Ordinaria 21 · 2026-05-28
ORD.21-2026-28-05-2026.pdf · 69 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 21 del 2026-05-28 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
Acuerdos en esta acta
Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original. Incluye 2 acuerdo(s) sin número, marcados ~.
- ~ Acuerdo (pág. 56) · aprobado ra inmediata mientras no existan los insumos técnicos, financieros, contables y jurídicos indispensables para determinar la procedencia legal de cada …
- ~ Acuerdo (pág. 62) · firme · aprobado na. TERCERO: Advertir que la información requerida corresponde a información pública relacionada con la gestión institucional y el uso de recursos púb…
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA- VEINTIUNO - DOS MIL VEINTISÉIS- CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ- EL DÍA VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS- ALSER LAS DIECIOCHO HORAS QUINCE MINUTOS, CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA: REGIDORES PROPIETARIOS Carlos Alberto Barrenechea Martínez-Presidente del Concejo. Ivonne Patricia Espinoza Rosales-Vicepresidenta del Concejo. Maureen Contreras Arrieta Macdonald Espinoza Ruiz. Kenia María Vásquez Angulo. Carlos Alberto Moreno Arredondo. Cindy María Leal Cordero. REGIDURÍAS SUPLENTES Marjorie López Yong. Warner Rodríguez Angulo. Nery Imelda Valerin Duartes. Mauro Enrique Contreras Moreno. Mario André Madrigal Alfaro. Yarina Yamileth Arauz Barrantes. Lidia María Gómez Ramírez. SÍNDICOS PROPIETARIOS Flor Elena Castañeda Bonilla-Distrito Santa Cruz. Carlos Andrés Lara Ramírez-Distrito Bolsón. Katia Rodríguez Gutiérrez-Distrito Veintisiete de Abril. María Eunice Moraga Duarte-Distrito Tempate. José Basilio Bustos Angulo-Distrito Cartagena. Edwin Gómez Corea-Distrito Cuajiniquil. Trino Barrantes Pérez-Distrito Diriá. Balbino López Arrieta-Distrito Cabo Velas. Martin Héctor Barrantes Vásquez- funge por Jeannette Huertas López-Distrito Tamarindo.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
SÍNDICOS SUPLENTES:
Ileana Fonseca Matarrita-Distrito Bolsón.
Yorhany Pizarro López-Distrito Veintisiete de Abril.
Johny ríos Cerdas-Distrito Tempate.
Evelyn Adriana Gutiérrez García-Distrito Cartagena.
Yeimy Giselle Valerin Rodríguez-Distrito Cuajiniquil.
Hazel Ramírez Villarreal-Distrito Diriá.
María Yojana Paniagua Obando-Distrito Cabo Velas.
AUSENTE:
Jeannette Huertas López-Distrito Tamarindo.
POR LA ALCALDÍA:
Msc. Jorge Arturo Alfaro Orias-Alcalde Municipal.
Msc. Mitzy Salazar Morales-Primer Vicealcaldesa.
ORDEN DEL DÍA:
1. Comprobación de Quórum.
2. Aprobación Orden del Día.
3. Juramentaciones: 1-Escuela Cartagena. 2-Comisión de Fiestas Típicas
Nacionales 2027.
4. Audiencias: 1-Vecinos sector Nueva Santa Cruz. 2-Colegio Técnico
Profesional de Cartagena.
5. Lectura de actas:
a. Sesión ordinaria 20-2026.
6. Correspondencia.
7. Informe de Alcaldía.
8. Informes de Comisión.
9. Mociones.
10. Cierre.
ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUÓRUM.
-Señor Presidente del Concejo: Con siete regidores propietarios inicia la sesión
ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 ARTÍCULO 02. APROBACIÓN ORDEN DEL DÍA. INCISO 01. Señor Presidente del Concejo da lectura al Orden del Día. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar el orden del día presentado por la presidencia del Concejo. VOTO DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. VOTOS: Maureen Contreras Arrieta, Macdonal Espinoza Ruiz, Carlos Alberto Barrenechea Martínez, Kenia Vásquez Angulo, Carlos Moreno Arredondo, Ivonne Espinoza Rosales, Cindy Leal Cordero. ARTÍCULO 03. JURAMENTACIONES. INCISO 01. Se procede a juramenta a la señora Genesis Yarina Bustos Navarrete cédula 5-0414-0858, como integrantes de la Junta de Educación Escuela Cartagena, en la Sesión Ordinaria 17-2026, Artículo 05, Inciso 24, del 30 de abril 2026. INCISO 02. Se procede a la juramentación de los señores Luis Humberto Ramos Santamaría cédula 504020166, Marilyn chaves Badilla cédula 502540486, Edwin Barrantes Ortega cédula 502980671, Edwin Barrantes Ortega cédula 502980671, Celia Pastrana Gutiérrez cédula 106250482, Iliana María Rojas Valerin cédula 502590929 como integrantes de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales Santa Cruz 2027, nombrados en la Sesión Ordinaria 20-2026, Artículo 09, Inciso 02, del 21 de mayo 2026. ARTÍCULO 04. AUDIENCIA. INCISO 01. Vecinos sector Nueva Santa Cruz, no se presentan a audiencia. INCISO 02. Colegio Técnico Profesional de Cartagena, no se presentan a audiencia. ARTÍCULO 05. LECTURA DE ACTAS. INCISO 01. Se somete a ratificación acta de la sesión ordinaria 20-2026 del 21 de mayo 2026.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Ratificar acta de la sesión ordinaria 20-2026 del 21 de mayo 2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. ARTÍCULO 06. CORRESPONDENCIA. INCISO 01. Lectura de Directriz DAM-01-2026 de la Alcaldía Municipal: Para recopilación y remisión de información institucional destinada a publicación en le sitio web municipal y fortalecimiento del cumplimiento de la Ley Marco de Acceso a la Información Pública 10554. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocida la Directriz DAM- 01-2026 de la Alcaldía Municipal. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 02. Del Comité Municipal de emergencias: Invitación a reunión extraordinaria el 02 de junio a las 2pm en las instalaciones de CME, temas por abordar1-Nombrmaiento del Gestor de riesgo, 2-Planeamineto Comisión de Eventos Masivos. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocida la invitación. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 03. Lectura de oficio DAM-1297-2026 de Alcaldía: Traslado de oficio DDUR-DGV-COOR-185-2026 sobre ampliación del sector EL Caco de río Seco. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se comunique al gestionante el oficio DAM-1297-2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 04. Del Ministerio de Cultura y Juventud Despacho del ministro, oficio MCJ-DM-386-2026: Llamado a fortalecer la ejecución de los recursos públicos destinado a las juventudes. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a la Alcaldía, para lo que corresponda, el oficio MCJ-DM-386-2026 Del Ministerio de Cultura y Juventud. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 INCISO 05. Lectura de oficio AL-FPLN-46-33-2026 del Despacho Diputada Karol Matamoros sobre reiteración de disposición para el trabajo conjunto con la Municipalidad y todo el cantón. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio AL- FPLN-46-33-2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 06. Lectura de oficio AC-72-2026 de la Asesoría Jurídica. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Acoger la recomendación para retirar de la base de datos de la Municipalidad la licencia de licores 988 clase C que se encontraba funcionado en Restaurante Zaguan Café en la comunidad de Huacas edificio GH contadores primer piso, así recomendado mediante oficio AC-72-2026 de la Asesoría Jurídica. Proceda la Administración Tributaria al cobro administrativo del saldo adeuda si existiere. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 07. Lectura de oficio AC-73-2026 de la Asesoría Jurídica. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Acoger la recomendación para retirar de la base de datos de la Municipalidad la licencia de licores 198 clase C, que se encontraba funcionado en Restaurante La Conchita en Playa Potrero, así recomendado mediante oficio AC-73-2026 de la Asesoría Jurídica. Proceda la Administración Tributaria al cobro administrativo del saldo adeuda si existiere. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 08. Lectura de oficio AC-74-2026 de la Asesoría Jurídica. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Acoger la recomendación para retirar de la base de datos de la Municipalidad la licencia de licores 884 clase D1, que funcionaba en Minisúper Compre bien #5, así recomendado mediante oficio AC-74-2026 de la Asesoría Jurídica.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 Proceda la Administración Tributaria al cobro administrativo del saldo adeuda si existiere. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 09. Lectura de oficio DFCO-26-060 de la Dirección Financiera: Análisis financiero, técnico y de control interno sobre eventual reconocimiento de obligaciones derivadas de las Fiestas Típicas Nacionales 2025-2026, referencia acuerdo SM-987- ord-202026. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Especial de fiestas Típicas Nacionales, el oficio DFCO-26-060 de la Dirección Financiera. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 10. Lectura de oficio CTI-03-2026 de coordinación de Tecnologías de Información: Perfiles profesionales de miembros del Concejo. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a las regidurías y sindicaturas, proporcionen la información requerida según el oficio CTI-03- 2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 11. Lectura de oficio DAM-1381-2026 de Alcaldía Municipal: Convenio ULICORI-Municipalidad de Santa Cruz. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de Gobierno y Administración, para su dictamen, el oficio DAM-1381-2026 de Alcaldía. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 12. Lectura de oficio ZMT-339-2026 del Departamento de Zona Marítimo Terrestre: solicitud de aprobación de prorroga expediente Edie Ruiz Rodríguez. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de Zona Marítimo Terrestre, para su dictamen, el oficio ZMT-339-2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 INCISO 13. Trámite SICOP: Condiciones del cartel para la licitación mayor SUMINISTRO DE MINERALES POR DEMANDA. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de Obras, para su dictamen, el Trámite SICOP: Condiciones del cartel para la licitación mayor SUMINISTRO DE MINERALES POR DEMANDA. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 14. Reclamo administrativo por incumplimiento de contrato por servicios prestados a las Fiestas Típicas Nacionales, suscrito por Casimiro Contreras Jaén. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a alcaldía y auditoría interna, el Reclamo administrativo por incumplimiento de contrato por servicios prestados a las Fiestas Típicas Nacionales, suscrito por Casimiro Contreras Jaén. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 15. Lectura oficio AL-FPLN-IAG-05-2026 del Despacho de la Diputada Iztarú Alfaro Guerrero: Consulta sobre la implementación de la Ley 10141 servicio municipal de atención de animales de compañía. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a alcaldía, para la gestión que corresponda, a la solicitud de información bajo el oficio AL-FPLN-IAG-05- 2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 16. Señor Presidente del Concejo: Solicitar modificación en el orden del día, para incluir espacio y conocer de la integración de la junta directiva de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2027. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se acuerda modificar el orden del día para conocer de la de la integración de la junta directiva de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2027. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. -Señor Presidente da lectura a la integración, documento aportado por la señora Celia Pastrana Gutiérrez, y somete a votación:
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 02.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Conocer de la integración y cargos de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2021, detalla: Presidencia: Celia Pastrana Gutiérrez cédula 106250482. Vicepresidencia: Edwin Barrantes Ortega cédula 502980671. Tesorería: Iliana María Rojas Valerin cédula 502590929. Secretaría: Luis Humberto Ramos Santamaría cédula 504020166. Vocalía: Marilyn chaves Badilla cédula 502540486. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 17. Gestión: Marta Virginia Ampié Jiménez solicitud de intervención y mejoras camino C5-03-296. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, la gestión presentada por Marta Virginia Ampié Jiménez. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 18. Reclamo administrativo por incumplimiento de pago por servicios prestados durante las Fiestas Típicas Nacionales 2026, suscribe Yennier Agustin Zúñiga Rodríguez, en representación de los grupos de marimbas. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía y Auditoria Interna, Reclamo administrativo por incumplimiento de pago por servicios prestados durante las Fiestas Típicas Nacionales 2026, suscrito por Yennier Agustin Zúñiga Rodríguez, en representación de los grupos: 1.Marimba la Tempateña. 2.Marimba lo Delgris. 3.Marimba los Sobrinos del Doctor. 4-Marimbra Pellin Golobios. 5.Marimba el Bochinche. 6.Marimba La conchita. 7.Marimbra la Coynda. 8.Marimba flor del Campo. 9.marimbra flor de Malinche. 10.Marimba La Tayuya. 11.Marimba Linda Esperanza.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 12.Marimba Colpachi. 13.Marimba Coyol. 14.Marimba Escuadra Costa Rica. 15.Marimba Nicoa. 16.Marimba Unión Musical. 17.Marimba Los Alegres de Lorena. 18.Marimba Nayuribe. 19.Marimba Orquesta Bagatzi. 20.Marimba Los Patrones. 21.Marimba Los Ponchos. 22.Marimba Brisas del Oriente. 23.Marimba Nimboyore. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 19. Reclamo administrativo por incumplimiento de pago por servicios prestados durante las Fiestas Típicas Nacionales 2026, suscribe José Miguel Rodríguez Arrieta Marimba Orquesta Los Únicos. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía y Auditoría Interna, Reclamo administrativo por incumplimiento de pago por servicios prestados durante las Fiestas Típicas Nacionales 2026, suscrito por José Miguel Rodríguez Arrieta Marimba Orquesta Los Únicos. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 20. Gestión: Alessandro Bidorini solicitud de transformación de servidumbre de paso agrícola en calle pública sector Playa Grande. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Unidad Técnica de Gestión Vial, emita informe con recomendaciones, de la solitud presentada por Alessandro Bidorini. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 21. Lectura de oficio DRESC-SCE03-LV-502026 del Liceo Villarreal: Solicita de apoyo al programa de Diplomado del Bachillerato Internacional, transporte para participar en INTERCAS Liceo de Bagaces el 28 de julio 2026.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, para la gestión que corresponda, la solicitud bajo oficio DRESC-SCE03-LV-502026 del Liceo Villarreal. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 22. Escuela Diriá. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Conocer de la renuncia presentada por Cindy Castillo Villarreal cédula 50-0334-0982 ante la Junta de Educación Escuela Diriá, según se indica en el oficio ED-32-2026 de ese centro educativo y Supervisora Circuito 07. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. 02.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar a Mary Josseth Espinoza Mora cédula 504080183 ante la Junta de Educación Escuela Diriá, según se indica en el oficio ED-32-2026 de ese centro educativo y Supervisora Circuito 07. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 23. Gestión: Kenneth Solis Porras, solicitud de información, transparencia y rendición de cuentas sobre el trabajo de comisiones y órganos municipales. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, la gestión del señor Kenneth Solis Porras. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 24. Escuela Lorena oficio DRES-SC03-EL-14-2026. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar a las personas Leda María Rodríguez Espinoza cédula 502250558, Julio Cesar Bran Rodríguez cédula 503630490, Silvia Elena moraga Rodríguez cédula 503420413, Wendy María Huertas Cruz cédula 503500454, Nidia Guadamuz Guadamuz cédula 106570273, así recomendado mediante oficio DRES-SC03-EL-14-2026 Director y Supervisora circuito 03. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 INCISO 25. Reclamo administrativo por incumplimiento de pago por servicios prestados durante las Fiestas Típicas Nacionales 2026, suscribe Rudy Villalta Bogantes en representación de Marimba Alma India y Marimba La Yelbita. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía y Auditoría Interna, Reclamo administrativo por incumplimiento de pago por servicios prestados durante las Fiestas Típicas Nacionales 2026, suscrito por Rudy Villalta Bogantes en representación de Marimba Alma India y Marimba La Yelbita. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 26. De la Asociación de Desarrollo Integral de Marbella. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar separación de fechas del 28 al 31 de mayo 2026 y una licencia temporal para la venta de bebidas con contenido alcohólico en esas fechas, para la Feria Gastronómica y Artesanal Marbella 2026, que se realizará en la Plaza Central de Marbella, organizado por la Asociación de Desarrollo Integral de Marbella. La Asociación deberá cumplir con la normativa municipal, de salud y seguridad exigidas para el evento que pretende realizar. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 27. Gestión de Matilde Rosales Rosales, solicitud de intervención y reparación de la ruta Cartagena al Jobo. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, la solicitud presentada por la señora Matilde Rosales Rosales. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 28. Gestión de la Asociación Deportiva Santacruceña de Judo Sabanero, solicitud de apoyo con la IV COPA ESQUIPULAS SANTA CRUZ 2026, los días 11 y 12 de julio 2026 en el Polideportivo, detalle: 1. Facilitar un camión con cajón cerrado para el traslado de tatamis, equipo audiovisual y mobiliario de la Federación Costarricense de Judo, desde San José hacia Santa Cruz el viernes 10 de julio y su retorno el lunes 13 de julio del 2026.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 2. Asignación de un chofer y dos ayudantes para la carga y descarga del tatami, equipo audiovisual y demás mobiliario requerido para el evento. 3. Facilitar dos vehículos con sus respectivos choferes para atender necesidades de transporte de personas, alimentos e insumos durante la actividad. 4. Préstamo de 16 mesas con sus respectivos manteles y 65 sillas para uso durante los días 11 y 12 de julio. 5. Colaboración con dos funcionarios para labores de limpieza del gimnasio y sus alrededores los días 11 y 12 de julio, en horario de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. 6. Facilitar el área de cocina, el aula contigua y el espacio externo de mesas para la preparación y servicio de alimentos del evento. 7. Autorizar el uso de las baterías sanitarias del Centro Cívico, debido a la necesidad de contar con espacios privados y adecuados para el pesaje oficial de atletas masculinos y femeninos. 8. Autorizar el uso del terreno aledaño al Liceo Experimental Bilingüe de Santa Cruz para habilitarlo como parqueo temporal durante el evento. 9. Disponibilidad de un vehículo de cajón con chofer para el traslado de insumos los días viernes 10, sábado 11 y domingo 12 de julio, en horario de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. 10. Cobertura de la Policía Municipal con cuatro efectivos los días viernes 10, sábado 11 y domingo 12 de julio, en horario de 10:00 a.m. a 7:00 p.m. 11. Facilitar amplificación de sonido para el evento los días sábado 11 y domingo 12 de julio, en horario de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. 12. Colaboración en la divulgación del evento mediante redes sociales, medios de comunicación y recursos tecnológicos institucionales. 13. Refrigerios para invitados especiales, así como hidratación para los atletas participantes. 14. Facilitar la buseta del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Santa Cruz para el traslado de árbitros desde el viernes 10 hasta el domingo 12 de julio, desde las 7:00 a.m. hasta la finalización de las actividades diarias. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, para su valoración, la solicitud de apoyo presentada por Asociación Deportiva Santacruceña de Judo Sabanero. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 INCISO 29. Gestión Asociación de Desarrollo Integral de Paso Hondo. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: autorizar separación de fechas 24, 25, 26, 27 de diciembre 2026 y una licencia temporal para la venta de bebidas con contenido alcohólico, a favor de la Asociación de Desarrollo Integral de Paso Hondo. La Asociación deberá cumplir con la normativa municipal, de salud y seguridad establecidas para el tipo de evento que realizará. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 30. Gestión Asociación de Desarrollo Integral de San Pedro. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: autorizar separación de fecha 13 de junio 2026 para actividad bailable, y una y una licencia temporal para la venta de bebidas con contenido alcohólico, a favor de la Asociación de Desarrollo Integral de San Pedro. La Asociación deberá cumplir con la normativa municipal, de salud y seguridad establecidas para el tipo de evento que realizará. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 31. Gestión de Liceo Rural Ostional y Escuela Ostional: Presentación de Propuesta de proyecto de infraestructura educativa 2026. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía y Planificación Municipal, la Presentación de Propuesta de proyecto de infraestructura educativa 2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 32. Gestión Asociación de Desarrollo Integral de Ortega: Presentación de informe de fiestas cívicas realizadas en febrero 2026. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocida la gestión de la Asociación de Desarrollo Integral de Ortega. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 INCISO 33. Reclamo administrativo por incumplimiento de pago por servicios prestados durante las Fiestas Típicas Nacionales 2026, suscribe Claudio Matarrita Briceño, en representación de 2 grupos de vaqueteros. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía y Auditoría Interna, Reclamo administrativo por incumplimiento de pago por servicios prestados durante las Fiestas Típicas Nacionales 2026, suscrito por Claudio Matarrita Briceño, en representación de 2 grupos de vaqueteros. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 34. De la Cámara de Comercio y Turismos de Tamarindo, de la Asociación de Desarrollo Integral de Flamingo, Asociación de Desarrollo Integral de Tamarindo: Gestión para promover el trámite y eventual aprobación del contenido presupuestario para las plazas de Gestor Cultural y Gestor Turístico. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto, la gestión presentada. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 35. Del Liceo Nocturno. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Conocer la renuncia suscrita por Mirna Alcocer Gutierrez cédula 501410980 ante la Junta Administrativa del Liceo Nocturno, así informado por la Supervisión Circuito 01. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. 02.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar a Roxana Solera Dinarte cédula 502400889 ante la Junta Administrativa del Liceo Nocturno, así recomnedado por la Supervisión Circuito 01. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 36. De la Sociedad 3-101-850642 S.A.: Tramite de cesión de derechos de ocupación Ana Cecilia Barahona Briceño
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar al Departamento de Zona
marítimo Terrestre, para lo que corresponda el trámite presentado por la
Sociedad 3-101-850642 S.A.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 37. Gestión Santuario Nacional.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar recorrido por rutas
cantonales para la realización del Corpus Chisti el domingo 07 de junio 2026 a
las 06:00am, organizado por el Santuario Nacional Santa Cristo de Esquipulas.
Trasladar a Alcaldía para lo que corresponda, la solicitud de la asistencia de la
Policía Municipal.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.
INCISO 38. Gestión Jessica Lara Lara: solicitud de intervención de la ruta cantonal
Barrio la Ponderosa-Cartagena.
01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Unidad Técnica de
Gestión Vial Municipal, la solicitud presentada por Jessica Lara Lara.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
ARTÍCULO 07. INFORME DE ALCALDÍA.
INCISO 01. Señor Alcalde presenta el siguiente informe:
Señores.
Honorable Concejo Municipal.
Por este medio, se remite para su conocimiento el informe de las principales
actividades coordinadas y ejecutadas por la Administración durante la semana
del 22 al 28 de mayo del 2026.
Viernes 22 de mayo del 2026.
1. Trabajo administrativo y de seguimiento de las gestiones del despacho de
la Alcaldía Municipal.
2. Asistimos a las lecciones del curso de Presupuesto Participativo, impar-
tido por la Universidad Estatal a Distancia (UNED).
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
3. Asistimos al taller “Me cuido por mí”, un espacio desarrollado por la
Fundación Voces Vitales y Reserva Conchal, orientado al fortalecimiento
del liderazgo femenino, el autocuidado y el empoderamiento de las mu-
jeres.
4. Asistimos a mesa de articulación de “Sembremos Seguridad” en la dele-
gación de la Fuerza Pública.
Lunes 25 de mayo del 2026.
1. Trabajo Administrativo.
2. Se lleva a cabo reunión con la Ingeniera Alejandra Sancho Perlaza, Coor-
dinadora de la Oficina de Planificación Urbana, con el propósito de dar
seguimiento y conocer los avances relacionados con el proceso del Plan
Regulador.
3. Se lleva a cabo reunión con representantes de la Dirección Regional del
MEP y del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, con el pro-
pósito de dar seguimiento al proyecto de donación de lote destinado para
la construcción de la estación de bomberos.
4. Asistencia a reunión en la comunidad de Brasilito de Santa Cruz, para
asuntos varios de seguimiento e interés de la comunidad.
5. Inspección de los diferentes frentes de trabajo de la cuadrilla y maquina-
ria municipal.
Martes 26 de mayo del 2026.
1. Atención de labores administrativas propias del departamento.
2. Inspección de los diferentes frentes de trabajo de las cuadrillas y de la
maquinaria municipal.
3. Asistencia a sesión de la Junta de Relaciones Laborales.
Miércoles 27 de mayo del 2026.
1. Trabajo Administrativo.
2. Se lleva a cabo reunión con representantes del Banco de Costa Rica, con
el propósito de abordar temas relacionados con posibles fideicomisos.
3. Asistencia a la comunidad de Brasilito con motivo del inicio de los talle-
res de la Bienal de Arquitectura.
4. Asistencia al acto de inauguración de la Bienal de Arquitectura, realizado
en el Centro de Convenciones de Coopeguanacaste.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
5. Ejecución del programa mensual de rendición de cuentas de la Alcaldía
Municipal.
Jueves 28 de mayo del 2026.
1. Atención de labores administrativas propias del departamento.
2. Inspección realizada en conjunto con la Unidad de Inspectores, relacio-
nada con el control constructivo en el cantón.
3. Asistencia a los talleres de la Bienal de Arquitectura desarrollados en
Playa Avellanas.
4. Inspección de los diferentes frentes de trabajo de la cuadrilla y maquina-
ria municipal.
5. Asistencia al segundo día consecutivo de actividades de la Bienal de Ar-
quitectura, llevado a cabo en el Centro de Convenciones de Coopeguana-
caste.
6. Visita a las emprendedoras presentes en la actividad de la Bienal.
7. Asistimos a taller socioeducativo del Día Nacional de las Personas con
Discapacidad.
8. Atención de audiencias realizadas en la sesión ordinaria municipal.
9. Atención de la sesión ordinaria municipal.
Otros informes.
El día Martes 26 de Mayo tuvimos el inicio de otro proceso formativo “gene-
rando oportunidades “este día se les dio la presentación del equipo facilitador
del proceso y de acompañamiento, la socialización y los objetivos del curso con
25 emprendedores en conjunto UCR - MAG – Municipalidad.
El día Miércoles 27 de Mayo, en la sala de sesiones se llevó a cabo la charla
de divulgación del Galardón de igualdad de género para unidades productivas
(GIGUP).
El objetivo era informar a las 48 emprendedoras sobre el galardón, los requisitos
generales para acceder y el proceso de postulación, esto con el fín de visibilizar
el aporte de las mujeres en las actividades productivas, el cuidado del ambiente
y la acción frente al cambio climático
Informe Ejecutivo Semanal – DGV 2026
Periodo del 18 al 22 mayo 2026.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 Se detalla a continuación, el avance de intervenciones de rehabilitación, reconstrucción y mantenimiento, el progreso de proyectos de cuadrilla municipal, así como proyectos puntuales y por demanda, correspondientes al periodo del 18 al 22 mayo del 2026. 1. LABORES ADMINISTRATIVAS 1.1Informes Generales 1.2Archivo de documento 1.3Atención de Recursos de Amparo Paralelamente, se desarrollan labores administrativas tales como: atención de llamadas telefónicas, notificación de correspondencia, revisión de correos elec- trónicos y control de documentación, necesarias para el adecuado seguimiento de los proyectos y gestiones del departamento. Se elaboraron un total de 144 oficios de coordinación aproximadamente en respuesta a consultas de la Alcaldía, secretaria del Concejo, Recursos de Am- paro y Ordenes Sanitarias. Respecto a los trámites ingresados por medio de la plataforma de servicios, se informa que estos se encuentran aun 90% ya resueltos, y pendientes un 10% por resolver, para la cual se han contestado alrededor de 92 oficios. Semanalmente se realiza la asignación de estos al ingeniero Luis Sánchez, quien procede con la programación de la inspección de campo y la elaboración del informe técnico correspondiente. Actualmente, se está cumpliendo con el plazo establecido por ley de diez (10) días hábiles para su atención. Se trabaja en la presentación de los carteles de contratación de: A. Obra pública por demanda B. Alquiler de maquinaria por demanda C. Suministro de materiales minerales D. Compra de tapas y rejillas metálicas E. Compra de productos de hierro
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
F. Cartel de diseño de las vías Tempate-Potrero, Pinilla-Paraíso y Lomas-
Matapalo
G. Cartel de diseño de vías y puentes por demanda
H. Cartel de control de calidad general
I. Cartel de control de calidad para fiscalización
J. Suministro de tunerías y accesorios de PCV para agua potable
K. Cartel de suministro de concreto premezclado
Y para esta semana queda realizada la orden de pedido para el mejoramiento
del sector de Barrio Santa Cecilia específicamente de la escuela María Leal con
una inversión que ronda los ₡ 190.000.000,00.
2. MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTOS POR CONTRATACIÓN
PERSONAL AGINADO INSPECCION, PROMOCION SOCIAL,
INGENIERIA Y ADMINISTRACIÓN
2.1Puente Tacazolapa:
Se continúa con la ejecución del Proyecto Puente Tacazolapa, para esta
semana se trabaja y avanza en las siguientes actividades, se trabaja en
construcción de gaviones, preparación de cama para colocación de tubos de
1.22 cm de diámetro, desencofrado y armadura de segunda y última loza en
segundo cuadro
2.2Hernández-Pinilla: Se continúan los trabajos de excavación de sus-
titución de subrasante, trabaja en construcción de cordón y caño,
también se trabaja en relleno con material de préstamo, colocación
de subbase y base para la estabilización.
2.5 Pavimentación Calle Bilingüe.
Se continua con los trabajos en el sector del Centro Cívico hacia el Bilingüe,
se continua los trabajos de construcción de cordón y caño. (paredes de
canal), además se trabaja en la construcción de aceras sobre el canal, además
se trabaja en la colocación de subbase.
3 MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTO CON MAQUINARIA
MUNICIPAL
MAQUINARIA
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
Como parte de las labores de rehabilitación, reconstrucción y mantenimiento de
vías para esta semana, tenemos las siguientes intervenciones:
3.2Vista el Mar: Se continua con los trabajaron en la conformación y
limpieza de cunetas de los caminos de Vista El Mar.
3.3Los Angesles: Se trabaja en la conformacion y rehabilitacion
delcamino del sector de Los Angeles.
– Los Ranchso: Se continuan los trabajos de rehabilitacion en el
sector de Los racnhos, con su debidos pasos de alcantarillas.
3.4La florida: Se trabaja en rehabilitacion de los caminos del sector de
La Florida
3.5Caca Rio Seco: Se trabaja con la continuidad del proyecto de
ampliacion del sector de Cacao de Rio Seco.
4 MANTENIMIENTO CON CUADRILLAS MANUALES
Como parte de las labores de rehabilitación, reconstrucción y mantenimiento de
vías para esta semana se trabaja en:
4.1 El Llano: Se continua con los trabajos de evacuación de aguas en
el sector del El Llano.
4.2Los Ranchos: Se continua con los trabajos de evacuación de aguas
en el sector de Los Ranchos.
4.3Cebadilla: Se continua la colocación de paso de alcantarillas en el
sector de cebadilla, sus respectivos cabezales.
4..5 Tempate: Se continua con la construcción de cabezales del
sector de Tempate.
4.4Asimismo, se trabaja en la atención de diversas gestiones, brindando
respuesta a las solicitudes que ingresan por medio de la Plataforma
de Servicios.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
Descuaje de Arboles sector de Lomas
Limpieza de pasos de alcantarillas, profundización cunetas y recolección
de malezas.
construcción y señalización de reductores en la comunidad de Santa
Bárbara.
Corta de árboles sector Proyecto puente Tacazolapa
Conclusión:
Todas estas acciones reflejan el esfuerzo del equipo técnico y administrativo
por mantener una gestión eficiente, ordenada y alineada con los objetivos
estratégicos institucionales.
No se dictan acuerdos en este apartado.
ARTÍCULO 08. INFORMES DE COMISIÓN.
INCISO 01. Lectura de Dictamen Comisión Especial de Fiestas Típicas
Nacionales, al ser las Diecisiete horas treinta minutos del día veintiocho de
mayo del 2026. Se transcribe:
Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y del Oficio SM-955-EXTR-11-2026 del 25 de mayo 2026, en donde se
comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión
Extraordinaria 11-2026, Artículo 04, inciso 11, del 12 mayo 2026.
INCISO 11. Gestión del señor José Luis Jiménez Robleto: Solicitud de
información sobre Fiestas Típicas Nacionales 2026.
La Comisión Especial de Fiestas Típicas Nacionales del Concejo Municipal de
Santa Cruz, en atención a la gestión presentada por el señor José Luis Jiménez
Robleto, periodista, mediante la cual solicita información relacionada con la
ejecución financiera de las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz 2026,
procede a emitir el siguiente dictamen.
PRIMERO: Que el señor José Luis Jiménez Robleto, al amparo de los artículos
27 y 30 de la Constitución Política, presentó una solicitud de información
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 pública relacionada con las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz 2026, requiriendo información sobre: a) El monto total invertido para la realización de las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz 2026. b) El monto total recaudado durante dichas festividades. c) La determinación de si las fiestas generaron ganancias o pérdidas. d) Información relativa al eventual pago de horas extraordinarias a funcionarios municipales que participaron en labores relacionadas con las festividades. SEGUNDO: Que la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2024-2026 presentó la respectiva liquidación financiera y administrativa ante la Auditoría Interna Municipal para su análisis y revisión. TERCERO: Que el Concejo Municipal se encuentra actualmente a la espera de la emisión del informe final de la Auditoría Interna Municipal respecto de la liquidación presentada por la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales. CUARTO: Que adicionalmente el Concejo Municipal aprobó la realización de una Auditoría Externa sobre la gestión financiera y administrativa de las Fiestas Típicas Nacionales 2026, mediante moción presentada por la señora Regidora Propietaria Ivonne Espinoza Rosales, encontrándose pendiente la emisión del respectivo informe final. QUINTO: Que el Concejo Municipal acordó solicitar a la Alcaldía Municipal iniciar las acciones administrativas necesarias para determinar la forma legalmente procedente de atender aquellas obligaciones económicas que eventualmente resulten identificadas, verificadas y susceptibles de pago conforme al ordenamiento jurídico, una vez conocidos los informes finales de Auditoría Interna y Auditoría Externa. CONSIDERANDO Que los artículos 27 y 30 de la Constitución Política garantizan el derecho de petición y acceso a la información pública, sin perjuicio de los procedimientos de fiscalización, verificación y control que deben realizar los órganos competentes de la Administración Pública.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 Que la Ley General de Control Interno, Ley N.° 8292, establece la obligación de las Administraciones Públicas de garantizar la razonabilidad, confiabilidad y legalidad de la información financiera sometida a revisión y fiscalización. Que la liquidación presentada por la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales aún se encuentra bajo revisión de los órganos competentes de control y fiscalización, por lo que los resultados financieros definitivos de las Fiestas Típicas Nacionales 2026 no han sido conocidos ni aprobados formalmente por este Concejo Municipal. Que mientras no concluyan los procesos de revisión de la Auditoría Interna Municipal y de la Auditoría Externa acordada por este Concejo Municipal, no existe certeza institucional suficiente para emitir conclusiones definitivas sobre los montos finales de ingresos, egresos, utilidades, pérdidas, saldos pendientes, obligaciones económicas o cualquier otro resultado financiero derivado de las Fiestas Típicas Nacionales 2026. Que corresponde a la Auditoría Interna Municipal y a la Auditoría Externa que se contrate verificar la razonabilidad de la información financiera, presupuestaria, contable y administrativa relacionada con la organización y ejecución de las Fiestas Típicas Nacionales 2026. Que el Concejo Municipal debe actuar con apego a los principios de legalidad, objetividad, transparencia, prudencia administrativa y protección de la Hacienda Pública, evitando emitir información o conclusiones que puedan ser posteriormente modificadas por los resultados de los procesos de auditoría actualmente en trámite. Que este Concejo Municipal reconoce la importancia económica, cultural y social de los artistas locales, agrupaciones culturales, emprendedores, proveedores de bienes y servicios, colaboradores y demás personas que participaron en la organización y desarrollo de las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz 2026, existiendo un interés público e institucional en que aquellas obligaciones económicas que resulten debidamente acreditadas, verificadas y legalmente exigibles sean atendidas mediante los procedimientos administrativos y presupuestarios que correspondan, en estricto apego al ordenamiento jurídico y a las recomendaciones que emitan los órganos de control competentes. POR TANTO
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 La Comisión Especial de Fiestas Típicas Nacionales recomienda al Concejo Municipal adoptar el siguiente acuerdo: ACUERDO PRIMERO: Dar por conocida la gestión presentada por el señor José Luis Jiménez Robleto. SEGUNDO: Informar al gestionante que la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales ya presentó la liquidación final correspondiente a las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz 2026 ante la Auditoría Interna Municipal para su respectiva revisión y análisis. TERCERO: Informar que actualmente el Concejo Municipal se encuentra a la espera del informe final de la Auditoría Interna Municipal sobre la liquidación de las Fiestas Típicas Nacionales 2026. CUARTO: Informar que adicionalmente se encuentra pendiente la emisión del informe de Auditoría Externa aprobado por este Concejo Municipal mediante acuerdo adoptado a raíz de una moción presentada por la señora Regidora Propietaria Ivonne Espinoza Rosales, cuyo objetivo es fortalecer la transparencia, fiscalización y verificación de los resultados financieros y administrativos de las festividades. QUINTO: Indicar que, mientras no concluyan ambos procesos de auditoría, este Concejo Municipal no dispone de información definitiva y validada que permita determinar oficialmente: a) El monto total definitivo invertido en las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz 2026. b) El monto total definitivo recaudado durante dichas festividades. c) La existencia de utilidades, pérdidas o resultados financieros finales. d) La situación definitiva de obligaciones económicas pendientes relacionadas con las festividades. SEXTO: Informar al gestionante que el Concejo Municipal de Santa Cruz ha manifestado su voluntad y compromiso institucional de promover, dentro del marco de la legalidad y una vez concluidos los procesos de Auditoría Interna y
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 Auditoría Externa actualmente en trámite, las acciones administrativas necesarias para identificar, verificar y atender aquellas obligaciones económicas derivadas de las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz 2026 que resulten legalmente procedentes. Lo anterior incluye las eventuales sumas adeudadas a artistas locales, agrupaciones culturales, proveedores de bienes, prestadores de servicios y demás personas físicas o jurídicas que participaron en las festividades y cuyos derechos de cobro sean debidamente acreditados y susceptibles de reconocimiento conforme al ordenamiento jurídico vigente. Asimismo, este Concejo Municipal reitera que la determinación de las obligaciones existentes, su monto, procedencia y eventual mecanismo de pago deberá sustentarse en los hallazgos y recomendaciones contenidos en los informes finales de Auditoría Interna y Auditoría Externa, así como en los procedimientos administrativos que correspondan, garantizando en todo momento la protección del interés público, la seguridad jurídica y el uso correcto de los recursos públicos. SÉTIMO: Reiterar el reconocimiento del Concejo Municipal a la contribución realizada por los artistas locales, agrupaciones culturales, proveedores de bienes y servicios, emprendedores, colaboradores y demás participantes que contribuyeron al éxito y desarrollo de las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz 2026, destacando que la voluntad institucional de este órgano colegiado es procurar una solución legal, transparente y responsable para aquellas obligaciones económicas que eventualmente se determinen como válidas, verificables y exigibles conforme a derecho. OCTAVO: En cuanto a la consulta relacionada con el eventual pago de horas extraordinarias a funcionarios municipales, trasladar dicho extremo a la Alcaldía Municipal y al Departamento de Recursos Humanos para que informen directamente al gestionante y al Concejo Municipal sobre la existencia o no de pagos por concepto de horas extraordinarias, la cantidad de funcionarios involucrados y los montos respectivos, en caso de existir. NOVENO: Notificar el presente acuerdo al señor José Luis Jiménez Robleto para lo que corresponda. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: aprobar en todos sus extremos el
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 Dictamen Comisión Especial de Fiestas Típicas Nacionales, al ser las Diecisiete horas treinta minutos del día veintiocho de mayo del 2026. Se acuerda: PRIMERO: Dar por conocida la gestión presentada por el señor José Luis Jiménez Robleto. SEGUNDO: Informar al gestionante que la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales ya presentó la liquidación final correspondiente a las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz 2026 ante la Auditoría Interna Municipal para su respectiva revisión y análisis. TERCERO: Informar que actualmente el Concejo Municipal se encuentra a la espera del informe final de la Auditoría Interna Municipal sobre la liquidación de las Fiestas Típicas Nacionales 2026. CUARTO: Informar que adicionalmente se encuentra pendiente la emisión del informe de Auditoría Externa aprobado por este Concejo Municipal mediante acuerdo adoptado a raíz de una moción presentada por la señora Regidora Propietaria Ivonne Espinoza Rosales, cuyo objetivo es fortalecer la transparencia, fiscalización y verificación de los resultados financieros y administrativos de las festividades. QUINTO: Indicar que, mientras no concluyan ambos procesos de auditoría, este Concejo Municipal no dispone de información definitiva y validada que permita determinar oficialmente: a) El monto total definitivo invertido en las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz 2026. b) El monto total definitivo recaudado durante dichas festividades. c) La existencia de utilidades, pérdidas o resultados financieros finales. d) La situación definitiva de obligaciones económicas pendientes relacionadas con las festividades. SEXTO: Informar al gestionante que el Concejo Municipal de Santa Cruz ha manifestado su voluntad y compromiso institucional de promover, dentro del marco de la legalidad y una vez concluidos los procesos de Auditoría Interna y Auditoría Externa actualmente en trámite, las acciones administrativas necesarias para identificar, verificar y atender aquellas obligaciones económicas derivadas de las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz 2026 que resulten legalmente procedentes. Lo anterior incluye las eventuales sumas adeudadas a artistas locales, agrupaciones culturales, proveedores de bienes, prestadores de servicios y demás personas físicas o jurídicas que participaron en las festividades y cuyos
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 derechos de cobro sean debidamente acreditados y susceptibles de reconocimiento conforme al ordenamiento jurídico vigente. Asimismo, este Concejo Municipal reitera que la determinación de las obligaciones existentes, su monto, procedencia y eventual mecanismo de pago deberá sustentarse en los hallazgos y recomendaciones contenidos en los informes finales de Auditoría Interna y Auditoría Externa, así como en los procedimientos administrativos que correspondan, garantizando en todo momento la protección del interés público, la seguridad jurídica y el uso correcto de los recursos públicos. SÉTIMO: Reiterar el reconocimiento del Concejo Municipal a la contribución realizada por los artistas locales, agrupaciones culturales, proveedores de bienes y servicios, emprendedores, colaboradores y demás participantes que contribuyeron al éxito y desarrollo de las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz 2026, destacando que la voluntad institucional de este órgano colegiado es procurar una solución legal, transparente y responsable para aquellas obligaciones económicas que eventualmente se determinen como válidas, verificables y exigibles conforme a derecho. OCTAVO: En cuanto a la consulta relacionada con el eventual pago de horas extraordinarias a funcionarios municipales, trasladar dicho extremo a la Alcaldía Municipal y al Departamento de Recursos Humanos para que informen directamente al gestionante y al Concejo Municipal sobre la existencia o no de pagos por concepto de horas extraordinarias, la cantidad de funcionarios involucrados y los montos respectivos, en caso de existir. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 02. Lectura de Dictamen Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, al ser las Diecisiete horas quince minutos del día veintiocho de mayo del 2026. Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y del oficio SM-216-ORD-05-2026, se comunicó lo acordado por el Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria 05-2026, Artículo 04, Inciso 35. INCISO 35: Para estudio e instrucción la gestión del periodista José Luis Jiménez Robleto, orientada a solicitar información y criterios sobre la afiliación,
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 costo-beneficio y presuntas irregularidades dentro de la Federación de Municipalidades de Guanacaste (FEMUGUA). La Comisión rinde el presente dictamen ante el Plenario Municipal con base en los siguientes extremos: I. RESULTANDOS 1. Que mediante el oficio SM-216-ORD-05-2026, se remitió a esta Comisión la gestión del señor José Luis Jiménez Robleto, referente a diversos cuestionamientos sobre el funcionamiento, pluses salariales, denuncias y la eficiencia del costo-beneficio de la afiliación de la Municipalidad de Santa Cruz a la Federación de Municipalidades de Guanacaste y Upala (FEMUGUA). 2. Que como parte del proceso de instrucción y rendición de cuentas, este órgano colegiado y el Plenario Municipal han venido analizando los alcances de la participación institucional en dicha Federación, así como recopilando los elementos de juicio necesarios para emitir una respuesta formal, técnica y apegada a derecho al gestionante. II. CONSIDERANDOS PRIMERO: Que las consultas formuladas por el gestionante en sus puntos segundo, tercero, sexto, octavo y noveno contienen referencias a presuntas irregularidades administrativas, denuncias, pagos indebidos, eventuales incumplimientos de regímenes de prohibición, condiciones laborales y otras situaciones atribuidas a la Dirección Ejecutiva y órganos de administración de FEMUGUA. Que este Concejo Municipal no tiene conocimiento oficial de resoluciones administrativas firmes, informes finales de órganos de control, resoluciones de la Contraloría General de la República, sentencias judiciales o cualquier otro acto administrativo definitivo que determine la existencia de las presuntas irregularidades señaladas en la gestión presentada. Esta Comisión de Asuntos Jurídicos hace notar que, a la fecha, este Concejo Municipal desconoce de forma oficial el estado o la veracidad de dichas denuncias. Al no existir un pronunciamiento administrativo en firme por parte de los órganos internos de la Federación, ni una resolución judicial o un informe final vinculante emitido por las autoridades competentes (como la Contraloría General de la República), este órgano colegiado se encuentra bajo una
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 imposibilidad material y jurídica de emitir un criterio de valor. El principio de legalidad y el debido proceso impiden que este Concejo se pronuncie o valide hechos que formalmente desconoce y que no han sido declarados por las vías correspondientes. SEGUNDO: Que respecto de la eventual permanencia o desafiliación de la Municipalidad de Santa Cruz de FEMUGUA, a la fecha de emisión del presente dictamen no existe acuerdo firme del Concejo Municipal que disponga la desafiliación de la Municipalidad de Santa Cruz de dicha Federación. TERCERO: Sobre los beneficios, asesoría técnica y soporte de FEMUGUA a la Municipalidad de Santa Cruz. Que durante distintas reuniones del Concejo Municipal varios regidores han manifestado haber recibido apoyo técnico y acompañamiento profesional por parte de funcionarios y especialistas de FEMUGUA en temas relacionados con gestión municipal, proyectos comunales, asesoría técnica, capacitación y atención de necesidades planteadas por diversas comunidades del cantón. TERCERO: Sobre la comunicación y capacitación institucional. Aunado a lo anterior, se constata que existe la comunicación periódica que mantiene FEMUGUA con las municipalidades afiliadas mediante la remisión de acuerdos de Junta Directiva, convocatorias, capacitaciones, asesorías técnicas, procesos formativos y espacios de participación dirigidos tanto a regidores como a funcionarios municipales. CUARTO: Que la valoración sobre la conveniencia, continuidad o eventual desafiliación de la Municipalidad respecto de una federación municipal constituye una decisión de carácter político-administrativo que corresponde conocer y resolver al Concejo Municipal mediante los procedimientos y acuerdos respectivos, previo análisis de los elementos técnicos, financieros y jurídicos que correspondan y que actualmente este Concejo Municipal no tiene en su agenda dicho tema. III. POR TANTO Con fundamento en las consideraciones fácticas y jurídicas expuestas, la Comisión de Asuntos Jurídicos recomienda al Honorable Concejo Municipal adoptar el siguiente acuerdo:
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 1. RESPONDER al señor José Luis Jiménez Robleto, al correo electrónico jjimenez.robleto@gmail.com, que con respecto a las presuntas irregularidades y denuncias señaladas sobre la Dirección Ejecutiva de FEMUGUA y sus salarios, este Concejo Municipal está imposibilitado legalmente para emitir un pronunciamiento definitivo, toda vez que se desconocen los extremos de dichas quejas y no existe a la fecha ningún fallo judicial ni resolución administrativa en firme que determine la existencia de anomalías. 2. INFORMAR al gestionante que, en lo relativo al costo-beneficio de la permanencia de la Municipalidad de Santa Cruz en la Federación, hacer constar que diversos miembros del Concejo Municipal han manifestado conocer y haber recibido beneficios derivados de la afiliación a FEMUGUA, particularmente mediante asesorías técnicas especializadas, acompañamiento profesional para la atención de asuntos comunales, apoyo en temas de gestión municipal, así como la comunicación constante de los acuerdos adoptados por la Junta Directiva de dicha Federación. 3. Reconocer que la valoración sobre la permanencia o desafiliación de la Municipalidad de Santa Cruz respecto de FEMUGUA constituye una decisión que deberá ser conocida y resuelta oportunamente por el Concejo Municipal mediante acuerdo formal, conforme al ordenamiento jurídico vigente y atendiendo criterios de conveniencia institucional, técnica, financiera y administrativa y que actualmente este Concejo Municipal no tiene en su agenda dicho tema. 4.DAR POR ATENDIDA la gestión del señor José Luis Jiménez Robleto para los efectos correspondientes, procediendo al archivo del expediente respectivo una vez notificado el presente acuerdo. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: aprobar en todos sus extremos el Dictamen Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, de las Diecisiete horas quince minutos del día veintiocho de mayo del 2026. Se acuerda: 1. RESPONDER al señor José Luis Jiménez Robleto, al correo electrónico jjimenez.robleto@gmail.com, que con respecto a las presuntas irregularidades y denuncias señaladas sobre la Dirección Ejecutiva de FEMUGUA y sus salarios, este Concejo Municipal está imposibilitado legalmente para emitir un pronunciamiento definitivo, toda vez que se desconocen los extremos de dichas quejas y no existe a la fecha ningún fallo judicial ni resolución administrativa en firme que determine la existencia de anomalías.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 2. INFORMAR al gestionante que, en lo relativo al costo-beneficio de la permanencia de la Municipalidad de Santa Cruz en la Federación, hacer constar que diversos miembros del Concejo Municipal han manifestado conocer y haber recibido beneficios derivados de la afiliación a FEMUGUA, particularmente mediante asesorías técnicas especializadas, acompañamiento profesional para la atención de asuntos comunales, apoyo en temas de gestión municipal, así como la comunicación constante de los acuerdos adoptados por la Junta Directiva de dicha Federación. 3. Reconocer que la valoración sobre la permanencia o desafiliación de la Municipalidad de Santa Cruz respecto de FEMUGUA constituye una decisión que deberá ser conocida y resuelta oportunamente por el Concejo Municipal mediante acuerdo formal, conforme al ordenamiento jurídico vigente y atendiendo criterios de conveniencia institucional, técnica, financiera y administrativa y que actualmente este Concejo Municipal no tiene en su agenda dicho tema. 4.DAR POR ATENDIDA la gestión del señor José Luis Jiménez Robleto para los efectos correspondientes, procediendo al archivo del expediente respectivo una vez notificado el presente acuerdo. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 03. Lectura de Dictamen 09-2026 de la Comisión de Asuntos de Zona Marítimo Terrestre, al ser las diecisiete horas del día veintiocho de mayo del dos mil veintiséis. Con fundamento en los artículos 11, 169 y 170 de la Constitución Política; artículos 11, 13 inciso e), 49 y concordantes del Código Municipal; Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre N.° 6043 y su Reglamento; Ley General de la Administración Pública; Código Procesal Contencioso Administrativo; Ley N.° 9577 reformada por la Ley N.° 10489; así como en el oficio SM-950-EXTR- 11-2026 de fecha 25 de mayo de 2026, mediante el cual se comunica el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Extraordinaria 11-2026, Artículo 04, inciso 06, del 12 de mayo de 2026, esta Comisión emite el presente dictamen. I. ASUNTO
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
Conocimiento de las gestiones formuladas por la señora Ester Arroyo Angulo,
así como por los licenciados Luis Quirós y Enrique Rojas, relacionadas con la
ejecución de actuaciones administrativas y judiciales vinculadas con
ocupaciones en Zona Marítimo Terrestre en el sector de Playa Avellanas.
II. ANTECEDENTES
PRIMERO: Que en la Sesión Extraordinaria 20-2025 del 07 de octubre de
2025, el Concejo Municipal otorgó audiencia al señor Jorge Arredondo
Calderón y a los representantes de los interesados por los procesos de
demolición en zona pública Playa Avellanas, quienes formularon diversas
manifestaciones relativas a:
• La permanencia de ocupantes en parcelas ubicadas en Zona Marítimo
Terrestre.
• La supuesta vulneración de plazos y garantías procedimentales.
• La eventual aplicación de la moratoria regulada mediante la Ley N.°
10489.
• La necesidad de revaloración de hechos ante eventuales daños y perjui-
cios.
Asimismo, se aportó como prueba documental:
• Oficio ZMT-543-2025 del Departamento de Zona Marítimo Terrestre.
• Oficio AJ-556-2025 de la Asesoría Jurídica Municipal.
• Resoluciones administrativas N.° 74-2025, 75-2025, 76-2025, 81-2025 y
82-2025 emitidas por la Alcaldía Municipal.
SEGUNDO: Que el Concejo Municipal acordó trasladar las solicitudes
planteadas a la Comisión de Zona Marítimo Terrestre para su análisis y
recomendación, así como remitir a la Administración aquellas diligencias de su
competencia.
TERCERO: Que mediante oficio SM-950-EXTR-11-2026 del 25 de mayo de
2026 se reiteró el conocimiento del asunto por parte de esta Comisión.
CUARTO: Que la Alcaldía Municipal ejecutó actuaciones derivadas del
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
cumplimiento de una resolución judicial firme emitida por el Tribunal
Contencioso Administrativo, identificada como Resolución N.° 2023005443.
QUINTO: Que de conformidad con el criterio jurídico AJ-556-2025 y el
informe técnico ZMT-543-2025, la aplicación de la Ley N.° 10489 no opera de
pleno derecho ni de forma automática en cada cantón, sino que requiere
actuaciones previas de implementación municipal, valoración técnica y emisión
de los actos administrativos correspondientes.
SEXTO: Que para el momento en que se ejecutaron las actuaciones
administrativas derivadas de la sentencia judicial, el Concejo Municipal no
había adoptado acuerdo firme de implementación de moratoria alguna conforme
a la Ley N.° 10489.
SÉTIMO: Que las áreas objeto de controversia corresponden a terrenos
sometidos al régimen jurídico especial de la Zona Marítimo Terrestre, regulado
por la Ley N.° 6043, caracterizados por su naturaleza demanial, inalienable,
imprescriptible y no susceptible de apropiación privada sin título habilitante
válido.
RESULTANDOS
III. MARCO JURÍDICO APLICABLE
A. SOBRE LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA ZONA MARÍTIMO
TERRESTRE
La Zona Marítimo Terrestre constituye un bien de dominio público conforme a
los artículos 1, 9, 10 y concordantes de la Ley N.° 6043. En consecuencia:
• No puede ser objeto de apropiación privada por mera ocupación.
• Su utilización requiere concesión otorgada conforme al procedimiento
legal.
• La Administración Pública tiene el deber legal de tutela, recuperación y
protección del dominio público.
La jurisprudencia constitucional y contencioso administrativa ha reiterado que
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
los bienes demaniales se encuentran sometidos a un régimen reforzado de
protección, prevaleciendo el interés público ambiental y territorial sobre
situaciones de hecho derivadas de ocupaciones irregulares.
B. SOBRE EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD Y EL DEBER DE
EJECUTAR SENTENCIAS JUDICIALES
El artículo 11 de la Constitución Política y el artículo 11 de la Ley General de
la Administración Pública disponen que la Administración Pública únicamente
puede actuar sometida al principio de legalidad.
De igual manera, el Código Procesal Contencioso Administrativo establece el
carácter obligatorio de las resoluciones judiciales firmes y el deber de su
ejecución integral por parte de las autoridades administrativas.
En consecuencia:
• La Municipalidad carece de potestad para desaplicar, suspender o desco-
nocer una sentencia firme.
• El Concejo Municipal no posee competencia para revisar el fondo de una
resolución jurisdiccional.
• La Alcaldía, como órgano ejecutor, se encuentra obligada a materializar
las órdenes judiciales emitidas por el Tribunal Contencioso Administra-
tivo.
La omisión de cumplimiento de una sentencia judicial firme podría incluso
generar responsabilidad administrativa, patrimonial y eventualmente penal para
los funcionarios públicos responsables.
C. SOBRE LA LEY N.° 10489 Y SUS ALCANCES
La Ley N.° 10489, reformatoria de la Ley N.° 9577, regula una moratoria
excepcional respecto de determinadas actuaciones administrativas relacionadas
con desalojos y demoliciones; sin embargo, dicha normativa:
1. No posee aplicación automática.
2. Requiere implementación mediante actuaciones municipales previas.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 3. Exige valoración técnica y jurídica específica. 4. Contempla excepciones expresas. Particularmente, la propia norma excluye expresamente de la suspensión: "(...) aquellas actuaciones ordenadas mediante resolución judicial o administrativa firme (...)". En el caso concreto, las actuaciones ejecutadas por la Administración Municipal derivan precisamente del cumplimiento de una resolución judicial firme emitida por el Tribunal Contencioso Administrativo, razón por la cual el supuesto alegado por los gestionantes se encuentra fuera del ámbito material de protección de la moratoria. D. SOBRE LA IMPOSIBILIDAD DE LEGITIMAR OCUPACIONES DE HECHO EN ZONA PÚBLICA El Concejo Municipal carece de competencia para autorizar, tolerar o reconocer ocupaciones informales en Zona Marítimo Terrestre mediante simples acuerdos administrativos. La ocupación válida de terrenos sometidos al régimen de ZMT únicamente puede originarse mediante: • Concesión debidamente tramitada. • Cumplimiento del plan regulador costero. • Procedimiento administrativo formal. • Aprobaciones institucionales correspondientes. Cualquier actuación contraria podría implicar desviación de poder, infracción al principio de legalidad y eventual responsabilidad patrimonial de la Administración y de los funcionarios intervinientes. E. SOBRE LA PRECLUSIÓN PROCESAL Y LA COSA JUZGADA Los alegatos relativos a: • antigüedad de construcciones,
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 • derechos de posesión, • nulidades procedimentales, • solicitudes de reubicación, • eventuales afectaciones patrimoniales, constituyen aspectos que debieron ser discutidos en las vías administrativas y jurisdiccionales correspondientes antes de que las resoluciones adquirieran firmeza. Una vez firme la resolución judicial y agotadas las etapas procesales pertinentes, opera el principio de preclusión procesal y autoridad de cosa juzgada. Por ello, el Concejo Municipal carece de potestad jurídica para reabrir discusiones ya resueltas por la jurisdicción contencioso-administrativa. F. SOBRE LA RESPONSABILIDAD DEL CONCEJO MUNICIPAL Debe advertirse expresamente que cualquier acuerdo municipal dirigido a: • impedir la ejecución de una sentencia firme, • autorizar ocupaciones sin sustento legal, • suspender actuaciones ordenadas judicialmente, • desaplicar el régimen jurídico de la Zona Marítimo Terrestre, podría comprometer la responsabilidad administrativa, civil, patrimonial e incluso personal de los miembros del Concejo Municipal, por actuación contraria al ordenamiento jurídico. La jurisprudencia contencioso-administrativa y constitucional ha reiterado que los órganos municipales no pueden, mediante acuerdos políticos o administrativos, dejar sin efecto obligaciones derivadas de resoluciones judiciales firmes ni disponer irregularmente sobre bienes de dominio público. En consecuencia, el actuar del Concejo debe sujetarse estrictamente al bloque de legalidad y a las competencias legalmente atribuidas.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
DICTAMEN
ANÁLISIS DE LAS GESTIONES PRESENTADAS
A. SOBRE LA GESTIÓN DEL LICENCIADO LUIS QUIRÓS
La solicitud orientada a mantener la ocupación de las parcelas y reconocer
provisionalmente la permanencia de los ocupantes resulta improcedente por las
siguientes razones:
1. El Concejo Municipal carece de competencia para autorizar ocupaciones
de hecho en Zona Marítimo Terrestre.
2. Las áreas involucradas forman parte del dominio público regulado por la
Ley N.° 6043.
3. Las actuaciones ejecutadas derivan de una resolución judicial firme.
4. La Ley N.° 10489 no resulta aplicable al caso concreto por concurrir la
excepción legal referente a resoluciones firmes.
5. Las alegaciones sobre eventuales vicios procedimentales deben ser cono-
cidas por las vías recursivas y jurisdiccionales correspondientes, no por
el Concejo Municipal.
B. SOBRE LA GESTIÓN DEL LICENCIADO ENRIQUE ROJAS
La solicitud de “revaloración de hechos” para evitar eventuales daños y
perjuicios también deviene improcedente.
Ello por cuanto:
1. El Concejo Municipal no posee potestad revisora sobre resoluciones ju-
diciales firmes.
2. La valoración de responsabilidad patrimonial de la Administración co-
rresponde exclusivamente a la jurisdicción contencioso-administrativa.
3. Eventuales pretensiones indemnizatorias deben ventilarse mediante los
procesos judiciales correspondientes.
4. Un acuerdo municipal contrario a una resolución judicial podría generar
precisamente un mayor riesgo de responsabilidad para la Municipalidad
y sus funcionarios.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
CONCLUSIONES
1. La Zona Marítimo Terrestre constituye dominio público sometido a un
régimen especial de protección jurídica.
2. El Concejo Municipal no puede legitimar ocupaciones de hecho ni auto-
rizar permanencias irregulares en zona pública.
3. La Ley N.° 10489 no resulta aplicable al caso concreto al existir resolu-
ción judicial firme y por ausencia de implementación municipal previa.
4. Las actuaciones ejecutadas por la Alcaldía Municipal responden al cum-
plimiento obligatorio de una sentencia firme dictada por el Tribunal Con-
tencioso Administrativo.
5. El Concejo Municipal carece de competencia para revisar, suspender o
desaplicar mandatos jurisdiccionales.
6. Los reclamos relacionados con nulidades, daños y perjuicios o responsa-
bilidad administrativa deben canalizarse mediante las vías jurisdicciona-
les correspondientes.
7. Cualquier actuación del Concejo contraria al bloque de legalidad podría
comprometer la responsabilidad funcional de los miembros del órgano
colegiado.
POR TANTO
Con fundamento en las consideraciones fácticas y jurídicas expuestas, esta
Comisión recomienda al Honorable Concejo Municipal adoptar el siguiente
acuerdo:
1. Declarar sin lugar las gestiones planteadas por los licenciados Luis Qui-
rós y Enrique Rojas, así como la gestión relacionada de la señora Ester
Arroyo Angulo, por resultar improcedentes en sede del Concejo Munici-
pal.
2. Que las actuaciones ejecutadas por la Administración Municipal obede-
cen al cumplimiento de una resolución judicial firme dictada por el Tri-
bunal Contencioso Administrativo.
3. Indicar que el Concejo Municipal carece de competencia legal para auto-
rizar ocupaciones de hecho, desaplicar resoluciones judiciales firmes o
reconocer derechos de ocupación sobre bienes de dominio público sin el
correspondiente título habilitante.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
4. Señalar que cualquier reclamación relativa a nulidades procedimentales,
responsabilidad patrimonial, daños y perjuicios o ejecución de sentencia
deberá plantearse por los interesados ante las autoridades administrativas
o jurisdiccionales competentes, conforme al ordenamiento jurídico vi-
gente.
5. Advertir que el actuar del Concejo Municipal debe sujetarse estricta-
mente al principio de legalidad, al régimen jurídico de la Zona Marítimo
Terrestre y a las resoluciones judiciales firmes, en resguardo del interés
público y de la responsabilidad institucional del Gobierno Local.
6. Que se traslade el presente Dictamen y la solicitud de la señora Arroyo
Arroyo al Auditor Interno de la Municipalidad de Santa Cruz, señor Luis
Bernardo Barrantes Castro para lo que corresponda de acuerdo a su com-
petencia.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 09-2026 de la Comisión de Asuntos de Zona Marítimo Terrestre, al
ser las diecisiete horas del día veintiocho de mayo del dos mil veintiséis, se
acuerda:
1-Declarar sin lugar las gestiones planteadas por los licenciados Luis Quirós y
Enrique Rojas, así como la gestión relacionada de la señora Ester Arroyo
Angulo, por resultar improcedentes en sede del Concejo Municipal.
2-Que las actuaciones ejecutadas por la Administración Municipal obedecen al
cumplimiento de una resolución judicial firme dictada por el Tribunal
Contencioso Administrativo.
3-Indicar que el Concejo Municipal carece de competencia legal para autorizar
ocupaciones de hecho, desaplicar resoluciones judiciales firmes o reconocer
derechos de ocupación sobre bienes de dominio público sin el correspondiente
título habilitante.
4-Señalar que cualquier reclamación relativa a nulidades procedimentales,
responsabilidad patrimonial, daños y perjuicios o ejecución de sentencia deberá
plantearse por los interesados ante las autoridades administrativas o
jurisdiccionales competentes, conforme al ordenamiento jurídico vigente.
5-Advertir que el actuar del Concejo Municipal debe sujetarse estrictamente al
principio de legalidad, al régimen jurídico de la Zona Marítimo Terrestre y a las
resoluciones judiciales firmes, en resguardo del interés público y de la
responsabilidad institucional del Gobierno Local.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 6-Que se traslade el presente Dictamen y la solicitud de la señora Arroyo Arroyo al Auditor Interno de la Municipalidad de Santa Cruz, señor Luis Bernardo Barrantes Castro para lo que corresponda de acuerdo a su competencia. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 04. Lectura de Dictamen 4-2026 de la Comisión de Asuntos Culturales, de las Dieciséis horas cuarenta minutos del día catorce de mayo del 2026. Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y del oficio: Oficio SM-906-ORD-17-2026 del 15 de mayo 2026 en donde se comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Ordinaria 17-2026, Artículo 08, Inciso 02, del 30 de abril 2026. INCISO 01. Lectura de Moción presentada por señor Héctor Barrantes Vásquez- sindico suplente, y Macdonald Espinoza Ruiz-regidor propietario, indica. ASUNTO: Solicitud de asignación presupuestaria y respaldo institucional para el "Festival de Bandas" del CINDEA de Huacas (Sede Villarreal). I. ANTECEDENTES PRIMERO: Se conoce moción presentada por el señor Héctor Barrantes Vásquez, Síndico Suplente del Distrito de Tamarindo, y el señor Macdonald Espinoza Ruiz, Regidor Propietario, mediante la cual solicitan respaldo institucional y la declaratoria de interés cultural para el Festival de Bandas que se realiza anualmente en la comunidad de Villarreal el día 15 de septiembre, en el marco de las celebraciones patrias. SEGUNDO: La solicitud tiene como finalidad reconocer el aporte comunitario y cultural de dicha actividad, así como fortalecer su organización y proyección dentro del cantón de Santa Cruz. II. ANÁLISIS JURÍDICO Y TÉCNICO
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
Esta Comisión procedió al análisis de la gestión presentada conforme al marco
jurídico vigente, los principios que rigen la actividad administrativa y los
lineamientos generales en materia de política cultural y protección del
patrimonio cultural inmaterial.
1. SOBRE LA COMPETENCIA MUNICIPAL Y LA NATURALEZA
DE LAS DECLARATORIAS DE INTERÉS CULTURAL
De conformidad con el artículo 4 inciso f) del Código Municipal, las
municipalidades poseen competencia para promover y proteger los intereses
locales, incluyendo el desarrollo cultural y comunitario del cantón. Asimismo,
el artículo 13 inciso e) del mismo cuerpo normativo faculta al Concejo
Municipal para adoptar acuerdos y emitir declaratorias dentro del ámbito de sus
competencias.
No obstante, el ejercicio de dichas potestades debe ajustarse a los principios de
legalidad, razonabilidad, proporcionalidad y motivación del acto
administrativo, conforme a los artículos 11 de la Constitución Política y 11, 16
y 160 de la Ley General de la Administración Pública.
En ese sentido, las declaratorias de interés cultural constituyen actos
administrativos de carácter excepcional, cuyo otorgamiento requiere la
existencia de elementos objetivos que acrediten un valor cultural singular,
diferenciado y relevante para el cantón.
La doctrina administrativa y los lineamientos técnicos desarrollados por el
Ministerio de Cultura y Juventud (que son los que se deben de seguir en virtud
de no existir una reglamentación municipal al respecto) han señalado que este
tipo de reconocimientos deben orientarse prioritariamente a la protección,
promoción y salvaguarda del patrimonio cultural material e inmaterial, así como
de aquellas expresiones que fortalezcan de manera particular la identidad
cultural local.
2. SOBRE LA NATURALEZA DEL FESTIVAL DE BANDAS OB-
JETO DE ANÁLISIS
Del estudio de la solicitud presentada se desprende que el Festival de Bandas
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
de Villarreal se desarrolla anualmente en el contexto de las celebraciones del 15
de septiembre, correspondientes a la conmemoración de la Independencia de
Costa Rica.
Las actividades cívicas, desfiles estudiantiles, presentaciones de bandas y actos
protocolarios constituyen manifestaciones propias de las festividades patrias
oficiales organizadas en todo el territorio nacional por instituciones públicas,
centros educativos, gobiernos locales y organizaciones comunales.
En consecuencia, esta Comisión considera que, en su configuración actual, el
festival mantiene una naturaleza predominantemente cívica y conmemorativa
vinculada a una efeméride nacional de carácter general, sin que se acrediten
suficientemente elementos distintivos que permitan afirmar su excepcionalidad
cultural o su condición de manifestación singular del patrimonio cultural
santacruceño.
3. SOBRE EL CRITERIO DE SINGULARIDAD CULTURAL
Para efectos de una eventual declaratoria de interés cultural, resulta
indispensable demostrar que la actividad posee características diferenciadoras
claramente identificables, vinculadas directamente con la identidad histórica,
artística, folclórica o patrimonial del cantón de Santa Cruz y particularmente de
la comunidad de Villarreal.
En el presente caso, no consta dentro del expediente administrativo evidencia
técnica suficiente que permita determinar la existencia de elementos culturales
exclusivos, autóctonos o patrimonialmente diferenciados respecto de otros
festivales de bandas y actividades cívicas desarrolladas en distintos cantones
del país durante el mes patrio.
La realización de presentaciones de bandas de marcha, por sí sola, constituye
una práctica ampliamente extendida dentro de las celebraciones patrias
nacionales, razón por la cual no resulta suficiente para sustentar el carácter
excepcional requerido para una declaratoria de interés cultural cantonal.
4. SOBRE EL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD Y LA MOTIVA-
CIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
De conformidad con los principios contenidos en la Ley General de la
Administración Pública, toda actuación administrativa debe encontrarse
debidamente fundamentada en criterios técnicos y objetivos.
Otorgar una declaratoria de interés cultural a una actividad que reproduce
manifestaciones cívicas comunes y generalizadas a nivel nacional podría
desnaturalizar el carácter excepcional de este tipo de reconocimientos y generar
un precedente administrativo que comprometa la aplicación uniforme y
razonable de futuros acuerdos municipales en materia cultural.
Asimismo, esta Comisión considera que las declaratorias de interés cultural
deben reservarse para aquellas actividades que acrediten una contribución
diferenciada a la preservación, promoción o fortalecimiento del patrimonio
cultural e identidad propia del cantón.
5. SOBRE EL FORTALECIMIENTO FUTURO DEL PROYECTO
CULTURAL
Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión reconoce el esfuerzo organizativo de
la comunidad de Villarreal, del CINDEA de Huacas y de la Sindicatura del
Distrito de Tamarindo por promover espacios de integración comunitaria,
participación ciudadana y fortalecimiento de valores cívicos.
De igual forma, se estima viable que, mediante un proceso de fortalecimiento
cultural, técnico y organizativo, el festival pueda evolucionar hacia una
actividad con mayores elementos de identidad territorial y singularidad cultural
que eventualmente permitan valorar nuevamente una declaratoria de interés
cantonal.
III. CONCLUSIONES
CONSIDERANDO I: Que el Festival de Bandas de Villarreal constituye una
actividad orientada al fortalecimiento de la participación comunitaria y la
celebración de las festividades patrias nacionales.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
CONSIDERANDO II: Que las presentaciones de bandas y desfiles cívicos
forman parte de las celebraciones oficiales del 15 de septiembre desarrolladas
de manera generalizada en todo el territorio nacional.
CONSIDERANDO III: Que las declaratorias de interés cultural deben
sustentarse en criterios objetivos de singularidad, identidad local, permanencia
histórica y aporte diferenciado al patrimonio cultural del cantón.
CONSIDERANDO IV: Que en la solicitud no se acreditan actualmente
elementos técnicos y culturales suficientes que permitan determinar el carácter
excepcional o exclusivo del Festival de Bandas de Villarreal respecto de otras
actividades similares realizadas a nivel nacional.
CONSIDERANDO V: Que existe disposición institucional del Concejo
Municipal para colaborar con futuras iniciativas orientadas al fortalecimiento
cultural, organizativo y comunitario de dicha actividad, siempre que las mismas
se encuentren debidamente estructuradas y ajustadas al ordenamiento jurídico
vigente.
POR TANTO
Esta Comisión recomienda al Honorable Concejo Municipal:
1. Rechazar, en las condiciones actuales, la solicitud de declaratoria de in-
terés cultural del Festival de Bandas de Villarreal, por no acreditarse su-
ficientemente los criterios de singularidad y excepcionalidad cultural re-
queridos para este tipo de reconocimientos.
2. Instar a los organizadores del Festival de Bandas de Villarreal y a la Sin-
dicatura del Distrito de Tamarindo a desarrollar un proceso de fortaleci-
miento cultural e identitario del evento, incorporando elementos propios
de la tradición santacruceña y de la comunidad local, tales como:
a) La incorporación de expresiones folclóricas guanacastecas, música
tradicional, cimarronas, mascaradas, bombas, bailes típicos y manifestaciones
de tradición oral.
b) La participación activa de artesanos, cultores, portadores de tradición,
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
agrupaciones culturales y emprendedores locales.
c) La creación de una identidad temática propia y diferenciada que permita
individualizar el festival respecto de otros eventos patrios del país.
d) El rescate y promoción de elementos históricos, culturales y artísticos propios
de Villarreal y del Distrito de Tamarindo.
3. Manifestar la disposición institucional del Concejo Municipal de Santa
Cruz para valorar y apoyar futuras iniciativas relacionadas con el fortale-
cimiento cultural, logístico y organizativo del Festival de Bandas de Vi-
llarreal, previo cumplimiento de los requisitos técnicos, jurídicos y pre-
supuestarios correspondientes.
4. Notificar el presente acuerdo a la Sindicatura del Distrito de Tamarindo
y a las partes interesadas para lo que corresponda.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 4-2026 de la Comisión de Asuntos Culturales, de las Dieciséis horas
cuarenta minutos del día catorce de mayo del 2026.
1-Rechazar, en las condiciones actuales, la solicitud de declaratoria de interés
cultural del Festival de Bandas de Villarreal, por no acreditarse suficientemente
los criterios de singularidad y excepcionalidad cultural requeridos para este tipo
de reconocimientos.
2-Instar a los organizadores del Festival de Bandas de Villarreal y a la
Sindicatura del Distrito de Tamarindo a desarrollar un proceso de
fortalecimiento cultural e identitario del evento, incorporando elementos
propios de la tradición santacruceña y de la comunidad local, tales como:
a) La incorporación de expresiones folclóricas guanacastecas, música
tradicional, cimarronas, mascaradas, bombas, bailes típicos y manifestaciones
de tradición oral.
b) La participación activa de artesanos, cultores, portadores de tradición,
agrupaciones culturales y emprendedores locales.
c) La creación de una identidad temática propia y diferenciada que permita
individualizar el festival respecto de otros eventos patrios del país.
d) El rescate y promoción de elementos históricos, culturales y artísticos propios
de Villarreal y del Distrito de Tamarindo.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
3-Manifestar la disposición institucional del Concejo Municipal de Santa Cruz
para valorar y apoyar futuras iniciativas relacionadas con el fortalecimiento
cultural, logístico y organizativo del Festival de Bandas de Villarreal, previo
cumplimiento de los requisitos técnicos, jurídicos y presupuestarios
correspondientes.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.
INCISO 05. Lectura de Dictamen 5-2026 de la Comisión de Asuntos
Culturales, de las Diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día 26 de mayo
del 2026.
ASUNTO: Corrección de error material por omisión de la comunidad de El
Llanito en el listado de presupuesto para actividades de cultura.
I. ANTECEDENTES
1. Que el 13 de abril de 2026, esta Comisión emitió el Dictamen #1, me-
diante el cual se recomendó al Concejo Municipal la aprobación de re-
cursos para diversas comunidades del cantón, fundamentado en una ex-
tensa lista de oficios de solicitud de financiamiento (SM-235-EXTR-04-
2026 al SM-463-EXTR-06-2026).
2. Que tras una revisión posterior de los cuadros de asignación y los planes
de inversión, se detectó un error material por omisión, al no haberse
incluido en la lista oficial a la comunidad de El Llanito perteneciente al
Distrito Noveno Tamarindo, a pesar de haber cumplido con los requisitos
de solicitud en tiempo y forma.
II. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
• Ley General de la Administración Pública (Artículo 157): Faculta a
la Administración para rectificar en cualquier momento los errores mate-
riales o de hecho en que incurra, siempre que la corrección no altere la
esencia del acto.
• Principio de Igualdad y Equidad: La omisión de una comunidad que
cumple con los requisitos técnicos constituye una lesión al principio de
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
igualdad en la distribución de los recursos públicos destinados al fomento
de la cultura y las tradiciones locales.
• Código Municipal (Artículo 4): La Municipalidad tiene el deber de pro-
mover el desarrollo cultural de forma integral en todo su territorio, sin
exclusiones por errores de carácter administrativo.
III. CONSIDERANDOS
1. Derecho a la Recreación: Que la comunidad de El Llanito forma parte
del núcleo poblacional consolidado del del Distrito Noveno Tamarindo
que requiere del apoyo institucional para fortalecer su identidad comunal
y el sano esparcimiento de sus habitantes.
2. Subsanación de Buena Fe: Que es deber de esta Comisión y del Concejo
Municipal actuar bajo el principio de transparencia y buena fe, corri-
giendo cualquier exclusión involuntaria que prive a una comunidad de
los beneficios aprobados para el resto del cantón.
DICTAMEN
Esta Comisión de Asuntos Culturales, con el fin de garantizar la integridad del
Dictamen #1 y asegurar la participación de todas las comunidades solicitantes,
recomienda al Honorable Concejo Municipal:
PRIMERO: Corregir el Cuadro de Distribución de Recursos contenido en el
Dictamen #1 de la Comisión de Cultura del 13 de abril de 2026, para que se
incluya de forma oficial a la siguiente comunidad:
DISTRITO COMUNIDAD TIPO DE APOYO / ACTIVIDAD
EL LLANITO
DISTRITO Actividades Culturales y Navideñas
ASOCIACION DE DESARROLLO
NOVENO (Presupuesto Municipal)
INTEGRAL
SEGUNDO: Se indica que el monto es de 800.000. (OCHOCIENTOS MIL
COLONES EXACTOS a cada uno) y la logística asignada a la comunidad de
El Llanito, deberá ejecutarse bajo los mismos criterios de transparencia,
economía y rendición de cuentas establecidos en el dictamen original.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 21-2026
Del 28 de mayo 2026
TERCERO: Solicitar a la Secretaría del Concejo y a la Administración
Municipal realizar los ajustes respectivos en el Plan Operativo y en las partidas
presupuestarias correspondientes para que la inclusión de esta comunidad sea
efectiva de manera inmediata.
CUARTO: Que el monto total del Presupuesto otorgado por la Comisión de
Cultura para las actividades Culturales y Navideñas de las diferentes
comunidades del Cantón de Santa Cruz es la suma de 82.400.000(OCHENTA
Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL COLONES EXACTOS)
POR TANTO:
Se mantiene el resto del Dictamen #1 invariable en todos sus extremos, siendo
esta una adenda integral al mismo.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 5-2026 de la Comisión de Asuntos Culturales, de las Diecisiete horas
cuarenta y cinco minutos del día 26 de mayo del 2026. Se aucerda:
PRIMERO: Corregir el Cuadro de Distribución de Recursos contenido en el
Dictamen #1 de la Comisión de Cultura del 13 de abril de 2026, para que se
incluya de forma oficial a la siguiente comunidad:
DISTRITO COMUNIDAD TIPO DE APOYO / ACTIVIDAD
EL LLANITO
DISTRITO Actividades Culturales y Navideñas
ASOCIACION DE DESARROLLO
NOVENO (Presupuesto Municipal)
INTEGRAL
SEGUNDO: Se indica que el monto es de 800.000. (OCHOCIENTOS MIL
COLONES EXACTOS a cada uno) y la logística asignada a la comunidad de
El Llanito, deberá ejecutarse bajo los mismos criterios de transparencia,
economía y rendición de cuentas establecidos en el dictamen original.
TERCERO: Solicitar a la Secretaría del Concejo y a la Administración
Municipal realizar los ajustes respectivos en el Plan Operativo y en las partidas
presupuestarias correspondientes para que la inclusión de esta comunidad sea
efectiva de manera inmediata.
CUARTO: Que el monto total del Presupuesto otorgado por la Comisión de
Cultura para las actividades Culturales y Navideñas de las diferentes
comunidades del Cantón de Santa Cruz es la suma de 82.400.000(OCHENTA
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL COLONES EXACTOS). Se mantiene el resto del Dictamen #1 invariable en todos sus extremos, siendo esta una adenda integral al mismo. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. ARTÍCULO 09. MOCIONES. INCISO 01. Lectura de moción suscrita por Héctor Barrantes Vásquez-sindico suplente, secunda los señores Carlos Barrenechea Martínez, Kenia Vásquez Angulo, Ivonne Espinoza Rosales, Carlos Moreno Arredondo, Cindy Leal cordero, Macdonal Espinoza Ruiz, todos regidores propietarios, se transcribe: PARA: Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz DE: Héctor Barrantes Vásquez, Síndico del Distrito de Tamarindo DIRIGIDA A: Alcaldía Municipal, Departamento de Patentes y Policía Municipal ASUNTO: Solicitud de intervención integral, fiscalización y vigilancia activa contra la venta ilegal de licores y organización de eventos no autorizados en el marco de festejos comunales. CONSIDERANDO: I. Que las fiestas y festejos comunales que se organizan en los diferentes distritos de nuestro cantón representan actividades tradicionales destinadas al sano esparcimiento de las familias santacruceñas y al desarrollo local; actividades que, para su realización, deben cumplir rigurosamente con los permisos y autorizaciones que dictan las leyes y los reglamentos municipales vigentes. II. Que la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico (N.° 9047) establece con total claridad que la venta de licores es una actividad estrictamente regulada, la cual requiere una patente municipal específica (ordinaria o temporal). Por lo tanto, la comercialización de bebidas alcohólicas en inmuebles particulares, locales comerciales no autorizados, cocheras o mediante puestos improvisados sin la debida licencia constituye una infracción grave a la ley y un delito de evasión fiscal a nivel local.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 III. Que de conformidad con el Código Municipal (Ley N.° 7794) y la Ley General de la Administración Pública (N.° 6227), la Municipalidad de Santa Cruz, a través de su Alcaldía, el Departamento de Patentes y el cuerpo de Policía Municipal, ostenta la competencia exclusiva de policía administrativa. Esto les otorga la potestad y la obligación de fiscalizar los comercios, clausurar actividades clandestinas, decomisar mercadería ilegal y sancionar a quienes operen al margen de la legalidad. IV. Que la proliferación de ventas clandestinas de licor y la organización de bailes o eventos públicos sin las debidas pólizas de seguro, permisos del Ministerio de Salud ni autorizaciones municipales en las inmediaciones o periferias de los festejos comunales legítimos, genera una grave competencia desleal en perjuicio de las asociaciones de desarrollo o comités organizadores que sí invierten recursos y esfuerzo en cumplir con todo el marco legal. V. Que, adicionalmente, la falta de control sobre estas actividades clandestinas e inmuebles particulares que operan como "cantinas o salones de baile ocultos" incrementa los focos de inseguridad ciudadana, alteración del orden público, contaminación sónica y riesgos a la salud, desnaturalizando el espíritu comunal de las celebraciones y afectando la tranquilidad de los vecinos de las localidades. POR TANTO: En mi condición de Síndico Propietario del Distrito de Tamarindo, y con el firme compromiso de velar por el orden, la legalidad y la seguridad de las comunidades de nuestro cantón, someto a la consideración y aprobación de este Concejo Municipal el siguiente acuerdo para que sea remitido con carácter de urgencia a la administración: 1. INSTAR Y SOLICITAR a la Alcaldía Municipal que, en coordinación inmediata con las jefaturas del Departamento de Patentes y de la Policía Municipal, diseñe y ejecute un plan de contingencia, fiscalización y vigilancia activa para los periodos en que se desarrollen festejos comunales en el cantón. 2. Solicitar se realicen operativos constantes y rigurosos de inspección en las zonas de los festejos y sus alrededores, orientados a identificar, intervenir y clausurar de forma inmediata cualquier negocio, establecimiento de cualquier índole o inmueble particular que realice ventas de licores, bailes o actividades comerciales masivas que no cuenten con las respectivas patentes temporales o permisos oficiales.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 3. SOLICITAR a la Policía Municipal que brinde el soporte necesario para el decomiso de producto y levantamiento de actas de clausura cuando corresponda, trabajando —de ser necesario— en conjunto con la Fuerza Pública y las autoridades sanitarias, con el fin de erradicar la competencia desleal y asegurar que toda actividad en el marco de las fiestas se apegue estrictamente a la ley. 4. PEDIR a la Alcaldía Municipal que rinda un informe ejecutivo a este Concejo Municipal sobre los resultados de los operativos y las medidas de control implementadas una vez finalizados los eventos en las comunidades intervenidas. Presentada en el cantón de Santa Cruz, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil veintiséis. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos la moción suscrita por Héctor Barrantes Vásquez-sindico suplente, secunda los señores Carlos Barrenechea Martínez, Kenia Vásquez Angulo, Ivonne Espinoza Rosales, Carlos Moreno Arredondo, Cindy Leal Cordero, Macdonal Espinoza Ruiz, todos regidores propietarios. Se acuerda: con el firme compromiso de velar por el orden, la legalidad y la seguridad de las comunidades de nuestro cantón, lo siguiente: 1. INSTAR Y SOLICITAR a la Alcaldía Municipal que, en coordinación inmediata con las jefaturas del Departamento de Patentes y de la Policía Municipal, diseñe y ejecute un plan de contingencia, fiscalización y vigilancia activa para los periodos en que se desarrollen festejos comunales en el cantón. 2. Solicitar se realicen operativos constantes y rigurosos de inspección en las zonas de los festejos y sus alrededores, orientados a identificar, intervenir y clausurar de forma inmediata cualquier negocio, establecimiento de cualquier índole o inmueble particular que realice ventas de licores, bailes o actividades comerciales masivas que no cuenten con las respectivas patentes temporales o permisos oficiales. 3. SOLICITAR a la Policía Municipal que brinde el soporte necesario para el decomiso de producto y levantamiento de actas de clausura cuando corresponda, trabajando —de ser necesario— en conjunto con la Fuerza Pública y las autoridades sanitarias, con el fin de erradicar la competencia desleal y asegurar que toda actividad en el marco de las fiestas se apegue estrictamente a la ley.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 4. PEDIR a la Alcaldía Municipal que rinda un informe ejecutivo a este Concejo Municipal sobre los resultados de los operativos y las medidas de control implementadas una vez finalizados los eventos en las comunidades intervenidas. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 02. Lectura de moción suscrita por Kenia Vásquez Angulo-regidora propietaria, se transcribe: DE: Kenia Vásquez Angulo, Regidora Propietaria DIRIGIDA A: Alcaldía Municipal ASUNTO: Orden a la Alcaldía Municipal para retomar de forma prioritaria el trámite de compra del terreno destinado a la construcción del EBAIS de Ortega y Bolsón. CONSIDERANDO: I. Que el acceso a los servicios de salud es un derecho humano fundamental consagrado en la Constitución Política de la República de Costa Rica y un pilar básico para el bienestar, el desarrollo social y la calidad de vida de los habitantes de nuestro cantón. II. Que los vecinos de las comunidades de Ortega y Bolsón sufren actualmente un grave rezago en materia de infraestructura sanitaria, viéndose obligados a desplazarse largas distancias hasta el sector de Santa Bárbara para recibir atención médica básica, lo cual representa un costo económico, logístico y de tiempo desproporcionado, afectando especialmente a adultos mayores, niños y personas con condiciones de salud crónicas. III. Que en el periodo constitucional del Concejo Municipal anterior se inició una valiosa y acertada iniciativa orientada a la adquisición, por parte de esta Municipalidad, de un lote de terreno idóneo en la zona para ser destinado exclusivamente a la edificación del equipamiento de salud local (EBAIS) para Ortega y Bolsón; proyecto que a la fecha se encuentra suspendido o requiere ser reactivado urgentemente por la administración activa.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 IV. Que de conformidad con el Código Municipal (Ley N.° 7794), los gobiernos locales tienen la competencia implícita y la potestad de coordinar y colaborar con las instituciones del Estado para asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos esenciales en sus territorios, estando plenamente facultados para adquirir bienes inmuebles que satisfagan el interés público y el bienestar social de sus comunidades. V. Que existe una formal y expresa anuencia por parte de la Junta de Salud de Santa Cruz y de la Dirección del Área de Salud de Santa Cruz para colaborar activamente ante las autoridades centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), con el fin de priorizar, promover y concretar la apertura formal del servicio de EBAIS una vez que la Municipalidad consolide y ponga a disposición el terreno requerido. POR TANTO: La suscrita, Kenia Vásquez Ángulo, Regidora Propietaria del Concejo Municipal de Santa Cruz, con fundamento en la Constitución Política, el Código Municipal, la Ley General de la Administración Pública y demás normativa aplicable, MOCIONA PARA QUE EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDE: PRIMERO: Solicitar formalmente a la Alcaldía Municipal que retome de manera prioritaria las gestiones administrativas, técnicas, legales, financieras y presupuestarias relacionadas con la adquisición del terreno destinado al futuro establecimiento del EBAIS de Ortega-Bolsón, dando continuidad a la iniciativa impulsada durante el período constitucional anterior. SEGUNDO: Instruir a las dependencias municipales competentes para que revisen y actualicen el expediente administrativo correspondiente, determinen el estado actual del proceso y definan las acciones necesarias para continuar con la eventual adquisición del inmueble conforme al ordenamiento jurídico vigente. TERCERO: Solicitar a la Alcaldía Municipal que establezca una mesa de coordinación institucional con la Junta de Salud de Santa Cruz, la Dirección del Área de Salud de Santa Cruz y demás actores involucrados, con el fin de fortalecer las gestiones ante la Caja Costarricense de Seguro Social para la futura creación y operación del servicio de EBAIS en las comunidades de Ortega y Bolsón.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 CUARTO: Solicitar a la Alcaldía Municipal que, en un plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la comunicación del presente acuerdo, remita al Concejo Municipal un informe detallado que incluya: a) El estado actual del expediente relacionado con la compra del terreno. b) Las gestiones realizadas hasta la fecha. c) Los recursos presupuestarios disponibles o las alternativas de financiamiento existentes para concretar la adquisición. d) La ruta de trabajo propuesta para materializar la compra del inmueble. e) El cronograma estimado para la continuación del proceso. QUINTO: Manifestar el interés y respaldo del Concejo Municipal a toda iniciativa institucional orientada a fortalecer el acceso a los servicios de salud para las comunidades de Ortega y Bolsón, reconociendo la importancia social y estratégica de este proyecto para el desarrollo del cantón. SEXTO: Dispensar la presente moción del trámite de comisión y declararla definitivamente aprobada. Presentada en el cantón de Santa Cruz, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil veintiséis. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos la moción suscrita por Kenia Vásquez Angulo-regidora propietaria, se acuerda: PRIMERO: Solicitar formalmente a la Alcaldía Municipal que retome de manera prioritaria las gestiones administrativas, técnicas, legales, financieras y presupuestarias relacionadas con la adquisición del terreno destinado al futuro establecimiento del EBAIS de Ortega-Bolsón, dando continuidad a la iniciativa impulsada durante el período constitucional anterior. SEGUNDO: Instruir a las dependencias municipales competentes para que revisen y actualicen el expediente administrativo correspondiente, determinen el estado actual del proceso y definan las acciones necesarias para continuar con la eventual adquisición del inmueble conforme al ordenamiento jurídico vigente. TERCERO: Solicitar a la Alcaldía Municipal que establezca una mesa de coordinación institucional con la Junta de Salud de Santa Cruz, la Dirección del Área de Salud de Santa Cruz y demás actores involucrados, con el fin de fortalecer las gestiones ante la Caja Costarricense de Seguro Social para la futura creación y operación del servicio de EBAIS en las comunidades de Ortega y Bolsón.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 CUARTO: Solicitar a la Alcaldía Municipal que, en un plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la comunicación del presente acuerdo, remita al Concejo Municipal un informe detallado que incluya: a) El estado actual del expediente relacionado con la compra del terreno. b) Las gestiones realizadas hasta la fecha. c) Los recursos presupuestarios disponibles o las alternativas de financiamiento existentes para concretar la adquisición. d) La ruta de trabajo propuesta para materializar la compra del inmueble. e) El cronograma estimado para la continuación del proceso. QUINTO: Manifestar el interés y respaldo del Concejo Municipal a toda iniciativa institucional orientada a fortalecer el acceso a los servicios de salud para las comunidades de Ortega y Bolsón, reconociendo la importancia social y estratégica de este proyecto para el desarrollo del cantón. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 03. Lectura de RESPUESTA AL OFICIO DFCO-26-0060 de la Dirección Financiera Municipal, suscribe Ivonne Patricia Espinoza Rosales, Macdonald Espinoza Ruiz, Carlos Barrenechea Martínez Kenia Vásquez Angulo, Maureen Contreras Arrieta, Cindy Leal Cordero, Carlos Moreno Arredondo, todos regidores propietarios, se transcribe: RESPUESTA AL OFICIO El Concejo Municipal de Santa Cruz, en relación con el acuerdo adoptado respecto a las obligaciones económicas derivadas de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2025-2026 y en atención al oficio de respuesta emitido por
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 el Departamento Financiero Contable, considera necesario realizar la siguiente aclaración interpretativa del acuerdo municipal, a efectos de evitar interpretaciones incorrectas sobre su alcance jurídico y administrativo. PRIMERO: Que este Concejo Municipal tiene plena claridad de que, conforme al bloque de legalidad, ninguna obligación económica derivada de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2025-2026 puede ser cancelada de manera inmediata mientras no existan los insumos técnicos, financieros, contables y jurídicos indispensables para determinar la procedencia legal de cada eventual pago. SEGUNDO: Que el acuerdo municipal adoptado no ordena ni autoriza pagos automáticos, inmediatos o indiscriminados de obligaciones relacionadas con las Fiestas Típicas Nacionales 2025-2026, ni pretende omitir los controles legales, presupuestarios y de fiscalización aplicables al uso de fondos públicos. TERCERO: Que la intención del acuerdo aprobado por este órgano colegiado consiste en instruir a la Administración Municipal y a las dependencias técnicas competentes para que, de manera preventiva y anticipada, inicien el diseño de la ruta institucional, financiera, presupuestaria, administrativa y jurídica que eventualmente permita atender las obligaciones que legalmente procedan una vez que se cuente con: a) La liquidación final de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2025-2026; b) Los informes definitivos de Auditoría Interna; c) Los estudios técnicos, financieros y jurídicos correspondientes; d) Y cualquier otro insumo requerido por el ordenamiento jurídico vigente. CUARTO: Que este Concejo Municipal considera jurídicamente válido y administrativamente prudente que la Administración Municipal avance desde este momento en la valoración preliminar de los posibles mecanismos legales y procedimentales que podrían resultar aplicables para la eventual atención de obligaciones legítimamente acreditadas, incluyendo, según corresponda: a) La eventual apertura de procedimientos administrativos de reconocimiento de obligaciones;
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 b) La determinación de posibles contrataciones irregulares conforme al régimen excepcional previsto en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento; c) La identificación de eventuales mecanismos de regularización administrativa; d) La valoración de escenarios de contingencia judicial; e) Y el análisis financiero y presupuestario correspondiente. QUINTO: Que precisamente el objetivo del acuerdo municipal consiste en evitar improvisaciones administrativas futuras, reducir riesgos patrimoniales para la Hacienda Municipal y permitir que la Administración cuente oportunamente con una hoja de ruta clara respecto de los procedimientos eventualmente aplicables, sea mediante la vía administrativa o, de resultar necesario, mediante la atención de eventuales procesos judiciales. SEXTO: Que cualquier eventual reconocimiento o cancelación de obligaciones deberá realizarse únicamente previa verificación individualizada de: a) La efectiva prestación del servicio o entrega del bien; b) El beneficio público recibido por la Municipalidad; c) La razonabilidad y proporcionalidad económica; d) La existencia de contenido presupuestario; e) La procedencia jurídica del reconocimiento; f) Y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico vigente y los criterios técnicos aplicables. EN BASE A LO ANTERIOR ESTE CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA: Aclarar que el acuerdo relacionado con las obligaciones derivadas de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2025-2026 no autoriza pagos inmediatos ni automáticos, sino únicamente la preparación anticipada de la ruta administrativa, financiera, jurídica y presupuestaria que eventualmente permita atender las obligaciones que legalmente procedan. Reiterar a la Alcaldía Municipal y al Departamento Financiero Contable que cualquier eventual pago deberá quedar supeditado a la existencia previa de la liquidación final, informes de auditoría, estudios técnicos y verificación integral de legalidad conforme al bloque normativo vigente.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 Solicitar a la Administración Municipal continuar con el análisis preventivo y la estructuración de los procedimientos institucionales eventualmente aplicables para la atención de dichas obligaciones, sea mediante mecanismos administrativos o en el marco de eventuales procesos judiciales. Notificar el presente acuerdo a la Alcaldía Municipal, Departamento Financiero Contable, Auditoría Interna y Asesoría Jurídica para lo correspondiente. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremo la RESPUESTA AL OFICIO DFCO-26-0060 de la Dirección Financiera Municipal, suscrita por Ivonne Patricia Espinoza Rosales, Macdonald Espinoza Ruiz, Carlos Barrenechea Martínez Kenia Vásquez Angulo, Maureen Contreras Arrieta, Cindy Leal Cordero, Carlos Moreno Arredondo, todos regidores propietarios, se acuerda: 1-Aclarar que el acuerdo relacionado con las obligaciones derivadas de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2025-2026 no autoriza pagos inmediatos ni automáticos, sino únicamente la preparación anticipada de la ruta administrativa, financiera, jurídica y presupuestaria que eventualmente permita atender las obligaciones que legalmente procedan. 2-Reiterar a la Alcaldía Municipal y al Departamento Financiero Contable que cualquier eventual pago deberá quedar supeditado a la existencia previa de la liquidación final, informes de auditoría, estudios técnicos y verificación integral de legalidad conforme al bloque normativo vigente. 3-Solicitar a la Administración Municipal continuar con el análisis preventivo y la estructuración de los procedimientos institucionales eventualmente aplicables para la atención de dichas obligaciones, sea mediante mecanismos administrativos o en el marco de eventuales procesos judiciales. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 04. Lectura de moción suscrita por Ivonne Patricia Espinoza Rosales, Macdonald Espinoza Ruiz, Carlos Barrenechea Martínez Kenia Vásquez Angulo, Maureen Contreras Arrieta, Cindy Leal Cordero, Carlos Moreno Arredondo, todos regidores propietarios, se transcribe: PARA: Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 DE: Siete Regidores Propietarios ASUNTO: Solicitud de informe a la Alcaldía Municipal y al Departamento de Tecnología Informática sobre la administración, control de accesos, credenciales y criterios utilizados para la moderación, eliminación de contenidos y bloqueo de usuarios en los medios digitales oficiales de la Municipalidad de Santa Cruz. CONSIDERANDO I.Que la Municipalidad de Santa Cruz, como institución pública, tiene la obligación constitucional y legal de garantizar la transparencia, publicidad de sus actuaciones administrativas, rendición de cuentas y acceso a la información pública, conforme a los principios establecidos en los artículos 11, 27 y 30 de la Constitución Política. II.Que la página web oficial, la página institucional de Facebook y demás redes sociales administradas por la Municipalidad constituyen medios oficiales de comunicación pública financiados con recursos municipales y destinados a informar, interactuar y mantener una comunicación permanente con los habitantes del cantón. III.Que el artículo 11 de la Constitución Política, la Ley General de la Administración Pública, Ley N.° 6227, la Ley de Control Interno, Ley N.° 8292, y el Código Municipal, imponen a los funcionarios públicos el deber de actuar con transparencia, objetividad, razonabilidad y sometimiento pleno al principio de legalidad. IV.Que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha desarrollado una amplia jurisprudencia en materia de acceso a la información pública, libertad de expresión, participación ciudadana y control de la actividad administrativa, estableciendo que las plataformas digitales institucionales de los entes públicos no pueden ser administradas mediante criterios arbitrarios o discriminatorios que limiten injustificadamente la participación ciudadana. V.Que el bloqueo de usuarios, la eliminación de comentarios o la restricción de participación en medios digitales oficiales constituye una actuación administrativa que debe encontrarse debidamente fundamentada en criterios objetivos, razonables, proporcionales, previamente establecidos y compatibles con los derechos fundamentales de los administrados.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 VI.Que este Concejo Municipal ha tenido conocimiento de diversas manifestaciones de ciudadanos del cantón que indican haber sido bloqueados, restringidos o excluidos de la interacción en los medios digitales oficiales de la Municipalidad, sin que exista claridad sobre los criterios técnicos, jurídicos o administrativos aplicados para tales decisiones. VII.Que resulta indispensable para el adecuado ejercicio de las funciones de fiscalización y control político que corresponden al Concejo Municipal conocer cuáles funcionarios poseen credenciales de administración sobre los medios digitales oficiales de la institución, los niveles de acceso asignados y los protocolos utilizados para la gestión de dichas plataformas. VIII.Que la Ley General de Control Interno, Ley N.° 8292, obliga a la Administración Activa a establecer mecanismos de control, seguridad informática, trazabilidad y responsabilidad sobre el uso de sistemas tecnológicos institucionales, garantizando la identificación de los funcionarios responsables de las actuaciones realizadas en dichos entornos digitales. IX.Que el Concejo Municipal posee la facultad legal de requerir informes a la Administración Municipal para el ejercicio efectivo de sus competencias de dirección política, fiscalización y vigilancia de los asuntos de interés cantonal, conforme al Código Municipal y demás normativa vigente. POR TANTO Los suscritos Regidores Propietarios del Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz, con fundamento en la Constitución Política, la Ley General de la Administración Pública, la Ley de Control Interno, el Código Municipal, la jurisprudencia constitucional vigente y demás normativa aplicable, MOCIONAMOS PARA QUE EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDE: PRIMERO: Solicitar formalmente a la Alcaldía Municipal y al Departamento de Tecnología Informática de la Municipalidad de Santa Cruz que, dentro del plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del presente acuerdo, remitan al Concejo Municipal un informe detallado y debidamente certificado que contenga la siguiente información: a) La nómina completa de funcionarios municipales, asesores externos, contratistas o cualquier otra persona física que actualmente posea credenciales,
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 permisos, claves de acceso o roles de administración, edición, moderación o gestión sobre: • El sitio web oficial de la Municipalidad de Santa Cruz. • La página oficial de Facebook institucional. • Las cuentas oficiales de Instagram. • Las cuentas oficiales de YouTube. • Las cuentas oficiales de X (Twitter). • Las cuentas oficiales de WhatsApp Business. Cualquier otra plataforma digital o red social institucional administrada por la Municipalidad. b) El detalle de los niveles de acceso asignados a cada usuario autorizado, indicando el tipo de permisos que posee dentro de cada plataforma institucional. c) Copia íntegra de los reglamentos, protocolos, lineamientos, manuales de procedimiento, directrices internas o cualquier otro instrumento normativo que regule la administración de los medios digitales institucionales. d) Los criterios técnicos, jurídicos y administrativos utilizados para: Eliminar publicaciones o comentarios. Ocultar comentarios. Restringir la participación de usuarios. Suspender temporalmente cuentas. Bloquear usuarios de forma permanente o temporal. Limitar el acceso de ciudadanos a las plataformas oficiales. e) Un reporte detallado de los usuarios que actualmente se encuentran bloqueados, restringidos o limitados en las plataformas oficiales de la Municipalidad, indicando para cada caso: • Fecha de aplicación de la medida. • Plataforma correspondiente. • Funcionario responsable de la acción. • Justificación técnica o jurídica utilizada. • Normativa o protocolo aplicado. f) Los mecanismos de auditoría, trazabilidad y registro utilizados por la Administración para determinar qué funcionario ejecuta cada acción de moderación, eliminación o bloqueo dentro de las plataformas institucionales.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 SEGUNDO: Solicitar a la Auditoría Interna Municipal que valore, dentro del ámbito de sus competencias, la existencia y suficiencia de los controles internos asociados a la administración de los medios digitales institucionales y la protección de los derechos de acceso a la información y participación ciudadana. TERCERO: Advertir que la información requerida corresponde a información pública relacionada con la gestión institucional y el uso de recursos públicos, por lo que deberá suministrarse de forma completa, veraz y oportuna, salvo aquella información que se encuentre legalmente protegida por normas especiales de confidencialidad. CUARTO: Dispensar la presente moción del trámite de comisión por razones de oportunidad, interés público y control político municipal. QUINTO: Declarar el presente acuerdo definitivamente aprobado y comunicarlo de inmediato a la Alcaldía Municipal, al Departamento de Tecnología Informática y a la Auditoría Interna para lo que corresponda. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos la moción presentada por Ivonne Patricia Espinoza Rosales, Macdonald Espinoza Ruiz, Carlos Barrenechea Martínez Kenia Vásquez Angulo, Maureen Contreras Arrieta, Cindy Leal Cordero, Carlos Moreno Arredondo, se acuerda: PRIMERO: Solicitar formalmente a la Alcaldía Municipal y al Departamento de Tecnología Informática de la Municipalidad de Santa Cruz que, dentro del plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del presente acuerdo, remitan al Concejo Municipal un informe detallado y debidamente certificado que contenga la siguiente información: a) La nómina completa de funcionarios municipales, asesores externos, contratistas o cualquier otra persona física que actualmente posea credenciales, permisos, claves de acceso o roles de administración, edición, moderación o gestión sobre: • El sitio web oficial de la Municipalidad de Santa Cruz. • La página oficial de Facebook institucional. • Las cuentas oficiales de Instagram. • Las cuentas oficiales de YouTube.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 • Las cuentas oficiales de X (Twitter). • Las cuentas oficiales de WhatsApp Business. Cualquier otra plataforma digital o red social institucional administrada por la Municipalidad. b) El detalle de los niveles de acceso asignados a cada usuario autorizado, indicando el tipo de permisos que posee dentro de cada plataforma institucional. c) Copia íntegra de los reglamentos, protocolos, lineamientos, manuales de procedimiento, directrices internas o cualquier otro instrumento normativo que regule la administración de los medios digitales institucionales. d) Los criterios técnicos, jurídicos y administrativos utilizados para: Eliminar publicaciones o comentarios. Ocultar comentarios. Restringir la participación de usuarios. Suspender temporalmente cuentas. Bloquear usuarios de forma permanente o temporal. Limitar el acceso de ciudadanos a las plataformas oficiales. e) Un reporte detallado de los usuarios que actualmente se encuentran bloqueados, restringidos o limitados en las plataformas oficiales de la Municipalidad, indicando para cada caso: • Fecha de aplicación de la medida. • Plataforma correspondiente. • Funcionario responsable de la acción. • Justificación técnica o jurídica utilizada. • Normativa o protocolo aplicado. f) Los mecanismos de auditoría, trazabilidad y registro utilizados por la Administración para determinar qué funcionario ejecuta cada acción de moderación, eliminación o bloqueo dentro de las plataformas institucionales. SEGUNDO: Solicitar a la Auditoría Interna Municipal que valore, dentro del ámbito de sus competencias, la existencia y suficiencia de los controles internos asociados a la administración de los medios digitales institucionales y la protección de los derechos de acceso a la información y participación ciudadana. TERCERO: Advertir que la información requerida corresponde a información pública relacionada con la gestión institucional y el uso de recursos públicos, por lo que deberá suministrarse de forma completa, veraz y oportuna, salvo
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 aquella información que se encuentre legalmente protegida por normas especiales de confidencialidad. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 05. Lectura de moción suscrita por Ivonne Patricia Espinoza Rosales, Macdonald Espinoza Ruiz, Carlos Barrenechea Martínez Kenia Vásquez Angulo, Maureen Contreras Arrieta, Cindy Leal Cordero, Carlos Moreno Arredondo, todos regidores propietarios, se transcribe: ASUNTO: Solicitud a la Alcaldía Municipal para la creación inmediata de un Cuerpo de Asesores Técnicos Municipales y la implementación obligatoria de la plataforma SICOP para los bienes y servicios de las Fiestas Típicas Nacionales 2027. CONSIDERANDO: I. Que las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz constituyen una manifestación cultural, histórica y tradicional de especial relevancia para el cantón y para el país, cuya organización y ejecución debe realizarse—conforme a la Ley de Festejos Populares, el Código Municipal y el Manual de Organización y Procedimiento de Fiestas Tipicas Nacionales— bajo criterios de legalidad, eficiencia, transparencia, publicidad, rendición de cuentas y protección del interés público en el uso de los fondos públicos. II. Que la Ley de Festejos Populares y sus reformas, así como el marco jurídico aplicable a la administración de fondos públicos, establecen la obligación de garantizar que los recursos públicos y los ingresos generados con ocasión de los festejos sean administrados conforme a los principios que rigen la Hacienda Pública y el ordenamiento jurídico costarricense. III. Que la Ley General de Contratación Pública (N.° 9986) y su Reglamento, establecen de forma imperativa que toda la actividad contractual que emplee fondos públicos de manera total o parcial debe tramitarse obligatoriamente a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP). Esta disposición vincula de forma directa e ineludible tanto a la Municipalidad como a la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2026-2027, prohibiendo cualquier
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 contratación al margen de dicha plataforma. IV. Que de conformidad con la Ley General de la Administración Pública (N.° 6227) y la Ley de Control Interno (N.° 8292), la Administración Activa, liderada por la Alcaldía Municipal, tiene el deber legal y la responsabilidad administrativa de garantizar el diseño, adopción y constante actualización de un sistema de control interno robusto que prevenga desvíos, asegure la legalidad de los actos y mitigue riesgos sancionatorios ante los órganos fiscalizadores. V. Que el Código Municipal, Ley N.° 7794, establece que corresponde a la Alcaldía Municipal ejercer la dirección administrativa de la Municipalidad y coordinar las dependencias municipales para el adecuado cumplimiento de los fines institucionales, siendo responsable de ejecutar los acuerdos municipales dentro del marco de sus competencias VI. Que la Contraloría General de la República (CGR), mediante sus reiterados criterios, dictámenes vinculantes y jurisprudencia administrativa, ha determinado categóricamente que los fondos recaudados y administrados en el marco de festejos populares mantienen su naturaleza pública. Por ende, la fiscalización técnica, presupuestaria y legal de los procesos de contratación es una competencia no delegable de la estructura municipal. VII. Que la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2026-2027 requiere de un acompañamiento técnico-operativo especializado de forma inmediata para iniciar oportunamente los procesos de planificación, definición de necesidades, elaboración de especificaciones técnicas, estudios de mercado, programación de adquisiciones y elaboración de carteles, con el propósito de tramitar en tiempo y forma las contrataciones necesarias para la organización de las Fiestas Típicas Nacionales 2027 mediante la plataforma SICOP y con ello garantizar el abastecimiento continuo de los bienes y servicios necesarios para las Fiestas Típicas del año 2027 y evitando improvisaciones o contrataciones de urgencia que lesionen el erario público. VIII. Que la conformación de un equipo interdisciplinario integrado por funcionarios municipales de las áreas jurídica, financiera, presupuestaria, contratación pública, proveeduría, ingeniería, control interno y demás dependencias competentes permitirá fortalecer la legalidad, eficiencia y
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 transparencia de los procesos de contratación, minimizando riesgos administrativos, financieros y de eventual responsabilidad para los funcionarios y órganos involucrados. IX. Que resulta indispensable adoptar acciones inmediatas para garantizar el cumplimiento oportuno de la legislación vigente, evitando retrasos en los procedimientos de contratación, eventuales contrataciones de emergencia o situaciones que puedan afectar la adecuada organización de las Fiestas Típicas Nacionales 2027. POR TANTO Los suscritos Regidores Propietarios del Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz, con fundamento en la Constitución Política, la Ley General de la Administración Pública, la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, la Ley de Control Interno, el Código Municipal, la Ley de Festejos Populares, la normativa emitida por la Contraloría General de la República y demás legislación vigente aplicable. MOCIONAMOS PARA QUE EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDE: PRIMERO: Solicitar formalmente a la Alcaldía Municipal que, en ejercicio de sus competencias como jerarca de la Administración Activa, gire de manera inmediata las instrucciones necesarias a las direcciones, departamentos y unidades técnicas competentes de la Municipalidad de Santa Cruz para que procedan a la conformación e integración de un Cuerpo de Asesores Técnicos Municipales de apoyo a la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2026-2027. SEGUNDO: Establecer que dicho Cuerpo de Asesores Técnicos Municipales deberá brindar acompañamiento permanente en materia jurídica, financiera, presupuestaria, contratación pública, proveeduría, control interno, ingeniería, planificación y demás áreas técnicas necesarias para garantizar la correcta ejecución de los procedimientos de contratación administrativa requeridos para las Fiestas Típicas Nacionales 2027. TERCERO: Solicitar a la Alcaldía Municipal que instruya a las dependencias competentes para que, en coordinación con la Comisión de Fiestas Típicas
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 Nacionales 2026-2027, se inicie de manera inmediata la planificación, programación y tramitación de los procedimientos de contratación mediante la plataforma SICOP para todos los bienes y servicios requeridos para las Fiestas Típicas Nacionales 2027, de conformidad con la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento. CUARTO: Solicitar a la Alcaldía Municipal que remita al Concejo Municipal, dentro de un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir de la firmeza del presente acuerdo, un informe detallado sobre las acciones adoptadas para el cumplimiento de esta moción, incluyendo la integración del equipo técnico, cronograma de trabajo y estrategia de implementación de los procesos de contratación correspondientes. QUINTO: Comunicar este acuerdo de inmediato a la Alcaldía Municipal para su ejecución. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos la moción presentada por Ivonne Patricia Espinoza Rosales, Macdonald Espinoza Ruiz, Carlos Barrenechea Martínez Kenia Vásquez Angulo, Maureen Contreras Arrieta, Cindy Leal Cordero, Carlos Moreno Arredondo, se acuerda: PRIMERO: Solicitar formalmente a la Alcaldía Municipal que, en ejercicio de sus competencias como jerarca de la Administración Activa, gire de manera inmediata las instrucciones necesarias a las direcciones, departamentos y unidades técnicas competentes de la Municipalidad de Santa Cruz para que procedan a la conformación e integración de un Cuerpo de Asesores Técnicos Municipales de apoyo a la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2026-2027. SEGUNDO: Establecer que dicho Cuerpo de Asesores Técnicos Municipales deberá brindar acompañamiento permanente en materia jurídica, financiera, presupuestaria, contratación pública, proveeduría, control interno, ingeniería, planificación y demás áreas técnicas necesarias para garantizar la correcta ejecución de los procedimientos de contratación administrativa requeridos para las Fiestas Típicas Nacionales 2027. TERCERO: Solicitar a la Alcaldía Municipal que instruya a las dependencias competentes para que, en coordinación con la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2026-2027, se inicie de manera inmediata la planificación, programación y tramitación de los procedimientos de contratación mediante la
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión Ordinaria 21-2026 Del 28 de mayo 2026 plataforma SICOP para todos los bienes y servicios requeridos para las Fiestas Típicas Nacionales 2027, de conformidad con la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento. CUARTO: Solicitar a la Alcaldía Municipal que remita al Concejo Municipal, dentro de un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir de la firmeza del presente acuerdo, un informe detallado sobre las acciones adoptadas para el cumplimiento de esta moción, incluyendo la integración del equipo técnico, cronograma de trabajo y estrategia de implementación de los procesos de contratación correspondientes. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 06. Lectura de oficio AJ-280-2026 Veto por razones de ilegalidad e inoportunidad contra el acuerdo municipal adoptado en sesión ordinaria 20- 2026 artículo 10 inciso 01 comunicado mediante el oficio SM-987-2026, suscrito por Msc. Jorge Artur Alfaro Orias, Alcalde Municipal. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Especial Fiestas Típicas Nacionales, para dictamen, el oficio AJ-280-2026 Veto por razones de ilegalidad e inoportunidad contra el acuerdo municipal adoptado en sesión ordinaria 20-2026 artículo 10 inciso 01 comunicado mediante el oficio SM-987- 2026, suscrito por Msc. Jorge Artur Alfaro Orias, Alcalde Municipal. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. ARTÍCULO 10. CIERRE. INCISO 01. SEÑOR PRESIDENTE DEL CONCEJO: SIN MÁS ASUNTOS POR ABORDAR DA POR FINALIZAD A LA SESIÓN ORDINARIA - VEINTIUNO - DOS MIL VEINTISÉIS - AL SER LAS VEINTIÚN HORAS SEIS MINUTOS DEL DÍA VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS. Carlos Alberto Barrenechea Martínez- José Yorjani Rosales Contreras, Presidente del Concejo Municipal Secretario del Concejo Municipal.