Ordinaria 48 · 2018-12-04
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 48 del 2018-12-04 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
Acuerdos en esta acta
Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original. Incluye 9 acuerdo(s) sin número, marcados ~.
- ~ Acuerdo (pág. 3) · firme · aprobado a el Orden del Día presentado por la Presidencia del Concejo y la inclusión solicitada. ARTÍCULO 03. NOMBRAMIENTO Y JURAMENTACIÓN. INCISO 01: Se da le…
- ~ Acuerdo (pág. 26) · firme · aprobado ndo Pizarro Pizarro- Regidor Propietario, Lic. Marcos Gutiérrez Rodríguez-Coordinador Asesoría MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ. MUNICIPALIDAD DE SANTA CRU…
- ~ Acuerdo (pág. 27) · firme · aprobado PUBLICA 2018LN-000003-01 ALQUILER DE CAMIONES RECOLECTORES BAJO LA MODALIDAD DE ENTREGA SEGÚN DEMANDA PARA BRINDAR EL SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y TRASPO…
- ~ Acuerdo (pág. 28) · firme · aprobado RIA 48-2018 DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 28 ESTIMACIÓN DEL PATRIMONIO DE LA RED VIAL CANTONAL DEL CANTÓN DE SANTA CRUZ. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se r…
- ~ Acuerdo (pág. 28) · firme · aprobado la CONTRATACIÓN DIRECTA 2018CD-000218-01 DISEÑO DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE CONSULTAS, TRAMITES Y CITAS EN LÍNEA POR MEDIO DE LA PÁGI…
- ~ Acuerdo (pág. 30) · firme · aprobado 6 ESTOCOLMO 613.716,19 TALOLINGUITA 146.014,26 TOTAL DE MATRICULAS 30.637.898,33 SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN: Vist…
- ~ Acuerdo (pág. 31) · firme · aprobado NAL DE REHABILITACIÓN 29.103.073,07 21.906.192,43 51.009.265,50 15.000.000,00 5.000.000,00 TOTAL DE TRANSFERENCIAS 134.958.966,99 101.866.226,23 236.8…
- ~ Acuerdo (pág. 32) · firme · aprobado Municipal. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente de Permanente de Gobierno y Administración, para su análisis y dictamen con r…
- ~ Acuerdo (pág. 33) · firme · aprobado Folio 33 INCISO 08: Se da lectura a Oficio suscrito por Licda. Andrea Gutiérrez Meza-Sectores Vulnerables, el cual contiene lista de familias que han …
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DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 1
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA - NUMERO CUARENTA Y ocho-
DOS MIL DIECIOCHO - CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL
DE SANTA CRUZ- EL DÍA MARTES cuatro de diciembre del AÑO DOS
MIL DIECIOCHO -A PARTIR DE LAS DIESICIETE HORAS, DE
ACUERDO A LA SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS
Sr. Omar Cruz Jiménez-Presidente Municipal.
Sra. María Eugenia Alfaro Duran-Vicepresidenta Municipal.
Licda. Ana Yansi Contreras Bustos.
Msc. Rolando Antonio Pizarro Pizarro.
Sr. Macdonal Espinoza Ruiz.
Sr. Jorge Antonio Leal Obando.
Dra. Disnarda Cubillo Vargas.
REGIDORES SUPLENTES
Prof. Anabelle Gutiérrez Cisneros.
Prof. Dixabet Matarrita Mendoza.
Ing. Mario André Madrigal Alfaro.
Sr. Miguel Hernández Juárez.
Licda. Katherin Pizarro Matarrita.
SINDICOS PROPIETARIOS
Lic. Arcadio Eliseo Carrera Gutiérrez.
Sra. Carolina Fonseca Ortega.
Sr. Sergio Juárez Gutiérrez.
Prof. Warner Rodríguez Angulo.
Sra. Yesenia Tenorio Tenorio.
Sra. Virginia Gómez Gómez.
Licda. Jeimy Karol González Ramírez funge por Prof. Edgar José Campos
Campos.
Sra. Maritza Marchena Valerín.
Sra. María Aderita Rosales Alvarado.
SINDICOS SUPLENTES
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DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 2
Sr. Arturo Lara Ramírez.
Sra. Claudia Beatriz Moreno Peralta.
Prof. Carlos Espinoza Gutiérrez.
Sr. Tobías Benedit López.
Sr. Franklin Barrantes Vásquez.
LICENCIA SIN GOCE DE DIETAS.
Prof. Isabel Gutiérrez Angulo.
Prof. Ivannia María Rodríguez López.
AUSENTES:
Sra. Alisandra Gutiérrez Gómez.
Licda. Xinia María Aguilar González C.C Aguilar Ortíz.
Prof. Edgar José Campos Campos.
ASESOR LEGAL DEL CONCEJO:
MSC: Oscar Guevara Arias.
POR LA ADMINISTRACIÓN.
Msc. María Rosa López Gutiérrez Alcaldesa Municipal.
Lic. Iván Ramírez Camareno Vicealcalde Primero.
Lic. Javier Víquez Alfaro Asesor Legal Externo.
Licda. Laura López Zúñiga Asistente de Presidencia.
ORDEN DEL DÍA:
1. Comprobación del Quórum de Ley.
2. Aprobación Orden del Día.
3. Audiencias:
a. Procuraduría General de la República. Sistema de Áreas de Conservación.
Instituto Costarricense de Turismo. Asesoría Jurídica Municipal.
4. Lectura de Actas.
5. Lectura y resolución de correspondencia.
6. Informe de Comisión.
7. Mociones.
8. Informe de la señora Alcaldesa Municipal.
9. Cierre.
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DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 3
ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUORUM DE LEY.
Comprobado el Quorum para sesionar, se somete a aprobación el Orden del
Día presentado por la Presidencia del Concejo.
ARTÍCULO 02. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.
-Señor Rolando Pizarro Pizarro solicita se nombre y juramente a un integrante
de la Junta de Educación Escuela Venado.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba el Orden del Día
presentado por la Presidencia del Concejo y la inclusión solicitada.
ARTÍCULO 03. NOMBRAMIENTO Y JURAMENTACIÓN.
INCISO 01: Se da lectura a oficio 04-000196-2018 suscrito por el señor
Ignacio Douglas Álvarez Álvarez Supervisor de Centros Educativos del
Circuito 04.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: visto oficio 04-000196-2018, se nombra al señor Carlos
Rodríguez Castillo cédula 503050428 como integrante de la junta de
educación Escuela Venado.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 02: Se procede a la Juramentación del señor Carlos Rodríguez
Castillo cédula 503050428 como integrante de la junta de educación Escuela
Venado.
ARTÍCULO 04. Audiencia Procuraduría General de la República.
Sistema de Áreas de Conservación. Instituto Costarricense de Turismo.
Asesoría Jurídica Municipal.
-Se expone:
-Señor Procuradora: Sobre el PROCESO JUDICAL: SUSPENSIÓN DEL
PROCESO, al día de hoy se mantiene la MEDIDA CAUTERLAR
PROVISIONALÍSIMA, vigente, lo que se prohíbe es el paso de vehículos. Se
trascribe las pretensiones:
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PRETENSIONES DE LA DEMANDA:
• Ordenar a la Administración pública a ejecutar todas las conductas
administrativas para evitar la circulación ilegal de vehículos automotores en la
zona marítimo terrestre de Playa Conchal, incluyendo el cierre efectivo del
paso vehicular hacia la playa.
• Ordenar a la Administración Pública a adoptar todas las medidas que resulten
necesarias para reparar y proteger el Patrimonio Natural del Estado afectado.
• Declarar la prohibición expresa de circulación de vehículos automotores en
la zona marítimo terrestre de Playa Conchal.
• Condene en abstracto por los daños y perjuicios ocasionados, para que sean
liquidados en la etapa procesal correspondiente.
• Condene a la Administración Pública al pago de ambas costas del proceso.”
FUNDAMENTO:
-Cuando se habla se la zona marítimo terrestre, hace referencia a la parte que
es publica, que no es concesionable, la parte que es del interés de todos los
costarricense. ¿Cuál es el fundamento? El fundamento es un oficio que emite
el Sistema de Áreas de Conservación, diciendo y declarando que hay daño
ambiental, eso no va a ser discutido en el Proceso, ya está probado que hay un
daño ambiental, en este sector que incluye zona publica y Patrimonio Natural
del Estado, cuya administración no corresponde a la Municipalidad,
corresponde al Sistema de Áreas de Conservación. Esto es muy importante
que lo tengamos claro, esto ya está comprobado en el Juicio, esto está
comprobado, no es algo que podamos rebatir ya el daño está probado, causada
por todos los vehículos la gasolina que pasa por ese sector.
-Se muestra el código: El camino municipal inventariado con código C5-03-
010 se encuentra dentro de Patrimonio Natural del Estado desde la coordenada
CRTM05 301921.4, 1150491.1, ubicado entre los mojones M391 – M392 y
hasta las coordenadas CRTM05 300834.7, 1150582.0, entre los mojones
M245 – M246.
-El IGN determino, que es una zona dedicada exclusivamente para el disfrute,
que pertenece al estado, que es un bien demanial, inalienable, que no se puede
vender, ahí no debería haber ventas ambulantes, n deben de haber espacios
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apra acampar, no deben de haber otra cosa que la facilidad de que todos los
habitantes la disfrutemos y eso incluye el no tránsito de vehículos, ahí no
deben pasar vehículos automotores, eso incluye entre el mojón M391 y M392
el Mojón M245 y 246, estamos hablando de que es zona marítimo terrestre ya
no es administración de la Municipalidad, esta parte es administración
exclusiva del Sistema de Áreas de Conservación, esta área tiene características
especiales sobre todo para su conservación.
Figura 1. Patrimonio Natural del Estado en Playa Conchal. Nótese que el
camino ingresa a la zona pública por áreas de administración municipal, en
ambos lados de la playa. El tramo del camino que se ubica dentro del PNE
tiene una longitud de 1120 metros.
-Señor Jorge Leal Obando ¿Se puede hacer preguntas?
-Señor Presidente Municipal, considero que podemos escuchar la exposición,
anotamos las preguntas y al final las realizamos.
-Señor Jorge Leal Obando, creo que es enriquecedor hacer las preguntas
conforme de va desarrollando el tema, en el tanto que la expositora nos dice
que esta no es zona de administración municipal ¿Por qué el Contencioso
Administrativo ordena a ese cierre, si no es administración municipal?
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-Señora Procuradora, lo que sucede acá es que no solo le ordena a la
Municipalidad, si no que la medida cautelar, cuando se lee, el Estado esta
como demando, la personas que la solicita, que es una persona jurídica, dice
“Solicito a la Municipalidad” por qué, porque la parte donde empieza la playa
si es administración municipal, entonces cómo se hace, nosotros organizamos
también que se hiciera en conjunto con el SINAC, hay una parte que también
el SINAC cierra pone un rotulo, donde ellos dicen que “de aquí para adelante
no se puede pasar porque es patrimonio natural del Estado” en ese sentido se
hizo en conjunto con Transito y en conjunto con Policía, porque también la
medida cautelar dice “ordénese a la municipalidad la municipalidad cerrar el
camino y no permitir el paso vehicular” es un cierre para vehículos
automotores así es como se ordenó, es también por esto que se debe cumplir
es una orden judicial.
-Señora Procuradora:
ZONA PÚBLICA DE LA ZONA MARTÍTIMO TERRESTRE BIEN
DEMANIAL PERTENECIENTE AL ESTADO INALIENABLE: QUÉ
SIGNIFICA?
Es una zona realmente importante, es una zona frágil que además está bien
identifica cuando se llega a Playa Conchal ustedes ven los mojones, que
cuando la Jueza le pide a la Municipalidad que determine si este es camino
esta inventariado como camino, y que esa es la discusión, que pasa por la
playa, esta responde que “no tenemos las herramientas para determinarlo”
entonces el Estado ha tenido que venir con sus propios técnicos, a ver que ahí
están los mojones, estamos hablando que los mojones están completamente
identificados, ahí no hay duda que estamos en la zona marítimo terrestre, la
parte publica los 150 públicos y eso también ha sido corroborado por el
Instituto Geográfico Nacional en un informe, que es el Instituto técnico
jurídico que esta llamado por competencia juridicial a decirnos cunado
estamos en zona publica 50 metros o zona restringida, aquí ya el Instituto dijo
que todo esto que esta inventariado está dentro de la zona publica y además
viene el SINAC y nos dice que está dentro del patrimonio natural del estado.
Nosotros mismo consultamos al Departamento de Zona Marítimo Terrestre de
la Municipalidad, para ver si la Municipalidad lo tiene claro o no, pero la
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Municipalidad sí lo tiene claro, y es mediante el Oficio donde contesta a la
Procuraduría:
ZONA PÚBLICA DE LA ZMT:
Recorrido realizado sobre la zona pública de playa conchal se pudo observar
la utilización de la zona como vía de tránsito de vehículos, tour en
cuadraciclos, ventas ambulantes, sitios para realizar masajes, tránsito de
vehículos, tours a caballo, entre otros actos de comercio que impactan la zona
objeto de litis. Agrega, ya la Procuraduría se ha pronunciado en varias
ocasiones que no se permite.
SOLICITUD DEL MOPT A LA MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
PARA UNA ACTUALIZACIÓN DEL “CAMINO”
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Gestiones realizadas por la Secretaría de Planificación Sectorial del Ministerio
de Obras Públicas y Transporte solicitando a la Municipalidad de Santa Cruz
la actualización del inventario vial del camino 05-03-10
Porque de esta solicitud, porque sabemos que esta actualización no puede
incluir zona publica ni patrimonio natural del Estado, estos son los oficios:
1) OFICIO SPS-PEMIST-2018-229 del 22 de junio de 2018.
2) OFICIO SPS-PEMIST-2018-194 del 13 de julio de 2018.
3) OFICIO SPS-PEMIST-2018-196 del 16 de julio de 2018.
4) OFICIO SPS-PEMIST-2018-200 del 18 de julio de 2018.
5) OFICIO SPS-PEMIST-2018-267 del 19 de setiembre de 2018.
6) OFICIO SPS-PEMIST-2018-289 del 12 de octubre de 2018: Incluye el
inventario realizado por la Secretaría de Planificación Sectorial del
MOPT y el anexo con fotos.
7) OFICIO SPS-PEMIST-2018-303 del 26 de octubre de 2018.
Que pasa, esta parte que se ha llamado camino 05-03-10, no es parte de un
camino público, entonces la idea de nosotros de venir acá es a conversar con
Ustedes sobre las consecuencias legales que tendría de seguir este proceso
legal, y las correspondientes acciones que tendría que tomar el Estado de
continuarse con esta situación.
-Señor Presidente Municipal, me preocupa esos siete documentos y al parecer
no respondimos.
-Señora Procuradora, quería que conocieran la situación, de por qué el Estado
venir hasta aquí, nos tocaría en una eventualidad quien interponga un proceso
si no hay una respuesta en ese sentido, no es nuestra idea, la idea es venir y
saber si están enterados, ver qué está pasando y ver si podemos coordinar en
conjunto, entiendo que es una situación complicada, por eso es que la
Procuraduría y el SINAC estamos aquí, tratando de buscar en conjunto una
solución, la cantidad de recursos financieros que va hacer empezar otro
proceso, estamos en el momento procesal donde podemos tomar un acuerdo
inclusive la parte hasta desistir de este proceso y quedar ahí, en aras de buscar
una respuesta es que estamos aquí.
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-Señor Presidente Municipal, continuo con el uso de la palabra la señora
Alcaldesa, nuestro Asesor Legal y don Miguel.
-Señora Procuradora, solicito se continúe con la presentación de la compañera
Geissel para culminar.
-Señor Marcos Gutiérrez Rodríguez, solicita la palabra, argumentando que se
deben exponer asuntos importantes para esclarecer.
-Señor Presidente Municipal, indica que en su momento se le concederá la
palabra, somete a consideración de los señores Regidores se continúe con la
exposición.
-Licda. Geissel Hernández Calderón Asesoría Jurídica del Sistema Nacional
de Áreas de Conservación del MINAET. El espacio y la participación de la
institución que represento, se hace una forma más visual, para esclarecer que
es patrimonio natural del estado y las implicaciones de lo que es la
administración del territorio, de los que es playa Conchal y Brasilito, decirles
que conforme a la Ley Forestal, el SINAC es el ente encargado legalmente,
quien tiene la competencia, la administración supervisión y vigilancia de todos
los terrenos que son patrimonio natural del Estado. Qué es el patrimonio
natural del Estado, incluye todo lo que son las áreas protegidas entiéndase
parque nacionales, refugios de vida silvestre, zonas protectoras, humedales,
todos aquellos terrenos públicos de la zona marítimo terrestre que tengan
bosques humedales o terrenos de aptitud forestal. En todas la playas en zonas
marítimo terrestres el SINAC tiene que ir y delimitar las zonas donde haya
bosques, humedales, manglares, zonas de actitud forestal, y decir que parte de
la playa que parte de la zona marítimo terrestre es patrimonio natural del
Estado, no toda zona marítimo terrestre ni toda playa Conchal es patrimonio
natural del Estado, con esto contestamos la pregunta de hace unos momento,
porque el Contencioso le ordena a la Municipalidad, por una razón muy
sencilla, hay partes o la mayoría de partes y sobre todo las partes más
importantes para prohibir el acceso vehicular son los accesos a las playas no
hay patrimonio natural del Estado esos sectores siguen siendo administración
de la Municipalidad, entonces hay partes que son de la Municipalidad y otros
que son del SINAC y esta la zona publica que como se refirió la Procuradora
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donde no hay concesiones ni restricción del paso, donde no deben de haber
restricciones para su uso ni ingresar siempre y cuando esto implique un daño
ambiental, como el que está ocurriendo en Conchal, la siguiente imagen
muestra el patrimonio natural del Estado.
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En el inventario realizado en el 2000 se incluyó en el camino zonas de
patrimonio natural del estado y zona publica en el camino, que provoca esto
legalmente, que tengamos contradicciones entre las competencias jurídicas de
los terrenos, no puede haber un camino municipal en un sector que tiene otro
administrador, en este caso el SINAC, no podemos tener un camino encima de
la zona pública, porque esta no tiene esa aptitud, el transito debe ser libre, el
tránsito de vehículos está prohibido en el Reglamento y Ley de Zona Marítimo
Terrestre, esto hallazgos, son los que se demuestran con las siguientes
imágenes:
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-Los putos morados son los mojones del IGN, que delimitan la zona publica, y
el patrimonio natural del Estado, el camino está sobre la zona publica
colindando con los mojones pero del lado de la zona publica, tenemos esos
sectores que se cruzan, y que tiene esta contradicción que existe entre las
zonas, estos son sectores que tiene esa contracción o ilegalidad, que es lo
queremos coordinar el día de hoy buscar alternativas, esto nos coloca a todos
en una posición incómoda, a la Procuraduría, al SINAC a la Municipalidad en
la misma condición no somos enemigos, los tres estamos siendo demandados,
en el caso nuestro en el patrimonio, en el caso del Estado o Procuraduría velar
porque zona sea pública ni afectación del ambiente, y en el caso de la
Municipalidad la correcta administración de las áreas que les corresponde, no
mas no menos, por esto es que, el camino 05-03-10 que no es solamente playa
Conchal o Brasilito, este camino, Ustedes lo incluyen en el inventario
municipal y que incluyen otros sectores que son de administración
municipales, y que es de administración municipal, y que tiene su razón de ser
por que comunican con otros pueblos, pero en el caso de lo que está en la zona
publica ni en la patrimonio natural del estado, lo que buscamos es actualizar, o
por donde va el camino, y excluir estos sectores que no son competencia
municipal, no es anular o quitar el camino es actualizarlo, en la misma línea la
Dirección ejecutiva del SINAC también envió el oficio 1104, varios oficios,
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nuestros funcionarios han dado el acompañamiento respectivo para el cierre y
la rotulación respectiva de las zonas que nos corresponde por ley. Se indica:
POR LO ANTERIOR:
MEDIANTE OFICIO SINAC-DE-1104 DEL 10 DE AGOSTO DE 2018, LA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL SINAC, LE SOLICITO A LA SEÑORA
ALCALDESA LA VALORACIÓN DE QUE SE ACTUALICE EL
INVENTARIO MUNICIPAL DEL CAMINO CÓDIGO 5-03-010.
De manera que se excluya del camino lo que no es competencia municipal, es
parte de nuestra visita hoy, saber si están enterados de esta situación y saber
por qué a la fecha no se ha tenido respuesta, esta es la preocupación SINAC,
como se manifestó desde el principio que es velar por los terrenos de nuestra
competencia, y buscar una solución a esta demanda que en algún momento
puede llegar a tener costos muy elevados no solo para la Municipalidad si no
para el Estado en general, más la posible responsabilidad posterior si no se
excluyen estos terrenos, porque hay una obligación resguardarlos, hoy
estamos acá para buscar una alternativa diferente a seguir demándanos todos
contra todos, porque al final todos somos Estado y tenemos el deber de
proteger, no solo la parte que nos toca, si no del bienestar de todos los demás.
-Señora Alcaldesa Municipal, ese es un camino que existe desde que yo
recuerdo, ese es mi pueblo es mi lugar, gente que vivía en ese sector lo usaban
para ir a sus fincas sea a caballo o en carro, y lo usaban y en la hoja
cartográfica aparece como camino público, ahora viene la Procuraduría y nos
dice que hay que hacer un cambio, y lo vemos como muy fácil, pero vieran
que difícil en la práctica, la gente y los vecinos, que tiene su costumbres y
todo, se han sentido agredidos se viene contra la Municipalidad molestos, se
han ido a Casa Presidencial y a todas partes para defender ese camino, y como
Municipalidad estamos acatando bajo el deber de obediencia, pero no crean
que no se nos hace problema, aquí han venido y últimamente vinieron las
personas que se dedican al turismo con caballos, donde salud dice que si el
carro contamina el caballo también contamina, entonces también el caballo no
debe entrar, es quitarle el medio de trasporte y dejarlos a pie, esta es una
situación social muy complicada, es muy fácil decir que hay que actualizar el
camino ya en la práctica es otra cosa. Me gustaría preguntar a la señora
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Procuradora ¿A qué Departamento ha mandado esos Oficios? Porque los que
han llegado se han canalizado ya sea a Zona Marítimo o a la Asesoría Jurídica
para dar respuesta, si es preocupante cuando se dice que no se ha recibido
respuesta, qué canal están utilizando.
-Señora Procuradora, soy consciente de que las veces que se la llamado o
solicitado la señora Alcaldesa ha respondido, esto ha sido el Ministerio de
Obras Publicas y Trasportes porque ellos son los encargados de anotar cuando
Ustedes dicen que hay camino, a mí me sorprende que cuando solicité un
expediente administrativo donde este un acuerdo para declararlo como camino
público, simplemente se me indico que se dio una actualización y se
contempló como camino público, los oficio fueron dirigido a Ing. Diego
Rodríguez Galagarza Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, tres de estos
oficios fueron enviados a la personas que les indique y a ese Departamento.
-Señor Marcos Gutiérrez Rodríguez, mi intervención en primer momento es
para indicar que existe un craso error de parte de la Procuraduría General de la
República y que se ha expuesto sin sustento documental o documento judicial,
toda vez que no existe ninguna medida provisionalísima que esté vigente. La
primera medida cautelar la Municipalidad la apeló y por Resolución de diez
horas veinte minutos del siete de marzo dos mil dieciocho fue anulada y fue
remitida al juzgado de origen en vista de que la Empresa, que hay que decir su
nombre no sé porque existe tanta reticencia, Desarrollos Hoteleros Guanacaste
Sociedad Anónima que es el consorcio de Playa Conchal no integro a la Litis
al Estado como tal, únicamente estaba el SINAC e ICT, ese siete de marzo dos
mil dieciocho que fue verdaderamente un revuelo en la comunidad la
Municipalidad logró que el Tribunal de Apelaciones anulara la Resolución
para que este Consorcio poderoso que existe en Conchal integrara en la Litis a
todas la instituciones no solo a la Municipalidad, por le estaban dejando todo a
la Municipalidad, ¿Por qué solo a la Municipalidad de Santa Cruz?
obviamente fue acogidos los argumentos y se devolvió al Tribunal para que se
integrara a otras instituciones. Por esta devolución los abogados de la Empresa
volvieron a presentar la medida cautelar diciendo que era urgentísimo
adoptarla mientras se integraba la Litis y otra vez la misma jueza decidió
acogerla, la Asesoría Jurídica apela nuevamente argumentando que falta la
integración del Estado además que la medida cautelar era totalmente
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anticipada y precipitada e informamos a la representante de la Procuraduría
General de la Republica que esta fue revocada también y actualmente no
existe no existe medida cautelar provisionalísima vigente de manera de que
todas las medidas cautelares, esto a las dieciséis y veinticinco horas del
dieciséis de octubre de este año la Sección Segunda del Tribunal de
Apelaciones anulo nuevamente la medida cautelar que había tomado la Jueza
de Primera Instancia, y devolvió de nuevo el expediente por que el Juzgado
resolvió sin tomar en cuenta a las demás Instituciones, esta Asesoría Jurídica
hace saber al Concejo en pleno y a los vecinos de la comunidad que esa finca
únicamente tiene los cincuenta metros de zona marítimo terrestre de zona
publica no tiene zona restringida porque fue inscrita en uno de los transitorios
de la Ley no existe los 200 metros, 50 metros de zona publica y 150 metros de
zona restringida, y también hay que ser claros que en zonas públicas hay
caminos públicos así lo establece la Ley de Caminos Públicos, dese por
enterada señora Procuradora que desde el 16 de octubre no existe ninguna
medida cautelar ni ordinaria ni provisionalísima que impida el tránsito por esa
zona publica, y es por eso que los abogados de la Empresa han solicitado la
suspensión del proceso en tanto se encuentra en la Municipalidad una solicitud
de negociación conciliatorio pendiente de resolver por la Municipalidad, razón
por la cual doña María Rosa López Gutiérrez informó como Alcaldesa
Municipal, el día 01 de noviembre 2018 al Tribunal, que Esta Representación
no tiene conocimiento de un posible acuerdo conciliatorio tendiente a
resolverle a la demandante, a la fecha no existe acuerdo conciliatorio que lleve
a la suspensión del proceso y esta nota tiene como antecedente documento del
30 octubre 2018, que dice que previo a admitir posible acuerdo conciliatorio
se les confiere a las partes demandadas el plazo de tres días para que
manifieste lo que consideren pertinente, el Tribunal está creyendo que existe
una propuesta conciliatoria, pero no existe tal y como lo manifestó doña María
Rosa en un escrito bajo la dirección del licencia Verny Cordero Fonseca y que
fue debidamente deliberado entre los colegas de la Asesoría Jurídica luego de
verificar en todos los Departamento que no existiera tal solicitud, de manera
que todo se encuentra como si no se hubiera hecho gestión.
-Señora Procuradora, referirme a lo que el compañero está indicando, muy
lamentable, yo sí estuve en la audiencia de conciliación, yo sí llevo este
proceso contencioso, no he venido aquí algo que no está gravado algo que no
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fue dicho por el Tribunal de Apelaciones, si les estoy diciendo que la medida
provisionalísima está vigente, es porque ha sido en la parte de esa audiencia de
apelación en la cual ante la pregunta del Instituto Costarricense de Turismo de
la siguiente forma “Señores del Tribunal la anulación de esta medida cautelar
qué implica, implica que vamos a dejar la medida cautelar sin efectos” y la
respuesta fue “No, la medida cautelar provisionalísima sigue vigente” así que
no es cierto lo que acaba de señalar el compañero muy lamentable que se
dirija a mí de esa forma, muy lamentable que no conozca del proceso
contencioso administrativa y que no haya ido a la audiencia a los Tribunales
de Justicia y que venga aquí a aseverar algo que no es cierto, este proceso
contencioso tiene un medida vigente y que no ha sido anulada, por el Tribunal
de Apelaciones, aquí tenemos a la compañera del SINAC que estuvo en esa
audiencia, y si ustedes gustan con mucho gusto les trascribo la resolución que
se encuentra en un cd, así que no vengamos a hablar de otras cosas que no son,
actualmente se encuentra una resolución del Poder Judicial que nos dice que
se encuentra vigente, y sí la Procuraduría se encuentra aquí porque venimos a
ponernos de acuerdo con Ustedes, y estamos hablando de la legalidad nada
que no se encuentre en la Ley, y le recuerdo al compañero que la Procuraduría
es la Institución Jurídico Técnica del País y legal mente se nos prohíbe el paso
de vehículos en la zona publica al igual que es el SINAC el encargado de la
administración de esta parte, solcito vehemente que volvamos al tema judicial
que nos trae acá, y no a distraernos en temas que no vienen al caso y que no
tiene la prueba para contradecir una resolución del Tribunal de Apelaciones
del Contencioso Administrativo.
-Señora Alcaldesa Municipal, para informarle a la señor la Procuradora que
quien inicio el proceso fue el licenciado Marcos Gutiérrez Rodríguez, y lo
continuo el señor Verny Cordero, que me preocupa que el licenciado Verny
tiene la misma posición que el licenciado Marcos, yo tengo una nebulosa, que
si esta anulada que si está vigente o se mantienen o están suspendidas, llego la
Empresa y con don Verny tuvieron alguna confrontación con lo mismo que si
está vigente o sí se anuló.
-Señora Procuradora, no hay inconveniente les envío el disco para que ustedes
trascriban la audiencia, en la última pregunta expresamente al Tribunal
Apelaciones, el ICT tenía la misma duda, porque se entiende si se anula la
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resolución se anula la medida cautelar ya no existe, pero que contesta el
Tribunal “la medida se encuentra vigente” por qué antes de aseverar algo así
escuchemos el CD, esto no lo dice la Procuradora lo está diciendo el Tribunal
de Apelaciones lo está diciendo el Poder Judicial, no es algo que venga a decir
por qué se me ocurra.
-Licda. Geissel Hernández Calderón, la suscrita como abogada del SINAC
segundo lo dicho por la compañera Yania, estuvimos estuvo en esa misma
audiencia, a diferencia del compañero, podemos ver las audiencias todas están
gravadas y pueden ser trascritas a solicitud de la Municipalidad, entiendo a la
señora Alcaldesa que tiene al asesoría de los licenciados que son los que le dan
la línea, nosotros venimos acá con total trasparencia a hablar de un tema que
tiene interés actual, no es como el compañero que viene acá agarra el
expediente y lee las resoluciones de suspensión, esa solicitud de suspensión se
da porque nosotros Procuraduría y SINAC solicitamos a los Demandantes que
paren con la demanda para ver si podemos llegar a acuerdos para que nosotros
no nos veamos perjudicados, y cuando decimos nosotros es Procuraduría
SINAC y Municipalidad y el ICT, es cierto no hay una oferta formal
conciliatoria que le haya llegado a la señora Alcaldesa, pero que estamos
haciendo el día de hoy, este acercamiento interinstitucional, con la presentante
del Estado, que representa a todo el resto de las instituciones que tiene que ver
con este tema, la Municipalidad con este tema ha querido desviar diciendo que
falta MOPT que falta Fuerza Pública que falta Transito, con todo respeto la
representación de todas instituciones es la misma, es la Procuraduría la que va
cuando las institución no tiene representación propia. Por tener una función
tan específica cómo es la protección del ambiente tiene representación propia,
pero me parece una falta de respeto que se lea el expediente y se diga es
suspendido no tenemos ninguna orden no tenemos que hacer nada, como si
nosotros viniéramos acá a perder el tiempo y hacerlos perder el tiempo, si
estamos acá es porque la situación jurídica es porque existe una contradicción
con respecto a este camino, además del uso histórico que ha tenido,
comprendo que la gente hace prácticas en las comunidades por mucho tiempo
que no necesariamente son las correctas, el asunto es que nosotros como
funcionarios públicos, y que ustedes tiene vocación publica, que nos lleva a
respetar el ordenamiento jurídico existente, y actualmente no está permitido
caminos en zonas protegidas, estos son terrenos regidos no por la Ley de
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Caminos, como lo trata de inducir el colega, estos terrenos tienen una
legislación especial una ley y un reglamento de zona marítimo terrestre, una
ley forestal y una ley de biodiversidad, infinidad de resoluciones de la Sala
Constitucional y de pronunciamientos de la Procuraduría General de la
Republica que establecen claramente que usos se permite y que no se permite,
con respecto al resto del territorio es total discreción total respecto
competencia entre cada uno de las instituciones, en este momento existe un
iteres actual de la Procuraduría del SINAC y de Ustedes como Concejo como
Municipalidad, con esa finalidad se les expuso la situación, en el momento en
que no podamos llegar a un acuerdo donde solucionemos la condición del
camino y la restricción del camino las consecuencias serán muchas, incluso la
Procuraduría tiene el deber de demandar a la Municipalidad, por el Estado
tiene el deber de velar por todas la playas, independientemente de la
municipalidad que sea, el interés que tenemos aquí es resolver, si continuamos
con la demanda, Ustedes en su momento valoran que es lo más conveniente,
nosotros estamos aquí para buscar soluciones, no se pretende cerrar el paso, la
playa tiene naturaleza pública, lo que se pretende es cuidar el área, tenemos
todos los informes y el daño ambiental comprobado, hay manglar hay bosque
hay humedal, todos esos terrenos tiene flora y fauna y está siendo violentado
en este momento, también reconocemos que no hemos estado 24/7 también
tenemos carencias con la cantidad de funcionarios que tenemos, pero sí
tenemos el deber desde la legalidad de decirles a ustedes que si este sector
tiene una naturaleza de conservación es justamente por la fragilidad del tipo de
ecosistemas que está ahí y que es una competencia nuestra, y que tenemos una
contradicción que es evidente que va a ser discutida en juicios, que va a ser
parte de este proceso, en caso nuestro llevamos no solo esta demanda
llevamos muchísimos casos en todo el País, si hay que llegar a juicio llegamos
a juicio, pero el interés público que nos ocupa a todos, el bienestar ambiental,
la legalidad en la competencia, el actuar como funcionarios apegados a lo que
establece el marco jurídico, es casi que evidente, para que seguir con algo si
ya sabemos a dónde vamos a llegar si lo podemos resolver antes, menos daños
para todos.
-Señor Javier Víquez Alfaro, normalmente o salvo que hayan cambiado el
Código, de las audiencias se levanta una minuta, el Juez Tramitador o el
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funcionario de llevar el expediente sube esa minuta esto dura quince días un
mes, ya Ustedes han verificado que esto esté, para verificar los dichos.
-Señora Procuradora, lo que sucede es esta dinámica, como es una minuta, no
todo lo que se dice ahí está incluido en la minuta, por eso el trabajo es más
extenso, después de una audiencia lo que nosotros hacemos es trascribir
literalmente lo que se dice, es ahí donde podemos encontrar esos aspectos
ahorita en gestión en línea yo no he visto la minuta, puede ser que ya este y
que mi acceso no me lo permita ver, o puede ser que ya esté en el expediente,
lo que sucede es que para mis efectos yo si estuve en el la audiencia tengo
claro esos aspectos, lo que podríamos hacer es revisar si esta minuta, si esa
parte no estuviera podemos mandarles el disco con la transcripción, no tengo
problema para solicitar que esa parte especifica sea trascrita, dónde se le hace
la consulta al Tribunal de Apelaciones y ellos dicen si anulamos, es una
situación atípica, también podemos facilitar la audiencia la parte digital se las
podemos facilitar, de hecho cada abogado siempre lleva un CD para que sea
grabada y cualquier cosa o reclamo se haga a través de la trascripción de la
grabación no hay problema para facilitarles esa grabación.
-Señor Miguel Hernández Juárez, si hay que acatar la ley hay que acatarla,
pero esta va para el SINAC, que me respondan con términos verdaderamente
técnicos de impacto ambiental, pero es la Empresa que nos demanda por un
tema de impacto ambiental de paso de vehículos de paso de caballos, con qué
criterios técnicos me pueden decir que esa misma Empresa construyo un hotel
destruyendo manglares, con qué criterio técnico me van dan, cuando esa
misma compañía es incoherente, incongruente e inconsecuente cundo
construyen un edificio que está destruyendo totalmente el ambiente, y ahí digo
¿Dónde está Ministerio de Salud? ¿Dónde está el SINAC? ¿Dónde está
MINAET? ¿Dónde está toda esta gente? Estamos de acuerdo, si hay que quitar
carros y caballos, los quitamos, pero que sea parejo, no podemos estar
protegiendo intereses económicos grandísimos olvidando todo el tema de
impacto ambiental, y luego decirle a la gente humilde o quitarle las
posibilidades, y me preocupa que cuando las grandes compañías viene aquí a
destruir lo que les da la gana el Estado no mete mano, y luego cuando son
cosas pequeñas ahí si el Estado mete mano y con toda prepotencia del mundo,
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DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 20
quiero que Ustedes me expliquen que prometen o que van a hacer esa gente
que destruyó todo un tema manglar y a ese gran bosque que está ahí.
-Licda. Geissel Hernández Calderón, con respecto a lo que Usted dice que la
Empresa supuestamente hizo, desconozco completamente el antecedente, dado
que a nosotros en SINAC nos llega la demanda con respecto a lo que es el
camino, ahora le explico de la condición del terreno como su mismo Abogado
dice, esta es una propiedad privada, ustedes no le dan concesión, la inscripción
correspondió al transitorio, nosotros no tenemos jurisdicción sobre la
propiedad privada, no tenemos competencia sobre la casa o propiedad privada
del resto del País las fincas particulares tienen naturaleza privada, la
responsabilidad de la institución es sobre los terrenos públicos, al igual que
ustedes sobre los terrenos públicos. En el caso de SINAC es ese sector y la
franja que se les mostró y sobre ese es que tenemos competencias, y se
agradece que de suceder algo nos presenten la denuncia correspondiente para
hacer los trámites que correspondan.
-Señor Iván Ramírez Camareno, creo que la exposición de las compañeras del
SINAC y de la Procuraduría, son muy claras, lo que Ellas andan buscando es
una situación a esta problemática, obviamente tomar un acuerdo en este
momento no va ser posible acá, pero sí, pienso es importante nombrar unos
representantes del Concejo para integrar a las instituciones y funcionarios en
un foro o reunión, donde se discutan los alcances y competencias y que cada
uno lleve la información respectiva, con el expediente con las grabaciones, y
lo más actualizada, queda claro que no se quiere el cierre del camino, sino
buscar el mejor medio para solucionar esta problemática, si esto no se da lo
que va a suceder es que la Procuraduría va a tener que demandar a la
Municipalidad por el uso de la zona publica, porque no se puede transitar ahí,
el SINAC también va a entrar, esto nos va a traer un desgate. Considero se
nombre esa comisión, establecer cuál es la ruta de trabajo cual es el mejor
solución esto sin involucrar a los interesados y lo que se debe buscar.
-Señora Procuradora, no gustaría precisamente, que esa posibilidad de que
suspendamos vía judicial por un tiempo determinado, de conformidad con esa
agenda que el compañero plantea, eso nos daría un espacio y que este proceso
no continúe. No sé si fui clara, además de que se conforme una comisión
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DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 21
donde se pueda participar la parte jurídica la parte técnica, se pueda plantear
ante el Contencioso una suspensión no diciendo si estamos de acuerdo o no, si
como parte institucional buscando una solución, sé que hay otros aspectos que
interpone la parte privada, pero ahorita estamos en calidad de demandados, y
tenemos que solucionar como demandados, mi propuesta es que se pueda
nombrar esa comisión y solicitemos que se pueda suspender temporalmente,
informando al Tribunal sobre los pasos que vamos a seguir.
-Señor Rolando Pizarro Pizarro, ustedes exponen ahí que hagamos una
conciliación y que se desista de la demanda, y también que se legalice el
camino, pero una consulta. ¿Qué se debería hacer primero la actualización de
camino? Por qué el tema es el camino.
-Señora Procuradora, como figura procesal no podemos desistir, la parte
podría desistir ante un acuerdo de nosotros de hacer y solucionar el problema,
si solucionamos y le decimos señores parte actora el Estado, el SINAC, el ICT
y Municipalidad han llegado al acuerdo de tomar estas acciones solicitamos se
dé una satisfacción extraprocesal, porque ya se cumplió con las pretensiones,
y las pretensión cual es, que no se permite el paso vehicular por la playa ni por
la parte de patrimonio natural del Estado, si nosotros caminamos a obtener esa
pretensión no habría ninguna razón para que la parte actora no desista, y ella
dice que no desiste podemos pedir a la señora Jueza, que ya se cumplió con la
pretensión solicitamos una satisfacción extraprocesal que implica esto, no
tenemos que pagar daños, no pagar costas y nos ahorramos todo esto de estar
demandando Estado demando a la Municipalidad. Cuál sería el primer paso,
actualizando el inventario, por que, tomando en cuenta que parte de ese
camino no debería estar como camino, que es lo que ya se explicó, lo que es
zona publica y lo que es patrimonio natural del Estado, porque estamos
hablando de paso de vehículos, en ningún momento les estamos diciendo a las
personas que se les cierra la posibilidad de transitar, no, estamos diciendo que
el paso de vehículos no va ahí, y que la actualización por ley no podría incluir
este tipo de terrenos por las condiciones que ya se les explicó y además la
comisión interinstitucional nos permitiría con la parte técnica, buscar otras
soluciones, que entendemos que es una situación complicada, que es una
situación que involucra al pueblo, que se las trae, pero lamentablemente
estamos en esta situación jurídica y algo tenemos que solucionar.
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-Licda. Geissel Hernández Calderón, si logramos actualizar el camino, sea por
medio de esta comisión, manifestar que el SINAC está en total anuencia de
participar, tanto en la parte técnica que hoy nos acompaña el Ingeniero
Topógrafo de nuestra institución, él nos acompañó hacer la inspección y nos
señaló lo de los mojones, en que parte está el camino metido en el patrimonio
todo esto se ha revisado minuciosamente y tenemos total disposición de
participar tanto en la parte técnica como jurídica que se plantea, si se logra la
actualización del camino, como se plantea en la pregunta, y logramos una
coordinación interinstitucional para lograr y corregir el tránsito de vehículos,
el objeto y prácticamente la demanda dejaría de existir, entonces qué pasa si se
cumple la pretensión, que esta Empresa no tendría ni fundamento para
demandar a la Municipalidad ni al Estado ni a nadie, porque ya nosotros
mismo habríamos solucionado aquellas cosas que se estarían demandando.
-Señora Alcaldesa Municipal, una consulta, aunque aún me quedan muchas
dudas, la parte demandante solicitó suspender el proceso, que es a quien le
compete, y ya lo hizo, no sé cómo ahora este Concejo Municipal va a tomar
este acuerdo, entonces estaría suspendido ese proceso, y la otra consulta no es
que aquí podemos pasar y allá no puede pasar, cuando ustedes dicen actualizar
es borrar no queda comino público del todo, como decía un señor en mi
pueblo “es borrar de un plumazo” es decir no hay paso no hay manera, es más
nosotros fuimos una comisión a ver si de alguna forma la Empresa en otra
parte podría dar un paso, les dimos algunas sugerencias y Ellos no estuvieron
de acuerdo.
-Señora Procuradora, en este momento la Jueza consultó cual era nuestra
opinión sobre la suspensión, no es que se ha dicho por cuanto tiempo está
suspendido, sobre todo por la Municipalidad manifestó su disconformidad, la
Municipalidad dijo que no se ha manifestado ningún acuerdo conciliatorio,
esto es lo que se indicó anteriormente, no es que la Jueza ha decidido, lo que sí
podría hacer la Municipalidad es que conforme a la Comisión se están
realizando gestiones y que estamos de acuerdo con la suspensión, en eso no
hay ningún problema por otra parte, del camino todo el acceso está permitido
lo que no está permitido es el acceso vehicular, lo hemos dicho y repetido, esta
parte que empieza con zona publica y termina con patrimonio natural del
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DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 23
estado, no es que los accesos se van a quitar, lo que si se va a quitar con la
actualización es la parte de la zona publica y lo que es lógico lo que establece
la Ley Caminos, el acceso si va a llegar, y conozco que se puede llegar por dos
lados y no es ni lógico que pasemos por la playa con busetas, he visto fotos
media buseta está metida en el mar, es ilógico que nosotros mismos estemos
arruinado toda playa Conchal, eso es lo que significa la actualización.
-Señor Jorge Leal Obando, me queda unas dudas bien puntualizadas, cuando
se habla de la medida que se pronuncia y que dice que se prohíbe el paso
vehicular automotor ¿Incluye un caballo en esta prohibición del paso vehicular
automotor? La otra pregunta ¿Qué pasa cuando estamos hablando de la
medida provisionalísima del Contencioso Administrativo, esa medida tiene un
plazo establecido o tiene una prolongación sin límite? Por qué notros estamos
ene l ínterin de las decisiones, y nosotros nos sentimos como parte del Estado,
así usted sea Procuradora, así usted sea parte de SIANC, nosotros como
representantes de este Cantón, en esta democracia participativa, pesa sobre
nosotros algunos tipos de decisiones, porque hay dos casas, siempre van a ser
malas o siempre van a ser buenas, depende para cual lado estemos respirando,
si yo respiro para el lado del empresario van a ser buenas para el empresario,
pero van malas para la comunidad, le estamos restringiendo el paso por el
camino que desde que don Mercedes Rodríguez, estamos hablando desde hace
más de 100 años, ese era el único camino entre Puerto Viejo y Brasilito, no
importa Usted me hable de que SINAC, como se explicó en la pantalla,
nosotros en este caso estamos en la obligación de prestar oídos y bien finos, al
Contencioso tenemos que escucharles porque es una instancia superior,
nosotros desde esta arena política debemos poner atención a todos aquellos
sesenta y cinco mil habitantes, que nos pusieron en esta silla para que
administremos los viene de este Cantón, y los, tal cual debemos responder
bien para toda la población, por eso es la pregunta del tiempo de la medida
provisionalísima, o va a ser provisionalísima con un tiempo indefinido o es
que tiene puntos suspensivos, en ese sentido tenemos que salir claros de esta
encerrona, porque nosotros estamos muy muy comprometidos con nuestros
pobladores.
-Señora Procuradora, en relación con lo del caballo, quiero decirles que hay
una sentencia de la Sala Constitucional, donde se indica expresamente que ni
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los caballos, ni las tiendas de campaña ni las ventas ambulantes son permitidas
en la zona marítimo terrestre específicamente en la zona publica, no lo está
diciendo la Procuradora, lo está diciendo la Sala que es de acatamiento
obligatoria y vinculante para todo el Estado, en ese mismo sentido hay
pronunciamientos de la Procuraduría que esclarecen que la zona publica es
para goce y disfrute, no es para caballos, no es para acampar, no es para ventas
ambulantes. Con referencia a la medida provisionalísima, que es lo que tiene
de provisionalísima la son los tres requisitos, el primero que haya apariencia
de buen derecho, por el conflicto jurídicos que se está viendo, además de que
nos irrazonable ni es ilógico, el segundo supuesto es el daño, existe un daño
ambiental, que es el SINAC quien nos está diciendo señores existe un daño y
no hay un daño ambiental cualquiera, hay un daño ambiental serio que está
acabando con la naturaleza de nuestra playa, que está haciendo no hayan más
conchas que está modificando todo el ecosistema, y otro tema importante para
que se dé un resolución de este tipo, el interés superior, y cuál es el interés
superior cuidar y proteger esta playa que es de todos los costarricenses, esta
medida provisionalísima se va mantener y si se toma otra medida va esta va ir
en todo el proceso, si podemos solucionarlo y evitarnos estos conflictos. En mi
experiencia he tenido procesos con medidas cautelares por tres años. Vamos a
ir acompañado de esta medida cautelar en este proceso, esta es la idea de
poder coordinar hoy sobre esta situación y de poder llegar solución, como se
indicaba antes este camino era el único, ahora no, en este momento estamos
hablando de playa, de zona publica, de patrimonio natural del Estado, estamos
hablando de que hay otras formas de llegar de comunicarnos, gracias al
desarrollo, y gracias a que este momento estamos en un conciencia diferente
donde la protección del ambiente es importen para la futuras generaciones, no
pasar por un camino simplemente porque puedo pasar. ¿Estamos conscientes
de lo que s patrimonio natural del Estado? ¿Estamos conscientes que tenemos
que proteger la playa? Este es el llamado de este proceso judicial, que se
planteó por esta empresa, que al final no importa quién lo planteo si no que
está planteado, por eso no hacemos referencia quien lo plantea, somos
demandado y tenemos que responder sin importar quien lo plantea, tenemos
que respetar la legalidad, aunque en algunos momentos no nos guste, y es lo
que tenemos que enfrentar.
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DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 25
-Licda. Geissel Hernández Calderón, agregar que aunque en este momento es
una medida provisionalísima que puede durar tres meses seis meses a tres
años, que posteriormente puede ser una orden judicial permanente, que sería
lo coherente con este proceso.
-Señor Warner Rodríguez Angulo, voy a decir que comparto la recomendación
del señor Iván, y ojalá el mensaje que nos traigan sea de apertura, mi mensaje
no va como miembro de este Concejo soy síndicos del mismo, va como
poblador, cuando Usted nos dice que nos entiende que nos comprende, no es
así, hay que estar ahí haber nacido ahí tener sus ancestros ahí haber usado esa
vía, en ese momento entendería, como decía la señora Alcaldesa en parte si y
en otra no, como vamos a usar el paso con un trasbordo, yo sé lo que se busca
y estoy muy de acuerdo el porqué de la demanda, en cuanto a la ventas
ambulantes en cuanto a los animales eso es una parque ahí, pero del tránsito
vehicular, por que decimos que la playa es de todos los costarricense, sí, pero
hay un costarricense que viene una vez al año el que viene a disfrutar, pero el
poblador el que vive ahí, los que siempre usan ese camino que siempre fue
público, hoy hay que negarles el paso, no estoy de acuerdo, cuando hicieron la
presentación se ve muy bonito, el mar la playa el paso, pero ese paso ese mar
y esa playa estaban antes que el Estado costarricense, antes que la Anexión del
Partido de Nicoya, lo que me preocupa de todo esto, es el paso vehicular,
siento que esa playa se nos vuelve selectiva, estoy de acuerdo que no se
acampe, estoy de acuerdo sea para el total disfrute, pero que no se les niegue a
los pobladores el paso.
-Señor Presidente Municipal, somete a consideración la conformación de
comisión especial.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se conforma Comisión Especial
sobre el Proceso Contencioso Administrativo interpuesto por Desarrollo
Hoteleros Guanacaste S.A. expediente 17-009708-1027-CA.
La Comisión Especial se conforma por Msc. María Rosa López Gutiérrez-
Alcaldesa Municipal, Lic. Iván Ramírez Camareno-Vicealcalde Primero, Ing.
Jorge Leal Obando-Regidor Propietario, Msc. Rolando Pizarro Pizarro-
Regidor Propietario, Lic. Marcos Gutiérrez Rodríguez-Coordinador Asesoría
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Jurídica Municipal, Lic. Verny Cordero Fonseca-Asesoría Jurídica Municipal,
Lic. Oscar Guevara Arias-Asesor Legal Concejo.
Coordina la Comisión Especial Ing. Jorge Leal Obando-Regidor Propietario.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. ACUERDO FIRME.
-Señor Marcos Gutiérrez Rodríguez, nosotros en la Asesoría Jurídica tenemos
las dos minutas de las medidas cautelares, como Ellas no las aportaron
hacemos entrega para que la Comisión investigadora las tenga.
-Señor Presidente Municipal, agradece la presencia de la señora Procuradora y
representación del SINAC.
Solicita el señor Presidente espacio para que el señor Rastran de Fuerza
Publica tenga el uso de la palabra en audiencia.
-Señor Freddy Rostran Zúñiga fuerza Pública Santa cruz, hace presentación de
los nuevos oficiales que están reforzando las intervenciones de la Fuerza
Publica en el Cantón para los meses venideros.
-Señora Alcaldesa Municipal, agradece la presentación de los nuevos
funcionarios esperando que se mantenga la coordinación y comunicación de
entra ambas instituciones.
ARTÍCULO 05. LECTURA DE ACTAS.
INCISO 01: Se procede a la lectura del acta de la sesión ordinaria 45-2018
del 13 de noviembre 2018.
-Señora Ana Yansi Contreras Bustos en el folio 7 la cifra no coincide de los
solicitado por Santa Bárbara, para que se revise y corrija.
-Señor Jorge Leal Obando, soy de los que siempre pongo los pies sobre la
tierra y trato de emitir criterio lo más sano posible con respecto a lo que se
desarrolla en la sesión, pero parece que aun que esté presente en la lista de
asistencia no hay un comentario mío en el acta, entonces estuve ausente por
esa es la sensación que da al no ser incluidos mis comentarios y sobre todo
cuando en esa sesión intervine tratando de levantar el ánimo a los que nos
visitaron y además en todo tema legal espeluznoso, entonces el que mis
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comentarios no estén es como si estuviera ausente por que siempre participo,
por lo que se le dijo al señor Secretario para que sean incluidos mis
comentarios.
-Señor Presidente Municipal, creo que no se trata de engrosar con páginas y
páginas las actas con comentarios, se debe incluir lo relevante lo que
realmente es importante y lo que está estrechamente relacionado y vinculado
con los acuerdos, la revisión del acta es para que precisamente se revise si lo
que pasó en una sesión, coincide con nuestros acuerdos y que los acuerdos se
ajusten a lo manifestado por el Concejo. Somete a aprobación el acta ordinaria
45-2018.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba acta de la sesión ordinaria
45-2018 del 13 de noviembre 2018.
ARTÍCULO 06. CORRESPONDENCIA.
INCISO 01: Se da lectura a Oficio DAM-3892-2018 de la Alcaldía Municipal
mediante el cual se remite expediente de la LICITACIÓN PUBLICA
2018LN-000003-01 ALQUILER DE CAMIONES RECOLECTORES BAJO
LA MODALIDAD DE ENTREGA SEGÚN DEMANDA PARA BRINDAR
EL SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y TRASPORTE DE RESIDUOS
SÓLIDOS EN SANTA CRUZ GUANACASTE.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente
de Ambiente, para su análisis y dictamen con recomendaciones, el expediente
de la LICITACIÓN PUBLICA 2018LN-000003-01 ALQUILER DE
CAMIONES RECOLECTORES BAJO LA MODALIDAD DE ENTREGA
SEGÚN DEMANDA PARA BRINDAR EL SERVICIO DE
RECOLECCIÓN.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 02: Se da lectura a Oficio DAM-3892-2018 de la Alcaldía Municipal
mediante el cual se remite expediente de la LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-00013-01 CONTRATACIÓN DE UNA CONSULTORÍA PARA
QUE REALICE LA ACTUALIZACIÓN DEL INVENTARIO Y
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ESTIMACIÓN DEL PATRIMONIO DE LA RED VIAL CANTONAL DEL
CANTÓN DE SANTA CRUZ.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente
de Obras, para su análisis y dictamen con recomendaciones, el expediente de
la LICITACIÓN ABREVIADA 2018LA-00013-01 CONTRATACIÓN DE
UNA CONSULTORÍA PARA QUE REALICE LA ACTUALIZACIÓN DEL
INVENTARIO Y ESTIMACIÓN DEL PATRIMONIO DE LA RED VIAL
CANTONAL DEL CANTÓN DE SANTA CRUZ.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 03: Se da lectura a Oficio DAM-3815-2018 de la Alcaldía Municipal
mediante el cual se remite expediente de la CONTRATACIÓN DIRECTA
2018CD-000218-01 DISEÑO DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DE
UN SISTEMA DE CONSULTAS, TRAMITES Y CITAS EN LÍNEA POR
MEDIO DE LA PÁGINA WEB MUNICIPAL.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente
de Obras, para su análisis y dictamen con recomendaciones, el expediente de
la CONTRATACIÓN DIRECTA 2018CD-000218-01 DISEÑO
DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE
CONSULTAS, TRAMITES Y CITAS EN LÍNEA POR MEDIO DE LA
PÁGINA WEB MUNICIPAL.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 04: Se da lectura a Oficio 3889-2018 de la Alcaldía Municipal
mediante el cual se remite distribución del 10% a Juntas de educación y
Administrativas del Impuesto de Bienes Inmuebles para el IV Trimestre 2018
documento elaborado por Lic. Bernardo Barrantes Castro-Contador
Municipal. Se detalla:
IMPUESTO DE BIENES TOTAL A DISTRIBUIR
INMUEBLES IV TRIMESTRE 249.676.617,31
2018 0,00
0,00
TOTAL 249.676.617,31
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DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 29
NOMBRE DE LA JUNTA MONTO A PAGAR
COLEGIOS IV TRIMESTRE
EXPERIMENTAL BILINGÜE 1.019.818,35
LICEO SANTA CRUZ CLIMACO 3.248.817,28
NOCTURNO 554.397,89
CINDEA 1.092.825,47
LICEO RURAL LA ESPERANZA 109.510,69
CTP 27 ABRIL 1.838.867,08
CTP CARTAGENA 1.400.824,30
LICEO DE VILLARREAL 1.517.179,42
CINDEA DE HUACAS SATELITE 809.922,85
TELESECUNDARIA OSTIONAL 91.258,91
LICEO RURAL DE MARBELLA 159.703,10
CTP SANTA BARBARA 850.989,36
CTP SANTA CRUZ 1.375.728,10
ESCUELAS
LAJAS 862.396,72
VISTA EL MAR 52.473,87
CHIRCO 230.428,75
BENITO JUAREZ GARCIA 228.147,28
LA ESPERANZA 109.510,69
PUERTO RICO 602.308,82
MARIA LEAL RODRIGUEZ 1.158.988,19
SAN JUAN 232.710,23
SAN PEDRO 123.199,53
JOSEFINA LOPEZ BONILLA 1.772.704,37
GUAYABAL 561.242,31
BARRIO LIMON 100.384,80
JN JOSEFINA LOPEZ BONILLA 349.065,34
LOS RANCHOS 41.066,51
CAÑAFISTOLA 38.785,04
MONTEVERDE 11.407,36
FLORIDA 132.325,42
LINDEROS 31.940,62
PARAISO 269.213,79
PLAYA JUNQUILLAL 18.251,78
RIO SECO 109.510,69
RIO TABACO 13.688,84
PASO HONDO 130.043,95
LAS DELICIAS 52.473,87
SAN FRANCISCO 98.103,33
SAN JOSE DE LA MONTAÑA 27.377,67
27 DE ABRIL 392.413,32
LOS PARGOS 70.725,66
EL TRAPICHE 59.318,29
EL GUAPOTE 34.222,09
BEJUCO 22.814,73
CARTAGENA 910.307,65
BRASILITO 307.998,83
HUACAS 506.486,96
PORTEGOLPE 383.287,43
PUERTO POTRERO 353.628,29
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
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DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 30
SANTA ROSA 351.346,81
DIONISIO LEAL VALLEJOS 102.666,28
VILLAREAL 1.072.292,22
EL LLANO 406.102,16
HATILLO 175.673,41
HERNANDEZ 59.318,29
RICARDO ANGULO VALLEJOS 278.339,68
GARITA VIEJA 38.785,04
LORENA 146.014,26
MATAPALO 435.761,31
SAN JOSE DE PINILLA 118.636,59
PLAYA GRANDE 22.814,73
EL LLANITO 130.043,95
ALEMANIA 2.281,47
VERACRUZ 6.844,42
EL PROGRESO 13.688,84
ESPABELAR 20.533,26
EL SOCORRO 11.407,36
JAZMINAL 2.281,47
LA UNION 41.066,51
LAGARTO 20.533,26
MARBELLA 102.666,28
OSTIONAL 237.273,17
SAN JUANILLO 93.540,39
VENADO 98.103,33
FRANCISCO CHAVEZ CHAVEZ 66.162,71
BOLSON 102.666,28
MATIAS DUARTE SOTELA 111.792,17
DIRIA 57.036,82
MERCEDES ORTEGA HERNADEZ 298.872,94
MARIA MARIN GALAGARZA 460.857,51
GUATIL 253.243,48
RIO CAÑAS VIEJO 70.725,66
ESTOCOLMO 613.716,19
TALOLINGUITA 146.014,26
TOTAL DE MATRICULAS 30.637.898,33
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Visto el Oficio DAM-3889-2018, se autoriza el giro del
10% a favor de Juntas de Educación y Administrativas del Impuesto de Bienes
Inmuebles IV Trimestre 2018, según informe de la Contabilidad Municipal.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 05: Se da lectura a Oficio DAM-3890-2018 de la Alcaldía
Municipal, mediante el cual remite documento enviado por Lic. Bernardo
Barrantes Castro-Contador municipal referente a la distribución de
Trasferencias de Ley IV Trimestre 2018. Se detalla:
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DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 31
NOMBRE DE INSTITUCION PRESUPUESTO LIQ- TOTAL A PAGAR III DESEMBOLSO SALDO
PRESUPUESTARIA
ORDINARIO 2017
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
1% ONT MINISTERIO DE HACIENDA 23.168.731,61 3.643.673,29 26.812.404,90 7.000.000,00 3.000.000,00
FONDOS PRO PARQUES 11.369.844,77 9.776.708,75 21.146.553,52 2.500.000,00 2.500.000,00
CONAGEBIO 1.804.737,27 2.282.017,26 4.086.754,53 500.000,00 500.000,00
UNION DE GOBIERNOS LOCALES 0,00 7.842.243,92 7.842.243,92 0,00 0,00
FEDERACION DE MUNICIPALIDADES DE 0,00 2.504.384,95 2.504.384,95 0,00 0,00
GUANACASTE
3% JUNTA ADMINISTRATIVA ARCHIVO 69.507.791,19 53.852.567,86 123.360.359,05 25.000.000,00 5.000.000,00
NACIONAL
IFAM 532,12 1.121,18 1.653,30 0,00
FONDO DE DESARROLLO MUNICIPAL 4.256,96 57.316,59 61.573,55 0,00 61.573,55
CONCEJO NACIONAL DE REHABILITACIÓN 29.103.073,07 21.906.192,43 51.009.265,50 15.000.000,00 5.000.000,00
TOTAL DE TRANSFERENCIAS 134.958.966,99 101.866.226,23 236.825.193,22 50.000.000,00 16.061.573,55
CORRIENTES
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Visto el Oficio DAM-3890-2018, se autoriza el desembolso
de Trasferencias de Ley IV Trimestre 2018, según se informa por la
Contabilidad Municipal.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 06: Se da lectura a Oficio DAM-3815-2018 de la Alcaldía Municipal
mediante el cual se remite propuesta de adición de los párrafos segundo y
tercero al artículo 5 del Reglamento para el pago de gastos de trasporte,
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DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 32
hospedaje y alimentación a los señores regidores y síndicos, propietarios y
suplentes, residentes en zonas alejadas de la Sede Municipal.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente
de Permanente de Gobierno y Administración, para su análisis y dictamen con
recomendaciones, Oficio DAM-3815-2018 de la Alcaldía Municipal mediante
el cual se remite propuesta de adición de los párrafos segundo y tercero al
artículo 5 del Reglamento para el pago de gastos de trasporte, hospedaje y
alimentación a los señores regidores y síndicos, propietarios y suplentes,
residentes en zonas alejadas de la Sede Municipal.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 07: Se da lectura a Oficio AC-124-2018 de la Asesoría Jurídica
Municipal.
Dictamen,
Así las cosas, revisada la documentación remitida por el departamento de la
Administración Tributaria a este Departamento y cumpliendo con lo dispuesto
por el artículo 9 de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas; la Asesoría Jurídica
recomienda a este Concejo Municipal, ubicar la Licencia de Licores categoría
C Restaurante solicitada por Unión de Porteadores Santacruceños LN MC del
Mil Seis S.A. cédula 3-101-467334, en el Restaurante Pullis, ubicado en el
Distrito Primero (Santa Cruz), Barrio El Cacao, contiguo a la Bomba de Agua.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Visto el Dictamen bajo el Oficio AC-124-2018, se ubica la
Licencia de Licores categoría C Restaurante solicitada por Unión de
Porteadores Santacruceños LN MC del Mil Seis S.A. cédula 3-101-467334, en
el Restaurante Pullis, ubicado en el Distrito Primero (Santa Cruz), Barrio El
Cacao, contiguo a la Bomba de Agua.
Pasar a la Administración Tributaria y Hacienda Municipal para el respectivo
trámite y pago.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE PROBADO.
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DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 33
INCISO 08: Se da lectura a Oficio suscrito por Licda. Andrea Gutiérrez
Meza-Sectores Vulnerables, el cual contiene lista de familias que han
solicitado ayuda economía.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente
de Permanente de Gobierno y Administración, para su análisis y dictamen con
recomendaciones, Oficio suscrito por Licda. Andrea Gutiérrez Meza-Sectores
Vulnerables, el cual contiene lista de familias que han solicitado ayuda
economía.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
-Señor Presidente Municipal, da espacio para entrega de instrumentos
musicales a dos colegios, Colegio Técnico Profesional de Santa Cruz y
Colegio CINDEA Villareal.
-Señora Alcaldesa Municipal, por recomendaciones que se han recibido, y con
la sana intención de colaborar se han comprado instrumentos de calidad, que
nos representanta, que estos muchachos son los actores principales de los
desfiles de los eventos y son quienes nos representa, felicitarlos y esperamos
que sean de mucha utilidad.
-Señor Rolando Pizarro Pizarro, felicitar a estos jóvenes y decirles que estos
instrumentos no van ser estrenados en Sn José, si no que en nuestro Festival
así que esperamos que sea todo un éxito.
-Señor Presidente Municipal externa agradecimiento y la participación a los
estudiantes y directores, poniendo en alto la representación del Cantón.
-Señor Director Colegio Técnico Santa Cruz agradece el aporte, que es aporte
para la juventud del cantón de Santa Cruz, agradecer de parte de la Junta
Directiva y por cada uno de los muchachos y padres de familia que dar soporte
a la institución.
-Señora Directora Liceo Villareal, de parte de la comunidad estudiantil y
administrativa y de la Banda Supremacía que es la unión de Banda del
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ.
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DEL 04 DICIEMBRE 2018 Folio 34
CINDEA VILLAREAL y LICEO VILLAREAL, esta banda tiene 65
integrantes los cuales están agradecidos por el aporte brindado.
EL SEÑOR PRESIDENTE MUNICIPAL CIERRA LA SESIÓN
ORDINARIA CUARENTA Y OCHO A LAS VEINTE HORAS DEL
MARTES CUATRO DE DICIEMBRE DOS MIL DIECIOCHO.
Sr. Omar Cruz Jiménez José Yorjani Rosales Contreras,
Presidente Municipal. Secretario Concejo Municipal.