Extraordinaria 11 · 2026-05-12

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 11 del 2026-05-12 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

                                                                JOSE YORJANI
                                                                ROSALES
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ             CONTRERAS
Sesión extraordinaria 11-2026.                                  (FIRMA)
Del 12 de mayo 2026.
ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA ONCE-DOS MIL VEINTISÉIS-
                                                        Firmado
CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ- EL DÍAdigitalmente por
                                                        JOSE YORJANI
DOCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS- A LAS DIECISIETE
                                                        ROSALES
HORAS QUINCE MINUTOS, CON LA ASISTENCIA DE:             CONTRERAS (FIRMA)
                                                                Fecha: 2026.05.26
REGIDORES PROPIETARIOS                                          13:38:13 -06'00'
Carlos Alberto Barrenechea Martínez-Presidente del Concejo.
Ivonne Patricia Espinoza Rosales- Vicepresidenta del Concejo.
Maureen Contreras Arrieta
Macdonald Espinoza Ruiz.
Kenia María Vásquez Angulo.
Carlos Alberto Moreno Arredondo.
Cindy María Leal Cordero.

REGIDURÍAS SUPLENTES
Marjorie López Yong.
Warner Rodríguez Angulo.
Nery Imelda Valerin Duartes.
Yarina Yamileth Arauz Barrantes.
Lidia María Briceño Gómez.

SÍNDICOS PROPIETARIOS
Flor Elena Castañeda Bonilla-Distrito Santa Cruz.
Carlos Andrés Lara Ramírez-Distrito Bolsón.
Katia Rodríguez Gutiérrez-Distrito 27 de Abril.
María Eunice Moraga Duarte-Distrito Tempate.
José Basilio Bustos Angulo-Distrito Cartagena.
Edwin Gómez Corea-Distrito Cuajiniquil.
Trino Barrantes Pérez-Distrito Diriá.
Balbino López Arrieta-Distrito Cabo Velas.
Jeannette Huertas López-Distrito Tamarindo.

SÍNDICOS SUPLENTES:
Ileana Fonseca Matarrita Distrito Bolsón.
Yorhany Pizarro López-Distrito 27 de Abril.
Evelyn Adriana Gutiérrez García.
Hazel Ramírez Villarreal-Distrito Diriá.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
María Yojana Paniagua Obando-Distrito Cabo Velas.
Martin Héctor Barrantes Vásquez-Distrito Tamarindo.

COMISIÓN
Mauro Contreras Moreno.
Mario André Madrigal Alfaro.
Johnny Ríos Cerdas-Distrito Tempate.
Yeimy Giselle Valerin Rodríguez-Distrito Cuajiniquil.

POR LA ADMINISTRACIÓN.
Msc. Jorge Arturo Alfaro Orias-Alcalde.
Msc. Mitzy Salazar Morales-Primer Vicealcaldesa.

ORDEN DEL DIA:
1. Comprobación del Quórum.
2. Aprobación Orden del Día.
3. Audiencia: Señora Ana Gabriela Ramírez Pérez.
4. Correspondencia.
5. Informes de Comisión.
6. Mociones.
7. Cierre.

ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUÓRUM
-Señor Presidente del Concejo: Con siete regidores propietarios, se procede a la
lectura Orden del Día.

ARTÍCULO 02: APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.
INCISO 01. Señor Presidente del Concejo: Da lectura a propuesta de Orden del
Dia.

SE ACUERDA: Aprobar el orden del día presentado por Presidencia del
Concejo, se adiciona Asuntos Varios.
ACUERDO DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS, VOTOS:
Maureen Contreras Arrieta, Macdonald Espinoza Ruiz, Carlos Barrenechea
Martínez, Carlos Moreno Arredondo, Ivonne Espinoza Rosales, Kenia María
Vásquez Angulo, Cindy María Leal Cordero.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
ARTÍCULO 03. AUDIENCIA.
INCISO 01. Señor Presidente del Concejo: Se concede espacio en audiencia a
la señora Ana Gabriela Ramírez Pérez, vecina de Oriente, la cual solicita se
realicen las mejoras necesarias en la ruta que da acceso a casas de habitación.
Presente en audiencia Ing. Víctor Obando Obando-Coordinador a.i. Unidad
Técnica de Gestión Vial Municipal.

Se dicta el siguiente acuerdo:

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se traslada a la Unidad Técnica de
Gestión Vial Municipal, la solicitud presentada por la señora Ana Gabriela
Ramírez Pérez, de atención de camino no codificado en el sector de Oriente.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

Audiencia en respaldo del minuto 08:59 al 19:05 en el video de la sesión
extraordinaria.

ARTÍCULO 04. CORRESPONDENCIA.

INCISO 01. Lectura de oficio G-715-2026 de la Gerencia del Instituto
Costarricense de Turismo: Denegación de trámite de concesión a nombre de
Anabelle Cabalceta Aguilar.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar al Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, el oficio G-715-2026 de la Gerencia del Instituto
Costarricense de Turismo.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 02. Lectura de oficio G-783-2026 de la Gerencia del Instituto
Costarricense de Turismo: autorización de cesión de derechos solicitada por
Ricardo Villalobos Flores.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar al Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, el oficio G-783-2026 de la Gerencia del Instituto
Costarricense de Turismo.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
INCISO 03. Lectura de oficio G-661-2026 Gerencia General del Instituto
Costarricense de Turismo: Tramite expediente DERK VAN WILPE VON
MALCHUS.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar al Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, el oficio G-661-2026 de la Gerencia del Instituto
Costarricense de Turismo.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 04. De la Asociación de Desarrollo Integral de 27 de Abril.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: autorizar separación de fechas 30 de
mayo 2026 y licencia de licores para realizar evento bailable en el salón
comunal, a favor de la Asociación de Desarrollo Integral de 27 de Abril.
La Asociación deberá cumplir con la normativa municipal, de seguridad y salud
que el evento requiere.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 05. De la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal-Promoción
Social oficio DDUR-DGV-PROMO-45-2026.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Avalar el trámite ante MINAE Santa
Cruz, para la corta de arboles en sector Langosta Tamarindo, según el oficio
DDUR-DGV-PROMO-45-2026, proyecto de mantenimiento de red eléctrica
Coopeguancaste. Detalle: 2 arboles de Nim, 2 arboles de leucaena, 1, árbol de
cenízaro, 2 arboles de almendro de playa, 3 arboles de madero.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 06. Gestión de la señora Ester Arroyo Angulo: del cumplimiento del
acuerdo de la sesión extraordinaria 20-2025 del 07 de octubre 2025.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Permanente de
Asuntos Jurídicos, la gestión presentada por la señora Ester Arroyo Angulo.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 07. Del Comité Adulto Mayor Trapiche: Informe de actividades
recaudación de fondos.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el informe
presentado por Comité Adulto Mayor Trapiche.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 08. De la ASADA SURFSIDE: Solicitud de reunión ante Concejo
Municipal.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Presidencia del Concejo,
se programe la reunión solicitada.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 09. Del Recinto Universidad de Costa Rica: Invitación Alianzas para
propuesta de apoyo para desarrollo socio productivo y agroempresarial, el 21
de mayo 2026 a la 1:00pm.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocida la invitación
presentada.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 10. Gestión Lic. Walter A. Villagra Arias: Denuncia por movimiento
de tiene ubicado frente a Moto Repuestos el Llano, el Llano. Solicitud de
investigación por los departamentos de Inspectores, Ambiente, y Gestión Vial.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, la denuncia
presentada por Lic. Walter A. Villagra Arias.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 11. Gestión del señor José Luis Jiménez Robleto: Solicitud de
información sobre Fiestas Típicas Nacionales 2026.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Comisión Especial de
Fiestas Típicas Nacionales, la solicitud de información presentada por José Luis
Jiménez Robleto.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
INCISO 12. Del Colegio Técnico Profesional de Cartagena: Solicitud de
audiencia ante el Concejo Municipal.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar Presidencia del Concejo,
se programe la audiencia solicitada.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 13. De la Comisión Ambiental Cantonal oficio OSBSCC-331.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar la utilización De la Plaza
Los Mangos en las fechas:
22 de mayo campaña Reciclaje Llantaton y residuos ordinarios.
28 de mayo Día Internacional de Polinizadores.
12 de junio Feria Ambiental cantonal.
14 de agosto en Huacas actividad campaña Reciclaje Llantaton y residuos
ordinarios.
Trasladar a Alcaldía la solicitud de apoyo presentada.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 14. De la Asociación de Desarrollo Integral Huacas.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: autorizar separación de fechas 06 de
junio 2026 para actividad bailable y licencia de licores, a favor de la Asociación
de Desarrollo Huacas.
La Asociación deberá cumplir con la normativa de municipal, de seguridad y
salud establecido para el evento.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 15. De la Asociación de Desarrollo Integral de Marbella.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Autorizar separación de fechas del
29 al 31 de mayo 2026, para la realización de Feria Gastronómica y Artesanal
Marbella 2026, organizado por la Asociación de Desarrollo Integral de
Marbella.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
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Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
02.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, para su
valoración, la solicitud de préstamo de tres tarimas, para los días 28-29-30-31
de mayo 2026 en el Festival de Marbella” gestión de la Asociación de
Desarrollo Integral de Marbella.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 16. De la Asociación de Desarrollo Integral de Hatillo.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: autorizar separación de fechas del 31
diciembre 2026 al 03 de enero 2027 para realizar fiestas Hatillo 20262027,
organizado por la Asociación de Desarrollo Integral de Hatillo.
La Asociación deberá cumplir con la normativa de municipal, de seguridad y
salud establecido para el evento.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 17. De la Asociación de Desarrollo Integral de Portegolpe.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: autorizar separación de fechas del 15
al 19 de abril 2027 y tres licencias temporales de licores, Fiestas Patronales
Portegolpe 2027 Celebración Divina Misericordia, organizada por la
Asociación de Desarrollo Integral de Portegolpe.
La Asociación deberá cumplir con la normativa de municipal, de seguridad y
salud establecido para el evento.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 18. Se conoce los siguientes oficios de Alcaldía Municipal, de la
gestión de acuerdos del Concejo:
   DAM-1194.                  DAM-1002.                DAM-995.
   DAM-892.                   DAM-1001.                DAM-994.
   DAM-1125.                  DAM-1000.                DAM-1207.
   DAM-1156.                  DAM-1202.                DAM-1179.
   DAM-1010.                  DAM-1241.                DAM-1178.
   DAM-1262.                  DAM-1224.                DAM-1180.
   DAM-1019.                  DAM-999.                 DAM-1184.
   DAM-1247.                  DAM-998.                 DAM-1176.
   DAM-1003.                  DAM-996.                 DAM-1187.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
   DAM-1186.                  DAM-1113.   DAM-1151.
   DAM-1175.                  DAM-1136.   DAM-729.
   DAM-1173.                  DAM-1135.   DAM-1189.
   DAM-1103.                  DAM-1122.   DAM-1202.
   DAM-1107.                  DAM-1155.   DAM-1199.
1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido los oficios
previamente indicados, todos de Alcaldía.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 19. Se conoce las siguientes consultas legislativas:
1-EXPEDIENTE N.° 24.551 “LEY PARA LA PROTECCIÓN Y GARANTÍA
DEL DERECHO A LA CIUDAD”,

2-EXPEDIENTE N.º 25.453, “ADICIÓN DE UN NUEVO CAPÍTULO IX A
LA LEY NACIONAL DE EMERGENCIAS Y PREVENCIÓN DEL RIESGO
N°8488 DEL 22 DE NOVIEMBRE DE 2005, PARA MODERNIZAR LA
GESTIÓN DE RIESGOS MEDIANTE EL SISTEMA NACIONAL DE
ALERTAS TECNOLÓGICAS TEMPRANAS MÓVILES”,

3-EXPEDIENTE N.° 24804 “LEY DE CONSERVACIÓN Y FOMENTO DE
ARBORETOS PARA LA BIODIVERSIDAD Y EDUCACIÓN
AMBIENTAL”,

4- EXPEDIENTE N.° 25.433 “ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 33 TER DE LA
LEY 7575, LEY FORESTAL Y SUS REFORMAS.”,

5-EXPEDIENTE N.º 25.448, “LEY PARA GARANTIZAR CONDICIONES
DE ACCESIBILIDAD Y DIGNIDAD A LOS PACIENTES OSTOMIZADOS
Y CON ENFERMEDADES INFLAMATORIAS INTESTINALES EN
SERVICIOS SANITARIOS DE USO PÚBLICO”

6- EXPEDIENTE N.° 25.451 “REFORMA DE LA LEY FORESTAL, LEY
N.º 7575, SUS REFORMAS Y REGLAMENTOS”,

7-EXPEDIENTE N.° 24819 “LEY PARA LA GESTIÓN POSCONSUMO DE
RESIDUOS FARMACEÚTICOS. ANTERIORMENTE DENOMINADO:
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
LEY PARA LA GESTIÓN POSCONSUMO                            DE     RESIDUOS
FARMACÉUTICOS Y COSMÉTICOS.”,

8-Expediente 24.649: “REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 121 INCISO 14) Y
174 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA”,

9-EXPEDIENTE 23.566. LEY DE MODERNIZACIÓN DEL INSTITUTO
COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y RECREACIÓN (ICODER).

10-EXPEDIENTE N.º 25417 “LEY PARA EL FORTALECIMIENTO Y LA
SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE LA CRUZ ROJA COSTARRICENSE
MEDIANTE LA REFORMA A LA DISTRIBUCIÓN DE LAS PRIMAS DE
SEGUROS”,

11-EXPEDIENTE N.º 25478 “LEY PARA COMBATIR LA CORRUPCIÓN
EN LAS ASOCIACIONES SOLIDARISTAS QUE REALIZAN
INTERMEDIACIÓN FINANCIERA, REFORMA DERIVADA DEL CASO
ASEBANACIO”

12- EXPEDIENTE N.° 25.033 “LEY DE SEGURO AMBIENTAL”,

13-Expediente N.° 25.452 PROYECTO DE “LEY PARA MODERNIZAR EL
CONCEPTO DE BOSQUE MEDIANTE LA REFORMA Y ADICIÓN DE
VARIOS ARTÍCULOS A LA LEY FORESTAL N° 7575 DEL 13 DE
FEBRERO DE 1996”

14-EXPEDIENTE N.º 25.472, “LEY DE ESTATUTO DE LA PERSONA
TRABAJADORA DE LAS ARTES Y LA CULTURA”

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: No se emiten observaciones o
recomendaciones a las consultas legislativas o expedientes previamente
indicados.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 20. Se conoce oficio AJ-246-2026 de la Asesoría Jurídica Municipal:
Respuesta a oficio SM-844-ord-18-2026 criterio jurídico sobre solicitud de la
Asociación Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos de Santa cruz, para la
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
organización, ejecución y aprovechamiento económico de las Fiestas Típicas
Nacionales 2027.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a la Comisión Especial de
fiesta Típicas Nacionales, para s dictamen.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
ARTÍCULO 05. INFORME DE COMISIONES.

INCISO 01. Lectura de Dictamen 03-2026 de la Comisión de Asuntos
Culturales, al ser las Dieciséis horas veinte minutos del día siete de mayo del
2026.

Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y del oficio: SM-821-ORD-16-2026 del 27 de marzo 2026, en donde se
comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión
Ordinaria 16-2026, Artículo 09, Inciso 01, del 23 de abril 2026.
INCISO 01. Lectura de MOCIÓN DE RECONSIDERACIÓN DEL
ACUERDO DE DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS CULTURALES POR
AUSENCIA DE FUNDAMENTACIÓN TÉCNICA EN LOS CRITERIOS DE
ASIGNACIÓN. Presentada por Katia Rodríguez Gutiérrez, Sindica Propietaria
Distrito 27 de abril, Jeannette Huertas López y Héctor Barrantes Vásquez,
síndicos propietario y suplente Distrito Tamarindo.

I. ANTECEDENTES
Que mediante el acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria N.° 08-2026,
artículo 04, inciso 01, del 14 de abril del 2026, este Concejo Municipal aprobó
la distribución de recursos económicos para actividades culturales y navideñas.
Que el 23 de abril de 2026, la señora Katia Rodríguez Gutiérrez (Síndica de 27
de Abril) y los síndicos de Tamarindo presentaron una moción de
reconsideración, alegando una supuesta ausencia de fundamentación técnica y
metodológica en los criterios de asignación de recursos.

II. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
Esta Comisión sustenta su actuación en el bloque de legalidad vigente en la
República de Costa Rica:
Constitución Política: Artículos 11 (Principio de Legalidad) y 170 (Autonomía
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
Municipal). La municipalidad posee la potestad discrecional para administrar
los intereses y servicios locales.
Código Municipal: Artículos 4, inciso a) y 13, inciso q). Establece la facultad
del Concejo para dictar las políticas de distribución de recursos y promover el
desarrollo cultural del cantón.
Ley General de la Administración Pública: Artículos 15, 16 y 160. Defiende
la discrecionalidad administrativa siempre que se ajuste a criterios de
oportunidad y conveniencia, bajo los principios de lógica y justicia.
Ley General de Contratación Pública: En lo relativo a la eficacia y eficiencia
en el uso de los fondos públicos, asegurando que el gasto se traduzca en el
cumplimiento de los fines institucionales.

DICTAMEN
Esta Comisión, tras analizar los argumentos de la moción, determina lo
siguiente:
Sobre la Potestad de Distribución: La Comisión de Asuntos Culturales tiene
la potestad y facultad legal de proponer la distribución de ayudas basándose en
la visión estratégica de desarrollo cultural del cantón. Dicha propuesta se eleva
al Concejo, quien posee la soberanía para ratificarla.
Sobre los Criterios de Objetividad y Transparencia: Contrario a lo alegado,
la asignación de recursos no es arbitraria. Se basa en criterios de objetividad,
transparencia y eficacia, priorizando el impacto cultural, la capacidad de
organización de las asociaciones solicitantes y la equidad en el acceso a la
cultura, que no siempre es proporcional a la densidad poblacional o
recaudación, sino a la necesidad de fomento cultural en zonas específicas.
Sobre la proporcionalidad y la equidad territorial:
Contrario a lo argumentado en la "MOCION RECONSIDERACIÓN
DISTRIBUCION CULTURA KATHIA RODRIGUEZ.pdf", la equidad no
debe confundirse con una igualdad aritmética simple basada estrictamente en el
número de habitantes o la recaudación de cada distrito. Bajo los principios de
la Ley General de la Administración Pública y el Código Municipal, la
administración debe aplicar criterios de "Igualdad de Oportunidades", lo que
implica que comunidades con menor población, pero mayor vulnerabilidad o
riesgo de pérdida de identidad cultural (como Bolsón y Cuajiniquil) requieren
una inversión per cápita superior para garantizar que el derecho constitucional
a la cultura sea efectivo. Una distribución basada solo en población condenaría
a los distritos rurales a la marginalidad cultural, perpetuando brechas
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
territoriales.
Sobre la comparativa entre distritos:
Se aclara que, dentro de la planificación estratégica, distritos como 27 de Abril
y Tamarindo han recibido asignaciones que superan incluso al Distrito Central
de Santa Cruz. Esto responde a un criterio de descentralización de los recursos,
reconociendo que el centro cantonal ya cuenta con infraestructura y oferta
cultural permanente, mientras que los distritos periféricos requieren un apoyo
financiero más robusto para trasladar y ejecutar actividades de igual calidad.
Sobre la gestión operativa mediante Asociaciones de Desarrollo (ADI):
Para garantizar la transparencia y la eficacia en el manejo de fondos públicos,
la Comisión ha determinado que en aquellas comunidades que no cuentan con
una organización comunal formal o vigente para recibir recursos, la Asociación
de Desarrollo más cercana y con mayor capacidad administrativa se encargue
de la ejecución de los fondos.
Por lo anterior:
Los montos elevados que se observan en ciertas comunidades no representan
un privilegio discrecional, sino una concentración operativa.
Dicha Asociación actúa como ente ejecutor responsable de garantizar que las
actividades culturales y navideñas lleguen efectivamente a las comunidades
vecinas sin organización propia.
Este modelo asegura la fiscalización de los recursos bajo los estándares de la
Ley General de Contratación Pública, evitando la dispersión de fondos en
grupos informales que no podrían rendir cuentas de manera legal ante la
Contraloría General de la República.
Sobre la Eficacia Administrativa: La distribución responde a un análisis de
las solicitudes formales recibidas por las organizaciones comunales. El hecho
de que algunos distritos reciban montos diferenciados responde a la naturaleza
de las actividades propuestas y a la optimización de los recursos disponibles
para alcanzar la mayor cobertura posible.

Es criterio de esta Comisión de Cultura que la distribución denota un análisis
técnico donde se prioriza la necesidad de fomento cultural en zonas específicas
y la viabilidad legal de la ejecución, se ha actuado bajo criterios de oportunidad
y conveniencia, buscando que ningún rincón del cantón quede excluido de las
festividades por falta de estructura administrativa local, cumpliendo así con el
fin público de la Municipalidad de Santa Cruz.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
POR TANTO
Con base en las facultades otorgadas por el Código Municipal y en respeto a los
acuerdos previos de este Concejo, la Comisión de Asuntos Culturales
recomienda:

-Por las consideraciones indicadas rechazar la solicitud de reconsideración
presentada por la Síndica de 27 de Abril y los síndicos de Tamarindo sobre el
acuerdo SM-759-EXTR-08-2026 por cuanto la distribución propuesta cumple
con los principios de razonabilidad, proporcionalidad y conveniencia
institucional.
-Se mantenga incólume el acuerdo dictado.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 03-2026 de la Comisión de Asuntos Culturales, al ser las Dieciséis
horas veinte minutos del día siete de mayo del 2026.
Con base en las facultades otorgadas por el Código Municipal y en respeto a los
acuerdos previos de este Concejo, las consideraciones indicadas se acuerda
rechazar la solicitud de reconsideración presentada por la Síndica de 27 de Abril
y los síndicos de Tamarindo sobre el acuerdo SM-759-EXTR-08-2026 por
cuanto la distribución propuesta cumple con los principios de razonabilidad,
proporcionalidad y conveniencia institucional.
-Se mantenga incólume el acuerdo dictado.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 02. Lectura de Dictamen 16-2026 de la Comisión de Eventos Públicos,
al ser las Dieciséis horas dos minutos del día doce de mayo del 2026.
Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y del Oficio SM-801-ORD-16-2026 del 12 de mayo del 2026 en donde se
comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión
Ordinaria 16- 2026, Artículo 06, Inciso 26, del 23 de abril 2026.
INCISO 26. De la Asociación de Desarrollo Integral de San Pedro oficio 05-
2026 solicitud de separación de fechas 2027 y dos licencias temporales de licor.

CONSIDERANDO
I. Marco Jurídico:
El presente dictamen se fundamenta en el siguiente bloque de legalidad:
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.

Constitución Política de Costa Rica: Artículos 169 y 170, que consagran la
autonomía municipal para la administración de los intereses locales.

Código Municipal: Artículo 13, inciso e), sobre las atribuciones del Concejo
para dictar políticas y aprobar convenios o permisos de uso del espacio público.

Ley de Desarrollo de la Comunidad (Ley 3859): Que respalda las gestiones de
las Asociaciones de Desarrollo Integral (ADI) como entes colaboradores del
Estado y las Municipalidades.

Convenio sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones
Culturales (UNESCO): Ratificado por Costa Rica, que obliga a las instituciones
a proteger las tradiciones locales.

2. ANTECEDENTES
-En la en la Sesión Ordinaria 16- 2026, Artículo 06, Inciso 26, del 23 de abril
2026 se conoce:
1- De la Asociación de Desarrollo Integral de San Pedro oficio 05-2026
solicitud de separación de fechas 2027 y dos licencias temporales de licor.
2-Oficio SM-801-ORD-16-2026 del 12 de mayo del 2026. Comunicación
oficial del acuerdo que traslada la gestión para su respectivo dictamen técnico-
cultural.

3. CONSIDERANDO

Esta Comisión, tras el análisis de la solicitud:

PRIMERO: Solicitud de separación de fechas del jueves 1 de abril al lunes 5
de abril de 2027, culminando con una tradicional ternerada como actividad de
cierre, y dos licencias temporales de licor para el evento.
Valor del Acervo Cultural: Las Fiestas de San Pedro en los últimos años
constituyen un evento comercial por activar la economía de la zona, pero
también forman parte del marco de protección de una identidad cultural y
folclórica que define al cantón,

Interés Público y Comunal: Las Fiestas son organizada por la Asociación de
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
Desarrollo Integral de San Pedro, lo que garantiza que los beneficios
económicos se reinviertan en obras de bienestar social, programas para la
misma población meta de la Asociación, cumpliendo con el fin primordial del
gobierno local de promover el desarrollo integral y la asistencia social a los
ciudadanos santacruceños.

Temporalidad y Ubicación: La solicitud se plantea para los días 1 de abril al
lunes 5 de abril de 2027 que coinciden con la tradición histórica de la
celebración y permiten una planificación logística adecuada por parte de la
fuerza pública, salud y administración municipal.

Alineamiento Institucional: Autorizar este evento es coherente con la política
municipal de Santa Cruz de fortalecer las festividades culturales como cuna del
Folclor nacional, reconociendo que la riqueza cultural del cantón reside en la
particularidad de sus pueblos.
POR TANTO:
La Comisión de Eventos recomienda al Concejo Municipal de Santa Cruz:
PRIMERO: APROBAR la solicitud de la Asociación de Desarrollo Integral de
San Pedro de solicitud de separación de fechas del 1 de abril al lunes 5 de abril
de 2027.
SEGUNDO: Autorización dos licencias temporales de licor para el evento 01 al
05 de abril 2027.
TERCERO: Condicionar dichas reservas y autorizaciones al cumplimiento
estricto de los requisitos legales vigentes en materia de cumplimiento de la
normativa, asegurando que se mantenga el carácter tradicional de las
actividades solicitadas.
CUARTA: Por lo anterior, solicitamos al Honorable Concejo Municipal
APROBAR el presente dictamen, asimismo notificar de este acuerdo a los
interesados.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 16-2026 de la Comisión de Eventos Públicos, al ser las Dieciséis
horas dos minutos del día doce de mayo del 2026. Se acuerda:
PRIMERO: APROBAR la solicitud de la Asociación de Desarrollo Integral de
San Pedro de solicitud de separación de fechas del 1 de abril al lunes 5 de abril
de 2027.
SEGUNDO: Autorización dos licencias temporales de licor para el evento 01 al
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
05 de abril 2027.
TERCERO: Condicionar dichas reservas y autorizaciones al cumplimiento
estricto de los requisitos legales vigentes en materia de cumplimiento de la
normativa, asegurando que se mantenga el carácter tradicional de las
actividades solicitadas.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

INCISO 03. Lectura de Dictamen 17-2026 de la Comisión de Eventos Públicos,
al ser las Dieciséis horas veinte minutos del día doce de mayo del 2026.
Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y del Oficio SM-422-EXTR-06-2026 del 16 de marzo del 2026 en donde
se comunica lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión
Extraordinaria 06- 2026, Artículo 04, Inciso 21, del 10 de marzo 2026.
INCISO 21. De la Asociación de Desarrollo Integral de Buenos Aires solicitud
de separación de fechas del 03 al 06 de diciembre 2026 y dos licencias
temporales de licor.

CONSIDERANDO
I. Marco Jurídico:
El presente dictamen se fundamenta en el siguiente bloque de legalidad:

Constitución Política de Costa Rica: Artículos 169 y 170, que consagran la
autonomía municipal para la administración de los intereses locales.

Código Municipal: Artículo 13, inciso e), sobre las atribuciones del Concejo
para dictar políticas y aprobar convenios o permisos de uso del espacio público.

Ley de Desarrollo de la Comunidad (Ley 3859): Que respalda las gestiones de
las Asociaciones de Desarrollo Integral (ADI) como entes colaboradores del
Estado y las Municipalidades.

Convenio sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones
Culturales (UNESCO): Ratificado por Costa Rica, que obliga a las instituciones
a proteger las tradiciones locales.

2. ANTECEDENTES
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
-En la en la Sesión Extraordinaria 06- 2026, Artículo 04, Inciso 21, del 10 de
marzo 2026 se conoce:
1- De la Asociación de Desarrollo Integral de Buenos Aires solicitud de
separación de fechas 2027 y dos licencias temporales de licor.
2-Oficio SM-422-EXTR-06-2026 del 16 de marzo del 2026. Comunicación
oficial del acuerdo que traslada la gestión para su respectivo dictamen técnico-
cultural.

3. CONSIDERANDO
Esta Comisión, tras el análisis de la solicitud:

PRIMERO: Solicitud de separación de fechas del 03 al 06 de diciembre de
2026 y dos licencias temporales de licor para el evento.
Valor del Acervo Cultural: Las Fiestas de Buenos Aires en los últimos años
constituyen un evento comercial por activar la economía de la zona, pero
también forman parte del marco de protección de una identidad cultural y
folclórica que define al cantón,
Interés Público y Comunal: Las Fiestas son organizada por la Asociación de
Desarrollo Integral de Buenos Aires, lo que garantiza que los beneficios
económicos se reinviertan en obras de bienestar social, programas para la
misma población meta de la Asociación, cumpliendo con el fin primordial del
gobierno local de promover el desarrollo integral y la asistencia social a los
ciudadanos santacruceños.
Temporalidad y Ubicación: La solicitud se plantea para los días 03 de
diciembre al 06 de diciembre de 2026 que coinciden con la tradición histórica
de la celebración y permiten una planificación logística adecuada por parte de
la fuerza pública, salud y administración municipal.
Alineamiento Institucional: Autorizar este evento es coherente con la política
municipal de Santa Cruz de fortalecer las festividades culturales como cuna del
Folclor nacional, reconociendo que la riqueza cultural del cantón reside en la
particularidad de sus pueblos.

POR TANTO:
La Comisión de Eventos recomienda al Concejo Municipal de Santa Cruz:
PRIMERO: APROBAR la solicitud de la Asociación de Desarrollo Integral de
Buenos Aires de solicitud de separación de fechas del 03 de diciembre al 06 de
diciembre de 2026.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 11-2026.
Del 12 de mayo 2026.
SEGUNDO: Autorización dos licencias temporales de licor para el evento del
03 de diciembre al 06 diciembre de 2026.
TERCERO: Condicionar dichas reservas y autorizaciones al cumplimiento
estricto de los requisitos legales vigentes en materia de cumplimiento de la
normativa, asegurando que se mantenga el carácter tradicional de las
actividades solicitadas.
CUARTA: Por lo anterior, solicitamos al Honorable Concejo Municipal
APROBAR el presente dictamen, asimismo notificar de este acuerdo a los
interesados.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos
Dictamen 17-2026 de la Comisión de Eventos Públicos, al ser las Dieciséis
horas veinte minutos del día doce de mayo del 2026. Se acuerda:
PRIMERO: APROBAR la solicitud de la Asociación de Desarrollo Integral de
Buenos Aires de solicitud de separación de fechas del 03 de diciembre al 06 de
diciembre de 2026.
SEGUNDO: Autorización dos licencias temporales de licor para el evento del
03 de diciembre al 06 diciembre de 2026.
TERCERO: Condicionar dichas reservas y autorizaciones al cumplimiento
estricto de los requisitos legales vigentes en materia de cumplimiento de la
normativa, asegurando que se mantenga el carácter tradicional de las
actividades solicitadas.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.

ARTÍCULO 06. MOCIONES.
INCISO 01. No se presentan Mociones escritas.

ARTÍCULO 07. CIERRE.
INCISO 01. SEÑOR PRESIDENTE DEL CONCEJO: SIN MÁS ASUNTOS
POR ABORDAR DA POR FINALIZADA LA SESIÓN EXTRAORDINARIA
ONCE DOS MIL VEINTISÉIS, AL SER LAS DIECINUEVE HORAS
CINCUENTA MINUTOS, DEL DÍA DOCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
VEINTISÉIS.


Carlos Alberto Barrenechea Martínez,       José Yorjani Rosales Contreras,
Presidente del Concejo Municipal.          Secretario del Concejo Municipal.