Ordinaria 26 · 2022-04-07

Acta_Ordinaria_N26_Celebrada_el_07-04-2022.pdf · 172 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 26 del 2022-04-07 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N*26 ORDINARIA. 07-04-2022
SESION ORDINARIA. N*26 DEL 07-04-2022, INICIADA A LAS 18:00 HORAS EN
LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES Y DE MANERA VIRTUAL, CON LA
SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES
Juan Luis Gómez Gómez (Quien Preside) Bernardo Veach Davis
Jonnathan García Chévez Osael Campos Bolaños
Reinaldo Benavides Vargas Jairo Antonio Ojeda Aburto
Luis Ángel Méndez Araya Flor Iveth Peraza Campos
Dennia Yaslyn Morales Grajal Rosbil Danier Arguello Badilla
José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde
Randall Torres Barrientos Marilú Ballestero Cruz
Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres
Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias
SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE
Gabriela Madrigal González
Greivin Bonilla Sánchez Johanna Flores Rosales
Sandra Umaña López
Carmen Sánchez Navarro Keylor Andrey Campos Mora
José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores
Javier Jiménez Villalobos Ana Rita Rodríguez Jiménez
Alejandra Sancho Bravo Jorge Humberto González Calderón
Licda. Magally Venegas Vargas Lic. Manuel Hernández Rivera
Secretaria Municipal Alcalde Municipal
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ORDEN DEL DIA
Acuerdos Artículos Puntos a tratar
Atención al señor Asdrúbal
672 | Cambronero Alvarado presidente
de ASIREA
Resolución del Veto contra el
673-674 Il Acuerdo N*580 de la Sesión
Ordinaria N*22 del 24-03-2022.
675-al-701 111 Correspondencia
702-al-705 IV Asuntos del Sr. Alcalde
706 V Mociones
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.
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ARTICULO |
Atención al señor Asdrúbal Cambronero Alvarado
presidente de ASIREA
ACUERDO N* 672
Se presenta ante este Concejo el Sr. Félix Asdrúbal Cambronero Alvarado, céd. 2-
0372-0021, presidente ASIREA, dice:
Saluda, para mí es de enorme satisfacción estar aquí hoy, haciéndole es extensiva
una invitación a la celebración de los 35 años de mi representada, ASIREA, de la
asociación para el desarrollo sostenible de la Región Atlántica.
Fue fundada desde 1987 y este año estamos celebrando Los 35 años de camino,
de dejar huella, de ayudar en la construcción y mejoramiento del medio
ambiente.
Queremos celebrarlo junto con ustedes, que nos acompañen, esta actividad la
vamos a llevar a cabo el 23 de abril desde las 8:00 de la mañana, en el Centro
Cívico de Pococí, vamos a contar con la presencia de diferentes representantes
de instituciones que han estado a la par de la organización.
Además de la invitación nosotros como junta directiva, queríamos solicitarles la
posibilidad de que ustedes pudieran patrocinar un reconocimiento, la
celebración de los 35 años se la hemos dedicado a una familia y a una persona
a Roberto Rodríguez Fernández conocido como "Roberto tigra” quien fue
presidente de ASIREA durante muchísimos años.
Queríamos que ver la opción de que ustedes señores del Consejo pudieran hacer
un reconocimiento en este caso, a otra familia que queremos dedicarle esta
Asamblea y es “La familia Otárola Flores” , es una familia que ha estado dedicada
a su mariposario, también viven de eso, del comercio de las mariposas y
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exportación, también tienen bosque y lo han protegido, también. Hide
agricultura y la parte de reforestación.
Participan de la palabra:
Jose Antonio Bustos Martínez
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo para que sea a través del
departamento de Prensa de esta Municipalidad para que se realice este
reconocimiento para la Familia OTÁROLA FLORES como dedicados en la actividad
de los 35 años de ASIREA que se llevará a cabo el 23 de abril desde las 8:00 de la
mañana, en el Centro Cívico de Pococí.
ARTICULO ll
Resolución del Veto contra el Acuerdo N*580 de la Sesión
Ordinaria N*22 del 24-03-2022.
ACUERDO N* 673
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal,
teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr,
dice:
Asunto: VETO CONTRA EL ACUERDO N*580, DE LA SESIÓN ORDINAIRA N“22 DEL 24
DE MARZO DE 2022.
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INTERPOSICIÓN DE VETO
CONTRA EL ACUERDO N? 580, DE LA SESIÓN ORDINARIA N* 22
DEL 24 DE MARZO DE 2022,
Guápiles, marzo 30, 2022.
Señoras y Señores
Concejo Municipal
Cantón de Pococí
El suscrito, MANUEL HERNÁNDEZ RIVERA, mayor, casado, abogado, vecino de
Guópiles de Pococí, con cedula de identidad número: siete - cero ochenta y seis-
ochocientos cincuenta, en mi condición de ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL
CANTÓN DE POCOCÍ, cédula jurídica 3-014-042125, según resolución número 1319-
El1-2020, emanada del Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica, con el
debido respeto y fundamentado en los artículo 17 inciso d) y 167 del Código
Municipal, me apersono a interponer formal Veto, por razones conveniencia y
oportunidad contra el Acuerdo Municipal N* 580, de la Sesión Ordinaria N* 22 del
24 de marzo del 2022, por las razones que a continuación se exponen:
PRIMERO: Que en la MOCIÓN presentada por el regidor Juan Luis Gómez Gómez,
se solicitó: “El concejo municipal de Pococí, acuerda: 1. AFILIARSE a la Federación
de Cantones Productores de Banano (CAPROBA). 2. Aprobar los Estatutos de esta
Federación. 3. Incorporar en el primer presupuesto Extraordinario de esta
municipalidad, la CUOTA DE AFILIACIÓN, así como la CUOTA DE SERVICIOS. 4.
Autorizar al alcalde municipal a suscribir el Convenio de Adhesión. 5. Solicitar la a
la Dirección Ejecutiva de CAPROBA, informar al Consejo Directivo, sobre esta nueva
afiliación para que inicie el trámite de adhesión; y 6. Solicitarle alcalde que
publique dicho acuerdo en La Gaceta".
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En consecuencia, en el ACUERDO AQUÍ VETADO SE APROBÓ:
“Por Mayoría de 6 Votos a Favor (votan a favor los regidores: Juan Luis Gómez Gómez,
Jonnathan García Chévez, Hilda Zamora Arlas, Reinaldo Benavides Vargas, Ovidio Vives
Castro y Jose A. Bustos Martínez), 3 votos en contra (votan en contra los regidores: Randall
Torres Barrientos, Yaslyn Morales Grajal y Luis Ángel Méndez Araya) SE ACUERDA: El Concejo
Municipal de Pococí acuerda: 1)Afiliarnos a las municipalidades de cantones productores
de banano constituidas en la Federación de Municipalidades de Cantones Productores de
Banano de Costa Rica, con cédula jurídica n* 3-007-066420, domiciliada en el Cantón de
Siquirres. 2) Aprobar los Estatutos de la Federación CAPROBA, el cual regulará los
mecanismos de organización, administración y funcionamiento de la entidad, así como las
cuotas que deberán ser aportadas, conforme lo establece el artículo 10 del Código
Municipal. 3) Incorporar en el Primer Presupuesto Extra-Ordinario de la Municipalidad de
Pococí, lo correspondiente a la cuota de afillación y la cuota de servicios definidos en
conjunto entre el Concejo Municipal y la Alcaldía Municipal de Pococí. 4) Se autoriza a la
Alcaldía Municipal a la suscripción del Convenio Intermunicipal de Adhesión. 5) Solicitar a
la Dirección Ejecutiva de la Federación CAPROBA, informe al Consejo Directivo de esta
solicitud de afiliación y se inicie el trámite correspondiente de adhesión regulado en el
artículo 31 de los Estatutos. 5) Se solicita a la Alcaldía Municipal la publicación de este
acuerdo, en el Diario Oficial la Gaceta. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado”.
SEGUNDO: Que si bien es cierto el suscrito tiene total claridad de las amplias
potestades que ostentan los gobiernos locales a nivel constitucional e infra
constitucional, como seguidamente puede visualizarse de forma muy genérica y
sin la intención de hacer en el presente veto una recopilación de normativa
atinente al régimen municipal. Para ello basta con ir al artículo 11 y 169 de la
Constitución Política, norma en la que el constituyente, hace recaer la
administración de los intereses y servicios locales en cada cantón a las
municipalidad o gobierno local. Lo que significa, en síntesis, que las
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MUNICIPALIDADES deben procurar que las necesidades en los diferentes campos o
actividades se logren satisfacer (satistacción de los intereses de la colectividad).
No está de más recordar que las Municipalidades son entes autónomos con
ersonalidad y capacidad jurídica plena para ejecutar todo tipo de contratos y
actos que les permita cumplir sus fines artículo 2 del Código Municipal, naturaleza
jurídica de Entes que igualmente se ve plasmada en el artículo 1 de la Ley General
de la Administración Pública, al disponerse en dicha norma, que “La Administración
Pública estará constiluida por el Estado y los demás enles públicos, cada uno con
personalidad jurídica y capacidad de derecho público y privado. Ubicándose las
municipalidades precisamente en el concepto de "Entes públicos” y ocupando en
el escenario de la organización administrativa costarricense, el espacio en ese gran
concepto de administración pública o estado, de la administración
descentralizada, En esta misma línea de pensamiento, el artículo 3 del Código
Municipal, reitera el poder de gobierno delegado por el Constituyente como ya se
indicó al prescribir que “El gobierno y la administración de los intereses y servicios
cantonales estarán a cargo del gobierno municipal", De la misma norma, es fácil
acreditar los órganos de gobierno de los municipios, siendo estos, el órgano
deliberativo y un órgano ejecutivo [Concejo Municipal y Alcalde municipal).
En este mismo sentido, se reconocen las vastas atribuciones que posee el Concejo
Municipal para fijar las políticas y las prioridades de desarrollo del municipio
Municipal, como lo es, decidir si se adhiere o no a una determinada federación
(ver también los artículos 2, 3,13, 17, 112 y167 del C. M.).
TERCERO: BREVE ANTECEDENTE. Que desde julio de 2020, este municipio se
encuentra desafiliado de la Federación de CAPROBA, así aprobado por el concejo
municipal, mediante Acuerdo N* 1144, Acta 46, del 07 de Julio de 2020. Ahora bien,
como parte del trabajo de CONTROL INTERNO, Auditoría Interna, emitió el OFICIO
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Al-246-2021, con fecha del 20 de julio 2021, en este se hace un amplio análisis de
las diferentes contrataciones ejecutadas, en apariencia, "sin control alguno sobre
la calidad de la contraprestación recibida y sobre el cumplimiento de los objetivos
de interés público que motivaron la inversión realizada". También se aborda el
tema del reintegro de dinero transferido a CAPROBA, para más contrataciones pero
que no fue utilizado por este municipio; además del dinero aportado por este
municipio para la construcción de un CENTRO DE CAPACITACIÓN, el cual nunca
fue construido; en tolal la suma de dinero es la misma que indicó la Administradora
Financiera, a saber, (29,663,194.33; como parte de las conclusiones que realiza la
auditoría, está el “tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier
evidencia de desviaciones o irregularidades. Recomienda tomar de inmediato las
medidas correctivas; y, analizar e implementar las observaciones y
recomendaciones dadas por esa auditoría”, sobre este punto ya CAPROBA fue
debidamente notificado por parte de este municipio.
CUARTO: EN CUANTO AL FONDO Y MOTIVO DEL VETO. Que si bien es cierto como
fue ampliamente expuesto, este gobierno municipal, se encuentra totalmente
legitimado para tomar decisiones encaminadas a fortalecer el desarrollo de
nuestro cantón. No obstante, debemos tomar en cuenta aspectos de gran
relevancia como lo es la oportunidad y la conveniencia, así como la experiencia,
las cuales aconsejan que debemos hacer una pausa en la reflexión sobre si existe
una verdadera motivación para afiliarse nuevamente a CAPROBA. Ya que las
condiciones no han mejorado, con respecto a los motivos por los cuales, en el año
2020, este concejo municipal decidió desafiliarse.
Debemos recordar que previo a tomar la decisión de desafiliarnos, ya se había
realizado un estudio con los balances y en aplicación al principio de Equilibrio
Financiero, la Dirección Financiera de esta municipalidad, indicó que CAPROBA
nos adeudaba una importante suma de dinero, por concepto de Devolución. Al
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respecto también se emitió un Informe Jurídico, el cual fue conocido por este
honorable concejo municipal, en el que se aprobó la desafiliación a CAPROBA
mediante Acuerdo N* 1144, Acta 46, del 07 de Julio de 2020. Este concejo
municipal, debe tomar en consideración que desde el 2020 a la fecha de hoy, no
se ha emitido un nuevo ESTUDIO TÉCNICO FINANCIERO, que recomiende o que
señale puntualmente cuál es la conveniencia para nuestro cantón el hecho de
realizar una nueva afiliación con CAPROBA.
QUINTO: SOBRE LA INDEROGABILIDAD DE LOS ACUERDOS (actos administrativos) y el
PPRICIPIO DE LEGALIDAD. Como es de conocimiento de este concejo municipal, la
Ley General de la Administración Pública, en su artículo 11, establece que:
1. La Administración Pública actuará sometida al ordenamiento jurídico y sólo
podrá realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios públicos que autorice
dicho ordenamiento, según la escala jerárquica de sus fuentes.
2. Se considerará autorizado el acto regulado expresamente por norma
escrita, al menos en cuanto a motivo o contenido, aunque sea en forma
imprecisa.
Esto quiere decir que la administración municipal, en el caso nuestro, debemos
someternos a lo que está expresamente autorizados por ley. Y en el caso que nos
ocupa, ya existe un acuerdo del concejo municipal arriba citado, el cual se
encuentra vigente, donde se aprobó desafiliarnos de la Federación de CAPROBA,
los motivos por los cuales ya han sido ampliamente conocidos por este concejo y
que además se mencionan en el mismo acuerdo aquí vetado, entre ellos la gran
cantidad de millonarias contrataciones por servicios profesionales, especiales y de
asesorías.
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De tomarse un nuevo acuerdo, el concejo municipal estaría incurriendo en una
VIOLACION AL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE INTANGIBILIDAD DE LOS ACTOS
PROPIOS, el cual se deriva del artículo 34 de nuestra Constitución Política, veamos.
Bajo este principio, la administración está vedada para suprimir por su propia
acción, pues en los casos que haya emitido y que confieran algún tipo de derechos
subjetivos a los particulares, ello por cuanto los derechos subjetivos constituyen un
límite respecto de las potestades de la revocación o modificación de los ACTOS
ADMINISTRATIVOS, con el fin de poder exigir mayores garantías procedimentales; es
decir, la administración al ELIMINAR UN ACTO y con posterioridad dictar otro
contrario al primero, en menoscabo de derechos subjetivos, está desconociendo
estos derechos ya reconocidos mediante el primer acto adoptado (ver VOTO 1145-
90 del 19/09/1991 Sala Constitucional)
Cabe recordar que la Ley General de la Administración Pública, es clara al referirse
sobre la responsabilidad civil (económica). penal (personal) y administrativa de los
funcionarios, en el artículo 170, señala lo siguiente, veamos:
1. El ordenar la ejecución del acto absolutamente nulo producirá
responsabilidad civil de la Administración, y civil, administrativa y
eventualmente penal del servidor, si la ejecución llegare a tener lugar.
2. La ejecución por obediencia del acto absolutamente nulo se regirá por las
reglas generales pertinentes a la misma.
Por otra parte, en el citado acuerdo, se aprobó incorporar en el primer presupuesto
Extraordinario de esta municipalidad, la CUOTA DE AFILIACIÓN, de más de
CUARENTA MILLONES DE COLONES (240.000.000), así como la CUOTA DE SERVICIOS,
que, aunque no se precisa qué monto pretenden destinar a las contrataciones de
servicios especiales o de servicios profesionales, siempre fueron sumas elevadísimas
del presupuesto municipal. Precisamente por esas situaciones, fue que intervino lo
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auditoría interna, en el año 2019 y 2020 (ver también artículos 1, 11, 39 y 170 de
LGAP).
SEXTO: VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE LEGALIDAD PRESUPUESTARIO, De conformidad
con el principio de legalidad presupuestaria, para que Un gasto sea realizado es
necesario que esté previamente autorizado por la Ley de Presupuesto. Sin
embargo, en principio, la autoridad administrativa posee discrecionalidad para
precisar la necesidad y conveniencia de efectuar el gasto aulorizado, sin
obligación de hacerlo. En este caso en concreto, considera el suscrito que estamos
ante una clara Violación al principio de legalidad presupuestaria, tal como la ha
dejado claro la misma PGR, al respecto el Dictamen C-162-2020, de la Procuraduría
General de la República, señala lo siguiente:
Los alcances del referido principio de legalidad se extienden con especiales
características al campo de la disposición de los fondos públicos, aspecto
que resulta importante abordar para efectos de la consulta planteada. En
tanto normación del gasto público, a la cual deben sujetarse en forma
estricta los Poderes del Estado en el manejo del gasto público, se señala:
"El presupuesto es una autorización jurídica del gasto público; es decir, su
ordenamiento jurídico. Carácter normativo que se predica de todo su
contenido, ya que sus disposiciones "no pueden considerarse como simples
listados o cuentas de ingresos y egresos”...Es el acto por el cual se autoriza al
Gobierno para disponer de los fondos públicos dentro de ciertos límites y
constituye el requisito de validez de los cictos administrativos y de los
contratos que originen el gasto público (...)”.
En síntesis, este gobierno local no puede adquirir compromisos económicos, sino
están legalmente presupuestados. Situación contraria ocurre en el acuerdo aquí
impugnado, ya que se está pretendiendo “incorporar en el primer presupuesto
Extraordinario de esta municipalidad, la CUOTA DE AFILIACIÓN” más presupuesto
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para pagar diversos contratos vía CAPROBA. Este PRINCIPIO DE LEGALIDAD
PRESUPUESTARIO, significa que NO se puede asumir compromisos que no se
encuentren previamente presupuestados.
Así mismo, conforme lo indicado por la Procuraduría General de la República en la
opinión jurídica OJ-030-2011 respecto a consulta sobre el manejo de superávit en
el sector público, en referencia a lo dispuesto en el DE: 32452 del 29 de junio de
2005 “Lineamientos que regulan la aplicación del arlículo 6 de la Ley No. 8131,
considerando la clase de ingresos del sector público denominado financiamiento
que se considera el superávit como un ingreso de financiamiento se indica: "De
modo que el superávit libre es el que la entidad puede utilizar sin restricción en
cuanto al tipo de gasto que puede financiar, siempre que se esté dentro de los
límites establecidos por ese artículo y los gastos sean conformes con los fines
institucionales. Se le considera una fuente de financiamiento que puede ser
utilizada en períodos subsiguientes para financiar gastos relativos a la actividad
ordinaria de los organismo públicos, en el tanto los gastos no sean permanentes o
no se genere una obligación duradera. Como se indicó, se enumeran gastos que
no se pueden financiar con superávit libre..."
En ese mismo orden de ideas, no se debe pasar por alto lo dispuesto en el artículo
170 de la Ley General de Administración Pública, en cuanto a la responsabilidad
tanto de la Administración como del funcionario al ordenar la ejecución del acto
absolutamente nulo, mismo que producirá responsabilidad civil de la
administración y eventualmente penal del servidor, si la ejecución llegare a tener
lugar, tal y como lo conoce el Concejo Municipal en cuanto al tema presupuestario
corresponde a la Administración integrar en el presupuesto ordinario los ingresos y
gastos para el periodo cuya ejecución será el año siguiente, no obstante el
acuerdo aquí impugnado pretende por encima de la normativa que regula este
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tipo de actos administrativos, violentar el control interno y la transparencia en la
planificación de los recursos municipales, para ello cabe mencionar el artículo 39
de la Ley General de Control Interno que establece:
“El jerarca y los titulares subordinados incurrirán en responsabilidad
administrativa y civil, cuando corresponda, si incumplen injustificadamente los
deberes asignados en esta Ley, sin perjuicio de otras causales previstas en el
régimen aplicable a la respectiva relación de servicios.
Flierarea, los titulares subordinados y los demás funcionarios públicos
incurrirán en responsabilidad administrativa, cuando debiliten con sus
acciones el sistema de control interno u omitan las actuaciones necesarias
para establecerlo, mantenerlo, perfeccionarlo y evalucarlo, según la normativa
técnica aplicable”.
Por otra parte, debemos recordar que el artículo 112 del Código Municipal,
establece claramente «que las municipalidades no podrán efectuar
nombramientos ni adquirir compromi: nómicos, si isti subpartida
presupuestaria que ampare el egreso o cuando la subpartida aprobada esté
agotada o resulte insuficiente; tampoco podrán pagar con cargo a una subpartida
de egresos que correspondan a otra.
SETIMO: VIOLACION AL PRINCIPIO DE PARALELISMO DE LAS COMPETENCIAS. También
conocido comúnmente por la expresión: "las cosas se deshacen de la misma forma
en que se hacen", el que obliga al operador jurídico, a seguir el mismo
procedimiento y observar los mismos requisitos que se dieron para la creación una
determina institución, cuando pretende extinguirla o modificarla sustancialmente;
o en este caso, al concejo municipal, debió realizar una debida y motivada
justificación técnica financiera sobre la conveniencia de volver a afillarmos a
CAPROBA (ver dictamen C-008-2007 del 23 de marzo de 2007, emitido por la PGR).
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De lo contrario estaríamos ante una eventual responsabilidad por no dar un
adecuado manejo a los fondos públicos, en violación a la LEY CONTRA LA
CORRUPCIÓN Y EL ENRIQUECIMIENTO, cuyo fin es prevenir, detectar y sancionar la
corrupción en el ejercicio de la función pública. Así mismo, en lo que respecta al
tema de responsabilidades de los funcionarios públicos, no se puede dejar de lado
lo que prevé al respecto, la LEY GENERAL DE CONTROL INTERNO, en los artículos 19,
35 y particularmente el artículo 39, respecto a las Causales de Responsabilidad
Administrativa.
PRUEBA DOCUMENTAL:
1. Se aporta OFICIO DAM-1134-2021 con fecha del 3 de diciembre de 2021, donde
se realiza recordatorio de devolución de dinero a CAPROBA, con su respectivo sello
de recibido.
2. Informe Financiero, emitido por la Administradora Financiera Municipal, Licda.
Andrea Camacho Zárate, donde se indican los gastos correspondientes al año
2015, 2016, 2017, 2018 y 2019; además se desglosan los tipos de contratos realizados
por CAPROBA [asesoría jurídica para el concejo y servicios de gestión y apoyo).
3. Oficio N%0469-2020, donde consulta a la Unidad Jurídica y su respectiva respuesta
mediante informe jurídico.
PETITORIA:
1. Que este Honorable Concejo Municipal declare con lugar en todos sus
extremos el presente Veto, por razones de oportunidad y conveniencia, en
consecuencia, decretando la anulación del Acuerdo N* 580, de la Sesión
Ordinaria N* 22 del 24 de marzo del 2022, por ser evidentemente ilegal.
2. Que, en caso de ser rechazado, se debera suspender la ejecución del
Acuerdo, hasta tanto se resuelto por la autoridad judicial correspondiente,
de acuerdo a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 167 CÓDIGO
MUNICIPAL. Además, se deberá cumplir con estipulado en el tercer párrafo
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Municipalidad de Pococí
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POCOC Despacho del Alcalde YES
AN Teléfono: 2711-1208 +,
MUNICIPALIOAD.
Pluye ¡anuel hernandez ipococi.go.cr ma
EDWIN o ITA
del artículo 167 del Código Municipal, a saber, ser elevado ante el Tribunal
Contencioso Administrativo, para que resuelva conforme a derecho.
NOTIFICACIONES:
En caso de trascender al Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda,
se señala como medio para recibir mis notificaciones, el siguiente correo
electrónico, mismo que se encuenta debidamente autorizado:
munipococi.juridicoseGgmail.com
Alcalde Municipal
Municipalidad de Pococí
Ce/ archivo interno.
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AAMunicipalidadDePococi
9
Sitio Web: munipococi.go.cr
a ¿ Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PÁGINA N*016
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
DESPACHO DEL ALCALDE
Teléfono: 2711-1208
DEPOCOCÍ Manuel.hernandezOmunipococl.go.cr
A Pm EAT
Guápiles, 3 de diciembre de 2021
DAM-1134-2021
Federación de Cantones Productores de Banano
CAPROBA
Barrio El Mangal, del Gimnaslo Municipal, 100 metros al norte,
El Manga, Siquirres, Limón.
Apdo. Postal: 7200-85 Siquirres
(506) 2768-9922
(506) 2768 7344
Fax (506) 2768-7982
Asunto: recordatorio de devolución de dinero,
Estimados señores y señoras:
Por este medio se hace solicitud formal de devolución de dinero a favor de la
Municipalidad de Pococí, por la suma de Velntinueve millones seiscientos sesenta
y tres mill ciento noventa y cuatro colones c/33, esto de acuerdo con el Informe
suministrado por la Administradora Financiera, la Licda. Andrea Camacho,
De acuerdo con la intormación presentada en este oficlo se concluyó lo
sigulente:
v” Para el cierre del 2019 el monto que se tiene que devolver por UTAMA
es de 413,762.694.33 correspondiente a contratación de servicios.
vw” El monto que se tlene que devolver con respecto a pago del préstamo
Intermunicipal para el edificio es de £15,900.500.00 --
w” Por lo tanto, el monto total es C29,663,194,33. .-—
FEDEÑACION CAPROBA
REGIBIDO
LA PER
LNAAACAW
LEI a
munipococi.go.cr el
+A Sitio Web: munipococi.go.cr
POCOC¿ Facebook: (AMunicipalidadDePococi
PÁGINA N*017
PAGINA N91 9 rdinari
MUNICIPALIDAD DE POCOCI a
DESPACHO DEL ALCALDE
Teléfono: 2711-1208
MoEpocOS Manuel, hernandezOmunipococi,go.cr
Guápiles, 3 de diciembre de 2021
DAM-1134-2021
Agradecemos que CAPROBA, proceda a efectuar dicha devolución lo antes
posible para normalizar su situación. Las demoras de este tipo ocasionan
dificultades en nuestra contabllidad y por ende no podemos ofrecer nuestros
servicios de la mejor manera.
Esperando que nuestra solicitud será atendida y que adopten las medidas
oportunas para solucionar esta situación en sede administrativa. :
Se adjunta el informe de Administración Financiera.
Agradeciendo su atención, se despide;
[a y
Lic, Qianust ernández Rivera
Alcalde de Pococí
Cc/ Servicios Jurídicos Intemos.
Archivo,
munipococi.go.cr a
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Pluye
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Municipalidad de Pococí
Administración Financiera
Guápiles, Pococí Limón
Teléfono 2713-65-48 ext. 135
De acuerdo con la información presentada en este oficio se concluyó lo
siguiente:
Y” Para el cierre del 2019 el monto que se tiene que devolver por UTAMA
es de 413,762.694,33 correspondiente a contratación de servicios.
Y” El monto que se tiene que devolver con respecto a pago del préstamo
intermunicipal para el edificio es de (15,900.500.00
Y” Por lo tanto, el monto total es 429.663,194,33,
Saldo a fayor al 31-12-2019 13762 694,33
Monto del prestamo
cancelados 2016-2017-2018 15:900 500,00
Total 29 663 194,33 |
Y” Con respecto a las contrataciones realizadas durante los años 2015-
2016-2017-2018-2019, fueron, en su oportunidad coordinadas
directamente con el Concejo Municipal y con el alcalde del momento.
Y” En relación con el porcentaje de gasto administrativo (10%) se solicitó a
CAPROBA los acuerdo que sustenten en sesión de Concejo
Intermunicipal según lo indican los estatutos, al cierre de este informe
no se cuenta con los mismos,
y
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Administración Financiera
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Aporte a UTAMA
Con respecto al aporte a UTAMA se trasladó un monto de €4,950.000.00,
sumado a este monto se debe considerar el saldo del año 2018 de
451.440,070,33, así como el monto correspondiente al pago del préstamo de
año 2018 por 45.300.500.00 para un total de ¿61,690,570,33 se cancelaron en
Servicios Jurídicos por 434.252.160.00 y Servicios de gestión y apoyo por
(4,500,000.00 para un total de €38.752,160.00, se cancelaron por gastos
operativo de un 10% según los estatutos lo cual equivale a 63.875,216,00 así
como la cancelación de €5.300.500,00 con respecto al préstamo quedando
pendiente por ejecutar o devolver de 413.762.694.33,
Año 2019 1
|
Aporte CAPROBA Y UTAMA '
Monto de Afillacion Presupuestada 2019 35217210,76
Monto real de la cuota de Afiliación 2018 29 347 675,63
¡Cancelacion saklo liquidacion 20 17 1717 210,76
¡Saldo pendiente de n girar 2019 4 193 782,80
Monto para UTAMA. 4 950 000,00
¡Saldo n fyor2016 > la: y 51 440 070,33
Prestamo que se incluyo en la liquidacion 2018 5 300 500,00
Servicios Juridicos 34 252 160,00.
Servicios de Gestion y Apoyo 4,500 000,00
Total 61 690 570,33 38 752 160,00
prestamo 5300.500,00
¡Total 17.637 910,33
Porcentaje de aplicar costo administracion de los contratos bl 3 875 216,00
¡Saldo a favor TA 3 13762694331
9 e
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Año 2018
Aporte CAPROBA Y UTAMA
Monto de Afillacion Presupuestada 2018 35217210,76
Monto real de la cuota de Afiliación 2018 33 500 000,00
¡Cancelacion saldo liquidacion 2017 12 040 200,72
Saldo pendiente de a girar 2018( saldo pendiente de cuota de
añillacion por 41,717,210,76 y £5,300,000,00 del prestamo.
A Intermunicipal 7.017 710,76
am |
Monto para UTAMA. 59 021 570,33
¡saldo pendente de liquidar por UTAMA_ 2017 10 486 000,00
¡Servicos Juridicos 7425 000,00
Servicios de Gestion y apoyo 9.000 000,00.
Total 69 507 570,33 16 425 000,00
prestamo 3
Total 53 082 570,33
Porcentaje de aplicar costo administracion de los contratos 1.642 500,00
¡Saldo an fayor 51440 070,33
Año 2019
Aporte a CAPROBA
Para el año 2019 se presupuestó como cuota de afiliación el monto de
(35.217.210.76 de los cuales se le trasladaron como ingresos reales el monto
de 429,347.675.63, además del saldo de la liquidación del año 2018 que fue de
61.717.210,76, para un total de 31,064,886,39
Quedando un monto pendiente de trasladar de (4.193.782,80, mismo que se
incluyeron en la liquidación presupuestaria de ese año para presupuestar en el
primer presupuesto extraordinario del siguiente año.
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Año 2018
Aporte a CAPROBA
Para el año 2018 se presupuestó como cuota de afiliación el monto de
(35.217.210.76 de los cuales se le trasladaron como ingresos reales el monto
de €33.500.000,00, además del saldo de la liquidación del año 2017 que fue de
612.040,200.72
Quedando un monto pendiente de trasladar de 41,717.210,76, mismo que se
incluyeron en la liquidación presupuestaria, así como el monto €5.300.500,00
que correspondía al préstamo intermunicipal del edificio, por lo tanto, el monto
total era por €7.017,710.76 de ese año para presupuestar en el primer
presupuesto extraordinario del siguiente año.
Aporte a UTAMA
Con respecto al aporte a UTAMA se trasladó un monto de £59,021.570,33 y el
saldo del año 2017 por ¿10.486.000.00 para un total de 69,507.570,33, de los
cuales se contrató servicios por €16.425.000.00, lo que corresponde a
contrataciones por Servicios Jurídicos por €7.425.000,00 y €9.000.000,00
corresponde a Servicios de gestión y apoyo, , también se descuenta el gastos
operativo de un 10% según los estatutos lo cual equivale a €1.642,500,00
quedando un saldo de 451.440.070.33,
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Así como el pago de 45,300.000.00, el prestamos intermunicipal del edificio,
también se descuenta el gasto operativo de un 10% según los estatutos lo cual
equivale a 63.100.000.00 quedando un saldo de 410.486.000.00,
Año 2017
! |
Aporte CAPROBA Y UTAMA
Monto de Afillacion Presupuestada 2017 33 540 200,72
Monto real de la cuota de Afiliación 2017 21 500 000,00
¡Cancelacion sakdo liquidacion 2016 5375 032,17
¡Sakdo pendiente de a girar 2017 12 040 200,72
Monto para UTAMA 44 000 000,00
saldo pendente de liquidar por UTAMA 2016 5 886 000,00
Servicios de asistencia 10000 000,00
Adenda 18-17 5000 000,00
Servicos de gestlon y apoyo 8.000 000,00
¡Servicios de asistencia 8.000 000,00
¡Total 49 886 000,00 31000 000,00
prestamo 5300 000,00
Porcentaje de aplicar costo administracion de los contratos 3 100 000,00
¡Total ] 10 486 000,00
Porcentaje de aplicar costo administracion de los contratos
¡Saldo a fayor , E 10.486 000,00
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Año 2017
Aporte a CAPROBA
Para el año 2017 se presupuestó como cuota de afiliación el monto de
(33.540,200,72 de los cuales se le trasladaron como ingresos reales el monto
de €21.500,000,00, además del saldo de la liquidación del año 2016 que fue de
€5,375.032.17 para un total de 426,875.032,17
Quedando un monto pendiente de trasladar de 412.040.200.72, mismo que se
incluyeron en la liquidación presupuestaria de ese año para presupuestar en el
primer presupuesto extraordinario del siguiente año.
Aporte a UTAMA
Con respecto al aporte a UTAMA se trasladó solamente un monto de
€44.000.000.00 donde incluida el monto de €5,300.000,00 del préstamo
intermunicipal.
Del monto girado de €44.000.000,00, según información brindada por
CAPROBA se realizaron contrataciones por un monto de €31.000.000.00, a los
siguientes servicios
Servicios de asistencia 618.000.000.00
Adenda a contrato 18-2017 por 45.000,000,00
Servicios de gestión y apoyo por ¿8.000.000,00
9 a
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Año 2016
|
Aporte CAPROBA Y UTAMA
Monto de Afillacion Presupuestada 2016 32 250 193,00
Monto real de la cuota de Afiliación 2016 26 875 160,83
Cuncelacion saldo liquidacion 2015 5342 317,80
¡Saldo pendiente de a girar 2016 5375 032,17
Monto para UTAMA. 45 000 000,00
¡saldo pendente de liquidar por UTAMA 2015 1826 000,00
¡Servicios Jurídicos 9900 000,00
Servicios de Gestion Ambiental 6.000 000,00
¡Servicios de asistencia 6 000 000,00
¡Apoyo a planificacion 6.000 000,00
¡Servicios de asistencia 4 500 000,00
Total 46 826 000,00 32 400 000,00
préstamo 5 300 000,00
Porcentaje de aplicar costo administracion de los contratos 3240 000,00
¡Total 5 886 000,00
¡Saldo a favor $886 000,00
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Quedando un monto pendiente de trasladar de €5.375.032.17, mismo que se
incluyeron en la liquidación presupuestaria de ese año para presupuestar en el
primer presupuesto extraordinario del siguiente año.
Aporte a UTAMA
Respecto al aporte a UTAMA se trasladó un monto de ¿45.000,000.00,
desglosado €39.700.00,00 en pago de servicios y £5.300,000.00 para el pago de
préstamo que se iba a realizar, por lo que sumado el saldo el año anterior de la
liquidación del 2015 que fue de (1.826.000,00 se tiene un total de
446,826.000,00, se llevaron a cabo las siguientes movimientos:
Por servicios Jurídicos el monto de ¿9.900,000.00,
Por servicios de gestión Ambiental de ¿6.000.000,00
Por servicios de asistencia de 46.000.000.00
Por servicios de apoyo a planificación 46,000.000.00
Por servicios de asistencia de 4.500.000.00
Para un total de (32.400.000.00, se le descuenta el gasto operativo de un 10%
según los estatutos lo cual equivale a £3.240.000.00, dentro de ese monto total
ingresado, está contemplado, el monto de (5.300.000.00 que corresponde al
monto de préstamos intermunicipal para el edificio, por lo que el saldo al cierre
del 2016 seria de (5.886.000.00.
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ejecución de los estudios y proyectos que estas impulsen, así como la
coordinación y control de cobro administrativo y judicial de las municipalidades.
El monto destinado a UTAMA corresponde para el pago de asesoría o proyectos
de desarrollo en el caso que nos ocupa. La Municipalidad de Pococí giro el
monto de ¿34.166.000,00, de los cuales se llevaron a cabo dos contrataciones.
e 2015-LA-009-01 por concepto de Contratación Asesoría Jurídica por 260
horas por servicios profesionales por un monto de €419.500.000.00.
e 2015-LA-0011-01 POR 120 horas de servicios jurídicos al Concejo
Municipal y presidencia, por un monto de ¿9,900,000.00 para un total de
contrataciones de 429,400,000.00 más el rebajo del 10% gastos
operativos que corresponde a 62.940,000.00 quedando un saldo a favor
de la municipalidad de Pococí de 41.826.000,00.
Como se puede observar en el cuadro se reflejan los montos enviados a
CAPROBA Y UTAMA, así como los gastos realizados por UTAMA.
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Año 2015
|
|
Aporte CAPROBA Y UTAMA
Monto de Afiliacion
Presupuestada 2015 31 009 801,00
Monto real de la cuota de
Afiliación 2015 25 667 483,20
Saldo pendiente de girar $ 342 317,80
| |
Monto para UTAMA 23 000 000,00
Aporte Extraordinario 11 166 000,00
Contrato juridico 19 500 000,00
Randall Ramirez 9 900 000,00
Total 34 166 000,00 29 400 000,00
Porcentaje de aplicar costo administracion de los contratos 2 940 000,00
Total 1 826 000,00
Saldo a fayor 1826 000,00
Año 2016
Aporte a CAPROBA
Para el año 2016 se presupuestó como cuota de afiliación el monto de
€32,250.193,00 de los cuales se le trasladaron como ingresos reales el monto
de 426.875.160.83, además del saldo de la liquidación del año 2015 que fue de
(5.342,317.58 para un total de 432.217,478.41.
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Ya
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e Así mismo, la información enviada por CAPROBA, en reuniones en
conjunto con la Contadora Licda. Viviana Badilla se revisó montos que se
habían trasladado, así como el destino (Recursos UTAMA).
e Enrelación con el monto que se cobra de un 10% para financiar costos
administrativos, esta organización argumenta que está estipulado en los
Estatutos y Reglamento de Régimen Interno de CAPROBA.
A continuación, se detalla cada uno de los recursos girados a CAPROBA de
los periodos 2015-2016-2017-2018-2019:
Año 2015
Aporte a CAPROBA
Para el año 2015 se presupuestó como cuota de afiliación el monto de
(31,009,801.00 de los cuales se le trasladaron como ingresos reales el monto
de €25,667,483.42 quedando un monto pendiente de trasladar de
€5.342,317.58, mismo que se incluyeron en la liquidación presupuestaria de
ese año para presupuestar en el primer presupuesto extraordinario del
siguiente año.
Aporte a UTAMA
Con respecto al aporte a UTAMA se trasladó un monto de €34,166,000,00, de
acuerdo con este aporte a UTAMA, tiene como fin lo indica el Articulo 18,
párrafo 2.
La UTAMA tendrá como fin primordial el suministro de asesoría técnica a la
Federación y a las municipalidades que la conforman, en el desarrollo y
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Oficio N2053-2020
Para:
Lic, Manuel Hernández Rivera
De:
Licda. Andrea Camacho Zárate
Asunto:
Informe de CAPROBA-UTAMA
Fecha:
13 de agosto 2020.
Con respecto al información solicitada por su despacho sobre los montos
enviados a CAPROBA-UTAMA en el presupuesto ordinario y extraordinario de
los años 2015-2016-2017-2018-2019 le informo:
e Se han realizado reuniones tanto de manera personal como virtual,
además se enviaron correos e información para completar el informe,
por lo que a continuación se presenta una serie de puntos específicos,
así como los soportes al respecto.
e Los aportes Ordinarios corresponden a las cuotas de afiliación mismos
que son presupuestados cada año y se incluyen en el código O5-01-04-
30-06-01-04-03-02-01, lo cual corresponde a transferencias corrientes al
sector público a gobiernos locales a CAPROBA.
e Respecto a los aportes extraordinarios se incluyen tanto en el
presupuesto ordinario como en presupuestos extraordinarios y se
destinan específicamente en contrataciones o servicios requeridos por el
Alcalde o Concejo Municipal, por medio de CAPROBA -UTAMA, en el
código presupuestario 5-01-04-30-06-01-04-03-02.
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Y Por lo que dicho monto debe reintegrarse a la cuenta corriente de la Ley
7313, del Banco de Costa Rica N2 7728-3.
Sin mas esperando que la información sea conforme a lo requerido por su
despacho.
ANDREA Flemado digitalmente
CAMACHO Enimacuo2anare
ZARATE IRMA)
(FIRMA) cossonóno
Licda. Andrea Camacho Zárate
Administradora Financiera
CC Coordinador de Hacienda
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Pluye
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PAGINA N91 E rdinari
a a Municipalidad de Pococí..
> POCO Servicios Jurídicos ..*.*
a / Teléfono: 2718-6516, Fox: 2710-7181 9%,
munigococijuridicosomollcom mires
20 A A
Guápiles, 14 de octubre de 2021
14-36-OCT-2021
INFORME JURÍDICO
ASUNTO: INFORME SOBRE REINTEGRO DE RECURSOS NO UTILIZADOS POR CAPROBA
* SOLICITANTE: DESPACHO DEL ALCALDE
1. GESTIÓN:
Con la instrucción del Coordinador de Servicios Jurídicos Internos, procedo a dar
respuesta al Oficlo DAM-0822-2021, del 24 agosto 2021, recibida conjuntamente
con un Informe de Auditoría Interna (Oficio Al-246-2021 del 20 de julio 2021).
2. ANÁLISIS JURÍDICO:
Previo a entrar a analizar el tema, es importante tener como referencia que desde
julio de 2020, se llevó a cabo la desafillación de la Federación de Municipalidades
CAPROBA, así aprobado por el concejo municipal, mediante Acuerdo N* 1144,
Acta 46, del 07 de Jullo de 2020.
Mediante Oficio N* 033-2020, con fecha del 13 de agosto 2020, el Depto. De
Administración Financiera, dirigido al Despacho del Alcalde, informa sobre todos
los aportes que ha realizado este municipio a CAPROBA, desde el año 2015 al 2019
inclusive, tanto de los presupuestos ordinarios como los extraordinarios. En dicho
informe explica ampliamente los giros realizados, las contrataciones hechas por
CAPROBA Y UTAMA, así como el monto que se tiene que devolver a este gobierno
local, a saber, la suma de VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA y TRES MIL
CIENTO NOVENTA Y CUATRO (29,663,194.33), a la cuenta corriente de la Ley 7313,
del BCR N*7728-3.
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y
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Servicios Jurídicos
Teléfono; 2713-6516, Fax: 2710-7181 K A
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En noviembre 2020, la FEDERACIÓN CAPROBA, emite un Oflclo DEC-JR-112-11-2020,
dirigido al concejo municipal y al Despacho del Alcalde, en el que se indica que
esta municipalidad le adeuda la suma más de CUARENTA Y DOS MILLONES DE
COLONES (42,162,354,50), por concepto de afiliación,
Ahora bien, en cuanto al Informe de Auditoría Interna, OFICIO Al-246-2021, emitido
e! 20 do julio 2021, en este se hace un amplio cmálisis de las diferentes
contrataciones ejecutadas, en apariencia, "sin control alguno sobre la calidad de
la contraprestación recibida y sobre el cumplimiento de los objetivos de interés
público que motivaron la inversión realizada". También se aborda el tema principal
que nos ocupa, el relntegro de dinero transferido a CAPROBA, para más
contrataciones pero que no fue utilizado por este municipio; además del dinero
aportado por este municipio para la construcción de un CENTRO DE
CAPACITACIÓN, el cual nunca fue construido; en total la suma de dinero es la
misma que indicó la Administradora Financiera, a saber, 4/29,663,194.33
Finalmente, como parte de las conclusiones que realiza la auditoría, está el "tomar
de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de desviaciones o
irregularidades. Recomienda tomar de inmediato las medidas correctivas; y,
analizar e implementar las observaciones y recomendaciones dadas por esa
auditoría”.
Así las cosas, considera esta Unidad Jurídica, que las recomendaciones dadas en
el Informe sobre el uso de recursos transferidos a la Federación de Municipalidad e
de Cantones Productores de Bunano (CAPROBA), se ajusta a lo previsto en la Ley
de Control Interno, Así mismo, se deberá tomar en consideración todas las
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recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna de este municipio, con el fin de
que se reintegre el dinero transferido a dicha federación.
3. RECOMENDACIÓN:
En consecuencia, siendo que esta administración municipal tiene claro en monto
que nos adeudan, deberá, en caso de continuar la negativa de hacer tal
devolución de dinero CAPROBA, girarse instrucciones a la Contadora Municipal, y
que por analogía se aplique lo previsto en el artículo 79 y 80 del Código Municipal.
Esperando ser oportuna, se despide atenta,
MAYRA Ú Firmado digitalmente
GEMALLE ¿por MAYRA GEMALLE
¿ *MONTES ARCE (FIRMA)
MONTES ARCE" Fécha:2021.10.14
(FIRMA) —;2  15:09:49-0600'
Licda. Mayra Montes Arce
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C.c. Archivo Interno,
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Val
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Guápiles, Pococt Limón
Teléfono 2713-65-48 ext. 135
Oficio N*%049-2020,
Para:
Unidad Jurídica
De:
Licda. Andrea Camacho Zárate
Asunto:
Criterios sobre el documento DCP-VBL-036-19,
Fecha:
21-07-2020
En dias anteriores, se solicitó a la Federación de Municipalidades de Cantones
Productoras de Banano de Costa Rica, CAPROBA, sobre el respaldo para
poder cobrarnos un 10% de costos administrativos o costos operativos,
alegando el articulo 22 en los punto 2-3-6 de los estatutos y Reglamento
Interno de la Federación, así como el artículo 83 del Código Municipal,
Según lo comentado en el parrafo anterior le solicito me indique si legalmente
cabe las siguientes observaciones!
+ ¿Con base a lo indicado por CAPROBA, respaldado segun articulo 83;
se justifica el cobro del 10% de gastos operativos o costo operativo,
la interrogante nace porque ese articulo se aplica para el 10% de
utilidad para desarrollo en los servicios que presta la Municipalidad
(cobro de tasas de servicios municipales)?
+ ¿Existiendo una cuota de afiliación, legalmente correspondería ese 10%
de costo operativo a los servicios contratados? .
AÑO'2020
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Se adjunta articulo N283 del Codigo Municipal
Artículo 83, - Por lus servicios que preste, la municipalidad cobrará tasas y precios que se fijarán tomando
en consideración costo más un diez por clento (10%) de utilidad para desarrollarlos. Una vez fijados, entrarán en
vi treinta días d és de su publicación en La Gaceta,
Los usuarios deberán pugar por los servicios de alumbrado público, limpieza de vías públicas, recolección
separada, transporte, valorización, tratamiento y di ición final ade da de los residuos ordinarios,
muntenimiento de parques y zonas verdes, servicio de policfa municipal y cualquier otro servicio municipal urbano
o no urbano que se establezcan por ley, en el tanto se presten, aunque ellos no demuestren interés en tales servicios.
En el caso específico de residuos ordinurios, se autoriza a las municipalidades a establecer el modelo
tarifario que mejor se ojuste a la realidad de su cantón, siempre que este incluya los costos, así como las inversiones
futuras necesurias para lograr una gestión Integral de residuos en el cipto y lir las obligaciones
establecidas en la Ley para la gestión integral de residuos, más un diez por ciento (10%) de utilidad para su
desarrollo, Se faculta a las municipalidades para establecer sistemas de tarifas diferenciadas, recargos u otros
1 de li vos y h con el fin de promover que las personas usuarias separen, elasifiquen y
entreguen adecuadamente sus residuos ordinarlos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley pava
la gestión Integral de residuos,
Además, se cobrarán tasas por servicios y muntenlmiento de parques, zonas verdes y sus respectivos
servicios, El cálculo anual deberá considerar el costo efectivo invertido más el costo de la seguridad que desarrolle
la municipalidad en dicha área y que permita el disírute efectivo, Dicho monto se incrementará en un diez por ciento
(10%) de utilidad para su desarrollo; tal suma se cobrará proporcionalmente entre los contribuyentes del distrito,
según el valor de la propiedad,
(As) reformado el párrafo anterior por el artículo 2 * de la ley N* 9542 “Ley de Fortulecimiento de la Policla
Municipal” del 23 de abríl del 2018)
La muulcipalidad calculará cada tasa de forma anual y las cobrará en tractos trimestrales sobre saldo
vencido. Lu municipalidad queda autorizada para emanar el reglamento correspondiente, que norme de qué forma
se procederá para organizar y cobrar cadu tasa,
(Así reformudo el párrafo anterior por el artículo 2 * de la ley N* 9542 "Ley de Fortalecimiento de la Policfa
Municipal" del 23 de abril del 2018)
La municipalidad podrá ejercer la modalldud de vigilancia electrónica dentro de su territorio, el cual podrá
organizar según los requerimientos del cantón, Para ello, debe procurarse el uso de tecnologías compatibles que
permitan lograr, eutre los cuerpos policiales, la muyor coordinación en la prevención, investigación y el combate de
la criminalidad, Serán de interés público los videos, las señales, los audios y cualquiera otra información captada
por los sistemas de vigilancia electrónica, por lo que deberán ser puestos a disposición de lay autoridades
competentes, para los efectos Investigativos y probatorios pertinentes, en caso de requerirse.
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(Así adiclonado el párrafo unterior por el articulo 2 * de la ley N*9542 "Ley de Fortalecimiento de la Polícta
Municipal" del 23 de abril del 2018)
(Corrida su numeración por el articulo 1* de la ley N* 9542 "Ley de Fortalecimiento de la Policla Municipal” del 23
de abril del 2018, que lo traspasó del antiguo artículo 74 al 83)
2, Servicios: Las cantidades que resulten de la aplicación de las tasus y precios que en su momento acuerde el
Consejo Intermunicipal. En cualquier caso, los acuerdos en esta materia estarán basudos en lo que determine el
estudio económico-financiero que se hará a Lal efecto teniéndose en cuenta los coeficientes de incremento y
reducción que se establezcan en dicho estudio”.
La Federación CAPROBA al tener una única fuente de financiamiento hasta el momento, Ja cual es transferencias
corrientes de gobiernos locales, y al ser poleslad del Consejo Intermunicipal fijar los monto del presupuesto
ordinario, se establecen dos ingresos: uno por concepto de cuota de afiliación, para el financlamiento del Programa
1“Adminiatración y dirección” y el segundo por concepto de serviolos “UTAMA” según lo permitido en la Ley 7318
y estatutos institucionales para el financiamiento dol programa ]I, a dichos servicios se les cobra un 10% para
fivanciar costos administralivos de ese programa, basándonos en el Arlículos 22 de los estatutos,
Se adjunta Estatutos y Reglamento de Régimen Interno de CAPROBA, así
como el oficio N2DCP-VBL-036-2020.
Agradezco su colaboración al respecto.
ANDREA “Firmado
CAMACH 1 digitalmente por
ANDREA
ZARATE ¿amis
+" Fecha; 2020.07.21
(FIRMA) — t6:2:13-o600"
Licda. Andrea Camacho Zárate
Administradora Financiera
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MUNIOIPALIDAD DIE POCOOÍ
SERVICIOS JURÍDICOS INTERNOS
UL, 2713-6516 MAX 2710-4318
INFORME JURÍDICO: 1J-31-4UL-2020 -
su : Glrar recursos Operativos a C,
(+ A il ra,
1. GESTIÓN.
El presente asunto se analiza por oficio: 049-2020, del 21 de Jullo de
cual, la Licda, Andrea Camacho Zárate, administradora tributarla;-consulta sobre
procedencia de girar recursos a la Federación de Municipalidades de Cantones
Productores de Banano de Costa Rica (CAPROBA),
2. ANÁLISIS JURÍDICO.
Las federaciones de municipalidades se encuentran reconocidas por el artículo 10
del Código Municipal, según el contenido de dicha norma estarán reguladas por los
estatutos que al efecto establezcan los Goblernos Locales que las conforman; tal
es el caso de la Federación de Municipalidades de Cantones Productores de
Banano de Costa Rlca (CAPROBA) y sus estatutos. :
At efecto de la consulta que nos ocupa, sobre los glros dinerarlos de la Municipalidad
de Pococí a CAPROBA, con motivo de lo estipulado en los estatutos, encontramos
el artículo 23 el cual reza:
“Artículo 23. Criterios de Partlclpación
1, Gastos Ordinarios:
a) Para el mantenimiento ordinario de la Federación la suma que se estime en el
Presupuesto aprobado por el Consejo Intermunlclpal distribuldo equitativamente
entre las Municipalidades afilladas. El cual deberá ser depositado de forma mensual
por las Municipalidades respetando el sigulente orden: el primer depósito el 15 de
enero del ejerciclo económico, de ahf de forma mensual en los últimos 3 días de los
meses sigulentes y el 15 de diclembre del ejerciclo económico. La falta de pago
29 de julio de 2020
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PAGINA N91 TA N226 Ordinari
MUNICIPALIDAD DE POCOOÍ
SIDRVICIOS JURÍDICOS INTERNOS
TIL. 2718-6516 PAX 2710-4818
'MUNIOIPALIDAD
DEPOCOO!
2
oportuno de cualquiera de las cuotas motivará la expulsión de la Municipalidad
incumpliente.
b) Para el mantenimiento de la Unidad Técnica de Asistencla Municipal del Atlántico
“UTAMA”, La suma que se estime en el presupuesto aprobado por el Consejo
Intermunicipal destinado para ese fin y que deberá ser cubierta proporcionalmente
entre las municipalidades adscrítas a esta unidad. Los desembolsos de las cuotas
de participación deberán efectuarlos las municipalidades de la siguiente forma: la
Dirección Ejecutiva realizará un plan de pagos según los servicios solicitados por
cada municipio, el cual notificará al alcalde (sa) y Concejo Municipal respectivo para
que giren instrucciones a las unidades administrativas para el trámite de pago.
Quedan obligadas las municipalidades a que estos aportes los financiaran con el
impuesto a la exportación del banano o por medio de ingresos fijos.
Estos aportes son de carácter obligatorlo para todas las municipalidades afiliadas y
el incumplimiento de las sumas asignadas o del atraso en el giro de las mismas a
CAPROBA tal y como están previstas en el presente artículo, autorizan a la
Dirección Ejecutiva a suspender la prestación de los servicios e iniclar el trámite
administrativo y judicial de cobro de las sumas adeudadas de las municipalidades
omisas hasta tanto subsanen el incumplimiento.
2. Servicios:
Las cantidades que resulten de la aplicación de las tasas y preclos que en su
momento acuerde el Consejo Intermunicipal. En cualquier caso, los acuerdos en
esta materia estarán basados en lo que determine el estudio económico-financiero
que se hará a tal efecto teniéndose en cuenta los coeficientes de incremento y
reducción que se establezcan en dicho estudio.”
Adicionalmente, el artículo 25 párrafo primero del mismo estatuto, dispone:
29 de julio de 2020
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PAGINA N91
, he) Gmail Servicios Jurídicos Munlclpalidad PococÍ <imunipocociJurldicosOgmall.com> _
OFICIO NO050.-2020
1 mensaje
Andrea Camacho Zárate <andreacamazGhotmail.com> 21 de Jullo de 2020 a las 16:16
Para: “munlpococ].jurdicosG)gmall.com" <munipococ!.JuridicasHgmall.com>
Agradezco la atención al oficio N2050-2020
Licda. Andrea Camacho Zárate
Administradora Financiera
Munlclpalidad de Pococl
Tel 2713-6648 EXT135
3 archivos adjuntos
Nal oficio 050-2020 Legal caproba.pdf
194K
ña an: Informacion Costo Operativo Municipalidad de Pococf (1).pdf
7621
A Estatutos y Reglamento de Réglmen Interno Actualizado 28 de noviembre del 2018..pdf
Ba3K
Por Mayoría de 5 Votos a Favor (votan a favor: Yaslyn Morales Grajal, Luis Ángel
Méndez Araya, Alfredo Calderón Alfaro, Randall Torres Barrientos, Jonnathan
García Chévez), 4 en contra (votan en contra los regidores Jose A. Bustos, Reinaldo
Benavides, Juan Luis Gómez, Ovidio Vives) SE ACUERDA: Se Acoge el Veto
presentado por el señor Alcalde Manuel Hernández Rivera, contra el acuerdo
N*580, De La Sesión Ordinaria N*22 Del 24 De Marzo de 2022.
Razonamiento de voto.
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Quiero que quede en actas mi voto positivo, leí detenidamente el veto que
presenta el señor Alcalde, viene bastante justificado con norma jurídica, tengo
que ser responsable con el tema presupuestario, quiero decirle a don Manuel que,
muchas gracias por cuidar los intereses de este cantón y es por eso que yo he
decidido votar a favor del veto que presenta el señor alcalde.
Reg. Randall Torres Barrientos.
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PAGINA N01 226 Ordinaria.
Saluda, Muy acertado don Manuel con esta interposición del veto, considerando
que la Administración Pública está sometida al principio de legalidad y ese
acuerdo que se realizó tiene múltiples vicios de nulidades tales como los mencioné
cuando se ¡ba a someter a votación. Explica ampliamente.
Reg. Luis Ángel Méndez Araya.
Saluda, muy claro donde nos dice un acuerdo de Auditoría realizado en el acta
N*46 del 07 de julio del 2020, acuerdo N*1114 donde se hace un estudio exhaustivo
cuando el Concejo había tomado la decisión de afiliarse a CAPROBA. En ese
entonces hubo motivos de desafillación y un análisis por parte de la señora
Auditora a la cual felicito. Explica ampliamente el análisis de la señora Auditora.
Reg. Jonnathan García Chévez.
Saluda, en un principio mi persona estuvo acorde de estar incorporados a
CAPROBA, incluso cuando se sometió la moción yo acepte el apoyo al ingreso
nuevamente ya que si utilizamos los objetivos de CAPROBA podemos sacarle
mucho provecho. Estando adentro podemos hacer las cosas bien y dejar de lado
si en el pasado se hicieron las cosas mal, lo que hay que hacer es hacer las cosas
bien y legalmente. Continúa explicando.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro
Saluda, comenta que, como lo decía el compañero Jonnathan, lo voté positivo
pues había esperanza de volver a CAPROBA y en fin, se puede analizar más
adelante y ver si es lo mejor para el cantón de Pococí.
Reg. Ovidio Vives Castro
Saluda, yo soy responsable de mis decisiones y siempre he logrado dar una milla
extra en todo y traer proyectos de otras instituciones a este cantón que son de
millones de colones. Lo de CAPROBA se vendrá en su momento, eso son
decisiones políticas. Comenta el monto que se traslada por año a Conapdis.
Explica ampliamente.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
4
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PAGINA N*1 TA N226 Ordinaria.
Primero, quiero razonar mi voto positivo ya que la intención de incorpor molta --
CAPROBA era recuperar treinta y resto de millones que se invirtieron para la
construcción de un edificio que ese dinero no se ha rescatado.
Segundo: vi la oportunidad de que, la planta de mezcla de asfalto que está en
Siquirres va a ser en apariencia manejada por los seis municipios de la Provincia
de Limón.
Tercero: soy respetuoso de la democracia de este país. Soy respetuoso de los que
apoyaron a Manuel y eso se debe considerar en un presupuesto ordinario pero,
decir que en adelante quedará en la Auditoria y al Administración de esta
Municipalidad, hacer las gestiones que correspondan par hacer que la planta
asfáltica está para los cantones pues que se hagan las gestiones para que
nosotros seamos tomados en cuenta y que, la Administración y la Auditoria
Interna, haga las gestiones para recuperar un dinero que se metió ahí y no se ha
recuperado, sea que la Administración acuda a la instancia judicial o agotando
la vía administrativa.
-UL:
ACUERDO N* 674
Propuesta presentada por el Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez. Dice:
Comentario por parte de la Regidora Yaslin Morares Grajal.
Señor presidente nuestros ciudadanos quieren venir al Concejo Municipal y por
una disposición sanitaria, se les ha dicho que no pueden venir, hoy veo una joven
que me parece que es ciudadana, a mí me gustaría saber si ya existe la
posibilidad de que nuestros ciudadanos puedan venir puesto que, los lineamientos
cambiaron y se puede permitir que el 100% del aforo para que las personas
puedan ingresar simplemente con lavado de manos y mascarilla.
Yo creo que si hoy esta una ciudadana aquí, bienvenida a este recinto que es
público y que bueno que usted está muy interesada en los procesos del Cantón y
está viniendo a escuchar o no sé, si será una licenciada que viene en apoyo de
asesoramiento, pero sería bueno que usted me indique porque, hay muchos
ciudadanos que nos preguntan a todos ¿cuándo podemos volver al recinto? y
hoy veo la oportunidad de preguntar puesto que estoy viendo a una ciudadana
en este recinto.
A
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PÁGINA N*043
PAGINA N91 Ne26 Ordinari
Regidor Presidente Juan Luis Gómez Gómez.
Yaslyn ella es una estudiante de la doctrina Municipal y previamente me solicitó
el permiso para venir a escuchar la sesión y claro que sí Yaslyn, esta muchacha es
estudiante y solo viene ella a ver esto porque necesita llevarse una impresión y
conocer más afondo lo que es una Sesión Municipal.
Regidor Ovidio Vives Castro.
Aunado a lo que la compañera Yaslin Morares nos comenta, yo creo que es hora
de que se presente hoy mismo si es posible una propuesta para que se abra esto
de una vez por todas, para que se solicite al pueblo que venga.
Son doce o trece comunidades cada quince días como se ha hecho en años
anteriores. Yo creo que nosotros hemos estado un poco tranquilos trabajando,
pero es hora de que este recinto se le abra ya al pueblo de Pococí, se lo dejo a
usted, o si no, yo mismo voy a tener que presentar y hacer la propuesta.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez. Yo voy a presentar esta propuesta:
. Que se le haga la consulta a la señora Directora del Ministerio de Salud de
Guápiles, si el decreto ejecutivo fue anulado de tal forma que nosotros podamos
después de Semana Santa atender las personas que quieran venir a este Concejo
Municipal a realizar diferentes gestiones, como así también tener de forma
completa al órgano colegiado que quiera integrarse, porque también tiene las
posibilidades de conectarse vía zoom.
Regidor Luis Ángel Mendez Araya.
En la misma línea, parece que se nos adelantó y que buena la propuesta que
hace el compañero Ovidio Vives y usted obviamente la está segundando y la va
a someter a votación, de hecho, ya sabe que tiene mi apoyo en ese sentido, con
la condición por supuesto que, necesitamos el documento oficial de la jerarca del
Ministerio de Salud para determinar cómo está el tema del decreto, porque hay
un decreto a nivel Nacional y tenemos que respetar como órgano deliberativo
ese acuerdo.
Regidor Alfredo Calderón Alfaro.
Esa es la propuesta que yo iba a hacer, yo he venido diciendo que todavía
tenemos la restricción sanitaria hasta que no haya un levantamiento por medio
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Pluye
PÁGINA N*044 ¡al
PAGINA N91 N226 Ordinaria. 07-04-2027%
7, aia
Nx
del Ministerio de Salud y yo creo que, no podemos hacer eso hasta que a mos--
hayan dicho por medio de un documento que podemos levantar la restricción
Sanitaria.
Regidor Reinaldo Benavides Vargas.
Saluda, nosotros somos la máxima autoridad en este Cantón y somos autónomos,
por lo tanto, yo le solicitaría a usted que la propuesta sea: que a partir de la
semana después de Semana Santa, se atienda al público poniendo un límite de
doce personas, una por comunidad, esa es la recomendación para que presente
la propuesta en esa línea.
Además, que se le solicite al Ministerio de Salud la certificación.
Regidor Randall Torres Barrientos.
Me parece importante que se pueda ir permitiendo paulatinamente que las
personas puedan asistir al Concejo, pero, yo no estaría votando ahorita si no hay
primero un criterio del Ministerio de Salud en donde se establezca el aforo.
Este tema me parece que es muy administrativo de nosotros, deberíamos de
hacer una sesioncita, para ver todas las implicaciones, cuantas personas se van a
permitir, si se va a usar el alcohol en gel y como se va a utilizar, como están las
distancias etc., para después hacerlo de una forma ordenada y no tomar una
decisión a la ligera.
Regidor Suplente Rosbil Arguello Badilla.
Saluda, me preocupa que el país de Pococí es distinto a otros países, por ejemplo,
San Carlos, sin marcarilla siete mil personas en un concierto para arriba y para
abajo.
Me preocupa las asambleas de Expo Pococí, no se podían realizar, las votaciones,
todo el mudo para arriba y para abajo, cuantos resultados hay, cuantas
infracciones se dieron, me preocupa mucho que la Municipalidad de Pococí un
día y sí y otro día no, se atiende a alguien porque lo trajo alguien y punto, hay
que atenderlo, hoy no se sabía que la muchacha estaba aquí ¿por qué no se
informa?,g¿ porque no se dice al inicio de la sesión?, eso es un manejo presidencial
en una Municipalidad en la Sesión, eso es lo que muchas veces nos lleva a
cometer errores y para finalizar señor presidente, le vamos a consultar al Ministerio
de Salud, nos va a decir que hay un decreto que ya lo sabemos , diay entonces
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a
PÁGINA N*045 El
PAGINA N*1 9 rdinaria. 07-04-20224
seguimos en lo mismo, somos regidores, el pueblo nos elige porque conoc a
pero al final no sabemos.
Entonces nosotros tomamos la decisión aquí y si acaso está mal tomada por Veta
el alcalde y si acaso está mal tomada el Ministerio de Salud o la institución
pertinente nos lo va a indicar, pero aquí lo que vamos a seguir haciendo es
demostrarle al pueblo que llevamos dos años y que sin un asesor no caminamos.
Lic. Manuel Hernández Rivera. Alcalde Municipal.
Saluda, a mí me parece que si hay que hacer la consulta al Ministerio de Salud,
porque nos regimos por el Ordenamiento jurídico, pero me parece más bien que
en vez de atender nosotros a los ciudadanos, deberíamos de coordinar las
Sesiones extraordinarias, por lo menos una vez al mes para hacer una visita por
distrito, ir a sesionar a cada distrito de la comunidad, para que la gente no tenga
que trasladarse, ya que hay lugares muy lejanos y al final de la Sesión las personas
tendrían que regresarse como hasta las diez de la noche entonces, me parece
que es más conveniente que, si se puede, que programemos las Sesiones por
Distrito y así podemos llegarles a más comunidades y escuchar a más ciudadanos
del Cantón.
Regidor presidente Juan Luis Gómez Gómez
Excelente don Manuel, de hecho, quiero decirles compañeros que, al hacer la
consulta al Ministerio de Salud, automáticamente si ellos nos dan el visto bueno,
volvemos a la normalidad se daría automáticamente la propuesta de don Manuel
y volveríamos a un rol práctico normal, pero que sí, que nos vayamos con los
criterios de legalidad.
Regidora Yaslyn Morales Grajal.
Eso de preguntarle al Ministerio de Salud le parece muy bien, debemos ser
respetuosos, pero no podemos olvidar que nosotros tenemos a Maikol Fernández,
como coordinador de la Comisión de Emergencia, donde él se reúne casi todas
las semanas con los jefes de las instituciones, Ministerio de Salud, Fuerza pública
etc.,
Generalmente en el chat de la Comisión de Emergencias donde yo participo,
pasan los acuerdos que pasa el Ministerio de Salud de San Jose y en este momento
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PÁGINA N*046
PAGINA N01 : udimarigcocI 07-04-2022
el gobierno ha dicho que todo está al 100% del aforo, nada más se usa múseafilla”
y se usa gel.
Regidor presidente Juan Luis Gómez Gómez
Somete a votación la propuesta y solicita que la respuesta sea por escrito a la
señora directora del Ministerio de Salud de Guápiles para que, a partir del regreso
de Semana Santa, podamos tener una normalidad tanto en la asistencia de los
integrantes del Concejo Municipal de Pococí, la participación de los vecinos,
como así también las sesiones extraordinarias en las diferentes comunidades del
cantón de Pococí.
Por mayoría 7 votos a Favor, 2 en contra (votan en contra los regidores Randall
Torres Barrientos y Jonnathan García Chévez) SE ACUERDA: Aprobar la propuesta
del señor presidente Municipal Juan Luis Gómez Gómez, Realizar la consulta a la
Dra. Karen Mayorga Quirós, Directora del Área Rectora de Salud de Pococí, para
que, a partir del regreso de Semana Santa, el Concejo Municipal de Pococí pueda
tener una normalidad tanto en la asistencia de los integrantes del Concejo
Municipal de Pococí, la participación de los vecinos, como así también las
sesiones extraordinarias en las diferentes comunidades del cantón de Pococí. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ARTICULO lll
Correspondencia.
ACUERDO N* 675
Se conoce nota suscrita por la Licda. Magally Venegas Vargas, Secretaria
Municipal, teléfono: 2711-1227, correo electrónico: secretariaOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: CMPL-78-2022
Asunto: Justificación por la NO presentación de actas para su ratificación.
9
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PÁGINA N*047
Municipalidad de Pococí
_ a
CG De Secretaría Municipal
a Teléfono/Fax: 2711-1227
Pluye secretorioOmunipococigo.cr CIS
Guápiles, 07 de abril del 2022
CMPL-78-2022
Señores:
Concejo Municipal en Pleno
Asunto: Justificación por la NO presentación de actas para su ratificación.
Estimados Señores(as):
Reciban un cordial saludo, por este medio y en cumplimiento de las buenas
prácticas de la Ley General de Control Interno, me permito informar que NO
se estará presentando el acta N*%22 Ordinaria del jueves 24 de marzo de
2022, para la ratificación debido a que, los tomos se encuentran en el
departamento de Auditoría para la respectiva legalización.
Es por lo anterior, que se estará presentando en la sesión Ordinaria del
próximo martes 12 de abril de 2022.
Sin más por el momento y agradeciendo su comprensión, se suscribe;
Licda. Magally Venegas Vargas.
Secretaria Municipal
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.
ACUERDO N* 676
Se conoce nota suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos, Coordinadora de
Licencias y Patentes, teléfono: 2713-6560 ext: 139 /149, correo electrónico:
vera.jimenezOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: PA-354-2022
Asunto: Licencias de Licor
9
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PÁGINA N*048
Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales
conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la
problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes
establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico,
les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera
condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo
N? 5, inciso "b", que dice:
"Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio,
licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades
ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán
someterse las licencias para actividades comerciales:
b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se
extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con
una presunción razonable que, con la actividad solicitada, se podría violentar la
ley vio el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la
Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos
iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros
supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la
dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título
vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha
de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en
forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida
el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por
ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la
actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden
público." (El resaltado es supletorio.)
Licencia de Licor
NOMBRE DIRECCIÓN CATEGORÍA
CARIARI, 20 MTS ESTE Y 160
MTS NORTE DE LA GUARDIA
RURAL
SUPER TENG DA
SOCIEDAD ANONIMA
MINISUPER /
CATEGORÍA DI
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Pluye
PÁGINA N*049
E
Atentamente; Yo
Licda.VertrJiñenez Villalobos
Coordinadora de licencias y patentes
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el Refrendo de la Patente. Se Dispensa
del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N'* 677
Se conoce nota suscrita por la Licda. Vera Jiménez Villalobos, Coordinadora de
Licencias y Patentes, teléfono: 2713-6560 ext: 139 /149, correo electrónico:
vera.jimenezOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: PA-354-2022
Asunto: Licencias de Licor
Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales
conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la
problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes
establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico,
les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera
condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo
NS 5, inciso "b", que dice:
"Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio,
licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades
ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán
someterse las licencias para actividades comerciales:
b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se
extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con
una presunción razonable que, con la actividad solicitada, se podría violentar la
ley vio el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la
Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos
iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros
supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la
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Pluye
dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con erfulo
vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha
de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en
forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida
el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por
ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la
actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden
público.” (El resaltado es supletorio.)
Licencia de Licor
NOMBRE DIRECCIÓN CATEGORÍA
RIVERA VILLALOBOS LA RITA, FRENTE AL SALON MINISUPER /
JAFET COMUNAL DE PALMITAS CATEGORÍA D1
e
e
Atentamente; Y
Licda. Vert-JiMe: Villalobos
Coordinadora de licencias y patentes
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba el Refrendo de la Patente. Se Dispensa
del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N' 678
Informe de Comisión de la Regidora Suplente. Hilda Zamora Arias, del 01 de marzo
del 2022 al 31 de marzo del 2022.
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PÁGINA N051
Informe de Comisión del Reg. Supl. Hilda Zamora Arias
Del 01 de marzo del 2022 al 31 de marzo del 2022
01-03-2022: Inicio a las 6:20 a.m, me reuní con los funcionarios de COAPDIS
en la fundación Ángel de Amor, ubicada en la Rita de Pococí, luego visité
Cocotales para ver el proyecto San Carlos en compañía del Sr presidente
Municipal, luego visité el proyecto Lagunillas, Sali a las 6:00 p.m
02-03-2022: Inicio a las 6:30 a.m, visité la culminación del proyecto en la
comunidad de San Carlos, en compañía del presidente Municipal Salí a la
6:00 p.m
03-03-2022: Inicio a las 6:30 a.m, Fui a una reunión en compañía del
Presidente Municipal y el Sr. Rodrigo de Buenos Aires y el Sr. Arnoldo de
Planificación y desarrollo Urbano, luego sesión Ordinaria, Sali las 21:10 p.m
04-03-2022: Inicio a las 6:20 a.m, visité la Comunidad de la Teresa, me reuní
con unos vecinos, para ver es asunto del puente del rio de Tortuguero, luego
fui a la comunidad de Tarire y Santa Rosa, salí a las 5:40 p.m
05-03-2022: Inicio a las 5:40 a.m, fui al Cantón de Talamanca a reubicar a un
interno de la fundación ya que en las investigaciones que se realizaron se
ubicó la familia del usuario y se llevó, ya que la familia se va a hacer
responsable de él, Sali a las 8:00 p.m
07-03-2022: Inicio a las 7:00 a.m, me dirigí en compañía del Sr. Presidente a
lagunillas a visitar proyecto en el camino nos encontramos con el Sr. Carlos
Porras, presidente de la Asociación de Caño Seco de la Fortuna, luego
seguimos el recorrido a lagunillas donde ahí nos encontramos dos
niveladoras y un back hopé y 3 vagonetas trabajando en el sitio, luego nos
regresamos y salimos a las 5:30 p.m
08-03-2022: Inicio a las 6:20 a.m, me dirigí a la Provincia de San José con 4
pacientes de la fundación de Ángel de Amor, para que los valorarán por el
comportamiento que tuvieron después de la orden sanitarias, luego se
realizó la sesión Extraordinaria y finalizó a las 18:58 p.m
09-03-2022: Inicio a las 6:20 a.m, Visité la comunidad de Valle Hermoso en
compañía del Presidente Municipal a la Comunidad del Zota, para ver un
paso de alcantarillas que se ubica a la altura de la vivienda del Sr,
presidente de la Asociación de Caño Seco, el Sr. Aquileo Ramírez, nos
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PÁGINA N*052 ¡O (
PAGINA N91 MIDUCACIA NO mingacocI....o- 04- 2022
acompañó y el Sr. Carlos Porras y el Sr, Timoteo, líder Comunal, de ahí dituva
en la reunión virtual de Asuntos Sociales que se realizó de 11: 00 a.m a 12:30
p.m, luego de este recorrido subimos a Guápiles a recoger al Regidor Ovidio
Vives Castro, para una reunión que teníamos a la 1: 00 p.m, en la
Comunidad de Camuro, Sesión Municipal salí a las 19:26 p.m
10-03-2022: Inicio a las 6.20 a.m, visitamos la Comunidad de Lagunillas de
San Juan de Pococí, en compañía del Presidente Municipal, luego Sesión
Municipal Sali a las 20:08 p.m
11-03-2022: Inicio a las 6:20 a.m, me dirigí a la Comunidad de San Bosco a
realizar vista a una familia de bajos recursos, luego me dirigí a la comunidad
de lagunillas en compañía del presidente Municipal de Lagunillas, salí a las
5:30 p.m
13-03-2022: Inicio a las 6:00 a.m, fui a Limón a reintegrar al Sr. Noel Deer
Sergio, donde encontramos la ubicación de su familia para que lo pudieran
ver, para esto fue que se realizó la visita ya que tenían muchos años de no
saber de él, salí a las 7:00 p.m
14-03-2022: Inicio a las 6:20 a.m, me presenté en la Asamblea Legislativa y a
la oficina de la UNGEL, después me dirigí para realizar inspección en San
Juan de Pococí, en compañía del presidente Municipal, salí a las 5:10 p.m.
15-03-2022: Inicio a las 6:20 a.m, me desplace para la comunidad de Llano
Bonito en compañía del presidente municipal, luego fuimos a la Comunidad
de Semillero, salí a las 5:30 p.m
16-03-2022: Inicio a las 6:20 a.m, en compañía del presidente Municipal en
su carro propio, fuimos a la Comunidad de Lagunillas y a la Comunidad de
Sota Dos, salí a las 6:40 p.m
17-03-2022, Inicio a las 6:30 p.m, fui al PANI para reunión de junta directiva y
luego estuve en la Sesión Municipal, salí a las 20: O8p.m
18-03-2022: Inicio alas 6:20, ala Comunidad de Lagunilla, para la inspección
de caminos y alcantarillas en compañía del presidente Municipal, Sali a las
5:40 p.m
21-03-2022: Inicio a las 7:00 a.m, fui a Una reunión en Palmitas Dos, con el Sr.
Alexis, para una capacitación con personas con discapacidad, salí a las
5:40 p.m
22-03-2022: Inicio a las 6:00 a.m, me dirigí a la Comunidad de Ticabán, para
un taller de capacitación de Fortalecimiento de Unión y Familia, con los
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PÁGINA N*053
í
p /
PAGINA N91 MIDUCÍCIA NS26 ¡Qigingrig COCI 07-04-2022 A
Funcionarios del PANI, además se realizan vistas en algunos hogares del Sitio
alas 7:00 p.m
23-03-2022: Inicio a las 7:00 a.m, me dirigí al Liceo de Llano Bonito en
compañía del presidente Municipal, para una reunión, después me dirigí a
la oficina del PANI, para coordinar con la guardia canina para las vistas que
se programaron para los diferente Centros Educativos, Sali a las 5:40 p.m
24-03-2022: Inicio a las 6:30 a.m, me presenté a la Municipalidad para
participar de una mesa de trabajo con los funcionarios del IMAS y los
funcionarios del INVU, luego Sesión Ordinaria, salí a las 22:38 p.m
25-03-2022: Inicio a las 6:00 a.m, me desplace con las personas de la
fundación de Ángel de Amor a San Jose, para dejar a la Sra, Carmen Arrieta
colaboradora de la fundación y luego fuimos al hospital México, para
recoger unos medicamentos y al hospital Chacón Paulo, salí a las 6:00 p.m
28-03-2022: Inicio a las 5:30 a.m, me dirigí a tablillas de San Carlos a dejar
dos voluntarios Nicaragúenses que vinieron por dos meses a realizar trabajo
comunal en la Fundación Ángel de Amor, 5:30 p.m
29-03-2022: Inicio a las 7:00 a.m, me dirigí al hogar de Misericordia, para un
convivio e intercambiar conocimientos ya que las dos entidades trabajan
con personas con discapacidad y personas con indigencia, salí a las 5:00
p.m
31-03-2022: Inicio a las 6:00 p.m, para Sesión Municipal, salí a las 21:06 p.m
hills
Reg. Hilda Zamora Arias
Por Mayoría de 7 votos a favor, 2 en contra (los regidores Randall Torres Barrientos
y Yaslyn Morales Grajal votan en contra). SE ACUERDA. Se aprueba el informe de
la regidora Suplente Hilda Zamora Arias, se autoriza el pago de viáticos. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 679
Se conoce Informe de Comisión por parte del Regidor Ovidio Vives Castro, dice:
Regidor Propietario Ovidio Vives Castro
Solicita que el informe que está presentando sea leído.
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PÁGINA N*054
PAGINA N?1 MI DuUCLhelA NS2e/Qigingria COCI 07-04-20
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
procede a leer el informe de Comisión el mismo como sigue:
ray na SH2. SO
Municipalidad de Pococí ó
REGIDOR PROPIETARIO OVIDIO VIVES CASTRO S
MUNICIPALIDAD
DEPOCOcI
INFORMES DE VISITAS A COMUNIDADES, DEPARTAMENTOS
MUNICIPALES, CAPACITACIONES, CURSOS, TALLERES, FOROS Y
REPRESNTACIONES POR PARTE DEL CONCEJO MUNICPAL CON REPALDO
SEGÚN:
Acta N*42 Articulo Il Acuerdo N? 885 acordada en sesión extraordinaria
del día 02 de junio de 2021 y Dice:
Nombramiento Comisiones Ordinarias y Especiales Artículo 34 Inciso g,
49 del Código Municipal.
07//03/2022. Visita Comunidad el Patio de Ticaban. Inspección
camino Puente mulas. La señora Xinia Mora solicita a la
municipalidad y a la unidad técnica la intervención de este
camino ya que se encuentra en muy mal estado desde hace años
y también ver la posibilidad de la construcción de un puente
también.
Agradezco señor Ovidio Vives la visita a nuestra comunidad de
verdad esperamos que sea una realidad el arreglo de este
camino.
Visita comunidad el rotulo de la Rita con el dirigente de la ADI y
de la parte deportiva señor Gerardo Cubillo Murillo el cual
solicita que la municipalidad ya sea por medio del Comité
Cantonal de deportes y recreación les puedan ayudar a la
comunidad con balones de futbol y uniformes para los equipos
tanto pata hombre como para mujeres.
El señor Gerardo Murillo agradece la visita a la comunidad y
también agradece la ayuda que la municipalidad les puedan para
la parte deportiva y recreativa del pueblo.
sg
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PÁGINA N*055
PAGINA N?1 MI NICE] A NS26/9ioingrig COCI 07-04-2
Municipalidad de Pococí
REGIDOR PROPIETARIO OVIDIO VIVES CASTRO
MUNICIPALIDAD
DE POCOCI
Visita comunidad la guaria de Cariari. Un grupo de vecinas
Marcela Irías Vargas, Wendy Delgado, Ingrid Quirós y Katya Irías
Vargas solicitan con urgencia el arreglo de un pequeño tramo de
la calle principal ya que la misma se encuentra en muy mal
estado.
También solicitan la ayuda de la municipalidad para contar con
un juego infantil donde los niños puedan recrearse en la zona
comunal.
Agradecen la visita y aún más la ayuda que la municipalidad les -
pueda brindar a los vecinos de la Guaria.
08/03/2022. Visita municipalidad, realice gestiones varias en
departamentos de Presupuesto, control Urbano y Bienestar
Social y Mujer. y reunión con el señor alcalde y regidores para
ver tema de la planta recicladora de baterías de Plumo.
Sesión extraordinaria Inicio 17:00 Termina 18:58.
09/03/2022. Visita Comunidad de la Victoria/Astua Pirie y Calle
Mesías de Cariari.
Inspección de proyectos con el Técnico de la UTGV Sr. Henry
Sánchez.
Visita Comunidad de Camuro del Triángulo de Palmitas.
Fuimos invitados por la Asociación de productores de dátil.
Asentamiento Camuro.
Me acompaño los compañeros regidores, Sra. Hilda Zamora y
Juan Luis Gómez.
Presentes: Roció Rodríguez Herra
Ronald Mendoza Cárdenas
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PÁGINA N*056
Municipalidad de Pococí
REGIDOR PROPIETARIO OVIDIO VIVES CASTRO
CREA
MUNICIPALIDAD
DEPOCOC|
Roger Rodríguez Trejos
Andrea Molina Mesen
lrene Juárez Meza
Berny Arrollo González
Walter Lacayo Campos.
La señora Presidenta de la Asc. Roció Rodríguez Herra en nombre
de los vecinos nos presentaron varios proyectos que desean que
se les tomen en cuenta para este año y el próximo Dios
mediante, los cuales detallo a continuación:
1/Relastreo del camino de la escuela del triángulo a Camuro
2/Alumbrado Cancha de fútbol del triángulo.
3/implementos deportivos para los equipos de fútbol tanto
hombres y mujeres.
Agradecemos de todo corazón la vista de Juan Luis Gómez
Doña Hilda Zamora y el señor Ovidio Vives a nuestra comunidad
y sabemos que los demás compañeros del concejo y el señor
alcalde nos colaboraran con lo solicitado, Dios me los bendiga a
todos.
17:00 Sesión extraordinaria. Inicia 18:00 termina 19:26
10/03/2022. Sesión Ordinaria. Inicia 18:00 termina 20:08.
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PÁGINA N*057
Municipalidad de Pococí
REGIDOR PROPIETARIO OVIDIO VIVES CASTRO
MUNICIPALIDAD
DEPOCOCI
11/03/2022. Visita Comunidad San Gerardo Sector 8 de Ticaban.
Sr. Gilberto Zúñiga.
El dirigente Don Gilbert Zúñiga solicita ayuda y asesoría técnica
para poder darle trámite al proyecto denominado Distrito
administrativo número 8 del Cantón de Pococi que se llamara,
(EL indio con cabecera o Villa Ticaban)
Le recomendé al señor Zúñiga que lo primero es convocar al
pueblo de la comunidad para proponerles ante una asamblea de
la ADI si están de acuerdo con la creación de una nueva figura
política administrativa, se tiene que nombrar una Comisión
llamada Pro-distrito el indio de Ticaban por varios integrantes de
varias comunidades que desean conformar el nuevo distrito.
Tienen que contar con el apoyo y acuerdo de asamblea general
de las ADI de las comunidades, contar con el apoyo del Concejo
de Distrito de la Rita, contar con un dibujante y topógrafo el cual
realicen el estudio de lo que seria los límites de la nueva figura
administrativa.
Le recomendé una reunión formar con miembros de la AD! y del
pueblo para realizar una agenda de trabajo en conjunto.
Don Gilbert Zúñiga Agradece la visita y ayuda brindada de
antemano y que Dios quiera que se pueda dar este gran regalo
para la parte baja del cantón.
14/03/2022. Visita municipalidad. Departamentos de
Presupuesto, Control Urbanos. Gestiones varias de presupuesto
extraordinario 2022.
15/03/2022. Reunión con el alcalde y regidores. Asunto análisis
del presupuesto extraordinario.
sg
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PÁGINA N*058 ¡01 Po
val
PAGINA N*1 MINI CAE A NP2é0rini9coci 07-04-2024
Municipalidad de Pococí
REGIDOR PROPIETARIO OVIDIO VIVES CASTRO
MUNICIPALIDAD
DE POCOCI
Visita comunidad de Rancho redondo con los señores Alex Cortes
y Gilberto Vargas del comité pro mejoras.
Solicitan con urgencia el arreglo de la entrada hacia rancho
redondo de la Unión de Guápiles.
Ya son varias visitas por parte de la municipalidad y de Conavi y
aun a la fecha nada de solución.
Les informe que con mucho gusto lea sacaría una audiencia con
el señor alcalde para tratar nueva, que este problema que le
compete al MOPT (CONAVI pero que también por ser el ingreso a
un camino municipal con mucho gusto se les estaría dándole
tramite a lo solicitado en semanas.
17/03/2022. Sesión Ordinaria. Inicia 18:00 termina 20:38
24/03/2022. Sesión Ordinaria. Inicia 18:00 termina 20:38
25/03/2022. Visita comunidad de San Geraldo Sector 8 de
Ticaban. Acompañado con la Sindica Carmen Sánchez y su
compañero sindico Keylor Campos.
Nos reciben los líderes de la comunidad señores:
Geovanny Porras
Antonio Machado
Gilbert Zúñiga
Enrique Bonche
Benita Dover
Joel Mejía
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PÁGINA N*059
Municipalidad de Pococí
REGIDOR PROPIETARIO OVIDIO VIVES CASTRO
MUNICIPALIDAD
DEPOCOCI Jeannette Granados
El objetico de la reunión fue solicítanos la asesoría para poder
crear a San Gerardo cono distrito administrativo número 8 de
Pococi.
Les hicimos ver la importancia de trabajar en conjunto y poder
contar con una figura como lo es un distrito administrativo el
cual le vendría a dar un auge enorme al trabajo que vienen
realizando ustedes desde hace mucho tiempo.
Hay que tener claro que se debe cumplir con los requisitos que
nos dicen la ley 4366 y su reglamento para la creación de
distritos administrativo de costa rica.
Se le recomendó los pasos a seguir como primera reunión de
varias que vamos a necesitar para ir viendo paso a paso los
cumplimientos de cada requisito que nos recomienda la ley
4366.
Toma la palabra la Sindica de la Rita Sra. Carmen Sánchez y hace
saber primero el cual aún no se ha podido traer presupuesto o
proyectos por parte del conceso de distrito a esta parte baja de
la Rita.
El gobierno con la entrada de la Pandemia congelo las partidas
específicas que por ley le toca a cada uno de los distritos
administrativo del país.
Es por ello que aun a la fecha no se ha logrado concretar algún
proyecto, pero estamos en la disposición de ayudar de gestionar
ante la administración del señor alcalde y ante el concejo
municipal.
En la solicitud que desean hacer para crear una nieva figura
política en este sector, quiero que conozcan que estamos
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PÁGINA N*060
Municipalidad de Pococí
E
; , REGIDOR PROPIETARIO OVIDIO VIVES CASTRO
MUNICIPALIDAD
DEPOCOCI
anuentes a colaborarles desde el consejo de distrito con el apoyo
ante el cumplimiento de los requisitos requeridos de ley.
Estamos para creer poco a poco como lo logro el distrito de la
Colonia hace 10 años. Con la ayuda y asesoría del compañero
Ovidio Vives que logro junto con sus compañeros del comité y las
ADI el apoyo al 100 por ciento para lograr que fueran un distrito
como lo es hoy muy próspero y bonito y con líderes muy
comprometidos.
El compañero Sindico toma la palabra y agradece el cual los
hayan invitado y que también da a conocer el apoyo que él
estaría dando para la posible creación de un nuevo distrito en
este sector.
Los dirigentes uno a uno agradece el apoyo brindado en esta
reunión y les vamos a solicitar que llevemos a cabo otras
reuniones más para irle dando forma a este proyecto comunal,
muchas gracias señores de la municipalidad.
31/03/2022. Sesión Ordinaria. Inicia 18:00 termina 21:06
04/04/2022. Sesión extraordinaria
06/04/2022. Sesión extraordinaria.
07/04/2022. Sesión ordinaria.
muy atentamente;
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PÁGINA N*061
Municipalidad de Pococí
REGIDOR PROPIETARIO OVIDIO VIVES CASTRO
MUNICIPALIDAD
DEPOCOC! Ovidio Vives Castro
Regidor propietario PRC
Email- vovidioc(Ayahoo.com número de teléfono: 8301-4901
C.c. Concejo Municipal
C.c. Recursos Humanos
Regidor Propietario Ovidio Vives Castro
Para que se entere los vecinos de este Cantón, este informe se debe al trabajo
que he venido realizando durante muchos años, durante el día, tarde y noche,
muchas veces las organizaciones no pueden atendernos en el día por asuntos
laborales y nosotros con mucho gusto le llegamos en las noches.
Agradecerle al señor alcalde que siempre me ha facilitado de una u otra forma
el vehículo, muchas veces se lo pido en el mismo momento y me lo ha facilitado
y otras veces he tenido que pedir carro prestado, he llegado a algunas
comunidades en moto y en otras he llegado a caballo, como a la comunidad del
Rincón del Valle en Chirripocito.
Esto es un resumen apenas de lo que yo ando haciendo, asesorando,
gestionando para que muchos vecinos no vengan a la Municipalidad y la otra
semana se pueden fijar cuanto estoy cobrando de viáticos, la verdad no es casi
nada para el trabajo que he venido realizando.
Regidora Yaslyn en el uso de la palabra
Lo felicito señor Ovidio Vives, por pedir que su informe sea leído, eso se llama
respeto para lo que usted hizo en sus giras.
Yo quiero decirle que lo felicito, yo he sido testigo, muchas veces lo he llevado en
mi carro, porque muchas veces no ha tenido el transporte y es uno de los
compañeros que como el compañero Jose Antonio Bustos los veo trabajando en
las comunidades.
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PÁGINA N*062
PAGINA N91 MI INCAS A NS2/9iing9coOcI 07-04-20 A/
Quiero que sepan que si no he votado algún viatico, no es por algo per onalEon-
ningún compañero, es un tema que yo quiero que se haga una consulta de la
norma jurídica y en estos días la señora secretaria procederá a hacer las consulta
a la Contraloría, en cuanto este eso yo votaré como compañera por el trabajo
que ustedes hacen con los viáticos, lo felicito porque está bien detallado y así
debe ser, gracias.
Regidor Suplente Rosbil Arguello
Quiero públicamente agradecerle al regidor Ovidio Vives, por atender mi suplica,
señor regidor mis respetos, aquí venimos a cumplir con las leyes, muy breve el
artículo 18, en el reglamento Municipal, en los dos últimos reglones indica que:
“Los informes de comisión serán entregados de manera que de el momento a
someterse a discusión, cada miembro del Concejo tenga en su poder el texto del
mismo” y hoy don Ovidio, me siento acuerpado, siento que me subió el
autoestima de metro y medio, por lo menos cinco centímetros más, gracias señor
regidor eso quiere decir que estamos haciendo bien nuestro trabajo, talvez no nos
sudamos allá en el campo porque tenemos nuestro trabajo desde las cinco de la
mañana, hasta las siete de la noche como taxistas, pero si nos sudamos leyendo,
analizando y buscando errores involuntarios para que se corrijan, porque aquí o
todos quedamos mal o todos quedamos bien y yo soy parte del equipo,
solamente que por ahorita hasta el 30 de abril me tienen en banca y sin uniforme,
vamos a ver, hasta el próximo primero de mayo, gracias señor presidente.
Regidor Luis Ángel Mendez.
Solamente una breve acotación con respecto al informe del compañero Ovidio,
lo voté aún a sabiendas sin saber si lo iban a leer o no lo iban a leer,
Felicitarlo por la labor que a realizado y sabemos que eso es uno de lo
compromisos que nos demanda como regidores las comunidades de acercarnos
y escuchar a los pueblos, todos los informes deberían de leerse y saber a ciencia
cierta que estamos votando.
Por Mayoría de 8 votos a favor, 1 en contra (La regidora Yaslin Morales Grajal). SE
ACUERDA: Aprobar el Informe de Comisión del Regidor Ovidio Vives Castro, se
aprueba el pago de viáticos. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 680
9
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Pluye
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PAGINA N91 MI INICAEXA Ne 19 ingrig COCIL.. 07-04-20
Se conoce nota suscrita por el señor Conrad Rose Francis, director Cindea- San
Martín, teléfono: 2710-26-53, correo: Cindea.sanmartinGmep.go.cr dice:
Asunto: Sustitución de un miembro de Junta del Cindea San Martín.
PA ep MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA NT:
AA (CINDEA, SAN MARTIN CODIGO 6671)
Pe sa
(27102653)
F-PJ-04 Formulario para envío de ternas para miembros de Juntas de Educación y
Juntas Administrativas
Señores (as)
Concejo Municipal de Guápiles Pococi Limón
Estimados (as) señores (as):
Pococi,guápiles, 1 de Abril 2022
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10
y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas
Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la sustitución de la miembro de junta
administrativa señora Johanna Magally Castro González cedula 110310680 por motivo de desestima. Lo
anterior para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: Los únicos oferentes que
atendieron a los llamados a esta sustitución se indican en la TERNA 1. Los mismos fueron ratificados en
reunión de personal por mayoría. Se adjunta la respectiva acta.
Terna N%L
Nombre
Cédula
Andrea Meléndez Mena
603660544
Msc. Fidel Picado Atencio
VB. Supervisor de circuito educativo
AS
rad Rose Francís
Director CINDEA, SAN MARTIN
Pecocí
Pluye
Municipalidad 3 Degas!
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra a la señora Andrea Meléndez Mena,
cédula 6-0366-0544 como miembro de la junta Administrativa Cindea San Martín.
Pasar a la oficina de la Secretaria de comisiones para su respectiva
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PAGINA N1 ndinayi 07-04-20
a
Juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamehte
Aprobado.
ACUERDO N* 681
Se conoce nota suscrita por la Licda. Cyntia Ávila Madrigal, Dirección Jurídica,
teléfono: 2713-6516, correo electrónico: munipococi.juridicosegmail.com , dice:
Oficio: DJ-61-4-2022
Asunto: Respuesta al acuerdo 223, acta 12, del 10 febrero de 2022. Expediente
N.222713: “Reforma de la Ley de Incentivos y Promoción para el Transporte
Eléctrico, Ley N.* 9518, de 25 de enero de 2018, para que se denomine Ley de
Incentivos y Promoción para el Transporte Sostenible”.
v
_,
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PAGINA N91 MIMICÓSIA NS26/9 ig ingrig COCI 07-04-20
4 Municipalidad de Pococí 3
Dirección Jurídica
AS POCOCI Teléfono: os Fax: 2710-7181 boe
Pluye munipococi.juridicos(9gmail.com
AA
1
Guápiles, 06 de abril de 2022
DJ-61-4-2022
Honorable
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al acuerdo 223, acta 12, del 10 de febrero de 2022.
Por medio de la presente, en respuesta al acuerdo 223, acta 12, del 10 de febrero
de 2022, relacionado con la consulta del proyecto de ley expediente 22713
titulado: “Reforma de la Ley de Incentivos y Promoción para el Transporte Eléctrico,
Ley No. 9518, de 25 de enero de 2018, para que se denomine Ley de Incentivos y
Promoción para el Transporte Sostenible”.
Al respecto, el objetivo de la reforma es estimular y fortalecer el uso de transporte
eléctrico con el propósito de disminuir el consumo del combustible fósil, la
contaminación ambiental, los daños en la salud pública y el gasto en movilidad,
estimulando la renovación de flotillas vehiculares.
Entre las principales reformas se amplia el concepto de vehículos eléctricos a
vehículos sostenibles, teniendo en cuenta que sean impulsados con energías
limpias cuyas fuentes sustituyan en todo o en parte a los combustibles fósiles.
Otra de las reformas a la Ley se refiere a que tanto repuestos como equipos de
ensamblaje y producción de vehículos sostenibles y partes necesarias para los
centros de recarga se encuentren exentos del impuesto al valor agregado por un
periodo fiscal.
Así las cosas, esta Dirección Jurídica, no encuentra objeción alguna con este
proyecto de ley.
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido.
CYNTIA VANESSA rimdogutrene gor cima
AVILA MADRIGAL VNESAAVANADRGAL
(FIRMA) Pron hn oA06 1601400600
Licda. Cyntia Avila Madrigal
Dirección Jurídica
Municipalidad de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (EMunicipalidadDePococi
Por Unanimidad SE ACUERDA: El Concejo Municipal se acoge al criterio técnico de
la Dirección Jurídica Municipal con relación al Expediente N.”22713: “Reforma de
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PAGINA N91 MI IDUCAcIA W249rdingriacoci 07-04-202
la Ley de Incentivos y Promoción para el Transporte Eléctrico, Ley N.* 9518, de A
de enero de 2018, para que se denomine Ley de Incentivos y Promoción para y el
Transporte Sostenible”. Por tanto, este Concejo Municipal no tiene objeción
alguna con la continuidad del proyecto de ley.
ACUERDO N” 682
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, alcalde municipal,
teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: DAMCM-0048-2022
Asunto: Segunda publicación del Reglamento para la regulación en la asignación
de los recursos provenientes de las Partidas Específicas.
v
y
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Municipalidad de Pococí
59
Cc Despacho del Alcalde
Y Teléfono: 2711-1208
monuel.hernandez(munipococi.go.cr  mucpaunaD
Pluye ' q alii
AAA
Guápiles, 5 de abril de 2022
DAMCM-0048-2022
Sres. Concejo Municipal de Pococí
Asunto: Segunda publicación del Reglamento para la regulación en la asignación de los
recursos provenientes de las Partidas Específicas.
En atención al oficio N%04929 y N%04046 respecto a la auditoría especial acerca de la
ejecución de las partidas específicas con cargo al Presupuesto Nacional sobre el que fue
objeto la Municipalidad de Pococí, se solicitó a este gobierno local realizar diversas mejoras
al “Reglamento para la Regulación en la Asignación de los recursos provenientes de las
partidas específicas de la Municipalidad de Pococí" vigente por cuanto las Unidades de
Administración Financiera y Planificación trabajaron en un borrador que fue posteriormente
revisado por el departamento de Servicios Jurídicos y aprobado por este Concejo Municipal
para su primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta del jueves 21 de octubre del
2021.
En vista de que se ha superado el periodo de consulta pública, se solicita al honorable
Concejo Municipal aprobar el Reglamento para la Regulación en la asignación de los
recursos provenientes de las partidas específicas de la Municipalidad de Pococí para su
segunda publicación en el diario oficial La Gaceta.
MANUEL Firmado digitalmente por
MANUEL HERNANDEZ
HERNANDEZ RIVERA (FIRMA)
Fecha: 2022.04.05 1047:39
RIVERA (FIRMA) -o500
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
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PÁGINA N*068
las Partidas Específicas.
CAPÍTULO |
Disposiciones Generales
Artículo 1.- Objeto. Este reglamento interno regulará lo relativo a convocatorias,
lugar y fechas de las reuniones, votaciones, confección de actas así como los
demás extremos relacionados con la legitimidad de la representación de las
organizaciones y la validez de los acuerdos adoptados por el Concejo Municipal
mencionado en el artículo 4 inciso g) de la Ley sobre Control de las Partidas
Específicas con cargo al Presupuesto Nacional (Ley 7755); en el cual se deberá
garantizar una efectiva participación popular en él.
Artículo 2.- Beneficiarias. De acuerdo con la Ley 7755 serán beneficiarias de las
partidas específicas las municipalidades. La Municipalidad de Pococí está
calificada por la Contraloría General de la República y será el ente mediante el
cual las comunidades canalizarán sus propuestas de ejecución de obra.
Artículo 3.- Definiciones y abreviaturas. En este reglamento interno se señalan las
abreviaturas y adoptan las siguientes definiciones:
ACTA DE CONSTITUCIÓN DE PROYECTO: documento que registra los requisitos
indispensables para que un proyecto pueda ser ejecutado: identificación de
proyecto, viabilidad técnica, viabilidad financiera y viabilidad legal.
COMISIÓN MIXTA: la Comisión Mixta Gobierno-Municipalidades creada mediante
el artículo 4 de la Ley 7755 estará integrada de la siguiente manera: -Un
representante del Ministerio de Hacienda. -Un representante del Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica. -Un representante del Ministerio de
la Presidencia. -Dos representantes de las municipalidades designados por la
Unión Nacional de Gobiernos Locales. Los representantes del sector Gobierno
serán de libre nombramiento y remoción de los jerarcas respectivos. Se
mantendrán en sus cargos mientras cumplan eficientemente su mandato, a juicio
del jerarca. Los representantes del sector municipal serán nombrados por un
período de dos años, pudiendo ser reelectos por otros períodos consecutivos.
CONCEJOS DISTRITALES: serán los órganos encargados de vigilar la actividad
municipal y colaborar en los distritos de las respectivas municipalidades. Existirán
tanto Concejos de Distrito como distritos posea el cantón correspondiente. Estarán
integrados por cinco miembros propietarios; uno de ellos será el síndico propietario
referido en el artículo 172 de la Constitución Política y cinco suplentes de los cuales
uno será el síndico suplente establecido en el referido artículo constitucional.
sg
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PAGINA N1 MI ICAA W2érgingriacoci 07-04-2022)
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N =>
CONCEJO MUNICIPAL: estará compuesto ¡por un cuerpo deliberatiwo__
denominado Concejo e integrado porlos regidores que determine la ley, además,
por un alcalde y su respectivo suplente, todos de elección popular.
IDENTIFICACIÓN DE PROYECTO: documento que registra los datos que identifican
la necesidad y el proyecto propuesto para satisfacer la necesidad. Debe incluir al
menos los siguientes datos: nombre, distrito, ubicación, objetivo principal, breve
descripción, presupuesto preliminar, datos de los beneficiarios, promotor(es),
posible fuente de financiamiento y unidad ejecutora asignada.
INVERSIÓN: etapa en la que se ejecutan las acciones tendientes a materializar las
obras, tal y como se han detallado en los diseños o los estudios de preinversión. En
esta etapa es necesario contar con los fondos presupuestarios aprobados para
realizar las compras o contrataciones requeridas.
MUNICIPALIDAD: Municipalidad de Pococí, persona jurídica estatal, con
patrimonio propio, personalidad y capacidad jurídica plenas para ejecutar todo
tipo de actos y contratos necesarios para cumplir sus fines.
PARTIDAS ESPECÍFICAS: conjunto de recursos públicos asignados en los
presupuestos nacionales para atender las necesidades públicas locales,
comunales o regionales, expresadas en proyectos de inversión o programas de
interés social, independientemente de que su ejecución esté a cargo de las
municipalidades en forma directa o por medio de contrataciones o convenios
con otras instancias gubernamentales o no gubernamentales; o que sean
ejecutados directamente por asociaciones de desarrollo comunal y otras
entidades privadas idóneas para administrar fondos públicos.
PRE-INVERSIÓN: en esta etapa se realizan los estudios preliminares para plantear
las alternativas de solución a la necesidad presentada. Se determina la viabilidad
técnica, presupuestaria y legal del proyecto, verificando el terreno, los permisos,
medidas del sitio, dimensiones del proyecto entre otras. En esta fase se obtiene
como resultado el presupuesto de la obra y la viabilidad técnica y legal. Esta fase
debe ser realizada exclusivamente por los técnicos municipales, preferiblemente,
la que será posteriormente la unidad ejecutora.
UNIDAD EJECUTORA: departamento o unidad municipal a cargo de hacer la
previsión del proyecto (revisión técnica, legal y financiera de los proyectos).
Preferiblemente es la misma unidad que se encargará de realizar la inversión del
proyecto.
UNIDAD PLANIFICADORA: departamento o unidad municipal responsable de
darle seguimiento los procedimientos establecidos en este reglamente,
garantizando de que los proceso y plazos sean cumplidos por los diferentes
actores.
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PAGINA N*1 MI NN WN26Qrgin Custo) CI 07-04-202 357 2
VIABILIDAD TÉCNICA: para efectos de este reglamente, entiende co
bueno de la unidad ejecutora de que el proyecto puede ser técnicamente
ejecutado cumpliendo con el presupuesto recomendado, requerimientos
especiales solicitados y de acuerdo con el alcance propuesto.
VIABILIDAD LEGAL: para efectos de este reglamente, entiende como el visto
bueno de la unidad ejecutora, de que se han revisado las consideraciones legales
como: idoneidad para recibir fondos públicos, legalidad de invertir en el lote
propuesto y otros.
VIABILIDAD FINANCIERA: recomendación técnica del monto requerido para
ejecutar el proyecto y desglose de los rubros presupuestarios recomendados.
CAPÍTULO Il
De los procedimientos de asignación de partidas específicas
Artículo 4.- El Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica, determinarán y darán a conocer a la Comisión Mixta, el
monto que corresponde de los presupuestos públicos al rubro de partidas
específicas.
Artículo 5.- La Comisión Mixta determinará de conformidad con los criterios y
porcentajes establecidos en el inciso a) del artículo 4 y párrafo primero del artículo
5 de la Ley 7755, el monto correspondiente a cada cantón, tomando como base
la suma global establecida por el Ministerio de Hacienda. Dicha distribución
deberá ser comunicada al Ministerio de Hacienda y al de Planificación Nacional
y Política Económica. El Poder Ejecutivo enviará en el mes de enero, para su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta, el monto que corresponde de los
presupuestos públicos al rubro de Municipalidad de Pococí en partidas
específicas, así como los resultados de la distribución cantonal efectuada por la
Comisión Mixta.
Artículo 6.- La Comisión Mixta procederá a elaborar en el mes de enero una
propuesta de distribución de estos montos por distritos, de conformidad con los
criterios y porcentajes establecidos en el párrafo primero del artículo 5 de la Ley
7755. Los resultados de dicha propuesta se darán a conocer a las municipalidades
del país, a más tardar el quince de febrero de cada año, utilizando para ello los
medios escritos que se consideren más expeditos, tales como: fax, correo
electrónico u otros medios tecnológicos.
Artículo 7.- El Concejo Municipal conocerá para la respectiva aprobación, sea en
sesión ordinaria o extraordinaria según corresponda, la propuesta elaborada por
la Comisión Mixta. En caso de existir disconformidad con los montos asignados, el
Concejo Municipal de Pococí, podrá efectuar la distribución del monto asignado
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PAGINA N91 € inari 07-04-2022
Rel.”
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica y de acuerdo con los
porcentajes establecidos en el párrafo primero del artículo 5 de la Ley 7755. Los
resultados que apruebe el Concejo Municipal deberán comunicarse para su
correcta verificación a la Comisión Mixta.
Artículo 8.- La Municipalidad deberá comunicar durante la primera quincena del
mes de marzo, a sus respectivos Concejos de Distrito en lo concerniente a cada
uno de ellos el resultado de la distribución distrital, la lista de las diferentes
asociaciones de desarrollo comunal y organizaciones no gubernamentales en
general sin fines de lucro representativas del distrito, debidamente inscritas ante la
municipalidad para participar en la formulación o ejecución de proyectos de
inversión y programas que se financiarán con partidas específicas. A efecto de
integrar la lista indicada, las entidades mencionadas deberán estar inscritas en el
registro especial que para tal efecto llevará el Ministerio de Hacienda y obtener
la calificación de idóneas para administrar fondos públicos por parte de la
Contraloría General de la República. Para tales efectos, la Contraloría
determinará mediante circular, los requisitos necesarios para obtener la
calificación.
Artículo 9.- Los Concejos Distritales deberán durante la segunda quincena del mes
de marzo, convocar a las diferentes entidades idóneas del distrito inscritas ante la
Municipalidad de Pococí, con el propósito de darles a conocer el monto que
corresponde al distrito por concepto de partidas específicas, así como los
requisitos que deben de cumplir en su presentación y elaboración, los diferentes
proyectos y programas a realizar
Artículo 10.- Las entidades idóneas referidas y la Municipalidad de Pococí, podrá
presentar hasta el último día hábil del mes de abril, ante el Concejo de Distrito
respectivo, los programas y proyectos de inversión que se pretenden financiar con
fondos provenientes de las partidas específicas, con su respectiva justificación, en
donde se especifique la naturaleza, beneficios y necesidad de lo propuesto.
Artículo 11.- Los Concejos de Distrito sesionarán en el mes de mayo de cada año,
con el propósito de seleccionar y aprobar los programas y proyectos de inversión
a realizarse en el año siguiente con fondos provenientes de partidas específicas.
En la selección y aprobación de los programas y proyectos, se les dará prioridad
a aquellos que contemplen contrapartidas ya sean provenientes de recursos
propios o de donaciones. El Concejo de Distrito levantará un expediente por cada
proyecto o programa que presenten las municipalidades y entidades idóneas. En
caso de que la municipalidad sea proponente de proyectos, también deberá de
nombrar un representante ante el Concejo de Distrito. Cuando se trate de
programas o proyectos intercantonales o interdistritales, los Concejos de Distrito
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PAGINA N91 MUNICACAN 20 rin m9 OCI 07-04-20: “A o /
afectados, deberán manifestar su aprobación, la cual deberá de docuh entalse
debidamente. Por otra parte, los programas y proyectos de inversión Opro bado
por los Concejos de Distrito podrán sustituirse Únicamente por otros que hayan sido
previamente presentados ante estos Concejos, o por uno nuevo que fortalezca
un proyecto aprobado, siempre y cuando el mismo sea aprobado debidamente
por el Concejo Distrital y Municipal respectivos. La Municipalidad de Pococí,
presentará el proyecto o programa sustituto ante el Ministerio de Hacienda para
la modificación de la partida específica en el proyecto de presupuesto
correspondiente. En caso de existir modificaciones de las partidas específicas
incorporadas en los proyectos de los presupuestos públicos, el Ministerio de
Hacienda por medio de la Dirección General de Presupuesto Nacional,
determinará si los presupuestos aprobados por la Asamblea Legislativa en que se
incorporan los recursos a la Municipalidad de Pococí incluyen variaciones en el
monto y destino de los recursos que no hayan originado en una propuesta
municipal.
Artículo 12.- Los Concejos de Distrito remitirán a la Municipalidad de Pococí, a más
tardar el primero de junio de cada año, la lista de los programas y proyectos
aprobados por los Concejos de Distritos para ser financiados con partidas
específicas, así como, los expedientes respectivos en los que conste la justificación
de lo propuesto y copia certificada de las actas en las que consten los acuerdos
adoptados.
Artículo 13.- La municipalidad será directamente responsable de velar porque los
programas y proyectos que hayan sido aprobados por los Concejos Distritales, en
cumplimiento de lo estipulado en el inciso c) del artículo 4 de la Ley 7755 citada,
y en observancia de la normativa relativa a la votación contenida en el presente
reglamento.
Artículo 14.- El Concejo Municipal en sesión ordinaria o extraordinaria según
corresponda, deberán aprobar durante la primera semana del mes de junio de
cada año, el envío al Ministerio de Hacienda de la propuesta de programas y
proyectos a financiarse con partidas específicas, emanada de los diferentes
Concejos Distritales; programas y proyectos que deberán ser incorporados en el
anteproyecto de presupuesto. En caso de que el Concejo Municipal comprobare
que alguno o algunos de los proyectos o programas no cumplen con lo estipulado
en el artículo 9 del presente reglamento o si existiere duda en relación con la
aprobación de estos, procederá a remitirlos de inmediato al Concejo Distrital a fin
de que se subsanen las deficiencias apuntadas por el Concejo Municipal y le sean
remitidos nuevamente. Queda entendido que todo ello debe de darse antes de
las fechas establecidas para el proceso de formulación del proyecto de Ley de
Presupuesto Nacional. El Ministerio de Hacienda reservará la suma que
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PAGINA N%1_— MIINICATAN2 ON inariecocI 07-04-20
N
corresponda a aquellas municipalidades que no se ajusten a esos plazo
se incorporará posteriormente mediante moción ante la Asamblea Legislativa,
en la primera modificación a la Ley de Presupuesto Nacional.
Artículo 15.- La municipalidad a más tardar el día primero de julio de cada año,
remitirá al Ministerio de Hacienda, debidamente aprobadas por el Concejo
Municipal, las propuestas de programas y proyectos que se financiarán con las
partidas específicas. La municipalidad deberá incluir en los formularios que
establezca la Dirección General de Presupuesto Nacional, para la formulación del
proyecto de Ley de Presupuesto Nacional, la información de los programas y
proyectos de inversión que cuentan con contrapartida.
Artículo 16.- La municipalidad será la responsable de llevar el control y
seguimiento a nivel cantonal y distrital, de todos los programas o proyectos de
inversión financiados con fondos provenientes de las partidas específicas, sean
ejecutados por ellas mismas, por medio de contrataciones, por convenios con
otras instituciones gubernamentales o no gubernamentales, o bien, por las
entidades idóneas. En caso de que se trate de programas o proyectos de la
municipalidad, estos deberán nombrar al funcionario responsable de llevar a
cabo este control.
Artículo 17.- La Municipalidad de Pococí extenderá a las entidades idóneas que
estén llevando a cabo programas o proyectos de inversión, una constancia sobre
el avance de las obras o ejecución del programa, como documento
indispensable para el retiro de fondos provenientes de la Tesorería Nacional. La
municipalidad deberá inscribir ante el Área de Gestión de Pagos de la Tesorería
las firmas de los funcionarios encargados de extender las constancias y serán
responsables ante el Estado y las comunidades que les correspondan, sobre la
veracidad de dichas constancias.
CAPÍTULO lll
De las sesiones y acuerdos de los Concejos Distritales
Artículo 18.- Con la finalidad de cumplir el procedimiento establecido en el
artículo 10, los Concejos Distritales acordarán la hora y el día de sus sesiones y
deberán efectuar como mínimo dentro del mes señalado en tal artículo una
sesión ordinaria semanal.
Artículo 19.- Para fines de identificación, selección y definición de programas y
proyectos de inversión, los Concejos Distritales podrán celebrar las sesiones
extraordinarias que se requieran, debiendo convocarse las mismas por lo menos
con veinticuatro horas de antelación.
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PÁGINA N*074
Artículo 20.- Las sesiones de los Concejos Distritales deberán celebrarse ehsu lécal-7
sede. Sin embargo, podrán celebrarse en el lugar donde estos dispongan.
Artículo 21.- Las sesiones deberán iniciarse dentro de los quince minutos siguientes
a la hora señalada, conforme al reloj del local donde se lleve a cabo la sesión.
Artículo 22.- Las sesiones serán públicas y los Concejos Distritales deberán
reglamentar la intervención y formalidad de los particulares.
Artículo 23.- Los Concejos Distritales tomarán los acuerdos por mayoría simple,
pudiendo quedar firmes en el mismo acto en que se adopten. Cuando en una
votación se produzca un empate, se votará de nuevo en el mismo acto, y de
empatar otra vez, el asunto se tendrá por desechado.
Artículo 24.- El secretario de cada Concejo Distrital formará un expediente para
cada proyecto o programa de inversión definido para ser financiado con partidas
específicas: a él se agregará la propuesta presentada por la municipalidad o
entidad idónea según se trate, debidamente firmada por los proponentes y la
deliberación referente al mismo que se presente en la sesión o sesiones en que se
discuta. Además, se transcribirán en el expediente los acuerdos tomados en
relación con el proyecto o programa de que se trate.
Artículo 25.- De cada sesión se levantará un acta, en ella se harán constar los
acuerdos tomados y sucintamente las deliberaciones habidas. Una vez que el
Concejo Distrital haya aprobado las actas, deberán ser firmadas por el presidente
y el secretario de dicho Concejo. Dichas actas deberán ser aprobadas en una
sesión ordinaria posterior.
CAPÍTULO IV
Fiscalización de Recursos
Artículo 26.- La Administración participará en análisis técnico por parte del
ingeniero responsable, legal por parte del departamento Jurídico y económico
por parte del departamento Financiero, para proceder a la recopilación de los
proyectos por distrito y posteriormente el envío a Presupuesto Nacional.
Artículo 27.- La Municipalidad de Pococí solicitará a las organizaciones
beneficiarias de este recurso actividades de control, para la recepción, resguardo
y buen uso de los materiales, las mismas deben contemplar: Registro de materiales
a través de un mecanismo digital o bien un libro de acta donde se indique fecha,
cantidades, descripción, N.* de facturas, monto de la factura y el proyecto que
pertenece, además de la persona que recibe el material con respectiva
recepción.
Artículo 28.- La Municipalidad, posterior a la finalización de las iniciativas que han
sido financiadas con recursos de partidas específicas, realizará las siguientes
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” /
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1
PAGINA N91 inari
acciones: visita al sitio con el representante legal de la organizáción*t3e-"
documenta mediante una acta de finiquito la cual contempla las siguientes
consideración, nombre del proyecto, monto asignado, fotografías antes y
después, así como las firmas respectivas del encargado municipal y representante
legal de la organización de conforme a la obra realizada.
Artículo 29.- Con relación a los saldos de partidas específicas ejecutadas por esta
municipalidad, se apegará al artículo 7 inciso c) de la Ley 7755.
CAPÍTULO IV
Disposiciones finales
Artículo 30.- El retiro y correcta administración de los fondos provenientes de las
partidas específicas depositados en las cuentas bancarias, es responsabilidad
exclusiva de las Organizaciones beneficiarias; los representantes legales
responderán por el cumplimiento de las leyes y normas vigentes relativas a esta
materia.
Artículo 31.- Los aspectos no contemplados en este reglamento se regirán por la
legislación y normativa vigente relativa a esta materia, así como por la Ley sobre
Control de las Partidas Específicas con cargo al Presupuesto Nacional número
7755 del 23 de febrero de 1998, Decreto Ejecutivo No. 27810-H-MP-PLAN
Reglamento a la Ley de Control de Partidas Específicas con cargo al Presupuesto
Nacional,
Artículo 32.- Se deroga cualquier disposición anterior que haya emitido esta
municipalidad, que se oponga al presente reglamento.
Artículo 33.- Rige a partir de su publicación definitiva en el Diario Oficial “La
Gaceta” ......
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba El Reglamento para la Regulación en la
asignación de los recursos provenientes de las partidas específicas de la
Municipalidad de Pococí para su segunda publicación en el diario oficial La
Gaceta. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO N* 683
Se conoce nota suscrita por la Licda. Mayra Montes Arce, Dirección Jurídica,
teléfono: 2713-6516, correo electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice:
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PAGINA N91 MINICAIAN2 O rNeiscocI 07-04-2
Oficio: 1J-20-04-2022
Asunto: Respuesta a oficio SMP-385-2022, del 18 de marzo del 2022, en el que se
remite el acuerdo 354, de la Sesión Ordinaria,17 del 03 de marzo 2022.
Municipalidad de Pococí
] (7)
Dirección Jurídica
a Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181
juridicosQgmai
MUNICIPALIDAD.
Fluye DEPOCOCI
3 RADA PA
Guápiles, 5 de abril de 2022
1J-20-04-2022
Señoras y Señores
Concejo Municipal de Pococí
1. GESTIÓN.
Con la instrucción de la Directora Jurídica, procedo a brindar respuesta a su oflelo
SMP 385-2022 del 18 DE MARZO 2022, en el que se remite el Acuerdo 354 de la Sesión
Ordinaria 17 del 3 de marzo 2022.
En el citado acuerdo se aprobó lo siguiente:
“Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección Jurídica y al
despacho de la Auditoría Interna para que emitan criterio al respecto”.
2. ANÁLISIS JURÍDICO:
Tal como ya se expuso ampliamente en el Informe Jurídico 1J-05-02-2022, el pasado
mes de febrero, el Reglamento para la Administración General de Cementerios
Municipales del Cantón de Pococí, establece las pautas a seguir por parte de los
miembros de la Junta Administradora del Cementerio.
Quedó claro que se debe firmar un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, cuyo plazo es
de CINCO AÑOS, con prórroga automática, siempre y cuando cumplan con los
requisitos legales que indica el reglamento, entre ellos, estar al día con los pagos
de mantenimiento, ser una persona física y ser vecino del cantón de Pococí. En ese
informe jurídico, se le recomendó a este honorable concejo municipal, pedir
informe escrito a la Junta Administradora del Cementerio Municipal ubicado San
Antonio, en el distrito de Roxana, sobre este tema. Y SE ORDENÓ El CESE DE
CUALQUIER DE EXHUMACIÓN ORDINARIA, hasta tanto, el Departamento designado
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Pluye
y Municipalidad de Pococí
Dirección Jurídica
a Teléfono: 2713-6516, Fox: 2710-7181 a a
Fluye munipococijuridicosigmail.com  MpRceoe
es este nuevo organigrama municipal, verifigue que se esté realizando el debido
roceso en apego a lo establecido en el citado Reglamento Municipal.
En respuesta a ello, la Junta del cementerio, emite su informe y da una explicación
detallada. Sin embargo, el concejo municipal, no concreta consulta alguna a esta
Dirección Jurídica, simplemente lo remite. No obstante, cabe recordar que la
verificación del cumplimiento de los establecido en el Reglamento, no le
corresponde a la Dirección Jurídica de este municipio, ya que nuestra función es,
entre otros, brindar asesoría legal cuando se realizan consultas por parte del
Concejo y del Despacho del Alcalde. Reitero, no es competencia de esta
Dirección Jurídica, verificar el control de pagos o falta de pago, pues ello excede
nuestro ámbito de competencia.
3, CONCLUSIÓN:
Siendo que la Junta Administradora del Cementerio Municipal de San Antonio de
Roxana, ya emitió su informe sobre este tema, en caso de que el concejo municipal
tenga algún tipo de dudas, deberá si a bien lo tiene, ser remitido al Nuevo
Departamento encargado de cementerios municipal (antes Administración
Tributaria). Se da por evacuada su consulta.
Cordialmente,
MAYRA Firmado digitalmente
GEMALLE por MAYRA GEMALLE
MONTES ARCE (FIRMA)
MONTES ARCE - Fecha: 2022.04.05
(FIRMA) 15:24:47 -06'00"
Licda. Mayra Montes Arce
Dirección Jurídica
CC. Archivo interno.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se recibe criterio técnico sobre la Administración
del Cementerio de San Antonio del Humo, contestar a los interesados bajo el
criterio de la Dirección Jurídica emitido mediante el oficio 1J-20-04-2022.
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ACUERDO N* 684 e
Se conoce nota suscrita por la MBA. Rosalyn Corrales Salas, Planificación y
Desarrollo Institucional, teléfono: 2713-65-12, correo electrónico:
pdiOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: AAF-PI-025-2022
Asunto: Solicitud de espacio para socialización del proceso de actualización
PCDHL (Plan Cantonal de Desarrollo Humano Local).
v
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PÁGINA N*079
unicipalidad de Pococi
9 Municipalidad de Pococí
Planificación
a , Teléfono: 2713-6512 ya -
Pluye pdiAmunipococi.go.cr  mceiuos
TA
Guáplles, 5 de abril de 2022
AAF-PI-025-2022
Señores:
Concejo Municipal
Asunto: Solicitud de espacio para socialización del proceso de actualización
PCDHL (Plan Cantonal de Desarrollo Humano Local).
Honorable Concejo Municipal:
Como es de su conocimiento las Municipalidades deben contar un PDM
(Plan de Desarrollo Municipal) o PDHC (Plan de Desarrollo Humano Cantonal), se
basa en una planificación participativa, integral y de corto plazo o largo plazo, con
un horizonte de 5 años a 10 años enfocando los principios de Desarrollo Humano
acorde a las necesidades del Cantón, así como vinculado con el Plan de Gobierno
del titular de la alcaldía y Plan Nacional de Desarrollo,
Es menester indicar que mediante el oficio PDI-085-2021 enviado a este
honorable concejo se les informo que el ElM (Equipo Técnico Municipal)
conformado por: Licda Damaris Cespedes (Obra Pública), Licda Yalena Noguera
(Asistente de Planificación), MBA. Mauricio Garita (Coordinador Área Tributaria),
Lic. Hansell Gamboa (Analista de Gestion Humana) y mi persona MAF. Rosalyn
Corrales coordinadora del departamento de Planificación y desarrollo institucional
darían inicio a la actualización del Plan de Desarrollo , que esta por vencer el
próximo mes de agosto 2022 siendo esto uno de los requisitos primordiales y
rioritarios para la aprobación del presupuesto institucional para cada periodo
ausencia es una causa inmediata de improbación , se les solicita un espacio en su
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Municipalidad de Pococí
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PO cy) ¿ Planificación ql
a ¡9 € Teléfono: 2713-6512 <p,
Pluye ediAmunipococi.go.cr  mcrumo
agenda para poder ampliarles el desarrollo y la práctica de tan importante
proceso para todo el cantón de Pococi, el cual ya se ha venido trabajando en
las primera etapas de recolección de información mediante herramientas propias
para estos temas con los diferentes actores institucionales.
Esperando nos puedan dar un espacio de manera virtual, donde estén
presentes tanto regidores como síndicos, asimismo manifestarles las acciones
pertinentes en las cuales este equipo se ha comprometido y esta realizando para
el cumplimiento efectivo del objetivo plasmado.
En virtud de lo anterior nos podrían informar el día que ustedes consideren
prudente para dicho acompañamiento.
Firmado digitalme
O nOs MIDES.
BETSY CORRALES SALAS
CORRALES (FIRMA)
Fecha:
Atentamente: — SALAS(FIRMA) fisos-omo
MBA. Rosalyn Corrales Salas
Planificación y Desarrollo Institucional
Cc. Archivo, Alcaldia
Por Mayoría de 8 votos a favor, 1 en contra (Reg. Alfredo Calderón Vota en contra)
SE ACUERDA: Que se realice una sesión Extraordinaria después de semana santa
para punto único.
ACUERDO N* 685
Se conoce nota suscrita por la Licda. Mayra Montes Arce, Dirección Jurídica,
teléfono: 2713-6516, correo electrónico: munipococi.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: 1J-21-04-2022
Asunto: Respuesta a oficio SMP-417-2022 del 18 de marzo del 2022, en el que se
remite acuerdo 396, de la Sesión Ordinaria 17, del 03 de marzo del 2022.
4 o
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Municipalidad de Pococí
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Dirección Jurídica
a Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 Apot
Pluye
Guápiles, ¿ de abril de 2022
13-21-04-2022
Señoras y Señores
Concejo Municipal de Pococí
1. GESTIÓN.
Con la instrucción de la Directora Jurídica, procedo a brindar respuesta a su oficio
SMP 417-2022 del 18 DE MARZO 2022, en el que se remite el Acuerdo 396 de la Sesión
Ordinaria 17 del 3 de marzo 2022.
En el citado acuerdo, se conoce nota suscrita por el presidente y secretario de la
Asociación de Desarrollo Específico de San Martín, distrito Jiménez, quienes
expresan su preocupación por una presunta invasión al área comunal, cuyo folio
real es 7-165823-000, con plano L-1799838-2015, con una medida de 1.119m2. en
síntesis, ellos solicitan “que se firme un convenio de uso del terreno como sala
comunal para reuniones y actividades varias”.
En consecuencia, este concejo acordó lo siguiente:
“Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección Jurídica y al Área de
Planificación y Desarrollo Urbano para que emitan criterio al respecto e
informen al Concejo Municipal”.
2. ANÁLISIS JURÍDICO:
Tal como lo hemos señalado en otras consultas, es importante tener claro que
jurídicamente es viables suscribir convenio de cooperación, ya que de
conformidad con lo establecido con el Código Municipal, en su artículo 13 inc e),
parte de las atribuciones del concejo municipal, es precisamente, Celebrar
Convenios (concordado con los artículos 3, 4, 17 y 71 de ese mismo cuerpo legal).
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9 Municipalidad de Pococí Qs
Dirección Jurídica
a Teléfono: 2: 113-6516, Fox: 2710-7181 a a
Fluye munipococijuridicosigmailcom "pace
Ahora bien, en cada uno de los casos se debe estudiar el tipo de compromisos
que este pretende que asuma esta representación. En este caso, concretamente,
es solo autorizar a la ADE a la administación de un terreno destinado a
FACILIDADES COMUNALES o área comunal, la cual tiene construida una casa
destinada al uso comunal, tal como pareciera indicarlo la nota referida, al indicar
que quieren “un convenio de uso de terreno para usar esa casa”.
El lote es el plano L-1799838-2015, propiedad de la Municipalidad de Pococí.
igual esta Asociación de Desarrollo Especifica Pro- Mejoras de San Martín de
Pococí, solicita a ustedes elaborar con esta Municipalidad, un convenio de
uso de terreno para usar esa casa, como sala comunal para reuniones y
actividades varias.
De ahí la importancia de que se realice un estudio técnico por parte del
Departamento rector en materia urbanística, a saber, el Área de Planificación y
Desarrollo Urbano, el cual deberá arrojar información sobre la conveniencia para
suscribir un convenio. Ya que esta Asociación de Desarrollo no informa sobre qué
tipo de proyecto desean desarrollar a favor de la comunidad, ni se indica qué
implicaría para ellos el tener en administración de dicho inmueble. Ese tipo de
información es necesaria para poder elaborar o redactar el convenio, tener claro
los compromisos de cada una de las partes. Es importante saber qué tipo de
proyecto se pretende realizar, así como los plazos de ejecución y demás datos
relevantes para la firma de un convenio y que expresen cuál es el motivo principal
para a ADE, por el cual piden tener la ADMINISTRACIÓN DE ESTE INMUEBLE
DESTINADO A FACILIDADES COMUNALES.
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Municipalidad de Pococí
9
Dirección Jurídica
AY Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 royo
MUNICIPALIDAD.
Pluye DEPOCOCI
e
Este gobierno local previo a otorgar su anuencia para la firma de un convenio para
la administración de un área comunal, deberá tener certeza de que la asociación
de desarrollo, se comprometa a custodiar el bien inmueble y garantizar su uso
público, específicamente del área destinada a parque y facilidades comunales.
Para ello, es recomendable que se le pida a esta Asociación, que aporten la
elaboración del proyecto que desean ejecutar, de esa manera valorar el trabajo
que se pretende realizar; o bien, indicar a esta Dirección Jurídica, por ejemplo si se
pretende embellecer la zona verde, sembrar arbustos, diseño de jardines o construir
una cancha deportiva o un kiosco; en fin, previo a otorgarse la autorización para
dar en administración un terreno destinado a rea comunal, debería este honorable
concejo, conocer un poco más sobre los planes que se tienen con dicha área
municipal. Otro aspecto importante, es que NO HAY una propuesta concreta de
convenio de cooperación, en el que se indique los objetivos, planes del proyecto
e vi [e] Y 1] a
hacer mejoras o construcciones en el inmueble, si existe servicio de electricidad y
agua (número de nis y nise), quien asumirá el pago de estos servicios públicos, etc.
Esa información es necesaria conocerla previo a la redacción del convenio.
1. RECOMENDACIÓN:
UNO. Pedir un estudio técnico por parte del Departamento rector en materia
urbanística, a saber, el Área de Planificación y Desarrollo Urbano, el cual deberá
arrojar información sobre la conveniencia para suscribir un convenio.
DOS. Deberá la Asociación aportar una descripción detallada del proyecto que se
pretende ejecutar en los siguientes dos años, aportar a la Dirección Jurídica, la
información indicada en este informe jurídico para elaborar una propuesta
completa de convenio de cooperación.
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14 Municipalidad de Pococí (]
Dirección Jurídica
a Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 AZ oget
Fluyo munipococijuridicosigmailcom Mnrscod
TRES. Deberá la Junta directiva de la asociación, tomar un acuerdo autorizando al
presidente a firmar el convenio de cooperación para administrar el área comunal
San Martín, folio real 7-165823-000, con plano L-1799838-2015, con este municipio.
CUATRO. Deberá este concejo municipal, autorizar al alcalde a firmar convenio de
cooperación para dar en administración el folio real 7-165823-000, con plano L-
1799838-2015.
CINCO. Siendo que existe suficiente sustento legal que permite la firma de
convenios de cooperación y siendo que este municipio goza de autonomía
política, administrativa y financiera suficiente para concertar convenios, debo
indicar que, es jurídicamente viable la firma del convenio de cooperación aquí
indicado, ya que ello contribuirá en gran manera el desarrollo de la comunidad de
San Martín.
Se da por evacuada su consulta.
Cordialmente,
Firmado digitalmente
MAYRA GEMALLE por MAYRA GEMALLE
MONTES ARCE MONTES ARCE GAMA)
cha: A
(FIRMA) 10:51:36 0600"
Licda. Mayra Montes Arce
Dirección Jurídica
CC. Archivo interno.
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SMP-417-2022
na
Guápiles, 18 de marzo de 2022
SMP-417-2022
Señores (as):
Johnny Salazar Morales
Presidente de la Asociación de Desarrollo Específica Pro-Mejoras de San
Martín de Pococí
Licda. Cyntia Ávila Madrigal
Dirección Jurídica
Ing. Henry Madrigal Calvo
Área de Planificación y Desarrollo Urbano
Estimados (as) señores (as):
Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el
Concejo Municipal de Pococí en Sesión N* 17 Ordinaria del 03-03-2022, dice:
Acta N* 17 Artículo | Acuerdo N' 396
Se conoce nota suscrita por el señor Johnny Salazar Morales, presidente de
la Asociación de Desarrollo Específica Pro-Mejoras de San Martín de Pococí,
teléfono: 8676-8680, y la señora María Castillo Sánchez, teléfono: 6225-7970,
correo electrónico: asociaciondepsanmartinOhotmail.com, dice;
Asunto: Invasión de terrenos comunales.
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a ¿ Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PÁGINA N*086
Municipalidad de Pococí
14
POCOC Secretaría del Concejo Municipal dy
a Teléfono/Fax: 2711-1227 ¿L:%
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Fluye DEPOCOd
SMP-417-2022
21 de febrero de 2022
Concejo Municipal de Pococí
Alcalde Manuel Hernández Rivera
Ing. Henry Madrigal Calvo
Mediante la presente nosotros miembros de la Asociación de Desarrollo
Especifica Pro- Mejoras de San Martín de Pococí, les hacemos de su
conocimiento lo siguiente.
El día sábado 19 de febrero, a eso de las 5:30 pm, se nos comunicó de parte
de algunos vecinos de la Urbanización Nueva San Martín de Jiménez, que el
área comunal estaba siendo tomada e invadida por una familia, que viven en
la misma comunidad.
Este terreno forma parte de las áreas públicas que el desarrollador, que
construyó la urbanización le tocaba donar pos Ley a la Municipalidad, en el
mismo se encuentra una casa, que es conocida como “CASA COMUNAL”.
Cuando nos presentamos esa familia ya habían roto los candados e
ingresado dentro de la casa, pero al final y después de muchas discusiones y
con la ayuda de la Fuerza Pública, se logró evitar esa invasión, mas existe de
la amenaza que este lunes 21 de febrero ellos volverían a invadir.
El lote es el plano L-1799838-2015, propiedad de la Municipalidad de Pococí.
igual esta Asociación de Desarrollo Especifica Pro- Mejoras de San Martín de
Pococí, solicita a ustedes elaborar con esta Municipalidad, un convenio de
uso de terreno para usar esa casa, como sala comunal para reuniones y
actividades varias.
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AS Teléfono/Fox: 2711-1227 ¿2%
Pluye secretario(Qmunipococigo.cr  mceumo
SMP-417-2022
CTA
También solicitamos que la municipalidad por ser un terreno municipal, nos
envíe un ingeniero para que elabore un presupuesto para reparaciones de la
casa comunal, como pintura, cambio de techo, mallas alrededor, asegurar
mas la casa, puertas y otros.
Así como la chapia del mismo.
El correo de la Asociación de Desarrollo Especifica Pro- Mejoras de San
Martín de Pococí es:
asociacióndepsanmartinO/ hotmail.com
Muchas gracias
7 PSI
Johny Zalazar Morales
Cédula 2-0486-0549
PRESIDENTE
TEL. 86 76 86 80 ASOCIACION DE DESARROLLO
ESPECIFICA EP PRO-MEJORAS
BARRIO SAN MARTÍN
JIMÉNEZ - POCOCÍ
Hora 2) :
María Castillo Sanchez
Cédula 2-582-267
Vocal 3
TEL. 62257970
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y
Sitio Web: munipococi.go.cr
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SMP-417-2022
Secretaría del Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí ()
'DEPOCOA
Teléfono/Fax: 2711-1227
DE COSTA RICA
10 NACI
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'
CONSULTA POR Munteno DA rinca
por EA
PROVINCIA: LIMON FINCA:
165023 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO: 000
SEGAEGACIONES; NO MAY
NATURALEZA: LOTE 3 TERANO PARA FACILIDADES COMUNALES
SITUADA EN EL DISTRITO 2-JIMENEZ CANTON ZPOCOCI DELA PROVINCIA DE LIMON
LINDEROS:
NORTE + LVARISTO ALFARO ALFARO
SUR : CALLE PUBLICA CON 7.5 METROS DE
ESTE : LOTE 13
FRENTE LOTE 21 ,18,17,16 ,15Y14
OESTE : ZONA DE PROTECCION DE QUEBRADA
MIR: MIL CIENTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS
PLANO:L-1799838-2015
ANTECEDENTES DOMINIO DE LA FINCA:
FINCA — DERECHO INSCRITA EN
7-00009405 000 FOLIO REAL
VALOR FISCAL: 1,279,000,00 COLONES
PROPIETARIO:
MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE POCOCI
CEDULA JURIDICA 3:014:042125
ESTIMACIÓN O PRECIO: MIL COLONES
DUEÑO DEL DOMINIO
PRESENTACIÓN: 2017-00575085-04
FECHA DE INSCRIPCIÓN: 21-SEP-2017
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: MO HAY
GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI MAY
CONDICIONES REF:1833-523-001
CITAS: 312-03526-01-0901-001
FINCA REFERENCIA 790009405 000
AFECTA A FINCA: 7-0016523 -000
CANCELACIONES PARCIALES: SI HAY
ANOTACIONES DEL GNAVAMEN: NO Hay"
CONDICIONES REF:00009405-000
CITAS: 331-04615-01-0900-001
FINCA REFERENCIA 00009405-000
AFECTA A FINCA: 7-00165023 -600
CANCELACIONES PARCIALES: S] HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN; NO HAY
CONDICIONES REF:00609405-000
CITAS; 331-04615-01-0901-001
FINCA REFERENCIA 00009405-000
AFECTA A FINCA: 7-00165023 -000
CANCELACIONES PARCIALES: SI MAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO MAY
Emitido el 21-02-2022 a los 00:37 horas
pta rre
A ROA Potros AOL EA OM 3 500 IA 0 0, ASIA AR 90012 Gao
Lote 840 se Junta major en pesel.cida de 19% a Dto o pace
Pecocí
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Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
 
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PAGINA N*1 inpri
Municipalidad de Pococí
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secretaria(Amunipococi.go.cr — wawormao
Pluye DE POCO
SMP-417-2022
TD EAS
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección Jurídica y al Área de
Planificación y Desarrollo Urbano para que emitan criterio al respecto e
informen al Concejo Municipal.
Atentamente:
MAGALLY Firmado
digitalmente por
VENEGAS  mAGaLLy VENEGAS
VARGAS (FIRMA)
VARGAS echa:202203.21
(FIRMA) 15:01:44 -06'00'
Licda. Magaly Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Pococí
Cc/ Archivo Interno.
Por Unanimidad SE ACUERDA: primero: Trasladar al Departamento de Área de
Planificación y Desarrollo Urbano el cual deberá arrojar información sobre la
conveniencia para suscribir un convenio. Segundo: Enviar el informe 1J-21 -04-2022
a la ADI San Martín para que procedan de acuerdo con la recomendación del
departamento de Dirección Jurídica para que, una vez cumplidas las
recomendaciones soliciten al Concejo autorizar al Alcalde a suscribir dicho
convenio.
ACUERDO N* 686
Se conoce nota suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, Coordinador Área
Planificación y Desarrollo Urbano, tel: 3713-65-73  ext.106, correo:
henry.madrigalmunipococi.go.cr dice:
Oficio: APDU-060-2022
Asunto: Solicitud de autorización al alcalde en ejercicio, Recepción de Área
Pública Fraccionamiento Serviforsa/ Ubicado 400 mts este del Liceo de San Rafael
La Colonia.
y
Sitio Web: munipococi.go.cr
a ¿ Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
1
PÁGINA N*091 |
1
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. Municipalidad de Pococí a»)
Área de Planificación y Desarrollo Urban yl
POCOCA o YM reléfono: 2713-6873 Yes
Fluye henry.madrigalOmunipococi.go.cr Moeroco!
Mortes 05 de abril del 2022
OFICIO: APDU-060-2022
Srs (as).
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN ALA ALCALDÍA / RECEPCIÓN DE ÁREA PÚBLICA
FRACCIONAMIEMTO SERVIFORSA / UBICADO 400 METROS AL ESTE DEL LICEO DE SAN RAFAEL, LA COLONIA
Estimados[as) señores(as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad
de dar seguimiento a la solicitud realizada por parte del Sr. Manuel Antonio Álvarez Sevilla,
apoderado generalísimo sin límite de suma de SERVIFORSA Sociedad Anónima, como parte del
proceso de regularización de áreas públicas del cantón de Pococí, para lo fraccionamientos
Imegulares que no han cumplido con lo establecido en el artículo M%40 de la Ley de
Planificación Urbana.
El presente caso consiste en la emisión de una autorización al Alcalde en ejercicio, por
parte del Concejo Municipal, para que comparezca ante notario público, con el objetivo de
aprobar y aceptar la inscripción de un área pública a favor de la Municipalidad de Pococí,
cuya naturaleza se define como Área de parque, ublcada 550 metros este del costado norte
del Liceo San Ratael, distrito La Colonia.
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Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMMunicipalidadDePococi
A
Sitio Web: munipococi.go.cr
a ¿ Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PÁGINA N*092
PAGINA N91 TAN? "dinania:
9 . Municipalidad de Pococí
POCOCI Area de Planificación y Desarrollo Urbano
Teléfono: 2713-6573
Pluye henry.madrigalOmunipococi.go.cr
El terreno que se requiere inscribir es parte del Folio Real 76517-000, propiedad de
SERVIFORSA Sociedad Anónima, mismo que se ubica en San Rafael, del distrito La Colonia. Sus
características son las siguientes:
Tabla 1.- Tereno de área pública a inscribir
Plano Catastro fade cal Área Naturaleza
Folio Real
L-13645-2022 76517-000 4147,00 Área de Parque
Fuente: Desarrollo y Control Urbano
Por lo tanto, se solicita se apruebe y acepte la inscripción del terreno citado a favor de
la Municipalidad. Para ello, es requisito indispensable que el Concejo Municipal autorice al
Alcalde en ejercicio a comparecer ante notario público y regularizar la titulación de dicho
Inmueble, mismo que se ubica en las inmediaciones del Liceo de San Rafael, del distrito La
Colonia, cantón Pococí, lo anterior en cumplimiento con lo establecido en el artículo N* 40 de
la Ley de Planificación Urbana.
Sin más por el momento, se despide,
HENRY BRYAN sigarnentepor
MADRIGAL HENRY BRYAN:
CALVO PA
Fecha: 2022.04.
(FIRMA) 151421 0600 p
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano
CC: Archivo
Lic, Manuel Hernández Rivera- Alcalde Municipal
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Sitio Web: munipococi.go.cr
a ¿ Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
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PAGINA N*1 MID CASITA 24 O rginarios SOCI 07-04-
| Municipalidad de Pococí
Desarrollo y Control Vsnano
Recibido por: Avadido Hoy. A
31 de marzo de 2022 echa: 31-03-2022 11:25 4)
nte
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coordinador del Área de Planificación de Desarrollo Urbano
Municipalidad de Pococí
Presente.
Estimado ingenlero.
Lo saludo de mi parte y a la vez le solicito por medio de este documento lo siguiente:
Yo Manuel Antonio Álvarez Sevilla, con cédula de identidad número 7-0066-0639, en calidad de
apoderado generalísimo sin límite de suma de SERVIFORSA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula
Jurídica 3-101-150784, solicito muy respetuosamente, reciba y acepte el terreno de área de
parque, con un área de 4147 metros cuadrados, según se indica en el plano L-13645-2022, parte
del folio real 76517-000,
Ese terreno corresponde al área publica pendiente de entrega del fraccionamiento desarrollado
por SERVIFORSA SOCIEDAD ANÓNIMA y se encuentra ubicado 400 metros al este de la entrada
principal del Colegio San Rafael, distrito La Colonia,
El plano L-13645-2022, cuenta con el visado municipal oficio UTOP-MPL-APT-049-2022, notiene
anotaciones
El folio real 76517-000, se encuentran libres de anotaciones, gravámenes o afectaciones de
consideración.
Le adjunto: — Copia de plano L-13645-2022 y estudios registrales.
Copia de cédula de identidad 7 0066 0639
Copia de personería jurídica
Atentamente AG AD
Manuel Antonio Álvarez Sevilla
cédula 7-0066-0639
A l
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PÁGINA N*095
PAGINA N91
Unidad de Topografia
(al: 2713-6560, ext 128
¡ptomutipocociOlqunod com
mártes, 11 de enero de 2022
- Oficio; UTOP-MPL:APT-049-2022
|El presente documento corresponde al visado municipal aprobado en atención a lo establecido en el
Reglamento a la Ley del Catastro Nacional, artículo 79, Ley de Planificación Urbana, artículos 33 y 34,
|Regalmento pára.el Control de Fracclonamientos de la Municipalidad de PococÍ, acuerdo tomado por el
[Concejo Municipál de Pococí.en sesión N* 50 ordiñaria del 21-07-2020, Artículo 1Y, Acuerdo N" 1223.
PROVINCIA CANTÓN Mi)
pococí La Colonia
o
El expediente electrónico de dicho visado municipal se encuentra en la oficina de la Unidad de
Topografía de la Municipalidad de Pococí.
APT-22010-030122 2021-102969-C
Área (m nca (5)
4147 7076517-000
¡Según lo estipulado en el artículo 22 dal pra el Contro] de dela de Pococ,
lel visado de este plono no es un visto bueno para construlr, asl mismo no obliga al ante encargado del acueducto
correspon: a otorgar el serviclo respectivo, La nose hace porta del
ble para afectos enpe de y terceras personas.
Responsable: Firmado.
dlgitalménie por
Esteban Gutibriez
y Solis
Fecha: 2022.01.11
14:269-0600'
AAA
Anotaciones: Inexistente(s) No tlene movimientos en Blenes Inmuebles
El Registro Nacional advierte que las anotaciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no están disponibles para ser consultadas
por este medio.
En caso existir anotaciones anteriores al 30 de Junio del 2003 se encuentran en la imágen del plano,
De acuerdo al artículo 71 del reglamento a la Ley del Catastro Naclonal, esta certificación no indica si el plano está caduco,
ESTA CERTIFICACION, CUYOS DERECHOS ARANCELARIOS FUERON DEBIDAMENTE CANCELADOS, CONSTITUYE DOCUMENTO
PUBLICO CONFORME LO ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 45.2 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, 5 INCISO D) DE LA LEY DE
aina 2 de 3 Plano: 7 13645 2022
Pecocí
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PÁGINA N*096
PAGINA N91 ACTA N*26 Ordinaria. 07-04-20
HA MONTADA DT POCOCT”
CERTIFICADOS, FIRMAS DIGITALES Y DOCUMENTOS ELECTRONICOS N.8454, Y EL DECRETO EJECUTIVO N. 35488-J,
PUBLICADO EN LA GACETA N. 196, DEL 8 DE OCTUBRE DE 2009, EN DICHO MARCO LEGAL SE ESTABLECE LA
OBLIGATORIEDAD DE RECIBIR ESTE DOCUMENTO POR PARTE DE LOS ENTES PUBLICOS Y PRIVADOS, ASI COMO PARA LOS
PARTICULARES, EN CASO DE QUE SE LE PRESENTEN PROBLEMAS PARA LA RECEPCION DE ESTE DOCUMENTO Y
APLICACION DE SUS EFECTOS LEGALES, SIRVASE COMUNICARLO AL CENTRO DE ASISTENCIA AL USUARIO, TELEFONO.
2202-0888.
ESTIMADO USUARIO, EL REGISTRO NACIONAL LE INDICA QUE EL VALOR DE LA PRESENTE CERTIFICACION FUE ESTABLECIDO
POR LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL; NINGUNA PERSONA FISICA O JURIDICA PUEDE VARIAR ESE
VALOR.
EMITIDA A TRAVES DEL PORTAL DE SERVICIOS DIGITALES Y CON DATOS CONSULTADOS A UNA REPLICA OFICIAL DE LA BASE
DE DATOS DEL REGISTRO NACIONAL, A LAS 15 HORAS 02 MINUTOS Y 45 SEGUNDOS, DEL 30 DE MARZO DE 2022.
PODRA SER VERIFICADA EN EL SITIO wvw.mpdigital.com DENTRO DE LOS SIGUIENTES 15 DIAS NATURALES.
SILA CERTIFICACION CONTIENE ALGUNA INCONSISTENCIA EN LA INFORMACION, FAVOR DE CONTACTAR A
mpdigilal)mp.go.cr, PARA DETERMINAR EL ORIGEN DE LA INCONSISTENCIA Y COMPETENCIA DE LA RESOLUCION,
v
ina 3 de 3 Plano: 7 13645 2022
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PAGINA N%1 ACTA N*26 Ordinaria.
Consulta de Plano
17] Permite realizar una consulta de plano
Buscar Por; Número de Plano v
Provincia Inscripción: 7 - LIMÓN Y
Nímero Inscripción: 13645
Año Inscripción: 2022
Plano(s) Catastrado(s)
Provincia: [7 - LIMÓN ||Número Inscripción: 13645
[Año Inscripción: |[18 Mar 2022][Árca Plano: 14,147.00
Bloque: Lote:
Estado: INSCRITO |[Coordenada Norte: 247684.0
[Coordenada Este: [[559387.0__ |[CRTM Norte: 1133023.0
[CRTM Este: 1523083.0 — [Verificado Zona Catastrada: [No
Ubicación(es)
Provincia [| Cantón Distrito
7 - LIMÓN]|2 - POCOCÍ]|7 - LA COLONIA!
“Titulares(es)
Identificacion Nombre Primer Apellido||Segundo Apellido;
3101150784  |[[SERVIFORSA SOCIEDAD ANONIMA
Fraccionamiento(s) Plano: Inexistente(s)
Pinca(s)
Provincia [Número Finca][Sub-matrícula|[Duplicado|[Matriz Fitial [Inmueble]
17 - LIMÓN]|[76517 J[000
Finca(s) Generada(s): Inexistente(s)
Plano(s) Hijo(s): Inexistente(s)
Plano(s) Padre(s)
Código Provincia |[Número|| Año
7 - LIMÓN [33063 _ |[1992;
Anotaciones: Incxistente(s)
El Registro Inmobiliario advierte que las anotuciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no
están disponibles para ser consultadas por este medio,
| ino
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PAGINA N91 ACTA N*26 Ordinaria.
HAAINONMTCIPATIDA DO DE TOCOCT”
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CONSULTA POR NUMERO DE FINCA
MATRICULA: 76517--000
PROVINCIA: LIMON FINCA: 76517 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO: 000 | Comprar |
NATURALEZA: TERRENO DE REPASTOS
SITUADA EN EL DISTRITO I-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
LINDEROS:
NORTE : CALLE PUBLICA CON 195.49 METROS
SUR ; RAFAEL ANGEL ARAYA MOREIRA
ESTE : JOSE MANUEL ARAYA MOREIRA
OESTE : RAFAEL ANGEL ARAYA MOREIRA
MIDE: VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE METROS CON NOVENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS
PLANO:L-0033063-1992
ANTECEDENTES DOMINIO DE LA FINCA:
FINCA — DERECHO INSCRITA EN
7-00028399 000 FOLIO REAL
VALOR FISCAL: 100,000.00 COLONES
PROPIETARIO:
SERVIFORSA SOCIEDAD ANONIMA
CEDULA JURIDICA 3-101-150784
ESTIMACIÓN O PRECIO: CIEN MIL COLONES
DUEÑO DEL DOMINIO
PRESENTACIÓN: 0428-00001489-01
FECHA DE INSCRIPCIÓN; 20-0CT-1997
OTROS:
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY
GRAVAMENES o AFECTACIONI HAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS: 345-12738-01-0917-001
FINCA REFERENCIA 004037-000
AFECTA A FINCA: 7-00076517 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS: 345-12738-01-0919-001
FINCA REFERENCIA 7028399 000
AFECTA A FINCA: 7-00076517 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS: 345-12739-01-0918-001
FINCA REFERENCIA 7028399 000
AFECTA A FINCA: 7-00076517 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DBL GRAVAMEN: NO HAY
Emitido el 31-03-2022 a las 10:41 horas
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PÁGINA N*099
PAGINA N91 ACTA N*926 Ordinaria.
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CERTIFICACION DE PERSONERIA JURIDICA
NUMERO DE CERTIFICACION: RNPDIGITAL-619007-2022
PERSONA JURIDICA: 3-101-150784
DATOS GENERALES
RAZON SOCIAL O DENONINACION: SERVIFORSA SOCIEDAD ANONIMA.
ESTADO ACTUAL: INSCRITA
CITAS DEL ANTECEDENTE: TOMO: 0025 FOLIO: 029 ASIENTO: 00051
DOCUMENTO ORIGEN: TOMO: 410 ASIENTO: 11596 FECHA INSCRIPCION / TRASLADO: 02/04/2009
DOMICILIO: LIMON-POCOC! GUAPILES, 280 METROS NORTE DEL SUPER SAN MIGUEL,
OBJETO/FINES (SINTESIS): ASESORIA FORESTAL, REGERENCIA FORESTAL, ACTIVIDAD RELACIONADA CON MADERA, ADQUIRIR.
TODA CLASE DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, FORMAR PARTE DE OTRAS SOCIEDADES, OTORGAR GARANTIAS FIDUCIARIAS O
REALES EN FAVOR DE SOCIOS O TERCEROS.
PLAZO DE LA ENTIDAD JURIDICA: INICIO: 23/02/1994 VENCIMIENTO; 29/02/2039
ADMINISTRACION
by DE DIRECTORES Y/O PRORROGAS: LA JUNTA DIRECTIVA Y EL FISCAL DURARAN EN SUS CARGOS POR TODO EL PLAZO
Oc
CIAL,
LA JUNTA DIRECTIVA NO TIENE FACULTAD PARA OTORGAR PODERES
REPRESENTACION
CORRESPONDE AL PRESIDENTE LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL CON FACULTADES DE APODERADO
'GENERALISIMO SIN LIMITE DE SUMA.
NOMBRAMIENTOS
JUNTA DIRECTIVA
FECHA DEINSORIPCION: 0204/2000 CARGO: PRESIDENTE.
IPADO POR: MANUEL ANTONIO ALVAREZ SEVILLA CEDULA DE IDENTIDAD: 7.0000.0039
REPRESENTACIÓN: REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIA:
INICIO; 'VENCIMIENTO:
MO EXISTEN MAS NOMBRAMIENTOS EN JUNTA DIRECTIVA CON REPRESENTACION
FECHA DE INSCRIPCION: 02/04/2009 CARGO: AGENTE RESIDENTE 31 UM, 12
OCUPADO POR: JESUS PABLO BALTODANO JIMENEZ GEOULA DE IDENTIDAD: 6-0125-0437 —
¡0
10:
FIN DE LOS NOMORANIENTOS O CARGOS DE LA PERSONA JURIDICA ——
NO EXISTE INFORMACION DE AFECTACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE MOVIMIENTOS PENDIENTES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
'NO EXISTE INFORMACION DE OBSERVACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
ESTA CERTIFICACION, CUYOS DERECHOS ARANCELARIOS FUERON DEBIDAMENTE CANCELADOS, CONSTITUYE DOCUMENTO
PÚBLICO CONFORME LO ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 45.2 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, 5 INCISO D) DE LA LEY DE
CERTIFICADOS, FIRMAS DIGITALES Y DOCUMENTOS ELECTRONICOS N.B4S4, Y EL DECRETO EJECUTIVO N, 35488.., PUBLICADO EN
LA GACETAN, 195, DEL 8 DE OCTUBRE DE 2009. EN DICHO MARCO LEGAL SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE RECIBIR ESTE
DOCUMENTO POR PARTE DE LOS ENTES PUBLICOS Y PRIVADOS, ASI COMO PARA LOS PARTICULARES, EN CASO DÉ QUE SE LE
PRESENTEN PROBLEMAS PARA LA RECEPCION DE ESTE DOCUMENTO Y APLICACION DE SUS EFECTOS LEGALES, SIRVASE:
COMUNICARLO AL CENTRO DE ASISTENCIA AL USUARIO, TELEFONO, 2202-0889,
ESTIMADO USUARIO, EL REGISTRO NACIONAL LE INDICA QUE EL VALOR DE LA PRESENTE CERTIFICACION FUE ESTABLECIDO POR
LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL; NINGUNA PERSONA FISICA O JURIDICA PUEDE VARIAR ESE VALOR.
EMITIDA A TRAVES DEL PORTAL DE SERVICIOS DIGITALES Y CON DATOS CONSULTADOS A UNA REPLICA OFICIAL DE LA BASE DE
DATOS DEL REGISTRO NACIONAL, ALAS 11 HORAS 31 MINUTOS Y 39 SEGUNDOS, DEL 31 DE MARZO D5 2022.
PODRA SER VERIFICADA EN EL SITIO iwvwmodigital. com DENTRO DE LOS SIGUIENTES 15 DIAS NATURALES.
SILA CERTIFICACION CONTIENE ALGUNA INCONSISTENCIA EN LA INFORMACION, FAVOR DE CONTACTAR A mpdigitalidmp.go.cr, PARA
DETERMINAR EL ORIGEN DE LA INCONSISTENCIA Y COMPETENCIA DE LA RESOLUCION
'SE TIENEN POR PRORROGADOS DE PLENO DERECHO Y DE FORMA AUTOMÁTICA HASTA POR DOS AÑOS, LOS NOMBRAMIENTOS DE
LOS ORGANOS DE ADMINISTRACION Y FISCALIA, QUE HAYAN VENCIDO A PARTIR DEL 1 DE MARZO DEL 2020 Y HASTA EL 34 DE
DICIEMBRE DEL 2020, INCLUSIVE. SE PRORROGAN LOS NOMBRAMIENTOS QUE VENCEN EN EL AÑO 2021 Y QUE FUERON
alna 1 de 2
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PÁGINA N*0100
PAGINA N91 ACTA N*26 Ordinaria.
TEE REPÚBLICA DEC ICA
ADA
7.0066 0639
AR
¡Nombies se EL ANTONIO
YApetido: ALVAREZ. =—
al SEVILLA LJ
OUIMADOO AICA DES MAZO 0209) OR EL SAO VERCOO VALL CUAL FUENONNICAODOS,OATeNOR Número de Cédula: 7 0068 0039
Fecha de Nacimiento: 18 01 1960
Lugar de Nacimiento: GUAPILES POCOCI LIMON
Nombre del Padro: JUAN BAUTISTA ALVAREZ
Nombre de la Madro: ULANCA SEVILLA 7
Domicito Ejectoral: GUAPILES POCOGI LIMON *
Vencimiento: 18 12 2020 Saxo;
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Aprueba y se acepta la inscripción del terreno
parte del Folio Real 76517-000, Plano Catastro L-13645-2022, con un área de
4.147,00 metros cuadrados, Naturaleza área de Parque, a favor de la
Municipalidad y se autoriza al Alcalde en ejercicio comparecer ante notario
público y regularizar la titulación de dicho inmueble. El terreno que se requiere
inscribir es, propiedad de SERVIFORSA Sociedad Anónima y se ubica en las
inmediaciones del Liceo de San Rafael, del distrito La Colonia, cantón Pococí, lo
anterior en cumplimiento con lo establecido en el artículo N” 40 de la Ley de
Planificación Urbana. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
| /
ACUERDO N* 687
Se conoce nota suscrita por la señora Mérida Retana Castillo, Presidenta, Junta
de Educación Escuela Campo Cinco , teléfono: 2767-3097, correo electrónico:
30080710900junta.mep.go.cr, dice;
Oficio: JECC-0003-03-2022
Asunto: Solicitud de apoyo económico en proyectos.
y
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PÁGINA N*0101
PAGINA N91 ACTA N926 Ordinaria.
pana
Educación Pública
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Dirección Regional de Educación Guápiles
Junta de Educación Escuela Campo Cinco Circuito 03.Cariari
Guápiles, 14 de Marzo del 2022.
OFICIO JECC 0003-03-2022
Página 3 de 1
Para: Consejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Vr a,
De: Mérida Retana Castillo SÉ
Presidenta Junta de Educación Escuela Campo Cinco
Asunto: Solicitud en apoyo económico en proyectos
La Suscrita Mérida Retana Castillo en calidad de presidenta Junta de Educación
Escuela Campo Cinco códigos 3574, por este medio le saludo y al mismo tiempo
le queremos solicitar el apoyo económico para realizar los siguientes proyectos a
nivel institucional:
1- Pintura de toda la institución para dar mantenimiento preventivo a la planta
física tanto a la parte de metal como al concreto.
2- Realizar una acera en la parte del frente (frente a la pista) del centro
educativo con lo cual los estudiantes tengan acceso adecuado a la hora de
asistir a nuestro centro educativo. Y dar el mantenimiento a las aceras
existes de los otros costados que tiene el centro educativo.
Les agradecemos si los puedan colaborar con ambos proyectos esto debido al
recorte de presupuesto asignado para el presente curso lectivo.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios y al
Regidor Luis Ángel Méndez Araya.
ACUERDO N* 688
Se conoce nota suscrita por la señora Marolin Raquel Azofeifa Trejos, Diputada
Presidenta, Comisión Parlamentaria Discapacidad y Adulto Mayor, Asamblea
Legislativa, teléfono: 2531-6661, correo electrónico:
marolin.azofeifaGasamblea.go.cr, dice;
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PÁGINA N*0102
PAGINA N21 ACTA N*26 Ordinaria.
FAA MON TCIPACIDAD DE POCOCT
Oficio: DMAT-041-2022
Asunto: Comunicación de la próxima Sesión de la Red de Comisiones Municipales
de Discapacidad y Adulto Mayor de la Región Caribe.
E
DMAT-041-2022
05 de abril de 2022
Red Comisiones Municipales de Accesibilidad y Discapacidad Municipalidades:
Guácimo, Talamanca, Siquirres, Matina, Limón, Pococí y Sarapiquí
Olimpiadas Especiales de Costa Rica
Instituto de Fomento y asesoría Municipal
Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación
Union Nacional de Gobierno Locales
Feidiscam Caribe, Fundación Amazing Lives, Asopedisca
Estimado (a) Señor (a):
Reciban un cordial saludo en calidad de Presidenta de la Comisión Parlamentaria de Discapacidad y
Adulto Mayor, de la Asamblea Legislativa de Costa Rica y me permito comunicarle que, en sesión de
la Red de Comisiones Municipales de Discapacidad y Adulto Mayor de la Región Caribe, celebrada el
11 de febrero del presente año, se acordó realizar la próxima sesión de la Red, en el antiguo Salón
de Expresidentes de la Asamblea Legislativa el día 22 de abril del 2022,Por lo que me es grato
extender la más cordial invitación a dicha actividad.
Favor presentarse al menos con quince minutos de anticipación con su cédula de identidad.
La agenda de esta sesión de trabajo corresponde a la coordinación de la Red hacerla llegar conforme
corresponde.
Pdta. Las personas que deseen conocer el edificio nuevo les rejuego comunicarse con la señora
Kembly Mora al correo Kembly.mora(dguacimo.go.cr o al número de teléfono 85257032 para la visita
previa al edificio.
MAROLIN firmado
RAQUEL — dgteimenenor
MAROUN RAQUEL
AZOFEIFA azortira reelos
TREJOS — Feco.zo220005
Marolín Azofeifa Trejos
Diputada Presidenta
Comisión Parlamentaria Discapacidad y Adulto Mayor
Asamblea Legislativa
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión al Regidor Luis Ángel
Méndez Araya y queda abierta la invitación.
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PÁGINA N*0103
PAGINA N*1 ACTA N*26 Ordinaria.
AMO NTCIPALIDAD DE POCOCT
ACUERDO N* 689
Se conoce nota suscrita por la señora Erika Ugalde Camacho, Jefe Área
Comisiones Legislativas lll, Asamblea Legislativa , teléfono: 2243-2437, correo
electrónico: COMISION-GOBIERNOO asamblea.go.cr, dice;
Oficio: CC-124-2022
Asunto: Consulta Exp.22.944.
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
06 de abril de 2022
CG-124-2022
Señores (as)
Concejo Municipal
Presente
ASUNTO: Consulta Exp. 22.944
Estimados (as) señores (as):
Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Ordinaria de Gobierno
y Administración, y en virtud de la moción aprobada en sesión 34, se le solicita el
criterio en relación con el proyecto 22.944 “REFORMA A LA LEY MARCO DE EMPLEO
PÚBLICO, LEY N*10159 DEL 09 DE MARZO DEL 2022, PARA ELIMINAR LA CLÁUSULA
DE OBJECIÓN DE CONCIENCIA”, el cual se anexa.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible,
enviar el criterio de forma digital. La Comisión ha dispuesto que en caso de requerirlo
se le otorgará una prórroga de 8 días hábiles adicionales por una única vez, la cual
vencerá el próximo 19 de mayo.
Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos
2243-2437, 2243-2194, 2243-2438 o al correo electrónico COMISION-
e: Cr.
Atentamente,
Erika Ugalde Camacho ASAMBLEA
lotes O macs LEGISLATIVA
Cemeonó geo Ina O evgataeñoombieo.go.er
Departamento
Comisiones Legisotivas
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Pluye
DD is09 20200
PÁGINA N*0104
PAGINA N1 ACTA N*26 Ordinaria. 07-04-202
FAO NITCIPA LIDAD DE POCOTCT
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DE LA LEY MARCO DE EMPLEO PÚBLICO, LEY
N.”10159, DE 09 DE MARZO DE 2022, PARA ELIMINAR LA
CLÁUSULA DE OBJECIÓN DE CONCIENCIA
ARTÍCULO ÚNICO- Para que se elimine el inciso g) del artículo 23 de la Ley
Marco de Empleo Público, Ley N.”10159, de 09 de marzo de 2022, y se corra la
secuencia alfabética de los demás incisos del artículo.
Rige a partir de su publicación.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección Jurídica para su análisis y
recomendación.
ACUERDO N”* 690
Se conoce nota suscrita por la señora Nancy Vílchez Obando, Jefe Área Sala de
Comisiones Legislativas V, Departamento de Comisiones Legislativas, Asamblea
Legislativa  , teléfono: 2243-2422, correo electrónico:  COMISION-
ECONOMICOSOasamblea.go.cr, dice;
Oficio: AL-CPETUR-568-2021
Asunto: Consulta del criterio de la Municipalidad de Pococí, sobre el texto del
expediente 22981. LEYDE CREACION DEL AREA SILVESTRE PROTEGIDA PAISAJE
NACIONAL ESPEJO DE AGUA EMBALSE ARENAL Y FOMENTO DE ACTICVIDADES
ASOCIADAS AL USO SOSTENIBLE EN SU ZONA DE AMORTIGUAMIENTO.
9
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Pluye
PÁGINA N*0105
PAGINA N91 ACTA N926 Ordinaria.
COMISIONES
LEGISLATIVAS
Área Comisiones Legislativas V
— PP
San José, 06 de abril de 2022.
AL-CPETUR-568-2021
Señores
Concejo Municipal
Estimados señores:
Para lo que corresponda y con instrucciones del señor diputado Carlos Ricardo Benavides
Jiménez, Presidente de la Comisión Permanente Especial de Turismo, le consulto el criterio a
esa municipalidad sobre el texto del expediente 22981, LEY DE CREACIÓN DEL ÁREA
SILVESTRE PROTEGIDA PAISAJE NACIONAL ESPEJO DE AGUA EMBALSE ARENAL Y
FOMENTO DE ACTIVIDADES ASOCIADAS AL USO SOSTENIBLE EN SU ZONA DE
AMORTIGUAMIENTO, el cual se adjunta.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar
también el criterio de forma digital.
Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-2422,
2243-2423, o al correo electrónico COMISION-ECONOMICOSOasamblea.go.cr.
htps://outlook.office365.com/mail/inboxfid/AAQKADI5M205NOMwLTF¡NDkINDgyMy1hMDJILTM3YWOSYZZmYmIzNgAQAKKLeYUNpECV¡UOBOFIY... 1/11
v
Sitio Web: munipococi.go.cr
a ¿ Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PÁGINA N*0106
PAGINA N91 ACTA N926 Ordinaria.
ANO NTTIPALIDAD DE POCOTT
7/4/22, 9:45 Correo: secretaria municipal - Oulook
Atentamente,
JR
Nancy Vílchez Obando
Jefe de Área
Sala de Comisiones Legislativas V
Departamento de Comisiones Legislativas
Nota: Favor dar acuse de recibo, es indispensable para el trámite del proyecto.
PROYECTO DE LEY
LEY DE CREACIÓN DEL ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA PAISAJE NACIONAL ESPEJO
DE AGUA EMBALSE ARENAL Y FOMENTO DE
ACTIVIDADES ASOCIADAS AL USO SOSTENIBLE
EN SU ZONA DE AMORTIGUAMIENTO
Expediente N” 22.981
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
En la década de 1970, como parte de las acciones para asegurar la soberanía energética del
país, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) inicia la construcción y operación de la
Planta Hidroeléctrica Arenal, siendo el embalse Arenal el reservorio de agua limpia y fuente de
energía renovable más grande de Costa Rica.
El embalse se conforma con el represamiento del río Arenal, afluente del río San Carlos en la
vertiente del Caribe, mediante la construcción de la presa de enrocado en la zona conocida
como Sangregado, sector este del embalse.
El volumen total de almacenaje es de 2 416 millones de m? de agua, un volumen útil de 1990
millones de m?, y un área de espejo de agua total de 87,8 Km?, siendo un embalse de
regulación plurianual, lo que representa el respaldo más importante de la matriz energética del
país. (Fuente: Manual de Operación y Mantenimiento del Embalse y Planta Arenal)
El 5 de mayo de 1969, mediante la Ley N” 4334 “Declara zona de reserva de energía la laguna
Arenal" se declara al embalse Arenal como Zona Nacional de Reserva de energía eléctrica
(Fuente: http://www.pgrweb.go.cr). Dicha zona incluye las riberas, en la extensión necesaria
para garantizar que los recursos de esta cuenca se transformen en energía eléctrica utilizable
para el desarrollo del país.
El cantón de Tilarán de la provincia de Guanacaste cubre la mayor extensión del embalse. El
cantón de San Carlos de Alajuela comprende el sector este del embalse donde se ubica la
obra denominada Presa Sangregado y colinda con el Parque Nacional Arenal, mientras que el
cantón de San Ramón de Alajuela cubre el sector entre el río Caño Negro y la comunidad de El
Castillo.
https:/loullook. affice365.comímailinbox/id/AAQKADISM205NOMwLTFINDKINDgyMy IAMJiLTMIYWOSY2ZmYÍmizNgAQAKKLoYUNpECVJUOSOFIY... 2/11
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EMO NTIPATIDAD DE POCOTCT
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La toma de aguas se ubica al suroeste del embalse, conduciendo las aguas mediante un túnel
y tubería forzada hasta la casa de máquinas de la Planta Hidroeléctrica Arenal, ubicada en la
margen derecha del río Santa Rosa, la cual tiene una capacidad instalada de 157 MW.
Posteriormente las aguas se conducen a la Planta Hidroeléctrica Miguel Dengo, con una
potencia instalada de 174 MW, Luego se dirigen las aguas al embalse y Planta Hidroeléctrica
Sandillal, último aprovechamiento energético, con 32 MW de capacidad instalada. En total, el
Complejo Hidroeléctrico Arenal Dengo Sandillal tiene una capacidad instalada de 363 MW,
cubriendo más del 20% de la demanda de energía del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). La
siguiente imagen muestra un detalle de la ubicación de las obras referidas y otros datos de
interés.
Una vez aprovechadas las aguas para la producción de energía, estas se direccionan al
embalse Magdalena del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamientos
(SENARA), institución encargada de administrar el agua que se distribuye en el Distrito de
Riego Arenal Tempisque (DRAT), sistema de canales que irrigan las partes bajas de los
cantones Cañas, Bagaces, Liberia, Carrillo y Abangares. En la actualidad son
aproximadamente 29.500 ha habilitadas con los servicios de riego por gravedad y bombeo, y
agua para piscicultura (Fuente: http://www.senara.or.cr/proyectos/dratlindex.aspx).
En enero del 2022 se iniciará la operación de la Planta para el Suministro de Agua Potable
para Cañas — Bebedero, el cual consiste en la captación de agua del embalse Sandillal, para
potabilizar y distribuir un caudal de 150 L/s (con capacidad para 200 L/s) a las comunidades de
Cañas y Bebedero, ofreciendo agua potable a más de 20.000 beneficiarios. (Fuente: AyA)
Otro proyecto a futuro es el Programa de Abastecimiento de Agua para Guanacaste
(PAACUME), el cual consiste en conectar el canal oeste del DRAT, conformar un embalse para
https//outlook.office385.com/maillinboxád/AAQKADISM2Q5NDMwl TFINDKtNOgyMy1hMDJILTMIYWQ5Y2ZmYmlzNgAQAKKLeYUNpECV¡UO80FIY... 3/11
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FAO NTCIPACIDAD DE POCOCT”
producción hidroeléctrica y un canal de 55 kilómetros para trasladar el agua hasta Palmira,
donde se atravesaría el río Tempisque. Esta conducción abastecería a más de 1.000
propietarios de unas 17.000 hectáreas (riego agropecuario, zonas turísticas y reserva de agua
potable), en los cantones de Carrillo, Santa Cruz y Nicoya. (Fuente:
http://www,.senara or.cr/proyectos/paacume/Paacume.aspx)
El Embalse Arenal ha sido declarado como zona RAMSAR. Su declaración se basó en
múltiples investigaciones y datos técnicos que indicaron que dicho humedal era vital para la
supervivencia humana. Esto porque es uno de los entornos más productivos de Costa Rica,
cuna de diversidad biológica y fuente de agua y productividad primaria de especies vegetales y
animales dependen para subsistir. No esta demás decir que los humedales como el Embalse y
su calidad de agua actual son indispensables por los beneficios o "servicios eco sistémicos"
que brindan a la humanidad, desde suministro de agua dulce, alimentos, materiales de
construcción, conservaciones la biodiversidad, generación de energía, control de crecidas,
recarga de aguas subterráneas y mitigación del cambio climático. (Fuente: www,ramsar.org)
Además de estos usos y la importancia que representa el Embalse Arenal, este reservorio
evidencia potencial para el desarrollo económico de la zona, resultado de su atractivo
paisajístico y desarrollo de actividades productivas, comerciales y turísticas, basadas en la
recreación, transporte, deporte, actividades acuáticas, entre otras.
No obstante, existe un vacío regulatorio para el desarrollo de dichas actividades por lo que se
propone la creación del "Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse Arenal” cuyo objetivo
principal es mantener la conservación del embalse para su fin prioritario que es la producción
de energía y promover el desarrollo de actividades reguladas a partir del uso sostenible e
integral de las comunidades. Además, se pretende declarar de interés público el Plan de
Desarrollo Ambiental y Social para la gestión sostenible de la zona de amortiguamiento del
Embalse Arenal y la protección del espejo de agua como un área silvestre protegida bajo la
categoría de manejo Paisaje Nacional.
Las áreas silvestres protegidas bajo la categoría de manejo denominada Paisaje Nacional se
podrán crear en sitios en los que la interacción entre los seres humanos y la naturaleza
produce un área de carácter distintivo con valores ecológicos, biológicos, culturales y estéticos
significativos; y en la que salvaguardar la integridad de dicha interacción es vital para proteger
y mantener el área, la conservación de su naturaleza y los servicios eco sistémicos de los
mismos. Podrán estar conformados por propiedades del Estado o de naturaleza mixta
(propiedades privadas y del Estado), acciones que serán reguladas en un Plan General de
Manejo y en el Reglamento de Uso Público.
Dicha área protegida, la cual basa su creación en la categoría V de la UICN (Paisajes
Protegidos), juegan un rol importante en la conservación de la biodiversidad a escala de
paisaje, especialmente como parte de un mosaico de patrones de gestión, de designación de
áreas protegidas u otros mecanismos de conservación asociados.
Al mismo tiempo se establece una zona de amortiguamiento de 50 metros horizontales al
espejo de agua, desafectando dichos terrenos de las restricciones establecidas en el artículo
33 de la Ley N* 7575 Ley Forestal, de 13 de febrero de 1996 a partir del nivel máximo de
operación del embalse de 548.58 msnm, permitiendo el desarrollo de actividades productivas
definidas en el Plan de Desarrollo Ambiental y Social para la gestión sostenible de la zona de
amortiguamiento, tomando en consideración sus parámetros geográficos, bióticos, sociales y
económicos con excepción de las áreas de protección correspondientes en los inmuebles del
ICE en aquellas áreas con cobertura forestal que no estén impactadas o las áreas
ambientalmente frágiles donde se requiera la corta de árboles,
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Categorías de manejo de áreas protegidas a nivel internacional
La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) ha desarrollado
directrices para la aplicación de las categorías de gestión de áreas protegidas. Estas
directrices son de carácter general y no vinculante para los países, pero ciertamente aportan
una importante guía para la definición y estandarización de lo que es y no es un Área Silvestre
Protegida, sus alcances y los diferentes niveles de protección y modelos de gestión posibles.
La UICN “reconoce que existen muchos enfoques válidos a la hora de establecer y gestionar
áreas protegidas y que éstos pueden realizar aportaciones significativas a las estrategias de
conservación. Esto no quiere decir que todos sean igualmente útiles en todos los casos: la
habilidad a la hora de seleccionar y combinar distintos enfoques de gestión resulta a menudo
clave para desarrollar un sistema de áreas protegidas que funcione eficazmente. Algunas
situaciones requieren una protección muy estricta, otras pueden funcionar, o les puede ir mejor,
con enfoques de gestión menos restrictivos o con la aplicación diferenciada de distintas
estrategias de gestión dentro de una única área protegida” (UICN, 2008).
El presente proyecto de ley contempla la recomendaciones realizadas por las citadas
directrices y tiene como objetivo fortalecer el sistema de áreas protegidas actual, dotándolo de
nuevas categorías, elevando a rango de ley categorías creadas vía decreto ejecutivo y
modernizando el marco legal de manera que estas nuevas categorías puedan aplicarse de
manera más eficiente, contemplando la participación de múltiples actores públicos y privados,
entendiendo que la conservación de espacios naturales, para ser efectiva, requiere de un
mayor involucramiento de gobiernos locales, ciudadanía e instituciones con competencias
ambientales transversales y que son, en muchos casos, quienes mejor pueden garantizar la
protección efectiva de estos sitios (por ejemplo, la responsabilidad en la protección de zonas
de recarga hídrica que tiene el AyA y las municipalidades que administran acueductos).
Sobre las Reservas Marinas y las Áreas Marinas de Manejo
El sistema de áreas protegidas de Costa Rica carecía de categorías exclusivamente marinas,
que permitieran gestionar y proteger los mares, a la vez que se desarrollan actividades
económicas de bajo impacto. Es por esto que en 2009 se crean vía Decreto Ejecutivo
N*35369-MINAE, modificado y adicionado por el Decreto Ejecutivo N*35666, las categorías
Reservas Marinas y las Áreas Marinas de Manejo. Estas nuevas categorías de ASP
corresponden a las categorías IV y VI de la clasificación internacional de la UICN.
Ya se han creado ASP bajo estas categorías de manejo, tal es el caso del Área Marina de
Manejo (AMM) Montes Submarinos, el AMM Cabo Blanco, entre otras
Debido a la importancia de estas figuras de gestión y a la necesidad de uniformar el marco
legal, este proyecto de ley busca darles marco legal a las mencionadas categorías de manejo
marinas,
Sobre los Parques Naturales Urbanos (PANU)
Los Parque Naturales Urbanos (PANU) son una categoría de manejo creada vía Decreto
Ejecutivo N*42742-MINAE en el año 2021, atendiendo a la necesidad de contar con una figura
que permitiera fortalecer la protección y gestión de espacios naturales y bosques remanentes,
amenazados por el crecimiento urbano descontrolado y poco planificado. Al ser una figura
conceptualizada para ser implementada en zonas densamente pobladas o aquellas con una
población en crecimiento, que ejercerá presión sobre los recursos naturales existentes, los
PANU se constituyen como reservorios y potenciadores de los servicios eco sistémico
necesario para mantener la vida en la ciudad, tanto para las personas como para la
biodiversidad.
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Los PANU pueden tener particularidades bastante diversas. Será el Poder Ejecutivo y el
análisis específico de cada sitio, los que determinarán si cuenta con las características
necesarias para constituirse como PANU y si es esta la categoría de manejo más adecuada
para su gestión. Debido a lo anterior, sumado a que se tratará de remanentes de espacios
naturales o con potencial de rehabilitación en la ciudad, se tratará en su mayoría de espacios
pequeños, en comparación con otras ASP.
Es por esto que la participación activa de gobiernos locales, instituciones del gobierno central,
comunidades y sector privado, es indispensable para la consolidación y gestión de los PANU.
Esto requiere modernizar el marco legal vigente, de manera en que la propiedad y
administración de los terrenos con potencial de convertirse en PANU, tengan la posibilidad de
continuar bajo la gestión de la municipalidad propietaria, quien coordinará con MINAE y SINAC
la elaboración de los instrumentos de gestión del Área Silvestre Protegida, los elementos
focales de manejo, el modelo de gobernanza del espacio y el modelo de financiamiento y
sostenibilidad financiera del espacio.
Lo anterior es consecuente con lo indicado en el artículo 3 de la Ley N*7554 Orgánica del
Ambiente, del 4 de octubre de 1995 aquí modificada, que establece la participación conjunta
para cumplir objetivos. El artículo señala que “El Gobierno fijará un conjunto armónico e
interrelacionado de objetivos, orientados a mejorar el ambiente y manejar adecuadamente los
recursos naturales.
A estos objetivos deberán incorporarse decisiones y acciones específicas destinadas a su
cumplimiento, con el respaldo de normas, instituciones y procedimientos que permitan lograr la
funcionalidad de esas políticas.”
De lo anterior se desprende que la responsabilidad de la gestión de espacios importantes para
la conservación no es responsabilidad exclusiva del MINAE, en la figura del SINAC, sino que
es posible establecer modelos en los que gobiernos locales, comunidades y entes privados,
participen de los beneficios y también de las responsabilidades de la protección
medioambiental.
Es por esto que los Parques Naturales Urbanos pueden ser de propiedad estatal, privada o
mixta. En el caso de los PANU propiedad estatal, es indispensable además que la legislación
contemple la posibilidad de que los terrenos municipales con potencial para ser gestionados
bajo esta categoría de manejo continúen bajo la propiedad y administración de los gobiernos
locales, una vez sean declarados PANU, Son los gobiernos locales quienes tienen mayor
conocimiento sobre las necesidades de gestión de estos sitios en entornos urbanos, así como
la posibilidad de destinar recursos y personal para su gestión y administración, a través de
mecanismos como la tarifa de protección del recurso hídrico, el timbre de parques nacionales,
entre otros. Además, las municipalidades, a través de sus oficinas encargadas de desarrollo
socioeconómico local, gestión ambiental, juventudes, mujeres, deporte, recreación, entre otros,
quienes tienen el contacto directo con Asociaciones de Desarrollo Integral (ADIs), comités
vecinales y las diferentes fuerzas vivas de la comunidad, con quienes es posible realizar
alianzas para la gobernanza participativa de estos espacios.
Con base en la exposición de motivos referida, sometemos a conocimiento de las señoras
diputadas y señores diputados de la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica el
proyecto de LEY DE CREACIÓN DEL ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA PAISAJE NACIONAL
ESPEJO DE AGUA EMBALSE ARENAL Y FOMENTO DE ACTIVIDADES ASOCIADAS AL
USO SOSTENIBLE EN SU ZONA DE AMORTIGUAMIENTO, para su respectiva aprobación.
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LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA
LEY DE CREACIÓN DEL ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA PAISAJE NACIONAL ESPEJO
DE AGUA EMBALSE ARENAL Y FOMENTO DE
ACTIVIDADES ASOCIADAS AL USO SOSTENIBLE
EN SU ZONA DE AMORTIGUAMIENTO
ARTÍCULO 1- Se declara de interés público el Plan de Desarrollo Ambiental y Social (PDAS)
para la gestión sostenible de la zona de amortiguamiento del Embalse Arenal.
ARTÍCULO 2- — Se crea el Área Silvestre Protegida Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse
Arenal bajo la categoría de manejo Paisaje Nacional a la zona comprendida en el espejo de
agua del embalse hasta la cota máxima de elevación 548.58 metros sobre el nivel del mar
(m.s.n.m.) incluyendo las islas dentro de la misma.
Los permisos y autorizaciones otorgadas por las municipalidades y por las instituciones
públicas al momento de entrar en vigencia la presente ley, seguirán vigentes hasta su
vencimiento pudiendo ajustarse a las nuevas condiciones conforme a la nueva normativa.
ARTÍCULO 3- Se autoriza al Instituto Geográfico Nacional para delimitar el área hasta la cota
548.58 msnm en coordinación con el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
ARTÍCULO 4- El Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse Arenal, constituye un área
silvestre protegida que permitirá el aprovechamiento y uso sostenible conforme la Zonificación
y regulación que establezca el Plan General de Manejo y el Reglamento de Uso Público.
Se exceptúan para uso público las zonas de restricción absoluta, aprovechamiento y de
seguridad operativa del embalse para la generación de electricidad que para estos efectos
defina el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
Se podrá autorizar en esta área silvestre protegida las siguientes actividades:
a) Pesca de subsistencia y pesca deportiva
b) Acuacultura
c) Navegación deportiva y turística
d) Infraestructura turística
e) Actividades turísticas
f) Otras actividades técnicamente definidas siempre que la categoría de manejo lo permita.
En el Reglamento de esta ley se establecerán los procedimientos y requisitos para el
otorgamiento de estas autorizaciones.
ARTÍCULO 5- Enla formulación de Plan General de Manejo y el Reglamento de Uso Público,
deberán participar, aparte del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y del Instituto
Voullook.office365.com/mailfinbox/id/AAQKADI5M2Q5NDMwLTF|NDkINDgyMy1hMDJILTM3YWQSYZZmYmIzNgAQAKKLeYUNpECV¡UO80FtY e A
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Costarricense de Electricidad (ICE), representantes de las instituciones públicas con MW —=--
competencias en el sitio, en razón de los usos actuales y futuros, además de los gobiernos
locales, así como los diversos grupos de interés u organizaciones no gubernamentales.
ARTÍCULO 6- El Embalse Arenal conserva su categoría de reserva nacional de energía
eléctrica, de conformidad con la Ley N*4334 del 5 de mayo de 1969. Las demás actividades
que se desarrollen en el espejo de agua del embalse y rocen con las zonas de restricción
absoluta, aprovechamiento y de seguridad operativa del embalse para la generación de
electricidad, podrán ser suspendidas total o parcialmente por el tiempo que así lo determine
técnicamente el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), si el cumplimiento del objetivo
primario del embalse así lo requiere.
ARTÍCULO 7- Se podrá autorizar en esta área silvestre protegida las actividades acordes al
estudio integral de capacidad de carga de sistemas productivos y desarrollo turístico
contemplado en el Plan General de Manejo. En todos los casos se respetará la jerarquía de los
usos como el desarrollo y generación de electricidad, consumo humano y riego. Dentro del
Reglamento de la Ley se establecerán los criterios, requisitos y procedimientos para el
otorgamiento de la respectiva autorización de los USOS.
ARTÍCULO 8.- Corresponderá al Sistema Nacional de Área de Conversación (SINAC)
gestionar los recursos necesarios para la administración y protección del área silvestre
protegida Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse Arenal, con excepción de las zonas de
restricción absoluta, aprovechamiento y de seguridad operativa del embalse para la generación
de electricidad, cuyo costo estarán a cargo del Instituto Costarricense de Electricidad.
ARTÍCULO 9- Se establece como zona de amortiguamiento de uso sostenible del Paisaje
Nacional Espejo de Agua Embalse Arenal el área de cincuenta metros medida horizontalmente
a partir de la cota máxima definida en el artículo 2 de esta ley.
ARTÍCULO 10- Se autoriza la desafectación del artículo 33 de la Ley N” 7575 Ley
Forestal, del 13 de febrero de 1996, del área de protección, en adelante denominada zona de
amortiguamiento, del área silvestre protegida Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse
Arenal, constituida por los cincuenta metros de las áreas circundantes al Embalse, a partir de
la cota definida en el artículo 2 de esta ley, excepto en las áreas con cobertura forestal que no
estén impactadas o las áreas ambientalmente frágiles En las áreas con cobertura forestal en
propiedad del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) se permitirá aquella actividad
necesaria para la prestación del servicio público en los términos que exige la Ley N* 7543, Ley
de Ajuste Tributario, del 14 septiembre de 1995, de manera que se cumpla con los fines y
objetivos para los cuales fueron adquiridos.
ARTÍCULO 11- Se autoriza el mantenimiento y desarrollo de infraestructura y planta,
entendida esta como obras menores, en la zona de amortiguamiento del Paisaje Nacional
Espejo de Agua Embalse Arenal para el fomento de actividades productivas identificadas en el
Plan de Desarrollo Ambiental y Social de la Zona de Amortiguamiento de uso sostenible. En
aquellos inmuebles propiedad de Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), deberán
gestionarse de conformidad con la normativa aplicable los respectivos permisos de uso.
ARTÍCULO 12-  Modifíquese el artículo 32 de la Ley N*7554 Ley Orgánica del Ambiente, del
04 de octubre de 1995 para que de ahora en adelante se lea así:
Artículo 32- Clasificación de las áreas silvestres protegidas.
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AMONIO DD POCOCT
Costarricense de Electricidad (ICE), representantes de las instituciones públicas con
competencias en el sitio, en razón de los usos actuales y futuros, además de los gobiernos
locales, así como los diversos grupos de interés u organizaciones no gubernamentales.
ARTÍCULO 6- El Embalse Arenal conserva su categoría de reserva nacional de energía
eléctrica, de conformidad con la Ley N*4334 del 5 de mayo de 1969. Las demás actividades
que se desarrollen en el espejo de agua del embalse y rocen con las zonas de restricción
absoluta, aprovechamiento y de seguridad operativa del embalse para la generación de
electricidad, podrán ser suspendidas total o parcialmente por el tiempo que
así lo determine
técnicamente el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), si el cumplimiento del objetivo
primario del embalse así lo requiere.
ARTÍCULO 7- Se podrá autorizar en esta área silvestre protegida las actividades acordes al
estudio integral de capacidad de carga de sistemas productivos y desarrollo turístico
contemplado en el Plan General de Manejo. En todos los casos se respetará la jerarquía de los
usos como el desarrollo y generación de electricidad, consumo humano y riego. Dentro del
Reglamento de la Ley se establecerán los criterios, requisitos y procedimientos para el
otorgamiento de la respectiva autorización de los Usos.
ARTÍCULO 8.- Corresponderá al Sistema Nacional de Área de Conversación (SINAC)
gestionar los recursos necesarios para la administración y protección del área silvestre
protegida Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse Arenal, con excepción
de las zonas de
restricción absoluta, aprovechamiento y de seguridad operativa del embalse para la generación
de electricidad, cuyo costo estarán a cargo del Instituto Costarricense de Electricidad.
ARTÍCULO 9- Se establece como zona de amortiguamiento de uso sostenible del Paisaje
Nacional Espejo de Agua Embalse Arenal el área de cincuenta metros medida horizontalmente
a partir de la cota máxima definida en el artículo 2 de esta ley.
ARTÍCULO 10- Se autoriza la desafectación del artículo 33 de la Ley N” 7575 Ley
Forestal, del 13 de febrero de 1996, del área de protección, en adelante denominada zona de
amortiguamiento, del área silvestre protegida Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse
Arenal, constituida por los cincuenta metros de las áreas circundantes al Embalse, a partir de
la cota definida en el artículo 2 de esta ley, excepto en las áreas con cobertura forestal que no
estén impactadas o las áreas ambientalmente frágiles En las áreas con cobertura forestal en
propiedad del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) se permitirá aquella actividad
necesaria para la prestación del servicio público en los términos que exige la Ley N? 7543, Ley
de Ajuste Tributario, del 14 septiembre de 1995, de manera que se cumpla con los fines y
objetivos para los cuales fueron adquiridos.
ARTÍCULO 11- Se autoriza el mantenimiento y desarrollo de infraestructura y planta,
entendida esta como obras menores, en la zona de amortiguamiento del
Paisaje Nacional
Espejo de Agua Embalse Arenal para el fomento de actividades productivas identificadas en el
Plan de Desarrollo Ambiental y Social de la Zona de Amortiguamiento de uso sostenible. En
aquellos inmuebles propiedad de Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), deberán
gestionarse de conformidad con la normativa aplicable los respectivos permisos de uso.
ARTÍCULO 12-  Modifíquese el artículo 32 de la Ley N*7554 Ley Orgánica del Ambiente, del
04 de octubre de 1995 para que de ahora en adelante se lea así:
Artículo 32- Clasificación de las áreas silvestres protegidas.
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(=== ROAD POCOCT
El Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio del Ambiente y Energía, podrá establecer áreas
silvestres protegidas, en cualquiera de las categorías de manejo que se establezcan y en las
que se señalan a continuación:
a) Reservas forestales.
b) Zonas protectoras.
Cc) Parques nacionales.
d) Reservas biológicas.
e) Refugios nacionales de vida silvestre.
f) Humedales.
g) Monumentos naturales
h) Reserva Marina
i) Área Marina de Manejo
j) Parques Naturales Urbanos
k) Paisajes nacionales
Las municipalidades deben colaborar con la gestión y conservación de estas.
Esas categorías de manejo y las que se creen en el futuro, serán administradas por el
Ministerio del Ambiente y Energía, salvo:
1) las establecidas en el artículo 33 de esta ley que serán administradas por las
municipalidades
2) los Parques Naturales Urbanos estatales que podrán ser administrados por las
municipalidades.
3) Los Parques Naturales Urbanos privados que serán regulados por acuerdos voluntarios
con las personas propietarias y la legislación vigente.
4)...Los refugios de vida silvestre privados que se regirán conforme a la Ley de Conservación
de Vida Silvestre y su reglamento y
5) Los refugios de vida silvestre mixtos, los parques naturales urbanos mixtos y los paisajes
nacionales mixtos en los que converge la gobernanza pública y gobernanza privada.
Los objetivos primarios como secundarios de cada categoría de manejo serán definidos por el
Poder Ejecutivo y serán instrumentalizados a través del Plan General de Manejo, la
zonificación y los planes específicos de cada área silvestre protegida.
ARTÍCULO 13- Adiciónese el artículo 32 bis a la Ley N*7554 Ley Orgánica del Ambiente, del
04 de octubre de 1995 que se leerá así:
Artículo 32 bis: Las áreas silvestres protegidas bajo la categoría de manejo denominada
Paisaje Nacional se podrán crear en sitios en los que la interacción entre los seres humanos y
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la naturaleza produce un área de carácter distintivo con valores ecológicos, productivos, <= N__-
servicios públicos, biológicos, culturales y estéticos significativos; y en la que salvaguardar la
integridad de dicha interacción es vital para proteger y mantener el área, la conservación de su
naturaleza y los servicios ecosistémicos de los mismos. Podrán estar conformados por
propiedades del Estado o de naturaleza mixta (propiedades privadas y del Estado).
Su objetivo primario es proteger y mantener los paisajes terrestres, dulceacuícolas y marinos
importantes, además de la conservación de la naturaleza asociada a ellos como los servicios
ecosistémicos generados por las interacciones con los seres humanos mediante prácticas de
gestión sostenibles.
Son objetivos secundarios de esta categoría de manejo:
a. Mantener una interacción equilibrada entre naturaleza y cultura mediante la protección
del paisaje terrestre, dulceacuícola y marino con los enfoques de gestión, las sociedades, las
culturas y los valores espirituales asociados
b. Contribuir a la conservación de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos a una
escala amplia manteniendo especies asociadas a paisajes culturales y/o proporcionar
oportunidades de conservación en paisajes que presentan un elevado nivel de uso
el Proporcionar posibilidades de disfrute, bienestar y desarrollo de actividades
socioeconómicas mediante usos productivos, servicios públicos, recreativos y el turismo
d. Proporcionar un marco que sirva de soporte a la participación de la comunidad en la
gestión de paisajes terrestres, dulceacuícolas y marinos de gran valor y del patrimonio natural
y cultural que contienen; Fomentar la conservación de la biodiversidad acuática y terrestre
e. Fomentar la conservación de la biodiversidad acuática y terrestre.”
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
TRANSITORIO 1.- En el plazo de un año el Sistema Nacional de Áreas de Conservación
(SINAC), en coordinación con el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y los distintos
representantes de las instituciones públicas, con competencias en razón de los usos actuales y
futuros, además de los gobiernos locales, así como los diversos grupos de interés u
organizaciones no gubernamentales, formularan el Plan General de Manejo del Paisaje
Nacional Espejo de Agua Embalse Arenal.
TRANSITORIO !Il- Los permisos y autorizaciones otorgadas por las municipalidades y por las
instituciones públicas al momento de entrar en vigencia la presente ley, seguirán vigentes
hasta su vencimiento pudiendo ajustarse a las nuevas condiciones conforme a la nueva
normativa al momento de su vencimiento,
TRANSITORIO !ll- En el plazo de un año a partir de la entrada en vigencia de la presente ley,
las municipalidades competentes deberán aprobar el Plan de Desarrollo Ambiental y Social
(PDAS) para la gestión sostenible de la zona de amortiguamiento del Paisaje Nacional Espejo
de Agua Embalse Arenal a partir de la propuesta que realice la Comisión de Implementación y
Desarrollo de la Cuenca Arenal Tempisque (CIDECAT) y considerando los criterios técnicos del
Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y demás instituciones.
TRANSITORIO IV- Toda actividad que se ejecute al momento de entrar en vigencia el Plan
General de Manejo del área silvestre protegida Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse
Arenal, deberán ajustarse a los términos y condiciones que establezca dicho Plan, con
ttps://outlook.office365.com/maillinbox/id/AAQKADISM205NDMwLTF¡NDXINDgyMy1hMDJILTMIYWOSYZZmYmlzNgAQAKKLeYUNpECV¡UOB0Ft... 10/11
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AO NCIPA EIA DO DE POCOC
excepción de aquellas dirigida a la prestación de servicios públicos, electricidad, agua para SN ze
consumo humano y riego.
TRANSITORIO V- En el plazo máximo de un año el Poder Ejecutivo deberá reglamentar la
presente ley
Rige a partir de su publicación.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección Jurídica el texto del
expediente 22981. LEYDE CREACION DEL AREA SILVESTRE PROTEGIDA PAISAJE
NACIONAL ESPEJO DE AGUA EMBALSE ARENAL Y FOMENTO DE ACTICVIDADES
ASOCIADAS AL USO SOSTENIBLE EN SU ZONA DE AMORTIGUAMIENTO. Para su
análisis y recomendación.
ACUERDO N* 691
Se conoce nota suscrita por la Licda. Ana Julia Araya Alfaro, Jefe Área Comisiones
Legislativas ll, Asamblea Legislativa, teléfono: 2243-2427, correo electrónico:
maureen.chacon0asamblea.go.cr, dice;
Oficio: AL-CPAS-0228-2022
Asunto: Consulta Texto dictaminado Exp.22.712
AL-CPAS-0228-2022
La Comisión Permanente de Asuntos Sociales, ha dispuesto consultarles su criterio sobre
el texto dictaminado del proyecto de Ley, Expediente N. * 22.712, “REFORMA DE LOS
ARTÍCULOS 5 Y 6, DE LA LEY N.? 8114, “LEY DE SIMPLIFICACIÓNY EFICIENCIA
TRIBUTARIAS, Y SUS REFORMAS”, el cual me permito copiar de forma adjunta.
Contarán con ocho días hábiles para emitir la respuesta de conformidad con lo
establecido por el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa; que vencen el
día 26 de abril de 2022.
De requerir información adicional, favor comunicarse por los teléfonos 2243-2427 2243-
2426 (o) 2243-2421, lo) bien, al correo electrónico COMISION-
SOCIALESOasamblea.go.cr donde con todo gusto se la brindaremos.
De no confirmar el documento que se adjunta se tendrá por notificado a partir de su envío,
siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos
legales. La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las
personas interesadas.
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> TEA NO 8 LEGISUAIVAS 11/54
Licenciada Ana Julia Araya Alfaro
Jefa de Área
Área de Comisiones Legislativas !l
TEXTO SUSTITUTIVO
22712
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. - Se reforma el artículo 5 de la Ley N.* 8114, Ley de Simplificación y
Eficiencia Tributarias, y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 5*.- Destino de los recursos. Del producto anual de los ingresos provenientes de
la recaudación del impuesto único sobre los combustibles, se destinará un cuarenta y ocho
coma sesenta por ciento (48,60%) con carácter específico y obligatorio para el Ministerio
de Hacienda, el cual, por intermedio de la Tesorería Nacional, se lo girará directamente a
cada una de las siguientes instituciones:
a. Un diecinueve coma noventa y cinco por ciento (19,95%) a favor del Consejo
Nacional de Vialidad (Conavi) para la atención de la red vial nacional, los cuales se
destinarán exclusivamente a la conservación, el mantenimiento rutinario, el
mantenimiento periódico, el mejoramiento, la rehabilitación y la construcción de
obras viales nuevas de la red vial nacional.
Transitorio:
Con la entrada en vigencia de esta ley, la rebaja de un veintiuno coma setenta y
cinco por ciento (21,75%) al nuevo porcentaje, se aplicará escalonadamente para
los ejercicios económicos anuales inmediatos siguientes, de la siguiente
forma: Para el primer año se rebajará el 0.60%, para el segundo año el 1.2% y
para el tercer año el 1.8% de modo que quede en adelante un 19.95% de fondos
dirigidos al CONAVI.”
(...)
e) Un dos coma ocho por ciento (2,8%) girado directamente por la Tesorería
Nacional a la Universidad de Costa Rica, que lo administrará bajo la modalidad
presupuestaria de fondos restringidos, mediante su Laboratorio Nacional de
Materiales y Modelos Estructurales (Lanamme UCR), y que servirán para
garantizar la máxima eficiencia de la inversión pública de reconstrucción y
conservación óptima de la red vial costarricense y su calidad, de conformidad
con el artículo 6 de la presente ley. Tales fondos no afectarán a la Universidad
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OTC PAID ADO DET OCOCÍ
el Fondo Especial para el Financiamiento de la Educación Superior;-=-"
consagrado en el artículo 85 de la Constitución Política.
Transitorio:
“Con la entrada en vigencia de la presente ley, el aumento del uno por ciento (1%) al dos
coma ocho por ciento (2,8%) se aplicará escalonadamente para los ejercicios económicos
anuales inmediatos siguientes, de la siguiente forma: Para el primer año se aumentará al
porcentaje vigente, el cero coma sesenta por ciento (0.60%), para el segundo año, el dos
coma dos por ciento (2,2%) y para el tercer año y sucesivos, el dos coma ocho por ciento
(2,8%).
Cada año, el Ministerio de Hacienda incorporará en el proyecto de presupuesto ordinario
y extraordinario de la República una transferencia inicial de mil millones de colones
(1,000.000.000,00), a favor de la Cruz Roja Costarricense; esta suma será actualizada
anualmente con base en el Índice de Precios al Consumidor, calculado por el Instituto
Nacional de Estadística y Censos (INEC). La Cruz Roja Costarricense asignará estos
recursos de la siguiente manera:
1) El ochenta y cinco por ciento (85%) a los comités auxiliares.
ii) Un cinco por ciento (5%) a la Dirección Nacional de Socorros y
Operaciones.
iii) Un diez por ciento (10%) a la administración general.
El monto asignado a los comités auxiliares se distribuirá de acuerdo con los Índices de
población, el área geográfica y la cobertura de cada comité. Se respetarán los siguientes
porcentajes
1) El noventa por ciento (90%) para los gastos de operación, así como a la
reparación, la compra y el mantenimiento de vehículos y equipo.
2) Un diez por ciento (10%) para gastos administrativos.
(Este artículo 5%, fue reformado por el artículo 12, de la Ley N* 9329, de 15 de octubre de
2015. Publicada en La Gaceta N* 223, Alcance N* 96 de 17 de noviembre de 2015.)
Se reforma el artículo 6 de la Ley N.* 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias,
y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 6- Fiscalización para garantizar la calidad de la red vial nacional y cantonal
Para lograr la eficiencia de la inversión pública en materia vial, la Universidad de Costa
Rica, podrá celebrar convenios con el Consejo Nacional de Vialidad (Conavi), así como
con las demás entidades públicas relacionadas con la red vial nacional y cantonal, las
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LO NTOIPATIDOAD DE POCOCÍ
Nacional de Materiales y Modelos Estructurales (Lanamme UCR), las siguientes'tareas: ”
a) Programas de formación y acreditación para técnicos de laboratorio.
b) Auditorías técnicas de proyectos en ejecución.
c) Evaluación bienal de toda la red vial nacional y cantonal pavimentada.
d) Evaluación anual de las carreteras y puentes en concesión.
e) Actualización del Manual de Especificaciones y publicación de una nueva edición
(revisada y actualizada) cada diez años.
f) Auditorías técnicas a los laboratorios que trabajan para el sector vial.
9) Asesoramiento técnico a los jerarcas del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, así como a los jerarcas de los distintos órganos adscritos a este Ministerio y
a las Municipalidades en temas específicos y relacionados con la red vial nacional
pavimentada.
h) Ejecución y auspicio de programas de cursos de actualización y actividades de
transferencia de tecnología dirigidas a ingenieros e inspectores.
1) Programas de investigación sobre los problemas de la infraestructura vial
pavimentada del país.
J) Con la finalidad de garantizar la calidad de la red vial cantonal y en lo que sea
aplicable, las Municipalidades y la Universidad de Costa Rica, por intermedio del
Lanamme UCR, podrán celebrar convenios que les permitan desarrollar, en la
circunscripción territorial municipal, tareas equivalentes a las establecidas en los incisos
anteriores, estos esos convenios no serían facultativos para las administraciones.
k) Las administraciones públicas relacionadas con la red vial nacional y cantonal,
carreteras, puentes en concesión, taludes y proyectos de obra vial cuando se inviertan
fondos públicos, tendrán la obligatoriedad de responder y atender las evaluaciones y
auditorías técnicas realizadas por parte de LanammeUCR, así como sus conclusiones y
recomendaciones las cuales tendrán carácter vinculante y obligatorio.
El Lanamme UCR informará al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, las
Municipalidades, así como a las demás entidades públicas relacionadas con la red vial
nacional y cantonal, el resultado final de las auditorías técnicas realizadas a proyectos en
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HH MONCADA DDT POCOC
ejecución y de las evaluaciones efectuadas a la red vial Aer y cantonal, las
y los puentes en concesión. Asimismo, informará para lo que a derecho corresponda ala
Asamblea Legislativa, a la Contraloría General de la República y a la Defensoría de los
Habitantes.
Las disposiciones resultantes de las auditorías técnicas señaladas en el párrafo anterior
tendrán carácter vinculante y deberán ser acatadas de forma obligatoria por el Ministerio
de Obras Públicas y Transportes, las Municipalidades, así como, por las demás entidades
públicas relacionadas con la red vial nacional y cantonal, en la ejecución de obras.
Asímismo la administración, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el Consejo
Nacional de Vialidad (Conavi), las Municipalidades, así como a las demás entidades
públicas relacionadas con la red vial deberán atender las recomendaciones y
disposiciones que emita el LanammeUCR en un plazo no mayor a 20 días hábiles, para
ello deberá indicar en su respuesta las aclaraciones y la programación de las acciones a
realizar para su atención, incluyendo las correcciones de obras que correspondan.
En caso de incumplimiento, el LanammeUCR remitirá el asunto a las auditorías internas
correspondientes para que, de conformidad con el ordenamiento jurídico, en especial la
Ley General de Control Interno estas determinen las responsabilidades del funcionario o
los funcionarios remisos identificados para cada proyecto u obra vial, sanciones que deban
ser aplicadas a tales funcionarios. Estas sanciones le corresponderán aplicar a cada
institución u órgano contratante.
Disposiciones transitorias
TRANSITORIO UNICO
Las nuevas funciones asignadas al Laboratorio Nacional de Materiales y Modelos
Estructurales (Lanamme UCR) le serán incorporadas a las que ya tiene, a partir del
ejercicio presupuestario del 2025 cuándo se le asigne un dos coma ocho por ciento
(2,8%) de los ingresos provenientes de la recaudación del impuesto único sobre los
combustibles, según la reforma planteada al artículo 5 de la Ley N.* 8114, Ley de
Simplificación y Eficiencia Tributarias, y sus Reformas.
4 de Abril del 2022
SYLVIA PATRICIA VILLEGAS ALVAREZ
DIPUTADA
Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N*0121
PAGINA N1 ACTA N*26 Ordinaria.
MONCADA DF POCOCT
Maureen Chacón Segura ASAMBLEA |
Áreo WN 1506) 2243-2427 LEGISLATIVA
Comisiones Legislativas Il
Departamento
Comisiones Legislativas
O moureen.chacondasamblea.go.er
(S) (509) 2243-2429
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Dirección Jurídica el texto
dictaminado del proyecto de Ley, Expediente N. * 22.712, “REFORMA DE LOS
ARTÍCULOS 5 Y 6, DE LA LEY N.* 8114, “LEY DE SIMPLIFICACIÓNY EFICIENCIA
TRIBUTARIAS, Y SUS REFORMAS” para su análisis y recomendación.
ACUERDO N* 692
Se conoce nota suscrita por la señora Emily Reyes Ramirez, Área Comisiones
Legislativas |, Asamblea Legislativa , teléfono: 2243-2916, 2243-2444, correos
electrónicos: ereyes0asamblea.go.cr, mruizdasamblea.go.cr, dice;
Oficio: CERC-01-2022
Asunto: Solicitud de criterio en relación al PROYECTO DE LEY N“21.630 ADICION DE
UN PARRAFO SEGUNDO AL ARTICULO 89 DE LA CONSTITUCION POLITICA PARA LA
INCORPORACION DEL DERECHO FUNDAMENTAL AL DEPORTE Y A RECREACION.
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PAGINA N*0122 |
PAGINA N91 ACTA N*26 Ordinaria. 07-04-20
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
COMISIÓN ESPECIAL DE REFORMA CONSTITUCIONAL EXPEDIENTE 21.630
SAN JOSE, 06 MARZO DEL 2022
CERC-01-2022.
Señores y señoras
Alcaldes y Alcaldesas
Consejo Municipal
Estimados señores y señoras:
El Área de Comisiones Legislativas 1, la cual administra la Comisión Especial de
Reformas Constitucionales, tiene dentro de su conocimiento el expediente N*
21.630.
Por esta razón, se le solicita criterio a la institución que usted representa, en relación
al PROYECTO DE LEY N* 21.630 ADICIÓN DE UN PÁRRAFO SEGUNDO AL
ARTÍCULO 89 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA LA INCORPORACIÓN
DEL DERECHO FUNDAMENTAL AL DEPORTE Y LA RECREACIÓN.”.
Le ruego evacuar la anterior consulta, en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo
con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa.
Si requiere información adicional, por favor diríjase a la Secretaría Técnica de la
Comisión, a los teléfonos: 2243-2916, 2243-2444, o a las direcciones electrónicas:
ereyes(Masamblea.go.cr, mruizidasamblea.go.cr.
Atentamente:
EMILY REYES.
RAMIREZ ains
(FIRMA)
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Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N*0123
PAGINA N21 ACTA N*26 Ordinaria.
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PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
ADICIÓN DE UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 89 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA LA INCORPORACIÓN DEL
DERECHO FUNDAMENTAL AL DEPORTE Y LA RECREACIÓN
VARIOS SEÑORES DIPUTADOS
Y SEÑORAS DIPUTADAS
EXPEDIENTE N* 21.630
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES
NOTA: A solicitud de las partes interesadas, este Departamento no realizó la revisión
de errores formales, materiales e idiomáticos que pueda tener este proyecto
de ley.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*124 ACTA No26 Ordinaria.
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
ADICIÓN DE UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 89 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA LA INCORPORACIÓN DEL
DERECHO FUNDAMENTAL AL DEPORTE Y LA RECREACIÓN
Expediente N* 21.630
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Mediante la presente iniciativa se pretende incorporar expresamente en la Constitución
Política de la República de Costa Rica el derecho fundamental a la práctica del deporte, a
la recreación y a la educación física, contribuyendo a reforzar el reconocimiento y la
protección de este derecho para toda la población costarricense, al asignarle el más alto
rango dentro la jerarquía de nuestro ordenamiento jurídico, en concordancia con los
compromisos internacionales adoptados por el Estado costarricense.
El acceso universal al deporte y la recreación es un requisito indispensable para la
promoción de estilos de vida saludables y un elemento esencial de cualquier política
pública orientada a priorizar la salud preventiva frente al tratamiento de las enfermedades.
Pero, ese acceso no es universal en el presente. Así, se puede observar que al año 2013,
amplias proporciones de personas jóvenes no tenían acceso a espacios recreativos:
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*125 ACTA N*26 Ordinaria.
Cuadro 1.
Personas de 15 a 35 años sin acceso a espacios recreativos
en la comunidad según sexo. Costa Rica 2013.
Porcentaje de hombres | Porcentaje de mujeres
jóvenes sin acceso jóvenes sin acceso
Sin acceso a 44.0% 62.8%
instalaciones
deportivas cerradas
(Canchas, piscinas etc)
Sin acceso a espacios 25.1% 37.8%
abiertos, plazas,
canchas,
parques
Sin acceso a clases de 65.6% 76.4%
alguna actividad
deportiva
Fuente: Elaboración propia con datos incluidos en Cuadro 6 del Informe Análisis de Situación de Salud,
Costa Rica, de la Dirección de Vigilancia de la Salud del Ministerio de Salud, publicado en marzo, 2014.
Este acceso limitado a espacio apropiados para realizar actividad física se acompaña de
una alta proporción de la población que no realiza deportes. Según datos de la Encuesta
Nacional de Uso del Tiempo (realizada en 2017 por el INEC) solo el 26,1% de las mujeres
mayores de 12 años y solo el 37,9% de los hombres mayores de 12 años, utilizan parte
de su tiempo libre para practicar deporte y ejercicio físico. La baja proporción de
realización de actividad física resulta en un bajo tiempo social promedio dedicado a
práctica de deporte y ejercicio físico: 1 hora semanal en el caso de las mujeres y 1:55
horas en el caso de los hombres.
La alta incidencia del sedentarismo, adicionalmente tiene impacto sobre la salud de las
personas. En este sentido, datos relativos al sedentarismo de la Encuesta de Factores de
Riesgo Cardiovascular (realizada por la Caja Costarricense del Seguro Social en 2018),
aunque muestra una disminución respecto a los datos del año 2010, evidencia que aún un
36,1% de las personas mayores de 19 años no realiza actividad física o la realiza de
manera insuficiente.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA No126 ACTA N*26 Ordinaria.
Puede afirmarse que el deporte y la recreación son elementos consustanciales al derecho
fundamental a la salud, tanto física como mental, que, a su vez, se deriva del derecho a la
vida, tutelado en el artículo 21 de la Carta Magna.
Al mismo tiempo, este derecho ha sido reconocido por múltiples instrumentos
internacionales de derechos humanos vigentes en Costa Rica. La Carta Internacional de
la Educación Física, la Actividad Física y el Deporte aprobada por la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en 1978 reconoció
a la educación física y al deporte como derechos fundamentales:
“Artículo 1. La práctica de la educación física, la actividad física y el deporte
es un derecho fundamental para todos
1.1 Todo ser humano tiene el derecho fundamental de acceder a la educación
física, la actividad física y el deporte sin discriminación alguna, ya esté basada en
criterios étnicos, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, la opinión política
o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica o
cualquier otro factor.
1.2 La posibilidad de desarrollar el bienestar y las capacidades físicas, psicológicas
y sociales por medio de estas actividades debe verse respaldada por todas las
instituciones gubernamentales, deportivas y educativas.
1.3 Se han de ofrecer posibilidades inclusivas, adaptadas y seguras de participar en
la educación física, la actividad física y el deporte a todos los seres humanos,
comprendidos los niños de edad preescolar, las personas de edad, las personas con
discapacidad y los pueblos indígenas.
1.4 La igualdad de oportunidades de participar e intervenir a todos los niveles de
supervisión y adopción de decisiones en la educación física, la actividad física y el
deporte, ya sea con fines de esparcimiento y recreo, promoción de la salud o altos
resultados deportivos, es un derecho que toda niña y toda mujer debe poder ejercer
plenamente.
1.5 La diversidad de la educación física, la actividad física y el deporte es una
característica básica de su valor y atractivo. Los juegos, danzas y deportes
tradicionales e indígenas, incluso en sus formas modernas y nuevas, expresan el rico
patrimonio cultural del mundo y deben protegerse y promoverse.
1.6 Todos los seres humanos deben tener plenas posibilidades de alcanzar un nivel
de realización correspondiente a sus capacidades e intereses.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA No127 ACTA No26 Ordinaria.
7 7 Todo sistema educativo debe asignar el lu lugar y la importancia debidos a la
educación física, la actividad física y el deporte, con miras a establecer un equilibrio
y fortalecer los vínculos entre las actividades físicas y otros componentes de la
educación. Debe también velar por que en la enseñanza primaria y secundaria se
incluyan, como parte obligatoria, clases de educación física de calidad e incluyentes,
preferiblemente a diario, y por que el deporte y la educación física en la escuela y en
todas la demás instituciones educativas formen parte integrante de las actividades
cotidianas de los niños y los jóvenes.” (Énfasis agregado)
Más recientemente, la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, aprobada
por la Asamblea Legislativa mediante la Ley No. 8612 de 1 de noviembre de 2007, incluyó
en su artículo 33 el derecho al deporte como un derecho fundamental de las personas
jóvenes:
“Artículo 33. Derecho al deporte.
1. Los jóvenes tienen derecho a la educación física y a la práctica de los
deportes. El fomento del deporte estará presidido por valores de respeto,
superación personal y colectiva, trabajo en equipo y solidaridad. En todos los
casos los Estados Parte se comprometen a fomentar dichos valores así como la
erradicación de la violencia asociada a la práctica del deporte.
2. Los Estados Parte se comprometen a fomentar, en igualdad de
oportunidades, actividades que contribuyan al desarrollo de los jóvenes en los
planos físicos, intelectual y social, garantizando los recursos humanos y la
infraestructura necesaria para el ejercicio de estos derechos.” (Énfasis agregado)
La Sala Constitucional con fundamento en estos instrumentos internacionales, ha ejercido
el control de convencionalidad contra conductas activas y omisiones de las autoridades
públicas que lesionan el derecho fundamental a la educación física en los centros
educativos públicos. Así por ejemplo ha dicho nuestro Tribunal constitucional:
“De conformidad con el artículo 461 de nuestro Código de Educación, la educación
física escolar es obligatoria para todos los educandos y forma parte integrante de
los programas de enseñanza en todos los establecimientos de educación, públicos
o privados; esa norma legal, de larga data, desarrolló lo que, posteriormente, la
Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), reunida en París, en su vigésima
reunión, el día 21 de noviembre de 1978, reconocería como un derecho
fundamental (...) Ese derecho fundamental a la educación física y al deporte
es formalmente reconocido en nuestro derecho interno, por fuerza del artículo 33
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a 2d b Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*128 ACTA N*26 Ordinaria.
de la Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes (...) En el
presente caso, se ha constatado la vulneración de ese derecho fundamental, con
la supresión de la educación física en la Escuela República Argentina, durante el
presente curso lectivo” (Voto No. 2010-17206)
Reconociendo tan significativos precedentes, este proyecto de reforma constitucional
busca consolidar de forma explícita en el texto de la Norma Fundamental del Estado
costarricense los principios anteriormente descritos, tal como han hecho la mayoría de las
naciones latinoamericanas, que ya han incluido expresamente el derecho al deporte en
sus constituciones.
Así por ejemplo, Constitución Nacional de Brasil dispone en su artículo 217 que “es deber
del Estado fomentar las prácticas deportivas formales y no formales, como derecho de
cada uno”. La de Colombia establece que “se reconoce el derecho de todas las personas
a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre” (artículo
52), mientras que la de Perú señala que “el Estado protegerá, promoverá y coordinará la
cultura física que comprende el deporte, la educación física y la recreación, como
actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de las personas;
impulsará el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas (...) (artículo 381).
Las Naciones Unidas han identificado al deporte como una plataforma para alcanzar los
17 Objetivos de Desarrollo Sostenible: “El deporte es otro importante facilitador del
desarrollo sostenible. Reconocemos que el deporte contribuye cada vez más a hacer
realidad el desarrollo y la paz promoviendo la tolerancia y el respeto, y que respalda
también el empoderamiento de las mujeres y los jóvenes, las personas y las comunidades,
así como los objetivos en materia de salud, educación e inclusión social” (La Agenda 2030
para el Desarrollo Sostenible, párrafo 37).
Costa Rica por sus únicas condiciones geográficas y climatológicas, favorece la
realización de una gran cantidad de deportes, practicables desde la alta montaña hasta
nuestras llanuras y costas. Incluir el deporte en nuestra Constitución Política permitirá
consolidar la jurisprudencia requerida para asegurar espacios para el entrenamiento
deportivo en todos los niveles de la educación costarricense, promoviendo estilos de vida
saludables que podrán mantenerse de por vida. El Estado deberá garantizar la
participación ciudadana en el deporte y la recreación mediante espacios adecuados para
la práctica deportiva y acompañar a las y los costarricenses que decidan desarrollarse en
la práctica deportiva en todos sus niveles desde el nivel aficionado hasta el profesional.
Además de las ya conocidas bondades del deporte y la recreación en la promoción de la
salud para ciudadanía de todas edades, el desarrollo de infraestructura inclusiva y el
fomento de sociedades e instituciones promotoras de la paz, el deporte tiene la capacidad
de hacer mucho más por Costa Rica. Los últimos años nos han permitido observar como
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Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*129 ACTA N*26 Ordinaria. 07-04-2022=-"
las sinergias producidas por atletas en cooperación con gobiernos y la sociedad civil han
llevado el mensaje de la igualdad en el deporte, provocando importantes aportes en la
disminución de la brecha salarial entre hombres y mujeres, concientización sobre la
necesidad de erradicar la violencia de género, el racismo y la discriminación contra las
personas con discapacidad. Dadas las condiciones geográficas de nuestro país, Costa
Rica tiene la oportunidad de adaptar su desarrollo en materia deportiva, acomodándose al
contexto social de las diferentes regiones del país, así como para impulsar la
sensibilización de los programas deportivos a fin de tratar distintas formas de
discriminación y exclusión que todavía sufren amplios sectores de nuestra población.
En momentos en que se pone en entredicho la necesidad de fortalecer la inversión pública
en programas sociales, en donde cada año se reducen los espacios para desarrollo
personal mediante la práctica deportiva y cuando nuestra juventud requiere de iniciativas
que promuevan valores democráticos, se hace más necesario que nunca elevar el derecho
a la práctica del deporte como derecho constitucional, debiendo así ser protegido y
promovido por el Estado Social de Derecho costarricense. Esta legislatura tiene la
oportunidad inigualable para saldar una deuda histórica con la población costarricense que
se ha quedado sin obtener los múltiples beneficios que trae consigo la práctica deportiva.
En virtud de las consideraciones expuestas, sometemos a conocimiento de la Asamblea
Legislativa el presente proyecto de reforma constitucional, para su estudio y pronta
aprobación por parte de los señores diputados y las señoras diputadas.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
ADICIÓN DE UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 89 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA LA INCORPORACIÓN DEL
DERECHO FUNDAMENTAL AL DEPORTE Y LA RECREACIÓN
ARTÍCULO ÚNICO- Se adiciona un párrafo segundo al artículo 89 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica. El texto se leerá de la siguiente manera:
Artículo 89- Entre los fines culturales de la República están: proteger las bellezas
naturales, conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación, y apoyar
la iniciativa privada para el progreso científico y artístico.
Todas las personas tienen derecho al deporte, a la educación física y a la recreación.
El Estado garantizará este derecho, promoverá su universalización como medio
/ Sitio Web: munipococi.go.cr
a DD y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*130 ACTA N*26 Ordinaria.
eficaz para mejorar la salud y la calidad de vida de la población y apoyará el
desarrollo de las distintas disciplinas deportivas en todos los niveles.
Rige a partir de su publicación.
José María Villalta Flórez-Estrada
Daniel Isaac Ulate Valenciano
Sylvia Patricia Villegas Álvarez
Gustavo Alonso Viales Villegas
María Vita Monge Granados
Dragos Dolanescu Valenciano
Xiomara Priscilla Rodríguez Hernández
Erwen Yanan Masís Castro
Wagner Alberto Jiménez Zúñiga
Luis Ramón Carranza Cascante
Eduardo Cruisckshan Smith
María José Corrales Chacón
Floria María Segreda Sagot
Mileidy Alvarado Arias
Ivonne Acuña Cabrera
Enrique Sánchez Carballo
Wálter Muñoz Céspedes
Aracelly Salas Eduarte
Carolina Hidalgo Herrera
Catalina Montero Gómez
Harllan Hoepelman Páez
Otto Roberto Vargas Víquez
Aida María Montiel Héctor
Zoila Rosa Volio Pacheco
Melvin Ángel Núñez Piña
Yorleny León Marchena
Diputados y diputadas
8 de octubre de 2019.
NOTAS: El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto
a los requerimientos de estructura.
Este proyecto no tiene comisión asignada.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada PROYECTO DE LEY N*21.630 ADICION DE
UN PARRAFO SEGUNDO AL ARTICULO 89 DE LA CONSTITUCION POLITICA PARA LA
INCORPORACION DEL DERECHO FUNDAMENTAL AL DEPORTE Y A RECREACION. A la
Dirección Jurídica para su análisis y recomendación.
ACUERDO N* 693
Se conoce nota suscrita por el señor Jose Antonio Arce Jiménez, Director Ejecutivo,
Fundación Lideres Globales para el Fomento de los Gobiernos
Locales, teléfono:2101-5348,correoelectrónico: presidenciaflge hotmail.com, dice;
Asunto: Invitación a participar en el ENCUENTRO INTERNACIONAL DE GOBIERNOS
LOCALES Y REGIONALES 2022.
pececí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*131 ACTA N*26 Ordinaria.
Hor
ARENA
Fundación
ideres Globales
PARA EL FOMENTO DE LOS GOBIERNOS LOCALES
San José, 04 de enero del 2022
Señores (as)
Alcaldes (as) y Miembros del Honorable Concejo Municipal
Mun dades de la República de Costa Rica
Presente
Estimados (as) señores (as)
s Globales para el Fomento de los Gobiernos Locales tengo el agrado de
invitarles a participar en el ENCUENTRO INTERNACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES Y
¿GIONALES 2022, una alianza estratégica, sobre: “La cooperación del Condado de Miami Dade con
los municipios, las pequeñas y medianas empresas productivas de América Latina”, a realizarse del 25
al 30 de abril del 2022 en Miami. Florida, USA.
A nombre de la Fundación Líder
invitación está dirigida para Alcaldes, Alcalde concejales, regidores, funcionarios municipales, de
provinciales, diputados, representantes de corregimientos, mancomunidades,
iones comunitarias, cooperativas y líderes emprendedores.
iencias del desarrollo económico local y
al con las ciudades del Condado Miami D. A la vez
concret de cooperación y hermandad continental e gobiernos municipales, gobiernos
regionales, organizaciones intermunicipales y de desarrollo local por medio de acuerdos interregionales o
binacionales entre ciudades y municipios.
jonal es presentar las exp
Hemos programado sesiones de trabajo y reuniones con municipios que conforman el Condado de Miami
Dade y el gobierno del Condado, quienes los recibirán en sus respectivas ciudades para intercambiar
sobre administración local,
experienci
Le adjuntamo
evento se entregará un certif
1entro presencial cumple con los protocolos sanil
escribir a E-mails: presidencial: :om / lideresglobalosOSG gmail.com
Los participantes deben tene ricana para ingresar a los Estados Unidos de América.
2%,
Y
FUNDACION ul
LIDERES
a yn
A y
PARA EL. FOMENTO DE L OS GOBIERNOS Amer
Tel oficina: (506) 2101-5348 (506) 2101-4549 // colular (506) 8 $378- 4854
Le saluda muy cordialmente,
Por Unanimidad SE ACUERDA: Queda Abierta la Invitación.
ACUERDO N* 694
Se conoce nota suscrita por los señores Jose E. Vega Chavarria y Sergio Ugalde
Herrera, Asociación Especifica Pro-Mejoras de La Emilia Cédula Jurídica, N*3-002-
084576, dice:
PO ys Sitio Web: munipococi.go.cr
a C € Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*132 ACTA N*26 Ordinaria.
Asunto: Informe sobre la chatarra que fue donada a esta Asociación de Desarrollo,
en base al acuerdo tomado por el concejo Municipal de Pococí, en Sesión
Ordinaria N* 39, del 24 de mayo de los dos mil veintiunos.
ASOCIACION DE DESPECIFICA PRO MEJORAS DE LA EMILIA,
GUAPILES.
CEDULA JURIDICA No. 3-002-084576
Señor
Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal, Pococí
Estimado señor:
Reciba un cordial saludo de parte de la Asociación de Desarrollo Específica Pro
Mejoras de la Emilia, Guápiles.
Por medio de la presente le brindamos un informe sobre la chatarra que fue donada a
esta Asociación de Desarrollo, en base al acuerdo tomado por el Consejo Municipal de
Pococí, en Sesión N” 39 Ordinaria del veinticuatro de mayo del dos mil veintiuno.
La labor se realizó los días 25, 29 y 30 de marzo de 2022 y consistió en controlar, verificar
el almacenamiento y transporte de los camiones cargados con chatarra del plantel
municipal y llevado al patio de acopio en la Rita de Pococí, para verificar su pesaje
| CAMION PESO PESO SALIDA i PESO BRUTO
| FECHA | PLACAS | ENTRADA |
25/03/2022 112388 5.620 Kgs. | 3.430Kg5. | 2.190Kgs.
| 25/03/2022 135771 7.240 3.860 — 3.380 |
25/03/2022 | 310392 7.360 3.840 3.520
25/03/2022 | 8874 7040 | 3.770 | 3.270.
29/03/2022 31392 | 4.757 | 3.860 897
29/03/2072 152161 5.240 4.000 | 1240
29/03/2022 135771 | 6470 | 3.30 2.630
29/03/2022 112380 4.870 3.430 1.440
30/03/2022 | 112380 4075 3.860. | 215
Total | - Ml 18.782 ks |
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%133 ACTA N*26 Ordinaria.
La revisión ocular estuvo a cargo de Nidia Masis Espinoza, Rita Carrillo Campos, y José
E. Vega Chavarría, todos miembros de la Asociación de Desarrollo.
Una vez efectuada la diligencia se obtuvo como resultado:
a) Enel anexo 1, 2, 3, 4, 5 se detallan las facturas N” 2600954, 2600955,
2600956, 2600953, 2600959, 2600960, 2600957, 2600958, 2600961 todas
emitidas por el Centro de Acopio y Chatarrera J£.C, de la Rita, donde se
establece que se entregaron 18.782 kg de chatarra y cuyo monto oscila en
la suma de (€ 1.502.560.00 un millón quinientos dos colones quinientos
sesenta con 00/100.
Observaciones.
» Precio por kg: (80.00
» Total: € 1.502.560.00
Se adjunta.
+ Comprobantes de los depósitos bancarios realizados, en el Banco de Costa Rica
a la cuenta respectiva de la asociación; ver anexos 6, 7 y 8.
e Fotos como evidencia de la labor realizada; ver anexos 9.
Cabe destacar que dicho trabajo se realizó de manera satisfactoria. Así mismo el
remanente de este dinero se estará invirtiendo en proyectos para el mejoramiento de
las instalaciones comunales en el barrio la Emilia los cuales estaremos informando
oportunamente para su conocimiento.
Sin otro particular reiteramos nuestro agradecimiento
Cordialmente
POCOC Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Cog
N Y
PAGINA N*134 ACTA N*26 Ordinaria. 07-04-2022%*_--
El Jo por:
José E. Vega Chavarría Sergio UgaldeH: rera
CC: Consejo directivo, Pococí Regidor Luis A Méndez Araya. ASOCIACIÓN DE DESAR:.OLLO
- ESPECIFICO
CC; Coordinador de la chatarra, Mario Bolaños. LA EMILIA Di CUÁPILES
CED. JURID, 3-002-054576
CC: Consejo Directivo Pococí.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AN Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*137 ACTA N*26 Ordinaria.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
 
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*141 ACTA N*26 Ordinaria.
RAPE ATT
Campo Dos, Cariari; marzo 2021
Consejo municipal
Sr. Manuel Hernández, alcalde
Lic. Manuel Hernández Rivera
Por medio de la presente extendemos un cordial saludo, deseando éxitos en sus labores para
el presente año.
A la vez pasamos a comunicar el motivo de está carta. En nuestra comunidad se ha venido
presentado una urgencia y necesidad por culminar con los tramos de las aceras que recorren la
calle principal y que expone a niños y jóvenes que van a las instituciones educativas, adultos
mayores y personas en general que se dirigen al centro de la comunidad a riesgos de accidentes,
esto debido a que los espaldones de dicha calle, no dejan espacio para el paso de peatones; en
razón de ello solicitamos de la manera más atenta la donación de alcantarillas para atender
zanjas de metro y medio de profundidad para un tramo de 150 metros, más material para relleno
y realización de dicho tramo de aceras, y de esa manera culminar este proyecto
En ese sentido, solicitamos atención a esta situación que ha puesto en peligro la seguridad de
la comunidad
Atentamente:
Asociación de Desarrollo Integral
Campo Dos
(Ced. Jurídica 3-002-066801)
Cc.
Ai A El 3633 29% Fcalelero 090 0gn
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios y al
Departamento de Obra Pública para que rinda un informe al Concejo Municipal y
se pueda contemplar contenido económico en el futuro.
ACUERDO N' 696
Se conoce nota suscrita por el señor Walter Villagra Rodríguez, teléfono:8514-05-
38, correo electrónico: pwerminiadre140hotmail.com dice;
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*142 ACTA N26 Ordinaria.
Asunto: Ratificación de las fechas 06-07-08-13-14-15 y 16, para las fiestas de la
Suerte 2022.
FIESTAS LA SUERTE - TIGADAN
2022
Asociación de Desarrollo Integral la Suerte, la Rita
Oficio ADIS:02-2022
Lunes 04 de abril del 2022
Concejo Municipal de Pococi
Secretaría del Concejo.
Alcalde Municipal.
Licenciado Manuel Hernández.
Es un gusto saludarle, deseándole la meyor de las bendiciones para este año 2020,
por este medio formalmente la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL LA
SUERTE- LA RITA POCOCI, cédula juridica número: 3-002-071309, atraves de su
represente legal el Sr. WALTER VILLAGRA RODRIGUEZ, mayor, casado,
Comerciante, vecino de la Suerte, portador de la cédula de identidad número: 5-
0259-0371, actuando en mi condición de represente legal, deseo solicitar dos
peticiones de aprobación ante ustedes honorables compañeros del Concejo:
1- La ratificación de las fechas 06-07-08-13-14-15 y 16 de mayo del presente
año, para las Fiestas la Suerte 2022, y asi no chocar con eventos que nos
afecten comercialmente.
2- La declaración formal para nuestras Fiestas anuales de INTERES, SOCIO
ECONOMICO, TURISTICO Y CULTURAL, ya que es parte de lo que refleja
en nuestras comunidades rurales, además de ser un gran esfuerzo para la
obtención de recurso utilizado en la mejora de nuestros inmubles comunales.
La Suerte de Ticaban, es una comunidad que anuelamente prepara estas
actividades, en las cuales contamos con un Area Comunal, presentable para
nuestros vecinos y visitantes, este año formamos parte de la reactivación econimica
que nos permite poder inyectar recursos a nuestros campo feriales y a su vez de
otras organizaciones de la misma comunidad,
POCOC Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%143 ACTA N*26 Ordinaria '
FIESTAS LA SUERTE - TIGADAN
2022
Asociación de Desarrollo Integral la Suerte, la Rita
Nuestro Campo Ferial, se encuentra en la tramitología de todos los permisos,
incluyendo bajo el nuevo decreto presidnecia y de Salud, los permisos de
funcionamiento permanentes.
Agradecidos por la atención brindada, siempre reiterando nuestro agradecimiento
con la Municipalidad y cada uno de usted por la labor que realzan, me despido.
Para cualquier consulta y notificaciones aporto el telefono 8541-05-38, email:
pwerminiadre14*hotmail.com, con la sra. Andrea Acuña Arce, encargada de la
tramitología de lois permisos.
Me
NS
Sr, Walter Villagra Rodriguez
Cedula 5-0259-0371
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Ratifican las fechas 06-07-08-13-14-15 y 16, para
las fiestas de la Suerte 2022. Y se declaran las Fiestas La Suerte de Interés
Socioeconómico, Turístico y Cultural. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
p K 0 € Sitio Web: munipococi.go.cr
y) ad Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%144 ACTA N*26 Ordinaria.
ACUERDO N? 697
Se conoce nota suscrita por el señor Félix Calderón, presidente de la ADl Campo
Dos, teléfono: 8633-29-96, correo electrónico: fcaldero0200gmail.com dice;
Asunto: Solicitud de Seguridad para la Comunidad
Campo Dos, Cariari; marzo 2022
ol Prncezo Municipal Pocoe:
Municipalidad de Pococí
Sr. Manuel Hernández, alcalde
Departamento de patentes
Por medio de la presente extendemos un cordial saludo, deseando éxitos en sus labores
para el presente año.
A la vez pasamos a comunicar el motivo de está carta. En nuestra comunidad se ha
presentado una siluación de salud pública relacionada con la ingesta de drogas lícitas e
ilicitas en vía pública, incluso a altas horas de la noche ya que el negocio atiende así sea ya
después de cerrado. Dicha situación se presentó a partir de la apertura del súper y licorera J
y J, el cual está a menos de 100 metros de la escuela y la iglesia católica de nuestra
comunidad. Hemos insistido sobre dicho problema tanto a regidores municipales como a las
autoridades policiales. Sin embargo, la siluación permanece y se acrecienta.
En ese sentido, solicitamos atención a esta situación que ha puesto en peligro la salud
pública y seguridad de la comunidad.
Atentamente:
Asociación de Desarrollo Integral
Campo Dos
(Ced. Jurídica 3-002-066801)
Cc.
rchivo ÁS y
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Patentes y a la
Fuerza Pública.
> y? Sitio Web: munipococi.go.cr
a O Cc Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*145 ACTA N*26 Ordinaria.
ACUERDO N”* 698
Se conoce nota suscrita por los señores Francisco Cerdas Fallas y Claudio Abarca
Jiménez, Representantes, Comunidad Católica Nuestra Señora de Belén Campo
Cinco, dice;
Asunto: Presentación de Proyecto a realizar en el Área del Templo Católico Nuestra
Señora de Belén en Campo Cinco.
Cariari, Pococí, Limón. 10 de febrero 2022.
Señores:
Licenciado: Manuel Hernández Rivera.
Alcalde Municipal.
Consejo Municipal.
Municipalidad de Pococí.
Con el respecto que ustedes se merecen y deseándoles muchos éxitos en sus labores nos
dirigimos a ustedes para presentarles nuestro proyecto a realizar en el área del templo
católico Nuestra Señora de Belén en Campo Cinco, Dicho proyecto consiste en construir
una tapia con un área de 115 metros lineales y 2 y 1/2 metros de altura, también
queremos rellenar con arena a un costado del templo y así utilizarlo como parqueo en
momento que se realizan actividades como formaciones parroquiales, funerales, entre
otros. Todo este proyecto tiene un costo aproximado de 4500000.00 (cuatro millones
quinientos mil colones). Este Proyecto surge a raíz de que por muchas ocasiones el templo
asido visitado por los delincuentes de la zona.
Solicitamos a ustedes como representantes de nuestro Cantón y más especifico de
nuestro distrito que nos ayuden a realizar este ansioso proyecto y así proteger nuestro
templo católico de la delincuencia,
También queremos agradecerles por los múltiples avances que han realizado en nuestra
comunidad por el bien de todas las personas que en ella vivimos.
Agradecidos de antemano por su valiosa colaboración se despide de ustedes Consejo
Económico Nuestra Señora de Belén Campo Cinco:
dl
- Francisco Cerdas Fallas Claudio Abarca Jiménez.
Cédula: 10448 0280 Cédula: 7 0081 0308
| Comunidad Católica
Muestra Señora e Belén nd
' Campo Cines ' AS
Folotofos
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YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9146 ACTA N*26 Ordinaria.
»D AMACÉNEL MEJOR PRECIO DE CARIARIS,A.
ICA 2-101110081-34
2161-1323
AL POCOCL món
e) )
ALMALEN EL MEJOR PALCO.
COTIZACION
Almacén el Mejor Precio de Cariari, S.A,
Céd, Jurid, 3-101-110691-24 Documento; COT-179711
Tel. 2767-7015 Fax. 2767-7323 Forma de Pagor; — Contado
Fecha: 08/03/2022 Vendedor: Jurgen Rodríguez Gutiérrez
Cliente: CONSEJO ECONOMICO NUETRA SEÑORA DE BELEN
Tel. 2767-2015 Fax
Dirección:
Artículo Exe* Unidad Cantidad Venta SubTotal
1 “1040988 Columma P/Casa 2R 3.30 mts Unidad 59.00 14,145.00 834,555.00
2 1040913 — BaldosaDe0.50X 1.91 Mis (Uso En Tapias) Unidad 285.00 8,167.00 2,327,595.00
3 180-0001 Cemento Holcim Saco 50 Kg Seco 30.00 6,734.00 202,020.00
4 053-0001 — Arena. Metro Heuo 10.00 10,442.00 104,420.00
5 053-0002 Piedra Quinta. Metro, Metro 5.00 11,504.00 57,520.00
6 061-0002 — PerfilGalv.5OX70X6Mts. $161.50 mm Unidad 17.00 12,719.00 216,223.00
7 010-0044 — Soldadura Hilco 6013 3/32 PLG Kg. Kg 5.00 7,725.00 38,625.00
Observaciones: Subtotal: 3,700,958.00
Lv 491,524.54
Total: 4,272,482,54
> y
ÁS A o 03
Documento valido por: NI 620 FIS
* Exento del impuesto de ventas ¿A ima
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Concejo de Distrito de Cariari con el
Señor Jose Alexis Chavarría Lobo.
ACUERDO N* 699
Se conoce nota suscrita por las señoras Maureen Soto Obando, Yeisin soto
Obando y Karla Soto Villalta , teléfono: 8796-1276, 6308-2029, correo electrónico:
mausotoalannaqgmail.com, mllasoto84Shotmail.com, dice;
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*147 ACTA N*26 Ordinaria.
Asunto: Solicitud de inspección en la Trocha 400 sur frente al tanque AyA, Calle
san Pedro.
GUÁPILES, 05-09-2022
SRES:
CONSEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ
Reciban un cordial saludo, Por medio de la presente nos dirljamos a ustedes de la manera más
respetuosa; nosotros los de abajo firmantes, vecinas de Guápiles, Pococi, La Trocha.
Le solicitamos una inspección lo más pronto posible en la Trocha 400 sur frente al tanque AYA
calle don Pedro. Por motiwo de inundación constante de aguas de lluvia que nos están afectando
directamente nuestras viviendas, y perjudica a nuestra familia (convivimos con niños).
La otra situación grave que tenemos es que el dueño de la propiedad de al lado va construir una
tapla, donde impediría más el paso de agua estancada, pero elseñor con buena fe nos da
autorización para colocar alcantarillas en su propiedad para la salida de las aguas, antes de
construir dicha tapia.
Así mismo agradecemos de antemano y esperando lo más pronto posible una respuesta de su
parte.
Sin más por el momento se despiden.
Atentamentd.
o
Maureen Soto Obando)
701810728
Yeisin Sota Obando
701720213 E
Karla Soto Villalta
701520797
Teléfono contacto: 87361276 / 63089029
Carreo electrónico:
mausotoalanna(Dgm3 if:
niasotc8 retmali con
POCOC Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
A E,
SS 1, VA
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131 o
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ñ /
PAGINA N*149 ACTA N*26 Ordinaria. ] 07-04
Asunto: solicitud de queja por incumplimiento al acuerdo N*3285 del Acta N*93
Ordinaria del 09-12-2021.
Guápiles, 23 marzo del 2022
Señores (a):
Concejo Municipal
Reciban un cordial saludo, deseándole éxito en sus gestiones, visto el
acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pococí en Sesión N* 93
Ordinaria ciel 09-12-2021, dice: Acta N” 93 Artículo! Acuerdo N' 3285, que dice:
Por Unanimidad SE ACUERDA: Que una vez que se disponga del contenido
económico para la intervención del camino Aguas Mansas - Anturias, que
los ingenieros previamente hagan un estudio y una caminata con la ayuda
del señor Milton Picado y el señor José Castillo. Se nombra a los señores
Milton Picado Portuguéz y José Castillo Sequeira, miembros del Comité de
Aguas Mansas como coordinadores del proyecto de mejoramiento de
caminos de Aguas Mansas, para que coordinen con la Unidad Técnica de
Gestión Vial Municipal y que ésta los tome en cuenta en las gestiones de
evacuación de aguas del proyecto.
Es por lo anterior que solicitamos al Concejo Municipal, que nos ayuden y
que se tomen cartas en el asunto, por el incumplimiento al acuerdo
tomado.
Esperando una pronta respuesta se suscribe;
Sr. Milton Picado Portuguéz
Teléfono: 6247 2287
Correo: pipofacturasGhotmalil.com
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de Obra Pública para
que cumpla con el acuerdo de forma inmediata y que rinda un informe al
Concejo.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*150 ACTA N*26 Ordinaria.
ACUERDO N?* 701
Se conoce nota suscrita por el señor Alberto Reina Lamas, propietario del Hotel
Caribe Light S.A. correo electrónico: htalamancadgmail.com dice;
Asunto: Respuesta a la cotización R 10448 del 05 de abril de 2022 con relación al
elevador en el Hotel Talamanca.
v
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Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*151 ACTA N*26 Ordinaria.
Guápiles, 6 abril 2022.
Señores:
Elevadores Centroamericanos.
Presente.
En respuesta a la cotización R 10448 del 5 abril 2022, le indico:
Ya nosotros le pagamos 2 meses adelantados de mantenimiento, le
depositamos 100,000 colones, queremos que ese dinero nos lo reconozcan
en este monto también adelantado, donde no nos garantizan nada de nada.
Simplemente es un mantenimiento con dedicación de lo que nos ofrecieron
anteriormente.
Solicitamos que el técnico venga en la mañana y no se presente a las 6 pm,
donde ha hecho un recorrido grande en el día, agotado y deseando llegar a
su casa a descansar, tenemos experiencia de más 45 años de ser
propietarios de elevadores y sabemos que darle mantenimiento a un
elevador, conlleva muchas veces 2 o 3 días continuos para que este quede
en óptimas condiciones.
Hemos sido dueños de edificios donde hemos tenido elevadores marca
Ottis, y estos requieren de un mantenimiento permanente como con la
empresa de don Andrés, que fue dueño de elevadores Sibren, pero no se
puede dar mantenimiento con alguien que lo haga precisado y a la carrera.
Les ofrecemos hacerle el depósito siempre y cuando, ustedes nos
garanticen que el técnico va a venir exclusivamente a ver nuestro elevador,
que es muy moderno y ha tenido poco uso, fue instalado totalmente nuevo
y sabemos que requiere mantenimiento ya que ha estado fuera de servicio
durante la pandemia por orden del Ministerio de Salud, cuando se paró
estaba en óptimas condiciones.
Le repetimos, vamos hacer el depósito solicitado, pero si pedimos que
cumpla lo más pronto posible dicho mantenimiento, que ustedes están
cobrando por adelantado y sabemos que en una hora o dos, no se garantía
ni es responsable darle mantenimiento a un elevador que ha estado parado
durante tanto tiempo.
Sin más por el momento.
iduni
Atentamente, tu cipañicd
al
"y
Albertg Reiña ámas. Ea
Hotel [Caribe Light S.A
Guápiles.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
5/4/22, 17:21 Gmail - Revision y Puesta a Punto Elevador Hotel Talamanca
ze
G ij ] otel Talamanca <htalamanc: lodo
ad mai Hotel Tal , E
9 . AS e e e OS -- . O
Revision y Puesta a Punto Elevador Hotel Talamanca 0%
1 mensaje y
Servicio al Cliente <servicioalciiente(Melevadorescentroamericanos.com> N
Para: Hotel Talamanca <htalamanca(Dgmail.com> Y
Buenas tardes estimados
Espero se encuentren bien, con gusto les comparto la cot: 10448 referente a la revisión y puesta a punto del elevador ubicado en e
mencionar que a la llegada de nuestro técnico el pasado 04/04/2022 nos encontramos con el elevador en muy mal estado, el mism
con la revisión correspondiente.
En este caso, lo ideal sería enviar 2 técnicos para que procedan con la revisión completa del elevador, se revise la parte electrica y
tomar en cuenta que Iremos paso a paso, lo primero sería lograr encender el elevador, para luego empezar con su revisión comple
hay componentes electrónicos como tarjetas, switch, etc en mal estado y que requiera su cambio, al igual en la parte mecánica, El
repuesto o componente que se deba cambiar en caso que asi lo requiera el equipo para su funcionamiento.
Quedamos atentos para proceder.
Cualquier información adicional a la orden,
Saludos.
2 Cot, Revision 10448 Hotel Talamanca (Guapiles).pdf
166K
Pecocí
Pluye
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Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9153 ACTA N*26 Ordinaria.
ELE DORES
E]
Elevadoros Centroamericanos S.A
Cedula Jurídica 3 101-671124
San José, Costa Rica
Tol Fax, 00 (506) 2256-1241
Fecha: 05 abril de 2022.
Cotización HR 10448
Cliente: Hotel Talamanca y Hotel Caribe Light
Atenclón: Albero Reyna
Email: htalamanca8gmall.com
Tel: 6159-7076
Proyecto: Guáplles
LINEA CANTIDAD DESCRIPCION DEL OBJETO/ PRECIO TOTAL
SERVICIO POR ADQUIRIR
REVISION DE ELEVADOR
La revisión tiene un costo de £285,000.00. Se
01 1 Unidad coordinará la visita para que los técnicos de la empresa
realicen la revisión respectiva al elevador y así dar el
informe correspondiente. Si el equipo no muestra una
falla grave, el técnico lo puede solucionar
inmediatamente y dejar que el equipo funcione
adecuadamente, de lo contrario con el informe que
reporte el técnico, se les enviara la cotización referente a
los daños encontrados en el equipo
Nota: no Incluye repuestos, ni mantenimiento,
ni reparaciones, ni mejoras, estas se tendrían
que cotizar por aparte.
Precios no Incluye cualquier aspecto
adicional que no esté expresamente
indicado en la oferta.
“ 285,000.00
Subtotal: ( 285,000.00
13% IVA: 437,050.00
Total: (322,050.00
Vigencia de la oferta: 8 días hábiles
Forma de pago: Contado (Por adelantado)
Tlempo de entrega: Cuando se presente ruta en el lugar
Cedula Jurídica 3-101-671124
Banco de Costa Rica COLONES
Cuenta IBAN: CR8201 5201001037616307
Gustosamente quedamos a sus gratas órdenes para cualquier información o aclaración adicional,
ci.go.cr
FULELVUUR. Ivar cpu uuLePococi
My e 2 Y AA
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*154 ACTA N*26 Ordinaria.
DORES
CENTROAMERICANOS INT
San José, 06 de abril de 2022
Señores
Hotel Caribe Light S.A.
Presente,
Según carta recibida el 05 de abril referente a la cotización R 10448, le indico:
Efectivamente se recibió el pago de los ¿100,000 por adelantado para realizar un mantenimiento,
sin embargo, desconocíamos las condiciones actuales del elevador, las cuales no permiten poder
realizar un mantenimiento preventivo como tal.
En este caso la cotización R 10448 contempla 1 día de revisión del elevador por parte de 2 técnicos,
llegando al sitio a eso de las 8 am y finalizando a las 5 pm y la misma debe ser cancelada por
adelantado, como le indique en el correo anterior, el poder poner a funcionar el elevador por las
condiciones en que se encuentra es un proceso que conlleva primeramente poder encenderlo y
seguidamente empezar a revisar componentes electrónicos y mecánicos para determinar si alguno
debe ser reemplazado para que el elevador funcione con normalidad. En caso de que se deba
recomendar el cambio de algún componente, estos no están contemplados en la oferta compartida.
Referente a las condiciones, las mismas se mantienen, le podríamos reconocer el 50% del monto ya
cancelado ya que la visita del técnico se realizó en sitio el pasado lunes 04 de abril. Otro tema
importante es que la visita se programa 3 días hábiles después de realizada la cancelación, de ser
así, si se realiza el día de hoy, se programaría para el lunes 18 de abril ya que durante la semana
santa no se programarán visitas de este tipo fuera del área metropolitana, solo se atenderán
emergencias.
lios
Cheny Oviedo Castro
Gerente General
Sin más por el momento,
ELEYVADORES
sl a ococ; CENTROAMERICANOS INT
iunicipalidad de Pocos
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
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PAGINA N9155 ACTA N*26 Ordinaria.
CENTROAWERICANOS ir
Elevoderes Controsmericones
a
Ta Pe 0.09) 2256-1244
Fecha: 05 abril de 2022.
Cotización HR 10448
Ciento; Hotel Talamanca y Hotel €
Atención: Alberto Reyna he Penn
Email:
Tek 6169-7076
UNA CANTIDAD DESCRIPCION DAL OMITO/ PRECIO TOTAL
SERVICIO POR ADQUIRIR"
a REVISION DE ELEVADOR
revisión tiene un costo de £205,000,00, Se
02 3 Unidad coordinará la visita para que los técnicos e la empresa
reallcen la revisión respectiva al elevador y así dar el 8 285,000.00
Informe correspondiente, 51 el equipo no muestra una
folla grave, el técnico lo puede solucionar
Inmediatamente y dejar que el equipo funcione
adecuadamente, de lo contrario con el informe que
reporte el técnico, se les enviara la cotización referente a
los daños encontrados en el equipo.
Indicado én la oferta,
Subtotal: 4 385,000.00
13% IVA: 837,059.00
Total: 8322,050.00
Vigencia de la oferta: A días hábiles
Caduta Jurídico 9-101.671194 A
Banco de Costa Rica COLONES
Cuenta IBAN: CRA2015201001097614307
Guelosamante quedamos a sus gratas árdenes pora cualquier nformación o aclaración adicional,
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce gestión del señor Alberto Reina con
relación al ascensor del edificio Municipal.
pastos Sitio Web: munipococi.go.cr
AY , : Facebook: AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N*156 ACTA N*26 Ordinaria.
REIS
ARTICULO IV
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N* 702
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, alcalde municipal,
teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: DAMCM-0049-2022
Asunto: Acuerdo de Pago Compra Directa N”* 2022CD-000024-0032000702.
Tratamiento Asfáltico Calles Urbanas Residencial Bosque Verde.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY , Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
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PAGINA N9157 ACTA N*26 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí d
Despacho del Alcalde
Teléfono: 2711-1208
MUNICIPALIDAD |
nuel hernandez(Qmu ¡O.c UNOIPALIDA
Guápiles, 5 de abril de 2022
DAMCM-0049-2022
Sres,
Honorable
Concejo Municipal
Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago.
Mediante la presente remito para su autorización solicitud de acuerdo de pago
para la Compra Directa No. 2022CD-000024-0032000702, Tratamiento Asfaltico
calles urbanas Residencial Bosque Verde [Obra Pública) según detalle adjunto.
Sin más por el momento, me despido.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
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PAGINA N9158 ACTA N*26 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
1d
ad 4 ee Compras Publicas
AS «7 > DA Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 PZA
Flude ronald.quirosAmunipococi.go.cr — Murano
DE POCOcI
AA
Guápiles, 05 de abril del 2022
Numero de Oficio 00000
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago.
Compra Directa No. 2022CD-000024-0032000702, Tratamiento Asfaltico calles
urbanas Residencial Bosque Verde. (Obra pública)
Respetables señores:
Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la
plataforma electrónica SICOP, y contando con el análisis y recomendación de
adjudicación por parte del ing. Olger Gutiérrez Mendoza, coordinador Obra
Publica Municipalidad de Pococí.
Se logra determinar lo siguiente:
En el acto de apertura de ofertas se realizó electrónicamente en donde participa
la empresa:
Constructora Quesada Campbell
Se recibe una oferta, por un monto de ( 29.714.808.98(Veintinueve millones
setecientos catorce mil ochocientos ocho colones con 98/100), además cuenta
como empresa local, y con la experiencia según lo solicitado en el cartel.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
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PAGINA N9159 ACTA N*26 Ordinaria.
CREE
9 Municipalidad de Pococí [Ema]
POCOC Compras Publicas YES
a 2d Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 a
ronald.quirosOmunipococi.go.cr Macros
eco
Fluye
Evaluación de Ofertas.
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas
que cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de
Precio 70%, 20 experiencia y 10% Local, así establecido en el cartel.
Bosque Verde
Oferta Evaluación
Brsón Soda Experiencia | Empri Experiencia | Empresa | AUMCAcón
Precio (70%) oi Peres recio (70%) | p
(20%) Local (10%) (20%) Local (10%)
Constructora Quesada £ Campbell | (29714 808,98 | más de 10 si 70% 20% 10% 100,0%
el lo lo sii te:
Una vez revisado el expediente, esta unidad recomienda contratar a la empresa:
Constructora Quesada Campbell SA, por cumplir con lo solicitado en el cartel de
Compra directa obra pública.
Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor: alcalde,
a pagar a favor de la empresa: Constructora Quesada Campbell SA, por un monto
total de l 29.714.808.98(Veintinueve millones setecientos catorce mil ochocientos
ocho colones con 98/100), monto de acuerdo con el contenido presupuestario
existente.
Sin más que agregar se suscribe;
Eumato Sgtutrente por
RONALD QUIROS aowwocueosoncies
BRENES (FIRMA) techcao92m005121459
2600
Lic. Ronald Quiros Brenes
Compras Publicas
Municipalidad de Pococí.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Autoriza al señor Alcalde pagar a la empresa
Constructora Quesada Campbell S.A. por un monto de ¿29.714.808.98 (veintinueve
millones setecientos catorce mil ochocientos ocho colones con 98/100). Monto de
acuerdo al Contenido presupuestario existente según Compra Directa N* 2022CD-
000024-0032000702. Tratamiento Asfáltico Calles Urbanas Residencial Bosque
Verde. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N9160 ACTA N*26 Ordinaria
ACUERDO N”* 703
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, alcalde municipal,
teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr,
alice;
Oficio: DAMCM-0051-2022
Asunto: Acuerdo de Pago Compra Directa N* 2022CD-000026-0032000702.
Servicios de Gestión y Apoyo en Ingeniería Civil o Arquitectura para el
departamento de Control Constructivo.
v
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
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PAGINA N9161 ACTA N*26 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
POCÓ a) Y Despacho del Alcalde qu
a € Teléfono: 2711-1208 Le %,
Pluye manuel hernondez(Omunipococi.go.cr  Munernoso
a e AAA ASS
Guápiles, 7 de abril de 2022
DAMCM-0051-2022
Sres.
Honorable
Concejo Municipal
Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago.
Mediante la presente remito para su autorización solicitud de acuerdo de pago
para la Compra Directa No. 2022CD-000026-0032000702, Servicios de gestión y
apoyo en ingeniería civil o arquitectura para el Departamento de Control
Constructivo según detalle y oficio AAF-CP-35-2022 adjunto.
Sin más por el momento, me despido.
Lic. mauel HoIández ver 8 >,
Alcalde
DELAL
pg A)
Le
q. e)
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
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PAGINA N9162 ACTA N*26 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
. 9
Compras Publicas Ys
a Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Sn
Fluye ronald.quiros(Amunipococi.go.cr Memo
AS
Guápiles, 06 de abril del 2022
Oficio: AAF-CP-35-2022
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago.
Compra Directa No. 2022CD-000026-0032000702, servicios de gestión y apoyo
en ingeniería civil o arquitectura para el Departamento de Control
Constructivo.
Respetables señores:
Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la
plataforma electrónica SICOP, y contando con el análisis y recomendación de
adjudicación por parte del ing. Jean Carlos Ruiz Hernandez, coordinador
planificación y control Constructivo,
Se logra determinar lo siguiente:
En el acto de apertura de ofertas se realizó electrónicamente en donde participan
los siguiente Arquitectos(a):
Lauren Paniagua Gutierrez,
Se recibe una oferta, por un monto de 27.500.000 (siete millones quinientos mil
colones exactos), para la totalidad del plazo, según lo solicitado en el cartel.
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A Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
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PAGINA N9163 ACTA N*26 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
e, Compras Publicas
a A Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Yes
Fluye ronald.quirosGimunipococi.go.cr — muertos
OTRA ARA AS
Esteban de Jesús Marín Bolaños,
Se recibe una oferta, por un monto de 27.500.000 (siete millones quinientos mil
colones exactos), para la totalidad del plazo, según lo solicitado en el cartel.
Análisis de cada oferta:
1. Lauren Paniagua Gutierrez:
+  Eloferente se encuentra inscrito ante el CFIA desde el 05 de mayo del
2014 por lo que cuenta con el plazo mínimo establecido en el cartel
como requisito de admisibilidad.
+ De acuerdo con las constancias aportadas por el oferente este
cuenta con más de 3 años y seis meses de experiencia en las labores
requeridas para la contratación según lo dispuesto en el cartel, por lo
que se asignan 50 puntos en experiencia según el cuadro de
calificación.
2. Esteban de Jesús Marín Bolaños
+  Eloferente se encuentra inscrito ante el CFIA desde el 10 de julio del
2012 por lo que cuenta con el plazo mínimo establecido en el cartel
como requisito de admisibilidad.
+ En cuanto a la experiencia, el oferente cuenta con experiencia al
haber laborado en la Municipalidad de Santo Domingo, no obstante,
dentro de las labores realizadas no se especifica el haber cumplido
funciones referentes a la revisión de planos de construcción para el
otorgamiento de permisos, usos de suelo o inspección a obras
irregulares que claramente fueron establecidas en el cartel como
única experiencia computable. No obstante, sí se considera la
experiencia en la labor señalada como "encargado de Control
Urbano y Rural" por ser un departamento afín a la experiencia
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PAGINA N*164 ACTA N*26 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
ds LA
M7) Compras Publicas Yes
AY , - Teléfono: 2713-6561 Ext. 122. K¿E%
Rlvue ronald.quirosAmunipococi.go.cr renos
| AAN MN
requerida en la contratación por lo que se asignan los cinco puntos
establecidos en la tabla de calificación del cartel. Del análisis de la
constancia aportada se determina que la experiencia con la que
cuenta el profesional a excepción de la anteriormente indicada,
corresponden a labores distintas a las solicitadas dentro del cartel
(revisión de planos constructivos para aprobación de permisos, usos
de suelo e inspección de obras irregulares sin permisos), en razón de
que las labores que desempeñó se relacionan a las que a nivel
municipal realizaba la Unidad de Obras Civiles y Servicios Municipales
(gestión de proyectos municipales), no obstante, la experiencia
requerida es dentro de las labores que ejecuta la Unidad de Control
Constructivo, por tal razón se otorgan Únicamente cinco puntos de
experiencia en lo que se refiere a la labor de encargado de Control
Urbano y Rural.
Evaluación de Ofertas.
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas
que cumplieron técnicamente, la evaluación se realiza con los parámetros de
Precio 50%, 50 experiencia, así establecido en el cartel.
Evaluación
Razón Social ori Precio Experiencia Calificación
(50%) (50%)
Lauren Paniagua Gutierrez 7 500 00,00 50% 50% 100,0%
Esteban de Jesús Marín (7 500 00,00 50% 5% 55,0%
Bolaños
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
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PAGINA N*165 ACTA N*26 Ordinaria
_3 Municipalidad de Pococí
POCOC Compras Publicas y $
a > A Teléfono: 2713-6561 Ext, 122 PA
ronald.quirosQmunipococi.go.cr  maeeauoso
Pluye
Determinando lo siguiente:
Una vez revisado el expediente, esta unidad recomienda adjudicar esta
contratación a favor de la Arquitecta Lauren Paniagua Gutierrez, por cumplir con
lo solicitado en el cartel de licitación y además de ser la mejor evaluada.
Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor: alcalde,
a pagar a favor de la Ing. Lauren Paniagua Gutierrez, por un monto total de
27.500.000 (siete millones quinientos mil colones exactos), por un periodo de 12
meses, monto de acuerdo con el contenido presupuestario existente.
Sin más que agregar se suscribe;
Firmado digitalmente por
RONALD QUIROS Ronato quiros Brenes
(FIRMA)
BRENES (FIRMA) - Fecha: 2022.04.06 15:29:45
0600
Lic. Ronald Quiros Brenes
Compras Publicas
Municipalidad de Pococí.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Autoriza al señor Alcalde pagar a favor de la Ing.
Lauren Paniagua Gutierrez, por un monto de ¿7.500.000,00 (siete millones
quinientos mil colones exactos), por un periodo de 12 meses, monto de acuerdo
al Contenido presupuestario existente, según Compra Directa N* 2022CD-000026-
0032000702. Servicios de Gestión y Apoyo en Ingeniería Civil o Arquitectura para
el departamento de Control Constructivo. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 704
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, alcalde municipal,
teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: DAMCM-0047-2022
Asunto: Acuerdo de Pago Compra Directa N* 2022CD-000025-0032000702.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AAMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI X
PAGINA N9166 ACTA N*26 Ordinaria. 07-0.
Contratación de un asistente para la administración de Obra Pública bajo la
modalidad de Servicios de Gestión y Apoyo departamento de Obra Pública.
Municipalidad de Pococí a")
3
D a : € Despacho del Alcalde Mo
a y, PE Teléfono: 2711-1208 >,
xi F
monuelhernandez(Amunipococi.go.cr Mecenas
Pluye
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Guápiles, 5 de abril de 2022
DAMCM-0047-2022
Sres.
Honorable
Concejo Municipal
Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago.
Mediante la presente remito para su autorización solicitud de acuerdo de pago
para la Compra Directa No. 2022CD-000025-0032000702, contratación de un
Asistente de Ingeniería para la administración de obra pública, bajo la modalidad
de Servicios de Gestión y Apoyo para el departamento de obra pública Municipal,
según detalle adjunto.
Sin más por el momento, me despido.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*167 ACTA N*26 Ordinaria.
, y Municipalidad de Pococí
POCOC ¿ Compras Publicas qu $
A e de Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 28%
Pluue ronald,quirosAmunipococi.go.cr een
A Dra
Guópiles, 05 de abril del 2022
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago.
Compra Directa No. 2022CD-000025-0032000702, contratación de un Asistente de
Ingeniería para la adiministiación de obra pública, bajo la modalidad de Seivicios
de Gestión y Apoyo para el departamento de obra pública Municipal,
Respetables señores:
Una vez realizada la elapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la
plataforma electrónica SICOP, y contando con el análisis y recomendación de
adjudicación por parte del ing. Olger Gutiérrez Mendoza, coordinador Obra
Publica Municipalidad de Pococí.
Se logra determinar lo siguiente:
En el acto de apertura de ofertas se realizó electrónicamente en donde participa
el señor:
Geiner Chanto Chaves,
Se recibe una oferta, por un monto de € 9.600.000,00 (Nueve millones seiscientos
mil colones exactos), además cuenta con localidad, y la experiencia.
Pe yA ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya O De Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*168 ACTA N*26 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí ij
y
D de € Compras Publicas yes
a se SN Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 L:5%
Eluúe ronald,quirosfAmunipococi.go.cr  mecrauoo
A CRE
Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor: alcalde,
a pagar a favor del señor: _Geiner Chanto Chaves, por un monto total de
£ 10.000.000,00 (diez millones de colones exactos), por un periodo de 12.5 meses,
monto que se ajusta de acuerdo con el contenido presupuestario existente.
Sin más que agregar se suscribe;
Firmado digitalmente
RONALD por RONALD QUIROS
QUIROS BRENES (FIRMA)
BRENES (FIRMA) Fedo: 20220105
Lic, Ronald Quiros Brenes
Compras Publicas
Municipalidad de Pococí.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Autoriza al señor Alcalde pagar a favor de del
señor Geiner Chanto Chaves, por un monto total de ¿10.000.000,00 (diez millones
de colones exactos), por un periodo de 12.5 meses, monto que se ajusta de
acuerdo al Contenido presupuestario existente, según Compra Directa N* 2022CD-
000025-0032000702. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*169 ACTA N*26 Ordinaria.
ACUERDO N' 705 o
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernandez Rivera, alcalde municipal,
teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr,
dice:
Oficio: DAMCM-0050-2022
Asunto: Solicitud de Vacaciones y Permiso sin goce de Salario
a A Municipalidad de Pococí
4 A De Despacho del Alcalde Qs
a e h Teléfono: 2711-1208 A
Pluye manuel hernond: i i MASCRAuosO
a TAR
Guápiles, 7 de abril de 2022
DAMCM-0050-2022
Sres.
Concejo Municipal de Pococí
ASUNTO: SOLICITUD DE VACACIONES Y PERMISO SIN GOCE DE SALARIO
Respetables señores:
Mediante la presente me permito saludarles e indicarles que desde el 01 de mayo
hasta el día 03 de junio del 2022 estaré ausente de mis labores como Alcalde, por
lo que solicito se me conceda vacaciones durante 18 días hábiles y permiso sin
goce de salario durante 07 días hábiles.
En concordancia con el artículo 14 del Código Municipal y para lo pertinente, me
sustituirá la Vicealcaldesa Primera.
ERNANDEZ UD
RIVERA (FIRMA) "sb 2o2otoronssor
-0500
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se autorizan vacaciones del señor
Alcalde Manuel Hernández Rivera del 01 de mayo al 03 de junio del 2022,
ocupando el cargo de Alcaldesa en ejercicio la señora Yamileth Hidalgo Arias. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
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AY a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*170 ACTA N*26 Ordinaria.
ARTICULO V
Mociones
ACUERDO N'* 706
Moción presentada por el regidor Luis Ángel Méndez Araya
Asunto: Tala de Árbol ubicado en la comunidad de Tournón en la Rita, 400 mts
oeste de la escuela La Victoria carretera a Cocotales, ultima casa mano derecha.
v
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N171 ACTA N*26 Ordinaria.
POCOCÍ "Y
Fluye DE POCO
Concejo Municipal de Pococí Moción
Moción presentada por: Luis Ángel Mendez Araya
Día 07 Mes 04 Año2022.
Considerando: 1- Que hay árboles que crecen en las orillas o rondas de
calles, provocando peligro para la población y para los choferes de los
diferentes automotores.
2-Un árbol de jabillo crece a mucha altura y se engruesa demasiado y no
es maderable.
3- Que un árbol de Jabillo se encuentra cerca de unas casas,
amenazando con caer y eventualmente provocar una desgracia a sus
habitantes.
Mociono: Para que este honorable Concejo Municipal de Pococí,
otorgue un visto bueno al departamento de Control Ambiental, Para que
talen dicho árbol lo antes posible.
El árbol se ubica a en la Comunidad de Tournón de La Rita, 400 mts al
Oeste de la Escuela La Victoria, carretera a Cocotales, última casa a
mano derecha.
Firma:
Reg. Luis Ángeliendez
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ACTA N*26 Ordinaria.
PAGINA N*172
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la Moción del regidor Luis Ángel Méndez
Araya se otorga visto bueno por parte del Concejo Municipal al departamento de
Control Ambiental para que talen árbol ubicado en la comunidad de Tournón en
la Rita, 400 mts oeste de la escuela La Victoria carretera a Cocotales, ultima casa
mano derecha. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
AL SER LAS VEINTE HORAS CON OCHO MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN
——FaJuan af Gómez Gómez dz =>) el Licda. Magally Venegas Vargas
Presidente Municip SS SA Secretaria Municipal
5 / A D es
Cc/ Regidores, Otros.
Ed al > > k Sitio Web: munipococi.go.cr
Y a q Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye