Ordinaria 32 · 2023-05-11
Acta_Ordinaria_N32_Celebrada_el_11-05-2023_.pdf · 267 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 32 del 2023-05-11 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 846 (pág. 3) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N' 846 Se presenta ante este Concejo el señor Héctor Chaves León, Director General de Bomberos de C.R. dice: Asunto: Apoyo por parte del Conce…
- Acuerdo 847 (pág. 18) · unanime ACUERDO N* 847 Se conoce comentario de la Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal, dice; Para hacer un minuto de silencio por el ciudadano Edgar Guzmán de Ca…
- Acuerdo 848 (pág. 18) · unanime ACUERDO N* 848 Se conoce para lectura, Discusión y Verificación el Acta N*28 Extraordinaria del 25-04-2023, dice; Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar l…
- Acuerdo 849 (pág. 19) · aprobado ACUERDO N' 849 OS Se conoce para lectura, Discusión y Verificación el Acta N*29 Ordinaria del 27-04- 2023, dice; Participan de la palabra: Reg. Randal…
- Acuerdo 850 (pág. 31) · unanime ACUERDO N* 850 Se conoce nombramiento en comisiones Municipales permanentes y especiales por parte de la señora presidenta Yaslyn Morales Grajal, segú…
- Acuerdo 851 (pág. 37) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 851 Se conoce nota suscrita por la Licda Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna correo: auditoriaGmunipococi.go.cr / grac.chinchillaG+…
- Acuerdo 852 (pág. 85) ACUERDO N* 852 Se conoce nota suscrita por la señora Marlen Fajardo Mendoza, teléfono: 8415- 8061, correo electrónico: hlopez0619800gmail.com / estrel…
- Acuerdo 853 (pág. 87) · unanime ACUERDO N' 853 Se conoce correo suscrito por el señor Jerson Valverde Castillo, secretario ejecutivo de la Presidencia Ejecutiva del INA, teléfono: 22…
- Acuerdo 854 (pág. 88) · unanime ACUERDO N* 854 Se conoce nota suscrita por el señor Roberto Levy Porras, director Liceo de Cariari, dice: Oficio: DREGAP-SCE03-LC-061-2023. Asunto: So…
- Acuerdo 855 (pág. 93) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N' 855 Se conoce nota suscrita por el Lic. Jorge Hodgson Quinn, presidente del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí, correo elec…
- Acuerdo 856 (pág. 94) · unanime ACUERDO N* 856 Se conoce nota suscrita por la señora MSc. Elena María Bermúdez Vargas, directora Escuela San Jorge, dice: Oficio DREG-SEC03-ESJ-107-20…
- Acuerdo 857 (pág. 96) · firme · aprobado ACUERDO N* 857 Se conoce nota suscrita por la Licda. Maritza Rojas Vindas, Directora del Centro Educativo Escuela Campo Cuatro, teléfono: 4409-27-39, …
- Acuerdo 858 (pág. 98) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N? 858 Se conoce nota suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos, Unidad de Patentes, teléfono: 2713-6560 ext: 139 /149, correo electrónic…
- Acuerdo 859 (pág. 99) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 859 Se conoce nota suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos, Unidad de Patentes, teléfono: 2713-6560 ext: 139 /149, correo electrónic…
- Acuerdo 860 (pág. 101) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 860 Se conoce nota suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos, Unidad de Patentes, teléfono: 2713-6560 ext: 139 /149, correo electrónic…
- Acuerdo 861 (pág. 102) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N' 861 Se conoce nota suscrita por licenciado Pedro Alejandro Herrera Vargas, director del Centro Educativo Campo Cinco, teléfono: 2767 3097, …
- Acuerdo 862 (pág. 104) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 862 Se conoce nota suscrita por MSc. Francisco Quesada Salazar, director del Colegio Nocturno de Cariari, teléfono: 2767-3945, correo elect…
- Acuerdo 863 (pág. 106) · unanime ACUERDO N* 863 Se conoce nota suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo, Servicios Jurídicos del Concejo Municipal, teléfono: 27136560, ext: 133, …
- Acuerdo 864 (pág. 110) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 864 aa 1] Se conoce nota suscrita por la señora Roxana Vargas Gómez, Asamblea Legislativa, correo: comisión-gobierno0asamblea.go.cr dice: A…
- Acuerdo 865 (pág. 117) · unanime ACUERDO N* 865 AS Se conoce nota suscrita por la señora Yahaira Orozco Calderón, área Comisiones Legislativas Iv, teléfono: 2243-29-16, correo electró…
- Acuerdo 866 (pág. 125) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 866 Se conoce nota suscrita por la señora Eunice Matamoros Rojas, Área de comisiones Legislativas V, teléfono: 2243-24-23, correo electróni…
- Acuerdo 867 (pág. 174) · firme · aprobado ACUERDO N* 867 Se conoce nota suscrita por los ingenieros. Henry Madrigal Calvo, coordinador Área de Planificación y Desarrollo Urbano, teléfono: 2713…
- Acuerdo 868 (pág. 190) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N' 868 Se conoce nota suscrita por la señora Eva Torres Marín, Presidenta de la Asociación de Desarrollo Integral de Cariari., teléfono: 8895-…
- Acuerdo 869 (pág. 194) · unanime ACUERDO N* 869 Se conoce nota suscrita por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, dice: Asunto: Invitación a cena de negocios el 19 de mayo a las 5…
- Acuerdo 870 (pág. 195) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 870 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hernan…
- Acuerdo 871 (pág. 198) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 871 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hernma…
- Acuerdo 872 (pág. 202) · unanime · aprobado ACUERDO N* 872 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hernma…
- Acuerdo 873 (pág. 206) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 873 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hernma…
- Acuerdo 874 (pág. 212) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 874 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.herman…
- Acuerdo 875 (pág. 221) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 875 Se conoce petición por parte del regidor Luis Ángel Méndez Araya al señor Alcalde Manuel Hernández Rivera. Se nos están secando los árb…
- Acuerdo 876 (pág. 221) ACUERDO N' 876 Se conoce nota suscrita por el regidor Ovidio Vives Castro, dice: Bos qe eS € Sitio Web: munipococi.go.cr a JN É < Facebook: AMunicipal…
- Acuerdo 877 (pág. 223) ACUERDO N* 877 Se conoce nota suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, secretaria de Comisiones, dice: Oficio: 197-2023 Asunto: Minuta sobre mesa …
- Acuerdo 878 (pág. 253) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 878 Se conoce nota suscrita por el regidor Suplente Rosbill Arguello Badilla, correo electrónico: rosbillaldiaWgmail.com , dice: Asunto: In…
- Acuerdo 878 (pág. 256) ACUERDO N* 878-1 Se conoce comentario por parte de la señora presidenta Yaslyn Morales Grajal, dice: El compañero Osael debía estar en una reunión en …
- Acuerdo 879 (pág. 257) ACUERDO N* 879 Se conoce comentario por parte del regidor Luis Ángel Méndez Araya, dice: Señora presidenta, ustedes me autorizaron para ir a juramenta…
- Acuerdo 880 (pág. 257) · unanime ACUERDO N”* 880 Se conoce comentario por parte del regidor Luis Ángel Méndez Araya, dice: Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePoc…
- Acuerdo 881 (pág. 258) ACUERDO N* 881 Se conoce comentario por la señora presidenta Yaslyn Morales Grajal, dice: Asunto: Solicitud al señor alcalde para reparación de calle …
- Acuerdo 882 (pág. 259) ACUERDO N” 882 Se conoce comentario por parte del regidor Suplente Rosbill Arguello Badilla, dice: Asunto: Problemática con el Ebais de Jiménez. He re…
- Acuerdo 883 (pág. 265) ACUERDO N* 883 Se conoce comentario por parte del regidor Suplente Rosbill Arguello Badilla, dice: Asunto: Sobre declaratoria de calle pública en Cant…
- Acuerdo 884 (pág. 266) ACUERDO N' 884 Se conoce comentario por parte del regidor Suplente Randall Torres Barrientos dice: Asunto: Informe verbal sobre la visita al Hogar par…
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N91 ACTA N*32 Ordinaria. AIRE MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N*32 ORDINARIA. 11-05-2023 SESION ORDINARIA. N*32 DEL 11-05-2023, INICIADA A LAS 18:00 HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA: REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES Juan Luis Gómez Gómez Bernardo Veach Davis Jonnathan García Chévez Reinaldo Benavides Vargas Luis Ángel Méndez Araya Flor lveth Peraza Campos Dennia Yaslyn Morales Grajal (Quien Preside) Rosbil Danier Arguello Badilla José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde Randall Torres Barrientos Marilú Ballestero Cruz Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE Gabriela Madrigal González Greivin Bonilla Sánchez Johanna Flores Rosales Sandra Umaña López Carmen Sánchez Navarro Keylor Andrey Campos Mora José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores Javier Jiménez Villalobos Alejandra Sancho Bravo Jorge Humberto González Calderón NOMBRADOS EN COMISIÓN: AUSENTES SIN JUSTIFICACIÓN Osael Campos Bolaños Jairo Antonio Ojeda Aburto José Luis Diaz Valverde Ana Rita Rodríguez Jiménez Licda. Magally Venegas Vargas Lic. Manuel Hernández Rivera Secretaria Municipal Alcalde Municipal 1 gu : Sitio Web: munipococi.go.cr a AS Facebook: AMunicipolidadDePococi Pluye
PAGINA N*2 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*32 Ordinaria. ORDEN DEL DÍA Acuerdos Artículos Puntos a tratar 846-847 Atención al Señor Héctor Chaves León Director General Bomberos de Costa Rica. Asunto: Exponer la problemática que presenta la institución al estar dentro de la Regla Fiscal 848-849 Lectura, Discusión y Verificación del Acta N*28 Extraordinaria del 25-04-2023, Acta N*29 Ordinaria del 27-04-2023 850 Asuntos de Trámite Urgente a juicio de la presidencia 851-al-869 IV Correspondencia 870-al-875 V Asuntos del Sr. Alcalde 876-878-1 VI Dictámenes de Comisiones 879-al-884 VII Asuntos Varios Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día y Comprobación de POCocíÍ Pluye Quorum Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N93 ACTA N932 Ordinaria. ARTICULO | Atención al Señor Héctor Chaves León Director General Bomberos de Costa Rica. Asunto: Exponer la problemática que presenta la institución al estar dentro de la Regla Fiscal ACUERDO N' 846 Se presenta ante este Concejo el señor Héctor Chaves León, Director General de Bomberos de C.R. dice: Asunto: Apoyo por parte del Concejo Municipal de Pococí para solicitar a los señores y señoras diputadas que excluyan de la regla fiscal al benemérito Cuerpo de Bomberos “Proyecto de Ley 23.330” Héctor Chaves León. Director General de Bomberos de C.R. Saluda, Muchas gracias por la oportunidad que nos dan esta tarde de estar por acá quisiera exponerles muy breve la situación actual del cuerpo de bomberos, nosotros tenemos a nivel nacional 75 estaciones y ahora en junio vamos a cumplir 158 años. Somos la tercera institución más antigua de este país y tenemos cobertura a nivel nacional, los servicios que brinda bomberos pues casi siempre se conocen principalmente por la detención de los incendios, pero realmente lo que menos hacemos nosotros es apagar incendios estructurales, solo el 5%. Bomberos atiende 65,000 emergencias al año entre el accidente de tránsitos, cortocircuitos, todo el tema de la vida Silvestre nos toca a nosotros por lo general a nivel urbano, las abejas africanizadas, las serpientes, nosotros no bajamos gatos de los árboles, bajamos osos perezosos de los tendidos eléctricos, casi 6000 al año y toda esta zona desde Limón hasta Puerto Viejo es donde más atendemos esta emergencia de los osos perezosos lo cual pues nos satisface mucho porque es E ES k go Sitio Web: munipococi.go.cr Y DD L Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*4 ACTA N*32 Ordinaria. parte de la protección. Pero indudablemente pues el trabajo bomberos principal es la atención de emergencias que ponen en peligro la vida de las personas. Para que nosotros logremos eso de poder ayudarle a las personas necesitamos varias cosas por ejemplo necesitamos unidades extintoras, camiones bomberos, necesitamos personal entrenado, capacitado, equipado, también necesitamos ser oportunos porque no se trata nada más de ser eficaz y llegar y hacerlo muy bien hecho, sino llegar en el tiempo apropiado. Nada sirve llegar media hora después cuando ya no hay nada que hacer y por eso indudablemente nosotros debemos tener cada vez una mejor cobertura ¿Por qué? Porque la población crece, las comunidades crecen y entonces a veces empezamos a quedar muy lejos. Hace ya algunos años, don Manuel era diputado, promovimos una ley para el fortalecimiento financiero y gracias al apoyo de los señores diputados se logró esa ley y con esa ley nosotros empezamos a generar estaciones de servicio en lugares muy alejados, por ejemplo: Los chiles, Bribrí, viendo todo el tema de Cariari que ustedes lo conocen en donde gracias a ese fortalecimiento financiero pudimos abrir esos servicios. De hecho, hoy por hoy Pococí es el Único cantón del país, bueno junto con Osa verdad, que tienen dos estaciones de bomberos, Osa tiene Golfito y Puerto Jiménez al frente y ustedes pues aquí tienen la estación de Guápiles y la de Cariari y muy pronto se podría convertir Pococí en el único cantón del país que tiene tres estaciones, porque estamos como ustedes saben muy interesados en poder abrir la estación de bomberos de Tortuguero. Una estación necesaria, una comunidad que indudablemente requiere más apoyo en el tema de los servicios que nosotros damos, un lugar turístico de este país y ya tenemos mucho avanzado sobre el tema Tortuguero, ya tenemos la embarcación, tenemos la mula 4x4 para el asunto del pueblo y ahí estamos viendo a ver cómo enderezamos el barco con la adjudicación. Como le comentaba algunos compañeros, la adjudicamos en octubre en dólares y cuando yo iba a empezar la construcción ahora el mes pasado el constructor dijo ya no puedo, porque el tipo de cambio se vino abajo y entonces como él paga en colones la mano de obra, los materiales, los viáticos, entonces la diferencia cambiaria ya hizo que el proyecto para él que se le adjudicó en dólares no fuera rentable, entonces vamos a otra vez a fin de mes a entrarle duro a ps e ; Sitio Web: munipococi.go.cr AY II : Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*5 ACTA N*32 Ordinaria. adjudicar el segundo en la lista de los oferentes, porque hay un gran compromiso con esa comunidad, con el cantón de que esa estación tiene que abrirse para beneficio de todos. A Todo esto que le estoy diciendo de los edificios, el equipamiento, tiene su fundamento en que, para que nosotros podamos operar necesitamos dos cosas anivel financiero, una es tener los recursos y otra es tener el permiso para poderlos utilizar. Entonces en los últimos 12 o 15 años hemos venido trabajando en conseguir los recursos esto no es una improvisación, cuando llevamos el proyecto de fortalecimiento financiero era porque ya visualizábamos las necesidades que teníamos que satisfacer en próximos 10 años. Lo logramos, empezamos a captar el dinero que ya lo veníamos captando más un tributo en la electricidad. Entonces en este momento tenemos los recursos económicos, eso es una buena noticia, la mala noticia es que cuando paso la ley de fortalecimiento financiero a nosotros se nos dio un transitorio que decía: “quedan excluidos de la regla fiscal”, nosotros dijimos, de la autoridad presupuestaria y después vino lo de la regla fiscal y nosotros en ese momento no visualizamos el impacto de eso, pero en los últimos cuatro «años el presupuesto ha venido igualándose y disminuyendo y disminuyendo y cada vez va para abajo y esto se debe no a que no exista el dinero sino se debe a que la regla fiscal impone un tope a nivel presupuestario, yo sé que ustedes lo saben porque las municipalidades se lograron sacudir a tiempo y salieron de la regla fiscal y ya ustedes están fuera de eso. Pero, hoy por hoy habemos dos grupos de instituciones, una, que dependen del presupuesto nacional, del Ministerio de Hacienda, de los impuestos que Hacienda capta y se los distribuye a los Ministerios y a las instituciones que dependen de Hacienda y habemos otro grupo (ahí está bomberos) que son las que coptamos recursos de otros lados y no dependemos de Caja Única de Hacienda como le queramos llamar, entonces la regla fiscal aplica para todos y eso es lo que no está bien, porque está bien la regla fiscal para regular ahí el gasto cuando no hay ingresos para que no se dispare el déficit pero, la regla fiscal nos la aplican a nosotros pero no tienen un impacto real en el déficit del país porque los ingresos de nosotros no pasan por caja Única. En el Gobierno pasado un diputado, el diputado Thompson promovió un proyecto para sacarnos de la regla fiscal pero no dio tiempo, se acabó el gobierno, y el proyecto cuando el diputado ya no está en ejercicio pierde fuerza. — Sitio Web: munipococi.go.cr Ya y € Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%6 ACTA N*32 Ordinaria. 11-0 -2023 Me Afortunadamente el gobierno actual visualizó esta necesidad, no” solo de bomberos sino de otras instituciones e impulsó un nuevo proyecto, un proyecto que ha venido avanzando bien y es un proyecto que lo está viendo la comisión de asuntos hacendarios, ya nosotros logramos con el apoyo de los diputados y tengo que decir que los diputados de la zona Atlántica nos han apoyado todos, logramos que ya aparezca el nombre de bomberos de las instituciones que no dependen del Ministerio de Hacienda por así decirlo y el cuerpo de bomberos, eso ya es un gran logro porque esté el nombre de nosotros explícitamente, esperamos que esto se dictamine en estos días a nivel de la comisión de asuntos hacendarios. Pero después viene el gran paso verdad al plenario donde todos los diputados votan y nosotros hemos recurrido a comunidades como ustedes, a comunidades como Guácimos, como Siquirres donde hay necesidades muy puntuales, les pongo de ejemplo, en Siquirres estamos en un gimnasio que la municipalidad nos prestó y lo acondicionamos porque el edificio que teníamos ya no servía, en Guácimo no hay Bomberos del todo, hay una donación de un lote que es nuestro pero no hemos podido presupuestar el edificio y el servicio que ahí se tiene que abrir entonces, en las comunidades donde nosotros sentimos que hay un proyecto importante estamos pidiendo el apoyo, en el caso de ustedes es por Tortuguero, porque en Tortuguero no es solo el edificio sino la sostenibilidad que eso implica para que nos apoyen con una moción que pueda ser discutida a nivel de este Concejo y si lo tienen a bien votarla a favor para instar a las señoras y señores diputados a que nos excluyan de la regla fiscal, así es de simple, porque en este momento un proyecto de ley que está discutiendo le puede pasar cualquier cosa pero si hay un apoyo de las comunidades que al igual que el cuerpo de bomberos se verían beneficiadas entonces esto va a agarrar más fuerza. Entonces, pedirles que valoren la posibilidad de tomar un acuerdo tendiente a pedirle a los diputados que nos excluyan de la regla fiscal para poder continuar brindando los servicios que brinda Bomberos que son de Prevención y protección de la vida, de propiedad y del medio ambiente. Quedo a la orden para cualquier consulta y muy agradecido por la oportunidad que me dan de contar un poco nuestra situación actual. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. le dl é a o Sitio Web: munipococi.go.cr a Y US Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA Na ACTA N*32 Ordinaria. Muchas gracias don Héctor, voy a darle la palabra e en , este momento” a los miembros de este honorable Concejo que quieran hacer uso de la palabra para dar algún aporte o alguna iniciativa. Reg. Randall Torres Barrientos. Bueno bienvenido Don Héctor y todos los compañeros del Benemérito cuerpo de bomberos, nos sentimos sumamente orgullosos que nos acompañen hoy en este Concejo Municipal, como gobierno local y como regidor en mi caso he quedado sumamente sorprendido, porque bueno estaba revisando acá en la página de bomberos y aparece 78 estaciones de bomberos, inclusive en la número 76 dice “La Isla del Coco” me quedé bastante sorprendido, de otras provincias como huacas, Miramar, Monteverde o sea, estamos hablando zonas alejadas del país y en la posición 72 aparece Cariari establecida el 16 de diciembre del 2012, además de la de la de Guápiles que aparece 47 años de fundada establecida en 1977. Completamente claros de que el cuerpo de bomberos no debe estar en la regla fiscal y las razones están más que justificadas, ustedes para la realización de sus fines que son un montón de fines aquí lo estaba viendo, estaba viendo la misión de ustedes también, habla de la protección, del deber de ustedes de capacitarse, del tema de la prevención que realizan también por ejemplo: todo el trabajo que han hecho con relación a los hidrantes también que es importantísimo, no pueden estar sujetos a la regla fiscal, porque ustedes necesitan invertir y en este caso es esa inversión que va a ser para futuro, no es que aquí ustedes están gastando no, están para inversión o sea para hacer infraestructura, que nos sirva a nosotros y a nuestras futuras generaciones. Usted habló ahora por ejemplo de la parte Tortuguero que es una zona bueno bastante complicada, el presidente de la república ha ido y ha visto lo que es Tortuguero y la necesidad urgente de tener ahí la presencia de bomberos. Entonces yo creo que es importante que todos los gobiernos locales, todas los las Municipalidades apoyemos en forma firme a que ustedes deben de salir de la regla fiscal y que merecemos muy prontamente que ustedes le suelte las amarras como les digo no va a ser para gastar no, va a ser para invertir Y entonces de mi parte, de la fracción del partido Alianza Demócrata Cristiana tiene todo el apoyo y como les digo, felicitarlos por esa labor, muchos entre esos yo los veo como Héroes porque en forma diaria salvan vidas y nos ayudan un montón y como le E : Sitio Web: munipococi.go.cr a AD Á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%8 ACTA N*32 Ordinaria. gobierno local he visto por ejemplo cuando el tema las avispas africanizadas este lo que usted mencionaba de los animales, cuántos osos perezosos se han salvado, y así un montón de cosas lo que usted decía hasta un simple gato, pero puede representar el gato de cada uno de nosotros verdad entonces, tiene todo mi apoyo y felicitarlos nuevamente por esa labor gracias. Reg. Ovidio Vives Castro. Don Manuel Hernández Don Héctor Chávez bienvenido una vez más a su casal poco sí a Leo Don Mauricio y todo el personal de nuestro querido institución bomberos de Costa Rica yo creo que don Héctor está más que sabido y con mucho conocimiento la labor que ha venido realizando bomberos desde hace años, ustedes salvan vidas, previenen también accidentes, se ha visto el trabajo a lo largo y ancho de este país, de este cantón y yo creo que esto no es un tema de discusión, esto es un tema de fortalecerlos a ustedes y de apoyarlos al 100%. Bomberos es de nosotros yo soy bombero también, en algún en algún momento tengo que convertirme en bombero, aunque no sepa tengo que muchas veces ayudar de salvar animalitos, que lo hemos hecho muchas veces, muchas veces sin conocimiento pero lo hacemos cuando bomberos no están muy cerca de nosotros o estamos muy lejos de nuestras casas y nos hemos visto a la tarea de colaborar con otras personas y hemos venido viendo el trabajo que ustedes vienen haciendo no solamente en Costa Rica sino fuera Costa Rica también, la preparación que ustedes tienen, el conocimiento que ustedes tienen es inmenso, reconocidamente por otros países el buen trabajo que ustedes han venido realizando en Costa Rica y se ha visto casos donde extranjeros hablan muy bien de ustedes, lo han expresado en otros medios de televisión y escritos de otros países, experiencias que han tenido o sustos que se han llevado y mencionan a bomberos de Costa Rica gracias a estos señores de los azules, de los rojos también que es nuestra Cruz Roja y viera que Uno se siente muy contento muy orgulloso. Yo creo que en muy buena hora pues ustedes se están presentando acá nosotros sé que aquí el Concejo en pleno vamos a decir cuenten con el apoyo nuestro, esto no es de discutir en ningún momento para nada, más bien Es de fortalecerlos y apoyarlos al 100%. En muy buena hora que nuestros cinco diputados, los diputados de la fracción Caribe estén en acuerdo y en apoyo para con esta gran bendición que vienen para con ustedes porque, al final quien se va a beneficiar son todos los costarricenses, somos todos nosotros. Por mi parte cuenten con el apoyo de este servidor y estamos a la orden Gracias. , a É a Di Sitio Web: munipococi.go.cr AY IS € Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*9 ACTA N*32 Ordinaria. Reg. Juan Luis Gómez Gómez. Saluda, decirles compañeros y compañeras que verdaderamente es un honor para nosotros como miembros de este Concejo, primero felicitarlos por ese excelente trabajo que ustedes realizan a lo largo y ancho de este país, y en segundo pues, decirles que mientras estemos acá ejerciendo la función pública nuestro deber es, un compromiso un compromiso firme para que verdaderamente ustedes sean sacados de la de la corriente fiscal. Creemos que hacen una labor que no se pagaría con el dinero del mundo y que verdaderamente por eso gozan ustedes de nuestro reconocimiento y van a gozar del reconocimiento de todas las autoridades de este país y de todas las autoridades internacionales. Así que, en el momento que tengamos que votarlos, si hoy la señora presidenta hace la propuesta para que se envíe una nota a la Asamblea Legislativa en donde este Concejo apoye sacarlos a ustedes de esa regla fiscal tengan la seguridad que van a tener aquí una votación unánime porque aquí somos regidores conscientes y consecuentes con lo que hacemos y ustedes son parte de nuestra vida y son los que le dan la seguridad no solo a las personas, sino también a la a los animales de nuestro país. Así que bendiciones y muchas gracias. Reg. Jonnathan García Chévez. Saluda, Mi intervención va dirigida a Don Héctor bienvenido y a ustedes compañeros a nuestra casa, a nuestro cantón en una primera instancia deseo decirles muchísimas gracias de verdad por ese trabajo que ustedes hacen cada día. Cuando nosotros vemos esos uniformes azules sentimos orgullo, sentimos confianza, sentimos seguridad y ustedes llevan esa tarea a diaria salvando vidas animales y haciendo una serie de actividades en beneficio de este país. Y como educador quiero decirles porque también soy educador, que los niños desde las escuelas usted les pregunta ¿qué quiere ser cuando sea grande? y ellos dicen bomberos, pertenecer a ese cuerpo de bomberos y es ahí donde yo los insto a ustedes a seguir esa representación, que cuando caminemos, tener la plena seguridad que ustedes son ejemplo de muchos. A k : « e Sitio Web: munipococi.go.cr a A 2D É Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI BN 7B_- N PAGINA N910 ACTA N*32 Ordinaria. 11-0512023 *__> Y a nivel personal agradecerles infinitas por todo ese trabajo que ustedés baten, agradecerles lo que están haciendo hoy, venir a esta hora acá y visitar me imagino otras municipalidades pidiendo este apoyo, que no debería ni pedirse, de una vez deberían acercarlos a ustedes y llamarlos quien corresponde decirle “venga y quitémoslos de esa regla” o cuando se creó esa parte decir de una vez, ustedes quedan fuera, porque lo que ustedes hacen es magnífico por ese país. De parte mía obviamente tienen el apoyo profundamente, totalmente del corazón y aquí creo que estamos para apoyarlos, de mi parte muchísimas gracias y que Dios los bendiga a ustedes y a sus familias por esa gran tarea y trabajo que ustedes hacen gracias y buenas noches. Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera. Saluda, En el pasado, Dios me dio la oportunidad de poder ayudarle y ahora esta no va a ser la excepción, yo sé que el cantón de Pococí le va a apoyar a los compañeros regidores al apoyo. Felicitarlo porque desde hace muchísimos años si usted no hubiera tenido la iniciativa de impulsar ese proyecto de ley que al final nosotros, yo recuerdo todo el esfuerzo y todos los días ahí caminamos visitando diputados para que nos dieran el apoyo al proyecto y lo logramos en un tiempo récord y gracias a usted, sin ese proyecto hoy día no tuviéramos tantas estaciones como decía el compañero Randall y ejemplo la estación de Cariari es un ejemplo de eso, la estación ahora de Talamanca y todas. Yo recuerdo que la vez pasada no tenían recursos a través de esa ley por el esfuerzo suyo y otros compañeros que nos visitaron se logró el apoyo y hoy día tienen recursos para poder hacer inversión. Claro que hace falta salir de la regla fiscal, de lo contrario y de nada ganamos con tener recursos si al final no podemos gastarlos. Entonces a mí me parece que el apoyo lo tiene que dar este Concejo y ojalá que lo den todos los Concejos del país, porque al final sea donde sea que se vaya a construir una estación de bomberos es ganancia para los pueblos y para que puedan crecer más y el esfuerzo que ustedes hacen. ¿qe Cd S o Sitio Web: munipococi.go.cr Y IAS < Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N911 ACTA N*32 Ordinaria. Aquí hoy lo acompañan varios compañeros del cuerpo de bomberos de aquí de la estación de Guápiles y también de Cariari y día a día hacen un esfuerzo enorme para mejorar el cantón y para cubrir las necesidades que tenemos todos los días, porque es todos los días el esfuerzo y a mí me consta los esfuerzos enormes que hacen aquí en Cantón. Ojalá que, así como este Concejo que los va a apoyar, ojalá que los demás y tal vez ahí pedirles a los demás compañeros en la moción no la vi más, pero me parece que deberíamos de pedir el apoyo a las demás Concejos del país para que se unan a esto y no solo a los compañeros regidores y Municipalidades, sino que también los diputados. Yo sé que los diputados de la provincia están, pero no basta solo los diputados de la provincia necesitamos los demás diputados del país para poder que saquen y ojalá que un tiempo récord el proyecto para que se salgan de la regla fiscal. Porque aquí podemos sacar acuerdos y pedir, pero si al final no hay voluntad allá arriba ahí pueden pasar estos tres años y al final no se logra, entonces hace falta voluntad de los diputados, que los diputados apoyen y el mismo poder ejecutivo que ahora están en extraordinaria para que convoque el proyecto y puedan avanzar. Así es que Roberto lo felicito por esa lucha porque ustedes desde que está en el cuerpo de bomberos que yo lo conozco es un hombre luchador y ha hecho muchísimo por el cuerpo de bomberos y por este país, así que lo felicito y sigue adelante y usted y sus compañeros que están detrás de usted ayudándole. Reg. Suplente. Rosbill Arguello Badilla. Saluda, Don Héctor mis respetos viéndolo a los ojos le agradezco y felicito a todos los bomberos no solo el cantón de Pococí sino de todo el país. Yo quiero nombrar a evangelista Quirós Ulloa y al doctor Fallas ya fallecidos ambos y se me olvida otro de aquí de Guápiles, Don Álvaro Torres a estos tres los nombro porque estoy seguro de que ellos estarían aquí hoy dando la lucha. Muy breve mi participación resulta que soy Guapileño y trabajaba en la hielera de los López y sonaba la sirena verdad y salía el doctor Fallas precisamente, Álvaro, Luis Sánchez, Pilo (que me disculpe por el apodo con mucho cariño) y otros ta Cal A € Sitio Web: munipococi.go.cr a Í AD d Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*12 ACTA N*32 Ordinaria. ERMITA y resulta que, los héroes los recuerdo claramente desde hoy tenía yo como unos 14 años y una grabadora y a Don Miguelón corriendo para dar la noticia que para dónde iban los bomberos, que qué era lo que estaba pasando. Les cuento esto porque después con el tiempo ya con el tiempo ya pasamos a formar parte del grupo nación destacado en el periódico Al Día y siempre para mí fue una gran satistacción de ir a hacer estas noticias, no por figurar ni por lo que me pagaban, era por demostrar la labor, cómo la vida está en juego y no les importa absolutamente nada, cómo una persona de estas desde que se mete a eso sabe que sale de la casa, pero muy difícil que pueda llegar verdad, andan pensando en eso. Entonces tenía que hacer uso del micrófono hoy como regidor para recordar que nosotros somos los políticos, que hay unos políticos que hacen unas leyes y que hacen algunas cosas que dejan unos amarres, como por ejemplo este que se está viendo hoy, pero nosotros políticos gobierno local del cantón de Pococí vamos a dar una idea y vamos a luchar para que ahí se abra algún espacio o lograr que ellos cambien lo que se ha hecho. Esta es la parte política la que le toca aquí discutir, leer y presentar las propuestas, yo soy suplente, hago uso de la palabra Únicamente para felicitarlos y sabedor de que mis compañeros ya están cada uno de ellos maquinando la mejor idea que se va a presentar para que esto se dé. Definitivamente cuando se hizo la ley no sé con qué intención se hizo la verdad, porque se está dejando muchos grupos como ustedes amarrados simple y sencillamente, pero como en esta vida todo es posible y de la mano de Dios se buscan las soluciones y se llegan a ellas, hoy empezó la lucha aquí en el Concejo Municipal de Pococí, tenemos un alcalde de la calidad del licenciado Manuel Hernández que ya fue diputado, que conoce bien la materia y aquí hay muchos compañeros que están deseosos de colaborar Gracias presidente. siempre la emoción me llena cuando hay un tema como estos en donde están aquí a la par de nosotros personas que, definitivamente valen muchísimo más que el dicho que dice que lo que pesan en oro Muchas gracias bendiciones. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. p.. k > k > Sitio Web: munipococi.go.cr Y A de Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N913 ACTA N932 Ordinaria. Primeramente, agradecerles por el tiempo que han “sacado para visitar los Concejos Municipales donde el cantón tiene algún interés en infraestructura que es tan importante por ejemplo Pococí con el tema de Tortuguero. Quiero felicitar a un Héctor el cual es todo un personaje en nuestro país, con 40 años de trayectoria en los bomberos. Definitivamente Don Héctor, lo poco que lo conozco puedo decir que es una persona honesta, es un caballero y sobre todo un gran líder, quiero también felicitarlos a todos ustedes porque el estar ahí sentados detrás de don Héctor o a la par, quiere decir que ustedes también comparten la visión y la necesidad que él viene a exponer el día de hoy, quiero decirle también Don Héctor que la estación de bomberos y de Cariari en esas dos estaciones trabajan grandes personas, que siempre nos han abierto la puerta y que cuando los hemos tenido que llamar por una emergencia de esta Municipalidad siempre están presentes, cuando hemos tenido emergencias el centro o el control de mando es en los bomberos, los llegamos, ahí los incomodamos un poquito, pero siempre nos reciben y nos tratan bien. Este año cumplen 158 años qué gran camino ¿qué haríamos en Costa Rica sin los bomberos?, ¿qué haríamos en Costa Rica si en la Cruz Roja? qué haríamos en Costa Rica sin la Caja Costarricense del Seguro Social?, ¿y sin los Gobiernos Locales?, seríamos otro un país totalmente diferente. Yo hoy quiero también y le mando también que me le lleve unos saludos a David Bermúdez, que siempre es amigo de este Concejo, amigo mío y que siempre está ahí, también apoyando en todas las gestiones que se hacen desde los bomberos en la Asamblea Legislativa. Yo quiero hacer dos propuestas: Propuesta N*1: Siguiendo las palabras del licenciado Manuel Hernández que es un hombre con experiencia parlamentaria, tenemos Un exdiputado como alcalde eso no se brinca nadie él nos dio un consejo que le pidiéramos al poder ejecutivo que convocara el proyecto en estas sesiones extraordinarias entonces, que la primera propuesta sea esa, que sea de todo es honorable Concejo: +10 Sitio Web: munipococi.go.cr aj Facebook: (AMunicipalidadDePococi Me
MUNICIPALIDAD DE POCOCI pS PAGINA N*14 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05-2032 > peo Pedirle muy respetuosamente al poder ejecutivo que por favor convoque el Expediente 23.330 en estas convocatorias extraordinarias que tienen ellos, primero para que puedan conocerse. Esa sería la primera propuesta en discusión la propuesta. Suficientemente discutida, entonces vamos a someter la votación y que sea una propuesta de todo el Concejo en pleno, los que estén de acuerdo por favor levantar la mano para que se va a acuerdo en firma y es pensado todo trámite. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la propuesta del Concejo Municipal de Pococí en pleno: Se Solicita al Poder Ejecutivo que convoque y se conozca el expediente N*23.330 “MODIFICACIÓN DEL TÍTULO IV DE LA LEY N'%. 9635 FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS DEL 03 DE DICIEMBRE DE 2018”. Para que se excluya de la regla fiscal al benemérito Cuerpo de Bomberos. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Propuesta N?2: Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. En procura de la apertura de una estación de bomberos en la comunidad de Tortuguero, así como el fortalecimiento de todas las estaciones de bomberos del país, este Concejo acuerda solicitar a los señores y Señoras diputadas que se excluya al Benemérito Cuerpo de Bomberos de la regla fiscal en el proyecto de ley 23.330. Sin duda la comunidad de Tortuguero además de representar un punto de interés turístico nacional e internacional, carece de los recursos necesarios para la atención de las emergencias que con frecuencia presentan en esta localidad. En discusión la propuesta. Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera. A mí me parece que, el problema es que la moción que se está presentando no va a ayudar mucho porque podría crear a otros Concejos Municipales un poquitito de rencilla, porque después ellos nos van a decir “claro Pococí porque le van a hacer una estación de bomberos en Tortuguero” entonces me parece que el acuerdo deberían de redactarlo diferente, digamos apoyar pero solicitar E) e ES d k le Sitio Web: munipococi.go.cr a A AD Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N915 ACTA N*32 Ordinaria. a la vez el apoyo sin mencionar que se va a construir una estación de bomberos, porque al final podría ser que algunos de allá del otros cantones digan “nombres Pococí tiene dos y le van a hacer una más” entonces, a mí me parece que es mejor cambiar la reacción. II AA Que se le solicita el apoyo a las demás municipalidades para que el Poder Ejecutivo conozca el proyecto para que se saque de la regla fiscal. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. De acuerdo, siguiendo las recomendaciones del licenciado Manuel Hernández entonces, el acuerdo quedaría de la siguiente forma: “Que este Concejo Municipal acuerde, solicitar a los señores y señoras diputadas, que se excluya al benemérito cuerpo de Bomberos de la regla fiscal en el proyecto de ley 23.330, además que, el excluir a los bomberos de la regla fiscal va a venir a fortalecer los diferentes cantones del país con sus diferentes proyectos que todos tienen. Y pedirle en el mismo acuerdo a todos los Concejos Municipales de este país que brinden un voto de apoyo positivo para que el Benemérito Cuerpo de Bomberos sea excluido de la regla fiscal en el proyecto de ley 23.330”, Si alguien quiere hacerle alguna enmienda o mejorarle un poco la redacción este es el momento, pero si no, eso es lo que estaríamos presentando como Concejo Municipal para que sea notificado a todos los Concejos Municipales de este país y a la Comisión de Hacendarios que ve esta discusión de este proyecto en la Asamblea Legislativa, los que estén de acuerdo favor levantar la mano. Por Unanimidad SE ACUERDA: El Concejo Municipal de Pococí, solicita a los señores y señoras diputadas, que se excluya al Benemérito Cuerpo de Bomberos de la regla fiscal en el proyecto de ley 23.330. Se solicita a todos los Concejos Municipales del país que brinden un voto de apoyo positivo para que el Benemérito Cuerpo de Bomberos sea excluido de la regla fiscal. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado. Reg. Randall Torres Barrientos. Decirle también, que nosotros nos ponemos a las Órdenes, si hay que hacer alguna marcha pacífica, ir hasta San José hasta la Asamblea, ya sea vestidos de blanco ¿e 4 5 > Sitio Web: munipococi.go.cr a Í SS _ Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%16 ACTA N*32 Ordinaria IA => LAIA TAE o de azul del color que usted quiera, de los colores de bomberos de Costa Rica cuente con cada uno de nosotros para para ir y apoyar gracias. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Para cerrar, yo quisiera decirle que ellos vienen a pedir esto como lo explicó Don Héctor al inicio, porque ellos mismos generan los recursos, los recursos no salen del Poder Ejecutivo y Hacienda, los recursos los generamos todos nosotros con los impuestos que pagamos y los diferentes servicios y las diferentes cosas que nos toca a nosotros en nuestros deberes como costarricenses. Entonces a veces yo siento que la regla fiscal si bien es cierto el espíritu de ella es muy buena, porque es garantizar que se gaste bien los recursos, pero en este caso siento que en la salud, en la educación, en los servicios de rescate no debería haberse aplicado la regla fiscal, pero bueno, esas son las leyes que salen de nuestra Asamblea Legislativa y que nos corresponde respetar, pero si tenemos que hacer este manifestaciones o irlos apoyar cuente con este Concejo que ahí vamos a estar Don Héctor. Sr. Héctor Chaves León. Director General de Bomberos. Primero que todo, muchísimas gracias por el apoyo, yo creo que es claro y lo dijo por acá el señor regidor, bomberos somos todos, todos tenemos que cumplir alguna vez en algún momento alguna función de las que nosotros desempeñamos y es claro también que, todo lo que estamos promoviendo es para las mismas comunidades verdad, ahí es donde se necesita realmente fortalecer el servicio. Yo quisiera agradecerles a los compañeros de Guápiles y a los compañeros de Cariari que muchos están su día libre o son bomberos voluntarios, que se hayan venido a sumar porque como le decía don Manuel, ellos creen el proyecto, un proyecto que va a fortalecer los servicios que nosotros brindamos. Una pequeña consulta, cuando hablaron de enviarlo a la comisión de Hacendarios también que valoren la posibilidad de mandarlo a todos los diputados, no solo los de la comisión de Hacendarios porque al final vamos a la segunda etapa y ahí todos votan verdad. Pe » Sitio Web: munipococi.go.cr a É < Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N917 ACTA N?32 Ordinaria. Entonces si valoraran ahí que se les llegue a todos los diputados para que en el momento en que vayamos a la votación al plenario, ellos conozcan también la posición de ustedes y muchísimas gracias muy amables. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Entonces hagámosle una adición, que se le adjunte, que se les notifique a todos los 57 señores diputados el acuerdo y que se incluya en el acuerdo, Los que estén de acuerdo valga la redundancia. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba solicitar el apoyo a todos los diputados de la Asamblea Legislativa. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Reg. Randall Torres Barrientos. Se me había ido ahorita me acordé, que la Asociación del Barrio Pinares, tiene un parquecito y ellos estaban con un proyecto de hacer un parque en honor al bombero, entonces ahí más adelante podemos ver cómo podemos desarrollarlo, para que los niños puedan desarrollar ese amor, desde muy chiquitos puedan desarrollar ese amor y se conviertan en bomberos verdad, Entonces creo que es una forma de rendirles homenaje también por esa gran labor que desempeña. peas k a k Di Sitio Web: munipococi.go.cr Y LY 3 L Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N918 ACTA N*32 Ordinaria. ACUERDO N* 847 Se conoce comentario de la Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal, dice; Para hacer un minuto de silencio por el ciudadano Edgar Guzmán de Cariari que esta semana falleció, padre de la odontóloga Xinia Guzmán y Alberto Guzmán, que muchos conocemos en este Concejo, entonces pedirles que hagamos un minuto de silencio por él, fue un líder de este cantón, un señor que fue reconocido en el distrito de Cariari por las luchas y aportes que dio en ese distrito y en este cantón. Creo que podemos hacer un minuto de silencio por la memoria de don Edgar Guzmán, ponernos de pie. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se procede con un minuto de silencio en memoria del señor Edgar Guzmán, vecino de Cariari. Paz a sus restos. ARTICULO ll Lectura, Discusión y Verificación del Acta N*28 Extraordinaria del 25-04-2023, Acta N*29 Ordinaria del 27-04-2023 Nota de Secretaría: Al ser las 18:47 se procede con un receso, se reanuda la sesión al ser las 19:10. ACUERDO N* 848 Se conoce para lectura, Discusión y Verificación el Acta N*28 Extraordinaria del 25-04-2023, dice; Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*28 Extraordinaria del 25-04-2023. 3 Sitio Web: munipococi.go.cr a AY = Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*19 ACTA N*32 Ordinaria. ACUERDO N' 849 OS Se conoce para lectura, Discusión y Verificación el Acta N*29 Ordinaria del 27-04- 2023, dice; Participan de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos En esa sesión ordinaria no estuve presente, sin embargo al revisar el acta, folio 343 en dónde se discutía un convenio de préstamo de inmueble a título gratuito, suscrito entre Joel Fernández Fonseca y la Municipalidad de Pococí. Lo que deseo es que se aclare por parte de dos manifestaciones, la primera realizada por el regidor Juan Luis Gómez Gómez dónde indica, porque hay que recordar que este convenio es un préstamo, o sea el señor Jorge Fernández lo que hace es construir un inmueble y se lo cede a la municipalidad a título gratuito para que se instale el centro de monitoreo. Específicamente lo que yo pediría es que el regidor Gómez Gómez aclarare u ofrezca prueba relacionada con la afirmación en donde indica que se están recibiendo favores políticos verdad y como no especifica entonces creo que nos envuelve a todos los compañeros del Concejo. Para que aclare porque así como está manifestado podría constituirse en una injuria o una calumnia, que son delitos que se hacen contra el honor, de acuerdo con el artículo 245 significan ofender de palabra o de hecho, es la dignidad o decoro de una persona verdad. En este caso no está mencionando a una persona en específico, pero a como se está externando, indica en el párrafo específicamente dice “Entonces ya la Municipalidad le está haciendo favores acá a muchas entidades que no le cobran ni un cinco por una actividad de lucro que ejerce entonces, aquí conmigo no hay problema yo no me arrimo a estas entidades a pedir beneficios, porque no estoy votando ese convenio y espero que don Manuel, sé que es un gran profesional y espero que aquí no se estén recibiendo favores a cambio de esto, porque si no es mejor cuantificar y pagar muchas gracias, señora presidenta”, eso por este lado. Y lo segundo por la manifestación del regidor Benavides Vargas que indica dice “Voto en contra porque el Centro de monitoreo se encuentra en un lugar privado Z a a Di Sitio Web: munipococi.go.cr YA a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
le MUNICIPALIDAD DE POCOCI x8ñn 85_- PAGINA N*20 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05- y ya veo por qué don Randall no vino hoy. Gracias”. Entonces (co: manifestación dejan en duda igualmente porque no da prueba, no indica específicamente cuál es la situación que se da porque yo no venga a una sesión en donde yo estoy debidamente comisionado por parte de la presidencia y en dónde se emite el respectivo informe de comisión, entonces la idea es también encararlo para que se ofrezca prueba de lo que está diciendo. Que aclare lo que está diciendo porque este podría estarse configurando igualmente este una difamación, entonces lo invito de acuerdo con el artículo 149 que este remita la prueba de la verdad correspondiente, aclarando la afirmación que está realizando, muchas gracias. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal Está en discusión el acta 29 Ordinaria, le voy a pedir a los compañeros que por favor mantengamos el orden y si no, les doy permiso para que puedan salir afuera de la sala para que lo puedan llenar y conversar entre ustedes y así mantener un poco el orden. Sé que están llenando algo y tienen que hablar entre ustedes, esto no es un regaño, es una observación para nosotros poner atención aquí y no distraernos. Reg. Juan Luis Gómez Gómez Decirle a Randall que como no estuvo en la sesión no podría solicitar lo que está solicitando, pero yo como tengo transparencia con mucho gusto le voy a contestar en dos formas, Randall. Una es que yo no quise decir la sesión pasada, a mí sí me mandó Yaslyn para donde don Joel en una oportunidad, entonces que queden actas, me mandó para el asunto de un bono vivienda, eso que quede en actas porque así fue. Luego, tengo una nota que hoy precisamente le envía don Henry a don Randall que dice así, el señor Henry Madrigal Calvo coordinador del Área de Planificación y Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Pococí, estimado servidor después de saludarlo de la forma más atenta me dirijo a usted con el fin de realizar las consultas al oficio SMP-1599-2022, acta 60, artículo IV, acuerdo número 1679 solicitud expresa de su persona y del ingeniero Olger Gutiérrez de Obra Pública, po de Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*21 ACTA N*32 Ordinaria. RR solicitud al Concejo Municipal para autorizar al señor alcalde a la recepción de áreas y calles públicas del proyecto urbanístico Valle Escondido. Consulta, número uno, por qué se le solicita al señor alcalde la recepción de 792 metros cuadrados, esta es una consulta que hago verdad, de 792 metros cuadrados de facilidades comunales donde se incluyen 205.42 metros cuadrados, que es la planta de tratamiento y que le corresponde al AyA, eso espero que me lo aclare el señor. Luego por qué si el proyecto Valle Escondido en su primer etapa, con un total de 46 segregaciones, para un total de 24.282 metros cuadrados, por qué se le autoriza al señor alcalde recibir únicamente 1969 metros cúbicos cuando según mi criterio debe ser de 3.748 metros cuadrados de áreas recreativas. Para su conocimiento yo ese acuerdo no lo voté porque siento que no está claro. Continúa el dorso, esperando su respuesta me despido cordialmente Juan Luis Gómez, regidor municipal, número de cédula y este fue recibido hoy 11-05-2023 a las 13:15 minutos, entonces estaría ampliando Randall en otra oportunidad. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal Por alusión voy a hacer uso de la palabra, primeramente yo no solamente le recomendé una “x” constructora al señor Juan Luis Gómez Gómez. Él se me acercó y me preguntó a mí que tenía un problema, que él se compró un lote en San Bosco, específicamente en la calle de Losilla que recientemente se asfaltó y no le quisieron dar el agua, entonces que no podía pedirle bono a la señora esposa, entonces que si no sabía en cuál consultora le podían ayudar porque tenía que hacer un pozo. Me extraña mucho que no le quisiera dar el agua cuando en San Bosco pues hay un asada que da un montón de agua verdad que recientemente hasta un tanque grande hicieron y le da agua a todo el mundo, pero quién sabe a veces hay rencillas políticas y me imagino que ese es el problema por lo que no tiene el agua. Estuvimos conversando y lo hago por transparencia, pero es que el bono no es algo que venga a comprometer a una persona, el bono es un beneficio que se le da a cualquier costarricense y el costarricense decide si lo construye o que se lo construyan, entonces él me comentó que había ido donde doña Silvia, la de DINADECO a preguntar, que había ido a Davivienda, pero que qué conocía yo entonces yo le dije que para mí el Buen Techo, Davivienda y la compañía de la g » Sitio Web: munipococi.go.cr a : Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*22 ACTA N*32 Ordinaria. RS de la muchacha de Cariari Sandra Guadamuz y la de CBS que es la que él indica, son muy buenas que cualquiera de esas le puede ayudar, hasta le dije que le preguntara a un compañero que sabe mucho de ese tema para que lo orientara. Entonces eso para que esté ahí por transparencia, yo no tengo nada que esconder, todo el mundo sabe mi conducta, mi transparencia y uno en un bono de vivienda por recomendar a alguien no se gana absolutamente nada porque sería un miserable la persona que quiera ganarse algo para hacer un bono de vivienda a una persona que quiera hacerlo. Ahora, yo no sé cuál es el cuestionamiento de este convenio, cuáles son las insinuaciones que hacen el señor regidor Juan Luis Gómez si cuando él fue presidente nosotros fuimos a conocer ese lugar, estuvimos ahí y él salió encantado diciendo ojalá que muchos de los desarrolladores de este cantón puedan hacerlo como lo está haciendo este muchacho, entonces ahí estuvimos viendo las áreas públicas que iban a dar a esta municipalidad y no pasó a más entonces yo no sé ahora cuál es el problema. Es vergonzoso venir a querer mancillar la dignidad o el buen nombre de una persona que está haciendo bien las cosas porque como bien recuerdo, si nos ponemos a hablar de cosas, aquí hubieron mociones para visar planos de “Xx amigos o “x” conocidos propuestas por el regidor Gómez, entonces yo no entiendo, yo me imagino que lo hizo porque estaba muy preocupado por las familias que no tienen hogar, a como también fuimos a visitar El Molino, que Reinaldo trajo al señor y yo le dije al síndico Greivin que por favor se reuniera, que tuviera la lista y que empezara a verificar. Así como también una vez dije, hay que darle participación a los síndicos para que escojan a la familia. Los proyectos de vivienda no se pueden satanizar, en La Rita quieren hacer uno y si se da, que Carmen agarre con Keylor y empiecen a ver cuáles son las familias que no tienen. Para eso nos escoge el pueblo para que tratemos de buscar soluciones en todos los ámbitos, no solamente construir calles en este cantón. Entonces eso para que conste ahí y no tengo nada que esconder y yo voy a analizar bien la propuesta que está haciendo el regidor Torres a ver si presentan prueba y si usted presenta una querella yo lo acompaño porque aquí dice cosas, leyendo a como quedó el acta es muy preocupante. > E > Sitio Web: munipococi.go.cr a MS > Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*23 ACTA N*32 Ordinaria. AAA Aquí mismo también el regidor dice que en paz descanse, dice que bien es cierto que en el pasado siendo síndico presente una moción acá porque hay gente desarrolladora en este cantón, un montón está Davivienda, estaba el finado que en paz descanse el esposo de doña Silvia y ese montón ejerce una actividad de lucro y no le pagan nada hasta municipalidad. Yo le estaría pidiendo al señor regidor alcalde que por favor le pida a los diferentes departamentos si es cierto que estas personas que menciona el regidor Gómez no pagan impuestos en esta municipalidad, muchas gracias. Reg. Randall Torres Barrientos Nada más entonces, de acuerdo con lo manifestado por el regidor Gómez, pedirle a Henry que nos mande un informe con respecto a la recepción de área pública de Valle Escondido para ver si está a conformidad o no con lo que establece, para que sea remitido a este Concejo. Reg. Reinaldo Benavides Vargas Saluda, en el caso de este proyecto de instalar un monitoreo en una empresa privada, nunca estuve de acuerdo y lo voy a estar. Cuando venga el convenio lo voy a votar en contra, creo que si para un funcionario público recibir una dádiva pues con mucho más razón a una municipalidad, tenemos el Centro Cívico donde podemos instalar un monitoreo y lo que necesita son tres metros por tres con Un baño, por eso no voy a estar de acuerdo. En el caso cuando dije que con razón don Randall no había venido, es porque donde Randall vive en ese proyecto y para nadie es un secreto que al tener el monitoreo en ese proyecto de vivienda, va a haber seguridad de la Fuerza Pública los 24/7, así es que por eso lo voté en contra. Ya sabía que lo iban a traer y una vez que lo traigan pues lo voy a votar en contra, menos por 10 años si el edificio está a la vuelta de construirlo en tres años pues podría ser por menos, pero no por diez, ni por un año lo voy a votar. O sea si un funcionario público recibe una dádiva y es prohibido pues con mucho más razón la municipalidad, en el Centro Cívico, el mismo ICE puede prestar un local o pagar el alquiler. Gracias presidenta. Reg. Randall Torres Barrientos q. > Sitio Web: munipococi.go.cr a A, —Á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*24 ACTA N*32 Ordinaria. fue aprobado aquí en esta sesión en el que estamos por aprobar y digamos, haciendo la comparación el centro de monitoreo está contigo al hospital, en un lugar súper incómodo con la gente hacinada y este empresario construyó una infraestructura de primer orden para hacer el centro de monitoreo que esté completamente a la altura de nuestro cantón. Ahora bien, si ahíse construyó y yo vivo ahí, cuál es la implicación entonces, o sea qué pasa si se construye una comandancia y yo vivo cerca, entonces yo tengo problemas porque me estoy beneficiando o se construye un hospital, se construye una clínica, imagínate. Yo siento que nosotros no debemos de perder la visión don Reinaldo, aquí está el convenio para que usted lo vea. Yo no sé si usted ha visitado el local, pero de primera, nuevo de paquete para monitorear y para que sirva de seguridad a nuestro cantón y la municipalidad está completamente facultada, está haciendo un convenio de préstamo a título gratuito entre Joel Fernández Fonseca y la Municipalidad de Pococí, entonces aquí es donde uno no entiende, siento más bien que no se quiere como el progreso del cantón o queremos seguir igual, ahí en el cuchitril que está actualmente el centro de monitoreo, los policías ahí en condiciones infrahumanas, con eso dejo cerrado señora presidenta este capítulo. Reg. Juan Luis Gómez Gómez Me reservo el derecho de esta consulta que le estoy dando a Henry, también la elevé al Instituto al INVU, estaría esperando la respuesta del INVU y estaría esperando la respuesta de Henry. Reg. Reinaldo Benavides Vargas Imagínese que cuando se vino, que CONAVI necesitaba una oficina en dos toques construimos eso y aquí había espacio entonces sigo en la misma, en la municipalidad existe la ley de inversión mixta está legal 4951, la administración la lleva a la empresa privada porque la municipalidad no tiene capacidades en una gran parte, entonces no estoy de acuerdo que la municipalidad reciba gratis de un empresario privado para montar un centro monitoreo. Que están incómodos es porque no han hecho otras gestiones en el Centro Cívico por obligación sas e, » Sitio Web: munipococi.go.cr Y o Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*25 ACTA N*32 Ordinaria. podemos instalar un espacio o aquí mismo haber construido un espacio de tres por tres. Muchas gracias presidenta. a Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera Yo no sé porque satanizan algo que la ley lo permite y está a título honoroso, o sea no vamos a pagar ni un solo cinco, la central de monitoreo el hospital nos dio como tres meses para que lo quitaran de ahí y de acuerdo al centro monitoreo tiene que estar cerca de donde está la delegación de la policía, porque los muchachos de la policía son los que hacen el esfuerzo para ir a ver las cámaras para el convenio que tienen con la municipalidad, entonces no puede estar en el Centro Cívico porque es una instancia más lejana, pero además de eso también tiene que cumplir una serie de requisitos ahí porque tienen que tener para poder monitorear, fibra óptica que ahí está cerca, entonces al final tiene que cumplir con una serie de requisitos por eso es que no lo podemos llevar para otro lado, ni tampoco podemos instalarlo aquí en la municipalidad porque esto no es nosotros, es alquilado, entonces no podemos ahí, empresario. A mí me parece que al final ojalá que sostenga porque es muy fácil llegar y hablar y decir, o sea yo gracias a Dios no le debo nada a nadie, ni le pido favores a nadie hasta el día de hoy gracias a Dios, mis papas me enseñaron que las cosas hay que ganárselas con el sudor de la frente, si hay algunos que acostumbran eso de parte mía yo no lo hago, ni debo favores, ni pido favores para no deberle nada a nadie. Así es que si alguno usa favores porque acostumbran, di que cada uno aguante decía mi mamá, que cada árbol que aguante su ramita, pero en el caso particular esta ley lo permite ahí está, se hace un convenio el empresario viene ahí están y para eso vamos a pedir que certifiquen los impuestos que ha pagado a la municipalidad, que inclusive es uno de los pocos que fueron al INVU y cumplieron los requisitos. Ahora que Juan Luis hace números ahí y si yo construyo dos hectáreas al final tengo que dar una porción de terreno, pero además hay que agregar lo que corresponde a caminos que tienen que cederse a la municipalidad y se reparta lo que corresponde a áreas comunales y ahí una serie de cosas que tienen que entregar y eso es lo que solicita el ingeniero Henry al Concejo Municipal y que el Concejo autoriza, entonces yo no veo y que al final con base a eso y con base a la infraestructura y lo que se hacen de pago un impuesto y al final me parece que es de los pocos aquí, yo no defiendo a nadie ni tengo por qué defender a nadie, Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%26 ACTA N*32 Ordinaria. cada uno se defiende como pueda, pero es de los pocos empresarios que construyen en este cantón que han hecho las cosas como tienen que ser y ahí está de ejemplo el proyecto, entonces por qué vamos a alguien que está haciendo inversiones en el cantón que le ofrece, al final que construye unas instalaciones y bajo convenio se la presta a la municipalidad por 10 años, sin pagar ni un solo cinco y que va a estar en mejores condiciones el centro monitoreo, donde van a estar en mejores condiciones los oficiales de seguridad, por qué vamos a decirle que no vamos a poder hacer eso si la misma ley y el código lo permite, pero diay lamentablemente lo que es bueno para unos para otros es malo, así es que cada uno tendría que aguantar al final, si yo digo algo tengo que sostenerlo judicial y penalmente. € En el caso de Juan, diay Juan dijo varias cosas aquí e insinúa como que todos aquí recibimos favores, diay va a tener que demostrarlo o sea los favores que les da a cada uno de nosotros, principalmente a mí yo nunca he pedido favores, ni hago favores para no deberle nada nadie, hago lo que tengo que hacer de acuerdo a la ley y ayudar a las comunidades porque así es y hago para poder desarrollar ese cantón y trato de hacer de la mejor manera que Dios me ayuda, pero al final cada uno va a ser responsable de sus palabras y sus actos. Lo que yo sí no puedo permitir es que mancillen mi nombre y el de los demás compañeros por algo que está bien, al final es muy fácil hacer una nota y decir esto y lo otro, pero al final hay que demostrarlo con base lo que estoy diciendo. Así es que por eso la central no la podemos llevar para otro lado porque al final no hay fibra óptica o nos falta algo y entonces no podemos movernos desde cierto perímetro de donde está la central de las cámaras de seguridad por eso sucede. Reg. Ovidio Vives Castro Es muy lamentable muchas veces escuchar cosas que quizás no tienen fundamentos o argumentos, yo soy una persona que durante mucho tiempo pues en comentarios escucho y vienen y van y yo me quedo callado, muchas veces no le hago caso a las tonteras que algunos dicen, ¡weetteer, gieeemeeeee sin argumentos. Qué hermoso es hablar cuando uno tiene argumentos, yo he tenido que aguantarme y tener esa tolerancia muchas veces para no llevar algún = £ Sitio Web: munipococi.go.cr YA AS Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*27 ACTA N*32 Ordinaria. compañero a los Tribunales de Justicia porque muchas veces uno lo que se pone a pensar es en la familia de ese compañero, compañera muchas veces. El Código Municipal nos da la potestad de hacer convenios con entes privados inclusive, es más con organizaciones internacionales incluso, claro que se puede, ah pero muchas veces a las cosas malas se le llaman buenas y a las buenas se le llaman malas. Yo creo que hasta que aquí no pase una desgracia, lamentablemente un compañero o una compañera interponga una denuncia ante el Ministerio Público y que se compruebe realmente lo que nos dicen, a mí se me ha tachado muchas veces una cosa y otra y han hablado mal de mí, yo me quedo callado por las eee que algunos dicen aquí, discúlpenme muchas veces no tienen los eee Duestos realmente con argumentos para decir usted está haciendo esto y esto, yo he escuchado un montón de tonteras oiga de mucha gente, inclusive de ciudadanos donde me dicen a mí don Ovidio es que fulano estaba pidiendo un terreno para ustedes, vea qué vergúenza da y digo bueno, que yo sepa yo no ando pidiendo, nunca he tenido esa práctica de andar pidiendo ni un lote a ningún ciudadano, (...) lamentablemente no los culpo a los políticos y lo he dicho siempre, la culpa la tienen ustedes ciudadanos y ciudadanas porque ustedes permiten que se les falte el respeto, ahí está el Ministerio Público, apriétenlos, denúncielos, tengan las pruebas señoras o señores y se van a dar cuenta que es otro gallo quien canta. Nota de Secretaría: Con base a lo dispuesto en el numeral 10 de la Ley General de la Administración Pública y los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad que obligan a no entorpecer el funcionamiento de los órganos colegiados y a interpretar la norma según la mejor satisfacción del fin público, es por lo anterior que se procede en este acto a la limpieza del acta. Ante cualquier duda, se cuenta con el audio y el video para realizar el cotejo de lo acontecido de manera fiel y exacta. En esto debemos tener mucho cuidado y ciudadanos nosotros los regidores somos regidores Únicamente en este momento que estamos legislando los días que hay sesiones, el resto somos común y silvestre, pero muchas veces nos abusamos de nuestra autoridad, de nuestra investidura. Claro que a mí me da cólera muchas veces porque a mí me han dicho ciudadanos y ciudadanas don Ovidio es que me dijeron de que están negociando esto y esto a cambio que les quieren dar un Ss "» Sitio Web: munipococi.go.cr Y 4 Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI N PAGINA N*28 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05 lote, dígame quién es y mucha gente por miedo no dicen los nombres, diganos en ningún momento, yo lo que hago es quedarme callado y pedirle a Dios que haga la justicia siempre. Este convenio yo lo voté sin ningún problema, quizás pueden decir mira Vives también al rato algo se está beneficiando, nombres simplemente unos chicharrones que nos comimos una vez o dos veces, que no es malo, para nada, un traguito un chicharroncito, no tengo ningún problema yo me puedo reunir con cualquier empresario de este país a la hora que a mí me ronque, que la ley a mí no me va a señalar que estoy haciendo algo indebido, tengo el derecho de reunirme con cualquier ciudadano empresario de este país y quién me va a decir lo contrario, al c***** aquellas personas que piensan lo malo, que se lo lleve el diablo a ellos muchas veces cada quien juzga, diay ellos sabrán porque juzgan, ellos sabrán por qué calumnian, ellos sabrán por qué siempre andan hablando mal de las personas que somos luz, que somos ángeles de luz en muchas partes. Compañeros yo creo que aquí hemos trabajado de la mejor manera, transparentemente, a mí no me cabe duda el trabajo de Don Manuel con su equipo, de la presidenta municipal, de los compañeros, aquí no estamos para hacernos daño, pero bueno cada quien, cada ladrón va a juzgar por sus hechos. Muchas veces cada quien aquí se conoce como somos, las damas saben quién es quién aquí, los caballeros, los ciudadanos saben quién es Ovidio Vives, quién es don Reinaldo, don Jonathan. Aquí ellos saben quiénes son los sinverguenzas, los ces, claro que los ciudadanos se dan cuenta y se van a dar cuenta en las próximas elecciones municipales también que van a elegir, muchas gracias señora presidenta. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal De verdad que lo que usted ha dicho hoy es bueno a veces llamar a la reflexión porque yo no entiendo a veces como no tienen colas que sacarle a algunos, entonces se van al cuerpo, entonces se van a la familia, andan sacando fotos de construcciones de las casas de los compañeros, pero cuando andan cobrando tres millones por declarar calles públicas y después andan pidiendo que los protejan, eso no sale a la luz, entonces yo no sé qué tanto esconden y qué tanto tiran esos supuestos compañeros porque aquí la verdad que lo que sobra es ps Sitio Web: munipococi.go.cr YA As < Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*29 ACTA N*32 Ordinaria. cuchillo con doble filo, pero cuando uno se mete en esto uno sabe lo que se atiene. Hay compañeros que de verdad son compañeros que se vuelven amigos, nos vamos de aquí seguiremos tomando café nos seguiremos viendo, pero habrá otros que apenas termine esto el 30 de abril del 2024 habrá que bloquearlos de todo lado para no volverlos a ver porque lamentablemente el que tira y tira y tira para arriba es el que más techo de vidrio tiene, entonces si la gente hablara, si esos ciudadanos vinieran e dijeran aquí tengo la prueba me cobraron tanto por una declaratoria de calle pública, me cobraron tanto por un favor yo creo que más de uno estaría en el Ministerio Público y sin credenciales. Yo espero que en este Concejo no suceda esas cosas, pero no estemos buscando. Como un compañero o compañera, no sé, fue a preguntar que yo estoy construyendo una casa, pero yo tenía una casa en La Colonia que vendí y que ahora estamos construyendo después de la pandemia una casa, mi esposo pagó el permiso de construcción para que de una vez quede informado y les puedo dar una copia para que lo enmarquen 578,000 pesos de la casa y ciento no sé cuánto de la tapia, pero es que yo tenía una casa hace 12 años que muchos de bueno Randall la conoció, estuvo en un cumpleaños en mi casa porque a Randall lo conozco desde el 2010, otros estuvieron comiendo Rice and Beans en el rancho de mi casa antes de ser compañeros porque éramos amigos de la política, Maikol estuvo en mi casa la conoce también, don Manuel estuvo en mi casa también lo invité, Rosbill conoció mi casa. Nota de Secretaría: Con base a lo dispuesto en el numeral 10 de la Ley General de la Administración Pública y los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad que obligan a no entorpecer el funcionamiento de los órganos colegiados y a interpretar la norma según la mejor satistacción del fin público, es por lo anterior que se procede en este acto a la limpieza del acta. Ante cualquier duda, se cuenta con el audio y el video para realizar el cotejo de lo acontecido de manera fiel y exacta. Reg. Juan Luis Gómez Gómez Reiterarle señora presidenta, en una sesión lo dije y está grabado, yo estoy aquí para cosas grandes y no para andar investigando cuestiones de los compañeros y lo que hago, lo hago así escrito y me hago responsable de lo que está escrito, = ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr Y á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*30 ACTA N*32 Ordinaria. acabo de leerlo, mi razonamiento de voto y tranquilo, estoy tranquilo porque ya uno está muy viejillo como para no saber lo que está haciendo aquí y yo lo que estoy haciendo aquí está claro, en ningún momento estoy maltratando el honor de nadie y lo dije en una sesión señora Yaslyn, aquí yo no ando investigando a nadie, no me interesa, nunca llego donde Magally deme esto, no, no ando en esa carajada como me han andado a mí. A mí me anduvieron cuando fui presidente que hasta la lengua me revisaban y compañero regidores y compañeros que echaban inclusive a gente que no conozco, sin embargo yo no estoy para esas cosas, yo no tengo que aquí andar investigando a ningún compañero regidor, ahí está Magally, ahí están los departamentos. Yo cuando no entiendo algo hago una consulta y me guardo la copia y firmo recibido aquí está, entonces simplemente puede ser que yo no entienda si es difícil de comprender, pero sí tengo derecho que me reservo, que tenemos todos los costarricenses y más en este cantón de yo consultarle al departamento lo que no entiendo para que me lo expliquen y también de recurrir a INVU para que me expliquen porque diay, yo quiero ser claro con las cosas, pero no por eso es que yo ando detrás de nadie, nunca he andado detrás de nadie averiguando ni detrás de nada, no me interesa, suficiente con mi cuestión de mi familia que tengo y mi persona, tengo mucho trabajo y sí me dedico eso sí quiero que quede claro y Manuel aquí lo ha reconocido y el pueblo del cantón de Pococí lo sabe, yo trabajo 28 horas al día en este cantón, me gusta y yo recorro este cantón, lo recorro con mi carro y cuando me dan el carro de la municipalidad también, pero lo hago y en este cantón gracias a Dios la gente me conoce porque llego donde está la niveladora acomodando el material y le agradezco a don Manuel y quiero terminar... Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal Por el orden Juan Luis. Perdón, pero eso ya no es discusión del acta y estamos en la discusión del acta. Reg. Juan Luis Gómez Gómez Le agradezco a Manuel que por ejemplo, medio segundo, le agradezco a Manuel que anduve en el sitio un día de estos en Patio de San Cristóbal inmediatamente Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*31 ACTA N*32 Ordinaria. ADT Manuel giró instrucciones para arreglar una cuestión que estaba quedando mal ahí y siempre me he coordinado así con Manuel muchas situaciones, la arreglamos en el momento Manuel lo sabe, pero yo le informo y Manuel gira las instrucciones y se hacen las correcciones que se tienen que hacer, muchas gracias, señora presidenta. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal Bueno, en esa acta yo no dije nombres, no sé entonces yo no sé por qué me dice eso y si se sintió aludido, pero yo no dije nombres. Entonces suficientemente discutido, los que van a aprobar el acta favor levantar la mano. Por Mayoría de 8 votos a favor, 1 voto en contra (Vota en contra el Reg. Reinaldo Benavides Vargas). SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*29 Ordinaria del 27-04-2023. ARTICULO lll Asuntos de Trámite Urgente a Juicio de la Presidencia ACUERDO N* 850 Se conoce nombramiento en comisiones Municipales permanentes y especiales por parte de la señora presidenta Yaslyn Morales Grajal, según lo estableced el artículo 49 del código Municipal, las mismas quedan conformadas de la siguiente manera: E 9 Sitio Web: MUNIPOCOci.go.cr Y > IS Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*32 Ordinaria. PAGINA N*32 COMISIONES MUNICIPALES PERMANENTES Comisión Municipal de Hacendarios Randall Torres Barrientos Alfredo Calderón Alfaro Yaslyn Morales Grajal Jose Antonio Bustos Martínez Luis Méndez Araya Jonnathan García Chévez Ovidio Vives Castro Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos Yaslyn Morales Grajal Jose Antonio Bustos Martínez Luis Méndez Araya Randall Torres Barrientos Comisión Municipal de Asuntos Culturales Jose Antonio Bustos Martínez Alfredo Calderón Alfaro Randall Torres Barrientos COMAD Luis Méndez Araya Randall Torres Barrientos Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias (como asesora) Comisión Municipal de Asuntos Ambientales Juan Luis Gómez Gómez Ovidio Vives Castro Reinaldo Benavides Comisión Municipal de Obra Pública Luis Méndez Araya Alfredo Calderón Alfaro Randall Torres Barrientos Jose Antonio Bustos Martínez Comisión Municipal de Asuntos Sociales Yaslyn Morales Grajal Luis Méndez Araya Randall Torres Barrientos POcocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N932 Ordinaria. Ovidio Vives Castro PAGINA N*33 Comisión Municipal de Seguridad Alfredo Calderón Alfaro Randall Torres Barrientos Jose Antonio Bustos Martínez Ovidio Vives Castro Rosbill Arguello Badilla (como asesor) Representantes ante la Junta Vial Cantonal (8114) Por Unanimidad SE ACUERDA: Se ratifica el nombramiento de los representantes ante la Junta Vial Cantonal (8114) Luis Méndez Araya Propietario Randall Torres Barrientos (suplente) Comisión Municipal de Transporte Público. Rosbill Arguello Badilla Greivin Bonilla Sánchez Jose Alexis Chavarría Comisión Especial Calle Comercio Randall Torres Barrientos Síndica Gabriela Madrigal González Regidor Jose Antonio Bustos Martínez Sra. Xinia Monge Zúñiga (Asesora) Sr. Miguel Solís Calvo (Asesor) Comisión Especial Parque Desarrollo Humano Síndico José Alexis Chavarría Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Reg. Alfredo Calderón Alfaro Reg. Supl. Bernardo Veach Davis Como Asesores: Anai Rodríguez Salas Eva Torres Marín Jorge Antonio Arias Barrantes Comisión Municipal Plan Regulador Reg. Randall Torres Barrientos Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Como asesores Ing. Henry Madrigal Calvo Amoldo Monge Jiménez PeOcecí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI he PAGINA N*34 ACTA N*32 Ordinaria. Maikol Fernández Loría Comisión Especial de la Mujer en Pococí Reg. Supl. Rita Marcelly Umaña Valverde Reg. Supl. Flor lveth Peraza Campos Reg. Supl. Hilda Zamora Arias Sind. Prop. Sandra Umaña López Sind. Prop. Alejandra Sancho Bravo Sind. Prop. Carmen Sánchez Navarro Comisión Ruta 32 Reg. Ovidio Vives Castro Reg. Randall Torres Barrientos Alfredo Calderón Alfaro Reg. Supl. Jairo Antonio Ojeda Aburto Ing. Joel Fernández Fonseca (como asesor) Comisión Especial denominada “Festival de las Aves en el cantón de Pococí en el mes de Octubre” ... Representantes del SINAC: Se nombran asesores al señor Erick Herrera Quesada y a la señora Andrea Cruz Siles. Representantes Comunales del sector Privado: se nombran a la señora María Luisa Fernández y al señor Israel Mesén. Representantes de la comisión de Turismo: (Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla, Reg. Supl. Marilú Ballestero Cruz, Síndica Ana Rita Rodríguez Jiménez) Representante de la Administración Municipal: Maikol Fernández Loría. Representante del Comité de Deportes: Jessenia Ramírez Sandi y Marco Tulio Mora del CCDRP) SMP-1357-2022 Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%35 ACTA N*32 Ordinaria. Representante de la Cámara de Comercio: al Sr. Alexander Meléndez Villalobos y al Sr. Olger lrola Calderón). SMP-1361-2022 Comisión Especial denominada “Festival de las Aves en el cantón de | Representante de la Cámara Nacional Pococí en el mes de Octubre” ... de Turismo: (por Sr. Álvaro Sánchez, Encargado de Comunicación parte de CANATUR). Randall Torres Barrientos Comisión de Gobierno y Yaslyn Morales Grajal Administración Luis Méndez Araya Reg. Luis Ángel Méndez Araya Comisión de Asuntos Religiosos Victoria Campos Rodríguez. — Iglesia Aposento Alto Marilú Herrera Mora. Iglesia Aposento Alto Reg. Randall Torres Barrientos. Reg. Yaslyn Morales Grajal Reg. Supl. Hilda Zamora Arias Síndica Gabriela Madrigal Gonzáles Yaslyn Morales Grajal Comisión Pro-Expo Pococí Luis Méndez Araya 2023 Randall Torres Barrientos Jose Antonio Bustos Martínez Ovidio Vives Castro Comisión Especial Pro un kilómetro | Sra. Gabriela Madrigal González, asfalto en La Marina Síndica de Guápiles Sr. Rosbill Arguello Badilla, Sr. Juan Luis Gómez Goméz, Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*36 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05+202 MECO Tajo La Esmeralda CEM Asociación de Desarrollo Integral La Comisión Especial Pro un kilómetro | Marina Jorge Espeleta Barrantes asfalto en La Marina Presidente comité caminos Sector Norte La Marina Ingeniero asignado por el Sr. Alcalde Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal Todas las demás que no se mencionaron quedan eliminadas en este segundo año que nos corresponde de esta legislación para que lo tomen en cuenta y que Magally posteriormente juramente a los que haya que juramentar. Reg. Juan Luis Gómez Gómez. Señora presidenta, completamente de acuerdo con el nombramiento que a usted le corresponde de hacer las comisiones, yo, como propietario en esta Municipalidad me reservo el derecho de ir a cualquier comisión. Sé que no tengo derecho a hacer ningún aporte, no tengo derecho a votar en la comisión que no esté, pero sí tengo derecho a escuchar como una forma de instruirme del quehacer municipal que me corresponde, entonces yo me reservo ese derecho de ir a la comisión que me interesa ir a escuchar nada más para conocer y así cumplir bien con mi trabajo que me lo otorgó el Tribunal Supremo de elecciones. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal Correcto, más bien después nos vamos a reunir para ver cómo van a trabajar las comisiones tienen que ser transcritas y tienen que ser grabadas entonces, para ponernos de acuerdo y empezar a grabar y a documentar como siempre las diferentes comisiones. a e a UL e > Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*37 ACTA N*32 Ordinaria. ARTICULO IV Correspondencia ACUERDO N* 851 Se conoce nota suscrita por la Licda Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna correo: auditoriaGmunipococi.go.cr / grac.chinchillaG+gmail.com dice: Oficio N? Al-095-2023 Asunto: Advertencia N*“2-2023 sobre reglamentación interna para el Control de Fraccionamiento de la Municipalidad de Pococí > > Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*38 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí 4) 9 Guápiles, Pococí 9) 4 POCOC¿ 2. Auditoría Interna a mu . AUDITORIA Gar Pluye grace.chinchilla)gmail.com rxcrovtrncos DE POCoaI E Al contestar refiérase Al oficio N.* Al-095 2023 Guápiles, 11 de mayo del 2023. Señores Miembros del Concejo Municipal Pte. 1- ASUNTO: Advertencia Nro. 2-2023 sobre reglamentación interna para el Control de Fraccionamiento de la Municipalidad de Pococí. Respetable señor(a)(es): De acuerdo con el artículo 21 de la Ley General de Control Interno nro. 8292, la Auditoría Interna es la actividad que debe proporcionar seguridad al ente u órgano estatal, procurando validar y mejorar sus operaciones y contribuir a que se alcancen los objetivos institucionales. Asimismo, le brinda a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto de la administración, se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas. En ese sentido y de acuerdo con las competencias establecidas a las auditorías internas en el inciso d) del artículo 22 de la citada Ley, dichas unidades deben asesorar y advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento. En virtud de lo expuesto, esta Auditoría Interna, con el afán de contribuir al desempeño transparente y ajustado al marco legal y técnico por parte de esta institución, y con el propósito de fortalecer sus sistemas de control interno, estima necesaria emitir el presente Oficio de advertencia sobre la aplicación del Reglamento para el Control de Fraccionamiento de la Municipalidad de Pococí. Sobre el particular se indica: Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701 Página1|M Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*39 ACTA N*32 Ordinaria. y) Municipalidad de Pococí Y) Guópiles, Pococí Y) K Auditoría Interna POCOC: Rocio Qmuni L AUDITORIA rs vye grace.cn: ch il aa ail.co! INT A 2- El 05 de julio 2020, se publicó en la Gaceta Nro. 162, el Proyecto de Reglamento para el Control de Fraccionamiento de la Municipalidad de Pococí. (Consulta Pública no vinculante por plazo 10 días art. 43 Código Municipal). 3- El 31 de julio 2020, se publicó en la Gaceta Nro. 188, el Reglamento para el Control de Fraccionamiento de la Municipalidad de Pococí. 4- El 30 de octubre 2020, mediante oficio DU-UAC-356-2020, el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), comunica al alcalde Municipal, Concejo Municipal y Coordinador de Desarrollo y Control Urbano, de esta municipalidad que nos interesa lo siguiente: B. Es importante señalar que si bien es cierto los gobiernos municipales ostentan autonomía para su administración, y pueden dictar reglamentos para normar sus intereses, esto no implica el irrespeto de la normativa de aplicación general nacional existente. Así lo indicó la Sala Constitucional, Expediente N*94-000757-007-CO-E, Resolución N”005445-19, de las catorce horas treinta minutos del catorce de julio de mil novecientos noventa y nueve: “La autonomía no puede ser entendida como un derecho de la Municipalidad en los términos en que se conciben las libertades públicas reconocidas constitucionalmente en favor de los administrados. No puede afirmarse que esa autonomía otorga a la Municipalidad la capacidad legal para hacer todo lo no prohibido por el ordenamiento jurídico dentro de la localidad. La autonomía debe verse desde dos perspectivas: la de la organización y su régimen subjetivo y la de las competencias concretas a través de las cuales se materializa, en cada momento, la esfera de actuación de la estructura. En efecto, la autonomía alude a un autogobierno, que en el caso de nuestras Municipalidades es democrático...” Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701 Página2|M Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*40 ACTA N*32 Ordinaria. AUDITORIA Pluye al FNCRLON HERO IRALA Municipalidad de Pococí (Va 9 Guópiles, Pococí 9) 4 ( PO Y ¿ Auditoría Interna MUNICIPALIDAD “La autonomía se ejerce en el marco del ordenamiento estatal: Según la Constitución lítica, la fe ide exclusiva: ión, no puede iderarse diluida en cada una de las corporaciones municipales, como prelende la tesis de la autonomía política plena. Los principios de unidad del Estado y soberanía estatal constituyen, así, un límite negativo que circunscribe, necesariamente, el ámbito en que puede desarrollarse la autonomía local”. (Lo subrayado no corresponde al original). C. Es decir, la autonomía municipal no puede ir en contra del ordenamiento juridico nacional; tal como lo señala el artículo 4 del Código Municipal, las municipalidades pueden emitir sus propios reglamentos de organización y de servicio, lo que por tanto no incluye reglamentos cuya razón de ser responde al cumplimiento de lo que establece una Ley de la República. D. Siguiendo esta línea de análisis, para el caso de los fraccionamientos, existe una única Ley de que contiene disposiciones al respecto: la Ley de Planificación Urbana, Ley N*4240, que los gobiemos municipales deben darse a la tarea de cumplir, en atención a su jerarquía. E. La Ley de Planificación Urbana, específicamente el artículo 15 (citado anteriormente), establece la potestad de los goblernos municipales para planificar y controlar su territorio a través de su plan regulador y los reglamentos que lo componen: los cinco reglamentos de desarrollo urbano. Lo anterior amparados precisamente en el Artículo 169 de la Constitución Política. Uno de los reglamentos de desarrollo urbano que forman parte de un plan regulador es el de fraccionamiento y urbanizaciones, tal como lo expresa esta Ley en su Artículo 21: “Artículo 21.- Los principales reglamentos de Desarrollo Urbano serán: 1. El de Zonificación, para usos de la tierra; 2. El de Fraccionamiento y Urbanización, sobre división y habilitación urbana de los terrenos; 3. El de Mapa Oficial, que ha de tratar de la provisión y conservación de los espacios para vias públicas y áreas comunales; 4. El de Renovación Urbana, relativo al mejoramiento o rehabilitación de áreas en proceso o en estado de deterioro; y 5. El de Construcciones, en lo que concierne a las obras de edificación.” (Lo subrayado no corresponde al original). F. Adicionalmente, la Ley N”4240 en el Capítulo Cuarto. Fraccionamiento y Urbanizaciones, Artículo 32, indica que es por medio del Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones del Plan Regulador, que la Municipalidad debe definir los lineamientos para permitir fraccionamientos en su territorio: “Articulo 32.- El Realamento de Fraccionamiento y Urbanización, al puntualizar las condiciones municipales para permitir fraccionamientos, urbanizaciones o ambas operaciones, entre otros requisitos, incluirá los correspondientes al acceso a vía pública, a notificación y amanzanamiento y a la cesión de áreas para uso público; establecerá, asimismo, previa consulta a los organismos competentes, normas mínimas sobre Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 -Fax 2711-1701 Págino3]1 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*41 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí 4% 9 Guápiles, Pococí 9) 4 POCOC ds 13 Auditoría Interna N a ñ AUDITORIA ar Fluye FACIL MIOS ceo construcción de calles y aceras pavimentos, cañerlas, drenajes pluviales y sanitarios, y electrificación y alumbrado público. (...)” (Lo subrayado no corresponde al original). G. Tal como se indicó en el punto E del presente oficio, la Ley de Planificación Urbana en su Artículo 15 señala que la competencia y la autoridad de las municipalidades para planificar su territorio y controlar el desarrollo urbano, debe realizarse dentro del marco de un plan regulador y sus reglamentos de desarrollo urbano. Es decir, la única manera de dictar lineamientos locales en lo relacionado a fraccionamientos, dentro del marco de la legalidad, es mediante el Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones, inmerso en el Plan Regulador. H. La Municipalidad de PococÍ cuenta con Plan Regulador, publicado en La Gaceta N*130 del 08 de julio de 1982, modificado en la Gaceta N*109 del 07 de junio de 1999, 1. Por tanto, para incorporar disposiciones para la división y habilitación de predios (fraccionar) la Municipalidad de Pococí debe seguir el procedimiento establecido en el artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana, para en este caso modificar su Plan Regulador: “Artículo 17. Previamente a implantar un plan regulador o alguna de sus partes, deberá la municipalidad que lo intenta: 1. Convocar a una audiencia pública por medio del Diario Oficial y divulgación adicional necesaria con la indicación de local, fecha y hora para conocer del proyecto y de las observaciones verbales o escritas que tengan a bien formular los vecinos O interesados. El señalamiento deberá hacerse con antelación no menor de quince días hábiles; 2. Obtener la aprobación de la Dirección de Urbanismo, si el proyecto no se hubiere originado en dicha oficina o difiera del que aquella hubiere propuesto, sin perjuicio de los recursos establecidos en el artículo 13; 3. Acordar su adopción formal, por mayoría absoluta de votos; y 4. Publicaren "La Gaceta” el aviso de la adopción acordada, con indicación de la fecha a partir de la cual se harán exigibles las correspondientes regulaciones. Igualmente serán observados los requisitos anteriores cuando se trate de modificar, suspender o derogar, total o parcialmente, el referido plan o cualquiera de sus reglamentos.” (Subrayado no corresponde al original) J. En tanto la Municipalidad de Pococí no cuente con regulación local en la materia de fraccionamientos en su Plan Regulador, debe acatar supletoriamente las disposiciones establecidas en el Reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones vigente, tal como lo establece la Ley de Planificación Urbana en su Transitorio Il: Concluye diciendo que el Proyecto de Reglamento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí, no cumplió con el debido proceso Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701- Fox 2711-1701 Página4|NM Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*42 ACTA N*32 Ordinaria. A Me enrocd (9) 7) POCOC¿ 2... Auditoría a ys o AUDITORÍA Pluye grace.chinchillaQgmail.com rcruootirc — MASPALOsO : para su implementación, según se despre de la siguiente lectura del oficio DU-UAC- 356-2020, del INVU: El Departamento de Urbanismo del INVU informa que en estricto apego a lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley de Planificación Urbana, el Proyecto de Reglamento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí no ha cumplido con el debido proceso para su implementación, ya que no fue promulgado dentro del marco legal de un plan regulador y, por tanto, no procede su aplicación en el cantón de Pococí. Porlo anterior se solicita realizar las acciones necesarias para cesar la aplicación de Reglamento supra citado, y comunicar al respecto a este Departamento en un plazo preventorio de 10 días hábiles, en cumplimiento de las competencias que nos confiere el artículo 7, inciso 4 de la Ley de Planificación Urbana: “Artículo 7. Créase la Dirección de Urbanismo, adscrita al Departamento de Urbanismo del Instituto, encargada de: (...) 4. Ejercer vigilancia y autoridad para el debido cumplimiento de las normas de interés nacional comprendidas en esta ley y en los reglamentos de desarrollo urbano.” No se omite manifestar lo que señala la Constitución Política, en su Artículo 129, establece: “Las leyes son obligatorias y surten efectos desde el día que ellas designen; a falta de este requisito, diez días después de su publicación en el Diario Oficial. Nadie puede alegar ignorancia de la ley salvo en los casos que la misma autorice. No tiene eficacia la renuncia de las leyes en general, nila especial de las de interés público. Los actos y convenios contra las leyes prohibitivas serán nulos, si las mismas leyes no disponen otra cosa. La ley no queda abrogada ni derogada sino por otra posterior; contra su observancia no podrá alegarse desuso, costumbre ni práctica en contrario. Por vía de referéndum, el pueblo podrá abrogarla o derogarla, de conformidad con el artículo 105 de esta Constitución.” Enotras palabras, nuestra Constitución Política establece que laignorancia de las normas no excusa su incumplimiento, mandato que tiene su origen en el derecho romano siglos atrás. Por tal razón, tanto funcionarios municipales como ediles, que ocupan cargos de relevancia a nivel municipal, deben estar informados de la legislación vigente, ya que pueden generar posibles demandas contra el gobierno local, por desconocimiento de la normativa sobre desarrollo urbano vigente. Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 -Fax 2711-1701 Página5]|1 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*43 ACTA N*32 Ordinaria. y) Municipalidad de p9cod uápiles, Pococí Auditoría Interna 5- El 04 de noviembre 2020, mediante oficio DDCU-246-2020, el Coordinador de Desarrollo y Control Urbano, le da seguimiento al Oficio DU-UAC-356- 2020 del INVU, señalándole al señor alcalde en sus conclusiones lo siguiente: Para el Departamento de Desarrollo y Control Urbano de la Municipalidad de Pococí es claro y concreto el criterio extemado por parte del Departamento de Urbanismo del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, indicando que no se ha cumplido con el debido proceso para la implementación del citado reglamento, según indica el artículo N*17 de la Ley de Planificación Urbana, razón por la cual se solicita actuar de manera inmediata para cesar la aplicación del mismo, ya que no fue promulgado dentro del marco legal de un plan regulador. Es por todo lo anterior que solicito a la Alcaldía Municipal someter el siguiente Reglamento al debido proceso indicado, en aras de cumplir con lo establecido en la Ley de Planificación Urbana, y emitir un comunicado oficial solicitando la suspensión de la aplicación de este, hasta tanto cumpla con cada uno de los procedimientos y aprobaciones respectivas. 6- El 26 de febrero 2021, mediante oficio DU-038-02-2021, el INVU, comunica a todas las Alcaldías y Concejos Municipales, en lo que nos interesa lo siguiente: ..(..) POR TANTO Considerando lo expuesto, tanto por la Procuraduría General de la República y por la Sala Constitucional, y por oficios remitidos con anterioridad por este Departamento de Urbanismo del INVU hacia algunos gobiernos locales que han aprobado mediante acuerdos del concejo municipal y publicado en el Diario Oficial La Gaceta, sus propios reglamentos de construcciones y/o fraccionamientos y urbanizaciones, sin contar con un plan regulador vigente, es que, amparados en lo dispuesto en el artículo 7 inciso 4) de la Ley de Planificación Urbana N* 4240, como potestad de fiscalización, por medio del presente acto, este Departamento hace del conocimiento a los 82 gobiernos locales y los 8 concejos de distrito, el Dictamen de la Procuraduría General de la República C-034-2021 del 11 de febrero de 2021 y la Resolución de la Sala Constitucional N* 2021-003249, esta última de carácter erga omnes. Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701 Páginaé]1 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI SI PAGINA N*44 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05-2023% _-* O O |] AUDITORIA Fluye grace.chinchilloG)gmailcom racrsostrco Municipalidad de Pococí 4 ETA g P Suépites, Pococí 9) K tj PO yl « . Auditoría Interna MUNICIPALIDAD pEPocoa. E A Queda claro que, los reglamentos antes descritos solamente nacen a la vida jurídica por medio de un plan regulador Por lo tanto, siempre respetuosos y conocedores del principio de autonomía municipal, pero en estricto acatamiento al principio de legalidad y la jurisprudencia de cita, se les insta para que, en el plazo prudencial de 15 días hábiles, efectúen las medidas correctivas apegadas al ordenamiento jurídico en cuanto a la aplicación y publicación de los reglamentos de desarrollo urbano emitidos sin contar de previo con un plan regulador vigente. 7- El 18 de marzo 2021, en la Sesión Nro. 20 el Concejo conoció Oficio DDCU- 048-2021, suscrito por el Coordinador de Desarrollo y control Urbano, sobre comunicado del INVU a los gobiernos lo cales DU-038-2021, y recordatorio de Oficio DDCU-246-2020, relacionada a la publicación del “Reglamento para control de fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí”. Adjuntando los oficios: a) Oficio DU-UAC-356-2020 b) Acuerdo 1223 Cc) Oficio DDCU-246-2020 d) Oficio DU-038-02-2021 e) Criterio C-034-2021 PGR f) Resolución No 2021003249/Expediente 20-020850-0007-CO El Concejo Municipal toma el siguiente acuerdo: ACUERDO Nro. 441 Por Unanimidad SE ACUERDA: Este Concejo Municipal suspende el Reglamento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí, en apego a las recomendaciones realizadas por el INVU en los oficios DU-UAC-356-2020 y DU-038-02-2021. Se dispensa de trámite de comisión. Acuerdo definitivamente aprobado. 9) El 08 de abril 2021, en la Sesión nro. 28 Ordinaria, el Concejo Municipal recibe Recurso Extraordinario de Revisión contra el Acuerdo Municipal Nro. 441 de la Sesión Nro. 20 del 18-03-2021 donde se indica: Los valores éticos no son negociables, Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701 Pógina7|1 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%45 ACTA N*32 Ordinaria. Por las razones que a continuación se exponen: PRIMERO: La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del gobierno municipal según dispone el numeral 169 de la constitución política y numeral 3 de la ley 7794 Código Municipal. SEGUNDO: Las corporaciones municipalidades como un único ente descentralizado de forma territorial de la administración publica goza de autonomía política, financiera y administrativa según numeral 170 de la constitución política y numeral 4 de la ley 7794 de código municipal. TERCERO: Es atribución de los consejos municipales según el numeral 13 inciso p “Dictar las medidas de ordenamiento urvano ” CUARTO: El Reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones fue aprobado en septiembre anterior por la Junta Directiva del Instituto de Vivienda y Urbanismo, este fue elaborada en forma inconsulta, con ésta Municipalidad y con la mayor parte de los demás municipios del país, lo que ha motivado que organizaciones como la nuestra se hayan apuesto a este reglamento. QUINTA: Al estar vigente el reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones, se han recibido para calificación, planos de agrimensura que se ajustan a esa normativa, pero que contradicen lo dispuesto en el reglamento a Ley de Catastro Nacional, decreto ejecutivo N*34331-J del 29 de noviembre del 2007, según'lo, indicado sn ¡el registro nacional de la propiedad. ( ver circular DRI-037-2020 del Registro Inmobiliario), ,- bd ranita Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701 Págino8|M O yl Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*46 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí 4 9 Guápiles, Pococí () 4 (7) POCÓ ¿ Auditoría Interna Pluye grace.chinchilloQgmail.com 'mnecreo — MRSEReNO SEXTO: El registro inmobiliario ha indicado lo siguiente: “señores registradores realizarán la calificación de los planos de agrimensura de conformidad con lo dispuesto en el reglamento a la Ley de Catastro Nacional decreto ejecutivo N*34331-J del 29 de noviembre del 2007, sin tomar en consideración las normas que provienen del Reglamento de Fraccionomientos y Urbanizaciones”. SEPTIMO : El registro inmobiliario a indicado que : “se aplicara la ley de planificación urbana en todo el territorio nacional ,sin importar el área a segregar y la naturaleza del inmueble , de forma tol, que a cualquier fraccionamiento de inmueble se le deberá solicitar visado municipal .” Dicho lo anterior se podría inducir a error a los usuarios y generarles inseguridad jurídica, por lo que se recomienda a las dependencias técnicas de las municipalidades valorar las circular DRI-037-2020 del Registro Inmobiliario. OCTAVO : Con base a circular DRI-037-2020 del Registro Inmobiliario queda sumamente claro de la imposibilidad de aplicar el nuevo reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones , hasta no sean modificados los artículos 33,34,71,79,81,85 del reglamento a Ley de Catastro nacional, decreto ejecutivo N* 34331-J del 29 de noviembre del 2007 , mismos que a la fecha no ha sido modificados, PETIRORIA Por las razones antes expuestas solicitamos vehementemente que se derogue el acuerdo N? 441, de la sesión ordinarla N'20 del pasado 18 de marzo del 2021, acuerdo que dispuso la desaplicación del Reglamento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí, publicado en la Gaceta N? 188 del viernes 31 de Jullo del 2020. Asimismo se solicita el restablecimiento y consecuente aplicación del Reglamento para el Control de Fracclonamientos de la Municipalidad de Pococí, publicado como ya se indicó en la Gaceta N* 188 del viernes 31 de julio del 2020. ING.REINALDO ARIAS HERNANDEZ PRESIDENTE ATZA Quedamos atentos a los correos topoactualf2gmail.com topfuentes(2gmail.com. O bien a los números telefónicos 89218970 ,88590391. Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701 Págino9|MN Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*47 ACTA N*32 Ordinaria. 11-0 y) Municipalidad de Pococí Y) Guápiles, Pococí 9) 4 POCO itorial munlge: donar AUDITORIA rod uyo grace.chinchillaGigmail.com racruovrrcs MASCPAOS El Concejo Municipal, toma el acuerdo 531 donde se indica: Por Unanimidad SE ACUERDA Se aprueba el restablecimiento y consecuente aplicación del Reglamento para el Control de Fraccionamiento de la Municipalidad de Pococí, publicado como ya se indicó en la Gaceta N*188 del viernes 31 de julio del 2020. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Por todo lo antes señalado se indica y advierte a los señores Regidores que de conformidad con la Ley de Planificación Urbana, se encarga al INVU, la planificación nacional urbana, y aun cuando el numeral 15 de dicha Ley permite a las Municipalidades la planificación local, esta debe darse en el ámbito del desarrollo del respectivo plan regulador. Dice: Artículo 15.- Conforme al precepto del artículo 169 de la Constitución Política, reconócele la competencia y autoridad de los gobiernos municipales para planificar y controlar el desarrollo urbano, dentro de los límites de su territorio jurisdiccional. Consecuentemente, cada uno de ellos dispondrá lo que proceda para Implantar un plan regulador, y los reglamentos de desarrollo urbano conexos, en las áreas donde deba regir, sin perjuicio de extender todos o algunos de sus efectos a otros sectores, en que priven razones calificadas para establecer un determinado régimen contralor.” (Negrita es nuestra) El artículo 19 de la citada Ley de Planificación Urbana señala: "Artículo 19.- Cada Municipalidad emitirá y promulgará las reglas procesales necesarias para el debido acatamiento del plan regulador y para la protección de los intereses de las salud, seguridad, comodidad y bienestar de la comunidad." (El resaltado no es del original.) De lo anterior deriva el control que ejercen las Autoridades municipales respecto del cumplimiento de la normativa urbanística local, mediante el uso del "poder de policía", con el cual se asume el poder-deber de asegurar el orden público, la salubridad, la tranquilidad, la seguridad de las personas, así como la organización moral, política y económica de la sociedad. Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701 Páginal0|1N Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*48 ACTA N*32 Ordinaria. Municipolidad de Pococí 9) p dy A Guópiles, Pococí POCOC e Auditoría Interna a auditoriaQmunipococi.go.cr auprroma “rr Pluyo grace.chinchiloHgmail.com rxermoctirco MARRALOAO — ERARIO Pero este control y desarrollo se prevé a nivel general en la adopción del Plan regulador no así en contra de este, o de forma aislada en contra incluso de normativa emitida por el INVU nivel nacional. Se debe tener presente que cualquier acto que se adopte contrario a lo que establece el marco normativo aplicable, podría implicar el incumplimiento del principio de legalidad del numeral 11 Constitucional y 11 de la Ley General de la Administración Pública, frente a lo dispuesto por la Ley General de Control Interno que obliga al jerarca en su artículo 12 según lo siguiente: Artículo 12.-Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema de control interno. En materia de control interno, al jerarca y los titulares subordinados les corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes: a) Velar por el adecuado desarrollo de la actividad del ente o del órgano a su cargo. b) Tomar de Inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de desviaciones o Irregularldades. (...)” (Resaltado es nuestro) El no tomar medidas oportunas ante la evidencia relacionada con eventuales irregularidades, podría generar como consecuencia la responsabilidad del funcionario en los términos del numeral 39 de esta misma Ley. CONSECUENCIA: Por lo anterior se le ruega al Concejo valorar lo aqui expuesto, y tomar las medidas que resulten procedentes, para lo cual deberá informarse a esta auditoría en el plazo de 10 días. Sin más que manifestar y agradeciendo la atención a la presente, GRACE CHINCHILLA — pzas dotaneseparciac VILLEGAS (FIRMA) Tapa aaron Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff Auditora Interna CC: Advertencia Nro. 2-2023 Ing. Henry Madrigal Calvo Alcalde Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fox 2711-1701 PáginaM|N Oficio N? Al-104-2023 Asunto: Adición de la advertencia N*1-2023 sobre competencias modificadas por el Concejo Municipal. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*49 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí (a 9 uápl iles, Pococí 9) ¡0% POCOC¿ Auditoría Interna auditoriomunipococi.go.cr AUDITORIA Pluye grace.chinchilloG)gmail.com rucrevircoo MASRNDsO Al contestar refiérase Al oficio N* Al-104-2023 Guápiles, 10 de mayo del 2023. Señores Miembros del Concejo Municipal Lic. Manuel Hernández Rivera Alcalde Municipal Pte. ASUNTO: Adición de la Advertencia Nro. 1 sobre competencias modificadas por el Concejo Municipal Respetable señor(a)(es): El pasado 05 de enero 2023, este Despacho mediante oficio Al-005-2023, remitió Advertencia sobre competencias modificadas por el Concejo Municipal, en el Reglamento General de la Proveeduría Municipal, visto por el Concejo Municipal en la Sesión Nro. 7 del 19 de enero 2023, Acuerdo Nro. 124. Al respecto y en adición a la Advertencia Nro. 1-2023, se remite oficio MH-DCoP- 0F-0312-2023 de la Dirección de Contratación Pública del Ministerio de Hacienda, donde se reafirma lo externado por este Despacho de Auditoria, en sus conclusiones indica dicho documento: 1. La competencia para dictar actos finales en procedimientos de contratación pública reside en el máximo jerarca de la institución. Tratándose del régimen municipal, recae sobre el Concejo Municipal, a excepción de los supuestos en que, por medio de reglamento interno del mismo órgano, se haya delegado esta función en el alcalde Municipal. 2. La tramitación del procedimiento de contratación es competencia de la instancia que funja como proveeduría institucional; unidad competente para realizar los actos preparatorios del acto final, lo anterior con base en los diferentes informes realizados por las distintas unidades administrativas de Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fox 2711-1701 Págino1|2 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*50 ACTA N*32 Ordinaria. y) Municipalidad de Pococí 5) , ETA Guáópiles, Pococí S) as POCO a ra hora! munipos: door AUDITORIA rs uye race.chinchillaG)gmail.com — rceovtrrco oa > la municipalidad, técnica, legal, financiera y otra que se requiera en razón del objeto contractual, en atención a la idoneidad y expertis de sus funcionarios. 3. Esjurídicamente viable que el Concejo Municipal emita regulaciones internas que asignen funciones a las unidades solicitantes relacionadas con el análisis técnico de las ofertas (en lo que corresponda a valoración técnica de cumplimiento). Así mismo, las demás valoraciones técnico, jurídicas, financieras, entre otras, deberán ser realizadas por funcionarios idóneos para esa labor, pudiendo pertenecer éstos a unidades administrativas distintas de la proveeduría institucional, siendo que asiste a éstas un deber de obligada colaboración con la instancia tramitadora de los procedimientos de contratación pública. 4. Es competencia de la proveeduría institucional o unidad administrativa que realice las funciones tramitadoras de la contratación pública, el preparar la decisión final — realizar la labor de recomendación de acto final para conocimiento del máximo jerarca de la institución, como parte de las actuaciones previas a la adopción del acto final por parte del competente. Esta función de recomendar el acto final de los procedimientos de contratación pública podría recaer — en caso de existir — en la comisión de recomendación de adjudicaciones. En este sentido, se solicita a los miembros del Concejo Municipal, atender la Advertencia Nro. 1-2023, y comunicar en un plazo de 10 días, lo que corresponda. Se adjunta a este oficio MH-DCoP-OF-0312-2023, de la Dirección de Compras del Ministerio de Hacienda y Acuerdo 124 del Concejo Municipal Sin mas que manifestar y agradeciendo la atención a la presente GRACE CHINCHILLA. Furg roca VILLEGAS (FIRMA) — Fechx202305.10154443-0600' Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff Auditora Interna CC: Advertencia Nro. 1-2023 Área Administrativa Financiera Compras Públicas Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N? 2711-1701 - Fax 2711-1701 Págino2]2 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*51 ACTA N*32 Ordinaria. 14 Municipalidad de Pococí “ae POCOC 4 Secretaría del Concejo Municipal ya Y a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿[a Pluye secretariaQmunipococigo.cr meciunso SMP-162-2023 Guópiles, 03 de febrero de 2023 SMP-162-2023 Señores (as): Lic. Manuel Hemández Rivera Alcalde Municipal Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff Auditora Interna Estimados señores (as): Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pococí en Sesión N* 07 Ordinaria del 19-01-2023, dice: Acta N* 07 Artículo 1! Acuerdo N* 124 Se conoce nota suscrita por licenciada Grace Chinchilla Villegas, Maff, Auditora Interna, teléfono: 2711 1701, correo electrónico: grace.chinchillaG9:Gmail.com, dice: Oficio: Al-005-2023-2023 Asunto: Advertencia Nro-1-2023 sobre competencias modificadas por este Concejo. Página 1/21 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*52 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí 9 CC Secretaría del Concejo Municipal a Teléfono/Fax: 2711-1227 Pluye secretario)munipococi.go.cr SMP-162-2023 Municipalidad de Pococí $, ra A Pué ¡ópiles, Pococí 9) O POCOC¿ Auditoría Interna a ouditorioQmunipococi.go.cr Aroma Fluye groce.chinchilloQgmailcom »+mecrines Al contestar refiérase Al oficio N* Al-005-2023-2023 Guápiles, 16 de enero de 2023. Señores: Miembros del Concejo Municipal Pte. ASUNTO: Advertencia Nro-1-2023 sobre competencias modificadas por este Concejo Respetables señoras y señores: De conformidad con el inciso d) del artículo 22 de la Ley General de Control Interno, es competencia de la auditoría Interna, “advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento”, me permito exponer lo siguiente: Sobre el particular me permito indicarle lo siguiente: 1) En virtud de que la Unidad de Proveeduría ha tenido como práctica en los procesos de adquisición de bienes y servicios, remitir a las unidades solicitantes las ofertas recibidas para que estas realicen el proceso de análisis y recomendación de la oferta, esta Auditoría emitió el servicio de advertencia No.20-2022, mediante el cual entre otras cosas se señaló: “En virtud de lo expuesto, esta Auditoría Intema, con el afán de contribuir al desempeño transparente y ajustado al marco legal y técnico por parte de esta institución, y con el propósito de fortalecer sus sistemas de control interno y Los volores áticos no son negociables. Audito Teléfono N* 2711- Er ao 2711-1701 Pógino1|8 gan rs] Página 2/21 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*53 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí a e Cc Secretaría del Concejo Municipal De 15 AS Teléfono/Fax: 2711-1227 LL Pluye secretaria()munipococigo.cr Marcrsumao SMP-162-2023 Municipalidad de Pococí ñ , > Guópiles, Pococí POCOC¿ Auditoria Interna Y) QS a ouditorioGmunipocociga.cr aroma Li Pluyo groce.chinchiloQ9mail.com +srarerineo MAOPLENO. de administración financiera, estima necesaria emitir el presente oficio de advertencia sobre la aplicación de los artículos 29 y 30 del Reglamento General de la Proveeduría Municipal. Dichas normas, indican textualmente lo siguiente: “Articulo No. 29 - Estudio y valoración de ofertas La Proveeduría para licitaciones públicas y abreviadas estudiará y seleccionará las ofertas_con el apoyo técnico de la dependencia usuaria o competente y la Asesoría Legal dentro de los plazos establecidos al efecto. La resolución de recomendación de adjudicación se dictará dentro del plazo establecido en el cartel, a falta de estipulación expresa en el mismo, se efectuará dentro de los 20 dias hábiles contados a partir del acto de apertura. Dentro de los ocho días hábiles posteriores el Concejo tomará el acuerdo de adjudicación.”. (El subrayado no es del texto original) “Articulo No. 30 - Recomendación de la Adjudicación La recomendación de adjudicación que emitirá la Oficina de Proveeduria Municipal deberá contener como mínimo lo siguiente: resumen del objeto de la contratación y enumeración de las ofertas recibidas, una sintesis del estudio técnico y el estudio legal, recomendación de aquella o aquellas ofertas que de conformidad con lo dispuesto en el cartel respectivo resulten ganadoras de las contrataciones promovidas, contendrá además las principales condiciones que regirán en un eventual contrato. Esa recomendación será elevada por medio de la Proveeduría al conocimiento del Concejo Municipal, órgano responsable de dictarla adjudicación en todos los casos que superen el monto del tope superior vigente para los procedimientos de contrataciones Directas en el periodo correspondiente. En los tramites que correspondan a montos iguales y o menores al tope superior para procedimientos de contrataciones Directas vigentes en el momento, la recomendación de adjudicación deberá ser sometida a conocimiento del alcalde o alcaldesa Municipal, órgano responsable de dictar la adjudicación en estos casos.”. (El subrayado no es del texto original) Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interno Teléfono N*2711-1701- Fox 2711-1701 Pógina218 ESE a Página 3/21 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*54 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí rd Cc Secretaría del Concejo Municipal Y AS Teléfono/Fax: 2711-1227 es ia Qmuni 4 Pluye Ml SMP-162-2023 Municipalidad de Pococí 4 Guópiles, Pococí 9, de POCOC¿ Auditoria Interna Nx » ouditorioGmunipococigo.cr aorroma Fluyo grace.chinchiloQgmail.com »ereccimcio Como se observa, las normas transcritas son claras en señalar que es responsabilidad directa de la Proveedurla Institucional, la realización de los análisis de las ofertas que se reciben como producto de los procesos de contratación administrativa que se tramitan y la generación de la recomendación de adjudicación que corresponda, para lo cual y sólo en el caso que resulte necesario, puede acudir esa instancia al apoyo de la unidad usuaria o competente, en los términos señalados por el artículo 29 referido. No obstante, lo anterior, esta Auditoría Interna tiene evidencia de que el Departamento de Contratación Pública a su cargo, solicita para cada proceso de contratación pública que tramita, que la unidad solicitante del bien o servicio realice el proceso de estudio, valoración de ofertas y la recomendación de adjudicación correspondiente; por lo que, en la especie, se incurre en un traslado de competencias no autorizado por la normativa vigente. Lo anterior, además de constituir incumplimiento de las normas señaladas, vulnera el control interno institucional por cuanto se concentra en las unidades usuarias de los bienes y servicios demandados no sólo la generación de las especificaciones técnicas necesarias para la conformación de la decisión inicial de contratar, sino también el análisis de las ofertas recibidas y la recomendación del proveedor a seleccionar, lo que polencia el riesgo de que se presenten actuaciones irregulares en el proceso de contratación administrativa que se desarrolla. Al respecto, se debe tener presente que la norma 2.5.3 de la Normas de Control Intemo para el Sector Público N-2-2009-CO-DFOE1, establece el principio de separación de funciones incompatibles, según el cual: “El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben asegurarse de que las funciones incompatibles, se separen y distribuyan entre los diferentes puestos; así también, que las fases de autorización, aprobación, ejecución y registro de una transacción, y la custodia de activos, estén distribuidas entre las unidades de la institución, de modo tal que una Los valores áticos no son negociables Teléfono NS 2IMATON Fox 2711701 Pógina3I8 EE A Página 4/21 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*55 ACTA N*32 Ordinaria. 9 Municipalidad de Pococí COC Secretaría del Concejo Municipal Ds a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿Ze % Fluye secretario)munipococigo.cr Meceiuno SMP-162-2023 Municipalidad de Pococí í Guópiles, Pococí Y) POCOC Asiria 2) 0) puditorioGmunipococigo.cr , Fluye groce.chinchillaGgmail.com Eat MO === sola persona o unidad no tenga el control por la totalidad de ese conjunto de labores.”. Así las cosas y con el respeto debido, esta Auditoria Interna le advierte sobre la necesidad de que a la brevedad posible se suspenda la práctica de trasladar a las unidades usuarias la responsabilidad del análisis de ofertas y generación de la recomendación de adjudicación en los procesos de contratación que se tramitan, a efecto de cumplir con la normativa atinente a la materia y prevenir eventuales afectaciones al control interno institucional. Como un elemento adicional, se le recuerda la necesidad de revisar y eventualmente actualizar el Reglamento General de la Proveeduría Municipal vigente, en razón de la reciente puesta en vigencia de la Ley General de Contratación Pública nro. 9986 y su Reglamento.” Frente a esta advertencia, el señor Alcalde Municipal propone al Concejo la modificación del contenido de estos dos arlículos para que sea la Unidad solicitante la que haga todo el análisis comparativo de ofertas y recomendar la oferta a adjudicar, lo cual aprobó el órgano colegiado en Sesión N” 88 Ordinaria del 16-12-2022, dice: Acta N* 88 Artículo V Acuerdo N” 2681. En las consideraciones de dicho acuerdo el señor asesor legal señala entre otras cosas “Porque como está ahora, al departamento de Compras Públicas le tocaría por ejemplo recomendar la reparación de un camino por decirlo así, lo cual no sería razonable entonces la idea es que, con esa leve reforma de los artículos 29 y 30 se pueda solventar esa situación." 3) Según el Manual de Funciones de la Municipalidad de Pococi el “encargado de contratación pública” le corresponde entre otras funciones “recomendar la adquisición de blenes y servicios según los montos establecidos en el Reglamento de Compras de la Institución.” lo cual no fue considerado en la modificación aprobada. 4) La Ley General de Contratación Pública define con toda claridad las competencias en los procesos de contratación. En su artículo 37 dice: ARTÍCULO 37- Decisión inicial. Todo procedimiento de contratación pública dará comienzo con la decisión inicial, la cual deberá ser suscrita por la Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N? 2711-1701 - Fox 2711-1701 2) Y Págino4]8 EA Página 5/21 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*56 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí 9 e Cc Secretaría del Concejo Municipal AS Teléfono/Fax: 2711-1227 secretorioAmunipococigo.cr Pluye SMP-162-2023 Municipalidad de Pococí 45 s estos Y Y POCOC¿ Auditorío Interna itorioQ h Pluye groce.chinchiloQ9mail.com Eecebir ono == ¡jefatura de la unidad solicitante o por el titular subordinado competente, de conformidad con las disposiciones intemas de cada institución. Cuando el objeto contractual sea de obra que deba tramitarse mediante licitación mayor, la decisión inicial deberá ser suscrita conjuntamente por el jefe de la unidad solicitante y por el jerarca, quien podrá delegar tal actuación. (...) Y en relación con el competente para llevar a cabo el proceso de contratación, dice el artículo 131 en lo conducente: ARTÍCULO 131- Proveedurías institucionales y juntas de adquisiciones. En cada uno de los órganos y sujetos públicos, sometidos a los alcances de esta ley, existirá una dependencia encargada de los procedimientos de contratación pública, con la organización y las funciones que se determinarán vía reglamentaria. La proveeduría institucional tendrá plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación pública y podrá adoptar los actos y requerir los informes que resulten necesarios para preparar la decisión final. De igual forma, podrá realizar compras coordinadas con otras instituciones o a través de la Dirección de Contratación Pública. (...)” 5) A su vez el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública en sus artículos 86 y 314 define las competencias de la Unidad Solicitante y de la Unidad de Proveeduría, de la siguiente manera: “Artículo 86. La decisión administrativa que da inicio al procedimiento de contratación será emitida por la jefatura de la unidad solicitante o por el titular subordinado competente, de conformidad con las disposiciones internas de cada institución, salvo que el objeto contractual sea de obra pública que deba tramitarse mediante licitación mayor en cuyo caso, la decisión inicial deberá ser suscrita conjuntamente por el jefe de la unidad solicitante y por el jerarca quien podrá delegar tal actuación. (...)” "Artículo 314. Las proveedurías institucionales o juntas de adquisiciones serán las unidades competentes para tramitar los procedimientos de contratación pública de bienes, suministros, servicios, obras públicas y Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701-Fox 2711-1701 Páúgino5|8 ol EEE Página 6/21 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*57 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí 14 COC Secretaría del Concejo Municipal y a Teléfono/Fax: 2711-1227 od Moro Pluye secretaria nipococi. r SMP-162-2023 Municipalidad de Pococí /45 í 5) 4 PS uépites, Pococí 9) (0) POCOC¿ Auditoría Interna N ouditorioGmunipococi.go.cr auprroma ar Fluye grace.chinchillaQ9gmail.com +scrccrrco MIgLao mo podrán dictar la resolución final de adjudicación, declaratoria de deserción o de infructuosa, en los procedimientos de contratación pública de su institución, y suscripción de las formalizaciones contractuales derivadas de dichos procedimientos, cuando estos actos sean delegados formalmente por el máximo jerarca, siguiendo para ello las disposiciones pertinentes de la Ley General de la Administración Pública o en su ley de creación o reglamentos de organización dictados por el máximo jerarca que así lo disponga. En el caso de la Administración Central las funciones de las proveedurías se encuentran establecidas en el Reglamento que regule el funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de los Ministerios del Gobierno; en las demás instituciones públicas, las funciones de las proveedurias podrán ser realizadas por unidades administrativas determinadas según lo establecido en su normativa. Toda unidad Administrativa, independientemente de su naturaleza o ubicación en la estructura orgánica institucional, estará obligada a brindar la colaboración y asesoría que requiera la proveeduría institucional para el debido cumplimiento de las obligaciones y atribuciones.” 6) Frente a todo lo expuesto, considera esta auditoría que la modificación aprobada podría violentar las competencias claramente definidas por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento para la Unidad solicitante y para la Proveeduría institucional. Resulta claro que, si bien las Unidades solicitantes son las conocedoras de la necesidad que se debe satisfacer, y si las ofertas cumplen con el objeto pretendido, no les corresponde hacer análisis comparativo ninguno para hacer una recomendación de adjudicación. En ese sentido el ejemplo citado por el señor asesor legal del Concejo resulta equivocado pues el Departamento de compras o proveeduría cuando hace una recomendación de adjudicación no está recomendando la reparación de un camino, es una necesidad que ya viene definida en el cartel, lo que recomienda es la oferta que mejor satisface los parámetros de selección previstos en el cartel. El Los volores éticos no son negociables. Auditoría Interno Teléfono N* 2711-1701 - Fox 2711-1701 Póginoó|8 ae] Página 7/21 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*58 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí 9 CG Secretaría del Concejo Municipal a Teléfono/Fox: 2711-1227 Pluye secre ¡UNI OCÍ. SMP-162-2023 Municipalidad de Pococí yA Guópiles, Pococi Y) POCOCE a le Y 0) auditorioQmunipococigo.cr , Pluyo groce.chinchiloQ9mail.com Rio O a] criterio técnico de la Unidad solicitante no debe confundirse con la labor de recomendación de adjudicación que resulta estar reservada para la Unidad de compras, según lo define también el Manual de funciones para el encargado de contratación pública según se expuso. 7) Además de lo dicho, encargar a quien define la necesidad y por ende la decisión inicial, de seleccionar la oferta, implica un claro conflicto de interés, aún más cuando esa Unidad le compete la fiscalización de la ejecución del objeto contratado. Es por ello, reitero que se debe tener presente que la norma 2.5.3 de la Normas de Control Interno para el Sector Público N-2- 2009-CO-DFOE1, establece el principio de separación de funciones incompatibles, según el cual: “El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben asegurarse de que las funciones incompalibles, se separen y distribuyan entre los diferentes puestos; así también, que las fases de autorización, aprobación, ejecución y registro de una transacción, y la custodia de activos, estén distribuidas entre las unidades de la institución, de modo tal que una sola persona o unidad no tenga el control por la totalidad de ese conjunto de labores.” (negrita es nuestra) Sobre el particular es importante citar lo que al respecto señala el artículo 12 de la Ley General de Control Interno, en lo conducente: Artículo 12.-Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema de control interno. En materia de control interno, al jerarca y los titulares subordinados les corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes: a) Velar por el adecuado desarrollo de la actividad del ente o del órgano a su cargo. b) Tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de desviaciones o irregularidades. c) Analizar e implantar, de inmediato, las observaciones, recomendaciones y disposiciones formuladas por la auditoría interna, la Contraloría General de la República, la auditoría externa y las demás instituciones de control y fiscalización que correspondan. (...)” Los volores éticos no son negociables. Auditoría Interno Teléfono N* 2711-1701- Fox 2711-1701 8) E Página 8/21 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*59 ACTA N*32 Ordinaria. 9 Municipalidad de Pococí CO Secretaría del Concejo Municipal Ya a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿L¿% Fluye secretorioQmunipococigo.cr marlen SMP-162-2023 ERA Municipalidad de Pococí > 4 y P uépiles, Pococí 9, POCOC¿ Auditoría Interna guditorioQGmunipococi.go.cr “rr Fluyo grace.chinchiloQ9mail.com mea MICPALAO na En este caso se han determinado situaciones que deben ser atendidas por este órgano colegiado, y que a su vez podrian generar riesgos de debilitamiento del control interno que la Ley citada prevé como causal de responsabilidad. En ese sentido se hace la respetuosa advertencia, a fin sea considerada por este Concejo Municipal y se tomen las medidas que resulten pertinentes para abordar los riesgos expuestos. Se adjunta Advertencia Nro-20-2022 del 15-12-2022 2022 y Acuerdo Nro. 2881, Acta 88 16-12-2022. Sin más que manifestar y agradeciendo la atención a la presente, GRACE CHINCHILLA F.:ad0 3 gta arte sus CSALE VILLEGAS (FIRMA) — Foro amanariac ses Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff Auditora Interna CC: Advertencia Nro.1-2023 Los valores éticos no son negociables. Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 -Fox 2711-1701 Póginas8|8 ire] Página 9/21 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*64 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05-2023%__-- unicipalidad de Pococí a Municipalidad de Pococí POCOCI Secretaría del Concejo Municipal q a id 5% secretoriofHmunipococi.go.cr Fluye MercnS SMP-162-2023 Municipolidad de Pococí 0") 4 POCOC¿ Secretorío del Concejo Municipal 15 a Teléfono/Fax 2711-1227 ¿LY secretorí JUNÍpococi LL MAA Fluyo SS SMP-2674-2022 mo Le departamento solicitante, o sea quien inicia las gestiones de contratación como el departamento de Proveeduría, actualmente departamento de Compras Públicas. Entonces lo que se realiza en este momento con eí articulo 2? y 30 es dejar mas claro cuál va a ser las competencias de cada departamento. También, la idea es que esto, por decílo asi viene a ser como un parche, mientra se trabaja en el reglamento definitivo. Básicamente es aclarar las competencias por ejemplo, el departamento de compror públicas se va a encargar de revisar los requisitos generales de la ley. que si está al dia con Fodesaf, con la Caja, con el INS etc. y el departamento soliciante es el que se va a encargor del objeto, sea un bien o servicio que se esté contratando. Porque como está ahora, al departamento de Compras Públicas le tocaría por ejemplo recomendar la reparación de un camino por dectlo así, lo cual no sería razonable entonces la idea es que, con esa leve reforma de los artículos 29 y 30 se pueda solventar esa situación. Reitero, es como un parque porque ya si Dios quiere a inicios del otro año se estará haciendo el reglamento definitivo. Sra, Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Los que estén de acuerdo en hacerle esos pequeños cambios a ese reglamento por favor levantar la mano. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba realizar la modificación a los artículos 29 y 30 del Reglamento Interno de la Proveeduría Municipal para su adecuación a la nueva normaliva vigente y brindar seguridad Jurídica a los procesos de contratación municipales quedando de la siguiente manera: Artículo 29: La Proveeduría y el departamento solicitante para licitaciones públicas, abrevladas y compras directas, estudiarán y seleccionarán las ofertas. Compete a la Proveeduría verlficar los requisitos legales en materla de contratación y compete al departamento solicitante verificar el cumplimiento de los requisitos para el blen o servicio solicitado, todos dentro de los plazos establecidos al efecto. La resolución de recomendación de adjudicación, la dictará el departamento solicitante, luego de la verificación de requisitos con la Proveeduría, dentro del plazo establecido Dinino SIA Página 14/21 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*65 ACTA N*32 Ordinaria. unicipalidad de Pococí 9 M lidad o POCOC ¿ Secretaría del Concejo Municipal Y Y au Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿Ls 2% secretario(Qmunipococigo.cr meceloso DE POCO Pluye SMP-162-2023 ca a Municipalidad de Pococí A PO OC Secretorío del Concejo Municipol Y 15 a e Teléfono/Fox 2711-1227 Le 7, secretoríi: UNÍDOCOCIQO.ST MIA Fluye a SMP-2674-2022 en el pllego de condiciones, a falta de estipulación expresa en el mismo, se efectuará dentro de los 20 días hábiles contados a parlir del acto de apertura. Dentro de los ocho días hábiles posterlores el Concejo Municipal tomará el acuerdo de adjudicación. Artículo 30: La recomendación de adjudicación que emita el departamento solicitante deberá contener como mínimo lo siguiente: resumen del objeto de la contratación y enumeración de las ofertas recibidas, una síntesis del estudio técnico y el estudio legal, recomendación de aquella o aquellas que de conformidad con lo dispuesto en el cartel respectivo resulten ganadoras de las contrataciones promovidas, contendrá además las principales condiclones que regirán en un eventual contrato. Su adjudicación se reglrá de la siguiente manera: 1 Corresponderá como licitación Reducida todo el trámite Indicado en el reglamento de funcionamiento de la Proveeduría Municipal, como Compra directa, siendo adjudicada por parte del señor alcalde -o quien este designe- mediante informe detallado del departamento solicitante. 2- Corresponderá como licitación Menor todo el trámite indicado en el reglamento de funcionamiento de la Proveeduría Municipal, como licitación Abreviada, siendo adjudicada por parte del Concejo Municipal, mediante informe detallado del departamento solicitante. 3- Corresponde como Licitación Mayor todo el trámite indicado en el reglamento de funcionamiento de la Proveeduría Municipal, como licitación Pública Nacional, siendo adjudicada por parte del Concejo Municipal, mediante Informe detallado del departamento solicitante. publíquese en el Dlarlo Oficial La Gaceta 1 vez. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. MAGALLY fumado digitalmente Atentamente: VENEGAS pere ES VARGAS os: 20. or ) 1 (FIRMA) 09,16:18 0600 Licda. Magally Venegas Vargas Secretaria Concejo Municipal de Pococí Ce/ Archivo intemo. Pp ra 616 Página 15/21 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*66 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí 9 C Secretaría del Concejo Municipal 15 a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿<Lé% Pluye DEPOCO SMP-162-2023 paz a ARA EA Municipalidad de Pococi A Guópiles, Pococi Y POCOCA ere ps dy Fluye a PEA Al contestar refiérase Al oficio N*Al-418:2022 Guápiles, 15 de diciembee de 2022. Licenciado Renald Quirés Brenes Ceordinador Contratación Pública MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Estimado señor: Asunto: Adverlencia Nro. 20-2022 zotre la aplicación de los articulos 29 y 30 del Reglamento General de la Proveeduría Murispal vigente De acuerdo con el arlícula 21 de la Ley General de Carral Interno mr. 6290, la Audiccla Interna es la actividad que debe propcccionar seguridad al ere a érgana estalal, procurando waldar y mejorar 5us operaciones, contribuyendo además a que se alcancen los objelivos institucionales. Asimismo, le brinda a la ciudadanía una garantía razonable de que li acluación del jerarca y la del resto de la administración, =e ejecuta conforme al marco legal y léomoo y a las prácticas sanas. En ese senido y de acuerdo con las cempelencias establecidas a laz audlorias internas en ell inciso 4) del arlícuóo 22 de la citada Ley, dias unidades deben asezarar y advestir y los éeganos pasivos que fisculica sobre las pasibles consecuencias de determinadas conductas e decisones, cuando zen de su conoimbemo. En virtud de lo espuesto, esta daditoria Interna, con el afán de cormibair al desempeña transparente y ajustado al maroo legal y técnico por parte de este institución, y con el prepásilo de fortalecer sus sistemas de control imero y de administración financeca, estima necesario emilir el presele cócio de adveñenca sobre la aplicación de los arlículos 29 y 20 del Reglamento General de la Proveeduría Municipal. Dichas normas, indican texlualmente lo siguiente: Los aclara dicos pe son ragecióbles. Ada nena Tutitono NS DMAIAD- Fer 2711-10 Página 16/21 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*70 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí ) 9 C Cc Secretaría del Concejo Municipal a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿LL ¡o Qmuni lno.ce Fluye DEPOCO SMP-162-2023 Muy atinadamente la Auditoría nos hace una advertencia de lo que ella considera. Ella considera que por ejemplo los diferentes departamentos que son los que hacen la recomendación de hacer un proceso y que lo diseñan a la necesidad de la municipalidad, así en grandes rasgos como que son juez y parte verdad, porque al principio diseñan el cartel y ya después tienen que decidir, no es que deciden sino que hacen la recomendación dentro de todos los que participaron de cuál es la mejor oferta, que al final el que tiene la última palabra es el Proveedor porque el proveedor al final decide cual es la oferta que escoge. Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera. A mí me parece que hay que llevarlo más a análisis porque, por ejemplo: ella dice que los ingenieros hacen las peticiones en el cartel y con base a eso, el proveedor tiene que llegar y adjudicar la licitación. Con la nueva ley de contratación a mí me parece que el técnico es el ingeniero, el ingeniero tiene que hacer un análisis técnico para que el proveedor pueda tomar una decisión, por ejemplo: en la maquinaria, cómo va a saber el proveedor qué tipo de maquinaria es el que, en el cartel están solicitando los ingenieros entonces, cómo se va a asesorar. El Proveedor sabe de procedimientos pero no sabe de las partes técnicas entonces es necesario que los técnicos sean los que recomienden o hagan un análisis técnico al proveedor para que pueda tomar una decisión. Igual al Concejo porque, hay cosas donde uno conoce el equipo, pero no todo el equipo se conoce y qué es lo que se está pidiendo ejemplo: cuando hablan especificaciones técnicas de un asfaltado, ahílleva mucho requisito técnico, cómo va a hacer el proveedor para decidir, mire ganó esta empresa por esto, digamos si se va solo por el monto y objeto y los requisito que pide el cartel, a la hora del precio, la capacidad de la empresa pero hay cosas muy importantes que se tiene que conocer en el cartel y ella dice que tiene que resolverlo el proveedor. A mí me parece que hay que sentarse con ella y ver a ver cuál mecanismo es. Inclusive yo le decía a Randall que con la nueva ley de contratación nosotros tenemos que hacer un reglamento a la ley, creo que el Lic. Christian y don Ronald, ellos llevan algo ya avanzado de ese reglamento para proceder con las nuevas contrataciones hay que reformar el reglamento que tenemos actual. Pero me parece que se hay que sentarse con ella para ver las partes técnicas, porque va a ser muy difícil para Proveeduría poder adjudicar las licitaciones pendientes. Página 20/21 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N971 ACTA N*32 Ordinaria. 9 Municipalidad de Pococí CO Secretaría del Concejo Municipal Y Y Teléfono/Fox: 2711-1227 Ze % Pluye secretorio(Qmunipococigo.cr meraunao SMP-162-2023 = — e EAS Sr. Pdte, Randall Torres Barrientos. Yo en este caso comprendo a la Auditora en una parte de su visión, porque mi formación de auditor me da a decir, bueno es que digamos, el que hace un cartel no debería también participar ni siquiera recomendando. Ella lo abarca también en la ley de control interno que también hay que tener cuidado y un equilibrio, pero yo sé muy bien que ya para el 16 va a estar va el reglamento y vamos a tener la situación clara y lo importante es que estamos atendiendo y nos estamos ocupando de este tema. Reg. Reinaldo Benavides Vargas. En la parte técnica tanto en obras civiles y lo que es maquinaria pues, quién tiene traer la recomendación de qué es lo que se ocupa, porque proveeduría trabaja con los requisitos que pide el técnico en este caso el departamento de los ingenieros. Si he visto algo que no es legal que por ejemplo, a veces yo he visto que dice: “Fulano recomienda a equis empresa” eso sí hay que eliminarlo, porque yo como ingeniero soy el que mando y digo, qué tipo de camiones, qué tipo de tractor, qué tipo de compactadora y los ftem de cada trabajo que se va hacer y al final yo digo “Recomiendo a fulano” Eso sí se debe eliminar, que ningún funcionario en ese caso los técnicos, pongan esa palabrita “recomendamos”, porque eso sí es ilegal. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brindará tiempo a la Administración al 16 de febrero para que puedan elaborar el reglamento respectivo. Atentamente: MAGALLY Firmado digitalmente por VENEGAS MAGALLY VENEGAS VARGAS (FIRMA) VARGAS Fecha: 2023.02.03 (FIRMA) 18:26:04 -06'00' Licda. Magally Venegas Vargas Secretaria Municipal de Pococí Ce/ Archivo Interno Página 21/21 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*72 ACTA N*32 Ordinaria. YE ero: 2022-2026 ¿NN IM COSTA RICA "OIECCIÓNDE CONTRATACIÓN | TRABAJAN, DECIDICADO, MACIONANOO San José, 2 de mayo de 2023 MH-DCoP-0F-0312-2023 Señora Grace Chinchilla Villegas Auditora Intema Municipalidad de Pococí Asunto: Respuesta al oficio No. Al-075-2023. Sobre la competencia para estudiar y recomendarla oferta adjudicable. Estimada señora: Con un cordial saludo, se procede a dar respuesta a su oficio No. Al-075-2023 de 24 de marzo de 2023, mediante el cual acude a la capacidad técnica consultiva en materia de contratación pública que asiste a la Dirección de Contratación Pública, en adelante DCoP, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 129 dela Ley General de Contratación Pública, No. 9986 (en adelante LGCP), al respecto me permito indicar lo siguiente. 1. Sobre la competencia para conocer de la consulta. A la DCOP, en el ejercicio de las competencias que le confieren los artículos 129 de la LGCP y 309 de su Reglamento, le corresponde atender las consultas que los sujetos amparados por el articulo 1 de la citada Ley, le planteen en materia de contratación pública. En ese orden de ideas, se verifica el cumplimiento de los requisitos para la presente gestión establecidos en la Directriz MH-DCoP-DIR-002-2022 de 09 de diciembre de 2022 dominada “Requisitos para la atención de consultas dirigidas a la Dirección de Contratación Pública”, luego de lo cual esta DCoP procede a emitir criterio sobre los cuestionamientos realizados, por versar estos sobre materia de contratación pública, en términos generales, ya que la competencia que asiste a esta Dirección no le permite conocer o resolver casos concretos, cuya determinación es propia del ámbito de decisión de la entidad contratante. Dirección: San José, Avenida 2da Cale 1 y 3 Tel 2539-4339 - 2539-6208 dcopfhacienda.go.cr Página 4 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*73 ACTA N*32 Ordinaria. na Madien An 2022-2026 ¿NN DIRECCIÓN aa COSTA R ICA MH-DCoP-0F-0312-2023 11. Sobre la legitimación del consultante. De acuerdo con lo establecido en la Directriz MH-DCoP-DIR-002-2022, como parte de los requisitos que deben cumplirse al momento de plantear una solicitud relacionada con la competencia que ostenta esta Dirección en materia técnica consultiva, ésta debe “Plantearse (....) En el caso de los auditores internos deberá plantearla el auditor o subauditor interno. La consulta deberá presentarse en forma digital, al correo oficial: dcopQhacienda.go.cr debidamente firmada por el consultante.” Partiendo de lo anterior, se tiene que la consulta que nos ocupa fue planteada por la señora Grace Chinchilla Villegas, en su condición de auditora interna de la Municipalidad de Pococí, razón por la cual ostenta legitimación para la presentación de la gestión. Adicionalmente, se verifica que la consulta fue planteada en forma digital a la cuenta de correo correspondiente, el día 24 de marzo, por lo que se tiene como presentada conforme al requisito transcrito. lll. Planteamiento de la consulta. Se requirió la atención de dos consultas puntuales que versan sobre la competencia para estudiar ofertas y generar la recomendación de adjudicación, planteándose las siguientes interrogantes. *1- ¿Resulta acorde con el ordenamiento jurídico que el Concejo Municipal regule intemamente respecto de la contratación administrativa que las Unidades solicitantes del servicio, deban realizar el análisis de las ofertas y determinar y/o recomendar la oferta a adjudicar? 2- ¿Esa competencia para estudiar las ofertas y recomendar la oferta adjudicable es de la Unidad de Proveeduría?” Ambas preguntas serán atendidas durante la exposición del criterio de la DCoP y referenciadas en las correspondientes conclusiones. Dirección: San José, Avenida 2da Calle 1 y 3 Tel 2539-4339 - 2539-6208 deophacienda.go.cr Página 2 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N974 ACTA N*32 Ordinaria. AS Minis ode 2022-2026 ¿NN Hac end: la . COSTA RICA , “DIRECCION DE CONTRATACIÓN TRABAJANDO, DECIDIENDO, MMJORANOO. MH-DCoP-0F-0312-2023 1V. Criterio jurídico aportado. En el criterio aportado por el consultante se adicionan algunos elementos considerativos relevantes para el tema en consulta como lo son que “Según el Manual de Funciones de la Municipalidad de Pococi al “encargado de contratación pública” le corresponde entre otras funciones “recomendar la adquisición de bienes y servicios según los montos establecidos en el Reglamento de Compras de la Institución.”. Posteriormente, se citan las contrataciones, para la tramitación de éstas, así como sobre el funcionamiento de las proveedurias institucionales y las juntas de adquisición. De seguido, se indica en resumen el criterio de la Auditoría Intema de la Municipalidad de Pococí respecto del tema, señalándose en lo de interés: %(...) considera esta auditoría que resulta claro que, si bien las Unidades solicitantes son las conocedoras de la necesidad que se debe satisfacer, y si las ofertas cumplen con el objeto pretendido, no les corresponde hacer análisis comparativo ninguno para hacer una recomendación de adjudicación. El criterio técnico de la Unidad solicitante no debe confundirse con la labor de recomendación de ES adjudicación que resulta estar reservada para la Unidad de compras (...)” Ampliado su argumentación indicando que “Además de lo dicho, encargar a quien define la necesidad y por ende la decisión inicial, de seleccionar la oferta, implica un claro conflicto de interés, aún más cuando esa Unidad le compete la fiscalización de la ejecución del objeto contratado.” lo cual en opinión del consultante podría generar un conflicto y posible contradicción a las Normas de Control Interno para el Sector Público. De esta forma concluye el consultante que “(....) el Concejo Municipal no tendría sustento jurídico para regular internamente en el sentido que la labor de análisis de ofertas y recomendación de adjudicación recaiga en la Unidad solicitante del servicio.”. Dirección: San José, Avenida 2da Cale 1 y 3 Tel 2539-4339 - 2539-6208 dcopíihacienda.go.cr Página 3 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%75 ACTA N*32 Ordinaria. Ministerio de 2022-2026 AS COSTA RICA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN TRABAJANDO, DECIDIDO, MEJORANDO PÚBLICA MH-DCoP-OF-0312-2023 V. Criterio de la Dirección de Contratación Pública. Para atender la consulta puntual planteada por el solicitante del criterio, deviene importante referirnos algunas consideraciones previas y hacer una clara distinción entre las dos funciones objeto de consulta, señaladas por la Auditoría Interna consultante, separando el alcance de la valoración técnica de las ofertas y la recomendación de adjudicación. Lo primero que debe indicarse es que por regla general, el poder adjudicador — sea la competencia para dictar actos finales en procedimientos de contratación pública - reside en el máximo jerarca de la institución; y tratándose del régimen municipal, conviene recordar lo dispuesto por el inciso e) del artículo 13 del Código Municipal, Ley No. 7794 que refiere a las competencias del consejo municipal en los siguientes términos: “Artículo 13. - Son atribuciones del concejo: (..) e) Celebrar convenios, comprometer los fondos o bienes y autorizar los egresos de la municipalidad, excepto los gastos fijos y la adquisición de bienes y semicios que estén bajo la competencia del alcalde municipal, según el reglamento que se emita conforme a la Ley General de Contratación Pública y su reglamento.” De esta manera, el legislador dispuso que la adquisición de bienes y servicios — en el régimen municipal — recae sobre el Concejo Municipal, a excepción de los supuestos que por medio de un reglamento interno del mismo órgano sean delegados en el Alcalde Municipal. Partiendo de lo anterior, también resulta necesario recordar que si bien la competencia adjudicadora en materia de contratación pública, recae en el consejo municipal de cada municipio, a excepción de los temas que por reglamento dispuesto por cada Municipalidad hayan sido encomendados a la figura del alcalde; también lo es que no corresponde al consejo municipal ni al alcalde, según sea el caso, la realización del procedimiento de contratación propiamente dicho, ni la adopción de una serie de actos que son considerados como preparatorios para el dictado del acto final correspondiente. Dirección: San José, Avenida 2da Cale 1 y 3 Tel 2539-4339 - 2539-6208 deopíBhacienda.go.cr Página 4 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%76 ACTA N*32 Ordinaria. DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN TPALAJAN CO, da, AMJORANDO MH-DCoP-0F-0312-2023 Sobre este particular, mediante oficio No. 00369 (DAGJ-0059-2006) del 06 de enero del 2006, la Contraloría General de la República referenciaba el tema de la siguiente manera: “Ahora bien, es claro que los procedimientos de contratación administrativa se componen de una serie de actos concatenados, preparatorios la mayoría de ellos, tendientes al dictado de ese acto final. Dentro de ellos, podemos mencionar el cartel, la apertura de ofertas, la calificación de ofertas y las recomendaciones técnicas, legales y financieras; todos los cuales podríamos enmarcar como actos de carácter preparatorios. Dada las características de tales actos, consideramos que escapan a la naturaleza, funciones y competencias del Concejo Municipal, ya que si bien es cierto, por el mandato legal señalado y de conformidad con la normativa interna pueden dictar actos de adjudicación, no les corresponde el manejo administrativo de los procedimientos. Desde esa óptica, considera este Despacho que no es procedente que el Concejo Municipal se dedique a trámites de carácter administrativo, como confeccionar o modificar carteles, realizar los llamados a concurso, realizar los estudios, técnicos o legales, entre otros, pues ese tipo de actos son ajenos a un órgano colegiado y deliberativo como el Concejo.” Así las cosas, debe entenderse que la realización de una serie de actos, que son de interés para su persona dada la consulta realizada, son efectuados por las dependencias administrativas de la Municipalidad de que se trate, atendiendo a la reglamentación y normas de control interno que cada gobierno local ha dispuesto al efecto. En ese sentido, como bien referencia en su consulta, debe existir una decisión inicial de la contratación que se requiera, cuya elaboración compete a lajefatura de la unidad solicitante en los términos dispuestos por el numeral 37 de la LGCP y 86 de su Reglamento; sin embargo, debe hacerse ver que la participación del procedimiento de contratación pública correspondiente por parte de esa unidad solicitante, no se reduce únicamente a la elaboración de la correspondiente decisión inicial, sino que se extiende a lo largo de las distintas etapas de la contratación, inclusive en su ejecución, tal y como señala el inciso h) del artículo 86 mencionado. “Artículo 86. Decisión inicial. (..) Dirección: San José, Avenida 2da Cale 1 y 3 Tel 2539-4339 - 2539-6208 dcopfBhacienda.go.cr Página 5 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N977 ACTA N*32 Ordinaria. MM: ulode 2022-2026 SN Hacien: A AA ita COSTA RICA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN TRAEAJAMOS, DECIDIDO, ILJORANDO PÚBLICA MH-DCoP-OF-0312-2023 h) Indicación expresa de los recursos humanos y materiales de que dispone o llegara a disponer para verificar la correcta ejecución del objeto del contrato. En la etapa de definición de especificaciones técnicas, selección y ejecución contractual deberá participar la unidad usuaria de la Administración que formuló el requerimiento.” (El resaltado no es del original) De esta forma, no se comparte el criterio externado por la auditoría consultante en el tanto indicó *(...) si bien las Unidades solicitantes son las conocedoras de la necesidad que se debe satisfacer, y sillas ofertas cumplen con el objeto pretendido, no les corresponde hacer análisis comparativo ninguno para hacer_una recomendación de adjudicación.”; en este punto, resulta relevante hacer ver que si bien es cierto el tramitador de la contratación debe ser un funcionario de la instancia administrativa que funja como proveeduría institucional, conforme a lo dispuesto en el TÍTULO VII de la LGCP,- ya que a dicha instancia corresponde la tramitación de los procedimientos de contratación pública de conformidad con la normativa vigente — también lo es que, sus decisiones se basan en los estudios técnicos, legales, financieros y de cualquier otra índole que requiera a las unidades especializadas de la institución, quienes tienen un deber de obligada colaboración, según lo expresamente dispuesto en el artículo 319 del Reglamento a la LGCP, el cual dispone: “Artículo 319. Obligada colaboración. Para el eficiente y eficaz cumplimiento de las funciones de las proveedurías institucionales, todas las demás unidades administrativas de la Institución de tipo técnico, jurídico, contable, financiero, presupuestario, informático y de cualquier otro orden, están obligadas a brindarle colaboración y asesoría en el cumplimiento de sus cometidos.” De esta manera, la unidad solicitante es la que principalmente conoce sobre su necesidad — objeto contractual - y la que tiene, usualmente, la especialidad técnica para valorar los bienes y servicios que son ofrecidos a la entidad contratante; por otra parte, la proveeduría institucional es la instancia tramitadora de los procedimientos de contratación, que si bien podría asumir un rol de valorador para bienes o servicios de uso común (como útiles de oficina sin particularidades o especificaciones adicionales), no le corresponde valorar técnicamente las ofertas cuyos objetos contractuales escapan de su conocimiento y expertis, reiterándose su papel predominantemente de tramitador de los procesos de contratación y garantista de que los procedimientos de adquisición se lleven a cabo con estricto apego a la normativa e instrumentos de control interno que la institución establezca, en punto Dirección: San José, Avenida 2da Cale 1 y 3 Tel 2539-4339 - 2539-6208 dcopBhacienda.go.cr Página 6 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N978 ACTA N*32 Ordinaria. IA Mi COSTA RICA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN TRABAJANDO, DECIDIDO, MEJORANDO. PÚBLICA MH-DCoP-0F-0312-2023 a favorecer los principios rectores de la materia de contratación pública, como lo pueden ser el principio de eficiencia y el de transparencia. Dicho lo anterior, resulta elemental diferenciar la función de recomendar la potencial adjudicación que le asiste a la Proveeduría Institucional, de la función de valorar técnicamente las ofertas; y esta segunda, ciertamente, podría competer, respecto de la valoración técnica, a la unidad solicitante que conoce su necesidad y las características técnicas requeridas, resultando la instancia idónea para valorar técnicamente el cumplimiento de las plicas que se reciban; sin embargo, la función de recomendar el posible acto final, trasciende su competencia y es una función propia de la instancia que funja como proveeduría institucional, como se detallará más adelante. Con lo anteriormente expuesto, se tiene claridad de que el alcance de la valoración técnica de las ofertas es una labor que podría resultar de competencia, total o parcialmente, de la unidad solicitante, así como que, el realizar la recomendación de adjudicación recae en la proveeduría institucional como unidad tramitadora del procedimiento de contratación, específicamente en el funcionario encargado del trámite, quien debe preparar la recomendación de acto final en el Sistema Digital Unificado, con base en las fundamentaciones técnico, jurídico, financiero y de cualquier otra índole que le proveen las unidades especializadas de la entidad contratante que deberá someterla a conocimiento y aprobación de las distintas instancias correspondientes de control interno y ante quien posea la competencia suficiente para adoptar el acto final que corresponda. Teniendo presente la anterior consideración preliminar, se procede a dar respuesta — en términos generales — a las preguntas puntuales realizadas por el consultante en el mismo orden en que fueron planteadas. *1- ¿Resulta acorde con el ordenamiento jurídico que el Concejo Municipal regule internamente respecto de la contratación administrativa que las Unidades solicitantes del servicio, deban realizar el análisis de las ofertas y determinar y/o recomendar la oferta a adjudicar?” En atención a la autonomía municipal y a las competencias otorgadas por el legislador al Consejo Municipal, se advierte que dicho órgano tiene facultades suficientes para disponer, a través de normativa interna, cómo deben Dirección: San José, Avenida 2da Cale 1 y 3 Tel 2539-4339 - 2539-6208 dcopfBhacienda.go.cr Página 7 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N979 ACTA N*32 Ordinaria. MM Miiió Minis] os 2022-2026 ¿NN Ha: enda . Ear COSTA RICA ORECCION DE CONTRATACIÓN TPALAJANDO, DECIDMIOO, MJORAMDO MH-DCoP-0F-0312-2023 organizarse a lo interno para realizar los actos preparatorios necesarios para la adopción, de los actos finales en los procedimientos de contratación pública que deba conocer el máximo jerarca de la institución. Claro está, las disposiciones internas que determine el Consejo Municipal, no pueden contrariar las disposiciones de carácter legal que puedan estar estipuladas en leyes especiales; en este orden, tratándose de materia de contratación pública, la competencia para dictar normativa interna del Consejo Municipal, sólo encontraría límites en la propia LGCP, su reglamento y normativa conexa. A modo de ejemplo, vía normativa interna no pueden disponerse plazos que excedan al máximo permitido por la ley para la realización de actuaciones concretas, como lo es el dictado del propio acto final de la contratación, ni tampoco delegarse actuaciones que la Ley dispone que son exclusivas del jerarca, como lo es la resolución motivada que decida sobre una donación de bien inmueble. Ahora bien, tal y como lo dispone el artículo 51 de la LGCP y 139 de su Reglamento, el acto final deberá consistir en una decisión informada por parte del órgano competente que deberá estar sustentada en criterios técnicos y jurídicos, partiendo de ello, el Consejo Municipal puede disponer, atendiendo a la organización interna de la Municipalidad, cuál o cuáles instancias administrativas del municipio deberán participar en la elaboración de esos criterios que darán sustento a las decisiones finales en los procedimientos de contratación pública. De esta manera respecto a la interrogante “(...) acorde con el ordenamiento jurídico que el Concejo Municipal regule internamente respecto de la contratación administrativa que las Unidades solicitantes del servicio, deban realizar el análisis de las ofertas (...)”.resultaría acorde con la LGCP y normativa conexa que las unidades solicitantes participen del análisis de las ofertas, en lo que corresponde a su valoración técnica, y que por lo tanto, el Consejo Municipal podría disponerlo de esa manera mediante normativa interna. Sin embargo, resulta necesario indicar que el análisis de ofertas no se agota en la elaboración de criterios técnicos respecto de las plicas presentadas, sino que necesariamente deben emitirse criterios jurídicos, que verifiquen la viabilidad legal del posible contrato que se persigue, así como que se elaboren las valoraciones correspondientes para conocer si la contratación resulta viable desde otras perspectivas, como la financiera, determinando - entre otros — la correspondiente razonabilidad de los precios ofertados; de esta manera, no Dirección: San José, Avenida 2da Cale 1 y 3 Tel 2539-4339 - 2539-6208 dcopf2hacienda.go.cr Página 8 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*80 ACTA N*32 Ordinaria. COSTA RICA “DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN - EX CONTRATACIÓN TRAENANDO, DECIDILINOO, MILJOBANDO. MH-DCoP-0F-0312-2023 resultaría lógico ni conveniente, encargar la totalidad del análisis de las ofertas a la unidad solicitante, pues podría darse el caso de que ésta carezca de apoyo legal o financiero o que dicha función esté centralizada en otras oficinas en razón de sus competencias; debiendo recurrirse a otras instancias administrativas como lo podrían ser el departamento o unidad legal y el departamento o unidad financiera respectivamente para que practiquen las valoraciones correspondientes a las ofertas, en atención a su conocimiento e idoneidad para realizar la labor. En razón de lo cual, corresponde a la Administración efectuar el análisis respectivo, para que su organización funcional resulte idónea para lograr satisfacer el fin público y adoptar las actuaciones conforme a derecho, siempre que ello se encuentre acorde con lo que se ha mencionado. Continuando con la pregunta realizada, se procede a analizar si las unidades solicitantes podría o deberían recomendar la oferta a adjudicar y si esto puede ser dispuesto por el Consejo Municipal. En este punto, debe hacerse ver que existe una norma de rango legal, prevista en el numeral 131 de la LGCP que dispone entre las competencias de la proveeduría institucional, el preparar la decisión final, lo que involucra la labor de realizar la correspondiente recomendación del acto final, en ese sentido dispone en lo de interés la norma citada que: “ARTÍCULO 131- Proveedurías institucionales y juntas de adquisiciones. En cada uno de los órganos y sujetos públicos, sometidos a los alcances de esta ley, existirá una dependencia encargada de los procedimientos de contratación pública, con la organización y las funciones que se determinarán vía reglamentaria. La proveeduría institucional tendrá plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación pública y podrá adoptar los actos y requerir los informes que resulten necesarios para preparar la decisión final.” (El resaltado no es del original) Del extracto anterior, se advierte que el legislador otorgó plena competencia a la unidad de proveeduría institucional para efectuar la función que señala en su consulta, sea realizar la recomendación de adjudicación; de forma tal que dicha recomendación resulta de competencia del funcionario que funja jefatura de dicha unidad administrativa, y se efectúa no con insumos propios de la proveeduría, sino basado en los informes de múltiples materias (técnica, financiera, o de cualquiera otra indole dependiendo del objeto contractual) que se hayan requerido a las instancias correspondientes. Dirección: San José, Avenida 2da Cale 1 y 3 Tel 2539-4339 - 2539-6208 dcopfohacienda go. er Página 9 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*81 ACTA N*32 Ordinaria. AA EA COSTA RICA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN TMAAJANCO, CLODINOO, IMJOPAMDO PÚBLICA MH-DCoP-0F-0312-2023 De esta manera, y dada la función que la Ley le asigna a la proveeduría institucional, como encargada de los procedimientos de contratación, y parte operativa del subsistema de contratación pública, no advierte esta DCoP viabilidad para que el Consejo Municipal mediante normativa intema, regule que la recomendación de adjudicación deba ser realizada por la unidad solicitante, recayendo la competencia para ese acto en el funcionario que funja como jefatura de dicha instancia tramitadora según se extrae de la normativa legal vigente anteriormente expuesta. Adicionalmente, conviene mencionar la facultad regulada en el artículo 318 del Reglamento a la LGCP sobre la posibilidad que asiste a las entidades contratantes de conformar una comisión de recomendación de adjudicaciones, regulándose que “La Administración podrá (...) establecer la conformación de una comisión de recomendación de adjudicaciones, con competencia exclusiva, para analizar y recomendar la adjudicación de las contrataciones que por la naturaleza de la contratación así se requiera.” De esta manera, si la entidad contratante así lo dispone y regula, podría existir una instancia especializada para la función de recomendar los actos finales de determinados procedimientos de contratación. Atendida la primera interrogante, se procede a verificar la segunda interrogante planteada. “2. ¿Esa competencia para estudiar las ofertas y recomendar la oferta adjudicable es de la Unidad de Proveeduría?” Parte de esta interrogante fue atendida anteriormente cuando se aclaró que, por disposición legal, la competencia para preparar la decisión final recae en la proveeduría institucional, por ende, la figura del proveedor institucional o quien se encuentre a cargo de la unidad administrativa que realice las labores de tramitación de la contratación pública, es quien ostenta competencia definida para preparar la correspondiente recomendación del acto final. Importante recordar que, si la entidad contratante ha hecho uso de su facultad de nombrar una comisión de recomendación de adjudicaciones, realizar efectivamente la recomendación del acto final cuando corresponda según las disposiciones intemas que se establezcan al efecto, sería competencia de esa instancia administrativa. Drección: San José, Avenida 2da Cale 1 y 3 Tel 2539-4339 - 2539-6208 dcopfBhaciendaqo.cr Página 10 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*82 ACTA N*32 Ordinaria. ná Ministerio de 2022-2026 '¿Ñ Hacienda COSTA RICA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN TRABAJANDO, DECIDILINDO, MEJORANDO. PUBLICA MH-DCoP-0F-0312-2023 Se procede ahora a dar respuesta a la primera parte de la interrogante, en relación a que si es competencia de la unidad de proveeduría el estudiar las ofertas. Al respecto, debe indicarse que si bien el tema no ha sido expresamente desarrollado anteriormente, si fue referenciado en el sentido de que el artículo 131 de la LGCP, es claro en indicar que la preparación del acto final la realiza la proveeduría, pero utilizando para ello los informes que resulten necesarios que le preparan las distintas unidades administrativas especializadas en atención a su obligada colaboración con la unidad a cargo de la tramitación de los procedimientos de contratación pública. De esta forma, si bien le corresponde a la proveeduría institucional realizar la apertura de las ofertas y por ende inspeccionar de primera mano las plicas presentadas para determinar si continúan para su respectiva valoración, también lo es que, la revisión técnica, jurídica o de cualquier otra indole, debe ser desarrollada por personal idóneo en atención al análisis que se requiera, por ende, salvo que la unidad de proveeduría institucional disponga del personal y experiencia idónea para realizar la labor, deberá apoyarse en las distintas dependencias administrativas de la entidad contratante para obtener los insumos e informes correspondientes que le permitan - en atención a los parámetros previamente establecidos en el pliego de condiciones — efectuar la recomendación del acto final o adoptar los actos preparatorios que se estimen necesarios como lo pueden ser, las solicitudes de subsanación, siempre que estas no constituyan una eventual ventaja indebida. Por último, es menester recordar que los estudios que se realizarán a la hora de analizar las ofertas, no son antojadizos y deberán obedecer a los parámetros establecidos previamente en el pliego de condiciones. Al respecto la LGCP, en su numeral 40, es categórica en indicar que: 1 “En el pliego de condiciones se deberán indicar, de manera expresa, los estudios a los que se someterán las ofertas para determinar su elegibilidad.” Inclusive, cuales unidades administrativas estarán a cargo de esas valoraciones, lo cual debe ser de conocimiento de todos los posibles interesados, siendo que dicha información debe constar en el expediente desde su decisión inicial, así como en el respectivo cronograma de tareas del procedimiento de que se trate, en ese sentido, detalla el artículo 37 de la LGCP lo siguiente: Dirección: San José, Avenida 2da Cale 1 y 3 Tel 2539-4339 - 2539-6208 dcopíiihacienda go.cr Página 11 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*83 ACTA N*32 Ordinaria. Minis 20222026 ¿Ñ A, COSTA RICA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN TRABAJAMOS, DECIOMIEDO, LIJORANOO PÚBLICA MH-DCoP-0F-0312-2023 “La decisión inicial contendrá una justificación de la procedencia de la contratación, una descripción y estimación del costo del objeto, el cronograma con las tareas y las unidades responsables de su ejecución con las fechas de inicio y finalización, un funcionario designado como administrador del contrato, los parámetros de control de calidad (...)” (El resaltado no es del original) De esta manera, se tienen por atendidas las consultas planteadas concluyéndose lo siguiente. VI. Conclusiones. 4. La competencia para dictar actos finales en procedimientos de contratación pública reside en el máximo jerarca de la institución. Tratándose del régimen municipal, recae sobre el Concejo Municipal, a excepción de los supuestos en que, por medio de reglamento intemo del mismo órgano, se haya delegado esta función en el Alcalde Municipal. 2. La tramitación del procedimiento de contratación es competencia de la instancia que funja como proveeduria institucional; unidad competente para realizar los actos preparatorios del acto final, lo anterior con base en los diferentes informes realizados por las distintas unidades administrativas de la municipalidad, técnica, legal, financiera y otra que se requiera en razón del objeto contractual, en atención a la idoneidad y expertis de sus funcionarios. 3. Es jurídicamente viable que el Consejo Municipal emita regulaciones internas que asignen funciones a las unidades solicitantes relacionadas con el análisis técnico de las ofertas (en lo que corresponda a valoración técnica de cumplimiento). Así mismo, las demás valoraciones técnico, jurídicas, financieras, entre otras, deberán ser realizadas por funcionarios idóneos para esa labor, pudiendo pertenecer éstos a unidades administrativas distintas de la proveeduría institucional, siendo que asiste a éstas un deber de obligada colaboración con la instancia tramitadora de los procedimientos de contratación pública. 4. Es competencia de la proveeduría institucional o unidad administrativa que realice las funciones tramitadoras de la contratación pública, el preparar la decisión final — realizar la labor de recomendación de acto final - para Dirección: San José, Avenida 2da Cate 1 y 3 Tel 2539-4339 - 2539-6208 dcophacienda.go.cr Página 12 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*84 ACTA N*32 Ordinaria. nn Had ds 2022-2026 '¿NÑ lacien: . Lt iia COSTA RICA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN: TRABAJANDO, DLCIDIMIDO, WUJOMANOO. PÚBLICA MH-DCoP-0F-0312-2023 conocimiento del máximo jerarca de la institución, como parte de las actuaciones previas a la adopción del acto final por parte del competente. Esta función de recomendar el acto final de los procedimientos de contratación pública, podría recaer — en caso de existir — en la comisión de recomendación de adjudicaciones. Atentamente, vESEMADELOS ser ANGELES LEDEZMA LEDEZMA RODRIGUEZ RODESUEZ Foco. 20230503 A (FIRMA) 16:40:12-0600' Yesenia Ledezma Rodríguez Directora de la Dirección de Contratación Pública CC. Archivo y digesto de contratación pública. a ACOSTA AS Realizado por. Revisado por: Aprobada por. Randall Quesada Ulate Alejandra Román Hernández Erika Solís Acosta Asesor Legal, Unidad Coordinadora, Unidad Jefa, Departamento de Normas Normativa, DCOP Normativa, DCoP y Contrataciones, DCoP. Dirección: San José, Avenida 2da Cale 1 y 3 Tel 2539-4339 - 2539-6208 deopfBhacienda.go.cr Página 13 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*85 ACTA N932 Ordinaria. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal La Auditoría nos manda dos documentos por lo cual les voy a pedir que nos reunamos el jueves a las 9:00 de la mañana en este Concejo para ver con el abogado esos dos documentos y en uno tiene que venir el Ing. Henry Madrigal Calvo, el Ing. David Quirós Aguilar de Topografía, el Ing. Olger Gutierrez Mendoza De Obra Pública y el Lic. Christian Córdoba Oviedo Asesor Jurídico Concejo Municipal. esto sería para el jueves 18 porque es un tema que nos dan 10 días para tomar una decisión muy seria entonces por favor venir el jueves a las 10:00 de la mañana esas personas que dije para conocer esos dos documentos. El que desea llevarse esos documentos para estudiarlo para que vengan ya con la lectura hecha y solo vengan a aportar para no tener que leer todos estos dos documentos que son muy largos para poder avanzar, por favor le piden a la señora secretaria, lo lleva, lo leen y traen aportes y preguntas para avanzar ese día con esos temas. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se convoca a una mesa de trabajo a los regidores, a los ingenieros Henry Madrigal Calvo, el Ing. David Quirós Aguilar de Topografía, el Ing. Olger Gutierrez Mendoza De Obra Pública, al Lic. Christian Córdoba Oviedo Asesor Jurídico Concejo y al señor Alcalde, para el jueves 18 de mayo a las 10:00 am en la sala de sesiones del Concejo Municipal de Pococí. ACUERDO N* 852 Se conoce nota suscrita por la señora Marlen Fajardo Mendoza, teléfono: 8415- 8061, correo electrónico: hlopez0619800gmail.com / estrelladelcielo8160gmail.com, dice: Asunto: Solicitud de espacio en sesión municipal. > (= L A Sitio Web: munipococi.go.cr a AD Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*86 ACTA N*32 Ordinaria. 1405-2023 4% Guápiles, 11 de mayo 20: Para: Consejo Municipal De: José Horacio López Vega Asunto: Solicitud de espacio en sesión municipal. Saludos. Estimados (as) Señores (as) Por medio de la presente me dirijo a ustedes soy Marlen Fajardo Mendoza cédula: 5-0311- 0783, en representación de mis compañeros de la junta educación Escuela La Suerte, los cuales son los siguientes: Edgar Arturo Chaves Bustamante cédula: 9-0073-0483, José Horacio López Vega cédula: 7-0135-0120, Heylin Teodora Rocha Guzmán cédula: 155818074613. ' Para solicitarles un espacio para que nos atiendan en sesión municipal para exponerles al concejo diversas situaciones que presentamos en la junta con la compañera de junta la señora Ericka Elleth Hidalgo Jiménez cédula: 1-1001-0219. En dicho espacio necesitamos presentar los siguientes puntos: 4- Trato de la señora Hidalgo para con todos los miembros de junta, directora y servidora del comedor escolar. 2- Atrasos de gestiones y pagos por parte de la señora Hidalgo desde el nombramiento. 3- Terreno de la escuela. 4- Solicitud de investigación y destitución del cargo de la señora Ericka Hidalgo. Quedo a la espera de una respuesta positiva y pronta. ¡o N %; hnox len ( losgxdo : Marlen Fajardo Mendoza cédula: 5-0311-0783 Cordialmente. Correo electrónico: hlope20619800 gmail.com / estrelladelcielos16 gmail.com. Teléfonos: 8415-8061 Participan de la palabra: Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal DO y) Sitio Web: munipococi.go.cr Y e € Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*87 ACTA N*32 Ordinaria. 11- Yo quiero decir que nosotros no le podemos dar una audiencia por investigación, entonces no se puede dar audiencia hasta que no haya una resolución, lo pongo en conocimiento para que quede en lectura, que Magally guarde esto porque es parte de temas que están en investigación, igual no viene como una denuncia por eso dije esos nombres, sino como una solicitud de espacio, pero que conste en actas que al estar en investigación no se le puede dar una audiencia para hablar del tema. Los que estén de acuerdo en esta decisión por favor levantar la mano. Por Mayoría de 8 votos a favor, 1 voto ausente SE ACUERDA: Que se notifique que el tema al estar en investigación, no es posible otorgar la audiencia. Se encuentra ausente el Reg. Randall Torres Barrientos, con permiso de la presidencia. ACUERDO N' 853 Se conoce correo suscrito por el señor Jerson Valverde Castillo, secretario ejecutivo de la Presidencia Ejecutiva del INA, teléfono: 2210-6341, correo electrónico: jvalverdecastilloina.ac.cr, dice: Asunto: Cancelación de visita a Terrenos de Pococí > Sitio Web: munipococi.go.cr YA DD Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*88 ACTA N*32 Ordinaria. Cancelación de visita a Terrenos de Pococí Jerson Valverde Castillo <JValverdeCastilloGOina.ac.cr> Jue 11 May 2023 10:40 Para: secretaria municipal <secretariaQmunipococi.go.cr> CC: Carolina Chacon Mora <CChaconMoraQina.ac.cr> Buenos días reciban un cordial saludo de parte de la Presidencia Ejecutiva del INA, El señor Presidente Ejecutivo, ha recibido una convocatoria de carácter superior para el próximo 19 de mayo, por lo que lamentablemente no podrá realizar el recorrido que se tenía planeado para ese día. Se extiende una gran disculpa por este cambio, asimismo se agradece la comprensión, ya que es algo que no se tenía comtemplado. Ala brevedad posible se repgrogramará una nueva fecha para así poder concretar la visita. Cualquier consulta con mucho gusto. Cordialmente, Jerson Valverde Castillo Mn o eros de Presidencia Ejecutiva [esperan Aprendizaje Secretario Ejecutivo O 2210-6341 PO A ¡OQ oe. — e TARTA Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. ACUERDO N* 854 Se conoce nota suscrita por el señor Roberto Levy Porras, director Liceo de Cariari, dice: Oficio: DREGAP-SCE03-LC-061-2023. Asunto: Solicitud de presupuesto para compra de pintura. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI N PAGINA N*89 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05-2023 % — Cl 4 :onsejo Mun imón Estimados señores; el provinci Lo Aunado req niv Impiez: icionar que el admini: cl tudiantil. s en sus labores Adjunta, F 'ordialmen! Amón = Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*90 ACTA N*32 Ordinaria. Buenas tardes Estimados gustos saludarles, les escribe Cinthya Prendas, yo formo parte del Liceo de Cariari en su desarrollo integral, el liceo de Cariari desde hace varios años ha venido creciendo su población estudiantil y con ello las necesidades de infraestructura y de recursos para la atención del estudiante. El Liceo de Cariari no cuenta con recursos suficientes para hacer frente a mantenimientos que son generales y básicos, en donde la mayoría de la población estudiantil becados tanto en temas de transporte como en alimentación, justo por la situación económica que viven desde sus casas, por lo que no se puede contar con el apoyo de la contra parte. Aún con limitantes y demás y a mucho esfuerzo el año pasado se realizaron actividades para poder reparar los drenajes sépticos ya que era totalmente inhumano e insalubre para los estudiantes y el personal del liceo, ya que los mismos colapsaron y se pudo resolver, pero los fondos recaudados se agotaron y no se pudieron atender las necesidades que se adjuntan en la carta según se detalla. Nos dimos a la tarea de cotizar y adjuntamos para referencia, agradeciendo de ante mano la colaboración que nos puedan brindar, Dejo mi contacto en caso que requieran comunicarse, o en caso que requieran que me presente ante consejo no tengo inconveniente en presentar el caso personalmente, Saludos, Cinthya Prendas Cubillo 701580413 1 Cantidad 20 10 48 e: Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N91 ACTA N*32 Ordinaria. Almacén ) Almacén Tres R, Materlalos de Construcción y Ferrotería S.A COTIZACIÓN fula Jurídica: 3-1 pi . ii Guápiles, Pococí, Limón COS 00000D48SS Teléfono:(508) 2710-6081 Fax: (506)2710-2667 www.almacen3r.com - ventasalmacen3rQgmall.com Ciomo O LICEO DECARIARI 27677180 Focha: 27/04/2023 < Idontficació NO Vondodor: ISAIAS SOTO CHAVARRIA Direccion: HO Contactos NO Toléfono: NO Código Descripción UND Cantidad __Preclo Unitario Total 38060 VENTILADOR INDUSTRIAL VEGA PARED 20" 50TW UNO 20.00 74,378.59 1.487,571.75 G 11266 — PIZARRAACRILICA 1.22X2.44 UND 10.00 94,770.00 947,200.00 G 11795 CANDADO YALE 110-25 UND 12.00 3,119.47 037,433.56 G 00871 CANDADO YALE 11040 UND 12.00 5,006.33 260,075.98 G 00872 CANDADO YALE 110-50 UNO 12.00 7,516.05 090,192.58 G 00873 CANDADO YALE 110-60 UND 12.00 10,438.81 125,265.76 G 10193 CORROSTYL SUR 9345-307-05 ROJO OXIDO CUBETA UND 6.00 71,433.63 464,601.77 G 26290 SEAL BLOCK SUR 515-000-05 SATINADO BLANCO (CUB) UNO 10.00 73,407.08 734,070.80 G 25757 — SET PIPINTAR 4 PIESAS C/BROCHA HANDIMAN/NOVA 449002 UNO 3.00 3,821.15 211,463.46 G 18638 FELPAP/TECHO AMARILLA JUMBO UND 3.00 3,711.89 211,135.66 G 32951 BASURERO RECICLAJE 42LT PIPAPEL-CARTON GRIS 008117-PC UND: 2.00 17,655.00 235,310.00 G 32952 BASURERO RECICLAJE 42LT P/PLASTICO AZUL 008117-PL UND 2.00 17,655.00 035,310.00 G 32953 BASURERO RECICLAJE 42LT RIESGO ECOLOG.ROJO 008117-R8 UND: 1.00 17,655.00 017,855.00 G 32954 — BASURERO RECICLAJE 42LY P/ORGANICOS VERDE 008117-0G UND 1.00 17,655.00 217,655.00 G 32956 BASURERO RECICLAJE 42LT P/ORDINARIOS NEGRO 008117-80 UNO 2.00 17,655.00 235,310.00 G 32957 BASURERO RECICLAJE 42LT P/ALUMINIO 0081117-AL AMARILLO UND 1.00 17,555.00 217,655.00 G 32958 — BASURERO RECICLAJE 42LT PVIDRIO NARANJA 008117-VI UND: 1.00 17,555.00 217,655.00 G 09564 ESCURRIDOR DE MECHA PLAST.GRANDE (HD36LT) 01010011700 UND 10.00 97,522.00 2975.220.00 G 08144 CARRETILLO ESPARTACO METALICO VERDE UND 3.00 44,700.77 2134,102.30 G 07848 CHAPEADORAOLEO MAC 746-T 2.5hp45.7cc UND 1.00 499,478.78 2499,478,78 G 25473 — HIDROLAVADORA DEWALT 6 MESES GARANTIA GASO.DXPW80604 3800PSI UND 1.00 990,288.00 290,288.00 G 43518 PISO PORCELANATO ESS TEIDE SILVER 60X60 1.44 METROS X CAJA UND: 30.24 12,605.23 381,182.24 G 08492 PEGACERAMICAINTACO BONDEX PLUS 25 KILOS UNO 3.00 5,132.86 241,062.87 G 10216 PORCELANAINTACO GRAFITO 1112 2KG UNO 5.00 1,828.69 29,143.46 G Peso total: 205.30 Observaciones: 27,176,539.08 932,950.08 (8,109,489.15 Cotización válida por: 1 día “OCHO MILLONES CIENTO NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE con 15/100 ALMACEN 3R impreso el 02/08/2023 o las 3:53:24PMFomoto: Ciapl Página 1 de 1 PO y) Sitio Web: munipococi.go.cr Y C € Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*92 ACTA N*32 Ordinaria. 0005 ALMACENES EL COLONO S.A (CARIARI) AC 155 Fax FACTURA PROFORMA FRENTE A SERVICENTRO 41, CARIARI CENTRO COTIZA Y COMPRA POR MEDIO DE FACEBOOK O INSTAGRAM COMO COLONO CONSTRUCCIÓN O AL WHATSAPP 60557181 Cliente : 999999 LICEO DE CARIARI Número : 2107123 Cuenta : 999 CLIENTE DE CONTADO(9999) Plazo: 1 días Vend. : 0037 GERALD JIMENEZ ALEMAN Fecha : 29/04/2023 Dir. : DIRECCION Cantidad_Codigo Nombre Pr 1] Precio Unitaño_ Precio Linea 20.000 7213531 VENTILAD PARED INO 20" 50TW UND 93,548.06 1.870,973.10 * 12.000 7043995 CANDADO M110-2014M 1110563 YALE UND 2,902.66 34,031.92 * 12.000 7044004 CANDADO M110-30MM 81106 YALE UND 3,911.50 46,938.00 * 12.000 7044005 CANDADO 8110-40M4M 81107 YALE UND 5,471.87 65,734.44 * 12.000 7044007 CANDADO M110-60MMR1109 YALE UND 11,353.98 136,247.76 * 6.000 6013018 SURCORROSTYL ROJO OX49345-307 CBT CUBETA 90,380.56 542,283.36 * 6.000 6001652 FELPAPITECHO ONDULADA JUMBO UNO 4,017.70 24,106.20 * 3.000 6004100 MARCOPIFELPA 9" FRO1196 PROF NARA NOVA UNO 2,310.58 6,955.74 * 30.173 3235773 — PISOCER 45X45 NIELSEN GRIS 1.62 Me 9,930.04 299,860.48 * 8,000 3000679 MORTERO SUPERMIXPLUS 25KG UND 4,211.90 33,695.20 * 5.000 3100288 INTACO FRAGUA S/ARE CREMA 2KG UND 2,384.95 11,924.75" 10.000 6020021 SURGOLTLATSAT BL 111100-000 CY CUBETA 26.460,21 964,602.10 * 10,000 7271534 BALOE ESCURRIDOR VEGA C/PRENSA 8000 7960Y UNO 47,256.65 472,566.50 * 3.000 9010005 CARRETILLO 65LT CANUDO NARANJA RMULE UND 30,106.20 90,318.60 * 1.000 7016497 DESBROZADORA SRM-4605 45.7CC ECHO UND 393,645.87 399,645.87 * 1.000 7205844 HIDROLAVGAS 6.5HP 3000PS! THERMIC LAVOR UNO 419,681.54 419,681.54 * 10,000 299 PIZARRA ACRILICA 122 X 244 UND 72,400.00 724,000.00 * Última Línea Total en letras: seis millones novecientos treinta y seis mil trescientos cincuenta y tres con 10/100, Observaciones: SubTotal $ 6,138,365.56 Descuento ¿0.00 Impuesto: $ 797,987.54 Transporte 40.00 Peso Total: 462.8650 Kg Total Documento ¿ 6,936,353.10 Vigencia de la Oferta: 1 días Realizado por: USUARIO GENERICO FACTURACON CARIARI Compre a cuotas con Raplerédito Por ALMACENES EL COLONO S.A (CARIARI) Windowsigjimeneza Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Señor Alcalde. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*93 ACTA N*32 Ordinaria. ACUERDO N' 855 Se conoce nota suscrita por el Lic. Jorge Hodgson Quinn, presidente del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí, correo electrónico: secretariaccdreOgmail.com . Tel: 2710-37-68, dice: Oficio: CCDRP-128-2023 Asunto: Traslado de actividad en celebración del Día Nacional del Deporte. Para el domingo 21 de mayo 2023. Solicitud de uso del Kiosco del parque central de Gvuápiles. COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCÍ Cédula Jurídica: 3-007-087876 Guápiles, miércoles 10 de mayo del 2023. CCDRP-128-2023 Señores: Concejo Municipal Estimados señores: Me permito informarles que en la Sesión Ordinaria N”13 realizada el 08 de mayo del 2023, la Junta Directiva del CCDR Pococi procede a tomar el siguiente acuerdo: ACTA ORDINARIA*13 ARTICULO lll ACUERDO N*199 Por Unanimidad SE ACUERDA: se le Indica al honorable Concejo Municipal que debldo a Inconvenlentes la actividad del día del Deporte se traslada para el próximo domingo 21 de mayo del 2023. Por lo que le solicitamos nuevamente el préstamo del Klosco del Parque Central y la colaboración del clerre de la calle que se encuentra en la esquina de la Farmacia San Roque hasta el Monumento al agricultor del Parque Central para continuar con las actividades correspondientes. Aprobado por los presentes y se dispensa. Carairarto, JORGE Fenaio btt HODGSON — po 2ot6t QUINN STA da LOriERIAN) CUE Lic“Jorge Hodgson Quinn Presidente CCDR de Pococí Ci: Archivo “El llenor las manos de los Jóvenes de deporte, es poner el deporte en buenas manos” Tel: 2710-37-68) 2710-17-89 Correo: secretarlaccdrpOgmalll.com Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*94 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05-2 gx a A ER A 2 “Por Unanimidad SE ACUERDA: En vista de que el Kiosco del parque ya se está comprometido para esa fecha, Se autoriza al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí Únicamente el cierre de la calle que se encuentra en la esquina de la Farmacia San Roque, hasta el monumento de Pococí del parque central, para el 21 de mayo de 2023 en celebración de las actividades del Día Nacional del Deporte. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 856 Se conoce nota suscrita por la señora MSc. Elena María Bermúdez Vargas, directora Escuela San Jorge, dice: Oficio DREG-SEC03-ESJ-107-2023 Asunto: Solicitud de Juramentación de nuevos miembros de la Junta de Educación Escuela San Jorge. > k Sitio Web: munipococi.go.cr Y AD $ Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOC PAGINA N*95 ACTA N*32 Ordinaria. oo me Darer rr, ee jos, 3 nperncn Der da Carro, Zone Jorge = e Breeders, OFICIO DREG-SECO3-ESJ-107-2022 De: M5c, Elena Ma, Bermúdez Zara brertra Para: Concejo Municipal de Poucnrí Fecha:04 de mayo del 207% Asunto: Solicitud de Jurammentación de nues rarabras, Ae Educación en la comunidad de San Jorge, Poza, Pucará, La suscota directora, MSc, Elena María Bermúdez Vargas, “s: la Escuela San Jorge, código 3697, por medio de la presente Salto LON 1440 El respeta ua pa mua nueva Junta de Educación 207%-2020, viven en una zona Completarnea! arteria (0 con calles empedradas y sio ilurmnación) “La comunidad - tra a 47 hilórmetros de Guápiles y > 20 Yen del contro de Cariari. * Los horarios de bus de la cormunidad de San Jorge hacia Carnes alas 2:20prn y el último a las 5:40 pro, de abú deben tornar otco bus hacia Guápales y después tazi hasta la Municipalidad de Pococií, igualene el regreso de Canaan a la comunidad de San Jorge el último bus sale a las 5:00pro, raotivo por el cual se imposibilita por medio de transporte publico la presencia de los miembros. + Los raterabros de la Junta laboran para las bananeras y los horarios de trabajo irmposibilitan que pidan permiso para ausentarse desde el rardio día para poderse trasladar a Guápiles * La comunidad urge de un carmbio en la Junta de Educación, paro sus raierabros cuentan con limitaciones económicas serias para hacer frente a lo ida y regreso hasta Cariari o Guápiles, imposibilitándoseles que puedan pagar el transporte privado. *La comunidad en horas d la noche pr ta un alto grado de peligrosidad. Por los motivos anteriores, con todo el respeto se le solicita al Concejo Municipal de Pococí aprobar que un representante de ustedes pueda asistir a juramentar a los nuevos miembros de la Junta de Educación Escuela San Jorge 2023-2026 Poyono, Perera, Menón, CO mado rte Pozo de Deprslz. on Jae, ¡WIRE Carso clecióni AS Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*96 ACTA N*32 Ordinoria. . ES a e Dirección Regional de Educación Guápiles COSTA RICA as p Supervisión Educativa Circuito 03 moras Escuela San Jorge = r A "Encendamos juntos la luz” a la comunidad de San Jorge, ubicada en Roxana, pero educativamente perteneciente al Circuito 03 de Cariari, en coordinación con la dirección escolar que está anuente a que la misma se realice en las instalaciones del Centro Educativo. Quedando a sus órdenes me despido cordialmente, é ( em Ei We poscuela 4 MSc. Elena Ma. Bermúdez Vargas : ¡0 4 Directora Ñ : Por Unanimidad SE ACUERDA: Se designa la juramentación al regidor Luis Ángel Méndez Araya para que realice la juramentación de la Junta de la escuela San Jorge en compañía de la secretaria de comisiones Maribel Olivas Amaya. ACUERDO N* 857 Se conoce nota suscrita por la Licda. Maritza Rojas Vindas, Directora del Centro Educativo Escuela Campo Cuatro, teléfono: 4409-27-39, correo electrónico: esc.campocuatroOmep.go.cr , dice: Asunto: Nombramiento de dos miembros de la Junta de Educación de la Escuela Campo Cuatro. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*97 ACTA N*32 Ordinaria. o MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE COSTA RICA DIRECCIÓN REGIONAL DE ENSEÑANZA DE GUÁPILES Mep CIRCUITO 03 CARIARI PP” CENTRO EDUCATIVO CAMPO CUATRO COS; ¿E RICA ticos CÓDIGO 3688 TEL.4409-2739 Esa mpocua roma 90 cr F-PJ-04 Formulario para envío de postulante para miembros de Juntas de Educación y Juntas Administrativas 24 de abril del 2023 Señores (as) Concejo Municipal de Guápiles Estimados (as) señores (as): En concordancia con el articulo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de las personas postulante para la conformación de la JUNTA EDUCACIÓN ESCUELA CAMPO CUATRO , CARIARI POCOCÍ, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: AA e POSTULANTE 10 Nombre Cédula JEANNETTE DEL CARMEN BERMUDEZ AGUERO | 7-01240510 ELLEN MOISESA MURILLO QUESADA 7-01760599 Justificación: No se presenta terna ya que no se encontraron de momento otras personas interesadas en formar parte de la Junta de Educación. Atentamente, VB. Supervisor de circuito educativd Adjunto: Hoja de delincuencia y copia de cédula de cada uno de las personas propuestas Página 1 de 1 Por Mayoría de 8 votos a Favor, 1 ausente (con permiso) SE ACUERDA: Se nombra a las señoras: Jeannette Bermúdez Agúero, cédula 7-0124-0510 y a la señora Ellen Murillo Quesada, cédula 7-0176-0599 como miembros de la Junta de Educación de la Escuela Campo Cuatro. Pasar a la oficina de Secretaría de comisiones para su respectiva Juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado. El regidor Randall Torres no se encuentra en la sala con permiso de la presidenta. = q Sitio Web: munipococi.go.cr a 2 Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*98 ACTA N*32 Ordinaria. ACUERDO N? 858 Se conoce nota suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos, Unidad de Patentes, teléfono: 2713-6560 ext: 139 /149, correo electrónico: ademar.reyesemunipococi.go.cr, dice: Oficio: PA-130-2023 Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo N? 5, inciso "b", que dice: "Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que, con la actividad solicitada, se podría violentar la ley vio el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público.” (El resaltado es supletorio.) Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%99 ACTA N*32 Ordinaria. Licencia de Licor NOMBRE DIRECCIÓN CATEGORÍA JIMÉNEZ, 50 MTS NORTE DEL CATEGORÍA AMISTAD ORIENTAL S.R.L PARQUE DE JIMENEZ D1/MINISUPER Atentamente; NAT licdo. Véra Jiménez vilolobós Unidad de Licencios y Patentes 1 i A Por UNANIMIDAD SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 859 Se conoce nota suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos, Unidad de Patentes, teléfono: 2713-6560 ext: 139 /149, correo electrónico: ademar.reyesAmunipococi.go.cr, dice: Oficio: PA-130-2023 Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo N? 5, inciso "b", que dice: "Arfículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
¡E/ » a ¡l ! MUNICIPALIDAD DE POCOCI NN / Xx PAGINA N9100 ACTA N*32 Ordinaria. A 11-05- ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que, con la actividad solicitada, se podría violentar la ley vio el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público." (El resaltado es supletorio.) Licencia de Licor NOMBRE DIRECCIÓN CATEGORÍA LA COLONIA, CASCADAS SHIRLEY ROMERO USAGA | UNO 75 METROS NORTE DEL SUPER BLESSIN CATEGORÍA D1/MINUSUPER Atentamente; Licda. Véra Jiménez ViKGlobós ve Unidad de Licencios y Patentes Por UNANIMIDAD SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. 7 an A od Sitio Web: munipococi.go.cr a JN > Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9101 ACTA N*32 Ordinaria. ACUERDO N* 860 Se conoce nota suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos, Unidad de Patentes, teléfono: 2713-6560 ext: 139 /149, correo electrónico: ademar.reyesamunipococi.go.cr, dice: Oficio: PA-130-2023 Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo N? 5, inciso "b", que dice: "Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que, con la actividad solicitada, se podría violentar la ley vio el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público." (El resaltado es supletorio.) Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
e D ¡Q 19 MUNICIPALIDAD DE POCOCI NON Mx PAGINA N*102 ACTA N932 Ordinaria. 11-05-2023, Licencia de Licor NOMBRE DIRECCIÓN CATEGORÍA CARIARI, 100 MTS OESTE DE ; y CATEGORÍA C/ GUADAMUZ ROBLES LUIS LA PLAZA DE SAGRADA RESTAURANTE FAMILIA Atentamente; | Licdo. Véra Jiménez VE0IODos / Unidad de Licencios y Patentes Por UNANIMIDAD SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N' 861 Se conoce nota suscrita por licenciado Pedro Alejandro Herrera Vargas, director del Centro Educativo Campo Cinco, teléfono: 2767 3097, correo electrónico: esc.campocincoOmep.go.cr, dice: Asunto: Nombramiento de la Junta de Educación Escuela Campo Cinco v Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N932 Ordinaria. MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA CENTRO EDUCATIVO CAMPO CINCO COSTADO NORTE DEL PARQUE "TELÉFONO 7673097/44092763 PAGINA N9103 Mep tenian ries T-P3-04 Formulario para envío de ternas para miembros de Juntas de Educación y Juntas Administrativas Campo cinco, 03 de mayo del 2023, Señores (as) Concejo Municipal de Pococí Estimados (as) señores (as): En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la conformación de la Junta de Educación Escuela Campo Cinco, Cariari, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: Terna NL Nombre Cédula Mérida Retana Castillo 203360329 Dennia Méndez López 701790824 Diana Vargas López TOVIGOLAS Terna N'2 Nombre Cédula Sandra Chavarría Lezama as 701190300 María del Carmen Salas Gonzales 109970051 Yahaira Trejos Mora 701680350 Terna N'3. E z Nombre Cédula Nancy Lizbeth Lacayo Rosales 701160845 Anayanci Porras Bonilla 2701610497 Johana Camacho Torres 1701540652 PEA Teran N% Nombre Cédula José Benjamín López Barrera 700600381 Roy Solano Picado 701010910 | Cindy Jiménez Porras. 602730218 Terna N%5 E Nombre Cédula Eva Benavides Gonzáles 603810967 Jonnathan Rivera Araya 701390856 Alejandra Murillo Atavía P2 101027656 Atentamente, Lo. irma y sello del Director del Centro Educativo) Nos Parco, tes, SE Lic. Pedro Alejandro Herrera Vargas Li VB. Supervisor de circuito educativo (Firma y séllo). Máster Richarth Ávila Hernández Participa de la palabra: PeOcecí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: OMMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*104 ACTA N*32 Ordinaria. Sra Pdte. Yaslyn Morales Grajal. También se encuentra un documento este, el documento donde el señor director indica que solo viene un hombre, porque no hubo más participantes, los que están de acuerdo en aprobar los primeros nombres de cada terna, por favor levantar la mano. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombran a las siguientes personas, Mérida Retana Castillo, céd. 2-0336-0329, Sandra Chavaría Lezama, céd. 7-0119-0300, Nancy Lizbeth Lacayo Rosales, 7-0116-0845, Jose Benjamín López Barrera, céd. 7- 0060-0381, Eva Leonor Benavides González, 6-0381-0967, como miembros de la Junta de Educación Campo Cinco. Pasar a la Oficina de Secretaría de Comisión para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. DAS ACUERDO N* 862 Se conoce nota suscrita por MSc. Francisco Quesada Salazar, director del Colegio Nocturno de Cariari, teléfono: 2767-3945, correo electrónico: col.nocturnodecariaridmep.go.cr, dice: Asunto: Nombramiento de la Junta de Administración del Colegio Nocturno de Cariari E E a k Js Sitio Web: munipococi.go.cr Y AS Á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*105 ACTA N932 Ordinaria. 11-05- PA MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA mMep O Colegio Nocturno de Cariari Cariari, Pococí, 100 metros Oeste de la Estación de Bomberos de Cariari 2767-3945 F-PJ-04 Formulario para envío de nómina para miembros de Junta Administrativa. Miércoles 10 de mayo del 2023 Señores (as) Concejo Municipal de Pococí Estimados (as) señores (as): En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de los candidatos para la elección de los miembros por vencimiento de la Junta Administrativa del Colegio Nocturno de Cariari, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: Nómina N%1 Nombre Cédula Elizondo Calderón Francisco José 7,0151 0374 Miranda Martínez Esteban Armando 1 1245 0661 De La O Mora Lucy Viannith 1 0759 0636 Vargas Jiménez Katherine Mariana 7.0213 0987 Mayorga Vanessa Auxiliadora 155842068901 Observaciones: Justificación de presentación de solamente una persona en el documento: Las razones por las que se presentan solamente estas personas en el formulario, es a raíz de que por más promoción y divulgación por parte de la Junta actual y de la administración no existieron más personas ni de la comunidad, ni de la comunidad estudiantil interesadas en formar parte de la Junta Administrativa de la institución. Atentamente, Richárth Ávilá Hernández VB. Supervisor de circuito educativo Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombran a las siguientes personas, Elizondo Calderón Francisco José, céd. 7-0151-0374, Esteban Armando Miranda Martínez, : Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*106 ACTA N?32 Ordinaria. ar 1-1245-0661, Lucy Viannith De La O Mora, 1-0759-0636, Katherine Mariana Vargas Jiménez, céd. 7-0213-0987, Vanessa Auxiliadora Mayorga, céd. 155842068901 como miembros de la Junta de Administración Colegio Nocturno de Cariari. Pasar a la Oficina de Secretaría de Comisión. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 863 Se conoce nota suscrita por el Lic. Christian Córdoba Oviedo, Servicios Jurídicos del Concejo Municipal, teléfono: 27136560, ext: 133, correo electrónico: christian.cordobaOmunipococi.go.cr, dice: Oficio: SICM-29-2023 Asunto: Respuesta a correspondencia directa: CD-118-2023 del 2 de mayo de 2023. v Sitio Web: munipococi.go.cr Y > Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
1 l i A MUNICIPALIDAD DE POCOCI OS PAGINA N*107 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05- Municipalidad de Pococí 9 ¡0 Servicios Jurídicos del Concejo Municipal Y Y) AS Teléfono: 2713-6560 Ext. 133 H9e 2 Pluye christian.cordoba(Qmunipococi.go.cr Macros | as A] 1 Guápiles, 4 de mayo de 2023 SJCM-29-2023 Honorable Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Asunto: respuesta a correspondencia directa: CD-118-2023 del 2 de mayo de 2023. Por este medio, procedo a dar respuesta a la correspondencia directa: CD-118- 2023 del 2 de mayo de 2023, para referirme al proyecto de ley 23359, “LEY PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA POR MEDIO DEL COBRO VENCIDO DE PATENTES MEDIANTE LA REFORMA DEL ARTÍCULO 78 DEL CÓDIGO MUNICIPAL”. La redacción actual del artículo 78 del Código Municipal es: “Artículo 78. - Excepto lo señalado en el párrafo siguiente, los tributos municipales serán pagados por períodos vencidos, podrán ser puestos al cobro en un solo recibo. Las patentes municipales se cancelarán por adelantado. A juicio del Concejo, dicho cobro podrá ser fraccionado. La municipalidad podrá otorgar incentivos a los contribuyentes que, en el primer trimestre, cancelen por adelantado los tributos de todo el año. El atraso en los pagos de tributos generará multas e intereses moratorios, que se calcularán según el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.” Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*108 ACTA N*32 Ordinaria. a Municipalidad de Pococí (5) COC Servicios Jurídicos del Concejo Municipal AY Teléfono: 2713-6560 Ext. 133 L¿E% Fluye christian.cordoba(Qmunipococi.go.cr Massi 2 La redacción propuesta por el proyecto de ley es la siguiente: “Artículo 78- Pago de tributos municipales, patentes, por periodos vencidos. Incentivos, multas e intereses Los tributos municipales serán pagados por períodos vencidos, podrán ser puestos al cobro en un solo recibo. Las patentes municipales se podrán pagar de manera anticipada o por períodos vencidos. Ajuicio del Concejo, dicho cobro podrá ser fraccionado, ya sea mensual, trimestral o semestral, La municipalidad pockrá otorgar incentivos a los contribuyentes que, en el primer trimestre, cancelen por adelantado los tributos o patentes de todo el año. El atraso en los pagos de tributos o patentes generará multas e intereses moratorios, que se calcularán según el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.” Como pudo observarse, el cambio principal está en el párrafo donde habla sobre las patentes, allí, permite que el pago de estas sea de manera anticipada o vencida, cuando en la versión vigente Únicamente se puede pagar de manera anticipada. En ese entendido, debe indicarse que no es algo que beneficie al Gobierno Local, toda vez que retrasaría los ingresos por ese concepto y complicaría la recaudación, además, particularmente esos recursos, tienen una amplia disposición para los ayuntamientos, pero se verá limitado. Por otra parte, hacia los patentados sería Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*109 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí pg COC Servicios Jurídicos del Concejo Municipal yu 15 a Teléfono: 2713-6560 Ext. 133 ¿2 Pluye christian.cordoba(Qmunipococi.go.cr "arestumo 3 ventajoso, pues al poder pagarse en periodos vencidos, quiere decir que tuvieron la oportunidad de desarrollar sus negocios y posterionmente reunir el dinero para pagar a las municipalidades. Por lo expuesto, desde el punto de vista de la municipalidad, el proyecto no sería beneficioso pues complicaría la recaudación de las patentes y la utilización de esos fondos para los quehaceres locales, mientras que para el patentado es beneficioso pues le permitiría tener más tiempo para pagar. En conclusión, deberá hacer una balanza el Concejo Municipal sobre qué resulta más beneficioso para el interés cantonal, si permitir que los patentados paguen de forma vencida su obligación, o la disposición más temprana de los recursos en beneficio de los munícipes al requerir el pago de manera anticipada. Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido. Firmado digitalmente CHRISTIAN por CHRISTIAN OVIEDO CORDOBA ma IRMA) OVIEDO (FIRMA) fecha: 2023.05.04 12:02:14 -06'00' Lic. Christian Córdoba Oviedo Servicios Jurídicos del Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Por Unanimidad SE ACUERDA: Se rechaza el proyecto de ley 23359, “Ley para la Reactivación Económica por Medio del Cobro Vencido de Patentes mediante la Reforma del Artículo 78 del Código Municipal” Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*110 ACTA N932 Ordinaria. _ ACUERDO N* 864 aa 1] Se conoce nota suscrita por la señora Roxana Vargas Gómez, Asamblea Legislativa, correo: comisión-gobierno0asamblea.go.cr dice: Asunto: Consulta Obligatoria Exp. 23.565. “LEY PARA LA CREACION DEL FONDO NACIONAL PARA EL FINANCIAMIENTO Y LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN Y LA ACTIVIDAD FÍSICA EN COSTA RICA” 18 de abril de 2023 Al-CPGOB-0239-2023 Señores (as) Concejo Municipal Asunto: Consulta obligatoria Exp. 23.565 Estimados (as) señores (as) : La Comisión Permanente Ordinaria de Gobierno y Administración, en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto “LEY PARA LA CREACIÓN DEL FONDO NACIONAL PARA EL FINANCIAMIENTO Y LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN Y LA ACTIVIDAD FÍSICA EN COSTA RICA”, Expediente N.? 23.565, el cual se adjunta. De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 28 de abril de 2023 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital. Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-2437, 2243-2194, 2243-2595 o al correo electrónico COMISION- GOBIERNO(Oasamblea.go.cr. De no confirmar el recibido de esta consulta se tendrá por notificado a partir de su envío, siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales. La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas interesadas. Atentamente, Firmado digitalmente por ROXANA VARGAS PA VERAS SONEZ GOMEZ (FIRMA) Fecha 20280418 154001 0000 DUA k Sitio Web: munipococi.go.cr a Y > Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9111 ACTA N*32 Ordinaria. PROYECTO DE LEY LEY PARA LA CREACIÓN DEL FONDO NACIONAL PARA EL FINANCIAMIENTO Y LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE, LA RECREACION Y LA ACTIVIDAD FÍSICA EN COSTA RICA Expediente N.” 23.565 ASAMBLEA LEGISLATIVA: Con el presente proyecto de ley se plantea la creación de un fondo nacional para el financiamiento y la promoción del deporte en Costa Rica, lo anterior en virtud de que actualmente el presupuesto destinado al deporte en sus diferentes ámbitos es limitado; además, aquellos deportes considerados no tradicionales suelen tener mayores dificultades para obtener recursos que permitan un mayor desarrollo de esas disciplinas deportivas y, por ende, un mayor rendimiento. Además, no se puede obviar que actualmente el país atraviesa por un momento de recuperación económica, motivo por el cual el Estado ve reducida su capacidad para destinar mayores recursos para la promoción y desarrollo del deporte nacional, situación que trae consigo menor posibilidades de apoyo a las y los atletas en diferentes disciplinas deportivas. Esta iniciativa permitirá fortalecer el deporte nacional en beneficio de nuestros atletas nacionales con la intención de dotarles de mayores recursos a distintos entes del deporte nacional, lo cuales serían sujetos de recibir financiamiento mediante el patrocinio de bebidas con contenido alcohólico, esto en virtud de la importancia que reviste el deporte para el desarrollo social y económico del país. Actualmente el deporte es un medio de gran trascendencia en los esfuerzos generados para la consecución de los objetivos del desarrollo sostenible, dado que el deporte ha mostrado ser un instrumento para hacer realidad el desarrollo de programas que brinden la posibilidad de promover la salud, el bienestar, la inclusión social, tendientes a mejorar las condiciones de vida de las comunidades en distintas partes del país. Debido a la importancia que tiene el deporte para el desarrollo, el exsecretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon manifestó en el 2011 que “El deporte se ha convertido en un idioma mundial, un denominador común que derriba todos los muros, todas las barreras. Es una industria mundial cuyas prácticas pueden tener un impacto generalizado. Sobre todo, es una poderosa herramienta para el progreso y el desarrollo”. Sitio Web: munipococi.go.cr Y 2 Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9112 ACTA N*32 Ordinaria Pu Para que el deporte nacional pueda desarrollarse a plenitud es necesario dotarle de mayores posibilidades de financiamiento, que permita a deportistas y entes del deporte nacional generar mayores ingresos, que, por ende, les permita mayores inversiones para la construcción de infraestructura, capacitación y gestión de actividades deportivas. El deporte es un medio que contribuye a alcanzar los objetivos del desarrollo sostenible, como el fin a la pobreza, en la medida en que el deporte puede ser un vehículo para transmitir habilidades prácticas a participantes en programas e instituciones deportivas las cuales pueden ser cruciales para incrementar sus probabilidades de encontrar un trabajo decente, además, personas en estado de vulnerabilidad se pueden conectar a redes de apoyo a través de programas deportivos. Además, el deporte, la actividad física y la recreación se encuentran estrechamente ligadas al objetivo de salud y bienestar, dado que el deporte influye de manera directa en la educación, la salud física y emocional y el comportamiento de todas las personas que lo practican, como agente cultural y social. De igual manera, se promueven estilos de vida saludables y se aborda el problema de la inactividad física, la cual está asociada con enfermedades no transmisibles como son las cardiovasculares, presión arterial alta, depresión y diabetes, entre otras. De manera que entre más personas practiquen deporte y actividad física es menos probable que estas requieran atención médica por enfermedades como las mencionadas anteriormente. Asimismo, por medio del deporte se pueden generar acciones orientadas a promover una educación de calidad, en tanto, la educación física y el deporte pueden ayudar a los estudiantes a desarrollar o mejorar ciertas habilidades como la concentración, la socialización y el liderazgo. Del mismo modo, a través de la práctica deportiva se pueden fortalecer algunas competencias psicomotrices, las cuales pueden influir positivamente en el desarrollo mental y físico de los estudiantes. Además de ser el deporte un elemento cultural que estimula la cohesión social a partir de los valores de la diversidad cultural y la superación de las desigualdades y la discriminación. En virtud de lo anteriormente expuesto, es necesario el fortalecimiento del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, ya que se requiere un instituto que cuente con mayores recursos para apoyar las gestiones de los comités cantonales de deporte y recreación mediante el financiamiento de proyectos que generen un mayor impacto en la población de cada cantón, debido a los beneficios que representa el deporte, la recreación y la actividad física en la niñez y las juventudes. El proyecto en cuestión modifica el artículo 12 de la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, N.” 9047, y acoge lo expuesto en la resolución de la Sala N.? 2021027601, en cuanto a la defensa del interés superior de la persona menor de edad, razonabilidad, progresividad de los derechos fundamentales, el artículo 25 de la Convención Iberoamericana de Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*118 ACTA N*32 Ordinaria. ea Derechos de los Jóvenes y el derecho a la salud. Lo anterior, en virtud de que con la creación del Fondo Nacional Para el Financiamiento y la Promoción del Deporte, la Recreación y la Actividad Física en Costa Rica se pretende que este sea un mecanismo para financiar proyectos orientados al beneficio de la niñez y las juventudes en cada cantón. Por estos motivos, planteo a través de este proyecto la creación del Fondo Nacional Para el Financiamiento y la Promoción del Deporte, la Recreación y la Actividad Física en Costa Rica, el cual será un instrumento fundamental para la administración de los recursos que se obtengan del patrocinio, con el fin de contribuir a la masificación del deporte en el territorio nacional. Para este fin, es trascendental que el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación sea el ente encargado de la administración de dicho fondo, dado que es la instancia que, a través de los comités cantonales de deportes y recreación, cuenta con los mecanismos para incidir directamente en cada cantón. Ya que, con dicho fondo se podrá apoyar la gestión que realizan estos comités en sus cantones a través de la formulación y ejecución de proyectos en beneficio de la población, a través de la promoción del deporte y la recreación en todo el país. Dejando claro que no se podrán utilizar en gastos de carácter administrativo. Si bien, dicho fondo se crea mediante el patrocinio de bebidas con contenido alcohólico, se plantea que dicho fondo responda a un uso en beneficio de la población joven y la niñez, para lo cual los comités cantonales de deporte y recreación deberán presentar proyectos que favorezcan a la niñez y la juventud. Es importante señalar que actualmente en la transmisión de partidos de futbol internacional a través de la televisión por cable y otras plataformas, así como de otros eventos, la población joven no se encuentra exenta de estar expuesta a la publicidad de bebidas con contenido alcohólico. Motivo por el cual, con el presente proyecto se crea una salvaguarda para el bienestar de la población menor de edad, que se vería beneficiada de los proyectos que puedan presentar los comités cantonales de deporte y recreación, de manera que se está protegiendo el interés superior de la persona menor de edad. Ejemplo de lo anterior es que en eventos deportivos como la UEFA CHAMPIONS LEAGUE, mundiales de fútbol que se transmiten a través de las distintas cableras se observa el patrocinio de marcas como la Budweiser, la Heineken, la liga mexicana de fútbol que cuenta con patrocinio de cervezas, o equipos de la liga española de futbol que cuenta con patrocinios de la marca Estrella Galicia, entre otras. Como diputados y diputadas de la República debemos crear las condiciones apropiadas para el desarrollo de la actividad física, el deporte y la recreación desde un punto de vista de la competición, como también desde una perspectiva de salud mental y física en aras de promover el desarrollo integral de la población. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*114 ACTA N*%32 Ordinaria. Con este proyecto de ley se pretende brindar la posibilidad de que las empresas puedan promocionar sus bebidas alcohólicas en eventos deportivos y culturales, pero de modo en que se genere un recurso en beneficio la juventud y la niñez de este país. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY PARA LA CREACIÓN DEL FONDO NACIONAL PARA EL FINANCIAMIENTO Y LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN Y LA ACTIVIDAD FÍSICA EN COSTA RICA ARTÍCULO ÚNICO- Refórmese el artículo 12 de la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, Ley N.* 9047, de 25 de junio de 2012, para que se lea de la siguiente manera: Artículo 12- Publicidad comercial El Ministerio de Salud tendrá a su cargo la regulación y el control de todo tipo de publicidad comercial relacionada con la comercialización de bebidas con contenido alcohólico, efectuadas por cualquier medio de comunicación a título gratuito o mediante pago. Todo control se realizará de previo a la divulgación de la publicidad. Se permite el patrocinio deportivo por parte de las empresas productoras, comercializadoras o distribuidoras de bebidas con contenido alcohólico a toda organización, entidad o persona dedicada a la práctica del deporte. Este patrocinio podrá ser utilizado en las marcas o nombres de bebidas con contenido alcohólico, en publicidad relacionada con las actividades y eventos deportivos, artículos e implementos deportivos, de cualquier naturaleza, donde se brinde propaganda, publicidad y patrocinio de marcas, distintivos, emblemas o nombres de bebidas con contenido alcohólico, sin distinción del medio utilizado, sea este por medio formatos digitales o impresos en rótulos, avisos, vallas, estampados o similares cuyo propósito sea hacer propaganda, publicidad o patrocinio comercial o llamar la atención hacia un producto con contenido alcohólico. Asimismo, podrá patrocinar todo tipo de actividades, deportivas, recreativas o culturales. Será prohibido el uso de marcas o nombres de bebidas con contenido alcohólico en publicidad, rotulación de uniformes y actividades deportivas, recreativas o culturales dirigidas a menores de edad. La finalidad del Fondo Nacional para el Financiamiento y la Promoción del Deporte, la Recreación y la Actividad Física en Costa Rica, tendrá como objetivo la Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9115 ACTA N*32 Ordinaria. ¡(IA formulación y ejecución de proyectos orientados a la promoción del deporte, la recreación y la actividad física en la niñez y las juventudes del país desde principios de inclusión social. De manera que se fomenten estilos de vida saludables, además de garantizar lo contemplado en el artículo 33 de la Convención Iberoamericana de los Derechos Humanos respecto al derecho al deporte. Créase el Fondo Nacional para el Financiamiento y la Promoción del Deporte, la recreación y la actividad física en Costa Rica como instrumento de administración de los recursos destinados para financiar y masificar el deporte en todo el territorio nacional. El Instituto Costarricense del Deporte (Icoder) será el encargado de la administración de los recursos del Fondo Nacional para el Financiamiento y la Promoción del Deporte, la Recreación y la Actividad Física en Costa Rica. Dicha administración deberá hacerse de conformidad con esta ley, las políticas y estrategia de apoyo que establezca el Estado y los principios de financiación, eficiencia, equidad, factibilidad y honestidad que rigen el sistema tributario. El Fondo Nacional para el Financiamiento y la Promoción del Deporte, la Recreación y la Actividad Física en Costa Rica será financiado con recursos de las siguientes fuentes: a) Las transferencias y donaciones que instituciones públicas o privadas realicen a favor del Fondo Nacional Para el Financiamiento y la Promoción del Deporte, la Recreación y la Actividad Física en Costa Rica. b) En las actividades y eventos deportivos, artículos e implementos deportivos, de cualquier naturaleza, donde se brinde propaganda, publicidad y patrocinio de marcas, distintivos, emblemas o nombres de bebidas con contenido alcohólico, sin distinción del medio utilizado, sea este por medio de formatos digitales o impresos en rótulos, avisos, vallas, estampados o similares cuyo propósito sea hacer propaganda, publicidad o patrocinio comercial o llamar la atención hacia un producto con contenido alcohólico, la persona física o jurídica, que se recibe de ingresos por este concepto, se debe depositar un 25% al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder), a más tardar el decimoquinto día natural del mes siguiente en el que se realizó el pago correspondiente. La base con la cual se calculará este depósito en el Icoder será sobre el valor económico del pago correspondientes por los ingresos brutos recibidos por el concepto de publicidad, propaganda y patrocinios de marcas, distintivos, emblemas o nombres de bebidas con contenido alcohólico. Estos recursos serán depositados en las cuentas del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder), los cuales serán administrados mediante una cuenta separada denominada Fondo Nacional para el Financiamiento y la Promoción del Deporte, la Recreación y la Actividad Física en Costa Rica. = q Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*116 ACTA N*32 Ordinaria. RTS E El patrocinador deberá declarar ante el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación el monto económico acordado en cada contrato de patrocinio. El incumplimiento de lo anterior tendrá una sanción de dos veces el monto dejado de cancelar y se realizará mediante el procedimiento sancionatorio establecido por el Icoder vía reglamentaria. El Icoder destinara los recursos del fondo a todos los cantones del país, mediante una transferencia directa a los comités cantonales del deporte y la recreación que se encuentren debidamente conformados. Los recursos del fondo asignados a los comités cantonales del deporte y la recreación serán asignados proporcionalmente, en observancia de tres criterios: el número de habitantes, definido por la Dirección Nacional de Estadística y Censos; la extensión geográfica, certificada por el Instituto Geográfico de Costa Rica, y el índice de pobreza, determinado por el Ministerio de Planificación y Política Económica, según la metodología que debe seguirse consistentemente todos los años. A cada uno de los dos primeros criterios se le asignará un veinticinco por ciento (25%) y el cincuenta por ciento (50%) restante al de pobreza. Los comités cantonales de deporte y recreación destinarán los recursos para la adquisición, contratación de bienes y servicios destinados a la construcción de infraestructura y equipamiento de inmuebles deportivos, así como la contratación de bienes y servicios, para la promoción del deporte y la recreación en todo el país en beneficio de la niñez y las juventudes desde un enfoque de inclusión. Podrán utilizar solamente un 10% (diez por ciento) para gastos administrativos. Los comités cantonales del deporte y la recreación deberán aprobar en el seno de su junta directiva los proyectos en los que destinarán los recursos económicos provenientes del Fondo Nacional para el Financiamiento y la Promoción del Deporte, la Recreación y la Actividad Física en Costa Rica. Los comités cantonales del deporte y la recreación deben presentar anualmente un informe de labores detallado sobre el uso de los recursos públicos de este fondo como mecanismo de rendición de cuentas. Las liquidaciones correspondientes serán fiscalizadas y supervisadas por el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, de acuerdo con las normativas aplicables al proceso de transferencia de recursos a sujetos públicos del Icoder. TRANSITORIO ÚNICO- El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación tendrá 6 meses para implementar el procedimiento de declaración del monto de los contratos de patrocinio. Rige a partir de su publicación. Rosaura Méndez Gamboa Diputada Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo al Expediente N*23.565 “LEY PARA LA CREACION DEL FONDO NACIONAL PARA EL FINANCIAMIENTO Y LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN Y LA ACTIVIDAD FÍSICA EN COSTA RICA” Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N0117 ACTA N*32 Ordinaria. ACUERDO N* 865 AS Se conoce nota suscrita por la señora Yahaira Orozco Calderón, área Comisiones Legislativas Iv, teléfono: 2243-29-16, correo electrónico: Yahaira.orozco0asamblea.go.cr dice: Asunto: Consulta Obligatoria Expediente N* 23.291 “Ley Marco para la comercialización de créditos de fijación de Carbono” La Comisión Permanente Especial de Ambiente, en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.* 23.291 “LEY MARCO PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE CRÉDITOS DE FIJACIÓN DE CARBONO”, el cual se adjunta. De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 09 de mayo y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital. La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles más, que vencerán el día 19 de mayo de 2023. Esta será la única prórroga que esta comisión autorizará. Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-2916, 2243-2433, 2243-2320 o al correo electrónico yahaira.orozcoWasamblea.go.cr. De no confirmar el recibido de esta consulta se tendrá por notificado a partir de su envío, siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales. La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas interesadas. Atentamente, Jota de Aroa Ss Comisionos Legistativas or > TS PROYECTO DE LEY Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9118 ACTA N*32 Ordinaria. a LEY MARCO PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE CRÉDITOS DE FIJACIÓN DE CARBONO Expediente N.* 23.291 ASAMBLEA LEGISLATIVA: Costa Rica vive momentos difíciles, el Estado mantiene una contracción presupuestaria que impide mejorar condiciones en cuanto a deuda pública, así como el otorgamiento de facilidades a los ciudadanos costarricenses para desarrollar emprendimientos y formalizar diferentes actividades comerciales que mejoren sus condiciones, y cumplir con los compromisos financieros por su alto nivel de endeudamiento. Lo anterior nos obliga a buscar diferentes alternativas que permitan en primera instancia, satisfacer las obligaciones del Estado y, a la vez, mejorar las condiciones de los diferentes sectores de la sociedad costarricense, principalmente aquellos que han sido golpeados por la difícil situación económica del país. Sin embargo, esas alternativas deben ser futuristas, de manera que permitan un desarrollo económico amigable con el medio ambiente, y que también se conviertan en fuentes de financiamiento duraderas para el Estado, y para los costarricenses. Así las cosas, y considerando que Costa Rica cuenta con una riqueza natural envidiable a nivel internacional, los créditos de fijación de carbono se convierten en una alternativa innovadora, viable y sostenible, para la captación de recursos del Estado, así como para las personas que cuenten con recursos y que deseen formalizar la venta de créditos. La comercialización de créditos de fijación de carbono es una oportunidad directa para la generación de ingresos para quienes deseen captar recursos a partir de la huella de carbono debidamente certificada y puesta a disposición para compensar otras actividades comerciales. Para el Estado, la comercialización de créditos de fijación de carbono representa una oportunidad para apalancar la difícil situación fiscal y de endeudamiento que enfrenta nuestro país. Costa Rica cuenta con recursos naturales equivalentes a un 25,5% del territorio nacional (12.775 km?), considerando bosques, humedales, entre otros, donde la mayoría de esa extensión territorial equivale a bosques certificables para la generación de ingresos. Aproximadamente, una hectárea de bosque maduro fija 12 toneladas, mientras que una hectárea de bosque joven fija 18 toneladas de carbono. Estos datos nos permiten generar un cálculo aproximado de los ingresos que podría percibir el Estado por la venta de créditos de carbono emanados de los recursos naturales con que contamos los costarricenses. d A > Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
A Ss MSAMOg O” SÁ 'Y NIN MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9119 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05- E Vale la pena resaltar que los recursos naturales corresponden a un activo de costarricenses; razón por la cual, como costarricenses, podríamos obtener ingresos amigables dedicados al medio ambiente y así mejorar las condiciones económicas del país, sin necesidad de imponer nuevos impuestos a los costarricenses y de esta manera alivianar los compromisos económicos del Estado. Actualmente, el mercado de la fijación de carbono paga entre $10 y $25 dólares estadounidenses por tonelada de carbono, lo que nos permite hacer un cálculo de los eventuales ingresos que percibiría el Estado, a partir de la comercialización de la huella de carbono. Además, toda persona que cuente con las condiciones para verificar y certificar la fijación de carbono bajo el protocolo establecido para tal propósito por el Gobierno tendrá la oportunidad de comercializar sus créditos y de esta forma generar ingresos a sus familias, mejorar su calidad de vida y alivianar el impacto negativo del incremento en el costo de la vida para los costarricenses. Actualmente, en Costa Rica, los bonos verdes son un instrumento económico que permitiría obtener recursos para financiar el desarrollo de proyectos propios, o bien, de terceros, que requieran cumplir con planes de compensación ambiental para el desarrollo de sus actividades económicas; sin embargo, esto no debe confundirse con la comercialización de créditos de fijación de carbono debido a que a pesar de que son actividades afines con la conservación del medio ambiente, su naturaleza es distinta. La creación de una ley marco, que regule la comercialización de créditos de fijación de carbono, se convierte en una alternativa impostergable para la generación de nuevos ingresos a las familias costarricenses y al Estado, sin tocar el bolsillo de los costarricenses mediante nuevos impuestos, y de una forma amigable con el medio ambiente y el desarrollo sostenible. Por las razones expuestas, se somete a consideración de las señoras y los señores diputados el siguiente proyecto de ley. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY MARCO PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE CRÉDITOS DE FIJACIÓN DE CARBONO ARTÍCULO 1- Objetivo L "» Sitio Web: munipococi.go.cr Y AMS Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*120 ACTA N*32 Ordinaria. El objetivo de esta ley es regular la comercialización de créditos de fijación de carbono, así como resguardar los derechos de las personas físicas o jurídicas vinculadas a dicha actividad comercial, así como autorizar al Estado costarricense para utilizar los recursos de su propiedad, para desarrollar la comercialización de créditos de fijación de carbono. ARTÍCULO 2- Ámbito de aplicación Las disposiciones de la presente ley y su reglamento aplican a las entidades públicas que esta ley les asigne tareas para regular la comercialización de créditos de fijación de carbono, a las personas vendedoras y certificadoras, sean estas personas físicas o jurídicas, así como cualquier otra persona o ente relacionado que desarrolle esta actividad, o se encuentre vinculada al proceso de comercialización. ARTÍCULO 3- Definiciones A los efectos de la presente ley se entiende lo siguiente: a) Créditos de fijación de carbono: los créditos de fijación de carbono, son una herramienta financiera, cuya finalidad radica en mejorar las condiciones del Estado y del sector productivo, mediante un marco normativo, el cual establece la forma de medir las buenas prácticas ambientales y de mitigación de la huella de carbono de cada uno de los actores públicos o privados que así lo decidan, permitiendo a la vez, recibir una compensación por el trabajo realizado. b) Persona vendedora: cualquier persona física o jurídica, o institución del Estado costarricense que, en nombre propio, y con ánimo de lucro, se dedica a la venta de créditos de fijación de carbono. c) Personas verificadoras: cualquier persona física o jurídica que, se encuentre acreditada para realizar la gestión de verificación y certificación de la fijación de carbono, en cumplimiento con lo establecido en la presente ley, así como las regulaciones de los organismos internacionales, para estos efectos. d) Comercialización de créditos de fijación de carbono: actividad comercial contractual que se desarrolla de forma individual y directa o por medio de plataformas propias o plataformas de intermediación entre la persona vendedora y la persona compradora u organismos internacionales, en cumplimiento con lo establecido en la presente ley, así como la normativa y protocolo internacional vigente, para estos efectos. ARTÍCULO 4- Convenios colaborativos pas ma Sitio Web: munipococi.go.cr a A < Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*121 ACTA N*32 Ordinaria. PARRA Se autoriza al Ministerio de Ambiente y Energía, así como al Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Tributación, para que establezca convenios de cooperación con personas físicas o jurídicas, para el flujo de la información requerida para el desarrollo de las competencias definidas en la presente ley. ARTÍCULO 5- Derechos de las personas vendedoras Las personas vendedoras de los créditos de fijación de carbono tienen derecho a los efectos de la presente ley, sin perjuicio de cualquier otra normativa que les sea aplicable. Son derechos de las personas vendedoras: a) Ejercer libremente la comercialización de créditos de fijación de carbono, sin más limitaciones que las previstas en el ordenamiento jurídico. b) Pertenecer al Registro de Vendedores de Créditos de Carbono Fijado creado por el Ministerio de Ambiente y Energía, siempre y cuando cumpla con las condiciones establecidas para dicho registro. c) Recibir el pago por la venta de créditos de fijación de carbono, según el precio y las condiciones establecidas previo a la venta, así como los procedimientos internacionales vigentes, para estos efectos. d) Tener protegidos sus datos de carácter personal, en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico. ARTÍCULO 6- Obligaciones de las personas vendedoras Son obligaciones generales de las personas vendedoras, sin perjuicio de cualquier otra normativa que les sea aplicable, las siguientes: a) Realizar la inscripción en el Registro de Vendedores de Créditos Carbono Fijado, ante el Ministerio de Ambiente y Energía. Será una inscripción digital y simplificada, que a los efectos pondrá a disposición el Ministerio de Ambiente y Energía. b) Inscribirse ante la Dirección General de Tributación como contribuyente, para el pago de los tributos establecidos por ley. c) Expedir factura digital, desglosada de acuerdo a las condiciones de la venta, que incluya el precio pactado y las características del crédito de fijación de carbono. ps 4 Sitio Web: munipococi.go.cr AY A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
l mm ¡Q 13 MUNICIPALIDAD DE POCOCI N PAGINA N*122 ACTA N*32 Ordinaria. ! 11-05- o d) Ofrecer un producto de conformidad con las características establecidas en la presente ley, así como a las regulaciones internacionales vigentes y aplicables para el territorio de Costa Rica, para la comercialización de créditos de fijación de carbono. ARTÍCULO 7- Registro de Vendedores de Créditos de Carbono Fijado El Ministerio de Ambiente y Energía creará un registro veraz, digital y consultable, de los vendedores que ofrecen créditos de fijación de carbono. Bajo ningún fundamento, los datos contenidos en dicho registro podrán violar el principio de confidencialidad de la información para las personas físicas o jurídicas, amparadas por convenios internacionales o por otra legislación existente. El Ministerio de Ambiente y Energía deberá consultar la oferta de créditos de fijación de carbono, de las personas físicas o jurídicas que ejerzan dicha actividad comercial, con el objetivo de identificar y registrar, previo estudio de veracidad de la información, a los proveedores de créditos que no hayan sido incorporados en el registro. Será responsabilidad del Ministerio de Ambiente y Energía, remitir periódicamente este registro a la Dirección General de Tributación, para proceder con el control, la investigación y las inscripciones necesarias de la actividad comercial. ARTÍCULO 8- Obligaciones de las personas verificadoras Son obligaciones generales de las personas verificadoras, sin perjuicio de cualquier otra normativa que les sea aplicable, las siguientes: a) Realizar la inscripción en el Registro de Verificadores de Carbono Fijado, ante el Ministerio de Ambiente y Energía. Será una inscripción digital y simplificada, que a los efectos pondrá a disposición el Ministerio de Ambiente y Energía. b) Estar debidamente acreditada para realizar la gestión de verificación y certificación de la fijación de carbono, en cumplimiento con lo establecido en la presente ley, así como las regulaciones de los organismos internacionales, para estos efectos. c) Inscribirse ante la Dirección General de Tributación como contribuyente, para el pago de los tributos establecidos por ley. d) Expedir la factura digital, desglosada con las características de los servicios brindados. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Z Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%123 ACTA N*32 Ordinaria. _ e) Ofrecer un producto de conformidad con las características establecidas en la presente ley, así como a las regulaciones internacionales vigentes y aplicables para el territorio de Costa Rica, para la comercialización de créditos de fijación de carbono. ARTÍCULO 9- Registro de Verificadores de Carbono Fijado El Ministerio de Ambiente y Energía creará un registro veraz, digital y consultable, de las personas verificadoras de carbono fijado. Bajo ningún fundamento, los datos contenidos en dicho registro podrán violar el principio de confidencialidad de la información para las personas físicas o jurídicas, amparadas por convenios internacionales o por otra legislación existente. El Ministerio de Ambiente y Energía deberá consultar la oferta de verificadores de carbono fijado, de las personas físicas o jurídicas que ofrezcan dicho servicio, con el objetivo de identificar y registrar, previo estudio de veracidad de la información, a las personas certificadoras que no hayan sido incorporados en el registro. Será responsabilidad del Ministerio de Ambiente y Energía, remitir periódicamente este registro a la Dirección General de Tributación, para proceder con el control, la investigación y las inscripciones necesarias de la actividad comercial. ARTÍCULO 10- Comercialización de créditos de fijación de carbono Las personas vendedoras de créditos de fijación de carbono podrán comercializar sus créditos, siempre que se lleve a cabo por medio de su propietario o representante legal, o bien, el apoderado general, del territorio certificado, y que se cumpla con los requisitos establecidos en la presente ley, así como la normativa internacional vigente para estos efectos. Los documentos emitidos como créditos de fijación de carbono, previo a su comercialización, deberán ser validados por el Ministerio de Ambiente y Energía, como ente rector a nivel nacional. Lo anterior, deberá desarrollarse de conformidad con los procedimientos establecidos por el standard aplicable, autorizado por el Gobierno, así como la normativa internacional vigente. Reglamentariamente se podrán desarrollar los requisitos, las condiciones, los límites y el contenido de la actividad de comercialización de créditos de fijación de carbono, sin violentar los principios y derechos constitucionales. Dichos requisitos no podrán exceder las condiciones, procedimientos y normativa internacional vigente, para el desarrollo de la actividad comercial. ga A Sitio Web: munipococi.go.cr a , Facebook: AMMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N?124 ACTA N*32 Ordinaria. ARTÍCULO 11- Autorización a las instituciones del Estado Se autoriza a las instituciones del Estado costarricense, para desarrollar la comercialización de créditos de fijación de carbono, utilizando los recursos disponibles, así como todos los bienes inmuebles de su propiedad. ARTÍCULO 12- Distribución de los recursos Los recursos obtenidos por el Estado costarricense por concepto de la comercialización de créditos de fijación de carbono serán distribuidos de la siguiente manera: a) Cuando se trate de instituciones autónomas, semiautónomas, órganos desconcentrados, municipalidades o cualquier otra institución del Estado que no correspondan presupuestariamente al Gobierno central: un 10% se destinará al Ministerio de Ambiente y Energía, un 5% al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (Fonafifo), y el restante 85% se destinará a la institución vendedora. b) Cuando se trate de instituciones pertenecientes a gobierno central: un 10% se destinará al Ministerio de Ambiente y Energía, un 5% al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (Fonafifo), y el restante 85% se destinará a la institución vendedora. En ambos casos, los recursos serán utilizados para desarrollar proyectos amigables con el medio ambiente, y se prohíbe la utilización de dichos recursos para el pago de gastos operativos, con excepción del Ministerio de Ambiente, quien podrá utilizar hasta un 40% de los recursos que se le asignen, para cubrir los gastos operativos que surjan por la aplicación de la presente ley. ARTÍCULO 13- Venta ilegal de créditos de fijación de carbono Se considera comercialización ilegal la venta de créditos de fijación de carbono cuando: a) La persona vendedora no cumpla con las obligaciones establecidas en la presente ley. b) Utilice denominaciones distintas a “créditos de fijación de carbono”, de forma tal que pueda inducir a error sobre la actividad comercial desarrollada. c) Comercialice los créditos de fijación de carbono, sin estar inscrito en el Registro de Vendedores de Créditos de Carbono Fijado. d) Los créditos que sean verificados y certificados, por personas verificadoras, que no cumplan con las obligaciones establecidas en la presente ley. P ; Sitio Web: munipococi.go.cr Y < Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*125 ACTA N*32 Ordinaria. Para los casos anteriores, la situación ilegal implicará la aplicación de las sanciones establecidas en el ordenamiento jurídico para la realización de una actividad comercial ilegal. Requerirá la intervención inmediata de la Dirección General de Tributación, el Ministerio de Ambiente y Energía y cualquier otra institución que regule las actividades comerciales. TRANSITORIO ÚNICO- A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, y hasta que el país se ubique en el rango de la regla fiscal, establecido en el Inciso b), del artículo 11, incorporado en el capítulo 11, del título IV, de la Ley 9635, de 3 de diciembre de 2018, la distribución de los recursos de instituciones de gobierno central, provenientes de la venta de créditos de fijación de carbono, será la siguiente: Cuando se trate de instituciones pertenecientes a Gobierno central: 10% se destinará al Ministerio de Ambiente y Energía, un 5% al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (Fonafifo), un 35% se destinará a la institución vendedora, y el restante 50%, se destinará para amortizar la deuda pública. Rige a partir de publicación. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo al Expediente N* 23.291 “Ley Marco para la comercialización de créditos de fijación de Carbono”. ACUERDO N* 866 Se conoce nota suscrita por la señora Eunice Matamoros Rojas, Área de comisiones Legislativas V, teléfono: 2243-24-23, correo electrónico: , dice: Oficio AL-CPECTE-C-674-2023 Asunto: Consulta Obligatoria Exp. 23.292 “Ley de Ciberseguridad de Costa Rica” La Comisión Permanente Especial de Ciencia, Tecnología y Educación ha dispuesto consultarles su criterio sobre el texto sustitutivo aprobado al proyecto de Ley Expediente N.* 23292: “LEY DE CIBERSEGURIDAD DE COSTA RICA” De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles, de ser posible, enviar el criterio de forma digital. Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243- 2422 o 2243-2423 al correo electrónico COMISION-ECONOMICOSOasamblea.go.cr. E a SS Mo Sitio Web: munipococi.go.cr YA A O Z Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%126 ACTA N*32 Ordinaria. A a a De no confirmar el recibido de esta consulta se tendrá por notificado a partir de su envío, siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales. La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas interesadas. Atentamente, U3 Nancy Vílchez Obando Jefe de Area Sala de Comisiones Legislativas V Comisión Asuntos Económicos-Asamblea Legislativa Eunice Matamoros Rojas ASAV BLEA Comisiones Legisotivos Y (9, (506) 2243-2423 LEGISLATIVA Departamento (DU ematamorosGasamblea.go.cr Comisiones Legislativas 1506) 243-2425 == SÁ —al Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%127 ACTA N*32 Ordinaria. 27 de septiembre de 2022. AL-CPECTE-C-0138-2023 Señores Concejo Municipal ASUNTO: Consulta Exp. 23.292 Estimados señores: La Comisión Permanente Especial de Ciencia, Tecnología y Educación, en virtud de la moción aprobada en sesión 11, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.” 23.292 “LEY DE CIBERSEGURIDAD DE COSTA RICA”, el cual se adjunta. De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 11 de octubre y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital. Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-2422, 2243-2423, o el correo electrónico COMISION- ECONOMICOS(Oasamblea.go.cr. De no confirmar el recibido de esta consulta se tendrá por notificado a partir de su envío, siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales. La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas interesadas. Atentamente, NANCY Firmado digitalmente PATRICIA Eo PACA y : VILCHEZOBANDO ( e Val VILCHEZ (FIRMA) p ] OBANDO Fecha: 2022.09.27 (FIRMA) 11:47:57-06'00' Nancy Vílchez Obando Jefa de Área Comisiones Legislativas V PF, Sitio Web: munipococi.go.cr Y AUS Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*128 ACTA N*32 Ordinaria. | Expediente N.* 23.292 2 PROYECTO DE LEY LEY DE CIBERSEGURIDAD DE COSTA RICA Expediente N.* 23.292 ASAMBLEA LEGISLATIVA: A nivel mundial se reconoce que las tecnologías digitales (TD) y en especial las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) son un catalizador para el desarrollo económico, social y cultural, dado que facilitan el acceso a incalculables recursos y que además de la comunicación, promueven la innovación, la eficiencia, la transparencia, y la prosperidad socioeconómica de los países. Costa Rica, consciente de ello, ha apostado por una fuerte promoción del uso de las TIC para impulsar el desarrollo nacional y consolidar una sociedad de la información y el conocimiento preparada para enfrentar los desafíos de la cuarta revolución industrial y la transformación digital. De ello, son reflejo la Política Nacional de Sociedad y Economía Basada en el Conocimiento 2022-2050 (PNSEBC), el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2022-2027 (PNCTI) y la Estrategia de Transformación Digital (2017-2022), esto último, en proceso de actualización y consulta, entre otras. Sin embargo, con los altos índices de conectividad y acceso a las TIC, la apuesta por la digitalización del Gobierno, el almacenamiento masivo de datos sensibles y la acelerada transformación impulsada por la pandemia, surgen riesgos y vulnerabilidades propias del ciberespacio que exponen a todos los sectores de la sociedad a consecuencias perjudiciales. El resultado de esta transición hacia lo digital es un extraordinario aumento de ataques cibernéticos, en el contexto de un ecosistema digital de vulnerabilidades ya amplificadas que incluye más de 20.000 millones de dispositivos de internet de las cosas (loT, por sus siglas en inglés) conectados en todo el mundo. Incluso antes de la pandemia, las brechas de ciberseguridad y las filtraciones de datos se estaban convirtiendo en los principales obstáculos de la economía digital. Los cibercriminales están aprovechando rápidamente los nuevos vectores de ataque y se benefician de los vacíos en la cooperación de las fuerzas del orden público en las diferentes jurisdicciones. (Barmpaliou, 2021). Según el Informe de Riesgos Globales 2020 del Foro Económico Mundial, el riesgo de ciberataques a la infraestructura crítica de los países y el fraude o robo de datos se clasificaron entre los diez principales riesgos con mayor probabilidad de ocurrir, mientras que la reciente Perspectiva de Riesgos del covid- 19 del Foro Económico Mundial, identificó a los ciberataques como la tercera mayor g Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%129 ACTA N*32 Ordinaria. EAT Expediente N.? 23.292 3 preocupación. La infraestructura crítica refiere a aquellos sistemas de información que soportan la prestación de servicios esenciales para la sociedad. Por otra parte, según el Reporte "Ciberseguridad: riesgos, avances y el camino a seguir en América Latina y El Caribe” de 2021, elaborado en conjunto por el BID y la OEA, se estimó que los daños por delitos cibernéticos alcanzarían los US$6000 millones para el 2021, lo que equivale al producto interno bruto (PIB) de la tercera economía más grande del mundo. Además del costo financiero, el cibercrimen y los ciberataques socavan la confianza de los usuarios en la economía digital. Los cibercriminales que acceden a la red con fines ilícitos han aprovechado esta nueva realidad, y muestra de ello es el desarrollo de herramientas y medios cada vez más sofisticados para perpetrar sus ataques cibernéticos (como son, por ejemplo, los ataques de “ransomware-as-a-service”. Esta intensificación modernización de la ciberdelincuencia, hace necesario sofisticar también las defensas de ciberseguridad de las organizaciones y gobiernos. En el caso particular de la administración pública, la información masiva y sensible que esta almacena sobre la población y sobre el quehacer gubernamental, así como los sistemas e infraestructura crítica que respalda los servicios esenciales que proveen los gobiernos, son un. blanco especialmente atractivo para los cibercriminales. En todo el mundo, incluida Costa Rica recientemente, son constantes los ataques contra infraestructuras críticas que hacen necesaria la suspensión o interrupción de los sistemas, lo que pone en riesgo la prestación de servicios esenciales para la población, como la salud y la seguridad nacional. Los incidentes de ciberseguridad han tenido lugar durante años, pero la mayoría han permanecido fuera de la atención pública hasta la última década, los recientes incidentes de gran repercusión que han afectado a los ciudadanos han catapultado el tema al discurso nacional y a la atención legislativa y regulatoria. Estamos entrando en una nueva era de la ciberseguridad, en la que los gobiernos, los organismos reguladores y las empresas de todo el mundo deben trabajar unidos para aumentar la supervisión de los incidentes de ciberseguridad. (McKinsey, 2022). La ciberseguridad es, desde luego, un elemento habilitador e imprescindible para la transformación digital y la seguridad nacional, sí los activos digitales, los datos y las infraestructuras que soportan los servicios esenciales para la población no están protegidos, no puede haber transformación digital ni se pueden aprovechar los beneficios que derivan de ese fenómeno. En el caso concreto de Costa Rica, su estado de madurez en materia de ciberseguridad es apenas formativo. Así lo acreditan el BID y la OEA en su Reporte “Ciberseguridad: riesgos, avances y el camino a seguir en América Latina y El E > Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N2130 ACTA N932 Ordinaria, 11-05-2023 *---
Expediente N.” 23.292 4
Caribe” de 2021. A esa conclusión se llegó mediante la aplicación al país del Modelo
de Madurez de la Capacidad de Ciberseguridad para las Naciones! ('CCM” por sus
siglas en inglés) del Centro Global de Capacidad en Seguridad Cibernética (SSCC)
de la Universidad de Oxford.
Según este modelo, reconocido internacionalmente, cada nivel de madurez es
evaluado a partir de cinco dimensiones en las que se examinan aspectos diversos
de la ciberseguridad: a) política y estrategia de ciberseguridad, b) cultura cibernética
y sociedad, c) educación, capacitación y habilidades en ciberseguridad, d) marcos
legales y regulatorios y e) estándares, organizaciones y tecnologías. Cada
dimensión comprende una serie de factores a través de los cuales se evalúa la
capacidad de generar seguridad cibernética y determinan los aspectos de mejora
para incrementar el nivel de madurez.
El estudio del BID y la OEA demuestra que en lo relativo a regulaciones sobre
gestión de la seguridad de la información y requerimientos de ciberseguridad, el
país está en etapa apenas formativa. Por otro lado, respecto a protección de
infraestructuras críticas de información, defensa y ciberseguridad nacional, así
como manejo de crisis, el estudio refleja que Costa Rica está en fase incipiente, es
decir, no hay madurez del todo o es apenas originaria. En cuanto a respuesta a
incidentes, apenas se ha avanzado a una etapa formativa, es decir, esfuerzos
coyunturales o desorganizados, especialmente a través de la labor del Centro de
respuesta de incidentes de seguridad informática (CSIRT) que, si bien ha sido
positiva, fue conceptualizada con una visión limitada desde su inicio, y no tiene el
apoyo, ni los recursos necesarios para efectuar su labor, ni brindar la respuesta
especializada.
En suma, Costa Rica se encuentra en una etapa entre incipiente y formativa,
presenta una madurez embrionaria, donde si bien hay evidencia de los esfuerzos
realizados en la materia y se cuenta con iniciativas que se están ejecutando, no hay
una verdadera coordinación a nivel nacional ni planeación estratégica, hay una
visión limitada sobre lo que implica la ciberseguridad, existe una ausencia
importante de recursos y no se han tomado suficientes decisiones sobre los
beneficios y la necesidad de priorizar la ciberseguridad.
Si bien es cierto que el país ha avanzado en la materia, lo que se refleja en algunos
rankings internacionales, como el Índice Global de Ciberseguridad (GCI, por sus
siglas en inglés) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) del año
2020, el país se ubicó en la posición 76 con un puntaje de 67.45, mostrando una
mejora significativa con respecto a lo reportado para el año 2019, cuando el país se
encontraba en la posición 115. Sin embargo, también es cierto que, en la práctica,
las medidas que han permitido al país avanzar en dichos rankings no se han
traducido en acciones efectivas o de impacto en la protección de las bases de datos
de todas instituciones que conforman el Estado. De hecho, otros rankings
internacionales de renombre, como el “National Cibersecurity Index” de Estonia,
1 El modelo puede ser consultado en: https://gcscc.ox.ac.uk/files/cmm202 teditiondocpdf
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Pluye MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*131 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.? 23.292 5 calificó negativamente al país al pasarlo del puesto 48 en el año 2020 al puesto 60 para este año 2022. En su análisis, este índice revela el pobre desarrollo del país en materia de protección a infraestructura crítica y servicios esenciales, análisis e información de ciberamenazas y atención de crisis. Pero la prueba más fehaciente de las carencias del país en este tema son los ataques cibernéticos significativos que sufrió la Administración Pública durante los meses de abril, mayo y junio de este año 2022, a casi una treintena de instituciones públicas; esta situación provocó una declaratoria de emergencia nacional de parte del Poder Ejecutivo, que en ningún otro país en la región se había dado. Estos actos fueron dirigidos contra infraestructuras críticas como los sistemas del Ministerio de Hacienda o de la Caja Costarricense de Seguro Social, incluyendo otras instituciones como el Instituto Meteorológico Nacional, Radiográfica Costarricense, Ministerio de Trabajo, Ministerio de Ciencia, Tecnología, Innovación y Telecomunicaciones (Micitt), Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf) y la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago (Jasec), entre otras, comprometiendo con ello la prestación de servicios esenciales para la población. También, la crisis generada por estos ataques obligó a suspender y dar de baja los sistemas informáticos que soportan la prestación de otros servicios y el cumplimiento de obligaciones a cargo del Estado. En el caso del Ministerio de Educación, por ejemplo, la suspensión del sistema “Integra 2”, aparentemente habría generado dificultades para el pago de los salarios de 13 mil funcionarios de esa institución, afectándose con ello los ingresos de las familias que dependen de esos pagos. Si bien, el riesgo de un ataque de este tipo no tiene una probabilidad a cero de que ocurra, lo cierto es que los incidentes comentados dejaron al desnudo la poca o nula preparación del país para gestionar y atender crisis e incidentes de esta magnitud. También revelaron lo desprotegida que se encuentra la infraestructura crítica del país, las nulas responsabilidades que se exigen a los operadores de esas infraestructuras y la poca claridad sobre la institucionalidad a cargo de la coordinación de la ciberseguridad nacional. Los ciberataques sufridos en Costa Rica han dejado, y siguen acumulando, daños y pérdidas económicas, sociales y de toda índole, que deberán ser calculadas por las autoridades correspondientes, pero que sin duda alcanzarán cifras millonarias; datos del periódico La República, en su nota publicada el día 20 de abril de 2022, indica que solo en las primeras 48 horas de hackeo en los sistemas de aduanas del Ministerio de Hacienda provocaron pérdidas que rondan los $125 millones, según datos de la Cámara de Comercio Exterior (Crecex), la CCSS reportó afectación de entre 30 y 1500 de sus servidores y el pasado lunes 22 de agosto Noticias Repretel anunciaba que el país estaría expuesto a 35 ataques cibernéticos en los próximos 4 meses del año. A Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*132 ACTA N*32 Ordinaria. ¡E Expediente N.* 23.292 Una de las causas de que los ataques hayan tenido un impacto tan significativo en la continuidad de los servicios prestados por el Estado es la ausencia de inversión y el no haber destinado suficientes recursos a la protección cibernética de nuestras infraestructuras críticas en los últimos años, lo que quedó evidenciado al verse el país en una emergencia tecnológica que lo hizo retroceder 10 años en el avance que se habría logrado en materia de digitalización. A estos hechos se aúnan los informes de la Contraloría General de la República que han dejado en evidencia la ausencia de una adecuada gestión del riesgo y de la seguridad de la información en las instituciones. En esa línea se pueden mencionar sus Informes DFOE-SAF-IF-00009-2019 y DFOE-BIS-IF-00002-2022, que detectaron vulnerabilidades serias en la gestión de la seguridad de la información del Ministerio de Hacienda y del EDUS (CCSS), precisamente dos de las entidades más afectadas con los hakeos. Adicionalmente, la Contraloría General de la República ha encontrado deficiencias importantes en la implementación de procesos de gestión de seguridad de la información en el sector público, así como ausencia de personal capacitado en ciberseguridad. Al respecto, en su Informe de Seguimiento de la Gestión Pública N.? DFOE-CAP-SGP-00002-2021 de agosto del año 2021, la CGR advirtió que: “ ..el 34% de las instituciones tienen un bajo nivel de implementación del proceso de gestión de seguridad de la información y el 55% no cuentan con personal dedicado a esta labor. Además, el 45% no cuenta con un proceso de gestión de la ciberseguridad de la información y el 62% no cuentan con personal dedicado en esta especialidad”. (Lo subrayado y en negrita no es del original). Valga destacar, como se menciona más adelante, que Costa Rica no cuenta con regulaciones mínimas, a nivel de ley, sobre gestión de seguridad informática en el sector público. El ente contralor también identificó que entre el 2017-2021 se había presupuestado para las partidas de Tl, incluyéndose ciberseguridad, un monto por 41.296.044.440.250,93 y para el año 2021 se destinaron ¿34.297.314.423,45. En síntesis, el país está viviendo las consecuencias de no haber invertido en la prevención, educación y la creación del marco regulatorio aplicable para cumplir con la protección de la ciberseguridad a lo largo de los años y de no haberle dado prioridad a un asunto no solo que es crítico, sino de seguridad informática. Para la elaboración del proyecto, se ha tomado en consideración el estado de situación de la ciberseguridad en Costa Rica, el marco constitucional y legal del país, la estructura institucional y competencias de las diferentes entidades que componen la administración pública costarricense, y el conocimiento y experiencia de reconocidos expertos en el área que han apoyado técnicamente su redacción. Por eso, con el presente proyecto de ley se pretende posicionar a la ciberseguridad como una prioridad y una política de Estado, la inversión que se requerirá para la puesta en práctica de la iniciativa no será superior a los daños generados durante sz) Di Sitio Web: munipococi.go.cr Y a. <Á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
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este año y los que podrían generar futuros ciberataques contra la seguridad
tecnológica y la soberanía nacional.
En términos generales, el proyecto de ley tiene como finalidad establecer las reglas,
la gobernanza e institucionalidad necesarias para proteger, mediante componentes
preventivos, reactivos y proactivos, las infraestructuras críticas de información del
país y, con ello, la seguridad nacional. El capítulo | contiene precisamente las
finalidades específicas, las definiciones y los principios que rigen la ley, dentro de
los cuales destaca el de seguridad por diseño, resiliencia, y el de colaboración y
cooperación.
En el capítulo ll se crea una Agencia Nacional de Ciberseguridad dentro del
Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt), por lo
que no se estaría creando un órgano nuevo dentro de la Administración del Estado
costarricense, esto con la finalidad de no hacer más grande el Estado costarricense
sino reorganizarlo. El estar inscrita al Micitt no es casualidad, este órgano ha venido
desempeñando competencias en materia de ciberseguridad, como la existencia de
un CSIRT creado por Decreto Ejecutivo N.” 37052-Micit de 09 de marzo de 2012,
pero es momento de fortalecerlo, dándole recursos ya existentes en el Estado
costarricense, pero que están dispersos, se puede realizar una buena gestión
canalizándolos hacia este Ministerio que actualmente no posee los insumos, y un
marco normativo robusto, en el cual se puedan también generar sanciones por no
acatar las indicaciones de la Agencia, en respuesta a la defensa nacional, desde el
punto de vista tecnológico.
La Agencia será la responsable de elaborar y ejecutar la política, los Planes
Nacionales y la Estrategia Nacional de Ciberseguridad. Además, funcionará como
un centro de operaciones de seguridad tecnológica ('G-SOC”>) y estará encargada
de coordinar todo lo relativo a la ciberseguridad y protección de infraestructuras
críticas del país. La Agencia tendrá tres unidades operativas, encargadas cada una
de ellas, de la función preventiva (monitoreo continuo de redes y correlación de
datos provenientes de diversos sensores de seguridad digital con especial énfasis
en infraestructuras críticas de información), reactiva (respuesta y manejo de alertas
e incidentes cibernéticos) y proactiva (inteligencia de datos y predicción de
amenazas). En este mismo apartado se establecen las reglas de coordinación y
delimitación de competencias de la Agencia con los reguladores sectoriales,
quienes serán los encargados de supervisar el cumplimiento de la ley por parte de
los operadores de infraestructura crítica pertenecientes a esos sectores.
El capítulo lll, por su parte, regula el régimen de protección de las infraestructuras
críticas de información (“ICI”). Se declaran de interés público todas las políticas
y acciones relacionadas con la protección de las ICl y se declaran como amenaza
a la seguridad nacional todos los incidentes dirigidos a dichas
infraestructuras. Se establecen los criterios para que una infraestructura
2 El término “G-SOC” hace alusión a lo que en inglés se denomina un “Govemment Security
Operations Center” ó, en español, un Centro de Operaciones de Seguridad de Gobierno.
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Pluye MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%134 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 8 informática -sea un sistema, red o activo- se considere crítica, por ejemplo, cuando sea necesaria para proveer un servicio esencial y un incidente de ciberseguridad pueda comprometer o interrumpir la prestación de ese servicio. Como parte de una sección tercera de ese capítulo, se disponen las obligaciones que deberán cumplir los operadores de infraestructuras críticas de información. Destacan las obligaciones de reportar todo incidente de ciberseguridad significativo, establecer un sistema de gestión del riesgo, planes de contingencia y continuidad operacional, así como realizar auditorías, evaluaciones de riesgo y ejercicios o test de ciberseguridad periódicos. El capítulo IV describe los tipos de información que se considerarán confidenciales y la manera de equilibrar la confidencialidad con el derecho de acceso a la información pública, siempre que la revelación de la información específica de que se trate no comprometa la seguridad nacional, ni el interés público, ni tampoco violente la protección a los datos personales o sensibles. El capítulo V establece las obligaciones mínimas de gestión de la seguridad de la información que deberán cumplir todas las instituciones del sector público. Este capítulo obedece a que en Costa Rica no existen disposiciones legales sobre seguridad de la información en el sector público. Por lo tanto, los marcos de gestión de seguridad de la información no están estandarizados a nivel público, favoreciendo la fragmentación y las vulnerabilidades cibernéticas. En esa línea, lo que existía era una norma técnica dictada por la CGR en el año 2007 sobre gestión de sistemas de TI (N-2-2007-CO-DFOE), dictada al amparo de una interpretación extensiva del artículo 16 de la Ley de Control Interno (único que refiere específicamente a sistemas de información), y que fueron derogadas por la CGR en el año 2020 (R-DC-17-2020). Más recientemente, en el año 2021, el Micitt adoptó unas “Normas técnicas para la gestión y el control de las Tecnologías de Información” que, nuevamente, sobre gestión de la seguridad de la información lo que contiene es media página con alusiones generales. En el capítulo VI se establecen las infracciones y sanciones por el incumplimiento a la ley y en el capítulo VII las obligaciones de coordinación e información con las autoridades judiciales. Finalmente, se prevén transitorios con el propósito de que las instituciones y actores afectados puedan adaptarse con tiempo a la nueva ley. Además, se prevé un plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la ley (es decir, un año en total desde su aprobación) para que las unidades operativas de la Agencia se constituyan de forma paulatina, conforme se van asignando los recursos y capacidades para ello. En síntesis, este es un proyecto país necesario, robusto y técnicamente sustentado que, de aprobarse, sería pionero en la región, pero, sobre todo, permitiría al país adentrarse en la Cuarta Revolución Industrial con la preparación necesaria y de forma comprometida con la seguridad, las necesidades y los derechos de la Sitio Web: munipococi.go.cr a E Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*135 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 9 población. Es una legislación que responde al contexto histórico en el que se enmarca, en donde si en el futuro el país vuelve a sucumbir a un ataque cibernético, será por negligencia de quienes no hayan aprendido las lecciones recientes. Con fundamento en las consideraciones expuestas, se somete a conocimiento de las señoras y señores diputados, el presente proyecto de ley. MÁ Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*136 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 10 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY DE CIBERSEGURIDAD DE COSTA RICA CAPÍTULO | OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN, PRINCIPIOS Y DEFINICIONES ARTÍCULO 1- Objeto y fines Esta ley tiene como objeto crear el marco jurídico para la regulación, el resguardo y protección de la seguridad cibernética de las infraestructuras de tecnologías criticas del país, en la Administración Pública, así como establecer las acciones, requerimientos y la gobernanza necesarios para: a) Consolidar una política transversal y una estrategia nacional de ciberseguridad que identifique los ejes estratégicos y unifique los esfuerzos del país en esta materia. b) Proteger la disponibilidad, integridad y confidencialidad de los sistemas de información, las redes y los datos que se generan, almacenan y transmiten por dichos sistemas y redes de todos los habitantes del país. c) Coordinar la atención y respuesta a los incidentes de ciberseguridad que afecten al sector público y a las infraestructuras críticas de información. d) Incrementar la resiliencia de las organizaciones públicas del país y de los operadores de infraestructuras críticas de información, frente a las amenazas e incidentes de seguridad del ciberespacio. e) Gestionar y mitigar de forma adecuada los riesgos de seguridad de los sistemas de información, redes y activos informáticos. f) Promover la coordinación, cooperación, inteligencia y el intercambio seguro de información relevante sobre amenazas cibernéticas y ciberseguridad, entre las instituciones del Estado, los distintos sectores de la sociedad y organismos internacionales. 9) Garantizar la seguridad cibernética, asegurar la soberanía del ciberespacio, la seguridad nacional y los intereses públicos, proteger los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, las personas jurídicas y otras organizaciones, y promover el sano desarrollo de la tecnología de la información en los sectores económico y social. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*137 ACTA N*32 Ordinaria. o Expediente N.* 23.292 ARTÍCULO 2- Principios rectores La aplicación de la presente ley y, en general, la gestión de la ciberseguridad del país se guiará por los siguientes principios rectores: 1- Seguridad por diseño: todas las partes interesadas deben aplicar un enfoque de seguridad por diseño en el desarrollo, compra o aprovisionamiento de sistemas o recursos informáticos y en los procesos de gestión de estos, de manera que la ciberseguridad sea un componente originario, transversal y permanente en la cadena de valor y durante la operación o utilización de los sistemas. 2- Cooperación: todas las partes interesadas deben cooperar, incluso a nivel regional e internacional en la prevención de amenazas del ciberespacio. La cooperación debe tener lugar dentro de los gobiernos, dentro de las organizaciones públicas y privadas, así como entre ellos y con los individuos. 3- Resiliencia y continuidad: las partes interesadas deben ser resilientes para reducir los efectos adversos de los incidentes de ciberseguridad o inseguridad tecnológica, recuperarse en el menor plazo posible y apoyar la continuidad y resistencia de las actividades críticas que dependen de los sistemas de información comprometidos. 4- Concientización, educación y empoderamiento: todas las partes interesadas deben interiorizar el riesgo de ciberseguridad y cómo gestionarlo. Deben ser conscientes de que el riesgo de seguridad digital puede afectar a la consecución de sus objetivos económicos y sociales y puede afectar a terceros. Deben estar dotadas de la educación y las competencias necesarias para comprender este riesgo y ayudar a gestionarlo, así como para evaluar el impacto potencial de sus decisiones. 5- Responsabilidad: todas las partes interesadas deben asumir la responsabilidad de la gestión de los riesgos de ciberseguridad. Deben actuar de forma responsable y rendir cuentas. 6- Derechos humanos y valores fundamentales: todas las partes interesadas deben gestionar el riesgo de ciberseguridad de forma transparente y coherente con los derechos humanos y los valores fundamentales del Estado costarricense. ARTÍCULO 3- Definiciones Para efectos de esta ley, se entenderá por: a) Agencia: la Agencia Nacional de Ciberseguridad. b) Autoridades de control: la Agencia Nacional de Ciberseguridad o el Regulador Sectorial competente, según sea el caso. E Sitio Web: munipococi.go.cr Y AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%138 ACTA N*32 Ordinaria. aa Expediente N.* 23.292 12 c) Ciberespacio: dominio global y dinámico dentro del entorno de la información que corresponde al ambiente compuesto por las infraestructuras tecnológicas, los componentes lógicos de la información, los datos (almacenados, procesados o transmitidos) que abarcan los dominios: físico, virtual y cognitivo; y las interacciones sociales que se verifican en su interior. Las infraestructuras tecnológicas corresponden a los equipos materiales empleados para la transmisión de las comunicaciones, tales como enlaces, enrutadores, conmutadores, estaciones, sistemas radiantes, nodos, conductores, entre otros. Los componentes lógicos de la información, en tanto, son los diferentes softwares que permiten el funcionamiento, administración y uso de la red. d) Ciberseguridad: el conjunto de acciones destinadas al estudio y manejo de las amenazas, riesgos e incidentes propios del ciberespacio; a la prevención, mitigación, respuesta y recuperación frente a estos, así como para reducir sus efectos y el daño causado, antes, durante y después de su ocurrencia. e) Centros de respuesta a incidentes de seguridad informática (CSIRT): centros conformados por especialistas multidisciplinarios capacitados para gestionar y responder a incidentes de ciberseguridad, en forma rápida y efectiva, y que actúan según procedimientos y políticas predefinidas, coadyuvando asimismo a mitigar sus efectos. f) Control de seguridad: los controles de gestión, operativos y técnicos utilizados para proteger contra un esfuerzo no autorizado que afecte negativamente a la confidencialidad, integridad y disponibilidad de un sistema de información o de su información. 9) Dato: representación simbólica y desorganizada de un evento único registrado por un sistema digital que se puede procesar, almacenar o trasladar por una red informática. h) Estándares de ciberseguridad o estándares de seguridad de la información: corresponden al conjunto de reglas y procedimientos técnicos básicos sobre ciberseguridad o seguridad de la información, promulgados por la Agencia, y que deberán cumplir las instituciones públicas y/o los operadores de infraestructura crítica. i) Gestión de incidente de ciberseguridad: conjunto ordenado de acciones enfocadas a prevenir, en la medida de lo posible, la ocurrencia de incidentes de ciberseguridad y, en caso de que ocurran, atender el incidente y restaurar los niveles de operación lo antes posible. j) Incidente de ciberseguridad: todo evento o acción no autorizada que comprometa la disponibilidad, autenticidad, integridad o confidencialidad de los sistemas o datos informáticos almacenados, transmitidos o procesados en dichos sistemas, o de los servicios correspondientes ofrecidos a través de sistemas informáticos o redes de telecomunicaciones, que puedan afectar el normal Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%139 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.? 23.292 13 funcionamiento de estos. Se utilizarán como sinónimos de este concepto, el de incidente o ataque cibernético, ciberataque, brecha de seguridad, entre otros similares. k) Información: representación de un conjunto de datos organizado mediante reglas definidas que permiten identificar e interpretar las características de un sujeto o un objeto mediante el uso de tecnología digital. 1) Infraestructura crítica de información (ICI) todo sistema informático, dispositivo, equipo, red y, en general, infraestructura o activo informático declarado como tal en los términos de esta ley. m) Operador de infraestructuras críticas de información: toda persona física o jurídica, pública o privada, que, por sí o de forma conjunta con otra, ejerza el control efectivo sobre una infraestructura crítica de información, independientemente del título o causa por la cual ejerza dicho control. n) Regulador sectorial: entidad pública dentro de cuyas funciones principales se encuentra la regulación y/o supervisión de uno o más sectores regulados específicos. ñ) Resiliencia: capacidad de las redes o sistemas de información para seguir operando pese a estar sometidos a un incidente de ciberseguridad o ciberataque, aunque sea en un estado degradado, debilitado o segmentado; y, también, la capacidad de restaurar con presteza sus funciones esenciales después de un incidente de ciberseguridad o ciberataque, por lo general con un efecto reconocible mínimo. o) Riesgo: toda circunstancia o hecho razonablemente identificable que tenga un posible efecto adverso en la seguridad de las redes y/o sistemas de información. Se puede cuantificar como la probabilidad de materialización de una amenaza que produzca un impacto negativo en estas. p) Sector regulado: sector que representa alguna actividad económica estratégica para el país, que se encuentra sometido a la supervisión de un regulador o fiscalizador sectorial. a) Servicios esenciales: todo servicio, prestado por el Estado o por empresas privadas, respecto del cual la afectación, degradación, denegación de servicio, interceptación, interrupción, no disponibilidad o destrucción de su infraestructura de la información pueda afectar gravemente: la vida o integridad física de las personas; la provisión de servicios sanitarios, de seguridad, energéticos, de suministro de agua o de telecomunicaciones; y al normal funcionamiento de infraestructura vial y medios de transporte; a la generalidad de usuarios o clientes de sistemas necesarios para operaciones financieras, bancarias, de medios de pago y/o que permitan la transacción de dinero o valores; o de modo general, el normal desarrollo y bienestar de la población. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
TUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%140 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.” 23.292 14 Se considerarán servicios esenciales, para efectos de esta ley, los servicios declarados como servicios públicos en el artículo 5 de la Ley N.* 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep). r) Sistema informático o Sistema de información: todo sistema, dispositivo, equipo, red o activo aislado o el conjunto de ellos, interconectados o relacionados entre sí, incluidos sus soportes lógicos, cuya función, o la de alguno de sus elementos, sea la recogida, el almacenamiento, la utilización, el intercambio, la difusión, la transmisión, la eliminación o, en general, el tratamiento de información, en ejecución de un programa. s) Vulnerabilidad de seguridad: cualquier atributo del hardware, el software, el proceso o el procedimiento que podría permitir o facilitar la anulación o evasión de un control de seguridad. CAPÍTULO Il CREACIÓN DE LA AGENCIA NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD ARTÍCULO 4- De la naturaleza jurídica y composición de la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANC) 1- Créase la Agencia Nacional de Ciberseguridad como un órgano adscrito al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) con independencia técnica para velar por el cumplimiento y ejecución de la presente ley. 2- La Agencia Nacional de Ciberseguridad fumgirá como el Centro de Operaciones de Ciberseguridad (“SOC”) del país, encargado de la gestión preventiva, reactiva y proactiva de las amenazas e incidentes que, a través del uso de datos, puedan generar un riesgo de seguridad para la población costarricense. 3- La Agencia estará conformada, por una Dirección General que la dirigirá, con apoyo de un Consejo Asesor, y las siguientes tres unidades operativas independientes entre sí: a) El Centro de Intercambio y Monitoreo de Redes (CIMR-CR), que tendrá a su cargo la función preventiva y monitoreo continuo de alertas provenientes de los dispositivos del entorno, así como la responsabilidad de correlacionar, analizar y reportar todo patrón de riesgo identificado durante el monitoreo de amenazas y vulnerabilidades. Tiene a su cargo garantizar la ingesta permanente de datos del entorno provenientes de los sensores de seguridad en conjunto con las organizaciones y sus proveedores. b) El Centro de Respuesta a Incidentes de Seguridad (CSIRT-CR), que tendrá a su cargo la función reactiva, consistente en gestionar los canales de comunicación para la recepción de alertas informáticas, realizar la clasificación de dichas alertas, mantener el registro de incidentes creado en esta ley y el nivel de riesgo y be Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*141 ACTA N*32 Ordinaria. Sans Expediente N.? 23.292 15 actualizados, así como la responsabilidad de investigar y proveer soporte a las instituciones afectadas por algún incidente que así lo requieran, emitir los boletines de alerta y generar las campañas de concientización en ciberseguridad. c) El Centro de Inteligencia de Datos en Ciberseguridad (CID-CR), que tendrá a su cargo la función proactiva, consistente en proporcionar datos e información predictiva a la Agencia para facilitar latoma de decisiones, asegurar el cumplimiento de las misiones y objetivos a largo plazo, reducir la superficie de ataque, crear ejercicios de simulación de amenazas y modelado de adversarios, así como mantener a la Agencia y quienes utilicen sus servicios permanentemente actualizados en nuevas amenazas del entorno nacional e internacional. 4) Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 11 para el CSIRT-CR, el reglamento a esta ley especificará y delimitará las funciones de cada una de estas unidades operativas, en armonía con la función principal que se les atribuye en este artículo. En caso de conflicto, el director de la Agencia delimitará las competencias. El reglamento a esta ley dispondrá la forma de organización de dichas unidades. ARTÍCULO 5- Atribuciones y patrimonio de la Agencia Nacional de Ciberseguridad 1- La Agencia Nacional de Ciberseguridad tendrá las siguientes atribuciones: a) Definir y gestionar la Política Nacional de Ciberseguridad de mediano plazo. b) Coordinar todas las acciones relacionadas con ciberseguridad en la Administración Pública y servir como Centro de Operaciones de Ciberseguridad (“SOC”) de la nación. c) Asegurar la continuidad y resiliencia de las infraestructuras críticas de información del país, así como ggarantizar la seguridad cibernética, asegurar la soberanía del ciberespacio, la seguridad nacional y los intereses públicos, proteger los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, las personas jurídicas y otras organizaciones, y promover el sano desarrollo de la tecnología de la información en los sectores económico y social. d) Elaborar, definir y actualizar la Estrategia Nacional de Ciberseguridad, así como coordinar y dar seguimiento a los planes de acción para su debida ejecución y cumplimiento. e) Identificar y designar, con el apoyo del Consejo Asesor, las infraestructuras críticas de información en la forma establecida en el artículo 16 de esta ley y su reglamento. f Supervisar a los operadores de infraestructuras críticas de información en el cumplimiento de la presente ley, salvo en sectores regulados sujetos a supervisión de un regulador sectorial, en los términos del artículo 11 de esta ley. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%142 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 16 9) Dictar y aprobar normas técnicas de carácter general para garantizar la unidad de acción estatal en materia de ciberseguridad y la debida aplicación de la presente ley. h) Aprobar estándares mínimos de ciberseguridad o seguridad de la información, internacionalmente reconocidos, que deba adoptar la Administración Pública en sentido amplio, y los operadores de infraestructuras críticas de información. i) Girar instrucciones vinculantes a los operadores privados de infraestructura crítica de información que no se encuentren sometidos a la regulación o fiscalización de un regulador o fiscalizador sectorial, y a los órganos o entidades públicas pertenecientes al Poder Ejecutivo, dentro del campo de las competencias previstas en esta ley. j) Proponer, con la asesoría del Consejo Asesor, un Plan Nacional de Contingencia para Emergencias y Crisis de Ciberseguridad será el plan a utilizar en caso de emergencias decretadas por motivos de ciberseguridad. Este plan deberá ser aprobado por la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Emergencias mediante el procedimiento previsto en la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, N.* 8488. k) Proponer al jerarca del Micitt las normas legales y reglamentarias que se requieran para asegurar el acceso seguro al ciberespacio, así como aquellas que estén dentro del marco de su competencia. 1) Coordinar con los reguladores sectoriales competentes, con los CSIRT o centros de operaciones sectoriales, si los hubiera, con los operadores de infraestructuras críticas nacionales e instituciones públicas, según corresponda, en la prevención, detección, investigación y respuesta a vulnerabilidades, amenazas e incidentes de ciberseguridad. m) Administrar el Registro Nacional de Incidentes de Ciberseguridad, y establecer indicadores de estado o nivel de alerta públicos. n) Requerir de los CSIRT sectoriales, de los reguladores sectoriales, de los operadores de infraestructura crítica y de las instituciones públicas la información para el cumplimiento de sus fines. ñ) Diseñar e implementar, junto con los distintos sectores de la sociedad, planes y acciones de educación, formación ciudadana, investigación, innovación, entrenamiento, fomento y difusión, destinados a promover el desarrollo nacional de una cultura de ciberseguridad. o) Recomendar al jerarca del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt), la celebración de convenios, y cooperar con organismos públicos, entidades privadas, academia, organizaciones Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*143 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.? 23.292 17 internacionales u organizaciones no gubernamentales, destinados a facilitar la formación, la colaboración y la transferencia de información y conocimiento que permita el cumplimiento de los fines de esta ley. Pp) Prestar asesoría técnica a instituciones públicas en general y a las entidades privadas que sean operadores de infraestructura crítica de información, que así lo requieran o que estén o se hayan visto afectados por un incidente de ciberseguridad. q) Colaborar y coordinar con centros de operaciones de seguridad, centros de respuesta a incidentes, organismos de inteligencia y seguridad nacional e investigación judicial, nacionales e internacionales, para enfrentar amenazas que puedan afectar a la infraestructura crítica de información e implementar acciones preventivas. r) Adoptar y publicar guías de mejores prácticas o manuales en materia de ciberseguridad para orientar el cumplimiento de la ley. s) Velar por el cumplimiento de esta ley, sus reglamentos y la normativa técnica que se dicte en conformidad con la presente ley, cuando ello no corresponda a un regulador o fiscalizador sectorial. t) Representar al Gobierno en cuestiones de ciberseguridad a nivel nacional e internacional. u) Denunciar ante las autoridades competentes la posible comisión de delitos cibernéticos. v) Realizar todas aquellas otras funciones que las leyes le encomienden. 2- Los recursos de la Agencia serán los siguientes: a) Un 1,5% del total de recursos presupuestados por todas las instituciones del sector público, que deberán ser transferidos a la Agencia antes del 30 de enero de cada ejercicio presupuestario. Las instituciones transferentes deberán cumplir con lo dispuesto en el título IV de la Ley N.” 9635. Aquellas de estas que no trasladen los recursos en la cantidad y el plazo definido en la presente ley no podrán asignar presupuestariamente en el siguiente ejercicio económico un monto superior al gasto ejecutado en el año precedente según la liquidación respectiva, hasta tanto se realicen las transferencias adeudadas. b) Las donaciones y las subvenciones provenientes de otros países, entidades públicas u organismos internacionales, que no comprometen la independencia y la transparencia de la Agencia, en los términos que establezca el reglamento. c) Los recursos que se obtengan serán utilizados para el cumplimiento de los objetivos de esta ley y para fortalecer, desarrollar, actualizar y mejorar a la Agencia. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*144 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.? 23.292 18 d) Los ingresos por el cobro de las multas previstas en esta ley. En el caso de multas aplicadas por los reguladores sectoriales competentes, un 50% de lo recolectado deberá ser transferido a la Agencia. Se autoriza a las instituciones del Estado y entidades públicas estatales para que asignen y realicen convenios para dotar del personal calificado a la Agencia para cumplir sus fines, funciones y ejecutar proyectos específicos. En tales casos aplicarán las mismas restricciones indicadas en el inciso b) de este artículo. ARTÍCULO 6- De la Dirección Nacional La dirección y administración superior de la Agencia estará a cargo de un director nacional, quien será designado por el Poder Ejecutivo mediante concurso público, previa demostración de idoneidad. El nombramiento se efectuará por un periodo de cinco años, prorrogable por otro periodo igual consecutivo. La persona directora deberá poseer: 1- Título académico que la acredite como profesional en ingeniería en sistemas o en sistemas informáticos o similar. 2- Tener al menos ocho años de experiencia en temas de ciberseguridad. 3- Contar con atestados comprobados, estudios y certificaciones que la acrediten como experta o experto en materia de ciberseguridad o seguridad informática. La persona directora solo puede ser cesada antes del vencimiento de su cargo, por renuncia expresa, o por decisión del Poder Ejecutivo debidamente motivada y cumpliendo el debido proceso, además, de las siguientes causales: a) Incumplimiento grave y demostrado de sus obligaciones. b) Incapacidad física o cognitiva sobrevenida para el ejercicio de su función. c) Incompatibilidad grave por hechos sobrevenidos que impidan o dificulten que pueda ejercer las funciones atribuidas en esta ley de forma imparcial e independiente, y en cumplimiento del interés público; o d) Condena firme por delito doloso. La remoción de la persona directora deberá tramitarse mediante el procedimiento ordinario establecido en la Ley N.? 6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, y sus reglamentos. En el caso de los supuestos a) y c) anteriores, una vez tramitado el procedimiento, pero de previo a la adopción de la resolución final que decida sobre la separación, el Poder Ejecutivo enviará a la Procuraduría General de la República el expediente para que esta se manifieste, en Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA No145_ ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.? 23.292 19 un plazo razonable, sobre el carácter “grave” de la falta o la incompatibilidad y la procedencia de la separación. El criterio de la Procuraduría no será vinculante, pero el Poder Ejecutivo deberá motivar su decisión de separarse de dicho criterio, si fuera el caso. ARTÍCULO 7- Atribuciones de la Dirección Nacional Corresponderá a la Dirección Nacional: a) Elaborar la propuesta de política nacional de ciberseguridad de mediano plazo, y las modificaciones que se requieran. Dicha propuesta será sometida a aprobación conjunta de los Ministros de Seguridad Pública, Ciencia y Tecnología y Presidencia, ante solicitud del Director Nacional, b) Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento de la Agencia. c) Dirigir, coordinar y asignar labores y funciones de las unidades operativas de la Agencia. d) Dictar las resoluciones y demás actos administrativos necesarios para el buen funcionamiento de la Agencia. e) Emitir resoluciones, normativa y lineamientos generales que de acuerdo con esta ley corresponda dictar a la Agencia. f) Promulgar los estándares técnicos en materia de ciberseguridad que dispone esta ley. 9) Ejecutar los actos y celebrar los convenios necesarios para el cumplimiento de los fines de la Agencia. h) Delegar atribuciones o facultades específicas en funcionarios de los ámbitos profesionales o técnicos de la Agencia. i) Comunicar a las instituciones u autoridades competentes cualquier incumplimiento o potencial incumplimiento a esta ley que la Agencia o el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) no tenga competencia para sancionar. i) Todas las demás funciones que otorgue esta u otras leyes a la Agencia Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*146 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.? 23.292 20 ARTÍCULO 8- Del Consejo Asesor en Ciberseguridad La Agencia contará con un Consejo Asesor en Ciberseguridad, constituido por los siguientes miembros: a) El director de la Agencia, quien lo presidirá. b) Un representante del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones. c) Un representante de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep). d) Un representante del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif). e) El director o directora del Organismo de Investigación Judicial, o su representante. f) Un representante de la Cámara de Tecnologías de la Información y la Comunicación (Camtic). 9) Un representante de la Cámara de Infocomunicación y Tecnología (Infocom). h) Un representante del Colegio de Profesionales en Informática y Computación. No podrán formar parte del Consejo quienes tengan un evidente conflicto de interés, en los términos definidos en esta ley. Los miembros de este Consejo no devengarán dietas. ARTÍCULO 9- Funciones del Consejo Corresponderá al Consejo: a) Asesorar a la Agencia en materia relacionada con la ciberseguridad y la protección y aseguramiento de la Infraestructura Crítica de la Información para el país. b) Asesorar en la determinación de los sectores y/o servicios esenciales que posean infraestructura de la información que deba ser calificada como crítica, y a la Agencia en la determinación de los operadores de dichas infraestructuras. c) Asesorar a la Agencia en las materias que esta le solicite. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9147 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 21 ARTÍCULO 10- Funcionamiento del Consejo El Consejo solo podrá sesionar con la asistencia de al menos cinco de sus miembros, previa convocatoria del ministro. Sin perjuicio de lo anterior, el director estará obligado a convocar a una sesión extraordinaria cuando así lo requieran, por escrito, a lo menos tres de sus miembros. En todo caso, el Consejo podrá autoconvocarse en situaciones urgentes o necesarias conforme a la decisión de la mayoría de sus integrantes y se consignará acta de las sesiones y los acuerdos. El reglamento a esta ley determinará las demás normas necesarias para el correcto funcionamiento del Consejo, incompatibilidades, causales de cesión en el cargo y otros. ARTÍCULO 11- Del Centro Nacional de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática (CSIRT-CR) 1- El Centro Nacional de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática (en adelante, “CSIRT-CR”) de la Agencia será el responsable de centralizar, coordinar, respaldar y optimizar los procesos de respuesta y recuperación de incidentes de ciberseguridad generados en las infraestructuras críticas de información y en los sistemas y tecnologías de la información y comunicación de los entes y órganos de la Administración Pública. 2- En el ejercicio de sus funciones, el CSIRT-CR coordinará con los reguladores sectoriales competentes, con los CSIRT sectoriales, con los operadores de infraestructuras críticas y con los demás entes y órganos de la Administración Pública, así como con organismos o entidades nacionales e internacionales de naturaleza similar. 3- Sin perjuicio de otras que se le asignen vía reglamento, el CSIRT-CR tendrá las siguientes funciones: a) Recibir, agregar y analizar los informes relacionados con los incidentes de ciberseguridad significativos (según se establezca de conformidad con en esta ley o su reglamento) recibidos directamente de los operadores de infraestructuras críticas de información, o de los reguladores o CSIRT sectoriales, para mejorar el conocimiento de la situación de las amenazas a la ciberseguridad en todos los sectores de las infraestructuras críticas. b) Respaldar, coordinar y apoyar las labores de respuesta y recuperación de amenazas e incidentes de ciberseguridad de los operadores de infraestructuras críticas que no estén sujetos a la supervisión de un regulador sectorial, y los que se presenten en la totalidad de la Administración Pública. c) Coordinar y cooperar con los CSIRT o reguladores sectoriales frente a ataques, vulnerabilidades, incidentes y brechas de ciberseguridad que afecten a las infraestructuras críticas de información sometidas a supervisión del regulador - Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%148 ACTA N*32 Ordinaria. ANA Expediente N.* 23.292 22 sectorial. En estos casos, el CSIRT-CR podrá recomendar, colaborar, compartir información, coordinar y realizar todas las acciones conjuntas necesarias para asegurar una respuesta rápida frente al incidente. Además, podrá supervisar la implementación de medidas de mitigación de corto plazo, e informarse de las medidas de largo plazo adoptadas. d) Colaborar, cooperar e intercambiar información general y anonimizada sobre amenazas e incidentes de ciberseguridad, con los CSIRT o centros de operaciones de seguridad que se conformen en el sector privado. e) Servir de punto de enlace con equipos de respuesta a incidentes de seguridad informática extranjeros o sus equivalentes, para el intercambio de información de ciberseguridad, siempre dentro del marco de sus competencias. f) Prestar colaboración y asesoría técnica a los CSIRT sectoriales en la implementación de políticas y acciones relativas a ciberseguridad y ofrecer soporte a los CSIRT sectoriales o CSIRT internos de los operadores de infraestructuras críticas, para asegurar la resiliencia de los sistemas informáticos en caso de fallas operacionales graves o ciberataques. 9) Consolidar los reportes de incidentes de ciberseguridad que reciba para efectos de la alimentación del registro previsto en el artículo 13. h) Requerir a los CSIRT sectoriales o a los operadores de infraestructura crítica, dentro del ámbito de su competencia, información anonimizada de incidentes de ciberseguridad y vulnerabilidades encontradas y los planes de acción respectivos para mitigarlos. i) Crear y administrar para el cumplimiento de sus funciones una plataforma electrónica de comunicaciones segura, destinada a comunicar y compartir información con los otros CSIRT sectoriales, reguladores sectoriales, operadores de infraestructura crítica y sector privado. El funcionamiento de la red de comunicaciones se establecerá en el reglamento de la presente ley. ARTÍCULO 12- De los centros sectoriales de respuesta a incidentes de seguridad informática (CSIRT sectorial) 1- Los reguladores sectoriales podrán constituir centros sectoriales de respuesta a incidentes de ciberseguridad, conocidos como “CSIRT sectoriales”, los que tendrán por finalidad respaldar la respuesta y recuperación de incidentes de ciberseguridad significativos que pongan en riesgo las infraestructuras críticas de información de sus respectivos sectores regulados. Un reglamento aprobado por cada uno de dichos reguladores dispondrá la conformación, organización y funciones de su respectivo CSIRT sectorial. => k ; Sitio Web: munipococi.go.cr Ya 2 Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%149 ACTA N*32 Ordinaria. AAA Expediente N.? 23.292 23 2- Sin perjuicio de otras funciones que se le asignen vía reglamento, corresponderá a los CSIRT sectoriales, lo siguiente: a) Respaldar la respuesta a amenazas e incidentes de ciberseguridad que vulneren o pongan en riesgo las infraestructuras críticas de información de su sector. b) Coordinar a los equipos CSIRT internos o departamentos internos de tecnologías de la información de los operadores de infraestructuras críticas de información de su sector, frente a ataques, amenazas, incidentes y brechas de ciberseguridad. c) Ofrecer soporte a los CSIRT o departamentos de tecnologías de la información de los operadores regulados para asegurar la resiliencia de estos en caso de fallas operacionales graves, incidentes de ciberseguridad o ciberataques. d) Junto al regulador sectorial y/o bajo su supervisión, realizar entrenamiento, educación y capacitación en materia de ciberseguridad, con la finalidad de procurar que los órganos de la Administración de Estado de su sector y de las empresas reguladas cuenten con las competencias adecuadas para dar respuesta a incidentes de ciberseguridad o ciberataques. e) Requerir a los CSIRT o departamentos de tecnologías de la información de sus operadores regulados, dentro del ámbito de su competencia, información anonimizada de incidentes de ciberseguridad y vulnerabilidades encontradas. f) Generar y difundir información mediante campañas públicas dentro de su sector. 9) Trabajar coordinadamente con el CSIRT-CR y con otros CSIRT sectoriales, cuando corresponda, en la gestión de un incidente de ciberseguridad. h) Informar al CSIRT-CR, de vulnerabilidades, incidentes de ciberseguridad y ciberataques detectados o reportados en su sector, junto a sus respectivos cursos o planes de acción para subsanarlos. i) Prestar asesoría técnica a los operadores de su sector, que estén o se hayan visto afectadas por un incidente de ciberseguridad que haya comprometido su infraestructura crítica de información. i) Difundir las alertas preventivas e informaciones de ciberseguridad emanadas de la Agencia o de alguna de sus unidades, a los operadores de su sector. ARTÍCULO 13- Registro Nacional de Incidentes de Ciberseguridad El Registro Nacional de Incidentes de Ciberseguridad estará a cargo del CSIRT-CR y tendrá carácter público, por exigirlo el debido cumplimiento de las funciones de la $ Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*150 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.” 23.292 24 Agencia, el debido resguardo de los derechos de las personas y la seguridad de la nación en materia de información crítica. En este registro se ingresarán los datos técnicos y antecedentes necesarios para describir la ocurrencia de incidentes de ciberseguridad, con su análisis y estudio. Sobre la base de este registro se podrán realizar las respectivas investigaciones por parte del CID-CR, así como las comunicaciones de alertas por parte del CIMR-CR a los CSIRT o reguladores sectoriales, a las instituciones públicas y a los operadores de infraestructuras críticas de información. El reglamento a esta ley establecerá el nivel de prejuicio de datos sensibles del Registro, para garantizar la privacidad de la organización afectada, dependiendo del estado del incidente y su relación con el criterio de seguridad nacional tecnológica que se aplique, así como las maneras en que dicho registro puede ser consultado por los ciudadanos y otras organizaciones que así lo requieran. ARTÍCULO 14- Delimitación de Competencias de la Agencia y los Reguladores Sectoriales Los reguladores sectoriales serán los competentes para supervisar y verificar el cumplimiento de las disposiciones de la presente ley y aquellas que emita la Agencia en ejecución de esta, por parte de los operadores de infraestructuras críticas de información sujetos a su supervisión o regulación. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de las potestades de coordinación nacional que posee la Agencia Nacional de Ciberseguridad en todo lo relacionado a la ciberseguridad de la infraestructura crítica de la nación. Los reguladores sectoriales podrán dar instrucciones, dictar circulares, órdenes, normas de carácter general y normas técnicas para garantizar un adecuado nivel de ciberseguridad respecto de sus regulados o fiscalizados, de conformidad con la regulación sectorial respectiva, para lo cual considerarán los lineamientos y normas técnicas generales establecidas en esta ley y por la Agencia Nacional de Ciberseguridad y las demás medidas y obligaciones dispuestas en esta ley. . CAPÍTULO Il RÉGIMEN DE PROTECCIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS CRÍTICAS DE INFORMACIÓN (ICI) Sección Primera Declaratoria de Interés público y seguridad nacional ARTÍCULO 15- Declaración de interés público y seguridad nacional Por tratarse de activos vitales, críticos y estratégicos para el funcionamiento del Estado y la protección de la vida, la salud, la seguridad y los derechos de la población, se declaran de interés público nacional todas las políticas y acciones relacionadas con la ciberseguridad de las infraestructuras críticas de información del país. Estas acciones serán dirigidas y coordinadas por el Poder Ejecutivo, a e, Sitio Web: munipococi.go.cr AS y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*151 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 25 través de la Agencia Nacional de Ciberseguridad, bajo el principio de la unidad de la acción estatal. Cualquier amenaza o incidente de ciberseguridad que recaiga o esté dirigido a una infraestructura crítica de información o a un sistema estrechamente vinculado con esta, se considerará una amenaza o atentado contra la seguridad tecnológica nacional. Sección Segunda Designación de infraestructuras críticas de información ARTÍCULO 16- Designación de infraestructuras críticas de información 1- Se considerarán infraestructuras críticas de información todos aquellos sistemas, redes, equipos y, en general, activos e infraestructura informática, física o virtual, que cumplan dos criterios: que sean necesarios para la provisión de servicios esenciales; los sectores o industrias reguladas y/o sus actividades económicas estratégicas; el efectivo cumplimiento de las funciones del Estado; o garantizar la vida, la salud, la seguridad o la economía nacional; y que un incidente de ciberseguridad dirigido a dicha infraestructura o a la organización que la controla, pueda comprometer la prestación continua y de calidad de esos servicios esenciales, afectar el funcionamiento normal del sector o actividad regulada, o poner en riesgo el efectivo cumplimiento de funciones básicas del Estado, así como la vida, la salud, la seguridad o la economía nacional. 2- El Poder Ejecutivo, mediante decreto, especificará cada uno de los sectores, actividades, funciones y servicios comprendidos en el punto anterior y que estarán cubiertos por la regulación de infraestructuras críticas prevista en esta ley. Para ello efectuará un análisis de los riesgos derivados de un eventual incidente en la prestación o funcionamiento de dichos servicios o sectores, tomando en cuenta, entre otros, las definiciones de servicio esencial y sector regulado contenidas en el artículo 2 de esta ley, así como el criterio de los reguladores sectoriales del país. 3- La Agencia Nacional de Ciberseguridad será la encargada de identificar, a partir de los sectores, actividades, funciones y servicios especificados por el Poder Ejecutivo en el decreto mencionado en el punto anterior, a los operadores que ejercen el control sobre las infraestructuras críticas de información, excepto en el caso de los operadores pertenecientes a un sector regulado sujeto a supervisión de un regulador sectorial. En este último supuesto, corresponderá a dicho regulador identificar y notificar al operador sobre su designación. 4- En el acto de designación de un operador de infraestructura crítica de información, la Agencia Nacional de Ciberseguridad o el regulador sectorial, según sea el caso, deberá: a) Identificar al operador del sistema informático, red o activo designado como una infraestructura crítica de información. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*152 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.? 23.292 26 b) Identificar, en la medida de lo posible y según las particularidades del caso, el sistema informático, red o activo que se designa como una infraestructura crítica de información. c) Informar al operador, en términos generales, sobre sus deberes y responsabilidades, en virtud de la presente ley, y que surjan de la designación. d) Informar al operador de la infraestructura crítica de información sobre su potestad de recurrir la designación, lo cual podrá hacer el operador en un plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación del acto administrativo que declare dicha designación. 5- El operador que reciba una designación bajo el presente artículo podrá solicitar a la Agencia o al regulador sectorial, en el plazo de cinco días hábiles, que proceda a modificar o redirigir la notificación, en cuyo caso deberá presentar pruebas de que: a) El operador no puede cumplir con las obligaciones de la sección tercera de este capítulo porque no tiene un control efectivo sobre las operaciones del equipo o sistema informático, ni la capacidad o el derecho a realizar cambios en el equipo o sistema informático; y b) Otra persona física o jurídica tiene el control efectivo sobre las operaciones del sistema informático y la capacidad y el derecho a realizar cambios en el equipo o sistema informático. ARTÍCULO 17- Requerimientos de información para evaluar los criterios de infraestructura crítica de información Cuando la Agencia o el regulador sectorial, según corresponda, tengan razones para inferir que un sistema informático, red o activo informático podría cumplir los criterios de una infraestructura crítica de información, la Agencia o el regulador podrán solicitar a toda persona u organización que ejerza funciones o control sobre el sistema informático, que le facilite, en un plazo razonable especificado en el requerimiento, la información pertinente y necesaria, relativa a dicho sistema informático, para determinar si el sistema cumple los criterios de una infraestructura crítica de información. Sección Tercera Obligaciones de los Operadores de Infraestructuras Críticas de Información ARTÍCULO 18- Obligación general Será obligación de los operadores de infraestructuras críticas de información aplicar las medidas de seguridad tecnológica, organizacionales, físicas, lógicas e informativas necesarias para prevenir, identificar, reportar y resolver incidentes de ciberseguridad y gestionar los riesgos, así como contener y mitigar el impacto sobre Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*153 ACTA N*32 Ordinaria. A Expediente N.? 23.292 27 la continuidad operacional, la confidencialidad de la información y la integridad del servicio prestado, de conformidad a lo prescrito en esta ley, su reglamento y las disposiciones generales emitidas por la Agencia Nacional de Ciberseguridad o el regulador sectorial competente. ARTÍCULO 19- Obligaciones específicas Sin perjuicio de otras obligaciones establecidas en esta ley, los operadores de infraestructuras críticas de información deberán: a) Reportar a la Agencia o al regulador sectorial, según corresponda, todo incidente de ciberseguridad que afecte su infraestructura crítica de información, en los términos y formas establecidos en el artículo 20 de esta ley. b) Designar a un oficial de respuesta a incidentes que será el responsable, en nombre del operador, de notificar a la autoridad de control competente sobre el incidente, coordinar su atención a lo interno de la organización y servir de punto de contacto para recibir comunicaciones y órdenes de parte de dicha autoridad. Si quien controla, administra o aloja la infraestructura afectada es un tercero contratista O proveedor, se podrá designar a dicho tercero como oficial de respuesta, sin que ello implique renuncia alguna a la responsabilidad del operador. Si el operador tuviera un CSIRT o un centro de operaciones de seguridad interno, quien coordine dicho equipo o centro será el oficial de respuesta a incidentes. En caso de no designarse expresamente dicho oficial, el oficial de respuesta a incidentes será la persona que dirija el Departamento de Tecnologías de Información o su homólogo. c) Implementar un sistema de gestión de riesgo permanente con el fin de identificar aquellos riesgos que pueden afectar la seguridad de los sistemas informáticos, aquellos que afectarían la continuidad operacional del servicio y aquellos que facilitan la ocurrencia de incidentes de ciberseguridad, incluidos los riesgos asociados a la cadena de suministro del operador o a su uso de productos y servicios de terceros. Dicho sistema debe contar con la capacidad de determinar la gravedad de las consecuencias de un incidente de ciberseguridad. d) Mantener un registro de las acciones ejecutadas que compongan el sistema de gestión de riesgos, de conformidad a lo que señale el reglamento a esta ley. Lo anterior incluirá el registro del cumplimiento de la normativa sobre ciberseguridad y del conocimiento por los empleados, dependientes y proveedores, de los protocolos de ciberseguridad y la aplicación de estos, tanto durante el funcionamiento regular como en caso de haber sufrido un incidente de ciberseguridad. Sin perjuicio de los planes, procedimientos y estándares obligatorios aplicables a la totalidad de la Administración Pública, dispuestos en el capítulo V de esta ley, elaborar e implementar planes de ciberseguridad, planes de contingencia, y planes de continuidad operacional. Dichos planes deberán ser actualizados cada año. e) Realizar continuamente operaciones de revisión, ejercicios, simulacros, test y análisis de las redes, sistemas informáticos, plataformas y sistemas para detectar Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%154 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 acciones, vulnerabilidades, omisiones o programas maliciosos que comprometan la ciberseguridad y comunicar los resultados a la Agencia o al regulador sectorial competente. f) Sin perjuicio de las potestades de investigación, respaldo y coordinación de la Agencia o el regulador sectorial, responder a los incidentes de ciberseguridad según sus planes y protocolos internos de ciberseguridad, contingencia y continuidad operacional y adoptar las medidas necesarias para reducir el impacto y la propagación del incidente, incluida la restricción de uso o el acceso a sistemas informáticos, si fuera necesario. ARTÍCULO 20- Reporte de incidentes de ciberseguridad en infraestructuras críticas de información 1- El operador de una infraestructura crítica de información deberá reportar mediante un informe dirigido al CSIRT-CR, al CSIRT sectorial, o al regulador sectorial competente en caso de que no haya CSIRT en dicho sector, según corresponda, la ocurrencia de todo incidente de ciberseguridad que afecte a una infraestructura crítica de información, en cuanto tenga conocimiento de la situación. 2- El informe del incidente debe contener, como mínimo y siempre que las circunstancias lo permitan en ese momento, información sobre: a) Una descripción del incidente de ciberseguridad significativo, incluyendo la identificación de los sistemas de información, redes o dispositivos que fueron afectados por dicho incidente, y el rango de fecha estimado de este. b) En su caso, una descripción de las vulnerabilidades explotadas y de las defensas de seguridad existentes, así como de las tácticas, técnicas y procedimientos posiblemente utilizados en el incidente. c) Una descripción de las medidas tomadas hasta el momento y las que se implementarán a corto plazo. d) En su caso, cualquier información de identificación relacionada con el actor que razonablemente se cree que es responsable de dicho incidente. e) En su caso, una descripción y, si es posible, cuantificación, de los daños causados, así como la identificación de la categoría o categorías de información a la que se ha accedido o se cree razonablemente que se ha accedido por una persona no autorizada. f) Nombre, rol dentro de la organización, e información de contacto del oficial de respuesta a incidentes. 3- El operador deberá presentar actualizaciones periódicas del informe inicial cada vez que se disponga de información nueva o diferente sobre el incidente, hasta Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*155 ACTA N*32 Ordinaria. FEAS RAREZAS. Expediente N.? 23.292 29 la fecha en que la investigación del incidente haya concluido y que el incidente asociado se haya mitigado y resuelto por completo. 4- La Agencia Nacional de Ciberseguridad, en colaboración con el Consejo Asesor, establecerá y publicará, mediante norma técnica general, los criterios para determinar que es un incidente de seguridad 5- El operador de la infraestructura critica deberá notificar a las personas afectadas por los incidentes establecidos en este artículo en caso de que las personas afectadas no pueden ser notificadas individualmente, al público en general, se hará en un plazo de diez días hábiles. 6- En caso de incumplimiento del inciso anterior, la notificación de los incidentes establecidos en este artículo podrá ser realizada por la Agencia, CSIRT-CR, el regulador sectorial competente o, si lo hubiera, el CSIRT sectorial, sin perjuicio de las sanciones que pueda corresponder al operador por dicho incumplimiento. En este caso, la Agencia o el regulador sectorial notificarán a la Agencia de Protección de Datos Personales sobre la afectación a datos personales derivada del incidente, en los términos de la normativa de protección de datos personales. 7- Sin perjuicio de las disposiciones establecidas en este artículo, el operador de una infraestructura crítica puede notificar al CSIRT sectorial o al CSIRT-CR, según corresponda, sobre cualquier incidente cibernético. Asimismo, cualquier persona u organización, pública o privada, que no sea operador de una infraestructura crítica, podrá notificar a la Agencia sobre cualquier vulnerabilidad o amenaza que haya detectado, o incidente de ciberseguridad del que tenga conocimiento, siempre que lo haga de buena fe conforme al artículo 21. 8- Los CSIRT sectoriales o reguladores sectoriales que reciban un informe sobre un incidente de ciberseguridad significativo, deberán remitir el informe al CSIRT-CR, en los términos señalados vía reglamento. Al recibir dicho informe, el CSIRT-CR lo revisará inmediatamente para determinar si el incidente está relacionado con una amenaza de ciberseguridad o una vulnerabilidad de seguridad en curso y, cuando proceda, utilizará dicho informe para identificar, desarrollar y difundir rápidamente a las partes interesadas, indicadores de ciberamenazas y medidas defensivas anónimas y procesables. ARTÍCULO 21- Divulgación responsable de vulnerabilidades 1- No se considerará que una persona, organización o institución pública, infringió disposiciones legales sobre la confidencialidad, integridad y disponibilidad de datos y sistemas de información o que incurrió en un incumplimiento de leyes, reglamentos, contratos y códigos de conducta profesionales, por el hecho de comunicar, publicar o divulgar vulnerabilidades, siempre, que demuestre su buena fe. E Sitio Web: munipococi.go.cr YA á Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%156 ACTA N*32 Ordinaria. AMA a Expediente N.* 23.292 30 2- Con la finalidad de asegurar la buena fe de la persona u organización que divulgue una vulnerabilidad, se deberá tomar en cuenta que no se haya solicitado recompensas bajo coerción o amenaza de publicación de la información; que no se otorgue un tiempo límite para solucionar la vulnerabilidad antes de publicarla o divulgarla; que en el proceso de identificación, la persona u organización tomó las previsiones necesarias para prevenir vulneraciones a la privacidad, degradación o fallas en el servicio y destrucción o manipulación de la data; y que la persona u organización que divulga una vulnerabilidad consideró el impacto de dicha divulgación y tuvo el cuidado razonable para minimizar el daño que pueda causarse por tal divulgación. 3- Del proceso de identificación de vulnerabilidades basadas en la buena fe, quedan excluidos métodos que pudieran conducir a denegación de servicio, a pruebas físicas, utilización de código malicioso, ingeniería social y alteración, eliminación, exfiltración o destrucción de datos. ARTÍCULO 22- Auditorías de Ciberseguridad y Evaluaciones de Riesgo sobre infraestructuras críticas de información 1- El operador de una infraestructura crítica deberá realizar de forma continua evaluaciones de riesgo cibernético de la infraestructura crítica y presentar reportes de resultados de dichas evaluaciones, al menos una vez al año a la Agencia o el regulador sectorial, según sea el caso. 2- Llevar a cabo auditorías sobre el cumplimiento de esta ley, sus reglamentos y los estándares de ciberseguridad a la Agencia Nacional de Ciberseguridad o el regulador sectorial, al menos una vez cada dos años. Para la realización de estas evaluaciones y auditorias, los operadores tendrán la facultad de realizar convenios con la Academia, y/o el Colegio Profesional de Informáticos y Computación para estos fines. El operador deberá, a más tardar quince días hábiles después de la finalización de la auditoría o la evaluación del riesgo de ciberseguridad mencionados en el presente artículo, proporcionar el informe de la auditoría o evaluación al regulador sectorial competente, o a la Agencia, según corresponda. 3- Cuando el informe resultante de una auditoría evidencie hallazgos de no conformidad, el regulador sectorial competente o la Agencia notificará al operador de la infraestructura que lleve a cabo los planes de acción o remediación requeridos para solventar dichos hallazgos, de conformidad con la reglamentación correspondiente. En el caso de los operadores que sean instituciones autónomas o descentralizadas no sujetos a regulación sectorial, o Poderes del Estado, la Agencia remitirá la no conformidad a la auditoría interna de la institución y a la Contraloría General de la República. Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*157 ACTA N?32 Ordinaria. EA Expediente N.? 23.292 31 ARTÍCULO 23- Suministro de información relacionada con la infraestructura de información crítica 1- La Agencia como coordinador nacional de ciberseguridad, o el regulador sectorial, según corresponda, podrá solicitar al titular de una infraestructura crítica de información el suministro, dentro de un plazo razonable, lo siguiente: a) Información sobre el diseño, la configuración y la seguridad de la infraestructura crítica de información. b) Información sobre el diseño, configuración y seguridad de cualquier otro equipo o sistema informático bajo el control del operador que está interconectado, o que se comunica con la infraestructura crítica de información. c) Información relativa al funcionamiento de la infraestructura crítica de información, y de cualquier otro equipo o sistema informático bajo el control del operador que esté interconectado con, o que se comunique con la infraestructura crítica de información. d) Cualquier otra información que dentro de sus competencias y mediante acto administrativo motivado, se requiera determinar el nivel de ciberseguridad y/o resiliencia de la infraestructura crítica de información. 2- Cuando el operador realice cambios que afecte la ciberseguridad de una infraestructura crítica de información, en relación con el diseño, configuración, seguridad u operación de la infraestructura, después de que se haya proporcionado información de conformidad con el presente artículo, el operador de la infraestructura crítica de información deberá notificar el cambio a la Agencia o el regulador competente, a más tardar treinta días naturales después de la modificación. ARTÍCULO 24- Cambio en la titularidad o control de la infraestructura de información crítica Cuando se produzca algún cambio en la propiedad o control (incluida cualquier participación en dicha propiedad) de una infraestructura crítica de información, el operador deberá informar sobre este a la Agencia o al regulador sectorial competente, quince días naturales después de la fecha de ese cambio de titularidad o control. El nuevo titular u operador asumirá las mismas obligaciones que el operador anterior, sin necesidad de notificación de la Agencia o del regulador sectorial. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%158 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 32 ARTÍCULO 25- Ejercicios de ciberseguridad 1- La Agencia Nacional de Ciberseguridad o el regulador sectorial competente, según corresponda, coordinará ejercicios de ciberseguridad de manera rutinaria, con el fin de probar el estado de preparación de los operadores de infraestructuras críticas para responder y prevenir incidentes de ciberseguridad. 2- El operador de una infraestructura critica de información deberá participar en los ejercicios de ciberseguridad que coordinen las autoridades de control. 3- La Agencia adoptará un manual con políticas o procedimientos donde describa el alcance, los tipos de ejercicios, los requerimientos, los indicadores a medir, la frecuencia con la que se realizarán estos ejercicios y esquemas de planificación relacionados. Sección Cuarta Potestades de investigación y respuesta a incidentes de ciberseguridad significativos ARTÍCULO 26- Poderes para investigar incidentes de ciberseguridad 1- Sin perjuicio de la responsabilidad exclusiva del operador de infraestructura crítica de la información de atender, responder, recuperarse e investigar proactivamente un incidente de ciberseguridad dirigido a su infraestructura crítica, cuando la Agencia o el regulador sectorial hayan recibido una notificación sobre una amenaza o incidente de ciberseguridad, o incluso haya recibido noticias al respecto, dichas autoridades podrán, iniciar la investigación, a efectos de: a) Evaluar el impacto o el impacto potencial de la amenaza o incidente de ciberseguridad. b) Prevenir cualquier daño o daño adicional derivado del incidente de ciberseguridad. c) Evitar que se produzcan nuevos incidentes de ciberseguridad derivados de esa amenaza o incidente de ciberseguridad. d) Identificar posibles vulnerabilidades de seguridad y valorar eventuales responsabilidades administrativas o judiciales. 2- Para efectos de la investigación citada anteriormente, la autoridad de control tendrá las siguientes facultades: a) Solicitar, mediante notificación escrita, a las personas relacionadas con los hechos, que evacue o que proporcione una declaración firmada sobre la amenaza o incidente de ciberseguridad. Sitio Web: munipococi.go.cr A A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*159 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.? 23.292 33 b) Solicitar la entrega de registros, documentos físicos o electrónicos, o una copia del registro o documento, que no vulneren la confidencialidad y la protección de los datos, aplicando el debido proceso y la normativa vigente, relacionado con los hechos denunciados, proporcione cualquier información relacionada con cualquier asunto relevante para la investigación. c) Acceder, inspeccionar y comprobar el funcionamiento de un equipo o sistema informático sobre el que se tengan motivos razonables que ha afectado por el incidente de ciberseguridad, o utilizar dicho equipo o sistema informático para datos, contenidos disponible en dicho equipo o sistema informático, siempre dentro del marco de sus competencias. d) indicarle al operador de la infraestructura crítica afectada que tome la/o medidas de colaboración y de apoyo para el desarrollo de la investigación, incluyendo, pero no limitado a: i) Preservar el estado del equipo o del sistema informático y/o no utilizarlo. ii) Supervisar el equipo o el sistema informático durante un período de tiempo especificado. iii) Realizar un análisis forense del equipo o sistema informático para detectar vulnerabilidades de ciberseguridad y evaluar la forma y el grado en que el equipo o el sistema informático afectado por el incidente de ciberseguridad. iv) Permitir que la autoridad de control conecte cualquier equipo al equipo o sistema informático, o instalar en el equipo o sistema informático cualquier programa informático, necesario para el propósito de la investigación. v) Escaneo del equipo o sistema informático para detectar vulnerabilidades de ciberseguridad en el equipo o sistema informático. vi) Tomar una copia de, o extractos de, cualquier registro electrónico o programa informático contenido en una computadora con respecto a la cual el oficial de respuesta a incidentes tenga conocimiento de afectación por el incidente de ciberseguridad. dd » Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*160 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 34 Sección Quinta Otras Potestades de las Autoridades de Control sobre las Infraestructuras Críticas de Información ARTÍCULO 27- Emisión de normas técnicas y directrices 1- La Agencia Nacional de Ciberseguridad podrá adoptar normas técnicas y directrices generales para el fortalecimiento y gestión unificada de la ciberseguridad de las infraestructuras críticas, en lo siguiente: a) El diseño, la configuración, la seguridad y las operaciones de una infraestructura crítica. b) Las responsabilidades y deberes de los operadores. c) La delimitación de los cambios y tipos de cambios que se considerarán cambios sustanciales de una infraestructura crítica y el procedimiento para su notificación a la Agencia o al regulador sectorial. d) La delimitación de los tipos y/o categorías de incidentes de ciberseguridad que pueden presentarse, y de los tipos de incidentes que se considerarán significativos, y el procedimiento para su notificación a la Agencia o al regulador sectorial. e) La forma y naturaleza de los ejercicios, pruebas o test de ciberseguridad que se pueden realizar. f) El procedimiento para prevenir e investigar los incidentes de ciberseguridad. 9) Las medidas correctivas que se deben tomar para dar respuesta a las amenazas e incidentes de ciberseguridad. ARTÍCULO 28- Códigos de práctica y estándares internacionales de seguridad de la información Los reguladores sectoriales podrán adoptar estándares, propios O internacionalmente reconocidos, aplicables a los operadores de su sector, siempre y cuando estos no ofrezcan una protección menor que la ofrecida por los estándares mínimos que la Agencia declare a cumplir por el sector público y/o los operadores de infraestructuras críticas de información. ARTÍCULO 29- Potestad de girar instrucciones 1- La Agencia Nacional de Ciberseguridad o el regulador sectorial, según corresponda, podrá emitir directrices por escrito, ya sea de carácter general o Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ PAGINA N*161 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 35 específico, al operador de una infraestructura crítica de información o a una parte de dichos operadores, si considera que: a) Para garantizar la ciberseguridad de una infraestructura crítica de información, o una parte de esta. b) Para la administración efectiva de la presente ley. 2- La Agencia podrá revocar en cualquier momento una instrucción emitida en virtud del presente artículo. 3- El operador u operadores afectados por la orden, podrán recurrirla en el plazo y forma establecidos en el reglamento a esta ley. 4- En el caso de operadores de infraestructuras críticas no sometidos a regulación sectorial y que pertenezcan a la Administración Pública descentralizada o a los Poderes de la República, la Agencia solo podrá emitir alertas en caso de que hayan sufrido un incidente de ciberseguridad, por tratarse de un asunto de seguridad nacional tecnológica, que requiere de la unidad de acción del Estado. CAPÍTULO IV DE LA CONFIDENCIALIDAD DE INFORMACIÓN EN MATERIA DE CIBERSEGURIDAD ARTÍCULO 30- Confidencialidad de la información sobre la ciberseguridad de las infraestructuras críticas 1- Se considera confidencial y reservada la siguiente información: a) Las especificaciones técnicas de los sistemas de información, así como los detalles que permitan individualizar su ubicación y forma de suministro eléctrico. b) Los datos personales o información comercial sometida al secreto comercial, sustraídos producto de un incidente o de forma no autorizada. c) La topología y la arquitectura de la red y de la infraestructura tecnológica y de telecomunicaciones de los operadores de infraestructuras críticas de información. d) Los esquemas de direcciones de Protocolo de Internet (IP), públicas y privadas. e) Los códigos de acceso, los protocolos de encriptación de los sistemas y redes. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
¿AA MS ¿AMO MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ PAGINA N*162 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 36 f Las rutas de enlace desde las prestadoras de servicios de telecomunicaciones. 9) Tráfico de Internet entrante y saliente. h) Plan de continuidad, y de protección y recuperación ante incidentes. i) Los datos producidos por las unidades operativas de la Agencia y los CSIRT sectoriales existentes. j) La que haya sido declarado como tal en virtud de otra ley. k) Toda aquella que se declare como tal por parte del Poder Ejecutivo, mediante acto motivado. 2- Los funcionarios o empleados de la Agencia Nacional de Ciberseguridad, de los reguladores sectoriales o CSIRT sectorial y de los operadores de infraestructuras críticas de información tienen la obligación de guardar el secreto y confidencialidad que requieren los asuntos relacionados con su trabajo, debido a su naturaleza o en virtud de instrucciones especiales, deber que se mantendrá incluso luego de haber cesado en el cargo. ARTÍCULO 31- Protección al intercambio de información relevante La entrega de información relevante que realicen los operadores de infraestructuras críticas o las instituciones públicas en cumplimiento de esta ley o por requerimiento de las autoridades de control, sea a la Agencia Nacional de Ciberseguridad, a sus unidades operativas, a los reguladores sectoriales competentes, o a los CSIRT sectoriales, y la que estos se entreguen entre sí, no será considerada como una vulneración de la confidencialidad previamente establecida por leyes, reglamentos, contratos o códigos de conducta profesionales. Para el intercambio de información de ciberseguridad que involucre datos personales, por regla general, las transferencias deberán realizarse previa anonimización de los datos. En estos casos, el responsable que transferirá los datos deberá cumplir con todas las reglas y disposiciones establecidas en la legislación reguladora de esa materia, incluyendo el deber de realizar la transferencia solo cuando sea estrictamente necesario para los fines perseguidos, cuando ambas entidades, tanto la que transfiere como la que recibe tengan competencia para tratar esos datos en relación con sus fines y competencias legalmente atribuidas, y siempre que cumplan con el deber de transferir solo los datos estrictamente necesarios para los fines perseguidos. Se prohíben las cesiones masivas e indiscriminadas de bases de datos personales. a 7 > Sitio Web: munipococi.go.cr YA ] Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N0163 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.” 23.292 37 CAPÍTULO V GESTIÓN DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN EN EL SECTOR PÚBLICO ARTÍCULO 32- Ámbito de aplicación y Competencia de supervisión El presente capítulo será aplicable a la totalidad de la Administración Pública, centralizada y descentralizada incluidos los Poderes de la República. Corresponde a la Agencia Nacional de Ciberseguridad la supervisión del cumplimiento de este capítulo, de parte de los órganos y/o instituciones del Poder Ejecutivo, sin perjuicio de las competencias asignadas por la Constitución Política a la Contraloría General de la República. Además, a los reguladores sectoriales la supervisión del cumplimiento de este capítulo, de parte de las instituciones públicas descentralizadas que se encuentren sujetas, en virtud de la ley, a la supervisión de un regulador sectorial, sin perjuicio de las competencias asignadas por la Constitución Política a la Contraloría General de la República. Corresponde a las auditorías internas y a la Contraloría General de la República, según sea el caso, de conformidad con la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, y la Ley de Control Interno, la supervisión del cumplimiento de este capítulo, de parte de los órganos y/o instituciones de la Administración Pública descentralizada. Lo anterior, sin perjuicio de las potestades de la Agencia de requerirles la entrega de información necesaria para valorar el estado de seguridad informática de la entidad y de denunciar ante los órganos de control mencionados aparentes irregularidades detectadas, dentro del marco de sus atribuciones. El incumplimiento de las obligaciones impuestas en este capítulo se considerará un debilitamiento del sistema de control interno de la entidad, para los efectos de la Ley de Control Interno. ARTÍCULO 33- Obligaciones generales sobre seguridad de la información 1- En general, el superior jerárquico de cada institución pública, será responsable de: a) Adoptar medidas de seguridad de la información proporcionales al riesgo y la magnitud del daño resultante de un acceso, uso, divulgación, interrupción, modificación, o destrucción no autorizados de la información recogida o mantenida por la entidad o en su nombre; o de los sistemas de información utilizados u operados por la entidad o por un contratista de la entidad, u otra organización en nombre de la entidad. b) Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad de la información adoptadas por la institución y las políticas y procedimientos emitidos por la Agencia o el regulador sectorial en materia de seguridad de la información. . Sitio Web: munipococi.go.cr a y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*164 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.” 23.292 38 c) Garantizar que los procesos de gestión de la seguridad de la información se integren en los procesos de planificación estratégica, operativa, y presupuestaria de la entidad. d) Sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Control Interno, N.* 8292, garantizar que los altos funcionarios proporcionen seguridad de la información para la información y los sistemas de información que apoyan las operaciones y los activos bajo su control, incluyendo: i), Evaluación del riesgo y la magnitud del daño que podría resultar del acceso, uso, divulgación, interrupción, modificación o destrucción no autorizados de dicha información o sistemas de información. ii) Determinación de los niveles de seguridad de la información apropiados para proteger dicha información y sistemas de información de acuerdo con las normas técnicas o estándares promulgados o adoptados por la Agencia. iii) Aplicación de políticas y procedimientos para reducir los riesgos de forma rentable hasta un nivel aceptable. iv) Prueba y evaluación periódica de los controles y técnicas de seguridad de la información para garantizar que se aplican eficazmente. e) Designar a un oficial de seguridad de la información de la institución, que deberá: 1) Llevar a cabo las responsabilidades del oficial jefe de información bajo esta sección. ii) Poseer las características profesionales, incluidas en la formación y la experiencia, necesarias para administrar las funciones descritas en esta sección. iii) Tener funciones de seguridad de la información como tarea principal de dicho funcionario. iv) Dirigir una oficina con la misión y los recursos necesarios para ayudar a garantizar el cumplimiento de este capítulo de parte de la institución. v) Desarrollar y mantener un programa de seguridad de la información en toda la agencia, tal como se requiere en el artículo 34. vi) Formar y supervisar al personal en materia de seguridad de la información con respecto a dichas responsabilidades. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%165 ACTA N*32 Ordinaria. [EI ARNET Expediente N.* 23.292 39 vii) Informar anualmente al superior jerárquico sobre la eficacia del programa de seguridad de la información de la institución, incluyendo el progreso de las acciones correctivas. f) Garantizar que la institución cuente con personal capacitado suficiente para el cumplimiento de los requisitos de este capítulo y de las políticas, procedimientos, normas y directrices relacionadas. 9) Garantizar que todo el personal sea responsable del cumplimiento del programa de seguridad de la información de toda la institución, implementado según el artículo 34. ARTÍCULO 34- Plan de seguridad de la información Cada institución deberá desarrollar, documentar e implementar un programa de seguridad de la información a nivel de toda la institución para proporcionar seguridad a la información y a los sistemas de información que apoyan las operaciones y los activos de la entidad, incluyendo aquellos proporcionados o administrados por otra institución, contratista, proveedor u otra fuente, que incluirá: a) Evaluaciones periódicas del riesgo y la magnitud del daño que podría resultar del acceso no autorizado, uso, divulgación, interrupción, modificación o destrucción de la información y los sistemas de información que apoyan las operaciones y los activos de la institución. b) Políticas y procedimientos que se basen en las evaluaciones de riesgo exigidas en el apartado anterior, que reduzcan de forma rentable los riesgos de seguridad de la información a un nivel aceptable y garanticen que la seguridad de la información se aborda a lo largo del ciclo de vida de cada sistema de información de la institución. c) Formación en materia de seguridad para informar y educar al personal, incluidos los contratistas y otros usuarios de los sistemas de información que apoyan las operaciones y los activos de la entidad, sobre los riesgos de seguridad de la información asociados a sus actividades y sus responsabilidades en el cumplimiento de las políticas y procedimientos de la agencia diseñados para reducir estos riesgos. d) Comprobación y evaluación periódicas de la eficacia de las políticas, procedimientos y prácticas de seguridad de la información, que se realizarán con una frecuencia que dependerá del riesgo, pero no menos de una vez al año. e) Proceso para planificar, aplicar, evaluar y documentar las medidas correctoras para subsanar cualquier deficiencia en las políticas, procedimientos y prácticas de seguridad de la información de la institución. Di Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*166 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 40 f) Procedimientos para detectar, informar y responder a los incidentes de seguridad, que incluyan la forma en que se mitigarán los riesgos asociados a dichos incidentes antes de que se produzcan daños sustanciales, y el deber de notificar y consultar a la Agencia Nacional de Ciberseguridad, en los términos señalados por esta ley o su reglamento. 9) Planes y procedimientos para garantizar la continuidad de las operaciones de los sistemas de información que apoyan las operaciones y los activos de la agencia. ARTÍCULO 35- Evaluación independiente Cada dos años, las instituciones deberán realizar una evaluación del plan y de las prácticas de seguridad de la información de dicha institución para determinar su eficacia y eficiencia. La evaluación deberá ser efectuada por un tercero independiente, para este fin las instituciones podrán suscribir convenios con la Academia y el Colegio Profesional en informática y Computación, para que puedan realizarlas y que no incurran en gastos, para el cumplimiento de este requisito. La evaluación deberá incluir: a) Comprobación de la eficacia de las políticas, procedimientos y prácticas de seguridad de la información de un subconjunto representativo de los sistemas de información de la institución. b) Evaluación de la eficacia de las políticas, procedimientos y prácticas de seguridad de la información de la agencia. ARTÍCULO 36- Inventario El jerarca de toda institución pública, o el órgano que este designe, elaborará y mantendrán un inventario actualizado de los sistemas de información operados por dicha institución y que se encuentren bajo su control. La identificación de los Asistemas de información en un inventario conforme a este artículo incluirá una identificación de las interfaces entre cada uno de dichos sistemas y todos los demás sistemas o redes, incluidos los que no sean operados por la institución o no estén bajo su control. Dicho inventario deberá: a) Actualizarse cada año en el mes de enero. b) Estar disponible para la Agencia en los casos en que se requiera, en razón, de seguimiento en cumplimiento de la presente ley, además de la Contraloría General de la República. c) Ser un medio de apoyo para la gestión de los recursos de información, incluyendo la planificación, presupuestación, adquisición y gestión de las tecnologías de la información y el seguimiento, las pruebas y la evaluación de los controles de seguridad de la información exigidos en este capítulo. Sitio Web: munipococi.go.cr Y - Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9167 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.? 23.292 41 ARTÍCULO 37- Obligaciones adicionales para reforzar la protección de datos personales sensibles En consonancia con las políticas, normas, orientaciones y directrices sobre seguridad de la información en virtud de este capítulo y los estándares de seguridad de la información aprobados por la Agencia y el superior jerárquico de cada institución deberá: a) Identificar, resguardar los datos personales sensibles y de misión crítica almacenados por la institución, de acuerdo con el inventario requerido en el artículo anterior. b) Evaluar los controles de acceso a los datos descritos en el apartado anterior, la necesidad de un almacenamiento fácilmente accesible de los datos y la necesidad de los individuos de acceder a los datos. c) Cifrar o hacer indescifrables para los usuarios no autorizados los datos descritos en el apartado a), que se almacenan en los sistemas de información de la institución o que transitan por ellos. CAPÍTULO VI INFRACCIONES Y SANCIONES ARTÍCULO 38- Potestad sancionatoria La potestad sancionatoria respecto de las infracciones administrativas tipificadas en este capítulo será ejercida: a) Por el regulador sectorial del sector al que pertenece la infraestructura crítica. b) En los casos de infraestructuras críticas de sectores que no cuenten con un regulador sectorial, por la Agencia Nacional de Ciberseguridad. c) En los casos de incumplimientos del capítulo V, por la Agencia Nacional de Ciberseguridad en el caso de incumplimientos del Poder Ejecutivo, y por la Contraloría General de la República en los demás casos, según la ley orgánica de dicha entidad y las regulaciones de control interno. Para establecer la sanción correspondiente, se deberá de respetar los principios del procedimiento administrativo, establecidos en Ley General de Administración Pública. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%168 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 ARTÍCULO 39- Responsables Son responsables por las infracciones administrativas contenidas en esta ley: 1- Los operadores responsables del funcionamiento de una infraestructura crítica de naturaleza privada. 2- Los operadores responsables del funcionamiento de una infraestructura crítica pertenecientes al Estado. 3- La Administración Pública en el caso de infracciones al capítulo V de esta ley. ARTÍCULO 40- Infracciones 1- Constituyen infracciones los actos y conductas que resulten contrarias a la presente ley. Si se ha incurrido en alguna de las infracciones tipificadas en esta ley, se deberá imponer alguna de las siguientes sanciones, sin perjuicio de las sanciones penales correspondientes: a) Para las faltas leves, una multa de uno hasta cinco salarios base. b) Para las faltas graves, una multa de seis hasta diez salarios base. c) Para las faltas gravísimas, una multa de once hasta quince salarios base. 2- Las sanciones se impondrán, en función de las circunstancias de cada caso individual, se tendrá debidamente en cuenta: a) La naturaleza, gravedad y duración de la infracción, teniendo en cuenta el nivel de los daños y perjuicios ocasionados. b) La intencionalidad o negligencia en la infracción. c) El carácter continuado de la infracción. d) Los beneficios obtenidos por el infractor como consecuencia de la comisión de la infracción. e) La afectación a los derechos de los ciudadanos. f) Cualquier medida tomada por el responsable para paliar los daños y perjuicios sufridos por los ciudadanos. 9) El grado de responsabilidad de la responsable, habida cuenta de las medidas técnicas u organizativas que hayan aplicado. h) La reincidencia del infractor. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9169 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 43 i) El grado de cooperación con la Agencia o el regulador sectorial con el fin de poner remedio a la infracción y mitigar los posibles efectos adversos de la infracción. j) La forma en que la autoridad de control tuvo conocimiento de la infracción, en particular si el responsable notificó la infracción y, en tal caso, en qué medida. k) Cualquier otro factor agravante o atenuante aplicable a las circunstancias del caso, como los beneficios financieros obtenidos o las pérdidas evitadas, directa o indirectamente, a través de la infracción. 1) El riesgo causado de la conducta del infractor para la salud, la seguridad, el ambiente. 3- Si un operador incumpliera de forma intencionada o negligente en una misma actuación, diversas disposiciones de la presente ley, la cuantía total de la sanción no será superior a la cuantía prevista para las infracciones más graves. Para los efectos de la imposición de multas, se utilizará como unidad de cuenta el concepto de salario base vigente al momento en que se incurra en la falta sancionada, de conformidad con el artículo 2 dispuesto por la Ley N.* 7337. El proceso sancionatorio deberá conducirse siguiendo los principios del procedimiento administrativo establecido en la Ley General de la Administración Pública. La imposición y el pago de la multa no eximen al infractor de dejar de atender las disposiciones establecidas por esta ley. ARTÍCULO 41- Infracciones administrativas leves Se considerarán infracciones administrativas leves, las siguientes: 1- Incumplir el deber de notificar cambios significativos que afecten la ciberseguridad de una infraestructura crítica de información, en relación con el diseño, configuración, seguridad u operación de la infraestructura. 2- Incumplir el deber de notificar el cambio de operador o de control sobre una infraestructura crítica. 3- Incumplir el deber de notificar los incidentes de ciberseguridad a las personas afectadas, si fuera el caso. 4- No entregar la información requerida por la Agencia Nacional de Ciberseguridad, los reguladores sectoriales competentes y/o los CSIRT sectoriales dentro del plazo requerido. 5- No cumplir con establecer mecanismos técnicos y procedimentales con el fin de detectar amenazas e incidentes de ciberseguridad. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*170 ACTA N*32 Ordinaria. o Expediente N.? 23.292 44 6- No remitir los resultados de la auditoria o la evaluación del riesgo cibernético al Centro Nacional de Ciberseguridad, a los entes u órganos reguladores sectoriales competentes y a los CSIRT sectoriales en los plazos establecidos. 7- No llevar a cabo el inventario previsto en el artículo 36. 8- incumplir con aquellas obligaciones señaladas en esta ley cuyo incumplimiento negligente o injustificado no tenga señalada una sanción especial. ARTÍCULO 42- Infracciones administrativas graves Se considerarán infracciones administrativas graves, las siguientes: 1- Reincidir en cualquiera de las infracciones administrativas establecidas como leves. 2- No notificar los incidentes de ciberseguridad a la Agencia Nacional de Ciberseguridad, al regulador sectorial competente y los CSIRT sectoriales, u omitir información que deba contener dicha notificación o reporte, según esta ley. 3- Incumplir con la transferencia prevista en el subinciso a) del inciso 2 del artículo 5 de la presente ley. 4- Omitir llevar a cabo las auditorías o las evaluaciones de riesgo periódicas que exige esta ley. 5- No participar en los ejercicios de ciberseguridad requerido por la Agencia Nacional de Ciberseguridad, los reguladores sectoriales competentes y/o los CSIRT sectoriales; sin causa debidamente justificada. 6- No proporcionar información, registros o documentos requeridos por la Agencia Nacional de Ciberseguridad, los reguladores sectoriales competentes o los CSIRT sectoriales con la finalidad responder a un incidente de ciberseguridad. 7- Incumplir las disposiciones de los reglamentos o normas técnicas generales dictados en materia de ciberseguridad por el regulador sectorial competente o, en su defecto, por la Agencia Nacional de Ciberseguridad. 8- Incumplir alguna o varias de las obligaciones previstas en el artículo 33 o las obligaciones adicionales para reforzar la protección de datos personales sensibles del artículo 37. p- Sitio Web: munipococi.go.cr Y A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9171 ACTA N*32 Ordinaria A E AAA Expediente N.* 23,292 45 ARTÍCULO 43- Infracciones administrativas muy graves Se considerarán infracciones administrativas muy graves, las siguientes: 1- Reincidir en cualquiera de las infracciones administrativas establecidas como graves. 2- No implementar un sistema de gestión de riesgo permanente con el fin de identificar aquellos riesgos que pueden afectar la seguridad de los sistemas informáticos, aquellos que afectarían la continuidad operacional del servicio y aquellos que facilitan la ocurrencia de incidentes de ciberseguridad. 3- No responder a los incidentes de ciberseguridad significativos según sus planes y protocolos internos de ciberseguridad, contingencia y continuidad operacional o no adoptar las medidas necesarias para reducir el impacto y la propagación del incidente. 4- Obstruir o impedir que se lleve a cabo una auditoría o evaluación de riesgo. 5- No cumplir con una orden de prohibición de utilizar un sistema de información o cualquiera de sus partes en caso de que la Agencia Nacional de Ciberseguridad, los reguladores sectoriales competentes o los CSIRT sectoriales la hayan notificado. 6- No cumplir con una orden emitida por la Agencia, los reguladores sectoriales competentes o los CSIRT sectoriales con la finalidad de prevenir, detectar o contrarrestar cualquier amenaza o incidente de ciberseguridad significativo. 7- Obstruir las potestades de investigación de la Agencia o el regulador sectorial competente en caso de un incidente de ciberseguridad significativo. 8- No llevar a cabo el Plan de Seguridad de la Información previsto en el artículo 34 o la evaluación anual independiente del artículo 35. ARTÍCULO 44- Sanción a funcionarios responsables Los funcionarios públicos responsables de la operación de una infraestructura crítica del Estado o, en función de lo dispuesto del capítulo V de esta ley, los responsables de la institución pública correspondiente, que incurran en algunas de las infracciones administrativas establecidas en los artículos 40, 41 y 42 y se haya demostrado la culpa o dolo en su accionar u omisión, serán sancionados con la suspensión de su cargo por hasta noventa días, sin goce de salario, sin perjuicio de otras sanciones previstas en el régimen disciplinario aplicable al funcionario. En este caso, el procedimiento y las sanciones a aplicar serán las establecidas en la legislación sobre régimen disciplinario o sancionador que resulte de aplicación. y ÉS = a Sitio Web: munipococi.go.cr a á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*172 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.” 23.292 46 ARTÍCULO 45- Prescripción de infracciones y sanciones Las infracciones administrativas previstas en esta ley prescriben a los tres años contados desde el día en que la infracción se hubiere cometido, o bien, en aquel en que adquiera firmeza la resolución sancionadora. Interrumpirá la prescripción la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento sancionador, reiniciándose el plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviere paralizado durante más de doce meses por causas no imputables al presunto infractor. CAPÍTULO VII COLABORACIÓN CON LAS AUTORIDADES JUDICIALES ARTÍCULO 46- Colaboración de las entidades de persecución penal con la ciberseguridad Toda autoridad competente que en el curso de una investigación de un delito informático considere que este puede constituir una amenaza de ciberseguridad a una o más infraestructuras criticas nacionales, deberá informar de inmediato a la Agencia Nacional de Ciberseguridad y brindar la colaboración pertinente. La Agencia Nacional de Ciberseguridad o el regulador sectorial competente deberá informar todo incidente cibernético que pueda constituir un delito informático a las autoridades judiciales competentes. CAPÍTULO VIII REFORMAS ARTÍCULO 47- Reforma de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, N.* 8488 Refórmese el artículo 1 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, N.* 8488, para que en adelante indique lo siguiente: Artículo 1- Objeto. La presente ley regulará las acciones ordinarias, establecidas en su artículo 14, las cuales el Estado costarricense deberá desarrollar para reducir las causas de las pérdidas de vidas y las consecuencias sociales, económicas y ambientales, inducidas por los factores de riesgo de origen natural, antrópico o tecnológico, así como la actividad extraordinaria que el Estado deberá efectuar en caso de estado de emergencia, para lo cual se aplicará un régimen de excepción. TRANSITORIO l- La presente ley entrará en vigor un año después de su publicación, con el propósito de que el Poder Ejecutivo tome las acciones necesarias, durante ese plazo, para instaurar la Agencia que aquí se crea y que los sujetos sometidos a su aplicación puedan adaptarse a las reglas de esta ley. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*173 ACTA N*32 Ordinaria. Expediente N.* 23.292 47 TRANSITORIO Il- El Centro de Inteligencia de Datos en Ciberseguridad (CID-CR), y el el Centro de Intercambio y Monitoreo de Redes (CIMR-CR) aludidos en el artículo 4 de esta ley podrán instaurarse de forma paulatina conforme se vayan generando las condiciones y los recursos técnicos, humanos y económicos necesarios para ello, pero deberán estar instaurados y en funcionamiento en un plazo máximo de dos años a partir de la entrada en vigor de la ley. TRANSITORIO lll- El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente ley dentro de los seis meses posteriores a su entrada en vigencia. Para la promulgación del reglamento deberá procurarse la opinión de los reguladores sectoriales y de los operadores, entidades, empresas e instituciones reguladas, el criterio del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones, la Superintendencia de Telecomunicaciones y otros actores relevantes por parte del Poder Ejecutivo. La falta de reglamentación no impedirá la aplicación de esta ley ni su obligatoria observancia, en cuanto sus disposiciones sean suficientes por sí mismas para ello. Rige un año después de su publicación. José Joaquín Hernández Rojas Kattia Rivera Soto Jorge Antonio Rojas López Luis Fernando Mendoza Jiménez Pedro Rojas Guzmán Diputados y Diputada Participan de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos Este proyecto es sumamente importante porque en Costa Rica no hay una regulación propiamente con el tema de ciberseguridad y también para el ciberdelito, todo esto lo que son hackeos, robos a tarjetas, fraudes informáticos. Costa Rica, a pesar de que hay regulación de convenios internacionales muchos de esos convenios no los acata entonces, hay que avanzar en toda esta parte de regular. En un reciente estudio que se hizo más bien se determinó que existen más de 2000, un faltante de más de 2000 personas que se dediquen al tema de ciberseguridad. Entonces es importante respaldar esa iniciativa. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*174 ACTA N*32 Ordinaria Por Unanimidad SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo al proyecto de Ley Expediente N*23.292 “Ley de Ciberseguridad de Costa Rica”. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 867 Se conoce nota suscrita por los ingenieros. Henry Madrigal Calvo, coordinador Área de Planificación y Desarrollo Urbano, teléfono: 2713-65-76, ext.106, correo electrónico: henry.madrigalWmunipococi.go.cr , y el Ing. Olger Gutiérrez Mendoza, Coordinador del Proceso de Obra Pública, dice: Oficio: APDU-034-2023 Asunto: SMP-2457-2022/Acuerdo N*2360/Sesión N%78 Ordinaria del 07 de noviembre de 2022. Reconocimiento de Calle Pública/100 metros oeste y 150 metros norte de puente Monchito, La Leona. 1d > L Sitio Web: munipococi.go.cr Y AD Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*175 ACTA N*32 Ordinaria. 9 . Municipalidad de Pococí (7) POCOC¿ Área de Planificación y Desarrollo Urbano ya a Teléfono: 2713-6573 "Lis Fluye henrymadrigolOmunipococi.go.cr POCO o Lunes 24 de abril del 2023 OFICIO: APDU-034-2023 Srs(as). Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Presente REFERENTE: S/P-2457-2022 / ACUERDO 1092360 / SESIÓN 14978 ORDINARIA DEL 07 MOVIEMBRE DEL 2022 RECONOCIMIENTO DE CALLE PÚBLICA / 100 METROS OESTE Y 150 METROS NORTE DE PUENTE "MONCHITO”, LA LEOHA Estimados(as) compañeros[as), Les saludamos muy respetuosamente y a la vez les remitimos el presente informe técnico con la finalidad de dar seguimiento a lo requerido mediante Acuerdo "2360 de la Sesión N*78 Ordinaria, de fecha 07 de noviembre del año 2022, mismo que hace referencia a la nota presentada por parte del Sr. Isidro Fernández Barrantes, cédula de identidad 1 0450 0222, el cual plantea la necesidad de reconocimiento de una calle pública, ubicado 100 metros al oeste y 150 metros al norte del denominado puente “Monchito", en el sector de La Leona, distrito Guápiles, acceso que actualmente le brinda acceso Únicamente a la Finca 7061551, propiedad de Silvia Fernández Quirós. Conversando con el Sr. Femández Barrantes, señala que la consigna consiste en declarar el acceso como calle pública, y dar cavidad a una segregación personal que se requiere actualmente. Página 1 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%176 ACTA N*32 Ordinaria. . Municipalidad de Pococí (7) POCO: e Área de Planificación y Desarrollo Urbano De a Teléfono: 2713-6573 Li Pluye henry.madrigalOmunipococi.go.cr MAI a a. ra ANTECEDENTES Y LESGILACIÓN APLICABLE Mediante el ANEXO 1 del presente documento, se indica un resumen de antecedentes y legislación aplicable para el presente caso, lo cual se toma en cuenta para la emisión de la recomendación final. ANÁLISIS DE LA SOLICITUD Posterior a la revisión de antecedentes y legislación aplicable para el presente caso, es indispensable generar un análisis técnico de la solicitud de declaratoria de calle pública planteada, según las condiciones físicas del acceso, la situación registral y catastral de la propiedad, motivación de la solicitud, así como los intereses municipales que intervienen directa e indirectamente. Según se indica mediante Oficio APDU-TO-046-2023, de fecha 24 de abril del año 2023, por parte del Ing. David Quirós Aguilar, del Proceso de Topografía Municipal, la solicitud planteada se realiza sobre un acceso que reúne las siguientes condiciones: Y Se trata de un camino interno de la finca folio real 7061551-000, propiedad de Silvia Eugenia Fernández Quirós, cédula 1-1112-0319. Esta finca tiene frente a calle pública por el costado Oeste, pero está en muy mal estado. Y Este camino interno inicia en las coordenadas CRTMOS (519243.844,1124008.873) y finaliza en las coordenadas CRTMOS (519240.365,1124093.398). Y Al inicio entronca con una calle pública de 8,00 metros de ancho según asientos catastrales; sin embargo, en la realidad esa calle pública está estrechada, y sus anchos actuales van desde los 7,30 metros hasta los 8,10 metros. Y El camino en estudio finaliza en la colindancia con un terreno sin inscribir, propiedad de Isaías Leandro. Y El ancho del camino analizado varía entre los 8,10 metros y los 13,30 metros, da acceso 43 viviendas, cuenta con los servicios básicos (ICE y Asada], la calzada es de lastre. Página 2 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N177 ACTA N*32 Ordinaria. Teléfono: 2713-6573 Pluye henrymadrigol(Omunipococi.go.cr ES 7 Municipalidad de Pococí a] cy) e Área de Planificación y Desarrollo Urbano ya MUROPALIDAD DEPOCOU Y Elúnico colindante con el camino en cuestión, además de la propietaria de la finca que desea ceder el paso, es Isaías Josué Leandro Vargas, cédula 3-0238-0006, de quien no tenemos información en la base de datos municipal. Tomando en cuenta lo anterior, la solicitud es justificada por parte del Sr. Isidro Fernández Barrantes debido a su necesidad individual de continuar con la segregación de uno o varios planos sobre su Finca, la cual posee el Folio Real 7061551-000. Por esta razón, requiere extender la calle pública para generar segregaciones personales sobre su finca, a pesar de que al costado oeste de la señala finca posee frente a calle pública, pero la misma se encuentra en mal estado. Figura 1.- Calle pública existente y tramo de servidumbre de paso Colindante único: Isolas Josué Leandro Vargas Finca de Silvia Eugenia Fernández Quirós Calle pública oxstente Fuente: Oficio APDU-TO-084-2022 (Marzo, 2023) Página 3 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*178 ACTA N*32 Ordinoria. 4 - Municipalidad de Pococí as] POCOC¿ Área de Planificación y Desarrollo Urbano Yu a Teléfono: 2713-6573 “Lem Pluye henry.madrigalmunipococi.go.cr DE POCO Como se puede observar mediante la Figura 1, existen dos tramos cuya naturaleza actual es calle pública [color amarillo), y dan acceso a la finca antes citada (recuadro verde). Sin embargo, solicitan extender el tramo que se encuentra destacado en color naranja, como beneficio directo para la misma finca. Cabe destacar que el acceso ubicado al costado oeste tiene la naturaleza de calle pública pero no tiene condiciones de transitabilidad vehicular o peatonal, debido a sus condiciones físicas adversas. Además, según inspección de campo realizada, se indica que el acceso privado cuenta con un ancho entre 8,10 metros y 13,30 metros, el cual posee una superficie de rodamiento en lastre pobre y grueso, con servicios básicos, no existen obras de infraestructura tales como aceras, cordón y caño, sistema de alcantarillado pluvial (tragantes, pozos, tubería, destogue pluvial, etc), entre otros. Por lo tanto, es claro que la naturaleza actual del acceso conformado en lastre pobre es un INGRESO PRIVADO para una finca Únicamente. Figura 1.- Condiciones físicas del acceso Fuente: Oficio APDU-TO-046-2023 (Abril, 2023) Página 4 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (MMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*179 ACTA N*32 Ordinaria. e , Municipalidad de Pococí (7) POCOC¿ Área de Planificación y Desarrollo Urbano Da a Teléfono: 2713-6573 "LS Pluye henrymodrigalOmunipococi.go.cr — "Prea a ao del acceso Figura 1.- Condiciones físicas Página 5 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*180 ACTA N*32 Ordinaria. e 9 , Municipalidad de Pococí as] POCOC¿ Área de Planificación y Desarrollo Urbano ys Teléfono: 2713-6573 a Pluye henrymadrigalAmunipococi.go.cr 'DEPOCOCI CONCLUSIÓN Una vez atendida la solicitud remitida por parte del Concejo Municipal, mediante Acuerdo M*2120 de la Sesión M%72 Extraordinaria, de fecha 11 de octubre del 2022, y en cumplimiento a lo establecido en el Artículo M*5, inciso q, del Reglamento a la Primera Ley Especial para la Transferencia de Competencias No. 40137 — MOPT, se realizó la respectiva recopilación de antecedentes y legislación aplicable, así como el análisis técnico, concluyendo para el presente caso en específico que se trata de un acceso de carácter privado (ingreso a la finca 7061551-000, en condiciones físicas comprometidas, sin obras de infraestructura ni sistema adecuado de evacuación pluvial. La misma tiene un ancho irregular en sus medidas de ancho, sirviendo solo a 3 viviendas. Además, cuenta con calle pública al costado oeste de la finca, la cual puede ser acondicioada Respecto al análisis integral municipal, es una propuesta carente de algún beneficio urbano municipal, al no crear comunicación entre vías existentes o alguna otra situación apremlante o emergente que motive la declaratorla; alegando el solicitante atender un Interés particular de fraccionar la finca. Tomando en cuenta las condiciones actuales del acceso, el potencial desarrollo residencial que se podría generar sin ninguna planificación urbana controlada, sin aprobación de instituciones y carente de obras de infraestructura, así como el interés particular del solicitante para continuar segregando; la recomendación colegiada de los presente servidores es RECHAZAR la solicitud planteada. Para lo anterior, es importante señalar que la justificante de la solicitud realizada representa un interés meramente privado, por lo tanto, queda a criterio del Concejo Municipal validar el presente criterio técnico, o en caso contrario, tomar en cuenta la importante Inversión municipal mínima requerida para acondicionar el camino con las obras de infraestructura necesarias, según requerimientos del Proceso de Obra Pública (Tomar en cuenta Resolución N*2021015460 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia / Recurso de Amparo EXp. 21-008820-0007-CO / Barrio Belén), y emitir un criterio distinto al recomendado. Página 6 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*181 ACTA N*32 Ordinaria. 14 , Municipalidad de Pococí POCO: ¿ Área de Planificación y Desarrollo Urbano a Teléfono: 2713-6573 Fluyo henry.madrigalAmunipococi.go.cr Todo lo anterior velando por acondicionar dicho acceso con superficies de rodamiento correctas, elementos para el desplazamiento peatonal adecuado, accesibilidad en materia de lo establecido en la Ley M*7600, adecuada evacuación de aguas pluviales, entre otros elementos indispensables para mejorar la calidad de vida de los habitantes de la zona. Sin más por el momento, se despide, HENRY Firmado BRYAN rana OLGER IVAN firmado digitalmente por GUTIERREZ OLGERIVAN MADRIGAL MADRIGAL GUTIERREZ CALVO CANDIA MENDOZA — MENDOZA (FIRMA) “echa: Fecha: 2023.05.11 (FIRMA) 15:45:55 -0600' (FIRMA) 12:10:48 -0600' Ing. Henry Madrigal Calvo Ing. Olger Gutiérrez Mendoza Coord. Área Planificación y Desarrollo Urbano Coord. Proceso de Obra Pública CC: Archivo Lic. Manuel Hernández Rivera - Alcolde Página 7 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*182 ACTA N*32 Ordinaria. 4 ' Municipalidad de Pococí () POCOC¿ Area de Planificación y Desarrollo Urbano yu a Teléfono: 2713-6573 “Los Pluye henry.madrigalGAmunipococi.go.cr DEPOCOA > ANEXO 1: Antecedentes y legislación aplicable Como parte de los criterios técnicos y legales requeridos en el presente informe, es de suma importancia hacer alusión al Informe Jurídico 1J-23-MAY-2020, de fecha 26 de mayo del año 2020, denominado como "Potestad del Concejo Municipal para declarar calles públicas", el cual fue elaborado por el Lic. Christian Córdoba Oviedo, recalcando la importancia que ha representado que toda actividad urbanística debe fiscalizada por el Gobierno Local, velando por toda la normativa que regula la materia, pues ello ayuda al ordenamiento urbano del cantón, mejorando las condiciones de los munícipes en diversas áreas. En el informe citado supra, el Lic. Córdoba Oviedo menciona la importancia de las potestades municipales en cuanto al ordenamiento territorial, y el criterio del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Sección Tercera, mediante la resolución 134- 2018, de las 10:10 horas del 23 de marzo de 2018, indicando que "(...) los gobiernos locales deben actuar oportunamente en el ejercicio del poder de policía, utilizando las potestades que el ordenamiento jurídico les ha otorgado para alcanzar sus cometidos (...)". Además, es del criterio de dicha Unidad que la potestad del Gobierno Local para regular la materia urbanística recae particularmente en el Concejo Municipal, por lo dispuesto en el artículo 13 inciso p) del Código Municipal, norma que estipula las atribuciones del órgano colegiado, en lo que nos interesa, de dictar las medidas de ordenamiento urbano, indicando textualmente en el informe que “(...) siendo que las declaratorias de calles públicas son parte ineludible clel ordenamiento urbano, se consolida tal potestad del Concejo, claro está que para ello, las declaraciones deben estar debidamente fundamentadas en criterios técnicos, realizados por los profesionales municipales competentes, pues deben cumplirse algunos requisitos, precisamente para procurar el desarrollo urbanístico ordenado” (el subrayado no es del original). Continuando con el criterio legal extemado por la Unidad de Servicios Jurídicos Internos, se hace mención al “Reglamento a la Primera Ley Especial para la Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal", el cual expresa que de Página 8 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipolidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*183 ACTA N*32 Ordinaria. 9 A Municipalidad de Pococí POCOC¿ Área de Planificación y Desarrollo Urbano ya Nx Teléfono: 2713-6573 «Li Pluyo henry.madrigal(Amunipococi.go.cr DE POCOC a ns conformidad con las disposiciones de la Ley Mo. 9329 y la Ley Ho. 5060, la atención de la red vial cantonal, de forma plena y exclusiva, será competencia de los gobiernos locales, a quienes les corresponderá planear, programar, diseñar, administrar, financiar, ejecutar y controlar su construcción, conservación, señalamiento, demarcación, rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción, concesión y operación, de conformidad con los Planes Viales Quinquenales de Conservación y Desarrollo de cada municipio, específicamente, en el artículo 5 que establece las funciones municipales, donde en el inciso q) dispone que les corresponde a los ayuntamientos “Elaborar los estudios previos, así como la resolución administrativa que, conforme a la Ley de Construcciones No 833, deberá someterse a conocimiento del Concejo Municipal, para la declaratoria oficial de caminos públicos en la red vial cantonal." Finalizando dicho criterio, ponen en conocimiento un pronunciamiento de la Procuraduría General de la República, identificado como Dictamen C-248-2018, de fecha 24 de setiembre del año 2018, el cual hace alusión a otros dictámenes previos, y se reafirma la potestad del Concejo Municipal para la declaratoria de calles públicas, indicando textualmente lo siguiente: “(...)] tómese en cuenta que, como parte del procedimiento de declaratoria, hemos indicado que a lo interno de la Municipalidad, la declaratoria debe ser adoptada por el Concejo Municipal, de conformidad con las competencias que en materia de ordenamlento urbano le otorga el artículo 13 Inciso p) del Código Municipal (...)" (La negrita no pertenece al original). Por lo tanto, y según el criterio extemado por parte del Lic. Christian Córdoba Oviedo, mediante Informe Jurídico 1J-23-MAY-2020 de fecha 26 de mayo del año 2020, se señala como conclusión lo siguiente: “Que de conformidad con el artículo 169 de la Constitución Política, la administración de los intereses locales corresponde a las municipalidades, siendo uno de esos intereses, la planificación y control del desarrollo urbano, derivado del artículo 15 de la Ley de Planificación Urbana, ahora bien, de conformidad con el artículo 13 inciso p) del Código Página 9 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (MMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*184 ACTA N*32 Ordinaria. AS 9 - Municipalidad de Pococí (7) PO: 0O Area de Planificación y Desarrollo Urbano a Teléfono: 2713-6573 «LA fluye henry.modrigalGmunipococi.go.cr "DE POCOC Municipal, es al Concejo a quien corresponde -dentro del Gobierno Local- el dictar las medidas de ordenamiento urbano, de lo cual forma parte indiscutible la declaratoria de calles públicas, reafirmado por el artículo 5 del Reglamento a la Primera Ley Especial para la Transferencia de Competencias Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal". Como parte de la investigación realizada por parte del presente Departamento, es de recalcar lo establecido mediante el Dictamen C-066-2014 de fecha 03 de abril del año 2017, elaborado por la Procuradora Gloria Solano Martínez y la Abogada de la Procuraduría Elizabeth León Rodríguez, indicando que las municipalidades tienen la potestad de declarar nuevas vías públicas cantonales, que no hayan sido declaradas nacionales por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, específicamente para los siguientes supuestos: a) Cuando el terreno sea de dominio público b) Cuando la vía esté entregada por ley o de hecho al servicio público y no sea de dominio particular <) Cuando el camino sea de dominlo privado, pero exista ceslón, compra o exproplación de un terreno particular di Cuando se reciban las áreas públicas resultantes de un proceso de urbanización. Además, y no menos importante, el criterio antes citado menciona textualmente lo siguiente: “Con el fin de satisfacer el interés público y promover una adecuada conectividad urbana, al momento de declarar una vía pública es Importante valorar las condiciones técnicas y requisitos de medida, y determinar la necesidad de obras de mejoramiento, reconstrucción o ampliación por parte de la Municipalidad (...)". Por lo tanto, es de suma importancia que, para efectos del análisis de una solicitud de declaratoria de calle pública por parte del Concejo Municipal, sea sometido a un criterlo técnico por parte del Proceso de Obra Pública, con el objetivo de solicitar las respectivas obras de infraestructura necesarias para el mejoramiento del acceso, o de ser necesario las correspondientes acciones de reconstrucción o ampliación de este. Además, es indispensable Página 10 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*185 ACTA N*32 Ordinaria.
9 , Municipalidad de Pococí (7)
POCOC¿ Area de Planificación y Desarrollo Urbano ya
a Teléfono: 2713-6573 a
Pluye henrymadrigalAmunipococi.go.cr E
el criterio técnico por parte del Área de Planificación y Desarrollo Urbano, referente a las
regulaciones y requisitos establecidos para los fraccionamientos frente a calle pública existente
(fraccionamientos con fines urbanos), ya que es muy común que, posteriormente a la
declaratoria, se presente un anteproyecto para la consolidación de un fraccionamiento,
cuando en realidad el debido proceso consiste en cumplir con la tramitología de un proyecto
urbano (urbanización o conjunto residencial). Aun así, es de suma importancia recordar que los
fraccionamientos frente a calle pública existente ("con fines urbanos") requieren de una serie
de aspectos, tales como:
a) Obras de infraestructura (aceras, cordón y caño, alcantarillado pluvial, rampas para
discapacitados y demás obras necesarias)
b) Dotación de servicios básicos
Cc) Acondicionamiento de la superficie de rodamiento
d) Equipamiento, delimitación y donación de áreas públicas
e) Tramitología de planos constructivos con su debida aprobación por parte de las
diferentes instituciones.
f) Permisos y autorizaciones adicionales requeridas (MINAE, SETEMA, Bomberos, entre otros).
Es de suma relevancia recordar lo establecido en el numeral 14 de la Ley General de
Caminos Públicos, mismo que indica:
“Artículo 4*.- El ancho de las carreteras y de los caminos vecinales será el que indique los
Departamentos Técnicos «del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, sin que pueda ser
menor de veinte metros para las primeras y de catorce metros para los segundos."
(Subrayado no corresponde al texto original)
Además, la Procuraduría General de la República, mediante criterio 287-2017, indicó
textualmente lo siguiente:
“La Ley 5060, artículo 4, estipula para los caminos vecinales un ancho mínimo de 14
m. En el caso de las calles locales, sus dimensiones las dispone el plan regulador, que ha
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*186 ACTA N*32 Ordinaria. 9 . Municipalidad de Pococí (7) POCOC Área de Planificación y Desarrollo Urbano a Teléfono: 2713-6573 a Pluye henrymadrigolOmunipococigo.cr "PRO AAA AS de buscar la satisfacción del interés general y ajustarse a parámetros de razonabilidad, a las reglas de la ciencia y la técnica, a principios elementales de la lógica y conveniencia (Ley 6227, artículos 16 y 160; dictamen C-70-2011). En ausencia de plan regulador, para las calles locales es aplicable el Reglamento para el control nacional de fraccionamientos y urbanizaciones del INVU, Mo. 3391 de 13 de diciembre de 1982 (Alcance 18 a La Gaceta 57 de 23 de marzo de 1983), de aplicación residual, pues frente a él prevalece la normativa de alcance general y mayor jerarquía, como las leyes, decretos o reglamentos ejecutivos (Ley 4240, artículo 21 y Transitorio ll; artículo 1.10 del citado Reglamento del IMVU; votos constitucionales 2153-93, 6706-93, 4205-96, 1923-04, 924-12; dictámenes C-62-94, C-61-96, C-32-98, C-327-2001, C-304-2006, C-155-2009, C-32-10, C-324-11, C-269-13, C-29-15, C-46-16, C-194-17)." Además de lo antes mencionado, es importante reiterar el control municipal ejercido a través del artículo M*33 de la Ley de Planificación Urbana, el cual consiste en otorgar o no el visado correspondiente según la información contenida en el plano de agrimensura, con lo cual se determine la compatibilidad o incompatibilidad del fraccionamiento pretendido con las disposiciones y limitaciones de naturaleza urbanística. Así mismo, el artículo M%36 de la Ley de Planificación Urbana indica las situaciones en las cuales será negado el visado municipal, en incumplimiento de una serie de requisitos. Es este punto, es determinante indicar que, si se pretende realizar un desarrollo de carácter urbano frente al acceso en estudio, en el Reglamento para el Trámite de Visado de Planos para la Construcción, Decreto hl? 27967-MP-MIVAH-S-MEIC, existe una cantidad considerable de requisitos indispensable que deben ser cumplidos por parte del interesado, los cuales se basan en la siguiente legislación: a) Ley de Planificación Urbana, MN” 4240 del 15 de noviembre de 1968 y sus reformas, artículos 10. inciso 2); 33, 34. 35. 58, inciso 2). b) Ley General de Salud, N* 5395 del 30 de octubre de 1973 y sus reformas, artículos 276, 287, 289, 309, 312.323. Página 12 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*187 Pes 14 , Municipalidad de Pococí POCO: e Area de Planificación y Desarrollo Urbano a Teléfono: 2713-6573 a MUNICIPALIDAD DE POCO MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*32 Ordinaria. Pluye henry.madrigalOmunipococi.go.cr > a c) Ley General de Caminos Públicos y sus reformas. Ley NM? 5060 del 22 de agosto de 1972, artículo 19. d) Ley de Aviación Civil M*5150 del 14 de mayo de 1973, Artículo 18, inciso vii) e) Ley del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. MM? 2726 del 14 de abril de 1961, artículo 21. t) Ley de adquisiciones y expropiaciones y constitución de servidumbres del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), Ley 6313 del 4 de enero de 1979, artículo 23. 9) Ley de Construcciones, No. 833 del 4 de noviembre de 1949 y sus reformas, artículos 2, 28 y 83. h) Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos MN” 3663 del 10 de enero de 1966 y sus reformas, artículo 54 1) Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental - ElA 1) Reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones del IMVU, Gaceta M*236, Alcance N224, del 07 de setiembre del año 2020. k) Ley de Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, Ley 1*8228 del 19 de marzo del 2002, artículo M*14. Página 13 de 13 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Participan de la palabra: Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9188 ACTA N*32 Ordinaria. Reg. Reinaldo Benavides Vargas. Esa calle tiene 7 metros de ancho, tiene la luz el agua, alumbrado público y el agua de la asada por lo tanto yo si la voy a votar a favor, gracias. Reg. Juan Luis Gómez Gómez. Yo la voy a votar en contra porque queda claro que es una propiedad privada, no beneficia a ningún particular, va a recaer el beneficio directamente en el dueño de la finca. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Suficientemente discutido, los que estén de acuerdo en rechazar la solicitud de calle pública favor levantar la mano. Por Mayoría de 8 votos a favor, 1 en Contra SE ACUERDA: Se acogen las recomendaciones del Ing. Henry Madrigal Calvo, coordinador Área de Planificación y Desarrollo Urbano en el Oficio APDU-034-2023 por tanto, SE RECHAZA la solicitud planteada de Calle pública planteada por el señor Isidro Eliecer Fernández Barrantes. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado. El regidor Reinaldo Benavides vota en contra el rechazo y a favor de que se declare la calle como pública. Reg. Ovidio Vives Castro. Yo lo estoy votando con base al criterio técnico que está presentando la Unidad de Control Urbano. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Yo quiero decirles una cosa, muchas veces quizás uno dice que viene para rechazar, los criterios de los técnicos, pero es que vieras que hay que ponerse en los zapatos de los técnicos. Por ejemplo: hoy salió en una noticia que, a dos técnicos de Garabito, sancionan a dos empleados por irregularidades en distrito gubernamental y cuando usted lee la noticia, ellos emitieron un criterio positivo y eso lo denunciaron y se fueron un mes sin goce de salario, eso en la parte st Eos k k Mol Sitio Web: munipococi.go.cr a a, AD É Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*189 ACTA N*32 Ordinoria. AS administrativa, después a la persona que no le pareció va a ir también pór la vía penal y ahí sucesivamente. Entonces a veces si bien es cierto yo estoy de acuerdo que a veces hay que tomar decisiones para declarar calles públicas, pero cuando hay un interés superior del niño, cuando hay un adulto mayor en silla de ruedas, cuando ya está todo eso de hace muchos años, mal construido y ya no hay uno o dos lotes para construir más, o sea, ya se construyó mal, entonces en ese tipo de cosas yo estoy de acuerdo si hay que declarar una calle pública, pero cuando los intereses supuestos son otros, yo creo que debemos escuchar atentamente y leer. Vean este informe del licenciado Henry y don Olger, o sea tiene 15 páginas y cuando usted lo lee y usted ve lo que argumentan y las fotos que traen y los informes usted podrá entender el por qué es bueno estudiarlo y por eso siempre les he dicho "los invito a que vengan antes de la sesión para que puedan tener el documento”, hoy vinieron unos tempranos lo pudieron tener y los que no, pues en el acta lo pueden leer también. Reg. Juan Luis Gómez Gómez. Señora presidenta, ahora estamos recibiendo un curso que por cierto lo terminamos el lunes, viera que yo estoy muy contento con esta nueva ley que sale, la nueva ley de contratación administrativa, porque ahí nos vamos a dejar de pendejadas, ahí el funcionario que comete un error a quien le toca en este caso sería al señor Alcalde, realizar el procedimiento administrativo de una forma automática entonces, aquí, no solo los regidores vamos a tener que estar bien empapados de que las cosas aquí vengan bien, sino que también el señor alcalde porque esto nos va a incidir si viene un criterio técnico mal dado o si nos ponen aquí a votar algo que no se debió votar positivo, pues aquí los responsables van a ser las personas que emiten el criterio técnico y le toca al señor alcalde como jerarca realizar y estar atento para que realice el procedimiento que corresponda en los casos que estoy diciendo. Reg. Jonnathan García Chévez. Razono mi voto basado en el criterio técnico. pEsSS PERS ca UL - ee a 3 > Sitio Web: munipococi.go.cr AY a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N2190 ACTA N932 Ordinario. ACUERDO N' 868 Se conoce nota suscrita por la señora Eva Torres Marín, Presidenta de la Asociación de Desarrollo Integral de Cariari., teléfono: 8895-65-97, correo electrónico: adicariaridoutlook.com dice: Asunto: Desfile de Bandas, Cariari, domingo 25 de junio de 2023, de 10 am a 12 medio día. Cariari, 10 de mayo 2023 Señores Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Presente. Estimados señores: Por medio de la presente, Yo Eva Isabel Torres Marín, cédula número 700680512, mayor, casada, vecina de Campo Kennedy, Cariari Pococí, en calidad de presidenta de la Asociación de Desarrollo Integral de Cariari Pococí, Limón, cedula jurídica 3-002-051071, localizada en la comunidad de Cariari Pococí, provincia de Limón , les solicitamos respetuosamente se sirvan concedernos autorización para uso de un tramo de la carretera bajo jurisdicción ruta nacional secundaria número 247 Cariari — Puerto Lindo, localizada en distrito Cariari, Cantón Pococí, Provincia de Limón, a fin de realizar un DESFILE DE BANDAS en la comunidad de Cariari, Cantón Pococí. La actividad consiste en: DESFILE DE BANDAS. Las fechas son: Domingo 25 de Junlo del 2023, de 10 am a 12 md Di llada del. DESFILE DE BANDAS. Con el fin de motivar a la comunidad de CARIARI en las actividades festivas de la localidad se ha programado un DESFILE DE BANDAS que consiste en un recorrido por los alrededores de la comunidad de CARIARI, de diferentes bandas estudiantiles tanto de colegio como de escuelas de la región de Limón El recorrido se estima en un 1.00 kilómetro, saliendo de las instalaciones del Colono, como patrocinador de este evento en sentido contra vía de Norte a Sur pasando por, Licorera Castillo, Pulpería la Familla, El Mercadito de Cariari, Auto Lavado Javier, Dulces Tentaciones de Cariari, Almacén El Mejor precio, sigue hacia el norte 100 metros hasta llegar a la avenida cero frente al Hotel el Sura donde doblara a las derecha cien metros más hasta el parque Central de Cariari donde finalizara el evento. Una vez concluido el trayecto las bandas se dirigirán por su cuenta con sus instrumentos hasta el campo ferial donde se les dará un refrigerio. Durante el trayecto se instalarán barriles y se mecatea las aceras a fin de evitar aglomeraciones, se considera que este paso demorara dos horas que es lo que se mantendrá cerrada la vía, No omito manifestar que el recorrido será domingo y que la congestión vial es muy leve en virtud de que poco transito circula ese domingo en horas de la tarde, el personal de la Asociación de Desarrollo y empresas colaboradoras como el Colono, Licorera Castillo, Servicios Veterinarios del Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*191 ACTA N*32 Ordinaria. Caribe, Ferretería Cariari, entre otros nos facilitaran el servicio de vallas, barreras de contención, estañones y mecate para la contención y seguridad del público presente durante el recorrido. Rutas alternas. Como la ruta del DESFILE DE BANDAS incluye un trayecto sobre Ruta Nacional secundaria 247 por * aproximadamente 1 kilometro se ha dispuesto que la ruta alterna sea la ruta sobre calle El Progreso, que es la de más afectación vial y peatonal por la cantidad de personas que se espera presencien el DESFILE DE BANDAS. Las demás vías cantonales no tienen afectación vial ya que los cuadrantes de la localidad de Cariari permiten una fluida circulación de vehículos durante el recorrido ya que existen varias rutas alternas, como son calle El progreso, calle La Guaria, Calle Cariari, Calle Sevilla que le darán una rápida circulación de vehículos durante el recorrido del tope Se adjunta diagrama detallado del recorrido. Plan de Ordenamiento vial La regulación de los vehículos será realizada por parte de los miembros de esta asociación, también contaremos con el apoyo de la fuerza pública, así como de los miembros de la Cruz Roja quienes nos darán su apoyo en estas actividades. Durante el recorrido personeros miembros de esta Asociación participaremos activamente en la regulación vial durante el recorrido. Este personal será identificado con chaleco refractivo y la función principal será de regular el tránsito vehicular y sobre todo en una función preventiva durante el recorrido indicando a los posibles vehículos que transiten por la zona que deben mermar la velocidad, indicando precaución y la ruta a seguir, si se presentara alguna aglomeración de vehículos la caravana se detendrá a fin de que los vehículos puedan circular sin demora, luego se continuara con el DESFILE DE BANDAS según la ruta trazada. No omito manifestar que miembros de la Asociación estarán identificados con un gafete en el brazo quienes estarán mostrando los puntos de paso de los participantes y brindando apoyo al tránsito para indicar las rutas alternas a los que no estén participando en el evento. Contaremos con dispositivos de seguridad, como son vallas, conos y carteles alternativos. Se debe mencionar que solo se utilizara un carril de las vías para no obstaculizar el tránsito. Para notificaciones favor llamar a los siguientes números de teléfono. 8895-6597: Sra. Eva Isabel Torres Marín. Correo electrónico: adicariariGoutlook.com 7239-2305: Sr. Rolando Chavarría López. Correo electrónico: jrolando1701550 gmail.com Agradezco de antemano su fina atención a la presente así como una resolución favorable. Atentamente. Ev el Torres Marín, Cédula 700680512 Presidenta Asociación de Desarrollo Integral de Cariari. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*192 ACTA N*32 Ordinaria. UIC cos, a AAA E ras dodne | 900 05 << NOSPTAL CENTRAL sa ALFREDO Aroa, TERESA ¡40 7 0068 0512 SP Á y DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD DINADE CO Dirección Legal y de Registro , __ Teléfono 2528 4000 CERTIFICACIÓN DE PERSONERÍA JURÍDICA Que según el Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad que al efecto lleva esta Dirección Legal y de Registro, bajo el Tomo: 6, Folio; 787, Asiento: 6493 se encuentra inscrita y vigente la organización denominada: ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE CARIARI POCOCI LIMON, código de registro número: 74 del Cantón LIMON-POCOCI, de conformidad con el artículo 16 de la Ley No. 3859, Sobre el Desarrollo de la Comunidad, Constituida el día: 19/4/1970. Que la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado general corresponden a su Presidente(a): EVA ISABEL TORRES MARÍN, cédula número 700680512, registrado bajo el Tomo: 142, Folio: 235, Asiento: 61837, También se encuentran inscritos los siguentes miembros: Vicepresidente ELISEO ARAYA BRENES 601020224 Tesorero DENIS CUBILLO TORRES 700920235 Secretario YEICOL ARGUELLO FAJARDO 702310013 Vocal1 SANDRA MARIA GUADAMUZ QUIROS 107630881 Vocal2 MARIA MENDEZ ORDOÑEZ 502290515 Vocal3 JOSE SALVADOR JIRON MORENO 501520442 Fiscal1 JORGE ARTURO DIAZ BUSTOS 302990173 Conforme al artículo 62 del Reglamento a la Ley No. 3859, en ausencia del Presidente o del Tesorero, se podrá registrar la firma del Vicepresidente para Trámites bancarios. Que la personería jurídica se encuentra vigente hasta el día 31/7/2024 Dada en San José, a las 08:41 horas del día 11/5/2023. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%193 ACTA N*32 Ordinaria. $ América del norte | Costa Rica O o OS | mapa de Cariarí Po a ; | Cambiar de mapa Ñ / / | Subasta y Campo Feria! RUTA DESFILE DE BANDAS FERÍÁ RODEO CARIARI 2023 Participan de la palabra: Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*194 ACTA N*32 Ordinaria. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Yo estoy de acuerdo en aprobar las rutas cantonales, las rutas nacionales no son competencia nuestra, pero estoy de acuerdo en aprobar las rutas cantonales los que estén de acuerdo Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba Únicamente las vías cantonales ya que las vías nacionales no son competencia de este Concejo Municipal. Siempre y cuando cumplan con todos los requisitos de ley. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 869 Se conoce nota suscrita por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, dice: Asunto: Invitación a cena de negocios el 19 de mayo a las 5:30 pm en el Hotel Suerre. El Banco Popular en Guapiles tiene el agrado de invitarle a la cena de negocios a realizarse: Fecha: 19 de Mayo 2023 Hora: 5:30 p.m. Lugar: Hotel Suerre Tema: Perspectivas Económicas 2023 Esperamos contar con su valiosa presencia. favor confirmar asistencia: a Teléfono: 2104-4015 Correo: lavendanoObp4i.cr. Por Unanimidad SE ACUERDA: Queda abierta la invitación. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AAMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%195 ACTA N*32 Ordinaria. ARTICULO V Asuntos del Sr. Alcalde ACUERDO N* 870 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice: Oficio: DAMCM-0063-2023 Asunto: Se solicita acuerdo de pago para contratar y pagar la compra de combustible (gasolina) procedimiento 2023LE-000005-0032000702 > > Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*196 ACTA N*32 Ordinaria. 11- Municipalidad de Pococí o 9 POCOCA Despacho del Alcalde gu a 1. - Teléfono: 2711-1208 2%, Pluye manuel hernondezOmunipococi.go. DS Pa. Guápiles, 11 de mayo de 2023 DAMCM-0063-2023 Sres. Honorable Concejo Municipal Referencia: Se solicita acuerdo de pago para contratar y pagar la compra de combustible (gasolina) procedimiento 2023LE-000005-0032000702 Mediante la presente remito solicitud de autorización para contratar y pagar la compra de combustible (gasolina) procedimiento 2023LE-000005-0032000702 Sin más por el momento, me despido. Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: CAMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9197 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí ag ES mn CS De Compras Públicas Mi) a >) , Teléfono: 2713-6561 Ext. 122. 2% ronald.quirosWmunipococi.go.cr "acnuoso A Al Pluye Guápiles, 10 de mayo del 2023 Señores: Concejo Municipal de Pococí Referencia: Se solicita autorización para contratar y pagar (2023LE-000005- 0032000702) Compra de Combustible (Ley Compras públicas, articulo 2 exclusiones de la aplicación de la ley, inciso-h) La adquisición de combustible). Respetables señores: Esta contratación se realiza bajo la modalidad de procedimiento por exclusión, artículo 2 inciso h) la adquisición de combustibles (gasolina) Ley de compras públicas. Se curso invitación a la empresa: Petróleos Delta Costa Rica S.A. Cédula de persona jurídica numero 3-101- 028782, esta presentó una oferta, por un precio total de € 72.700.000.00 (setenta y dos millones setecientos mil colones exactos.) El Lic. Mario Bolaños Marlínez, Coordinador de Maquinaria y servicios generales, realiza una revisión de la oferta y determina que esta cumple con las condiciones solicitadas, además que la empresa se ajusta al precio indicado por la SUGEF como referencia para para la compra de gasolina . La unidad de Compras Públicas realiza la verificación del cumplimiento de los requisitos legales determinado que la empresa cumple con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*198 ACTA N*32 Ordinaria. E Municipalidad de Pococí 9 ama] IAICOCA Compras Públicos ys a 2 e Teléfono: 2713-6561 Ext.122 <5% ronald.quirosAmunipococi.go.cr Mescmico ea Fluye Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor: alcalde, a contratar y pagar a favor de la empresa: Pelróleos Delta de Costa Rica SA, por un monto total de € 72.700.000.00(setenta y dos millones setecientos mil colones exactos) por la compra de gasolina, el cual será suministrado bajo la modalidad suministros según demanda en la estación de servicios ubicada en la entrada principal de la ciudad de Guápiles. Sin más que agregar se suscribe; RONALD QUIROS trmaso:5tatreate por PONALD QUIROS BRENES FIRMA) BRENES (FIRMA) Fecha:20230510113%3 Lic. Ronald Quiros Brenes Compras Publicas Municipalidad de Pococií. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a contratar y pagar a favor de la empresa: Petróleos Delta de Costa Rica SA, por un monto total de £ 72.700.000.00 (setenta y dos millones setecientos mil colones exactos) por la compra de gasolina, el cual será suministrado bajo la modalidad suministros según demanda en la estación de servicios ubicada en la entrada principal de la ciudad de Guápiles. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 871 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr, dice: Oficio: DAMCM-0064-2023 Asunto: Se solicita acuerdo de pago para la Licitación por Excepción N*2023PX- 000005-0032000702 Compra de repuestos originales para maquinaria SCANIA e A Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%199 ACTA N*32 Ordinoria. Municipalidad de Pococí 9 mn e, de Despacho del Alcalde Bs AS ES € Teléfono: 2711-1208 Yes Pluye manuel hernondezOmunipococi.go.cr eipo == _ Rena Guápiles, 11 de mayo de 2023 DAMCM-0064-2023 Sres. Honorable Concejo Municipal Referencia: Se solicita acuerdo de pago para la Licitación por Excepción No, 2023PX-000005-0032000702 Compra de repuestos originales para maquinaria SCANIA Mediante la presente remito solicitud de autorización para la Licitación por Excepción No. 2023PX-000005-0032000702 Compra de repuestos originales para maquinaria SCANIA E ¿ ES DAS Da Sin más por el momento, me despigó. 9) Lic. Ma ernández an <E 4 Alcalde Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi 5 yl Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*200 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí - _A ES PFOCOC ] Compras Públicas yde a 7) DA Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 ¿5% Pluye ronald.quirosQAmunipococi.go.cr marcpiuoso A A] Guápiles, 11 de mayo del 2023 Señores: Concejo Municipal de Pococí Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago. Licitación por Excepción No. 2023PX-000005-0032000702, compra de repuestos originales para maquinaria SCANIA. Respetables señores: Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la plataforma electrónica SICOP, se logra determinar lo siguiente: En el acto de apertura de ofertas se realizó electrónicamente en sistema SICOP, en donde participa la siguiente empresa: Eurobus S.A, presentó una oferta, por un precio total de (2?.002.819,00, (nueve millones dos mil ochocientos diecinueve colones con 00/100) para la compra requerida, Oferta admisible. El Lic. Mario Bolaños Martínez, Coordinador de maquinaria y servicios generales realiza el análisis de los requisitos de admisibilidad solicitados en el pliego de condiciones determinando lo siguiente: PO yl Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*201 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí as] a DA ES CS Compras Públicas ys a EH Si Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 / Pluye ronald.quirosAmunipococi.go.cr eros Requisitos de admisibilidad: | Requieren repuestos originales marca SCANIA el oferente debe presentar un certificado donde indique que son distribuidores| Cumple exclusivos en el país de la marca SCANIA. Razonamiento: Una vez hecha la revisión y análisis de la documentación cargada al SICOP sobre requisitos de admisibilidad, se concluye: Que la oferta presentada por la empresa_Eurobus S.A, cumple con todos los requisitos legales y de admisibilidad solicitados en el pliego de condiciones. Evaluación de Ofertas. Una vez revisado el expediente, se procede a realizar la evaluación de la Única oferta recibida, donde se califica 100% precio, así establecido en el pliego de condiciones. Oferta Precio | Puntaje Descripción Económica 100% Total Eurobus S.A g 9.002.819.00 100% 100% Determinando lo siguiente: Una vez aplicado el factor de evaluación, esta unidad recomienda contratar a la empresa: Eurobus S.A, por cumplir con lo solicitado en el pliego de condiciones, siendo la Única empresa que vende los repuestos originales marca Scania. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*202 ACTA N*32 Ordinaria. AEDETA SITES " Municipalidad de Pococí (o) 9 D EN € Compras Públicas yu A LD SN Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 XZe%, Fluye ronald.quirosfAmunipococi.go.cr Memos ASS DE FOCO AA A] Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor: alcalde, a pagar a favor de a la empresa: Eurobus S.A, por un monto total de 29.002.819,00, (nueve millones dos mil ochocientos diecinueve colones con 00/100) por la compra de repuestos originales marca Scania, bajo la modalidad de consumo según demanda. Sin más que agregar se suscribe; Firmado digitalmente por RONALD QUIROS rowato quiros trenes (FIRMA) BRENES (FIRMA) Fecha: 202305.11 10:24:36 0600 Lic. Ronald Quiros Brenes Compras Publicas Municipalidad de Pococí. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a favor de a la empresa: Eurobus S.A, por un monto total de 49.002.819,00, (nueve millones dos mil ochocientos diecinueve colones con 00/100) por la compra de repuestos originales marca Scania, bajo la modalidad de consumo según demanda. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 872 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr, dice: Oficio: DAMCM-0065-2023 Asunto: Se solicita acuerdo de pago para la Licitación reducida N*2023LA-000026- 0032000702 Servicios de gestión y apoyo para el área de Licencias y patentes por 10 meses. Z e e Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*203 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí 9 PO 30 > Despacho del Alcalde 0 a Es ¡De Teléfono: 2711-1208 L+% E _ Pluye monuel hernondezOmunipococi.go.cr maeceroso —— A am e Guápiles, 11 de mayo de 2023 DAMCM-0065-2023 Sres, Honorable Concejo Municipal Referencia: Se solicita acuerdo de pago para la Licitación reducida No. 2023LD- 000026-0032000702 Servicios de gestión y apoyo para el área de licencias y patenles por 10 meses Mediante la presente remito solicitud de autorización para la Licitación reducida No. 2023LD-000026-0032000702 Servicios de gestión y apoyo para el área de licencias y patentes por 10 meses Sin más por el momento, me despido. o GRO De, qa ay Hernán: Alcalde Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: EAMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*204 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí El Ñ E POCOC « Compras Públicas ys a de Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Ke Fluye ronald.quirosAmunipococi.go.cr "pco A AZ AA] Guápiles, 10 de mayo del 2023 Señores: Concejo Municipal de Pococí Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago. Licitación Reducida No. 2023LD-000026-0032000702, por Servicios de gestión y apoyo para el área de licencias y patentes (periodo de la contratación 10 meses) Respetables señores: Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la plataforma electrónica SICOP, se logra determinar lo siguiente: En el acto de apertura de ofertas se realizó electrónicamente en sistema SICOP, en donde participan la señora: Gaudy Perez Arce, presentando una oferta mensual por la suma de €535.000,00 (quinientos treinta y cinco mil colones exactos), para un total por los 10 meses de servicios de gestión y apoyo por la suma £ 5.350.000.00.00 (cinco millones trescientos cincuenta mil colones exactos) Razonamiento La lic. Vera Jimenez procede a realizar la oferta recibida determinando lo siguiente: EL yl ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%205 ACTA N*32 Ordinoria. Municipalidad de Pococí 74 ARES POCIOCA Compras Públicas qe a 1. de Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 2%, MUNICIPALIDAD Fluye ronald.quirosQAmunipococi.go.cr Mrenos aro MOI A AA La oferta de la señora Gaudy Pérez Arce cumple con los requisilos de admisibilidad, establecidos en el pliego de condiciones. Además el departamento de Compras públicas, puedo verificar que la señora Gaudy Pérez Arce, cumple con todos los requisitos legales solicitados en el pliego de condiciones. Evaluación. Una vez revisado el expediente, se procede a realizar la evaluación de la Única oferta que cumplió técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de Precio 80%, y 20% estudios complementarios, así establecido en el pliego de condiciones. Puntajes Máximos Monto Ofertado 80% Gaudy Perez Arce (€535.000,00 80,00 100,00: Determinando lo siguiente: Una vez aplicados los factores de evaluación, esta unidad recomienda contratar a la señora Gaudy Pérez Arce, por cumplir con lo solicitado en el pliego de condiciones. Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor: alcalde, a pagar a favor de la señora: Gaudy Pérez Arce, por un monto total de £5.350.000,00 (cinco millones trescientos cincuenta mil colones con 00/100) por un periodo de 10 meses de servicios de gestión y apoyo al deparlamento de Licencias y patentes municipales. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*206 ACTA N*32 Ordinaria. [METI IA Municipalidad de Pococí (e) 9 e 0 G Compras Públicas ya AN D PS Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 ¿só fluwe ronald.quirosGmunipococi.go.cr Maicpunso o AA LAA Sin más que agregar se suscribe; RONALD QUIROS rl PA BRENES (FIRMA) fecha: 2023.051 11:36:27-0600" Lic. Ronald Quiros Brenes Compras Publicas Municipalidad de Pococí. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a favor de la señora: Gaudy Pérez Arce, por un monto total de 25.350.000,00 (cinco millones trescientos cincuenta mil colones con 00/100) por un periodo de 10 meses de servicios de gestión y apoyo al departamento de licencias y patentes municipales. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 873 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr, dice: Oficio: DAMCM-0066-2023 Asunto: Se solicita acuerdo de pago para la Licitación reducida N*2023LD-000019- 0032000702 Compra de productos farmacéuticos y medicinales 2023. E , e Sitio Web: munipococi.go.cr a : Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*207 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí y) A | 2.7 Despacho del Alcalde as | AY Teléfono: 2711-1208 2% MADRALOO. manuel hernondezOmunipococi.go.cr Pluye ¡anuel hernandez! unipococi.go.cr Guápiles, 11 de mayo de 2023 DAMCM-0066-2023 Sres. Honorable | Concejo Municipal | | Referencia: Se solicita acuerdo de pago para la Licitación reducida No. 2023LD- | 000019-0032000702 Compra de productos farmacéuticos y medicinales 2023 Mediante la presente remito solicitud de autorización para la Licitación reducida No. 2023LD-000019-0032000702 Compra de productos farmacéuticos y medicinales 2023 Sin más por el momento, me despido. oci.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*208 ACTA N*32 Ordinoria. Municipalidad de Pococí sg [Ema] mm e Compras Públicas pls a ¿de Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 2% ronald.quirosGAmunipococi.go.cr Pluué HAROCPALIOAD. A A 5 AAA] Guápiles, 10 de mayo del 2023 Señores: Concejo Municipal de Pococí Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago. Licitación Reducida No. 2023LD-000019-0032000702, compra de productos farmacéuticos y medicinales 2023. Respetables señores: Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la plataforma electrónica SICOP, se logra determinar lo siguiente: En el acto de apertura de ofertas se realizó electrónicamente en sistema SICOP, en donde participan las siguientes empresas: Inversiones La Rueca S.A, presentó una oferta, por un precio total de €8.907.836,00, (ocho millones novecientos siete mil ochocientos treinta y seis colones exactos) para la compra requerida, Oferta Inadmisible. 3-101-495660 Sociedad Anónima, presentó una oferta, por un precio total de €6.335.014,27, (seis millones trescientos treinta y cinco mil catorce colones con 27/100) para la compra requerida. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*209 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí (o) _A POCOCA Compras Públicas 005 a >) < Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 PARA Fluye ronald.quirosimunipococi.go.cr mueeloso A AAA EA Razonamiento La Lic. Emilia Masis Alfaro, Coordinadora de Salud ocupacional, realiza un análisis de las ofertas recibidas determinando lo siguiente: 1. La empresa Inversiones La Rueca S.A, no cumple con el requisito de admisibilidad de presentar muestras físicas de los productos ofertados. 2. La empresa 3-101-495660 Sociedad Anónima, presenta en tiempo y forma las muestras físicas de los productos ofertados. 3. Asílas cosas, se tomará como valida únicamente la oferta de la empresa 3- 101495660 Sociedad Anónima. 4. La empresa oferente, presenta certificaciones y declaraciones solicitadas en el cartel. Una vez hecha la revisión y análisis de la documentación cargada al SICOP sobre requisitos de admisibilidad, se concluye: Que la oferta presentada por la empresa 3-101-495660 Sociedad Anónima, cumple con todos los requisitos legales y de admisibilidad solicitados en el pliego de condiciones. Evaluación Este pliego de condiciones cuenta con una evaluación 90-10, en donde el 90% corresponde al precio y el 10% corresponde a Pyme local, Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*210 ACTA N*32 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí (")
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POCOC Compras Públicas Yu
a Teléfono: 2713-6561 Ext. 122. Zee %
Fluye ronald.quirosfdmunipococi.go.cr Masepunso
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3-101-495660 Sociedad Anónima
Se determina lo siguiente:
Una vez aplicados los factores de evaluación, esta unidad recomienda contratar
a la empresa: 3-101-495660 Sociedad Anónima, por cumplir con lo solicitado en el
pliego de condiciones.
Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor: alcalde,
a pagar a favor de a la empresa: 3-101-495660 Sociedad Anónima, por un monto
total de (6.399.617,00 (seis millones trescientos noventa y nueve mil seiscientos
diecisiete colones exactos) monto que se ajusta, tomando en consideración el
contenido presupuestario existente y los costos unitarios presentados por la
empresa recomendada, se adjunta cuadro de ajuste:
MS Producto Cantidad Precio Total
Pastilla Acetaminofén 95 42 328 4221 160
Baytalcid Hidrotalcita 500mg 14 49 265 4129 710
Crema de Rosas 30 41639 (49 170
Seda tela adhesiva 24 (4857 (420 568
Apósitos de gasa estéril E) (10925 076475
Gasa en rollo 18 41370 424 660
Mascarilla facial desechable 9 45 000 445 000
Parche salonpas 16 (1699 627 184
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*211 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí 9 FOCOCA Compras Públicas ys a O DA Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 ¿5% Pluye ronald.quirosGAmunipococi.go.cr Marcriuso Antimicotico Clobeta 20 Ga 191 483 820 Nazil 18 (2 328 (41904 Gotas óticas Otogen 6 (4 037 q24 222 Sulfadiazina de plata o 20 (2 258 445 160 Lidocaína 20 (2 843 056 860 Sal Andrews sabor a Limón 15 (6975 (104 625 Alka Serltzer Boost 14 (9 201 (128 814 Aleve tableta normal 43 (6 705 (288 315 Aleve Liqui-Gels 41 (6 705 (274 905 Dorival Cápsulas 39 (10 380 (404 820 Dorival tableta normal 34 47 116 4241 944 Tory 120mg 7 (45 404 4317 828 Migretil 7 4 769 433 883 Allegra 120 mg 7 49 980 (69 860 Pastilla Talerdín D 8 (139 583 (316 664 Loción Caladryl Clear 47 (3120 4146 640 Tabcin Efervescente 9 (110 939 (98 451 Tabcín extra fuerte dia 52 (12 574 (653 848 Suero Electrodex 50 d8 150 (407 500 Toalla Sanitaria 4 42165 (8 660 Pastilla Famotidina 10 da 568 (a5 680 Fotoprotector loción SPF 50+ 175 67777 (1360 975 ici E mag e 30 64 624 4138720 Monitor de brazo de presión arterial 4 (21 538 486 152 Tabletas de vitamina C 500mg 310 $1 164 (360 840 Tira reactiva Accu-Check Instant 3 410 850 (32 550 Medidor de glucosa Accu-Check Instant 3 (10850 432 550 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*212 ACTA N%32 Ordinaria. AI Municipalidad de Pococí 9 Dn 12 eS e Compras Públicas yde a ES e Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 9% ronald.quirosGdmunipococi.go.cr meros DE POCO Pluye | Sin más que «agregar se suscribe; RONALD QUIROS +: BRENES (FIRMA) + PONMO 531] Lic. Ronald Quiros Brenes Compras Publicas Municipalidad de Pococí. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a favor de la empresa: 3-101-495660 Sociedad Anónima, por un monto total de £6.399.617,00 (seis millones trescientos noventa y nueve mil seiscientos diecisiete colones exactos) monto que se ajusta, tomando en consideración el contenido presupuestario existente y los costos unitarios presentados por la empresa recomendada, se adjunta cuadro de ajuste del “Por Tanto”. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N” 874 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hermandezOmunipococi.go.cr, dice: Oficio: DAMCM-0062-2023 Asunto: Se solicita acuerdo de pago para la Licitación Reducida N*2023LD-000023- 0032000702 Servicio de operación y mantenimiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales del Centro Cívico por la Paz de Pococí. E h Sitio Web: munipococi.go.cr a LS - Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*213 ACTA N*32 Ordinaria. 11- Municipalidad de Pococí 5) _ po) SD SIC Despacho del Alcalde YDS F W O 0! Teléfono: 2711-1208 +2, Pluye manuel hernondezOmunipococi.go.cr macerlnao E === RÁ Pe Guópiles, 11 de mayo de 2023 DAMCM-0062-2023 Sres. Honorable Concejo Municipal Referencia: Se solicita acuerdo de pago para la Licitación Reducida No. 2023LD- 000023-0032000702 Servicio de operación y mantenimiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales del Centro Cívico por la Paz de Pococí. Mediante la presente remito solicitud de autorización para la Licitación Reducida No. 2023LD-000023-0032000702 Servicio de operación y mantenimiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales del Centro Cívico por la Paz de Pococí. Sin más por el momento, me despidg. LiciMan ernández River Alcalde Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*215 ACTA N*32 Ordinaria. de 4 Municipalidad de Pococí , e uy > 3. Análisis de razonabilidad del precio. En el sondeo de mercado se estableció los siguientes límites para analizar la razonabilidad del precio: Valor Variadon 10% | Variacion 10% MEM Alcance Mensual_| Valor anual Valor 24 meses inferior superior [Operación y mantenimeinto 1 Imensual de la PTAR CCP Pe 633 248,75 | €7658:935,00 $ 15317970,00 | 13785 173,00 | 416819767,00 La empresa SUMINISTROS Y SERVICIOS INTEGRALES SSI SOCIEDAD ANONIMA oferta un monto por debajo del limite inferior. Adicionalmente, se realiza un análisis de las Ires ofertas recibidas, a Iravés del uso de promedio de las tres ofertas y su desviación estándar. El resultado en el siguiente: Empresa Monto Ofertado o Ad INTEGRALES SS! £11 760 000,00 Y DURMAN ESQUIVEL SOCIEDAD ANONIMA £ 13 200 000,00 CONSORCIO PROAMSA-GAJA E 13 795 080,00 Promedio € 12918 360,00 Desv Estandar 1 046 364,41 Max 613964 724,41 Min £11 871 995,59 Nuevamente la empresa SUMINISTROS Y SERVICIOS INTEGRALES SSI SOCIEDAD ANONIMA tienen una oferta por debajo del mínimo, por lo cual se determina que la oferta es ruinosa. Se determinan aceptables las ofertas de Durman Esquivel SA y el consorcio PROAMSA-GAIA. 4. Resultado de la evaluación según criterios establecidos: Empresa local: Susentablidad Toja! Aceptoblidod El resultado de la asignación de puntos por criterios sustentables es el siguiente: Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: Munic polidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*216 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05 9 nicipali le Pococ POCOC¿ e oe Leer 3, brandon.aguero(Mmunipococi.go.cr «Sn Pluye a presos ol Bondoro Azul INTENSO 1 4001:2014 Carbono neutro| Campo compostaje Emproso 3 3 3 3 SUINSTROS Y SERVICIOS IWTEGRALESS Sl 5 A ñ E SOCIEDAD ANONIVA DURAN ESQUINEL SOCEDAD ANONIMA o MERO E] o o CONSORCIO PROAYSAGHA o o ERES HERA AIAEA La puntuación obtenida de las dos ofertas aceptables es la siguiente: DURMAN ESQUIVEL SOCIEDAD ANONIMA CONSORCIO PROAMSA-GAJA 5. Empresa recomendada para adjudicación por ser la mejor oferta: consorcio PROAMSA-GAIA 6. Se recomienda adjudicar el monto de 413.795.080, para un servicio de operación y mantenimiento por un plazo de 2 años. Para esta adjudicación, se tiene una reserva presupuestaria de €6.000.000,00. Por lo cual, la administración y el Concejo Municipal deberán aprobar la asignación presupuestaria faltante en los próximos documentos ordinario de presupuesto, de la siguiente forma: Oferta por adjudicar € 13 795 080,00 Monto comprometido 2023 (6 000 000,00 Monto a presupuetsar para el 2024 6 897 540,00 Monto a presupuestar para el 2025 2897 540,00 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: MMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*217 ACTA N*32 Ordinaria. a Municipalidad de Pococí PO oy 194, Área de Servicios Públicos brandon.ogueroQAmunipococi.go.cr Pluyo 7. Los demós requisitos o aspectos técnico - legales no evaluados en este documento, establecidos en el cartel por el departamento de Contratación Pública, no forman parte de este análisis. En caso de algún incumplimiento, aplicar lo que indique la norma. Agradeciendo la atención, me despido: 4 á Firmado digitalmente por BRANDON STEVEN AGUERO MAROTO (FIRMA) y Fecha: 2023.05.04 09:58:36 -06'00" Ing. Brandon Agúero Maroto, MSc. Area de Servicios Públicos C. Expediente técnico digital. Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: MMunicipatidadDePococi Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*218 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05/2023%__
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A DINO ¡de í Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 yes
Fluus ronald.quirosfAmunipococi.go.cr mauenino
A TS AAA
Guápiles, 10 de mayo del 2023
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Licitación Reducida no. 2023LD-000023-0032000702, por el Servicio de operación
y mantenimiento planta de tratamiento de Aguas residuales Centro Cívico por la
paz de Pococí.
Respetables señores:
Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la
plataforma electrónica SICOP, se recibieron ofertas por parte de las empresas:
1- Suministros y Servicios integrales SSI SA, oferta por un monto de g 11.760.000,00
(once millones setecientos sesenta mil colones exactos).
2- Consorcio Proamsa-Gaia, oferta por un monto de g 13.795.080.00 (trece millones
setecientos noventa y cinco mil ochenta colones exactos).
3- Durman Esquivel SA, oferta por un monto de g 13.200.000.00 (trece millones
doscientos mil colones exactos).
El Ing. Brandon Agiero Maroto, Coordinador de Servicios públicos, realiza una
revisión de las 3 ofertas recibidas determinando lo siguiente:
POCO « Sitio Web: munipococi.go.cr
Y De Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*32 Ordinaria. PAGINA N*219 Pecocí Municipalidad de Pococí PES Compras Públicas ys Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 GRA Fluga ronald.quiros(dmunipococi.go.cr Meruos 2. Análisis de admisibilidad de ofertas. a a. Las tres ofertas cumplen los requisitos de admisibilidad. £ años de operación Almener 5 cientes VERACIOS TRAE 57 a sl oc Cunt 3 Too En Cunt 3. Análisis de razonabilidad del precio. En el sondeo de mercado se estableció los siguientes límites para analizar la razonabilidad del precio: Valor 712) Alcance Mensual | Vatoranual Varlacion 10% | Variación 10% Valor 24 meses inferior superior [operación y mantenimenmto — [eos as 75 | 67 058985.00 ñ mensual de la PTAR CCP Poroci e 15317970,00 |€1378617).00 | €168:9767,00 La empresa SUMINISTROS Y SERVICIOS INTEGRALES SSI SOCIEDAD ANONIMA oferta un monto por debajo del limite inferior. Adicionalmente, se realiza un análisis de las tres ofertas recibidas, a través del uso de promedio de las tres ofertas y su desviación estándar. El resultado en el siguiente: Empresa SUMINISTROS Y SERVICIOS INTEGRALES S SI SOCIEDAD ANONIMA DURMAN ESQUIVEL SOCIEDAD ANONIMA. CONSORCIO PROAMSA-GAIA Promedio Desv Estandar Max min ___ Monto Ofertado «| £11 760 000,00 _ E13200000,00 E 13 795 080.00 E12918 360.00 E 1 046 364,41 E 13 964 724,41 E 11871 995,59 Nuevamente la empresa SUMINISTROS Y SERVICIOS INTEGRALES SSI SOCIEDAD ANONIMA tienen una oferta por debajo del mínimo, por lo cual se determina que la oferta es ruinoso. Se determinan aceptables las ofertas de Durman Esquivel SA y el consorcio PROAMSA-GAJA. Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*220 ACTA N*32 Ordinaria. Municipalidad de Pococí (is) A POC < ($e Compras Públicas | AS YY) PS Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 yes ronald.quirosAdmunipococi.go.cr — Macas Fl ys PA AS AAA Evaluación de Ofertas. El Ing. Brandon Aguero Maroto, Coordinador de Servicios públicas, realiza la evaluación de las dos ofertas admisibles determinando lo siguiente: DUSMMNIESCUNEL SOCEDAO AICA e13200000.00 3 a CONSORCIO PRONISAGIA CIA 7ASOGOO F- 8 Se recomienda adjudicar al consorcio Proamsa-Gaia al ser la oferta que obtiene la mayor calificación Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor: alcalde, a pagar a favor de la empresa: Consorcio Proamsa-Gaia por la suma de (213.795.080.00 (trece millones setecientos noventa y cinco mil ochenta colones exactos) por el servicio de operación y mantenimiento planta de tratamiento de Aguas residuales Centro Cívico por la paz de Pococí, por un periodo de 2 años Sin más que agregar se suscribe; RONALD QUIROS Firmado digitalmente por RONALD QUIROS BRENES (FIRMA) BRENES (FIRMA) Fecha:202305.12 1425540600 Lic. Ronald Quiros Brenes Compras Publicas Municipalidad de Pococí. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ñ PAGINA N*221 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05 q AAA Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a f empresa: Consorcio Proamsa-Gaia por la suma de £13.795.080.00 (trece millones setecientos noventa y cinco mil ochenta colones exactos) por el servicio de operación y mantenimiento planta de tratamiento de Aguas residuales Centro Cívico por la paz de Pococí, por un período de 2 años. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 875 Se conoce petición por parte del regidor Luis Ángel Méndez Araya al señor Alcalde Manuel Hernández Rivera. Se nos están secando los árboles en el parque de Campo Cinco y le solicitamos don Manuel girar la directriz ahí a quien corresponda para que vayan a cortar un árbol, no sé a cuál departamento si a Roldán o a Fabián. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Pasémoselo entonces a Fabián para que en 10 días le responda la solicitud al regidor Luis Méndez. Los que estén de acuerdo. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada la petición del regidor Luis Ángel Méndez Araya al Lic. Fabián Delgado del departamento de Control Ambiental, que conteste en 10 días hábiles. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado. ARTICULO VI Dictámenes de Comisiones ACUERDO N' 876 Se conoce nota suscrita por el regidor Ovidio Vives Castro, dice: Bos qe eS € Sitio Web: munipococi.go.cr a JN É < Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N?223 ACTA N932 Ordinaria. ACUERDO N* 877 Se conoce nota suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, secretaria de Comisiones, dice: Oficio: 197-2023 Asunto: Minuta sobre mesa de trabajo sobre custodia de los instrumentos de La Rita. mo Municipalidad de Pococí E Je y Secretaría de Comisiones Y05 y 'Q Teléfono: 2713-6560, Ext. 133 L26% Pluye secretoriocomisionesQAmunipococi.go.cr mcraboso == = a AS Gvuápiles, 11 de mayo de 2023 Oficio-197-2023 Señores (as): Honorable Concejo Municipal Estimados (as): Reciban un cordial saludo, mediante la presente remito minuta de mesa de trabajo realizada sobre custodia de los instrumentos de La Rita, realizada el lunes 24 de abril del 2023, para conocimiento y aprobación ante el Honorable Concejo Municipal. Sin más por el momento y agradeciendo de antemano se suscribe; Ya lodo Marifpel Olivas Amaya Secrefaria de Comisiones Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*224 ACTA N*32 Ordinaria. ES Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita Municipolidad de Pococí (7) 1d ar) EN GC A Secretaría de Comisiones del Yu a >) AY Concejo Municipal Pl Teléfono/Fox 2713-6560. Ext:133— Szze y secretoriocomisionesOmunipococigo.cr “ro Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita Lugar: Sala de sesiones del Concejo Municipal de Pococí. Fecha: Lunes 24 de abril del 2023 Hora de inicio: 1:00 p.m. Asistencia: Reg. Yaslyn Morales Grajal Reg. Juan Luis Gómez Gómez Sind. Prop. Carmen Sánchez Navarro Lic. Jorge Hodgson Quinn Presidente del Comité Cantonal de Deportes Recreación de Pococí Lic. Christian Córdoba Oviedo Abogado del Concejo Municipal Sra. Angie Rodríguez Sandí Secretaria Comité Cantonal de Deportes Recreación de Pococi Sr. Mario Gónzalez Oviedo Representante del Comité Cantonal de Deportes Recreación de Pococi Sr. Ángel Hernández Presidente del Comité Comunal de Deportes de La Rita Sra. Sara Ramirez Chavarria Representante del Comité de Deportes de La Rita Sra. Xinia Segura Araya Representante del Comité de Cultura de La Rita Sr. Jorge Serrano Valerín Expresidente de la Asociación de La Rita Reg. Yaslyn Morales Grajal, Indica que en esta mesa de trabajo solo se quiere ver un tema específico sobre los instrumentos que el Comité Cantonal de Deportes, tramitó para la comunidad de la Rita y el fin era que el Sub- Comité de la Rita fuera el Custodio el que se encargara de esos activos. Comenta que a esta mesa de trabajo se invitó ala Asociación de Desarrollo Integral de La Rita que según entiende está inhabilitada porque venció y no “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 1]30 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI L PAGINA N*%225 ACTA N*32 Ordinaria. 11-0, Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita se ha podido conformar, sin embargo, su expresidente se encuentra aquí y el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí. Por lo que solicita que conste actas que el Señor Jorge Hodgson Quinn, va a atender esta mesa en su hora de almuerzo, por lo que él va a estar exactamente solo una hora porque él está en horas laborales y se va a quedar sin almorzar para atenderlos, porque no había otra persona que viniera. También dice que se invitó al Comité cultural de La Rita y regidores propietarios y solo hay tres Don Juan Luis Gómez, la presidenta municipal y el compañero Luis Méndez, que cree que anda en el baño. Dice que al Sub-Comité de Deportes también cuando se tomó el acuerdo se invitó, pero no sabe por qué no está en el en el oficio, reitera que los del Comité de Deportes de La Rita también fueron tomados en cuenta, ya que ellos son los actores principales, nada más que no sé por qué no le llegó la invitación, que fue lo que le externo él regidor Juan Luis Gómez y que por eso los llamó, dice que más bien los disculpe por esa omisión, pero quiere que sepan que ellos son una de las personas que tenían que estar en la mesa de trabajo, ya que fueron los que recibieron esos instrumentos. Solicita que con los temas que se van a exponer que sean muy breves que el licenciado Jorge Hodgson Quinn, solo tienen Una hora para acompañarlos, por lo que si existen dudas para evacuar es mejor ser puntuales con las consultas que se vayan a realizar y así él se las pueda evacuar antes de retirarse. Reg. Yaslyn Morales Grajal, exterma que al Concejo llego una carta de la Asociación de Desarrollo, por medio de junta es lo que se imagina, ya que viene redactada a mano, en la cual dice que por medio de la ADI de La Rita se comunican para informar lo siguiente: Informa que el día 8 de marzo en la junta directiva realizada bajo el Acta número 550 se acordó muy respetuosamente brindar a dicho Consejo, el custodio de los instrumentos, pero como no hay ahorita una Asociación, por eso fue por lo que ellos hicieron la mesa de trabajo porque al ser una problemática y no estar la Asociación conformada, entonces ese Custodio no se le puede dar a la Asociación. “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 2]30 Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*226 ACTA N*32 Ordinaria. 11-0 POcocí MUNICIPALIDAD DE POCOCI Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita Dice que aparte también deben de dejar algo muy claro, que el que compra estos instrumentos es el Comité de Deportes Recreación de Pococí, con una partida de una transferencia que le hace la Municipalidad. Entonces considera que los que deberían de custodiar esto hasta que termine el problema es el Comité de Deportes de Guápiles, pero debido a que existen varias diferencias es que se hace esta parte. Reg. Juan Luis Gómez Gómez, Explica cómo es que funciona el Consejo Municipal y dice que ellos no tocan dinero dineros públicos, ellos son integrantes de comisiones y en la Comisión de Hacendarios a todos les corresponde un poquito de dinero para impulsar proyectos a lo largo y ancho del Cantón de Pococí, eso es lo que hacen ellos y reitera que no manejan dinero, que dentro del presupuesto que a él le correspondió en esa oportunidad con mucho cariño pensó en La Rita, destinó 24,300 000 000 para esa obra y apadrinó el proyecto a solicitud de la señora doña Alba, porque ella en ese tiempo era la que tenía la banda. Externa que posteriormente se da un problema y lo llaman a reunión y resulta que en esos días el Comité ya estaba integrado, el Comité Comunal de La Rita y se dan problemas con doña Alba y los muchachos, entonces los instrumentos se le entregan al Sub-Comité de Deportes, fueron plaqueados por Comité Cantonal de Deportes en presencia del Sub-Comité de Deportes de La Rita y se les hace la entrega de los instrumentos y el Sub-Comité decide dárselos al Sr. David, pero resulta que en el camino se percatan que faltaban instrumentos, entonces el Sub-Comité que era el responsable. Externa que él quiere que entiendan que el procedimiento se hizo bien el Sub-Comité Cantonal de Deportes que realizó la compra y el Comité de Deportes entregó de forma eficaz los instumentos y también los plaqueó y él Sub-Comité, que lo preside él Sr. Ángel recibe eso del Comité de Deportes con el procedimiento que se establece por Ley. Continúa diciendo que entonces se le dan al Sr. David del Sub-Comité los instrumentos, porque ese era el Acuerdo de que se le dieran al Sr. David el encargado de la banda, pero no se percatan de que los instrumentos y el señor presidente lo llama y él con mucho gusto lo apoyó a el señor y al comité, posteriormente hablaron con él señor David para que devolviera los instrumentos musicales y efectivamente el señor presidente desde el Comité de Deportes tenía razón cuando, porque cuando fue a recibir los “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 3/30 Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*227 ACTA N*32 Ordinaria. Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita * instrumentos esos instrumentos estaban faltando unas libras y otras cosas que el señor presidente sabe. Indica que lo que se hizo para custodiarlos, porque le correspondía y le corresponde hasta el momento y hasta que no se decida otra cosa al Comité Cantonal de la Rita, que los felicita por el excelente trabajo que han venido haciendo y también al Comité Cultura que representa doña Xinia, ya que es un excelente trabajo que vienen haciendo por La Rita. Dice que entonces se le quitan los instrumentos a David, pero él se deja otros instrumentos que no quiere devolver y por eso hay una denuncia, que el señor presidente del Comité Cantonal tiene en la fiscalía contra el señor David, porque inclusive el señor presidente pudo constatar que en una ocasión que había un desfile de bandas ahí andaban liras de esas que estaban plaqueadas y que las andaba el señor David. Indica que esos instrumentos están en la iglesia católica y están custodiados ahí, el padre Virginio, con el señor Ángel logran para tenerlos en un sitio seguro y guardados y ahí están. Esa es la cronología que él quiere dar y decirles que esos instrumentos son para La Rita y si se le dan a la escuela en buena hora y si deciden dárselos al colegio en buena hora, pero que esos instumentos deben de destinarse y darles uso, porque se compraron con esa intención señora presidenta Muchas gracias Reg. Yaslyn Morales Grajal, comenta que ella le fue a preguntar a la secretaria, porque para ella poder venir a hablar debe de tener argumentos, es por lo que ella fue al Comité de Deportes, para hablar con la muchacha que se encarga de entregar y así ver a quien se le había entregado, si fue al Sub-Comité o a una persona en particular y ellos lo que le indicaron, que se lo entregaron al señor Juan Luis Gómez, inclusive ahí está la firma del recibido de los instrumentos. Es por lo que pregunta que no sabe en qué momento viene el Sub-Comité de Deportes de la Rita a recibirlos, porque el primer recibo se hace el 10 de diciembre, según el Acuerdo N* 479 por una orden de compra N* 05635 y la firma doña Angie Rodríguez Sandy, que lo entrega al regidor Juan Luis Gómez Gómez. “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 4/30 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*228 ACTA N*32 Ordinaria. 11- Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita Reitera la pregunta que cuándo es que el Sub-Comité recibe y da fe porque estaba viendo que también ese día el comité entregó algunas cosas, pero otras faltaron, por ejemplo bolillos plásticos, Lira faltaron cuatro de 10, parche N%4 lubricado transparente de 16 este entregaron solo 4, faltaban dos parches lubricantes negro, batería en marcha falta uno, bombo de marcha faltaba uno, bombo 26 X 10 y cositas que todavía faltaron de entregar, pero entonces dice que no está entendiendo, sí fue que ese día recogieron el Sub-Comité en el Comité o si o si se lo entregaron a don Juan Luis Juan. Reg. Juan Luis Gómez Gómez, explica que a él lo llamarón que los instrumentos estaban y dice que él gracias a Dios les gusta hacer las cosas bien y gracias a Dios cuida mucho de su integridad como persona. Cuenta que ese día lo llaman yo se deja venir con un carro y para los instrumentos no hay nadie de la junta directiva que se los entregue a ese muchacho que cuida del estadio, ¿cómo se llama? le dicen mongo él cual le ayudó con otro carro y él fue con don Juan Gómez a la Rita y llevaron los instrumentos e indica que ahí estaba la secretaria del Sub-Comité de Deportes y ahí se le hizo entrega a doña Alba, bajo inventario. Externa que quiere que quede claro, que no fue que Juan Gómez agarro los instrumentos, no, porque dice que el coordinó con el Comité Comunal y llegó la secretaria en ese tiempo doña Yadira, que fue la que llegó tomó Actas y se le entregó los instumentos a doña Alba, por eso el Sub-Comité, después cuando hubo la bronca decidieron quitárselos ellos y entregárselos al Sr. David y luego el Comité de Deportes en presencia del Sub-Comité fueron y plaquearon los instrumentos donde él no tengo vela en este entierro, ya que él no tiene que andar en eso y no estuvo ahí Externa que él ha sido un facilitador y don Ángel, gracias a Dios, él puede dar fe pública porque es agente de seguridad, él puede decir que él está diciendo la verdad, reitera que él no se ha llevado en ningún momento instrumentos, ya que no es su estilo y así como el año 2008, que logró que esta Municipalidad esté enmallara 12 canchas de fútbol a través del Comité con fondos que él aportó en esa oportunidad y coordino que los enmallados se realizaran, que silos fiscalizó y también lo ha hecho con muchos otros más proyectos “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 5]/30 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*229 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05- Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita * Reg. Yaslyn Morales Grajal, Externa que ella nada dice y que conste que eso es un documento del Comité Cantonal de Deportes, donde no dice, por ejemplo: Que don Warren le ayudó, si no que dice que doña Angie, que es la secretaria del Comité, le entrego al Sr. Juan Luis Gómez, por lo que dice que ella no puede decir que es mentira o verdad. Solicita que conste en Actas que ella no está diciendo que es culpa de Juan Luis o de Angie, la idea no es buscar culpables, si no que la mesa de trabajo se hace para esclarecer los hechos, ya que el Sr. Juan Gómez dice eso y ella no tiene por qué creer o dejar de creer y considera que él puede defenderse y acudir a todas las instancias que tenga que hacerlo, pero en derecho todo lo que se diga sin pruebas no es verdad, porque para que poder ir a defenderse en un lugar tiene que tener una prueba y aquí lamentablemente la prueba que está de la primera entrega de los instumentos, dice doña Angie que se la entregó a Juan Luis Gómez, entonces si eso no es verdad eso lo tienen que dirigir a otras instancias para que entonces digan si la firma que está aquí no es de don Juan Gómez o la Sra. Angie. Externa que la idea es poder esclarecer las cosas porque aquí no están en un juicio la idea es ir viendo la parte que hizo Don Juan Luis y la participación del comité, porque al final de cuentas el consejo no tuvo participación en nada, ya que esto se aprobó en los presupuestos y después todas las gestiones y todos los las cosas que coordinaron fue administrativo entre el comité, porque el Consejo no le dijo, sí cómprele en esos instrumentos, no, eso vino en un presupuesto donde se aprobó por todo este honorable Consejo y todo lo demás fue pura gestión. Sr. Ángel Hernández, dice que el 10 de diciembre del 2021, ellos recibieron a las 16 horas del señor Juan Luis Gómez Gómez, de acuerdo con el Acta, ya que él no estaba porque estaba laborando, indica que la compañera Yadira Sánchez, que ella sí estaba recibió como de parte del señor los instrumentos de la banda y en ese lugar se acordó que los instrumentos fueran a dos lugares porque no había dónde guardarlos que fueran a la casa de David y la casa de doña Alba. Luego de eso como explicó el señor don Juan Luis, se vinieron unos problemas con la banda que eran muchos integrantes, que eran tantos y se sabe que 50 a 60 cabezas no piensan igual, reitera que se vinieron problemas y todos los 40 más importantes decidieron irse con el señor David “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 6/30 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI L PAGINA N*230 ACTA N*32 Ordinoria. 11-05/2023%__ % y Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita Comenta que el señor David le dio una habitación completa para equipar todo eso y guardar todos los instrumentos que don Jorge Hodgson, mandó a sus compañeros a plaquear y se guardaron en ese cuarlito. Explica que después de eso vinieron otros eventos matrimoniales que no son de la índole de ellos y tuvieron que sacar los instrumentos de ahí, después de eso dice que se arrimó él a la Asociación a pedirles un lugar para construir los instrumentos porque no tenía dónde dejarlos y no recibió respuesta, ya que le dijeron que después le daban y efectivamente llegó, pero ires meses después. Cuenta que atreves de ese liempo qué pasó se perdieron instrumentos porque a raíz de eso el muchacho le daba los instumentos para que los muchachos tocaran en la casa practicaran en la casa y paso que no los devolvían. Dice que una cosa que él sí le dije al licenciado Jorge Hodgson, es que la manera de plaquear fue con ticket plástico y es muy fácil de jalar y quitar, comenta que él hubiera preferido plaquearse con placa metálica metal Externa que esas cosas sí son un poquillo delicadas, por lo que se ha dado a la tarea de ir hasta los ensayos de los muchachos a buscarlos los instumentos, pero lo que hacen los muchachos que los tienen, se van porque ellos saben que tienen algo ilícito, porque él en ese momento no tiene una placa o algo que diga que les puede quitar eso, pero ellos tienen miedo tienen miedo de que les digan esas cosas. Indica que aquí no están para culpar a nadie, que esto es algo que ellos tienen que agarrar y echar para adelante y saber qué pasó esto y mejorar la situación, de hecho, que ahora como no hay donde guardarlas los instrumentos y él estaba pensando en comprar un contenedor y ponerlo ahí en la ploza de la Rita para solucionar el espacio. Reitera que ese es el pensado, pero les falta lo más importante que es el dinero, pero ellos necesitan ver que lo que pasó ahí no es culpa de nadie simplemente es algo que no se manejó bien, pero él siente que eso es para aprender y sacar adelante, no para echar para abajo y quebrar a nadie y afirma que aquí nadie está haciendo las cosas para para mal. “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 7]|30 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*231 ACTA N*32 Ordinaria. Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita * Lic. Jorge Hodgson Quinn, comenta que va a hacer algunos apuntes o acotaciones respecto a algunas cosas que siente que se están quedando en el aire. Indica que, si bien es cierto que el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, gestiono la compra de instrumentos musicales para la banda comunal de La Rita con un recurso de (5 millones de colones que transfirió el señor regidor Gómez de los cuales la compra fue por (4 300 000, porque esa era la orden de compra. Explica que de esos 4, 300,000 colones que se compraron en instrumentos para entregar a la banda Comunal por medio de los procedimientos que tiene el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, aclara que ellos tiene procedimientos y el principal es que, nada ningún activo que se compre sale esa oficina, sino cuenta con plaqueo y si no lo tienen incluido dentro del libro donde llevan el control de activos, porque cuando el comité compra algo normalmente lo que ellos hacen es que lo entregan en custodia a los a los beneficiarios siempre son propiedad del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, ya que siempre están tratando con fondos públicos los cuales en cualquier momento cualquier persona puede llegar y pedir cuentas y eso es una práctica que antes no se hacía. Ya que antes las cosas entregaban como a título personal, ejemplo: Tomé aquí le compré esto con fondos públicos, entonces es por lo que esas personas consideraban que podían hacer lo que quisieran con esos recursos, pero ahora si bien es cierto hacen lo que les da la gana con los recursos, pero por lo menos queda una traza de que fue lo que pasó y eso específicamente en estos instrumentos y en esto compra han demostrado que está bien claro. Externa que ellos a través del proceso de la secretaría procedieron hacer el plaqueo de lo que les había llegado en ese momento, por qué si ellos hubieran seguido el procedimiento que es muy largo por así decirlo, esos instrumentos se hubieran entregado como en enero, pero les pidieron encarecidamente que por favor les entregan los instumentos porque estaban en diciembre y la banda tenía unas presentaciones y que les ayudaran por favor, porque les hace falta. Afirma que es por lo que ellos hicieron la excepción de que prácticamente el camión de instrumentos musicales la voz llegó entregó los instrumentos y automáticamente al día siguiente se procedió a llamar a la persona que “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 8/30 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AAMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*232 ACTA N*32 Ordinaria. 11-0 Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Ritá estuvo gestionando que esa entrega había que hacerla, dice que los llamaron e hicieron la entrega sin haber plaqueado los instrumentos. Comenta que ellos tenían claro de que el 100% de la compra que tenía que llegar no les estaba llegando el 100% y considera que hasta eso ellos debieron haber esperado el 100% los instrumentos para poderlos entregar, sin embargo, en aras de colaborar entregaron lo que había llegado y meses después el proveedor completó el 100% de la compra y es lo que falta, que está en las bodegas del comité e indica que de ahí no va a salir hasta tanto no tengan claridad de cómo va a quedar la situación. Dice que los instrumentos fueron entregados a la persona que firma el documento y efectivamente aquí está Angie y ella no iba a ir a entregar esos instrumentos, ella directamente porque para eso hay un colaborador administrativo que es a quien le pidieron que hiciera la entregar e inclusive fue hasta la comunidad con el señor a entregar los instrumentos Externa que existe un documento en el cual consta la firma y no se puede decir que la firma es falsa, porque la firma es real y está ahí y la firma consta de quien lo recibió el documento y quien recibió los instrumentos fue y los entregó Le expresa al Sr. Ángel que le place mucho que ellos tengan tanto orden y que hasta tengan un libro donde consta lo que se entregó y dice que una vez que los instrumentos fueron entregados y fueron utilizados ellos como corresponde le encomendamos a la contadora fue de que esos instrumentos tenían que ser plaqueados, ya no importaba que ya habían sido entregados pero ellos tenían que plaquearlos, es por lo que entonces se trasladó doña Xiomara Jey y Angie y Eva, que son colaboradores del Comité Cantonal de Deportes y Reacción se contactaron con Ángel Mario también aquí está Mario bienvenido Mario se contactaron con don Ángel, para saber en qué lugar física y geográficamente están los instrumentos para proceder a plantearlos. Dice que ya en ese plaqueo detectaron que hacían falta instrumentos y aun lo curioso es que cuando los muchachos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación empiezan a brincar porque hace falta instrumentos de la primera entrega que se hizo, aparecieron algunos instrumentos misteriosamente el día que fuimos a ser el primer plaqueo y de igual de igual manera procedieron a plaquear y los instrumentos se encontraban en una casa de habitación y algunos de los instumentos que hacían falta “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 9]30 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*233 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05-2022 Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita * aparecieron, plaquearon y dice que eso consta, ya que todo está documentado y de los instrumentos que hacían falta tomaron nota Posteriormente cunado ya empiezan todas siluaciones de denuncias y personas que se están quejando por que los instrumentos no están siendo bien utilizados, se dan cuenta por boca del Sr. Ángel que, los instrumentos él los iba a retirar y efectivamente fue el que los retiro y los pusieron en custodia en otro lado, que no precisa Dice que sabiendo ellos esa situación volvieron nuevamente a realizar un conteo de los instrumentos y la sorpresa para ellos es que faltaban más instrumentos todavía, indica que en so de faltan instrumentos ya por E 1500 000 de colones que hacen falta de la entrega que ellos realizaron y quiere cerrar diciendo que ellos comilé procedieron con el derecho que les corresponde como la norma así lo exige, ya que ellos fueron facilitadores para que ese recurso llegara a la comunidad y que todo lo que sucedió después de que esos instrumentos salieron de las bodegas del Comité de Deportes, si sigue siendo responsabilidad de ellos, pero también tienen como documentar que ellos han sido proactivos y han tratado de fiscalizar, pero ellos como comité no cuentan con una bodega, no manejan una banda para decirle a ellos "vengan llévelos, entréguenlos y estarles haciendo control de salida y de ingresos de los instrumentos. Externa que ya eso es responsabilidad del Sr. Ángel, que son como depositarios, ya que consta que él se los entrego, pero ello como comité no pueden hacer más, el plaque está hecho para conservación de los instrumentos y si hubieran sabido ellos que les estaban entregando los documentos a delincuentes, probablemente hubieran soldado las placas en los instrumentos para evitar que se los robaran, pero dice que ellos partieron de la buena fe de que los instrumentos estaban siendo entregados aun grupo comunal de una comunidad que les iba a dar buen uso y no que se los iban a empezar a robar. Reg. Yaslyn Morales Grajal, le dice al Sr. Ángel, que, lástima que duraran tanto una Asociación para darles una respuesta, por que en esos tres meses hubieran pasado menos cosas, pero es parte de la tramitología de la Asociaciones que a veces, por no poderse reunir o por no ponerse de acuerdo es que eso sucede Sr. Jorge Serrano Valerín, Comenta que escuchando los temas que se están abocando, dice que ellos como Asociación a un principio creyeron que “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 10/30 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 4.299 /A/ PAGINA N*234 ACTA N932 Ordinaria. 11-05- Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita todo estaba bien y caminando bien con esos instrumentos, tanto que en el Acta N? 534, del 29 de noviembre se había formado la Junta directiva de la banda que está en el Acta N* 539 del 29 de noviembre y dice que pasaron de esta fecha al 10 que entregaron los instrumentos, pasaron 11 días y ,los instrumentos no llegaron a la banda comunal de La Rita, ya que a partir de ese momento se llamó banda independiente, no se llamaba banda comunal Exterma que ellos como Asociación de Junta nunca vieron ningún instrumento llegar a los poderes de ellos, no en esta Acta. Indica que en el Acta N* 539, página N*131 del Acta de Junta de Desarrollo, ellos llamaron a cuentas al Sr. David, para que les hiciera ver si los instrumentos de esa banda eran independientes o era comunal Informa que la Sra. Yadira, llegó y les manifestó que ellos tenían controlada esa situación y lo estaba manejando, en esa misma acta y página, dice que ellos hicieron inca pie de esos instrumentos Dice que el licenciado Jorge Hodgson Quinn, tiene razón ya que el 12 de diciembre tenían una actividad muy grande en La Rita esa banda y por eso es que les urgía, dice que existe una Acta que no trajo a la mesa de trabajo, en la cual solicita que si la escuela les puede ayudar con el préstamo de los instrumentos mientras llegan estos instrumentos a la banda comunal de La Rita, no a la banda independiente de La Rita Reg. Yaslyn Morales Grajal, ¿pregunta si es que en La Rita hay dos bandas, una comunal y otra independiente? Sr. Jorge Serrano Valerín, dice que no, que esa banda es la misma banda que manejaba doña Alba Aguilar Bonilla, presidenta y Carlos Gómez Zúñiga, secretario, Marín Muñoz González, tesorero, Yendry Obando Enrique, Vocal, David Ruíz Perez, que fue al que le dieron los instrumentos Vocal y él era el fiscal y dice que esa junta que se presentó a la Junta de Desarrollo como banda comunal el 22 de noviembre. Comenta que en ese momento don David, dice que hasta llegaron a la casa de él a buscar un dinero para que él les prestara para comprar unos instrumentos que a ellos les urgía, porque no tenían instrumentos y él con mucho gusto les prestó el dinero y ellos muy amablemente se lo pagaron “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 11/30 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*235 ACTA N*32 Ordinaria. Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita +: Esto lo dice por lo siguiente y felicita al licenciado Jorge Hodgson Quinn, por lo antes mencionado con la labor de plaquear los instrumentos y dice que él tiene ahí lo que entrego la Sra, Alba, en el cual se le entrego al señor y las personas como testigos de cuando la Sra, Alba le entregó esos instrumentos al Sr. David Ruiz, ya que cuenta con documentos firmados Externa que él no sabe quiénes fueron a dejar los instumentos porque no le ha preguntado a la Sra. Alba, ya que pecaría en decir quien fue a la casa de ella Reg. Yaslyn Morales Grajal, pregunta que si doña Alba él dice que era presidenta de un qué?, de un Sub-Comité Sr. Jorge Serrano Valerín, Contesta que no, que ella solicita por carta y procede a dar lectura al artículo 3, se pone atención y dice: Estoy iniciando con el Comilé de la banda comunal se presentan los integrantes y la justa ellos la estaban formando el 29 Reg. Yaslyn Morales Grajal, dice que entonces ella contaba con el respaldo de la Asociación Sr. Jorge Serrano Valerín, afirma que, si, que ella quería tener el respaldo de la junta por que venían los instrumentos para diciembre y que ellos les ayudaran por que venía la actividad del 12 de diciembre, por lo que ellos estaban solicitando que por medio de ese comité de banda comunal que ellos formaron de La Rita, no independiente y dice que hay documentación en la cual aparece banda independiente Reg. Yaslyn Morales Grajal, pregunta que entonces ellos se hicieron independientes en el camino? Sr. Jorge Serrano Valerín, afirma que correcto! Dice que lo que él puede decir es que ellos llamaron a David a cuentas y llego la Sra. Secretaria y se presentó y la esposa del Sr. Ángel estuvo ese día y la Sra, Yadira tomó la palabra, diciendo que ellos tenían eso controlado por el Sub-Comité de Deportes y que tenían potestad para tener eso y ellos como Asociación no van a entrar en un dime que te diré, entonces lo dejaron y no metieron las manos a eso y le dieron seguimiento y la sorpresa para ellos fue que al parecer se recogen los insttumentos y que están guardados en la iglesia católica y ellos se asusta como junta, de ver que no “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 12/30 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*236 ACTA N*32 Ordinaria. Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita se le dio el buen procedimiento en vista de que son fondos públicos, no son fondeos ni del Comité de Deportes, como dijo el Sr. Hodgson, que lo felicita, ni la Asociación de Desarrollo, ni nadie en particular, ya que son fondos públicos en el cual pueden traer consecuencias en un futuro de las personas que están involucradas en esa situación Dice que ellos el 30 de este mes de marzo presentaron una carta, donde solicitaron como Asociación 7 días antes, que él tiene la carta que fue recibida por la secretaria, en el cual ellos solicitan que los instrumentos sean custodiados por la Junta de la Asociación, es por lo que le extraña que se tomara una decisión con respecto al Sr. Don Ángel, porque ellos no cuentan con personería jurídica, ni cédula jurídica como para manejar los fondos públicos Lic. Jorge Hodgson Quinn, dice que, si bien es cierto ellos no tienen personería jurídica ni ninguna figura, ellos son adscritos al Comité Cantonal de Deportes y Recreación y a partir de esa adscripción, ellos tienen la potestad de recibir donaciones por parte de ellos Reg. Yaslyn Morales Grajal, comenta que también para que ellos se hayan conformado como un Sub-Comité de Deportes, la Asociación debió haberles apoyado con un acuerdo de junta. Externa que, si ellos no tienen ese acuerdo de Junta, porque en ese momento no había una Asociación activa, Entonces el Consejo Municipal, puede nombrarlo y juramentarlo sin ese acuerdo y es la Única vez que se puede juramentar por medio del Consejo Municipal aún Sub-Comité, cuando una Asociación no está activa y otra es que antes de hacer eso tendrían que buscarse una Asociación cercana al Distrito, para que les dé como quien dice la sombrilla con un acuerdo y los reciba como parte de ellos, pero si eso no pasa, ejemplo: Porque resulta que la Asociación del vecino dice que, que no le parece darle como esa bendición porque no sabe qué van a hacer si van a ir a pedir plata en nombre de ellos o cualquier cosa, es ahí donde entonces se vienen al Consejo y tiene la potestad de juramentarlo sin ese acuerdo, es por lo que si ellos no lo tienen y estaba inactiva, se puede decir que ese fue el motivo, pero si estaban juramentados por el Comité, Reg. Juan Luis Gómez Gómez, Indica que eso fue una solicitud de la Síndica, no fue una solicitud del Comité Cultural, no fue una solicitud de la Asociación de Desarrollo, fue una solicitud que nació porque David y doña Alba se “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 13/30 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*237 ACTA N*32 Ordinaria. Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita llevaban muy bien y entonces llegaron como con 40 chiquitos a la casa de él a plantearle la solicitud porque estaban sin instrumentos. Dice que la Sra. Alba y David los dos estaban en el comité y cree que hasta la señora de David no sabe o por lo menos doña Alba estaba en el comité, entonces ahí fue donde nació Externa que la Asociación nunca le solicitó nada por escrito, ni nada esas cosas a como sí han coordinado otros proyectos ahí donde sí le ha solicitado por ejemplo don Ángel para este año para la plaza de fútbol, tiene una partida porque él se la solicitó, entonces es diferente Sr. Jorge Serrano Valerín con respecto al tema de que la Asociación solicitó, dice que eso no viene al caso Menciona que ellos al ver de qué se había formado un comité o una junta de la banda comunal de La Rita insiste ya que lo dijo anteriormente, ellos se dieron la tarea de no darle seguimiento para que trabajaran y no entorpecerles, sino más bien ayudarles. Indica que eso sí ellos le aprobaron Un dinero para esa actividad de diciembre a esa banda de unos gastos y dice que el comité en este momento no está reconocido por la Asociación de Desarrollo Integral de La Rita, informa que a partir del 7 de diciembre venció, pero anteriormente había y que en el momento en que se formó ese ese Comité de Deportes había Asociación de Desarrollo, estaba desintegrada pero no viene al caso, porque los documentos que hay en actas de fecha que el Comité de Deporte maneja cuándo se formó ese comité, ahí se verifica las Actas de la Rita, si había o no había junta y en ese momento por lo que no hay ningún inconveniente. Comenta que esto trae un trasfondo que en su debido momento tal vez en un futuro se verán, porque vuelvo son fondos públicos y dice que no viene al caso si había comité o no ya que lo que interesa es la finalidad es dónde están los instrumentos que hacen falta del E 1 300 000, en instrumentos y qué camino se le va a tomar para estos instrumentos. Externa que Asociación está en la mejor disposición, pero manifestaron que no hay Asociación y sugiere que lo mejor es que se lo integren al Comité de Deportes de Pococí y cuando esto se aclaren debidamente los instrumentos “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 14/30 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI N PAGINA N*238 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05/2023%*__-: Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita que hacen falta sean reintegrados a la Asociación de Desarrollo Integral de La Rifa. Reg. Yaslyn Morales Grajal. Dice que el total de la perdida que envió el Comité al Concejo es de £ 1,622,000 colones, eso es casi que el 40% de lo que se compró, entonces se especifica el faltante que hay y que no falta. ¿Le pregunta al Sr. Ángel en qué mes lo juramentaron a él? Sr. Ángel Hernández dice que el día 27 de octubre ellos abrieron como Sub- Comité de Deportes en La Rita del 2021 y tomamos posesión hasta el día 21 de noviembre porque no se les quería dar artículos y demás, pero ese día fueron juramentados el 27 de octubre del 2021, ya que no había Sub-Comité de deportes, no había, ni tampoco había Asociación no tenían secretaria, ya que en ese momento faltaban tres miembros. Es porlo que ellos consultaron a doña Carmen y ella llego hacer la consulta si ellos estaban a derecho y lo que le dijeron a ella es que si estaban a derecho y que si estaban reconocidos y si tienen el derecho e indica que los problemas personales son cosas que ellos tienen que resolver Reg. Yaslyn Morales Grajal, Indica que los que tienen que tomar una decisión de que va a hacer con esos instrumentos, es el Comité de Deportes, ya que se está en la mesa de trabajo para poder ayudar a esclarecer y ser parte Dice que, si el Comité de Deporte y la comunidad no se pueden poner de acuerdo, el Concejo va a tener que ver que hace de la forma legal, sin embargo, aclara que este caso también lo tiene la Sra, auditora, la cual está realizando una investigación y va a dar su criterio técnico, ya que el primer filtro en sistemas administrativos es la auditoria y si eso no llega a nada de parte de la auditoria, ni por parte del comité se ju dializa. Comenta que lo que ella cree que es hasta que toda problemática se arregle, el comité va a tener que tomar una decisión de quien ellos van a poner a custodiar esos instumentos o entonces que ellos se los lleven para una bodega Sr. Ángel Hernández, informa que el en ningún momento ha dejado de informarle al Sr. Jorge Hodgson y al Sr. Juan Luis Gómez e indica que él “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 15/30 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*239 ACTA N*32 Ordinaria. Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita * siempre les envía la foto de los instrumentos y más bien el día 1 que les faltaban instrumentos, andaban detrás de eso Reg. Juan Luis Gómez Gómez, externa que quiere felicitar al señor Ángel, porque cuando se perdieron los instrumentos, él levanto inventario y hasta pidieron permiso ala iglesia católica para custodiar esos instrumentos y tenía que hacerlo porque él tiene esa responsabilidad a cargo. También dice que él señor Ángel liene a una persona con denuncia la está ajuiciando, dice que él es testigo que esos instrumentos se perdieron cuando los entregaron plaqueados y bajo inventario a una persona, dice que es por eso por lo que lo felicita, no solo por el cambio que ha hecho en la Rita, ya que antes ahí la cancha era un error, pero cuando él llego informo al comité y se dio una transformación y el futbol volvió a su tiempo bonazas como hacía años atrás y considera que es bueno él pueda seguir en ese comité ya que La Rita lo necesita y el señor Jorge Hodgson Quinn, puede dar testimonio de eso y también felicita al grupo que viene el de trabajo que está detrás de él Reg. Yaslyn Morales Grajal, dice que también deben de ver que el Comité es de Deportes y Recreación y Cultura, es por lo que deberían unirse ellos como Sub-Comité y el de Cultura y trabajar juntos y buscar, por existen comunidades que están deseando que lleguen 4 millones de pesos en instrumentos Cuenta que ellos han ido a dejar £1 000 000 de pesos, 2800 000 000 pesos, 2 liras y ver que aquí hay £ 4,390 000 pesos que están extraviado (1600 000, externa que es terrible y triste ya que considera que deberían de ir a buscar a ese muchacho David, porque él sabe quién tiene los instrumentos, hablar con él y llegar a un acuerdo y decirle mira hay una denuncia pero para que legar a eso, que es mejor llamar a los muchachos y si quieren ser parte de la banda porque son parte de La Rita que se unan a lo que van hacer nuevo y que sigan colaborando " y que se pueda llegar a un buen arreglo Dice que a veces los abogados sugieren que es mejor un buen arreglo que un mal pleito, e por lo que, reitera que quizás exista la posibilidad de que se pueda hablar con el muchacho y escucharlo, ya que quizás solo lo han pensado en enunciarlo y dicen es que se perdió, pero sería bueno buscarlo y que le puedan decir mira falta esto búscamelo, tráigalo y decirle usted es “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 16/30 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*240 ACTA N*32 Ordinaria. Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita un buen líder, usted era el profesor, venga ayúdenos sea parte, pero trabajar algo más ordenado y que ellos pueden custodiar los instrumentos y que se pueda tener una buena banda en La Rita”, que de por sino necesita mucho Sr. Jorge Serrano Valerín, dice que sobre el tema él no quiere entrar en polémica, que eso no es la idea, que el problema es que son fondos públicos y procede a leer un acta en la cual indica que 29 del mes de noviembre del 2021 y el Sub-Comité de La Rita, fue fundado en octubre un mes antes, como es que dicen que no hubo Asociación de Desarrollo Dice que no sabe si es que él esta confundido o cuerdo como lo dice en los documentos y como dijo la señora presidenta son los que hablan y de octubre a noviembre pasa un mes e indica que si hay comité y dice que la situación que se presenta es la siguiente: Comenta que todo comité que sea nombrado en las Asociaciones de Desarrollo Integral tiene que entregar las cuentas anualmente y manejar una cuenta en el banco a nombre del comité y se extienden los dineros que ellos van gastando, dice que mucho comité de toda índole nombrado, no quieren llegar a ese punto, porque no quieren que sea supervisadas las cuentas por medio de la Asociación de Desarrollo Sin embargo, le queda la duda que si en octubre fueron, para que el comité de La Rita diga eso y de la Asociación y que con respecto a la cancha que estaba abandonada y que le disculpe el señor Juan Luis Gómez, dice que él en ese momento era el presidente y ellos andaban con la pandemia, no había un cinco que entrara, porque el Único que les ayudaba Comité de Deportes de Pococi, por medio del señor Hodgson, que era el que le mandaba la chapeadora, cuando ellos al no tener no podían chapiar, ya que no contaban con recursos económicos para mantenerlos Dice que se llevaron dos años de pandemia, luchando día y noche chapiando con bolsas de ellos y pagando la chapia de esa cancha Es por lo que pide las disculpas al regidor Juan Luis y reitera que él era el presidente en ese momento, pero no significa que se vale decir de que estaba encharralada, le dice que no, porque muchas veces es bueno poder ayudar la comunidad y después hablar, porque dice que la verdad eso no es así, dice que él lo que estuvo sin pandemia fueron 8 meses y tanto así que en esa cancha entrenaba el Santos y las ligas menores del Santo ellos les daban el espacio para que llegaran y que entrenaran, considera que el tema ya está afondo “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 17/30 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*241 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05-7 Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita * Sra. Xinila Segura Araya, comenta que lo que ella quiere añadir como Comité Cultural, que ella busco al señor Ángel, para que se pudiera ver que solución podían tomar y acudir con el señor presidente de deporte e indica como dijo la señora presidenta doña Yaslyn que comunidad no quisiera tener ahorita unos instrumentos de esos, ya que cuenta que ellos empezaron con unos palitos y unas ollas como dicen y que con tanto instrumento que hay para que este guardado en una iglesia católica Dice que ella ya había ido a buscar al señor Jorge Hodgson, por motivo de este problema de la Asociación, ya que ella cree que el problema que tiene La Rita es la Asociación de Desarrollo y al parecer que no tienen claro la palabra Desarrollo Integral Comunal y externa que eso es lo que no los deja trabajar Indica que ya los asesoraron y los guiaron que ellos no tienen nada que ver con ellos, ya que ellos como Cultura y Deporte es totalmente aparte y aclara que ella es la secretaria de la Asociación, exsecretaria y en las actas esta anotado donde el señor llega y de una ves se excluye, no sabe si es a criterio personal, porque no lo conoce, pero se llama y se convoca al señor David, donde doña Alba llega a una sesión a decir que están vendiendo los instrumentos, cuando están activos dice que el señor presidente lo que le responde es que ese problema no le corresponde a la Asociación Externa que ella sabe que como secretaria no tiene que hablar por que ya no lo es y que en esta mesa de trabajo esta como Comité de Cultura, pero si quería añadir eso de que a ellos los buscaron y les dijeron que están vendiendo los instrumentos y en actas está, es para que tengan una idea de que la Asociación de Desarrollo la que no Reg. Yaslyn Morales Grajal, pregunta si les dijeron a ellos quienes son los que estaban vendiendo los instrumentos ¿ Sra. Xinia Segura Araya, afirma que sí, que les dijeron con nombre y apellido que era David Ruíz Perez, si no se equivoca o Perez Ruíz. Reg. Yaslyn Morales Grajal, vuelve a preguntar que si la persona que llego ahí tiene la prueba? Sra. Xinia Segura Araya, afirma que sí tiene pruebas y que la señora Alba les dijo que ella sabía donde es era que estaban los instrumentos que el señor “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 18/30 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*242 ACTA N*32 Ordinaria. 11-0 Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita David empezó a trabajar primero que eran las liras y dice que ella si toco las puertas a la Asociación para dar la queja para ver ellos como Asociación hicieran el debido proceso Reg. Yaslyn Morales Grajal, externa que lastima porque era el debido momento para que pudieran ir a la fiscalía y pedir un allanamiento donde estaban los instrumentos para sacarlos de ahí, por que si esta la prueba se denuncia y se pide un allanamiento y llegan y le quitan los instrumentos Sra. Xinia Segura Araya, repite que ellos en este momento ya no son parte de la Asociación, pero la señora también era vocal y sabía muy bien que en ese entonces el señor don Jorge Serrano, dijo eso no les llego a ellos, no es problema de ellos y así fue como quedo, por que no les llego los instrumentos como Asociación que arreglen el problema a quien le llegaron los instrumentos Sind. Prop. Carmen Sánchez Navarro, Comenta que no puede redondear en el mismo problema, por que les va a dar tarde y considera que es muy claro lo que dijo el licenciado Jorge Hodgson y lo que a aportado cada uno y externa que ya antes lo había dicho por el micrófono, que lo que mal empieza, mal termina y esto es parte de hacer las cosas no en el orden que deben ser, puesto que esto trae consecuencias Dice que es en buena hora porque de todas estas cosas aprenden, y que ellos no son abogados para decir que es lo que van a hacer, no, porque cada quien tendrá que asumir su responsabilidad y si hay documentos que hablen, entonces cada quien tendrá que responder y hasta él muchacho en su debido momento, por eso es que ella les dice a los compañeros que no le den ni una uva, ni una manzana, porque le da miedo este tipo de cosas, ya que a ella le gusta andar limpia en sus andanzas y gracias Dios hasta aquí se aguardado porque son públicos y como tal son señalados y acribillados, pero que digan algo no siendo cierto, bien aventurados pero si dicen cosas ahí si tienen que tener mucho cuidado como funcionarios del Concejo Municipal y agradece que están poniendo en marcha este asunto, dice que quizás les agarró tarde como dicen algunos, pero dice que nunca es tarde porque en algún momento se va dar una solución a esto. Dice que, si quisiera pedir al señor Jorge Hodgson del Comité de Deportes que, ojalá esos instumentos queden custodiados bien y que le den a La Rita, a la escuela donde sea, pero que sea para la comunidad de La Rita y dice que ahí responderán en la nueva Asociación o tal vez el Concejo de Distrito “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 19/30 / Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*243 ACTA N*32 Ordinaria. Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita * también puedan meter mano ahí, para que puedan tener ese cuidado y esa vigilancia con respecto a esas situaciones Lic. Jorge Hodgson Quinn, Considera que esos instrumentos no deberían de estar en esa bodega de la iglesia, como tampoco debería de estar en las bodegas del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, si no que esos instrumentos deberían de estar en manos de esos jóvenes que pertenecen la banda comunal o a la banda independiente, pero dice que si deberían de estar siendo utilizados Pero si quiere remarcar y que dicha que esta la presidenta Yaslyn Morales Grajal acá y el mismo don Christian Córdoba Oviedo, la labor del buen padre que ha realizado el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, porque históricamente se han perdido, no solo instrumentos, si no también vehículos, cosas grandes compradas con fondos públicos y al no tener un verdadero orden en cuanto a la adquisición solo se queda en que se perdió y ellos como Comité tienen toda información y los datos de esa compra que se hizo, como se procedió y están así que tienen cuantificado de cuanto es lo que se les ha perdido a la fecha Externa que alguno podrá decir que ellos pudieron haber ido un poco más allá y reitera que ellos no podían estar en La Rita fiscalizando la entrega y la devolución de cada uno de esos instrumentos, piensa que quizás en eso fallaron, pero era algo que estaba fuera de las manos de ellos Le dice a la presidenta Municipal, Yaslyn Morales Grajal, que el como presidente del Comité Cantonal de Deportes y Recreación y quisiera instar a que en la sesión del Concejo les pudieran ellos colaboran cuando se reúnan y que puedan tomar un acuerdo solicitándoles a ellos que recojan esos instrumentos y que los tengan bajo resguardo hasta entonces no se llegue a una decisión clara, en cuanto proceder con esos activos Expresa que ellos como Comité al ser dueños de los instrumentos tienen la potestad de recogerlos sin intermediación o sin instrucciones del Concejo Municipal, pero dice que hay muchos intereses de por medio y que existen comunidades que están detrás de esos instrumentos, no solo La Rita, si no otros lados, es por lo que él quisiera que para el Comité de Deportes tuviese una base solida sobre cual ellos puedan proceder y que sea lo más salomónico posible, porque si ellos como comité toman unilateralmente la “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 20]30 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*244 ACTA N*32 Ordinaria. Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita decisión van a recorrer al Concejo Municipal, que al final de cuentas es el superior de ellos Es por lo que si quisiera contar con un documento el cual los respalde a ellos en esa decisión que van a tomar y externa que no quisiera tener que diluir esa inversión entregando a raimundo y a todo el mundo por que se perdería el objetivo y si tuvieran que hacerlo los instumentos serán bien recibidos, en escuelas, colegios y otras bandas del Catón de Pococí y que ojala quedaran en La Rita, pero dice que esos instrumentos no pueden quedarse en una bodega echándose a perder, ya que como lo dijeron antes son recursos públicos Le dice a la presidenta municipal Yaslyn Morales Grajal, que quizás ella pueda promover un acuerdo en esta línea de instruirle al Comité Cantonal de Deportes, que recoja los instumentos que se encuentran en las bodegas de La Rita y de igual manera los que ya tienen ellos en custodia, ya que había algunos que faltaban porque estaban en las bodegas del comité de Deportes y proceder a distribuirlos. Reg. Juan Luis Gómez Gómez, Indica que por muchas razones quiere hacer la siguiente propuesta, para que lo considere y se lo pueda plantear al Consejo, Dice que esos instrumentos analizando bien una vez que hizo el comentario la señora Carmen tiene razón donde dijo que, si era para La Rita, entonces que sea La Rita quien lo disfrutara y avalando lo que dijo el señor Jorge Hodgson también quiere hacer la siguiente propuesta en su presencia antes de que se vaya. Externa que él le pediría y que no importa quien custodie los instrumentos, pero sí le pediría que, ya que en la escuela se está haciendo una banda y los niños de ahí no tienen instrumentos y que se va contar con la custodia de un director y de una Junta de Educación, es porlo que solicita, ya que él fue la persona que impulso ese proyecto solicita que por favor al licenciado Jorge Hodgson y al Concejo Municipal, que esos instrumentos bien sea que se le se le entreguen parte al colegio, por lo menos lo más pesados y otra parte a la escuela, pero que queden en la Rita. Externa que, si tiene razón la señora Síndica, si fue un proyecto para la Rita debe aprovecharlo la gente de la Rita y agradece al licenciado Jorge Hodgson por darle la razón, dice que allá existen jóvenes que están “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 21|30 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*245 ACTA N*32 Ordinaria. Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita * practicando en la escuelita y tienen que usar un tambor entre cuatro porque no tienen instrumento. Reg. Yaslyn Morales Grajal, Indica que ya saben que la señora Sindica se reunió también con el Consejo de Distrito y tomaron un acuerdo para que se les donen esos instrumentos, dice que no se las dona, porque en realidad esos instrumentos siempre van a ser del Comité Cantonal, por eso se firma un convenio, pero no sabe si en la Rita se firmó. Pero si se debe de firmar un convenio en el que se hacen responsables como presidente en Sub- Comité en darle mantenimiento, en que no se les pierda nada. Sr. Ángel Hernández, informa que eso es lo duro, porque cuando le dicen a él que se les desbarata un forro, le pregunta de dónde pueden sacar para eso y ellos no tienen dinero como lo dijo el señor, no tienen una cuenta jurídica, no la tienen y externa que hasta que venga la juez, la cuenta jurídica de ellos no tienen dinero. Comenta que Gracias a Dios el regidor Juan Luis Gómez giro unos dineros que él con mucho agrado los va a recibir y va a comprobar que ese dinero se va a hacer en el deporte y para el deporte, dice que no se va a robar un colón, no va a tocar un color para él porque no tengo esa maña, no lo criaron de esa manera, entonces va a hacer la comprobación de esos dineros. Externa que lo que él quiere es que esas cosas que se van dañando cuestan dinero. Reg. Yaslyn Morales Grajal, Dice que esa situación de hacer dinero y cuentas y eso es una cosa interna, por qué la Asociación viene y hace una cuenta especial que va y la pone en el banco a nombre del Sub-Comité de Deportes y ellos trabajan con el plan operativo que hace el Sub-Comité que lo presenta y lo aprueban en las Asambleas y es ahí donde entonces le puede decir a la junta "mira nosotros tenemos que pagar todos los meses 40,000 colones de chapia u otra cosa" Explica que ese dinero ellos lo ponen o lo tienen ahí y lo que hacen es girar cheques a favor de ellos y la que deben de hacer es dedicarse a hacer plata, por medio de fondos que recaudarían con actividades como cuadrangulares en la plaza, planificar el día del deporte, día con la familia Santa Rita, actividades culturales y la idea es que y trabajen todos y esa plata se deposita y lo que hacen es tener una caja chica de 100,000 o (50,000 pesos para ese tipo de cositas. “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 22/30 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 46 ACTA N932 Ordinaria. 1-0 PAGINA N?2 Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita Reitera que no es que ellos no puedan tener una cuenta, porque si tienen derecho a tener una cuenta, que la Asociación de Desarrollo tiene que gestionarlos, entonces eso para que quede ahí. Indica que otro lado va a hablarlo con el licenciado Cristian, para ver qué corresponde si ellos mandan a que el comité recupere para que vuelva a hacer un inventario y todo lo demás y que posteriormente ellos en su junta directiva decidan cuánto le van a dar al colegio, cuánto le van a dar a la escuela y si le van a bajar las cosas chiquititas a la escuela, que sean ellos los que hagan eso. Es por lo que mientras que eso va a pasar, porque eso va a durar uno, dos, tres meses no sé sabe cuánto va a durar por otras cosas que tienen que hacer, sugiere que ellos lo custodien, porque si no eso se va a seguir perdiendo y la próxima reunión a la que se venga ya no van a hacer falta (1600 000 000, sino que van a hacer falta 12 500. Quiere recalcar que entre las cosas que la secretaria Maribel le fue a buscar, existe una denuncia de doña Alba, que fue el 11 de enero del 2022, donde ella suscribe que hasta que la banda de Llano Bonito, la banda rítmica, banda independiente de La Rita y banda Comunal andaban haciendo política, dice que viene esa denuncia y ella la firma doña Alba y un montón de cosas ahí que no van a entrar a conocer, Pregunta si eso lo tiene la Asociación esa carta, pero dice que ella aporto una de las cosas y lo menciona al señor también, pero no sabe si tiene conocimiento, sino ahora lo puede leer. Y procede a leer una parte por encima donde lo menciona. "Lee que el 10 de diciembre del 2021, llegó a mi casa el señor Juan Luis Gómez y la secretaria Sub-Comité la señora Yadira, aporto comentario de las listas de entrega los instumentos musicales firmados por el señor Ángel, Yadira y Elena, no sabe quién es Elena dice también que ellos estaban luchando por tener una banda y que la señora Yadira cuando le solicitó los instrumentos dijo, que la banda podría ser independiente, ya que era lo que usan los jóvenes y ¿cuál fue la sorpresa? Pecocí “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 23]30 Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ' PAGINA N*247 ACTA N*32 Ordinaria. 11-0 Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita Que con esos instrumentos se presentaron en Cuba Crick de Matina, como banda independiente y no representando a la banda comunal de La Rita para lo cual opta prueba capturar a la pantalla dejó. Externa que lo que ella piensa es que aquí para ya ir aterrizando es que han habido falta de comunicación, ha habido falta de trabajo en equipo, porque una comunidad que se le inyecten 4 390,000 pesos en instrumentos es para que tengan un grupo de muchachos y más bien los grandes generando para pagarles profesores a esos muchachos para que los entrenen y ayudando a los que no tiene para pagar el vestuario y para que se hagan las costuras y que los vayan a representar a todos ellos en las diferentes actividades del Cantón Reg. Juan Luis Gómez Gómez, exlerna que se siente muy agradecido y dice que no ha existido mala intensión de ninguno de los que están reunidos, pero que si quiere aclarar que la denuncia que realiza la señora Alba, ahí no tiene nada que ver Juan Gómez, ya que él llego con PAREVA ahí y en ese tiempo era que estaban con las votaciones y quienes fueron a figurar fueron una personas del PNG y no sabe quién les dio permiso y que ahí estuvo un regidor que hasta le sacaron fotos con la banda, dice que no tuvo nada este servidor, que él no anduvo en nada de esas carajadas y quiere que quede bien claro. Externa que lo está diciendo para que quede grabado a la señora secretaria, ya que él eso lo puede llegar a decir en cualquier estrado judicial y le agradece a la presidenta del Concejo y dice que quieren que tomen muy en cuenta que esos instrumentos se realice la distribución entre la escuela, por que tiene mucha necesidad y el colegio, quiere que se les ayude a ellos, porque así es una cuestión que va a quedar en la comunidad Dice que a él no le gusta figurar, dice que recientemente él metió el dinero o fue un proyecto que él impulsó del piso de la cancha de básquet y ha andado gente figurando, pero que a él eso no le interesa, por que loque le interesa es saber que él esta colaborando con un grupo de jóvenes y niños que hay ahí, que verdaderamente necesita y dice que admira a Un señor de apellido Jimenez que es el que tiene la escuela de baloncesto. Dice que se quita el sombrero con ese señor de verlo trabajando después de verlo salir del ICE y otras personas que les ayuda y que no andan figurando, si no que se sudan la camisa como lo hacer el señor Ángel en la cancha de fúlbol y como lo hacen los miembros que lo acompañan a él, “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 24/30 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*248 ACTA N*32 Ordinaria. La Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita expresa que el La Rita existen personas que valen mucho, por que aportan mucho sin ningún interés que es lo mismo que hace doña Xinia con el Comité Cultural y por esas personas es que verdaderamente se motivan a trabajar Le informa a la señora Xinia que para este año cuente con el apoyo de él, para que ella pueda volver a realizar la buena actividad que hizo con doña Carmen y el Comité Cultural, reitera que cuente con el apoyo de él, por que si cree en ese trabajo que ella realiza y también apoya al Sb-Comité de Deportes. Externa que no apoya él a la Asociación de Desarrollo por que no se dejan ayudar, porque nunca le solicitan nada, por que les gusta ser unos figurones y no se dejan ayudar Reg. Yaslyn Morales Grajal, dice que ella va a dar la participación a la señora Carmen, porque al final ya escucharon todas las partes, ya vieron la documentación, ya saben cuál es el espíritu, en el cual cabe recalcar que don Ángel, presidente del Sub-Comité de Deportes de La Rita, también es un funcionario público, en su formación policial, por lo que no cree que en el Sub-Comité de Deportes no van a tener nada irregular, por que es una personas que está instruida para más bien cuidar que las cosas de los demás no se pierdan y considera que por ahí es que se puede estar tranquilo Externa que ella como comunalista, porque cuenta que antes de ser regidora fue comunista, explica que es que deben de generar y buscar como trabajar en equipo, por que un pueblo se desarrolla por un buen trabajo en equipo Dice que en las asociaciones ella ha visto las publicaciones y como que no logran el cuórum, para formar esa asociación y que a veces la gente se cansa de eso, es por lo que les sugiere que se dediquen a buscar unas 20 personas cercanas a ellos que busquen otras 10 o 20 para que se haga el cuórum y que hagan es asociación y que ojala que salga de las mismas personas de los Sub-Comité que existan, por ejemplo: El mucho del que hablaban de baloncesto que es muy bueno que trabaja en el ICE, ojala que exista un abogado por ahí que quiera ayudarles o algún vecino tiene que tener formación en contabilidad, dice que busquen los mejores y que les digan y que les expliquen que es muy duro trabajar pero que con cada uno de las experiencia académicas que cada uno tiene se vana poder armar muchas cosas por que dice que muy lamentable, ya que ella fue miembro “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 25]|30 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*249 Pecocí MUNICIPALIDAD DE POCOCI Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita: * de una asociación en el cual no les dieron el 2% no se los dieron por 3 o dos años porque hubo alguien que hacia una parte ahí que hacia una parte compraba algo y se le olvidaba guardar la factura Cuenta que él llegaba y decía ahí está ya lo compré, la pintura costo (10 000 pesos, pero cuando le decían que guardara la factura y hubo que liquidar el presupuesto que dio equis empresa, no se pudo porque hacían falta facturas, entonces cual ferretería iba a darle otra factura con fecha de ese mes cuando ya la había dado, dice que para Tributación es muy jodido Aclara que no era que el compañero se robaba la plata, si no que era muy desordenado, para guardar facturas y cuando había que hacer la liquidación se debía de hacer con las facturas, entonces tuvieron que hacer un montón de cosas entre todos miembros de devolver los (500 000 colones y cada uno puso (250000 y otros Z 20000, hicieron el deposito para la liquidación, después se hizo el proyecto y hasta después devolvieron la plata, pero les toco hacer un montón de cosas, más trabajo un largo plazo, dice que duraron 3 años, por que les hicieron falta 5 facturas Comenta que no todo el mundo es ordenado como el señor Ángel con ese libro de Actas, dice que lo que ella externo es solo una sugerencia, por que al final de cuentas todos están por el mismo fin y que la idea es que se puedan desarrollar las comunidades y en que se trabaje por que se hagan mejor las cosas y que todos los que están ahí están por el mismo finque es el desarrollo de los pueblos También dice que va a hablar con el licenciado Christian Córdoba, para ver si es necesario el que se realice el acuerdo que dice el licenciado Jorge Hodgson, para ver que recomienda él abogado jurídicamente, ya que ella considera que no, pero dice que don Christian es el experto con bastantes años y no sabe cuáles van a hacerlas recomendaciones de él, que después lo estarían viendo. Sin embargo, reitera que esto es un tema que es meramente del comité, por lo que ellos deben asignar al Sub-Comité que los resguarde y los traslade a ambas instituciones que pueden recibir ese tipo de cosas, también les dice que a veces no deben de ser tan egoístas y no lo dice porque ellos lo sean. Externa que si a la escuela se le puede dar un poquito y un poquito al colegio y si queda otro poquito La Rita es muy grande se puede buscar a una de las comunidades de ahí mismo cerca, que talvez quiera unos “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 26]|30 Pluye ACTA N%32 Ordinaria. 11-05 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*250 ACTA N*32 Ordinaria. 11-0 ES Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita instrumentos y no tengan ni uno solo y talvez les puedan apartar un poquito, si le sobra y si ven que no les sobra, entonces se reparten en ambas, dice que a veces hay una escuelita que esta esperando una lira y dos tamborcitos para el 15 de septiembre hacer buya en la diana, es por lo que les indica que lo valoren entre ellos. Cuenta que ahorita en la Leona, por ejemplo: Le mandaron fotos de los chiquitos que tienen los tambores con puro tape negro, por que no tienen para cambiar los parches, solo tiene tres tambores y dos bombos, entonces esa gente que están arriba, que no cuentan con un play, plaza, solo tienen eso los chiquitos para las tardes, dice que deben de ayudarles y ver de dónde sacan para ayudarles Reitera que, si es bueno que puedan valorar el poder ayudarle a otras personas, ya que ella sabe que ellos no son egoístas, pero dijo ese termino para un ejemplo, por que si hay algo que le consta es que doña Carmen y el señor don Ángel que a veces le ha escrito, ella sabe que son de trabajar y a las señora Xinia que la vio corriendo en el mes de diciembre con el tema que hicieron en la comunidad, por eso le parece que son personas trabajadoras y al el señor Serrano que ha estado ahí también, ayudando y colaborando y que talvez no lo ha hecho como todos quieren pero a su forma ha tratado de que la comunidad avance Sind. Prop. Carmen Sánchez Navarro, dice que la verdad le agradece a la presidenta Yaslyn Morales, por el espacio que saco para esto, porque son cosas prioritarias y problemitas que se ven pequeños, pero se pueden hacer grandes, dice que es señor Ángel es testigo, Sarita es testigo, Xinia y los compañeros de la Junta de Desarrollo y el Comité. llámese que sea Comenta que ella fue una de las que anduvo en reuniones y que se reunieron para que las fuerzas vivas de La Rita pudieran sacarla a flote y adelante, uniendo fuerzas y no es político es porque el liderazgo de comunalista debe ser ese, el unir fuerza y poder alcanzar más allá de lo que un solo Comité puede hacer, es por lo que indica que en uniendo fuerzas pueden hacerlo. Cuenta que ellos hicieron la comisión para los emprendedores, que fue con lo que arrancaron y fue un éxito para ellos, pero tuvieron que unirse, se reunió con el señor Ángel y otros y para poder unir esas fuerzas, por qué para ella el egoísmo no cabe en el corazón y a como dice la presidenta Yaslyn, que si hay más y se pueden dividir estos instumentos para otros, para ella es “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 27/30 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*251 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05:2023 Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita * perfecto, ya que siempre el espíritu de ella ha sido más bien colaborar y ayudar a tratar de sacar adelante las comunidades. Externa que si a ella le dijeran contara con un presupuesto no se va a limitar alas comunidades porque podría y le alcanzar, pero aquí lo más que puede hacer es canalizar y es lo que ha hecho gracias a Dios, aunque digan que tal vez no ha hecho nada, pero sí ha canalizado mucho y dice que hay testigos y hasta aquí Dios sabe lo que se ha hecho y lo que no he hecho Afirma que ha habido un espíritu luchador y un espíritu de que La Rita salga adelante sin egocentrismo, sin envidia, sin contienda, sin esas cosas, que lo que traen es miseria para una comunidad, dice que ese egoísmo no llega a nada y eso lo llevan a ellos personalmente al fracaso y se los dice sin equivocarse, dice que ellos pueden ir hacia adelante y unidos e ir a jalando esa carreta juntos todos y sacan ala comunidad en victoria y productiva en todo ámbito Sr. Jorge Serrano Valerín, Agradece a la presidenta y dice que él no iba a intervenir pero la realidad es que en un principio que se escuchaban las reuniones del Consejo y se hablaba el tema de los instrumentos de ahí él no podía intervenir, porque era un asunto entre el Consejo y la comunidad en el aspecto del Comité de Deportes que estaba en ese dime y usted defendió mucho y se le agradece, porque tiene todos los documentos de todas las intervenciones, dice que ahí los anda en el cual usted siempre defendió de que es un instrumento tenían que aparecer o ver que se hacía, Dice que con respecto a la Asociación usted que estuvo como comunalista, las juntas se forman por siete personas, la decisión no la toma solo una persona y en ese caso la tomaron los siete, fíijese que si el barco se hundió y se quieren salir del barco e indica que eso no es así, que La Rita para nadie en secreto eran cinco mujeres y había dos hombres en la junta y gracias a Dios sí se sacó adelante muchos proyectos. Externa como presidente que ellos hicieron una bóveda en el cementerio para bien social, también una parada afuera, se le ayudó con la plaza de básquet con la mano de obra y ahí puede seguir enumerando muchas cosas que se van se van a dejar si Dios quiere, informa que la delegación se arregló demasiado, que muchas cosas se le hicieron a la delegación así sucesivamente. “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 28 |30 Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*252 ACTA N*32 Ordinaria. Minuta Mesa de trabajo Custodia de Instrumentos de La Rita Comenta que muchas veces ellos como se dijo, no deben de confundir la polílica con lo comunalista, pero lástima que no hay un reglamento que eso lo separe de parte de DINADECO, porque sí se han aprovechado muchas veces de la política y dice que en año 6 o 7 meses que estuvo como presidente, él no era presidente, si no vicepresidente fue que la presidenta tuvo que renunciar y agarro la batuta, pero sí se hicieron trabajos comunales y el comunal se le arregló toda la luz con ayuda de la Municipalidad que nos prestó la grúa para ir a hacer toda la instalación eléctrica en el cual se le pagaba a el señor Potoy y ahí vamos sumando, pero lo que pasa es que esto no es sumar, si no que se vean las obras Indica que él como miembro de la comunidad para él no hay ningún problema en que estos instrumentos sean para la escuela o el colegio y que si hay otra comunidad que ocupa algo también poder ayudar si se puede, pero que la verdad es que todas las comunidades ocupan y no hay plata para darle a todos entonces ahí también se le puede dar un poquito y que por parte de él ver eso de que ellos como Asociación los acuerdos que se toman es por junta, no es una persona sola, sino que de todos los acuerdos que están en actas es porque fueron acuerdos de unánimes o acuerdos por mayoría Reg. Yaslyn Morales Grajal, dice que al no haber más asuntos y quedando claros y no hubieron acuerdos, solo se hicieron comentarios y a la esperar que el licenciado Cristian que escuchó parte todas las intervenciones haga un análisis si se puede o no hacer lo que el señor presidente del Comité Cantonal de Deportes de Pococí solicita si procede, entonces hablarlo con el órgano colegiado y si no procediera pues decirle al compañero presidente que a ellos les tocarán tomar la decisión y ya se tendrán que poner de acuerdo al no haber Asociación con el Sub-Comité de Deportes que está activo y el Comité de Cultura para ver cuál era y la señora síndica con el Consejo Distrito, para ver qué es lo que corresponde. Considera que ya está claro que la petición de ellos parece que es en conjunto que sea el colegio la escuela, entonces yo cree que no hay tanto problema porque ya está consensuado pero ustedes que se le den a la escuela y al colegio por lo que ellos como Consejo no deberían intervenir en esa decisión de esos de esos comilés y que si bien es cierto tanto el Comité de Cultura y el Sub-Comité de Deportes ambos están legitimados y juramentados, para que pueda actuar, pero al no haber una Asociación ellos están ahí en cierta parte liderando la comunidad, mientras que se organiza la Asociación, pero lo importante es que traten de trabajar en “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Página 29|30 Por Mayoría de 8 votos a favor, 1 voto en contra (vota en contra el regidor Reinaldo Benavides) SE ACUERDA: Se aprueba la Minuta de la mesa de trabajo sobre custodia de los instrumentos de La Rita. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*253 ACTA N*32 Ordinaria. ACUERDO N* 878 Se conoce nota suscrita por el regidor Suplente Rosbill Arguello Badilla, correo electrónico: rosbillaldiaWgmail.com , dice: Asunto: Informe de comisión por no asistencia a la sesión N*31 Extraordinaria del 09-05-2023. v Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*255 ACTA N*32 Ordinaria. A A Quiero decirles que la presidenta de la Junta del Colegio Nocturno me llamó para poder venir a sesión a presentarnos un proyecto, es un proyecto sobre red de cuido para niños para las muchachas que estudian de noche en el mismo colegio el cual me parece un excelente proyecto, entonces le solicité al compañero Rosbill que atendiera a la gente de la Junta Administrativa para que expusiera un poco el proyecto entonces él nos trae aquí la información. Adelante Rosbill. Reg. Rosbill Arguello Badilla. después de 32 años decidí regresar a las aulas, hace 32 años abandoné quinto año del colegio por razones de trabajo verdad. A partir de ahí y gracias a mi padre que en paz descansa me dice taxista pero, aquí Lo importante es que le agradezco a su persona el haberme permitido gestionar con la presidenta y varios de la junta de Educación del Colegio Nocturno de Pococí, se tiene un proyecto muy importante de bien social que pronto se dará a conocer, estamos en las gestiones de preparación y otros. El proyecto es muy importante, va a beneficiar a los estudiantes, va a motivar a las madres de familia para que regresen a las aulas. Es bonito cuando uno está aquí poder colaborar por lo menos con ser gestor, con traer una nota, con programar una reunión, se espera a su persona allá en el colegio, yo sé que se va a programar una reunión pero me tomo el atrevimiento con todo respeto de que usted y los regidores no honren con la presencia del Colegio Nocturno de Pococí ¿por qué motivo?, primero para motivar a la gente a que crean en las personas que quieran ayudar y definitivamente para lograr esas cosas hay que acudir a las a los gobiernos municipales, al señor alcalde también, es un proyecto muy bonito que cuando se dé a conocer al pueblo se van a dar cuenta que valió la pena Entonces un saludo cordial a todos los estudiantes del colegio nocturno de Pococí, soy alumno de quinto año, me siento muy orgulloso, este año me graduó si Dios lo permite y estaré después de ese título estudiando una profesión si Dios me lo permite, pero aquí lo más importante es eso, felicitar a todos los alumnos del colegio nocturno de Pococí por regresar a las aulas, a la junta que está haciendo esta gran labor y qué bonito que se una el Concejo Municipal con algunos convenios, Ministerio de Educación y demás para que se lleve a cabo este proyecto que muy pronto lo van a conocer. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*256 ACTA N*32 Ordinaria. 11- DAA Muchas gracias presidente y a los regidores y aprueban el granito de afena que yo puse pues les estaré agradecido gracias. Reg. Jonnathan García Chévez. Don Rosbill yo quiero felicitarlo por esas esas palabras, por la intervención que usted acaba de mencionar, realmente me llena Orgullo y satisfacción de que usted esté en el proceso ahorita de estudio que está por terminar y eso a nivel personal creo que hay que reconocerlo y me imagino que la felicidad que usted está sintiendo por lograr esta meta y por seguir a la que usted mencionó es de reconocimiento entonces, de parte mía felicitarlo y agradecerle esa devoción e instar a las personas a seguir los pasos del estudio felicidades y gracias. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Ok, entonces los que estén de acuerdo en aprobar el informe de comisión del compañero Rosbill favor levantar la mano. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Aprueba el informe presentado por el señor Rosbill Arguello Badilla. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 878-1 Se conoce comentario por parte de la señora presidenta Yaslyn Morales Grajal, dice: El compañero Osael debía estar en una reunión en la comunidad a las 8:00 pm por lo cual, él vino, pero yo lo nombré en comisión entonces para que me apoyen en que el compañero Osael se fue a atender una reunión en la comunidad. Los que estén de acuerdo. Por Mayoría de 8 votos a favor, 1 en contra (El regidor Reinaldo Benavides vota en contra) SE ACUERDA: Se nombra en comisión al regidor Osael para que asista a una reunión a las 8:00 pm en la comunidad de Roxana, que presente su informe de comisión. a Sitio Web: munipococi.go.cr a > Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*257 ACTA N*32 Ordinaria. ARTICULO VII Asuntos Varios ACUERDO N* 879 Se conoce comentario por parte del regidor Luis Ángel Méndez Araya, dice: Señora presidenta, ustedes me autorizaron para ir a juramentar a la Junta de Educación de San Jorge, ese mismo día de ser posible se me autorice para ir a juramentar a la Junta del Liceo Ambientalista Llano Bonito que ya a ellos se les aprobó, pero no se han ido a juramentar y les está urgiendo. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Hagamos algo, si hay algo pendiente de juramentación, yo lo asigno a usted para que usted lo vaya a hacer, nada más trae después a cuáles fueron, porque tal vez ahorita se nos pueda quedar una por ahí y ya nos vamos a ver hasta el otro jueves entonces, yo lo autorizo para que usted vaya y haga un recorrido con Maribel si gusta o solo como usted quiera, para que usted juramente a esas juntas las que están pendientes y si usted puede comunicarle a Barbados que usted puede ir, para mañana si estamos complicados porque ya el carro que maneja Allan va para Cartago con doña Hilda y con Yamileth y el carro que maneja Zárate, tuvo hoy un percance con una de las llantas, entonces mañana lo va a meter al taller, entonces sería para la otra semana que haya transporte entonces para que usted lo más pronto posible se coordine. Que vaya con Maribel que ella es la secretaria de las comisiones. ES o UL A ACUERDO N”* 880 Se conoce comentario por parte del regidor Luis Ángel Méndez Araya, dice: Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*258 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05+-20: (LI AA Asunto: Solicitud de la sala de sesiones los días 18 de mayo, 15 de junlo y julio de 2023 para celebrar las reuniones del grupo de trabajo del festival inclusivo. Y hay otra de las solicitudes es, que soy parte del grupo de trabajo del festival inclusivo que se va a realizar el 20 de agosto y ese grupo solicita la sala de sesiones para el 18 de mayo, para el 15 de junio y para el 20 de julio y la actividad en sí, es el 20 de agosto. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Sería muy bueno que la trabajen con la COMAD, está bien, entonces si claro le autorizamos entonces al compañero la sala de sesiones, los que estén de acuerdo. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza el uso de la sala de sesiones al grupo de trabajo de Festival inclusivo los días 18 de mayo, 15 de junio y 20 de julio de 2023. ACUERDO N* 881 Se conoce comentario por la señora presidenta Yaslyn Morales Grajal, dice: Asunto: Solicitud al señor alcalde para reparación de calle en Toro Amarillo en los Bovinos. Don Manuel yo le quería pedir a usted que por favor hay una calle en Toro Amarillo exactamente frente al Súper el Molino, viniendo de la iglesia católica para salir a Bovinos la tercera calle a mano derecha, ahí hay una calle en muy mal estado y hay dos adultas mayores entonces, que si usted puede mandar por favor la maquinaria porque yo fui ahí con el diputado Yonder, fui con Bernardo y Allan y llevé a Henry y a Arnoldo la calle es pública y es un pecado don Manuel hay una señora que usa andadera y el taxi no la puedo dejar enfrente de la casa. Si usted gusta tal vez podamos ir para que la vea, pero ver esa señora con andadera y tan difícil acceso yo creo que es urgente, por lo menos limpiar el camino para que hasta donde ella viva pueda entrar una ambulancia o un taxi porque es complicado. Y hay un puente que está en muy mal estado, pero dicen los vecinos que si nosotros le ayudamos con los materiales ellos le hacen los cabezales y hacen todo lo que falta porque es un puente que lo construyeron ellos hace 25 años, ahí mismo pero el puente está en buenas condiciones, nada más es de hacerle cabezales Eos : » Sitio Web: munipococi.go.cr a a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI h PAGINA N*259 ACTA N*32 Ordinaria. 11-0 E una barandita o algo así, ellos lo harían entonces para que usted tome a por favor y ayudemos a esos adultos mayores. ES UL A e ACUERDO N” 882 Se conoce comentario por parte del regidor Suplente Rosbill Arguello Badilla, dice: Asunto: Problemática con el Ebais de Jiménez. He recibido un documento que lo hago de conocimiento del Concejo Municipal, para nadie es un secreto el problema que se da sin querer culpar a nadie, pero con la plataforma EDUS a la hora de sacar las citas, y es que no solamente es en el ebais Toro Amarillo uno que es el que yo pertenezco si no es en el dos, en el Guápiles, en la Unión, en Jiménez en todo lugar. Aquí tampoco pretendo al hacer uso de la palabra en dirigirme de mala manera a las autoridades de la Caja del Seguro Social no, Únicamente busco con la solicitud de los vecinos, en este caso una vecina del distrito de Jiménez. Nota de Secretaría: el regidor Rosbill Arguello procede a leer la nota, la misma como sigue: v Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*260 ACTA N*32 Ordinaria. 1-0 -202: Sas Jiménez Pococí 4-5-23 ¿a o (1-0E2083 Muy buenas tardes..! Reciba un cordial saludo Le salude at Nuestra situación es la siguiente estamos cansados del pésimo servicio que nos ofrece las clínicas ebais de jimenez para empezar el sistema edus nos tiene en jaque ,se supone que la plataforma abre a las 6 am y cuando cae la llamada ya no hay citas la la clinica siempre esta vacía todos los días es lo mismo la secretaria de ebais 2 2e mal encarada contesta de malas el servicio de farmacia es pésimo pedimos de favor que k9s ayuden ya estamos cansados de esta situación pedimos.. 1.- mejor atención de parte de la secretaria darles cursos de atención al público 2.-quitar el sistema de edus ya que hace más difícil encontrar cita. 3.-ampliar el servicio médico.ya que contamos con horas cortas de servicio ala comunidad de jóvenes y alrededores... Sin más que decir agradezco su atención y esperando en Dios que todo se resuelva de la mejor manera se despide atentamente...XQO. ¡RAde e ps 5el de Nár presedodo em hurtos Noñas al A Ú los)23 pe Esz2 dodo roll gula Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*261 ACTA N*32 Ordinaria. 11-0 Continúa haciendo uso de la palabra el regidor Rosbill Arguello Badilla, [di En fin es una nota que yo la voy a firmar pero me la confían a mí algunos vecinos, yo me reservo el derecho de cubrir la identidad de estas personas y dar yo la cara por ellos facultad que me compete como legislador, como regidor, no tengo la obligación de divulgar la persona que está haciendo esto y yo, elegido popularmente los represento, como se quiera ver, con todo respeto, es importante que las personas confíen en nosotros, confían en don Randall, en don José, en don Jonnathan, en don Reinaldom en don Ovidio, en don Juan Luis, en Don Alfredo, en Don Luis en Doña Yaslyn, en todos los que estamos aquí alguien confía en alguno de nosotros y por eso es que estamos aquí y tenemos que dar la cara por ellos y cubrirles el nombre de cierta manera. Así es que hoy con todo respeto a ver si de aquí toman ustedes la decisión de pronunciarnos, darle un voto de apoyo a los ciudadanos, pedir con todo respeto a las autoridades de la Caja del Seguro Social que el Concejo municipal de Pococí se preocupa por el por la situación de las citas, que esto sirva para que se solucione no solo aquí sino en todo el país y que sea de aquí de este Concejo donde salga esa solicitud, que el cualquiera podrá decir “Bueno pues no vamos a hacer nada” pues yo creo que con solicitar con respeto todas las Municipalidades a la caja del seguro social pues le pondrían atención verdad y si nadie se queja, si nadie pide ayuda pues, las cosas no se van a resolver. Resumo, dar apoyo a los vecinos del cantón de Pococí a ver de qué manera se puede mejorar eso en relación con las citas. Espero poder haber hecho llegar a ustedes la intención de los vecinos que confiaron en mi persona para transmitir esta situación que se está dando y que yo creo que a todos nos ha pasado o hemos escuchado de alguna persona que le está sucediendo. Muchas gracias, señora presidente y estoy convencido de que de que algo va a salir de esta petición de muchos vecinos, en este caso la señora de Jiménez que me envió el documento, pero esto es en todo el cantón verdad gracias presidente. Reg. Randall Torres Barrientos. Definitivamente en esta semana varios habitantes de Jiménez me han Indicado lo mismo, primero que todo con el tema de lo pequeño que es la clínica de Jiménez, ahí tenemos que ver cómo hacemos ya sea que nosotros, la propuesta sería ver si Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI N PAGINA N*262 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05- A hay algún terreno que la muni pueda tener disponible y que se pueda donaf, para donárselo a la Caja para que efectivamente se haga un ebais que pueda albergar ya sea a partirlo o ver cómo se unen más bien los ebais, porque realmente el servicio que se da es pésimo. Creo que nosotros tenemos que apoyar a los a los usuarios y con respecto al sistema EDUS es una calamidad, yo tengo toda esta semana de estar a las 6 de la mañana tratando de obtener una cita y ha sido imposible. Hoy estaba todo contento porque entré a la cita, pero el asunto es que lo divide por horas entonces a la hora que yo escogí ya estaba ocupado, entonces ya después de eso cuando usted ve ya están todas ocupadas. Entonces ya viví en carne propia pero no me voy a dar por vencido, el sábado voy a ingresar a ver, dicen que hay más citas los sábados a las 6 de la mañana para ver si se logra. Pero si ese sistema es una calamidad porque a como está ahora se vino a empeorar, porque los Ebais son para ser preventivos, para que se pueda dar citas que ayudan a las personas a salir de las enfermedades y así a como están al no tener acceso a la cita, más bien lo que va a provocar es que la gente no puede acceder al servicio de salud que es un derecho fundamental. Entonces Don Rosbill, si usted deseara someter ya sea hoy o en la próxima sesión una moción, yo lo estaría apoyando en esa iniciativa para hacer una excitativa a la Caja para que dote de infraestructura y además de eso por el tema del EDUS muchas gracias. Reg. Juan Luis Gómez Gómez. Muchas gracias señora presidenta, miren el problema de las citas a través de EDUS es algo preocupante, yo tengo tres meses de estarle sacando cita a mi doña por teléfono y no hay manera, o sea no se puede y uno llega a la Caja del Seguro y le dicen: “Eso es lo que tenemos, eso es lo que hay”, entonces Randall, por la situación tan crítica que tenemos que no es solo en el Ebais de Jiménez, es en todos los Ebais del cantón que se pudiera enviar una nota de parte del Concejo para que se manifieste en cuanto a este mal servicio que está dando. Recuerden que el Seguro a nosotros no nos regala nada, a mí me rebajan cerca de ochenta mil colones por mes por mi pago de seguro entonces no me regalan nada, es un servicio que yo pago y me lo están dando de mala calidad entonces Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI > PAGINA N*263 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05-2 sería bueno más bien don Randall entonces, que la propuesta de Rand todos los Ebais del cantón de Pococí para que verdaderamente podamos llegar a una solución de eso. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Nada más recordarles que nosotros mandamos a llamar a la presidenta a la Caja entonces también para que tengan eso ahí y ella va a venir entonces también para que lo tengan así entonces, más bien vayan recogiendo firmas y el día que vienen también le hablemos a ese tema. Reg. Jonnathan García Chévez. Okay a esto le sumaría, yo tenía propuesta una moción para ver cómo le hacíamos que es que a esto se le suma, que no están dándole la prórroga o la asignación de citas a las personas crónicas. Entonces por ejemplo, aquellos que son hipertensos tienen que ahora ir a hacer la cita y las citas se hacen por EDUS y lo que me han dicho es que duran una semana o un mes sin tomar los medicamentos porque no encuentran citas entonces, podríamos sumarle también a esa situación ese factor, o sea que hay gente ya en peligro con diabetes con hipertensión y demás, que no tienes un medicamentos porque no pueden hacer las citas por el EDUS y que, ya el que es hipertenso, el que es diabético, no le dan, por ejemplo antes le daban pastillas para seis meses y en seis meses le daban la cita, llegaba su cita programada, le daban hasta previo para exámenes, para que le hicieran el control de lípidos y todo iba la cita se le revisaba y ahí le daban otra vez los medicamentos y posteriormente en seis meses regresaba y así sucesivamente, ahora me dicen que no, o sea el que es diabético o hipertenso tiene que sacar la cita y no encuentran cita y eso es muy preocupante Muchísimas gracias. Reg. Marilú Ballestero Cruz. Saluda, básicamente es un aporte sobre este problema del Ebais de Jiménez, entendemos que el problema de los Ebais es a nivel general, el asunto con el de Jiménez es que atiende una población como cuatro veces de la capacidad que tiene, hay un ebais uno y dos, congestionados en un pequeño que hace muchos años se llamaba “puesto de salud” y que prácticamente sigue siendo la misma Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI h PAGINA N*264 ACTA N*32 Ordinaria. 11-05+2023%_ - infraestructura desde que yo era una niña.Entonces el problema de acá es que, no hay un terreno apto, que esté céntrico, el Único que existía tiene limitaciones por tener un agua que pasa por ahí etcétera. Hace unos meses recuerdo que estuve estuvimos el síndico Greivin y La síndica Johanna conjunto con Don Manuel en una reunión en Jiménez, donde una de las opciones que se dio como una medida temporal o paliativa, era poder habilitar el lugar que estaba funcionando como el C.A.l, dado que el C.A.| tiene unas instalaciones nuevas y ese no se está utilizando. En aquel momento recuerdo que don Manuel dijo que habría que canalizar de alguna forma si era posible porque eso es del Ministerio de salud, pero es una pequeña infraestructura que no se está utilizando, que no tiene las condiciones óptimas, pero que por lo menos podría servir temporalmente para descongestionar un poquito el área y claro que sí es una urgencia la construcción de ese ebais además de otros, pero yo sí he visto en el cantón que hay algunas comunidades que sí tienen ebais ya, que se ven por lo menos aceptables ese no, además del mismo problema de las citas que tiene toda la población, pero sí tiene una sobre atención exagerada, o sea demasiado y no es posible, aunque se asignaron todas las citas la población no puede ser atendida en ese Ebais. Entonces no se Don Manuel si esa gestión sobre el posible uso de esa parte eso caminó o no se pudo conversar o no es posible porque no es municipal y nada, que existía la otra posibilidad del lote de allá de Suerre también, pero, creo que seguimos todavía eso se ha quedado neutro y ya pasaron bastantes meses entonces, me gustaría saber si usted tiene una información más presente después de esa reunión que estuvimos por allá Muchas gracias. Reg. Juan Luis Gómez Gómez. Pareciera mentira, pero ese tema es muy preocupante, vean ahora, por ejemplo, aquí está un muchacho que llega a un ebais, lo sacan porque no tiene cita y minutos después la Cruz Roja lo declara fallecido. Entonces es preocupante de verdad lo que está pasando, no solo en el cantón de Pococí es en todo el cantón, es en todo el país. Cuando le pase a un familiar de nosotros es que vamos a valorar que como órgano colegiado podemos hacer algo ahoritica este ante el dolor de tanta gente que no es familiar de nosotros, pero cuando ojalá no le pase ningún familiar Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
1 1 vPococí |5 L — Sy) MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*265 ACTA N*32 Ordinaria. 11-0 de los que estamos acá porque, debe ser duro, debe sentirse uno impotente de ver que uno paga por un servicio, que lo que le venden son señales de humo verdad. Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera. El problema es que el terreno que hablaba Marilú es del Ministerio de salud no está dispuesto a cederlo. Después si no tiene los requisitos para poder, es lo que ellos dicen y el otro que decía Marilú ese está en Suerres entonces, el problema es que sí existe el terreno, pero le queda muy largo a otras comunidades para trasladarse hasta Suerres. Entonces el problema ahí es que sería importante cuando venga la presidenta Ejecutiva de la Caja para ver la posibilidad de un terreno donde se podía ubicar el ebais y también el centro de salud, pero además de eso, la infraestructura, la plata porque al final no ganamos nada con conseguir el terreno si no tenemos la plata para construir. Reg. Rosbill Arguello Badilla. Agradecer como lo tomen a bien ustedes hacer, mi misión es traer a quí la petición, la presento a ustedes, respetuoso y sabedor de que hoy atendieron esta nota de esta persona y que se van a tomar algunas medidas, sea moción que la presenten después o como ustedes gusten, yo soy respetuoso y quedamos a la espera. También saber que cuando venga esta señora se van a tomar otras medidas entonces, como dijo Randall Torres que así se haga posteriormente no hay ningún problema de mi parte más bien, les agradezco mucho. A UL- - a AO ACUERDO N* 883 Se conoce comentario por parte del regidor Suplente Rosbill Arguello Badilla, dice: Asunto: Sobre declaratoria de calle pública en Cantagallo. Sí señora presidente con todo respeto, tengo un documento aquí en mi poder que me da mucha satisfacción, aunque no conozco a las personas, pero sí sé que Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*266 ACTA N*32 Ordinaria. 11-0 están en un proyecto que es el de declaración de una calle Cantagallo y es que me llena mucho de satisfacción saber que ya visto bueno. Entonces como que van adelantados por parte de otra institución y que están a la espera de la declaratoria de calle pública aquí por el honorable Concejo, sé que va a haber una inspección, o sea me mantienen bien comunicados los vecinos. Y es que estas cosas a uno lo motivan, porque si ya el ICE les dio el visto bueno, pues nos faltaría un poco y digo yo “nos faltaría” porque de ahí yo también me movilizo en vehículo y lo que son vías de comunicación hay que recordar que es bienestar para todos, vivamos por ahí o no vivamos alguien se va a satisfacer entonces, con todo respeto comunicarles que ya en el documento 15500441-2023, se le indica a un vecino de parte del ICE que se aprueba la solicitud que ellos hicieron y esto refiriéndose a la solicitud del martes 15 de noviembre del 2022 de los vecinos de la finca bananera Canta Gallo, Paraíso, casas verdes que tienen la solicitud aquí ante el Concejo esperando que legalmente se pueda proceder verdad, que se declare pero sí, comunicándole a ustedes cómo va la situación. Únicamente señora presidente. => ES UL- a ACUERDO N' 884 Se conoce comentario por parte del regidor Suplente Randall Torres Barrientos dice: Asunto: Informe verbal sobre la visita al Hogar para ancianos de Guápiles. Para informar también bueno que hoy estuvimos dando cumplimiento al acuerdo del jueves pasado, visitamos el hogar de ancianos acá en Guápiles tanto mi persona como Yaslyn, Doña Hilda y Don Luis Méndez, estuvimos en una reunión, visitamos el lugar y realmente, bueno en el caso mío yo quedé muy complacido de la forma como son tratados ahí los adultos mayores, lo que percibimos ahí, las personas adultas mayores tienen hasta un jacuzzi y toda la cosa verdad entonces, a lo que percibimos en el tema, se alimentan bien y además de eso tienen personal de enfermería también vigilante de los medicamentos, el tema del vestido y ahí pudimos conversar con varios adultos mayores, uno lo saludó muy efusivamente casi lo vuelca, la pasamos muy bien hoy en el Hogar de ancianos, entonces era para informar al Concejo de esa visita que hicimos Muchas gracias. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*267 ACTA N*32 Ordinaria. 1-0 Nota de Secretaría: al ser las 20:51 la señora presidenta procede a dar un receso, inicia la sesión al ser las 20:57. Y la señora presidenta procede a finalizar la sesión. pe ----UL AL SER LAS VEINTE HORAS CON CINCUENTA Y SIETE MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN d F- Licda. Magally Venegas Vargas Secretaria Municipal F- Presidenta Municipal Ce/ Regidores, Otros. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye