Extraordinaria 28 · 2021-06-17

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Acta N°028
17-06-2021

                               MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES
                             SESIÓN EXTRAORDINARIA N°028-2021
Celebrada por el Concejo Municipal de Siquirres el día jueves diecisiete de junio del dos mil veintiuno en la
Sala de sesiones del Concejo Municipal, a las dieciséis horas con quince minutos contando con la siguiente
asistencia y comprobación de quórum e inicio de sesión:
                                 DIRECTORIO MUNICIPAL
                                                     Fracción
Sr. Randall Black Reid                Presidente       PLN
Sra. Yoxana Débora Stevenson Simpson  Vicepresidente   PLN

                              REGIDORES(AS) PROPIETARIOS
                                                     Fracción
Sra. Karla Andrea Alvarado Muñoz                      PLN
Sr. Elías Alberto Jara Vega                           PLN
Sra. Susana Cruz Villegas                             PLN
Sra. Esmeralda Allen Mora                             FA
Sra. Zoraida Del Carmen Cedeño Rojas                  FA
                                 REGIDORES(AS) SUPLENTE
                                                    Fracción

Sr. Freddy Badilla Barrantes                                       PLN
Sra. Maricel Díaz Delgado                                          PLN
Sr. Pablo Andrés Castillo Tercero                                  PLN
Sr. María González Jiménez                                         PLN
Sr. Johnny Alejandro Loaiza López                                  PLN

                                 SÍNDICOS(AS) PROPIETARIOS
                                                     Fracción                      Distrito
Sr. Jorge Luis Álvarez Rosales                          PLN                       Siquirres I
Sra. Marjorie Miranda Jiménez                          PLN                        Pacuarito II
Sr. Willie Bianchini Gutiérrez                         PLN                        Florida III
Sr. Stanley Salas Salazar                              PLN                        Germania IV
Sr. Yeimer Esteban Gordon Porras                       PLN                        Cairo V
Sr. Rosa María Sánchez Cordero                         PLN                        Alegría VI
Sr. Alexander Pérez Murillo                            PLN                        Reventazón VII

                                   SÍNDICOS(AS) SUPLENTES
                                                      Fracción                     Distrito
Sra. Dinia Patricia Hernández Abarca                     PLN                      Siquirres I
Sra. Lidieth Vega García                                PLN                       Florida III
Sr. Jaimee Johnson Black                                PLN                       Germania IV

                                                ALCALDE

MSc. Maureen Cash Araya                         Vicealcaldesa

                                              SECRETARIA
Licda. Jessica Weeks Tuker

                                            COMISIONADO


                                               AUSENTES

Sr. Junior de Los Ángeles Quirós Chavarría             FA
Sr. Cesar Domingo Manzanares Vargas                    FA
Sr. Maynor Castro Saldaño                              PLN                        Pacuarito II
Sra. Yerlin Melissa Baar Montero                       PLN                        Cairo V
Sr. Luis Fernando Bermúdez Mora                        PLN                        Alegría VI
Lic. Mangell Mc Lean Villalobos            Alcalde
Lic. Luis Fernando Delgado Duran           Vicealcalde
Licda. Susana Zamora Fonseca
                                 ASISTENTES POR INVITACIÓN


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 1   ARTÍCULO I.

 2   Lectura y aprobación del orden del día.

 3   El Presidente Municipal Randal Black Reid, procede a dar lectura al Orden del día, estando

 4   todos los señores (as) regidores(as) de acuerdo, la cual quedaría de la siguiente manera: ----

 5      I.   Lectura y aprobación del orden del día.

 6     II.   Oración inicial.

 7    III.   Atención al Sr. Johnny Vargas Navarro.

 8    IV.    Correspondencia.

 9     V.    Informes de Comisiones.

10    VI.    Mociones

11   ARTÍCULO II.

12   Oración Inicial.

13   Se deja constancia que se realiza la Oración inicial, para dar inicio a los demás puntos en la

14   agenda del Concejo Municipal. ------------------------------------------------------------------------

15   ARTÍCULO III.

16   Atención al Sr. Johnny Vargas Navarro

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 8   Presidente Black Reid: Le damos la bienvenida al señor Eduardo del SINAC que está con

 9   nosotros, va a estar recibiendo la conferencia por acá, le damos la palabra al señor Johnny

10   Vargas Navarro, para que nos hable en esta conferencia, don Johnny. --------------------------

11   Sr. Johnny Vargas Navarro: Muchas Gracias, buenas tardes, señoras y señores, para mí es

12   un honor estar participando hoy en el Concejo, muchísimas gracias por habernos invitado,

13   represento a un equipo multidisciplinario que ha estado trabajando durante varios años en

14   todo lo que corresponde a ordenamiento y las posibilidades de desarrollo respecto al

15   Proyecto Hidroeléctrico Reventazón, para el día de hoy voy a conversar acerca del tema de

16   la reglamentación que ataña a nuestra institución respecto a el otorgamiento de permisos de

17   uso sobre inmuebles del ICE, quisiera saber si me escuchan bien.--------------------------------

18   Presidente Black Reid: Le escuchamos bien. ------------------------------------------------------

19   Sr. Johnny Vargas Navarro: Johnny Vargas Navarro: Perfecto, voy a permitirme

20   compartir la presentación que traigo para el día de hoy, en caso que alguien levante las manos

21   no voy a poder ver si alguien desea participar, me lo hace saber por favor, quisiera que me

22   indiquen si se observa la presentación.----------------------------------------------------------------

23   Presidente Black Reid: Si se ve ahí. ----------------------------------------------------------------

24   Sr. Johnny Vargas Navarro: Perfecto, les pido por favor que tengan sus micrófonos

25   apagados para evitar generar algún ruido, me disculpo si hay algún ruido externo, como les

26   comentaba la temática que vamos a tratar hoy tiene que ver directamente con la figura de

27   permisos de uso para terrenos institucionales y actividades en los Embalses institucionales,

28   me referí al Arenal porque es uno de los que históricamente nos ha guiado en el ordenamiento

29   y mucha de la experiencia que hemos desarrollado se basa específicamente en este gráfico,

30   en el chat les deje mis datos, dirección de correo electrónico y el número telefónico en caso
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 1   que ustedes tengan alguna duda adicional a la presentación que voy hacer hoy, el reglamento

 2   de permiso de usos es documento normativo de la institución que ve la luz a finales del año

 3   2008, 2009 y está oficializado por nuestra institución, es un convenio que incluye no

 4   solamente las normas y las reglas que por Ley debemos acatar para otorgar un permiso de

 5   uso en terrenos del ICE y un visto bueno para las actividades en Embalse institucionales,

 6   sino que también toman en consideración toda aquella normativa y legislación a nivel

 7   nacional, que se nos exige tomar en consideración para hacer respetar, este proceso de

 8   elaboración y desarrollo del reglamento tiene una serie de elementos que lo vuelve un poco

 9   complejo, así que si hay algo que digo que pueda generar algún tipo de confusión, favor

10   estoy a la orden para que me soliciten aclaración, el reglamento para el otorgación de

11   permisos de uso en terrenos institucionales busca generar alianzas estratégicas, tanto con

12   Gobiernos Locales, como con otras instituciones, sobre todo con la comunidad, para que

13   podamos generar posibilidades de desarrollo, siempre y cuando no se alteren las actividades

14   para las cuales han sido adquiridos los bienes y muebles del ICE, recordemos que como parte

15   de nuestros proyectos y las actividades que desarrollamos por Ley, el Instituto Costarricense

16   de Electricidad ha ido adquiriendo a través de los años una cantidad considerable de

17   inmuebles para el desarrollo de sus obras, sin embargo, producto de la naturaleza de nuestras

18   actividades ha quedado en algunas áreas geográficas remanentes de terrenos, que funcionan

19   como reservas o áreas para futuros desarrollos, no obstante de acuerdo a estudios técnicos.

20   podríamos hablar de la posibilidad de lograr con otras instituciones opciones para desarrollo,

21   refiriéndome a los casos más puntuales que hemos trabajado a través de los años, por

22   ejemplo, tenemos el caso del Embalse Arenal, sitio en el que hemos tenido varias

23   posibilidades de generar opciones, por ejemplo, con la Comisión Interinstitucional de

24   Marinas y atracaderos que es del SINAC, no encontramos en un proceso de trabajo con el

25   Instituto Costarricense de Turismo, para definir espacios que potencialmente puedan ser

26   desarrollados para actividades turísticas y desde luego nuestro trabajo en conjunto paralelo

27   con el MINAE y sus diferentes dependencias, incluso el Sistema Nacional de Áreas de

28   Conservación, el reglamento como tal nace a raíz de esa necesidad que tiene el instituto de

29   optar por una figura que permita el desarrollo de actividades en nuestros inmuebles, pero de

30   forma regulada y en forma ordenada, este reglamento tiene una serie de alcances y propósitos
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 1   en prime instancia podemos decir que buscar regular el acceso a los embalses y terrenos

 2   mediante mecanismos de coordinación con aquellos órganos o entes competentes para

 3   desarrollar actividades en los embalses, así como el otorgamiento de permisos de uso en los

 4   terrenos en propiedad del ICE, recordemos además, como les decía, nuestros terrenos son

 5   adquiridos para una actividad específica, sin embargo, dada a la naturaleza de los mismos,

 6   puede eventualmente soportar otras actividades sin menos cabo de los que realiza la

 7   institución como tal, cabe destacar también que nosotros como ICE somos los primeros

 8   usuarios de los embalses, sabemos plenamente que el ente rector en materia de agua, es la

 9   dirección de agua, sin embargo nosotros somos los usuarios en primer instancia, de ahí que

10   nuestra posibilidad de otorgar un visto bueno que no nos afecte en las actividades se ve

11   también remitido a todo lo que tiene que ver con la reglamentación en torno al agua en Costa

12   Rica, aplica este reglamento tato para personas físicas como jurídicas, ya sea pública o

13   privada, aplicando un principio de primer tiempo, primero en derecho, no obstante hablamos

14   de que la prioridad para los embalses es la producción de energía hidroeléctrica tal como

15   está constatado en la Ley, además tenemos áreas en las que se prohíbe el desarrollo de otras

16   actividades por parte de particulares, tal es el caso de los sitios de represa, las tomas de agua,

17   ciclos de tuberías e incluso aquellas que la Ley nos exige respetar para el desarrollo también

18   del ambiente y la conservación del ambiente como tal, en el caso de los embalses como les

19   decía hablamos de una figura de autorización basado en el hecho que no nos afecte una

20   posible actividad, mientras que para efectos de la prohibición de actividades, hablamos de

21   todas aquellas actividades que se considere un peligro o riesgo para la generación de

22   electricidad, además no podemos permitir aquellas actividades que no estén autorizadas por

23   otros entes u órganos competentes, halamos de un trabajo interrelacionado, ya sea como

24   instituciones del Estado, Gobiernos Locales incuso, donde si nos indican que no es viable la

25   actividad, nosotros tampoco podemos autorizar que se desarrolle la actividad como tal,

26   además hablamos de no permitir actividades que no estén acordes con el reglamento, creo

27   que muchos de ustedes ya tienen en sus manos el reglamento, si hay alguien que desee que

28   le envié una copia, con mucho gusto lo puedo hacer al final de la presentación para que

29   también abarquen las dudas que tengan al respecto, cuando hablamos de un autorizado o un

30   permisionario, entrando un poco más en detalles respecto al reglamento, hablamos que esa
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 1   persona que vaya a ser autorizada debe cumplir con las condiciones y obligaciones

 2   establecidas en la autorización del ente u órgano, así como las condiciones indicadas por el

 3   ICE para su dictamen, recordemos que en el caso de los embalses no somos los únicos que

 4   tenemos algo que decir, debe cumplir con la legislación ambiental vigente, cosa que ahí nos

 5   complica un poco más cuando tenemos muchos casos en los que lamentablemente la

 6   actividad no es acorde con la legislación ambiental y a nosotros se nos hace imposible poder

 7   continuar con el procesos como tal, debe asumir la responsabilidad de los daños y perjuicios

 8   que ocasione en el desempeño de su actividad, porque la mayoría de los casos estamos

 9   hablando de actividades que están relacionadas con personas y eso aumenta la

10   responsabilidad y hay que minimizar, en todo caso el riesgo de un accidente o una situación

11   que ponga en peligro la vida de las personas, debe cumplir con las obligaciones y

12   disposiciones establecidas en el reglamento, lo cual viene detallado en cada uno de los

13   artículos que ustedes pueden revisar, además debe de mantener una vigencia en cuanto a la

14   póliza de responsabilidad civil durante el ejercicio de una actividad, tenemos una naturaleza

15   muy variada de actividades que pueden ser desde una actividad de un día, un torneo por

16   ejemplo, o actividades de pesca artesanal, actividades de cabotaje en fin, las características

17   pueden ser muy diferentes, sin embargo cualquier actividad que vaya a ser autorizada debe

18   contar con esa póliza y debe de mantenerse al día, además deben respetarse las áreas de uso

19   restringido definidas por la institución, como les comentaba son aquellas áreas licitación son

20   prohibidas por el riesgo que representa para el desarrollo de las actividades y para la vida de

21   las personas, les voy a dar dos ejemplos muy sencillos, el caso de la Presa Arenal o la Presa

22   de Cachi por citarle dos ejemplos concretos, áreas restringidas en esos sitios, tenemos los

23   sitios de presa, las tomas de agua, las desembocaduras de los ríos por su dinámica hidráulica

24   que puede generar serios daños tanto a las personas como infraestructura, para el caso de

25   Reventazón no se escapa de esta realidad, entonces cualquier actividad que se vaya a realizar

26   se debe tomar en consideración esas áreas de uso restringido que para efectos de la gestión

27   el ICE se encarga de indicarlas, debe mantenerse actualizadas las autorizaciones u otros

28   requisitos exigidos por los entes u órganos públicos que autorizan el desarrollo de la

29   actividad, no por el hecho que se haya autorizado una actividad significa que no debe estar

30   manteniéndose al día, especialmente cuando hablemos de actividades que incluyen a
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 1   personas, debe acatarse cualquier otra disposición o normativa aplicable, para efectos de

 2   desarrollo de actividades en inmuebles institucionales aplica la misma situación, además se

 3   debe colaborar en la implementación de los planes de manejo ambiental, como ustedes saben

 4   muy bien nuestra institución tiene responsabilidades, incluso a efectos financieros de cumplir

 5   con una serie de normativas ambientales, muchas veces hay actividades que no son

 6   congruentes con la normativa ambiental, por lo tanto no podemos autorizarlas como ya

 7   mencioné, sin embargo, también debemos exigir la implementación de los planes de manejo

 8   ambiental, se puede solicitar la autorización previa, expresa y por escrito por el ICE en caso

 9   de que el autorizado instalar cualquier tipo infraestructura, no podemos cerrar las puertas, ni

10   queremos obstaculizar el desarrollo, sin embargo, podemos actuar de forma tal que ICE

11   facilite la autorización siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la

12   autorización como tal, esto es como para no entorpecer la gestión, para no caer en un círculo

13   viciosos, además el autorizado deberá asumir los costos de instalación y la remoción de

14   cualquier infraestructura, cabe destacar que para efectos de los embalses y de los terrenos

15   institucionales cuando lo vean más adelante, estas infraestructuras tiene que ser removibles

16   y tiene que ser congruentes con lo que establece la Legislación especialmente en aquellas

17   zonas cuya Ley protege como son los cincuenta metros de la franja de protección de los

18   embalses, además las franjas de protección de ríos, quebradas y nacientes. Otros aspectos

19   importantes a resaltar, la autorización debe indicar claramente las condiciones y el plazo en

20   la cual se debe desarrollar la actividad y deberá ser concordante con lo establecido en el

21   reglamento, nos encontramos muchos casos en los que la persona interesada plantea la

22   necesidad, sin embargo, no tiene la estructura, no cuenta con un análisis, ni siquiera nos da

23   un plazo de desarrollo de la actividad como tal, para nosotros por Ley y ser congruentes con

24   el reglamento necesitamos tener toda esa información para poder generar el análisis que dé

25   paso eventualmente a la autorización, en cuanto a la fiscalización de la actividad que se va a

26   desarrollar en los embalses es responsabilidad no solamente del ICE, sino también del ente

27   u órgano público que otorgó la autorización, nosotros no podemos asumir ningún tipo de

28   responsabilidad, por el ejercicio, accidentes o daños que se produzcan como consecuencia

29   de las actividades que se desarrollen en los embalses, sin embargo, somos también

30   fiscalizadores, se puede revocar la autorización por incumplimiento o modificación de las
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 1   condiciones bajo las cuales se otorgó el dictamen positivo siempre con el debido proceso,

 2   además el ICE se reserva el derecho de remover cualquier infraestructura no autorizada

 3   expresamente, asumiendo el autorizado el costo respectivo, de ahí que sea tan importante el

 4   tema de la fiscalización, en cuanto a las labores de mantenimiento y aseo, deberán efectuarlas

 5   en los sitios dispuestos para ello y será responsabilidad del autorizado realizar la recolección,

 6   transporte y disposición final de los desechos, no podemos ignorar si detectamos que alguna

 7   actividad está contraviniendo el orden ambiental o está contaminando, lamentablemente se

 8   ha dado casos en las que el autorizado hace de la vista gorda estas situaciones o asume que

 9   ya por tener la autorización puede obrar libremente sin menoscabo de repercusiones, esto

10   debe quedar muy claro, hay un compromiso no solamente a nivel ICE sino a nivel país de

11   resguardar el ambiente además de los terrenos y sobre todo el embalse cuya reserva como

12   ya le he mencionado es principalmente para la generación de energía hidroeléctrica, no sé si

13   hasta acá alguien tiene alguna pregunta, continuo, en el caso de los terrenos del ICE, ya

14   hablamos un poco de lo que son las actividades en los embalses, donde generamos una

15   autorización, en caso de los terrenos del ICE como les mencionaba, son adquiridos para la

16   construcción de las obras y el desarrollo de los proyectos, pero hay una serie de inmuebles

17   que cumplen su función de protección y reserva, que de acuerdo a la naturaleza misma de

18   los inmuebles o sus condiciones biofísicas, pueden ser consideradas para futuras actividades

19   u otras actividades que no contravengan las nuestras, para el tema de los terrenos, se habla

20   de una prioridad a las solicitudes realizadas por Municipalidades, Asociaciones de

21   Desarrollo Integral y otros entes u órganos públicos, estos por cuanto se privan el bien

22   público, además de los procesos que ya venimos desarrollando como la Municipalidad de

23   Siquirres no es ajena a esta realidad, no tiene sentido que vengamos trabajando y que no

24   demos esa prioridad, estamos hablando de actividades que eventualmente pueden generar

25   interés a un grupo privado o a un particular, por lo tanto este artículo es sumamente

26   importante para respetar los procesos que se vienen desarrollando con los diferentes entes

27   del Estado incluyendo los Gobiernos Locales, sin embargo, también hablamos del principio

28   legal como les mencionaba al inicio de primero en tiempo, primero en derecho y eso también

29   es muy importante de tenerlo en consideración ya que hay casos o se han dado ejemplos en

30   los que ante la inacción de ciertos grupos que de pronto un particular o grupos organizados
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 1   aparte llega y hace una solicitud para eso esta este principio de primero en tiempo, primero

 2   en derecho, de ahí que sea tan importante darle continuidad al proceso que se viene

 3   desarrollando, podemos establecer desde el ICE límite en la cantidad de permisos, esto se da

 4   en una forma bastante clara en aquellos terrenos o sitios en que nos solicitan cuatro o cinco

 5   senderos, de pronto la capacidad del terreno como tal da para un solo sendero o no hay

 6   necesidad de contar con cuatro o cinco organizaciones, debido a que puede generar un

 7   desorden o riesgo a las personas, de ahí es que el carácter técnico a nivel de análisis permite

 8   que se pueda establecer se limite a la cantidad de permisos a otorgar en un espacio geográfico

 9   determinado, además tenemos la potestad de definir inmuebles con prohibición de uso por

10   diferentes razones, que van desde la prohibición ambiental, hasta la estrategia institucional

11   o como le mencionaba ahora, inmuebles que sostienen infraestructura que es estratégica y

12   su aprovechamiento puede generar riesgo para las comunidades o para las personas y lo

13   grupos organizados, también tenemos la potestad de revocar el permiso en caso de

14   incumplimiento, eso como se los mencionaba anteriormente con el debido proceso, de ahí

15   que insisto en el tema de la fiscalización es un elemento constante en esta gestión, ahora

16   bien, en cuanto al procedimiento para el proceso de otorgamiento de permisos del uso,

17   hablamos de una solicitud por escrito a la dirección de Bienes e inmuebles del ICE, con eso

18   se inicia el procedimiento como tal, esa solicitud como ya lo mencionamos, puede ser

19   emitida por un particular, por una persona física, jurídica o por un Gobierno Local,

20   institución del estado, etc., esa solitud abre el proceso para ir cumplimiento con cada uno de

21   los elementos que están incluidos en el reglamento, a raíz de esta solicitud se genera una

22   serie de estudio técnicos donde cada uno de los departamentos             que tiene que ver

23   directamente con el aprovechamiento, la protección y el mantenimiento de los inmuebles, le

24   indica al órgano gestor, si la solicitud tiene posibilidades o no, no siempre una solicitud va

25   a terminar en un otorgamiento de permiso por muy diferentes razones, este estudio técnico

26   es elaborado por profesionales del instituto de diferentes disciplinas y lo que busca es sobre

27   todo proteger la naturaleza de los inmuebles y que la futura actividad no vaya a afectar o

28   contravenir la razón de ser de los inmuebles como tal, una vez finalizados estos estudios

29   técnicos, se da una recomendación a la gerencia de operaciones y logística del ICE quien

30   finalmente decide otorgar o rechazar el permiso, en caso que el dictamen se negativo se le
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 1   india al solicitante el no otorgamiento de permiso con una debida explicación, en caso que

 2   el dictamen sea positivo, tenemos el otorgamiento de permiso de uso y sus condiciones, los

 3   cuales van a ser comunicadas al solicitante para que entre en ejercicio efectivo de la actividad

 4   para la cual solicitó el permiso, a este punto quiero hacer referencia a una situación muy

 5   particular, cuando nosotros otorgamos un permiso, el ICE otorga un permiso muchas veces

 6   está condicionado a otros estudios que le van a exigir otras instituciones, por ejemplo, en el

 7   caso de actividades que tengan que ver directamente con el aprovechamiento de terrenos que

 8   tiene cobertura boscosa, obviamente vamos a necesitar un dictamen positivo de la secretaría

 9   técnica y nacional ambiental, por lo tanto el permiso está dado siempre y cuando cumpla con

10   esos requisitos, no podemos otorgar un permiso de uso si algunos de estos criterios de otras

11   instituciones no es positivo, sin embargo, podemos darlo condicionado a que un tiempo

12   prudencial el solicitante cumpla con ese requisito, porque muchas veces en las instituciones

13   le van a pedir para continuar con la gestión el ICE haya dado su visto bueno, como les decía

14   hace rato, para no entorpecer el tramite nosotros damos la posibilidad de contar con un

15   dictamen positivo siempre y cuando cumplan con las otras solicitudes a nivel de

16   instituciones, entonces ese entramado puede llegar a ser tan complejo tan sencillo según

17   tengamos las diferentes áreas geográficas, la comunicación adecuada con el ICE y otras

18   instituciones, para el caso de Siquirres creo que hay muy buen proceso del cual ha formado

19   parte el SINAC, la misma Municipalidad y el ICE en trabajos constantes para definir no

20   solamente condiciones y sitios específicos, sino también restricciones que tiene igual

21   importancia, todos estos trámites de autorizaciones respectivas tienen un tiempo específico

22   por lo tanto deben estar siento actualizadas según la naturaleza de las mismas, y deben ser

23   presentadas a la dirección bienes inmuebles para que formen parte de ese expediente para

24   que todo esté en regla, al final de cuentas son terrenos del estado que los administramos para

25   un uso específicos y tenemos que dar explicación y tener todo claro para efectos de auditaje

26   y demás, una vez concluido con todos los requisitos ya se hace efectivo el permiso de uso,

27   dependiendo de qué tan compleja pueda ser la actividad dada a desarrollar o que tan grande,

28   estamos hablando que el tiempo para hacer efectivo el permiso de uso, si cumple con todos

29   los requisitos, puede darse de tres a seis meses aproximadamente, todo va a depender de la

30   complejidad de la actividad y de los requisitos que se piden, evidentemente si una de las
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 1   instituciones involucradas da un visto negativo o criterio negativo, prácticamente se nos hace

 2   imposible de poder otorgar el permiso nosotros, algunos detalles aspectos importantes para

 3   tomar en consideración, el permisionario tiene seis meses para empezar a utilizar el área, el

 4   permiso se otorga por diez años prorrogable a diez años más, la figura de permiso de uso,

 5   eso lo vamos a ver un poquito más adelante, es una figura que está dada en precario, la Ley

 6   nos lo exige de esa forma, en algunos casos se habla de concesión o de alquiler, la figura

 7   legal para este caso es permiso de uso, es una figura legal a la que estamos autorizados a

 8   utilizar para efectos de los terrenos institucionales y el rango en la cual otorga es de diez

 9   años con una prórroga de diez años más, es decir, estamos hablando de veinte años, en el

10   caso de actividades comerciales o lucrativas, estos permisionarios pagaran un canon, el

11   canon estará establecido por el departamento de Avalúos del ICE, una vez que cumplan con

12   todos los requisitos y que los estudios técnicos den un criterio positivo, se procede a solicitar

13   el canon para que el comisionario sepa cuánto es lo que tiene que pagar por el

14   aprovechamiento del terreno, ese pago es mensual y está establecido a partir del valor del

15   terreno y la rentabilidad de la actividad, en el caso de actividades no comerciales o lucrativas

16   asumen una contraprestación, es decir pueden generar una contraprestación o un intercambio

17   de algo que pueda beneficiar a la institución e incluso a los terrenos, es importante recalcar

18   que esa contraprestación no incluye lo que es el mantenimiento y la vigilancia del terreno

19   como tal, son responsabilidades del permisionario, algo muy importante que debe ser

20   considerado en toda esta gestión, es que el ICE se reserva el derecho de variar los niveles

21   del agua y a los embalses en cualquier momento de acuerdo a las necesidades de generación

22   eléctrica y de mantenimiento de sus respectivas obras, de ahí hablemos que para efectos de

23   infraestructura si se fuese a requerir tiene que ser removible o móvil, ya que la razón

24   fundamental en el caso de los embalses es la generación de energía hidroeléctrica como se

25   ha mencionado, tenemos casos en los que hay menos volumen de agua, mayor volumen de

26   agua, mantenimiento de presas por temas de sedimentación como es el caso de Cachi,

27   entonces esa necesidad de variar, va haber influenciado en el uso, por lo tanto el

28   permisionario debe tener siempre claro ese tipo de situaciones, también se reserva el derecho

29   de acceder a las áreas dadas en permiso de uso debiendo el permisionario garantizarlo, nunca

30   vamos allegar a escondidas, siempre vamos a llegar a respetar el debido proceso, pero como
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 1   se viene mencionado la fiscalización es sumamente importante para resguardar el inmueble

 2   institucional y además garantizar que no esté siendo utilizado para otros fines que no sean

 3   los que indique el permiso otorgado, también nos reservamos el derecho de revocar el

 4   permiso en caso de incumplimiento o por un tema de interés institucional por una situación

 5   que escape de nuestro control, voy a mencionarle una muy sencilla, un terremoto como en

 6   el caso de Cinchona que se vio afectado el proyecto hidroeléctrico Cariblanco,

 7   lamentablemente durante muchos meses se tuvo en reparación y además en recuperación el

 8   área, otro caso más reciente tuvo que ver con Otto, con los estragos sufridos por el huracán

 9   Otto cuando el campo geotérmico de Mira Valles se vio sumamente afectado, entonces

10   cualquier actividad que tuviera que ver con el ejercicio de actividades particulares se vio

11   también afectadas por tanto, nos dedicamos a recuperarnos y a construir lo que se había

12   destruido por el paso del huracán evidentemente esas áreas se vieron afectadas para el

13   ejercicio de cualquier actividad por parte d particulares, esas son situaciones que por el bien

14   nuestro no se dan muy a menudo, pero a las cuales estamos expuestos todos y todas, en

15   cuanto a las construcciones, es un tema bien interesante y que a través de los años da mucho

16   de que discutir, únicamente podrán construirse edificaciones removibles, a que nos referimos

17   cuando hablamos de edificaciones removibles, que no alteren el suelo, y que al ser quitados

18   eventualmente dejen las condiciones originales del suelo como tal, lamentablemente se dan

19   muchos casos en los que en este punto entran como parte del conflicto en las discusiones,

20   porque muchos solicitantes nos indican que necesitan construir un baño eso es ya una

21   infraestructura fija, sin embargo esa es la parte interesante que le menciono, la tecnología en

22   cuanto a temas de construcción ha evolucionado muchísimo en los últimos quince, veinte

23   años y nos traen propuestas interesantes respecto a edificaciones removibles que en su

24   momento no las habíamos considerado como son las baterías de baño, los mismos campers

25   y demás que son removibles como tal y que facilita mucho en el desarrollo de actividades de

26   inmuebles en ICE, es interesante discutir esto por cuanto no es tan restrictivo pero si tenemos

27   claro, lo hacemos claro de hacer ver a los solicitantes que no podemos permitir por Ley que

28   en nuestros inmuebles se construyan edificaciones que vayan alterar el suelo como tal,

29   además se requiere para efectos de edificaciones removibles que ya existe una autorización

30   escrita y previa de la dirección de Bienes inmuebles para la construcción como tal, en el caso
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 1   del ICE son muchas las áreas y tal vez para las personas que están fue de la institución no se

 2   maneja tan claro lo que es la Dirección Bienes Inmuebles, lo que es la división de generación

 3   para efectos de trabajos que nosotros hacemos, tratamos de aclarar que en los terrenos

 4   instituciones en el caso de Reventazón tienen a dos actores principales en cuanto a lo que es

 5   el aprovechamiento está la división de generación del sector de electricidad y para efectos

 6   del mantenimiento y la vigilancia de los terrenos esta la dirección bienes inmuebles, sin

 7   embargo dependiendo del inmueble también entra en juego transmisión y todo lo que tiene

 8   que ver con telecomunicaciones, sin embargo el área que recibe la solicitud como tal y

 9   gestiona el permiso como tal, es la dirección bienes inmuebles, otro tema bastante

10   interesante, tiene que ver con el tema de las mejoras, las cuales se puede tomar como un

11   beneficio de institución una vez que quede sin efecto el permiso de uso, sin embargo se

12   registrará con forme a la normativa del ICE como un activo, a que nos referimos con esto,

13   por ejemplo, hablamos de reforestaciones que se han dado casos que el permisionario

14   reforestó y eso forma parte de las mejora hacia el terreno, no se puede permitir que se vaya

15   a talar aunque no se ha dado el caso, pero podría eventualmente darse, o de un atracadero

16   cuya funcionalidad ya no tiene sentido o se abandonó la actividad como tal y si el ICE

17   considera que puede ser un beneficio para la institución que se mantenga pues así se debe

18   considerar, en caso que no se cuenten con los permisos de acuerdo a la gestión de dirección

19   bienes inmuebles el ICE podrá solicitar la de munición de las estructuras, cosa muy

20   importante tener en claro, insisto que el tema de fiscalización sea tan importante y que

21   trabajemos de forma coordinada tanto con el Gobierno Local como con el SINAC, MINAE

22   con todos sus departamentos que tiene que ver con el tema, especialmente en las zonas

23   protegidas, para nosotros es fundamental respetar esas zonas, también se da mucho la

24   discusión respecto a que se puede y que no se puede hacer en las áreas de protección y a todo

25   este tema SINAC tiene una posición sumamente clara, lo cual debe ser respetado, en todo

26   caso hay una Ley que faculta para que se establezca de esa forma, pensando siempre en el

27   bien público antes que en el bien de un particular, ya sea de una empresa o un particular de

28   una persona física o jurídica, a la hora que el bien sea devuelto como les comentaba este

29   debe ser entregado en las condiciones similares o mejores a las que tenía originalmente sin

30   que varié su naturaleza y en condiciones de perfecto estado de conservación, un ejemplo
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 1   muy sencillo, en el campo Geotécnico de Mira Valles hay áreas que han sido utilizadas

 2   durante años para ciertos aprovechamientos y se han reforestados como les mencionaba

 3   ahora, eso es una mejora sustancial de la que luego vamos a dar el inmueble, especialmente

 4   si trabajan en conjunto con nosotros con especies que se producen en nuestros viveros y que

 5   son de la zona, eso cuenta al final del día, tenemos muy buenas relaciones con ciertas áreas,

 6   ciertos entes, que lejos de hablar de un detrimento del inmueble más bien nos ha colaborado

 7   en temas de protección, nos interesa mucho tener buenos aleados fue lo que plateé al

 8   principio, por lo tanto la visión del ICE nunca ha sido restringir, si no de ordenar,

 9   especialmente en estos momentos que estamos hablando de reactivación económica y que

10   hay tantos actores involucrados y de tan diferente naturaleza, en el caso de las mejoras

11   introducidas eso sí, el ICE no va a reconocer el costo de estas, ya que quedarán a nuestro

12   favor, los permisionarios deben respetar la Legislación Ambiental vean que lo decimos

13   varias veces para que quede claro, además colaborar en la implementación de planes de

14   manejo de la zona cuando se requieran, mencionaba al principio que en Arenal por ejemplo

15   hemos trabajado con la SINAC años atrás y hemos logrado un buen producto para ubicar

16   cuales son los puntos potenciales para el Desarrollo de Marinas y atracaderos, una de ellas

17   ya está siendo utilizadas por los caboteros en el sitio de Presa Sangregado que históricamente

18   lo utilizaron lo que llaman ellos tapón, gracias al trabajo que se hizo con la SINAC y luego

19   la gestión con el ICE, los mismos caboteros se logró ubicar un punto para que desarrollaran

20   su actividad sin   detrimento de las actividades del ICE, en cuanto a la vigilancia y

21   mantenimiento conservación, son responsabilidades del permisionario, éste asumirá la

22   responsabilidad por daños y perjuicios causados al ICE o a terceras personas por su uso

23   indebido, por lo tanto, ni la vigilancia ni el mantenimiento de conservación del área son

24   contraprestaciones eso son responsabilidades, de hecho esta también, muy importante en el

25   caso que sean actividades de bien social o actividades que no lucren, estas deben también

26   considerarla contraprestación, según lo que está establecido en el reglamento, en el caso de

27   la responsabilidad, nosotros nos eximimos de la responsabilidad, ya sea durante o después

28   de la vigencia del permiso por variación en el nivel del embalse como ya lo indiqué, robo,

29   daños y accidentes que sufren personas, equipo, vehículos, materiales, para eso se contaría

30   con la póliza de responsabilidad civil, con los debidos seguros y demás, por lo tanto no
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 1   podemos hablar de una actividad cuyo permiso permita que un grupo trabaje si este grupo

 2   no está a derecho con sus responsabilidades de acuerdo a la naturaleza de la actividad que

 3   desarrollan, no podemos hablar que vamos a tener un ordenamiento, ni una autorización por

 4   ejemplo para un atracadero si los dueños de las lanchas no están al oren debido con

 5   INCOPESCA, Ministerio de Salud, SINAC y demás, es obligación del permisionario

 6   suscribir la póliza de responsabilidad civil, en todo momento se exige y tiene que estar al día

 7   de acuerdo a lo que establece el reglamento, no tenemos un ejemplo aún de revocatoria, a

 8   pesar de los años que tenemos de estar utilizando esta figura de permiso de uso, sin embargo,

 9   podemos hablar que el ICE puede revocar en cualquier momento el permiso de uso por las

10   siguientes razones, el interés público como se los mencionaba, por oportunidad, por

11   conveniencia institucional, o por incumplimiento de las condiciones establecidas en el

12   permiso o el incumplimiento del reglamento incluida la falta de pago del canon sin que medie

13   responsabilidad de la administración, para dichos efectos la sugerencia que es la que otorga

14   el permiso emitirá un acto razonable y fundamentado, hará una audiencia al permisionario,

15   esto es en resumen del debido proceso, nunca vamos a quitar o entrar de forma intempestiva,

16   nunca ha sido nuestra forma de trabajar, ni lo va a ser, la revocación de permiso de uso no

17   implicara bajo ninguna circunstancia reconocimiento de indemnización alguna en favor del

18   permisionario, hay muchos casos a nivel legal, donde se ha demostrado, no en el ICE si no

19   en otras instancias, que cuando existe el interés público, la oportunidad, la conveniencia

20   institucional, no se reconoce esa indemnización, además toda persona que funja como

21   permisionario que adeude alguna suma al ICE, ya sea por Canon o por daños y perjuicios, o

22   que haya abandonado el inmueble sin justificación o haya incumplido lo dispuesto de

23   permiso de uso, no podrá optar entre los dos años siguientes por un permiso de uso o prorroga

24   por uno nuevo o vigente, ya nos pasó un caso donde tenías un usuario, quería extender el

25   aprovechamiento de un inmueble, pero tenía una deuda millonaria con el tema de

26   electricidad, esos controles cruzados son sumamente necesario, y de pronto podemos hablar

27   también a nivel de trabajo interinstitucional, no tiene sentido que este adeudando por

28   ejemplo, temas que tiene que ver con permisos de Ministerios de Salud o impuestos y que

29   este obrando de forma libre, de hecho los controles cruzados sean tan importantes, espero se

30   me haya entendido, abro la posibilidad que ustedes se manifiesten cualquier duda o consulta,
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 1   agradezco mucho la atención, muchas gracias.-----------------------------------------------------

 2   Presidente Black Reid: Muchas gracias don Johnny, vamos a pasar a la parte de las

 3   preguntas, tiene la palabra doña Maureen Cash Araya.---------------------------------------------

 4   Vicealcaldesa Cash Araya: Muchas gracias señor presidente y muy buenas tardes a todos

 5   los compañeros, Bienvenido don Johnny acá al Concejo Municipal de Siquirres, es un gusto

 6   que nos haya presentado parte de lo que es la normativa y me surgen algunas dudas al

 7   respecto, veo que es una logística muy grande la que deberían de cumplir las personas que

 8   quieran instalarse y crear su proyecto turístico cerca del embalse, mi preocupación viene

 9   porque muchas de estas personas que ahorita están ahí instaladas, son personas de muy

10   escasos recursos que están viendo como salen adelante en aprovechar un recurso que todavía

11   no estaba regulado, la pregunta va en esta línea, hacer el trámite de viabilidad ambiental por

12   cualquiera de los proyectos que se quieran instalar ahí el trámite de SETENA es una serie de

13   requisitos que presento hoy y salen dentro de un mes o hasta más tiempo para que salga la

14   aprobación de esos proyectos, entonces ese es un punto en contra de los señores del embalse

15   que quieran desarrollar algún proyecto turístico, económicamente hay que tenerlo presente

16   que muchos de estos señores que están cercanos a los embalses no tienen esa posibilidad

17   económica, también sería más o menos la situación que ya ustedes tienen, ¿Cuál es el monto

18   que se paga por decirle el embalse del Arenal, esas personas cual es el cano que pagan al

19   ICE, para saber si es viable para el señor que está en la lancha, si es viable para los otros que

20   se quieran instalar ahí, a que se refiere cuando dicen adquirieron tiempo al primer derecho,

21   que derecho le van a dar a las personas que están ahí instaladas para que ellos sean los que

22   ahorita hagan los primeros trámites, ya que han estado ahí seis meses o tal vez un poco más

23   o el primero que llega a solicitarlo es al primero que se lo dan? Esas son mis tres consultas

24   al respecto don Johnny y muchísimas gracias a los compañeros también por esta acá hoy en

25   la sesión.---------------------------------------------------------------------------------------------------

26   Sr. Johnny Vargas Navarro: Muchas gracias doña Maureen, casi no le pude escuchar

27   porque habían unos micrófonos abiertos, los tres puntos tienen que ver con el tema de los

28   tiempos, la tramitología y personas de escasos recursos que tal vez no tengan el conocimiento

29   o las posibilidades ese es el primer punto, lo segundo tiene que ver más con el tema del cano,

30   lo otro primero en tiempo, primeo en derecho de a que gente que ya están, comparto
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 1   totalmente con usted la preocupación respecto a esas personas que ya se encuentran

 2   disfrutando o desarrollando alguna actividad, le digo que al día de hoy ningún proceso que

 3   hemos trabajado a nivel del ICE en estos casos ha iniciado con un desalojo, todo lo contrario

 4   hemos generado el espacio para que tanto la institución como otra ente del Estado y el grupo

 5   de personas que tienen que ver con el aprovechamiento como tal, nos podamos sentar y

 6   buscar la opción que pueda responder a si necesidad y que nos facilite a nosotros cumplir

 7   con la ley, entonces este caso en Reventazón no va ni será la excepción a ese punto, voy a

 8   referirme para los otros dos temas con el ejemplo más completo que tenemos a esto respecto

 9   que ya lo mencione que son los boteros del sitio de presa de Sangregado, los señores cerca

10   de 40 años estuvieron utilizando un punto ubicado en lo que en la zona se llama tapón de

11   Sangregado que es la presa de enroscamiento de Sangregado y desarrollada la actividad de

12   traslado de personas desde el sitio de presa de Sangregado que está un poquito más de 18

13   kilómetros de la Fortuna, de ahí trasladaban a personas y turistas a la desembocadura del río

14   Chiquito, para que un vehículo particular como una microbús o un bus los trasladara a

15   Monteverde, con eso se ahorraban casi dos horas de viajes, debido al riesgo que representa

16   el sitio de presa se inició como en el 2011un trabajo en conjunto con los interesados como

17   el ICE, el SINAC, para buscar la opción de que fueran reubicados, para que con esta forma

18   cumpliéramos con lo que la institución nos pide aquellas áreas que son únicamente de

19   aprovechamiento únicamente de la institución sigue siendo de esa forma, pero sin afectar la

20   actividad que ya venían desarrollando, finalmente para el año 2016-2017 se logró habilitar

21   un espacio con las condiciones mínimas para que pudieran trabajar y se consolido el proceso

22   con la figura de permiso de uso, conscientes de que estas personas estaban apenas

23   organizándose de forma incipiente que no es lo mismo que me conozca desde hace 20 años

24   a que ya me organice de forma legal como una asociación, que fue lo que sucedió en

25   Sangregado, finalmente cuando ya se logró organizar y se logró trabajar con ellos a ese nivel,

26   se les otorgó el permiso de uso y para que pudieran organizarse o para que pudiera crecer su

27   actividad se determinó no cobrarles el cano durante un tiempo prudencial, para que su

28   actividad pudiera crecer, creo que es el ejemplo más claro que le respondo con ese ejemplo

29   a las tres consultas que usted tiene, si estamos obligados por ley a tener una tramitología que

30   cumpla con cada una de las exigencias que a nivel país se nos pide, no podemos
                                                                                                 18
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 1   lamentablemente obviarlo ya sea por la condición social, por la naturaleza de la actividad o

 2   por el grupo organizado, lo que sí creo que podemos hacer y creo que en este caso hemos

 3   avanzado con ustedes es en trabajar en conjunto, pero también tenemos limitaciones, en mi

 4   caso he andado en Tilaran, Cartago, Paraíso, ahora acá exponiendo los alcances y

 5   limitaciones del reglamento, hemos trabajado con las asociaciones, por ejemplo los

 6   vendedores ambulantes en Cachi, que están en su proceso organizativo, cabe rescatar que los

 7   vendedores ambulantes no están en terrenos del ICE, fueron desplazados por el

 8   incumplimiento que establece el Ministerio de Salud y estar en vía pública, por ser carretera

 9   nacional nosotros no tuvimos injerencia, entonces hablamos de una tramitología complicada

10   y si lo es para personas de escasos recursos también lo es, de ahí es que necesitamos trabajar

11   en conjunto con el Gobierno Local y con otras organizaciones que sean capaces de fortalecer

12   ese emprendimiento y esa gestión a nivel comunitario, me refiero a DINADECO, el INDER

13   que también es importante que eventualmente también sean considerados, incluso para la

14   zona del Caribe creo que hemos hablado en las diferentes reuniones que también usted ha

15   estado presentes de incluir a JAPDEVA, entonces no podemos dejar de lado el

16   acompañamiento a estos grupos, en cuanto al cano es un poco complicado responderle,

17   porque el cano se determina de acuerdo a la rentabilidad de la actividad y también a la

18   cantidad de terreno que va ser utilizado, entonces el mejor ejemplo que le digo no es lo más

19   importante para nosotros, porque lo que nos importa e interesa es que pueda regularse y

20   realizarse las actividades de forma legal en nuestros inmuebles especialmente, el

21   establecimiento del cano va depender de la naturaleza de la actividad, la rentabilidad, además

22   de la cantidad de área, les voy a dar un ejemplo muy sencillo, hace unos años nos llegó una

23   solicitud de un particular pidiéndonos cinco hectáreas de terreno, según el particular lo que

24   quería era reforestar, cosa que en un principio usted puede pensar que es una buena obra y

25   que le va a beneficiar al país, cuando se le pregunto el mecanismo mediante el cual le iba

26   dar mantenimiento a la reforestación no supo que contestarnos, para efectos de una

27   reforestación en el lado de Guanacaste por la zona de Tilaran por ejemplo, se necesitan tres

28   años de mantenimiento para que un árbol pueda defenderse solo y pueda quedas entre

29   comillas libre, estamos hablando que tres hectáreas exigen una cantidad considerable de

30   personal, entonces todos estos elementos que se van revisando punto por punto con base a
                                                                                                19
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 1   lo que establece el reglamento hace que sea tan complicado, por eso mi recomendación

 2   siempre ha sido que acompañemos al interesado y a los grupos, usted es testigo al igual que

 3   el señor alcalde y varios compañeros que están por acá, creo que están los del SINAC de que

 4   el área socio ambiental del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón ha estado trabajando en

 5   conjunto y la socióloga Verónica Conejo que lamentablemente por un tema de salud no

 6   puede estar hoy está trabajando con esos grupos que usted menciona, entonces ya venimos

 7   con el acompañamiento, no vamos a entrar en un proceso de sacar gente, cuando más bien

 8   los estamos acompañando para que se puedan organizar, finalmente para darle la palabra a

 9   don Randal el principio de primero en tiempo, primero en derecho lo menciona el

10   reglamento, responde a solucionar de que nos lleguen dos solicitudes sobre un mismo

11   espacio geográfico, sin embargo como lo plantee al inicio de mi presentación, se le da

12   prioridad a los procesos, a ciertas instituciones entre ellas el Gobierno Local, creo que este

13   proceso que hemos venido desarrollando, que no es nuevo, que tiene varios años y que

14   esperamos que aterrice en un buen resultado ya fortalece así la gestión, evidentemente

15   plantea una prioridad para ser desarrollado, espero que se siga dando el acompañamiento, de

16   parte de nosotros no se va abandonar el proceso, no solo por responsabilidad sino que por

17   un tema de ética, más bien necesitamos que se incorporen los otros grupos o las otras

18   instituciones que tienen vela en esta situación, ¿no sé si con eso respondo a su consulta doña

19   Maureen?--------------------------------------------------------------------------------------------------

20   Presidente Black Reid: Si, gracias don Johnny tenemos una última participación que es de

21   la compañera regidora doña Zoraida, ella tiene una pregunta, pero vamos a tratar de ser un

22   poco breve con la respuesta ya que debemos de continuar con el resto de la sesión, entonces

23   tal vez ir directamente al grano para contestarle la consulta, tiene la palabra doña Zoraida.--

24   Regidora Cedeño Rojas: Buenas tardes a todos los presentes, mi pregunta es en cuanto a

25   las mejores, usted habla de reforestar, me imagino que también se tomarían mejoras de

26   infraestructura.-------------------------------------------------------------------------------------------

27   Presidente Black Reid: Don Johnny esa es la pregunta de la compañera doña Zoraida.-----

28   Johnny Vargas Navarro: Muchas gracias doña Zoraida, las mejoras en infraestructura se

29   tomaran en consideración siempre y cuando sea una infraestructura removible o que

30   represente alguna infraestructura mejorable, no necesariamente se da en todos los casos, le
                                                                                                              20
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 1   voy a dar un ejemplo muy sencillo si un permisionario tiene una batería de baños, que ya no

 2   va utilizar porque la rentabilidad de su negocio ya no le da o porque va a desarrollar otras

 3   actividades, pero hay un particular que quiere desarrollar una actividad similar, puede ser

 4   tomado en consideración esa infraestructura para un aprovechamiento posterior, pero eso

 5   detalles tan específicos se ven solo al finalizar el permiso de uso, al día de hoy no hemos

 6   tenido esa situación, porque el reglamente es relativamente reciente.----------------------------

 7   Presidente Black Reid: Gracias don Johnny le agradecemos el tiempo y la explicación que

 8   nos ha brindado esta tarde, vamos a continuar nosotros acá con la sesión, le gradecemos a

 9   los personeros del ICE que hoy estuvieron compartiendo con nosotros, buenas tardes don

10   Johnny Navarro, tenga un excelente día.-------------------------------------------------------------

11   ARTICULO IV.

12   Correspondencia.

13   1.-Oficio número DA-384-2021, que suscribe el Lic. Mangell Mc Lean Villalobos/Alcalde

14   de la Municipalidad de Siquirres, dirigido al Concejo Municipal de Siquirres, en la cual

15   remite el oficio DIVC-COORD-2021-254, suscrito por el Ing. William Solano/Gestor del

16   Departamento de Infraestructura Vial Cantonal, que contiene informe de visitas con la

17   Comisión de Caminos del Concejo Municipal el día 25 de mayo y 01 de junio del año en

18   curso.------------------------------------------------------------------------------------------------------

19   ACUERDO N° 1524-17-06-2021

20   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número DA-384-

21   2021, que suscribe el Lic. Mangell Mc Lean Villalobos/Alcalde de la Municipalidad de

22   Siquirres a la Comisión de caminos para lo que corresponda.-------------------------------------

23   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

24   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

25   2.-Oficio número IP-023-06-2021, que suscribe la Sra. Eugenia Carolina Aguirre Raftacco/

26   Directora Incidencia Política y Comunicación Unión Nacional de Gobiernos Locales,

27   dirigido al Concejo Municipal de Siquirres, hacen referencia al conocimiento las fichas

28   técnicas de los siguientes proyectos de ley que se encuentran actualmente en la corriente

29   legislativa y que se relacionan con el Régimen Municipal Costarricense: • Expediente No.

30   22506: “Ley para Garantizar la Paridad de Género en la conformación de los órganos
                                                                                                               21
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 1   Colegiados de los Gobiernos Locales”, • Expediente No. 22.484: “Reforma a los Artículos

 2   22, 27 Y 28 de la Ley N°7509 Ley De Impuesto Sobre Bienes Inmuebles del 19 de junio de

 3   1995”, • Expediente No. 22485: “Reforma del Artículo 17 inciso c del Código Municipal,

 4   Ley No. 7794 de 30 de abril de 1998”, • Expediente No. 22.381: “Creación del Servicio de

 5   Salud Animal Municipal”, • Expediente No. 22.445: “Apoyo Municipal para Adultos

 6   Mayores en Pobreza”.-----------------------------------------------------------------------------------

 7   ACUERDO N° 1525-17-06-2021

 8   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número IP-023-

 9   06-2021, que suscribe la Sra. Eugenia Carolina Aguirre Raftacco/Directora Incidencia

10   Política y Comunicación Unión Nacional de Gobiernos Locales a la Comisión Permanente

11   de asuntos Jurídicos para lo que corresponda.-------------------------------------------------------

12   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

13   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

14   3.-Oficio número CFL-Dir#22-2021, que suscribe la MSc. Evett Fuller Fuller/Directora

15   Colegio de Florida, Sra. Xinia Sánchez Rodríguez/Presidenta de la Junta Administrativa,

16   dirigido al Concejo Municipal de Siquirres, en la cual solicitan a este equipo de personas que

17   representan al Cantón de Siquirres, la ayuda económica o préstamo del ingeniero municipal

18   para el diseño del Colegio Florida, de esta manera estarán agilizando la necesidad de tener

19   las instalaciones para brindar a los estudiantes una educación de calidad.-----------------------

20   ACUERDO N° 1526-17-06-2021

21   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número CFL-

22   Dir#22-2021, que suscribe la MSc. Evett Fuller Fuller/Directora Colegio de Florida, Sra.

23   Xinia Sánchez Rodríguez/Presidenta de la Junta Administrativa a la administración

24   (Alcaldía) para lo que corresponda.-------------------------------------------------------------------

25   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

26   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

27   4.-Oficio número JVC-2020-054, que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente

28   Secretario de Junta Vial Cantonal, dirigido al Concejo Municipal de Siquirres, referente a

29   respuesta al oficio SC-0269-2021 de la nota que suscriben los vecinos del Barrio San Martín,

30   en la que solicitan reductores de velocidad en el tramo que comprende de la quebrada La
                                                                                                         22
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 1   Petrolera hasta la entrada de la vía que lleva a la Escuela La Amelia, pasando por el Plantel

 2   Municipal de Siquirres, la Junta Vial Cantonal en Sesión Ordinaria N°05 artículo V,

 3   celebrada el día jueves 03 de junio del 2021, remite y se traslada al Departamento de

 4   Infraestructura Vial para que se incluya la inspección a la programación correspondiente.---

 5   ACUERDO N° 1527-17-06-2021

 6   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número JVC-2020-

 7   054, que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente Secretario de Junta Vial Cantonal

 8   a los vecinos del Barrio San Martín, para lo que corresponda.------------------------------------

 9   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

10   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

11   5.-Oficio número JVC-2020-055, que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente

12   Secretario de Junta Vial Cantonal, dirigido al Concejo Municipal de Siquirres, referente a la

13   respuesta al Oficio SC-0361-2021, que suscribe la señorita Yerlin Baar Montero/Síndica

14   Suplente del distrito de Cairo, en la que solicita la reparación del camino y del puente ubicado

15   en la calle conocida como la Arrocera la Junta Vial Cantonal en Sesión Ordinaria N°05

16   artículo V, celebrada el día jueves 03 de junio del 2021, remite y se traslada al Departamento

17   de Infraestructura Vial para que se incluya la inspección a la programación el mantenimiento

18   rutinario del camino.-------------------------------------------------------------------------------------

19   ACUERDO N° 1528-17-06-2021

20   Sometido a votación se acuerda trasladar copia del oficio número JVC-2020-055, que

21   suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente Secretario de Junta Vial Cantonal a la

22   señorita Yerlin Baar Montero/Síndica Suplente del distrito de Cairo, para lo que

23   corresponda.----------------------------------------------------------------------------------------------

24   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

25   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

26   6.-Oficio número JVC-2020-056, que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente

27   Secretario de Junta Vial Cantonal, dirigido al Concejo Municipal de Siquirres, referente a la

28   respuesta al Oficio SC-0362-2021, que suscribe la señora Marjorie Miranda Jiménez/Sindica

29   del distrito de Pacuarito, solicita la reparación de la calle Perlita, Freeman, ya que indica que

30   por las fuertes lluvias los caminos se han visto muy afectados, la Junta Vial Cantonal en
                                                                                                            23
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 1   Sesión Ordinaria N°05 artículo V, celebrada el día jueves 03 de junio del 2021, remite y se

 2   traslada al Departamento de Infraestructura Vial para que se incluya la inspección a la

 3   programación el mantenimiento rutinario del camino.----------------------------------------------

 4   ACUERDO N° 1529-17-06-2021

 5   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número JVC-2020-

 6   056, que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente Secretario de Junta Vial Cantonal

 7   a la señora Marjorie Miranda Jiménez/Sindica del distrito de Pacuarito, para lo que

 8   corresponda.----------------------------------------------------------------------------------------------

 9   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

10   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

11   7.-Oficio número JVC-2020-057, que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente

12   Secretario de Junta Vial Cantonal, dirigido al Concejo Municipal de Siquirres, referente a la

13   respuesta al Oficio SC-0364-2021 que suscribe el señor Jesús Badilla/Presidente de la

14   Asociación de Desarrollo de la Comunidad Pueblo Civil, solicitan la inspección y evaluación

15   referente al río Reventazón y sus afectaciones en los últimos años en gran parte por el terreno

16   y calle que comunica al Pueblo Civil con Siquirres (Calle Vieja) sobre la ribera del río, Junta

17   Vial Cantonal en Sesión Ordinaria N°05 artículo V, celebrada el día jueves 03 de junio del

18   2021, remite con lo que respecta a trabajos sobre el río Reventazón el Departamento de

19   Infraestructura Vial trabaja según la Ley 8114-9329 que impide hacer esos trabajos, donde

20   dentro de sus lineamientos le permite intervenir únicamente caminos que se encuentran

21   dentro del Inventario de la Red Vial Cantonal.------------------------------------------------------

22   ACUERDO N° 1530-17-06-2021

23   Sometido a votación por unanimidad se acuerda traslada copia del oficio número JVC-2020-

24   057, que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente Secretario de Junta Vial Cantonal

25   al señor Jesús Badilla/Presidente de la Asociación de Desarrollo de la Comunidad Pueblo

26   Civil, para lo que corresponda.-------------------------------------------------------------------------

27   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

28   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

29   8.-Oficio número JVC-2020-058, que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente

30   Secretario de Junta Vial Cantonal, dirigido al Concejo Municipal de Siquirres, referente a la
                                                                                                            24
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     17-06-2021

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 1   respuesta al Oficio SC-0338-2021 que suscribe el señor Juan Pérez Pérez de la Asociación

 2   de Desarrollo Vegas de Pacuare, solicita la reparación de la Calle Vegas de Pacuare y la

 3   continuación de la carretera hacia el canal artificial de Parísmina, además solicita la

 4   colaboración con alcantarillas para ser colocadas en el canal de drenaje de la comunidad, la

 5   Junta Vial Cantonal en Sesión Ordinaria N°05 artículo V, celebrada el día jueves 03 de junio

 6   del 2021, que se hizo el mantenimiento respectivo al camino Las Vegas, con lo que respecta

 7   a la colocación de alcantarillas se traslada al Departamento de Infraestructura Vial para que

 8   se agregue la inspección a la programación correspondiente.-------------------------------------

 9   ACUERDO N° 1531-17-06-2021

10   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número JVC-2020-

11   058, que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente Secretario de Junta Vial Cantonal

12   al señor Juan Pérez Pérez de la Asociación de Desarrollo Vegas de Pacuare, para lo que

13   corresponda.----------------------------------------------------------------------------------------------

14   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

15   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

16   9.-Oficio número JVC-2020-059, que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente

17   Secretario de Junta Vial Cantonal, dirigido al Concejo Municipal de Siquirres, referente a la

18   respuesta    al   Oficio     SC-0383-2021,       que     suscribe    la   señora     Dinnia     Madrigal

19   granados/Presidenta de la Junta de Educación Escuela Los Ángeles de Maryland, solicita 3

20   reductores de velocidad en la calle que pasa por la iglesia y por el centro educativo que pasa

21   por el CEN-CINAE, ya que los vehículos pasan a altas velocidades, la Junta Vial Cantonal

22   en Sesión Ordinaria N°05 artículo V, celebrada el día jueves 03 de junio del 2021 remite el

23   presupuesto con que el Departamento de Infraestructura Vial trabaja, se encuentra regulado

24   por la Ley 9329-8114, donde dentro de sus alineamientos le permite intervenir únicamente

25   los caminos que se encuentran dentro del inventario de la Red Vial Cantonal, la calle que

26   está frente a CEN CINAI de Los Ángeles corresponde a Ruta 806, en la cual solo MOPT

27   puede hacer las intervenciones.------------------------------------------------------------------------

28   ACUERDO N° 1532-17-06-2021

29   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número JVC-2020-

30   059, que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente Secretario de Junta Vial Cantón
                                                                                                            25
     Acta N°028
     17-06-2021

                                  MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   a la señora Dinnia Madrigal granados/Presidenta de la Junta de Educación Escuela Los

 2   Ángeles de Maryland, para lo que corresponda.------------------------------------------------

 3   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

 4   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

 5   10.- Oficio número JVC-2020-070, que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente

 6   Secretario de Junta Vial Cantonal, dirigido al Concejo Municipal de Siquirres, referente a la

 7   respuesta al Oficio SC-0378-2021, que suscribe el señor Josué Menéndez Henry solicita

 8   inspección para que se pueda recibir una calle privada que se encuentra ubicada 800 metros

 9   norte del Plantel Municipal en el Barrio San Martín, la Junta Vial Cantonal en Sesión

10   Ordinaria N°05 artículo V, celebrada el día jueves 03 de junio del 2021 remite, al respecto,

11   debemos indicarles, que los Reglamentos de la Ley Especial de Transferencia de

12   Competencias del Poder Ejecutivo a las Municipalidades: Atención Plena de la Red Vial

13   Cantonal dispone los requisitos que debe cumplir un camino para ser susceptible de inscribir

14   en el Sistema de Planificación Vial del país. En consecuencia van a incluir en la ruta de

15   programación de inspecciones de caminos, a los fines para poder iniciar la tramitología

16   correspondiente.------------------------------------------------------------------------------------------

17   ACUERDO N° 1533-17-06-2021

18   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio número JVC-2020-

19   070, que suscribe el Sr. Raúl Ballestero Vásquez/Asistente Secretario de Junta Vial Cantonal

20   al señor Josué Menéndez Henry, para lo que corresponda.----------------------------------------

21   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

22   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

23   11.-Oficio número MPO-307-2021, que suscribe la Sra. Roxana Chinchilla Fallas/Secretaria

24   Concejo Municipal, dirigido al Lic. Carlos Alvarado Quesada/Presidente de la República

25   C.R. Casa Presidencial, Concejos Municipales del país, en la cual solicitan un voto de apoyo

26   a la moción presentada por los Regidores Marco Vinicio Valverde Solís, la Vicepresidenta

27   Municipal Gloria E. Madrigal Castro y la Regidora Tatiana Bolaños Ugalde, en la que indica

28   que se no se castigue más la inversión en caminos con el traslado de recursos que dispone la

29   Ley 9329 para otros entes que no sean las Municipalidades, los gobiernos deben recibir la

30   asignación dispuesta por ley sin privilegiar al MOPT y CONAVI.-------------------------------
                                                                                                            26
     Acta N°028
     17-06-2021

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 1   ACUERDO N° 1534-17-06-2021

 2   Sometido a votación por unanimidad se acuerda brindar un VOTO de APOYO al oficio

 3   número MPO-307-2021, que suscribe la Sra. Roxana Chinchilla Fallas/Secretaria Concejo

 4   Municipal referente a la moción presentada por los Regidores Marco Vinicio Valverde Solís,

 5   la Vicepresidenta Municipal Gloria E. Madrigal Castro y la Regidora Tatiana Bolaños

 6   Ugalde, en la que indica que se no se castigue más la inversión en caminos con el traslado

 7   de recursos que dispone la Ley 9329 para otros entes que no sean las Municipalidades, los

 8   gobiernos deben recibir la asignación dispuesta por ley sin privilegiar al MOPT y CONAVI.

 9   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

10   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

11   12.-Oficio sin número que suscribe el Lic. Roberto Josué Meléndez Brenes/Secretario

12   Municipal del Concejo Municipal de Santa Ana, dirigido al Concejo Municipal de Siquirres,

13   en la cual solicitan un voto de apoyo para el Proyecto de Ley N°21.245 sobre el Acceso a la

14   información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en

15   América Latina (Acuerdo de Escazú).----------------------------------------------------------------

16   ACUERDO N° 1535-17-06-2021

17   Sometido a votación por unanimidad se acuerda brinda u VOTO de APOYO al oficio sin

18   número que suscribe el Lic. Roberto Josué Meléndez Brenes/Secretario Municipal del

19   Concejo Municipal de Santa Ana, referente al Proyecto de Ley N°21.245 sobre el Acceso a

20   la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en

21   América Latina.------------------------------------------------------------------------------------------

22   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

23   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

24   13.-Oficio sin número que suscribe la señora Flory Fonseca Marchena/Presidenta del

25   Comité, dirigida a los señores del Concejo Municipal de Siquirres, en la cual solicitan la

26   ayuda para saber cuándo les van aplicar la capa asfáltica de una calle del barrio, la cual consta

27   de unos 600 metros, misma que va diagonal a la línea férrea y da vuelta hasta la casa de la

28   señora Xinia Redondo Mejía, esa calle ha traído muchos problemas para los vecinos ahí

29   viven adultos mayores, niños, ya que cuando es verano el polvo afecta la salud de los vecinos,

30   además cuando llueve los pozos de agua son un gran problema.----------------------------------
                                                                                                           27
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     17-06-2021

                                 MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   ACUERDO N° 1536-17-06-2021

 2   Sometido a votación por unanimidad se acuerda trasladar copia del oficio sin número que

 3   suscribe la señora Flory Fonseca Marchena/Presidenta del Comité a la administración

 4   (Alcaldía), para lo que corresponda.-------------------------------------------------------------------

 5   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

 6   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

 7   ARTÍCULO V.

 8   Informes de Comisiones.

 9   Se deja constancia que no se presentaron Informes de Comisión. --------------------------------

10   ARTICULO VI.

11   Mociones

12   1.-Moción presentada por el Sr. Randall Black Reid/Regidor propietario y presidente del

13   Concejo Municipal de Siquirres, que textualmente cita: -------------------------------------------

14                                                    Moción:

15                                     Autorización al Alcalde Municipal

16                             para la firma de Convenio con MINAE-SINAC

17                                              CONSIDERANDO

18   PRIMERO: Con fundamento en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, 2, 4

19   incisos c) y f), 7 y 13 inciso e), es facultad de la Municipalidad de Siquirres por medio del

20   Concejo Municipal la celebración de convenios con el fin de velar por la adecuada

21   administración de los intereses locales.

22   SEGUNDO: La Alcaldía Municipal, en procura de seguir llevando desarrollo en el Cantón

23   de Siquirres, presenta el convenio que se adjunta al Concejo Municipal de Siquirres, para

24   que sea autorizado a su suscripción.

25                                                 POR TANTO:

26   Se presenta la siguiente moción para que el honorable Concejo Municipal tome el siguiente

27   acuerdo definitivamente aprobado, en firme y dispensado de todo trámite de comisión.

28   El Concejo Municipal de Siquirres, autoriza al señor Alcalde Municipal a firmar el convenio

29   entre el MINAE-SINAC y la Municipalidad de Siquirres, CONVENIO ESPECÍFICO DE

30   COOPERACIÓN ENTRE EL SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE COSERVACIÓN
                                                                                                         28
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                                MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   LA MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES.

 2   Convenio el cual, adjunta a esta moción y se incorpora al acuerdo. Trasládese en forma

 3   inmediata este acuerdo a la Administración para su firma y ejecución.

 4

 5

 6

 7

 8

 9   ACUERDO N° 1537-17-06-2021

10   Sometido a votación se aprueba la Moción presentada por el Sr. Randall Black Reid/Regidor

11   propietario y presidente del Concejo Municipal de Siquirres, por lo tanto el Concejo

12   Municipal de Siquirres acuerda: Autorizar al señor Alcalde Municipal a firmar el convenio

13   entre el MINAE-SINAC y la Municipalidad de Siquirres, CONVENIO ESPECÍFICO DE

14   COOPERACIÓN ENTRE EL SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE COSERVACIÓN

15   LA MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES. Convenio el cual, adjunta a esta moción y se

16   incorpora al acuerdo. Trasládese en forma inmediata este acuerdo a la Administración para

17   su firma y ejecución. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME.--

18   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

19   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

20   Se deja constancia que se inserta el convenio antes mencionado en la moción, que dice

21   textualmente:

22              CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN ENTRE EL SISTEMA

23           NACIONAL DE AREASDE COSERVACIÓN Y LA MUNICIPALIDAD DE

24                                                SIQUIRRES

25   Entre nosotros Mangell Mc Lean Villalobos, mayor, casado, vecino de Siquirres, cédula

26   de identidad 7-0133-0745, en su condición de Alcalde de la Municipalidad de Siquirres

27   según Resolución de nombramiento N° 1319-E11-2020 del Tribunal Supremo de

28   Elecciones del 24 defebrero de 2020, nombramiento que se encuentra vigente hasta el día

29   de hoy, en adelante La MUNICIPALIDAD, y Rafael Ángel Gutiérrez Rojas, mayor,

30   soltero, Licenciado en Geografía y Máster en Turismo y Administración de Áreas
                                                                                                       29
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                              MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   Protegidas, vecino de San Rafael de Heredia, portador de la cédula de identidad N°4-0120-

 2   0896; en mi condición de Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Áreas de

 3   Conservación, nombramiento realizado por la Ministra de Ambiente y Energía, en

 4   Acuerdo Nº A-021-2020-MINAE, de fecha 9 de diciembre de 2020, publicado en la Gaceta

 5   N° 295 del 17 de diciembre de 2020, en adelante El SINAC, cédula de personería jurídica

 6   número tres-cero cero siete-tres uno siete nueve uno dos, acordamos celebrar el presente

 7   CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN ENTRE EL SISTEMA NACIONAL DE

 8   AREAS DE COSERVACIÓN LA MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES.

 9                                          CONSIDERANDO:

10   PRIMERO: De acuerdo con el artículo 22 de la ley de Biodiversidad 7788, publicada en

11   la Gaceta N° 101 del 27 de mayo de 1998, se creó el SINAC, con personalidad jurídica

12   instrumental,como un sistema de gestión y coordinación institucional, desconcentrado y

13   participativo, que integra las competencias en materia forestal, vida silvestre, áreas

14   protegidas, conservación de cuencas y sistemas hídricos con el fin de dictar políticas,

15   planificar y ejecutar procesos dirigidosa lograr sostenibilidad en el manejo de los recursos

16   naturales de Costa Rica. Así ratificado mediante el Voto N° 9563-06 por la Acción de

17   Inconstitucionalidad interpuesta ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de

18   Justicia.

19   SEGUNDO: El MINAE, a través del SINAC tiene dentro de sus funciones y objetivos la

20   protección del medio ambiente, de los recursos naturales de la Nación. Todo amparado, al

21   criteriode interés público ambiental, de acuerdo con la Ley de Biodiversidad, en su artículo

22   11, el cual se entiende como aquel uso de los elementos de la biodiversidad que deberá

23   garantizar las opciones de desarrollo de las futuras generaciones, la seguridad alimentaria,

24   la conservación delos ecosistemas, la protección de la salud humana y el mejoramiento de

25   la calidad de vida de losciudadanos.

26   TERCERO: El SINAC es el encargado de la administración de las Áreas Silvestres

27   Protegidas estatales, en adelante “ASP”, y el responsable de asegurar su manejo adecuado,

28   asícomo el uso racional de los recursos naturales existentes en dichas áreas, de conformidad

29   con la Ley Orgánica del Ambiente N° 7554 publicada en La Gaceta N° 215 del 13 de

30   noviembre de 1995, Ley de Biodiversidad N° 7788, publicada en La Gaceta N° 101, del 27
                                                                                               30
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                               MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   de mayo de 1998, Ley de Conservación de Vida Silvestre N° 7317, publicada en La Gaceta

 2   N° 235 del 7 de diciembre de 1992 y la Ley de Creación del Servicio de Parques Nacionales

 3   N° 6084, publicadaen La Gaceta N° 169 del 7 de septiembre de 1977.

 4   CUARTO: De conformidad con el Artículo Nº 21 del Reglamento a la Ley de

 5   Biodiversidad,Decreto Nº 34433-MINAE, Publicado en La Gaceta Nº 68 del 8 abril de

 6   2008, reformado por el artículo 8 del Decreto Ejecutivo N° 40054-MINAE, publicado en

 7   el alcance 315 de la Gaceta

 8   Digital N°245 del 21 de diciembre de 2016, el SINAC está integrado por once Áreas de

 9   Conservación, de las cuales forma parte el Área de Conservación La Amistad Caribe, en

10   adelantedenominada “ACLA-C”.

11   QUINTO: De conformidad con el artículo N° 39 de a Ley de Biodiversidad, reformado el

12   29 de octubre de 2019 y publicado en el Alcance N°11 de la Gaceta No 19 del 30 de enero

13   del 2020; se podrá dar en concesión o contrato a asociaciones de desarrollo comunal,

14   cooperativas, microempresas inscritas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio

15   (MEIC) u organizaciones sociales nacionales sin fines de lucro que tengan objetivos de

16   apoyo a la conservación de los recursos naturales, que incorporen la gestión ambiental

17   dentro de los procesos y área concesionada y con su personería jurídica vigente, siempre

18   que se encuentren integradas y controladas directamente por habitantes de las comunidades

19   ubicadas en la zona de influencia de la respectiva área silvestre protegida; los servicios o

20   actividades no esenciales dentro de las Áreas Silvestres Protegidas estatales. Estos podrán

21   ser los estacionamientos, los servicios sanitarios, la administración de instalaciones físicas,

22   los servicios de alimentación, las tiendas, la construcción y la administración de senderos,

23   administración de la visita y otros que defina el Consejo Regional del Área de

24   Conservación, mediante un estudio técnico que lo justifique.

25   Las áreas de conservación deberán brindar amplia información a estas comunidades sobre

26   los servicios que decidan dar en concesión y establecer un registro de las organizaciones

27   locales a efectos de garantizar la mayor participación posible en los procesos de

28   contratación.

29   El Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), en coordinación con otras entidades educativas

30   públicas y las municipalidades respectivas, creará programas de capacitación e instrucción
                                                                                                  31
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                               MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   técnica orientados prioritariamente a las comunidades ubicadas en la zona de influencia de

 2   las áreas silvestres protegidas, a fin de que puedan aprovechar los beneficios de esta

 3   disposición.

 4   SEXTO: Las Municipalidades, tienen dentro de sus funciones, administrar de manera

 5   eficiente y equitativa, los recursos con que cuenta cualquiera que fueren, para garantizar de

 6   manera permanente, el desarrollo social, económico, ambiental, familiar, de salud,

 7   educativo, identidad cultural y otros, que, de manera sostenible, le permitan garantizar y

 8   mejorar la calidadde vida de los pobladores y habitantes del Cantón de Siquirres, en total

 9   coordinación con otras instituciones del Estado.

10   SETIMO: Como parte de la Administración Pública, las Municipalidades y EL SINAC,

11   estánsujetos en su funcionamiento diario, a los principios básicos de los servicios públicos

12   que potencian su eficiencia, continuidad, adaptabilidad e igualdad; como elemento de

13   garantía de satisfacción de los ciudadanos, en los términos expresados en la Ley General

14   de la Administración Pública.

15   OCTAVO: Entre EL SINAC y La Municipalidad de Siquirres existe un interés recíproco

16   de lograr unarespetuosa y satisfactoria coordinación en materia de cooperación orientada al

17   cumplimiento delfin público en brindar un servicio eficiente al cantón, que es un deber del

18   Estado lo cual obliga alas instituciones a cumplir su rol y a no postergar sus obligaciones y

19   deberes dentro de la funciónpública.

20   NOVENO: El presente convenio, está apegado a los principios que regulan la funciónpública,

21   en la búsqueda de un máximo aprovechamiento de los recursos disponibles por el Estado a

22   través de sus instituciones, para el desarrollo sostenible, la investigación, y la administración

23   de los recursos disponibles, los cuales deben garantizar una mayor eficiencia y eficacia en la

24   ejecución de sus actividades de acuerdo con la normativa vigente y en apego al más estricto

25   y eficiente control.

26   DÉCIMO: Con el fin de fortalecer el Cantón de Siquirres, según la relación con la riqueza

27   natural y humana de la zona, es que la Constitución Política obliga a las Municipalidades y

28   a las instituciones públicas, a que se dupliquen los esfuerzos en aras de lograr ese equilibrio

29   entreel medio ambiente y el desarrollo humano de los habitantes y pobladores del Cantón.

30   DÉCIMO PRIMERO: Es deber y obligación del Estado a través de todas las instituciones,
                                                                                                   32
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                              MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   ordenar, controlar, supervisar y ahorrar al máximo recursos y esfuerzos, simplificar trámites

 2   y procesos, y administrar con eficiencia todos los recursos que se le asignen de cualquier

 3   índole que sean, en aras de lograr el desarrollo sostenible del Cantón de Siquirres, en total

 4   armonía conel medio ambiente y brindando seguridad jurídica a los administrados de la

 5   zona.

 6   DÉCIMO SEGUNDO: En cumplimiento del artículo 22 de la Ley 7788 del 23 de abril de

 7   1998,Ley de Biodiversidad y del artículo 8 inciso b) y 12 inciso q) del Reglamento a la Ley

 8   de Biodiversidad según Decreto Ejecutivo N°34433-MINAE publicado en La Gaceta N°68

 9   del 08 deabril de 2008 y de conformidad con los artículos 90 inciso e) y 92 de la Ley

10   General de la Administración Pública, Ley N°6227 publicada en La Gaceta N° 102 del 30

11   de mayo de 1978; elCONAC mediante acuerdo N°9 de la Sesión Extraordinaria N°8-2008,

12   celebrada el 9 de diciembre del 2008 delega en el Secretario Ejecutivo del SINAC la firma

13   de todos aquellos Convenios aprobados por este Consejo.

14   DÉCIMO TERCERO: En cumplimiento del artículo 22 de la Ley de Biodiversidad N°

15   7788, publicada en La Gaceta del 27 de mayo de 1998 y de los artículos 8 inciso b) y 12

16   inciso q) del Reglamento a la Ley de Biodiversidad Decreto Ejecutivo N° 34433-MINAE,

17   publicado en la Gaceta N° 68 del 08 de abril de 2008 y de conformidad con los artículos 90

18   inciso e) y 92 de la Ley General de Administración Pública, Ley N° 6227, publicada en la

19   Gaceta N°102 del 30 de mayo de 1978, el CONAC, mediante acuerdo N°7 de la Sesión

20   Ordinaria N°04-2021 realizada el 13 de abril del 2021, aprobó en Firme y Unánime, la

21   celebración del presente Convenio.

22   DECIMO CUARTO: Mediante acuerdo N° _________, de la sesión ordinaria N°

23   ____________del Concejo Municipal de Siquirres, celebrado el día__________

24   de________del 2021; se acordó: Autorizar al señor Alcalde Municipal a firmar el presente

25   convenio MINAE-SINAC y la Municipalidad de Siquirres, previamente conocido por este

26   órgano colegiado, a efecto de formalizar un espacio para una oficina a los funcionarios de

27   SINAC-ACLAC y cooperación mutua.

28                               POR TANTO, CONVENIMOS:

29   Suscribir el presente Convenio Específico de Cooperación, el cual se regirá por las

30   siguientes cláusulas y la legislación nacional vigente:
                                                                                                33
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                              MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   PRIMERA: OBJETIVO

 2   Este convenio tiene como objetivo establecer las relaciones de cooperación y las

 3   responsabilidades de las partes para apoyar la comunidad a la luz de la reforma del artículo

 4   39 de la Ley de Biodiversidad N°7788, referente a los programas de capacitación o

 5   instrucción técnica a las comunidades en la zona de influencia de las ASP, con el fin de

 6   impulsar la reactivación económica del cantón de Siquirres, como respuesta a la crisis

 7   generada por el COVID-19.

 8   SEGUNDA: COMPROMISOS DEL SINAC

 9   1. Colaborar con la Municipalidad de Siquirres en la identificación de destinos turísticos

10   potenciales en el cantón de Siquirres (embalses, laguna Bonilla Bonillita, laguna del Cairo,

11   Barra de Pacuare, Barra de Parismina, entre otros) para la generación de encadenamientos

12   turísticos en las diferentes comunidades en atención a lo estipulado en el artículo 39 de la

13   Ley de Biodiversidad N°7788.

14   2. Elaborar un mapeo de emprendimientos en el cantón de Siquirres, como línea base para

15   el desarrollo de encadenamientos turísticos y posibles oferentes de Servicios y actividades

16   no Esenciales en apego al artículo 39 de la Ley de Biodiversidad 7788.

17   3. Apoyar a la Municipalidad de Siquirres en la formación de organizaciones comunales

18   que puedan ofrecen Servicios y actividades no Esenciales según lo estipulado en el al

19   artículo 39 de la Ley de Biodiversidad 7788.

20   4. Apoyar a la Municipalidad de Siquirres en la elaboración del Plan de motivación e

21   impulso empresarial turístico en el cantón de Siquirres, como respuesta a la pandemia por

22   COVID- 19 “Siquirres, Corazón del Caribe”; aprovechando las oportunidades establecidas

23   en el artículo 39 de la Ley de Biodiversidad N°7788.

24   5. Apoyar en la medida de sus posibilidades en las gestiones de capacitación de guías

25   turísticos tradicionales indígenas con el INA, ICT, TEC, según los planes de manejo de las

26   ASP de la región.

27   6. Apoyar en la medida de sus posibilidades a La Municipalidad de Siquirres en acciones

28   de mitigación en caso de derrames de hidrocarburos, especialmente en lo referente a

29   protección de flora y fauna acuática.

30   7. Apoyar en la medida de sus posibilidades a la Municipalidad de Siquirres en la
                                                                                               34
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                              MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   implementación deplanes de gestión ambiental.

 2   TERCERA: COMPROMISOS DE LA MUNICIPALIDAD.

 3   1. Apoyar en la medida de sus posibilidades al SINAC en la apertura y mantenimiento de

 4   caminos de acceso a las ASP.

 5   2. Facilitar en la medida de sus posibilidades, material de construcción y maquinaria, para

 6   la mejora de infraestructura en ASP y comunidades aledañas que permita la operación de

 7   emprendimientos comunales asociados al turismo sostenible en ASP.

 8   3. Colaborar a través de su red de equipos voluntarios, en la ejecución de proyectos en

 9   ASP.

10   4. Ofrecer acompañamiento, seguimiento y monitoreo de iniciativas turísticas locales y que

11   ofrecen servicios en el marco del artículo 39 de la Ley de Biodiversidad N°7788.

12   5. Desarrollar el Plan de motivación e impulso empresarial turístico en el cantón de

13   Siquirres, como respuesta a la pandemia por COVID-19 “Siquirres, Corazón del Caribe”

14   en el marco del artículo 39 de la Ley de Biodiversidad N°7788.

15   CUARTA: COMPROMISOS CONJUNTOS

16   1. Definir en forma conjunta las necesidades y prioridades de interés mutuo, para el

17   cumplimiento del objetivo del presente convenio.

18   2. Planificar y coordinar la ejecución de acciones, desarrollo de programas y proyectos que

19   lleven a la consecución del objetivo del presente convenio.

20   3. Proveer el apoyo técnico y logístico para realizar las acciones acordadas en el presente

21   convenio, lo anterior bajo parámetros de proporcionalidad, razonabilidad y colaboración.

22   4. Evaluar la ejecución del presente convenio previo acuerdo entre las partes una vez que

23   inicie su ejecución. No obstante, deberá de darse al menos una evaluación final, tres meses

24   antes de operar término del convenio y previo a su prorroga.

25   QUINTA: AUTORIDADES RESPONSABLES.

26   Las autoridades responsables del presente convenio serán por parte de la Municipalidad de

27   Siquirres el señor Alcalde y por parte del SINAC el Director Ejecutivo.

28   SEXTA: DIVERGENCIAS Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

29   En caso de conflicto entre las partes, sobre alguna de las disposiciones contenidas en este

30   convenio o respecto a la ejecución de este, este podrá ser resuelto, en primera instancia por
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 1   las autoridades responsables establecidas en este Convenio. Será obligación de las

 2   autoridades responsables determinar, de mutuo acuerdo, los mecanismos para la solución de

 3   la controversiaconforme con la legislación vigente.

 4   SETIMA: MECANISMOS DE EJECUCIÓN

 5   Con el objeto de supervisar la correcta ejecución del presente convenio, velar por el cabal

 6   cumplimiento de todas y cada una de las responsabilidades de las partes, así como gestionar

 7   y facilitar la coordinación de todos los aspectos técnicos y administrativos que se requieren,

 8   se establecen los siguientes mecanismos de ejecución:

 9   Las partes nombraran un(a) Coordinador(a). Para todos los aspectos legales y

10   administrativos, se notificará a las personas nombradas coma coordinadores con copia a las

11   Autoridades Responsables. Serán por parte del ACLA-C el señor Director y por la

12   Municipalidad de Siquirres la persona que ocupe el puesto de Primer Vice Alcalde

13   Municipal.

14   OCTAVA: DE LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO

15   El presente Convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo, por iniciativa de alguna de

16   las Partes, previa solicitud por escrito, mediante la celebración por escrito de una adenda,

17   para ello, la parte interesada en efectuar la modificación remitirá la propuesta a la otra Parte,

18   y esta última, tendrá hasta un (1) mes después de notificado para manifestarle sobre lo que

19   corresponda.

20   NOVENA: CAUSALES DE DISOLUCIÓN DEL CONVENIO

21   En caso de incumplimiento por alguna de las Partes a las obligaciones establecidas en el

22   presente convenio, se podrá resolver el mismo unilateralmente, para lo cual la Parte

23   interesada deberá comunicar su decisión por escrito a la otra Parte.

24   De igual manera, por razones de interés público, caso fortuito o fuerza mayor debidamente

25   acreditada o de conveniencia; cualquiera de las Partes podrá solicitar rescindir el presente

26   convenio, para lo cual deberá comunicarlo y notificarlo a la otra parte con tres (3) meses de

27   anticipación. No obstante, los proyectos y acciones que se deriven y se estén ejecutando al

28   momento de la rescisión deberán continuar hasta su finalización satisfactoriamente.

29   DÉCIMA: VIGENCIA

30   El presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años, podrá prorrogarse por períodos
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 1   igualeso menores, previo acuerdo por escrito de las partes, con tres (3) meses de antelación

 2   al plazo devencimiento y previa evaluación de resultados.

 3   DECIMA PRIMERA: ESTIMACIÓN

 4   La cuantía del SINAC en el presente convenio es de 8.000.000,00 millones de colones

 5   anuales y corresponde al salario de un profesional en Turismo del Área de Conservación,

 6   así como la estimación en equipo y otros recursos del ACLAC. Por su parte, la cuantía de la

 7   Municipalidad es de aproximadamente 8.000.000,00 millones de colones también,

 8   correspondientes al aporte de personal, combustibles, viáticos y equipo de su personal.

 9   DÉCIMA SEGUNDA: NOTIFICACIONES

10   Para efectos de notificación las partes señalan:

11   SINAC: Área de Conservación La Amistad Caribe, Dirección Regional Limón. Fax: 2758-

12   6631. Correo: aclac.info@sinac.go.cr.

13   Copia: Dirección Ejecutiva del SINAC, San José, Barrio Tournón, Ave. 15, calle 1

14   Tel. Central: (506)2522-6500 / 2522-6666 ext. 000 • Fax: (506)0000-0000 • Apdo.: 11384-

15   1000.

16   MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES:                        En        sus oficinas,     ubicadas en

17   Siquirres, teléfono: 2768-6266, ext 103, correo: alcaldia@siquirres.go.cr.

18   Cualquier notificación, solicitud, informe u otra comunicación presentada por cualquiera

19   de lasPartes en este instrumento, deberá realizarse de forma escrita en el lugar indicado.

20   DÉCIMA TERCERA: NORMAS SUPLETORIAS

21   En todo lo no previsto en el presente convenio regirá supletoriamente la normativa interna

22   de cada institución, las leyes aplicables y los principios generales que rigen el ordenamiento

23   jurídicoadministrativo.

24   Leído lo escrito y estando conforme las partes, se firma en la ciudad de al ser las horas del

25   de del año dos mil veintiuno.

26

27

28           Rafael Ángel Gutierrez Rojas                          Mangell Mc Lean Villalobos

29            Director Ejecutivo. SINAC                                 Alcalde Municipal

30   2.-Moción presentada por el Sr. Randall Black Reid/Regidor propietario y presidente del
                                                                                                  37
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 1   Concejo Municipal de Siquirres, que textualmente cita: ------------------------------------------

 2                                                 Moción:

 3                       Autorización al Alcalde Municipal para la firma de

 4      CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO VUI

 5                           PROCOMER –MUNICIPAL DE SIQUIRRES

 6                                          CONSIDERANDO

 7   PRIMERO: Con fundamento en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, 2, 4

 8   incisos c) y f), 7 y 13 inciso e), es facultad de la Municipalidad de Siquirres por medio del

 9   Concejo Municipal la celebración de convenios con el fin de velar por la adecuada

10   administración de los intereses locales.

11   SEGUNDO: Atendiendo al interés público que implica la atracción de inversión extranjera directa

12   que demanda la implementación de medidas de facilitación y simplificación de trámites, requisitos y

13   procedimientos relacionados con la instalación y operación de las empresas en nuestro país; el proyecto

14   de la VUI (Ventanilla Única de Inversión) fue declarado como de interés público. Siendo que las

15   ventanillas únicas constituyen un mecanismo efectivo para elevar la productividad y la

16   competitividad Resulta estratégico y de vital Importancia para el país, la implementación de un

17   sistema que facilite la instalación formal de las empresas en Costa Rica, así como su operación bajo el

18   Régimen de Zonas Francas, de manera que constituya un instrumento que contribuya con el aumento

19   de la competitividad del país, la facilitación de la atracción de la inversión extranjera directa y la

20   generación de empleo.

21   TERCERO: En virtud del principio de coordinación administrativa, todas las dependencias

22   que conforman la Administración Pública están obligadas a adoptar e implementar todas

23   aquellas medidas requeridas para organizar y armonizar sus actuaciones con el propósito que

24   la gestión administrativa sea lo más célere, eficiente y efectiva posible, en beneficio del

25   administrado.

26   CUARTO: Conforme a los considerandos anteriores, la Municipalidad de Siquirres podrá

27   realizar actividades conjuntamente con PROCOMER en beneficio para el correcto

28   desarrollo del proyecto de la VUÍ, tendientes a simplificar trámites, brindar seguridad

29   jurídica, celeridad en la actuación administrativa, atracción de inversión nacional y

30   extranjera, así como mejorar y automatizar procesos en beneficio de los ciudadanos y la
                                                                                                         38
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 1   generación de empleos de calidad.

 2                                            POR TANTO:

 3   Se presenta la siguiente moción para que el honorable Concejo Municipal tome el siguiente

 4   acuerdo definitivamente aprobado, en firme y dispensado de todo trámite de comisión.

 5   El Concejo Municipal de Siquirres, autoriza al señor Alcalde Municipal a firmar el convenio

 6   entre el CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO VUI

 7   PROCOMER –MUNICIPAL DE SIQUIRRES.

 8   Convenio el cual, adjunta a esta moción y se incorpora al acuerdo. Trasládese en forma

 9   inmediata este acuerdo a la Administración para su ejecución.

10

11

12

13

14

15

16   ACUERDO N° 1538-17-06-2021

17   Sometido a votación se aprueba la Moción presentada por el Sr. Randall Black Reid/Regidor

18   propietario y presidente del Concejo Municipal de Siquirres, por lo tanto el Concejo

19   Municipal de Siquirres acuerda: Autorizar al señor Alcalde Municipal a firmar el convenio

20   entre el CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO VUI

21   PROCOMER –MUNICIPAL DE SIQUIRRES. Convenio el cual, adjunta a esta moción y

22   se incorpora al acuerdo. Trasládese en forma inmediata este acuerdo a la Administración

23   para su ejecución. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y EN FIRME.

24   VOTAN A FAVOR: Black Reid, Stevenson Simpson, Alvarado Muñoz, Jara Vega, Cruz

25   Villegas, Allen Mora, Cedeño Rojas. -----------------------------------------------------------------

26   Se deja constancia que se inserta el convenio antes mencionado en la moción, que dice

27   textualmente:

28     CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO VUI

29                         PROCOMER –MUNICIPAL DE SIQUIRRES

30   Entre nosotros, la PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
                                                                                                       39
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                              MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   (en adelante, “PROCOMER”), cédula de persona jurídica número 3-007-196350,

 2   representada en este acto por el señor PEDRO BEIRUTE PRADA, mayor, divorciado,

 3   abogado y administrador, vecino de San José, portador de la cédula de identidad número 1-

 4   886-408, en su condición de GERENTE GENERAL; y la MUNICIPALIDAD DEL

 5   CANTÓN SIQUIRRES, entidad autónoma con domicilio en SIQUIRRES, cédula de

 6   persona jurídica número 3-014-042126, en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”,

 7   representada en este acto por MANGELL MC LEAN VILLALOBOS, mayor, casado,

 8   Licenciado en Docencia, vecino de Siquirres, con cédula de identidad número 7-0133-0745,

 9   en mi condición de ALCALDE MUNICIPAL según elección popular realizada el 02 de

10   febrero del año dos mil veinte, para el período 2020 – 2024, declaratoria que fue publicada

11   en el diario oficial La Gaceta número 44 del jueves 5 de marzo del año 2020, en ejercicio de

12   las facultades que como REPRESENTANTE LEGAL le confiere el Código Municipal, para

13   los efectos de la firma del presente acuerdo, conforme al acuerdo dictado por el Concejo

14   Municipal de Siquirres que infra se indica. Asumiendo con ello toda responsabilidad y

15   compromiso que de este acto deriven, en nombre de nuestras representadas acordamos

16   suscribir el presente CONVENIO, con fundamento en los numerales 2, 4 f), 5, 7, 84, 108 y

17   concordantes del Código Municipal, así como por los antecedentes y clausulado que a

18   continuación se describen:

19                                       ANTECEDENTES

20   I. PROCOMER es una entidad pública de carácter no estatal, encargada de diseñar

21   programas relativos a las exportaciones e inversiones, en beneficio del sector exportador

22   costarricense y de las pequeñas y medianas empresas exportadoras o con potencial

23   exportador, según lo establecido al efecto en los incisos a) y f) del artículo 8 de la Ley de

24   Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de

25   Costa Rica, No.7638.

26   II.   De conformidad con el artículo 4 inciso k) de la Ley del Régimen de Zona Franca,

27   No°7210 y sus reformas, en relación con el artículo 8 Inciso e) Ley de Creación del

28   Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica,

29   N°7638 y sus reformas, PROCOMER se encuentra plenamente facultada para ejecutar

30   todos aquellos actos lícitos que sean necesarios para cumplir con sus fines.
                                                                                                40
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 1   III.   En Costa Rica los flujos de inversión extranjera directa han sido una fuente de

 2   financiamiento de gran importancia en los últimos años, con una incidencia inmediata en

 3   la creación de empleos directos e indirectos y un incremento en la oferta exportable.

 4   IV.    Debido a lo anterior, el ámbito del comercio exterior y en especial de la atracción

 5   extranjera directa, demandan medidas de facilitación y simplificación de trámites,

 6   requisitos y procedimientos relacionados con la instalación y operación de las empresas en

 7   nuestro país.

 8   V.      De conformidad con el inciso l) del artículo 4 de la Ley del Régimen de Zonas

 9   Francas, Ley No. 7210, PROCOMER está facultada para administrar un sistema de

10   ventanilla única de inversión que centralice los trámites y permisos que deben cumplir las

11   empresas que deseen establecerse y operar en el territorio nacional. Con base en ello,

12   PROCOMER actualmente lidera el desarrollo e implementación del proyecto de la

13   Ventanilla Única de Inversión (‘VUI") para la creación de una plataforma electrónica,

14   integrada y centralizada, de todos los procesos y trámites requeridos por las empresas para

15   instalarse, operar y funcionar formalmente, en Costa Rica.

16   VI.     El proyecto de la VUI fue declarado como de interés público y nacional mediante

17   el Decreto Ejecutivo No. 40035-MP-CÓMEX, y su reglamento de organización se

18   estableció en el Decreto Ejecutivo No. 40103-MP-CQMEX-H-S-MINAE-MAG-MGP-

19   ft/IEIC, ambos debidamente publicados en el Diario Oficial La Gaceta No. 68, del 19 de

20   abril de 2018.

21   VII.    Los artículos 1 y 2 de la indicada declaratoria establecen lo siguiente:

22          “Artículo 1.- Se declaran de interés público y nacional todas las acciones

23          actividades e iniciativas desarrolladas en el marco de la planificación,

24          financiamiento, regulación implementación y funcionamiento del Sistema de

25          Ventanilla Única de Inversión a cargo de los órganos y entes públicos que lo

26          llegaren a conformar. Esta declaratoria comprende todas las actividades

27          preparatorias relacionadas con la organización, promoción, impulso y apoyo de

28          dicho proyecto país."

29          "Articulo 2.- Se insta a la Administración Central y Descentralizada para que,

30          dentro del marco de sus competencias y en estricto apego al ordenamiento jurídico,
                                                                                                 41
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 1           brinden todas las facilidades y cooperación requeridas para la correcta, exitosa,

 2           eficaz y eficiente realización de las actividades descritas en el artículo anterior."

 3   VIII.   De conformidad con el inciso I) del artículo 4 de la Ley del Régimen de Zonas

 4   Francas, Ley N° 7210, las instituciones públicas que intervengan en los trámites y permisos

 5   que deben cumplir las empresas que deseen establecerse y operar en Costa Rica "estarán

 6   obligadas a prestar su colaboración a la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica y a

 7   acreditar a representantes con suficientes facultades de decisión. En lo pertinente, estas entidades

 8   podrán delegar sus atribuciones en forma temporal o permanente, en los funcionarios de la

 9   ventanilla”.

10   En virtud del principio de coordinación administrativa, todas las dependencias que

11   conforman la

12   IX.      Administración Pública están obligadas a adoptar e implementar todas aquellas

13   medidas requeridas para organizar y armonizar sus actuaciones con el propósito que la

14   gestión administrativa sea lo más célere, eficiente y efectiva posible, en beneficio del

15   administrado.

16   X.       Las ventanillas únicas constituyen un mecanismo efectivo para elevar la

17   productividad y la competitividad de un país en términos de comercio exterior, por lo que

18   la implementación exitosa de una ventanilla única, contribuye de manera significativa a la

19   reducción de tiempos y costos de transacción asociados con el inicio de operaciones de las

20   empresas que deseen instalarse en el país, promueve y mejora la coordinación

21   interinstitucional de la administración pública, y conlleva importantes mejoras en la

22   transparencia de los procesos.

23   XI.      Resulta estratégico y de vital Importancia para el país, la implementación de un

24   sistema que facilite la instalación formal de las empresas en Costa Rica, así como su

25   operación bajo el Régimen de Zonas Francas, de manera que constituya un instrumento que

26   contribuya con el aumento de la competitividad del país, la facilitación de la atracción de

27   la inversión extranjera directa y la generación de empleo.

28   XII.     Conforme a los considerandos anteriores, la Municipalidad de Siquirres realizará

29   actividades conjuntamente con PROCOMER que son de beneficio para el correcto

30   desarrollo del proyecto de la VUÍ, tendientes a simplificar trámites, brindar seguridad
                                                                                                      42
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 1   jurídica, celeridad en la actuación administrativa, atracción de inversión nacional y

 2   extranjera, así como mejorar y automatizar procesos en beneficio de los ciudadanos y la

 3   generación de empleos de calidad, todo lo cual que se encuentra alineado con los objetivos

 4   estratégicos de ambas Partes.

 5   XIII.   El contenido de este convenio fue aprobado por la Junta Directiva de PROCOMER,

 6   en la sesión número 363-2019 de fecha 22 de julio del 2019, así como también por el

 7   Acuerdo Municipal No.                tomado en Sesión Ordinaria No.       por el Concejo

 8   Municipal de Siquirres de fecha              de           del año 2021.

 9                                        CLAUSULADO

10    CLÁUSULA PRIMERA: DEFINICIONES:

11   1.1 PLATAFORMA VUI: Se entiende como un sistema integrado y centralizado, de todos

12       los procesos y trámites requeridos por las empresas para instalarse formalmente, operar

13       y funcionar en Costa Rica, según las competencias de las diferentes instituciones de la

14       Administración Pública.

15   1.2 CASO FORTUITO: El caso fortuito es un hecho humano, ajeno al presunto

16       responsable, de carácter imprevisible que, a pesar de haber actuado con la diligencia

17       debida, imposibilite total o parcialmente a alguna de las Partes para cumplir con las

18       obligaciones establecidas en el presente convenio, tales como incendios, vandalismo,

19       conmoción civil, revolución, sabotaje, entre otros.

20   1.3 FUERZA MAYOR: La fuerza mayor es un acontecimiento que no puede preverse o

21       que, previsto, no puede evitarse. Ciertos hechos pueden ser citados como típicos de

22       fuerza mayor, por ejemplo, los fenómenos atmosféricos y naturales como terremotos,

23       tempestades, inundaciones, crecidas, lluvias, rayos, incendios, etc. Es un hecho de la

24       naturaleza previsible pero inevitable.

25   1.4 CERTICADO DE USO DE SUELO. Es un documento que emite la autoridad

26       competente, donde se le informa qué uso se le podría dar a un inmueble considerando

27       características específicas según su ubicación geográfica, y de conformidad con lo

28       establecido por las autoridades del Cantón de conformidad con la normativa que rige la

29       materia. Se entiende que los términos resolución municipal de ubicación, resolución de

30       ubicación, o cualquier otro resulta equivalente.
                                                                                              43
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                               MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

 1   1.5 LICENCIA DE PATENTE: La autorización que previa solicitud del interesado,

 2       concede un ente municipal, para ejercer cualquier actividad lucrativa en su jurisdicción,

 3

 4    CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO. El objeto del presente convenio consiste en el

 5    compromiso de ambas partes para implementar y adoptar por parte de la Municipalidad de

 6    Siquirres, la Plataforma VUI, a fin de ejecutar los diferentes trámites municipales que las

 7    condiciones tecnológicas y la Plataforma VUI permitan, en beneficio de las partes y de las

 8    personas físicas y jurídicas interesadas en realizar dichos trámites.

 9   Este mecanismo digital permitirá el pago, la transferencia y acreditación del monto

10   determinado por concepto de los timbres municipales y del impuesto asociado a la patente

11   municipal, así como del uso de suelo, actos que se constituyen como requisitos obligatorios

12   para la apertura de una empresa y el ejercicio de la actividad lucrativa.

13   CLÁUSULA TERCERA: COMPROMISOS DE PROCOMER. Dentro del ámbito de

14   sus competencias, posibilidades técnicas y legales PROCOMER, se compromete a lo

15   siguiente:

16   3.1.    Administrar la aplicación tecnológica en la plataforma VUI, que permita el pago

17   electrónico de los montos determinados en la cláusula anterior.

18   3.2.    Realizar el mantenimiento y soporte necesarios a la aplicación tecnológica en la

19   plataforma VUI descrita en el punto anterior, con el fin de garantizar su efectivo

20   funcionamiento, salvo circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito.

21   3.3.    Procurar la implementación de mejoras en las tecnologías de la información, en la

22   plataforma VUI, que permitan incrementar el nivel de calidad del servicio ofrecido.

23   3.4.    Realizar mediante la intervención de un ente del Sistema Financiero y Bancario

24   Nacional, supervisado por la Superintendencia General de Entidades Financieras, el cobro

25   en nombre y por cuenta de la MUNICIPALIDAD, a los usuarios de la plataforma VUI, de

26   los montos determinados en la cláusula dos, a través de los diferentes medios de pago que

27   disponga la plataforma, en primera instancia se habilitará el pago por medio de

28   transferencias SINPE, así como también, por medio de tarjeta de crédito o débito. En caso

29   de que la plataforma habilite otros medios de pago, estos se incluirán vía anexo a este

30   acuerdo, previo acuerdo entre los respectivos administradores.
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 1   CLÁUSULA CUARTA: COMPROMISOS DE LA MUNICIPALIDAD. Dentro del

 2   ámbito de sus competencias, posibilidades técnicas y legales la MUNICIPALIDAD, se

 3   compromete a lo siguiente:

 4   4.1.    Coordinar y apoyar a PROCOMER para lograr el cumplimiento del presente

 5   CONVENIO.

 6   4.2.    En la medida de sus posibilidades, aceptar las políticas de uso de la Plataforma VUI.

 7   4.3.    Utilizar la Plataforma VUI, en todos los siguientes procesos internos de la

 8   MUNICIPALIDAD:

 9   4.3.1. Proceso Municipal de Servicio al Cliente.

10   4.3.2. Proceso Municipal de Uso de Suelo.

11   4.3.3. Proceso de inspección municipal como requisito al otorgamiento de la patente

12   comercial.

13   4.3.4. Proceso Municipal de Patente Comercial.

14   4.3.5. Los demás Procesos Municipales que se puedan incorporar en el futuro.

15   4.4.    Brindar apoyo al objeto del presente convenio, con funcionarios relacionados con

16   los procesos de tramitología, con el fin de que sean capacitados en el uso del sistema

17   informático por parte de PROCOMER.

18   4.5.    Nombrar un representante, encargado de la coordinación, ejecución, evaluación y

19   seguimiento del presente convenio. Dicho representante podrá coordinar y definir

20   procedimientos de enlace y aspectos administrativos con el fin de garantizar la ejecución e

21   implementación, así como la buena marcha de los objetivos establecidos en el presente

22   Convenio. La revocación o sustitución de los funcionarios designados, así como el

23   nombramiento de encargados adicionales, debe notificarse por a PROCOMER con al

24   menos tres días naturales de anticipación. En esos casos, la MUNICIPALIDAD deberá

25   realizar por su propia cuenta la capacitación necesaria de los otros funcionarios que designe,

26   a efectos de no distorsionar los objetivos, la calidad, eficiencia y el servicio célere que se

27   pretende alcanzar mediante la suscripción del presente documento.

28   4.6.    Aceptar la intervención del ente del Sistema Financiero y Bancario Nacional que

29   PROCOMER determine, para realizar el cobro de los montos determinados en la cláusula

30   segunda, en nombre y por cuenta de la MUNICIPALIDAD a los usuarios de la plataforma
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 1   VUI.

 2   4.7.    En este acto, acepta que se realice la acreditación de los montos determinados en la

 3   cláusula segunda, de la siguiente manera: VUI manejará –por el momento y sin perjuicio

 4   de incluir otras modalidades- dos modalidades de pago, la primera vía SINPE y la segunda,

 5   por medio de tarjeta de crédito o débito. Para ambas modalidades el dinero captado por

 6   concepto de trámites de la Municipalidad será depositado a una cuenta bancaria de dicha

 7   institución. En el caso de SINPE el dinero será acreditado a las 11:59 p.m. del día de la

 8   transacción, en el caso en el pago de tarjeta de crédito y débito, será acreditado en 2 días

 9   aproximadamente.

10   4.8.    Comunicar formalmente a PROCOMER, dentro de un plazo no mayor a treinta días

11   naturales, cualquier modificación de los montos determinados de conformidad con la

12   cláusula segunda de este convenio.

13   4.9.    Proporcionar la cuenta IBAN a la cual el ente financiero correspondiente realizará

14   por medio de transferencia del monto indicado, según los términos de este acuerdo.

15   4.10. Fomentar, promocionar y divulgar particularmente dentro de sus usuarios la

16   utilización de la plataforma VUI.

17   CLÁUSULA QUINTA: DE LOS PAGOS. La MUNICIPALIDAD y PROCOMER

18   autorizan, para que uno o más bancos del Sistema Financiero Nacional compartan

19   información, en formato electrónico, con la plataforma VUI, y éste a su vez con la

20   MUNICIPALIDAD cuando ésta lo requiera, en lo referente a la recaudación de fondos de

21   todo trámite para apertura de empresa.

22   Es entendido que el pago de impuestos, tasas, contribuciones, timbres, y de cualquier otro

23   tributo que se requiera, podrá ser realizada en forma electrónica utilizando la plataforma

24   VUI, siempre y cuando exista la conexión necesaria entre la MUNICIPALIDAD y el Banco

25   y un convenio que así lo sustente.

26   Cuando se realicen los pagos mencionados a través la plataforma VUI, las partes declaran

27   conocer y aceptar que por la prestación de este servicio el (los) Banco (s) cobrará(n)

28   comisiones, las cuales deberán ser asumidas por la MUNICIPALIDAD o por quien ésta

29   defina en los términos establecidos en la CLÁUSULA CUARTA. En ese sentido,

30   PROCOMER no asumirá ninguna responsabilidad derivada de esas relaciones jurídicas, ya
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 1   sea por el pago o por la insuficiencia en la prestación de los bienes o servicios del Banco.

 2   En caso de que se incumplan las obligaciones antes señaladas, PROCOMER podrá

 3   suspender o cancelar la prestación del servicio sin responsabilidad alguna.

 4   De igual forma, es entendido que cualquier reclamo que surgiere en virtud del pago de

 5   comisiones por parte de quien se considerará afectado, deberá ser asumido por la

 6   MUNICIPALIDAD o por el Banco respectivo, por lo que se declara y acepta expresamente

 7   que se releva a PROCOMER absolutamente de toda responsabilidad.

 8   CLÁUSULA SEXTA: DE LOS USUARIOS. Es entendido que PROCOMER generará

 9   usuarios y claves para que los funcionarios municipales puedan ingresar a la plataforma

10   VUI, y ejerzan su función, en lo que respecta a cualquier trámite necesario para la de

11   apertura de una empresa.

12   Una vez que sean entregadas las claves de acceso a las personas autorizadas, será

13   responsabilidad exclusiva del funcionario y/o de la Municipalidad la utilización que se

14   brinde a la misma, asumiendo toda la responsabilidad si por descuido» por su decisión o

15   por acciones de terceros, fuere de conocimiento y de acceso de otras personas ajenas a la

16   Municipalidad. La Municipalidad será responsable del uso o mal uso que se brinde a las

17   claves de acceso, así como de los costos y gastos en que se incurra por el mal uso del

18   sistema.

19   CLÁUSULA SÉTIMA: DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. PROCOMER

20   pondrá en conocimiento a la MUNICIPALIDAD y de las instituciones una guía de uso del

21   sistema informático que sea desarrollado como producto de los objetivos del presente

22   convenio, la cual abordará como mínimo los siguientes temas:

23          Descripción del sistema

24          Procedimiento de ingreso al sistema

25          Forma de ingresar los datos al sistema

26          Modificación de datos en el sistema

27   La adecuación y modificación en el futuro de esas pautas quedará a cargo de

28   PROCOMER, siendo que informará oportunamente a la MUNICIPALIDAD de los

29   cambios realizados. La MUNICIPALIDAD deberá comunicar por los medios que estime

30   pertinentes esa información, tanto a sus funcionarios como a los administrados, en
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 1   aplicación de la publicidad de los trámites administrativos que rige en nuestro

 2   ordenamiento jurídico.

 3   CLÁUSULA OCTAVA: DE LAS PRUEBAS. Las partes deberán realizar pruebas

 4   funcionales del sistema, previo a su puesta en producción definitiva. PROCOMER

 5   facilitará a la MUNICIPALIDAD una clave de acceso al sistema, con el fin que los

 6   departamentos encargados de la tramitología puedan analizar y revisar la documentación

 7   a través del sistema VUI. Este procedimiento se pondrá en funcionamiento cuando la

 8   MUNICIPALIDAD haya comprobado que funciona en forma satisfactoria.

 9   CLÁUSULA NOVENA: DE LOS CAMBIOS TECNOLÓGICOS. En caso de que

10   PROCOMER realice mejoras o cambios tecnológicos relacionados con el servicio objeto

11   de este convenio, lo comunicará a la contraparte por medio del enlace institucional, a fin de

12   que ésta se adecúe a los mismos y tome las medidas que considere pertinentes. En caso de

13   que esos cambios generen la imposibilidad de ejecución de este convenio, se releva a LA

14   MUNICIPALIDAD de cualquiera responsabilidad indicada en este documento.

15   CLÁUSULA DÉCIMA: DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD. Todos los trabajos y

16   servicios que implique este convenio deberán apegarse en todo momento a las normas,

17   políticas y procedimientos de seguridad que establezca PROCOMER; antes o durante la

18   ejecución de este convenio.

19   La asignación de permisos para el acceso del servicio objeto de este convenio por parte de

20   la Municipalidad, recae en el funcionario designado como su enlace.

21   PROCOMER podrá efectuar en la solución tecnológica los mecanismos de auditoría que

22   estime pertinentes y monitorear, en cualquier momento, los registros de las consultas, a fin

23   de verificar el cumplimiento de lo estipulado en este convenio. Dichos informes serán

24   compartidos con LA MUNICIPALIDAD cuando esta lo requiera.

25   CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: DEL HORARIO DE DISPONIBILIDAD Y

26   CONSULTAS. Salvo circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito o de carácter técnico

27   que impidan brindar el servicio, el horario de disponibilidad de VUI será de 7x24x365,

28   mientras que el horario de atención de incidentes será en días hábiles de 7:30 a.m. a 4:30

29   p.m., correo electrónico soportevui@procomer.com sin perjuicio de que se modifique

30   previa comunicación. La respuesta de incidentes será la más rápida posible y dependiendo
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 1   de la complejidad de la misma.

 2   CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: DE LAS MODIFICACIONES. Cualquier

 3   modificación esencial a los términos de este convenio deberá ser acordada por las partes

 4   mediante la celebración por escrito del respectivo Adendum. Caso contrario, de considerar

 5   los Administradores de CONVENIO, que las modificaciones que se requieran realizar no

 6   afectan sustancialmente el objeto propio del presente documento, podrán realizarlas bajo su

 7   entera responsabilidad, mediante simple intercambio de notas o adición de anexos, en el

 8   tanto informen de dicha situación a los jerarcas suscribientes y conste dentro del expediente

 9   respectivo que custodia cada entidad, que para el caso de PROCOMER corresponde a la

10   Dirección de Asesoría Legal y en el caso de la Municipalidad a la Dirección Administrativa

11   Financiera.

12   CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: Con el objeto de supervisar la correcta ejecución del

13   presente CONVENIO y velar por el cabal cumplimiento de todas y cada una de las

14   obligaciones de las partes, así como gestionar y facilitar la coordinación de todos los

15   aspectos técnicos y administrativos que se requieran, las partes nombran a los siguientes

16   administradores de Convenio:

17      -   PROCOMER nombra a MARCELA BROOKS CALDERON portador de la cédula

18          de identidad número 1-0812-0306, Directora de Asesoría Legal, teléfono 2505-4711

19          correo electrónico mbrooks@procomer.com: quien se encuentra en la obligación de

20          presentar informe final sobre el alcance del convenio compromisos.

21      -   La MUNICIPALIDAD nombra a KENDRAL ALLEN MAITLAND, portador de la

22          cédula de identidad número 7-00187-0030, Director Administrativo Financiero,

23          teléfono   2768-6266      ext.   113   correo   electrónico   kendrall08@hotmail.es,

24          kallen@siquirres.go.cr quien se encuentra en la obligación de presentar un informe

25          sobre el cumplimiento de este acuerdo.

26   Las partes acuerdan que, en caso de sustitución de los Administradores del convenio supra

27   señalados, deberán informarlo previamente vía nota a la otra parte, debiendo suministrar los

28   datos y calidades correspondientes de quienes los sustituirán. De lo contrario, se entenderá

29   que los administradores aquí designados actuarán en este cargo durante todo el plazo

30   contractual.
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 1   CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: DEL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN.

 2   Ambas partes se obligan a que cualquier información de acceso irrestricto o de acceso

 3   restringido que le sea provista o a la que tenga acceso, relacionada con la base de datos de

 4   VUI, con la arquitectura tecnológica o de cualquier otra índole igualmente, la utilizara única

 5   y exclusivamente para los efectos propios de este convenio. La información se considerará

 6   como confidencial y así será tratada.

 7   PROCOMER se compromete a mantener la confidencialidad sobre cualquier información

 8   relacionada con la infraestructura o de cualquier otra clase referida a la Municipalidad, a la

 9   que tenga acceso.

10   La Municipalidad se compromete a tomar las medidas necesarias para proteger la

11   información del VUI y las instituciones participantes:

12   14.1    Impedir que personas ajenas al personal que sea estrictamente necesario para

13   brindar los servicios objeto de este convenio, tenga acceso a la información señalada.

14   14.2    No duplicar, transmitir, publicar o reproducir la información para efectos diferentes

15   a aquellos para los cuales le fue facilitada, e impedir que otros lo realicen. Se exceptúa de

16   esta regla aquella información que los usuarios de la Municipalidad requieran descargar

17   digitalmente o imprimir para dejar evidencia de la verificación hecha en la base de datos

18   registral, según los requisitos administrativos contemplados en sus sistemas de control

19   interno y bajo el entendido que esta excepción es sólo para esos fines.

20   14.3    Adoptar cualquier otra medida para proteger la información, razón por la cual la

21   lista anterior no es taxativa.

22   14.4    Asimismo, PROCOMER se compromete que los datos de los usuarios o clientes del

23   municipio únicamente serán utilizados para efectos del funcionamiento de la VUI, que no

24   existirá trasiego de datos personales hacia terceros, respetando el principio de

25   autodeterminación informativa, según lo establecido en la protección de datos personales

26   de acuerdo con la ley 8968, Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus

27   Datos Personales.

28   CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: DE LAS RELACIONES LABORALES. Queda

29    expresamente estipulado que no existe ninguna relación laboral entre el personal de

30   PROCOMER y el personal de la MUNICIPALIDAD, o viceversa; por lo tanto, cada de una
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 1   de las partes mantendrá el carácter de patrono hacia su personal y asumirá íntegramente la

 2   responsabilidad derivada de dicha relación y los riegos relacionados en sus respectivas

 3   labores, sin que exista ningún tipo de sustitución patronal según las condiciones antes

 4   señaladas.

 5   CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: DE LA NO EXCLUSIVIDAD. Nada de lo aquí

 6   dispuesto afectará en forma alguna el pleno derecho de PROCOMER o la Municipalidad,

 7   para establecer convenios similares con otras instituciones, lo anterior sin perjuicio en lo

 8   establecido en la cláusula 4.L de la ley de Zonas Francas (Ley 7210).

 9   CLÁUSULA DÉCIMA SÉTIMA: DERECHOS DE AUTOR. Queda entendido, que los

10   derechos de autor relacionados con la plataforma VUI, y los sistemas o software

11   relacionados con ésta corresponden en forma exclusiva a PROCOMER, siendo que la

12   utilización de estos se hace en virtud de este Convenio, por lo que se entiende que no le

13   confiere a la MUNICIPALIDAD ningún derecho, más que los establecidos en este

14   instrumento. En atención a lo interior, el sistema utilizado y cualquier bien material o

15   inmaterial que sea sujeto de derechos de propiedad intelectual, pertenecerá única y

16   exclusivamente a PROCOMÉR, por lo que la MUNICIPALIDAD no podrá alegar ningún

17   derecho proveniente del uso o posesión que ejerce sobre el sistema mientras se encuentre

18   vigente el presente convenio y deberá dejar de utilizarlo al finalizar el mismo.

19   De igual forma, cada parte se compromete a cumplir con las regulaciones que, en materia

20   de propiedad intelectual, se aplican según lo dispuesto en la Ley de Derechos de Autor y

21   Derechos Conexos N° 6683 del 14 de octubre de1982.

22   Por último, ambos entes reconocen y respetan el diseño de Jos productos propios de cada

23   uno, y que se empleen en la ejecución del presente convenio.

24   CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. INCUMPLIMIENTO Y SOLUCIÓN DE

25   DIVERGENCIAS.

26   Cualquier divergencia generada por las partes, se analizará primero por los respectivos

27   administradores del Convenio de Compromiso y de no encontrarse acuerdo, será sometido

28   a consideración por las autoridades suscribientes, para su resolución definitiva.

29   CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: TERMINACIÓN DEL ACUERDO. PROCOMER


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 1   y la MUNICIPALIDAD podrán dar por terminado el presente convenio, por razones de

 2   interés público, caso fortuito o fuerza mayor, o bien en caso de incumplimiento de alguna

 3   de las cláusulas, dando aviso por escrito a la otra parte con por lo menos ciento ochenta

 4   días naturales de antelación.

 5   CLÁUSULA VIGÉSIMA: EFECTOS: Las partes acuerdan, que los efectos del presente

 6   Convenio continuarán vigentes independientemente de que PROCOMER considere

 7   conveniente determinar mediante otras vías de ejecución, el cumplimiento de sus

 8   obligaciones ya sea a través de algún otro departamento o bien mediante alianzas estratégicas

 9   con sujetos del sector privado.

10   CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: DE LOS ANEXOS. Formarán parte integral del

11   presente documento los anexos que las partes incorporen al mismo.

12   CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA: ESTIMACIÓN. Por la naturaleza que reviste el

13   presente convenio, se determina de cuantía inestimable.

14   CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA: VIGENCIA. Este convenio, tendrá una vigencia

15   de cinco años, contados a partir de su firma, pudiendo prorrogarse automáticamente por

16   períodos iguales.

17   En aceptación de lo anterior, ambas partes firmamos haciendo uso de la firma digital

18   certificada.

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21

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23           Lic. Pedro Beirute Prada                             Lic. Mangell Mc Lean Villalobos

24           Gerente General                                                  Alcalde

25              PROCOMER                                              Municipalidad de Siquirres

26   Presidente Black Reid: Tiene la palabra la regidora Susana Cruz.------------------------------

27   Regidora Cruz Villegas: Buenas noches compañeros para convocar a la Comisión de

28   Ambiente para el próximo martes a la 04:00pm si Dios lo permite.------------------------------

29   Siendo las dieciocho horas, el señor presidente Randall Black Reid, da por concluida la

30   sesión. -----------------------------------------------------------------------------------------------------
                                                                                                               52
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 3   ____________________                       ________________________

 4   Sr. Randal Black Reid                       Licda. Jessica Weeks Tuker

 5         Presidente                           Secretaria Concejo Municipal a.i.

 6   *******************************UL***********************************

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