Extraordinaria 13 · 2025-07-08

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 13 del 2025-07-08 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
ACTA DE LA SESIÓN EXTRORDINARIA TRECE- DOS MIL
VEINTICINCO -CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE
SANTA CRUZ EL 08 DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO - A
LAS DIECIOCHO HORAS QUINCE MINUTOS, CON LA ASISTENCIA DE:

REGIDORES PROPIETARIOS
Carlos Alberto Barrenechea Martínez-Presidente del Concejo.
Ivonne Patricia Espinoza Rosales-Vicepresidenta del Concejo.
Maureen Contreras Arrieta.
Macdonald Espinoza Ruiz.
Kenia María Vásquez Angulo.
Carlos Alberto Moreno Arredondo.
Cindy María Leal Cordero.

REGIDURÍAS SUPLENTES
Marjorie López Yong-
Nery Imelda Valerin Duarte.
Mauro Enrique Contreras Moreno.
Yarina Yamileth Arauz Barrantes.
Lidia María Briceño Gómez.

SÍNDICOS PROPIETARIOS
Allan Marrochi Rodríguez-Distrito Santa Cruz.
Carlos Andrés Lara Ramírez-Distrito Bolsón.
Katia Rodríguez Gutiérrez-Distrito Veintisiete de Abril.
María Eunice Moraga Duarte-Distrito Tempate.
José Basilio Bustos Angulo-Distrito Cartagena.
Edwin Gómez Corea-Distrito Cuajiniquil.
Trino Barrantes Pérez-Distrito Diriá.
Balbino López Arrieta-Distrito Cabo Velas.
Martin Héctor Barrantes Vásquez funge por Jeannette Huertas López-Distrito
Tamarindo.

SÍNDICOS SUPLENTES:
Flor Elena Castañeda Bonilla.
Ileana Fonseca Matarrita Distrito Bolsón.
Johnny Ríos Cerdas-Distrito Tempate.
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Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
Evelyn Adriana Gutiérrez García-Distrito Cartagena.
Yeimy Giselle Valerin Rodríguez-Distrito Cuajiniquil.
Hazel Ramírez Villarreal-Distrito Diriá.
María Yojana Paniagua Obando-Distrito Cabo Velas.

AUSENTES:
Mario André Madrigal Alfaro.
Edwin Gómez Corea-Distrito Cuajiniquil.
Warner Rodríguez Angulo.
Yorhany Pizarro López-Distrito Veintisiete de Abril.

ORDEN DEL DIA:
1. Comprobación del Quórum.
2. Aprobación Orden del Día.
3. Lectura de correspondencia.
4. Informes de Comisión.
5. Cierre.

ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUÓRUM

-Señora Lidia Briceño Gómez dirige oración con motivo de realizarse la Sesión
Extraordinaria.

ARTÍCULO 02: APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.
Señor Presidente del Concejo: Somete a votación la propuesta del orden del Dia.

SE ACUERDA: Aprobar el Orden del Día presentado por Presidencia.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO. VOTOS: Carlos
Alberto Barrenechea Martínez, Maurren Contreras Arrieta, Macdonald
Espinoza Ruiz, Kenia María Vásquez Angulo, Carlos Alberto Moreno
Arredondo, Cindy Leal Cordero, Ivonne Espinoza Rosales.

ARTÍCULO 03. CORRESPONDENCIA
INCISO 01: Se conoce Oficio DAM-2088-2025 firmado por el señor MSc
Jorge Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Oficio AD-M-32-
2025. Informe sobre intervenciones en Mercado Municipal.
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Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar el oficio DAM-2088-2025
de Alcaldía Municipal a la señora Ivonne Espinoza Rosales-regidora
propietaria.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 02: Se conoce documento con oficio FMG-106-2025 de la
Federación de Municipalidades de Guanacaste y Upala: El Concejo
Directivo de la Federación de Municipalidades de Guanacaste y Upala,
conformado por representantes de las Municipalidades de Guanacaste y
Upala solicita una Audiencia con el señor presidente de la República
Rodrigo Chávez Robles, con el fin de coordinar y abordar las principales
necesidades de nuestras regiones en materia de infraestructura vial y de
articulación interinstitucional.

-Se conoce documento con oficio FMG-103-2025 de la Federación de
Municipalidades de Guanacaste y Upala: En el marco del proceso de la
construcción de la planta GASIFICADORA DE DESECHOS
ORDIANRIOS, que se desarrolla en Belén de Carrillo, los miembros del
Concejo Directivo de FEMUGUA manifestaron algunas inquietudes
relacionadas con el manejo y traslado de los residuos sólidos desde los
diferentes cantones hasta dicha planta.

-Se conoce oficio FMG-108-2025 de la Federación de Municipalidades de
Guanacaste y Upala. Para su conocimiento y tramites, transcribo acuerdo
tomado por el Concejo Directivo de la Federación de Municipalidades de
Guanacaste y Upala, en sesión ordinaria 10-2025, celebrada el 24 de junio
2025: Solicitud de audiencia a la Comisión Especial de Guanacaste de la
Asamblea Legislativa con el propósito de exponer las inquietudes
relacionadas con la Ley N° 9156, que regula el impuesto de salida del
Aeropuerto Internacional Daniel Oduber.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocidos los oficio 108,
106 y 103 de la Federación de Municipalidades de Guanacaste y Upala:
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 03: Se conoce Oficio N° AIM-102-2025, firmado por el señor Lic.
Luis bernardo Barrantes Castro, Auditor Municipal.
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Asunto: Advertencia sobre el manejo, apertura, cierre y reposición de libros
de actas de los Concejos de Distrito.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se comunique el oficio AIM-102-
2025 a las sindicaturas propietarias y suplentes, para su cumplimiento.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 04: Se conoce documento del señor Alberto Cabezas Villalobos:
Asunto: Reiteramos el interés en obtener una respuesta formal y oportuna a la
solicitud presentada con fecha 18 de mayo de 20252, en el cual se planteó la
necesidad de conocer el estado actual y grado de avance d ellos siguientes
instrumentos municipales de planificación y gestión pública.
Plan ordenamiento territorial.
Plan Operativo Anual.
Plan Regulador.
Reglamento de Comercio al Aire Libre.
Plan de Desarrollo Humano Cantonal.
1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, por ser de su
competencia, se proporcione la información solicitada por el señor Alberto
Cabezas Villalobos.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 05: Se da lectura a invitación de Festival Anexión y Cultura, de
Alcaldía Municipa: En el marco de celebración de los 201 años de Anexión
del partido de Nicoya a Costa Rica la Municipalidad de Santa Cruz tiene el
honor de invitarle al primer Festival Somos Anexión y Cultura del 18 al 23
de julio a la 1:00pm y el 25 de julio a las 10:00am.
1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocida la invitación
presentada por la administración.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 06: Se conoce documento del señor Mauro Contreras Moreno,
Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Cartagena: Solicitarles
de forma urgente la poda de árboles del Parque Municipal de nuestra
comunidad de Cartagena ya que actualmente el parque se encuentra muy
oscuro. También hay ramas que están llegando a la calle y están
obstaculizando el paso de los vehículos.
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1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a la Dirección de Gestión
Ambiental, la solicitud presentada por la Asociación de Desarrollo Integral de
Cartagena.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 07: Se conoce documento de la Asociación de Desarrollo integral
de Cartagena: Nos dirigimos a ustedes con el propósito de ver la posibilidad
que nos puedan facilitar el sonido de la Municipalidad para las fechas del 16 al
18 de diciembre para realizar una pequeña semana cultural en la Comunidad de
Cartagena

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, la solicitud
presentada por la Asociación de Desarrollo Integral de Cartagena.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 08: Se conoce documento con oficio PEP-OFI-1586-2025, de Mag.
Lissy Dorado Vargas, Procuradora de la Ética Pública, Procuraduría
General de la República: Le informó que esta Procuraduría de la Ética Publica
Procedió a analizar la denuncia DEP-290-2023, relacionada con la
Municipalidad de Santa Cruz.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Dar por conocido el oficio PEP-OFI-
1586-2025 Procuraduría General de la República, se queda a la espera de lo
que resuelva la Fiscalía de Probidad.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 09: Lectura de oficio AC-64-2025 de la Asesoría Jurídica
Municipal: Dictamen a la solicitud de Licencia de Licores realizada por
INVERSIONES TAMASAR SOCIEDAD ANÓNIMA.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Autorizar la licencia de licores categoría D1, a favor de
INVERSIONES TAMASAR SOCIEDAD ANÓNIMA CÉDULA 3-101-
872381 en el negocio MINISÚPER Y LICORERA TAMALICO #2, en
Tamarindo, frente a la entrada de Refundores Distrito Noveno Tamarindo,
según la recomendación de Asesoría Jurídica AC-64-2025 que indica y verifica
el cumplimiento de lo dispuesto por el por el artículo 9 del Reglamento de la
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Ley y el artículo 10 de reglamento a la ley Regulación y Comercialización de
Bebidas con Contenido Alcohólicas
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIO.

INCISO 10: Se conoce oficio AL-CPOECO-1498-2025, de la señora
Gabriela Ríos Cascante, Asamblea Legislativa: Consulta texto expediente
24.652 LEY PARA EL ALIVIO Y CONDONACION DE LAS DEUDAS
ACUMULADAS          RELACIONADAS          CON     EL      PAGO      DE
INFRACCIONES ADMINSTRATIVAS DE TRANSITO.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: No emitir criterio o recomendaciones
al expediente legislativo 24.652 LEY PARA EL ALIVIO Y CONDONACION
DE LAS DEUDAS ACUMULADAS RELACIONADAS CON EL PAGO DE
INFRACCIONES ADMINSTRATIVAS DE TRANSITO.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 11: Se conoce Oficio-ETALOLINGUITA-0044-2025, de la
Escuela Talolinguita. Asunto: Solicitud de aprobación de Junta de
Educación. Procedo a remitir la propuesta de númida para la conformación
de la Junta de Educación de la Escuela Talolinguita.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Conocer de la renuncia de la señora
Giselle Sánchez Cascante cédula 109250469 ante la Junta de educación Escuela
Talolinguita.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

2.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar a Ana Hazel Hernández
Serrano cédula 5-0352-0355 ante la Junta de educación Escuela Talolinguita.
Así, recomendado por Dirección y Supervisor del Circuito 07.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIO.

INCISO 12: Se conoce oficio EV-047-2025, de la Escuela de Villarreal.
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Del 08 de julio 2025.
1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar a las señoras Cruz María
Santana Pizarro cédula 5 0201 0153, Magaly Rosales Ruiz cédula 5 0321
0145, Jennifer María Piña Viales cédula 5 0416 0381, María Modesta
Villarreal Rodríguez cédula 5 0164-0521, Aracelly González Aguirre,
cédula 1 1381 0484, ante la Junta de Educación Escuela Villarreal, así
recomendado por Director y Supervisor Circuito 03.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIO.

INCISO 13: Se conoce documento del con oficio ADIO-006-01-2025 de la
Asociación de Desarrollo Integral de Ostional. Asunto: Solicitud de presencia
policía municipal, Playa Ostional. Hacemos solicitud de la presencia de la
Policía Municipal en el sector de Playa Ostional, inicialmente se podrían
coordinar operativos semanales con los funcionarios de SINAC MINAE y
vigilantes de la ADIO y trabajar conjuntamente para que en un futuro cercano
podamos contar con la presencia permanente de los policías municipales en el
pueblo.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldía, la gestión
presentada bajo el oficio ADI-06-01-2025 de la Asociación de Desarrollo
Integral de Ostional.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 14: Se conoce oficio ZMT-394-2025, firmado por el Lic. Giancarlo
Hernández Cabalceta, Coordinador a.i. Departamento de Zona Marítimo
Terrestre. Asunto: Solicitud de Plan de acción y otras consultas para el
cumplimiento de lo ordenado por la Sentencia N°93-20156 del Tribunal
Contencioso Administrativo.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar el oficio ZMT-394 a la
Comisión Permanente de Zona Marítimo Terrestre, para su dictamen y
recomendación.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 15: Lectura de oficio ZMT-376-2025 del Departamento de Zona
Marítimo Terrestre: Solicitud de suscripción de adendum contrato a nombre
THE SANTUARY RESORT & SPA CÉDULA 3-101-268794.
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Del 08 de julio 2025.
1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Autoriza la suscripción de adendum al contrato de concesión
a nombre THE SANTUARY RESORT & SPA cedula 3-101-268794, en un
único apartado, se autoriza el aumento del área en solicitud de concesión, la cual
corresponde a 20559m², conforme al plano vigente y catastrado G-23917-2024,
para cumplir con lo solicitado por el Instituto Costarricense de Turismo al oficio
G-1076-2025, así indicado por Departamento de Zona Marítimo Terrestre oficio
ZMT-376-2025.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIO.

INCISO 16: Se conoce oficio CARTA-JPS-GV-150-2025, de la señora
Marillin Borquet Martínez, Gerencia de Producción, Comercialización y
Operaciones de la Junta de Proteccion Social. Solicitamos nuevamente la
colaboración de esta Municipalidad con la finalidad de que nos brinde
autorización para realizar actividades en diferentes zonas del país para
promover la venta de lotería en el Parque Bernabela Ramos en las siguientes
fechas:
1 Sorteo Gordito medio año, el jueves 03 de julio 2025
2 Sorteo La Anexión de Nicoya, domingo 27 de julio 2025
3 Sorteo Dia de la Persona Negra y Cultura Afrodescendiente, jueves 23 de
agosto 2025.
4 Sorteo Gordo Navideño, el miércoles 10 de diciembre 2025.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Considerando el oficio JPS-GV-
150-2025de la Junta de Protección Social se autoriza el uso de Parque
Bernabela Ramos para actividad de venta de loterías en fechas:
Sorteo La Anexión de Nicoya, domingo 27 de julio 2025.
Sorteo Dia de la Persona Negra y Cultura Afrodescendiente jueves 23 de
agosto 2025. Sorteo Gordo Navideño miércoles 10 de diciembre 2025.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 17: Gestión Educación Escuela Matías Duarte Sotela: Procedo a
remitir la propuesta de ternas para la conformación de la Junta de Educación
Escuela Matías Duarte Sotela por motivo de vencimiento pleno, presento
las nuevas ternas para su nombramiento y juramentación ante el Concejo
Municipal.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Nombrar a los señores Jessy
Bonilla Rodríguez cédula 5 0316-0486, María Cristina Ruiz Espinoza
cédula 5 0310-0760, Ronald Espinoza Alemán cédula 5 0280-0513, Jandry
Patricia Moraga Gutiérrez cédula 5-0351-0048, Sonia Isabel Cubillo Arroyo
cédula 5-0391-0172, ante la Junta de Educación Escuela Matías Duarte
Sotela.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIO.

INCISO 18: Se conoce oficio SCE-048-Cto-01-09-06-2025, firmado por el
señor MSc. Rolando Pizarro Pizarro.
Asunto: Celebración de efeméride patria para 25 de julio con desfile de
Estampas Típicas.
1 Solicitar gestionar y acordar los permisos correspondientes para la
utilización de la avenida que va en sentido sur norte desde el Parque
Beranbela Ramos hasta la Plaza los Mangos, ya que se realizara el desfile
de carrozas con representaciones de estampas típicas.
2 La prestación del anfiteatro para la realización del acto Cívico a partir de
las 7:00am del día 25 de julio.
3 La prestación de la Filarmonía Municipal para la entonación de los himnos
Nacional, Guanacaste y de la Anexión.
4 Facilitarnos un sonido estático ubicado en el anfiteatro para el acto Cívico.
 5 Prestación d ellos servicios de la Policía Municipal para el resguardo del
desarrollo ordenado y seguro de toda la actividad.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Considerando el oficio SCE-048-
Cto-01-09-06-2025, se autorizar el uso del Parque Bernabela Ramos y el
anfiteatro y Plaza de Los Mangos, para el desfile de Estampas Típicas para
el 2025. Se trasladar a Alcaldía la solicitud de gestión de permisos,
Filarmonica Municipal, sonido y Policía Municipal.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 19: Se conoce documento firmado por Alexis Li Lao.
El suscrito Alexis Li Ng, empresario, vecino de Santa Cruz en Almacén Li
Lao , en mi condición de ALBACEA del señor Edwin Gregorio Li Lao,
quien fuera mayor de edad, pensionado vecino de Santa Cruz, fallecido en
el Hong Kong China CONCESIONARIO de una parcela ubicada en la zona
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
restringida Playa Junquillal, para uso residencial local, Matrícula 1840-Z-
000, ante ustedes vengo a solicitar. Solicito a su autoridad autorizar la
prórroga de Concesión por vencimiento del plazo de contrato de la parcela
inscrita en el Registro Público de la Propiedad provincia Guanacaste
Matrícula 1840-Z-000, expediente administrativo N° 269-84 por un plazo
de 20, a nombre de la señora VANESSA LI FENG, mayor de edad, cedula
numero 1-1489-0449, vecina de Barrio Limón Santa Cruz Guanacaste quien
resultó adjudicataria de este derecho en el proceso sucesorio ya finalizado.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar al Departamento de Zona
Maitimo Terrestre, la gestión presentada por Alexis Li Ng albacea del señor
Edwin Gregorio Li Lao.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.

INCISO 20: Se conoce documento del Santuario Diocesano Nuestra Señora
de los Ángeles Cartagena: Solicitar su colaboración y apoyo en las próximas
actividades religiosas y comunitarias. En particular deseamos contar con el
acompañamiento de la Policía Municipal para brindar seguridad y orden
durante la celebración n en honor a nuestra señora de los Ángeles, que se
llevará a cabo el día 2 de agosto en las inmediaciones del templo parroquial
la procesión sale a las 8:00 am de la Clínica de Cartagena hacia el centro.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Trasladar a Alcaldia, la solicitud
presentada por Santuario Diocesano Nuestra Señora de los Ángeles
Cartagena.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIO.


INCISO 21: Lectura de oficios DAM-2128-2025, DAM-2160-2025, DAM-
2166-2025 de Alcaldía:

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Considerando lo solicitado por bajo
el oficio DAM-2166-2025, en observancia al artículo 32 del Código Municipal,
indicándose que la participación en conferencia internacional MUNI WORLD
Global Brainstorming on Urban Innovation evento organizado por la
Federación de Autoridades Locales de Israel es de carácter estrictamente
municipal; se autoriza licencia con goce de salario a favor del señor Jorge Arturo
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
Alfaro Orias alcalde municipal los días del 09 al 21 2025, en su lugar asume de
pleno derecho la señora Mitzy Salazar Morales-primer vicealcaldesa.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIO.

INCISO 22: Lectura de oficio DAM-2162-2025 de Alcaldía: Traslado de
modificación presupuestaria 04-2025.

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Aprobar en todos sus extremos la modificación
presupuestaria 04-2025 y el plan operativo anual adjunto a esta, presentada por
la Alcaldía bajo el oficio DAM-2162-2025 y las justificaciones y verificaciones
al bloque normativo aplicable.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIO.

INCISO 23. OFICIOS SEGUIMIENTO DE ACUERDOS.
1-Se conoce oficio DAM-2067-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Traslado de Oficio
DDUR-DCT-AL-1109-06-2025. Ref: SM-454-ORD-11-2025, Solicitud de
Emanuel Bustos Navarrete DAM-1253-2025.
Se remite el oficio DDUR-DCT-AL-1109-06-2025, de la Ing. Alejandra
Sancho P, Jefa del Departamento de Catastro y Topografía, sobre
ofrecimiento de donación de terreno para canalización de aguas en la
localidad de Cartagena presentada por Emanuel Bustos Navarrete.

2-Se conoce oficio DAM-1886-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Solicitud de reparación de
calle municipal Playa Potrero Ref.: Oficio SM-947-ORD-20-2025.
Gestión de la señora Xinia Johana Moraga Moreno, solicitud de reparación,
lastreo y construcción de cunetas en la calle que va desde el Bar La Perla
pasando por Quebrada Guape y que comunica con la ruta 911 y el cruce de
Tempate.

3-Se conoce oficio DAM-1884-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Gestión Yessenia Salgado
Ref: SM-2297-ORD-49-2025. Se remite lo acordado por el Concejo
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
Municipal de Santa Cruz, en la Sesión Ordinaria 18-2025, Articulo 05,
Inciso 19 del 01 de mayo 2025, reclamo por cierre de alcantarilla frente a
Edificio Sea Tower, Tamarindo.

4-Se conoce oficio DAM-2058-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Solicitud de criterio
jurídico Academia De Futbol Santa Cruz. Ref: Oficio SM-936-ORD-20-
2025. Se remite lo acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz, en la
Sesión Ordinaria 20-2025, Articulo 06, Inciso 08 del 15 de mayo 2025,
gestión del señor Freiman Zúñiga Matarrita, solicitud de apoyo para la
realización de a primera Edición de la Copa La Anexión que se llevará a
cabo del 10 al 12 de julio del presente año.

5-Se conoce oficio DAM-1829-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Solicitud de declaratoria
de calle pública. Ref.: Oficios: SM-995-EXTR-10-2025 Y DDUR-DCT-
AL-0860-05-2025. Se remite solicitud de declaratoria de calle de los
vecinos de Barrio Melita en Brasilito.

6-Se conoce oficio DAM-1830-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Solicitud sobre
intervención de calle pública. Ref. Oficios SM-991-EXTR-10-2025, SJD-
2025-36. Se remire solicitud de intervención de calle publica, firmada por
el señor Carlos Hernán Binaghi, presidente de CATURGUA.

7-Se conoce oficio DAM-1873-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Se traslada el oficio SM-
1042-EXTR-11-2025, proyecto de pavimentación Hernández -Paraíso.
Se remite oficio SM-1042-EXTR-11-2025, oficio DDUR- AL-Pl-04-2025,
del Ing. Diego Rodríguez G, mediante el cual solicito gestionar un acuerdo
del Honorable Concejo Municipal que respalde las acciones conjuntas entre
la Municipalidad y el Instituto Nacional de Desarrollo Rural, en beneficio
del proyecto de pavimentación de 18 kilómetros en la ruta cantonal
Hernández -Paraíso.

8-Se conoce oficio DAM-1872-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
Asunto: Se traslada oficio SM-1043-EXTR-11-2025, Proyecto de
construcción de puente sobre el Rio Tabaco, sitio en Espavelar. Se traslada
oficio SM-1043-EXTR-11-2025, por el Concejo Municipal , en relación al
oficio DDUR-AL PI-03-2025, referente al Proyecto de construcción de
puente sobre el Rio Tabaco, sitio en Espavelar.

9-Se conoce oficio DAM-1924-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Solicitud de Plan de
Acción y otras consultas para cumplimiento de lo ordenado mediante
resolución 00093-2015 del Tribunal Contencioso Administrativo. Ref.:
SM-400-EXTR-05-2025. Mediante resolución 00093-2015, dictada a las
nueve horas con treinta minutos del Veintiuno de setiembre de dos mil
quince y actuando dentro del expediente 08-000666-1027-CA la Sección
Quinta del Tribunal Contencioso Administrativo declaro parcialmente con
lugar la demanda formulada contra la Municipalidad de Santa Cruz por
Simeón Tenorio Marchena, Regulo Tenorio Marchena y Faustino Marchena
Marchena.

10-Se conoce oficio DAM-1615-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Traslado de los oficios
DDUR-DCT-TOPO-0806-05-2025. Ref.: SM-602-ORD-16-2025..

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Dar por conocidos los oficios DAM-2067-2025 GESTIÓN
EMANUEL BUSTOS NAVARRETE. DAM-1886-2025 GESTIÓN XINIA
JOHANNA MORAGA MORENO. DAM-1884-2025. GESTION YESENIA
SALGADO. DAM-2058-2025 ACADEMIA DE FUTBOL ANTA CRUZ.
DAM-1829-2025 VECINOS BARRIO MELITA. DAM-1830-2025
CATURGUA. DAM-1873-2025. ACUERDO 1042-2025 PROYECTO
HERNÁNDEZ PARAÍSO. DAM-1872-2025 PROYECTO PUESTE SOBRE
RIO TABACO. DAM-1924-2025 SOBRE EL CUMPLIMIENTO
SENTENCIA 93-2015. DAM-1615-2025 TRASLADO DE OFICIO DCT-
TOPO-806-05-2025    SUCESORIO      DE     MÁXIMA      CONTRERAS
CONTRERAS Y DONATO VÁSQUEZ MORAGA
VOTACIÓN DE SEIS REGIDORES PROPIETARIO. Votos: Carlos
Alberto Barrenechea Martínez, Maurren Contreras Arrieta, Macdonald
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
Espinoza Ruiz, Carlos Alberto Moreno Arredondo, Cindy Leal Cordero, Ivonne
Espinoza Rosales.

-Señora Kenia María Vásquez Angulo se abstiene de la votación por ser parte
del sucesorio al que hace referencia al oficio DAM-1615-2025

11-Se conoce oficio DAM-1516-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Traslado solicitud sobre
intervención de alcantarillas e ingreso de camión a centro Educativo de
Reciclaje a la Escuela de Cartagena, gestión conocida por el Concejo
Municipal en Sesión Extraordinaria 08-2025, Articulo 04, Inciso 02 del 22
de abril 2025.

12-Se conoce oficio DAM-1960-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Gestión Colegio Técnico
de Santa Bárbara. Ref.: Oficio SM-943-ORD-20-2025, Solicitud al
Departamento de Tecnologías de información, sonido y luces, al
Departamento de Almacén de Bienes y Suministros, un toldo.

13-Se conoce oficio DAM-1975-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Grupo Cañafístula
actividad 05 de julio 2025. REf: OFICIO SM-523-EXTR-06-2025, por
medio de la presente se otorga visto bueno a su solicitud préstamo de equipo
de audio, coordinar con el funcionario Luis Ruiz, Departamento de
Tecnologías.

14-Se conoce oficio DAM-1359-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Traslado del oficio
DDUR-DGV-COOR-0186-2025 Ref.: SM-2313-ORD-52-2024, solicitud
de intervención conocida por el Concejo Municipal de santa Cruz conforme
al oficio DDUR-DGV-COOR-0186-2025.

15-Se conoce oficio DAM-1991-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Gestión ADE Cementerio
Cartagena. Ref.: Oficio SM-542-ORD-13-2025, gestión Proyecto de
construcción de máscaras.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
16-Se conoce oficio DAM-1711-2025, firmado por el señor MSc. Jorge
Arturo Alfaro Orias, Alcalde Municipal. Asunto: Traslado de Oficio
DDUR-AL-38-2025, gestión Vecinos Barrio Los Ángeles de Cartagena.
Ref. DAM-1562-2025

17-Se conoce Oficio DDUR-DGV-COOR-0315-2025, firmado por el Ing.
Didier Monge J, Coordinador UTGVM. Asunto: Respuesta a oficio SM-
854-Ord-19-2025. Ref.: Solicitud sobre intervención Sector Tecas-Santa
María.

18-Se conoce Oficio DDUR-DGV-COOR-0314-2025, firmado por el Ing.
Didier Monge J, Coordinador UTGVM. Asunto: Respuesta a oficio SM-
842-Ord-19-2025. Referente: Solicitud de vecinos Residencial Corobici,
pavimentación. Se informa que los proyectos del Concejo de Distrito deben
ser elaborados en conjunto con su concejal de distrito, quien se encargara
de priorizarlos y presentarlos al departamento de Planificación.

19-Se conoce Oficio DDUR-DGV-COOR-0313-2025, firmado por el Ing.
Didier Monge J, Coordinador UTGVM. Asunto: Respuesta a oficios DAM-
1687-2025, SM-2233-Extr-26-2024. Ref: Solicitud presentada por los
Vecinos de La Garita Nueva. Me permito informarles que los caminos
públicos de dicha zona están programados para ser intervenidos durante el
tercer trimestre del presente año.

20-Se conoce Oficio DDUR-DGV-COOR-0373-2025, firmado por el Ing.
Didier Monge J, Coordinador UTGVM. Asunto: Respuesta a oficio SM-
1071-Ord-23-2024. Ref. Solicitud Intervención de sector calle Los
Botellones. Me permito informarles que los caminos públicos de dicha zona
están programados para ser intervenidos durante el tercer trimestre del
presente año, específicamente a principios del mes de julio.

21-Se conoce Oficio DDUR-DGV-COOR-0363-2025, firmado por el Ing.
Didier Monge J, Coordinador UTGVM. Asunto: Respuesta a oficio SM-
700-Ord-17-2025. Ref. Solicitud de los señores Álvaro López Gomez y
Lorena Gomez López, solicitud de declaratoria oficial de una calle publica,
ubicada en el sector de Matapalo, me permito informar lo siguiente: Que el
acceso en cuestión corresponde a una servidumbre agrícola, por tal motivo,
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
no es posible gestionar la declaratoria como calle publica por tratarse de una
servidumbre agrícola

22-Se conoce Oficio DDUR-DGV-COOR-0338-2025, firmado por el Ing.
Didier Monge J, Coordinador UTGVM. Asunto: Respuesta a oficio DAM-
1541-2025, SM-415-Ext-05-2025. Ref. Solicitud de asfalto sector San
Juanillo.

23-UTGVM-330-2025 INTERVENCIÓN SANTA ROSA.
24-UTGVM-329-2025. XINIA MORAGA MORENO.
25-UTGVM-382-2025 INTERVENCIÓN SECTOR HERNÁNDEZ PINILLA
26-UTGVM-328-2025 INTERVENCIÓN CABO VELAS.
27-UTGVM-325-2025 VECINOS FLAMINGO ESTATE.
28-UTGVM-291-2025 GESTIÓN OLGER HERRERA DÍA.
29-UTGVM-290-2025 INFORME SECTOS SAN JUAN ING-105-2025
30-UTGVM-276-2025 INTERVENCIÓN DE CAMINOS RIO TABACO,
ESPABELAR Y LA UNIÓN.
31-UTGVM-274-2025 GESTIÓN JORGE EDUARDO MÉNDEZ FRANCO.
32-UTGVM-273-2025 INTERVENCIÓN LAS TECAS ESTADIO HATO
VIEJO.
33-UTGVM-268-2025 INFORME MATAPALO-PLAYA GRANDE.
34-UTGVM-264-2025 GESTIÓN VECINOS RESIDENCIAL NUEVA
SANTA CRUZ

1.SE ACUERDA POR UNANIMIDAD CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: Dar por conocidos los oficios DAM-1516-2025 GESTIÓN
ESCUELA CARTAGENA COLOCACIÓN DE ALCANTARILLAS, DAM-
1960-2025 CTP SANTA BARBARA ACTIVIDADES CULTURALES. DAM-
1975-2025 ACTIVIDADES CULTURALES CAÑAFÍSTULA. DAM-1359-
2025 TRASLADO OFICIO UTGVM-186-2025 RUTAS CAÑAFÍSTULAS.
DAM-1991-2025 ADE CEMENTERIO CARTAGENA. UTGVM-315-2025
INTERVENCIÓN SECTOR LAS TECAS-SANTA MARÍA. UTGVM-314-
2025 INTERVENCIÓN RESIDENCIAL COROBICÍ. UTGVM-313-2025
INTERVENCIÓN VECINOS LA GARITA NUEVA. UTGVM-373-2025
SECTOR LOS BOTELLONES. UTGVM-363-2025 SECTOR MATAPALO.
UTGVM-338-2025 SECTOR SAN JUNILLO. UTGVM-330-2025
INTERVENCIÓN SANTA ROSA. UTGVM-329-2025. XINIA MORAGA
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
MORENO. UTGVM-382-2025 INTERVENCIÓN SECTOR HERNÁNDEZ
PINILLA. UTGVM-328-2025 INTERVENCIÓN CABO VELAS. UTGVM-
325-2025 VECINOS FLAMINGO ESTATE. UTGVM-291-2025 GESTIÓN
OLGER HERRERA DÍA. UTGVM-290-2025 INFORME SECTOS SAN
JUAN ING-105-2025. UTGVM-276-2025 INTERVENCIÓN DE CAMINOS
RIO TABACO, ESPABELAR Y LA UNIÓN. UTGVM-274-2025 GESTIÓN
JORGE     EDUARDO     MÉNDEZ      FRANCO.   UTGVM-273-2025
INTERVENCIÓN LAS TECAS ESTADIO HATO VIEJO. UTGVM-268-2025
INFORME MATAPALO-PLAYA GRANDE. UTGVM-264-2025 GESTIÓN
VECINOS RESIDENCIAL NUEVA SANTA CRUZ.
VOTACIÓN DE SEIS REGIDORES PROPIETARIO.

ARTÍCULO 04. INFORMES DE COMISIÓN.
INCISO 01. Lectura de Dictamen 19-2025 de la Comisión de Gobierno y
Administración, al ser las Diecisiete horas diez minutos del día ocho de julio
del 2025.

Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y de los Oficios: SM-1173-ORD-25-2025 del 02 de julio 2025 en donde
se comunica el acuerdo del Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión
Ordinaria 25- 2025, Artículo 05, Inciso 12, del 19 de junio 2025.

INCISO 12. Lectura de oficio AIM-091-2025 de Auditoría Interna: Asunto:
Atención a denuncia sobre presuntos pagos de bienes y servicios sin tramite
previo de orden de pedido mediante formularios del Sistema Integrado de
Compras Públicas.

                                   Dictamen
Esta Comisión entra a valorar los extremos del Oficio:
PRIMERO: Oficio AIM-091-2025 de Auditoría Interna emitido por el Lic.
Bernardo Barrantes Castro: Atención a denuncia sobre presuntos pagos de
bienes y servicios sin trámite previo de orden de pedido mediante formularios
del Sistema Integrado de Compras Públicas, que para efectos del análisis de esta
comisión citamos lo siguiente:
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
La denuncia hace referencia a los procedimientos de contratación 2023LD-
000112-0021000001, “SERVICIO SUMINISTRO DE PRODUCTOS
ALIMENTICIOS E INSUMOS DE CUIDADO Y LIMPIEZA DE BEBÉS Y
NIÑOS PARA LOS CECUDI MUNICIPALES” y 2023LE-000003-
0021000001, “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE
PERSONAS VÍA TERRESTRE POR DEMANDA”.

SEGUNDO: El contrato de licitación reducida 2023LD-000112-0021000001,
“Servicio Suministro de Productos Alimenticios e Insumos de Cuidado y
Limpieza de Bebés y Niños para los Cecudi Municipales” se suscribió el 18 de
diciembre de 2023, por un plazo de 12 meses, prorrogable 36 meses. Aunque
en el expediente digital se encuentra “Solicitud de modificación” para prorrogar
el contrato no consta su notificación, por consiguiente, no se dispone de contrato
vigente desde diciembre pasado.
…la gestión de pagos, de acuerdo con datos del expediente digital, se realizaron
mediante el uso de los formularios electrónicos disponibles en la plataforma del
SICOP, conforme indica el artículo 25 del Reglamento a la Ley General de
Contratación Pública (LGCP).

Para esta comisión es realmente preocupante lo que señala el informe pues
refiere:
“No obstante, se encuentra registrada la gestión de dos órdenes de pedido con
sus respectivos pagos por un total de ¢4 552 383.55, realizados el mes de marzo
de 2025, fecha en que el contrato se encontraba vencido.
…respecto a presuntos pagos sin órdenes de pedido, indicados en la denuncia,
se han realizado varias gestiones de compra, para adquirir de alimentos de
forma directa, sin mediar procedimiento de contratación debidamente
adjudicado y, por consiguiente, tampoco se ha elaborado orden de compra, tal
como se indica en la denuncia. Las compras se han realizado a la misma
empresa adjudicataria del procedimiento de contratación 2023LD-000112-
0021000001.

Las adquisiciones de alimentos llevadas a cabo fuera del SICOP han generado
cuentas por pagar con saldos acumulados desde años anteriores. Según
información del oficio CECUDI-0040-2025, suscrito por la Administradora
Docente del CECUDI Manitas a la Obra, al 12 de junio de 2025, la deuda
pendiente era de ¢13 680 263.99. Actualmente, la empresa proveedora se
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
encuentra realizando gestiones de cobro ante la Municipalidad para recuperar
el monto adeudado.

TERCERO: La “Contratación de Servicios de Transporte de Personas Vía
Terrestre por Demanda” realizada mediante el procedimiento 2023LE-000003-
0021000001, registra contrato por demanda suscrito el 20 de marzo de 2023, a
un año plazo, prorrogable por tres años. En el año 2024 se prorrogó el contrato
con vigencia al 03 de julio de 2025, según información del SICOP.

Indica el profesional que los datos del expediente digital, la municipalidad
realizó pago al adjudicatario por la suma de ¢3 046 500.00 por medio de
órdenes de pedido manual, incorporadas en la sección “9. Información
relacionada” del expediente del SICOP, no mediante los formularios digitales
para órdenes de pedido, dispuestos en la plataforma del SICOP, como lo
establece del Reglamento a la LGCP.

De lo anterior existe oficio N° Prov-026-2024, de fecha 30 de octubre de 2024,
incorporado en el expediente digital, el Proveedor Municipal indica: “En
respuesta a su oficio DAM-4241-2024, respecto al problema técnico en el
Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) que impide la generación de
órdenes de pedido para la contratación de servicios de transporte por demanda
(número 2023LE-000003-0021000001), me permito informar lo siguiente:

1. El expediente mencionado ha presentado fallas desde junio de 2024,
impidiendo que las unidades solicitantes generen órdenes de pedido. Estas fallas
se deben a las inclusiones y exclusiones de líneas en el contrato, lo que ha
generado errores al intentar realizar nuevos pedidos.

2. Desde agosto de 2024, hemos estado en contacto con los responsables de
SICOP, y aunque se nos informó que el problema se había solucionado el 21 de
agosto, la situación persiste.

Dado que el contrato se encuentra vigente y no ha alcanzado el tope del
procedimiento, establecido en ¢235,035,032°° por tratarse de una licitación
menor, y tras revisar el expediente en el que los servicios brindados por el
adjudicatario Didier Zamora López han sido recibidos con satisfacción por parte
de los Administradores de los pedidos, se propone proceder con la generación
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
de los pedidos de forma manual. Esta documentación se incorporará al
expediente correspondiente.”

Por su parte, el Coordinador a la Asesoría Jurídica emite criterio jurídico sobre
“Solicitud de la Empresa Transportes Zamora realización de viajes sin orden de
pedido. a través del oficio AJ-659-2024, de 23 de setiembre de 2024.” e indica:

“Tomando en consideración la situación que narra el representante de la
empresa, estimando que existe una contratación por demanda con esta empresa,
la prestación efectiva del servicio, el principio de buena fe, que debe imperar en
el procedimiento de contratación administrativa, a criterio de la asesoría
jurídica, la orden de pedido se puede tramitar y cancelar, sin embargo para esta
acción se requiere una resolución administrativa razonada del jerarca que
justifique y demuestre lo acontecido.
Sustenta el criterio las disposiciones, de la de Ley General de Contratación
Públicas y su reglamento relacionado con articulo 195
Esto situación es excepcional y por única vez.”

Con base en esos criterios de la Asesoría Jurídica y del Proveeduría Municipal,
el señor Alcalde emite resolución DAM-RES-0114-2024 para el pago de la
factura electrónica #0000001442, por la suma de ¢3 046 500.00. La gestión se
realizó mediante “Orden de Pedido Manual 1” incorporada en la sección 9
“Información relacionada” del expediente digital en SICOP, el 05 de noviembre
de 2024.

También se encuentran en trámite las órdenes de pedido manuales 2 y 3 por ¢1
163 140.00 y ¢296 800.00, respectivamente. De acuerdo con información
facilitada por el Depto. de Contabilidad, al 29 de mayo de 2025 el total
adeudado al señor Didier Zamora era ¢1 459 940.00, correspondiente a las dos
órdenes de pedido manuales incluidas en el expediente del SICOP.

CUARTO: Reclamo de contratista sobre cálculos de kilómetros de servicios
transporte festival navideño. Adicional a lo anterior, siempre en relación con
el procedimiento de contratación 2023LE-000003-0021000001, se tiene
conocimiento de reclamo presentado por el contratista respecto a presuntos
errores en el cálculo de kilómetros de los servicios de transporte brindados
para el festival navideño de Santa Cruz en el 2024. El pago de los servicios se
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
encuentra en trámite mediante orden de pedido manual 2, con orden de compra
# 60705, por la suma de ¢1 163 140.00. En este caso, si la administración recibió
a satisfacción el servicio de transporte para el evento del festival navideño por
parte del adjudicatario del procedimiento de contratación 2023LE-000003-
0021000001, está en la obligación de pagar lo que corresponde.

Indica la auditoría en su informe que la cuenta por pagar registrada en
contabilidad se mantiene vigente, aunque la orden de compra se anuló:

Mediante revisión de cuentas por pagar por parte de la Municipalidad al
adjudicatario del procedimiento de contratación 2023LE-000003-0021000001,
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS VÍA
TERRESTRE POR DEMANDA”, al 29 de mayo de 2025, se determinó dentro
del total del monto pendiente la suma de ¢4 255 150.00, correspondientes a
orden de compra # 60288 anulada en junio de 2024.
En la sección 5.2 “Orden de pedido” del expediente digital se indica respecto
a la orden de compra # 60288 “Se procede a cancelar orden de pedido debido
a que los montos se ingresaron de forma errónea, se procederá a realizar nueva
orden de pedido con los kilometrajes respectivos. Sin embargo, de acuerdo con
los datos facilitados por el Depto. de Contabilidad, el monto de ¢4 255 150.00
se mantiene registrado como una cuenta por pagar porque no se informó a
contabilidad sobre ese proceso de cancelación de la orden de compra para
hacer el registro del ajuste.”

La inexactitud en los datos contables, originada por deficiencias en la
coordinación entre las unidades primarias y el Depto. de contabilidad, además
de restar confiabilidad en la información contable, ocasiona que las cuentas por
pagar presenten saldo incorrecto.
En base a lo anterior esta comisión recomienda al honorable concejo municipal:

-Señor Presidente del Concejo: Al no emitir las recomendaciones la Comisión,
se pospone para la próxima sesión el Dictamen 19-2025. Se somete a votación.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se pospone para la próxima sesión
ordinaria el Dictamen 19-2025.
VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES PROPIETARIOS.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
INCISO 02. Lectura Dictamen 20-2025 de la Comisión de Gobierno y
Administración, al ser las diecisiete horas treinta y cinco minutos del día ocho
de julio del 2025.

Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y de los Oficios: a- SM-709-EXTR-07-2025 del 12 de mayo 2025 en donde
se comunica el acuerdo del Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión
Extraordinaria 07- 2025, Artículo 04, Inciso 11, del 08 de abril 2025.

INCISO 11. Lectura del Oficio DAM-1017-2025 del día 01 de abril 2025 de
Alcaldía Municipal: acatamiento de recomendaciones de Auditoría Interna
oficio AIM-40-25 Auditoría Interna: INFORME SOBRE MAL DEL ESTADO
PROYECTO VIAL CAMINO LOS JOBOS –VILLAREAL C-5-03-208-00
REALIZADO CON RECURSOS DE LA LEY 8114 Y LEY 9329 QUE
PRESENTA EVIDENTES INCONSITENCIAS EN CUANTO LA CALIDAD
Y DURABILIDAD DE LAS OBRAS

Esta Comisión entra a valorar el Oficio indicado:
PRIMERO: Oficio AIM-40-2025 de Auditoría Interna emitido por el Lic.
Bernardo Barrantes Castro: INFORME SOBRE MAL DEL ESTADO
PROYECTO VIAL CAMINO LOS JOBOS –VILLAREAL C-5-03-208-00
REALIZADO CON RECURSOS DE LA LEY 8114 Y LEY 9329 QUE
PRESENTA EVIDENTES INCONSITENCIAS EN CUANTO LA CALIDAD
Y DURABILIDAD DE LAS OBRAS
, para lo que interesa a esta Comisión citamos:

PRIMERO: El informe fue elaborado por el profesional a raíz de denuncias
ciudadanas y auditorías previas que evidencian inconsistencias en la calidad de
materiales y la durabilidad de las obras viales en las intervenciones realizadas
en la red vial cantonal, en el caso de las obras realizadas en dos intervenciones,
una sub base granular protegida con riego de emulsión asfáltica y material de
secado (imprimación) y la segunda intervención en asfalto (pavimentación) en
la ruta Los Jobos – Villareal C-5- 03-208-00, así como en la situación registrada
en la Municipalidad de Santa Cruz, donde se han detectado evidentes
deficiencias en la ejecución y control de los recursos transferidos mediante las
Leyes 8114 (Simplificación y Eficiencia Tributaria) y 9329 (Transferencia de
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
Competencias) y los recursos municipales destinados a la atención plena y
exclusiva de la red vial cantonal).

SEGUNDO: En la visita realizada por el profesional indica que se denota un
claro deterioro de la vía, misma que han sido intervenida en dos ocasiones, una
con un tratamiento superficial y la segunda como una capa asfáltica dejando
muestra de que podrían existir posibles inconsistencias en cuanto la calidad de
los materiales utilizados, la calidad de compactación realizada, el cumplimiento
de las especificaciones técnicas y el riesgo notorio en cuanto la durabilidad.
Continúa indicando el profesional en su informe que el deterioro no puede
valorarse técnicamente debido que la auditoria no cuenta con elementos
técnicos o de un informe como los realizados por LAMAME de la UCR y así
poder determinar técnicamente si existen inconsistencias con base a lo
requerido por los denunciantes.
Manifiesta que “existen posibles deficiencias en el control de calidad y en el
seguimiento de los parámetros técnicos establecidos, lo que se refleja en los
deterioros prematuros observados en la vía. La falta de estudios técnicos previos
como lo son los diseños y otros podrían ser parte de las deficiencias en los
procesos constructivos, que al final podrían haber causado el deterioro
prematuro, tanto como son los procesos de compactación, problemas en la
colocación de la emulsión asfáltica y la falta de sistemas adecuados de
evacuación pluvial.

TERCERO: En las conclusiones señala el auditor esta auditoría interna tanto en
el caso de Los Jobos – Villareal como en la ejecución de inversiones en la
Municipalidad de Santa Cruz, se evidencia una falta de robustez en el sistema
de control interno, que se traduce en deficiencias en la documentación, control
técnico y seguimiento de los procesos contractuales.

En sus Recomendaciones al Concejo Municipal el informe indica:

- Exigir la realización y verificación completa de todas las pruebas necesarias
de calidad de la mezcla asfáltica y otros materiales, garantizando que se
cumplan los parámetros técnicos y contractuales. Esta recomendación de
control debe establecerse a partir de recibido este informe.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
En base a lo anterior esta comisión recomienda al honorable Concejo
Municipal:
-Solicitar un Informe en el plazo de 10 días a la Unidad Técnico de Gestión Vial
Municipal en el que se detalle si:
a- Se ha hecho la coordinación entre la municipalidad y con organismos
técnicos especializados (por ejemplo, LANAME UCR) para realizar auditorías
conjuntas en materia de calidad de la obra Los Jobos – Villareal.
b-De no haberse realizado aún indicar la razón y a quien de los funcionarios le
corresponde realizar dicha coordinación.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremo
Dictamen 20-2025 de la Comisión de Gobierno y Administración, al ser las
diecisiete horas treinta y cinco minutos del día ocho de julio del 2025. Se
dispone:
-Solicitar un Informe en el plazo de 10 días a la Unidad Técnico de Gestión Vial
Municipal en el que se detalle si:
a- Se ha hecho la coordinación entre la municipalidad y con organismos
técnicos especializados (por ejemplo, LANAME UCR) para realizar auditorías
conjuntas en materia de calidad de la obra Los Jobos – Villareal.
b-De no haberse realizado aún indicar la razón y a quien de los funcionarios le
corresponde realizar dicha coordinación.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIO.

INCISO 03. Lectura Dictamen 21-2025 de Comisión de Gobierno y
Administración, al ser las Diecisiete horas quince minutos del día tres de julio
de 2025.

Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y de los oficios a- SM-1189-ORD-26-2025 04 de julio 2025 en donde se
comunica el acuerdo del Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión
Ordinaria 26- 2025, Artículo 05, Inciso 01, del 26 de junio, 2025, b-Oficio SM-
1192-ORD-27-2025 08 de julio 2025, en donde se comunica lo acordado por el
Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Ordinaria 27- 2025, Artículo 05,
Inciso 40, del 12 de junio 2025:
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
INCISO 01. Lectura de Oficio DAM-1983-2025 de Alcaldía: Traslado de
Oficio AJ-351-2025 referencia DT-71-2025-oficio SM-1010-Extr-10-2025,
sobre gestión de arreglo de pago propuesta por Liceo Santa Cruz:

INCISO 40: Lectura de oficio DAM-2035-2025 de la Alcaldía: Traslado de
oficio DT-71-2025 del Liceo Santa Cruz:

Esta Comisión entra a conocer los siguientes documentos:
-Oficio SM-1010-EXTR-10-2025 4 de junio de 2025. Relacionado con lo
acordado por el Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión Extraordinaria
10-2024, Artículo 03, Inciso 37, del 27 de mayo 2025. INCISO 37. En donde
se conoció documento de la Junta Administrativa Colegio Académico de Santa
Cruz en el cual indican: “ Como es sabido por este municipio nuestra noble
institución educativa arrastra una deuda por concepto de tasas municipales las
cuales al día de hoy ascienden a más de ¢95.807.356,75, que dicha cuenta se
encuentra en al corriente judicial de cobro bajo la dirección legal de la
Licenciada María Cristina Arrieta, cabe resaltar que nuestra institución ya ha
cancelado los honorarios legales del proceso de cobro en aras de poder
establecer un arreglo de pago en la vía administrativa.”
-Oficio DT-071-2025 del 12 de Junio de 2025, emitido por el Ing. Oscar Danilo
González Mora en su condición de Director Tributario el cual entre otras cosas
refiere:
 a- La Junta Administrativa del Liceo Académico de Santa Cruz propone un
arreglo de pago que les permita cancelar el monto adeudado a la Municipalidad
de Santa Cruz por concepto de tributos municipales. En el documento se
reconoce la existencia de una deuda superior a los ¢95 millones a favor de la
Municipalidad de Santa Cruz.
b- Asimismo, se solicita la posibilidad de establecer un convenio de pago por
un plazo de veinte años (240 meses), lo cual excede los límites establecidos en
el reglamento vigente.
c- El Código de Normas y Procedimientos Tributarios, en su artículo 38,
autoriza el fraccionamiento o aplazamiento del pago de tributos por parte de
la Administración Tributaria, siempre que la situación económico-financiera
del contribuyente lo justifique.
El Reglamento de Cobro Administrativo, Extrajudicial y Judicial de la
Municipalidad de Santa Cruz, en su artículo 17 inciso b) (modificado y
publicado en La Gaceta N.º 163 del 30 de agosto de 2019), establece que:
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“El plazo para la cancelación total de la obligación vencida no podrá exceder
de treinta y seis meses, pero en caso de tratarse de adeudos por licencias
comerciales y de licor, no podrá exceder los doce meses.”
En consecuencia, el plazo propuesto por la Junta (240 meses) no es viable bajo
la normativa vigente, por lo que se requeriría de una modificación
reglamentaria o el uso de un mecanismo jurídico extraordinario que habilite a
la Municipalidad para aceptar la propuesta.
d- Técnicamente se considera positiva y viable la voluntad de la Junta
Administrativa del Liceo Santa Cruz de asumir una deuda histórica que nunca
fue atendida. Recibir recursos por parte de esta institución para honrar
obligaciones tributarias representa un avance significativo en la recuperación
de ingresos municipales y un aporte significativo en la disminución de la
morosidad. Sin embargo, legalmente la Municipalidad está limitada por el
artículo 17 del reglamento vigente, que permite un plazo máximo de 36 meses.
Por ello, para autorizar el plazo solicitado de veinte años (240) meses), será
necesario modificar la normativa vigente o habilitar un mecanismo legal
específico a través del Concejo Municipal.
-Oficio AJ-351-2025 18 de Junio 2025 emitido por el Lic. Verny Cordero
Fonseca en su condición de Coordinador Asesoría Jurídica quien indica:
“Es claro el criterio técnico expuesto por el Director Tributario, en cuanto a que,
legalmente la Municipalidad está limitada por el artículo 17 del reglamento
vigente, que permite un plazo máximo de 36 meses. Por ello, para autorizar el
plazo solicitado de veinte años (240meses), será necesario modificar la
normativa vigente. Analizada la solicitud de la Junta de Educación, lo que
pretende es que se le confiera un plazo de 240 meses como arreglo de pago, de
la deuda que mantiene, con la Municipalidad, sin duda un petición muy
singular que rebasa el límite de actuación y competencia del Alcalde Municipal
y de la Administración Tributaria, por lo que estima que puede ser resuelta por
el Concejo Municipal, con fundamento en las disposiciones que contiene la
Constitución Política artículos 169, el cual dispone: administración de los
intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno
Municipal, formado de un 2 cuerpo deliberante, integrado por regidores
municipales de elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designará la
ley Articulo 170 el cual regula que: Las corporaciones municipales son
autónomas” en relación con lo dispuesto por el Código Municipal artículos 4
inciso e) que establece Artículo 4- La municipalidad posee la autonomía
política, administrativa y financiera que le confiere la Constitución Política e)
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Percibir y administrar, en su carácter de administración tributaria, los tributos y
demás ingresos municipales, el articulo 13 incisos b c y d sobre los atribuciones
del Concejo Municipal, para que por medio de acuerdo municipal se autorice el
señor Alcalde Municipal y a la Administración Tributaria, por única vez, se
acójala solicitud de arreglo de pago por el plazo que requiere la Junta de
Educación, acuerdo que debe ser fundamentado en la razones que se estime
pertinente.”
FUNDAMENTO JURÍDICO
Esta Comisión entra a valorar la normativa vigente aplicable a la solicitud:
A. Constitución Política, en sus Artículos 78 y 80 establece que el: El Estado
debe garantizar el acceso efectivo a la educación, especialmente en zonas
rurales. El apoyo institucional a las juntas administrativas forma parte de esta
obligación.
B. Código Municipal (Ley N.º 7794)
Artículo 4: Las municipalidades tienen como finalidad el bienestar general del
cantón.
Artículo 9 inciso i): Corresponde al gobierno local colaborar con el desarrollo
educativo.
Artículo 14: La administración debe actuar con eficiencia, legalidad y
responsabilidad social.

C. Ley General de la Administración Pública (Ley N.º 6227)
Artículo 11: Toda actuación debe ser razonable y proporcional.
Artículo 16: La Administración puede ejercer discrecionalidad cuando la ley lo
permite, siempre dentro del marco legal.

D. Código de Normas y Procedimientos Tributarios (Ley N.º 4755)
Artículo 95: Faculta a la Administración a realizar cobros mediante mecanismos
administrativos, extrajudiciales o convenios de pago.

E. Reglamento de Cobro Administrativo, Extrajudicial y Judicial de la
Municipalidad de Santa Cruz: Este reglamento autoriza expresamente
arreglos de pago con deudores públicos o privados, mediante acuerdo
debidamente motivado, formalizado por escrito, y sujeto a seguimiento.
Asimismo, existe jurisprudencia relevante como el Voto N.º 2005-00860 de la
Sala Constitucional en donde se indica que: La educación es un derecho
fundamental de aplicación inmediata.
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Por su parte Dictámenes PGR-C-2011 y otros de la Procuraduría General de la
República: La Administración puede ejercer facultades de cobro flexible,
mediante convenios que no vulneren el interés público ni impliquen
exoneraciones indebidas.
Partiendo de lo anterior esta comisión concluye que:
-La Junta Administrativa del Liceo Santa Cruz no es un ente lucrativo, sino un
órgano colaborador del Estado cuya función es apoyar el acceso a la educación.
Cualquier interrupción de su labor por motivos económicos podría
comprometer el derecho a la educación de los menores del cantón.
-El monto de la deuda puede ser recuperado sin necesidad de acciones judiciales
onerosas, siempre que exista un convenio formal con condiciones claras y
razonables.
-No se trata de una condonación ni exoneración, sino de un reconocimiento
formal de la deuda y un cronograma de cumplimiento gradual, garantizando así
el interés fiscal y el interés público educativo.
-La Junta Administrativa del Liceo Santa Cruz, como ente jurídico con
funciones públicas, puede acogerse a estas figuras de arreglo de pago conforme
al reglamento municipal que existe sobre la materia por lo tanto no existe
impedimento para que se le otorgue un plazo razonable de pago, sujeto a
formalización y control.
-La Junta Administrativa fundamenta su solicitud en su limitada capacidad
económica actual y en su papel esencial como ente auxiliar del MEP,
indispensable para el funcionamiento del centro educativo y el acceso efectivo
al derecho a la educación en la comunidad.
- La Municipalidad, como Administración activa, puede válidamente establecer
un arreglo de pago si éste está fundado en los principios de razonabilidad,
eficiencia, legalidad y con orientación al interés público (educación).
- Es función propia de la municipalidad apoyar actividades que favorezcan el
derecho a la educación. En este sentido, un arreglo de pago que permita la
continuidad y funcionamiento de una Junta Administrativa cumple con la
finalidad esencial del gobierno local.
- Permitir un arreglo de pago transparente y documentado se ajusta al principio
de eficiencia administrativa sin comprometer los recursos públicos,
especialmente si se asegura la recuperación del crédito.


En base a los criterios técnicos de los departamentos municipales, así como a la
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normativa vigente esta Comisión recomienda al Honorable Concejo Municipal:
1-Dictaminar a favor del arreglo de pago solicitado por la Junta
Administrativa del Liceo Santa Cruz, con base en:

El principio de legalidad y discrecionalidad administrativa para hacer gestiones
de cobro razonables.

El deber constitucional, legal y municipal de promover y proteger el derecho a
la educación.

La finalidad social de las municipalidades de colaborar con las instituciones
educativas.
La existencia de instrumentos legales que permiten la formalización de
convenios de pago, siempre que se garanticen mecanismos de cumplimiento,
seguimiento y transparencia.

2- Se autorice el señor Alcalde Municipal y a la Administración Tributaria a
acoger la solicitud de arreglo de pago de la Junta Administrativa del Liceo Santa
Cruz, por única vez de manera excepcional por el plazo y el monto de prima
propuesto en la petición.
3-El pago se realizará en las formas que indique el reglamento respectivo.
4-En caso de incumplimiento se establecerán los mecanismos señalados por ley
para el cobro de la deuda.

SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el Dictamen 21-
2025 de Comisión de Gobierno y Administración, al ser las Diecisiete horas quince minutos
del día tres de julio de 2025. Considerando el principio de legalidad y discrecionalidad
administrativa para hacer gestiones de cobro razonables. El deber constitucional, legal y
municipal de promover y proteger el derecho a la educación. La finalidad social de las
municipalidades de colaborar con las instituciones educativas. La existencia de instrumentos
legales que permiten la formalización de convenios de pago, siempre que se garanticen
mecanismos de cumplimiento, seguimiento y transparencia.
2- Se autorice el señor Alcalde Municipal y a la Administración Tributaria a acoger la
solicitud de arreglo de pago de la Junta Administrativa del Liceo Santa Cruz, por única vez
de manera excepcional por el plazo y el monto de prima propuesto en la petición.
3-El pago se realizará en las formas que indique el reglamento respectivo.
4-En caso de incumplimiento se establecerán los mecanismos señalados por ley para el cobro
de la deuda.
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Del 08 de julio 2025.
ACUERDO FIRME, VOTOS DE SEIS REGIDORES PROPIETARIOS. Votos:
Carlos Alberto Barrenechea Martínez, Kenia María Vásquez Angulo,
Macdonald Espinoza Ruiz, Carlos Alberto Moreno Arredondo, Cindy Leal
Cordero, Ivonne Espinoza Rosales.
-La señora Maureen Contreras Arrieta se abstiene en a votación por ser parte
del Liceo Santa Cruz.

INCISO 04. Lectura de Dictamen 04-2025 de la Comisión de Nombramientos,
de las dieciséis horas diez minutos del día ocho de julio del 2025.
Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y de los Oficios: a- SM-783-ORD-18-2025 del 12 de mayo 2025 en donde
se comunica el acuerdo del Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión
ordinaria 18- 2025, Artículo 04, Inciso 32, del 01 de mayo 2025.
INCISO 32. Concejo de Distrito Tempate: Presentación de Moción Creación de
Comisión Especial encaminada de elaboración de plan integral de
mejoramiento de ruta vial entre las comunidades de Tempate y Potrero.

Esta Comisión entra a valorar la solicitud del Concejo de Distrito de Tempate:
PRIMERO: Los solicitantes buscan con el nombramiento de la Comisión para
establecer una ruta estratégica de corto, mediado y largo plazo entre el Gobierno
Local y el sector privado que permita la planificación y ejecución de mejoras
en la ruta que conecta a las comunidades de Tempate y Playa Potrero, todo con
el fin de atender la creciente demanda de transito en la zona y mejorar la
competitividad del Distrito.
SEGUNDO: Con respecto a la integración de la Comisión a este concejo le
compete el nombramiento de los representantes del mismo ante la Comisión, ya
la alcaldía y las demás organizaciones de interés comunal les corresponderá
elegir a sus miembros.
En base a lo anterior esta Comisión recomienda al Honorable Concejo
Municipal:
-Nombrar a las siguientes personas como representantes del Concejo ante la
Comisión a los señores: Carlos Alberto Moreno Arredondo, María Eunice
Moraga Duarte y Johnny Ríos Cerdas.
-Comuníquese el dictamen y el presente acuerdo a la Alcaldía Municipal y a las
Asociaciones de Desarrollo Comunal de Tempate y Potrero.
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Del 08 de julio 2025.
01.SE ACUERDA POR UNANIIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 04-2025 de la Comisión de Nombramientos, de las dieciséis horas
diez minutos del día ocho de julio del 2025.
-Nombrar a las siguientes personas como representantes del Concejo ante la
Comisión a los señores: Carlos Alberto Moreno Arredondo, María Eunice
Moraga Duarte y Johnny Ríos Cerdas.
-Comuníquese el dictamen y el presente acuerdo a la Alcaldía Municipal y a las
Asociaciones de Desarrollo Comunal de Tempate y Potrero.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.

INCISO 05. Lectura de Dictamen 05-2025 de Comisión Especial de
Nombramientos, al ser las dieciséis horas treinta minutos del día ocho de julio
de 2025.
Con fundamento en las facultades que nos confiere el Código Municipal, el
artículo 13, inciso e, ordinales 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
Rica y del oficio SM-1139-ORD-24-2025 del 24 de junio del 2025 en donde se
comunica el acuerdo del Concejo Municipal de Santa Cruz en la Sesión
Ordinaria 24-2025, Artículo 05, Inciso 23 del 12 de junio 2025:
INCISO 23: Se conoce oficio VICM-0082-2025, de la MSc. Mitzy Salazar
Morales- Vicealcaldesa Municipal. Asunto: Solicitud de creación de la
Comisión Permanente de Discapacidad. Solicitar la creación de la Comisión
Municipal Permanente de Discapacidad y Adulto Mayor (COMUDAN), tal
como lo establece la Ley N. 10547 publicada en octubre de 2024.
CONSIDERANDO
De acuerdo a la Ley N° 10046 la cual: CREA LA OFICINA DE LA PERSONA
ADULTA MAYOR Y DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD
EN LAS MUNICIPALIDADES que indica:
ARTÍCULO ÚNICO- Se adiciona un nuevo inciso t) al artículo 13 de la Ley
7794, Código Municipal, de 30 de abril de 1998 y se corre la numeración del
sucesivo inciso de este ordinal. El texto del nuevo inciso t) es el siguiente:
t) Acordar, si se estima pertinente, la creación de la Oficina de la Persona Adulta
Mayor y de Personas en Situación de Discapacidad dentro de su jurisdicción
territorial, así como su respectivo reglamento y su partida presupuestaria, para
velar, desde el ámbito local, por una efectiva inclusión, promoción y
cumplimiento de los derechos de las personas adultas mayores y de las personas
en situación de discapacidad.
                        MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión extraordinaria 13-2025.
Del 08 de julio 2025.
POR TANTO:
En uso de las facultades que otorga el Código Municipal (Ley N.º 7794), y
conforme al compromiso del gobierno local y este concejo municipal con la
promoción y el fortalecimiento en la inclusión, promoción y cumplimiento de
los derechos de las personas adultas mayores y de las personas en situación de
discapacidad.
RECOMIENDA: -Crear la Comisión Municipal Permanente de Discapacidad y
Adulto Mayor (COMUDAN), la cual estará integrada por los siguientes
miembros:
Marjorie López Yong. Coordinadora.
Allan Marrochi Rodríguez. Secretario.
Lidia María Briceño Gómez.
Héctor Barrantes Vásquez.
Jeannette Huertas López.

01.SE ACUERDA POR UNANIIMIDAD: Aprobar en todos sus extremos el
Dictamen 05-2025 de Comisión Especial de Nombramientos, al ser las dieciséis
horas treinta minutos del día ocho de julio de 2025. Se dispone crear la
Comisión Municipal Permanente de Discapacidad y Adulto Mayor
(COMUDAN), la cual estará integrada por los siguientes miembros:
Marjorie López Yong. Coordinadora.
Allan Marrochi Rodríguez. Secretario.
Lidia María Briceño Gómez.
Héctor Barrantes Vásquez.
Jeannette Huertas López.
ACUERDO FIRME, VOTACIÓN DE SIETE REGIDORES
PROPIETARIOS.

ARTÍCULO 05. CIERRE.
SEÑOR PRESIDENTE DEL CONCEJO, SIN MÁS ASUNTOS POR
ABORDAR DA POR FINALIZADA LA SESIÓN EXTRAORDINARIA
TRECE-DOS MIL VEINTICINCO, AL SER LAS DIECINUEVE HORAS
DIECIOCHO MINUTOS DEL DÍA OCHO DE JULIO DOS MIL
VEINTICINCO.

Carlos Alberto Barrenechea Martínez,       José Yorjani Rosales Contreras,
Presidente del Concejo Municipal.          Secretario del Concejo Municipal.