Ordinaria 43 · 2021-02-23

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Acuerdos en esta acta

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Acta N°043
23-02-2021

                               MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

                                  SESIÓN ORDINARIA N°043-2021
Celebrada por el Concejo Municipal de Siquirres el día martes veintitrés de febrero del dos mil veintiuno en
la Sala de Sesiones del Concejo Municipal, a las diecisiete horas con quince minutos contando con la siguiente
asistencia y comprobación de quórum e inicio de sesión:

                                    DIRECTORIO MUNICIPAL
                                                           Fracción
Sr. Randall Black Reid                     Presidente         PLN
Sra. Yoxana Débora Stevenson Simpson       Vicepresidente    PLN
                                 REGIDORES(AS) PROPIETARIOS
                                                           Fracción
Sra. Karla Andrea Alvarado Muñoz                             PLN
Sr. Elías Alberto Jara Vega                                  PLN
Sra. Susana Cruz Villegas                                    PLN
Sra. Esmeralda Allen Mora                                    FA
Sr. Junior de Los Ángeles Quirós Chavarría                   FA
                                   REGIDORES(AS) SUPLENTE
                                                          Fracción
Sr. Freddy Badilla Barrantes                                 PLN
Sra. Maricel Díaz Delgado                                    PLN
Sr. Pablo Andrés Castillo Tercero                            PLN
Sra. María González Jiménez                                  PLN
Sr. Johnny Alejandro Loaiza López                            PLN
Sr. Cesar Domingo Manzanares Vargas                          FA
                                  SÍNDICOS(AS) PROPIETARIOS
                                                          Fracción                  Distrito
Sr. Jorge Luis Álvarez Rosales                              PLN                   Siquirres I
Sra. Marjorie Miranda Jiménez                               PLN                   Pacuarito II
Sr. Willie Bianchini Gutiérrez                              PLN                   Florida III
Sr. Stanley Salas Salazar                                  PLN                    Germania IV
Sr. Yeimer Esteban Gordon Porras                           PLN                    Cairo V
Sra. Rosa María Sánchez Cordero                            PLN                    Alegría VI
Sr. Alexander Pérez Murillo                                 PLN                   Reventazón VII

                                   SÍNDICOS(AS) SUPLENTES
Sra. Dinia Patricia Hernández Abarca                  PLN                        Siquirres I
Sra. Lidieth Vega García                              PLN                        Florida III
Sra. Jaimee Johnson Black                             PLN                        Germania IV
Sr. Luis Fernando Bermúdez Mora                       PLN                        Alegría VI

                                             ALCALDE

Lic. Mangell Mc Lean Villalobos               Alcalde
MSc. Maureen Cash Araya                       Vicealcaldesa

                                              SECRETARIA
MSc. Dinorah Cubillo Ortiz

                                            ASESOR LEGAL
Licda. Susana Zamora Fonseca


                                               AUSENTES
Lic. Luis Fernando Delgado Duran              Vicealcalde
Sra. Zoraida Del Carmen Cedeño Rojas                             FA
Sr. Maynor Castro Saldaño                                        PLN            Pacuarito II
Sra. Yerlin Melissa Baar Montero                                 PLN            Cairo V

                                   ASISTENTES POR INVITACIÓN

                                               VISITANTES


                                                                                                            1
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 1   ARTÍCULO I.

 2   Lectura y aprobación del orden del día.

 3   El Presidente Municipal Randal Black Reid, procede a dar lectura al Orden del día, estando

 4   todos los señores (as) regidores(as) de acuerdo, la cual quedaría de la siguiente manera:

 5       I. Lectura y aprobación del orden del día.

 6      II. Oración inicial.

 7     III. Lectura y Aprobación de actas.

 8     IV. Correspondencia.

 9       V. Informes de Comisión.

10     VI. Mociones.

11    VII. Asuntos varios.

12   ARTÍCULO II.

13   Oración Inicial.

14   Se deja constancia que se realiza la Oración inicial, para dar inicio a los demás puntos en la

15   agenda del Concejo Municipal. -------------------------------------------------------------------------

16   ARTÍCULO III.

17   Lectura y Aprobación de Actas.

18   Presidente Black Reid: Pone en discusión la aprobación del Acta de la Sesión Ordinaria

19   N°042-2020. -----------------------------------------------------------------------------------------------

20   CON LAS SIGUIENTES ENMIENDAS SE APRUEBA EL ACTA DE LA SESIÓN

21   ORDINARIA N°42-2020. ------------------------------------------------------------------------------

22   ARTÍCULO IV.

23   Correspondencia.

24   1.-Oficio número CDELDIR-IN-005-2021que suscribe el Sr. Maynor Sequeira Vega/Centro

25   de Desarrollo Empresarial Limón, de la Región Caribe (CDE Limón), dirigida al Sr. Randall

26   Black Reid, Presidente del Concejo Municipal de Siquirres, en el cual informa sobre la

27   apertura del Centro de Desarrollo Empresarial Limón, de la Región Caribe (CDE Limón),

28   cuyo objetivo es brindar servicios desarrollo empresarial a los emprendimientos con potencial

29   de crecimiento y a las PYMES establecidas de la Región Caribe, y los invita a visitar las

30   instalaciones o bien los puedan recibir en las oficinas a fin de presentar el equipo de ellos y
                                                                                                              2
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 1   brindar la información respectiva de los servicios de desarrollo empresarial que se van a

 2   brindar, así como estrategia de atención y vinculación del centro.---------------------------------

 3   Presidente Black Reid: Compañeros nos están mandando una invitación para ellos venir acá

 4   o un grupo de compañeros poder ir allá, podríamos coordinar quienes de los regidores les

 5   gustaría ir allá o sino invitarlos acá y que nos expongan el tema, voy a tener esa nota por acá

 6   por si alguno quisiera participar, para ir y conocer el lugar, ver cómo trabajan ellos, tal vez

 7   mandar unos dos o tres personas que nos representen para que vayan allá, en este caso me

 8   gustaría que el señor alcalde tal vez podría acompañar a dos o tres regidores que quieran ir,

 9   para que conozcan el proyecto y venir usted luego acá ustedes a exponer sobre el proyecto en

10   lugar de traerlos a ellos, sería bonito conocerlo en el lugar, pasa saber de qué es lo que ellos

11   están hablando, entonces voy a guardar la nota en presidencia, para que cuando decidamos

12   tomar el acuerdo de quienes van a ir los comisionamos para que vayan, están de acuerdo.----

13   ACUERDO 1170-23-02-2021

14   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número CDELDIR-

15   IN-005-2021que suscribe el Sr. Maynor Sequeira Vega/ Centro de Desarrollo Empresarial

16   Limón, de la Región Caribe (CDE Limón), al Sr. Presidente del Concejo Municipal de

17   Siquirres con el fin de designar dos o tres regidores que puedan asistir a las instalaciones del

18   Centro de Desarrollo Empresarial. ---------------------------------------------------------------------

19   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

20   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

21   2.-Oficio número DA-113-2021 que suscribe el Lic. Mangell Mc Lean Villalobos Alcalde

22   Municipalidad de Siquirres, dirigido al Ing. William Solano Ocampo/Gestor Departamento

23   Gestión Vial, Ing. Iván Rodríguez Núñez/Departamento Valoración y Catastro, y Arq. Álvaro

24   Ramírez Ruiz/Coordinador Departamento Control Urbano, con copia al Concejo Municipal

25   de Siquirres, en el cual indica que se permite trasladar Acuerdo No. 1068 tomado por el

26   Concejo Municipal en Sesión Ordinaria No. 039, con la finalidad de que se atienda de acuerdo

27   a sus competencias, indica que queda atento a sus informes para ser enviado al Concejo

28   Municipal.--------------------------------------------------------------------------------------------------

29   Recibido y conocido el oficio por el Concejo Municipal, se archiva. -----------------------------

30   3.-Oficio número CCDRS-019-2021que suscribe el Sr. Ho Sai Acón Chan/Presidente del
                                                                                                                3
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 1   CCDR Siquirres, en asunto: Solicitud de convenio tripartito “Programa Actívate”, dirigido al

 2   Concejo Municipal de Siquirres, en el cual indican que la Junta directiva en su sesión

 3   extraordinaria N°002-2021, articulo VIII, inciso 1, del 11 de febrero del presente, solicitan de

 4   manera más respetuosa al Honorable Concejo Municipal, la aprobación del convenio tripartito

 5   entre el CCDR Siquirres, ICODER y Municipalidad de Siquirres, para la realización del

 6   proyecto denominado “Programa Actívate 2021”, por lo que agradecen tomar en cuenta las

 7   siguientes clausulas: Primero: Se conoce y se aprueba el plan de trabajo y el presupuesto por

 8   un monto de ¢10.000.000.00( diez millones de colones exactos), como aporte del ICODER

 9   para el proyecto denominado “Programa Actívate periodo 2021”. Segundo: Se autoriza y se

10   da el aval para realizar el acuerdo tripartito entre ICODER, Municipalidad de Siquirres y

11   Comité Cantonal de Deportes y Recreación Siquirres. Tercero: Se autoriza al señor alcalde de

12   la Municipalidad de Siquirres el Lic. Mangell Mc Lean Villalobos, a firmar el acuerdo

13   tripartito en representación de la Municipalidad de Siquirres. Acuerdo Firme. ------------------

14   ACUERDO 1171-23-02-2021

15   Sometido a votación por unanimidad se acuerda la aprobación del convenio tripartito entre el

16   CCDR Siquirres, ICODER y Municipalidad de Siquirres, para la realización del proyecto

17   denominado “Programa Actívate 2021”, con las siguientes clausulas: Primero: Se conoce y

18   se aprueba el plan de trabajo y el presupuesto por un monto de ¢10.000.000.00(diez millones

19   de colones exactos), como aporte del ICODER para el proyecto denominado “Programa

20   Actívate periodo 2021”. Segundo: Se autoriza y se da el aval para realizar el acuerdo tripartito

21   entre ICODER, Municipalidad de Siquirres y Comité Cantonal de Deportes y Recreación

22   Siquirres. Tercero: Se autoriza al señor alcalde de la Municipalidad de Siquirres el Lic.

23   Mangell Mc Lean Villalobos, a firmar el acuerdo tripartito en representación de la

24   Municipalidad de Siquirres. Se dispensa de todo trámite de Comisión. ACUERDO

25   DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME. --------------------------------------------

26   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

27   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

28   4.-Oficio número DAM-0293-2021 que suscribe el Msc. Jorge Arturo Alfaro Orias/Alcalde

29   Municipal de Santa Cruz, dirigida a los Alcaldes(as) y Concejos Municipales del Territorio

30   Nacional, en Asunto: Solicitud de apoyo para excluir al Ministerio de Educación Pública de
                                                                                                          4
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 1   los dispuesto en la Ley 9879. ----------------------------------------------------------------------------

 2   ACUERDO 1172-23-02-2021

 3   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número DAM-

 4   0293-2021 que suscribe el Msc. Jorge Arturo Alfaro Orias/Alcalde Municipal de Santa Cruz,

 5   a la Licda. Susana Zamora Fonseca/Asesora del Concejo Municipal de Siquirres, con el fin

 6   de que emita su criterio legal al respecto al Concejo Municipal de Siquirres. ACUERDO

 7   DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME. --------------------------------------------

 8   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

 9   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

10   5.-Oficio número DA-115-2021 que suscribe el Lic. Mangell Mc Lean Villalobos/Alcalde

11   Municipal de Siquirres, dirigida al Sr. Jorge Mora Ramírez/ Jefe Departamento de Urbanismo

12   y al Arq. Daniel Brenes Arroyo/ Encargado UCTOOT, con copia al Concejo Municipal de

13   Siquirres en el cual remite la propuesta de Plan Regulador del cantón de Siquirres, mismo que

14   fue sometido a audiencia pública en el mes de diciembre del 2020, en cumplimiento con lo

15   estipulado en el artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana N.º 4240. Explica que este

16   instrumento de planificación urbana es de suma importancia para nuestro municipio, ya que

17   fungirá como herramienta de ordenamiento y planificación del territorio, el cual sirva como

18   base para una toma de decisiones oportunas para Siquirres. Por lo que agradece las gestiones

19   pertinentes. ------------------------------------------------------------------------------------------------

20   Recibido y conocido el oficio por el Concejo Municipal, se archiva. -----------------------------

21   6.-Oficio número PE-0053-2021que suscribe el Sr. Patricio Morera Víquez Presidente

22   Ejecutivo del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, dirigida a las autoridades

23   Municipales, el cual incluye una misiva en la atención del requerimiento por parte del

24   Ministerio de Ciencia, Tecnologías y Telecomunicaciones MICITT, según se detalla, crear y

25   remitir un listado de los sitios prioritarios del cantón en cuanto a mejora de la conectividad y

26   las características de la demanda, asimismo, el MICITT ha recomendado y recalcado la

27   importancia de que los municipalidades cuenten con un reglamento de Infraestructura

28   Municipal, dicha información debe enviarse al correo despacho.ministro@micit.go.cr .-------

29   ACUERDO 1173-23-02-2021

30   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número PE-0053-
                                                                                                                 5
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 1   2021 que suscribe el Sr. Patricio Morera Víquez Presidente Ejecutivo del Instituto de Fomento

 2   y Asesoría Municipal a la administración (alcaldía) con el fin de que sea la administración

 3   quien dé respuesta a la solicitud de información planteada. ----------------------------------------

 4   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

 5   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

 6   7.-Oficio número 30-SCMD-21 17 de febrero del 2021 que suscribe el Sr. Alexander Díaz

 7   Garro/ Secretario Municipal de Dota, dirigido a los señores(as) Diputados(as) de la Asamblea

 8   Legislativa y a los señores(as) de los Honorables Concejos Municipales del país, mediante el

 9   cual transcribe el acuerdo estipulado en el artículo XIII, de la sesión extraordinaria N°042

10   celebrada el día 16 de febrero del 2021, tomado por la Corporación Municipal de Dota, donde

11   acuerdan: Manifestarse a favor de CONAPE y solicita que se excluya de los puntos de

12   negociación del gobierno con el Fondo Monetario Internacional la venta de la cartera

13   crediticia de CONAPE. ----------------------------------------------------------------------------------

14   ACUERDO 1174-23-02-2021

15   Sometido a votación por unanimidad se acuerda dar un voto de apoyo al Concejo Municipal

16   de Dota en atención al artículo XIII, de la sesión extraordinaria N°042 celebrada el día 16 de

17   febrero del 2021, tomado por dicha Corporación donde acuerdan manifestarse a favor de

18   CONAPE y solicita que se excluya de los puntos de negociación del gobierno con el Fondo

19   Monetario Internacional la venta de la cartera crediticia de CONAPE, comunicado mediante

20   oficio número 30-SCMD-21, del 17 de febrero del 2021 suscrito por el Sr. Alexander Díaz

21   Garro/ Secretario Municipal de Dota.------------------------------------------------------------------

22   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

23   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

24   8.-Oficio sin número que suscribe el Sr. Gerardo Granados Arit/Presidente de la Junta

25   Directiva del Centro Agrícola Cantonal de Siquirres, dirigida al Ing. Randall Vega

26   Blanco/Viceministro Administrativo del Ministerio de Seguridad Pública, con copia al Lic.

27   Mangell Mc Lean Villalobos/Alcalde municipal de Siquirres en el cual indican que el Centro

28   Agrícola Cantonal de Siquirres en su sesión extraordinaria celebrada el 2 de febrero del 2021

29   al ser las 11:30 am, Acta N°389 Acuerdo 1-2021, acuerda aprobar el incremento de terreno

30   donado en un aproximado de 566 M2 , (25x25x largo NO más de eso), del área del terreno
                                                                                                            6
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 1   ofrecido en donación que en principio fue de 2535.83 m2, acordada en octubre del 2020

 2   sumando entonces un total de 3102.83m2a segregar de la finca 7-110198-000 propiedad de

 3   esta organización Centro Agrícola cantonal de Siquirres, para lo cual queda expresamente

 4   autorizado el Presidente a firmar los documentos privados, convenio y escrituras públicas

 5   necesarias.--------------------------------------------------------------------------------------------------

 6   Recibido y conocido el oficio por el Concejo Municipal, se archiva. -----------------------------

 7   9.-Oficio número JVC-2021-019 que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente

 8   secretario de Junta Vial Cantonal, dirigida al Concejo Municipal de Siquirres en respuesta a

 9   oficio SC-1112-2021, en referencia a intervenir una servidumbre ubicada a un costado del Bar

10   La Petrolera ya que la cuenca está socavando las orillas de los hogares y están propensos a

11   que sus casas se derrumben, la Junta Vial le remite, que el presupuesto con que el

12   Departamento de Infraestructura Vial trabaja, se encuentra regulado por la Ley 9329-8114,

13   donde dentro de sus lineamientos le permite intervenir únicamente los Caminos que se

14   encuentran dentro del Inventario de la Red Vial Cantonal.------------------------------------------

15   ACUERDO 1175-23-02-2021

16   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número JVC-2021-

17   019 que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente secretario de Junta Vial Cantonal

18   a los vecinos de San Martin costado Oeste del Bar La Petrolera, para su conocimiento --------

19   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

20   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

21   10.-Oficio número JVC-2021-020 que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente

22   secretario de Junta Vial Cantonal, dirigida al Concejo Municipal de Siquirres en respuesta a

23   oficio SC-040-2021, en referencia a solicitud del Sr. William Zamora Rojas del Comité de

24   Desarrollo Los Ángeles de Maryland, solicita alcantarillas y arena para el frente del CEN

25   CINAI de los Ángeles de Nueva Virginia, la Junta Vial les remite, que el presupuesto con que

26   el Departamento de Infraestructura Vial trabaja, se encuentra regulado por la Ley 9329-8114,

27   donde dentro de sus lineamientos le permite intervenir únicamente los Caminos que se

28   encuentran dentro del Inventario de la Red Vial Cantonal. -----------------------------------------

29   ACUERDO 1176-23-02-2021

30   Sometido a votación por unanimidad se acuerda enviar copia del oficio número JVC-2021-
                                                                                                                 7
     Acta N°043
     23-02-2021

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 1   020 que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente secretario de Junta Vial Cantonal,

 2   al Sr. William Zamora Rojas del Comité de Desarrollo Los Ángeles de Maryland para su

 3   conocimiento. ---------------------------------------------------------------------------------------------

 4   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

 5   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

 6   11.-Oficio número JVC-2021-022 que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente

 7   secretario de Junta Vial Cantonal, dirigida al Concejo Municipal de Siquirres en respuesta a

 8   oficio SC-042-2021, en referencia a oficio suscrito por la Sra. Rosa María Sánchez Cordero

 9   Sindica del Distrito de la Alegría, donde manifiesta su inquietud por la velocidad de los

10   vehículos y solicita reductores de velocidad la Junta Vial les remite, que el presupuesto con

11   que el Departamento de Infraestructura Vial trabaja, se encuentra regulado por la Ley 9329-

12   8114, donde dentro de sus lineamientos le permite intervenir únicamente los Caminos que se

13   encuentran dentro del Inventario de la Red Vial Cantonal. y la Calle mencionada en la Alegría

14   centro corresponde a ruta Nacional 415. ---------------------------------------------------------------

15   Presidente Black Reid: Doña Rosa no sé si entendió que la ruta para la cual usted está

16   pidiendo los reductores de velocidad es una ruta nacional y la municipalidad no puede

17   intervenir o gastar fondos de la 8114 en una ruta nacional, vamos a tomar un acuerdo para

18   pasarle esta nota a doña Rosa Sánchez, para que lo pueda llevar y consensuarlo en la

19   comunidad.-------------------------------------------------------------------------------------------------

20   ACUERDO 1177-23-02-2021

21   Sometido a votación por unanimidad se acuerda enviar copia del oficio número JVC-2021-

22   022 que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente secretario de Junta Vial Cantonal,

23   a la Sra. Rosa María Sánchez Cordero Sindica del Distrito de la Alegría, para su conocimiento.

24   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

25   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

26   12.-Oficio número JVC-2021-023 que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente

27   secretario de Junta Vial Cantonal, dirigida al Concejo Municipal de Siquirres en respuesta a

28   oficio SC-051-2021, en referencia a oficio suscrito por el Ing. Enrique Alvarado M, donde

29   solicita una inspección al acceso denominado Calle Solano en San Isidro de La Alegría, para

30   que verifiquen el ancho, Junta Vial les remite, que se traslada al Departamento de
                                                                                                               8
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     23-02-2021

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 1   Infraestructura Vial para que agregue a la programación la inspección correspondiente. ------

 2   Recibido y conocido el oficio por el Concejo Municipal, se archiva. -----------------------------

 3   13.-Oficio sin número que suscribe la Licda. Ada Luz Chaves Chaves/Directora Escuela San

 4   Antonio, con el visto bueno de la MSc. Sandra Campbell Rojas/Supervisora del Circuito 06

 5   Cairo, en el cual solicita el nombramiento y juramentación de las siguientes personas como

 6   miembros de la Junta de Educación de la Escuela San Antonio. -----------------------------------

 7             María José Medina Sequeira                        Céd: 1-1569-251

 8             María de los Ángeles Brenes Delgado               Céd: 9-087-902

 9             Tifany Briced Brenes Masís                        Céd: 3-487-746

10             Carol Yesenia Jara Barboza                        Céd: 3-457-017

11             Tatiana María Sánchez Pereira                     Céd: 3-446-396

12   ACUERDO 1178-23-02-2021

13   Sometido a votación por unanimidad se acuerda aprobar el nombramiento y juramentación de

14   las anteriores personas como miembros de la Junta de Educación de la Escuela San Antonio,

15   circuito 06 Cairo. -----------------------------------------------------------------------------------------

16   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

17   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

18   14.-Oficio sin número que suscribe la Sra. Jessica Herrera Díaz, y la MSc. Blanca Quirós

19   Cubero/Directora de La Escuela la Perla, dirigida al Concejo Municipal de Siquirres, en el

20   cual manifiestan una problemática con la parada ubicada o pegada a la malla de la Escuela La

21   Perla, al costado norte de la plaza de deportes, indican que dicha parada la construyo la

22   empresa Bananera el Porvenir, explican que a dicha parada llegan jóvenes a consumir drogas,

23   decir palabras obscenas e indebidas, también toman la parada como basurero, explican que se

24   solicitó a la empresa retirar la parada o donación para hacer un cubículo para el guarda, la

25   empresa indico que sí, pero el domingo 21 de febrero se apersono un señor indicando que era

26   del Comité de paradas y no la podían quitar, por lo que solicitan dos paradas oficiales hechas

27   por la municipalidad.--------------------------------------------------------------------------------------

28   Presidente Black Reid: Compañeros este documento que va leer la secretaria ustedes no lo

29   van a entender, nosotros lo leímos y no lo entendimos hasta que vi una foto que esta atrás,

30   hay una parada que está al frente de una escuela, donde algunos vecinos se están quejando
                                                                                                                9
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     23-02-2021

                                  MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   que llegan a dejar drogas y otras cosas, entonces quieren como que se mueva la parada, pero

 2   hay un vecino que reclama que es de él, entonces presten atención a lo que la secretaria va a

 3   leer para que lo puedan entender, porque ellos quieren que la municipalidad interfiera en eso.

 4   Creo que la muni no puede interferir en este caso, creo que esta es una cuestión que debe de

 5   resolverlo la asociación de desarrollo de la comunidad juntamente con los líderes de la

 6   comunidad, no existen las comisiones de paradas y que un vecino diga que no le quiten la

 7   parada de ahí, porque si la bananera la puso la puede quitar en cualquier momento y la

 8   asociación de desarrollo la puede quitar en cualquier momento, la misma junta de educación

 9   puede pedir que la muevan, es nada más de mover la parada porque está estorbando en la

10   entrada, la municipalidad no tiene nada que ver con esa parada, es fácil para la gente echarle

11   el churuco a la muni, el día que van a quitar la parada lo que deben de hacer es llamar a la

12   Fuerza Pública para que cuando el vecino llegue hacerles el bochinche la policía se lo lleve,

13   pero no creo justo pasarle este documento a la administración para que se vaya a comer una

14   bronca que no le corresponde, la mayoría de las comunidades deberían de organizarse, pero

15   es fácil mandar los documentos acá para que nosotros le echemos el churuco a la

16   administración para que vaya a resolver allá, en este caso abra que decirle que la

17   municipalidad no tiene injerencia en eso, si fuera una parada que hizo la municipalidad y la

18   comunidad pide que se traslade es sencillo porque se le pide a la administración que mueva

19   la parada, tiene la palabra la síndica de Pacuarito doña Marjorie Miranda.-----------------------

20   Síndica Miranda Jiménez: Buenas tardes compañeros, ayer la muchacha me llamo y me

21   explico para ver en que le podíamos ayudar, la parada está pegada en la estrada secundaria de

22   la escuela, se supone que toda esa propiedad es parte de la finca bananera, el administrador

23   está dispuesto a quitarla, la ayuda que ellos quieren es que se le diga al administrador que no

24   existe ningún comité de paradas, porque ya la municipalidad puso las paradas

25   correspondientes 100 metros antes de cruzar la línea a un lado y al otro de la calle, además

26   ellos no cuentan con asociación de desarrollo.--------------------------------------------------------

27   Presidente Black Reid: Ok, entonces nosotros los que somos los que juramentamos a los

28   comités, podemos tomar un acuerdo para que se le informe a la administración de la bananera

29   y no pasarle este churuco al acalde, de que no existen juntas o comité de paradas de bus, están

30   de acuerdo compañeros.----------------------------------------------------------------------------------
                                                                                                          10
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     23-02-2021

                                  MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   Presidente Black Reid: Tiene la palabra la regidora doña Esmeralda Allen. -------------------

 2   Regidora Allen Mora: Buenas noches señor alcalde, compañeros y compañeras, escuchando

 3   esa nota no es la primer ves que uno escucha esas cosas, porque por el Reventazón también

 4   existe algo parecido, siento que la preocupación de la gente es válida, me imagino que ellos

 5   pensaran que el Gobierno Local o el señor alcalde tal vez tenga alguna manera de intervenir

 6   en esta situación, usted lo está diciendo muy bien don Black, lo más que podemos hacer es

 7   mandarle una nota a la administración de la bananera, explicarle el asunto y que ellos metan

 8   mano, porque esa es la forma como Gobierno Local podríamos darles una ayudita creo que es

 9   lo más conveniente.---------------------------------------------------------------------------------------

10   Presidente Black Reid: Ya tomamos el acuerdo para que se le notifique a la empresa de que

11   no existen comité de paradas, vamos a tomar un acuerdo para pasarle este documento a la

12   Síndica de Pacuarito doña Marjorie Miranda Jiménez.-----------------------------------------------

13   ACUERDO 1179-23-02-2021

14   Sometido a votación se acuerda indicarle a la Sra. Jessica Herrera Díaz, y la MSc. Blanca

15   Quirós Cubero/Directora de La Escuela la Perla, y a la empresa Bananera el Porvenir, que no

16   existe no existen juntas o comité de paradas de bus. Asimismo, se acuerda trasladar copia de

17   dicho oficio a la Síndica del Distrito de Pacuarito la Sra. Marjorie Miranda Jiménez. ---------

18   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

19   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

20   15.-Oficio número PE-054-02-2021 que suscribe el Dr. Erick Solano Coto/Presidente

21   Ejecutivo del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, dirigido a la MSc. Dinorah Cubillo

22   Ortiz/Secretaria del Concejo Municipal de Siquirres, en atención al oficio N° SC-01054-2020,

23   mediante el cual manifiestan ante la Junta Directiva Institucional la oposición, por parte del

24   Concejo Municipal, al Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones, al respecto le

25   indico que ese Órgano Colegiado ha delegado en esta Presidencia Ejecutiva, según consta en

26   el Artículo VI, Inciso 7) del Acta de la Sesión Ordinaria N°6484 del 18 de febrero de 2021,

27   dar respuesta al oficio N° SC-01054-2020, como textualmente indica: “Dar por recibido el

28   oficio PE-AL-025-2020 mediante el cual la Asesoría Legal Institucional y el Departamento

29   de Urbanismo remiten criterio técnico y legal en cumplimiento del acuerdo adoptado en la

30   Sesión Ordinaria N°6481, Artículo III, Inciso 2) del 04 de febrero de 2021, y solicitar al
                                                                                                            11
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 1   Presidente Ejecutivo que, con fundamento en los mismos, brinde respuesta al oficio SC-

 2   01054-2020 del Concejo Municipal de la Municipalidad de Siquirres relacionado con el

 3   Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones (RFU). ACUERDO FIRME” Por lo

 4   anterior, se remite para su atención el oficio N° PE-AL-025-2021, suscrito por la Licda.

 5   Graciela Cavada Azofeifa, Abogada, el Lic. Víctor Polinaris Vargas, Jefe de la Asesoría

 6   Legal, y el MAG. Jorge Mora Ramírez, Jefe del Departamento de Urbanismo. -----------------

 7   ACUERDO 1180-23-02-2021

 8   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número PE-054-

 9   02-2021 que suscribe el Dr. Erick Solano Coto/Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de

10   Vivienda y Urbanismo, y del oficio N° PE-AL-025-2021, suscrito por la Licda. Graciela

11   Cavada Azofeifa, Abogada, el Lic. Víctor Polinaris Vargas, Jefe de la Asesoría Legal, y el

12   MAG.      Jorge    Mora     Ramírez,     Jefe    del    Departamento      de    Urbanismo,      a    la

13   administración(Alcaldía), para lo que corresponda. ACUERDO DEFINITIVAMENTE

14   APROBADO Y EN FIRME. --------------------------------------------------------------------------

15   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

16   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

17   16.-Oficio sin número que suscribe la Sra. Mitzi Judith Moore Davis dirigida al Lic. Mangell

18   Mc Lean Villalobos/Alcalde Municipal y Concejo Municipal de Siquirres, mediante la cual

19   manifiesta que es oriunda de Siquirres, con dirección en San Rafael, 25 metros oeste del Bar

20   LA Esquina, apela ante dichas autoridades ya que debido a la Pandemia el Bar se ha

21   mantenido cerrado, y actualmente debe una patente de ¢1.069.000,00, explica que necesita

22   abrir el Bar y no puede por estar con dicha deuda, expresa que se ha presentado a la

23   Municipalidad en repetidas ocasiones y le establecen arreglos de pagos no viables para la

24   situación que se encuentra según manifiesta. ---------------------------------------------------------

25   ACUERDO 1181-23-02-2021

26   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio sin número que

27   suscribe la Sra. Mitzi Judith Moore Davis, al Lic. Mangell Mc Lean Villalobos/Alcalde

28   Municipal, para lo que corresponda. -------------------------------------------------------------------

29   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

30   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------
                                                                                                         12
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 1   17.-Oficio que suscribe el Sr. Waldind Yahir Arias Marchena, funcionario Municipal, el cual

 2   solicita se le pueda dar recepción al formulario de becas, lo anterior en vista que no puedo

 3   entregarlo debido que se encontraba en labores en el proyecto de rehabilitación de la calzada

 4   situada en San Carlos de Pacuarito (Pan-bon) y le resulto imposible venirlo a entregar. -------

 5   Presidente Black Reid: Quiero ser como un poquito cortante, sin ganas de caerle mal a nadie,

 6   pero cayéndole mal a todos a la vez, resulta que cuando alguien de afuera viene a dejar un

 7   documento acá se le dice que ya se le termino el tiempo, entonces si le vamos abrir la puerta

 8   para uno se la vamos abrir a todos, eso quiero dejarlo muy claro, y no porque sea un empleado

 9   en este caso o porque el justifique de esa manera le vamos a decir que sí, pero que pasa con

10   los que llegaron un día después de que se había cumplido la fecha y se les devolvió con la

11   documentación, pero solo quería caer mal, vamos a pasarle esta nota a la Comisión de Becas

12   para que sean ellos los que tomen la decisión de lo que van hacer en este caso, pero si hay que

13   tener cuidado con lo que se hace, porque no se le puede abrir la puerta a unos y a otros cerrarle

14   las puertas o se cierra para todo mundo o se abre para todo mundo.-------------------------------

15   ACUERDO 1182-23-02-2021

16   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio que suscribe el Sr.

17   Waldind Yahir Arias Marchena, funcionario Municipal, a la Comisión de Becas, para lo que

18   corresponda. -----------------------------------------------------------------------------------------------

19   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

20   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

21   18.-Oficio número CDF-010-2021 que suscribe el Sr. Willie Bianchini Gutiérrez/Síndico del

22   Distrito de Florida, en el cual hace entrega de los expedientes de becas revisados por el

23   Concejo de Distrito, para lo cual otorga 8 becas de Colegio y 8 becas Universidad, adjuntando

24   copia de la sesión del Concejo de Distrito de Florida con la lista recomendada y aprobada. --

25   ACUERDO 1183-23-02-2021

26   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número CDF-010-

27   2021 que suscribe el Sr. Willie Bianchini Gutiérrez/Síndico del Distrito de Florida, junto con

28   los expedientes de becas de dicho distrito a la Comisión de Becas, para lo que corresponda. -

29   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

30   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------
                                                                                                              13
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 1   19.-Oficio sin número que suscribe el Sr. Froilán López Brenes/Representante del Comité de

 2   Desarrollo Comunal de Los Ceibos, dirigida al Concejo Municipal de Siquirres, en el cual

 3   manifiesta que la comunidad tiene todo listo para iniciar con el proyecto de construcción de

 4   aceras, lo único que esperan es contar con la vista del Ingeniero Municipal, que solicitaron

 5   hace aproximadamente un mes. -------------------------------------------------------------------------

 6   ACUERDO 1184-23-02-2021

 7   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio que suscribe el

 8   oficio sin número que suscribe el Sr. Froilán López Brenes/Representante del Comité de

 9   Desarrollo Comunal de Los Ceibos, a la administración para que gestione o coordine lo

10   necesario. --------------------------------------------------------------------------------------------------

11   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

12   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

13   20.-Oficio sin número que suscribe la Sra. Rosa Damaris Valverde Quirós, del Barrio Villa

14   Aurora, de Florida de Siquirres, dirigida a la Comisión de Caminos, y Concejo Municipal de

15   Siquirres, Ministerio de Salud, en el cual manifiesta que por motivos de construcción de una

16   casa vecina, los habitantes están desechando las aguas negras al frente de la propiedad de ella,

17   y permanecen estancadas sin salida alguna, provocando malos olores, larvas del dengue,

18   saliendo gran cantidad de zancudos he incomodidad y riesgo para ella, familia y vecinos, por

19   lo que agradece una pronta solución a la denuncia en mención.------------------------------------

20   Presidente Black Reid: Vamos a tomar un acuerdo para pasarle esta nota a la administración,

21   para que ellos la pasen al Ministerio de Salud, ya que entre cabezas y cabezas se entienden,

22   que sea un acuerdo definitivamente aprobado y en firme, por ser aguas negras y esto podría

23   causar una epidemia y no queremos eso, entonces se lo pasamos al señor alcalde para que

24   haga el contacto con el Ministerio de Salud y hagan la inspección allá. --------------------------

25   ACUERDO 1185-23-02-2021

26   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladarle copia del oficio sin número que

27   suscribe la Sra. Rosa Damaris Valverde Quirós, del Barrio Villa Aurora, de Florida de

28   Siquirres a la administración(Alcaldía), para que la administración, pase la respectiva

29   denuncia al Ministerio de Salud. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN

30   FIRME. ----------------------------------------------------------------------------------------------------
                                                                                                               14
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     23-02-2021

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 1   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

 2   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

 3   Presidente Black Reid: Tiene la palabra el regidor Junior Quirós.--------------------------------

 4   Regidor Quirós Chavarría: Buenas noches a todos los presentes, estos temas de aguas

 5   negras si bien es cierto le corresponde al Ministerio de Salud abarcarlo, también si tuviera

 6   algún problema a nivel de ambiente, pero no sé si la Comisión de Ambiente quisiera

 7   acompañar o la compañera presidenta quisiera intervenir, pero directamente estas denuncias

 8   tienen que llegar al Ministerio de Salud, porque tiene que ir un técnico hacer un trabajo

 9   específico y utilizar ciertas técnicas que los de la comisión no podrían, entonces es para aclarar

10   eso, además tengan más o menos el tramite a seguir y que iría hacer el funcionario encargado

11   con la denuncia.--------------------------------------------------------------------------------------------

12   Presidente Black Reid: Gracias compañero, eso es cierto porque usted va y ve agua pero

13   como hace para saber si tiene coliformes o alguna cosa por el estilo, tiene que ser la persona

14   indicada, tiene la palabra la regidora doña Susana Cruz.--------------------------------------------

15   Regidora Cruz Villegas: Buenas noches a todos los presentes, eso lo habíamos hablando en

16   la reunión de ambiente, que la Comisión de Ambiente debería de ir a visitar varios lugares

17   donde está pasando este problema, tal vez con una nota de nosotros una recomendación con

18   la administración, para el Ministerio de Salud para que sepan que estamos trabajando en

19   equipo.------------------------------------------------------------------------------------------------------

20   Presidente Black Reid: Muy bien, ustedes lo que tienen que hacer como comisión para saber

21   si hay algún daño ambiental, pero lo que pasa en este caso específico le corresponde al

22   Ministerio de Salud.---------------------------------------------------------------------------------------

23   ARTÍCULO V.

24   Informes de Comisión.

25   1.-Se conoce dictamen número CAJ-CMS-019-2021 de la Comisión Permanente de Asuntos

26   Jurídicos, en atención al oficio SC-0110-2021 por medio del acula se traslada a la comisión

27   de Asuntos Jurídicos Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio, presentado por la

28   Sr. Dinorah Cubillo Ortíz, Secretaria del Concejo Municipal, contra acuerdo Municipal N°

29   111 de la Sesión Ordinaria N°40 celebrada el día martes 02 de febrero del año 2021 que

30   textualmente cita:------------------------------------------------------------------------------------------
                                                                                                               15
     Acta N°043
     23-02-2021

                                 MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1                                     Municipalidad de Siquirres

 2                           Comisión de Permanente de Asuntos Jurídicos

 3                                            DICTAMEN

 4                                        CAJ-CMS-019-2021

 5   ATENCIÓN: OFICIO SC-0110-2021. Por Medio del cual se traslada a la Comisión de

 6   Asuntos Jurídicos RECURSO DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO,

 7   presentado por la señora Dinora Cubillo Ortiz, Secretaria del Concejo Municipal, contra

 8   acuerdo Municipal 1111 de la Sesión Ordinaria No. 40 celebrada el día martes 02 de febrero

 9   del año 2021.

10   ASUNTO: La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos emita dictamen y recomendación

11   al Concejo Municipal.

12                                    PRIMERA LEGISLATURA

13                           (Del 1° de mayo del 2020 al 30 de abril del 2022)

14

15

16

17                            Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos

18                                            DICTAMEN

19                                        CAJ-CMS-019-2021

20   Los regidores, miembros de la Comisión de Asuntos Jurídicos, en atención del oficio: SC-

21   0110-2021, por Medio del cual se traslada a la Comisión de Asuntos Jurídicos RECURSO

22   DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO, presentado por la señora Dinora

23   Cubillo Ortiz, secretaria del Concejo Municipal, contra acuerdo Municipal 1111 de la Sesión

24   Ordinaria No. 40 celebrada el día martes 02 de febrero del año 2021. La Comisión Permanente

25   de Asuntos Jurídicos emite dictamen y recomendación al Concejo Municipal, como a

26   continuación se expone:

27                                          RESULTANDO

28   PRIMERO: Este Concejo Municipal mediante acuerdo N°. 1111 de la sesión ordinaria N°. 40

29   celebrada el día 2 de febrero del 2021, dispone reestructurar el horario de la Unidad de

30   Secretaría Municipal.
                                                                                             16
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                               MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   SEGUNDO: La funcionaría DINORAH CUBILLO ORTIZ, cédula de identidad 7012600556,

 2   Encargada, de la Unidad de Secretaría Municipal, soporta los agravios de su recurso en lo

 3   siguiente: a) Que desde que ingresó a laborar ha tenido un horario de 8:15 am a 4:00 pm

 4   conforme dispone el numeral 27 de la Convención Colectiva; b) Que el acuerdo recurrido

 5   violenta a todas luces el contrato de trabajo de la recurrente; c) Que el Concejo carece de

 6   competencia para emitir ese tipo de actos, pues administrativamente se encuentra sujeta al

 7   Alcalde Municipal; siendo que el acuerdo es nulo; d) Que se esta abusando del ius variandi

 8   generando un perjuicio a la recurrente; e) Que la jornada de la recurrente ha sido diurna y no

 9   mixta; f) Que la Contraloría lo que indicó fue que se restringiera el pago de horas extra, no

10   así que se eliminaran por completo; g) Que no entiende como se mejora el servicio, con un

11   nuevo horario de 2:00 pm a 9:00 pm; y que en el marco de dicho horario, no es posible atender

12   las demás funciones que debe cumplir, que no son las sesiones del Concejo; h) Que la

13   recurrente va a estar sujeta a incertidumbre, pues desconoce los días y horario, en el que el

14   Concejo va a convocar a sesiones; i) Que las oficinas no cuentan con guarda de seguridad y

15   ella al cumplir un horario nocturno, se verá expuesta a peligros y asaltos. Solicita se declare

16   con lugar el recurso y se deje sin efecto el acuerdo y se reinstaure su jornada diurna como

17   hasta ahora la venía desempeñando.

18                                        CONSIDERANDO

19                                  EN CUANTO A LA FORMA

20   PRIMERO: Que la funcionaría recurrente fue notificada y en tiempo interpone el recurso de

21   revocatoria con apelación en subsidio y en ese sentido debe tenerse por admitido el mismo.

22                                   EN CUANTO AL FONDO

23   SEGUNDO: ANTECEDENTES.

24   1.     Conforme resolución 01-2021, de fecha, 06 de diciembre del 2020, dictado por la

25   Licda. Mauren Cash, en ejercicio de Alcalde de Siquirres a.i., se resolvió instruir al

26   Departamento de Talento Humano, Dirección Administrativa Financiera, Tesorería

27   Municipal y Contabilidad, para atender y tomar en consideración para su respectivo

28   acatamiento las disposiciones y ordenanzas de no pago de horas extra, suplencias y demás

29   egresos señalados en el acuerdo N° 999 y en el oficio DFOE-DL-2450. Así mismo se insta a

30   las jefaturas adscritas al programa 1, a fomentar alternativas operativas para mantener la
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 1   continuidad de servicios a pesar de las regulaciones presupuestarias que se han emitido. Cuyo

 2   sustento se fundamenta en la existencia de una comunicación de la Contraloría General de la

 3   República referente al oficio DFOE-DL-2450 del 18 de diciembre 2020, el cual contiene la

 4   aprobación parcial del presupuesto ordinario 2021 de la Municipalidad de Siquirres. A raíz

 5   de esto, el Concejo Municipal mediante el acuerdo N° 999 en la Sesión Ordinaria N° 35 emitió

 6   una serie de ordenanzas, restringiendo y eliminando contenido presupuestario de partidas de

 7   Horas Extra del programa 1 (Administración General), suplencias del programa 1

 8   (Administración General), y demás erogaciones (Anualidades, costo de vida, alimentos y

 9   bebidas y cuentas complementarias del programa 1, 2 3 del presupuesto institucional. Todo

10   lo cual, ha obligado a toda la Municipalidad de Siquirres a implementar un recorte

11   presupuestario, por cuanto no se cuenta con los recursos económicos para pagar horas extras,

12   implementándose a nivel de administración y también ha de implementarse dentro del

13   Concejo Municipal, específicamente en el funcionamiento de la Secretaría Municipal; para lo

14   cual se considera: oportuno, técnicamente posible y pertinente, readecuar los horarios de las

15   funcionarías sin que dicha reestructuración horaria viole ningún derecho laboral y se cubran

16   mayores horas de servicio por las particularidades del funcionamiento del Concejo Municipal,

17   debiéndose cubrir en todo momento las sesiones municipales.

18   2.     Conforme a lo que establece los artículos 17, incisos a), j), k), 132 en relación al 13,

19   incisos: a), b), y d) todos del Código Municipal, es competencia del Alcalde ejercer como

20   Administrador General y Jefe de las dependencias municipales vigilar la organización, la

21   funcionalidad y coordinación de la Municipalidad, así como el fiel cumplimiento de los

22   acuerdos municipales, leyes y reglamentos en general. Le faculta al titular de la Alcaldía a

23   realizar movimientos de personal a fin de satisfacer necesidades reales del municipio. Y por

24   su parte el Concejo Municipal determina las prioridades de desarrollo del Municipio, además

25   acuerda los presupuestos municipales y tiene la potestad de reglamentar la prestación de los

26   servicios municipales; para el caso en cuestión los servicios que se prestan dentro y fuera del

27   Concejo Municipal y sus dependencias adscritas como lo es la Secretaría Municipal.

28   3.     Conforme el artículo 112 del Código Municipal: "Las municipalidades no podrán

29   efectuar nombramientos ni adquirir compromisos económicos, si no existiere subpartida

30   presupuestaria que ampare el egreso o cuando la subpartida aprobada esté agotada o resulte
                                                                                                 18
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 1   insuficiente; tampoco podrán pagar con cargo a una subpartida de egresos que correspondan

 2   a otra. La violación de lo antes dispuesto será motivo de suspensión del funcionario o

 3   empleado responsable, y la reincidencia será causa de separación ".

 4   4.     La Alcaldía Municipal como Administrador General y Jefe de las dependencias

 5   municipales, está obligado a tomar las mejores acciones a fin de satisfacer el fin público; en

 6   tal razón, mediante resolución citada se hicieron las recomendaciones pertinentes en cuanto

 7   al no pago de horas extra, suplencias y demás egresos.

 8   5.     Producto de las circunstancias presupuestarias y respetando los principios del servicio

 9   público y garantizar la continuidad del servicio contra prestado con los derechos laborales de

10   la señora Secretaria Municipal es que se tomó precisamente el acuerdo impugnado, el cual se

11   procede a transcribir:

12   "... 1. Se ordena reestructurar el horario laboral del Departamento de Secretaría del Concejo

13   Municipal de la siguiente forma: -La funcionaría Dinora Barquero, en su puesto de Secretaria

14   del Concejo Municipal de Siquirres, continuará bajo la siguiente jornada laboral, de lunes a

15   viernes de la siguiente forma: los días que no haya celebración de Sesión del Concejo

16   Municipal en un horario que inicia a las ocho horas y finaliza a las dieciséis horas, y los días

17   que si se celebran Sesiones del Concejo Municipal en un horario que inicia a las catorce horas

18   y finaliza a las veintiún horas. -La funcionaría Jessica Weeks, en un horario que inicia a las

19   ocho horas y finaliza a las dieciséis horas, de lunes a viernes. 2. Se prohíbe otorgar horas

20   extras a cargo del presupuesto municipal a todas las funcionarías de la Secretaría del Concejo

21   Municipal. 3. Se ordena suprimir el fraccionamiento de vacaciones, hasta en un máximo de

22   dos periodos anuales; en el tanto debe de ser coordinado de forma tal que el Concejo

23   Municipal pueda funcionar normalmente sin ningún tipo de restricción. Igualmente se

24   establece que los periodos de vacaciones, siendo una potestad de la parte patronal su

25   asignación, serán concedidas bajo el principio de planificación anual, durante los periodos de

26   cierre municipal establecidos por Convención Colectiva, disposiciones de la Alcaldía y así

27   acordadas por este Concejo Municipal. 4.Las labores para las cuales las funcionarías han sido

28   contratadas deberán de ser cumplidas en tiempo y forma dentro de los horarios establecidos,

29   el cual es suficiente para su ejecución. Siendo que no será de recibo atrasos, bajo la alegación

30   de que la jornada es insuficiente. 5. Se ordena a la Administración Municipal, por medio del
                                                                                                  19
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 1   personal que el señor Alcalde designe, notificar e implementar este acuerdo, en forma

 2   inmediata; así como instruir al personal de la Secretaría en esta reestructuración horaria y la

 3   forma de planificación de las vacaciones. 6. La certificación del acuerdo deberá entregarse el

 4   día de mañana a la Alcaldía Municipal para su implementación...”

 5   TERCERO: Esta Comisión considera conveniente y pertinente jurídicamente atender

 6   los agravios de la funcionaría recurrente de la siguiente manera, en una primera etapa:

 7      a) En cuanto al ingresó a laborar con un horario de 8:15 am a 4:00 pm conforme

 8      dispone el numeral 27 de la Convención Colectiva:

 9      Efectivamente es cierto que el horario que ha tenido la funcionaría recurrente es el que se

10      indica. No obstante, para nadie es un secreto que con ocasión de la emergencia por la

11      pandemia del OCVID-19 los ingresos del municipio, se han visto mermados

12      considerablemente y en estos momentos, existe una directriz tanto de la Alcaldía como del

13      Concejo Municipal, que se disminuya el pago de horas extra; situación que también fue

14      ordenada así, por la Contraloría General de la República, en el DFOE-DL-2450 del día 18

15      de diciembre del 2020.

16      Por otra parte, es menester indicar que el pago de horas extra no es un derecho del

17      trabajador per se, sino que debe darse en situaciones excepcionales y cuando exista

18      contenido económico y autorización del superior.

19      La funcionaría recurrente ha venido desde que ingresó a la Municipalidad devengando

20      horas extra, por la atención de las sesiones del Concejo Municipal; siendo que dicha

21      situación, se hace por el momento insostenible presupuestariamente para el Gobierno

22      Local, dados los efectos económicos de la pandemia; razón por la cual, se estableció un

23      horario diferenciado, para los días en que el Concejo Municipal sesione.

24      Al respecto, la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República indica:

25          “(...)

26          En primer término, téngase presente que el reconocimiento de las denominadas "horas

27          extra", nace cuando se supera la jornada laboral ordinaria y se trabaja en jornada

28          extraordinaria. A este efecto, consideramos conveniente examinar lo establecido por

29          nuestro Ordenamiento Jurídico en relación con la jornada laboral que se encuentra

30          instaurada en nuestro medio. Establece el artículo 58 de nuestra Constitución Política,
                                                                                                 20
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 1          los períodos de tiempo máximo que deben comprender la jornada laboral ordinaria,

 2          tanto diurna como nocturna, así como el reconocimiento salarial que tiene que hacerse

 3          en el caso de la jornada extraordinaria, definiendo al respecto que:

 4                 "ARTICULO 58.- La jornada ordinaria de trabajo diurno no podrá exceder de

 5                 ocho horas diarias y cuarenta y ocho horas a la semana. La jornada ordinaria de

 6                 trabajo nocturno no podrá exceder de seis horas diarias y treinta y seis a la

 7                 semana. El trabajo en horas extraordinarias deberá ser remunerado con un

 8                 cincuenta por ciento más de los sueldos o salarios estipulados. Sin embargo,

 9                 estas disposiciones no se aplicarán en los casos de excepción muy calificados,

10                 que determine la ley." (El destacado no es del texto original)

11   En concordancia con dicho precepto constitucional, el Código de Trabajo, en su numeral 136

12   dispone:

13                "ARTICULO 136.- La jornada ordinaria de trabajo efectivo no podrá ser mayor

14                de ocho horas en el día, de seis en la noche y de cuarenta y ocho horas por semana.

15                Sin embargo, en los trabajos que por su propia condición no sean insalubres o

16                peligrosos, podrá estipularse una jornada ordinaria diurna hasta de diez horas y

17                una jornada mixta hasta de ocho horas, siempre que el trabajo semanal no exceda

18                de las cuarenta y ocho horas. Las partes podrán contratar libremente las horas

19                destinadas a descanso y comidas, atendiendo a la naturaleza del trabajo y a las

20                disposiciones legales"

21       De acuerdo a las normas de cita, en cuanto a jornadas laborales se refiere, se denota la

22       existencia de la jornada ordinaria laboral diurna (que se realiza entre las cinco y las

23       diecinueve horas), la jornada ordinaria de trabajo nocturna (comprende entre las

24       diecinueve y las cinco horas), la jornada mixta (combinación de las dos anteriores, y que

25       de acuerdo al numeral 138 del Código Laboral no puede exceder de siete horas) y la

26       jornada extraordinaria, que según el artículo 139 del mismo Código, es "El trabajo

27       efectivo que se ejecuta fuera de los límites anteriormente fijados, o que exceda de la

28       jornada inferior a éstos que contractualmente se pacte(...)".

29       (…)

30       Con respecto a la jornada extraordinaria, se denota que el legislador reconoce el
                                                                                                  21
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 1        carácter excepcional de este tipo de jornada, precisamente porque tal y como lo ha

 2       señalado la doctrina, ésta se presenta en casos de trabajos eminentemente ocasionales y

 3       discontinuos, que no pueden ser ejecutados durante la jornada ordinaria por el personal

 4       correspondiente, pues se entiende que las funciones habituales de la empresa respectiva,

 5       deben realizarse en el transcurso de la jornada ordinaria de labores.

 6   En esos términos, es que se ha pronunciado la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia,

 7   mediante sentencia número 243, de las 11:10 horas del 2 de octubre de 1992, al indicar que:

 8          "La mayor parte de la doctrina, considera que la prolongación de la jornada de

 9          trabajo, debe obedecer a una necesidad imperiosa de parte de la empresa. Se trata de

10          una circunstancia excepcional, derivada de una situación específica que la amerite,

11          de ahí que no cabe convertirlas en habituales con la burla consiguiente de la jornada

12          ordinaria, que se estableció respondiendo a necesidades de orden público, interés

13          social y en defensa de la salud del trabajador (…). Tal y como se señaló en los

14          considerandos precedentes, las horas extra no constituyen una obligación patronal,

15          pues la misma se origina en una situación excepcional y transitoria, y una vez

16          desaparecida, el trabajador se mantiene prestando la jornada ordinaria inicialmente

17          pactada, sin que pueda alegarse algún derecho en ese sentido ".

18     Del análisis anterior se denota, que en nuestro Ordenamiento Jurídico se encuentran

19     reguladas, en forma expresa, las diferentes clases de jornadas laborales que existen,

20     siendo que en el supuesto de la jornada extraordinaria, su reconocimiento se establece

21     para los casos en que el trabajo efectivo se realiza fuera de los límites que la misma

22     legislación establece para cada tipo de jornada, o bien, cuando se excede la jornada

23     inferior a éstos, que se haya pactado contractualmente.

24     (…)”. Ver C-047-2003 de 20 de febrero de 2003.

25   Ahora bien, es mester aclarar lo siguiente, la funcionaria recurrente ostenta la Jefatura de

26   la Unidad de Secretaría Municipal, y en consecuencia le aplica el artículo 143 del Código de

27   Trabajo que indica lo siguiente:

28          “(…)

29          "ARTICULO 143.- Quedarán excluidos de la limitación de la jornada de trabajo los

30          gerentes, administradores, apoderados y todos aquellos empleados que trabajan sin
                                                                                              22
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 1          fiscalización superior inmediata: los trabajadores que ocupan puestos de confianza;

 2          los agentes comisionistas y empleados similares que no cumplan su cometido en el

 3          local del establecimiento; los que desempeñan funciones discontinuas o que requieran

 4          su sola presencia; y las personas que realizan labores que por su indudable naturaleza

 5          no están sometidas a jornada de trabajo. Sin embargo, estas personas no estarán

 6          obligadas a permanecer más de doce horas diarias en su trabajo y tendrán derecho,

 7          dentro de esa jornada, a un descanso mínimo de una hora y media." (Así reformado

 8          por el artículo 1º de la ley No. 2378 de 29 de setiembre de 1960)." (Los destacados no

 9          son del texto original).

10          (…)”.

11   Lo anterior deviene en sumo importante, pues del perfil ocupacional, aportado incluso por la

12   propia recurrente en su legajo de prueba, se desprende con meridiana claridad, que la

13   funcionaria trabaja sin fiscalización superior.

14   Al respecto señala la propia Procuraduría:

15       “(…)

16         De la lectura de la disposición legal transcrita, se denota que existe un número abierto

17         de trabajadores o empleados que se encuentran excluidos de la limitación de la jornada

18         de trabajo, en virtud de la naturaleza propia de sus tareas, dentro de los que podemos

19         citar, a nuestros efectos, los que tienen bajo su responsabilidad la jefatura de un

20         Departamento. Lo anterior, en cuanto a que en estos casos en concreto, se entiende que

21         por la índole de las funciones que cumplen, no se encuentran sometidos a "fiscalización

22         superior inmediata".

23      En relación con ello, es importante entonces delimitar con precisión en qué casos nos

24      encontramos frente a este tipo de empleados, según lo desarrollado por un reconocido

25      sector de la doctrina.

26      Así, traemos a colación al tratadista Rafael Caldera, quien en su obra "Derecho del

27      Trabajo", realiza un examen de los aspectos que, a su juicio, determinan que un puesto

28      deba considerarse como de jefatura o dirección. En este sentido, este autor señala que:

29      "...Nuestro Derecho, con los convenios internacionales, se ubica en la ancha corriente que

30      excluye a quienes colaboran con el patrono en la dirección de la empresa, de la limitación
                                                                                                23
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 1     de la jornada de trabajo. Algunas legislaciones latinoamericanas hablan aquí de

 2     "gerentes, administradores, apoderados y todos aquellos empleados que trabajan sin

 3     fiscalización superior inmediata". ¿Cómo se determinan las personas que pueden

 4     considerarse en este caso? Los criterios utilizados son muy diferentes: en algunos países,

 5     el hecho de que el asalariado tenga bajo sus órdenes un determinado número de

 6     trabajadores, que no efectúen ningún trabajo manual o cuyo salario rebase un límite

 7     fijado, hace que se le considere como encargado de un puesto de dirección; la legislación

 8     de otros países exige que el asalariado ocupe un cargo que permita asimilarle al

 9     empleador, o que la naturaleza de sus funciones no se preste a la duración del trabajo

10     limitada; otras legislaciones establecen, en fin, una lista de funciones de alcance general,

11     o sea, listas para las diferentes ramas de la actividad económica, excluyendo a cualquier

12     asalariado que ejerza una de las funciones enumeradas...." (Rafael Caldera. "Derecho

13     del Trabajo". Editorial El Ateneo. Buenos Aires. 1972. p. 433.)

14     Más recientemente, los autores Stephen P. Robbins y Mary Coulter, en su obra

15     "Administración", delimitan el término de jefatura de acuerdo a las funciones que cumplen

16     quiénes lo ostentan, de modo que en su criterio, el jefe es "...un miembro de una

17     organización que integra y coordina el trabajo de otros. Eso puede significar la

18     responsabilidad directa sobre un grupo de personas en un departamento, o bien, tener que

19     supervisar a una sola persona (...) Sin embargo... suelen tener otras responsabilidades de

20     trabajo no relacionadas con la integración del trabajo de otros. Entre los gerentes de nivel

21     medio están incluidos todos los niveles de administración localizados entre el nivel de

22     supervisor y el nivel más alto de la organización. Pueden tener diversos títulos, como jefe

23     de departamento o agencia, líder de proyecto, gerente de planta, jefe de unidad (...)."

24     (Robbins Stephen. Coulter Mary. "Administración". Pearson Educación. México 2000.

25     p.7).

26    Como se observa, los jefes de departamento tienen a su cargo labores que incluyen la

27    supervisión del personal y la toma de decisiones sobre la materia a su cargo, con un grado

28    de independencia que no poseen otros servidores. En este sentido, no se encuentran

29    sometidos a los límites de la jornada laboral de que se trate, toda vez que se entiende

30    implícito a sus labores, el ejercicio de su cargo por encima del tiempo estipulado para que
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 1    los empleados ordinarios, cumplan con sus funciones.

 2    A ese respecto, téngase presente que en la Administración Pública rige el principio de

 3    legalidad, que implica que los actos que ésta ejecuta deben estar expresamente autorizados

 4    por norma escrita. En el caso en análisis, es claro que el precepto legal de aplicación, en

 5    forma expresa, plantea la exclusión a los límites de la jornada laboral para el caso de los

 6    servidores que tienen bajo su responsabilidad una jefatura departamental. Por lo tanto,

 7    existiendo texto expreso en relación con ese aspecto, y de acuerdo al referido principio de

 8    legalidad, es dable señalar que no existe asidero legal para el reconocimiento de la jornada

 9    extraordinaria que laboren estos empleados.

10    A manera de ilustración, traemos a colación dos sentencias promulgadas por la Sala

11    Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que desarrollan el principio de legalidad

12    en forma muy clara. En primer término, mediante voto número 1739-92 de las 11:45 horas

13    del 1º de julio de 1992 esa Sala indicó:

14    "(...) en el estado de derecho postula una forma especial de vinculación de las autoridades

15    e instituciones públicas al ordenamiento jurídico, a partir de su definición básica según la

16    cual toda autoridad o institución pública lo es y solamente puede actuar en la medida en

17    la que se encuentre apoderada para hacerlo por el mismo ordenamiento, y normalmente

18    a texto expreso -para las autoridades e instituciones públicas sólo está permitido lo que

19    esté autorizado en forma expresa, y todo lo que no les esté autorizado les está vedado- (...)".

20    (El resaltado es nuestro)

21     Asimismo, en voto número 4310-92, de las 14:05 horas del 10 de noviembre de 1992 se

22     expuso que:

23          "El principio de legalidad que se consagra en el artículo 11 de nuestra Constitución

24          Política y se desarrolla en el 11 de la Ley General de la Administración Pública,

25          significa que los actos y comportamientos de la Administración deben estar regulados

26          por norma escrita, lo que significa desde luego, el sometimiento a la Constitución y a

27          la ley, preferentemente, y en general a todas las otras normas del ordenamiento-

28          reglamentos ejecutivos y autónomos, especialmente-; o sea, en última instancia, a lo

29          que se conoce como el "principio de juridicidad de la Administración (...)."

30    La jurisprudencia precitada nos confirma, que la única forma de que la Administración
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 1    Pública realice sus actos, es que el Ordenamiento se lo permita, por lo que si nos atenemos

 2    a la letra del numeral 143 de referencia, es evidente, que tal y como se ha venido señalando,

 3    se encuentra dispuesto en forma expresa que el personal que trabaja sin fiscalización

 4    superior inmediata, está exceptuado de la limitación de la respectiva jornada laboral, y en

 5    ese caso, el reconocimiento del tiempo extraordinario que éste labore, deviene en

 6    improcedente, en virtud de lo establecido por la misma norma.

 7    No obstante, es importante hacer hincapié en que el mismo numeral de cita establece que

 8    estos empleados no están obligados a permanecer más de doce horas diarias en su trabajo,

 9    por lo que en ese sentido también pueden considerarse afectos a un límite en su jornada

10    laboral, pero en cuanto a ese término señalado.

11    De lo anterior se colige, que si bien es cierto los empleados que ocupan una jefatura

12    departamental pueden permanecer más del tiempo fijado como límite para cumplir la

13    respectiva jornada, sin que ello implique el reconocimiento del tiempo extraordinario

14    laborado, el legislador se ha preocupado porque éstos no tengan jornadas excesivas e

15    ilimitadas, disponiendo un máximo de doce horas diarias, sobre las cuales dicho servidor

16    no se encuentra obligado a permanecer en sus tareas.

17    En adición a lo expuesto, es conveniente señalar que existe una norma en esos mismos

18    términos, contenida en el artículo 140 del mismo Cuerpo Legal de análisis, en que se denota

19    la intención del legislador de establecer como el tiempo máximo para cumplir las jornadas

20    laborales, el término de doce horas. Dispone el referido artículo:

21       "ARTICULO 140.- La jornada extraordinaria, sumada a la ordinaria, no podrá exceder

22       de doce horas, salvo que por siniestro ocurrido o riesgo inminentepeligren las personas,

23       los establecimientos, las máquinas o instalaciones, los plantíos, los productos o cosechas

24       y que, sin evidente perjuicio, no puedan sustituirse los trabajadores o suspenderse las

25       labores de los que están trabajando." (El resaltado no es del original)

26   Así las cosas, el término de las doce horas diarias constituye el límite máximo establecido

27   por el legislador para que los trabajadores cumplan con sus labores, salvo los supuestos

28   contemplados en el numeral 140 supra citado, que refieren a situaciones de emergencia por

29   un siniestro ocurrido o un riesgo inminente.

30   (…) Ver C-047-2003 de 20 de febrero de 2003.
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 1   En el acuerdo recurrido, se establece que la jornada ordinaria de la funcionaria, cuando

 2   haya sesión del Concejo Municipal, será de SIETE HORAS.

 3   Por otra parte, debe tenerse presente que, según la propia procuraduría, existe la Ley

 4   General de Contingencia Fiscal (Ley N0 8343 del 18 de diciembre del 2002, que regula el

 5   pago de jornada extraordinaria en las instituciones públicas, indicando que

 6   “(…)

 7   Finalmente, procede señalar que –tal y como se indicó supra- la Administración Pública está

 8   sujeta al principio de legalidad (artículo 11 de la Constitución Política y su homónimo de la

 9   Ley General de la Administración Pública). En tal sentido, y de reciente data, fue promulgada

10   la "Ley de Contingencia Fiscal" (Ley número 8343 de 18 de diciembre de 2002), que en su

11   artículo 6º regula, de modo especial, el pago de la jornada extraordinaria en las instituciones

12   públicas. Efectivamente, establece dicho numeral:

13          "Artículo 6º—Pago de la jornada extraordinaria. No podrán autorizarse jornadas

14          extraordinarias a una misma persona en forma sucesiva durante más de tres meses, en

15          virtud de que desnaturaliza el carácter extraordinario de este tipo de jornada. Salvo

16          justificación expresa y conforme a dichos criterios, la autorización de los pagos de

17          horas extras por parte de las instancias de recursos humanos y los jerarcas de cada

18          institución del Estado, deberá realizarse con estricto apego a los criterios de necesidad,

19          razonabilidad y racionalización del gasto público."

20          (…)”

21   Así las cosas, la modificación de la jornada establecida a la funcionaria recurrente resulta

22   apegada a derecho.

23      a) En cuanto a que el acuerdo recurrido violenta a todas luces el contrato de trabajo

24           de la recurrente.

25    No resulta exacta la afirmación de la recurrente, pues como bien lo señala el acuerdo se

26    está procurando ajustar los presupuestos institucionales a las necesidades que la prestación

27    del servicio público requiera.

28    Es más, los límites contractuales del Ius Variandi permiten que las condiciones pactadas se

29    modifiquen, bajo los principios de buena fe, rectitud, sinceridad y justicia recíproca. Baste

30    con indicar que las modificaciones que se están implementando son necesarias.
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 1   Al respecto señala la doctrina:

 2        “(…)

 3        La capacidad de cambiar las condiciones del contrato laboral por parte del patrono, son

 4        aceptables en tanto no se degrade la condición de la que actualmente goza el trabajador,

 5        de forma tal que se salario, rango y en general los elementos básicos de la relación

 6        laboral se mantienen. (…)”. Ver Huamanchumo Marín, Ericka. Las principales

 7        diferencias entre las relaciones laborales del sector público y el sector privado. 1998.

 8   Y,

 9   “(…)

10          IV. POSIBILIDAD DEL EMPLEADOR DE VARIAR LAS CONDICIONES DE LA

11          CONTRATACION: La figura del “ius variandi” ha sido analizada ampliamente tanto

12          por la doctrina como por la jurisprudencia nacional y foránea. Así, por ejemplo,

13          Rodríguez Pastor refiere: “El empresario tiene reconocido por el ordenamiento

14          jurídico un poder de especificación o concreción de la prestación laboral (ius variandi)

15          que implica la modificación no sustancial de las condiciones de trabajo”. (Guillermo

16          Rodríguez Pastor, Las Modificaciones del horario del trabajo).

17        (…) En nuestro país, esta Cámara se ha pronunciado sobre el tema en numerosas

18        ocasiones, entra las que cabe citar:

19        “En efecto, con la figura del “ius variandi” se denomina genéricamente la facultad

20        jurídica que tiene el empleador, para poder modificar, legítimamente y en forma

21        unilateral, las condiciones de la relación laboral, en el efectivo ejercicio de sus propias

22        potestades de mando, de dirección, de organización, de fiscalización y de disciplinar,

23        que se le confieren, de principio ante el innegable, por necesario, poder directivo del

24        cual goza dentro de la contratación. Ahora bien, esta facultad debe ejercerse siempre

25        que las medidas tomadas no atenten contra las cláusulas esenciales del contrato, ni

26        mermen los beneficios del trabajador. (…) El horario, a diferencia de la jornada, no se

27        considera como uno de los elementos esenciales del contrato de trabajo, por lo que, de

28        no implicar perjuicios para el trabajador, puede ser modificado por el empleador, de

29        acuerdo con las necesidades que puedan eventualmente surgir durante la relación

30        laboral. (…)” Ver Res 2008-000924 de la Sala Segunda de las 9:30 hrs del 29 de octubre
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 1        del 2008.

 2   En el mismo sentido, la Res Nº. 23 del 27 de marzo de 1987 de la Honorable Sala Segunda,

 3   en la que la recurrente soporta su agravio.

 4   En consecuencia, no se está violentando el contrato de trabajo de la recurrente.

 5      c) El Concejo carece de competencia para emitir ese tipo de actos, pues

 6          administrativamente se encuentra sujeta al Alcalde Municipal; siendo que el

 7          acuerdo es nulo:

 8    No es exacta la apreciación del recurrente, porque en materia de presupuesto y reajuste de

 9    los mismas, la competencia es del Concejo, de conformidad con lo preceptuado en el

10    numeral 13 del Código Municipal.

11    En este sentido, el acuerdo 999 de la sesión ordinaria Nº. 35 que implementó el oficio de la

12    Contraloría General de la República, que es DFOE-DL-2450 del 18 de diciembre del 2020,

13    que ordenó el reajuste del pago de horas extra presupuestariamente, fue implementando

14    conforme a las competencias por el Honorable Concejo Municipal.

15   Y, que el propio dictamen C-96-2008 de la Procuraduría, en el que fundamenta su recurso,

16   indica que entre el Alcalde y el Concejo, con respecto a los funcionarios, cuya remoción y

17   nombramiento depende del Concejo Municipal, deben dar una debida coordinación pues las

18   funciones, se encuentra estrechamente vinculados.

19      d) No entiende como se mejora el servicio, con un nuevo horario de 2:00 pm a 9:00

20          pm; y que, en el marco de dicho horario, no es posible atender las demás funciones

21          que debe cumplir, que no son las sesiones del Concejo:

22   Es menester aclarar, a la recurrente, que la Unidad de Secretaría Municipal, de la cual ella

23   es la jefe, cuenta con una asistente y la modificación, que puede ser temporal, mientras, se

24   mantengan los efectos económicos y presupuestarios de la pandemia del OCVID-19, sobre el

25   presupuesto de la Municipalidad de Siquirres, no afectan su condición ni dignidad como

26   trabajadora, sino que obedecen a razones objetivamente válidas y probadas.

27      e) La recurrente va a estar sujeta a incertidumbre, pues desconoce los días y horario,

28          en el que el Concejo va a convocar a sesiones:

29   Esto no es cierto, porque de conformidad con el Código Municipal, el Concejo sesiona

30   válidamente cuatro veces al mes y esporádicamente, 2 veces en sesión extraordinaria y
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 1   usualmente son los mismos días, así que la modificación horaria sería de 6 veces al mes, y

 2   no en forma permanente, así que pueden dedicarse, los demás días, de la jornada a la

 3   atención propia de las demás funciones, que no pueda atender su asistente, en un horario

 4   normal. El horario establecido no cabe duda es claro y preciso, que no deja duda o

 5   incertidumbre alguna.

 6      f) Las oficinas no cuentan con guarda de seguridad y ella al cumplir un horario

 7          nocturno, se verá expuesta a peligros y asaltos.

 8       En esto tiene razón, la funcionaria recurrente y para los días, que hay sesión, estamos

 9       gestionando con la Fuerza Pública y la Policía Municipal, para que, dentro de sus

10       actividades normales, se incluya la atención de la salida de la funcionaria.

11       Es importante aclarar, que se proyecta trasladar parte de las oficinas municipales, al

12       Edificio Plaza Siquiares 1920 a corto plazo, que es donde se encuentra el Concejo

13       Municipal (antiguo parquecito municipal) para cuyo efecto se ha construido en su

14       totalidad el edificio que albergará al Concejo Municipal, amén de que se está colocando

15       la fibra óptica y el mismo contará con seguridad nocturna permanente y completamente

16       céntrico. Se proyecto trasladar las oficinas y concluir el cableado, en un plazo de 6 a 8

17       semanas. En todo caso la ubicación de las oficinas del Concejo Municipal actuales dista

18       de doscientos metros de la nueva sede, se encuentra ubicado a un costado del

19       Supermercado Maxi Pali que cuenta con servicio ininterrumpido hasta las diez de la

20       noche y se encuentra en una calle altamente recurrida.

21   CUARTO: Esta Comisión considera conveniente y pertinente jurídicamente atender

22   también los agravios de la recurrente en una segunda etapa de análisis jurídico, de la

23   siguiente forma:

24   La relación laboral que gozan los funcionarios públicos que laboran para la Municipalidad

25   de Siquirres es con base a un régimen estatutario, a saber: que las condiciones laborales de

26   dichos funcionarios no son pactadas entre las partes, sino que es tutelada y regulada por

27   normas de carácter general como leyes, reglamentos y manuales internos de trabajo. En el

28   caso particular amparado a la Constitución Política, Código Municipal, Reglamento de

29   Sesiones Municipales, Reglamento de Secretaria Municipal, Manual Descriptivo de Puestos,

30   entre otros, pudiéndose interpretar e integrar el ordenamiento jurídico también con bases
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 1   jurisprudenciales de tipo judicial y administrativas, ha de quedar como punto inicial que la

 2   municipalidad de Siquirres no pactó un contrato de trabajo convencional con la funcionaria

 3   recurrente, sino que las condiciones del puesto representan una necesidad de servicio público

 4   establecida estatutariamente por el ordenamiento jurídico, a la orden y servicio del Concejo

 5   Municipal de Siquirres.

 6   El reglamento autónomo vigente de la Municipalidad de Siquirres, indica en el artículo

 7   N°132 lo siguiente: “La Municipalidad podrá modificar transitoria o permanentemente los

 8   horarios establecidos en este reglamento, siempre que circunstancias especiales así lo exijan

 9   y no se cause grave perjuicio a los trabajadores. El cambio será comunicado a los

10   trabajadores afectados con un mínimo de 3 días de anticipación.”

11   Para el caso concreto, se ha procedido a analizar si esta reestructuración horaria cae dentro

12   de los parámetros legales que regulan la jornada mixta, la cual conforme al Ministerio de

13   Trabajo y Seguridad Social resulta lo siguiente: Conforme al DAJ-AE-081-03 25 de marzo

14   del 2003, DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS DEPARTAMENTO DE ASESORIA

15   EXTERNA del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social indica: “…Es así como el Código

16   de Trabajo ha reconocido tres tipos de jornadas de trabajo ordinarias, cuales son: la Diurna,

17   la Nocturna y la Mixta, regulando para cada una de ellas un máximo de horas a laborar,

18   como veremos seguidamente: 1. La jornadas diurna se desarrolla entre las cinco de la

19   mañana y las siete de la noche, pudiendo laborar de ocho o hasta diez horas máximo, siempre

20   que la actividad que se lleva a cabo no sea insalubre o peligrosa. 2. La jornada nocturna está

21   comprendida entre las diecinueve y las cinco horas, permitiéndose laborar dentro de dicho

22   período, solamente seis horas. 3. La jornada mixta, para la cual, si bien no existe una

23   delimitación legal como en la nocturna y la diurna, la misma constituye un híbrido entre las

24   dos, de tal manera que será jornada mixta cuando, se trabaje antes y después de las

25   diecinueve horas o, antes y después de las cinco horas; pero en ambos casos la jornada

26   ordinaria no puede exceder de tres horas y media después de las diecinueve, ni antes de las

27   cinco horas, pues se convierte en nocturna. Esto quiere decir que si un trabajador, dentro de

28   la jornada ordinaria mixta (siete horas) labora después de las 22:30 horas (10:30 de la

29   noche) o antes de la 1:30 horas (en la madrugada) ya se considera jornada ordinaria

30   nocturna. 4. En todo caso el trabajo semanal total no podrá exceder nunca las 48 horas
                                                                                                31
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 1   durante la diurna o las 36 horas durante la nocturna. En cuanto a la interpretación de la

 2   jornada mixta de 8 horas por 48 horas semanales y si puede ser ésta de 8 horas diarias y 48

 3   horas semanales: es necesario mencionarle que el tiempo máximo permitido por ley es de 7

 4   horas diarias en este tipo de jornada; o bien, siempre que la naturaleza del trabajo no sea

 5   peligroso o insalubre, se podrá extender a 8 horas diarias. Es decir que en el caso de que su

 6   representada realice un trabajo considerado no peligroso y que no sea insalubre, el tiempo

 7   ordinario de trabajo de 8 horas será legal, mientras no se excedan las 48 horas semanales.”

 8   Conforme a lo establecido en el artículo 27 de la Convención Colectiva de Trabajo de la

 9   Municipalidad de Siquirres, la municipalidad ha sido conteste y respetuosa, de que este tipo

10   de jornadas deben ser de 7 horas diarias. Por lo cual el Concejo puede determinar el horario

11   de las funcionarias en una jornada de 7 horas, ejemplo de 2:00 pm a 09:00 pm, considerando

12   el tiempo necesario requerido en que las funcionarias para que cubran el horario de las

13   sesiones del Concejo.

14   Esta reestructuración horaria está totalmente respaldada y sujeta al ius variandi, según la

15   naturaleza propia de sus funciones. La funcionaria recurrente es subordinada del Concejo y

16   la naturaleza de sus tareas y horarios deben adaptarse a las necesidades y requerimientos de

17   ese Órgano Colegiado, que es la razón de ser y existencia del puesto. Se le contrató para

18   servir al Concejo Municipal, según las necesidades y horario de este órgano, no es una

19   funcionaria administrativa común y corriente de la Alcaldía, sino bajo condiciones especiales

20   del servicio, lo que define el ejercicio legítimo del ius variandi. Sus funciones tienen

21   prioridad sine quanon de atender las obligaciones inherentes al Concejo Municipal, y

22   entorno a su funcionamiento se despliega el funcionamiento del Departamento de Secretaria.

23   En todas las municipalidades de país, las sesiones son celebradas en horas de la noche y todo

24   secretario municipal trabaja en ese horario, el cual debe de ser adaptado al servicio para el

25   cual fue contratado. Lo que sí es irrefutable, es que, si el puesto y cargo es el de encargada

26   de la Secretaría Municipal, sus funciones, tareas y horario queda plenamente sujeto a las

27   necesidades del servicio público, siendo que en todos los Municipios las sesiones terminan

28   tipo 7, 8, 9 o incluso 10 pm, constituyendo una práctica usual, que el horario se ajuste a ese

29   requerimiento funcional del Órgano que funge como superior y patrono.

30   El ius variandi de conformidad con la jurisprudencia judicial es: “…la potestad que
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 1   normalmente ostenta el empleador para modificar, en forma unilateral, las condiciones de

 2   la relación contractual, en el ejercicio de las potestades de mando, dirección, organización,

 3   fiscalización y disciplina que le confiere el poder directivo del que goza dentro de la

 4   contratación. Esta facultad puede ejercerse en el tanto en que las medidas tomadas no atenten

 5   contra las cláusulas esenciales del contrato, ni menoscaben los beneficios del trabajador.”

 6   “Además, cabe acotar que determinadas variaciones de la prestación de trabajo, tanto en su

 7   contenido como en sus condiciones, no son sustanciales y, en consecuencia, pertenecen a la

 8   esfera del poder de dirección del empleador, quien, en uso de su potestad de ius variandi,

 9   puede concretar o especificar el contenido necesariamente genérico de la prestación laboral

10   en el marco de un contrato que, como el de trabajo, es de tracto sucesivo o ejecución

11   continuada en el tiempo. Según expone Rodríguez Pastor: “El empresario tiene reconocido

12   por el ordenamiento jurídico un poder de especificación o concreción de la prestación laboral

13   (ius variandi) que implica la modificación no sustancial de las condiciones de trabajo”.

14   (Rodríguez Pastor, Guillermo. La Modificación del horario del trabajo. Valencia, Tirant Lo

15   Blanch, 1997, p. 48). Es importante, entonces, determinar, en cada caso, si el empleador ha

16   ejercido sus potestades de dirección, fiscalización y organización en forma razonable o si,

17   por el contrario, ha existido una extralimitación capaz de modificar las condiciones

18   esenciales del contrato de trabajo en perjuicio del trabajador, dado que, en este segundo

19   supuesto, se estaría ante un evidente abuso del ius variandi” (Resolución N° 052-2015 de las

20   nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de enero del dos mil quince. Sala Segunda

21   de la Corte Suprema de Justicia)

22   “… la posibilidad de cambiar las modalidades del contrato de trabajo por decisión del

23   empleador. Consiste, además, en la facultad que tiene el empleador de poder cambiar las

24   condiciones del trabajo dentro de ciertas limitaciones, sin ocasionar al trabajador una

25   disminución de su salario o su jerarquía, sin producirle una situación humillante o injuriosa,

26   sin imponerle tareas que no sean las de su especialización ni labores que entrañe peligro

27   para la salud o incomodidades reales que no fueron previstas cuando se formalizó el contrato

28   de trabajo, así como otras desventajas similares. Este concepto general no excluye, en modo

29   alguno las limitaciones que contra esa forma de actuar nacen al amparo de la ley, de los

30   convenios colectivos, de los contratos individuales, y de la costumbre misma, de allí que
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 1   nuestra jurisprudencia ha establecido como precepto genérico limitativo que el mismo no

 2   debe lesionar los derechos fundamentales del trabajador, debiéndose entender por tales, no

 3   solo aquellos que se informan dentro del orden patrimonial, sino también del moral y del

 4   social. Sobre el particular, el conocido autor uruguayo Américo Plá Rodríguez expresa:

 5   "Como se sabe, éste consiste en la posibilidad de cambiar las modalidades del contrato de

 6   trabajo por decisión del empleador. Si a éste le pertenece la responsabilidad de la conducción

 7   económica de la empresa, a él le corresponde la facultad correlativa de organizar el trabajo

 8   y ajustar las diversas modalidades de funcionamiento de la empresa y, por tanto, de la

 9   prestación de las tareas de cada uno de los trabajadores. Pero cada acto en que se ejerce

10   este derecho debe poder justificarse desde el punto de vista de la razón, en el caso de ser

11   controvertido o resistido. Es que esa potestad patronal debe ser razonablemente ejercida. Y

12   ello significa que el empleador debe poder invocar razones objetivamente válidas para

13   justificar su ejercicio. Y, por tanto, debe contrapesarlas, llegado el caso, con eventuales

14   razones invocadas por el trabajador para oponerse en la situación concreta… En definitiva,

15   un derecho de la parte empleadora, tan amplio en su formulación, tiene la limitación

16   intrínseca, derivada de que debe sustentarse no en bases arbitrarias, sino en bases

17   razonables." (Plá Rodríguez, Américo, Los Principios del Derecho de Trabajo, Buenos Aires,

18   Ediciones Depalma, 2° Edición, 1978, pp. 297-298)…”

19   “… Para la Sala, el derecho patronal de adaptar, modificar y cambiar las condiciones

20   laborales pactadas en un principio, sin la anuencia de la contraparte o, aun, contra su

21   voluntad (ius variandi), que es una de las manifestaciones del poder de dirección y que resulta

22   ser una estipulación de toda relación jurídica, estatutaria o de trabajo, está sujeto a límites

23   bien claros. Por un lado, se requiere de la existencia de una causa legítima (una necesidad

24   real que justifique la variación) y, por el otro, no está permitido lesionar, impunemente, los

25   derechos e intereses morales o materiales de la contraria, lo cual se produciría, por ejemplo,

26   si se le disminuyese la categoría profesional o su retribución económica…”

27   A partir de lo dicho, se puede concluir que el ius variandi, deja de ser una posibilidad

28   legalmente avalada y se torna abusivo cuando el Patrono traspasa las restricciones citadas,

29   violentando así el límite infranqueable de los derechos del trabajador, ya sea porque su

30   decisión es arbitraria o le provoca una lesión en su esfera moral o patrimonial.” (Dictamen
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 1   C-271-2009 del 2 de octubre del 2009)

 2   En el caso analizado, el punto importante, lo es el cambio de jornada laboral, el cual

 3   encuentra sustento en la facultad del empleador de modificar las condiciones en que se

 4   presentan las funciones, y se entiende lícito en el sector público cuando existen motivos que

 5   lo justifiquen en aras de cumplir con los principios fundamentales del servicio público,

 6   conforme al artículo 4 de la Ley General de la Administración Pública.

 7   Ahora bien, en relación con la modificación de la jornada laboral por parte del empleador,

 8   se ha señalado que los jerarcas de la Administración Pública tienen la potestad de organizar

 9   la prestación del servicio.

10   “Dentro de las potestades con que cuentan los jerarcas de la Administración Pública se

11   encuentra la de organizar la prestación del servicio cuya dirección se les ha encomendado,

12   lo que les permite regular algunos aspectos de la relación de empleo, aspectos dentro de los

13   cuales está el relacionado con la jornada de trabajo … la duración de la jornada de trabajo

14   es uno de los elementos de la relación de empleo que pueden ser regulados por medio de un

15   reglamento autónomo de servicio, siempre que no se sobrepasen las jornadas máximas

16   establecidas en la Constitución Política (artículo 58) y en el Código de Trabajo (artículo 136)

17   y se respete el interés público superior que exige ejecutar eficientemente las competencias

18   asignadas a cada uno de los órganos e instituciones que componen la Administración

19   Pública.”

20   Citas hasta aquí tomadas de extractos del Dictamen: 250 del 09/09/2015, C-250-2015, 9 de

21   setiembre del 2015, dictado por la Procuraduría General de la República.

22   El Alcalde Municipal tiene facultades de jefe y administrador del ente municipal, de manera

23   que debe vigilar que se dé una correcta organización, funcionamiento y coordinación del ente

24   municipal, siendo que puede proponer un cambio en la jornada laboral siempre y cuando no

25   vaya en contra del fin público que persigue la municipalidad, no se sobrepasen las jornadas

26   máximas establecidas en la Constitución Política y el Código de Trabajo. Acción que fue

27   dictada por la Alcaldía Municipal, mediante resolución número 01-2021 de fecha once de

28   enero del año 2021, en donde se instruye el no pago de horas extras, indicándose que se

29   fomenten alternativas operativas para mantener la continuidad del servicio a pesar de las

30   regulaciones presupuestarias que se han emitido; situación que paso por el tamizaje también
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 1   del Concejo Municipal reestructurándose el horario del Departamento de Secretaria del

 2   Concejo Municipal como adherencia a la situación financiera que ocupa al municipio, con

 3   el fin de garantizar la continuidad del servicio y el funcionamiento pleno del Concejo

 4   Municipal y sin generar un daño moral y económico a Secretaria Municipal. Lo anterior con

 5   fundamento en el artículo 11 de la Constitución Política establece que: “Los funcionarios

 6   públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que

 7   la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella. Deben prestar

 8   juramento de observar y cumplir esta Constitución y las leyes. La acción para exigirles la

 9   responsabilidad penal por sus actos es pública. La Administración Pública en sentido amplio,

10   estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con

11   la consecuente responsabilidad personal para los funcionarios en el cumplimiento de sus

12   deberes. La ley señalará los medios para que este control de resultados y rendición de cuentas

13   opere como un sistema que cubra todas las instituciones públicas”; artículo 18 de la Ley

14   General de Administración Financiera y Presupuestos Públicos: “El control interno será

15   responsabilidad de la máxima autoridad…” ; el artículo 4 del Código Municipal, nos indica

16   que las municipalidades poseen la autonomía política, administrativa y financiera conferidas

17   por la Constitución Política y dentro de sus atribuciones se incluyen las siguientes: -Acordar

18   sus presupuestos y ejecutarlos; -Administrar y prestar los servicios públicos municipales, así

19   como velar por su vigilancia y control. Por su parte el artículo 111 del mismo cuerpo

20   normativo establece que: “La Contraloría General de la República deberá aprobar o

21   improbar los proyectos de presupuesto que reciba. Los improbará dentro del plazo de un mes

22   contado a partir del recibo, en resolución razonada y la aprobación podrá ser parcial o total,

23   por violación del ordenamiento jurídico o por falta de recursos. Podrá introducir

24   modificaciones a los proyectos únicamente con anuencia del Concejo.” Los artículos 169,

25   170 y 176 de la Constitución Política, 13 inciso b), 100, 106 del Código Municipal, Ley de la

26   Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, establecen los aspectos

27   técnicos de los presupuestos públicos. Por su parte, conforme el artículo 112 del Código

28   Municipal: “Las municipalidades no podrán efectuar nombramientos ni adquirir

29   compromisos económicos, si no existiere subpartida presupuestaria que ampare el egreso o

30   cuando la subpartida aprobada esté agotada o resulte insuficiente; tampoco podrán pagar
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 1   con cargo a una subpartida de egresos que correspondan a otra. La violación de lo antes

 2   dispuesto será motivo de suspensión del funcionario o empleado responsable, y la

 3   reincidencia será causa de separación”.

 4   En este orden de ideas la disposición tomada en el acuerdo recurrido nace como una acción

 5   del jerarca administrativo de la municipalidad de Siquirres e incluso implemento el acuerdo

 6   a plena conformidad a solicitud del Concejo Municipal, siendo que no existe vicio alguno de

 7   competencia en la implementación del acuerdo, cuya iniciativa nace de una resolución

 8   administrativa de la Alcaldía Municipal y se implementa por el mismo medio.

 9   La autorización de laborar horas extraordinarias, primeramente es una situación casuística

10   y provisional facultad de la parte patronal, que no puede establecerse como una práctica

11   constante, el puesto de la Secretaria del Concejo debe ser conforme las necesidades propias

12   del Concejo Municipal, en tal sentido las labores realizadas fuera de dichos límites, jornadas

13   máximas diarias, en la misma entidad y cumpliendo con las mismas funciones para las que

14   fue contratado el servidor, es considerado como jornada extraordinaria, la cual tiene

15   carácter excepcional, ocasional o discontinuo y deben ser remuneradas de conformidad con

16   la legislación laboral con un cincuenta por ciento (tiempo y medio) del salario mínimo o del

17   salario superior que se le estuviere pagando al trabajador; no debiendo constituir una

18   práctica que va en detrimento de las finanzas públicas y el buen ejercicio del trabajador

19   dentro de su relación laboral.

20   Dentro de las funciones legales y competencias establecidas por el Código Municipal, no

21   consta como tales atender público sino que básicamente atiende al servicio exclusivo prima

22   facie las necesidades el Concejo Municipal, en tal sentido se remite a los artículos : 34, f, 37

23   bis, 46, 47, 53, 106, 108 en donde de su estudio se desprende en forma evidente, que el

24   Secretario Municipal está dedicado en un todo al servicio de la actividad que despliega el

25   máximo órgano de la Municipalidad de Siquirres, “El Concejo Municipal”, siendo que la

26   atención al público es una labor instaurada solamente por una responsabilidad de 28 que

27   contempla el Manual Descriptivo de Puestos de la Municipalidad de Siquirres, por lo cual el

28   departamento de Secretaria cuenta precisamente con personal de apoyo para que realice

29   estas labores, que no son competencias legales.

30   La recurrente, pretende configurar con su reclamo y agravios, una orden para con el Concejo
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 1   Municipal y Administración, de forma tal que contemplen las horas extras para atender su

 2   actividad principal como un derecho adquirido; incluso indica: “… deberá el Concejo

 3   acomodar sus sesiones a mi horario de trabajo, lo cual les es permitido realizar según lo

 4   estipulado en el Código Municipal, tienen libertad para decidir la hora y el día…” haciendo

 5   afrenta al sistema democrático constituido en nuestro país, mediante el cual los munícipes

 6   del Cantón deciden escoger a sus representantes por voto popular y depositan en sus

 7   integrantes (regidores) entre muchas otras atribuciones fijar la política y prioridades del

 8   desarrollo municipal, sea depositan en ellos el quehacer comunal. Pretendiendo con esta

 9   actitud la señora recurrente: que el interés individual se sobreponga al interés general, en

10   afrenta al principio del servicio público establecido en el artículo cuatro de la Ley General

11   de la Administración Pública en el tanto establece: “Artículo 4º.-La actividad de los entes

12   públicos deberá estar sujeta en su conjunto a los principios fundamentales del servicio

13   público, para asegurar su continuidad, su eficiencia, su adaptación a todo cambio en el

14   régimen legal o en la necesidad social que satisfacen y la igualdad en el trato de los

15   destinatarios, usuarios o beneficiarios.”

16   QUINTO: Del análisis jurídico realizado, los sustentos normativos y jurisprudenciales

17   señalados, resulta que el recurso de revocatoria trasladado a esta Comisión, es de rechazo

18   en forma unánime por todos los miembros presentes, en todos sus extremos, siendo que en lo

19   no impugnado el mismo no ha sido revisado por esta Comisión, ya que resuelve otros aspectos

20   de la relación laboral, en los cuales la señora Dinorah Cubillo Ortiz esta conforme.

21   En aplicación del principio de intangibilidad de los actos administrativos debe de mantenerse

22   los efectos del acuerdo impugnado.

23                                          POR TANTO

24   La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Siquirres, conforme

25   el análisis realizado en este dictamen acuerda por unanimidad, recomendar al honorable

26   Concejo Municipal tomar el siguiente acuerdo:

27   En mérito de lo expuesto y con fundamento en los numerales 11 de la Constitución Política,

28   11 de la Ley General de la Administración Pública, 13 y 171 del Código Municipal; artículos

29   58, 136, 138, 139 y 143 del Código de Trabajo, artículo 6 de la "Ley de Contingencia Fiscal"


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 1   (Ley número 8343 de 18 de diciembre de 2002) y artículo 4 de la Ley General de la

 2   administración Pública:

 3      a) RECHAZAR el recurso de revocatoria promovido por DINORAH CUBILLO ORTIZ,

 4          cédula de identidad 7012600556, Encargada, de la Unidad de Secretaría Municipal,

 5          en contra del acuerdo Nº 1111 de la sesión ordinaria Nº. 40 celebrada el día 2 de

 6          febrero del 2020, por el Honorable Concejo Municipal.

 7      b) ADMITIR el recurso de apelación incoado para ante el superior jerárquico impropio

 8          sea el Honorable Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Tercera, para cuyo

 9          efecto se emplaza a la recurrente que deberá apersonarse ante ese Tribunal en un

10          plazo de ocho días, a ampliar sus alegatos y señalar sitio para atender notificaciones.

11          NOTIFIQUESE en la dirección electrónica dcubilloo@gmail.com

12      c) Comisionar el traslado del acuerdo y expediente administrativo al Departamento

13          Legal de la Municipalidad de Siquirres, para que lo eleve ante el superior jerárquico

14          impropio. Siendo que la señora Secretaria Municipal es parte en el asunto, se

15          comisiona al Señor Presidente Municipal para que lo realice personalmente y no por

16          medio de interpuesta persona o funcionario, sea: entregar la certificación del acuerdo

17          y el expediente administrativo al Abogado Institucional para la tramitología

18          correspondiente, manteniendo el señor Presidente la custodia del expediente hasta su

19          efectiva entrega al abogado del Departamento Legal Municipal, quien continuará con

20          su custodia. Se comisiona igualmente al señor Presidente Municipal la notificación

21          de este acuerdo al medio indicado por la funcionaria, hasta tanto quede en firme.

22      d) Se consigna como medio para la recepción de notificaciones a la Municipalidad de

23          Siquirres ante el Tribunal Contencioso Administrativo: el correo electrónico:

24          alcaldia@siquirres.go.cr

25   DADO EN LA SALA DE REUNIONES DE LA ALCALDIA MUNICIPAL POR LA COMISIÓN

26   PERMANENTE JURIDICOS, EN LA CUIDAD DE SIQUIRRES, AL SER LAS 15:00 HORAS

27   DEL DIA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2021, firmado por los regidores presentes:

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 1   Presidente Black Reid: Muchas gracias señora asesora legal, este es el informe de la

 2   Comisión de Jurídicos, este documento hay que pasarlo al Contencioso, entonces vamos a

 3   votar el informe, como pedía la afectada que si nosotros no podíamos resolverlo que lo

 4   elevaran, entonces en este caso lo que vamos hacer es pasarlo a la siguiente instancia, en este

 5   caso el acuerdo es que el presidente lo tenga en custodia y mañana mismo hacer llegar esta

 6   documento al abogado de la parte administrativa, para que él tenga que hacer todo lo que

 7   sigue, entonces que sea un acuerdo definitivamente aprobado y en firme.-----------------------

 8   ACUERDO 1186-23-02-2021

 9   Sometido a votación se aprueba el dictamen CAJ-CMS-019-2021 de la Comisión Permanente

10   de Asuntos Jurídicos, por lo tanto, el Concejo Municipal de Siquirres conforme el análisis

11   realizado en este dictamen acuerda: En mérito de lo expuesto y con fundamento en los

12   numerales 11 de la Constitución Política, 11 de la Ley General de la Administración Pública,

13   13 y 171 del Código Municipal; artículos 58, 136, 138, 139 y 143 del Código de Trabajo,

14   artículo 6 de la "Ley de Contingencia Fiscal" (Ley número 8343 de 18 de diciembre de 2002)

15   y artículo 4 de la Ley General de la administración Pública: a)RECHAZAR el recurso de

16   revocatoria promovido por DINORAH CUBILLO ORTIZ, cédula de identidad 7012600556,

17   Encargada, de la Unidad de Secretaría Municipal, en contra del acuerdo Nº 1111 de la sesión

18   ordinaria Nº. 40 celebrada el día 2 de febrero del 2020, por el Honorable Concejo Municipal.

19   b) ADMITIR el recurso de apelación incoado para ante el superior jerárquico impropio sea el

20   Honorable Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Tercera, para cuyo efecto se

21   emplaza a la recurrente que deberá apersonarse ante ese Tribunal en un plazo de ocho días, a

22   ampliar sus alegatos y señalar sitio para atender notificaciones. NOTIFIQUESE en la

23   dirección electrónica dcubilloo@gmail.com. c) Comisionar el traslado del acuerdo y

24   expediente administrativo al Departamento Legal de la Municipalidad de Siquirres, para que

25   lo eleve ante el superior jerárquico impropio. Siendo que la señora Secretaria Municipal es

26   parte en el asunto, se comisiona al Señor Presidente Municipal para que lo realice

27   personalmente y no por medio de interpuesta persona o funcionario, sea: entregar la

28   certificación del acuerdo y el expediente administrativo al Abogado Institucional para la

29   tramitología correspondiente, manteniendo el señor Presidente la custodia del expediente

30   hasta su efectiva entrega al abogado del Departamento Legal Municipal, quien continuará con
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 1   su custodia. Se comisiona igualmente al señor Presidente Municipal la notificación de este

 2   acuerdo al medio indicado por la funcionaria, hasta tanto quede en firme. d)Se consigna como

 3   medio para la recepción de notificaciones a la Municipalidad de Siquirres ante el Tribunal

 4   Contencioso Administrativo: el correo electrónico: alcaldia@siquirres.go.cr. ACUERDO

 5   DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME. --------------------------------------------

 6   VOTA A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

 7   Villegas, Quirós Chavarría. ------------------------------------------------------------------------------

 8   VOTA EN CONTRA: Allen Mora. ------------------------------------------------------------------

 9   Presidente Black Reid: Doña Esmeralda tiene la palabra. ----------------------------------------

10   Regidora Allen Mora: Buenas noches nuevamente, resulta que estoy en Jurídicos, no sabía

11   de la reunión de ayer de Jurídicos, porque por equivocación la compañera me tenía

12   erróneamente con otro número de teléfono, entonces cuando ella me llamo ya era muy tarde

13   para poder cerrar mi negocio y salir corriendo, por eso no asistí ayer, el compañero Junior me

14   llamo y me hizo saber más o menos como estaba esto, pero en primer lugar no estaba presente

15   en primer lugar, en segundo a veces no sé si peco de ignorante, no quiero decir que sea tonta,

16   sino que ignorante porque a veces no sé cómo está a fondo el panorama, pero tampoco es uno

17   tan cerrado de mente, mi pensar es diferente que al de ustedes.------------------------------------

18   Presidente Black Reid: Disculpe no sé si me deja ayudarle un poquitito, no sé si usted está

19   confundida, no estamos votando como Jurídicos, estamos votando para pasar el documento a

20   otra instancia, entonces lo que vamos hacer es acoger el informe tal como viene para pasarlo

21   a otra instancia, usted ahí no aparece como si estuviera en la Comisión de Jurídicos porque

22   no estuvo y eso sería ilegal, lo que estamos haciendo es presentando el informe, si no lo va a

23   votar se justifica, si lo va a votar para pasarlo a otra instancia solo levanta la mano, pero si no

24   lo vota tiene que justificarlo de una buena manera.---------------------------------------------------

25   Regidora Allen Mora: Don Black, pero no me dejo terminar, dije que no lo iba a votar por

26   la razón que le estoy explicando. -----------------------------------------------------------------------

27   Presidente Black Reid: Lo que pasa es que esa razón, no justifica lo que usted dice en este

28   caso, porque usted dice que no lo va a votar porque no está en Jurídicos, ellos tampoco son

29   de la Comisión de Jurídicos. ----------------------------------------------------------------------------

30   Regidora Allen Mora: Tal vez ellos están más empapados que mi persona del problema de
                                                                                                            41
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 1   doña Dinorah. ---------------------------------------------------------------------------------------------

 2   Presidente Black Reid: Licenciada la justificación en este caso como hacemos si es válida

 3   la justificación que ella da, no sé. ----------------------------------------------------------------------

 4   Licda. Susana Zamora Fonseca: Técnicamente los regidores tienen derecho a votar a favor,

 5   votar en contra o a abstenerse, en caso de que vota en contra o se abstienen tendrán que

 6   presentar una justificación legalmente valida, entonces son las tres opciones que tienen, no sé

 7   si queda claro. ---------------------------------------------------------------------------------------------

 8   Regidora Allen Mora: Cuando digo que me abstengo estoy explicando más o menos, pero

 9   usted dice que no es válido lo que digo, entiendo muchas cosas don Black, entiendo que esta

10   pandemia vino afectar mucho a esta municipalidad también al comercio de Siquirres, sé que

11   las arcas municipales han bajado muchísimo, porque la gente al cerrar muchos negocios y al

12   no estar pagando mensualmente los tributos a la municipalidad todo eso ha afectado, sé que

13   por eso se dan los recortes que están afectando a doña Dinorah en este momento, eso lo estoy

14   entendiendo, que por esa razón a ella no se le pueden pagar las horas extras, siento que nos

15   faltó tal vez haber hablado con doña Dinorah porque ella también sabe la situación, haberle

16   dicho vea doña Dinorah pasa esto, pero no haber hecho un documento y pasarnos por alto sin

17   haberle consultado a ella si se podía acomodar de otra manera o si aceptaba, al rato no es

18   válido lo que pienso, pero recuerdo cuando trabajaba que me decía que lo tenía que hacer

19   hasta las 10:00pm, pero al mes me decían agarre un día más libre y se acomoda para que

20   agarre las horas que trabajo de más, pero lo negociaban conmigo y aceptaba el cambio, pero

21   tal vez por ser un Gobierno Local no sea aceptable tal vez no se vale lo que nosotros hacíamos

22   en aquel entonces en el trabajo, claro que plata no hay, que no les podemos pagar a ella.-----

23   Presidente Black Reid: Usted lo justificara como pueda doña Esmeralda, no entiendo cómo

24   funciona eso, pero lo vamos a votar, usted vota en contra y nosotros votamos a favor, después

25   la licenciada le explicara eso porque no sé cómo funciona en este caso, tiene la palabra el

26   regidor Junior Quirós. ------------------------------------------------------------------------------------

27   Regidor Quirós Chavarría: No sé si lo que voy a decir los voy a enredar más o se los voy

28   aclarar, pero hay dos posturas esta la postura del Concejo que desde el año pasado la

29   vicealcaldesa doña Maureen ha mandado documentación sobre la reducción de las horas,

30   cambio de jornada laboral, ya la compañera abogada explico los tipos de jornada y que si se
                                                                                                               42
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 1   puede, si se puede es correcto, ahora bien la compañera Dinorah tiene su postura ella presento

 2   un documento, tanto los documentos como doña Dinorah y de la compañera licenciada del

 3   Concejo Municipal los han expuesto aquí, entonces por ese lado no podemos deducir

 4   desconocimiento punto uno, punto dos no llegamos a un acuerdo en ese momento no llegamos

 5   a un acuerdo de los compañeros de jurídicos, lo más sano por jurisprudencia es lo que se siga

 6   lo que se debe de hacer que es pasarlo a algo superior, algo que nos diga ella tiene la razón,

 7   ustedes tienen la razón o tienen que llegar a un punto intermedio y tienen que acatarlo,

 8   entonces lo que quiero compañeros es que quede claro, aquí no estamos en contra de nadie,

 9   esta pandemia ha venido afectarnos, soy un funcionario público, en cierto momento me han

10   cambiado mi jornada laboral, eso no viene al caso pero es para que ustedes lo sepan que si se

11   puede hacer, el problema es si estoy de acuerdo o no y jurisprudencialmente a nivel de leyes

12   o normativas todos tenemos derecho de expresar si estamos de acuerdo o no, eso es lo que

13   está pasando aquí es un ejercicio normal, ahora hay que esperar lo que dice el Contencioso

14   Administrativo y lo que digan se debe de acatar si no me equivoco, entonces esperemos que

15   el órgano superior se pronuncie y acatar lo que se debe.--------------------------------------------

16   Presidente Black Reid: Gracias compañero Junior que sea definitivamente aprobado y en

17   firme ya lo votamos, doña Esmeralda se abstiene a votar y pasamos al siguiente punto

18   Mociones. --------------------------------------------------------------------------------------------------

19   ARTÍCULO VI.

20   Mociones.

21   1.-Mocion presentada por la Sra. Maureén Cash Araya/Vicealcaldesa Municipal del Cantón

22   de Siquirres, acogida y secundada por los siguientes regidores, Randall Black Reid, Karla

23   Alvarado Muñoz, Elías Jara Verga, Susana Cruz Villegas, Yoxana Stevenson Simpson que

24   textualmente cita: -----------------------------------------------------------------------------------------

25                                                  MOCION

26   SUSPENSIÓN DE LAS CLASES PRESENCIALES Y POR EL MOMENTO SE

27   MANTENGAN EN LA VIRTUALIDAD EDUCATIVA, ESPERANDO HASTA QUE

28   SE LOGRE BAJAR EL NIVEL DE CONTAGIO EN TODO EL CANTÓN DE

29   SIQUIRRES

30                                            CONSIDERANDO:
                                                                                                              43
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                                MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   PRIMERO: Como coordinadora del Comité Municipal de Emergencias, Comando Unificado

 2   en la atención de la pandemia y Vicealcaldesa de la Municipalidad de Siquirres, vivencio día

 3   a día las estadísticas y trabajos que se realizan con el fin de minimizar el contagio de la

 4   pandemia que nos tiene atrapados por casi 12 meses en nuestros cantones.

 5   SEGUNDO: Tomando en cuenta que Siquirres se ha mantenido en alerta naranja por casi tres

 6   meses, manteniendo un índice de Riesgo Cantonal arriba del 2 y no se ha logrado bajar este

 7   índice a pesar de las acciones que se realizan tanto a nivel cantonal como nacional.

 8   TERCERO: El COVID-19 es una enfermedad de transmisión viral, el cual puede afectar de

 9   muchas maneras la salud de las personas e inclusive llevarlas hasta la muerte y que al día de

10   hoy el Cantón de Siquirres registra un 4.5 muertes por mes, según información de la CCSS.

11   CUARTO: Dentro del Cantón de Siquirres se cuenta con más de 100 centros educativos, en

12   donde muchos por reducción de presupuestos se les dificultan adquirir productos de limpieza

13   para atender las especificaciones de desinfección según los lineamientos del Ministerio de

14   Salud. A pesar de que la Municipalidad de Siquirres brindo apoyo para el traslado de

15   productos de limpieza para la Dirección Regional de Educación de Limón desde las oficinas

16   centrales en la Uruca, solo se vieron beneficiados cerca de 16 centros educativos de nuestro

17   cantón, donde se evidencia que la necesidad de apoyo y acompañamiento del MEP debe ser

18   al 100% para todos los centros educativos. QUINTO: Dentro de las noticias de los últimos

19   días en medios como Radio Monumental, Repretel y en redes sociales como La República

20   Net, se puntualizan los titulares ¿Por qué los casos de COVID -19 en Siquirres le preocupan

21   a los investigadores?, Tasa de contagio por COVID-19 se mantiene estable: Solo el cantón de

22   Siquirres está en categoría roja.

23   SEXTO: Para este mes de febrero, dentro de los clústers de contagiados ya están presentes

24   en tercer lugar los docentes del MEP y en quinto lugar los estudiantes.

25   SETIMO: Durante la primera semana de lecciones hubo 7 instituciones educativas cerradas

26   por desinfección (CINDEA FLORIDA, LICEO DE FLORIDA, ESCUELA ANTONIO

27   FERNANDEZ, CTP PADRE ROBERTO EVANS SAUNDERS, COLEGIO NOCTURNO,

28   COLEGIO EXPERIMENTAL BILINGÜE, LICEO SAN CARLOS DE PACUARITO) y más

29   de 17 estudiantes diagnosticados con COVID en un solo centro educativo.

30   OCTAVO: En el año 2020 las lecciones se mantuvieron de manera virtual y fue muy mínima
                                                                                               44
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                               MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   la cantidad de docentes y estudiantes contagiados por COVID -19 según los reportes del

 2   Ministerio de Salud.

 3   NOVENO: La existencia y vigencia de LS-CS-014. LINEAMIENTOS GENERALES

 4   PARA LA REANUDACIÓN DE SERVICIOS PRESENCIALES EN CENTROS

 5   EDUCATIVOS PÚBLICOS Y PRIVADOS ANTE L CORONAVIRIS (COVID-19), en

 6   la página 7, inciso 5.2 Reapertura de Centros Educativos públicos y privados, párrafo 3,

 7   textualmente dice "En caso de que exista un escenario epidemiológico que lo justifique, el

 8   Ministerio de Salud en coordinación con el Ministerio de Educación suspenderán el curso

 9   lectivo presencial de forma transitoria ya sea a un nivel local, regional o nacional".

10                                          POR TANTO

11   Se solicita al honorable Concejo Municipal como rector de las Políticas Públicas de nuestro

12   Cantón tome el siguiente acuerdo:

13   Solicitar en forma urgente al Ministerio de Salud, en conjunto con el Ministerio de Educación

14   Pública, tomen en consideración la situación actual que vive el Cantón de Siquirres en cuanto

15   a los casos de COVID -19, tomándose las siguientes acciones: 1. Que dichas entidades

16   concedan al Comité Municipal de Emergencias del Cantón de Siquirres la reunión virtual que

17   están solicitando con los encargados del Ministerio de Salud, Ministerio de Educación

18   Pública, Director Regional de Educación de Limón, Supervisores de los Circuitos Escolares

19   04-05-06, para atender el tema de la tasa de contagios y positividad en el sector educación. 2.

20   Hasta tanto no se provea a los centros educativos de los insumos necesarios para la atención

21   del COVID, se realice la suspensión de las clases presenciales. 3. Se mantenga el curso lectivo

22   en el Cantón de Siquirres en la VIRTUALIDAD EDUCATIVA, hasta que se logre bajar el

23   nivel de contagio, así como el índice de Riesgo Cantonal (IRC), en procura de garantizar el

24   Derecho Fundamental a la Salud de nuestros Profesores y Estudiantes.

25   Se solicita que la moción, sea definitivamente aprobada y declarada en firme.

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 1   Presidente Black Reid: Somete a discusión la moción. -------------------------------------------

 2   Vicealcaldesa Cash Araya: Muchas gracias señor presidente, compañeros espero que le

 3   hayan puesto bastante atención a esta moción y externarles la preocupación desde la Comisión

 4   de Emergencia, porque nos hemos mantenido como tres meses en esta alerta naranja, ahorita

 5   estamos con la preocupación de que los centros educativos no reúnen las condiciones

 6   económicas ni de otro montón de situaciones para atender presencialmente a los estudiantes,

 7   viendo los protocolos que emitió el MEP que son 12 o 15 no sé cuántos, he estado dando

 8   capacitaciones a los directores de los circuitos de Siquirres y al personal docente, les hago un

 9   resumen de todo, les comento que van a pasar más tiempo haciendo desinfección y aplicando

10   el protocolo que usando el tiempo en lo académico, tenemos que entender que la sociedad en

11   Costa Rica y en el mundo es el socialice, el compartir de todo mundo, es complicado en niños

12   pequeños peor en adolecentes en etapa de la secundaria, entonces con esa tasa tan alto de

13   contagio que tenemos en Siquirres, si estamos en la presenciabilidad aunque sean 8

14   estudiantes por grupo, pero vamos a tener toda la población de todos los grupos funcionando

15   con 8 estudiantes por grupos, pongo el ejemplo del centro educativo CTP que son 1500

16   estudiantes y que tengan la cuarta parte de los estudiantes que sean 200 que asistan al colegio

17   aun así es inmanejable, hace poco el CTP estuvo con un caso positivo, la directora indica que

18   gasto 10 galones para desinfectar según los lineamientos del Ministerio de Salud, duro más

19   de dos días haciendo la desinfección con 6 conserjes, dos veces a la semana o cuatro veces al

20   mes en donde van a quedar presupuestariamente y donde van a quedar las clases, es necesario

21   regresar a la presenciabilidad estoy de acuerdo, pero brindando las condiciones que se

22   necesitan, ahorita a como Siquirres esta no tiene las condiciones para eso, igual como lo indica

23   la moción la municipalidad apoyo en el traslado de implementos de limpieza, no sé si ahora

24   la compañera Karla va a comentar del tema, pero tenemos más de 100 centros educativos, el

25   18% de la población de Siquirres está en el sector educación entre docentes y estudiantes,

26   pedí el informe de cuantos estudiantes tenemos en el cantón de Siquirres, se los escribí a los

27   señores Ministros en la carta que les envié el día de ayer solicitándoles esta reunión, para que

28   tomen en cuenta y agradecería mucho como coordinadora del Comité Municipal de

29   Emergencia y sé que los compañeros también, sé que el personal docente y los estudiantes

30   también lo agradecerán, gracias.-------------------------------------------------------------------------
                                                                                                           46
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 1   Presidente Black Reid: En este caso vamos acoger la moción de la señora vicealcaldesa, lo

 2   vamos a someter a votación que sea definitivamente aprobado y en firme, que se dispense de

 3   todo trámite de comisión. --------------------------------------------------------------------------------

 4   ACUERDO 1187-23-02-2021

 5   Sometido a votación por unanimidad se aprueba la moción presentada por la Sra. Maureén

 6   Cash Araya/Vicealcaldesa Municipal del Cantón de Siquirres, acogida y secundada por los

 7   siguientes regidores, Randall Black Reid, Karla Alvarado Muñoz, Elías Jara Verga, Susana

 8   Cruz Villegas, Yoxana Stevenson Simpson en relación a suspensión de las clases presenciales

 9   y por el momento se mantengan en la virtualidad educativa, esperando hasta que se logre bajar

10   el nivel de contagio en todo el Cantón de Siquirres, por lo tanto el Concejo Municipal de

11   Siquirres acuerda: como rector de las Políticas Públicas del Cantón de Siquirres, solicitar en

12   forma urgente al Ministerio de Salud, en conjunto con el Ministerio de Educación Pública,

13   tomen en consideración la situación actual que vive el Cantón de Siquirres en cuanto a los

14   casos de COVID -19, tomándose las siguientes acciones: 1. Que dichas entidades concedan

15   al Comité Municipal de Emergencias del Cantón de Siquirres la reunión virtual que están

16   solicitando con los encargados del Ministerio de Salud, Ministerio de Educación Pública,

17   Director Regional de Educación de Limón, Supervisores de los Circuitos Escolares 04-05-06,

18   para atender el tema de la tasa de contagios y positividad en el sector educación. 2. Hasta

19   tanto no se provea a los centros educativos de los insumos necesarios para la atención del

20   COVID, se realice la suspensión de las clases presenciales. 3. Se mantenga el curso lectivo

21   en el Cantón de Siquirres en la VIRTUALIDAD EDUCATIVA, hasta que se logre bajar el

22   nivel de contagio, así como el índice de Riesgo Cantonal (IRC), en procura de garantizar el

23   Derecho Fundamental a la Salud de nuestros Profesores y Estudiantes. Se dispensa de todo

24   tramite de Comisión. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME. --

25   VOTA A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

26   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. --------------------------------------------------------------

27   Regidora Alvarado Muñoz: Se le olvidó mencionar a doña Maureen que los insumos que

28   mandaron de San José que solo como 7 escuelas fueron las beneficiadas la mayoría estaban

29   vencidos, eso es una burla, mandan protocolo de todo menos de dar lecciones, tras de eso nos

30   regalan y están vencidos.--------------------------------------------------------------------------------
                                                                                                            47
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 1   Presidente Black Reid: Que lamentable, tiene la palabra el regidor Junior Quirós.------------

 2   Regidor Quirós Chavarría: ¿Las escuelas se pronunciaron sobre eso?-------------------------

 3   Regidora Alvarado Muñoz: Es que solo fueron 6 escuelas las beneficiadas, no sé cuántos

 4   mandaron.--------------------------------------------------------------------------------------------------

 5   Presidente Black Reid: Disculpen, termine uno con todo y después el otro pide la palabra.-

 6   Regidor Quirós Chavarría: Quisiera hacerle la consulta a la compañera Maureen, no sé si

 7   se puede, esta excelente la moción pero estoy oyendo que no solo aquí sino que en otros

 8   lugares hay un problema de contenido económico del MEP, pienso que si el MEP quiere

 9   clases presenciales o como quiera, debe de ser responsable como patrono y suministrar el

10   presupuesto correspondiente, no sé si nosotros como Concejo, podríamos presentar una

11   moción o algo por el estilo o que las escuela del cantón se puedan pronunciar, porque están

12   atadas de manos, sin presupuesto no se puede hacer nada, es una injusticia.---------------------

13   Presidente Black Reid: Sin presupuesto están feos, lo que la moción busca es que los

14   estudiantes no asistan, sino que las clases sean virtuales desde la casa, en la seguridad del

15   hogar que reciban la clase, ese es el espíritu de la moción, si sería bueno presentar una queja

16   u otra moción en dirección a los insumos que recibieron, que se manifiesten los maestros, eso

17   le tocaría a ellos, tiene la palabra la vicealcaldesa Maureen Cash.---------------------------------

18   Vicealcaldesa Cash Araya: Quiero contestarle al compañero Junior, la moción acá es en la

19   línea de que me apoyen para solicitar la suspensión del curso lectivo, sin embargo la carta que

20   le envié a los ministros, al director regional y a los directores es la que me di cuenta que anda

21   circulando por ahí, los puntos a tratar es que mientras tanto el MEP presupuestariamente no

22   atienda las instituciones como corresponde no se regresa a la presenciabilidad acá en

23   Siquirres, igualmente en la parte de recurso humano porque el desinfectar como lo mandan

24   ustedes los del Ministerio de Salud es con trapito, no con la fumigación de bomba que se está

25   utilizando, entonces va en esa línea la agenda ya está hecha, estoy solo a la espera de que

26   ustedes me apoyen para enviarlo y tener todos los puntos a tratar con los señores del

27   ministerio.--------------------------------------------------------------------------------------------------

28   Presidente Black Reid: Gracias señora vicealcaldesa, ¿está conforme con eso don Junior?--

29   Regidor Quirós Chavarría: Sí.------------------------------------------------------------------------

30   Presidente Black Reid: Excelente, tiene la palabra el regidor suplente Cesar manzanares.---
                                                                                                               48
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 1   Regidor Suplente Manzanares Vargas: Buenas noches a todos los presentes, en relación a

 2   la entrega de productos de limpieza que entrego la dirección regional, mi escuela fue una de

 3   las beneficiadas, eso no es que el MEP regalo a todas las escuelas sino que a las escuelas que

 4   estaba adscritas al programa de la UNICEF, por tanto no era para todas las escuelas, sin

 5   embargo tuve la gentileza de compartir los productos con la escuela del Carmen, le entregue

 6   a esa escuela un galón de desinfectante, un galón de alcohol en gel y un galón de jabón líquido,

 7   también lo hice con la escuela de Nuevo Santo Domingo, a la supervisión, a la escuela de

 8   Maryland, lo compartí con ellos porque me dieron suficiente, entonces a veces decimos cosas

 9   que no entendemos y con respecto al presupuesto del MEP, no sé qué pasa pero a mi escuela

10   llega normal el presupuesto y es una escuela bien pequeñita, por eso antes de hablar nos

11   enteremos bien de las cosas, muchas gracias y buenas noches--------------------------------------

12   Presidente Black Reid: Tal vez se mal interpreto cuando se habla de presupuesto, porque en

13   este caso el presupuesto tiene que ser superior ahora ya que tienen que implementar el cuidado

14   y protocolo por el COVID, tiene la palabra la regidora doña Karla Alvarado para cerrar este

15   tema.--------------------------------------------------------------------------------------------------------

16   Regidora Alvarado Muñoz: Tiene razón el compañero los presupuestos llegan, gracias a

17   Dios que aunque mi escuela es pequeña ha estado llegando, pero si están limitados en cuanto

18   a la cantidad de protocolos y de insumos que hay que comprar para lo que ellos llaman

19   productos de desinfección, estoy totalmente de acuerdo con el compañero porque si llegan los

20   presupuestos, ya entro el presupuesto de febrero pero están un poco limitados, en relación a

21   la cantidad de producto que hay que comprar para lo que la desinfección de.--------------------

22   Presidente Black Reid: Gracias compañera, sé que hay Asuntos Varios el jueves vamos

23   hacer una modificación para meter Asuntos Varios en el Orden del Día, porque ya van a ser

24   la ocho de la noche, ya tenemos casi tres horas de estar acá, y hemos tratado de mantenernos

25   en dos horas, por eso les pido tener ahí los asuntos pendiente para verlos el día jueves,

26   recuerden que este acuerdo sobre la moción fue un acuerdo definitivamente aprobado y en

27   firme, para que de una vez pueda la señora vicealcaldesa hacer la tramitología necesaria para

28   pasar estos documentos, Dios me los bendiga, los lleve con bien, descansen, nos vemos si

29   Dios quiere el jueves.-------------------------------------------------------------------------------------

30   ARTÍCULO VII.
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     Acta N°043
     23-02-2021

                                   MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   Asuntos varios.

 2   Se deja constancia que no se vieron asuntos varios.

 3   Siendo las diecinueve horas con diez minutos, el señor presidente Randall Black Reid, da por

 4   concluida la sesión. ---------------------------------------------------------------------------------------

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10   Sr. Randall Black Reid                                          MSc. Dinorah Cubillo Ortiz

11           Presidente                                               Secretaria Concejo Municipal

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