Ordinaria 39 · 2022-09-27
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 39 del 2022-09-27 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
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Del 27 de setiembre 2022
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA – NÚMERO TREINTA Y NUEVE - DOS
MIL VEINTIDÓS -CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE
SANTA CRUZ- EL MARTES VEINTISIETE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL VEINTIDÓS- A PARTIR DE LAS DIECISIETE HORAS, DE
ACUERDO CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS
Msc. Maricela Moreno Rodríguez- Presidenta Municipal.
Sr. Omar Cruz Jiménez-Vicepresidente del Concejo.
Sr. Jorge Luis Rodríguez López.
Lic. Elías Francisco Espinoza Gamboa.
M.sc. Mitzy Salazar Morales.
Sr. Macdonald Espinoza Ruiz.
Licda. Ledis Peña Zúñiga.
REGIDORES SUPLENTES:
Licda. María de los Ángeles Vallejo Zúñiga.
Sr. Warner Rodríguez Angulo.
Dra. Marjorie López Yong.
Sr. Efraín Obando Álvarez.
Sra. María Eugenia Alfaro Duran.
MBA. Lidia Patricia Calvo Obando.
Lic. José Max Chaves Contreras.
SÍNDICOS PROPIETARIOS:
Flor Elena Castañeda Bonilla-Distrito Santa Cruz.
Arturo Lara Ramírez Distrito Bolsón.
Katia Rodríguez Gutiérrez-Distrito-Veintisiete de Abril.
María Eunice Moraga Duarte-Distrito Tempate.
Mauro Enrique Contreras Moreno-Distrito Cartagena.
Yessie Josué Marín Elizondo-Distrito Cuajiniquil.
Carlos Alberto Barrenechea Martínez-Distrito Diriá.
Nieves Maricell Rodríguez Rodríguez Distrito Cabo Velas.
Martin Héctor Barrantes Vásquez-Distrito Tamarindo.
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Del 27 de setiembre 2022
SÍNDICOS SUPLENTES:
Carolina Fonseca Ortega-Distrito Bolsón.
Edvin Arturo Segura Rivas-Distrito Tempate.
Alejandra María Chaves Bustos-Distrito Cartagena.
Virginia Gómez Gómez-Distrito Cuajiniquil.
Maricel Rosales López-Distrito Tamarindo.
AUSENTES:
Rafael Ángel Zamora Alvarenga-Veintisiete de Abril.
Shirley Ortega Ruiz-Distrito Diriá.
POR LA ALCALDÍA:
Msc. Jorge Arturo Alfaro Orias-Alcalde Municipal.
Licda. Dixabet Matarrita Mendoza-Primer Vicealcaldesa Municipal.
Bach. Luis Ruiz Gutiérrez-TI.
ORDEN DEL DIA:
1. Comprobación del Quórum.
2. Aprobación Orden del Día.
3. Juramentaciones:
a. Junta de Educación Escuela El Socorro.
4. Lectura de acta de sesión anterior.
a. Acta sesión ordinaria 38-2022.
b. Acta sesión extraordinaria 18-2022.
5. Lectura y resolución de correspondencia.
6. Informe del señor Alcalde Municipal.
7. Informe de Comisión.
8. Cierre.
ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUÓRUM
-Comprobado el Quorum se procede con la aprobación del Orden del Día.
-Señora María de los Ángeles Vallejo Zúñiga-Regidora Propietaria, dirige
oración con motivo de realizarse la Sesión Ordinaria.
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ARTÍCULO 02: APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.
-Se da lectura a Orden del Día presentado por la Presidencia del Concejo.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba el Orden del Día
presentado por la Presidencia del Concejo.
VOTACIÓN AFIRMATIVA DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
ARTÍCULO 03. JURAMENTACIONES.
INCISO 01: Se procede a juramentar los señores Elieth Chavarría Rojas
cedula 502360856, Ana Ester Gutiérrez Rodríguez cedula 502970814,
Jenny Gutiérrez Pérez cedula 503180763, Hugo Jacinto Ruiz Rodríguez
cedula 502720952, Sianis Villarreal Sobalvarro cedula 502690248, como
integrantes de la Junta de Educación de la Escuela El Socorro, nombrados
en sesión ordinaria 36-2022 artículo 04 inciso 20 del 06 de septiembre 2022.
ARTÍCULO 04. LECTURA DE ACTAS.
INCISO 01: Lectura de acta sesión ordinaria 38-2022 del 20 de septiembre
2022.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Ratificar acta sesión ordinaria 38-2022
del 20 de septiembre 2022.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 02: Lectura de acta sesión extraordinaria 18-2022 del 22 de septiembre
2022.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Ratificar acta sesión extraordinaria 18-
2022 del 22 de septiembre 2022.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
ARTÍCULO 05. CORRESPONDENCIA.
INCISO 01: Se conoce oficio DAM-5806-2022, firmado por el señor MSc.
Jorge Arturo Alfaro Orias- Alcalde Municipal. Asunto: DAM-UDT-248-
2022. Ref: Oficio SM-1761-EXTR.06-2022. MOCION COMBUSTIBLE
FLOTILLA VEHICULAR.
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POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Comisión Permanente de
Gobierno y Administración, para su análisis, el oficio DAM-5806-2022 DAM-
UDT-248-2022. Ref.: Oficio SM-1761-EXTR.06-2022. MOCION
COMBUSTIBLE FLOTILLA VEHICULAR.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 02: Lectura de oficio DAM-5868-2022 de Alcaldía Municipal referencia
AJ-773-2022 Convenio IMAS Municipalidad de Santa Cruz.
CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN Y POR MAYORÍA SE
ACUERDA: Según los oficios DAM-5868-2022 y AJ-773-2022, se aprueba el
CONVENIO MODELO DE COLABORACIÓN SUSCRITO POR EL
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL Y LA MUNICIPALIDAD DE
SANTA CRUZ, EN EL MARCO DE LA EJECUCIÓN DEL BENEFICIO DE
CUIDADO Y DESARROLLO INFANTIL, CON EL ACOMPAÑAMIENTO DE
LA SECRETARIA TÉCNICA DE LA RED NACIONAL DE CUIDO Y
DESARROLLO INFANTIL.
Se autoriza al señor Alcalde la firma del convenio aprobado.
ACUERDO FIRME VOTACIÓN DE SEIS REGIDORES
PROPIETARIOS.
INCISO 03: Se conoce oficio DAM-6505-2022, firmado por el señor MSc.
Jorge Arturo Alfaro Orias- Alcalde Municipal. Asunto: Oficio AJ-784-
2022. Ref: Convenio Marco de Cooperación entre el MOPT y la
Municipalidad de Santa Cruz para intervenir la Red Vial Nacional de iteres
Municipal.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Comisión Permanente de
Gobierno y Administración, para su análisis, el oficio DAM-6505-2022,
Asunto: Oficio AJ-784-2022. Ref: Convenio Marco de Cooperación entre el
MOPT y la Municipalidad de Santa Cruz para intervenir la Red Vial Nacional
de iteres Municipal.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
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INCISO 04: Se conoce oficio DAM-5872-2022, firmado por el señor MSc.
Jorge Arturo Alfaro Orias- Alcalde Municipal. Asunto: Oficio DFCO-22-
0169. Ref.: Solicitud de autorización transferencias municipales.
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POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: según los oficios DAM-5872-2022 y DFCO-22-0169, se
aprueba y autoriza el giro correspondiente a ₵41.924.082.05 de Trasferencias
Municipales.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 05: Se conoce oficio DAM-5851-2022, firmado por el señor MSc.
Jorge Arturo Alfaro Orias- Alcalde Municipal. Asunto: Oficio DDUR-
UTGVM-PS-151-2022. Ref.: Solicitud poder Administrativo
aprovechamiento forestal Avellanas.
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Según oficios DAM-5851-2022 y DDUR-UTGVM-PS-151-
2022 se avala poder administrativo aprovechamiento forestal Avellanas.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 06: Se conoce oficio DAM-5837-2022, firmado por el señor MSc.
Jorge Arturo Alfaro Orias- Alcalde Municipal. Asunto: Colaboración
Fiesta Adulto Mayor Santa Bárbara.
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POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar el oficio DAM-58372022 a
la Alcaldía Municipal, para lo que corresponda.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 07: Se conoce documento del señor Rafael Ángel Gutiérrez
Gutiérrez- Presidente Comisión Fiestas Típicas Nacionales 2022-2023
Procedemos a enviar el presupuesto para la realización de las Fiestas Típicas
Nacionales 2023 aprobado por esta Comisión por el monto de
¢449.352.500,00. Solicito se proceda a aprobar el presupuesto presentado
por la Comisión Central de las Fiestas Típicas Nacionales Santa Cruz 2022-
2023.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Comisión Permanente de
Hacienda y Presupuesto, para su análisis, el Presupuesto de las Fiestas Típicas
Nacionales 2023.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 08: Se conoce oficio DDUR-UTGVM-RIV-606-2022, firmado por
Ing. Edgardo Dinarte Leal- Ingeniero Topógrafo UTGVM. Referencia: SM-
1544-Ord.27-2022, Asunto: Informe de Inspección Telecomunicaciones.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Comisión Permanente de
Obras, para su análisis, el oficio DDUR-UTGVM-RIV-606-2022, Referencia:
SM-1544-Ord.27-2022, Asunto: Informe de Inspección Telecomunicaciones.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 09: Se conoce oficio ZMT-0638-2022, firmado por el Lic.
Giancarlo Hernández Cabalceta- Coordinador Depto ZMT. Asunto:
Traslado proyecto de resolución dentro de expediente administrativo n° 2075-
17 (Textar de Costa Rica S.A., Playa Avellanas) Solicitud y adopción de
acuerdo del Concejo.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Comisión Permanente de
Zona Marítima Terrestre, para su análisis, el oficio ZMT-0638-2022, Asunto:
Traslado proyecto de resolución dentro de expediente administrativo n° 2075-
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17 (Textar de Costa Rica S.A., Playa Avellanas) Solicitud y adopción de acuerdo
del Concejo.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 10: Se conoce oficio ZMT-0630-2022, firmado por el Lic.
Giancarlo Hernández Cabalceta- Coordinador Depto. ZMT. Asunto:
Ademdun al Proyecto de Resolución Tamera Junior S.A. SE SOLICITA AL
Concejo Municipal la aprobación al adendum al proyecto de resolución, la
confección del contrato de concesión, se autorice al Alcalde Municipal la
firma, y envió al Instituto Costarricense de Turismo el expediente
administrativo de Tamera Junior S.A.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Comisión Permanente de
Zona Marítima Terrestre, para su análisis, el oficio ZMT-0630-2022 Asunto:
Ademdun al Proyecto de Resolución Tamera Junior S.A. adendum al proyecto
de resolución, la confección del contrato de concesión.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 11: Se conoce oficio DDUR-UTGVM-PS-151-2022, firmado por
Licda. Melissa Ramírez Ríos -Promoción Social UTGVM. INDICA:
Solicitarles se tome un acuerdo que avale el trámite ante el MINAE, para la
compra de 1 árbol de Guanacaste, 1 árbol de Ceiba y 1 árbol de Almendro
de monte, por proyecto de ampliación de caminos para proyecto de
pavimentación.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Según el oficio DDUR-UTGVM-PS-
151-2022 se avala el trámite ante el MINAE, para la compra de 1 árbol de
Guanacaste, 1 árbol de Ceiba y 1 árbol de Almendro de monte, por proyecto
de ampliación de caminos para proyecto de pavimentación.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 12: Se conoce oficio DAM-UDT-254-2022, firmado por Licda.
Amalia Gutiérrez Matarrita-Encargada de Transporte. Referencia: SM-
1864-Ord-34-2022. En atención a oficio referenciado se informa que el
vehículo placa SM8010, asignado a la Alcaldía no cuenta con dispositivo
(GPS), por lo que esta Unidad considero no colocarle el dispositivo al
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vehículo en mención, puesto que la programación de giras la maneja el
despacho de Alcaldía ya que la agenda de trabajo diaria es variada y sujeta
a cambios para atender las necesidades y problemáticas del Cantón.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Comisión Permanente de
Gobierno y Administración, para su análisis, el oficio DAM-UDT-254-2022,
firmado por Licda. Amalia Gutiérrez Matarrita-Encargada de Transporte.
Referencia: SM-1864-Ord-34-2022.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 13: Lectura de oficio DAM-6480-2022 de Alcaldía Municipal, consulta
Asamblea Legislativa Ley Expediente 21.711 IMPUESTO MUNICIPALES DEL
CANTÓN DE SANTA CRUZ GUANACASTE.
-Señor Elías Espinoza Gamboa-Regidor Propietario no vota.
-Votos afirmativos de Maricela Moreno Rodríguez, Omar Cruz Jiménez, Jorge
Luis Rodríguez López, Mitzy Salazar Morales, Macdonald Espinoza Ruiz,
Ledis Peña Zúñiga.
CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN Y POR MAYORÍA SE
ACUERDA: No emitir observaciones ni recomendaciones, a consulta Ley
Expediente 21.711 IMPUESTO MUNICIPALES DEL CANTÓN DE SANTA
CRUZ GUANACASTE de Asamblea Legislativa.
ACUERDO FIRME VOTACIÓN DE SEIS REGIDORES
PROPIETARIOS.
INCISO 14: Se conoce oficio DAM-5925-2022, firmado por el señor MSc.
Jorge Arturo Alfaro Orias- Alcalde Municipal. Asunto: Remisión de
Presupuesto Extraordinario 2- 2022 ajustado.
-Señora Presidenta del Concejo, en el espacio de Informes de Comisión se leerá
el respectivo dictamen de comisión, lo que tenemos en este momento es el
Presupuesto Extraordinario 02 con los ajustes resultado de las mesa de trabajo.
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INCISO 15: Se conoce oficio DVJ-139-2022, firmado por el señor Jorge
Ernesto Ocampo Sánchez-Presidente Ejecutivo IFAM, Kristel Ward
Hudson- Viceministra de Juventud. Como es de sus conocimientos nos
acercamos al proceso de nombramiento del nuevo Comité Cantonal de la
Persona Joven de su Gobierno Local, que forman parte de la estructura
organizativa de las municipalidades. Les extendemos la invitación para
participar en la mesa de trabajo el día viernes 14 de octubre de 2022 a las 10:00
am en el Hotel Condovac, Playa Hermosa, Guanacaste.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Dar por conocido el oficio DVJ-139-
2022 de Viceministra de Juventud.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 16: Se conoce oficio CIMAT-309-2022, del señor José Francisco
Aragón Solorzano. Referencia: Criterio para indicar si la CIMAT debe
autorizar la afectación de la concesión para acceder a una hipoteca.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a la Comisión Permanente
de Zona Marítimo Terrestre, para su análisis, el oficio CIMAT-309-2022,
Referencia: Criterio para indicar si la CIMAT debe autorizar la afectación de la
concesión para acceder a una hipoteca.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 17: Se conoce oficio AL-CPEMUN-0164-2022, firmado por
Ericka Ugalde Camacho- Jefe Área Comisiones Legislativas. Asunto:
Consulta texto dictaminado Exp. 22.445 Consultar criterio sobre el texto
dictaminado del expediente N°22.445 “LEY APOYO MUNICIPAL PARA
ADULTOS MAYORES EN POBREZA”
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: No emitir observaciones o
recomendaciones al texto dictaminado Exp. 22.445 “LEY APOYO
MUNICIPAL PARA ADULTOS MAYORES EN POBREZA”
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
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INCISO 18: Se conoce oficio AL-CPGOB-0183-2022, firmado por Ericka
Ugalde Camacho- Jefe Área Comisiones Legislativas. Asunto: Consulta
Exp. 22.446 Consultarle su criterio sobre el proyecto de Ley expediente
N°22.446 “LEY DE REFORMA GENERAL AL MODELO TARIFARIO
DE SERVICIOS PUBLICOS”.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: No emitir observaciones o
recomendaciones al expediente 22.446 LEY DE REFORMA GENERAL AL
MODELO TARIFARIO DE SERVICIOS PUBLICOS”.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 19: Se conoce oficio AL-CPEMUN-0146-2022, firmado por
Ericka Ugalde Camacho- Jefe Área Comisiones Legislativas. Asunto:
Consulta texto dictaminado Exp. 23.124 “LEY DE REFORMA
ALARTÍCULO 88 DEL CÓDIGO MUNICIPAL, LEY NO. 7794 DE 30
DE ABRIL DE 1998 Y REFORMA ALARTICULO 29 DE LA LEY DE
PLANIFICACIÓN URBANA LEY NO. 4240 DE 15 DE NOVIEMBRE
DE 1968”.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: No emitir observaciones o
recomendaciones al expediente 23.124 “LEY DE REFORMA
ALARTÍCULO 88 DEL CÓDIGO MUNICIPAL, LEY NO. 7794 DE 30 DE
ABRIL DE 1998 Y REFORMA ALARTICULO 29 DE LA LEY DE
PLANIFICACIÓN URBANA LEY NO. 4240 DE 15 DE NOVIEMBRE
DE 1968”.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 20: Se conoce oficio AL-CPEMUN-0111-2022, firmado por
Ericka Ugalde Camacho- Jefe Área Comisiones Legislativas. Asunto:
Consulta texto dictaminado Exp. 23.203 “ADICIÓN DE UN NUEVO
ARTÍCULO 4 BIS A LA LEY ESPECIAL PARA LA TRANSFERENCIA
DE COMPETENCIAS: ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA DE LA
RED VIAL CANTONAL Y SUS REFORMAS, LEY N.° 9329 DE 15 DE
OCTUBRE DE 2015”
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POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: No emitir observaciones o
recomendaciones al expediente 23.203 “ADICIÓN DE UN NUEVO
ARTÍCULO 4 BIS A LA LEY ESPECIAL PARA LA TRANSFERENCIA
DE COMPETENCIAS: ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA DE LA RED
VIAL CANTONAL Y SUS REFORMAS, LEY N.° 9329 DE 15 DE
OCTUBRE DE 2015”
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISOS 21: Se conoce oficio AL-CPEMUN-0092-2022, firmado por
Ericka Ugalde Camacho- Jefe Área Comisiones Legislativas. Asunto:
Consulta texto dictaminado Exp. 23.228 “TRASLADO DE LA
ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA DE LA RED VIAL NACIONAL
PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA ESTRATEGICA AL MOPT
Y LA RED SECUNDARIA NO ESTRATEGICA (SECUNDARIA
CANTONAL), TERCIARIA NACIONAL (TERCIARIA CANTONAL) Y
LAS RUTAS DE TRAVESIA A LOS GOBIERNOS LOCALES”
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: No emitir observaciones o
recomendaciones al expediente 23.228 “TRASLADO DE LA ATENCIÓN
PLENA Y EXCLUSIVA DE LA RED VIAL NACIONAL PRIMARIA,
SECUNDARIA Y TERCIARIA ESTRATEGICA AL MOPT Y LA RED
SECUNDARIA NO ESTRATEGICA (SECUNDARIA CANTONAL),
TERCIARIA NACIONAL (TERCIARIA CANTONAL) Y LAS RUTAS
DE TRAVESIA A LOS GOBIERNOS LOCALES”
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 22: Se conoce oficio AL-CPEMUN-0199-2022, firmado por
Ericka Ugalde Camacho- Jefe Área Comisiones Legislativas. Asunto:
Consulta texto dictaminado Exp. 23.252 “SEGUNDA LEY
ESPECIALPARA LA TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS:
ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA DELEQUIPAMIENTO E
INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA”.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: No emitir observaciones o
recomendaciones al expediente 23.252 “SEGUNDA LEY ESPECIALPARA
LA TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS: ATENCIÓN PLENA Y
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EXCLUSIVA DELEQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA
EDUCATIVA”.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 23: Se conoce oficio AL-CPEMUN-0152-2022, firmado por
Ericka Ugalde Camacho- Jefe Área Comisiones Legislativas. Asunto:
Consulta texto dictaminado Exp. 23.270 “REFORMA AL ARTÍCULO93
DE LA LEY N° 9986 “LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN
PÚBLICA” DE 27 DE MAYO DE 2021, SOBRE LOS RECURSOS
PROVENIENTES DE LAS MULTAS A LOSPROCEDIMIENTOS DE
COMPRASPÚBLICAS EN EL SECTOR MUNICIPAL”
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: No emitir observaciones o
recomendaciones al expediente 23.270 “REFORMA AL ARTÍCULO93 DE
LA LEY N° 9986 “LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA” DE
27 DE MAYO DE 2021, SOBRE LOS RECURSOS PROVENIENTES DE
LAS MULTAS A LOSPROCEDIMIENTOS DE COMPRASPÚBLICAS
EN EL SECTOR MUNICIPAL”
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 24: Se conoce documento firmado por Philip Anthony Pulitano-
representante judicial empresa THE BPM FESTIVAL INTERNACIONAL
S.R.L. ASUNTO: Solicitamos información sobre nuestra solicitud de
separación de fechas para la realización de nuestro evento anual
denominado THE BPM FESTIVAL INTERNACIONAL, el cual deseamos
realizar los días 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 del mes de enero 2023.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a la Comisión Especial de
Eventos y Espectáculos Públicos, gestión de la empresa THE BPM
FESTIVAL INTERNACIONAL S.R.L.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 25: Se conoce documento firmado por el Lic. Marco Castillo
Incera-Representante Turismo Recreativo- INDICA: Se solicitó a este
honorable Concejo Municipal autorización de ampliación de Concesión,
dicha solicitud fue trasladada y enviada a la Comisión de Zona Marítimo
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Terrestre en aquella oportunidad para ser analizada y estudiada. Solicito se
tome en consideración el tema ya que dicha ampliación debe considerarse
como una adenda al contrato de concesión.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a la Comisión Permanente
de Zona Marítimo terrestre, para su análisis, la gestión presentada por Turismo
Recreativo S.A.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 26: Se conoce documento de la Escuela de Ciclismo Santa Cruz y
padres de familias. Indica: El próximo domingo 16 de octubre estarán
participando en competencia en la Copa KIDS, en Valle Escondido, Santa
Ana. Solicitamos la colaboración del préstamo de servicio del transporte con la
buseta del concejo, el día domingo.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a la Alcaldía Municipal, para
lo que corresponda, la solicitud de la Escuela de Ciclismo Santa Cruz.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 27: Se conoce oficio ADIT-2022-134, de Elizabeth Ana Cole de
Temple- Presidenta ADI Tamarindo. Solicitud: Solicitud Apoyo para
Proyecto Centro Deportivo Comunal en Tamarindo.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a la Alcaldía Municipal, para
lo que corresponda, la solicitud bajo ADIT-2022-134, de Elizabeth Ana Cole
de Temple- Presidenta ADIT.
Se solicita a la ADI Tamarindo presente en detalle el Proyecto Centro
Deportivo Comunal en Tamarindo.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 28: Se conoce oficio ADIT-2022-137, de Elizabeth Ana Cole de
Temple- Presidenta ADI Tamarindo. Solicitud: Corrección de fechas para
las fiestas de Tamarindo. En virtud de no generar conflictos con otras
asociaciones que están organizando fiestas de fin de año, hemos tomado la
decisión como junta directiva de realizar las fiestas en Tamarindo 2022 del
día 24 al 27 de noviembre del 2022.
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POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a la Comisión Especial de
Eventos y Espectáculos Públicos, gestión bajo oficio ADIT-2022-137, de
Elizabeth Ana Cole de Temple- Presidenta ADI Tamarindo.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 29: Se conoce documento de la Asociación de Desarrollo Integral
de Pinilla. Solicito un aparte de fecha de las Fiestas Pinilla 2022, durante
los días del 10 al 13 de noviembre del 2022, con horario de 12pm a 2:30 am.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Se autoriza apartar fechas de las
Fiestas Pinilla 2022del 10 al 13 de noviembre del 2022, con horario de 12pm
a 2:30 am. organizada por la Asociación de Desarrollo Integral de Pinilla.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 30: Se conoce documento firmado por la señora Jessenia del
Socorro González López. Solicitud de vivienda, por situación
socioeconómica.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a la Alcaldía Municipal, la
gestión presentada por la señora Jessenia del Socorro González López. Solicitud
de vivienda, por situación socioeconómica.
Trasladar Comisión de Vivienda.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 31: Se conoce oficio O-ADILA-0032, firmado por el señor Eloy
Henry Gutiérrez Ruiz- Presidente ADI Lagunilla. Asunto: Solicitud de
equipo y materiales. Solicitamos ante ustedes la donación de equipo de
amplificación de sonido, sistemas de luces, los cuales serán utilizados en las
diferentes programaciones a nivel comunal, también es de suma importancia
acondicionar nuestro anfiteatro para lo cual necesitamos y solicitamos arena
2metros, piedra 2 metros y cemento 8 sacos.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a la Alcaldía Municipal, la
gestión presentada bajo el oficio O-ADILA-0032, firmado por el señor Eloy
Henry Gutiérrez Ruiz- Presidente ADI Lagunilla.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
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INCISO 32: Se conoce documento firmado por Neal Herman – Apoderado
Las Catalinas. Recibimos una autorización por parte de la Unidad Técnica
de Gestión Vial Municipal oficio DDUR-UTGVM-COOR-117-2011, para
realizar trabajos en la superficie de rodamiento y el derecho de vía en el
tramo de la Ruta Cantonal C5-03-148 entre Playa Danta y Playa Pan de
Azúcar. Para poder proceder con el proceso, nos corresponde elevar ante el
excelentísimo Concejo la solicitud de aprobar, en todos sus extremos la
donación de los trabajos incluidos en nuestra propuesta.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a la Comisión Permanente
de Obras, para su análisis, la gestión presentada por Neal Herman – Apoderado
Las Catalinas.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 33: Se conoce documento firmado por Allan Joseph Lam Ramírez-
Presidente Subcomité de Deportes y Recreación Cartagena. Asunto: Ayuda
comunitaria Social para el Distrito Quinto. Sirva la presente para exponer
nuestra preocupación por el incidente sucedido en nuestra comunidad y por
los hechos de vandalismo que se dieron en las instalaciones donde
sustrajeron cables y breaker del sistema eléctrico del alumbrado de las 6
torres de iluminación nocturna. Solicito se nos apoye en el proyecto
solicitado en la fecha del 19 de mayo del año 2022 ante el Concejo
Municipal, visto en la Sesión Ordinaria 21-2022.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a la Alcaldía Municipal, la
gestión presentada por Subcomité de Deportes y Recreación Cartagena.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 34: Se conoce documento firmado por el señor Eloy Henry
Gutiérrez Ruiz Presidente ADI Lagunilla. Asunto: Solicitud de permiso
para realizar baile el día 13 de octubre del 2022 en el Salón Comunal de
Lagunilla. Solicito permiso para realizar actividad bailable en el salón
comunal de Lagunilla, el día 13 de octubre del 2022 en un horario de 9:00pm
a 2:30am del día 14 de octubre de 2022, así mismo solicitar patente temporal
para la venta de licor en dicha actividad.
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Sesión Ordinaria 39-2022
Del 27 de setiembre 2022
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Se autoriza actividad bailable y una
licencia temporal de licores, en el salón comunal de Lagunilla, el día 13 de
octubre del 2022 en un horario de 9:00pm a 2:30am del día 14 de octubre
de 2022, actividad organizada por Asociación de Desarrollo Integral
Lagunilla.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 35: Se conoce documento de los Vecinos e Inquilinos de
Condominios Tinajas. El motivo de la presente es para dar seguimiento a la
denuncia EAC-DPM EN-0295-2021 en contra de Ángelo Bolaños Castro y
María Marín Rojas, por un taller que genera mucho ruido en un horario que
provoca insatisfacción entre los inquilinos y vecinos.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Alcaldía Municipal, para
lo que corresponda, la gestión de los Vecinos e Inquilinos de Condominios
Tinajas.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 36: Se conoce documento de la Asociación de Desarrollo Integral
de Playa Junquillal. Solicitarles presencia urgente y permanente de la
Policía Municipal para nuestra comunidad y alrededores esto debido a los
robos constantes a casa y hoteles, especialmente de equipo eléctrico (cables
e interruptores).
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Solicitar y poder establecer una mesa
de trabajo, Ministro de Seguridad para que en conjunto con esta Concejo, Al-
caldía y Síndicos del Cantón, poder establecer las estrategia de seguridad a favor
del Cantón.
Trasladar la gestión Asociación de Desarrollo Integral de Playa Junquillal, a
la Alcaldía Municipal.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 37: Se conoce documento de los Vecinos de Los Pargos, INDICA:
El motivo de la presente es para darles a conocer una incomodidad que nos
aqueja en nuestra comunidad de Los Pargos, ya que en la parte de la entrada
a la Escuela de la comunidad hay personas que se meten con los vehículos
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Del 27 de setiembre 2022
a la orilla de la cancha de futbol, dañando la zona verde de la cancha.
Pusimos postes para evitar el acceso de los vehículos y personas de la Junta
de Educación, nos acusaron con la Fuerza Pública. Por este motivo estamos
solicitando su apoyo para que la cancha de futbol no se nos siga dañando ya
que es el único lugar de recreación de la comunidad.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar la gestión de Vecinos de
Los Pargos, a la Alcaldía Municipal para lo que corresponda.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 38: Lectura de gestión señora Evelyn chaves Barrantes cédula 503550757
vecina de barrio Tulita 03 Santa Cruz. Asunto: Solicitud de reparación de ruta
cantonal por tubería colocada por AyA Santa Cruz.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Solicitar audiencia, presencial o
virtual, ante Presidencia Ejecutiva de AyA, para analizar y discutir sobre el
estado de rutas cantonales deterioradas por los trabajos realizados por AyA.
Trasladar a Alcaldía Municipal la gestión de la señora Evelyn chaves Barrantes
cédula 503550757 vecina de barrio Tulita 03 Santa Cruz.
ACUERDO FIRME VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.
INCISO 39: Se conoce documento de la señora Ana Lil Gutiérrez López,
INDICA: Nos permitimos solicitar que el camino código 05-03-038,
conocido como Arado-Los Ángeles, sea incluido dentro de la programación
de mantenimiento periódico que realiza la Junta Vial como órgano asesor
de consulta del Concejo Municipal y a su vez solicitar una AUDIENCIA o
cita con algún representante de CONAVI, como bien lo decía el señor
Regidor Jorge Luis Rodríguez la semana pasada en la sesión del Concejo
realizada el día 20 de setiembre, ya que es necesaria la intervención de ese
camino, sabemos que NO le corresponde a la Municipalidad por ser una ruta
nacional, pero si nos pueden colaborar para que el CONAVI vuelva a ver
nuestra solicitud de apoyo y de mantenimiento para dicho camino.
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Del 27 de setiembre 2022
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Alcaldía Municipal y a la
Comisión Especial de Rutas Nacionales y Cantonales, la gestión presentada por
la señora Ana Lil Gutiérrez López.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Comisión Especial por la
provincia de Guanacaste de Asamblea Legislativa, la gestión presentada por la
señora Ana Lil Gutiérrez López.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 40: Se conoce documento de la señora Cindy Leal Cordero.
INDICA: Solicito el permiso correspondiente para realizar reinauguración
del Bar y Restaurante La Coyolera de Oquendo, sita en la Garuba,
tendremos Cimarronas, payasos y terminará con un evento bailable con la
Marimba Pica Pica, la actividad se realizará el día 01 de octubre 2022.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Dar permiso a la señora Cindy Leal
Cordero para realizar reinauguración del Bar y Restaurante La Coyolera de
Oquendo, sita en la Garuba, Cimarronas, payasos y terminará con evento
bailable con la Marimba Pica Pica, la actividad se realizará el día 01 de
octubre 2022.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 41: Se conoce documento del Comité de Cultura Lagunilla de
Santa Cruz. Asunto: VIII semana Cultural Lagunilla 2023, del 6 al 9 de
febrero de 2023, contiguo a la Iglesia Católica.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Alcaldía Municipal, para
lo que corresponda, la gestión del Comité de Cultura Lagunilla de Santa Cruz.
Asunto: VIII semana Cultural Lagunilla 2023, del 6 al 9 de febrero de 2023,
contiguo a la Iglesia Católica.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 42: Se conoce documento del señor Carlos Mendoza Briceño-
Comité Cultura Cartagena. Presentación de cronograma de presupuesto para
las actividades a realizarse en el año 2023.
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Sesión Ordinaria 39-2022
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Actividad Días
Semana Cultural 2023 29 de julio, 01 de agosto 2023.
Iza de la Bandera 02 de setiembre 2023.
Mascarada tradicional 31 de octubre 2023.
Festival Navideño 8-9-10 de diciembre 2023.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Alcaldía Municipal, para
lo que corresponda, la gestión del Comité de Cultura Cartagena, el
cronograma de presupuesto para las actividades a realizarse en el año 2023.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 43: Se conoce documento del Comité Cultura Santa Barbara
Asunto: Proyecto Festival Cultura Navideño Santa Bárbara IV edición,
realización del 22 al 24 de diciembre del 2023, en el Gimnasio de la Escuela
María Marín Galagarza.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Alcaldía Municipal, para
lo que corresponda, el Proyecto Festival Cultura Navideño Santa Bárbara IV
edición, realización del 22 al 24 de diciembre del 2023, en el Gimnasio de
la Escuela María Marín Galagarza.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 44: Se presenta Proyecto Festival Cultural Baile los Guacales en fecha
del 01 de julio del 2023, en el Gimnasio del CTP Santa Bárbara Organizado por
Junta Administrativa de CTP Santa Bárbara.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Alcaldía Municipal, para
lo que corresponda, el Proyecto Festival Cultural Baile los Guacales en fecha
del 01 de julio del 2023, en el Gimnasio del CTP Santa Bárbara Organizado por
Junta Administrativa de CTP Santa Bárbara.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 45: Se conoce oficio 020-2022 de la Escuela Talolinguita, asunto:
Solicitud de arreglo de calle del troncón para trasporte de estudiantes de la
escuela.
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POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Alcaldía Municipal y
Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, para lo que corresponda, la 020-
2022 de la Escuela Talolinguita, asunto: Solicitud de arreglo de calle del troncón
para trasporte de estudiantes de la escuela.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 46: Lectura de documento suscrito por el Comité de Padres de la
Escuela de Ciclismo infantil de Santa Bárbara. Asunto: Solicitud de donación
de implementos y accesorios.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Alcaldía Municipal, la
solicitud presentada por el Comité de Padres de la Escuela de Ciclismo infantil
de Santa Barbara. Asunto solicitud de donación de implementos y accesorios.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 47: Lectura de documento suscrito por el Comité de Padres de la
Escuela de Ciclismo infantil de Santa Bárbara. Asunto: solicitud de mejoras,
creación de obstáculos y rampas de circuito MTB infantil.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a Alcaldía Municipal, la
solicitud presentada por el Comité de Padres de la Escuela de Ciclismo infantil
de Santa Bárbara. Asunto: solicitud de mejoras, creación de obstáculos y rampas
de circuito MTB infantil.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 48: Lectura de documento solicitud de autorización de Fiestas
Cartagena 2022 en fechas del 24 al 27 de noviembre 2022 con horario de 12pm
a 2:30am, organizado por Asociación de Desarrollo Integral de Cartagena.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Se autoriza Fiestas Cartagena 2022 en
fechas del 24 al 27 de noviembre 2022 con horario de 12pm a 2:30am,
organizado por Asociación de Desarrollo Integral de Cartagena.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
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INCISO 49: Lectura de documento de la Asociación de Desarrollo Integral de
San Pedro, presentación de proyectos:
1-Pavimentacion del cuadrante de la plaza de deportes.
2-Matenientmio de la red vial de nuestra comunidad aproximadamente 6
kilómetros.
3-Mantenimeitno y cambio de luminarias de la plaza de deportes.
4-Construcción de los camerinos de la plaza de deportes.
POR UNANIMIDAD SE ACUERDA: Trasladar a la Alcaldía Municipal, la
presentación de proyectos de la Asociación de Desarrollo Integral de San Pedro
detalle:
1-Pavimentacion del cuadrante de la plaza de deportes.
2-Matenientmio de la red vial de nuestra comunidad aproximadamente 6
kilómetros.
3-Mantenimeitno y cambio de luminarias de la plaza de deportes.
4-Construcción de los camerinos de la plaza de deportes.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
INCISO 50: Comisión Permanente de Zona Marítimo Terrestre Presenta
Reglamento comercio al aire libre El Concejo Municipal de Santa Cruz
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ proyecto de reglamento
comercio al aire libre El Concejo Municipal de Santa Cruz en sesión
ordinaria N° xxxx-2022, Articulo xxxx, inciso xxx, celebrada el xxx de xxxxx
del 2022, aprueba Reglamento de Comercio al aire libre del Cantón de Santa
Cruz.
PRIMERA PUBLICACIÓN
CAPÍTULO 1: Objetivo y alcance
Artículo 1°—Objeto Este reglamento tiene como objeto tutelar las
actividades lucrativas que se derivan de la Ley de Comercio al Aire Libre,
Ley N° 10.126 y normas conexas, para autorizar a las personas licenciatarias
el desarrollo de la actividad comercial en los espacios públicos, tales como
aceras, parques, plazas, vía pública, calles, playas u otros lugares públicos,
adyacentes o frente a los respectivos establecimientos comerciales,
con la intención de promover y ampliar el comercio
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Sesión Ordinaria 39-2022
Del 27 de setiembre 2022
el aprovechamiento del espacio público, la seguridad ciudadana y generar
mayor actividad económica, en un marco de respeto del derecho al libre
tránsito, la accesibilidad, el mantenimiento y la protección de los espacios
públicos.
Artículo 2°—Alcance El presente reglamento tiene como alcance el ámbito
territorial bajo tutela municipal. Las disposiciones de este reglamento son
aplicables a las personas licenciatarias de actividad comercial en el cantón de
Santa Cruz que cumpla con los requisitos establecidos en la Ley de Comercio
al Aire Libre, Ley N° 10.126, leyes conexas y de este reglamento.
CAPÍTULO 2: Conceptos / Definiciones
Accesibilidad: Son las medidas adoptadas por las instituciones públicas y privadas
para asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso, en igualdad de
condiciones con los demás, al entorno físico, el transporte, la información y las
comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las
comunicaciones y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso
público. Estas medidas incluyen también la identificación y eliminación de dichas
barreras.
Acera: Área de la vía pública terrestre destinada al uso por parte de los peatones,
para garantizar su movilidad, seguridad y conectividad entre las diferentes partes de
un territorio determinado. En dicho espacio se dará prioridad a la circulación de
peatones y la instalación de servicios, pero se permitirá el uso compartido, siempre
y cuando su diseño sea compatible con el uso prioritario.
Alineamiento: Distancia o límite físico mínimo para el emplazamiento de una
edificación respecto a vías públicas, vías fluviales, arroyos, manantiales, lagos,
lagunas, esteros, nacientes, zona marítimo terrestre, vías férreas, líneas eléctricas de
alta tensión, zonas especiales; es emitido por la entidad competente.
Autorización de Comercio al Aire Libre: Autorización para la utilización de
espacios públicos tales como aceras, parques, plazas, vía pública, calles, playas u
otros lugares públicos, por parte de la persona licenciataria de actividades de
comercialización de comidas y bebidas, siempre y cuando se hayan cumplido con
todas sus obligaciones correspondientes de la Ley de Comercio al Aire Libre, Ley
N° 10.126 y de este reglamento.
Calle pública: Camino que se rige por lo dispuesto en la Ley 5060, Ley General de
Caminos Públicos, de 22 de agosto de 1972.
Construcción de aceras: Consiste en la realización de trabajos generales en las vías
peatonales, de acuerdo con lo que establezca y recomiende la Municipalidad de Santa
Cruz. (Cordón de caño, sub-base, capa superior de las aceras y rampas).
Espacio público: Conjunto de los espacios de flujos (personas, comunicaciones y
bienes) de dominio público. Se construye tanto de manera física por medio de la
integración y conectividad de sus partes, como de forma simbólica por las
interacciones sociales que se producen en él. Por su naturaleza, es el lugar donde se
expresa lo colectivo, reflejando la diversidad de población y el tipo de
funcionamiento de una sociedad. Por tanto, es de dominio público, donde se
reconoce el derecho a circular libremente, a la accesibilidad del espacio público y a
tener una ciudad habitable: el derecho a la ciudad.
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Del 27 de setiembre 2022
Licencia de actividad comercial: Acto administrativo mediante el cual la
municipalidad autoriza a las personas físicas o jurídicas la operación y
funcionamientos para el ejercicio de cualquier tipo de actividad económica con fines
lucrativos, la cual se obtendrá mediante el cumplimiento de los requisitos
establecidos tanto en la Ley como en este reglamento.
Mejoramiento: Es el conjunto de mejoras o modificaciones de los estándares
horizontales o verticales de los caminos, relacionados con el ancho, el alineamiento,
la curvatura o la pendiente longitudinal, a fin de incrementar la capacidad de la vía,
la velocidad de circulación y aumentar la seguridad de los vehículos. También se
incluyen dentro de esta categoría, la ampliación de la calzada, el cambio del tipo de
superficie de tierra a material granular expuesto o de este a pavimento bituminoso o
de concreto hidráulico entre otros, y la construcción de estructuras tales como
alcantarillas mayores, puentes, intersecciones, espaldones, aceras, ciclo vías,
cunetas, cordón, pasos peatonales y caño.
Movilidad activa: uso de cualquier medio de transporte no motorizado para
desplazarse de un lugar a otro, adicionales a la movilidad peatonal, tales como
patinetas, bicicletas, sillas de ruedas, patines, entre otros.
Movilidad: Modos de desplazamiento de personas y bienes, producidos en un
ámbito o territorio y referido a una duración determinada, número total de
desplazamientos o viajes, medio de transporte o modos de realizarlo, tipos de
vehículos utilizados e intensidades medias diarios de tránsito, en lugares concretos.
Obras aéreas en derechos de vía: Tendido de líneas de energía eléctrica, alumbrado
y telecomunicaciones en derechos de vía, que incluye sus soportes y anclajes tales
como torres, cables, postes, tirantes, puntales o similares.
Obstáculo en vía peatonal: Todo aquel elemento que interfiera con la movilidad
fluida y continua.
Paso peatonal: Espacio acondicionado, a nivel o desnivel de la vía pública, con
demarcación o señalización horizontal y vertical, que tiene como finalidad facilitar
y asegurar la circulación peatonal y la de los demás modos de transporte activos para
cruzar de forma segura una calle.
Impuesto de Patente: Obligación tributaria que debe cumplir toda persona física o
jurídica que ejerce actividades lucrativas previa aprobación de la licencia municipal
correspondiente.
Persona Peatón: Persona que se moviliza a pie. Dentro de esta categoría se incluyen
a las personas con discapacidad o movilidad reducida, sea que utilizan sillas de
ruedas u otros dispositivos que no permiten alcanzar velocidades mayores a 10 km/h
para su movilidad.
Persona propietaria: La persona física o jurídica que ejerce el dominio sobre bienes
inmuebles o predios en virtud de título de habilitante inscrito en el registro nacional
o municipal.
Plan de Movilidad Activa Sostenible: es un plan estratégico diseñado para atender
las necesidades de movilidad de las personas, de los negocios en las ciudades, y su
entorno para una mejor calidad de vida. Este se construye sobre las prácticas de
planificación existentes y debe tener en cuenta los principios de integración,
participación y evaluación.
Plan Vial Quinquenal de Conservación y Desarrollo: Herramienta que contiene
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la planificación sobre la gestión vial, a cinco años plazo, que deben elaborar las
corporaciones municipales de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley
N° 9329.
Predio: Terreno, propiedad, lote, finca o fundo, inscrito o no en el Registro Público
o los registros municipales.
Prioridad peatonal: Se refiere a jerarquización en el uso de las vías públicas y en
la planificación de la movilidad, en concordancia con la promoción de modos más
sostenibles y seguros.
Rampa: Plano inclinado dispuesto para subir y bajar por él, en distintos niveles.
Rehabilitación: Reparación selectiva y refuerzo del pavimento o de la calzada,
previa demolición parcial de la estructura existente, con el objeto de restablecer su
capacidad estructural y la calidad de ruedo originales. Considera también la
construcción o reconstrucción de aceras, ciclo vías u otras necesarias para la
seguridad vial y peatonal y los sistemas de drenaje. Antes de cualquier rehabilitación
en la superficie de ruedo, deberá verificarse que los sistemas de drenaje funcionen
bien. En el caso de los puentes y alcantarillas mayores, la rehabilitación comprende
las reparaciones mayores tales como el cambio de elementos o componentes
estructurales principales, el cambio de la losa del piso, la reparación mayor de los
bastiones, delantales u otros. En el caso de muros de contención se refiere a la
reparación o cambio de las secciones dañadas o a su reforzamiento, posterior al
análisis de estabilidad correspondiente.
Vía pública: Es todo terreno de dominio público y de uso común, inalienable e
imprescriptible, que por disposición de la autoridad administrativa se destina al libre
tránsito de conformidad con las leyes y reglamentos de planificación; incluye acera,
cordón, caño, calzada, franja verde, así como aquel terreno que de hecho esté
destinado ya a ese uso público. Además, se destinan a la instalación de cualquier
canalización, artefacto, aparato o accesorio perteneciente a una obra pública o
destinado a un servicio público. De conformidad con la Ley de Caminos Públicos,
se clasifican en red vial nacional y red vial cantonal. (Así reformado en La Gaceta
N° 89 del 22 de mayo del 2018)
Vías peatonales o bulevar: Vía pública terrestre que ocupa, total o parcialmente, el
área comprendida por el derecho de vía jerarquizado para un uso prioritario por parte
del peatón. En dichas vías, la utilización por otros modos de transporte estará
restringida o prohibida, a excepción de vehículos de emergencias y otros que las
administraciones locales o nacionales consideren como indispensables con su debida
justificación técnica.
CAPÍTULO 3: Otorgamiento de la Autorización
Artículo 3°—Autorización La corporación municipal podrá emitir en el
otorgamiento de una licencia de actividad comercial de alimentos y bebidas, que se
encuentren en propiedad privada, una “autorización de comercio al aire libre”, para
la utilización de espacios públicos tales como aceras, parques, plazas, vía pública,
calles, playas u otros lugares públicos, siempre y cuando la persona solicitante haya
cumplido con todas sus obligaciones establecidas en la Ley de Comercio al Aire
Libre Ley N° 10.126, leyes conexas del Cantón de Santa Cruz y en este reglamento.
No se podrá emitir la autorización de comercio al aire libre para licencias ambulantes
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o estacionarias.
Artículo 4°—Carácter de la autorización La autorización de comercio al aire libre
para utilizar los espacios públicos, para la explotación de la actividad comercial, no
crea a favor de las personas licenciatarias ningún derecho real ni sobre tales vías;
dichos permisos se otorgan en condición de precario y por el plazo establecido en
este reglamento. En relación con las autorizaciones de uso, y cualquier acto que
reconozca a un licenciatario un derecho a título precario, podrán ser revocado “sin
responsabilidad de la Administración” por razones de interés público o conveniencia,
previa comunicación al licenciatario. Esta autorización solamente permitirá la
colocación de mesas, sillas, mobiliario liviano, postes de madera, pérgolas, toldos,
láminas de policarbonato o similares, barandas removibles y que no esté adherido
permanentemente al suelo o que puedan fácilmente removerse, de apoyo a la
actividad comercial, dicho mobiliario será definido mediante lineamientos técnicos
de utilización de espacio público que definirá la administración municipal. En los
casos en los que suceda un traslado o un traspaso de la licencia comercial, se regirá
según los requisitos establecidos y la Ley de Impuestos Municipales del Cantón de
Santa Cruz.
Artículo 5°—Plazo de otorgamiento de la autorización de comercio al aire libre La
autorización de comercio al aire libre se da para el desarrollo temporal de la actividad
comercial en los espacios públicos, que corresponderá por un plazo de un año. La
autorización podrá ser prorrogable por el mismo plazo de otorgación previa solitud
del licenciatario con 30 días naturales antes del vencimiento, sujeto a estudio de la
administración concedente.
Artículo 6°—Horarios de utilización de la autorización de comercio al aire libre Esta
autorización no podrá exceder el horario comprendido entre las 06:00 horas a las
02:30 horas del día siguiente, según la categoría y actividad comercial autorizada a
cada establecimiento. Si se tiene un tipo de licencia municipal para comercialización
de bebidas con contenido alcohólico, el horario se regirá según lo establecido en el
artículo 11 de la Ley de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido
alcohólico Ley N° 9047, según el tipo de licencia que se tenga. Todo mobiliario
deberá ser retirado diariamente al finalizar la actividad comercial.
Artículo 7°—Requisitos de otorgamiento La persona solicitante de la autorización
de comercio al aire libre debe cumplir los siguientes requisitos para su otorgamiento:
a. Tener licencia de actividad lucrativa vigente.
b. . La licencia de actividad lucrativa debe ser sobre la actividad de comercialización
de alimentos y bebidas.
c. La persona licenciataria debe situarse en un establecimiento comercial que se
encuentren en propiedad privada o en concesión, que se encuentren adyacente a
espacios públicos tales como aceras, parques, plazas, vía pública, calles, zona
marítima, u otros lugares públicos, con la previa autorización de la Municipalidad.
d. Que la persona solicitante se encuentre al día con las obligaciones tanto formales
como materiales con el Gobierno Local y la CCSS. Las personas licenciatarias que
cuenten con licencia comercial al día no requerirán autorización de comercio al aire
libre para desarrollar su actividad comercial en los retiros de propiedad privada de
su establecimiento comercial. La municipalidad, previa valoración de los términos y
las condiciones de este reglamento, aprobará la solicitud y otorgará el permiso para
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la utilización de los espacios públicos. La mera concurrencia de los requisitos
necesarios para que la ocupación pueda ser autorizada no otorga derecho alguno a su
aprobación.
CAPÍTULO 4: Roles y Responsabilidades
Artículo 8°—Responsabilidad de la Corporación Municipal La Corporación
Municipal al otorgar la autorización de comercio al aire libre, deberá asegurar que la
utilización de dichos espacios no contraviene el derecho de libre tránsito, el acceso
y la movilidad de peatones, el cumplimiento de la Ley 7600, Ley de Igualdad de
Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de 2 de mayo de 1996, la Ley
9078, Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, de 4 de octubre
de 2012, y que se controle adecuadamente la contaminación visual y sonora al
entorno en que se desarrolla la actividad comercial mediante la oficina, dependencia
o proceso vinculado al tema de las licencias comerciales. Así mismo, la Corporación
Municipal deberá asegurar que esta autorización no contraviene su Plan de
Movilidad Activa Sostenible ni su Plan Vial Quinquenal de Conservación y
Desarrollo, así como lo establecido en el Reglamento de Movilidad Peatonal.
Artículo 9°—Notificaciones e inspecciones La Corporación Municipal será la
encargada de realizar periódicamente las inspecciones de las vías peatonales del
cantón, con el fin de verificar el cumplimiento del artículo 8 de este reglamento. En
caso de que la Corporación Municipal técnicamente determine la necesidad de
mantenimiento, rehabilitación o construcción del espacio público donde una persona
licenciataria tenga autorización de comercio al aire libre, procederá a realizar la
notificación respectiva mínimo 1 mes antes a la obra a esta persona licenciataria.
Artículo 10°—Construcción, rehabilitación y mantenimiento de los espacios
autorizados Las personas licenciatarias y titulares de la autorización deberán
permitir, en cualquier momento, las reparaciones de infraestructura, instalaciones o
servicios que se encuentren en el espacio autorizado sin que se genere derecho a
indemnización por parte del Gobierno Local.
Artículo 11°.—Atribuciones de las personas licenciatarias Las personas
licenciatarias que cuenten con autorización de comercio al aire libre tendrán las
siguientes atribuciones: a. Utilizar los espacios públicos para desarrollar la actividad
comercial para la cual se otorgó la autorización, en los términos y las condiciones
establecidos por la municipalidad, sin que se perturbe su ocupación sin un acto
administrativo que fundamenta el cese de la actividad. b. Utilizar el material
mobiliario y de decoración pertinente para el desarrollo de la actividad comercial, en
los espacios públicos autorizados, en las condiciones definidas por la municipalidad.
c. Realizar obras de mejoramiento del espacio como la incorporación de iluminación
de batería o reparación de huecos en la capa de la acera, entre otras. Siempre que
exista previa autorización, que esté acorde al reglamento municipal de aceras y con
fundamento técnico por parte de la Municipalidad. d. En aceras techar con toldos
aéreos, sin soportes en las aceras, a una altura mínima de 2,50 metros, con colores
blancos o beige. Este inciso no aplica para el sector de playa.
Artículo 12°.—Prohibiciones de las personas licenciatarias Se prohíbe, a las
personas licenciatarias que cuenten con autorización para la utilización de espacios
públicos, realizar los siguientes actos:
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a. El desarrollo de obras físicas y de infraestructura permanentes, con excepción de
lo que establezca esta ley y el reglamento respectivo.
b. El cierre total de las vías cantonales o espacios públicos, en zonas que no fueron
asignadas en la autorización respectiva, excepto en las actividades excepcionales que
determine la administración.
c. Variar la composición regular de los espacios públicos.
d. Atentar contra la libertad de tránsito y accesibilidad de las personas.
e. Realizar actividades diferentes de las autorizadas en el permiso sanitario de
funcionamiento respectivo.
f. Se prohíbe cualquier actividad que no esté cubierta por la Ley de Comercio al Aire
Libre Ley N° 10126 y en este reglamento.
g. Generar cualquier daño al espacio público.
h. Utilizar el espacio público para el desarrollo de la actividad comercial, en un
horario diferente de los autorizados en la licencia comercial y la respectiva
autorización de comercio al aire libre.
i. No mantener la limpieza y mantenimiento de las áreas que se hayan dado la
licencia. El incumplimiento a las prohibiciones señaladas en este artículo conllevará
la pérdida de la autorización, previo el debido proceso administrativo, siendo
responsable la persona licenciataria por cualquier daño ocasionado al espacio
público, según lo señalado en la normativa aplicable.
Además, la persona licenciataria que cuenten con autorización para la utilización de
espacios públicos deberá velar por el cumplimiento de lo establecido en la Ley 7600,
Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de 2 de mayo
de 1996, la Ley 9078, Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial,
de 4 de octubre de 2012, Ley 9976, Ley de Movilidad Peatonal, de 09 de mayo de
2021, Ley 9660, Ley de Movilidad y Seguridad Ciclística, de 24 de octubre de 2019
y sus respectivos reglamentos municipales.
CAPÍTULO 5: Criterios Técnicos de Utilización
Artículo 13°.—Los Procesos de Servicios Ciudadanos, Servicios Técnicos y de
Seguridad y Convivencia Social de la Municipalidad. Son los responsables de
confeccionar los lineamientos técnicos de utilización de espacios públicos, tipologías
permitidas de mobiliario, estándares de iluminación, luminarias y rotulación
apegados a los siguientes requerimientos técnicos:
a) Utilización del espacio público:
• En Aceras: Para el uso de las aceras, se deberá respetar 1.20 metros de ancho para
el tránsito de peatones, las dimensiones restantes de la acera podrán emplearse para
las autorizaciones de comercio al aire libre de los establecimientos comerciales
adyacentes a la respectiva acera.
• En Bulevares: Para el uso de los bulevares, se deberá respetar 3 metro de ancho
para el tránsito de peatones en el centro del bulevar respectivo, las dimensiones
restantes del bulevar (costados) podrán emplearse para las autorizaciones de
comercio al aire libre de los establecimientos comerciales adyacentes al respectivo
bulevar.
• En bulevares con ciclo vías: Para el uso de los bulevares con ciclo vías, se deberá
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respetar 1.20 metros de ancho a cada lado de la ciclo vía, si esta se encuentra en el
centro del bulevar. Si la ciclo vía se encuentra en el borde lateral derecho o izquierdo
del bulevar, se deberá respetar 2.50 metros para el tránsito de peatones, las
dimensiones restantes del bulevar (costados o centros) podrán emplearse para las
autorizaciones de comercio al aire libre de los establecimientos comerciales
adyacentes al respectivo bulevar.
• En parques públicos: Para el uso de los parques público, se destinará un 40% de
las áreas disponibles de estos, sin que se afecte o cambie la naturaleza esencial de
los mismos, para ser empleadas por las autorizaciones de comercio al aire libre de
los establecimientos comerciales que tengan frente al parque respectivo, sin
detrimento del uso de la acera adyacente. Este espacio será distribuido en la misma
proporción que el peso porcentual de los metros cuadrados de los locales. La
administración municipal determinará los parques aptos para ello, así como el mapeo
de las zonas internas destinadas a este porcentaje y su asignación a los comercios
con esta autorización, de acuerdo con el siguiente esquema
●
● Vías públicas: Para el uso de las vías públicas, la administración municipal
determinará mediante informe razonado, las vías públicas que pueden ser cubiertas
por este reglamento. En ese caso, no se emplearía la acera adyacente sino la vía
pública cerrada, distribuida de manera proporcional según la cantidad de
establecimientos comerciales con autorización de comercio al aire libre frente a esta,
convirtiéndose en un bulevar provisional y rigiéndose con lo indicado en los
bulevares.
CAPÍTULO 6: Concerniente a sector de playas del cantón de Santa Cruz
Artículo 14.—Sobre el uso de las playas Se seguirá lo establecido por la Ley de
Zona Marítimo Terrestre Ley N° 6043, su reglamento y de las regulaciones
establecidas por el Proceso de Servicios Técnicos, estableciendo las siguientes
excepciones para las zonas excluidas de la ley de zona marítimo terrestre, que podrá
realizar el licenciatario que cuenten con autorización para la utilización de espacios
públicos correspondiente al área de playa:
a) Área de uso:
• Se autoriza el uso del área correspondiente al ancho de la propiedad por diez
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metros de fondo, respetando el área de tránsito vehicular en las zonas que así ya lo
tienen ya establecido o bien podrá si este tránsito vehicular es designado por la
administración municipal en determinado momento. Cuando la playa tenga acera, se
deberá respetar el ancho mínimo, para circulación, conforme se indica en este
reglamento.
Además se podrá autorizar actividades temporales de eventos masivos frente a los
negocios patentados siempre y cuando se cumplan con los lineamientos del
ministerio de salud y se cumplan con los requisitos municipales establecidos por la
administración tributaria en los horarios autorizados según la municipalidad.
b) Tipologías de mobiliario:
• Podrá instalar sombrillas de playa de color blanco o beige, mesas, sillas, tarimas
conciertos, luces claras, todos estos elementos deben ser removibles, no adheridos al
suelo en forma permanente. Los colores y las luces se unifican en color para no
afectar la belleza escénica de playa.
C) Estándares de iluminación, luminarias y rotulación:
• La iluminación, luminarias y rotulación, debe de ser de colores claros, blanco o
amarillo, para mantener la homogenización de colores de luces en la playa y no
afectar la belleza escénica.
Artículo 15.—Obligaciones de las personas licenciatarias del uso de área de playa
Será obligación de las personas licenciatarias que cuenten con autorización para la
utilización de espacios públicos correspondiente al área de playa
a) Mantener limpia su área de playa hasta la pleamar,
b) Mantener libre de desechos orgánicos e inorgánicos.
c) Instalar sistemas de recolección de basuras, preferiblemente separado por tipo de
desechos.
d) Si no hay iluminación pública, instalar sistemas de iluminación sobre postes
existentes o removible, preferiblemente de energía solar o limpias.
e) Mantener la flora del lugar, sembrando árboles o vegetación autóctona
Artículo 16°.—Prohibiciones de las personas licenciatarias del uso de área de playa
Se prohíbe, a las personas licenciatarias que cuenten con autorización para la
utilización de espacios públicos correspondiente al área de playa, realizar los
siguientes actos:
a. El desarrollo de obras físicas y de infraestructura permanentes, no debe tener
ninguna estructura adherida al suelo, ni ningún tipo de techo que surja de sus
propiedades, debido a que esta área no podrá tener techo permanente, salvo postes
de madera o similar o tipo pérgola de madera.
b. El cierre total de las vías cantonales o espacios públicos, en zonas que no fueron
asignadas en la autorización respectiva, excepto en las actividades excepcionales que
determine la administración.
c. Variar las medidas del área establecida para su uso.
d. Atentar contra la libertad de tránsito y accesibilidad de las personas, tanto en
carreteras, como aceras. e. Realizar actividades diferentes de las autorizadas en el
permiso sanitario de funcionamiento respectivo.
f. Se prohíbe cualquier actividad que no esté cubierta por la Ley de Comercio al Aire
Libre Ley N° 10126 y en este reglamento.
g. Generar cualquier daño físico o ambiental al espacio público.
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h. Utilizar el espacio público para el desarrollo de la actividad comercial, en un
horario diferente de los autorizados en la licencia comercial y la respectiva
autorización de comercio al aire libre.
CAPÍTULO 7: Pago del Derecho de Comercio al Aire Libre
Artículo 17°.—Pago anticipado del derecho de comercio al aire libre La persona
licenciataria, que obtengan la autorización de comercio al aire libre, deberá realizar
a la municipalidad respectiva el pago anticipado de este derecho.
Artículo 18°.—Hecho generador El hecho generador del derecho lo constituye el
otorgamiento de la autorización de comercio al aire libre establecido en este
reglamento.
Artículo 19°.—Formula de cobro El monto a pagar por concepto del derecho de uso
de espacios públicos otorgado mediante la autorización de comercio al aire libre,
será según la cantidad de metros cuadrados del espacio público destinada a su
actividad.
Artículo 20°.—Monto a pagar por el derecho de comercio al aire libre El monto a
cobrar por la municipalidad por concepto del derecho de uso de espacios públicos
no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del monto devengado por el
establecimiento comercial por concepto de la patente comercial para el desarrollo de
la actividad comercial, otorgada por la municipalidad y a su vez el espacio público
utilizado no podrá exceder del 50% del área de atención al público del
establecimiento.
Artículo 21°.—Montos: Se debe determinar la cantidad de metros cuadrados del
área de atención al público del establecimiento ya autorizado y el impuesto que paga,
para determinar el monto por metro cuadrado. La mitad de dicho monto equivalente
al metro cuadrado, se multiplicará por los metros cuadrados de área a utilizar del
espacio público, para determinar el impuesto. No se podrá realizar cobro alguno por
las zonas al aire libre que se encuentren dentro del perímetro privado según las
disposiciones de la Ley 10126, Ley de Comercio al Aire Libre, de 09 de febrero de
2022.
Artículo 22°.—Causales de revocatoria o extinción de la autorización de comercio
al aire libre Las causales de revocatoria de la autorización de comercio al aire libre
serán:
a. Cuando no se cumpla lo establecido en el capítulo 6 sobre criterios Técnicos de
Utilización de este reglamento.
b. Cuando la circulación de las personas peatonas sea interrumpida por la actividad.
c. Cuando se incurra en las causales establecidas en el artículo 12 de Prohibiciones
de las personas licenciatarias de este reglamento.
d. Cuando se incurra en las causales de revocatoria de la licencia comercial
establecida en la Ley de Impuestos Municipales del Cantón de Santa Cruz.
e. Cualquier otra que por motivos de interés público o conveniencia que se presente.
f. Cuando se adeuden dos o más trimestres seguidos o alternos de obligaciones
municipales formales o materiales.
Artículo 23.—Fase recursiva Una vez notificada la determinación de oficio o la
recalificación de la obligación tributaria efectuada por la Municipalidad, la persona
licenciataria podrá interponer, dentro de los cinco días hábiles siguientes, recurso de
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revocatoria ante Servicios Ciudadanos unidad encargada de la Administración de
Patentes y/o recurso de apelación ante la Alcaldía, indicando en las que funda su
reclamo, las defensas respectivas y ofreciendo las pruebas necesarias. El rechazo
definitivo del recurso agota la vía administrativa y si lo desea la persona licenciataria
podrá interponer la demanda correspondiente ante el Tribunal Contencioso -
Administrativo, para lo cual de previo debe haber cancelado la obligación tributaria
con las multas e intereses si los hay.
Los plazos y requisitos se regirán por la Ley General de la Administración Pública,
Ley N° 6227 vigente y sus reformas.
CAPÍTULO 8: Gestión y Gobernanza
Artículo 24°.—Destinos de los ingresos La totalidad de los ingresos generados por
la autorización de comercio al aire libre deberá utilizarse para el mejoramiento
general y la seguridad del espacio público. Se autoriza a esta municipalidad a
participar en procesos de alianza público - privada para establecer esquemas de
cogestión de los ingresos y/o aportar recursos adicionales en proyectos tendientes a
mejorar el espacio público y la gestión de estas áreas dentro del marco del principio
de cooperación interinstitucional.
Artículo 25°.—Convenios con terceros Se faculta a esta Municipalidad para que
establezcan convenios de alianza público-privada y con terceros para autorizar
permisos temporales frente a sus instalaciones, en cumplimiento de las condiciones
expresas en Ley 10126, Ley de Comercio al Aire Libre, de 09 de febrero 2022, leyes
conexas y este reglamento.
-Señora Presidenta del Concejo somete a votación.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Pasar a la Alcaldía, para que el
departamento de Asesoría Jurídica de las observaciones se publique por primera
vez, posterior a esta la segunda publicación, en plazo de 10 días las
observaciones respectivas, y hacer saber a este Concejo si hay o no
observaciones y si no las hay proceder a hacer la primera publicación, se
aprueba el Reglamento.
ACUERDO FIRME VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES.
ARTÍCULO 06. INFORME DE ALCALDE MUNICIPAL.
INCISO 01: Por medio de la presente les saludo cordialmente, y a la vez les
remito informe de las principales actividades coordinadas y ejecutadas por el
Municipio de la semana del 21 de septiembre al 27 de septiembre del año
2022.
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Miércoles 21 de septiembre del 2022.
➢ Trabajo Administrativo.
➢ Asistimos al pasacalle en honor al Día de la Paz, organizado por el Centro
Cívico Por la Paz.
➢ Reunión con funcionarios de CONAVI, en la cual estuvo presente la
Dirección de Ambiente, Dirección de Desarrollo Urbano y Rural, así como la
Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, misma que fue base para conversar
temas relacionados a los proyectos de construcción de puentes en Ostional,
Quebrada Rayo, así como en la comunidad de Flamingo.
➢ Reunión con CINDE, en la cual participa el Departamento de Planificación,
así como el Departamento de Catastro y Topografía, referente a la presentación
de exposición de inversión extrajera.
Jueves 22 de septiembre del 2022.
➢ Trabajo Administrativo.
➢ Asistimos a la reunión sobre el seguimiento de la Comisión de Sembremos
Seguridad, en conjunto con la Fuerza Pública.
➢ Inspección de los diferentes frentes de trabajo de la cuadrilla y maquinaria
municipal.
➢ Atención al señor Gerardo Gutiérrez de Coopeguanacaste, en conjunto con
el señor Joonseok Oh, Gerente de Proyecto de la empresa coreana, en la cual se
conversan temas con base al proyecto de Videovigilancia y seguridad ciudadana
del cantón de Santa Cruz.
➢ Sesión Extraordinaria.
Viernes 23 de septiembre del 2022.
➢ Trabajo Administrativo.
➢ Reunión con la Comisión Nacional de Fiestas Típicas Nacionales Santa Cruz
2023, misma que participa la Fuerza Pública, Ministerio de Salud, así como
representantes de nuestra institución, para ver seguimientos con respecto a la
celebración de las Fiestas en honor al Santo Cristo de Esquipulas.
➢ Reunión con la Comisión Ambiental Institucional.
➢ Mesa de Trabajo en la comunidad de Lagunilla de Santa Cruz, misma que
fue importante para dialogar con los vecinos de la comunidad y poder buscar
soluciones a los problemas referente a infraestructura vial, que preocupan a la
comunidad.
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Lunes 26 de septiembre del 2022.
➢ Trabajo Administrativo.
➢ Reunión con las diferentes unidades de seguridad de nuestro cantón, Fuerza
Pública, OIJ, Policía de Tránsito, Policía Municipal, Policía Turística, así como
Coopeguanacaste y representantes del Gobierno de Corea, en la cual hacemos
la presentación oficial del proyecto de Video Vigilancia y seguridad Ciudadana,
con inteligencia artificial y vigilancia de cuarta generación, que viene a
fortalecer a nuestro cantón, entre ello el turismo y la tranquilidad de nuestra
población en temas de seguridad.
➢ Sesión de Trabajo con los Departamento de Unidad Técnica de Gestión Vial
Municipal, Dirección de Desarrollo Urbano y Rural, así como el Departamento
de Catastro, para la formalización de un plan definitivo del caso de la calle del
Cementerio, Santa Cruz.
➢ Inspección en los diferentes frentes de trabajo de la cuadrilla y maquinaria
municipal.
Martes 27 de septiembre 2022.
➢ Trabajo administrativo.
➢ Reunión en Tamarindo, en conjunto con MEP, INA, CATURGUA,
fundación Desarrollo Humano Estratégico, referente al proyecto de Educación
Dual.
➢ Mesa de Trabajo referente al Presupuesto Extraordinario N° 2
➢ Sesión Ordinaria.
Informe Ejecutivo.
Unidad Técnica Gestión Vial Municipal.
Avance de intervenciones de rehabilitación y mantenimiento, así como otras diligencias de la
UTGVM realizadas durante el periodo comprendido del 19 al 24 Septiembre del 2022.
• MANTENIMIENTO Y REHABILITACIÓN
• CUADRILLA DE MANTENIMIENTO MUNICIPAL (JORNALES).
FRENTE PROYECTO O LUGAR INTERVENCIÓN *
ACTIVIDAD
1 Colaboración de Maquinaria Se continua con la colaboración de un jornal para
banderillero Municipal banderillero en el frente de maquinaria municipal
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2 Calle la marimba Santa Bárbara Se continúa con la colocación de adoquines en el
proyecto calle la marimba esto con un avance de 250
m.
3 Corta de descuaje Avellanas – Se trabaja en corta de árboles en el sector de Avellanas
de Arboles Santa Cecilia y descuaje en Barrio Santa Cecilia, esto según
programaciones.
*Descripción de labores y avance de acuerdo con los informes semanales de los inspectores y
encargados de cuadrilla.
• MAQUINARIA:
FREN TIPO DE PROYECTO O LUGAR AVANCE INTERVENCIÓN*
TE MAQUINAR ACTIVIDAD
IA
1 Municipal Mantenimiento
Rutinario
Moya
1. Se continua con los trabajos en el
sector de Moya de Chircó en
conformación para un avance
aproximadamente de 2.400 km.
2 Alquilada Mantenimiento La Plazuela Se continua con la intervención del camino
Rutinaria en La Plazuela, con limpieza de cunetas y
bacheo selectivo, con un avance
aproximadamente de 2.300 km.
Talolinguita Se continua con la intervención del sector de
Talolinguita con un avance de
aproximadamente de 600 m. colocación de
material y conformación.
3 Alquilada Mantenimiento
Rutinario El llanito Se continúa con los trabajos al sector de El
Llanito con reacondicionamiento de la
subrasante en el sector del Llanito esto para
un avance aproximadamente de 2.500 km.
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FREN TIPO DE PROYECTO O LUGAR AVANCE INTERVENCIÓN*
TE MAQUINAR ACTIVIDAD
IA
Lagarita Se da inicio en el sector de lagarita Nueva –
Nueva con limpieza de cunetas, bacheo selectivo
esto para un avence de aproximadamente de
1.600 km.
4 Proyecto Proyecto Santa Santa Se continua con la colocación de adoquines
Pavimentos Bárbara Bárbara en calle la marimba con un avance de
250mts cuadrados.
5 Maquinaria Mantenimiento Se continua con el sector de Marbella el cual
alquilada Rutinario Marbella se trabaja en conformación y bacheo
selectivo con un avance de
aproximadamente de 1.100 kilómetro.
Ingeniería, Topografía y Promoción
Corta de Arboles Avellanas – Se da continuidad con las solicitudes de
santa Cecilia corta de árboles que se encuentran en riesgo
6
Cartagena – Se realizan trabajos de en conjunto con
Reuniones Matapalo Topografía para los proyectos de ampliación
7 proyecto de en los sectores de Cartagena
ampliación
8 Reuniones Tamarindo Se participa en reunión par la ampliación del
proyecto de ampliación de camino en el
sector de Calle Guanacaste y Los Jobos
Tamarindo
Descripción de labores y avance de acuerdo con los informes semanales de los inspectores y
encargados de cuadrilla.
INCISO 02: Señor Jorge Luis Rodríguez López-Regidor Propietario, presenta
el siguiente reglamento:
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REGLAMENTO PARA EL APOYO O LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES
PARA EL REVITALIZACIÓN Y DIFUSIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL
GUANACASTECO
DEL CONTEXTO
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Guanacaste y por ende el Cantón de Santa Cruz, son regiones con un alto desarrollo y nivel de la
cultura tradicional y popular, tanto es así, que sus Fiestas Típicas, sus marimbas, bailes y manifesta-
ciones, son ampliamente reconocidas por las leyes del país y por sus pobladores. Hablar de la región
es referirse en todo su esplendor a las raíces, al folklore y las costumbres de sus gentes.
La UNESCO ha generado un debate y obliga a los países del mundo a voltear su mirada crítica sobre
lo que significan las tradiciones y su impacto, en el desarrollo sociocultural y económico de las na-
ciones, para que las nuevas generaciones logren mantener, respetar, difundir, su acervo cultural para
enfrentar el desafiante mundo actual, que cada vez limita, reduce y arrincona los espacios de difusión
y desarrollo de las actividades populares nacidas en los pueblos, como resultado: este la posibilidad
a corto y mediano plazo, el perder los elementos identitarios del ser Guanacasteco o Santacruceño.
En este sentido, el presente reglamento, es una oportunidad Municipal de brindar una mano, para que
los gestores, grupos y cultores populares, puedan contar con un apoyo económico, que les permita
realizar o atender actividades de naturaleza o proyección folklórica, de esa forma motivar, difundir y
mantener el quehacer cultural en el Cantón.
CAPÍTULO I OBJETIVO
Apoyar las participaciones en actividades de los grupos o personas cuyo fundamento de trabajo se
estructure a partir de la cultura folklórica o popular de Guanacaste, mediante recursos financieros que
les permitan difundir, mantener, recrear, transmitir y revitalizar los valores del patrimonio cultural de
la provincia.
CAPÍTULO II DEFINICIONES
a) El apoyo financiero debe entenderse, como suma de fondos en efectivo o por transferencia, des-
tinada a la atención total o parcial de gastos de transporte de un país a otro, hospedaje, alimenta-
ción, transporte local interno y externo, vestuario, instrumentos, impuestos u otros, generados por
la implementación de actividades de revitalización y difusión del patrimonio cultural guanacas-
teco.
b) La participación es la asistencia a actividades nacionales o internacionales, de índole folklórico,
cultural, académico, educativo, en donde se presenten y difundan los valores tradicionales de la
provincia de Guanacaste, mediante la danza, música, teatro, cocina y otros afines.
CAPÍTULO III: Las solicitudes de apoyo financiero para participar en los eventos de carácter fol-
klórico, nacional o internacional, deben resolverse apoyados en los artículos de este reglamento y su
resolución no es apelable.
CAPÍTULO IV: Se podrá aprobar el apoyo económico para participar en un evento internacional o
nacional, de acuerdo con las posibilidades presupuestarias previstas por la Municipalidad de Santa
Cruz, que pueden ser desde 0% hasta un 100% del monto solicitado. El mismo dependerá de la pro-
gramación y antelación de la solicitud de la persona representante.
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CAPÍTULO V: Se podrá otorgar el apoyo financiero a más de una persona o grupo o solo a una
persona. Para otorgar este apoyo financiero, se debe cumplir con todos los requisitos anotados en este
reglamento.
DE LOS REQUISITOS
CAPÍTULO VI: La persona o grupo que solicite apoyo económico a la Municipalidad de Santa Cruz,
para participar en un evento internacional o nacional, debe cumplir con los siguientes requisitos:
a) Copia de la cédula y pasaporte vigentes, del participante o representante o de todos los integrantes
del grupo. En caso de grupo, solo el representante deberá realizar todos los trámites.
b) Invitación oficial dirigida al representante, deberá indicar lugar, días, tipo de evento y objetivo
de la actividad.
c) Demostrar mediante video o fotos, que hace uso del repertorio o arte guanacasteco, danza, trajes,
música, en las actividades que realiza.
d) Aportar un informe por escrito, con fotos o videos, que resuma las actividades más importantes
realizadas durante los últimos cinco años.
e) Carta de solicitud a la Municipalidad de Santa Cruz, con los siguientes detalles: fecha, objetivos
de la solicitud, días, tipo de participación, lugar, justificación de los fondos solicitados y una
proyección de presupuesto a cubrir.
f) De ser posible adjuntar facturas proformas ya sea de transporte nacional o internacional u otro.
g) Carta de compromiso de que una vez realizada la participación en el evento, apoyado por la Mu-
nicipalidad de Santa Cruz, tendrá un mes calendario para presentar el informe de participación.
Anotar también en la carta que entiende que si se apoya financieramente, y no presenta el informe
en la fecha establecida, le será suspendido el apoyo para los próximos cinco años.
h) Este informe debe contener:
1. Nombre de la actividad o actividades.
2. Fecha y días.
3. Nombre grupo que participò.
4. Repertorio o trajes utilizados
5. Resumen del calendario de actividades realizadas durante el evento
6. Documentos, fotos, videos, afiches, cronogramas y otros que comprueben la participación en
el evento.
DE LOS DEBERES
CAPÍTULO VII: De ser apoyado con el 80% o 100% del monto solicitado a la Municipalidad de
Santa Cruz, tendrá que realizar el mismo evento en el parque de Santa Cruz, antes de asistir a cumplir
con la invitación. Para ello se le asignará una fecha y lugar, por escrito. Los gatos que se generen en
equipo de audio, o movilidad a barrios del cantón, serán sufragados por la Municipalidad.
CAPÍTULO VIII: Informar con antelación, si se cancela la actividad en la le se le invitó a participar
o si no es necesario el apoyo Municipal.
CAPÍTULO IX: Entregar el informe de la participación financiada con el apoyo institucional.
CAPÍTULO X: Utilizar obligatoriamente la tradición cultural Guanacasteca en el evento solicitado.
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DEL TRÁMITE
CAPÍTULO XI: La documentación deberá ser entregada cuando menos con tres meses de anticipa-
ción, si es nacional y mínimo cinco meses si es internacional.
CAPÍTULO XII: La falta de cualquier documento solicitado por este reglamento anula la solicitud
y no es de recibo la documentación incompleta.
CAPÍTULO XIII: Toda la documentación será recibida por la oficina XXXXX y le será entregada
un documento de recibo firmada y sellada por el funcionario que recibe.
CAPÍTULO XIV: La oficina xxxx tendrá un mes calendario para resolver por escrito, su pronuncia-
miento a favor o en contra, con apoyo parcial o total.
Dado en la ciudad de Santa Cruz a los 24 días del mes de setiembre del 2022.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Comisión Permanente
de Gobierno y Administración, para su análisis, el REGLAMENTO PARA EL
APOYO O LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES PARA EL
REVITALIZACIÓN Y DIFUSIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL
GUANACASTECO.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
ARTÍCULO 07. INFORMES DE COMISIÓN.
INCISO 01: Lectura de Dictamen 16-CPAJ-2022 de COMISIÓN
PERMANENTE DE ASUNTOS JURÍDICOS de las dieciséis horas treinta
minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil veintidós.
RESULTANDO
I- Con fundamento en las facultades que nos confiere el artículo 13 inciso del
Código Municipal, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política, y conforme
a los acuerdos tomados en Sesión Ordinaria N° 08-2021, Articulo 04, Inciso 19,
celebrada el día 22 de febrero del 2022, Sesión Ordinaria N° 46-2021, Articulo
04, Inciso 15, celebrada el día 16 de noviembre del año 2021, Sesión Ordinaria
N° 36-2022, Articulo 04, Inciso 05, celebrada el día 06 de setiembre del año
2022, se resuelve.
CONSIDERANDO
I-. En Sesión Ordinaria N° 46-2021, Articulo 04, Inciso 15, celebrada el día 16
de noviembre del año 2021, se conoció para su estudio el oficio presentado por
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el señor Walter Brenes Soto, mediante el cual solicita la nulidad del permiso de
construcción y cancelación de la concesión del señor Elder Antonio López
Duarte.
II- En ese mismo sentido en Sesión Ordinaria N° 36-2022, Articulo 04, Inciso
05, celebrada el día 06 de setiembre del año 2022, se conoció la resolución del
Tribunal Contencioso Administrativo, que se tramito mediante expediente N°
22-002034-1027-CA y que corresponden al amparo de legalidad, presentado
por el Licenciado Walter Brenes Soto.
III- Es imperativo e impostergable resolver las gestiones planteadas por el
Licenciado Brenes Soto, para efectos de garantizar las garantías procesales y
sustanciales a las partes involucradas en el presente asunto, es incuestionable
solicitar a la administración para que de acuerdo a sus competencias, instruya
el inicio del proceso administrativo que permita determinar las verdad real de
los hechos sobre la aparente nulidad absoluta en el otorgamiento del permiso de
construcción en la concesión de zona marítimo terrestre donde se ubica el
negocio comercial Pico Bistró Playa Tamarindo, así mismo como la cancelación
de la concesión inscrita a nombre del señor Elder Antonio López Duarte.
POR TANTO
De lo expuesto anterior, esta COMISION PERMANENTE DE ASUNTOS
JURIDICOS, recomienda al Concejo Municipal, aprobar el presente dictamen
y tomar el siguiente acuerdo:
1- Solicitar al Alcalde Municipal, conforme a sus facultades nombre un Órgano
Instructor para que inicie el proceso administrativo, correspondiente a determi-
nar si existe algún vicio de nulidad absoluta en el otorgamiento del permiso de
construcción y determinar si existe algún supuesto para cancelar la concesión
de zona restringida donde se ubica el negocio comercial Pico Bistró en Playa
Tamarindo, cuya concesión de zona marítimo terrestre está inscrita a nombre
del señor Elder Antonio López Duarte, lo anterior porque los actos administra-
tivos que se cuestionan son actuaciones propias de la administración municipal.
2- Este proceso deberá finalizar mediante acto final, dentro del plazo de 2 me-
ses que confiere el artículo 261 de la Ley General de Administración Pública.
COMUNIQUESE. Tribunal Contencioso Administrativo, Expediente 22-
002034-1027-CA, Lic. Walter Brenes Soto.
CUMPLIDO CON EL TRÁMITE DE COMISIÓN Y POR
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UNANIMIDAD SE ACUERDA: Aprobar en todos sus extremos el Dictamen
16-CPAJ-2022 de COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS JURÍDICOS de
las dieciséis horas treinta minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil
veintidós, según lo dictaminado se acuerda:
Solicitar al Alcalde Municipal, conforme a sus facultades nombre un Órgano
Instructor para que inicie el proceso administrativo, correspondiente a
determinar si existe algún vicio de nulidad absoluta en el otorgamiento del
permiso de construcción y determinar si existe algún supuesto para cancelar la
concesión de zona restringida donde se ubica el negocio comercial Pico Bistró
en Playa Tamarindo, cuya concesión de zona marítimo terrestre está inscrita a
nombre del señor Elder Antonio López Duarte, lo anterior porque los actos
administrativos que se cuestionan son actuaciones propias de la administración
municipal. Este proceso deberá finalizar mediante acto final, dentro del plazo
de 2 meses que confiere el artículo 261 de la Ley General de Administración
Pública. COMUNÍQUESE. Tribunal Contencioso Administrativo, Expediente
22-002034-1027-CA, Lic. Walter Brenes Soto.
ACUERDO FIRME VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.
INCISO 02: Lectura de Dictamen 011-2022 de la Comisión permanente de
Hacienda y Presupuesto de las dieciséis horas con quince minutos del veintisiete
de septiembre del año dos mil veintidós.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
510044
Sesión Ordinaria 39-2022
Del 27 de setiembre 2022
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
510045
Sesión Ordinaria 39-2022
Del 27 de setiembre 2022
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
510046
Sesión Ordinaria 39-2022
Del 27 de setiembre 2022
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
510047
Sesión Ordinaria 39-2022
Del 27 de setiembre 2022
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
510048
Sesión Ordinaria 39-2022
Del 27 de setiembre 2022
Detalle del Presupuesto Extraordinario:
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
510049
Sesión Ordinaria 39-2022
Del 27 de setiembre 2022
-Señora Presidenta del Concejo somete a votación:
-Señor Elías Espinoza Gamboa-Regidor Propietario, no vota el siguiente
acuerdo.
-Los señores regidores propietarios Maricela Moreno Rodríguez, Omar Cruz
Jiménez, Jorge Luis Rodríguez López, Mitzy Salazar Morales, Macdonald
Espinoza Ruiz, Ledis Peña Zúñiga votan afirmativamente el siguiente acuerdo:
SE ACUERDA POR MAYORÍA, SEIS VOTOS AFIRMATIVOS: aprobar
en todos sus extremos el Dictamen 011-2022 de la Comisión permanente de
Hacienda y Presupuesto de las dieciséis horas con quince minutos del veintisiete
de septiembre del año dos mil veintidós. según lo dictaminado se acuerda:
Aprobar el Plan Operativo Anual presupuesto extraordinario 2-2022.
Aprobar el Presupuesto Extraordinario 2-022.
Aprobar la Estructura SIPP:
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SEIS REGIDORES
PROPIETARIOS.
VOTAN AFIRMATIVAMENTE SEÑORES REGIDORES PROPIETARIOS
MARICELA MORENO RODRÍGUEZ, OMAR CRUZ JIMÉNEZ, JORGE
LUIS RODRÍGUEZ LÓPEZ, MITZY SALAZAR MORALES,
MACDONALD ESPINOZA RUIZ, LEDIS PEÑA ZÚÑIGA
ARTÍCULO 08. CIERRE.
INCISO 01: Señora Presidenta del Concejo cierra la sesión ordinaria al ser las
diecinueve horas treinta minutos del martes veintisiete de septiembre del año
dos mil veintidós.
Msc. Maricela Moreno Rodríguez, José Yorjani Rosales Contreras,
Presidente del Concejo Municipal Secretario del Concejo Municipal.
Msc. Jorge Arturo Alfaro Orias,
Alcalde Municipal. Refrendo.