Ordinaria 2 · 2021-01-12

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 2 del 2021-01-12 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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                           MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 02-2021
Del 12 de enero 2021                                       Folio 1
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA – NÚMERO DOS - DOS MIL VEINTI
UNO -CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ-
EL DÍA MARTES DOCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO -
A PARTIR DE LAS DIECISIETE HORAS, DE ACUERDO A LA SIGUIENTE
ASISTENCIA:

REGIDORES PROPIETARIOS
M.sc. Maricela Moreno Rodríguez-Presidenta del Concejo
Sr. Omar Cruz Jiménez-Vicepresidente del Concejo.
Lic. Elías Francisco Espinoza Gamboa.
M.sc. Mitzy Salazar Morales.
Sr. Jorge Luis Rodríguez López.
Sr. Macdonald Espinoza Ruiz.
Licda. Ledis Peña Zúñiga.

REGIDORES SUPLENTES
Licda. María de los Ángeles Vallejo Zúñiga.
Prof. Warner Rodríguez Angulo.
Dra. Marjorie López Yong.
Sr. Efraín Obando Álvarez.
Sra. María Eugenia Alfaro Duran.
MBA. Lidia Patricia Calvo Obando.
Lic. José Max Chaves Contreras.

SINDICOS PROPIETARIOS
Flor Elena Castañeda Bonilla-Distrito Santa Cruz.
Arturo Lara Ramírez-Distrito Bolsón.
Katia Rodríguez Gutiérrez-Distrito-Veintisiete de Abril.
María Eunice Moraga Duarte-Distrito Tempate.
Mauro Enrique Contreras Moreno-Distrito Cartagena.
Yessie Josue Marín Elizondo-Distrito Cuajiniquil.
Carlos Alberto Barrenechea Martínez-Distrito Diriá.
Martin Héctor Barrantes Vásquez-Distrito Tamarindo.

SINDICOS SUPLENTES
Ely José Rojas Valladares-Distrito Santa Cruz.
                           MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 02-2021
Del 12 de enero 2021                                                 Folio 2
Carolina Fonseca Ortega-Distrito Bolsón.
Rafael Ángel Zamora Alvarenga-Veintisiete de Abril.
Edvin Arturo Segura Rivas-Distrito Tempate.
Alejandra María Chaves Bustos-Distrito Cartagena.
Virginia Gómez Gómez-Distrito Cuajiniquil.
Shirley Ortega Ruiz-Distrito Diriá.
Nieves Maricell Rodríguez Rodríguez Distrito Cabo Velas.
Maricel Rosales López-Distrito Tamarindo

AUSENTES:
Sr. Ángel Obando Mora-Distrito Cabo Velas.
Carolina Fonseca Ortega-Distrito Bolsón.
Alejandra María Chaves Bustos-Distrito Cartagena.

PRESIDENCIA DEL CONCEJO:
Lic. Carlos Augusto Acuña Zúñiga            Asistente Presidencia.

POR LA ALCALDÍA:
M.sc. Jorge Arturo Alfaro Orias            Alcalde Municipal.
Licda. Dixabet Matarrita Mendoza           Vicealcaldesa Primera.
Bach. Luis Ruíz Gutiérrez               Departamento de Tecnología
ORDEN DEL DIA:
1 Comprobación del Quórum.
2 Aprobación Orden del Día.
3 Lectura de actas.
4 Lectura y resolución de correspondencia.
5 Informe del señor Alcalde Municipal.
6 Informes de Comisiones.
7 Mociones
8 Cierre.

ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUÓRUM
-Comprobado el quorum se procede con la aprobación del Orden del Día.

-Señora María de los Ángeles Vallejo Zúñiga, dirige oración con motivo de
realizarse la Sesión Ordina.
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Sesión Ordinaria 02-2021
Del 12 de enero 2021                                                  Folio 3

ARTÍCULO 02: Juramentación a los miembros del Concejo Cantonal de la
Persona Joven.

Artículo 03: APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.
-Se da lectura a Orden del Día presentado por la Presidencia del Concejo.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba el Orden del Día
presentado por la Presidencia del Concejo.


ARTÍCULO 04. LECTURA DE ACTAS.
INCISO 01: Se somete la aprobación del acta de la Sesión Ordinaria 02-2021
del 12 de enero 2021.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba el acta de la Sesión
Ordinaria 02-2021 del 12 de enero 2021.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

ARTÍCULO 05. LECTURA DE CORRESPONDENCIA.

INCISO 01: Se conoce solicitud de Revocatoria de Adjudicación por parte de
Balbeck S.A, a la empresa Edificadora Beta.

-Señora Ledys Peña Zúñiga: En razón de esa apelación que se está
presentando que tiene que ver con la segunda parte del PTA, por el monto de la
adjudicación eso debe de ir a Contraloría , lo que deberíamos tomar , esto acaba
de llegar no se encuentra en la correspondencia, por lo que en razón de lo
anterior si sería importante como se debe de remitir a la Contraloría , que
nosotros como Concejo autoricemos a la señora Presidenta , para que debe
infirmar a la Contraloría , para esto es necesario que la señora Presidenta
refuerce su fundamentación a la Contraloría con el criterio técnico del
Departamento de Gestión Ambiental.

INCISO 01: Solicitud de revocatoria de adjudicación

  Legitimación
  Formalmente en tiempo y forma presentamos la solicitud de revocatoria de
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  adjudicación a la empresa Edificadora Beta.
  Líneas o Partidas impugnadas: 1

  SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Administración y al
  Departamento de Gestión Ambiental, para que remitan el criterio técnico
  correspondiente a este Concejo Municipal.
  ACUERDO FIRME DECLARADO ASÍ POR VOTACIÓN DE SIETE
  REGIDORES PROPIETARIOS.


INCISO 02: Se conoce Oficio DAM-0011-2021 firmado por el señor MSC.
Jorge Arturo Alfaro Orias- Alcalde Municipal.

Asunto: SM-0164-ORD.49-2020 / criterios técnicos y jurídicos caso señor
Edwin Martín Sáenz Madrigal

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido oficio DAM-0011-
2021, firmado por MSc. Jorge Arturo Alfaro Orias.

INCISO 03: Se conoce oficio DAM-0012-2021, firmado por MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias.

Asunto: SM-01634-ORD.51-2020/ Remisión de Expediente

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido oficio DAM-0012-
2021, firmado por MSc. Jorge Arturo Alfaro Orias.

INCISO 04: Se conoce Oficio DAM-0013-2021 firmado por el señor MSC.
Jorge Arturo Alfaro Orias- Alcalde Municipal.

Asunto: SM-01651-ORD.50-2020 / Reparación de camino, que presenta la
Comunidad de San Lorenzo.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido oficio DAM-0013-
2021, firmado por MSc. Jorge Arturo Alfaro Orias.

INCISO 05: Se conoce Oficio DAM-0015-2021 firmado por el señor MSC.
Jorge Arturo Alfaro Orias- Alcalde Municipal.
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Asunto: SM-01636-EXTR-26-2020/Reparación de camino la señora Kathia
Díaz Rodríguez.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido oficio DAM-0015-
2021, firmado por MSc. Jorge Arturo Alfaro Orias.


INCISO 06: Se conoce Oficio DAM-0016-2021 firmado por el señor MSC.
Jorge Arturo Alfaro Orias- Alcalde Municipal.

Asunto: Cronograma de Variaciones Presupuestarias 2021

Modificaciones


 DESCRIPCION                     TRANSACCION              FECHA
   MP-01-2021                        401                     DE
                                                         22/01/2021
   MP-02-2021                        402                 26/03/2021
                                                         ENTREGA
   MP-03-2021                        403                 07/05/2021
   MP-04-2021                        404                 09/07/2021
   MP-05-2021                        405                 10/09/2021
   MP-06-2021                        406                 05/11/2021
   MP-07-2021                        407                 10/12/2021

Presupuestos Extraordinarios


        DESCRIPCIO                    TRANSACCIO             FECHA
             N
         EXT-1-2021                        N
                                          201                   DE
                                                            15/02/2021
         EXT-0-2021                       200               14/05/2021
                                                            ENTREG
         EXT-2-2021                       202               16/07/2021
                                                                A
         EXT-3-2021                       203               10/09/2021


Nota:
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Los departamentos interesados en formular modificaciones al presupuesto
asignado por medio del Presupuesto Inicial Ajustado 2021 deberán presentar
su solicitud mediante la transacción correspondiente y ante el
departamento de Planificación y Presupuesto en la fecha indicada, esto con
el propósito analizar con la alcaldía municipal, departamento financiero y la
comisión de hacienda municipal y presupuesto, antes de ser presentada
formalmente al concejo municipal.

El Formulario suministrado por el Departamento de Planificación en
formato xls, se deberá presentar firmado digitalmente.

De no cumplir con lo anteriormente mencionado la solicitud no será
tramitada.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido oficio DAM-0016-
2021, firmado por MSc. Jorge Arturo Alfaro Orias.


INCISO 07: Se conoce Oficio DAM-0031-2021 firmado por el señor MSc.
Jorge Arturo Alfaro Orias- Alcalde Municipal.

Asunto: Se informa implementación de ruta de recolección sector de San José
de Pinilla.

Se informa que ha sido incorporado del sector de San José de Pinilla al servicio
de recolección, mismo que se estará realizando los días miércoles de cada
semana, a partir del 3 de febrero se brindará y se evaluará posteriormente si es
necesario un aumento en la frecuencia de recolección, esto en cumplimiento del
acuerdo municipal dictado en la sesión ordinaria 47-2020, Artículo 07, Inciso
02, celebrada el día 24 de noviembre 2020.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido oficio DAM-
0031-2021, firmado por MSc. Jorge Arturo Alfaro Orias.

INCISO 08: Se conoce Oficio DAM-0033-2021 firmado por el señor MSC.
Jorge Arturo Alfaro Orias- Alcalde Municipal.
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Asunto: Solicitud de criterio para el Concejo Municipal oficio SM-01659-
EXTR- 27-2020.
Se remite oficio SM-01659-EXTR-27-2020, mediante el cual se notifica para
su cumplimiento, acuerdo dictado por el Concejo Municipal de Santa Cruz, en
la sesión extraordinaria 27-2020, Artículo 03, Inciso 05, celebrada el día 17 de
diciembre 2020, el cual, en lo conducente, dispone:

“.. . INCISO 05: Se da lectura a Recurso de Revocatoria y Apelación contra
acuerdo en firme — votación unanimidad- de la aprobación del traslado a la
Alcaldía de la intervención del camino Quebrada las Pilas ubicado en Playa
Potrero efectuado en la sesión del 8 de diciembre del 2020 lectura de
correspondencia, suscrito por Leonel Duartes Caravaca, e representación de la
Asociación Administradora de Acueductos y Alcantarillado Sanitario de Playa
Potrero.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE
COMISIÓN: Se solicita a la Alcaldía Municipal, en plazo de 10 días, criterio
jurídico para determinar si es posible la intervención de Quebrada Las Pilas, así
como la actualización de los criterios técnicos emitidos. ”

Así las cosas, se solicita se cumpla con lo ordenado en el plazo de diez días
naturales, notificando directamente al Concejo Municipal con copia a esta
Alcaldía los informes técnico y jurídico requeridos.

-Señora Ledys Peña Zúñiga: Esto hace referencia a la intervención de
quebrada pilas y la solicitud que estaba realizando un líder comunal de la zona,
en cuanto a las calles aledañas a la intervención y ver la factibilidad de si se
procede o no, en razón de esto la administración está solicitando al
Departamento de Gestión Vial que emita el informe respectivo nada más
indicarle a la administración que cuando este el informe no los haga saber para
ver lo pertinente.

-Señor Alcalde Municipal: Casualmente como dice Doña Ledys ya se le
remitió al Departamento correspondiente, solicitud enviada por este honorable
Concejo Municipal, y lógicamente ellos tienen que hacer una solicitud al
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Departamento de aguas de nuestro Gobierno de la República, para poder si es
viable o no la intervención de la quebrada, apenas se remita el informe, nosotros
insofactamente lo entregaremos con la respectiva misiva a la cual este honorable
Concejo lo solicita.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Administración para
que brinde el informe respectivo y comunique a este Concejo Municipal.

INCISO 09: AUDIENCIA INICIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las trece horas diecisiete minutos del siete de enero
de dos mil veintiuno.

RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por CONSTRUCTORA MECO
S.A, en contra del acto de adjudicación de las partidas N° 1y 2 de la
LICITACIÓN PÚBLICA N°2020LN-000002-0021000001 promovida por
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ para la “CONTRATACIÓN
SUMINISTRO, COLOCACIÓN Y ACARREO DE SUBBASE, BASE
CARPETA Y OBRAS DE EVACUACIÓN PLUVIAL EN LOS
SECTORES DE SANTA ROSA, CHOROTEGA Y SANTA CECILIA, acto
recaído a favor de PAVICEN LIMITADA.

-Señora Ledys Peña Zúñiga: Como es un Recurso de Apelación presentado
ante la Contraloría, instar a la Administración que una vez que conteste se
informe a este Concejo sobre la contestación para darle seguimiento al asunto.

- Señor Alcalde Municipal: Casualmente como es un tema de mucha
relevancia del progreso de nuestras vías cantonales, estamos en un proceso, el
proveedor municipal está detrás de este , diferencia de una empresa la cual no
quedo en alguno de los lugares donde se realizaron las adjudicaciones , tienen
derecho de hacer la apelación correspondiente ante la Contraloría General de la
República , ya se está en este proceso, ya el proveedor tiene instrucciones claras
por el debido proceso en esta Litis, entonces estamos en ese proceso trabajando,
apenas tengamos la respuesta nuevamente la haremos llegar a ustedes el
informe.
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SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Administración para
que se conteste y se informe al Concejo Municipal de lo actuado.

INCISO 10: INFORME DE RECOMENDACIÓN DE LA LICITACIÓN
ABREVIADA 2020LA000033-0021000001 DENOMINADO PORTAL DE
TRÁMITES.
                                RESULTANDO
 La Municipalidad de Santa Cruz, en cumplimiento de la ley 8220 “Protección
al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos”, necesita
alquilar una plataforma de trámites digitales en modelo PaaS (Platform as a
Service) y personalizarla para que incluya los trámites requeridos. Esta a su vez
debe incluir la capacitación y soporte a funcionarios según demanda, por lo que
se gestiona por parte del departamento de Tecnologías Informáticas a través de
la plataforma de SICOP; iniciando el procedimiento de contratación
administrativa, estableciendo las 10:00 horas del 18 de diciembre de 2020 para
la recepción de ofertas.
En el tiempo y forma establecidos se recibe única oferta por parte de la empresa
ADDAX SOFTWARE DEVELOPMENT SOCIEDAD ANONIMA por un
monto de ¢43.893.200.00
(Cuarenta y tres millones ochocientos noventa y tres mil doscientos colones
exactos).



 Servicios                    Cantidad                Precio Unitario
 Configuración inicial        1                       ¢8.372.000.00
 Costo mensual                36                      ¢986.700.00
 Total (sin IVA)                                      ¢43.893.200.00

Se procedió a remitir la oferta a la unidad usuaria y legal para el análisis
correspondiente a lo que el Lic. Allan Viales Matarrita manifiesta en su
valoración que se procedió con la revisión de oferta de acuerdo con el artículo
65 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativo.
El Ing. Manrique Solórzano Zapata manifiesta que la empresa cumple con lo
solicitado en el cartel.
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                               CONSIDERANDO
La presente contratación se tramitó bajo el amparo del artículo 162 b) del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y por partidas y/o líneas
independientes entre sí, con el propósito de garantizar la participación de
proveedores idóneos de acuerdo al tipo de bien a contratar.
El presente concurso es de cuantía inestimable puesto que dependerá de las
necesidades que surjan durante la vigencia del contrato, y siempre que exista la
disponibilidad presupuestaria. Este dato es de carácter informativo y no exige
obligación para la municipalidad de contratar los servicios del presente objeto
por dicho monto.
El contenido presupuestario para el presente periodo en curso se detalló en las
especificaciones técnicas mediante una tabla de acuerdo al presupuesto
existente, pudiendo aumentar y/o disminuir el presupuesto en el mismo periodo
en cualquiera de las partidas, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria para
hacer frente a la erogación. Los restantes períodos de la contratación quedan
sujetos a que se dispongan de los recursos económicos necesarios para
ejecutarlos en los presupuestos siguientes.
El plazo de vigencia del contrato será de 12 meses, y prorrogable por 3 (tres)
períodos adicionales de un año, es decir, el período total de la contratación
podría ser por un máximo de 4 (cuatro) años. En caso de que la administración
considere que el contrato no sea prorrogado, se le comunicará al contratista con
una anticipación de al menos 30 días naturales al vencimiento del contrato.

                                  POR TANTO:

Fundamentado en los criterios emitidos por la Asesoría Jurídica y la unidad
solicitante, se recomienda la adjudicación a la empresa ADDAX SOFTWARE
DEVELOPMENT SOCIEDAD ANONIMA, al ser única oferta que se ajusta a
lo solicitado técnica y legalmente establecido por la Administración y cuyo
monto económico se ajusta a los principios de razonabilidad, proporcionalidad
y realidad del mercado, siendo además necesario para la Administración, se
recomienda adjudicar un monto global de ₡ 43.893.200.00, (cuarenta y tres
millones ochocientos noventa y tres mil doscientos colones exactos) superado
el tope entre todas las líneas y/o partidas se dará por finalizada la relación
contractual con el adjudicatario. Este dato es de carácter informativo y no exige
obligación para la municipalidad de contratar los servicios del presente objeto
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por dicho monto.

El plazo de vigencia del contrato será de 12 meses, y prorrogable por 3 (tres)
períodos adicionales de un año, es decir, el período total de la contratación
podría ser por un máximo de 4 (cuatro) años. En caso de que la administración
considere que el contrato no sea prorrogado, se le comunicará al contratista con
una participación de al menos 30 días naturales al vencimiento del contrato.

Señor Alcalde Municipal: Talvez a medida de sugerencia hace poquito nuestra
municipalidad tubo en primer lugar a nivel municipal ante el Colegio Federado
de Ingenieros y Arquitectos, de los trámites que se hacen en línea parte de este
software es darle la capacidad tecnológica y la plataforma robusta para que
nuestra municipalidad las personas puedan hacer todos sus trámites en línea ,
ahorita en este momento a nivel municipal tenemos una aglomeración
importante de personas viniendo a nuestro recinto hacer los pagos de servicios
municipales , impuestos municipales sería importantísimo lo veo viable a un
100% ese costo de 43 millones por un plazo de 36 meses, un software para poder
hacer más ágil y más versátil nuestra municipalidad.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Fundamentado en los criterios
emitidos por la Asesoría Jurídica y la unidad solicitante, se adjudica a la
empresa ADDAX SOFTWARE DEVELOPMENT SOCIEDAD ANONIMA,
al ser única oferta que se ajusta a lo solicitado técnica y legalmente establecido
por la Administración y cuyo monto económico se ajusta a los principios de
razonabilidad, proporcionalidad y realidad del mercado, siendo además
necesario para la Administración, se ADJUDICA un monto global de ₡
43.893.200.00, (cuarenta y tres millones ochocientos noventa y tres mil
doscientos colones exactos) superado el tope entre todas las líneas y/o partidas
se dará por finalizada la relación contractual con el adjudicatario. Este dato es
de carácter informativo y no exige obligación para la municipalidad de contratar
los servicios del presente objeto por dicho monto.

El plazo de vigencia del contrato será de 12 meses, y prorrogable por 3 (tres)
períodos adicionales de un año, es decir, el período total de la contratación
podría ser por un máximo de 4 (cuatro) años. En caso de que la administración
considere que el contrato no sea prorrogado, se le comunicará al contratista con
                           MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 02-2021
Del 12 de enero 2021                                                  Folio 12
una participación de al menos 30 días naturales al vencimiento del contrato.
ACUERDO FIRME DECLARADO ASÍ POR VOTACIÓN DE SIETE
REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 11: En mi calidad de representante de la empresa GLOBAL Q
COMUNICACIONES INTERNACIONALES SOCIEDAD ANONIMA,
cédula jurídica 3-101-388373, en tiempo y forma nos permitimos presentar
formal RECURSO DE REVOCATORIA en contra del acto que declara
adjudicada a la empresa FALCON ALARM MONITORING C R SOCIEDAD
ANONIMA.

                                   PETITORIA
Hemos probado que:

•      El plan de trabajo no es un elemento esencial de la oferta y por lo tanto
está respaldado por el artículo 80 del RCA en caso de requerirse una possible
subsanación.
•      El plan de trabajo, según consta en el cartel, es un element que debía ser
aportado por el contratista y no por los oferentes y por lo tanto no debía ser
subsanado.
•      Que el requerimiento de una solución alterna no forma parte del cartel
pues fue mencionado de forma verbal y no quedo formalmente integrado al
expediente y por lo tanto no puede ser valorado como requerimiento dentro de
la evaluación.
Por lo tanto solicitamos que se declare con lugar nuestro recurso, y se adjudique
a nuestra empresa dicha proceso licitatorio.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada RECURSO DE
REVOCATORIA en contra del acto que declara adjudicada a la empresa
FALCON ALARM MONITORING C R SOCIEDAD ANONIMA, a la
Comisión de Gobierno y Administración.

INCISO 12: Se remite convenio entre la ADI del Cacao y la Municipalidad de
Santa Cruz, con la adopción de las recomendaciones brindadas por este Concejo
Municipal y el respectivo visto bueno del Departamento de Asesoría Legal
Municipal, a efectos de que se brinde aprobación por este Concejo Municipal.
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-Señora Ledys Peña Zúñiga: Si es importante tomar en cuenta que el
Convenio dice Asociación de Desarrollo Integral El Cacao , en una reunión que
sostuvimos los siete regidores con el Departamento de Gestión Ambiental se les
indicó que debían fundamentarse sobre todo para efectos de comunicar a la
comunidad que el convenio se hacía en esta línea en virtud de que la Asociación
de Bernabela carecía de ciertas disposiciones que debían ser cumplidas para
poder incorporarse al convenio, si es importante que aun así la comunidad de
Bernabela tome en cuenta que en este convenio ellos tendrán el 50% de las
utilidades que se generen de acuerdo a la actividad a pesar de que la Asociación
del Cacao que es la que va a estar como la principal en el convenio, si también
insto a la comunidad de Bernabela que la Asociación cumpla con los
lineamientos necesarios para poder incorporarse al convenio lo más pronto
posible, y así que ambas asociaciones figuren como una sola , esto en virtud de
que la idea es constituir una Asociación Específica entre ambas comunidades
para poder realizar en conjunto las actividades propuestas en el centro de
residuos valorizables del PTA , es por esta razón que el convenio se indica que
es la Asociación El Cacao con la posterioridad de que ya se formará una
Asociación Específica con ambas comunidades.

-Señor Alcalde Municipal :Reafirmar a un 100% la exposición de nuestra
compañera regidora Doña Ledys, y adicionalmente a eso decirles que esta
Asociación Específica en el momento que se pueda nombrar a partir del
momento que inicia labores va a tener el acompañamiento municipal a un 100%
va a tener un administrador nombrado por la Municipalidad en brindarle
acompañamiento para que sea una Asociación Específica de éxito en esto que
son escogencia de residuos valorizables, queremos ese punto muy importante
adicionar, yo creo que es un ganar ganar, entre menos basura nos llegue al PTA
mayor capacidad vamos a tener y vamos a tener mayor cantidad de empleo para
las personas del Cacao ,Bernabela.

-Señora LedysPeña Zúñiga: También instar a la administración y al
Departamento de Gestión Ambiental para poder hacer también hacer una
apertura general a los distritos del Cantón con la posibilidad de que otras
empresas u otras Asociaciones se sumen a esta conducta de reciclaje y que
igualmente podamos ser un Cantón con esta política verdad de gestión
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ambiental, es por esa razón que también es importante que la administración
brinde apertura a otras Asociaciones y a otros distritos para también generar
estas cultura de reciclaje.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se autoriza al señor Alcalde
Municipal, a firmar el convenio entre la ADI del Cacao y la Municipalidad de
Santa Cruz.
ACUERDO FIRME DECLARADO ASÍ POR VOTACIÓN DE SIETE
REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 13:
Se conoce Oficio AC-004-2021, firmado por el señor Lic. Allan Viales
Matarrita- Abogado Asesoría Jurídica, que dice textualmente:

El Concejo Municipal de Santa Cruz en sesión ordinaria 46-2020, Artículo 04,
Inciso 18 celebrada el 17 de Noviembre de 2020 acordó solicitar “a la Asesoría
Jurídica emita informe con recomendaciones, sobre el Recurso de
Extraordinario de Revisión suscrita por la Lic. Ariana Guido Ajón.”, quien
solicitó en su documento, “Aclaración Con Respecto a Resolución del Recurso
Extraordinario de Revisión”; en razón de lo anterior le informamos lo siguiente.

Primero: El Tribunal Contencioso Administrativo en su Voto N°500-2014, al
ser las quince horas diez minutos del veintidós de octubre de dos mil catorce
resolvió:

“Se anula la resolución de las ocho horas del 27 de setiembre de dos mil diez.
Asimismo, por conexidad, se dispone la nulidad de todo lo actuado y resuelto a
partir de la resolución descrita, incluyendo el Acto Final dictado mediante
resolución de las ocho horas del doce de setiembre de dos mil once, por el señor
Alcalde Municipal de Santa Cruz en condición de Órgano Decisor. Se da por
agotada la vía administrativa.”

Segundo: Para el 20 de Abril de 2020 La Lic. Ariana Guido Ajón interpone
ante el Concejo Municipal de Santa Cruz, Recurso Extraordinario de Revisión,
en el que solicitó como acción inmediata LA NULIDAD ABSOLUTA DEL
ACTO ADMINISTRATIVO del proceso administrativo RAC-001-2010,
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Apertura de Calle Pública en el sector de Playa Frijolar; la Lic. Guido Ajón en
su escrito hace un recuento de las acciones realizadas por la Municipalidad de
Santa Cruz en el Proceso Administrativo RAC-001-2010, sin definir ni precisar
los motivos por los cuales el Concejo Municipal debería proceder con lo
solicitado.
Tercero: La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos del Concejo
Municipal de Santa Cruz, al ser las dieciséis horas con cinco minutos del
veintinueve de octubre del dos veinte recomendó lo siguiente:

“Visto y analizado todo lo anterior, esta Comisión recomienda a este Honorable
Concejo Municipal que se tome un acuerdo mediante el cual se rechace el
recurso planteado por improcedente.”, lo resuelto por esta Comisión se
fundamentó en lo dispuesto por el Código Municipal el cual dispone en su
artículo 166 lo siguiente:

“De todo acuerdo municipal contra el que hubiese procedido apelación y esta
no fue interpuesta en tiempo y siempre que no hubiese transcurrido diez años
de tomado el acuerdo y que el acto no hubiese agotado todos sus efectos, los
interesados podrán presentar, ante el Concejo, recurso extraordinario de
revisión, a fin de que el acto no surta ni siga surtiendo efectos.
Este recurso sólo podrá estar fundado en motivos que originen la nulidad
absoluta del acto.”

Cuarto: Para el 10 de Diciembre de 2020 el Concejo Municipal de Santa Cruz
en su sesión ordinaria N°46-2020, Artículo 04, Inciso 18, conoció la solicitud
de la Lic. Ariana Guido Ajón, quien en su documento solicitó “ACLARACIÓN
CON RESPECTO A RESOLUCIÓN DEL RECURSO EXTRAORDINARIO
DE REVISIÓN.”

De esta manera, visto el escrito presentado por la Lic. Ariana Guido Ajón
conocido por el Concejo Municipal en su sesión ordinaria N°46-2020, Artículo
04, Inciso 18, trasladado a la Asesoría Jurídica, y no existiendo nada que aclarar
en razón de que el dictamen de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos
del Concejo Municipal de Santa Cruz, al ser las dieciséis horas con cinco
minutos del veintinueve de octubre del dos veinte, rechazó el RECURSO
EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN, por carecer de motivos que originen la
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nulidad del acto; lo anterior de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 166 del
Código Municipal.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido Oficio AC-004-
2021, firmado por el Lic. Allan Viales Matarrita, Abogado Asesoría Jurídica.

INCISO 14: Se conoce Oficio AJ-07-2021, firmado por el Lic. Verny Cordero
Fonseca- Asesor Jurídico Municipal.

Referencia: Oficio DAM-2974-2020 09 de noviembre de 2021, relacionado
con el acuerdo municipal de la sesión ordinaria 47-2020, articulo 04, inciso 11
de 24 de noviembre de 2020. Solicitud de grupo de personas que prestan
servicio de Taxis en Playa Tamarindo.

La prestación de servicio público modalidad de taxi, se encuentra expresamente
regulada por la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado
de Personas en Vehículos en la modalidad de Taxi, sin que se establezca
competencia alguna a las Municipalidades, sobre esta materia, motivo por el
cual resulta improcedente legalmente, acceder a las peticiones de este grupo de
personas.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se rechaza la petición presentada por
personas que prestan servicio de taxis en Playa Tamarindo, relacionado al
acuerdo municipal de la sesión ordinaria 47-2020, Artículo 05, Inciso 11 de 24
de noviembre de 2020. .
.
INCISO 15: Se conoce Oficio AJ-08-2021, firmado por el Lic. Verny
Cordero Fonseca- Asesor Jurídico Municipal.

Referencia: Oficio SM-01530-EXT-24-2020. Relacionado con el acuerdo
municipal tomado en la sesión ext.24-2020, artículo 03 inciso 04 celebrada el
05 de noviembre de 2020. Caso apertura de calle pública el dorado, ubicada en
Urbanización Bahía Tamarindo Complejo Capitán Suizo Oficio DDUR-
UTGVM-TOPO-029-2020.

En atención a lo requerido en el oficio y acuerdo municipal, les manifiesto:
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Efectuado el estudio y análisis del oficio DDUR-UTGVM-TOPO-029-2020, lo
que en derecho corresponde, es la aplicación de parte de la Unidad Técnica de
Gestión Vial del Reglamento de Mantenimiento Manual de Caminos UTGVM,
específicamente respecto de lo dispuesto por los artículos 27 y 28, para la
recuperación del derecho de vía y reapertura de la calle pública.

Disponen expresamente los artículos 27:

Artículo 27: Derechos de Vías. Los vecinos deberán disponer de los derechos
de vía mínimos de 14 metros, en las rutas cantonales, según artículo 4 de la Ley
General de caminos. Para este efecto los Comités de Caminos respaldados por
las Asociaciones de Desarrollo están autorizados a informar a la Municipalidad
el nombre con apellidos completos de las personas que incumplan este artículo.
En caso de que no se cumpla con el artículo anterior, la Municipalidad, previa
información de la Comunidad representada en los Comités de Caminos y la
Asociación de Desarrollo Local, notificará al vecino(a) respectivo en forma
escrita, con copia a los Comités de Caminos y la Asociación de Desarrollo
Local, para que ubique la cerca donde corresponde y permita que se cumpla con
el derecho de vía respectivo, en un plazo de 30 días.

La acción municipal, en este caso, es eminentemente administrativa de parte de
la UTGVM.

Por el oficio DDUR-UTGVM-TOPO-029-2020 se dispuso: “Por tanto, con la
información existente a la fecha es criterio de este departamento la presunción
de dicho acceso como calle pública”.

Se recomienda que por medio de acuerdo municipal, se inste a la UTGVM, para
que proceda conforme se indica en este oficio.

-Señora Ledys Peña Zúñiga: Es necesario que se traslade a la administración
para que la administración proceda con el procedimiento respectivo y lo envié
a los departamentos.

-Alcalde Municipal: Aquí hay un tema multifuncional de parte de las dos
dependencias, una de la dependencia jurídica y otra de la dependencia técnica
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recuerden que la dependencia técnica es operativa meramente la parte jurídica
es la que le corresponde hacer todo el proceso de reglamentación, entonces me
lo pueden enviar a la Alcaldía para referirlo a los departamentos, uno para que
departamento jurídico aplique el debido proceso y el departamento operativo
cumpla lo que está dispuesto por ley.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada Oficio AJ-08-2021 firmado
por el Lic. Verny Cordero Fonseca- Asesor Jurídico Municipal., a la
Administración para que proceda con los Departamento respectivos y se realice
lo que corresponda.

INCISO 16: Se conoce Oficio MSCOFIM/03-2021, firmado por la Licda.
Griselda García Briceño- Coordinadora de Oficina de la Mujer.

Atendiendo solicitud del Alcalde Municipal y acuerdo remitido por el Concejo
Municipal, en oficio SM-01608-ORD-48-2020, INCISO 02, y según oficio
DAM-3057-2020, donde se solicita se realice las gestiones que correspondan
según carta de solicitud para traslado de menaje de la casa de la usuaria de
nombre MARTA MARIA HUETE MARADIAGA, que se encuentra en
condición de vulnerabilidad según solicitud presentada.

Atendiendo la solicitud de la usuaria se realizó la respectiva visita al lugar
indicado; corroborando que la usuaria ya se había trasladado contando con la
ayuda del señor de nombre Héctor Carmona Álvarez, el cual se encontraba en
la respectivas vivienda, quien fue la persona que la ayudo y que le proporciono
recursos económicos para el traslado de su menaje al lugar requerido.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido Oficio
MSCOFIM/03-2021, firmado por la Licda. Griselda García Briceño-
Coordinadora de Oficina de la Mujer.

INCISO 17: Se conoce Oficio 003-ZMT-2021, firmado por el Lic. Giancarlo
Hernández Cabalceta- Jefe Zona Marítimo Terrestre.

Indicarle lo correspondiente al Oficio DPD-ZMT-798-2010 de fecha 29 de
diciembre de 2020, en relación a denuncia presentada por la señora Alejandra
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Gómez Leal, sobre unas presuntas irregularidades en el sector costero de Playa
Avellanas de Santa Cruz, por lo que le manifiesto lo siguiente:

Primero: El señor Donatus Nicolaas María Van Akkeren, presento ante este
Departamento en fecha 04 de setiembre de 2017, solicitud de concesión de un
lote ubicado en zona restringida de Playa Avellanas de Santa Cruz, entre el
mojón 70 y la concesión inscrita 2687-Z-000 a nombre de Nora Menaifi Souc.

Segundo: En el informe de inspección establecido en el oficio 509-ZMT-2020
de fecha 09 de octubre de 2020, elaborado por el inspector de Zona Marítimo
Terrestre Max Abarca Rueda, en atención a denuncia presentada por la señora
Menaifi Souc, se pudo determinar de la existencia de una estructura tipo rancha
hecha a base de postes rollizos de madera y láminas de zinc con dimensiones
de 2,60 metros x 3,90 aproximadamente, que al parecer fue construida por el
señor Donatus Nicolaas María Van Akkeren, aunado a ello mi persona pudo
constatar mediante inspección en el sitio, de la existencia de una cerca de
madera y dos líneas de reglones horizontales sobre los mismos que delimitan la
franja de zona restringida en el lugar.

Tercero: En relación al Restaurante Lolas, el mismo se encuentra ubicado en
un terreno privado debidamente inscrito ante el Registro Nacional al Folio Real
del Partido de Guanacaste 104834-000, inscrito ante el Registro Nacional a
nombre de Edens Paradise S.A. y cuenta con los respectivos permisos
municipales.

Cuarto: La única construcción existente en la Zona TAN del Plan Regulador
Integral Avellanas, se encuentra ubicada en la consecución inscrita 2687-Z-000
a nombre de Nora Menaifi Souc y la misma cuenta con el permiso de
construcción otorgado por esta Municipalidad N.º 376-2020.

Quinto: Al existir una construcción irregular en la zona restringida se notificó
al señor Donatus Nicolaas María Van Akkeren, a fin para que realice la
demolición voluntaria de la rancha supra indicada y el cese de la ocupación en
el lote de marras, caso contrario esta Corporación Municipal procederá a
demoler la edificación y presentar las respectivas demandas.
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-Señora Ledys Peña Zúñiga: El informe no refiere cuanto fue el plazo dado
por el Departamento para la demolición y además habla solamente de las
construcciones pero recordemos que la solicitante había indicado denunciado
también el cierre de un pozo artesanal y el informe no hace referencia si se hizo
la inspección el pozo está muy cerca y no hace referencia, entonces si es
importante que el departamento se refiera a esta otra solicitud realizada por la
Presidenta de la ADI de Pinilla.

-Señor Alcalde Municipal: Con muchísimo gusto le pediremos una ampliación
de este informe a Giancarlo y lo que es el pozo al órgano correspondiente que
le remita la necesidad en este caso la administración del agua le corresponde al
AYA, para que tome las acciones a seguir.

-Señor Macdonal Espinoza Ruíz: Como para ampliar un poquito lo del
informe de lo incompleto que esta también no informa el problema del parqueo
ahora que la Presidenta lo menciono en la denuncia que hizo y tampoco viene
el tema del parqueo, entonces que incluya el tema del parqueo porque sabemos
que ahí se está operando un parqueo de forma irregular.
-Señor Elías Espinoza Gamboa: Como dijo la compañera Ledys el plazo que se
le dio y si no se le ha indicado un plazo que se indique porque nos va a llegar
otra comunicación que no se ha hecho nada, el plazo que ellos le dieron a esa
persona de la construcción para demolerlo.

-Señor Efraín Obando Álvarez: Para unirme lo que dice la Licda. Ledys eso
no le corresponde al AYA, ahí hay una ASADA que está activa que es la
ASADA de Pinilla.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se solicita a la Administración y al
Departamento de Zona Marítimo Terrestre, ampliación del oficio 003 ZMT-
2021, para que se tome en cuenta lo del tema del pozo artesanal, el parqueo,
que se encuentra expuesto en la denuncia interpuesta por la señora Alejandra
Gómez Leal, Presidenta de la Asociación de Desarrollo Integral San José de
Pinilla ya que en dicho informe no hace referencia, al mismo tiempo indicar el
plazo que se le otorgo al señor Donatus Nicolaas María Van Akkeren, a fin de
que realice la demolición voluntaria de la rancha supra citada
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INCISO 18: Se conoce invitación firmada por la señora Kathy Madrigal
Morales Presidente Comisión Ambiental, a la entrega de juegos infantiles en las
comunidades de Estocolmo y Ostional, 15 de enero 2021, Estocolmo 9am, lugar
de encuentro en el Play los Amigos, Ostional 1 pm, lugar de encuentro en la
Plaza de Futbol.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocida invitación firmada
por la señora Kathy Madrigal Morales Presidente Comisión Ambiental, a la
entrega de juegos infantiles en las comunidades de Estocolmo y Ostional.

INCISO 19: Se conoce documento firmado por la señora Kathy Madrigal
Morales Presidente Comisión Ambiental de Santa Cruz, que textualmente dice;

Nos permitimos solicitar de la manera más respetuosa su colaboración, esto con
el fin de que un (a) distinguido (a) miembro del Concejo Municipal pueda
integrarse a las reuniones y acciones que coordina la Comisión Ambiental, de
manera que podamos seguir contando con la presencia y participación de uno
de ustedes en las reuniones y acciones que desarrollamos en pro del medio
ambiente en el cantón de Santa Cruz.

Cabe mencionar que anteriormente estuvo representándolo el Lic. Rolando
Pizarro Ex Regidor propietario, pero al darse el cambio de miembros en el
Concejo Municipal, quedamos sin representación en la comisión ambiental.

Para nosotros es sumamente importante poder contar con la presencia de tan
distinguido Concejo para que podamos continuar trabajando progresivamente
en la sensibilización de la población.

Esperamos contar con su aprobación y valiosa colaboración a la presente, de
manera que nos puedan nombrar un representante, me despido de la forma más
respetuosa posible.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se nombra como representante del
Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz, a la Comisión
Ambiental al señor Macdonal Espinoza Ruíz, Regidor Propietario.
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INCISO 20: Se conoce documento con Oficio G- 0024-2021 firmado por el
señor Alberto López Chávez- Gerente General ICT.

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO GERENCIA GENERAL.
A las ocho horas cuarenta y siete minutos del seis de enero de dos mil veintiuno.

                                CONSIDERANDO

1.- Que el Concejo Municipal de Santa Cruz, Guanacaste, remite el expediente
de solicitud de concesión a nombre de Carlos Mora Jiménez; cedula número 5-
0232-0734; sobre un terreno ubicado en Playa Pitahaya, Santa Cruz,
Guanacaste, constante de 2.738.00 m2, según plano catastrado número 5-
1350546-2009, en Zona de uso hotelero y cabinas (en adelante concesión).

2.- Que según el oficio DPD-ZMT-724-2020, del Departamento de
Planeamiento (en adelante informe técnico) no se han cumplido todos los
requisitos formales para la calificación de la presente gestión.

3.- Que, en el informe técnico y lega, se solicitó al Concejo Municipal corregir
o considerar lo siguiente:

“Perfil del proyecto. No está firmado por el interesado, no está firmado por el
profesional responsable, no se indica la densidad, no se indica el porcentaje de
la construcción.

Otras observaciones. La parcela tiene acceso por una vía (calle) no autorizada
en el PRC.

4- Que según acuerdo de la Junta Directiva del ICT tomado en sesión ordinaria
N°5734, artículo 5, inciso VI, celebrada el día 7 de febrero de 2012 y publicada
en el Diario Oficial La Gaceta N° 43 del 29 de febrero del 2012 y en apego a lo
dispuesto en la Ley N°8220, Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de
Requisitos Administrativos y la Ley General de Administración Pública,
artículo 264, el ICT dará veinte días hábiles al Concejo Municipal competente,
para que le remita la respuesta a las observaciones realizadas.
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5- Que la Asesoría Legal notificó al Concejo Municipal de Santa Cruz, las
observaciones del informe técnico, el 25 de noviembre de 2020, otorgando un
plazo de veinte días hábiles para cumplir con las observaciones.

6- Que, dentro del plazo conferido, el Concejo Municipal de Santa Cruz no
cumplió con las prevenciones realizadas por este Instituto.



                                  POR TANTO

La Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo, de conformidad
con lo establecido en el artículo cuarenta y dos de la Ley sobre la Zona Marítimo
Terrestre seis mil cuarenta y tres; así como lo dispuesto en el artículo doscientos
sesenta y cuatro de la Ley General de Administración Pública, imprueba la
solicitud de aprobación de concesión remitida por el Concejo Municipal de
Santa Cruz solicitada por Carlos Mora Jiménez.

Lo anterior, sin perjuicio que el Concejo Municipal pueda hacer una nueva
gestión de reingreso consignándose una nueva fecha de ingreso en el ICT, para
lo cual deberá el interesado actualizar y remitir a la Municipalidad toda la
documentación legal que haya perdido vigencia.

Contra esta resolución caben los recursos de revocatoria y apelación, ambos
deberán de ser presentados por el Concejo Municipal, dentro de los tres días
hábiles siguientes a la notificación respectiva, siendo que el primero sería
resuelto por esta Gerencia General y el segundo por la Junta Directiva de esta
Institución.
Notifíquese al Concejo Municipal de Santa Cruz, al interesado y la Asesoría
Legal.

-Señora Ledys Peña Zúñiga: Esta concesión no fue conocida por este Concejo,
fue conocida por el Concejo anterior y según lo que se desprende esta es una de
las concesiones que se solicitó revisión en su oportunidad, cuando se remitió al
Concejo para poder hacer las modificaciones que estaba pidiendo el ICT, en su
oportunidad la Comisión detuvo brindar el dictamen porque el departamento de
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Zona Marítimo terrestre municipal se encontraba intervenido, es por esta razón
que no se cumplió con el plazo para hacer el dictamen que sería lo ideal y sobre
todo por el solicitante, que la administración nuevamente corrija o subsane las
dificultades del expediente conforme lo indica el ICT, y en razón de esto
proceder a presentarlo al Concejo para que el Concejo a través de la Comisión
de Zona Marítimo Terrestre emita un dictamen y posteriormente informar al
ICT, si es importante y quiero hacer referencia a esto y a la administración que
fue una de las cosas que yo en su momento planteé que esto iba a pasar ,
entiendo que el departamento tenía que intervenirse pero esta no es solamente
una de la avalancha que se nos van a venir, entonces si es importante empezar
a trabajar en conjunto y poder sacar los dictámenes que todavía están pendientes
en la Comisión de Asuntos Jurídicos , de Asuntos en materia de Zona Marítimo
terrestre a la brevedad para evitar más dilaciones a las solicitudes de los
administrados.

-Señor Alcalde Municipal: Toda la razón del mundo Doña Ledys en este caso
principalmente en esta concesión , tanto la administración como el administrado
que está haciendo la solicitud de esta valga la redundancia concesión , había
presentado muchos problemas y había sido rechazada administrativamente en
cada vez que se presentaba más información, casualmente uno de los problemas
que tuvo fue presentar un nuevo proyecto para poder ser presentado a la
Administración y a este Concejo Municipal , entonces parte de subsanar todo
este expediente con la nueva normativa que está pidiendo el ICT, que este
expediente se atrasó y así se están atrasando un montón más de concesiones
aprobadas que no están cumpliendo y se están siendo rechazadas por el ICT,
porque la nueva directriz del ICT, es venir a revisar cada una de las concesiones
y es parte de decirlo y que los concesionarios entiendan que hay una concesión
que pide 20 años para desarrollar un proyecto y nunca lo desarrolló, en eso no
es culpable la administración, no son culpables los regidores, el culpable es la
persona que se comprometió, en hacer un proyecto y no lo cumplió a la
cabalidad , yo creo que este expediente ya está en la secretaría ya esta este caso
para que tramita nuevamente lo que corresponda, hemos estado trabando
depurando todas estas situaciones estamos subsanando , esta para certificar y
enviar nuevamente como dice la norma establecida , es subsanable como lo dice
el ICT, ya se subsanó con todas las normas establecidas y esperaremos que el
ICT lo apruebe o lo desapruebe.
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SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Administración para
que resuelva lo que indica el ICTG-0024-2021, firmado por los señores Alberto
López Chaves, Gerente General, VB° José Francisco Coto Meza, Asesoría
Legal, Instituto Costarricense de Turismo, y procedan a subsanar lo solicitado.

INCISO 21: Se conoce documento con Oficio CPJ-DE-OF-004-2021 firmado
por el señor Luis Antonio González Jiménez-Director Ejecutivo Concejo
Nacional de Política Pública de la Persona Joven.
Para los fines pertinentes establecidos en la Ley General de la Persona Joven y
sus reformas, le solicitamos por favor completar la nómina (según documento
adjunto) con el fin de incorporarlo en el expediente y nuestra base de datos para
futuras comunicaciones.
En caso de que a futuro llegasen a necesitar realizar cambios de la
conformación, les recordamos que se debe respetar la paridad de género de
acuerdo a la norma vigente.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido oficio CPJ-DE-
OF-004-2021 firmado por el señor Luis Antonio González Jiménez-Director
Ejecutivo Concejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven.

INCISO 22: Se conoce oficio N°14642-2020-DHR, firmado por la señora
Catalina Crespo Sancho, de la Defensoría de los Habitantes.

Asunto: Remisión de Reconsideración documento presentado por el señor Prof.
Carlos Manuel Zapata Ruiz.

-Alcalde Municipal: En base a esta carta el señor Carlos Zapata ya la
Defensoría de los Habitantes ya se había pronunciado en primera instancia
rechazando de plano el recurso, en un recurso de revisión que hace nuevamente
el Prof. Zapata lo volvió a rechazar dándole razón a la municipalidad sobre el
debido proceso que establece este Municipio para que las personas con
necesidades de escasos recursos puedan entablar las necesidades pertinentes
ante este municipio administrado por esta Municipalidad, es importante
aclararle a cada uno de los funcionarios municipales que toda persona tiene
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derecho de hacer exoneración de bienes inmuebles con un valor inferior a 20
millones de colones y de ahí se van sacando los cálculos pero esa gestión tienen
que hacerlo individualmente así se lo hace saber la defensoría al señor Carlos
Zapata y no de un proceso colectivo y tampoco se les puede perdonar las deudas
, la Defensoría de los Habitantes dice que es deber de cada ciudadano honrar
sus impuestos, entonces en ese tema lo vuelve a mandar Don Carlos , la
defensoría en primera instancia le dijo no al recurso de revisión y le volvió a
decir que no , ahora muy probablemente le van a volver a decir que no , pero la
administración esta con todas las facultades de decirle al pueblo que las
personas con propiedades inferiores a 20 millones puedan hacer la exoneración,
venir a las oficinas municipales , se hace solamente a bienes inmuebles no a los
otro servicios que presta la municipalidad.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido oficio N°14642-
2020-DHR, firmado por la señora Catalina Crespo Sancho, de la Defensoría
de los Habitantes.

INCISO 23: Se conoce Acuerdo Municipal de la Municipalidad de Nicoya,
firmado por la señora María Ester Carmona Ruiz Secretaria a.i del Concejo
Municipal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 7794, y en
observancia de las normas que rigen la materia, procedo a transcribir mediante
Acuerdo Municipal lo acordado en la Sesión Ordinaria No. 036 celebrada el día
martes 05 de enero del año 2021, que textualmente indica:

Acuerdo Municipal No. 008-036-2021: EL CONCEJO MUNICIPAL DE
NICOYA EN FORMA UNÁNIME APRUEBA BRINDAR UN VOTO DE
APOYO AL CONCEJO MUNICIPAL DE GOICOECHEA MEDIANTE LO
INDICADO EN EL OFICIO SM-2647-2020, REFERENTE AL ACUERDO
TOMADO POR LA ASAMBLEA GENERAL DE ALCALDÍAS E
INTENDENCIAS, CELEBRADA EL PASADO JUEVES 26 DE
NOVIEMBRE DEL 2020, QUE FUE COMUNICADO AL SEÑOR
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MEDIANTE OFICIO ANAI-097-2020,
Y CON LA FINALIDAD DE QUE SE REMITA AL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA SEÑOR CARLOS ALVARADO QUESADA Y A LAS Y LOS
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SEÑORES DIPUTADOS HACIENDO UN LLAMADO RESPETUOSO A
QUE SE DESISTA DE LA PROPUESTA DE VENDER LA CARTERA DE
CONAPE AL BANCO POPULAR, YA QUE SE ESTARÍA COMETIENDO
UN ERROR HISTÓRICO CON UNA INSTITUCIÓN QUE TRABAJA
ESTIMULANDO EL TALENTO DE LOS JÓVENES MÁS VULNERABLES,
LOS ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE ESCASOS
RECURSOS QUIENES NO TIENEN ACCESO AL CRÉDITO BANCARIO
PARA FINANCIAR SUS ESTUDIOS. LO ANTERIOR CON LA
FINALIDAD DE QUE SE ENVIE A TODAS LAS MUNICIPALIDADES E
INTENDENCIAS DEL PAÍS PARA QUE LOS CONCEJOS MUNICIPALES
SE PRONUNCIEN A FAVOR DE CONAPE Y SE EVITE DESTRUIR LA
ÚNICA ALTERNATIVA DE FINANCIAMIENTO QUE TIENEN MILES DE
COSTARRICENSES PARA COSTEAR SUS ESTUDIOS SUPERIORES Y
TÉCNICOS.


SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido Acuerdo
Municipal No. 008-036-2021, del Concejo Municipal de Nicoya.

INCISO 24: Se conoce documento con oficio SM-2647-2020 firmado por la
señora Licda. Yoselyn Mora Calderón- Jefa a.i. Dpto. Secretaria Municipalidad
de Goicoechea

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido Oficio SM-2647-
2020, firmado por Licda. Yoselyn Mora Calderón, Jefa a.i Depto. Secretaría
Municipalidad de Goicochea.

INCISO 25: Se conoce oficio SM-1378-2020 firmado por la señora Noemy
Chaves Pérez, Secretaria del Concejo Municipal, Municipalidad de Turrialba.

ARTICULO CUARTO
MOCIONES

3. Moción presentada por las Regidoras Flora Solano Salguero y Ana Yubel
Calderón Loaiza, acogida por la Reg. Elizabeth Bermúdez Morales.
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Moción para que la Municipalidad de Turrialba se manifieste en contra de todo
tipo de violencia hacia las mujeres y realice una campaña de sensibilización
sobre el tema.


SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido oficio SM-1378-
2020 firmado por la señora Noemy Chaves Pérez – Secretaria del Concejo
Municipal, Municipalidad de Turrialba.

INCISO 26: Se conoce oficio SCMT-004-2020 firmado por la señora Daniela
Fallas Porras, Secretaria Concejo Municipal Tarrazú.

Para los fines correspondientes le transcribo el acuerdo tomado por el Concejo
Municipal de Tarrazú, en Sesión Ordinaria 036-2020, celebrada el día siete de
enero del dos mil veintiuno, donde se acuerda:

“ACUERDO #4: El Honorable Concejo Municipal de Tarrazú apoya en todos
sus extremos el oficio 738-2021 emitido por el Honorable Concejo Municipal
de Santa Ana, donde transcriben el acuerdo 02, tomado en la sesión ordinaria
36 celebrada el 05 de enero del 2021, que textualmente dice:
“Acuerdo 02: Se dispensa de trámite, se aprueba de forma definitiva por
unanimidad; apoyar la solicitud que, mediante oficio DE-E-381-12-2020, hace
la Unión Nacional de Gobiernos Locales, al Ministerio de Salud y a la Caja
Costarricense del Seguro Social para que incluyan en la aplicación prioritaria
de la vacuna contra el COVID-19, a los funcionarios y funcionarias Municipales
con alto nivel de exposición al virus en sus labores ordinarias”.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.”

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido oficio SCMT-004-
2020 firmado por la señora Daniela Fallas Porras, Secretaria Concejo Municipal
Tarrazú.

INCISO 27: Se da por conocido Oficio MO-SCM-1315-2020, firmado por la
señora Laura Catalina Rojas Araya, Secretaria del Concejo Municipal,
Municipalidad de Oreamuno.
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La suscrita Secretaria, se permite transcribir a ustedes para su conocimiento y
fines consiguientes el Artículo 11° Acuerdo N°406-2020, estipulado en la
Sesión N°51-2020, celebrada por el Concejo Municipal el día 20 de diciembre
del 2020.


SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido, Oficio MO-SCM-
1315-2020, firmado por la señora Laura Catalina Rojas Araya, Secretaria del
Concejo Municipal, Municipalidad de Oreamuno.

Inciso 28: Se conoce documento con oficio 468-SM-2020, firmado por la
señora Khatherine Andrea Quiros Coto- Secretaria Municipal, Municipalidad
El Guarco.

Asunto: Apoyo a la moción presentada por el Concejo Municipal de Mora

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido oficio 468-SM-
2020, firmado por la señora Khatherine Andrea Quiros Coto- Secretaria
Municipal, Municipalidad El Guarco.

INCISO 29: Se conoce oficio CM-SM-987-2020, firmado por la señora Sandra
Isabel Hernández Chinchilla- Secretaria Municipal, Municipalidad de Parrita.

ASUNTO: Voto de apoyo, contra la reducción del 2% en la Ley 3859

Por este medio procedo a comunicarle Transcripción de Acuerdo N°01,
Artículo Cuarto, Correspondencia, Asunto N°01, Sesión Ordinaria N°071-
2020, celebrada el veintiocho de Diciembre del dos mil veinte.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocido oficio CM-SM-
987-2020, firmado por la señora Sandra Isabel Hernández Chinchilla-
Secretaria Municipal, Municipalidad de Parrita.

INCISO 30: Se conoce documento firmado por la señora Enid María Díaz
Chavarría.
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Solicito y aclaración y respuesta con el fin de incoar una posible acción
disciplinaria y penal en contra de los involucrados en los hechos que
expondremos con relación a lo siguiente:

PRIMERO: Que el día 12 de abril del año 2019, se creó la JUNTA
EDUCACION ESCUELA DE SANTA CRUZ, GUANACASTE CENTRO,
con cedula jurídica 3-008-051723, según certificación de personería jurídica
emitida por parte del señor RAFAEL JAEN VILLARREAL,
COORDINADOR DE PROCESOS DE GESTION DE JUNTAS, DE LA
DIRECCION REGIONAL DE SANTA CRUZ.
SEGUNDO: Que según certificación de personería jurídica LA JUNTA
EDUCACION ESCUELA DE SANTA CRUZ, GUANACASTE CENTRO con
cedula jurídica 3-008-051723, quienes la representan son los señores:

Wendy Vallejos Morales Presidente cédula 7-0123-0503 fecha de
nombramiento 12-04-2019.
Aniceto Marchena Arrieta Vicepresidente cédula 5-0099-0829 fecha
nombramiento 12-04-2019.
Aura Isabel Morales Cernas Secretario cédula 5-0215-0915 fecha de
nombramiento 12-04-2019.
José Luis Peña Leiva Vocal 1 cédula 5-0150-0369 fecha de nombramiento 12-
04-2019.
Marta Felicia Briceño Dinarte cédula 5-129-016- fecha de nombramiento 12-
04-2019.

TERCERO: Que dichos miembros fueron juramentados por el Concejo
Municipal de Santa Cruz, induciéndolos a error, dolo y engaño, mala fe, por
motivo de que el procedimiento utilizado, se encuentra fuera de los parámetros
del debido proceso para la presentación de las ternas, y acreditación a cual
centro educativo del cantón representa y su ámbito de operación con los
fondos públicos a recibir mediante un plan anual y el destino que se le dará a
los FONDOS PUBLICOS. Vemos como la JUNTA EDUCACION
ESCUELA DE SANTA CRUZ, GUANACASTE, CENTRO, infringe el
artículo 12 del reglamento de Juntas de Educación, que textualmente dice:
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Artículo 12. “El Director del centro de Educativo, en coordinación con el
personal docente administrativo, será el responsable de proponer las ternas para
los cinco miembros que conforman la junta, procurando un proceso de consulta
transparenta y participativa, así como de verificar el cumplimiento de los
requisitos establecidos.

Lo anterior haciendo uso del formulario establecido para tales efectos por medio
de la Dirección de Gestión y Desarrollo Regional.

El Director del Centro Educativo deberá entregar la propuesta al Supervisor de
centros educativos, quien velará porque se haya cumplido el procedimiento
establecido. Posteriormente, corresponde al supervisor presentar la
documentación para su trámite ante el Concejo Municipal.

CUARTO: Que según la ley número 2160 “Ley Fundamental de Educación”,
y el decreto Ejecutivo 38249-MEP, “REGLAMENTO GENERAL DE
JUNTAS DE EDUCACIÓN Y JUNTAS ADMINISTRATIVAS”, vigente,
publicado en la Gaceta número 52, del viernes 14 de marzo del 2014, la presente
junta no representa a ningún centro educativo del Cantón de Santa Cruz, y
además el procedimiento utilizado para su creación no fue apegado a derecho.

Por otra parte es necesario aclarar que las Juntas han sido creadas como
entidades de derecho público según lo establece la Ley N. º 2160, Ley
fundamental de Educación del 2 de octubre de 1957. Son organismos auxiliares
de la Administración Pública y se constituyen en el enlace entre la comunidad
y el centro educativo para coadyuvar en el desarrollo de los procesos educativos.
Como partes de sus funciones les asiste la responsabilidad de administrar los
recursos financieros, para dotar de bines y servicios al centro educativo, según
las prioridades que define el Director y el Cuerpo Docente y que deben estar
plasmadas en diferentes instrumentos de planificación, incluyendo su plan anual
de trabajo.

QUINTO: Que su nombramiento tiene vicios de nulidad absoluta por estar
fuera de la esfera legal de su creación y funcionamiento, de conformidad con el
Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas vigente.
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SEXTO: Que se nos indique, si dicha junta ha recibido dineros provenientes
de fondos públicos de parte de Ministerio de Educación y de la Municipalidad
de Santa Cruz. Según las leyes que establecen el giro de dichos recursos a las
juntas de educación y juntas administrativas, lo que llevaría a pedir que se
establezca denuncia penal, en la Fiscalía de Santa Cruz, por no estar legitimados
a recibir fondos públicos.

                                PETITORIA:
   a) Que los miembros de la JUNTA EDUCACION ESCUELA DE SANTA
      CRUZ, GUANACASTE CENTRO, se le cancelen los credenciales a
      estos señores, por no cumplir los requisitos legales establecidos en la ley,
      y el reglamento vigente de Juntas de Educación y (NO REPRESENTA
      A NINGUN CENTRO EDUCATIVO DEL CANTON) por tanto se
      abra proceso Disciplinario contra los funcionarios del Ministerio de
      Educación responsables de dichas anomalías y se envíe a la fiscalía de
      Santa Cruz pieza acusatoria sobre los hechos anómalos a todos los
      involucrados.
   b) Que ante la nulidad absoluta de dichos nombramientos, por haber actuado
      de mala fe, dolo, engaño e inducir a error al Concejo Municipal de
      Santa Cruz, se proceda a gestionar la descripción ante el Registro
      Nacional de la personería jurídica número 3-008-051723, a nombre de
      dicha junta.

-Señor Elías Espinoza Gamboa: Están aduciendo que una de las patentadas
de un asunto del bar al carreta descubrimiento hace poco tiempo su junta no
debió existir porque no le pertenece no está unida a ninguna escuela ni ningún
centro educativo , yo creo que lo que queda es averiguar porque habíamos
hablado que el ministerio de educación de la regional pero no debe , entonces
si sería bueno conocer el criterio de ellos de esto, además me parece que
deberían de pedir un criterio a legal e investigar a ver qué fue lo que paso , en
qué sentido se juramentó , talvez pasarlo alguna comisión no se o a la Alcaldía,
a jurídico definitivamente sí.

-Señora Ledys Peña Zúñiga: Lo primero que tenemos que hacer es trasladarlo
a la Alcaldía, para que la Alcaldía nos brinde un informe de que fue lo que
sucedió como se dio el nombramiento de esta Junta, cuáles fueron los requisitos
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que esta Junta presento en su oportunidad para que el Concejo anterior los haya
juramentado , y a partir de ese informe, entonces si cuando el informe este
trasladarlo a una comisión si sería importantísimo solicitar información a la
Dirección Regional para que nos indiquen si está debidamente constituida o que
fue lo que paso ahí y si existe o no a nivel educativo, y partiendo de eso ,
entonces trasladarlo a la Comisión de Jurídico, hasta que este el informe, porque
si se traslada ya ,no puede haber dictamen si no hay criterio jurídico., entonces
es importante que se traslade a la comisión hasta que estén los informes
técnicos.

-Señor Alcalde Municipal: Sería bueno a ustedes como Concejo Municipal,
pedir un criterio a la Dirección Regional, al departamento de juntas para ver la
legalidad de esta junta administrativa, al no existir institución educativa, pero
existen activos a nombre de esta junta de santa cruz, entonces esto no puede
quedar porque estaba inscrito a nombre de la Junta de Santa Cruz, entonces lo
que la señora pide debía decir que es irracional, totalmente y lo otro es que este
problema creo que estaba en el Contencioso también, hay una problemática
generalizada, entonces como Concejo Municipal toman la decisión de solicitar
al Departamento de Juntas del Ministerio de Educación Pública una aclaración
a esta situación, lo pueden referir a la Administración también para ver dentro
de la administración que acciones tomamos porque así hay patentes igual a la
patente de la carreta para también tomar una decisión administrativamente y por
último esperar cual es la resolución del Contencioso, entonces aquí hay un arroz
con mango bien bien bueno en el cual se debe de trabajar en todas las partes y
en todos los ámbitos, pero si lo que está pidiendo la señora es más
proporcionado.

-Señor Iván Ramírez Camareno: Referente a la solicitud planteada es
importante que se mande a la Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo
Municipal, para efecto que este realice una investigación referente a toda la
legalidad del procedimiento por el cual debió ser debidamente juramentado,
aquí hay un aspecto importante que lo que está cuestionando la nota que se
acaba de leer , es básicamente la forma en como fue designado esa Junta de
Educación, razón por la cual en este momento ahí no se está cuestionando
aspectos de la patente o alguna propiedad , si no están atacando la legalidad
mediante la cual esta junta fue debidamente remita al Concejo ,
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consecuentemente el Concejo la juramentó, en razón de eso también tenemos
que garantizar el debido proceso a la parte afectada, esto hay que darle una
audiencia también a los miembros de la Junta que fueron debidamente
juramentados para que ellos defiendan su punto de vista, y se garantice el debido
proceso del derecho de defensa, una vez que tengamos esos argumentos y
además todas las consultas que se tengan que hacer ya sea en la Dirección
Regional para que ellos nos indiquen todos los aspectos técnicos y legales , ante
los reglamentos de Juntas de Educación y tengamos un escenario con toda la
prueba necesaria y suficiente , se pueda establecer e inclusive por parte de la
Municipalidad de este Concejo , porque fue el órgano que los juramentó , iniciar
un proceso establecido en sede administrativa, como lo establece el artículo 173
de la Ley General de Administración Pública, que es un proceso administrativo,
indicando que hay un vicio de nulidad evidente y manifiesto por lo tanto se debe
continuar un procedimiento para anular la juramentación , también puede ser
que toda esa investigación nos lleve a cumplir que fueron debidamente ,que el
nombramiento de ellos y la juramentación no está acorde a lo que establece la
legislación, entonces para poder arribar a esas conclusiones se debe de
garantizar un debido proceso por parte de la Comisión de Asuntos Jurídicos que
permita tener claridad de todas las pruebas que se puedan recabar para efectos
de que podamos tener todo el acervo probatorio que nos permita poder resolver
esto, mi recomendación es que se mande a la Comisión de Asuntos Jurídicos,
se hagan las consultas a la Dirección Regional de Educación referente al estatus
de esta Junta dentro de la organización del Ministerio de Educación Pública y
consecuentemente la Comisión le garantice o le traslade a la Junta que está
siendo cuestionada para que ejerza su derecho de defensa, una vez que tengamos
todos esos insumos, podemos determinar el procedimiento que se deba de
seguir, ya sea mantener lo que se está cuestionando o en su defecto acoger la
gestión de la gente denunciante y poder resolver esto de la mejor forma.

-Señora María de los Ángeles Vallejo Zúñiga: Quizás les sirva un poquito la
información que les voy a decir, esta Junta Santa Cruz, nace de la unión de
miembros de la Junta de Educación de la Escuela María Leal con miembros de
la Junta de Educación de la Escuela Josefina López en ese momento hubo una
fusión de representantes de las dos Juntas para ver los activos que le pertenecen
a las dos escuelas, entonces tal vez por ahí pueda que les quede algo, puedan
retomarlo yo sé que en esta Junta Wendy Vallejo es una licenciada que en ese
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momento estaba representando a la Escuela María Leal, Don Aniceto Marchena
es un Educador , pienso que no se iban a arriesgar a estar conformando una
Junta , pero sin embargo con la recomendación que da el Licenciado tenemos
también otro aporte.

-Señor Elías Espinoza Gamboa: Coincido totalmente con el Licenciado Don
Iván, considero que la Administración no puede o no debe involucrarse porque
como dice el Lic. Iván es un asunto de nosotros , la acreditación de la Junta de
Educación nunca llega a la Administración viene aquí con recomendación de la
Dirección Regional y aquí se aprueba en base a esa recomendación , lo primero
que debemos saber es si se actuó bien o se actuó mal , y si se actuó mal hay un
procedimiento para que aclaren y le quiten las credenciales, tampoco nos toca a
nosotros quitar las credenciales si no se lleva el procedimiento bien, aquí
nosotros aprobados que tienen que venir con los requisitos que viniera con la
solicitud de la Dirección de quien tienen que firmar y todo lo demás el
expediente y todo eso, si nos toca averiguar si realmente hubo algún engaño
hacia este Concejo si el Concejo cometió algún error y proceder como tiene que
ser cancelar lo que haya que cancelar como dice el Lic. Iván y después como
actuar la administración con la patente y los demás detalles.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslade a la Comisión de Asuntos
Jurídicos para que se realice lo que corresponde según la solicitud.

INCISO 31: Se conoce documento firmado por el señor Ing. Marcos Francisco
Sequeira Lepiz.

Setiembre 2016 se recibe lista formal de parte de la señora Alcaldesa municipal.

   a) La señora Dayana no está en lista. Para esta fecha ella aún no tiene
      familia, por su edad de 17 años, seguramente aún estaba en el colegio.

2. 14 de febrero 2020 por parte de Martin se solicita incluir a Dayana entre otras
familias, vía informal (whatsapp). A la ya señora Dayana con un niño de apenas,
4 meses de nacido.
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3. Por ser consecuentes con la solicitud del presidente de la Asociación se
realiza el estudio de la recién madre soltera, y se evidencia que vive con sus
papas, en donde ha vivido siempre como estudiante, junto con sus dos hermanos
menores, no cuenta con ingresos para mantener una vivienda, ni tiene los
implementos necesarios para la casa, cocina refrigeradora etc.. Reporta que vive
de la ayuda de su familia. Se le informa a ella y a Martin que no va a calificar
por su condición.

4. El 05 de octubre del 2020 La dirección FOSUVI del BANHVI dicta un oficio
DF-OF-1101- 2020, a uno de mis proyectos en donde manifiesta que por
acuerdo de junta directiva sobre la situación de priorización de fondos ante el
recorte presupuestario considera que las madres solteras que habitan con sus
padres tienen el problema de vivienda resuelto, por lo que se rechazan los
expedientes en esta condición. (Ver adjunto).

Tengo que aclarar.

• El proyecto Malinche nació con don Jorge Chavarría como alcalde en el año
2015.
• Fue criado por Doña María Rosa López, durante el proceso de tramitología y
construcción, con una excelente relación y participación activa en las reuniones
de familias.
• El gobierno actual llega cuando la criatura está muriendo, con un 10 % de
vida, sin embargo, se atienden algunos casos solicitados dentro de la medida de
lo posible, de esa misma manera se ha atendido al señor Martín con el respeto
adecuado a la asociación y a su persona, pero no se puede confeccionar un
expediente que tiene un costo elevado antes de postular más sabiendo y
advertidos que será rechazado por la norma antes dicha.

• Los proyectos de SYNSA son desarrollados y construidos bajo la modalidad
de llave en mano, con recursos propios y privados, lo que significa que este NO
es un proyecto BANHVI. Ni utiliza recursos públicos para la construcción. La
empresa lo construye con la buena disposición de entregarlo a las familias sin
hogar y así lo manifesté ante el Concejo Municipal tras anterior cuando se
declaró de interés municipal. Acuerdo sesión ordinaria No. 42-2015, Artículo
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6, inciso 01, del 13 de octubre 2015. Compromiso que siempre hemos
respetado.
• SYNSA asume todos los riesgos financieros y de variables en los costos de
la construcción, y al final postula o propone ante la entidad autorizada sea cual
sea los expedientes que a conciencia y a la experiencia van con todo correcto
sin riesgo al rechazo, solamente el BANHVI otorga BONOS de VIVIENDA. A
cada familia que se postule y cumpla con toda la normativa, debe de ser por
medio de una entidad autorizada. Si el expediente es rechazado mi empresa
pierde todo el dinero invertido en el expediente.

• Siempre tenemos infiltrados que de alguna u otra manera logran violar las
normas existentes, y desgraciadamente las denuncias llegan después, cuando ya
se entregó el BONO y título de propiedad.
Mi representada ha dado soluciones habitacionales a casi 1000 familias
santacruceñas siempre con buena aceptación de las familias y sobretodo
entregando las obras finales a entera satisfacción de la municipalidad, nunca
hemos enfrentado situaciones tan difíciles como las que hoy sentimos, una
tensión negativa, una indisposición ante mis proyectos de bien social que nos
deja un sabor amargo y nos minimiza la intención de continuar.

Cada proyecto tiene un aforo tope, y la necesidad de vivienda es mayor por lo
que siempre tendremos familias disconformes, la prioridad debe ser las más
necesitadas.

Malinche con 220 viviendas construidas, y en lista matriz original de necesidad
casi 300 familias. Consecuencia 100 familias disconformes, más las que no
están en lista.

Les pusimos un recién nacido de 106 casas para que lo criaran ustedes, pero no
se pudo, no se concretó cual era el deseo de la política de vivienda social que
usted quieren y me indicaran. Don Jorge en su momento SI me expresó
verbalmente el deseo de la alcaldía de desaparecer el precario Los Pochotes.
Solicitud que sí estamos atendiendo. Los encadenamientos con IMAS y el
INAMU son necesarios, pero también sentí que no fue del agrado de la
comisión, por otro lado, solamente fui convocado a dos reuniones de la
comisión y nunca me llegó la lista de familias.
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Sesión Ordinaria 02-2021
Del 12 de enero 2021                                                    Folio 38

-Señora María de los Ángeles Vallejo Zúñiga: Me parece bien que lo
trasladen ,pero hay una parte acá de la carta que no se leyó que dice que el señor
aduce que el encadenamiento con IMAS y INAMU son necesarios claro que sí,
dice que también sentí que no fui del agrado de la Comisión ahí no estoy de
acuerdo y que se levante la Comisión en que momento nosotros nos opusimos
a que IMAS y INAMU estén dentro para referir familias, me parece que son dos
instituciones sumamente importante que no la vamos a poder quitar nosotros
como Comisión, no sé si mis compañeros la señora Presidenta le dará la palabra
a mis compañeros de la Comisión peros i esta parte no me gusta.

-Señora Ledys Peña Zúñiga: Reitero como lo hice en alguna oportunidad yo
soy el miembro más nuevo de esta Comisión, lo que sí puedo indicar es que
siempre abran temas sobre todo los temas sociales van a ser susceptibles en las
comunidades, una prioridad para este Concejo las soluciones habitacionales
siempre y cuando así les he externado a mis compañeros de la Comisión se
demuestre la necesidad de habitación en los posibles beneficiarios, y no
solamente es una posición mía como Regidora sino que también es una posición
que se desarrolla en todas las instituciones que intervienen n la hora de calificar
o valorar a los posibles beneficiarios del régimen habitacional , en razón de esto
si es importante tomar en cuenta y que el señor desarrollador lo sepa, no es algo
personal , es simple y sencillamente que es un nuevo Concejo una nueva
Comisión y en razón de eso es una nueva forma de trabajar, pero no es un
cuestión personal, si eventualmente la Comisión de vivienda anterior trabajaba
de una forma es una pena pero nosotros ya se estableció por parte de los
miembros la forma en que se va a trabajar y como se va a trabajar , y en ese
sentido no es algo personal contra la desarrolladora ni tampoco algo personal
contra él , si no es simplemente una forma distinta de como se venía trabajando,
y esta forma de trabajar esto que está contemplado no es solamente la Comisión
de Vivienda si no también se les ha informado al resto de compañeros del
Concejo quienes saben cuáles son las pautas a seguir en la Comisión, entonces
si aclarar a la comunidad no es que el Concejo no es que la Comisión de
Vivienda este en contra de algún desarrollador es simple y sencillamente que
la forma de trabajar de ahora en adelante será distinta a como estaba pactada
con anterioridad .
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Del 12 de enero 2021                                                    Folio 39
-Señora Maricela Moreno Rodríguez: Retomando un poco las palabras de la
señora Ledys y la compañera Marielos importante que la Comisión de Vivienda
de este periodo está involucrada al 100% en estos proyectos que se vallan a dar
en las comunidades en el Cantón de Santa Cruz todo sea de la mejor forma y
tomando en cuenta aquellos casos que ameritan que son de riesgo social que de
verdad necesitan, nosotros vamos a estar siempre pendientes de que las familias
sean beneficiadas según la necesidad que ellos tengan.

-Señor Omar Cruz Jiménez: Es lamentable que esto esté sucediendo siempre
, no solo en la administración pasada si no en las administraciones pasadas
municipales ,siento que no ha tenido una ruta muy clara , siempre se dicen cosas
se dice una cosa y se hacen a la hora de ejecutarse, se ejecuta otro tipo de
situación eso ha venido dándose por el tiempo , donde no hay nada fijo no hay
una ruta clara en este asunto, sencillo la Comisión de Vivienda me parece que
está haciendo un buen trabajo compañera María de los Ángeles aquí presente y
los demás creo que están trabajando con la seriedad del caso, pero seguimos con
esa situación, los desarrolladores aquí la Comisión de Vivienda y el Gobierno
que yo no sé cuál es la políticas como es que se está jugando no veo nada claro
entonces que al final pienso que tenemos que volver otra vez a sentarnos con
las autoridades de Gobierno para definir esta ruta, aquí no hay nada como decía
la compañera Ledys nada personal , aquí lo que impera es la necesidad de
vivienda de las personas que viven aquí en este Cantón y la idea de esta
Comisión he visto que quieren trabajar honestamente, pero desgraciadamente
vienen las zancadillas y después los desarrolladores con unas cuotas muy
superiores y otras instituciones que aportan otro grupo de gente , al final yo creo
que tenemos que definir con el Gobierno y decir la verdad si no nos van a tratar
con la seriedad del caso, entonces simplemente tendríamos que cerrar esto
porque no estaríamos cumpliendo las decisiones siempre se dan por otra vía ,
entonces definir las reglas del caso si es que aquí en el seno de este Concejo
donde hay una Comisión de Vivienda representada por varios compañeros de
distintas comunidades del Cantón , que se nos dé como dice y vulgarmente lo
digo que se nos dé, el aval se nos de pelota , y si no es así entonces que nos
digan para entonces no insistir y no estar cayéndole mal a nadie por eso es que
abogo por esta Comisión que viene haciendo las cosas bien pero una vez más
también en anteriores administraciones , no hay nada claro aquí y se sigue con
ese jueguito .
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SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada nota del señor Ing.
Marcos Francisco Sequeira Lepiz, de Constructora SYNSA, a la Comisión de
Vivienda, y a la Alcaldía Municipal.

INCISO 32: Se conoce documento firmado por la señora Evelyn Aburto
Rodríguez, cédula: 1-1260-0975.

Me dirijo a ustedes con el fin de solicitar la colaboración del arreglo del
callejón en el cual ya hay varios vecinos que transitan por acá con la calle en
muy malas condiciones, y que cada vez que pasan las lluvias quedan con
muchos huecos.

Por lo que les reitero nuevamente la colaboración que nos puedan hacer con el
arreglo de más o menos 150 metros de callejón, el cual se encuentra de
Decoautos 25 norte y 20 metros este, entrada conocida como los botellones.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada nota de la señora Evelyn
Aburto Rodríguez, portadora de la cédula de identidad: 1-1260-0975, a la
Alcaldía Municipal y al Departamento de Unidad Técnica de Gestión Vial
Municipal, para lo que corresponda.

INCISO 33: Se conoce documento firmado por el señor Allan Alberto Araya
Naranjo, cédula: 5-0319-0223.

Yo Juan Ulate Carballo, Abogado carne 3728, en representación como asesor
legal del señor Allan Alberto Araya Naranjo, portador d ella cedula de identidad
número cinco trescientos diecinueve doscientos veintitrés, dueño actual del
local comercial denominado Súper y Licorera Araya, ubicado en Santa Bárbara
de este cantón, les remito adjunto copia del oficio remitido al señor Jorge Arturo
Alfaro Orias, Alcalde Municipal, relacionado con el proceso Ordinario
Contencioso Administrativo N.º 10-00866-1027-CA contra la Municipalidad de
Santa Cruz y contra la señora Díaz Peña tanto en su condición de funcionario
municipal como en su condición personal.

En dicho oficio se le pide su intervención para que como representante de esta
entidad ampare mis derechos avasallados desde hace varios años por la
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conducta dolosa realizada en mi perjuicio por la señora Arleth Díaz Peña, actual
Jefe de la Policía Municipal, quien abusando de su puesto en fecha dieciocho
de noviembre del 2008 ordeno el decomiso de gran cantidad de licores de
diversas marcas que tenía en mi local comercial para su venta, apoderándose
ilegítimamente de gran parte d ellos licores cuando los mantuvo en su poder,
consumiendo parte de ellos y otra parte ordenó destruirla sin base legal alguna,
produciéndome un daño material millonario en mi contra.

Ante estas circunstancias, le solicito señores regidores del Concejo Municipal,
coadyuven con el señor Alcalde a fin que en sede administrativa se aperciba y
se le exhorte a la señora Díaz Peña a cumplir con el pago de dicha suma, bajo
el apercibimiento que al tratarse de una falta al deber de probidad y ética
profesional, se le podría sancionar disciplinariamente e incluso en sede penal,
debiéndose tener en cuenta que incluso si dicha funcionaria es destituida sin
cumplir con la condena el cumplimiento estará bajo la responsabilidad del ente
municipal.

-Señora Ledys Peña Zúñiga: Con respecto a la solicitud que hace el señor, es
importante indicarle que este Concejo dentro de sus facultades no le asiste el
obligar a un funcionario a pagar una deuda o responsabilidad que ya se
encuentra plenamente declarada en el ámbito judicial , es por esta razón que
debería el administrado ejecutar el procedimiento respectivo para exhortar
como él dice a la funcionaria y se le cancele lo que fue condenado , por otro
lado la administración si eventualmente surgió algún tipo de responsabilidad
por parte de la funcionaria debió haber realizado el procedimiento
administrativo sancionatorio en su momento, estamos hablando que son
acciones que se dieron en el 2008 de manera que ya tiene más de 12 años de
haberse realizado por lo tanto cualquier acción disciplinaria ya se encuentra
prescrita, razón por la cual administrativamente tampoco podría sancionársele
sobre esa acción específico habría que ver si eventualmente el pago de una
deuda sería una causal de sanción disciplinaria que tampoco procede porque es
la esfera personal del funcionario.

-Señor Alcalde Municipal: Totalmente de acuerdo con el criterio de Doña
Ledys extraordinariamente expuesto, casualmente el ofendido en este caso ha
tenido más bien negligencia por parte de él ,en hacer ese escrito con el cobro
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correspondiente el Contencioso le dio la razón a un 100% y todavía lo reafirmo
en una apelación pertinente que hizo la señora policía municipal, le
corresponderá a las instancias privadas o realizar dentro de los activos
pertinentes que tiene la señora , a ver si de esa forma hace efectivo el cobro de
esta indemnización que tienen que hacerle la señora Díaz, administrativamente
Doña Ledys lo aclaró en su momento hubo un órgano director, y una vez dictada
la sentencia era el momento para poder aplicar el debido proceso en el órgano
director que tenía la señora Díaz, en este caso ya prescrito no se puede hacer
absolutamente nada administrativamente, al señor se le dio la misma indicación
administrativamente es un caso cerrado prácticamente y será el señor a nivel
privado que ejerza el poder de ver como recupera el dinero que el Contencioso
le dio la razón hace más de 10 años.

-Señor Warner Rodríguez Angulo: Aquí se habla que ya este proceso tiene
una prescripción porque indica que es del 2008, pero a mí me llama mucho la
atención el voto número 266-2018, de las quince horas del nueve de octubre
del dos mil dieciocho en donde viene la condena en ambas partes que pague la
suma de veinte millones quinientos tres mil trescientos colones con noventa y
cuatro céntimos (20, 503,300.94), estamos hablando del 2008, no sé si ya eso
prescribió.

-Señora Ledys Peña Zúñiga: Talvez para aclararle al compañero Warner que
la prescripción se debe a la responsabilidad disciplinaria de que pudo haber
aplicado la administración en su momento a la funcionaria no a la acción de
cobro porque en la solicitud que hace incluso el administrado indica que la
administración ya hizo el pago solidario que le correspondía en relación a la
condenatoria que se hizo.

- SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Administración para
que el Departamento Legal brinde un informe al señor Juan Antonio Ulate
Carballo, Carnet 3728, representante como asesor legal del señor Allan Alberto
Araya Naranjo, conforme legalmente corresponde.

INCISO 34: Se conoce documento firmado por la señora Sara María Cabalceta
García.
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Comunicarles que el día 4 de enero del año 2021 nos presentamos a las oficinas
de la administración tributaria a pagar los impuestos de la patente de licores
número 118 del bar brisas del pacifico ubicado en Ostional del distrito
Cuajiniquil y al revisar la base de datos nos indican que de acuerdo con el Oficio
SM-01306-ORD-38-2020 con fecha lunes 02 de noviembre, el concejo acordó
anular de la base de datos la patente 118 por recomendación de la asesoría
jurídica bajo el oficio ac-109-2020 de la asesoría jurídica, sin embargo hay un
proceso legal que se tramita en el tribunal contencioso administrativo enviado
por la secretaría del concejo municipal desde el 23 de setiembre del 2019
mediante certificación 0170-2019 y se está a la espera de resolución, con el
respeto que merece el honorable concejo se le indujo a un error de
procedimiento, razón por la cual solicito sea revocado dicho acuerdo hasta tanto
haya una resolución del tribunal contencioso administrativo, expediente n.º 19-
006495-1027CA-5, quiero aclarar que el acuerdo tomado de retirar de la base
de datos la patente llego al abogado el día lunes 04 de enero del presente del
año 2021.
Honorables señores del Concejo Municipal de Santa Cruz les solicito
encarecidamente tomar en cuenta esta solicitud “la revocatoria del acuerdo
tomado mediante recomendación de la asesoría jurídica bajo el oficio ac-109-
2020 de la asesoría jurídica, por haber un proceso legal que se tramita en el
tribunal contencioso administrativo.

SE ACUERDA POR UNANIMIDA: Se traslada nota de la señora Sara María
Cabalceta García, cédula : 5-0229-0072, al Departamento Legal, para que se
refiera a lo que corresponda y brinde informe a este Concejo Municipal ,al
mismo tiempo se traslada dicha nota a la Comisión de Asuntos Jurídicos.

INCISO 35: Se conoce documento firmado por el señor Gary Hernández
Santana – Presidente Asociación Deportiva Santa Rosa.

La Asociación Deportiva Santa Rosa se encuentra participando en la Liga
Motrorola de Ascenso, Campeonato 2020-2021, siendo el ÚNICO EQUIPO
del cantón que lo representa en tan prestigiosa Liga, razón por la cual acudimos
a ustedes con el fin de que interpongan sus buenos oficios y solicitarles se nos
AUTORICE para que nuestro equipo puede realizar los partidos como local en
el CACIQUE DIRIA.
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Que en virtud de lo anterior se requiere de una autorización por parte del Comité
de Deportes de Santa Cruz, para que, tanto el Comité de Licencias de la
Federación Costarricense de Futbol, como el Comité de Competición de la Liga
de Ascenso, realicen la inspección correspondiente del inmueble. En ese mismo
sentido, se requiere que al momento en que los señores de la Federación tengan
que llevar a cabo la inspección, se les indique con quien se tendrían que poner
de acuerdo para llevar a cabo la misma. .

-Señor Jorge Luis Rodríguez López: Lo que ellos solicitan señora Presidenta
es que nosotros como Concejo, autoricemos al Comité de Deportes para que
ellos puedan utilizar las instalaciones y poder realizar los partidos que en el
horario presentan, yo pienso que este Concejo dándole el permiso y el aval para
que ellos puedan utilizar de este recurso que tenemos en el Cantón, sabiendo
que ellos han venido manifestando solicitudes de apoyo, pienso que también se
debería importante poder apoyarlos en esta solicitud.

-Señor Elías Espinoza Gamboa: Hasta donde yo entiendo hay una orden y tal
vez me pueda aclarar la administración, hay una orden sanitaria en las torres
que eso entiendo que no permite que se abra el estadio, si es así eso fue lo que
me dijo el señor de deportes, si no es así sería bueno también que abran el
estadio para que la gente vaya a correr para otras cosas, siento que nos hemos
quedando tanto en promover que se abran los bares y no el estadio, aprovecho
para pedir tampoco hay lava manos en los parques tampoco hay un lava manos
ahí creo que es parte de que la gente quiere practicar deporte, se abren otros
lugares nos estamos quedando demasiado atrás en eso.

-Señor Alcalde Municipal: En la situación de Santa Rosa ya hemos adelantado
siendo la administración del inmueble del Comité de Deporte esta
administración ha estado coadyuvando al equipo de Santa Rosa ya incluso el
señor tiene la carta del Comité de Deporte pidiendo el aval para que vengan
hacer la inspección y pueda jugar Santa Rosa en el estadio Cacique Diría si Dios
lo permite, siendo que estos partidos no afectan nada la edificación de público,
ya llame telefónicamente al señor Warren preguntando si había una orden no
existe orden sanitaria del inmueble del estadio, entonces está a la espera que
haga la visita de la liga Motorola para que habiliten el estadio de Santa Cruz,
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para que el equipo de Santa Rosa, pueda jugar en dicho inmueble, recordarles
que los que quieran ir a correr al estadio me parece henormemente , hay que
hablar con el Comité de Deportes para que ejecuten lo que está establecido
porque para hacer ejercicio gracias a Dios está habilitado ya esta norma, en el
parque ahí si tenemos una orden sanitaria por las aguas residuales, casualmente
tenemos problema de tubería y de aguas va a generar este problema debemos
que trabajar con esta modificación presupuestaria que viene, ya estoy hablando
con el Ingeniero para poder intervenir con una tubería escéptica para sacar esas
aguas residuales tanto cuando hay un evento como el turno de Esquipulas como
los lava manos que hay que instalar en el parque, también les puedo decir que
el parque no está habilitado para estar abierto entonces por eso no hemos podido
poner los lava manos para no aglomerar a gente habiendo lava manos y la gente
adquiera coger confianza, por eso no se ha habilitado, estamos por resolver esa
orden sanitaria que tenemos en el parque y subsanar es problemita que tenemos
ahí, una vez que abran estamos iluminando el parque con un convenio con
Coopeguanacaste estamos trabajando para el embellecimiento, estamos
trabajando con la Iglesia con el concejo económico .

-Señora Ledys Peña Zúñiga: Sería trasladar la solicitud a la administración,
para que la administración continúe una vez que se dé el visto bueno, se nos
informe al Concejo para poder autorizarlo.

-Señor Omar Cruz Jiménez :Sinceramente, más que todo me parece a mí que
ese estadio digámoslo así , si bien es cierto se utiliza, está en desuso un estadio
que está en unas condiciones y haciéndole unas mejoras mejor que muchos otros
reductos deportivos que incluso tienen equipo en la primera división yo creo
que Santa Rosa por ser el único equipo que nos queda ahorita nos representa
deberíamos de apoyar toda esta gestión y máxime ya hay todo un proyecto ,
incluso los dineros que el ICODER del deporte nos está aportando para la
iluminación , una iluminación que va a tener la capacidad para que se den
eventos de primera división ahí, entonces creo yo que esa instalación ha estado
ahí y no se está utilizando en hora buena que Santa Rosa venga aquí al Cacique
Diría y que todos nos constituyamos y hagamos un equipo de Santa Cruz de
personas, en su momento cuando ya el aforo se dé al 100% aunque este al 50
podamos apoyar a ese equipo y seguirle metiendo infraestructura a ese estadio,
me parece a mí excelente lo que acaba de mencionar el señor Alcalde que se
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está trabajando con esta Asociación Deportiva para que venga a Santa Cruz y
ojala no se de lo que en años anteriores se ha dado con otros equipos que se
vuelve esa división rara entre la costa y centro que todos seamos uno sólo y que
podamos ese estadio tenerlo a punto y no solo para Santa Rosa, en algún
momento vendrá surgirá otra organización en días pasados estaba en años
pasados esta Municipalidad le dio mucho apoyo soporte a este equipo de
Cabalceta , hemos estado siempre dispuestos a colaborar con el deporte y sobre
todo con los equipos que nos representan en nuestro Cantón, en buena hora que
esto se está haciendo con Santa Rosa y máximo ahora que va a tener una
iluminación muy buena y se le van hacer otro tipo de reparaciones para que
podamos contar en algún momento porque talentos tenemos con equipos que
nos representen no sólo en la segunda si no que en primera división.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada nota firmada por el Lic.
Gary Hernández Santana, Presidente Asociación Deportiva Santa Rosa, a la
Alcaldía Municipal, para que brinden informe a este Concejo Municipal de la
solicitud planteada.

INCISO 36: Se conoce documento firmado por la señora Arelys Gómez Piña,
portadora de la cédula de identidad número 5-336-453.

La suscrita Arelys Gómez Piña, portadora d ella cedula de identidad número 5-
336-453, de calidades conocidas en autos en autos atenta manifiesto:

Visto el oficio SM-01473-EXTR-25-2020, en donde se aprueba en todos sus
extremos el Dictamen de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de las
quince horas con cuarenta minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil
veinte, en donde se RECHAZA POR INADMISIBLE EL RECURSO DE
APELACION INTERPUESTO POR LA SEÑORA MARISOL MORA
MONTENEGRO, por tal razón solicito al honorable Concejo Municipal
RATIFICAR el oficio SM-01156-2018, de la sesión Ordinaria N.º 36-2018,
Articulo 07, Inciso 02, en donde textualmente se acuerda:

POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el dictamen CPOP-004-
2018, de la Comisión Permanente de Obras Publicas de las dieciséis horas con
cinco minutos del seis de setiembre del dos mil dieciocho. Se deroga el acuerdo
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tomado en la sesión ordinaria 16-2002, donde se le otorga el lote número 24 de
Barrio Jerusalén a la señora Marisol Mora Montenegro, portadora de la cédula
de identidad 5-0289-0399.

Se otorgar el lote número 24 de Barrio Jerusalén a la señora Arelys Gómez Piña.
Lo anterior para que se autorice al señor Alcalde Municipal para firmar la
escritura del lote en Barrio Jerusalén número 24 a mi nombre.

-Señora Ledys Gómez Piña: Esa solicitud quien debe hacerla es la
administración porque, porque si bien es cierto la Comisión de Asuntos
Jurídicos resolvió a favor de Doña Arelys, la solicitud de escritura y de convenio
de traslado del lote número 24 debe de hacerlo la Administración a este Concejo
no la beneficiaria, en razón de eso deberá trasladar el asunto a la
Administración, para que la Administración proceda como corresponda.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Administración la
solicitud de la señora Arelys Gómez Piña y la Administración sea quien solicite
a este Concejo Municipal la autorización para firmar la escritura del lote número
24 en Barrio Jerusalén.

INCISO 37: Los suscritos, Claudio Cerdas Dinarte, de calidades conocidas en
autos, en mi condición de Secretario, y Ana Cecilia Román Trigo, de calidades
conocidas en autos, en mi condición de Vice- Presidente de la sociedad
PROPIEDADES DE PLAYA DE COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA,
cédula de persona jurídica número 3-101-106759.

-Señora Maricela Moreno Rodríguez: Es importante ver compañeros que así
como este trámite hay un montón más, entonces se dictaminó, se hizo un
dictamen este Concejo para dictaminar que en un plazo de ocho días nos dieran
un informe con respecto a esta solicitud por qué no se ha realizado la prórroga
de la concesión, a la fecha no se ha dado el informe, entonces es importante que
el departamento también pueda pronunciarse al respecto a la brevedad.
podriamos dar un plazo de tres días si les parece porque ya es un tema muy
reiterativo y considero que si es importante que el Departamento de Zona
Marítimo Terrestre se pronuncie al respecto a la brevedad.
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-Señor Alcalde Municipal: Casualmente señora Presidenta este caso es un caso
nuevo que llega a la administración no es un caso reiterado y por ende en un
plazo de tres días no podemos dar una respuesta inmediata como la está
pidiendo, no es un caso reiterativo un caso nuevo, casualmente los afectados
están diciendo que tienen once años de estar solicitando aprobación de trámite
de la concesión y por ende hay que hacer toda la revisión respectiva del debido
proceso para poder hacer la valoración.

-Señora Maricela Moreno Rodríguez: Gracias señor Alcalde, en base a esta
solicitud de hoy estamos pidiendo tres días pero es que ya habíamos hecho un
dictamen donde habíamos dado un plazo también entonces hay otra solicitud
antes de esta, es ahí que nos preocupa montones este tema.
-Señor Omar Cruz Jiménez: Viendo la situación y de acuerdo al reacomodo
que se ha dado en la Zona Marítimo Terrestre yo considero que sería prudente
no solo tres días porque no vamos a tener la sesión que tenemos el jueves es
una sesión solemne y no vamos a discutir ningún tema otro, que tal vez se
preparara para el próximo martes, tal vez tener ya ellos el departamento este, el
dictamen para que así se pueda conocer aquí, entonces yo calculo que podemos
esperar para el próximo martes que nos pudieran dar el informe de acuerdo lo
que aquí se dice en este documento.

-Señor Alcalde Municipal: Sería importante que nos remitan el acuerdo donde
se dictó en base a esta solicitud, para poderle solicitar también al Departamento
de Zona Marítimo Terrestre el no cumplimiento a su deber, para poder tener un
argumento de prueba porque honestamente se pueda atender de una vez la
situación.

 Los suscritos, Claudio Cerdas Dinarte, de calidades conocidas en autos, en mi
condición de Secretario, y Ana Cecilia Román Trigo, de calidades conocidas
en autos, en mi condición de Vice- Presidente de la sociedad PROPIEDADES
DE PLAYA DE COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona
jurídica número 3-101-106759, según consta en autos, respetuosos y de
conformidad con el artículo 35.1 del Código Procesal Contencioso
Administrativo y el derecho constitucional a un procedimiento administrativo
célere ( art 41 de la Constitución Política) , presentamos SOLICITUD DE
PRONTA RESOLUCION debido a la omisión administrativa del municipio en
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la tramitación de la prórroga de la concesión, solicitada desde hace más de
ONCE( 11) AÑOS.

             POR TANTO SOLICITO RESPETUOSAMENTE

1- Dentro del plazo de 15 días hábiles establecido en el artículo 35.1 del Código
Procesal Contencioso Administrativo, y por estar frente a una omisión
administrativa, proceda el Departamento de Zona Marítimo Terrestre a emitir
el informe de recomendación para la aprobación de la prórroga de concesión
correspondiente al expediente ZMT-237-85.
2- Por no haber trámite alguno pendiente, y al haber nuestra representada
cumplido todos los requisitos legales para tales efectos, apruebe el Concejo
formalmente la prórroga y se remita el acuerdo correspondiente junto con el
expediente, al Instituto Costarricense de Turismo para lo de su cargo. El plazo
de la prórroga deberá ser por 20 años contados a partir de su inscripción en el
Registro de Concesiones, según lo estipulado en la Ley N°6043, Ley de Zona
Marítimo Terrestre.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada escrito de los señores
Claudio Cerdas Dinarte, de calidades conocidas en autos, y Ana Cecilia Román
Trigo, Vice- Presidente de la sociedad PROPIEDADES DE PLAYA DE
COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA, a la Alcaldía Municipal y al
Departamento de Zona Marítimo Terrestre, para que rindan informe a este
Concejo Municipal de lo solicitado en un plazo de ocho días, y sea conocido
en la sesión ordinaria 03-2021, a realizarse el día 19 de enero del 2021, y así
darle respuesta al usuario
ACUERDO APROBADO POR SIETE REGIDORES PROPIETARIOS

INCISO 38: Se conoce documento firmado por el señor Lic. José Enrique
Contreras , mayor, Licenciado en Contaduría Publica, portador d ella cedula
número 5 0192 0330, manifiesto ante ustedes, que el día 10 de enero del 2021,
al ser las 3:50 p.m., recibí la visita de 3 oficiales de la Policía Municipal, el
señor Eduardo Oporta Murgas, Lubin Gómez Gómez, y Martín Álvarez
Álvarez, el hecho acontecido fue el siguiente: mi hijo Carlos Enrique Contreras
Barrantes y un amigo de él venían de Barrio Lajas y se toparon con la patrulla
N°SM-8128 de la Policía Municipal, en la cual venían los señores antes
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mencionados, ellos caminan con las ventanas cerradas y full aire acondicionado
y dicen que mi hijo le dijo sapos, no me explico cómo pudieron escuchar eso,
porque un carro con los vidrios cerrados y full aire acondicionado, es difícil
escuchar algo que les digan de la calle, el problema fue que la patrulla les dio
percusión a estos jóvenes y cuando llegaron a mi casa de habitación, mi persona
y mi esposa Yamileth Barrantes Rios nos salimos a ver que era el asunto,
entonces el señor Eduardo Oporta Murgas se bajó de la patrulla y de una vez
se fue contra mi hijo Carlos, porque mi hijo quería ingresar a la casa por el
portón de la cochera y el señor Oporta no se lo permitía, caso seguido este
mismo señor empezó a decirle a mi hijo Carlos, que le trajera la cedula, pero le
bloqueaba el ingreso a la casa, no lo dejaba ingresar por el portón, ni por la
puerta de la casa, entonces yo le dije que lo dejara pasar para que Carlos pudiera
enseñarle la cedula, pero este señor Eduardo Oporta Murgas, en forma
amenazante le mostraba las esposas en su mano izquierda y tocaba el arma de
reglamento con su mano derecha, lo cual no tenía razón de ser, porque ni mi
hijo, ni nadie de la familia presentábamos un peligro para la integridad de los
oficiales, este señor insistía en que él conocía la Ley y que como estábamos en
la acera de mi casa y era un sitio publico él podía hacer lo que quisiera, en esos
momentos yo empecé a dudar sobre esta persona.

Señores del Concejo administrativo y Alcalde del cantón creo sinceramente que
deben tomar decisiones, no dejen que esto se les vaya de las manos, mañana
puede ser demasiado tarde; ya que, son muchas las acciones en que algunos
funcionarios de la Policía Municipal, incurren en el abuso de su autoridad.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Alcaldía Municipal
para que realice lo que corresponda a la brevedad.

INCISO 39: Se conoce correo electrónico de ONWARD Internacional, Asunto:
Gira de Capacitación Medellín 2021.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Alcaldía Municipal
correo electrónico de ONWARD Internacional, Asunto: Gira de Capacitación
Medellín 2021, para ver la viabilidad de la Gira de Capacitación Internacional
Medellín-Colombia 2021.
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INCISO 40:Se conoce correo electrónico del señor Johnny Carrillo, de la
Fundación Líderes Globales , les hicimos llegar la invitación e información,
para participar en el encuentro que realizaremos en la ciudad de Miami , EEUU,
el próximo mes de febrero del 2021, recordarles que ya estamos recibiendo las
boletas de inscripción para dicho evento.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Alcaldía Municipal
correo electrónico del señor Johnny Carrillo, de la Fundación Líderes Globales,
para lo que corresponda.

Artículo 06:

Inciso 01:
Informe del Alcalde Municipal:

Les remito informe de las principales actividades coordinadas y ejecutadas por
el Municipio en la semana del 29 de Diciembre al 05 de enero del 2021:

  Informe sobre los proyectos que se están iniciando.

  Metas Administrativas (Proyectos posibles entre los departamentos)

  Informe sobre el camino la borrachera para la construcción del puente en
Brasilito, esperando que el Conavi de inicio del Puente antes mencionado.

  Informa sobre los compromisos comprometidos para este 2021.

  Menciona las intenciones de pavimentar el cantón.

  Da informe sobre la Semana Cultural Virtual la cual se realizará en el Liceo
de Santa Cruz.

   Menciona sobre las intenciones y la ayuda del concejo sobre las actividades
del 14 de enero 2021, pero indica que debe ser virtual, y en el momento que
haya aglomeración de personas se suspenderá todo. Menciona los horarios de
diferentes actividades las cuales serán virtuales.
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   Se solicitará permiso al Ministerio de Salud para realizar las dianas durante
los días del 14 al 18 2021, y hace nuevamente la mención del respeto a esta
actividad.
   Se menciona sobre el acto de la entrega por parte del Ministerio de Cultura.

  Hace un recordatorio sobre el pago de los impuestos a la Municipalidad.




MANTENIMIENTO

Cuadrilla de mantenimiento municipal (jornales)

• Se encuentran realizando bacheo en adoquín el cantón del centro de Santa
Cruz

• Parte de la cuadrilla realiza corta de un árbol en derecho vial en la comunidad
de Ortega.

• Se realiza desencofrado de losa de acceso en el Jobo de Cartagena

Rehabilitaciones con Maquinaria.

Maquinaria alquilada:

Frente 1.

Sector San Juan (5-03-042).

Se trabajó en limpieza mecanizada en una longitud de 3.8 kilómetros, se realizó
escarificación, conformación y compactación de la calzada de rodamiento en
una longitud de 500 ml, y se colocaron 648m de material de lastre, del derecho
de vía.
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Se realizó limpieza de pasos de alcantarillas y desagües para evacuar las aguas.
Los trabajos de limpieza mecanizada se realiza hacia la comunidad de San Juan
para no afectar los trabajos de conformación en la calzada de rodamiento por el
tránsito pesado de vehículos.

Frente 2.

Sector Hernández - Paraíso


Se da inicio con los trabajos de mantenimiento en el distrito # 03 Veintisiete de
abril. En las comunidades de Pinilla, Los Pargos, y Paraiso con limpieza de
cunetas

.Se está realizando limpieza de pasos de alcantarilla y colocación de lastre en la
calzada de rodamiento para luego conformar y compactar.

El lastre que se está utilizando en la intervención de estos caminos, se recupera
del derecho de vía.



-Señor Macdonal Espinoza Ruíz: Agradecimiento a la Alcaldía al
Departamento de Ambiente por la recolección de Pinilla, ojala a final de año
tengamos cobertura total.




ARTÍCULO 07: INFORME DE COMISIÓN

INCISO 01: CONCEJO MUNICIPAL Santa Cruz, Guanacaste, al ser las
Catorce horas con del doce de Enero del año Dos Mil Veintiuno.

ASUNTO: Autorización de nombramiento interino de Auditor Interno de la
Municipalidad de Santa Cruz. Esta comisión informa:
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                                RESULTANDO
Único: Que la COMISIÓN ESPECIAL PARA NOMBRAMIENTO DE
AUDITOR INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL, en cumplimiento con
los requisitos establecidos en los Lineamientos sobre gestiones que involucran
a la auditoría interna presentadas ante la Contraloría General de la República,
resolución R-CO-83-2018. CONTRALORÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA. Despacho de la Contralora General de la República, a las ocho
horas del nueve de julio del dos mil dieciocho, inicio el procedimiento para
seleccionar y nombrar de forma interina al Auditor Municipal, en vista de que
el actual titular se acogió a su derecho de pensión el pasado 31 de agosto del
2020.
                               CONSIDERANDO
Único: Que en dicho concurso se entrevistó a los siguientes señores Mainor
Arguedas Contreras y Jorge Agüero Agüero, por siguiente esta Comisión
recomienda al Concejo Municipal solicitar autorización a la CGR para nombrar
al señor Jorge Agüero Agüero, de forma interina por el plazo de un año, en
razón de haber demostrado amplia experiencia en régimen municipal por más
de 20 años en contabilidad municipal y Auditoria, así como puestos afines, en
cuanto a capacitaciones, actualizaciones son multidisciplinarias, recientes y
acordes a la actualidad, todo lo anterior demuestra un amplio conocimiento en
las áreas municipales que debe conocer y resolver el Auditor Municipal.

                                POR TANTO
Con fundamento en las potestades que nos confiere el Código Municipal en su
artículo 52 , esta Comisión ESPECIAL PARA NOMBRAMIENTO DE
AUDITOR INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL, recomienda al Concejo
Municipal solicitar autorización a la CGR para nombrar al señor Jorge Agüero
Agüero, de forma interina por el plazo de un año, en razón de haber demostrado
amplia experiencia en régimen municipal por más de 20 años en contabilidad
municipal y Auditoria, así como puestos afines, en cuanto a capacitaciones las
actualizaciones son multidisciplinarias, recientes y acordes a la actualidad, todo
lo anterior demuestra un amplio conocimiento en las áreas municipales que debe
conocer y resolver el Auditor Municipal. COMUNIQUESE A LA
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA al oficio de referencia N°
18103.
                           MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Ordinaria 02-2021
Del 12 de enero 2021                                                         Folio 55

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Con fundamento en las potestades que
nos confiere el Código Municipal en su artículo 52 , esta Comisión ESPECIAL
PARA NOMBRAMIENTO DE AUDITOR INTERNO DEL CONCEJO
MUNICIPAL, recomienda al Concejo Municipal solicitar autorización a la
CGR para nombrar al señor Jorge Agüero Agüero, de forma interina por el plazo
de un año, en razón de haber demostrado amplia experiencia en régimen
municipal por más de 20 años en contabilidad municipal y Auditoria, así como
puestos afines, en cuanto a capacitaciones las actualizaciones son
multidisciplinarias, recientes y acordes a la actualidad, todo lo anterior
demuestra un amplio conocimiento en las áreas municipales que debe conocer
y resolver el Auditor Municipal. COMUNIQUESE A LA CONTRALORIA
GENERAL DE LA REPUBLICA al oficio de referencia N° 18103.
ACUERDO FIRME DECLARADO ASÍ POR VOTACIÓN DE SIETE
REGIDORES PROPIETARIOS.

LA SEÑORA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL AL SER LAS
DIECINUEVE HORAS CON CINCUENTA Y OCHO MINUTOS DEL DÍA
MARTES DOCE DE ENERO DOS MIL VEINTIUNO CIERRA LA SESIÓN
ORDINARIA.
    MARICELA     MARICELA MORENO
    MORENO       RODRIGUEZ                                         ANA ESTELA GUTIERREZ
                 (AUTENTICACION)                  ANA ESTELA GUILLEN (FIRMA)
   RODRIGUEZ     la ubicación de su firma aquí    GUTIERREZ la ubicación de su firma
 (AUTENTICACION) 2021-01-21 12:26:20             GUILLEN (FIRMA)aquí
                                                                2021-01-21 12:00:01

Ms.c. Maricela Moreno Rodríguez                  Licda. Ana Estela Gutiérrez Guillén
Presidenta del Concejo Municipal                 Secretaria a.idel Concejo Municipal.