Extraordinaria 11 · 2026-05-12
EXTR.11-2026-12-05-2026.pdf · 19 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 11 del 2026-05-12 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
JOSE YORJANI
ROSALES
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ CONTRERAS
Sesión extraordinaria 11-2026. (FIRMA)
Del 12 de mayo 2026.
ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA ONCE-DOS MIL VEINTISÉIS-
Firmado
CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ- EL DÍAdigitalmente por
JOSE YORJANI
DOCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS- A LAS DIECISIETE
ROSALES
HORAS QUINCE MINUTOS, CON LA ASISTENCIA DE: CONTRERAS (FIRMA)
Fecha: 2026.05.26
REGIDORES PROPIETARIOS 13:38:13 -06'00'
Carlos Alberto Barrenechea Martínez-Presidente del Concejo.
Ivonne Patricia Espinoza Rosales- Vicepresidenta del Concejo.
Maureen Contreras Arrieta
Macdonald Espinoza Ruiz.
Kenia María Vásquez Angulo.
Carlos Alberto Moreno Arredondo.
Cindy María Leal Cordero.
REGIDURÍAS SUPLENTES
Marjorie López Yong.
Warner Rodríguez Angulo.
Nery Imelda Valerin Duartes.
Yarina Yamileth Arauz Barrantes.
Lidia María Briceño Gómez.
SÍNDICOS PROPIETARIOS
Flor Elena Castañeda Bonilla-Distrito Santa Cruz.
Carlos Andrés Lara Ramírez-Distrito Bolsón.
Katia Rodríguez Gutiérrez-Distrito 27 de Abril.
María Eunice Moraga Duarte-Distrito Tempate.
José Basilio Bustos Angulo-Distrito Cartagena.
Edwin Gómez Corea-Distrito Cuajiniquil.
Trino Barrantes Pérez-Distrito Diriá.
Balbino López Arrieta-Distrito Cabo Velas.
Jeannette Huertas López-Distrito Tamarindo.
SÍNDICOS SUPLENTES:
Ileana Fonseca Matarrita Distrito Bolsón.
Yorhany Pizarro López-Distrito 27 de Abril.
Evelyn Adriana Gutiérrez García.
Hazel Ramírez Villarreal-Distrito Diriá.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. María Yojana Paniagua Obando-Distrito Cabo Velas. Martin Héctor Barrantes Vásquez-Distrito Tamarindo. COMISIÓN Mauro Contreras Moreno. Mario André Madrigal Alfaro. Johnny Ríos Cerdas-Distrito Tempate. Yeimy Giselle Valerin Rodríguez-Distrito Cuajiniquil. POR LA ADMINISTRACIÓN. Msc. Jorge Arturo Alfaro Orias-Alcalde. Msc. Mitzy Salazar Morales-Primer Vicealcaldesa. ORDEN DEL DIA: 1. Comprobación del Quórum. 2. Aprobación Orden del Día. 3. Audiencia: Señora Ana Gabriela Ramírez Pérez. 4. Correspondencia. 5. Informes de Comisión. 6. Mociones. 7. Cierre. ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUÓRUM -Señor Presidente del Concejo: Con siete regidores propietarios, se procede a la lectura Orden del Día. ARTÍCULO 02: APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. INCISO 01. Señor Presidente del Concejo: Da lectura a propuesta de Orden del Dia. SE ACUERDA: Aprobar el orden del día presentado por Presidencia del Concejo, se adiciona Asuntos Varios. ACUERDO DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS, VOTOS: Maureen Contreras Arrieta, Macdonald Espinoza Ruiz, Carlos Barrenechea Martínez, Carlos Moreno Arredondo, Ivonne Espinoza Rosales, Kenia María Vásquez Angulo, Cindy María Leal Cordero.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. ARTÍCULO 03. AUDIENCIA. INCISO 01. Señor Presidente del Concejo: Se concede espacio en audiencia a la señora Ana Gabriela Ramírez Pérez, vecina de Oriente, la cual solicita se realicen las mejoras necesarias en la ruta que da acceso a casas de habitación. Presente en audiencia Ing. Víctor Obando Obando-Coordinador a.i. Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. Se dicta el siguiente acuerdo: 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, la solicitud presentada por la señora Ana Gabriela Ramírez Pérez, de atención de camino no codificado en el sector de Oriente. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. Audiencia en respaldo del minuto 08:59 al 19:05 en el video de la sesión extraordinaria. ARTÍCULO 04. CORRESPONDENCIA. INCISO 01. Lectura de oficio G-715-2026 de la Gerencia del Instituto Costarricense de Turismo: Denegación de trámite de concesión a nombre de Anabelle Cabalceta Aguilar. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar al Departamento de Zona Marítimo Terrestre, el oficio G-715-2026 de la Gerencia del Instituto Costarricense de Turismo. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 02. Lectura de oficio G-783-2026 de la Gerencia del Instituto Costarricense de Turismo: autorización de cesión de derechos solicitada por Ricardo Villalobos Flores. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar al Departamento de Zona Marítimo Terrestre, el oficio G-783-2026 de la Gerencia del Instituto Costarricense de Turismo. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. INCISO 03. Lectura de oficio G-661-2026 Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo: Tramite expediente DERK VAN WILPE VON MALCHUS. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar al Departamento de Zona Marítimo Terrestre, el oficio G-661-2026 de la Gerencia del Instituto Costarricense de Turismo. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 04. De la Asociación de Desarrollo Integral de 27 de Abril. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: autorizar separación de fechas 30 de mayo 2026 y licencia de licores para realizar evento bailable en el salón comunal, a favor de la Asociación de Desarrollo Integral de 27 de Abril. La Asociación deberá cumplir con la normativa municipal, de seguridad y salud que el evento requiere. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 05. De la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal-Promoción Social oficio DDUR-DGV-PROMO-45-2026. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Avalar el trámite ante MINAE Santa Cruz, para la corta de arboles en sector Langosta Tamarindo, según el oficio DDUR-DGV-PROMO-45-2026, proyecto de mantenimiento de red eléctrica Coopeguancaste. Detalle: 2 arboles de Nim, 2 arboles de leucaena, 1, árbol de cenízaro, 2 arboles de almendro de playa, 3 arboles de madero. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 06. Gestión de la señora Ester Arroyo Angulo: del cumplimiento del acuerdo de la sesión extraordinaria 20-2025 del 07 de octubre 2025. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, la gestión presentada por la señora Ester Arroyo Angulo. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 07. Del Comité Adulto Mayor Trapiche: Informe de actividades recaudación de fondos.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el informe presentado por Comité Adulto Mayor Trapiche. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 08. De la ASADA SURFSIDE: Solicitud de reunión ante Concejo Municipal. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Presidencia del Concejo, se programe la reunión solicitada. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 09. Del Recinto Universidad de Costa Rica: Invitación Alianzas para propuesta de apoyo para desarrollo socio productivo y agroempresarial, el 21 de mayo 2026 a la 1:00pm. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocida la invitación presentada. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 10. Gestión Lic. Walter A. Villagra Arias: Denuncia por movimiento de tiene ubicado frente a Moto Repuestos el Llano, el Llano. Solicitud de investigación por los departamentos de Inspectores, Ambiente, y Gestión Vial. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, la denuncia presentada por Lic. Walter A. Villagra Arias. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 11. Gestión del señor José Luis Jiménez Robleto: Solicitud de información sobre Fiestas Típicas Nacionales 2026. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Especial de Fiestas Típicas Nacionales, la solicitud de información presentada por José Luis Jiménez Robleto. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. INCISO 12. Del Colegio Técnico Profesional de Cartagena: Solicitud de audiencia ante el Concejo Municipal. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar Presidencia del Concejo, se programe la audiencia solicitada. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 13. De la Comisión Ambiental Cantonal oficio OSBSCC-331. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar la utilización De la Plaza Los Mangos en las fechas: 22 de mayo campaña Reciclaje Llantaton y residuos ordinarios. 28 de mayo Día Internacional de Polinizadores. 12 de junio Feria Ambiental cantonal. 14 de agosto en Huacas actividad campaña Reciclaje Llantaton y residuos ordinarios. Trasladar a Alcaldía la solicitud de apoyo presentada. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 14. De la Asociación de Desarrollo Integral Huacas. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: autorizar separación de fechas 06 de junio 2026 para actividad bailable y licencia de licores, a favor de la Asociación de Desarrollo Huacas. La Asociación deberá cumplir con la normativa de municipal, de seguridad y salud establecido para el evento. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 15. De la Asociación de Desarrollo Integral de Marbella. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar separación de fechas del 29 al 31 de mayo 2026, para la realización de Feria Gastronómica y Artesanal Marbella 2026, organizado por la Asociación de Desarrollo Integral de Marbella. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. 02.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, para su valoración, la solicitud de préstamo de tres tarimas, para los días 28-29-30-31 de mayo 2026 en el Festival de Marbella” gestión de la Asociación de Desarrollo Integral de Marbella. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 16. De la Asociación de Desarrollo Integral de Hatillo. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: autorizar separación de fechas del 31 diciembre 2026 al 03 de enero 2027 para realizar fiestas Hatillo 20262027, organizado por la Asociación de Desarrollo Integral de Hatillo. La Asociación deberá cumplir con la normativa de municipal, de seguridad y salud establecido para el evento. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 17. De la Asociación de Desarrollo Integral de Portegolpe. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: autorizar separación de fechas del 15 al 19 de abril 2027 y tres licencias temporales de licores, Fiestas Patronales Portegolpe 2027 Celebración Divina Misericordia, organizada por la Asociación de Desarrollo Integral de Portegolpe. La Asociación deberá cumplir con la normativa de municipal, de seguridad y salud establecido para el evento. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 18. Se conoce los siguientes oficios de Alcaldía Municipal, de la gestión de acuerdos del Concejo: DAM-1194. DAM-1002. DAM-995. DAM-892. DAM-1001. DAM-994. DAM-1125. DAM-1000. DAM-1207. DAM-1156. DAM-1202. DAM-1179. DAM-1010. DAM-1241. DAM-1178. DAM-1262. DAM-1224. DAM-1180. DAM-1019. DAM-999. DAM-1184. DAM-1247. DAM-998. DAM-1176. DAM-1003. DAM-996. DAM-1187.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. DAM-1186. DAM-1113. DAM-1151. DAM-1175. DAM-1136. DAM-729. DAM-1173. DAM-1135. DAM-1189. DAM-1103. DAM-1122. DAM-1202. DAM-1107. DAM-1155. DAM-1199. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido los oficios previamente indicados, todos de Alcaldía. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 19. Se conoce las siguientes consultas legislativas: 1-EXPEDIENTE N.° 24.551 “LEY PARA LA PROTECCIÓN Y GARANTÍA DEL DERECHO A LA CIUDAD”, 2-EXPEDIENTE N.º 25.453, “ADICIÓN DE UN NUEVO CAPÍTULO IX A LA LEY NACIONAL DE EMERGENCIAS Y PREVENCIÓN DEL RIESGO N°8488 DEL 22 DE NOVIEMBRE DE 2005, PARA MODERNIZAR LA GESTIÓN DE RIESGOS MEDIANTE EL SISTEMA NACIONAL DE ALERTAS TECNOLÓGICAS TEMPRANAS MÓVILES”, 3-EXPEDIENTE N.° 24804 “LEY DE CONSERVACIÓN Y FOMENTO DE ARBORETOS PARA LA BIODIVERSIDAD Y EDUCACIÓN AMBIENTAL”, 4- EXPEDIENTE N.° 25.433 “ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 33 TER DE LA LEY 7575, LEY FORESTAL Y SUS REFORMAS.”, 5-EXPEDIENTE N.º 25.448, “LEY PARA GARANTIZAR CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD Y DIGNIDAD A LOS PACIENTES OSTOMIZADOS Y CON ENFERMEDADES INFLAMATORIAS INTESTINALES EN SERVICIOS SANITARIOS DE USO PÚBLICO” 6- EXPEDIENTE N.° 25.451 “REFORMA DE LA LEY FORESTAL, LEY N.º 7575, SUS REFORMAS Y REGLAMENTOS”, 7-EXPEDIENTE N.° 24819 “LEY PARA LA GESTIÓN POSCONSUMO DE RESIDUOS FARMACEÚTICOS. ANTERIORMENTE DENOMINADO:
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. LEY PARA LA GESTIÓN POSCONSUMO DE RESIDUOS FARMACÉUTICOS Y COSMÉTICOS.”, 8-Expediente 24.649: “REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 121 INCISO 14) Y 174 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA”, 9-EXPEDIENTE 23.566. LEY DE MODERNIZACIÓN DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y RECREACIÓN (ICODER). 10-EXPEDIENTE N.º 25417 “LEY PARA EL FORTALECIMIENTO Y LA SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE LA CRUZ ROJA COSTARRICENSE MEDIANTE LA REFORMA A LA DISTRIBUCIÓN DE LAS PRIMAS DE SEGUROS”, 11-EXPEDIENTE N.º 25478 “LEY PARA COMBATIR LA CORRUPCIÓN EN LAS ASOCIACIONES SOLIDARISTAS QUE REALIZAN INTERMEDIACIÓN FINANCIERA, REFORMA DERIVADA DEL CASO ASEBANACIO” 12- EXPEDIENTE N.° 25.033 “LEY DE SEGURO AMBIENTAL”, 13-Expediente N.° 25.452 PROYECTO DE “LEY PARA MODERNIZAR EL CONCEPTO DE BOSQUE MEDIANTE LA REFORMA Y ADICIÓN DE VARIOS ARTÍCULOS A LA LEY FORESTAL N° 7575 DEL 13 DE FEBRERO DE 1996” 14-EXPEDIENTE N.º 25.472, “LEY DE ESTATUTO DE LA PERSONA TRABAJADORA DE LAS ARTES Y LA CULTURA” 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: No se emiten observaciones o recomendaciones a las consultas legislativas o expedientes previamente indicados. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 20. Se conoce oficio AJ-246-2026 de la Asesoría Jurídica Municipal: Respuesta a oficio SM-844-ord-18-2026 criterio jurídico sobre solicitud de la Asociación Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos de Santa cruz, para la
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. organización, ejecución y aprovechamiento económico de las Fiestas Típicas Nacionales 2027. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a la Comisión Especial de fiesta Típicas Nacionales, para s dictamen. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. ARTÍCULO 05. INFORME DE COMISIONES. INCISO 01. Lectura de Dictamen 03-2026 de la Comisión de Asuntos Culturales, al ser las Dieciséis horas veinte minutos del día siete de mayo del 2026. Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y del oficio: SM-821-ORD-16-2026 del 27 de marzo 2026, en donde se comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Ordinaria 16-2026, Artículo 09, Inciso 01, del 23 de abril 2026. INCISO 01. Lectura de MOCIÓN DE RECONSIDERACIÓN DEL ACUERDO DE DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS CULTURALES POR AUSENCIA DE FUNDAMENTACIÓN TÉCNICA EN LOS CRITERIOS DE ASIGNACIÓN. Presentada por Katia Rodríguez Gutiérrez, Sindica Propietaria Distrito 27 de abril, Jeannette Huertas López y Héctor Barrantes Vásquez, síndicos propietario y suplente Distrito Tamarindo. I. ANTECEDENTES Que mediante el acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria N.° 08-2026, artículo 04, inciso 01, del 14 de abril del 2026, este Concejo Municipal aprobó la distribución de recursos económicos para actividades culturales y navideñas. Que el 23 de abril de 2026, la señora Katia Rodríguez Gutiérrez (Síndica de 27 de Abril) y los síndicos de Tamarindo presentaron una moción de reconsideración, alegando una supuesta ausencia de fundamentación técnica y metodológica en los criterios de asignación de recursos. II. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA Esta Comisión sustenta su actuación en el bloque de legalidad vigente en la República de Costa Rica: Constitución Política: Artículos 11 (Principio de Legalidad) y 170 (Autonomía
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. Municipal). La municipalidad posee la potestad discrecional para administrar los intereses y servicios locales. Código Municipal: Artículos 4, inciso a) y 13, inciso q). Establece la facultad del Concejo para dictar las políticas de distribución de recursos y promover el desarrollo cultural del cantón. Ley General de la Administración Pública: Artículos 15, 16 y 160. Defiende la discrecionalidad administrativa siempre que se ajuste a criterios de oportunidad y conveniencia, bajo los principios de lógica y justicia. Ley General de Contratación Pública: En lo relativo a la eficacia y eficiencia en el uso de los fondos públicos, asegurando que el gasto se traduzca en el cumplimiento de los fines institucionales. DICTAMEN Esta Comisión, tras analizar los argumentos de la moción, determina lo siguiente: Sobre la Potestad de Distribución: La Comisión de Asuntos Culturales tiene la potestad y facultad legal de proponer la distribución de ayudas basándose en la visión estratégica de desarrollo cultural del cantón. Dicha propuesta se eleva al Concejo, quien posee la soberanía para ratificarla. Sobre los Criterios de Objetividad y Transparencia: Contrario a lo alegado, la asignación de recursos no es arbitraria. Se basa en criterios de objetividad, transparencia y eficacia, priorizando el impacto cultural, la capacidad de organización de las asociaciones solicitantes y la equidad en el acceso a la cultura, que no siempre es proporcional a la densidad poblacional o recaudación, sino a la necesidad de fomento cultural en zonas específicas. Sobre la proporcionalidad y la equidad territorial: Contrario a lo argumentado en la "MOCION RECONSIDERACIÓN DISTRIBUCION CULTURA KATHIA RODRIGUEZ.pdf", la equidad no debe confundirse con una igualdad aritmética simple basada estrictamente en el número de habitantes o la recaudación de cada distrito. Bajo los principios de la Ley General de la Administración Pública y el Código Municipal, la administración debe aplicar criterios de "Igualdad de Oportunidades", lo que implica que comunidades con menor población, pero mayor vulnerabilidad o riesgo de pérdida de identidad cultural (como Bolsón y Cuajiniquil) requieren una inversión per cápita superior para garantizar que el derecho constitucional a la cultura sea efectivo. Una distribución basada solo en población condenaría a los distritos rurales a la marginalidad cultural, perpetuando brechas
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. territoriales. Sobre la comparativa entre distritos: Se aclara que, dentro de la planificación estratégica, distritos como 27 de Abril y Tamarindo han recibido asignaciones que superan incluso al Distrito Central de Santa Cruz. Esto responde a un criterio de descentralización de los recursos, reconociendo que el centro cantonal ya cuenta con infraestructura y oferta cultural permanente, mientras que los distritos periféricos requieren un apoyo financiero más robusto para trasladar y ejecutar actividades de igual calidad. Sobre la gestión operativa mediante Asociaciones de Desarrollo (ADI): Para garantizar la transparencia y la eficacia en el manejo de fondos públicos, la Comisión ha determinado que en aquellas comunidades que no cuentan con una organización comunal formal o vigente para recibir recursos, la Asociación de Desarrollo más cercana y con mayor capacidad administrativa se encargue de la ejecución de los fondos. Por lo anterior: Los montos elevados que se observan en ciertas comunidades no representan un privilegio discrecional, sino una concentración operativa. Dicha Asociación actúa como ente ejecutor responsable de garantizar que las actividades culturales y navideñas lleguen efectivamente a las comunidades vecinas sin organización propia. Este modelo asegura la fiscalización de los recursos bajo los estándares de la Ley General de Contratación Pública, evitando la dispersión de fondos en grupos informales que no podrían rendir cuentas de manera legal ante la Contraloría General de la República. Sobre la Eficacia Administrativa: La distribución responde a un análisis de las solicitudes formales recibidas por las organizaciones comunales. El hecho de que algunos distritos reciban montos diferenciados responde a la naturaleza de las actividades propuestas y a la optimización de los recursos disponibles para alcanzar la mayor cobertura posible. Es criterio de esta Comisión de Cultura que la distribución denota un análisis técnico donde se prioriza la necesidad de fomento cultural en zonas específicas y la viabilidad legal de la ejecución, se ha actuado bajo criterios de oportunidad y conveniencia, buscando que ningún rincón del cantón quede excluido de las festividades por falta de estructura administrativa local, cumpliendo así con el fin público de la Municipalidad de Santa Cruz.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. POR TANTO Con base en las facultades otorgadas por el Código Municipal y en respeto a los acuerdos previos de este Concejo, la Comisión de Asuntos Culturales recomienda: -Por las consideraciones indicadas rechazar la solicitud de reconsideración presentada por la Síndica de 27 de Abril y los síndicos de Tamarindo sobre el acuerdo SM-759-EXTR-08-2026 por cuanto la distribución propuesta cumple con los principios de razonabilidad, proporcionalidad y conveniencia institucional. -Se mantenga incólume el acuerdo dictado. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el Dictamen 03-2026 de la Comisión de Asuntos Culturales, al ser las Dieciséis horas veinte minutos del día siete de mayo del 2026. Con base en las facultades otorgadas por el Código Municipal y en respeto a los acuerdos previos de este Concejo, las consideraciones indicadas se acuerda rechazar la solicitud de reconsideración presentada por la Síndica de 27 de Abril y los síndicos de Tamarindo sobre el acuerdo SM-759-EXTR-08-2026 por cuanto la distribución propuesta cumple con los principios de razonabilidad, proporcionalidad y conveniencia institucional. -Se mantenga incólume el acuerdo dictado. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 02. Lectura de Dictamen 16-2026 de la Comisión de Eventos Públicos, al ser las Dieciséis horas dos minutos del día doce de mayo del 2026. Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y del Oficio SM-801-ORD-16-2026 del 12 de mayo del 2026 en donde se comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Ordinaria 16- 2026, Artículo 06, Inciso 26, del 23 de abril 2026. INCISO 26. De la Asociación de Desarrollo Integral de San Pedro oficio 05- 2026 solicitud de separación de fechas 2027 y dos licencias temporales de licor. CONSIDERANDO I. Marco Jurídico: El presente dictamen se fundamenta en el siguiente bloque de legalidad:
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. Constitución Política de Costa Rica: Artículos 169 y 170, que consagran la autonomía municipal para la administración de los intereses locales. Código Municipal: Artículo 13, inciso e), sobre las atribuciones del Concejo para dictar políticas y aprobar convenios o permisos de uso del espacio público. Ley de Desarrollo de la Comunidad (Ley 3859): Que respalda las gestiones de las Asociaciones de Desarrollo Integral (ADI) como entes colaboradores del Estado y las Municipalidades. Convenio sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (UNESCO): Ratificado por Costa Rica, que obliga a las instituciones a proteger las tradiciones locales. 2. ANTECEDENTES -En la en la Sesión Ordinaria 16- 2026, Artículo 06, Inciso 26, del 23 de abril 2026 se conoce: 1- De la Asociación de Desarrollo Integral de San Pedro oficio 05-2026 solicitud de separación de fechas 2027 y dos licencias temporales de licor. 2-Oficio SM-801-ORD-16-2026 del 12 de mayo del 2026. Comunicación oficial del acuerdo que traslada la gestión para su respectivo dictamen técnico- cultural. 3. CONSIDERANDO Esta Comisión, tras el análisis de la solicitud: PRIMERO: Solicitud de separación de fechas del jueves 1 de abril al lunes 5 de abril de 2027, culminando con una tradicional ternerada como actividad de cierre, y dos licencias temporales de licor para el evento. Valor del Acervo Cultural: Las Fiestas de San Pedro en los últimos años constituyen un evento comercial por activar la economía de la zona, pero también forman parte del marco de protección de una identidad cultural y folclórica que define al cantón, Interés Público y Comunal: Las Fiestas son organizada por la Asociación de
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. Desarrollo Integral de San Pedro, lo que garantiza que los beneficios económicos se reinviertan en obras de bienestar social, programas para la misma población meta de la Asociación, cumpliendo con el fin primordial del gobierno local de promover el desarrollo integral y la asistencia social a los ciudadanos santacruceños. Temporalidad y Ubicación: La solicitud se plantea para los días 1 de abril al lunes 5 de abril de 2027 que coinciden con la tradición histórica de la celebración y permiten una planificación logística adecuada por parte de la fuerza pública, salud y administración municipal. Alineamiento Institucional: Autorizar este evento es coherente con la política municipal de Santa Cruz de fortalecer las festividades culturales como cuna del Folclor nacional, reconociendo que la riqueza cultural del cantón reside en la particularidad de sus pueblos. POR TANTO: La Comisión de Eventos recomienda al Concejo Municipal de Santa Cruz: PRIMERO: APROBAR la solicitud de la Asociación de Desarrollo Integral de San Pedro de solicitud de separación de fechas del 1 de abril al lunes 5 de abril de 2027. SEGUNDO: Autorización dos licencias temporales de licor para el evento 01 al 05 de abril 2027. TERCERO: Condicionar dichas reservas y autorizaciones al cumplimiento estricto de los requisitos legales vigentes en materia de cumplimiento de la normativa, asegurando que se mantenga el carácter tradicional de las actividades solicitadas. CUARTA: Por lo anterior, solicitamos al Honorable Concejo Municipal APROBAR el presente dictamen, asimismo notificar de este acuerdo a los interesados. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el Dictamen 16-2026 de la Comisión de Eventos Públicos, al ser las Dieciséis horas dos minutos del día doce de mayo del 2026. Se acuerda: PRIMERO: APROBAR la solicitud de la Asociación de Desarrollo Integral de San Pedro de solicitud de separación de fechas del 1 de abril al lunes 5 de abril de 2027. SEGUNDO: Autorización dos licencias temporales de licor para el evento 01 al
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. 05 de abril 2027. TERCERO: Condicionar dichas reservas y autorizaciones al cumplimiento estricto de los requisitos legales vigentes en materia de cumplimiento de la normativa, asegurando que se mantenga el carácter tradicional de las actividades solicitadas. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. INCISO 03. Lectura de Dictamen 17-2026 de la Comisión de Eventos Públicos, al ser las Dieciséis horas veinte minutos del día doce de mayo del 2026. Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica y del Oficio SM-422-EXTR-06-2026 del 16 de marzo del 2026 en donde se comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Extraordinaria 06- 2026, Artículo 04, Inciso 21, del 10 de marzo 2026. INCISO 21. De la Asociación de Desarrollo Integral de Buenos Aires solicitud de separación de fechas del 03 al 06 de diciembre 2026 y dos licencias temporales de licor. CONSIDERANDO I. Marco Jurídico: El presente dictamen se fundamenta en el siguiente bloque de legalidad: Constitución Política de Costa Rica: Artículos 169 y 170, que consagran la autonomía municipal para la administración de los intereses locales. Código Municipal: Artículo 13, inciso e), sobre las atribuciones del Concejo para dictar políticas y aprobar convenios o permisos de uso del espacio público. Ley de Desarrollo de la Comunidad (Ley 3859): Que respalda las gestiones de las Asociaciones de Desarrollo Integral (ADI) como entes colaboradores del Estado y las Municipalidades. Convenio sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (UNESCO): Ratificado por Costa Rica, que obliga a las instituciones a proteger las tradiciones locales. 2. ANTECEDENTES
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. -En la en la Sesión Extraordinaria 06- 2026, Artículo 04, Inciso 21, del 10 de marzo 2026 se conoce: 1- De la Asociación de Desarrollo Integral de Buenos Aires solicitud de separación de fechas 2027 y dos licencias temporales de licor. 2-Oficio SM-422-EXTR-06-2026 del 16 de marzo del 2026. Comunicación oficial del acuerdo que traslada la gestión para su respectivo dictamen técnico- cultural. 3. CONSIDERANDO Esta Comisión, tras el análisis de la solicitud: PRIMERO: Solicitud de separación de fechas del 03 al 06 de diciembre de 2026 y dos licencias temporales de licor para el evento. Valor del Acervo Cultural: Las Fiestas de Buenos Aires en los últimos años constituyen un evento comercial por activar la economía de la zona, pero también forman parte del marco de protección de una identidad cultural y folclórica que define al cantón, Interés Público y Comunal: Las Fiestas son organizada por la Asociación de Desarrollo Integral de Buenos Aires, lo que garantiza que los beneficios económicos se reinviertan en obras de bienestar social, programas para la misma población meta de la Asociación, cumpliendo con el fin primordial del gobierno local de promover el desarrollo integral y la asistencia social a los ciudadanos santacruceños. Temporalidad y Ubicación: La solicitud se plantea para los días 03 de diciembre al 06 de diciembre de 2026 que coinciden con la tradición histórica de la celebración y permiten una planificación logística adecuada por parte de la fuerza pública, salud y administración municipal. Alineamiento Institucional: Autorizar este evento es coherente con la política municipal de Santa Cruz de fortalecer las festividades culturales como cuna del Folclor nacional, reconociendo que la riqueza cultural del cantón reside en la particularidad de sus pueblos. POR TANTO: La Comisión de Eventos recomienda al Concejo Municipal de Santa Cruz: PRIMERO: APROBAR la solicitud de la Asociación de Desarrollo Integral de Buenos Aires de solicitud de separación de fechas del 03 de diciembre al 06 de diciembre de 2026.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Sesión extraordinaria 11-2026. Del 12 de mayo 2026. SEGUNDO: Autorización dos licencias temporales de licor para el evento del 03 de diciembre al 06 diciembre de 2026. TERCERO: Condicionar dichas reservas y autorizaciones al cumplimiento estricto de los requisitos legales vigentes en materia de cumplimiento de la normativa, asegurando que se mantenga el carácter tradicional de las actividades solicitadas. CUARTA: Por lo anterior, solicitamos al Honorable Concejo Municipal APROBAR el presente dictamen, asimismo notificar de este acuerdo a los interesados. 1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos Dictamen 17-2026 de la Comisión de Eventos Públicos, al ser las Dieciséis horas veinte minutos del día doce de mayo del 2026. Se acuerda: PRIMERO: APROBAR la solicitud de la Asociación de Desarrollo Integral de Buenos Aires de solicitud de separación de fechas del 03 de diciembre al 06 de diciembre de 2026. SEGUNDO: Autorización dos licencias temporales de licor para el evento del 03 de diciembre al 06 diciembre de 2026. TERCERO: Condicionar dichas reservas y autorizaciones al cumplimiento estricto de los requisitos legales vigentes en materia de cumplimiento de la normativa, asegurando que se mantenga el carácter tradicional de las actividades solicitadas. VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS. ARTÍCULO 06. MOCIONES. INCISO 01. No se presentan Mociones escritas. ARTÍCULO 07. CIERRE. INCISO 01. SEÑOR PRESIDENTE DEL CONCEJO: SIN MÁS ASUNTOS POR ABORDAR DA POR FINALIZADA LA SESIÓN EXTRAORDINARIA ONCE DOS MIL VEINTISÉIS, AL SER LAS DIECINUEVE HORAS CINCUENTA MINUTOS, DEL DÍA DOCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS. Carlos Alberto Barrenechea Martínez, José Yorjani Rosales Contreras, Presidente del Concejo Municipal. Secretario del Concejo Municipal.