Ordinaria 931 · 2021-04-15
Acta_N31_Ordinaria_15-04-2021.pdf · 157 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 931 del 2021-04-15 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 577 (pág. 3) ACUERDO N* 577 Comentario por el Regidor Suplente Rosbill Arguello Badilla, dice: Reg. Supl. Rosbill Argúello Badilla Saluda, no intento señor preside…
- Acuerdo 578 (pág. 3) ACUERDO N* 578 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, correo: manuel.hernandezemunipococi.g…
- Acuerdo 579 (pág. 7) · unanime ACUERDO N* 579 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Marlon Hidalgo Salas, correo: mhidalgo050gmail.com, dice: Asunto: Recurso de Apela…
- Acuerdo 580 (pág. 11) · unanime ACUERDO N* 580 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Geison Valverde Méndez, Telefax: 2710-1562, dice: Sitio Web: munipococi.go.cr Y Fa…
- Acuerdo 581 (pág. 32) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 581 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Sonia Campos Moreira presidenta de la Junta de educación de la escuela Central de Guápile…
- Acuerdo 582 (pág. 52) · unanime ACUERDO N* 582 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Unión Cantonal de Asociaciones de Pococí, correo: ucapocociahotmail.com, dice: Asunto:…
- Acuerdo 583 (pág. 61) · firme ACUERDO N* 583 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Braulio Carrillo Montoya, teléfono: 8385-9638, dice: Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebo…
- Acuerdo 584 (pág. 72) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 584 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Wilber Marín, director Liceo San Rafael, teléfono: 2711-3482, dice: Asunto: Terna…
- Acuerdo 585 (pág. 74) · unanime ACUERDO N* 585 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Grace Chinchilla, Auditora Interna, teléfono: 2711-1701, dice: Oficio: Al-097-2…
- Acuerdo 586 (pág. 76) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 586 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Rocío Arce Cerdas, Subgerente Técnica del INA, correo: talvarezrojasOQina.ac.cr, dice; PO…
- Acuerdo 587 (pág. 78) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 587 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a…
- Acuerdo 588 (pág. 79) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 588 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a…
- Acuerdo 589 (pág. 80) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 589 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. P e e E ? S…
- Acuerdo 590 (pág. 82) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 590 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a…
- Acuerdo 591 (pág. 83) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 591 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a…
- Acuerdo 592 (pág. 84) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 592 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a…
- Acuerdo 593 (pág. 85) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 593 cl en a Sitio Web: munipococi.go.cr Y a DO Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye PAGINA Neg4 MUNICIRA A Nes Pordinara. O! 15-04-2032 …
- Acuerdo 594 (pág. 87) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 594 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a…
- Acuerdo 595 (pág. 88) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 595 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a…
- Acuerdo 596 (pág. 89) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 596 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: ñ CG Sitio Web: munipococi.go.cr …
- Acuerdo 597 (pág. 100) ACUERDO N* 597 El señor presidente nombra en comisión al Reg. Randall Torres Barrientos y al Síndico Suplente Jose Luis Díaz Valverde, que presenten s…
- Acuerdo 598 (pág. 100) · unanime ACUERDO N* 598 Se conoce nota para este Concejo suscrita por María Alvarado, Pdta. Comité Cementerio La Curia y Sugeidy Arias, Sria. Comité Cementerio…
- Acuerdo 599 (pág. 102) · unanime ACUERDO N* 599 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Vecinos del Cruce de Jordán, teléfono: 8691-2466, dice: Asunto: Solicitud de Intervención…
- Acuerdo 600 (pág. 103) · unanime · aprobado ACUERDO N* 600 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Mauren Monge de Bienestar Social, teléfono: 2101-5426, dice: Oficio: OBSFM0029-20…
- Acuerdo 601 (pág. 110) · unanime ACUERDO N* 601 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Comité Nueva Generación Urbanización Los Molinos, teléfono: 6061-9872, dice: Asunto: S…
- Acuerdo 602 (pág. 111) · unanime ACUERDO N* 602 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Marlon Miranda, director del Liceo Ticabán, teléfono: 2762-5432, dice: Oficio: LT…
- Acuerdo 603 (pág. 113) · unanime ACUERDO N* 603 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Marlon Miranda, director del Liceo Ticabán, teléfono: 2762-5432, dice: Oficio: LT…
- Acuerdo 604 (pág. 116) · unanime ACUERDO N* 604 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Luis Solís, Comité de Desarrollo Rancho Redondo, correo electrónico: Isolisí:Ggmail.com, …
- Acuerdo 605 (pág. 118) · unanime ACUERDO N* 605 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el MAG. Jorge Mora, jefe del Dpto. de Urbanismo INVU y la Licda. Gloriana Chacón, abogada…
- Acuerdo 606 (pág. 120) · unanime ACUERDO N' 606 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Wendy Cortés, directora de la Escuela Campo Kenneqy, correo electrónico: esc.lidercampoke…
- Acuerdo 607 (pág. 121) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 607 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Mayra Montes, Servicios Jurídicos Municipales, teléfono: 2713-6516, dice: Ofici…
- Acuerdo 608 (pág. 124) · unanime ACUERDO N* 608 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Marvin Muñoz, Pate. ADI Cocotales, teléfono: 8413-9064, dice: Asunto: Solicitud de interv…
- Acuerdo 609 (pág. 124) · unanime ACUERDO N* 609 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Mayra Montes, Servicios Jurídicos Municipales, teléfono: 2713-6516, dice: Ofici…
- Acuerdo 610 (pág. 129) · unanime ACUERDO N* 610 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Freddy Fernández, Parroquia Inmaculada Concepción de María, teléfono: 2767-7045, dice: o …
- Acuerdo 611 (pág. 131) · unanime ACUERDO N?* 611 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Sonia Cruz, Unión Cantonal de Asociaciones de Pococí, teléfono: 8562-7692, dice: Sitio W…
- Acuerdo 612 (pág. 133) ACUERDO N* 612 El Pate. Municipal Juan Luis Gómez Gómez convoca a la Comisión Prados de Esperanza el próximo miércoles 21 de abril a las 13 horas. QUE…
- Acuerdo 613 (pág. 133) ACUERDO N* 613 El Pate. Municipal Juan Luis Gómez Gómez convoca a los Ingeniero de Control Constructivo, UTGAM y un representante de Servicios Jurídic…
- Acuerdo 614 (pág. 133) · unanime · aprobado ACUERDO N* 614 Se Conoce Acta N*27 Extraordinaria del 08-04-2021 Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*27 Extraordinaria del 0…
- Acuerdo 615 (pág. 133) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N?* 615 Se Conoce Acta N*28 Ordinaria del 08-04-2021 h Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye pacina no1s2_ MU…
- Acuerdo 616 (pág. 137) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N' 616 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal, teléfono: 2711-1208, correo ele…
- Acuerdo 617 (pág. 142) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 617 Moción Presentada por la regidora Yaslyn Morales Grajal y Jose Bustos Martínez, dice: Asunto: Solicitar a la Administración, al Dpto. J…
- Acuerdo 618 (pág. 145) ACUERDO N* 618 Moción Presentada por el regidor suplente Rosbill Arguello Badilla, avalada por el regidor Reinaldo Benavides, dice; Asunto: Solicitud …
- ~ Acuerdo (pág. 157) · firme · aprobado ro si es un derecho que ustedes tienen para revisarlo y yo no tengo ningún problema en que lo revisen porque se lo que se trata es que salga algo buen…
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 008347 PAGINA N1 ACTA N931 Ordinaria. 15-04+42021 AR MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N*31 ORDINARIA. 15-04-2021 SESION ORDINARIA. N*31 DEL 15-04-2021, INICIADA A LAS 18:00 HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES Y DE MANERA VIRTUAL, CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA: REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES Juan Luis Gómez Gómez (Quien Preside) Bernardo Veach Davis Jonnathan García Chévez Osael Campos Bolaños Reinaldo Benavides Vargas Jairo Antonio Ojeda Aburto Luis Ángel Méndez Araya Flor lveth Peraza Campos Dennia Yaslyn Morales Grajal Rosbil Danier Arguello Badilla José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde Marilú Ballestero Cruz (Sust. Randall Torres Barrientos) Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE Gabriela Madrigal González Greivin Bonilla Sánchez Johanna Flores Rosales Sandra Umaña López Carmen Sánchez Navarro Keylor Andrey Campos Mora José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores Javier Jiménez Villalobos Ana Rita Rodríguez Jiménez Alejandra Sancho Bravo Jorge Humberto González Calderón Licda. MAGALLY VENEGAS Lic. MANUEL HERNANDEZ RIVERA VARGAS SECRETARIA ALCALDE MUNICIPAL Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00348 PAGINA N*2 ACTA N931 Ordinaria. 15-04-2021 gg ORDEN DEL DÍA Acuerdos ARTÍCULO 577-al-613 | Correspondencia Lectura, Discusión y Verificación del Acta N*27 Extraordinaria del 08-04- 614-415 ll 2021, Acta N*28 Ordinaria del 08-04- 2021. 616 1 Asuntos del Sr. Alcalde 617-618 IV Mociones Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día. A Sitio Web: munipococi.go.cr AY ML O. Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00349 PAGINA N93 ACTA N931 Ordinaria. 15-0412021 ARTICULO | Correspondencia ACUERDO N* 577 Comentario por el Regidor Suplente Rosbill Arguello Badilla, dice: Reg. Supl. Rosbill Argúello Badilla Saluda, no intento señor presidente dirigirlo a usted, le corresponde ordenarle a la secretaría del Concejo que elabore el orden del día, pero quiero que consigne en actas que el Reglamento de Sesiones es claro en cuanto al orden del día. Indica en el Artículo 6, que, para la preparación del orden del día, se seguirán las siguientes normas: La secretaría municipal con instrucciones del presidente municipal formará el orden del día con los artículos |. Lectura y Aprobación de Actas, ll. Informes del alcalde, lll. Informes de Auditoría, IV. Correspondencia, V. Dictámenes de Comisión y VI. Mociones. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Gracias, ustedes saben que el orden del día se prepara previamente con la secretaria y el presidente, por lo tanto, ya quedó grabado como se va a manejar esta sesión. UL ACUERDO N* 578 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, correo: manuel.hernandezemunipococi.go.cr, dice: Asunto: Interposición de Veto contra el Acuerdo N*570, Sesión Ordinaria 28 del 08 de abril del 2021. Sitio Web: munipococi.go.cr a AU Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*4 ACTA N931 Ordinaria. 15-04+2021 Municipalidad de Pococí 3 POCÓ — ¿ Despacho del Alcalde Yas a ¿De Teléfono: 2711-1208 <p, manuel hernandez()munipococi.go.cr MUNICIPALIDAD Pluye anuel. (0) p tel ne LIZ. IRA INTERPOSICIÓN DE VETO CONTRA EL ACUERDO 570, SESIÓN ORDINARIA 28 DEL 08 DE ABRIL DE 2021. Señores (as) Concejo Municipal Municipalidad de Pococí El suscrito, MANUEL HERNÁNDEZ RIVERA, mayor, casado, abogado, vecino de Guápiles de Pococí, con cedula de identidad número: siete - cero ochenta y seis- ochocientos cincuenta, en mi condición de ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE POCOCÍ, cedula jurídica 3-014-042125, según resolución número 1319- El1-2020, emanada del Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica, con el debido respeto, y fundamentado en los artículo 17 inciso d) y 167 del código municipal me apersono a interponer formal Veto por razones conveniencia y oportunidad contra el Acuerdo Municipal N? 570, De la Sesión Ordinaria N? 28 del 08 de abril del 2021, por las razones que a continuación se exponen: PRIMERO: Que el acuerdo objeto del veto que acá se interpone, en lo que interesa dispuso producto de la moción presentada por los regidores y regidora: Randall Torres Barrientos, Juan Luis Gómez Gómez, Yaslyn Morales Grajal, Jonnathan García Chévez, José A. Bustos Martínez, Luis Ángel Méndez Araya, Alfredo Calderón Alfaro. “Aprobar la recomendación de la mesa del Edificio para Utilizar la denominada Plaza El Salvador para la construcción del Edificio Municipal”. SEGUNDO: Que si bien es cierto el suscrito tiene total claridad de las amplias potestades que ostentan los gobiernos locales a nivel constitucional e infra constitucional, como seguidamente puede visualizarse de forma muy genérica y sin la intensión de hacer en el presente veto una recopilación de normativa atinente al régimen municipal. Para ello basta con ir al artículo 169 de la Constitución Política, norma en la que el constituyente, hace recaer la administración de los intereses y servicios locales en cada cantón a las municipalidad o gobierno local. lo que significa, en sintesis, que las MUNICIPALIDADES deben procurar que las necesidades en los diferentes campos o actividades se logren satisfacer [Satisfacción de los intereses de la colectividaa). Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*5 ACTA N931 Ordinaria. Municipalidad de Pococí a er S € Despacho del Alcalde q AS : Teléfono: 2711-1208 2, Pluye manuel hernandez(Omunipococi.go.cr — MurcpaLoaD ARE ETA Erre De la misma norma es fácil acreditar los órganos de gobierno de los municipios, siendo estos, el órgano deliberativo y un órgano ejecutivo (Concejo Municipal y Alcalde municipal). Que en la misma línea de pensamiento el artículo 3 del Código Municipal reitera el poder de gobierno delegado por el Constituyente como ya se indicó al prescribir que “El gobierno y la administración de los intereses y servicios cantonales estarán a cargo del gobierno municipal”. TERCERO: Que las Municipalidades son entes autónomos con personalidad y capacidad jurídica plenas para ejecutar todo tipo de contratos y actos que les permita cumplir sus fines artículo 2 del Código Municipal, naturaleza jurídica de Entes que igualmente se ve plasmada en el artículo 1 de la Ley General de la Administración Pública, al disponerse en dicha norma, que “La Administración Pública estará constituida por el Estado y los demás entes públicos, cada uno con personalidad jurídica y capacidad de derecho público y privado. ubicándose las municipalidades precisamente en el concepto de "Entes públicos” y ocupando en el escenario de la organización administrativa costarricense, el espacio en ese gran concepto de administración pública o estado, de la administración descentralizada. CUARTO: Que igualmente el suscrito no echa de menos las bastas atribuciones del Concejo Municipal para fijar las políticas y las prioridades de desarrollo del municipio Municipal, así como dictar las medidas de ordenamiento urbano en el cantón (Art 13, C. M.). QUINTO: EN CUANTO AL FONDO Y MOTIVO DEL VETO. Que si bien es cierto como fue ampliamente expuesto, el gobierno municipal y en el caso particular el de Pococí, se encuentra totalmente legitimado para emprender gestiones como las que se han venido implementando en las distintas áreas de acción en los meses que van del presente gobierno; no es la excepción, que se hayan iniciado estudios financieros, técnicos y legales, tanto en la plaza del Salvador, el terreno donde se ubicó el antiguo edifico o cualquier otro lugar que permita satistacer el mejor interés público como lo dispone el artículo 10 de la Ley General de la Administración Pública, estudios tendientes a la construcción de un edificio municipal que debió ser iniciada y terminada su construcción ya hace mucho tiempo. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0352 PAGINA N*%6 ACTA N*31 Ordinario. 15-04-2021 Municipalidad de Pococí a») 9 Tp POCOC¿ Despacho del Alcalde ys a Teléfono: 2711-1208 ¿Ze Pluye manuel hernandez(Omunipococi.go.cr meros No obstante, a lo anterior la oportunidad y la conveniencia aconsejan que este gobierno local realice una pausa en la reflexión que se ha venido llevando a cabo en la búsqueda de un punto concreto que permita la decisión definitiva del lugar donde se vaya a construir el futuro edificio municipal de Pococí. Esa reflexión es consustancial y va orientada a seguir uniendo esfuerzos como los que se han concretado en los 11 meses de gobierno que lleva la presente administración, esfuerzos que no han hecho distingo de donde nacen las distintas iniciativas que han permitido conciela los proyecios que se lia logrado llevar u cabo. Gracias a esta gestión y unión que se ha destacado entre la administración municipal y el Concejo Municipal, este órgano colegiado ha hecho la solicitud respetuosa a la Alcaldía para que se proceda a presentar veto al acuerdo antes mencionado como parte de la buena relación y cooperación mutua que existe entre las partes, PETITORIA 1. Que este Honorable Concejo Municipal declare con lugar en todos sus extremos el presente Veto por razones de oportunidad y conveniencia, decretando la anulación del acuerdo N? 570, De la Sesión Ordinaria N* 28 del 08 de abril del 2021. 2. Que, en caso de ser rechazado, se cumpla lo estipulado en el tercer párrafo del artículo 167 del Código Municipal. NOTIFICACIONES: en caso de trascender al Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, se aporta el correo electrónico: Manuel. hernandezOmunipococi.go.cr Lic. Manuel Hernández River Alcalde Municipal Municipalidad de Pococí a Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0 PAGINA N%7 ACTA N931 Ordinaria. 15-04-2 AI A Participan de la Palabra: Reg. Reinaldo Benavides Vargas Saluda, la recomendación sería que, ya visto hoy se apruebe el próximo jueves. Reg. Rosbill Argúello Badilla Saluda, procedo a leer el artículo 167 del Código Municipal en relación con el vento, indica “En la sesión inmediata posterior a la presentación del veto, el Concejo deberá rechazarlo o acogerlo, si es rechazado se elevará en alzada al Tribunal Contencioso Administrativo. Yo quiero exaltar en medio minuto, que el Honorable Concejo Municipal y el Sr. Alcalde, en su excelente labor que se viene realizando, ha escuchado el pueblo en su opinión. Saber que se va a respetar al pueblo y la norma legal vigente como lo reza el Código Municipal, secundo las palabras del Reg. Reinaldo Benavides, he insto respetuosamente al órgano colegiado a que por favor nos acojamos a lo que diga la Ley. Esto sin irrespetar la decisión del señor presidente. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Vamos a recibirlo y según la norma lo dejamos para votarlo en la próxima sesión. UL a. ACUERDO N* 579 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Marlon Hidalgo Salas, correo: mhidalgo050gmail.com, dice: Asunto: Recurso de Apelación y Revocatoria al Acuerdo N*570 Acta N*28 del 2021 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0354 PAGINA N*8 ACTA N*31 Ordinaria. A 15-04-2021 POCOCI 13 DE ABRIL DE 2021 Señores: Consejo Municipal de POCOCI Municipalidad e POCOCI RECURSO DE REVOCATORIA Y PELACION Es suscrito Marlon Hidalgo Salas portador de la cedula 7-086-917 vecino de Guápiles Pococi Limón, 50 metros al este de ASEMBIS me apersono a presentar RECURSO DE REVOCATORIA Y APELACION contra el ACUERDO MUNICIPAL Acta 1128 ORD acuerdo $$ 570 del jueves 8 de abril 2021 por las razones que expondré. 1- En dicho acuerdo el Consejo Municipal propone que se construya el nuevo edificio Municipal en el terreno que actualmente ocupa la PLAZA DE DEPORTES ubicada Frene a la Escuela Central de Guápiles conocida como plaza El Salvador. 2- En la sesión en que se aprueba dicho acuerdo se presenta la moción respaldada por varios regidores, dicha moción cuenta con nuevo puntos y además adjuntan un informe llamado ESTUDIO DE LOZALIZACION DE LA CONSTRUCCION DEL EDIFICIO MUNICIPAL DEL CANTON DE POCOCI, según su portada realizada por una Mesa de trabajo Municipal para la construcción del nuevo edificio Municipal. Informe finalizado en Abril 2021. (este punto me referiré más adelante) 3- la plaza de deportes que actualmente se encuentra a nombre de la Municipalidad de Pococi es un icono para la comunidad, ayuda al desarrollo de jóvenes y adultos, es utilizada inclusive por los niños de la Escuela Central. Por tal razón no puede el Consejo Municipal cambiar el destino del bien demanial como el mencionado, pues su uso ha sido siempre para plaza de deportes; Como ha dicho la sala Constitucional en cuanto a las restricciones El uso público de las áreas recreativas o comunales lo consagra la Ley de Planificación Urbana, artículo 40, en armonía con el 43, concerniente a la afectación demanial, que aclara que las plazas, calles y parques de dominio municipal son "espacios abiertos" al "uso público general." Así ocurre con el traspaso a la Municipalidad de las áreas para plazas, parques y | otros espacios públicos a que alude el artículo 44 de la Ley de Planificación | Urbana, seguido de acuerdos municipales aprobatorios y recibo oficial de la urbanización o fraccionamiento, con la habilitación consiguiente (Sala Constitucional, voto 3145-96). En fin, son bienes de los que todos pueden aprovecharse, con las limitaciones impuestas por las normas de policía y las que | exija su conservación, destinados al uso público, y están fuera del tráfico jurídico | » Sitio Web: munipococi.go.cr AY ML - Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0355 PAGINA N%9 ACTA N*31 Ordinaria. 15-04-2021 AREA. mientras legalmente no se disponga lo contrario. Código Civil, arts. 261 y 262. Los bienes sujetos al régimen de dominio público, como las plazas o parques tienen un destino "inmutable, al amparo de la permanencia de la necesidad que satisfacen y del derecho de todos al uso reconocido, conforme a las leyes y reglamentos administrativos.” (Tribunal Superior de lo Contencioso Administrativo, resolución 5579 de 1982, que cita precedentes). 4- Regresando a lo expuesto en el punto Dos, el informe presentado para su análisis al Consejo sobre la recomendación del terreno para la construcción del nuevo edificio no cuenta con las Firmas responsables de elaborar ese informe, ni siquiera indica quienes formaron parte de dicho informe, generando esto un documento sin fundamento legal, pues no le da la posibilidad al ciudadano de cuestionar a quien lo haya elaborado ni exigirle la demostración técnica de los estudios estampados en dicho documento; como podría el vecino cuestionar y demandar ante instancias judiciales a los responsables de dicho informe técnico si este no cuenta con la o las firmas responsables ni al menos el nombre de quienes realizaron dicho estudio. Es importante determinar quién es el responsable de la información detallada del informe y cuáles fueron las recomendaciones de entidades Autónomas, semi autónomas, financieras y profesionales, pues este informe carece de tal información pues se mencionan entidades Estatales pero no sus recomendaciones. a- Porejemplo en la moción presentada se habla de estudios de otros terrenos, pero no se adicionan en dicho informe cuales son los terrenos y las razones técnicas, sociales y legales que influyeron en el desistimiento de dichas propiedades. b- La moción en su punto 3 señala que la escogencia se basó en la funcionalidad, la tecnología y el confort, para lo que la comunidad desconoce si efectivamente se dio a conocer a los usuarios, pues es indispensable que se diera una discusión de dichos estudios ya que la propiedad en discusión es la Plaza de deportes perteneciente a toda la ciudadanía para uso del deporte situación que no puede pasar por alto este Consejo, pues en el mismo informe está el plano de dicha propiedad en el folio 35 dentro del cual ubica a la plaza de deportes. c- El informe de la Mesa en su página 9 indica que se analizarón las características para identificar el potencial que genere beneficios ambientales, financiero y sociales; pero no se encuentra en dicho informe los informes financieros de la entidades posibles a financiar el proyecto , punto importante a la hora de someter a votación un proyecto de tal magnitud para la comunidad, tampoco en el informe se indica en cuanto a lo deportivo cual es la solución igual o de mayor beneficio para los usuarios del inmueble d- En cuanto a las características de las alternativas en la página 11 se dice que el área a utilizar en el terreno llamado esquinero seria de 3246.49m2 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00356 PAGINA N910 ACTA N931 Ordinaria. 15-0442021 mientras que en el terreno de la plaza de deportes seria de 1,640 m2 Esta situación es engañosa pues cuando se analizan datos más adelante se nota que será utilizado dentro del terreno de la plaza más área para zonas verdes de la misma infraestructura y más área para los drenajes , estos deben ser incluidos en dicho cuadro pues lleva a confusión. e- Es irresponsable que se utilice una tesis para la evaluación del anteproyecto y un anteproyecto que apenas esta den desarrollo, cuando lo correcto es realizar los estudios del proyecto o anteproyecto con información ya corroborada y amparado a criterios técnicos ya legales, pues en la página 15 así lo indica cual fue la forma de evaluar el proyecto. f- En la página 16 se recomienda áreas de 500 M2 para drenajes sin indicar técnicamente cuál sería su ubicación y en dicho caso el edificio proyectado en la plaza de deportes aumentaría su área al sumarle estos metros para drenajes, lo que nos demuestra que la información en cuadros atrás no es la correcta. g- Noindica el informe cual criterio técnico hace referencia a que en el terreno esquinero no se pueda ofrecer zonas verdes en tres o cuatro costados, parece ser que es criterio muy personal de quien elaboró el informe pues arquitectónicamente las zonas verdes en la actualidad se realizan en espacios pequeños e inclusive dentro de los mismos edificios partes internas, debieron aportar el fundamento técnico. h- En dicho informe se hace referencia a la creación de locales comerciales en ambos edificios y señalan que los que se podrían construir en el edificio esquinero serian de áreas más pequeñas, pero el mismo informe indica que se da una limitación para atención al público en ares de planta baja , es claro que dicho aporte es muy personalizado influenciado para determinar que en el terreno esquinero no es posible darle solución a la ley 7600 lo que es muy poco profesional. i- Enel cuadro de evaluación cualitativa por puntos pagina 28 no señala el informe la procedencia de los puntos, como se llegó dicha puntuación por lo que el informe para ser discutido es poco claro. Por lo antes señalado y por contar con criterios técnicos responsables debe someterse este consejo a anular el acuerdo recurrido y exigir la firma responsable en dicho informe de manera que el ciudadano pueda exigir cuentas a quienes elaboración dicho informe el cual se nota su intención de dirigir el proyecto a un lugar predeterminado. Por tanto no puede este Consejo cambiar el destino del bien de dominio público como es la Plaza de Deportes en discusión y como elegidos por el pueblo para la buena administración se les hace un llamado a que sus decisiones sean siempre amparadas al bien común en general. É Sitio Web: munipococi.go.cr a MS O Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N911 ACTA N*31 Ordinaria. 15-04-2021 MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0357 A] Pruebas: El acuerdo recurrido PRETENCIONES 1- Que se anule el acuerdo + 570 del jueves 8 de abril 2021 Acta 1128 ORD 2- Que se continúe con los trámites correspondientes para la construcción del Edificio Municipal en el terreno Limón matrícula 156171-000 tal para lo que fue donado. Fundamento Artículos 162 código Municipal, art, 40 Ley de planificación urbana. Para cualquier notificación mhidalgosO05(Wgmail.com Marlon Hidalgo Salas Cedula 7-086/917 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se resuelve en la próxima sesión. Reg. Reinaldo Benavides Vargas Yo creo que el recurso de revisión de revocatoria si hay voluntad se somete a votación la revisión y si existen los votos, se puede revocar hoy mismo. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Lo que pasa es que sobre este acuerdo hay un veto y vamos a resolverlo en 8 días. Reg. Rosbill Argúello Badilla No podía guardar silencio en cuanto a esto y sin querer entorpecer, así lo indica el artículo 165 del Código Municipal en el párrafo tercero, dice que los recursos se deben conocer, pero se votan posterior a la resolución del veto. UL --- ACUERDO N* 580 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Geison Valverde Méndez, Telefax: 2710-1562, dice: Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ( PAGINA N012 ACTA N281 Ordinaria. 15-04-20 Asunto: Ampliación del Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio y Nulidad Concomitante al Acuerdo N* 570 Acta N* 28 del 2021 SE AMPLÍA RECURSO DE REVOCATORIA CON APELACIÓN EN SUBSIDIO Y NULIDAD CONCOMITANTE DE GEISON VALVERDE MÉNDEZ. CONTRA CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ ASUNTO: ACUERDO MUNICIPAL QUE APRUEBA LA RECOMENDACIÓN DE LA “MESA DEL EDIFICIO” PARA UTILIZAR LA DENOMINADA PLAZA EL SALVADOR PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO MUNICIPAL. SEÑORES REGIDORES Y REGIDORAS, CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ. El suscrito, GEISON VALVERDE MÉNDEZ, de calidades en autos conocido, amplío el recurso presentado a las 11:43 horas del 12 de abril de 2021, con el fin que se consigne en la impugnación, que el acuerdo al que refiere el recurso corresponde a la sesión * 28 ordinaria, acuerdo 1£570 del jueves 8 de abril de 2021. Es todo. A TOzcto4 13 [ad GEISON VALVERDE MÉNDEZ (l 1] L Me Maria Made Garita Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0 PAGINA N*13 ACTA N*31 Ordinaria. 15-04-2 RECURSO DE REVOCATORIA CON APELACIÓN EN SUBSIDIO Y NULIDAD CONCOMITANTE DE GEISON VALVERDE MÉNDEZ. CONTRA CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ ASUNTO: ACUERDO MUNICIPAL QUE APRUEBA LA RECOMENDACIÓN DE LA “MESA DEL EDIFICIO” PARA UTILIZAR LA DENOMINADA PLAZA EL SALVADOR PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO MUNICIPAL. SEÑORES REGIDORES Y REGIDORAS, CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ. El suscrito, GEISON VALVERDE MÉNDEZ, cédula 7- 0202-0413, educador, soltero, vecino del distrito primero, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón, exactamente en barrio El Cuadrante de Asembis 75 metros al oeste, con el debido respeto manifiesto: Como persona interesada en el acuerdo que en este acto impugno, siendo Guapileño de nacimiento y habitante del distrito primero de Pococí, me presento ante su autoridad a interponer formal Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio y Nulidad Concomitante en tutela de los derechos del suscrito y de las personas que habitan en el distrito Guápiles. Lo hago también en tutela y solidaridad con las personas menores de edad afectadas estudiantes de la Escuela Central de Guápiles, distintas organizaciones de desarrollo comunal y deportivas del cantón de Pococí, así como los habitantes en general de este distrito. Acuerdo impugnado: Acuerdo tomado en la sesión ordinaria número 28 del jueves anterior 08 de abril del año 2021, sin número aún asignado al momento de interponerse el presente Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0 PAGINA N914 ACTA N*31 Ordinaria. 15-04-20 recurso, pero acordado en el acápite o apartado de mociones de regidores, mediante el cual este honorable Concejo Municipal acordó “aprobar la recomendación de la "Mesa del Edificio” para utilizar la denominada Plaza El Salvador para la construcción del Edificio Municipal. Se interpone el presente recurso con el ánimo de que esta autoridad municipal valore las omisiones e incorrecciones en que se incurrió y revoque lo resuelto, no sin antes reconocer los esfuerzos y las acciones que este cuerpo colegiado conjuntamente con la alcaldía municipal han emprendido para resolver la carencia de una casa municipal que cobije a los habitantes de nuestro querido cantón; determinación en la que pueden contar con mi persona como un aliado solidario y permanente. Respetuosamente fundamento la presente acción de la siguiente manera: Antecedentes: Desde tiempos inmemorables, pero al parecer desde la época del gobierno militar del general Tomás Guardia Gutierrez, en la segunda mitad del siglo dieciocho, existió en Guápiles la hacienda o finca que en años posteriores se denominó como “El Salvador”. En dicha hacienda se edificó la que fue la casa de habitación de Minor Cooper Keith, (donde hoy existe construida la Escuela Central de Guápiles), empresario a quien en el año 1879 el gobierno de Guardia Gutierrez le había concesionado miles de hectáreas en las llanuras del atlántico para que construyera el llamado "ferrocarril nacional” con destino hacia la costa caribe. Con el transcurso de los años al costado suroeste de esa antigua casona se destinó un espacio que históricamente ha tenido como naturaleza o uso público el de plaza de fútbol y otros deportes, y también el parque de Guápiles. Esa plaza y parque, con la escuela construida al fondo y dos largas filas de palmeras que reciben a los visitantes, por muchas generaciones han dibujado la fisonomía guapileña. Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00361 PAGINA N*15 ACTA N931 Ordinaria. 15-04-2021 Por más de un siglo ese ha sido el rostro urbanístico que caracteriza a la ciudad de Guápiles y que le identifica y le hace recordar en cualquier parte del mundo. Relación de Hechos: Primero: Que el terreno donde se ubica la Plaza El Salvador se grafica actualmente en el plano de catastro número L- 706042-2001, plano que fue inscrito por la Municipalidad de Pococí en fecha 11 de mayo de 2001, consignándose en el plano catastrado por la misma municipalidad que lo inscribió que su naturaleza es “Cancha de Fútbol y Parque”, lo cual resulta congruente con el destino histórico que ha tenido ese terreno. Segundo: Que tanto se ha reconocido que ese espacio público está destinado al deporte y la recreación de la comunidad, que incluso la Municipalidad de Pococí gestionó la inscripción del inmueble bajo el expediente judicial número 01-100474-0468-Cl ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, indicando expresamente en los tribunales que solicitaba la inscripción del terreno bajo la naturaleza o uso de "cancha de fútbol y parque”, conforme al citado plano L- 706042- 2001. Dicho documento obra en los archivos de esta municipalidad. Tercero: Que con el pasar de los años la Plaza El Salvador ha sido utilizada por la comunidad, entre ella por los niños y niñas estudiantes de la Escuela Central de Guápiles para la práctica de sus actividades deportivas y recreativas, actos cívicos y actividades en general; Cuarto: POCO > Sitio Web: munipococi.go.cr a AUS O Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00 PAGINA N916 ACTA N*31 Ordinaria. 15-04-202 Que aunque el Concejo Municipal de Pococí usaba las redes sociales, concretamente la página de Facebook de la Municipalidad de Pococí o la página de TV Tica, para transmitir al público sus sesiones municipales; por razones ignoradas y no publicitadas previamente no se difundió la sesión municipal celebrada el jueves anterior 08 de abril del año 2021, lo que afectó el acceso público a esa la sesión. Quinto: Que en dicha sesión sin encontrarse el tema en el orden del día, de manera que previamente se le haya dado la necesaria comunicación a eventuales partes interesadas, un grupo de respetables regidores presentaron la moción mediante la cual aprobaron la recomendación de lo que denominaron "Mesa del Edificio” para utilizar la denominada Plaza El Salvador para la construcción del Edificio Municipal de Pococí. Dicho acuerdo implica un cambio de uso de espacio público destinado a cancha de futbol para destinarlo a construcción de edificio municipal. Sexto: Que en violación al debido proceso administrativo, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, al derecho a la defensa de los ciudadanos, y al artículo 136 de la Ley General de la Administración Pública, el acuerdo aquí impugnado carece de los más esenciales elementos que exige el ordenamiento jurídico, ya que es omiso de motivación que es un elemento necesario para su validez y para el cumplimiento del debido proceso legal y constitucional; el acuerdo no fue antecedido con una motivación clara y precisa sobre cuáles fueron las razones de hecho y de derecho que presentó la citada comisión o "mesa del edificio” al pleno del órgano colegiado, de modo que externamente es imposible saber el método, la investigación y las conclusiones a las que arribó la citada “mesa del edificio” y que ocasionaron el acuerdo. Tampoco consta en las actas municipales algún estudio o dictamen donde se hayan expuesto las razones técnicas de ingeniería, de legalidad y de oportunidad que fundamenten o motiven el contenido del acuerdo, el que conlleva como consecuencia el cambio de uso o destino del inmueble. Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
POCOS MUNICIPALIDAD DE POCOCI De previo al acto administrativo o acuerdo municipal no se transparentó, no se dejó con acceso público, la motivación o fundamento que acuerpaba el acuerdo, y solo esa omisión vicia de nulidad absoluta el acuerdo aquí impugnado. Sétimo: Que en violación al artículos 11, 50 y 74 de la Constitución Política, los artículos o principios 1, 6 y 15 de la Declaración de Río, Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, y el artículo 11 y 17 de la Ley de Biodiversidad, el acuerdo municipal que aprueba utilizar la plaza El Salvador que cambiaría el uso público de una zona verde que tiene su propio ecosistema para construir en esta el nuevo edificio municipal del cantón de Pococí, fue tomado sin cumplir la obligación de realizar el Concejo Municipal, previamente, procedimientos de estudio de impacto ambiental que de forma técnica e interdisciplinaria haya realizado una evaluación de impacto ambiental que permitiera conocer los impactos futuros que generaría la obra, lo que implica un riesgo y amenaza para el ambiente y la salud de las personas. Asimismo, el acuerdo de construcción se tomó sin contar previamente el Concejo Municipal con un estudio o plan de manejo, conservación y uso del suelo de conformidad con las exigencias de la Ley 7779 y su reglamento que indique que el uso que se le pretende dar al suelo es conforme al ordenamiento jurídico. Octavo: Que en violación a los artículos 3, 6, 27, 31de la Convención sobre los Derechos del Niño y los artículos 73 y 78 del Código de la Niñez y la Adolescencia el acuerdo impugnado, al cerrar el espacio público de Plaza El Salvador para dedicar su naturaleza o destino a construcción, afecta a las personas menores de edad del distrito Guápiles, a quienes se les disminuye las posibilidades de participar en actividades recreativas, deportivas y culturales que les permitan ocupar provechosamente su tiempo. El distrito Guápiles se encuentra entre los tres más poblados de la provincia de Limón, siendo la Plaza El Salvador el único centro dedicado al deporte y la recreación en el corazón de la ciudad, ubicándose las otras plazas existentes en las afueras a algunos kilómetros de distancia. Lo anterior Pluye 0363 PAGINA N917 ACTA N931 Ordinaria. 15-04-202 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0364 PAGINA N*18 ACTA N*31 Ordinaria. PP.» 15-04-2021 imposibilitará el traslado de usuarios, como es el caso de los menores de la Escuela Central de Guápiles, centro educativo que igualmente es de los de mayor población estudiantil de la provincia de Limón. Aunado a lo anterior agrava el daño a la niñez y la adolescencia local el hecho de que el Polideportivo de la ciudad, situado varios kilómetros afuera del centro y que es administrado por la Municipalidad de Pococí, se encuentra totalmente cerrado al público desde hace unos tres años por problemas financieros y administrativos. Adicionalmente, el acuerdo cuestionado, que conlleva el cambio de uso del espacio público de la Plaza El Salvador se tomó sin acordar y ofrecer a la población previamente un plan remedial, alternativa o forma de sustituir la instalación deportiva y recreativa cercenada por otra que reúna las mismas o mejores condiciones de ubicación y acceso para los vecinos del distrito Guápiles. El vació que dejará el acuerdo impugnado es de imposible reparación ya que la Plaza el Salvador tiene para la población de Guápiles una enorme importancia en materia de uso recreativo y también estético, su área verde urbana también es utilizada para diversos beneficios sociales y ambientales, usos educativos, practica infantil de deportes, entrenamientos de distintas disciplinas deportivas que compiten en juegos deportivos nacionales, celebraciones patrias y cantonales, y actos culturales. En fechas memorables, como la celebración de cantonato, las fiestas patrias y las festividades como “Fantasía Navideña”, se congrega ahí la sociedad guapileña para compartir socialmente y disfrutar de juegos de pólvora, música y actos culturales. Noveno: Que en violación de los Principios Constitucionales de Eficacia, Eficiencia, y Simplicidad de la Función Administrativa, de los artículos 11 y 191 de la Constitución Política, artículos 4, 6 y 11 de la Ley General de Administración Pública, el acuerdo aquí impugnado traslapa otro acuerdo municipal que existe y consta en los antecedentes de la secretaría municipal para construir en otro terreno el nuevo edificio municipal, el cual no ha sido derogado, revocado o modificado en forma ¿o , - Sitio Web: munipococi.go.cr a AS Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00365 PAGINA N019 ACTA N*81 Ordinaria. 15-04-2021 alguna, siendo imposible que en el ordenamiento municipal subsistan vigentes dos acuerdos que se contradicen y excluyen entre si. Se trata de otro amplio inmueble, ubicado al costado oeste de la Plaza El Salvador, calle en medio, que actualmente está desocupado de toda construcción (antes se ubicaba el antiguo edificio municipal) que mide: 3256.49 metros cuadrados, plano número L-533305-1998, debidamente inscrito en el Registro de Propiedad bajo la matrícula del partido de Limón 156171-000, en el cual, haciendo uso de la ingeniería moderna, bien puede la Municipalidad levantar su edificio municipal. Sin embargo, en los nuevos planes, parece estar destinado a parqueo, principalmente del personal municipal. - Dicho inmueble, según consta en el Registro Público sí tiene como naturaleza o destino “Construcción del Nuevo Palacio Municipal de Pococí”. Ese inmueble fue adquirido precisamente por donación que hiciera la Junta de Educación de Guápiles —ahora afectada por el acuerdo aquí impugnado- a favor de la Municipalidad de Pococí. Para hacer posible esa donación la misma municipalidad promovió la aprobación de una ley; se trata de la Ley número 9244 denominada “Autorización a la Junta de Educación de la Escuela Líder Central de Guápiles para que segregue y done un lote de su propiedad a la Municipalidad de PococF. A solicitud de esta municipalidad la Asamblea Legislativa insertó un artículo segundo en esa ley que literalmente dice: “Artículo 2.- El lote donado se destinará, exclusivamente, a la construcción del edificio del Palacio Municipal de Pococf. Consecuencia de lo anterior, resulta improcedente, arbitrario, ineficaz, ineficiente y haría incurrir en responsabilidad a este Concejo Municipal, cambiar el uso del espacio público destinado a la Plaza El Salvador para construir ahí un edificio, cuando desde el 31 de agosto del año 2015 la municipalidad inscribió otro terreno que sí tiene esa vocación y uso dado por ley. Igualmente sería ilegal cambiar el uso de este último terreno que le donó la Junta de Educación para destinarlo ahora a parqueo u otras actividades que no sean la PAOK Sitio Web: munipococi.go.cr a AUS Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N920 ACTA N*81 Ordinaria. construcción del Palacio Municipal, como lo estableció la ley que autorizó la donación. Décimo: Que en violación de los artículos 11 y 170 de la Constitución Política, 164 a 172 del Código Municipal, mediante el acuerdo impugnado el Concejo Municipal se arroga competencias asignadas de forma restrictiva al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí; lo anterior ya que la administración de las instalaciones y espacios públicos destinados al deporte y la recreación en cada cantón le corresponde a un órgano especializado de las municipalidades denominado Comité Cantonal de Deportes y Recreación que es el competente para tomar ese tipo de decisiones, no existiendo autorización legal para que el Concejo Municipal pueda disponer sobre el cambio de uso de un espacio público destinado a instalación deportiva. Sin embargo, en el caso concreto, sin seguir el debido proceso legal y constitucional el Concejo Municipal de Pococí ha cercenado las competencias atribuidas de forma exclusiva al Comité Cantonal de Deportes de Pococí, se ha arrogado competencias que no le corresponden, y ha acordado el cambio de uso del espacio público destinado a la Plaza El Salvador. Lo anterior sin que exista acuerdo previo o audiencia conferida a este último órgano administrativo para que hiciera valer sus derechos. Undécimo: Que en violación al principio constitucional de audiencia pública, de los artículos 170 de la Constitución Política y artículo 5 del Código Municipal, el Concejo Municipal de Pococí de forma previa al acuerdo cuestionado no ha transparentado ni sometido a consulta pública su decisión de cambiar el uso del espacio público de la plaza El Salvador. Lo anterior por cuanto no procedió a oír a los eventuales interesados, no permitiéndoles, de forma previa al acuerdo, el acceso al expediente administrativo, a revisar los informes de la “Mesa” o comisión designada, a revisar y aportar documentos u otras pruebas, a alegar en sesiones municipales. Todo lo anterior resultaba necesario antes de aprobar una decisión o acuerdo que pudiera afectar sus derechos o intereses. < Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*21 ACTA N?31 Ordinaria. 15-04-2021 Entre las entidades y organizaciones con interés directo que no se les puso en conocimiento previo la intención de cerrar el espacio público de la Plaza El Salvador se encuentran la Junta de Educación de la Escuela Central de Guápiles, el citado Comité Cantonal de Deportes de Pococí, el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), las asociaciones deportivas y equipos de fútbol femenino, rugby y béisbol, entre otras, que utilizan el espacio deportivo para sus entrenamientos, el Consejo Cantonal de la Persona Joven, la Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo y la Asociación de Desarrollo Comunal de Guápiles, entre otras. Señores Regidores y Señoras Regidoras que conforman la autoridad decisoria: la Plaza El Salvador está a nombre de la municipalidad pero su uso le pertenece al público, le pertenece al pueblo, a quien no se le han facilitado espacios de democracia y participación ciudadana, SOLICITUD DE AUDIENCIA ORAL: Conforme al derecho de audiencia, defensa y debido proceso que me tutela la Constitución Política de Costa Rica, el Código Municipal y la Ley General de la Administración Pública, de forma previa y prioritaria a resolver cualquier asunto relacionado con el acuerdo aquí impugnado, solicito al honorable Concejo Municipal recibirme y escuchar a viva voz la exposición de agravios del suscrito relacionados con el presente recurso. Dicha audiencia solicito que se me confiera en la misma sesión municipal en la que se realice la lectura del recurso. MEDIDA CAUTELAR: Solicito suspender de inmediato el acuerdo municipal tomado en la sesión municipal de fecha 08 de abril del año 2021, Sesión ordinaria número 28, mediante el cual acordaron acoger la recomendación de la “Mesa del Edificio” para utilizar la Plaza Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0368 PAGINA N?22 ACTA N*81 Ordinaria. 15-04-202 El Salvador para la construcción del Edificio Municipal de PococÍ, cambiando el uso o destino de ese espacio público. PRETENSIÓN O PETICIÓN: De conformidad con el cuadro fáctico y fundamento de derecho citado, solicito que se declare con lugar el presente recurso y se anule por violatorio de derechos fundamentales y legales el referido acuerdo del Concejo Municipal de Pococí, mediante el cual acordó acoger la recomendación de la “Mesa del Edificio” para utilizar la denominada Plaza El Salvador para la construcción. del Edificio Municipal de Pococí. En caso de que el recurso de revocatoria sea rechazado, solicito que a la brevedad posible y dentro del plazo perentorio de ley se eleve el expediente ante la sección competente del Tribunal Contencioso Administrativo para que se conozca en esa sede mi alzada o apelación PRUEBA: -Solicito que se agregue al legajo del presente recurso copias certificadas del acuerdo citado de la sesión ordinaria número 28 del 08 de abril del año 2021 y de todos los estudios, dictámenes y documentos que sirvieron de base al referido acuerdo. -Solicito que se agregue al expediente copias de los siguientes documentos que constan en los archivos municipales, conforme a la Ley 8220 de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos: -Plano de catastro número L- 706042-2001 donde se ubica la Plaza El Salvador y el Parque de Guápiles, en los cuales se consigna su uso como "Cancha de Futbol y Parque”. ..! > POCO Sitio Web: munipococi.go.cr a ML É Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00369 PAGINA N*23 ACTA N931 Ordinaria. 15-04-2021 PTE -Aporto certificación del Registro Público sobre el inmueble en el que anteriormente se ubicaba el antiguo edificio municipal, en el cual se consigna como naturaleza “Construcción del Nuevo Palacio Municipal de Pococí” -Copias expediente judicial número 01-100474-0468-Cl ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, donde la Municipalidad de Pococí gestionó mediante información posesoria la inscripción del inmueble consignando la naturaleza o uso de ese espacio público como “Cancha de Futbol! y Parque” NOTIFICACIONES FUTURAS: Las atendré por el fax dos siete uno cero uno cinco seis dos. , ABO q DA FOL0LOY 13 yá GEISON VALVERDE MÉNDEZ. sona Le RECURRENTE Licda. Mariela Méndez Garita Solicito rotular mis notificaciones a nombre mi abogada asesora, Licda. Mariela Méndez Garita. (rr. bo ya Jl POCO Sitio Web: munipococi.go.cr AN AUS Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*24 ACTA N*31 Ordinaria. 15-04-20 VER DOCUMENTO ADJUNTO SOBRE ANOTACIONES Y VISADOS Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*25 Bionos Montoreados Búsqueda Gráfica Marcas Carrito de Compras Conkultas Graluñás + Cerlificación Imágenes :: Dotalla de Servicios Historial de Compras Historial de Usos Impuesto Personas Jurídicas Índico Personas Físicas Indice de Porsonas Juridicas Transitorio Ill Ley 9428 Mi Cuenta Mi Inventario Rosorva do Matrícula Solicitud de Placas Salidas del Pals Avisos Importantes mn Estimado usuarlo, recuerda y aplicación de sus efectos legales, sirvase comunicarlo al centro de asistencia al usuarlo, Teléfono. 2202-0888. Todos los derechos reservados . 2013 . Registro Nadonal . San José, POcocí Pluye 0371 ACTA N*31 Ordinaria. 15-04-20 Consulta de Plano Permite realizar una consulta de plano Buscar Por: Número de Plano pe Provincia Inscripción: ¿7-CÓN Ml ] Número Inscripción: ¿706042 Año Inscripción: l2001 Blano(s) Catastrado(s) 7 - LIMÓN Número Inscripción: 706042 Área Plano: 14,255.50 Lote: Provincia: ¡Año Inscripción: 2001 Bloque: ¡Estados INSCRITO Coordenada Norte; 244500.0 ¡Ceordenada Este: 559500.0 CRTM Norte: 1129501.0 [CRTM Este: 523187,0 Verificado Zona Catastrada: No Ubicación(es) Provincial| Cantón || Distrito [7 - LIMÓN 2 - POCOCÍA - GUAPILES| Titulares(es) Nombre OTPATATCoTA Apellido] tdentificacion|| ¡3014042125 MUNICIPALIDAD DE POCOCI Fraccionamiento(s) Plano: Inexistente(s) Finca(s): Inexistente(s) Finca(s) Generada(s): Inexistente(s) Plano(s) Hio(s): Inexistente(s) Plano(s) Padre(s): Inexistente(s) Anotaciones: Inexistenta(s) El Reglstro Inmobiliario advierte que las anotaciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no astán disponibles para ser consultadas por este medio, Postal 523-2010 Cu palgRalmp.go.cr. Este sRio se visualiza mejor en resolución de 1024 x 768px o superior Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
PAGINA N927 POS MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N931 Ordinaria. Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional 0 15-04-20 nena https://vrww.mpdigital.com/shopping/consultaDocumentos/param... Es Inicio Ayuda se e De marlela mendez Blones Montoreados Consul der Búsqueda Gráfica Marcas ¿« + Permite realizar una consulta de plano Carrito de Compras Buscar Por; Número do Plano - Consultas Gralultas -. Provincia Inscripción: Timón 7 Cortificación Imágenes . Número Inscripción: 539905 Detalto do Servicios Año Inscelpción: 1008 Historial de Compras Historial de Usos > Impuesto Porsonas Jurídicas. a Pl tral Índice Personas Físicas po) Curado) Índico de Personas Jurídicas. Provincia: 7 -LIMÓNNóúmero Inscripción: 533305 Alo Inscripción: 1998 Área Plano: 3,256.49 Transitorio ll Loy 9428 Bloque: Lote: Mi Cuenta Estado: INSCRITO Coordenada Norte: 2445000 ¡coordenada Este: 559500,0 CRTM Norte: 1129501.0) Mi taventario [CRT Entes 523187,0 Verificado Zona Catestrada: No Rosorva de Matrícula Solicitud de Placas Ubicació Salidas dol Pals I[Provincial[_cantón ] Distrito [7 - LIMÓN 2 - POCOCÍA - GUAPILES| Avisos importantes 7 a Estimado usuario, recuerde 1 E > que no deben rechazar su Eclenvtifi [Primer Apellido]|Segundo Apellido] Certificación digital en 3014042125 — MUNICIPALIDAD DE POCOCI ninguna entidad, por lo que sí 714 JUNTA EDUCACION GUAPILES tiene problemas para la recepción de este documento y aplicación de sus efectos legales, sirvase comunicarlo al centco de asistencia al usuario, Teldfono, 2202-0883. Fraccionamiento(s) Plano: Inexistente(s) | [Número Finca] bacapaz Filial Enmuebie] [7 - LIMÓN 8180 000 [7 - LIMON. 156171 o Finca(s) Generada(s) (código 07 Ema ][Dupticado][(Matríz Fitíal| ] Plano(s) Hijo(s): Inexistonte(s) Plano(s) Padre(s): Inexistente(s) Anotaciones: Inexistente(s) El Inmobiliario que las disponibles para ser antes del 25 de mayo del 2011 no están ¡tadas por este medio. Todos los derechas reservados . 2013 . Roglstro Nacional . San José, Cuimdabát . Apiitado Past 523-2010 Zunidba OS Este aga sa visualiza major en resolución de 1024 x 748px a suparior ci Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*28 ¡ade Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional https://www.mpdigital.com/shopping/consultaDocumentos/Res) Blones Monitoreados Búsqueda Gráfica Marcas Carrtto do Compras Consultas Gratultas > Certificación Imágonos 4 Detalle do Sorviclos Historial de Compras Historial de Usos Impuoslo Parsonas Juridicas Índico Personas Físicas Índico de Personas Jurídicas Transhorio NI Loy 9428 Mi Cuenta Mi Inventario Reserva do Matrícula Solicitud de Placas Salidas del País Avisos Importantes a Estimado usuario, recuerdo que no deben rechazar 6u Certificación digital en inguna entidad, por lo que sl tiena problemas para la recepción de este documento y aplicación de sus ofoctos legales, sírvase comunicarlo centro de asistencia al usuario, Teléfono. 2202-0888. ACTA N*31 Ordinaria. 15-04-2021 Inicio Ayuda Pregun z lo Di madela mendez im Pia REGISTRO NACIONAL CONSULTA POR NUMERO DE FINCA. HATRICULA) 156171-—000 PROVINCIA: LIMON FINCA: 156171 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO: 000 SEGREGACIONES; NO HAY NATURALEZA: CONSTRUCCION EL NUEVO PALACIO MUNICIPAL DE POCOCI SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON LINDEROS: NORTE : CALLE PUBLICA SUR : GERMAN WEINSTOCK CUCER Y CRUZ ROJAS COSTARRICENSE ESTE : CALLE PÚBLICA Y CRUZ ROJA COSTARRICENSE. OESTE : MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Er n MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CON CUARENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS PLANO;L-0533305-1998 ANTECEDENTES DOMINIO DE LA FINCA: FINCA DERECHO INSCRITA EN 7-00008180 000 FOLIO REAL. VALOR PISCAL: 758,084,500.00 COLONES PROPIETARIO: NUNICIPALIDAD DEL CANTON DE POCOTI CEDULA JURIDICA 3-014-042125 ESTIMACIÓN O PRECIO; SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS COLONES DUEÑO DEL DOMINIO PRESENTACIÓN: 2015-0031: FECHA DE INSCRIPCIÓN: 31. 15 ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY GRAVANENES o AFECTACIONES: SI HAV SERVIDUMBRE TRASLADADA CITAS: 213-04165-01-0901-001 FINCA REFERENCIA 700006180 000 AFECTAA FINCA: 7-00156171 -000 CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN; NO HAY Emitido el 09-04-2021 a las 16:28 horas * Todos los derechos reservados , 2013 . Registro Maconal . San José, Curridabat . Apartado Postal 523-2010 Cumabee MpáRalO mp .go.xr Esteskio se visueia mejor en rezolución de 1024 x 762px o supertor , Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*29 ACTA N*31 Ordinaria MUNICIPALIDAD DE POCOCI » Tribunal Contencloso Administrativo Sección ll Resolución N” 00160 - 2010 Fecha de la Resolución: 26 de Marzo del 2010 Expediente: 01-100474-0468-Cl Redactado por: Jonalán Canales Hernández Clase de Asunto: Proceso de Información posesoría Analizado por: CENTRO DE INFORMACIÓN JURISPRUDENCIAL Sentencias Relacionadas Sentencias en igual sentido. nteni: Interés: Temas (descriptores): Información posesoria, Certificación de uso de suelo Subtemas (restrictores): hnecesario aportar uso de suelo por tratarse de terreno urbano, Innecesarlo aportarlo en proceso de Información posesoria por tratarse de terreno urbano Tipo de contenido: Voto de mayorla Rama del derecho: Derecho Procesal Civil "II) Sobre el segundo agravio: Si bien ta representación estatal, no precisa el artículo, ni el cuerpo normativo vulnerado con la omisión de aportar al proceso, el certificado de uso de suelos, lo clerto es que tratándose el terreno que se qulere inscribir, de una pr urbana (ya destinada a acti de deportivas y de recreación) y no destinada a la producción agricola o industrial, era innecesario durante la tramitación del proceso, aportar el certificado de uso de suelos que ahora se echa de menos. En ese sentido, el Tribunal comparte la valoración realizada por el Juzgado al final del considerando segundo de la sentencia impugnada (folios 63 y 64) y las valoradones que con respecto a ese requisito de presentación de certificación de uso del suelo, en las informaciones posesorias urbanas, ha realizado el Tribunal Primero Civil, Secclón Segunda, en su sentencia WN” 108-N-2004 de las slete horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de enero del dos mil cuatro, cuando afirmó: "Se recurre de la resolución de las sels horas y cuarenta y tres minutos del primero de julio de dos mil tres, que le previno a la promovente la presentación de un estudio de suelos con el que demuestre que ha ejercido la poseslón cumpliendo con el uso conforme del suelo para la actividad que realiza de acuerdo con la metodología aprobada, Expresa la recurrente que la Ley de Informaciones Posesorias y la Ley N* 7779 no exigen estudios de suelos para Informaciones Posesorias, pues el títuto de propiedad no tiene relación con el suelo. Agrega que la disposición reglamentaria que invoca el Juzgado como fundamento de la prevención resulta Inconstituclonal. La Ley 7779 tlene como finalidad regular el uso, Jo y vación de los suelos como parte de los recursos naturales del país, El artículo 58 del Decreto N* 29375 MAG+! -MINAE- HACIENDA- MOPT, que reglamenta la mencionada ley establece que “ en toda Información posesorla o que se presente ante el IDA o ante los Tribunales de Justicia, con el fin de inscribir en el Registro Público de la Propledad, el Interesado, además de los requisitos que exige la normativa común, deberá de demostrar, con un estudio adecuado de suelos, que ha ejercido la 16 do con el uso me del suelo para la actividad que realiza de acuerdo con la metodología aprobada, y ejecutándolas con las mejores prácticas de su manejo, según la mejor tecnología disponible en cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 3, 6, 12, 13, 19, 26, 27, 41, 43 y 64 de la Loy N> 7779 y este Errar El problema que se presenta en este caso, no es, a criterlo de este tribunal, de plis Así pareció entenderlo este Tribunal ( ora sección primera) al Gio que * El artículo 58 del Reglamento a la Loy N* 7779 de 30 de abril de 1998 es bien claro. Debe acatarse. Manda practicar estudio de suelos en informaciones posesorias con finalidad que indica. Dictámen a cargo de profesional Incorporado al Coleglo de Agrónomos de Costa Rica acreditado ante el MAG. Emitirá certificación eran males Ordinales 6 y 59 ibidem, Pero un principio de LO ad acor o sario. La finca que se pretende Inscribir es muy A Su cabida superficial 251 metros 98 docimetros clsdrados. Sólo tiene casa de habitación. Estudio de Uso Conforme del Suelo luce como exigencia para otro tipo de Inmuebles. Cuando sea de interés público la acclón estatal o privada para el manejo, la conservación y recuperación de suelos. Artículos 2 y3 de leyindicada, Y no luce que el fundo del promotor E G G amerite esa Intervención. ( resolución N” 298-L de las nueve horas del diecinueve de diclembre de dos mil tres). Por las razones apuntadas, se concluye que la prevención resulta improcedente y por ese motivo, en lo que ha sido objeto de apelación, deberá anularse la resolución recurrida". Pan 0375 15-04-202 8 Sitio Web: munipococi.go.cr AMS IO Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0376 PAGINA N230 ACTA N*81 Ordinaria. 15-04- A .. Ver menos Citas de Legislación y Doctrina Sentencias Relacionadas Texto de la Resolución Exp. 01-100474-468-C1 Información posesoria Promueve: la Municipalidad de Pococí Interviene: el Estado y la Junta de Educación de la Escuela Central de Guápiles N*160-2010-1 Sección Segunda del Tribunal Contencloso Administrativo y Civil de Haclenda. Segundo Circulto Judicial de San José, Anexo A, Goicoechea, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséls de marzo del dos mil diez» Información posesorla, promovida por la Municipalidad de Pococí, representada inicialmente por Manuel Hernández Rivera, quien es casado, abogado, vecino de Guápiles, cédula de identidad número siete-cero ochenta y seis-ochoclentos cincuenta, en su condición de Alcalde. Se apersonaron al proceso, la Procuraduria General de la República, representado inicialmente por el Procurador Agrario, Victor Bulgarelli Céspedes, casado, abogado, vecino de Heredia, cédula de Identidad número uno-selscientos uno-ochocientos veinticinco y la Junta de Educación de la Escuela Central de Guápiles, representada por Karen Alfaro Vásquez, casada, señora de su hogar, vecina de Guápiles, códula de Identidad número slete-clento trece-cuatrocientos cuarenta y i ocho, Figura además, coma apoderado especial judicial de la Municipalidad promovente, Jesús Pablo Baltodano Gómez, casado, * abogado, vecina de Guápiles, cédula de identidad número sels-ciento veinticinco-cuatrocientos treinta y slate. Todas las personas mencionadas son mayores.- Resultando: 3 1 )) La Municipalidad ir las pr di de ir ión con el fin de autorizar la inscripción de un inmueble i en el Registro Público, ubicado en el Distrito de Guápiles, Cantón de Pococí, Provincia de Limón, que es lorreno donde so ubica | una cancha de fútbol y parque, que mide catorce mil el nta y cinco metros cu con cincuenta di ros cuadrados y que colinda al norte con la Junta de Educación de la Escuela Central de Guápiles, al sur con calle pública con un ¿ frente de noventa y slete metros con dos decímetros lineales, al este con calle pública on Un frente de ciento cincuenta y cuatro + metros con un decímetro lineal y al oeste con calle pública con un frente a ella de ciento cincuenta metros con veinticuatro ¿ decímetros lineales y que se describe en el plano catastrado número L-706-042-2001 (folios 3 y 4).- I) Que la Procuraduría General de la República, se apersonó a las presentes diligencias, sin que manifestara oposición a las pr iones de la Obsérvense escritos a folios 19 y 49-50.- II) Que la Junta de Educación de la Escuela Central de Guápiles, fue notificada de las diligencias y manifestó que no tenía ningún : inconvenlente en la inscripción del terreno que solicita la Municipalidad (folio 30).- Í IV) Que el Juez del do Ce joso Ad vo y Civil de Hacienda, Felipe Córdoba Ramirez, por medio de sentencia N* 526-2009 de las trece horas y cincuenta minutos del veintisiete de febrero del dos mil ocho, dispuso: "Se declara con lugar la presente diligencia de Información Posesorla. Se autoriza a la Municipalidad del Cantón de PococíÍ, cédula de persona Jurídica número 3-014-042125, a fin de que proceda a la inscripción de este pronunciamiento en el Registro de la Propiedad, Sección de la Propiedad Inmueble, con el propósito de que el terreno que se dirá, sea Inscrito a su nombre y como finca nueva. El inmueble objeto de la presente autorización se describe de la siguiente manera: Terreno dedicado a cancha de fútbol y parque, sito en Distrito Primero Guápiles, Cantón Segundo Pacoci, de la Provincia de Limón; con una medida de catorce mil doscientos cincuenta y cinco metros con cincuenta decímetros cuadrados de superficie, según plano catastrado número L»setecientos seis mil cuarenta y dos-dos mil uno, del dieciocho de mayo : del dos mill uno, y con los sIguientos siguientes (sic) linderos según consta en el mismo: Norte: Junta de Educación Escuela Central de Guápiles; Sur: Calle pública con un frente de noventa y si metros con doce decímetros lineales; Este: Calle pública con un frente de ciento clecuenta y cusiro metros con un decimetro lineal; y Oeste: Calle pública con un frente de ciento cincuenta metros con vs o lineales, El pr o al igual que el terreno fueron estimados en la suma de catorce millones doscit li y cinco mil coli s. Para una eventual venta del Inmueble por parte de la Municip está la jeta a trámite de ley y constitucional correspondiente. Del mismo modo, la propledad adquirida y autorizada en este pronunciamiento, no quedará definitivamente consolidada respecto de terceros, sino hasta que transcurra el plazo de tres años, que se computará |; a partir del día de la Inscripción del título autorizado en el Registro Público; plazo que se reducirá un año, para lo que ¡ corresponda a la solicitud y ón de pr de entl del St: Bancario 1 o del Instituto de | B | l Vivlenda y Urbanismo. Por tener el terreno en comentario frente a la vía pública, quedará afecto a las reservas que indica la Loy General de Caminos Públicos, y en su caso, a lo dispuesto por el artículo diecinueve de la Ley de Informaciones Posesorias. La Inscripción se realizará libre de cualquier otro gravamen o carga real que no sean los ! POCOC Sitio Web: munipococi.go.cr a AUS AI Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N931 ACTA N931 Ordinaria. 15-04. TE a relacionados supra. Se dicta esta resolución sin especial condenatoria en costas (folios 61 a 65).- A V) Que el Estado interpuso recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia (folios 71-75), recurso que fue admitido por el Juzgado (vbase resolución de folio 76), en razón de lo cual conoce este Tribunal del expediante.- vi) En los procedimientos se han seguido las prescripciones de ley, emitléndose la presente sentencia dentro del término que lo permiten las fabores encomendadas al despacho.- Redacta el Juez Canales Hernández; y, Considerando: )) Se aprueban los hechos probados expresados en el primer considerando de la sentencia impugnada.- 11) Argumentos del Estado contra la sentencia impugnada (véanse escritos de folios 74-75 y 80-81): Primer argumento; Afirma la señora Procuradora que la copla de recepción de prueba testimonial no fue remitida y que ese es Un documento esencial para que se pueda cumplir con su función dentro de esas diligencias, para determinar el cumplimiento de la posesión originaria apta para usucapir en cabeza del promovente. Cita el voto 00132-2006, pero no indica cuál despacho judicial fa emitió; Segundo argumento: Dice también que no se aportó el Certificado de Uso de Suelos, indicando que "el reglamento a la Ley de Uso de Suelo" (na Indica el articulo), dispone que en toda Información posesorla, se deberá demostrar en Un estudio adecuado de suelos, que ha ejercido la posesión cumpliendo con el uso conforme del suelo para ta actividad que se realiza, Pide que se deje sin efecto la resolución menclonada.- ¡ | M) Sobre el primer argumento: Considera el Tribunal que el argumento presentado no permita afirmar que exista nulidad de los ] procedimientos, ni de la sentencia Impugnada. Si bien es certo, el artículo 24, inciso b) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, dispone que: "Los tribunales da Justicia, los administrativos y las dependencias públicas están obligados: (...) A suministrar, a la Procuraduría, coplas de todas las resoluciones, actas y diligencias, ya sean probatorlas o de cualquier otra naturaleza, que se practiquen durante la tramitación de los juiclos o negocios. Esas coplas irán selladas y firmadas por el Secretario del Di Ji Los tl respecth en perjuicio del Estado, no correrán mlentras no se haya cumplido con lo que se Indica en este artículo, nl podrá cobrarse, por esos conceptos, suma alguna a la Procuradurla General de la República" y de la revisión del expediente no consta de forma inequívoca que el Juzgado Civii de Pococí (donde se inlcló el proceso) y el Juzgado Contencioso Administrativo (donde conduyó), haya entregado copías de las diligencias de recepción de prueba testimonial a la Procuraduría, lo cierto es que el reclamo de ese punto de la tramitación, no fue hecho por esa representación en el momento procesal oportuno y por esa razón se encuentra precluido. Obsárvase que Incluso, el Pracurador Adjunto, en el escrito que se aprecia a folio 19 y que astá fechado el día 18 de febrero del 2002, no solicita la falta de remisión de copia de esas diligencias, a pesar que ya se hablan practicado desde el veintitrés de enero de ese año (folios 15 y 16). Lo mismo sucedió en la manifestación fechada el día 23 de abril de 2008, en que no se advierte la falta de remisión de las coplas que se echan de menos en el recurso de apelación (follos 49 y 50). Aparte de haber precluldo la oportunidad para reclamar por el defecto procesal advertido, cabe indicar que si bien existió una irregularidad en el proceso, lo cierto es que la Procuraduria, no demuestra que con la omisión de entregar las coplas de las diligencias de recepción de prueba testimonial, se le haya causado Indefenslón, siendo improcedente que se declare una nulidad por la nulidad misma, sín que esta un perjuicio procesal efectivo e indefensión 1) Sobre el segundo agravio: Si bien la representación estatal, no precisa el artículo, ni el cuerpo normativo vulnerado con la omisión de aportar al proceso, el certificado de uso de suelos, lo clerto es que tratándose el terreno que se quiere inscribir, de una propledad urbana (ya destinada a actividades de deportivas y de recreación) y no destinada a la producción agrícola o industrial, | era Innecesario durante la tramitación del proceso, aportar el certificado de uso de suelos que ahora se echa de menos. En ese sentido, el Tribunal comparte la valoración realizada por el Juzgado al final del considerando segundo de la sentencia impugnada (folios 63 y 64) y las valoraciones que con r a ese req de pre de certificación de uso del suelo, en las informaciones posesorias urbanas, ha realizado el Tribunal Primero Civil, Sección Segunda, en su sentencia N" 108-N-2004 de las 1 1 siete horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de enero del dos mil cuatro, cuando afirmó: "Se recurre de la resolución de las sels horas y cuarenta y tres minutos del primero de Jullo de dos mil tres, que lo previno a la promovente la presentación de un estudlo de suelos con el que demuestre que ha ejercido la posesión cumpllendo con el uso conforme del suelo para la actividad que realiza de acuerdo con la metodología aprobada. Expresa la recurrente que la Loy de Informaciones Posesorias y la Ley N* 7779 no exigen estudios de suelos para Informaciones Posesorlas, Í pues el título de propiedad no tieno relación con el suelo. Agrega que la disposición reglamentaria que invoca el Juzgado como fundamento de la prevención resulta inconstitucional. La Ley 7779 tlene como finalidad regular el uso, manejo y conservación de los suelos como parte de los recursos naturales del país. El artículo 58 del Decreto N* 29375 MAG-MINAE- HACIENDA» MOPT, que reglamenta la mencionada ley establece que “ en toda información posesoria o que se presente ante el IDA o ante los Tribunales de Justicia, con el fin de inscribir en el Registro Público de la Propledad, el interesado, además de los requisitos que exige la normativa común, deberá de demostrar, con un estudio adecuado de suelos, que ha ejercido la posesión cumpliendo con el uso conforme del suelo para la actividad que realiza de acuerdo con la dología apr yej dolas con las mej. pr de su manejo, según la mejor tecnología disp: le en cumplimi con lo en los artículos 3, 6, 12, 13, 19, 26, 27, 41, 43 y 64 de la Ley N* 7779 y este Reglamento”. ob ae de este Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00378 PAGINA N932 ACTA N*31 Ordinario. 15-04; Th or obje: io ea reducida e ucción de u sentido solicitar el ci studio, su único efecto en roceso serían la rosid: rolongación inn: ta di mismo. Así pareció entenderlo este Tribunal ( ahora sección primera) al resolver que “ El artículo 58 del Reglamento a la Ley N? 7779 de 30 de abril de 1998 es bien claro. Debe acatarse. Manda practicar estudio de suelos en informaciones posesorias con finalidad que indica. Dictámen a cargo de profeslonal incorporado al Coleglo de Agrónomos de Costa Rica acreditado ante el MAG. Emitirá certificación tri Ordinales 6 y 59 ibidem. Pero un principio de e 9 pro ecesario, La finca que se pretende Inscribir es muy pequeña. Su cablda suarriciól 25 metros 88 decimatros cuaidiados: Sólo tlene casa de habltación. Estudio de Uso Conforme del Suelo luce como exigencia para otro tipo de inmuebles. Cuando sea de Interés público la acción estatal o privada para el manejo, la conservación y recuperación de suelos. Artículos 2 y 3 de ley indicada. Y no luce que el fundo del promotor Eduardo González Gutiérrez amerite esa intervención. ( resolución N* 298-L de las nueve horas del diecinueve de diciembre de dos mil tres). Por las razones apuntadas, se concluye que la prevención resulta Improcedente y por ese motivo, en lo que ha sido objeto de apelación, deberá anularse la resolución recurrida",- 1) Conforme con lo antes indicado, debe desestimarse el recurso de apelación presentado y confirmarse en lo que fue objeto de recurso, la sentencia de primera instancia.- Por tanto: Se confirma la sentencia impugnada.- Cristina Víquez Cerdas Sady Jiménez Quesada Jonatán Canales Hernández Clasificación elaborada por CENTRO DE INFORMACIÓN JURISPRUDENCIAL del Poder Judiclal. Prohibida su reproducción y/o distribución en forma onerosa. Es copla flel del original - Tomado del Nexus PJ el: 10-04-2021 07:54:44, Por Unanimidad SE ACUERDA: Se recibe y se traslada al departamento de Servicios Jurídicos. ACUERDO N* 581 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Sonia Campos Moreira presidenta de la Junta de educación de la escuela Central de Guápiles y la señora Sandra Salazar Parra en calidad de directora de la escuela central de Guápiles, Telefax: 2710-1562, dice: Asunto: Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio y Nulidad Concomitante al Acuerdo N*570 Acta N*28 del 2021 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00379 PAGINA N933 ACTA N981 Ordinaria 15-0 JUNTA DE EDUCACIÓN Y DIRECTORA DE LA ESCUELA CENTRAL DE GUÁPILES COMO GESTIÓN PRINCIPAL IMPUGNAN ACUERDO NÚMERO 570 DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO 28 DEL 08 DE ABRIL DEL 2021, Y DE FORMA SUBSIDIARIA SOLICITAN REVOCATORIA DE DONACIÓN DE TERRENO SEÑORES CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ: Las abajo firmantes, SONIA CAMPOS MOREIRA, portadora de la cédula de identidad número 7-0119-0601, casada en segundas nupcias, ama de casa, vecina de La Colonia, Pococí, Limón, exactamente en Cascadas Uno, del súper blessing 200 metros al norte; actuando en mi condición de Presidenta de la Junta de Educación de la Escuela Central de Guápiles, cédula jurídica número 3-008-061714 y SANDRA SALAZAR PARRA, portadora de la cédula de identidad número 3-0260-0144, divorciada, vecina de Pocora, Guácimo Limón, exactamente 300 metros al norte y 200 metros al este de la Iglesia Católica, en mi condición de Directora de la Escuela Central de Guápiles, respetuosamente nos presentamos ante ustedes a presentar recurso de revocatoria, con apelación en subsidio ante el Tribunal Contencioso Administrativo y nulidad concomitante contra el ACUERDO NÚMERO 570 DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO 28 DEL 08 DE ABRIL DEL 2021 el Cual este honorable Concejo Municipal acordó aprobar la recomendación de la Mesa del Edificio para utilizar la denominada Plaza El Salvador para la construcción del Edificio Municipal. CUESTIÓN DE TRÁMITE Y NORMAS DE ACATAMIENTO OBLIGATORIO: De conformidad con el artículo 165 del Código Municipal, el presente'recurso se presenta dentro del quinto día de aprobado el acuerdo impugnado, siendo obligación, conforme al párrafo segundo de ese artículo, que el concejo conozca la revocatoria en la sesión ordinaria siguiente a la presentación. En caso de que se rechace la revocatoria, el concejo deberá ordenar la remisión inmediata de la apelación para que sea conocida por el Tribunal Superior Contencioso-Administrativo. En ese mismo acto ordenará la suspensión del acuerdo aquí impugnado. Por su parte, el artículo 191 dei Código Procesal Contencioso Administrativo establece pena por el delito de desobediencia a la autoridad así como sanciones disciplinarias, en caso de que incumpla con el envío del expediente ante el ó Sitio Web: munipococi.go.cr a AS S Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PE yl y Sitio Web: munipococi.go.cr a AO Facebook: AMunicipalidadDePococi | MUNICIPALIDAD DE POCOCI tribunal competente ante la interposición de un recurso de apelación. L SOBRE LOS RECURSOS INTERPUESTOS: Los motivos de este recurso son los siguientes: MOTIVO PRIMERO: El terreno donde se ubica la Plaza El Salvador se grafica actualmente en el plano de catastro número L- 706042-2001, plano que fue inscrito por la Municipalidad de Pococí en fecha 11 de mayo de 2001, consignándose en el plano catastrado por la misma municipalidad que lo inscribió que su naturaleza es “Cancha de Fútbol y Parque”, lo cual resulta congruente con el destino histórico que ha tenido ese terreno. La Municipalidad de Pococí gestlonó la inscripción del inmueble bajo el expediente judicial número 01-100474-0468-C! ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, indicando expresamente en los tribunales que solicitaba la inscripción del terreno bajo la naturaleza o uso de “cancha de fútbol y parque”, conforme al citado plano L- 706042- 2001. La citada Plaza El Salvador ha sido utilizada por la comunidad, entre ella especialmente por los niños y niñas estudiantes de la Escuela Central de Guápiles para la práctica de sus actividades deportivas y recreativas, actos cívicos y actividades en general; dicha plaza durante décadas ha sido considerada parte complementaría para el disfrute de los niños de nuestra escuela y es una especie de pulmón que se ubica de forma adyacente o inmediata por la colindancia sur de nuestra escuela, librando a los menores estudiantes de la contaminación vehicular, así como el bullicio y tránsito de personas. MOTIVO SEGUNDO: El Concejo Municipal de Pococí sin aviso previo y sin transmitirlo por sus redes sociales realizó la sesión municipal celebrada el jueves anterior 08 de abril del año 2021, lo que afectó el acceso público a esa la sesión. En dicha sesión sin encontrarse el tema en el orden del día, de manera que previamente se le haya dado la necesaria comunicación a eventuales partes interesadas, un grupo de respetables regidores presentaron la moción mediante la cual aprobaron la recomendación de lo que denominaron “Mesa del Edificio” para utilizar la denominada Plaza El Salvador para la construcción del Edificio Municipal de Pococí. Pluye 00380 PAGINA N*34 ACTA N*31 Ordinaria o 15-04-2021
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00381 PAGINA N*35 ACTA N931 Ordinaria ' 15-04-2021 Dicho acuerdo implica un camblo de uso de espacio público destinado a cancha de futbol para destinario a construcción de edificio municipal. MOTIVO TERCERO: El acuerdo aquí impugnado carece de los más esenciales elementos que exige el ordenamiento jurídico, ya que es omiso de motivación que es un elemento necesario para su validez y para el cumplimiento del debido proceso legal y constitucional; el acuerdo no fue antecedido con una motivación clara y precisa sobre cuáles fueron las razones de hecho y de derecho que presentó la citada comisión o “mesa del edificio” al pleno del órgano colegiado, de modo que externamente es imposible saber el método, la investigación y las conclusiones a las que arribó la citada “mesa del edificio” y que ocasionaron el acuerdo. Tampoco consta en las actas municipales algún estudio o dictamen donde se hayan expuesto las razones técnicas de ingeniería, de legalidad y de oportunidad que fundamenten o motiven el contenido del acuerdo, el que conlleva como consecuencia el cambio de uso o destino del inmueble. De previo al acto administrativo o acuerdo municipal no se transparentó, no se dejó con acceso público, la motivación o fundamento que acuerpaba el acuerdo, y solo esa omisión vicia de nulidad absoluta el acuerdo aquí impugnado. MOTIVO CUARTO: El acuerdo municipal que aprueba utilizar la plaza El Salvador que cambiaría el uso público de una zona verde que utilizan los niños de nuestra escuela y que tiene su propio ecosistema para construir en esta el nuevo edificio municipal del cantón de Pococí, fue tomado sin cumplir la obligación de realizar el Concejo Municipal, previamente, procedimientos de estudio de impacto ambiental que de forma técnica e Interdisciplinaria haya realizado una evaluación de impacto ambiental que permitiera conocer los impactos futuros que generaría la obra, lo que implica un riesgo y amenaza para el ambiente y la salud de las personas. Asimismo, el acuerdo de construcción se tomó sin contar previamente el Concejo Municipal con un estudio o plan de manejo, conservación y uso del suelo de conformidad con las exigencias de la Ley 7779 y su reglamento que indique que el uso que se le pretende dar al suelo es conforme al ordenamiento jurídico. MOTIVO QUINTO: Al cerrar el espacio público de Plaza El Salvador para dedicar su naturaleza o destino a construcción, afecta a las personas menores de edad de nuestra escuela, a quienes se É£ Sitio Web: munipococi.go.cr a MI AO Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0382 PAGINA N936 ACTA N31 Ordinaria. o 15-04-2 les disminuye las posibilidades de participar en actividades recreativas, deportivas y culturales que les permitan ocupar provechosamente su tiempo. El distrito Guápiles se encuentra entre los tres más poblados de la provincia de Limón, siendo la Plaza El Salvador el único centro dedicado al deporte y la recreación en el corazón de la ciudad, ubicándose las otras plazas existentes en las afueras a algunos kilómetros de distancia. Lo anterior Imposibilitará el traslado de usuarios, como es el caso de los menores de la Escuela Central de Guápiles, centro educativo que igualmente es de los de mayor población estudiantil de la provincia de Limón. Aunado a lo anterior agrava el daño a la niñez y la adolescencia local el hecho de que el Polideportivo de la ciudad, situado varios kilómetros afuera del centro y que es administrado por la Municipalidad de Pococí, se encuentra totalmente cerrado al público desde hace unos tres años por problemas financieros y administrativos. Adicionalmente, el acuerdo cuestionado, que conlleva el cambio de uso del espacio público de la Plaza El Salvador se tomó sin acordar y ofrecer a la población previamente un plan remedial, alternativa o forma de sustituir la instalación deportiva y recreativa cercenada por otra que reúna las mismas o mejores condiciones de ubicación y acceso para los vecinos del distrito Guápiles. El vació que dejará el acuerdo impugnado es de imposible reparación ya que la Plaza el Salvador tiene para la población de Guápiles una enorme importancia en materia de uso recreativo y también estético, su área verde urbana también es utilizada para diversos beneficios sociales y ambientales, usos educativos, practica infantil de deportes, entrenamientos de distintas disciplinas deportivas que compiten en juegos deportivos nacionales, celebraciones patrias y cantonales, y actos culturales. En fechas memorables, como la celebración de cantonato, las fiestas patrias y las festividades como "Fantasía Navideña”, se congrega ahí la sociedad guapileña para compartir socialmente y disfrutar de juegos de pólvora, música y actos culturales. MOTIVO SEXTO: El acuerdo aquí impugnado traslapa otro acuerdo municipal que existe y consta en los antecedentes de la secretaría municipal para construir en otro terreno el nuevo edificio municipal, el cual no ha sido derogado, revocado o modificado en forma alguna, siendo imposible que en el ordenamiento municipal subsistan vigentes dos acuerdos que se contradicen y excluyen entre si. q Sitio Web: munipococi.go.cr AN MLS E Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI O PAGINA N*37 ACTA N*31 Ordinaria 15-04-20 Se trata de otro amplio inmueble, ubicado al costado oeste de la Plaza El Salvador, calle en medio, que actualmente está desocupado de toda construcción (antes se ubicaba el antiguo edificio municipal) que mide: 3256.49 metros cuadrados, plano número L-533305- 1998, debidamente inscrito en el Registro de Propiedad bajo la matrícula del partido de Limón 156171-000, en el cual, haciendo uso de la ingeniería modera, bien puede la Municipalidad levantar su edificio municipal. Sin embargo, en los nuevos planes, parece estar destinado a parqueo, principalmente del personal municipal. Dicho inmueble, según consta en el Registro Público sí tiene como naturaleza o destino “Construcción del Nuevo Palacio Municipal de Pococf”. Ese inmueble fue adquirido precisamente por donación que hiciera nuestra Junta de Educación de Guápiles, que ahora irónicamente somos los primeros afectados por el acuerdo aquí impugnado- a favor de la Municipalidad de Pococí. Para hacer posible esa donación la misma municipalidad promovió la aprobación de una ley; se trata de la Ley número 9244 denominada “Autorización a la Junta de Educación de la Escuela Líder Central de Guápiles para que segregue y done un lote de su propledad a la Municipalidad de PococP. A solicitud de esta municipalidad la Asamblea Legislativa insertó un artículo segundo en esa ley que literalmente dice: “Artículo 2.- El lote donado se destinará, exclusivamente, a la construcción del edificio del Palacio Municipal de Pococf'. El subrayado y negrita no son de origen. Consecuencia de lo anterior, resulta improcedente, arbitrario, ineficaz, ineficiente y haría incurrir en responsabilidad a este Concejo Municipal, cambiar el uso del espacio público destinado a la Plaza El Salvador para construir ahí un edificio, cuando desde el 31 de agosto del año 2015 la municipalidad inscribió otro terreno que sí tiene esa vocación y uso dado por ley. Igualmente sería ilegal cambiar el uso de este último terreno que le donó la Junta de Educación para destinarlo ahora a parqueo u otras actividades que no sean la construcción del Palacio Municipal, como lo estableció la ley que autorizó la donación. MOTIVO SÉTIMO: Mediante el acuerdo impugnado el Concejo Municipal se arroga competencias asignadas de forma restrictiva al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí; lo anterlor ya que la administración de las instalaciones y espacios públicos destinados al deporte y la recreación en cada cantón le corresponde a un órgano especializado de las POC Sitio Web: munipococi.go.cr a € Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*38 ACTA N*31 Ordinaria Pecocí MUNICIPALIDAD DE POCOCI municipalidades denominado Comité Cantonal de Deportes y Recreación que es el competente para tomar ese tipo de decisiones, no existiendo autorización legal para que el Concejo Municipal pueda disponer sobre el cambio de uso de un espacio público destinado a Instalación deportiva. Sin embargo, en el caso concreto, sin seguir el debido proceso legal y constitucional el Concejo Municipal de Pococí ha cercenado las competencias atribuidas de forma exclusiva al Comité Cantonal de Deportes de Pococí, se ha arrogado competencias que no le corresponden, y ha acordado el camblo de uso del espacio público destinado a la Plaza El Salvador. Lo anterior sin que exista acuerdo previo o audiencia conferida a este último órgano administrativo para que hiciera valer sus derechos. MOTIVO OCTAVO: El Concejo Municipal de Pococí de forma previa al acuerdo cuestionado no ha transparentado ni sometido a consulta pública su decisión de cambiar el uso del espacio público de la plaza El Salvador. Lo anterior por cuanto no procedió a oír a los eventuales interesados como la Junta de Educación de la Escuela Central de Guápiles, no permitiéndonos de forma previa al acuerdo, el acceso al expediente administrativo, a revisar los informes de la "Mesa" o comisión designada, a revisar y aportar documentos u otras pruebas, a alegar en sesiones municipales. Todo lo anterior resultaba necesario antes de aprobar una decisión o acuerdo que pudiera afectar sus derechos o intereses. MEDIDA CAUTELAR: Solicito suspender de inmediato el acuerdo municipal tomado en la sesión municipal de fecha 08 de abril del año 2021, Sesión ordinaria número 28, mediante el cual acordaron acoger la recomendación de la “Mesa del Edificio” para utilizar la Plaza El Salvador para la construcción del Edificio Municipal de Pococí, cambiando el uso o destino de ese espacio público. PRETENSIÓN O PETICIÓN DEL RECURSO: De conformidad con el cuadro fáctico y fundamento de derecho citado, solicito que se declare con lugar el presente recurso y se anule por violatorio de derechos fundamentales y legales el referido acuerdo del Concejo Municipal de Pococi, mediante el cual acordó Pluye 0384 15-04-2021 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI / 100385 PAGINA N*39 ACTA N*31 Ordinaria 15-0442021 acoger la recomendación de la “Mesa del Edificio” para utilizar la denominada Plaza El Salvador para la construcción del Edificio Municipal de Pococí. En caso de que el recurso de revocatoria sea rechazado, solicito que a la brevedad posible y dentro del plazo perentorio de ley se eleve el expediente ante la sección competente del Tribunal Contencioso Administrativo para que se conozca en esa sede mi alzada o apelación. Asimismo, conforme lo ordena la ley, solicito que de inmediato se resuelva suspender el acuerdo impugnado hasta tanto se resuelva la apelación por parte del Tribunal Contencioso Administrativo PRUEBA: -Solicito que se agregue al legajo del presente recurso copias certificadas del acuerdo citado de la sesión ordinaria número 28 del 08 de abril del año 2021 y de todos los estudios, dictámenes y documentos que sirvieron de base al referido acuerdo. -Solicito que se agregue al expediente copias de los siguientes documentos que constan en los archivos municipales, conforme a la Ley 8220 de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos: -Plano de catastro número L- 706042-2001 donde se ubica la Plaza El Salvador y el Parque de Guápiles, en los cuales se consigna su uso como "Cancha de Futbol y Parque”. tl SOBRE LA SOLICITUD DE REVOCATORÍA DE DONACIÓN DE TERRENO Como explicamos líneas arriba esta Junta de Educación donó a la Municipalidad el terreno donde se ubicaba el antiguo edificio municipal. Esa donación se realizó por medio de una ley que tiene una condición restrictiva de uso, que es la construcción del nuevo Palacio Municipal. Esa condición restrictiva establecida por ley no pueden cambiarla los regidores, bajo advertencia de incurrir en responsabilidad. Ese terreno se trata de un ampllo inmueble, ubicado al costado oeste de la Plaza El Salvador, calle en medio, que actualmente está desocupado de toda construcción que mide: POCO > Sitio Web: munipococi.go.cr a AUS Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0386 PAGINA N*40 ACTA N931 Ordinaria. 15-04-202 3256.49 metros cuadrados, plano número L-533305-1998, debidamente inscrito en el Registro de Propiedad bajo la matrícula del partido de Limón 156171-000, en el cual, haciendo uso de la ingeniería moderna, bien puede la Municipalidad levantar su edificio municipal. Sin embargo, en los nuevos planes, parece estar destinado a parqueo, principalmente del personal municipal. Dicho inmueble, según consta en el Registro Público tiene como naturaleza o destino "Construcción del Nuevo Palacio Municipal de Pococí”. Para hacer posible esa donación la misma administración municipal promovió la aprobación de una ley; se trata de la Ley número 9244 denominada “Autorización a la Junta de Educación de la Escuela Llder Central de Guápiles para que segregue y done un lote de su propiedad a la Municipalidad de Pococí. A solicitud de esta municipalidad la Asamblea Legislativa insertó un artículo segundo en esa ley que literalmente dice: “Artículo 2.- El lote donado se destinará, exclusivamente, a la construcción del edificio del Palacio Municipal de PococP. Consecuencia de lo anterior, resulta improcedente cambiar el uso de este terreno que le donó la Junta de Educación para destinario ahora a parqueo u otras actividades que no sean la construcción del Palacio Municipal, como lo estableció la ley que autorizó la donación. SOLICITUD: Si el Concejo Municipal de Pococí deja en firme el acuerdo ACUERDO NÚMERO 570 DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO 28 DEL 08 DE ABRIL DEL 2021 que aprobó destinar la Plaza El Salvador para la construcción del Edificio Municipal, formalmente solicitamos que se proceda a la brevedad a la revocatoria y rescisión de la donación que realizó esta Junta de Educación a la Municipalidad de Pococí por medio de la escritura número setenta otorgada ante la Notaria Irina Delgado Saborío a las once horas del cinco de agosto del año dos mil quince. Lo anterior por haberse incumplido por parte de este Concejo Municipal el uso o destino que el legislador de forma exclusiva le asignó la Ley número 9244, en evidente desviación de poder. Formalmente peticionamos resolver esta solicitud en el plazo que establece la Ley de Jurisdicción Constitucional, comunicándonos lo resuelto al medio abajo señalado. PO: Y ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr AY MS Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI DO387 PAGINA N*41 ACTA N*31 Ordinaria. 15-04-20 AA NOTIFICACIONES: Las atenderemos por el fax 2710-1562 De ustedes, se suscriben respetuosamente: Licda. Mariela Méndez Garita Sitio Web: munipococi.go.cr AY MS Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0388 PAGINA N*42 ACTA N*31 Ordinaria. 15-04-2021 " MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA mep DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN GUAPILES muastezes _ DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y Fl NANCIEROS TELÉFONO 2710 9039 Correo eléctrónico: Serviciosadmfinan.GuapilesGmep.go.cr F-PJ-07 Certificación de personería jurídica DSAF-0J-PJ-2021- 1138 Hace constar: Que de acuerdo con los controles que lleva esta dependencia registra los siguientes miembros que integran la junta: JUNTA EDUCACION DE LA ESCUELA CENTRAL DE GUAPILES N2 CEDULA JURÍDICA: 3008061714 ESTA JUNTA VENCE: 01/06/2023 FECHA FECHA CARGO NOMBRE COMPLETO NÚMERO CÉDULA NOMBRAMIENTO JURAMENTACIÓN Presidente Sonia Campos Moreira 701190601 16/06/2020 18/06/2020 Secretario Bienvenida Terrero Samboy 121400050802 02/06/2020 04/06/2020 Vicepresidente [Ivette Rodriguez Araya l 304630923 02/06/2020 04/06/2020 Vocal 1 lAarón González Zúñlga , 303870025 02/06/2020 04/06/2020 Vocal 2 Kemly Ciannak Romero Morales , 701280895 02/06/2020 22/06/2020 * Según el Artículo 33, Inciso a) del Decreto Ejecutivo N2 38249-MEP, Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, el Presidente de la Junta tendrá la facultad de representar judicial y extrajudiclalmente a la Junta.** Según el artículo 34, del Decreto Ejecutivo N? 38249-MEP, el Vicepresidente de la Junta ejercerá las atribuciones del Presidente en su ausencia, temporal o definitiva. Se extiende la presente a solicitud del interesado, en el distrito de Guápiles, del Cantón de Pococí, de la provincia de Limón, el día martes, 23 de febrero de 2021 Firmado digitalmente por FABIOLA e ALEJANDRA II Mep l umlerRez MUÑOZ SOSTARsA mitilammes — (FIRMA) Fecha: 2021.02.23 12:24:38 -06'00" Licda. Fabiola Gutiérrez Muñoz Proceso de Gestión de Juntas *Funcionaria autorizada para firmar mediante Resolución MEP-DREG-DSAF-062-2021, publicada en la Gaceta N* 33 del día 17 de febrero del 2021. Página 1 de 1 POC E Sitio Web: munipococi.go.cr AY OS € Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*31 Ordinaria. PAGINA N*43 ¡caciones e Informes Digitales del Registro Nacional https://www.mpdigital.com/shopping/consultaDocumentos/param Inido Ayuda Preguntas. Ce Desconectar mariela mendez Bienes Monitoreadós SI Consulta de Plano Búsqueda Gráfica Marcas i Permite realizar una consulta de plano Carilo de Compras z o Buscar Por: Número de Plano S o rN Provincia Inscripción: 7-LMÓN A Corilicación Imágones Número Inscripción: “708042 Detalle de Servicios Año Inscripción: ¿2001 Historial de Compras Historial de Usos Impuesto Porsonas Jurídicas . Plano(s) Catastrado(s) Índico Porsonas Físicas Indice de Personas Juridicas ¡Psovincias 7 - LIMÓN Número Inscripción: 705042 ¡Año Inscripción: 2001, Área Plano: 14,255.50 “Transitorio IN Loy 9420 Bloque: Lote: Mi Cuenta lEstado; INSCRITO Coordenada Norte: 244500.0 ¡Caordanada Ester559500.0 CRTM Norte: 1129501.0 Mi Inventarto ¡CRTM Este: 523197,0 Verificado Zona Catastrada; No Reserva do Matricula Solicitud de Placas Ubicación(os Salidas dol Pals [Provincial[ Cantón || Distrito 17 - LIMÓN 2 - POCOCÍA - GUAPILES| Avisos importantes ” a Estimado usuario, recuerde . Divlarsafes), que no deben rechazar su (Identificacion¡[ Nombre___._.. [Primer Apellido] Segundo Apellido] Certificación digital en [3014042125 MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ entidad, por lo que sl problemas para la ¡ción de este documento yA aplicación de sus efectos legales, sirvase comunicarlo al centro de asistencia usuario, Teléfono. 2202-0888. Fracclonamiento(s) Plano: Inexistente(s) Finca(s): Inexistente(s) Finca(s) Ganerada(s): Inexistente(s) Plano(s) Hijo(s): Inexistente(s) Plano(s) Padre(s): Inexistente(s) Anotaciones: Inexistente(s) El Registro Inmobiliario advierte que las anotaciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no están disponibles para ser consultadas por este medio. Todos los derechos reservados . 2013 . Registro Maciona! . San José, Curridabat . Apartado Postal 523-2010 Curridabat MPagRVa np gor Este siío ce visualiza major en resolución de 1024 x 768px o superior. Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pecocí Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%44 ACTA N*31 Ordinario. VER DOCUMENTO ADJUNTO SOBRE ANOTACIONES Y VISADOS ¿BOI UA RIDAD DES LLANO AE IA Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*45 ACTA N*31 Ordinario. < Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE P PAGINA N*47 ACTA N*31 a mps: ran mpalgita.comvshoppÓngconsultaDocamentos/ e: CUUIUIIES E LOTES LIAUales qe REMIST pre sema Preguntas! c Di mariela mendez iy Blones Monoreados. iS bn REPUBLICA DE COSTA RICA gúsqueda Gráfica Marcas REGISTRO NACIONAL : CONSULTA POR NUMERO DE | FINCA Carrito do Cormgras. MATRICULA: 156171-—000 Consultas Gratuitas Certificación Imágenes PROVINCIA: LIMON FINCA: 156171 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO: 000 Dotalle de Sar/cizs SEGREGACIONES: NO HAY , NATURALEZA: CONSTRUCCCION EL NUEVO PALACIO MUNICIPAL. DEPOCOC! Historia! de Oergras CUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON Historia LINDEROS: toria! de Usos Ñ Zo NORTE ; CALLE PUBLICA Ampuamo Parasnas Juice: SUR ; GERMAN WEINSTOCK CUCER Y CRUZ ROJAS COSTARRICENSE ¿Índice Parsanas Facts ESTE : CALLE PÚBLICA Y CRUZ ROJA COSTARRICENSE. Indios de Parsenas Juridicas OESTE ; MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Trans ll Ley 9428 MIDE: TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CON CUARENTA Y NUEVE DECIMETROS —«— M CUADRADOS PLANO:1-0533305-1998 Mi Irventarts Resaria de Matricula Solas de Fincas ANTECEDENTES DOMINIO DE LA FINCA: Salidas dal País FINCA DERECHO INSCRITA EN 7-00008180 000 FOLIO REAL Avisos importantes » Estimado usuarlo, rocuerdo VALOR FISCAL: 758,084,500.00 COLONES que no deben rechazar 6u PROPIETARIO: Certificación digital en MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE Pococi ninguna entidad, por lo que si CEDULA JURIDICA 3-014-042125 tiene problemas para la ESTIMACIÓN O PRECIO: SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL recepción de este documento QUINIENTOS COLONES y aplicación de sus efectos DUEÑO DEL DOMINIO leales, ¡Arena espero PRESENTACIÓN: 2015-00311245) al centro de asistencia al : 31) A INSCRIPCIÓN: 34 Y ANOTACIONES SOBRELA FINCA: NO HAY 'GRAVAMENES o AFECTACIONES: siHaY SERVIDUMBRE TRASLADADA CITAS: 213-04165-01-0901-001 - FINCA REFERENCIA 700008180 000 AFECTA A FINCA: 7-00156171 -000 CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO BAY Emitido el 09-04-2021 a las 16:28 horas E “odos los derechas reservados . 2013 . Registro Naconal. Sen José, Curdideba! Apartado Postal 522-2010 Curridabat. mpajrO mp gor Este sito se Ysuatzo mejor en resolución de 1024 x 761px o superior 9 POCOCA Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipoalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*48 ACTA N*31 Ordinaria. 15-04 A Tribunal Contencioso Administrativo Sección 1 Resolución N” 00160 - 2010 Fecha de la Resolución: 26 de Marzo del 2010 Expediente: 01-100474-0468-Cl Redactado por: Jonatán Canales Hernández Clase de Asunto: Proceso de información posesoria Analizado por: CENTRO DE INFORMACIÓN JURISPRUDENCIAL Sentencias Relacionadas Sentencias en igual sentido nt y Temas (descriptores): Información posesoria, Certificación de uso de suelo Subtemas (restrictores): Imecesario aportar uso de suelo por tratarse de terreno urbano, Innecesario aportarlo en proceso de información posesoria por tratarse de terreno urbano “Tipo de contenido: Voto de mayoría Rama del derecho: Derecho Procesal Civil *II) Sobre el segundo agravio: Si bien la representación estatal, no precisa el artículo, ni el cuerpo normativo vulnerado con la omislón de aportar al proceso, el certificado de uso de suelos, lo cierto es que tratándose el terreno que se quiere Inscribir, de una propiedad urbana (ya destinada a actividades de deportivas y de recreación) y no destinada a la producción agricola o industrial, era innecesario durante la tramitación del proceso, aportar el certificado de uso de suelos que ahora se echa de menos. En ese | | sentido, el Tribunal comparte la valoración realizada por el Juzgado al final del considerando segundo de la sentencia impugnada | (follos 63 y 64) y las valoraciones que con respecto a ese requisito de presentación de certificación de uso del suelo, en las informaciones posesorias urbanas, ha realizado el Tribunal Primero Civil, Sección Segunda, en su sentencia N”.108-N-2004 de las * siete horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de enero del dos mil cuatro, cuando afirmó: Se recurre de la resolución de las seis horas y cuarenta y tres minutos del primero de julio de dos mil tres, que le previno a la promovente la presentación de un estudio de suelos con el que demuestre que ha ejercido la poseslón cumpliendo con el uso conforme del suelo para la actividad que realiza de acuerdo con la metodología aprobada, Expresa la recurrente que la Ley de Informaciones Posesorias y la Ley N* 7779 no exigen estudios de suelos para Informaciones Posesorias, : pues el título de propledad no tiene relación con el suelo. Agrega que la disposición reglamentaria que Ínvoca el Juzgado como fundamento de la prevención resulta inconstitucional. La Ley 7779 tlane como finalidad regular el uso, |; manejo y conservación de los suelos como parte de los recursos naturales del país. El artículo 58 dol Decreto N* 29375 | | MAG-MINAE= HACIENDA» MOPT, que reglamenta la mencionada ley establece que “ en toda información posesoria o ' H que se presente ante el IDA o ante los Tribunales de Justicia, con el fin de inscribir en el Registro Público de la * Propledad, el Interesado, además de los requisitos que exige la normativa común, deberá de demostrar, con un estudio adecuado de suelos, que ha ejercido la posesión cumpliendo con el uso conforme del suelo para la actividad que realiza de acuerdo con la metodol gía aprobada, y ejecutándolas con las mejores prácticas de su manejo, según |; | ¡ | IN ] i M 14 ; í auisito debe exigirse en aqu: n que ii la mejorte ¡fa disponible en cump nto con lo sto en los artículos 3, 6, 12, 13, 19, 26, 27, 41, 43 y 64 de la 14 ¿ | Ley N? 7779 y oste Reglament: a e o. a le j | | tribunales de justicia les corresponde Interpretar de una manera racional, siguiendo las reglas de la lógica yla | | roismo. Así pareció entenderlo este Tribunal ( ahora sección primera) al resolver que "El artículo 58 del Reglamento a la Loy N* 7779 de 30 de abril de 1998 es bien claro. Debe acatarse. Manda practicar estudio de suelos en informaciones ¡| posesorias con finalidad que indica. Dictámen a cargo de profosional incorporado al Colegio de Agrónomos de Costa Í Rica acreditado ante el MAG. Emitirá certificación correspondiente. Ordinales 6 y 59 Ibidem. Pero un principio de lad aconseja este negocio concreto, que al anális estado es innecesario, La finca que se pretende 1 Inscribir es muy pequeña. Su cabida superficial 251 metros 98 decímetros cuadrados. Sólo tiene casa de habitación. Estudlo de Uso Conforme del Suelo luce como exlgencla para otro tipo de inmuebles. Cuando sea de interés público la acción estatal o privada para el manejo, la conservación y recuperación de suelos. Artículos 2 y 3 de leyindicada. Y no luce aue el fundo del promotor E G G amerite esa intervención. ( resolución N” 298-L de las nueve horas del 1 ii | $ ACUC Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*49 7... Ver menos pl | | 1 | | j Exp. 01-1 2 del Tribu alas nu o, abogado, nocientos .zcdo, vecino de Guápiles, trarconadas son mayores.- ¿| 9 La Munlcipalidad tn * en el Registro Público, una cancha de fútbol y parque, cuadrados y que colinda al norte con + frente de noventa y siete metros con de + metros con un decimelro lineal y al oeste con calle púl decímetros lineales y que se describe en el raduría General de la República, pretensiones de la Munlcipalidad. f) Que la Procu: 1 1 11) Que la Junta de Educación 1) Que el Juez del 526-2009 de les trece | jurídica número | Propiedad, Sección de la Pr Limón; con una medida de superficie, del dos mil uno, Escuela Central de Gi MUNICIPALIDAD DE POCOCI Citas de Legíslación yDocirins Sani30= promovida por la vecino de Guápiles, cádula de ide Acalde. Se apersonaron rasio, Victor Bulgarelll Céspedes, casado, abogado, veínticinco y la Junta casade, señora de su hogar, vecina de Guápiles, jura además, como apoderado especial judicial de ¡terpuso las presentes diligencias de li ubicado en el Distrito de Guápiles, inconventente en la inscripción del terreno qu Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Felip horas y cincuenta minutos del veintisiete de febrero + presente diligencia de Información Posesoria. 3-014-042125, a fin de que proce: y como finca nueva. El inmueble objeto | dedicado a cancha de fútbol y parque, sito en según plano catastra y con los siguientes siguientes (sic) linderos según consta en el 0395 ACTA N*31 Ordinaria. 15-04-2021 25 Relacionada Texto de la Resolución Ed ¿cación de la Escuela Central de Guápiles Ne 160-2010-11 mal Contencloso Administrativo y Civil de Hacienda. seve horas y cuarenta y nco minutos Municipalidad de Pococí, representada inicialmente por Manuel Hernández Rivera, nntidad número siete-cero ochenta y sels-ochocientos cincuenta, en su ¡ al proceso, la Procura: de la República, representado inicialmente por el vecino de Heredia, cédula de Identidad número uno-selsclentos de Educación de la Escuela Central de Guáplles, representada por Karen Alfaro; cédula de identidad número siete-ciento trece-cuatrocientos cuarenta y | la Municipalidad promovente, Jesús Pablo Baltodano Gómez, casado, | 'elnticinco-cuatrodientos treinta y slele. Todas las personas Segundo Circuito Judicial de San José, del veintiséis de marzo del dos mil diez- cédula de Identidad número sels-clento vé Resultando: información posesoria, con el fin de autorizar la inscripción de un inmueble Cantón de Pococí, Provincia de Limón, que es lerreno donde se ubica doscientos cincuenta y cinco metros cuadrados con cincuenta decimetros de la Escuela Central de Guápiles, al sur con calle pública con un | los decimetros lineales, el este con celle pública on Un frente de ciento cincuenta y cuatro blica con un frente a ella de ciento cincuenta metros con veinticuatro ¡do número L-705-042-2001 (folios 3 y 4)-- se apersonó a las presentes diligencias, sin que manifestara cposición a las Obsérvense sendos escritos afolios 19 y 49-50.- ela Central de Guápiles, fue nolificada de las dfligencias y manifestó que no tenía ningún 1e solicita la Municipalidad (folio 30).- que mide catorce mil la Junta de Educación plano catastra: de la Escut e Córdoba Ramírez, por medio de sentencia NW + | del dos mil ocho, dispuso: “Se declara con lugar la Se autoriza a la Municipalidad del Cantón de PococÍ, cédula de persona da a la inscripción de este pronunciamiento en el Registro de la 'opledad Inmueble, con el propósito de que el terre: sea inscrito a su nombre de la presente autorÍ Distrito Primero Guápiles, Cantón Segundo Pococí, de la Provincla de mil doscientos cincuenta y cinco metros con cincuenta decímetros cuadrados de s seis mil cuarenta y dos-dos mil uno, del dieciocho de mayo mismo: Norte: Junta de Educación catorce do número L+seteciento: Este: Calle pública con con un frente de ciento cli fueron e: venta del inmueble por P: correspondiente. definitivamente conso! a partir del día de la corresponda ala sol lidad: ficitud po Pecocí Pluye un frente de ciento cincue! 'stimados en la suma arte de la Muni Del mismo modo, inscripción Sur: Calle p: con un frente de noventa y slete metros con doce decímetros lineales; nta y cuatro metros con un decimetro lineal; y Oeste: Calle pública ¡cuenta metros con veinticuatro decimetros fíneales. El proceso al Igual que el terreno de catorce millones doscientos cincuenta y cinco mil colones exactos. Para una eve ntual icipalidad referida, está la misma sujeta a trámite de ley y constitucional la propiedad adquirida y autorizada en este pronunciamiento, no quedará ; la respecto de terceros, sino hasta que transcurra el plazo de tres años, que Se computará n del titulo autorizado en el Registro Público; plazo que se reducirá un año, para Jo que tamos de entidades del Sistema Bancario Nactonal o del Instituto de nte a la vía pública, quedará afecto a las reservas que la micas diarinmeve de la Ley de ; In y concesión de prási sanar el terreno en comentario fre Sitio Web: munipococi.go Facebook: uma palisadbarasod
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0396 PAGINA N*50 ACTA N931 Ordinaria. 15-04-2021 relacionados supra. Se diste esta re: V) Que el Estado Intergu: por el Juzgado (véase V) En los procadir permiten las labores e: in espacisl condenatoria en costas (follos 61 a 65).- santencia de primera instancia (folios 71-75), recurso que fue admítido jzán ca lo cual conoce este Tribunal del expediente.- poones de ley, emiléndose la presente sentencia dentro del término que lo j ll | ¡ Redatta el Juez Canales Hernández, y, 1 Considerando: 1) Se aprueban los + Íprezados en el primer considerando de la sentencia impugnada.- !) Argumentos del Extsó: centra la sentencia Impuonada (véanse escritos de folios 74-75 y 80-81): Primer argumento: Afirma la señora la copla de recepción de prueba testimonial no fue remitida y que ese es un documento esencial os. su función dentro de esas diligencias, para determinar el cumplimiento de la posesión originaria ¿al promovente, Cita el voto 00132-2006, pero na indica cuál despacho judicial la emitió; Segundo no se aportó el Certificado de Uso de Suelos, indicando que "el reglamento a la Ley de Uso de que en toda infor a, se deberá ar en un dia adecuado de suelos, ón 0 O con el uso conforme del suelo para la actividad que se realiza. Pide que se deje sin efecto 11) Sobra el orimer argumento; Considera el Tribunal que el argumento presentado no permita afirmar que exista nulidad de los procedimientos, ni de la sentencia impugnada. Si bien es derto, el artículo 24, inciso b) de la Ley Orgánica de la Procuraduría Gensral de la República, dispone que: "Los tribunales de justicia, los administrativos y las dependencias públicas están obligados: (...) A suministrar, a la Procuraduría, coplas de todas las resoluciones, actas y diligencias, ya sean | probatorias o de cualquier otra naturaleza, que se praoti durante la tr de los juicios o negocios. Esas coplas irán selladas y firmadas por el Secretario del Despacho./! Los términos respectivos, en perjuicio del Estado, no correrán mientras no se haya cumplido con lo que se indica en este artículo, ni podrá cobrarse, por esos conceptos, suma alguna a la Procuraduría General de la República” y de la revisión del expediente no consta de forma inequívoca que el Juagado Civil de Pococí (donde sa Inició el proceso) y el Juzgado Contencioso Administrativo (donde concluyó), haya entregado copias de las diligencias de recepción de prueba testimonial a la Procuraduria, lo cierto es que el reclamo de ese punto de la tramitación, no fue hecho por esa representación en el momento procesal oportuno y por esa razón se encuentra precluido, Obsérvese que incluso, el Procurador Adjunto, en el escrito que se aprecia a folio 19 y que está fechado el día 18 de febrero del 2002, no solicita la falta de remisión de copia de esas diligencias, a pesar que ya se habían practicado desde el veintitrós de enero de ese año (folios 15 y 16). Lo mismo sucedió en la manifestación fechada el dia 23 de abril de 2008, en que no se advierte la falta de remisión de las copias que se echan de menos en el recurso de apelación (folios 49 y 50). Aparte de haber precluido la opor para r por el procesal advertido, cabe indicar que si bien existió una irregularidad en el proceso, lo clerto es que la Procuraduria, no demuestra que con la omisión de entregar las copias de las diligencias de recepción de prueba ; testimonial, se le haya causado indefensión, slendo improcedente que se declara una iulidad por la nulidad misma, sin que exsta un perjuicio procesal efectivo e indefensión.- 11) Sobre el segundo agravio; Si bien la representación estatal, no precisa el artículo, ni el cuerpo normativo vulnerado con la omisión de aportar al proceso, el certificado de uso de suelos, lo clerto es que tratándose el terreno que se quiere inscribir, de una pri urbana (ya des! a activi de deportivas y de recreación) y no destinada a la producción agrícola o industrial, era innecesario durante la tramitación del proceso, aportar el certificado de uso de suelos que ahora se echa de menos. En ese [ | sentido, el Tribunal comparte la valoración realizada por el Juzgado al final del considerando segundo de la sentencia impugnada *' ; (folios 63 y 64) y las valoraciones que con respecto a ese requisito de presentación de certificación de uso del suelo, en las informaciones posesorias urbanas, ha realizado el Tribunal Primero Civil, Sección Segunda, en su sentencia N” 108-N-2004 de las | siete horas cuarenta y cinco minutos del veíntisiste de enero del dos mil cuatro, cuando afirmó: "Se recurre de la resolución de las sals horas y cuarenta y tres minutos del primero de Julio de dos mil tres, que la previno a la promovente la presentación de un de los con el que de que ha ejercido la posesión cumpliendo con el uso conforme del suelo para la actividad que realiza de acuerdo con la metodología aprobada. Expresa la recurrente que la Ley de Informaciones Posesorlas y la Ley N* 7779 no exlg: dios de los para Infor Pi rias, pues el título de propiedad no tiene relación con el suelo. Agrega que la disposición reglamentaria que invoca el Juzgado como fundamento de la prevención resulta inconstitucional. La Ley 7779 tiene como finalidad regular el uso, manejo y conservación de los suelos como parte de los recursos naturales del país, El articulo 58 del Decreto N* 29375 | 'MAG-MINAE- HACIENDA» MOPT, que reglamenta ta mencionada ley establece que “ en toda información posesoría o que se presente ante el IDA o ante los Tribunales de Justicia, con el fin de inscribir en el Registro Público de la Propiedad, el Interesado, además de los requisitos que exige la normativa común, deberá de demostrar, con un | estudio adecuado de suelos, que ha ejercido la posesión cumpliendo con el uso conforme del suelo para la actividad | que realiza de acuerdo con la apre y ejecutándolas con las mejores prácticas de su manejo, según 1 la mejor te: la di en to con lo enlos ar 3, 6, 12, 13, 19, 26, 27, 41, 43 y 64 de la | | | Ley N*-7779 y este Reglamento”, 7 ue se press o o bu ] ¿ lt idad, sino má la tación, e uisito genérico, junale: justicia les le rel le una mane! is reglas ó. 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MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*51 ACTA N*31 Ordinaria. e Ni ( f ora sección primera) al résolver- que E articulo ra del Reglamento a la Leyn pe 7773023 Az => zen claro. Debe acatarse. Manda practicar estudio de suelos en informaciones po: esories o Fea ee nica, Distámen a cargo de profesional incorporado al Colegio de Agrónomos de Costa . acre Epi certificación cóttéspondiente, Ordinales 6 y 59 ibidem, Pero un principio de | | tazonabit ecesario. La finca que se pretende inscribir es OMAR. M5 zebiós superficial 251. metros. 98 decímetros cuadrados. Sólo tlene. casa de habitación. Estudio de pe Dina 2 Suzlo luce como exigencia para otro tipo de inmuebles. Cuando sea de interés público la acción pm rs mr ei menejo, la conservación, y recuperación de suelos. Artículos 2 y 3 de ley indicada. Y no luce que di des armctor Eduardo González Gutiérrez amerite esa intervención. ( resolución N” 298+-L de las nueve Su rs de diclembre. de dos mil tres). Por las razones apuntadas, se concluye que la prevención H resaña Imprenta y por ese motivo, en lo que ha sido objeto de apelación, deberá anularse la resolución cicado, debe desestimarse el recurso de apelación presentado y confirmarse en lo que fue objeto de rrera instancla.- Por tanto: y 3 i H ll j Ln | Cristina Viquez Cerdas | | Í j Sady Jiménez Quesada Jonatán Canales Hernández | ! | 1] Clasificación elaborada por CENTRO DE INFORMACIÓN JURISPRUDENCIAL del Poder Judicial. Prohibida su reproducción y/o distribución en forma onerosa. Es copia fiel del original -Tomado del Nexus PJ el: 10-04-2021. 07:54:44, Participa de la Palabra Reg. Reinaldo Benavides Vargas Cuando la Escuela Central presentó el proyecto ante la Asamblea Legislativa para que este terreno donde estaba el edificio municipal viejo, fuera a la municipalidad, la Asamblea acordó donarlo a la Municipalidad, pero tiene una clausula que es que si no está construido el edificio; no se puede usar. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Servicios Jurídicos. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0398 PAGINA N*52 ACTA N931 Ordinaria. 15-04- ACUERDO N* 582 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Unión Cantonal de Asociaciones de Pococí, correo: ucapocociahotmail.com, dice: Asunto: Solicitud de veto al Acuerdo N*570 Acta N*28 del 2021 Salvemos la plaza San Salvador Manifiesto : UNIÓN CANTONAL DE ASOCIACIONES DB POCOCÍ Cédula Jurídica: 3-002-051070 Correo Electrónico: ucapococidhotmail.com SOLICITUD DE VETO Municipalidad de Pococí Alcalde Sr. Lic. Manuel Hernández Rivera Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*53 ACTA N931 Ordinaria. UNIÓN CANTONAL DE ASOCIACIONES DE POCOCÍ Cédula Jurídica: 3-002-051070 Correo Electrónico: ucapococivhotmail.com Doc-00011,2021 14 abril 2021 Municipalidad de Pococí ALCALDE: Lic. MANUEL HERNANDEZ RIVERA CONSEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ C/C CONCEJO DE DISTRITO DE GUÁPILES. COMITE CANTONAL DE DEPORTE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LIMÓN MINISTRO DE SALUD MINISTRO DE CULTURA MINISTRO DE DEPORTE PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA MINISTRA DE EDUCACIÓN PUBLICA PRESIDENTE EJECUTIDO DE LA C.C.S.S DIRECTOR NACIONAL DE BOMBEROS DIRECTOR NACIONAL DE DINADECO FEDERACION DE UNIONES CANTONALES DE LIMÓN CONFEDERACION NACIONAL ASOCIACIONES (CONADECO) JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA CENTRAL DE GUÁPILES. La Junta Directiva y fiscalía, de La Unión Cantonal de Asociaciones de desarrollo de Pococí, con respeto pero con vehemencia, con la finalidad de no permitir entorpecer el desarrollo de la cabecera del Cantón de Pococí, Guápiles, y por no existir planificación del proyecto de construcción del edificio Municipal de Láginai dez. Continúa el Acta en Folio 2, TOMO 10. A Sitio Web: munipococi.go.cr a h 10. Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE CONTRO INTERNO EN SU ARTÍCULO 22, INCISO E) HACE CONSTAR QUE AQUÍ TERMINA EL LIBRO DE ACTAS TOMO IX LLEVADO POR: CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCI CONFORME DE ACUERDO CON NUESTROS REGISTROS INDIVIDUALES AL FOLIO ASIENTO 11 PococI MOON CHINCHILLA VILLEGAS (FIR Licda. GRACE q VILLEGAS, Maff AUDITORA INTI A 00400
MUNICIPALIDAD DE POCOCI LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE CONTROL INTERNO EN SU ARTICULO 22, INCISO E) HACE CONSTAR QUE AQUÍ, PRINCIPIA EL LIBRO: ACTAS QUE LLEVARA: CONCEJO MUNICIPAL DE_POCOCÍ CONSTA DE 400 FOLIOS EN PERFECTO ESTADO DE CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA DEBIDAMENTE FOLIADO Y CON EL SELLO DE ESTE DESPACHO, SEGÚN CONSTA EN NUESTRO CONTROL GENERAL DE LIBROS AUTORIZADOS. FOLIO ASIENTO 12 IL DEL 2021. POCOocI ado digitalmente por GRACE IDE PIÍCHILLA VILLEGAS (FIRMA) da ha: 2021.04.28 13:39:13 -06'00' Licda. GRAGÉ CHINCHILLA VILLEGAS, Maff AUDITORA INTERNA
PAGINA N*54 ACTA Ne31 DE POCOCI a AN Nes drdi inaria. 15-04- Pococí, manifestamos nuestra oposición rotunda a que se construya el Edificio Municipal De Pococí en la Cancha el Salvador, nuestra oposición se fundamenta en lo siguiente: 1-Se pretende construir en un lugar que no cumple a cabalidad con requisitos indispensables en un proyecto de esta envergadura, accesibilidad, comodidad de parqueo para los usuarios, posibilidad de expansión, entre otros, aspectos con los cuales no cuenta este proyecto, mancilla la lóglca y la razón, y demuestra ninguna planificación. El acceso a ese lugar solo tlene salida e ingreso por dos calles, calle de sur a norte y de este a oeste, en esas calles tenemos el kínder central de Guápiles, La escuela central de Guápiles, el Hospital del Cantón de Pococí y la estación de Bomberos, al este tenemos el Almacén más grande del Cantón; El Colono.,2-El edificio que se pretende construir será obsoleto dentro de muy pocos años, se ha planteado construir un edificio de tres pisos, con muy pocas áreas de parqueo, solo los funcionarios Municipales tienen más de clen vehículos, las áreas de parqueo no alcanzarían ni para los funclonarlos Municipales, seguirán los usuarios pasando peripecias para parquear sus vehículos al hacer uso de los servicios Municipales, 3-Las calles del centro de Guápiles son calles diseñadas hace muchos años y no cuentan con posibilidad de ampliación, hoy día cumplen su máximo de utilidad y no están dando abasto, provocando grandes atascamientos vehiculares, ¿cómo pretenden meterles a estas calles cien y más vehículos durante al menos cinco días a la semana?, nuestras principales calles en Guápiles serán “un parqueo público”. 4-La cancha el Salvador es uno de los pocos centros deportivos que aún quedan en la ciudad, y aunque no es de primera calidad, si es de gran utilidad para algún sector que practica deporte, que este proyecto pretende dejarlos sin la posibilidad de practicar deporte, sobre todo a los veteranos y los niños de la Escuela Central. 5-La cancha el Salvador es un Ícono que conjuntamente con las palmeras y el parque; tienen una historia que se debe conservar para nuestras generaciones, Estas y otras situaciones que hemos analizado nos hace pensar que este es un proyecto antojadlzo y por ellos nos oponemos a que se haga sin una consulta al pueblo,G-Requerimos que de acuerdo con el artículo 158 del Código Municipal el veto contra el acuerdo No, 570 del acta No. 28, 7. El presente veto se pone por legalidad, oportunidad y convenlencia. 8. Por el derecho superior de la niñez a la recreación y al deporte consagrado en la firma universal del derecho de la niñez y la adolescencia, 9. Por no haber estudios técnicos y financieros para la construcción en la plaza El Salvador del Edificio Municipal, 10, Por contravenir la ley No. 9244 publicada el 7 de mayo del 2014 donde la Junta de Educación de la Escuela Central de Guápiles segrega 3, 256.48 m2 (tres mil doscientos cincuenta y seis metros cuadrados con cuarenta y ocho centímetros para la construcción de dicho edificio,11, La plaza El Salvador es un bien de uso público, consuetudinario para el disfrute de los habitantes y de los que nos visitan “por tanto debe este municipio conservar esta área de esparcimiento recreación y práctica del Página 2 de 3 Viene el Acta del Folio 399, TOMO 9. | o Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICILALIDAD DE POCOCI PAGINA N*55 1 Ordinaria. 15-04+420 deporte, 12. Afectar o camblar el uso de la plaza y las palmeras es dejar en el olvido la historia de muchas generaciones de guapileños que han hecho grande este cantón, Exigimos a la Municipalidad de Pococí, en especial al Consejo Municipal y la Alcaldía, que previo a dar inicio a este proyecto se consulte al pueblo, mediante los mecanismos pertinentes, haremos todo lo que esté a nuestro alcance para que este proyecto no se pueda realizar, sin prevlo aval del pueblo. Solicitamos a ese Consejo Municipal, a la Alcaldia Municipal la suspensión inmediata del proyecto de construcción del Palaclo Municipal en la Cancha El Salvador, acompañamos a esta petición las firmas de los ciudadanos que nos respaldan. Solicitamos a nuestras autoridades municipales hacer los estudios pertinentes que determinen la viabilidad de la construcción del palacio municipal en el lote esquinero que donado en primera instancia para el beneflclo de nuestros conciudadanos o en su efecto una tercera ubicación acorde con las estándares de construcción de edificios públicos, Para efectos de notificación señalamos nuestro correo electrónicoucapococió) hotmail.com copiado a su secretaria melaniz1.smcp(Ogmail.com. Guápiles 14 de abril del 2021. o Bata Sonia Cruz P don uz, Y a ora Co | EF UNIÓN CANTONAL DE Secretarla Unlón Cantonal Asociaciones De Pococi. ntocniad DE POC. gent Oil ea Página 3 de 3 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
I EP PAGINA N*56 HA ANOS Ordinaria. 15-04-2021 Salvemos la plaza San Salvador Manifiesto UNIÓN CANTONAL DE ASOCIACIONES DE POCOCÍ Cédula Jurídica: 3-002-0S1070 Correo Electrónico; ucapococi(Mhotmail.com 09 abril 2021 Pueblo de Pococí La Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo del Cantón de Pococí, les informa que el día 08 de abril del presente año, el Concejo Municipal acordó construir en la cancha El Salvador el edificio municipal. Nos oponemos a la utilización de la plaza: 1) Es un ícono dle nuestro cantón. 2) Es uno de los pulmones de la ciudad. 3) Es el centro histórico del cantón. 4) Es esencial mantener la cultura, la recreación y el deporte. Les solicitamos el apoyo de la ciudadanía y fuerzas vivas en la recolección de las firmas para presentarlas al concejo municipal. la Sur e > Y on CAT: DE (E NE ' r Mp [62 | Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIRALIDAD DE POCOCI 005 PAGINA N*57 Ordinaria. 15-04-2 3 DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD DINADECO Dirección Legal y de Registro Teléfono 2528 4000 CERTIFICACIÓN DE PERSONERÍA JURÍDICA Que según el Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad que al efecto lleva esta Dirección Legal y de Registro, bajo el Tomo: 5, Folio: O, Asiento: 2995 se encuentra inscrita y vigente la organización denominada: UNION CANTONAL DE ASOC.DE DESARROLLO DE POCOCI LIMON, código de registro número: 93 del Cantón LIMON-POCOGCI, de conformidad con el artículo 16 do la Loy No. 3859, Sobre el Desarrollo de la Comunidad, Constituida el dia; 2/12/1973, Que la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado general corresponden a su Presidenta(a): MINOR ENRIQUE VARGAS UGALDE, cédula número 601800293, registrado bajo el Tomo: 132, Folio: 314, Asiento: 56916, También se encuentran inscritos los siguentes miembros: Vicepresidente REINALDO FRANCISCO ARGUEDAS SOLANO 205260495 Tesorero GILBERTO ARRIETA SOLIS 303370519 Secretario SONIA MELANIA CRUZ PORRAS 700980974 Vocal MARIA ROSA CASTRILLO JIMENEZ 501660563 Vocal2 ROLANDO GONZALEZ OBANDO 601350445 Vocal3 ANABEY HERNANDEZ QUIROS 502910997 Fiscal CARLOS ENRIQUE MENDEZ MORA 700420164 Fiscal2 KENNETH JOSE MORA OBANDO 701770698 Fiscal3 KATHERINE SUSANA MENDOZA MONTERO 701770157 Conforme al artículo 62 del Reglamento a la Loy No, 3859, en ausencia del Presidente o del Tesorero, se podrá registrar ta firma del Vicepresidente para Trámites bancarlos. Quo la personería Jurídica se encuentra vigente hasta el día 8/9/2022 Dada en San José, a las 11:39 horas del día 14/4/2021. Dis y el movimiento ndo la cia y el de Costa Rica. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*58 MON A NegpOr ds 15-04- , Q DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD DINADECO Dirección Legal y de Registro _ Teléfono 2528 4000 CERTIFICACIÓN DE PERSONERÍA JURÍDICA Exenta de timbres, según artículo 37 de la Ley No. 3859, Sobre el Desarrollo de la Comunidad, de 7 de abril de "Las certificaciones que se emilan, constituya documento público conforme lo ostablecen los artículos 369 del Código Procesal Civil, 5 Inclso d) de la Loy de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos N.8454, y el Decreto Ejecutivo N, 35488-), publicado en La Gacota N. 196, dol 8 de octubre do 2009, De conformidad con el marco legal citado en el punto anterior, se insta a racibir este documento por parte de los entes públicos y privados, así como a los particulares. En caso de que a algún cludadano se le presenten problemas para la recepción de este documento y aplicación de sus efectos legales, dobo comunicarlo al centro de asistencia al usuario, teléfono, 2528-4000 extenciones; 021-022-023-024, Asimismo, esta información podrá ser verificada en el sillo www.dinadeco.go.cr. Si la certificación contione alguna inconsistencia en la Información, dubo de contactarse a reglstroídinadeco.go.cr, para determinar el orlgen de la inconsistencia.” Di y ol movi nda la y ol dosarrollo de Costa Rica, Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*59 ON a 15-04-20 ! 7 0098 0974 Sonia Cruz Tomas tl Numero de Cauix. 7 0098 0974 Fecta de Magimieto: 02 02 1971 Esque de Mociarto: GUAPA POCOCI LIMON Demito Eectoral GUARILES POCOCILMON Wercirierto 04 (0 2019 Nota de Secretaría: Esta secretaría hace constar que, se aporta además un total de 270 folios, mismos que contienen el sello de la Unión Cantonal y diferentes nombres con sus respectivos números de cédula y firma, el mismo queda en custodia del departamento de Secretaria Municipal. Es todo. | 201025200 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se recibe y se traslada al departamento de Servicios Jurídicos. ACUERDO N* 583 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Braulio Carrillo Montoya, teléfono: 8385-9638, dice: Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*60 MUNICA RA Oc 15-04-2 $08 pS A40 Colonia Zeledón,15 de abril 2021. PARA:HONRABLE CONCEJO, ALCALDIA MUNICIPAL, MUNICIPALIDAD DE pococÍ CC: ASOCIACIÓN D.I. COLONIA ZELEDÓN LAGOS, ARCH. DE: BRAULIO CARRILLO MONTOYA, CÉDULA: 7-030-866. TELÉFONO: 83859638. ASUNTOS: CAMINOS Y TITULOS DE PROPIEDAD. Después de un año de haber solicitado esta audiencia tenemos el honor de ser recibidos. Es un privilegio de conocerles para conocerles y saludarles con mucho respeto. Felicitarles a la vez, porque por más de una década no vefamos tanto entusiasmo y decisión por atender al Cantón como se realiza hoy. Me acompañan a esta comparecencia la señora Rosaura Rodríguez Zúñiga Presidente de la Asociación de Desarrollo y don Gerardo Alfaro Directivo. Sin embargo, se nos hace obligatorio recordar, en lo que respecta a nuestros caminos lo siguiente: desde la administración pasada hemos solicitado un plan quinquenal que nos permita tener la dirección de las obras a realizar durante ese tiempo para luego proceder al asfaltado de los mismos. El 4 de junio del 2019, luego en junio del 2020 lo hicimos, a través de nuestros apreciados vicealcaldes, en la comunidad. En agosto del 2020 enviamos carta pidiendo lo mismo, el 8 de febrero del presente año lo volvimos hacer cuando solicitamos de nuevo la audiencia. Hoy estamos firmes, haciendo uso de nuestros derechos constitucionales y legales para que se apruebe esta petición, Considerando que para nuestra Municipalidad es más barato planificar de esta manera, además, de más eficiente. Para nosotros es más seguro porque sabemos que se hará cada año Aprovechamos la oportunidad para informarles, que no se olvide, que hay un trecho de camino en la entrada a Los Lagos, Roxana, del puente de las mujeres a la plaza que es prácticamente una laguna, que han sucedido pequeños accidentes, porque no se atendió esa parte cuando se realizó la última intervención. En relación a la solicitud de su intervención el proyecto de obtener los títulos de propiedad estamos muy agradecidos con la aprobación de la mesa de trabajo. Nos encontramos en una etapa de actualizar la información de las personas que necesitan del título para que dotar a la Institución de información reciente de cómo se encuentra el problema. A este respecto pensamos que las instituciones como DINADECO, IMAS, INDER, REGISTRO NACIONAL, JUZGADO AGRARIO Y LA UNIVERSIDAD PODRÍAN SER ALIADOS DE GRAN PROVECHO PARA LOGRAR QUE EL ESTADO CUMPLA CON SUS DEBERES CONSTITUCIONALES EVITANDO LA DISCRIMINACIÓN ENTRE SUS CIUDADANOS, Estamos seguros que en este campo también contamos con la aprobación del proyecto que servirá como una experiencia muy enriquecedora para que a todos los habitantes del Cantón se les haga justicia como corresponde. PO ys Sitio Web: munipococi.go.cr Y C Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOC pacina nes Orina 150410909) Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Don Braulio antes de darle la palabra voy a leer esta nota que usted nos trae, lo hago por todo el cariño y respeto que le tengo a usted como munícipe de este cantón de Pococí, pero la correspondencia tiene un procedimiento para ser analizada por la presidencia, vamos a hacer la excepcionalidad y darle unos tres minutos para que usted se refiera, después que termine de leerla. Nota de secretaría: El señor presidente procede a leer la nota remitida por el señor Sr. Braulio Carrillo Montoya. Reg. José Antonio Bustos Martínez Saluda, hoy yo estuve en la comunidad afectada que nos indica don Braulio Carrillo, la situación que están viviendo ellos con el camino es terrible. Hoy esa comunidad está inundada de hecho hay una excavadora que está haciendo unos trabajos en la cancha de futbol, coordiné con el ingeniero Freddy Rivera el traslado de ocho alcantarillas para solventar el paso que está comunicando el poblado de los Lagos, donde las alcantarillas que están actualmente en ese paso son de un diámetro muy menor, por lo que se hizo esa solicitud aprovechando la máquina que se encuentra trabajando en la comunidad y habilitar ese paso. También, he venido comentando que, en la comunidad de los Lagos, en ese sector de Roxana, prontamente la compra de materiales que tiene destinado el distrito de Roxana va a ayudar a arreglar esos caminos que realmente son una necesidad para los niños y niñas que tienen que ir a la escuela. Hoy el agua me llegaba a la rodilla de la bota de hule y eso lo tienen que pasar los niños, es increíble el abandono de esta población que ha tenido en las últimas administraciones que hoy nos viene a indicar don Braulio, tenemos que apoyar a estas comunidades. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Quiero felicitar a los compañeros regidores, al señor alcalde, a sus vicealcaldes y a la parte administrativa. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina noó2 UNO ACTA Nest Ordinaria. Ya hay material comprado como lo indica el regidor José Antonio Bustos'y se están coordinando trabajos en el sitio. Claro que sí ustedes se lo merecen, porque aquí siempre lo hemos dicho que no hay ciudadanos de segunda ni tercera, todos son ciudadanos de primera categoría. Quiero solicitarle por el montón de situaciones que debemos de resolver que usted nos explique un poquito sobre los títulos de propiedad que menciona en la carta para conocer la situación que tal vez desconocemos y podamos ser el enlace con otras instituciones que les corresponde y podamos atender esa solicitud. Sr. Braulio Carrillo Montoya Gracias por este momento tan esperado de conocerlos a todos y por el gran trabajo que esta administración está haciendo, yo espero que continúen así porque este cantón requiere de gente como ustedes. Para informar brevemente lo que el señor regidor vio hoy en Los Lagos, la Junta Directiva también presentó una carta haciendo mención de esto, con fotografías de la situación en la que está y ustedes ahí tienen una copia. Entre las cosas del camino nosotros hemos pedido desde el año pasado que se nos haga un plan quinquenal de desarrollo de ese camino, en la administración pasado puedo entender que muchos no me querían empezando por la alcaldía porque mi manera de ser es ir hacia adelante cueste lo que cueste, así hemos logrado el acueducto y que el camino fuera mejor que muchos años atrás. Lo que básicamente pedimos es que este Concejo solicite que se nos realice ese plan quinquenal de trabajo porque eso es barato para la municipalidad y es saludable para la comunidad. Y ustedes que están en un plan de que la gente sepa qué se está haciendo sería maravilloso para nosotros como comunidad que pasen por ese filto de plan quinquenal porque sabemos que muchas comunidades necesitan recursos y no estamos pidiendo aquí que se nos arregle todo de una vez, porque al final de este trabajo, viene la otra etapa que es el asfaltado. Espero que ustedes tomen en consideración esto y que nos den el placer y privilegio de tener un plan quinquenal que nos permita seguir el rumbo del trabajo Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
Pacinaness Vaca Netordinarie 20 municipal en nuestras comunidades. Creo que la ley y la Constitución nos hace ser ciudadanos participativos y con responsabilidad. Creo que hoy ustedes pueden tomar esa decisión, no van a hacer nada malo porque no estamos pidiendo que nos hagan el camino ya ni mañana. Ahora refiiéndome al asunto de los títulos de propiedad, en el 2012 al enterarme que había tantos vecinos sin los títulos de propiedad, me incluyo, me puse a hablar del asunto en la comunidad y fuimos 19 personas al Registro Nacional y logramos romper una barrera, se le ordenó a Standard Fruit Company o Roxana Farm paralizar todo lo que tenía planeado en la zona y someterse a una investigación. En el 2015, Roxana Farm o Standard cambiaron sus tierras, sus medidas y liberaron los terrenos que tenían metidos en las fincas de ellos. Debo destacar que hace 35 años hubo un juicio oral y público agrario donde Roxana Farm y Standard Fruit Company perdieron el juicio y todas esas tierras pasaron a manos de las personas que ahí viven y otras que se han ido, como ustedes saben el tiempo al pasar se fueron segregando terrenos y eso está siendo casi una ciudad. Hemos insistido mucho en esto, hace unos años me encontré que éramos más de 150 personas los que había sin título en Colonia Zeledón y Los Lagos. Ahora estamos actualizando los datos, para ver cómo está la cosa porque nos hemos encontrado un fenómeno bastante curioso porque antes si la propiedad no estaba inscrita no se daba bono, pero ahora hay bonos con el aval municipal y la gente tiene su casita, gloria a Dios por eso, bendito Dios que hay techos decentes, pero falta la escritura. Mi experiencia, rebelde con esta municipalidad, dije que no pagaba ni un cinco hasta que no estuvieran los caminos arreglados y cuando empezaron a arreglarse, vine e hice un arreglo de pago, fue un castigo tremendo para mi porque costó cerca de un millón de colones y en vista que hay varias circunstancias familiares que me obligan a hacer lo que hice, vender mi propiedad, por lo que la municipalidad tiene al nuevo dueño al que se le está cobrando lo que no se había pagado. Yo sacrifiqué mi propiedad, la vendí en menos de la mitad de lo que vale porque no tenía mi escritura y eso nos hace ciudadanos de segunda clase, discriminados constitucional y legalmente, porque las leyes tributarias tratan a la gente que no Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIRALIDAPD_DE POCOCI 012) PAGINA N*64 A Resor iaa - _ 15-04-2021 tienen escritura como si la tuvieran y les cobran los impuestos de esa manera, eso es una injusticia y un abuso del derecho humano que nos asiste. Por eso apelando a ese derecho que es importantísimo que nos saben, porque la Constitución muy claramente lo dice y el artículo primero del Código Municipal. El problema de las tierras no es jugando, sé que ustedes son conscientes que este cantón tiene problemas serios de títulos de propiedad, inclusive la gente que se dio cuenta de que estábamos haciendo este trabajo de otras comunidades, nos han pedido ayuda, pero yo no tengo la autorización de la Asociación de Desarrollo para decirles que sí, pero voy a ayudar porque se merecen también ese título. Creo sinceramente que una administración que ha sido solidaria con el pueblo en estos momentos y que ha dado muestras claras de querer hacer las cosas bien, esta parte de la vida social de nosotros, de la vida económica de los habitantes del cantón, de las oportunidades que perdemos por no tener un título de propiedad que mejore la calidad de vida de las personas y he llorado cuando hay gente que no puede aspirar a tener más que un poco de latas y plástico alrededor de su casa, como casa, defecando en un hueco indecente y pisos húmedos. Es por estas razones que desde el 2012, nosotros empezamos esta tarea y viendo que la institucionalidad del país no quiere atendernos como se debe, haciendo cumplir sus obligaciones, nosotros en una Asamblea General de la Asociación de Desarrollo en el 2019 tomamos el acuerdo de pedirle encarecidamente a la Administración Municipal, al Concejo Municipal que nos ayuden plenamente con eso. Yo con mucho gusto resumo en esto, debo aclarar que en la mesa de trabajo que se hizo fue un poco tensa, tal vez no muy coordinada, pero de una cosa me alegro y es que lo que hablé fue verdad. La mesa de trabajo con los señores regidores que estuvieron en Standard hablando con Juan Carlo, no recuerdo el apellido, él confirmó mis palabras. Yo agradecería que ustedes sean conscientes de la situación que nos agobia a todos, muchas gracias. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Don Braulio, voy a presentar una propuesta a este Concejo, eso sí sujeto a que se presente la lista de las personas con problemas de propiedad, Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA No6s 4 CTA Res Pordinaria: Ñ 15-04-2090 Reg. Yaslyn Morales Grajal Saluda, aquí se hizo una mesa de trabajo con todos los profesionales de esta municipalidad y algunos compañeros regidores, duramos casi medio día donde se le explicó a don Braulio con presentación y mapas, los topógrafos estuvieron aquí y se explicó detalladamente el problema que aqueja a esta comunidad. De esa reunión salió como propuesta buscar a la empresa DOLE y estuvimos reunidos el Lic. Christian Córdoba, el compañero Arnoldo y mi persona, junto con el ingeniero de la empresa y abogada. Se acordó que ellos iban a proporcionar el expediente que está en el Registro de la Propiedad porque la mayoría de esas personas ya pueden hacer su plano (todos los que tienen los planos del 2015 hacia abajo). A don Braulio se le llamó y se le dijo que buscara a todos los vecinos que tuvieran planos del 2015 para abajo, inclusive en esa reunión se consiguió que la empresa haga la donación de la plaza a la municipalidad y está en anuentes a firmar pronto el derecho, también se le pidió una cancha que tiene la empresa en Roxanita que posiblemente van a valorar, con esa no se comprometieron. También se comprometieron a donarle el lote al MEP. Esa fue una reunión muy provechosa, lo que pasa es lo siguiente señor presidente, silos vecinos tienen sus planos vencidos van a tener que incurrir en hacer de nuevo los planos, cosa que esta municipalidad no puede solventar, entonces lo que se le ofreció a esta comunidad es el asesoramiento técnico de nuestros profesionales y sin embargo la empresa dijo que le llevaran la lista de todas las personas, junto con sus planos y sus cédulas del año 2015 para abajo que tienen problemas, para nosotros hacer un documento e ingresarlos a todos para que se haga el debido proceso posesorio. Yo también conversé con una abogada para que les hiciera en grupo un precio especial como tipo donación porque no pueden donar su trabajo para que inscriban el proceso posesorio y así a todas esas familias se les solvente ese problema. Ha sido unos largos días de trabajo, pero yo me comprometí que íbamos a tratar de resolver en esa mesa de trabajo, y valga la redundancia y creo que hemos avanzado. Entonces señor presidente para que usted lo tome en consideración y ahora sí puede hacer su propuesta. Gracias, señor presidente. - Sitio Web: munipococi.go.cr Y e SÍ l Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
Gi PAGINA N*66 ps ACTA Néstor: cada 15-04- pl4 ERA Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Yaslyn muchas gracias, está buena todo lo que usted recopiló. Yo iba a realizar una propuesta, pero la voy a retirar porque esta municipalidad, aunque no le corresponde nada sobre los planos y esas cosas, le toca a cada propietario de la propiedad, pues ha sido bondadosa y ha estado ayudando. Lo que recomiendo don Braulio es cumplir con los acuerdos tomados en esa mesa de trabajo. Me llena de mucha satisfacción saber que estamos cumpliendo con el camino y se les está ayudando a ponerse al día para tener su título de propiedad. Si ustedes no cumplen como vecinos interesados, no pretendan ustedes que vaya otra persona a hacer lo que ustedes tienen que hacer. Don Braulio quiero recomendarle que consiga las listas de todos esos planos que están del 2015 hacia abajo, aquí tienen la parte jurídica que los va a asesorar y puedan ustedes estar a derecho. Tienen que moverse todas las personas que quieren tener su título de propiedad, difícilmente esta municipalidad va a dejar sus funciones para ir a buscar a esa gente, tienen que organizarse. Yaslyn, ¿esa mesa de trabajo se puede en cualquier momento reactivar? Si vinieran con la documentación que solicita para cumplir con eso. Reg. Yaslyn Morales Grajal Esa mesa de trabajo se le encomendó al señor Arnoldo Monge para que se comunicara con don Braulio y don Braulio tiene dos días, él publicó que va a estar recogiendo firmas y planos el lunes y martes. Don Arnoldo quedó en enviar un informe de lo que se acordó ahí, pero esa mesa de trabajo está abierta y es importante porque la lideran los profesionales en ese tema junto con don Alfredo, José Bustos, Luis Méndez y mi persona. Sr. Braulio Carrillo Montoya Creo que sinceramente que, si no vamos a tener un apoyo real y verdadero en el sentido que no vamos a poder gestionar un proyecto interinstitucional, que la municipalidad en su artículo primero del Código Municipal los obliga a hacerlo. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
paGina nes MONTAR ordinaria 15-04-2091 E MO A La Constitución Política nos dice a nosotros que el Estado debe de colaborar con esto, entonces nos van a amarrar otra vez en unas condiciones terribles porque hemos sido estafados por topógrafos, hay gente muy pobre que a veces no tienen plata ni para comer y no le estamos pidiendo a la Municipalidad que pague la fiesta, no se trata de eso, se trata que desde hace muchos años estamos haciendo un esfuerzo para tener un control de todas las personas que no tienen su título de propiedad y dejemos de ser discriminados como ciudadanos, no podemos aceptar que cada uno se la tenga que jugar si hay programas sociales en este país que nos apoyan, está DINADECO que puede dar recursos, pero a nosotros como Asociación y como pueblo nos ha costado un montón abrir esas puertas. Gracias a esa mesa de trabajo tenemos un camino abierto y por favor no cierren la puerta, porque a nosotros esta municipalidad como ente gobernante del cantón debe y tiene que ayudarnos porque tiene legalmente el poder para hacerlo. Ese día que estuvimos reunidos, don Carlos Hernández del departamento de jurídicos dijo estas palabras: “don Braulio usted tiene razón, es un derecho que tenemos” por lo tanto decir fácilmente que no se puede es como que no queremos hacer esta tarea. Muchas gracias. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Don Braulio voy a hacerle un pequeño resumen, le reitero la mesa de trabajo está abierta, también hay profesionales que están ayudándoles a ustedes, pero ustedes deben de hacer su parte. No hallo justo que usted diga que nosotros estamos haciendo actos discriminatorios. Yaslyn ahí más adelante si necesita alguna carta de apoyo para alguna institución con mucho gusto como Concejo Municipal. Reg. Luis Ángel Méndez Araya Saluda, don Braulio yo le admiro desde el primero momento, desde el año pasado que usted se presentó ante nosotros haciéndonos esta misma propuesta, admiro su entrega, tenacidad y aun con sus dificultades en salud sigue adelante para desarrollar su comunidad en caminos, territorios y todo lo que concierne a la labor social que puede tener un ciudadano en el país y eso hay que reconocerlo don Braulio, así que mis felicitaciones de antemano. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*%68 MENA Nés or cerdas Esta es la segunda o tercera vez que usted presenta esta petición sobre el plan quinguenal que es a lo que me voy a referir. Considero que se puede adquirir un compromiso, haciendo los estudios previos por supuesto, esto no es de hoy para mañana, lleva su proceso, me parece que en todo caso un plan quinquenal viene a beneficiar al cantón ¿por qué? porque se daría una especie de monitoreo de todos los trabajos realizados por todo el cantón por parte de la municipalidad, ahora exista o no un plan quinquenal siempre es importante el monitoreo técnico en todas las calles de nuestro cantón. Obviamente los ciudadanos deben de estar vigilantes, pero que no sea necesario que el ciudadano interponga la queja y que llegue a solicitar, si no que sea por parte del ente encargado de la institución que asuma esa responsabilidad. Lo siento muy atinado y los ingenieros deberían asumir en cierta forma la responsabilidad de estar supervisando a nivel de todo el cantón este tipo de planes y llevar un control estricto de cuáles calles están en pésimo estado, cuáles están regular y cuáles están buenas, esto para asignar los recursos. Obviamente don Braulio esto no es de la noche a la mañana, no se puede adquirir los compromisos sin medir los tiempos y los recursos, pero sí lo considero importante para el cantón. Esta es la tercera vez que usted solicita este plan quinquenal, me parece que se le debe de dar por respeto una respuesta sea positiva o negativa, pero se le debe de dar. Usted estuvo en el 2019, 2020 y ahora en el 2021, pienso que como ciudadano se merece una respuesta Esa es mi percepción, mi opinión como regidor y considero que sí es importante tener algún tipo de planteamiento quinquenales a nivel de todo el cantón para un buen funcionamiento de la municipalidad. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Tal vez para aclarar, hay un plan quinquenal para todo el cantón, eso es de ley. No se acostumbra en ninguna municipalidad tener un plan quinquenal para cada camino porque entonces imagínense ustedes cómo harían los funcionarios. Hay un plan quinquenal para todo el cantón, eso que lo tengan claro compañeros regidores y don Braulio también. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina nego MONA Ne Pordinaria. 7 15-04-2090 L Don Braulio agradecerle y ahí está la mesa de trabajo, en ningún momento se están dejando solos, hagan lo que tengan que hacer y que Dios los bendiga y que pronto puedan cumplir ese sueño, que es un derecho que ustedes tienen. Sr. Braulio Carrillo Montoya Muchísimas gracias señores regidores, esta ha sido una oportunidad muy importante de conocerlos y saber que están haciendo una buena labor, Dios bendiga lo que ustedes hacen y mediten bien cómo nos hablan a los ciudadanos para no confundirnos. Nuevamente muchas gracias y que Dios los guarde. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Yaslyn usted está empoderada por este Concejo junto con Luis y Alfredo para que le den seguimiento a esta gente, para que los puedan orientar y ayudarles en la parte técnica. Reg. Yaslyn Morales Grajal Don Braulio esta mesa de trabajo no se va a cerrar hasta que no veamos terminado ese proyecto. Creo que este Concejo Municipal se ha caracterizado porque lo que empieza, lo termina. Si bien es cierto usted siente que se le ha cerrado las puertas con el tema interinstitucional, pero eso no es así, no podemos ir a pedirle recursos a una institución sin saber cuánto se necesita porque pueden ser que sean 50 personas o 500. En cuanto esté la lista que usted va a recoger, esta mesa de trabajo tocará las puertas de las instituciones y yo creo que por muchas administraciones anteriores a usted ni siquiera lo han atendido quizás, o solamente lo han escuchado, pero este Concejo Municipal y esta Administración lo ha atendido, lo ha escuchado, hemos hecho una mesa de trabajo he ido a buscar a las empresas y recursos para que las empresas digan sí. Hemos hecho esfuerzos interesantes, eso es lo que quiero que quede claro para su comunidad y también para usted. Muchas gracias don Braulio por venir al Concejo Municipal. Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*70 MUNTCIRA LIRA PoR Ci Sr. Braulio Carrillo Montoya Gracias por aclararme el punto. Qué Dios les bendiga. UL: ACUERDO N* 584 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Wilber Marín, director Liceo San Rafael, teléfono: 2711-3482, dice: Asunto: Ternas para la sustitución de dos miembros de la Junta Administrativa del Liceo San Rafael, La Colonia En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de Educación" y el artículo 22 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la sustitución de dos miembros de la Junta Administrativa Liceo San Rafael que renunciaron, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: Terna NL ] Nombre Cédula | Luis Daniel Solano Mora 301760240 | Lamas Ordóñez Alberto 502170315 |] Chacón Centeno Roxana 109030784 | Terna N%2 Al Nombre Cédula sa Jeronimo Alonso Angulo Angulo 502120140 | Aguilar Araya Orietta Lorena 100890 187 1 i i 7009 Meza Murillo Ofelia SS Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUN ICRA RAP, fr BOCOCI PAGINA N971 aria. Se adjunta carta de renuncia de los dos miembros. Atentamente, “E ——— A A. A — Lic, Wilber Marín Jiménez Director de San Rafael VB. Supervisor de circuito educativo , <= E u ESUO, A : S/ S MSC Fidel Picado Atencio $7 EA i Educativos EDS Va Supervisor de Centros Educativo; Saa la Circuito 01, Guápiles A e, E % SS Adiunto: Ze Participa de la Palabra Reg. Yaslyn Morales Grajal No tengo problema con la primera terna, peor en la segunda terna, me gustaría proponer a la señora Lorena Aguilar. Reg. Alfredo Calderón Alfaro Saluda, según el Código Municipal, las juntas de educación y las ternas que envían aquí al Concejo, es nuestro deber esconder un miembro de cada terna. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Está bien, ya hemos tenido algunas discrepancias con algunas juntas porque muchas veces nos enredamos y bien se sabe que esos son puestos de confianza del director. Reg. Reinaldo Benavides Vargas Creo que en esto debemos de respetar lo que el director nos mandé, que feo debe ser trabajar con bueyes disparejos, por lo tanto, voto tal y como vienen las ternas. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina Neza MUNIIRATA Nest ordinaria. Reg. Yaslyn Morales Grajal Anteriormente yo había dicho que, para evitamos esos problemas, se reglamentara el tema de las juntas. El hecho de que venga en negrita el primer nombre y que aquí le votemos ese, para mi es improcedente. Aquí se dice “se votan las ternas” y ni siquiera dan lectura a las mismas y hablo porque ese colegio es mi comunidad y las personas que vienen ahí, yo las conozco y en la segunda terna quiero proponer a esa señora Lorena Aguilar que es trabajadora de la comunidad y participativa, además, si viene ahí es porque tiene la documentación completa y tiene la posibilidad. Los que son de mi comunidad yo sí voy a discutirlos. Reg. Jose Bustos Martínez Saluda, yo también estaría apoyando la segunda terna a la señora Lorena Aguilar. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra al señor Luis Daniel Solano Mora, cédula 9 0176 0240 y la señora Lorena Orietta Aguilar Araya, cédula 7 0089 0187, como miembros de la Junta Administrativa del Liceo San Rafael, La Colonia, pasar al despacho del señor Alcalde para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 585 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Grace Chinchilla, Auditora Interna, teléfono: 2711-1701, dice: Oficio: Al-097-2021 Sitio Web: munipococi.go.cr A á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*%73 MUONICI O eL 15-04-2 902 1 Al contestar refiérase Al oficio N.? Al-097-2021 Guápiles, 14 de abril de 2021 Señores Miembros del Concejo Municipal Pte. Respetables señores: Para lo de su competencia, adjunto a este oficio se hace entrega de la copia del acta suscrita de entrega de cubículo, Sin más que Star y agradeciendo la atención a la presente, MSc. Graco Chinchilla Villegas Auditora Interna 1 4 ABR, 2021 lidad de Pococí Licda. Grada Phinchila Vitegas| MaRagiras nn Auditora Interna Cc: Archivo 9 | PO y? ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr C € Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA No74 MUNICI AAN Pordinaria: 7 — Acta entrega de cubículo La suscrita, Grace Chinchilla Villegas, cedula de identidad 7-103-931 en mi condición de Auditora Interna de la Municipalidad de Pococí, hago formal entrega al Lic. Victor Vidal Bermúdez, Asistente de Auditoria, cedula 1-1258-0507 de los siguientes activos: Computadora marca HP, Monitor HP ( CNK94314PY) 1 Portátil (5CG94194BYL) e impresora Láser Jet Pro 400. Además de las Relaciones de hechos enviadas a la C.G.R, Administración Activa, así como Denuncias Penales interpuestas ante el Ministerio Público. También en los archivos quedan los expedientes correspondientes a denuncias recibidas por parte de la Contraloría General de la Republica y ciudadanos. Así mismo quedan en los archivos expedientes de investigaciones preliminares. Dejo 1 sello de recibo (con mi nombre) y 1 sello de firma (con mi nombre). Además, hago entrega formal del juego de las llaves del cubículo y de los archivos. Firmamos en/4Tludad de Guápiles, a las 16 horas del 14 de abril 2021 Licda. GrackChinchilla Villegas Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se recibe. ACUERDO N* 586 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Rocío Arce Cerdas, Subgerente Técnica del INA, correo: talvarezrojasOQina.ac.cr, dice; PO y ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr C De Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
Pacinanezs VTTACTA Ntordinorio 0 Oficio: SGT-135-2021 Asunto: Atención al oficio CMPL-93-2021 Instituto aaa =_ O| Nacional de Llave del Progreso Aprendizaje Señora 15 de abril de 2021 Magally Venegas Vargas SGT-135-2021 Secretaria Municipal Municipalidad de Pococí Asunto: Atención al oficio CMPL-93-2021 Estimada señora: Reciba un cordial saludo. En virtud de atender el oficio CMPL-93-2021, sobre la coordinación de la Mesa de Trabajo intersectorial e interinstitucional, para la atención y resolución urgente de los aspectos externados en el Acuerdo N*444, Acta N*20 Ordinaria del 18-03-2021, expuestos en el oficio SMP-472-2021, me permito informarle el nombre de las personas participantes que representarán al Instituto Nacional de Aprendizaje: Nombre de la persona funcionaria Puesto Rocío Arce Cerdas Subgerente Técnica del INA Mario Azofeifa Yen Encargado de la Unidad Regional Huetar Caribe, INA Así mismo, en atención a su solicitud, le propongo dos posibles fechas para llevar a cabo esta actividad de forma virtual: e 11 de mayo de 2021 en el transcurso de la mañana. e 18 de mayo de 2021 en el transcurso de la mañana. Quedo atenta para lo que se estime pertinente. Atentamente, MARIA DELROCIO — Ferusrdzcimenpo nara ARCE CERDAS (FIRMA) Fic aaoat hato osa Rocío Arce Cerdas Subgerente Técnica RAC/ Tal Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
Ppacina nezó MUNICIRA AN Por cas 15-04-209024 Por UNANIMIDAD, Se Acuerda: Se establece una Mesa de Trabajo para los días 11 y 18 de mayo de 2021, ambas a las 10:00 am, de forma virtual, a las instituciones ya convocadas en el oficio CMPL-93-2021 en relación con el Acuerdo N*444 del Acta N*20 (Viceministro de Paz, Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Aprendizaje, Presidente Ejecutivo del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación). Se Dispensa de Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 587 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo N* 5, inciso "b". que dice: "Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que. con la actividad solicitada. se podría violentar la lev ylo el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro L L ? Sitio Web: munipococi.go.cr AY AO é l Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIP P0COC] pacina no77 MUNI Pordinara. 15-04-20902 de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público." (El resaltado es supletorio.) Adjunto informe de Fuerza Pública, Oficio MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DDP-0115- 2021, en el que exponen la problemática con estos establecimientos y que en estos momentos se están realizado acciones conjuntan interinstitucionales con Fuerza Pública, Ministerio de Salud y la Municipalidad para el control correspondiente. (Ver oficio SMP-566-2021, Acuerdo N*596). Licencias de Licores . Nombre del e ; a Ez Cédula Solicitante Actividad y Categoría Dirección 07-0288- Olman Dorian Restaurante con Venta - Earn 0634 Sánchez Guzmán | de Licor /Categoría C : cementerio. Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 588 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo N* 5, inciso "b". que dice: "Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: P e k h Sitio Web: munipococi.go.cr A A <2 É Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIRALIDA DPF POCOCI 026 PAGINA N*78 Ordinaria. 15-04 b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que. con la actividad solicitada. se podría violentar la lev ylo el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público." (El resaltado es supletorio.) Adjunto informe de Fuerza Pública, Oficio MSP-DM-DWURFP-DGFP-DR12-DDP-0115- 2021, en el que exponen la problemática con estos establecimientos y que en estos momentos se están realizado acciones conjuntan interinstitucionales con Fuerza Pública, Ministerio de Salud y la Municipalidad para el control correspondiente. (Ver oficio SMP-566-2021, Acuerdo N*596). Licencias de Licores - Nombre del e , a sz Cédula Solicitante Actividad y Categoría Dirección JIMÉNEZ, 150 RESTAURANTE CON | METROS OESTE DE y AOS VENTA DE LICOR / LA ESQUINA CATEGORÍA C NOROESTE DEL PARQUE Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 589 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. P e e E ? Sitio Web: munipococi.go.cr a A A N Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIRALIDAD.DE POCOCI 29027 PAGINA N*79 Ordinario. 15-04-2 Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de LEAR, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo N? 5, inciso "b". que dice: "Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que. con la actividad solicitada. se podría violentar la lev ylo el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público." (El resaltado es supletorio.) Adjunto informe de Fuerza Pública, Oficio MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DDP-0115- 2021, en el que exponen la problemática con estos establecimientos y que en estos momentos se están realizado acciones conjuntan interinstitucionales con Fuerza Pública, Ministerio de Salud y la Municipalidad para el control correspondiente. (Ver oficio SMP-566-2021, Acuerdo N*596). Licencias de Licores Cédula Mombre del Actividad y Disección Solicitante Categoría RESTAURANTE GUÁPILES, 25 CON VENTA DE METROS ESTE DE 3102809938 SRL | 3102809938 SRL LICOR / CORREOS DE CATEGORIA C COSTA RICA E EL ( Sitio Web: munipococi.go.cr Y «y DN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina nego MUNICIRA LA Ras Pordinaria: A! 15-04-209 Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 590 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo N* 5, inciso "b". que dice: "Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que. con la actividad solicitada. se podría violentar la lev ylo el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público." (El resaltado es supletorio.) Adjunto informe de Fuerza Pública, Oficio MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DDP-0115- 2021, en el que exponen la problemática con estos establecimientos y que en estos momentos se están realizado acciones conjuntan interinstitucionales con Fuerza DD] a Sitio Web: munipococi.go.cr AY ar G y k Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA Neg MON! ORETANE 1 Ordinaria. 15-04- 9029 Pública, Ministerio de Salud y la Municipalidad para el control correspondiente. (Ver oficio SMP-566-2021, Acuerdo N*596). Licencias de Licores Cédula pi mb AA y Dirección Solicitante Categoría JIMÉNEZ, 1.5 DELGADO Ñ 07-0116-0314 GONZALEZ BAR / CATEGORÍA | KILOMETROS SUR YORLENY B-1 DE LA ENTREDA DE SUERRE Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 591 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo N* 5, inciso "b". que dice: "Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que. con la actividad solicitada. se podría violentar la lev ylo el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para ur en O Sitio Web: munipococi.go.cr a AA, > Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
WUNICIP A E pacina nos2 MUNI AN Pordinara. 15-04-209030 lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la Iron encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público." (El resaltado es supletorio.) Adjunto informe de Fuerza Pública, Oficio MSP-DM-DWURFP-DGFP-DR12-DDP-0115- 2021, en el que exponen la problemática con estos establecimientos y que en estos momentos se están realizado acciones conjuntan interinstitucionales con Fuerza Pública, Ministerio de Salud y la Municipalidad para el control correspondiente. (Ver oficio SMP-566-2021, Acuerdo N*596). Licencias de Licores Cédula Nombre del Actividad y DIFSCGIónN Solicitante Categoría CAMPOS LA RITA CRUCE DE 01-0628-0011 ARAYA BARA a JORDAN 50 RODOLFO METROS NORTE Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 592 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo N* 5, inciso "b”. que dice: e he E Sitio Web: munipococi.go.cr a A SS 3 Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
ENTE o pacina ness MONA Ne ordinaria. 7 15-04- 081 "Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que. con la actividad solicitada. se podría violentar la lev ylo el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público." (El resaltado es supletorio.) Adjunto informe de Fuerza Pública, Oficio MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DDP-0115- 2021, en el que exponen la problemática con estos establecimientos y que en estos momentos se están realizado acciones conjuntan interinstitucionales con Fuerza Pública, Ministerio de Salud y la Municipalidad para el control correspondiente. (Ver oficio SMP-566-2021, Acuerdo N*596). Licencias de Licores Cédula Nombre del AGUVIGnO y Dirección Solicitante Categoría MINISUPER CON | FRIO CONTIGUO AL 3101792394 3101792394 VENTA DE LICOR / RESTAURANTE EL CATEGORIA D-1 YUGO Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 593 cl en a Sitio Web: munipococi.go.cr Y a DO Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA Neg4 MUNICIRA A Nes Pordinara. O! 15-04-2032 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo N* 5, inciso "b". que dice: "Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que. con la actividad solicitada. se podría violentar la lev ylo el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público." (El resaltado es supletorio.) Adjunto informe de Fuerza Pública, Oficio MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DDP-0115- 2021, en el que exponen la problemática con estos establecimientos y que en estos momentos se están realizado acciones conjuntan interinstitucionales con Fuerza Pública, Ministerio de Salud y la Municipalidad para el control correspondiente. (Ver oficio SMP-566-2021, Acuerdo N*596). Licencias de Licores Nombre del Actividad y Solicitante Categoría DEA ; l Sitio Web: munipococi.go.cr a Í MS < Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye Cédula Dirección
40) “J pacina noes MUNI AN Po rdinaria. 15-04-202 MINISUPER CON GUAPILES 250 115600188306 | ZHEN QINGYUN | VENTA DE LICOR/| METROS OESTE CATEGORÍA D-1 DEL CEMENTERIO Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 594 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo N? 5, inciso "b". que dice: "Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que. con la actividad solicitada. se podría violentar la lev ylo el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público.” (El resaltado es supletorio.) E e L Sitio Web: munipococi.go.cr A y .-L < Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina nego MUNICIRALA Nes Pordinaria: 9 2% Adjunto informe de Fuerza Pública, Oficio MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DDP-0115- 2021, en el que exponen la problemática con estos establecimientos y que en estos momentos se están realizado acciones conjuntan interinstitucionales con Fuerza Pública, Ministerio de Salud y la Municipalidad para el control correspondiente. (Ver oficio SMP-566-2021, Acuerdo N*596). Licencias de Licores Cédula Mombe e dal Actividad y Dirección Solicitante Categoría MINERBA MINISUPER CON LA RITA, 200 08-0106-0280 AGUILAR VENTA DE LICOR / | METROS ESTE DE CASTELLANO CATEGORIA D-1 LA PLAZA Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 595 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0235-2020. Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo N? 5, inciso "b". que dice: "Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción qu e E a k Sitio Web: munipococi.go.cr a A 0 DU Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIP E ( pacina neg7 MUNICIRA LA RésPobdina AN 15-04-209035 razonable que. con la actividad solicitada. se podría etalóntiar la lev ylo el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público." (El resaltado es supletorio.) Adjunto informe de Fuerza Pública, Oficio MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DDP-0115- 2021, en el que exponen la problemática con estos establecimientos y que en estos momentos se están realizado acciones conjuntan interinstitucionales con Fuerza Pública, Ministerio de Salud y la Municipalidad para el control correspondiente. (Ver oficio SMP-566-2021, Acuerdo N*596). Licencias de Licores Cédula pili hr AU y Dirección Solicitante Categoría GUAPILES, COOPEVIGUA N*2, 100 METROS MINISUPER CON YEILIN ANDREA OESTE Y 80 dE qAda ROJAS LOPEZ E > rl METROS NORTE DE LA ENTRADA HOGAR PARA ANCIANOS Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 596 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: ñ CG Sitio Web: munipococi.go.cr a Ad E Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina ness MUNICI AN Pordinara. 15-04-209096 Oficio: PA-0235-2020 Se somete a su conocimiento solicitudes de Licencias de Licores, los cuales conforme a la Ley 9047, cumplen con los requisitos, de igual forma y debido a la problemática que se ha venido presentando con respecto a los diferentes establecimientos comerciales que expenden bebidas con contenido alcohólico, les solicito considerar la «autorización de dichas licencias de manera condicionada, conforme a lo establecido en el Reglamento a la Ley 9047, artículo NS 5, inciso "b". que dice: "Artículo 5. - La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad del negocio, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a que deberán someterse las licencias para actividades comerciales: b) Licencias permanentes de carácter temporal.: Este tipo de licencias se extenderán hasta un plazo máximo de seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que. con la actividad solicitada. se podría violentar la lev ylo el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros supra citados, para lo cual, el patentado deberá apersonarse ante la dependencia encargada de otorgar licencias en la municipalidad con el título vencido para su respectiva renovación con al menos cinco días antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido dicho plazo se otorgará la licencia en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando la actividad se esté desarrollando en evidente violación a la ley y/o al orden público." (El resaltado es supletorio.) Adjunto informe de Fuerza Pública, Oficio MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DDP-0115- 2021, en el que exponen la problemática con estos establecimientos y que en estos momentos se están realizado acciones conjuntan interinstitucionales con Fuerza Pública, Ministerio de Salud y la Municipalidad para el control correspondiente. pao k : Sitio Web: munipococi.go.cr Y Des DU Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*89 MUNICIRA LO POPE NCOCI Nuestros Valores Honestidad, Disciplina, Servicio, Respeto y Comprorriso 30 de marzo de 2021 MUNI IPALIDAD DE POcó Oficio N"MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DDP-0115-2021 ; Página 1 de 1 Señor Manuel Hernández Rivera Alcalde Municipalidad de Pococí_- R ás OS erra aos ETE Estimado señor: Ne 038 á su “SA Qe Sirva la presente para saludarle y desearle éxitos en su función, suscribo el presente documento con el fin de solicitarle de la manera más atenta, interponga sus buenos oficios con el fin de poder generar las gestiones administrativas que su persona o su representada consideren pertinentes, para atender y mitigar una serie de situaciones que se han estado presentando en diferentes puntos del canto de PococÍ, pero en especial en el distrito de Guápiles. Como es de su conocimiento el distrito central y cabecera del cantón se caracteriza por tener gran cantidad de comercio que por lo general se mantiene cierran hasta las 21:00 horas, no obstante, posterior a esta hora el distrito de Guápiles se transforma hacia las actividades nocturnas como son los bares al aire libre, esto en tres puntos especialmente, muy reiterativos durante los últimos años. Estos tres puntos generan una aglomeración de personas importante debido a que en: dichos lugares se ubican comercios con patente de licorera que expenden licor a toda hora, incluso en la madrugada lo que provoca una serie de incidentes que van más allá del consumo de licor en vía publica, ejemplo de ellos riñas, tiroteos, heridos, alteración al orden público, escándalos, y más lamentable aun, recientemente la perdida de una vida humana. MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA, DIRECCIÓN REGIONAL DOCEAVA CARIBE Dirección: Guáplles Centro detrás de la Clínica del Seguro Social Telófono 2710-6231 2710-12-32 2710-65-71 Correo electrónico, Delegacion.guapilesCfuerzapublica.go.cr PO yl Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina nego MUNICIROTA Nes Pordinaria. 2 Cabe destacar, que a nivel de la Delegación Policial de Pococí, hemos genero una serie de acciones policiales mediante reiterados abordajes, lo que ha dado como resultado constantes decomisos de armas de fuego, droga, licor, armas blancas, así como diversas aprehensiones de personas con órdenes de captura, ordenes de presentación y procesos ante la Fiscalía por temas de conducción temeraria por estar bajo efectos del licor. Sin embargo, estas acciones policiales no surten el efecto lo suficientemente disuasivo, ya que tanto las personas como los comerciantes han cambiado sus modalidades y estrategias ante la presencia policial, ocultando el licor dentro de lo vehículos, estacionando en la zona verde, bulevar o espaldón con el fin de que la policía de tránsito (Quien ha sido un valioso apoyo en estas intervenciones), no puedan generales ninguna sanción al no estar obstaculizando la vía pública o consumiendo licor en vía pública. En razón de lo anterior, es que se deben de realizar otro tipo de medidas que permitan corregir estos temas, de los cuales, en diferentes ocasiones he realizado diferentes recomendaciones ante la Mesa de Seguridad Cantonal, La Comisión de Seguridad Municipal y usted como Alcalde del Cantón de Pococí, para poder contrarrestar esta problemática. Como parte de estas recomendaciones que podrían generar algún tipo de solución sobre el cordón del bulevar, se podría valorar el instalar una serie de postes que le impida a los vehículos el fácil ingreso al espacio verde del bulevar, lo cual representaría que no se convierta en un parque al aire libre. Este tipo de demarcación vendría a delimitar el espacio de circulación de peatones, con lo cual se limitaría la circulación y estacionamiento de vehículos frente a la LICORERA PURA VIDA, la LICORERA Y MARKET que está en la entrada de la Trocha, y frente a la Universidad Latina, donde se ubica la LICORERA TRENESI, y con ello se disminuye la posibilidad de mantenerse durante horas en ese sector consumiendo licor sin que nadie los pueda quitar. MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA, DIRECCIÓN REGIONAL DOCEAVA CARIBE Dirección: Guápiles Centro detrás de la Clínica del Seguro Social Teléfono 2710-6231 2710-12-32 2710-65-71 Correo electrónico, Delegacion.guapilesGfuerzapublica.go.cr POCO q Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
paina nor MONICIRATA Nes Pordinaria: Nuestros Valores Honestidad, Disciplina, Servicio, Respeto y Compromiso Si bien es cierto hay muchos otros comercios o supermercados que suministran licor; históricamente son estos tres comercios antes mencionados, los que generan mayor problema por la aglomeración de personas y vehículos que se mantienen consumiendo licor al frente de los comercios. Esto en gran parte obedece a que en la licorera Pura Vida, contiguo se ubica una soda del mismo patentado, la cual, tiene permiso de mantenerse habilitada a cualquier horario, y que mantiene una puerta que comunica la licorera con la soda, lo que provoca que una vez que cierran la licorera a la 00:00 horas, continúan suministrando licor por la soda, no tiene permiso para dicho fin, lo antes descrito se ha reflejado en repetidas ocasiones, he incluso se han generado informes policiales que ha concluido con sanciones para el local, pero una vez reabierto continúan reincidiendo en el mismo tema. En el caso de la licorera que se ubica en la entrada de la Trocha, que utiliza como nombre de fantasía Licorera y Market, donde recientemente se generó un tiroteo entre varios sujetos en vehículos que se encontraban en el lugar y que termino con la muerte de uno de ellos por arma de fuego, la problemática es muy similar, ya que lamentablemente a pesar de la cantidad de problemas he incidentes que se han presentado, recientemente habilitaron una soda, con lo cual aumenta y facilita la presencia de personas que alegan estar consumiendo alimentos pero, en realidad están consumiendo licor y al no haber un horario o limitación de apertura para la soda el consumo del licor se da hasta altas horas de la madrugada. Lamentablemente, los patentados, así como los clientes NO hacen conciencia de la gran cantidad de quejas, escandalo, disturbios, heridos y muertes que pueden generar estas aglomeraciones de personas bajo los efectos el licor, más bien cuando se percatan de la presencia policial, los mismos clientes le alertan al patentado de la presencia para que no siga vendiendo y con ello evite un cierre o una sanción. Es por esto que, como institución, estamos tan preocupados ya que las medidas que podemos ejercer son los constantes abordajes y pequeños decomisos de licor de los personas que se logran ubicar consumiendo, pero mientras que no se aborde esta problemática de manera más integral, involucrando a la Municipalidad, Ministerio de Salud, y los mismos patentados vamos a seguir teniendo asesinatos, heridos, balaceras, escándalos, riñas y disturbios, sin dejar de lado la cantidad de basura y latas que diariamente dejan tiradas en la vía pública, bulevar y aceras que afean a nuestro cantón. MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA, DIRECCIÓN REGIONAL DOCEAVA CARIBE Dirección: Guápiles Centro detrás de la Clínica del Seguro Social Teléfono 2710-6231 2710-12-32 2710-65-71 Correo electrónico, Delegacion.guapllesOfuerzapublica.go.cr PO yl ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*92 MUNICIRA LIRA PD): Hal 15-041+2021 cea AA Nuestros Valores Honestidad, Disciplina, Servicio, Respeto y Compromiso Es por esta razón, que apelo a sus buenos oficios como ente rector y Gobierno local, para buscar una solución a esta problemática, ya sea a través de una mesa de trabajo, o una comisión en la cual, se involucre y responsabilice a los patentados de estos comercios a mantenerse al margen de la norma y que coadyuven a solucionar este problema, estableciendo medidas alternativas como la reglamentación del cobro de sanciones económicas para las personas que consuman licor en vía pública, que sirvan de ente persuasivo. Esperando haberlo dejarlo debidamente informado, se suscribe, Roy Venegas Hidalgo VERA Jefe Delegación Policial de Pocost— CC. Consejo Municipal de Pococí Cristian Zamora Marín Sub Director Región Doceava Caribe Cesar Anchia Céspedes, Sub Director Región Doceava Caribe £> Consecutivo / Archivo VElaborado por: RVH Participan de la palabra: Reg. Yaslyn Morales Grajal Yo no tengo ningún problema con el desarrollo y que los ciudadanos del cantón de Pococí estén emprendiendo con estos negocios, pero a mí me preocupa porque en el acta N*%28 ordinaria, el Ministerio de Seguridad Pública y Dirección Regional, Doceava del Caribe ha mandado un oficio que consta de 4 páginas, donde ellos exponen que en el distrito de Guápiles están teniendo muchos problemas con los supermercados con ventas de licor. Ellos nos dicen que para aprobar patentes tengamos más análisis porque se están convirtiendo en bares al aire libre y si no existiera la pandemia todo bien, todo el mundo es libre de pegarse la fiesta, pero estamos en pandemia y los recursos son limitados. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*93 MUNICIRA RARA RCOCI 15-04 904 Creo que deberíamos de considerar analizar bien este informe del Ministerio de Seguridad Pública y hacer un poquito más de análisis con el tema de lo que son supermercados con venta de licor, no tengo problema con los restaurantes con venta de licor, porque la gente llega, se sienta a comer, se toma la cerveza y se va, pero los supermercados se vuelven licoreras. Aquí cita varios supermercados y realmente me preocupa que esto altere el orden del distrito de Guápiles, muchas gracias. Es que ese día acordamos que se le trasladara al despacho del alcalde y al departamento de Patentes, me imagino que ellos deben de estar enviando una respuesta a ese informe de seguridad. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Procede a dar lectura del oficio N"MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DDP-0115-2021 de la Dirección Regional Doceava Caribe del Ministerio de Seguridad Pública. Compañeros este documento lo voy a trasladar al departamento de Patentes para que verifiquen si verdaderamente estas situaciones se están dando, si voy a decirles que las Patentes las voy a votar porque la gente cumple con una serie de requisitos, no podemos hacer discriminaciones porque si una persona realiza una solicitud de patentes en esta municipalidad y cumple con todos los requisitos que están normados, el deber mío es votar una patente, yo no puedo hacer discriminaciones contra personas que apenas van a ejercer una actividad, por otras que están incumpliendo. Lo voy a trasladar a la Unidad de Patentes para que revisen la lista de los negocios que supuestamente están incumpliendo, se haga una investigación y se remita un informe a este Concejo Municipal. Reg. Alfredo Calderón Alfaro Hay una ley que dice que no se puede tomar licor en lugares públicos, en las calles, aceras o espacio público, eso lo sabe la Fuerza Pública por lo tanto debemos de reconsiderar eso, la Fuerza Pública tienen el deber de ir y si alguien está tomando en un lugar público de llevárselo. Lo que pasa es que las autoridades no actúan, eso es un problema grave. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*94 MUNICIRAN Re POPE GeoCI 15-04 042 Reg. Marilú Ballestero Cruz Saludos, yo tengo una posición con respecto al tema de las patentes de los lugares que venden licor, de hecho si las vamos a votar yo no las voy a votar a favor porque apoyo lo que dice la compañera Yaslyn y también lo que dice el compañero Alfredo porque no existe un control de parte de las personas comerciantes acerca de qué es lo que está sucediendo frente a sus propios ojos y estos supermercados realmente son cantinas a cielo abierto a toda hora, a veces uno debe de transitar por las acalles de Guápiles a altas horas por razones familiares o lo que sea y de veras que hay lugares que son un desorden, inclusive no se puede transitar libremente. Creo que nosotros si podemos colaborar en algo, ya el alcoholismo y este tipo de desórdenes públicos son un problema social grande y si nosotros como cantón estamos queriendo levantar la imagen, no hacer nada u omitir nuestra posible participación para tratar de minimizar esto, en cuanto se pueda deberíamos hacerlo, porque no nos da una buena imagen aparecer en las estadísticas de desórdenes públicos de violencia, etc, a parte que es un mal social en general, para las personas, problemas familiares, etc. Si bien es cierto las personas pueden cumplir un requisito, creo que dentro de la patente está claro cuál es la forma en que debe de funcionar y hay un montón de negocios que no lo hacen. La Fuerza Pública nos está pidiendo ayuda porque no damos abasto, ellos van y hacen algo un día y al día siguiente vuelve a ocurrir y esto es un círculo vicioso, gasto de tiempo, de recursos de ellos, para que de todas maneras no ocurra nada porque las patentes se siguen otorgando y no hay una sanción al negocio que no esté cumpliendo. Es responsabilidad de todos, no sé y voy a reconocer que desconozco que puede hacer la municipalidad por eso, pero si hay algo que podamos hacer o modificar en algún reglamento o requisito, creo que es importante que, si no se ha hecho hasta el día de hoy, pues nosotros también colaboremos. Prácticamente entiendo que la Fuerza Pública nos está pidiendo auxilio, si en algo podemos colaborar pues debemos hacerlo. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*95 MUNICIRA Poe ds 15-04- pá ARE LEO Y ASARTE Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Voy a dar el nombre de los negocios que están denunciando, dice que es la Licorera Pura Vida, Licorera y Market y Licorera Trenesi, son las tres que mencionan acá, por eso se está trasladando al departamento de Patentes para que verifiquen, es deber de nosotros como municipalidad que los inspectores municipales realicen una visita al sitio y vale la pena que se le paguen horas extras porque si va a hacer en horas de la noche que se haga, hacer una redada e ir a visitar esos lugares y tal vez darles una advertencia por lo menos. Vamos a esperar a ver qué nos dice el departamento de Patentes primero, porque le estamos solicitando un informe. Reg. Yaslyn Morales Grajal Vieras que el acuerdo N*547 del acta que vamos a aprobar, por unanimidad se acordó que se traslade al despacho del alcalde y al departamento de Patentes para que valore el informe y nos den una solución. Yo voy a votar esas patentes porque son ciudadanos que van a empezar por primera vez el negocio y no los podemos excluir, pero recordemos que el Concejo Municipal es autónomo, la municipalidad rige sus propias políticas y creo que esta pandemia nos ha enseñado muchas cosas y la Fuerza Pública lo que está pidiendo es que le ayudemos, no que clausuremos o cerremos. Creo que debemos darle un poco más de atención porque esto es una problemática de seguridad y de salud. Por lo demás voy a apoyar y a votar esas patentes, pero sí me gustaría que esto lo tomemos de carácter urgente y ayudemos a la Fuerza Pública, porque ya tienen muchos problemas. Esta municipalidad no tiene policía municipal como para que le dé el soporte, si tuviéramos policía municipal yo diría que los mandemos para que valoren los negocios, pero no tenemos y le estamos recargando eso a la Fuerza Pública. Que conste en actas mis palabras, yo estaría votando pero que le pongamos atención a esto, porque últimamente ha estado viniendo mucho negocio de supermercado con venta de licor que al final se convierte en una licorera. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA Nog6 MUNICIRA LA Nes Pordinaria: Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Procede a leer oficio PA-0235-2021 del departamento de Patentes. Reg. Alfredo Calderón Alfaro Solamente para aclaración, los supermercados y licoreras es solamente deben venden el licor para llevar, no es para tomarlo ahí, pero desgraciadamente las licoreras abusan y venden licor para que sea consumido ahí como un bar, lo que pasa es que lo hacen en el área pública, solamente para aclarar. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Entonces compañeros vean que se están haciendo algunas diligencias. Propuesta del Reg. Ovidio Vives Castro Saluda, muy enriquecedor todas las opiniones y análisis que hacen las y los compañeros. Me parece que aquí hay un actor principal muy importante para que nosotros aprobemos siempre las licencias de cualquier tipo de negocio es el Ministerio de Salud, casi nadie lo menciona, nos echan toda la responsabilidad a la municipalidad o al Concejo Municipal. Le solicito una copia del Informe que envió al Ministerio de Seguridad para remitirla al Ministerio de Salud y llamar a cuentas a la directora para que nos sentemos, porque el operativo hay que hacerlo en conjunto, nosotros no aprobamos licencias si no vienen con la autorización del funcionamiento sanitario, ellos se lavan las manos, se esconden y no aparecen en casi ningún operativo y la cara mala aparentemente es el Concejo Municipal, porque somos quienes tomamos esta decisión. Por otra parte, creo que debe de haber un poco más de control y fiscalización de la administración porque nosotros aprobamos lo que la administración nos envía. Yo soy uno de los que casi nunca niego licencias porque es algo que generará empleo y es muy importante en medio de la pandemia, eso hace que disminuya la condición de pobreza que tiene mucha gente en este cantón, pero claro siempre tendiendo ese cuidado y responsabilidad de no hacer cosas ilícitas, Sitio Web: munipococi.go.cr AY de Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
D pacina no97 MONICIAA Resor ¡nara o 15-04-2005 aunque va a ser muy difícil quitarnos esto de encima, esto es algo ya nacional que se ve en todas partes, Guápiles y otros distritos no se escapan. Solicito muy respetuosamente que se le envíe una copia al Ministerio de Salud y llamarlos a cuentas a ellos también. Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez Voy a someter a votación la propuesta de don Ovidio Vives para que se le envíe copia de este informe policial al Ministerio de Salud, para que se coordine y para que rindan cuentas al Concejo Municipal. Masgally, llamar a la directora del Ministerio de Salud para que venga al Concejo Municipal a dar una explicación, qué pueden hacer ellos para solucionar este problema, porque como dice don Ovidio el problema y responsabilidad no es solo de nosotros, aquí también tienen vela en este entierro. Reg. Luis Ángel Méndez Araya Me parece que lo que apunta el compañero Vives es muy acertado porque de alguna forma se está dando un desacato a la ley, es evidente porque uno lo ve en todos lados, las licoreras se han convertido en verdaderas chicheras, qué feo decirlo, donde ponen la carnita asada afuera y entre carnita y carnita, hay borrachitos por ahí, no se está cumpliendo de manera definitiva con lo que realmente regula la ley, por eso me parece muy acertado el comentario del compañero Vives. Nota de secretaría: El señor presidente somete a votación la propuesta del Reg. Ovidio Vives Castro. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se aprueba la propuesta de Reg. Ovidio Vives Castro. Para que se le traslade el informe del Ministerio de Seguridad Pública, oficio N*MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DDP-0115-2021 al Ministerio de Salud para la búsqueda de una solución en conjunto con el Ministerio de Seguridad y la Municipalidad. Además, se invita a la Dra. Karen Tatiana Mayorga Quirós, directora del Área Rectora del Ministerio de Salud de Pococí, al intendente Roy Venegas Hidalgo, Jefe de Delegación Policial de Pococí y al Lic. Carlos Jiménez Rojas, Coordinador de Patentes a una sesión ordinaria para tratar el tema antes discutido y presente en el informe de la Dirección Regional de Pococí Doceava g e h Sitio Web: munipococi.go.cr a IO 4 e Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*98 MUNICIRATI RAP O CI 15-04+2021 Caribe del Ministerio de Seguridad Pública. Se Dispensa del Trámite de Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 597 El señor presidente nombra en comisión al Reg. Randall Torres Barrientos y al Síndico Suplente Jose Luis Díaz Valverde, que presenten su respectivo informe de comisión a la Secretaría Municipal dentro del plazo estipulado. ACUERDO N* 598 Se conoce nota para este Concejo suscrita por María Alvarado, Pdta. Comité Cementerio La Curia y Sugeidy Arias, Sria. Comité Cementerio La Curia, teléfono: 5006-8377, correo: heilyn280gmail.com, dice: Asunto: Problemas de Retención de Aguas Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA Neg9 MUNICIRA RA Res Pordinama O Cl Señores Concejo Municipal de Pococí Alcalde Manuel Hernández Muy respetables y honorables señores (as), Nosotras miembros de la Junta Administrativa del Cementerio de La Curia del Distrito de Roxana, Junta debidamente juramentada ante este Concejo, muy respetuosamente le solicitamos ayuda de forma urgente, para que nos construyan una o dos bóveda de 9 nichos en nuestro cementerio. El problema que se presenta es que el nivel del agua en el terreno del cementerio, aflora a escasos 50 centímetros, impidiendo que se puedan enterrar los cuerpos en tierra, por lo tanto el plan es construir las bóvedas para poder atender y dar un buen servicio a la población. Conocedoras de la falta de espacio que existe en los cementerios de los alrededores, la construcción de estas bóvedas vendría a solucionar en parte este problema. La Junta Administrativa no cuenta con los recursos suficientes para la construcción de esas bóvedas, mencionamos que el terreno está a nombre de la Municipalidad de Pococi, Nos pueden contactar a los correos heilyn28(2gmail.com odettejeankrlyOhortmail com ¡COMABCE».) ER ' alo Sapl LO A | ¿AURA A Crge ' María Evelia Alvarado Rodríguez Sugeidy Arias Ortega Presidenta Secretaria Cédula 2 0283 1043 Cédula 70163 0738 Teléfono 50 06 83 77 Teléfono 89173041 864066 47 Participa de la Palabra Reg. Jose Bustos Martínez Yo he estado en contacto con esa Junta de cementerio y me han expresado que solamente necesitan el material y ellos ponen la mano de obra para esos nichos. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina Nero MUNICIA CTA NesPordinara. 7 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al señor Alcalde. ACUERDO N* 599 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Vecinos del Cruce de Jordán, teléfono: 8691-2466, dice: Asunto: Solicitud de Intervención en Terreno Público Señores: Del Consejo Municipal. Municipalidad de Pococi. Reciban un cordial saludo de nuestra parte y a la vez deseándoles éxitos en sus labores, confiando en sus funciones le contamos que tenemos un problema en nuestra comunidad, paso a comunicarles que hay un terreno que es público que está a la orilla del rio, pero al parecer se adueñaron de él o al menos eso parece, ya que unos vecinos pusieron ahí unas hamacas, un pollito y construyeron una casita de árbol el problema es que casi todos los fines de semana por no decir que todos y a veces entre semana también, se hacen unas fiestas, escándalos, donde hay música a altas horas de la noche que llegan hasta las tres de la mañana, gritos, alcohol, drogas. Hay llegan tanto adultos cómo menores de edad, todo esto empezó desde que construyeron todo eso ahí. Ya los vecinos estamos cansados de todo esto aqui viven niños pequeños, adultos mayores discapacitados, habemos personas que debemos madrugar, personas que vienen cansadas de sus trabajos y desean descansar y con estos escándalos es imposible. Se ha llamado a la Delegación de nuestra comunidad y dicen que no les corresponde a ellos ir y si por alguna razón pasan, se hacen de la vista gorda cómo dicen por ahí, por esta razón acudimos a ustedes muy amablemente. Pedimos muy respetuosamente que por favor vengan nos ayuden, verifiquen esa parte de terreno, vean planos, medidas si es necesario, y que por favor pongan un alto a esto ya que es un terreno público, porque es tedioso estar en esto siempre. Dirección: Del cruce Jordán 400 oeste, 200 sur Barrio Puriscaleño (Barrio Los Cholos), La Rita, Pococi. Sin más por el momento. delusclh a dose abrosnlta Giner Pata Vorqes pur: A Y a Sr8 A ($209 Y tH2:3120%8 lizhelh moxales Férez Uco Gmbea ?_ 10920054 [o bir Venero dl side. ' 4 TOTO. 21434? - Plarima ( pl rez Chacón Se VU ACO1A loy% Min É0 3nZo S: (oe: Misa Cerdasberorrs Aullgodidcza Teléfono: 861-IA6E Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N101 MUNICIRA ARA POE QLOCI 15-04 oe Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a Desarrollo y Control Urbano para que se investigue y rindan un informe a este Concejo Municipal. ACUERDO N* 600 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Mauren Monge de Bienestar Social, teléfono: 2101-5426, dice: Oficio: OBSFM0029-2021 Asunto: Respuesta al Acuerdo N*474 del Acta N*24 Sitio Web: munipococi.go.cr | A Facebook: AMunicipalidadDePococi | | | Pluye
Pecocí Municipalidad de Pococí 9 AN Bienestar Social, Familia y Mujer EF a Teléfono: 2101-5426 gu mouren. i L.QO.Cf MUNCPALIOAD Pluye ren.monge(munipococi.go.cr mae Dn PA Guópiles, 7 de abril de 2021 OBSFMO0029-2021 Sr. Manuel Hernández Rivera Alcalde Municipal Srs, sra, Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Estimados señores, Con saludarles, me permito dirigirme al acuerdo N%474, Acta N*%24 del 25-03-2021 aprobado por el honorable Concejo Municipal, en relación con el CINDEA San Martin. Sobre dicho asunto, le detallo. + En reunión del Comité Administrativo del CCP (Gabriela Vargas como Coordinadora Programática y quien suscribe en calidad de Administradora) conocimos la intensión de trasladar parte de la comunidad estudiantil del CINDEA San Martin al CCP, ante las situaciones que dicho centro educativo presenta. Esto fue informado por la señora Gabriela Vargas; previamente la Administradora Municipal no tuvo conocimiento ni acercamiento por parte de los interesados. + En dicha reunión, como puede constatarse en la Minuta 005-2021, celebrada el 24-02-21, en el punto dos, se discute la solicitud, tomándose como acuerdo, cito textualmente “Punto 2, se acuerda trasladar a las Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye pacina nero2 MUNICIRA A Res Pordinbria 0 15-04-2 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
pacina nors MUNICIR AA RAF rinaria. 0 Municipalidad de Pococí 1d C ad Bienestar Social, Familia y Mujer k a Teléfono: 2101-5426 9] ipococi.go. Pluye mouren.monge(Amunipococi.go.cr mueeranoso o tazas máximas jefaturas, en especial al señor Alcalde, a fin de valorar el traslado del CINDEA al CCP, considerando el incremento en los gastos que se incurriría. Gabriela traslada a sus jefaturas el mismo asunto”. + Se acordó una reunión con el director del Centro Educalivo, espacio en el que esta Administradora no participó, previendo tener una conversación con el señor alcalde para entero conocimiento. e Posteliormmeénte, se conoce el acuerdo IN 4/4, ACIO IN 24 del 29-Us-2UZ1, En donde se traslada a la señora Gabriela Vargas y a quien suscribe, la situación que presenta el CINDEA San Martin. + Conconocimiento del acuerdo, la señora Vargas remite un oficio al Concejo Municipal, informando la anuencia por su parte y de su representado (DIGEPAZ) de recibir a 60 estudiantes del CINDEA San Martin dentro del CCP, facilitando 4 espacios del inmueble. + En reunión sostenida con el señor alcalde el día 05-04-21, reiteramos las muchas inconsistencias que el inmueble presenta, situación que pone en riesgo a quienes visitan y hacen uso del CCP. Por acuerdo verbal, se envió a un Ingeniero eléctrico, mismo que ante un breve diagnóstico determina como supuesto, la existencia de algunos vicios ocultos en la construcción. La Administración Municipal trabaja actualmente en valorar la contratación de un profesional que inspeccione las condiciones electromecánicas del CCP. Ya se han suscitado problemas que pueden poner en riesgo la integridad de las personas (postes que jalan, un transformador que se incendió, ausencia de planta de tratamiento, otros). + Actualmente, es la Municipalidad de Pococi quien asume todos los costos en que incurre el CCP (pólizas, agua, electricidad, servicios municipales, seguridad, otros). Los costes son elevados y dejan en riesgo la sostenibilidad del inmueble. Sitio Web: munipococi.go.cr / Focebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*104 MUNICIRALIDA BD ENORAl 15-04 Municipalidad de Pococí a IES POCOCE Bienestar Social, Familia y Mujer uds a a Teléfono: 2101-5426 Le, Pluye mouren.monge(Omunipococi.go.cr macros Preocupa entonces, que el CINDEA San Martin se traslade al CCP, con un grupo de 60 personas de lunes a viernes, considerando el aumento en gastos eléctricos y de agua potable. Esto es un riesgo a las finanzas municipales. También se conoce la intensión del CINDEA San Martin en trasladar sus códigos de limpieza al CCP, incluso, han valorado la posibilidad de costear gastos como el eléctrico. Esto quedará como punto de negociación ante la posible lima de un convenio entre las partes. Debe quedar clara la posición de esta Administradora, no se quiere negar el espacio, pero desde la postura administrativa, todo apunta a un incremento en pagos básicos y un posible riesgo, al no conocer la situación actual de la infraestructura del CCP. Debe considerarse, además, la cobertura actual de la póliza del inmueble. En reunión del Comité Administrativo, celebrada el día 06-04-21, se toma como acuerdo, contar con un plazo de 30 días, espacio que permita conocer a fondo las condiciones electromecánicas que presenta el CCP. Se acuerda por parte de esta administradora, informar al señor alcalde que la cantidad de jóvenes que estarían haciendo uso del espacio no supera los 60. Además, la posibilidad de negociar con el CINDEA San Martin cubrir costos como el eléctrico y del servicio de agua potable, esto mediante un convenio firmado por las partes. Así las cosas, la Administración Municipal debe analizar si es viable según sus finanzas, albergar a un grupo de 60 personas, de lunes a viernes y por un plazo incluso de un año, Debe considerar si el aporte solidario que brinde el CINDEA San Marlin es suficiente para aliviar los gastos en que incurra la Municipalidad de Pococí. Pecocí Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
PAGINA N*105 MONA 15-0442021 s 1d Municipalidad de Pococí POCUC Bienestar Social, Familia y Mujer gu a e Teléfono: 2101-5426 LL, mauren.monge(Amunipococi.go.cr mecaunao Pluye e a! Es también importante hacer de conocimiento que si la Administración Municipal no apoya el traslado, deberá analizarse la postura tomada por el DIGEPAZ, quien parece ha tomado la decisión de acoger al CINDEA San Martin, en tal caso, la Municipalidad deberá liberarse de responsabilidades adicionales en que se incurra. Se solicita que previo a la toma de acuerdos, se invite a las máximas jefaturas a la loma de decisiones, siendo que jas limilaciones de la Cooramadora Programalica y de esta Administradora están definidas. MAUREN Firmado digitalment PRISCILLA: Fauna MONGE PRISCILLA MONGE BOLAÑOS BOLAÑOS (FIRMA) Fecha: 2021.04.07 (FIRMA) 15:15:12 -06'00' Dra. Mauren Monge Bolaños Coordinadora Bienestar Social, Familia y Mujer Administradora Centro Cívico por la Paz de Pococí Municipalidad de Pococí Ce: Gabriela Vargas Vargas-Coordinadora Programática Yamileth Hidalgo-Vicealcaldesa Natalia Camacho Monge, Directora DIGEPAZ. Maritza Ortiz Cortes, Supervisora de Centros Cívicos. Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N%106 NUNCA Nég Por ran Participan de la Palabra Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Compañeros, los que hemos trabajado para el MEP, sabemos que estos satélites reciben un subsidio por el MEP para luz, agua y demás. Creo que lejos de enredar a la Municipalidad, debiera el Centro Cívico hacer un convenio con el Cindea de San Martín. Reg. Randall Torres Barrientos Saluda, ese Centro Cívico tiene problemas graves, se robaron una planta de tratamiento y otra planta explotó. Habría que revisar ese convenio porque casi todos los gastos están a cargo de la Municipalidad y por ejemplo la factura de agua fue altísima, habría que revisar ese convenio porque es delicado que permanezca mucha gente ahí hasta sin planta eléctrica. Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal Ese Centro Cívico tiene muchas deficiencias, mañana tenemos una reunión a las 10 am, porque el problema es que el convenio de la Municipalidad con el Centro Cívico, nosotros asumimos toda la responsabilidad financiera, pero a la hora de disponer del Centro Cívico lo hacen otros y no nosotros. Además, aparentemente ni la planta y algunas partes de infraestructura no cumplen ni requisitos, esa es una obra en la que se invirtió muchos recursos, pero a escasos meses de construido ya tenía muchas fallas. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez No podemos poner en riesgo la integridad física de esos muchachos porque si algo les pasa la debemos asumir nosotros, hay que ver como se mancomunan esfuerzos para hacer las reparaciones que se tengan que hacer. Reg. Yaslyn Morales Grajal Saluda, yo si quiero que conste en actas y que el pueblo sepa que la carta de entendimiento que firmó la anterior administración con el Centro Cívico, yo la pude leer y vence en abril de este año. El convenio o carta alega que dos meses antes del vencimiento debía informarse al Ministerio de Paz y Cultura si se iba a Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina nejo7 MUNICIRA A Ra Pon Cl 15-04-20 1055 DEERE renovar en esas mismas condiciones o si hubiese alguna diferenai cláusulas. Yo creo que ese centro vale muchos millones de colones, y se debería aprovechar peor en su mayoría no se está haciendo, es lamentable que deban estar dos administraciones con tantas diferencias, el Ministerio de Paz alega tener más poder sobre el inmueble que la municipalidad y si bien es cierto, nos corresponde todo el mantenimiento de ese edificio, si la Dra. Mauren Monge se instaló ahí es porque han estado haciendo cosas muy bonitas pero ella envió una carta aquí con muchas deficiencias que tiene la infraestructura. Yo creo compañeros que deberíamos revisarla y pedir una auditoría a los ingenieros de esta municipalidad, redactar un documento y llevarlo al Ministerio de Justicia y Paz y si ellos no resuelven pues se interpone una denuncia ante la fiscalía porque ese inmueble costó millones de colones para que hoy no sirva y tenga tantas fallas y problemas de muchos tipos, cuidando el ingreso público de los impuestos de los ciudadanos, debemos hacer algo pronto. Reg. Reinaldo Benavidez Vargas Todos estos muchachos son del lado de San Martín, invitemos al director de este Cindea a una sesión porque son muchachos de Jiménez la mayoría y si ahí hay un gimnasio que estuvieron usando, creo que se les facilita mas la distancia a Jiménez centro donde tenemos un salón comunal bien lindo. Sería una propuesta y pues hay que ayudarles. Reg. Supl. Marilú Ballestero Cruz Saluda, justamente con respecto a ese mismo tema, consideré que había más lugares cercanos a la población, me parece que hay lugares más cercanos que deben ser más viables y baratos y que incluso pueden pertenecer al MEP o la comunidad. Apoyo la propuesta del compañero Reinaldo. Reg. Yaslyn Morales Grajal ¿Eso es el Cindea o es el INA? Porque nosotros aprobamos en esta acta 28, que se acuerde se autorice a la administración a suscribir carta de compromiso para la atención satelital de los centros de desarrollo. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*108 MUNICIRALIR4 HR HE RLOCI 15-0 202056 EE Reg. Alfredo Calderón Alfaro Secundo las palabras de la compañera Yaslyn, antes de invitar a esa persona deberíamos esperar el informe de Manuel. Reg. Reinaldo Benavidez Vargas La preocupación mía es, si ese departamento de educación da un subsidio económico para que se pague una planta física, nada tenemos que traer hasta Guápiles centro los niños de San Martín si hay salón comunal en Jiménez y el Molino, pero bueno, retiro la propuesta. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la Alcaldía para que rindan un informe a ese Concejo. ACUERDO N* 601 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Comité Nueva Generación Urbanización Los Molinos, teléfono: 6061-9872, dice: Asunto: Solicitud de mantenimiento a los campos de juegos infantiles Reciban un saludo respetuoso de Comité Nueva Generación Urba-Los Molinos Jiménez Pococí. Con el objetivo de solicitar atención urgente para el mantenimiento de los campos de juegos de nuestra comunidad. Este parquecito recién construido ha sido violentado en repetidas ocasiones por la delincuencia local, desde hace 22 días golpearon candados y abrieron portones, instalamos nuevos candados y fueron cortados nuevamente. Necesitamos implementar aldabas y candados competentes y vigilancia policial más efectiva y tajante, en horas nocturnas entre 6 pm y 8 pm. A la vez encontramos niños menores a esas horas, sin compañía. Agradeciendo su atención, se suscribe. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina ner MUNI AR Pordnoa C! 15-04-2 1057 COMITE NUEVA GENERACIÓN | 57-7——— URBANIZACIÓN LOS MOLINOS Mot E -—— DY ABR 22 EE, NA LIMON:PO .. PA A es an sn 7 sha == am 7 pa * 18 wnandez Fresidente. Céd 47134802 EE Tel ¿oci7a72, Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal Puede solicitársela a la delegación de Seguridad Pública de Jiménez para que hagan visitas a la comunidad con mayor frecuencia. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Delegación de Fuerza Pública de Jiménez y se les solicita que realicen visitas a la comunidad del Molino con mayor frecuencia entre las 6 y 8 pm. ACUERDO N* 602 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Marlon Miranda, director del Liceo Ticabán, teléfono: 2762-5432, dice: Oficio: LT-046-2021 Asunto: Solicitud de Intervención de carretera Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
paGina Nemo MONICIRATA No torinaria: 12 de abril del 2021 Oficio LT - 046 - 2021 + Sr, Juan Luis Gómez Gómez EROJO) Presidente Municipal Municipalidad del Cantón de Pococí Gobierno Local + Sr, Manuel Hernández Rivera Alcalde Municipal Municipalidad del Cantón de Pococí Gobierno Local + Miembros del honorable concejo municipal: Sra. Dennia Yaslyn Morales Grajal - PRN Sr. Jonnathan García Chévez - PLN Sr. Reinaldo Benavides Vargas - PUSC Sr. Luis Ángel Méndez Araya - PNR Sr. José Antonio Bustos Martínez - PAC Sr, Randall Torres Barrientos - ADC Sr, Ovidio Vives Castro - PRC Sr. Alfredo Calderón Alfaro - PIN Municipalidad del Cantón de Pococí Gobierno Local Muy estimados señores y señora del Concejo Municipal, reciban de parte de la comunidad estudiantil del Liceo de Ticabán y de todo nuestro personal, un respetuoso y cálido saludo, deseándoles a ustedes muchos éxitos en su labor de representación popular. El motivo de la presente es para informarles sobre el deterioro de la calle publica que comunica la entrada del Liceo de Ticabán con la calle principal asfaltada procedente de Guápiles. Aunque esta calle en su oportunidad a recibido mantenimiento, las condiciones tanto del clima como de su uso la ponen pronto en mal estado, tal y como se encuentra actualmente con muchos hoyos que Pococí, La Rita, Ticabán, 1 km suroeste del Servicentro de Ticabán, Barrio La Unión Tel.: 2762 5432 Correo electrónico: lic.deticabanfOmep.go.cr. . | 9 Sitio Web: munipococi.go.cr | Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
, : I PAGINA N*111 MUNICIRATAR Pop ad || IE MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA detóscacónpuic PIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN GUÁPILES Liceo de Ticabán | Circuito 08 TICABÁN Transformación Curricular, una apuesta por la calidad educativa, dificultan el paso de los vehículos, así como de los autobuses, que prestan el servicio de transporte a nuestros estudiantes, Por tal motivo y de la forma más respetuosa, acudo ante ustedes para solicitarles que dicho trayecto de aproximadamente 400 metros sea incluido dentro del presupuesto de la Red Vial Cantonal para que pueda ser asfaltado. Dicho asfaltado sería el complemento ideal para el mejoramiento de la calidad de vida de los vecinos Cercanos a este liceo, de nuestros estudiantes y de nuestro personal; toda vez que estamos a la espera de la construcción de nueva infraestructura para este liceo. Muchas gracias por la atención a esta nota y quedo a la espera de su respuesta (nuestro número telefónico es 2762 5432, y nuestro correo electrónico es lic.deticabanAmep.go.cr) Atentamente, Lic. Marlon Miranda Blanco, Director, Liceo de Ticabán. KSS/MMB Anexos: Ninguno. C.c Sr. Marlon Miranda Blanco / Archivo digital. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía y a la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. ACUERDO N* 603 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Marlon Miranda, director del Liceo Ticabán, teléfono: 2762-5432, dice: Oficio: LT-047-2021 Sitio Web: munipococi.go.cr - a ¿ Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina nena MONICIRA Ne Pordinaria: 12 de abril del 2021 Oficio LT - 047 - 2021 + Sr. Juan Luis Gómez Gómez Presidente Municipal Municipalidad del Cantón de Pococí Gobierno Local + Sr. Manuel Hernández Rivera Alcalde Municipal Municipalidad del Cantón de Pococí Gobierno Local » Miembros del honorable concejo municipal: Sra. Dennia Yaslyn Morales Grajal - PRN Sr. Jonnathan García Chévez - PLN Sr. Reinaldo Benavides Vargas - PUSC Sr, Luis Ángel Méndez Araya - PNR Sr. José Antonio Bustos Martínez - PAC Sr. Randall Torres Barrientos - ADC Sr. Ovidio Vives Castro - PRC Sr. Alfredo Calderón Alfaro - PIN Municipalidad del Cantón de Pococí Gobierno Local Reciban de mi parte un cálido y respetuoso saludo. Muy respetados señores y señora del Concejo Municipal, el Liceo de Ticabán como es de su conocimiento, se encuentra en una zona rural dedicada a la actividad piñera, bananera y siembra de tubérculos, siendo estas las principales actividades que generan empleo a los padres de familia de nuestros estudiantes. De esta forma nuestros estudiantes en su gran mayoría son de recursos económicos limitados. Pococí, La Rita, Ticabán, 1 km suroeste del Servicentro de Ticabán, Barrio La Unión Tel.: 2762 5432 Correo electrónico: lic.deticabanfQmep.go.cr. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina nos MUNI A RP rdinara 10 16S MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA PES DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN GUAPILES Liceo de Ticabán | Circuito 08 TICABÁN Transformación curricular, una apuesta por la calidad educativa. La anterior situación, ha permitido que este liceo haya sido tomado en cuenta por dos programas nacionales destinados a dotar de equipo tecnológico a este centro educativo para que sea utilizado en el proceso educativo de nuestros estudiantes (Fundación Omar Dengo y Programa de Innovación Educativa), lamentablemente, en dos oportunidades distintas este liceo ha sido objeto de robo por grupos de delincuentes, donde no solamente se llevaron dichos equipos, sino también golpearon y amordazaron a nuestros vigilantes (todo esto antes de mi llegada como nuevo director); luego de esto hemos tenido algunos hurtos que fueron denunciados ante el 0.1.J. Uno de los factores que ha permitido con gran facilidad el acceso de los antisociales a nuestras instalaciones, es que no contamos con una tapia perimetral que nos brinde seguridad, sino alambres de púas en mal estado de las fincas que nos circundan. Este colegio durante aproximadamente poco más de 5 años ha estado en lista de espera ante el Departamento de Infraestructura y Equipamiento Educativo (DIEE) del Ministerio de Educación Pública, tiempo en el cual, por una u otra razón la infraestructura de este liceo sufrió un gran deterioro, situación que, desde mi llegada a este liceo, y junto a la Junta Administrativa hemos procurado revertir, con recursos que son muy limitados. Con miras a mejorar la calidad de vida y educación de nuestros estudiantes, procedí a llevar a cabo una campaña de “lobby” político en favor de este liceo, con el propósito de que nuestros representantes populares gestionen y soliciten a la Sra. Giselle Cruz Maduro (Ministra de Educación Pública) y ante la Sra. Arq. Catalina Salas Hernández (Directora de la DIEE del Ministerio de Educación Pública) que den celeridad al proyecto de construcción de obra nueva y remodelación de la ya existente en el Liceo de Ticabán. Con relación a ese proceso constructivo debo decirles que tenemos buenas noticias: 1. El Proyecto se encuentra en lista de espera del DIEE, y hay al menos dos órdenes sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud que indica como urgente la intervención de nuestra infraestrictura. 2. Tanto los planos como los estudios de suelos, y su visado se llevaron a cabo desde años atrás, 3. En días pasados fui informado por la Sra. tesorera - contadora de la Junta Administrativa de un depósito de dinero en la cuenta de caja única del Estado a favor de este Liceo, que completa la totalidad de los recursos y financieros para la construcción de un Nuevo liceo por un monto de //1.410.480,121.00 millones de colones. Habiendo explicado todo lo anterior, deseo pedirles con el mayor de los respetos su ayuda para que intercedan a favor de este liceo ante doña Giselle Pococí, La Rita, Ticabán, 1 km suroeste del Servicentro de Ticabán, Barrio La Unión Tel: 2762 5432 Correo electrónico: lic.deticabanfOmep.go.cr. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
paGiNA nera MUNICIRA TA Rss Poda OC! 15-04-209/062 10006S MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA o és DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACION GUÁPILES Liceo de Ticabán | Circuito 08 TICABAN Transformación curricular, una apuesta por la calidad educativa. Cruz y ante doña Catalina Salas para que en el DIEE procedan a iniciar con la orden de inicio para la generación del cartel de licitación y adjudicación del proyecto que ya les he referido, toda vez que ya se cuenta con los dineros que permiten dicho proceso, el cual debe ser llevado con la mayor diligencia, transparencia, honestidad, probidad y profesionalismo que el caso amerita; dada la gran cantidad de dinero involucrado; así como las grandes expectativas en la calidad de vida y mejora en la calidad educativa de todos nuestros estudiantes. El correo electrónico de la señora Ministra es el siguiente: j achonunist 1 ; mientras que el correo de la Sra. Catalina Salas es: margot,sal (Margoth Saboría Corrales - Secretaria) Agradeciendo desde ya la atención al presente oficio, se despide atentamente su servidor. y É Ela "Lic. Marlon Miranda Blanco. Director, A - 2 Liceo de Ticabán. 3. apo DIREGCIÓN 4 KSS/MMB. ADO SS Anexos: Ninguno. C.c Sr. Marlon Miranda Blanco / Archivo digital. Participa de la Palabra Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Compañeros hay que hacer una carta de apoyo a esta señora ministra del DIEE para que estos dineros se manejen con una mayor transparencia. Por ejemplo, en Cariari se economizó el MEP 54 millones para la demolición de la Escuela Campo Kennedy y la Municipalidad lo hizo como con 4 millones o menos. Por Unanimidad SE ACUERDA: Remitir una carta de apoyo y solicitud de transparencia a la ministra la Sra. Catalina Salas. ACUERDO N* 604 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Luis Solís, Comité de Desarrollo Rancho Redondo, correo electrónico: Isolisí:Ggmail.com, dice: Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N9115 MUNICIRA LA RéPor lada 15-04420721 Asunto: Solicitud de intervención de carretera e infraestructura de la co apoyo para adquirir agua potable Señor Ovidio Vives Castro, Regidor Concejo Municipal Pococí Estimado señor: El Comité de Desarrollo de Rancho Redondo de Guápiles, debidamente juramentados en sesión ordinaria número 16-2019 del Concejo Municipal de Pococí, acuerdo 423; miembros activos de la Asociación de Desarrollo La Unión, deseamos agradecerle en nombre de las personas integrantes de la comunidad al Concejo Municipal, al señor Alcalde Municipal y en especial a su persona por la recién concluida primera etapa de mejora de nuestra ruta de acceso mediante la Compra Directa 2020CD-000154-CLO1 denominada “Compra de material Sub-Base para proyecto Reparación Camino Rancho Redondo”, así como por la donación de cemento, arena y alcantarillas para construcción de cabezales. Como pudo constatar la comunidad se encuentra organizada, gracias a ello supervisamos y colaboramos con la reparación del camino; así como con la construcción de los cabezales, donde con aportes de la comunidad se pagó mano de obra y se compraron todos los materiales faltantes para dichas obras. Finalmente, conforme lo conversado en reunión del pasado sábado 13 de marzo donde la comunidad le convocó para rendición de cuentas le pedimos colaboración para dar seguimiento a los siguientes temas: 1. Darle continuidad al proyecto de reparación del camino: como es de su conocimiento, resta intervenir aproximadamente 2 km de la carretera, que se encuentran en mal estado. Importante recordar que en sesión extraordinaria número 71 del 27-09-2019 se aprobó los dos proyectos de mejora, uno para ejecutarse en el 2020 y el otro en el 2021. 2. Puente sobre el río Costa Rica: el 23-04-2019 se informó en sesión municipal entre otros temas sobre el estado de corrosión avanzada que tiene las vigas del puente sobre el río Costa Rica, se nos indicó que nos iban a facilitar una máquina especial que tiene la Municipalidad para quitar corrosión con arena, así como pintura, por nuestra parte nos comprometimos a realizar todos los trabajos. 3. Necesidad de contar con agua potable en la comunidad: el 23 de abril del 2019 expusimos en sesión extraordinaria al Concejo Municipal nacientes que existen en Rancho Redondo y la necesidad que tenemos de contar con un acueducto, se acordó que el tema sería abordado en la Comisión Permanente de Recurso Hídrico de Pococí, donde nos tendríamos participación. Nunca fuimos contactados para revisar las nacientes, ni nos participaron en reuniones. ; H | Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*116 MUNICIA AR Por In CO CI 15-04- 4. Apoyo técnico para revisar vigas para reforzar puente o arreglar puente de tucas: Un vecino donó unas vigas que nos pueden servir para reforzar el primer puente, o bien, sustituir las tucas de madera de un puente, por lo anterior solicitamos apoyo técnico para que sean revisadas por un ingeniero de la municipalidad para determinar si es factible su uso. Para efectos de seguimiento le rogamos nos informe la sesión en la que se conoció el presente oficio, así como lo acordado. Para comunicaciones señalamos el correo electrónico lsolisiG'gmail.com. Atentamente, LUIS ALBERTO Firmado digitalmente por LUIS ALBERTO SOLIS JIMENEZ SOLIS JIMENEZ (FIRMA) Fecha: 2021,04,12 (FIRMA) 19:07:10 -06'00' Luis Alberto Solís Jiménez Integrante Comité de Desarrollo Rancho Redondo Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal para que rindan un informe a este Concejo. ACUERDO N* 605 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el MAG. Jorge Mora, jefe del Dpto. de Urbanismo INVU y la Licda. Gloriana Chacón, abogada del Dpto. de Urbanismo, teléfono: 2211-0000, dice: Oficio: DU-086-0-2021 Asunto: Respuesta a los oficios DDCU-058-2021, DDCU-057-2021, OCSM-116-2021 y OCSM-317-2020 por visados municipales. Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina nenz MUNICIRA A RA POP dinar MITTCAY % Instetuto National de Vivenda y rt DU-086-0-2021 San José, 09 de abril de 2021. Señores: Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, manuel.hernandez(Amunipococi.go.cr Ing. Henry Madrigal, Desarrollo y Control Urbano, Municipalidad de Pococi. Ae lina É controlurbanopococifayahoo.com henry.madrigal()munipococi.go.cr US A LOL Secretaría Municipal secretaria(Qmunipococi.go.cr Estimados Señores: Con relación a denuncia presentada a este Departamento, con relación al oficio DU-049-03- 2021, emitido por este Departamento, y analizados los oficios que se nos hizo llegar, a saber, OCSM 116-2021 y OCSM 317-2020, DDCU-058-2021 y DDCU-057-2021, se les indica que: De haber otorgado el visado municipal a los planos individuales de segregación sin tramitar el proyecto como urbanización o fraccionamiento con fines urbanísticos ante las entidades pertinentes, se constituyó la calle como pública. Ante esto, es clara la Ley General de Caminos Públicos con respecto a que la administración de la vialidad cantonal le corresponde a la Municipalidad, siendo que, debe ese municipio realizar las obras de infraestructura requeridas para solucionar el problema que embarga al Barrio Belén en situación ya conocida. Contrariamente de no existir visado municipal individual a los predios sería responsabilidad del desarrollador. Pero al igual que lo expresado con anterioridad, si Municipio otorgo los permisos de construcción de las viviendas individuales y realiza el cobro de servicios públicos e impuestos municipales, también le corresponde efectuar las obras de infraestructura necesarias para solucionar la falta de alcantarillado pluvial de dicha comunidad. Sin otro particular. Firmado digitalmente GLORIANA eimente por )- por JORGE RICARDO CHACON - SLorinra /” HORA RAMIREZ CAMA CISNEROS Enosem 13:56:19-0600" (FIRMA) — Fácoaracoo MAG. Jorge Mora Ramírez Licda. Gloriana Chacón Cisneros Jefe, Departamento de Urbanismo Abogada, Departamento de Urbanismo Cc: Archivo Departamento Urbanismo Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía y Desarrollo y Control Urbano. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina Nong MUNICIRA AN Pordinarma. 0 ACUERDO N' 606 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Wendy Cortés, directora de la Escuela Campo Kenneqy, correo electrónico: esc.lidercampokennedyOmep.go.cr, dice: Oficio: DREG-SCE03-ELCK-020-2021 Asunto: Carta de Agradecimiento Dirección Regional de Educación Guápiles Supervisión Escolar Circuito 03 Cariari Centro Educativo Escuela Líder Campo Kennedy Código presupuestario: 3573 Noraterio de arcón Pibe mep | MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA Transformación curricular, una apuesta por la calidad educativa. 09 de abril de 2021 DREG-SCE03-ELCK-020-2021 Página 1 de 1 Señores Concejo Municipal Pococí Estimados Señores: Quien suscribe Wendy Cortés Otárola, en calidad de Directora de la Escuela Campo Kennedy, código presupuestario 67-3573, circuito 03- Cariari, adscrita a la Dirección Regional de Educación de Guápiles, manifiesta nuestro agradecimiento a la Alcaldía, Concejo Municipal, Gestores y a cada departamento de la Municipalidad de Pococí; por toda la colaboración prestada en la actividad de demolición correspondiente a la infraestructura de la Escuela Campo Kennedy. Felicitarles por su excelente trabajo, liderazgo, procura del bien común y desarrollo de nuestra comunidad, así como el valor que tiene para nosotros la anuencia mostrada al unificar esfuerzos con la administración Campo Kennedy, Centro Educativo que además constituye la cara de presentación del distrito Cariari. Esperando en Dios pronto veamos realizada la obra de construcción de este Centro Educativo y continuemos unidos en busca de un desarrollo integral. Les deseamos abundantes bendiciones en sus labores y en sus vidas. WENDY CORTES /., digitalmente Cordialmente, OTAROLA rms di FIRMA) EI Wendy Cortés Otárola Directora Escuela Líder Campo Kennedy Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce carta de agradecimiento Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N9119 MUNICH POR ERCOCI ACUERDO N* 607 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Mayra Montes, Servicios Jurídicos Municipales, teléfono: 2713-6516, dice: Oficio: 1J-15-ABR-2021 Asunto: Entrega de área pública en fraccionamiento de Claudio Carranza, Acuerdo N*202, Acta N*11 del 2021 Guápiles, 9 de abril de 2021 1J-15-ABR-2021 INFORME JURÍDICO ASUNTO: Entrega de Área Pública en fraccionamiento de Claudio Carranza. SOLICITANTE: CONCEJO MUNICIPAL 1. GESTIÓN: Con la instrucción del Coordinador de Servicios Jurídicos Internos. procedo a dar respuesta al Acuerdo N*202, de la Sesión ordinaria N? 11 del 11 de febrero 2021, en el que se acordó "trasladar el documento al Departamento de Servicios Jurídicos, para su análisis y recomendación. Se dispensa del trámite de comisión. Acuerdo definitivamente aprobado”. Aunque también se acordó "Trasladar el documento a la Comisión Especial Municipal de Fiscalización y Supervisión de Infraestructura Pública y Desarrollo y Control Urbano del Cantón de Pococí”. Por lo que independientemente de si la citada comisión ya rindió su informe, esta Unidad Jurídica procede a exponer lo siguiente. 2. ANÁLISIS JURÍDICO: Es muy importante recordar que de acuerdo al Manual Descriptivo de Puestos, quien posee la competencia de vigilar el cumplimiento de la entrega de las áreas comunales, independientemente que se trate de un fraccionamiento o de un proyecto urbanístico, así como de ejecutar acciones propias de planificación y coordinación en general, es del Departamento de Desarrollo y Control Urbano; aunado a ello, quien ostente el puesto de coordinador o encargado, deberá realizar todas aquellas actividades técnicas operativas requeridas por la institución, Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*120 MUNICIRA RAPE RCOCI 15-04- 068 Municipalidad de Pococí P AER IICA Servicios Jurídicos q; a Ms AN Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 A POcocI munipococijuridicos(Ygmailcom muceanmao Pluye E FERENA con el fin de garantizar la rectoría de la municipalidad en el desarrollo urbanístico del cantón. En consecuencia, este honorable concejo municipal, deberá dar trámite a las solicitudes de entra de área comunal que gestione el Ing. Henry Madrigal Calvo, en su calidad de Coordinado del Depto. Desarrollo y Control Urbano, que es el profesional responsable para revisar todos y cada uno de los aspectos técnicos, y de verificar que se cumplan con todos los requisitos previstos en la Ley Planificación Urbana. Específicamente, el artículo 40 de la citada ley, señala que: *Todo fraccionador de terrenos situados fuera del cuadrante de las ciudades y todo urbanizador cederá gratuitamente al uso público tanto las áreas destinadas a vías como las correspondientes a parques y facilidades comunales; lo que cederá por los dos conceptos últimos se determinará en el respectivo reglamento, mediante la fijación de porcentajes del área total a fraccionar o urbanizar, que podrán fluctuar entre un cinco por ciento a un veinte por ciento, según el tamaño promedio de los lotes (...)”. Sobre la inspección de campo: en este caso en concreto, tenemos que el Ing. David Quirós Aguilar, topógrafo municipal, rindió un informe técnico, mediante el Oficio UTOP-MPL-101-20221, del 24 de marzo del año en curso, él indica que de acuerdo a la inspección en el terreno con folio real 7-117042-000, de plano catastrado L-2247822-2020, propiedad del señor Carranza Molina, indica que este inmueble proviene del FORIO REAL 7-114869-000, del cual se generó un total de ONCE fraccionamientos frente a calle pública (y 4 frente a servidumbre). La sumatoria de esas áreas fraccionadas frente a calle pública es de 4.667,80m2, por lo que el 10% de área comunal, corresponde a 466,78m2, lo que aquí se debería hacer entrega. Sin embargo el área que se está entregando a la municipalidad Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*121 MUNICIRALIDAR DO als 15-04+42 06 Municipalidad de Pococí Ea Servicios Jurídicos Bo Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 munipococijuridicosOdgmailcom MUNCIALOAO, meto para USO PÚBLICO, representado en el plano catastrado L-2247822-2020, es de 963m2. Indica el topógrafo en su informe que, además está ubicado frente a calle pública, que posee una topografía plana y de forma regular, la cual sería de gran utilidad para la comunidad de Las Palmitas. Así las cosas, viendo el informe que realiza tanto el coordinador de Desarrollo y Control Urbano, como el topógrafo municipal, lo procedente es que se reciba la gestión del Ing. Henry Madrigal, y se acepte o reciba el terreno indicado por éste destinado a área comunal, tal como lo señaló en su OFICIO DDCU-019-2021, del 03 de febrero 2021. 3. RECOMENDACIÓN: En consecuencia, se recomienda a este honorable concejo municipal, acoger la gestión que está realizando el ingeniero municipal respecto a recibir el área comunal en la localidad de Palmitas, y que se autorice al alcalde a comparecer ante notario público y que se autorice recibir la donación del citado inmueble con plano catastrado L-2247822-2020, que mide 963m2, tal como lo expuso en su OFICIO DDCU-019-2021, del 03 de febrero 2021, y visto mediante acuerdo municipal N*202 del 11 de febrero 2021. ¿Mdad de e, SS ¿MOÁdicos y, OS e, Esperando ser oportuna, se despide atenta, 93. FG XA, > q Serviclos Jurídicos Internos C.c. Archivo Interno. Por Unanimidad SE ACUERDA: Nos acogemos a las recomendaciones del Dpto. de Servicios Jurídicos para recibir el área comunal en la localidad de Palmitas, se autoriza al Sr. Alcalde a comparecer ante notario público y se recibe la donación del inmueble Plano Catastrado L-2247822-2020 anteriormente expuesto en el oficio DDCU-019-2021. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*122 MUNICIRA RRA PoPdnba O! 15-04-2 07 € EEE ZA A ACUERDO N* 608 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Marvin Muñoz, Pate. ADI Cocotales, teléfono: 8413-9064, dice: Asunto: Solicitud de intervención en puente en mal estado MUNICIPALIDAD DE POCOCI Alcalde : SR Manuel Hernández CONCEJO MUNICIPAL Reciban un saludo de la ADI cocotales. En nombre de la comunidad de cocotales y especialmente la comunidad estudiantil les hacemos de conocimiento que en el sector este de la escuela se quebró el puente que daba paso a los trabajadores y especialmente a algunos niños de escuela, puente sobre la quebrada la manchoza específicamente, este puente ya tiene estudio de suelo hace más de cuatro años que se le hizo. e Tenemos varias familias que ocupan ese puente ya que el bus de servicio público pasa por el centro de la comunidad. Solicitamos ayuda inmediata a don Manuel Hernández y a este honorable consejo que se de solución este problema que nos aqueja por años, gracias a Dios que no hubo nada que lamentar al quebrarse el puente con varias familias, ahora los niños están pasando por una viga de madera semi podrida esperando no lamentar algo peor esperando pronta respuesta con mucho r: Das despide: ADI COCOTALES SI, EAS A) arvin Muñoz Núñez Presidente Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía y Unidad Técnica de Gestión Vial para que rinda un informe a este Concejo. ACUERDO N* 609 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Mayra Montes, Servicios Jurídicos Municipales, teléfono: 2713-6516, dice: Oficio: 1J-16-ABR-2021 Asunto: Informe sobre la patente del CECUDI de Cariari y Guápiles, Acuerdo N*166, Acta N*09 del 2021 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*123 MUNICIRALIRA PR cds 15-04-20 Municipalidad de Pococí Servicios Jurídicos ¡dy Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 munipococijuridicosQgmail.com eros par Guápiles, 9 de abril de 2021 1J-16-ABR-2021 INFORME JURÍDICO ASUNTO: EINFORME SOBRE LA PATENTE DEL CECUDI DE CARIARI Y GUAPILES SOLICITANTE: CONCEJO MUNICIPAL 1. GESTIÓN: Con la instrucción del Coordinador de Servicios Jurídicos Internos, procedo a dar respuesta al Acuerdo N* 166, de la Sesión ordinaria N* 09 del 04 de febrero 2021, en el que se conoció la Remisión del Convenio de Cooperación entre el IMAS, la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, y la Municipalidad e Pococí. En dicha sesión, se conoció la MOCIÓN presentada por el presidente del concejo, Sr. Juan Luis Gómez. Quien indicó que, CONSIDERANDO "que este Concejo Municipal, en sesión extraordinaria N“55 del 7-8-2020, cuando se atendió a la señora DAMARIS CHING, nos percatamos que (...) no tenía patente municipal (...).- Que este concejo le recomendó sacar patente en los CECUDIS de Guápiles y Cariari Este concejo, acordó trasladar el acuerdo a la Comisión de Bienestar Social y también al Departamento de Servicios Jurídicos para su análisis (aunque no lo remitió al Departamento de Patentes). 2. ANÁLISIS JURÍDICO: Es muy importante recordar que de acuerdo al Manual Descriptivo de Puestos, quien posee la competencia para resolver y recomendar en lo referente a las Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
Pecocí PAGINA N*124 MUNICIRA LIRA PERO CI 15-04-20 072 Municipalidad de Pococí g AN Na 4 | Servicios Jurídicos 0 DONA, Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 eL, Pluy % munipococijuridicosQgmoailcom mweranoao seeaynasa patentes o licencias comerciales, es la Oficina de Patentes. En este se define claramente las responsabilidades y las actividades que debe llevar a cabo la persona encargada de la tramitación y aprobación de licencias municipales - comúnmente conocida como Patentes, pues el Encargado de la Unidad de Patentes, ostenta el grado de los Profesional Municipal 2, y tenemos que parte de sus Funciones, se encuentran: Planear, organizar, coordinar, ejecutar y controlar las labores administrativas dle la actividad de Patentes, Velar que las acciones tales como tramitación de nuevas patentes comerciales, industriales y de servicios, renuncia, traslados, cambio de actividad de nombre y de traspaso de patentados, entre otros, se realicen dentro de los plazos establecidos, para cada uno de ellos, garantizando de esta forma la eficiencia del proceso. Además, debe de mantener actualizado el registro de los patentados del cantón. Realizar los cierres en los negocios que presentan irregularidades. Mantener constante inspección sobre estos para garantizar su funcionamiento de acuerdo a lo que la Ley establece. Coordinar, ejecutar y controlar la actualización del registro de patentes en relación con la cantidad y clasificación de estos, según su actividad lucrativa, distrito y monto. Velar porque los recibos para el pago de impuestos por patentes se emitan y se cobren oportunamente, entre otros. Así las cosas, teniendo claro las funciones propias de la Oficina de Patentes, esta Unidad Jurídica le solicitó el expediente administrativo, donde de manera eficiente han custodiado la información y los trámites llevados a cabo. Es así como el 03 de noviembre de 2020, se inicia el trámite para obtener la licencia para el CECUDI de Guápiles y el de Cariari (ver folio 01 y 14). Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
PAGINA N%125 MUNICIRA IDA POE RLOCI Municipalidad de Pococí 8 a Servicios Jurídicos [585 Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 munipocociuridicosdgmail.com Pluye La señora Ching Duran, ha cumplido con una serie de requisitos legales, tales como el pago de una póliza de responsabilidad civil para la red de cuido, por un monto de cinco millones (5.000.000) de colones, con cobertura "R” para la atención médica inmediata por un monto de 1.500.000 (folio 16 y 17). No reporta deuda con FODESAF y la CCSS (folio 18). Inscrita ante el Ministerio de Hacienda [folio 48 y 49). También consta en el expediente, la prevención administrativa que le realiza la Oficina de Patentes, mediante Oficio PAT-142-2021 con fecha del 02 de marzo 2021, con el fin de poner al día el pago por concepto de IMPUESTO DE PATENTE MUNICIPAL, el cual se calculó de acuerdo a la declaración del impuesto de la renta para los períodos fiscales del 2015 al 2020, el cual asciende a la suma de 2.151.426,00colones, también se aportan copia de los recibos donde se inició el arreglo de pago [folios 68 a 76). Finalmente, consta en el expediente la copia de la PATENTE para la ADMINISTRACIÓN DE CECUDI de CARIARI, así como el de GUÁPILES, respectivamente [folio 77 y 78). RECOMENDACIÓN: En consecuencia, se recomienda a este honorable concejo municipal, continuar con la tramitación propia del convenio que se suscribió entre este municipio, la Secretaría Técnica de la Red de Cuido y el IMAS, siendo que se encuentra aún vigente el contrato para la red de cuido CECUDI de Cariari y de Guápiles, de la licitación abreviada N*2020LA-000001-CLO1, contrato firmado el 02 de marzo de 2020, cuyo plazo de vigencia de por veinte (20) meses; y siendo que la señora Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina nor26 MUNICIRA A Nes Pordinaria. 7 1-0 Municipalidad de Pococí y) ) SCOC y Servicios Jurídicos ys a MIN OS Teléfono: 2713-6516, Fax: 2710-7181 RA MEocOS Pluye munipococijuridicosGHgmalil ARZ AAA Damaris Ching, ya tiene la licencia municipal para ejercer tal actividad lucrativa de ADMINSITRACIÓN DE CECUDI en Guápiles y en Cariari, Esperando ser oportuna, se despide atenta, palidad q. ES Sos sin idigo, 5 Licd: (Mara Montes Árce === | Servicios Jurídicos Internos Participa de la Palabra Reg. Yaslyn Morales Grajal Estoy de acuerdo con ese informe y tenemos que apegarnos, pero no podemos dejar de lado que se había solicitado un órgano director para ver como fue que le dieron las licitaciones a dicha empresa y bien es cierto que proveeduría debió haber pedido patente, que se investigará la forma y el fondo y después emitir un informe a este Concejo. Que bien que la señora se puso al día, pero hubo fallos de funcionarios. Reg. Reinaldo Benavides Vargas Esto se debe aprobar ahora que está al día, hay otras comunidades intentando tener un CECUDI también y con el visto bueno no perderíamos los fondos que el IMAS nos da por ley que beneficia a madres y niños. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez A mi lo que no me parece es que ella funcionó bastante tiempo sin licencia de patente y el acuerdo que había era que se pusiera al día con los montos retroactivos, considero que está bien lo que dice doña Mayra, pero no indica si se puso al día con todos los meses. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina nora MUNICIRA LIRA REEQCOCI 1504409075 Reg. Yaslyn Morales Grajal Señor presidente, con su permiso, aquí el problema y el daño a la Hacienda Pública no es de la empresaria, es del funcionario que firma el cártel que no exigió la patente cuando ella concursó, lo omitió. Por eso insisto en el órgano director para que se investigue, la recomendación de la Licda. Mayra lo que dice es que aprobemos el convenio por el derecho superior del niño sin dejar nosotros de lado el otro tema. Reg. Alfredo Calderón Alfaro Creo que si es un negocio lucrativo debe pagar el local, debemos averiguar eso bien. Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez Muy bonito que la Municipalidad da el edifico y lo repara, pero ella lucra. Reg. Supl. Marilú Ballestero Cruz Saluda, se debe aprobar el convenio, pero consultar de si se puede recuperar el dinero que ella no pagó estos años y también lo que dice Yaslyn, que no se esté incurriendo en ese error de los funcionarios. Por Unanimidad SE ACUERDA: 1. Nos acogemos a las recomendaciones del Dpto. de Servicios Jurídicos de continuar con la tramitación propia del convenio que se suscribió entre este municipio, la Secretaría Técnica de la Red de Cuido y el IMAS, ya que CECUDI cuenta con la licencia de Patente respectiva. 2. Se traslada a la Alcaldía y a Patentes para consultar cuanto tiempo funcionó el CECUDI sin tener esta licencia y si es viable que se remunere ese dinero de la deuda. 3. Que el Sr. Alcalde nombre un órgano director para que se investigue el proceso de la adjudicación a CECUDI con los departamentos de Proveeduría y Patentes. (El punto 3 lo vota en contra el Reg. Reinaldo Benavides Vargas) ACUERDO N* 610 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Freddy Fernández, Parroquia Inmaculada Concepción de María, teléfono: 2767-7045, dice: o Sitio Web: munipococi.go.cr YA 4 É Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina nora MUNICIRO TA Nes Pordinbita 0 Oficio: PC-0017 Asunto: Solicitud de material PARROQUIA INMACULADA CONCEPCIÓN DE MARÍA CARIARI — POCOCÍ Diócesis de Limón 10 de abril, 2021 PC 0017 Señores: Consejo Municipal de Pococí Reciban un fraternal saludo de paz y bien. La presente es para comentarles que la parroquia Inmaculada Concepción de María Cariari preocupada por la situación de indigencia de la comunidad, así como la formación espiritual de niños, jóvenes y adultos de la parroquia, nos hemos dado a la tareo de construir cuatro aulas, una cocina, un salón para 300 personas con baños y servicios sanitarios, así como una bodega para guardar las cosas de seguridad. Ya tenemos cuatro años trabajando para este proyecto, hemos recurrido a varias empresas par que no ayuden, ya tenemos todo en orden, planos per s y la empresa constructora que nos ha cobrado un monto de C75.000,000 por mano de obra. La obra está valorada en (260.000.000 y pensamos comenzar esta construcción el lunes 19 de abril 2021. Es por esto que recurrimos a ustedes, para que nos echen una mano con material, que puede ser cemento, varillo, perlin. Sin más por el momento y deseando lo mejor en su labor, se despide Atentamente Freddy Hernández Jiménez 601980637 ' Municipalidad de Pococí A Recio opcion 7 la: ÓN n Hora TOTO Cc/Lic, Manuel Hemández Rivera Teléfono: 2767-7045 - 6216-8299 - E-mail: parroquiadecariari2gmail.com Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
. E paGiNa no129 MUNICIRA AR Pobdinbra O Cl 15-04-2090 7 Participa de la Palabra Reg. Reinaldo Benavides Vargas Para nadie es un secreto que los Únicos que pueden ayudarle a las iglesias de cualquier tipo, bajo la Ley dictada, son los Concejos de Distrito. Le hago un llamado a los síndicos para que negocien también con los regidores. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía. ACUERDO N?* 611 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Sonia Cruz, Unión Cantonal de Asociaciones de Pococí, teléfono: 8562-7692, dice: Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina norso_MONICIRA TA Nes Pordinaria: 0 E UNIÓN CANTONAL DE ASOCIACIONES DE POCOCÍ € Cédula Jurídica: 3-002-051070 UCAP Correo Electrónico: ucapococióahotmall.com Doc.H009- 2021 09 Abril 2021 Secretaria concejo Municipal de Pococí Estimados señores. Reciban un cordial saludo de la Unión Cantonal de Asociaciones de Pococí. deseamos éxitos en sus labores. La presente es con el fin de solicitarles una certificación. 1) El estudio de suelo y hídricos, del terreno donde se ubicaba el edificio municipal de la cancha San Salvador. 2) Seles solicita el acta y el acuerdo de la sección ft 28 con fecha 08 de Abril del 2021 referente al acuerdo tomado del concejo en cuanto a la construcción del edificio municipal que se realizara en la plaza San Salvador en Guápiles. 3) Se solicita una copia del proyecto de la construcción del edificio municipal de Pococí. Se despide atentamente la Junta directiva de la Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo de Pococí, S y de y) Ñ NOTA ma Us uz lorras ceda ( lotes 14 Secretaria Sonia M. Cruz Porras PIN Cédula 700980974 Unión o tel.8562-7692 “ON CANTONAL DE | 9 De POCIC Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la secretaria municipal. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
_pacina nera MUNI CTA NAPO bdinomo, 0 ACUERDO N* 612 El Pate. Municipal Juan Luis Gómez Gómez convoca a la Comisión Prados de Esperanza el próximo miércoles 21 de abril a las 13 horas. QUEDAN DEBIDAMENTE CONVOCADOS. ACUERDO N* 613 El Pate. Municipal Juan Luis Gómez Gómez convoca a los Ingeniero de Control Constructivo, UTGAM y un representante de Servicios Jurídicos para que se coordine visita a la Planta Recicladora de Baterías el próximo miércoles 21 de abril a las 09 horas, se convoca también a los regidores ya involucrados con el tema. QUEDAN DEBIDAMENTE CONVOCADOS. ARTICULO ll Lectura, Discusión y Verificación del Acta N*27 Extraordinaria del 08-04-2021 y Acta N*28 Ordinaria del 08-04-2021 ACUERDO N* 614 Se Conoce Acta N*27 Extraordinaria del 08-04-2021 Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*27 Extraordinaria del 08-04-2021. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N?* 615 Se Conoce Acta N*28 Ordinaria del 08-04-2021 h Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina no1s2_ MUNICIRA TA Nero rdinaria: 0 Participa de la Palabra Reg. Yaslyn Morales Grajal Quiero que conste en actas que el Acuerdo N*568, que es una moción, yo no la voté, la votó el compañero Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla. Léasela de la siguiente manera: ACUERDO N' 568, Acta N*28 Ordinaria del 08-04-2021. Moción presentada por los regidores: Juan Luis Gómez Gómez y Jose A. Bustos Martínez, dice: Considerando: Que los artículos N%35 y N*36 del Código Municipal establece que el Concejo Municipal de Pococí debe establecer la calendarización de las sesiones municipales Ordinarias del 01 de mayo de 2021 al 31 de mayo de 2022 y que se deben publicar en el Diario Oficial La Gaceta. Mociono: Para que este honorable Concejo Municipal acuerde que las sesiones ordinarias del Concejo Municipal de Pococí sean a las 6:00 p.m, con la calendarización que detallamos a continuación: Propuesta de Calendarización de Sesiones 2021 MES Mayo| Junio Julio | Agosto| Setiembre| Octubre| Noviembre| Diciembre E E A E. A E Lunes | Martes | Jueves| Martes| Jueves Vienes Martes Miércoles DÍA 3 1 1 3 2 1 2 1 DÍA 10 8 8 10 9 8 9 8 DÍA 17 15 15 17 16 15 16 15 DÍA 24 22 2 24 23 22 23 2 DÍA 31 2 2 31 30 2 30 2 Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N9133 MUNICIRA AR tor nara ' 15-04-20 081 Propuesta de Calendarización de Sesiones 2022 |] - MES Enero Febrero Marzo Abril Mayo PAR DEMAAEMIADA Lunes Martes Martes Viernes Martes DÍA 3 1 1 1 3 DÍA 10 8 8 8 10 DÍA 17 15 15 15 17 DÍA 24 22 22 22 24 DÍA 31 . 29 29 31 Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Moción y la calendarización de las sesiones del Concejo Municipal de Pococí del 01 de mayo de 2021 al 31 mayo de 2022 descrita anteriormente. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. (Sustituye en la votación a la Reg. Yaslyn Morales Grajal el Reg. Supl. Rosbill Argúello Badilla). Léasela de la siguiente manera: ACUERDO N? 569, Acta N*28 Ordinaria del 08-04-2021. Moción presentada por el regidor: Luis Ángel Méndez Araya, Avalada por los regidores: Randall Torres Barrientos, Yaslyn Morales Grajal, Jonnathan García Chévez, Jose A. Bustos Martínez, Alfredo Calderón Alfaro, dice: Considerando: 1) Que la comunidad de Sardinas se Ubica en una ruta turística hacia Barra del Colorado específicamente sobre ruta 247. 2) El proyecto de electrificación en todo pueblo favorece a la población en general. Máxime al centro educativo en el cual los niños y los docentes pueden acceder a la tecnología. 3) En el año 2018 la Alcaldía se había pronunciado a favor de la comunidad de Sardinas-Colorado sobre el proyecto de electrificación de la ruta como contrato mixto entre ICE-Alcaldía. Sitio Web: munipococi.go.cr a SS Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N9134 MUNICILA LA RégPor: nara _ 15-04- 19082 Mociono: Para que este Honorable Concejo solicite al señor Harys regidor Barboza, presidente ejecutivo del INDER, para reactivar el proyecto de electrificación y articular un proyecto mixto INDER-MUNICIPALIDAD. Por Mayoría Unanimidad SE ACUERDA: Se Aprueba la moción Para que este Honorable Concejo solicite al señor Harys regidor Barboza, presidente ejecutivo del INDER, para reactivar el proyecto de electrificación y articular un proyecto mixto INDER-MUNICIPALIDAD. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. (Sustituye en la votación a la Reg. Yaslyn Morales Grajal el Reg. Supl. Rosbill Argúello Badilla). Continúa haciendo uso de la Palabra Reg. Yaslyn Morales Grajal En el Acuerdo N*556, donde dije que se pida a Don Manuel que revise el por qué no se terminó la Calle La Silla, quizá no fui muy explícita, lo que yo quería era que supiera que esa comunidad de San Bosco tuvo un problema con el empresario al que se adjudicó y eso fue desde la administración pasada. En el Acuerdo N*549, hay que ponerle atención porque mucho ciudadano de este cantón se ha dejado decir que esta administración tiene olvidad la calle vieja y sería bueno que sepan que en el Acta N*28 Ordinaria, viene todo lo que se va a hacer con el superávit que obtuvo esta administración, por ejemplo, una propuesta de esta servidora fue la ciclovía a la Colonia de 90 millones y que ese tema sea retomado junto con ustedes y el señor alcalde. Y recalco los estudios del Sr. alcalde y el compañero Randall a estudios de puentes y carretera. Además, importante que no crean en comentarios que ven en redes como lo de los 188 millones de colones que supuestamente se giraron a Toro Amarillo cuando en realidad fueron 38 millones, aquí viene el presupuesto y las partidas que cada uno de nosotros elegimos a donde ir. También que el mejoramiento del parque central de Guápiles ya tiene una inversión de 70 millones de la primera etapa y que en esta segunda etapa ya tenemos los 148 millones que faltaban para terminar la remodelación de este parque de Guápiles. Sitio Web: munipococi.go.cr a z Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
pacinanoros MUNICIR ARPA ERCOCI 1504. 209088 Gracias también a la buena gestión de este Concejo y el Sr. alcalde se consiguieron 209 millones para mejorar la superficie del camino entre Campo 2 y Llano Bonito. Sería bueno que los munícipes revisen esta acta. Gracias. Reg. Reinaldo Benavidez Vargas Se ha logrado gracias a esta administración y este Concejo producir y recuperar mucho dinero, hay 130 millones para relastreo de cada distrito, yo sé que ningún dinero alcanza para las necesidades de este cantón y es feo presentar mociones donde abemos que ya por ahorita no alcanza, hay comunidades como Lagunilla que tienen mucha necesidad y no es que no se ha querido. Son muchos los distritos con necesidad. Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N”28 Ordinaria del 08-04-2021. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. ARTICULO IV Asuntos del Sr. Alcalde ACUERDO N' 616 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal, teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice; Oficio: DAMCM-0063-2021 Asunto: Resolución Recurso de Apelación contra adjudicación de la Licitación Abreviada N*2021LA-000006-0032000702 Servicios de Seguridad Privada y vigilancia de instalaciones Municipales y Centro Cívico. Sitio Web: munipococi.go.cr a A Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N%136 MUNICIRABIDA PR as 15-04-20 084 Mediante la presente me permito remitir resolución de recurso de apelación contra el acto de adjudicación de la licitación abreviada No. 2021LA-00000é- 0032000702 por el Servicio de Seguridad Privada para Instalaciones Municipales y Centro Cívico por la Paz presentado por la empresa Inversiones Gabo SYN S.A. el 07 de abril del 2021. Por tanto, se recomienda al Concejo Municipal acoger la presente resolución elaborada por el departamento de Proveeduría Municipal con el por tanto que se rechaza de plano el presente recurso de apelación según las razones y criterios expuestos. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
Pecocí PAGINA N*137 MUNICIRA AR Hor: aL 15-04- Y g Municipalidad de Pococí “MS Sub-Proveedor qios a Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 p>. A Pluye ronald.quiros(Amunipococi.go.cr Mrcipiunao AL SER LAS 13.00 HORAS DEL DIA CATORCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, LA PROVEEDURÍA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ RESUELVE: EL RECURSO DE APELACION CONTRA EL ACTO DE ADJUDICACION DE LA LICITACION ABREVIADA NO.2021LA-000006-0032000702, POR EL SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA PARA INSTALACIONES MUNICIPALES Y CENTRO CIVICO POR LA PAZ. RESULTANDO., PRIMERO: Que esta administración municipal, mediante el procedimiento de Licitación Abreviada No. 2021LA-000006-0032000702, procede a realizar las gestiones para la contratación de una Empresa privada, que brinde el Servicio de Seguridad Privada para las Instalaciones municipales y el Centro Cívico por la Paz de Pococí. SEGUNDO: Que esta corporación Municipal realiza el procedimiento de contratación en la plataforma de Compras públicas SICOP, en donde automáticamente se cursan las invitaciones a todos los potenciales proveedores inscritos a nivel nacional de acuerdo con el servicio solicitado por este municipio. TERCERO: Que mediante acuerdo del Concejo Municipal no. 525, sesión Extraordinaria No. 26, del 06 de abril del 2021, se procede a adjudicar a la empresa Madruma Seguridad SA la suma de q 91.560.457.64, correspondiente a la Licitación Abreviada No. 2021LA-000006-0032000702, por el servicio de Seguridad Privada para las Instalaciones municipales y el Centro Cívico por la Paz de Pococí por un periodo de 8 meses, siendo la empresa que obtiene la mayor puntuación. CUARTO: Que la empresa Inversiones Gabo SYN SA, con fecha 7 de abril 2021, ingresa en la página web del Sicop, en la Licitación Abreviada No. 2021LA-000006- 0032000702, un Recurso de Apelación en contra del acto de adjudicación. Pluye 085 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
| Pecocí Municipalidad de Pococí : g A Sub-Proveedor 1d S Teléfono: 2718-6561 Ext. 122 Pluye ronald.quiros(fAmunipococi.go.cr maraca CONSIDERANDO PRIMERO: Que mediante la Resolución R-DC-06-212, Publicada en el Alcance No. 40 a la Gaceta No. 39 del Jueves 25 de febrero del 2021, la Contraloría General de la Republica, en uso de sus facultades fiscalizadoras, actualizó los limites económicos que establecen los inciso A) al J) de los artículos 27 y 84 de la Ley de Contratación Administrativa, ubicando a la Municipalidad de Pococí en el estrato E de la clasificación general, según el cual, el RECURSO DE APELACION ante la Contraloría General de la Republica, en contra de las resoluciones de adjudicación dictadas tanto en Licitaciones abreviadas como en Licitaciones Públicas, procede a partir de un monto de adjudicación de £ 91.000.000.00/ Noventa y un millones de colones exactos) y en la presenta adjudicación recurrida el monto de adjudicación corresponde a la suma de y 91.560.457.64, adjudicación visible en el expediente electrónico en el SICOP SEGUNDO: Que mediante el Artículo 182. Del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa -Supuestos. El recurso de apelación deberá presentarse ante la Contraloría General de la República. Cuando se apele el acto de adjudicación se tomarán en consideración los montos previstos en el artículo 84 de la Ley de Contratación Administrativa. TERCERO: En materia de contratación administrativa, por su especialidad, cada uno de los recursos de revocatoria o de apelación son Únicos, es decir, o es revocatoria ante la propia administración o es apelación ante la Contraloría General de la Republica y por tanto, estas gestiones de impugnación resultan excluyentes entre si, lo que implica que el participante en un concurso ante la administración inconforme con el resultado, puede hacer uso de uno u otro recurso pero en forma independiente y el caso que nos ocupa, de acuerdo al monto de la adjudicación [ q 91.560.457.64 ), el Único recurso procedente contra el acto de adjudicación indicado es el de APELACION ante la Contraloría General de la Republica, y deberá presentarse ante ese ente superior, fiscalizador de la hacienda pública, dentro de los Cinco Días Hábiles siguiente a la notificación del acto de adjudicación, así dispuesto en el artículo 84 de la Ley de Contratación administrativa. En consecuencia, habiéndose presentado erróneamente el recurso ante esta administración contra el acto de adjudicación, el mismo resulta improcedente en razón del monto adjudicado y debe ser rechazado de plano. Pluye PAGINA Nor3g MUNICIA A RPordnara o 15-04-209086 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
| paGiNa nego MUNICIR AA Rss robdinaa. OL 15-04-209/087 Municipalidad de Pococí “MES a 9 POCOC/ Sra MY AN Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 26% Pluye ronald.quirosimunipococi.go.cr macros POR TANTO Con base en los artículos 84 y 91 de la Ley de Contratación Administrativa, los artículos 182, 183, 193 y 195 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la Resolución R-DC-06-212, Publicada en el Alcance No. 40 a la Gaceta No, 39 del jueves 25 de febrero del 2021 y el expediente electrónico de la Licitación abreviada No. 2021LA-000006-0032000702, visible en la página del Sicop. Con base en las consideraciones expuestas y citas legales indicadas, se Rechaza de Plano el presente Recurso de Apelación, interpuesto en contra del acto de adjudicación de la Licitación abreviada No. 2021LA-000006-0032000702 por el servicio de Seguridad Privada para las Instalaciones municipales y el Centro Cívico por la Paz de Pococí, adjudicación aprobada mediante acuerdo Municipal No. 525, sesión Extraordinaria No. 26, del 06 de abril del 2021. Notifíquese a las partes interesadas. Firmado digitalmente por RONALD QUIROS RONALD QUIROS BRENES E BRENES (FIRMA) recents 12:18:51 porto Lic. Ronald Quirós Brenes Sub-Proveedor Municipalidad de Pococí Por Unanimidad, SE ACUERDA: Con base en los artículos 84 y 91 de la Ley de Contratación Administrativa, los artículos 182, 183, 193 y 195 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la Resolución R-DC-06-212, Publicada en el Alcance No. 40 a la Gaceta No. 39 del jueves 25 de febrero del 2021 y el expediente electrónico de la Licitación abreviada No. 2021LA-000006-0032000702, visible en la página del Sicop. Con base en las consideraciones expuestas y citas legales indicadas, se Rechaza de Plano el presente Recurso de Apelación, interpuesto en contra del acto de adjudicación de la Licitación abreviada No. 2021 LA-000006-0032000702 por el servicio de Seguridad Privada para las Instalaciones municipales y el Centro Cívico por la Paz de Pococí, adjudicación aprobada mediante acuerdo Municipal No. 525, sesión Extraordinaria No. 26, del 06 de abril del 2021. Notifíquese a las partes interesadas. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacina nerso_MUNICIRARIRA PRE BQCOCI ARTICULO V Mociones ACUERDO N* 617 Moción Presentada por la regidora Yaslyn Morales Grajal y Jose Bustos Martínez, dice: Asunto: Solicitar a la Administración, al Dpto. Jurídicos y al Comité Cantonal de Deportes, borrador de convenio para administración del Polideportivo Rogelio Alvarado Cubero. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
Pecocí A Ni Pecocí Pluye DE POCOci Moción CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ Considerando: Que de conformidad con el artículo 169 constitucional "La Administración de los intereses y los servicios locales en cada cantón estará cargo del Gobierno Municipal" disposición que es conformada por el Código Municipal en su artículo 3. Que el Código Municipal en su artículo 4 inciso h, les confiere a las municipalidades las siguientes atribuciones: h) Promover un desarrollo local participativo e inclusivo, que contemple la diversidad de las necesidades y los intereses de la población. Que según el artículo 173 del Código Municipal, en cada cantón, existirá un comité cantonal de deportes y recreación, adscrito a la municipalidad respectiva; gozará de personalidad jurídica instumental para desarrollar planes, proyectos y programas deportivos y recreativos cantonales, así como para construir, administrar y mantener las instalaciones deportivas de su propiedad o las otorgadas en administración. Asimismo, habrá comités comunales de deportes y recreación, adscritos al respectivo comité cantonal. Que el 28 de mayo del 2020 se suscribió entre la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí y la Municipalidad de Pococí para ratificar y reglamentar la administración del Polideportivo Rogelio Alvarado. Que la clausula segunda inciso a) expresa que es obligación de la Municipalidad administrar el Polideportivo dándole el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. Que la clausula segunda inciso e) indica que la Municipalidad se hará cargo de la administración y funcionamiento del Polideportivo en apego y respeto a la legislación nacional, mediante la figura jurídica que funciona mejore a los intereses de la administración del Polideportivo. Que para este periodo 2020-2024 la administración municipal, el Concejo Municipal y el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí han venido realizando un trabajo conjunto por la recuperación de espacios deportivos y ejecución de proyectos de impacto. Pluye 089 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
PAGINA N*142 MUNICIRA MIRA PO CI 15-04-20 090 - Que nos encontramos en la etapa previa al inicio de las respectivas contrataciones para la ejecución de un presupuesto dotado por el ICODER a este cantón para rehabilitar las instalaciones del Polideportivo Rogelio Alvarado Cubero, - Que el ente natural para administrar y brindar mantenimiento a las instalaciones deportivas y recreativas del cantón de Pococí es el Comité Cantonal de Deportes y Recreación y que, para el espacio específico en discusión, en el pasado se han generado procesos de administración erróneos que han permitido el abandono de las instalaciones cuando el CCDR puede, con el respaldo de la Municipalidad, realizar una excelente labor de administración. Que dentro de las instalaciones existe un gimnasio deportivo, un complejo de piscinas, una pista atlética, cancha de fútbol, un diamante de beisbol, entre otros espacios deportivos; todos necesarios de atención, mantenimiento y administración. Mociono para que: - — Sele solicite a la Administración Municipal, al departamento de Servicios Jurídicos y al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí elaborar borrador de convenio para ceder la administración del Polideportivo Rogelio Alvarado Cubero al CCDR Pococí dentro de los olcances del convenio firmado entre la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí y la Municipalidad de Pococí y la legislación vigente. Presentada por: y Shin H y PLA LL, hac ajapl il YES Dust” Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción. Se le solicita a la Administración Municipal, al departamento de Servicios Jurídicos y al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí elaborar borrador de convenio para ceder la administración del Polideportivo Rogelio Alvarado Cubero al CCDR Pococí dentro de los alcances del convenio firmado entre la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí y la Municipalidad de Pococí y la legislación vigente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*%143 MUNICIRA MIRA PP O Cl 15-04:20909 l ACUERDO N* 618 Moción Presentada por el regidor suplente Rosbill Arguello Badilla, avalada por el regidor Reinaldo Benavides, dice; Asunto: Solicitud de aprobación Proyecto de Reglamento para la realización de consultas populares en el cantón de Pococí. Moción de los regidores: qual, HR Resnaldo Benavides Vargas — Pos bill Arguello Bedia, Considerando: 1. Que a través de los mecanismos de consulta popular se ejerce directamente la soberanía popular, 2. Que el cantón de Pococí requiere brindar oportunidades a los ciudadanos para que participen activamente en el plano político, para que expresen o manifiesten su opinión sobre alguna decisión política o asunto político que los afectan como personas que participan dentro de la sociedad. 3. Que las consultas ciudadanas son una oportunidad para que los ciudadanos hagan valer su voluntad. 4. Que mediante las consultas populares se pone en conocimiento de las autoridades municipales el clamor popular acerca de un determinado asunto MOCIONAMOS: Para que se aprueba el siguiente PROYECTO DE REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE CONSULTAS POPULARES DEL CANTÓN DE POCOCÍ: Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA No144 MUNICIRA TA Ne Pordinara 1500 209092 PROYECTO DE REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE CONSULTAS POPULARES DEL CANTÓN DE POCOCÍ El Concejo Municipal de la Municipalidad del cantón de Pococí, conforme a las potestades conferidas por los artículos 4" inciso a), 13, incisos c) y e) y 17, incisos a) y h) del Código Municipal, Ley número 7794 y el artículo 170 de la Constitución Política, Código Electoral, los reglamentos y disposiciones establecidos por el Tribunal Supremo de Elecciones al respecto, acuerda emitir el siguiente: Reglamento para la Realización de Consultas Populares del cantón de Pococí. CAPÍTULO | Definición y objetivos de las consultas Artículo 1%Consulta Popular. Se entiende por consulta popular el procedimiento mediante el cual la Municipalidad de Pococí somete a consideración de los ciudadanos un determinado asunto, a fin de obtener su opinión. Artículo 2%-Plebiscito: Es la consulta popular mediante la cual los habitantes del Cantón de Pococí se pronuncian sobre un asunto de transcendencia regional, o se manifiestan sobre la revocatoria del mandato del Alcalde o (sa) Municipal y/o Vicealcaldes (sas). Artículo 3%-Referendo: Es la consulta popular que tiene por objeto la aprobación, modificación o derogación de un reglamento o disposición municipal de carácter normativo. Artículo 4%-Cabildo: Es la reunión pública del Concejo Municipal y los Concejos Distritales, a la cual los habitantes del cantón son invitados a participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad. Artículo 5%-Objeto de la consulta popular: La consulta popular puede versar sobre cualquier asunto, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: 1. Que el asunto a resolver sea de competencia municipal. 2. Que el asunto a resolver no tenga un procedimiento debidamente reglado por la ley. P ; Sitio Web: munipococi.go.cr A 0 Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*145 MUNICIRA LA Ré8Por: naa . 15-04-2021 3. Que el resultado de la consulta pueda dar origen a un acto administrativo válido y eficaz de la Autoridad Municipal. Que la consulta verse sobre un asunto actual y de interés general para los habitantes de la comunidad. El resultado de la consulta, cuando se trate de plebiscito o referendo, será vinculante para el Municipio, CAPÍTULO ll Convocatoria Artículo 6”-Acuerdo de convocatoria: El Concejo Municipal es el órgano competente para convocar a los plebiscitos, referendos y cabildos a escala cantonal. Para ello deberá dictar un acuerdo de convocatoria, que deberá comunicar al Tribunal Supremo de Elecciones, y que contendrá lo siguiente: a La fecha en que se realizará la consulta, no será a menos de tres meses de haber sido publicada la convocatoria en los casos de plebiscito y referendo, y de un mes en el caso del cabildo. 2 Definición clara y detallada del asunto que será objeto de consulta. 3, Indicación de la previsión presupuestaria pertinente para la realización de la consulta popular. Artículo 7*-Comisión Coordinadora de la Consulta Popular: El Concejo Municipal nombrará una comisión especial, formada por Regidores y Síndicos, que se encarguen de la organización y dirección de la consulta, a la cual deberá prever los recursos suficientes para el cumplimiento de su cometido, cuando exista el presupuesto asignado a tal fin, o la posibilidad de una modificación a dicho presupuesto. Artículo 8%-Asesores y Delegados del Tribunal Supremo de Elecciones: El Tribunal Supremo de Elecciones brindará, a solicitud de la Municipalidad, asesoría en la preparación y realización de las consultas, asignando al menos un funcionario al efecto. Dicho funcionario velará por el cumplimiento de los requisitos formales establecidos en el presente Reglamento y en la legislación electoral vigente. Sin perjuicio de lo anterior el Tribunal podrá asignar cuantos funcionarios estime conveniente para supervisar el proceso, así como a miembros del Cuerpo Nacional de Delegados que colaboren con la realización de la consulta. 9 Sitio Web: munipococi.go.cr < Facebook: AMunicipalidadDePococi Fluye
Pecocí PAGINA Nora MUNICIA ANS Por: nara 15-041209094 CAPÍTULO Il Fecha, límites, reiteración y eficacia de las consultas Artículo 9%Fecha de las consultas: Toda consulta será convocada para realizarse en día domingo o en día feriado de pago obligatorio, salvo que por mayoría de dos terceras partes del total de los Regidores y por razones de oportunidad y conveniencia, se disponga su realización en un día diferente. Artículo 10.-Límites a la reiteración de consultas: Rechazado un asunto en plebiscito o referendo, no podrá volver a ser sometido a consulta popular, en un periodo de tiempo inferior a dos años. Asimismo, queda prohibido realizar consultas populares a escala cantonal o distrital dentro de los ocho meses anteriores a la celebración de elecciones nacionales o de los tres meses anteriores a la elección del Alcalde Municipal. Artículo 11.-Eficacia del resultado de la consulta: El resultado de la consulta, cuando se trate de plebiscito o referendo, será vinculante para el Municipio, CAPÍTULO IV Plebiscitos y Referendos Artículo 12.-Electores: Puede ejercer su derecho al voto en plebiscitos y referendos, todo aquel elector que aparezca en el padrón electoral del cantón de Pococí, de acuerdo al corte del mes anterior al de la aprobación en firme del acuerdo del Concejo a convocatoria. La identidad del elector se determinará según las normas y principios contemplados en el Código Electoral y en los pronunciamientos del Tribunal Supremo de Elecciones en relación con los comicios nacionales. Artículo 13.-Ubicación de los recintos de votación: El Concejo Municipal de Pococi, definirá dentro del mes inmediato siguiente a la convocatoria formal a consulta, los lugares que serán utilizados como centros de votación, procurando que los ciudadanos no tengan que recorrer largas distancias para emitir su voto y tomando en consideración las características geográficas y las vías de comunicación, para este efecto el Concejo Municipal de Pococí, contará con la asesoría de funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones. Artículo 14.-De la convocatoria formal: La convocatoria formal a plebiscito o referendo, deberá ser publicada en un mínimo de dos diarios de circulación Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pasinaneraz MUNUACIA NS torneo. 01 nacional. Dicha convocatoria contendrá una explicación del asunto que se someterá a consulta, la formulación de la pregunta que ha de ser contestada y la eficacia de la decisión ciudadana. Artículo 15.-De la divulgación de la consulta: Sin perjuicio de lo anterior, el Concejo Municipal de Pococí tomará todas las medidas necesarias a fin de dar amplia divulgación a la consulta en todo el cantón y promover la efectiva participación ciudadana. Artículo 17.-De la propaganda: El Concejo Municipal establecerá los límites de la propaganda para las diferentes propuestas, debiendo cerrarse el período de campaña al menos un día antes de la realización del plebiscito o referendo. Asimismo, el Concejo Municipal tiene la responsabilidad de velar porque la información que circule sea veraz, respetuosa y no induzca a confusión a los electores. Artículo 18.-De la formulación de la pregunta: La formulación de la pregunta objeto de la consulta será clara y concisa de modo que se eviten interrogaciones confusas, capciosas o de dobles sentido. Salvo casos excepcionales que corresponderá al Concejo Municipal definir, la pregunta será formulada de manera que se pueda contestar utilizando únicamente las palabras "SI" o "NO". Artículo 19.-De las papeletas de votación: El concejo Municipal elaborará las papeletas que serán usadas en la votación de los plebiscitos y referendos, las cuales contendrán la pregunta que se someta la consulta, así como las casillas para marcar la respuesta. En el caso del referendo, la papeleta contendrá el texto Íntegro del asunto que se consulta, salvo si éste fuera muy largo, en cuyo caso se colocará el mismo en afiche, con el articulado completo y será pegado en la entrada de cada recinto de votación. Artículo 20.-De la documentación electoral: El Concejo Municipal solicitará la asesoría al Tribunal Supremo de Elecciones en cuanto a las seguridades básicas, en la confección y manejo de la documentación electoral que sea necesaria. Artículo 21.-De las juntas receptoras de votos: Las Juntas Receptoras de Votos estarán conformadas por tres miembros propietarios y tres miembros suplentes del distrito correspondiente, compuestas por nóminas que presentará cada Concejo de Distrito, ante el Concejo Municipal, dentro del término que el Concejo Municipal disponga. En caso de inopia, el Concejo Municipal podrá nombrar a los miembros de juntas receptoras de votos de manera directa. El Concejo Municipal realizará la integración e instalación de las Juntas Receptoras de Votos. Los miembros de mesa deberán recibir instrucción adecuada para el Pluye e 15-04-20 09 5 < Sitio Web: munipococi.go.cr nd <Á Facebook: (AMunicipalidadDePococi
pacina moras MUNICIRA LIRA PRE EQCOCI 150420) cumplimiento de sus funciones y serán juramentados por el Presidente del Concejo Municipal. Cada Junta Receptora de Votos, instalará un recinto de votación cerrado frente a los miembros de la Junta, además instalará una urna, en la cual los electores depositarán sus votos. Artículo 22.-De la votación: El proceso de votación se llevará a cabo según lo establecido en el Código Electoral, y los mecanismos que al efecto ha establecido el Tribunal Supremo de Elecciones para los comicios nacionales, Artículo 23.-Horario de votación: Las Juntas Receptoras de Votos se abrirán a las siete horas y se cerrarán a las dieciséis horas. Se tomará como hora oficial la que marque el reloj del Presidente de la Junta Receptora de Votos, por lo que los demás miembros deben sincronizar sus relojes con los de él. Artículo 24.-Medidas de seguridad: El Concejo Municipal tomará las medidas de seguridad necesarias para garantizar un ambiente de seguridad y tranquilidad el día que se realiza la consulta popular. Para ello podrá solicitar la colaboración de las autoridades del Ministerio de Seguridad Pública. Artículo 25.-Del escrutinio: Al final de la jornada electoral, cada Junta Receptora de Votos realizará el escrutinio provisional de votos recabados, cuyo resultado certificará y enviará de inmediato con el resto del material electoral al Concejo Municipal, de conformidad con las instrucciones que oportunamente éste haya girado. El Concejo Municipal realizará el escrutinio definitivo, con presencia de los delegados que el Tribunal Supremo de Elecciones haya designado para el efecto, el cual deberá haber concluido a más tardar quince días después de la celebración de la consulta. CAPÍTULO V Del plebiscito de revocatoria de mandato del Alcalde Municipal y/o Vicealcaldes Artículo 26.-De la convocatoria: Mediante moción presentada ante el Concejo Municipal, la cual deberá ser firmada por la tercera parte del total de los Regidores y aprobada por las tres cuartas partes del total de éstos, se convocará a los electores del Cantón de Pococi a un plebiscito, donde se decidirá la revocatoria del mandato del Alcalde (sa) Municipal y/o Vicealcaldes o (sas). Tal decisión no podrá ser vetada. Artículo 27.-De la destitución de los Vicealcaldes: El plebiscito de revocatoria de mandato podrá extenderse a los Vicealcaldes (sas), mediante moción presentada ante el Concejo Municipal, la cual deberá ser firmada por la tercera parte del total de los Regidores y aprobada por las tres cuartas partes del e GO h De Sitio Web: munipococi.go.cr a 4 E Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
paGina nor49 MONICIA A Nes por: nario o 15-04/2021 total de éstos, En tal caso, la pregunta sobre la destitución de los Vicealcald (sas) será independiente de la del Alcalde (sa). Los requisitos para destitución serán los mismos que rigen para el Alcalde (sa). Artículo 28.-Requisito para destitución: Para destituir al Alcalde (sa) Municipal o a los Vicealcaldes (sas) se requiere dos tercios del total de los votos emitidos en el plebiscito, y que esos dos tercios no sean inferiores al diez por ciento del total de los electores inscritos en el cantón de Pococí. Artículo 29.-De la reposición del Alcalde (sa) Propietario: Si el resultado de la consulta fuere la destitución del funcionario, el Concejo Municipal lo comunicará al Tribunal Supremo de Elecciones, el cual repondrá al Alcalde (sa) por el resto del periodo, según artículo 14 del Código Municipal. Artículo 30.-De la reposición de los Vicealcaldes (sas): Si también son destituidos los dos Vicealcaldes (sas) o éstos renuncian, el Concejo Municipal solicitará al Tribunal Supremo de Elecciones que convoque a nuevas elecciones para Alcalde (sa) Municipal y Vicealcaldes (sas) del cantón de Pococí. La nueva elección se hará en un plazo máximo de seis meses y el nombramiento será por el resto del periodo. Mientras se lleva a cabo la elección, el Presidente (a) del Concejo Municipal asumirá como recargo el puesto de Alcalde (sa) Municipal, con las atribuciones que le otorga la ley. CAPÍTULO VI De los cabildos Artículo 31.-Objeto de los cabildos: El Concejo Municipal del cantón de Pococí convocará a cabildo abierto cuando estime necesario abrir a discusión pública asuntos que afecten a los habitantes del cantón, a fin de informar y reforzar mejor la decisión que deba tomar el Concejo, Artículo 32.-De los participantes: A los cabildos abiertos podrán asistir todas las personas que tengan interés en el asunto. Artículo 33.-De la convocatoria: El Concejo Municipal hará la convocatoria a cabildo abierto por medios idóneos que garanticen su conocimiento por parte de la población. - k h Sitio Web: munipococi.go.cr AY AD «E Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
Pecocí PAGINA Norso MONICIRA TA Ro nara _ 15-04120% Artículo 34.-Del lugar del cabildo: El cabildo deberá realizarse en un lugar, público ubicado en el cantón de PococÍ. Artículo 35.-De propuestas escritas: Si el Concejo Municipal lo considera pertinente, podrá establecer un término no menor de un mes natural a partir de la difusión de dicha convocatoria para recibir propuestas escritas de los ciudadanos, relacionadas con el tema a discutir. Artículo 36.-De la dirección del cabildo: El Presidente Municipal será el encargado de dirigir el cabildo, debiendo tomar las medidas necesarias para mantener el orden del mismo. Artículo 37.-Del derecho a voz: Los ciudadanos participantes harán llegar al Presidente, en forma escrita, su solicitud para utilizar la palabra. La cual deberá contener su nombre completo y número de cédula. Las mismas serán recibidas por el (la) Secretario (a) Municipal y concedidas por el Presidente Municipal en el orden numérico que el (la) Secretario (a) haya consignado en la misma solicitud, El Derecho a voz será ejercido por todos los presentes mayores de dieciocho años. CAPÍTULO VII Consultas populares a escala distrital Artículo 38.-Del requisito: Previa aprobación del Concejo Municipal de Pococí, los Concejos Distritales podrán convocar a consultas populares en su jurisdicción territorial. Artículo 39.-De la organización: Las consultas populares a escala distrital se realizarán en estricto apego a las normas establecidas para las consultas a escala cantonal, salvo que la organización y dirección de la misma estará a cargo del Concejo Distrital y no del Concejo Municipal CAPÍTULO VIII Aplicación supletoria de las normas electorales Artículo 40.-Leyes y Reglamentos supletorios: En lo que resulte pertinente, se aplicarán a las consultas populares las normas y principios de Derecho Electoral, contenidas en el Código electoral, Ley N* 1536 del 13 de diciembre de 1952, la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y en los Reglamentos dictados por el Tribunal Supremo de Elecciones. CAPÍTULO IX Pluye 098 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
pacina nersr_ MUNICIRALIRA PE EQCOCI 1504409099 EA De la vigencia Artículo 41.-Consulta Pública del Proyecto: De conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal este Proyecto de Reglamento se somete a consulta pública no vinculante por un plazo minimo de diez días hábiles, transcurrido el cual se pronunciará sobre el fondo. Artículo 42.-Publicación en el Diario Oficial. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta para los fines de ley. Participan de la palabra: Reg. Reinaldo Benavides. Esto es una moción que me pareced muy interesante y los invitaría para que todos la acojan, les voy a poner tres ejemplos que nos han sucedido en este cantón, hace muchos años en el año 2000, se dio una pelea donde se mencionó que venía una represa en el distrito de Jiménez y algunos muy poquitos regidores lograron involucrar a una cantidad de vecinos y sin prepararse técnica ni jurídicamente se le metieron a esa represa y nos echaron a perder y era un proyecto muy bueno. Y vean ustedes la pelea que se dio con la gente del agua, si le hubiéramos dado al|gente más dientes, esta pelea la hubiéramos ganado, pero por no tener dientes como este, se nos cayó, entonces les pido que firmen esta moción que lo que viene es a dar dientes a los grupos organizados, plebiscito, referéndum y no le damos lectura a todo porque es algo muy sencillo. Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla. La sesión de hoy queda para la historia como el gran trabajo que ha venido realizando el señor Alcalde, el Concejo, los Concejos de Distrito y los colaboradores Municipales. Queda para la historia porque hoy se presentó un veto y para hace más historia, ya que la Municipalidad pasó del lugar sesenta y resto al número nueve y que vamos buscando hacia el primero lugar, esto vendría a reforzar esa labor de todos ustedes, porque los reglamentos son los que nos dan las herramientas para eso, y también le vamos a decir a los vecinos de Pococí que como Concejo Municipal Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
pacinaners2 MUNICIE ARA DEOEOC 1.0420) 100 A creemos en la labor que ellos realizan y que en realidad no hay ningun que los respetamos como siempre se ha hecho, acogidos al artículo | del Código Municipal, que no haya ninguna duda. Reg. Yaslyn Morales Grajal. Nosotros estamos aquí porque así el pueblo nos eligió para poder tomar las decisiones que nosotros creamos que sean las mejores. Posilblemente al principio de esta administración llevamos 11 meses de trabajo, de ira las comunidades, donde nos han dicho que, qué lindo que vayamos y no que ellos tengan que venir acá. Hemos hecho mesas de trabajo con grupos organizados, con Asociaciones de desarrollo, hemos invertido recursos en comunidades que han estado en el abandono por más de 40 años por ejemplo en Ticabán y no hay día que este Concejo Municipal, algunos de los regidores trabajemos arduamente. Reinaldo ha sido crítico cuando aquí se ha traído un reglamento y dice que no se ha conocido y no se ha estudiado, y dice que lo mandemos a Comisiones jurídicas para analizarlo porque los reglamentos se deben estudiar con tiempo y se deben analizar y hoy nos trae una moción con un reglamento que es importante lo que aduce o que explicó el compañero Rosbill pero, yo no estaría aprobándolo hoy mismo, yo tengo que analizarlo, tenemos que sentarnos con los abogados, eso no se puede de un día para otro. Por eso les digo, cuando uno habla, debe ser consecuente en la línea, porque muchas veces ha traído aquí el alcalde, algún reglamento de urgencia que ya viene estudiado, ya viene analizado por el departamento con un criterio o una recomendación y el compañero ha pedido que no se vote y se ha enviado a análisis. Entonces yo estaría pidiendo una copia para analizarlo y con mucho gusto podemos verlo en la próxima sesión para para hoy mismo, no estaría votándolo. Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Me parece que debemos conocer el contenido del documento para poder dar un criterio, hasta el momento no lo tenemos, no puedo votar un reglamento el cual no sé qué es lo que dice, por eso también pediría una copia previa de emitir un voto al respecto. El señor presidente procede a dar receso de ó minutos Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PES AS PAGINA N*153 MUNICIE RAR AA RAGOCI 15-0 90 101 DEA Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez. Estoy viendo aquí este reglamento sobre convocatorias, plebiscito, referendos, de documentación electoral, de juntas receptoras de votos, de formulación de preguntas, el problema de este reglamento es que si hay que revisarlo muy bien porque muchas de estas cosas ya están reguladas y aquí se abre un espacio para estar haciendo consultas y sabe ¿Cuánto le cuesta a la Municipalidad de Pococí hacer una consulta? Por lo menos 100 millones y ahí se pierde por lo menos un proyecto. Entonces, mucha cosa de esta que viene ya está regulada por diferentes instancias. Yo lo voy a pasar a Jurídicos para que tengamos una sesión de trabajo con Carlos Hernández, lo revisemos y luego demos un dictamen de comisión. Y lo hago en el sentido de que mucho de lo que viene aquí ya está regulado y si hay que revisarlo Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla. Gracias, señor presidente ojalá que cuando le den el visto bueno porque la verdad es que, estoy muy positivo, lleve el nombre de todos los regidores y todos los suplentes. Además, estamos en la oportunidad, no recuerdo hasta qué número llega, si está en el 570, que le agreguemos el 571 donde indica algo como por ejemplo que, definitivamente para que no haya 500 recursos o lo que sea y no hay dinero, que sea el órgano colegiado el que indique sí o no, procede para estudio; no hay ningún problema del tiempo, lo que importa es irme de aquí y dejar algo de beneficio para el pueblo. Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez. Una cosa que quiero agregar compañeros es que, tampoco vamos a revisarlo bien porque tampoco voy a permitir que el Concejo Municipal pierda su autonomía y se estén dando atribuciones que le competen al Concejo Municipal, ustedes saben que los Concejos de Distrito recomiendan algunas cosas, pero quien vota es el Concejo, el creador de los proyectos, así lo establece el Código Municipal, y he escuchado mucho comentario que no me tiene muy satistecho de gente que anda en problemas y la verdad no me gusta por ejemplo, si una vez asistí a una reunión de Concejos de Distrito fue porque me invitaron pero yo no me voy a andar sometiendo a los Concejos de Distrito, ni tampoco le voy a dar atribuciones a los Concejos de Distrito que nos corresponden a nosotros, nosotros no podemos delegar nuestra autonomía como Concejo Municipal así que, si hay que revisarlo bien este proyecto porque no trae nombre de autor, me imagino Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA No154 MUNICIErAxod7 GO CI 15.04.09 102 que Rosbill se apoyaron con alguna persona que conocen y puede ser al 100%, puede ser que yo lo vaya a votar en una próxima sesión pero si me encuentro el mínimo detalle, yo voy a recomendar que se mejore. Reg. Ovidio Vives Castro Para apoyar la iniciativa del compañero Reinaldo Benavides de hacer esta propuesta, yo lo encuentro muy importante, pero si he sido siempre crítico que se nos tiene que respetar y debemos conocer lo que nosotros vamos a votar y las decisiones que tomemos acá. Lo hice saber hace unos días en unas sesiones anteriores, yo no soy un títere, no vine a levantar la mano por levantarla, sino que, yo me merezco respeto y a veces por no querer entrabar algunas cosas, uno no mete recursos y siempre estoy anuente a colaborarles a todos, pero sí, el compañero sabe que esto primero tiene que analizarlo, darnos unos días para que lo consultemos jurídicamente y tomar la decisión. Pero sí esta propuesta está muy buena e interesante, pero necesito leerlo, consultarlo y analizarlo. Reg. Marilú Ballestero Cruz. A mí me parece que los mecanismos de consulta popular ya son ley en el país y está establecido para qué cosas se pueden hacer y cuando corresponde y cuando no. Sin embargo creo que, cada lugar según la necesidad, el que esté normado, de qué forma se puede hacer, yo no considero que es ceder la autonomía del Concejo, porque por ejemplo, si el pueblo quiere hacer un plebiscito, no va a venir aquí a preguntarnos a nosotros como hacerlo pero si está normado como se debe hacer lo que tendrían que hacer es más bien respetar lo que se está normando, pero lo que vamos a hacer es, que sea consultado jurídicamente para ver si procede o no procede y no votar sin tener conocimiento de que, lo que estamos haciendo vaya en contra de la ley. Reg. Yaslyn Morales Grajal. Señor presidente, usted habló hace un momento algo muy interesante sobre lo que debe hacer un concejo de Distrito, un síndico que es recomendar, días anteriores debido a que teníamos una duda con el tema de la comisión de Seguridad, yo hice una consulta al IFAM que es la institución que nos asesora Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
paGina ness MUNICIE ARA AGO 15-04209 108 legalmente y me gustaría que en la próxima sesión usted vea ese documento en sesión para que los compañeros se den cuenta en qué pueden participar y en qué no y no se den los malentendidos que se han venido dando anteriormente porque cuando leí esa consulta y me gustaría que también le den copia del oficio que yo hice para que puedan ver la pregunta y la respuesta y así discutir eso y subsanar todas las inconsistencias que hay en temas de comisiones y las funciones que a cada uno nos compete y nos acredita en el código Municipal. Reg. Reinaldo Benavides. La característica y la humidad que yo tengo eso me lo dio nuestro señor Jesucristo y Dios me dio una inteligencia tremenda, tal vez lo que no me dio fue pasar mucho por los colegios o escuelas, ese documento quiero decirles que yo busqué ayuda y no aquí. Gracias Rosbill y un abogado que no es de la zona, buscamos, nos sentamos y empezamos, quiero decirles con toda la humildad y con el perdón de Dios, que ese documento no tiene mucho que modificarle, pero si es un derecho que ustedes tienen para revisarlo y yo no tengo ningún problema en que lo revisen porque se lo que se trata es que salga algo bueno. Sr. Pdte. Juan Luis Gómez. Ya esto suficientemente discutido lo paso a la comisión de jurídicos para que con la asesoría de don Carlos Hernández vamos a hacer una mesa de trabajo. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la comisión de Jurídicos para su análisis y posteriormente emitir dictamen de comisión. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. AL SER LAS VEINTEIUNA HORAS CON TREINTA Y UN MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN F-JUANYIY GOMEZ GOMEZ;. PRESIDENTE MUNICIPAL Ne Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye TA SS BON ON CA