Ordinaria 51 · 2018-12-17

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 51 del 2018-12-17 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

Acuerdos en esta acta

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                                 MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ.
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DEL 17 DICIEMBRE 2018                                             Folio 1
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA - NUMERO CINCUENTA Y UNO -
DOS MIL DIECIOCHO - CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL
DE SANTA CRUZ- EL DÍA DIECISIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL DIECIOCHO -A PARTIR DE LAS DIESICIETE HORAS, DE
ACUERDO A LA SIGUIENTE ASISTENCIA:

REGIDORES PROPIETARIOS
Sr. Omar Cruz Jiménez-Presidente Municipal.
Sra. María Eugenia Alfaro Duran-Vicepresidenta Municipal.
Licda. Ana Yansi Contreras Bustos.
Msc. Rolando Antonio Pizarro Pizarro.
Sr. Macdonal Espinoza Ruiz.
Sr. Jorge Antonio Leal Obando.
Sr. Miguel Hernández Juárez funge por Dra. Disnarda Cubillo Vargas.

REGIDORES SUPLENTES
Prof. Anabelle Gutiérrez Cisneros.
Licda. Katherin Pizarro Matarrita.

SINDICOS PROPIETARIOS
Lic. Arcadio Eliseo Carrera Gutiérrez.
Sra. Carolina Fonseca Ortega.
Sr. Sergio Juárez Gutiérrez.
Prof. Warner Rodríguez Angulo.
Sra. Yesenia Tenorio Tenorio.
Sra. Virginia Gómez Gómez.
Prof. Edgar José Campos Campos.
Sra. Maritza Marchena Valerín.
Sra. María Aderita Rosales Alvarado.

SINDICOS SUPLENTES
Sr. Arturo Lara Ramírez.
Sra. Claudia Beatriz Moreno Peralta.
Prof. Carlos Espinoza Gutiérrez.
Sr. Franklin Barrantes Vásquez.

LICENCIA SIN GOCE DE DIETAS.
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Prof. Isabel Gutiérrez Angulo.
Prof. Ivannia María Rodríguez López.

COMISIÓN:
Dra. Disnarda Cubillo Vargas.
Licda. Jeimy Karol González Ramírez.

AUSENTES:
Ing. Mario André Madrigal Alfaro.
Prof. Dixabet Matarrita Mendoza.
Sra. Alisandra Gutiérrez Gómez.
Licda. Xinia María Aguilar González C.C Aguilar Ortíz.
Sr. Tobías Benedit López.

ASESOR LEGAL DEL CONCEJO:
MSC: Oscar Guevara Arias.

POR LA ADMINISTRACIÓN.
Msc. María Rosa López Gutiérrez       Alcaldesa Municipal.
Lic. Iván Ramírez Camareno            Vicealcalde Primero.
Lic. Javier Víquez Alfaro             Asesor Legal Externo.
Licda. Laura López Zúñiga             Asistente de Presidencia.

ORDEN DEL DÍA:
1. Comprobación del Quórum de Ley.
2. Aprobación Orden del Día.
3. Juramentaciones.
4. Lectura de Actas.
5. Lectura y resolución de correspondencia.
6. Informe de Comisión.
7. Mociones.
8. Informe de la señora Alcaldesa Municipal.
9. Cierre.

ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUORUM DE LEY.
Comprobado el Quorum para sesionar, se somete a aprobación el Orden del
Día presentado por la Presidencia del Concejo.
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ARTÍCULO 02. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.

-Señor Jorge Leal Obando, solicita se incluya espacio de audiencias para
atender a pobladores del sector costero de Brasilito, Carlos Peralta Sonia
Lorena Salazar Barquero y Jorge Sequeira Rosales, María de los Ángeles
Coronado.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba el Orden del Día
presentado por la Presidencia del Concejo, con la inclusión de audiencias.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.

ARTÍCULO 03. JURAMENTACIONES Y AUDIENCIAS.
-Se procede a la juramentación de Junta de Educación Escuela Puerto Rico en
sesión ordinaria N°51-2018 del 17 de diciembre 2018 Artículo 03, Inciso 01,
presentes los señores Guadalupe Romero Vallejos cédula 503840865,
Benedicto Peña López cédula 501530744, Maritza de los Ángeles Gutiérrez
Leal cédula 502980315, Melissa Cecilia Avilés Ortíz cédula 503350751,
Rogelio Gerardo Arrieta Vásquez cédula 190110197 nombrados en en la
sesión ordinaria 47-2018, Artículo 05, Inciso 05, celebrada el día 27 de
noviembre del año 2018.

-Se conoce nota firmada por los señores Carlos Peralta A.- Propietario de Las
Brisas de Potrero, Sonia Lorena Salazar Barquero- Propietaria de la Casita del
Pescado Playa Brasilito y Jorge Sequeira Rosales, María de los Ángeles
Coronado R.- Propietarios del Camarón Dorado en Playa Brasilito. Se da
lectura al siguiente documento:

    Nosotros criollos, nativos, descendientes, pobladores, residentes,
    ocupantes, vecinos de Playa Brasilito y Playa Potrero, acudimos ante
    nuestras autoridades municipales que nos representan, ante el Concejo
    Municipal, con el fin de que tomen acuerdo municipal de autorización
    y aplicación, de la moratoria por el plazo de 36 meses, que establece la
    Ley N°9577 de Protección de los Ocupantes de la Zona Marítimo
    Terrestre.
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    Desde hace más de 30 años, hemos ocupado, residido, a título
    precario, en terrenos ubicados en la Zona Marítimo Terrestre de Playa
    Brasilito y Playa Potrero. En esos terrenos se ubican nuestras casas de
    habitación donde residimos con nuestras familias y locales donde
    ejercemos actividades que nos permiten el sustento diario, propio y de
    nuestras familias.
    Las actividades comerciales de subsistencia, mantención, que
    realizamos, cuentan con PATENTE COMERCIAL, otorgada por la
    Municipalidad, cancelamos a la Municipalidad el servicio de
    recolección de basura, impuestos de bienes inmuebles, se nos aplica
    una multa por presentación tardía de la declaración de impuestos,
    somos contribuyentes de tributos municipales. En consecuencia las
    actividades comerciales, son licitas.
    Hemos acudido ante la Municipalidad, a fin de regulizar y formalizar,
    nuestra situación de ocupación para que se nos otorgue Concesión, o
    bien se nos reconozcan nuestros derechos de prioridad y reubicación,
    sin embargo no ha sido posible. La Municipalidad como Gobierno
    Local y Administradora de la Zona Marítimo Terrestre tiene la
    competencia legal, (Ley N°6043-77) para implementar acciones,
    tendientes a solucionar nuestra situación de precariedad y no lo ha
    hecho.
    Lo que sí han hecho las autoridades administrativas municipales, a
    través del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, Policía
    Municipal, Inspectores Municipales, es emitir ORDENES DE
    DESALOJO, DEMOLICION DE CASA DE HABITACION Y
    LOCAL, DE CIERRE Y PUESTA DE SELLOS EN LOS LOCALES,
    DE IMPEDIR LAS ACTIVIDADES, estas acciones han sido la
    respuesta de la Municipalidad.
     Los señores Diputados, conscientes de la realidad expuesta, de la
    problemática social, que se generaría con el desalojo, demolición,
    impedimento de realizar las actividades productivas cierres de
    negocios, daños y perjuicios de muy difícil reparación, con la
    finalidad de que tanto el Estado como las Municipalidades, se avoquen
    a implementar acciones tendientes a solucionar la problemática
    expuesta, decretaron por medio de ley N°9577, la suspensión por un
    placo de 36 meses, las acciones de desalojo de personas, la demolición
    de obras, de suspensión de actividades comerciales, agropecuarias y
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    cualquier otra actividad licita y proyectos existentes de la zona
    marítimo terrestre.
    La ley se denomina: Protección a los Ocupantes de zona clasificada
    como especiales Numero 9577 de 27 de junio del Año 2018.
    “Articulo -1-Por el plazo de treinta y seis meses se suspenderá el
    desalojo de personas, la demolición de obras, de suspensión de
    actividades comerciales, agropecuarias y cualquier otra actividad licita
    y proyectos existentes de la zona marítimo terrestre, zona fronteriza y
    patrimonio natural de Estado, salvo aquellas que sean ordenadas
    mediante resolución judicial o administrativa en firme,
    fundamentándose en la comisión de daño ambiental o cuando exista
    peligro o amenaza de daño al medio ambiente.
    “Articulo -6- Se autoriza a las Municipalidades, en las zonas de su
    competencia para que apliquen la moratoria en los términos
    establecidos en la presente ley, previo dictamen favorable del órgano
    municipal competente.

    Con fundamento en la situación expuesta y en base a las disposiciones
    contenidas en el artículo 6 de la Ley 9577, solicitamos que el Concejo
    Municipal, tome acuerdo municipal firme y definitivamente aprobado,
    por medio del cual disponga la aplicación, de la moratoria por el plazo
    de 36 meses que establece la Ley N°9577 de Protección a los
    ocupantes de la zona marítimo terrestre.

-Señora Alcaldesa Municipal, desde que se firmó la moratoria hay 36 para su
aplicación, y no hay ninguna duda de que estamos en la mejor de las
disponibilidades de colaborar siempre que esto no sea contrario a la
normativa, si hay que revisar detenidamente con los departamento que
efectivamente podamos implementarla.

-Señor Oscar Guevara Arias, leyendo la Ley 9577 es de simple aplicación, y el
legislador lo que realizo fue una extensión de Ley 9047 y su Reglamento, lo
que busca en definitiva es regular las actividades que ya se desarrollan
ampliando los plazos para no generar mayores perjuicios.

-Señor Jorge Leal Obando, en realidad hay que saber y sentir lo que estas
personas nos cuentan, son pobladores que toda su vida han estado en el lugar,
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donde han desarrollado sus actividades, donde han criado a su familia, y
desalojarlos no es tarea fácil, creo que la explicación y la lectura de la ley que
les permite un espacio de treinta y seis meses más es lo conveniente, además
tenemos la aclaración de nuestro Abogado, que nos permite tener claridad con
el acuerdo que debemos tomar.

-Señor Warner Rodríguez Angulo, que no se nos olvide a nuestros pobladores,
sé que hay explicaciones técnicas aclaraciones legales, reglamento y leyes,
pero la gente lo que necesita es estar tranquilos en sus negocios en sus casa, en
donde han vivido toda la vida, las leyes se hacen en la Asamblea Legislativa y
corresponde a la Municipalidad la aplicación, pero hay tantas regulaciones que
si se aplicaran tal cual sería imposible vivir, vivir sobre la arena de la playa
como esta gente ha crecido, se hacen las leyes pero se les olvida la realidad de
lo que pasa en la costa con los pobladores, no con las grandes empresas esas
se las arreglan, pero la gente que no tiene con qué o que sobrevive de lo que
hace todos los días esa gente es la que está olvidada, aquí podemos acatar lo
que legalmente es pero lo moral lo humano no es simple de aplicar.
-Señor Iván Ramírez Camareno, mi intervención va dirigida en ese sentido, la
aplicación e implementación en los términos que están establecidos en la Ley
y que los temas administrativos que se mencionas por los pobladores se
ajusten como corresponda según sea el caso específico.

-Señor Oscar Guevara arias, la Ley 9577 respeta la autonomía municipal con
competencia en la zona marítimo terrestre, y nos dice que es necesario la toma
de un acuerdo para que esta se implemente y se aplique, los departamentos
tendrán que ajustarse a las disposiciones.

-Señor Presidente Municipal, como Concejo siempre hemos estado en la
disponibilidad de colaborar en lo que se pueda, si debemos tomar el acuerdo
de aplicación de esta Ley y es en beneficio de los pobladores, aunque sea por
treinta y seis meses se estaría colaborando con los vecinos, y no solo estos que
se presentan hoy en audiencia sino todos los demás, por lo que someto a
votación la aplicación de la Ley 9577 en todos su extremos, así como las
condiciones que esta tiene.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se dispone la aplicación y las condiciones que contiene en
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todos sus extremos de la Ley 9577 en sus artículos 01, 02, 03, 04, 05, 06 y 07
para el cantón de Santa Cruz, en la cual se establece que por el plazo de treinta
y seis meses se suspenderá el desalojo de personas, la demolición de obras, la
suspensión de actividades comerciales, agropecuarias y cualquier otra
actividad lícita y proyectos existentes en la zona marítima terrestre.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 04. LECTURA DE ACTA.

INCISO 01: Se somete a lectura acta de la sesión ordinaria 47-2018 del 27 de
noviembre 2018.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se aprueba el acta de la sesión la
sesión ordinaria 47-2018 del 27 de noviembre 2018.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.

ARTÍCULO 05. LECTURA DE CORRESPONDENCIA.

INCISO 01: Se da lectura a oficio DAM-4016-2018 de la Alcaldía Municipal
y Prov-269-2018 de la Proveeduría Municipal. Se da lectura a Informe de
Recomendación de las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del catorce
de diciembre del dos mil dieciocho, sobre la Contratación Directa 2018CD-
000223-01.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Visto los oficios DAM-4016-2018 de la Alcaldía Municipal
y Prov-269-2018 de la Proveeduría Municipal, el Informe de Recomendación
de las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del catorce de diciembre del
dos mil dieciocho, la recomendación técnica y legal, los principios de eficacia
y eficiencia, así con vista y seguimiento del interés público de cada uno de los
objetos contractuales de este proceso licitatorio, se adjudica la Contratación
Directa 2018-000223-01 denominada “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO
DE CONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO DELA INFRAESTRUCTURA
FÍSICA MUNICIPAL Y COMUNAL EN EL CANTÓN DE SANTA CRUZ”
de la siguiente maneras: ítems del 1 al 4 a la empresa Constructora y
Consultora Gutiérrez y Asociados S.A. por un monto de ¢15.500.000.00
(quince millones quinientos mil colones exactos) y el ítem 5 al señor Allan
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enrique López Arias por un monto de ¢6.167.936.10 (seis millones ciento
sesenta y siete mil novecientos sesenta y tres colones con diez céntimos) para
un total a adjudicar de ¢21.667.093.10 (veintiún millones seiscientos sesenta y
siete mil noventa y tres colones con diez céntimos).
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.

INCISO 02: Se da lectura a solicitud suscrita por Dr. Alfredo Catanai Acebal
Presidente Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2018-2019, de una licencia
temporal de una licencia temporal para la venta de bebidas con contenido
alcohólico que se ubicará debajo de tablado de la Comisión bodega que
distribuirá solamente para los tablados, durante las montaderas de toros que
comprende los horario de 2pm a 6pm y de 7pm a 11pm, contamos con el visto
bueno del Ministerio de Salud.

POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE
COMISIÓN: Se autoriza una licencia temporal de una licencia temporal para
la venta de bebidas con contenido alcohólico que se ubicará debajo de tablado
de la Comisión bodega que distribuirá solamente para los tablados, durante las
montaderas de toros que comprende los horario de 2pm a 6pm y de 7pm a
11pm, a favor de la Comisión Fiestas Típicas Nacionales 2018-2019.
Pasar a la Administración Tributaria para el respectivo trámite y pago.
ACUERDO DEFINIDAMENTE APROBADO.

INCISO 03: Se da lectura a Oficio AC-128-2018 de la Asesoría Jurídica
Municipal.
Dictamen:
Así las cosas, revisada la documentación remitida por el Departamento de la
Administración Tributaria a este Despacho y cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 9 de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas; la Asesoría Jurídica
recomienda a este Concejo Municipal, ubicar la Licencia de Licores categoría
D1 Minisúper solicitada por Surfing Iguana Of Avellanas S. A., cédula 3-
102-771096, en el Minisúper Surfing Iguana Of Avellanas, ubicado en el
Distrito Noveno (Tamarindo), Playa Avellanas de Cabinas Las Olas 400
metros Note y 50 metros Este, categoría a la cual no le afectan las distancias
según Ley 9047.
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POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE
COMISIÓN: Vista la recomendación bajo el Oficio AC-128-2018 de la
Asesoría Jurídica Municipal, se ubica la Licencia de Licores categoría D1
Minisúper solicitada por Surfing Iguana Of Avellanas S. A., cédula 3-102-
771096, en el Minisúper Surfing Iguana Of Avellanas, ubicado en el Distrito
Noveno (Tamarindo), Playa Avellanas de Cabinas Las Olas 400 metros Note y
50 metros Este, categoría a la cual no le afectan las distancias según Ley 9047.
Pasar a la Administración Tributaria para el respectivo trámite y pago.
ACUERDO DEFINIDAMENTE APROBADO.

INCISO 04: Se da lectura a Oficio AC-129-2018 de la Asesoría Jurídica
Municipal.
Dictamen:
Así las cosas, revisada la documentación remitida por el Departamento de la
Administración Tributaria a este Despacho y cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 9 de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas; la Asesoría Jurídica
recomienda a este Concejo Municipal, ubicar la Licencia de Licores categoría
B2 Salón de Baile solicitada por Guagua Contelera S. A., cédula 3-101-
767110, en el Salón de Baile Alejo´s Bar Grill #1, ubicado en el Distrito
Octavo (Cabo Velas), Playa Grande Palm Beach, antiguo Súper Wilmar N1.

POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE
COMISIÓN: Vista la recomendación bajo el Oficio AC-129-2018 de la
Asesoría Jurídica Municipal, se ubica la Licencia de Licores categoría B2
Salón de Baile solicitada por Guagua Contelera S. A., cédula 3-101-767110,
en el Salón de Baile Alejo´s Bar Grill #1, ubicado en el Distrito Octavo (Cabo
Velas), Playa Grande Palm Beach, antiguo Súper Wilmar N1.
Pasar a la Administración Tributaria para el respectivo trámite y pago.
ACUERDO DEFINIDAMENTE APROBADO.

INCISO 05: Se da lectura a Oficio AC-130-2018 de la Asesoría Jurídica
Municipal.
Dictamen:
Así las cosas, revisada la documentación remitida por el Departamento de la
Administración Tributaria a este Despacho y cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 9 de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de
                                MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ.
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Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas; la Asesoría Jurídica
recomienda a este Concejo Municipal, ubicar la Licencia de Licores categoría
D1 Minisúper solicitada por Greivin Antonio Marchena Marchena cédula 5-
348-243, en el Minisúper Potrero Shops, ubicado en el Distrito Cuarto
(Tempate), Playa Potrero 100 metros Oeste del Hotel Bahía, contiguo Cabinas
Pura Vida, categoría a la cual no le afectan las distancias según Ley 9047.

POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE
COMISIÓN: Vista la recomendación bajo el Oficio AC-130-2018 de la
Asesoría Jurídica Municipal, se ubica la Licencia de Licores categoría D1
Minisúper solicitada por Greivin Antonio Marchena Marchena cédula 5-348-
243, en el Minisúper Potrero Shops, ubicado en el Distrito Cuarto (Tempate),
Playa Potrero 100 metros Oeste del Hotel Bahía, contiguo Cabinas Pura Vida,
categoría a la cual no le afectan las distancias según Ley 9047.
Pasar a la Administración Tributaria para el respectivo trámite y pago.
ACUERDO DEFINIDAMENTE APROBADO.

INCISO 06: Se da lectura a Oficio AC-131-2018 de la Asesoría Jurídica
Municipal.
Dictamen:
Así las cosas, revisada la documentación remitida por el Departamento de la
Administración Tributaria a este Despacho y cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 9 de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas; la Asesoría Jurídica
recomienda a este Concejo Municipal, ubicar la Licencia de Licores categoría
C Restaurante solicitada por Marbellas Surf Inn Ltda cédula 3-102-603240, en
el Restaurante Marbella Surf Inn, ubicado en el Distrito Sexto (Cuajiniquil),
Marbella 200 metros Oeste de las Torres del ICE.

POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE
COMISIÓN: Vista la recomendación bajo el Oficio AC-131-2018 de la
Asesoría Jurídica Municipal, se ubica la Licencia de Licores categoría C
Restaurante solicitada por Marbellas Surf Inn Ltda cédula 3-102-603240, en el
Restaurante Marbella Surf Inn, ubicado en el Distrito Sexto (Cuajiniquil),
Marbella 200 metros Oeste de las Torres del ICE.
Pasar a la Administración Tributaria para el respectivo trámite y pago.
ACUERDO DEFINIDAMENTE APROBADO.
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INCISO 07: Se da lectura a Oficio AC-132-2018 de la Asesoría Jurídica
Municipal.
Dictamen:
Así las cosas, revisada la documentación remitida por el Departamento de la
Administración Tributaria a este Despacho y cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 9 de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas; la Asesoría Jurídica
recomienda a este Concejo Municipal, ubicar la Licencia de Licores categoría
C Restaurante solicitada por Lisbeth Júarez Camareno cédula 5-148-1029, en
el Restaurante Karolay, ubicado en el Distrito Tercero (Veintisiete de Abril),
de la Escuela de 27 de Abril 100 metros Sur y 100 Oeste, el cual se encuentra
a 45 metros de la Iglesia y ésta al no contar con permiso de funcionamiento de
salud según oficio CH-ARS-SC-605-18 no le es aplicable restricción de
distancia.

POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE
COMISIÓN: Vista la recomendación bajo el Oficio AC-132-2018 de la
Asesoría Jurídica Municipal, se ubica la la Licencia de Licores categoría C
Restaurante solicitada por Lisbeth Júarez Camareno cédula 5-148-1029, en el
Restaurante Karolay, ubicado en el Distrito Tercero (Veintisiete de Abril), de
la Escuela de 27 de Abril 100 metros Sur y 100 Oeste, el cual se encuentra a
45 metros de la Iglesia y ésta al no contar con permiso de funcionamiento de
salud según oficio CH-ARS-SC-605-18 no le es aplicable restricción de
distancia.
Pasar a la Administración Tributaria para el respectivo trámite y pago.
ACUERDO DEFINIDAMENTE APROBADO.

INCISO 08: Solicitud de autorización de actividad bailable sin fines de lucro
y una licencia temporal para la venta de bebidas con contenido alcohólico a
favor del Comité de Deportes Bolsón para el día 23 de diciembre 2018
ubicada en el Salón Comunal de esa comunidad, actividad organizada por el
señor Sergio Gutiérrez Angulo cédula 1-1376-851.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se autoriza actividad bailable sin fines de lucro y una
licencia temporal para la venta de bebidas con contenido alcohólico a favor
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del Comité de Deportes Bolsón para el día 23 de diciembre 2018 ubicada en el
Salón Comunal de esa comunidad, actividad organizada por el señor Sergio
Gutiérrez Angulo cédula 1-1376-851.
Pasar a la Administración Tributaria para el trámite y pago que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.

INCISO 09: Se conoce Oficio Nº ZMT-1265-2018, firmado por el Lic. Onías
Contreras Moreno Coordinador a.i. Departamento Zona Marítimo Terrestre.
Que a la letra dice:

De conformidad con los oficios SM-01508-Ord.45-2018 y SM-01581-Extr.27-
2018, referentes a solicitud planteada por el señor JOSE JOAQUIN MONGE
HERNANDEZ, nos permitimos emitir el siguiente criterio técnico:

INFORME TECNICO CON RECOMENDACIONES
Mediante escrito recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el Sr. José
Joaquín Monge Hernández solicita específicamente:
RESULTANDO
Permiso para cuido y mantenimiento de la zona pública, espacio
comprendido entre los mojones 282 y 299 de Playa Langosta de Tamarindo.
Se compromete el Sr Monge Hernández a NO interrumpir el paso y uso en la
zona pública, a cuidar áreas verdes y colocar basureros para el uso público, así
como darles la limpieza adecuada.
Permiso para colocar hamacas, mesas, sillas y sombrillas móviles que serían
removidas diariamente, no permaneciendo de forma estacionaria en la zona
pública, y para el uso del público en general.
Que pretende solicitar ante el Departamento de Rentas de la Municipalidad de
Santa Cruz, patentes respectivas para el ALQUILER de sillas y toldos en la
zona pública.
CONSIDERANDO
Que la zona pública constituye parte del PATRIMONIO NATURAL DEL
ESTADO, es inalienable e imprescriptible, y está destinada al Libre uso y
tránsito de las personas por igual.
Que aun cuando nuestra Carta Magna y la ley 6043 de Zona Marítimo
Terrestre y su Reglamento le otorgan plena competencia Administrativa de la
Zona Marítimo Terrestre a la Municipalidad de Santa Cruz en TODO el
espacio comprendido por sus dos secciones territoriales: zona pública y zona
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restringida, (artículos 170 de la Constitución Política y artículos1,2,3 y 4 del
Código Municipal) el municipio debe procurar el NO ejercicio permisivo de
actividad alguna dentro de la zona pública, porque si se le otorgan permisos a
un administrado estaríamos abriendo espacios para que los demás se sientan
agraviados o sencillamente con igualdad de derechos sobre la zona pública en
el sentido de „‟uso permitido por la Municipalidad‟‟.
POR TANTO:
Este Departamento considera que la ley otorga facultades suficientes a la
Administración Municipal para decidir si otorga o deniega este permiso,
decisión que le compete al honorable Concejo Municipal. Sin embargo somos
cautos en indicar nuestra Recomendación explícita es que se le otorgue
permiso de: CUIDO Y MANTENIMIENTO DE LA ZONA PUBLICA, pero
NO así de colocar sillas de sol y sombrillas móviles para ALQUILER, por
cuanto este resulta un acto comercial dentro de la zona pública y está
expresamente prohibido por ley.
La intención de solicitar licencias al Departamento de Rentas para tales
alquileres NO procede por cuanto se estaría autorizando la ejecución de
actividad comercial dentro de la zona pública.

POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Fundamentados en el Informe ZMT-1265-2018, se otorga
permiso de cuido y mantenimiento de la zona pública que comprende el área
entre el mojón #299 y el mojón 282 según consta en el plano catastrado 5-
1091240-2006 a favor de la sociedad BAHÍA LANGOSTA TAMARINDO
LTDA., con cedula jurídica número 3-102-135103 apoderado señor José
Joaquín Monge Hernández. NO así de colocar sillas de sol y sombrillas
móviles para alquiler, por cuanto este resulta un acto comercial dentro de la
zona pública y está expresamente prohibido por ley, u otras actividades de
carácter comercial o lucrativo.
Se deberá mantener el libre uso, tránsito y gratuidad de la zona pública.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 06. INFORMES DE COMISIÓN.

INCISO 01: El señor Lic. Oscar Guevara Arias-Asesor Legal del Concejo
emite informe con recomendaciones, de forma oral, sobre el la apelación
presentada contra el acuerdo adjudicación de la Licitación Abreviada 2018LA-
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000014-01 bajo el oficio SM-01572-Ord.49-2018, promovido por
Constructora López y López Siglo XXI S.A. sobre este indicar lo siguiente:
Considerando que el Concejo Municipal en sesión 49-2018 artículo 04 inciso
06 del 11 de diciembre dicto el acuerdo:
     SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE
     TRÁMITE DE COMISIÓN: Visto el Informe de la Comisión de
     Adquisiciones y Recomendaciones de la Contratación Administrativa
     de la Municipalidad de Santa Cruz a las nueves horas del diez del
     diciembre del dos mil dieciocho, fundamentados en los principios de
     eficacia y eficiencia, así como el interés público del objeto de este
     proceso licitatorio, se adjudica la LICITACIÓN ABREVIADA
     2018LA-000014-01 CONTRATACIÓN DE MAQUINARIA Y
     EQUIPO PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE CONTROL DE
     POLVO (SUMINISTRO Y RIEGO DE MELAZA) EN CENTROS
     URBANOS NO PAVIMENTADOS DEL CANTÓN DE SANTA CRUZ
     GUANACASTE A LA EMPRESA NIVELACIONES Y TRASPORTES
     ROLJUANJO LTDA por un monto de ¢165kg de suministro y
     colocación de melaza diluida con agua proporción 60% melaza y
     40% agua, para un total de ¢25.005.750.00 por los 151.55.00
     kilogramos. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
     ACUERDO FIRME.

 Considerando que Constructora López y López Siglo XXI S.A. por medio de
 su representante señor Greivin Gerardo López Pérez, presenta apelación, y
 que este no cumple con las formalidades deseas, y cuyo único agravio es el
 siguiente:
     “Queremos apelar la resolución del Concejo Municipal de Santa
     Cruz, en la sesión ordinaria 49-2018 artículo 04 inciso 06 celebrada
     el día 11 de diciembre del año 2018, pues el cartel de licitación se
     solicita, en el apartado 1.3b un camión cisterna de 15.000,0 litros de
     capacidad, sin embargo, el único vehículo ofrecido por dicha
     empresa es una vagoneta con placa c 148301, sin aportar
     información adicional que la acredite como cisterna, y mucho menos
     que tenga la capacidad volumétrica indicada. De este modo, dicha
     empresa está participando deslealmente e incumpliendo con el cartel
     de licitación.”
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Se revisaron las condiciones y los extremos del Cartel de esta Licitación, que
al folio 89 y 90 bajo el oficio 086-2018 la Unidad Técnica de Gestión Vial
Municipal cuadro de Evaluación de Admisibilidad se indica que las tres
empresas concursantes cumplen con los criterios de Admisibilidad y en este
mismo Oficio la Recomendación Técnica emitida fue “Esta unidad usuaria
recomienda técnicamente se adjudique la licitación en cuestión a la empresa
Nivelaciones y Trasportes Roljuanjo Limitada por el suministro y colocación
de 151.550kg de Melaza por un monto total de ¢25.005.75 .00”. Observa esta
Asesoría Legal el Oficio AJ-594-218 de la Asesoría Jurídica Municipal
mediante el cual se indica expresamente que las ofertas presentadas “Cumplen
con las formalidades dispuestas por el artículo 65 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa”. En estos informes, de la Unidad Técnica de
Gestión Vial y la Asesoría Jurídica, no se observan elementos que vengan a
descalificar a la Empresa Adjudicada por el Concejo.
En este mismo sentido, en los folios 92, 93 y 94 se encuentra el Informe de
Recomendación de la Comisión de Adquisiciones y Recomendaciones de
Contratación Administrativa de las nueve horas del diez de diciembre de dos
mil dieciocho, y justamente la recomendación emitida por los Departamento y
la Alcaldía Municipal es adjudicar a la Empresa Roljuanjo la Licitación
Abreviada LA-00014-01.

Considerando los artículo 164, 165 y 166 del Código Municipal actualizado,
la apelación presentada no cumple con las formalidades establecidas, además
de considerar que tenemos una ley reguladora, Ley de Contratación
Administrativa que a partir del artículo 41 y siguientes vemos que esta
Contracción cumple con lo establecido, tenemos a la vista las
recomendaciones técnicas y jurídicas en las que se sustentó la adjudicación
realizada por el Concejo, no se observan vicios de ilegalidad en los supuestos
establecidos, considera y recomienda esta Asesoría rechazar la apelación que
se encuentra al folio 102 presentado por Constructora López y López Siglo
XXI S.A. por medio de su representante señor Greivin Gerardo López Pérez.

-Señor Presidente Municipal, debemos considerar la importancia de esta
Contratación, es para mitigar el polvo en comunidades donde las personas
están sufriendo problemas de salud, un recurso una apelación nos atrasa en
tiempo y la gente clama por una solución aunque esta no sea definitiva,
además de la celeridad y eficacia que debemos tener en los procesos de
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contratación. Somete a votación el la recomendación dada por la Asesoría
Legal. Se solicita la ampliación de la sesión ordinaria por treinta minutos.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se amplía la sesión ordinaria por
treinta minutos. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se aprueba en todos sus extremos el informe con
recomendaciones, de forma oral, emitido por Lic. Oscar Guevara Arias-Asesor
Legal del Concejo, se rechaza la apelación que se encuentra al folio 102 del
expediente administrativo 2018LA-000014-01 presentado por Constructora
López y López Siglo XXI S.A. por medio de su representante señor Greivin
Gerardo López Pérez.
Se mantiene incólume el acuerdo dictado en la sesión 49-2018 artículo 04
inciso 06 del 11 de diciembre 2018, mediante el cual se adjudica la
LICITACIÓN ABREVIADA 2018LA-000014-01 CONTRATACIÓN DE
MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE
CONTROL DE POLVO (SUMINISTRO Y RIEGO DE MELAZA) EN
CENTROS URBANOS NO PAVIMENTADOS DEL CANTÓN DE SANTA
CRUZ GUANACASTE A LA EMPRESA NIVELACIONES Y
TRASPORTES ROLJUANJO LTDA por un monto de ¢165kg de suministro y
colocación de melaza diluida con agua proporción 60% melaza y 40% agua,
para un total de ¢25.005.750.00 por los 151.55.00 kilogramos.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. ACUERDO FIRME.

INCISO 02: Se conoce nota firmada por la Licda. Andrea Gutiérrez Meza-
Coordinadora Sectores Vulnerables en la cual remite el listado de familias que
han solicitado ayuda económica. Se enlista:
NO-   Nombre                           Cedula
1.    Ingrid Vannessa Vega Bustos      10964 0089
2.    Hazel Gutiérrez Gutiérrez        5 0290 0977
3.    José Barrantes Barrantes         5 0081 0122
4.    Arely Matarrita Matarrita        5 0292 0200
5.    María Lucila Gómez Gómez         5 0297 0408
6.    Justa Carranza Espinoza          5 0161 0551
7.    Nohely Carranza Espinoza         5 0403 0074
8.    Ana Álvarez Barrantes            5 0392 0554
9.    Karla Barrantes Matarrita        5 0416 0623
10.   Roberto Ortega Ortega            5 0132 0439
11.   Eida López Molina                5 0145 0363
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12.   Betis Ramos Gutiérrez               5 0093 0918
13.   Leticia Meza Marín                  5 0236 0669
14.   Flor María Barrantes Barboza        1 0652 0707
15.   Maria Herminia Ruiz Duarte          5 0775 0541
16.   Lidiana Elena Angulo Matarrita      5 0334 0311

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se aprueba el giro de las ayudas económicas anteriormente
enlistadas y remitidos por la Licda. Andrea Gutiérrez Meza- Coordinadora
Sectores Vulnerables. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
ARTÍCULO 07. INFORME DE LA SEÑORA ALCALDESA
MUNICIPAL.
-Se remite informe de las principales actividades coordinadas y ejecutadas por
el Municipio en las semanas del 11 al 17 de diciembre 2018.
A. Mantenimiento
 a. Manual cuadrillas PRONAE.
 1. Se continúa con cuadrillas Talolinguita, callejones y La Bolsa.
 2. Se continúa trabajos de mantenimiento en Santa Bárbara.
 b. Cuadrillas de mantenimiento municipal (jornales)
 Se continúa en adoquinamiento de la calle diagonal del BCR (60%)
 c. Rehabilitaciones con maquinaria.
 Maquinaria Municipal:
 Se termina intervención en los Ranchos (3km).
 Se inicia intervención Paso Hondo-27 de Abril.
 Maquinaria Contratada:
1. Empresa Lopez&Lopez. Se termina con intervención de mantenimiento
y rehabilitación con actividades de conformación, limpieza de cunetas, y
bacheo mecanizado longitud programada 3km, en ruta Agua Fría-San Juan.
2. Empresa Lopez&Lopez. Se da inicio con la intervención, intervención
de mantenimiento y rehabilitación con actividades de conformación, limpieza
de cunetas, y bacheo mecanizado en la comunidad San Juan-Arado con avance
de 1km.
3. Cuadrilla MAPSA 1. Se continúa intervención de ruta Hernández -
Paraíso, se llega a sector Lagartillo 8.5 más ramales 2.5km.
4. Cuadrilla MAPSA 2. Se continúa con intervención ruta Tempate-
Potrero, avance de 8km.
1.    Solicitudes de contratación y valoración en proceso administrativo.
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a. Adendas, contratos adicionales de maquinaria para atención para caminos
vecinales con los recursos aprobados en la última modificación ya se
encuentran en proceso de ejecución.
b. Procedimientos de contratación de maquinaria por horas para
mantenimiento y reparación de caminos sector costero y refuerzo cuadrilla
municipal, se está en proceso de elaboración de órdenes de compra.
c. Adendas, contratos adicionales y procedimientos de contracción para
suministro de lastre, se encuentran en proceso notificación e adjudicación y
posterior elaboración de órdenes de compra.
d. Reconstrucción de puente peatonal sobre quebrada Guapes y puente
Mojal se encuentra en proceso de notificación de adjudicación y posterior
elaboración de órdenes de compra.
e. Inventario de la Red Vial Cantonal. Se encuentra en proceso de
notificación de adjudicación y posterior elaboración de órdenes de compra.
f. Proyecto de mejoramiento de calles alrededor de la plaza de Potrero: Se
encuentra en proceso de notificación de adjudicación y posterior elaboración
de órdenes de compra.
g. Contratación para suministro y riego de melaza: Se encuentra en proceso
de notificación de adjudicación y posterior elaboración de órdenes de compra.
h. Sustitución de parrillas en el distrito de Santa Cruz: Durante esta semana
se realiza reunión de reinicio.
2. Proyectos en proceso de ejecución.
2.1. Se continua con ejecución de convenio ICE Municipalidad.
 2.1.1. Pasos se alcantarillas de 0.6m de diámetro en Bolsón.
 2.1.2. Un paso de alcantarilla de 0.6m en Ortega.
2.1.3. Paso doble de alcantarilla de 0.9m de diámetro en Chumico colocado,
falta colocar cabezales.
2.1.4. Paso de alcantarilla doble d 0.9m de diámetro en Rincón, se encuentra a
un 50% de avance.
2.1.5. Cuneta el Cacao comienza el 22 de diciembre.
Por el momento se encuentra atrasado por 2 días la actividad de cuneta
revestida del Caco. Todas las otras actividades se encuentran a tiempo.
2.2. Proyecto de señalamiento y seguridad vial: Para el dia de mañana 18 de
diciembre se entregan señales para el centro de sAnta Cruz para colocación
con cuadrilla municipal.
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2.3. Canal de Barrio Lajas: se reinicia actividades de construcción de canal el
día 29 de noviembre con el 100% de la construcción, se está realizando
algunos trabajos extras y mejoras de infraestructura. Finaliza esta semana.
2.4. Tamarindo Playa Langosta: Se ejecuta la construcción de canal revestido
de tamaño mayor.
3. Adquisidores.
Fueron entregados vehículos de la UTGVM faltan asegurarlos. No se
encuentran en uso.

4. Factores de éxito.
En la cuadrilla municipal se prescinde de:
Back hoe por desperfecto mecánico (rotulas) y
Vagoneta 6094 reparación de caja de cambios.
La compactadora se encuentra sin servicio, debido a varios al sistema de
distribución. Se está espera de su reparación para el día de mañana.
Se anexa programación del convenio ICE-Municipalidad, se detalla:
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-Señora Alcaldesa Municipal, se tiene la intención de finalizar los procesos de
contratación por lo que se está solicitando una sesión extraordinaria para este
próximo jueves, son los procesos de las partidas específicas para los distritos.
-Señor Presidente Municipal, quedamos convocados para el jueves.
ARTÍCULO 08. MOCIONES.
INCISO 01: Se da lectura a Moción firmada por los señores Miguel
Hernández Juárez, MSc. Rolando Pizarro.
CONSIDERANDO:
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1- Que mediante resolución N°01-2017 del 10 de enero de 2017, la sección
octava del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda en el
POR TANTO del punto 2 indica “Que el bien objeto de este proceso,
denominado Plaza López y ubicado en el centro de la ciudad de Santa Cruz,
Guanacaste y sobre el que se anuló la inscripción en este acto, es un bien
demanial, bajo la Administración de la Municipalidad de Santa Cruz”
2- Que mediante resolución N°000120-F-TC-2018, de las nueve horas treinta
minutos del 20 de setiembre de 2018, el Tribunal de Casación de lo
Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda rechaza el recurso de
casación presentado por la Junta Administrativa de la Escuela Josefina López
Bonilla dejando en firme la resolución indica en el punto anterior.
3- Partiendo de lo anterior, al ser declarada Plaza López (hoy identificada en el
registro público con el número de finca 5-076868-000) como una propiedad
de dominio público en administración de la Municipalidad de Santa cruz, y
que a la fecha se tramita permiso de construcción de Barrera y Tablados
Temporales, no obstante el mismo se rechaza por cuanto la propiedad en
cuestión adeuda la suma de ¢3.020.776,03 y la Junta de Educación de la
Escuela Josefina López Bonilla tiene pendientes impuestos de otras
propiedades.
SE MOCIONA PARA:
1- Se tome acuerdo por parte del Concejo Municipal de la Municipalidad de
Santa Cruz en autorizar a la administración otorgar el permiso de construcción
TEMPORAL sin cumplir el requisito de estar al día con los impuestos
municipales, limitándose esta autorización única y exclusivamente para la
barrera y tablados a ubicarse en la Finca Folio Real 5-076868-000 para el
evento de las Fiestas Típicas Nacionales 2019.
2- Se tome acuerdo por parte del Concejo Municipal de la Municipalidad de
Santa Cruz en autorizar a la administración otorgar certificación de USO DE
SUELO Finca Folio Real 5-076868-000 sin el requisito de estar al día con los
impuestos municipales, autorización únicamente para la finca indicada.
3- Que fundamentado en el artículo 08 del Código Municipal en comisión se
analice la exoneración del pago de impuestos de la Finca Folio Real 5-
076868-000 por lo que se solicita se remita a comisión de Hacienda y
Presupuesto el análisis respectivo.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se aprueba en todos sus extremos la Moción promovida.
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Se autorizar a la administración otorgar el permiso de construcción
TEMPORAL sin cumplir el requisito de estar al día con los impuestos
municipales, limitándose esta autorización única y exclusivamente para la
barrera y tablados a ubicarse en la Finca Folio Real 5-076868-000 para el
evento de las Fiestas Típicas Nacionales 2019.
Se autoriza a la Administración otorgar certificación de USO DE SUELO
Finca Folio Real 5-076868-000 sin el requisito de estar al día con los
impuestos municipales, autorización únicamente para la finca indicada.
Que fundamentado en el artículo 08 del Código Municipal en comisión se
analice la exoneración del pago de impuestos de la Finca Folio Real 5-
076868-000 por lo que se solicita se remita a comisión de Hacienda y
Presupuesto el análisis respectivo.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. ACUERDO FIRME.
-Señor Carlos Espinoza Gutiérrez, agradecer en nombre del Grupo Los
Costeños, la colaboración municipal con la llevada de las colchonetas que se
ocupaban para la dormida de los bailarines que participaron en el Festival,
llego gente de Sarapiquí, de Limón, fue cultura y baile no antes visto,
agradecemos a la colaboración el apoyo que nos dieron.
-Señor Sergio Juárez Gutiérrez, aprovecho la oportunidad para agradecer el
apoyo y poder hacer a fiesta para los niños, llegaron 425.
-Señor Macdonal Espinoza Ruiz, decirles que se inauguró la cancha en
Paraíso, igual darle las gracias por el apoyo y poder concluir el proyecto.
SEÑOR PRESIDENTE MUNICIPAL CIERRA LA SESIÓN ORDINARIA AL
SER LAS VEINTE HORAS DEL DIECISIETE DE DICIEMBRE DOS MIL
DIECIOCHO.

Sr. Omar Cruz Jiménez                                    José Yorjani Rosales Contreras,
Presidente Municipal.                                     Secretario Concejo Municipal.