Extraordinaria 16 · 2019-08-16
EXTR.162019-08-08-2019.pdf · 44 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 16 del 2019-08-16 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
Acuerdos en esta acta
Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original. Incluye 13 acuerdo(s) sin número, marcados ~.
- ~ Acuerdo (pág. 7) · firme · aprobado RDA: Vista la recomendación bajo el oficio ZMT-534-2019, se autoriza instalar estructura de madera y plásticas de servicios provisional al público dur…
- ~ Acuerdo (pág. 8) · firme · aprobado os Norte camino a Huacas. POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN SE ACUERDA: Vista la recomendación bajo el oficio AC-098-2019, se aprue…
- ~ Acuerdo (pág. 9) · firme · aprobado o (Tamarindo), 300 metros NorOeste del Banco Nacional. POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN SE ACUERDA: Vista la recomendación bajo el…
- ~ Acuerdo (pág. 9) · firme · aprobado El Bosque, ubicado en el Distrito Primero (Santa Cruz), Arado del CEN 300 metros Sur . POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN SE ACUERDA…
- ~ Acuerdo (pág. 10) · firme · aprobado POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN SE ACUERDA: Vista la recomendación bajo el oficio AC-0105-2019, se aprueba la Licencia de Licores…
- ~ Acuerdo (pág. 11) · firme · aprobado ordinaria 16-2019 Del 16 de agosto 2019 Folio 11 POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN SE ACUERDA: Se autoriza actividad bailable y una…
- ~ Acuerdo (pág. 11) · firme · aprobado n de Desarrollo Integral de Huacas de Santa Cruz cédula jurídica 3002078829. Se autoriza dos licencias temporales para la venta de bebidas con conteni…
- ~ Acuerdo (pág. 12) · firme · aprobado Folio 12 POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN SE ACUERDA: Se autoriza actividad bailable y una licencia temporal para la venta de bebi…
- ~ Acuerdo (pág. 12) · firme · aprobado fines de lucro, que se desarrollará en el Salón Comunal de la localidad. POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN SE ACUERDA: Se autoriza …
- ~ Acuerdo (pág. 13) · firme · aprobado to y uso gratuito del espacio público autorizado, así como el adecuado manejo de los residuos sólidos o líquidos que la actividad pueda ocasionar. Ade…
- ~ Acuerdo (pág. 19) · firme · aprobado os de los mismos y es importante desarrollar espacios de convivir fomentando prácticas deportivas en nuestros espacios de recreación. Como presidente …
- ~ Acuerdo (pág. 20) · firme · aprobado la invitación Filial Recomm. INCISO 35: Se da lectura a documento suscrito por Grupo de artesanas Santacruceñas. POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁM…
- ~ Acuerdo (pág. 27) · firme · aprobado salón comunal para celebrar actividad del Día de las Madres, actividad sin fines de lucro. POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN SE ACU…
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 1
ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA – NÚMERO DIECISÉIS - DOS
MIL DIECINUEVE - CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE
SANTA CRUZ- EL DÍA JUEVES OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
DIECINUEVE-A PARTIR DE LAS DIESICIETE HORAS, DE ACUERDO A
LA SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS
Sr. Omar Cruz Jiménez-Presidente del Concejo.
Sra. María Eugenia Alfaro Duran-Vicepresidenta del Concejo.
MsC. Rolando Antonio Pizarro.
Licda. Ana Yansi Contreras Bustos.
Sr. Macdonal Espinoza Ruiz.
Dra. Disnarda Cubillo Vargas.
Sr. Jorge Antonio Leal Obando.
REGIDORES SUPLENTES
Prof. Anabelle Gutiérrez Cisneros.
Licda. Ivannia Rodríguez López,
Licda. Dixabet Matarrita Medoza.
Prof. Isabel Gutiérrez Angulo.
Sr. Miguel Hernández Juárez.
Licda. Katherin Pizarro Matarrita.
SINDICOS PROPIETARIOS
Lic. Arcadio Eliseo Carrera Gutiérrez.
Sra. Carolina Fonseca Ortega.
Sr. Sergio Juárez Gutiérrez.
Prof. Warner Rodríguez Angulo.
Sra. Yesenia Tenorio Tenorio.
Sra. Virginia Gómez Gómez.
Prof. Edgar José Campos Campos.
Sra. Maritza Marchena Valerín.
Sra. María Aderita Rosales Alvarado.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 2
SINDICOS SUPLENTES
Prof. Carlos Espinoza Gutiérrez.
Licda. Jeimy Karol González Ramírez.
Sr. Tobías Benedit López.
Sr. Franklin Barrantes Vásquez.
AUSENTES:
Sra. Claudia Beatriz Moreno Peral.
Sra. Alisandra Gutiérrez Gómez.
Licda. Xinia María Aguilar González C.C Aguilar Ortíz.
Sr. Arturo Lara Ramírez.
DEL CONCEJO:
Licda. Laura López Zúñiga-Asistente de Presidencia del Concejo.
Lic. Oscar Guevara Arias-Asesor Legal del Concejo Municipal.
POR LA ADMINISTRACIÓN:
MsC. María Rosa López Gutiérrez Alcaldesa Municipal.
Lic. Iván Ramírez Camareno Vicealcalde Primero.
Lic. Javier Víquez Alfaro Asesor Legal Alcaldía.
ORDEN DEL DIA:
1. Comprobación del Quórum de Ley.
2. Aprobación Orden del Día.
3. Lectura de Correspondencia.
4. Cierre.
ARTÍCULO 01. COMPROBACIÓN DE QUÓRUM DE LEY.
Comprobado el Quorum para sesionar, se somete a aprobación el Orden del Día
presentado por la Presidencia del Concejo.
ARTÍCULO 02. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se aprueba el Orden del Día presentado
por la Presidencia del Concejo.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 3
-Señora Disnarda Cubillo Vargas, dirige Oración con motivo de celebrase la
sesión extraordinaria.
ARTÍCULO 03. LECTURA DE CORRESPONDENCIA.
INCISO 01: Se conoce circular 23-2019, firmada por MSC. María Rosa López
Gutiérrez, Alcaldesa Municipal. Asunto: Convivio- Celebración del Régimen
Municipal.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se da por conocida Circular 23-2019.
INCISO 02: Se conoce oficio DAM-2180-2019, firmado por MSC. María Rosa
López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal, indica: En atención a lo solicitado en oficio
SM-0792-Ord.23-2019 sobre la solicitud de declaratoria de calle pública de un camino
sito en El Llano de Tempate –Sr. Francisco Moreno Díaz-se adjunta el oficio DDUR-
DCT-AL-0537-2019 de 7 de junio del 2019, en el cual la Ing. Alejandra Sancho
Perlaza señala que “… no existe un criterio técnico de peso que sustente una posible
declaración de calle pública, a no ser que se cumpla con lo estipulado en el artículo 1
de la Ley de Planificación Urbana y el Capítulo III del Reglamento para el Control
Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a la Comisión Permanente de
Obras, para su análisis y recomendación, lo indicado bajo el Oficio DAM-2180-2019
de la Alcaldía Municipal.
INCISO 03: Se conoce oficio DAM-2307-2019, firmado por MSC. María Rosa
López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal, indica: En relación con el requerimiento
verbal de este órgano colegiado, sobre la pretensión de la ADI de Buenos Aires
–planteada antes ustedes- en torno a la posibilidad de que se le elimine el cobro
del IBI de años anteriores y que, el mismo se le empiece a cobrar con una tarifa
“diferenciada”, se remite el oficio DFCT-0104-2018 de la Administración
Tributaria Municipal, el cual contiene el informe solicitado.
Las conclusiones del mismo son las siguientes:
a) Si el Concejo lo considera conveniente puede solicitar al IFAM la
inclusión de una tarifa diferenciada para las Asociaciones de Desarrollo
Integral, dentro del estudio tarifario que dicha institución está realizando en este
momento.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 4
b) Que la ADI de Buenos Aires pida un arreglo de pago para honrar lo
adeudado de dicho impuesto.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a la Comisión Permanente de
Obras, para su análisis y recomendación, lo indicado bajo el Oficio DAM-2307-2019
de la Alcaldía Municipal.
INCISO 04: Se conoce oficio DAM-2123-2019, firmado por MSC. María Rosa
López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal, indica: Por medio de la presente, remito
avalúo N.A.V-AD-007-2019, del edificio conocido como BAQUORE, emitido
por el Ing. Juan José, para lo que corresponda.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a la Comisión Permanente de
Obras, para su análisis y recomendación, lo indicado bajo el Oficio DAM-2123-2019
de la Alcaldía Municipal.
INCISO 05: Se conoce oficio DAM-2157-2019, firmado por MSC. María Rosa
López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal, indica: Por medio de la presente, les
remito para su respectivo análisis y recomendaciones, el oficio DA-096-2019,
firmado por MBA. Alexandra Gutiérrez Angulo, Directora Administrativa,
referente a solicitud que hace la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales 2019-
2020.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Auditoria Interna Municipal,
el Oficio DAM-2157-2019, se emita el respectivo informe.
INCISO 06: Se conoce oficio DAM-2187-2019, firmado por MSC. María Rosa
López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal, indica: Atendiendo la petición que
consta en el oficio SM-0978-Ext.15-2019, se adjunta copia de los oficios DAM-
1297-2019 y DAM-2045-2019, en los cuales se sintetiza la situación de la
servidora municipal Anita Acuña Matarrita.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a la Comisión Permanente de
Gobierno y Administración, para su análisis y recomendación, lo indicado bajo el
Oficio DAM-2187-2019 de la Alcaldía Municipal.
INCISO 07: Se conoce oficio DAM-2088-2019, firmado por MSC. María Rosa
López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal, indica: Por medio de la presente, les
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 5
remito para su debido conocimiento y autorización solicitud que hace mediante
oficio DGA-0450-2019, firmado por Overath Ortega Urbina, Inspector
Municipal Departamento Gestión Ambiental.
Asunto: Solicitud de autorización ante el Concejo Municipal, para gestionar la
corta de un árbol de Sandal, el cual se encuentra dentro del Parque Infantil, lote
Municipal ubicado en Barrio Sagamad#2 de Santa Cruz.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Visto los Oficio DAM-2088-2019 y DGA-
0450-2019, se autoriza las gestiones necesarias para gestionar la corta de árbol de
Sandal, el cual se encuentra dentro del Parque Infantil, lote Municipal ubicado
en Barrio Sagamad#2 de Santa Cruz.
INCISO 08: Se conoce oficio ZMT-512-2019, firmado por el Lic. Onías
Contreras Moreno, Coordinador a.i Zona Marítimo Terrestre, de conformidad
con el Oficio SM-0829-Ext.12-2019, de fecha 13 de Junio del año 2019, éste
Departaemnto procedió a notificar al señor Carlos Alberto Rojas Gutiérrez, el
día 19 de Julio del 2019.
Notificado el acuerdo citado anteriormente, se le instó a que en el plazo
improrrogable de 10 días hábiles presente Perfil de Anteproyecto, justificando
el uso de Residencial Recreativo que está pactado contractualmente. Así consta
a folio número 53 del Expediente Administrativo número 083-93.
El pago del canon de la concesión se encuentra atrasado, y consecuentemente
se está realizando gestión de cobro.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a la Comisión Permanente de Zona
Marítimo Terrestre, para su análisis y recomendación, lo indicado bajo el Oficio
ZMT-512-2019 del Departamento de Zona Marítimo Terrestre.
INCISO 09: Se conoce oficio –RC-SANTA CRUZ-371-2019, firmado por el
Ing. José Francisco Moreno Zapata, Ingeniero Municipal, indica: Habiendo
cumplido con todo lo solicitado por esta Municipalidad en base a lo establecido
por la Legislación vigente, se da el visto bueno para el recibimiento de las obras
en la Urbanización Tamara, ubicada en Tamarindo, para continuar con el
trámite de recibimiento de la misma y poder catastrar y segregar los lotes de
dicha Urbanización.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 6
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a la Comisión Permanente de
Obras, para su análisis y recomendación, lo indicado bajo el Oficio RC-SANTA
CRUZ-371-2019.
INCISO 10: Se conoce oficio DAM-2217-2019, firmado por MSC. María Rosa
López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal, indica: Por medio de la presente, le
remito para análisis y recomendación lo indicado en el oficio SG-GSP-PD-
2019-00200, Angie Herrera Camacho, UEN Producción y Distribución
Periféricos Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.
Ref: Descripción del proyecto de Suministro e Instalación de Hidrantes
(Licitación Pública Nacional 2017 LN-00023-PRI).
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a la Comisión Permanente de
Obras, para su análisis y recomendación, lo indicado bajo el Oficio DAM-2217-2019
de la Alcaldía Municipal.
INCISO 11: Se conoce oficio ZMT-534-2019, firmado por el Lic. Onías
Contreras Moreno, Coordinador a.i Zona Marítimo Terrestre, el cual indica:
Recibido en este Departamento solicitud de autorización para
INSTALAR ESTRUCTURAS DE MADERA Y/O PLASTICAS, para
brindar servicio PROVISIONAL al público durante la Marathón 2019 a
celebrarse en Playa Flamingo, los días 13, 14 y 15 de Setiembre del
presente año, exactamente en la esquina frente al mojón IGN #50, del
Plan Regulador de Playa Potrero (contiguo a restaurant Pleamar -
chilotes-), 150 metros norte del Banco Nacional de Costa Rica. La
autorización solicitada es para la venta de alimentos y bebidas. Detalle:
1.- La solicitante es la señora Olga Xiomara González, cédula número
155822184015, quién explota un negocio comercial de soda restaurant
en Playa Tamarindo, por tanto, ya es contribuyente de esta
Municipalidad.
2.- El lugar donde pretende ubicarse provisionalmente es parte de la Zona
Pública de Playa Potrero.
3.- La Ley 6043 de Zona Marítimo Terrestre prohíbe el comercio en la
zona pública, sin embargo, en Playa Potrero operan los comercios: Las
Brisas de Potrero, Pacific Ocean View, Restaurant Estero Azul y Soda
Pleamar, en la zona pública, de forma permanente e ilegal.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 7
4.- Que la solicitante pretende brindar un servicio al borde del escenario
y con motivo de la celebración de un evento deportivo, al cual acude
mucho público que demandará ese servicio, no existiendo el mismo de
forma permanente, por lo que se podría considerar necesario.
POR TANTO: El Departamento de Zona Marítimo Terrestre
recomienda al honorable Concejo Municipal, autorizar la solicitud
presentada, en razón de equidad y trato igualitario al contribuyente, por
cuanto ya operan otros comercios en la zona pública de ese sector
costero, de forma incluso ilegal y bajo tolerancia municipal. Se debe
realizar el cobro respectivo.
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Vista la recomendación bajo el oficio ZMT-534-2019, se
autoriza instalar estructura de madera y plásticas de servicios provisional al
público durante la Maratón 2019 en sector de Playa Flamingo, los días 13, 14 y
15 de setiembre 2019, en la esquina frente al mojón IGN#50 (contiguo a
restaurant Pleamar -chilotes-), 150 metros norte del Banco Nacional de Costa
Rica, autorización para la venta de alimentos y bebidas. Pasar a la
Administración Tributaria para el trámite y pago que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 12: Se conoce oficio DAM-2262-2019, firmado por MSC. María Rosa
López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal.
Asunto: Sobre los recursos presentados por Esmeralda Verde de Guanacaste
S.A.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a la Comisión Permanente de Zona
Marítima Terrestre, para su análisis y recomendación, lo indicado bajo el Oficio
DAM-2262-2019 de la Alcaldía Municipal los recursos presentados por
Esmeralda Verde de Guanacaste S.A.
INCISO 13: Se conoce oficio DAM-2158-2019, firmado por MSC. María Rosa
López Gutiérrez, Alcaldesa Municipal, indica: Por medio de la presente, les
remito para su respectivo conocimiento el Oficio CBCR-026347-2019-DGB-
00815, por el señor Héctor Chávez León, Dirección General del Cuerpo de
Bomberos de Costa Rica.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 8
En la cual indica manifiesta su total anuencia de continuar con el procedo de
donación, situación que legalmente es permitida entre ambas instituciones.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a la Comisión Permanente de Zona
Marítima Terrestre, para su análisis y recomendación, lo indicado bajo el Oficio
DAM-2158-2019 de la Alcaldía Municipal.
INCISO 14: Se conoce oficio AC-098-2019, firmado por Marcos de Jesús
Gutiérrez Rodríguez, Abogado Coordinador, Asesoría Jurídica.
Dictamen:
Así las cosas, revisada la documentación remitida por el Departamento de la
Administración Tributaria a este Despacho y cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 9 de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas; la Asesoría Jurídica
recomienda a este Concejo Municipal, aprobar la Licencia de Licores categoría
C Restaurante solicitada por María de los Ángeles Aranda Aranda, cédula
residencia 117002132107, en el Restaurante La Azotea VIP, ubicado en el
Distrito Noveno (Tamarindo), Villareal del cruce a Tamarindo 500 metros
Norte camino a Huacas.
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Vista la recomendación bajo el oficio AC-098-2019, se
aprueba Licencia de Licores categoría C Restaurante solicitada por María de los
Ángeles Aranda Aranda, cédula residencia 117002132107, en el Restaurante La
Azotea VIP, ubicado en el Distrito Noveno (Tamarindo), Villareal del cruce a
Tamarindo 500 metros Norte camino a Huacas.
Pasar a la Administración Tributaria para el trámite y pago que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 15: Se conoce oficio AC-100-2019, firmado por Marcos de Jesús
Gutiérrez Rodríguez, Abogado Coordinador, Asesoría Jurídica.
Dictamen:
Así las cosas, revisada la documentación remitida por el Departamento de la
Administración Tributaria a este Despacho y cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 9 de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas; la Asesoría Jurídica
recomienda a este Concejo Municipal, aprobar la Licencia de Licores categoría
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 9
C Restaurante solicitada por Volcano Brewing Company S.A. cédula jurídica
3-101-654331, en el Restaurante Volcano Brewing, ubicado en el Distrito
Noveno (Tamarindo), 300 metros NorOeste del Banco Nacional.
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Vista la recomendación bajo el oficio AC-0100-2019, se
aprueba la Licencia de Licores categoría C Restaurante solicitada por Volcano
Brewing Company S.A. cédula jurídica 3-101-654331, en el Restaurante
Volcano Brewing, ubicado en el Distrito Noveno (Tamarindo), 300 metros
NorOeste del Banco Nacional.
Pasar a la Administración Tributaria para el trámite y pago que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 16: Se conoce oficio AC-103-2019, firmado por Marcos de Jesús
Gutiérrez Rodríguez, Abogado Coordinador, Asesoría Jurídica.
Dictamen:
Así las cosas, revisada la documentación remitida por el Departamento de la
Administración Tributaria a este Despacho y cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 9 de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas; la Asesoría Jurídica
recomienda a este Concejo Municipal, aprobar la Licencia de Licores categoría
C Restaurante solicitada por Fanny Solís Jiménez , cédula 5-264-041 , en el
Restaurante El Bosque, ubicado en el Distrito Primero (Santa Cruz), Arado del
CEN 300 metros Sur .
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Vista la recomendación bajo el oficio AC-0103-2019, se
aprueba la Licencia de Licores categoría C Restaurante solicitada por Fanny
Solís Jiménez , cédula 5-264-041 , en el Restaurante El Bosque, ubicado en el
Distrito Primero (Santa Cruz), Arado del CEN 300 metros Sur.
Pasar a la Administración Tributaria para el trámite y pago que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 17: Se conoce oficio AC-105-2019, firmado por Marcos de Jesús
Gutiérrez Rodríguez, Abogado Coordinador, Asesoría Jurídica.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 10
Dictamen:
Así las cosas, revisada la documentación remitida por el Departamento de la
Administración Tributaria a este Despacho y cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 9 de la Ley 9047 y el artículo 10 de Reglamento a la Ley de
Regulación y Comercialización de Bebidas Alcohólicas; la Asesoría Jurídica
recomienda a este Concejo Municipal, ubicar la Licencia de Licores categoría
D1 Minisúper solicitada por Comercial Luckyway S.R.L.C. cédula jurídica 3-
102-779625 , en el Minisúper Súper Brasilito, ubicado en el Distrito Octavo
(Cabo Velas), Playa Brasilito frente a la Plaza de Deportes, categoría a la cual
no le afectan las distancias.
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Vista la recomendación bajo el oficio AC-0105-2019, se
aprueba la Licencia de Licores categoría D1 Minisúper solicitada por Comercial
Luckyway S.R.L.C. cédula jurídica 3-102-779625, en el Minisúper Súper
Brasilito, ubicado en el Distrito Octavo (Cabo Velas), Playa Brasilito frente a
la Plaza de Deportes, categoría a la cual no le afectan las distancias.
Pasar a la Administración Tributaria para el trámite y pago que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 18: Se conoce oficio AIM-134-2019, firmado por el señor Álvaro
Moreno Moreno, Auditor Interno. Asunto: Necesidad de incorporar las
funciones y requisitos de Auditor y Subauditor al Manual General de Clases.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a la Comisión Permanente de
Gobierno y Administración, para su análisis y recomendación, lo indicado bajo el
Oficio AIM-134-2019, firmado por el señor Álvaro Moreno Moreno, Auditor
Interno. Asunto: Necesidad de incorporar las funciones y requisitos de Auditor
y Subauditor al Manual General de Clases.
INCISO 19: Se conoce nota firmada por el señor Warner Rodríguez Angulo en
el cual se indica: Por este medio la Junta Directiva de la Asociación de
Desarrollo Integral de Huacas de Santa Cruz cédula jurídica 3002078829, les
saluda cordialmente. La presente tiene como objetivo principal hacerle formal
solicitud de visto bueno para realizar actividad bailable y una patente de licores
el día 17 de Agosto, del 2019, en nuestro Salón Comunal, con el fin de recaudar
fondos para nuestra Asociación.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 11
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Se autoriza actividad bailable y una licencia temporal para la
venta de bebidas con contenido alcohólico, para la fecha 17 de agosto 2019, a
favor de la Asociación de Desarrollo Integral de Huacas de Santa Cruz cédula
jurídica 3002078829.
Pasar a la Administración Tributaria para el trámite y pago que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 20: Se conoce nota firmada por el señor Warner Rodríguez Angulo en
el cual se indica: Por este medio la Junta Directiva de la Asociación de
Desarrollo Integral de Huacas de Santa Cruz cédula jurídica 3002078829, les
saluda cordialmente. La presente tiene como objetivo principal hacerle formal
solicitud de visto bueno para realizar nuestras tradicionales Fiestas Rodeo
Huacas de Santa Cruz y dos patentes de licores, para los días del 23 al 27 de
enero del 2020, en nuestro campo ferial, con el fin de recaudar fondos para
nuestra Asociación.
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Se autoriza Fiestas Rodeos Huacas a realizarse los días del 23
al 27 de enero del 2020 organizado por Asociación de Desarrollo Integral de
Huacas de Santa Cruz cédula jurídica 3002078829.
Se autoriza dos licencias temporales para la venta de bebidas con contenido
alcohólico que se explotarán en Fiestas Rodeos Huacas a realizarse los días del
23 al 27 de enero del 2020 organizado por Asociación de Desarrollo Integral de
Huacas de Santa Cruz cédula jurídica 3002078829, las que se ubicarán en el
Salón Comunal y en el Campo Ferial.
Pasar a la Administración Tributaria para el trámite y pago que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 21: Gestión Asociación de Desarrollo Integral de San José de Pinilla
cédula jurídica 3002268373, autorización de actividad bailable y una licencia
temporal para la venta de bebidas con contenido alcohólico, para las fechas 14
y 15 de setiembre 2019, actividades sin fines de lucro, que se desarrollará en el
Salón Comunal de la localidad.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 12
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Se autoriza actividad bailable y una licencia temporal para la
venta de bebidas con contenido alcohólico, para las fechas 14 y 15 de setiembre
2019, a favor Asociación de Desarrollo Integral de San José de Pinilla cédula
jurídica 3002268373, actividades sin fines de lucro, que se desarrollará en el
Salón Comunal de la localidad.
Pasar a la Administración Tributaria para el trámite y pago que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 22: Gestión Asociación de Desarrollo Integral de Ortega, autorización
de actividad bailable y una licencia temporal para la venta de bebidas con
contenido alcohólico, para el 17 agosto 2019, actividades sin fines de lucro, que
se desarrollará en el Salón Comunal de la localidad.
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Se autoriza actividad bailable y una licencia temporal para la
venta de bebidas con contenido alcohólico, a favor de la Asociación de
Desarrollo Integral de Ortega para el día el 17 agosto 2019, actividades sin fines
de lucro, que se desarrollará en el Salón Comunal de la localidad.
Pasar a la Administración Tributaria para el trámite y pago que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 23: Se conoce solicitud de permiso firmado por el señor Hansen
Ordoñez Murillo, Gerente Instacredit Santa Cruz, indica: Con gusto de
saludarles, me dirijo a ustedes con el fin de solicitar agradecidamente el permiso
para realizar una actividad promocional y de activación de nuestra marca
Instacredit. La actividad la realizaríamos en el parque de Santa Cruz.
Tendremos un toldo de 3m2 con una dinámica para nuestros clientes y regalías,
animación, material publicitario y entrega de volantes. La actividad la
realizaríamos el próximo 23 de agosto del 2019 desde las 10:00 am hasta las
3:00 pm.
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Se autoriza la utilización del parque Bernabela Ramos para
activación de marca Instacredit, en fecha 23 de agosto 2019 en horario de
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 13
10:00am a 03:00pm, organizado por el señor Hansen Ordoñez Murillo, Gerente
Instacredit Santa Cruz.
El organizador deberá respetar las actividades previamente autorizadas en el
Parque o sus alrededores, e implementar los mecanismos necesarios para
asegurar el libre tránsito y uso gratuito del espacio público autorizado, así como
el adecuado manejo de los residuos sólidos o líquidos que la actividad pueda
ocasionar. Además deberá cumplir con la normativa establecida en relación con
la generación de sonido, plan de seguridad y atención de emergencias, y demás
vinculados con el evento autorizado, así como protección y aplicación de la
legislación en materia ambiental.
Pasar a la Administración Tributaria y Hacienda Municipal para el trámite y
pago que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 24: Se conoce nota firmada por la señora Katia María Moreno
Navarro, portadora de la cédula de identidad 5-0360-0783, indica: Reciban un
cordial saludo y éxito en sus labores, dicha solicitud es para pedir una ayuda de
materiales para realizar la bóveda del señor: Filemón Moreno Obregón que
encuentra en sus últimos días de agonía, quien es una persona muy sencilla y de
bajos recursos , por este medio acudo a ustedes para que nos puedan ayudar con
la colaboración y poder hacerle el nicho al señor, los materiales que se les
solicitan serían:
5 sacos de cemento.
½ metro de arena.
½ metro de piedra.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a la Alcaldía Municipal, solicitud
presentada por la señora Katia Moreno Navarro.
INCISO 25: Se conoce consecutivo SGA-FPROD-CCR-19 firmada por el
señor Helmuth Sauter Ortíz, Director Inmobiliario Desarrollos Hoteleros
Guanacaste S.A. Asunto: Infraestructura para zona pública. Indica:
Por este medio aprovecho para saludarlos cordialmente y a la vez informarles
sobre respuesta por parte del Instituto Costarricense de Turismo con respecto
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 14
una solicitud que realizamos para aclaración de la instalación de infraestructura
en la zona pública de Playa Brasilito y Playa Conchal.
En lo que interesa el oficio del ICT indica que “ Sería posible la autorización
por parte de las autoridades que correspondan para la instalación de
infraestructura que pretenda el uso, disfrute y aceesos en condiciones de
seguridad a la zona pública por parte de todos los visitantes , en el tanto sea un
proyecto que pretenda satisfacer el interés público y cumpla con los requisitos
técnicos necesarios , todo de conformidad con lo establecido en la Ley 6043,
artículo 22; siendo una alianza público-privada para el desarrollo de obras que
fomente la accesibilidad en la zona pública y playas del país lo más
recomendable, tal como se ha realizado en otros sectores costeros del País”.
Por lo anterior, reiteramos nuestra solicitud presentada el día 11 de marzo del
2019, para proceder a instalar un sendero peatonal de plástico reciclado en la
zona pública de Playa Brasilito y Playa Conchal.
Se adjunta oficio del ICT AL-0085-2019
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a Comisión Permanente de Zona
Marítimo Terrestre, para su dictamen con recomendación, el consecutivo SGA-
FPROD-CCR-19 firmada por el señor Helmuth Sauter Ortíz, Director
Inmobiliario Desarrollos Hoteleros Guanacaste S.A. Asunto: Infraestructura
para zona pública.
INCISO 26: Se conoce consecutivo SGA-FPROD-CCR-20 firmada por el
señor Helmuth Sauter Ortíz, Director Inmobiliario Desarrollos Hoteleros
Guanacaste S.A. Asunto: Camastros en zona pública. Indica:
Por este medio aprovecho para saludarlos cordialmente y a la vez
informarles sobre respuesta por parte del Instituto Costarricense de
Turismo con respecto a la solicitud de criterio que realizamos para
la aclaración de la ubicación de camastros en la zona pública de Playa
Conchal:
Al respeto, el oficio del ICT indica que: “… con respecto a su
solicitud de ampliación de nuestro criterio del oficio AL-1229-2018,
sobre la ubicación de camastros en la zona pública de Playa Conchal
, Santa Cruz, Guanacaste, al respecto nos permitimos reiterar lo
externado en el criterio de cita y se aclara que en opinión de esta
Asesoría Legal , cualquier persona puede disfrutar de la zona pública
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 15
con el uso de artículos diseñados para su comodidad, como sillas de
playa , sombrillas de playa u otros similares como lo plantea su
escrito de consulta, siempre que ello no represente una
obstaculización al libre tránsito y al disfrute de las demás personas.
Esto en atención a principios de razonabilidad y proporcionalidad
que deben regir en la tutela de la zona pública”.
Con base a lo anterior, les solicitamos se instruya a la Policía
Municipal para que no retire los camastros que se colocan en Playa
Conchal, en el tanto no representen una obstaculización al libre
tránsito en la zona pública.
Se adjunta oficio completo AL-0085-2019
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a Comisión Permanente de Zona
Marítimo Terrestre, para su dictamen con recomendación, consecutivo SGA-
FPROD-CCR-20 firmada por el señor Helmuth Sauter Ortíz, Director
Inmobiliario Desarrollos Hoteleros Guanacaste S.A. Asunto: Camastros en
zona pública.
INCISO 27: Se da lectura a documento suscrito por la seora María Gabriela
Méndez Granados, en representación de Inversiones Valco S.A. indica:
La suscrita, María Gabriela Méndez Granados, mayor de edad,
portadora de la cédula de identidad número 1-0609-0199, en mi
calidad de Apoderada Generalísima de la empresa Inversiones Valco
S.A, con cédula jurídica número 3-101-111375, empresa que posee su
concesión con número de matrícula 5-622-Z-000, la cual está ubicada
en el sector costero de Playa Prieta, Tempate, Santa Cruz, Guanacaste,
deseo manifestar:
Que desde el pasado 12 de diciembre del 2019, mi representada viene
gestionando ante esta comisión una petición de audiencia para
impulsar la modificación del Plan Regulador de Playa Prieta, siendo
que con base al oficio N°1173-2018, el Lic. Onías Contreras,
encargado del Departamento de Zona Marítimo Terrestre.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a Comisión Permanente de Zona
Marítimo Terrestre, para su dictamen con recomendación, documento suscrito por la
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 16
señora María Gabriela Méndez Granados, en representación de Inversiones
Valco S.A.
INCISO 28: Se conoce nota firmada por la señora Miriam Alejandra Chacón
Hernández, portadora de la cédula de identidad 112610090, indica:
Por este medio quisiera solicitarle su pronta ayuda. Hace
aproximadamente mi esposo y yo muy entusiasmados nos
emprendimos en la compra de nuestro terreno, después de ver varios
terrenos, precios y analizar diferente lugares, optamos por comprar
en la garita nueva de Tamarindo, que le pertenece a Santa Cruz, 100
metros al sur del súper la amistad.
Nuestra propiedad se encuentra ubicada frente a calle municipal, lo
que nos despreocupó de tener problemas más adelante con la
misma.
Por esta razón escribo esta carta, muy humildemente como
ciudadana costarricense para que por favor nos ayuden a arreglarla,
antes de que vengan las lluvias de agosto y octubre, porque de lo
contrario no tendremos por donde salir en caso de una emergencia.
Esta calle fue nombrada calle municipal, por lo que es obligación
de la municipalidad mantenerla transitable para los ciudadanos
costarricenses, que pagamos nuestros impuestos, aparte de esto en
La GARITA Nueva de Santa Cruz, hay muchos niños y adultos
mayores, lo que puede hacer que en cualquier momento
necesitemos de alguna ambulancia entre y no lo podrá hacer ya que
la condición de la calle no lo permitiría.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: se remite a Comisión Permanente de Zona
Marítimo Terrestre, para su dictamen con recomendación, documento suscrito por la
señora Miriam Alejandra Chacón Hernández, portadora de la cédula de
identidad 112610090.
INCISO 29: Se conoce oficio ADIT-0333, firmado por el señor Urs Schmid,
Presidente ADI Tamarindo. Indica:
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 17
El motivo de esta carta es expresarle nuestra preocupación y descontento por el
festival de música electrónica llamado “BPM” el cual, según la promoción en
redes sociales, se realizará en Tamarindo del 15 al 19 de enero del 2020.
Los antecedentes del evento indican que fue prohibido a partir del 2017 en Playa
del Carmen, México, por actos de violencia, específicamente un tiroteo en una
discoteca con un saldo de 5 muertos y 15 heridos. Los empresarios y la alcaldía
expresaron el repudio por el evento y el daño a la imagen que se realizó al destino
turístico, y porque presuntamente había relación de carteles de narcotráfico con la
organización.
El festival es reconocido por ser un evento masivo que moviliza a más de 70.000
personas, lo cual es comparable como si todos los habitantes del cantón de Santa
Cruz (60495 según proyecciones del INEC) visitaran, en un mismo momento,
Tamarindo durante 5 días.
Los motivos por los que oponemos a la realización del evento son muchos, pero
rescatamos lo siguiente:
La infraestructura turística de Tamarindo no está preparada para albergar
un evento masivo de esa magnitud, con eso nos referimos a que no se cuenta
con rutas alternas en buen estado, y por experiencia la calle principal de ingreso
colapsa en eventos, lo que no permite una respuesta rápida en la atención de
eventuales emergencias: no contamos con baños públicos , ni contamos con la
capacidad de manejar altos volúmenes de residuos sólidos y aguas residuales, lo
cual provocaría problemas de salud pública y ambientales.
Las fechas en que se propone el festival es temporada alta y esto generaría que
visitantes leales que vienen todos los años encuentren un Tamarindo colapso y
pierdan el interés en regresar.
En la comunidad no hay un espacio (discoteque o bar) que cumpla con las normas
para el control del ruido, por lo que las quejas por los altos decibeles de la música
serán recurrentes y perjudicarán la economía de los hoteles que ofrecen paz y
tranquilidad.
Es contradictorio al trabajo que está realizando la comunidad de Tamarindo con
la municipalidad, el Instituto Costarricense de Turismo y otras instituciones de
gobierno, para potenciar Tamarindo como un destino sostenible; iría en contra de
toda la planificación estratégica en la que hemos trabajado por más de un año, y
lo que más nos consterna es la posibilidad de que este festival en particular nos
dañe la imagen como destino y repercuta negativamente a Costa Rica.
Por lo que hacemos la solicitud al Concejo Municipal de no aprobar ningún
permiso para la realización de este evento y así colaborar con los esfuerzos que
estamos realizando como comunidad para tener un desarrollo económico sano y
seguro.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 18
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Visto el Oficio ADIT-0333 de la Asociación
de Desarrollo Integral de Tamarindo, se comunique a la fecha no se aprobado evento
o festival de música electrónica BPM.
INCISO 30: Se conoce nota firmada por el señor Armando Trigueros Zeledón
del Comité Cantonal de la Persona Joven de la Unión, en cual indica:
El motivo de mi carta y por la cual me dirijo a usted es para hacer de su
conocimiento de que el día sábado 12 de octubre del año en curso a la 1 pm
realizaremos nuestra segunda gala del festival por las principales vías del distrito
central, donde invitamos grupos de cimarronas, mascaradas, grupos baile
folclórico, marimbas.
Nos complacería poder contar con la presencia del grupo de Payasos Santa Cecilia
AG de José Antonio Angulo Gutiérrez y el grupo de baile Ensamble Folclórico
Caña Fistola, ya que para nosotros es muy importante que se represente la cultura
santacruceña a través de estos dos grupos culturales, el promover su participación
para nosotros, para los cientos de personas que acompañan en estas fiestas año a
año y de los habitantes del cantón de la Unión sería un enorme placer.
Con esto requerimos de su ayuda para que les puedan brindar el servicio del
transporte para que pueda hacer su participación dejando en alto y representando
grandemente a Santa Cruz y todo Guanacaste en este festival que reúne una gran
parte de grupos de todo el país que se relacionan en el área del arte y cultura.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Alcaldía Municipal,
documento suscrito por el Comité Cantonal de la Persona Joven de la Unión.
INCISO 31: Se conoce nota firmada por Loren Quesada Rojas, Gerente
Administrativa, Futuro Brillante, indica: Por este medio me permito saludarles
deseando siempre éxitos en la labor tan importante que realizan diariamente.
Es importante expresarles que somos una fundación comprometida con el
progreso de la comunidad de Matapalo y pueblos vecinos.
Es por ello deseamos darle seguimiento al proyecto de la programación para
uso de maquinaria en el distrito, que se emitió en el mes de diciembre 2018 y
que aún no se ha cumplido. Esa programación corresponde al arreglo general
de los caminos Lomas- Matapalo, Matapalo-Bahía Piratas y Matapalo-
Salinitas. Somos un distrito turístico y necesitamos calles decentes y accesibles
pues todos nuestros moradores son contribuyentes y es justo que puedan contar
con la respuesta municipal.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 19
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Alcaldía Municipal, para las
gestiones que corresponda, documento suscrito por Fundación Futuro Brillante.
INCISO 32: Se conoce oficio DRESC-LEBSC-119-2019, firmada por
Jefferson Fernando Alfaro Alvarado, Presidente Gobierno Estudiantil y Msc.
Mauren Contreras Arrieta, Asiste de Dirección, Liceo Experimental Bilingüe
de Santa Cruz, indica: Reciban un cordial saludo, la presente tiene como
objetivo solicitarle la donación de implementos deportivos en las diferentes
disciplinas como futbol, Voleibol, Basquetbol, ya que carecemos de los mismos
y es importante desarrollar espacios de convivir fomentando prácticas
deportivas en nuestros espacios de recreación. Como presidente del Gobierno
Estudiantil y siendo este mi último año deseo dejar como parte de proyectos
este gran beneficio.
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Remitir a la Alcaldía Municipal, para su valoración, la
solicitud presentada por el Gobierno Estudiantil del Liceo Experimental
Bilingüe bajo el Oficio DRESC-LEBSC-119-2019.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 33: Se conoce nota de la Asociación de Desarrollo Integral los
Ranchos, indica: La siguiente es para solicitarles una donación de uniforme de
futbol para nuestro equipo de la comunidad de los Ranchos de Santa Cruz ya
que el que usamos es prestado. Y ya no quieren seguir prestándolo es por eso
señores de la municipalidad apelamos a su buena labor de implementar el futbol
para así evitar más la drogadicción en nuestra comunidad.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Alcaldía Municipal, para las
gestiones que corresponda, documento suscrito por la Asociación de Desarrollo
Integral de Los Ranchos.
INCISO 34: Se conoce nota de la señora Katherine Pizarro Matarrita, secretaria
Filial Recomm, indica: Tiene el agrado de invitar a todas las mujeres
municipalistas de su municipio a una capacitación. Esta actividad será el día 16
de agosto, reuniremos a 40 mujeres municipalistas de la provincia y las
instruiremos en temas esenciales para su labor como regidoras, síndicas,
concejalas, alcaldesas y vicealcaldesas. Además se le darán herramientas de
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 20
cara a las elecciones municipales 2020, la actividad será de 9 am a 3 pm en el
Cantón de Cañas.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se tiene por conocida la invitación Filial
Recomm.
INCISO 35: Se da lectura a documento suscrito por Grupo de artesanas
Santacruceñas.
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Se autoriza la realización de Feria de artesanía en el parque
Bernabela Ramos contiguo al kiosco los días 14 y 15 de agosto 2019, se
09:00am a 05:00pm, a favor de Grupo de Artesanas Santa Cruceñas
representadas por la señora Rosa Morel Sandez cédula 8-0071-0812.
Coordínese con la Alcaldía Municipal lo que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 36: Se conoce nota firmada por el Lic. José Jacksom Guadamuz
Guadamuz, Presidente Artes Visuales Santa Cruz. Indica:
Reciban un cordial saludo de parte de la Asociación de Artistas
Visuales de Sata Cruz, Guanacaste Costa Rica personería jurídica 3-
002-775253.
Comprendiendo el pronunciamiento del concejo municipal de Santa
Cruz en sesión ordinaria 19-2019, Artículo 04, Inciso 01 celebrada el
7 de mayo del año 2019 en apoyo a los proyectos de “Parque Arte”y
proyecto mural “4 elementos chorotega”, deseamos confirmar el
contenido financiero para el proyecto Parque Arte 2020, pues es
importante prepararnos con tiempo con miras a realizarlo bien el
próximo año.
Parque Arte 2020 consta de diversos talleres artísticos dirigidos a la
comunidad sntacruceña en la concha acústica del parque Bernabela
Ramos.
El contenido presupuestario sería de ¢5 000 000 para Parque Arte
2020, este presupuesto sería para abarcar el pago de honorarios de
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 21
los talleristas, nuestra organización con el patrocinio privado
solventaría los materiales para los talleres.
Contenido presupuestario para los dos eventos de Parque Arte en el
año 2020:
Parque Arte Semana Cultural 2020 ¢3 000 000
Parque Arte 25 de Julio ¢2 000 000
Total ¢ 5 000 000
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente de
Asuntos Culturales, para su dictamen con recomendación, la propuesta presentada por
Asociación de Artistas Visuales Santa Cruz.
INCISO 37: Se conoce nota firmada por el Lic. Javier Enrique García Vallejos,
Director de la Escuela La Esperanza, código presupuestario 2547, indican:
Muy respetuosamente por este medio les envía un cordial saludo. Recurrimos a
ustedes para solicitarles mediante su apoyo la adquisición de un play con
máquinas de ejercicios, en la actualidad los niños y niñas juegan en un mini play
que hemos construido con mecates y sacos para que así por lo menos se
distraigan un rato, adjuntamos fotos para que tengan una idea más clara de la
situación que vivimos en nuestro centro de estudios.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Alcaldía Municipal, la
solicitud presentada por la Escuela La Esperanza.
INCISO 38: Se conoce oficio G-1465-2019, firmado por el señor Alberto López
Chaves, Gerente General y Rosibel María Ureña Cubillo, del Instituto
Costarricense de Turismo, mediante el cual se imprueba la solicitud de
aprobación de concesión remitida por el Concejo Municipal de Santa Cruz para
el trámite realizado por “El Tulipán del Oriente S.A”.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite al Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, para las gestiones que corresponda el Oficio G-1465-2019 del
ICT.
INCISO 39: Se conoce oficio AL-TA-1105-2019, firmado por Msc. Rosibel
María Ureña Cubillo, Coordinadora de Unidad y Monikha Cedeño Castro,
Asesoría Legal, Instituto Costarricense de Turismo.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 22
Asunto: Prorroga concesión sobre ZMT, Interamericana de Desarrollo INDE
S.A.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite al Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, para las gestiones que corresponda el Oficio AL-TA-1105-2019
del ICT.
INCISO 40: Se conoce oficio G-1486-2019, firmado por el señor Alberto
López Chaves, Gerente General, Instituto Costarricense de Turismo. Asunto:
Se imprueba la solicitud de aprobación de concesión remitida por el Concejo
Municipal de Santa Cruz solicitada por Flor de María Villalobos Jiménez.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite al Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, para las gestiones que corresponda el Oficio G-1486-2019.
INCISO 41: Se conoce oficio G-1483-2019, firmado por el señor Alberto
López Chaves, Gerente General, Instituto Costarricense de Turismo. Asunto:
Gestión DATAMAR Limitada.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite al Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, para las gestiones que corresponda el Oficio G-1483-2019.
INCISO 42: Se conoce oficio AL-TA-1205-2019, firmado por Msc. Rosibel
Ureña Cubillo, Coordinadora Gestión Jurídica Administrativa y Licda. Marlene
Marenco Vargas, Asesoría Legal, Instituto Costarricense de Turismo. Indica:
En atención al oficio ZMT-436-2019, mediante el cual remite a este Instituto expediente
de proceso llevado a cabo contra Inversiones Consagración del Bosque S.A, al respecto nos
permitimos manifestar lo siguiente:
A criterio de esta Asesoría Legal, no hay claridad del procedimiento seguido, toda vez que
en la documentación remitida se hace referencia a una causal de cancelación y en el acuerdo
del Concejo Municipal se declara la extinción de la concesión.
Es necesario que exista claridad del procedimiento realizado, de existir una causal para
declarar la extinción de la concesión, debe quedar demostrado, citando la causa de la
misma, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley N°6043 sobre la Zona Marítimo
Terrestre.
En caso de que existiera un incumplimiento del concesionario, según lo citado en el artículo
53 de la Ley N°6043, procede la cancelación de la concesión, debiendo efectuarse a un
debido proceso, inmerso en nuestra Constitución Política en sus numerales 39 y 41 , artículo
80 del Reglamento, debiendo estar presentes todos y cada uno de los elementos esenciales
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 23
para que nazca a la vida jurídica la garantía procesal, debiendo además aplicarse las
disposiciones del Libro Segundo de la Ley General de la Administración Pública.
En el expediente remitido, no se observa la notificación personal del traslado de cargos,
necesarias para garantizar el debido proceso en el caso de una cancelación de la concesión,
conforme lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley General de Administración Pública, y
artículo 19 de la Ley de Notificaciones.
La notificación es, un derecho fundamental. Al respecto transcribimos, el pronunciamiento
de la PGR, número C-342-2004 DE 18 de noviembre de 2004, el cual dice:
“Es parte de los principios sustanciales del procedimiento administrativo el de defensa. El
contenido mínimo del derecho de defensa o de participación el administrado en el
procedimiento comprende el derecho a ser oído, el derecho a ofrecer y producir pruebas, a
obtener una decisión fundada y el derecho a impugnar la decisión administrativa.
Para que ese mínimo de derechos pueda ser ejercido, se debe cumplir con el principio de
comunicación de los actos del procedimiento. Esa comunicación es requisito indispensable
para el ejercicio del derecho de defensa y por ello forma parte de las garantías del De debido
proceso.
De allí que no sea de extrañar que las distintas regulaciones procesales contengan
disposiciones sobre la comunicación de los actos y, en particular, de la notificación…”
Además, la importancia de la notificación es consecuencia de que las resoluciones
administrativas son eficaces a partir de su notificación por los medios que el ordenamiento
establezca.
Es decir, la notificación es un medio de garantizar seguridad jurídica, con más razón, si la
notificación es de un acto que afecta a los derechos o intereses de las partes o de un tercero.
La notificación es:
“… una comunicación singular o persona o personas determinadas…es, en todo caso, la
técnica más solemne y formalizada de la comunicación porque incluye la actuación
mediante la cual el agente público acredita haber entregado a una persona la copia de un
acto”. R, PARADA: Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento
administrativo común. (Estudio, comentarios y texto de la Ley 30/1992 de 26 de
noviembre), maricel Pons, 1999, p.258.
Una notificación, debe de tener lugar en el medio señalado por la parte o en el lugar que
constare en el expediente administrativo. La posibilidad de una notificación automática en
los términos en que se dispone en la Ley de Notificaciones no se conforma con los efectos
de los actos administrativos, particularmente los que afectan la esfera jurídica del
destinario. La eficacia del acto administrativo se hace depender de la notificación.
La Ley General regula los medios de notificación en el artículo 243:
“Artículo 243.-
1. La notificación podrá hacerse personalmente p por medio de telegrama o carta
certificada dirigida al lugar señalado para notificaciones. Si no hubiere señalamiento al
efecto hecho por parte interesada, la notificación deberá hacerse en la residencia, lugar de
trabajo o dirección del interesado, si consta en el expediente por indicación de la
Administración o de una cualquiera de las partes.
2. 2. En el caso de notificación personal servirá como prueba el acta respectiva
firmada por el interesado y el notificador o, si aquel no ha querido firmar, por este último
dejando constancia de ello.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 24
3. Cuando se trate de telegrama o carta certificada la notificación se tendrá por hecha
con la boleta de retiro o el acta de recibo firmada por quien hace la entrega”
Una vez garantizados los preceptos procesales del debido proceso, el ICT procederá con la
emisión del criterio conforme corresponda.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite al Departamento y a la Comisión
de Zona Marítimo Terrestre, para las gestiones que corresponda el Oficio AL-TA-
1205-2019.
INCISO 43: Se conoce oficio EL-0033-07-2019, firmado por el señor Edwin
Carrillo Víctor, Director Escuela Lagarto, del circuito 04 , de la Dirección
Regional Educación de Santa Cruz y la Junta de Educación de la Escuela
Lagarto con cédula jurídica 3-008-117166 por este medio les solicitamos la
donación de la medida de catastro del terreno de la Escuela de Lagarto de los 3
mil metros cuadrados debido a la pobreza extrema de esta comunidad ya que no
cuentan con los recursos económicos para resolver esta situación, esto debido a
la visita de los funcionarios del DIEE y me solicitan el plano y la escritura; ya
que sería para una mejor calidad de la educación en el futuro de nuestra
población de estudiantes, esperando una positiva respuesta de su parte les
rogamos encarecidamente su colaboración.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Alcaldía Municipal para las
gestiones que corresponda, la solicitud bajo el Oficio EL-0033-07-2019, firmado
por el señor Edwin Carrillo Víctor, Director Escuela Lagarto.
INCISO 44: Se conoce nota firmada por el Ing. Claudio Cerdas Dinarte, cédula
de identidad número 5-0230-0847, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, en mi
condición de Representante Legal de la Sociedad Residencial Nueva Santa
Cruz, cédula jurídica número 3-101-059989, respetuosamente expongo y
solicito:
En atención al oficio SM-0849-Ord-26-2019, mediante el cual se nos
notificó el acuerdo tomado en Sesión Ordinaria N° 26-2019, Artículo
09, Inciso 01, celebrada el 25 de junio del 2019, en el cual se solicita
realizar un avaluó sobre el lote de 19.232m2, que mi representada es
la propietaria y que pertenece al Folio Real 046809-000, Plano
Catastro G-1683226-2013, ubicada frente al campo ferial,
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 25
respetuosamente les informamos que se autoriza para que ustedes
realicen el avaluó correspondiente sobre la finca supra citada.
Además, les comunicamos que estamos en la mayor disposición para
negociar dicho inmueble con la Municipalidad de Santa Cruz.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Alcaldía Municipal y a la
Comisión Permanente de Obras, para las gestiones que corresponda, lo indicado por
el Ing. Claudio Cerdas Dinarte.
INCISO 45: Se da lectura a documento suscrito por la señora Ana Lucia
González Hernández cédula 401090501, solicitud para que se resuelva prorroga
de concesión.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Comisión Permanente de Zona
Marítimo Terrestres, para su dictamen con recomendaciones, el documento suscrito
por la señora Ana Lucia González Hernández cédula 401090501.
INCISO 46: Se conoce nota firmada por la señora Fanny Ruíz Contreras,
Secretaria Escuela de Música Villarreal, indica: Para satisfacer dichas
necesidades, surge la creación de la Escuela de Música de Villareal como una
organización sin fines de lucro, con el objetivo claro de brindar a jóvenes de
muy escasos recursos, la oportunidad de desarrollar su talento, brindado clases
de música de forma gratuita.
Le solicitamos su colaboración con la donación de instrumentos y un informe,
los estamos necesitando el grupo ha crecido, en total son 30 niños que integran
dicha escuela, hay muchos en lista de espera porque no contamos con los
instrumentos necesarios.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se remite a la Alcaldía Municipal y a la
Comisión Permanente de Cultura, para las gestiones que corresponda, la solicitud de
la Escuela de Música de Villareal.
INCISO 47: Se conoce nota firmada por el señor Yao Chang Wen Tang,
Presidente, indica: Por este medio de la manera más amena, nuestra Asociación
Deportiva para el Desarrollo del Talento del Futbol Sala en Santa Cruz; adscrita
al CCDR Santa Cruz, hacemos de su conocimiento que la persona elegida por
nuestra organización deportiva, para representarnos en la Junta Directiva del
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 26
CCDR Santa Cruz, será la señora Licda. Sandra María Álvarez Castillo, cédula:
502000773. Esta será nuestra representante para el nombramiento del periodo
de agosto 2019 hasta agosto del 2021.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se conforme expediente administrativo y se
adjunte la propuesta presentada por Asociación Deportiva para el Desarrollo del
Talento del Futbol Sala en Santa Cruz, para el análisis y recomendaciones de la
propuesta.
INCISO 48: Se conoce nota firmada por el Lic. Alexander Gutiérrez Mena,
Presidente Asociación Deportiva de Natación de Santa Cruz, indica:
Reciban un cordial saludo de nuestra parte. Debido a que en el mes de agosto
se vence el periodo del miembro representante de las Asociaciones Deportivas
y Recreativas del Cantón ante el Comité Cantonal de Deportes y de Recreación,
de conformidad con el numeral 165 inciso b) del Código Municipal, nos
permitimos proponerles a la señora Grettel Angulo Duarte, cédula 6-0266-0224,
como miembro de la Asociación Deportiva de Natación de Santa Cruz, con
cédula jurídica número: 3-002-211907; organización que se encuentra
legalmente inscrita y vigente ante la Sección de Asociaciones del Registro
Nacional, quien esperamos sea la persona que represente a las Organizaciones
Deportivas ante dicho Comité Cantonal, con el fin de dar apoyo en todo lo que
conlleva actividades recreativas y deportivas en beneficio de nuestro querido
Cantón de Santa Cruz.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se conforme expediente administrativo y se
adjunte la propuesta presentada por Asociación Deportiva de Natación de Santa
Cruz, para el análisis y recomendaciones de la propuesta.
INCISO 49: Se conoce nota firmad por el señor Jorge Luis Rosales Arrieta,
Presidente ADI Villareal, indica: Mediante la presente nuestra Asociación de
Desarrollo Integral propone al señor Paulino Mora Jiménez, cédula 1-0780-
0407 para formar parte el Comité Cantonal de Deporte y Recreación.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Se conforme expediente administrativo y se
adjunte la propuesta presentada por Asociación de Desarrollo Integral de Villareal,
para el análisis y recomendaciones de la propuesta.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 27
INCISO 50: Se da lectura a documento suscrito por la señora Milena Castillo
Villegas cédula 204770295 en calidad de Vicepresidenta de Asociación de
Desarrollo Integral de Playa Potrero, cédula jurídica 3002517340, en el cual
indica: Se solicita permiso para actividad el día sábado 17 de agosto 2019, en el
salón comunal para celebrar actividad del Día de las Madres, actividad sin fines
de lucro.
POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN
SE ACUERDA: Se autoriza actividad bailable en celebración del Día de las
Madres, para el día sábado 17 de agosto 2019, actividad sin fines de lucro, a
favor de Asociación de Desarrollo Integral de Playa Potrero, cédula jurídica
3002517340, en el Salon Comunal de la localidad.
Pasar a la Administración Tributaria para el trámite y pago que corresponda.
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
INCISO 51: Se da lectura a Oficio ZMT-538-2019 del Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, para el cumplimiento de la prevención por parte del
Instituto Costarricense de Turismo, para realizar corrección en el acuerdo del
Concejo Municipal bajo oficio SM-01796-Ord.45-2018.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE
DE COMISIÓN: visto el Oficio ZMT-535-2019 del Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, se realiza las siguientes correcciones al acuerdo bajo el
Oficio SM-01796-Ord.45-2018: Se aprueba en todos sus extremos Dictamen
CPZMT-141-2018 las dieciséis horas con cinco minutos del trece de noviembre
del dos mil dieciocho. Se aprueba el Proyecto de Resolución Administrativa a
nombre de la señora Nora Menaifi Souc, cédula de residencia 125000009134.
Se autoriza a la señora Alcaldesa a firmar el contrato de concesión. La parcela
solicitada se encuentra ubicada en Playa Avellanas del Distrito Tercero
Veintisiete de Abril, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste,
tiene una medida de doscientos treinta y dos metros cuadrados, según plano
catastrado numero G-2064970-2018, y cuenta con las siguientes colindancias:
al norte y al sur Municipalidad de Santa cruz, al este Calle Pública y al oeste
Zona Pública. El plano catastrado citado tiene amarre a los mojones número 69
y 70 del IGN. Que el plazo aprobado para dicha concesión es de veinte años,
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 28
contados a partir de la aprobación que el Instituto Costarricense de Turismo
otorgue a la concesión.
DEFINITIVAMENTE APROBADO. ACUERDO FIRME.
INCISO 52: Promueve la Presidencia del Concejo REGLAMENTO PARA
ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN DE LAS
FIESTAS TÍPICAS NACIONALES DEL CANTÓN DE SANTA CRUZ.
REGLAMENTO PARA ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE LA
COMISIÓN DE LAS FIESTAS TÍPICAS NACIONALES DEL CANTÓN DE SANTA
CRUZ.
CAPÍTULO I
Aspectos generales
Artículo 1º- De conformidad con los artículos 169 y 170 de la Constitución
Política, artículo 13 de la Ley N° 7794 (Código Municipal) y sus reformas y a la
Declaración de Ciudad Folklórica de Costa Rica, según Decreto Ejecutivo Nº
4130-C, publicado en el Alcance Nº 174 de La Gaceta Nº 182 del 26 de
septiembre de 1974, el Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz
dicta el presente Reglamento para la Organización y Procedimientos para la
Comisión de Fiestas Típicas Nacionales.
Artículo 2º- Con fundamento en el artículo primero de la Ley N° 4286 y su
reforma, el Concejo Municipal del cantón de Santa Cruz, será el encargado de
nombrar "La Comisión de las Fiestas Típicas Nacionales" dicho nombramiento
deberá hacerse a más tardar en el mes de mayo de cada año. La Comisión de
Fiestas Típicas Nacionales está integrada por cinco miembros.
No podrán ser miembros de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales quienes
sean cónyuges o parientes, en línea directa o colateral hasta el tercer grado
inclusive, de alguno de los concejales, el Alcalde, Vicealcaldes y Auditor
Interno.
Artículo 3º- La Comisión de Fiestas se nombrará con el propósito de planificar
y organizar la realización de las Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz del
cantón de Santa Cruz, con el objetivo principal de mostrar la identidad religiosa,
cultural, así como sus tradiciones y costumbres típicas y folklóricas del pueblo
santacruceño.
Artículo 4º-La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales, estará constituida por
personas físicas, vecinas y residentes del cantón de Santa Cruz. Este órgano
Colegiado estará adscrito al Concejo Municipal como su superior jerárquico.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 29
La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales, posee autonomía administrativa y
financiera así como con plena capacidad jurídica para ejecutar todo tipo de actos
y contratos para cumplir sus fines.
Artículo 5º- La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales, estará integrada por un
máximo de cinco miembros, el Concejo Municipal los nombrara de forma anual
a más tardar en el mes de mayo garantizando la alternabilidad de género. La
Comisión de Fiestas Típicas Nacionales inmediatamente electa, podrá reunirse
para elegir un Presidente (a), Vicepresidente (a), Tesorero(a), Secretario(a),
Vocal.
CAPITULO II
De las Funciones de la Comisión de Fiestas y sus Miembros.
Artículo 6º-Los miembros de la Comisión de Fiestas tendrán las siguientes
obligaciones:
a- Acordar sus presupuestos y ejecutarlos
b- Aprobar los precios y proponer la base de los remates de los puestos para la
realización de las Fiestas Típicas Nacionales.
c- Concertar, con personas o entidades nacionales y extranjeras, pactos,
convenios o contratos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
d- Impulsar la realización de actividades que resalten la identidad religiosa y
cultural, con sus tradiciones y costumbres típicas y folklóricas del pueblo
santacruceño.
e. Administrar correctamente los recursos económicos y bienes recaudados
mediante remate, patrocinio o donación antes, durante y después de la
realización de las Fiestas Típicas Nacionales.
f. Garantizar un adecuado financiamiento de las actividades y eventos que se
programen en la celebración de las Fiestas Típicas Nacionales.
g. Cumplir el presente reglamento, leyes que rigen la materia y cualquier otra
normativa o directriz interna emitida por el Concejo Municipal.
h. Atender de manera pronta y cumplida los requerimientos de información que
reciban del Concejo Municipal, en el ejercicio de sus funciones.
i. Asegurar el debido resguardo de toda la documentación y activos que la
Administración Municipal les facilite.
j. Los miembros de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales, deberán asistir,
a todas las sesiones de la misma Comisión, salvo que fuerza mayor o caso
fortuito se lo imposibiliten. Deberán justificar su ausencia ante el presidente o
secretario de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales en un plazo de tres días
hábiles.
l. Cualquier miembro de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales que falte a
tres sesiones consecutivas o cinco sesiones alternas, sin que justifique sus
ausencias, se causal para excluirlo de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales.
ll. La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales dará publicidad a la Municipalidad
de Santa Cruz.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 30
m. Los miembros de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales deberá acatar las
directrices que por acuerdo municipal en firme o con dispensa de trámite adopte
el Concejo Municipal.
n. Nombrar a los miembros de las subcomisiones, procurando que participen en
ellas personas de buenos principios y valores, con gran solvencia ética.
Artículo 7º-El Presidente (a) de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales
tendrá las siguientes funciones:
a. Presidir las sesiones o reuniones, abrirlas, suspenderlas y cerrarlas.
b. Preparar el orden del día.
c. Recibir las votaciones y anunciar la aprobación o el rechazo de un asunto.
d. Conceder la palabra y retirársela a quien haga uso de ella sin permiso, o se
exceda en sus expresiones.
e. Vigilar el orden de las sesiones y hacer retirar de ellas a quienes presencien el
acto y se comporten indebidamente.
f. Firmas, junto con el secretario, las actas de las sesiones o reuniones
g. Velar porque la comisión cumpla con los fines y funciones para las que fue
nombrada.
h. Dictar las directrices e impartir las instrucciones que estime pertinentes en los
aspectos de forma de las labores de la comisión y subcomisiones.
i. Convocar a sesiones extraordinarias de la comisión.
j. Ejecutar u ordenar que se cumplan los acuerdos de la comisión.
k. Firmar conjuntamente con el Tesorero de la Comisión de Fiestas Típicas
Nacionales las órdenes de pago y cheques emitidos para cancelar los gastos
previamente autorizados por los miembros de la comisión.
l. Firmar, como representante de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales, todo
tipo de contratos, pactos y convenios celebrados entre la Comisión de Fiestas
Típicas y los contratistas o adjudicatarios.
ll. Otras funciones que se le asignen en cumplimiento de su labor, por parte del
Concejo Municipal.
Artículo 8º-El Vicepresidente(a) sustituirá al presidente(a), con todas las
facultades que le otorga éste reglamento, en sus ausencias temporales.
Artículo 9º- El Tesorero(a) se encargará exclusivamente del manejo de los
fondos y tendrá las funciones siguientes:
a) Recaudar, previa emisión del respectivo comprobante de ingreso, todos los
recursos que ingresen a la comisión, incluyendo las posibles donaciones que
perciba la comisión.
b) Depositar en la cuenta corriente bancaria respectiva, a más tardar el día hábil
siguiente a su recepción, todos los recursos percibidos en relación con las Fiestas
Típicas Nacionales.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 31
c) Firmar conjuntamente con el Presidente de la Comisión de Fiesta Típicas
Nacionales, todas las órdenes de pago y cheques emitidas para cancelar gastos,
previamente autorizados por la comisión, cuyos documentos deberán ser
entregados al Auditor Interno de la Municipalidad de Santa Cruz
d) Comunicar en cada sesión, el detalle de todos los fondos ingresados.
e) Llevar los libros auxiliares de ingresos y egresos que se indican en este
reglamento.
f) Rendir la garantía que establece el artículo 6 de la Ley No. 4286, reformada
por la Ley No. 8494, de conformidad con el monto y tipo de garantía que a lo
interno defina el concejo municipal para los funcionarios obligados a caucionar
según el artículo 13 de la Ley No. 8131 "Ley de Administración Financiera de
la República y Presupuestos Públicos".
g) Todas aquellas que este reglamento o la ley le asignen.
Artículo 10. -El Secretario, tendrá las siguientes funciones:
a) Llevar un libro de actas debidamente foliado en el que consten todas las
sesiones de la comisión de festejos con sus incidencias, los ingresos y egresos
que autorice la comisión y demás extremos convenientes.
b) Comunicar las resoluciones de la Comisión de Fiestas Típicas nacionales a
quien corresponda.
c) Someter a la aprobación de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales, al
inicio de cada sesión, el texto del acta de la sesión inmediata anterior.
d) Firmar conjuntamente con el Presidente de la Comisión de Fiestas Típicas
Nacionales las actas respectivas.
e) Todas aquellas que este reglamento o la ley le asignen
Artículo 11.-El Vocal, sustituirá al presidente, secretario o tesorero en sus
ausencias temporales o permanentes.
CAPÍTULO III
De las sesiones y acuerdos
Artículo 12.-La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales acordara la hora y el
día de sus sesiones, deberán efectuar como mínimo una sesión ordinaria semanal.
La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales podrá celebrar sesiones
extraordinarias que se requieran y a ellas deberán ser convocados todos sus
miembros.
Las sesiones extraordinarias deberán convocarse por lo menos con veinticuatro
horas de anticipación, dicha convocatoria la realizara el Presidente de la
Comisión de Fiestas Típicas Nacionales. Para la convocatoria a sesiones
extraordinarias, se utilizarán los medios que, en sesión ordinaria acuerde la
Comisión de Fiestas Típicas Nacionales. Por cada sesión a la que asistan los
miembros de la Comisión Fiestas Típicas Nacionales se les pagara por concepto
de dieta, el monto que percibe un Regidor Suplente por asistir al Concejo
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 32
Municipal, se pagaran desde que inicien a sesionar y hasta el mes de enero del
año siguiente a su nombramiento, únicamente se cancelaran las sesiones
ordinarias y dos extraordinarias por mes.
Artículo 13.-El quórum valido para la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales
pueda sesionar, será el de mayoría simple de sus integrantes, sea con tres de sus
miembros.
Artículo 14.- La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales tomara sus acuerdos
por mayoría simple, mayoría calificada o mayoría absoluta de los miembros
presentes, dichos acuerdos deberán estar consignarse en el libro de actas
debidamente autorizados por la Auditoría Interna.
Artículo 15.- Las actas de sesiones de la Comisión de Fiestas Típicas
Nacionales, se aprobará en la siguiente sesión ordinaria o extraordinaria
convocada al efecto, cuando la votación se por mayoría simple, salvo que el
acuerdo cuente con mayoría calificada, sea de cuatro miembros o mayoría
absoluta, en este caso los acuerdos de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales
quedaran firmes.
Artículo 16.-El acta de cada sesión de la Comisión de Fiestas de Típicas
Nacionales deberá contener:
a) Fecha y hora en que se inicia y finaliza la sesión
b) Comprobación del quórum de ley
c) Agenda
d) Aprobación del acta anterior
e) Acuerdos tomados
f) Firma de los miembros de la comisión de fiestas que hubiesen hecho constar
su voto negativo
g) Firma del presidente y secretario
Artículo 17.-Adicionalmente el acta contendrá, cuando corresponda:
a) Detalle de todas las previsiones que se tomen sobre las actividades religiosas,
culturales y festivas a celebrar, tales como: lugar en que se realizarán, puestos a
rematar, base económica para el remate de cada uno de los puestos o sitios que
conforman el campo ferial, hora, fecha y lugar en que se efectuará el remate o la
venta de esos puestos, eventos especiales que se efectuarán, como por ejemplo
entrada de Santo Cristo de Esquipulas, Tope Típico Nacional, Monta de Toros
al Estilo Rústico Santacruceño, Reinado y otras actividades sociales, Culturales
y Deportivas.
b) Detalle de la forma en que se desarrolló el remate de puestos, consignando en
cada caso el nombre de la persona a quien se adjudicó, monto de la adjudicación,
concepto de la venta y algún otro dato que se considere de importancia.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 33
c) Detalle de los recursos económicos recibidos por la Comisión de Fiestas
Típicas Nacionales, según reporte del Tesorero.
d) En el caso de las donaciones o patrocinios en especie que reciba la Comisión
de Fiestas Típicas Nacionales, el detalle se debe presentar en forma separada.
e) Detalle de todos los gastos, previamente autorizados por la Comisión de
Fiestas Típicas Nacionales. Cuando algún gasto no sea aprobado por alguno de
los miembros de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales, se dejara constancia
en el acta dicha situación y las razones expuestas por el miembro de la comisión
para no aprobar ese gasto.
f) Detalle de los contratos suscritos por la Comisión de Fiestas Típicas
Nacionales y los contratistas.
g) Detalle de todos los activos que quedaron al finalizar las Fiesta Típicas
Nacionales.
h) Detalle de la forma en que se desarrolló la liquidación de los activos sobrantes
y su destino final.
i) Correspondencia enviada y recibida.
j) Detalle de la liquidación de ingresos y egresos de la Comisión de Fiestas
Típicas Nacionales, una vez finalizados las Fiestas Típicas Nacionales. Deberá
quedar constando además en el libro de actas, si la liquidación final de ingresos
y egresos fue debidamente aprobada por todos los miembros de la comisión, caso
contrario se deberá dejar constancia de los votos negativos.
k) Detalle de los motivos que justifican el voto contrario de alguno o algunos de
los miembros presentes al acuerdo adoptado por la mayoría, cuando
expresamente así lo manifieste.
Artículo 18.-El libro de actas a cargo del secretario, deberá estar legalizado por
la Auditoría Interna Municipal.
CAPITULO IV
Presupuesto.
Artículo 19.-La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales entregará su
presupuesto al Concejo Municipal para su aprobación, a más tardar en el mes de
agosto del año en que fueron nombrados los miembros que integran la Comisión
de Fiestas Típicas Nacionales. El presupuesto deberá incluir todos los ingresos
y egresos probables y, en ningún caso, los egresos superarán los ingresos. El
Concejo Municipal deberá aprobar o improbar el presupuesto, a más tardar en
los siguientes quince días después de haberlo recibido.
Artículo 20.-El presupuesto de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales
deberá satisfacer el Plan Operativo para la realización de la Fiestas Típicas
Nacionales, de la manera más objetiva, eficiente, razonable y consecuente, y en
estricto apego a las costumbres y tradiciones del cantón.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 34
Artículo 21.-La Municipalidad estará en la obligación de facilitar la asesoría
técnica y el acompañamiento en la gestión para la formulación presupuestaria.
Artículo 22.-El presupuesto de egresos abarcará la siguiente estructura
programática:
a. Programa Operativo: Comprenderá todos aquellos egresos generados por
actividades operacionales, necesarios para el desarrollo de las actividades de las
Fiestas Típicas Nacionales, entendidas éstas como:
Art. a.1: Administrativas
Art. a.2: Financiero Contables
Art. a.3: Comerciales
Art. a.4: Jurídicos
Art. a.5: Tecnológicas
Art. a.6: Seguridad
b. Programa Sub-Comisiones: Comprenderá todos aquellos egresos generados
por cada sub-comisión para el cumplimiento de su función específica.
Artículo 23.-Los egresos deberán ser agrupados conforme al clasificador por
objeto de gastos, vigente para el sector público.
Artículo 24.- El Presupuesto de ingresos, comprenderá todas aquellas sumas en
efectivo, que se esperan recibir por concepto de: remates de puestos, ventas
directas de puestos, patrocinios en efectivos, donaciones en especie y cualquier
otro ingreso naturaleza de las fiestas deban ingresar a la cuenta bancaria abierta
para tal efecto.
Artículo 25.-La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales podrá presentar ante el
Concejo Municipal para su aprobación, presupuestos extraordinarios cuando los
ingresos reales superen a los presupuestados. Siempre y cuando los recursos sean
dirigidos para mejorar las actividades religiosas o culturales de las Fiestas
Típicas Nacionales.
Artículo 26.-Modificaciones Internas o Externas: La Comisión de Fiestas
Típicas Nacionales podrá de manera discrecional realizar modificaciones
internas. El número de modificaciones presupuestarias no podrán exceder de
diez. La totalidad de las modificaciones no podrán exceder de un quince por
ciento del presupuesto inicial. Cada modificación deberá estar debidamente
justificada.
CAPITULO V
Tesorería y Contaduría
Artículo 27.-Todos los ingresos de la Comisión de Fiestas entrarán directamente
a la cuenta bancaria que abrirá la Municipalidad Santa Cruz en un Banco
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 35
Público. Esta cuenta deberá proponerla el Alcalde Municipal para su aprobación
ante el Concejo Municipal, a los quince días siguientes después de juramentada
la Comisión de Fiestas.
Artículo 28.-Los pagos serán autorizados por la Comisión de Fiestas Típicas
Nacionales y deberán constar en actas.
Artículo 29.-El giro de pago se efectuará por medio de transferencia electrónica
o cheque confeccionado por la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales. En el
caso del cheque, deberán firmar el presidente y tesorero de la Comisión de
Fiestas Típicas Nacionales, dejaran constancia de la entregará y recibido
conforme por parte del contratista o adjudicatario.
Artículo 30.-Toda autorización o solicitud de giro de pago por parte de la
Comisión de Fiestas Típicas Nacionales, tendrá como documentación de
respaldo:
a. Formulario de orden de pago firmada por el presidente y tesorero
b. Factura. Deberá contar al menos con el nombre completo, cédula y firma del
proveedor del bien o servicio debidamente autorizado por tributación directa.
Artículo 31.-La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales se encargará de
preparar y mantener el archivo físico de documentos de respaldo contable y el
respectivo registro en el sistema informático de Contabilidad o mediante
documento físico, garantizando la veracidad de la información contable; tanto el
archivo físico como los registros contables debidamente ordenados, clasificados
y acompañados por los respectivos informes, serán trasladados a la Comisión de
Fiestas Típicas Nacionales una vez terminado el proceso de registro
transaccional a fin de que ésta proceda a la presentación de la respectiva
liquidación ante el Concejo Municipal.
Artículo 32.-Los cheques serán entregados en las oficinas que la Comisión de
Fiestas Típicas nacionales habilite para tal efecto, por el tesorero de la Comisión
de Fiestas Típicas Nacionales, deberá constancia en el libro que al efecto lleve
tesorero para el entrega y recibido conforme del contratista o adjudicatario.
Artículo 33.-Todos los gastos en que incurra la Comisión de Fiestas Típicas
Nacionales deberán corresponder, guardar relación y ser indispensables para el
desarrollo de las actividades para la que fue nombrada.
Cada gasto deberá estar respaldado mediante justificado con prueba idónea,
original, con membrete, debidamente cancelado, que cumpla con las
disposiciones tributarias, y extendido a nombre de la Comisión Fiestas Típicas
Nacionales. En cada comprobante de cheque se indicará la factura electrónica
conforme a los bienes y servicios que al efecto recibió de parte del contratista o
adjudicatario.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 36
CAPITULO VI
Procesos de Compra y Contratación
Artículo 34- De conformidad con el artículo 109, párrafo tercero del Código
Municipal, se autoriza el funcionamiento de una Caja Chica que se regulará por
medio de este Reglamento de Caja Chica, que estará bajo el cuidado del Tesorero
(a) Comisión de Fiestas Típicas Nacionales, y por medio de ésta se podrán
adquirir Bienes y Servicios, así como viáticos y gastos de viaje. De conformidad
se fija un monto máximo de ¢.2.000.000,00 (dos millones de colones) para Caja
Chica. Asimismo, el Concejo Municipal será el responsable de aumentar o
disminuir el monto de Caja Chica.
Artículo 35—Sobre los gastos de viáticos ver Ley Nº 3462 del 26 de noviembre
de 1964 y el respectivo Reglamento que dicta la Contraloría General de la
República, que se denomina “Reglamento de gastos de viajes y de transporte
para funcionarios o empleados del Estado”, conocido como “Reglamento de
Viáticos”, mismo que esté vigente en ese momento.
Artículo 36—La Caja Chica estará a cargo del Tesorero (a) de la Comisión
Fiestas Típicas Nacionales, quien es responsable de su correcto funcionamiento.
Artículo 37—El fondo se mantendrá en dinero en efectivo y servirá para atender
exclusivamente la adquisición de bienes y servicios en situaciones de verdadera
urgencia y aquellos que por su naturaleza y monto se exceptúan de los trámites
de la orden de compra y de la cancelación directa por medio de cheque, pero en
ningún caso las compras podrán ser superiores al límite establecido.
Artículo 38—En ningún caso podrán tramitarse compra de bienes y servicios
por medio de estos fondos, para los casos que contemplan seguidamente:
a) Compra de materiales y suministros existentes en la bodega.
b) Compra de bienes y servicios por un mismo concepto, que se fraccionan para
evitar los límites asignados.
c) Compra de bienes y servicios que no reúnen los requisitos mínimos exigidos
para las justificaciones, según se estipula en el artículo 7 del presente
reglamento.
d) Pago de sueldos, jornales y servicios especiales sujetos a regulaciones de
Código de Trabajo, y de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS)
Artículo 39—Ningún pago por Caja Chica podrá exceder de la suma de
¢.100.000,00 (cien mil colones). La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales
podrá realizar adquisiciones de Bienes y Servicios, pero deberá solicitar como
mínimo dos cotizaciones en aquellos montos que superen los 100.000,00 (cien
mil colones) y llevar expedientes debidamente foliados por cada compra que se
realice.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 37
Artículo 40—Los egresos que se realicen por caja chica serán tramitados por el
Tesorero (a) de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales y se tramitarán a
través de la fórmula denominada “Compras por Caja Chica” conocida como
“Adelanto de Caja Chica”, los mismos debidamente autorizados por el
Presidente de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales y contendrá la siguiente
información:
a) Número consecutivo del documento denominado “Compra por Caja Chica”.
b) Sección solicitante.
c) Artículo o servicio solicitado.
d) Miembro de la Comisión o Sub-comisión de Fiestas Típicas Nacionales que
solicita que solicita (nombre y firma).
e) Nombre completo, con los dos apellidos de la personas que recibe el adelante,
quien será a su vez el responsable de la compra y deberá liquidar en forma
personal el adelanto.
f) Fecha de entrega del adelanto.
Artículo 41—El Tesorero (a) de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales
encargado de Caja Chica no tramitará el adelanto sí existe incumplimiento en el
detalle indicado anteriormente. En todos los casos, el encargado de la caja chica
desde cerciorarse antes de entregar el adelanto, que cumple con el artículo 7º de
este Reglamento.
Artículo 42—Los adelantos de Caja Chica deben liquidarse dos días hábiles
siguientes a la fecha de entrega o retiro del adelanto de dinero para adquirir
bienes y servicios
Artículo 43. —Sin excepción, aquellas personas que tengan adelantos
pendientes de liquidar no podrán solicitar un nuevo adelanto.
Artículo 44—El Presidente de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales firma
y sella el original y la copia del comprobante luego de confirmar sí el gasto se
ajusta a lo estipulado en el artículo 5 de este Reglamento, y lo remite a la
Tesorero (a) de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales.
Artículo 45. —El Tesorero (a) consigna en el comprobante el código
presupuestario, lo firma y sella en todos los tantos y recoge la firma de la persona
que retira el dinero para realizar la compra.
Artículo 46. —Cumplidas las formalidades señaladas en el artículo 7º, el
Tesorero (a) entrega el dinero a quien corresponda, se reserva el original del
comprobante. Una vez hecha la compra, el Tesorero solicita a la persona que
recibió el adelanto de caja chica, que los justificantes sean originales timbradas,
cuando esto proceda.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 38
Artículo 47. —No se aceptarán facturas o comprobantes que se presentan al
encargado de caja chica, sí no reúnen como mínimo los siguientes requisitos:
a) Factura original y timbrada, ya sea en tinta, bolígrafo, mecanografiado o
computarizado.
b) Emitido a nombre de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales.
c) Fecha de compra.
d) Sello de cancelado por la firma proveedora.
e) Valor en números.
f) No tener borrones ni tachaduras.
g) Detalle de la compra realizada.
h) Nombre y firma de recibido conforme en el comprobante
Artículo 48. —Los fondos de los adelantos de caja chica no podrán ser utilizados
en gastos diferentes a los que fueron previamente autorizados. Además, no se
podrán cambiar cheques de ninguna índole con este fondo.
Artículo 49 —En el evento de que se produzca un sobrante, deberá ser
depositado en la cuenta corriente de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales,
y entregar el recibo bancario al tesorero (a) de la Comisión de Fiestas Típicas
Nacionales.
Artículo 50. —El fraccionamiento del pago de una compra para tramitarlo por
caja chica, así como otra fracción al presente reglamento no será tramitado.
Artículo 51.-A los miembros de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales, les
será aplicables en lo que corresponda, las prohibiciones y sanciones consagradas
en el artículo 22 y 22 bis en el capítulo X de la Ley N° 7494 (Ley de la
Contratación Administrativa), y artículo 104 de su Reglamento.
Artículo 52.-La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales, con base en su plan de
trabajo y para acatar lo establecido en la Ley de Contratación Administrativa y
su Reglamento, deberá elaborar un programa de adquisiciones de bienes,
servicios u obras para contratar, que deberá ser publicado en el diario oficial La
Gaceta.
Artículo 53.-El programa de adquisiciones deberá ser publicado a más tardar a
más tardar en el mes de setiembre del año en que fueron electos los miembros
de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales.
Artículo 54.-El procedimiento de contratación se determinará de conformidad
con el artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa y con base en el
presupuesto autorizado para respaldar la contratación de bienes y servicios por
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 39
parte de la Contraloría General de la República a la Municipalidad de Santa
Cruz.
Artículo 55.-La Adjudicación de puestos, los contratos suscritos por la
Comisión Fiestas Típicas Nacionales con terceros y las posibles ventas de
activos sobrantes deberán ser cancelados en el acto y estrictamente en efectivo,
salvo que se cancelen con cheque certificado.
Artículo 56.-La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales solicitará siempre, en
las contrataciones que se realicen bajo éste capítulo, una garantía de
cumplimiento de un 8% del monto adjudicado, el cual será retenido por parte de
la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales del pago inicial del bien o servicio.
Dicha garantía se reintegra una vez recibido el servicio a entera satisfacción de
la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales.
Artículo 57.-Los procedimientos de contratación de bienes y servicios estarán a
cargo exclusivos de la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales, gozarán de
autonomía administrativa y financiera para adjudicar los procesos de
contratación administrativa.
CAPITULO VII
Liquidación Final
Artículo 58.-La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales realizara las
liquidaciones finales de ingresos y egresos y presentarlas a más tardar en la
última quincena del mes de marzo del mismo año después de la finalizadas de
las Fiestas Típicas Nacionales a la Auditoría Interna Municipal para su revisión
-acompañadas de los correspondientes registros, comprobantes y justificantes-
quien contará con un plazo hasta la primer quincena de abril para trasladar la
liquidación al Concejo Municipal para su aprobación o improbación en la primer
quincena del mes de mayo, el cual se pronunciará a más tardar quince días
naturales después.
Dentro del plazo de elaboración de la liquidación, la Comisión de Fiestas Típicas
Nacionales, deberá cancelar todos los pasivos en que se haya incurrido, y
deberán hacer entrega de los activos que quedaren al finalizar las Fiestas Típicas
Nacionales
Artículo 59.- Los egresos rechazados por el Concejo Municipal, serán asumidos
proporcionalmente por los miembros de la Comisión Fiestas Típicas Nacionales
y reintegrados dentro del plazo de un mes a partir de la fecha de la resolución
final emitida por el Concejo Municipal que así lo ordene, serán excluidos de ser
reelectos en futuras Comisiones los miembros cuyo voto fue positivo a los
egresos rechazados por el Concejo Municipal.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 40
Se exceptúan de esta sanción los miembros cuyo voto negativo para el gasto
impugnado conste en el acta respectiva de la Comisión de Fiestas.
La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales deberá contar con Póliza de
Fidelidad, con la cobertura suficiente que garantiza protección contra la pérdida
monetaria por el manejo indebido de fondos.
La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales nombrará subcomisión cuya
finalidad sea el adecuado manejo de los residuos sólidos y líquidos que se
generen de la realización de las Fiestas Típicas Nacionales, en cada una de las
actividades.
Artículo 60.-La liquidación final debe anexar los siguientes documentos:
a. Libro de Actas de la Comisión.
b. Libros Auxiliar de Ingresos y de Egresos con sus respaldos automatizados, si
existieren en esa forma.
c. Documentos mediante los cuales el Tesorero (a) rinde garantía por su gestión.
d. Talonarios de comprobantes de ingresos usados y sobrantes.
e. Justificantes originales que respalden los gastos, incluyendo las órdenes de
pago.
f. Talonarios de cheques usados y sobrantes.
g. Cheques cambiados y devueltos por el banco.
h. Estados bancarios de la cuenta corriente.
i. Libreta de depósito de la cuenta corriente.
j. Cupones de entrada usados y sobrantes.
k. Copia de todos los contratos que la suscriba la Comisión de Fiestas Típicas
Nacionales.
l. Copias de las actas en que se nombra la Comisión de Fiestas Típicas
Nacionales y sus modificaciones.
m. Fotocopia del plano de los puestos rematados.
n. Factura de cancelación de tiquetes y recibos emitidos para uso de la Comisión
de Fiestas Típicas Nacionales, indicando el número de unidades confeccionadas
en cada caso, para efectos de control.
o. Notas de débito y crédito de la cuenta corriente de la Comisión de Fiestas
Típicas Nacionales emitidas por el banco respectivo.
p. Listado de los activos sobrantes.
CAPITULO VIII
Disposiciones Finales
Artículo 61.-La presente normativa es de acatamiento obligatorio para la
Comisión de Fiestas Típicas Nacionales y prevalecerá sobre cualquier
disposición que en contrario haya emitido o emita la Administración. Su
incumplimiento injustificado dará lugar, según corresponda, a las
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 41
responsabilidades previstas en el capítulo V de la Ley General de Control Interno
No. 8292, publicada en La Gaceta del 4 de setiembre de 2002 y la Ley General
de la Administración Pública.
Artículo 62 -El presente reglamento rige a partir de su publicación en el en el
diario oficial la gaceta.
Comentarios:
-Señor Miguel Hernández Juárez, no se ve en el Reglamento las sanciones
necesarias en caso de que la Comisión quede debiendo a proveedores, es mas
no tenemos el Reglamento para analizarlo detenidamente y hacerle las
correcciones.
-Señora Ana Yansi Contreras Bustos, las sanciones están en los artículos 58, 59
y 60, ahí están establecidas.
-Señor Presidente Municipal, creo que las sanciones están establecidas, no
podemos tomarnos atribuciones que no tenemos, no podemos imponer
sanciones que no nos corresponden por ley, no podemos poner cárcel por
deudas, o si se tiene alguna otra recomendación legal presente la justificación
para poder incluirla.
-Señor Miguel Hernández Juárez, lo que vemos en este tema es una gran
confusión legal, los departamento de Auditoria, Asesoría Legal y del mismo
Concejo en el momento de que se aplican las sanciones.
-Señor Rolando Pizarro Pizarro, es necesario que se la Comisión de Fiestas,
tenga una póliza de fidelidad, para que esta responda en casos donde se den
perdidas y situaciones contrarias a los objetivos de la Comisión, y que a manera
de sanción si quedan debiendo no se les vuelva a reelegir a futuro.
-Señor Jorge Leal Obando, creo que se debe incluir una subcomisión de aseo,
que se encargue de realizar y coordinar en todas los eventos de las Fiestas, la
recolección y disposición de los residuos sólidos.
-Señor Presidente Municipal, creo que tenemos las inclusiones necesarias por
lo que someto a votación el Reglamento.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 42
-Señora María Eugenia Alfaro Duran, indica no conocer el Reglamento, voto
negativo.
-Señor Macdonal Espinoza Ruiz, indica no conocer el Reglamento por lo que el
voto es negativo.
-Señor Presidente Municipal, retoma las modificaciones:
Artículo 2º- Con fundamento en el artículo primero de la Ley N° 4286 y su
reforma, el Concejo Municipal del cantón de Santa Cruz, será el encargado de
nombrar "La Comisión de las Fiestas Típicas Nacionales" dicho nombramiento
deberá hacerse a más tardar en el mes de mayo de cada año.
Artículo 5º- La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales, estará integrada por un
máximo de cinco miembros, el Concejo Municipal los nombrara de forma anual
a más tardar en el mes de mayo garantizando la alternabilidad de género.
Artículo 19.-La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales entregará su
presupuesto al Concejo Municipal para su aprobación, a más tardar en el mes de
agosto del año en que fueron nombrados los miembros que integran la Comisión
de Fiestas Típicas Nacionales.
Artículo 58.-La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales realizara las
liquidaciones finales de ingresos y egresos y presentarlas a más tardar en la
última quincena del mes de marzo del mismo año después de la finalizadas de
las Fiestas Típicas Nacionales a la Auditoría Interna Municipal para su revisión
-acompañadas de los correspondientes registros, comprobantes y justificantes-
quien contará con un plazo hasta la primer quincena de abril para trasladar la
liquidación al Concejo Municipal para su aprobación o improbación en la primer
quincena del mes de mayo, el cual se pronunciará a más tardar quince días
naturales después.
Dentro del plazo de elaboración de la liquidación, la Comisión de Fiestas Típicas
Nacionales, deberá cancelar todos los pasivos en que se haya incurrido, y
deberán hacer entrega de los activos que quedaren al finalizar las Fiestas Típicas
Nacionales.
Artículo 59.- Los egresos rechazados por el Concejo Municipal, serán asumidos
proporcionalmente por los miembros de la Comisión Fiestas Típicas Nacionales
y reintegrados dentro del plazo de un mes a partir de la fecha de la resolución
final emitida por el Concejo Municipal que así lo ordene, serán excluidos de ser
reelectos en futuras Comisiones los miembros cuyo voto fue positivo a los
egresos rechazados por el Concejo Municipal.
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Sesión Extraordinaria 16-2019
Del 16 de agosto 2019
Folio 43
Se exceptúan de esta sanción los miembros cuyo voto negativo para el gasto
impugnado conste en el acta respectiva de la Comisión de Fiestas.
La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales deberá contar con Póliza de
Fidelidad, con la cobertura suficiente que garantiza protección contra la pérdida
monetaria por el manejo indebido de fondos.
La Comisión de Fiestas Típicas Nacionales nombrará subcomisión cuya
finalidad sea el adecuado manejo de los residuos sólidos y líquidos que se
generen de la realización de las Fiestas Típicas Nacionales, en cada una de las
actividades.
-Señora Alcaldesa Municipal, si me gustaría dejar claro, que la Administración no conoce el
Reglamento no podemos emitir un criterio técnico al respecto, de cómo va a funcionar, cuáles
van a ser las responsabilidades, desconocemos y aun así se está aprobando quiero en este
momento dejar en claro esta situación, que de aprobarse estaríamos bajo la obediencia debida
acatando esta disposición.
-Señora María Eugenia Alfaro Duran, indica no conocer el Reglamento, voto negativo.
-Señor Macdonal Espinoza Ruiz, indica no conocer el Reglamento por lo que el voto es
negativo.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DE TRÁMITE DE
COMISIÓN (CINCO VOTOS POSITIVOS, UN VOTO NEGATIVO Y UN VOTO EN
ABSTENCIÓN): Se aprueba en todos sus extremos y con las modificaciones incluidas el
REGLAMENTO PARA ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN DE
LAS FIESTAS TÍPICAS NACIONALES DEL CANTÓN DE SANTA CRUZ.
Se autoriza a la Alcaldía Municipal las gestiones correspondientes para su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.
ACUERDO DECLARADO COMO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y ACUERDO
FIRME POR CINCO VOTOS POSITIVOS.
EL SEÑOR PRESIDENTE MUNICIPAL A SER LAS VEINTE HORAS DEL
OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE CIERRA LA SESIÓN
EXTRAORDINARIA.
Sr. Omar Cruz Jiménez, José Yorjani Rosales Contreras,
Presidente Municipal Secretario del Concejo Municipal.