Extraordinaria 63 · 2023-03-02
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 63 del 2023-03-02 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- ~ Acuerdo (pág. 2) El Concejo Municipal acuerda aprobar la agenda. 3 votos de los regidores Luis Fernando Blanco Acuña, Virginia Muñoz Villegas, Yerlin Araya Araya.…
- ~ Acuerdo (pág. 9) El Concejo Municipal acuerda aprobar la moción. 3 votos de los regidores Luis Fernando Blanco Acuña, Virginia Muñoz Villegas, Yerlin Araya Araya.…
- ~ Acuerdo (pág. 58) El Concejo Municipal acuerda aprobar informe de labores del Alcalde Municipal, período 2022. 3 votos de los regidores Luis Fernando Blanco Acuña, Virg…
MUNICIPALIDAD DE ZARCERO
SESION EXTRAORDINARIA SESENTA Y TRES PERIODO 2020-2024
Sesión Extraordinaria sesenta y tres celebrada el dos de marzo de dos mil veintitrés a las
diecinueve horas con la presencia de los siguientes miembros:
REGIDORES PROPIETARIOS
LUIS FERNANDO BLANCO ACUÑA PRESIDENTE MUNICIPAL
VIRGINIA MUÑOZ VILLEGAS
YERLIN LORENA ARAYA ARAYA
REGIDORES SUPLENTES
JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ CASTRO
SINDICOS PROPIETARIO
ROSA ELENA VALENCIANO ROJAS
ALCALDE MUNICIPAL
RONALD ARAYA SOLIS
VICEALCALDE PRIMERO
LAURA SOLANO ARAYA
SECRETARIA MUNICIPAL
DENNIA DEL PILAR ROJAS JIMENEZ
MIEMBROS AUSENTES
REGIDORES PROPIETARIOS
GERMAN BLANCO ROJAS justificado
REGIDORES SUPLENTES
OSCAR CORELLA MORERA, CARLOS MASIS SOMARRIBAS
WILLIAM BLANCO GONZALEZ
SINDICOS PROPIETARIO
NUBIA ARRIETA ARAYA,CESAR BLANCO VALENCIANO, CESAR HUERTAS
GARCIA,GERARDO VILLALOBOS SALAS,SONIA VALENCIANO ALPÍZAR
GREIVIN QUIROS RODRIGUEZ
SINDICOS SUPLENTES
KAREN SALAZAR CHACON
JOSE MARIO MORALES ROJAS
BRYAN RODRIGUEZ MOYA
Presentes
Licenciado José Rolando Pérez Soto, auditor municipal, funcionarios Gilberto Briceño
Delgado, Ana Belén Rodríguez Murillo, Alexandra Esquivel Araya.
Se inicia la sesión con el siguiente orden del día al ser las diecinueve horas con quince
minutos:
1. Saludo al Concejo Municipal
2. Comprobación del quórum
3. Lectura y aprobación de la agenda
4. Meditación
5- Puntos a tratar:
-Presentación del informe de labores del alcalde municipal, período 2022.
- Aplicación de la Ley Marco de Empleo Público (LMEP) en la Municipalidad de Zarcero
6-Cierre de la Sesión
ARTICULO I: LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA
El Concejo Municipal acuerda aprobar la agenda. 3 votos de los regidores Luis Fernando
Blanco Acuña, Virginia Muñoz Villegas, Yerlin Araya Araya.
El Alcalde municipal solicita se tome como primer punto de la agenda el tema de Aplicación
de la Ley Marco de Empleo Público (LMEP) en la Municipalidad de Zarcero.
ARTICULO II: TEMAS A TRATAR
1- APLICACIÓN DE LA LEY MARCO DE EMPLEO PÚBLICO (LMEP) EN
LA MUNICIPALIDAD DE ZARCERO
Gilberto Briceño: agradecerles la oportunidad de poder venir a expresarles aquí un poco sobre
la solicitud y el informe técnico y jurídico realizado por la administración municipal, con
relación al tema de la exclusión y exclusividad de los puestos de la Municipalidad de Zarcero.
El criterio técnico y jurídico se les fue remitido el día de ayer y no sé si los señores regidores
lo han podido analizar a su totalidad, igual para eso estamos el día de hoy aquí para aclarar
todas las dudas que puedan surgir al respecto.
vamos a empezar un poco sobre la parte jurídica, empezando aquí con un poco de anteceden
que la ley Marco Empleo Público, se aprobó el 7 de marzo del año 2022 y fue ratificada el 8
de marzo, se publicó en el alcance número 50, en la Gaceta y entrará a regir a partir del 10
de marzo de este año del 2023.
El objetivo principal que viene en el artículo número 1 regula las relaciones estatutarias de
empleo público y el empleo mix entre la administración pública y las personas servidoras
públicas, con la finalidad de asegurar la eficiencia y la eficacia en la prestación de los bienes
y servicios. Aquí como ustedes lo ven en el en el punto dos del criterio jurídico, viene
explicado lo que es el artículo 1 y el objetivo, el artículo dos es el ámbito de cobertura y en
lo que nos interesa a nosotros es de que las municipalidades están dentro de ese ámbito de
cobertura de la ley.
El artículo 6 habla sobre la creación de un sistema general de empleo público que va a estar
a cargo de MIDEPLAN, que se excluye de esta rectoría, las relaciones de empleo de las
servidores y servidoras públicas, que desempeñen funciones o labores administrativas
profesionales o técnicas que sean exclusivas y excluyentes, para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas al Poder Legislativo, qué significa esto que las entidades con autonomía de gobierno u organizativa, según la determinación de la respectiva ley que crea la institución, podrán determinar si sus funcionarios y funcionarias son exclusivas y excluyentes, eso significa que van a estar fuera de la rectoría del MIDEPLAN, esto por la autonomía de cada una de estas instituciones y la normativa que les acoge, entonces, es importante que nosotros como municipalidad ,somos autónomos ,por lo tanto este estudio lo que viene a reflejar es que las funciones de los operativos, los técnicos, los profesionales y todos los funcionarios de esta municipalidad, pueden ser considerados exclusivos y excluyentes, según el análisis hecho en el oficio que se les remitió, que por la alcaldía municipal. Entonces, en qué nos basamos esto, pues que las municipalidades pueden definir sus políticas de desarrollo en forma independiente y con exclusión de cualquier otra institución del Estado, ustedes aprueban presupuesto, ustedes aprueban modificaciones presupuestarias, crean los manuales de puestos, los reglamentos internos, de organización, así como la prestación de los servicios municipales, las tasas, etcétera, entonces, ahí en el punto cuarto, viene explicado más o menos, lo que corresponde a cada municipalidad de su jurisdicción, que es velar por los intereses y los servicios locales, con exclusión de toda otra interferencia que sea incompatible con el concepto de lo local ,en los términos que fija la Constitución Política, todo lo relativo a la atención y prestación de intereses y servicios locales, en este caso del cantón de Zarcero. En el punto quinto del análisis legal, viene que existe un dilema en determinar el contenido de las acepciones, exclusivas y excluyentes y para poder entender y desarrollar la competencia establecida en el artículo 6, pues se determinó el concepto de que es exclusivo y excluyente, según lo que la Sala Constitucional indicó, que esa definición de trabajo exclusivo, estaría afuera o excluido de la rectoría del del MIDEPLAN, ahí viene los votos que es el 202101798 y el 202200 2872. en el punto sexto, dice que Por lo anterior y ante lo que la ley de Marco de Empleo Público impacte sobre las relaciones laborales de empleo público, de la Municipalidad de Zarcero, que nos pronunciamos al respecto sobre el tópico central que indica dicha ley que son las lo exclusivo y lo excluyentes. Aquí viene un concepto que se utilizó sobre la exclusividad y sobre el tema exclusivo excluyentes, que tal vez la licenciada lo puede ampliar un poco en el punto sí esos son conceptos y más abajo son puros conceptos de la definición de exclusivos y excluyentes y de la autonomía municipal. En el octavo, estando el marco normativo propio y particular como lo es el Código Municipal exclusivo y excluyente para los funcionarios del régimen municipal vigente, en orden a su vigencia actual y singular y que se requiere necesariamente una derogatoria expresa y no tácita, que quiere decir, eso que la Ley de Empleo Público no derogó ni modificó el Código Municipal, entonces en base a eso, también definimos que seguimos siendo autónomos en relación al tema del régimen de empleo En el noveno, explica explicamos lo que es el régimen de empleo y ya en el punto dos, que es el criterio técnico comenzamos en el décimo, que dice que la alcaldía municipal, estableció una comisión para definir el tema de la justificación de exclusivos y excluyentes, qué analizamos, para definir qué somos exclusivos y excluyentes? vamos a analizar cuatro parámetros de justificación, la primera, es la naturaleza jurídica de las funciones y actividades que ejercen las personas de la municipalidad, el punto dos, es el ordenamiento jurídico
particular que rige a los funcionarios municipales, de manera exclusiva y excluyente, el punto tres, es el efecto del ejercicio de la función administrativa, por parte de los funcionarios municipales en sus diferentes manifestaciones y su incidencia y necesidad en la prestación de servicios, el cuarto, es el riesgo que el ejercicio de las competencias constitucionalmente conlleva, que con ello puede impactar el desarrollo y satisfacción de las necesidades de los habitantes, si hay dos rectorías entonces una por parte de la alcaldía municipal que por código municipal es el administrador y otra del MIDEPLAN puede existir un riesgo en las competencias y eso impactaría directamente en el desarrollo y satisfacción de las necesidades. Para ello nosotros creamos o la Municipalidad de Zarcero tiene la familia de puestos y se distribuyen de la siguiente forma: cuatro familias, Alta Dirección Pública: qué es la alta? lo más alto que es elegido públicamente, La Investigación y Análisis y Asesoramiento, la Prestación de Servicios Públicos y La Gerencia y la Administración. Dentro de las definiciones podemos decir que la Alta Dirección Pública, ejerce tareas que implica diseñar dirigir a las personas servidoras públicas en su cargo, para lograr el cumplimiento de las metas y objetivos estratégicos, tienen a su cargo una o varias instancias. La Investigación y Análisis y Asesoramiento, las tareas de esta familia están directamente involucradas en el análisis y diseño de acciones y políticas que permitan el logro de productos claves para el cumplimiento de las metas y objetivos. La Prestación de Servicios Públicos, esta categoría se van a incluir todas aquellas personas servidoras públicas de la Municipalidad de Zarcero, que brindan servicios a la ciudadanía tales como, por ejemplo, hay médicos, servicios de limpieza de vías, servicio de recolección de basura, acueductos, etcétera en esta familia están los puestos tanto profesionales como los no profesionales. La Gerencia y la Administración, en esta categoría se incluyen las personas servidoras públicas que brindan servicios de apoyo y soporte, esta familia de puestos tiene tanto profesionales como no profesionales, por ejemplo la parte administrativa municipal, a partir de las de esta clasificación de puestos comenzamos a definir quiénes están en las diferentes ramas, por ejemplo, en la parte de recordemos que son puestos no de elección popular, sino puestos este fijos, interinos o por servicios especiales; entonces en la investigación análisis y ordenamiento de políticas está la asesoría legal, que es un profesional municipal dos, en la prestación de servicios tenemos encargados de patentes, de cobro promotor social ,topógrafos y este y todos los funcionarios que se involucran en la prestación de servicios profesionales, tenemos profesionales 1, profesionales 2, profesionales 3. En la prestación de servicios no profesionales, están los peones, están la gente de obreros especializados, los operadores de equipo y maquinaria móvil, los cajeros, los asistentes administrativos, los encargados de cementerio, asistente ambientales, entre otros operativos desde OM 1 hasta los administrativos y técnicos. De apoyo y soporte profesionales están los proveedores, los cargados de salud, que en este caso es la encargada de salud ocupacional, control interno Recursos Humanos, director financiero, el auditor. Apoyo y soporte no profesional, todo lo que es operativo, asistente administrativo y técnico que está involucrado en todas las la parte administrativa, que para ello definimos los cuatro parámetros que anteriormente les mencioné, que era la naturaleza jurídica de las funciones y actividades que ejercen las personas funcionarias municipales, el ordenamiento jurídico particular que rige a esos funcionarios municipales, los efectos del ejercicio de la función
administrativa por parte de los funcionarios municipales, los riesgos que en el ejercicio de las competencias constitucionalmente conlleva, que esto puede tener dos administradores del recurso humano, como en este caso MIDEPLAN y la administración municipal eso podría afectar directamente la necesidad de los habitantes, de las comunidades en la prestación de servicios. Una vez definidos los parámetros, indicamos dos métricas que es teórico- práctica, técnicos teóricos que son el indicador 1 son las tareas responsabilidades y competencias contenidas en las clases y los cargos que componen la estructura ocupacional municipal, que deben ser clasificados y ejecutados sin intermediación de otros entes gobernantes. La tele indicador dos es la temática y materia de gobierno local que demanda que las clases y cargos que se desenvuelven en los diferentes procesos y servicios municipales, se perfilen en responder a los servicios de interés de carácter local y de cualquier otro órgano o ente gubernamental. En el parámetro dos, que era el ordenamiento jurídico, tenemos los siguientes indicadores, la estandarización de los instrumentos y normativas de trabajo, que permiten medir y comprobar la eficacia de los procesos y servicios del régimen municipal y como indicador dos la implementación del conjunto de conocimientos técnicos y administrativos que son imprescindibles para llevar a cabo el proceso de la cultura municipal y contenido en las clases y cargos de la estructura ocupacional para el enfoque. Recuerden que eran cuatro parámetros, cada parámetro tiene su indicador y ya leídos los dos primeros parámetros, que ustedes el documento también lo tiene, viene el análisis de cada 1 de los puestos, entonces a nivel político y estratégico viene la Secretaría del Concejo, en este momento tenemos una secretaria y tiene relación directa con todos aquellos parámetros que les mencioné anteriormente, por lo tanto, la secretaria del Concejo es exclusiva y excluyente de la rectoría de MIDEPLAN. En la parte de fiscalización, tenemos el auditor interno, que depende del Concejo Municipal y el encargado de control interno, en la auditoría interna está compuesta de 2 funcionarios que es el auditor interno, que está ahorita la plaza ocupada y la asistente de auditoría, que está en un proceso de subir otra de la categoría y tiene relación directa con los cuatro parámetros, establecidos el encargado de control interno aunque no fue aprobada este la plaza por la Contraloría, es un hecho de que se va a presentar nuevamente con todas las recomendaciones hechas por la auditoría interna, por la Contraloría y por la parte de Recursos Humanos, entonces ese puesto va a ser un puesto exclusivo y excluyente y tiene relación interna, les comento que el perfil ya se encuentra incorporado en el manual de puestos. Dentro del apoyo y asesoría legal, tenemos al asesor legal que depende de la alcaldía, pertenece a la alcaldía y la oficinista legal un funcionario por cada 1 de sus puestos y tiene relación directa con las cuatro parámetros analizados, por lo tanto es exclusivo y excluyente; así como el contralor de servicios que tiene relación directa con las cuatros, esta plaza no ha sido crea pero está el perfil aprobado desde la creación del manual de puestos y cuando exista el contenido presupuestario y haya un análisis administrativo, que permita disponerlo, se creará el perfil entonces por lo tanto se debe definir como exclusivo y excluyente. Asistente de alcaldía pertenece a la alcaldía es de apoyo, el encargado de relaciones públicas, que es igual que el puesto de contralor de servicios, que está creado en el manual de puestos y debería declararse exclusivo y excluyente, cuando se cree el director de desarrollo cantonal está en la en el área de desarrollo cantonal, en el proceso de desarrollo cantonal ,el encargado de desarrollo económico, el encargado de gestión ambiental, el encargado de Desarrollo
Social y el gestor cultural, todos tienen relación directa con los cuatro los parámetros analizados. En la parte tributaria, el director tributario, el coordinador de bienes inmuebles, el técnico administrativo tributario, el gestor de cobros, la plataforma de servicios, el encargado de patentes, el auxiliar de administrativo tributario, y el cajero, todos tienen relación directa con los cuatro parámetros analizados y que se fueron definidos anteriormente. En la parte de la gestión vial, que es el proceso de gestión vial, tenemos el departamento de la unidad técnica, el ingeniero el asistente de ingeniero, el técnico, el asistente administrativo, el promotor social, el oficinista, el operador de equipo móvil, el peón de Obras Públicas y Vías y el mecánico, tienen relación directa con los cuatro parámetros analizados. El desarrollo territorial también el director, el profesional de obra pública, el topógrafo y el geógrafo, también tiene relación directa. Servicios públicos, desde el director, pasando por el ingeniero, el encargado de cementerio, el inspector, el asistente de gestión ambiental, la oficinista de acueducto, el obrero especializado, acueducto, el chofer, el de mercado, el de acueducto, el de cementerio, el peón recolector y el peón de limpieza de vías, todos tienen relación directa con los cuatro parámetros que definen la exclusividad y la excluyente de los puestos. La parte administrativa o financiera desde el director, el coordinador de Recursos Humanos, el asistente de Recursos Humanos, tesorero, encargado de archivos, auxiliar contable, planificador, encargado de tecnologías de información, encargado de presupuesto, proveedor, encargados Salud ocupacional, contador, conserje, oficinista y el coordinador del plantel tienen relación directa con los cuatro parámetros analizados. POR TANTO, en cumplimiento de pleno con lo establecido en los artículos 2,6,7.a, 7.c, 7.f- y todos los que se mencionan en el informe de la ley de Marco de Empleo Público y en ejercicio de las competencias de los artículos 170,175,180 de la Constitución Política y los artículos ahí mencionados del Código Municipal y conforme a las resoluciones emitidas por la Sala Constitucional la 2872- 2022 y la 1798-2021, es que esta administración municipal, por medio de la alcaldía municipal solicita al Concejo Municipal de Zarcero, disponer lo siguiente: y es acoger el acuerdo en su totalidad para la implementación de la Ley de Empleo Público, con relación a la definición de las funciones o labores operativas, administrativas, profesionales o técnicas, que se consideran exclusivas y excluyentes, para el ejercicio de las funciones que han sido constitucionalmente asignadas a las instituciones autónomas, y la exigencia de competencia vigencias no derogadas, en materia de empleo público. Como ustedes pudieron ver, todos los puestos antes mencionados, ya sea que tengan asignado el contenido económico, sea que las plazas estén creadas o que estén definidas en el manual de puestos, que sean interinos, por servicios especiales, operativos, profesionales, técnicos o, me falta técnico operativos, técnicos operacionales o administrativos sean exclusivo y excluyentes de la Municipalidad de Zarcero, en relación a la aplicación y autoridad definida en la Ley Marco de Empleo Público, entonces, no sé si la compañera de Recursos Humanos o del área legal quiere hacer alguna observación, ya después de haber analizado este informe, haciéndole una lectura rápida que ustedes también lo tienen Presidente municipal: muchas gracias don Gilberto por la amplia explicación del tema Alcalde municipal: cómo se manejaría el tema de los funcionarios del Comité de Deportes que son empleados públicos también, entran dentro del combo, ¿cómo está el tema?
Gilberto Briceño; sí, bueno nosotros como administración señores regidores analizamos el tema de que vemos nosotros es la parte administrativa, el comité de Deportes el resorte del Concejo Municipal, pues es ellos deberían debieron haber presentado también un análisis, para mí sería un poquito irresponsable, decir sin haber hecho el análisis como lo hicimos en los cuadros anteriores, si las funciones del Comité de Deporte son exclusivas y excluyentes para la administración de la Municipalidad de Zarcero, en este caso con el Concejo Municipal, sin embargo algún criterio personal, valga la redundancia, es que también debería ser rectoría verdad del Concejo Municipal y que podría incluirse en otro acuerdo, que salga separado de este porque este tenemos que mandarlo a al MIDEPLAN, pero sí bajo la misma perspectiva del análisis jurídico, de que por autonomía porque se le administran recursos que les gira la Municipalidad de Zarcero, pues sería bueno que como segundo acuerdo , haciendo el análisis respectivo, estoy hablando con criterio y sin hacer el análisis, pues sean considerados exclusivos y excluyentes también. Alcalde municipal: lo que se indica acá es que hoy podríamos valorar la posibilidad de que esto se apruebe y que se vaya y posteriormente se tome un acuerdo, haciendo la consulta a ellos también, si quieren o si se tomaría un acuerdo ajeno a este, apoyando la gestión que ellos indiquen, sería así lo veo así don Luis? Gilberto Briceño: también la relación de empleo yo sí pido disculpas yo desconozco si hay algún funcionario del comité de Deportes, que sea que tenga remuneración, porque los miembros ya están en otro nivel, que no los cobija la ley. Alcalde municipal: no escuché la pregunta. Gilberto Briceño: que tengan algún funcionario o persona deportes del comité de deportes, que reciba una remuneración que sea contratado por el tema que tenemos salario, ya sea por servicio especial o de plaza, porque la parte de los de los miembros eso ya no los cobija la normativa de la ley de Empleo Público. Presidente municipal: agradecerle a don Gilberto a Ana Belén y Alexandra que han sido parte del equipo que ha realizado este estudio criterio técnico legal, que es un insumo muy importante para el Concejo Municipal, respecto a esta nueva ley que va a entrar en vigencia próximamente, donde la mayoría de Concejos Municipales se están yendo por esta línea de declarar exclusivo y excluyente, a continuación, se va a leer la moción para tomar el acuerdo respectivo. 2.1-Este Concejo Municipal acuerda que: Del análisis de la familia de puestos que indica el criterio técnico y legal presentado por la - Alcaldía Municipal mediante el oficio MZ-AM-OF-0167-2023 de fecha del 28 de febrero del año 2023, se desprende que todos los puestos de la Municipalidad de Zarcero tienen relación directa con los siguientes cuatro factores de justificación: 1. Que existe una relación directa entre la naturaleza jurídica de las funciones y las actividades que ejercen las personas funcionarias Municipales.
2. Que existe también una relación directa con el ordenamiento jurídico particular que rige a los funcionarios municipales de manera “exclusiva y excluyente”. 3. Que existe una relación directa entre los efectos del ejercicio de la función administrativa por parte de los funcionarios municipales en sus diferentes manifestaciones y su incidencia y necesidad en la prestación de sus servicios. 4. Que existe una relación directa sobre los riesgos que el ejercicio de las competencias constitucionalmente conlleva, ya que ello puede impactar el desarrollo y satisfacción de las necesidades de los habitantes en sus diferentes comunidades. Por tanto, sus competencias son transversales y se identifica que la totalidad de los puestos se categorizan como exclusivos y excluyentes de la labor que la entidad realiza. Lo anterior, por cuanto en todos los puestos de la corporación se reflejan los parámetros para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas a este gobierno local. Siendo que todas las clases de puestos de la Municipalidad de Zarcero se relacionan intrínsecamente con los servicios que presta la Municipalidad, conforme a la Constitución Política y el Código Municipal, por lo cual su trabajo resulta exclusivo y excluyente en relación con las personas servidoras de otras entidades públicas. La totalidad de los puestos que tiene este Gobierno Local se encuentran inmersos en una relación de sujeción especial con la labor que realiza la entidad y con el mandato que recibe de los ciudadanos. 2. De acuerdo con los numerales 6, 7 incisos a), c), f), l) y 9 inciso a), misma que posteriormente es desarrollada en los artículos 13, 18, 21, 30, 31, 32, 33 y 34, de la Ley Marco de Empleo Público y el criterio técnico y legal presentado por la Alcaldía Municipal, este Concejo Municipal de la Municipalidad de Zarcero, determina que todos los puestos por servicios especiales, jornales ocasionales, interinos por suplencia o en plaza vacante y en propiedad, operarios, administrativos, técnicos y profesionales de la Municipalidad de Zarcero, están dedicados a las funciones exclusivas y excluyentes que constitucionalmente le competen a la Municipalidad dentro de su autonomía y ámbito territorial, y en consecuencia quedan excluidas de las injerencias de MIDEPLAN, eso sí con la obligación de aplicar las restantes disposiciones de la Ley de Empleo Público.
El Concejo Municipal acuerda aprobar la moción. 3 votos de los regidores Luis Fernando
Blanco Acuña, Virginia Muñoz Villegas, Yerlin Araya Araya.
Se anexa a este acuerdo el criterio técnico y jurídico emitido por la Alcaldía Municipal en el
oficio MZ-AM-OF-0167-2023.
28 de febrero de 2023
MZ-AM-OF-0167-2023
Señores
Concejo Municipal
Municipalidad de Zarcero
Asunto: Informe técnico y jurídico de la aplicación de la Ley Marco de Empleo Público
(LMEP) en la Municipalidad de Zarcero.
Estimados señores:
Quien suscribe Ronald Araya Solís en mi condición de alcalde de la Municipalidad de
Zarcero, por este medio procedo a remitirles la posición de la administración Municipal
respecto a la aplicación de la Ley Marco de Empleo Público (LMEP) y solicitarles se acuerde
declarar a todas las personas trabajadoras de la Municipalidad de Zarcero, que cumplen
funciones o labores operativas, administrativas, profesionales o técnicas, como exclusivas y
excluyentes para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas a la
Municipalidad, por ende, nuestros funcionarios (as) no se deben someter a la rectoría del
Sistema General de Empleo Público a cargo del Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica.
CONSIDERANDO QUE:
I. Criterio Jurídico
PRIMERO: Que la Ley Marco de Empleo Público (LMEP), se aprobó el 7 de marzo del año
2022, se ratificó el 8 de marzo del año 2022, se publicó en el Alcance digital número 50 de
La Gaceta número 46 del 9 de marzo del año 2022 y entrará a regir el 10 de marzo del año
2023.
SEGUNDO: La Ley Marco de Empleo Público: Artículo 1. Objetivo. Regular las relaciones estatutarias, de empleo público y de empleo mixto, entre la Administración Pública y las personas servidoras públicas con la finalidad de asegurar la eficiencia y eficacia en la prestación de los bienes y servicios públicos, así como la protección de los derechos subjetivos en el ejercicio de la función pública en el estado social y democrático de derecho, de conformidad con el imperativo constitucional de un régimen de empleo público que sea coherente, equitativo, transparente y moderno. Establecer, para igual trabajo, idénticas condiciones de eficiencia, puesto, jornada y condiciones, igual salario, que les procure bienestar y existencia digna a las personas servidoras públicas. TERCERO: Ley Marco de Empleo Público: Artículo 2. Ámbito de cobertura. Esta ley es aplicable a las personas servidoras públicas de las siguientes entidades y órganos bajo el principio de estado como patrono único: c) El sector público descentralizado territorial conformado por las municipalidades, las ligas de municipalidades, los concejos municipales de distrito y sus empresas. CUARTO: Ley Marco de Empleo Público: Artículo 6. Creación del Sistema General de Empleo Público. La rectoría del Sistema General de Empleo Público estará a cargo del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN). Se excluye de esta rectoría las relaciones de empleo de las personas servidoras públicas que desempeñen funciones o labores administrativas, profesionales o técnicas, que sean exclusivas o excluyentes para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas al Poder Legislativo, al Poder Judicial, al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y a los entes públicos con autonomía de gobierno u organizativa, según la determinación que realice la respectiva institución. Este articulo concede a las instituciones autónomas, como las municipalidades de conformidad con los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, la potestad de determinar las relaciones de empleo desarrolladas en su seno que se excluirán de la rectoría en materia de empleo público otorgada a MIDEPLAN. Esa competencia recae sobre el órgano competente de cada ente o institución, en este caso, al Concejo Municipal de conformidad con el artículo 13 incisos a), b), c), d) l) y s) del Código Municipal. La exclusión a la que hace mención el artículo 6 de la LMEP, se reitera en los numerales 7.a, 7.c, 7.f, 7.l y 9.a, y se desarrolla en los ordinales 13, 18, 21, 30, 31, 32, 33 y 34, todos de la Ley Marco de Empleo Público. Importante señalar que la excepción mencionada implica mantener en la órbita competencial de los jerarcas administrativos correspondientes el ejercicio de la función rectora en materia de empleo público sobre las relaciones estatutarias
exceptuadas. La Sala Constitucional ha desarrollado el tema de la autonomía municipal en muchas sentencias, desde diferentes perspectivas, pero para efectos del caso concreto de la función pública municipal, de como esta se convierte en instrumento que cumple ese vínculo laboral para materializar o asegurar el precepto de intereses y servicios locales, así como mediante una relación próxima -o inmediata- de la función laboral con el cumplimiento o aseguramiento de los preceptos de intereses y servicios locales, de modo que su afectación o supresión influya directa y negativamente en el contenido del precepto, impidiendo su consumación. Entonces es importante citar los votos 2934-93 y 4091-94, que establecen en primera instancia que “…el alcance de la autonomía municipal proviene de la propia norma superior y, esencialmente, se origina en el carácter representativo de ser un gobierno local encargado de administrar los intereses locales, por lo tanto, las municipalidades pueden definir sus políticas de desarrollo en forma independiente y con exclusión de cualquier otra institución del Estado, facultad que conlleva, también, la de poder dictar su propio presupuesto. Esta autonomía política implica, desde luego, la de dictar los reglamentos internos de organización de la corporación, así como los de la prestación de los servicios públicos municipales. Por ello, se ha dicho en la doctrina local, que se trata de una verdadera descentralización de la función política en materia local…”, por otro lado, establece que “…que el ámbito municipal es la única descentralización territorial posible en nuestro sistema, que se desarrolla la función política en materia local y en este sentido, sus competencias están determinadas por la jurisdicción territorial. En ese sentido, es de suma relevancia resaltar que, de acuerdo con nuestro sistema democrático y según lo establece la propia Constitución Política, corresponde a cada municipalidad, desde su jurisdicción, velar por los intereses y servicios locales con exclusión de toda otra interferencia que sea incompatible con el concepto de “lo local”, en los términos que fija la Constitución Política; todo lo relativo a la atención y prestación de intereses y servicios locales, respectivamente. QUINTO: Esta situación plantea tanto a la Administración Pública en general, como a la Municipalidad de Zarcero (en particular), el dilema de tener que determinar el contenido de las acepciones “exclusivas y excluyentes”, para poder entender y desarrollar la competencia establecida en el artículo 6 de la mencionada ley de empleo público. Conforme a lo hasta acá señalado, al tratarse de una ley que fue aprobada recientemente, es claro que no se cuenta con la existencia de información jurídica dedicada a analizar en forma particular ese cuerpo normativo, razón por la cual, se considera jurídicamente apropiado, utilizar como insumo el contenido de las opiniones consultivas emitidas por la misma Sala Constitucional, las cuales, sirven como parámetro para la definición de los puestos de trabajo excluidos de la rectoría del MIDEPLAN, estableciendo en dichos votos (2021-01798 y 2022-
002872) las pautas a seguir para la puesta en práctica de dicha normativa.
SEXTO: Es por lo anterior, y antes de que la LMEP impacte sobre las relaciones laborales
de empleo público en la Municipalidad de Zarcero, que nos pronunciamos al respecto sobre
el tópico central que indica dicha Ley, de lo exclusivo y excluyente.
La Ley Marco de Empleo Público omite definir que debe entender cada institución autónoma
cuando se habla de puestos exclusivos y excluyentes para el ejercicio de competencias
constitucionales. Tampoco ofrece referencias o elementos que permitan inferir el alcance
asignado a esos vocablos, dentro de su contenido. Por lo que conviene recurrir a la técnica
jurídica para determinar el contenido de tales términos dentro del contexto de la Ley Marco
de Empleo Público y con referencia a los entes o instituciones autónomas.
En nuestro país, al definir los conceptos jurídicos indeterminados la jurisprudencia de la Sala
Constitucional ha seguido la línea de razonamiento desarrollada por García de Enterría y
Fernández. En resolución número 2004-12402, citando los votos número 1877-1990, 5594-
1994, 1265-1995, 2001-000454, 2001-007631, 2001-009389, 2001-009685, la Sala
Constitucional definió la figura bajo estudio en los siguientes términos:
“II. (…) V. Los conceptos utilizados por las leyes pueden ser determinados o
indeterminados. Los primeros delimitan el ámbito de realidad al que se refieren de
una manera precisa e inequívoca, como lo son la mayoría de edad, plazos para
promover recursos y apelaciones, etc. Por el contrario, con la técnica del concepto
jurídico indeterminado, la ley refiere una esfera de realidad cuyos límites no
aparecen bien precisados en su enunciado, no obstante, lo cual, es claro que
intenta delimitar un supuesto concreto, conceptos como lo son la buena fe, la falta
de probidad, la moral, las buenas costumbres, etc. Así, aunque la ley no determine
con claridad los límites de estos conceptos, porque se trata de conceptos que no
admiten cuantificación o determinación rigurosa, pero que, en todo caso, es
manifiesto que con ellos se está refiriendo a un supuesto de realidad que, no
obstante, la indeterminación del concepto, admite ser precisado en el momento
de aplicación. La ley utiliza conceptos de valor -buena fe, estándar de conducta del
buen padre de familia, orden público, justo precio, moral-, o de experiencia -
incapacidad para el ejercicio de sus funciones, premeditación, fuerza irresistible-,
porque las realidades referidas no admiten otro tipo de determinación más precisa.
Pero resulta claro que al estarse refiriendo a supuestos concretos y no a vaguedades
imprecisas o contradictorias, como es el caso de la determinación de las infracciones
o faltas disciplinarias, la aplicación de tales conceptos a la calificación de
circunstancias concretas no admite más que una solución: o se da o no se da el
concepto; o hay buena fe o no la hay, o acciones contrarias al orden público o no las
hay, o hay acciones contrarias a la moral o no las hay, etc. En esto radica lo esencial
de este tipo de conceptos, de manera que la indeterminación del enunciado no se
traduce en una indeterminación de las aplicaciones del mismo, las cuales sólo
permiten una «unidad de solución justa» en cada caso. La técnica de los conceptos
jurídicos indeterminados, que no obstante su denominación, son conceptos de valor
o de experiencia utilizados por las leyes, se da en todas las ramas del derecho, como
por ejemplo en la civil -buena fe, diligencia del buen padre de familia, negligencia-,
en la comercial -interés social-, en la procesal -pertinencia de los interrogatorios,
medidas adecuadas para promover la ejecución, perjuicio irreparable-, o en la penal -
alevosía, abusos deshonestos-, son sólo algunos de los ejemplos que se pueden citar.
En el Derecho Administrativo, no existe diferenciación en cuanto a la utilización de
conceptos tales como la urgencia, el orden público, el justo precio, la calamidad
pública, las medidas adecuadas o proporcionadas, la necesidad pública o el interés
público, etc., no permitiendo una pluralidad de soluciones justas, sino sólo una
solución a cada caso concreto”.
En el contexto de la Ley Marco de Empleo Público, la ausencia de una definición legal o
extralegal unívoca de los vocablos “exclusiva(o) y excluyente”, coloca a esos términos dentro
del grupo de los conceptos jurídicos indeterminados, según las consideraciones recién
expuestas. Esta situación plantea tanto a la Administración Pública (en general), como a los
entes públicos con autonomía de gobierno u organizativa, como lo son las Municipalidades
o Concejos Municipales de Distrito (en particular), el dilema de tener que determinar el
contenido de tales acepciones, para poder entender y desarrollar la competencia establecida
en el artículo 6 de la mencionada ley de empleo público.
La utilización de los supuestos señalados para comprender, aplicar e implementar en el
Régimen Municipal el contenido de los términos exclusivo(a) y excluyente, dentro del
contexto de la Ley Marco de Empleo Público, se encuentra justificación legal en el
ordenamiento jurídico nacional vigente, en los artículos 10 y 13 de la Ley General de la
Administración Pública y 10 del Código Civil.
Aparte del indicado soporte legal, esta propuesta encuentra sustento en la reiterada
jurisprudencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, sobre la
interpretación de las normas jurídicas. En resolución número 2003-003481, de las catorce
horas y tres minutos del dos de mayo de dos mil tres, ese tribunal constitucional indicó que
la interpretación de las reglas legales debe tomar en cuenta la finalidad de la norma y los
contextos institucional, sistemático y evolutivo histórico.
Asimismo, revisando el ajuste de la Ley Marco de Empleo Público al Derecho de la
Constitución, en resolución número 2021-017098, de las veintitrés horas y quince minutos
del treinta y uno de julio de dos mil veintiuno, la Sala Constitucional indicó que las normas
infra constitucionales se deben leer, interpretar y aplicar de conformidad con el Derecho de la Constitución, éste último conformado “III.- INTERPRETACIÓN FINALISTA Y EVOLUTIVA DE LAS NORMAS JURÍDICAS. La interpretación de las normas jurídicas por los operadores jurídicos con el propósito de aplicarlas no puede hacerse, única y exclusivamente, con fundamento en su tenor literal, puesto que, para desentrañar, entender y comprender su verdadero sentido, significado y alcances es preciso acudir a diversos instrumentos hermenéuticos tales como el finalista, el institucional, el sistemático y el histórico-evolutivo. Sobre este particular, el Título Preliminar del Código Civil en su numeral 10 establece que “Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de ellas”. Las proposiciones normativas se componen de términos lingüísticos los que tienen un área de significado o campo de referencia, así como, también, una zona de incertidumbre o indeterminación, que puede provocar serios equívocos en su interpretación y eventual aplicación. En virtud de lo anterior, al interpretar una norma es preciso indagar su objetivo (ratio) o fin propuesto y supuesto, respecto del cual la norma tiene naturaleza instrumental –método teleológico-. El intérprete debe, asimismo, confrontarla, relacionarla y concordarla con el resto de las normas jurídicas que conforman en particular una institución jurídica –método institucional- y, en general, el ordenamiento jurídico –método sistemático-, puesto que, las normas no son compartimentos estancos y aislados, sino que se encuentran conexas y coordinadas con otras, de forma explícita o implícita. Finalmente, es preciso tomar en consideración la realidad socio- económica e histórica a la cual se aplica una norma jurídica, la cual es variable y mutable por su enorme dinamismo, de tal forma que debe ser aplicada para coyunturas históricas en constante mutación –método histórico-evolutivo-. Cuando de interpretar una norma jurídica se trata el intérprete no puede utilizar uno solo de los instrumentos indicados, por no tener un carácter excluyente, sino que los mismos son diversos momentos o estadios imprescindibles del entero y trascendente acto interpretativo”. SEPTIMO: Por consiguiente, y en relación con el ámbito competencial y funcional de las Municipalidades, que es el que atañe, se considera pertinente y apropiado determinar el contenido de los términos exclusiva(o) y excluyente, así como la concurrencia de situaciones particulares exclusivas y excluyentes en la ejecución de las labores de los funcionarios (as) municipales, a partir de los siguientes parámetros y según la LMEP en su artículo 7 inciso a:
a.- La naturaleza jurídica de las funciones y actividades que ejercen las personas funcionarias municipales: Conforme a las particularidades de su perfil y funciones vinculadas a la actividad sustantiva institucional, diferenciadora de otros cargos que pueden ser o no ser de similar perfil, pero que se particularizan debido al ejercicio de las competencias, atendiendo los intereses y servicios locales dentro de la autonomía municipal que los caracteriza y que se encuentran consagrados en la Constitución Política, artículos 169 y 170. De acuerdo con la Procuraduría General de la República en el dictamen C-15-2013, sobre la naturaleza de las competencias municipales, se asevera que las mismas se encuentran más que vigentes en el actual Código Municipal, Ley N°. 7794, en todo su articulado, pues es mandato constitucional el que establece que los gobiernos locales deben administrar los intereses y servicios locales en cada cantón, de acuerdo con el artículo 169 de nuestra Carta Magna. En ese sentido, se reconoce la autonomía municipal, que norma el 170 de la Constitución Política, como la capacidad que tienen las municipalidades de decidir libremente y bajo su propia responsabilidad, todo lo referente a la organización de determinada localidad, en este caso, de cada cantón. Es decir, esta autonomía implica la libre elección de sus propias autoridades, la libre gestión en las materias de su competencia, la creación, recaudación e inversión de sus propios ingresos, y específicamente a la capacidad de autogobernarse, a la virtud de dictar su propio ordenamiento en las materias de su competencia, así como a la capacidad impositiva, la auto normación y administración. El voto 5445-1999 de la Sala Constitucional hace una definición del concepto de autonomía municipal: “Desde un punto de vista jurídico-doctrinario, esta autonomía debe ser entendida como la capacidad que tienen las Municipalidades de decidir libremente y bajo su propia responsabilidad, todo lo referente a la organización de determinada localidad (el cantón, en nuestro caso). Así, algún sector de la doctrina ha dicho que esa autonomía implica la libre elección de sus propias autoridades; la libre gestión en las materias de su competencia; la creación, recaudación e inversión de sus propios ingresos; y específicamente, se refiere a que abarca una autonomía política, normativa, tributaria y administrativa, definiéndolas, en términos muy generales, de la siguiente manera: Autonomía Política: como la que da origen al autogobierno, que conlleva la elección de sus autoridades a través de mecanismos de carácter democrático y representativo, tal y como lo señala nuestra Constitución Política en su artículo 169; Autonomía Normativa: en virtud de la cual las municipalidades tienen la potestad de dictar su propio ordenamiento en las materias de su competencia, potestad que en nuestro país se refiere únicamente a la potestad reglamentaria que regula internamente la organización de la corporación y los servicios que presta (reglamentos autónomos de organización y de servicio); Autonomía Tributaria: conocida también como potestad impositiva, y se refiere a que la iniciativa para la creación, modificación, extinción o exención de los tributos municipales corresponde a estos entes, potestad sujeta a la
aprobación señalada en el artículo 121, inciso 13 de la Constitución Política cuando así corresponda; y Autonomía Administrativa: como la potestad que implica no sólo la auto normación, sino también la autoadministración y, por lo tanto, la libertad frente al Estado para la adopción de las decisiones fundamentales del ente. Nuestra doctrina, por su parte, ha dicho que la Constitución Política (artículo 170) y el Código Municipal (artículo 7 del Código Municipal anterior, y 4 del vigente) no se han limitado a atribuir a las municipalidades de capacidad para gestionar y promover intereses y servicios locales, sino que han dispuesto expresamente que esa gestión municipal es y debe ser autónoma, que se define como libertad frente a los demás entes del Estado para la adopción de sus decisiones fundamentales.” b.- El ordenamiento jurídico particular que rige y regula a los funcionarios (as) municipales de manera “exclusiva y excluyente: Se refiere a la existencia de un régimen jurídico existente en el Código Municipal, Título V, especial, aplicable única y exclusivamente a las relaciones de empleo público desarrolladas en el Régimen Municipal. Este régimen jurídico particular está compuesto por normativa legal emitida para regular en forma especial y especifica las relaciones de empleo municipal, con la intención de asegurar y proteger el contenido de los principios de separación de funciones y la autonomía municipal, así como la ejecución de las competencias constitucionales y legales (conexas) asignadas a cada Municipalidad o Concejo Municipal de Distrito, esta circunstancia coloca a las relaciones de empleo municipal en una situación jurídica “exclusiva y excluyente” dentro del ordenamiento jurídico. Así por ejemplo el artículo 129 del Código Municipal establece que: “Las municipalidades adecuarán y mantendrán actualizado el Manual Descriptivo de Puestos General, con base en un Manual descriptivo integral para el régimen municipal. Contendrá una descripción completa y sucinta de las tareas típicas y suplementarias de los puestos, los deberes, las responsabilidades y los requisitos mínimos de cada clase de puestos, así como otras condiciones ambientales y de organización. El diseño y la actualización del Manual descriptivo de puestos general estará bajo la responsabilidad de la Unión Nacional de Gobiernos Locales. Las municipalidades no podrán crear plazas sin que estén incluidas, en dichos manuales, los perfiles ocupacionales correspondientes”. El artículo 130 de este código exige que las municipalidades mantendrán actualizado un Manual de organización y funcionamiento, cuya aplicación será responsabilidad del alcalde municipal. Las plazas a las que se les da contenido en un presupuesto tienen que estar necesariamente incorporadas en el Manual descriptivo de puestos. El capítulo V del Código Municipal no fue modificado o derogado de forma alguna por la LMEP, por lo que todos y cada uno de los funcionarios (as) municipales quedan cubiertos por el mismo, caso contrario, habría una derogatoria tácita en la aplicación de la norma especial,
para todos o una parte de los funcionarios de un gobierno local, vaciando de contenido en alguna forma el principio de autonomía. Obviamente esto no implica que el Régimen Municipal desatienda los demás preceptos legales de la LMEP y que sí son aplicables y de acatamiento obligatorio. Este supuesto, alude a la condición jurídica especial que ostentan los puestos de trabajo que conforman los ejes o procesos de los organigramas de cada Municipalidad, derivados de la relación existente entre la función sustancial asignada a cada Gobierno Local (y conexas) y las responsabilidades o funciones y deberes o tareas que conforman cada perfil funcional, integradas al puesto correspondiente con la intención de cumplir y satisfacer las competencias encomendadas por cada Municipalidad. Ese vínculo especial, existente entre la competencia institucional y las responsabilidades y deberes del cargo, lo que diferencia a los puestos municipales de otros que pudieran ser similares, pero con fines diferentes al Régimen Municipal. c.- Los efectos del ejercicio de la función pública administrativa por parte de los funcionarios (as) municipales, en sus diferentes manifestaciones y su incidencia y necesidad en la prestación de sus servicios: En materia de intereses locales resulta relevante el dictamen C-015-2013 de la Procuraduría General de la República, que atiende una consulta con relación a la vigencia de las competencias municipales que venían enumeradas en el artículo 4 del código municipal anterior y que fue derogado cuando se aprobó el vigente y que concluye: “A partir de lo indicado, debemos concluir que en la medida que las atribuciones anteriormente reguladas en el artículo 4 de la Ley 4574, puedan englobarse dentro del concepto de “lo local”, debe entenderse que existe una autorización constitucional y legal a favor de las municipalidades para ejercerlas. Lo anterior, sin perjuicio de las competencias nacionales que pueden ejercerse en la circunscripción de cada cantón.” Estas competencias pueden resumirse de la siguiente manera: desarrollo de la cultura, la ciencia y las artes, proteger el patrimonio artístico e histórico, educación general y vocacional, becas y cooperar con las juntas administrativas y de educación en la atención de la infraestructura educativa, salud física y mental, prevención y combate de enfermedades, bienestar social, recreación, deporte y bienestar general de la población, planificación urbana, dentro de esta servicios urbanos, vivienda, desarrollo rural, real vial, desarrollo agropecuario, industrial, comercial que promueva el empleo, protección de los recursos naturales, fuentes de energía, la fauna, promoción del turismo, la seguridad y el orden público, así como impulsar la conciencia cívica, la democracia y la participación en el gobierno local. En el código municipal actual, en el artículo 3 se reitera el concepto constitucional de intereses y servicios locales y se enmarcan de forma genérica las competencias municipales, “…La municipalidad podrá ejercer las competencias municipales e invertir fondos
públicos con otras municipalidades e instituciones de la Administración Pública para el cumplimiento de fines locales, regionales o nacionales, o para la construcción de obras públicas de beneficio común, de conformidad con los convenios que al efecto suscriba.” El artículo 4 establece una serie de competencias que a la vez contienen herramientas que las municipalidades utilizan para alcanzar sus fines como dictar sus reglamentos autónomos de organización y servicio, así como cualquier otro que disponga el ordenamiento jurídico, acordar presupuestos y ejecutarlos, administrar y prestar los servicios municipales, aprobar tasas, precios y contribuciones municipales, tarifas de impuestos municipales, percibir y administrar los ingresos y tributos con carácter de administración tributaria, realizar convenios, consultas populares, promover un desarrollo local participativo e inclusivo, que contemple la diversidad de las necesidades y los intereses de la población, políticas públicas locales para la promoción de los derechos y la ciudadanía de las mujeres, en favor de la igualdad y equidad de género, crear albergues para personas en situación de abandono y situación de calle, participar en políticas públicas de vivienda. Existen por otra parte una serie de leyes que han conferido competencias exclusivas a las municipalidades como la atención exclusiva de la red vial cantonal, la planificación urbana, la movilidad activa, el comercio al aire libre, en el mismo código municipal la policía municipal y las licencias para actividades comerciales e industriales, inspectores de tránsito y otras que aunque no existan leyes especiales se pueden enmarcar dentro del concepto de “lo local” como dice el dictamen de la Procuraduría General de la República, citado anteriormente. Con relación a los servicios locales que presta la municipalidad, la mayoría están desarrollados en el artículo 83 del Código Municipal, para los cuales se fijan tasas y precios como alumbrado público, limpieza de vías públicas, recolección separada, transporte, valorización, tratamiento y disposición final adecuada de los residuos ordinarios, mantenimiento de parques y zonas verdes, mantenimiento, rehabilitación y construcción de aceras, el mantenimiento de parques, zonas verdes y sus respectivos servicios, mantenimiento, rehabilitación y construcción de aceras, vigilancia electrónica. También son servicios de algunas municipalidades los acueductos y alcantarillados sanitarios y la administración de la zona marítimo terrestre. En la atención de los intereses y servicios locales, tanto los citados como otros que puedan existir, la actuación de los funcionarios (as) municipales es “exclusiva y excluyente” ya que es propia de los propósitos para los cuales fue desarrollada la autonomía municipal por parte del legislador constituyente. La Municipalidad o Concejo Municipal de Distrito es un ente descentralizado de la administración del Estado, el más cercano a la comunidad y el encargado de resolver sus necesidades descritas en la constitución política y en la ley como intereses y servicios locales, sin dejar de lado la obligación de coordinar con las demás instituciones públicas los programas y proyectos a realizar en el cantón respectivo, artículo 6 del Código Municipal, como con otros gobiernos locales para efectos de
atención de los temas regionales, artículos 7 y 9 del mismo código. Además, son
consideradas como una “pieza clave en la vinculación con la ciudadanía” por la
proximidad que tienen con las personas, artículos 1, 2 y 3 del Código Municipal. El
Régimen Municipal en Costa Rica tiene una modalidad descentralizada
territorialmente, según se desprende del párrafo primero del artículo 168 y los
artículos 169 y 170 de la Constitución Política que señalan, en lo que interesa, que la
administración de los intereses y servicios locales es competencia municipal.
d. Riesgos de la injerencia de la gestión del régimen municipal: Los riesgos que el
ejercicio de las competencias constitucionalmente otorgadas conlleva, ya que ellos
pueden impactar en el desarrollo y satisfacción de las necesidades de los habitantes y
sus diferentes comunidades, ya que la municipalidad goza en algunos casos de
competencias exclusivas y excluyentes respecto del estado y otros entes públicos.
OCTAVO: Estando el marco normativo propio y particular como lo es el Código Municipal,
exclusivo y excluyente, para funcionarios (as) del Régimen Municipal, Vigente, en orden a
su vigencia actual y singular, y que requiere necesariamente una derogatoria expresa y no
tácita ni por vía de inferencia, conforme lo indicó la Sala Constitucional la resolución número
17098–2021 de las once horas y quince minutos del dos mil veinte uno.
Es de advertir que al estar plenamente vigentes las leyes que regulan las relaciones de empleo
en el Régimen Municipal como lo es el Código Municipal, las mismas no pueden entenderse
desaplicadas vía inferencia a un grupo de personas servidoras dada la vocación de
generalidad de las referidas normas, por ende, interpretar que determinados servidores están
excluidos de sus alcances y de las competencias propias, lo cual no está ni permitido ni
contemplado en Ley Marco de Empleo Público.
NOVENO: Por consiguiente, y cumpliendo con el Articulo número 13 de la Ley Marco de
Empleo Público, el cual se relaciona con el RÉGIMEN GENERAL DE EMPLEO
PÚBLICO.
“…Los entes públicos con autonomía de gobierno u organizativa tendrán cada uno su propia
familia de puestos. Según la determinación que realice el respectivo ente, la correspondiente
familia estará conformada por las personas servidoras públicas con funciones
administrativas, profesionales o técnicas, que sean exclusivas y excluyentes para el ejercicio
de las competencias constitucionalmente asignadas.
La creación de familias de puestos de empleo público es reserva de ley y deberá estar
justificada por criterios técnicos y jurídicos coherentes con una eficiente y eficaz gestión
pública...”
II. Criterio Técnico
DECIMO: Que la alcaldía municipal creo una comisión interdisciplinaria para la Creación
del Estudio Técnico y Jurídico, para justificar los puestos exclusivos y excluyentes de la
Municipalidad de Zarcero.
DECIMO PRIMERO: Que para determinar las familias de puestos exclusivos y
excluyentes, se tomó en consideración los siguientes cuatro factores o parámetros de
justificación:
1. La naturaleza jurídica de las funciones y actividad que ejercen las personas
funcionarias municipales.
2. El ordenamiento jurídico particular que rige a los funcionarios municipales de
manera “exclusiva y excluyente”.
3. Los efectos del ejercicio de la función administrativa por parte de los funcionarios
municipales en sus diferentes manifestaciones y su incidencia y necesidad en la
prestación de sus servicios.
4. Los riesgos que el ejercicio de las competencias constitucionalmente conlleva ya que
ello puede impactar el desarrollo y satisfacción de las necesidades de los habitantes
en sus diferentes comunidades.
Décimo segundo: Que en el siguiente cuadro se muestra las familias de puestos adaptada a
la Municipalidad en comparación con la segregación detallada en el decreto, considerando
aspectos específicos de la estructura organizativa de la Municipalidad y la redacción de los
nombres de las familias de puestos para mayor comprensión por parte de las personas
funcionarias.
Nombre de familia Nombre de familia de puesto - Municipalidad
de puestos
1- Alta dirección pública 1- Alta Dirección Pública
2- Investigación, análisis 2- Investigación, análisis y asesoramiento de políticas
y asesoramiento de
políticas
3- Prestación de servicios 3A- Prestación de servicios públicos profesionales
públicos 3B- Prestación de servicios públicos no profesionales
4- Gerencia y 4A- Apoyo y soporte profesionales
Administración 4B- Apoyo y soporte no profesionales
Las tareas en esta familia implican diseñar y dirigir a las personas
1.Alta
servidoras públicas a su cargo, para lograr el cumplimento de las metas
Dirección
y objetivos estratégicos. Tienen a su cargo, una o varias instancias
Pública
calificadas como nivel directivo.
Las tareas de esta familia están directamente involucradas en el análisis
2.Investigación
y diseño de acciones y políticas que permitan el logro de productos clave
, análisis y
para el cumplimento de las metas y objetivos estratégicos. Los trabajos
asesoramiento
típicos en esta familia incluyen a los profesionales directamente
de políticas
vinculados en el logro de metas del primer y segundo nivel.
En esta categoría se incluyen las personas servidoras públicas que
3.Prestación de
brindan servicios a la ciudadanía, tales como médicos, educadores,
servicios
policías, entre otros. Esta familia de puestos tiene tanto personas
públicos
profesionales, como no profesionales
4.Gerencia y En esta categoría se incluyen las personas servidoras públicas que
Administració brindan servicios de apoyo y soporte. Esta familia de puestos tiene tanto
n personas profesionales, como no profesionales.
➢ A partir de la clasificación de puestos adaptada a la Municipalidad, se muestra en
el siguiente cuadro las familias con los puestos y clases vinculadas:
Familia de puestos Puestos vinculados Clases vinculadas
1. Alta dirección No aplican puestos en la Municipalidad No aplica
pública
2.Investigación, Asesor Legal PM2
análisis y
asesoramiento de
políticas
3A- Prestación de Encargado de Patentes, Gestor de Cobro, Profesional
servicios públicos Promotor Social, Topógrafo, Encargado Municipal (PM1,
profesionales de Gestión Ambiental, Encargado de PM2, PM3)
Desarrollo Económico, Asistente Técnico
UTGV, Geógrafo, Contralor de Servicios,
Gestor Cultural, Ingeniero de Servicios,
Asistente Ingeniero UTGV, Profesional de
Obra Pública, Encargado de Desarrollo
Social, Coordinador de Bienes Inmuebles,
Director Tributario, Director de Servicios
Públicos, Director de Desarrollo
Cantonal, Director de Desarrollo
Territorial, Ingeniero UTGV
Familia de puestos Puestos vinculados Clases vinculadas
3B- Prestación de Peón de limpieza de vías, Peón Recolector Operativo
servicios públicos no de Desechos Sólidos, Peón de Cementerio, Municipal (OM1B,
profesionales. Peón de Acueducto, Peón de Mercado, OM2C)
Peón de Obras Públicas y Vías, Obrero Administrativo
Especializado de Acueducto, Operador de Municipal
Equipo Móvil, Chofer, Mecánico, Cajero, (AM2)
Asistente Administrativo UTGV, Técnico Municipal
Encargado de Cementerio, Asistente (TM1, TM2, TM3)
Gestión Ambiental, Inspector, Técnico
Administrativo Tributario, Plataforma de
Servicios, Asistente de Alcaldía,
Encargado de Relaciones Públicas
4A- Apoyo y soporte Encargado de Presupuesto, Proveedor, Profesional
profesionales Planificador, Encargado de Salud Municipal (PM1,
Ocupacional, Encargado de Control PM2, PM3)
Interno, Coordinador de Recursos
Humanos, Contador, Director de
Administrativo Financiero, Auditor
Interno
4B- Apoyo y Conserje, Oficinista, Asistente de Operativo
soporte no Auditoría, Auxiliar Administrativo Municipal (OM1A)
profesionales Tributario, Coordinador del Plantel Asistente
Municipal, Auxiliar Contable, Encargado Administrativo
de Archivo, Secretaría del Concejo (AM),
Municipal, Tesorero, Asistente de Técnico Municipal
Recursos Humanos, Encargado de (TM1, TM2B, TM3)
Tecnologías de Información
DÉCIMO TERCERO: Que según el análisis técnico realizado por la comisión
interdisciplinaria se definió la siguiente estructura de matriz con los parámetros de
justificación por cada puesto de la municipalidad de Zarcero:
➢ Matriz con los parámetros de justificación
Parámetro #1 La naturaleza jurídica de las funciones y actividad que ejercen las
personas funcionarias municipales.
Parámetro #2 El ordenamiento jurídico particular que rige a los funcionarios
municipales de manera “exclusiva y excluyente
Parámetro #3 Los efectos del ejercicio de la función administrativa por parte de
los funcionarios municipales en sus diferentes manifestaciones y su
incidencia y necesidad en la prestación de sus servicios
Parámetro #4 Los riesgos que el ejercicio de las competencias
constitucionalmente conlleva ya que ello puede impactar el
desarrollo y satisfacción de las necesidades de los habitantes en sus
diferentes comunidades
Parámetro 1 - Naturaleza Jurídica
La naturaleza jurídica de las funciones y actividad que ejercen las
personas funcionarias municipales, de acuerdo con su perfil y funciones
vinculadas para la administración de los intereses y servicios locales,
diferenciadora de otros cargos, pero que se particularizan por el ejercicio
de las competencias otorgadas por la constitución política
Métrica - Técnico-Teórica
Indicador 1 Indicador 2
Las tareas Responsabilidades y La temática y materia de gobierno
competencias contenidas en las local, demanda que las clases y
clases y cargos que componen la cargos que se desenvuelven en los
estructura ocupacional municipal diferentes procesos y servicios
deben ser clasificadas y ejecutadas municipales se perfilen en
sin intermediación de otros entes responder a los "servicios e
gubernamentales. intereses de carácter local",
competencia exclusiva y
excluyente de cualquier otro órgano
o ente gubernamental.
Parámetro 2 - Ordenamiento Jurídico
El ordenamiento jurídico particular que rige a los funcionarios
municipales de manera exclusiva y excluyente, el cual se mantiene
vigente y que a la fecha no ha sido objeto de derogatoria expresa
Métrica - Técnico-Teórica
Indicador 1 Indicador 2
Implementación del conjunto de
conocimientos técnicos y
administrativos que son
Estandarización de los imprescindibles para llevar a cabo
instrumentos y normativa de un proceso en la cultura municipal
trabajo que permiten medir y y contenido en las clases y cargos
comprobar la eficacia de los de la estructura ocupacional para su
procesos y servicios del régimen enfoque en el servicio a la
municipal comunidad
Parámetro 3 - Efectos del ejercicio de la función administrativa del
régimen municipal
Los efectos del ejercicio de la función administrativa por parte de los
funcionarios municipales en sus diferentes manifestaciones, incidencia y
necesidad en la prestación de sus servicios para la administración de los
intereses y servicios locales, entendiendo por ello que, las funciones que
le ha sido encomendadas, van dirigidas a promover, organizar, impulsar,
ejecutar y darles solución a los servicios e intereses locales, en total
apego a las metas e intereses de desarrollo del Cantón Central
Métrica-técnico-Teórica
Indicador 1 Indicador 2
Las tareas, responsabilidades y Capacidad de respuesta de las
competencias contenidas en las clases y cargos en prever y priorizar
clases y cargos que conforman la ante los imprevistos, las
estructura ocupacional municipal necesidades e intereses
están dirigidas en atender las comunitarios en la ejecución del
necesidades y brindar los servicios proceso o servicio asignado
requeridos por los habitantes y
visitantes del Cantón Central
Parámetro 4 Riesgos de la injerencia de la gestión del régimen
municipal
Los riesgos que el ejercicio de las competencias constitucionalmente
otorgadas conlleva, ya que ello puede impactar en el desarrollo y
satisfacción de las necesidades de los habitantes en sus diferentes
comunidades, ya que, la Municipalidad goza de competencias exclusivas
y excluyentes respecto al estado y otros entes públicos
Métrica-técnico-Teórica
Indicador 1 Indicador 2
La injerencia de un ente externo en Riesgo de no cumplir con los la gestión de carrera administrativa objetivos y metas cantonales al municipal compromete la desconocer cómo funcionan los efectividad de dotar del capital diferentes procesos y servicios que humano idóneo y requerido en los conforman la estructura municipal procesos y servicios para cumplir y su sinergia con las atribuciones y competencias del gobierno local
Parámetro 1 Parámetro 2 Parámetro 3 Parámetro 4
Proceso Descripción Dependencia Cargos Cantidad
Indicador 1 Indicador 2 Indicador 1 Indicador 2 Indicador 1 Indicador 2 Indicador 1 Indicador 2
Velar por la reproducción, seguimiento, custodia y Secretaría Concejo Municipal 1
administración de toda la documentación recibida, Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación
Nivel Político-Estratégico Concejo Municipal
producida y acordada por el Concejo Municipal y sus directa directa directa directa directa directa directa directa
Comisiones del Municipio de Zarcero.
Auditor Interno 1
Fiscalizar en forma objetiva e independiente todas las Asistente de Auditoria 1
unidades internas del Municipio, para proporcionar
seguridad a la Administración Municipal, vía validar y
mejorar las operaciones en busca de alcanzar los
objetivos estratégicos institucionales y
Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación
cumplimientos de las leyes y normas; mediante la Concejo Municipal
directa directa directa directa directa directa directa directa
práctica de un enfoque sistémico y profesional para
evaluar y mejorar la efectividad de la administración
del riesgo, del control y de los procesos de dirección,
de esta forma ayudara a la administración a
Fiscalización
conformar una organización eficiente, honesta y
comprometida con la calidad del servicio.
Encargado de Control Interno 1
Es establecer las acciones, las políticas, los métodos,
los procedimientos y mecanismos de prevención,
control, evaluación y de mejoramiento continuo de la
Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación
entidad pública que le permitan la autoprotección Alcaldía
directa directa directa directa directa directa directa directa
necesaria para garantizar una función transparente y
eficiente en el cumplimiento de su misión, visión,
objetivos y metas institucionales, así como el
cumplimiento del ordenamiento jurídico aplicable.
Brindar asesoría en materia legal y Judicial a la Asesor Legal 1
Municipalidad; realizar la defensa jurídica Municipal Oficinista de Legal 1
en las instancias que corresponda, así como asesorar
y ejecutar las actividades, en busca de tener
Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación
Apoyo Asesoría Legal seguridad jurídica en las diferentes actividades y Alcaldía
directa directa directa directa directa directa directa directa
funciones que se desarrollan a lo interno en la
Municipalidad, que en materia jurídica traslade el
Concejo Municipal, el Despacho del Alcalde y demás
unidades y órganos de la Municipalidad de Zarcero.
Contralor de Servicios 1
Procurar la atención requerida por los ciudadanos,
beneficiarios/usuarios, fiscalizando y valorando en
toda su dimensión la prestación de los servicios en la
Municipalidad, con el propósito de brindar asesoría y
solución a las inconsistencias que se presentan por
Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación
Apoyo parte de la institución en los servicios prestados, Alcaldía
directa directa directa directa directa directa directa directa
buscando la eficiencia, eficacia y buen trato en su
atención, conforme a la normativa vigente,
estableciendo un vínculo con el usuario a través de
sistemas de información, recepción y trámite de
quejas y denuncias, en beneficio de la eficiencia y
calidad del servicio prestado.
Parámetro 1 Parámetro 2 Parámetro 3 Parámetro 4
Proceso Descripción Dependencia Cargos Cantidad
Indicador 1 Indicador 2 Indicador 1 Indicador 2 Indicador 1 Indicador 2 Indicador 1 Indicador 2
Asistencia técnica y administrativa a la gestión de Asistente de Alcaldía 1 Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación
Apoyo Alcaldía
alcaldía municipal. directa directa directa directa directa directa directa directa
Planear, organizar, desarrollar y conducir las Encargado de Relaciones Públicas 1
actividades de protocolo, prensa, relaciones públicas
para la mejora de la imagen y posicionamiento de la
municipalidad a nivel cantonal, regional y nacional,
así como de las publicaciones eventuales y
permanentes de la Municipalidad, evaluar el
ambiente externo de la Municipalidad, con el
propósito de contar con información de Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación
Apoyo Alcaldía
retroalimentación que permita conocer su ambiente directa directa directa directa directa directa directa directa
externo, con mayor certeza para cumplir los
objetivos, enfrentando para ello las amenazas y
aprovechando oportunidades del entorno, por lo que
esta es una actividad constante y permanente de sus
servicios, a partir del desarrollo de las acciones
requeridas en materia de Comunicación y Relaciones
Públicas.
Planear, fomentar, actualizar y orientar técnicamente Director de Desarrollo Cantonal 1
y de manera planificada el desarrollo Encargado de Desarrollo Económico 1
socioeconómico y ambiental del cantón, en el corto, Encargado de Gestión Ambiental 1
mediano y plazo, de manera eficiente, mediante la Encargado de Desarrollo Social 1
incentivación y participación de la población Gestor Cultural 1
ciudadana, en forma ordenada, integral y conciliada
con sus intereses, como gestores del desarrollo local,
generando proyectos y servicios estratégicos de
mutuo acuerdo, para los sectores de educación,
cultura y recreación; integrando las regulaciones
vigentes con las particularidades territoriales, en
armonía con las políticas nacionales y locales de Dirección de Desarrollo Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación
Desarrollo Cantonal
ecología y medio ambiente, en donde se integren Cantonal directa directa directa directa directa directa directa directa
proyectos socioeconómicos que generen más y
mejores ingresos para los involucrados y/o mejores
servicios para la población, velando por la calidad de
vida de sus habitantes del Cantón,, incluyendo a la
población más vulnerable (que garanticen el respeto
y cumplimiento de los derechos humanos), así como
espacios de expansión cultural y deportiva,
integrando a los ciudadanos organición y atención
oportunas, conforme a las atribuciones y
obligaciones de
Brindar información actualizada, aplicar, percibir y Director Tributario 1
fiscalizar los tributos mediante una serie de normas Coordinadora de Bienes Inmuebles 1
que regulan las relaciones entre la Municipalidad y el Técnico Administrativo Tributario 4
contribuyente. Gestor de Cobro 1 Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación
Tributarios Dirección Tributario
Plataforma Servicios 2 directa directa directa directa directa directa directa directa
Encargado de Patentes 1
Auxiliar Administrativo Tributario 1
Cajero 1
Parámetro 1 Parámetro 2 Parámetro 3 Parámetro 4
Proceso Descripción Dependencia Cargos Cantidad
Indicador 1 Indicador 2 Indicador 1 Indicador 2 Indicador 1 Indicador 2 Indicador 1 Indicador 2
Planear, fomentar, construir, controlar y dar Ingeniero UTGV 1
mantenimiento a las vías que se requieran en el Asistente Ingeniero UTGV 1
cantón bajo los criterios técnicos y las mejores Asistente Técnico UTGV 1
prácticas para garantizar la optimización de los Asistente Administrativo UTGV 1
recursos. Unidad Técnica de Gestión Promotora Social 1 Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación
Gestión Vial Municipal
Ejecutar proyectos a nivel municipal en cuanto a Vial Oficinista 1 directa directa directa directa directa directa directa directa
obras de alcantarillado pluvial, infraestructura y Operador de Equipo Móvil
mantenimiento de obras civiles relacionadas con el Peón de Obras Publicas y Vías
desarrollo vial, con el fin de mejorar el espacio Mecánico
urbano del cantón.
Planear, fomentar, actualizar y orientar técnicamente Director de Desarrollo Territorial 1
y de manera planificada el desarrollo territorial y e Profesional de Obra Publica 1
infraestructura urbana del cantón, generando Topógrafo 1
proyectos estratégicos a incluir en el Plan de Geógrafo 1
Desarrollo Urbano, integrando las regulaciones
vigentes con las particularidades territoriales, en
armonía con las políticas nacionales y locales de Dirección Desarrollo Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación
Desarrollo Territorial
ecología y medio ambiente, administrando el Territorial directa directa directa directa directa directa directa directa
catastro, para integrar la renovación urbana, vialidad,
así como la ejecución de obras públicas y emitir las
autorizaciones, certificaciones, concesiones y
adjudicaciones en el ámbito de su competencia y
jurisdicción.
Mantenimiento la calidad de vida de los habitantes Director de Servicios Públicos 1
del Cantón, a partir de la prestación de servicios Ingeniero de Servicios Públicos 1
públicos básicos (Acueducto, Cementerio, Encargado de Cementerio 1
Recolección de Residuos Sólidos y Limpieza de Vías, Inspector 4
entre otros), bajo consideraciones de calidad, Asistente de Gestión Ambiental 1
cantidad, oportunidad y continuidad, así como Oficinista de Acueducto 1
planear, administrar y optimizar recursos que le den Obrero Especializado acueducto 2
sostenibilidad a dicho servicios, conforme a los Chofer 2
objetivos institucionales, mejorando la calidad del Dirección de Servicios Peón de Mercado 1 Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación
Servicios Públicos
servicio y la cobertura de los mismos y Públicos Peón de Acueducto 2 directa directa directa directa directa directa directa directa
paralelamente, optimizar la eficiencia y eficacia de Peón de Cementerio 2
servicios transversales y mejora de la recaudación Peón Recolector de Desechos Solidos 3
financiera en apoyo a unidades sustantivas de Bienes Peón Limpieza de Vías 3
Inmuebles, Gestión Cobro, Construcciones, Patentes
y Servicios Municipales; en materia de Inspección,
Operación y servicios de Ingeniería, que sean
requeridos a nivel institucional.
Parámetro 1 Parámetro 2 Parámetro 3 Parámetro 4
Proceso Descripción Dependencia Cargos Cantidad
Indicador 1 Indicador 2 Indicador 1 Indicador 2 Indicador 1 Indicador 2 Indicador 1 Indicador 2
Como órgano de apoyo transversal, le corresponde Director Administrativo Financiero 1
por delegación de la Alcaldía el apoyo de la Coordinador de Recursos Humanos 1
planificación y ejecución estratégica administrativa y Asistente de Recursos Humanos 1
financiera, de la Municipalidad (planificación, Tesorero 1
organización, dirección, coordinación y control), en Encargado de Archivo 1
busca de garantizar una gestión de apoyo Auxiliar Contable 1
administrativo, con el uso eficiente de los Recursos Planificador 1
Tecnológicos (sistemas de información), los recursos Encargado de Tecnologías de Información 1
humanos, dotación de materiales y Encargado de Presupuesto 1
financieros/económicos de la Municipalidad, Proveedor 1
buscando su eficiencia, a partir de la aplicación de los Encargado de Salud Ocupacional 1
principios que rigen cada materia, conforme a las Contador 1
Dirección Administrativa Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación Relación
Administrativo Financiero objetivos estratégicos del PEM, normativas y las Conserje 1
Financiera directa directa directa directa directa directa directa directa
políticas definidas por el Concejo Municipal y las Oficinista 1
disposiciones de la Alcaldía, conforme al análisis Coordinador de Plantel 1
técnico permanente; en coordinación, supervisión y
control; de las unidades de apoyo de Recursos
Financieros, Recursos Materiales, Recursos Humanos,
Recursos Tecnológicos y el resto de los titulares
subordinados, así como brindar al cliente interno y
externo servicios de calidad con información y
atención oportunas, conforme a las atribuciones y
obligaciones de gobierno municipal dictadas en la
Constitución Política y el Código Municipal.
POR TANTO
Es por lo anterior, que esta Municipalidad de Zarcero en cumplimiento pleno de lo dispuesto
en los artículos 2,6, 7.a, 7.c, 7.f, 7.l y 9.a, 13, 18, 21, 30, 31, 32, 33 y 34 de la Ley Marco de
Empleo Público, y en ejercicio de las competencias establecidas en los artículos 170, 175 y
188 de la Constitución Política y los artículos 4, 124, 125, 126, 129, 130, 131, 134, 135, 143,
144, 146, 147, 155, 159 y 160 del Código Municipal, y conforme a las resoluciones emitidas
por la Sala Constitucional, número 2872-2022, de las diecisiete horas y cuarenta y nueve
minutos del tres de marzo del año dos mil veintidós, y la número 17098–2021 de las once
horas y quince minutos del año dos mil veinte uno en relación a las Consulta legislativa
facultativa que se realizaron en relación a esta Ley la Alcaldía municipal solicita al Concejo
Municipal de Zarcero disponer lo siguiente:
I. Acoger este acuerdo en su totalidad para la implementación de la Ley Marco de
Empleo Público con relación a la definición de las funciones o labores, operativas,
administrativas, profesionales o técnicas, que se consideran como exclusivas y
excluyentes para el ejercicio de las funciones que le han sido constitucionalmente
asignadas a las instituciones autónomas, la existencia de competencias vigentes y no
derogadas en materia de empleo público para el Régimen Municipal, emanadas del
marco normativo que rige este Régimen Municipal como lo es el Código Municipal
y las repercusiones de la Ley Marco de Empleo Público en el Bienestar Laboral y la
Cultura organizacional, respectivamente. Y con esto evitar que se cree un doble
régimen laboral en la Municipalidad de Zarcero, y una intromisión excesiva del Poder
Ejecutivo en las corporaciones municipales.
Suscribe cordialmente;
Ronald Araya Solís
Alcalde Municipal
Municipalidad de Zarcero
AEA/GBD/BRM
C. Archivo
Presidente municipal: muchas gracias a los compañeros de la administración. continuando
con el orden del día, vamos a tener el informe de labores del 2022.
Alcalde municipal: vamos a proceder a abrir el informe entre los dos tanto doña Laura como
este servidor, entonces voy a dar la oportunidad a que doña Laura inicie y luego me incorporo
yo, gracias a ustedes señores por la aprobación del documento antes presentado, gracias a los
compañeros también que hicieron un gran esfuerzo, esto es un tema de muchos días, de muchas horas, de mucho desgaste, desde todo punto de vista y hoy se ve culminado cumpliendo en tiempo el tema de la presentación de la de los documentos requeridos. 2-PRESENTACIÓN DEL INFORME DE LABORES DEL ALCALDE MUNICIPAL, PERÍODO 2022. La Vicealcalde primera Laura Solano Araya procede a dar lectura al informe de labores 2022
DIRECCIÓN TRIBUTARIA
DIRECCIÓN DE DESARROLLO TERRITORIAL
Ingresos trámite de sos de uelo: ( resueltas)
Ingresos trámite de licencias constructivas: 1 4 ( 5 aprobadas)
Ingresos trámite de obras menores: 7 (1 aprobadas)
bras en estado de ilegalidad: 1
ovimientos en el Catastro unicipal: 115
Capas nuevas en el catastro unicipal: 1
Ingreso visados de planos catastros: 07 ( aprobadas)
Proyectos:
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN DE DESARROLLO CANTONAL
UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL
Limpiezas mecanizadas
Colocación y compactación de material
carreos Promoción social: divulgación y capacitación
Coordinación del proceso de actualización del Plan
Limpiezas y conformación de material. uinquenal
Colocación de alcantarillas
Construcción de cajas de registro
emarcaciones
ro ecto olocaci n ompra de oncreto reme clado en el camino ro ecto de ompra olocaci n de oncreto reme clado en el camino
ro ecto de ompra olocaci n de oncreto reme clado en el camino
mero de proceso 0 C 000017
00 1 00 11
0 C 000015
00 1 00 11
onto in ertido ,500,000
,11 , 7
44, 1 , 7
ipo de trabajo Compra y colocación
de concreto
premezclado
ro ecto de ompra de m de concreto preme clado para construcci n de acera en el camino
ro ecto de la contrataci n de mano de obra para la construcci n de acera en el camino
mero de 0 C 000005
proceso 00 1 00 11
onto in ertido , 5 , .50
ipo de trabajo Compra de concreto
premezclado
mero de proceso 0 1C 0000 5
00 1 00 11
onto in ertido 7, 4,5 0
ipo de trabajo Construcción de acera
ro e cto sfaltado e n e l camino
mero de proceso 0 L 00000
00 1 00 11
onto in ertido ,5 5,5 0
ipo de trabajo sfaltado
ro ecto compra colocaci n de concreto preme clado en el camino
ro ecto sfaltado en el camino
mero de proceso 0 L 00000
00 1 00 11
onto in ertido 1, 0 , 50
ipo de trabajo sfaltado
ro e cto sfaltado camino
mero de proceso 0 L 00000
00 1 00 11
onto in ertido 15.4 . ,
ipo de trabajo sfaltado
Proyecto compra y colocación de concreto premezclado en el camino11 001
mero de proceso 0 C 000 00 1
00 11
0 C 0000
00 1 00 11
onto in ertido , 00,000.00
,1 ,4 .00
44, ,4 .00
ipo de trabajo Compra y colocación de
concreto premezclado
Vicealcalde primero: eso básicamente es un resumen general, también hay algunas comisiones en las que se trabaja permanentemente, por ejemplo, en el tema de la comisión de emergencia que se trabaja 24/7, en el CCCI que también se ejecuta el plan de desarrollo humano local y también hay información en el informe escrito que ustedes tienen, ahí vienen los cuadros también de ejecución de esas actividades, porque a nivel interinstitucional también se realizan esfuerzos bastante significativos. Alcalde municipal: el otro tema es el tema de que nos recordaba un día de estos don Rolando, que muy amablemente nos sube todas las los temas de la Gaceta, en el tema Sembremos Seguridad, recordemos que nosotros estábamos incluidos dentro del tema de la del INL que es con el tema de la baja a Estados Unidos, pero ahora ya eso varió ahora es un tema completamente gubernamental, desde el Ministerio de Seguridad Pública o fuerza pública, donde mañana bueno ya tendríamos la primera reunión de los líneas de acción ,con el nuevo método de tenemos seguridad, que fue implementado y fue aprobado y la municipalidad tiene que acaparar mucha responsabilidad sobre este tema, nosotros somos como 50/50 la responsabilidad que tenemos nosotros en conjunto con fuerza pública, ya mañana tendríamos el primero de las reuniones para implementar las líneas de acción que ya se identificaron, por parte del análisis que se hizo por fuerza pública, que fue lo que había hecho anticipadamente la embajada Estados Unidos, junto con fuerza pública y que ahorita lo que estamos es como retomando el inicio de las acciones que hay que realizar en conjunto con fuerza pública ,en las comunidades, comité de Deportes y todos los temas de líneas de acción, que se van a llevar a cabo no sé si hay alguna consulta señores. regidores para finalizar también queríamos presentarles al video. Alcalde municipal: quisiera pues agradecer a todos los departamentos de la municipalidad, un equipo que se pone la camiseta que se lo ha puesto durante muchos años, y creo que en este no fue la excepción, después de haber pasado 1 año atípico esperando que este ya no nos apriete tanto el zapato, empezamos muy duro este año, empezamos con estas dos temas acongojantes para todas las municipalidades, tema empleo público y tema de la nueva implementación de la ley de compras públicas, yo creo que ya pasamos por lo más difícil ,en referencia a lo del año 2022, pero quiero que recalquen o recalcar acá el esfuerzo la dedicación y el empeño, el entusiasmo, el cariño, con gente que se quedaba demás, sin cobrar extras gente que colaboraba en días no laborales, en días que no eran laborales porque realmente se les tomaba el parecer y decía no yo me quedo mañana a trabajar en lo que haya que trabajar, entonces todo ese esfuerzo extra gracias compañero y gracias por toda esa gran labor nos falta subir una cuesta que es 1 año que nos queda, esta cuesta va a ser difícil para todos, pero creo que ya lo más difícil lo superamos, dichosamente los números hablan por sí solos, el esfuerzo que se ha hecho es de todo punto de vista, mejoramiento desde todos los campos, pues ha sido un trabajo en conjunto, yo no soy yo no quise hablar mucho de la señora y alcaldesa pero voy a hablar un poquito más, pero sí me llama mucho la atención y analizando sería muy ingrato mencionar solamente la persona o personas que se encargan de hacer muchas temas variables, que se logran ver en el tema de morosidad, cuando yo mencioné la semana pasada una reunión que estábamos en Grecia, que cuánto está en
morosidad, estamos en ese entonces en un 8 punto y algo que digo ya Laura, que lo tenía anotado yo para tocarlo ,cómo han hecho que han hecho, bueno aquí se puso la camiseta al departamento tributario, la implementación de una oficina de cobro, de una constante comunicación con los administrados, de una apertura en el tema de los arreglos de pago, en una apertura de concientización hacia el administrado, donde con el apoyo de ustedes, hemos dicho no aumentemos tasas, hemos dicho demos oportunidad de arreglo de pago, que eso y como ustedes lo vieron desde el año 2017 a la fecha hemos bajado prácticamente el porcentaje de morosidad, en un monto nada despreciable estar de un veinte algo a caer a un 7.95, todavía tenemos que trabajar más, todavía tenemos que implementar nuevas medidas, yo pretendo cuando ya nosotros no estemos aquí, que todas estas acciones beneficiosas para el régimen municipal ,para la Municipalidad Zarcero, las puedan seguir implementando, y ojalá mejorando falta muchísimo que trabajar acá el tema acueducto, quisiera comentar rápidamente que hoy tuvimos una muy interesante reunión con la gente de IFAM, que lo voy a divulgar el día martes donde yo quiero que este Concejo retome la idea de los fondos verdes de IFAM, para crear un proyecto interesante a largo plazo, heredándole a nuestras futuras generaciones el cuido de los mantos acuíferos, el cuido del líquido precioso y tan necesario que sin el no podríamos vivir, entonces hay temas en los cuales yo creo que hemos hecho una buena labor. Agradecerles a ustedes señores del Concejo, también a todos los departamentos, incluyendo auditoría, incluyendo todos los diferentes puestos que ocupan cada uno de los funcionarios municipales, que efectivamente se han puesto la camiseta y no sé si había una consulta y si no para cerrar mi participación con un comentario que quiero hacer. Presidente municipal: muchas gracias a doña Laura y a Ronald por la exposición de este informe de labores del del 2022, a partir de este momento abrimos el espacio para consultas, comentarios. Síndica propietaria de Guadalupe Rosa Elena Valenciano: muy buenas, la pregunta es si simple, viendo ahora esta nueva marca y que ya ha sido presentada por algunos medios y divulgada también, la duda que me queda es el mismo proceso que se estaba llevando con Ovop o es algo totalmente aparte? Vicealcaldesa primero; totalmente aparte bueno el tema del programa Ovop ustedes recordarán que era apoyado mucho por el MEIC, por el IFAM por el INDER ; estas instituciones después de la pandemia siento que se ha debilitado el tema Ovop, no así a nivel de la municipalidad, el programa Ovop fue la antesala del área de desarrollo económico, de ahí surgió el área de desarrollo económico, cuando Ovop inició, de hecho cuando lo trabajamos en el 2016 era un comité con la comunidad, algunos de los miembros incluso carecían de tiempo porque tenía mucho trabajo operativo de coordinar capacitaciones de convocar y ahí fue cuando surgió la necesidad de institucionalizar las actividades que realizaba el comité Ovop y así fue cuando se creó la oficina de desarrollo económico, sigue siendo la génesis o Ovop siempre va a ser como una base que se tuvo para el tema de desarrollo económico, a nivel interinstitucional con esas organizaciones que nos apoyaban,
está muy débil digamos, el tema o como tal ahora es más desarrollo económico, pero la marca y también con Ovop, teníamos una limitante que es que la gente no sabía lo que era Ovop y es un término de siglas en inglés, entonces la gente no sabía de lo que le estaban hablando, en cambio si hablamos de productividad, de empresariado, de desarrollo económico, la gente como que ya comprende, por supuesto más los términos, entonces la marca sí va ligada pero ya se va perdiendo digamos se va dejando un poco el tema del programa Ovop por este debilitamiento digamos, tal vez en las en las actividades y en el apoyo que daban esas instituciones, al menos bajo esa sombrilla de ese programa, las instituciones siguen colaborando pero ya en el tema de sí de desarrollo económico, entonces Ovop es la antesala Ovop es como el inicio, el surgimiento que lo que ahora es desarrollo económico. Alcalde municipal: creo que también en este campo doña Rosa, las semillas se sembró y si dio buenos frutos, todo ese micro empresario que se le inyectó conocimiento, que se le inyectó entusiasmo, que se lo inyectó posibilidad de surgir, viendo ahorita casos en donde ama de casa han logrado subsistir gracias a la implementación de alguna venta de tortillas, no quiero mencionar nombres porque para no herir a la persona que no le pedí el permiso, pero yo tengo un caso específico de una señora que todos la conocemos, pero no me voy a permitir dar nombres, quién es esa señora después de que conoció Ovop y dónde está posicionada ahorita, yo creo que Ovop vino a llenar una gran necesidad, la información y toda la implementación de todos los procedimientos existentes que habían se podría retomar y yo ya digo no pensemos en el Ministerio de economía, pensemos en fondos libres de la municipalidad, que nosotros creamos a través del departamento de Desarrollo Social y económico, cómo implementar algún tipo de proyección, pero que salga de la municipalidad ,que la municipalidad pueda adquirir no sé cuál compromiso hasta tema presupuestario para ver cómo podemos solventar necesidades que todo tipo de personas tienen, sea contratando personal para que nos ayude en charlas, sea para buscar capacitación técnica, me acuerdo cuando iniciamos con Ovop, que una señora bueno qué hago yo hago las tortillas, son muy ricas pero no sé cómo venderlas yo no sé sumar yo no sé restar yo no sé, todo esto entonces todo es implementación de cambios que se generaron mucha gente está posicionada en una muy buena oportunidad de subsistir, como lo han hecho como dice doña Laura fue una sombrilla que como dijo ese ese ese grupo y por qué no abrir otra o más sombrillas donde nosotros desde este Concejo Municipal, podamos generar una posibilidad de crecimiento económico a diferentes personas, que bastante lo ocupan, entonces por ahí estaríamos. Vicealcaldesa primera; como comercial, la feria la Expo, que siempre realizamos en el campo ferial pues se dejó de realizar con la pandemia, pero ahora en el mes de abril vamos a realizar una feria se va a realizar una feria también de empresarios zarceños, que también está siendo coordinada por el departamento de desarrollo económico, entonces ya volvemos otra vez a activar un poco el tema de las de las actividades de promoción. Presidente municipal: me voy a permitir hacer algunos comentarios generales o reflexiones de la exposición. El primero va a manera de recomendación para la administración, ahí se estuvo hablando en la exposición de lo que eran los estados financieros, aquí Alex Acuña
vino nada más antes de finalizar el año del 2022 y no lo volvimos a ver, y lo que es la información de los estados financieros en la website solo aparece uno general del primer semestre de 2022, después apareció en agosto, de ahí brincó a noviembre y diciembre entonces como que quedó un hueco ahí, y creo que por transparencia y tanto para los ciudadanos, como para nosotros como miembros del Concejo sería importante tener esos los estados financieros y sabemos que su conlleva mucho trabajo y que los muchachos deben esforzarse, pero ya que los visiten un poquito más verdad, poderlo retomar. Alcalde municipal: don Luis en ese campo acepto su recomendación, todos los colaboradores nuestros están en la obligación de asistir siempre y cuando ustedes me lo soliciten para yo hacérselo llegar a ellos, entonces si ustedes en un acuerdo indican de que quieren de Alex los siga visitando cada 28 días cada mes cada 3 meses, yo con mucho gusto ,nada más háganme llegar por escrito donde yo hago la observación de que ustedes solicitan la presencia de él, para que la explicación correspondiente ,no había ningún problema. Presidente municipal: o que nos visite o que lo publiquen en el website, en cuanto a lo que fueron los procesos en Sicop, la otra vez habíamos hablado de que si el 2022 estuvo complicado y que se realizaron menos procesos, en comparación a los años anteriores y que por todo lo que implica, pero es una oportunidad de mejora, porque a mayor cantidad de procesos, mayor ejecución, pero sí que fueron 69 los que los que se procesaron y los que se lograron ejecutar fueron un poquito menos ahí 49 , pero sí, pero fueron mucho menores a la del 2021, que es una tarea pendiente y sabemos que ahora con la nueva ley va a estar más complicado y confiamos en que los compañeros de proveeduría y todos los que tienen ahí y de que se armen de paciencia y que saquen energías extra, porque es un reto, porque a como le digo a medida de que se pueda coronar esos procesos, vamos a garantizar la ejecución. Alcalde municipal: quisiera interrumpir un momento y con todo respeto Luis, siempre ahora escuchando y dándome cuenta una reunión que tuvo la gente de la Anai en San José, con los diputados, donde lo estamos pidiendo a Racsa que por favor no nos maltraten tanto en el costo del pago de cada uno de los procesos subidos a Sicop en algunos casos va a subir en un 850% el costo anual de los casos que vayamos a subir, a Sicop, yo lo he dicho que definitivamente pues es cierto que Sicop vino a transparentar aún más el sistema de compras y la forma correcta de cómo hacer los procesos sin tener tanto manoseo, sin embargo, comprobado ya que todas las municipalidades supieron, aceptaron y creyeron en Sicop, ahorita nos hacen una zancadilla cobrándonos un porcentaje sumamente fuerte, entonces, eso sépanlo desde ya que va a ser una gran limitante, ojalá que para nosotros no, pero recordemos que cada proceso que se subió a Sicop es un costo adicional, entonces, hasta eso teníamos que sentarnos a planear y a planificar tan bien la inversión que queramos hacer, para que una vez que subamos los procesos tengamos el contenido económico para subir, y para ir a cancelar el monto que nos corresponde, entonces yo dije que este año fuera menos traumático que el año pasado, pero ya empezando el año y no nos empiezan a poner unas piedras en el camino como esta, yo hablaba con uno de los compañeros de una intendencia y me decía el presupuesto que a nosotros nos llega nos va a alcanzar ni para pagar Sicop eso es un tema
que también creo que conozcan, que los incrementos o el pago así como va, va a ser muy muy elevado y es la lucha que está haciendo la Anai, para ver si se modifica o que se va a bajar un poco el monto de pues que quieran subirlo está bien, pero no tan desproporcionado como lo hicieron Presidente municipal: viendo los gráficos del comportamiento de lo que son los permisos de construcción, a mí me gusta siempre analizar las tendencias y comportamientos, no solo el 2022, sino que ha habido como una tendencia a mantener y a decrecer un poquito el ingreso por ese impuesto, llama a la reflexión, porque esto es un tema muy importante, son impuestos de construcción que reflejan en el comportamiento del crecimiento ya de los proyectos ya de forma privada, al no haber una tendencia más bien una tendencia al crecimiento nos podría indicar de que de que hay como un estancamiento, está bien la situación económica mundial y el País es bastante difícil y no es tan fácil construir, pero entonces la construcción en un cantón es pilar fundamental en la economía, porque eso es más viviendas, que van a requerir más servicios es más comercio, es más turismo pero si hay un estancamiento ahí, no lo digo que es culpa de la municipalidad, no, hay algún fenómeno que se está dando, que no nos estaba permitiendo dar ese crecimiento, porque si vamos a una zona turística, ahí en Fortuna, o en una playa, uno ve que hay un boom de crecimiento en ese tema, pero nosotros estamos más bien como estancados y viendo también un dato que venía de desarrollo urbano, que va también muy de la mano, bueno ahí también va a entrar en juegos lo que es el reglamento del INVUM pero ahí hubieron 255 visados denegados y solo 96 aprobados, entonces esto como como que va de la mano también con ese comportamiento en el impuesto de construcción entonces nos están maniatando, porque de estos 255 visados, quiere decir que se le está negando la oportunidad no sea entonces 255 cuántos querían hacer una casita, cuántos querían hacer una bodega, cuántos querían hacer un, pero sí nos manean Alcalde municipal: hay una situación si me permite, qué bueno que te tocó el tema, ayer precisamente tuvimos una reunión con la señorita Tatiana y con un administrado que vino a hacernos varias preguntas, que dicha que puede estar presente para empaparme un poco más El departamento de desarrollo territorial, está teniendo una traba a nivel nacional, no solamente es Zarcero, en otro lado le llamarán oficina de construcciones, en otro le llamarán departamento de construcciones, acá se le llama desarrollo territorial, dentro de las causas de disminución, nos explicaba ayer la compañera, de esa tramitología, a través de los cambios que ha generado la nueva ley de construcciones, ejemplo con el reglamento que creó el INVU, que fue por decreto, que si yo tengo un terreno de una hectárea y quiero segregar espacios el nuevo reglamento no me permite a mí segregar menos de 5000 metros, ahora se está implementando otro gran problema que nosotros no estamos exentos, que es en donde lanzo las aguas tanto servidas como llovidas, el caso que estoy comentando es un caso específico de una señora que nos vino a hacer una consulta, de que por qué no se le visaba el plano, porque no se le da el permiso y le tuvimos que hacer una explicación y digo tuvimos porque yo intervino un ratito, entonces decía que se decía que claramente ahora las aguas a través de la auditoría que nos hizo la Contraloría, de la mala práctica del desfogue de las aguas pluviales, que es un mal general en muchos cantones, nosotros nos pegamos la rifa y
salimos con una calificación muy mala, ya estamos implementando las medidas que la auditoría nos hizo llegar, ante ayer fue la última reunión con ellos, aquí hay que hacer una inversión millonaria, pero parte de lo que no se tomaba en cuenta, es que las aguas llovidas se tenían que canalizar hacia dónde, yo no le puedo tirar el agua llovida, aunque sea a mi esposa, mi papá, mi hermano que tenga la propiedad aledaña, eso es prohibido, se está implementando un cambio que la gente no ha entendido, aparte de eso si yo tengo una finca ganadera en el caso de Luis Fernando, que tiene una finca ganadera, o una finca agrícola para segregar un lote para construirle una vivienda a un familiar suyo, que usted logró vender un lote para construir, no se permite segregar menos de 900 metros dice la nueva ley, uno de los artículos de la nueva ley, y todavía tras de eso, le dicen que tiene que sacar una certificación en el Mag propiamente funcionarios del inta, donde le den a usted una certificación que le diga que sí el cambio de uso de suelo de agrícola, de ganadería a convertirlo en un tema residencial, para mí eso es ,no sé, no voy a utilizar palabras grotescas, es otro de los temas y vale 2000 dólares, será que el Mag tiene tantos profesionales desocupados y que los quiero ocupar? para mí eso es maltratar aún más a todas aquellas personas que están pidiendo posibilidad de donación o un bono el gobierno lo da, pero por debajo le pone trampas, donde dice bueno, yo lo que os voy a preguntar a alguna persona de escasos recursos que está este gestionando un bono, estarían disponibilidad de hacer sacar 2000 dólares para que le den un certificado que diga que cambio de terreno de agrícola a residencial, lo puede hacer a como vamos a cómo vamos con la manipulación del que se está dando a través del INVU, con las nuevas normas establecidas en los cambios en la ley, creo que estamos maltratando al que menos tiene, ahora la autonomía municipal dice la procuraduría que nosotros nos quedemos quietos, porque ahí no tenemos ninguna injerencia, que lo que se hace por ley es una ley que tenemos que aceptar, entonces no hay derecho al berreo, ayer la señora que estaba conversando con nosotros se fue, digamos que convencido de las injusticias que se cometen y no es por el departamento que también quiero que se dé una aclaración en este caso, la gente critica la municipalidad, que somos muy prohibitivos, bueno no somos prohibitivos, el departamento no se brinca la ley y tampoco yo la puedo obligar a que se brinque la ley, que en otras comunidades se la brinquen y se jueguen un chance de denuncia, pues aquí el departamento es muy recto en ese aspecto y tal vez el hecho de que sean tan rectos, significa que mucha gente los tilde que son prohibitivos, yo creo que nadie se jugaría la oportunidad de brincarse una ley o dando una oportunidad a unos y a otros no y en este caso, yo soy consciente don Luis y conocedor de que la disminución de vivienda se viene generando, aparte de que usted agregó algo que fue la pandemia, que fue las escasa situación, la difícil situación económica, el alto precio de los insumos, etcétera ,etcétera; pero qué lindo llegar a Grecia y ver ese crecimiento habitacional en urbanizaciones, necesitamos que una persona pensante en Zarcero diga voy a explotar, a implementar una nueva metodología de construcción en cuanto a habitaciones en cuanto a viviendas se refiere mediante una urbanización, que tenemos terrenos aptos, los tenemos, tal vez no para Zona Franca, pero si tenemos lugares lindísimos donde podríamos desarrollar proyectos habitacionales fuertes, necesitamos es que alguien te hace ese paso a crecer en esa forma, y todavía falta otro que no lo vaya a comentar, porque aquí va a llegar un documento que ustedes tienen que valorar,
si aprueban o no que son los cuadrantes urbanos, otra cuchara de aceite amargo para nosotros que tenemos que aceptar , y el crecimiento habitacional va a ser solamente en 3 distritos que ya están analizados por el Invu, basándose en el índice de del Inec del año 2012, un poquito desactualizados, casi 11 años atrás, entonces no hay tal derecho al berreo, las leyes que se implementan en este tipo de cosas y por más que hagamos presión por Anai y por más que hagamos presión por Unión de Gobiernos Locales, por más que hacemos presión por Fedoma, si es todo mediante un decreto, ahí no tenemos nada que hacer, pero sí también preocupado en el caso suyo en que hemos bajado un poco en ese tema, pero quiero que la gente entienda también que no es porque no queremos brindar los permisos e insto más bien a todos los profesionales, que no los manden a las personas interesadas en hacer las consultas, sino que vengan ellos para que le transmita la información, una persona sencilla y humilde que viene a pedir un bono, muchas veces los profesionales no quiero decir todos, no les abren los ojos diciéndole cuáles van a ser las problemáticas que van a tener si compran ese lote, no sabemos si ese lote tiene algún impedimento legal, no sabemos si ese lote tiene procesos municipales incompletos, como el pago de los bienes inmuebles, etcétera, etcétera, entonces todas estas trabas que están generando, pues hay que analizarlas ayer que hablábamos con el departamento, vamos a ver de qué manera podríamos una reunión con los profesionales para aclarar algunos temas y oír criterios para ver de qué forma podemos avanzar en este tema, pero que la disminución se ha dado sí, y mentira que es que la necesidad no se tiene quien no va a querer construir su casita, o mejorarla o hacer lo que tiene que hacer, pero es parte de. Presidente municipal: sí bueno eso es un reto para para el cantón y las características de Zarcero al ser tan agropecuario y tan pequeñito, las tierras están muy bien distribuidas, pero son terrenitos pequeñitos, para agricultura y ganadería y un poquito y todas estas regulaciones y todas estas leyes nacionales, nos meten a al gobierno local en un zapato, pero sí, pero impacta en la economía al final, si no tenemos construcciones, son menos ingresos, menos progreso. Presidente municipal: los proyectos de obra pública son muy importantes en nuestro cantón, todos los años vemos una carreterita más en algún distrito, o algún caserío y eso es importante, eso ayuda al desarrollo, ahí lo que tenemos que mejorar, lo hemos comentado muchas veces en el Concejo municipal es garantizarnos la fiscalización de la de la calidad de las obras, para que esos ciniquitos que llegan muy ajustaditos y a veces tarde a la municipalidad, se logren ejecutar y aprovechar de la mejor forma, pero ahí yo creo que a la administración solicitarle nuevamente lo del convenio con la Laname, no es que va a venir a regañar aquí, si no es que nos va dar la asesoría, va a acompañar a la unidad técnica, para que para que se dé ese control de calidad. Alcalde municipal: yo lo indiqué el día martes de que como ustedes vieron el departamento legal está involucrado con nosotros desde hace más o menos 2 meses que estamos en este tema, del tema que hoy se analizó en anteriormente, que se aprobó dichosamente, ya ustedes me han hecho llegar el documento, con unas ciertas interrogantes que estaban ahí, para para
verificar si se podían o no se podía, ya ella me ha indicado que quería que lo viéramos algunos puntos lo vamos a analizar en estos días en la próxima semana. En ese tema que usted habla de la calidad de los servicios que se brinda por medio de la unidad técnica, precisamente en los nuevos contratos que se firmaron se firmaron por 3 años de garantía, que ninguna empresa quería hacerlo y ya y eso fue un requisito y al final quienes ofertaron, pues tuvieron que aceptar que la aceptación de la implementación de la garantía se abarca a 3 años, después de finalizada la obra. Que hay que unirse con la Laname, claro, yo estoy esperando que entre también Rocío el lunes, para que nos ayude con ese tema y avanzar en ese tema. Presidente municipal: Ya para finalizar, do Ronald, compañeros, que antes de finalizar nuestro período, que podamos concretar el proyecto desde los fondos verdes, que tanto hemos hablado, hace más de 2 años, Germán Blanco, Margareth y Luis Carlos de acueducto, fuimos a la zona alta de donde estaban los acueductos municipales, las captaciones del acueducto municipal y nosotros salimos muy impactados de lo que vimos, y usted lo mencionó, hay que invertir un poquito en la compra de para la preservación de terrenos, para garantizar la cantidad y calidad de esa agua ,yo creo que nosotros como Concejo yo creo que sí vamos a apoyar este proyecto, que es sumamente importante, sabemos que hay algunas cositas pendientes, hay que revisar el estudio tarifario y el reglamento de acueducto, que es que es un combo, pero ese proyecto es muy necesario y nosotros tenemos que garantizarle a las a las futuras generaciones de que de que ese cerro en la parte alta de Zarcero, tenemos que proteger protegerlo, a como dé lugar, creo que nosotros como gobierno local, estamos llamados a dar el ejemplo que aquí Afamar ha hecho una labor titánica y pionera, yo me quito el sombrero ante esto señores, que tuvieron esa visión y gracias a ese grupo y gracias, a la a comunidad y a la misma municipalidad que hizo algún intercambio de propiedades y eso es un proyecto estrella con etiqueta con marca para exportar del impacto que tiene este proyecto, pero como gobierno local, yo creo que todavía estamos debiendo un poquito, tenemos que ponernos, arrollarnos la camiseta y por ahí hay una moción también que está por analizar y es ver cómo le ayudamos a Afamar para que el impuesto bienes inmuebles, buscarle la forma legal para que ese dinero no los golpee tanto y para que ellos puedan reinvertir. Alcalde municipal: don Luis si me permite rápidamente, yo no quise tocar el tema porque estábamos en dos temas que eran los que están en la agenda, dije anteriormente que el martes comunicaré lo que hoy hablamos, y por supuesto que es un tema que tenemos que retomar, me voy a comprometer aquí, a estar tocando la puerta de ustedes, para que avancemos con ese tema. Hoy nos indicaron temas importantísimos, voy a solicitar una sesión extraordinaria para ver ese tema, a nosotros nos habían hecho llegar un diagnóstico de necesidades, que está vigente, ya dos de los 1 de los dos ingenieros del IFAM que llegaron, ya no está, pero sí dejaron escrito, un diagnóstico que nos indicaba dónde y cómo teníamos que invertir, no me quiero ampliar más en este tema, yo voy el martes a presentar una sesión extraordinaria, ellos están anuentes a venir ayer, se quieren, pero como el tema no estaba incluido, yo no
quise extenderme, pero sí completamente de acuerdo con usted, es un tema que es viable, es un tema que se tiene, que yo creo es viable, es prioridad, pues tenemos que dejarlo ya por lo menos bien fundamentado, que ya lo conocemos ,estoy hablando de la implementación de unas tasas diferentes, la implementación de que la gran cantidad de procesos de compra tiene que ser directos, que la persona que nos va a ofertar nos va a ofertar por medio de SICOP, no podemos comprarlo antojadizamente, hay que ayudarles a darles el seguimiento y la inscripción en SICOP, para que ellos tengan, ahorita contaba ellas , que San Ramón hizo la compra de un inmenso cerro, por medio de IFAM por compra directa, pero era de una de una persona que sí aceptó meterse a SICOP, entonces nosotros todos sabemos que los que nos quieren vender fincas arriba, o aquí nos podemos comprar, tenemos que convencerlos primero que se metan a SICOP, porque quiero que hoy aquí el compromiso sea aún más que invertir en reparación, en mejoras, en compra de terreno para heredar a las nuevas generaciones ese líquido vital. Laura Solano Araya , vicealcalde primero: sí quería referirme a hacer un comentario final, reiterando de verdad el agradecimiento de primero, por este espacio porque, es una buena forma de culminar una función ,que es con la rendición de cuentas, que debe ser así ante la ciudadanía agradecerles muchísimo el trabajo que realizan y como lo decía Ronital, al principio, a los compañeros y compañeras de la municipalidad, hace algún tiempo un compañero que ya no está, que Virgilio, que en paz descanse, nos hacía un comentario y yo quería, lo tenía hoy muy muy presente, y por eso traje estos dos tubitos, él llegó, y uniones de reparación, un día me dijo Laura, lo que ustedes han hecho y no me refiero a Ronald y a mí, me refiero también en conjunto con los compañeros de la municipalidad, es cambiar de este tubo a este tubo, en una forma metafórica, eso es lo que han hecho en la municipalidad, tal vez los que saben más de fontanería comprendan todavía más la metáfora que él hizo, pero sí me quedó muy grabado eso de que de que siempre tenemos que tratar de dar lo mejor, él tenía una frase, y él decía siempre hagan todo con amor, cuando vayan a hacer algo, háganlo no importa despacio, pero bien hecho, hagan todo con amor, él siempre decía eso y a mí se me quedó grabado, y ha sido una insignia que llevábamos, y me alegro mucho y me siento muy satisfecha pues del trabajo que hemos realizado en estos años, yo siento que cada gobierno municipal, que cada autoridad, que cada funcionario, que llega a una institución, pues deja su parte y vendrán otros relevos que van a agregar en otras áreas, que tal vez uno no agregó y van a fortalecer otras, y así lo considero yo, que es también los relevos son importantes, pero sí uno se siente contento de tratar de hacer las cosas con amor, y era algo que quería compartir con ustedes, porque ustedes porque yo sé que aquí los mueve mucho ese espíritu de servicio, ese amor por la comunidad y también motivarlos y motivarnos todos a que, más en esta coyuntura que es compleja en el régimen municipal, y también en la coyuntura política que se acerca, de cara a las municipalidades, que nunca perdamos ese norte, que nunca nos dejemos llevar por tal vez intereses particulares, por motivos de otra índole, que no sea el amor por nuestra comunidad y nuestro pueblo, que siempre cuando vayamos a actuar, pongamos en una balanza, que lo que nos inspire sean los buenos valores, los principios, yo creo que tenemos mucho más temas que nos unen, que los que nos
diferencian, más tenemos de intereses compartidos, que los diversos, verdad y era una reflexión que quería de verdad compartir con ustedes, junto con reiterar los que de verdad estamos para servir, si necesitan en algún momento también, ahí vamos a estar en lo que podamos ayudar, a cualquiera de ustedes, a las autoridades municipales, que lleguen en algún momento también, vamos a estar ahí para colaborar y de verdad desearles muchas bendiciones. La municipalidad es un pilar fundamental en el desarrollo de este cantón, es fundamental es importantísimo, lamentablemente pues estamos perdiendo la autonomía y hay leyes que a veces impiden y obstruyen que podamos realizar algunas algunos temas, pero todo lo que beneficia y fortalezca la municipalidad va a repercutir también en la calidad de vida de todos nosotros como ciudadanos, entonces desearles de verdad muchos éxitos y a esta municipalidad de verdad que Dios la siga bendiciendo mucho, y que les dé mucha sabiduría a ustedes para tomar decisiones y también a Ronital, que le dé mucha fortaleza porque los tiempos no son fáciles, estos tiempos están siendo muy convulsos, uno se va un poco preocupado por el régimen municipal y por algunas circunstancias, que esperamos que sean coyunturales, y después ya se estabilice, pero sí pedirles mucho el apoyo, y esa reflexión verdad nunca perder de vista, nuestro objetivo nuestros valores y principios este y de verdad como decía Virgilio hacer las cosas con amor entonces me agradecerles muchísimo. Presidente municipal: agradecerles Laura y a don Ronald, que son los que han encabezado la administración municipal, que les lleven el agradecimiento a los funcionarios porque han hecho un esfuerzo, han cada quien da lo mejor de sí y manifestar hoy tu Ronald, que mientras Dios me dé salud, aquí vamos a estar al frente en este Concejo Municipal, en compañía de los regidores y síndicos que estamos aquí, quedamos poquitos pero somos muy valientes, y vamos para adelante ni un paso atrás, vienen muchos retos, agentes externos, leyes y todo que imposibilitan tal vez, o que limitan el accionar de un gobierno local, pero hay ganas , hay interés, como dice doña Laura, hay amor propio por trabajar por un cantón, muchas gracias. Regidor Carlos Masís: cada informe de labores verdad que sea en la municipalidad por parte de las autoridades lleva siempre implícito un mensaje de esperanza, un mensaje importante a la población, especialmente municipalidades como estas tan pequeñas, que son medidas, muchas veces aquí sacan los Concejos, que el índice tal está mal y que tenemos que ir y el índice cuál y sigue con los mismo, pero está bien, es bueno tenerlo presente, pero se nos mira a todos por igual, las grandes y las pequeñas, esa es la gran diferencia, y ahí cada municipalidad, estas con pequeños presupuestos, tienen que ser milagros, para poder reparar un camino, para poder reparar una vía, para poder reparar aquella acera de la Iglesia, creo que a veces la gente es muy severa a la hora de juzgar, a los funcionarios que están a cargo de la alcaldía, de la vice alcaldía, tal vez y otros funcionarios que también hacen un esfuerzo muy importante al interno de la plataforma, para tratar de llevar adelante el gobierno municipal, en la parte financiera, en la parte logística, en la parte del territorial, en fin y creo que también sería bueno que la población, tienen derecho a exigir, porque en estos puestos se exige, pero también, en algún momento, reconocer que las cosas se pueden estar haciendo, que se hace con un gran esfuerzo , realmente yo sinceramente no me veo sentado en esa silla del alcalde municipal, porque eso es sumamente una silla bastante, bastante caliente, como
dirían en un programa de televisión, ni siquiera una vice alcaldía, porque también tiene una responsabilidad sumamente grande, y creo que ahí hay que tener como mucha salud, mucho de verdad, una fuerza más allá de lo que a veces, de lo que se requiere para poder afrontar esos retos tan difíciles, que día se le ponen ahí en la mesa, por lo tanto, no más que felicitar a el señor alcalde a doña Laura, quien fuera vicealcaldesa en este tiempo, han hecho un esfuerzo y sabemos que de aquí hacia el final de año, el final del periodo se seguirán haciéndolo tratando de hacer lo mejor que se pueda lo mejor que se pueda, y más en las circunstancias que está ahora la municipalidad, que el alcalde está solo y que bueno va a necesitar apoyo y todo esto ahí, aquí está el Concejo como dijo el señor presidente, ahí hay poquitos, algunos vamos a tratar de estar hasta el final, si Dios lo permite, para seguir colaborando con la municipalidad, con la alcaldía y para que se pueda cada periodo, ojalá que sea, que se deje algo importante, algo permanente para la población y para el desarrollo del cantón, así que creo que me doy por satisfecho con el informe, está bien hay muchas cosas todavía que caminar y hacer, pero se está haciendo lo propio, muchas gracias. Regidora propietaria Virginia Muñoz: muchas gracias señor presidente, sí yo es para para darle las gracias a don Ronald y a doña Laura, yo sé que siempre se hace el mayor esfuerzo, también darle las gracias a los funcionarios municipales, incluso al Concejo que siempre apoya todos los proyectos, todos los planes que se tienen, como yo siempre digo hablando se entiende la gente, a veces sí tal vez hay críticas muy severas, pero que no tienen ningún fundamento ,porque casi siempre el que critica, que está fuera de aquí, la verdad no tiene conocimiento de las cosas que se hacen, y cómo se hacen, entonces, por eso yo siempre voy al enfrente como dicen, voy trabajando, con mi mayor esfuerzo, con amor ,de verdad porque yo tengo ese sentido de pertenencia, con mi gobierno local y con el pueblo de Zarcero, entonces ya soy viejita estar aquí, estoy cinco años primero como síndica, luego dos periodos de regidora, bueno ya casi tengo trece 13 años, pero siempre he estado poniendo el pecho a las balas como dicen a veces en algunos momentos, pero aquí estoy porque tengo muy seguro que todas las personas que lleguemos aquí, sea la administración, o sea el Concejo debemos saber que venimos para cumplir con un servicio, con un servicio para el bien común, para el bien de nuestro pueblo, muchísimas gracias. 2.1-El Concejo Municipal acuerda aprobar informe de labores del Alcalde Municipal, período 2022. 3 votos de los regidores Luis Fernando Blanco Acuña, Virginia Muñoz Villegas, Yerlin Araya Araya. Alcalde Municipal: nada más que hacer un comentario breve, agradecerle de verdad como dice doña Vicky y don Carlos, agradecerles a todos ustedes, porque sin ustedes no podemos avanzar, pero no puedo dejar de no mencionar unas palabras para doña Laura, en agradecimiento y me atrevo a tomar la determinación de hacerlo por todos los compañeros del Concejo, por todos los compañeros colaboradores nuestros, agradecerle de verdad y estos casi 8 años que se trabajó en conjunto, hubo discrepancias, alegrías, tristezas, colerones, cosas muy buenas, hubo momentos muy muy agradables, donde se logra ver el objetivo que uno tenía planteado, que era la mejora del cantón en muchos casos, entonces de mi parte ,el
otro día yo di un gracias ,ese gracias se quedó muy corto, entonces, hoy quiero decirle que
Dios la acompañe, y quiero aclarar un tema porque la gente ha dicho que es que huye, así me
dijo un señor, por qué huyen del problema ,no ella no está huyendo, lo voy a decir yo ,tal vez
ella no lo quiere decir, Laura es funcionaria del Banco Popular, por lo cual cuando aceptó la
postulación para el puesto de vicealcaldesa, sacó un permiso laboral sin goce salarial , y a
través de lo que está pasando, ella tiene que volver a retomar su puesto, su plaza espacio, que
está disponible para ella, entonces no es que ella se va huyendo como alguien dijo un día esto
es que me dijo nada, más que yo quería hacerlo público, para que lo entienda que ella tomó
la determinación, y si yo hubiera estado en la posición de ella también tomó la determinación,
cualquiera de ustedes lo haría porque es el futuro de su familia, es el futuro y el crecimiento
personal, yo quisiera hablar mucho aquí ,pero no quiero agrandar más la sesión, entonces
Laura de verdad ese gracias, se quedó corto, llévele a su familia, a todos sus seres queridos
un abrazo fraternal, agradecerle de corazón de verdad todo el apoyo que me brindó ,sé que
va a ser difícil, no sabemos qué va a pasar con la segunda vicealcaldesa, si se va a incorporar
o no ,si nos está viendo y que lo valore si quieres hacerse presente en buena hora ,y si no
pues también agradecerle a ella el apoyo que nos brindó y la ayuda que nos dio, también
desde muchos puntos de vista que ella opinaba, aunque no estuviera presente acá, estuvo
asistiendo a algunas sesiones, si Dios así lo permite que ella se presente en buena hora,
bienvenida, ahora y si no pues entonces aquí trabajaremos de la forma que hay que trabajar
para sacar el barco a flote, Laurita un abrazo de todo corazón, que Dios te acompañe, y que
sus metas se cumplan aún más, profesional de desde todo punto de vista sabemos que usted
está finalizando ya la carrera de derecho, una mujer emprendedora, una mujer luchadora, una
mujer visionaria, una mujer con una gran capacidad y un crecimiento personal, que ya no va
no ha bajado, yo creo que no va a bajar entonces de todo corazón que Dios le acompañe.
Al ser las diecinueve horas con veintisiete minutos concluye la sesión.
DENIA DEL PILAR Firmado digitalmente por
DENIA DEL PILAR ROJAS
ROJAS JIMENEZ JIMENEZ (FIRMA)
Fecha: 2023.03.10 13:43:47
(FIRMA) DEL PILAR
LUIS FERNANDO BLANCO ACUÑA DENNIA -06'00' ROJAS JIMENEZ
PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL