Ordinaria 4 · 2022-01-13
Acta_Ordinaria_N04_Celebrada_el_13-01-2022.pdf · 88 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 4 del 2022-01-13 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 57 (pág. 2) ACUERDO N?* 57 Se procede a dar un minuto de silencio en memoria del señor Guillermo Quirós Irola, padre del funcionario municipal Ronal Quirós Brenes…
- Acuerdo 58 (pág. 3) · firme ACUERDO N” 58 Se conoce comentario del regidor suplente Rosbill Argúello Badilla, dice; Saluda, señor presidente muy breve, es que no hay Asuntos Vari…
- Acuerdo 59 (pág. 4) · unanime ACUERDO N? 59 Se conoce nota suscrita por el señor Ing. Raúl Jiménez Guevara, encargado de la Oficina Regional de Siquirres, Dirección General de Inge…
- Acuerdo 60 (pág. 6) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N' 60 DS Se conoce nota suscrita por la señora MSc. Gabriela Salazar Quesada, directora de la Escuela Banamola, teléfono: 8666-7006, correo el…
- Acuerdo 62 (pág. 8) · unanime ACUERDO N? 62 AREA Se conoce nota suscrita por las señoras María Eugenia Pérez Hernández, Directora de la escuela Palmitas Il, María Eugenia Mora Meza…
- Acuerdo 63 (pág. 10) · unanime ACUERDO N?* 63 _— Se conoce nota suscrita por la señora Mercedes Vado Chacón, céd. 7-0135-0868, tel: 6441-44-71 correo: vadomercedesQyahoo.es vecina d…
- Acuerdo 64 (pág. 11) · unanime · firme · aprobado ACUERDO NO 64 2. Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Ademar Reyes Barrios, Unidad de Patentes, teléfono: 2713-6560 ext: 139 /149, co…
- Acuerdo 65 (pág. 12) · unanime ACUERDO N* 65 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Flor Sánchez Rodríguez, Jefe de Área de Comisiones Asamblea Legislativa VI, telé…
- Acuerdo 66 (pág. 27) · unanime · firme ACUERDO N' 66 o Se conoce nota suscrita por la señora Erika Ugalde Camacho, Jede de Área de Comisiones Legislativas, teléfono: 2243-2437, correo elect…
- Acuerdo 67 (pág. 37) ACUERDO N* 67 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Jorge Hodgson Quinn, Presidente del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Po…
- Acuerdo 522 (pág. 37) · unanime · aprobado ACUERDO N*522 Por Unanimidad SE ACUERDA; se aprueba a brindar respuesta de la solicitud del Oficio SMP-2422-2021 referente a patrocino para actividad …
- ~ Acuerdo (pág. 43) · firme · aprobado en son los que hacen daño al sistema tributario Avenida 01 entre Calles 4 y 6 Tel: 2636-0128; 2636-0188 Fax; 2636-0174 Email: mvasquez Omuniesparza.go…
- ~ Acuerdo (pág. 43) · unanime · firme · aprobado se a este proyecto pues sería afectar a la población en general. Reducir el gasto público." Acuerdo definitivamente aprobado. SE ACUERDA: De conformid…
- ~ Acuerdo (pág. 51) · aprobado n más que agregar se suscribe; Firmado digitalmente RONALD por RONALD QUIROS QUIROS BRENES (FIRMA) Fecha: 2022.01.12 BRENES (FIRMA) ;1:1300-0600 Lic, …
- ~ Acuerdo (pág. 78) · firme · aprobado r de la empresa DINAJU S.A por un monto de £39.975.000,00 (Treinta y nueve millones novecientos setenta y cinco mil colones), lo anterior considerando…
- ~ Acuerdo (pág. 83) · firme · aprobado a a la suerte. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Comenta que quiere que todos estén de acuerdo para que sea de forma unánime. Considera que con don Luis …
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*04 Ordinaria. PAGINA N?1 22 13-01-2022 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N*04 ORDINARIA. 13-01 -2022 SESION ORDINARIA. N* 04 DEL 13-01-2022, INICIADA A LAS 18:00 HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES Y DE MANERA VIRTUAL, CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA: REGIDORES PROPIETARIOS Juan Luis Gómez Gómez (Quien Preside) Jonnathan García Chévez Reinaldo Benavides Vargas Luis Ángel Méndez Araya Dennia Yaslyn Morales Grajal José Antonio Bustos Martínez Randall Torres Barrientos Ovidio Vives Castro Alfredo Calderón Alfaro A 9 ooo SÍNDICOS PROPIETARIOS Gabriela Madrigal González Greivin Bonilla Sánchez Sandra Umaña López Carmen Sánchez Navarro José A. Chavarría Villarreal Javier Jiménez Villalobos Alejandra Sancho Bravo Licda. Magally Venegas Vargas Secretaria Municipal A REGIDORES SUPLENTES Bernardo Veach Davis Osael Campos Bolaños Jairo Antonio Ojeda Aburto Flor lveth Peraza Campos Rosbil Danier Arguello Badilla Rita Marcelly Umaña Valverde Marilú Ballestero Cruz Yoseline Rocío Abarca Torres Hilda Zamora Arias SÍNDICOS SUPLENTE Johanna Flores Rosales José Luis Diaz Valverde Keylor Andrey Campos Mora Shirley Murillo Flores Ana Rita Rodríguez Jiménez Jorge Humberto González Calderón Lic. Manuel Hernández Rivera Alcalde Municipal Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N22 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-20 ORDEN DEL DÍA Acuerdos ARTÍCULO 57 -al - 68 | Correspondencia Lectura, Discusión y Verificación del Acta N*01 Ordinaria del 06-01-2022 id ll y del Acta N*02 Extraordinaria del 10-01-2022 71- al-74-1 1 Asuntos del Sr. Alcalde Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día. ARTICULO | Correspondencia ACUERDO N?* 57 Se procede a dar un minuto de silencio en memoria del señor Guillermo Quirós Irola, padre del funcionario municipal Ronal Quirós Brenes y del señor Álvaro Torres Villalobos, padre del funcionario municipal Carlos Torres Madrigal. Paz a sus restos y fortaleza a sus seres queridos. -- - O Sitio Web: munipococi.go.cr a k Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N93 ACTA N*04 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCI 13-01-29 RARA ACUERDO N” 58 Se conoce comentario del regidor suplente Rosbill Argúello Badilla, dice; Saluda, señor presidente muy breve, es que no hay Asuntos Varios, el Reglamento de Sesiones ya fue publicado en La Gaceta el día 10-01-2022, entonces con todo respeto y humildad, hablando pausado, me gustaría saber en qué momento podríamos hacer uso de la palabra ya que hoy ustedes, autoridades municipales, aprobaron el orden del día, pero no hay participación. Esto lo expreso con todo respeto porque en Asuntos del Sr Alcalde no se me permite participar por una disposición de la presidencia, se abrió un portillo que se llama Asuntos Varios y yo estaba contento porque participo de esa manera, entonces sin querer “chucarear lo que está manso” con todo respeto le hago la solicitud señor presidente, gracias. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Indica que para aclararle al regidor Rosbill, que el reglamento está siendo publicado por primera vez en el Diario Oficial La Gaceta y que se debe de publicar una segunda vez para que quede en firme, además le indica que puede hacer uso de la palabra en el punto de Asuntos del Sr Alcalde, que no hay molestia porque las sesiones son para hacer aportes. Reg. Reinaldo Benavides Vargas Saluda, sugiere que se le respete el espacio al señor alcalde y que una vez se termine la participación de él, se proceda con las demás intervenciones, eso sí una vez terminado de presentar todos los asuntos el señor alcalde para su aprobación. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Comenta que las participación sean con el tiempo regulado. Reg. Supl. Rosbill Argúello Badilla Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%4 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 Gracias presidente, el artículo N*12 del Código Municipal que no se puede cambiar por un acuerdo de ningún Concejo indica textualmente “El gobierno municipal estará compuesto por un cuerpo deliberativo denominado Concejo e integrado por los regidores que determine la ley, además, por un alcalde y su respectivo suplente, todos de elección popular”. Presidente usted me dice que va a hacer algo para que a mi se me quiten las ganas, yo le pido respeto señor presidente, el mismo que yo le guardo a usted porque yo no tengo ganas de nada, aunque las ganas me sobran, yo le pido respeto por favor señor presidente. Entonces, entendemos que hoy vamos a tener Asuntos Varios o que, según sus palabras me va a dejar a hablar en Asuntos del Sr. Alcalde, tampoco es así, yo como regidor suplente, credencial otorgada por el Tribunal Supremo de Elecciones, representante del Partido Restauración Nacional, solicito con todo respeto al órgano colegiado, a la autoridad municipal a que por favor comprendan que lo Único que hago yo es pedir respetuosamente el uso de la palabra y desde que el señor presidente a quien respeto, toca el timbre hasta que lo vuelve a tocar para terminar la sesión, respeto, respondo y lo seguiré haciendo. Muchas gracias. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Reitera que se le brindará el uso de la palabra en Asuntos del Sr Alcalde para no tener que pedir la alteración del orden del día. - ACUERDO N? 59 Se conoce nota suscrita por el señor Ing. Raúl Jiménez Guevara, encargado de la Oficina Regional de Siquirres, Dirección General de Ingeniería de Tránsito, teléfono: 2768-6241, correo electrónico: raul.jimenezOmopt.go.cr, dice: Oficio: DVT-DGIT-OR-S-2022-23 Asunto: En respuesta SMP-10-2022 sobre Sesión Extraordinaria el miércoles 26 de enero a las 10:00 am. Sitio Web: munipococi.go.cr a $ Facebook: AMunicipalidadDePococi Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*5 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 mopt ip as Limón, 12 de enero de 2022 DVT-DGIT-OR-S-2022-23 Señores(a) Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Estimados señores(a): En atención al oficio SMP-10-2022, confirmo mi asistencia a la sesión del día miércoles 26 de enero a las 10:00 am para la coordinación y definición de las propuestas que se analizaran en el estudio para el ordenamiento vial de Pococí. Cordialmente, RAUL Firmado digitalmente por ERNESTO — RauLEnNesTO JIMENEZ JIMENEZ GUEVARA (FIRMA) GUEVARA — fecha:202201.12 (FIRMA) 11:3759-06'00" Ing. Raúl Jiménez Guevara Encargado Oficina Regional de Siquirres Dirección General de Ingeniería de Tránsito Cco. — Ing. Junior Araya Villalobos, Director de Ingeniería de Tránsito Ing. Cindy Hernández Cordero, Subdirectora de Ingeniería de Tránsito Ing. Alejandra Acosta Gómez, Jefe Departamento de Regionales, DGIT Archivo (506) 2768-6241 raul jimenezfWmopt.go.cr Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*6 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-20 ACUERDO N' 60 DS Se conoce nota suscrita por la señora MSc. Gabriela Salazar Quesada, directora de la Escuela Banamola, teléfono: 8666-7006, correo electrónico: esc.banamolaOmep.go.cr, dice: Asunto: Nombramiento de la Junta de Educación Escuela Banamola En concordancia con el artículo 41 y 43 de la ley 2160 "Ley Fundamental de Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la propuesta de ternas para la conformación de la Junta de Educación Escuela Banamola, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: Tema N%1 | Nombre Cédula Lisbed Juliana Masis Mora y 114600477 Yanorl Espinoza Cordero 205500101 Roney Hemandez Salas 302790135 Xinia Maritza Martinez Pastrana N 701070014 Malleni Isabel Gamboa Torres 303030505 AtentamentK a OS MSc caba Salazar Quesada Directora Esc.banamolky mep.go.cr Cir Teléfono:8666AP06, l , 2 Firma. .» : Dr .Andy HorgifCastro PF 7 i vB. Supervisor flqcircuito educativo “| Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra a las siguientes personas: Lisbed Juliana Masis Mora, cédula de identidad: 1-1460-0477; Yanori Espinoza Cordero, cédula de identidad: 2-0550-0101; Roney Hernández Salas, cédula de identidad: 3-0279- 0135; Xinia Maritza Martínez Pastrana, cédula de identidad 7-0107-0014 y Malleni Isabel Gamboa Torres, cédula de identidad: 3-0303-0505 como miembros de la Junta de Educación de la Escuela Banamola. Pasar al despacho de la alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Sl Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: EAMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 29 PAGINA N*8 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01- PX ACUERDO N? 62 AREA Se conoce nota suscrita por las señoras María Eugenia Pérez Hernández, Directora de la escuela Palmitas Il, María Eugenia Mora Meza, Presidenta de la Junta de Educación, tel: 4409-09-70 y 8409-70-44, correo: esc.palmitas2Qmep.go.cr dice: Asunto: Solicitud seguridad en el perímetro de la escuela, Colocación de Cerámica en el aula del kinder y solicitud de maquinaria para remoción de tierra existente en el área de la escuela. n Regiónal 4 | l 1ep MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Feucacióní AOS er oceaciónPúbica DIRECCION REGIONAL DE EDUCACIÓN DE GUÁPILES ESCUELA EL PALMITAS DOS, CÓDIGO 6493 “CIRCUITO 08 - RITA "Transformación curricular, una apuesta por la calidad de la educación” Miércoles 12 de enero 2022. puedan Señores Consejo Municipal de Pococí. Estimados señores: Sirva la presente para saludarle y desearle éxitos en su gestión de gobierno local, en beneficio de la Región de Pococí. Conociendo que este equipo se encuentra sesionando en nuestra comunidad y reconociendo el trabajo comprometido en la solución de las necesidades de las comunidades, es que presentamos ante ustedes, nuestra moción; proyectos que por su costo, con el presupuesto de las escuelas unidocentes no alcanza más que para sufragar gastos operativos, además de que se suma el recorte de presupuesto implementado por el gobierno a las Junta de Educación, y por ello, se nos dificulta resolver las necesidades vía Presupuesto de Ley. 1. Brindar seguridad al perímetro de la escuela, mediante la colocación de malla metálica en una área de 40 x 40 mts, siendo el total para cubrir el área 160 mts. El proyecto se establece como prioridad debido a la necesidad de resguardar la integridad de los estudiantes y del personal, debido al aumento de la delincuencia, asaltos y robos en la zona. 2. Requerimos colocar cerámica en el aula de kinder, que también funciona como comedor. La cual, por defecto de construcción, se levantó y se debe cambiar toda el área del aula, que tiene una medida de 7 x 7 m?., correspondería una área total de 49 m? para subsanar el problema. Igualmente, el trabajo de reparación se convierte en una Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*9 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 urgencia, debido a la peligrosidad de un accidente en los niños. Adjunto la fotografía al final. 3. Por último y en la medida de las posibilidades, les solicitamos la maquinaría para distribuir los amontonamientos de tierras que fueron depositados en el terreno de la escuela, en el momento en que se realizó el aplanamiento de la plaza de deportes, de Palmitas Dos, trabajo realizado por la municipalidad, hace unos años atrás. Situación que nos perjudica, porque en tiempo de lluvias, las aguas se deslizan hacia la parte baja, donde si sitúa la escuela, ocasionando que el terreno se sature de agua y por consiguiente, peligramos que se nos inunde la escuela. Para cualquier comunicación, le aportamos los siguientes medios. Teléfono: 44090970 Y 8409-7044 Correo: esc.palmitas2(0mMep.go.cr. Firmamos en Palmitas Dos, 12 de enero del 2022. ¿CUELA PALMITAS 4 nl5Pérez Hernáridez 190: 6485 María Eugenia Mora Meza, Directora, Esc. Palmitas Il Presidenta Junta de Educación Condiciones del aula de kinder y comedor Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios para que valoren la solicitud. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 31 PAGINA N210 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 ACUERDO N?* 63 _— Se conoce nota suscrita por la señora Mercedes Vado Chacón, céd. 7-0135-0868, tel: 6441-44-71 correo: vadomercedesQyahoo.es vecina de Toro Amarillo, dice: Asunto: Solicitud para adquirir propiedad de la Municipalidad ubicada costado norte de la plaza de deportes Toro Amarillo. Guápiles 12 de Enero del 2022 Señores as) Concejo Municipal Municipalidad de Guápiles Guápiles, Pococí Estimados señores (as) Por este medio reciban un cordial saludo y a la vez solicito respetuosamente lo siguiente, a la par de mi casa existe un lote propiedad de la Municipalidad de Pococí, el mismo se encuentra a un costado norte de la plaza de Toro Amarillo, por más de seis años mi persona le ha dado mantenimiento, esto para evitar que las personas boten basura o los habitantes de la calle lo tomen como su hogar, pago cinco mil colones mensualmente por corta de césped y riego de herbicida, por el tiempo que ha transcurrido me interesa sobremanera adquirir esa propiedad, pido respetuosamente al honorable Consejo Municipal, me permita comprar el lote en cuestión, soy una mujer emprendedora que anhela expandir el trabajo que hasta el día de hoy nos ha servido como sustento familiar, así poder dar desarrollo al pueblo de Toro Amarillo con posibles puestos de trabajo. Agradezco de antemano toda su colaboración y del mismo modo me pongo a disposición para cualquier consulta necesaria si así lo consideran. Me pueden contactar al correo electrónico vadomercedes(Myahoo.es O al número telefónico 6441-4471 Atentamente Mercedes Vado chacon Mercedes Vado Chacón Cédula: 701350868 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía para que direccione al departamento que corresponda y que este emita un informe a la interesada y al Concejo Municipal. C Sitio Web: munipococi.go.cr a a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 32 PAGINA N211 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01202 ACUERDO NO 64 2. Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Ademar Reyes Barrios, Unidad de Patentes, teléfono: 2713-6560 ext: 139 /149, correo electrónico: ademar.reyesamunipococi.go.cr, dice: Oficio: PA-024-2021 Asunto: Licencias de Licor Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo N? 5, inciso "b", que dice: “Arfículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que, con la actividad solicitada, se podría violentar la ley vio el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público." (El resaltado es supletorio.) L Sitio Web: munipococi.go.cr = Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N912 ACTA N*04 Ordinaria. 2. 13-01-2022 Licencia de Licor NOMBRE DIRECCIÓN CATEGORÍA Royran García Azofeifa CARIARI, 400 MTS NORTE RESTAURANTE / DEL CENTRO EDUCATIVO CATEGORIA C PALERMO Atentamente; k Lie: Qs. / / Uniddd de PatentesW£ Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el Refrendo de la Patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 65 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Flor Sánchez Rodríguez, Jefe de Área de Comisiones Asamblea Legislativa VI, teléfono: 2243-2418, correo electrónico: ftsanchez0asamblea.go.cr / victoria.vicenteOasamblea.go.cr, dice: Oficio: HAC-802-2021-2022 Asunto: Expediente N.” 22.802, “Ley de Creación de una Tasa para el Mejoramiento de la Justicia Cobratoria” > Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 34 PAGINA N913 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01 13/11/22 15:23 Correo: secretaria municipal - Outlook Consulta Expediente N.” 22.802 Municipalidades (favor confirmar recibido) Flor Sanchez Rodriguez <fsanchezGasamblea.go.cr> Jue 13 Ene 2022 13:43 Para: Abangares 4 <heriberto.cuberoOabangares.go.cr>; Abangares1 <javier.gonzalezQabangares.go.cr>; abangares2 <concejoabangares.go.cr>; abangares3 <anabelle.matarritaGabangares.go.cr>; Acosta 2 <concejoGMacosta.go.cr>; Acosta 3 <alcaldiaQacosta.go.cr >; Acostal <susymorales78Ohotmail.com>; Alajuela! <rosario.munozOmunialajuela.go.cr>; Alajuelital <emartinezQ munialajuelita.go.cr>; Alajuelita2 <svadoOmunialajuelita.go.cr>; Alvarado <munialvaradoOmunialvarado.go.cr>; Alvarado 4 <lfigueroad)»munialvarado,go.cr>; Alvarado 5 <mhernandezGQmunialvarado.go.cr>; Alvarado2 <felipe.martinez180 hotmail.com»; Alvarado3 <fmartinezQmunialvarado.go.cr>; Aserrít <czuniga3muni,aserri.go.cr>; Aserrí2 <IgutierrezGaserri.go.cr >; Atenas1 <concejoMatenasmuni.go.cr>; Atenas2 <alcaldiaWatenasmuni.go.cr>; Bagaces 3 <secretariaconcejobagaces.go.cr> 13 de enero de 2022 HAC-802-2021-2022 Señores Concejo Municipal S: 0. Estimados señores: Con instrucciones de la señora Presidenta de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios, diputada Ana Lucía Delgado Orozco, le comunico que la Comisión aprobó remitirle a todas las municipalidades la consulta del Expediente N.? 22.802, "LEY DE CREACIÓN DE UNA TASA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA JUSTICIA COBRATORIA”, el cual le adjunto. Le ruego evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. Si requiere información adicional, por favor diríjase a la Secretaría Técnica de la Comisión, a los teléfonos: 2243-2418, 2243-2257, 2243-2258, o a la direcciones electrónicas: fsanchezOasamblea.go.cr; victoria.vicenteWasamblea.go.cr. Atentamente, Flor Sánchez Rodríguez ASAMBLEA Jefe de Áreo (NO 1506) 2243-2418 LEGISLATIVA Comisiones Legislativas VI O fanchezSosamblea.go.cr Departamento a Comisiones Legislativas E) 15061 2249-2421 y Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AAMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 35 PAGINA N*14 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-20 ENTE ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY LEY DE CREACIÓN DE UNA TASA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA JUSTICIA COBRATORIA PODER EJECUTIVO EXPEDIENTE N.? 22.802 DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES NOTA: A solicitud del proponente, este Departamento no realizó la revisión de errores formales, materiales e idiomáticos que pueda tener este proyecto de ley. Sitio Web: munipococi.go.cr Y 4 Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 36 PAGINA N915 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 PROYECTO DE LEY LEY DE CREACIÓN DE UNA TASA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA JUSTICIA COBRATORIA Expediente N.” 22.802 ASAMBLEA LEGISLATIVA: La economía costarricense se ha visto afectada por variables macroeconómicas que han menoscabado su estabilidad en los últimos años, por un lado, variables internas como el aumento de la pobreza y el desempleo, el crecimiento de la inflación, el endeudamiento público, las tasas de interés y el tipo de cambio del dólar. Por otro, variables externas, como el alza de las materias primas, apreciación del dólar, flujos de capital, incorporación de nuevas y modernas modalidades de negocios de consumo, así como el proceso de recuperación económica mundial, entre otros. Ante tal panorama, Costa Rica ha procurado mantenerse a la vanguardia mundial con gestiones que la llevaron a su incorporación a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), procurando brindar seguridad jurídica a las inversiones, lo que debe ser equilibrado, además, con un mayor resguardo a los derechos de los ciudadanos. Se hace imprescindible continuar con este trabajo, fomentar la producción y la activación económica mediante la creación de legislación que garantice la confianza en los diferentes operadores económicos, que se traduzcan en una estabilidad social y económica para el país. A lo largo de los últimos años, se ha hecho notorio el cambio en la cultura de consumo del costarricense. Según informó el Periódico el Financiero, en publicación del 03 de mayo del 2018, hace poco más de veinte años, los residentes del país distribuían el 43% de sus egresos en servicios, el 38% en bienes no duraderos que eran principalmente alimentos, 14% en bienes semiduraderos como prendas de vestir y el 6% en bienes duraderos como electrodomésticos y automóviles. En la actualidad, los consumidores ocupan más del 55% de sus egresos en servicios, como el internet, telefonía, vivienda, educación y servicios de alimentación, un 31% en bienes no duraderos, 7% en bienes duraderos y 7% en bienes semiduraderos. Lo anterior ha provocado un aumento en la colocación de los créditos de consumo -como los destinados a la compra de electrodomésticos- y la obtención de tarjetas de crédito, que ha traído como resultado que el Poder Judicial enfrente año con año una creciente demanda en la presentación y trámite de procesos cobratorios, atendiendo, en la actualidad, un número superior al medio millón de casos. - Sitio Web: munipococi.go.cr Y s E Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 37 PAGINA N*16 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 Expediente N.* 22.802 3 El Consejo Superior del Poder Judicial, en la sesión N* 75-18 celebrada el 23 de agosto del 2018, conoció el oficio N* 904-PLA-2018 del 10 de agosto del 2018, elaborado por el Departamento de Planificación, en el que, entre otros aspectos relevantes, analizó el comportamiento relacionado con los movimientos de trabajo en los juzgados competentes en materia de Cobro Judicial, durante el 2017 y el último quinquenio. De esta exploración se destaca: «... El comportamiento de los principales indicadores de gestión judicial determina una tendencia gradual hacia la saturación del trabajo delegado a estos despachos judiciales, a partir del tercer incremento anual consecutivo en lo concerniente a la razón de congestión, cuyo valor llegó a 10,28 en la actualidad (...) Los juzgados o secciones especializadas en materia de Cobro Judicial acumularon un circulante de 536.846 casos al finalizar el 2017, por lo que su pendencia exterioriza su cuarta ampliación anual ininterrumpida, producto -en esencia- de los superiores volúmenes de expedientes entrados versus las cifras de terminados, en todos los años del quinquenio examinado. Cuadro 1.1. Juzgados de Cobro Judicial: Indicadores de Gestión Judicial durante el periodo 2013-2017 Año Descripción 2013 2014 2015 2016 2017 Variables Circulante al iniciar* [293.260 [348.733 | 368.160 [424.203 [453.597 Casos entrados 148.356 | 143.209 | 133.766 [164.522 | 199.706 Casos reentrados 59.878 [71.741 |96.235 |95.827 [79.491 Casos terminados 54.966 |77.672 |74.323 [73.979 [71.290 Casos inactivos 97.795 [117.851 [99.635 |157.404 [124.658 Circulante al finalizar [348.733 |368.160 | 424.203 [453.169 | 536.846 Indicadores Razón de congestión [9,12 7,20 8,05 9,25 10,28 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 38 ASS A Lali ns Expediente N.* 22.802 4 Año Descripción 2013 2014 2015 2016 2017 Tasa de pendencia 69,5 65,3 70,9 66,2 73,3 Tasa de resolución 11,0 13,8 12,4 10,8 9,7 Tasa de inactividad 19,5 20,9 16,7 23,0 17,0 * El circulante al finalizar el 2016 difiere del circulante al iniciar el 2017 en 428 casos, en virtud de algunos ajustes producto del rediseño en el Juzgado de Cobro Judicial del Segundo Circuito Judicial de San José. Esto implica que los juzgados de Cobro Judicial debieron resolver 10,28 veces de los casos que finiquitaron en el 2017, para que no exista saturación en su carga de trabajo y según lo indica la Comisión de la Jurisdicción Civil, los altos índices en la razón de congestión se pueden explicar por distintos componentes, como por ejemplo, la falta de capacidad instalada en los despachos, en donde a pesar de los esfuerzos desplegados en aras de disminuir el retraso judicial, la demanda del servicio supera -en mucho- las posibilidades de las oficinas.” En el citado informe también se concluyó: “ distinto a otras materias, el éxito en la culminación de los procesos cobratorios depende -en gran medida- del éxito que experimente la parte demandante, en las gestiones de embargo de las cuentas bancarias, de los salarios o de atribuirse ciertos bienes embargables de la parte demandada, pues con ello, se presiona hacia la realización de arreglos extrajudiciales, así como de giros de dinero, entre otras acciones... Otro aspecto negativo en la resolución de estos despachos se relaciona con el hecho de que el país ha experimentado una desaceleración económica en los últimos años, producto de diversos factores, tales como: el endeudamiento público y la disminución de la inversión extranjera, lo cual ha provocado un aumento en el desempleo, disminuyéndose los ingresos, y con ello, las posibilidades de pago, de una parte de la población nacional...” Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 39 PAGINA N218 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 Expediente N.* 22.802 5 Ante tal situación, surge el cuestionamiento respecto a qué acciones ha realizado el Estado costarricense para afrontar el aumento constante en los proceso de cobro judicial. Para ello, desde hace algunos años atrás se han venido procurando alternativas para resolver el tema de la moratoria en la solución de los casos. Una de estas fue la promulgación de la Ley de Cobro Judicial, que fue derogada y modificada parcialmente, y ahora forma parte integral del Código Procesal Civil, el cual entró en vigencia el pasado 8 de octubre. Ambas leyes plantean procesos ágiles y sencillos para el cobro; no obstante, en su implementación, el Poder Judicial no cuenta con financiamiento suficiente para la atención de tan alta carga de trabajo, máxime cuando deben atenderse otros aspectos enfocados no solo en el ámbito patrimonial de los individuos sino a otros problemas sociales como la violencia doméstica, los derechos de los trabajadores, las pensiones alimentarias, la seguridad ciudadana, entre otros. Para solventar parte de este problema, en algunos países de la región, se ha tendido al establecimiento de tasas judiciales. Este tipo de cobro se enfrenta usualmente a críticas respecto al principio de gratuidad y acceso a la justicia, aún más en sistemas como el nuestro, donde un Estado proteccionista se ha dedicado prácticamente por completo a suplir los costos involucrados con los procesos judiciales. Los numerales 27 y 41 Constitucionales desarrollan el concepto de tutela judicial efectiva. El primero garantiza la libertad de petición y, en su parte final, el derecho a obtener pronta resolución. Por su parte el segundo refiere al principio de justicia pronta y cumplida. No basta entonces con que los ciudadanos puedan plantear sus quejas ante los Tribunales de Justicia, sino que la solución a sus controversias debe ser lo suficientemente rápida como para no causar mayores menoscabos al afectado, sin violentar el derecho de defensa del accionado. Ya la Sala Constitucional se ha referido en diversas oportunidades al respecto: « .En cuanto a la justicia pronta, es evidente que la duración excesiva y no justificada de los procesos administrativos implica una clara violación a ese principio, pues los reclamos y recursos puestos a conocimiento de la Administración deben ser resueltos, por razones de seguridad jurídica, en plazos razonablemente cortos. Sin embargo, esto no significa la constitucionalización de un derecho a los plazos, sino el derecho de toda persona a que su causa sea resuelta en un plazo razonable, lo que ha de ser establecido casuísticamente, atendiendo a la complejidad del asunto, la conducta de los litigantes y las autoridades, las consecuencias para las partes de la demora, y las pautas y márgenes ordinarios del tipo de proceso de que se trata...”[ Sentencia número 5078-07 de la Sala Constitucional) o que “...La duración excesiva y no justificada de los procesos implica una clara violación al principio de justicia pronta, pues los reclamos y recursos puestos a conocimiento de la Administración de Justicia deben ser resueltos por razones de seguridad jurídica, en plazos razonablemente cortos...” (Sentencias números 14619-09 y 9164-10 de la Sala Constitucional). z h Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*19 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-202 [RODIN Expediente N.* 22.802 6 Bajo tal interpretación constitucional, se puede concluir que el principio constitucional de justicia pronta y cumplida encierra la evidente necesidad del aparato judicial en llevar a cabo todo lo que está a su alcance para resolver la mayoría de los conflictos en su seno pronta y eficientemente; sin embargo, existen casos que, aún cuando se cuenta con todos los elementos a favor, tardan más de lo esperable por situaciones endógenas. El retraso excesivo, según palabras de la Sala Constitucional se convierte en denegación de justicia, los grandes retrasos en la solución de las causas de cobro disminuyen la capacidad financiera de las entidades financieras, lo que permea la cantidad de préstamos, tanto otorgados como por otorgarse, ante el alto riesgo de morosidad. Esto afecta al mismo tiempo a la ciudadanía, que deben costear aumentos en las tasas de interés y otras políticas de arraigo para garantizar, no solo el buen pago de los créditos sino el tiempo que estas entidades deben invertir en su recuperación eventual, incluso, el tiempo requerido para que los administrados encuentren solución a su conflicto en caso de cobros indebidos. Por lo anterior, debe el Estado procurar los insumos necesarios para que el Poder Judicial cumpla con su labor de la mejor manera. La Sala Constitucional, en la sentencia 363-95, se ha referido respecto a cargas económicas indicando: “Esta Sala ya se ha pronunciado en reiteradas oportunidades (... ) estimando que la figura del afianzamiento de costas y la sanción procesal prevista en caso de incumplimiento de ese requisito, no resultan inconstitucionales. (4) al señalarse que no impide el ejercicio del derecho (...) sino que lo regula, con el propósito de imponer una condición razonable para su ejercicio... La obligación de rendir caución para el pago de las costas, en su caso, no es un obstáculo al acceso a la justicia jurisdiccional, ya que no es un requisito de admisibilidad de la acción y si bien su incumplimiento impide a la parte interesada el curso de sus gestiones, como lo es apelar el fallo, la propia Ley crea los mecanismos adecuados para que a quien no pueda cumplir dicha obligación procesal, se le exonere de ella. Es, pues, Un requisito de índole meramente procesal que, en modo alguno, según lo expuesto, limita el derecho fundamental de acceso a la justicia jurisdiccional.”. El aparato judicial debe, por ende, llevar a cabo todo lo que está a su alcance para resolver la mayoría de los conflictos en su seno de forma pronta y eficiente, procurándose fuentes de financiamiento para la administración de la justicia, como lo es la retribución por algunos procesos cuyo objeto se ciña a aspectos meramente patrimoniales y de derecho privado, esto siempre que esa retribución no resulte denegatoria del principio de acceso a la justicia ni mucho menos de gratuidad que permea algunas materias. Debe diferenciarse el bien jurídico tutelado en los procesos cobratorios de otros procesos como los laborales, de familia, penales, pensiones alimentarias o de violencia doméstica, relacionados con seguridad social, la libertad, el derecho a la Sitio Web: munipococi.go.cr a y á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 41 PAGINA N*20 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 Expediente N.* 22.802 7 defensa, el derecho a la salud, el derecho a la alimentación, derecho a la determinación de la filiación, entre otros. La materia cobratoria, si bien no deja de tener un sentido social al afectar directamente la economía del país, tiene un objeto patrimonial, lo que permite que el costo de recuperación se le pueda trasladar al acreedor, quien debería preverlo dentro de su giro comercial, lo que se traduciría en la obtención de una mayor agilidad, eficiencia y rapidez procesal, que también le beneficia. Desde esta misma óptica, se ha incluido también un sistema de mínimos en el proyecto. Este mínimo tiene como fin que la persona acreedora considere el costo social que el cobro judicial representa, procurando desincentivar el cobro de obligaciones de escasa cuantía, cuya atención representa no solo un alto estipendio para la administración de justicia en gastos ordinarios traducidos en recurso humano y gestión de los insumos, sino, además, en el tiempo que conlleva su recuperación. Si bien el principio de acceso a la justicia va de la mano con el principio de gratuidad, claramente la justicia tiene un costo, tal como se refleja en los presupuestos de los diferentes aparatos jurisdiccionales. Dentro del total de procesos que requieren atención y asignación de recursos que son escasos, existen conflictos de carácter patrimonial privado, entre esos, procesos cobratorios de “grandes usuarios” cuyo costo/beneficio se encuentra inmerso en el riesgo financiero, que recargan el sistema judicial en detrimento de del acceso a la justicia de otros procesos cuyo riesgo no es previsible. Por esta razón, para cumplir con los principios constitucionales de acceso a la justicia, resulta necesario contar con ingresos suficientes, siendo admisible para ello que en ciertos procesos judiciales exista una contraprestación por el servicio justicia, siempre y cuando, se disponga de mecanismos de excepción para casos particulares. Es por ello que a nivel mundial encontramos gran cantidad de países que han optado por sistemas judiciales donde para el financiamiento del servicio de justicia se ha acudido a las tasas judiciales, lo que permite el mismo tiempo, que el aparato jurisdiccional pueda enfocarse en otras necesidades institucionales, siendo la forma y método de cobro diferente según la latitud que se trate. Algunos de esos países son Canadá, Argentina, Austria, Brasil, China, Estados Unidos, Colombia, Dinamarca, El Salvador, España, Japón, México, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay, Italia. (Tomado de Equipo Consultor. Tasas Judiciales en la Experiencia Comparada. Facultad de Economía y Empresa, Universidad Diego Portales. Santiago de Chile. Junio 2012. Pag 3) Siguiendo esta línea, el numeral primero del proyecto crea una nueva tasa para el mejoramiento de la justicia cobratoria. Se parte para ello del desarrollo doctrinario que ha considerado este tipo de cobros como una tasa, donde a cambio de un servicio que se brinda a los litigantes estos son los llamados a su cancelación. GC Sitio Web: munipococi.go.cr Y > Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 42 PAGINA N*21 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-20 Expediente N.” 22.802 8 Cabe indicar que una tasa es una especie del género Tributo, como lo son el impuesto y la contribución especial, así lo establece el artículo 4 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios al indicar: “Son tributos las prestaciones en dinero (impuestos, tasas y contribuciones especiales), que el Estado, en ejercicio de su poder de imperio, exige con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.” Según la letra de esa norma, impuesto es “el tributo cuya obligación tiene como hecho generador una situación independiente de toda actividad estatal relativa al contribuyente”, en otras palabras, el impuesto nace del deber de solidaridad, donde se da una exigencia sin contraprestación considerada en forma directa. Dentro de estos, según la clasificación tomada de Adrián Torrealba Navas, podemos contar con los impuestos directos que gravan manifestaciones económicas directas como el impuesto de renta e indirectos donde lo que se grava son manifestaciones económicas indirectas como circulación de valores, objetivos y subjetivos dependiendo si se toma en cuenta la condición del sujeto o no. Ejemplo de ello sería el cobro de impuesto sobre bienes inmuebles que es un impuesto meramente objetivo mientras que el impuesto sobre la renta radica en la utilidad obtenida por el sujeto, periódicos e instantáneos dependiendo si el hecho se prolonga en el tiempo como la renta o solo por una situación especial como el traspaso de bienes inmuebles. (Torrealba Navas (Adrián) Derecho Tributario, Parte General, Tomo 1, Editorial Jurídica Continental, año 2009, Pag, 41, 42) El proyecto pretende atacar como principal elemento la mora judicial, en forma anticipada se concluye la conveniencia de tal cobro. La delimitación al sector cobratorio resulta conveniente en el tanto que ello permitiría al Poder Judicial enfocar otros recursos presupuestarios a áreas más sensibles mientras que se dedican los recursos del cobro de demandas a obtener beneficios directos de los Despachos que las conocen. Se establece así como hecho generador del cobro la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado en las demandas donde se pretenda el cobro de una prestación dineraria basada en título ejecutivo o no, además de los monitorios dinerarios, procesos de ejecución hipotecaria y prendaria, ejecuciones y reposesiones de garantías mobiliarias y embargos preventivos cuya competencia corresponda a los Juzgados de Cobro Judicial materia cobratoria y los procesos sumarios de cobro judicial. El sujeto pasivo lo es el acreedor, pues dispone que sea aplicado únicamente a la presentación de la demanda y gestiones iniciales. Lo anterior con las excepciones del artículo 8 que exonera del pago de la tasa a las entidades de derecho público respecto del cobro o ejecución de obligaciones dinerarias ajenas a una actividad comercial y a las personas físicas o jurídicas que no hagan del otorgamiento o cobro de créditos su ocupación habitual. El proyecto indica en su artículo 7, que los dineros recaudados por el cobro de la tasa se destinarán al mejoramiento de la administración de justicia y reducción del retraso judicial, capacitación al personal del área jurisdiccional asignado a la justicia cobratoria, creación de tribunales extraordinarios de cobro judicial y asignación de Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 43 PAGINA N*22 ACTA N%04 Ordinario. 13-01-2 Expediente N.* 22.802 9 nuevas plazas para la atención del retraso judicial en esta materia, mejoramiento del soporte logístico y tecnológico informático de los tribunales de justicia competentes en materia cobratoria, infraestructura y equipamiento de los tribunales de justicia de cobro judicial, para actividades o funciones que asigne Corte Plena para la estabilidad y mejoramiento de los juzgados cobratorios. En línea con lo antes expuesto, se excluye estos dineros del presupuesto general, no valora la capacidad de pago o contributiva pues parte de un hecho objetivo, la estimación de las demandas, gravando el beneficio general que podría obtener el individuo con éstas, no siendo sectorial por cuanto si bien afecta solo a un sector de los usuarios del servicio justicia con esa carga impositiva, en realidad, según la redacción del proyecto beneficia a la generalidad. Este proyecto tiene como antecedente el Proyecto de Ley “Ley De Creación De una Tasa para el Mejoramiento De La Justicia” que establecía la creación y denominación de la tasa para el mejoramiento de la administración de justicia, cuyo hecho generador se encamina a aquellas demandas de cobro judicial provienen del Sistema Financiero Costarricense conformado por 51 entidades, con carteras crediticias que rondan los 10 billones de colones, o sea la mitad de la producción nacional, correspondiendo una tercera parte de esa cifra a créditos de vivienda y construcción, lo cual refleja la gran dependencia interna que tienen las familias al sistema, brindando en sentido social a la situación, evidencia la necesidad de estas instituciones de poder realizar prontamente sus créditos impagos para poder gestionar nuevos créditos en su momento, lo anterior sin tomar en cuenta la gran cantidad de tarjetas de crédito en el mercado y la dependencia de muchos costarricenses a estos sistemas de crédito rápido, lo cual trae como resultado mucho gasto sin sustento real monetario, en otras palabras, se gasta en lo que no se tiene. (Tomado de Zúñiga Van Der Laat, Susana. Informe Económico St-124-E Al Proyecto de Ley "Ley de Creación del Timbre para el Mejoramiento de la Justicia” Expediente N* 17.526. Junio, 2012. Pág. 6 a 7). Para ello, considerando las variaciones que puede sufrir la materia cobratoria, considerándola demanda de los servicios, entre otras variables, se permite a la Corte Suprema de Justicia establecer una tasa fija o escalonada, desde un uno punto cinco por ciento hasta un máximo del dos punto cinco por ciento, con la finalidad de que año con año, se realicen estudios por parte de ese Poder de la República, estableciéndose mecanismos ágiles que permitan mantener actualizada y acorde con la realidad y necesidades, la tasa a cobrar. El artículo 6 del proyecto dispone la forma de asignar los recursos y que lo recaudado por este tributo no se considere parte de la aportación presupuestaria ordinaria del Poder Judicial, lo cual es conforme con la naturaleza de destino específico, y con el objetivo de allegar recursos adicionales a la administración de justicia. El artículo 177 de la Constitución Política dispone que deben asignarse al Poder Judicial rentas no inferiores al 6% de los ingresos ordinarios calculados para el año económico, y dado que esto es un mínimo, nada objeta que legalmente se establezcan asignaciones superiores a ese porcentaje. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 44 PAGINA N*23 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 Expediente N.” 22.802 10 Finalmente, el artículo 7 establece cuáles serán los destinos de lo recaudado, para asegurarse el buen uso de los recursos que se obtendrán, y el 8, como se adelantó, establece las distintas exoneraciones. Por los motivos y razones expuestas, se somete a conocimiento y aprobación de los señores y las señoras diputados, el presente proyecto de LEY DE CREACIÓN DE UNA TASA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA JUSTICIA COBRATORIA. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY DE CREACIÓN DE UNA TASA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA JUSTICIA COBRATORIA ARTÍCULO 1- Créase una tasa - que se denominará: “Tasa para el mejoramiento de la justicia cobratoria.” ARTÍCULO 2- La tasa para el mejoramiento de la justicia cobratoria es un tributo cuyo hecho generador es la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado. Será cancelado en un único pago por parte del acreedor, con la presentación de la demanda o gestiones iniciales de los siguientes procesos judiciales: 1) Monitorios dinerarios. 2) Ejecuciones hipotecarias. 3) Ejecuciones prendarias. 4) Ejecuciones de garantías mobiliarias. 5) Reposesión de garantías mobiliarias. 6) Embargos preventivos que sean competencia de los Juzgados de Cobro Judicial. 7) Procesos sumarios de cobro judicial. El pago de esta tasa cobratoria es responsabilidad exclusiva del acreedor. No podrá sertrasladada, cobrada o reclamada a la parte deudora, dentro del proceso de cobro que realice la parte acreedora. ARTÍCULO 3- Con la presentación de la demanda o gestión inicial, deberá acreditarse el pago de la respectiva tasa; en caso de omisión a la demostración del pago o que éste sea insuficiente, se prevendrá la corrección del requisito, para lo cual se aplicará la normativa correspondiente a la demanda defectuosa, sanción y Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*24 ACTA N*04 Ordinaria. _ 13-01-20 Expediente N.* 22.802 1 Cuando se trate de gestiones de inicio de embargos preventivos, reposesiones y apropiaciones de garantías mobiliarias, la omisión de pago o su insuficiencia será objeto de la misma prevención judicial antes citada, para su cumplimiento dentro del plazo de cinco días. Se advertirá al promotor que en caso de no cumplir el requerimiento, se declarará la inadmisibilidad de la gestión y la terminación del proceso. A esta resolución, se le aplicará el régimen recursivo regulado por la normativa general procesal civil. ARTÍCULO 4- La tasa para el mejoramiento de la justicia cobratoria se cancelará a favor del Estado mediante enteroso por la forma que se disponga en coordinación con el Ministerio de Hacienda. El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley. El Poder Judicial implementará la normativa interna correspondiente para su ejecución. ARTÍCULO 5- Esta tasa se calculará aplicando un porcentaje al valor de la estimación de la demanda de los procesos indicados en el Artículo 2. El porcentaje será como mínimo del uno coma cinco por ciento (1,5%) y como máximo del dos coma cinco por ciento (2,5%), podrá ser fijo para todos los casos o escalonado por rangos según el valor de la estimación de la demanda o del proceso cobratorio. El esquema del porcentaje a cobrar deberá definirse anualmente por la Corte Plena del Poder Judicial según lo indicado en este artículo, con base en un estudio técnico y financiero que consideren la necesidad de establecer mínimo y máximos para hacer la gestión cobratoria, la estadística institucional en materia de cobro judicial, los requerimientos conforme el artículo 7 de esta ley y los resultados de la gestión cobratoria que se pretender alcanzar que justifiquen la tasa. Cada modificación en el porcentaje afectará los procesos nuevos que se presenten, surtirá sus efectos a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta. En todo caso, el monto mínimo a pagar en cada proceso, por concepto de esta tasa, no podrá ser inferior al diez por ciento del salario base mensual de la persona “Oficinista 1” del Poder Judicial. ARTÍCULO 6- Los recursos que se recauden por este impuesto estarán sujetos al artículo 15 “Destinos Específicos” contenido en el título IV “Responsabilidad Fiscal de la República” de la Ley 9635 "Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” del 3 de diciembre de 2018. No formarán parte de los recursos que, conforme a la Constitución, deben ser traslados al Poder Judicial en el Presupuesto de la República de cada año. Asimismo, los recursos recaudados durante el ejercicio económico serán trasladados de forma íntegra al Poder Judicial en una partida especial creada al efecto, durante los primeros quince días de enero del año siguiente. Los recursos se asignarán conforme a los lineamientos y fines establecidos en esta ley, a los gastos ordinarios y de inversión de los despachos judiciales que conozcan Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 46 PAGINA N*25 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 Expediente N.* 22.802 12 procesos cobratorios de las jurisdicciones civil y agraria, regulados en el Código Procesal Civil, Ley N.” 9342; la Ley de Jurisdicción Agraria, Ley N.* 6734; y el Código Procesal Agrario, Ley N.” 9609, este último a partir de su entrada en vigencia. Al cierre de cada ejercicio económico el Poder Judicial deberá rendir a la Contraloría General de la República y a la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa, un informe sobre los recursos asignados por esta ley, las inversiones realizadas, los indicadores de resolución de casos de cobro judicial y del comportamiento de mora judicial cobratoria. ARTÍCULO 7- Los dineros recaudados por el cobro de la tasa para el mejoramiento de la justicia cobratoria se destinarán al: 1) Mejoramiento de la administración de justicia cobratoria que conduzca hacia una reducción de tiempos de respuesta con respecto a su retraso judicial. 2) Creación de tribunales ordinarios o extraordinarios de cobro judicial y asignación de nuevas plazas para la atención del retraso judicial en esta materia. 3) Mejoramiento del soporte logístico y tecnológico informático de los tribunales de justicia competentes en materia cobratoria. 4) Infraestructura y equipamiento de los tribunales de justicia de cobro judicial. ARTÍCULO 8- Las entidades de derecho público no estarán sujetas al pago de la tasa para el mejoramiento de la justicia cobratoria, por el principio de inmunidad fiscal, a excepción de aquellas entidades que realicen una actividad comercial. Tampoco estarán sujetas al pago de la tasa para el mejoramiento de la justicia cobratoria las personas físicas o jurídicas que no hagan del otorgamiento o cobro de créditos su ocupación habitual. Los parámetros para la determinación de lo anterior se determinarán por la vía reglamentaria. Además, vía reglamento se determinará los parámetros para que la persona juzgadora pueda exonerar del pago, a aquellas personas indicadas en el artículo 2 de esta ley, cuando acrediten vía incidental, al presentar el proceso, la imposibilidad justificada a criterio del tribunal del pago de este tributo. ARTÍCULO 9- Esta Ley es de orden público y entra en vigencia dos meses después de su publicación. 2 » Sitio Web: munipococi.go.cr Y : Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*26 ACTA N*04 Ordinaria. ATA Expediente N.* 22.802 13 Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veinticuatro dias del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. Marvin Rodriguez Cordero Segundo Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia de la República Fiorella Salazar Rojas Elian Villegas Valverde Ministra de Justicia y Paz Ministro de Hacienda 02 de diciembre de 2021 Expediente N.* 22.802 14 NOTAS: Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios. El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los requerimientos de estructura. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección Jurídica para que emitan el criterio jurídico correspondiente a la Consulta del Expediente N*22.802 “Ley de Creación de una Tasa para el Mejoramiento de la Justicia Cobratoria”. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*27 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 ACUERDO N' 66 o Se conoce nota suscrita por la señora Erika Ugalde Camacho, Jede de Área de Comisiones Legislativas, teléfono: 2243-2437, correo electrónico: ghernandezQasamblea.go.cr / COMISION-GOBIERNOGasamblea.go.cr, dice: Oficio: CPEM-092-2021 Asunto: Consulta del dictamen Proyecto 20.814 Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo y en virtud de la moción 59, aprobada en sesión 18, en su trámite de mociones vía artículo 137, se solicita el criterio de esa municipalidad en relación con el dictamen del proyecto "LEY CONTRA EL USO ABUSIVO DE LOS CARGOS MUNICIPALES”, expediente 20.814 el cual se anexa. Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital. Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-2437, 2243-2194, o al correo electrónico COMISION- GOBIERNOQ asamblea.go.cr. Atentamente, Erika Ugalde Camacho ASAMBLEA Jefe Área (O (506) 2243-2437 LEGISLATIVA Comisiones Legislativas lll O eugaldedasamblea.go.cr Departament A Ja ai pa (D) 1500) 2243-2440 Comisiones Legislativas Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI AREA DADA PAGINA N*28 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE ASUNTOS MUNICIPALES Y DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO EXPEDIENTE N' 20.814 LEY CONTRA EL USO ABUSIVO DE LOS CARGOS MUNICIPALES DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÍA (31 de julio de 2019) SEGUNDA LEGISLATURA (Del 1* de mayo de 2019 al 30 de abril de 2020) PRIMER PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS (01 de mayo al 31 de julio de 2019) ÁREA DE COMISIONES LEGISLATIVAS lll DEPARTAMENTO DE COMISIONES LEGISLATIVAS Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 50 PAGINA N*29 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-42 ARA FEF ELA ARA Expediente 20.814 al DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÍA LEY DE CONTRA EL USO ABUSIVO DE LOS CARGOS MUNICIPALES EXPEDIENTE 20.814 Las suscritas legistadoras y legisladores, integrantes de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo, rendimos el presente DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÍA del Proyecto de Ley tramitado bajo el Expediente N* 20814, LEY CONTRA EL USO ABUSIVO DE LOS CARGOS MUNICIPALES, presentado a la corriente Legislativa por los diputados Pablo Abarca Mora, Carmen Irene Chan Mora, María Inés Solís Quirós, Rodolfo Rodrigo Peña Flores, Walter Muñoz Céspedes, José María Villalta Flórez-Estrada, Marulin Raquel Azofeifa Trejos y Xiomara Priscilla Rodríguez Hernández, publicado en el diario Oficial La Gaceta No. 123, Alcance 128 del 09 de julio de 2018, en virtud de las siguientes consideraciones: 4.- GENERALIDADES ACERCA DEL PROYECTO DE LEY El texto base del proyecto proponía adicionar un inciso a) al artículo 16, y un inciso d) al numeral 23, ambos de la Ley N* 7794, Código Municipal, de 30 de abril de 1998 y sus reformas, a efectos de que a los funcionarios que ocupan los cargos de alcaldes, vicealcaldes y regidores, les sea incompatible postularse para ser candidatos a alcalde municipal o regidor, en caso de que, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de las elecciones, hayan desempeñado tales cargos. De conformidad con la exposición de motivos del proyecto, se pretende abordar el tema del uso abusivo del poder, puntualmente en el ámbito municipal, de manera que se garantice la labor público-local, con el enfoque en el uso equitativo y eficiente de los recursos municipales y con la consigna de “erradicar el uso indebido del poder, mismo que ha sido dado democráticamente para servir al pueblo, y no con intereses que se alejan del bien común” Ahora bien, en sesión ordinaria n* 4, de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales, llevada a cabo el 31 de julio del 2019, se aprobaron dos mociones de fondo que modificaron el texto de la propuesta. La primera moción aprobada modifica el primer ordinal del proyecto, respecto a la reforma planteada al artículo 16 del Código Municipal, de manera que se incorpora un párrafo final al citado artículo, donde se dispone que los funcionarios que ocupen los cargos de alcaldes o vicealcaldes y que deseen inscribir una candidatura para optar por alguno de esos puestos en el período inmediato siguiente a su mandato actual, deberán solicitar un permiso sin goce de salario como mínimo seis meses antes de las elecciones municipales. Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 51 PAGINA N*30 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-20 RAMO Expediente 20.814 2 Por su parte, la segunda moción de fondo aprobada eliminó el artículo segundo del proyecto, que planteaba una reforma al ordinal 23 del Código Municipal, por lo tanto, el texto dictaminado en Comisión, contempla un único artículo de reforma al numeral 16 de dicho cuerpo normativo. 2.- CUADRO COMPARATIVO DEL ARTICULO VIGENTE Y EL TEXTO DICTAMINADO EN COMISIÓN ARTICULO 16 VIGENTE ARTICULO 16 PROPUESTO “Artículo 16. - No podrán ser | “Artículo 16- No podrán ser candidatos a candidatos a alcalde municipal: alcalde municipal: a) Quienes estén inhabilitados por | [...] sentencia judicial firme para ejercer cargos públicos. Los funcionarios que ocupen los cargos de alcaldes o vicealcaldes y b) Los funcionarios o empleados a | que deseen inscribir una candidatura los que, según el artículo 88 del | para optar por alguno de esos Código Electoral, se les prohíba | puestos en el período inmediato participar en actividades político- | siguiente a su mandato actual, electorales, salvo emitir el voto. | deberán solicitar un permiso sin goce Estas incompatibilidades afectarán a | de salario como mínimo seis meses quienes, dentro de los seis meses | antes de las elecciones municipales.” anteriores a la fecha de las elecciones, hayan desempeñado esos cargos.” 3.- CONSULTAS INTITUCIONALES: Mediante moción de orden debidamente aprobada, en sesión ordinaria N” 8 del 5 de setiembre del 2018, este proyecto de ley se envió a consultar a las siguientes instituciones: Municipalidades del País. Tribunal Supremo de Elecciones. Instituto de Fomento y Asesoría Municipal. Unión Nacional de Gobiernos Locales. Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANA!). Red Costarricense de Mujeres Municipalistas. Procuraduría General de la República. Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo Sitio Web: munipococi.go.cr AY 3 Facebook: AMunicipalidadDePococi Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*31 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01- Expediente 20.814 3 Seguidamente, se expone un resumen de los criterios positivos esbozados por algunas instituciones que comparten el criterio sobre la necesidad impostergable de tomar medidas legales que controlen el uso abusivo en los cargos municipales, tal y como lo pretende el presente proyecto de Ley: Institución Resumen de la posición Folios 231-232 Municipalidad de Brinda voto de apoyo al Proyecto Paraíso Folio 249 Municipalidad de Upala Dar un voto de apoyo al Exp, 20.814 "Ley Contra el Uso Abusivo de los Cargos Municipales. Sin embargo, consideramos conveniente que se le incorpore el inciso c) artículo 16 y inciso d) artículo 23 del C.M. Y que esto sea siempre y cuando sea un permiso de 6 meses y pueda volver a su puesto una vez concluidas las elecciones, para terminar el periodo para el que fue electo. Folio 267 Municipalidad de Orotina Brinda voto de apoyo al Proyecto de ley. Folio 292 Municipalidad de Belén Consideramos que su texto es una interesante propuesta para crear un régimen de incompatibilidades para ejercer cargos públicos municipales que solo por ley se puede crear, por lo que apoyamos en todos sus extremos. Folio 295 Municipalidad de Coto Brus Emite criterio positivo al proyecto tramitado. Folio 308 Municipalidad de Santa Ana | Avalar la propuesta parlamentaria bajo estudio, en aras de lograr una mayor transparencia en la función municipal y alcanzar un grado mayor de alternabilidad en el ejercicio de los cargos públicos, reduciendo la posibilidad de permanencia en los mismos y la comisión de delitos cometidos en el ejercicio de la función pública. Folio 311 Municipalidad de Nicoya Se considera que la reforma de estos artículos como una medida necesaria pues, pretende garantizar un trabajo honesto de los representantes municipales. Folio 333 Municipalidad de Turrialba Esta reforma pretende garantizar un trabajo honesto de los representantes municipales, haciendo un trabajo sano y Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*32 Pecocí MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*04 Ordinaria. Expediente 20.814 Ls equitativo de los recursos municipales, erradicado el uso indebido del poder, mismo que ha sido para servir democráticamente al pueblo y no con intereses que se alejan del bien común. Procuraduría General de la República Concluye indicando que, por la naturaleza de la materia a reformar, que indudablemente de Indole electoral, lo conveniente es que dicha incompatibilidad igualmente fuera regulada también en el Código Electoral en materia de las incompatibilidades a las que se encuentran sujetos los alcaldes, vicealcalddes y regidores municipales. Con respecto a las consultas solicitadas por esta comisión a las diferentes Instituciones y organizaciones y que las mismas no respondieron a la solicitud de esta comisión de rendir su criterio en relación al texto en discusión, es conveniente señalar que el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa establece con respecto a las consultas institucionales en la discusión de un proyecto de ley lo siguiente: * (...)Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta a que se refiere este artículo, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto (...)” 4.- INFORME DE SERVICIOS TÉCNICOS: El Departamento de Servicios Técnicos rindió informe sobre el Expediente N* 20814, mediante Oficio AL-DEST-1JU-465-2018. Dicho informe realiza algunas recomendaciones de técnica legislativa, las cuales fueron de recibo e incorporadas al texto dictaminado. Las demás observaciones realizadas al articulado, se presentan desde una óptica constitucional, las cuales, a criterio de los firmantes del presente dictamen, deben atenderse a nivel de la Sala Constitucional, tal y como se estipula en nuestro ordenamiento jurídico, no así en el trámite legislativo. 5.- CONSIDERACIONES FINALES: El Tribunal Supremo de Elecciones, ha sido claro al considerar que, en la Constitución Política, hay un reservorio importante para que existan previsiones, donde se garantice que los actores en la política tengan espacios adecuados, en igualdad de condiciones para competir por esos puestos y con la mayor transparencia posible. Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo Pluye 53 13-01-20 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
PAGINA N933 Pecocí MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*04 Ordinaria. PESO DAR ARICA LP Expediente 20.814 5 Actualmente las alcaldías no tienen ninguna restricción con respecto a la participación política, por lo tanto, es fundamental que exista una medida que establezca la obligatoriedad de separarse del cargo, lo cual no va en detrimento de ninguna de las partes, sino, pretende fortalecer la democracia y evitar el uso del poder para fines ajenos al bien público. Mediante las mociones aprobadas en el trámite de Comisión, a criterio de los firmantes, se le da potabilidad constitucional al proyecto y le da un realce a la democracia costarricense, donde bajo ninguna circunstancia se limita la participación de los alcaldes, sin embargo, se establecen condiciones para su participación, en procura de igualdad de condiciones entre aspirantes, y transparencia al ejercer los cargos municipales. Actualmente existen limitantes en términos de exposición pública para los jerarcas de los gobiemos locales, sin embargo, no se puede obviar el nivel de decisión administrativa por parte de ellos, lo cual podría generar un conflicto de intereses, en decisiones que deben ser estrictamente en busca del bien común, y no de acuerdo a la coyuntura política del momento. Además, considerando que nuestro país enfrenta una de las crisis más grandes de actos de corrupción en la función pública, y que el sector municipal no es la excepción, resulta impostergable tomar medidas que erradiquen las malas prácticas, fortalezcan la democracia y regulen (sin que esto represente prohibición), la participación política de los jerarcas de los gobiernos locales. Hay que recordar, que durante la legislatura 2017-2018, la Asamblea Legislativa dio un paso al frente en contra del uso indebido del poder, y en ese sentido, aprobaron el expediente N.” 19.187; direccionado a erradicar las prácticas indebidas desde las jerarquías del Instituto Mixto de Ayuda Social. Dicha norma se enfoca en erradicar actos inmorales, en una institución que tiene contacto directo con los sectores más vulnerables de la sociedad, como lo son las personas y familias de escasos recursos; reglando la participación política de los jerarcas del Instituto Mixto de Ayuda Social, mientras ostenten sus cargos, evitando así la manipulación de los beneficiarios de la institución, en favor o conveniencia política. Sin duda, ha sido una reforma fundamental en el proceso de saneamiento del sector público, la cual se homologa con las regulaciones preexistentes en relación con los miembros de juntas directivas de distintas instituciones públicas, quienes también tienen limitaciones de participación política mientras estén ejerciendo sus cargos. Es por lo anterior, que, a criterio de los firmantes, también se debe atender con inmediatez el uso abusivo del poder en otras áreas del sector público, las cuales también tienen un vínculo directo con las necesidades más esenciales de los costarricenses, y en este caso particular, nos referimos al sector municipal. Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo Pluye 13-01-2 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI En aras del saneamiento del sector público, y con la intención de devolverle la confianza a la ciudadanía costarricense, es que por medio de este proyecto de ley se garantizará un trabajo honesto de los representantes municipales; pero principalmente, se enfoca en velar por la utilización equitativa y eficiente de los recursos municipales, direccionando el poder que ha sido dado democráticamente para servir al pueblo, y no con intereses que se alejan del bien común. En consideración de lo anteriormente señalado, la Comisión Dictaminadora acordó la aprobación de las mociones de fondo, supra citadas, a efectos de eliminar de la propuesta lo referente a los regidores municipales (artículo 2), y modificar el artículo 1, de manera que la reforma incluya un último párrafo al artículo 16 del Código Municipal. Por lo tanto, tomando en cuenta los diferentes razonamientos, a nivel técnico, jurídico y político-administrativos, planteados en el trámite de esta iniciativa, los señores diputados y las señoras diputadas quienes suscribimos y somos parte de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo, rendimos el presente DICTAMEN AFIRMATIVO DE MAYORÍA al Expediente N* 20.814 "LEY CONTRA EL USO ABUSIVO DE LOS CARGOS MUNICIPALES” y solicitamos respetuosamente su aprobación en el Plenario Legislativo. — v Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo 55 PAGINA N*34 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01- 22 Expediente 20.814 6 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AAMunicipalidadDePococi Pecocí Fluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N935 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 Expediente 20.814 7 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY CONTRA EL USO ABUSIVO DE LOS CARGOS MUNICIPALES EXPEDIENTE N.* 20.814 ARTÍCULO 1- Agréguese un párrafo final al artículo 16, de la Ley N* 7794, Código Municipal, de 30 de abril de 1998 y sus reformas, y que se lea de la siguiente manera: Los funcionarios que ocupen los cargos de alcaldes o vicealcaldes, y que deseen inscribir una candidatura para optar por alguno de esos puestos en el período inmediato siguiente a su mandato actual, deberán solicitar un permiso sin goce de salario como mínimo seis meses antes de las elecciones municipales. v Comislón Permanente Especial de Asuntos Munlcipales y Desarrollo Local Participativo Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 57 PAGINA N*36 Expediente 20.814 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 ETA 3 DADO EN LA COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE ASUNTOS MUNICIPALES Y DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO, EXPEDIENTE 20.814, ALOS TREINTA UN DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE. Carmen Chan Mora Roberto Thompson Chacón Ana Lucía Delgado Orozco Parte expositiva: Andrea Blanco Alfaro Parte dispositiva: Guiselle Hernández 26-08-2019 Pablo Heriberto Abarca Mora Daniel Ulate Valenciano Ignacio Alberto Alpizar Castro Luis R. Carranza Cascante DIPUTADAS Y DIPUTADOS Comisión Perm ipales y Desarrollo Local Participativo Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección Jurídica para que emitan el criterio jurídico correspondiente a la Consulta del Expediente N*20.814 “Ley Contra el Uso Abusivo de los Cargos Municipales”. Ppecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N937 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01- ACUERDO N* 67 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Jorge Hodgson Quinn, Presidente del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí, teléfono: 2710-3768 / 2710-1789, correo electrónico: secretariaccdroOgmail.com, dice: Oficio: CCDRP-002-2022 Asunto: En respuesta al SMP-2422-2021 referente a patrocinio para actividad recreativa de “ciclismo de montaña” Desafío Worke. COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCÍ Cédula Jurídica: 3-007-087876 Guápiles, jueves 13 de enero del 2022. CCDRP-002-2022 Señores: Concejo Municipal Estimados señores: Me permito informarles que en la Sesión Ordinaria N*01 realizada el lunes 10 de enero del 2022, la Junta Directiva del CCDR Pococí procede a tomar el siguiente acuerdo: ACTAN*01 ARTICULO VI ACUERDO N*522 Por Unanimidad SE ACUERDA; se aprueba a brindar respuesta de la solicitud del Oficio SMP-2422-2021 referente a patrocino para actividad recreativa de “ciclismo de montaña” Desafío Worke, indicarles que no se cuenta con el [presupuesto requerido para hacer este gasto. Aprobado por los presentes y se dispensa. Cortialmente, pon oro deme HOOGSON eng Pecacnia" AA Lic. Jórge Hodgson Quinn . Presidente CCDR de Pococí Cl: Archivo “El llenar las manos de los jóvenes de deporte, es poner el deporle en buenas manos" Tel: 2710-37-68) 2710-17-89 Correo: secretariaccdrpOgmaill.com AO yl Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 59 PAGINA N*38 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 INNER Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Indicarle a los solicitantes que el mes en que estamos, el movimiento económico todavía no está fluyendo porque hace poco se terminó el ejercicio económico 2021 y se está iniciando el 2022, que aunque se presupuesta con tiempo, el contenido económico está en proceso de activación, por lo que se solicita comprensión. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce ACUERDO N* 68 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Estefanía Castillo Mora, secretaria del Concejo Municipal de Esparza, teléfono: 2636-0128, correo electrónico: ecastrilomuniesparza.go.cr, dice: Oficio: SM-028-2022 Asunto: Oposición al Proyecto de Ley Expediente 22.801. » » Sitio Web: munipococi.go.cr a a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 60 PAGINA N*39 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 Municipalidad de Esparza Secretaría del Concejo Municipal Espíritu Santo de Esparza, 13 de enero de 2022 SM-028-2022 Señores Municipalidades del País Estimados señores: Para conocimiento suyo y fines consiguientes, pláceme transcribir el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Esparza, en Acta N” 133-2022 de Sesión Ordinaria, efectuada el diez de enero del dos mil veintidós, Artículo ll, inciso 4 que dice: 4-Se conoce oficio CM-SC-02-01-2022 de fecha 05 de enero de 2022, dirigido al señor Gilbert Jiménez Siles, Alcalde Municipal, Municipalidades del País y a la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa; texto que se transcribe a continuación: Transcribo a ustedes, en lo que a sus competencias corresponde, el acuerdo no. 2 de la sesión no. 1-2022 celebrada por el Concejo Municipal de Desamparados el 04 de enero 2022. "El Concejo Municipal de Desamparados acuerda aprobar la siguiente moción la cual reza así: Moción de la Alcaldía Municipal y la presidencia municipal para OPONERSE al Proyecto de Ley presentado bajo el expediente 22.801 "LEY DE REDUCCIÓN DE BENEFICIOS FISCALES Y AJUSTE DE TARIFAS EN RENTAS DEL CAPITAL PARA FORTALECER EL SISTEMA FISCAL" CONSIDERANDO 1. Que las finanzas públicas del país desde el año 2018 ya venían con una salud muy débil llevando a tomar la decisión de implementar la ley 9635 bajo el expediente 21.922, llamada Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, como un plan escudo a nivel económico para el segundo semestre del 2019 y primer trimestre del 2020, aunado a eso se debía en cuenta la pandemia por Covid 19 que ya afectaba al comercio en general, por las primeras restricciones implementadas por el Ministerio de Salud a medida que la tasa de contagios se incrementaba con el pasar de los días. Avenida 01 entre Calles 4 y 6 Tél: 2636-0128; 2636-0188 Fax; 2636-0174 Email: mvasquez Omuniesparza. go.cr Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 61 PAGINA N*40 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 Municipalidad de Esparza Secretaría del Concejo Municipal 2-Un porcentaje considerable de los comercios y Pymes, tuvieron que recortar sus nóminas y costos operativos para seguir trabajando, en otros casos llegaron a punto de cierre, disminuyendo el comercio en general y golpeando la economía, si se lleva a tema cantón, existieron muchos cierres y retiros de patentes por parte de los contribuyentes que ya no podían hacerle frente a sus obligaciones tributarias y patronales. Estas razones provocaron que las proyecciones presupuestarias de los Gobiernos Locales disminuyeran de manera considerable lo que provocó diferentes modificaciones para cumplir con los servicios esenciales y programas. 3-Se sabe que el país debe buscar nuevas fuentes de ingresos, más no, aun así, afectar el bolsillo de los costarricenses, quienes, a base de nuevos impuestos, nos estamos enfrentando a una de las inflaciones más altas en los últimos años y que por razones consecuentes agravan el poder adquisitivo. Resultando» 1. Según lo analizado en este proyecto de Ley, se hace este cuadro comparativo de tos establecido en el artículo 59 de la Ley 7092, el cual sería el resultado de aprobarse en Asamblea Legislativa: [Im uesto Porcenta+e Actual Porcenta+e Pro uesto Por el transporte y las 8,5% 13,5% comunicaciones. Por las pensiones, las 15% jubilaciones, los salarios y cualquier otra remuneración que se pague por trabajo personal ejecutado en relación de de endencia Por tos honorarios, las 30% comisiones, las dietas y otras prestaciones de servicios personales ejecutados sin que medie relación de de endencia Por los reaseguros, los re 5,5% 5,5% afianzamientos y las primas de se uros de cual uier clase Por utilización de películas cinematográficas, películas para televisión, grabaciones, discos fonográficos, historietas y, en general, cualquier medio de difusión similar de Avenida 01 entre Calles 4 y 6 Tel: 2636-0128; 2636-0188 Fax; 2636-0174 Email: mvasquez Omuniesparza go.cr Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*41 «9 MUNICIPALIDAD DE POCOCI 62 ACTA N*04 Ordinaria. Municipalidad de Esparza Secretaría del Concejo Municipal 13-01-20 imágenes o sonidos, así como por la utilización de noticias internacionales Por radionovelas telenovelas 55% ¡por — lasutilidades, los ¡dividendos — las participaciones sociales a que se refieren los artículos 18 y 19 de esta lev 5% al 15% según corresponda 10% al 20% según corresponda Por intereses, comisiones y otros gastos financieros, así como por los arrendamientos de bienes de capital pagados o acreditados por personas ¡físicas o jurídicas domiciliadas en Costa Rica 'aentidades o ersonas físicas del exterior 15% Por intereses, comisiones y otros gastos financieros que paguen o acrediten las entidades sujetas a la vigilancia e inspección de la Superintendencia General de Entidades Financieras a entidades del extranjero que estén sujetas a la vigilancia e inspección en sus correspondientes «urisdicciones Por cualquier otro pago basado intereses, comisiones y otros gastos financieros no comprendidos en los enunciados anteriores | 15% Avenida 01 entre Calles 4 y 6 el: 2636-0128; 2636-0188 Fax; 2636-0174 Email: mvasquez Omuniesparza. go. cr Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 63 PAGINA N%42 ACTA N904 Ordinaria. 13-01-2 Municipalidad de Esparza Secretaría del Concejo Municipal Por el asesoramiento 25% 30% técnicofinanciero o de otra índole, así como por los pagos relativos al uso de patentes, suministros de fórmulas, marcas de fábrica, privilegios, franquicias re alías Por los pagos que se colo 25% realicen a no domiciliados, con ocasión de espectáculos públicos que | ocasionalmente se | presenten en el a[s. Por cualquier otra remesa de 30% 35% las rentas de fuente costarricense referidas en los artículos 54 y 55 de esta ley, no contempladas anteriormente, se pagará una tarifa del treinta y cinco por ciento | Según este cuadro podemos evidenciar el aumento desproporcionado desde un 5%, un 15% y hasta un 25% en algunos impuestos. Por lo tanto: Solicitamos dispensa de trámite de la presente moción. Solicitamos al honorable Concejo Municipal, oponerse a la implementación de esos nuevos impuestos que fueron analizados y comparados en el cuadro del resultado inciso 1, ya que sería un recargo económico para el bolsillo de las familias costarricenses, el cual viene iniciando una recuperación no periódica de los embates de la pandemia por Covid-19, y el pagar ese promedio de un 5% disminuye el poder adquisitivo de aquel llamado independiente, lo mismo con los dividendos, ya que se estaría gravando las utilidades de un ahorro que no pertenece al gobierno central, es decir, ganar sobre el ahorro de otros. Solicitar por medio de este Concejo Municipal al proponente de este proyecto, el Señor Eliam Villegas, Ministro de Hacienda, buscar otras fuentes de ingreso que pueda colaborar con el problema fiscal y trabajar fuertemente en el cobro a los grandes evasores y morosos que bien son los que hacen daño al sistema tributario Avenida 01 entre Calles 4 y 6 Tel: 2636-0128; 2636-0188 Fax; 2636-0174 Email: mvasquez Omuniesparza.go.cr Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*43 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 pa | y j Municipalidad de Esparza boi Secretaría del Concejo Municipal Instar a los demás gobiernos locales a oponerse a este proyecto pues sería afectar a la población en general. Reducir el gasto público." Acuerdo definitivamente aprobado. SE ACUERDA: De conformidad con la moción presentada por el Concejo Municipal de Desamparados y la presidencia municipal de oponerse al proyecto de “Ley presentado bajo el expediente 22.801 "ley de reducción de beneficios fiscales y ajuste de tarifas en rentas del capital para fortalecer el sistema fiscal” se apoya la moción por parte de este Concejo Municipal de Esparza. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO POR UNANIMIDAD. Atentamente, CONCEJO MUNICIPAL DE ESPARZA ESTEFAMIA DEL CARMEN CASTRILLO. HORA (FIRMA) Estefania Castrillo Secretaria del Concejo Municipal 27 Concejo Municipal de Desamparados E Archivo v Avenida 01 entre Calles 4 y 6 Tél: 2636-0128; 2636-0188 Fax 2636-0174 Email: mvasquez Omuniesparza go.cf Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 65 PAGINA N%44 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-20 ARTICULO ll Lectura, Discusión y Verificación del Acta N*01 Ordinaria del 06-01-2022 y del Acta N*02 Extraordinaria del 10-01-2022 ACUERDO N* 69 Se Conoce Acta N*01 Ordinaria del 06-01-2022 Comentarios del Acuerdo N? 02 referente a “Atención al señor Yorlan Díaz Chaves, representante de “Eco SYNODO. Asunto: Proyecto Fundación SYNODO” y Acuerdo N? 17 referente al oficio DPCC-001-2021, Asunto: Consulta de Convenio entre la Municipalidad -JAPDEVA para la administración del muelle. Participan de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos Saluda, indica que con relación a esa acta, desea referirse a la atención al señor Yorlan Díaz Chaves, representante de “Eco SYNODO, quien solicitó un representante de la Municipalidad de Pococí para que formara parte de dicha fundación, sin embargo no se nombró a la persona. Comenta que considera importante dicho nombramiento para que la fundación pueda continuar con el proceso que deben de seguir, aparentemente la labor que realiza es muy buena para la agricultura y todo lo expuesto. Además de eso, indica que tiene otro punto relacionado al muelle de Tortuguero, que en el mes de septiembre se aprobó el convenio para que la Asociación pudiera administrar algunos servicios de locales que hay en la comunidad y en ese convenio se dice que hay un cobro de ¿1.000 (mil colones). Que en el Acuerdo N*17, hay Una nota firmada por la Arq. Lauren Paniagua e indica que no tiene conocimiento de la existencia de dicho Sitio Web: munipococi.go.cr a . Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 66 PAGINA N%45 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 convenio y que por lo tanto, quiere consultarse al señor Manuel Heifández, alcalde municipal, si se firmó el convenio. Recuerda que el convenio también debía ser firmado por JAPDEVA, ya que es el dueño de la propiedad y por un representante del MOPT, por lo que quiere saber cómo está el tema, ya que la Asociación está actualmente ejerciendo la actividad. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Indica que en relación a la primer punto no hay ningún problema, que se puede nombrar al representante de la fundación. Y que, en cuanto al segundo punto del convenio, que ese día por propuesta del él mismo (Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez) se trasladó para la coordinación de una reunión con JAPDEVA y la municipalidad por motivo que no se tiene la autorización de fijar precios de tarifas, sin embargo quiere escuchar al alcalde como administrador para que le responda al regidor Randall Torres. Lic. Manuel Hernández Rivera - Alcalde Municipal Afirma lo que dice el señor presidente e indica que el Lic. Christian Córdoba ya tiene listo el borrador del convenio y que a nivel de municipalidad se puede firmar el convenio, autorizar, pero lo que la fijación de tasas se debe de regular con base lo que diga el MOPT. Cree que ahorita hay una inconformidad porque se está cobrando a algunos dueños de botes, por lo que reitera que el documento está listo, pero se debe esperar la reunión. Menciona que hace unos días estuvo el ingeniero Edgar Villarreal de JAPDEVA, viendo unos asuntos de terrenos que inclusive ellos dieron permisos y resulta que ahora les resulta a la municipalidad con la nueva legislación que se está aplicando, entonces se debe de reunir las partes técnicas para ponerse de acuerdo y se va a tener en cuenta lo del muelle. Reg. Randall Torres Barrientos Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 67 PAGINA N%46 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-20 RL Comenta que estaba viendo la documentación que le pasaron y'él tema está desde el año 2018, inclusive desde esa fecha el vicealcalde anda en ese trámite y no se ha definido, que es importante que se fijen las tarifas para que se regularice porque hay mucho desorden. Explica que en el lugar hay una licorera y que eso no va con los objetivos de la Asociación, por lo que se debe de tomar una decisión en ese sentido. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Agradece la participación del regidor Torres. Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N%01 Ordinaria del 03-01-2022. ACUERDO N* 70 Se Conoce Acta N*02 Extraordinaria del 10-01-2022 Comentarios del Acuerdo N? 26 referente a Atención al Comité Pro-mejoras Calle del Comercio, Calle Tres en Guápiles. Representada por la señora Xinia Monge Zúñiga Participan de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos Menciona que le consultó a don Manuel Hernández sobre este tema y le dio una idea muy importante que es sobre convertir esa zona en un bulevar y así cerrar el paso, de esa manera se amplía con el proyecto que hay que el comercio puede sacar sillas, etc, se puede hacer un tipo de atracción turística y comercial bastante importante, fortalecido con otros proyectos como lo son las cámaras de seguridad e iluminación. Se debe de realizar un trabajo en el tema de venta de licor a altas horas, prostitución y todo lo demás antes expuesto en la atención. Indica que analizó el informe que se presentó y es bastante cruda la problemática de Sitio Web: munipococi.go.cr a a. Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*47 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-20 esa zona y se debe de atender en conjunto con otras instituciohes. El Ministerio de Seguridad debe de poner “las barbas en remojo” porque se ha abandonado al cantón en el tema de regular todo este tipo de problemas sociales y también debe de intervenir fuertemente el Ministerio de Salud en la regulación de comercios, así como nuestra parte debe de trabajar en lo que son lotes baldíos que están descuidados, lo que facilita la delincuencia. Reitera que se debe de trabajar en esta calle tan importante y que haciéndola bulevar se puede integrar a la Avenida Pococí, el parque también con la finalidad de hacer de Pococí un cantón más seguro, movible, más bonito y con todas las perspectivas para activarlo económicamente. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Apoya las palabras del regidor Torres e indica que en el momento que llegue el proyecto al Concejo Municipal se apoyara de igual manera porque se debe de trabajar por embellecer a Guápiles y que si el señor alcalde se está comprometiendo, el Concejo Municipal también adquiere el compromiso. Reg. Ovidio Vives Castro Saluda, indica que le corresponde a su suplente, Yoseline Abarca Torres, votar el acta. Reg. Alfredo Calderón Alfaro Saluda, Secunda las palabras del regidor Torres sobre el proyecto de Calle Tres porque realmente es “horroroso” caminar por ahí, ver a algunas personas mal vestidas y que es importante hacer un bulevar ahí porque esa calle afea el centro de Guápiles, por lo que insta apoyar el proyecto para que se le deje de decir "Zona Roja”. Por Unanimidad (Vota la Reg. Yoseline Abarca Torres en lugar del Reg. Ovidio Vives Castro). SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*02 Extraordinaria del 10- 01-2022. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 9 PAGINA N*48 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 aa ARTICULO lll Asuntos del Sr. Alcalde ACUERDO N?* 71 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal, teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice: Oficio: DAMCM-0006-2022 Asunto: Compra Directa N*2022CD-000001-0032000702 “Servicios de asistencia para despacho de la Alcaldía”. v Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*49 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-20 Municipalidad de Pococí 14 POCOC¿ Despacho del Alcalde Ys AN Teléfono: 2711-1208 <»% Pluye manuel hernandez: Ococ MANCO ES ES _— AS CS Guápiles, 12 de enero de 2022 DAMCM-0006-2022 Sres. Concejo Municipal de Pococí Mediante la presente me permito se solicita autorizar acuerdo de pago para la Compra Directa No. 2022CD000001-0032000702: “Servicios de asistencia para despacho de la Alcaldía." Por lo tanto, se remite para la debida autorización según detalle aajunto tras solicitud emitida por la Alcaldía Municipal y solicitud de acuerdo de pago elaborada por el departamento de Compras Públicas. Sin otro particular, / ) er : Lig. Manuel'Hernández Rivera 1 l] Alcalde A Ally Ue 12=M.LOZ2 11:53 AS Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi p k y? Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 71 PAGINA N*50 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 Municipalidad de Pococí POCOC ¿ Compras Publicas Yes a Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 «K¿% Pluye ronald.quirosOmunicipococi,go.cr matarlos mano a Guápiles, 12 de enero del 2022 OFICIO: AAF-CP-01-2022 Señores: Concejo Municipal de Pococí Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago. Compra Directa No. 2022CD000001-0032000702: “Servicios de asistencia para despacho de la Alcaldía." Respetables señores: Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de oferta, por medio de la plataforma electrónica SICOP, Compra Directa No. 2022CD000001-0032000702, servicios de asistencia para la Alcaldía. Se logra determinar lo siguiente: El acto de apertura de la oferta se realizó electrónicamente en donde participa el señor a saber: Maikol Gerardo Fernandez Loria, por un monto de £ 13.200.000,00 (trece millones doscientos mil colones exactos), correspondiente a 12 meses de servicios profesionales, Evaluación de Ofertas. Una vez revisado el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de Precio 80% y ubicación Geográfica 20%, así establecido en el legajo cartelario, Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*51 ACTA N*04 Ordinaria. pecocí Municipalidad de Pococí LT Compras Publicas Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 72 13-01-2022 xy Pluye ronald.quirosOmunicipococi.go.cr MascraLoso ATA Empresa Monlo Preclo 80 | Ubicación Total Ofertado puntos Geográfica 20 Maikol Gerardo Fernandez 4 13.200.000,00 | 80,00 20,00 100,00 Loria Determinando lo siguiente: Una vez realizada la evaluación de la Compra Directa No. 2022CD000001-0032000702, servicios de asistencia para la Alcaldía, esta Unidad recomienda adjudicar al señor Maiko Gerardo Fernandez Loria, por cumplir lécnica y legalmente con lo solicitado, además de ser Única oferta recibida. Por tanto, se solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor alcalde a pagar a al señor: Maiko! Gerardo Fernandez Loria, por un monto de 4 13.200.000,00 (trece millones doscientos mil colones exactos) correspondiente a 12 meses de servicios profesionales. Sin más que agregar se suscribe; Firmado digitalmente RONALD por RONALD QUIROS QUIROS BRENES (FIRMA) Fecha: 2022.01.12 BRENES (FIRMA) ;1:1300-0600 Lic, Ronald Quirós Brenes Coordinador de Compras Publicas Municipal de Pococí. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar al señor Maikol Gerardo Fernández Loría, por un monto de ¿13.200.000,00 (trece millones doscientos mil colones exactos) correspondiente a 12 meses de Servicios Profesionales. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*52 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 EEE Participan de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos Comenta que realizando un análisis del excelente trabajo realizado el año pasado, se hizo un proceso de reestructuración donde se “corrigió bastante” todo el tema del personal, sin embargo hay acciones que se deben de tomar y revisar porque hay algunas plazas, como la de Maikol, que están contratadas bajo diferentes figura como jornales ocasionales y la municipalidad ha cambiado y se ha enfocado en el desarrollo de servicios. Indica que es importante que se tome la decisión de contratar a una persona que termine de corregir todos esos aspectos de modo que se tenga una municipalidad que trabaje de la mejor manera. Explica que hay otro aspecto a atender y es que por muchos años, hay empleados que han estado contratados por servicios profesionales y en teoría, cuando pasa un año de interinato tiene derecho a ser nombrado en propiedad, eso lo demuestran regulaciones a nivel laboral. La OIT ha señalado que a igual trabajo, igual paga por lo que es importante también ver la parte salarial de todos los empleados. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Que se debe esperar que don Manuel como administrador valore los puntos planteados por el regidor Randall Torres ya que es un asunto administrativo y que él tiene todo el apoyo del Concejo Municipal para los proyectos de mejora y que de hecho se ha estado haciendo, un ejemplo de ello es la reingeniería realizada con el objetivo de mejorar los servicios que ofrece la Municipalidad de Pococí. Comenta que en su momento criticó mucho a la Unidad Técnica de Gestión Vial, ahora llamada Obras Públicas, pero ahora están trabajando muy bien liderados por el Ing. Olger Gutiérrez. Y que cuando un alcalde tiene presencia, se notan los cambios a lo largo y ancho del cantón. Reg. Yaslyn Morales Grajal Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 74 PAGINA N*53 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01- race Comenta que esta administración no ha hecho contrataciones externas, otras administraciones han realizado hasta 4 contrataciones de su confianza, pero la actual se ha enfocado en trabajar con el recurso humano que ya había. Comenta que Maikol Fernández es licenciado en periodismo, ya casi es abogado. Es una persona muy profesional que hace más de lo que le corresponde, son muchas cosas buenas las que tiene el asesor del señor alcalde y por eso razona su voto positivo. Reg. José Antonio Bustos Martínez Indica que su es voto es positivo para la contratación de don Maikol porque sabe del buen trabajo y desempeño que a tenido por cerca de dos años y cuando en muchas ocasiones le ha correspondido trabajar hasta altas horas de la noche. Es un asistente de lujo que se tiene en esta administración Hernández Rivera, lo felicita y agradece por el apoyo brindado. Reg. Ovidio Vives Castro Brinda el apoyo para la contratación del Sr. Maikol Fernández que ya lleva años trabajando para la Municipalidad de Pococí, es su segundo periodo. Es un joven muy eficiente y talentoso que trata de resolver los problemas que acontecen en cualquier corporación municipal. Indica que ha. visto contrataciones de personas nuevas en la administración como en el campo desde hace rato, no solamente Maikol, si no que hay más funcionarios que han entrado en otros servicios y que en buena hora el señor alcalde lo ha requerido por que se necesita, que en lugar de darle trabajo a algunas empresas, se le está dando a personas del mismo cantón, beneficiando directamente a sus familias. Indica que “no está ciego para no ver”, que se ha dado cuenta y basta con pedir información y comparar. Felicita a don Manuel por el trabajo que ha realizado en conjunto, consensuando siempre con el Concejo Municipal que es la máxima autoridad política de cualquier cantón y ya se están viendo los resultados de esos trabajos. Externa el apoyo al señor alcalde para la contratación de personal, ya sea en el campo o en la parte administrativa. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 75 PAGINA N*54 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 Reg. Alfredo Calderón Alfaro Externa el apoyo incondicional a Maikol Fernández por ser una persona que busca el bien tanto para el Concejo Municipal como para la administración, responsable y por la excelencia de su trabajo. Felicita al señor alcalde por el trabajo que realiza por el cantón de Pococí. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Indica que el señor Fernández es un excelente trabajador y que en buen momento que don Manuel lo incorporó en su administración y que ha sabido trabajar con el recurso humano que ya tenía la municipalidad. Que tanto Kattya Cedeño y Maikol se merecen todo el reconocimiento por ser excelentes en su trabajo. ACUERDO N?* 72 Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal, teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice: Oficio DAMCM-0007-2022 Asunto: ASUNTO: Resolución recurso de revocatoria contra el acto de adjudicación de la Licitación Abreviada No. 2021LA-000042-0032000702 Tratamiento Superficial Bituminoso 3 Porvenir. » » Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 76 PAGINA N*55 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 Municipalidad de Pococí 9 AS . Despacho del Alcalde Ú a . Teléfono: 2711-1208 yes Pluye ¡anuel he: dez(Amunipoc: o A ES Guápiles, 13 de enero de 2022 DAMCM-0007-2022 Sres. Concejo Municipal de Pococí ASUNTO: Resolución recurso de revocatoria contra el acto de adjudicación de la Licitación Abreviada No. 2021LA-000042-0032000702 Tratamiento Superficial Bituminoso 3 Porvenir. Mediante la presente me permito remitirresolución elaborada por el departamento de Compras Públicas sobre recurso de revocatoria contra el acto de adjudicación de la Licitación Abreviada No. 2021LA-000042-0032000702 Tratamiento Superficial Bituminoso 3 Porvenir. Sin otro particular, d Lic. Manuel hormeliiez Rivera Alcalde Laly W ABEL LIEENBMNS Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 77
PAGINA N*56 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-20
Municipalidad de Pococí
9
POCOCI Compras Públicas. $ Y
a Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 ¿2
Pluye ronald, quirosfAmunicipococi.go.cr mecano
Guápiles, 12 de enero 2022.
Oficio: AAF-CP-03-2022.
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde.
Estimado señor:
Me permito remilirle para su conocimiento y consideración, la respuesta al Recurso
de Revocatoria contra el acto de adjudicación de la Licitación Abreviada No,
2021LA-000042-0032000702 ("Tratamiento superficial Bituminoso + 3, Porvenir"),
recurso interpuesto por la empresa Dinaju SA.
La respuesta adjunta debe ser de conocimiento y aprobación por parte del
Concejo Municipal.
Sin más que agregar se suscribe;
Firmado digitalmente por
RONALD QUIROS roto unos nenes
BRENES (FIRMA) Fecha:202201.12 144440
0600"
Lic. Ronald Quirós Brenes
Coordinador de Compras Públicas
Municipalidad de Pococí.
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Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye MUNICIPALIDAD DE POCOCI 78 PAGINA N*57 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 Ss I Municipalidad de Pococí au Coordinador Compras Públicas 4 b a a Fluye Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 d.quiros! ipococi.9o.c! MUNICIPALIDAD DE POCOCI TASA INMRETIRTA AL SER LAS CATORCE HORAS DEL DIA DOCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, LA PROVEEDURÍA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ, RESUELVE: EL RECURSO DE REVOCATORIA CONTRA EL ACTO DE ADJUDICACION DE LA LICITACION ABREVIADA NO.2021LA-000042- 0032000702, “Tratamiento superficial Bituminoso + 3, Porvenir”. RESULTANDO PRIMERO: Que esta administración municipal, mediante el procedimiento de Licitación Abreviada No. 2021LA-000042-0032000702, procede a realizar las gestiones para la contratación de una o varias Empresas privada, para que brinden el Servicio de Laboratorio de Calidad. SEGUNDO: Que esta corporación Municipal realiza el procedimiento de contratación en la plataforma de Compras públicas SICOP, en donde automáticamente se cursan las invitaciones a todos los potenciales proveedores inscritos a nivel nacional de acuerdo con el servicio solicitado por este municipio. TERCERO: Que la empresa: Dinaju SA, con fecha 04 de enero 2022, presenta Recurso de Revocatoria contra el acto de adjudicación de la Licitación Abreviada No. 2021LA-000042- 0032000702, documento recibido en la página del SICOP. CUARTO: Que la empresa recurrente nos presenta los siguientes alegatos: DE LA LEGITIMACIÓN El día 8 de diciembre del 2021, se recibieron 03 (tres) ofertas para la licitación de referencia, en el cuadro que se presenta a continuación se muestran las ofertas recibidas tal y como se presentan en la Plataforma SICOP, nos menciona la empresa recurrente: | 1 Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*58 MUNICIPALIDAD DE POCOCI Municipalidad de Pococí Coordinador Compras Públicas Pecocí flies Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 y ronold.quiros(Amunipococi.go.cr AREA Pr Fecha/Mora de publicación 08/12/2021 15:48 Encargado Ronald Quirós Brenes Fecha de tipo de cambio 08/12/2021 - Consulta del po de cambio | Mejora de Precios No de pl par :3 (Cantidad de 0) Resumen 4 Cantidad de ofertas presentadas : 3 (ofertas retiradas : 0) + Cantidad de olertas alternativas presentadas : O (ofertas retiradas - 0) Estado de la apertura Apertura finalizada Conversión posición y Número delaoferta y, Calicación PreciopresentadoY ao preciorusppy EStadodelaolea le ofertas y nativas YWdaporelp e del y de — Documento adjunto — PYECIO dela mejora 15 la presentación Y de precios 2021LA-000042-003200 ñ Continúa para estudio de of 0702-Partida 1-Oferta 2 36.715.000 57.2025 ea 1 CONSULTORAY CONS No 100 TRUCTORA JIMENEZ S 08/12/2021 05:14 1 OCIEDAD ANONIMA 2021LA-000042-003200 Continúa para estudio de of 2 MOZParta WOlena 1 ” . 43.519.224,92 5707471 ea Constructora Quesada 3 ' E E Campbel, SA. 06/12/2021 15:31 t1 2021LA-000042-003200 Continúa para estudio de of » DOZParóa 1-Ofena 3 Ma E 43.884.141,56:- 68.443,85 ¿ha DINAJU SOCIEDAD AN : ONIMA. 08/12/2021 14:55 la? 3 resultados Del cuadro anterior, queda en evidencia que mi representada indica la empresa recurrente, presentó la oferta en tiempo y forma. Las ofertas presentadas por Consultora y Constructora Jiménez S.A. y Constructora Quesada 3. Campbell S.A. no cumplen con requisitos establecidos en el cartel, esto se demostrará a continuación, menciona la empresa recurrente. Fundamentados en lo anterior, solicitamos la anulación del Acto de Adjudicación recaído en favor de Consultora y Constructora Jiménez S.A. menciona la empresa recurrente, y que se realice nuevamente el análisis de las ofertas y al resultar nuestra oferta la más ventajosa técnicamente para la administración y cumpliendo con todos los requisitos se re-adjudique a nuestro favor, nos indica la empresa Dinaju SA. Lo anterior demuestra que ostentamos interés legítimo, actual, propio y directo, así como la legitimación por parte de mi representada para interponer el presente recurso nos indica la empresa recurrente. 79 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 la Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 80 PAGINA N*59 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 ag Municipalidad de Pococí a Coordinador Compras Públicas y 5 a tad Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Pluye E á MUNICIPALIDAD DE POCOAI as Loma La empresa Dinaju A, nos menciona que en el Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa en adelante (RLCA) en su artículo 184 establece la legitimación del apelante. “Artículo 184. Legitimación. Podrá interponer el recurso de apelación cualquier persona que ostente un interés legítimo, actual, propio y directo. Igualmente estará legitimado para apelar, quien haya presentado oferta, bajo cualquier título de representación, a nombre de un tercero. Dentro de este último supuesto se entenderá en todo caso a quien haya sido acreditado regularmente dentro del expediente de licitación como representante de casas extranjeras." De los documentos aportados en este recurso se desprende que: 1. Dinaju S.A. presentó la Única oferta que cumple técnicamente. 2. Nuestra oferta además de cumplir con todos los requerimientos es la Única oferta admisible, por lo tanto, nuestra oferta debería ser adjudicataria, lo cual la convierte en empresa legitimada para interponer el presente recurso. 3. La calificación del presente concurso tiene tres componentes según lo indica la página 32 del cartel: a. Precio: 70% b. Experiencia: 20% c. Empresa local: 10% IE Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye v
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 82 PAGINA NC61 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 9 Municipalidad de Pococí a Coordinador Compras Públicas Pluye Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 'onald.quirosí unipococi. Incumplimientos oferta Consultora y Constructora Jiménez S.A de acuerdo a la empresa recurrente: Presupuesto detallado y equipos necesarios A continvación, se muestra el presupuesto detallado presentado por Consultora y Constructora Jiménez S.A. para el renglón de Tratamiento Superficial Bituminoso E-33: [ Memoria de cálculo reglones de pago ] JUicitación No. 20211A-000042-0032000702 ] Proyecto 1 superficial bitumi ¡Reglón de pago Descripción [_— Unidad [_ Cantidad _] [CR.411.06 c te superficial E-33 [ m2 [650 |] No. Equipos Descripción Unidad Cantidad Costo horario __|Costo Unitario] Total 1 [Distribuidor de asfalto 1 m2 0,003 15.100,00 45,30 45,30. 1 [Distribuidor de a; ados 1 m2 0,003 19.200,00 57,60. 57,60. 1 Icompactadora 1 m2 0,002 13.060,00. 26,12 26,12 1 ¡Brigada 1 m2 0,0005. 6.100,00 3,05, 3,05 1 [Barredora 51 m2. 0,001 9.440,00. 9,44 9,44 E argo, A 4 CON E ST A, | bem llanta de hule 1 m2 0,0001 12.500,00 1725 1,25 Total 338,96 No, Equipos Descripción is Unidad_[ c Costo horario_ [Costo Unitario] Total 8 [Operadores 1 m2 0,0175 2.520,00 44,10 352,80 Ss jersonal no calificado 1 m2 0,02 2.240,00 44,80 224,00 1 espe 1 m2 9,0015 3.500,00 5,25 5/5 Total 582,05 Como se puede observar presentan 1 (una) compactadora llanta de hule, sin embargo, el CR2010 solicita 2 (dos) compactadoras llanta de hule para este renglón de pago, como se muestra a en el equipamiento necesario para la Sección 411) Tratamientos Superficiales Asfálticos: | 15 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*62 ACTA N*04 Ordinaria. : 0 > Municipalidad de Pococí a € Coordinador Compras Públicas Fluño Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 y ii a A ronold.quiros()munipococi.go.cr NUNICIPALIDAD DEPOCOCI (c) Compactadores de llantas de hule. Se deberá proveer un mínimo de dos compactadores de llantas de hule con las siguientes capacidades: -Autopropulcado -Ancho mínimo de compactación de 1,5 m; -Peso bruto ajustable dentro del rango de 3,5 a 6,5 ka/mm del ancho de compactación. Presión minima de contacto de 550 kPa (d) Distribuidor de agregado. -Autopropulsado «Mínimo de 4 llantas de hule en dos ejes; -Sistema de control que permita depositar el agregado de manera uniforme sobre el ancho total de la aplicación de asfalto, con una precisión de 10 % por peso de las tasas de dosificación de diseño Por lo tanto, el adjudicatario presenta un presupuesto detallado que no cumple técnicamente con lo dispuesto por el Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, caminos y puentes CR-2010. Y este aspecto no essubsanable debido a que modificaría el precio ofertado, nos menciona la empresa Dinaju SA. El cartel en la página 2 indica lo siguiente respecto al cumplimiento de las Normas CR-2010: Municipalidad de Pococí LA Unidad Técnica de Gestión vial (3) Teléfono: 2710-6613. «2%, Fluyo UTGVM-$44-2021 1. Especificaciones generales Especificaciones técnicas a. El proyecto por realizar inicia en las coordenadas CRTM-035 (519003.83,1154170.33), con una extensión total de 1000 metros, estas actividades deberán cumplir a satisfacción con el CR- 2010. Claramente la oferta del adjudicatario INCUMPLE las normas de referencia en el cartel porlo cual la oferta DEBE ser declarada inadmisible, nos menciona la empresa recurrente. | 16 PO € Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
; 9
Municipalidad de Pococí
a Coordinador Compras Públicas
Pluye O ELO Ext, 122
ronald.quirosHmunipococi.go.cr
También, en la página 13 de la oferta presentan la lista de maquinaria a utilizar en el
proyecto:
L LISTA DE MAQUINARIA ]
DESCRIPCIÓN MARCA MODELO | CAPACIDAD | AÑO PLACA
NÚMERO DE CHASIS
OVN
[VAGONETA. MACK. DALES5, 12 1962 DASS. 29692.
IVAGONETA. MACK. DA1585S 12 978 DM685 C-28931
IVAGONETA. MACK DALS85S 12 EJ DM685 127133
[CABEZAL CON TRALETA FREIGHTUNER 120647 4 999 TFUY3MOB C-138348
[VAGONETA. MACK ROS90S 1994 | IM2P261CIRMO16596 | C-120490 |
[VAGONETA. MACK DM590S 1993 | 11428209C5PM012210 | C-1362
[VAGONETA. MACK GUBI3E 1 2009 | 1N12AX18C89MOOG864 | C-1524
VAGONETA. MACK GUBISE 12 2009 | 1M1AX18Y99MO03839 | C-151135
VAGONETA. MACK GUBI3E 12 2009 | 1M1AX18 Y99MOOS840 | C-151135
INIVELADORA. CATERPILLAR 126 1969 6M3205_ EE-12463
[BACKHOE CATERPILLAR. 416 1997] AZNOOS51 E-18891
¡CABEZAL CONLANOUE DEAGUO LINO o cor o NA LOL cr RA Y
[[Compactabora CATERPILLAR 05563 10TON | 1990 BXF0019 EE-20971
[VOVO | ETAYRE 2000 GAL” |
[DISTR, DE AGREGADOS EYNYRE K 1976 K3411 EE-030273|
El cartel en la página 13 solicita lo siguiente:
(c) Compactadores de llantas de hule.
- Ancho minimo de compactación de 1,5 m:;
- Peso bruto ajustable dentro del rango de 3,5 a 6,5 kg/mm del ancho de compactación.
-_ Presión mínima de contacto de 550 kPa.
Como se puede observar, el adjudicatario presenta solo 1 (una) compactadora, nos
indica la empresa recurrente. Las especificaciones técnicas para la compactadora
Caterpillar CS-563, indican que es una compactadora de 1 (un) rodillo ("para suelos") y
no la compactadora llanta de hule solicitado por el CR-2010 y solicitada en la página 13
del cartel.
ll
Pecocí
PAGINA N*63 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022
v
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI 85 PAGINA N*%64 ACTA N%04 Ordinaria. 13-01-2022 Municipalidad d Í POCIUC ii Y Pluye Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 ronold.quirosAimunipococi.go.cr a ad ARCARATAR re A continuación, se muestra una imagen del modelo de la compactadora ofrecida por el adjudicatario: CATERPILLAR” Caterpillar CS 563 E Ficha tecnica 8. Especificaciones Porlo expuesto anteriormente, la oferta de la empresa Consultora y Constructora Jiménez S.A. debe ser descalificada porque no cumple técnicamente lo solicitado en el cartel y lo solicitado por el Manual de especificaciones generales para la construcción de carreteras, caminos y puentes CR-2010, nos indica la empresa Dinaju SA. Incumplimientos oferta Constructora Quesada 3. Campbell S.A, de acuerdo con la empresa recurrente. Presupuesto detallado y equipos necesarios A continuación, se muestra el presupuesto detallado presentado por Constructora Quesada 8, Campbell S.A. para el renglón de Tratamiento Superficial Bituminoso E-33: | 18 Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye M
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%66 ACTA N*04 Ordinoria. 13-01-20 Municipalidad de Pococí a Coordinador Compras Públicas 4 5 a ad elote Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 y ronald.quiros()munipococi.go.cr MUNICIPALIDAD: DEPOCOCI A (c) Compactadores de llantas de hule. Se deberá proveer un mínimo de dos compactadores de llantas de hule con las siguientes capacidades: -Autopropulsado -Ancho mínimo de compactación de 1,5 m; -Peso bruto ajustable dentro del rango de 3,5 a 6,5 ka/mm del ancho de compactación. Presión mínima de contacto de 550 kPa (d) Distribuidor de agregado. -Autopropulsado -Mínimo de 4 llantas de hule en dos ejes; «Sistema de control que permita depositar el agregado de manera uniforme sobre el ancho total de la aplicación de asfalto, con una precisión de 10 % por peso de las tasas de dosificación de diseño ] Por lo tanto, nos menciona la empresa recurrente, el oferente presenta un presupuesto detallado que no cumple técnicamente con lo dispuesto por el Manual de especificaciones generales para la construcción de carreteras, caminos y puentes CR- 2010. Y este aspecto no es subsanable debido a que modificaría el precio ofertado. El cartel en la página 2 indica lo siguiente respecto al cumplimiento de las Normas CR-2010: Municipalidad de Pococí e Unidad Técnica de Gestión vial ¿0 n Teláfono; 2710-6613. Pe, Pluye UTGVM-844-2021 1. Especificaciones generales Especificaciones técnicas a. El proyecto por realizar inicia en las coordenadas CR'TM-05 ($19003.83,1154170.33), con una extensión total de 1000 metros, estas actividades deberán eumplir a satisfacción con el CR= 2010. Claramente la oferta de Quesada 8. Campbell INCUMPLE las normas de referencia en el cartel por lo cual la oferta DEBE ser declarada inadmisible, nos menciona la empresa Dinaju SA. | [10 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
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PAGINA N%67 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022
9
Municipalidad de Pococí
a Coordinador Compras Públicas y b
Pluye A
y ronald.quirosimunipococi.go.cr a od
MUNICIPALIDAD.
DE POCOC!
AN PELEAS AN AAA
También, en la página 5 de la oferta presenta la lista de maquinaria a utilizar en el
proyecto:
EQUIPO MINIMO SOLICITADO
EQUIPO PLACA MARCA MODELO | POTENCIA | CAPACIDAD | AÑO| CONDICION
[VAGORETA 155295 HACK Vin EN 2001 Propia
[VAGONETA C-155299 HACK CH6I3 PEN 2001 Propia
[VAGONETA C-132476 INTERNATIONAL | 9200cX4 EJ 2001 Propia
[VAGONETA TE PACK ECH, EN ENT Propia
[VAGONETA C-M0199 MACK EN EEN 2000 Propia
TRAILETA CIAG750 - S7535 | — INTERNATIONAL: 200. EEN 7 Propia
TRAILETA CIATA97 10072 | INTERNATIONAL: ELJ 21 En Propia
| VAGONETA C- 10169. HACK DISO7SX 12 z Propia
[DISTRIBUIDOR EMASION CIAO, FORO. E 20 982 Propia
EEJSEOL ERIE 218 Ala 50. |
RI DYNAPAC 57 125
[NIVELADORA. EE-18571 CARTERPILAR 140-6 (GIRA aña ES opa
[BACK HOE EE-25712. 108 EX 2007.
ES DEAGUA PTE INTERNATIONAL On | 2000, Prepa
El cartel en la página 13 solicita lo siguiente:
(c) Compactadores de llantas de hule.
- Ancho mínimo de compactación de 1,5 m;
- Peso bruto ajustable dentro del rango de 3,5 a 6,5 kg/mm del ancho de compactación.
-_ Presión mínima de contacto de 550 kPa.
Como se puede observar, el oferente presenta solo 1 (una) compactadora. Y según lo
mostrado en la lista de maquinaria es una compactadora DYNAPAC CA-30, las
especificaciones técnicas indican que es una compactadora de 1 (un) rodillo ("para
suelos") y no la compactadora llanta de hule solicitado por el CR-2010 y solicitada en la
página 13 del cartel. A continuación, se muestra una imagen del modelo de la
compactadora ofrecida por el adjudicatario:
Pecocí
| pa
Pluye
v
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI 89 PAGINA N*68 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 po Cc Municipalidad de Pococí a Coordinador Compras Públicas 4 5 a Pluye 4 á o! i.go.cr MUNICIPALIDAD DEPOCOCI ETE rro DYNAPAC CA30D RHINO DYMAPAC CA30D RHINO +00. Caron sou Por lo expuesto anteriormente, la oferta de la empresa Constructora Quesada 4 Campbell S.A. debe ser descalificada porque no cumple técnicamente lo solicitado en el cartel y lo solicitado por el Manual de especificaciones generales para la construcción de carreteras, caminos y puentes CR-2010, nos menciona la empresa recurrente. 3. CONCLUSIONES PRESENTADAS POR LA EMPRESA DINAJU SA, a. La oferta presentada por Consultora y Constructora Jiménez S.A. presenta incumplimientos de requisitos técnicos establecidos en el cartel, por lo tanto, debe ser declarada inadmisible como a efecto lo hemos demostrado. b. La oferta presentada por Constructora Quesada 8 Campbell S.A. presenta incumplimientos de requisitos lécnicos establecidos en el cartel, porlo tanto, debe ser declara inadmisible c. Una vez declarada la inadmisibilidad de las ofertas del adjudicatario y de Quesada €. Campbell, nuestra oferta al ser la primera en mérito y con una | pa Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 90 PAGINA N*69 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 14 Municipalidad de Pococí a Coordinador Compras Públicas Pluye Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 ronald. quiros(Amunipococi.go.cr a MUNICIPALIDAD DE POCOCI CA evaluación del 100% debe ser declarada re- adjudicataria del presente proceso. 4. PRUEBA APORTADA POR LA EMPRESA RECURRENTE La aportada en este documento y la del expediente elecirónico disponible en la plataforma SICOP. 5. PETITORIA DE LA EMPRESA RECURRENTE: Con fundamento en todo lo expuesto, citas legales y reglamentarias invocadas, así como los principios vigentes en materia de contratación administrativa de manera respetuosa solicitamos: a. Que se declare con lugar el recurso de revocatoria y se anule el acto de adjudicación emitido en favor de Consultora y Constructora Jiménez S.A. b. Que serealice nuevamente la etapa de evaluación de las ofertas, para que se consideren los incumplimientos señalados anteriormente, procediendo la declaratoria de inadmisibilidad de la oferta de Quesada 8. Campbell SA con lo cual la oferta de mi representada debe ser declarada re-adjudicataria del presente proceso. | 113 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye v
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 91 PAGINA N*70 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 , A O Municipalidad de Pococí a Coordinador Compras Públicas Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Pluye ronald.quiros(Amunipococi.go.cr PURA 6. MEDIOS DE NOTIFICACION INDICADOS POR LA EMPRESA RECURRENTE, Para futuras comunicaciones derivadas del presente recurso de apelación, señalo como medio principal para recibir notificaciones el correo electrónico: licitacionesOdinaju.com y como medio subsidiario el correo aviguezQavlegalcr.com. QUINTO: Con base al artículo 194 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa se concede audiencia a la empresa Consultora y Constructora Jiménez SA, siendo esta adjudicada, esto con el fin que presente sus alegatos ante el recurso recibido contra el acto de adjudicación, para lo cual se transcribe textualmente lo indicado por la empresa adjudicada: “El suscrito, Julión Jiménez Rojas, mayor, divorciado, Ingeniero Civil, cédula 1-537-420, vecino de Guápiles, Pococí, detrás del registro civil, en mí condición de presidente con facultades de Apoderado generalísimo sin límite de suma, de Consultora y constructora Jiménez S.A, cédula jurídica 3-101-175114, ante su autoridad con todo respeto me presento a manifestar respuesta al recurso de revocatoria de la licitación Abreviada 2021LA-000042-0032000702. El recurso interpuesto por la empresa DINAJU S.A. se debe rechazar a portas debido a que es improcedente menciona la empresa adjudicada, ya que el cartel de licitación era claro en los requisitos de admisibilidad: | pa Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye M
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 92 PAGINA N071 ACTA N*04 Ordinaria. 13-012 g Municipalidad de Pococí a Coordinador Compras Públicas Pluye Late 2713-6561 Ext. 122 ronold.quiros)munipococi.go.cr 3. REQUISITO DE ADMISIBILIDAD, equipo mínimo a. 1 distribuidor de agregados de tamaño mínimo, según CR-2010, b, 1 distribuidor de emulsión con capacidad mínima de 1.900 galones Cc. 6 vagonetas como mínimo de 12 m* d. 1 compactadora de 8 toneladas mínima e. | retroexcavadora f. 1 motoniveladora 9. 1 Tanque de Agua Por lo tanto, la llanta de hule no era un requisito de admisibilidad, por lo que de estar de acuerdo la empresa DINAJU S.A. con las normas cartelarias debió de haber presentado en su debido momento Un recurso de objeción al cartel o sea no está en la etapa procesal correcta y no un recurso de_revocatoria sin validez alguna, menciona la empresa adjudicada. A manera de comentario del recurso mos indica la empresa Consultora y Constructora Jiménez SA, la empresa DINAJU S.A. se fundamenta en la sección de tratamientos superficiales del CR-2010 el cual es muy amplio a tal punto que solicita dos llantas de hules que tanto la empresa DINAJU S.A. como todos los que trabajamos en tratamientos superficiales sabemos que solo se usa una llanta de hule a lo máximo o ninguno de acuerdo con la discrecionalidad de la parte inspectora de la contratante. Por tanto, el recurso debe de declararse nulo ya que se fundamenta en una parte del cartel pasando por encima otra del mismo, a saber, los requisitos de admisibilidad, como se demuestra en lo antes expuesto, debieron de haber presentado un recurso | [15 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%72 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 9 Ú » Cc Municipalidad de Pococí a Coordinador Compras Públicas Pluy > Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 ronold.quiros(Amunipococi.go.cr . . pm de objeción al cartel para que la apelación tenga fundamento, porlo tanto el mismo no tiene ninguna validez ni legal ni técnica, menciona la empresa adjudicada. CONSIDERANDO PRIMERO: Que el Reglamento a la Ley Contratación Administrativa en el artículo 193.- Supuestos. “Cuando por monto no proceda el recurso de apelación, podrá presentarse recurso de revocatoria en contra del acto de adjudicación o contra aquel que declara desierto o infructuoso el concurso, dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquel en que se notificó a todas las partes y se regirá en cuanto a la legitimación, fundamentación y procedencia por las reglas del recurso de apelación, salvo lo dispuesto en cuanto a la fase recursiva de las materias excluidas de los procedimientos ordinarios de contratación." Por lo anterior el recurso recibido por la empresa DINAJU SA se admite para su análisis. SEGUNDO: Que una vez realizado el análisis de todo lo alegado por la empresa recurrente, además de las observaciones recibidas por la empresa adjudicada se puede determinar lo siguiente: 1- Que al existir un Manual de especificaciones generales para la Construcción de carreteras, caminos y puentes (CR-2010) siendo este manual un documento de índole preceptiva, de aplicación obligatoria en las diferentes fases de todas las obras viales, que en el se establecen políticas, criterios y procedimientos y métodos que indican las condiciones por cumplir en los proyectos viales y que guardan relación con la planificación, estudio, evaluación, diseño, construcción, seguridad, mantenimiento, calidad e impacto ambiental. Las disposiciones establecidas en el CR-2010 deberán ser utilizadas tanto por los diseñadores como por los supervisores y constructores de las obras viales y por cualquier persona o entidad que desarrolle | 116 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*73 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 9 Municipalidad de Pococí a Coordinador Compras Públicas Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 fluya ronold.quirosQ)munipococi.go.cr a MUNICIPALIDAD DE POCOCI AS] trabajos para MOPT o en aquellos que estén bajo la supervisión de este, situación que aplicar para este caso al ser recursos provenientes de la Ley 8114. 2- Que el cartel por error material dentro de las especificaciones técnicas se contempló un listado de maquinaria base, misma que no se ajusta a la norma CR- 2010, situación que contraviene lo indicado por el manual antes mencionado, siendo más que evidente que las empresas, al igual que este municipio, deben de respetar dicha normativa, al ser de aplicación obligatoria, ya que sus recursos provenientes de una Ley que está bajo la supervisión del Ministerio de Obras Públicas y Transportes ( Ley 8114). 3- Que el artículo Artículo 157. De la Ley General de la Administración pública nos indica: “En cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos.” TERCERO: Que la Unidad Técnica de Gestión vial municipal realiza un análisis técnico de lo planteado por las partes y determina lo siguiente: Una vez conocido lo expuesto en el recurso de revocatoria presentado por la empresa DINAJU. SA. Asimismo, lo enunciado en la respuesta al mismo, presentada por la empresa. Consultora y Constructora Jiménez S.A. Se determina por parte de este departamento lo siguiente: 1- Se reconoce que en efecto se presenta un vicio de error en la formulación del cartel específicamente en el punto 1. Especificaciones generales. Especificaciones técnicas: que claramente indica en el ítem a: a) "El proyecto por realizar inicia en las coordenadas CRIM-05 (519003.83, 1154 170.33), con una extensión total de 1000 metros, estas actividades deberán cumplir a satisfacción con el CR-2010". Sin embargo, en el apartado de: Condiciones del equipo a utilizar: Punto 2. Requisitos de admisibilidad equipo mínimo, se solicita: a. 1 distribuidor de agregados de tamaño mínimo, según CR-2010. b. 1 distribuidor de emulsión con capacidad mínima de 1.900 galones Cc. 6 vagonetas como mínimo de 12 m* | 117 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 95 PAGINA N%74 ACTA N%04 Ordinaria. 13-01-20 . LA Cc Municipalidad de Pococí A Coordinador Compras Públicas Pluye Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 iros(Amunipococi SPRAANE ETT d. 1 compactadora de 8 toneladas mínima e. 1retroexcavadora f. T motoniveladora 9. 1tanque de Agua Por lo tanto, reitero hay un error en la formulación del cartel. Por lo que se establece una contradicción en los puntos señalados. Siendo que en el CR-2010 Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, caminos y puentes CR-2010. Sección 411) Tratamientos Superficiales Asfálticos. Hace referencia para su cumplimiento en el ítem c, lo siguiente: “(c) Compactadores de llantas de hule. Se deberá proveer un mínimo de dos compactadores de llantas de hule con las siguientes capacidades: -Autopropulsado -Ancho mínimo de compactación de 1,5 m; -Peso bruto ajustable dentro del rango de 3,5 a 6,5 kg/mm del ancho de compactación. Presión mínima de contacto de 550 kPa". De manera tal, que se incurre en un error material en la formulación del cartel, que en efecto debe subsanarse. Considerando que no puede prevalecer una especificación general de un cartel, por encima de la norma vigente en el área vial como lo es: Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, caminos y puentes CR-2010, validada y aplicada por el ente rector en esta materia a nivel nacional, como lo es el Ministerio de Obras Públicas Y Transportes. | 118 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye v
PAGINA N*%75 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*04 Ordinaria. Pecocí Pluye Municipalidad de Pococí Coordinador Compras Públicas Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 ol munipococi.go.c. ll 13-01-2 Por lo que se recomienda dejar sin efecto la adjudicación otorgada a la empresa Consultora y Constructora Jiménez S.A, además realizada la revisión técnica de las ofertas de las empresas Constructora Quesada y Campbell S.A y la oferta de la empresa DINAJU S.A, se logra determinar que la empresa Constructora Quesada y Campbell S.A tampoco cumple técnicamente en su oferta con lo indicado en la norma CR-2010, por lo que la Única oferta admisible y que cumple técnicamente es la empresa DINAJU S.A, dado esto, esta Unidad recomienda acoger el recurso presentado y re - adjudicar esta contratación a favor de la empresa DINAJU S.A por un monto de £ 39.975.000,00 [Treinta y nueve millones novecientos setenta y cinco mil colones), lo anterior considerando el contenido presupuestario y respetando precios unitarios del oferente [únicamente se varían cantidades) según el siguiente cuadro. Nombre de | Mejoramiento de la superficie de ruedo, con Tratamiento Superficial Bituminoso Camino Proyecto: Porvenir ¡Reglón de Unidad [Cantidad [Precio Unitario | Precio Pago Descripción del Reglón de Estimada |(colones) (colones) pago [SC-13.5 ¡Montos Provisionales Global _|1 2500 000,00 2500 000,00 Horas Back Hoe h 20 1225 823,95 2516 479,00 ICR301.03 [Base de agregados graduación | m? 620,00 72.19 680,22 1212 201 736,40 ¡C, caso 2 ICR 301.06 |Subbase de agregados | m* 440,00 £19 470,25 £8 566 910,00 igraduación B, caso 2 eros) [esconalcionamiento a Po 0.93 12680 523,69 2632 887,03 isubrasante y espaldones [CR 303.01 |Reacondicionamiento de cunetas |m 1800,00 |%429,30 2772.740,00 [€] ¡CR.411.06 0 [Tratamiento Superficial Bituminoso | m2 5688,05 [22 950,79 216 784 247,57 |E-33 Total (colones) £39 975 000,00 | 119 Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 97 PAGINA N976 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01- LA Municipalidad de Pococí a Coordinador Compras Públicas F luye Teléfono: 271 3-6561 Ext. 122 ronald.quiros(Amunipococi.go.cr a ad MUNICIPALIDAD DEPOCOCI a: E POR TANTO Con fundamento en el artículo 157 de la Ley de Administración Pública, el articulo No, 195 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el Manual de especificaciones generales para la Construcción de carreteras, caminos y puentes (CR-2010) y el expediente electrónico de la Licitación abreviada No. 2021LA-000042-0032000702, visible en la página del SICOP y consideraciones arriba expuestas se resuelve: Acoger en todos sus extremos el Recursos de Revocatoria contra el Acto de adjudicación presentado por la empresa Dinaju SA, el cual se detalla: Se recomienda dejar sin efecto la adjudicación otorgada a la empresa Consultora y Constructora Jiménez S.A, además realizada la revisión técnica de las ofertas de las empresas: Constructora Quesada y Campbell S.A, DINAJU S.A, se logra determinar que la empresa Constructora Quesada y Campbell S.A tampoco cumple técnicamente en su oferta con lo indicado en la norma CR-2010, por lo que la Única oferta admisible y que cumple técnicamente es la empresa DINAJU S.A, dado esto, la Unidad técnica de Gestion Vial municipal, recomienda acoger el recurso presentado y re - adjudicar, la Licitación abreviada No. 2021LA-000042-0032000702 "Tratamiento superficial Bituminoso + 3, Porvenir”, a favor de la empresa DINAJU S.A por un monto de g 39.975.000,00 (Treinta y nueve millones novecientos setenta y cinco mil colones), lo anterior considerando el contenido presupuestario y respetando precios unitarios del oferente (Únicamente se varian cantidades) según el siguiente cuadro. | 120 v E Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*04 Ordinaria. Pecocí PAGINA N977 Pluye Municipalidad de Pococí Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 13-01-20 Coordinador Compras Públicas ¿Ms a ronold.quiros(Amunipococi.go.cr MUNICIPALIDAD. DEPOCOC ¡Nombre de [Mejoramiento de la superficie de ruedo, con Tratamiento Superficial Bituminoso Camino Proyecto: Porvenir Reglón de Unidad [Cantidad [Precio Unitario | Precio ¡Pago Descripción del Reglón de ¡Estimada |(colones) (colones) pago |SC-13.5 ¡Montos Provisionales Globa!_|1 £500 000,00 £500 000,00 ¡Horas Buck Hoe h 20 223 023,95 £516 479,00 ICR 301.03 |Base de agregados graduación | m* 620,00 £19 680,22 £12 201 736,40 [C, caso 2 ¡CR 301.06 |Subbase de agregados | m* 440,00 219 470,25 £8 566 910,00 Igraduación B, caso 2 exsozo] | eesereenamient delm log |e6B0523,60 1632 887.03 subrasante y espaldones ¡CR 303.01 [Reacondicionamiento de cunetas |m 1800,00 |2429,30 (£772740,00 (a) ICR.411.06 O [Tratamiento Superficial Bituminoso |m2 5688,05 |22 950,79 16 784 247,57 [E-33 Total (colones) |£39975000,00 Así las cosas, con fundamento en el artículo 195 del Reglamento a la ley de contratación administrativa, con la presente resolución se da por Agotada la Vía Administrativa. Notifíquese a las partes interesadas. | 21 Flimado digital: E QUIROS BRENES Brenes (rima) (FIRMA) Fecha: 2022.01.12 143525 -0600' Lic. Ronald Quirós Brenes Coordinador de Compras Públicas Municipalidad de Pococí Por Unanimidad SE ACUERDA: Con fundamento en el artículo 157 de la Ley de Administración Pública, el artículo No. 195 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el Manual de especificaciones generales para la Construcción de carreteras, caminos y puentes (CR-2010) y el expediente Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 99 PAGINA N*78 ACTA N904 Ordinaria. - 13-01-2022 electrónico de la Licitación abreviada No. 2021LA-000042-0032000702, visible en la página del SICOP y consideraciones arriba expuestas se resuelve: Acoger en todos sus extremos el Recurso de Revocatoria contra el Acto de adjudicación presentado por la empresa Dinaju SA, el cual se detalla: Se recomienda dejar sin efecto la adjudicación otorgada a la empresa Consultora y Constructora Jiménez S.A, además realizada la revisión técnica de las ofertas de las empresas: Constructora Quesada y Campbell S.A, DINAJU S.A. se logra determinar que la empresa Constructora Quesada y Campbell S.A tampoco cumple técnicamente en su oferta con lo indicado en la norma CR-2010, por lo que la Única oferta admisible y que cumple técnicamente es la empresa DINAJU S.A, dado esto, la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, recomienda acoger el recurso presentado y re-adjudicar, la Licitación abreviada No. 2021 LA-000042- 0032000702 “Tratamiento superficial Bituminoso + 3, Porvenir”, a favor de la empresa DINAJU S.A por un monto de £39.975.000,00 (Treinta y nueve millones novecientos setenta y cinco mil colones), lo anterior considerando el contenido presupuestario y respetando precios unitarios del oferente (Únicamente se varían cantidades) según el cuadro del “Por Tanto”. Así las cosas, con fundamento en el artículo 195 del Reglamento a la Ley de contratación administrativa, con la presente resolución se da por Agotada la Vía Administrativa. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Participan de la palabra: Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Comenta que DINAJU es una empresa que tiene todos los equipos y que está compitiendo a nivel nacional con toda legalidad por lo tanto se alegra contar con empresas que cuentan con el equipo y cumplen con todos los requisitos. Reg. Yaslyn Morales Grajal Nota de Secretaría: Se evidencian problemas técnicos con el audio. Indica que en algún momento se ha comentado sobre la empresa DINAJU ha tenido proyectos que encontraron en pésimas condiciones, pero en realidad cuando se hizo la visita de campo y los ingenieros les comentan que son pocas las empresas que participan y tiene equipos modernos, de tecnología. Considera que esa es la razón por la cual algunos de los proyectos están quedando bien y otros no tan bien y al final de cuentas algunas comunidades esperan caminos por S 0 S Sitio Web: munipococi.go.cr a 2.0 De Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N979 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-20 AAA aproximadamente 30 años, por lo que se hacen los esfuerzos, se presupuestan, pero llega una empresa “X” que no realiza el trabajo según lo esperado y comienzan a presentarse problemas. Hace un llamado de atención al departamento encargado de realizar el cartel de licitación, que sean cuidadosos con la parte técnica porque no todo puede basarse en el precio sino más bien la calidad del producto ofrecido. Aclara que no está ahí para defender o juzgar, si no para aprobar proyectos, pero sí solicita ser cuidados en ese tema, indica que no es posible que una empresa tenga que apelar porque otra no cumplió con lo requerido, que debe ser desde el principio que están en la recepción del cartel. Menciona que es difícil mencionar este tipo de temas porque se pueden malinterpretar, que se debe ser rigurosos porque estos caminos son esperados por las comunidades por años. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Comenta que se debe de recalcar que en este cantón se acabaron los trabajos mal hechos que se hacían en el pasado, por ejemplo la melcocha del camino de San Martín, Campo Dos hacia Las Vegas. Considera que don Manuel junto con su equipo de trabajo ha sentado responsabilidades, a exigir lo que el cantón se merece y que desde que don Manuel asumió la administración, los trabajos se han realizado con excelencia, que esa es la función no solo de la Unidad Técnica, don Manuel si no que también es gracias al Concejo Municipal por exigir trabajos de calidad. Reg. Ovidio Vives Castro Comenta que para él es muy importante todo lo concerniente a infraestructura vial y que esta misma empresa que está ganando este contrato que la tienen como de las mejores en el país, es la misma que realizó "las cochinadas” de trabajos en San Martín y en Campo Dos y da fe porque aprobó esas contrataciones y que en su momento solo participaba esa empresa, parecía que era la Única que existía, además indica que hay muy buenas empresas en el cantón que lo que les falta es solvencia económica para poder comprar buenas herramientas. Sitio Web: munipococi.go.cr AY $ Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*80 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 Que él como regidor siempre va a apoyar todo lo que sea cantonal pofque se debe de apoyar a sus habitantes y al cantón, que conoce muy poco de la empresa DINAJU y que ojalá que esta empresa que se ve, seguirá trabajando con la municipalidad, genere empleo porque sus colaboradores no son de Pococí, la plata no la dejan en Pococí y la patente no la pagan acá tampoco, mientras que las constructoras del cantón sí. Aclara que no está en contra de ellos, eso jamás, pero si ellos presentan sus ofertas y la califican con lo que dicen que dicen los requisitos, tiene el derecho que las ganen, pero sí como observación ojala este tipo de empresas generaran empleo en el cantón para que esa “platita” se quede en el cantón. Indica que los empresarios tienen demasiadas cargas que pagar, pólizas, seguros y se merecen siempre darles esa oportunidad, pero entiende que si no califican por los requisitos que se piden, pues obviamente les va a costar ganar y hacer esos trabajos, que en su momento lo han hecho bien y en algunos casos no tan bien. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Indica que hay que recalcar el trabajo como regidores de fiscalizar en el sitio, las obras, eso también colabora porque muchas veces se deja a la empresa a la “libre”. Reg. Randall Torres Barrientos Considera que hay todo un proceso desde que se hace el cartel hasta que se concluye y que hay un proceso que se debe establecer y no se está haciendo y es el control de calidad, no se debe de pagar a la empresa si no se verifica que todo está bien y que a él lo tiene insatistecho el trabajo realizado en El Molino porque ya hay huecos y un polvazal y eso no es normal. Indica que le había indicado a don Manuel que revisaran eso, desconoce si ya el trabajo fue pagado, pero deben de arreglar esos problemas. Indica que definitivamente deben de ser rigurosos en ese tema porque no son “pesetas”, son bastantes recursos para que se haga un buen trabajo que dure el tiempo que tenga que durar y no es posible que ya presente deficiencias, por lo que le agradece a don Manuel ayudar con esa revisión en El Molino. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 102 PAGINA N081 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2 Comenta que el ing. Olger Gutiérrez está haciendo un buen trabajo, péro hay puntos por mejorar y uno de esos es el control de la calidad. Reg. Supl. Hilda Zamora Arias Saluda, se refiere en el caso que se está ventilado de las contrataciones, indica que da fe de los trabajos que se están haciendo porque se ha estado trabajando de la mano con la administración, regidores que supervisan los proyectos y siente que los contratistas se ven obligados porque saben que el trabajo está siendo fiscalizado, considera que todo va de la mano y cree que la administración Hernández Rivera está haciendo un trabajo "como nuca se ha hecho en el cantón”, indica que se ve en el desarrollo especialmente en la red vial del cantón. Que probablemente hay “espacios que no se han podido cumplir” pero se está trabajando poco a poco y como parte del Concejo Municipal quiere decir que da fe porque ha andado junto con el señor presidente, fiscalizando proyectos. Reg. Yaslyn Morales Grajal Que únicamente quiere decir que este Concejo Municipal, que si bien es cierto están conversando sobre varias empresas en discusión, pero el Concejo Municipal es defensor del patentado local y para muestra está en actas porque se aprobó las compras públicas locales por unanimidad. Que se le ha dado prioridad a los patentados locales y del año pasado, se quedó del presupuesto local más de seis mil millones en el cantón, eso obligó a empresas a adquirir patentes porque si no se quedaban sin el puntaje de empresa local. Indica que según programa del SICOP, esta municipalidad ha adjudicado 1450 millones a la empresa “grande”, 772 millones a la empresa mediana y 542 millones a la empresa pequeña y 1444 millones y más números para un total de 2.200 millones, eso quiere decir que esta municipalidad está enfocada en el desarrollo económico del cantón y a los patentados locales porque a ellos son los que se deben de defender, porque de ellos depende esta municipalidad por lo que agradecen a todos patentados, comerciantes que colaboran con el cantón con el pago de impuestos y a los proveedores locales que cada día son más en el cantón. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%82 ACTA N*04 Ordinaria. a 13-01-2022 Reg. Supl. Rosbill Argúello Badilla Muy breve, esto es parte de la lectura, discusión y verificación, en algunas ocasiones las sesiones duran más de lo planeado ¿por qué motivo? Porque tenemos un compromiso también de fiscalizar, estamos sujetos a la Ley de Administración Pública, la Ley de Control Interno y muchas más. Posteriormente el día que salgamos de abril, el 30 de abril del 2024, algunos van a seguir, otros nos vamos y son 10 años que nos van a investigar, entonces por eso el pueblo en este momento debe estar contento porque están observando otra línea y nunca es tarde cuando la dicha es buena. El regidor también fiscaliza, observa y escucha, algunos se ven más, otros nos vemos menos, pero siempre que quede claro, que en esta administración 2020- 2024, lo que sobra es voluntad, valores y lo que se comentó anteriormente ni me va, ni me viene. Yo recibí un consejo la primera vez que fui regidor, que aquí se viene a hacer obras, a investigar y para andar detrás de la gente está la policía y los tribunales. Se nos van los cuatro años compañeros y después volvemos a ver qué se hizo y decimos qué lástima, pero qué importante este punto, ojalá se diera más seguido porque hay que cumplir en una parte, que a muchos les incómoda, no les gusta, pero siempre hay que estar hombro a hombro, hay que recordar que aquí hay una yunta que es el Concejo Municipal y la Alcaldía. Recordar también, ya para finalizar, el artículo 12 del Código Municipal dice que somos autoridades municipales, entonces cada uno en lo suyo, jalando para el saco porque el beneficiado es el que está ahí, ahorita, observando, gracias presidente por la oportunidad. — ACUERDO N* 73 Se conoce comentario del Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez, dice: Indica que se debe de nombrar al representante municipal para la Fundación SYNODO, por lo que escucha proponentes. Reg. José Antonio Bustos Martínez Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%83 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 [RR TEA o Propone a Randall Torres Barrientos porque desde el primer momento mostró interés en ser parte de dicha fundación. Reg. Luis Ángel Méndez Araya Manifiesta interés en ser parte de la fundación. Reg. Randall Torres Barrientos Apoya al regidor Luis Ángel Méndez Araya porque considera que puede hacer un buen trabajo. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Felicita la actitud del regidor Torres e indica que el regidor Luis Ángel Méndez viene trabajando con un grupo de agricultores por lo que también brinda el apoyo al regidor Luis Ángel Méndez. Reg. Luis Ángel Méndez Araya Saluda, indica que de su parte también le estaba cediendo el caso al regidor Randall Torres, sugiere que sea a la suerte. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Comenta que quiere que todos estén de acuerdo para que sea de forma unánime. Considera que con don Luis Ángel Méndez estaría bien representado, igual que con don Randall que es excelente y le gusta esa gentileza del regidor Torres de ceder el campo al regidor Méndez. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra al regidor propietario Luis Ángel Méndez Araya como representante del Concejo Municipal en la Fundación SYNODO. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N' 74 Se conoce comentario del regidor suplente Rosbill Argúello Badilla, dice: q Sitio Web: munipococi.go.cr Y < Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*84 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 o Doña María Antonia Salas Araya solicitó al Concejo Municipal rampas de acceso al servicio público, lo remito una y mil veces, usted como presidente y yo lo respeto, le pasó el asunto al señor alcalde, yo retomo esto hoy para ver si el señor regidor don Luis Méndez, presidente de la COMAD, la Comisión de Asuntos Sociales y algunos otros más se unen ¿por qué motivo? porque hay bastantes personas que necesitan, yo me imagino que ellos quieren una rampa en cada calle, pero si por lo menos se le hace una ya es más fácil. Para todos es conocido que dicen que yo manejo bus y entones hay que ver qué “maroma” se hace para subir a una persona en silla de ruedas, termino diciendo esto y me pongo de ejemplo, hace pocos meses sufrí un accidente y viera que feo, estuve una semana en que me tenía que levantar de la cama y agarrarme de una andadera que me prestó un señor que vive en Roxana, vieran que feo, lo hago público y ahora quedar en una silla de ruedas, que en cualquier momento nos puede pasar, entonces, diay voy a usar la palabra. Suplico, yo sé que don Manuel está con mucho trabajo, ahora es cuando más se pide porque es el Concejo que más obras están haciendo, entonces por eso le agradezco señor presidente la palabra y la oportunidad, le agradezco señor alcalde, le agradezco a todos, no sé a quién más tengo que agradecerle, quien sea, pero en este tema es muy importante la atención a esta comunidad y a todas. Pienso que si en un lugar piden tres, pero al menos se les hace una y quedan dos para otra comunidad, de nuevo las gracias señor presidente. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Solicita al regidor Luis Ángel Méndez coordinar con el señor alcalde para que sea abordado el tema planteado por el regidor Rosbill, que para nadie es un secreto la accesibilidad de don Manuel Hernández. Que la solicitud que hace don Rosbill sea atendida y que sea plasmada en algún sitio del centro de Guápiles, que es importante avanzar en ese tema. Reg. Luis Ángel Méndez Araya Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 106 PAGINA N*85 ACTA N*04 Ordinaria 13-01-2 peas Agradece al regidor suplente Rosbill Arguello por el valioso aporte e identificar esos casos que muchas veces se escapan de la vista y que precisamente el problema mencionado es de inspección. Que está seguro de que se podrá articular con el señor alcalde para que se realice una inspección en el casco central de Guápiles y ojalá en todo el cantón, o por lo menos en los puntos centrales de los distritos, con personal municipal técnico, COMAD y Comisión de Asuntos Sociales, con la finalidad de identificar las necesidades y erradicar de una vez por todas esas situaciones. Reg. Alfredo Calderón Alfaro Secunda las palabras del regidor suplente Rosbill Arguello porque realmente este tema es una obligación de la municipalidad y se debe de velar por la Ley 7.600. Hace un llamado a todos los compañeros para que se trabaje en el tema, aunque sea por etapas. Reg. Yaslyn Morales Grajal Referente al mismo tema, le solicita al señor alcalde trabajar en el proyecto de aceras, porque recientemente fue a Cariari en compañía del regidor Luis Méndez y se observó dicha necesidad, desde la Avenida Surá hasta el centro donde es todo el comercio. El Código Municipal dice que le corresponde a la municipalidad toda la reorganización del cantón en temas de señalización y rotulación de calles porque si un turista visita el centro de Guápiles y Cariari, no ve rotulación de los nombres de las calles y cada calle en este cantón tiene un nombre, por lo que considera que se puede dejar un rubro para el proyecto de señalización de los cascos centrales de los distritos del cantón. Por ejemplo, la calle municipal que va desde la Plaza de La Colonia hacia Estándar, al puro frente de la escuela hay un semáforo y es vía nacional, la ruta 249, pero de la Plaza para arriba es municipal y la cantidad de accidentes es increíble porque el alto no se ve, considera que si estuviera visible se evitarían muchísimos de esos accidentes. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*86 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 coigegeaeT Comenta que pidió al departamento de Topografía para que hicieran un levantamiento topográfico por la zona que baja de la Cachera y resulta que ahí una persona en silla de ruedas no puede utilizar la acera que hay, ellos ya tienen ese mapeo y se les puede pedir a ellos que eso mismo se realice en diferentes puntos y como regidores se les puede guiar con los puntos brindados por los ciudadanos y así sería más fácil. Reg. Luis Ángel Méndez Araya Comenta que no quisiera verse afectado legalmente con el tema de la Ley 7.600 ni muchos menos don Manuel, que por un tema de negligencia o demás porque es muy delicado. Se debe de “hilar muy fino”, comenta que en días pasados llegó una señora con discapacidad, muy molesta porque el ascensor estaba en mal estado y es la tercera o cuarta vez que viene a hacer gestiones a la municipalidad en la segunda planta y tiene ese impedimento. Le preocupa mucho el tema del ascensor en mal estado, dice que ella pregunta y le han dicho que ese ascensor tiene meses de estar dañado, ese es un tema bastante delicado, solicita como regidor y como presidente de la COMAD que se reconsidere ese tema porque es bastante delicado, además que le prometió a la señora hablar con el señor alcalde y regidores sobre ese tema para que se tome una solución sobre este tema y así facilitarle la accesibilidad a las personas con discapacidad. Que es necesario articular la solución de este y demás problemas. Que con respecto al tema de las rampas, es necesario abordar ese tema con prontitud porque hay que apoyar a la población de personas con discapacidad. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Que ese tema del ascensor le corresponde a la administración y que apoya en todas las funciones administrativas que deba de realizar don Manuel Hernández. Reg. Ovidio Vives Castro Que desea aportar a la intervención del regidor Luis Méndez y que el comentario va dirigido al señor alcalde, para que se analice que se puede hacer en conjunto con la Policía de Tránsito porque hay muchos negocios, específicamente en Guápiles, que en muchas ocasiones los vehículos de los dueños de los negocios Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*87 ACTA N*04 Ordinoria. 13-01-2022 obstruyen el paso peatonal y que él en alguna ocasión ha tenido que llamar al tránsito para que les llamen la atención, no para que le realicen el parte, si no que se les advierta que le están obstruyendo a las personas con o sin discapacidad el paso, muchas veces arriesgando la vida. Que en algún momento le ha enviado fotografías a don Manuel Hernández de las cosas que no le parecen y él desconoce, como cuando hay maleza en las cunetas con la finalidad de ayudarse mutuamente porque por esas cosas las personas comienzan a hablar. Menciona que se debe de analizar de qué manera, si con Tránsito o hablándole a los patentados del cantón para que colaboren con este tema, porque da tristeza que los mismos habitantes que andan a pie tienen que darle campo poniéndose en riesgo, porque a veces hay alguna persona que maneja mal y puede ocasionar un accidente. Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Explica que esas cuestiones se arreglan con don Manuel, por ejemplo la calle del Hogar de Ancianos que está en deterioro las conversó con él y da soluciones, lo comenta para que se haga público para que se den cuenta. Que la próxima semana se pondrá de acuerdo con el señor alcalde para que se incorpore en una programación. ACUERDO N* 74 - 1 Se conoce comentario del síndico propietario José Alexis Chavarría Villarreal Saluda, indica que tiene una inquietud que le gustaría que el señor alcalde le ayude, porque tienen una situación caótica en lo que es el puente del Río Tortuguero y necesitan aunque sea una solución paliativa porque es una ruta nacional, porque hay problemas con las vías de las carreteras, hay veces que se dura de 30 hasta 45 minutos para pasar de un lado a otro, que se necesita un semáforo mientras llega el nuevo puente, algo que no cause tanto caos. Solicita que se le haga una carta al CONAVI por parte del despacho del señor alcalde solicitando ayuda en este aspecto. - Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 109 PAGINA N*88 ACTA N*04 Ordinaria. 13-01-2022 AL SER LAS DIECINUEVE HORAS CON VEINTIDOS MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN F- Juan Luis Gómez Góme Presidente Municipa Secretaria Municipal Cc/ Regidores, Otros. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye