Ordinaria 82 · 2023-11-23

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 82 del 2023-11-23 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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PAGINA N91
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N“82 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N*82 ORDINARIA. 23-11-2023
SESION ORDINARIA. N*82 DEL 23-11-2023, INICIADA A LAS 18:09 HORAS EN
LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS
Juan Luis Gómez Gómez
Jonnathan García Chévez
Reinaldo Benavides Vargas
Luis Ángel Méndez Araya
Dennia Yaslyn Morales Grajal (Quien Preside)
José Antonio Bustos Martínez
Randall Torres Barrientos
Ovidio Vives Castro
Alfredo Calderón Alfaro
SÍNDICOS PROPIETARIOS
Gabriela Madrigal González
Greivin Bonilla Sánchez
Sandra Umaña López
Carmen Sánchez Navarro
José A. Chavarría Villarreal
Javier Jiménez Villalobos
Alejandra Sancho Bravo
NOMBRADOS EN COMISIÓN:
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
REGIDORES SUPLENTES
[TS
Bernardo Veach Davis
Osael Campos Bolaños
Jairo Antonio Ojeda Aburto
Flor lveth Peraza Campos
Rosbil Danier Arguello Badilla
Rita Marcelly Umaña Valverde
Geovanny Eliécer Comparaz Gamboa
Yoseline Rocío Abarca Torres
Hilda Zamora Arias
SÍNDICOS SUPLENTE
Johanna Flores Rosales
Keylor Andrey Campos Mora
Jorge Humberto González Calderón
AUSENTES SIN JUSTIFICACIÓN
José Luis Diaz Valverde
Shirley Murillo Flores
Ana Rita Rodríguez Jiménez
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Pecocí
Pluye
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*2 ACTA N*%82 Ordinaria.
ORDEN DEL DIA
Acuerdos | Artículos Puntos a tratar
Atención al Público:
-Vecinos de Bella Vista
-Grettel Oconitrillo Zamora (Vecinos
Avenida Laureles) asunto: Puente en la
2218-al-2221 | comunidad de Buenos Aires. (Acuerdo
N*2207)
“Valeria Martínez Mora (Reina
Intercontinental. Pococí y Reina
Intercontinental Costa Rica)
2222-al-2226 T Asuntos de Trámite Urgente a
Juicio de la Presidencia
2227-al-2239 111 Correspondencia
2240-al-2249 IV Asuntos del Sr. Alcalde
2250 V Dictámenes de Comisiones
2251-al-2255 VI Asuntos Varios
Lectura, Discusión y Verificación
2256-2259 VII de Actas.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día y Comprobación de
Pecocí
Pluye
Quorum
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ARTICULO |
Atención al Público
ACUERDO N”* 2218
Se conoce comentario por parte de la Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal, dice;
A este orden del día quisiera que le agregáramos que, para el día de hoy, la
semana pasada habíamos quedado que se iba a atender a un vecino de
Bellavista, pero como eso no era un acuerdo entonces para ponerlo en el orden
del día.
En este momento es donde se pueden hacer las enmiendas, sin más que agregar,
si están de acuerdo en mantener este orden del día levanten la mano.
Por Mayoría con 8 votos a favor, 1 voto con permiso SE ACUERDA: Aprobar la
adición al Orden del Día, Atención a los vecinos de Calle Los Laureles en Buenos
Aires.
ACUERDO N” 2219
Se conoce comentario por parte de la Sra. Pata. Yaslyn Morales Grajal, dice;
Vamos a entrar a conocer a doña Gretel Oconitrillo Zamora, le vamos a dar diez
minutos, va a decir su nombre completo y la cédula.
Se presenta ante el Concejo la señora Verónica Guerrero Cascante, cédula de
identidad: 1-1330-0945, vecina de Calle Los Laureles, dice;
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI '
PAGINA Ne4 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-202
pe a
Buenas noches, señores del Concejo Municipal, mi nombre es Verónica Guerrero,
cedula 1-1330-0945, yo soy la que vengo a presentarles la situación.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Okey, entonces va a quedar en el acta, disculpe que la interrumpa, que doña
Grettel va a cederle la palabra a la dama que ahorita en la palabra y que conste
en el acta el nombre completo y la cédula de la ciudadana. Adelante, sí.
Sra. Verónica Guerrero Cascante, vecina de Calle Los Laureles
Bueno, yo vengo en representación de los vecinos de Calle Los Laureles, situado
en la comunidad de Buenos Aires.
Principalmente porque nosotros ahorita estamos viéndonos gravemente
afectados por el abandono que se encuentra la vía de acceso a nuestra
comunidad, a este problema le podemos agregar lo que es la reparación
proyectada del puente a acceso Buenos Aires, porque la municipalidad al tener
necesidad de una salida alterna para la reparación de dicho inmueble, improvisó
un puentecito que en este momento se encuentra completamente falseado,
lavado por las fuertes lluvias de la época, así como por losillas de la quebrada San
Miguel.
Este puente está haciendo conexión con Calle Tablón, la vía que desemboca
frente a Autopits, en la ruta 32, el puente no tiene barandas y su superficie ya no
soporta las crecidas de la vía de agua. Actualmente la circulación vehicular de la
totalidad de los vecinos de Buenos Aires está utilizando la vía por calle Laureles, la
cual está llena de baches y el material que utilizan para medio repararlos genera
enormes cantidades de polvo que afectan únicamente a los vecinos que habitan
a lo largo de esa calle.
El problema se ha vuelto insoportable porque aproximadamente hace dos meses,
la municipalidad aplicó una capa de lastre y en aquel momento la calle quedó
bonita, pero con la consecuencia inmediata de que ahora hay grandes
polvazales que inundan las viviendas, las cuales tienen que permanecer cerradas
incluyendo puertas y ventanas, las nubes de polvo cubren los vehículos y los vuelve
blancos de suciedad, a pesar de que aún no está transitando por dicha vía toda
la cantidad de vehículos que se tiene estimado para cuando hagan el cierre de
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PAGINA N*5 ACTA N*82 Ordinaria.
AR.
este puente, los pocos vehículos que sí lo utilizan lo hacen a altas velocidades
levantando nubes de polvo con gran riesgo de derrapes. Hace unos días, un niño
que se movilizaba en bicicleta estuvo a punto de ser atropellado, con grandes
consecuencias para la integridad física o para su vida.
Ahora bien, según nos han informado extraoficialmente esta semana se iniciará la
construcción del puente sobre el río Santa Clara, con tal motivo la municipalidad
construyó de forma totalmente precaria e improvisada, un remedio de paso sobre
la quebrada con el fin de iniciar los trabajos en el puente del río Santa Clara, pero
determinando esa obra, nos van a dejar la situación que estamos describiendo en
la calle de nuestra comunidad Los Laureles.
Hace unos días le entregamos una nota al señor alcalde, exponiéndole todos
estos problemas más otros como el hecho que en la mencionada vía Laureles
antes de conectar con la calle El Tablón, en un corto trecho colocaron tres señales
de ceda el paso sí, lo que se pide es eso, que se coloquen las señales, porque no
hay ningún tipo de señalización en ese en esa calle, porque, aunque la calle es
ancha, hay puntos en los que puede pasar un automotor a la vez.
Algunos vecinos han hecho cálculos de la circulación y se estima que alrededor
de 900 vehículos transitan por esa vía diariamente. Si alguno le sucediera que el
improvisado puente que nos dejaron, nuestta comunidad quedaría
incomunicada. Otro problema es que, no hemos hallado interés en las
autoridades municipales con la que ya hemos mantenido otras reuniones, existe
un comité de vecinos que ve esa problemática, pero todos sus miembros viven
más hacia arriba, ningún miembro de dicho comité vive en la calle Laureles, de
manera que no hemos hallado interés alguno en buscar una solución apropiada
y definitiva para nuestro problema.
Nosotros estamos dispuestos a aceptar que se recargue de cierta medida calle
Laureles, pero a cambio pedimos que nos reparen la vía. Los vecinos afectados
por estos problemas, que vivimos deseando que llueva todos los días para que no
produzcan esas nubes de polvo que vuelven nuestra comunidad Un verdadero
suplicio.
Hay un problema adicional, que no por haberlo dejado de último es menos
importante, resulta que en los días en que llueve la corriente que baja por la
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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quebrada San Miguel se sale de Cauce y pasa por encima del mal llamado
puente.
La construcción se encuentra completamente falseada y a pesar de esto la
quieren dejar para que pasen las vagonetas y trailetas con materiales del
COLONO, 3 R's u otros, con los cuales si uno tiene la mala suerte de coincidir al
momento en que hacen giro en alguna vuelta de esa vía, por el tamaño de estos
vehículos hay que esperar veinte minutos o más, mientras completa la acción.
Nota de Secretaría: Se inserta en actas documento firmado por vecinos de la
comunidad de Buenos Aires.
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PAGINA N97 ACTA N*%82 Ordinaria.
2PM-ZOz 3
PFRETE
Señores “
Concejo
Municipalidad de Pococí
S.D.
Estimables señores:
Nosotros, los que abajo firmamos, todos vecinos de la comunidad de Calle Laureles de
Buenos Aires, estamos viéndonos gravemente afectados por el abandono en que se
encuentra la vía de acceso a nuestra comunidad. Específicamente de la quebrada San
Miguel, unos 200 metros al oeste, se presenta un terrible cuello de botella. En la
actualidad, toda la calle carece de cunetas y desagúes, de manera que cuando llueve se
forma un lodazal que impide el tránsito de vehículos y peatones, lo que pone en muy
grave riesgo la salud y la integridad física de los vecinos, especialmente cuando
necesitamos el ingreso del servicio de ambulancias, taxis y demás. Igualmente, cuando
está de sequía, el polvazal es insoportable.
Este problema se viene a agregar al que ya existe, con la reparación proyectada del
puente de acceso a Buenos Aires, porque la Municipalidad, al tener necesidad de una
salida alterna para la reparación de dicho inmueble, improvisaron un puentecito que, en
este momento se encuentra completamente falseado y lavado por las fuertes lluvias de
la época, así como por las crecidas de la quebrada San Miguel. Este puentecillo, que
hace una conexión con Calle Tablón, la vía que desemboca frente a Auto Pits, en la ruta
32, no tiene barandas y su superficie ya no soporta las crecidas de la vía de agua.
Actualmente, la circulación vehicular de la totalidad de los vecinos de Buenos Aires, está
utilizando la vía que pasa por Calle Laureles, la cual está llena de baches y el material
que utilizan para medio repararlos, genera enormes cantidades de polvo que afectan
únicamente a los vecinos que habitan a lo largo de esa calle. El problema se ha vuelto
insoportable porque hace aproximadamente dos meses, la municipalidad aplicó una capa
de lastre, con lo que, en aquel momento, la calle quedó bonita, pero, con la consecuencia
inmediata de que ahora hay grandes polvazales que inundan las viviendas, las cuales
tienen que permanecer cerradas, incluyendo puertas y ventanas, las nubes de polvo
cubren los vehículos y los vuelve blancos de suciedad. A pesar de que aun no se está
transitando por dicha vía, los pocos vehículos que sí la utilizan, lo hacen a altas
velocidades, levantando nubes de polvo, con gran riesgo de derrapes y hace unos días
un niño que se movilizaba en bicicleta, estuvo. a punto de ser atropellado, con graves
consecuencias para la integridad física o para su vida.
Ahora bien, según se nos ha informado extraoficialmente, esta semana se iniciará la
construcción del puente sobre el río Santa Clara. Con tal motivo, la municipalidad
construyó, de forma totalmente precaria e improvisada, un remedo de paso sobre la
quebrada, con el fin de iniciar los trabajos en el puente el río Santa Clara, pero,
terminando esa obra, nos van a dejar la situación que estamos describiendo, en la calle
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MUNICIPALIDAD DE POCOCIÍ
PAGINA N*8 ACTA N*82 Ordinaria.
de nuestra comunidad de Laureles. Hace unos días le entregamos una nota al señor
alcalde, exponiéndole todos estos problemas, más otros como el hecho que en la
mencionada vía Laureles, antes de conectar con la calle de El Tablón, en un corto trecho,
colocaron tres señales de “Ceda el paso”, porque, aunque la calle es ancha, hay puntos
en los que solo puede pasar un automotor a la vez. Algunos vecinos han hecho cálculos
de la circulación y se estima que, alrededor de 900 vehículos transitan por esa vía
diariamente. Si algo le sucediera al improvisado puente que nos dejaron, nuestra
comunidad quedará incomunicada.
Otro problema es que, no hemos hallado interés en las autoridades municipales, con las
que ya hemos mantenido otras reuniones. Existe un comité de vecinos que ve esa
problemática, pero, todos sus miembros viven más hacia arriba. Ningún miembro de dicho
comité vive en la calle Los Laureles, de manera que no hemos hallado interés alguno en
buscar una solución apropiada y definitiva para nuestro problema.
Nosotros estamos dispuestos a aceptar que se recargue en cierta medida Calle Laureles,
pero, a cambio pedimos que se nos repare la vía, para que no se llenen de polvo nuestras
casas y, alguna vez, podamos vivir decentemente, como tenemos derecho a vivir. Los
vecinos afectados por estos problemas, vivimos deseando que llueva todos los días, para
que no se produzcan esas nubes de polvo que vuelven nuestra comunidad un verdadero
suplicio.
Hay un problema adicional que, no por haberlo dejado de último, es menos importante:
Resulta que, en los días en que llueve, la corriente que baja por la quebrada San Miguel,
se sale de cauce y pasa por encima del mal llamado puente. La construcción se encuentra
completamente falseada y a pesar de esto, la quieren dejar para que pasen las vagonetas
y trailetas con materiales de los almacenes El Colono, Tres Erres u otros, con las cuales,
si uno tiene la mala suerte de coincidir al momento en que hacen giro en alguna vuelta
de esa vía, por el tamaño de estos vehículos, hay que esperar 20 minutos o más, mientras
completa la acción.
Hemos podido observar el buen trabajo que la Municipalidad ha realizado en el centro de
la ciudad de Guápiles: construcción de calles, aceras, puentes, ampliación de vías
interdistritales, etc., pero, consideramos que también los vecinos de comunidades más
alejadas, como la nuestra, también tenemos pleno derecho a recibir tales beneficios y no
solo los vecinos de lugares cercanos al centro de la ciudad cabecera. Para este reclamo,
nos respalda el principio de igualdad establecido en el numeral 33 constitucional.
FUNDAMENTOS DE DERECHO DE NUESTRO RECLAMO
Fundamentamos nuestro reclamo en los artículos 27, 33, 46 párrafo quinto y 50 de la
Constitución Política; artículos 1”, párrafo segundo del 3” e inciso c) del 4”, del Código
Municipal.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%9 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-2023-%_--
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a: POCocÍí ;
NUESTRAS PETICIONES:
Somos vecinos de Pococí y, como ciudadanos responsables, siempre aportamos al
desarrollo de este cantón mediante el cumplimiento de nuestro deber contributivo.
Pagamos los impuestos de Construcciones, de Bienes Inmuebles y todo el sistema
impositivo vigente. Con fundamento en el numeral 50 de nuestra Carta Magna, el Código
Municipal obliga a la Municipalidad a velar por que a los administrados se les garantice
el disfrute real y efectivo del derecho a la salud y a un ambiente sano. El alcalde de Pococí
tiene pleno conocimiento de los problemas aquí denunciados, porque hemos entregado
notas en su despacho. Sin embargo, su papel no se debe de limitar a recibir los reclamos,
sino que su obligación se encuentra en supervisar su atención y vigilar las actuaciones
de los cuerpos encargados de obras con respeto a la forma en que diseñan y ejecutan
las obras frente a las viviendas de los vecinos y de esta forma garantizar, defender y
preservar el derecho de todos a disfrutar de un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado.
Por lo tanto, de acuerdo con la exposición de los gravísimos problemas que ya se
mencionaron arriba, solicitamos:
1. Que se coloque en CALLE LAURELES un tipo de material que no genere polvo y que
se construyan las cunetas para desagúe de aguas pluviales.
2. Que ordenen la colocación de reductores de velocidad, señales de Ceda el Paso en
varios tramos a determinar.
3. Que refuercen la estructura del pequeño puente que construyó la Municipalidad.
4. Que, donde van a construir el puente nuevo, se disponga un paso peatonal pues muchos
trabajadores y señoras que hacen labores domésticas en el barrio caminan por esa calle todos
los días y exponen su vida.
Guápiles 23 de noviembre de 2023.
Se acompaña este escrito, con la firma de numerosos vecinos de Calle Laureles de
Buenos Aires, afectados.
+ NocreaCosca e agro: Com
72038208
Pluye
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N911 ACTA N%82 Ordinaria.
Sra. Verónica Guerrero Cascante, vecina de Calle Los Laureles
Sí, o sea la calle no está en condiciones para recibir tanto fluido de carros, mucho
menos los automotores tan grandes como lo que son vagonetas, los camiones
que transportan gas, se está viendo esa afectación ahorita, hay varios criques, lo
que llama uno criques es una alcantarilla lo que hay ahí nada más, donde pasa si
acaso un automóvil, nada más, no queda espacio ni siquiera para un peatón que
pase.
Ahora, cerrando ese puente y habilitando esta vía para todos esos carros, no hay
cómo, o sea eso va a ser un problema de nunca acabar, el puente no lo va a
soportar, es un puente que como pueden ver en los videos, en las fotos, no tiene
barandas, si va pasando una familia o lo que sea, porque hay mucha gente que
transita a pie, las cabezas de agua en esta localidad es algo de todo el tiempo,
una lluviecita y ya hay cabezas de agua. Puede ir pasando una familia, un
automóvil, lo que sea, no hay una baranda, no hay nada que pueda, eso si una
cabeza de agua pasa por ahí porque es inevitable que pase por encima del
puente, o sea eso es algo que no se va a poder evitar, entonces en el documento
que ya dejamos, viene más especificado todo.
Nosotros no nos negamos a que haya un paso por ahí, lo que queremos es
seguridad, es lo Único que queremos. Creo que como ciudadanos nos
merecemos ese derecho de tener esa seguridad, no porque resulta que es una
simple calle, un pueblitos o unos cuantos vecinos entonces diay no está bien, que
vean a ver cómo hacen para sobrevivir, o sea la verdad es que la seguridad es lo
principal, es lo Único que nosotros estamos pidiendo, que acondicionen una calle
como debe de ser para el tránsito que va a haber, porque no solo nosotros nos
vamos a ver afectados, también los otros vecinos que viven más arriba de esa
entrada, todo lo que es Buenos Aires se va a ver afectado, porque puede ser que
sea uno de ellos mismos los que vaya pasando y suceda un accidente de estos,
entonces creo que si se pueden prevenir este tipo de cosas tan lamentables, no
está de más hacerlo.
Sería todo por mi parte, muchas gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N912 ACTA N*82 Ordinaria. 28
==
Muchas gracias, vamos a dar la palabra en el siguiente orden. ¿Quién
uso de la palabra? ¿don Manuel?, adelante el regidor Randall Torres.
Reg. Randall Torres Barrientos
Saluda, tengo que decir que este Concejo Municipal si se ha preocupado por la
zona de Buenos Aires ¿qué es lo que pasa? esa zona es muy extensa, si usted ve y
compara hace dos años cómo era Buenos Aires y ahora como es Buenos Aires y
cómo va a ser Buenos Aires, podemos denotar que sí hemos hecho inversión.
Por ejemplo, en Calle Tablón, todo lo que es la entrada que es una que se está
utilizando se va a hacer un asfaltado hasta donde den los recursos que fueron,
presupuestados por un servidor y por el regidor Jonathan García también
entonces estamos avanzando. Nosotros siempre recibimos a las comunidades
porque una de las formas de darse cuenta de qué es lo que está pasando es
cuando las comunidades nos informan cuáles son las necesidades que tienen.
Al menos yo no conozco la zona y quiero conocerla, quiero ir a ver porque no
solamente es lo que uno ve en video, es lo que uno puede palpar en el momento
de estar ahí. Obviamente hacen falta una serie de insumos, por ejemplo, hace
falta hacer cortes de agua para que no haga el daño que está haciendo
actualmente.
Esta municipalidad ha hecho excelentes puentes, por ejemplo, usted va a Calle
Vieja, esos dos puentes los hizo personal propio de la municipalidad. Por ejemplo,
este puente que se está haciendo, el de Santa Clara que usted menciona, es con
un contratista, es una contratación que ya es vieja entonces estamos haciendo
todo el esfuerzo para ver como logramos avanzar.
¿Qué vamos a hacer? lo que la comunidad nos diga que se sienta mejor,
obviamente, lo que vi es un trecho para pasar que no es lo mejor que puede
haber, podría analizarse qué otra cosa ahí don Manuel que conoce mucho de
ese tema. Don Manuel ya con lo que ha tenido de experiencia en administración
pública, maneja muy bien ese tema para ver qué solución se maneja.
Lo que quiero que sepan es que tenemos toda la intención de ayudar en lo que
podamos, es un tema de presupuesto porque ya estamos a final de año. Ya los
presupuestos se acaban, pero nosotros tenemos toda la esperanza de que, al
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PAGINA N913 ACTA N%82 Ordinaria.
A O
finalizar el año, en el mes de enero tal vez en la primera semana de febrero ya se
hace lo que se llama una liquidación presupuestaria, en donde se presupuestan
los recursos del superávit del presupuesto. Sabemos que los contribuyentes han
sido muy generosos, han entendido y han visto toda la obra pública que se ha
hecho, entonces la idea es ver en ese momento hasta qué monto qué es lo que
podríamos hacer. Es muy importante que se haga un presupuesto para tener una
claridad porque podría ser que hagamos una primera parte y después otra
segunda parte, la tierra no se hizo en un solo día, se hizo en siete días todo el
proceso.
Lo importante es que nosotros avancemos en este tema, ya ustedes nos están
informando de qué es lo que está pasando y estamos dispuestos a ver cómo le
entramos a este tema y de mi parte tienen todo el apoyo en lo que les pueda
colaborar, muchas gracias.
Reg. Jonnathan García Chévez
Saluda, primero que todo quiero agradecerle a Dios por la presencia de tan
magníficas personas que hoy están acá de diferentes comunidades, gracias y
bienvenidos a nuestro hogar, la municipalidad, porque el hecho de visitarnos a
nuestra casa es porque tienen algo que decir, algo qué contarnos y a nivel
personal, bueno el regidor Torres mencionó, a veces a mí no me gusta pues decir
qué hago o no hago, las comunidades son las que saben lo que uno hace o no
hace y ellos son los que agradecen.
Alfinal uno hace las cosas por amor porque creo que quienes nos eligieron en este
hermoso cantón saben las personas que hay aquí en frente y saben los corazones
de cada uno, a mí me alegra haber contribuido en ese aporte y ahí estamos a la
orden.
Obviamente que, con la necesidad que ustedes tienen hoy, que han dedicado a
su tarde para plantearnos y saber la situación que ustedes están pues a nivel
personal y sé que mis compañeros, don Manuel, vicealcaldes y todos los que
trabajamos aquí, vamos a estar anuentes en buscar la solución, en buscar la
ayuda para ustedes, aunque se mencionó que eran unos pocos, eso no importa
lo importante es que hay seres humanos ahí, hay personas, hay niños, hay mujeres,
que necesitan el apoyo y que necesitan que le solucionen un problema que
tienen en ese momento, entonces ese es el mensaje que yo les doy.
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PAGINA N914 ACTA N*82 Ordinaria.
De parte mía totalmente el apoyo y ojalá que pronto podamos subsanar esa
situación que ustedes hoy nos han venido a plantear, muchísimas gracias y que
realmente Dios los bendiga y que ojalá pronto esa necesidad pueda ser
subsanada, bendiciones.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Seguidamente voy a hacer uso de la palabra a mi persona. Yo quisiera decirle a
la comunidad de Buenos Aires que la semana pasada, el viernes yo fui a hacer
ese recorrido, me acompañé del diputado Yonder, andábamos haciendo otra
una gira y fuimos a ver ese camino para ver si existía la posibilidad de alguna otra
alternativa.
En realidad, si existiera alguna otra alternativa es como hacer otro puente nuevo
del que se va a hacer y yo creo que este Concejo Municipal y esta administración
ha tenido muy en cuenta a la comunidad de Buenos Aires, que por muchos
periodos anteriores los mismos vecinos y la misma Asociación de Desarrollo ha
dicho que no los tenían tomados en cuenta. Ese puente quizás no tiene barandas,
como dicen ustedes, pero es un puente y una calle transitable y que es por un
periodo muy corto, dos meses, tres meses.
La gente que vive en Jiménez, la gente que vivía en Los Molinos se tuvo que
incomodar para poder ver las obras que hoy tenemos ahí, que todos pasamos
para acortar camino, para ir a Jiménez o para ir a Guácimo.
Yo puedo entender la molestia porque ustedes tendrán que recorrer 10 kilómetros
o más para ir a dar el retorno, puesto con la ruta 32. Ayer veía en el noticias una
vecina diciendo, que la entrevistaba sobre qué pensaba de las presas para poder
entrar a Cartago por la remodelación de las vías que están haciendo, ella decía
me incomoda, pero esto es desarrollo y cuando yo en un tiempo de cuatro meses
no tenga que ir en esas presas, se me va a quitar la bravura que tengo, entonces
yo apoyo categóricamente a la administración y al departamento de obra
pública, lamentablemente quizás ustedes que son los que están aquí, son los que
han venido a exponerlo y los respetamos, también los entendemos, pero la
Asociación de Desarrollo que trabaja mucho en esa comunidad, está de acuerdo
con los trabajos y esa es la organización que tiene una cédula jurídica
instrumental, que lo legitima legalmente para tomar decisiones y hacer proyectos.
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PAGINA N*15 ACTA N*82 Ordinaria.
O
Quizás no es lo que quieren escuchar y quizás no les gusta lo que digo, pero no
podemos hacer otro paso al lado de ese puente, que por cierto eso no es Un
secreto, ese puente en la administración anterior pagaron 90 millones de colones
antes de hacer el puente y que está judicializado en la Fiscalía del Ambiente y
que le costó más de tres años para poder recuperar los recursos que hoy se van a
hacer en ese puente.
Ese puente ha costado y sinceramente, puedo entenderlos, pero para que haya
desarrollo tenemos que incomodarnos y el incomodo va a ser poco. No podemos
echar para atrás, la municipalidad hizo compromisos donde va a mantener la
calle con la niveladora, donde va a estar pendiente el puente y la Asociación que
es el ente que rige esa comunidad legitimada por DINADECO, están de acuerdo
con las obras, entonces si ellos que son los encargados de esa comunidad, a
nosotros lo que nos corresponde es hacer el puente, eso es lo que yo tengo que
decir. Le voy a dar la palabra al señor alcalde.
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera
Saluda, nosotros cuando hacemos los proyectos no es para incomodar a la gente,
pues es para que la gente, los ciudadanos del cantón estén mejor.
En el caso de este puente, ahí lo ha expresado la compañera Yaslyn, este puente
ha costado muchísimo recuperar los recursos y nos hemos tenido que sentar con
la Fiscalía, nos hemos sentado con la gente de aguas fluviales del MOPT, con el
empresario que la administración anterior le pagó cierto monto de dinero que
fueron más de 80 millones, ha costado muchísimo por los abogados de ellos que
han venido y al final logramos llegar a un entendimiento con la Fiscalía y también
con la gente de aguas para poder intervenir el puente y la empresa.
Este es un puente que se va a hacer de dos carriles, con dos puentes de ascenso
peatonales. Una u otra, seguimos el proceso peleándolo que al final ese puente
podría ser que dure en la Fiscalía 10 años y no se haga el puente y no se puede
construir uno nuevo, se cae el puente y no va a haber paso para la comunidad
de Buenos Aires o bien, que es un poquito incómodo, pero esperar dos meses, dos
meses y medio para resolver el problema del puente.
En el caso de ustedes, yo no tengo por qué dudar de los ingenieros, o sea para
eso son técnicos ellos y ellos dicen que el puente está bien, el paso que se hizo y
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%16 ACTA N*82 Ordinaria.
que lo van a mejorar, o sea ahí están y por cierto están mejorando la
que va hacia donde ustedes. El compromiso de la gente de la Asociación que
estuvieron aquí, luego que ustedes estuvieron ese día es que van a mejorar el
sistema de ruedo y van a ver.
AA
Si bien es cierto, en tres meses se ha inundado una vez, o sea el agua pasa por el
puente, por encima, entonces no es cierto que van a estar todos los días y
tenemos que ser muy salados para que llueva dos meses y medio, que llueva todos
los días, es la Única oportunidad.
Tenemos dos caminos, uno no hacemos el puente y seguimos el proceso de juicio,
esperamos 5,6, 10 años y no hacemos el puente o jugamos con la ruta alterna que
es la Única que tenemos y que los va a incomodar a ustedes. Yo les pido
paciencia, yo le estaba escribiendo al ingeniero y me dice que lo fueron a ver,
dice que el puente está bien, que no está socavado, que el puente está bien y
resiste, el puente que están diciendo ustedes que está en mal estado. Si él me dice
que está bien, yo no tengo por qué dudar y hay un compromiso de ellos de
mejorar las superficies de ruedo de esa ruta alterna que es de ustedes, vamos a
mejorar la de Calle El Tablón hasta donde lleguemos y mejorar la superficie.
El compromiso es que si lloviera, inmediatamente al día siguiente hay que
mejorarla, o sea son dos meses, esperemos que sean dos meses y medio para
hacerlo, pero no sé al final y la gente de la Asociación aquel día que estuvimos
sentados y nos dijeron que sí, que estaba bien, estaban incomodos, pero se les
explicó y al final entendieron, pero ustedes la comunidad es la que decide, o sea
primero no hacemos el puente y nos vamos a juicio porque la empresa no va a
hacer nada porque nos está dando esta semana para empezar o lo empezamos,
o sea tenemos que empezar de una u otra manera. ¿por qué? porque tanto el
Concejo Municipal como mi persona seríamos responsables.
Uno se come la piña y a otros les va a doler la panza, desgraciadamente les
adelantaron una plata y ahora nosotros tenemos que responder y si yo no
respondo, al final el que va a ir a la Fiscalía soy yo y el Concejo Municipal porque
tuvimos conocimiento de un hecho punible y que lo estamos retomando, o sea
recuperando para bien de la comunidad.
La Única manera que yo veo, o sea yo voy a seguir con el puente, o sea yo al final
no voy a esperar a que me mande la Fiscalía, el compromiso es mejorar la parte
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PAGINA N917 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-2023 *__
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donde ustedes y en el momento que se dañe mejorarla, que yo sé que la vamgs
a mejorar ahorita porque ahí está la maquinaria, está en calle Tablón y la ided es
mejorar el camino para empezar a habilitar el otro puente, pero yoteS pido
paciencia, de lo contrario, o sea dos meses y medio para que tenga un puente
de primer nivel. Creo que vale la pena esperarse dos meses y medio, incomodarse
por dos meses y medio y que la gente pase por ahí, pues es la Única alternativa
que tenemos.
Los vecinos dicen que pasan 900 vehículos por ahí y habría que ver si es cierto que
pasan 900 vehículos, no tengo que dudar de usted por es usted la que vive ahí,
pero yo les digo que la intención no es incomodar a ninguna de la comunidaa, la
intención es mejorar, pero si nosotros no nos damos la mano a ustedes y ustedes a
nosotros, lamentablemente para mí es más fácil seguir el proceso en la Fiscalía y
que se quede ahí, que dure 10 años, pero ¿quién va a perder? la comunidad.
Si el otro puente se cae ¿por dónde va a pasar la comunidad? entonces esa es la
alternativa que nos queda, yo les pido paciencia, son dos meses y medio y
nosotros vamos a estar ahí, en el momento que se dañe un poquito se arregla la
calle y se sigue, pero es la alternativa. Ahí están los vecinos de Buenos Aires y los
de Bellavista igual, ahorita y tenemos que ver cómo declaramos un tramo de una
callle porque ellos no tienen puente, peor porque no puede llegar una ambulancia
para poder atenderlos, si hay un incendio no pueden llegar los bomberos porque
no pueden pasar y ahí están esperando, ojalá que les podamos resolver con el
Concejo hoy, pero ellos peor porque no tienen por donde salir, ellos sí es cierto
que no tienen por donde estar y ahí están, lo que quieren es una declaratoria en
la calle, pero así como ellos, tenemos un montón de problemas en el cantón.
Estaba viendo un puente que se fue allá en San Isidro, igual, la gente se quedó sin
paso al otro lado porque son vigas de madera y se quebraron. El cantón tiene más
de 1000 puentes, 500 son de vigas de madera, entonces tenemos que resolverles
y ver cómo les ayudamos, hay que inquietar a la gente. En el caso de ustedes, yo
les pido que tengan paciencia, vamos a mejorar el puente y más adelante podría
ser que también les podamos ayudar con la calle, pero hay que esperar un
poquito. Tengan paciencia, sé que es difícil para algunos, pero es la única
manera, si no, no hacemos nada y seguimos en la Fiscalía y que no se haga el
puente, pero son decisiones que tomaron el pasado.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
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Saluda, miren compañeros, el tema que aquí se “está discutiendo.es
importante. Yo quiero felicitar a todos los vecinos que están presentes hoy de Las
Brisas porque definitivamente son ustedes los que viven en la Brisas y son ustedes
los que tienen que preocuparse por los problemas que les atañan. Si quiero
decirles que la situación de las Brisas va más allá de lo que el señor alcalde les ha
explicado y creo que ha sido claro, va más allá nosotros, perdón de Buenos Aires,
pero sí quiero decirles señores, que esto es un asunto de legalidad.
Nosotros como regidores municipales bien es cierto, nos vamos ahora el 30 de abril
y si nos hubiésemos hecho, con el alcalde, de la vista gorda de ese dinero que la
administración pasada pagó, quiero decirles que estábamos expuestos a que en
cualquier momento, por tener conocimiento entraríamos como tapadores o no sé
cómo lo llame la ley, es un ejemplo nada más que menciono, podríamos ser
llamados porque los recursos municipales nosotros tenemos que custodiarlos y
darles el buen uso, así como la Sala Constitucional cuando declara recursos con
lugar, dice bueno al señor don Evaristo o al que esté en su lugar verdad, entonces
nosotros nos tocó heredar esta situación de la comunidad de ustedes y tenemos
que hacerlo de una forma responsable donde se garantice la custodia de los
dineros que nosotros administramos. Nosotros no tocamos dinero acá, nada más
se aprueban montos y se licita, se les paga a las empresas no sé si con cheque,
pero somos responsables de que todo ese procedimiento que se hace se haga
de la mejor forma.
También quiero decirles a los vecinos, además de felicitarlos de veras de una
forma sincera, yo soy líder comunal toda una vida, estos pelitos blancos que tengo
acá salieron de estar trabajando por las comunidades, gracias a Dios dejando
una huella muy grande en este cantón de Pococí. Quiero decirles que difiero un
poquito del comentario que hacía la señora presidenta a quien respeto y quiero
mucho, la máxima autoridad de una Asociación de Desarrollo son sus afiliados y
ustedes tienen tiene la forma legal de hacerse sentir ante la ADI de su comunidad,
para que los proyectos que ustedes consideren prioritarios se les atienda.
Tengan la seguridad que aquí estaré levantando la mano, como regidor
responsable, para apoyar sus proyectos y los proyectos de todas las comunidades,
pero sí me duele que ustedes lleguen en un momento donde, les voy a decir el
canto de la lora, no hay plata porque ustedes saben que ya los recursos
económicos se invirtieron hace un mes, mes y medio, dos meses aprobamos los
recursos para el siguiente año.
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PAGINA N919 ACTA N*82 Ordinaria.
a dos vías y ustedes se merecen más, ustedes se merecen eso y se merecen obras
de mayor calidad, pero tienen que entender que por el tiempo, ya no es premura
sino que llegan de una forma extemporánea, donde ya los recursos del pasado
se invirtieron y ahora estamos con otros recursos que hemos aprobado
recientemente para el próximo año, pero sí los insto para que sigan organizados y
también se manifiesten ante la ADI porque la junta directiva está al frente
coordinando proyectos y un montón de cosas, pero la Asamblea cuando se
hacen las reuniones de las Asociaciones de Desarrollo, ustedes tienen la soberanía
porque son el órgano que legalmente establece los acuerdos y lo que ustedes
quieran hacer en su comunidad así que espero que ustedes nos entiendan,
nosotros estamos acá para servir y no para venirnos a servir, estamos para servir a
las comunidades y ante el clamor de ustedes, tengan la seguridad que si en este
tiempo ya para otro año van a haber recursos, viene un superávit libre y si hay que
ayudarles con mucho gusto aquí tienen un hombre valiente, que nunca le ha
temblado el pulso para venir a pedir aquí a la municipalidad porque es plata de
nosotros, ni tampoco me ha temblado el pulso para andar haciendo fiesta para
recoger plata, para llevar a la comunidad.
Así que muchas gracias y espero que me comprendan, entiendan que aquí
tenemos que ser salomónicos y tomar las mejores decisiones en pro del beneficio
de ustedes, los vecinos de este cantón de Pococí, muchas gracias, señora
presidenta.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Con mucho gusto ¿alguien más del órgano colegiado que quiera hacer uso de la
palabra? Adelante don Alfredo.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro
Saluda, yo quiero ser breve y decirle a la comunidad de Buenos Aires que
reflexione porque realmente como lo dijo el señor alcalde, es un poquito de
paciencia, sé que es bastante incómodo que tienen que estar trayectando para
ir para acá, pero con un poquito de paciencia y un poquito de reflexión todo va
a salir bien, muchas gracias y buenas noches.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
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Okey, solamente por alusión del señor Juan Luis Gómez que no está,
después lo podrá leer en actas. El mundo está hecho para tener diferentes
opiniones y el que no sea del gusto de él, ni de algunos otros las opiniones, están
en todo su derecho, pero después de que una Asamblea escoge a una junta
directiva, lo legitima para que sean los que tomen las decisiones hasta una nueva
Asamblea donde cambien puestos.
Entonces creo que la parte comunal hay que entenderla bien y la legalidad
también, para eso se hace una escogencia, se escoge a un presidente en una
Asociación y se le legitima para que los vaya a representar. Si no los representa, lo
que tienen que hacer es llamar a una Asamblea y quitar a la persona porque no
los está representando, pero bueno, se fue, pero por alusión porque mencionó mi
nombre, que conste en actas mis palabras.
Les voy a dar 2 minutitos porque eran 10, para que usted haga un cierre y así darles
por recibido el día de hoy a ustedes, con la petición que traigan, adelante.
Sra. Verónica Guerrero Cascante, vecina de Calle Los Laureles
Bueno más que todo recalcar el punto de que nosotros como comunidad no es
que estemos negándonos al puente, jamás, o sea, se entiende el desarrollo y todo
eso y es un puente que se necesita, ese sí es un punto que hay que dejarlo muy
claro.
Nosotros no es que estamos en contra, ni que no queremos que se haga, no. En la
parte que dice de incomodarnos, entendemos que para que las cosas buenas
existan hay que hacer sacrificios, el detalle que vemos es que hay que ver hasta
qué punto de sacrificio, o sea mi hijo era el que iba en bicicleta, entonces tengo
yo entonces que sacrificar la vida de mi hijo por un puente, poniéndolo así en estas
palabras populares digamos, entonces lo Único que nosotros, en esa calle
pedimos, es que haya más seguridad ya que se va a transitar por ahí, simplemente
que esté en adecuadas condiciones y que se pueda tener seguridad en ella.
Si estamos teniendo esos problemas ahorita que no se ha cerrado todavía el paso
del puente y que la gente no está teniendo ese respeto, qué va a pasar cuando
ya esté cerrado ese paso, cuando transiten esos camiones tan grandes y todo,
La reunión que hubo con el señor alcalde se dijo que era muy probable que en el
lapso de esta semana se cerrara el puente, que antes de que se cerrara ese
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PAGINA N*21 ACTA N*82 Ordinaria. 23-1
puente iban a poner reductores de velocidad en esa calle y sincera
hemos visto que ni siquiera pase nada identificado de la municipalidad entonces
esa es la preocupación de nosotros, que nos dicen una cosa, pero nosotros no
vemos que se actúe.
Entonces no es que nosotros no estamos anuentes a un sacrificio, ni a una espera,
no, es que también tenemos que velar por la seguridad de nosotros, los otros
vecinos de más arriba, de todo el resto de Buenos Aires no se ven tan afectados
porque no está abierto, o sea no es que van a pasar por cada una de esas calles,
los principales afectados somos los vecinos de esa calle, entonces eso es lo que
queremos recalcar.
Se había hablado también de que iban a arreglar, a echar material para
arreglarlo porque está llena de hueco la calle, después del material que se había
echado, entonces hablaron de que antes de ese cierre se iban a hacer esos
arreglos, esas son las principalmente cosas que nosotros venimos a solicitar.
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera
Ahorita ellos están en Calle Tablón, lo están reparando, el problema es que no
podemos avanzar tan rápidamente como quisiéramos.
O sea, estamos ahorita reparando Calle Tablón y continúan por la calle transversal
de ustedes, en el momento que está colocando la mezcla, porque lo que nos
pidieron ese día la Asociación era sobre la calle principal de Buenos Aires,
entonces cuando se coloca la mezcla, ellos van a ir a hacer los dos muertos, los
reductores de velocidad, pero diay tienen que darnos chance, no podemos
brincarnos, estamos haciendo una cosa y no podemos pasar en carrera a hacer
lo otro.
La idea es que quede terminado para poder habilitar, inclusive ellos se
comprometieron a hacer unas señales también que tienen que colocar ahí que
fue lo que pidió la Asociación ese día que llegaron, tienen que colocar para que
se desvíe y que la gente no se vaya por el otro lado, eso se quiere hacer, pero no
se puede hacer de un día para otro, estamos trabajando, hasta que no se termine
no se rompe el otro puente.
Sra. Verónica Guerrero Cascante, vecina de Calle Los Laureles
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O —e—
Okey, le agradecemos muchas gracias y entonces ya lo que quedaría es
coordinar con la comunidad de Buenos Aires para que se puedan cumplir los
acuerdos optados por la administración y que se pueda empezar ese puente de
esa comunidad.
UNO e 5 UlL== .. < ---
Seguidamente vamos a atender a la joven Valeria Martínez Mora, por lo que
vamos a hacer un receso mientras ella puede ingresar y acomodarse, hasta por
cinco minutos.
Nota de Secretaría: Al ser las 18:50 se procede a un receso, se reanuda la sesión
al ser las 19:01.
E o Ty UL A cn
ACUERDO N* 2220
Se conoce comentario de la Sra. Pata. Yaslyn Morales Grajal, dice;
Vamos a atender a Valeria Martínez, nos va a decir su nombre completo y su
cédula ¿usted es mayor de edad? ¿viene con su mamá o alguien adulto? Ah
bueno, su mamá, puede ponerse a la par de ella, nos dice su nombre completo y
su cédula y donde indica que usted autoriza que ella participe en esta sesión,
Adelante.
Sra. Carmen Mora Barboza, mamá de la Srita. Valeria Martínez Mora, Reina
Absoluta Intercontinental.
Buenas noches, mi nombre es Carmen Mora Barboza, soy la mamá de Valeria
Martínez Mora, tiene 16 años, mi número de cédula: 7-0130-0726. Autorizo la
participación de ella esta noche acá.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Ahora si Valeria puede usted empezar.
Srta. Valeria Martínez Mora, Reina Absoluta Intercontinental
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Buenas noches a todos, es un honor estar aquí presente con ustedes.
es Valeria Martínez Mora como ya dijo mi mamá, tengo 16 años y soy actual Reina
Intercontinental Costa Rica y hoy vengo a extenderle una invitación al don
alcalde y le vengo a explicar un poco de lo qué es Reina Intercontinental junto
con su proyecto social.
Okey, aquí tengo la invitación y voy a leerla y explicar un poco punto por punto.
Nota de Secretaría: Se inserta en actas la nota procede a leer.
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Apodo
COSTA RICA Guápiles, 20 noviembre de 2023
Señores
Concejo Municipal
Lic. Manuel Hernández — Alcalde Municipal
Presente,
Muy estimados señores;
Por este medio respetuosamente nos dirigimos a ustedes para informar e invitar de lo siguiente:
Somos una organización denominada: IDC Interconceptos DSRL y que esta a su vez trabaja junto a
la Fundación Proyecto Vásconez, la cual se dedica a realizar concursos de belleza y a su vez a
recaudar dinero para la compra de pelucas con el fin de que sean donadas a aquellas personas que
padecen de Cáncer y han perdido su cabello.
El objetivo de entregar pelucas es seguir siendo mujeres bellas y seguras de sí mismas. Sabemos que
esta enfermedad también ataca nuestra confianza en sí mismas, por eso la entrega de pelucas es una
forma de ayudar socialmente a nuestras comunidades.
Ahora bien, hemos realizado el concurso de belleza Reina Intercontinental Costa Rica, para lo cual
participaron 5 jóvenes del cantón. De este certamen salieron ganadoras: Valeria Martínez Mora
ganando el título Reina Absoluta Intercontinental y Beverly Fallas como Reina Dama
Intercontinental, ambas en el concurso nacional.
La Organización Reina Intercontinental Costa Rica, considera que es muy motivante para ambas
reinas, brindarle una bienvenida al cantón como Reinas Nacionales, y es por ello que hemos
organizado un evento en el cual nos gustaría tuviera un carácter formal y en el que tanto el Concejo
Municipal como el señor alcalde, pudieran participar y apoyar a las reinas.
Las posibles fechas para este evento serían: viernes 24 de noviembre o viernes 1 de diciembre, para
lo cual están cordialmente invitados. Así mismo, invitar a la Municipalidad de Pococí apoyar a las
reinas en las redes sociales y otros eventos culturales que se efectúen, ya que la Reina Absoluta, la
señorita Valeria Martínez ha escrito y recitado en el concurso “Festival Folclórico Nacional” El
Poema (Raíces al Cielo) dedicado al cantón de PococÍ, por el cual fue galardonada también como
Reina Cultural.
Les esperamos y contamos con su participación. Esperamos confirmación,
De ustedes atentamente:
IDC Interconceptos DSRL
Jose Vásconez Ortiz | Propietario de Reina Intercontinental Costa Rica
Sol Badilla B| Asistente de Dirección
Contacto: 6091 8971| Jose Vásconez Ortiz
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Muy estimados señores, por este medio respetuosamente nos dirigimos a ustedes
para informar e invitarte lo siguiente. Somos una organización denominada IDC
Interconceptos DSRL y que esta a su vez trabaja junto a la fundación Proyecto
Vásconez, la cual se dedica a realizar concursos de belleza y a su vez a recaudar
dinero para la compra de pelucas con el fin de que sean aquellas personas que
padecen de cáncer y han perdido su cabello.
Para este fin del proyecto Vásconez se realiza el Certamen Reina Intercontinental
Costa Rica, que empieza de forma regional como Reina Intercontinental Pococí,
de aquí participaron 17 candidatas de las cuales salieron 5 reinas, que fuimos a
participar nacional con las otras regiones o provincias.
Del certamen nacional salimos 2 reinas regionales de acá como nacionales, yo
que soy la Reina Absoluta Intercontinental Costa Rica y mi compañera que es
Reina Dama Intercontinental Costa Rica, ella no nos acompaña porque está en
horario electivo, es profesora, pero si no con mucho gusto estaría acá
acompañándonos.
El objetivo del proyecto Vásconez como ya mencioné, es entregar pelucas a
personas que padecen de cáncer o alopecia, porque ya que esta enfermedad
no afecta solo la salud de la persona, sino también la confianza de muchas
mujeres que pierden su cabello y afecta así su autoestima. Entonces con una
peluca le estamos regalando un pedacito de alegría y Una sonrisa a esa mujer
para que se vuelva a sentir confiada y segura de sí misma.
Este año fuimos en el mes de junio, las reinas regionales por varios negocios del
cantón a pedir fondos con una alcancía, para el fin de una peluca, así como
fuimos a trabajar a varios eventos del cantón como cabalgatas en el cual el
pueblo se entregó mucho y gracias a Dios este año pudimos hacer tres pelucas
para el proyecto. Una de ellas que fue para mí la entrega más emotiva, se le dio
a Ashley, una vecina del distrito de Cariari que tiene é añitos y padece de cáncer.
Esta invitación se le hace a don Manuel, la organización Reina Intercontinental
Costa Rica considera que es muy motivante para ambas reinas, brindarle una
bienvenida al cantón como reinas nacionales y es por ello que hemos organizado
un evento en el cual nos gustaría tuviera un carácter formal y en el que tanto el
Concejo Municipal como el señor alcalde pudieran participar y apoyar a las
reinas, la fecha para este evento sería el viernes 01 de diciembre a las 6:00 p.m en
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*26 ACTA N*82 Ordinaria. 23-
el salón comunal de Campo Cinco Cariari, para lo cual están cordialmente
invitados.
Así mismo invitar a la Municipalidad de Pococí a apoyar a las reinas en las redes
sociales y otros eventos culturales que se efectúen, ya que la Reina Absoluta, hola,
ha escrito y recitado en el concurso Festival Folclórico Nacional el Poema Raíces
Al Cielo, dedicado al cantón de Pococí, por el cual fue galardonada también
como Reina Cultural.
Les esperamos y contamos con su participación y esperamos la confirmación de
ustedes. También aclarar que hoy aquí me acompañan la directora regional
Sandra Bermúdez y la productora Sol Badilla, esperamos con su apoyo.
Cuento con ustedes para el proyecto Vásconez, un proyecto a nivel nacional que
ha estado regalando sonrisas a muchas mujeres de todo el país, muchas gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Muchas gracias a usted, de verdad que es un proyecto social muy bonito, la
felicito. Solo las familias que han tenido pacientes con cáncer definitivamente
saben cuánta ayuda puede hacer lo que ustedes hacen.
Usted tiene un poema muy bonito, te podemos dar el espacio para que lo pueda
decir, si puede verdad.
Srta. Valeria Martínez Mora, Reina Absoluta Intercontinental
Sí puedo.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Le podemos dar un espacio para que lo pueda escuchar el órgano colegiado y
gracias por la invitación que nos hacen, ojalá bastantes del órgano colegiado
puedan asistir para así apoyarla en esta gran gestión. Adelante con su poema.
Srta. Valeria Martínez Mora, Reina Absoluta Intercontinental
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“Vengo a contarles señores las cosas que conocí andando por
los lugares de mi bello Pococí, la gente es buena y humilde allá
en mi lindo cantón, por eso es muy admirado en la provincia de
Limón.
Si hablamos de tierra fértil es mi pueblo sin igual, no habrá otro
más rico en nutriente que le pueda ganar. Poblado trabajador,
cuna de agricultor, andando, abrazando, festejando con
palabras, con sonrisas de mil colores y miradas sin temor de
hablar, ni de reír a carcajadas, por eso toda la gente admira
nuestro cantón, sus ríos, pueblos y montañas muy hermosos
siempre son.
Algo guardaba mi bello cantón, oculto en lo profundo de su
corazón. Una pequeña semilla bajo la tierra, una planta en
profunda paz germina. Por mis ojos de niña conservo una luz de
esos días, puertas, jardines y campos, árboles, follajes de gala se
visten toditos con sus trajes multicolores
¡Despierta! escuchó la semilla, persigue tu sueño alma mía, ya
que escuché el llamado quise ver qué ocurriría. Me puse un
vestido verde y eché el cuerpo hacia arriba. Pequeña soy, pero
no me rindo. Tengo ganas de vivir y progresar como un árbol que
se eleva al cielo y que nunca nadie podrá aprisionar.
Mis raíces son mi orgullo y mi fuerza para crecer, ellas vienen de
Pococí, un pueblo que me vio nacer. Hermoso aroma del campo,
que alegra cualquier olfato, para ver una semilla brotar agua se
le debe brindar. Oh agua, agua madre, dulce, clara, blanca,
limpia, da su amor sincero, enseñarme a ser valiente, es su
esmero, el cielo quiero alcanzar y mis hojas ver extender.
Ver a Pococí brillar y amar hasta yo envejecer”
Muchas gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Muy bonito poema, la felicito.
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Srta. Valeria Martínez Mora, Reina Absoluta Intercontinental
Gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Vamos a abrir el espacio por si alguien del órgano colegiado quiere hablar, Juan
Luis, Luis Méndez, ¿Quién más? Marcelly y cierra Jonathan García, adelante.
Propuesta del Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Muchas gracias señora presidenta, yo quiero felicitar a esta muchacha Mora, a
ella no la conocía, pero tuve la dicha de conocer a su madre cuando era una
niña venidos de Puriscal que vinieron acá a hacer grande este cantón, a la
comunidad propiamente de Palacios, donde han dejado su huella bien
impregnada, ahí un hermano de la gemelita que yo siempre les digo de cariño
“Las Gemelas” su hermano Juan Mora Barboza que fue compañero mío en la
universidad, fue el primer maestro de esa comunidad que pagaba a la
comunidad aquel tiempo, cuando se batía el barro para llegar a la escuelita.
Verdaderamente es una familia, no solo labriega, luchadora y sencilla, sino de
grandes artistas porque escuchar a esta niña en su poesía es algo nuevo para mí
de la familia porque sí conozco de músico y cantantes de esta familia. Compartí
con don Juan Mora mis tiempos universitarios y verdaderamente decirle joven,
qué orgulloso me ha hecho usted sentir de ver que una joven con 15 años, tiene
la capacidad y la humildad de valorar la situaciones difíciles de otros, ese amor y
ese arraigo que usted lleva por Pococí es un arraigo que debemos de llevar todos
y aportar nuestro granito de arena.
Señora presidenta, yo estaría haciendo una propuesta, si usted me lo permite
señora presidenta. A mí me gustaría don Manuel, que usted a través de las redes
sociales que tenemos de don William y también de don Maikol que maneja el
programa Pococí Fluye, con el apoyo de este Concejo pudiéramos darle un
realce a esta reina para que ella pueda cumplir sus objetivos, porque a como
usted puede ver don Manuel, señora presidenta y compañeros regidores, son
objetivos de bienestar hacia una población que bastante necesita de nosotros y
que muchas veces nosotros nos olvidamos de ellos.
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PAGINA N929 ACTA N*82 Ordinaria. 23-
Entonces aquí tenemos una forma que ella lo pidió ahí en la carta que
la invitación y señora presidenta, entonces esa sería mi propuesta, que tal vez con
el apoyo del Concejo pudiéramos brindar el apoyo a través de TV Tica, a través
de Pococí Fluye, para que ella pueda llegar a todas las personas del cantón y
decirle a los compañeros que vayamos todo el Concejo en pleno a esta invitación
que nos están haciendo, porque nosotros acá somos servidores públicos y estamos
acá para servir al cantón de Pococí, muchas gracias y de veras bendiciones y
éxitos. También porque sé que, conociendo su familia, sé que te estás esforzando
por llegar a ser una profesional. Muchas gracias, señora presidenta.
Reg. Luis Ángel Méndez Araya
Saluda, Valeria felicitaciones, excelente, queremos ver jóvenes así, triunfadoras,
triunfadores, luchando por lo que quieren. Vea lo que sucedió hace poco con Miss
Nicaragua, nos está representando al istmo centroamericano, una muchacha
humilde, de pueblo, que le dijeron que vendía buñuelos y por ahí algunos medios
de comunicación trataron de mofarse de ella y vean donde está, Miss Universo.
Usted tiene mucho futuro también, así que siga adelante, creo que esa labor
social que usted está realizando a mí me da la idea y es evidente, es lógico no
hay que dudarlo, esa filantropía, esa forma humilde que usted tiene de trabajar
por los más necesitados, eso es gratificante Valeria, eso es gratificante, ayudar a
nuestros semejantes, a quien más nos necesita, de la mano a la persona que lo
necesita y eso para mí cuenta muchísimo, la felicito, siga por esa línea,
felicitaciones a usted y a su familia, a sus papás, porque sé que están haciendo
un excelente trabajo.
Qué orgullo, me siento orgulloso y contento de que vas para mi comunidad, ¿el
01 de diciembre? ahí nos vamos a ver, ahí vamos a estar apoyándote. Oiga usted,
excelente, muy bien, allá nos vemos entonces gracias, felicitaciones.
Reg. Supl. Rita Marcelly Umaña Valverde
Saluda, en especial quiero saludar y darle un grato abrazo a Valeria. Valeria es
una chiquita que la hemos venido siguiendo desde hace mucho tiempo, su madre
trabaja en Unidades Pedagógicas Casa Hogar Tía Tere, entonces conocemos del
proyecto de Valeria hace varios días, hace vario tiempo y en realidad Valeria
hasta nos ha apoyado con un certamen que hicimos en la institución.
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PAGINA N*30 ACTA N*82 Ordinaria.
VOTA A AAA
Soy testigo de su trabajo, de su compromiso social, soy testigo de que Valeria
desde muy pequeña tiene su sangre, esfuerzo, dedicación, abnegación por ser
esa reina que hoy lo es.
Gracias a Dios que ya se coronó como reina, sé que Valeria va a hacer su papel
protagónico como reina de Intercontinental excelente, conozco de esa
solidaridad, solidarismo, compañerismo que ella maneja con sus reinas también
que están al lado de ella y sé que va a trabajar de la mano por el que lo necesita.
Sabemos que las personas con cáncer hoy día son personas que toda su familia
se siente muy mal, triste, con una autoestima muy bajo y debemos de ayudarlos.
Verse con esa corona como se ve Valeria, yo considero que esa corona que tanto
le costó a ella va a simbolizar, en esa peluca que les va a donar a los chiquitos
con cáncer que hoy lo necesitan, niñas y niños, ¿verdad Valeria?
Estamos para servirle Valeria, en todo lo que podamos aconsejarle, ayudarle,
donarle a la institución donde laboro sabe usted que tiene las puertas abiertas en
el momento que desee ir y compartir con nosotros, ahí estamos e insto a todos los
institutos, colegios, educativos que hagan reinados, siempre con un propósito de
colaboración y de donación, siempre con el deseo de motivar a todos los niños y
niñas de nuestra población, de nuestra comunidad es algo muy ameno, verdad
Valeria, sentirse candidata y obviamente reina entonces realmente te felicito.
Valeria, qué Dios te bendiga y sigas esos pasos, esos ejemplos de esa familia tan
poderosa de donde usted viene, muchísimas gracias.
Reg. Jonnathan García Chévez
Es definitivo que las nuevas generaciones son innovadoras, son independientes y
resillentes. Las nuevas generaciones, así como usted, jóvenes están llenas de
sueños, esperanzas y hoy usted es la representación de muchos, donde ha
logrado un sueño.
Que detrás de usted hay una serie de personas que han estado ahí, creyendo en
usted y gracias a ellas, hoy usted ha alcanzado un objetivo muy grande. A nivel
personal y lo digo creo que en nombre de todos los que estamos aquí del cantón
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PAGINA N931 ACTA N*82 Ordinaria.
ALLE AA
de Pococí, nos sentimos muy orgullosos de usted porque nos está representando
acá y fuera del país.
Gracias de verdad, gracias, compañera, colega, me llena de mucho orgullo,
admiración como siempre le he tenido a usted, estar detrás de este proyecto
porque nosotros dedicamos alma, vida y corazón para que jóvenes como usted
salgan de donde, probablemente no queremos que caiga nadie.
A usted felicitarla porque está detrás de ella, haciendo esos videos, viendo los
momentos y detalles que hacen grande a una persona y a un equipo de trabajo.
A la señora que intervino ahora, igual felicidades y a todos los que han hecho
posible, porque yo sé que para lograr objetivos a veces no se puede solo, tiene
que haber un equipo, tiene que haber gente que crea en uno y a esas personas
que han creímos en usted, en este sueño y en ese objetivo felicidades y a seguir
adelante porque con 16 años, usted es ya un triunfo y no puedo imaginármela
cuando tenga 32 o 34.
Siga en esa ruta, siga creyendo y siempre tenga a Dios en su corazón y a sus
amigos, amigas, a su familia porque sé que va a llegar muchísimos más grande,
Felicidades.
Adición a la propuesta de la Reg. Randall Torres Barrientos
Muchas gracias, decirle que nunca deje que nadie le pretenda truncar sus sueños
porque cuando uno tiene una visión de lo que uno quiere ser, con perseverancia,
con dedicación lo logra y ¿qué es lo más interesante? que muchos jóvenes te van
a ver como un modelo a seguir.
Dice que cuando usted tiene de dos personas que te siguen, ya usted es un líder.
entonces usted está llamada a ser un líder y me gustó muchísimo, muchísimo,
muchísimo el fin loable que tiene de lo que usted está haciendo.
Yo estoy proponiendo, adicionando alo mocionado por el regidor Gómez Gómez,
que este Concejo Municipal proceda a Declarar de Interés Cultural este evento,
para que se puedan conseguir fondos privados también, que puedan fortalecer
la noble causa que ustedes persiguen, muchas gracias.
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PAGINA N*32 ACTA N*82 Ordinaria
PP
Adición a la propuesta de la Sra. Pdta. Yaslyn Morales Gr jal
Yo la felicito, a todos los que están detrás o delante de usted. A esa emoción que
dijo el compañero Gómez y el compañero Torres, también me gustaría agregarle,
silo tienen a bien, en que este proyecto que ella lleva a cabo que es un proyecto
social, la doctora Mauren Monge también se una para ver si se pueden captar
recursos para las personas con cáncer, para darles esa peluca de la que ella
habló y por qué no, que la municipalidad pueda tal vez dar algún aporte para
que puedan también consequir los insumos para poderlas hacer, la municipalidad
puede aportarle con la parte social a este proyecto y por qué no ser un
patrocinador de ese proyecto que desarrollan.
Qué bonito verla levantar otra corona en otros espacios y que el cantón de Pococí
sepa no es solamente el certamen de belleza o la corona que ella hoy lleva, que
se la vemos que por cierto está bella, sino que detrás de todo ese proyecto hay
niñas, mujeres beneficiadas con una peluca y así como muchos en todo el país,
conocieron a Jenny ahora en “Nace Una Estrella” y le está abriendo puertas que
es de Cariari de Pococí, así como los dos jóvenes que ganaron son de San Carlos
y también se les están abriendo puertas, que hoy se le abran puertas a Valeria y a
ese certamen por el fin común que tiene que es la parte social.
Adicional a eso pues viene todo lo que tiene que ver con la belleza y todo lo que
hoy vemos, pero el fin, estoy segura de que el fin del cual usted se siente contenta
es de ver esas sonrisas, a esa niña de 6 años que usted le puso esa peluca y me
imagino ella lo feliz que se pudo haber sentido.
Entonces si están de acuerdo los compañeros en que se le adicione, en que la
propuesta se vote de esa forma, con las adiciones del compañero Torres y mi
persona, la moción del compañero Juan Luis Gómez por favor levantar la mano.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Para que se brinde el apoyo por medio de la Página
de la Municipalidad de Pococí, así con el programa Pococí Fluye a la labor social
que están realizando las reinas del concurso Reina Intercontinental Costa Rica. Se
declara de Interés Público Cultural el evento organizado por el concurso Reina
Intercontinental Costa Rica para el 01 de diciembre, a las 6: p.m. en Campo Cinco
de Pococí. Se traslada a la Dra. Mauren Monge Bolaños para que se una a la labor
social y ayude a captar los recursos con la creación de pelucas para personas
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PAGINA N*33 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11
IAS
con cáncer. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitiva
Aprobado.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Algo más Valeria, ¿puede abrir el micrófono si quiere decir algo más?
Srta. Valeria Martínez Mora, Reina Absoluta Intercontinental
Sumamente agradecida con todo el apoyo, gracias por todas las palabras lindas,
ya sea con cualquier ayuda con publicidad o económicamente serán bien
recibidas en el proyecto, porque la satisfacción y la felicidad que da ayudar a
otros es inigualable.
Entonces a mí me encantaría llevar el nombre de Pococí a lo alto, ya que, en
septiembre del próximo año, por esas fechas estaré representando a mi país y a
mi cantón orgullosamente, internacionalmente también.
Así que muchísimas gracias por apoyar tanto el proyecto Vásconez, así como
Reina Intercontinental. Gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Yo quisiera hacer un cierre que hablaba aquí con don Manuel, que usted sea
invitada a Fantasía Navideña, con esa bella corona en la tarima de la
municipalidad, para que la inviten y usted vaya y esté ahí ese día, así con esa
corona para que todos los que estén en ese día y las cámaras puedan saber que
nosotros tenemos a una hermosa reina y que, con ella lleva un proyecto social
importante, el cual este Concejo apoya y la mamá sí por puesto.
Srta. Valeria Martínez Mora, Reina Absoluta Intercontinental
En el cantón, quiero aclararles, que no soy solo yo, de hecho, cinco reinas, tres de
ellas regionales y dos que logramos el triunfo nacionalmente, entonces ¿podemos
las cinco acompañarlos?
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
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PAGINA N*34 ACTA N*%82 Ordinaria.
ASODEDAA TRA
Sí claro. Maikol se va a poner de acuerdo con usted y con su profesora.
Vamos a hacer un receso para recibirle la carta a ella e ir viendo el tema de la
con la próxima comunidad, por de cinco a diez minutos el receso.
Nota de Secretaría: Al ser las 19:27 se procede a un receso, se reanuda la sesión
la sesión 19:40.
== - - Uli ====..».2... Es
ACUERDO N* 2221
Se presenta ante este Concejo el señor Gerardo Vargas Morales, cédula 2-0347-
0790, vecino de Bella Vista La Leona, dice:
Sr. Gerardo Vargas Morales.
Saluda, nuestro motivo nuestro motivo aquí principal es para pedirles que por favor
nos ayuden, debido a que fue rechazada esta solicitud que desde hace cinco
años estamos ya presentada y ahí está la copia de la página final donde nos
indica precisamente, con la señora Elibeth y a través de don Carlos González
había presentado esta solicitud para que nos ayudaran con esta salida porque
por todos estos años no hemos podido desarrollar esa parte de la comunidad por
el puente, el puente no nos permitía pasar equipo pesado.
Entonces desde ese entonces desde marzo del dos mil tres, precisamente se hizo
la solicitud a través de, veintidós de marzo del dos mil dieciocho donde la señora
Elibeth junta de acuerdo ese día, el acta veinte artículos uno, acuerdo
cuatrocientos quince, daba precisamente la dirección: Por Unanimidad se
acuerda y se traslada a la Administración de la junta vial cantonal, a la unidad
técnica de gestión vial municipal, señor Guillermo Delgado Orozco, secretario en
aquel entonces.
¿Bueno desde ese entonces hemos nosotros estado viniendo y viniendo y viniendo
precisamente para ver qué se sabía de esta situación? A través de don Carlos
González yo vine personalmente también con él por muchas veces lo que nos
decían es que eso ya iba, estaba de camino y que ya estaba por resolverse, pero
resulta que cuando entré ya ahora en este año a tomar este año, cuando vine en
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*35 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-2023 *
RA
este año fue en el mes el mes de febrero, le consultaba a la señor
secretaria y a doña Gisela Aguilar que me mandaron dos de ellos allá para
verificar por qué no aparecía nada de esto.
Bueno lo que nos indicaron fue que eh que esos documentos se habían extraviado
que tenía que hacer otra vez de nuevo todo, entonces yo les indicaba y fue por
la nota que les puse precisamente ahí al inicio de esto donde que por favor nos
ayudara debido a que ya tenemos más de cinco años de estar esperando esta
solución.
Además, como ustedes mismos lo saben, cuándo uno presenta un proyecto a
cualquier lugar, tienen un plazo equis para que resuelvan y si no resuelven
automáticamente queda ya declarado como asignado. Okay y resulta que en
todos estos cinco años nada, iniciamos de nuevo y con la mala con la mala
sorpresa de que don Henry nos declara que y es precisamente los que embarca
el Concejo indicándoles que rechacen la situación como lo dice ahí claramente.
¿Por qué? Porque no tiene salida de aguas pluviales y yo le digo que eso es
mentira, que sí las tiene, que las tiene en caño donde ha pasado ahí donde tiene
las salidas y ahí está en las fotos mismas que presenta ahí donde se ven los caños
que tienen.
Entonces, no tiene sistema de evacuación de aguas pluviales, no tiene sistemas
básicos, es que lo que estamos sacando era que nos ayudaran para salir de la
calle no para hacer una urbanización y el señor este precisamente en los últimos
tiempos metió draga, pagó precisamente ya el plano entregar la a la
municipalidad porque esperábamos que esto lo dieran positivo, no que me lo
dieran rechazado otra vez después de cinco años, eso es una, prácticamente
muy difícil y ahí en la página final vemos el ya precisamente el abogado, que ya
del terreno a donar a la municipalidad.
Entonces esa es la parte uno, y la otra parte es que en el cómo lo dice también el
acuerdo por Henry, no hay espacio físico para hacer una salida, la Única salida
que tenemos es esta, ahora el señor don Jorge nos indica: “Yo hoy salido, pero si
me apruebo en la calle de lo contrario no”, pues yo ya invertí ya hice todo y de
todos modos la idea de él era ayudarnos para que nosotros pudiéramos salir de
manera que, es más fácil aprobar esta situación y salir de esta a no hacerlo.
Aquí en las fotos que están por ahí indican precisamente donde va a ir uno de los
de los personeros de ustedes revisando las calles ahí al lado derecho se ve dónde
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PAGINA N*36 ACTA N*82 Ordinaria.
está el zanjo donde pasa el agua, sí tiene aguas pluviales. Que no tiene caño, que
no tiene nada, porque es que no estamos desarrollando un sistema de urbanístico
sino es una salida urgente, tenemos más de veintidós años de pulsearla, tres
administraciones, desde la primera administración, yo solicité eso y los dejaron
borrados, las otras dos veces, precisamente con la misma Elibeth, ya el
presupuesto estaba para ese puente y lo cambiaron por un back Hoe, y ustedes
lo saben posiblemente.
20. aa
Al final del camino sigue hoy por hoy ahí está el puente, pero resulta que no se va
a poder hacer porque no tenemos la salida, es cuestión de consenso municipal
para que nos ayuden y nos declaren esta situación que está nada más de darle y
ya podemos pasar.
Ahora ya el presupuesto del puente ya está listo, está para iniciarse en este mes,
el detalle es que, eh bueno según me indicaba el alcalde que posiblemente se
inicie en enero, bueno no importa, pero lo que ocupamos es tener el acceso.
La semana pasada llovió muy duro, una de las piedras que sostienen ahí abajo
porque eso lo que está sostenido es por puras piedras, esa parte de abajo no
sabemos cómo subsiste ese puente todavía hay casi en el aire.
La semana pasada las correntadas arrancaron otra de las piedras grandes, de
manera que no sabemos si vamos a llegar a enero para poder pasar entonces lo
que queremos es que simplemente nos aprueben la situación. Esto es fácil.
Solamente resolver. Como decir eh ese es el detalle. Eso sería.
Participan de la palabra:
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera.
Sí, lo que ellos dicen digamos tienen razón, solo es el puente que vamos a construir
y después no tienen salida y por eso la propuesta de la ruta alterna esa que señala
señor y que viene en el plano.
En cuanto al puente yo le explicaba a él que cuando nosotros lo presupuestamos
don Carlos dice, con veinticinco millones, el finado don Carlos, se hace el puente
y entonces nosotros incluimos los veinticinco millones, pero el estudio cuando Frank
hace el estudio de preinversión que hay que hacer ahora con la nueva ley de
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 258/
PAGINA N*37 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-2023_*__
contratación, dice que el puente vale más y entonces, ahora en la modificación
nosotros incluimos más recursos entonces por eso es que nos atrasamos.
Entonces la idea es que quede adjudicado ahorita, estamos corriendo para que
quede adjudicado los materiales del puente e iniciarlo posiblemente en enero del
próximo año si Dios lo permite el puente, pero ellos tienen que buscar digamos, no
solo es hacer el puente sino que necesitamos una ruta alterna, lo que estamos
viendo ahí que hay un acuerdo del Concejo y a mí me parece que tienen que
meterle un recurso de revisión al acuerdo, extraordinario de revisión y después
volver a tomar un acuerdo pero sería importante, porque hay dudas, algunos me
dicen que cómo es el camino entonces, sería bueno que más bien para la
próxima semana mientras que hacen el recurso que lo preparan que hagan una
comisión y que vayan al lugar y que lo vean para que lo puedan ver porque al
final, después van a decir es que me embarcó el alcalde y la comunidad y no era
lo que ustedes decían entonces, me parece que es conveniente los que no
conocen que puedan ir allá al lugar y que lo vean, presentan el recurso y toma la
decisión la próxima semana si Dios lo permite, que hagan una comisión ahí los que
quieren ir y ver la situación de ellos.
La situación es crítica de ellos porque hay varios que son adultos mayores, niños y
todo y discapacitados y es difícil para salir, el puente es difícil para ellos y en días
pasados se quemó la casita de un señor ahí porque no pudo entrar el carro de los
bomberos entonces, es importante a los vecinos que les resolvamos.
Entonces tal vez hay Yaslyn, que haga una comisioncita y van y vemos el lugar,
podemos ir la otra semana y después toman la decisión.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Dice el viejo adagio, “nunca es tarde cuando la dicha es buena” ¿Verdad?
Porque a pesar de que ustedes hicieron una gestión en el año dos mil dieciocho,
que fue como un plato de babas se lo pasaron a otro lado y al final lo resolvieron
¿Verdad?
Lástima que ustedes no hicieron una solicitud de silencio positivo ¿Verdad? Porque
no les resolvieron el plazo establecido, pero aquí estamos para resolver.
Ya el señor alcalde nos ha indicado que sí existe anuencia, hay condiciones
diferentes a la denegatoria que se dio en la sesión setenta y tres ordinarias del
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*38 ACTA N*%82 Ordinaria.
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alegaba una serie de aspectos ¿Verdad? Por ejemplo, que usted ya indicó, lo voy
a volver a repetir, que ya están siendo subsanados ¿Verdad?
Entonces una vez que se subsanaron eso y que ya se existe un plan de la eh un
plano ¿Verdad? De la de la parte de la calle, creo que existe la viabilidad para la
aprobación de esta calle pública.
Obviamente existe una situación desde el punto de vista legal que ustedes tienen
que someter a un recurso de revisión del acuerdo este que es el SMP-2044-2023 y
una vez que ustedes lo presenten acá nosotros lo resolvemos lo acogemos el
recurso y entonces hacemos, una vez que esté derogado el acuerdo anterior que
fue donde se denegó, ya podríamos nosotros valorando todas las condiciones y
con la anuencia de todos los señores regidores, poder hacer la aprobación de la
calle pública del cual yo de una vez le digo voy a votar positivamente muchas
gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Entonces vamos a nombrar una comisión para, ¿Qué les parece? Si el próximo
jueves bueno no, el próximo miércoles porque el jueves es muy complicado por el
tema del transporte que hay sesión entonces, para el próximo miércoles a partir
de las 2:00 de la tarde se puede hacer una inspección en una comisión para ver
ese tema y mientras tanto, esto no se puede ver el día de hoy a menos de que se
le meta un recurso de revisión ¿Verdad? Extraordinario.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Nada más es que estoy revisando aquí y hay una nota del quince de noviembre
del dos mil veintitrés explica prácticamente bajo cuál condición está la situación
actual que está la calle, entonces es nada más como ponerle ahí recurso
extraordinario de revisión cambiarle la fecha y entonces ya una vez corregida la
presenta a la secretaría del Concejo y nosotros lo podríamos ver el otro jueves.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Entonces vamos a hacer un receso para ver si lo pueden enmendar, vamos a
hacer un receso hasta por diez minutos.
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PAGINA N*39 ACTA N*82 Ordinaria. 23- 0 e *
AREA
Nota de Secretaría: Al ser las 19:52 se procede a un receso, inicia la sesión al ser
las 20:06 minutos inicia la Sesión. Se retira un momento la señora presidenta,
quedando como presidente a.i. el regidor Randall Torres Barrientos. (En sustitución
de la regidora Yaslyn Morales ocupa el puesto de propietario el regidor Rosbill
Arguello Badilla).
Sr. Pdte. a.i. Randall Torres Barrientos.
De fecha 15 de noviembre de 2023 es un recurso extraordinario de revisión según
el artículo N*166 del Código Municipal, contra el Acuerdo N*1999, el Acta N*73, el
Artículo IV de la sesión N*%73 del 26-10-2023. Lo interpone el señor Orlando Jiménez
Salas, cédula 7-147-223 presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Bella
Vista La Leona y Gerardo Vargas Morales, cédula 2-347-790 coordinador ante
propietario de don Jorge Ramírez Rojas cédula 2-343-0048 y vecinos de Calle
Vargas en Bella Vista La Leona.
Solicito a este Concejo Municipal que por favor de acuerdo con el recurso
extraordinario de revisión que estamos sometiendo, para que se proceda a la
declaratoria de calle pública según correspondencia directa del CD-151-2023,
dicha solicitud fue rechazada en la fecha ya indicada de acuerdo con el Acuerdo
N*1999 según los siguientes hechos:
1. La petición fue hecha ante el Concejo Municipal anterior desde hace más
de 5 años, donde se tomó acuerdo acta + 20 articulo 1 Acuerdo 415 con fecha
del 8 de marzo 2018 se envió a Gestión Vial SMP-502-18 y por todo este tiempo
quedo sin resolver ya que perdieron los documentos.
2. Tomen en cuenta que hemos estado solicitando por más de 12 años que se
construya dicho puente el cual está en deterioro y esto es sabido por ustedes y
que por más de dos veces en consejos anterior se ha aprobado presupuesto y lo
han desviado para otra causa.
3. Los vecinos esta vez no queremos que se vuelva a repetir tal acción y como
esto fuera poco después de esperar para la declaratoria de este acceso privado
a calle publica nos salen diciendo o poniendo trabas que este paso o Calle no
tiene Evacuación de aguas Pluviales, Claro que Si la tiene la cual es por donde
evacúan las aguas pluviales siempre en canal de tierra, ¿Que no tiene
alcantarillado, y servicios básicos, ni lotes a lo largo del camino o Viviendas es otra
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*40 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-2023 *
aa
cosa? Nota a tan solo días para dar Inicio la construcción del puente
rechazada tal petición que pena. Lo que queremos los vecinos es habilitar esta
salida publica ya que no hemos podido por todos estos años reparar la calle y
paso vehículos y desarrollar la comunidad y la nota de que el vecino tiene que
dar consentimiento nada que ver a nuestro parecer es buscar pelos en la sopa.
4. El propietario de estos terrenos muy amablemente decidido en ayudar para
que los vecinos pudieran tener una salida, ha invertido tiempo y mucho dinero en
la calle, lastreo de la calle para el acceso pago para que el topógrafo hiciera el
plano catastrado para la segregación del área de terreno a donar a la
municipalidad.
5. Aun se tiene que hacer la cerca para que el ganado existente no se salga
con costo aproximado de un millón de colones en materiales aproximadamente
la asociación indica que no tiene recursos para asumirla y nosotros como
comunidad menos la ¿Asumirían ustedes Junto con material para mejorar la
salida? - Pero el propietario don Jorge Ramírez rojas está dispuesto a hacerla si es
aprobada La calle publica de lo contrario no.
Nota -No será mejor considerar dicha aprobación a calle publica ya que sí tiene
lugar de evacuación las aguas pluviales, el plano para la segregación a esta
municipalidad del área donada como se muestra en las fotos lo cual obviaron en
decir los inspectores, y así ahorrarnos tanta dificultad.
Gracias y esperando nos sea resuelto favorablemente, que Dios Los continúe
Bendiciendo.
Cordialmente, Dejo para notificaciones los correos
Jorgeramirez19250 hotmail.com teléfono: 87450092 y
gerardovargasmegmail.com teléfono 83443615 coordinador ante propietario y
vecinos.
Nota de Secretaría: Se adjunta el documento que leyó el señor presidente a.i.
sobre el recurso de revisión contra el acuerdo N*1999, del Acta N*73 Ordinaria del
26-10-2023.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*41 ACTA N%82 Ordinaria. —.
Señores.
Concejo Municipal de Pococí
Respetables señores:
Asunto: Solicitud para reconsideración de la declaratoria de calle pública.
Nosotros los abajo firmantes, con fundamento en el artículo N*166 del Código
Municipal, presentamos formal Recurso Extraordinario de Revisión contra el
Acuerdo N*1999, tomado en la Sesión N*73 Ordinaria del 26-10-2023, con
fundamento en los siguientes hechos;
1. La petición fue hecha ante el Concejo Municipal anterior desde hace más de
5 años, donde se tomó acuerdo acta +t 20 articulo 1 Acuerdo 415 con fecha
del 8 de marzo 2018 se envió a Gestión Vial SMP-502-18 y por todo este
tiempo quedo sin resolver ya que perdieron los documentos.
2. Tomen en cuenta que hemos estado solicitando por más de 12 años que se
construya dicho puente el cual está en deterioro y esto es sabido por ustedes
y que por más de dos veces en consejos anterior se ha aprobado
presupuesto y lo han desviado para otra causa.
3. Los vecinos esta vez no queremos que se vuelva a repetir tal acción y como
esto fuera poco después de esperar para la declaratoria de este acceso
privado a calle publica nos salen diciendo o poniendo trabas que este paso
o Calle no tiene Evacuación de aguas Pluviales, Claro que Si la tiene la cual
es por donde evacúan las aguas pluviales siempre en canal de tierra, ¿Que
no tiene alcantarillado, y servicios básicos, ni lotes a lo largo del camino o
Viviendas es otra cosa? Nota a tan solo días para dar Inicio la construcción
del puente nos da rechazada tal petición que pena. Lo que queremos los
vecinos es habilitar esta salida publica ya que no hemos podido por todos
estos años reparar la calle y paso vehículos y desarrollar la comunidad y la
nota de que el vecino tiene que dar consentimiento nada que ver a nuestro
parecer es buscar pelos en la sopa.
4. El propietario de estos terrenos muy amablemente decidido en ayudar para
que los vecinos pudieran tener una salida, ha invertido tiempo y mucho dinero
en la calle, lastreo de la calle para el acceso pago para que el topógrafo
hiciera el plano catastrado para la segregación del área de terreno a donar a
la municipalidad.
5. Aun se tiene que hacer la cerca para que el ganado existente no se salga
con costo aproximado de un millón de colones en materiales
aproximadamente la asociación indica que no tiene recursos para asumirla y
nosotros como comunidad menos la ¿Asumirían ustedes Junto con material
para mejorar la salida? - Pero el propietario don Jorge Ramirez rojas está
dispuesto a hacerla si es aprobada La calle publica de lo contrario no.
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PAGINA N*42 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-:
Nota -No será mejor considerar dicha aprobación a calle publica ya que siMi
lugar de evacuación las aguas pluviales, el plano para la segregación a esta
municipalidad del área donada como se muestra en las fotos lo cual obviaron en
decir los inspectores. y así ahorrarnos tanta dificultad.
Gracias y esperando nos sea resuelto favorablemente, que Dios Los continúe
Bendiciendo.
Cordialmente, Dejo para notificaciones los correos Jorgeramirez1925U hotmail.com
teléfono 87450092 y gerardovargasmgmail.com teléfono 83443615 coordinador
ante propietario y vecinos
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Sr. Pdte. a.i. Randall Torres Barrientos.
En discusión este documento del Recurso extraordinario de revisión.
Nota de Secretaria: se retira con permiso el regidor Jonnathan García Chévez,
asume la curul el regidor Osael Campos Bolaños.
Sr. Pdte. a.i. Randall Torres Barrientos.
Voy a proceder a la votación de este Recurso Extraordinario de Revisión, los
compañeros que estén de acuerdo favor levantar la mano.
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PAGINA N*43 ACTA N*82 Ordinaria. 23-
Por Unanimidad SE ACUERDA: De conformidad con lo expuesto, ate
regulado en el artículo 166 del Código Municipal, se declara con lugar el recurso
extraordinario de revisión interpuesto por los señores: Orlando Jiménez Salas,
cédula 7-147-223 presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Bella Vista
La Leona y Gerardo Vargas Morales, cédula 2-347-790, en los siguientes términos:
Primero se resuelve anular el acuerdo N*1999 de la Sesión N*73 Ordinaria del 26-
10-2023, como consecuencia, queda sin efecto el citado acuerdo. Se Dispensa
del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Vota el regidor
Osael Campos Bolaños en lugar de regidor Jonnathan quien se encuentra fuera
de la sala con permiso del presidente a.i. y el Rosbill Arguello Badilla en lugar de la
regidora Yaslyn Morales Grajal quien se encuentra fuera de la sala con permiso.
Sr. Pdte. a.i. Randall Torres Barrientos.
Ya fue reversado el acuerdo anterior verdad, el que teníamos, ahora voy a
someter a aprobación la declaratoria de Calle Pública.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la declaratoria de Calle Pública de la
franja de terreno ubicado en el sector de Bellavista, sobre las fincas con folio real
7095623-000 y 7043208-000, con un ancho de 14 metros, misma que se encuentra
en las siguientes coordenadas:
Punto Este Norte
Inicio 520191,526 | 1124160,699
Intermedio | 520170,203 | 1124031,798
Final | 520193,990 | 1123889,074
Solicitud planteada por lo señores Jorge Ramírez Rojas y Gerardo Vargas Morales.
Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Vota el
regidor Osael Campos Bolaños en lugar de regidor Jonnathan quien se encuentra
fuera de la sala con permiso del presidente a.i. y el Rosbill Arguello Badilla en lugar
de la regidora Yaslyn Morales Grajal quien se encuentra fuera de la sala con
permiso.
Sr. Pdte. a.i. Randall Torres Barrientos.
Se nos quedó la parte donde autorizamos al alcalde para que reciba la
propiedad a nombre de la Municipalidad.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*44 ACTA N*82 Ordinaria.
TADA ITA
propiedad supra indicada como Calle Pública a nombre de la Municipalidad de
Pococí. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Vota el regidor Osael Campos Bolaños en lugar de regidor Jonnathan quien se
encuentra fuera de la sala con permiso del presidente a.i. y el Rosbill Arguello
Badilla en lugar de la regidora Yaslyn Morales Grajal quien se encuentra fuera de
la sala con permiso.
Participan de la palabra:
Reg. Rosbill Arguello Badilla
Saluda, señores viera qué importante y qué satisfacción me dio a mí levantar la
mano para que se apruebe esa calle pública, por una sencilla razón, sin la
declaratoria de calles públicas ¿En qué van a surgir las comunidades? ¿En qué se
van a superar?e ¿Cómo entran los demás beneficios? Me llena mucho de
satisfacción agradecerle al Concejo Municipal la labor que se realizó aquí para
aprobar esta calle.
Claro que eso no quiere decir que todas se tengan que aprobar ¿Verdad? Porque
algunas no se pueden, pero en este caso en especial me siento muy contento,
muy complacido y en especial por la satistacción y el beneficio que van a recibir
ustedes y de todos modos es la obligación de nosotros, el artículo uno del Código
Municipal así lo dice, promovemos y administramos, ¿qué estamos promoviendo?,
que ustedes vivan cada día mejor, muchas gracias, señores del Concejo.
Reg. Luis Ángel Méndez Araya.
Sobre el mismo tema, de veras, contentísimo, más que contento, alegre y
festejando junto con la asociación La Leona, ¿Verdad? Asíse denominan ustedes,
la comunidad de La Leona, Don Orlando y don Gerardo en representación de la
comunidad de La Leona.
Y agradecidos por supuesto con este Concejo con las compañeras y compañeros
y por supuesto con el señor alcalde, esto es desarrollo para el cantón.
Lo que se dio creo que lo borramos por ahí borrón cuenta nueva y vamos seguimos
adelante eh desarrollando nuestro cantón y enhorabuena que se ha dado esta
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PAGINA N*45 ACTA N*82 Ordinaria.
A
decisión del Concejo en esta en esta noche. Me siento muy contento y al igual
que ustedes lo festejo. Gracias.
Sr. Pdte. a.i. Randall Torres Barrientos.
Bueno muchas gracias este creo que bueno yo me siento muy contento y muy
seguro de la aprobación de esta calle pública porque aquí no hay ciudadanos
de segunda categoría, todos tenemos derecho yo a veces me pregunto ¿Cómo
aquí en Guápiles?, Todo está asfaltado, Hay servicios públicos, hay aceras, Aceras
para discapacitados, y usted se va por ejemplo a Bellavista y ¿Cómo es posible?
En tierra ¿Verdad? En medio de las piedras adultos mayores, personas con
discapacidad entonces no, aquí se parte el ayote por la mitad, ¿Verdad? Y
entonces hemos dado esta muestra nosotros de que queremos contribuirle, de
que los apoyamos.
Yo quiero que ustedes sepan que esta municipalidad está para el servicio de
ustedes y no para servirse. Muchas gracias.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
Saluda, Muy contento y don Gerardo para el pueblo de Bellavista y de la Leona,
gracias señor alcalde por el apoyo eh profesional y bueno yo creo que la apertura
o declarar una calle pública lo que va a traer es desarrollo al cantón, estoy muy
contento y que Dios me los acompañe siempre.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro.
Felicitar a la asociación eh realmente hoy se quitan un mono de encima, tamaño,
poco de años, tamaño poco de año, realmente cuando hay voluntad todo se
puede hacer y como lo dijo algunos compañeros esto es desarrollo porque
también la Municipalidad va a ser beneficiada muchas gracias y que pasen una
linda noche.
Sr. Gerardo Vargas Morales.
Bueno muy contento de verdad muchísimas gracias de verdad que es una alegría
bien esperada por tantos años y se les agradece de verdad con todo el corazón
por la gran ayuda, porque ya sabemos que, si por A o por B el puente termina
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PAGINA No46 ACTA N*82 Ordinaria. 2
“yéndose abajo, no vamos a tener problema porque tenemos por
Muchísimas gracias a todos y que Dios les bendiga.
Nota de Secretaría: Ingresa la señora presidenta Yaslyn Morales Grajal y procede
a dar un receso de hasta 5 minutos.
ma = A UL en XA€A<AzmzAA
ARTICULO ll
Asuntos de Trámite Urgente a Juicio de la Presidencia
ACUERDO N* 2222
Se conoce nota suscrita por el Lic. Ademar Reyes Barrios, Unidad de Patentes
teléfono: 2713-6560 ext: 126, correo electrónico: ademar.reyesemunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: PA-341-2023
Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales
conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la
problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes
establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico,
les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera
condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo
N? 5, inciso "b", que dice:
“Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio,
licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades
ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán
someterse las licencias para actividades comerciales:
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PAGINA N*47 ACTA N%82 Ordinaria.
b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencia
extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una
presunción razonable que, con la actividad solicitada, se podría violentar la ley
vio el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la
Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos
iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros
supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la
dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título
vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha
de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en
forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida
el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por
ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la
actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden
público." (El resaltado es supletorio.)
ENE AE IAS
Licencias de Licor
NOMBRE DIRECCIÓN CATEGORÍA
CARIARI, COSTADO NORTE
JUAREZ ZUÑIGA JOHNNY | DELA PLAZA DE DEPORTES
DE LOS ANGELES
Lic De eReyes mf EN
Unidad le Licencias y Pal da WNCR.)
/
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
CATEGORÍA D1/
MINISUPER
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ACUERDO N* 2223
Se conoce nota suscrita por el Lic. Ademar Reyes Barrios, Unidad de Patentes
teléfono: 2713-6560 ext: 126, correo electrónico: ademar.reyesOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: PA-341-2023
Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales
conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la
problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes
establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico,
les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera
condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo
N? 5, inciso "b", que dice:
"Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio,
licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades
ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán
someterse las licencias para actividades comerciales:
b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se
extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una
presunción razonable que, con la actividad solicitada, se podría violentar la ley
vio el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la
Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos
iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros
supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la
dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título
vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha
de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en
forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida
el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por
ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la
actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden
público.” (El resaltado es supletorio.)
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PAGINA N249 ACTA N*82 Ordinaria.
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MENDEZ NAVARRO GUÁPILES, 235 MIS SUR DEL :
CARLOS LUIS RESTAURANTE EL UNICO. | CATEGORÍA B1/BAR
L Je Aves ps
Unidad die Licencias y Palgnles
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2224
Se conoce propuesta por parte de la Sra. Pata. Yaslyn Morales Grajal, dice;
En este espacio me gustaría indicarles que la semana pasada hice una gira con
el diputado Yonder, ya ustedes conocen algunos fueron ahí, hay una calle de
Suerres que conecta con Guácimo, entonces fui a ver, a conocer y me parece
que es muy poquita la inversión que hay que hacer para poder conectarse entre
Guácimo y la comunidad de Suerres, entonces quisiera que hiciéramos este
acuerdo, valga la redundancia, que se declare el cantón de Pococí de Interés
Turístico y que se le solicite al señor diputado Yonder Salas apoyarnos con el
proyecto de ley.
Es el mismo proyecto de ley que fue hecho para Guácimo y muchas instituciones
están aportando en infraestructura vial para que se vean beneficiados todos esos
lugares de turismo que hay en ese cantón, por ejemplo pudiéramos pensar que
así como se están haciendo convenios en Cariari con tema de JAPDEVA, nosotros
podamos tener también convenios con el INDER para todas estas cataratas de
Bellavista, Río Blanco, Suerre de Jiménez, Jiménez toda la parte alta, tal vez poder
captar recursos, hay que hacer un proyecto de ley entonces le pedí apoyo al
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PAGINA N*50 ACTA N*82 Ordinaria. 23-112028__32
señor diputado y me dijo que con mucho gusto, siempre y cuando nosotros como
Concejo estuviéramos de acuerdo, entonces en este espacio me gustaría hacer
esa propuesta. Adelante.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
¿Usted nos está hablando de calle Bambú?
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Ajá, ustedes ya estuvieron ahí, hasta una sesión hicieron.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Ya se invirtió ahí y Guácimo está invirtiendo en la parte de él también.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Sí, pero falta todavía algunos recursos entonces la idea de esto es que, con esta
declaratoria más instituciones incluidos el ICT, puedan apoyar para que estos
pequeños emprendimientos turísticos tengan apoyo y pueda ser más fácil construir
obra vial.
En discusión la propuesta, si alguien tiene algo que decir y si no, les pediría que los
que están de acuerdo levantar la mano para votar.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Este Concejo Municipal declara de Interés Turístico
el Cantón de Pococí. Se solicita al diputado Yonder Salas Durán el apoyo con
relación a este tema, para que puedan realizar convenios con instituciones que
realcen el turismo en el cantón.
ACUERDO N* 2225
Autorización a la Asociación para el continuo Desarrollo del Hospital De Guápiles
el cierre de la vía que está frente a la Musmanni, el 30 de noviembre de 2023 para
la actividad de iluminación del árbol de navidad del Hospital de Guápiles.
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PAGINA N*51 ACTA N*82 Ordinaria.
Autorizar a la Asociación Para el Continuo Desarrollo del Hospital de Guápiles para
el cierre de la vía que está frente a la Musmanni el próximo 30 de noviembre de
2023 para la actividad de iluminación del árbol de navidad del Hospital de
Guápiles, evento que este gobierno local está apoyando.
El horario de cierre será de 12 m.d. a 9 p.m. en caso de terminar el evento antes, se
habilitará en menor tiempo, el trayecto a cerrar es el siguiente:
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza a la Asociación para el continuo
Desarrollo del Hospital De Guápiles el cierre de la vía que está frente a la
Musmanni, el 30 de noviembre de 2023 para la actividad de iluminación del árbol
de navidad del Hospital de Guápiles. El horario de cierre será de 12 m.d. a 9 p.m.,
en caso de terminar el evento antes, que se habilite en menor tiempo. Se Dispensa
del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2226
Se conoce recurso de apelación interpuesto por la señora Ericka Hidalgo Jiménez
como presidenta de la Junta de Educación de la Escuela La Suerte, dentro del
procedimiento administrativo: PACM-02-2023.
RESULTANDO
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PAGINA N?52 ACTA N*82 Ordinaria. 23-1142023
A a]
1. Visible a folio 77 del expediente del procedimiento administrativo: PACM-02-
2023, consta el “ACTA DE INICIO” correspondiente a la audiencia oral y privada,
celebrada el 1 de noviembre de 2023, en dicha acta, la señora Ericka Elieth
Hidalgo Jiménez por medio de su abogado, el Lic. Gustavo Alonso Acuña Vargas,
expuso:
“La primera nulidad absoluta versa sobre la violación al debido proceso respecto
al artículo 24 del reglamento general de juntas de educación y juntas
administrativas. Lo anterior por cuanto dicho artículo reza lo siguiente: “Cualquier
miembro de la comunidad educativa podrá presentar por escrito ante el
supervisor del centro educativo las denuncias sobre supuestos hechos anómalos
de la junta con el fin de que se realice la investigación correspondiente”. Sobre
eso esta representación observa ayuno de dicha investigación correspondiente,
lo anterior por cuanto la supervisora de nombre Flor Ramírez Núñez, Únicamente
realiza un documento de solicitud de apertura para destituir a doña Ericka, no se
observa dicha investigación sumaria para darle armas a este órgano director para
que eventualmente pueda de forma medular validar si están los hechos de hecho
y de derecho y valorar la apertura del procedimiento. Es importante recalcar que
con la reforma del 2021 de este reglamento se derogan los artículos del 25 al 29
siendo estos los que indicaban que quien tiene la legitimidad activa para solicitar
dicho proceso es el jefe del departamento de servicios administrativos y
financieros del MEP, pero extrañamente al día de hoy en las páginas del MEP
todavía se tiene ese proceder. Donde en buena teoría el responsable de abrir este
procedimiento, de solicitar este procedimiento al Concejo Municipal es el jefe de
departamento de servicios administrativos y financieros, situación que al no haber
claridad en esta situación violenta el debido proceso con respecto a la apertura
del procedimiento, ahora bien, de la mano con esta nulidad traemos la nulidad
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*53 ACTA N%82 Ordinaria. 23-11-2023
absoluta que versa o agravia el derecho a la defensa de mi repres
habiendo reiterados pronunciamientos de nuestro tribunal contencioso
administrativo y civil de Hacienda, y trayendo a colación una sentencia muy
reciente de la cual muy respetuosamente pido se anote y es la 59-2023-1 de las 11
horas, 10 minutos del 19 de julio de 2023, de la sección primera del Tribunal
Contencioso, nos indica a folio 30 aproximadamente de dicha sentencia, nos
indica que no es carga del sujeto pasivo del procedimiento administrativo adivinar
o suplir la imputación de cargo que se le acusa dado que ello corresponde al
Órgano Director al momento de formular el traslado de cargos, esto por cuanto el
mismo tribunal indica que dicha imputación e intimación tiene que ser de forma
clara, precisa, detalla y concreta, cuál era la acción específica por la cual en ese
caso y en el caso de marras el actor y en este caso mi representada debía realizar
para evitar dicho procedimiento disciplinario. Importante señalar que la
imputación de cargos de mi representada describe párrafos como: “Ha
incumplido, descuidado o mostrado desinterés en sus funciones, pero cómo No se
especifica la relación de hechos del supuesto descuido o desinterés mostrado por
ella”, muy preocupante para esta representación con todo respeto que la misma
intimación e imputación de cargos se observa un párrafo que indica, se hace ver
que esta acusación gira en torno a un tema de comportamiento y forma de
desempeñar sus labores como presidenta de la Junta respecto a las personas
indicadas, no a un hecho histórico preciso en específico siendo lo anterior y como
lo indica el párrafo no hay ningún hecho preciso ni claro, ni detallado de lo que
se le acusa por lo que, lastimosamente al día de hoy ni doña Ericka que
eventualmente no sabe de lo que se le acusa y en mi caso también se observa
que no se me dieron las herramientas para una debida defensa, debido a la falta
como se dijo anteriormente, de precisión de lo que se le acusa a mi representada
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N?954 ACTA N*82 Ordinaria.
SAAB AAA
pido que se archive el expediente para evitar llegar a un Contencioso
Administrativo en solicitud de la violación que hubo en el debido proceso y en el
derecho a la defensa.”
2. Visible a folio 83 del expediente, el órgano director del procedimiento,
atendiendo lo expuesto por el abogado de la señora Hidalgo Jiménez, emitió la
resolución de las quince horas diecinueve minutos del trece de noviembre de dos
mil veintitrés, argumentando en el CONSIDERANDO Segundo:
“Segundo. Sobre el alegato de una indebida imputación de cargos. El Lic. Gustavo
Alonso Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez,
argumenta que del traslado de cargos no se desprende una apropiada
imputación de cargos, lo cual puede afectar el derecho de defensa de su
representada, toda vez que no tendría claridad sobre cómo poder debatir la
acusación en su contra.
Con relación a lo expuesto, realizado un análisis del traslado de cargos, se
determina que efectivamente la imputación de cargos no es tan precisa como
debiera ser, llevando razón la representación de la señora Hidalgo Jiménez, por lo
que debe anularse dicho documento y redactarse uno nuevo con una
imputación acorde con toda la documentación suministrada por los funcionarios
del Ministerio de Educación Pública.”
Decidiendo al respecto:
“POR TANTO
De conformidad con lo expuesto en el CONSIDERANDO SEGUNDO de esta
resolución, se declara parcialmente con lugar el reclamo realizado por el Lic.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*55 ACTA N*%82 Ordinaria. 23-1
Gustavo Alonso Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elief!
Jiménez durante la declaración inicial de la audiencia oral y privada del 1 de
noviembre de 2023, en consecuencia, se anula el traslado de cargos de las
catorce horas cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés, debiendo
redactarse un documento nuevo con resguardo del debido proceso; en lo demás,
se rechaza el reclamo planteado.”
3. Visible a folio 90 del expediente, la señora Hidalgo Jiménez presenta un recurso
de revocatoria con apelación en subsidio en contra de la resolución recién citada
del órgano director, solicitando que se declare con lugar su impugnación en todos
sus extremos y que se revoquen los actos recurridos, archivando la causa.
Los argumentos del recurso de la señora Hidalgo Jiménez, en resumen, fueron:
"ERRONEA VALORACION Y APLICACION DE LA LEY.”
“De igual forma, en cuanto al régimen de nulidades del acto administrativo
sancionatorio Disciplinario, tenemos que para tener validez y eficacia debe
cumplir con los elementos esenciales formales y materiales En ese sentido, la
doctrina ha establecido que los elementos del acto administrativo esenciales para
lograr su validez y eficacia son los formales y los materiales. "Estos elementos
intermediarios entre el poder y el acto y la manifestación misma de éste, son los
elementos formales. Se trata del procedimiento, la forma de la manifestación y la
competencia, que es la titularidad misma del poder. Los elementos materiales son
los que condicionan la realización del fin del acto y no meramente la del acto en
sí. Son los elementos que adecuan la conducta administrativa a la necesidad que
satisface y determina lo que la Administración manda” (Copia un extracto de la
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Y
| POCOCÍ ¡y
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI AN TT
PAGINA N*56 ACTA N982 Ordinaria. 23-112023_*_
del
resolución del Tribunal Contencioso Administrativo: 49-2019 de las 14:00
31 de mayo de 2019)
“De lo anterior esta representación, muy respetuosamente hacer ver que al
declarar con lugar la nulidad absoluta evidente y manifiesta dentro del proceso
que nos ocupa, por existir vicios y omisiones de las formalidades previstas,
fundamentados en los artículos 173 y 199 de nuestra LGAP, lo correspondiente es
el archivo del caso, no podría integrarse alguna figura legal para subsanar dicha
nulidad absoluta, contrario sensu, si se declarara una nulidad relativa, nuestra
LGAP en ese cuadro factico, si podría utilizar alguna figura para intentar continuar
con el PRINCIPIO DE CONSERVACION DEL ACTO, situación que es alejada a la
realidad de proceso que nos atañe...” (Copia un extracto de los dictámenes 146-
2014 del 12 de mayo de 2014 y 234-2018 del 17 de setiembre de 2018 de la
Procuraduría General de la República)
"Sobre esta resolución es importante recalcar e indicar, qué aunque se dio la
reforma a nuestro código procesal civil, y varios de los artículos citados en la
resolución supra fueron derogados, lo cierto es que estos mismos no vienen a traer
un cambio o diferencia con respecto a las nulidades alegadas anteriormente y
las cuales se solicita, se hagan conforme a derecho en este recurso.” (Copia un
extracto de la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección |: 62-
2008 de las 13:50 horas del 7 de marzo de 2008)
"De las sentencias presentadas, se destaca que al existir la nulidad absoluta
evidente y manifiesta en el proceso, acarrea un vicio y menoscabo al derecho de
defensa y debido proceso, razón por la cual, nuevamente se hace ver, que lo
correspondiente es el archivo del proceso, tomando como ejemplo, la resolución
00043 - 2015, si la adecuamos a la resolución del ORGANO DIRECTOR DE LA
MUINICIPALIDAD DE POCOC!I, entonces, al fallar el juez a favor de quien interpone
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*57 ACTA N*82 Ordinaria.
el proceso jurisdiccional alegando la NULIDAD ABSOLUTA, tendría la parte vencida
DELTA
que “subsanar” esa nulidad y volver a entablar el proceso administrativo!!??,
situación que no es posible, por la misma falta u omisión de uno o más elementos
constitutivos del acto, por cuanto lo que a derecho se ajusta es el archivo del
caso, y así solicitamos el archivo del caso en cuestión.” (Copia un extracto de las
sentencias: 38-2011 de las 14:00 del 31 de enero de 2011 del Tribunal Contencioso
Administrativo Sección |, y 43-2015 de las 08:35 horas del 16 de abril de 2015 del
Tribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda)
“SOBRE LA FALTA DE FUNDAMENTACION DE LA DETERMINACION EMITIDA
De este punto esta representación extraña la debida fundamentación, por la cual
el órgano director indica que nos da razón sobre la nulidad absoluta evidente y
manifiesta, y a su vez indica, dejar sin efecto el traslado de cargos indicado, y que
volverá a realizar el mismo, recordemos que el artículo 166 de nuestra LGAP, reza
lo siguiente "habrá nulidad absoluta del acto cuando falten totalmente uno o
varios de sus elementos , constitutivos, real o jurídicamente”, el artículo 173 de la
LAGP, en su inciso 5 indica “la anulación administrativa de un acto contra lo
dispuesto en este artículo, sea por omisión de las formalidades previstas, o por no
ser absoluta, evidente y manifiesta, será absolutamente nula, y la administración
estará obligada, además, al pago de daños, perjuicios y costas, todo sin perjuicio
de las responsabilidades personales del servidor a gente, de conformidad con el
segundo párrafo del artículo 199, la sección sexta del capítulo sexto de nuestra
LGAP, nos habla sobre la convalidación saneamiento o conversión del acto
administrativo, pero lo cierto del caso es que no logra denotar esta representación
sí es que el órgano director utilizó alguno de estos institutos jurídicos para intentar
proseguir con el mismo, el artículo 172 de la LGAP nos indica, “el acto
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Pluye
N
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 4. 279.
PAGINA N*58 ACTA N*82 Ordinaria. 23111-2023%__
A a
absolutamente nulo no se podrá arreglar a derecho ni por saneamiento, nipor
convalidación”, (negrita no es del original), teniendo en cuenta todo lo anterior es
que ese denota la falta de fundamentación de esta determinación emitida por
parte del órgano director para continuar con el acto administrativo y no archivar
el presente expediente, ahora bien, cabe resaltar que de querer el órgano
director tratar de realizar una conversión de esta nulidad absoluta evidente y
manifiesta, el mismo artículo nos indica que la conversión tiene efectos desde su
fecha, así las cosas, aun se intente continuar dicho acto administrativo con la
figura jurídica antes mencionada se tendría por caduco o prescrito el acto y/o
procedimiento disciplinario administrativo, ahora bien, continuando con la falta
de fundamentación alegada por esta representación, recordemos que el Artículo
134 de la LGAP no indica"'1. El acto administrativo deberá expresarse por escrito,
salvo que su naturaleza las circunstancias exijan forma diversa. 2. El acto escrito
deberá indicar el órgano agente, el derecho aplicable, la disposición, la fecha y
firma mencionando el cargo del suscriptor.” (Negrita no es del original), el articulo
Artículo 136 de la LGAP reza,"... 2. La motivación podrá consistir en la referencia
explícita o inequívoca a los motivos de la petición del administrado, o bien a
propuestas, dictámenes o resoluciones previas que hayan determinado realmente
la adopción del acto, a condición de que se acompañe su copia.” (Negrita no es
del original) así las cosas, volvemos a caer en un vicio de nulidad evidente y
manifiesta por dicho ayuno de fundamentación, situación que trae a palestra
nuevamente un menoscabo al Principio de Debido Proceso, violentando la
seguridad jurídica por cuando contrario a derecho se quiere continuar con un
proceso que debe ser archivado...” [Copia un extracto del voto: 739-2007 de la
Sala Constitucional)
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*59 ACTA N*%82 Ordinaria. 23-11-
A
4. Visible a folio 104 del expediente, el órgano director atendió el recu
revocatoria por resolución de las quince horas seis minutos del veintidós de
noviembre de 2023, decidiendo rechazar la impugnación de la señora Hidalgo
Jiménez, en todos sus extremos y dejar incólume la resolución recurrida.
La motivación de la decisión adoptada por el órgano director se encuentra en los
CONSIDERANDOS SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO de la resolución visible a folio 104
del expediente, que se transcriben literalmente:
“SEGUNDO. Lo que se resuelve en este recurso. Como se desprende del
RESULTANDO l de esta resolución, el reclamo de nulidad planteado por el Lic.
Gustavo Alonso Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo
Jiménez, durante la audiencia del 1 de noviembre de 2023, se basó en dos
argumentos, el primero, que el procedimiento no fue objeto de una investigación
sumaria por parte de la supervisora, y segundo, que no hubo una correcta
imputación e intimación de cargos a la señora Hidalgo Jiménez.
En la resolución de este órgano director, mencionada en el RESULTANDO lI de esta
resolución, se decide sobre ambos argumentos; con relación a la falta de una
investigación sumaria de la supervisora, se rechazó el argumento por cuanto debe
aplicarse el procedimiento ordinario de la Ley General de la Administración
Pública y no un procedimiento sumario, aparte que el Reglamento de Juntas de
Educación y Juntas Administrativas en su artículo 24 indica que debe hacerse una
investigación, pero no indica quién, y con relación a la falta de claridad con la
imputación de cargos en el traslado hecho a la señora Hidalgo Jiménez, al
considerar que llevaba razón, se decidió anular dicho acto administrativo, para
realizar uno nuevo respetándole el debido proceso, incluido su derecho de
defensa.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*60 ACTA N*82 Ordinaria.
De lo expuesto, tenemos que el recurso de revocatoria con apelación en subsidio
AR
versa únicamente sobre el argumento de la falta de imputación de cargos, donde
alegan que no hubo una debida fundamentación y que al declarar con lugar ese
reclamo, se debió dar por archivado el procedimiento; no se menciona el tema
de la falta de investigación sumaria por parte de la supervisora, por lo que esto
último no se entra a conocer al no ser abordado en el recurso.
TERCERO. Sobre el alegato de "ERRONEA VALORACION Y APLICACION DE LA LEY”
de la recurrente. En este apartado, la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez cita un
extracto de la resolución que identifica como 49-2019 de las 14:00 horas del 31 de
mayo de 2019, se infiere que del Tribunal Contencioso, que menciona lo principios
que informan la actividad disciplinaria sancionatoria, como el de legalidad,
derecho de audiencia y defensa, intimación e imputación, entre otros; luego,
como argumento propio, dice que el régimen de nulidades debe cumplir con los
elementos esenciales formales y materiales para lograr su validez y eficacia,
continuando con otro extracto de la misma resolución, según expresa, que en
esencia habla del sujeto, el procedimiento, la forma, el motivo, el contenido y el
fin; de seguido, copia un extracto de los dictámenes de la Procuraduría General
de la República 146-2014 del 12 de mayo de 2014 y 234-2018 del 17 de setiembre
de 2018, los cuales aluden al procedimiento del artículo 173 de la Ley General de
la Administración Pública; como argumento propio, indica que al declarar con
lugar nulidad absoluta, evidente y manifiesta dentro del “proceso”, con
fundamento en los artículos 173 y 199 de la Ley General de la Administración
Pública, lo que correspondía era el archivo del caso, no podría integrarse alguna
figura legal para subsanar dicha nulidad absoluta, contrario sensu, si se declarara
una nulidad relativa, nuestra LGAP en ese cuadro factico, si podría utilizar alguna
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PAGINA N*61 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-2023 tr
figura para intentar continuar con el PRINCIPIO DE CONSERVACION D
situación que es alejada a la realidad de proceso; la recurrente transcribe parte
de la resolución 62-2008 de las 13:50 horas del 7 de marzo de 2008 del Tribunal
Contencioso Administrativo Sección l, parte de la resolución 38-2011 de las 14:00
del 31 de enero de 2011 del Tribunal Contencioso Administrativo Sección l, y parte
de la resolución 43-2015 de las 08:35 horas del 16 de abril de 2015 del Tribunal de
Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, las cuales hablan sobre
el régimen de nulidades y la nulidad apreciada de oficio; cierra su alegato en este
apartado indicando que al existir la nulidad absoluta evidente y manifiesta en el
“proceso”, acarrea un vicio y menoscabo al derecho de defensa y debido
proceso correspondiendo el archivo del “proceso” tomando de ejemplo las
resolución 43-2023, añadiendo que no es posible subsanar una nulidad ni volver a
entablar un “proceso” administrativo.
Criterio del órgano director: la recurrente no reclama propiamente el hecho de
que se le haya dado la razón con la existencia de una falta al debido proceso
derivada de una insuficiente imputación de cargos, sino que se haya anulado el
traslado cargos de las catorce horas cinco minutos del veintiocho de junio de dos
mil veintitrés, sin haber dado por archivado este asunto y sin seguir los
procedimientos para la declaratoria de nulidad absoluta, evidente y manifiesta
que prevé la Ley General de la Administración Pública [en adelante LGAP?).
Este órgano director no comparte ninguno de los argumentos esbozados por la
recurrente, pues no son de aplicación, en su mayoría, al presente caso.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ J
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- e. PA
El artículo 173 de la LGAP regula el procedimiento que debe llevar la
Administración Pública para decretar la nulidad de un acto administrativo
declaratorio de derechos, cuando considere que esa nulidad sea evidente y
manifiesta, es junto con el proceso de lesividad, la excepción al principio de
intangibilidad de los actos propios, nace de la propia administración. Con relación
al procedimiento de marras, tenemos que el traslado de cargos está lejos de ser
un acto declaratorio de derechos, pues se realiza por la sospecha de la comisión
de una falta, más bien podría tener efectos negativos a los intereses de la personas
acusada, por otra parte, este artículo regula cuando es la propia administración
que desea anular el acto administrativo, no siendo nuestro caso, pues surge del
reclamo del abogado de la recurrente durante la audiencia del 1 de noviembre
de 2023, o sea, no fue de oficio, por lo que el artículo 173 de la LGAP no es de
aplicación a este procedimiento, en el mismo sentido los dos dictámenes citados
de la Procuraduría General de la República tampoco son de aplicación, salvo lo
relativo al debido proceso que le fue declarado con lugar en la resolución
impugnada.
La recurrente menciona el artículo 199 de la LGAP, mas no hace una precisión de
cómo se aplica dicha norma al procedimiento, por lo que no se hará mayor
mención al respecto, rechazando este argumento.
Por otra parte, se argumenta que al haberse declarado con lugar el reclamo por
la falta al debido proceso con relación a la imputación de cargos y su derecho
de defensa en general, debió darse el archivo del procedimiento, lo cual es
manifiestamente improcedente, al menos en la etapa que nos encontramos; el
procedimiento -no proceso- administrativo consiste en una serie concatenada de
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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actos procedimentales tendientes a la averiguación de la verdad real del motivo
que va a servir de base al acto final, o sea, está compuesta por varios actos, como
el traslado de cargos, donde si se anula, el efecto sería desde su creación a futuro,
no tendría por qué anular actos previos, nótese por ejemplo, que no se impugnó
la decisión de inicio, donde el órgano decisor, sea el Concejo Municipal, hizo el
nombramiento del órgano director, por lo que no habría motivo para anular todo
el procedimiento. Véase que la recurrente pide tener como ejemplo la resolución
43-2015 de las 08:35 horas del 16 de abril de 2015 del Tribunal de Casación
Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, sin embargo, no es posible, pues
el acto ahí impugnado fue el que dio origen al procedimiento mismo, lo cual sí
vicia el procedimiento, pero resulta muy distinto a nuestro caso, pues fue el
traslado de cargos que se anuló, y no el acuerdo del Concejo Municipal donde
se decide dar inicio al procedimiento PACM-02-2023, rechazando este órgano los
argumentos al respecto, al igual con las otras resoluciones judiciales por referirse a
nulidades de oficio o muy propias de un proceso judicial.
En consecuencia, por todo lo razonado, se rechaza todo lo expuesto por la
recurrente en este apartado.
CUARTO. Sobre el alegato de “LA FALTA DE FUNDAMENTACION DE LA
DETERMINACION EMITIDA”. El traslado de cargos de las de las catorce horas cinco
minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés quedó anulado, dejó de existir,
dejó de surtir efectos, en la resolución que se impugna se ordenó hacer uno nuevo,
diferente, que cumpla a cabalidad con lo que el debido proceso exige.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ñ
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STE TACA
Nuevamente se hace mención del artículo 173 de la LGAP, pero quedó ci que
no resulta de aplicación a este procedimiento, por no ser el traslado de cargos un
acto declarativo de derechos ni venir la gestión de nulidad de la administración.
La recurrente hace mención de la sección sexta, del capítulo sexto de la LGAP,
pero omite indicar que viene del Título Sexto del Libro Primero, comprende los
artículos 187, 188 y 189 que regulan la convalidación, el saneamiento y la
conversión, lo cual no comprende este órgano director su alusión, toda vez que
ninguno de los tres institutos fue utilizado, pues como se dijo, el traslado de cargos
se anuló, para que aplicara alguno de esos tres, dicho acto debería aunque sea
parcialmente seguir surtiendo efectos, cuando no lo está; en el mismo sentido se
rechaza la alusión al artículo 172 de la LGAP, pues no se está saneando ni
convalidando acto administrativo alguno.
Con relación al alegato de caducidad y prescripción, no realiza mayor
argumentación la recurrente, sin embargo, para que opere la caducidad es
menester, como indica el artículo 340 de la LGAP, que el procedimiento haya
estado paralizado por más de seis meses, mas no es el caso que nos ocupa, pues
revisado el expediente, no ha transcurrido dicho plazo, tal vez podría afectar el
tema de la prescripción, pero el plazo más corto sería el regulado en el artículo
414 del Código de Trabajo, sin embargo, no existe una relación laboral entre los
miembros de una junta de educación y una municipalidad, por lo que esa norma
no sería de aplicación a este procedimiento.
Finalmente, con la fundamentación para declarar con lugar el reclamo sobre una
indebida imputación de cargos, en lo que respecta estrictamente a la resolución
de este recurso [excluyendo como se dijo el tema de la investigación sumaria de
la supervisora), durante la audiencia del 1 de diciembre de 2023, el Lic. Gustavo
Alonso Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez, alegó:
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"'...de la mano con esta nulidad traemos la nulidad absoluta que versa o agravia
el derecho a la defensa de mi representada, habiendo reiterados
pronunciamientos de nuestro tribunal contencioso administrativo y civil de
Hacienda, y trayendo a colación una sentencia muy reciente de la cual muy
respetuosamente pido se anote y es la 59-2023-1 de las 11 horas, 10 minutos del 19
de julio de 2023, de la sección primera del Tribunal Contencioso, nos indica a folio
30 aproximadamente de dicha sentencia, nos indica que no es carga del sujeto
pasivo del procedimiento administrativo adivinar o suplir la imputación de cargo
que se le acusa dado que ello corresponde al Órgano Director al momento de
formular el traslado de cargos, esto por cuanto el mismo tribunal indica que dicha
imputación e intimación tiene que ser de forma clara, precisa, detalla y concreta,
cuál era la acción específica por la cual en ese caso y en el caso de marras el
actor y en este caso mi representada debía realizar para evitar dicho
procedimiento disciplinario. Importante señalar que la imputación de cargos de
mi representada describe párrafos como: “Ha incumplido, descuidado o
mostrado desinterés en sus funciones, pero cómo No se especifica la relación de
hechos del supuesto descuido o desinterés mostrado por ella”, muy preocupante
para esta representación con todo respeto que la misma intimación e imputación
de cargos se observa un párrafo que indica, se hace ver que esta acusación gira
en torno a un tema de comportamiento y forma de desempeñar sus labores como
presidenta de la Junta respecto a las personas indicadas, no a un hecho histórico
preciso en específico siendo lo anterior y como lo indica el párrafo no hay ningún
hecho preciso ni claro, ni detallado de lo que se le acusa por lo que,
lastimosamente al día de hoy ni doña Ericka que eventualmente no sabe de lo
que se le acusa y en mi caso también se observa que no se me dieron las
herramientas para una debida defensa, debido a la falta como se dijo
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*66 ACTA N%82 Ordinaria. 23-
anteriormente, de precisión de lo que se le acusa a mi representada es pof l
anterior, que respetuosamente pido que se analicen estas nulidades y pido que
se archive el expediente para evitar llegar a un Contencioso Administrativo en
solicitud de la violación que hubo en el debido proceso y en el derecho a la
defensa.”
En el CONSIDERANDO SEGUNDO de la resolución que se impugna, este órgano
director indicó:
“Segundo. Sobre el alegato de una indebida imputación de cargos. El Lic. Gustavo
Alonso Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez,
argumenta que del traslado de cargos no se desprende una apropiada
imputación de cargos, lo cual puede afectar el derecho de defensa de su
representada, toda vez que no tendría claridad sobre cómo poder debatir la
acusación en su contra.
Con relación a lo expuesto, realizado un análisis del traslado de cargos, se
determina que efectivamente la imputación de cargos no es tan precisa como
debiera ser, llevando razón la representación de la señora Hidalgo Jiménez, por lo
que debe anularse dicho documento y redactarse uno nuevo con una
imputación acorde con toda la documentación suministrada por los funcionarios
del Ministerio de Educación Pública.
POR TANTO
De conformidad con lo expuesto en el CONSIDERANDO SEGUNDO de esta
resolución, se declara parcialmente con lugar el reclamo realizado por el Lic.
Gustavo Alonso Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo
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PAGINA N%67 ACTA N*82 Ordinaria. 28-11-2023 *_1
Jiménez durante la declaración inicial de la audiencia oral y priva
noviembre de 2023, en consecuencia, se anula el traslado de cargos de las
catorce horas cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés, debiendo
redactarse un documento nuevo con resguardo del debido proceso; en lo demás,
se rechaza el reclamo planteado.”
Como puede verse, este órgano director justificó su decisión de anular el traslado
de cargos, pues luego de analizarlo a la luz de lo argumentado por el Lic. Gustavo
Acuña Vargas, se determinó que efectivamente el documento no tenía una
imputación de cargos adecuada, literalmente se puso "llevando razón la
representación de la señora Hidalgo Jiménez”, y al decir que lleva razón, es
referente a los argumentos del por qué consideró que había una violación del
debido proceso y al derecho de defensa, por eso en el "POR TANTO” se indica
que debe redactarse un documento nuevo con resguardo del debido proceso,
precisamente porque se le dio la razón en este punto, no se vio necesario justificar
más allá de lo que el Lic. Gustavo Acuña Vargas lo había hecho, con lo cual se
considera que no media violación de los artículos 134 y 136 de la LGAP.
Al analizar el recurso, el alegato de la falta de motivación gira en torno a la nulidad
del traslado de cargos y el no archivo del procedimiento, por lo que, a la luz de lo
expuesto a lo largo de esta resolución, no tendría sentido justificar por qué no se
siguió el procedimiento del artículo 173, ni se aplicaron los artículos 172, 187, 188 y
189 de la LGAP, pues no guardan relación alguna con este caso, sino que al hallar
una falta al debido proceso, constituyéndose en un derecho de rango
constitucional, en conjunto con lo argumentado por el Lic. Gustavo Acuña Vargas
en la audiencia del 1 de noviembre de 2023, sobre ese tema en específico, se
declaró con lugar en la resolución recurrida.”
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*68 ACTA N*82 Ordinaria.
CONSIDERANDO
ÚNICO. Una vez leída la impugnación de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez
y la resolución del órgano director de las quince horas seis minutos del veintidós
de noviembre de 2023, este Concejo Municipal comparte lo resuelto por el órgano
director del procedimiento, haciendo propios los argumentos de hecho y de
derecho desarrollados en el RESULTANDO 4 de esta resolución, que a su vez
corresponden a los CONSIDERANDOS SEGUNDO, TERCERO y CUARTO de la citada
resolución de las quince horas seis minutos del veintidós de noviembre de 2023 del
órgano director, en la misma línea, se comparte lo resuelto por el órgano director
en la resolución de las quince horas diecinueve minutos del trece de noviembre
de dos mil veintitrés, haciendo de igual forma propios los argumentos del órgano
director.
Sin el afán de ser redundantes, la impugnación de la señora Hidalgo Jiménez
radica en que el órgano director decidió anular el traslado de cargos, sin cumplir
lo establecido en los artículos 134, 136, 172, 173, 187, 188, 189 y 340 de la Ley
General de la Administración Pública, pues no justificó el órgano director dicha
anulación con alguna de esas normas, como la no aplicación del procedimiento
del artículo 173, no indicar si se realizó un saneamiento, convalidación, conversión,
o si consideró la falta al debido proceso como una nulidad relativa, pero, a criterio
de este Concejo Municipal, el traslado de cargos es un acto administrativo de
varios que conforman un procedimiento administrativo, y al anularse, dejó de
existir en la vida jurídica, de ahí que si se realiza uno nuevo, respetando las reglas
del debido proceso, no sería saneamiento, convalidación ni conversión, ya que el
traslado de cargos anulado no tiene efecto alguno, y archivar el procedimiento
por ello deviene en improcedente, tal y como indicó el órgano director, nunca se
cuestionó el acto administrativo donde este órgano colegiado hizo la designación
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PAGINA N*69 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-2023 tr
del órgano director, en consecuencia, debe mantenerse lo resuelto
resolución impugnada del órgano director de las quince horas diecinueve minutos
del trece de noviembre de dos mil veintitrés, con expreso respaldo del Concejo
Municipal de la resolución de las quince horas seis minutos del veintidós de
noviembre de 2023.
Nota de Secretaría: Se adjunta La resolución de las quince horas seis minutos del
veintidós de noviembre de dos mil veintitrés y la resolución de las quince horas
diecinueve minutos del trece de noviembre de dos mil veintitrés, ambas del
Órgano Director dentro de este procedimiento.
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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ
EXPEDIENTE: PACM-02-2023
Municipalidad de Pococí. Al ser las quince horas seis minutos del veintidós de
noviembre de dos mil veintitrés. Procede el órgano director a resolver recurso de
revocatoria interpuesto por la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez contra la
resolución de las quince horas diecinueve minutos del trece de noviembre de dos
mil veintitrés de este mismo órgano.
RESULTANDO
l. Que el 1 de noviembre de 2023 se inició la audiencia oral y privada dentro del
procedimiento administrativo PACM-02-2023, el Lic. Gustavo Alonso Acuña Vargas,
abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez, alegó dos posibles nulidades
absolutas en el procedimiento, a saber:
“La primera nulidad absoluta versa sobre la violación al debido proceso respecto
al artículo 24 del reglamento general de juntas de educación y juntas
administrativas. Lo anterior por cuanto dicho artículo reza lo siguiente: "Cualquier
miembro de la comunidad educativa podrá presentar por escrito ante el supervisor
del centro educativo las denuncias sobre supuestos hechos anómalos de la junta
con el fin de que se realice la investigación correspondiente". Sobre eso esta
representación observa ayuno de dicha investigación correspondiente, lo anterior
por cuanto la supervisora de nombre Flor Ramírez Núñez, Únicamente realiza un
documento de solicitud de apertura para destituir a doña Ericka, no se observa
dicha investigación sumaria para darle armas a este órgano director para que
eventualmente pueda de forma medular validar si están los hechos de hecho y de
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derecho y valorar la apertura del procedimiento, Es importante recalcar que con
la reforma del 2021 de este reglamento se derogan los artículos del 25 al 29 siendo
estos los que indicaban que quien tiene la legitimidad activa para solicitar dicho
proceso es el jefe del departamento de servicios ciclministrativos y financieros del
MEP, pero extrañamente al día de hoy en las páginas del MEP todavía se tiene ese
proceder. Donde en buena teoría el responsable de abrir este procedimiento, de
solicitar este procedimiento al Concejo Municipal es el jefe de departamento de
servicios administrativos y financieros, situación que al no haber claridad en esta
situación violenta el debido proceso con respecto a la apertura del procedimiento,
ahora bien, de la mano con esta nulidad traemos la nulidad absoluta que versa o
agravia el derecho a la defensa de mi representada, habiendo reiterados
pronunciamientos de nuestro tribunal contencioso administrativo y civil de
Hacienda, y trayendo a colación una sentencia muy reciente de la cual muy
respetuosamente pido se anote y es la 59-2023-1 de las 11 horas, 10 minutos del 19
de julio de 2023, de la sección primera del Tribunal Contencioso, nos indica a folio
30 aproximadamente de dicha sentencia, nos indica que no es carga del sujeto
pasivo del procedimiento administrativo adivinar o suplir la imputación cle cargo
que se le acusa dado que ello corresponde al Órgano Director al momento de
formular el traslado de cargos, esto por cuanto el mismo tribunal indica que dicha
imputación e intimación tiene que ser de forma clara, precisa, detalla y concreta,
cuál era la acción específica por la cual en ese caso y en el caso de marras el
actor y en este caso mi representada debía realizar para evitar dicho
procedimiento disciplinario. Importante señalar que la imputación de cargos de mi
representada describe párrafos como: “Ha incumplido, descuidaclo o mostrado
desinterés en sus funciones, pero cómo No se especifica la relación de hechos del
supuesto descuido o desinterés mostrado por ella”, muy preocupante para esta
representación con todo respeto que la misma intimación e imputación de cargos
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se observa un párrafo que indica, se hace ver que esta acusación gira en torno a
un tema de comportamiento y forma de desempeñar sus labores como presidenta
de la Junta respecto a las personas indicadas, no a un hecho histórico preciso en
específico siendo lo anterior y como lo indica el párrafo no hay ningún hecho
preciso ni claro, ni detallado de lo que se le acusa por lo que, lastimosamente al
día de hoy ni doña Ericka que eventualmente no sabe de lo que se le acusa y en
mi caso también se observa que no se me dieron las herramientas para una debida
defensa, debido a la falta como se dijo anteriormente, de precisión de lo que se le
acusa a mi representada es por lo anterior, que respetuosamente pido que se
analicen estas nulidades y pido que se archive el expediente para evitar llegar a
un Contencioso Administrativo en solicitud de la violación que hubo en el debido
proceso y en el derecho a la defensa.”
Il. Que por resolución de las quince horas diecinueve minutos del trece de
noviembre de dos mil veintitrés, este órgano resolvió sobre lo argumentado en el
RESULTANDO anterior:
"De conformidad con lo expuesto en el CONSIDERANDO SEGUNDO de esta
resolución, se declara parcialmente con lugar el reclamo realizado por el Lic.
Gustavo Alonso Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez
durante la declaración inicial de la audiencia oral y privada del 1 de noviembre de
2023, en consecuencia, se anula el traslado de cargos de las catorce horas cinco
minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés, debiendo redactarse un
documento nuevo con resguardo del debido proceso; en lo demás, se rechaza el
reclamo planteado.”
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lll. Contra la resolución recién aludida, la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez
presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio, pretendiendo:
“Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, solicito:
a) Que el presente RECURSO DE REVOCATORIA CON NULIDAD ABSOLUTA, sea
declarado CON LUGAR, en todos sus extremos, y en consecuencia se
revoquen los actos recurridos en lo aquí impugnado, y se archive la causa
como a derecho corresponde.
De no acogerse esta REVOCATORIA, con NULIDAD ABSOLUTA, dejo interpuesta
APELACION EN SUBSIDIO CON NULIDAD ABSOLUTA, MANIFIESTA Y EVIDENTE.”
CONSIDERANDO
PRIMERO. Alegatos del recurrente. En lo conducente, la señora Hidalgo Jiménez
argumenta en su recurso:
“ERRONEA VALORACION Y APLICACION DE LA LEY.”
"De igual forma, en cuanto al régimen de nulidades del acto administrativo
sancionatorio Disciplinario, tenemos que para tener validez y eficacia debe cumplir
con los elementos esenciales formales y materiales En ese sentido, la doctrina ha
establecido que los elementos del acto administrativo esenciales para lograr su
validez y eficacia, son los formales y los materiales. "Estos elementos intermediarios
entre el poder y el acto y la manifestación misma de éste, son los elementos
formales. Se trata del procedimiento, la forma de la manifestación y la
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Pluye secretaria(Amunipococi.go.cr moras
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competencia, que es la titularidad misma del poder. Los elementos materiales son
los que condicionan la realización del fin del acto y no meramente la del acto en
sí. Son los elementos que adecuan la conducta administrativa a la necesidad que
satisface y determina lo que la Administración manda” (Se transcribió parte de la
resolución 49-2019 de las 14:00 horas del 31 de mayo de 2019 del Tribunal
Contencioso Administrativo, no se indica Sección)
“De lo anterior esta representación, muy respetuosamente hacer ver que cil
declarar con lugar la nulidad absoluta evidente y manifiesta dentro del proceso
que nos ocupa, por existir vicios y omisiones de las formalidades previstas,
fundamentados en los artículos 173 y 199 de nuestra LGAP, lo correspondiente es el
archivo del caso, no podría integrarse alguna figura legal para subsanar dicha
nulidad absoluta, contrario sensu, si se declarara una nulidad relativa, nuestra LGAP
en ese cuadro factico, si podría utilizar alguna figura para intentar continuar con el
PRINCIPIO DE CONSERVACION DEL ACTO, situación que es alejada a la realidad de
proceso que nos atañe...” [Se transcribió parte de los dictámenes de la
Procuraduría General de la República 146-2014 del 12 de mayo de 2014 y 234-2018
del 17 de setiembre de 2018)
“Sobre esta resolución es importante recalcar e indicar, qué aunque se dio la
reforma a nuestro código procesal civil, y varios de los artículos citados en la
resolución supra fueron derogadlos, lo cierto es que estos mismos no vienen a traer
un cambio o diferencia con respecto a las nulidades alegadas anteriormente y las
cuales se solicita, se hagan conforme a derecho en este recurso.” (Se transcribió
parte de la resolución 62-2008 de las 13:50 horas del 7 de marzo de 2008 del Tribunal
Contencioso Administrativo Sección l)
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A Teléfono: 2711-1227 Lord
Fluye secretario()munipococi.go.cr mespiumo
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“De las sentencias presentadas, se destaca que al existir la nulidad absoluta
evidente y manifiesta en el proceso, acarrea un vicio y menoscabo al derecho de
defensa y debido proceso, razón por la cual, nuevamente se hace ver, que lo
correspondiente es el archivo del proceso, tomando como ejemplo, la resolución
00043 - 2015, si la adecuamos a la resolución del ORGANO DIRECTOR DE LA
MUINICIPALIDAD DE POCOCI, entonces, al fallar el juez a favor de quien interpone
el proceso juriscliccional alegando la NUUDAD ABSOLUTA, tendría la parte vencida
que "subsanar" esa nulidad y volver a entablar el proceso administrativo!!??,
situación que no es posible, por la misma falta u omisión de uno o más elementos
constitutivos del acto, por cuanto lo que a derecho se ajusta es el archivo del caso,
y así solicitamos el archivo del caso en cuestión.” (Se transcribió parte de la
resolución 38-2011 de las 14:00 del 31 de enero de 2011 del Tribunal Contencioso
Administrativo Sección |, y parte de la resolución 43-2015 de las 08:35 horas del 16
de abril de 2015 del Tribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de
Hacienda)
“SOBRE LA FALTA DE FUNDAMENTACION DE LA DETERMINACION EMITIDA
De este punto esta representación extraña la debida fundamentación, por la cual
el órgano director indica que nos da razón sobre la nulidad absoluta evidente y
manifiesta, y a su vez indica, dejar sin efecto el traslado de cargos indicado, y que
volverá a realizar el mismo, recordemos que el artículo 166 de nuestra LGAP, reza
lo siguiente “habrá nulidad absoluta del acto cuando falten totalmente uno o
varios dle sus elementos , constitutivos, real o jurídicamente”, el artículo 173 de la
LAGP, en su inciso 5 indica “la anulación administrativa de un acto contra lo
dispuesto en este artículo, sea por omisión de las formalidacles previstas, o por no
ser absoluta, evidente y manifiesta, será absolutamente nula, y la administración
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estará obligada, además, al pago de daños, perjuicios y costas, todo sin perjuicio
de las responsabilidades personales del servidor a gente, de conformidad con el
segundo párrafo cdlel artículo 199, la sección sexta del capítulo sexto de nuestra
LGAP, nos habla sobre la convalidación saneamiento o conversión del acto
administrativo, pero lo cierto del caso es que no logra denotar esta representación
sí es que el órgano director utilizó alguno de estos institutos jurídicos para intentar
proseguir con el mismo, el artículo 172 de la LGAP nos indica, “el acto
absolutamente nulo no se podrá arreglar a derecho nl por saneamiento, ni por
convalidación”, (negrita no es del original), teniendo en cuenta todo lo anterior es
que ese denota la falta de fundamentación de esta determinación emitida por
parte del órgano director para continuar con el acto administrativo y no archivar
el presente expediente, ahora bien, cabe resaltar que de querer el órgano director
tratar de realizar una conversión de esta nulidad absoluta evidente y manifiesta, el
mismo artículo nos indica que la conversión tiene efectos desde su fecha, así las
cosas, aun se intente continuar dicho acto administrativo con la figura jurídica
antes mencionada se tendría por caduco o prescrito el acto y/o procedimiento
disciplinario administrativo, «ahora bien, continuando con la falla de
fundamentación alegada por esta representación, recordemos que el Artículo 134
de la LGAP no indica". El acto administrativo deberá expresarse por escrito, salvo
que su naturaleza las circunstancias exijan forma diversa. 2. El acto escrito deberá
indicar el órgano agente, el derecho aplicable, la disposición, la fecha y firma
menclonando el cargo del suscriptor.” (Negrita no es del original), el articulo
Artículo 136 de la LGAP reza,"... 2. La motivación podrá consistir en la referencia
explícita o inequívoca a los motivos de la petición del administrado, o bien a
propuestas, dictámenes o resoluciones previas que hayan determinado realmente
la adopción del acto, a condición de que se acompañe su copla.” (Negrita no es
del original) así las cosas, volvemos a caer en un vicio de nulidad evidente y
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manifiesta por dicho ayuno de fundamentación, situación que trae a palestra
nuevamente un menoscabo al Principio de Debido Proceso, violentando la
seguridad jurídica por cuando contrario a derecho se quiere continuar con un
proceso que debe ser archivado...” (Se transcribió parte de la resolución 739-2007
de la Sala Constitucional)
SEGUNDO, Lo que se resuelve en este recurso. Como se desprende del RESULTANDO
| de esta resolución, el reclamo de nulidad planteado por el Lic. Gustavo Alonso
Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez, durante la
audiencia del | de noviembre de 2023, se basó en dos argumentos, el primero, que
el procedimiento no fue objeto de una investigación sumaria por parte de la
supervisora, y segundo, que no hubo una correcta imputación e intimación de
cargos a la señora Hidalgo Jiménez.
En la resolución de este órgano director, mencionada en el RESULTANDO ll de esta
resolución, se decide sobre ambos argumentos; con relación a la falta de una
investigación sumaria de la supervisora, se rechazó el argumento por cuanto debe
aplicarse el procedimiento ordinario de la Ley General de la Administración Pública
y no un procedimiento sumario, aparte que el Reglamento de Juntas de Educación
y Juntas Administrativas en su artículo 24 indica que debe hacerse una
investigación, pero no indica quién, y con relación a la falta de claridad con la
imputación de cargos en el traslado hecho a la señora Hidalgo Jiménez, al
considerar que llevaba razón, se decidió anular dicho acto administrativo, para
realizar uno nuevo respetándole el debido proceso, incluido su derecho de
defensa.
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De lo expuesto, tenemos que el recurso de revocatoria con apelación en subsidio
versa únicamente sobre el argumento de la falta de imputación de cargos, donde
alegan que no hubo una debida fundamentación y que al declarar con lugar ese
reclamo, se debió dar por archivado el procedimiento; no se menciona el tema de
la falta de investigación sumaria por parte de la supervisora, por lo que esto último
no se entra a conocer al no ser abordado en el recurso.
TERCERO. Sobre el alegato de “ERRONEA VALORACION Y APLICACION DE LA LEY”
de la recurrente. En este apartado, la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez cita un
extracto de la resolución que identifica como 49-2019 de las 14:00 horas del 31 de
mayo de 2019, se infiere que del Tribunal Contencioso, que menciona lo principios
que informan la actividad disciplinaria sancionatoria, como el de legalidad,
derecho de audiencia y defensa, intimación e imputación, entre otros; luego,
como argumento propio, dice que el régimen de nulidades debe cumplir con los
elementos esenciales formales y materiales para lograr su validez y eficacia,
continuando con otro extracto de la misma resolución, según expresa, que en
esencia habla del sujeto, el procedimiento, la forma, el motivo, el contenido y el
fin; de seguido, copia un extracto de los dictámenes de la Procuraduría General
de la República 146-2014 del 12 de mayo de 2014 y 234-2018 del 17 de setiembre
de 2018, los cuales aluden al procedimiento del artículo 173 de la Ley General de
la Administración Pública; como argumento propio, indica que al declarar con
lugar nulidad absoluta, evidente y manifiesta dentro del “proceso”, con
fundamento en los artículos 173 y 199 de la Ley General de la Administración
Pública, lo que correspondía era el archivo del caso, no podría integrarse alguna
figura legal para subsanar dicha nulidad absoluta, contrario sensu, si se declarara
una nulidad relativa, nuestra LGAP en ese cuadro factico, si podría utilizar alguna
figura para intentar continuar con el PRINCIPIO DE CONSERVACION DEL ACTO,
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situación que es alejada a la realidad de proceso; la recurrente transcribe parte de
la resolución 62-2008 de las 13:50 horas del 7 de marzo de 2008 del Tribunal
Contencioso Administrativo Sección |, parte de la resolución 38-2011 de las 14:00
del 31 de enero de 2011 del Tribunal Contencioso Administrativo Sección 1, y parte
de la resolución 43-2015 de las 08:35 horas del 16 de abril de 2015 del Tribunal de
Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, las cuales hablan sobre
el régimen de nulidades y la nulidad apreciada de oficio; cierra su alegato en este
apartado indicando que al existir la nulidad absoluta evidente y manifiesta en el
“proceso”, acarrea un vicio y menoscabo al derecho de defensa y debido proceso
correspondiendo el archivo del “proceso” tomando de ejemplo las resolución 43-
2023, añadiendo que no es posible subsanar una nulidad ni volver a entablar un
“proceso” administrativo,
Criterio del órgano director: la recurrente no reclama propiamente el hecho de que
se le haya dado la razón con la existencia de una falta al debido proceso derivada
de una insuficiente imputación de cargos, sino que se haya anulado el traslado
cargos de las catorce horas cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil
veintitrés, sin haber dado por archivado este asunto y sin seguir los procedimientos
para la declaratoria de nulidad absoluta, evidente y manifiesta que prevé la Ley
General de la Administración Pública (en adelante LGAP).
Este órgano director no comparte ninguno de los argumentos esbozados por la
recurrente, pues no son de aplicación, en su mayoría, al presente caso.
El artículo 173 de la LGAP regula el procedimiento que debe llevar la Administración
Pública para decretar la nulidad de un acto administrativo declaratorio de
derechos, cuando considere que esa nulidad sea evidente y manifiesta, es junto
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con el proceso de lesividad, la excepción al principio de intangibilidad de los actos
propios, nace de la propia administración. Con relación al procedimiento de
marras, tenemos que el traslado de cargos está lejos de ser un acto declaratorio
de derechos, pues se realiza por la sospecha de la comisión de una falta, más bien
podría tener efectos negativos a los intereses de la personas acusada, por otra
parte, este artículo regula cuando es la propia administración que desea anular el
acto administrativo, no siendo nuestro caso, pues surge del reclamo del abogado
de la recurrente durante la audiencia del 1 de noviembre de 2023, o sea, no fue
de oficio, por lo que el artículo 173 de la LGAP no es de aplicación a este
procedimiento, en el mismo sentido los dos dictámenes citados de la Procuraduría
General de la República tampoco son de aplicación, salvo lo relativo al debido
proceso que le fue declarado con lugar en la resolución impugnada.
La recurrente menciona el artículo 199 de la LGAP, mas no hace una precisión de
cómo se aplica dicha norma al procedimiento, por lo que no se hará mayor
mención al respecto, rechazando este argumento.
Por otra parte, se argumenta que al haberse declarado con lugar el reclamo por
la falta al debido proceso con relación a la imputación de cargos y su derecho de
defensa en general, debió darse el archivo del procedimiento, lo cual es
manifiestamente improcedente, al menos en la etapa que nos encontramos; el
procedimiento -no proceso- administrativo consiste en una serie concatenada de
actos procedimentales tendientes a la averiguación de la verdad real del motivo
que va a servir de base al acto final, o sea, está compuesta por varios actos, como
el traslado de cargos, donde sise anula, el efecto sería desde su creación a futuro,
no tendría por qué anular actos previos, nótese por ejemplo, que no se impugnó la
decisión de inicio, donde el órgano decisor, sea el Concejo Municipal, hizo el
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nombramiento del órgano director, por lo que no habría motivo para anular todo
el procedimiento. Véase que la recurrente pide tener como ejemplo la resolución
43-2015 de las 08:35 horas del 16 de abril de 2015 del Tribunal de Casación
Contencioso Aclministrativo y Civil de Hacienda, sin embargo, no es posible, pues
el acto ahí impugnado fue el que dio origen al procedimiento mismo, lo cual sí vicia
el procedimiento, pero resulta muy distinto a nuestro caso, pues fue el traslado de
cargos que se anuló, y no el acuerdo del Concejo Municipal donde se decide dar
inicio al procedimiento PACM-02-2023, rechazando este órgano los argumentos al
respecto, al igual con las otras resoluciones judiciales por referirse a nulidades de
oficio o muy propias de un proceso judicial.
En consecuencia, por todo lo razonado, se rechaza todo lo expuesto por la
recurrente en este apartado.
CUARTO. Sobre el alegato de “LA FALTA DE FUNDAMENTACION DE LA
DETERMINACION EMITIDA”. El traslado de cargos de las de las catorce horas cinco
minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés quedó anulado, dejó de existir,
dejó de surtir efectos, en la resolución que se impugna se ordenó hacer uno nuevo,
diferente, que cumpla a cabalidad con lo que el debido proceso exige.
Nuevamente se hace mención del artículo 173 de la LGAP, pero quedó claro que
no resulta de aplicación a este procedimiento, por no ser el traslado de cargos un
acto declarativo de derechos ni venir la gestión de nulidad de la administración.
La recurrente hace mención de la sección sexta, del capítulo sexto de la LGAP,
pero omite indicar que viene del Título Sexto del Libro Primero, comprende los
artículos 187, 188 y 189 que regulan la convalidación, el saneamiento y la
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conversión, lo cual no comprende este órgano director su alusión, toda vez que
ninguno de los tres institutos fue utilizado, pues como se dijo, el traslado de cargos
se anuló, para que aplicara alguno de esos tres, dicho acto debería aunque sea
parcialmente seguir surtiendo efectos, cuando no lo está; en el mismo sentido se
rechaza la alusión al artículo 172 de la LGAP, pues no se está saneando ni
convalidando acto administrativo alguno.
Con relación al alegato de caducidad y prescripción, mo realiza mayor
argumentación la recurrente, sin embargo, para que opere la caducidad es
menester, como indica el artículo 340 de la LGAP, que el procedimiento haya
estado paralizado por más de seis meses, mas no es el caso que nos ocupa, pues
revisado el expediente, no ha transcurrido dicho plazo, tal vez podría afectar el
tema de la prescripción, pero el plazo más corto sería el regulado en el artículo 414
del Código de Trabajo, sin embargo, no existe una relación laboral entre los
miembros cle una junta de educación y una municipalidad, por lo que esa norma
no sería de aplicación a este procedimiento.
Finalmente, con la fundamentación para declarar con lugar el reclamo sobre una
indebida imputación de cargos, en lo que respecta estrictamente a la resolución
de este recurso (excluyendo como se dijo el tema de la investigación sumaria de
la supervisora), durante la audiencia del 1 de diciembre de 2023, el Lic. Gustavo
Alonso Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez, alegó:
* ..,de la mano con esta nulidad traemos la nulidad absoluta que versa o agravia
el derecho a la defensa de mi representada, habiendo reiterados
pronunciamientos de nuestro tribunal contencioso administrativo y civil de
Hacienda, y trayendo a colación una sentencia muy reciente de la cual muy
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respetuosamente pido se anote y es la 59-2023-1 de las 11 horas, 10 minutos del 19
de julio cle 2023, de la sección primera del Tribunal Contencioso, nos indica a folio
30 aproximadamente de dicha sentencia, nos indica que no es carga del sujeto
pasivo del procedimiento administrativo adivinar o suplir la imputación de cargo
que se le acusa dado que ello corresponde al Órgano Director al momento de
formular el traslado de cargos, esto por cuanto el mismo tribunal indica que dicha
imputación e intimación tiene que ser de forma clara, precisa, detalla y concreta,
cuál era la acción específica por la cual en ese caso y en el caso de marras el
actor y en este caso mi representada debía realizar para evitar dicho
procedimiento disciplinario. Importante señalar que la imputación de cargos de mi
representada describe párrafos como: “Ha incumplido, descuidado o mostraclo
desinterés en sus funciones, pero cómo No se especifica la relación de hechos del
supuesto descuido o desinterés mostrado por ella”, muy preocupante para esta
representación con todo respeto que la misma intimación e imputación de cargos
se observa un párrafo que indica, se hace ver que esta acusación gira en torno a
un tema de comportamiento y forma de desempeñar sus labores como presidenta
de la Junta respecto a las personas indicadas, no a un hecho histórico preciso en
específico siencdlo lo anterior y como lo indica el párrafo no hay ningún hecho
preciso ni claro, ni detallado de lo que se le acusa por lo que, lastimosamente al
día de hoy ni doña Ericka que eventualmente no sabe de lo que se le acusa y en
mi caso también se observa que no se me dieron las herramientas para una debida
defensa, debido a la falta como se dijo anteriormente, de precisión de lo que se le
acusa a mi representada es por lo anterior, que respetuosamente pido que se
analicen estas nulidades y pido que se archive el expediente para evitar llegar a
un Contencioso Administrativo en solicitud de la violación que hubo en el debido
proceso y en el derecho a la defensa.”
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En el CONSIDERANDO SEGUNDO de la resolución que se impugna, este órgano
director indicó:
“Segundo. Sobre el alegato de una indebida Imputación de cargos. El Lic. Gustavo
Alonso Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez,
argumenta que del traslado «de cargos no se desprende una apropiada
imputación de cargos, lo cual puede afectar el derecho de defensa de su
representada, toda vez que no tendría claridad sobre cómo poder debatir la
acusación en su contra.
Con relación a lo expuesto, realizado un análisis del traslado de cargos, se
determina que efectivamente la imputación de cargos no es tan precisa como
debiera ser, llevando razón la representación de la señora Hidalgo Jiménez, por lo
que debe anularse dicho documento y redactarse uno nuevo con una imputación
acorde con toda la documentación suministrada por los funcionarios del Ministerio
de Educación Pública.
PORTANTO
De conformidad con lo expuesto en el CONSIDERANDO SEGUNDO de esta
resolución, se declara parcialmente con lugar el reclamo realizado por el Lic.
Gustavo Alonso Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez
durante la declaración inicial de la audiencia oral y privada del 1 de noviembre de
2023, en consecuencia, se anula el traslado de cargos de las catorce horas cinco
minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés, debiendo redactarse un
documento nuevo con resguardo del debido proceso; en lo demás, se rechaza el
reclamo planteado.”
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Pluye secretario()munipococi.go.cr Meceimo
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Como puede verse, este órgano director justificó su decisión de anular el traslado
de cargos, pues luego de analizarlo a la luz de lo argumentado por el Lic. Gustavo
Acuña Vargas, se determinó que efectivamente el documento no tenía una
imputación de cargos adecuada, literalmente se puso "llevando razón la
representación de la señora Hidalgo Jiménez”, y al decir que lleva razón, es
referente a los argumentos del por qué consideró que había una violación del
debido proceso y al derecho de defensa, por eso en el “POR TANTO" se indica que
debe redactarse un documento nuevo con resguardo del debido proceso,
precisamente porque se le dio la razón en este punto, no se vio necesario justificar
más allá de lo que el Lic. Gustavo Acuña Vargas lo había hecho, con lo cual se
considera que no media violación de los artículos 134 y 136 de la LGAP.
Al analizar el recurso, el alegato de la falta de motivación gira en tomo a la nulidad
del traslado de cargos y el no archivo del procedimiento, por lo que, a la luz de lo
expuesto a lo largo de esta resolución, no tendría sentido justificar por qué no se
siguió el procedimiento del artículo 173, ni se aplicaron los artículos 172, 187, 188 y
189 de la LGAP, pues no guardan relación alguna con este caso, sino que al hallar
una falta al debido proceso, constituyéndose en un derecho de rango
constitucional, en conjunto con lo argumentado por el Lic. Gustavo Acuña Vargas
en la audiencia del 1 de noviembre de 2023, sobre ese tema en específico, se
declaró con lugar en la resolución recurrida.
PORTANTO
De conformidad con lo expuesto, de acuerdo con lo argumentado por este órgano
director sobre los artículos 134, 136, 172, 173, 187, 188, 189 y 340 de la Ley General
de la Administración Pública, lo mencionado sobre los dictámenes de la
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AY Teléfono: 2711-1227 ys
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Procuraduría General de la República y los fallos judiciales, se rechaza en todos sus
extremos el recurso de revocatoria presentado por la señora Ericka Elieth Hidalgo
Jiménez contra la resolución de las quince horas diecinueve minutos del trece de
noviembre de dos mil veintitrés de este mismo órgano, manteniéndose incólume
dicha resolución . Se procede a elevar el recurso de apelación para conocimiento
y resolución del Concejo Municipal. NOTIFÍQUESE.
MAGALLY Firmado
digitalmente por CHRISTIAN Firmado digitalmente
VENEGAS MAGALLY VENEGAS CORDOBA por CHRISTIAN
VARGAS VARGAS (FIRMA) CORDOBA OVIEDO
Fecha: 2023.11.22 OVIEDO o Maa
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Licda. Magally Venegas Vargas Lic. Christian Córdoba Oviedo
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Municipalidad de Pococí
Secretaría del Concejo Municipal
Teléfono: 2711-1227
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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ
EXPEDIENTE: PACM-02-2023
Municipalidad de Pococí. Alserlas quince horas horas diecinueve minutos del trece
de noviembre de dos mil veintitrés. Procede el órgano director a resolver dos
posibles nulidades dentro del procedimiento que nos ocupa alegadas por el Lic.
Gustavo Alonso Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo
Jiménez.
RESULTANDO
ÚNICO. Que el 1 de noviembre de 2023 se inició la audiencia oral y privada dentro
del procedimiento administrativo PACM-02-2023, el lic. Gustavo Alonso Acuña
Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez, alegó dos posibles
nulidades absolutas en el procedimiento, a saber:
*La primera nulidad absoluta versa sobre la violación al debido proceso respecto
al artículo 24 del reglamento general de juntas de educación y juntas
administrativas. Lo anterior por cuanto dicho artículo reza lo siguiente: “Cualquier
miembro de la comunidad educativa podrá presentar por escrito ante el supervisor
del centro educativo las denuncias sobre supuestos hechos anómalos de la junta
con el fin de que se realice la investigación correspondiente”. Sobre eso esta
representación observa ayuno de dicha investigación correspondiente, lo anterior
por cuanto la supervisora de nombre Flor Ramírez Núñez, únicamente realiza un
documento de solicitud de apertura para destituir a doña Ericka, no se observa
dicha investigación sumaria para darle armas a este órgano director para que
eventualmente pueda de forma medular validar si están los hechos de hecho y de
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PAGINA N*88 ACTA N*%82 Ordinaria.
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O € Secretaría del Concejo Municipal
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derecho y valorar la apertura del procedimiento. Es importante recalcar que con
la reforma del 2021 de este reglamento se derogan los artículos del 25 al 29 siendo
estos los que indicaban que quien tiene la legitimidad activa para solicitar dicho
proceso es el jefe del departamento de servicios administrativos y financieros del
MEP, pero extrañamente al día de hoy en las páginas del MEP todavía se tiene ese
proceder. Donde en buena teoría el responsable de abrir este procedimiento, de
solicitar este procedimiento al Concejo Municipal es el jefe de departamento de
servicios administrativos y financieros, situación que al no haber claridad en esta
situación violenta el debido proceso con respecto a la apertura del procedimiento,
ahora bien, de la mano con esta nulidad traemos la nulidad absoluta que versa o
agravia el derecho a la defensa de mi representada, habiendo reiterados
pronunciamientos de nuestro tribunal contencioso administrativo y civil de
Hacienda, y trayendo a colación una sentencia muy reciente de la cual muy
respetuosamente pido se anote y es la 59-2023-l de las 11 horas, 10 minutos del 19
de julio de 2023, de la sección primera del Tribunal Contencioso, nos indica a folio
30 aproximadamente de dicha sentencia, nos indica que no es carga del sujeto
pasivo del procedimiento administrativo adivinar o suplir la imputación de cargo
que se le acusa dado que ello corresponde al Órgano Director al momento de
formular el traslado de cargos, esto por cuanto el mismo tribunal indica que dicha
imputación e intimación tiene que ser de forma clara, precisa, detalla y concreta,
cuál era la acción específica por la cual en ese caso y en el caso de marras el
actor y en este caso mi representada debía realizar para evitar dicho
procedimiento disciplinario. Importante señalar que la imputación de cargos de mi
representada describe párrafos como: “Ha incumplido, descuidado o mostrado
desinterés en sus funciones, pero cómo No se especifica la relación de hechos del
supuesto descuido o desinterés mostrado por ella”, muy preocupante para esta
representación con todo respeto que la misma intimación e imputación de cargos
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se observa un párrafo que indica, se hace ver que esta acusación gira en torno a
un tema de comportamiento y forma de desempeñar sus labores como presidenta
de la Junta respecto a las personas indicadas, no a un hecho histórico preciso en
específico siendo lo anterior y como lo indica el párrafo no hay ningún hecho
preciso ni claro, ni detallado de lo que se le acusa por lo que, lastimosamente al
día de hoy ni doña Ericka que eventualmente no sabe de lo que se le acusa y en
mi caso también se observa que no se me dieron las herramientas para una debida
defensa, debido a la falta como se dijo anteriormente, de precisión de lo que se le
acusa a mi representada es por lo anterior, que respetuosamente pido que se
analicen estas nulidades y pido que se archive el expediente para evitar llegar a
un Contencioso Administrativo en solicitud de la violación que hubo en el debido
proceso y en el derecho a la defensa.”
CONSIDERANDO
Primero. Sobre el alegato de falta de una investigación sumaria por parte de la
supervisora. La Sala Constitucional en su voto 28022-2021 de las 14:01 horas del 15
de diciembre de 2021 declaró inconstitucionales los artículos 25, 26, 27, 28 y 94 inciso
f) del Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, estas
normas regulaban un procedimiento especial sumario para la destitución de los
miembros de dichas juntas, por lo que la Sala Constitucional estimó que dicho
procedimiento no era procedente, al haber uno regulado en la Ley General de la
Administración Pública, siendo que un reglamento no puede estar por encima de
una ley, aludiéndose temas como el debido proceso, pues el artículo 308 de la
citada ley indica que el procedimiento ordinario será aplicable si el acto final
puede causar perjuicio grave al administrado, aparte que otorga plazos más
amplios a las partes para ejercer su derecho de defensa.
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PAGINA N*90 ACTA N*82 Ordinaria.
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Así, el procedimiento que debe aplicarse es el ordinario previsto en la Ley General
de la Administración Pública, siendo el Gobierno Local a través del Concejo
Municipal el encargado de aplicarlo de conformidad con el artículo 13 inciso g)
del Código Municipal y el artículo 23 del Reglamento General de Juntas de
Educación y Juntas Administrativas.
En lo que respecta al alegato de nulidad por cuanto no existe una investigación
sumaria de la supervisora, ha de indicarse que el Reglamento General de Juntas
de Educación y Juntas Administrativas no establece -luego de los artículos anulados
por la Sala Constitucional- la obligación de hacer una investigación sumaria, lo
Única que hace mención el artículo 24 de ese cuerpo normativo, es que una vez
se interpuso la denuncia, se “realice la investigación correspondiente” no ordena
que dicha investigación corresponda a la supervisora.
De todas formas, como ha sido puesto en conocimiento de la señora Ericka Elieth
Hidalgo Jiménez, aparte del expediente principal, existen dos expedientes
adjuntados con la solicitud de apertura del procedimiento, lo cual evidencia la
realización de una investigación para poder haber obtenido toda esa
documentación.
Por lo expuesto, es consideración del órgano director que el argumento sobre que
existe una nulidad en la tramitación del procedimiento al no observarse una
investigación sumaria de la supervisora es improcedente, de acuerdo con los
motivos señalados en este CONSIDERANDO.
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AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*91 ACTA N%82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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e Secretaría del Concejo Municipal Dr
a Teléfono: 2711-1227
Fluye secretario(Qmunipococi.go.cr mceuoo
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5
No se omite indicar que, si bien en la página web del Ministerio de Educación
Pública se establece un procedimiento para destitución de miembros de Juntas de
Educación y Juntas Administrativas, la competencia para la tramitación de los
procedimientos recae en las municipalidades, prevaleciendo las normas legales y
reglamentarias sobre una publicación en una página de internet, donde no se halla
afectación alguna al debido proceso de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez.
Segundo, Sobre el alegato de una indebida imputación de cargos. El Lic. Gustavo
Alonso Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez,
argumenta que del traslado de cargos no se desprende una apropiada
imputación de cargos, lo cual puede afectar el derecho de defensa de su
representada, toda vez que no tendría claridad sobre cómo poder debatir la
acusación en su contra.
Con relación a lo expuesto, realizado un análisis del traslado de cargos, se
determina que efectivamente la imputación de cargos no es tan precisa como
debiera ser, llevando razón la representación de la señora Hidalgo Jiménez, por lo
que debe anularse dicho documento y redactarse uno nuevo con una imputación
acorde con toda la documentación suministrada por los funcionarios del Ministerio
de Educación Pública.
PORTANTO
De confomidad con lo expuesto en el CONSIDERANDO SEGUNDO de esta
resolución, se declara parcialmente con lugar el reclamo realizado por el Lic.
Gustavo Alonso Acuña Vargas, abogado de la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez
durante la declaración inicial de la audiencia oral y privada del 1 de noviembre de
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*92 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
Cc Secretaría del Concejo Municipal
a Teléfono: 2711-1227 Lo
Fluye secretaria )munipococi.go.cr macriuyo
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6
2023, en consecuencia, se anula el traslado de cargos de las catorce horas cinco
minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés, debiendo redactarse un
documento nuevo con resguardo del debido proceso; en lo demás, se rechaza el
reclamo planteado.
Contra la presente resolución, en caso de disconformidad, caben los recursos de
revocatoria ante este órgano y apelación ante el Concejo Municipal dentro del
plazo de cinco días contados a partir de la notificación de este documento.
NOTIFÍQUESE.
MAGALLY Firmado digitalmente CHRISTIAN — (Mimaco fatalmente
VENEGAS — AporMAGaLLyveneGas CORDOBA coromaontoo
VARGAS Fecha: 2023.11.13 OVIEDO A aaa
(FIRMA) H222420000 (FIRMA) 15:19:50 -06'00'
Licda. Magally Venegas Vargas Lic. Christian Córdoba Oviedo
Órgano director Órgano director
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a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI pol
PAGINA N993 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11 12023%
Por tanto, Por Unanimidad SE ACUERDA: El Concejo Municipal, tomando como
propia la justificación expuesta por el órgano director en el CONSIDERANDO
SEGUNDO y el POR TANTO de la resolución de las quince horas diecinueve minutos
del trece de noviembre de dos mil veintitrés, y tomando también como propia la
justificación de los CONSIDERANDOS SEGUNDO, TERCERO, CUARTO y el POR TANTO
de la resolución de las quince horas seis minutos del veintidós de noviembre de
dos mil veintitrés del órgano director, información transcrita de manera literal en
los RESULTANDOS 2 y 4 de esta resolución, según lo argumentado sobre los artículos
134, 136, 172, 173, 187, 188, 189 y 340 de la Ley General de la Administración
Pública, lo mencionado de los dictámenes de la Procuraduría General de la
República y los fallos judiciales, resuelve rechazar en su totalidad el recurso de
apelación interpuesto por la señora Ericka Elieth Hidalgo Jiménez en su condición
de presidenta de la Junta de Educación de la Escuela La Suerte, de manera que
se mantiene vigente con todos sus efectos la resolución de las quince horas
diecinueve minutos del trece de noviembre de dos mil veintitrés del órgano
director. Se hace ver que la recurrente cuenta con las dos resoluciones aludidas
en este, POR TANTO, por serle debidamente notificadas. Prosígase con el
procedimiento administrativo. NOTIFÍQUESE. Se Dispensa del Trámite de Comisión
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ARTICULO lll
Correspondencia
ACUERDO N* 2227
Se conoce nota suscrita por Ing. Guisselle Aguilar Barquero, Asistente en Obra
Pública, teléfono: 2710-6613, correo electrónico:
guiselle.aguilaramunipococi.go.cr, dice:
Oficio: OPM 0870-2023
Asunto: Respuesta a Referencia Acta N.” 48 Artículo IV Acuerdo N.” 1294,
planteamiento solicitado por la señora Lucia Brenes Arguello misma en la que
requiere de inspección por parte de este municipio, en la ubicación 100 Oeste y
100 Norte del Cementerio Guápiles Calle eléctric2.
ga ee En Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%94 ACTA N*82 Ordinaria.
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rd Municipalidad de Pococí
POCO: ¿ Obra Pública
a Teléfono: 2710-6613
Flu ye Guiselle.aguilar2munipococi.go.cr
SANAR A
Guápiles, 17 de noviembre de 2023
OPM 0870-2023
Srs. Concejo
Municipalidad de Pococí
S.O
Asunto: Respuesta a Referencia Acta N.? 48 Artículo IV Acuerdo N.? 1294
Estimado Señor.
De acuerdo al planteamiento solicitado por la señora Lucia Brenes Arguello misma
en la que requiere de inspección por parte de este municipio, en la
ubicación 100 Oeste y 100 Norte del Cementerio Guápiles Calle eléctric21
margen derecha, en donde se ubica zanjo sobre vía pública para lo cual se
le informa de lo siguiente.
En este sentido, se realizó la visita a campo en la que se constató que sobre
vía pública se ubica un zanjo a considerar debido a que presenta
peligrosidad por su profundidad y sin ninguna barrera preventiva que
indique del riesgo presente tanto para peatones como el paso de vehículos
exponiéndolos a un incidente tal y como se muestra en las siguientes
imágenes.
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Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*96 ACTA N*82 Ordinaria.
a Muntcipalidad de Pococí
PO JS y 4 Obra Pública
AS Teléfono: 2710-6613
Fluye ¡Suiselle. aguilar 9 munipococi.go.er DErOCOn.
me
A si las cosas, cabe informar que el Departamento de Obra Pública no
cuenta con la asignación de recursos económicos para la atención
inmediata de esta obra, misma que comprende el uso de equipo back joe
para la colocación de 18 tubos de 30 pulgadas, como la construcción de
dos cajas de registro más dos viajes de lastre para conformar la superficie
de ruedo terminada.
Así las cosas, teniendo en claro que se debe ejecutar el proyecto, no se
omite indicar que el Departamento de Obra Pública no cuenta con los
insumos ni recursos disponibles para atender la obra, por lo que se hace de
conocimiento al Concejo Municipal quien forma parte de la toma de
secciones el asumir el inyectar contenido presupuestario para los insumos
por un monto de 22.500.000,00 de colones para la atención de lo anterior
expuesto.
Porlo que en aras de dar respuesta a la interesada y al Concejo, se les hace
de su atento conocimiento de las acciones previas que se deben de realizar
en miras de dar una solución al problema planteado.
Segura de su atención a la presente,
Se despide, 5
YURLEY GUISELLE — Tune GUBELEACULAR
AGUILAR BARQUERO (FIRMA)
Fecha: 2023.11.17 14:20:
BARQUERO (FIRMA) fssno qa
Guisselle Aguilar Barquero
Ing. Asist/Obra Pública.
Participa de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Entonces que se le informe a la señora interesada y se le informe a la Junta Vial
para que puedan posteriormente verlo y resolverlo. ¿Los que están de acuerdo?
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se le traslada a la interesada y a la Junta Vial para
lo que corresponda.
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AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*97 ACTA N*82 Ordinaria.
ACUERDO N”* 2228
Se conoce nota suscrita por la Licda Magally Venegas Vargas, secretaria
municipal, teléfono: 2711-1227, correo electrónico: secretariaOmunipococi.go.cr
dice:
Oficio: CMPL-430-2023
Asunto: Juramentación del señor German Rivera Coto, miembro de la Comisión
Turística.
Municipalidad de Pococí
4
p FS e Secretorío Municipal
AS AS > Teléfono/Fox: 2711-1227
Pluye secretoriofOGmunipococigocr "po
Guópiles, 17 de noviembre del 2023
CMPL- 430- 2023
Señores (as):
Concejo Municipal en Pleno
Comisión Turística
Asunto: Juramentación del Señor German Rivera Coto, miembro de la
Comisión Turística.
Estimados señores[os):
Reciban un cordial saludo, en este acto, se informa que en cumplimiento al
Acuerdo N*2077 del acta N*76 ordinaria del 02 de noviembre de 2023, se
procede con la juramentación del señor German Rivera Coto, de la
Comisión Tuñstica.
Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
C/c. Archivo
Sitio Web: munipocaci.go.cr / Facebock: OMunicipclidadDePococi
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce.
Sitio Web: munipococi.go.cr
A Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*98 ACTA N*82 Ordinaria.
ACUERDO N* 2229
Se conoce nota suscrita por la Licda. Katia Cedeño Zúñiga, Secretaria de Comisión
Municipal Sembremos Seguridad, teléfono: 2711-1208, correo electrónico:
kattya.cedenoOmunipococi.go.cr o vicealcaldiaemunipococi.go.cr, dice:
Oficio: SEMB-SEG-0005-2023
Asunto: Invitación a la actividad “Sembremos Seguridad”, el 24 de noviembre del
2023.
oa ADE
A Estrategia Integral de Prevención para la «35
MUNICIPALIDAD:
SEGURIDAD Seguridad Pública dl
Guápiles, 20 noviembre 2023
SEMB-SEG-0005-2023
Señores
Instituciones Representantes - Sembremos Seguridad Pococí
Concejo Municipal de Pococi
Cámora de Comercio
Mediante el presente oficio se les invita a la actividad de Sembremos Seguridad
que se estará realizando el próximo 24 de noviembre de 9:00 am a 2 pm que se en
la comunidad de Astúa Pirie, Distrito Cariari específicamente en la plaza de
Deportes.
Favor  confirmor asistencia al teléfono 2711-1208 o al coreo
Kattya.cedeno9munipococi.go.cr o vicealcaldiaSmunipococi.go.cr.
Agradeciendo su atención se despide;
KATTYA YESENIA Emado Eotalmantagos
XATTYA VESENIA CEDERO
CEDEÑO ZUÑIGA — ea rawa)
(FIRMA) Fecha: 2023.31.20 143632-0500'
Licda. Katia Cedeño Zúñiga
Secretaña
Comisión Municipal Sembremos Seguridad
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce,
« Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*99 ACTA N*82 Ordinaria.
ACUERDO N* 2230
O
Se conoce nota suscrita por el Lic. Jonathan Murillo Gomez, Administrador de
CCDR de Pococi, teléfono:2710-3768 o 2710-1789 correo electrónico:
secretariacecdregmail.com dice:
Oficio: CCDRP-ADM-067-2023 — Referencia al SMP-2126-2023.
Asunto: CCDRP-ADM-067-2023 en respuesta al acuerdo tomado el 09 de
noviembre del 2023, referente a la solicitud de información de parte de los señores
Rafael Jiménez Jiménez, José Prendas Sánchez y Jorge Jiménez León.
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCÍ ¿
Cédula Jurídica: 3-007-087878 AN
Guápiles, 16 de noviembre del 2023
CCDRP-ADM-067-2023
Señores.
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
Reciba un cordial saludo de parte de la Junta Directiva y Administración del Comité
Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí.
El Comité Cantonal de Di yR n de PococÍ, en at into al oficio SMP-
2126-2023, acta N.? 80, articulo 3, acuerdo N.? 2163, se realizó un ampo con toda la
Información solicitada porlos señores Rafael Jiménez Jiménez, Jorge Jiménez León y José
Prendas Sánchez.
Además, se le indicó vía llamada telefónica (8833-5486) y correo electrónico
(lose.prendas.sanchez(Amep.9o.cr) al señor José Prendas Sánchez, informándole que
puede pasar por nuestras oficinas retirando toda la información pertinente, dándonos
respuesta de que pasa entre el jueves 16 y viemes 17 de noviembre del presente año,
misma que les detallamos a continuación.
- Presupuesto ordinario 2021
- Presupuestos extraordinarios 2021
- Plan Operativo Anual del 2021
Toda esta documentación fue solicitada a la auditoría intema de la Municipalidad de Pococí,
misma que realizó una auditoría de los años 2020 y 2021 y que fue comunicada en su
momento al honorable Concejo Municipal.
Cordialmente,
IOUATIUAFABRICO MURILLO GOMEZ (FRA)
PERSONA FISCA, CPF-07.0151.0925
Fecha dedarada. 161120230203 39 PIA
Estaesuna representación gráfica de
verte la valdez de la fora
Jonathan Murillo Gómez
Administrador
CCDR de PococÍ
“El llenar las manos de los jóvenes de deporte, es poner el deporte en buenas manos”
Tel: 2710-37-68/ 2710-17-89
Correo: secretarlaced: ralll.com
Por Unanimidad SE ACUERDA: Que se le notifique a los interesados.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9100 ACTA N*82 Ordinaria.
ACUERDO N* 2231
Se conoce nota suscrita por el Sr. Andrés Oviedo Guzmán, gerente de asuntos
regulatorios e interconexión, Claro Telecomunicaciones S.A., teléfono: 4400-70-00,
regulatorioOclaro.cr dice:
Oficio: RI-0611-2023
Asunto: Solicitud de Permisos de construcción de postería para la provisión de
Servicios de telecomunicaciones.
sore ei
LS
16 de noviembre del 2023
RI-0611-2023
Señores y Señoras
Integrantes del Concejo
Municipalidad de Pococí
Presente
Asunto: Solicitud de permisos de construcción de postería para la provisión
de servicios de telecomunicaciones
Estimados señores y señoras:
Reciban un cordial saludo de mi parte.
Por este medio el suscrito Andrés Oviedo Guzmán, mayor de edad, titular de la
cédula de identidad número 2 — 550 - 256, actuando en mi condición de Gerente de
Asuntos Regulatorios e Interconexión de la empresa CLARO CR
TELECOMUNICACIONES S.A., con cédula de persona juridica número 3 — 101 —
460479, en adelante “CLARO”, por este medio me apersono ante ustedes, con el
objeto de solicitar la emisión de los permisos de construcción para postes para la
provisión de servicios de telecomunicaciones en el cantón de Pococí.
A manera de antecedente, es importante hacer notar que mi representada ha
agotado todas las posibilidades existentes en el marco regulatorio costarricense con
el objeto de utilizar la red de postería eléctrica que ya hoy en día se encuentra
instalada en el Cantón de Pococí, y que es propiedad del Instituto Costarricense de
Electricidad no obstante, por razones de índole técnico (cargabilidad de los postes,
mal estado de los mismos, entre otras) todas nuestras solicitudes han sido
denegadas, como se puede observar en el cuadro adjunto,
año [soucrruo] coweaita] mera |] smo | oraen lo racncón | soucranos |" EA
2023 | 2023-1858 | ¡ce | crow |Guápes| pococra1 | 14/6/2023 38 Megatva | 9/8/2023
2023 | 2023-1859 | _1c€ rom |Guápries | Pococie2 | 14/6/2023 45 Negativa | 9/8/2023
2023 | 2023-1860] ¡ce | crow [cuspites | Pococras | 14/6/2023 2 Megatwa_ | 9/8/2023
Claro C.R. Telecomunicaciones, S.A.
Edificio T Do Plaza Mayor, 300 metros al Sur
Rohrmoser, sé, Costa Rica T. +508 4400-7000 Página 1 de 4
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N101 ACTA N*82 Ordinaria.
Somos Xen ci
COSTA
2023 | 2023-1861 ICE GPON | Guápiles | pOcocit4 | 14/6/2023 48 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1862 ICE GPON | Guápiles | pocociHs | 14/6/2023 s2 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1863 ICE GPON | Guápiles | POCOCIHG | 14/6/2023 49 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1864 | ICE GPON | Guápiles | pOcocIH7 | 14/6/2023 36 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1865 ICE GPON | Guápiles | pocociit8 | 19/6/2023 s1 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1866 | ICE GPON | Guápiles | pOcocI9 | 14/6/2023 27 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1867 ICE GPON | Guápiles | pOcoci 10 | 14/6/2023 42 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1868 1CE GPON | Guáplles | POCOCIH11 | 14/6/2023 47 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1869 ICE GPON | Guápiles | pococtm12 | 14/6/2023 49 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1870 ICE GPON | Guápiles | pococim13 | 14/6/2023 42 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1871 | ICE GPON | Guápiles | pOcoci 14 | 14/6/2023 33 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1872 ICE GPON | Guápiles | pOCOCIH1S | 14/6/2023 43 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1873 ICE GPON | Guápiles | pococIi16 | 14/6/2023 43 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1874 ICE GPON | Guápiles | pOcociit17 | 14/6/2023 45 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1875 ICE GPON | Guápiles | pOcocitr18 | 14/6/2023 s1 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1876 | ICE GPON | Guápiles | pOCocIiH19 | 14/6/2023 s1 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1877 ICE GPON | Guápiles | pococii20 | 14/6/2023 s1 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1878 | ICE GPON | Guápiles | pococti21 | 14/6/2023 46 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1879 | ICE GPON | Guápiles | pOcocIw22 | 14/6/2023 48 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1880 ICE GPON | Guápiles | pOCOCIM23 | 14/6/2023 so Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1881 ICE GPON | Guápiles | pOCOCI 24 | 19/6/2023 49 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1882 ICE GPON | Guápiles | pOcocIm2s | 14/6/2023 46 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1883 | _1cE GPON_| Guápiles | POCOcIH26 | 14/6/2023 49 Negativa 9/8/2023
2023 | 2023-1884 | ICE GPON | Guápiles | pOcocI 1127 | 14/6/2023 42 Negativa | 25/8/2023
2023 | 2023-1885 ICE GPON | Guápiles | pococii28 | 14/6/2023 41 Negativa 25/8/2023
2023 | 2023-1886 | ICE GPON_| Guápiles | POCocI 129 | 14/6/2023 44 Negativa | 25/8/2023
2023 | 2023-1887 ICE GPON | Guápiles | POCOCIit30 | 14/6/2023 40 Negativa 25/8/2023
2023 | 2023-1888 | ICE GPON | Guápiles | POCOcI 1131 | 14/6/2023 ES Negativa | 25/8/2023
2023 | 2023-1889 | ICE GPON | Guápiles | pococim32 | 14/6/2023 55 Negativa | 25/8/2023
2023 | 2023-1890 ICE GPON | Guápiles | pocociit33 | 19/6/2023 41 Negativa 4/9/2023
2023 | 2023-1891 ICE GPON | Guápiles | POCOCIH34 | 14/6/2023 48 Negativa 4/9/2023
2023 | 2023-1892 ICE GPON | Guápiles | POCOcI1t35 | 14/6/2023 41 Negativa 4/9/2023
2023 | 2023-1893 | _1cE GPON | Guápiles | pococi136 | 14/6/2023 55 Negativa | 25/8/2023
2023 | 2023-1894 1CE GPON | Guápiles | POCociH37 | 14/6/2023 E Negativa 25/8/2023
2023 | 2023-1895 | ICE GPON | Guápiles | POcocI138 | 14/6/2023 45 Negativa | 25/8/2023
2023 | 2023-1896 | ICE GPON | Guápiles | pococi 39 | 14/6/2023 51 Negativa | 25/8/2023
2023 | 2023-1897 ICE GPON | Guáplles | POCOCIH40 | 14/6/2023 s1 Negativa 25/8/2023
2023 | 2023-1898 ICE GPON | Guápiles | pOcocii41 | 14/6/2023 41 Negativa 25/8/2023
2023 | 2023-1899 ICE GPON | Guápiles | POCOCI:t42 | 14/6/2023 52 Negativa 25/8/2023
2023 | 2023-1900 ICE GPON | Guápiles | pOCocIit43 | 14/6/2023 45 Negativa 25/8/2023
2023 | 2023-1901 | _1cE GPON | Guápiles | pOcoci 144 | 19/6/2023 53 Negativa | 25/8/2023
Claro C.R. Telecomunicaciones, S.A.
Edificio Torre Cordillera. De Plaza Mayor, 300 metros al Sur
Rohrmoser, Pavas, San José, Costa Rica T. +506 4400-7000 Página 2 de 4
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*102 ACTA N*82 Ordinaria.
2023 | 2023-1902 | ICE GPON_| Guápiles | pococtiás | 14/6/2023 48 Negativa | 25/8/2023
2023 | 2023-1903 ICE GPON | Guápiles | POCOCIx46 | 14/6/2023 47 Negativa 25/8/2023
2023 | 2023-1904 | _ 1cE GPON | Guápiles | pOCOCI 47 | 14/6/2023 so Negativa | 25/8/2023
2023 | 2023-1905 | ICE GPON | Guápiles | POCOCI 48 | 14/6/2023 26 Negativa | 25/8/2023
2023 | 2023-1906 | _1cE GPON_| Guápiles | POCOcIH49 | 14/6/2023 46 Negativa 25/8/2023
2023 | 2023-1907 | ICE GPON | Guápiles | POCOCI SO | 14/6/2023 50 Negativa | 25/8/2023
2023 | 2023-1908 | _1cE GPON | Guápiles | POCOCIM51 | 14/6/2023 39 Negativa | 25/8/2023
2023 | 2023-1911 | ICE GPON_| Guápiles | POCOCI HSA | 14/6/2023 44 Negativa 4/9/2023
2023 | 2023-1912 | ICE GPON_ | Guápiles | POCOCIMSS | 14/6/2023 52 Negativa 4/9/2023
2023 | 2023-1913 ICE GPON | Guápiles | POCOCIHS6 | 14/6/2023 52 Negativa 4/9/2023
2023 | 2023-1914 ICE GPON | Guápiles | POCOCIM57 | 14/6/2023 38 Negativa 4/9/2023
2023 | 2023-1915 ICE GPON | Guápiles | POCOcI 58 | 14/6/2023 48 Negativa 4/9/2023
2023 | 2023-1916 ICE GPON | Guápiles | pOcocI 59 | 14/6/2023 28 Negativa 4/9/2023
2023 | 2023-1917 ICE GPON | Guápiles | pOCOCIit60 | 14/6/2023 s2 Negativa 4/9/2023
2023 | 2023-1918 ICE GPON | Guápiles | pOCOCItt61 | 14/6/2023 48 Negativa 4/9/2023
2023 | 2023-1919 | _1CE GPON | Guápiles | POCOCIH62 | 14/6/2023 46 Negativa | 4/9/2023
2023 | 2023-1920 ICE GPON | Guápiles | pOCOCIN63 | 14/6/2023 34 Negativa 4/9/2023
2023 | 2023-1931 | _1cE GPON | Guápiles | pOcociI 174 | 14/6/2023 so Negativa | 26/9/2023
Ante esta situación y siendo los servicios de telecomunicaciones, uno que de
acuerdo con la Sala Constitucional, es necesario para ejercitar otros derechos
fundamentales, entre ellos el de la libre expresión, libertad de comercio, es que
acudimos ante ustedes con la presente solicitud de permisos de construcción de
postería para la provisión de servicios de telecomunicaciones, la cual realizamos
con fundamento en lo dispuesto en la Ley N” 10,216 “Ley para incentivar y promover
la construcción de infraestructura de telecomunicaciones en Costa Rica”.
La intención de mi representada, es que se autorice la construcción de postes de 9
metros que serán de uso exclusivo para servicios de telecomunicaciones, pudiendo
más adelante incluso ser utilizados por otros operadores de telecomunicaciones de
conformidad con las condicione y lo que dispone el Reglamento sobre el uso
compartido de infraestructura para el soporte de redes públicas de
telecomunicaciones.
A efectos de explicar nuestra propuesta con un mayor grado de detalle y el impacto
positivo de este proyecto, es que respetuosamente deseo solicitar una audiencia
ante el Consejo para realizar la presentación correspondiente y evacuar cualquier
duda o consulta que les pueda surgir.
Claro C,R. Telecomunicaciones, S.A.
Edificio Torre Cordillera. De Plaza Mayor, 300 metros al Sur
Rohrmoser, Pavas, San José, Costa Rica T. +506 4400-7000 Página 3 de 4
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*103 ACTA N*82 Ordinaria.
Cia AA
RICA
Para notificaciones señalo el correo: regulatorio(Oclaro.cr
Agradeciendo de antemano su atención a la presente, se suscribe,
ANDRES Firmado
digitalmente por
OVIEDO ANDRES OVIEDO
GUZMAN GUZMAN (FIRMA)
(FIRMA) — Teseizacos
Andrés Oviedo Guzmán
Gerente de Asuntos Regulatorios e Interconexión
CLARO CR TELECOMUNICACIONES S.A.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se convoca a Sesión Extraordinaria para el miércoles
06 de diciembre a las 5:00 pm en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de
Pococí. Puntos para Tratar: 1- Atención al señor Andrés Oviedo Guzmán Gerente
de Asuntos Regulatorios de la Empresa Claro CR Telecomunicaciones. 2-
Correspondencia 3- Asuntos del Señor Alcalde. Se Dispensa del Trámite de
Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2232
Se conoce nota suscrita por la Señora Kattia Cedeño Guadamuz, Presidenta de
la Junta de Educación de la Escuela Líder La Rita, teléfono:2763-1252, correo
electrónico: 30080755980junta.mep.go.cr dice:
Oficio: JEELR-34-2023
Asunto: Donación de materiales para la construcción de un planche.
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Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%104 ACTA N*82 Ordinaria.
A A A
JUNTA DE EDUCACION/ADM ESCUELA LA RITA
pe, CEDULA JURIDICA 3008-075598
e tg, TELEFONO: 2763-1252
CORREO ELECTRONICO; 30080755980 junta.mep.go.cr
Limón, Pococí La Rita, 7 de noviembre de 2023
Oficio N* JEELR-34-2023
De: Junta de Educación Escuela Líder La Rita
Para: Concejo Municipal
Asunto: Solicitud de Donación.
Reciba un cordial saludo.
La suscrita Kattia Cedeño Guadamuz, cedula de identidad: 1-1071-0950, vecina de La Rita
de Pococí, en calidad de presidente y representante legal de la Junta de Educación de la
Escuela La Rita, código 3628, circuito 02, cedula jurídica: 3008-075598, Dirección Regional
de Guápiles.
Por este medio me dirijo a ustedes muy respetuosamente para solicitarles una donación de
materiales para la construcción de un planche para dar clases de Educación Fisica, realmente
necesario para la Escuela Líder la Rita, les explicare brevemente porque dicha solicitud.
La escuela tiene una población estudiantil de 1100 niños, somos la escuela mas grande de la
provincia de Limón, este centro educativo tiene múltiples necesidades, los cuales nosotros
como Junta de Educación no podemos solventar por el motivo del recorte del presupuesto
que hizo el gobierno desde la Pandemia, lo cual ha afectado en gran manera a nuestro centro
educativo.
Nuestra responsabilidad como Junta de Educación es dar prioridad a nuestros servicios
básicos ya que el presupuesto está muy limitado y lo administramos de la mejor manera para
que la escuela se mantenga abierta y siga recibiendo a nuestros estudiantes.
En esta ocasión solicitamos material para realizar este planche ya que como es una población
tan grande tenemos dos profesores de física que imparten lecciones, la problemática es que
no tienen donde dar las lecciones como tienen que ser, ya que el espacio que utilizan es en
el Salón de Actos de la escuela, lo cual para implementar estas clases dos grupos al mismo
tiempo es imposible, a parte de esto la contaminación sónica que producen es bastante alta
para los demás estudiantes ya que ese salón esta en medio de dos pabellones de cinco aulas
cada uno.
Cuando se dan las clases de física el ruido que ejercen los estudiantes no permite que los
niños que se encuentran en las aulas se puedan concentrar e impide escuchar a la maestra,
también varias maestras se han visto afectadas de su garganta porque tienen que elevar la voz
para que los niños la escuchen.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*105 ACTA N%82 Ordinaria.
JUNTA DE EDUCACION/ADM ESCUELA LA RITA
rán CEDULA JURIDICA 3008-075598
Ain, TELEFONO: 2763-1252
CORREO ELECTRONICO; 30080755980 junta.mep.go.cr
Se han buscado alternativas y los profesores de fisica se han trasladado con los niños en la
zona verde que esta en la parte trasera del centro educativo pero el sol es muy intenso o esta
de lluvia y previniendo enfermedades como cáncer de piel y enfermedades respiratorias por
la lluvia se ha determinado que sigan en el salón de actos.
La propuesta seria que, si ustedes nos aprueben la donación de material, el centro educativo
pondría la mano de obra para realizar nuestro proyecto que tanto anhelamos y que tiene una
prioridad muy alta.
Hemos tratado de hacer actividades en conjunto con el personal docente y administrativo
para ir recogiendo el dinero, pero es difícil y solos no podemos necesitamos de su apoyo para
seguir impartiendo la educación de una mejor manera, ya que el MEP nos indica que no hay
dineros para trabajar ese proyecto.
Las medidas que se manejan para ejecutar este proyecto es la siguiente,
planche de 18 x 25mts
Sin mas por el momento me despido.
Atentamente
|
Kattia Cedeño Guadamuz
Cedula 110710950
Presidenta
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios.
ACUERDO N”* 2233
Se conoce nota suscrita por la MAF. Cyntia Ávila Madrigal, directora jurídica,
teléfono: 2713-6516, correo electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: DJ-95-11-2023
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AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*106 ACTA N*82 Ordinaria.
A
Asunto: Referente al Acuerdo 2113 (SMP-2187-2023). RESOLUCIÓN N* 1672-2023-
SETENA, Proyecto Planta de Reciclaje de Baterías Expediente Administrativo N* D1 -
21762-2018-SETENA.
9 MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ ("]
POCOC¿ Dirección Jurídica yes
Ni Teléfono: 2713-6516 Ext: 111 PA
Fluye munipococijuridicos gmail.com "us
Pococí, 20 de noviembre de 2023
DJ-95-11-2023
Señores y señoras
Concejo Municipal de Pococí
Asunto: Acuerdo 2113. Sesión Extraordinaria No. 77 del 3/11/2023.
Mediante el oficio SMP-2187-2023 se comunica a la Dirección Jurídica el acuerdo
No. 2113 de la sesión extraordinaria del pasado 3 de noviembre, donde se remite
la RESOLUCIÓN N* 1672-2023-SETENA, Proyecto Planta de Reciclaje de Baterías
Expediente Administrativo N*D1-21762-2018-SETENA.
En relación con la resolución citada, SETENA concluye el rechazo de la denuncia
presentada contra el proyecto “Planta de Reciclaje de Baterías” según expediente
administrativo D1-21762-2018-SETENA, en este sentido los interesados aún cuentan
con los recursos de revocatoria y apelaciones correspondientes.
Este asunto que data del año 2022, para los efectos administrativos o judiciales que
deba atender la Municipalidad, fue asignado en su momento, al Lic. Christian
Córdova, por lo tanto, la disposición de SETENA debe ser puesta al conocimiento
del funcionario.
2... CYNTIA Firmo8 dotarse por
Sin más por el momento. nessa AVILA AO
MADRIGAL —— fecrcaomirzote252s
(FIRMA) Al
MAF. Cyntia Ávila Madrigal
Directora Jurídica
Municipalidad de Pococí
C. Archivo.
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Pluye
POCOCÍ j;
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9107 ACTA N*82 Ordinaria.
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Participan de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Yo en esto si voy a discrepar con la licenciada Cyntia, porque eso es un tema
municipal y ella es la directora jurídica de la municipalidad. El señor Christian
Córdoba en este momento es asesor del órgano colegiado y tiene recargos
también, temas de contratación administrativa entonces yo le pediría al señor
alcalde que esto lo vea con ella. Está bien, pero cabe indicar que ella es la
directora jurídica de esta municipalidad.
Entonces hay que preguntarle al licenciado Christian si él tiene el tiempo para
poderlo ver. Adelante Juan Luis.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
No Yaslyn, aunque el hombre sea el más recomendado porque domina, como
dice Manuel, pero aquí hay un asunto, ya él no es resorte de Cyntia, lo puede
hacer usted como alcalde, una solicitud expresa suya, pero a Cyntia sí le queda
la camisita grande porque definitivamente no tiene ningún ligamen jefatura sobre
sobre Christian, entonces yo pienso que para qué calentarse la cabeza.
Está bien lo que usted está haciendo, preguntarle a Christian si él tiene disposición
en obedecer lo que Cyntia está haciendo y si tiene algún inconveniente, yo creo
que nosotros como Concejo tenemos que apoyarlo porque él ahoritica es resorte
de nosotros y tiene su recargo en contratación administrativa, entonces que don
Cristian sienta el apoyo de este Concejo, tampoco lo vamos a exponer y a dejarlo
ahí.
Yo creo que él por algo salió de ese departamento y por lo tanto, debemos de
salvaguardar cualquier otro posible conflicto que se pueda dar, muchas gracias,
señora presidenta, sin embargo es importante escucharlo, estoy de acuerdo.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Sí, yo le pedí a Christian, compañeros, que nos hiciera un expediente para que
nos asesore a nosotros, porque yo sí creo que esto sí deberíamos sentarnos en una
comisión y verlo porque eso está más cerca que nunca. Ya, según unas fotos que
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 4
PAGINA N*108 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-2023 *
ME ON.
me enseñaron en dron, está todo listo para operar y al final de
ciudadanos de Jiménez, deben sentir el apoyo que siempre le hemos dado.
Entonces, yo creo que aquí más bien deberíamos de mandar a llamar a SETENA,
al ministro que venga aquí, a la Ministra de Salud que venga con urgencia porque
esta situación no solamente va a dañar al distrito de Jiménez, va a dañar a todo
Pococí y vamos a empeñar el agua para que sea contaminada para las
generaciones de nuestros hijos, nietos y de toda la población de este cantón.
Yo estuve viendo los reportajes de las consecuencias que tiene el plomo y es una
barbaridad, también estuve investigando y en Costa Rica hay una planta
recicladora, pero que es industrial y está en Cartago, llamé a la oficina esa planta
y pedí hablar con el Gerente General. El gerente me atendió y le expliqué el caso
y nos hizo una invitación expresa a todo este Concejo si queremos ir a conocer
cómo se trata una batería después de que es desechada. El que quiera ir
podemos ir a Cartago a verlo, pero a mí me preocupa mucho este tema.
Lic. Christian Córdoba Oviedo - Servicios Jurídicos del Concejo Municipal
...ese caso de baterías yo estoy llevando, pero los dos acuerdos que tomó el
Concejo que están impugnadas, después que había un recurso de amparo. Por
ejemplo, yo no me he sentado a ver si los permisos son legales o no y hay un asunto
ahí que se está viendo donde Vera entonces diay ya no sería así algo nuevo, pero
digamos si don Manuel me lo pidiera diay no le voy a decir que no verdad...
Nota de Secretaría: El comentario no está es su totalidad debido que se habló
fuera de micrófono lo que fue difícil su transcripción.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Bueno, yo creo que don Manuel es el que debe resolver esto y yo no sé por qué
esas cosas vienen al Concejo, o sea esto es meramente administrativo y la
licenciada Cyntia debería verlo con usted. Adelante Manuel.
Sr Alcalde Manuel Hernández Rivera
A mí me parece, o sea que el que tiene conocimiento del caso es Christian,
entonces me parece que Christian debe seguir asesorando al Concejo y a la
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI ! 3
PAGINA N*109 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11,2023 *%__
DERE RA
alcaldía en ese caso específico, porque es un caso que es complicado e
si otros van a tomar otro tema, que al final necesitamos.
A mí me preocupa no solo mi persona, el Concejo que debe de tomar decisiones
y también para la población, lo necesitamos y a mí me parece excelente lo que
usted está haciendo. Ojalá que venga la gente de SETENA, el ministro, la ministra
de Salud porque el problema es que ya ellos otorgaron los permisos equivalentes
a la planta, entonces técnica y juídicamente diay la defensa que tenemos que
hacer nosotros es un poco difícil, cuando las instituciones que son rectoras, las
encargadas ya han tomado las decisiones, entonces hay que verlo y por eso hay
que sentarlos con ellos.
Igual la parte técnica, los ingenieros de nosotros también que han venido llevando
el procedimiento desde el inicio que está la administración pasada para poder
verlo, ahí inclusive Vera ya rechazó la patente que estaban solicitando y la
recurrieron ya.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Okey, adelante.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro
Voy a leer un texto de lo que provoca el plomo, dice; “En niveles altos, el plomo
en el cuerpo ocasiona daños permanentes en el cerebro y el sistema nervioso.
Estos daños pueden provocar convulsiones, pérdida del control muscular y coma.
En un niño, la exposición al plomo puede interrumpir el desarrollo durante su etapa
de crecimiento”.
Es para que vean compañeros que el plomo es demasiado peligroso, así es que
debemos actuar pronto,
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Vean, ¿qué les parece si la segunda sesión de diciembre vemos específicamente
ese tema? si le mandamos a decir al ministro del MINAE y a la Ministra De Salud
que nos den una fecha, nos van a dar el otro año, o tal vez no puedan venir
porque están en cierre del año.
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PAGINA N*110 ACTA N*82 Ordinaria. 23- dl
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Entonces digámosle que de carácter urgente, necesitamos que vengan aquí a
resolver esta situación de esta comunidad. No sé qué opinan y no sé si hacemos
una comisión para investigar todo el tema, de cómo fue que inició este proyecto,
cómo fueron los permisos dados.
No sé si tal vez la otra semana podamos hacer una comisión para ver esto,
adelante.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Me parece importante, ¿ese documento ya es público, verdad? ese que vimos
ahorita para que me pasen una copia por favor. Hay una comisión del ambiente
en Jiménez y hay un grupo de abogados trabajando para ayudar, gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Okey, entonces vamos a nombrar una comisión para ver el tema de la planta
recicladora de baterías de Jiménez.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Gracias presidenta, sí tengo información de los abogados que están luchando y
ayudándole a la Comisión de Ambiente Jiménez. Ellos se acercaron al
departamento de Construcciones a pedir todo un expediente que ellos tienen,
son documentos públicos y se los negaron. Les dijeron que fueran a presentar un
recurso de amparo para que la muni se los dé y son documentos públicos, gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Bueno, de ese supuesto no tengo prueba. Lo que sítengo entendido es que están
todavía en el tiempo para responder y aún no les dan la información, sin embargo
yo se los pedí por oficio al señor Jean Carlo y él lo va a remitir al Concejo Municipal
para que Christian los valore.
Entonces, vamos a formar esa comisión para poder ver ese tema específicamente
de la planta de tratamiento de baterías de Jiménez, los que estén de acuerdo en
formar esa comisión especial.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9111 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la conformación de la Comisión
Investigadora de la Planta de Tratamiento de Baterías en Jiménez.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
¿Quién la quiere integrar? que sea voluntario, Reinaldo ¿quién más? Greivin,
¿quién más?, okey, Christian va a ser asesor de esa comisión y vamos a involucrar
a la comunidad que ha estado en ese caso que son tres, Henry Umaña y los dos
abogados, el presidente o presidenta de la Asociación, ¿los que estén de
acuerdo? bueno, eso es una parte mía, quién integra, pero está bien, ustedes me
acuerpan.
Nota de Secretaría: Se nombra en la Comisión Especial Investigadora de la Planta
de Tratamiento de Baterías en Jiménez a las siguientes personas: Reg. Reinaldo
Benavides Vargas, Sind. Greivin Bonilla Sánchez, Sr. Henry Umaña (teléfono: 8398-
3462), los dos abogados (no se indica nombre), a la presidencia de la Asociación
de Desarrollo Integral de Jiménez y al Lic. Christian Córdoba Oviedo de Servicios
Jurídicos del Concejo Municipal en calidad de asesor.
a UL- A Ro
ACUERDO N* 2234
Se conoce nota suscrita por la Licda. Magally Venegas Vargas, Secretaria
Municipal, teléfono: 2711-1227, correo electrónico: secretaria9munipococi.go.cr
dice:
Oficio: CMPL-437-2023
Asunto: Solicitud de 6 días de vacaciones, del 21 al 29 de diciembre de 2023.
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Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9112 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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POCOC¿ Secretaría Municipal
a Elsa hdd 2711 ed ZA
Pluye secretaria: Ma
Guápiles, 20 de noviembre del 2023
CMPL-437-2023
Señores(as):
Concejo Municipal de Pococí
Asunto: Solicitud de 6 días de vacaciones, del 21 al 29 de diciembre de 2023
Estimados señores(as):
Reciban un atento saludo, por este medio solicito 6 días
de vacaciones a saber, del 21 al 29 de diciembre de 2023, retornando a mis
labores el martes 02 de enero.
Durante mi ausencia quedará a cargo la señorita Ana Lucía Madrigal
Astorga como secretaria a.i.
Sin más por el momento, acia” el > a la solicitud planteada
me despido atentamente: YY) ' / YA |
Licda. ad Venegas vá s
Secretaria Municipal
C/c. Archivo interno.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
o) ys Sitio Web: munipococi.go.cr
AN C € Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*113 ACTA N*%82 Ordinaria. 23-
AP
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueban 6 días de vacaciones a
Magally Venegas Vargas, secretaria del Concejo Municipal, del 21 al 29 de
diciembre ingresando a sus labores el 02 de enero de 2024. Quedando como
Secretaria a.i. la Licda. Ana Lucía Madrigal Astorga. Se Dispensa del Trámite de
Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2235
Se conoce nota suscrita por el señor Víctor Cervantes Morales, jefe Distrital de
Roxana, Dirección Regional Huetar Atlántica, Fuerza Pública, teléfono: 2763-43-06
dice:
Oficio: MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DPCSPOCO-D89-FT085-2023
Asunto: Solicitud Permiso para realizar actividad religiosa en el parque de Roxana,
durante cuatro semanas continuas.
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Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*114 ACTA N*82 Ordinaria.
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2 MINISTERIO DE | GOSIERNO
vs SEGURIDAD PÚBLICA | DE COSTA RICA
07 de noviembre de 2023
OFICIO MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DPCSPOCO-D89-FT-085-2023
Señores
Concejo Municipal de Pococí
Presente
Estimados señores: .
Por este medio, cordialmente se les saluda respetuosamente, Seguidamente exponemos lo siguiente:
En las últimas semanas Fuerza Pública del distrito de Roxana ha venido observando que al parque de Roxana
acuden varias personas los fines de semana, Muchas de ellas con fin esparcimiento, compartir con familiares o
amigos, Sin embargo, también acuden personas a consumir bebidas con contenido alcohólico, sea porque las
adquieren en el Bar ubicado diagonal al parque o en el super que está a un costado, Este comportamiento, ha
provocado en muchas ocasiones el desencadenamiento de alteraciones en el orden público, como riñas entre las
personas que se encuentran en estado de ebriedad, y por lo tanto originando un riesgo para la integridad de las
personas que asisten al espacio público para disfrutar sanamente,
Es por lo anterior, que acudimos a su estimable autoridad, solicitando autorización para organizar una actividad
religiosa en el parque durante cuatro semanas continuas, especificamente los sábados de 21:00 a 00:00 horas,
Esta actividad obedece a la implementación de acciones policiales diferenciadas para contrarrestar la aparición de
incidencias que afectan la inseguridad en la población de Roxana, junto con las acciones policiales de rutina que ya
se vienen realizando,
Sin más por el momento, en espera de su valioso apoyo.
CC. Jefe de Unidad Policial de Pococi-Subjefe de Unidad Policial de Pococi-Archivo digital
MISUSTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
DIRECCIÓN REGIONAL DOCEAVA CAR BE
DELEGACION POLICIAL DE POCOC!
UNIDAD DISTAITAL DE ROXANA
Teléfono: (505) 2763-4306
Correo electrónico: del. rosana Gluertaputica goce
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA Ne115 ACTA N*82 Ordinaria.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Yo creería que por la libertad de culto que tienen las personas se podrían autorizar
dos, o las cuatro, no sé.
El que lo manda es el jefe distrital de Roxana, o sea, es un policía no es un Pastor
y lo que dice es que los sábados de las 21:00 a 00:00 horas. Esta actividad obedece
a la implementación de acciones policiales diferenciadas para contrarrestar la
aparición....
Cuatro fines de semana, ¿eso que será solo los sábados? Bueno entonces le
quedarían tres sábados.
Bueno aprobémosles tres sábados porque este que viene es la inauguración. Los
que estén de acuerdo en que se le aprueben tres sábados, levantar la mano. Y
que se le instruya a Magally que le diga el por qué uno no.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la solicitud del señor Víctor Cervantes
Morales, jefe Distrital de Roxana de la Fuerza Pública, y se autoriza el uso del
parque de Roxana durante tres sábados continuos de diciembre a saber: los
sábados 02, 09 y 16 de diciembre de 2023 en un horario de las 21:00 horas a las
00:00 horas para realización de actividades religiosas. Únicamente se autorizan 3
sábados debido a que ya hay programadas otras actividades en el parque como
la inauguración del mismo. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N”* 2236
Se conoce nota suscrita por los padres y encargados de las niñas del Municipal
Pococi Femenino, teléfono: 8690-0771, correo electrónico:  dmata-
rodOhotmail.com o guapilesehotmail.com.ef dice:
Asunto: Solicitud de apoyo con la iluminación del estadio en los momentos de
entrenamiento de las diferentes categorías del Municipal Pococi Femenino.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*116 ACTA N*82 Ordinaria.
Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
DUELA ET
Señores:
Consejo Municipal de Pococí
Sr: Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal de Pococí
Nos dirjimos a ustedes respetuosamente para externarles nuestra inquietud sobre
la situación que viven nuestras hijas que representan los equipos del Municipal Pococí
Femenino.
La situación se presenta durante los entrenamientos que se realizan entre semana
de lunes a vienes en el estadio Ebal Rodríguez de Guápiles, en horario de 04:00 p.m. a
06:00 p.m., al ser las 5:30 pm de la tarde las jóvenes que tienen edades de 10 años a 16
años están en sus entrenamientos a oscuras completamente, sin luz más que el reflejo de
lámparas de la calle, lo cual se debe tomar la decisión de cancelar anticipadamente el
entrenamiento por falta de luz, con insistencia se ha solicitado que enciendan el sistema
eléctrico a los personeros del estadio para que en los momentos que no hay luz natural, las
niñas puedan desarrollar su entrenamiento hasta la hora planteada de finalización, pero la
respuesta siempre ha sido negativa, indicando que no hay presupuesto para encender las
luces del estadio durante una hora para que las niñas finalicen su entrenamiento de forma
adecuada, además es importante mencionar que la seguridad y la integridad de las niñas,
cuerpo técnico y padres de familia deberían ser de sumo cuidado, ya que en total oscuridad
se pueden infiltrar personas ajenas a la institución y cometer algún delito que perjudiqué a
las menores de edad.
La petición puntual es que se encienda algunas lámparas que den iluminación y
seguridad a las niñas, beneficiando la representación de la comunidad de Pococí, quienes
con mucho esfuerzo y dedicación han obtenido logros a nivel nacional que dejan en alto al
cantón de Pococí, el esmero y dedicación de las chicas merece una retribución en sus
entrenamiento y que mejor manera que el apoyo que siempre la Municipalidad de Pococí
les ha brindado se vea reflejado en que los persones encargados de la administración del
estadio nos colaboren con la petición planteada.
Se desconoce los protocolos o procedimientos de los persones que administran el
estadio, lo que se desea es el apoyo con la iluminación del estadio en los momentos que
las niñas están desarrollando su deporte.
Sin más por el momento y agradeciendo su atención, se despiden y firman los
padres y encargados de las niñas de las diferentes categorías del Municipal Pococí
Femenino.
Pluye
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9117 ACTA N*82 Ordinaria.
Se adjunta fotos donde se observa la luz de un familiar de las jóvenes y las luces del
estadio completamente apagadas:
Pro es comumaquese A
Daniel ¡EM La,
guapiles/a holas . ef
Tel: 8690- ++
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*121 ACTA N*82 Ordinaria.
POE ES
Reg. Ovidio Vives Castro.
Saluda, leyendo esa nota de la inconformidad que están dando los padres del
Municipal femenino en Pococí pues es lamentable que una vez más llegue esta
nota acá porque no es la primera vez ni en esta Administración que esto está
pasando sino desde mucho más antes todavía.
Yo creo señora presidenta que nosotros estamos por encima, el Concejo
municipal está por encima del Comité Cantonal de Deportes, estamos por encima
de la administración del Estadio Ebal Rodríguez, el estadio municipal deberíamos
tomar un acuerdo y solicitarle al que está administrando el Estadio de que se tome
el acuerdo de que las luces se les encienda y se le apague a la hora que ellas
van a terminar, si es a las 6, 6:15, 6:20, 6:30 de la tarde, no veo este problema
alguno si el dinero se está pagando con mismos fondos Municipales o no sé si hay
alguna empresa privada que lo está pagando.
Pero yo creo que es una ingratitud ver que el fútbol femenino nos están dando
alegrías y representando el cantón de Pococí a nivel nacional, la UlO. quedó
campeona a nivel nacional, la U-13 la U-15 y de ahí para arriba nos están
representando y trayéndonos el Campeonato estas chiquitas, estas niñas y
adolescentes yo creo que, de parte nuestra creo que deberíamos apoyarle y yo
sé que aquí los compañeros están comprometidos en poderles dar este soporte
porque yo creo que ya es mucho, es mucha discriminación como dijo la
compañera Doña Hilda Zamora, es demasiado.
Eso pasa solamente con las muchachas si fueran hombres yo creo que no se les
hace eso, pero lamentablemente si nosotros no tomamos un acuerdo, va a seguir
esto siempre y yo creo que no debemos ser nosotros tampoco discriminatorios
porque ya es creo que la cuarta vez que viene una nota así pidiéndonos esa
colaboración, por mi parte cuentan con el apoyo mío Muchas gracias presidenta.
Reg. Jose A. Bustos Martínez.
El gran asunto aquí es que nos estamos pasando la pelota, como dice Juan Luis,
nos trabamos el balón sin dos pies.
El problema que si usted le trae nada eso al comité cantonal de deportes va a
pasar lo mismo no dan solución absolutamente a nada porque, se ve que hay
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Ra Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 4:
PAGINA N?122 ACTA N*%82 Ordinaria. 23-1 -
discriminación para las muchachas y sabemos nosotros que nosotros pedimos
especificaciones, le decimos al personal del comité de deportes y lo que le dicen
es que si se pasa 5 minutos pagan un millón más o dos millones más de electricidad
no sé si actualmente pagan 4 millones, no sé por qué pagarán más pero el
problema es que también ¿desde cuándo la Municipalidad está pagando el
recibo eléctrico?, es decir que aquí valen más los hombres que las mujeres.
Entonces de ahí nosotros tenemos que poner ya como dice agarrar el hilo bien
agarrado y poner un poquito de orden para que esas muchachas como lo dice
el compañero Vives, diay si es un horario de 5:00 a 6:00, 6:15 que se le respete ese
horario.
A veces también no hay que verlo, pero a veces para un millón o quinientos mil
colones más de un recibo de luz pero vemos los logros que están trayendo estas
muchachas al cantón y a la provincia porque hay veces vemos todo que por lo
monetario, pero no por los resultados Muchas gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Bueno hay una propuesta en la mesa, lo que les puedo decir es que es muy
lamentable, hace unos días me llamaron y me dieron que el acuerdo que
tomamos de darles un palco tampoco ha sido ejecutado, todavía siguen sin un
lugar donde poder disfrutar de actividades.
Entonces La verdad es que ya es navidad no hay que discutir, pero está en la
mesa una propuesta que hace el regidor Ovidio, para que se le se le permita
entrenar con luz a las muchachas del fútbol femenino en sus entrenamientos, que
el Comité Cantonal de Deportes este ejecute esa disposición Si así lo tiene ahí el
Concejo municipal los que estén de acuerdo.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la propuesta del Regidor Ovidio Vives
Castro. Se solicita al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí
ejecutar lo dispuesto por el Concejo Municipal para que se le brinde el apoyo
necesario, con la iluminación del estadio en los momentos de entrenamiento de
las diferentes categorías del Municipal Pococi Femenino. Según el horario
establecido de lunes a viernes de 4:00 pm a 6:00 pm. o bien si terminases pasadas
las 6:00 pm. sea 6:15, 6:20 o 6:30, que puedan tener luz durante el tiempo de
ños Sitio Web: munipococi.go.cr
AY a < Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*123 ACTA N*82 Ordinaria.
A
entrenamiento. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO N* 2237
Se conoce nota suscrita por el Ing. Gilberth Molina Arce, Presidente de la
Asociación de Desarrollo Integral la Marina, correo electrónico:
asoc.adilamarina202209gmail.com dice:
Oficio: JD-LM-2023-008
Asunto: Solicitud de ayuda con maquinaria para el acondicionamiento relleno y
nivelación del terreno.
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Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*124 ACTA N*82 Ordinaria.
¡CR PE SEITE
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL LA MARINA
Cedula Jurídica 3-002-487829
La Marina, Guápiles, Pococí, Limón.
Correo: asoc.adilamarina2022(0gmail.com LA MARINA
15 de noviembre de 2023
JD-LM-2023-008
Señores Consejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Guápiles
Asunto: Solicitud de ayuda
Sirva la presente para saludarles primeramente y desearles éxitos en sus funciones.
Quien suscribe, Ing. Gilberth Molina Arce en mi condición de presidente de la Junta Directiva de
la Asociación de Desarrollo Integral de la Marina de Guápiles, recurro a ustedes estimados
señores y señoras del Consejo Municipal de PococÍ; para solicitarles humildemente su ayuda en
lo siguiente:
La comunidad de la Marina de Guápiles cuenta hoy en día, con una asociación de desarrollo
integral recientemente renovada, después de permanecer por muchos años inactiva; este
proceso de reorganización el cual tomó cerca de 3 años ha permitido conformar un grupo de
vecinos que mezcla la experiencia de varios miembros de la comunidad y la juventud y
entusiasmo de otros, los cuales el pasado mes de mayo de 2023 fuimos escogidos por la
comunidad para conformar la nueva junta directiva de nuestra organización, la cual preside este
humilde servidor.
La Marina de Guápiles como organización, no posee comités auxiliares conformados a la fecha,
los cuales trabajen en conjunto con la asociación de desarrollo; sin embargo, hemos iniciado el
proceso para solicitar instrucción, colaboración y ayuda a cuanta organización podamos, con tal
de echar andar un proyecto ambicioso para el desarrollo de nuestra comunidad.
La Comunidad de La Marina de Guápiles, hoy en día posee un único activo del cual nos
orgullecemos de poseer, una propiedad de aproximadamente 15.000 metros cuadrados, inscrito
en el registro de la propiedad a nombre de nuestra organización y con estudios de suelos
actuales los cuales indican su potencial constructivo, sin embargo; en nuestra comunidad no
existe una sola estructura comunal, espacio de zonas verdes o parques infantiles, nada; no
existe un solo espacio en el que mas de 1000 niños y jóvenes de la comunidad puedan acceder
para realizar deportes o actividades de recreación.
Nuestro sueño y el de toda la comunidad, es poder construir una cancha multiuso para la
practica del futbol sala y el basketball en nuestra propiedad, la propiedad de la asociación de
desarrollo. Con esta estructura podríamos garantizar este espacio soñado por años por toda
una comunidad y darle la oportunidad a muchos niños y jóvenes que exploten sus cualidades
deportivas y sociales en un espacio seguro y familiar.
Les rogamos, estimadísimos miembros del Consejo Municipal de Pococí su ayuda y
colaboración con trabajos de maquinaria para el acondicionamiento relleno y nivelación del
terreno de la Asociacion de Desarrollo donde queremos, en un futuro, materializar nuestros
sueño.
asoc.adilamarina20228) gmail.com La Marina de Guápiles, Pococí, Limón.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*125 ACTA N*82 Ordinaria.
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL LA MARINA
Cedula Jurídica 3-002-487829
La Marina, Guápiles, Pococí, Limón.
Correo: asoc.adilamarina2022(Mgmail.com
De ante mano, todo nuestro agradecimiento por su ayuda.
Atentamente: kh
ADI La Marina |
Guápiles, Pococí, Limón
GILBERTH Digitall signed by Ced., Jurídica: 3-002-487829 |
GLBERTH OCTAVIO.
OCTAVIO MOLINA MOUNA ARCE(FIRMA)
ARCE (FIRMA) Eer202a 101 [tt
Ing. Gilberth Molina Arce
Presidente
asoc.adilamarina20228 gmail.com La Marina de Guápiles, Pococi, Limón.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%126 ACTA N*82 Ordinaria.
ACUERDO N”* 2238
Se conoce nota suscrita por el comité Cultural de Llano Bonito, teléfono: 8425-62-
36 dice:
Oficio: Solicitud de permiso para cierre de calles y para realizar actividad
denominada “Festival Navideño Llano Bonito Vive y Brilla” a realizarse el sábado
09 de diciembre a partir de las 4:00 pm.
Llano Bonito 22/11/2023
Señores concejo municipal de Pococí
Señor Manuel Hernández Rivera
Distinguidos señores, por este medio el comité cultural de Llano Bonito les saluda y
agradece toda la colaboración que brindan a las comunidades y a promover ese espacio
cultural tan importante a nivel del cantón. Además hacerles llegar la invitación para que
formen parte de los invitados especiales del evento denominado “Festival navideño Llano
Bonito vive y brilla”, el cual se llevara a cabo el día sábado 9 de Diciembre en la cancha de
futbol de la comunidad, iniciando a las 4:00 de la tarde, tendremos variedad de actividades,
(Desfile bandas, reinado infantil, presentaciones artísticas, iluminación del árbol de
navidad, baile de cierre y muchas cosas más) .
Aprovechando la nota queremos solicitar permiso para cerrar dos trayectos de calle, el
primero sería el espacio del restaurante el cocal hasta la cancha de futbol de Llano Bonito
por un lapso de 2 horas aproximadamente mientras se lleva acabo el desfile de bandas, el
otro trayecto seria la calle ubicada al sector oeste de la cancha de futbol Llano Bonito este
espacio seria aproximadamente de 40 metros los vecinos dueños de propiedades a ese
último espacio tienen salida por el otro costado de su propiedad. Además las rutas alternas
en ambas ruta existen por lo que no habría problemas para seguir con la movilización de
peatones y vehículos.
Agradecidos por la colaboración y esperando nos puedan acompañar, Se despide
Comité cultural Llano Bonito ' ais Laa.
La
EY
2d LA
Talero 8425 62 36.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N?127 ACTA N*%82 Ordinaria.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza la realización de evento “Festival
Navideño Llano Bonito vive y Brilla”, a realizarse el sábado 09 de diciembre a partir
de las 4:00 pm en la comunidad de Llano Bonito. Además, se autoriza el cierre de
dos trayectos de calle, el primero: Del restaurante el cocal hasta la cancha de
fútbol de Llano Bonito por un lapso de 2 horas aproximadamente mientras se lleva
a cabo el desfile de bandas, el segundo trayecto: De la calle ubicada al sector
oeste de la cancha de fútbol Llano Bonito en un espacio aproximadamente de 40
metros. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N”* 2239
Se conoce cronograma de trabajo por parte del Reg. José Antonio Bustos
Martínez, dice;
Asunto: Cronograma de trabajo del 24 de noviembre al 06 de diciembre 2023.
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p Sitio Web: munipococi.go.cr
a A, < Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*129 ACTA N*82 Ordinaria.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Los que estén de acuerdo en aprobar este cronograma de gira.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba el cronograma de gira presentado por
el regidor José Antonio Bustos Martínez del 24 de noviembre al 06 de diciembre de
2023. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ARTICULO IV
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N* 2240
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono:2711-1228, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr
dice:
Oficio: DAMCM-0202-2023
Asunto: Solicitud de autorización de pago para la Licitación Reducida No. 2023LD-
0000176-0032000702, (Proyecto: Compra de mobiliario para áreas públicas
municipales).
»
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É Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
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Y
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*130 ACTA N“82 Ordinaria.
>. 9 Municipalidad de Pococí “ejes
mn ES > pe Despacho del Alcalde ye0p
a A. Z Teléfono: 2711-1208
Pluye
A Ñ a tl
manuel hernondez(OMmunipococi,go.cr macros
Guópiles 20 de noviembre de 2023
DAMCM-0202-2023
Sres. Honorable
Concejo Municipal
Mediante la presente se solicita autorización de pago para la Licitación Reducida
No. 2023LD-0000176-0032000702, (Proyecto: Compra de mobiliario para áreas
públicas municipales).
Sin más por el momento, me despido.
_[Al>
lle. MáauelHsmá n
nández River
Alcalde
»
Pecocí 3%
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Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*131 ACTA N*82 Ordinaria.
APRA
Municipalidad de Pococí
Compras Públicas
Teléfono: 2713-6561 Ext, 122
Guápiles, 22 de noviembre del 2023
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorización de pago.
Licitación Reducida No. 2023LD-0000176-0032000702, (Proyecto: Compra de
mobiliario para áreas públicas municipales).
Respetables señores:
El departamento de Gestión Ambiental, por medio del Lic. Fabián Delgado
Villalobos, gestionada en la plataforma SICOP, el proyecto: Compra de mobiliario
para áreas públicas municipales.
A la hora de apertura de ofertas en la plataforma SICOP, se recibieron de las
siguientes empresas:
e mi mobillario para áreas pública:
Posición Número de la oferta Calificación Preclo prezentado v do ProcIorUsD] y Estado de la oferta
: e y.
Ss ampracaipecvasa ECEEdOd; po datan do Di adjunt — Preolo de la mejora
ory la presentación Y o de prectos
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IMA
2023L0-000176-003
2000702-Partido 1- 3.360.000 (C1a:51 6 244,641 Continúa para ustucto de of
4 Otorta 6 Individual Base 72,40
EOWIN ALBERTO
MATHIEW GRADIZ 03/11/2023 14:63 43
4 resultados
Página1]11
¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*133 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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POS 0 el Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 ques
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il MUNCPALIOAD.
Pluye ronald.quirosGAmunipococi.go.cr DEPOCOC
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'em No. 4. Compra de mobiliario para áreas públicas municipales.
Posición Número de la oferta Calificación Precio presentado Y 4, edo Estado de la oferta
Modalidad Tipo  dadaporel
ls Nombre del proveed 2 > E Fi de 0 adjunt — Precio de la mejora
ory la presentación Y o de precios
202310-000176-003 ds É
2000702-Partida 4- 36150005 0.532.607 Ceci para estudio de of
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2000702-Partida 4. 4.750.000 (08) 0.021.240 Conta para stud de ol
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EOWIN ALBERTO
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2023L0-000176.C03 Es
2000702-Partida 4- SM DIS (ORO! 9sso6r6 Centinia para estudio de ol
Olena2
3 RECUPERADORA — Individual Base 6783
BOSQUE PLASTIC.
O SOCIEDAD ANO 03/11/2023 12 57 tJ2
NA
3 resultados
Análisis de ofertas recibas
El Lic. Fabián Delgado Villalobos, del Proceso de Gestión Ambiental realiza un
análisis de ofertas recibidas determinando lo siguiente:
fnea 1 BANCA ESTILO MADERA PLASTICA CON RESPALDAR
Cumplimiento de Requisitos de Admisibilidad
3.1 3,2.1 32.2. 323 3.2.4 3.2.5
Y Y Y GI ER Y
Y Y Y Y Y NA
SOCIEDAD
FREGUPERADORA BOSQUE IPLASTICO Y Y Y Y Y Y
'EOJAN MATHIEWIGRADIZ Y Y Y Y TINTA
Cuadro 1. Análisis ofertas compra de bancas estilo madera.
Página 3| 11
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*134 ACTA N*82 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Municipalidad de Pococí
9 Compras Públicas (7)
POCO . e! Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 QS
a == |
|
Pluye ronald.quirosAmunipococi.go.cr oO
MESA PICNICHEXAGON, ¡ON'MADERA PLASTICA:
Cumplimiento de Requisitos de Admisibilidad |
3.2.1 3.2.2 3.2.3 3,2,24 3.2.5
JS PARACENTROAME Y Y Y Y
¡ODUCOLSOCIEDADA
Cuadro 2. Análisis ofertas compra de mesas de plenic.
IMmea 3; BASURERO GRANDE DE MADERA PLASTICA PARA EXTERIORES:
¡Non e np Cumplimlento de Requisitos de Admisibllidad |
3.1 3.2.1 3.2.2 3.2.3 3.2,24 3.2.5
¡PRODUCTOS TECNICOS PA Y Y Y Y Y Y
'RÍCAY EL CARIBE PRODUGS
UPERADORA BOSQUE PLASTICO Y Y TEA Y Y
IEDAD'ANONIMA
'EDWIN/ALBERT: WE Y Y Y Y Y Y
Cuadro 3. Análisis ofertas compra de basureros grandes.
línea 4: BASURERO PEQUEÑO/DE MADERA PLASTICA PARA EXTERIORES:
Nombre de la Empresa Cumplimiento de Requisitos de Admisibilidad ]
3.1 3.2.1 3,2,2 3.2.3 3.2,24 3.2.5
A YISEL Y Y "0 Y Í
¡MACIÓN E ]
TORA 7 Y Y GTA Y Y
¡NONIM/
RIO MATHIEWIGR Y Y Y Y xa SETA
Cuadro 4. Análisis ofertas compra de basureros pequeños.
Página 4] 11
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N?135 ACTA N*82 Ordinaria.
RATA DOS
Municipalidad de Pococí
9 Compras Públicas ()
PRBCOC Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 QS
a a ad
Fluye ronald.quirosOmunipococi.go.cr “berto
+. Las empresas PRODUCTOS TECNICOS PARA CENTROAMERICA Y EL CARIBE
PRODUCOL SOCIEDAD ANONIMA, oferta para las líneas 1, 2 y 3, cumpliendo con
todos los requisitos de admisibilidad y especificaciones técnicas solicitadas para
el presente proceso de licitación.
+ La empresa MUEBLES E IMPORTACIONES CROMETAL SOCIEDAD ANONIMA,
oferta para la línea 1, cumpliendo con todos los requisitos de admisibilidad y
especificaciones técnicas solicitadas para el presente proceso de licitación.
+ La empresa RECUPERADORA BOSQUE PLASTICO SOCIEDAD ANONIMA, oferta
para las líneas 1, 2, 3 y 4, cumpliendo con todos los requisitos de admisibilidad y
especificaciones técnicas solicitadas para el presente proceso de licitación.
+ La persona EDWIN ALBERTO MATHIEW GRADIZ, oferta para las líneas 1, 2, 3 y 4,
cumpliendo con todos los requisitos de admisibilidad y especificaciones técnicas
solicitadas para el presente proceso de licitación.
+ La empresa DISTRIBUIDORA OCHENTA Y SEIS S.A Y TECNOLOGÍA EN
TRANSFORMACIÓN DE MATERIALES, oferta para la línea 4, cumpliendo con todos
los requisitos de admisibilidad y especificaciones técnicas solicitadas para el
presente proceso de licitación,
Página 5]| 11
p Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*136 ACTA N*82 Ordinaria.
7) Municipalidad de Pococí
4 3 Compras Públicas 0)
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
POSI Los
2 m Pluya ronald.quirosmUnipococi.go.cr DEPOCOS
Sistema de evaluación de ofertas
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas
que cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de
Precio 70%, criterios sustentables 10%, experiencia 10% y 10% Empresa Pymes. Así
establecido en el pliego de condiciones, queda a criterio del departamento de
Proveeduría realizar la revisión de los cumplimientos legales,
Ítem No, 1. Co e mobiliario para áreas públicas municipales
EVALUACION DE OFERTAS =LINEA'1
Oferta Criterios Puntaje
Descripción Económica Experiencla Sustentables PYME Local Total
1 PRODUCTOS TECNICOS PARA CE 70 10 o. 0. 80
NTROAMERICA Y EL CARIBE PRO
DUCOL SOCIEDAD ANONIMA
2 MUEBLES E IMPORTACIONES 6222 10 0 0 72.22
CROMETAL SOCIEDAD
ANONIMA
3 RECUPERADORA BOSQUE PLAST 60.89 $ 0 0 65,89
1CO SOCIEDAD ANONIMA
4 EOWIN ALBERTO MATHIEW GRA 52.5 10 0 0 52,5
DIZ
Cuadro 5. Evaluación ofertas compra de bancas estilo madera,
Páginaó6] 11
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9137 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí AR
—, 9 Compras Públicas + as)
PO yl e Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 100
—
Pluye ronald.quirosGQAmunipococi.go.cr 'DEPOCO
Ítem No 2. Compra de mobiliario para áreas públicas municipales.
EVALUACION DE OFERTAS =LINEA2
Oferla Criterlos Puntaje
Descripció. Experlencii PYME Local
o Económica perencia sustentables 2 Total
1 PRODUCTOS TECNICOS PARA CE ,
NTROAMERICA Y EL CARIBE PRO 97:07 10 o 0 67.87
DUCOL SOCIEDAD ANONIMA
2 — RECUPERADORA BOSQUE PLAST
ICO SOCIEDAD ANONIMA (0 5 0 o 75
3 SAM ALBERTO MATHIEW GRA gg 77 10 a a dean
Cuadro 6. Evaluación ofertas compra de mesas de picnic.
Ítem No 3. Compra de mobiliario para áreas públicas municipales.
EVALUACION DE OFERTAS =LINEA 3
Olerta Criterlos Puntaje
Busifitn Económica Epi Sustentables pap loco! Total
1 PRODUCTOS TECNICOS PARA CE 57.99 10 0 0 67.99
NTROAMÉERICA Y EL CARIBE PRO
DUCOL SOCIEDAD ANONIMA
2 RECUPERADORA BOSQUE PLAST 57,09 $ 0 0 62,09
ICO SOCIEDAD ANONIMA
3  EDWINALBERTO MATHIEW GRA 70 10 0 0 80
DIZ
Cuadro 7. Evaluación ofertas compra de basureros grandes,
Página 7] 11
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI q
PAGINA N*138 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-2023%_--
Municipalidad de Pococí AT
Y, Compras Públicos «y [*E
POS ocí Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
AS a
or
Pluye ronald. quirosGmunipococi, go.cr
AAA A
Ítem No 4. Compra de mobiliario para áreas públicas municipales.
EVALUACION DE OFERTAS =LÍNEA 4
Olterta Criterlos Puntaje
Descripción AA Experlencia ute nables PYME Local Total
DISTRIBUIDORA OCHENTA Y SEl
USA Y TECNOLOGÍA EN TRANSF 70 10 10 0 3D
ORMACIÓN DE MATERIALES
3  RECUPERADORA BOSQUE PLAST 47.83 5 0 0 52.83
ICO SOCIEDAD ANONIMA
4 EDWIN ALSO NADA! GR 51.8 10 o 0 61.8
Cuadro 8. Evaluación ofertas compra de basureros pequeños.
Una vez aplicado los factores de evaluación, el Lic. Fabián Delgado Villalobos,
recomienda contratar a las empresas:
Ítem_ No 1 PRODUCTOS TECNICOS PARA CENTROAMERICA Y EL CARIBE PRODUCOL
SOCIEDAD ANONIMA,
Ítem No 2 RECUPERADORA BOSQUE PLASTICO SOCIEDAD ANONIMA,
Ítem No 3 EDWIN ALBERTO MATHIEW GRADIZ
Ítem No 4 DISTRIBUIDORA OCHENTA Y SEIS S.A Y TECNOLOGÍA EN TRANSFORMACIÓN
DE MATERIALES
Página 8] 11
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*139 ACTA N*82 Ordinaria.
TAO O
Municipalidad de Pococí
23-
g Compras Públicas (7)
PRECIOS Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 ys
a “A
meine
Pluye ronald.quirosOmunipococi.go.cr DE PO0Od
Por lo tanto, se solicita al Concejo municipal, autorizar al señor Alcalde a pagar a
favor de la empresa:
Ítem No 1, Compra de mobiliario para áreas públicas municipales.
PRODUCTOS TECNICOS PARA CENTROAMERICA Y EL CARIBE PRODUCOL SOCIEDAD
ANONIMA, por un monto £3.120.000,00 (tres millones ciento veinte mil colones
exactos 00/100). Monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario
a criterio del Lic. Fabian Delgado V, según el siguiente cuadro (anexo 1)
Anexo 1
COMPRA DE EQUIPO Y MOBILIARIO EDUCACIONAL, DEPORTIVO Y RECREATIVO
E 1 Cantidad H | Monto Final por
línea | Nombre del Adjudicado ] A | Descripción !
| Solicitado Ajuste : Adjudicado
: PRODUCTOS TECNICOS PARA : : " Bancaestio '
1 CENTROAMERICA Y EL CARIBE PRODUCOL 21 26 madera plástica  4120000.00
SOCIEDAD ANONIMA
lem No 2 a de moblll eas pública: Icipales
RECUPERADORA BOSQUE PLASTICO SOCIEDAD ANONIMA, por un monto de
£4.500.000,00 (cuatro millones quinientos mil colones exactos 00/100). Monto que se
ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario a criterio del Lic. Fabian
Delgado V, según el siguiente cuadro (anexo 2)
Página?9]|11
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*140 ACTA N%82 Ordinaria.
A A
7) Municipalidad de Pococí
Compras Públicas
PRBRCOH X Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Q a
Fluye ronald.quirosmunipococi.go.cr "Eres.
Anexo 2
COMPRA DE EQUIPO Y MOBILIARIO EDUCACIONAL, DEPORTIVO Y RECREATIVO
Cantidad | ¡ Monto Final por |
línea * Nombre del Adjudicado om cod Descripción !
cl Solicitado Ajuste .S Adjudicado ¡
RECUPERADORA BOSQUE PLASTICO To Mesapienic. moni
SOCIEDAD ANONIMA Ú 12 hexagonal 4500 000.00
'em No, a de ario par: s públic cipales
EDWIN ALBERTO MATHIEW GRADIZ, por un monto de £2.400.000,00 (dos millones
cuatrocientos mil colones exactos 00/100). Monto que se ajusta de acuerdo con el
contenido presupuestario a criterio del Lic, Fabian Delgado Y, según el siguiente
cuadro (anexo 3)
Anexo 3
COMPRA DE ÚTILES Y MATERIALES DE LIMPIEZA
lnea | Nombre del Adjudicado | bso | A dE ] Descripción | o |
3 EDWIN ALBERTO MATHIEW Pa 8 12 Hieiato pd 22 400 000,00
ítem No 4. Compra de llario para áreas públicas municipale:
DISTRIBUIDORA OCHENTA Y SEIS S.A Y TECNOLOGÍA EN TRANSFORMACIÓN DE
MATERIALES, por un monto de £4.995.000,00 (cuatro millones novecientos noventa y
cinco mil colones exactos 00/100). Monto que se ajusta de acuerdo con el
contenido presupuestario a criterio del Lic, Fabian Delgado V, según el siguiente
cuadro (anexo 4)
Página 10/11
z Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*141 ACTA N*82 Ordinaria.
PRI PL
Municipalidad de Pococí
MED g Compras Públicas
PO SES Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Pluye ronald.quirosAmunipococi.go.cr
E = IIA
Anexo 4
COMPRA DE ÚTILES Y MATERIALES DE LIMPIEZA
! ¡ Cantidad | ¿ Monto Final por
Unea ; Nombre del Adjudicado 1. Descripción — ;
! . iSolicitado | “Ajusta | só "Adjudicado
sd, .. o rs e mm + Visio a na Lao e co . - PS PP...
DISTRIBUIDORA OCHENTA Y SEIS S.A Y Basurero pequeño
4 TECNOLOGÍA EN TRANSFORMACIÓN 19 27 madera plástica 24.995.000.00
DE MATERIALES
Sin más que agregar se suscribe;
RONALD QUIROS Fimado digitalmente por
'RONALO QUIROS BRENES (FIRMA)
BRENES (FIRMA) - Fecha: 2023.11.220926:55-06w0"
Lic. Ronald Quirós Brenes
Compras Públicas
Municipal de Pococí.
Página 11 | 11
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N9142 ACTA N*82 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor alcalde a pagar a favor de la
empresa: ítem No 1. Compra de mobiliario para áreas públicas municipales a la
empresa: PRODUCTOS TECNICOS PARA CENTROAMERICA Y EL CARIBE PRODUCOL
SOCIEDAD ANONIMA por un monto £3.120.000,00 (tres millones ciento veinte mil
colones exactos 00/100). Monto que se ajusta de acuerdo con el contenido
presupuestario a criterio del Lic. Fabian Delgado V, según el cuadro (anexo 1).
ítem No 2. Compra de mobiliario para áreas públicas municipales a la empresa:
RECUPERADORA BOSQUE PLASTICO SOCIEDAD ANONIMA, por un monto de
£4.500.000,00 (cuatro millones quinientos mil colones exactos 00/100). Monto que
se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario a criterio del Lic. Fabian
Delgado V, según el cuadro (ANexo 2). =.nnnmmmnconnmnnnnnnmnnnnnnnmnnnmnnno
ítem No. 3. Compra de mobiliario para áreas públicas municipales a la empresa:
EDWIN ALBERTO MATHIEW GRADIZ, por un monto de ¿2.400.000,00 (dos millones
cuatrocientos mil colones exactos 00/100). Monto que se ajusta de acuerdo con
el contenido presupuestario a criterio del Lie. Fabian Delgado V, según el siguiente
CUAdTO (ANEXO B).orrnrrrnnmnrnnnnn
ítem No 4. Compra de mobiliario para áreas públicas municipales a la empresa:
DISTRIBUIDORA OCHENTA Y SEIS S.A Y TECNOLOGÍA EN TRANSFORMACIÓN DE
MATERIALES, por un monto de ¿4.995.000,00 (cuatro millones novecientos noventa
y cinco mil colones exactos 00/100). Monto que se ajusta de acuerdo con el
contenido presupuestario a criterio del Lic. Fabian Delgado V, según el siguiente
cuadro (anexo 4). Licitación Reducida No. 2023LD-0000176-0032000702,
(Proyecto: Compra de mobiliario para áreas públicas municipales). Se Dispensa
del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N” 2241
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono:2711-1228, correo electrónico: manuvel.hernmandezOmunipococi.go.cr
dice:
Oficio: DAMCM-0203-2023
Asunto: Solicitud de autorización de pago para la Licitación Reducida No. 2023LD-
0000180-0032000702, (Proyecto: Compra de camión para atención de labores
asociadas al programa de educación ambiental).
DE Dl lbs ] Sitio Web: munipococi.go.cr
AN AY) De 4 Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9143 ACTA N%82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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7) ESCOUCA Despacho del Alcalde yla
", 1 PS Teléfono: 2711-1208 +2
Pluye manuel. hernandezOmunipococi.go.cr MACANO
5 coma
Guápiles 20 de noviembre de 2023
DAMCM-0203-2023
Sres. Honorable
Concejo Municipal
Mediante la presente se solicita autorización de pago para la Licitación Reducida
No. 2023LD-0000180-0032000702, (Proyecto: Compra de camión para atención de
labores asociadas al programa de educación ambiental).
Sin más por el momento, me despido.
se
LA (
O ,
Alcalde
mMunicipalidfd de P: cocí
23. ot Y
16 +0O
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OMMunicipalidadDePococi
PO: CyL Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%144 ACTA N*82 Ordinaria.
» a a g Municipalidad de Pococí
> » Compras Públicas
a e) Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Pluye ronald.quirosQAmunipococi.go.c Proa
A Al
Guópiles, 22 de noviembre del 2023
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorización de pago.
Licitación Reducida No. 2023LD-0000180-0032000702, (Proyecto: Compra de
camión para atención de labores asociadas al programa de educación
ambiental).
Respetables señores:
El departamento de Gestión Ambiental, por medio la Ing. Ariana Solís Blanción,
gestionada en la plataforma SICOP, la Compra de camión para atención de
labores asociadas al programa de educación ambiental.
Ala hora de apertura de ofertas en la plataforma SICOP, se recibió oferta por parte
de la empresa:
Compra de camión para atención de labores asociadas al programa de
educación ambiental.
PosIclón Número de la oferta Calificación Preclo presentador ¿q eo) Y Estado de la oferta
de oferta Modalidad Ti; dada por el
Nombre del provee La Po Fecha/horade Documento adjunt  Preclo de la mejora
sy proveedor
dory la presentación y o de preclos
2023L0-000180-0
032000702-Partida 56.000 (USO) 56.000 coros para estudio de
1-Oferta 1
1 CORPORACION GR Individual Base 85
ASOCDAD AiO 08/11/2023 12:46 12
NIMA
Y resultados
Página 1]4
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9%145 ACTA N%82 Ordinaria.
Municipolidad de Pococí
e) e "$ ad Compras Públicas
AN w,) Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Pluye ronald.quir
¿ + MUNICPALJOAD.
s(Amunipococi.go.c Proa
A]
Análisis de ofertas recibas
La Ing. Ariana Solís Blandón, del Proceso de Saneamiento Ambiental realiza un
análisis de la oferta recibida determinando lo siguiente:
+ CORPORACIÓN GRUPO Q COSTA RICA S.A, presentó una oferta, por un precio
total de $ 56.000,00 (Cincuenta y seis mil dólares exactos), equivalente a
£ 30.078.720,00 (treinta millones setenta y ocho mil setecientos veinte colones
00/100), (según tipo de cambio del Banco Central de Costa Rica,
correspondiente a (537,12, para el día 08-11-2023) para la compra de
camión.
A continuación, se analizan los requisitos técnicos y de admisibilidad de las
ofertas presentadas, según lo solicitado en el cartel de licitación:
Requisitos de Admisibilidad a
ecificaciones
Oferente MeENCOS
CORPORACIÓN |>
GRUPO Q COSTA |.
RICAS.A
Se hace mención que según el punto 2.8.7 del Pliego de Condiciones, Otras
obligaciones de la empresa a contratar, CORPORACIÓN GRUPO Q COSTA RICA
S.A oferta un plan de mantenimiento del vehículo posterior a los 20000 kilómetros
y hasta los 100.000 mil kilómetros, plan que se oferta por un monto de de $ 5
500,00, equivalente a E 2.954.160,00 (según tipo de cambio del Banco Central
de Costa Rica, correspondiente a (537,12, para el día 08-11-2023), siendo de
interés municipal la compra de este plan.
Página 2] 4
IO Cy) Sitio Web: munipococi.go.cr
AY C € Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%146 ACTA N*82 Ordinaria.
a an Municipalidad de Pococí
Compras Públicas
, Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
MUNICIPALIDAD.
Pluye i i ¡ Pocoal
y ronald.quirosQmunipococi.go.cH
+ La empresa CORPORACIÓN GRUPO Q COSTA RICA S.A, cumple con las
especificaciones técnicas, además cumple con los requisitos de admisibilidad
descritos en el cartel, aportando cada certificado solicitado en el pliego de
condiciones de licitación municipal y el plan de mantenimiento requerido.
Sistema de evaluación de ofertas
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas
que cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de
Precio 70%, criterios sustentables 10%, experiencia 10 y 10% Empresa Pymes. Así
establecido en el pliego de condiciones, queda a criterio del departamento de
Proveeduría realizar la revisión de los cumplimientos legales.
EVALUACION
CARO Oferta Puntuación AS Distancia Puntaje
_ Económica | PYMES |“ deTaller | Total
CORPORACIÓN GRUPO Q $
COSTA RICA S.A 29 0 10 10
Una vez aplicado los factores de evaluación, la Ing. Ariana Solís Blandón,
recomienda contratar a la empresa, CORPORACIÓN GRUPO Q COSTA RICA S.A por
cumplir con lo solicitado en el pliego de condiciones.
Página3]4
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AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9147 ACTA N*82 Ordinaria.
—.— . 1) Municipalidad de Pococí ;
po) ES < ad Compras Públicas y
AN », Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Pluyo ronald.quirosQmunipococi.go.cprema
MEA A]
Por lo tanto, se solicita al Concejo municipal, autorizar al señor Alcalde a pagar a
favor de la empresa:
-CORPORACIÓN GRUPO Q COSTA RICA S.A por un monto de $ 61.500,00 dólares.
(tipo de Cambio £537,12 colones al día de la apertura 8-11-2023), monto en colones
( 33.032.880,00 [treinta y tres millones treinta y dos mil ochocientos ochenta colones
00/100). Incluye un plan de mantenimiento de 20000 km y hasta los 100,000 Km.
Sin más que agregar se suscribe;
RONALD QUIROS tirado eiitatmente por
RONALO QUIROS BRENES (FIRMA)
BRENES (FIRMA) -fena:2023:11.23 10:37:32-0807
Lic. Ronald Quirós Brenes
Compras Públicas
Municipal de Pococí.
Página 4] 4
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Ns
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*148 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-202
AL PRE
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor alcalde a pagar a favor de la
empresa: -CORPORACIÓN GRUPO Q COSTA RICA S.A por un monto de $ 61.500,00
dólares, (tipo de Cambio 0537,12 colones al día de la apertura 8-11 -2023), monto
en colones £ 33.032.880,00 (treinta y tres millones treinta y dos mil ochocientos
ochenta colones 00/100). Incluye un plan de mantenimiento de 203000 km y hasta
los 100.000 Km. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
l NO
| POCOCI
ACUERDO N* 2242
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono:2711-1228, correo electrónico: manuvel.hernmandezOmunipococi.go.cr
dice:
Oficio: DAMCM-0204-2023
Asunto: Solicitud de autorización de pago para la Licitación Reducida No. 2023LD-
0000217-0032000702, (Proyecto: ítem No. 1 Compra de materiales Alcantarillas
para el Cantón Ley 8114).
»
»
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y A. < Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*149 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
pm) COC Despacho del Alcalde 17
No A. 2 Teléfono: 2711-1208 yus
POCOct
manuel hernandez(Amunipococi.go.cr  Menavoso
Fluye
Guápiles 20 de noviembre de 2023
DAMCM-0204-2023
Sres. Honorable
Concejo Municipal
Mediante la presente se solicita autorización de pago para la Licitación Reducida
No. 2023LD-0000217-0032000702, (Proyecto: Ítem No. 1 Compra de materiales
Alcantarillas para el Cantón Ley 8114).
Sin más por el momento, me despido.
U Í
Lic. manel Horióñidez Rivera Q
Alcalde Ñ
A
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DANLOLI
608
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi
PO y) ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
Y lo € Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*150 ACTA N*82 Ordinario.
Municipalidad de Pococí
Di q Compras Públicas
POH Mb d Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Pluye
ronald.quirosdmunipococi.go.cr
Guópiles, 23 de noviembre del 2023
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorización de pago.
Licitación Reducida No. 2023LD-0000217-0032000702, (Proyecto: Ítem No. 1 Compra
de materiales Alcantarillas para el Cantón Ley 8114.
Respetables señores:
El departamento de Obra pública, por medio del Ing. Olger Gutierrez Mendoza,
gestionada en la plataforma SICOP, el proyecto: Suministro de alcantarillas y
materiales de construcción para uso en el cantón y alcantarillas sistema de drenaje
Distrito de la Rita
Ala hora de apertura de ofertas en la plataforma SICOP, se recibió oferta por parte
de las empresas:
Conversión
Posición ¡Número de la oferta Califcación Preclo presentado Y do prectotuso]y Estado dela olerta
de oferta Modalidad — Tipo — dadaporel
sy — Nombro dol provee proveedor —, Fechalhorado — Documento adjunt — Preclo de la mejora
dor la presentación y o de preclos
2023LD-000217-0 ,
032000702-Partida 19,684,530 (001 30.702.814) Contado paca estuco de
1-Oferta 2
1 hi 1
auacenes ere Mdvidual Base 00
OLONO SOCIEDAD 16/11/2023 13:17 0)
ANONIMA
2023L0-000217-0 me
032000702-Partida 20.549.677 (080) anar [cominda para ¡esoo de
1-Oferta 1
2 ALMACENELMES Individual — Base 96,21
'OR PRECIO DE CA >
RIARI SOCIEDAD A 15/11/2023 14:29 y
NONIMA
2 resultados
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N151 ACTA N*82 Ordinaria.
7) Municipalidad de Pococí PER
a a Y > $ Compras Públicas po
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Ñ al ronald.quirosQAmunipococi.go.cr a
Pluye DEPOCOC!
E _ pes
Análisis de ofertas recibas
El Ing. Olger Gutierrez Mendoza, Coordinador de Obra Pública realiza un análisis
de ofertas recibidas determinando lo siguiente:
Ítem No. 1 Compra de materiales Alcantarillas para el Cantón Ley 8114.
- ALMACENES EL COLONO S.A, Cumple a satisfacción con lo solicitado en el
pliego de condiciones, se presenta una oferta por un monto de £ 9.889. 930,00
(Nueve millones ochocientos ochenta y nueve mil novecientos treinta colones
exactos), presenta toda la documentación solicitada, además no posee la
condición de PYMES LOCAL.
- ALMACEN El MEJOR PRECIO DE CARIARIS.A, Cumple a satisfacción con lo
solicitado en el pliego de condiciones, se presenta una oferta por un monto de
€ 10276 095 (Diez millones doscientos setenta y seis mil noventa y cinco colones
exactos), presenta toda la documentación solicitada, además no posee la
condición de PYMES LOCAL.
Ítem No. 2 Compra de materiales Alcantarillas Sistema Drenaje Distrito La Rita
- ALMACENES EL COLONO S.A, Cumple a satisfacción con lo solicitado en el
pliego de condiciones, se presenta una oferta por un monto de E 9 794 600,00
(Nueve millones setecientos noventa y cuatro mil seiscientos colones exactos),
presenta toda la documentación solicitada, además no posee la condición de
PYMES LOCAL.
Página 2]5
PO y Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*152 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí Fan
Compras Públicas
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
EA :
MINOPALIOAD
ronald.quirosAmunipococi.go.cr
- ALMACEN EL MEJOR PRECIO DE CARIARI S.A, Cumple a satisfacción con lo
solicitado en el pliego de condiciones, se presenta una oferta por un monto
de £ 10 273 582 (Diez millones doscientos setenta y tres mil quinientos ochenta
y dos colones exactos), presenta toda la documentación solicitada, además
no posee la condición de PYMES LOCAL.
Sistema de evaluación de ofertas
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las
ofertas que cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los
parámetros de Precio 90% y 10% Empresa Pymes. Así establecido en el pliego
de condiciones, queda a criterio del departamento de Proveeduría realizar la
revisión de los cumplimientos legales.
Cuadro de Evaluación Ítem +1
Oferta Evaluación Calificación
Razón social
Panero) | Precio (907%) nia 100)
Almacén BColonosaA. | €7.889,93000 | N9' [m8 | 10008 | Some
Almacén El Mejor Precio S.A. | £10,276,095.00 NO 86.62% 0.00% 96.62%
Cuadro de Evaluación Ítem +2
Oferta Evaluación Calificación
Razón social
Precio (€) aa Precio (90%) Ni (0%)
Almacén El Colono S.A. 89.794,600.00 NO 90.00% 0.00% 90.00%
Almacén El Mojor Procio S.A. | £10,273,582.00 NO 85.80% 0.00% 85.80%
Página 3]|5
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*155 ACTA N*82 Ordinaria.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor alcalde a pagar a favor de las
empresas: ítem No. 1 Compra de materiales Alcantarillas para el Cantón Ley 8114.
A la empresa: ALMACENES EL COLONO S.A, por un monto de por un monto de
£9.994.030,00 (nueve millones novecientos noventa y cuatro mil treinta colones
00/100). Monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario a criterio del
Ing. Olger Gutiérrez M, según cuadro (anexo 1). Ítem No. 2 Compra de materiales
Alcantarillas Sistema Drenaje Distrito La Rita, a la empresa: -ALMACENES EL
COLONOS.A, por un monto de £9.995,400,00 (nueve millones novecientos noventa
y cinco mil cuatrocientos colones 00/100) Monto que se ajusta de acuerdo al
contenido presupuestario a criterio del Ing. Olger Gutiérrez, según el siguiente
cuadro (anexo 2). Licitación Reducida No. 2023LD-0000217-0032000702,
(Proyecto: ítem No. 1 Compra de materiales Alcantarillas para el Cantón Ley 8114).
Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2243
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono:2711-1228, correo electrónico: manvel.hermandezOmunipococi.go.cr
dice:
Oficio: DAMCM-0205-2023
Asunto: Remisión del Borrador de Carta de Entendimiento de la Municipalidad de
Pococí y el Ministerio de Seguridad Pública para el proyecto de video vigilancia
del Distrito de Guápiles.
7 e ES Sitio Web: munipococi.go.cr
a LS a : Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*156 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
y) Po
«b) O ¿ Despacho del Alcalde a 1
a AS de Teléfono: 2711-1208 LL
Pluye manuel hernandez(Amunipococi.go.cr macro
Guápiles 20 de noviembre de 2023
DAMCM-0205-2023
Sres. Honorable
Concejo Municipal
Mediante la presente me permito remitir para su análisis y aprobación del borrador
de Carta de Entendimiento entre la Municipalidad de Pococí y el Ministerio de
Seguridad Pública para el proyecto de video vigilancia del Distrito de Guápiles.
Esto tiene como finalidad avanzar con el traslado y rehabilitación del nuevo centro
de monitoreo con la presencia y colaboración de los miembros del Ministerio de
Seguridad Pública.
Sin más por el momento, me despido.
Alcalde
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*157 ACTA N*82 Ordinaria.
Eso a
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9 2 Pococí 0
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A o 10 Ext.142
Pluye mau io górtomunipoco gocr tonicso
Guápiles, 23 de noviembre de 2023
AT-108-11-2023
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Presente
Asunto: remisión de proyecto para “carta de entendimiento entre la Municipalidad
de Pococí y el Ministerio de Seguridad para proyecto de video vigilancia Distrito de
Guápiles"
Estimado señor:
Se remite propuesta de carta de entendimiento entre la Municipalidad de Pococí
y el Ministerio de Seguridad para el proyecto de video vigilancia en el distrito de
Guápiles, con la finalidad de obtener la respectiva aprobación por parte del
Concejo Municipal, la firma del titular de la alcaldía y posterior remisión al ministro
de ramo.
El citado documento, cuenta con el aval y revisión de la Dirección Jurídica
mediante informe 1J-31-11-2023.
Atentamente,
Maurigio Garita Varela
Administración Tributaria
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%158 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
POCOCA Dirección Jurídica 40 $
“munimo
Pluye Teléfono: 2713-6516
munipococijuridicosGigmailcom  rocod
INFORME JURÍDICO: 1J-31-11-2023
ASUNTO: Carta de entendimiento entre la Municipalidad de Pococí y El
Ministerio de Seguridad para proyecto de video vigilancia Distrito Guápiles.
SOLICITANTE: Despacho del Alcalde Municipal.
Guápiles, Noviembre 21, 2023.
1. GESTIÓN:
Con la instrucción del Despacho del Alcalde Municipal, se emite el presente
informe jurídico, sobre la carta de entendimiento para proyecto de video
vigilancia entre la Municipalidad de Pococí y el Ministerio de Seguridad
Pública.
2. ANÁLISIS JURÍDICO.
Antecedentes históricos: De previo a emitir el análisis jurídico solicitado, es
importante mencionar que con fecha 18 de enero de 2017, este Gobierno
Local suscribió un “Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional con
el Ministerio de Seguridad Pública" , el objeto de dicho pacto consiste en
establecer relaciones de cooperación y coordinación en áreas de interés
mutuo, acorde con las competencias y funciones de cada parte, entre ellas
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PAGINA N*159 ACTA N*82 Ordinario.
Municipalidad de Pococí 4H
POCOCÍ Dirección Jurídica Uy
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el fortalecimiento de la seguridad en el Cantón de Pococí, en pro de una
mejor calidad de vida de sus habitantes.
Siendo que ya se cuenta con un “Acuerdo Macro” actualmente vigente,
cada proyecto en específico se puede desarrollar mediante una “Carta de
Entendimiento” figura que se regula en la cláusula tercera y mediante la
cual se definen para cada caso los proyectos y las obligaciones de las
partes.
Bajo el escenario descrito, se analiza la propuesta presentada por el MBA
Mauricio Garita, coordinador del Departamento de Administración
Tributaria denominada: “CARTA DE ENTENDIMIENTO PARA PROYECTO DE
VIDEO VIGILANCIA ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Y EL MINISTERIO DE
SEGURIDAD PÚBLICA”.
De acuerdo con el análisis del documento, este tiene por objeto la
instalación de un sistema de tecno-video vigilancia, que incluirá un centro
de monitoreo que será provisto por la Municipalidad, ubicado en las
instalaciones Barrio Los Maderos, Plano: L-0001649-1991, matricula número
53881, Provincia de Limón, con una medida de ochocientos sesenta y cuatro
metros con sesenta y cualro decímelros cuadrados, la coniraparte del
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Municipalidad de Pococí
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convenio será prestada por la fuerza pública con el aporte de personal
correspondiente para la prestación de dicho servicio.
El inmueble donde se encuentra dicho centro de video vigilancia se trata
de una edificación construida especificamente para estos fines, propiedad
del señor Joel Fernández Fonseca, quien a su vez ha suscrito un Convenio
con esta Municipalidad donde se acordó la prestación del local a título
de "préstamo gratuito", amparado en las facultades que el Código
Municipal le permite a este Gobierno Local.
Para los efectos, el centro de monitoreo fue equipado debidamente por
parte de este Gobierno Local, con el mobiliario y equipo tecnológico
necesario para un adecuado funcionamiento, en esta misma línea se
proporciona un respaldo y seguimiento con el proveedor de los equipos,
mismos que se brindan en calidad de préstamo, para el uso oficial de los
funcionarios de la Fuerza Pública designados en esta tarea.
Por su parte el Ministerio de Seguridad se compromete a brindar el personal
idóneo para el monitoreo de las cámaras, durante las veinticuatro horas del
día y trescientos sesenta y cinco días al año, así como dar un uso correcto
tanto al equipo, como al mobiliario e instalaciones que la MUNICIPALIDAD
brinda como contraparte.
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Municipalidad de Pococí Xx
POCOCÍ Dirección Jurídica As
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En este mismo orden de ideas, deberá el Ministerio respetar y ajustarse a las
normas o directrices que se establezcan por parte del Municipio como
responsable del funcionamiento del Centro de Monitoreo.
3. CONCLUSIONES.
De conformidad con el análisis aquí expuesto, la carta de entendimiento
para desarrollar el proyecto de video vigilancia es jurídicamente viable y
encuentra respaldo jurídico en el Convenio Marco suscrito por ambas
instituciones.
Cordialmente, CYNTIA Firmado digitalmente
'ANESSA
VANESSA AVILA Rua MADRIGAL
(FIRMA)
MADRIGAL Fecha: 2023,11.21
(FIRMA) 15:55:08 -06'00'
MAF. Cyntia Avila Madrigal
Dirección Jurídica
Cc/ Archivo interno.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 3)
PAGINA N*162 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-2072
CARTA DE ENTENDIMIENTO PARA PROYECTO DE VIDEO VIGILANCIA ENTRE LA
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Y EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Entre nosotros, Mario. Zamora Cordero, mayor, casado, abogado, portador de la cédula
de identidad número Uno:novecientos noventa y cinco-cuatrocientos treinia y. ocho)
Vecino de Vásquez de Coronado, en calidad! de MINISTRO! DE SEGURIDAD. PÚBLICA;
esaula juridica número dos=cien:cero cuatro dos cero. Uno Uno cero tfes, según
nombramiento realizado mediante acuerdo Presidencial N? 001-P de fecha 8 “de mayo
d 18, en lo. sucesivo EL MINISTERIO” y la MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ, cédula de
persona jurídica número tres — cero catorce - cero cuarenta y dos mil ciento veinticinco,
representada en este acto por MANUEL HERNÁNDEZ RIVERA, mayor, casado, abogado,
portador de la cédula de identidad número siete-cero ochenta y seis-ochocientos
cincuenta, vecino del Distrito de Guápiles de Pococí, en mi condición de Alcalde de la
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ, con nombramiento según resolución N*. 1319-El1-2020 de las
10:10hrs del 24 de febrero del 2020 del Tribunal Supremo de Elecciones, publicado en la
Gaceta N* 44 del jueves 05 de marzo del 2020; que para los efectos de la carta de
entendimiento y en lo sucesivo se denominará "LA MUNICIPALIDAD”, hemos acordado en
celebrar la presente, con las facultades que le otorgan el Código Municipal en sus
artículos 2, 4, 5, 13 inciso e) y 17 inciso a), que facultan a la Municipalidad a firmar
convenios, todo en concordancia con el artículo 11, 89 169 y 170 constitucional, para el
uso de un inmueble al servicio público de utilidad general, hemos convenido suscribir la
presente Carta de Entendimiento :
CONSIDERANDO
L Qué de conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública N*
5482, es responsabilidad del MINISTERIO, preservar y mantener la soberanía nacional,
encontrándose dentro de sus competencias, vigilar y conservar la Iranquilidad y orden
público del territorio nacional, mantener la seguridad y prevenir la comisión de delitos,
entre otros.
2 Que según lo estipulado en los artículos 2 y 4 inciso f) del Código Municipal es
atribución de la MUNICIPALIDAD concertar convenios con entidades nacionales para el
cumplimiento de sus funciones.
DO) y Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*163 ACTA N*82 Ordinaria.
3. Que el artículo 13 del mismo Código Municipal en su inciso e), otorga como
atribución al Concejo Municipal, el celebrar convenios y comprometer bienes.
4, Que conforme al artículo 17 del mismo cuerpo legal, la representación legal de la
MUNICIPALIDAD recae sobre el Alcalde Municipal.
5. Que según los objetivos definidos y obligaciones establecidas por ley, en cuanto a
la seguridad ciudadana, se tiene como propósito por medio de esta Carta de
Entendimiento complementar esfuerzos y trabajar en conjunto ambas instituciones a fin
de prevenir o perseguir posibles delitos y contravenciones que puedan ocurrir en el
Cantón de Pococí, por medio del monitoreo de las cámaras facilitadas en calidad de
préstamo por parte de la MUNICIPALIDAD y para ser utilizadas por la Fuerza Pública del
Cantón de Pococí.
6. Que, de acuerdo con el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional suscrito
entre el MINISTERIO y la MUNICIPALIDAD, con fecha 18 de enero de 2017, se podrán firmar
cartas de entendimiento para alcanzar proyectos específicos importantes para nuestro
Cantón, según lo dispuesto en la cláusula segunda del mismo.
Ps Que en Sesión xxxx, Acuerdo N* xxxx, de fecha xx de xxx de 2023, el Concejo
Municipal en pleno uso de sus atribuciones, convino autorizar al representante de la
Alcaldía Municipal para que proceda con la respectiva firma del presente acuerdo, para
la puesta en marcha del programa del "Centro de monitoreo para video vigllancia del
Distrito de Guápiles”
8. Que conforme el numeral 103 inciso 3 de la Ley General de la Administración
Pública el Ministro está facultado para suscribir el presente acuerdo.
»
»
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N?164 ACTA N*82 Ordinaria.
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POR TANTO
Ambos partes acordamos celebrar la presente CARTA DE ENTENDIMIENTO PARA EL
FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE MONITOREO PARA VIDEO VIGILANCIA DEL DISTRITO DE
GUÁPILES, de conformidad con lo expuesto en la Constitución Política, La Ley General de
la Administración Pública, y las siguientes cláusulas:
PRIMERA: DEL OBJETO DEL CONVENIO, El objeto general del presente acuerdo es la
cooperación y coordinación mutua entre las partes acorde con sus competencias y
funciones, para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana en el Cantón de PococíÍ, en
pro de una mejor calidad de vida de sus habitantes, mediante la instalación de un
sistema de tecno-video vigilancia, que incluirá un centro de monitoreo que será provisto
por la Municipalidad, el mismo se encuentra ubicado en las instalaciones Barrio Los
Maderos , Plano: L-0001649-1991, matricula número 53881, Provincia de Limón, con una
medida de ochocientos sesenta y cuatro metros con sesenta y cuatro decímetros
cuadrados.
SEGUNDA: “DE LAS OBLIGACIONES" Conforme al objeto general señalado, las partes se
comprometen a lo siguiente:
DE LA MUNICIPALIDAD:
. Aportará el inmueble denominado "CENTRO DE MONITOREO PARA VIDEO
VIGILANCIA DEL DISTRITO DE GUÁPILES" mismo que es propiedad del señor Joel Fernández
Fonseca, con cédula de identidad número uno mil ciento sesenta quinientos ochenta y
cuatro, quien a su vez ha suscrito de forma paralela un Convenio la Municipalidad de
Pococí, donde se pacta la prestación del local a título de "préstamo gratuito", amparado
en las facultades que el Código Municipal le permite a este Gobierno Local.
. Dicho “centro de monitoreo" se encuentra debidamente equipado para los fines
de este convenio, con los siguientes activos: router, gabinete, servidor de grabación,
computadora, teclado, UPS, switch, dos escritorios, dos sillas, pantalla y tres aires
acondicionados, a excepción de estos últimos los equipos tecnológicos son parte del
PE y Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9165 ACTA N*82 Ordinaria.
contrato vigente entre RACSA y la Municipalidad de Pococí, no obstante lo anterior,
cada vez que se haga entrega de nuevos equipos se levantará un acta que haga
constar su traslado y la consecuente responsabilidad por su custodia.
. Proporcionar la instalación de un sistema de tecnología avanzada y su
actualización, de manera que permita obtener la información en tiempo real por medio
de dispositivos de monitoreo.
. Coordinar con el proveedor de servicios tecnológicos la sustitución del equipo que
se dañe según las condiciones suscritas.
. Brindar el mantenimiento preventivo y correctivo tanto al equipo como al
inmueble, incluyendo las zonas verdes durante la vigencia del presente convenio y según
los alcances pactados sobre ese particular.
. Todo el equipo proporcionado por la MUNICIPALIDAD se encuentra en calidad de
préstamo para el uso oficial de los funcionarios de la Fuerza Pública designados para esta
tarea.
. Coordinar y facilitar al MINISTERIO y autoridades competentes, información
contenida en las grabaciones, de conformidad con las facultades otorgadas y las
limitaciones impuestas por el ordenamiento jurídico.
. Asumir el pago de los servicios públicos [agua, luz, teléfono, internet) del centro de
monitoreo que correspondan.
. Fiscalizar el estado de las instalaciones y el buen uso de estas, para corroborar que
las actividades que se ejecuten sean Únicamente para el cumplimiento de los fines aquí
establecidos.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*166 ACTA N%82 Ordinaria.
DEL MINISTERIO:
. Brindar el personal idóneo para el monitoreo de las cámaras, durante las
veinticuatro horas del día y trescientos sesenta y cinco días al año.
. Permitir el acceso al personal técnico o administrativo, debidamente autorizado
por la MUNICIPALIDAD, al centro de monitoreo cuando sea necesario, para de control
interno, seguimiento.
. Dar un uso correcto tanto al equipo, como al mobiliario e instalaciones que la
MUNICIPALIDAD brinda como contraparte, así como el adecuado mantenimiento de la
limpieza y el orden del sitio, incluyendo el servicio sanitario e instalaciones utilizadas, así
como proveer a los funcionarios del MINISTERIO de los utensilios e implementos de limpieza
en caso de que proceda, requeridos por el personal asignado.
. Respetar y ajustarse a las normas o directrices que se establezcan por parte de la
Municipalidad, para el funcionamiento del Centro de Monitoreo.
. Intercambiar y preparar información con la MUNICIPALIDAD, respecto a temas
relativos a la seguridad de los habitantes de la comunidad de Pococí.
. Coordinar con los funcionarios municipales autorizados cualquier situación
alrededor del funcionamiento del centro de monitoreo, donde intervenga el Proveedor
de la solución tecnológica.
. Responder por los daños causados al sistema de video vigilancia, mobiliario e
instalaciones, causado por el mal uso, previo proceso de investigación que realizarán en
forma conjunta EL MINISTERIO y LA MUNICPALIDAD.
. Reportar a la MUNICIPALIDAD en Un plazo máximo de 12 horas de detectado
cualquier daño o mal funcionamiento, tanto del equipo como de las instalaciones del
centro de monitoreo por los medios que se señalen para tales efectos.
aL CyL Sitio Web: munipococi.go.cr
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AAA
. Dar seguimiento a las incidencias reportadas ante la mesa de servicio de RACSA y
comunicar a la MUNICIPALIDAD el momento en que se da el restablecimiento completo
del servicio requerido.
. Limitar el tránsito del personal de la fuerza pública a cargo, Únicamente para los
funcionarios asignados al centro de monitoreo, respetando uso del área para los fines
convenidos.
. Levar un control de activos entregados por parte de la Municipalidad e informar
cualquier situación sobre estos.
. Asistir a las capacitaciones que al respecto coordina la MUNICIPALIDAD con el
proveedor de la solución y coordinar las réplicas necesarias con el personal vinculado al
centro de monitoreo.
. Asistir a reuniones de capacitación, coordinación o seguimiento que convoque el
personal municipal o la empresa proveedora de servicios.
. Realizar durante el mes de enero de cada año o cuando las autoridades así lo
requieran, un informe anual de "Rendición de Cuentas" sobre los resultados obtenidos,
donde se detallen las estadísticas del uso y alcances del servicio prestado, así como el
estado en general de los activos suministrados por la Municipalidad utilizados en el centro
de monitoreo, este requerimiento deberá ser entregado al funcionario designado por la
administración municipal para estos fines.
. Velar por la seguridad del inmueble, para ello el manejo de llaves y demás
dispositivos de seguridad, deberán estar a cargo de un responsable que regule el acceso
de usuarios del sitio, estableciendo mecanismos de control de entrada y salida de
personas mediante el uso de bitácoras U medio alternativo que cumpla con este fin.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*168 ACTA N*82 Ordinaria.
TERCERA: CONFIDENCIALIDAD
Queda totalmente prohibido a los funcionarios del MINISTERIO y a los miembros de la
MUNICIPALIDAD, dar un uso distinto al objetivo establecido para este proyecto, de la
información obtenida mediante el sistema de tecno-video vigilancia,
CUARTA: DEL NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS RESPONSABLES:
Para el control de la ejecución de la presente carta de entendimiento por parte del
MINISTERIO, el encargado será el Director de' la: Región xwxx y por parte de la
MUNICIPALIDAD el funcionario Mauricio Garita Varela. Cualquier cambio deberá
informarse por escrito a la otra parte.
QUINTA: La MUNICIPALIDAD es quien definirá los perfiles de cada usuario que tendrá
acceso a la información suministrada por el sistema de tecno-video vigilancia.
SEXTA: PLAZO DELA VIGENCIA:
El plazo de vigencia de la presente es de cinco años, prorrogable hasta por un periodo
igual y consecutivo, salvo que alguna de las partes manifieste su voluntad de no
continuar con el mismo con al menos dos meses de antelación al vencimiento al periodo.
Igualmente, las partes se reservan la potestad de rescisión unilateral por razones de interés
público o de resolver el presente documento por incumplimiento de una de las partes.
SETIMA: LA ESTIMACION:
Por su naturaleza y por la estimación de costos y erogación de ambas instituciones, resulta
el presente convenio en cuantía inestimable y se encuentra exento del pago de especies
fiscales.
OCTAVA: RIGE:
Siendo que el presente acuerdo es del conocimiento de ambas partes y cuenta con el
visto bueno de las áreas legales de la MUNICIPALIDAD y el MINISTERIO, así como la
aprobación del Concejo Municipal, rige a partir de su firma.
POCOC Sitio Web: munipococi.go.cr
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RATRRITIAS
NOVENA: NOTIFICACIONES:
Para todos los efectos de esta Carta de Entendimiento, EL MINISTERIO señala como lugar
para recibir notificaciones sus instalaciones ubicadas en Barrio Córdoba frente al Liceo
Castro Madriz, en la Asesoría Jurídica y la MUNICIPALIDAD en las oficinas del Despacho de
la Alcaldía, Guápiles Pococí, altos del Hotel Talamanca, Ruta 32.
Estando conformes ambas partes, firmamos en duplicado en la ciudad de San José, a las
días del mes de de 2023.
Mario Zamora Cordero, Lic. Manuel Hernández Rivera
Ministro de Seguridad Pública Alcalde Municipal
VB? Director Asesoría Jurídica VB" Director Asesoría Jurídica
Ministerio de Seguridad Pública Municipalidad Pococí
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor alcalde en ejercicio o quien
ocupe su cargo, a firmar Carta de entendimiento entre la Municipalidad de Pococí
y el Ministerio de Seguridad Pública para el proyecto de video vigilancia del
Distrito de Guápiles. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2244
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono:2711-1228, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr
dice:
Oficio: DAMCM-0206-2023
Asunto: Solicitud de autorización de pago para la Licitación Reducida No. 2023LD-
0000170-0032000702, (Proyecto: Contratación de Servicios gestión y apoyo para
la plataforma de servicios - 5 personas por un periodo de 5 meses).
p Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*170 ACTA N*82 Ordinaria. 23-
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(o) O COC A Despacho del Alcalde ys .
AS 9 : < Teléfono: 2711-1208 Y,
i MUNCPALIOAD.
¡anuel| OCoci.go.cr "a
Pluye
Guápiles 23 de noviembre de 2023
DAMCM-0206-2023
Sres. Honorable
Concejo Municipal
Mediante la presente se solicita autorización de pago para la Licitación Reducida
No. 2023LD-0000170-0032000702, (Proyecto: Contratación de Servicios gestión y
apoyo para la plataforma de servicios — 5 personas por un periodo de 5 meses).
Sin más por el momento, me despido.
y
Lic. Marluelierfíóndez Rivera
Alcalde
iunicipalid
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
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Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N171 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
8) PS, a Compras Públicas
a AS y) Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Pluye ronald.quirosdmunipococi.go.cr
Guápiles, 23 de noviembre del 2023
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorización de pago.
Licitación Reducida No. 2023LD-0000170-0032000702, (Proyecto: Contratación de
Servicios gestión y apoyo para la plataforma de servicios 5 personas por un periodo
de 5 meses).
Respetables señores:
El departamento de Plataforrna de servicios, por medio de la Lic. Keylin Jiménez
Miranda, gestiona en la plataforma SICOP, el proyecto: Contratación de gestión y
apoyo para la plataforma de servicios- 5 personas por un periodo de 5 meses.
Ala hora de apertura de ofertas en la plataforma SICOP, se recibió oferta por parte
de las siguientes personas:
Contratación de gestión y apoyo para la plataforma de servicios.
Posición Número de la oferta Calificación Precio presentador ¿e Socrion] y Estadodela oferta
de oferta Modalidad — Tipo — dada porel er
£y " Nombre del provee proveedor —, Fecha/horade Documento adjunt — Preclo dela mejora
dory la presentación y o de precios
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AROAS ESQUIVEL 09/11/2023 16:50 148
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JOSE AZARIAS ALF
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5 resultados
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Municipalidad de Pococí
E p0/ a) Compras Públicas
pm)
a ALS y, Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Pluye ronald.quirosAmunipococi.go.cr
Análisis de ofertas recibas
La Lic. Keylin Jiménez Miranda, Coordinadora de Plataforma de servicios realiza
un análisis de las ofertas recibidas determinando lo siguiente:
Contratación de gestión y apoyo para la plataforma de servicios.
Apéndice A Requisitos Admisibiidad
ADMISIBILIDAD
OFERENTES REQUISITOS
EXPENENCIA [cl menos un TESTUDIOS COMPLEMENTARIOS |
MOWERE ¡CÉDULA [oño on loboros relocionada:| PERE ACADEMCO: Ilword, excel servicio al
ers ed ciento, 1eg [cñente]
¡[Corera Percira Anita 209510874 cumeto tachilccalo East plc]
9Kozfn Dayana Cuticroz Trejos TOTAL cumplo —rachileralo cumplo o E
3 70160721|cumpto Eachileralo — [cumplo EE
ara 701700213] cumplol/no presenta titulo [tachilaralo ' ¡cumplo
Eslessoria Gurman Goradiar [rii3soso0| cumplo 'Eachiteralo cumplo.
Las 5 ofertas recibidas son admisibles y cumple con el perfil solicitado en el pliego
de condiciones.
Sistema de evaluación de ofertas
Una vez revisado el expediente, se procede a realizar la evaluación de las 5
ofertas que cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los
parámetros de Precio 80%, y 20% capacitación complementaria. Así establecido
en el pliego de condiciones.
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a a) Compras Públicas
AN y, y> Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Pluye ronold.quirosMmunipococi.go.cr
Apéndice B Evalvación de la oferta
EVALUACIÓN
OFERENTES CAPACITACIONES COMPLEM |% PRECIO| EVALUACIÓN PRECIO| EVALUACIÓN FINAL]
NOMBRE CÉDULA Hasta 205. for 100%
1 ¡Cabrera Perora Andros 10%| 8595 000,00] l Ma 8er]
MC y _10%|€S67 500.00) ER] Os]
a = nl 10%,| 0595 000,00 IIA MA pu A
0 Vagos quico! 7O19CO21| 10% 8595 000,00] EZ IO
seria Guerran Gonzálor 1113500993] 20%] 975 000,00] 16% ye)
Una vez aplicado los factores de evaluación, la Lic. Keylin Jiménez Miranda,
Coordinador de Plataforma de servicios, recomienda contratar a las personas;
Jessenia Guzmán González, Keslin Dayana Gutiérrez Trejos, José Alfaro Baltodano,
Mauren Vargas Esquivel, Cabrera Pereira Andrés por cumplir con lo solicitado en el
pliego de condiciones.
Por lo tanto, se solicita al Concejo municipal, autorizar al señor Alcalde a pagar a
favor de las personas:
1-Jessenia Guzmán González, por un monto de £2.975.000,00 (dos millones
novecientos setenta y cinco mil colones 00/100). Por Un periodo de 5 meses de
Servicios de Gestión y apoyo para plataforma de servicios.
2-Keslin Dayana Gutiérrez Trejos por un monto de (2.837.500,00 (dos millones
ochocientos treinta y siete mil quinientos colones 00/100). Por un periodo de 5 meses
de Servicios de Gestión y apoyo para plataforma de servicios.
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*174 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
POCO Compras Públicas yu
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
A No y
Fluye ronald. ar mlascol: go.cr DEFOCOA
A AnS A casi
3-José Azarías Alfaro Baltodano por un monto de £2.975.000,00 (dos millones
novecientos setenta y cinco mil colones 00/100). Por un periodo de 5 meses de
Servicios de Gestión y apoyo para plataforma de servicios.
4-Mauren Vargas Esquivel por un monto de £2.975.000,00 (dos millones novecientos
setenta y cinco mil colones 00/100). Por un periodo de 5 meses de Servicios de
Gestión y apoyo para plataforma de servicios.
5-Andrés Francisco Cabrera Pereira por un monto de (£2.975.000,00 (dos millones
novecientos setenta y cinco mil colones 00/100). Por un periodo de 5 meses de
Servicios de Gestión y apoyo para plataforma de servicios.
Sin más que agregar se suscribe;
digitalmente por
RONALD QUIROS tonaoabosantres
BRENES (FIRMA) as
Lic. Ronald Quirós Brenes
Compras Públicas
Municipal de Pococí.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor alcalde a pagar a favor de las
siguientes personas:
1-Jessenia Guzmán González, por un monto de £2.975.000,00 (dos millones
novecientos setenta y cinco mil colones 00/100). Por un periodo de 5 meses de
Servicios de Gestión y apoyo para plataforma de servicios.
2-Keslin Pavana Gutiérrez Treios por un monto de £2.837.500,00 (dos millones
ochocientos treinta y siete mil quinientos colones 00/100). Por un periodo de 5
meses de Servicios de Gestión y apoyo para plataforma de servicios.
3-José Azarías Alfaro Baltodano por un monto de ¿2.975.000,00 (dos millones
novecientos setenta y cinco mil colones 00/100). Por un periodo de 5 meses de
Servicios de Gestión y apoyo para plataforma de servicios.
4-Mauren Vargas Esquivel por un monto de ¿2.975.000,00 (dos millones
novecientos setenta y cinco mil colones 00/100). Por un periodo de 5 meses de
Servicios de Gestión y apoyo para plataforma de servicios.
5-Andrés Francisco Cabrera Pereira por un monto de £2.975.000,00 (dos millones
novecientos setenta y cinco mil colones 00/100). Por un periodo de 5 meses de
Servicios de Gestión y apoyo para plataforma de servicios. Licitación Reducida
No. 2023LD-0000170-0032000702, (Proyecto: Contratación de Servicios gestión y
apoyo para la plataforma de servicios - 5 personas por un periodo de 5 meses).
Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2245
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono:2711-1228, correo electrónico: manuel.hermandezOmunipococi.go.cr
dice:
Oficio: DAMCM-0207-2023
Asunto: Propuesta de convenio de Cooperación entre la Municipalidad de Pococí
y las Sociedades Compañía Agropecuaria JHODEMA S.A. y FAJIAR S.A. para la
utilización de un muro divisorio o de cerramiento con fines artísticos u culturales en
el proyecto Calle 03.
E Ed > Sitio Web: munipococi.go.cr
a a »”/ SS Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*176 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
pa) a pa Despacho del Alcalde
AS SD 10 Teléfono: 2711-1208
Pluye manuel. hernandez(Amunipococi.go.cr
Guópiles, 23 de noviembre 2023
DAMCM-0207-2023
Sres. Honorable
Concejo Municipal
Mediante la presente se remite para su análisis y autorización propuesta de
convenio de Cooperación entre la Municipalidad de Pococí y las Sociedades
Compañía Agropecuaria JHODEMA S.A. y FAJIAR S.A. para la utilización de un muro
divisorio o de cerramiento con fines artísticos u culturales en el proyecto Calle 03.
Dicho borrador cuenta con el aval y revisión por parte de la División Jurídica.
Sin más por el momento, me despido.
Lig. ManuerHernández
Alcalde
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OMMunicipalidadDePococi
PAGINA N*177 ACTA N*82 Ordinaria.
Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Pecocí
Fl uye mauricio.garitaQmunipococi.go.cr DEPOCOA.
Guápiles, 22 de noviembre de 2023
AT-107-11-2023
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Presente
Asunto: Propuesta de convenio de Cooperación entre la Municipalidad de Pococi
y las Sociedades: Compañía Agropecuaria JHODEMA S.A. y FAJIAR S.A. para la
utilización de un muro divisorio o de cerramiento con fines artísticos y culturales en
el proyecto CALLE 03.
Estimado señor:
Se remite borrador de Convenio de Cooperación entre la Municipalidad de Pococi
y las Sociedades: Compañía Agropecuaria JHODEMA S.A. y FAJIAR S.A. para la
utilización de un muro divisorio o de cerramiento con fines artísticos y culturales en
el proyecto CALLE 03.
El citado documento, cuenta con el aval y revisión de la Dirección Jurídica
mediante informe 1J-32-11-2023.
MAURICIO — Firmado
digitalmente por
GARITA MAURICIO GARITA
Atentamente, VARELA VARELA(EIRMA)
(FIRMA) isarsaoóoo
Mauricio Garita Varela
Administración Tributaria
Pluye
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Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*178 ACTA N*%82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
Pluye Teléfono: 2713-6516
munipococijuridicosGYgmail.com MrEpocoOl
INFORME JURÍDICO: 1J-32-11-2023
ASUNTO: CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Y
LAS SOCIEDADES: COMPAÑIA AGROPECUARIA JHODEMA S.A y FAJIAR S.A, PARA
LA UTILIZACIÓN DE UN MURO DIVISORIO O DE CERRAMIENTO CON FINES ARTÍSTICOS
Y CULTURALES EN EL PROYECTO CALLE 03.
SOLICITANTE: Despacho del Alcalde Municipal.
Guápiles, Noviembre 22, 2023.
1. GESTIÓN:
Con la instrucción del Despacho del Alcalde Municipal, se emite el presente
informe jurídico, sobre Convenio de Cooperación entre LA MUNICIPALIDAD DE
POCOCÍ Y LAS SOCIEDADES: COMPAÑIA AGROPECUARIA JHODEMA S.A y FAJIAR
S.A, PARALA UTILIZACIÓN DE UN MURO DIVISORIO O DE CERRAMIENTO CON FINES
ARTÍSTICOS Y CULTURALES EN EL PROYECTO CALLE 03.
2. ANÁLISIS JURÍDICO:
Antecedentes del Proyecto: Se trata de un componente del proyecto de
“Acupuntura Urbana", que se pretende desarrollar en la calle 03 del distrito de
Guápiles, denominada actualmente “Calle del Comercio", este consiste en una
1
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A Continua el Acta en el Folio 02, TOMO 43-2023
a ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI EN
CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE CONTRO
INTERNO EN SU ARTÍCULO 22, INCISO E) HACE CONSTAR QUE
AQUÍ TERMINA
EL LIBRO DE ACTAS
TOMO XXXXII LLEVADO POR: CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ
CONFORME DE ACUERDO CON NUESTROS REGISTROS
INDIVIDUALES AL FOLIO ASIENTO 50
GUAPILES 30
Ny VILLEGAS (FIRMA)
“echa: 2023.11.30 12:14:11 -06'00'
Licda. GRACE CHINCHILLA VILLEGAS, Maff.
AUDITORA INTERNA
Ppecocí
Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI EN
CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE
CONTROL INTERNO EN SU ARTICULO 22, INCISO E) HACE CONSTAR
QUE AQUÍ PRINCIPIA
EL LIBRO: ACTAS
QUE LLEVARA: CONCEJO MUNICIPAL. DE POCOCI
CONSTA DE 400 FOLIOS EN PERFECTO ESTADO DE
CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA DEBIDAMENTE FOLIADO Y CON EL
SELLO DE ESTE DESPACHO, SEGÚN CONSTA EN NUESTRO
CONTROL GENERAL DE LIBROS AUTORIZADOS.
FOLIO ASIENTO 51
GUAPILES|$ OVIEMBRE 2023.
Mi
Adg digitalmente por
RglcÉ CHINCHILLA
VÍÉLEGAS (FIRMA)
med MUNICIPALIDAD
DE POCOCI
HINCHILLA VILLEGAS, Maff.
INTERNA
Pecocí
Fluye..
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*179 ACTA N*82 Ordinaria.
2 4 Municipalidad de Pococí
POCOCI Dirección Jurídica 1
Fluye Teléfono: 2713-6516 $
munipococi.juridicosGgmail.com oerococ
TES
nueva visión de la ciudad, específicamente en zonas con antecedentes
conflictivos,
Conforme lo anterior, se procede a analizar la propuesta remitida por el MBA
Mauricio Garita, coordinador del Departamento de Administración Tributaria
denomincida: "CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE POCocÍ
Y LAS SOCIEDADES: COMPAÑIA AGROPECUARIA JHODEMA S.A y FAJIAR S.A, PARA
LA UTILIZACIÓN DE UN MURO DIVISORIO O DE CERRAMIENTO CON FINES ARTÍSTICOS
Y CULTURALES EN EL PROYECTO CALLE 03.
El convenio presentado para su análisis se proyecta en la sotistacción y fomento de
la cultura del cantón, promoviendo la creación de espacios públicos inclusivos e
integrados con aspectos modernos que permitan una movilidad sostenible y
permeada con elementos propios de la entidad del cantonal, así como de realce
de características esenciales de la zona.
De acuerdo con la revisión del documento, este liene por objeto la autorización
por parte de los Propietarios de las fincas 4465 y 7803, para el uso del muro de
concreto que actualmente funciona como perímetro de cerramiento de las
propiedades señaladas, con una medida aproximada de 125 m2, que se extiende
al lado este de ambos inmuebles, con fines artísticos y culturales, en la elaboración
de un mural, como componente esencial del Proyecto Calle 03.
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9 Viene el Acta en folio 399, TOMO 42 2023
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%180 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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Pluye Teléfono: 2713-6516
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El uso del muro será Únicamente para fines artísticos, que en la cláusula cuarta del
convenio sugiere como fin de su utilización el incentivo en la educación, la
promoción de valores, actividades artísticas y culturales, como un modelo
preventivo y eficaz de seguridad integral, prevención de drogas y lucha contra la
organización de bandas delictivas; así como fomentar el desarrollo de programas
que favorezcan la salud mental y física de la niñez y adolescencia, adultos
mayores, personas con discapacidad, con movilidad reducida y para el adulto
promedio, a partir de espacios públicos diferentes, con ejes relacionados a la
cultura, deporte y recreación.
En cuanto al fundamento jurídico, este Gobierno Local con suficiente autonomía,
para satisfacer las necesidades actuales y futuras del cantón, por medio de
convenios de cooperación, entre los instrumentos jurídicos que sostienen estas
competencias se pueden mencionar: los artículos 1, 11, 169 y 170 de la Constitución
Política, en el que se hace ver que los intereses y servicios locales están a cargo de
los Gobiernos Locales quienes a su vez disfrutan del beneficio de la autonomía; por
su parte el artículo 3, 4, inc. f), 13 inc. a), e) . 17 y 71 del Código Municipal Ley N*
7794 del 30 de abril de 1998.
3. CONCLUSIONES.
De conformidad con el análisis aquí expuesto, el convenio de cooperación entre
la Municipalidad de Pococí y las sociedades: Compañía Agropecuaria Jhodema
3
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POCOCI Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N181 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
POcocí Dirección Jurídica /
Pluye Teléfono: 2713-6516
e * MUNICIPALIDAD.
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S.A y Fajiar S.A, para la utilización de un muro divisorio o de cerramiento con fines
artísticos y culturales en el proyecto calle 03, es jurídicamente viable.
Cordialmente, CYNTIA Firmado digitalmente
VANESSA AVILA Roa monica
(FIRMA)
MADRIGAL Fecha: 2023.11.22
(FIRMA) 11:48:52 -06'00"
MAF. Cyntia Avila Madrigal
Dirección Jurídica
Cc/ Archivo intemo.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*182 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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CONVENIO DE COOPERACIÓN
ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Y LAS SOCIEDADES: COMPAÑIA
AGROPECUARIA JHODEMA S.A y FAJIAR S.A, PARA LA UTILIZACIÓN DE UN MURO
DIVISORIO O DE CERRAMIENTO CON FINES ARTÍSTICOS Y CULTURALES EN EL
PROYECTO CALLE 03.
Entre nosotros, MANUEL HERNÁNDEZ RIVERA, mayor, casado, abogado, portador de
la cédula de identidad número siete-cero ochenta y seis-ochocientos cincuenta,
vecino del Distrito de Guápiles de Pococí, en mi condición de Alcalde de la
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ, con nombramiento según resolución N*. 1319-E11-
2020 de las 10:10hrs del 24 de febrero del 2020 del Tribunal Supremo de Elecciones,
publicado en la Gaceta N” 44 del jueves 05 de marzo del 2020, cédula de persona
jurídica número tres-cero catorce-cero cuarenta y dos mil ciento veinticinco, con
oficina en Guápiles, Pococí, provincia de Limón; que para los efectos del presente
convenio y en lo sucesivo se denominará "LA MUNICIPALIDAD" y los señores Enrique
Hernández Arroyo con cédula número 202540365, vecino de Limón, Pococi,
Guápiles, en su calidad de representante legal de la sociedad COMPAÑIA
AGROPECUARIA JHODEMA SOCIEDAD ANONIMA CEDULA JURIDICA 3-101-067659 y
José Manuel Jiménez Arguello, cédula número 107210727, vecino de Limón,
Pococi, Guápiles, en su calidad de representante legal de la sociedad FAJIAR
SOCIEDAD ANONIMA cada uno actuando de manera independiente, en adelante
LOS PROPIETARIOS.
El presente convenio de cooperación tiene su fundamento en los artículos 1, 11, 169
y 170 de la Constitución Política, en el que se hace ver que los intereses y servicios
locales están a cargo de los Gobiernos Locales quienes a su vez disfrutan del
beneficio de la autonomía; por su parte el artículo 3, 4, inc. f), 13 inc. a), e), 17 y71
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*183 ACTA N*82 Ordinaria.
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del Código Municipal Ley N* 7794 del 30 de abril de 1998, faculta a las
municipalidades a concertar convenios con otros entes u órganos públicos y
privados, necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
Aunado a lo anterior, se tiene como fundamento para este convenio en específico
lo normado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su numeral
27 que en lo que interesa señala: "...Tocla persona tiene derecho a tomar parte
libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el
progreso científico y en los beneficios que de él resulten...” todo lo anterior en
concordancia con lo que señala la Decloración Universal sobre la Diversidad Cultural
de la UNESCO (2001).
Bajo la misma tesis, el presente convenio se fundamenta en la Política Nacional de
Derechos Culturales, que se constituye en un lineamiento para la orientación de
acciones en el sector de la cultura a nivel nacional, regional y que esta a su vez se
complementa con la Política cantonal creada para estos efectos y aprobada el 24 de
marzo de 2020, acta 21 y acuerdo 497, que tiene como ejes los siguientes:
1. Participación efectiva y disfrute de los derechos culturales en la diversidad.
2. Dinamización económica de la cultura
3. Protección y gestión del patrimonio cultural material e inmaterial
4. Fortalecimiento institucional para la protección y promoción de los derechos
culturales.
Así las cosas, con esta robusta base jurídica y como parte de diversas estrategias
que se enlazan para el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del
cantón en consecuencia los actores indicados supra, CONVENIMOS LO SIGUIENTE:
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Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*184 ACTA N*%82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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PRIMERA: Que los PROPIETARIOS, tienen inscritas las siguientes fincas en el distrito de
Guópiles, Pococí, Limón tal como se observan en anexos 1 y 2 y se detallan a
continuación:
Compañía Agropecuaria JHODEMA S.A. Cédula jurídica: 3-101-067659.
Y Folio real - 07-004465-000 Y Plano. L-0722277-2001 Y Área: 1247,05 m?
Y Dirección: De la entrada del estadio municipal 40 metros al Este.
FAJIAR Sociedad Anónima Cédula Jurídica: 3-101-208379.
Y Folio real 7-007803-000 Y Plano L-0825472-2002 Y Área: 940.24 m*
Y Dirección: 60 Norte y 50 Este del estadio municipal Ebal Rodríguez
Del Objeto: Se trata de la autorización por parte de los Propietarios para el uso del
muro de concreto que funciona como perímetro de cerramiento de las
propiedades señaladas, con una medida aproximada de 125 m2, que se extiende
al lado este de ambos inmuebles, con fines artísticos y culturales en la elaboración
de un mural como componente esencial del proyecto Calle 03.
SEGUNDA: Que la MUNICIPALIDAD en procura de satisfacer las necesidades y
fomentar los temas culturales del cantón, así como la puesta en marcha de
proyectos bajo nuevos enfoques de reforma y acupuntura urbana como el que se
pretende materializar en la calle 03, conocida actualmente como Calle el
Comercio, proyecta la creación de espacios públicos inclusivos e integrados con
aspectos modernos que permitan una movilidad sostenible y permeada con
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%185 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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elementos propios de la entidad del cantón, así como de realce de características
esenciales de la zona.
Debido a lo anterior, como parte esencial del proyecto se contempla la creación
de un mural artístico, cultural, incluso con fines de atracción turística y visitación
dentro del proyecto de la Calle 03. Así las cosas, es que se suscribe el presente
CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA EL USO DEL MURO DIVISORIO CON FINES
CULTURALES, mismo que se materializará en la infraestructura de cerramiento al
lado este de ambas propiedades anteriormente descritas que colinda con la calle
pública código 03, tal como se aprecia en el Apéndice B. de este convenio.
TERCERA: LA MUNICIPALIDAD es una Institución que, como gobierno local, con
suficiente autonomía, procura satisfacer las necesidades actuales y futuras del
cantón, con el propósito de contribuir al bienestar, desarrollo integral del cantón
por medio de estrategias y cambios robustos en materia de movilidad peatonal y
reforma urbana, estrategia cultural y turística potenciando el valor de las obras
públicas que se construyen en los centros urbanos bajo conceptos modernos de
inclusión social.
CUARTA: LA MUNICIPALIDAD promoverá el desarrollo humano integral de los
diferentes actores por medio del proyecto global, así mismo con el fin de incentivar
el crecimiento y mejoramiento en la educación, promoción de valores, actividades
artísticas y cullurales como un modelo preventivo y eficaz de seguridad integral,
prevención de drogas y lucha contra la organización de bandas delictivas; así
como fomentar el desarrollo de programas que favorezcan la salud mental y física
de la niñez y adolescencia, adultos mayores, personas con discapacidad, con
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi 4
Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*186 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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movilidad reducida y para el adulto promedio, a partir de espacios públicos
diferentes, con ejes relacionados a la cultura, deporte y recreación.
QUINTA: RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES.
DE LA MUNICIPALIDAD: el gobierno local se compromete a preparar el muro
divisorio (tapia) de cara a la calle pública 03, de manera que quede en
condiciones para que el o los artistas puedan realizar el mural pretendido sobre
esta estructura que es cedido su uso, por parte de los PROPIETARIOS en los términos
del presente convenio.
+ Dentro de las actividades mínimas requeridas se establecen, por ejemplo,
corta de maleza, vegetación o cualquier elemento natural que intervenga
con el proyecto, lavado del muro, repello básico y pintado base.
+ Mantener en todo momento las condiciones de seguridad que posee la
tapia perimetral actualmente.
+ Canalizar y retirar cualquier tipo de escombro o residuos que se generen del
proceso de preparación del muro.
+ Colocar dispositivos de seguridad como cámaras de videovigilancia en la
zona para la protección de la obra artística.
+  Divulgar los alcances del proyecto, resultados, diseño del mural y todas las
estrategias conexas a este.
+ Asumir cualquier daño que se ocasione debido al desarrollo del proyecto.
DE LOS PROPIETARIOS: se comprometen a permilir el uso del muro perimetral en su
sector Este para los fines pretendidos en el presente convenio, así como consentir
actividades como las que a continuación se detallan:
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (CAMunicipalidadDePococi 5
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9187 ACTA N*82 Ordinaria. 23-
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a Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 Zas
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+  Permilirla corta maleza, limpieza, reparaciones y pintado del muro.
+ Permitir la permanencia estricta de funcionarios o empresas que resulten
adjudicadas para el objeto del convenio.
+ En caso de venta del inmueble, comunicar al nuevo propietario los alcances
de este proyecto y socializar las intenciones, así como beneficios de apoyar
este tipo de iniciativas y su continuidad.
e Notificar a la Comisión Municipal, cualquier situación o inconveniente que
pudiera presentarse a causa del proyecto.
SEXTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir unilateralmente este convenio en
cualquier momento, sin incurrir en responsabilidad alguna, fundamentando el
beneficio del interés de los munícipes y dejando la estructura al menos en
condiciones similares a las que se encuentra en este momento, según lo observado
en el Apéndice B.
SÉTIMA: COMISIÓN MUNICIPAL DEL PROYECTO: Se encuentra conformada por
funcionarios municipales, comerciantes y vecinos interesados, deberá rendir un
informe anual que señale el estado del mural, sus condiciones, observaciones y
mejoras requeridas para mantener el objeto del presente convenio.
OCTAVA: A excepción de la venta, LOS PROPIETARIOS, se comprometen a informar
con una antelación razonable a la MUNICIPALIDAD, cualquier intención de
disponer del muro divisorio de manera que el gobierno local, pueda desarrollar
estrategias informativas o administrativas para el abordaje del cambio en el diseño
del proyecto o los elementos que lo componen.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: EAMunicipalidadDePococi 6
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*188 ACTA N*82 Ordinaria.
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a Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 E 7
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Pluye pl e £ DEPOCOCI
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NOVENA: ESTIMACIÓN: El presente convenio por su naturaleza es de cuantía
inestimable.
DÉCIMA: PLAZO Y VIGENCIA: El presente Convenio de cooperación será por un
plazo de cinco años, con prórroga automática; cuando las partes deseen dar fin
al presente convenio, deberán indicarlo expresamente cuando así lo estimen
conveniente. Este convenio entrará en vigor a partir de su firma.
DÉCIMO PRIMERA: También queda facultada LA COMISIÓN MUNICIPAL para,
tramitar y gestionar lo que administralivamente se requiera, en cuanto a su diseño,
así como para preservar el proyecto, mejorarlo o darlo por finalizado de acuerdo
con la vida útil de este.
DÉCIMO SEGUNDA: Se autoriza a LA COMISIÓN MUNICIPAL, para que gestione ante
instituciones públicas, que desean apoyar esta iniciativa con el embellecimiento,
mantenimiento o mejoras de las condiciones del mural, así como en la
determinación del diseño o concepto. Se autoriza a la realización de actividades
interinstitucionales para fomentar valores culturales del cantón.
DÉCIMO TERCERA: LA MUNICIPALIDAD, se compromete a otorgar el recurso
económico necesario para los fines del proyecto y su mantenimiento.
DÉCIMO CUARTA: Cualquier aspecto no contemplado en el presente Convenio se
regirá por la Normativa vigente en materia de actos, contratos y convenios
celebrados por la administración pública.
Sitio Web: rmunipococi.go.cr / Facebook: (MunicipalidadDePococi 7
AO Cy) « Sitio Web: munipococi.go.cr
C € Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*189 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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MUNICIPALIDAD
DEPOCOcI
Pluye unipococijuridicos; ail.co
DÉCIMO QUINTA: Como medio para atender notificaciones la Municipalidad
señala el correo electrónico: manuel. hernandezOmunipococi.go.cr, por parte de
los propietarios: AGROPECUARIA JHODEMA S.A jomajiarg8gmail.com y COMPAÑIA
AGROPECUARIA JHODEMA S.A al teléfono: 8305-2136,
DECIMO SEXTA: La firma del presente convenio fue debidamente autorizado por
parte del Concejo Municipal, mediante ACUERDO N* de la Sesión No
del ___ de noviembre 2023.
Es todo y en fe de lo anterior estando todos las partes de acuerdo, firmamos en
DOS ORIGINALES, en la ciudad de Guápiles, cantón Pococí, al ser las
horas del día de noviembre 2023,
Manuel Hernández Rivera Enrique Hernández Arroyo
ALCALDE DE POCOCÍ COMPAÑIA AGROPECUARIA JHODEMA SA
José Manuel Jiménez Arguello
FAJIAR SOCIEDAD ANONIMA
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: HMunicipalidadDePococi 8
Sitio Web: munipococi.go.cr
AS Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*190 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí ()
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a Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 HS 2
A :
Pluye unipococijuridicosGgmailcom merma
— Di A AA Ss Eur
Anexo 1. Consulta Registro Nacional
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL.
CONSULTA POR NUMERO DE FINCA
MATRICULA; 4465090
PROVINCIA: LIMON FINCA: 4165 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO: 000
SEGREGACIONES: NO HAY
NATURALEZA: TERRENO PARA CONSTRUIR CON UNA CASA
SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCIDE LA PROVINCIA DE LIMON
LINDEROS:
NORTE : MARIA ARGUELLO CASTILLO
SUR: CALLE
ESTE : RUBEN SANCHEZ SANCHEZ Y OTRO
OESTE ; PAJA DE AGUA E/I/2 OTRO
MIDE: MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CON CINCO DECIMETROS CUADRADOS
PLANO:L-0722277-2001
LOS ANTECEDENTES DE ESTA FINCA DEBEN CONSULTARSE EN EL. FOLIO MICROFILMADO DE
LA PROVINCIA DE LIMON NUMERO 4165 Y ADEMAS PROVIENE DE 1836 067 012
VALOR FISCAL: 142,984,155.00 COLONES
PROPIETARIO:
COMPAÑIA AGROPECUARIA JHODEMA SOCIEDAD ANONIMA.
CEDULA JURIDICA 3-101-067659
ESTIMACIÓN O PRECIO: SESENTA MIL.COLONES
DUEÑO DEL DOMINIO
PRESENTACIÓN: 2011-00015256-01
FECHA DE INSCRIPCIÓN: 22-FEB-2011
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY
GRAVAMENES o AFECTACIONES: NO HAY.
Emitido el 03-11-2023 a las 11:47 horas
Paro Jal
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (QOMunicipalidadDePococi 9
sg
POCOC Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*191
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POCOC ¿ DIRECCIÓN JURÍDICA Qs
a Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 Sn
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
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Pluye munipococijuridicosgmail.com MONCPALDAD
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Anexo 2. Consulta Registro Nacional
REPÚBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NA!
PO!
MATRICULA; 7803.-000
PROVINCIA: LIMON FINCA: 7803 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO; 000
SEGREGACIONES: NO HAY
NATURALEZA: PARA CONSTRUIR CON | CASA
SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
LINDEROS:
NORTE : CALLE PUBLICA CON FRENTE A ELLA DE TREINTA Y SIETE METROS CON TRECE
CENTIMETROS LINEALES
SUR : MARIA ARGUELLO CASTILLO
ESTE: CALLE PUBLICA CON UN FRENTE A ELLA DE VEINTICINCO METROS QUINCE
CENTIMETROS LINEALES
OESTE : FAJA DE AGUA EN MEDIO E INVERSIONES GRACE S.A.
MIDE: NOVECIENTOS CUARENTA METROS CON VEINTICUATRO DECIMETROS CUADRADOS
PLANO:L-0325472-2002
LOS ANTECEDENTES DE ESTA FINCA DEBEN CONSULTARSE EN EL FOLIO MICROFILMADO DE
LA PROVINCIA DE LIMON NUMERO 7803 Y ADEMAS PROVIE: E
VALOR FISCAL: 96,917,701.00 COLONES
PROPIETARIO:
FAJIAR SOCIEDAD ANONIMA
CEDULA JURIDICA 3-101-208379
ESTIMACIÓN O PRECIO: CINCO MILLONES COLONES
DUEÑO DEL DOMINIO
PRESENTACI!
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA:
GRAVAMENES o AFECTACIONES: NO HAY
Emitido el 08-11-2023 a las 1 1:46 horas
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi 10
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*192 ACTA N*82 Ordinaria
Municipalidad de Pococí
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a 9 IN Teléfono: 2713-6516, Fox: 2710-7181 >,
munipococijuridicosdgmailcom mwepanso
Pluye
Apéndice A. Imagen con fines ilustrativos.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (CMunicipalidadDePococi n
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4 Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*193 ACTA N*82 Ordinaria
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CERTIFICACION DE PERSONERÍA JURIDICA
NUMERO DE CERTIFICACION: RNPDIGITAL-1733361-2023
PERSONA JURIDICA: 3-101-208379
DATOS GENERALES
RAZON SOCIAL O DENOMINACION: FAJJAR SOCIEDAD ANONIMA
ESTADO ACTUAL: INSCRITA
CITAS DEL ANTECEDENTE: TOMO: 1029 FOLIO: 222 ASIENTO: 00280
DOCUMENTO ORIGEN: TOMO: 445 ASIENTO: 15204 FECHA INSCRIPCION / TRASLADO: 25/09/2008
DOMICILIO: LIMON-POCOCI GUAPILES, 100 METROS DE LA SODA SOLEY,
OBJETOJFINES (SINTESIS): COMERCIO, INDUSTRIA, AGRICULTURA, RECIBIR POR CONTRATO O TESTAMENTO LA PROPIEDAD
AUR POUIENDO SER FIDUCIARIO, FIDEICOMITENTE, FIDEICOMISARIO O BENEFICIARIO, RENDIR FIANZAS Y GARANTIAS DE
CUA! TIPO.
PLAZO DE LA ENTIDAD JURIDICA: INICIO; 07/07/1997 VENCIMIENTO; 07/07/2096
NUMERO LEGALIZACION: 4061009507292
FECHA LEGALIZACION:06/08/2012
ADMINISTRACION
PLAZO DE DIRECTORES Y/O PRORROGAS: LOS DIRECTORES Y El FISCAL. SERAN NOMBRADOS EN SUS PUESTOS POR TODO EL.
PLAZO SOCIAL.
LA JUNTA DIRECTIVA NO TIENE FACULTAD PARA OTORGAR PODERES
REPRESENTACION
CORRESPONDE AL. PRESIDENTE Y AL VICEPRESIDENTE LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL DE LA SOCIEDAD CON
FACULTADES DE APODERADOS GENERALISIMOS SiN LIMITE DE SUMA, PUDIENDO ACTUAR EN FORMA CONJUNTA O INDIVIDUAL, DE
CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 1253 DEL CODIGO CIVIL. PODRA NOMBRAR APODERADOS CON LA DESIGNACION Y ATRIBUCIÓN
QUE HARA CONSTAR EN EL PROPIO ACTO DEL NOMBRAMIENTO, PUDIENDO REVOCAR ESTE Y HACER NUEVOS NOMBRAMIENTOS,
CUANTAS VECES JUZGUE NECESARIO SIN PERDER POR ELLO SUS FACULTADES ORIGINALES.
NOMBRAMIENTOS
JUNTA DIRECTIVA
FECHA DE INSCRIPCION: 25/09/2008 CARGO; PRESIDENTE
OCUPADO POR: JOSE MANUEL JIMENEZ CESPEDES CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0232-0197
REPRESENTACION; REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIGENCIA: INICIO: 07/07/1997 VENCIMIENTO: 07/07/2096
FECHA DE INSCRIPCION: 05/09/2014 CARGO: VICEPRESIDENTE
OCUPADO POR: JOSE MANUEL JIMENEZ ARGUELLO CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0721-0727
REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIGENCIA: INICIO: 20/08/2014 VENCIMIENTO: 07/07/2096
NO EXISTEN MAS NOMBRAMIENTOS EN JUNTA DIRECTIVA CON REPRESENTACION
FECHA DE INSCRIPCION: 25/09/2008 CARGO: AGENTE RESIDENTE
OCUPADO POR: KATIA CASTILLO VARGAS CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0752-0609
REPRESENTACION; NO APLICA
VIGENCIA: INICIO: 07/07/1997 VENCIMIENTO: 07/07/2096
DIRECCION: LIMON, POCOCI, GUAPILES, DE LA ALCALDIA 25 METROS AL ESTE.
FIN DE LOS NOMBRAMIENTOS O CARGOS DE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE AFECTACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE MOVIMIENTOS PENDIENTES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE OBSERVACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
ESTA CERTIFICACION, CUYOS DERECHOS ARANCELARIOS FUERON DEBIDAMENTE CANCELADOS, CONSTITUYE DOCUMENTO
PUBLICO CONFORME LO ESTABLECEN LOS ARTICULOS 45.2 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, 5 INCISO D) DE LA LEY DE
CERTIFICADOS, FIRMAS DIGITALES Y DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS N.8454, Y EL DECRETO EJECUTIVON. 35488-J, PUBLICADO EN
LA GACETAN. 196, DEL 8 DE OCTUBRE DE 2009. EN DICHO MARCO LEGAL SE ESTABLECE LA 'OBLIGATORIEDAD DE RECIBIR ESTE
DOCUMENTO POR PARTE DE LOS ENTES PUBLICOS Y PRIVADOS, ASI COMO PARA LOS PARTICULARES, EN CASO DE QUE SELE
PRESENTEN PROBLEMAS PARA LA RECEPCION DE ESTE DOCUMENTO Y APLICACION DE SUS EFECTOS LEGALES, SIRVASE
COMUNICARLO AL CENTRO DE ASISTENCIA AL. USUARIO, TELEFONO. 2202-0888.
OCIO
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN 1D á Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*194 ACTA N*82 Ordinaria. 23-1
ESTIMADO USUARIO, EL REGISTRO NACIONAL LE INDICA QUE El
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LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL; NINGUNA PERSONA FISICA O JURIDICA PUEDE VARIAR ESE VALOR ds
EMITIDA A TRAVES DEL PORTAL DE SERVICIOS DIGITALES Y CON
DATOS CONSULTADOS A UI
DDEA TO NACIONAL, A LAS 10 HORAS 54 MINUTOS Y 56 SEGUNDOS, DEL 22 DE NOVIEMBRE. DEz0s PES
CADA EN EL SITIO www.mpdigital.com DENTRO DE LOS SIGUIENTES 15 DIAS NATURALES, "
SILA CERTIFICACION CONTIENE ALGUNA INCONSISTENCI 'ARA
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DETERMINAR EL ORIGEN DE LA INCONSISTENCIA Y COMPETENCIA DE LA RESOLUCION algo, P
SE TIENEN POR PRORROGADOS DE PLENO DERECHO Y
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NOMBRADOS ANTES DEL 1 DE MARZO DE 2020, DOS LO
CONFORME LO DISPUESTO ENLAR ¿eva e A a > O PERIODO PARA EL CUAL FUERON NOMBRADOS. LO ANTERIOR
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CERTIFICACION DE PERSONERIA JURIDICA
NUMERO DE CERTIFICACION: RNPDIGITAL-1733355-2023
PERSONA JURIDICA; 3-101-067659
DATOS GENERALES
RAZON SOCIAL O DENOMINACIÓN: COMPAÑIA AGROPECUARIA JHODEMA SOCIEDAD ANONIMA.
ESTADO ACTUAL: INSCRITA
CITAS DEL ANTECEDENTE: TOMO: 0382 FOLIO: 109 ASIENTO; 00108
DOCUMENTO ORIGEN: TOMO: 335 ASIENTO: 12796 FECHA INSCRIPCION / TRASLADO: 10/04/2007
DOMICILIO: LIMON-POCOCI GUAPILES, 200 ESTE DEL SUPERMERCADO PALI, EDIFICIO A MANO IZQUIERDA.
OBJETO/FINES (SINTESIS): INDUSTRIA, AGRICULTURA, GANADERIA, Y EL. COMERCIO EN GENERAL, POSEER Y DISPONER DE BIENES
nia INMUEBLES, DERECHOS REALES Y PERSONALES, PARTICIPAR EN FIDEICOMISOS, OTORGAR FIANZAS Y TODA CLASE DE
9
PLAZO DE LA ENTIDAD JURIDICA: INICIO: 12/11/1982 VENCIMIENTO: 12/11/2082
NUMERO LEGALIZACION: 4065000021844
FECHA LEGALIZACION:22/08/2016
ADMINISTRACION
PLAZO DE DIRECTORES Y/O PRORROGAS: JUNTA DIRECTIVA, FISCAL Y AGENTE RESIDENTE. DURARAN EN SU CARGO POR TODO
EL PLAZO SOCIAL. -
LA JUNTA DIRECTIVA NO TIENE FACULTAD PARA OTORGAR PODERES
REPRESENTACIÓN
PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, SECRETARIO Y TESORERO CON LAS FACULTADES DE APODERADOS GENERALISIMOS SIN LIMITE
DE SUMA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 1253 DEL CODIGO C/VIL, ACTUANDO INDIVIDUALMENTE EL PRESIDENTE Y EL.
VICEPRESIDENTE Y ACTUANDO CONJUNTAMENTE EL SECRETARIO Y EL TESORERO. El. PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE QUEDAN
ESPECIALMENTE AUTORIZADOS DE FORMA CONJUNTA O SEPARADA PARA NOMBRAR A TODA CLASE DE APODERADOS, GERENTES,
FUNCIONARIOS Y REPRESENTANTES, DANDOLES EN EL ACTO DE NOMBRAMIENTO LAS DENOMINACIONES, FACULTADES Y
PODERES QUE CREAN OPORTUNOS.
NOMBRAMIENTOS
JUNTA DIRECTIVA
FECHA DE INSCRIPCION: 27/02/2007 CARGO: PRESIDENTE
OCUPADO POR: ENRIQUE RODRIGUEZ ARROYO CEDULA DE IDENTIDAD: 2-0254-0365
REPRESENTACION: REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL.
VIGENCIA: INICIO: 12/11/1982 VENCIMIENTO; 12/11/2082
FECHA DE INSCRIPCION: 27/02/2007 CARGO: VICEPRESIDENTE
OCUPADO POR: MICAELITA RODRIGUEZ ARROYO CEDULA DE IDENTIDAD: 2-0195-0625
REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIGENCIA: INICIO: 12/11/1982 VENCIMIENTO: 12/11/2082
FECHA DE INSCRIPCION: 10/10/2016 CARGO: SECRETARIO
OCUPADO POR: MARIA JOSE RODRIGUEZ CEDEÑO CEDULA DE IDENTIDAD: 1-1142-0216
REPRESENTACIÓN: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIGENCIA: INICIO: 07/09/2016 VENCIMIENTO: 12/11/2082
FECHA DE INSCRIPCION: 10/10/2016 CARGO: TESORERO
OCUPADO POR: DENNIS ENRIQUE RODRIGUEZ CEDEÑO CEDULA DE IDENTIDAD; 1-1005-0552
REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL.
VIGENCIA: INICIO: 07/09/2016 VENCIMIENTO: 12/11/2082
NO EXISTEN MAS NOMBRAMIENTOS EN JUNTA DIRECTIVA CON REPRESENTACION
FECHA DE INSCRIPCION: 27/02/2007 CARGO: AGENTE RESIDENTE
OCUPADO POR: GASTON CERTAD MAROTO CEDULA DE IDENTIDAD: 9-0024-0927
REPRESENTACION: NO APLICA
VIGENCIA: INICIO: 24/01/1991 VENCIMIENTO: 12/11/2082
DIRECCION: SAN JOSE, SAN JOSE, CALLE 25, AVENIDAS 6 Y 8, NUMERO 673, BUFETE PIZA, ORTEGA Y ASOCIADOS.-
FIN DE LOS NOMBRAMIENTOS O CARGOS DE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE AFECTACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE MOVIMIENTOS PENDIENTES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE OBSERVACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
3
POCOC Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9195 ACTA N*82 Ordinaria.
ESTA CERTIFICACION, CUYOS DERECHOS ARANCELARIOS FUERON DEBIDAMENTE CANCELADOS, CONSTITUYE DOCUMENTO
PUBLICO CONFORME LO ESTABLECEN LOS ARTICULOS 45.2 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, 5 INCISO D) DE LA LEY DE
CERTIFICADOS, FIRMAS DIGITALES Y DOCUMENTOS ELECTRONICOS N.8454, Y EL DECRETO EJECUTIVO N. 35488-J, PUBLICADO EN
LA GACETA N. 198, DEL 8 DE OCTUBRE DE 2009. EN DICHO MARCO LEGAL SÉ ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE RECIBIR ESTE
DOCUMENTO POR PARTE DE LOS ENTES PUBLICOS Y PRIVADOS, ASI COMO PARA LOS PARTICULARES, EN CASO DE QUE SE LE
PRESENTEN PROBLEMAS PARA LA RECEPCION DE ESTE DOCUMENTO Y APLICACION DE SUS EFECTOS LEGALES, SIRVASE
COMUNICARLO AL CENTRO DE ASISTENCIA AL USUARIO, TELEFONO, 2202-0888.
ESTIMADO USUARIO, EL REGISTRO NACIONAL LE INDICA QUE EL VALOR DE LA PRESENTE CERTIFICACION FUE ESTABLECIDO POR
LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL; NINGUNA PERSONA FISICA O JURIDICA PUEDE VARIAR ESE VALOR.
EMITIDA A TRAVES DEL PORTAL DE SERVICIOS DIGITALES Y CON DATOS CONSULTADOS A UNA REPLICA OFICIAL DE LA BASE DE
DATOS DEL REGISTRO NACIONAL, A LAS 10 HORAS 54 MINUTOS Y 22 SEGUNDOS, DEL 22 DE NOVIEMBRE DE 2023.
PODRA SER VERIFICADA EN EL SITIO vawww.mpdigital.com DENTRO DE LOS SIGUIENTES 15 DIAS NATURALES, Ñ
SILA CERTIFICACION CONTIENE ALGUNA INCONSISTENCIA EN LA INFORMACION, FAVOR DE CONTACTAR A mpdigitalA/mp.go.cr, PARA
DETERMINAR EL ORIGEN DE LA INCONSISTENCIA Y COMPETENCIA DE LA RESOLUCION,
SE TIENEN POR PRORROGADOS DE PLENO DERECHO Y DE FORMA AUTOMÁTICA HASTA POR DOS AÑOS, LOS NOMBRAMIENTOS DE
LOS ORGANOS DE ADMINISTRACION Y FISCALIA, QUE HAYAN VENCIDO A PARTIR DEL 1 DE MARZO DEL 2020 Y HASTA EL 31 DE
DICIEMBRE DEL 2020, INCLUSIVE. SE PRORROGAN LOS NOMBRAMIENTOS QUE VENCEN EN EL AÑO 2021 Y QUE FUERON
NOMBRADOS ANTES DEL 1 DE MARZO DE 2020, POR EL MISMO PERIODO PARA EL CUAL FUERON NOMBRADOS. LO ANTERIOR
CONFORME LO DISPUESTO EN LAS LEYES N* 9866 Y N* 9956,
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor alcalde en ejercicio o quien
ocupe su cargo a firmar convenio de Cooperación entre la Municipalidad de
Pococí y las Sociedades: Compañía Agropecuaria JHODEMA S.A. y FAJIAR S.A.
para la utilización de un muro divisorio o de cerramiento con fines artísticos u
culturales en el proyecto Calle 03. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2246
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono:2711-1228, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr
dice:
Oficio: DAMCM-0208-2023
Asunto: Acuerdo de pago la Licitación Reducida No. 2023LD-0000203-0032000702,
(Proyecto: ítem No. 1 Relastreo de caminos en el Cantón ll Etapa Calle Gallo Pinto
La Unión Guápiles C- 7-02-052 Ley 8114, ítem No. 2 Relastreo de caminos en el
Cantón Camino Entronque Fortuna-Barbados, Valle Hermoso- Zota Reforma Salir
Ruta 247 C 7-02-416. C 7-02- 475 Ley 8114.
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PAGINA N*196 ACTA N%82 Ordinaria. E
Municipalidad de Pococí
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manuel hernandez(Amunipococi.go.cr. nono
Pluye
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Guápiles, 23 de noviembre de 2023
DAMCM-0208-2023
Sres. Honorable
Concejo Municipal
Mediante la presente me permito remitir para el respectivo acuerdo de pago la
Licitación Reducida No. 2023LD-0000203-0032000702, (Proyecto: ítem No. 1
Relastreo de caminos en el Cantón Il Etapa Calle Gallo Pinto La Unión Guápiles C-
7-02-052 Ley 8114, fte No. 2 Relastreo de caminos en el Cantón Camino Entronque
Fortuna-Barbados, Valle Hermoso- Zota Reforma Salir Ruta 247 C 7-02-416. C 7-02-
475 Ley 8114.
Sin más por el momento, me despido.
Alcalde
pi
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DES, E
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Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*197 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
y A
POCO o J Compras Públicas 10
| Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
N IGNAMN A
MUNICIPALIDAD
ronald.quirosAmunipococi.go.cr
Pluye DEPCCOC
Guápiles, 23 de noviembre del 2023
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorización de pago.
Licitación Reducida No. 2023LD-0000203-0032000702, (Proyecto: ítem No. 1 Relastreo
de caminos en el Cantón (Il Etapa Calle Gallo Pinto La Unión Guápiles C-7-02-052
Ley 8114), ftem No. 2 Relastreo de caminos en el Cantón (Camino Entronque
Fortuna-Barbados, Valle Hermoso- Zota Reforma Salir Ruta 247 C 7-02-416, C 7-02-475
Ley 8114).
Respetables señores:
El departamento de Obra pública, por medio del Ing. Olger Gutierrez Mendoza,
gestionada en la plataforma SICOP, el proyecto: ítem No. 1 Relastreo de caminos
en el Cantón (II Etapa Calle Gallo Pinto La Unión Guápiles C-7-02-052 Ley 8114, ítem
No. 2 Relastreo de caminos en el Cantón (Camino Entronque Fortuna-Barbados,
Valle Hermoso- Zota Reforma Salir Ruta 247 C 7-02-416. C 7-02-475 Ley 8114).
Ala hora de apertura de ofertas en la plataforma SICOP, se recibió oferta por parte
de las empresas:
Página 1] 12
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*198 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
Compras Públicas
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
ronald.quirosAmunipococi.go.cr
ítem No. 1 Relastreo de caminos en el Cantón (Il Etapa Calle Gallo Pinto La Unión
Guápiles C-7-02-052 Ley 8114
Posición Número de la oferta
de oferta Modalldad
sw Nombre del provee
dorw
2023LD-000203-0
032000702-Partida
1 1Ofertal Individual
GRUPO SANG SOC!
EDAD ANONIMA
2023LD-000203-0
0032000702-Partida
1-Oferta 2
2 CONSTRUCTORAS Individual
AN ROMAN DE TU
RRIALBA SOCIEDA
D ANONIMA
2023L0-000203-0
032000702-Partida
> SETAS Individual
CONSTRUCTORA J
ORSA SOCIEDAD A
NONIMA
Pecocí
Pluye
Tipo
Base
Base
Base
Callficación Preclo presentado y ¿o ea y — Estadodelaoferta
dada porel
proveedor —, Fecha/hora de — Documento adjunt — Preclo do la mejora
la presentación y o de preclos
e Continúa para estudio de
. 17.110,323.67 (CRC) 31.986.098 Gro
13/11/2023 16:55 ta
. Continúa para estudio de
19.456.728,62 (0501 36.372.476 Comi
80,35
14/11/2023 11:05 1
a. Continúa para estudio de
20.442.296,96 [cnc] 30.214.789 Cont
06,96
14/11/2023 12:17 6
3 resultados
Página 2] 12
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9199 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí li)
1)
8) a la) 7 Compras Públicas / Y
PO SOC Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 QU
ronald.quirosAmunipococi.go.cr MUNOPALIDAD
Pluye DEPOCO0I
ítem No. 2 Relastreo de caminos en el Cantón (Camino Entronque Fortuna-Barbados,
Valle Hermoso- Zota Reforma Salir Ruta 247 C 7-02-416. C 7-02-475 Ley 8114
Conversión
Posición Número de la oferta Callficación Preclo presentado Y de preciorusojy  Estadodola oferta
de oferta Modalidad Tipo dada porel
sw Nombre del provee proveedor Fecha/hora de Documento adjunt  Preclo de la mejora
dor la presentación y o de preclos
2023LD-000203-0 A
032000702-Portida 51.125.263,57 (Ch 95.573.745 comida para estudio de
1 2-Ofertal Individual — Base 100
GRUPO SANG SOCI
EDAD ANONIMA
2023LD-000203-0
032000702-Partida 55.291.029.46 (04 tas:36izaa¡Cooiods para estudio de
2-Oferta 3
Individ 93:
2 comsructoras Moda! Base pd
ORSA SOCIEDAD A 14/11/2023 12:35 tó
NONIMA
2023LD-000203-0
032000702-Partida 60.082.199.38 [0H 1123 rar2 [copii pare ei do
2-Oferta 2 oferta
3 CONSTRUCTORAS Individual — Base 78.07
AN ROMAN DE TU
RRIALOA SOCIEDA
D ANONIMA
13/11/2023 17:04 44
14/11/2023 11:09 1
3 resultados
Análisis de ofertas recibas
El Ing. Olger Gulierrez Mendoza, Coordinador de Obra Pública realiza un análisis
de ofertas recibidas determinando lo siguiente:
ítem No. 1 Relastreo de caminos en el Cantón (II Etapa Calle Gallo Pinto La Unión
Guápiles C-7-02-052 Ley 8114)
-GRUPO SANG S.A, Se presenta una oferta por un monto de € 17.110,323,67
(Diecisiete millones ciento diez mil trecientos veinte tres colones con sesenta y
siete céntimos), sin embargo, no cumple con lo solicitado en el pliego de
condiciones debido a que:
Página 3] 12
5 CY) Sitio Web: munipococi.go.cr
a ha Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*200 ACTA N*82 Ordinaria.
8 1) Municipalidad de Pococí OS
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a Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Ka] Y)
AS
ronald.quirosAmunipococi.go.cr MUNICIPALIDAD
Pluye DEFOCO
Según el ARTÍCULO 49: Subcontratación de la Ley General de Contratación
Pública, indica en este punto que "La totalidad del porcentaje de
subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del monto total
del contrato”.
No obstante, en la documentación presentada por el oferente, se evidencia que
existe una subcontratación superior al 50%; donde la totalidad del equipo que
ofrece y del laboratorio encargado del control de calidad, no están a nombre
de la empresa, y de acuerdo con la experiencia y las buenas prácticas
constructivas, la subcontratación de la totalidad de los elementos antes
mencionados, representan un porcentaje de contratación superior del 50%.
En referencia a lo anteriormente indicado, el oferente Grupo Sang S.A presenta
un listado de equipo de acuerdo con lo solicitado en el pliego de condiciones
como "Tabla N* 4 Maquinaria y equipo requerido para la ejecución del
contrato”, donde el oferente indica como "Alquilados" la totalidad de la
maquinaria y equipo por utilizar, tal y como se aprecia en la siguiente imagen
tomada de la oferta presentada.
Página 4] 12
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*201 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí Pan
Compras Públicas Y
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
ronald.quirosOAmunipococi.go.cr a
DEPOCOCI
Pl
Maquinaria y equipo requerido para la ejecución del contrato
Tipo y modelo de la 'N* de matrícula Condición Revisión Técnica Marchamo. Pesos y Equipo mínimo
maquinaria y equipo Propla|Alquilada| Vehicular dimensiones | requerido
Vagoneta ue
Western Star a Ñ + z E ss se
Vagoneta
Mack C132386 . x x x * x
Vagoneta
Poterbilt C155416 -. x x x x x
Vagoneta
Western Star C147852 “ x x x x x
Vagoneta
Mack C126280 . x x x x x
Niveladora
Catespilar saom | 62589 | - bl hl A s ia
Back Hoe
-027537 - x >
Caterpillar 420€ cia > hi pe
Tanque de agua
Mack DM685S C-28804 . x *x x x *x
Compactadora
Volvo-SD1000 E£-32936 . x *x x . x
En esa misma línea, se evidencia que, de igual manera se subconirata el
laboratorio de calidad, tal y como se aprecia en la siguiente imagen tomada de
la oferta presentada por el oferente.
da (pt ea
CS
a 1]
O.JM. Consultores de Calidad y Laboratorios
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
LICITACIÓN REDUCIDA 2023LD-000203-0032000702
RELASTREO DE CAMINOS DEL CANTON DE POCOCI
DECLARACION JURADA
Ouion suscribo, Alftodo Salas Munto, cédula do idontdad No. 1-1125-0222, on mi calidad do roprosontante legal dol Laboratorio
de matorales OJM Consultoros de Calidad y Laboratonios S.A cédula 3-101-449145, incorgorada on el Colegio de Ingonieros y
Arquitectos como empresa consultora con el código CC-05506, hago constar quo conozco la oforta presentada por la empresa
GRUPO SANG S.A., cédula jurídica 3-101-733182 para lc tacón mercionada en la referencia y manifiesto el compromso
de mi represontada do participar on la ojocucón dol contrato como laboratorio de autocontrol de caldad siguienco las
disposiciones solicitadas en el cartel de licración an caso de resultar acjucicatara y formalizarse el contrato correspondiente.
Página 5] 12
k Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*202 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí Pagas
Compras Públicas Y
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 De
a el
|CAPALIOAD.
ronald.quirosGmunipococi.go.cr
Ahora bien, de lo anterior se evidencia que dicha, empresa realiza una
subcontratación superior al 50%, por lo tanto, se recomienda declarar como
INADMISIBLE la oferta presentada por Grupo Sang S.A, al incumplir el ARTÍCULO
49: Subcontratación de la Ley General de Contratación Pública.
- CONSTRUCTORA SAN ROMAN DE TURRIALBA S.A, oferta admisible, cumple
a satisfacción con lo solicitado en el pliego de condiciones, se presenta una
oferta por un monto de £19.456.728,62, (Diecinueve millones cuatrocientos
cincuenta y seis mil setecientos veintiocho colones con sesenta y dos céntimos
exactos), presenta toda la documentación solicitada, sin embargo, no posee la
condición de PYME.
- CONSTRUCTORA JORSA S.A, oferta admisible, cumple a satisfacción con
lo solicitado en el pliego de condiciones, se presenta una oferta por un monto
de £ 20 442 236,96 (Veinte millones cuatrocientos cuarenta y dos mil doscientos
treinta y seis colones con noventa y seis céntimos), presenta la documentación
solicitada en el pliego de condiciones, además posee la condición de PYME.
Página 6 | 12
a) y) y Sitio Web: munipococi.go.cr
a C pe Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*203 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí ES
Compros Públicas Y y
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 )
AA
MR CPALIOAD
ronald.quirosAmunipococi.go.cr
DEPOCOCI
[rasa]
ítem No. 2 Relastreo de caminos en el Cantón (Camino Entronque Fortuna-Barbados,
Valle Hermoso- Zota Reforma Salir Ruta 247 C 7-02-416. C 7-02-475 Ley 8114
-GRUPO SANG SOCIEDAD ANONIMA, Se presenta una oferta por un monto de
€ 17 110 323,57 (Diecisiete millones ciento diez mil lrecientos veinte lres colones
con sesenta y siete céntimos), sin embargo, no cumple con lo solicitado en el
pliego de condiciones debido a que:
Según el ARTÍCULO 49: Subcontratación de la Ley General de Contratación
Pública, indica en este punto que "La totalidad del porcentaje de
subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del monto total
No obstante, en la documentación presentada por el oferente, se evidencia que
existe una subcontratación superior al 50%; donde la totalidad del equipo que
ofrece y del laboratorio encargado del control de calidad, no están a nombre
de la empresa, y de acuerdo con la experiencia y las buenas prácticas
constructivas, la subcontratación de la totalidad de los elementos antes
mencionados, representan un porcentaje de contratación superior del 50%.
En referencia a lo anteriormente indicado, el oferente Grupo Sang S.A presenta
un listado de equipo de acuerdo con lo solicitado en el pliego de condiciones
como "Tabla N* 4 Maquinaria y equipo requerido para la ejecución del
contrato”, donde el oferente indica como “Alquilados" la totalidad de la
maquinaria y equipo por utilizar, tal y como se aprecia en la siguiente imagen
tomada de la oferta presentada.
Página 7] 12
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*204 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
Compras Públicas
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
ronald.quirosGAmunipococi.go.cr
Maquinaria y equipo requerido para la ejecución del contrato
Pos ys 130857 » x x x x x
A C132386 > x x x x x
Picas 155416 . x x x x x
oca crazasz | - x x x x x
A ar x x x x x
ES C-28804 . x x x x x
a x x x E x
En esa misma línea, se evidencia que, de igual manera se subcontrata el
laboratorio de calidad, tal y como se aprecia en la siguiente imagen
tomada de la oferta presentada por el oferente.
ra [Jl ma
IC
O.JM. Consultores de Calidad y Laboratorios
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
LICITACIÓN REDUCIDA 2023L.0-000203-0032000702
RELASTREO DE CAMINOS DEL CANTON DE POCOCI
DECLARACION JURADA
Quion suscribo, Alfredo Salas Iurilo, cédula do idontdad No, 1-1125-0222, on mi calidad do roprosontanto logal dol laboratorio
de materialos OJM Consultoras de Calidad y Laboratoños S.A. cédula 3-101-449145, incorporada en el Co'egio de Ingenieros y
Arquitectos como empresa consultora con el código CC-05506, hago constar que conozco la oferta presentada por la empresa
GRUPO SANG S.A., céduta jurídica 3-101-783182 para lictación mencionada en la referencia y manifiesto el compromiso
do mi roprosontada do partcipar on la ojocución dol contrato como laboratorio de autocontrol do catdad siguiondo las
nos en el cartel de en caso de resultar adj la y fo el contrato to.
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Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*205 ACTA N*%82 Ordinaria.
Pluye DEPOCOA
>
Ahora bien, de lo anterior se evidencia que dicha, empresa realiza una
. y Municipalidad de Pococí PS
>, A] y a] ! Compras Públicas Y Y
2 % Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
IAN Kad os
ronald.quirosAmunipococi.go.cr MAROPALIOAD.
subcontratación superior al 50%, por lo tanto, se recomienda declarar como
INADMISIBLE la oferta presentada por Grupo Sang S.A, al incumplir el ARTÍCULO
49: Subcontratación de la Ley General de Contratación Pública.
- CONSTRUCTORA JORSA S.A, oferta admisible, cumple a satisfacción con
lo solicitado en el pliego de condiciones, se presenta una oferta por un monto
de E 55 291 029, 46 (Cincuenta y cinco millones doscientos noventa y Un mil
veintinueve colones con cuarenta y seis céntimos), presenta toda la
documentación solicitada, además posee la condición de PYME.
- CONSTRUCTORA SAN ROMAN DE TURRIALBA S.A, oferta admisible, cumple
a satisfacción con lo solicitado en el pliego de condiciones, se presenta una
oferta por un monto de E $0 082 199, 38 (Sesenta millones ochenta y dos mil
ciento noventa y nueve colones con treinta y ocho céntimos), presenta toda la
documentación solicitada, sin embargo, no posee la condición de PYMES.
Sistema de evaluación de ofertas
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas
que cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de
Precio 80%, Empresa Pymes 10% y Experiencia 10%. Así establecido en el pliego
de condiciones, queda a criterio del departamento de Proveeduría realizar la
revisión de los cumplimientos legales.
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AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9207_ ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí ey
Compras Públicas >
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Dn
Sr
ronald.quirosQmunipococi.go.cr MUNCPALIOAD.
DEPODOC
Por lo tanto, se solicita al Concejo municipal, autorizar al señor Alcalde a pagar a
favor de las empresas:
ítem No. 1 Relastreo de caminos en el Cantón (Il Etapa Calle Gallo Pinto La Unión
Guápiles C-7-02-052 Ley 8114).
¿CONSTRUCTORA JORSA S.A, por un monto de (£19.997.207,80 (diecinueve millones
novecientos noventa y siete mil doscientos siete colones con 80/100). Monto que se
ajusta a criterio del Ing. Olger Gutierrez Mendoza detalle en cuadro (anexo 1).
Anexo $1
ILETAPA CALLE GALLO PINTO LA UNION GUAPILES 7-02-052, LEY 8114
SUMARIO DE CANTIDADES
RENGLÓN PRECIO
DEPAGO DESCRIPCIÓN UNIDAD [CANTIDAD' UNITARIO PRECIO TOTAL
Trabajo a costo más porcentaje por
CR.110.06 obras espaciales glb 1 500 000,00 500 000,00
y Reacondicionamiento de las cunetas, 5 " a
CR.303.02 lsubrasanto y espaldonos km 43 El 197 729,48 | 25150 236,76
NA Horas back hoe hr 8 e21 190,38 E 169 523,04
CR.301.02 [Base granular graduación C m3 669 221 192,00 | E14 177 448,00
TOTAL £19 997 207,80
Página 11 | 12
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AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*208 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
a Y a] Compras Públicas
4 k ] Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
A K DN
ronald.quirosAmunipococi.go.cr
Pluye Ñ
ítem No. 2 Relastreo de caminos en el Cantón (Camino Entronque Fortuna-Barbados,
Valle Hermoso- Zota Reforma Salir Ruta 247 C 7-02-416. C 7-02-475 Ley 8114
-CONSTRUCTORA JORSA S.A, por un monto de £59.989.931,19 (cincuenta y nueve
millones novecientos ochenta y nueve mil novecientos treinta y un colones con
19/100). Monto que se ajusta a criterio del Ing. Olger Gutierrez M, detalle en cuadro
(anexo 2).
Anexo ¿2
CAMINO ENTRONQUE FORTUNA-BARBADOS VALLE HERMOS-ZOTA REFORM SALIR RUT 247 7-02-416 475
SUMARIO DE CANTIDADES
penctón DESCRIPCIÓN UNIDAD| CANTIDAD| PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL
[cr.110.06[tobajo a costo más porcentaje por glo 1 €1 00.000,00 | 1 000.000,00
lobras especiales
¡Reacondicionamiento de los cunelas,
[CR.303.02| subrasanto y espaldones km 47 €1 197 506,18 25 628 279,05
NA |Horas back hoe hr 30 €21 736,75 652 102,50
[CR.301.02|Bose granular graduación C m3 2839 €18 572,78 (252 709 549,64
TOTAL £ 59 989 931,19
Sin más que agregar se suscribe;
RONALD QUIROS Ffimsdogratmente por
RONALD QUROS BRENES (FIRMA)
BRENES (FIRMA) Feres sra esco
Lic. Ronald Quirós Brenes
Compras Públicas
Municipal de Pococí.
Página 12] 12
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A Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*209 ACTA N*82 Ordinaria. 23-1-
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor alcalde a pagar a favor de la
empresa: ítem No. 1 Relastreo de caminos en el Cantón (Il Etapa Calle Gallo Pinto
La Unión a la empresa: CONSTRUCTORA JORSA S.A, por un monto de £19.997.207,80
(diecinueve millones novecientos noventa y siete mil doscientos siete colones con
80/100). Monto que se ajusta a criterio del Ing. Olger Gutiérrez Mendoza detalle en
cuadro (anexo 1). íftem No. 2 Relastreo de caminos en el cantón (camino
Entronque Fortuna-Barbados, Valle Hermoso-Zota Reforma Salir Ruta 247 c 7-02-
416. C 7-02-475 Ley 8114). A la empresa: Constructora Jorsa S.A. por un monto de
£59.989.931,19 (cincuenta y nueve millones novecientos ochenta y nueve mil
novecientos treinta y un colones con 19/100), monto que se ajusta a criterio del
Ing. Olger Gutierrez Mendoza. Detalle en (cuadro anexo 2). Licitación Reducida
No. 2023LD-0000203-0032000702. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2247
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono:2711-1228, correo electrónico: manuvel.hernmandezOmunipococi.go.cr
dice:
Oficio: DAMCM-200-2023
Asunto: Solicitud de autorización de pago para la Licitación Reducida No. 2023LD-
0000178-0032000702 Compra de cuadriciclo para centro de transferencias de
residuos valorizadles de la comunidad de Barra de Tortuguero.
Y o. AN Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*210 ACTA N*82 Ordinaria.
o 9 Municipalidad de Pococí “HB E
2 EN y | Despacho del Alcalde Y 15 :
a Y PIS Teléfono: 2711-1208 GRA
Pluye manuel hernandezOmunipococi.go.cr MDI
mm
Guápiles 20 de noviembre de 2023
DAMCM-0200-2023
Sres. Honorable
Concejo Municipal
Mediante la presente se solicita autorización de pago para la Licitación Reducida
No. 2023LD-0000178-0032000702 Compra de cuadriciclo -para centro de
transferencias de residuos valorizables de la comunidad de Barra de Tortuguero.
Sin más por el momento, me despido.
Lies sil érnández Rive
Alcalde
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N%82 Ordinaria.
LL AA
PAGINA N*211
Municipalidad de Pococí
g Compras Públicas
. Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 4
S od -.
ronald.quirosAmunipococi.go.cr Gr
Fluye DEPOCOCI
Guápiles, 20 de noviembre del 2023
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorización de pago.
Licitación Reducida No. 2023LD-0000178-0032000702, (Proyecto: Compra de
Cuadraciclo para centro de transferencia de residuos valorizables de la comunidad
de Barra de Tortuguero).
Respetables señores:
El departamento de Saneamiento Ambiental por medio de la Ing. Ariana Solís
Blandón, gestiona en la plataforma SICOP el proyecto: Compra de Cuadraciclo
para centro de transferencia de residuos valorizables de la comunidad de Barra de
Tortuguero.
Ala hora de apertura de ofertas en la plataforma SICOP, se recibió oferta por parte
de la empresa:
Conversló;
Posición Númoro do la oferta mecano to eación Precio presontadoW de prectoryspe  EStado dela oforta
a Nombro del provend ** .e Lo. de DD adjunt — Preclodola mejora
or E la presentación Y o de preclos
2029L.0-000178-003 ,
2000702-Partida 1- 16 3643US0! 16.364 Con nencnudo de ol
Olena 1 ,
 socIEOADANONI Móidval Base nl
MADE VEHICULOS 03/11/2023 09 $0 H ”
AUTOMOTORES
Análisis de oferta reciba
resultados
La Ing. Ariana Solís Blandón, del proceso de saneamiento ambiental realiza un
análisis de la oferta recibida, determinando lo siguiente:
Pecocí
Pluye
Página 1] 4
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Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*212 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
Compras Públicas ix
POCOCÍ Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 yuls
ronald.quirosQAmunipococi.go.cr pal
Pluye
- SAVA SOCIEDAD ANONIMA DE VEHICULOS AUTOMOTORES presentó una
oferta, por un precio total de $ 16.364,00, equivalente a £ 8.815.286,08
(según tipo de cambio del Banco Central de Costa Rica,correspondiente
a 538,07, para el día 03-11-23) para la compra de equipo de trasporte.
A continuación, se analizan los requisitos técnicos y de admisibilidad de las
ofertas presentadas, según lo solicitado en el cartel de licitación:
Requisitos de Admisibilidad
Especificacion
Oferente ñ
es técnicas
3.1.1 | 3.12 | 3.1.3 | 3.1.4 | 3.2
SAVA : : 57
Se hace mención que según el punto 2.8.g del Pliego de Condiciones, Otras
obligaciones de la empresa a contratar, SAVA oferta un plan de mantenimiento
del vehículo posterior a los 2500 kilómetros y hasta los 30.000 mil kilómetros, plan
que se oferta por un monto de $ $ 264,00, equivalente a € 3.370.470,48 (según
tipo de cambio del Banco Central de Costa Rica, correspondiente a £538,07,
para el día 03-11-23) siendo de interés municipal la compra de este plan.
- SAVA SOCIEDAD ANÓNIMA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES: la empresa
cumple con todas las especificaciones técnicas, además cumple con los
requisitos de admisibilidad solicitados en el cartel, aportando cada
certificado solicitado en el pliego de condiciones de licitación municipal
y el plan de mantenimiento requerido.
Página 2] 4
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*213 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
Compras Públicas
í A Teléf 2713-6561 Ext. 122 (7)
2 Y Y eléfono: y xt E
POSI yes
ronald.quirosQmunipococi.go.cr
Pluye
Sistema de evaluación de ofertas
Una vez revisado el expediente, se procede a realizar la evaluación de la oferta
que cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de
Precio 70%, tiempo de entrega 10%, criterios de sustentables 5% y 15% Pymes
local, parámetros así establecidos en el pliego de condiciones.
EVALUACION
Oferta | Puntuación | Tiempo de | Crilerlos | Puntaje
DSSSIPCiÓn Económica | PYMES entrega | sustentables | Total
SAVA, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE VEHÍCULOS 70 0 10 $
AUTOMOTORES
Una vez aplicado los factores de evaluación, la Ing. Ariana Solís Blandón,
recomienda contratar a la empresa; SAVA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE VEHÍCULOS
AUTOMOTORES, por cumplir con lo solicitado en el pliego de condiciones, siendo la
Única oferta admisible,
Página 3]|4
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*214 ACTA N*82 Ordinaria.
IDAS
Municipalidad de Pococí
O Compras Públicas
PRECIOS Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 Y
SS EZRA
MUNDORPALIDAD.
ronald.quirostAmunipococi,go.cr
Fluye
Por lo tanto, se solicita al Concejo municipal, autorizar al señor Alcalde a pagar a
favor de la empresa:
AVA SOCIEDAD ANÓNI DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES por un monto total de
$ 16.364,00 dólares. (Tipo de del dólar ¿ 538,07 al día de la apertura), para Un monto
en colones 4 8,815.286,08 (ocho millones ochocientos quince mil doscientos
ochenta y seis colones 100/08), correspondiente al proyecto: Compra de Cuadra-
| centro de transferencia de residuos val de la comunidad de
Barra de Tortuguero, Monto que se ajusta de acuerdo con el contenido
presupuestario existente.
Sin más que agregar se suscribe;
RONALD QUIROS fumado cigratmente por
QUIBOS DRENES (IRMA)
BRENES (FIRMA) Femronarzosos 06)
Lic. Ronald Quirós Brenes
Compras Públicas
Municipal de PococÍ.
Página 4]|4
k Sitio Web: munipococi.go.cr
a A Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
po o: -
PAGINA N*215 ACTA N*82 Ordinaria. 23 11220234 _
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor alcalde a pagar a favo
empresa: SAVA SOCIEDAD ANÓNIMA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES por un monto
total de $ 16.364,00 dólares. (Tipo de del dólar g 538,07 al día de la apertura), para
un monto en colones £ 8.815.286,08 (ocho millones ochocientos quince mil
doscientos ochenta y seis colones 100/08), correspondiente al proyecto: Compra
de Cuadra-ciclo para centro de transferencia de residuos valorizables de la
comunidad de Barra de Tortuguero. Monto que se ajusta de acuerdo con el
contenido presupuestario existente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2248
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono:2711-1228, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr
dice:
Oficio: DAMCM-0201 -2023
Asunto: Solicitud de autorización de pago para la Licitación Reducida No. 2023LD-
000152-0032000702, (Proyecto: compra de útiles y materiales de limpieza).
En od O > Sitio Web: munipococi.go.cr
a a AY) € Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*216 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
2 1)
PE y! Despacho del Alcald:
P pacho del Alcalde
a AUS AN Teléfono: 2711-1208
Í MUNICPALIDAD.
Pluye manuel hernandezO)munipococi. us
$ ==
Guápiles 20 de noviembre de 2023
DAMCM-0201-2023
Sres. Honorable
Concejo Municipal
Mediante la presente se solicita autorización de pago para la Licitación Reducida
No. 2023LD-000152-0032000702, (Proyecto: Compra De Útiles y Materiales de
Limpieza).
Sin más por el momento, me despido.
£
Alcalde
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*217 ACTA N*82 Ordinaria.
€ A $ Municipalidad de Pococí
a A < Teléfono: 2718-6561 Ext. 122
. 5 . MUNICIPALIDAD.
Pluye ronald.quirosQAmunipococi.go.cr broca
Guápiles, 20 de noviembre del 2023
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorización de acuerdo pago.
Licitación Reducida No. 2023LD-000152-0032000702, (Proyecto: Compra De Útiles y
Materiales de Limpieza).
Respetables señores:
El departamento de Control de Maquinaria y Servicios Generales, por medio del
Lic. Mario Bolaños Martínez, gestionada en la plataforma SICOP, el proyecto:
Compra De Útiles y Materiales de Limpieza.
A la hora de apertura de ofertas en la plataforma SICOP, se recibieron ofertas por
parte de las empresas:
Página 1] 18
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
ES yA! SS
Pi 33 A N
TS NA
a
Y
MUNICIPALIDAD DE POCOCI /
PAGINA N*219 ACTA N*82 Ordinaria.
S go g Municipalidad de Pococí E
> E as Públi Y $
Le) Teléfono: 278. 6961 Ext 122 apo
Fluye ronold. quirosQmuni
c
an
Aportar un certificado de biodegradabilidad emitido por un laboratorio acreditado
ante el ECA (Ente Costarricense de Acreditación), Únicamente en las siguientes
líneas: 19,20,23,26,28,29 y 31.
Los empresas:
1. Limpieza Costa Rica LCR SRL
2. Pava de Grecia S.A.
3. Centex Textil S.A.
4. Inter Quin de Grecia S.A.
Son las Únicas empresas que cumplieron con todos los requisitos de admisibilidad
establecidos en el pliego de condiciones.
Sistema de evaluación de ofertas
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas
que cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de
Precio 95%, y 5% Empresa Pymes.
línea 1 Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95.%
Pava de Grecia S.A. 63.%
Centex Textil S.A. 81%
Inter Quin de Grecia S.A. 68%
Página 3] 18
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*220 ACTA N*82 Ordinaria.
¿E go 4 Municipalidad de Pococí Es]
74 de Compras Públicas
LES Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Li»
Pluye ronald.quirosOMmunipococi.go.cr era
TA == 0 EA
Línea 2 Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95%
Pava de Grecia S.A. 89%
Centex Textil S.A. 41%
Inter Quin de Grecia S.A. 34%
Ííned 3 Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95%
Pava de Grecia S.A, 77%
Centex Textil S.A. 37%
Inter Quin de Grecia S.A. 91%
alificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95%
Pava de Grecia S.A. 87%
Centex Textil S.A. 71%
Inter Quin de Grecia S.A. 57%
Página 4 | 18
k Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*221 ACTA N*82 Ordinaria. 2
Municipalidad de Pococí
Compras Públicas yes
Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 “ro
RL
Pluye ronald.quirosGimunipococi.go.cr — osrocoa
A OS >
Línea: 5 Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 64%
Pava de Grecia S.A. 95%
Centex Textil S.A. 67%
Inter Quin de Grecia S.A. 25%
¿Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 56%
Pava de Grecia S.A. 95%
Centex Textil S.A. 66%
Inter Quin de Grecia S.A. 81%
(7. Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 70%
Pava de Grecia S.A, 63%
Centex Textil S.A. 95%
Inter Quin de Grecia S.A. 56%
Págino 5] 18
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*222 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
Compras Públicas
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
ronold.quirosOmunipococi.go.cr "es
E a vz
línéa:8 Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 52%
Pova de Grecia S.A. 89%
Centex Textil S.A. 97% Pora desempate se aplica
puntaje de PYME, al ser
Comercial se le Aplica un 2
Inter Quin de Grecia S.A. 100% % adicional. Según tabla.
Punto E.
Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 18%
Pava de Grecia S.A. 46%
Centex Textil S.A. 95%
Inter Quin de Grecia S.A. 25%
línea 10'Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 47%
Pava de Grecia S.A. 85%
Centex Textil S.A. 95%
Inter Quin de Grecia S.A. 47%
tínea11'Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95%
Página 6| 18
PO Cy) Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya C Cc Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*223 ACTA N*82 Ordinaria.
TARO
Municipalidad de Pococí xp
Compras Públicas 835
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122. “<>
ronold.quirosGmunipococi.go.cr “sea
ps
Pava de Grecia S.A. 71%
Centex Textil S.A. 45%
Inter Quin de Grecia S.A. 43%
:12 Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa T Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 51%
Pava de Grecia S.A. 95%
Centex Textil S.A. 47%
Inter Quin de Grecia S.A. 66%
¿Detalle de la Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 63%
Pava de Grecia S.A. 73%
Centex Textil S.A. 95%
Inter Quin de Grecia S.A. 52%
Línea14'Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 32%
Pava de Grecia S.A. 34%
Centex Textil S.A. 95%
Inter Quin de Grecia S.A. 30%
Página 7] 18
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*224
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI NN
ACTA N982 Ordinaria. 23- 1"
ES
04 Municipalidad de Pococí Es]
Compras Públicas yu
ES Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 «LS
ho ronald -quirosGmunipococi. go.cr Meco
Línea 15:Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95%
Pava de Grecia S.A. 43%
Centex Textil S.A. 80%
Inter Quin de Grecia S.A. 49%
'Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 64%
Pava de Grecia S.A. 95%
Centex Textil S.A. 52%
Inter Quin de Grecia S.A. 60%
a 17:Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 60%
Pova de Grecia S.A. 81%
Centex Textil S.A. 95%
Inter Quin de Grecia S.A. 59%
18:Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95%
Pava de Grecia S.A. 56%
Centex Textil S.A. 56%
Inter Quín de Grecia S.A. 69%
POcocí
Pluye
Págino 8] 18
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*225 ACTA N%82 Ordinaria.
AN
mm ES) FR Municipalidad de Pococí ()
po s hd Compras Públicas 9505
a 90 ¡de Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 «LS
Fluye ronald.quirosAmunipococi.go.cr “besoo
¡AI is 7
1:19 Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 87%
Pava de Grecia S.A. 95%
Centex Textil S.A. 63%
Inter Quin de Grecia S.A, 80%
Línea 20 Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95%
Pava de Grecia S.A. 89%
Centex Textil S.A. 72%
Inter Quin de Grecia S.A. 56%
[ínea 21'Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95%
Pava de Grecia S.A. 92%
Centex Textil S.A. 66%
Inter Quin de Grecia S.A. 59%
Página 9 | 18
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9226 ACTA N*82 Ordinaria.
Pp
E,
Pus on e Municipalidad de Pococí
SDE Compras Públicas
Ad Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Zo
Fluye ronald.quirosmunipococi.go.cr "ena
línea 22 Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95%
Pava de Grecia S.A. 59%
Centex Textil S.A. 29%
Inter Quin de Grecio S.A. 45%
Líri Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 69%
Pava de Grecia S.A. 77%
Centex Textil S.A. 93%
Inter Quin de Grecia S.A. 95%
ñ Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 97% Para desempate se aplica puntaje
de PYME, al ser Comercial se le
Aplica un 2 % adicional Según
tabla. Punto E.
Pava de Grecia S.A. 95% No presenta certificación de Pyme.
Punto E.
Centex Textil S.A. 51%
Inter Quin de Grecia S.A. 42%
L Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 87%
Página 10] 18
C Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
PAGINA N*227 ACTA N*82 Ordinaria.
IA
go E Municipalidad de Pococí E]
DÉ Compras Públicas us
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
Pluye ronald.quirosfBimunipococi.go.cr. PA
Pava de Grecia S.A. 58%
Centex Textil S.A. 95%
Inter Quin de Grecia S.A. 42%
Línéa.26 Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 70%
Pava de Grecia S.A. 95%
Centex Textil S.A. 59%
Inter Quin de Grecia S.A. 90%
[ínea 27'Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95%
Pava de Grecia S.A. 84%
Centex Textil S.A. 58%
Inter Quin de Grecia S.A. 66%
Línea 28:Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95% Cotización £ 1.989.00
Pava de Grecia S.A. 95% Se adjudica a Pava de Grecia S.A.
precio cotizado más bajo g 1.980.0
Centex Textil S.A. 55%
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a GC Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N*228 ACTA N%82 Ordinaria.
Mi lidad de Pococí «y [HE
pan A E unicipali: fel e Pococi E
2) PE sí Compras Públicas ys
ES pS) ÓS Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 «Eos
Fluye ronald. quirosQmunipococi, go. << MET
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Inter Quin de Grecia S.A. 54%
Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 86%
Pava de Grecia S.A. 95% Se adjudica a Pava de Grecia S.A,
precio cotizado más bajo £ 1.950,0
Centex Textil S.A. 95% Precio cotizado £ 1.955.00
Inter Quin de Grecia S.A. 67%
Lín: le de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95%
Pava de Grecia S.A. 17%
Centex Textil S.A. 52%
Inter Quin de Grecia S.A. 78%
le de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 85%
Pava de Grecia S.A. 81%
Centex Textil S.A. 95%
Inter Quin de Grecia S.A. 13%
Página 12] 18
Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*229 ACTA N*82 Ordinaria.
En p ed Municipalidad de Pococí 7)
4 PIS 45 Col s Pública
Pluye ronald.quirosOmunipococi.go.cr  'beroa
2:Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 93%
Pava de Grecia S.A. 83%
Centex Textil S.A. 95%
Inter Quin de Grecia S.A. 68%
Línéa:33'Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 95%
Pava de Grecia S.A. 66%
Centex Textil S.A. 69%
Inter Quin de Grecia S.A, 57%
Líñ Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
Limpieza Costa Rica LCR SRL 39%
Pava de Grecia S.A. 95%
Centex Textil S.A. 70%
Inter Quin de Grecia S.A. 79%
línea:35 Detalle de La Calificación por empresa
Nombre de la Empresa Calificación Justificación
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POCO Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*230 ACTA N*82 Ordinaria.
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e E Municipalidad de Pococí 64]
CS ¿ Compros Públicas Y y
99 LN Teléfono: 2713-6561 Ext. 122. «2
Fluye ronald.quirosAmunipococi.go.cr terco
Limpieza Costa Rica LCR SRL 47%
Pavas de Grecia S. A 59%
Centex Textil S. A 95%
Inter Quin de Grecia S. A 26%
Determinando lo siguiente:
Una vez aplicado los factores de evaluación, el Lic. Mario Bolaños Martínez,
recomienda contratar a las empresas;
nea 1-2-3-4-11-15-18-20-21-22-24-27-30-3:
2-Pava de Grecia S.A línea 5-6-12-16-19-26-28-29-34,
extil S.A línea 7 -9-10-13-14-17-25-31-32-35,
4-Inter Quin de Grecia S.A línea 8-23, por cumplir con lo solicitado en el pliego de
condiciones.
Por lo tanto, se solicita al Concejo municipal, autorizar al señor Alcalde a pagar a
favor de las empresas:
1-Limpieza Costa Rica SRL, por un monto total de £11.841.361,00 (once millones
ochocientos cuarenta y un mil trecientos sesenta y uno colones exactos 00/100). El
monto se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario anexo 1.
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eo k Cy) Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*231 ACTA N*82 Ordinaria.
> É g Municipalidad de Pococí ls
pas) 96 Compras Públicas
AS LN Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 EA
Pluye ronold. quirosQmunipococi. gor ro
Anexo 1
línea | Solicitado | Ajuste | Total | Presentación | Total, Adjudicado según
unidades contenido presupuestario
1 3000 2932 5932 Rollo 9 6.299.784.00
2 $ 1 7 Vas % 52.325.00
3 2000 1331 3331 Vas q 2.941.273,00
4 6 li 0 7 Uds £ 52.325,00
n 60 36 96 Vas 2 77.376.00
15 180 279 459 Uas g 518.211.00
18 475 25 500 Uds $. 237.500.00
20 50 38 88 Uds 7 164,736.00
21 200 84 284 Uds g 219,532.00
22 30 37 67 Uds 4 95.810,00
24 12 3 15 Vas £ 44,850.00
27 150 63 213 Uds g 1.107.600.00
30 12 3 15 Uas £ 8.265,00
33 12 Z 19 Uds £21.774.00
$ 11.841.361.00
Página 15] 18
FO e Sitio Web: munipococi.go.cr
a C € Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*232 ACTA N*82 Ordinaria.
g Ls
S FR ci Municipalidad de Pococí
6) SC : e Públi
MUNICIPALIDAD
Pluye ronald.quirosAmunipococi.go.cr  terocoa
E CO 1 EN LEiitod ERES
2-Pava de Grecia S.A, por un monto total de £2.036.360,00 (Dos millones treinta y seis
mil trecientos sesenta colones con 00/100). El monto se ajusta de acuerdo con el
contenido presupuestario según el siguiente cuadro (anexo 2).
Anexo 2
línea | Solicitado | Ajuste Total | Presentación | Total, Adjudicado según
unidades contenido presupuestario
S 12 1 13 Vds 4 93.600,00
6 5 5 0 Uds 7 107.050.00
12 50 22 72 Uds £ 273.600.00
16 575 196 77M Uds 2 316.110.C0
19 550 137 687 Uds £ 549.600.00
26 150 66 214 Vas z 149,800.00
28 50 35 85 Uas £ 168.300.00
29 50 24 74 Uds g 144,300,00
34 300 12 312 Uds 7 234,000.00
$ 2.036.360.00
Página 16 | 18
y) Sitio Web: munipococi.go.cr
Y e Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*233 ACTA N*82 Ordinaria.
ar
z hi ga 03 Municipalidad de Pococí Es]
o) 0 4 E Compras Públicas ys
AS AAA Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 25%
Pluye ronald.quirosQmunipococi.go.cr “dera”
AS n=
3-Centex Textil S.A, por un monto total de (5.672.415.22 (cinco millones seiscientos
setenta y dos mil cuatrocientos quince colones con 22/100). El monto se ajusta de
acuerdo con el contenido presupuestario, según el siguiente cuadro (anexo 3).
Anexo 3
línea | Solicitado | Ajuste | Total | presentación | Total, Adjudicado según
unidades contenido presupuestario
7 216 498 714 Uds £ 1.043.868.00
9 15 44 59 Uds 7 1.770.000.00
10 6 3 9 Uds g 55.800.00
13 | 1000 soo | 1500 Uds 2 225,000.00
14 250 515 765 Uds £ 2.031.075.00
17 350 132 482 Uds g 349,450.00
25 40 34 74 Uds 4 74,000.00
31 50 40 90 Uds g 90.000.00
32 20 Y 27 Uds g 27.000.00
35 30 21 51 Uds g 6.222,00
£ 5.672.415.00
Pégina 17 | 18
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*234 ACTA N*82 Ordinaria.
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dl
28-11-2023-+__-
p g Municipalidad de Pococí 7)
de Compras Públicas yes
S Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 a
Pluye ronald.quirosGmunip
IREIRIENDI Y:
Inter Quin de Grecia S.A, por Un monto total de £141.650.00 (ciento cuarenta y un
mil seiscientos cincuenta colones con 00/100). El monto se ajusta de acuerdo con el
contenido presupuestario, según el siguiente cuadro (anexo 4).
Anexo 4
línea | Solicitado | Ajuste ¡| Total | Presentación | Total, Adjudicado según
Unidades contenido presupuestario
8 6 2 8 Uds % 52.000.00
23 100 63 163 Uds g 89.650.00
g 141.650.00
Sin más que agregar se suscribe;
RONALD QUIROS firmado digitaimente por
BRENES (FIRMA) Frersossiao1erozo os
Lic. Ronald Quirós Brenes
Compras Públicas
Municipal de Pococí.
Página 18 | 18
Pececí Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*235 ACTA N*82 Ordinaria.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor alcalde a pagar a favor de las
empresas: 1- Limpieza Costa Rica SRL, por un monto total de 411.841.361,00 (once
millones ochocientos cuarenta y un mil trescientos sesenta y un colones exactos
00/100). El monto se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario según el
cuadro Anexo 1.
2- Pava de Grecia S.A. por un monto total de ¿2.036.360,00 (Dos millones treinta y
seis mil trescientos sesenta colones con 00/100). El monto se ajusta de acuerdo
con el contenido presupuestario según el cuadro Anexo 2.
3- Centex Textil S.A. por un monto total de £5.672.415.22 (cinco millones seiscientos
setenta y dos mil cuatrocientos quince colones con 22/100). El monto se ajusta de
acuerdo con el contenido presupuestario, según el cuadro Anexo 3. 4- Inter Quin
de Grecia S.A. por un monto total de £141.650.00 (ciento cuarenta y un mil
seiscientos cincuenta colones con 00/100). El monto se ajusta de acuerdo con el
contenido presupuestario, según el cuadro Anexo 4. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2249
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono:2711-1228, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr
dice:
Oficio: DAMCM-0199-2023
Asunto: Solicitud de autorización de contratación y pago de modificación
unilateral (aumento 49.80%) al contrato de la licitación abreviada No. 2022LA-
000063-0032000702, proyecto: Rehabilitación de las piscinas y cuarto de
máquinas-Centro acuático Polideportivo Rogelio Alvarado.
> 5 En > N Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya . >) € ' Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*236 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
= g ADA
POCO Despacho del Alcalde Es]
a AI AN Teléfono: 2711-1208 yes
Pluye monuelhernandez(Omunipococi.go.cr  macplnso
===
Guápiles 20 de noviembre de 2023
DAMCM-0199-2023
Sres. Honorable
Concejo Municipal
Mediante la presente se solicita autorización de contratación y pago de
modificación unilateral (aumento 49.80%) al Contrato de la Licitación abreviada
No. 2022LA-000063-0032000702, proyecto: Rehabilitación de las Piscinas y cuarto de
máquinas-Centro Acuático Polideportivo Rogelio Alvarado.
Sin más por el momento, me despido.
lic. Malta
Alcalde
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OMMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*237 ACTA N*82 Ordinaria.
RCA.
sl ño g ' Municipalidad de Pococí
K A e Area de Plonificación y Desarrollo Urbano
Teléfono: 2713-6573
Pluye henry.modrigolQmunipococi.go.cr  "Blpecon”
ESOS SE
Viernes 17 de noviembre del 2023
OFICIO: APDU-128-2023
Sr.
Lic. Ronald Quirós Brenes
Contratación Pública
Municipolidad de Pococí
Presente
REFERENTE: SOLICITUD DE MODIFICACIÓN UN'LATERAL DE CONIRATO / PROCESO 2022.A-000063-0032000702
REHAB LITACIÓN DEL CENTRO ACUÁTICO DE: POJDEPORTIVO ROGEJO ALVARADO CUBERO, GUÁPILES, POCOCI
Estimado compañero,
Le saludo muy respetuosamente y a la vez le remito la presente nota con el objetivo de
solicitar una modificación unilateral para la contratación cuyo consecutivo se identifica como
20221A-000063-00320000702, mismo que hace referencia a la contratación de una empresa
constructora para el proyecto denominado "Rehabilitación de los piscinas y cuarto de
mágquinos - Centro Acuático - Polideportivo Guápiles, Pococí, Limón", el cuai fue asignado a la
Empresa Hermanos Navarro y Sojo S.A. pora brindar los servicios de mano de obra,
herramientas y equipamiento para ejecutar las obras civiles necesañas para lograr la
rehabilitación de la piscina semi olímpica, pedagógica y las circulaciones el Centro Acuático
del Polideportivo.
Página 1de 6
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMMunicipolidacDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCIÍ
PAGINA N*238 ACTA N*82 Ordinaria.
2 _
FAZER
PURA FS g , Municipolidad de Pococí dl
a BCO Area de Plonificación y Desarrollo Urbano
Teléfono: 2713-6573 “rr
Pluye henry.madrigolOmunipococi.go.cr Mr
Según se menciona mediante informe técnico ARTKT14-09-2022, elaborado por el Arq.
Gastón lizono Calzada, en calidad de director técnico y fiscalizador de inversión contratado
por el Comilé Cantonal de Deportes y Recrección de Pococí, presenta y aprueba la
justificación pora la ejecución de una contratación adiciona! al proceso antes citado,
amparados en el cumplimiento del artículo N%209 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, incisos “a” el "e".
1. REGLAMENTACIÓN
El artículo N%209 del Reglamento citado anteriormente indica respecto al contrato
odicionai que "Si ejecutado un contrato, la Administración requiere suminisiros o servicios
adicionales de igual naturaleza, podrá obtenerlos del mismo contratista, siempre que éste lo
acepte y se cumpian las siguientes condiciones:
aj “Que el nuevo conirato se concluya sobre las bases del precedente. “
El contrato adicional se confecciona sobre las bases del precedente.
b) "Que se mantengan los precios y condiciones con base en los cuales se ejecutaron los
obligaciones, pudiendo el contratista mejorar las condiciones iniciales."
El oferente mantiene los precios de mano de obra de la contratación original
c) “Que e! monto del nuevo contrato no sea mayor al 50% de! contrato anterior,
contemplando los reajustes o revisiones y modificaciones operados."
El contrato adicional por £18.131.210,00 equivale al 49,8% del contrato original que fue
por un monto de £36.207.250,00 por lo que no sobrepasa el límite establecido en este
Inciso.
dj “Que no hayan transcurrido más de seis meses desde la recepción provisiona! del
objeto. Cuando la recepción provisionai dei objeto coincida con la definitiva, e! plazo
comenzará a conter a partir de esta fecha."
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, Municipolidad de Pococí 20
Area de Plonificación y Desarrollo Urbano
Teléfono: 2713-6573 “ar
henry.madrigolAmunipococi.go.cr Mesa
La recepción provisional del proyecto original se dio el 2 de junio por lo que a la fecha de
presentación de la oferta (24 de agosto del 2023) y el pago de la factura final (23 de junio
del 2023) y esta aprobación técnica (octubre 2023) solo han transcurrido 4 meses; con lo
cual se cumple este inciso.
e) “Que en el contrato precedente no se hubiera incurrido en ningún incumplimienio
grave.”
La empresa no ha incurrido en ningún incumplimiento de la contratación original,
2. JUSTIFICACIÓN TÉCNICA
2.1. Cumplimiento de actividades adjudicadas
Aporte del cumplimiento del marco jurídico de esta contratación adicional se tomó en
consideración dos elementos de valor como lo son:
a) El cumplimiento por parle de la empresa NAVARRO £ SOJO S.A. de las actividades y/o
alcances originalmente adjudicados en tiempo y forma
b) Los buenas prácticas constructivas de la empresa resultan en una muy buena calidad
constructiva.
2.2. Obras por adjudicar para la Rehabilitación Piscina Pedagógica:
2.2.1. Rehabilitación Piscina Pedagógica: La intervención consiste en todas las actividades
constructivos necesarias para la rehabilitación y puesta en funcionamiento de la piscina
pedagógica. Cabe destacar que esta actividad se encuentra dentro del plon de
trobajo aprobado por el ICODER en el convenio 373-12-2020, pero que por la
insuficiencia de fondos no pudo ser adjudicada, sin embargo, motivados por un oporie
económico adicional del ICODER a la fecha se cuenta con los fondos respectivos para
lo ejecución de los tareas no adjudicas y que son indispensables para la rehabilitación
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del Centro Acuálico específicamente la puesta en funcionamiento de la piscina
pedagógica.
2.2.2. El monto ofertado se mantiene de acuerdo a la oferta original, pora un lotal de
€$6.127.200,00.
2.3. Obras por adjudicar para la Reconstrucción de circulaciones perimetrales:
2.3.1. Circulaciones piscina Semi - Olímpica: La intervención consiste en todas las actividades
constructivas necesarias para la instalación de un revestimiento sintético antideslizante
resistente a la intemperie a todo el perímetro de la piscina semi olímpica. Cabe
destacar que esta actividad se encuentra dentro del plan de trabajo aprobado por el
ICODER en el convenio 373-12-2020, pero que por la insuficiencia de fondos no pudo ser
acjucicada, sin embargo, motivados por un aporte económico adicional del ICODER a
la fecha se cuenta con los fondos respectivos para la ejecución de las tareas no
adjudicas y que son indispensables para la rehabilitación del Centro Acuático,
2.3.2. Circulaciones piscina Pedagógica: La intervención consiste en todos las actividades
constructivas necesañas para la instalación de un revestimiento sintético antideslizante
resistente a la intemperie a todo el perímetro de la piscina pedagógica. Cabe destacar
que esta actividad se encuentra dentro del plan de trabajo aprobado por el ICODER en
el convenio 373-12-2020, pero que por la insuficiencia de fondos no pudo ser
adjudicada, sin embargo, motivados por un aporte económico adicionol del ICODER a
la fecha se cuenta con los fondos respectivos para la ejecución de los tareas no
adjudicas y que son indispensables pora la rehabilitación del Centro Acuálico.
2.3.3. Circulaciones interconexión: La intervención consiste en todas las actividades
constructivas necesarias para la instalación de un revestimiento sintético antideslizante
resistente a la intemperie en las circulaciones peatonales que interconectan la piscina
semi olímpica y la piscina pedagógica. Cabe destacor que esta actividad se encuentra
dentro del plan de trabajo aprobado por el ICODER en el convenio 373-12-2020, pero
que por la insuficiencia de fondos no pudo ser adjudicada, sin embargo, motivados por
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DIE ADE
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COC Area de Plonificación y Desorrollo Urbano
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Pluye henry.madrigolGmunipococi.go.cr
ÓN
un aporte económico adicional del ICODER a la fecha se cuenta con los fondos
respectivos para la ejecución de las tareas no agjudicas y que son indispensables para
la rehabilitación del Centro Acuático.
2.3.4. El monto ofertado se mantiene de acuerdo a la oferta original, pora un total de
£5.360.540,00. Mediante la siguiente tabla se muestra el valor de la oferta original:
€_2 ),00.
€ 2.740,080,00
€ 986.460,00
10,1.4,1 439,09
10.1.4.2 _ |Circulaciones piscina Pedagógica 456,68 m2 g
10.1.4,3 _ |Circulaciones interconexión 164,41 m2 g
2.3.5. Paro efectos del presente rubro, se incluye un monto adicional de £1.183.569,51 sobre el
costo inicial ofertado, para un costo total de las circulaciones de £7.544.109,51;
incluyendo la propuesta de mejora mediante revestimiento y colocación de! sello
impermeabilizante.
2.4. Obras imprevistas por adjudicar
2.4.1. Una vez ejecutadas algunas de las obras adjudicadas, aparecieron una serie de vicios
ocultos dentro del cuarto de máquinas (tuberías, válvulas, uniones, codos, check lineol,
reducciones excénlricas, entre otros), en el sistema de desagúe de las piscinas así como
en las paredes de la piscina pedagógica, lo cual será incluido dentro de las
reparaciones urgentes del Centro Acuático, con el objetivo de restablecer su
funcionamiento.
2.4.2. Dichas obras representan un costo adicional de £4.359.900,49.
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a Ye E
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3. PETNTORIA
Porlo tanto, y de acuerdo a todos las razones y justificaciones expuestas anteriormente,
además de cumplirse con lo estipulado en el artículo 209 del Reglamento a ley de
Contratación Administrativa, se solicita aprobar la ampliación unilateral del contrato a la
empresa NAVARRO Y SOJO S.A., por un monto de £18.031.210,00 (dieciocho miliones treinta y
un mil doscientos diez colones exactos) y un liempo de entrega de 3 meses calendario.
Además, se adjunta la cotización revisada y aprobada tanto por el Ara. Gastón Lizano
Calzada, fiscolizador contratado por el CCDR de Pococí, como por el presente servidor; así
como el informe técnico ARTXT14-09-2022, elaborado por el Arq. Lizano Calzada, generando la
solicitud y aprobación de la ampliación de contrato. Además, la constancia presupuestaria
con consecutivo N* 0234,
Sin más por el momento, se despide,
Famado d gtalmente
HENRY BRYAN porkENRYBRYAN
MADRIGAL ar oo
CALVO (FIRMA) Fecha:2923.11.17
09:42:17 -0600
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Área de Plonificación y Desarrollo Urbano
CC.: Archivo
Lic. Manual Hemández Rivera — Alcalde Municipel
Lic. Jorge Hodgson Quinn — Presidente CCDR Pococí
Arq. Gostón Lizano Colzado -Fiscolizador CCDR Pozocí
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¡MARA
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, 3
: UA" Municipalidad de Pococí ye
POC Constancia de Contenido Presupuestario o
fluye
N*0234
La Unidad de Presupuesto de la Municipalidad de Pococí hace constar que, una vez revisado
el sistema de control, existe el contenido presupuestario respectivo a la fecha:
Nombre Solicitante: Ing. Henry Madrigal Calvo Área: Planificación y Desarrollo Urbano
Nombre del Proyecto o Servicio Código Total
Presupuestario
Mejoras Complejo Piscinas Polideporlivo
Rogelio Alvarado, Guápiles
Adenda ai proceso 2022LA-000083-0032000702
Rehabilitación de los piscinas y cuarto de máquinas - Ceniro
Acuólico - Polideportivo Guápiles, Pococí, Limón
Otras construcciones, adiciones y mejoras A €13.732.461,48
Materiales y productos metálicos o) 2200.000,00
Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de computo alo Ip 2238.787,63
Otros materiales y productos de uso en la construcción AN ria €E150.610,94
Materioles y productos de plástico O E 22.381.764,95
Tintas, pinturas y diluyentes RA 04 €200.000,00
Maquinaña, equipo y mobiliario ri » (1.200.000,00
|
Fuente Financiamiento: |
Superóvit Específico Transferencia |
Polideportivo, Recursos ICODER |
TOTAL £18.103.625,00
Así mismo, se advierte que el visto bueno del contenido presupuestario es estrictamente sobre los
detalles y montos supra indicados. Cualquier otro compromiso que el solicitante adquiera fuera de lo
señalado en la presente Constancia, será bajo su propia responsabilidad.
MINOR Femaco
Fenado
An ALONSO oran,
O PEREZ DIAZ e onaco
(FIRMA) ro (FIRMA) 1003353593
Firma del Solicitante V.B. Contenido Presupuestario
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TARDA IA LIA
Municipalidad de Pococí
Compras Públicas 3 Yes
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
ronald. ordinal 9. cr ro
Guápiles, 17 de noviembre del 2023
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorización de contratación y pago modificación unilateral
(aumento 49.80%) al Contrato de la Licitación abreviada No. 2022LA-000063-
0032000702, proyecto: Rehabilitación de las Piscinas y cuarto de máquinas-Centro
Acuático Polideportivo Rogelio Alvarado.
Respetables señores:
Una vez verificado el cumplimiento de las condiciones establecidas en el articulo
No. 208 (Modificación unilateral cal contrato) de la Ley de Contratación
administrativa, se puedo determinar que la empresa: Compañía Hermanos Navarro
y Sojo SA, cumple con las condiciones establecidos en la Ley, por lo que se
gestionó una modificación unilateral (aumento) al contrato por un monto de
g 18.031.210.00(Dieciocho millones treinta y un mil doscientos diez colones exactos)
correspondiente a un aumento sobre el contrato original.
Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor: alcalde,
a contratar y pagar a favor de la empresa:
- Compañía Hermanos Navarro y Sojo SA, por un monto total
£ 18.031.210.00(Dieciocho millones treinta y un mil doscientos diez colones exactos),
correspondiente a un aumento de un 49.80% sobre el contrato original para el
proyecto: Rehabilitación de las Piscinas y cuarto de máquinas-Centro Acuático
Polideportivo Rogelio Alvarado
Página1|2
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PAGINA N*245 ACTA N*82 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí dy
Compras Públicas Y $
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 25%
Sin más que agregar se suscribe;
RONALD QUIROS frmado digiarmente por RONALO
FRA)
BRENES (FIRMA) -Fecnenoisanay reasi9.05co
Lic. Ronalá Quiros Brenes
Compras Publicas
Municipalidad de Pococí.
v
Página2]2
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*246 ACTA N*82 Ordinaria.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor alcalde a pagar a favor de la
empresa: Compañía Hermanos Navarro y Sojo SA, por un monto total
£18.031.210.00(Dieciocho millones treinta y un mil doscientos diez colones
exactos), correspondiente a un aumento de un 49.80% sobre el contrato original
para el proyecto: Rehabilitación de las Piscinas y cuarto de máquinas-Centro
Acuático Polideportivo Rogelio Alvarado. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ARTICULO V
Dictámenes de Comisiones
ACUERDO N* 2250
Se conoce nota suscrita por el regidor Jose Antonio Bustos Martínez, correo:
jpoustosmart18200gmail.com dice:
Asunto: Informes de Comisión del 10-11-2023 al 20-11-2023.
A
le e . O > he J Sitio Web: munipococi.go.cr
Y a, DY < h Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*252 ACTA N%82 Ordinaria.
ARTICULO VI
Asuntos Varios
ACUERDO N* 2251
Se conoce comentario por parte del Reg. Supl. Rosbill ArgUello Badilla, dice;
Muchas gracias presidente, yo voy a leer una nota de una vecina de La Unión, en
Asuntos Varios lo presento al honorable Concejo, es en relación a la ruta 32.
La señora escribe por una situación difícil en La Unión, Guápiles, problemas con la
pasada de los peatones por la construcción del puente peatonal y las obras que
se están realizando.
Sabemos que pronto va a estar el puente, pero se sigue con afectaciones graves
y riesgo a las vidas, más que todos los vecinos que viven en los sectores cercanos
a la calle principal, tienen que de tirarse a la calle. Existen videos sobre el problema
que está pasando.
Sabedor de que existe una comisión en esta municipalidad de la cual formo parte,
se lo comunico a ustedes con todo respeto y entrego copia de un documento, yo
lo firmé por la vecina para lo que tengan a bien considerar tanto en el órgano
Concejo Municipal, los señores regidores, como en la comisión que está
nombrada y que entiendo, preside el señor don Randall Torres.
Agradezco mucho la atención y entrego el documento presidente.
Nota de Secretaría: Se inserta en actas la nota mencionada por el Reg. Supl. Rosbill
Arguello Badilla.
7 4 Di Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*253 ACTA N%82 Ordinaria.
Gus piles 23 nou 2022
Srs $ Concejo Municipa) de P, coc i>
Buenas tardes Don Rosbill, te escribo ya que tenemos una situación muy difícil
en la unión de guápiles seguimos teniendo problemas con la pasada de
peatones por la construcción del puente peatonal y las obras que están
realizando los chinos sabemos que pronto va a estar el puente pero seguimos
con afectaciones graves y riesgo a nuestras vidas más que todos los vecinos
que vivimos en sectores cercanos a las calles principales y tenemos que pasar
tirarnos a la calle tengo varios videos donde evidencia bien el problema que
está pasando y lo que estamos sufriendo Nosotros le agradezco que nos ayude
a publicar los videos para que la gente de Guápiles se dé cuenta que también
nosotros estamos sufriendo y arriesgando nuestra vida todos los días para
llegar al ebais escuela colegios y demás es por esta razón que le solicito ayuda
verdad que me ayude y me ayude a difundir los videos
T eq ¡lor sup tt e
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*254 ACTA N*82 Ordinaria. a
Reg. Randall Torres Barrientos
A tono con lo que dice nuestro regidor Rosbill Arguello, creo que es importante
volver a convocar al encargado de esa de esa ruta, porque sí ya hay varios temas
como el tema de la entrada a Buenos Aires, la otra entrada Calle Tablón.
Todavía creo que permanece la afectación en Jiménez entonces pedirle a la
secretaria a ver si nos puede contactar al señor para ver la agenda de él y ver si
hacemos una reunión para ver todos estos temas.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla
Respetuoso solicito también considerar por el señor presidente de la Comisión de
ruta 32, la invitación a un grupo que existe, grande de no recuerdo ahorita como
se llama, un grupo que existe en relación a la ruta 32, es que son bastantes
personas de, así, creo que ese grupo lo dirigía que en paz descanse don Carlos
González, el grupo quedó, entonces con todo respeto para ver si también se
convoca a ese grupo, gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Está bien, que el señor presidente de esa comisión gestione con la secretaria de
comisiones, él toma nota de eso y se encarga de hacer las diligencias que le
correspondan.
¿Algo más don Rosbill? Okey don Juan Luis.
A A AO E UL: E 5 a
ACUERDO N* 2252
Moción presentada por el regidor Juan Luis Gómez Gómez, dice:
Reg. Juan Luis Gómez Gómez.
Yo tengo una moción aquí a solicitud de algunos líderes de La Rita, Don Steven
que es actual miembro de la ADI, me solicitó que le presentara esta moción.
pre TE q > Sitio Web: munipococi.go.cr
AY II UL > Facebook: AAMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*255 ACTA N*82 Ordinaria.
Compañeros en el pasado gracias a un proyecto de este servidor, este Concejo
Municipal aprobó la compra de lámparas para el parque de la Rita por un monto
de 3 millones de colones.
Que recientemente el Consejo y la alcaldía han aprobado proyectos de aceras
en el en el centro de la Rita.
Que se construyó una acera alrededor de la plaza, esta acera, para explicarlo así
mejor, esta acera está siendo utilizada por los vecinos de la Rita porque para no
correr riesgo para hacer caminatas por otros lados para hacer ejercicios muy
especialmente en los horarios de 6 a 10 de la noche, pero resulta que este
proyecto a cero es tan bueno que los vecinos lo están utilizando para eso.
Entonces de esa compra de lámparas sobraron cuatro lámparas don Manuel, que
están custodiadas en el departamento ambiental entonces, es para que este
honorable Concejo este apruebe que esas cuatro lámparas se ubiquen en cada
uno de los cuatro costados de la plaza donde se edificó la acera, porque le va a
permitir a los niños, a los jóvenes, a los adultos y a los viejitos que están haciendo
ejercicio, tener una iluminación más clara y con eso cuidar de su integridad física
y que puedan seguir haciendo ejercicio más en el centro de la Rita que hay
muchas personas que cumplen con su jornada de trabajo y les gusta hacer ese
ejercicio entonces, ya no se exponen.
Porque para nadie es un secreto de algunos caminos ahí en la Rita que son
riesgosos por a vez de por el ancho, también por la gran cantidad de vehículos
entonces, la solicitud expresa señora presidenta es para que esas falso lámparas
(recomendación de Don Fabián) solo se podrán utilizar si este Concejo así como
a prueba todos los proyectos, que presenta cada uno de los regidores que
presentamos y que los aprobamos, solo así se pueden usar estas cuatro lámparas,
se podrían utilizar y yo creo don Manuel y señores regidores, que se le estaría
dando un gran uso verdaderamente, un gran uso.
Así que esa es la propuesta en aras de seguir colaborando con el desarrollo del
cantón de Pococí, pero muy especialmente con el desarrollo del distrito de la Rita.
Muchas gracias, señora presidente señores regidores.
Nota de Secretaría: Se adjunta la moción presentada por el regidor Juan Luis
Gómez Gómez, la misma como sigue:
p> > Sitio Web: munipococi.go.cr
Y - < Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*257 ACTA N*82 Ordinaria. 23-142028-*-
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la Moción presentada por e
Juan Luis Gómez Gómez, Se aprueba, que las 4 lámparas que se encuentran en
custodia del proceso de Control Ambiental, sobrantes de la iluminación del Parque
de La Rita, sean instaladas en los cuatro costados de la acera que se construyó a
los cuatro costados de la cancha de futbol de La Rita. Se Dispensa del Trámite de
Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2253
Moción presentada por el Concejo Municipal de Pococí en Pleno, dice:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
En asuntos varios, quisiera que tomáramos en cuenta que ya viene el mes de
diciembre y hay que hacer algunos cambios para poder cumplir con nuestras
funciones que nos corresponde.
Entonces hemos hecho esta moción o esta solicitud de parte del Concejo en
pleno, la voy a leer:
Considerando:
+ Que las últimas semanas de diciembre hay fechas importantes a nivel
cultura y religioso.
+ Que las sesiones del Concejo Municipal coinciden con las
vacaciones colectivas de los funcionarios Municipales.
+ Que estas fechas son aprovechadas por muchos para visitar a sus familias
quienes en ocasiones viven en lugares alejados del cantón.
Mocionamos:
Para que la sesión ordinaria del 21 de diciembre de 2023 se traslade para el Martes
19 de diciembre a las 5:00 pm.
Y la sesión Ordinaria del jueves 28 de diciembre de 2023 se traslade para el martes
26 de diciembre a las 5:00 pm y que, además esta sesión se realice de manera
virtual por la plataforma zoom.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*258 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-
Y que se publique en la Gaceta para informarle a todos los ciudadan
honrable Cantón que las sesiones ordinarias de los jueves 21 y 28 serán trasladas
para el martes 21 y 26 a las 5:00 de la tarde y que, además esa del 26 de diciembre
será de manera virtual y la virtualidad ya está aprobada entonces no estamos
incumpliendo ninguna función que nos corresponde.
Me gustaría que en este acuerdo se le adjunte la resolución de la gaceta donde
indica que los órganos colegiados y las juntas directivas pueden sesionar de
manera virtual siempre y cuando todas las partes estén de acuerdo. Los que estén
de acuerdo por favor levantar la mano.
Nota de Secretaría: Se adjunta la publicación en la Gaceta que indica que los
Concejos Municipales pueden realizar sus sesiones virtuales.
»
>
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Pluye
PAGINA N*259
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria
Pág 2
Eg
La Gaceta N* 178 — Martes 20 de setiembre del 2022
INTENIDO |
PODER LEGISLATIVO
Proyectos.
PODER EJECUTIVO
Decretos .......
Acuerdos...
Resoluciones
DOCUMENTOS VARIOS...
PODER JUDICIAL
Reseñas .......
REGLAMENTOS
REMATES .......
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADA:
RÉGIMEN MUNICIPAL
AVISOS ....
NOTIFICACIONES
Los Alcances N* 195 y 196 , a La Gaceta N* 177; Año
CXLIV, se publicó el viernes 16 de setiembre del 2022.
PROYECTOS
REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 36, 37 y 37 BIS
DEL CÓDIGO MUNICIPAL, LEY N.* 7794, DE 30
DE ABRIL DE 1998, Y SUS REFORMAS
Expediente N.? 23.302
La pandemia por covid-19 trajo consigo cambios en la
gestión de la administración pública, uno de ellos y bastante
significativo fue la autorización legal para que los concejos
municipales pudiesen, porla vía de lasexcepciones contenidas
E y
Jorge Castro Fonseca Marlen Luna Alfaro
Director General Imprenta Nacional Viceministra de Gobernación y Policía
unta Administrativa | /
en el artículo 37 bis del Código Municipal, sesionar de manera
virtual y así evitar no solo la aglomeración de personas en
un recito, sino la parálisis en la toma de decisiones de un
gobierno municipal.
Una vez dado ese salto tecnológico producto de
la emergencia nacional, se comprobó que las sesiones
virtuales fueron una opción válida y eficiente, que garantizó la
continuidad de la actividad administrativa y de servicio público
que le compete al gobierno municipal. A raíz de este ejercicio,
se hace necesario habilitar el mecanismo de sesiones virtuales
de manera excepcional, pero no condicionándolo solamente
a cuando no exista caso de necesidad o emergencia y
adoptando algunos aspectos de mejora que resultaron de la
experiencia, que mantengan el equilibrio entre el uso de la
tecnología y el correcto espíritu de las sesiones del cuerpo
colegiado del gobiemo cantonal.
En ese sentido, es importante también regular el objeto
de las sesiones extraordinarias y, para ello, es relevante
señalar que la Procuraduría General de la República ha
indicado en su dictamen C-109-2001 de 6 de abril de 2001
sobre la naturaleza de sesiones tanto ordinarias como
extraordinarias:
En términos generales, considera esta Procuraduría
que para la determinación de la naturaleza ordinaria o
extraordinaria de las sesiones que lleve a cabo el Concejo
Municipal, debe utilizarse un criterio residual. Así, todas
aquellas sesiones que no cumplan los requisitos legalmente
establecidos para catalogarlas como ordinarias (requisitos
dentro de los que se encuentra que haya mediado un acuerdo
del propio Concejo en tal sentido, publicado previamente en la
Gaceta, donde se indique la hora y fecha de la sesión) deben
considerarse como extraordinarias. (Lo subrayado y en
negrita no es del original).
Y es precisamente en el marco de lo señalado por la
Procuraduría General de la República que se hace necesario
analizar el requisito de la convocatoria, específicamente
referente a los asuntos que se abordan en las sesiones
extraordinarias, tomando en consideración que las primeras
dos de este tipo que se realizan en el mes, son remuneradas.
Por tanto y con base en el principio de eficiencia, se
debe buscar un equilibrio entre el contenido de las agendas,
lo discutido en las sesiones y el costo que implica para la
municipalidad realizar este tipo de sesiones, ya que en
términos generales el presupuesto por concepto de dietas
del 2018 al 2022 se han incrementado en 16%, pasando
de £5.246 millones a un monto de £6.216 millones para el
presente año:
Director Ejecutivo Junta Adminis Presidenta Junta
ome
mento cons | COSTA RICA
Sergio Masis Olivas Nuria Isabel Méndez Garita
Representante Delegada
Ministerio de Cultura y Juventud Editorial Costa Rica
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Pecocí
Pluye
PAGINA N?2260
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N“82 Ordinaria
La Gaceta N* 178 — Martes 20 de setiembre del 2022
a
Pág 3
Hisiórico presupuestario en dietas de los Gobiernos Locoles
£6,400.000.000.00
£6.200.000.000.00
£6:000:000.000.00
£5,900.000.00000
05.400.000.000.00
€5.400.000.000.00
5.200,000.000.00
£5,000.000.000.00
$4,900.000.000.00
eseooeoo 2018 2019 20 2021 2
——Totol (5248851 65,503,141 5,693,191 (5753923 €6,216,745
Fuente: datos de la Contraloría de laR 2022
Según la Real Academia Española, extraordinario
se define como lo añadido a lo ordinario y por eso se hace
necesario regular los temas abordados en las sesiones
referidas en el artículo 36 del Código Municipal, considerando
el proponente que la materia referida a lo presupuestario, lo
tributario, de planes de desarrollo humano cantonal y planes
reguladores son los que deben abordarse en una convocatoria
extraordinaria en caso de no lograr ser abordado en su
totalidad en una sesión de carácter ordinario.
Es así como la agilización de las sesiones del concejo
municipal se convierte en espacios fundamentales para
la toma de decisiones trascendentales para el desarrollo
cantonal y atención de todos los asuntos locales; para ello,
dichos espacios deben contar con las reglas claras conforme
han venido evolucionando en su manera de sesionar, siempre
resguardando el espíritu de dichos cabildos y su transparencia
ante la ciudadanía.
En razón de lo anterior, se solicita a los señores
diputados, de la manera más respetuosa, el apoyo para la
aprobación de esta propuesta de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 36, 37 y 37 BIS
DEL CÓDIGO MUNICIPAL, LEY N.* 7794, DE 30
DE ABRIL DE 1998, Y SUS REFORMAS
ARTÍCULO 1- Se modifica el artículo 36 del Código
Municipal, Ley N.? 7794, de 30 de abril de 1998, y sus reformas,
para que en adelante se lea de la siguiente manera:
Artículo 36-
El Concejo podrá celebrar las sesiones extraordinarias
que se requieren, y a ellas deberán ser convocados todos sus
miembros con, al menos, veinticuatro horas de anticipación.
El orden del día para tales sesiones se señalará mediante
acuerdo municipal, siempre que se refieran a asuntos referidos
al trámite del presupuesto ordinario, a materia tributaria, a la
aprobación de planes de desarrollo humano cantonal y a la
aprobación de los planes reguladores, o bien, para asuntos
según lo dispuesto en el inciso m) del artículo 17.
ARTÍCULO 2- Se modifica el párrafo primero del
artículo 37 del Código Municipal, Ley N.? 7794, de 30 de abril
de 1998, y sus reformas, para que en adelante se lea de la
siguiente manera:
Artículo 37- Las sesiones presenciales del concejo
deberán efectuarse en el local sede de la municipalidad. Sin
embargo, podrán celebrarse sesiones en cualquier lugar del
cantón, cuando concurran las siguientes circunstancias:
LJ
ARTÍCULO 3- Se reforma el artículo 37 bis del
Código Municipal, Ley N.* 7794, de 30 de abril de 1998, y sus
reformas. El texto dirá:
Artículo 37 bis- Las municipalidades y los concejos
municipales de distrito quedan facultados para realizar
de manera excepcional sesiones municipales de manera
virtual a través del uso de medios tecnológicos, cuando así
se determine por acuerdo adoptado por mayoría calificada de
dos terceras partes de la totalidad de sus miembros. Tales
sesiones se podrán celebrar en dichas condiciones a través
de esos medios, en el tanto concurra el cuórum de ley.
El medio tecnológico dispuesto por la municipalidad y
concejo municipal de distrito deberá garantizar la participación
plena de todos los miembros del órgano y todos aquellos que
participen de la sesión, la transmisión simultánea de audio,
video y datos a todos quienes participen, debiendo respetar
el principio de simultaneidad, colegialidad y deliberación del
órgano colegiado. Asimismo, deberá garantizar la publicidad y
participación ciudadana en las sesiones del concejo a través
de los medios que considere más efectivos y convenientes,
a efectos de que las personas interesadas puedan acceder a
estas para conocer las deliberaciones y los acuerdos.
Para que la participación de los miembros del concejo
por medios tecnológicos sea válida deberá:
1- Existir una plena compatibilidad entre los sistemas o
medios empleados por el emisor y el receptor, pues se debe
garantizar la autenticidad e integridad de la participación,
voluntad y la conservación de lo actuado.
2- Los miembros del concejo deberán estar ubicados en
un lugar, dentro del territorio nacional, disponer de los medios
adecuados para estar debidamente conectado al medio
tecnológico y estar siempre visibles, disponibles y atentos
durante todo el tiempo que dure la sesión virtual. No podrán
realizar otra labor privada o pública y no podrán estar de forma
simultánea durante el desarrollo de la sesión, en cualquier
otro tipo actividad pública o privada.
Solamente cuando exista unajustificaciónválidayrazonada,
sustentada en situaciones especiales o extraordinarias,
conocida de antemano y aprobada por el pleno del Concejo,
se autorizará, de forma temporal, participar en las sesiones
virtuales del concejo fuera del país.
3- Garantizar las condiciones para asegurar el acceso
pleno a la sesión a todas las personas integrantes del concejo,
propietarios y suplentes. De no ser posible esto, deberá optarse
por el traslado físico del recinto, previsto en el artículo 37.
El pago de las dietas se regirá, en lo correspondiente,
por lo dispuesto en los artículos 30 y 38 de este Código y se
justificará únicamente si el miembro participa de la totalidad
de la sesión y se mantiene en ella, bajo cumplimiento de los
deberes indicados y si, además, se garantizaron los principios
de colegialidad, simultaneidad, deliberación y votación.
La secretaría del concejo quedará obligada a gestionar lo
que corresponda para cumplir lo dispuesto y a dejar respaldo
de audio, video y datos, así como para la elaboración del
acta correspondiente conforme a lo dispuesto en el artículo
47 de esta ley.
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PAGINA N*261
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*82 Ordinaria.
Pág4 La Gaceta N* 178 — Martes 20 de setiembre del 2022
Cuando un miembro del concejo participe de forma
válida por medios tecnológicos, se deberá considerar como
presente para los efectos del último párrafo del artículo 37 y
42 de la Ley 7794, Código Municipal, de 30 de abril de 1998.
Cada municipalidad, conforme a sus posibilidades,
deberá proveer a los alcaldes y alcaldesas, regidores, suplentes,
síndicos y suplentes de los medios, las condiciones y la asistencia
necesaria para asegurar su eventual participación en una sesión
por medios tecnológicos.
Este mecanismo de sesiones virtuales también podrá
ser utilizado por las comisiones municipales contempladas en
el artículo 49 de esta ley.
Las respectivas comisiones municipales que adopten
la implementación de sesiones virtuales deberán garantizar
que el medio tecnológico, que se considere más efectivo
y conveniente, respete los principios de simultaneidad,
colegialidad y deliberación. También se debe garantizar el
correcto funcionamiento de las comisiones y el cumplimiento
de los principios de publicidad y de participación ciudadana,
a efectos de que las personas interesadas puedan acceder a
dichas comisiones para conocer las deliberaciones, los actos
y los acuerdos que ahí se tomen. Tales actos y acuerdos
deberán ser válidos, de manera que se garantice la continuidad
de la actividad administrativa de manera célere y eficaz, y con
satisfacción del interés público.
Es deber de los miembros que integren las comisiones
municipales estar ubicado en un lugar, dentro del territorio
nacional, disponer de los medios adecuados para estar
debidamente conectado al medio tecnológico y estar visible,
disponible y atento durante todo el tiempo que dure la sesión.
Solamente cuando existaunajustificación válida y razonada,
sustentada en situaciones especiales o extraordinarias, conocida
de antemano y aprobada por el pleno del concejo, se autorizará,
de forma temporal, participar en las sesiones virtuales del concejo
fuera del país.
Rige a partir de su publicación.
Horacio Alvarado Bogantes
Diputado
NOTA: Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión
Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo
Local Participativo.
1 vez.—Exonerado.—( IN2022674812 ).
DESAFECTACIÓN DE UN BIEN INMUEBLE PROPIEDAD
DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ, PARA
QUE SE CAMBIE SU USO COMO BIEN
DE DOMINIO PATRIMONIAL
Expediente N.? 23.307
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
El objetivo del presente proyecto de ley es desafectar
una bien inmueble propiedad de la Municipalidad de San
José, para que se cambie su uso como bien de dominio
patrimonial, en este caso es variar el carácter demanial del
Mercado de Mayoreo, para que se transforme en un bien
de dominio patrimonial, manteniendo el uso de mercado,
aunque renovado, moderno e innovador. La idea es que en el
inmueble se puedan desarrollar otras actividades o facilidades
complementarias al mercado, por ejemplo, un albergue para
los comerciantes que deben llegar a la plaza muchas horas
antes de su apertura, servicios sanitarios y baños públicos,
ci
Pluye
servicios de alimentación variados, como sodas y restaurantes,
servicios bancarios, parqueo subterráneo para camiones y un
centro de valor agregado que permita el aprovechamiento de
los productos frescos que llegan a comercializarse al mercado,
por medio de la innovación gastronómica y su transformación
con tecnologías e ingenierías de alimentos, todo ello con la
participación directa y voluntaria de los propios agricultores y
comerciantes instalados y por instalarse en el Mercado,
La transformación del Mercado de Mayoreo es una
iniciativa de la Municipalidad de San José y así acordado
en el Acuerdo 4, artículo IV, de la sesión ordinaria N.* 118,
celebrada por la Corporación Municipal del cantón Central de
San José, el 8 de agosto de 2022.
En la citada sesión, el Concejo Municipal por amplia
mayoría aprobó una moción con un borrador de proyecto
que constará posteriormente en el expediente de la presente
iniciativa. Es una iniciativa municipal acogida por el diputado
que suscribe y presenta este proyecto de ley, el cual se justifica
en el contexto de la reactivación económica de la zona y en
general del cantón, en concordancia con otros proyectos en
desarrollo, tales como el proyecto Ciudad Tecnológica, el
nuevo edificio municipal conocido hasta ahora como Torre
1028, así como los ya establecidos en los alrededores, como
sucede en los casos de Torre Universal, Desarrollo Comercial
La Sabana, los cuales forman parte del Distrito de Innovación
T24, así como el funcionamiento del tren y su proyectada
renovación para convertirse en un Tren Rápido de Pasajeros
con una terminal intermodal al lado del propio mercado.
Deseo explicar jurídicamente los cambios que se
desean hacer en el presente proyecto de ley. El artículo
261 del Código Civil, Ley N.” 63, de 01 de enero de 1888,
establece con claridad lo que son los bienes públicos y su
situación jurídica, de donde se distinguen dos condiciones
o regímenes para los bienes públicos: los públicos de uso
público, denominados demaniales o de dominio público, que
siendo de titularidad pública se encuentran afectados al uso
general o al servicio público, por su mismo uso o porque la ley
les otorgue expresamente el carácter de demaniales. Por otra
parte, los bienes públicos, denominados patrimoniales que,
siendo públicos por pertenecer a la administración pública,
no poseen el carácter de demaniales, por lo que pueden ser
adquiridos, gravados y transmitidos por la administración
actuando como un particular. Al respecto, en diversos
dictámenes, tal como el C-050-2007 de febrero del 2007, la
Procuraduría General de la República (PGR) ha establecido:
*En razón del régimen jurídico aplicable, tradicionalmente los
bienes públicos se diferencian entre bienes de dominio público
o demaniales y bienes públicos patrimoniales o de derecho
privado. Tanto los bienes demaniales como los patrimoniales
son bienes públicos, porque su titularidad corresponde a un
ente público. Es el criterio subjetivo de su pertenencia el que
determina el carácter público y la diferencia respecto de los
bienes privados. Pero, además, el régimen jurídico de los
bienes públicos es particular, por lo que se diferencia total o
parcialmente del aplicable a los bienes de que son titulares
los sujetos privados. Lo cual deriva del hecho de que los
entes públicos justifican su existencia en la satisfacción del
interés público; ergo, los bienes de que son titulares deben ser
usados y dispuestos en orden a dicha satisfacción. Siempre
existe en los bienes una vinculación con el fin público, mayor
en el caso de los bienes demaniales, menor pero siempre
existente, en el caso de los patrimoniales.” Por otra parte, la
desafectación, por principio opera de la misma forma en que
se constituye, por lo que los bienes que por disposición legal
se encuentran denominados como demaniales, tales como las
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI N
PAGINA N*262 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la Moción del Concejo en pleno, por
Tanto: Se traslada la Sesión Ordinaria del 21 de diciembre para el martes 19 de
diciembre a las 5:00 pm. Y la sesión Ordinaria del jueves 28 de diciembre de 2023
se traslade para el martes 26 de diciembre a las 5:00 pm y que, además esta sesión
se realizará de manera virtual por la plataforma zoom. Publíquese en el diario
oficial La Gaceta. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO N* 2254
Se conoce comentario por parte de la Sra. Pata. Yaslyn Morales Grajal, dice;
Asunto: Para el pago de las dietas adelantadas del mes de diciembre.
También hay que tomar un acuerdo para que la señora secretaria haga lo que
corresponda para el pago de dietas, ya que como van a estar de vacaciones eso
tiene que hacerse adelantado, trabajarse adelantadamente.
Ahora bien, si una persona no viene a sesión o no se conecta, serán rebajadas las
dietas en el mes de enero, entonces para que lo tomen en cuenta.
Tomemos el acuerdo para que Magally haga las gestiones correspondientes para
el pago de las dietas del mes de diciembre, ya que los señores que le corresponde
hacer los pagos van a estar de vacaciones.
Bueno, vamos a hacer un receso.
Nota de Secretaría: Al ser las 21:35 se procede a un receso, se reanuda la sesión
al ser las 21:39.
Bueno, ya está aprobado, eso. Que se le adicione eso.
CNT a UL - EA
ACUERDO N”* 2255
Se conoce comentario por parte de la Sra. Pata. Yaslyn Morales Grajal, dice;
P 4 j ¿De Sitio Web: munipococi.go.cr
a dd : Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*263 ACTA N*82 Ordinaria.
Ahora estábamos hablando de la sesión extraordinaria número dos de diciembre
a las 5:00 p.m. Vamos a ver asuntos del señor alcalde y correspondencia y nada
más.
El martes 12 de diciembre, la segunda de diciembre. Los de Claro los vamos a
atender el miércoles 06 de diciembre entonces vamos a sesionar la segunda el
martes 12. Vamos a ver asuntos del señor alcalde correspondencia a las 5:00 p.m,
¿los que estén de acuerdo?
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se convoca a Sesión Extraordinaria para el 12 de
diciembre, a las 5:00 p.m. Orden del Día: |. Asuntos del Señor Alcalde. !l.
Correspondencia. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ARTICULO VII
Lectura, Discusión y Verificación de Actas
ACUERDO N* 2256
Se conoce para lectura, Discusión y Verificación el Acta N*79 Extraordinaria del
08-11-2023, dice;
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*79 Extraordinaria
del 08-11-2023.
ACUERDO N* 2257
Se conoce para lectura, Discusión y Verificación el Acta N*80 Ordinaria del 09-11-
2023, dice;
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AY AY) Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI h
PAGINA N264 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-2023%-
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N%80 Ordinaria del
09-11-2023.
ACUERDO N* 2258
Se conoce comentario por parte de la Sra. Pata. Yaslyn Morales Grajal, dice;
Entraron unos recursos para verse en el acta 81, que están presentados en la
secretaría, pero no se pueden ver porque el acta todavía no está, entonces que
la señora secretaria los mantenga en custodia para cuando esté el acta se traigan
aquí. Que el ciudadano que lo ha enviado sepa que no se escondió ni mucho
menos, sino que al no estar el acta, no se pueden conocer.
Reg. Randall Torres Barrientos
Nada más para que me manden copia de esos recursos.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
No sé si de los recursos se puede mandar copias, sin que se vean, hasta que se
discutan Magally
Yo tengo entendido, según Magally, la vez pasada que presentaron una
correspondencia que es pública hasta que el Concejo la conozca, entonces yo
no me voy a meter en eso verdad. Solamente yo lo hice ver, lo pude no haber
dicho y mantenerlo en secreto digamos, lo hice público para que las personas
que están atentas a esta sesión no crean que esta presidencia la engavetó.
Yo no sé Magally que es la que tiene fe pública, si se le puede dar una copia y no
tiene ningún problema que lo conozca. Adelante don Randall.
Reg. Randall Torres Barrientos
Bueno como ha sido siempre de costumbre, con el visto bueno suyo yo siempre
he podido ver correspondencia y recursos, lo que sea. A mí lo que me preocupa
es recibir recursos y resolverlo ahí mismo en el Concejo ¿por qué? porque no me
P> Cd O $ > Sitio Web: munipococi.go.cr
Y a, LD d Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N2265 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-2023%-
permite a mí, me puede dejar en un estado de indefensión porque no m
analizar qué es lo que viene en ese ese recurso.
Podría ser también beneficioso mandarle eso al abogado para que pueda llegar
y adelantar y ver si ese recurso tiene, digamos qué posibilidades tiene, nosotros
como municipalidad o como órgano colegiado podemos resolver de la mejor
manera.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Hagamos algo, para que vean que no hay una mala intención de la presidencia,
el próximo jueves vengamos temprano y conocemos los recursos con el licenciado
Christian, yo no los he leído, solo los presentaron, los vi y que los conozcamos con
Christian y así los podemos estudiar o no sé si Randall lo podrá leer, se llevará
digamos un resumen, pero no sé si le podrá dar copia.
Reg. Randall Torres Barrientos
Muchas gracias señora presidenta, disculpe, pero si lo dejamos para el jueves, me
deja siempre en indefensión porque no me va a dar tiempo a mí de analizar esos
recursos que tienen mucha trascendencia verdad, que pueden perjudicar a
terceros, que pueden acarrear situaciones desde el punto de vista económico
entonces que puede también afectar los destinos de un órgano, por ejemplo,
entonces sí quiero dejar patentizado que me parece a mí, que se podría y a
nosotros como regidores tener acceso a ese documento y poder nosotros el otro
jueves, que ya casi es el fin de mes, poder ir por la trascendencia porque después
ya entran en funciones. Por ejemplo, yo no sé si esos recursos son contra el Comité
o contra algún acto resuelto por este Concejo Municipal.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Señora presidenta, efectivamente para explicarle a don Randall, esos recursos
entiendo que vienen contra un acuerdo del acta que no se ha visto, por lo tanto
no se le puede dar ante criterio, hasta que no se apruebe o se impruebe el acta,
porque es a acuerdos del acta y no se ha discutido, ni se ha aprobado, ni se ha
rechazado el acta, por lo tanto para el buen entendedor, no podemos adelantar
criterio, ni se puede divulgar información y a como usted lo está haciendo, que
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Y DY > Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA No266 ACTA N*%82 Ordinaria.
sea custodia de la secretaría, la próxima vez pueda ser. que no se resuélva el
recurso en ese mismo momento.
Yo no sé qué va a decidir el Concejo, pero sí legalmente hablando, diay don
Randall estudio de derecho y sabe que si se están impugnando acuerdos de un
acta que el Concejo no ha aprobado, pues más claro no canta el gallo.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Vean, yo les voy a decir algo, es más, esos recursos deberíamos devolvérselos al
ciudadano. Primero, porque nos están mandando un documento que no viene
con el número de acuerdo y número de acta, porque no hay un acuerdo todavía.
Entonces eso, honestamente, yo no quería herir los sentimientos a nadie, pero eso
no trasciende porque no tiene un número de acuerdo, o sea si nosotros no hemos
visto el acta, ¿cuál número de acuerdo le está metiendo revisión?, entonces eso
deberíamos devolvérselo al ciudadano para que espere a que tenga el número
de acuerdo y lo presente, es un derecho que todo el mundo tiene entonces yo la
verdad es que no sé.
Le voy a dar la palabra a Reinaldo y después a Jonathan.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Gracias presidenta, nuestra secretaria tiene fe pública, pero además de eso yo
creo un cien por cien en ella.
El acta no está lista, okey. Lo otro es que el comité asume funciones a partir del
último de noviembre, entonces que esos recursos se devuelvan y punto, que lo
vuelvan a presentar, gracias presidente.
Reg. Jonnathan García Chévez
Yo más bien pienso lo siguiente, los documentos no sé la verdad que desconozco
cuántos recursos son, ya llegaron aquí.
Los recursos yo creo que deben leerse porque ya entró, entonces para ver. Voy
de nuevo, los recursos ya entraron uno, dos o tres, los que sean, ya están ahí,
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a o) < Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*267 ACTA N*82 Ordinaria.
A E]
entonces yo considero que deberían leerse porque ya están ahí y efectivamente
como le falta el acta, le falta lo otro, el acta no se ha visto, entonces se le
devuelven por esas razones y si yo estoy equivocado, que me lo diga el licenciado
ahorita y así conocemos que es el asunto, porque estamos tomando una decisión
sin, osea vamos a devolverle al ciudadano porque no hay acta, no hay acuerdo,
pero diay cómo sabemos eso, si no lo hemos leído.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Lo que pasa es que los van, los que hablan sobre el tema están adelantando un
criterio...
Reg. Jonnathan García Chévez
Bueno yo no he terminado.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Un momentito señor regidor, un momentito. Yo estoy diciendo que llegaron unos
recursos para un acta que no está lista y que no la hemos visto. Estoy siendo
transparente y diciendo, para que los ciudadanos no crean que esta presidencia
engavetó información.
No se puede conocer porque no está el acta, no hay un número de acuerdo, no
hay nada para que lo puedan leer entonces, si quieren adelantar criterio, eso ya
es asunto personal y que los afectados vean esta sesión y correspondan y hagan
lo que quieran hacer, porque estamos adelantando, bueno yo no, están
adelantando un criterio de algo que no se ha visto.
Licenciado Christian. Christian por favor déjelo encostando y ahorita le doy la
palabra al señor regidor García para que termine su participación
Lic. Christian Córdoba Oviedo, Servicios Jurídicos del Concejo Municipal
Buenas noches a todos los presentes, mi recomendación por ser un tema de forma
no tiene que ver con el fondo del tema, sería que esos recursos deberían ser
rechazados de plano por prematuros.
e ES $ Sitio Web: munipococi.go.cr
AS 2.0 2d Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Po /
PAGINA N*268 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-2023%
EPR
Los efectos que tendría es que, o sea se rechazan los recursos, pero en el
en que ya está en firme el acta, ahí sí puede, ahí sí empieza a correr el plazo para
que ellos lo presenten. Siendo que ya los presentaron y están presentados antes
de tiempo, deben rechazarse de plano ¿por qué? porque precisamente según
regula el Código Municipal, me parece que es el artículo 163, ahorita no lo
recuerdo, sobre los actos que no son impugnables diay son aquellos que todavía
no están en firmes, ese al no ser un acto que está en firme, no le cabría recurso
todavía, entonces tendría que rechazarse de plano.
Como digo, esto es un asunto de forma, eso no quita que cuando ya el acta esté
en firme, ya ahí puedan presentar nuevamente el recurso verdad.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Según recursos presentados, hay dos recursos presentados, uno sobre...bueno no
hemos terminado, no hemos terminado y el ciudadano interesado tiene derecho
al respeto de nosotros con un tema, que para él es importante.
Nota de Secretaría: Procede a leer el recurso suscrito por el señor Israel Sánchez
Ramírez, tesorero Comité de Deportes de Campo Cinco, correo electrónico:
Israel.ramirez.sanchez.aegmail.com, dice;
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*269 ACTA N*82 Ordinaria.
3!
1]
Guápiles 22 de noviembre de 2023 2258
Recurso de nulidad absoluta y en alzada al acuerdo por el concejo municipal de Pococí en
la sesión 1181 del 16 de noviembre de 2023, acuerdo 12193 reprocho mi solicitud la
siguiente forma.
I Relación de hechos
1- Enla sesión $81 del día 16 de noviembre de 2023 el concejo toma el acuerdo
112193, donde una vez leído y discutido el recurso de apelación interpuesto por mi
persona, Israel Sánchez Ramírez, cedula7-0124-0744 el concejo entre sus alegatos
manifiesta que no es potestad del concejo municipal, acto seguido, se somete a
votación y el citado recurso es rechazado por el concejo municipal, cuando en
realidad debía recibirse y después de su análisis en esta sesión, someterlo a
votación, recordemos que en la petitoria se solicitó que el concejo lo eleve al
contencioso administrativo, a la contraloría general de la república y a la
procuraduría o tribunal de la ética, dicho en otras palabras es un recurso de
apelación en alzada.
De forma apresurada se somete a votación declarándose rechazado de plano por
mayoría simple, 5 votos a favor de rechazar y 4 en contra.
2- Losucedido es improcedente porque consta en actas que la asistente encargada
por el CCDR de Pococí, para la convocatoria a la asamblea de comité comunales
del deporte y asociaciones deportivas efectuada el 08 de noviembre de 2023 en
segunda convocatoria a las 6:00 pm, afirma que efectivamente en dicha asamblea
participaron dos miembros del comité comunal de la Rita, que tenían su
vencimiento el 21 de octubre de 2023, validado por el CCDR de Pococí, también la
asistente afirma que participó el señor Ángel Hernández y que no se invitó al
comité que ya tenía vigencia y que había sido juramentado. Además, ante la
interrogante del regidor Gómez el señor Hudson presidente del CCDR de Pococí,
saliente opera con el silencio y el licenciado Jorge Méndez Zamora también opera
con el silencio, aquí estamos ante una participación de dos miembros del comité
cantonal de la Rita, que tuvieron su vencimiento el 21 de octubre de 2023, esto es
inaudito, pero muy especialmente es un acto ilegal.
3- Esta prueba está en actas y grabado en secretaría del concejo es prueba suficiente
entre otras de que el concejo municipal tenía el deber de declarar con lugar en
todos sus extremos el recurso presentado y debió ordenar de forma inmediata al
CCDR de Pococí a convocar a una nueva asamblea.
4- También el señor Hudson y el abogado Méndez no desmienten que se nombró un
tribunal para que fiscalizara dichas asambleas sin acuerdo de los 64 asambleístas
presentes y que fue una decisión direccionada y dada sin la aprobación de los
asambleístas, que en el momento eran soberanos.
5- Además, está claro que el señor Hudson como representante de la Asociación
Deportiva Santos de Guápiles, no podía ser juez y parte en dicha asamblea ya que
es presidente del CCDR de Pococí y que tuvo una participación protagonista en
dicha asamblea, situación que es ilegal.
di de Pococí
Recto pos Ano Mod; e! 15)
Hora;
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*270 ACTA N*82 Ordinaria
6- Finalmente queda debidamente demostrado que en la asamblea celebrada el 08
de noviembre de 2023 existen elementos suficientes para que el concejo
municipal de Pococí declarara con lugar el recurso presentado por mi persona.
l Petitoria
Que se declare con lugar el presente recurso de revocatoria al acuerdo tomado
por el concejo municipal de Pococí el día 16 de noviembre de 2023 en la sesión
1181 y acuerdo +42193.
Que se le ordene al CCDR de Pococí a convocar a una nueva asamblea donde
representantes de los comités comunales y asociaciones deportivas puedan
escoger a sus dos representantes ante la junta directiva del CCDR de Pococí.
Solicito que de no declararse con lugar la nulidad absoluta del acuerdo en
mención que se eleva en alzada al contencioso administrativo, contraloría general
de la república y a la procuraduría de la ética.
lll Fundamento
En los artículos del reglamento del CCDR de Pococí, código municipal y
constitución política de Costa Rica.
IV Notificaciones
Para cualquier medio o notificación a mi correo personal
Israel.ramirez.sanchez.aQgmail.com
Va eel Soñhe Ramen
Israel Sánchez Ramírez
Tesorero comité de deporte de Campo Cinco
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Es sobre el tema de la Asamblea de los Subcomités y Asociaciones de Desarrollo,
de lo que ya habíamos rechazado, verdad. Lo que se había rechazado, los que
lo votaron entonces esto no se puede ver el día de hoy porque esa acta no está
para aprobarse, todavía están haciéndose, entonces no lo puedo leer, pero se
rechaza, se devuelve, no, pero queda rechazado. Según Cristian lo leo, no, no,
por eso, ya a partir de ahorita ya es público, ya pueden tener una copia, pero se
rechaza porque no hay un acuerdo, ¿así es?
por a q od Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9271 ACTA N%82 Ordinaria. | 234
Se rechaza de plano por prematuro, el primero, ¿los que estén de acuer
rechazarlo por prematura, levantar la mano.
Por Unanimidad SE ACUERDA: El Concejo Municipal de Pococí rechaza de plano
el recurso de nulidad absoluta al acuerdo N*2193, suscrito por el señor Israel
Sánchez Ramírez, tesorero del Comité de Deportes de Campo Cinco, dado que
todavía no se ha presentado ante el Concejo el Acta Ordinaria N*81 Celebrada el
16-11-2023 para su correspondiente ratificación.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Por prematuro, ah, por prematuro, no porque esté malo.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Por prematuro. Para efectos del video por favor tomar un poquitito en el espacio
de las curules, para que no vayan a decir que está nulo porque no están en sus
curules. Juan tiene que dejarle ese, para que ella le dé una copia al que quiera.
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ACUERDO N* 2259
Se conoce recurso de apelación, suscrito por el señor Israel Sánchez Ramírez,
tesorero Comité de Deportes de Campo Cinco, correo electrónico:
Israel.ramirez.sanchez.aOgmail.com, dice;
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= k q pa Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9272 ACTA N*82 Ordinaria. 23-11-
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Guápiles 22 de noviembre de 2023
Recurso de apelación contra el acuerdo adoptado por el concejo Municipal de Pococí, acuerdo
establecido en la sesión 1181, del 16 de noviembre de 2023, acuerdo 12194 por producirse ante un
vicio de nulidad absoluta.
l Relación de hechos
1- El día 16-11-2023, en la sesión ordinaria +81, cuando el concejo municipal de Pococí
escoge a los dos miembros por este órgano colegiado, que lo representará en la nueva
junta directiva del comité cantonal de deportes y la recreación de Pococí, se produce un
vicio inminente de nulidad absoluta ya que en el proceso que debe tener un orden lógico
para dicho nombramiento y que debe ser postulación de candidatos y votación, en el
momento en que se propone al señor Marcos Mora por el regidor José Antonio Bustos y
Roberto como propuesta del regidor Luis Méndez, acto seguido al no haber más
propuestas se continua con la votación el señor Marcos saca 3 votos y Roberto saca 5
votos, acto seguido la regidora Jazzlin Morales Grajal de forma repentina propone al señor
Rony, lo que provoca que Marcos saque 3 votos, Roberto 5 y Rony 1 voto, a cómo
podemos observar se produce un vicio que permite se declare con nulidad absoluta.
2- Esto fue un error de la señora presidenta municipal, la señora Morales ya que teníamos
mucha discusión sobre este tema, lo que hace que ella de forma involuntaria, cometa este
error, de hecho, en la discusión intervinieron los regidores: Randall Torres, José Antonio
Bustos y Juan Luis Gómez Gómez, quienes pretendieron con sus comentarios, enderezar el
error cometido.
ll Petitoria
1- Ante lo expuesto anteriormente solicito que ambos nombramientos por el concejo
municipal de Pococí, se declaren con nulidad absoluta, que se declare con lugar en todos
sus extremos el presente recurso de apelación. Y que se anule el acuerdo tomado por el
concejo municipal en la sesión 131, del 16 de noviembre de 2023 propiamente el acuerdo
112194.
2- Que se proceda a una nueva votación donde el concejo municipal de Pococí, nombre a sus
dos representantes, hombre y mujer ante el comité cantonal de deporte y la recreación de
Pococí.
lll Fundamento
En los artículos del reglamento del CCDR de Pococí, en el código municipal y la
constitución política de Costa Rica.
IV Notificaciones
Para cualquier medio o notificación a mi correo personal
Israel.ramirez.sanchez.a2gmail.com
lsael Sah, Kami (et
Israel Sánchez Ramírez
Tesorero comité de deporte de Campo Cinco
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Recibido
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI A Bs
PAGINA N*273 ACTA N*82 Ordinaria ] 23-11-
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Este igualmente se rechaza por prematuro, los que estén de acuerdo
Dice que se produce un vicio inminente en realidad absoluta ya que en el proceso
que debe tener un orden lógico para dicho nombramiento y que postulación de
candidatos y votación en el momento en que se propone el señor Marcos Mora
por el regidor José Antonio Bustos y Roberto como propuesta, el regidor Luis
Méndez acto seguido al no haber más propuestas se continúa con la votación al
señor Marcos, saca tres votos y Roberto saca cinco votos, acto seguido las regidor
Yaslyn Morales, así nos escribe mi nombre, en forma repentina propone el señor
Roony lo que provoca que Marcos saque tres votos y Roberto cinco y Roony uno
a como podemos observar se produce un vicio que permite se declare con
nulidad absoluta.
Bueno, yo no creyera que esto es un vicio porque había diecisiete personas que
se podían tomar. Sin embargo, es un derecho que tiene el ciudadano. O sea, igual
se procede a votar por prematuro. ¿Los que estén de acuerdo?
Por Unanimidad SE ACUERDA: El Concejo Municipal de Pococí rechaza de plano
el recurso de apelación al acuerdo N*2194 por el supuesto vicio de nulidad
absoluta, suscrito por el señor Israel Sánchez Ramírez, tesorero del Comité de
Deportes de Campo Cinco, dado que todavía no se ha presentado ante el
Concejo el Acta Ordinaria N*81 Celebrada el 16-11-2023 para su correspondiente
ratificación.
AL SER LAS VEINTIÚN HORAS CON CINCUENTA Y CINCO MINUTOS SE LEVANTA LA
SESION
Yo lin H
F- Yaslyn Morales Graja
Presidenta Municipal
¿
F- Licda. Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal
Cce/ Regidores, Otros.
Ps +4 GC óS k 0 Sitio Web: munipococi.go.cr
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