Extraordinaria 18 · 2026-09-03
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 18 del 2026-09-03 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
Firmado
JOSE YORJANI digitalmente por
ROSALES JOSE YORJANI
ROSALES
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ CONTRERAS CONTRERAS (FIRMA)
Sesión extraordinaria 18-2026. Fecha: 2026.09.18
Del 03 de setiembre 2026. (FIRMA) 08:35:00 -06'00'
ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DIECIOCHO -DOS MIL
VEINTISÉIS-CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA
CRUZ- EL DÍA TRES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS-
A LAS DIECIOCHO HORAS QUINCE MINUTOS, CON LA ASISTENCIA DE:
REGIDORES PROPIETARIOS
Carlos Alberto Barrenechea Martínez-Presidente del Concejo.
Ivonne Patricia Espinoza Rosales-Vicepresidenta del Concejo.
Maureen Contreras Arrieta
Macdonald Espinoza Ruiz.
Kenia María Vásquez Angulo.
Carlos Alberto Moreno Arredondo.
Cindy María Leal Cordero.
REGIDURÍAS SUPLENTES
Marjorie López Yong.
Warner Rodríguez Angulo.
Nery Imelda Valerin Duartes.
Mauro Contreras Moreno.
Yarina Yamileth Arauz Barrantes.
Lidia María Briceño Gómez.
SÍNDICOS PROPIETARIOS
Flor Elena Castañeda Bonilla-Distrito Santa Cruz.
Carlos Andrés Lara Ramírez-Distrito Bolsón.
Katia Rodríguez Gutiérrez-Distrito 27 de Abril.
María Eunice Moraga Duarte-Distrito Tempate.
José Basilio Bustos Angulo-Distrito Cartagena.
Edwin Gómez Corea-Distrito Cuajiniquil
Trino Barrantes Pérez-Distrito Diriá.
Balbino López Arrieta-Distrito Cabo Velas.
Jeannette Huertas López-Distrito Tamarindo.
SÍNDICOS SUPLENTES:
Ileana Fonseca Matarrita Distrito Bolsón.
Yorhany Pizarro López-Distrito 27 de Abril.
Johnny Ríos Cerdas-Distrito Tempate-
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 18-2026. Del 03 de setiembre 2026. Yeimy Giselle Valerin Rodríguez-Distrito Cuajiniquil Hazel Ramírez Villarreal-Distrito Diriá. Martin Héctor Barrantes Vásquez-Distrito Tamarindo. AUSENTE: Mario André Madrigal Alfaro. Evelyn Adriana Gutiérrez García. ADMINISTRACIÓN: Msc. Jorge Arturo Alfaro Orias-Alcalde. Msc. Mitzy Salazar Morales-Primer Vicealcaldesa. Ing. Diego Rodríguez Galagarza-DDUR. Ing. Alejandra Sacho Perlaza-Coordinadora Planes Reguladores. Biol. William Aruz Bran-DGA. ORDEN DEL DIA: 1. Comprobación del Quórum. 2. Aprobación Orden del Día. 3. Audiencias: Rendición de cuentas y presentación de avance del Plan Regulador Territorial y Costero, según lo extremos del oficio DDURDPU-PR- CM-106-08-2026 de la Coordinación de Planificación Urbana, Proyecto Plan Regulador Urbano Costero. Acuerdo: Sesión Ordinaria 34-2026, Artículo 05, Inciso 36, del 25 de agosto 2026. 4. Correspondencia. 5. Informes de Comisión. 6. Cierre. 7. ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUÓRUM -Señor Presidente del Concejo: Con siete regidores propietarios, se procede a la lectura Orden del Día. ARTÍCULO 02: APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. INCISO 01. Señor Presidente del Concejo: Da lectura a propuesta de Orden del Dia. 01.SE ACUERDA: Aprobar el orden del día presentado por Presidencia del Concejo, se adiciona Asuntos Varios.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 18-2026. Del 03 de setiembre 2026. ACUERDO DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS, VOTOS: Maureen Contreras Arrieta, Macdonald Espinoza Ruiz, Carlos Barrenechea Martínez, Carlos Moreno Arredondo, Ivonne Espinoza Rosales, Kenia Vásquez Angulo, Cindy Leal Cordero. ARTÍCULO 03. AUDIENCIAS. INCISO 01. Rendición de cuentas y presentación de avance del Plan Regulador Territorial y Costero, según lo extremos del oficio DDURDPU-PR-CM-106- 08-2026 de la Coordinación de Planificación Urbana, Proyecto Plan Regulador Urbano Costero. Acuerdo: Sesión Ordinaria 34-2026, Artículo 05, Inciso 36, del 25 de agosto 2026. Presentes: Ing. Alejandra Sancho Perlaza, Biol. William Arauz Bran, Ing. Didier Monge Jiménez, Ing. Diego Rodríguez Galagarza. Arq. Teo Mezger, Arq. Erick Calderón. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: aprobar y dar por conocido la presentación de avance del Plan Regulador Territorial y Costero, por parte de la Coordinación de Planificación Urbana, y ECOPLAN, del Proyecto Plan Regulador Territorial y Costero. ACUERDO DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. ARTÍCULO 04. CORRESPONDENCIA. INCISO 01. Lectura de oficio DDUR-DGV-COORD-382-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal: solicitud demarcación central Cartagena. Acuerdo SM-1548-2026. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio DDUR- DGV-COORD-382-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 02. Lectura de oficio DDUR-DGV-INS-222-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal: Denuncia aguas negras sector Barrio Lajas. Acuerdo SM-1543-2026. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio DDUR- DGV-INS-222-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 18-2026. Del 03 de setiembre 2026. INCISO 03. Lectura de oficio DDUR-DGV-INS-220-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal: Gestión ADI Barrio Pepe Luja-Lajas. Acuerdo SM- 1537-2026. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio DDUR- DGV-INS-222-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 04. Lectura de oficio DDUR-DGV-INS-215-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal: Gestión Colegio Técnico Profesional 17 de Abril. Solicitud de demarcación. Acuerdo SM-1393-2026. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio DDUR- DGV-INS-215-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 05. Lectura de oficio DDUR-DGV-INS-209-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal: Gestión María Efigenia Obando Barrantes. Acuerdo SM-1171-2026. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio DDUR- DGV-INS-209-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 06. Lectura de oficio DDUR-DGV-INS-205-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal: Gestión Asociación de Desarrollo Integral de Diriá. Acuerdo SM-1413-2026. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 07. Lectura de oficio DDUR-DGV-INS-201-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal: Gestión Vecinos Calle Junquillal-Changuita. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio DDUR- DGV-INS-201-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 18-2026. Del 03 de setiembre 2026. INCISO 08. Lectura de oficio DDUR-DGV-COORD-367-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal: Gestión Informe Técnico sector calle soles Tamarindo. Oficio 08606-2026-DHR. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio DDUR- DGV-COORD-367-2026 de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 09. Lectura de oficio DDUR-DGV-PROMO-86-2026 de la Unidad Técnica de Gestión Vial, aprovechamiento forestar al cementerio de Santa Barbara. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar el aprovechamiento forestal corta de arboles 1 árbol de saíno, 3 arboles de carao, 1 árbol de ron ron, 1 árbol de guácimo, 2 arboles moridero, 2 arboles madero negro, conforme al oficio DDUR-DGV-PROMO-86-2026 de la Unidad Técnica de Gestión Vial, aprovechamiento forestar al cementerio de Santa Barbara. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 10. Lectura de oficio PROV-62-2026 de Proveeduría Municipal, revisión del programa de adquisiciones remitido mediante oficio 44-2026 de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2026-2027. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio PROV- 62-2026 de Proveeduría Municipal, trasladar a Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2026-2027. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 11. Lectura de oficio CFTN-44-2026 de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2026-2027. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el CFTN-44- 2026 de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2026-2027. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 12. De la Escuela María Leal Rodríguez. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar al señor Bismark Zúñiga Gómez cédula 503440109 ante la Junta de Educación Escuela María Leal Rodríguez, así recomendado por al Dirección del Centro Educativo y la
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 18-2026. Del 03 de setiembre 2026. Supervisión de Educación Circuito 01. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 13. Lectura de oficio DRES-SC03-CTP-85-2026 del Colegio Técnico Profesional de Cartagena. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar a las personas José Wilfrido Marchena Bustos cédula 501610258, Adriana Genoveva Viales Álvarez cédula 503590058, Johnny Ríos Cerdas cédula 111190310, José Basilio Zoilo Bustos Angulo cédula 501940992, Danielka del Socorro Zeas Rizo cédula 501310440, como integrantes de la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Cartagena, así recomendado mediante el oficio DRES-SC03-CTP-85-2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 14. Lectura de oficio RIOCAÑASVIEJO-50-2026. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Tener por conocido y aprobar el cambio en el numero de identidad del señor Ramon Rafael Reyes Río 801650715, dicha actualización para los fines de la Junta de Educación Escuela Rio Cañas Viejo, así RIOCAÑASVIEJO-50-2026. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 15: Gestión de Asociación Deportiva Tamarindo cédula 3-002- 683245: solicitud de permiso para carrera de atletismo denominada Gatorade Tamarindo Beach Maratón en su XVIII Edición para el 05 setiembre 2026 Evento: Gatorade Tamarindo Beach Maratón 2026 Fecha: sábado 05 de septiembre del 2026 Edición: XVIII Distancias: 5k,10k, Media Maratón, Maratón Cantidad de Atletas. 2000 atletas distribuidos en: 5K: 200 atletas, 10K: 650 atletas, 21k: 600 atletas, 30k: 300 atletas 42k: 250 atletas.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 18-2026. Del 03 de setiembre 2026. Número aproximado de participantes oficialmente inscritos: 2000 Salida y Meta: Hotel Tamarindo Diría Hora de Salida: 4:00 a.m. 42k-30k -21k Hora de Salida: 4:20 a.m: 10k-5k Hora aproximada de finalización de competencia: 10:00 a.m. Datos del Organizador Cedula Juridica 3-002-683245 Organiza: Asociación Deportiva Tamarindo Representante Legal: Isaac López Brenes. Mayor, Soltero, portador de la cedula 115590044, Diseñador Industrial, vecino de Rio Oro de Santa Ana. Responsable de Organización: Isaac López Brenes. Teléfono de Contacto: 2220-0984 E-mail para notificaciones: info@gsxg.net Datos del Coordinar del evento con DGPT Nombre: Victor Lopez Jiménez Cedula: 6 0164 0115 Celular: 8811 3344 E-mail para notificaciones: vlopez@runnerscr.com DESCRIPCION DEL RECORRIDO Salida: Hotel Tamarindo Diría – Cruce Villareal (Ruta 152/155) – Huacas (ruta 155/180) Cruce Mata Palo (ruta 155/933)- Basilito (parque Brasilito Retorno)- Cruce a Matapalo- Cruce Huacas- Villareal- Farmacia Villareal (retorno 2)- Aeropuerto Tamarindo (retorno 3)- Hotel Tamarindo Diría. Meta. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar la solicitud de permiso para carrera de atletismo denominada Gatorade Tamarindo Beach Maratón en su XVIII Edición para el 05 setiembre 2026con horario de 04:00am a 10:00am. La Asociación Deportiva Tamarindo cédula 3002683245, deberá cumplir con la normativa municipal que corresponda. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 16. Gestión de la sociedad Poza Catoroza de Santa Cruz S.A. cédula 3-101-425349: Del trámite de concesión. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar al Departamento de Zona Marítimo Terrestre, la gestión de la sociedad Poza Catoroza de Santa Cruz S.A.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 18-2026. Del 03 de setiembre 2026. cédula 3-101-425349: Del trámite de concesión. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 17. Gestión de la Asociación de Desarrollo Integral de Guaitil. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar la separación de fecha 14 de noviembre y una licencia temporal para la venta de bebidas con contenido alcohólico, en actividad bailable “Los Comales” en el Mercado Artesanal y Chorotega de Guatil, organizado por la Asociación de Desarrollo Integral de Guaitil. El organizador deberá cumplir con la normativa municipal, de salud y seguridad exigidas para el tipo de actividad que desarrollará. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 18. Gestión del Comité de Adulto Mayor y Comité Tutelar de Niños del Trapiche: Solicitud para realizar ternerada. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: El solicitante deberá aportar el aval de la Asociación de Desarrollo Integral de El Trapiche. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. ARTÍCULO 05. INFORMES DE COMISIONES. INCISO 01. Lectura de dictamen 20-2026 de la Comisión de Gobierno y Administración, al ser las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día tres de setiembre del 2026. Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y del Oficio SM 1545-ORD-30-2026 del 06 de agosto 2026 en donde se comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Ordinaria 30-2026, Artículo 06, Inciso 28, del 28 de julio 2026. INCISO 28: Se conoce oficio ADIT-2026-48, de la Asociación de Desarrollo Integral de Tamarindo. Asunto: Solicitud de declaratoria de interés cantonal del proyecto de piscina olímpica comunitaria y áreas recreativas en Tamarindo. Solicitamos al Concejo Municipal valorar la declaratoria de interesa cantonal del proyecto de piscina olímpica comunitaria y áreas recreativas en Tamarindo.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 18-2026. Del 03 de setiembre 2026. 1. ANTECEDENTES Y MARCO NORMATIVO La solicitud planteada se fundamenta y enmarca dentro de las potestades y principios del ordenamiento jurídico costarricense aplicable al régimen municipal y al desarrollo local: • Constitución Política de la República de Costa Rica: Artículo 169, que consagra el carácter autónomo de las municipalidades y les confiere la administración de los intereses y servicios locales en cada cantón. Asimismo, se vincula con el derecho fundamental a la salud, la recreación y el deporte consagrado implícita y explícitamente en el ordenamiento. • Código Municipal (Ley N.º 7794): o Artículo 3 y 4: Establecen como competencias municipales la promoción del desarrollo local, el fomento de la cultura, el deporte, la recreación y la coordinación con las fuerzas vivas de la comunidad para la satisfacción de las necesidades públicas. o Artículo 13: Faculta al Concejo Municipal para emitir dictámenes, acuerdos y declaratorias de interés público, cantonal o comunal orientados al bienestar general y al progreso socioeconómico del cantón. • Ley de Creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER, Ley N.º 7800): Reconoce el deporte y la recreación como derechos fundamentales de los habitantes, estableciendo la obligación del Estado y de los gobiernos locales de promover el desarrollo de infraestructura deportiva y comunitaria, facilitando la suscripción de convenios de cooperación con asociaciones de desarrollo comunal. • Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad (Ley N.º 3859): Regula y fomenta la labor de las Asociaciones de Desarrollo Integral (ADIS), reconociéndolas como entes de cooperación directa en la gestión pública local y el bienestar comunitario. 2. ANÁLISIS DEL PROYECTO La Comisión Permanente de Gobierno y Administración ha analizado detalladamente los alcances de la iniciativa propuesta por la ADIT, determinando su alto impacto estratégico para el distrito de Tamarindo y el cantón de Santa Cruz a partir de los siguientes ejes: A. Impacto Social, Educativo y Deportivo • Carencia de infraestructura pública especializada: Actualmente, el distrito de
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 18-2026. Del 03 de setiembre 2026. Tamarindo carece de instalaciones públicas acuáticas adecuadas para la formación deportiva, la natación y la prevención del riesgo acuático. El proyecto solventa un vacío histórico de equipamiento urbano y social en una zona de alta densidad poblacional y turística [cite: 10]. • Articulación con centros educativos: La infraestructura beneficiará de manera directa a la población estudiantil de la Escuela y el Liceo de Villarreal, así como a otros centros educativos de la zona, fomentando programas de educación física, formación en natación formativa y competitiva, y estilos de vida saludables. • Inclusión social y seguridad acuática: Al tratarse de una zona costera, el desarrollo de programas de seguridad acuática y natación es una herramienta vital de prevención de ahogamientos, dirigida a niños, jóvenes y familias. Asimismo, se contemplan áreas recreativas inclusivas que garantizan la integración de personas con discapacidad y adultos mayores. B. Impacto Económico y Desarrollo Local • Dinamización comunitaria: La dotación de espacios públicos de calidad genera cohesión social, fortalece el tejido comunitario y atrae actividades de sano esparcimiento, alejando a la juventud de conductas de riesgo social. • Articulación interinstitucional con el ICODER: La declaratoria de interés cantonal constituye un requisito y un respaldo institucional indispensable para que la ADIT y la Municipalidad puedan gestionar de manera exitosa recursos financieros, asistencia técnica, convenios de coadyuvancia y cooperación ante el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) y otras instancias de cooperación nacional e internacional POR TANTO: Esta Comisión Permanente de Gobierno y Administración, estimando que el proyecto de la Piscina Olímpica Comunitaria y Áreas Recreativas en Tamarindo se alinea perfectamente con los fines públicos municipales, el ordenamiento jurídico vigente y las necesidades de desarrollo humano del cantón de Santa Cruz, considera procedente y oportuno otorgar el respaldo solicitado. Por lo que, se recomienda al Honorable Concejo Municipal: 1. Declarar de Interés Cantonal y Comunal el proyecto "Piscina Olímpica Comunitaria y Áreas Recreativas en Tamarindo", impulsado por la Asociación de Desarrollo Integral de Tamarindo (ADIT), en virtud de su relevancia social, educativa, deportiva, preventiva y de desarrollo local para el distrito de Tamarindo y el cantón de Santa Cruz.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 18-2026. Del 03 de setiembre 2026. 2. Autorizar a la Alcaldía Municipal y a la Secretaría del Concejo para que extiendan las certificaciones correspondientes de este acuerdo, a fin de que la ADIT pueda presentar el proyecto ante el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) y otras instituciones públicas o privadas para su respectivo financiamiento, impulso y ejecución. 3. Instar a la administración municipal a brindar el acompañamiento técnico y la coordinación interinstitucional necesaria para facilitar las gestiones pertinentes que viabilicen esta importante obra de infraestructura comunal. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el dictamen 20-2026 de la Comisión de Gobierno y Administración, de las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día tres de setiembre del 2026. Se acuerda: 1. Declarar de Interés Cantonal y Comunal el proyecto "Piscina Olímpica Comunitaria y Áreas Recreativas en Tamarindo", impulsado por la Asociación de Desarrollo Integral de Tamarindo (ADIT), en virtud de su relevancia social, educativa, deportiva, preventiva y de desarrollo local para el distrito de Tamarindo y el cantón de Santa Cruz. 2. Autorizar a la Alcaldía Municipal y a la Secretaría del Concejo para que extiendan las certificaciones correspondientes de este acuerdo, a fin de que la ADIT pueda presentar el proyecto ante el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) y otras instituciones públicas o privadas para su respectivo financiamiento, impulso y ejecución. 3. Instar a la administración municipal a brindar el acompañamiento técnico y la coordinación interinstitucional necesaria para facilitar las gestiones pertinentes que viabilicen esta importante obra de infraestructura comunal. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 02. Lectura de dictamen 07-2026 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, al ser las Diecisiete horas veinte minutos del día tres de septiembre del 2026. Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y de acuerdo con lo solicitado en el Oficio SM-1675-ORD-33-2026 del 02 de setiembre 2026 en donde comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Ordinaria 33-2026, Artículo 06, Inciso 06, del 18 de
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agosto 2026.
INCISO 06: Se conoce oficio DAM-2518-2026, firmado por el señor MSc.
Jorge Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal.
Asunto: Remisión del segundo Ajuste a la Liquidación Presupuestaria del
ejercicio económico 2025.
I. ANTECEDENTES Y DOCUMENTOS BAJO EXAMEN
1. Mediante el oficio DAM-2518-2026 de fecha 11 de agosto de 2026, sus-
crito por el M.Sc. Jorge Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal, se re-
mite formalmente para conocimiento, análisis y eventual aprobación de
este Concejo Municipal el Segundo Ajuste a la Liquidación Presupues-
taria del Ejercicio Económico 2025.
2. Dicho ajuste fue elaborado y sustentado técnicamente por la Dirección
de Gestión Financiera a través de los oficios DFCO-26-0121 y DFCO-
26-0122, adjuntando el Anexo N.º 1 - Liquidación Presupuestaria 2025,
Ajuste N.º 2.
3. Según la exposición de la instancia técnica, la finalidad de este segundo
ajuste es actualizar la composición del superávit institucional derivado de
procesos de revisión, conciliación y depuración efectuados con posterio-
ridad a la aprobación de la liquidación presupuestaria original, aclarando
expresamente que no se modifican los ingresos efectivamente percibidos,
los gastos ejecutados ni el resultado presupuestario neto del ejercicio eco-
nómico 2025.
II. MARCO JURÍDICO Y TÉCNICO APLICABLE
El presente dictamen se fundamenta en las siguientes normas, principios y
directrices vinculantes para el régimen municipal costarricense:
1. Constitución Política de Costa Rica: Artículos 170 (autonomía munici-
pal) y 180 (ejecución y liquidación presupuestaria).
2. Código Municipal (Ley N.º 7794): Artículos 4, 13 inciso c), y los nume-
rales referentes al ciclo presupuestario, la responsabilidad de la adminis-
tración financiera y las competencias del Concejo Municipal.
3. Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Pú-
blicos (Ley N.º 8131) y su Reglamento: Aplicables supletoriamente en lo
conducente a la gestión fiscal y rendición de cuentas.
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4. Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP):
Emitidas por el IFAC (International Federation of Accountants) y adop-
tadas en Costa Rica para la armonización contable y la presentación fiel
de la situación financiera del sector público, exigiendo integridad, trans-
parencia y depuración razonable de saldos contables (superávits libres y
específicos).
5. Directrices, Normas Técnicas y Criterios Vinculantes de la Contraloría
General de la República (CGR): Relativas a la presentación, contenido,
plazos y responsabilidad en la aprobación de las liquidaciones presupues-
tarias y sus ajustes, así como las directrices sobre el uso y destino de los
superávits (tanto libres como específicos).
III. DICTAMEN
1. Naturaleza jurídica y alcance del ajuste presupuestario
El superávit (libre o específico) de un ejercicio económico no es un dato
estático, sino el resultado contable de comparar los ingresos netos percibidos y
las obligaciones efectivamente contraídas y pagadas (o comprometidas
válidamente). Los procesos de conciliación bancaria, depuración de cuentas por
cobrar, depuración de compromisos pendientes (reservas de recursos) y la
correcta clasificación entre superávit libre y específico pueden requerir ajustes
técnicos posteriores.
Es de suma relevancia destacar que, conforme lo indica la Alcaldía y la
Dirección de Gestión Financiera, este Segundo Ajuste no altera la contabilidad
de caja básica del año 2025 (no modifica ingresos recaudados ni gastos girados),
sino que depura y reexpresa la composición y disponibilidad jurídica de los
saldos remanentes (superávit). Esto es un ejercicio de saneamiento contable
indispensable para evitar que el Concejo Municipal apruebe incorporar recursos
bajo una clasificación errónea (por ejemplo, catalogar como libre un recurso
que legalmente tiene destino específico, o viceversa).
2. Competencia del Concejo Municipal y el Principio de Legalidad
Presupuestaria
El Concejo Municipal, como jerarca supremo institucional, tiene la potestad y
el deber legal de conocer, valorar y, en su caso, aprobar las liquidaciones
presupuestarias y sus modificaciones para su posterior remisión y refrendo ante
la Contraloría General de la República.
La intervención del Concejo no es un acto meramente ritual, formal o de "simple
trámite"; exige un control político y de legalidad formal. No obstante, la
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jurisprudencia de la CGR y de la Sala Constitucional ha delimitado claramente
que la responsabilidad técnica en la generación de los cálculos, conciliaciones
y asientos contables recae directamente sobre la Administración Activa (en
este caso, la Dirección de Gestión Financiera y la Alcaldía Municipal), quienes
suscriben los estudios técnicos y dan fe de la razonabilidad de los datos.
IV. DE LOS CRITERIOS TECNICOS PRESENTADOS
Esta Comisión entra a valorar los documentos técnicos aportados por la Alcaldía
y el Departamento de Dirección Financiera y Contable y se observa lo siguiente:
1. Principio de Confianza en los Órganos Técnicos: El Concejo Municipal
actúa sobre la base de los dictámenes técnicos emitidos por los departa-
mentos especializados (Dirección de Gestión Financiera).
2. Inexistencia de Alteración del Resultado Global: Dado que la Dirección
Financiera certifica que el ajuste no modifica los ingresos percibidos ni
los gastos ejecutados, no se está ante una ampliación arbitraria de gasto
ni ante un desfinanciamiento, sino ante un reordenamiento de saldos de
superávit.
V. CONCLUSIONES DE LA COMISIÓN
PRIMERA: El Segundo Ajuste a la Liquidación Presupuestaria del Ejercicio
Económico 2025, tramitado mediante los oficios DAM-2518-2026, DFCO-26-
0121 y DFCO-26-0122, constituye un procedimiento técnico de depuración,
conciliación y actualización de la composición del superávit, el cual se
encuentra dentro de las potestades de gestión financiera de la Administración
Municipal.
SEGUNDA: El ajuste analizado no altera los ingresos percibidos ni los gastos
ejecutados del período 2025, por lo que respeta el principio de equilibrio
presupuestario y las normativas técnicas contables aplicables al sector público
municipal (bajo estándares de transparencia y control de superávits).
TERCERA: El Concejo Municipal, a través de su Comisión de Hacienda y
Presupuesto, cuenta con el respaldo técnico suficiente para recomendar la
aprobación del ajuste, quedando a salvo la responsabilidad de los señores
regidores en virtud del principio de confianza en los informes de los órganos
técnicos competentes de la municipalidad.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 18-2026. Del 03 de setiembre 2026. POR TANTO La Comisión de Hacienda y Presupuesto recomienda al Honorable Concejo Municipal lo siguiente: 1. Aprobar el Segundo Ajuste a la Liquidación Presupuestaria del Ejercicio Económico 2025, sustentado técnicamente por la Dirección de Gestión Financiera mediante los oficios DFCO-26-0121, DFCO-26-0122 y el oficio de remisión de la Alcaldía DAM-2518-2026. 2. Autorizar la incorporación formal de este Segundo Ajuste y sus anexos a la documentación oficial de la Liquidación Presupuestaria del Ejercicio Económico 2025, para su respectivo trámite y presentación ante la Contraloría General de la República, en estricto cumplimiento del bloque de legalidad. 3. Instruir a la Administración Municipal para que vele por la correcta ejecución, destino y control de los saldos de superávit actualizados, rindiendo informes periódicos a este Concejo Municipal. 01.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el dictamen 07-2026 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, al ser las Diecisiete horas veinte minutos del día tres de septiembre del 2026. 1. Aprobar el Segundo Ajuste a la Liquidación Presupuestaria del Ejercicio Económico 2025, sustentado técnicamente por la Dirección de Gestión Financiera mediante los oficios DFCO-26-0121, DFCO-26-0122 y el oficio de remisión de la Alcaldía DAM-2518-2026. 2. Autorizar la incorporación formal de este Segundo Ajuste y sus anexos a la documentación oficial de la Liquidación Presupuestaria del Ejercicio Económico 2025, para su respectivo trámite y presentación ante la Contraloría General de la República, en estricto cumplimiento del bloque de legalidad. 3. Instruir a la Administración Municipal para que vele por la correcta ejecución, destino y control de los saldos de superávit actualizados, rindiendo informes periódicos a este Concejo Municipal. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 03. Señor Presidente del Concejo: Con respecto al proyecto presupuesto ordinario 2027, se propone programar sesiones de trabajo los días 10 y 16 de setiembre de las 9:00am a 4:00pm en esta Sala de Sesiones, el señor alcalde definirá el orden de la presentación del presupuesto por cada director, coordinador, jefe, o encargados de los departamentos municipales. Para tales sesiones se requiere la asistencia de las regidurías suplentes.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 18-2026. Del 03 de setiembre 2026. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Para la presentación y análisis del proyecto presupuesto ordinario 2027, se programan sesiones de trabajo los días 10 y 16 de setiembre de las 9:00am a 4:00pm en esta Sala de Sesiones, el señor alcalde definirá el orden de la presentación del presupuesto por cada director, coordinador, jefe, o encargados de los departamentos municipales. Para tales sesiones se requiere la asistencia de las regidurías suplentes. ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. ARTÍCULO 06. CIERRE. INCISO 01. SEÑOR PRESIDENTE DEL CONCEJO: SIN MÁS ASUNTOS POR ABORDAR DA POR FINALIZADA LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DIECIOCHO DOS MIL VEINTISÉIS, AL SER LAS VEINTE HORAS CINCO MINUTOS DEL DÍA TRES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS. Carlos Alberto Barrenechea Martínez, José Yorjani Rosales Contreras, Presidente del Concejo Municipal. Secretario del Concejo Municipal.