Ordinaria 10 · 2026-03-12

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                      MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA- DIEZ - DOS MIL VEINTISÉIS-
CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ- EL DÍA
DOCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS- AL SER LAS
DIECIOCHO HORAS QUINCE MINUTOS, CON LA SIGUIENTE
ASISTENCIA:

REGIDORES PROPIETARIOS
Carlos Alberto Barrenechea Martínez-Presidente del Concejo.
Ivonne Patricia Espinoza Rosales-Vicepresidenta del Concejo.
Maureen Contreras Arrieta
Macdonald Espinoza Ruiz.
Kenia María Vásquez Angulo.
Mario Andre Madrigal Alfaro funge Carlos Alberto Moreno Arredondo.
Cindy María Leal Cordero.

REGIDURÍAS SUPLENTES
Marjorie López Yong.
Warner Rodríguez Angulo.
Nery Imelda Valerin Duartes.
Yarina Yamileth Arauz Barrantes.
Lidia María Gómez Ramírez.

SÍNDICOS PROPIETARIOS
Flor Elena Castañeda Bonilla-Distrito Santa Cruz.
Carlos Andrés Lara Ramírez-Distrito Bolsón.
Katia Rodríguez Gutiérrez-Distrito Veintisiete de Abril.
María Eunice Moraga Duarte-Distrito Tempate.
José Basilio Bustos Angulo-Distrito Cartagena.
Edwin Gómez Corea-Distrito Cuajiniquil.
Trino Barrantes Pérez-Distrito Diriá.
Balbino López Arrieta-Distrito Cabo Velas.
Jeannette Huertas López-Distrito Tamarindo.

SÍNDICOS SUPLENTES:
Ileana Fonseca Matarrita-Distrito Bolsón.
Yorhany Pizarro López-Distrito Veintisiete de Abril.
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Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
Johnny Ríos Cerdas-Distrito Tempate.
Evelyn Adriana Gutiérrez García-Distrito Cartagena-No justifica.
Yeimy Giselle Valerin Rodríguez-Distrito Cuajiniquil.
Hazel Ramírez Villarreal-Distrito Diriá-No justifica.
María Yojana Paniagua Obando-Distrito Cabo Velas.
Martin Héctor Barrantes Vásquez-Distrito Tamarindo.

COMISIONES:
Carlos Alberto Moreno Arredondo.

AUSENTE:
Mauro Enrique Contreras Moreno-Presenta justificación médica.

POR LA ALCALDÍA:
Msc. Jorge Arturo Alfaro Orias-Alcalde Municipal.
Msc. Mitzy Salazar Morales-Primer Vicealcaldesa.

ORDEN DEL DÍA:
1. Comprobación de Quórum.
2. Aprobación Orden del Día.
3. Juramentaciones:
           a. Comisión de Plan Regulado Urbano y Costero.
           b. Escuela Huacas.
           c. Escuela Venado.
           d. Escuela Diriá.
4. Lectura de actas:
           a. Sesión ordinaria 09-2026 del 05 marzo 2026.
           b. Sesión extraordinaria 06-2026 del 10 de marzo 2026.
5. Correspondencia.
6. Informe de Alcaldía.
7. Informes de Comisión.
8. Mociones.
9. Cierre.
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Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUÓRUM.

-Señor Presidente del Concejo: Con siete regidores propietarios inicia la sesión
ordinaria.

ARTÍCULO 02. APROBACIÓN ORDEN DEL DÍA.
INCISO 01. Señor Presidente del Concejo da lectura al Orden del Día.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar el orden del día presentado
por la presidencia del Concejo.
VOTO DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. VOTOS: Maureen
Contreras Arrieta, Macdonald Espinoza Ruiz, Carlos Alberto Barrenechea
Martínez, Kenia María Vásquez Angulo, Mario Andre Madrigal Alfaro, Ivonne
Espinoza Rosales, Cindy María Leal Cordero.

ARTÍCULO 03. JURAMENTACIONES.

INCISO 01. Se procede a juramentar a los señores Jorge Alfaro Orias, Macdonal
Espinoza Ruiz, Ivonne Espinoza Rosales, Alejandra Sancho Perlaza, William Arauz
Bran, como Comisión Planes Reguladores Urbano y Costero para el cantón de Santa
Cruz.

INCISO 02. Se procedió a juramentar a los señores Silvia Alejandra Oviedo Mart´nez
cédula 111950813, Roy Valverde Badilla cédula 107990976, Ana María Sánchez
Abarca cédula 155806916511, Neyra María Dávila Grijalba cédula 503910234,
Tomás Antonio Torrez Meza cédula 155806183333, como integrantes de la Junta de
Educación Escuela Huacas nombrados en la Sesión Extraordinaria 06-2026, Artículo
04, Inciso 14, del 10 de marzo 2026.

INCISO 03. Se procedió a juramentar a los señores Dionisio Arroyo Mayorga
cédula 503370884 y Sonia Angulo Chavarría cédula 502620436 ante la Junta
de Educación Escuela Venado, nombrados en la Sesión Extraordinaria 06-2026,
Artículo 04, Inciso 15, acuerdos 02, del 10 de marzo 2026.
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Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
INCISO 04. Se procedió a juramentar a la señora Alba Lidia Bustos Navarro cédula
112860130 ante la Junta de Educación Escuela Diriá, nombrada en la Sesión
Ordinaria 08-2026, Artículo 06, Inciso 18, acuerdo 2, del 26 febrero 2026.

ARTÍCULO 04. LECTURA DE ACTAS.

INCISO 01. Se somete a ratificación acta de la Sesión Ordinaria 09-2026 del 05
de marzo 2026.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Ratificar acta de la Sesión Ordinaria
09-2026 del 05 de marzo 2026.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 02. Se somete a ratificación acta de la Sesión Extraordinaria 06-2026 del
10 de marzo 2026.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Ratificar acta de la Sesión
Extraordinaria 06-2026 del 10 de marzo 2026.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

ARTÍCULO 05. CORRESPONDENCIA.

INCISO 01. De Alcaldía Municipal oficio DAM-661-2026: Traslado de oficio
MSC-TI-808-2026 del Coordinador del Departamento de Tecnologías de
Información.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de
Gobierno y Administración, el oficio DAM-661-2026.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 02. Lectura de oficio AIM-46-2026 de Auditoría Interna: Informe
sobre denuncias relativas a nombramientos interinos al margen de la normativa.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, el oficio AIM-46-
2026 de Auditoría Interna.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
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Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
INCISO 03. Lectura de oficio AIM-52-2026 de Auditoría Interna:
Comunicación de hallazgos preliminar relacionado con posible evasión de
impuestos de patente municipal por parte de proveedor municipal.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, el oficio AIM-52-
2026 de Auditoría Interna.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 04. Lectura de oficio AC-29-2026 de la Asesoría Jurídica.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar licencia de licores categoría
c restaurante con venta de licor, solicitada por 3-102-944521 SRL, la cual se
ubicará en restaurante con venta de licor CUCKOO´S NETS en la comunidad
de Playa Grande de la entrada al Parque Las Baulas 150 metros este Distrito
Octavo Cabo Velas; así recomendado por la Asesoría Jurídica Municipal Oficio
AC-29-2026, por haber cumplido con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley
9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de Regulación y Comercialización
de bebidas alcohólicas.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.

INCISO 05. Lectura de oficio LEBSC-D-N-128-03-2026 del Liceo
Experimental Bilingüe: Solicitud de permiso para instalación de portón de
acceso provisional a la institución por trabajos de mejoras en la ruta cantonal.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, el oficio LEBSC-
D-N-128-03-2026 del Liceo Experimental Bilingüe.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 06. De la Union Nacional de Gobiernos Locales oficio DE-E-17-02-
2026: Invitación al evento de lanzamiento empoderado el futuro.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio DE-E-17-
02-2026.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
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Del 12 de marzo 2026
INCISO 07. Lectura de oficio MCJ-DGS-CCP-SC-03-2026 de la Dirección de
Gestión Sociocultural Centro Cívico por la Paz Santa Cruz: Solicitud de apoyo
con transporte y alimentación para agrupación que representa en Ride Cultural
en Hojancha.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, el MCJ-DGS-
CCP-SC-03-2026 de la Dirección de Gestión Sociocultural Centro Cívico por
la Paz Santa Cruz.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 08. Lectura de oficio FMG-16-2026 de la Federación de
Municipalidades de Guanacaste y Upala: Declaración pública de acuerdo de la
sesión ordinaria 15-2026.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio FMG-16-
2026 de la Federación de Municipalidades de Guanacaste y Upala.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 09. Lectura de oficio FMG-25-2026 de la Federación de
Municipalidades de Guanacaste y Upala: Informe de labores.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio FMG-25-
2026 de la Federación de Municipalidades de Guanacaste y Upala.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 10. Lectura de oficio FMG-26-2026 de la Federación de
Municipalidades de Guanacaste y Upala: Informe de labores.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio FMG-26-
2026 de la Federación de Municipalidades de Guanacaste y Upala.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
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Del 12 de marzo 2026
INCISO 11. Lectura de oficio ADIT-2026-11 de la Asociaicon de Desarrollo
Integral de Tamarindo.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar separación de fecha 15 de
noviembre 2026 para actividad deportiva Triatlón Tamarindo 2026 organizado
por la Asociación de Desarrollo Integral de Tamarindo.
La Asociación deberá cumplir con la normativa de salud y seguridad requerida
para el tipo de evento que pretende desarrollar.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 12. Gestión Asociación de Desarrollo Integral de Ortega.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar la separación de fechas 1,
4 y 5 de abril 2026 para realizar Feria de Lagarto, en la comunidad de Ortega,
organizada por la Asociación de Desarrollo Integral de Ortega.
La Asociación deberá cumplir con la normativa de seguridad y salud que
requiere para la actividad.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 13. Gestión del señor Asdrúbal Jiménez Solano: Solicitud de
intervención y mantenimiento de la calzada ubicada en la vía aledaña a la ruta
909 sector Hatillo costado del CENCINAI.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Unidad Técnica de Gestión
Vial Municipal, la gestión presentada por el señor Asdrúbal Jiménez Solano.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 14. De la Asociación de Desarrollo Integral de Bernabela:
Desistimiento del permiso para realizar actividades taurinas. Continúan con la
actividad Baile La Chibola.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido la gestión presentada
por la Asociación de Desarrollo Integral de Bernabela.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
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Del 12 de marzo 2026
INCISO 15. Denuncia por invasión masiva del derecho de via y publicidad
exterior ilegal en trayectos Tamarindo-Flamingo, Huacas-Matapalo y
Flamingo-Potrero.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar A Alcaldía la denuncia
presentada.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 16. De la Escuela Guayabal: Solicitud de poda o derrame de arboles
ubicado en la Escuela Guayabal por riego para los estudiantes.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía la solicitud
presentada por la Escuela Guayabal.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 17. Del Concejo de Distrito Cabo Velas, síndicos propietarios y
suplente: Solicitud para que mediante la Unidad Tecnica de Gestión Vial
municipal solicite a Coopeguancaste para que recoja escombro vegetal que dejo
la empresa contrata por Coopeguancaste en la ruta Lomas-Matapalo.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía la gestión
presentada por Concejo de Distrito Cabo Velas, síndicos propietarios y suplente
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 18. Del Concejo de Distrito Cabo Velas, síndicos propietarios y
suplente: Solicitud de respuesta al oficio CDV-03-2025 sobre informe de las
inversiones realizadas en el Distrito con los ingresos que se reciben de la ZMT
Ley 6043.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, en plazo de 3
días, responsa la solicitud presentada por el Concejo de Distrito Cabo Velas.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 19. Del Concejo de Distrito Cabo Velas, síndicos propietarios y
suplente: Solicitud de respuesta al oficio CDV- del 12 de abril 2025, solicitud
de inventario de las rutas cantonales del distrito Cabo Velas con su respectivo
código.
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Del 12 de marzo 2026
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, en plazo de 3
días, responsa la solicitud presentada por el Concejo de Distrito Cabo Velas.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 20. De la Asociación de Desarrollo Integral de Huacas: presentación
y solicitud de apoyo con actividades comunitarias 1-Festival navideño Huacas
del 27 al 29 de noviembre. 2-Semana Cultural de Huacas del 26 al 29 de enero.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía y Comisión
Permanente de Asuntos Culturales, la gestión presentada por Asociación de
Desarrollo Integral de Huacas.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 21. De la Asociación de Desarrollo Integral de Tulita Sandino:
solicitud de colaboración con Festival Navideño el 12 de diciembre 2026.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía y Comisión
Permanente de Asuntos Culturales, la gestión presentada por Asociación de
Desarrollo Integral de Asociación de Desarrollo Integral de Tulita Sandino.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 22. De la Asociación de Desarrollo Integral de Potrero: Solicitud de
asignación de presupuesto para remodelación y embellecimiento del centro de
la plaza de deportes de playa Potrero.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, Planificación y
Concejo Distrito, la gestión presentada por la Asociación de Desarrollo Integral
de Potrero.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 23. Vecinos de Barrio San Francisco y San Rafael: Solicitud de
audiencia ante el Concejo Municipal sobre problemática de polvo y estado de
rutas cantonales.
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Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Presidencia del Concejo,
para la programación de la audiencia solicitada.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 24. Lectura de oficio BIMJ-04-2026 suscrito por Blanca Iris Mora
Jiménez-funcionaria municipal: falta de repuesta a solicitud de reconocimiento
y pago retroactivo de anualidad del periodo que estuve con permiso sin goce de
salario.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, se de pronta
respuesta, a la gestión presentada bajo el oficio BIMJ-04-2026 suscrito por
Blanca Iris Mora Jiménez-funcionaria municipal.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 25. Gestión de Lic. Oscar Guevara Arias: Solicitud de mesa de trabajo
con los regidores y departamento de Desarrollo Urbano y rural y Construcciones
para tratar el tema de residencial Loma Linda.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Traslada a Presidencia del Concejo, se
programe la mesa de trabajo solicita.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 26. De la Asociación de Desarrollo Integral de San Juan: Solicitud de
licencia temporal de licores para ubicarse en Salón Comunal, el 15 de marzo
2026.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar una licencia temporal para
la venta de bebidas con contenido alcohólico, a favor de la Asociación de
Desarrollo Integral de San Juan: Solicitud de licencia temporal de licores para
ubicarse en Salón Comunal, el 15 de marzo 2026.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 27. Comunicado electrónico de Pablo Marín representante de la
empresa Kuikpei. Indica:
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Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
En atención a las consultas relacionadas con el evento realizado durante las
Fiestas de Santa Cruz, me permito remitir adjunto documentación que respalda
los aportes financieros efectuados para la organización y desarrollo del mismo.
Para efectos de orden y claridad, adjunto los siguientes documentos:
   1. Contrato de colaboración financiera suscrito para el desarrollo del
      evento.
   2. Comprobantes de transferencia correspondientes al aporte inicial de
      ₡100.000.000, realizado en octubre de 2025.
   3. Detalle de pagos efectuados durante las fiestas, por un monto total de
      ₡66.899.250, correspondiente a diversos gastos operativos del evento
      (seguridad, toros, montadores, personal de planta, electricidad,
      premiaciones, entre otros).
   4. Comprobantes de pago relacionados con las montaderas y otros gastos
      operativos realizados durante enero de 2026.
Adicionalmente, es importante indicar que también se realizó un aporte
aproximado de USD $15.000 (alrededor de ₡7.500.000) para la compra del
vehículo utilizado en la rifa del evento.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Especial
Fiestas Típica Nacionales Santa Cruz, la información aportada por el señor
Pablo Marín.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 28. Lectura de Oficio DAM-707-2026 de Alcaldía Municipal:
Información para autorización de transferencias a juntas de educación y juntas
administrativas distribución del 10% correspondiente al año 2026.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar las transferencias y
distribución del 10% por concepto del IMPUESTO SOBRE BIENES
INMUEBLES que establece la Ley 7509 y sus reformas, a favor de las juntas
de educación y juntas administrativas para el cantón de Santa Cruz,
correspondiente al año 2026, así indicado en el oficio DAM-707-2026.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.

INCISO 29. Lectura de oficio DAM-576-2026 de Alcaldía: Informe de
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Sesión Ordinaria 10-2026
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cumplimiento de acuerdo SM-151-2026 del requerimiento de información
oficio MH-DGT-DFTE-SDF-DNP-TEMPORAL-REQ-01-2026.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio DAM-576-
2026 de alcaldía.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 30. Lectura de Oficio DAM-659-2026 de Alcaldía Municipal.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar los convenios de
cooperación y entrega de materiales entre la Municipalidad de Santa Cru con
las Asociaciones de Desarrollo Integral de Cartagena y Lorena, ASADA San
Juanillo, Escuela Bejuco, CenCinai de santa Rosa, presentados bajo el oficio
DAM-659-2026 de Alcaldía.
Autorizar al señor alcalde o a quien ocupe su lugar la firma de los respectivos
convenios.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.

INCISO 31. Lectura de oficio DAM-698-2026 de Alcaldía Municipal:
rendición de informe de los informes convenios de cooperación y subvención
para actividades navideñas y culturales.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio DAM-698-
2026 de alcaldía.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 32. Lectura de oficio DFCO-26-28 de Dirección Financiera: Atención
al oficio SM-360-EXTR-05-2026 sobre el Convenio de Administración del
Cementerio Jardin de Paz con la Asociación de Desarrollo Integral de Santa
Cruz.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de
Gobierno y Administración, el oficio DFCO-26-28 de Dirección Financiera.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
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INCISO 33. Del Colegio Técnico Profesional de Cartagena.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: autorizar la separación de fechas para
la realización del Baile de la Resistencia el inicial a las 08:00pm del 14 y finaliza
a las 4:00am del 15 de noviembre 2026, organizado por Colegio Técnico
Profesional de Cartagena.
El organizador deberá cumplir con la normativa de salud y seguridad
establecido para el tipo de actividad que desarrollará.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.


ARTÍCULO 06. INFORME DE ALCALDÍA.
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Del 12 de marzo 2026
INCISO 02. Intervenciones de las señoras Ivonne Espinoza rosales y Kenia
Vasquez Angulo, sucintamente se indica: De la programación de mesa de
trabajo para analizar el proceso a seguir para el pago de servicios prestados
durante las Fiestas Típicas Nacionales 2026 y que a la fecha no se han pagado.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se programe mesa de trabajo, para
analizar el proceso a seguir para el pago de servicios prestados durante las
Fiestas Típicas Nacionales 2026 y que a la fecha no se han pagado.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 03. Intervenciones de los señores Ivonne Espinoza rosales, Carlos
Barrenenchea Martínez y Kenia Vasquez Angulo, sucintamente se indica: Se
establezca fecha límite para la recepción de reclamos administrativos de
servicios prestados durante las Fiestas Típicas Nacionales 2026 y que a la fecha
no se han pagado.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Establecer con fecha límite, el 22 de
abril 2026, para la recepción de reclamos administrativos de servicios prestados
durante las Fiestas Típicas Nacionales 2026 y que a la fecha no se han pagado.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 04. Señor Presidente del Concejo: De la mesa de trabajo realizada con
Departamentos en relación al proceso de análisis y discusión de la propuesta de
Reglamento para Fiestas Típicas Nacionales, se solicita a la Alcaldía, haga
llegar los informes presentados por los departamentos al lunes 16 de marzo
2026.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar la propuesta presentada por
la Presidencia del Concejo, se traslada a Alcaldía para su cumplimiento.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.

ARTÍCULO 07. INFORME DE COMISIÓN.
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Del 12 de marzo 2026
INCISO 01. Lectura de Dictamen 01-2026 de la Comisión de Asuntos
Jurídicos, al ser las diecisiete horas diecisiete minutos del día doce de marzo del
2026.
Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y del oficio SM-216-ORD-05-2026 del 18 de febrero 2025 en donde se
comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión
Ordinaria 05-2026, Artículo 04, Inciso 35, del 05 febrero 2026.
INCISO 35. Gestión señor José Luis Jiménez Robleto: Solicitud de información
y criterios sobre la participación de la Municipalidad de Santa Cruz en
FEMUGUA.

I. RESULTANDOS
Que mediante el oficio SM-216-ORD-05-2026, se comunicó el acuerdo del
Concejo Municipal de Santa Cruz para atender la gestión del periodista José
Luis Jiménez Robleto, referente a cuestionamientos sobre el pago de pluses
salariales (prohibición), ejercicio del notariado, denuncias ante la CGR y la
eficiencia del costo-beneficio de la afiliación a la Federación de
Municipalidades de Guanacaste (FEMUGUA).
Que en fecha 10 de marzo de 2026, el Concejo Municipal recibió en audiencia
a la Directora Ejecutiva de FEMUGUA Licda Viviana Varquero Alvarez, esto
como proceso de rendición de cuentas, dentro de la audiencia los señores
regidores le hicieron varias consultas específicamente en lo relativo a la
ejecución del presupuesto, el aporte de la Federación propiamente a la
Municipalidad de Santa Cruz, entre otros.

II. CONSIDERANDOS
PRIMERO: Sobre la potestad de fiscalización. De conformidad con los
artículos 169 y 170 de la Constitución Política y el Código Municipal, este
Concejo posee autonomía para decidir sobre su afiliación a federaciones, lo cual
conlleva el deber de fiscalizar que los fondos públicos girados a dichas
entidades se utilicen bajo los principios de legalidad, eficiencia y transparencia.
SEGUNDO: Sobre la información pendiente. Durante la audiencia del 10 de
marzo, si bien se obtuvieron aclaraciones verbales, este órgano colegiado
determinó que la información aportada por la Dirección Ejecutiva de
                      MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
FEMUGUA debe ser respaldada con documentación certificada, especialmente
en lo relativo a:
El desglose detallado del gasto presupuestario y el retorno de inversión (costo-
beneficio) para el cantón de Santa Cruz.
TERCERO: Sobre la imposibilidad de resolver de fondo. No es posible para
este Concejo emitir un criterio definitivo sobre la desafiliación o sobre la
veracidad de las denuncias (como la 880-2025 ante la CGR) hasta que
FEMUGUA completen la entrega de la información requerida en la sesión del
10 de marzo. Actuar de forma prematura violentaría el principio de verdad real
que rige la función pública.

III. POR TANTO
Esta Comisión recomienda al honorable Concejo Municipal:
TENER POR RECIBIDA la comparecencia de la Directora Ejecutiva de
FEMUGUA del día 10 de marzo de 2026.
SUSPENDER el plazo para la respuesta final al señor José Luis Jiménez
Robleto, en el tanto se está a la espera de que la Administración de FEMUGUA
remita la documentación complementaria solicitada en dicha audiencia,
necesaria para evacuar con certeza técnica y jurídica los puntos solicitados por
el señor Jiménez Robleto.
REITERAR a la Administración Municipal la necesidad de un informe técnico
financiero que compare los beneficios de la Unión Nacional de Gobiernos
Locales (UNGL) frente a FEMUGUA, tal como lo sugiere el gestionante, para
valorar la permanencia en dicha federación.
INFORMAR al gestionante, al correo jjimenez.robleto@gmail.com, que su
solicitud se encuentra en etapa de instrucción y acopio de pruebas, y que, una
vez analizada la documentación pendiente, este Concejo se pronunciará sobre
la desafiliación y las presuntas irregularidades señaladas.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 01-2026 de la Comisión de Asuntos Jurídicos, al ser las diecisiete
horas diecisiete minutos del día doce de marzo del 2026. Se dispone:
TENER POR RECIBIDA la comparecencia de la Directora Ejecutiva de
FEMUGUA del día 10 de marzo de 2026.
SUSPENDER el plazo para la respuesta final al señor José Luis Jiménez
Robleto, en el tanto se está a la espera de que la Administración de FEMUGUA
                      MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
remita la documentación complementaria solicitada en dicha audiencia,
necesaria para evacuar con certeza técnica y jurídica los puntos solicitados por
el señor Jiménez Robleto.
REITERAR a la Administración Municipal la necesidad de un informe técnico
financiero que compare los beneficios de la Unión Nacional de Gobiernos
Locales (UNGL) frente a FEMUGUA, tal como lo sugiere el gestionante, para
valorar la permanencia en dicha federación.
INFORMAR al gestionante, al correo jjimenez.robleto@gmail.com, que su
solicitud se encuentra en etapa de instrucción y acopio de pruebas, y que, una
vez analizada la documentación pendiente, este Concejo se pronunciará sobre
la desafiliación y las presuntas irregularidades señaladas.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.

INCISO 02. Lectura de Dictamen 02-2026 de la Comisión de Asuntos
Jurídicos, al ser las Diecisiete horas treinta minutos del día doce de marzo del
2026.
Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y del oficio Oficio SM-2043-ORD-44-2025 del 11 de noviembre de 2025
en donde se comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en
la Sesión Ordinaria 44-2025, Artículo 05, Inciso 09, del 30 de octubre 2025.
INCISO 09: Oficio AJ-594-2025 y AJ-568-2025, de la Licda. Yuridia Guevara
Carmona de la Asesoría Jurídica. Asunto: Respuesta a oficio número DAM-
3296-2025, Consulta sobre alcance del criterio jurídico consignado en el oficio
número AJ-568-2025 procedencia del pago por concepto de viáticos.
-Oficio AJ-568-2025, de la Licda. Yuridia Guevara Carmona de la Asesoría
Jurídica.
Asunto: Respuesta a oficio número DDUR-DGV-COORD-0232-2025,
Solicitud de criterio jurídico sobre el reconocimiento del pago de viáticos a
funcionarios que fungen como peones y operadores de maquinaria de la
UTGVM.
I. RESULTANDOS
    1. Que mediante el oficio SM-2043-ORD-44-2025, se comunicó el acuerdo
       del Concejo Municipal de Santa Cruz (Sesión 44-2025) para que esta Co-
                      MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
      misión analice los alcances de los criterios vertidos por la Asesoría Jurí-
      dica en relación con el pago de viáticos a peones y operadores de maqui-
      naria.
   2. Que se han recibido los oficios AJ-568-2025 y AJ-594-2025, los cuales
      presentan interpretaciones que, a juicio de esta Comisión y de las depen-
      dencias técnicas consultadas, generan dudas sobre su aplicación práctica
      y legal en el campo de operaciones viales.
II. CONSIDERANDOS
PRIMERO: Sobre la base legal de la fiscalización. Esta Comisión actúa bajo
las facultades conferidas por el Código Municipal y la Constitución Política en
sus artículos 169 y 170, que garantizan la autonomía municipal y la correcta
administración de los recursos locales. Es deber del Concejo asegurar que
cualquier erogación por concepto de viáticos se ajuste estrictamente al
Reglamento de Gastos de Viaje y Transportes para Funcionarios Públicos de
la Contraloría General de la República.
SEGUNDO: Sobre la contradicción y ambigüedad técnica. Se observa que los
criterios AJ-594-2025 y AJ-568-2025 no terminan de dar certeza sobre la
procedencia del pago para el personal operativo (peones y operarios). Mientras
la Asesoría Jurídica establece un marco interpretativo, la Unidad Técnica de
Gestión Vial Municipal (UTGVM) y el Departamento de Desarrollo Urbano y
Rural enfrentan dificultades operativas para ejecutar dichos pagos sin incurrir
en eventuales responsabilidades administrativas por falta de claridad en los
alcances de la "sede" o el "centro de trabajo".
TERCERO: Del principio de Verdad Real y Coordinación. Para que esta
Comisión dicte un criterio que no sea meramente formal, sino ejecutable y
apegado a la realidad de las cuadrillas municipales, es imperativo aplicar el
principio de coordinación administrativa. No se puede resolver un asunto de
impacto financiero y laboral basándose en documentos que presentan
ambigüedades entre sí.
III. POR TANTO
Esta Comisión de Asuntos Jurídicos, en aras de tomar la decisión más acertada
y proteger el erario público, así como los derechos laborales de los funcionarios,
recomienda al Concejo Municipal:
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Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
   1. POSPONER la emisión de un criterio definitivo sobre los oficios AJ-
      594-2025 y AJ-568-2025 hasta que se agote la vía de consulta interde-
      partamental.
   2. CONVOCAR de manera inmediata a una Mesa de Trabajo Interdiscipli-
      naria, con la participación obligatoria de:
          o   La Asesoría Jurídica Municipal.
          o   La jefatura de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal
              (UTGVM).
          o   La jefatura del Departamento de Desarrollo Urbano y Rural.
          o   La Dirección de Hacienda Municipal (en calidad de asesor finan-
              ciero).
   3. OBJETIVO DE LA MESA: Confrontar las posiciones técnicas y jurí-
      dicas para unificar un solo lineamiento que defina, de forma técnica y
      legal, cuándo procede y cuándo no el pago de viáticos, evitando interpre-
      taciones aisladas que entorpezcan la gestión vial del cantón.
   4. Gestionar la Mesa de trabajo a la brevedad posible.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el,
Dictamen 02-2026 de la Comisión de Asuntos Jurídicos, al ser las Diecisiete
horas treinta minutos del día doce de marzo del 2026.
Se dispone:
   1. POSPONER la emisión de un criterio definitivo sobre los oficios AJ-
       594-2025 y AJ-568-2025 hasta que se agote la vía de consulta interde-
       partamental.
   2. CONVOCAR de manera inmediata a una Mesa de Trabajo Interdiscipli-
      naria, con la participación obligatoria de:
          o   La Asesoría Jurídica Municipal.
          o   La jefatura de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal
              (UTGVM).
          o   La jefatura del Departamento de Desarrollo Urbano y Rural.
                      MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
          o   La Dirección de Hacienda Municipal (en calidad de asesor finan-
              ciero).
   3. OBJETIVO DE LA MESA: Confrontar las posiciones técnicas y jurí-
      dicas para unificar un solo lineamiento que defina, de forma técnica y
      legal, cuándo procede y cuándo no el pago de viáticos, evitando interpre-
      taciones aisladas que entorpezcan la gestión vial del cantón.
   4. Gestionar la Mesa de trabajo a la brevedad posible.
ACUERDO FIRME,               VOTACIÓN        DE     SIETE      REGIDORES
PROPIETARIOS.

INCISO 03. Lectura de Dictamen 03-2026 de Comisión de Asuntos Jurídicos,
al ser las Diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día doce de marzo del
2026.
Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y del Oficio SM-2330-EXTR-24-2024 del 06 enero 2024, se comunica
acuerdo del Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión extraordinaria 24-
2024 Artículo 04, Inciso 11, del 26 de noviembre 2024, indica:
INCISO 11. Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio suscrito por
Lic. Melvin Reyes Parajón, contra acuerdo vacaciones del alcalde municipal del
18 de noviembre 2024.

I. RESULTANDOS
Que el 18 de noviembre de 2024, el Concejo Municipal conoció la
comunicación del señor Alcalde sobre el disfrute de vacaciones para los días 18
y 19 de noviembre de 2024.
Que el Lic. Melvin Reyes Parajón interpuso recurso de revocatoria con
apelación en subsidio el día 22 de noviembre de 2024, alegando que el traslado
del asunto a la Auditoría Interna fue improcedente y que, dada la emergencia
que enfrentaba el cantón, el Alcalde debió suspender su descanso.
Que el recurrente solicita, además, que este Concejo gestione ante la Dirección
General de Migración y Extranjería un reporte de entradas y salidas del jerarca
durante esos días.
                      MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
II. CONSIDERANDOS
PRIMERO: Sobre la Extinción del Objeto por Falta de Interés Actual. El
recurso fue interpuesto el 22 de noviembre de 2024, fecha en la cual el señor
Alcalde ya se había reintegrado a sus labores. Según la doctrina del Derecho
Administrativo y la jurisprudencia de la Sala Constitucional, para que un
recurso sea admisible debe existir un interés legítimo y actual. En este caso, al
haber transcurrido los días de vacaciones y estar el funcionario en ejercicio de
su cargo, la pretensión de "suspender" o "revocar" las vacaciones carece de
efecto práctico, configurándose una carencia de objeto.
SEGUNDO: Sobre la Extemporaneidad de la Observancia de Urgencia.
Señala el recurrente que la presencia del Alcalde era vital por la emergencia del
cantón. No obstante, si la urgencia era de tal magnitud que comprometía la
continuidad del servicio público, cualquier acción legal o administrativa debió
presentarse antes o durante el hecho, y no cuatro días después de iniciado el
disfrute, cuando el acto ya se había consumado materialmente.
TERCERO: Sobre la Gestión ante Migración y Extranjería. La solicitud de
requerir un reporte migratorio resulta improcedente dentro de la vía del recurso
administrativo de revocatoria. El Concejo Municipal no tiene facultades de
órgano de instrucción penal o policial para fiscalizar los movimientos
migratorios privados de un funcionario bajo el pretexto de un recurso ante el
disfrute de sus vacaciones, máxime cuando no se ha demostrado una falta
administrativa que justifique tal injerencia en la privacidad, fuera de los canales
legales correspondientes.
CUARTO: Sobre el Traslado a la Auditoría. Si bien el recurrente alega que
la Auditoría no tiene competencia, el Concejo Municipal, en ejercicio de su
deber de control y bajo el principio de legalidad, tiene la potestad de consultar
a su órgano asesor de control interno sobre la procedencia de actos
administrativos que involucren fondos públicos (pago de vacaciones si hubiese
sido el caso). Este es un acto de trámite y, por definición del artículo 345 de la
Ley General de la Administración Pública, los actos de trámite no tienen recurso
propio, a menos que generen indefensión o impidan la continuación del
procedimiento, lo cual no sucede en la especie.

III. POR TANTO
Esta Comisión de Asuntos Jurídicos recomienda al Honorable Concejo
Municipal:
                      MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
DECLARAR SIN LUGAR el Recurso de Revocatoria interpuesto por el Lic.
Melvin Reyes Parajón por presentar una Carencia de Interés Actual, toda vez
que para la fecha de interposición el acto administrativo ya se había consumado
y el señor Alcalde se encontraba en funciones.
RECHAZAR AD PORTAS la solicitud de requerir informes a la Dirección
General de Migración y Extranjería, por no ser el recurso de revocatoria la vía
idónea para tales diligencias de investigación y por no guardar relación de
causalidad con la validez del acuerdo impugnado.
NOTIFICAR al recurrente y a la Secretaría Municipal para lo que corresponda.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el,
Dictamen 03-2026 de Comisión de Asuntos Jurídicos, al ser las Diecisiete horas
cuarenta y cinco minutos del día doce de marzo del 2026. Se acuerda
DECLARAR SIN LUGAR el Recurso de Revocatoria interpuesto por el Lic.
Melvin Reyes Parajón por presentar una Carencia de Interés Actual, toda vez
que para la fecha de interposición el acto administrativo ya se había consumado
y el señor Alcalde se encontraba en funciones.
RECHAZAR AD PORTAS la solicitud de requerir informes a la Dirección
General de Migración y Extranjería, por no ser el recurso de revocatoria la vía
idónea para tales diligencias de investigación y por no guardar relación de
causalidad con la validez del acuerdo impugnado.
NOTIFICAR al recurrente y a la Secretaría Municipal para lo que corresponda.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.


INCISO 04. Lectura de Dictamen 03-2026 de la Comisión de Hacienda y
Presupuesto, al ser las diecisiete horas cuarenta y nueve minutos del día doce
de marzo del 2026.
Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y de acuerdo con lo solicitado en el Oficio SM-398-EXTR-06-2026 del 11
de marzo 2025, se comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa
Cruz en la Sesión Extraordinaria 06-2026, Artículo 04, Inciso 66, del 10 de
marzo 2026.
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Del 12 de marzo 2026
INCISO 66. Lectura de oficio DAM-628-2026 de Alcaldía: Presentación de
modificación presupuestaria 01-2026, para su revisión y aprobación.

CONSIDERANDO
Esta Comisión entra a analizar los oficios: DAM-628-2026 de la Alcaldía,
remitiendo la modificación para trámite de la Comisión y el Oficio DFCO-26-
0020 emitido por el Lic. Mario Moreira Castro en su condición de Director de
la Dirección de Gestión Financiera Municipal y señala lo siguiente
1-Sesión Extraordinaria 06-2026: El Concejo Municipal conoció el oficio
DAM-628-2026 de la Alcaldía, remitiendo la modificación para trámite de la
Comisión (Inciso 66, Artículo 04).
2-Criterio Técnico Financiero: Se cuenta con el Oficio DFCO-26-0020
emitido por la Dirección de Gestión Financiera, el cual concluye que la
propuesta es técnicamente viable y presupuestariamente procedente.
DICTAMEN
Esta Comisión, tras analizar la documentación aportada, determina los
siguientes puntos claves:
1. SUSTENTO JURÍDICO
El presente dictamen se fundamenta en las siguientes normas:
Constitución Política de Costa Rica: Artículos 169 y 170, que otorgan
autonomía política, administrativa y financiera a las municipalidades para la
administración de los intereses y servicios locales.
Código Municipal: Artículo 13, inciso e), que establece como atribución del
Concejo Municipal la aprobación de los presupuestos y sus modificaciones.
Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos
Públicos (Ley 8131): En cuanto al cumplimiento de los principios de equilibrio,
especialidad y legalidad presupuestaria.
Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (Contraloría General de la
República): Que exigen la vinculación entre el Plan Operativo Anual (POA) y
el presupuesto.

2. FUNDAMENTACIÓN TÉCNICA
El Oficio DFCO-26-0020 emitido por la Dirección de Gestión Financiera indica
con respecto a la Modificación Presupuestaria lo siguiente:
-Mantenimiento del Equilibrio Financiero: La modificación asciende a un
monto de ₡1.300,74 millones. Es vital resaltar que estos movimientos consisten
                      MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
en traslados de partidas (rebajos y aumentos) que no alteran el monto total del
presupuesto, cumpliendo con el principio de equilibrio presupuestario.
-Vinculación Plan-Presupuesto: Según el informe del Lic. Mario Moreira
Castro, se verificó la consistencia entre el Plan Operativo Anual (POA) y los
totales programáticos del Presupuesto, asegurando que los recursos financieros
respaldan los objetivos institucionales de la administración 2024-2028.
-Optimización de Recursos: La modificación responde a la necesidad de las
unidades ejecutoras de:
Redistribuir recursos de partidas con subejecución o economías.
Fortalecer actividades prioritarias que presentan mayor demanda operativa.
Atender compromisos institucionales impostergables para garantizar la
continuidad de los servicios públicos a la comunidad santacruceña.
-Cumplimiento de Requisitos: Se ha verificado que las partidas objeto de
rebajo cuentan con contenido presupuestario suficiente y que el trámite ha
seguido el debido proceso administrativo a través del Departamento de Control
Presupuestario.

POR TANTO
Por las razones anteriormente expuestas, esta Comisión de Hacienda y
Presupuesto recomienda al Concejo Municipal de Santa Cruz:
PRIMERO: Aprobar la Sección de Disminución de Egresos y de Aumento de
ingresos que se detallan:
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Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026




SEGUNDO: Aprobar en todos sus extremos la Modificación Presupuestaria
N.° 01-2026 por el monto de ₡1.300.740.000,00 (mil trescientos millones
setecientos cuarenta mil colones).
TERCERO: Instruir a la Administración Municipal para que proceda con la
ejecución inmediata de los ajustes aprobados, con el fin de no interrumpir la
prestación de los servicios municipales ni la ejecución de los proyectos
prioritarios para el cantón.
TERCERO: Que se remita copia de este acuerdo a la Dirección Financiera y
al Departamento de Planificación para el control respectivo en el Sistema
Integrado de Presupuestos.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 03-2026 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, de las diecisiete
horas cuarenta y nueve minutos del día doce de marzo del 2026. Se acuerda:
-Aprobar la Sección de Disminución de Egresos y de Aumento de ingresos que
se detallan en la Modificación Presupuestaria 01-2026.
-Aprobar en todos sus extremos la Modificación Presupuestaria N.° 01-2026
por el monto de ₡1.300.740.000,00 (mil trescientos millones setecientos
cuarenta mil colones).
-Instruir a la Administración Municipal para que proceda con la ejecución
inmediata de los ajustes aprobados, con el fin de no interrumpir la prestación de
                      MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
los servicios municipales ni la ejecución de los proyectos prioritarios para el
cantón.
-Que se remita copia de este acuerdo a la Dirección Financiera y al
Departamento de Planificación para el control respectivo en el Sistema
Integrado de Presupuestos.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.

INCISO 05. Lectura de Dictamen 03-2026 de la Comisión de Zona Marítimo
Terrestre, al ser las dieciocho horas del día 19 de febrero de 2026.

Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y de acuerdo con lo solicitado por el Concejo Municipal mediante los
Oficios SM-55-EXTR.02-2026, Artículo 03, Inciso 03, mediante el cual se
remite el Oficio ZMT-10-2026 del departamento de ZMT: Solicitud de
aprobación de adendum al proyecto de resolución de concesión /autorización de
firma de contrato expediente a nombre de María Eugenia Briceño Briceño.
Se adjunta el oficio a continuación:
ASUNTO: solicitud de aprobación de adendum al proyecto resolución y
contrato de concesión/autorización de firma
Reciba un cordial saludo de parte del Departamento de Zona Marítimo
Terrestre. Por medio del presente solicito de sus buenos oficios para la
aprobación de la suscripción de adendum al proyecto resolución y contrato de
concesión, con relación a la solicitud de concesión que consta en el expediente
administrativo 294-83, a nombre de MARÍA EUGENIA BRICEÑO
BRICEÑO.
Adjunto al presente el borrador del proyecto resolución y contrato de concesión
a fin de que sea analizado y posteriormente aprobado.
Así mismo solicito la autorización para la firma de dicho adendum a suscribir
entre la Municipalidad de Santa Cruz y la señora María Eugenia Briceño
Briceño, representada por Luis Diego Barahona Briceño, apoderado
generalísimo sin límite de suma, poder inscrito en el Registro Nacional, bajo
las citas TOMO DOS MIL VEINTIUNO ASIENTO SEISCIENTOS TREINTA
Y UN MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS SECUENCIA                                  UNO
SUBSECUENCIA UNO.
                      MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026

ADDENDUM AL PROYECTO DE RESOLUCION Y CONTRATO DE LA
SOLICITUD DE LA CONCESIÓN SUSCRITO ENTRE LA
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Y NARCISA MARÍA EUGENIA
BRICEÑO BRICEÑO PARCELA UBICADA EN PLAYA JUNQUILLAL DE
SANTA CRUZ.
En su jurídica condición de ALCALDE MUNICIPALIDAD DE SANTA
CRUZ, Guanacaste, cédula–tres cero catorce – cero cuatro dos uno cero nueve,
para el periodo comprendido entre el primero de mayo de dos mil veinte y el
treinta de abril de dos mil veinticuatro, según Resolución N. 2159-E-11-2024
del Tribunal Supremo de Elecciones de las nueve horas con treinta minutos del
ocho de marzo del dos mil veinticuatro, publicado en el alcance N°61 del Diario
oficial la Gaceta N°55 del viernes veintidós de marzo del dos mil veinticuatro.
Y en adelante denominada ‘’LA MUNICIPALIDAD’’, y LUIS DIEGO
BARAHONA BRICEÑO, portador de la cedula de identidad uno – cero cinco
cinco dos-cero ocho nueve nueve, mayor, casado en segundas nupcias, abogado,
vecino de Condominio Lomas de Granadilla, cien metros al sur del Ebais,
Granadilla Norte, Curridabat, San José, actuando en este acto en su condición
de apoderado generalísimo sin límite de suma, poder inscrito en el Registro
Nacional, bajo las citas TOMO DOS MIL VEINTIUNO ASIENTO
SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS
SECUENCIA UNO SUBSECUENCIA UNO, de la señora NARCISA MARÍA
EUGENIA BRICEÑO BRICEÑO, cedula física número cinco cero cero seis
tres cero tres tres tres, divorciada en primeras nupcias, ama de casa, vecina de
costado sur del Restaurante KFC, San Rafael Abajo, Desamparados, San José,
en adelante denominada ‘’LA CONCESIONARIO’’, hemos convenido en
celebrar la firma del presente Adendum al Proyecto de Resolución y Contrato
de Concesión debidamente autorizado por el Concejo Municipal mediante
acuerdo SM-2330-Ord-48-2023 (CAMBIAR), lectura del dictamen 41-2023
dela Comisión de Zona Marítimo Terrestre de las dieciséis horas con cuarenta
y cinco minutos del día 21 de noviembre 2023. Se comunica acuerdo dictado
por el concejo municipal de Santa Cruz en la Sesión Ordinaria 47-2023,
Artículo 08, Inciso 07 celebrada el día 28 de noviembre del año 2023. en el cual
se adiciona a corregir lo siguiente:
PUNTO UNICO: DE LA PARCELA SOLICITADA: Que la parcela solicitada
se encuentra ubicada en la Zona Restringida de la Zona Marítimo Terrestre del
                      MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
sector costero de Playa Junquillal, distrito Veintisiete de Abril, cantón Santa
Cruz, provincia Guanacaste, con un área de quinientos cincuenta y nueve metros
con veintinueve decímetros cuadrados (559.29m²) según plano catastrado
número G-54205-2025, ubicado en ZONA MIXTA DE SERVICIOS BASICOS
(MIX), para dedicarlo al USO RESIDENCIAL, según Plan Regulador Integral
Avellanas - Junquillal, y tiene las siguientes colindancias: Norte: Identificador
predial CINCO CERO TRES CERO TRES CERO CERO CERO UNO CINCO
CERO NUEVE Z CERO, Sur: Identificador predial CINCO CERO TRES
CERO TRES P CERO CERO CERO CERO CINCO CINCO CERO CERO ,
Este: Calle pública con once metros, Oeste: CINCO CERO TRES CERO TRES
P CERO CERO CERO CERO CINCO CINCO CERO CERO, conforme al
plano catastrado G-54205-2025.
POR TANTO:
Ya rectificado el punto indicado, en cuanto al plano y área que describe la
parcela solicitada en concesión y posterior al visto bueno del estudio técnico;
las partes acuerdan suscribir el presente Adendum para que se lea en el Proyecto
de Resolución y contrato original en todo lo que respecta a las correcciones
indicadas. En todos ambas partes de conformidad con todo lo establecido en el
presente adendum al proyecto de resolución y contrato de concesión firmamos
en la ciudad de Santa Cruz, Guanacaste, a las XX horas, del XXX XX de XXX
del 2026 ------------------UL----
-Analizado y estudiado el oficio 010-2026 del departamento de ZMT, esta
comisión en estricto apego al Punto Único
“DE LA PARCELA SOLICITADA: Que la parcela solicitada se encuentra
ubicada en la Zona Restringida de la Zona Marítimo Terrestre del sector costero
de Playa Junquillal, distrito Veintisiete de Abril, cantón Santa Cruz, provincia
Guanacaste, con un área de quinientos cincuenta y nueve metros con
veintinueve decímetros cuadrados (559.29m²) según plano catastrado número
G-54205-2025, ubicado en ZONA MIXTA DE SERVICIOS BASICOS (MIX),
para dedicarlo al USO RESIDENCIAL, según Plan Regulador Integral
Avellanas - Junquillal, y tiene las siguientes colindancias: Norte: Identificador
predial CINCO CERO TRES CERO TRES CERO CERO CERO UNO CINCO
CERO NUEVE Z CERO, Sur: Identificador predial CINCO CERO TRES
CERO TRES P CERO CERO CERO CERO CINCO CINCO CERO CERO ,
Este: Calle pública con once metros, Oeste: CINCO CERO TRES CERO TRES
                      MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

Sesión Ordinaria 10-2026
Del 12 de marzo 2026
P CERO CERO CERO CERO CINCO CINCO CERO CERO, conforme al
plano catastrado G-54205-2025.
Y al POR TANTO:
Ya rectificado el punto indicado, en cuanto al plano y área que describe la
parcela solicitada en concesión y posterior al visto bueno del estudio técnico;
las partes acuerdan suscribir el presente Adendum para que se lea en el Proyecto
de Resolución y contrato original en todo lo que respecta a las correcciones
indicadas. En todos ambas partes de conformidad con todo lo establecido en el
presente adendum al proyecto de resolución y contrato de concesión firmamos
en la ciudad de Santa Cruz, Guanacaste, a las XX horas, del XXX XX de XXX
del 2026 ------------------UL------“

En virtud de lo anterior, esta comisión resuelve lo siguiente: Aprobar el
Adendum al Proyecto Resolución y Contrato de concesión a nombre de la
señora MARIA EUGENIA BRICEÑO BRICEÑO, asimismo, se Autoriza al
señor Alcalde Municipal proceder a la respectiva firma del mismo.

-Por lo anterior, solicitamos al Honorable Concejo Municipal APROBAR el
presente dictamen, asimismo, notificar de este acuerdo a los interesados.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 03-2026 de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre, al ser las
dieciocho horas del día 19 de febrero de 2026. Se acuerda aprobar el Adendum
al Proyecto Resolución y Contrato de concesión a nombre de la señora MARÍA
EUGENIA BRICEÑO BRICEÑO, asimismo, se autoriza al señor Alcalde
Municipal proceder a la respectiva firma del mismo.
DETALLE DEL ADENDUM:
Punto Único
“DE LA PARCELA SOLICITADA: Que la parcela solicitada se encuentra
ubicada en la Zona Restringida de la Zona Marítimo Terrestre del sector costero
de Playa Junquillal, distrito Veintisiete de Abril, cantón Santa Cruz, provincia
Guanacaste, con un área de quinientos cincuenta y nueve metros con
veintinueve decímetros cuadrados (559.29m²) según plano catastrado número
G-54205-2025, ubicado en ZONA MIXTA DE SERVICIOS BASICOS (MIX),
para dedicarlo al USO RESIDENCIAL, según Plan Regulador Integral
Avellanas - Junquillal, y tiene las siguientes colindancias: Norte: Identificador
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predial CINCO CERO TRES CERO TRES CERO CERO CERO UNO CINCO
CERO NUEVE Z CERO, Sur: Identificador predial CINCO CERO TRES
CERO TRES P CERO CERO CERO CERO CINCO CINCO CERO CERO ,
Este: Calle pública con once metros, Oeste: CINCO CERO TRES CERO TRES
P CERO CERO CERO CERO CINCO CINCO CERO CERO, conforme al
plano catastrado G-54205-2025.
Y al POR TANTO:
Ya rectificado el punto indicado, en cuanto al plano y área que describe la
parcela solicitada en concesión y posterior al visto bueno del estudio técnico;
las partes acuerdan suscribir el presente Adendum para que se lea en el Proyecto
de Resolución y contrato original en todo lo que respecta a las correcciones
indicadas. En todos ambas partes de conformidad con todo lo establecido en el
presente adendum al proyecto de resolución y contrato de concesión firmamos
en la ciudad de Santa Cruz, Guanacaste, a las XX horas, del XXX XX de XXX
del 2026 ------------------UL------“
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.

INCISO 06. Lectura de Dictamen 19-2025 de la Comisión de Zona Marítimo
Terrestre, al ser las dieciocho horas del día 05 de diciembre de 2025.
Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y de acuerdo con lo solicitado por el Concejo Municipal mediante el Oficio
SM-1837-ORD.40-2025, Artículo 06, Inciso 04, se remite a esta comisión el
Oficio ZMT-661-2025, suscrito por el Lic. Giancarlo Hernández Cabalceta,
coordinador a.i del departamento de Zona Marítimo Terrestre, el cual a la letra
indica lo siguiente:
Señores Concejo Municipal
“Asunto: Solicitud de prórroga de inicio de obras
1-Por medio del trámite 15370-2025 presentado en Plataforma de Servicios a
nombre de ANCHOR CAPITAL SOCIEDAD ANONIMA, CÉDULA
JURÍDICA 3-101-369493, se solicita la prórroga de inicio de obras por sesenta
meses, dicha solicitud se basa en la no disponibilidad del servicio de agua
potable, por parte de la ASADA de paraíso-Junquillal.
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2-Por medio del oficio ZMT-953-2023 del 17 de noviembre, se aprobó la
prórroga de inicio de obras a la sociedad supra indicada, por un período de
veinticuatro meses, los cuales se cumplen el 18 de noviembre de 2025.
3-En la solicitud planteada por la sociedad, se hace mención y se invoca la
aplicación y se invoca la aplicación del plazo de sesenta meses, al que se refiere
el oficio SJD-364-2021 de fecha del 17 de noviembre del 2021, emitido por el
Instituto Costarricense de turismo, en el cual indica que el plazo se puede
extender “hasta por sesenta meses”, el plazo para iniciar las obras.
Con base en los puntos antes indicados, se remite el presente para conocimiento
y posterior aprobación de extender el plazo de inicio de obras a la sociedad
Anchor Capital Sociedad Anónima. Siendo que por segunda vez dicha
sociedad presenta prórroga para iniciar las obras, este departamento se
permite recomendar la aprobación de dicha solicitud ´por un período de
veinticuatro meses. Si bien es cierto en el acuerdo SJD-364-2021 de fecha 17
de noviembre del 2021, emitido por el Instituto Costarricense de Turismo,
permite extender el plazo de inicio de obras del proyecto presentado, hasta por
sesenta meses, no es de carácter obligatorio adoptarlo o aplicarlo por dicho
plazo, sino que permite como máximo los sesenta meses, y a su vez fijar un
plazo, que, por parte de la administración, sea idóneo según cada caso en
concreto.”

-Analizado y estudiado por esta comisión el Oficio ZMT-661-2025, suscrito
por el Lic. Giancarlo Hernández Cabalceta, Coordinador a.i del departamento
de Zona Marítimo Terrestre, se solicita al Honorable Concejo Municipal
ACOGER la recomendación de extender el plazo de inicio de obras a Anchor
Capital Sociedad Anónima por un período de veinticuatro meses.
-Por lo anterior, recomendamos APROBAR el presente dictamen, asimismo,
se solicita notificar de este acuerdo a los interesados.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 19-2025 de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre, al ser las
dieciocho horas del día 05 de diciembre de 2025.
Se acuerda según el Oficio ZMT-661-2025, suscrito por el Lic. Giancarlo
Hernández Cabalceta, Coordinador a.i del departamento de Zona Marítimo
Terrestre, ACOGER la recomendación de extender el plazo de inicio de obras a
Anchor Capital Sociedad Anónima por un período de veinticuatro meses.
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-Por lo anterior, recomendamos APROBAR el presente dictamen, asimismo, se
solicita notificar de este acuerdo a los interesados.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.

ARTÍCULO 08. MOCIONES.
INCISO 01. Lectura de moción presentada por la señora Kenia Vasquez
Angulo-regidora propietaria, se transcribe:

Para: Airiel Zamora Turrialba-Representante Empresa AA logística
Producciones.
De: Kenia Vásquez Angulo-regidora propietaria.

Mociono para que se presente el señor Ariel Zamora Turrialba, represente de la
empresa AA Producciones, para que se refiera a la compra de derechos de bares
en el campo ferial por un monto de ochenta millones de colones, según el acta
#15 de la sesión ordinaria de la Comisión Central de las Fiestas Típicas
Nacionales 2026, celebrada el 21 de agosto dl 2025.

-Señor Presidente del Concejo: Somete a votación:

Votos afirmativos: De los señores regidores Kenia Vasquez Angulo, Macdonal
Espinoza Ruiz, y Mario Andre Madrigal Alfaro.

Votos negativos de los señores regidores Maureen Contreras Arrieta, Carlos
Barrenenchea Martínez, Ivonne Espinoza Rosales, Cindy Leal Cordero.

INCISO 02. Lectura de moción presentada por la señora Kenia Vasquez
Angulo-regidora propietaria, se transcribe:
Para Jaime Alberto Alfaro Carballo cédula 205620695. Y Hugo Eduardo
Arroyo Gutiérrez-Tesorero Comisión de Fiestas Típicas Nacionales.
De: Kenia Vsquez Angulo-regidora municipal.

Se mociona para llamar a audiencia a los señores Jaime Alberto Alfaro Carballo
para que se refiera al deposito 41539823 realizado en fecha 22 de octubre 2025
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por la empresa Kuikpei sociedad anónima, por la suma de veinte millones de
colones por conceto “adelanto de alquiler de tablado 2026.

Señor Presidente del Concejo somete a votación

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: aprobar en todos sus extremos la
moción presentada por la señora Kenia Vasquez Angulo-regidora propietaria.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 03. Lectura de moción suscrita por la señora regidora Kenia Vasquez
Angulo, se transcribe:
Para: Andrés Álvarez Fonseca y Carlos Martínez Arredondo.
Mociono para que ambos señores se presenten a audiencia ante este Concejo
Municipal, para que se refieran a la contratación de construcción de los tablados
por un monto se sesenta millones de colones, según el acta 24 de la sesión
ordinaria del 13 de noviembre del 2025, de la Comisión de Fiestas Típicas
Nacionales Santa Cruz 2026.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: aprobar en todos sus extremos la
moción presentada por la señora Kenia Vasquez Angulo-regidora propietaria.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 04. Lectura de moción suscrita por la señora regidora Kenia Vasquez
Angulo, se transcribe:
Tomando en cuenta:
El oficio AIM-024-2026 del 10 de febrero 2026, suscrito por el señor auditor interno
Luis Bernardo Barrantes Castro, municipalidad de Santa Cruz, sobre el asunto:
Advertencia formal sobre el alcance legal de la comparecencia del Auditor Interno
ante el órgano colegiado y resguardo de la independencia funcional de la Auditoría
Interna.
Así como también oficio No. AIM-023-2026 del 10 de febrero 2026, asunto
contestación al acuerdo comunicado mediante oficio SM-110-ord-05-2026, moción.
Y el oficio SM-257-ord-06-2026 de 25 de febrero 2026, moción; donde se solicita al
señor auditor interno Luis Bernardo Barrantes Castro se presente a que me explique
la relación del deposito o transferencia 40200257 por parte de la empresa AA
Logística y Producciones a familiar en primer grado y esa misma empresa hace
depósitos bancarios a la cuenta de la municipalidad de Santa Cruz para las Fiestas
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Típicas Nacionales 2026 el 05 de diciembre 2025 números 56582785 y 56601237,
por parte de la empresa AA Logística y Producción bares, según oficio DAM-0321.
Mociono para que la señora asesora jurídica de este honorable Concejo Municipal,
me instruya que procede con relación a la no respuesta del señor auditor interno Luis
Bernardo Barrantes castos a la moción presentada por mi persona SM-257-ord-06-
2026.

Señor Presidente del Concejo somete a votación.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: aprobar en todos sus extremos la moción
presentada por la señora Kenia Vasquez Angulo-regidora propietaria.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

ARTÍCULO 09. CIERRE.
INCISO 01. SEÑOR PRESIDENTE DEL CONCEJO: SIN MÁS ASUNTOS POR
ABORDAR DA POR FINALIZAD A LA SESIÓN ORDINARIA - DIEZ - DOS MIL
VEINTISÉIS - AL SER LAS VEINTE HORAS CUARENTA Y SEIS MINUTOS
DEL DOCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.



Carlos Alberto Barrenechea Martínez-           José Yorjani Rosales Contreras,
Presidente del Concejo Municipal               Secretario del Concejo Municipal.