Extraordinaria 79 · 2023-06-16

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Acuerdos en esta acta

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Acta N°079
16-06-2023

                               MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

                              SESIÓN EXTRAORDINARIA N°079-2023
Celebrada por el Concejo Municipal de Siquirres el día viernes dieciséis de junio del dos mil veintitrés en la
Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Siquirres “Plaza Sikiares”, a las dieciséis horas con treinta
minutos, contando con la siguiente asistencia y comprobación de quórum e inicio de sesión:
                                 DIRECTORIO MUNICIPAL
                                                     Fracción
Sr. Randall Black Reid                Presidente       PLN
Sra. Yoxana Débora Stevenson Simpson  Vicepresidente   PLN

                                REGIDORES(AS) PROPIETARIOS
                                                       Fracción
Sra. Karla Andrea Alvarado Muñoz                        PLN
Sr. Elías Alberto Jara Vega                             PLN
Sra. Susana Cruz Villegas                               PLN
Sra. Esmeralda Allen Mora                               FA
Sr. Junior de Los Ángeles Quirós Chavarría              Independiente
                                   REGIDORES(AS) SUPLENTE
                                                      Fracción
Sr. Freddy Badilla Barrantes                            PLN
Sr. María González Jiménez                              PLN
Sra. Jeannette Valverde Núñez                           PLN

                                 SÍNDICOS(AS) PROPIETARIOS
                                                        Fracción                      Distrito
Sra. Dinia Patricia Hernández Abarca                       PLN                      Siquirres I
Sra. Marjorie Miranda Jiménez                              PLN                      Pacuarito II
Sr. Willie Bianchini Gutiérrez                             PLN                      Florida III
Sr. Stanley Salas Salazar                                  PLN                      Germania IV
Sr. Yeimer Esteban Gordon Porras                           PLN                      Cairo V
Sr. Rosa María Sánchez Cordero                             PLN                      Alegría VI
Sr. Alexander Pérez Murillo                                PLN                      Reventazón VII
                                   SÍNDICOS(AS) SUPLENTES
                                                        Fracción                     Distrito
                                          ALCALDE
MSc. Maureén Cash Araya                   Vicealcaldesa


                                              SECRETARIA
MSc. Dinorah Cubillo Ortiz

                                                AUSENTES
Sra. Maricel Díaz Delgado                                           PLN
Sr. Johnny Alejandro Loaiza López                                   PLN
Sr. Cesar Domingo Manzanares Vargas                                 FA
Sra. Zoraida Del Carmen Cedeño Rojas                                FA
Sr. Jorge Luis Álvarez Rosales                                      PLN             Siquirres I
Sr. Maynor Castro Saldaño                                           PLN             Pacuarito II
Sra. Jaimee Johnson Black                                           PLN             Germania IV
Sra. Lidieth Vega García                                            PLN             Florida III
Sra. Yerlin Melissa Baar Montero                                    PLN             Cairo V
Sr. Luis Fernando Bermúdez Mora                                     PLN             Alegría VI
Lic. Mangell Mc Lean Villalobos                  Alcalde
Lic. Luis Fernando Delgado Duran                Vicealcalde

                                   ASISTENTES POR INVITACIÓN




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 1   ARTÍCULO I.

 2   Lectura y aprobación del orden del día.

 3   Presidente Black Reid: Quiero agregar a este Orden del Día un artículo más, que es Asuntos

 4   de la Presidencia, con esa modificación al Orden del Día procedemos a votarlo compañeros, si

 5   están de acuerdo. --------------------------------------------------------------------------------------------

 6   ACUERDO N°3775-16-06-2023

 7   Sometido a votación por unanimidad el Concejo Municipal de Siquirres acuerda realizar una

 8   alteración al orden del día, para incluir asuntos de la presidencia después de informes de

 9   Comisión. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME. -----------------

10   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

11   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. ----------------------------------------------------------------

12   Se deja constancia que estando todos los señores (as) regidores(as) de acuerdo con el orden del

13   día, el cual quedaría de la siguiente manera: ------------------------------------------------------------

14      I.     Lectura y aprobación del orden del día.

15     II.     Oración inicial.

16    III.     Correspondencia.

17    IV.      Informes de Comisión.

18     V.      Asuntos de la Presidencia.

19   ARTÍCULO II.

20   Oración Inicial.

21   Se deja constancia que se realiza la Oración inicial, para dar inicio a los demás puntos en la

22   agenda del Concejo Municipal. -------------------------------------------------------------------

23   ARTÍCULO III.

24   Correspondencia.

25   1.-Oficio número DA-585-2023 que suscribe el Lic. Mangell Mc Lean Villalobos/Alcalde

26   Municipal de Siquirres, dirigido a los miembros del Concejo Municipal de Siquirres, remiten

27   los siguientes expedientes: 2023LD-000006-0025700001, denominado: Contratación para la

28   compra de licencia Advanced Security para CISCO MERAKI, y el 2023LD-000007-

29   0025700001, denominado: Contratación de Personas Físicas o Jurídicas Para Diseño y

30   Construcción de Pista de Salto Largo y Salto Triple en El Polideportivo Del Cantón de
                                                                                                                 2
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 1   Siquirres. Se encuentra disponible en la plataforma SICOP, con la finalidad que se conozca y

 2   se realice lo que corresponda en los procesos de REVOCATORIA DEL ACTO DE

 3   ADJUDICACIÓN por parte del Honorable Concejo Municipal. ------------------------------------

 4   Presidente Black Reid: Señores regidores un acuerdo para trasladar este documento a la

 5   Comisión de Jurídicos. -------------------------------------------------------------------------------------

 6   ACUERDO N°3776-16-06-2023

 7   Sometido a votación por unanimidad el Concejo Municipal de Siquirres acuerda: Trasladar

 8   copia del oficio número DA-585-2023 que suscribe el Lic. Mangell Mc Lean

 9   Villalobos/Alcalde Municipal de Siquirres, junto con el expediente N° 2023LD-000007-

10   0025700001, denominado: Contratación de Personas Físicas o Jurídicas Para Diseño y

11   Construcción de Pista de Salto Largo y Salto Triple en El Polideportivo Del Cantón de

12   Siquirres, a la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, para lo que corresponda.

13   ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME. ------------------------------

14   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

15   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. ----------------------------------------------------------------

16   Presidente Black Reid: Señores regidores vamos hacer un receso de cinco minutos desde ya.

17   Se deja constancia que pasados los cinco minutos el Sr. Randal Black Reid, procede a reiniciar

18   la sesión. -----------------------------------------------------------------------------------------------------

19   Presidente Black Reid: Con respecto al primer documento de SICOP con respecto a este

20   recurso se devuelve a la Proveeduría para que tramiten como corresponda, compañeros que sea

21   un acuerdo en firme y definitivamente aprobado. ------------------------------------------------------

22   ACUERDO N°3777-16-06-2023

23   Sometido a votación por unanimidad el Concejo Municipal de Siquirres acuerda: Devolver al

24   Departamento de Proveeduría el expediente 2023LD-000006-0025700001, denominado:

25   Contratación para la compra de licencia Advanced Security para CISCO MERAKI, para que

26   lo tramiten como corresponda. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN

27   FIRME. -----------------------------------------------------------------------------------------------------

28   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

29   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. ----------------------------------------------------------------

30   ARTÍCULO IV.
                                                                                                                   3
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 1   Informes de Comisión.

 2   1.-Se conoce dictamen sin número de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos en relación

 3   al Recurso de Revocatoria, interpuesto por el oferente Adrian Rojas Barrientos, que

 4   textualmente cita: -------------------------------------------------------------------------------------------

 5                                   Resolución de recurso de revocatoria

 6   Recurso de revocatoria interpuesto por el oferente ADRIAN ROJAS BARRIENTOS en contra

 7   del acto de adjudicación de la LICITACION REDUCIDA No. 2023LD-000007-0025700001

 8   para la “CONTRATACIÓN DE PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS PARA DISEÑO Y

 9   CONSTRUCCIÓN DE PISTA DE SALTO LARGO Y SALTO TRIPLE EN EL

10   POLIDEPORTIVO DEL CANTÓN DE SIQUIRRES” acto recaído a favor de SUPERFICIES

11   DE CENTRO AMERICA SOCIEDAD ANONIMA, por un monto de 9.996.200 colones

12   exactos. ------------------------------------------------------------------------------------------------------

13                                            RESULTANDO QUE:

14     I.    Mediante escrito presentado en fecha 06 de junio de 2023, el oferente ADRIAN ROJAS

15   BARRIENTOS, presentó recurso de revocatoria en contra del acto de final de la Licitación

16   Reducida en referencia -------------------------------------------------------------------------------------

17    II.    Con fecha 06 de junio de 2023, se solicitó criterio técnico al Ing. Luis Umaña Guillén

18   de la Oficina de Proyectos de la Municipalidad de Siquirres para que se manifestara en relación

19   con el recurso recibido. ------------------------------------------------------------------------------------

20   III.    Con fecha 08 de junio Ing. Luis Umaña Guillén de la Oficina de Proyectos de la

21   Municipalidad de Siquirres mediante el Oficio PMS-LAUG-2023-019 se manifestó respecto

22   del recurso presentado en contra del acto de adjudicación del procedimiento en cuestión. ------

23   IV.     En el presente proceso se han observado las prescripciones legales y reglamentarias

24   pertinentes y esta resolución se dicta dentro del término reglamentario. ---------------------------

25                                              CONSIDERANDO:

26   I.- SOBRE LOS HECHOS PROBADOS. Para la resolución de este asunto se tienen por

27   probados los siguientes hechos: ---------------------------------------------------------------------

28   1) Que la Municipalidad de Siquirres promovió mediante el SICOP, la Licitación Reducida,

29   No. 2023LD-000007-0025700001 para la “CONTRATACIÓN DE PERSONAS FÍSICAS O

30   JURÍDICAS PARA DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE PISTA DE SALTO LARGO Y
                                                                                                                   4
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 1   SALTO TRIPLE EN EL POLIDEPORTIVO DEL CANTÓN DE SIQUIRRES” (véase el

 2   expediente de la contratación). 2) Que, en el citado concurso, se recibieron 2 ofertas, a saber,

 3   a) SUPERFICIES DE CENTRO AMERICA SOCIEDAD ANONIMA, b) ADRIAN ROJAS

 4   BARRIENTOS (véase el expediente de la contratación.) 3) Que el 15 de mayo de 2023

 5   mediante el estudio de ofertas, según oficio PMS-LAUG-2023-012, se indica: “Oferta No. 1:

 6   Adrián Rojas Barrientos Cédula física: 1-0773-0140 (…) el artículo 106, inciso c) del

 7   Reglamento a la Ley de Contratación Pública, establece que si la oferta excede la

 8   disponibilidad presupuestaria debe ser excluida del concurso, así las cosas, la Oferta No. 1

 9   debe excluirse de la presente contratación debido a que contiene un precio inaceptable.”

10   Oferta No. 2: Superficies de Centro América S.A. Cédula jurídica: 3-101-327973 (…) Si bien

11   la oferta base cumple con lo requerido, también se ha valorado la oferta alternativa y se

12   concluye que la oferta alternativa representa una propuesta más eficiente y económica

13   mediante la cual se puede cumplir el fin público que persigue la administración. De este modo,

14   se recomienda adjudicar la oferta alternativa presentada por Superficies de Centro América

15   S.A, por un monto total de ₡9.996.200,00; y un plazo de entrega de 30 días (véase el expediente

16   de la contratación) 4) Que, en la plataforma SICOP, mediante el informe de recomendación de

17   adjudicación No. 20230402165-00, la Municipalidad, recomienda adjudicar la LICITACION

18   REDUCIDA No. 2023LD-000007-0025700001 para la “CONTRATACIÓN DE PERSONAS

19   FÍSICAS O JURÍDICAS PARA DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE PISTA DE SALTO

20   LARGO Y SALTO TRIPLE EN EL POLIDEPORTIVO DEL CANTÓN DE SIQUIRRES” a

21   favor de SUPERFICIES DE CENTRO AMERICA SOCIEDAD ANONIMA, por un monto de

22   9.996.200 colones exactos. (véase el expediente de la contratación). 5) Que el acto final del

23   procedimiento fue notificado el 02 de junio del 2023 en el SICOP, adjudicándose a favor de

24   SUPERFICIES DE CENTRO AMERICA SOCIEDAD ANONIMA, por un monto de

25   9.996.200 colones exactos. (véase el expediente de la contratación). 6) Que en fecha 06 de junio

26   de 2023, el oferente ADRIAN ROJAS BARRIENTOS, presentó recurso de revocatoria en

27   contra del acto de final de la LICITACION REDUCIDA No. 2023LD-000007-0025700001. 7)

28   Que en el recurso presentado por ADRIAN ROJAS BARRIENTOS, se alega que: “Superficies

29   de Centro América Sociedad Anónima no demuestra que tiene experiencia propia en la

30   construcción de al menos tres obras de similar complejidad, por lo que la oferta no puede ser
                                                                                                   5
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 1   considerada como admisible.” ---------------------------------------------------------------------------

 2   II.-SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE REVOCATORIA Y EL

 3   ANÁLISIS DEL PLAZO: El artículo 63 inciso l) de la Ley de General de Contratación

 4   Pública establece que los oferentes podrán presentar recurso de revocatoria en contra del acto

 5   de adjudicación o contra aquel que declara desierto o infructuoso el concurso, para el caso de

 6   las licitaciones reducidas dentro de los dos días hábiles siguientes a aquel en que se notificó a

 7   todas las partes. En el presente asunto, se tiene por demostrado que la Municipalidad de

 8   Siquirres publicó el acto de adjudicación de la LICITACION REDUCIDA No. 2023LD-

 9   000007-0025700001 para la “CONTRATACIÓN DE PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS

10   PARA DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE PISTA DE SALTO LARGO Y SALTO TRIPLE

11   EN EL POLIDEPORTIVO DEL CANTÓN DE SIQUIRRES” a favor de SUPERFICIES DE

12   CENTRO AMERICA SOCIEDAD ANONIMA, por un monto de 9.996.200 colones exactos

13   EN FECHA 06 de junio de 2023 (hecho probado N.º 5), en tanto el recurso interpuesto por

14   ADRIAN ROJAS BARRIENTOS en contra del acto de adjudicación, fue recibido mediante el

15   SICOP el día 08 de junio de 2023 (hecho probado N.º 6), por lo que ha sido presentado en la

16   instancia correspondiente y dentro del plazo previsto a nivel legal. ---------------------------------

17   III.-SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE REVOCATORIA YSUS

18   ASPECTOS ESENCIALES:

19   El artículo 243 del RLGCP indica: Artículo 243. Presentación. Todo recurso se deberá

20   interponer utilizando para ello los formularios electrónicos designados en el sistema digital

21   unificado y los documentos adjuntos corresponderán a la prueba que apoye las

22   argumentaciones de las partes. Para la interposición del recurso se entienden hábiles todas

23   las horas del día en que venza el plazo para presentarlo. En el evento en que el recurso se

24   presente en un día inhábil se tendrá por presentado al día hábil siguiente. En concordancia

25   artículo 244 del RLGCP establece que: “(...) El recurso será rechazado de plano, por

26   inadmisible, en los siguientes supuestos: (...) d) Por inobservancia de requisitos formales,

27   cuando no se cumplan los aspectos esenciales para la tramitación del recurso a través de los

28   medios establecidos al efecto, tales, como la no interposición en el sistema digital unificado o

29   no se utilice el formulario electrónico dispuesto en el sistema digital unificado para la

30   interposición y firma del recurso (...)”. En razón de lo anterior, debe tenerse claro que en
                                                                                                            6
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 1   general el uso del sistema y en este caso particular la utilización de los formularios electrónicos,

 2   más allá de representar un requisito de carácter eminentemente formal, supone la creación de

 3   una base de datos de información sustantiva para la toma de decisiones en temas relevantes

 4   asociados a la materia de contratación pública. Al respecto, se tiene que el recurrente, indica en

 5   los formularios electrónicos: Legitimación: VER DOCUMENTO ADJUNTO Líneas o partidas

 6   impugnadas: TODAS. Fundamento de la impugnación: VER DOCUMENTO ADJUNTO

 7   Prueba: 1. OFERTAS ENTREGADAS EN SICOP 2. CERTIFICACION DE SUPERFICIES DE

 8   CENTRO AMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA POR PARTE DEL COLEGIO FEDERADO DE

 9   INGENIEROS Y ARQUITECTOS. Petitoria: De acuerdo con los argumentos presentados en

10   este recurso solicitamos amablemente a la Municipalidad de Siquirres se revoque el acto de

11   adjudicación de la Licitación No. 2023LD-000007-0025700001 CONTRATACIÓN DE

12   PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS PARA DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE PISTA DE

13   SALTO LARGO Y SALTO TRIPLE EN EL POLIDEPORTIVO DEL CANTÓN DE

14   SIQUIRRES” a favor de Superficies de Centro América Sociedad Anónima y se realice

15   nuevamente el estudio de ofertas y excluyendo los proyectos de Superficies de Centro América

16   Sociedad Anónima por ser una plica inadmisible porque no cumplen con lo solicitado por el

17   cartel. Y al ser el único oferente valido se adjudique a mi persona la mencionada licitación.

18   En razón de lo expuesto, considerando que el RLGCP dispone con claridad que procede el

19   rechazo por inadmisible, se debe proceder de esa forma cuando no se utilice el formulario

20   electrónico (de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 y 244 del RLCA) dispuesto en

21   el sistema digital unificado para la interposición y firma del recurso, de manera que lo que

22   corresponde es que se utilicen las casillas o espacios habilitados por el sistema para interponer

23   las respectivas gestiones recursivas, en las cuales se deberá indicar y desarrollar los argumentos

24   con base en los cuales se estima que el acto impugnado resulta contrario al ordenamiento

25   jurídico, haciendo alusión a los principios de la contratación pública y normas infringidas, así

26   como la pretensión de quien recurre, todo lo cual debe constar en dicho formulario electrónico,

27   sin que sea viable hacer uso del mismo simplemente para remitir a un documento en formato

28   de documento portátil (pdf), indicando “ver adjunto”, o bien haciendo un uso parcial de dicho

29   formulario únicamente para señalar algunos aspectos del recurso o una mera síntesis del mismo.

30   Conviene traer a colación lo señalado por esta Contraloría General, entre otras en la resolución
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 1   R-DCA-SICOP-00528-2023 del 8 de mayo de 2023, que en lo que interesa dispuso: “Sin duda

 2   alguna, la promoción de la transparencia es vital para un adecuado funcionamiento del

 3   régimen de contratación pública. De ahí que el modelo se dirija a buscar maximizar la

 4   transparencia en cada una de las etapas del ciclo de contratación, potenciando la utilización

 5   del sistema digital unificado y estableciendo procedimientos claros de rendición de cuentas y

 6   control. Para efectos de contextualizar el abordaje de la cuestión, conviene señalar que a partir

 7   de lo dispuesto en el artículo 40 de la anterior Ley Contratación Administrativa (en adelante

 8   LCA), el uso del sistema digital unificado de compras públicas ya resultaba obligatorio para

 9   toda la actividad regulada bajo dicha ley y los regímenes especiales. Si bien dicha norma

10   terminó discusiones con respecto a la existencia de varias plataformas y la obligatoriedad de

11   su uso, no consiguió la incorporación al sistema de todos los obligados, por un problema

12   relacionado no con la norma, pero sí con su implementación. De ahí que la LGCP, en su

13   artículo 16, reitera la obligatoriedad del sistema, haciendo expresa la nulidad absoluta como

14   consecuencia ante la no utilización de este, al disponer que: “Artículo 16- Uso de medios

15   digitales. Toda la actividad de contratación pública regulada en la presente ley deberá

16   realizarse por medio del sistema digital unificado. La utilización de cualquier otro medio para

17   la promoción de procedimientos de contratación acarreará su nulidad absoluta (...)”. Esta

18   disposición, es el reflejo de la aplicación de las mejores prácticas en esta materia, en las que

19   siempre se hace hincapié con respecto a los beneficios que representa el uso del sistema para

20   la transparencia y rendición de cuentas, el mayor acceso de los oferentes y la reducción los

21   costos de participación en los procedimientos de contratación, entre otros. Uso del formulario

22   para la interposición de recursos en el sistema digital unificado. El artículo 243 RLGCP

23   dispone en cuanto la presentación de los recursos en materia de contratación pública que:

24   “(...) Todo recurso se deberá interponer utilizando para ello los formularios electrónicos

25   designados en el sistema digital unificado y los documentos adjuntos corresponderán a la

26   prueba que apoye las argumentaciones de las partes (...)”. Dejando en claro que el desarrollo

27   de los argumentos que conforman la acción recursivo se debe incorporar en el formulario

28   electrónico designado para esos efectos en el sistema digital unificado, dejando abierta la

29   posibilidad de presentar documentos adjuntos únicamente para la incorporación de elementos

30   probatorios en relación con los argumentos señalados en el formulario respectivo. De ahí que,
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 1   para aquellos casos en los que no se utilice el formulario para la interposición del recurso, el

 2   artículo 244 RLGCP establece que: “(...) El recurso será rechazado de plano, por inadmisible,

 3   en los siguientes supuestos: (...) d) Por inobservancia de requisitos formales, cuando no se

 4   cumplan los aspectos esenciales para la tramitación del recurso a través de los medios

 5   establecidos al efecto, tales, como la no interposición en el sistema digital unificado o no se

 6   utilice el formulario electrónico dispuesto en el sistema digital unificado para la interposición

 7   y firma del recurso (...)”. Sobre este tema, resulta pertinente hacer referencia a la nota del

 8   Licenciado Elard Gonzalo Ortega Pérez incorporada en la resolución R-DCA-00002-2023 de

 9   las diez horas veintiséis minutos del once de enero del presente año, en la que en relación con

10   este tema, se indicó: “(...) Este razonamiento no obedece a consideraciones formales que

11   desnaturalicen el principio del informalismo sino que armoniza la aplicación de aquél con el

12   efecto útil del cambio de paradigma a un sistema electrónico de compras de orden

13   transaccional y cuya información es relevante para cometidos sustantivamente mayores en la

14   orientación de la contratación pública costarricense. Desde luego, esto incumbe también a las

15   Administraciones que cada día motiva menos en el sistema y adjunta más documentos, así

16   como a la parte adjudicataria y eventuales terceros que puedan ser parte en la tramitación de

17   una impugnación (...)” (el subrayado corresponde al original). De conformidad con lo que

18   viene dicho, en el caso del recurso interpuesto por la apelante, en la “Sección 2. Detalle del

19   Recurso, Apartado 3. Información del Recurso”, en la casilla de Justificación, la recurrente

20   citó únicamente en lo que interesa lo siguiente, en el apartado "Sistema de evaluación – Factor

21   de evaluación" indicó: "Se tomó para la verificación (sic) de requisitos lo indicado por

22   catálogos (sic).", en el apartado "Requisitos exigidos por normativa técnica-servicios", indicó:

23   "Se tomó para la verificación (sic) de requisitos lo indicado por catálogos.(sic)", en el apartado

24   "Principios de contratación" indicó: "No se respectaron (sic) los principios de igualdad y

25   eficiencia.", y finalmente, en el apartado "Requisitos exigidos por normativa técnica-

26   suministros" indicó: "No fue valorado cada uno de los elementos ofrecidos en la oferta." (ver

27   Detalle de Expediente de recursos/ [2. Detalle del recurso]/ Recurso 8122023000000261

28   /Contenido Recurso/ [Consulta]/ Consulta detallada del recurso/3. Información del

29   recurso/Justificación), aportando en la sección “5. Documentos adjuntos y pruebas” el

30   siguiente documento: 1. RECURSO REVOCATORIA MEP.pdf. (ver Detalle de Expediente de
                                                                                                     9
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 1   recursos/ [2. Detalle del recurso]/ Recurso 8122023000000261/Contenido Recurso/

 2   [Consulta]/ Consulta detallada del recurso/3. Información del recurso/Justificación/5.

 3   Documentos adjuntos y pruebas). Al respecto, reviste de importancia considerar en primer

 4   lugar que los argumentos que conforman la acción recursiva se deben incorporar en el

 5   formulario electrónico designado para esos efectos en el sistema digital unificado, dejando

 6   abierta la posibilidad de presentar documentos adjuntos únicamente para la incorporación de

 7   elementos probatorios en relación con los argumentos señalados en el formulario respectivo,

 8   aspecto que ha sido omiso por parte de quien recurre. Lo anterior, ya que la apelante sólo

 9   incorporó las frases: "Se tomó para la verificación (sic) de requisitos lo indicado por catálogos

10   (sic)", "No se respectaron (sic) los principios de igualdad y eficiencia" y "No fue valorado cada

11   uno de los elementos ofrecidos en la oferta" en los formularios de SICOP, siendo evidente que

12   dichos textos carecen del contenido necesario que le permita a este órgano contralor resolver

13   los argumentos que se plantean. Observa esta División que si bien es cierto, tal y como se supra

14   indicó la apelante al completar la casilla de “justificación” incluye las frases supra citadas, a

15   pesar de realizar dichas manifestaciones, omite hacer indicación expresa dentro de dicho

16   formulario sobre el motivo de la exclusión de su plica, desarrollar un ejercicio para acreditar

17   su mejor derecho y lo más importante: explicar y fundamentar los argumentos necesarios para

18   acreditar y demostrar ante este este Despacho que la exclusión de su oferta fue indebida, y por

19   lo tanto su oferta es elegible. Se constata con vista del formulario que, dentro del mismo, quien

20   recurre no incluye los insumos necesarios para proceder a resolver el asunto en cuestión, ya

21   que como se explicó, no hay referencia clara y suficiente a los alegatos con los cuales la

22   apelante demuestra que el proceder de la licitante al descalificar su plica deviene en incorrecto

23   e ilegal. Aunado a lo anterior, debe tenerse presente que el uso del sistema digital de compras

24   públicas es obligatorio para toda la actividad regulada en la LGCP y congruentemente con

25   ello la obligatoriedad del uso del formulario que brinda la plataforma para la interposición

26   del recurso, mediante el cual se debe realizar el desarrollo de lo argumentado en la

27   impugnación, siendo los anexos o adjuntos del recurso reserva únicamente para elementos

28   probatorios, razón por la cual la no utilización del formulario arroja como consecuencia el

29   rechazo del recurso de apelación presentado por tornarse inadmisible. Es decir, debió la

30   recurrente plantear sus alegatos dentro del formulario o casilla para apelar, lo cual en este
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 1   caso no ocurrió, dado que toda la explicación se encuentra dentro del documento denominado

 2   “Recurso de revocatoria”, siendo esto improcedente según las explicaciones antes brindadas

 3   y además lo manifestado en el formulario no desarrolla de ninguna forma los discutido en el

 4   presente caso. De conformidad con lo que viene dicho, en el caso del recurso objeto de análisis

 5   corresponde el rechazo de plano por inadmisible considerando que no utilizó los formularios

 6   dispuestos para ello en el sistema digital unificado SICOP, todo conforme con los artículos 16

 7   LGCP y 97, 25, 243, 244 inciso d) y 265 inciso d) RLGCP” Por lo tanto, teniendo en cuenta

 8   que el recurso se interpuso haciendo un uso parcial de dicho formulario únicamente para señalar

 9   algunos aspectos del recurso y una mera síntesis del mismo, lo que procede es rechazar por

10   inadmisible el recurso interpuesto. En este sentido se pueden consultar entre otras las

11   resoluciones R-DCA-SICOP-00062-2023 de las 14:37 horas del 17 de enero de 2023, R-DCA-

12   SICOP-00051-2023 de las 15:20 horas del 16 de enero de 2023 y R-DCA-SICOP-00112-2023

13   de las 8:49 horas del 24 de enero de 2023. --------------------------------------------------------------

14                                              POR TANTO:

15   De conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, en particular con

16   fundamento en el artículo 182 de la Constitución Política, los artículos 63 inciso l) y 99 de la

17   Ley General de Contratación Pública y los numerales 243 y 244 del Reglamento a la Ley

18   General de Contratación Pública: SE RESUELVE: 1) RECHAZAR POR INADMISIBLE

19   el recurso de revocatoria interpuesto por ADRIAN ROJAS BARRIENTOS, en contra del acto

20   de adjudicación de la LICITACION REDUCIDA No. 2023LD-000007-0025700001 para la

21   “CONTRATACIÓN DE PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS PARA DISEÑO Y

22   CONSTRUCCIÓN DE PISTA DE SALTO LARGO Y SALTO TRIPLE EN EL

23   POLIDEPORTIVO DEL CANTÓN DE SIQUIRRES” a favor de SUPERFICIES DE

24   CENTRO AMERICA SOCIEDAD ANONIMA, por un monto de 9.996.200 colones exactos,

25   ACTO QUE SE CONFIRMA. 3) De conformidad con el artículo 98 de la Ley General de

26   Contratación Pública y el numeral 258 de su Reglamento se da por agotada la vía

27   administrativa. NOTIFÍQUESE. ------------------------------------------------------------------------

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 1   ACUERDO N°3778-16-06-2023

 2   Sometido a votación por unanimidad y de conformidad con los fundamentos de hecho y de

 3   derecho expuestos, en particular con fundamento en el artículo 182 de la Constitución Política,

 4   los artículos 63 inciso l) y 99 de la Ley General de Contratación Pública y los numerales 243 y

 5   244 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el Concejo Municipal de

 6   Siquirres acuerda: RECHAZAR POR INADMISIBLE el recurso de revocatoria interpuesto por

 7   ADRIAN ROJAS BARRIENTOS, en contra del acto de adjudicación de la LICITACION

 8   REDUCIDA No. 2023LD-000007-0025700001 para la “CONTRATACIÓN DE PERSONAS

 9   FÍSICAS O JURÍDICAS PARA DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE PISTA DE SALTO

10   LARGO Y SALTO TRIPLE EN EL POLIDEPORTIVO DEL CANTÓN DE SIQUIRRES” a

11   favor de SUPERFICIES DE CENTRO AMERICA SOCIEDAD ANONIMA, por un monto de

12   9.996.200 colones exactos, ACTO QUE SE CONFIRMA. De conformidad con el artículo 98

13   de la Ley General de Contratación Pública y el numeral 258 de su Reglamento se da por agotada

14   la vía administrativa. NOTIFÍQUESE. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y

15   EN FIRME. -------------------------------------------------------------------------------------------------

16   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

17   Villegas, Allen Mora, Quirós Chavarría. ----------------------------------------------------------------

18   ARTÍCULO V.

19   Asuntos de la Presidencia.

20   Presidente Black Reid: Pasamos al siguiente punto Asuntos de la Presidencia, tenemos un

21   espacio para la señora vicealcaldesa que va hacer uso de la palabra. -------------------------------

22   Vicealcaldesa Cash Araya: Gracias señor presidente, muy buenas tardes compañeros y

23   quienes nos ven por las redes sociales, lo que quería comentarles es un tema con respecto a la

24   Comisión Municipal de Emergencias y las acciones que se han venido ejecutando, desde la

25   Comisión y la coordinación que represento, al igual como funcionaria de la Municipalidad de

26   Siquirres, el día de ayer tuvimos varias afectaciones en el cantón con las fuertes lluvias y viento

27   que estuvieron por un lapso corto, gracias a Dios pero si tuvimos bastante afectaciones en el

28   cantón, se generaron varios incidentes, afectación en casas que le cayeron árboles, se les

29   mojaron los enseres, gracias a Dios no tenemos vidas que lamentar en esta situación que se

30   presentó el día de ayer, sin embargo se trasladaron los reportes a las instituciones que
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 1   corresponde, el día de hoy el IMAS hizo las visitas correspondientes a esas casas, que fueron

 2   reportadas desde la mañana con un oficio para que hicieran las visitas correspondientes y ver

 3   de qué manera se le podían ayudar a las comunidades o a esas personas en Cairo, Louisiana, el

 4   Peje, Pacuarito y la parte del reventazón, eso fue con la colaboración o la ayuda también de los

 5   compañeros de la Municipalidad de Siquirres, es importante compañeros hacer una salvedad,

 6   que gracias a Dios está lloviendo y algunas comunidades por lo menos pueden recoger agua

 7   llovida, para realizar sus actividades diarias, sin embargo recuerdan que tiempo a tras

 8   solicitamos al Gobierno que se hiciera una declaratoria de emergencia o una alerta por la sequía

 9   que estábamos sufriendo, no hemos tenido luz verde por parte del Gobierno Central o la CNE

10   para esta declaratoria, en el sentido de la sequía, porque ahorita tenemos una alerta verde, pero

11   no tiene nada que ver con el tema de lo seco que había estado Siquirres y la solicitud que

12   habíamos realizado, entonces para que tengamos claridad y la diferencia entre una alerta, que

13   se está emitiendo ahorita por la onda tropical N°10 y la solicitud que nosotros habíamos hecho

14   de que nos pusieran al menos una alerta y que nos pusieran gestionar recursos para el cantón,

15   como eso no se ha dado al día de hoy, hemos estado atendiendo a las comunidades del distrito

16   de Reventazón con el tránsito, con la colaboración de Asada Florida, Asada Herediana, con

17   Policía Municipal y otras organizaciones o instituciones que están en el cantón que hemos ido

18   a entregar agua, que no es que demos abasto para todas las personas, porque no se puede, pero

19   por lo menos estamos haciendo el mayor esfuerzo como Comité Municipal y desde la

20   Municipalidad de Siquirres, para atender a estas personas, pero hay buenas noticias, no sé si

21   ustedes logran recordar que cuando vino el director regional del AyA y tiempo antes, realmente

22   incluyendo los informes de situaciones que enviamos a la CNE con respecto a la sequía que

23   tenemos y solicitamos vehementemente al AyA que colocara previstas al lado derecho de la

24   Ruta 32, en la comunidades de Monteverde y Freehold, desde la semana pasada AyA ha estado

25   viendo como hace la colocación de estas prevista y al día de hoy hay instaladas cuatro previstas

26   del lado derecho sobre Ruta 32, para que estas comunidades ya no tengan este problema de que

27   no tienen agua y no pueden ser conectadas por AyA, este ha sido un trabajo arduo, de parte de

28   la Comité Municipal de Emergencias, igualmente con la municipalidad y la comunicación que

29   hemos tenido con AyA y la apertura que ellos tuvieron para hacer esas conexiones, digo que es

30   una buena noticia, pero también voy a decir no se vale, que personas externas o ajenas vengan
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 1   a autoproclamarse en decir que eso es gracias a una gestión de ellos, porque en estos momentos

 2   oficios van, oficios vienen, mensajes van, mensajes vienen, de la Dirección Regional, del AyA,

 3   de la oficina del AyA y de la Oficina Nacional del AyA, como para que vengan otras personas

 4   apropiarse del trabajo que hemos estado haciendo desde la municipalidad y el Comité

 5   Municipal de Emergencias, decirles que gracias a Dios están las cuatro previstas, ahora le decía

 6   y le pase la imagen a doña Jeannett, porque en tiempo los señores de AyA me mandan a decir

 7   doña Maureén segunda prevista instalada, me vuelven a mandar tercera prevista instalada, si

 8   me comunican a mí, no es porque lo estaba haciendo doña Esmeralda o lo estaba haciendo

 9   Rudy, si me lo comunican a mí como coordinadora de la Comisión Municipal de Emergencias

10   y como la vicealcaldesa de la municipalidad, es porque somos nosotros que hemos estado

11   gestionando esas previstas, en una reunión de la mesa del agua que tuvimos en el mes de mayo,

12   le hice la solicitud nuevamente a la gerente que vino del AyA y a los muchachos asesores del

13   presidente ejecutivo del AyA, que no queríamos ver plancitos maestros para el cantón de

14   Siquirres, que lo que ocupábamos eran acciones prontas y eficientes, para darle agua a estas

15   comunidades que no tenían porque la Ruta 32 no se había terminado y nos decían hasta que se

16   termine la Ruta 32 vemos como conectamos, gracias a Dios hoy es una realidad decirle a las

17   comunidades del lado derecho de Freehold, La Piedra, La Montañita y Monteverde que son

18   cerca de 200 familias que ahora tienen una prevista en donde pueden ir a tomar el agua, mientras

19   vuelven otra vez a tener las nacientes y las quebradas con suficiente agua para que lleguen a

20   sus casas, entonces no quería dejar pasar la oportunidad para decirles y que ustedes como

21   Concejo Municipal y las personas que nos ven por redes sociales, sepan del resultado de los

22   trabajos que se han estado dando, muchas gracias señor presidente. --------------------------------

23   Presidente Black Reid: A usted señora vicealcaldesa, señores regidores, síndicos y público

24   que nos siguen por las redes sociales damos por cerrada la sesión del día de hoy. ----------------

25   Siendo las diecisiete horas con nueve minutos, el señor presidente Randal Black Reid, da por

26   concluida la sesión. -----------------------------------------------------------------------------------------

27

28   ____________________                                         ________________________

29   Sr. Randal Black Reid                                       MSc. Dinorah Cubillo Ortiz

30          Presidente                                            Secretaria Concejo Municipal
                                                                                                                14