hostigar, acosar, tomar represalias contra compañeros(as) para obtener
provecho personal en acciones relacionadas con credos políticos, religiosos, sexuales,
económicos y de cualquier otra índole.
 Fumar en el centro de trabajo.
Hacer propaganda contraria a las instituciones democráticas.
Extraer de la Municipalidad documentos, expedientes, equipo, o en general cualquier bien
de la Municipalidad, aunque sea para dar cumplimiento a las labores de la Municipalidad,
sin autorización expresa y previa de la jefatura inmediata.
Tratar de resolver por medio de la violencia (física o psicológica), las dificultades que
surjan con jefes, servidores(as) o usuarios(as).
Nombrar a funcionarios(as) con parentesco de consanguinidad o afinidad en línea directa o
colateral hasta tercer grado inclusive con el jefe inmediato o con los superiores de este en el
respectivo Departamento u Oficina.
Realizar actos de acoso laboral, entendiendo como tales aquellas acciones u omisiones
tendientes a obstaculizar el normal desempeño de las labores a cualquier funcionario(a) de
la Municipalidad.
Aquellas otras que se estipulen por medios administrativos y jurídicos, y las demás
incluidas en la legislación existente al respecto y que no se hayan considerado en este
artículo.

CAPÍTULO VIII
De los deberes de los o las servidoras de la Municipalidad
Artículo 13: Son deberes de los o las servidores municipales:
Respetar este reglamento, así como cumplir las obligaciones vigentes en sus cargos.
Prestar los servicios contratados con absoluta dedicación, intensidad y calidad,
responsabilizándose de sus actos y ejecutando sus tareas y deberes con apego a los
principios legales, morales y éticos.
Guardar la consideración debida al público atenderlo con diligencia, afán de servicio y buen
trato, de modo que no se origine queja justificada por mal servicio o atención.
Garantizar, a la administración municipal la integridad y fidelidad en su trabajo, sea éste de
la naturaleza que sea, en aras de lograr el cumplimiento de los objetivos y la misión de la
Municipalidad.
Cuidar, resguardar, preservar y emplear debidamente los recursos públicos municipales.
Observar en su trabajo buenas costumbres y disciplina, así como un trato respetuoso para
sus compañeros(as) de trabajo, superiores y autoridades.
Responder por los daños y perjuicios que puedan causar sus acciones u omisiones, ya sean
dolosas o culposas.
Guardar discreción sobre asuntos relacionados con su trabajo o vinculados con otras
dependencias municipales, cuya divulgación pueda usarse contra los intereses de la
Municipalidad.
Sugerir, en el momento oportuno y ante la instancia administrativo-jerárquica
correspondiente, lo que considere adecuado para el mejor desempeño a sus labores.
Desempeñar dignamente sus cargos.
CAPÍTULO IX
De las relaciones de servicio, la selección de personal, el manual descriptivo de puestos
y reasignaciones de puesto
Artículo 14: Las relaciones de servicio entre los o las servidores(as) municipales y la
Municipalidad se regirán por las disposiciones del Código Municipal, Código de Trabajo,
Ley General de la Administración Pública, Ley de la Administración Financiera, Ley de
Contratación Administrativa, Ley de Salarios, Leyes Supletorias y conexas; Reglamentos
Internos y Convención Colectiva.
Artículo15: Son servidores(as) municipales los nombrados(as) de acuerdo con el artículo
125 del Código Municipal y que satisfagan los requisitos que establece el Manual de
Puestos de la Municipalidad, el artículo 111 de la Ley General de la Administración
Pública y lo estipulado en el artículo 118 del Código Municipal.
Artículo 16: Todo(a) trabajador(a) deberá estar amparado a contrato de trabajo o acción de
personal que contenga el salario devengado, especificando el salario base y pluses
salariales.

Artículo 17: Las personas que ingresen al servicio de la Municipalidad, lo harán mediante
contrato por tiempo indefinido, o por tiempo determinado, conforme a las siguientes
disposiciones:
Por tiempo indefinido: Se firmaran con los o las trabajadores(as) que ejecuten
indefinidamente las labores asignadas según el puesto en que se nombre y las necesidades
que la Administración determine.
 Por tiempo determinado: Se firmarán con los o las trabajadores(as) que ejecuten
temporalmente las labores de quien o quienes se encuentren disfrutando de vacaciones,
licencias por incapacidad u otra situación análoga, así como aquellos casos excepcionales
en que su contratación resulte procedente conforme a la naturaleza de los servicios que se
van a prestar (por proyecto u objetivos).
Estas contrataciones se regirán por los mecanismos existentes al efecto:
Suplentes: Forma de sustituir temporalmente al titular de un cargo, sea por licencia con o
sin goce de sueldo, vacaciones o incapacidad. La suplencia debe ser por un periodo
predefinido que deberá constar en el contrato de trabajo que se firme con el suplente.
Servicios especiales: Modalidad de contratar recursos humanos en el área técnico,
administrativo y profesional; para cubrir necesidades temporales que no excedan de un año
de acuerdo con lo establecido en el artículo 118 del Código Municipal.
Jornales ocasionales: Personal no profesional, ni técnico, ni administrativo, que
eventualmente presta servicios a la entidad en trabajos de tipo manual de carácter
extraordinario.
Las o los funcionarios contratados a destajo (por horas, días laborados; o en su caso por
tarea realizada), generalmente no tienen considerado en su pago el día de descanso
obligatorio, dado que el cálculo se establece tomando como base las horas o días trabajados
o la tarea realizada. La relación laboral de quienes se contratan de esta forma, no puede
exceder de los plazos que determinan las leyes existentes.
Por obra o proyecto determinado: se realiza para satisfacer necesidades que
eventualmente se presentan en la institución y en la cual, sin previa fijación de tiempo, el
objeto de la prestación personal de servicio subordinando será la obra o proyecto
producido.

Funcionarios(as) de confianza: Son aquellos contratados a plazo fijo por las partidas de
sueldos por servicios especiales o jornadas ocasionales, para brindar servicio directo al o la
Alcalde(sa), el o la Presidente(a) y Vicepresidente(a) Municipales y a las fracciones
políticas que conforman el Concejo Municipal.
Artículo 18: Corresponde al Alcalde(sa) Municipal, realizar nombramientos, promociones
y remoción de las o los empleados municipales, con excepción de las o los empleados que
dependan directamente del Concejo Municipal, así mismo, las o los empleados ocasionales
contratados con cargo a las partidas presupuestarias de Servicios Especiales o Jornales
Ocasionales.

Artículo 19: La descripción de las actividades de los puestos que se hace en el Manual
Descriptivo de Clases y Puestos de la Municipalidad, es tan solo la representación del
puesto, pero debe de representarse el mínimo de requisitos necesarios para cubrir las
necesidades del puesto.
Cualquier aplicación del mismo es válida en la medida que guarde relación con la
capacidad del o la funcionaria y naturaleza del puesto que ocupa. El o la servidora tendrá la
obligación de prestar servicios en diferentes tareas dentro de la misma clase, según
determine la Municipalidad de conformidad con el Manual Descriptivo de Clases de
Puestos, a fin de garantizar un conocimiento integral de las diferentes operaciones con base
en la aplicación del concepto de polifuncionalidad.

La Municipalidad, previo cumplimiento del debido proceso, con la debida justificación y
con fundamento en los principios que inspiran este reglamento, podrá cambiar el horario, el
lugar de trabajo y otros aspectos de la prestación del servicio. Siempre que no se cause
grave perjuicio al trabajador podrá temporalmente trasladar al o la servidora a otras
dependencias de la Municipalidad, según criterios técnicos de rotación. Podrá reubicar a los
o las funcionarias dentro de sus diferentes dependencias, de acuerdo con las disposiciones
del Código Municipal y de este reglamento, deberá contarse con la respectiva autorización
de su superior y acción de personal antes de iniciar la nueva prestación del servicio.

De la selección de personal

Artículo 20: Con las salvedades expresas en el Código Municipal, el personal de la
Municipalidad será nombrado y removido por el o la Alcalde(se) Municipal, previo informe
técnico respecto a la idoneidad de los aspirantes al cargo, efectuado por el Departamento de
Recursos Humanos.

Artículo 21: El personal de esta Municipalidad se seleccionará por medio de pruebas de
idoneidad, a las cuales se admitirá únicamente a quienes satisfagan los requisitos mínimos
prescritos en el Manual de Clases de Puestos. Las características de estas pruebas y los
demás requisitos corresponderán a los criterios actualizados de los sistemas modernos de
Reclutamiento y Selección; y corresponderán a reglamentaciones específicas que aplicará el
Departamento de Recursos Humanos de la Municipalidad.
Artículo 22: No podrán ser empleados(as) de la Municipalidad quienes sean cónyuges o
parientes, en línea directa o colateral hasta tercer grado inclusive, de alguno de los
concejales, el o la Alcalde(sa), el o la Auditor(a), los o las Directores(as) o Jefes del
Departamento de Recursos Humanos de la Municipalidad.
La designación de alguno de los o las funcionarias enunciados en el párrafo anterior no
afectará al o la empleada de la Municipalidad cónyuge o pariente de alguno de ellos
nombrados con anterioridad a la entrada en vigencia del presente reglamento.

Artículo 23: Si quedare una plaza vacante en la Municipalidad deberá llenarse de acuerdo
con las siguientes normas:

Mediante ascenso directo del o la funcionaria califica para el efecto y si es del hasta el
segundo grado inmediato.

Ante inopia en el procedimiento anterior, para lo cual se convocará a concurso interno entre
todos(as) los o las empleadas de la Municipalidad.

De mantenerse inopia en la instancia anterior, se convocará a concurso externo publicado
por lo menos en un diario de circulación nacional y con las mismas condiciones del
concurso interno.

Artículo 24: Con base en el recurso de los concursos aludidos en los incisos b) y c) del
artículo anterior, en el Departamento de Recursos Humanos presentará al o la Alcalde(sa),
una terna de elegibles de tres candidatos(as) como mínimo, o en su defecto una nómina,
cuando exista más de una plaza vacante de una misma clase en estricto orden descendente
de calificación. Sobre esta base el o la Alcalde(sa) escogerá al sustituto. Sin embargo, el o
la Alcalde(sa); mientras se realiza el concurso interno o externo puede autorizar el
nombramiento o ascenso interino de un(a) trabajador(a) por un plazo máximo de tres
meses.

Artículo 25: El o la servidora que concurse por oposición y cumpla con lo estipulado en el
Código Municipal, quedará elegible si obtiene una nota mayor o igual a 70 y mantendrá
esta condición por el término de un año, contado a partir del momento en que se le
comunique.
Previo informe y consulta de permutas y traslados horizontales de los o las servidoras con
sus Jefes inmediatos, el o la Alcalde(sa) podrá autorizar estos movimientos, siempre que no
se le cause perjuicio al trabajador y cuando satisfaga una necesidad real de la
Municipalidad.

Artículo 26: Todo(a) funcionario(a) de la Municipalidad deberá pasar satisfactoriamente
un periodo de prueba de tres meses de servicio a criterio de la Alcaldía, contados a partir de
la fecha de vigencia del acuerdo de su nombramiento. En tiempo laborado de forma interina
podrán ser computados para este efecto.

Del Manual Descriptivo de Puestos

Artículo 27: La Municipalidad tendrá un Manual de Clases de Puestos, se elaborará con
base en procesos u subprocesos, utilizando la concepción de poli funcionalidad, con el
propósito de impulsar una modernización en la Municipalidad. Las creaciones de nuevas
plazas deberán incluirse en el Manual, con sus respectivos perfiles ocupacionales, por lo
que se mantendrá actualizado tal y como lo señala el Código Municipalidad (Artículo120).

De las Reasignaciones de Puestos
Artículo 28: Para el presente Reglamento, téngase las siguientes definiciones:

Cargo: Nomenclatura interna con la que se conoce a cada uno de los puestos de la
organización.

Clase: Grupo de puestos suficientemente similares con respecto a deberes,
responsabilidades y autoridad, de manera que pueda utilizarse el mismo título descriptivo
para designar cada puesto comprendido en esta.

Factores de clasificación: Elementos que definen una clase dentro de un manual, como:
naturaleza del trabajo, actividades, condiciones organizadas y ambientales, características
personales y requisitos académicos y legales entre otros.

Reasignación de puestos: Cambio en la clasificación de un puesto de cargos fijos que
conlleva a un nivel salarial mayor, actividades, condiciones organizacionales y ambientales,
características personales y requisitos académicos y legales entre otros.

Artículo 29: Para la realización de las reasignaciones de puestos, se considerará los
siguientes aspectos:

Puestos ocupados:

El trámite para el estudio de reasignación cuente con la autorización del Alcalde(sa)
Municipal.

El funcionario debe estar en propiedad y en el ejercicio del puesto que se va ha reasignar.

La reasignación procede para cargos y clases existentes en los manuales vigentes.

La reasignación solo procederá cuando el funcionario reúna los requisitos académicos,
legales y otros que la clase a reasignar señale en el manual institucional de clases vigente.

Deben transcurrir seis meses entre el momento que se inicia el cambio de las actividades y
responsabilidades del puesto y la presentación de la solicitud de reasignación. El
coordinador o encargado de Recursos Humanos deberá cuantificar y evaluar, antes de que
se consolide este cambio, el impacto que las nuevas funciones produzcan en los servicios
que se presentan.
Puestos vacantes: Podrán reasignarse vacantes por reestructuración administrativa,
siempre y cuando su condición se haya originado por cambios en el perfil de puestos,
producto de un estudio integral, de las homologaciones o cambios en el manual
institucional de clases vigente.

El Departamento de Recursos Humanos, una vez recibidas las solicitudes de reasignación,
realizará un estudio técnico que contenga como mínimo: análisis de procesos o funciones,
productos o servicios, factores de clasificación, justificación de las necesidades
institucional de contar con el desempeño de las actividades en forma permanente,
consistencia de la estructura ocupacional y salarial debidamente actualizada.
Para que el puesto pueda ser reasignado a una categoría superior, deberá haber transcurrido
al menos un año desde la última reasignación del mismo.

Estimación del costo anual producto de la reasignación y fuerte de financiamiento.

Las reasignaciones serán aprobadas por el Alcalde(sa) Municipal. La fecha de vigencia será
el primer día del mes siguiente, en que se emita dicha aprobación.


CAPÍTULO X
De la carrera administrativa

Artículo 30: La carrera administrativa regirá por las normas establecidas en el Código
Municipal, en los artículos 115 al 145.

Artículo 31: Se establece la Carrera Administrativa Municipal, como medio de desarrollo y
promoción humano. Se entenderá como un sistema integral, regulador del empleo y las
relaciones laborales entre los o las servidoras y la administración municipal.
Artículo 32: La Municipalidad se regirá conforme a los parámetros establecidos para la
carrera administrativa. Los alcances y las finalidades se fundamentarán en la dignificación
del servicio público y el mejor aprovechamiento del recurso humano, para cumplir con las
atribuciones y competencias de la Municipalidad.

Artículo 33: Para ingresar a la Municipalidad se requiere:

Satisfacer los requisitos mínimos que fije el Manual Descriptivo de Puestos para la clase de
puesto de que se trate.

Demostrar idoneidad sometiéndose a las pruebas, exámenes o concursos.

Ser escogido de la nómina enviada por el Departamento de Recursos Humanos.

Prestar juramento ante el o la Alcalde (sa) Municipal, como lo establece el artículo 194 de
la Constitución Política de la República.

Firmar una declaración jurada garante de que sobre su persona no pesa impedimento legal
para vincularse laboralmente con la administración pública municipal.

Llenar cualesquiera otros requisitos que disponga en lo sucesivo este reglamento u otras
disposiciones legales.

CAPÍTULO XI
De la evaluación del desempeño

Artículo 34: Los(as) servidores de la Municipalidad, tendrán de acuerdo con el Código
Municipal, una evaluación y calificación objetiva de sus servicios. Para tales efectos el
Departamento de Recursos Humanos confeccionará los formularios y los modificará si
fuera el caso, previa consulta y autorización del o la Alcalde(sa) o quien designe.
Artículo 35: La evaluación o calificación anual de servicios servirá como reconocimiento a
los(as) servidores(as) para estimular y lograr una mayor eficiencia, así como factor a
considerar en el proceso de reclutamiento y la selección, la capacitación, los ascensos, la
concesión de permisos y las reducciones forzosas de personal.

Artículo 36: Para evaluar y calificar al o la servidora en su desempeño general, se
utilizarán las categorías de Regular, Bueno, Muy Bueno y Excelente. La evaluación y
calificación de servicios se hará efectiva en la primera quincena del mes de junio de cada
año.

Artículo 37: La evaluación y calificación de servicios en la Municipalidad, deberá darse a
los(as) servidores(as) nombrados(as) en propiedad que durante el año hayan trabajado
continuamente.

Artículo 38: cuando el o la servidora no haya completado un año de prestar servicios en el
momento de la evaluación, se observarán las siguientes reglas:

El servidor(a) que durante el respectivo periodo de evaluación y calificación de servicios
anual haya cumplido el periodo de prueba, pero no haya completado un semestre de
prestación de servicios, será calificado provisionalmente, y deberá calificársele en forma
definitiva durante la siguiente evaluación. De no reformarse la calificación provisional en
este período, será considerada definitiva.

Si el o la servidora ha estado menos de un año, pero más de seis meses a las órdenes de un
mismo jefe(a), a él o ella corresponderá evaluarlo(a).
Si el o la servidora ha estado a las órdenes de varios jefes(as) durante el año pero con
ninguno por más de seis meses, lo evaluará y calificará el último jefe(a) con quien trabajó
tres meses o más.

Artículo 39: El desacuerdo entre la jefatura y el o la colaboradora en relación con el
resultado de la evaluación y calificación de servicios, será resuelto por el o la Alcaldesa de
la Municipalidad, previa audiencia a todas las partes interesadas en cumplimiento del
debido proceso.

Artículo 40: Cuando el resultado de la evaluación y calificación de servicios anual de la o
el servidor(a) sea de Regular dos veces consecutivas, se considerará falta grave, por lo que
deberá procederse conforme a este reglamento. Siendo motivo de despido sin
responsabilidad laboral.

CAPITULO XII
De los sueldos y salarios, incentivos y otras compensaciones económicas

Artículo 41: Los sueldos y salarios del personal de la Municipalidad se regirán de la
siguiente forma:
Ningún servidor(a) devengará un sueldo, ni plus salarial inferior al mínimo o
correspondiente al desempeño del cargo que ocupa, según el Manual de Puestos y la Escala
Salarial.

 Los sueldos y salarios de los(as) servidores(as) de la Municipalidad de Zarcero, serán
determinados por una escala de sueldos, correspondientes a cada categoría de puestos.
Para determinar los sueldos y salarios, se tomarán en cuenta las condiciones presupuestarias
de la Municipalidad, el costo de vida en las distintas regiones, los salarios que prevalezcan
en el mercado para puestos iguales y cualesquiera otras legales en materia salarial.
Artículo 42: En adelante la Municipalidad seguirá aplicando las sumas y porcentajes de
aumento de salarios a todos(as) sus colaboradores(as) conforme y como mínimo, con los
porcentajes que decreta el Gobierno para los empleados públicos. En los primeros quince
días naturales de la publicación por parte del Gobierno del decreto del aumento salarial para
los empleados públicos, los funcionarios(as) municipales podrán plantear ante el Consejo
Municipal una negociación mayor conforme a las mismas condiciones y cantidades según
el artículo 100 del Código Municipal. En casos especiales se considerarán aumentos
salariales basados en estudios de mercado, revaloraciones de puestos, reorganizaciones;
todo ello considerando la viabilidad financiera de la Municipalidad; los aumentos salariales
producto de estos últimos tipos de estudio serán aplicados en el presupuesto siguiente a la
fecha de su aprobación, excepto la revaloración de puestos.

Artículo 43: La Municipalidad reconocerá un plus salarial denominado anualidad,
pagaderos por cada año laborado de la siguiente forma:

Un 2% (dos por ciento) mensual sobre el salario base, por cada año laborado.

Artículo 44: El pago del salario de todo el personal se calculará quincenal, depositándose
en la cuenta respectiva del o la funcionaria en alguno de los bancos del Estado o
Cooperativa, de existir previo contrato con las entidades financieras.


Artículo 45: La compensación económica por concepto de Prohibición del Ejercicio
Liberal de la Profesión, se regulará conforme con las disposiciones de la Ley    5867 del
15 de diciembre de 1975 y sus reformas, Ley 8422 de Corrupción y Enriquecimiento ilícito
y su Reglamento; así como la Ley 8292 de Control Interno y la normativa existente sobre la
materia.
Artículo 46: En caso que la Municipalidad cuente con presupuesto y se decida en pagar el
salario escolar, será cancelado a más tardar en la segunda quincena del mes de enero de
cada año correspondiente.

Artículo 47: Los(as) funcionarios(as) podrán acogerse al pago por concepto de Dedicación
Exclusiva de conformidad con la normativa vigente; siempre y cuando sea de interés
institucional.

Artículo 48: Para los efectos legales correspondientes, se aclara que el Régimen de
Prohibición es incompatible con el respectivo de Dedicación Exclusiva.

Artículo 49: El recargo de funciones se pagará con fundamento en la diferencia existente
entre el salario base del puesto que ocupa el o la funcionario(a) y el salario base del puesto
con recargo. La persona que realice el recargo debe cumplir con los requisitos académicos
profesionales entre otros que solicita el puesto a realizar.
Los viáticos no se considerarán salario para ningún efecto legal.

CAPITULO XIII
De la cesantía
Artículo 50: La Municipalidad de Zarcero, reconoce como derecho adquirido y reconocido
la indemnización laboral o cesantía para sus trabajadores; en ningún momento este
reconocimiento implicará un derecho por parte de la Municipalidad para rescindir del
personal.

Artículo 51: Para el cálculo y pago de cesantía se empleará el promedio de los seis últimos
salarios. Las fracciones de tiempo laborado, menores de seis meses, se pagarán calculando
dicho tiempo como medio año y las fracciones mayores de seis meses, se tomarán como un
año completo.



CAPÍTULO XIV
De la salud ocupacional y el equipo de trabajo
Artículo 52: Es deber de la Municipalidad, procurar el bienestar físico, mental y social de
los funcionarios(as), para lo cual deberá mostrar especial atención e interés en todo lo
relación con la salud ocupacional.

Artículo 53: La Municipalidad de Zarcero, por medio del área de salud ocupacional,
elaborará e implementará el programa de salud ocupacional que cubra a todas las
dependencias de la Municipalidad, de conformidad con el artículo 288 de la Ley sobre
Riesgos de Trabajo, número 6727 de 24 de marzo de 1982 y sus reformas.

 Artículo 54: La Municipalidad tomará las medidas necesarias, tendientes a proteger
eficazmente la vida, salud, integridad física y moral de los(as) funcionarios(as),
manteniendo en adecuado estado de uso lo relativo a:

Edificaciones, instalaciones, equipo y materiales para la protección personal.

Suministros, uso y mantenimiento de equipos y materiales para la protección personal.

Todo el personal deberá ser informado de los riesgos que para su salud conlleva su trabajo.
Se deberá además informar de todo factor de riesgo conocido o sospechoso en el ambiente
de trabajo que puede afectar su salud o la del resto de compañeros(as) de trabajo.

Artículo 55: La Municipalidad promoverá y fortalecerá la creación funcionamiento oficial
de Comisiones de Salud Ocupacional del Trabajo, para que se capaciten en dicha materia,
emergencias y riesgos; que sirvan de retroalimentación al resto de los(as) funcionarios(as)
respecto a la difusión y práctica de métodos y sistemas técnicos de prevención en forma
permanente.

Artículo 56: Las Comisiones de Salud Ocupacional, en coordinación con las autoridades
superiores de cada dependencia de la Municipalidad, podrán realizar acciones de formación
humanística, intelectual, estética, deportiva y recreativa que permiten el desarrollo de
actitudes.

Artículo 57: Todo(a) funcionario(a), grupo u organización de los(as) servidores(as) de la
Municipalidad tendrán derecho a presentar las quejas y propuestas tendientes a mejorar las
condiciones laborales. Para lo anterior, será competente la Comisión de Salud Ocupacional,
quien deberá pronunciarse en los plazos establecidos en la Ley General de la
Administración Pública.

Artículo 58: Los accidentes laborales, producto del incumplimiento a normas, desuso del
equipo de protección brindado por la Municipalidad o cualquier otra causa atribuible al(a)
colaborador(a), se considerará falta grave a su deber.

CAPÍTULO XV
De la regulación del fumado

Artículo 59: De conformidad con lo dispuesto en la Ley     9028 del 22 de marzo de 2001,
Ley sobre la Regulación del Fumado, publicada en el Alcance 37 de la Gaceta 61 del 26
de marzo del 2012; así como lo señalado en el Decreto Ejecutivo     37185-5-MEIC.MTSS
MP-H-Sp. Del 26 de junio del 2012, publicado en el Alcance a la Ley de Control del
Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud; se prohíbe a todos(as) servidor(a) sin excepción,
el fumar en las instalaciones municipales.

Artículo 60: Por el incumplimiento de lo dispuesto en la Ley 9028 y su Reglamento, se
procederá a realizar el informe sanitario correspondiente, para que las autoridades de Salud,
apliquen el procedimiento sumatorio establecido por Ley.


CAPÍTULO XVI
De los funcionarios o las funcionarias con discapacidad
Artículo 61: La Municipalidad garantizará la posibilidad de contratación a las personas con
discapacidad física permanente, de existir una plaza vacante, adecuada a las condiciones de
la discapacidad y las instalaciones de tabajo sean adecuadas a las condiciones del
trabajador.

Artículo 62: Serán considerados “ACTOS DISCRIMINATORIOS” los siguientes:

Ausencia de condiciones constructivas específicas en el edificio municipal, que impidan el
ingreso a éste.

Exigir requisitos adicionales a los establecidos para todos(as) los(as) solicitantes.

No se emplee a un trabajador idóneo en razón de su discapacidad.

Artículo 63.- La Municipalidad debe propiciar las facilidades necesarias con el fin de que
todos(as) los(as) servidores(as), sin discriminación alguna, puedan capacitarse y superarse
en el desempeño de sus puestos.

CAPÍTULO XVII
Del hostigamiento sexual

Artícullo 64: Para los efectos del presente Reglamento y de acuerdo con el artículo 3° de la
Ley Contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia, N° 8805, del 2 de Junio
del 2010, se entiende por acoso u hostigamiento sexual; toda conducta sexual indeseada por
quien la recibe, reiterada y que provoque efectos perjudiciales en los siguientes casos:
Condiciones materiales de empleo.
Desempeño y cumplimiento laboral.
Estado general del bienestar personal.
También se considera acoso sexual la conducta grave, que habiendo ocurrido una sola vez,
perjudique a la víctima en cualquiera de los aspectos indicados.

Artículo 65: Serán tipificadas como manifestaciones del acoso sexual los siguientes
comportamientos:

Requerimiento de formas sexuales que indiquen:

Promesa, implícita o expresa, de un trato preferencial, respecto de la situación, actual o
futura, de empleo de quien la reciba.

Amenazas, implícitas o expresas, físicas o morales, de daños o castigos referidos a la
situación actual o futura de empleo, de quien la reciba.


Exigencia de una conducta de sujeción o rechazo, sea de forma implícita o explícita, como
condición para el empleo.

Uso de palabras de naturaleza sexual, escritas u orales, que resulten hostiles, humillantes u
ofensivas para quien las reciba.

Acercamientos corporales u otras conductas físicas de naturaleza sexual, indeseadas u
ofensivas para quien las reciba.
Artículo 66: La persona afectada planteará la denuncia escrita o verbal ante su superior
inmediato y en caso de impedimento legal, ante el o la Alcaldesa de la Municipalidad o
Vicealcalde (sa). En caso de que la denuncia sea contra el o la Alcaldesa o Vicealcade (sa),
la denuncia deberá presentarse ante la Secretaría del Concejo Municipal, la cual una vez
que cuente con la denuncia firmada, deberá remitirlo al Concejo Municipal.
De lo manifestado se levantará un acta que suscribirán, la persona ofendida y quien recibe
la denuncia.
En dicho documento deberá indicarse:
Nombre de la persona denunciante, número de cédula y Departamento para el que labora.
Nombre de la persona denunciada y Departamento para el que trabaja.
Indicación de las manifestaciones de acoso sexual.
Fecha aproximada a partir de la cual ha sido víctima del acoso sexual y hostigamiento.
Nombre de las personas que pueden atestiguar sobre los hechos denunciados.
Cualquier otra prueba que sirva para la comprobación del acoso y hostigamiento.
Firma de la persona denunciante y de quien recibe la denuncia.
Durante los dos días hábiles siguientes a la presentación de la denuncia, para su
conocimiento se trasladará a la Oficina de la Mujer, al Departamento de Recursos
Humanos, al Alcalde o Alcaldesa de la Municipalidad y a la Defensoría de los Habitantes.

Artículo 67: En un plazo no mayor a cinco días naturales, después de interpuesta la
denuncia, deberá nombrarse Órgano Director del Proceso.
El Órgano Director estará integrado por tres personas de escogencia del o la Alcaldesa,
dentro del cual estará un(a) abogado(a) y el o la Jefa de la Oficina de la Mujer. En todo
caso, se buscará en la escogencia de los(as) miembros del Órgano Director, personas de
reconocida solvencia moral.

Artículo 68: El Alcalde o la Alcaldesa podrá ordenar, a solicitud de la persona interesada o
de oficio, su reubicación temporal en la Municipalidad. La Alcaldía Municipal resolverá en
única instancia, dentro de un plazo de dos días hábiles, a partir de la gestión, la procedencia
o no de la reubicación temporal solicitada. En caso de que la denuncia sea al Alcalde (sa) o
Vicealcalde (sa), la solicitud deberá plantearse en cualquiera de las dos autoridades que no
este involucrada en la denuncia. En última instancia con una justificación amplia, el caso
podrá ser conocido por el Concejo Municipal, el cual determinará el proceso a seguir.

Artículo 69: El procedimiento interno administrativo deberá ser el ordinario, de
conformidad con el libro II de la Ley General de la Administración Pública, garantizando la
confidencialidad absoluta en resguardo de los derechos de sus participantes, así como el
debido proceso.

Artículo 70: La influencia de una persona del Órgano Director o de cualquier otro(a)
funcionario(a) vinculado(a) directa o indirectamente con el procedimiento, se considerará
falta grave de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento, sancionable de
conformidad con el Código Municipal vigente.

Artículo 71: Tanto la persona denunciante de hostigamiento sexual como los(as) testigos
de las partes, gozarán de las garantías y derechos previstos en la Ley N° 8805 deñ 28 de
abril del 2010, en relación con su trabajo y condiciones generales del mismo.

Artículo 72: Las sanciones por hostigamiento sexual se aplicarán de conformidad con las
reglas de la sana crítica racional y la gravedad de los hechos, se sancionará de conformidad
con lo dispuesto en la Ley N° 8805. Lo anterior, sin perjuicio de que se acuda a la vía
correspondiente, cuando las conductas constituyan tambien, hechos punibles según lo
establecido en el Código Penal.

Artículo 73: La persona que denuncia hostigamiento sexual falso, podrá incurrir, cuando
así se tipifique, en cualquiera de las conductas propias de la difamación, la injuria o la
calumnia, de acuerdo con las disposiciones correspondientes del Código Penal.

CAPÍTULO XIII
De los derechos del personal

Artículo 74: Los(as) servidores(as) de la Municipalidad gozarán de los siguientes derechos,
además de los dispuestos en otras leyes:

No podrán ser despedidos de sus puestos a menos que incurran en las causales de despido
que prescribe el Código de Trabajo, el Código Municipal, el presente Reglamento y Leyes
Conexas.

El respeto a sus derechos laborales y reconocimiento por el buen desempeño.

Contarán con una remuneración decorosa, acorde con sus responsabilidades, tareas y
exigencias, tanto académicas como legales.
Disfrutarán de vacaciones anuales según el tiempo consecutivo servido, en la siguiente
forma:
Si hubiere trabajado de cincuenta semanas a cuatro años y cincuenta semanas, gozarán de
quince días hábiles de vacaciones.

Si hubieren trabajado cinco años y cincuenta semanas a nueve años, gozarán de veinte días
hábiles de vacaciones.

Si hubieren trabajado durante diez años y cincuenta semanas o más, gozarán de treinta días
hábiles de vacaciones.

Podrán disfrutar de licencia ocasional de excepción, con goce de salario o sin él, según las
disposiciones del Código Municipal.

Podrán gozar de licencia para asistir a cursos, siempre que sus ausencias no perjudiquen
evidentemente la continuidad del servicio público.

La Municipalidad definirá políticas y promoverá la asignación de recursos para fomentar el
desarrollo y la formación didáctica de su personal, dando facilidades, asignando partidas
presupuestarias y otorgando licencias con goce de salario, orientadas a mejorar el recurso
humano de sus áreas dirctivas, profesionales, técnicas, administrativas y operativas.

Tendrán derecho a una evaluación anual del desempeño de sus labores.

Toda servidora embarazada, gozará de la licencia, los deberes y las atribuciones prescritas
en el artículo 95 del Código de Trabajo.

CAPÍTULO XIX
De las vacaciones

Artículo 75: Los(as) servidores(as) de la Municipalidad, disfrutarán de vacaciones anuales
remuneradas de acuerdo con lo establecido en el artículo anterior, inciso d), dado que el
disfrute del período de vacaciones es un derecho fundamental para todo el personal,
indistintamente de la modalidad de la relación de servicio pre existente (jornada, puesto,
categoría, entre otros).

Artículo 76: Para obtener derecho a la vacación anual, es necesario que el o la servidor(a)
haya prestado sus servicios durante cincuenta semanas continuas; sin embargo si por
cualquier causa, no se completara ese plazo o, se requiere realizar un pago de vacaciones;
únicamente para efectos de pago, se considerarán las siguientes normas:

En caso de que no se haya cumplido con las cincuenta semanas de servicios tendrá derecho
a un día por cada mes de trabajo.

Un punto veinticinco (1.25) días por cada mes trabajado, en los casos en que correspondiera
disfrutar de quince días hábiles de vacaciones; más un uno punto cuatro (1.4) para
compensar los días no hábiles.
Uno punto sesenta y seis (1.66) días por cada mes trabajado, en los casos en que
correspondiera disfrutar de veinte días hábiles de vacaciones; más un uno punto cuatro (1.4)
para compensar los días no hábiles.

Uno punto ochenta y tres (1.83) días por cada mes trabajo, en los casos en que
correspondiera disfrutar de veintidós días hábiles de vacaciones; más un uno punto cuatro
(1.4) para compensar los días no hábiles.

Dos puntos cincuenta (2.50) días por cada mes trabajado, en los casos en que
correspondiera disfrutar de treinta días hábiles de vacaciones; más un uno punto cuatro
(1.4) para compensar los días no hábiles.
Artículo 77: Las jefaturas en conjunto con el personal, realizarán la programación de
vacaciones, tratando de que no se altere la buena marcha de las funciones enconmendadas,
ni que sufra menoscabo la efectividad del descanso. La fijación deberá hacerla dentro de las
quince semanas siguientes al día en que se cumpla el derecho de disfrutar sus vacaciones.
Si transcurridas las quince semanas no se ha fijado la fecha correspondiente, el o la
funcionaria podrá solicitarlas por escrito ante el Departamento respectivo. En tal caso. Se
debrá conceder el disfrute de vacaciones a más tardar dentro del mes posterior a la
solicitud.
Si no se otorgaran en los ocho días siguientes, podrá el o la servidora reportar esta situación
al Departamento de Recursos Humanos, quien previa consulta al Alcalde(sa) procederá a
otorgar las vacaciones e iniciará el proceso correspondiente para determinar las eventuales
responsabilidades.

Artículo 78: Las vacaciones se deberán gozar sin interrupciones, salvo, cuando así lo
convengan el(la) funcionario(a) municipal y siempre que se tratare de labores de índole
especial, que no permitan la ausencia prolongada del o la funcionaria y su presencia se
considere necesaria para la buena marcha del servicio.
Para todos(as) los(as) funcionarios(as), las boletas de vacaciones serán autorizadas por las
jefaturas inmediatas, quienes enviarán copia al Departamento de Recursos Humanos para
los registros pertinentes.
En el caso de la Alcaldía, ésta deberá informar al Concejo Municipal, de los días que se
ausentará por vacaciones. Lo anterior para efectos de que conozca su suplencia.

Artículo 79: Del total de vacaciones que le corresponde, el servidor o la servidora deberá
disfrutar al menos de quince días hábiles cada año, período que es incompensable.
Cuando la Institución lo requiera, por conveniencia y, el servidor acepte, se podrá
compensar económicamente las vacaciones no disfrutadas.

Artículo 80: El pago de las vacaciones se hará con base en el último salario bruto del mes
devengados por el o la servidora.

Artículo 81: Si durante el disfrute de las vacaciones, el o la servidor(a) se enferma o
accidenta y es incapacitado(a) para trabajar, por la Caja Costarricense del Seguro Social o
el Instituto Nacional de Seguros, el período se interrumpe y los días que falten de disfrutar
se concederán al término de la incapacidad.

Artículo 82: Cuando se presente un caso de emergencia o de urgencia en el trabajo y se
considere que la solución del problema podría estar en el regreso inmediato del o la
servidora en vacaciones, podrá pedirse a éste(a) su regreso, sin que ello represente
obligación para el o la servidora o represalias en su contra.
Si está anuente, se interrumpirá el disfrute por todo el tiempo que sea necesario y, al
término de la situación que la originó, continuará el o la servidora, con el disfrute de su
derecho.

Artículo 83: Cuando el o la servidora desempeñe labores técnicas o profesionales que
dificulten su reemplazo o, se trate del o la Alcaldesa, podrá la Municipalidad acumularle las
vacaciones por un período. Es obligación de la Municipalidad, el no permitir que se
acumulen dos o más períodos de vacaciones.

Artículo 84: A efecto de determinar las cincuenta semanas de servicios continuos para
tener derecho a vacaciones, no se computará los períodos de suspensión de la relación de
servicio, salvo las siguientes excepciones:

Inapacidad por maternidad.
Incapacidad por enfermedad y por riesgos de trabajo.
Licencia por adopción de hijos(as) menores de tres años en los términos de la Ley de
Protección Social de la Mujer.
Permisos con goce de salario.

CAPÍTULO XX
De los beneficios

Artículo 85: Los(as) colaboradores(as) podrán disfrutar de los beneficios que se citan en el
presente reglamento, de conformidad con los requisitos y formalidades que se establecen
para el otorgamiento de cada uno de ellos.

Artículo 86: La Municipalidad concederá licencias con goce de salario, previa solicitud por
escrito del o la servidora; informando al superior jerárquico y al departamento de Recursos
Humanos, en los siguientes casos:

Por matrimonio del servidor: cinco días hábiles, contados a partir del día de la ceremonia,
previa constancia extendida por autoridad competente.
Cinco días hábiles con goce de sueldo cuando sobrevenga el fallecimiento de cualquiera de
sus padres, hijos, hermanos o cónyuge. En caso de fallecimiento de hijos, el derecho se
podrá conceder a aquellos servidores padres de hijos nacidos dentro y fuera del
matrimonio; en este caso cuando sean hijos reconocidos, debiendo aportar en ambos casos
certificación de nacimiento y certificación de defunción ante el Departamento de Recursos
Humanos. La vigencia será desde la fecha inmediata o un día posterior al hecho. Solo se
puede brindar este beneficio en los primeros diez días de ocurrido el hecho.

Tratándose de funcionarios varones tres días hábiles por nacimiento de hijos(as), los que se
contaran a partir del día del alumbramiento o un día después; debiendo aportar certificación
de nacimiento ante el Departamento de Recursos Humanos.
Cinco días hábiles en caso de enfermedad grave de los parientes citados en el inciso dos de
este artículo, para lo cual deberá aportar el respectivo dictamen médico, el cual será
remitido a la Alcaldía Municipal, con el fin de brindar el permiso correspondiente y
remitirá la resolución al Departamento de Recursos Humanos, para los efectos
correspondientes, el permiso regirá desde el momento que se requiera.
Medio día completo en cada ocasión, para efectuar diligencias personales debidamente
justificadas y en casos en que el servicio que se necesita coincida solamente con el horario
de trabajo de la Municipalidad. Estas licencias no podrán exceder de tres cada años
calendario, ni disfrutarse en forma consecutiva, ni agregarse a períodos inmediatamente
anteriores o posteriores de vacaciones, absueltos y feriados.

Dos días hábiles en caso de fenómenos naturaleza o incendio de consecuencias graves que
afecten la vivienda del o la funcionaria, se deberá aportar al Departamento de Recursos
Humanos el comprobante respectivo.


Para asistir a cita médica previa: un día como máximo a la madre o al padre que deba llevar
a su hijo(a) menor de edad o discapacitado(a) a cumplir con ésta, lo que demostrará al
solicitar el correspondiente permiso. Quedan a salvo las situaciones de urgencia que serán
comprobadas al momento de reintegrarse a sus labores. En caso de demostrarse que la
causa invocada es falsa, se procederá al rebajo del sueldo por el tiempo de ausencia, sin
perjuicio de las sanciones disciplinarias que pudieran proceder. Se deberá remitir al
Departamento de Recursos Humanos el comprobante que para tal efecto entregue el centro
médico.

Para matrícula del trabajador(a) o de sus hijos(as) en centros educativos: el tiempo
prudencial para realizar la misma, en el entendido de que el (la) trabajador(a) presentará
comprobante y justifique. De no hacerlo se le rebajará el salario correspondiente, sin
perjuicio de la sanción disciplinaria que pueda corresponder.

La Municipalidad otorgará permiso hasta medio día a todos(as) aquellos(as) choferes que
tengan que renovar su licencia; esto con la justificación respectiva. En cuanto a los demás
trabajadores(as) que deseen tener su licencia, se pondrán de acuerdo con el superior
jerárquico para el respectivo permiso.
CAPÍTULO XXI
De los permisos con y sin goce de salario

Artículo 87: Siendo un derecho del o la funcionario(a) Municipal, se podrá solicitar
permiso ocasional o de excepción en los casos que establece el artículo 144 del Código
Municipal.

Otras actividades del o la servidor(a).
El o la Alcalde(sa) o quién designe podrá otorgar hasta por treinta días al o la servidor(a)
que haya sido designado para representar al país, tanto en el interior como en el extranjero,
en actividades culturales, académicas o deportivas; siempre y cuando se aporte certificación
del Entesea nacional o internacional con la oficialidad del evento y de la escogencia del
funcionario para dicho evento.

Artículo 88: El o la Alcaldesa o quién designe podrá prorrogar los permisos sin goce de
salario, autorizados mediante resolución interna y con apego estricto a las siguientes
disposiciones:

Hasta seis meses para asuntos personales, la cual podrá ser prorrogada por seis meses más
en casos muy especiales.
Hasta un año para:
Asuntos graves de familia, tales como enfermedad, convalecencia o tratamiento médico,
cuando así lo requiera la salud del o la funcionaria.

Realización de estudios académicos en materias, especialidades o campos de indudable
interés para la Municipalidad, a nivel superior de pregrado, grado o postgrado o, a nivel
técnico que requiera de la dedicación exclusiva del o la funcionaria durante la jornada de
trabajo.

Toda solicitud de licencia sin goce de salario o prórroga de la misma, requerirá la
presentación de los documentos en que se fundamenta, la cual, para su trámite debe de
hacerse con un mes de antelación ante las instancias indicadas. Transcurrido el mes sin que
exista resolución por parte de la administración, se entenderá autorizada la licencia o
prórroga.
Artículo 89: Las licencias para impartir lecciones a nivel superior, se tramitarán conforme
a lo establecido en el artículo 49 de la Ley de la Administración Financiera de la República
y en la Ley N° 8422, Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento ilícito en la Función
Pública.

CAPÍTULO XXII
De las incapacidades para trabajar

Artículo 90: La Municipalidad reconocerá las ausencias al trabajo del o la servidor(a)
motivadas por incapacidad para trabajar, ya sea por enfermedad, maternidad o riesgo
profesional y, se sujetará a las siguientes disposiciones:

Por incapacidad de la Caja Costarricense del Seguro Social o del Instituto Nacional de
Seguros de menos o, igual a tres días, la Municipalidad pagará al o la trabajador(a) el 40%
del salario.

Por incapacidades de la Caja Costarricense del Seguro Social, después de tres días, la
Municipalidad cancelará el faltante del salario devengado por el trabajador; para completar
el 100% del salario.
En todo lo que no se encuentre aquí expresamente regulado respecto de las incapacidades,
se consideraran disposiciones supletorias del presente Reglamento, el Reglamento para la
extensión de incapacidades a los(as) Trabajadores(as) Beneficiarios(as) del Régimen de
Enfermedad y Maternidad y el Reglamento General de Riesgo de Trabajo y las
interpretaciones que de los mismos expida la Caja Costarricense del Seguro Social,
Instituto Nacional de Seguros y el Código Trabajo.

Artículo 91: En el período de lactancia la servidora podrá disponer de una hora diaria
continua o fraccionada con goce de salario, para amamantar a su hijo durante los doce
meses posteriores al alumbramiento. Este permiso podrá prorrogarse siempre que la
servidora interesada lo solicite por escrito y aporte el certificado médico de la Caja
Costarricense de Seguro Social o el médico de la Institución, en el que conste el estado de
su lactancia. Dicha licencia deberá tramitarse ante el superior jerárquico y éste deberá
tramitar lo correspondiente ante el Departamento de Recursos Humanos.
Artículo 92: No se excluirán los montos dejados de percibir por concepto de incapacidades
de la Caja Costarricense del Seguro Social, para efectos de los cálculos de aguinaldo.
CAPÍTULO XXIII
De la jornada de trabajo y subsidios
Artículo 93: Las diferentes jornadas y roles de trabajo para el personal, serán definidas por
la Alcaldía.
Artículo 94: Se considera tiempo efectivo de trabajo aquel en el que los(as)
trabajadores(as) permanezcan bajo las órdenes o dirección inmediata o delegada del
patrono.

Artículo 95: La Municipalidad podrá modificar transitoria o permanentemente los horarios
establecidos, siempre que ciscunstancias especiales así lo exijan y no se cause grave
perjuicio al personal. El cambio será comunicado al personal afectado con un mínimo de
tres días de anticipación.

Artículo 96: Cuando necesidades imperiosas de la Municipalidad lo requieran, el personal
tienen la ineludible obligación de laborar en horas extraordinarias, salvo impediemento
grave, hasta por el máximo de horas permitido por la Ley; sea que la jornada ordinaria
sumada a la extraordinaria no podrá exceder de doce horas diarias. En cada caso concreto el
patrono comunicará al personal, con la debida anticipación, la jornada extraordinaria que
deben laborar, pudiendo tenerse la negativa injustificada a hacerlo, como falta grave, para
efectos de sanción.

Artículo 97: Cuando necesidades imperiosas de la Municipalidad lo exijan, todo el
personal podrá ser requerido por sus superiores para realizar temporalmente cualquier otra
labor adicional o diferente, compatible con sus fuerzas, aptitudes, estado o condición, que
sea del mismo género de las que forman el objeto de la relación laboral y para la que fue
contratado, siempre que la misma no exceda de un mes.
Artículo 98: Excepto que el personal permanezca en el centro de labores, bajo las ódenes
del patrono, no se cosiderará tiempo efectivo de trabajo, aquél durante el cual se suspendan
las labores por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, siempre que dicha suspensión no
exceda de un día. La Municipalidad, podrá convenir con los(as) trabajadores(as) en reponer
las horas perdidas, con el propósito de completar la jornada ordinaria semanal, siempre y
cuando tal prestación de servicios se lleve a cabo dentro de la misma semana en que ocurrió
el hecho.

Artículo 99: La Municipalidad es anuente en la creación de jornadas flexibles de trabajo;
mismas que serán aprobadas por el o la Alcaldesa, previa solicitud del o la interesada y con
la anuencia del jefe(a) inmediato. Lo señalado siempre y cuando no se vea afectado el
servicio y los intereses de la institución.

CAPÍTULO XXIV
Del régimen y control de asistencias, ausencias y llegadas tardías

Artículo 100: Para el presente capitulo es importante indicar que

Reloj Marcador: Dispositvo electrónico de la Municipalidad en el cual los funcionarios
municipales deben marcar su hora de entrada a jornada laboral, la merienda de 15 minutos,
el almuerzo de 1 hora y salida de la jornada laboral según el horario para los diferentes
Departamentos.
Control de Asistencia: Reporte mensual en detalle de los registros, correspondiente a las
horas de ingresos y salidas del personal del reloj marcador de la Municipalidad.

Llegada Tardía: Ingreso al centro de trabajo, cinco minutos después de la hora respectiva,
según corresponda.
Sanción: Consecuencia inmediata ante la constatación de una irregularidad en la Asistencia
al Centro de Trabajo, consistente en:
Amonestación verbal.
Amonestación escrita.
Suspensión de labores.
Despido.
Boleta de permiso: Fórmula pre-impresa o digital, para usos específicos de control de
asistencia-justificación .
Ausencia: No presentarse a laborar; esta puede ser justificada o no.
Abandono de trabajo: Ausentarse del trabajo dentro de la jornada laboral, sin previa
autorizacion o permiso del encargado(a) inmediato.
Artículo 101: Se aplicarán las siguentes sanciones específicas:
Para llegadas tardías injustificadas en un mismo mes calendario:
Por tres: amonestación verbal.
Por cuatro: amonestación escrita.
Por cinco: suspensión por tres días, sin goce de salario.
Por seis: suspensión por quince días.
Por siete o más: despido sin responsabilidad patronal.

Ausencias injustificadas en un mismo mes calendario:
Por media ausencia: amonestación escrita y el rebajo de media jornada.
Por una completa o dos medias ausencias: suspensión hasta por los dos días y rebajo
correspondiente al tiempo no laborado.
Por tres medias ausencias alternas: suspensión hasta por seis días y el rebajo
correspondiente al tiempo no laborado.
Por una y media ausencia consecutiva, o dos alternas completas: suspensión hasta por ocho
y el rebajo correspondiente al tiempo no laborado.
Por cinco o más medias ausencias, por dos ausencias consecutivas, o por más de dos
ausencias alternas en un mismo mes calendario: despido sin responsabilidad para la
Municipalidad.
Abandono injustificado del trabajo:
Suspensión hasta por quince días sin goce de salario, la primera vez y
Despido sin responsabilidad patronal la segunda vez.
Estas faltas se computarán, para efectos de reincidencia, en el lapso de tres meses, salvo
normativa contraria.
Violación de las dispociones de los articulos 20 y 21 del presente reglamento
Primera vez: suspensión por ocho días.
Segunda vez: despido sin responsabilidad patronal.
Las conductas referidas en los artículos 20 y 21 de este Reglamento, se considerarán “falta
grave”, sancionadas con despido sin responsabilidad patronal para la Municipalidad.
Artículo 102: Las sanciones de suspensión sin goce de salario o despido, por inasistencia al
trabajo corresponderá aplicarlas al (a la) Alcalde(sa) Municipal, previo informe del Jefe
inmediato.
Artículo 103: Usos de la “Boleta de permiso”:
Se requerirá de la “boleta de permiso” para ausentarse del centro de trabajo en los siguentes
casos:
Asuntos médicos familiares (comprobantes).
Asuntos educativos personales y de hijos (circulares oficiales o análogos).
Llamamientos judiciales (comprobantes oficiales).
Asuntos de emergencia personales o familiares que amerite la ausencia.
Asuntos relativos a la renovación de documentos personales (cédula de identidad, licencias
de conducir, carnet de residencia, pasaporte, tarjetas bancarias, carnet de asegurado).
Se requerirá de la “boleta de permiso” para la justificación de llegadas tardías, las cuales
serán presentadas en el término de 24 horas posteriores al hecho.
La responsabilidad del control de asistencia corresponde al jefe inmediato; el cual se deberá
de encargar de gestionar cualquier asunto del regimen sancionatorio, conforme corresponda
la anomalía presentada por el personal a su cargo. Deberá reportar en todo momento al
Departamento de Recursos Humanos.
CAPÍTULO
Del uso del uniforme
Artículo 104: La Administración Municipal, conforme a sus condiciones económicas
proporcionará uniforme a los(as) de la colaboradores(as) de la organización; siendo el
mismo de carácter obligatorio. Los(as) colaboradores(as) deberán cumplir con las
directrices que se dicten para el buen uso del mismo.
Artículo 105: Los materiales con que se fabricarán las prendas, serán todos de buena
calidad y se contratará su confección y compra siguiendo las disposiciones del Código
Municipal y la Ley de Contratación Administrativa; a la vez acatando los estudios y
criterios técnicos del área de salud ocupacional.
Artículo 106: Cada colaborador(a) será responsable del buen uso que se le dé a las prendas.
Por tanto, queda prohibido el ingreso a lugares de diversión portanto el uniforme municipal,
salvo en labores relativas al cargo.
Artículo 107: Queda prohibido donar o vender las prendas de los uniformes, asi sean estas
de años anteriores, ni aún cuando estén en mal estado. Los mismos deberán ser devueltos
para su debida eliminación.
Artículo 108: A los(as) funcionarios(as) que se les dote de uniforme, éste será de uso
obligatorio durante la jornada laboral. El uniforme debe estar siempre limpio, ordenado y
planchado, con faldas por dentro en el caso de los hombres, y sin mangas largas redobladas.

Artículo 109: El no uso del uniforme por primera vez sin la justificación debida se
considerara falta leve sancionable con amonestación verbal.
Se impondrá amonestación por escrito cuando el o la servidor(a) haya merecido 2 o más
amonestaciones verbales durante un mismo mes calendario.
Artículo 110: En caso de que la funcionaria éste embarazada se le permitirá, hacer los
arreglos al uniforme, hasta cuando sea posible, o bien, utilizar piezas de vestir en color
idéntico o similar para utilizarlos durante el período de embarazo. Cuando ya no sea posible
modificar las prendas se le excusará del uso de uniforme por el resto del embarazo siempre
y cuando mantenga la decencia y la formalidad.
Artículo 111: En caso de que un funcionario(a) deba realizar una gira fuera de su lugar de
trabajo, deberá usar el uniforme respectivo, excepto que por el tipo de gira se recomiende
otro tipo de vestimenta para ello deberá contar con autorización escrita de la jefatura
inmediata.
Artículo 112: Cualquier uniforme o pieza adicional que desee confeccionar el personal,
correrá por su propia cuenta, no pudiendo variar los materiales, colores, ni las
características del uniforme.
Artículo 113: El período de duración de estas prendas de vestir es de 1 año, después de
iniciar su uso, convirtiéndose en obligatoriedad su uso dentro de la jornada laboral. Sin
embargo, cuatro meses antes de cumplido este plazo de uso, se analizará la posibilidad de
cambiar los mismos, si lo amerita.
Artículo 114: La compra de los uniformes será cubierta por la administración, por tanto
debe tratarse los mismos como bienes municipales, que deben ser bien cuidados y
resguardados por quien lo utilice.
Artículo 115: El cuidado y buen uso del uniforme es responsabilidad absoluta del (de la)
funcionario(a), lo que significa que si por descuido u otra causa imputable al (a la)
mismo(a), el uniforme se deteriora antes del año o cumplido su vida útil, la reparación o
sustitución del mismo corre en su totalidad por parte del (de la) funcionario(a). La
administración sólo repondrá los uniformes que por motivo de caso fortuito o fuerza mayor,
debidamente acreditados ante la jefatura.

Artículo 116: No tendrán derecho del uniforme el personal que ocupe puestos en
nombramientos de ocasionales, suplencias e interinos que tengan un periodo menor a los
tres meses. Salvo mediante justificación escrita del Alcalde (sa) se incluya el personal que
se encuentra nombrado en estas categorías, para dicho beneficio.
CAPÍTULO XXVI
Del régimen disciplinario y disposiciones varias de las medidas disciplinarias
Artículo 117: La inobservancia de los deberes y obligaciones o la violación de las
prohobiciones por parte del personal de la Municipalidad en el desempeño de sus
funciones, las cuales se encuentran debidamente establecidas en el Código Municipal, el
Código de Trabajo, y este reglamento, se sancionará de acuerdo con la gravedad de la falta
cometida y siguiendo el procedimiento que en adelante se indica.
Artículo 118: De acuerdo con el artículo anterior y el artículo 149 del Código Municipal,
las sanciones por aplicar se clasifican en:
Amonestación verbal.
Amonestación escrita.
Suspensión del trabajo sin goce de salario hasta por quince días.
Despido sin responsabilidad patronal.
Para efectos de aplicar una sanción, la reincidencia se considerará de acuerdo con la falta
comedita. Tales sanciones no se aplicarán atendiendo estrictamente el orden en que aquí
aparecen, sino a lo reglado en cada caso (artículo 150 del Código Municipal), cuyas
sanciones se harán de conocimiento del Departamente de Recursos Humanos.
Artículo 119: La amonestación verbal se aplicará en los casos de FALTA LEVE.
Artículo 120: La amonestación escrita se aplicará:
Cuando como lo señala el artículo 149 del Código Municipal, el o la servidor(a) haya
merecido dos o más advertencias orales durante un mismo calendario.
Cuando las leyes del trabajo exijan que se le aperciba por escrito antes del despido, y
En los demás casos que determinen las presentes disposiciones reglamentarias.

Artículo 121: La suspensión sin goce de salario se aplicará hasta por quince días, excepto
cuando una disposición legal determine lo contrario en los siguientes casos:
Cuando el o la servidora, después de haber sido amonestado(a) por escrito, reincida con la
misma falta, en el término de un año calendario.
Cuando el o la servidora haya sido amonestado(a) por escrito por tres faltas diferentes,
dentro de un plazo de tres meses a partir de la aplicación de la última sanción.
Artículo 122: El despido se efectuará sin responsabilidad patronal en los siguientes casos:
En los casos de falta grave previstos en ese reglamento.
En los casos excepcionalmente previstos en este reglamento.
Cuando el o la funcionario(a) incurra en alguna de las causales previstas en el artículo 81
del Código de Trabajo, artículo 148 del Código Municipal y otras disposiciones conexas y
supletorias.
En los casos anteriores, el o la Alcaldesa Municipal podrá aplicar una sanción de
suspensión, de conformidad con el artículo anterior, valorando las circunstancias atenuadas
que se presenten en cada caso, y tomando en consideración aspectos tales como: la
magnitud del daño, patrimonial como de la imagen institucional, el grado de culpabilidad o
dolo que determine la jerarquía del o la funcionario(a), su nivel de responsabilidad dentro
de la Municipalidad, y su expediente personal.
Artículo 123: Para aplicar AMONESTACIÓN VERBAL O ESCRITA, previamente
deberá concederse audiencia a la o a el funcionario(a) en cumplimiento del debido proceso.
En los demás casos (suspensión sin goce de salario y despido), deberá abrirse un
procedimiento administrativo disciplinario de conformidad con el Libro II de la Ley
General de la Administración Pública, para lo cual el o la Alcalde(sa) nombrará o designará
el Órgano Director que corresponda, sea unipersonal o colegiado.
El expediente que se levante al efecto, servirá de base para la resolución final del órgano
Director, y se conservará en los archivos del Departamento de Recursos Humanos.
Artículo 124: Tanto la amonestación verbal como la escrita, relacionadas con aspectos
disciplinarios ajenos a las faltas por inasistencia al trabajo, serán impuestas por quien funge
como jefe inmediato del o la funcionario(a), previo cumplimiento del debido proceso.
Las sanciones de suspensión sin goce de salario o despido, por inasistencia al trabajo
corresponderá aplicarlas al o la Alcaldesa, previo informe del Jefe inmediato en
coordinación con el Departamento de Recursos Humanos.
Artículo 125: Otras sanciones: Si la falta no tiene una sanción específica, se aplacarán las
siguientes:
Amonestación verbal: cuando el o la funcionaria, en forma expresa cometa alguna falta
leve.
Amonestación escrita: cuando el o la funcionaria cometa falta leve por segunda vez o
incurra por primera vez en una falta considerada de cierta gravedad.
Artículo 126: Respecto del o la servidor(a) que incurra en las causales que se dirán, sin
perjuicio de cualquier otra prevista en las leyes y reglamentos laborales y en este
reglamento, podrá acordarse la gestión de despido para que pueda ser removido de su
puesto en la Municipalidad; siendo causas justas las siguientes:
Las contenidas en el artículo 81 del Código de Trabajo.
Las contenidas en el artículo 369 del Código de Trabajo.
Sufrir arresto o prisión preventiva por más de tres meses.
Cuando él o la servidora incurra por tercera vez en una de las faltas consideradas de cierta
gravedad.
El retraso injustificado en los procedimientos en que intervengan.
Cuando él o la servidora se apodere, copie, destruya, utilice, facilite, trasfiera, o tenga en su
poder sin autorización de la autoridad correspondiente, cualquier programa de computación
y base de datos, utilizados por la municipalidad.
Cuando él o la servidora dañe los componentes materiales o físicos de los aparatos, las
maquinas o los accesorios que apoyen el funcionamiento de los sistemas informáticos
diseñados para las operaciones de la Municipalidad o para el trabajo diario de cuadrillas,
con cualquier propósito.
Cuando él o la servidora facilite el uso del código y la clave de acceso asignados para
ingresar en los sistemas informáticos de la Municipalidad, para que otra persona los use.
Por inhabilitación para el desempeño de cargos públicos, decretada por sentencia firme de
la autoridad competente.
Cuando él o la servidora colabore o facilite de manera directa o indirecta, por acción u
omisión de cualquier forma, el incumplimiento de la obligación tributaria de los(as)
administrados(as).
Cuando él o la servidora oculte o destruya información, libros contables, bienes,
documentos, registros, sistemas, programas computarizados, soportes magnéticos u otros
medios de trascendencia municipal o tributaria en las investigaciones y los procedimientos
municipales o tributarios.
Cuando el o la servidora divulgue, en cualquier forma o por cualquier medio, la cuantía u
origen de las rentas o cualquier otro dato que figure en las declaraciones, o permita que
estas o sus copias, libros o documentos que contengan extractos o referencia de ellas, sean
vistas por personas ajenas a las que la Administración Tributaria haya encargado para tal
acto.
Cuando el o la funcionaria viole la confidencialidad en el procedimiento por casos de
hostigamiento o acoso sexual.
Cuando el o la funcionaria oculte o altere información personal o profesional que le
inhabilite para el cumplimiento de su cargo.
Cuando el(la) funcionario(a) violente el Régimen de Prohibición o Dedicación Exclusiva.
Cuando el o la funcionaria incumpla las acciones o actividades de trabajo asignadas con un
plazo especifico; sin causa o justificación alguna.
CAPÍTULO XXVII
Riesgos del trabajo
Artículo 127: De acuerdo con lo que disponen los artículos 193 y siguientes del Código de
Trabajo esta Municipalidad tendrá asegurados a sus trabajadores(as) contra riesgos del
trabajo por medio del Instituto Nacional de Seguros.
Artículo 128: Según el artículo 195 del Código de Trabajo: “Constituyen riesgos del
trabajo los accidentes y enfermedades que ocurran a los(as), con ocasión o por
consecuencia del trabajo que desempeñen en forma subordinada, y remunerada, así como la
agravación o reagravación que resulte como consecuencia directa, inmediata e indudable de
esos accidentes y enfermedades”.
Artículo 129: De conformidad con el artículo 196 del Código de Trabajo: “Se denomina
accidente de trabajo a todo accidente que le suceda al trabajador como causa de la labor que
ejecuta o como consecuencia de ésta durante el tiempo que permanezca bajo la dirección y
dependencia del patrono o sus representantes y que pueda producirle la muerte o pérdida o
reducción, temporal o permanente de la capacidad para el trabajo.
También se calificará de accidente de trabajo, el que ocurra al trabajador en las siguientes
circunstancias:
En el trayecto usual de su domicilio al trabajo y viceversa, cuando el recorrido que efectúa
no haya sido interrumpido o variado, por motivo de su interés personal, siempre que el
patrono proporcione directamente o pague el transporte, igualmente cuando en el acceso al
centro de trabajo deban afrontarse peligros de naturaleza especial, que se consideren
inherentes al trabajo mismo. En todos los demás casos de accidentes en el trayecto, cuando
el recorrido que efectúe el trabajador no haya sido variado por interés personal de éste, las
prestaciones que se cubran serán aquellas estipuladas en el Código de Trabajo y que no
hayan sido otorgadas por otros regímenes de seguridad social, parcial o totalmente.
En el cumplimiento de órdenes del patrono, o en la prestación de un servicio bajo su
autoridad, aunque el accidente ocurra fuera del lugar de trabajo y después de finalizar la
jornada.
En el curso de interrupción del trabajo, antes de empezarlo o después de terminarlo, si el
trabajador se encontrare en el lugar de trabajo o en el local de la empresa, establecimiento o
explotación con el consentimiento expreso o tácito del patrono o sus representantes.
En cualquiera de los eventos que define el inciso e) del artículo 71 del Código de Trabajo”.
Artículo 130: Según el artículo 197 del Código de Trabajo: “Se denomina enfermedad del
trabajo a todo estado patológico, que resulte de la acción continuada de una causa, que tiene
su origen y motivo en el propio trabajo o en el medio y condiciones en que el trabajador
labora, y debe de establecerse que éstos han sido la causa de la enfermedad”.
Artículo 131: De acuerdo con lo que establece el artículo 284 del Código de Trabajo, esta
Municipalidad está obligada a:
Permitir a las autorizadas competentes la inspección periódica de los centros de trabajo y la
colocación de textos legales, avisos, carteles y anuncios similares, referentes a salud
ocupacional;
Cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias para la capacitación y
adiestramiento de los trabajadores, en materia de salud ocupacional.
Cumplir con las normas y disposiciones legales y reglamentarias sobre salud ocupacional; y
Proporcionar el equipo y elementos de protección personal y de seguridad en el trabajo y
asegurar su uso y funcionamiento.
Artículo 132: Son obligaciones del personal, además de las que señalen otras disposiciones
de la Ley de Riesgos del Trabajo y de este reglamento las siguientes:
Someterse a los exámenes médicos que establezca el Reglamento de la Ley u ordenen las
autoridades competentes, de cuyos resultados deberá ser informado;
Colaborar y asistir a los programas que procuren su capacitación, en materia de salud
ocupacional;
Participar en la elaboración, planificación y ejecución de los programas de salud
ocupacional en los centros de trabajo; y
Utilizar, conservar y cuidar el equipo y elementos de protección personal y de seguridad en
el trabajo, que se le suministren.
Artículo 133: Además de otras que establece este reglamento está terminantemente
prohibido a todo(a) trabajador(a):
Impedir o entorpecer el cumplimiento de las medidas de salud ocupacional;
Remover, sin autorización, los resguardos y protecciones de las máquinas, útiles de trabajo
e instalaciones;
Alterar, dañar, destruir los equipos y elementos de protección personal, de seguridad en el
trabajo o negarse a usarlos sin motivo justificación;
Alterar, dañar, destruir los avisos y advertencias sobre condiciones, sustancias, productos y
lugares peligrosos;
Hacer juegos o dar bromas que ponen en peligro la vida, salud e integridad personal de
los(as) compañeros(as) de trabajo o de terceros; y
Manejar, operar o hacer uso de equipo y herramientas de trabajo para las cuales no cuenta
con autorización y conocimientos.
Artículo 134: El incumplimiento por parte del funcionario(a) de las obligaciones referidas
en el artículo anterior, se calificarán como FALTAS GRAVES.
CAPÍTULO XXVIII
De la terminación de la relación de servicio
Artículo 135: Los(as) funcionarios(as) regulares terminarán su relación de servicios con la
Municipalidad cuando se dé uno de los siguientes supuestos:
Renuncia del o la funcionaria, debidamente aceptada.
Despido del o la funcionaria.
Traslado del o la funcionaria a otra institución del Estado.
Fallecimiento del o la funcionaria.
Jubilación del o la servidora.
Invalidez total o permanente del o la servidora debidamente declarada.
Nulidad del nombramiento.
Cuando la o el servidor(a) se acoja a un programa de movilidad laboral voluntario u
obligatorio.
Artículo 136: En el caso de los(as) funcionarios(as) interinos(as) terminarán su relación de
servicio:
Cuando el o la titular de un puesto se reintegre al mismo, ya sea por un vencimiento de
permiso o licencia que disfrutaba, o porque no se superó el periodo de prueba
correspondiente, o porque su ascenso interino llegó a su vencimiento.
Cuando se escoja de la terna o nómina en candidato(a) para ocupar su puesto en propiedad.
Cuando el o la interina incurre en falta grave o en causal de despido, en cuyo caso debe
garantizarle el debido proceso.
Cuando por razones técnicas, el puesto que ocupa se reestructura y varían las condiciones y
los requisitos y el o la funcionaria no reúne los mismos.
Renuncia del o la servidora, debidamente aceptada.
Jubilación del o la servidora.
Invalidez total o permanente del o la funcionaria debidamente declarada.
Artículo 137: En el caso de los(as) funcionarios(as) nombrados(as) a plazo fijo, u otra
determinada, la relación de servicio se terminará:
Por vencimiento del plazo en que fue nombrado(a), o terminación respecto de él o ella de la
obra para cuya realización fue contratado(a).
Cuando por disposiciones técnicas, el puesto que ocupa se reestructure y varíen las
condiciones y requisitos y no reúna los mismos.
Que incurra en causal de despido para lo cual debe garantizarse el debido proceso.
Renuncia del o la funcionaria.
Fallecimiento del o la funcionaria jubilación del o la funcionaria.
CAPÍTULO XXIX
Procedimiento administrativo

Artículo 138: El o la Alcaldesa Municipal, resolverá la instancia administrativa, según
corresponda.
Artículo 139: Para los procedimientos administrativos se aplicará el artículo 150 del
Código Municipal, la Ley General de la Administración Pública y el presente reglamento
en lo que corresponda.
Artículo 140: Los(as) servidores(as) Municipales podrán ser removidos de sus puestos
cuando incurran en las causales de despido que determinan el artículo 81 del Código de
Trabajo, el Código Municipal, y el presente Reglamento. El despido deberá estar sujeto a
las siguientes normas:
El despido deberá estar sujeto tanto al procedimiento previsto en el Libro II de la Ley
General de la Administración Pública, como a las siguientes normas:
En caso de que el acto final disponga la destitución del o la servidor(a), este podrá
formular, dentro del plazo de ocho días hábiles contados a partir de la notificación del acto
final, un recurso de apelación para ante el Tribunal de Trabajo del Circuito Judicial al que
pertenece la Municipalidad.
Dentro del tercer día, el alcalde(sa) remitirá la apelación con el expediente respectivo a la
autoridad judicial, que resolverá según los trámites ordinarios dispuestos en el Código de
Trabajo y tendrá la apelación como demanda. El tribunal laboral podrá rechazar de plano la
apelación cuando no se ajuste al inciso anterior.
La sentencia del tribunal de trabajo resolverá si procede el despido o la restitución del
empleado a su puesto, con pleno goce de sus derechos y el pago de los salarios caídos. En
la ejecución de sentencia, el(la) servidor(a) municipal podrá renunciar a ser reinstalado, a
cambio de la percepción del importe del preaviso y el auxilio de cesantía que puedan
corresponderle, y el monto de dos meses de salario por concepto de daños y perjuicios.
El procedimiento anterior será aplicable, en lo conducente, a las suspensiones determinadas
en el artículo 149 del Código Municipal.
CAPÍTULO XXX
Disposiciones varias
Artículo 141: Todas las quejas, peticiones, reclamos, sugerencias, entre otras
intervenciones, surgidas en la relación de servicio, pero que no se circunscriba a aspectos
disciplinarios, deberán ser dirigidas a las jefaturas inmediatas, en forma respetuosa objetiva
y comedida.
Artículo 142: Ante la falta de disposiciones de este reglamento aplicables a un caso
determinado, deben tenerse como normas supletorias el Código Municipal, el Código de
Trabajo, la Ley General de la Administración Pública, los Convenios Internacionales de la
Organización Internacional del Trabajo, ratificados por la Asamblea Legislativa y las
demás leyes y reglamentos.
Artículo 143: El presente reglamento entrará en vigencia en la fecha de aprobación del
Concejo Municipal. Se procederá a reproducir y entregar vía física o electrónica a los(as)
municipales, incluyendo el Alcalde(sa) Municipal y será remitido a los correos electrónicos
de los(as) funcionarios(as).
Artículo 144: La Municipalidad se reserva el derecho de adicionar o modificar en
cualquier momento las disposiciones de este reglamento, cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 136 inciso e) de la Ley General de la Administración Pública.
Artículo 145: Se derogan todas las disposiciones de igual o inferior rango que se le
opongan.
---Rigen a partir de su publicación. Zarcero, --- (mes) del 2018---.


2-Dictamen de Comisión de Asuntos Jurídicos, al ser las 17 horas del 18 de abril del 2018,
se conoce la delegación de asunto de consulta a la Contraloría General de la república con
el asunto de Nombramiento de un profesional 1, para auditoría, según se aprobó
únicamente para el presupuesto 2018, siendo que nunca se realizó el procedimiento previo
para el puesto específico. Así las cosas ésta comisión indica que la nota de consulta se
redacta de la siguiente manera:

Señores

Contraloría General de la República de Costa Rica

Área Desarrollo Local

Estimados señores:

Procedemos por este medio el Concejo Municipal de Zarcero a solicitar con todo respeto el
criterio del Órgano con respecto al tema de creación de plazas para la Auditoria Interna.
Es importante indicar que el Concejo Municipal no cuenta con un Asesor Legal y que
existen algunas dudas con respecto a la creación de plazas para la Auditoria Interna,
tomando en cuenta no podría entenderse que una plaza está creada si no se ha elaborado el
perfil del puesto y que haya sido aprobado por el mismo Concejo Municipal además que
debe aprobarse en un presupuesto ordinario.

Por lo complicado que es el tema, se solicita aclarar las siguientes consultas:

              ¿Puede entenderse que una plaza se ha creado con solo la aprobación de un
               estudio técnico emitido por la Auditoria Interna?
               ¿Está facultado un Concejo Municipal para aprobar la creación de una plaza
               para la Auditoria Interna sin un perfil del puesto aprobado o incluido en el
               Manual de Puestos?
              ¿Cuáles son los requisitos y pasos obligatorios que debe seguir la Auditoria
               Interna para que el Concejo Municipal pueda aprobar dentro del presupuesto
               ordinario una plaza?
               ¿En caso de que se solicite la creación de la plaza para la Auditoria Interna
               puede modificarse la categoría de la plaza después de aprobado el
               presupuesto ordinario del año correspondiente?

Para recibir notificaciones señalamos el correo electrónico drojas@zarcer.go.cr


Se despide cordialmente;

Ronald Araya Solís

Alcalde Municipal Municipalidad de Zarcero

Ci. Archivo Personal, Se cierra la reunión al ser las 17 horas con 50 minutos misma fecha y
lugar.

3- El Concejo Municipal acuerda autorizar al Alcalde Municipal Señor Ronald Araya Solís
a firmar la solicitud de consulta ante la Contraloría General de la República para que se
enviada lo más pronto. Aprobado por unanimidad, de forma definitiva aprobado, 5 votos de
los Regidores Jonathan Solís Solís, Virginia Muñoz Villegas, Mariano Cordero Arroyo,
Jorge Paniagua Rodríguez, Alejandra Villalobos Rodríguez.
Alcalde Municipal: me parece que yo la firmo creo que de parte de ustedes deben tomar un
acuerdo de que se le permita al Señor Presidente Municipal, firmarla porque lleva doble
intención,1 por el interés que yo tengo de que se le dote a ella si es responsabilidad y está
en el formato respectivo para que se le brinde la plaza no estoy en desacuerdo pero también
ustedes han entrado en duda a raíz de que lo que ella nos ha indicado no les convence, por
eso creo que la solicitud debe ir formada por ambos.

Presidente Municipal: yo de mi parte estoy de acuerdo.

Regidor Propietario Jorge Paniagua: yo no sólo estoy de acuerdo sino que pienso que es
algo que legalmente hay que hacer, porque el Concejo es el que realmente tiene
responsabilidad sobre la Auditora.

4 - El Concejo Municipal acuerda autorizar al Presidente Municipal Jonathan Solís Solís a
firmar la solicitud de consulta a la Contraloría General de la República. Aprobado por
unanimidad, de forma definitiva, 5 votos de los Regidores Jonathan Solís Solís, Virginia
Muñoz Villegas, Mariano Cordero Arroyo, Jorge Paniagua Rodríguez, Alejandra Villalobos
Rodríguez.

ARTICULO VII ASUNTOS VARIOS
Regidora Suplente Ana Isabel Blanco: con respecto al 1 de mayo siempre igual va a haber
sesión el 30, no es que el primero va a haber sesión
Presidente Municipal: sí por cuestiones de reglamento nosotros sesionamos todos los lunes
por lo cual también vamos a sesionar el 1 de mayo, sesionamos lunes y martes, el martes a
las 12.

Regidora Suplente Ana Isabel Blanco: ahora que se hablaba del Ministerio de Salud, viendo
que se están dando rendición de cuentas, el Ministerio debería de hacer lo mismo?
Presidente Municipal: en realidad si hacen rendición de cuentas, de hecho han venido en
otra ocasión a hacer rendición de cuentas, no lo hacen trimestral ellos lo hacen anualmente,
sí lo hacen.

Vicepresidenta Municipal Virginia Muñoz: en el asunto del Ministerio de Salud de eso que
mandaron hoy es acerca de la promoción de la salud, ellos desde el año 2016 hasta dieron
una capacitación yo me acuerdo que Doña Ninfa, Doña Dennia , Alejandro y yo hicimos
esa capacitación, en San Ramón fuimos varias veces, es muy interesante.
Regidor Propietario Jorge Paniagua: en realidad es aclarar algo sobre el asunto porque
pienso que uno debe tener en algún momento un carácter fuerte para decir las cosas como
son, si ellos están brindando una rendición de cuentas lo lógico es no aceptarla meneando la
cabeza, es poner los asuntos que nos están dando perjuicio al conocimiento de ellos para
que se sientan obligados a cumplir, pienso que todas las Instituciones que de una y otra
medida en el cantón deberían de tener un rendimiento de cuentas en este recinto municipal,
porque todas nos afectan beneficiosa o malamente decisiones que tomen, alguien decía que
al Ministerio de Salud qué le va a importar si la gente que tienen la mayoría es de afuera, es
que a ellos no tiene que importarles es a nosotros lo que ellos hacen, y somos nosotros los
que deberíamos traerlos a explicar el por qué se deja de hacer cosas que a ellos les
competen, el sueldo no trae si es de San Ramón, si es de San Carlos o si es de Naranjo,
están laborando en el cantón de Zarcero para eso deben de ser responsables.
Presidente Municipal: totalmente de acuerdo Don Jorge, apoyo y secundo su posición a
partir de esa declaración que usted dio.
Regidor Suplente Oscar Corella: el año pasado había interés de visitar las fuentes del año y
nos cogió tarde con el tiempo, yo creo que este año también se nos va a venir el tiempo. Se
había acordado que un sábado

Presidente Municipal: coordinemos, es una caminata de conocimiento.
Alcalde Municipal: para recordar que este viernes es el CCCI, hay oportunidad de que se
presente el Regidor que quiera, son parte de, a las 9 en el MAG. Vamos a brindar rendición
de cuentas el 8 de mayo de 5 a 7 en el salón parroquial.

Síndica de Zarcero Olga Rodríguez: yo secundo los que dice Don Jorge, el otro día me
llamó la atención la exposición que hicieron los de la UNA, se le preguntó si el Ministerio
de Agricultura estaba enterado de lo que estaba pasando con la agricultura aquí y ellas
dicen que sí, aparte de lo administrativo de lo que tienen que mandar de informes el
Ministerio de Agricultura qué es lo que hace por los agricultores del cantón, sí es
importante que hagan la rendición de cuentas porque están chupándose un salario muy
importante a nivel de cantón, en qué están ayudando o qué planificación hay para la
agricultura de aquí.
Presidente Municipal: así como lo dijo hace una hora y resto el Señor de Fuerza Pública
nosotros somos una Institución que tenemos mucho peso en lo que son decisiones de poner
y quitar y creo que deberíamos poner más atención a esto, si las Instituciones que nos
rodean a nosotros en Zarcero, sus directivos no están siendo efectivos es nuestra labor
informarlo ante las jerarquías.

Al ser las veintiún horas con siete minutos concluye la sesión.

                                        DENIA DEL PILAR Firmado  digitalmente por
                                                        DENIA DEL PILAR ROJAS
                                        ROJAS JIMENEZ JIMENEZ (FIRMA)
                                                        Fecha: 2018.05.01 08:59:57
                                        (FIRMA)         -06'00'
Virginia Muñoz Villegas              Dennia del Pilar Rojas Jiménez

Presidenta en Ejercicio              Secretaria del Concejo Municipal