Ordinaria 43 · 2018-10-30
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 43 del 2018-10-30 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
Acuerdos en esta acta
Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original. Incluye 19 acuerdo(s) sin número, marcados ~.
- ~ Acuerdo (pág. 9) · firme · aprobado de la de la Ley Nº 9587 “AUTORIZACION PARA LA CONDONACION TRIBUTARIA EN EL RÉGIMEN MUNICIPAL, sea a partir del 01 de diciembre del 2018. Realice el De…
- ~ Acuerdo (pág. 10) · firme · aprobado un segundo reporte esperemos a conocerlo, si decirles que todos los daños fueron reportados a la Comisión Nacional de Emergencias. SE ACUERDA POR UNAN…
- ~ Acuerdo (pág. 11) · firme · aprobado dieciocho, fundamentado en los principios de eficacia y eficiencia, así con vista y seguimiento del interés público del objeto de este proceso licitat…
- ~ Acuerdo (pág. 12) · firme · aprobado uz” para el cantón de Santa Cruz y la autorización para que la Alcaldesa firme el mismo. POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN SE ACUER…
- ~ Acuerdo (pág. 13) · firme · aprobado a la recomendación bajo el oficio AC-106-2018, firmado por el Lic. Marcos de Jesús Gutiérrez Rodríguez, Coordinador Asesoría Jurídica ubicar la Licenc…
- ~ Acuerdo (pág. 14) · firme · aprobado ionando en el Bar Brisas del Pacífico en la comunidad de Ostional la cual pertenecía al señor Gonzalo López Barrantes cédula 5-037-783. Lo anterior en…
- ~ Acuerdo (pág. 15) · firme · aprobado CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN: Se aprueba en todos sus extremos el Dictamen bajo el Oficio AC-107-2018 de la Asesoría Jurídica Municipal, se ubi…
- ~ Acuerdo (pág. 16) · firme · aprobado s categoría C Restaurante solicitada por Karen Vallejos Elizondo cédula 5-356-699, en el Restaurante Brisas del Mar, ubicado en el Distrito Sexto (Cua…
- ~ Acuerdo (pág. 17) · firme · aprobado RDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN: Se autoriza realizar actividad bailable y una licencia temporal para la comercialización de …
- ~ Acuerdo (pág. 18) · firme · aprobado DO I. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba la modificación y ampliación del acuerdo tomado en la sesión ordinaria 42-2018 Artículo 06, Inciso 07, cel…
- ~ Acuerdo (pág. 18) · firme · aprobado 42-2018 Artículo 06, Inciso 07, celebrada el día 23 de octubre del año 2018. Se autoriza dos licencias temporales para la comercialización de bebidas …
- ~ Acuerdo (pág. 22) · firme · aprobado mbramiento de Junta de Educación Escuela Estocolmo documentación presentada por Dra. Ed. Rosa Angélica Acosta Gutiérrez- Supervisora Educativa. SE ACU…
- ~ Acuerdo (pág. 23) · firme · aprobado 2018 Del 30 de octubre 2018 Folio 23 SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN: Se nombra como integrantes de la Junta de Educac…
- ~ Acuerdo (pág. 28) · firme · aprobado e se consideren pertinentes, luego se ubicó en la Coordinación de la Administración Tributaria dejando la plaza de confianza, los traslados y reubicac…
- ~ Acuerdo (pág. 29) · firme · aprobado a Alcaldesa Municipal, desde que llegue a esta Municipalidad a estas funcionarias se les está pagando con esos recursos, igual se presentaron los ofic…
- ~ Acuerdo (pág. 35) · firme · aprobado Alcaldesa Municipal o a quien en su lugar ocupe el cargo 2.1. Apoyar en lo que corresponde al Concejo Municipal, para la ejecución de los acuerdos que…
- ~ Acuerdo (pág. 36) · firme · aprobado ula de identidad 5-0297-0977, y a la fecha no hemos tenido respuesta razón por la cual se le solicita en un plazo improrrogable de 3 días hábiles dich…
- ~ Acuerdo (pág. 36) · firme · aprobado der dar respuesta al señor Didier Angulo Mayorga. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba el Dictamen CPV- No.005-2018 de la COMISIÓN DE VIVIENDA de las…
- ~ Acuerdo (pág. 38) · firme · aprobado CO así como la anuencia para que se mantenga el régimen jurídico dispuesto por la Ley No. MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ. MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ S. …
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Del 30 de octubre 2018 Folio 1
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA - NUMERO CUARENTA Y TRES-
DOS MIL DIECIOCHO - CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL
DE SANTA CRUZ- EL DÍA MARTES TREINTA DE OCTUBRE DEL AÑO
DOS MIL DIECIOCHO -A PARTIR DE LAS DIESICIETE HORAS, DE
ACUERDO A LA SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS
Sr. Omar Cruz Jiménez-Presidente Municipal.
Sra. María Eugenia Alfaro Duran-Vicepresidenta Municipal.
Licda. Ana Yansi Contreras Bustos.
MsC. Rolando Antonio Pizarro Pizarro.
Sr. Macdonal Espinoza Ruiz.
Dra. Disnarda Cubillo Vargas.
Sr. Jorge Antonio Leal Obando.
REGIDORES SUPLENTES
Prof. Anabelle Gutiérrez Cisneros.
Prof. Dixabet Matarrita Mendoza.
Ing. Mario André Madrigal Alfaro.
Prof. Isabel Gutiérrez Angulo.
Sr. Miguel Hernández Juárez.
Licda. Katherin Pizarro Matarrita.
SINDICOS PROPIETARIOS
Lic. Arcadio Eliseo Carrera Gutiérrez.
Sra. Carolina Fonseca Ortega.
Sr. Sergio Juárez Gutiérrez.
Prof. Warner Rodríguez Angulo.
Sra. Yesenia Tenorio Tenorio.
Sra. Virginia Gómez Gómez.
Prof. Edgar José Campos Campos.
Sra. Maritza Marchena Valerín.
Sra. María Aderita Rosales Alvarado.
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Del 30 de octubre 2018 Folio 2
SINDICOS SUPLENTES
Sr. Arturo Lara Ramírez.
Sra. Claudia Beatriz Moreno Peralta.
Prof. Carlos Espinoza Gutiérrez.
Licda. Jeimy Karol González Ramírez.
Sr. Tobías Benedit López.
Sr. Franklin Barrantes Vásquez.
DECLARADOS EN COMISIÓN:
Prof. Ivannia María Rodríguez López.
AUSENTES:
Sra. Alisandra Gutiérrez Gómez.
Licda. Xinia María Aguilar González C.C Aguilar Ortíz.
POR LA ADMINISTRACIÓN.
Msc. María Rosa López Gutiérrez Alcaldesa Municipal.
Lic. Iván Ramírez Camareno Vicealcalde Primero.
Lic. Javier Víquez Alfaro Asesor Legal Externo.
Licda. Laura López Zúñiga Asistente de Presidencia.
ORDEN DEL DIA:
1. Comprobación del Quórum de Ley.
2. Aprobación Orden del Día.
3. Juramentaciones.
4. Lectura de Actas.
5. Lectura y resolución de correspondencia.
6. Informe de Comisión.
7. Informe de la señora Alcaldesa Municipal.
8. Mociones.
9. Cierre.
ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUORUM DE LEY.
Comprobado el Quorum para sesionar, se somete a aprobación el Orden del
Día presentado por la Presidencia del Concejo.
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Del 30 de octubre 2018 Folio 3
-Señora Disnarda Cubillo Vargas dirige oración con motivo de celebrar la
sesión ordinaria.
ARTÍCULO 02. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba el Orden del Día
presentado por la Presidencia del Concejo.
ARTÍCULO 03. JURAMENTACIONES.
INCISO 01: Juramentación de los integrantes de la Junta de Educación de la
Escuela San Juan presentes los señores Steven González Agüero cédula
111550281, Santos Cecilio Zúñiga Baltodano cédula 0501210443, Yanner
Ramírez Aguilar cédula 0504100238, Laura Melissa Cabalceta Vega cédula
0503400595, Marcela Oquendo Espinoza cédula 503640690. Nombrados
como integrantes de la Junta de Educación en la sesión ordinaria 42-2018
Artículo 05, Inciso 16, celebrada el día 23 de octubre del año 2018.
INCISO 02: Juramentación de una integrante de la Junta de Educación de la
Escuela San Pedro en la Sesión Ordinaria N°43-2018 del 30 de octubre del
2018 Artículo 03, Inciso 02, presente: Floribeth Ruiz Gutiérrez cédula
502570394, nombrada como integrante de la Junta de Educación en la sesión
ordinaria 42-2018 Artículo 05, Inciso 15, celebrada el día 23 de octubre del
año 2018.
INCISO 03: Juramentación de integrantes de la Junta de Educación de la
Escuela Puerto Rico en la Sesión Ordinaria N°43-2018 del 30 de octubre del
2018 Artículo 03, Inciso 03, presente señora Guadalupe Romero Vallejos
cédula 503840865 y al señor Benedicto Peña López cédula 501530744,
nombrados como integrantes de la Junta de Educación en la sesión ordinaria
la sesión ordinaria 42-2018, Artículo 05, Inciso 14, celebrada el día 23 de
octubre del año 2018.
INCISO 04: Juramentación de integrante de la Junta de Educación Escuela La
Esperanza presentes los señores Elieth María Gómez Gómez cédula 5-0319-
0220, Angélica María Martínez Martínez cédula 5-0324-0689, Freddy Gerardo
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Del 30 de octubre 2018 Folio 4
Jiménez Villalobos cédula 5-0271-0917, Grevy Ramos Guzmán cédula 5-
0227-0924, María Emilce Duarte Briceño cédula 5-0326-0202. Nombrados en
la Sesión Ordinaria 36-2018, Artículo 06, Inciso 15, celebrada el día 11 de
setiembre del año 2018.
ARTÍCULO 04. LECTURA DE ACTAS.
INCISO 01: Se somete a aprobación acta de la sesión ordinaria 40-2018 de 10
de octubre 2018.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba el acta de la sesión
ordinaria 40-2018 de 10 de octubre 2018.
INCISO 02: Se somete a aprobación acta de la sesión ordinaria 41-2018 del
16 de octubre 2018.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba el acta de la sesión
ordinaria 41-2018 de 16 de octubre 2018.
INCISO 03: Se comente a aprobación acta de la sesión extraordinaria 23-
2018 del 19 de octubre 2018.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba el acta de la
extraordinaria 23-2018 del 19 de octubre 2018.
ARTÍCULO 05. CORRESPONDENCIA.
INCISO 01: Se conoce nota firmada por M.Sc. Oscar Guevara Arias, indica:
“Por medio de la presente reciban un cordial saludo y a la vez me dirijo
respetuosamente a ustedes, para comunicarles que no podré asistir a la sesión
programada para el día de hoy y para el día 06 de noviembre del presente año.
Lo anterior, se debe a motivos de que estoy cursando unos seminarios de
actualización en el Instituto Costarricense de Derecho Procesal Civil, los
cuales me fueron programados previo a mi nombramiento de asesor externo
de este Concejo.
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Del 30 de octubre 2018 Folio 5
Adjunto aporto copias de la información de los seminarios de referencia
programados para los días 30 y 31 de octubre, 6,7 y 8 de noviembre del
presente año, su invitación y matrícula realizada.
No mito indicarles que para los días de seminario, quedo a la mayor
disposición para cualquier consulta, ya sea por medio de mi correo electrónico
o bien, me pueden localizar por teléfono en horas de la mañana.
Sin más por el momento y esperando que puedan disculpar mi ausencia ya que
esta es una situación que escapa de mi voluntad, se despide de ustedes muy
atentamente.
SE DA POR CONOCIDO.
INCISO 02: Se conoce oficio DAM-3140-2018, firmado por Msc. María
Rosa López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal. Indica: “Por medio de la
presente, procedo dar respuesta a lo solicitado en el Oficio SM-0615-Ord 22-
2018, les remito para su respectivo análisis el Oficio DDUR-DCT-AL-0805-
2018, firmado por la Ing. Alejandra Sancho Perlaza, Departamento de
Catastro y Topografía. Referente a las áreas municipales en el Cacao, Distrito
Primero.”
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente
de Obras, para su dictamen con recomendaciones, de lo indicado bajo el oficio
DAM-3140-2018.
INCISO 03: Se conoce oficio DAM-3310-2018, firmado por Msc. María
Rosa López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal. Indica “Procedo a dar respuesta a
lo solicitado mediante el oficio SM-01194-Ord 38-2018, para lo cual le remite
el oficio DDUR-DCT-AL-0876-2018, firmada por el Ing. Diego Rodríguez
Galagarza, Director Dirección Desarrollo Urbano y Rural, y la Ing. Alejandra
Sancho Perlaza, Departamento de Catastro y Topografía. Proyecto de
Urbanización Los Espaveles, Distrito 01, Santa Cruz.
-Se da lectura a Oficio DDUR-DCT-AL-0876-2018:
Ref: Respuesta a nota con oficio SM-01194-Ord.38-2018 del 04 de octubre
del año 2018, Proyecto de Urbanización los Espaveles, Distrito 01 Santa Cruz.
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Del 30 de octubre 2018 Folio 6
Respecto a la solicitud especifica de parte del representante del desarrollador,
es posible acceder a un aval municipal de acogerse a lo establecido en el
artículo 39 de la Ley de Planificación Urbana, para lo cual es indispensable
presentar de parte del desarrollador la siguiente información:
1)Diseño formal geométrico vertical y horizontal de las calles públicas.
2)Diseño formal de las obras de infraestructura urbanística que serán
entregadas a la Corporación Municipal(cordón, caño, acera y sistema de
evacuación de aguas pluviales)
3)Memoria de cálculo que se basa el diseño formal del sistema de
evacuación de aguas pluviales (estudio hidrológico y estudio hidráulico).
4)Estimación de costo detallado de las obras de infraestructura urbanística
que serán entregadas a la Corporación Municipal.
5)Mosaico catastral con cuadro de áreas.
Una vez revisada y analizada la información anterior, se podrá emitir una
recomendación relacionada a la aplicación del artículo 39 de la cita Ley.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba la recomendación
contenida bajo el oficio DDUR-DCT-AL-0876-2018. Comunique se al
interesado para su cumplimiento.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE PROBADO.
INCISO 04: Se conoce oficio DAM-3339-2018, firmado por Msc. María
Rosa López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal. Indica: Les remito para
conocimiento el Oficio DDUR-AL-049-2048, firmado por el Ing. Diego
Rodríguez Galagarza, Desarrollo Urbano y Rural, Asunto en referencia:
Informe preliminar de necesidades a atender en infraestructura en el corto y
mediano plazo, debido a las afectaciones hidrometeoro lógicos que han
incidido directamente sobre el territorio del Cantón de Santa Cruz durante del
mes de octubre del presente año.
-Se la lectura sucinta al Oficio DDUR-AL-049-2018
Asunto en referencia: Informe preliminar de necesidades a atender en
infraestructura en el corto y mediano plazo, debido a la afectación ocasionada
por las continuas lluvias provocadas por los fenómenos hidrometeoro lógicos
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Del 30 de octubre 2018 Folio 7
que han incidido directamente sobre el territorio del cantón de Santa Cruz
durante el mes de octubre del presente año.
1- Deterioro significativo y generalizado de la condición de la red vial
cantonal de lastre. Se considera que en éste aspecto se ha tenido un retroceso
de 20 años.
Para rehabilitar y recuperar los 930 kilómetros de la red vial cantonal
codificada, de manera tal que se devuelva a un grado aceptable de
transitabilidad, es necesario realizar una inversión multimillonaria, la cual se
estima en aproximadamente ¢4650000000,00(cuatro mil seiscientos cincuenta
millones de colones).
2- Inundación de viviendas en Barrrio Estocolmo por destrucción de obra de
protección (dique) en la margen izquierda del Río En Medio. Distrito 01 Santa
Cruz.
Con base a los actuales estudios, la reconstrucción de la obra de protección
tendría un costo total aproximado entre ¢350000000,00 (trescientos cincuenta
millones de colones) y ¢450000000,00 (cuatrocientos cincuenta millones de
colones).
3- Inundación de viviendas, calles y caminos en el poblado de Río Cañas
Viejo. Distrito 01 Santa Cruz
4- Inundación de viviendas, calles y caminos de los poblados de Ortega y
Bolsón Distrito 02 Bolsón.
5- Inundación de viviendas de Caserío Río Montaña y de Ruta Nacional N°
160 (Venado-Playa Lagarto- Marbella – San Juanillo – Ostional- Nosara)
Distrito 06 Cuajiniquil.
6- Incomunicación del poblado de Ostional, por falta de estructuras de paso
( puentes) sobre la Quebrada Rayo, Río Ostional y Quebrada Seca; en la Ruta
Nacional N° 160 Distrito 06 Cuajiniquil.
7- Incomunicación de los poblados de El Socorro, Alemania y la Unión.
Distrito 06 Cuajiniquil.
No obstante es necesario la construcción de un puente vehicular de una vía y
de aproximadamente 50 metros de longitud, cuyo costo total aproximado es
de ¢500000000,00(quinientos millones de colones).
8- Incomunicación del Caserío Cacao, comunidad de Río Seco. Distrito 03
Veintisiete de Abril.
Para solucionar la problemática que padecen los habitantes de dicho caserío,
es necesario construir un puente peatonal de aproximadamente 40 metros de
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Del 30 de octubre 2018 Folio 8
longitud, cuyo costo total es de aproximadamente ¢65000000,00 (sesenta y
cinco millones de colones) .Aunado a la inversión en la construcción del
puente peatonal , se hace necesario expropiar una franja de terreno de
aproximadamente 1500 metros cuadrados , para generar una alameda
peatonal , de 6,00 metros de ancho, entre la salida del puente peatonal y la
Ruta Nacional N° 160, en el centro de la comunidad de Río Seco. La
expropiación de dicha franja de terreno tendría un costo total aproximado
de ¢13500000,00(trece millones quinientos mil colones exactos).
9- Inundación de viviendas en el poblado de Río Seco, Distrito 03
Veintisiete de Abril.
10- Inundación de viviendas en el poblado de Paraíso, Distrito 03 Veintisiete
de Abril.
11- Incomunicación total del caserío la Lechuza y del sector suroeste de San
Juan con el centro de población del mismo nombre.
Para solucionar la problemática, es necesario construir un puente vehicular
peatonal, en una vía de aproximadamente 30 metros de largo, cuyo costo total
es de ¢ 297000000,00(doscientos noventa y siete millones de colones)
-Señor Jorge Leal Obando,
INCISO 05: Se conoce oficio DAM-3371-2018, firmado por Msc. María
Rosa López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal, por medio de la presente, les
remito para conocimiento oficio AT-0021-2018, en el cual se indica propuesta
de fecha de inicio para comenzar con el procedimiento sobre condonación
tributaria en el Régimen Municipal, aprobado mediante el oficio SM-01275-
Ord.42-2018.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se aprueba la recomendación bajo el oficio AT-0021-2018.
Del acuerdo tomado en la sesión ordinaria 42-2018, Artículo 05, Inciso 26,
celebrada el día 23 de octubre del año 2018 bajo el oficio SM-01275-Ord.42-
2018, la fecha de aplicación de la de la Ley Nº 9587 “AUTORIZACION
PARA LA CONDONACION TRIBUTARIA EN EL RÉGIMEN
MUNICIPAL, sea a partir del 01 de diciembre del 2018.
Realice el Departamento de Prensa y Comunicación la publicidad y
divulgación en el Cantón de las condiciones de aplicación de esta.
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ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 06: Se conoce oficio DAM-3175-2018, firmado por Msc. María Rosa López
Gutiérrez, Alcaldesa Municipal. Referencia: Solicitud de concesión de lote en Isla Plata por
Inversiones Vimavi del Pacífico S.A. Para su conocimiento y resolución les remito la
Resolución Administrativa elaborada por la jefatura de la ZMT bajo el oficio ZMT-550-18
de 20 de abril del 2018.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente
de Zona Marítimo Terrestre, para su dictamen con recomendaciones, de lo
indicado bajo el oficio DAM-3175-2018.
INCISO 07: Se conoce oficio DAM-3408-2018, firmado por Msc. María
Rosa López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal, en el cual se indica: Les remito
para que procedan dictar el acto final, según lo indicado en el Oficio Prov-
221-2018, firmado por el Lic. Keylor Jaén Rosales, Proveedor Municipal, en
la cual remite expediente correspondiente a LICITACIÓN PÚBLICA N°
2018LN-000001-01, COMPREA DE MAQUINARIA NUEVA PARA LA
ATENCIÓN DE LA RED VIAL CANTONAL DE LASTRE, el cual consta
de 1605 folios. Para que se proceda a resolver recurso de revocatoria
presentado por la empresa CRAISA S.A.
-Señora Dixabeth Matarrita Mendoza, ¿Existe ya un cronograma de
intervenciones?
-Señora Alcaldesa Municipal, esperamos para este próximo jueves en Junta
Vial priorizar las reparaciones, y estamos elaborando la próxima modificación
en la cual se espera poder incluir 100 millones para la reparación de caminos y
compra de materiales.
-Señor Miguel Hernández Juárez, creo que en los informes y en la
planificación, siempre veo solo a la Costa incluida, entendemos que por el
turismo la inversión y demás, pero la Altura de nuestro Cantón no se
interviene, esta Municipalidad tiene una deuda con Papelillo, ahí hay cultivos
productos que sacar y se pueden perder por el mal estado del acceso, es triste
como se deja de lado a nuestra gente por el turismo, y la intervención no
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supera los 300 metros, la salida a Nicoya está en buenas condiciones, pero la
que corresponde a Santa cruz no se ha intervenido.
-Señor Jorge Leal Obando, en realidad cuando se trata de la aprobación de
montos o de licitaciones o de aquello para la reparación de la red vial cantonal,
creo que se debe llegar a aquellos lugares que más requieren y creo que
Papelillo merece que hagamos todo el esfuerzo por hacer las reparaciones sin
dejar de intervenir nuestra zona turística.
-Señora Disnarda Cubillo Vargas, viendo el informe de don Diego,
nuevamente deja por fuera al Diriá, en Oriente, en Santa Bárbara, y a Bolsón y
todo ese sector, creo que es urgente que se haga nuevamente aun inspección y
que se haga el informe de este sector que ha sufrido por las lluvias, hay
lugares donde las bases de los puentes están socavadas y los ríos están al
borde.
-Señora Alcaldesa Municipal, creo que este es un primer informe, por la fecha
y por los lugares que se menciona, sé que don Diego está haciendo inspección
y elaborando un segundo reporte esperemos a conocerlo, si decirles que todos
los daños fueron reportados a la Comisión Nacional de Emergencias.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente
de Asuntos Jurídicos, para su dictamen con recomendaciones, el recurso de
revocatoria presentado por la empresa CRAISA S.A., expediente
correspondiente a LICITACIÓN PÚBLICA N° 2018LN-000001-01,
COMPREA DE MAQUINARIA NUEVA PARA LA ATENCIÓN DE LA
RED VIAL CANTONAL DE LASTRE, el cual consta de 1605 folios.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 08: Se conoce oficio DAM-3406-2018, firmado por Msc. María
Rosa López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal, incida: les remito para que
procedan dictar el acto final, según lo indicado en el Oficio Prov-220-2018,
firmado por el Lic. Keylor Jaén Rosales, Proveedor Municipal, en la cual
remite expediente correspondiente a LICITACIÓN ABREVIADA N°2018LA-
000012-01, CONTRATACIÓN DE MAQUINARIA PESADA POR HORAS,
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PARA BRINDAR MANTENIMIENTO DE LOS CAMINOS DE LASTRE Y
TIERRA, EN EL CANTÓN DE SANTA CRUZ, el cual consta de 193 folios.
-Se da lectura Informe de Recomendación de la Comisión de Adquisiciones y
Recomendaciones de Contratación Administrativa de las nueve horas con diez
minutos del treinta de octubre del dos mil dieciocho.
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Visto el Informe de Recomendación de la Comisión de
Adquisiciones y Recomendaciones de Contratación Administrativa de las
nueve horas con diez minutos del treinta de octubre del dos mil dieciocho,
fundamentado en los principios de eficacia y eficiencia, así con vista y
seguimiento del interés público del objeto de este proceso licitatorio, se
adjudica en la LICITACIÓN ABREVIADA N°2018LA-000012-01,
CONTRATACIÓN DE MAQUINARIA PESADA POR HORAS, PARA
BRINDAR MANTENIMIENTO DE LOS CAMINOS DE LASTRE Y
TIERRA, EN EL CANTÓN DE SANTA CRUZ a la empresa
CONSTRUCTORA LÓPEZ LÓPEZ SIGLO XXXI S.A. por un monto
de ¢34,580,000.00 (Treinta y cuatro millones quinientos ochenta mil colones
netos).
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 09: Se conoce nota firmada por el señor Juan Carlos Briceño
Morales, Tesorero, del Comité Cantonal de Deporte, Santa Cruz, Guanacaste,
la presente es para solicitar el trámite de la subvención asignada por el
ICODER al Comité Cantonal de Deporte y Recreación de Santa Cruz por la
suma de ¢ 10 000 000.00 (Diez millones de colones).
Se transcribe el siguiente acuerdo de la Junta Directiva del Comité Cantonal
de Deporte y Recreación de Santa Cruz celebrado el miércoles 24 de octubre
del 2018, sesión N°36, Capitulo VII, artículo N° 11 que señala:
Acuerdo:
1. Se conoce y aprueba el Proyecto del ICODER “Actívate Santa Cruz” en
el cantón de Santa Cruz”.
2. 2. Se autoriza al Presidente del Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Santa Cruz a firmar el Convenio de Aporte con el
ICODER.
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Del 30 de octubre 2018 Folio 12
3. Solicitar al Concejo Municipal de Santa Cruz la aprobación del
Proyecto “Actívate Santa Cruz” para el cantón de Santa Cruz y la
autorización para que la Alcaldesa firme el mismo.
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Se aprueba el Proyecto “Actívate Santa Cruz” para el cantón
de Santa Cruz.
Se autoriza a la señora Alcaldesa Municipal y a la señora Presidenta del
Comité Cantonal de Deportes y Recreación a la firma del Convenio entre el
ICODER y esta Municipalidad, para la trasferencia de los recursos
económicos para el Proyecto “Actívate Santa Cruz”.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 10: Se conoce oficio N°ZMT-1155-2018, firmado por el Lic. Onías
Contreras Moreno, Coordinador a.i Departamento de Zona Marítima
Terrestre. De conformidad con el oficio SM-1020-Ord.33-2018, nos
permitimos emitir el siguiente criterio técnico:
POR TANTO:
Este departamento considera que la ley otorga facultades suficientes a la
Administración Municipal para decidir si otorga o deniega este permiso. Sin
embargo somos cautos en indicar nuestra Recomendación explícita para el
Honorable Concejo Municipal es que se le otorgue permiso de: CUIDO Y
MANTENIMIENTO DE LA ZONA PÚBLICA, pero NO así de colocar sillas
de sol y sombrillas móviles, porque precisamente este tipo de servicio se está
practicando en forma ilegal en gran parte de la zona pública de nuestras playas
por particulares, situación que crea conflictos para la administración
municipal.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente
de Zona Marítimo Terrestre, para su dictamen con recomendaciones, de lo
indicado bajo el oficio ZMT-1155-2018.
INCISO 11: Se conoce oficio AC-106-2018, firmado por el Lic. Marcos de
Jesús Gutiérrez Rodríguez, Coordinador Asesoría Jurídica, vista la solicitud de
Licencia de Licores realizada por Adriana Gutiérrez Gutiérrez, cédula 5-339-
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
S. Ordinaria 43-2018
Del 30 de octubre 2018 Folio 13
065 ante el Departamento de la Administración Tributaria y trasladada a la
Asesoría Jurídica, procedemos a informarles lo siguiente:
Dictamen:
Así las cosas, revisada la documentación remitida por el Departamento de la
Administración Tributaria a este Despacho y cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 9 de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas; la Asesoría Jurídica
recomienda a este Concejo Municipal, ubicar la Licencia de Licores categoría
C Restaurante solicitada por Adriana Gutiérrez Gutiérrez, cédula 5-339-065,
en el Restaurante El Escondite, ubicado en el Distrito Primero ( Santa Cruz),
Barrio Las Maravillas de la Escuela 400 metros Norte y 150 metros oeste.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Vista la recomendación bajo el oficio AC-106-2018,
firmado por el Lic. Marcos de Jesús Gutiérrez Rodríguez, Coordinador
Asesoría Jurídica ubicar la Licencia de Licores categoría C Restaurante
solicitada por Adriana Gutiérrez Gutiérrez, cédula 5-339-065, en el
Restaurante El Escondite, ubicado en el Distrito Primero ( Santa Cruz), Barrio
Las Maravillas de la Escuela 400 metros Norte y 150 metros oeste.
Pasar a la Administración Tributaria y Hacienda Municipal, para el trámite y
pago que corresponde.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 12: Se conoce oficio AC-107-2018, firmado por el Lic. Marcos de
Jesús Gutiérrez Rodríguez, Coordinador, Asesoría Jurídica, visto el oficio AT-
0013-2018 de la Administración Tributaria mediante el cual informó a la
Asesoría Jurídica el estudio realizado a la licencia de licores N°118 la cual se
encuentra ubicado en la comunidad de Ostional en el Bar Brisas del Pacífico;
les informamos lo siguiente:
Dictamen:
De esta manera vista la defunción del Tribunal Supremo de Elecciones en el
cual indica que el señor Gonzalo López Barrantes se encuentra fallecido desde
el 30 de junio de 2006, y analizada la normativa citada, se recomienda al
Concejo Municipal, retirar de la base de datos de la Municipalidad de Santa
Cruz la licencia de licores que se encuentra funcionando en el Bar Brisas del
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S. Ordinaria 43-2018
Del 30 de octubre 2018 Folio 14
Pacífico en la comunidad de Ostional la cual pertenecía al señor Gonzalo
López Barrantes cédula 5-037-783.
Lo anterior en concordancia con los artículos 6 inciso a) de la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas y el artículo 16 inciso
e-1) del Reglamento de la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas
con Contenido Alcohólico de la Municipalidad de Santa Cruz.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se aprueba en todos sus extremos el Dictamen bajo el
Oficio AC-107-2018, visto que Tribunal Supremo de Elecciones indica que el
señor Gonzalo López Barrantes se encuentra fallecido desde el 30 de junio de
2006, y analizada la normativa citada, se acuerda retirar de la base de datos de
la Municipalidad de Santa Cruz la licencia de licores que se encuentra
funcionando en el Bar Brisas del Pacífico en la comunidad de Ostional la cual
pertenecía al señor Gonzalo López Barrantes cédula 5-037-783. Lo anterior en
concordancia con los artículos 6 inciso a) de la Ley de Regulación y
Comercialización de Bebidas Alcohólicas y el artículo 16 inciso e-1) del
Reglamento de la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con
Contenido Alcohólico de la Municipalidad de Santa Cruz.
Proceda la Administración Tributaria y Hacienda Municipal según sus
competencias.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 13: Se conoce oficio AC-108-2018, firmado por el Lic. Marcos de
Jesús Gutiérrez Rodríguez, Coordinador, Asesoría Jurídica, vista la solicitud
de Licencia de Licores realizada por Corporación de Supermercados Unidos
S.R.L., cédula 3-102-007223 ante el Departamento de la Administración
Tributaria y trasladada a la Asesoría Jurídica, procedemos a informales lo
siguiente:
Dictamen:
Así las cosas, revisada la documentación remitida por el Departamento de la
Administración Tributaria a este Despacho y cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 9 de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas; la Asesoría Jurídica
recomienda a este Concejo Municipal, ubicar la Licencia de Licores categoría
D2 Supermercado solicitada por Corporación de Supermercados Unidos
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Del 30 de octubre 2018 Folio 15
S.R.L, cédula 3-102-007223, en el Supermercado Maxi Palí Tamarindo,
ubicado en el Distrito Noveno (Tamarindo), Villareal del Supermercado
Megasúper 400 metros este.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se aprueba en todos sus extremos el Dictamen bajo el
Oficio AC-107-2018 de la Asesoría Jurídica Municipal, se ubica la Licencia de
Licores categoría D2 Supermercado solicitada por Corporación de
Supermercados Unidos S.R.L, cédula 3-102-007223, en el Supermercado
Maxi Palí Tamarindo, ubicado en el Distrito Noveno (Tamarindo), Villareal
del Supermercado Megasúper 400 metros este.
Proceda la Administración Tributaria y Hacienda Municipal según sus
competencias.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 14: Se conoce oficio AC-109-2018, firmado por el Lic. Marcos de
Jesús Gutiérrez Rodríguez, Coordinador, Asesoría Jurídica, vista la solicitud
de Licencia de Licores realizada por Karen Vallejos Elizondo cédula 5-356-
699 ante el Departamento de la Administración Tributaria y trasladada a la
Asesoría Jurídica, procedemos a informarles lo siguiente:
Dictamen:
Así las cosas, revisada la documentación remitida por el Departamento de la
Administración Tributaria a este Despacho y cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 9 de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas; la Asesoría Jurídica
recomienda a este Concejo Municipal, ubicar la Licencia de Licores categoría
C Restaurante solicitada por Karen Vallejos Elizondo cédula 5-356-699, en el
Restaurante Brisas del Mar, ubicado en el Distrito Sexto (Cuajiniquil), San
Juanillo de la Escuela 120 metros Sur.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se aprueba en todos sus extremos el Dictamen bajo el
Oficio AC-107-2018 de la Asesoría Jurídica Municipal, se ubica la Licencia
de Licores categoría C Restaurante solicitada por Karen Vallejos Elizondo
cédula 5-356-699, en el Restaurante Brisas del Mar, ubicado en el Distrito
Sexto (Cuajiniquil), San Juanillo de la Escuela 120 metros Sur.
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S. Ordinaria 43-2018
Del 30 de octubre 2018 Folio 16
Proceda la Administración Tributaria y Hacienda Municipal según sus
competencias.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 15: Se conoce nota firmada por los señores Digna Cisneros Leal y
Roberto Ruiz Leal, del Comité Iglesia Católica Río Seco. Indica: Reciban un
cordial saludo, la misma tiene la finalidad de solicitarles una ayuda económica
para realizar mejoras a nuestra iglesia católica, declarada “Patrimonio
Nacional”, ya que se necesita urgentemente la reparación total del cielo raso,
pintar y cambiar algunas láminas de zinc, también la reparación total del
campanario (entre las cuales está la compra de una campana), el arreglo de las
puertas y algunos ventanales, entre otros detalles más por reparar.
Esta iglesia es visitada por muchos turistas, el cual les atrae su diseño de
construcción y antigüedad, para nosotros es normal ver estacionar carros y
dichos ocupantes realicen diferentes tomas del templo pero esto no quiere
decir que recibimos alguna ayuda por parte de ellos, para nosotros ver que el
tiempo cobra daño en la infraestructura del templo nos preocupa, ya que las
reparaciones deben realizarse pero no contamos con los recursos económicos
para realizarlos.
Se entiende que se cuenta con un 5% de presupuesto para el mantenimiento de
Patrimonio Nacional y sabemos que nuestro templo que es el orgullo del
pueblo NO ha recibido dicha ayuda, es por esa razón que hacemos la solicitud.
Esperando que nuestra solicitud sea acogida, nos despedimos, deseando una
pronta respuesta.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Alcaldía Municipal,
para las gestiones que corresponda, la solicitud suscrita por el Comité de
Iglesia Católica Rio Seco.
INCISO 16: Se conoce nota firmada por la señora Soraida Salazar B, en la
cual indica: “Estimados señores concejo municipal, me dirijo a ustedes con el
fin de solicitarles un permiso para poner una pequeña venta de tiliches alusiva
a la navidad, sería ponerla en la plaza de los mangos frente a Importadora
Monge. Yo soy vecina de barrio el guabo les agradecería mucho la ayuda que
me puedan brindar ya que de esto depende el sustento de mi esposo quien es
adulto mayor y yo ya que no tenemos otra forma de sobrevivir.
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Del 30 de octubre 2018 Folio 17
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Alcaldía Municipal y
a la Administración Tributaria para el trámite que corresponde según lo
solicitado por la señora Soraida Salazar B. cédula 1-444-103.
INCISO 17: Se da lectura a documento suscrito por Casimiro Contreras Jaén
cédula 51441076, indica: solicito autorización para realizar actividad bailable
y una licencia temporal para la comercialización de bebidas alcohólicas a
favor de la Asociación de Desarrollo Integral Los Ranchos cédula jurídica
3002117053, para la fecha de 10 de noviembre 2018 en horario de 09:00pm a
2:30am, en el Salón Comunal de la localidad.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se autoriza realizar actividad bailable y una licencia
temporal para la comercialización de bebidas alcohólicas a favor de la
Asociación de Desarrollo Integral Los Ranchos cédula jurídica 3002117053,
representada por Casimiro Contreras Jaén cédula 51441076, para la fecha de
10 de noviembre 2018 en horario de 09:00pm a 2:30am, en el Salón Comunal
de la localidad.
Pasar a la Administración Tributaria para el trámite y pago que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 18: Se conoce solicitud de licencia temporal para la comercialización
y expendio de bebidas con contenido alcohólico, solicitadas por Asociación de
Desarrollo Integral de Buenos Aires, cédula N°3-002-111050, representada
por la señora Fanny Rodríguez Rodríguez, cédula N°5-173-845, cantidad de
licencias temporales 5, fechas del evento del 06 al 09 de diciembre 2018,
horario del evento: 10 am-2:30 am, en Festejos Patronales en Plaza Buenos
Aires, 100 este del BCR.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se autoriza cinco licencias temporales para la
comercialización y expendio de bebidas con contenido alcohólico a favor de la
Asociación de Desarrollo Integral de Buenos Aires, cédula N°3-002-111050,
representada por la señora Fanny Rodríguez Rodríguez, cédula N°5-173-845,
fechas del evento del 06 al 09 de diciembre 2018, horario del evento: 10 am-
2:30 am, en Festejos Patronales en Plaza Buenos Aires.
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Del 30 de octubre 2018 Folio 18
Pasar a la Administración Tributaria y Hacienda Municipal para el trámite y
pago que corresponda.
INCISO 19: Se da lectura a documentos suscrito por la señora Dinia Gómez
Zúñiga, cédula 503450086, mediante el cual solicita ampliación al acuerdo
bajo el oficio SM-01281-ORD.42-2018 del 23 de octubre 2018. Donde se
otorga permiso para actividad “Benéfica con venta de comidas y bebidas
alcohólicas” los días 3 y 4 de noviembre en Hacienda La Pinta de la manera
más atenta solcito se me incluya el día 2 de noviembre y se me otorgue el
derecho de otra patente temporal de licores para los día 2, 3 y 4 de noviembre.
También tendré actividades bailables sin fin de lucro, actividad denominada
Feria Rodeo La Pinta 2018.
ACEURDO I. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba la
modificación y ampliación del acuerdo tomado en la sesión ordinaria 42-2018
Artículo 06, Inciso 07, celebrada el día 23 de octubre del año 2018.
Se autoriza Feria Rodeo La Pinta 2018 para los días 02, 03 y 04 de noviembre
2018 a favor de la señora Dinia Gómez Zúñiga cédula 503450086. Y
actividades bailables sin fines de lucro para las fechas indicadas.
Pasar a la Administración Tributarias y Hacienda Municipal para el pago y
tramite de corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
ACUERDO II. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba la
modificación y ampliación del acuerdo tomado en la sesión ordinaria 42-2018
Artículo 06, Inciso 07, celebrada el día 23 de octubre del año 2018.
Se autoriza dos licencias temporales para la comercialización de bebidas con
contenido alcohólico las cuales se explotaran en Feria Rodeo La Pinta 2018
para los días 02, 03 y 04 de noviembre 2018 a favor de la señora Dinia Gómez
Zúñiga cédula 503450086. Y actividades bailables sin fines de lucro para las
fechas indicadas.
Pasar a la Administración Tributarias y Hacienda Municipal para el pago y
trámite de corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
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Del 30 de octubre 2018 Folio 19
INCISO 20: Se conoce oficio #09-2018, firmada por MSC. Celia Pastrana
Gutiérrez, Presidente de la Asociación de Desarrollo Específica Pro Mejoras
Barrio Santa Cecilia, en el cual se indica: En sesión celebrada el día 03 de
octubre de 2018, artículo 1 por la Junta Directiva de esta asociación de
desarrollo en el espacio de audiencias, se atendió al Ing. Leonel Somarribas
Chavarría quien hizo exposición sobre el proyecto “CENTRO URBANO DE
SANTA CRUZ”, ubicado principalmente en la antigua Hacienda Santa
Cecilia.
Considerando la importancia que este proyecto traerá al cantón de Santa Cruz
en aspectos económico, social y cultural; esta Junta Directiva acuerda por
unanimidad comunicar al Honorable Concejo Municipal de Santa Cruz.
“Brindar el apoyo para la ejecución del proyecto CENTRO
URBANO DE SANTA CRUZ”, a la vez solicitar se tome en
cuenta a esta asociación para utilizar una de las áreas públicas
que se asignarán a la MUNICIPALIDAD con el objetivo de
desarrollar proyecto productivo en beneficio de nuestra
comunidad, facilitar fuentes de empleo como también el rescate
de identidad como lo fue la Hacienda Santa Cecilia.”
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Comisión Permanente
de Obras, para su dictamen con recomendaciones oficio #09-2018, firmada
por MSC. Celia Pastrana Gutiérrez, Presidente de la Asociación de Desarrollo
Específica Pro Mejoras Barrio Santa Cecilia.
INCISO 21: Se conoce nota firmada por la señora Lindsey Jeanne Cantillo
Ramírez, Vicepresidente, de la Asociación Administradora del Acueducto y
Alcantarillado de Playa Potrero, en cual indica: “El pasado 20 de junio le
enviamos a su despacho un comunicado, en el cual les notificábamos de la
resolución de la Sala IV N°2018002898, en la cual se nos prohibía emitir carta
de disponibilidad de agua. A nuestra solicitud, la Comisión Técnica
Interinstitucional (CTI), conformada por AYA, Senara y Dirección de Aguas,
realizo un estudio y revisión de las condiciones del acuífero Potrero Brasilito.
Adjunto están la minuta de la CTI CI-002-2018, así como el oficio emitido por
la Presidencia Ejecutiva del AYA PRE-2018-00960, el cual ratifica la
resolución de la CTI. Dicha resolución dice textualmente “LA CTI no
recomienda aumentar sus niveles de aprovechamiento a excepción de
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Del 30 de octubre 2018 Folio 20
satisfacer actividades de bajo consumo como: suministro de aguas de
viviendas unifamiliares de uso doméstico en un lote, siempre y cuando no se
encuentre dentro de nuevos desarrollos urbanísticos ni en fraccionamiento de
una misma finca; también, necesidades insoslayables, como necesidades
públicas permanentes ( centros educativos, delegaciones de policía, centro de
salud) y actividades públicas transitorias debidamente autorizadas por los
entres competentes (eventos masivos, ferias, albergues de emergencia)”.
Por esta razón, se les comunica que la veda fue parcialmente levantada y
únicamente se podrán emitir Disponibilidades de Agua para viviendas
unifamiliares o necesidades públicas mencionadas anteriormente, siempre y
cuando sea técnicamente factible y los interesados cumplan a cabalidad con
los requisitos solicitados por la Asada, quedan excluidos. Hasta la entrada en
funcionamiento del Acueducto Costero, Desarrollos Urbanísticos nuevos,
Condominios, edificios de apartamentos y edificaciones comerciales.”
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Comuníquese a la Comisión de
Asuntos Hídricos el documento presentada por la Asociación Administradora
del Acueducto y Alcantarillado de Playa Potrero.
INCISO 22: Se conoce nota firmada por el señor Gustavo Campos,
representante legal de Trasportes MILAN S.A., hacemos énfasis en que los
sectores de caminos críticos están en la ruta: Caimito a Los Ranchos, trapiche
a Portegolpe; Cruce Río Seco a Florida, Cebadilla a Playa Negra y Hernández
a Playa Negra. Conocemos la necesidad del transporte para trabajar, estudiar,
asistir a citas médicas y la afectación por el no ingreso del único autobús a
dichas comunidades, pero los caminos empeoran cada día y han
imposibilitado el servicio continuo.
-Señora Alcaldesa Municipal, esta nota fue presentada a la Alcaldía ya se le
dio respuesta.
INCISO 23: Se da lectura a documento suscrito por la señoras Dunia Moreno
Hernández-Directora de Grupo Proyección Folklórica Teja y Alfeñique y
Eventos Culturales Santa Rosa, y Asociación de Desarrollo Integral de Santa
Rosa en el que indica: se solicita autorización para realizar Festival
Intercultural Raíces de mi Tierra en las fechas de 20 y 21 de diciembre 2018.
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Del 30 de octubre 2018 Folio 21
Así mismo, se solicita el pago del sonido que amenice el evento, se hace
entrega de cotizaciones, según detalle:
1. Ezequiel Alfaro ¢900.000 por dos días del evento.
2. Balo Gómez ¢800.000 por dos días del evento.
3. Casimito Contreras ¢600.000 por dos días de evento.
ACUERDO I. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se autoriza la
realización del Festival Intercultural Raíces de mi Tierra en las fechas de 20 y
21 de diciembre 2018 en Santa Rosa.
ACUERDO II. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la
Alcaldía Municipal, para las gestiones que corresponda, la solicitud de pago
de sonido presentado por de Grupo Proyección Folklórica Teja y Alfeñique y
Eventos Culturales Santa Rosa, y Asociación de Desarrollo Integral de Santa
Rosa.
INCISO 24: Se conoce nota firmada por los señores Alexander Barrantes
Pérez y Víctor Arrieta Bustos, de la Escuela de Futbol L.D.A. SANTA CRUZ.
En cual indica:
Reciban un cordial saludo de parte de la Escuela de Futbol de Liga Deportiva
Alajuelense de Santa Cruz, saludándole y deseándole éxitos en sus labores,
deseamos informarles que para la actividad que se realizara el día 8 de
diciembre de los corrientes, denominado “ Copa La Bajura Santa Cruz
2018” en su tercera edición consecutiva, es para nosotros un honor tomarlos
en cuenta como invitados especiales debido a que queremos que nuestro
equipo de futbol tenga una mayor proyección en la comunidad, en virtud de
que hemos participado en torneos en diversas localidades de nuestro País, con
resultados muy positivos.
La presente misiva tiene como propósito solicitarles a ustedes se tome un
acuerdo municipal en donde autoricen el préstamo del toldo custodiado por la
Municipalidad, y al mismo tiempo se nos colabore con la compra de doce
trofeos para los equipos ganadores del primer y segundo lugar por cada
categoría en disputa, categorías que se desglosan de la siguiente manera:
niños menores de siete años, niños menores de nueve años, niños menores de
once años, jóvenes menores de trece años , jóvenes menores de quince años y
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Del 30 de octubre 2018 Folio 22
jóvenes menores de diecisiete años. Adjunto encontrarán facturas proformas
de los trofeos solicitados para los fines correspondientes.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Alcaldía Municipal,
para las gestiones que corresponda, la solicitud de los señores Alexander
Barrantes Pérez y Víctor Arrieta Bustos, de la Escuela de Futbol L.D.A.
SANTA CRUZ.
INCISO 25: Se da lectura a documento suscrito por el señor Max Alberto
Solera Soto, cédula#061500604, representante de la Sociedad Inversiones
VIMAVI DEL PACÍFICO SA, CJ# 3101157265, mediante el cual contesta el
oficio DAM-3175-2018 del 9 de octubre del 2018.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente
de Zona Marítimo Terrestre, para su análisis, el documento suscrito por el
señor Max Alberto Solera Soto, cédula#061500604, representante de la
Sociedad Inversiones VIMAVI DEL PACÍFICO SA, CJ# 3101157265,
mediante el cual contesta el oficio DAM-3175-2018 del 9 de octubre del 2018.
INCISO 26: Nombramiento de Junta de Educación Escuela Estocolmo
documentación presentada por Dra. Ed. Rosa Angélica Acosta Gutiérrez-
Supervisora Educativa.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se nombra como integrantes de la Junta de Educación
Escuela Estocolmo a los señores José Antonio Contreras Calvo cédula
502710609, Krismart Duarte Bonilla cédula 503190082, Jeniffer Dinarte Leal
cédula 503420969 Luis Diego Picado Mena cédula 110570918, Sharon Zúñiga
Jaén cédula 114330166.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 27: Nombramiento de Junta de Educación Escuela San Francisco
documentación presentada por MsC. María Eugenia Hernández Hernández-
Directora.
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Del 30 de octubre 2018 Folio 23
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se nombra como integrantes de la Junta de Educación
Escuela San Francisco, los señores Olman Alberto Gazo Hernández cédula
503340143, Juan Carlos Villagra Hernández cédula 701220299, María Ortiz
Rosales cédula 503250386, Grettel de los Ángeles Montero Angulo cédula
503090755, Damaris de los Ángeles Vallejos Noguera cédula 503360520.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 28: Se da lectura a Oficio AIM-202-2018 de la Auditoria Interna
Municipal, el cual indica:
Asunto: Oficio DAM-2951-2018 relativo a recomendación emitida por la Auditoría
Interna mediante el oficio AIM-187-2018 sobre funcionarios de confianza de Alcaldía.
Mediante oficio DAM-2951-2018 de fecha 05 de octubre de 2018 la Alcaldía expone
sobre el oficio AIM-187-2018 de esta Auditoría Interna:
“En relación con la recomendación ahí contenida y dada la confusión que se
aprecia tanto en el oficio precedente AIM-070-2018 como el de marras, sobre el uso
de partida Servicios Especiales y la forma en que usted liga la misma exclusivamente
con los funcionarios de confianza enunciados en el numeral 118 del Código
Municipal procedo a hacerle las aclaraciones y rectificaciones de rigor:
[…]
Yerra usted al afirmar que la partida de servicios especiales es sólo para contratar
personal de confianza para ―brindar servicio directo al alcalde, el presidente y
vicepresidente municipal, y a las fracciones políticas que conforman el Concejo
Municipal‖; su concepción errada radica en que piensa que el personal del Centro
Cívico y del CECUDI cae inmerso y debe preceptivamente contratarse dentro de los
alcances del artículo 118 del Código Municipal. Tal y como le enmienda la plana el
órgano contralor en el dictamen supra transcrito, tales contratas (la de los
administradores del Centro Cívico y del CECUDI) se hacen al amparo de la
subpartida 01.3 Servicios Especiales.
Es por ello que su recomendación adolece de sustento fáctico y jurídico.‖
En atención a lo expuesto es necesario recordar que esta Auditoría mediante el oficio
AIM-074-2018 del 16 de abril del año en curso:
“Según puede apreciarse de lo transcrito, en el oficio AIM-070-2018 (en este caso
oficio AIM-187-2018) no se afirma que la partida de servicios especiales es sólo para
contratar personal de confianza para brindar servicio directo al alcalde, el presidente
y vicepresidente municipales y a las fracciones políticas que conforman el Concejo
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Del 30 de octubre 2018 Folio 24
Municipal, tal como señala el oficio DAM-1049-2018 (en este caso oficio DAM2951-
2018).
Tampoco considera esta unidad que, como indica el oficio de Alcaldía en mención,
―el personal del Centro Cívico cae inmerso y debe preceptivamente contratarse
dentro de los alcances del artículo 118 del Código Municipal.‖. El oficio AIM-070-
2018 (y AIM-187-2018) se refiere a los cargos que pueden ocupar los funcionarios de
confianza en la Municipalidad y tiene como propósito, según las competencias de esta
Auditoría Interna, que la Alcaldía corrija o prevenga posibles irregularidades en
relación con los cargos y funciones designadas a los funcionarios de confianza de la
Alcaldía.‖
Se reitera que esta Auditoría tiene pleno conocimiento de que la partida de
remuneraciones por servicios especiales no aplica solamente para los funcionarios de
confianza.
El fundamento de esta unidad para indicar que los servidores mencionados en el oficio AIM-187-
2018 se nombraron como funcionarios de confianza son los oficios de Alcaldía: DAM-0089-2017,
DAM-0100-2018, DAM-0006-2018, DAM-0334-2018 y las acciones de personal suscritos por la
señora Alcaldesa. Esos oficios dirigidos al Depto. de Recursos Humanos, referentes a los
nombramientos de los funcionarios se refieren a Plaza de Confianza por servicios especiales.
-Se da lectura a Oficio AIM-187-2018 de la Auditoria Interna Municipal.
Asunto: Funcionarios de confianza de Alcaldía en cargos distintos a los
establecidos en la normativa.
Es del conocimiento de esta Auditoría Interna que algunos funcionarios de
confianza de la Alcaldía se encuentran ocupando plazas o desempeñando
labores que no corresponden su cargo. Actualmente se presentan los siguientes
casos:
1- Señora Liseth Arroyo Castillo, nombrada en plaza servicios especiales
(Plaza de confianza) como administradora del Centro Cívico, a partir del 13
de enero de 2017 hasta el 13 de enero de 2018 por disposición de la
Alcaldía según oficio DAM-0089-2017 del 12 de enero de 2017. Este
nombramiento se renovó del 01 de enero al 31 de diciembre de 2018 por medio
del oficio DAM-0100-2018.
2- Señora Katy Roxana Arrieta Dinarte, fue nombrada en plaza por servicios
especiales plaza de confianza (Asistente de Alcaldía), a partir del 03 de enero
de 2017 hasta el 06 de febrero de 2018, mediante oficio DAM-0006-2018,
suscrito por la señora Alcaldesa, Msc. María Rosa López Gutiérrez. Asume
el cargo de administradora del Centro de Cuido y Desarrollo Infantil
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Del 30 de octubre 2018 Folio 25
(CECUDI) por disposición de la Alcaldes según oficio 0335-2018, del período
comprendido del 07 de febrero de 2018 al 31 de diciembre de 2018.
3- Señor Oscar González Mora. Mediante oficio DAM-2608-2018, la señora
Alcaldesa instruye al funcionario González Mora, quien se encuentra
nombrado en la plaza de Asistente de la Alcaldía plaza de confianza (PM3),
para que a partir del 27 de agosto del 2018, coordine con los encargados de
Administración Tributaria, Bienes Inmuebles y Rentas para, según indica el
oficio:
“que reciba con apoyo de dichas jefaturas un proceso de entrenamiento y
capacitación en las tres áreas, en horario de 1:30 pm a 4:00 pm; con el
objetivo de que funja como apoyo en el proceso de transición al que debe
someterse el municipio a partir del 01 de octubre del 2018, y hasta que
realicen los concursos respectivos en las áreas de Rentas, Administración
Tributaria y Bienes
Inmuebles.”
En el oficio DAM-2608-2018 también se instruye a encargados de
Bienes Inmuebles, Rentas Administración Tributaria a “brindar la
colaboración, entrenamiento y capacitación al Ing. González Mora, quien será
un apoyo muy importante para el municipio y funcionarios que enfrenten dicho
período de transición.”
La administración pública conforme al artículo 11 de la Ley General de
Administración Pública, debe actuar sometida al ordenamiento jurídico y sólo
puede realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios públicos que autorice
dicho ordenamiento. Los funcionarios de confianza, conforme al artículo 127
(anterior artículo 118) del Código Municipal son aquellos contratados para
brindar servicio directo al alcalde, el Presidente y Vicepresidente Municipales y
a las fracciones políticas que conforman el Concejo Municipal, por tanto, es
contrario a la normativa que se desempeñen en labores distintas, o asuman
cargos de titular subordinado, como es el caso de los funcionarios mencionados
arriba.
En referencia a estos funcionarios, la Procuraduría General de la República
indica en su dictamen C-277-2014:
―Por otra parte, el ordinal 118 del Código Municipal contempla la
posibilidad de que puedan nombrarse funcionarios de confianza con el fin de
que éstos puedan brindar un servicio directo ya sea al Alcalde, el Presidente,
Vicepresidente Municipal, y a las fracciones políticas que conforman el
Concejo Municipal. Como como fue indicado por este órgano asesor, este
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Del 30 de octubre 2018 Folio 26
personal de confianza se encuentra íntimamente ligado con los jerarcas
institucionales en razón del servicio directo que les prestan o por la
comunidad ideológica que, eventualmente, les una.” (El resaltado no es del
original)
La procuraduría, en atención a consulta sobre la posibilidad de nombrar
funcionarios de confianza como titular subordinado señala en el dictamen C-
033-2013:
“Sobre el particular el canon 2 inciso d) de la Ley General de Control Interno,
dispone:
―Artículo 2º—Definiciones.
(…)
d) Titular subordinado: funcionario de la administración activa
responsable de un proceso, con autoridad para ordenar y tomar
decisiones…‖
Como claramente se sigue de la norma en análisis, los titulares
subordinados son aquellos sujetos que detentan puestos de jefatura, en
este caso, dentro de la estructura organizativa de la Municipalidad. En
consecuencia, aunque pueden depender jerárquicamente del Alcalde, no
podría pensarse que están directamente a su servicio.
De allí que el cargo de titular subordinado no se subsume en el supuesto
establecido por el ordenamiento jurídico para ser ocupado por un
funcionario de confianza –brindar servicio directo al Alcalde, Presidente y
Vicepresidente Municipales y a las fracciones políticas que conforman el
Concejo Municipal-.
Véase que, los puestos de confianza están direccionados a funcionarios que
ejercen funciones de asistencia y colaboración, respecto de aquel que los
contrató y es precisamente por esa razón que, tanto, su escogencia, cuanto,
su remoción, son un acto de liberalidad cuyo ejercicio recae de forma
exclusiva y excluyente en este último. (El resaltado no corresponde al
original)
De suerte tal que, su excepcionalidad, conlleva, ineludiblemente, que el
ordenamiento jurídico establezca de forma clara y precisa las plazas que
pueden llenarse con funcionarios de confianza y por ende, nombrar un
servidor de este tipo en un cargo no destinado para tal efecto es contrario a
derecho.‖
Como lo ha indicado esta Auditoría en otras oportunidades, los funcionarios de
confianza, son servidores municipales designados para brindar servicio directo
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Del 30 de octubre 2018 Folio 27
a quien los contrata, sin embargo, se ha determinado que los funcionarios
arriba citados están desempeñando otros cargos. En el caso de las
funcionarias Liseth Arroyo Castillo y Katy Roxana Arrieta Dinarte, están
asumiendo cargos de titular subordinado como administradoras del Centro
Cívico para la Paz y el CECUDI respectivamente.
Por su parte, no se encuentra sustento en la normativa para que la señora
Alcaldesa disponga que el señor Oscar González Mora, funcionario de
confianza de la Alcaldía, se traslade durante su horario de trabajo a
departamentos distintos de la Alcaldía a recibir capacitación y realizar
funciones que no corresponden a su cargo. Por cuanto la normativa y la
Procuraduría es clara al señalar que estos funcionarios están designados a
ejercer funciones de colaboración y asistencia a quien los contrata.
A través del oficio AIM-070-2018 del 10 de abril de 2018 esta Auditoría
Interna se refirió a los puestos que, conforme a la normativa, puede ocupar el
personal de confianza. En ese oficio se recomendó a la señora Alcaldesa,
Msc. María Rosa López Gutiérrez, ejercer las acciones correctivas respecto
a las funciones y ubicación de los funcionarios de confianza, sin embargo, no
hubo acciones que demuestren la implementación de la recomendación y más
bien, se determina que posterior a esa fecha, se designan al señor Oscar
González Mora, funciones que, según lo señalado en el artículo 127 del Código
Municipal, no corresponden a las de un funcionario de confianza de la
Alcaldía. Los funcionarios de confianza, conforme indica la Procuraduría,
están designados para asistir y colaborar con quien los contrató.
Por lo anterior expuesto, con fundamento en el artículo 22, inciso d) de la
Ley General de Control Interno, esta Auditoría Interna recomienda
A la Msc. María Rosa López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal o a quien
en su lugar ocupe el cargo.
-Ejercer acciones correctivas inmediatas para que los funcionarios de
confianza de la Alcaldía, en este caso las señoras Liseth Arroyo Castillo, Katy
Roxana Arrieta Dinarte y el señor Oscar González Mora, cesen funciones que
no corresponden a su cargo.
-Señora Alcaldesa Municipal, con respecto al centro Cívico y al CECUDI son
servicios especiales, esa es la modalidad con que están contratadas las
funcionarias, hay convenios que cumplir y entre las obligaciones adquiridas es
la tener funcionarios responsables por estos proyectos, este es otro error de la
Auditoria Interna, con respecto a Oscar González, es un funcionario de
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Del 30 de octubre 2018 Folio 28
confianza de la Alcaldía asistiendo en labores específicas, el Auditor mismo lo
dice es contratado por la Alcaldía, para suplir necesidades que surgen en la
Administración, no podemos tener personal en desuso haciendo nada, por lo
que se les asigna funciones que se consideren pertinentes, luego se ubicó en la
Coordinación de la Administración Tributaria dejando la plaza de confianza,
los traslados y reubicación. Sería bueno que también se lean las respuestas que
se han dado a estos Informes ahí están las justificaciones los motivos que
llevaron a esas decisiones, para que el señor Secretario proporcione y dé
lectura a esos oficios.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente
de Asuntos Jurídicos, los Oficios AIM-202-2018 y AIM-187.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 29: Se da lectura AIM-210-2018 de la Auditoria Interna. Se indica:
Asunto: Uso de recursos de la Ley 8114 para pagos de salarios de personal
administrativo.
Los recursos que percibe la Municipalidad provenientes de la Ley de Simplificación
y Eficiencia Tributaria, Ley 8114, tienen como destino específico la atención de la
red vial cantonal. Conforme al artículo 5, inciso b) de esa ley, el monto de esos
ingresos se deberá destinar exclusivamente a la conservación, el mantenimiento
rutinario, el mantenimiento periódico, el mejoramiento y la rehabilitación. Una vez
cumplidos estos objetivos, los sobrantes se utilizarán para construir obras viales
nuevas de la red vial cantonal.
Según oficio RRHH-245-2018 suscrito por la Licda. Yensie Patricia Duarte
Ramírez, Coordinadora del Depto. de Recursos Humanos, de acuerdo con los
registros de planillas, los salarios devengados por las funcionarias Vera Villafuerte
Gutiérrez y Amalia Gutiérrez Matarrita pertenecen al código presupuestario 5-03-02-
01-00-01-01, de la Ley 8114.
La Contraloría General de la República en varios ocasiones ha hecho referencia al
uso de los recursos provenientes de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria
en plazas administrativas, en el sentido de que no corresponden a la finalidad
específica de esos recursos. Así, mediante oficio N° 17083 (DFOE-DL-1459) de
fecha 20 de diciembre de 2016, señala:
“a) Se imprueba el contenido presupuestario considerado en la partida de gastos de
―Remuneraciones‖ para la creación de dos plazas administrativas (un oficinista y
un encargado de bodega para la Unidad Técnica de Gestión Vial), financiado con
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Del 30 de octubre 2018 Folio 29
recursos del aporte del Gobierno Central (Ley de Simplificación y Eficiencia
Tributarias, Ley N.° 8114), por cuanto se incumple el principio de legalidad
consagrado en el numeral 11 de la Ley General de la Administración Pública y de la
Constitución Política, así como los principios de universalidad e integridad
establecidos en los artículos 176 de la Constitución Política y en el artículo 5 inciso
a) y 8 incisos a) y b) de la Ley N.° 8131.
Dicha improbación se fundamenta en que la aplicación propuesta para los recursos
citados en plazas de carácter administrativo no se ajusta al destino específico
establecido en el artículo 5 de la Ley N.° 8114 –red vial cantonal–― (El resaltado no
corresponde al original)
Por consiguiente, si las servidoras Vera Villafuerte Gutiérrez y Amalia Gutiérrez
Matarrita tienen funciones de carácter administrativo, el pago de sus remuneraciones
no se debe hacer con recursos de la Ley 8114, por cuanto estos tienen como fin
específico la atención de la red vial cantonal.
En cumplimiento de las competencias establecidas en el artículo 22, inciso d) de la
Ley General de Control Interno, esta Auditoría Interna recomienda.
A la Msc. María Rosa López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal o a quien en su
lugar ocupe el cargo.
-Establecer, conforme a sus competencias, las medidas preventivas y correctivas
necesarias para asegurar que los recursos provenientes de la Ley de Simplificación y
Eficiencia Tributaria se administren y ejecuten según el destino específico
establecido en la normativa, no a fines distintos como sería, el pago de salarios de
funcionarios administrativos.
-Señora Alcaldesa Municipal, desde que llegue a esta Municipalidad a estas
funcionarias se les está pagando con esos recursos, igual se presentaron los
oficios en respuesta a la Auditoría, con la Unidad Técnica, hay que girar las
velas, en este momento no es capaz de cumplir con las necesidades que tiene
el Cantón, esperamos presentar una reestructuración y que el Concejo apoye la
propuesta.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente
de Asuntos Jurídicos, los Oficios AIM-210-2018.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 30: Se da lectura a Oficio AIM-211-2018 de la Auditoria Interna
Municipal. Indica:
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Del 30 de octubre 2018 Folio 30
Asunto: Remisión de Informe UAIM-09-2018 relativo a denuncia sobre aparente
funcionamiento y operación ilegal e infracción de contrato de concesión.
Por este medio se remite informe UAIM-09-2018 sobre denuncia presentada en contra de
los funcionarios del Depto. de Zona Marítimo Terrestre, Administración Tributaria e
Inspecciones por aparente “incumplimiento de deberes de la función pública, infracción
al deber de actuación y probidad” por permitir la operación y funcionamiento del
establecimiento comercial Hotel Casa Amarilla en playa Tamarindo.
La denuncia indica que el Hotel Casa Amarilla opera como actividad comercial “sin
contar con los permisos y licencias municipales.‖ Que la Municipalidad otorgó concesión
a la empresa Inversiones Dabelli de Bagaces S. A. En el contrato de concesión se indica
el Uso de la parcela HABITACIONAL lo que impide realizar cualquier otra actividad
comercial Hotelera, venta de Tours y otras actividades que, según denunciante, se están
realizando en ese local comercial, ―infringiendo las disposiciones de la Ley Sobre la
Zona Marítimo Terrestre su Reglamento, el Contrato de Concesión y las disposiciones
del Plan Regulador de Tamarindo.”
Con el objetivo de establecer la veracidad de los hechos señalados en la denuncia, se
realizó la investigación pertinente, con los siguientes resultados.
1- Sobre el uso de suelo de área donde se ubica el plano catastrado G-0967575-
1991
1.1- El 22 de mayo de 2002, en La Gaceta N° 97, se publica edicto de la solicitud de
concesión a nombre de Inversiones Dabelli de Bagaces S. A. en cual se indica que “es
terreno para dedicarlo a uso habitacional‖.
1.2- El 12 de agosto de 2002, el Ing. Rodolfo Muñoz Montero, perito valuador de la
Dirección General de Tributación Directa, emite Avalúo AF-377-2002, (Expediente 123-
2002) donde se indica que el área está en el mojón N° 123 del I.G. N. ubicación exacta:
“Hotel y Rest. Villa Amarilla.”
1.3- El 11 de febrero de 2013, a través del oficio DIM-161-2013 el Departamento de
Ingeniería Municipal remite al Lic. Jose Alberto Padilla, jefe del Depto. de Zona
Marítimo Terrestre, solicitud de uso de suelo para cabinas en la propiedad del plano G-
0967575-1991, para que dé sus recomendaciones respecto a la solicitud.
1.4- El 20 de febrero de 2013, mediante oficio 059-TOPZMT-2013, la Ing. Kahia Brais
Zúñiga del Depto. de Zona Marítimo Terrestre, en atención a la solicitud del oficio DIM-
161-2013, informa al Jefe del Depto. de ZMT que la propiedad de plano catastrado G-
0967575-1991 se ubica en Zona Turística Uso Múltiple,”
1.5- En fecha 09 de julio de 2013, Lic. Jose Alberto Padilla, jefe del Depto. de Zona
Marítimo Terrestre emite oficio AMT-171-2013 dirigido al Depto. de Ingeniería
indicando:
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Del 30 de octubre 2018 Folio 31
“1) Que según el plano catastrado número G-967575-1991, la concesión se ubica en
ZONA TURÍTICA USO MÚLTIPLE, de acuerdo al Plan Regulador de Playa
Tamarindo.
2) Que para la ZONA TURÍTICA USO MÚLTIPLE los Usos Permitidos son: Hotel,
cabinas, restaurantes, bares, pensión, cafeterías, sodas, ventas de artesanías, oficina de
profesionales, alquiler de autos, bienes raíces, tiendas,(…). Usos Condicionales:
lavanderías, discotecas, residencias turísticas.‖ (…)
―De conformidad con lo anterior, se Autoriza la Aprobación para el Uso de Suelo,
solicitado por la gestionante ÚNICA Y EXCLUSIVAMENE PARA EJERCER LA
ACTIVIADAD COMERCIAL PARA PATENTE DE CABINAS.”
1.6- El 27 de agosto de 2014 el señor Thomas Allan Krantz, presidente de la sociedad
Inversiones Dabelli de Bagaces S. A., emite escrito dirigido al Concejo Municipal
solicitando: “CAMBIO DE USO DE SUELO, ya que actualmente posee un ―Uso de
Suelo Habitacional‖ siendo la actividad principal y específica por estar ubicada en Zona
Turística Uso Múltiple Concesión (sic) y así pasar a ser un ―Uso Comercial‖ de
conformidad con el Plan Regulador de Playa Tamarindo‖
1.7- El 09 de setiembre de 2014, en sesión ordinaria N°36-2014, Artículo 04. Inciso 12,
el Concejo Municipal acuerda remitir la solicitud de cambio de uso de suelo planteada
por el señor Thomas Allan Krantz a la Comisión Permanente de Zona Marítimo Terrestre
y al Depto. de Zona Marítimo Terrestre, para su respectivo análisis y dictamen con
recomendaciones.
1.8- El 04 de abril de 2018, mediante oficio N° 526-2018 el Lic. Onías Contreras
Moreno, Coordinador a.i. del Depto. Zona Marítimo Terrestre dirigido al Secretario del
Concejo Municipal, atendiendo acuerdo de sesión ordinaria N°36-2014, Artículo 04.
Inciso 12, celebrada el 09 de setiembre de 2014, indica:
―A.- La concesión se otorgó originalmente para uso HABITACIONAL, en
contravención con el desarrollo actual que se ejecuta actualmente, el cual es la
EXPLOTACION HOTELERA, según contrato firmado por las parte.
(…)
C.- Mediante modificación de la lámina del plan regulador de Playa Tamarindo
practicada en ese mismo año 2014, la zona donde se ubica la parcela en cuestión,
concretamente frente al mojón 133, sufrió cambio de uso y su actual uso es ZONA DE
ALOJAMIENTO TURÍSTICO (ZAT), tal y como lo demostramos con copia parcial del
plan regulador de Playa Tamarindo.
D.- Dentro de los USOS PERMITIDOS que detalla el plan regulador de Playa
Tamarindo, artículo 6: ZONA DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO (ZAT) se encentra el
desarrollo de hotel, tal y como lo demostramos con copia parcial del plan regulador de
Playa Tamarindo.
(…)
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Del 30 de octubre 2018 Folio 32
D.- Revisados los antecedentes que muestra el expediente administrativo número 1134-
2002 correspondiente a concesión otorgada a INVERSIONES DABELLI DE BAGACES
S.A. y detallados anteriormente, tenemos que el concesionario no ha desatendido los
pagos de canon anual a pesar del error persistente, y el uso de la parcela concesionada
es incorrecto. En este caso lo procedente es que el Concejo Municipal tome acuerdo
autorizando al departamento de Zona Marítimo Terrestre a corregir administrativamente
el uso de suelo, practicar nuevo avalúo para corregir su monto, y ejecutar todo el trámite
correspondiente para su finiquito correctivo final.‖
Por último, el Lic. Contreras Moreno recomienda al Concejo Municipal autorizar al
Depto. Zona Marítimo Terrestre “a realizar toda la tramitología administrativa para
CORREGIR la inconsistencia detallada anteriormente, en beneficio del ingreso
municipal, y del orden legal de la concesión.”
1.9- En sesión extraordinaria 09-2018, Artículo 03, Inciso 16, del 05 de abril de 2018, el
Concejo acuerda remitir a la Comisión Permanente de Zona Marítimo Terrestre el oficio
N° 526-2018 del Depto. Zona Marítimo Terrestre, para su análisis y dictamen con
recomendaciones.
1.10- En sesión ordinaria 22-2018, Artículo 08, Inciso 08, del 05 de junio de 2018,
el Concejo Municipal acuerda por unanimidad aprobar el Dictamen N° 058-2018 de la
COMISIÓN DE ZONA MÁRITIMO TERRESTRE en cuyo Considerando indica:
“Con base a lo expuesto en el documento remitido por el Lic. Onías Contreras Moreno
Jefe de Departamento de Zona Marítimo Terrestre a.i, esta Comisión recomienda al
Concejo Municipal autorizar al Departamento de Zona Marítimo Terrestre para que
realice la tramitología administrativa para corregir las inconsistencias detalladas.‖
1.11- En sesión ordinaria 23-2018, Artículo 06, Inciso 02, del 12 de junio de 2018,
el Concejo Municipal acuerda por unanimidad acoger en todos sus extremos el dictamen
N°070-2018 de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre. El dictamen señala:
―CONSIDERANDO
I- Esta comisión con vista en el MANUAL PARA LA ELABORACION DE PLANES
REGULADORES COSTEROS EN LA ZONA MARITIMO TERRESTRE, elaborado por la
Dirección de Planeamiento y Desarrollo del INSTITUTO COSTARRICENSE DE
TURISMO Año 2017. La Dirección de Urbanismo del INSTITUTO NACIONAL DE
VIVIENDA Y URBANISMO, Publicado en el diario oficial La Gaceta Alcance No 266 de
fecha 8 de noviembre de 2017. Este manual, en su artículo 14 denominado CAMBIO DE
PLANES REGULADORES VIGENTES, establece una serie de requisitos de índole
eminentemente técnico, que se deben cumplir de previo a implementar y adoptar un
cambio a un plan regulador o del uso de suelo, tanto por la Municipalidad, como el ICT
e INVU, SETENA y otras instituciones como SENARA. IGN.
II- De acuerdo con los antecedentes del caso, la sociedad INVERSIONES DABELLI
DE BAGACES S.A, quien cuenta con una concesión en la zona marítimo terrestre del
sector costero de Playa Tamarindo, solicitó , al Concejo Municipal, un CAMBIO DE
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ.
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Del 30 de octubre 2018 Folio 33
USO DE SUELO del uso de suelo actual HABITACIONAL, establecido en el Contrato de
Concesión, cambiarlo a USO COMERCIAL.
III- El Dpto. de Zona Marítimo Terrestre por oficio No 526-2018 de 04 de abr-2018,
emitió una recomendación al Concejo Municipal, para realizar toda la tramitología para
corregir inconsistencias, como las son uso de suelo que indica la concesión de la
sociedad.
IV- A la fecha de este dictamen, el Dpto. de ZMT, no ha aportado documento alguno,
que demuestre que se han cumplido de parte de la empresa solicitante, los requisitos que
establece el MANUAL PARA LA ELABORACION DE PLANES REGULADORES
COSTEROS EN LA ZONA MARITIMO TERRESTRE, elaborado por la Dirección de
Planeamiento y Desarrollo del INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO. Año
2017. La Dirección de Urbanismo del INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y
URBANISMO, Publicado en el diario oficial La Gaceta Alcance No 266 de fecha 8 de
noviembre de 2017. No es procedente otorgar autorizaciones de previo, a que se hayan
cumplido con requisitos.
POR TANTO
De lo preceptuado esta Comisión de ZMT rechazar la solicitud de CAMBIO DE USO DE
SUELO que planteo la sociedad INVERSIONES DABELLI DE BAGACES S.A.‖
1.12- El 11 de octubre de 2018, ante consulta de esta Auditoría Interna, la Ing.
Alejandra Sancho Perlaza, Coordinadora del Depto. de Catastro y Topografía indica a
través del oficio DDUR-DCT-AIM-0872-2018 que el plano catastrado G-967575-1991,
“se sitúa en Zona Restringida del Plan Regulador de Playa Tamarindo, determinándose
que el predio se ubica en ZONA TURÍSTICA DE USO MULTIPLE (ZTM).” Según el
montaje del plano hecho por el Depto. de Catastro y Topografía, el área del plano G-
967575-1991, se encuentra entre los mojones 130 y 131, designada a Zona Turística de
Uso Múltiple.
Del análisis de la información anterior, así como de los expedientes sobre la Concesión,
de la inscripción en el Registro Nacional, del Plan Regulador de Tamarindo, de la
normativa y demás información recabada sobre el presente caso, esta Auditoría Interna
concluye que hubo error en los datos del trámite de concesión a nombre de la Inversiones
Dabelli de Bagaces S. A.
Tanto el trámite, como la inscripción en el Registro Público de la concesión bajo el
plano catastrado G-967575-1991, se refieren a terreno para Uso Habitacional, no a Zona
Turística de Uso Múltiple como realmente corresponde según el Plan Regulador de
Tamarindo, adjunto a este oficio.
Por consiguiente, no se requiere cambio de Uso de Suelo, puesto que el negocio que se
explota en esa área es conforme con el Plan Regulador de Tamarindo, sino hacer una
corrección a la concesión otorgada para que, en lugar de Uso Habitacional, se
establezca como Zona Turística de Uso Múltiple, según corresponde.
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Del 30 de octubre 2018 Folio 34
De acuerdo con lo anterior, no es necesario, en este caso, cumplir los requisitos indicados
en el punto N°. 14 del Manual para la Elaboración de Planes Reguladores Costeros de la
Zona Marítimo Terrestre, los cuales son de aplicación para el trámite de cambio de Uso
de Suelo.
2- Patente comercial a nombre de sociedad que no es la concesionaria
El 13 de junio de 2012 la sociedad Inversiones Dabelli de Bagaces S. A. solicitó al
Concejo Municipal aprobar traslado de derechos de concesión a la sociedad TRES -
CIENTO DOS – SEICIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS
TREINTA Y OCHO, LIMITADA.
El 26 de junio de 2012 en sesión ordinaria 26-2012, Artículo 04, Inciso 27, el Concejo
Municipal acuerda trasladar la solicitud de cesión de derechos de la concesión a la
Comisión de Zona Marítimo Terrestre para su análisis y dictamen. A la fecha actual el
Concejo Municipal no ha resuelto la solicitud, por consiguiente, la concesión continúa a
nombre de la sociedad Inversiones Dabelli de Bagaces S. A.
El Depto. de Administración Tributaria y Hda. Municipal otorgó, y ha venido renovando,
licencia comercial para las Cabinas Casa Amarilla, a nombre de personas jurídicas que no
son dueñas de la concesión. Actualmente la patente comercial se encuentra a nombre de
la Sociedad 3102653438 S.R.L, cuyo representante legal es el señor Thomas Allan
Krantz.
El artículo 45 de la Ley N° 6043, Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre, y 59 de su
reglamento establecen la prohibición de ceder o comprometer, o en cualquier otra forma
traspasar o gravar, total o parcialmente, las concesiones o los derechos derivados de ellas,
sin autorización expresa de la municipalidad y del Instituto Costarricense de Turismo o
del Instituto de Tierras y Colonización, según sea el caso. El artículo 45 de la Ley 6043
establece que carecerán de toda validez los actos o contratos que infringieren esta
disposición.
En consecuencia, mientras la concesión se encuentre a nombre de Inversiones Dabelli de
Bagaces S.A. la Municipalidad no está facultada por la normativa para otorgar licencia
comercial para explotarse en Cabinas Casa Amarilla u otro negocio, a nombre de persona
física o jurídica que no sea la dueña de la concesión.
Es importante aclarar que la funcionaria responsable de aprobar licencia comercial a
favor de la sociedad 3102653438 S.R.L para ejercer la actividad comercial en Cabinas
Casa Amarilla, se encuentra jubilada desde hace algunas semanas.
En cumplimiento de las competencias establecidas en el artículo 22, de la Ley General de
Control Interno, esta Auditoría Interna recomienda.
1- Al Concejo Municipal
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Del 30 de octubre 2018 Folio 35
1.1. Tomar un acuerdo, conforme a las competencias establecidas en el Código
Municipal, para que se corrija el contrato de concesión inscrita a nombre de Inversiones
Dabelli de Bagaces S. A. para enmendar el error señalado en este informe y, de acuerdo
con el Plan Regulador de Tamarindo, se establezca como Zona Turística de Uso Múltiple.
1.2. Resolver, según sus competencias, la solicitud de cesión de derechos presentada por
la sociedad Inversiones Dabelli de Bagaces S. A. a favor de la Sociedad TRES - CIENTO
DOS – SEICIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y
OCHO, LIMITADA. (Sociedad 3102653438 S.R.L.), conocida en sesión Ordinaria 26-
2012 del 26 de junio de 2012.
En caso de no aprobarse la cesión de derechos, con el fin de corregir las inconsistencias
expuestas en el punto 2 del presente informe, coordinar con la señora Alcaldesa para que
se realicen los procedimientos correspondientes para anular los actos relacionados con el
otorgamiento de patente comercial a favor de la sociedad 3102653438 S.R.L. que se
explota en Cabinas Casa Amarilla, ubicadas en área de concesión a nombre de sociedad
Inversiones Dabelli de Bagaces S. A. Es necesario que en el proceso se observe lo
señalado en el artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública.
2. A la Msc. María Rosa López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal o a quien en su
lugar ocupe el cargo
2.1. Apoyar en lo que corresponde al Concejo Municipal, para la ejecución de los
acuerdos que se tomen para corregir las inconsistencias expuestas en el presente informe.
-Señora Alcaldesa Municipal, de este informe fue trasladado al Departamento
y a la Asesoría, para que se realice el análisis respectivo.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Comisión Permanente
de Zona Marítimo Terrestre, el Oficio AIM-211-2018.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
ARTÍCULO 06. INFORMES DE COMISIÓN.
INCISO 01: Se da lectura a Dictamen CPV-No.005-2018 de la COMISIÓN
DE VIVIENDA de las quince horas con quince minutos del treinta de octubre
del dos mil dieciocho. Indica:
CONSIDERANDO
UNICO-Visto el Oficio SM-0119-Ext. 27-2017 art 03, inc 19 celebrada el 23
de noviembre del 2017, se remitió a su despacho para rendir informe ante este
Concejo Municipal sobre la solicitud realizada por el señor Didier Angulo
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Mayorga, portador de la cédula de identidad 5-0297-0977, y a la fecha no
hemos tenido respuesta razón por la cual se le solicita en un plazo
improrrogable de 3 días hábiles dicha información, para poder dar respuesta al
señor Didier Angulo Mayorga.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se aprueba el Dictamen CPV-
No.005-2018 de la COMISIÓN DE VIVIENDA de las quince horas con
quince minutos del treinta de octubre del dos mil dieciocho, se solicita a la
Alcaldía Municipal brinde el Informe requerido para la próxima sesión
ordinaria.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
-Se solicita ampliación de la sesión por treinta minutos.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se amplía la sesión ordinaria por
treinta minutos. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
-Señor Miguel Hernández Juárez, da lectura a oficio CIMACO 03-18
SUSCRITO POR LA SEÑORA Yeimy Cedeño Solís Secretaria CIMACO, el
cual indica a la letra:
“En nombre del Consejo Interinstitucional Asesor del Refugio Nacional de
Vida Silvestre Ostional (CIMACO), del cual ustedes forman parte, nos
permitimos solicitarles manifestar el apoyo a la Ley 9348 específica para el
Refugio Nacional de Vida Silvestre Ostional, ante la Sala Constitucional.
Considerando:
1.- Que desde la creación del REFUGIO NACIONAL DE VIDA SILVESTRE
OSTIONAL (RNVSO) en 1983 y su ampliación en 1985, las comunidades de
Ostional, Pelada y Guiones quedaron inmersas en un refugio estatal, lo que ha
afectado su seguridad jurídica e impedido consolidar las ocupaciones de
territorios dentro del refugio.
2.- Que tanto la creación del Refugio, como su posterior ampliación, enervó
las competencias de los gobiernos locales para otorgar concesiones a los
ocupantes de terrenos ubicados dentro de la zona marítimo terrestre ubicada
entre Punta India y Punta Guiones.
3.- Que para lograr solventar la inseguridad jurídica a la que han estado
sometidos los ocupantes de las referidas comunidades, fue aprobada la Ley
No. 9348 que vino a reglamentar la presencia antrópica en el área del Refugio
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Del 30 de octubre 2018 Folio 37
Nacional de Vida Silvestre Ostional, habilitando al SINAC-MINAE para
otorgar, bajo estrictas condiciones, concesiones a los ocupantes con presencia
durante diez años anteriores a la vigencia de la ley, en el tanto su presencia no
comprometa los objetivos de conservación del Refugio.
4.- Que la referida Ley ha sido impugnada, parcialmente, ante la Sala
Constitucional mediante una acción de inconstitucionalidad que se tramita
mediante expediente número 16-011132-007- CO.
5.- Que de prosperar la referida acción de inconstitucionalidad, las
expectativas de consolidar jurídicamente las ocupaciones en terrenos parte del
Refugio, se verían frustradas, imperando, de nuevo, la inseguridad jurídica.
Transcribo el Acuerdo 5 tomado en la sesión ordinaria del CIMACO del
pasado 29 de junio del 2018:
“Acuerdo 5: Solicitar a los gobiernos locales de los cantones de Santa Cruz y
Nicoya, que adopten acuerdos mediante sus respectivos Concejos
Municipales, a efecto de que se manifieste su oposición a la referida acción de
inconstitucionalidad y su anuencia para que se mantenga el régimen jurídico
dispuesto por la Ley No. 9348, régimen fundado en un uso sostenible del
territorio y en estudios técnicos que permiten acreditar la compatibilidad de la
presencia antrópica con los objetivos de conservación del Refugio.”
-Señor Jorge Leal Obando, es necesario para abogar a favor de los
perjudicados por la acción de inconstitucionalidad, que sepamos quien la
promueve, porque tenemos propuestas claras del Gobierno Central de ayudar a
las habitantes de este sector, tenemos la anuencia de la anuencia de la
Municipalidad, entonces creo que debemos saber quiénes no están de acuerdo,
si don Miguel nos puede colaborar para tener toda la claridad del caso.
-Señor Miguel Hernández Juárez, la acción es promovida por Scarleth
Izquierdo Thames, estudiante avanzada de Derecho, vecina de Vásquez de
Coronado, y Shirley Jara Vásquez es vecina de Escazú. Esto también obedece
a interese económicos del sector de Nosara. Esta información se las envié al
WhatsApp.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Manifestar oposición a la acción de inconstitucionalidad
que se tramita mediante expediente número 16-011132-007- CO así como la
anuencia para que se mantenga el régimen jurídico dispuesto por la Ley No.
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9348, régimen fundado en un uso sostenible del territorio y en estudios
técnicos que permiten acreditar la compatibilidad de la presencia antrópica
con los objetivos de conservación del Refugio.”
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
ARTÍCULO 07. INFORME SEÑORA ALCALDESA MUNICIPAL.
Se conoce informe de labores de MSC. María Rosa López Gutiérrez, el cual
indica: Por medio de la presente les saludo cordialmente, y a la vez les remito
informe de las principales actividades coordinadas y ejecutadas por el
Municipio en las semanas del 24 al 30 de octubre del 2018.
A. Emergencias
1. Se reporta contratación por emergencia sitio el Roble –Jazminal,
maquinaria entra en día 30 de octubre (100 horas de tractor).
2. Continúa construcción de batería sanitaria en salón de la Tulita, para
utilizar este inmueble en caso de otra emergencia.
B. Mantenimiento
a. Manual cuadrillas PRONAE
1- Se trabaja en la comunidad de Paso Hondo, el cacao
b. Manual con cuadrilla municipal
1. Se termina con trabajos de rampa para discapacitados y cordón y caño
en sector Salón Yamalú, Villareal ( solicitud DDUR)
2. Se inicia limpieza del sistema de alcantarillado pluvial en la comunidad
de Potrero.
c. Rehabilitación con Maquinaria
1- Se atiende rehabilitación paso cortado en la comunidad del Cacao de río
seco.
2- Se realiza intervención (Bacheo mecanizado en la Garita, trabajo
suspendido por lluvias) con vagonetas / compactadora municipal y
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Del 30 de octubre 2018 Folio 39
niveladora alquilada (remanente de contratación de equipo MAPSA)
una longitud aproximada de 2 km camino la Garita.
3- Se realiza intervención en paso cortado comunidad de Lomas de
Matapalo en una longitud de 1,4 km.
4- El día de hoy martes 30 se inicia con limpieza en La garita Vieja.
d. Cuadrilla de mantenimiento:
3. Se termina empedrado de pasos de alcantarilla en camino Matapalo-
puerto viejo- playa real con el fin de asegurar que los trabajos de
rehabilitación perduren.
C. Proyectos y contratación administrativa:
1. Proyecto mejoramiento Potrero, especificaciones listas y con remisión a
proveeduría.
2. Contratación de regencias geológicas para habilitación de tajos para
extracción de material por emergencia: especificaciones listas y en con
remisión a proveeduría.
3. Valoraciones técnicas de contratación de maquinaria enviadas a
proveeduría municipal para posterior envió de resolución contractual al
Concejo.
4. Canal de Barrio Lajas, orden de modificación firmada por empresa y
remitida para firma al despacho de alcaldía para que posteriormente se
remita al concejo municipal para su aprobación final. Ya se cuenta con
revisión por parte de la DDUR. Una vez aprobada y firmada la OM y el
clima sea favorable se reanudaran obras.
5. Tamarindo Playa Langosta, para el día lunes se convoca a reunión para
definir entrada de empresa para ejecución de las obras Pluviales para la
segunda semana de noviembre.
-Señor Jorge Leal Obando, retomando los comentarios anteriores, en Lomas
donde en este momento está la maquinaria, se debe buscar la forma de
intervenir la obra invertida que fue construida en el rio Catasulapa, que en vez
de llevar agua la saca del rio y la tira a la calle, para que el ingeniero pase vista
sobre esto y luego se amplié los pasos donde solo pueda pasar un vehículo.
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-Señora Alcaldesa Municipal, es importante que cuando la maquinaria está
haciendo los trabajos, estar al tanto de las obras e indicarles como regidores o
síndicos lo que se considera mejor por hacer, y no después de que ellos se
retiran por que hacerlos volver implica atrasos en la planificación y reparación
de otros lugares.
-Señor Arcadio Carrera Gutiérrez, consultar sobre el proceso de la reparación
de los caminos por el puente a salir a Guayabal, ese tramo está en pésimas
condiciones, tal vez nos indica los tiempos para hacer las reparaciones.
-Señora Alcaldesa Municipal, se ha nombrado un órgano directora la fecha no
ha dictaminado en este momento legalmente no podemos intervenir ese tramo.
ARTÍCULO 08. MOCIONES.
INCISO 01: la señora Katherin Pizarro Matarrita da lectura a la siguiente
moción:
Moción.
Considerando que:
Hemos tenido varios testimonios de nuestros pobladores de malas
experiencias con proyectos de vivienda.
Que la Asociación de Desarrollo de Lagunilla en reiteradas ocasiones nos ha
comunicado a través de la señora Regidora Anabel Gutiérrez de las situaciones
que han vivido con los proyectos de vivienda (donde los desarrolladores no
solucionan los problemas de vivienda de los pobladores si no que traen
personas de otros cantones del País).
Que en días anteriores la señora Alcaldesa nos alertó de la posible llegada de
personas de otros cantones como beneficiarias de bonos de vivienda a nuestro
cantón.
Que nuestro cantón tiene un aproximado 5000 necesidades de vivienda.
Mocionamos:
Para que sean los Síndicos y Regidores los que levanten las listas y se
presenten a la comisión Especial de vivienda para que sea debidamente
aprobada por el Concejo.
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Que los beneficiarios sean personas únicamente de nuestro cantón con
aproximadamente 5 años de vivir acá comprobables debidamente ante la
comisión.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Se aprueba en todos los extremos la moción promovida.
-Señor Rolando Pizaro Pizarro, se ha programado para el jueves a las 4pm
conversatorio con la Comisión de fiestas y con la Comisión de
embellecimiento del Parque, invitados por si desean participar.
EL SEÑOR PRESIDENTE MUNICIPAL CIERRA LA SESIÓN
ORDINARIA CUARENTA Y TRES, A LAS VEINTE HORAS TREINTA
MINUTOS DEL MARTES TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS DE
OCTUBRE DOS MIL DIECIOCHO.
Sr. Omar Cruz Jiménez José Yorjani Rosales Contreras,
Presidente Municipal. Secretario Concejo Municipal.