Ordinaria 9 · 2021-02-04

Acta_N09_Ordinaria_04-02-2021.pdf · 148 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0173
PAGINA N*1 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
ed
e — 19
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N*09 ORDINARIA. 04-02-2021
SESION ORDINARIA. N*09 DEL 04-02-2021, INICIADA A LAS 18:00
HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES Y DE MANERA
VIRTUAL, CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES
Juan Luis Gómez Gómez(Quien Preside) Bernardo Veach Davis
Jonnathan García Chévez Osael Campos Bolaños
Reinaldo Benavides Vargas Jairo Antonio Ojeda Aburto
Luis Ángel Méndez Araya Flor Iveth Peraza Campos
Demnia Yaslyn Morales Grajal Rosbil Danier Arguello Badilla
José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde
Randall Torres Barrientos
Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres
Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias
SÍNDICOS PROPIETARIOS SINDICOS SUPLENTE
Gabriela Madrigal González
Greivin Bonilla Sánchez
Sandra Umaña López José Luis Diaz Valverde
Carmen Sánchez Navarro Keylor Andrey Campos Mora
José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores
Javier Jiménez Villalobos Ana Rita Rodríguez Jiménez
Jorge Humberto González Calderón (Sust. Alejandra Sancho Bravo)
Licda. MAGALLY VENEGAS Lic. MANUEL HERNANDEZ
VARGAS RIVERA
SECRETARIA ALCALDE MUNICIPAL
Q [e
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0174
PAGINA N*2
ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
==> ==> Y => 4 ==> 4 ==>
ORDEN DEL DÍA
Acuerdos ARTÍCULOS
151-al-182 Correspondencia
Lectura, Discusión y Verificación del
Acta N*06 Extr, 26-01-2021, Acta N*07
183-184-185 ll Ordinaria del 28-01-2021, Acta N*08
Ext, del 03-02-2021
186-al-189 TÍ Asuntos del Sr. Alcalde
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*3 ACTA N?09 Ordinaria. 04-02-2021
ARTICULO |
Correspondencia
ACUERDO N* 151
Se conoce nota para este Concejo suscrita por MSc. Conrad Rose, director Cindea San
Martín, teléfono 2710-2653, dice:
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de Educación"
y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento General de Juntas
de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la propuesta de temas para
sustitución de un miembro de junta por motivo de ausencia a más de 6 reuniones de la
Junta Administrativa del CINDEA San Martín
Asunto: Nombramiento de un miembro por reemplazo de un ausente. |
Mos ——TemaNl >
| Cindy de los Angeles Jiménez Méndez | 701940410
1 Brenda Cano Tobal ONASORRT
| María Esquivel Rodríguez ] | 111060594 Ñ
Nota: Se remite la siguiente propuesta luego de haber hecho el debido proceso de consulta
respectivo con los docentes a fin de buscar personas interesadas para suplir el único
puesto vacante en la junta administrativa.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0176
PAGINA N*%4 ACTA N?*09 Ordinaria. 04-02-2021
Atentamente,
ó MSc Coma Prandi
Director CINDEA San Martín
VB. Supervisor de circuito educativo (
MSe, Fidel Picado Atencio [ Mpces |
Supervisor del Circuito 01
Dirección Regional de Educación Guápiles
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra a la señora Cindy de los Ángeles
Jiménez Méndez, como miembro de la Junta de Educación del CINDEA San Martín,
pasar a la oficina del señor Alcalde para su respectiva juramentación. Se Dispensa
del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 152
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Andrés Granados Solano, para
notificaciones al correo: enriqueloria26(Mqmail.com o al teléfono: 6287-31-78, dice:
Guápiles, 04 de febrero de 2021
Señores Concejo Municipal
Reciban un cordial saludo, por este medio queremos expresarles y solicitarles su
colaboración para el visado de 26 planos frente a calle pública que consta con numero de
apt-20676-230920, dichos planos cuentan con la aprobación de las 26 pajas de agua y
además con el suministro de electricidad (ICE), esto por estar frente a calle pública.
1. Nos ponemos a las órdenes y a cumplir lo establecido por dicho Concejo y
Municipalidad.
Za La necesidad de nuestros visados es para continuar con las siguientes etapas
donde por supuesto, haremos entrega de calle publica y el 10% que nos corresponde
entregar para áreas pública.
3. En la entrega del 10% lo haremos en disposición por mutuo acuerdo entre ambas
partes para su ubicación dentro del desarrollo.
Quedando de antemano muy agradecidos.
Nota: para notificaciones al correo enriqueloria28(Hgmail.com o al teléfono 6287-3178.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE P
PAGINA N*5 ACTA N*09 a 04-02- e 107
Guápiles, 21 de enero de 2021.
TRAMITE VISADO PLANOS APT-20676-230920
Señores
Consejo Municipal de PococíÍ
Quien suscribe ANDRES GRANADOS SOLANO, mayor de edad, con la cédula de identidad 3-33
567, actuando en mi calidad de apoderada generalísimo sin límite de suma de ta rafa
INREDENT DE COSTA RICA G.S SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica 3-101-
416871, atento manifiesto lo siguiente:
e inscrita en el Registro púbico
Mi representada es la legitima propietaria de la finca debídament
| plano L-2186100-2020,
de la Propiedad con el número de finca 7-29979-000, descrita en e
ubicada en el sector de Bella Vista de Guápiles.
En dicha finca se está desarrollando una lotificación y por ende de conformidad con lo ordenado
en el Roglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones, artículo 21, (cedor 10 porcionto da
proyecto en desarrollo) CEDO formalmente a la Municipalidad de Pococi el área de terreno
porcentual que me exige dicho reglamento.
Solicito se le dé trámite oportuno a la presente gestión y se acepte la cesión de las áreas públicas
conforme a la Ley,
NOTA: La presente cesión se relaciona con el TRAMITE VISADO DE PLANOS APT-20676-230920,
que se tramita ante el Departamento de Control y Desarrollo Urbano, Unidad de Topografía de e
ente municipal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00178
PAGINA N*%6 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
REPUBLICA DE COSTA RICA
" REGISTRO NACIONAL
: CERTIFICACION DE PERSONERIA JURÍDICA
NUMERO DE CERTIFICACION: RNPDIGITAL-155174-2021
PERSONA JURIDICA: 3-101-416871
DATOS GENERALES
tAZON SOCIAL O DENOMINACION: INREDENT DE COSTA RICA G.S, SOCIEDAD ANONIMA
¿STADO ACTUAL: INSCRITA
JOCUMENTO ORIGEN: TOMO: 553 ASIENTO: 12109 FECHA INSCRIPCION / TRASLADO: 06/10/2005
JOMICILIO: CARTAGO-OREAMUNO SAN RAFAEL, DE LA IGLESIA 400 AL SUR, 100 AL ESTE Y 75 AL SUR.
JBJETO/FINES (SINTESIS): EXPORTAR E IMPORTAR PROTESIS DENTALES, COMERCIO, INDUSTRIA, GANADERIA, AGRICULTURA.
UURISMO, PRESTACION DE SERVICIOS. PODRA RENDIR FIANZAS Y GARANTIAS A FAVOR DE SUS SOCIOS O DE TERCEROS.
ASPONER DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES.
'LAZO DE LA ENTIDAD JURIDICA: INICIO: 10/06/2005 VENCIMIENTO: 10/06/2104
IUMERO LEGALIZACION; 4061010632332
"ECHA LEGALIZACION:06/08/2012
ADMINISTRACION
'LAZO DE DIRECTORES Y/O PRORROGAS: JUNTA DIRECTIVA, FISCAL Y AGENTE RESIDENTE NOMBRADOS POR TODO EL PLAZO
SOCIAL,
A JUNTA DIRECTIVA NO TIENE FACULTAD PARA OTORGAR PODERES
REPRESENTACION
AREPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL DE LA COMPAÑIA ACTUANDO CONJUNTA O SEPARADAMENTE CORRESPONDERA
¡L PRESIDENTE Y AL SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA, QUIENES TENDRAN LAS FACULTADES DE APODERADOS
JENERALISIMOS SIN LIMITE DE SUMA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 1253 DEL CODIGO CIVIL, PODRAN SUSTITUIR O
TELEGAR SUS PODERES EN TODO O EN PARTE, RESERVANDOSE O NO SU EJERCICIO, REVOCAR DICHAS SUSTITUCIONES O
IELEGACIONES Y EFECTUAR OTRAS NUEVAS.
NOMBRAMIENTOS
JUNTA DIRECTIVA
“ECHA DE INSCRIPCION: 06/10/2005 CARGO: PRESIDENTE
ICUPADO POR: ANDRES GRANADOS SOLANO CEDULA DE IDENTIDAD: 3-0336-0587
REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
MIGENCIA: INICIO: 10/06/2005 VENCIMIENTO: 10/06/2104
“ECHA DE INSCRIPCION: 06/10/2005 CARGO: SECRETARIO
JCUPADO POR: MARIA TERESA SOLANO TORRES CEDULA DE IDENTIDAD: 3-0168-0514
¡EPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
NGENCIA: INICIO: 10/06/2005 VENCIMIENTO; 10/06/2104
NO EXISTEN MAS NOMBRAMIENTOS EN JUNTA DIRECTIVA CON REPRESENTACION
"ECHA DE INSCRIPCION: 06/10/2005 CARGO: AGENTE RESIDENTE
ICUPADO POR: XINIA ULLOA SOLANO CEDULA DE IDENTIDAD; 3-0253-0347
!EPRESENTACION: NO APLICA
!GENCIA: INICIO: 10/06/2005 VENCIMIENTO: 10/06/2104
NRECCION: CARTAGO, COSTADO NORTE DE PALI, CENTRO EDIFICIO AGRICULTORES UNIDOS, TERCER PISO, OFICINA NUMERO 3.
FIN DE LOS NOMBRAMIENTOS O CARGOS DE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE AFECTACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE MOVIMIENTOS PENDIENTES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE OBSERVACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
3TA CERTIFICACION, CUYOS DERECHOS ARANCELARIOS FUERON DEBIDAMENTE CANCELADOS, CONSTITUYE DOCUMENTO
JBLICO CONFORME LO ESTABLECEN LOS ARTICULOS 45.2 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, 5 INCISO D) DE LA LEY DE
¿RTIFICADOS, FIRMAS DIGITALES Y DOCUMENTOS ELECTRONICOS N.8454, Y EL DECRETO EJECUTIVO N. 35488-J, PUBLICADO EN
1GACETA N, 186, DEL 8 DE OCTUBRE DE 2009. EN DICHO MARCO LEGAL SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE RECIBIR ESTE
JCUMENTO POR PARTE DE LOS ENTES PUBLICOS Y PRIVADOS, ASÍ COMO PARA LOS PARTICULARES, EN CASO DE QUE SE LE
¡ESENTEN PROBLEMAS PARA LA RECEPCION DE ESTE DOCUMENTO Y APLICACION DE SUS EFECTOS LEGALES, SIRVASE
IMUNICARLO AL CENTRO DE ASISTENCIA AL USUARIO, TELEFONO. 2202-0888.
ITIMANA LISHADIA El DERISTON MAPINNA! 1 E INDIPA ME Cl YALNO NE IA DDECENTE PEOTICIPANIO EE coran Erna nat
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00179
PAGINA N*7 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-20
Asociación Administradora Acueducto y alcantarillado sanitario Bella Vista,
3 Pococí
A Cédula Jurídica 3-002-295275
Teléfonos Oficina — 2710-1871 0 2711-0332
Correo electrónico: asadabellavistafH hotmail.com
Sábado 31 de octubre 2020
SI CUENTA CON DISPONIBILIDAD DE AGUA
Cabe aclarar que, si el lote se modifica en un número superior a los datos aportados
o un uso diferente al solicitado, se debe solicitar de nueva Certificación de
Disponibilidad y No cuenta con alcantarillado sanitario.
Nota: Se previene a las autoridades competentes que esto implica que se pueda
dar el servicio antes debe cumplir con los requisitos de ley.
“A PARTIR DE ESTA FECHA, A EFECTOS DE RESERVAR EL CAUDAL EN EL
SISTEMA, ESTE DOCUMENTO TIENE UNA VIGENCIA DE 12 MESES PARA
CUALQUIER TIPO DE DESARROLLO URBANISTICO Y DE 6 MESES PARA
VIVIENDA UNIFAMILIAR”
Atentamente
ASOCIACION ADMINISTRADOR.
DE ACUEDUCTOS RURALES DE
, BELLA VISTA DE POC0C1
28 CED. JUR, 3-002-295275
Arturo Robles Cascante
Presidente
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*8
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*09 Ordinaria.
0180
04-02-2021
Asociación Administradora Acueducto y alcantarillado sanitario Bella Vista,
Pococí
Cédula Jurídica 3-002-295275
Teléfonos Oficina - 2710-1871 0 2711-0332
Correo electrónico: asadabellavistaO hotmail.com
Certificación de Disponibilidad de Servicios de Acueductos y Alcantarillados
40006
Sábado 31 de octubre de 2020
Señores
Municipalidad de Pococí
La Presente.
En atención a su solicitud de disponibilidad de servicios de agua potable,
presentado ante la Asada de Bella Vista; a nombre de INREDENT S.A con cedula
Jurídica 3-101-416871, ubicada en Pococí, Guápiles, Bella Vista de Guápiles, del
cruce la Leona y Guaria,260mts al sur. se hace constar según los siguientes
números de plano de Catastro nacional:
[___ Catastro nacional Folio ]
——2020-91759-C -——1-029979-000 c+]
___2020-86940-C ___.7-029979-000 E
2020-85943-C 7-029979-000 |
—2020-88946-C_____| _ 7-029979-000 |
|. 2020-86948-C —_1-029979-000
| 2020-91763-C B 7-029979-000 |
..—2020-86957-C y 7-029979-000
8 2020-86964-C____| 7-029979-000
-— 2020-86968-0____ _7-029979-000
__2020-86971-C 7-029979-000
2020-86975-C. E 7-029979-000 |
2020-86981-C 7-029979-000
| _2020-86988-C 7-029979-000 7]
¿———2020:87000-C____|___ 7-029979-000
2020-87074-C T-029979-000
2020-87075-C 7-029979-000
2020-87076-G __ 7-029979-000
2020-88077-C 7-029979-000 |
(E? 2020-87078-C 7-029979-000
pase 2020-87204-8_____ | .1-029979-000
_ 7-029979-000
872 —1-029979-000
p——. 2020-07207-C EA -1-029979-000
2020-87208-C 7-029979-000 al
-— 2020-8/209-C____ -——1-029979-000
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0181
PAGINA N*9 ACTA N'09 Ordinaria. 04-02-2021
|
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3 0336 0567
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¡RES RESPECTIVOS; NINGUNA PERSONA FISICA O JURIDICA PUEDE VARIAR ESE VALOR.
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ATIFICACION CONTIENE ALGUNA INGONSISTENCIA EN LA INFORMACION, FAVOR DE CONTACTAR A mpdig
INAR EL ORIGEN DE LA INCONSISTENCIA Y COMPETENCIA DE LA RESOLUCION,
:N POR PRORROGADOS DE PLENO DERECHO Y DE FORMA AUTOMÁTICA, HASTA POR UN AÑO ADICIONAL LO
OL
MIENTOS DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN Y FISCALÍA, QUE HAYAN VENCIDO A PARTIR DEL 1 DE MARZ
L 31 DE DICIEMBRE DE 2020 INCLUSIVE, TODO CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA LEY N* 9866.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0182
PAGINA N*10 ACTA N09 Ordinaria. 04-02-2021
MENTE» IAAAE DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL GRAND
POCOCI UNIDAD DE CPOPOGRAVIE.
SIEMPRE APOYANDO El Tel: 2713-6560 / EXC 138 7 apto mmiprec oct paca
DESARROLLO DEL CANTÓN .
“Contra la presente resolución, cabra Recurso de Revocatoria y Apelación en subsidio, en los terminos señalados por el
Ant. 171 del Código Municipal. Dicho recurso deberá presentarse dentro de los cmco días habiles sigurentes al recibido
de la presente resolución”.
f) Estar libre de escombros y vegetación abundante durante el proceso de entrega,
£) No presentar invasiones.
Artículo 12,—En caso de conformarse un nuevo fraccionamiento sobre una finca, con las caracteristicas
establecidas en el artículo 9 del presente Reglamento, se debe contemplar la construcción de aceras y
cordón y caño a lo largo del mismo, según los lineamientos constructivos establecidos por el Departamento
de Desarrollo y Control Urbano así como lo establecido en la Ley N* 7600. Además, en caso de demostrar
técnicamente la necesidad de construir un sistema de alcantarillado pluvial, debe ser realizado por parte del
propietario.
Artículo 13.—Es indispensable la disponibilidad de servicios básicos (agua potable y electricidad) para los
nuevos fraccionamientos establecidos en el artículo 12 del presente Reglamento, previo al otorgamiento del
visado municipal.
Artículo 14.—Respecto a la descripción del área pública el fraccionador debe presentar un plano que detalle
el uso conforme lo indique la Ley de Planificación Urbana.
Para formalizar la entrega de los terrenos destinados al uso público, inicialmente deberá contar con el visto
bueno por parte del Departamento de Desarrollo y Control Urbano, previo a la elaboración del plano de
agrimensura y la presentación a la Unidad de Topografía. La finca de la cual se desprende dicho terreno debe
estar al día con los impuestos municipales. Posteriormente, deberá presentarse el escrito formal de solicitud
de traspaso al Concejo Municipal, acompañado del plano debidamente visado para que
sea analizada la cesión y eventualmente se autorice al Alcalde (sa) Municipal la firma de la escritura pública
establecida ante notario público, cuyo costo y gestión deberá realizar el propietario o
poseedor legítimo.
Serán considerados estos terrenos como incorporados al dominio público del Municipio, una vez tomado el
Acuerdo Municipal de recibimiento que será el insumo para que en el futuro cuando se realice el Plan
Regulador sean incorporados todos estos terrenos municipales como parte del mapa oficial
Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones, INVU
ARTÍCULO 12. Fraccionamiento mediante apertura de calles Si las características del predio a fraccionar
permiten su división en lotes que cumplan con las dimensiones de área minima establecidas en
este Reglamento, y a su vez se requiere la apertura de una vía pública para servir los lotes resultantes, se
debe realizar la habilitación del predio mediante la apertura de calle y provisión de servicios, de conformidad
con lo establecido en el Capítulo IV. Urbanizaciones, del presente Reglamento.
ARTÍCULO 13. Garantía del recurso hídrico en fraccionamientos, Todo fraccionamiento debe cumplir con lo
que establece el Reglamento para la Prestación de los Servicios de AyA con relación al abastecimiento
Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones 27 de agua potable, cuando sea esta institución o una
ASADA quien supla el servicio público. En caso de que sea otro operador, le corresponderá a éste, indicar los
aspectos técnicos que debe cumplir. Cualquiera de los operadores señalados encargados de brindar el
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00185
PAGINA N*13 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2024
V
Poco
MUNICIPALIDAD DE a E o
=> DEPARTAMENTO DF DESARROLLO Y CONTROL URBANO
Á POCOCÍ UNIDAD DE TOPOGRAFÍA
> SIEMPRE APOYANDO El Tel: 2713-6560 / Ext.: 128 / apt mucipococ gmail.com
a DESARROLLO DEL CANTON
“Contra la presente resolución, cabra Recurso de Revocatoria y Apelación en subsidio, en los terminos señalados por el
Art. 171 del Código Municipal, Dicho recurso deberá presentarse dentro de los cinco días hábiles sigulentes al recibido
de la presente resolución”.
¡ Í tral
Minuta de rechazo para visto bueno catastra APT-20676-230920
Martes 3 de noviembre, 2020
[ Solicitante: EDO! SANDOVAL
Presentación: j |
VARIAS
Folio Real: i 2 7O29979-000_ Ñ
Situad BELLAVISTA, GUAPILES
Observaciones;
» No existe publicidad registral para varias calles indicadas en los planos y en el croquís, Se les
recomienda realizar las gestiones correspondientes para la declaratoria de calle pública.
a Si se realiza la apertura de calle pública, el desarrollador debe gestionar ante la Coordinación del
Departamento de Control y Desarrollo Urbano la entrega de un lote para área de facilidades
comunales, Para ellos se les solicita presentar un croquis con la propuesta de lote a entregar, para
que esta sea analizada y valorada por dicho departamento.
+  Seles solicita gestionar con la Coordinación del Departamento de Control y Desarrollo Urbano, las
mejoras de infraestructuras que correspondan.
»  Selesolicita aportar carta de disponibilidad de agua de parte de la Asada correspondiente, en donde
se indique el número de presentación.
+  Eninspección de campo no se logran ubicar amojonamiento.
+» Según nuestro sistema de información geográfica y planos catastrados antecedentes, existen
cuerpos de agua los cuales no están indicados en los planos ni en el croquis adjunto.
FUNDAMENTO JURIDICO;
Reglamento para el Control de Fraccionamientos de la Municipalidad de Pococí.
Artículo 92—Todo fraccionador de terrenos situados frente a vía pública, que segregue 10 (diez) o más lotes
de un mismo folio real, deberá ceder gratuitamente para el uso público, el diez por ciento (10%) del total de
área a fraccionar, para destinarlos a áreas verdes o facilidades comunales.
Artículo 11.—Respecto al área pública a ceder se establece lo siguiente:
a) Deberán estar ubicadas frente a calle pública.
b) Estas áreas deberán tener un frente mínimo de 10 metros,
c) Presentar una forma regular.
d) Su distancia respecto al lote más alejado no será mayor de 150 metros.
e) Debe ser delimitada mediante postes de concreto de 1,50 metros de altura efectiva y cinco líneas de
alambre liso galvanizado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00187
PAGINA N%15 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
POcoc1
MUNICIPALIDAD DE at
es ¿ JFEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL ULHARNO
> .
! OCOCI UNIDAD DE TOPOGRAFÍA
ME a o Tel -6560 / EXt.: 128 / apt muvipucoria
DESARROLLO DEL CANTON E le " hi
“Contra la presente resolución, cabra Recurso de Revocatoria y Apelación en subsidio, en los terminos sí
Art. 171 del Código Municipal, Dicho recurso deberá presentarse dentro de los cinco dias hábiles siguientes
de la presente resolución”,
porel
recibido
servicio de agua potable emitirá un documento que sea concordante con lo establecido en el Reglamento
para la Prestación de los Servicios de AyA que garantice la existencia del recurso hidrico con factibilidad
técnica y operativa, para el abastecimiento de todos los lotes resultantes del fraccionamiento.
ARTÍCULO 19. Fraccionamientos con fines urbanisticos Conlleva la habilitación por primera vez de lotes para
fines urbanísticos, por lo que debe cumplirse con la cesión del área pública del Articulo 21, Cesión de áreas
públicas con fines urbanísticos, del presente reglamento.
Los fraccionamientos con fines urbanísticos son permitidos siempre que los lotes resultantes cumplan con
las siguientes condiciones:
1) Estar ubicados fuera de un cuadrante urbano o un área previamente urbanizada.
2) Realizar el fraccionamiento dentro de una misma finca madre.
3) Tener acceso directo a vía pública,
4) Cumplir con las disposiciones definidas en este reglamento en relación con áreas y frentes minimos, sin
perjuicio de la regulación local vigente.
5) Contar con disponibilidad de servicios públicos indispensables.
6) Estar libres de afectaciones o limitaciones urbanísticas, emitidas por las instituciones competentes, que
impidan su aprovechamiento; de lo contrario, que estas puedan conciliarse con el fraccionamiento
propuesto,
ARTÍCULO 21, Cesión de áreas públicas en fraccionamientos con fines urbanísticos
Todo fraccionamiento con fines urbanísticos debe ceder gratuitamente para uso público el 10% del área
total a fraccionar, siempre que esta sea igual o mayor a 90 m? y la suma de los lotes a fraccionar sea de 8 o
más lotes, ambas condiciones en conjunto. Dicha área se debe destinar a juegos infantiles, parques y
facilidades comunales, en este orden de prioridad. 34 Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo
Cuando el 10% del área a ceder dé como resultado entre 90,00 m? y 250,00 m? la cesión puede darse en el
sitio, o bien la municipalidad está facultada a solicitar al fraccionador la cesión del área en otro predio que
determine, de acuerdo con sus necesidades. En caso de que el área a ceder sea mayor a 250,00 m!, la cesión
de área debe darse en el sitio.
Las áreas cedidas deben ser traspasadas a favor del dominio municipal para el uso público y ser utilizadas
según lo indicado para urbanizaciones de uso residencial, en la sección tercera: Cesión de área pública del
Capítulo IV del presente reglamento.
Responsable: Firmado
digitalmente
y por Esteban
Ciók Me ¿Gutiérrez Solís
' ' Fecha:
—2020.11.03
13:37:21 -06'00'
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0018
PAGINA N*16 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Ú
211112021 image001.png
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CONSULTA POR NUMERO DE FINCA
MATRICULA: 29979---000
PROVINCIA: LIMON FINCA: 29979 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO: 000
NATURALEZA: TERRENO DE POTRERO Y AGRICULTURA CON UNA CASITA
SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
LINDEROS:
NORTE : MARIA ROSA FUENTES HERRERA Y ZULAY MORA QUINTANA
SUR : FEDERICO VARGAS RODRIGUEZ
ESTE : CARMEN SANCHO PEREZ
OESTE ; CALLE PUBLICA Y ZULAY MORA QUINTANA
MIDE: CIENTO CUARENTA MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS METROS CUADRADOS
PLANO:L-2186100-2020
VALOR FISCAL: 105,000,000.00 COLONES
PROPIETARIO:
INREDENT DE COSTA RICA G.S. SOCIEDAD ANONIMA
CEDULA JURIDICA 3-101-416871
ESTIMACIÓN O PRECIO: CIENTO CINCO MILLONES COLONES
DUEÑO DEL DOMINIO
PRESENTACIÓN: 2014-00219178-01
FECHA DE INSCRIPCION: 12-AGO-2014
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00190
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Comentario por parte del Sr. Pate. Juan Luis Gómez Gómez.
Viendo esta solicitud, ya hicimos una aprobación a don Alberto Guzmán también de la
primera etapa en las primeras condiciones y viendo que nuestra gente ocupa vivienda y
que tengamos bien claro, que una familia pobre que tenga que trabajar para pagar su
alquiler de casa y que tenga que trabajar ahora que no hay trabajo para la compra de
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0191
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alimentos, bastante les ayudamos para que puedan tener su casita. Así que esto lo vamos
a pasar al departamento de Control Urbano para que nos rinda uniforme inmediato a ver
si procedemos a que este departamento nos ayude con los visados.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de Desarrollo y Control
Urbano para que brinde un informe inmediatamente.
ACUERDO N* 153
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde
municipal, teléfono 2711-1208, dice:
Oficio: DAM-0121-2021
Asunto: Documento remitido al COSEVI solicitando información y de ser necesario,
solución al circulado de eventual cierre de la sede del sector de Guápiles.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Pa
6) MUNICIPALIDAD DE POCOCI
yu DESPACHO DEL ALCALDE
Teléfono: 2710-7182
MDEPOCOd Manuel. hernandezQOmunipococi.go.cr
Guápiles, 2 de febrero de 2021
DAM-0121-2021
MBA. Antonio Jiménez Bastos
Dirección General de Educación Vial
Ing. Edwin Herrera Arlas
Dirección Ejecutiva COSEVI
Ing. Rodolto Méndez Mata
Ministro de Obras Públicas y Transportes
Mediante la presente me permito saludarles y agradecerles por la atención
oportuna que puedan prestarle a la presente consulta.
Esta semana ha circulado información acerca del eventual cierre de la Sede de la
Dirección General de Educación Vial ubicada en el sector de Guápiles y que
durante muchos años ha funcionado de manera activa facilitando el acceso a
trámites de miles de personas del cantón y sectores aledaños.
Ante tal información, y en vista de indicaciones que han recibido ciudadanos tras
visitar la sede; les solicito indicarme si la información acerca del cierre es verídica,
así como las razones que pesan para tomar esta lamentable decisión.
Pococí ha crecido de manera exponencial y la justificación para tener una sede
de la Dirección General de Educación Vial en el cantón es más que evidente.
Agradezco me puedan informar al respecto y me pongo a disposición para
gestionar lo necesario y poder buscar soluciones de manera conjunta.
Atento a su colaboración. — manuel fumada eater
HERNANDEZ RIVERA (FIRMA)
Fecha: 2021.92.02 15:19.07
RIVERA (FIRMA) _-o500
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde
cc. Diputados y Diputadas de la Provincia de Limón, Segunda Vicepresidencia de la República,
Concejo Municipal de Pococí.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0193
PAGINA N*21 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
T
Participan de la palabra:
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Este documento se conoce y se estará brindando todo el apoyo para que este Municipio
conserve la sede de Guápiles que requiere, tanto de esta facilidad y es de provecho del
cantón de Pococí y de cantones aledaños. Por lo tanto, acompañando este oficio yo
redacté una moción que le pido a los compañeros que la votemos. Le vamos a añadir una
moción porque es del tema en discusión, dice:
Moción presentada por el regidor Juan Luis Gómez Gómez.
CONSIDERANDO:
1- Que el licenciado Manuel Hernández Rivera, alcalde de nuestra Municipalidad ha
realizado diferentes gestiones para evitar que el Cosevi de Pococí no cierre la sede
de Guápiles.
2- Que el Cosevi creyéndose emperatriz en un país democrático, aduce que el cierre
se hará porque los funcionarios de dicha sede están por jubilarse.
3- Que el Concejo Municipal de Pococí, no permitirá que los pobladores de Sarapiquí,
Guácimo, Siquirres, Matina y Pococí que, por el eventual cierre de la sede con
recinto en Guápiles, tengan que trasladarse a hacer sus trámites a San José o a
Limón a renovar licencias, apelaciones y otras tramitologías.
MOCIONO:
Para que este honorable Concejo en apoyo a nuestro alcalde y a los pobladores de
Sarapiquí, Guácimo, Siquirres, Matina y Pococí, no permitamos el cierre abusivo de Cosevi
con sede en Guápiles ya que lesionamos los derechos de nuestros ciudadanos y para
ellos, estaremos dispuestos a manifestaciones, reuniones con los Concejos Municipales
en mención, para evitar esa decisión o ese abuso de cerrar COSEVI. Solicitar el apoyo a
los Concejos Municipales de Sarapiquí, Guácimo y Siquirres.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Aprueba la Moción presentada por el regidor
Juan Luis Gómez Gómez. Para que este honorable Concejo en apoyo a nuestro
alcalde y a los pobladores de Sarapiquí, Guácimo, Siquirres, Matina y Pococí, no
permitamos el cierre abusivo de Cosevi con sede en Guápiles ya que lesionamos
los derechos de nuestros ciudadanos y para ellos, estaremos dispuestos a
manifestaciones, reuniones con los Concejos Municipales en mención para evitar
esa decisión o ese abuso de cerrar COSEVI. Solicitar el apoyo a los Concejos
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Municipales de Sarapiquí, Guácimo y Siquirres. Se Dispensa del Tr
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Razonamiento voto positivo Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Mi justificación de voto positivo es, porque es un servicio esencial para la comunidad de
Pococí, creo que, si eso no lo solucionan, retrocederíamos demasiado en este cantón y
este es un cantón con 152 mil habitantes por lo que es necesario y esencial tener esa
oficina de licencias en este cantón. Que conste en actas mis palabras y todo mi apoyo
para los ciudadanos del cantón de Pococí y los vecinos. Es bueno que los ciudadanos del
cantón de Pococí sepan que eso es debido a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas
Públicas, que hoy muy posible las plazas de personas que pasan a ser pensionadas, la
ley establece que no se contrate, no es una cosa que el Gobierno local no ha querido
abordar, sino que, es por una ley que fue aprobada recientemente en la Asamblea
legislativa. Para que el pueblo sepa y maneje la información.
Reg. Suplente Hilda Zamora Arias.
Saluda, esa es una muestra más que a nuestra provincia cada día van saqueándole todo
lo que tiene, no solamente eso, se sabe que nuestra provincia ha estado siendo muy
golpeada por parte del gobierno, por lo tanto, compañeros hay que armar lucha para
defender los derechos de toda la provincia porque en toda la provincia se están tomando
decisiones muy arbitrarias, yo espero que los compañeros y compañeras tomemos una
acción de lucha, de pelea porque se está viendo lo que está pasando con toda la provincia
de Limón. Aunque la compañera diga que es una ley, aquí en nuestro país ponen leyes y
nosotros nos quedamos calladitos y agachados.
Reg. Jonnathan García Chévez.
Saluda. Decirle al cantón que nosotros en primera instancia cuando nos dimos cuenta de
esta lamentable noticia, hemos acudido a las entidades correspondientes para poder
determinar la veracidad y la parte legal para poder ayudar. Decirle al pueblo que este
Concejo, esta administración estamos trabajando por ustedes y para ustedes. Que a veces
dicen que no estamos haciendo nada, eso es incorrecto, el señor presidente bien lo dijo:
“vamos haciendo un gran trabajo con justicia y dedicación para ese territorio tan amado
por nosotros” y por eso hoy se está presentando esta moción para dar seguimiento y para
rescatar lo que es nuestro, que no nos quiten lo que tanto nos ha costado. Esto que se
está haciendo hoy es poco a lo que hemos venido haciendo.
Quiero decirle a la población de Pococí que juntos estamos haciendo ese gran trabajo y sí
se puede si trabajamos todos los sectores, que en vez de criticar debemos unirnos para el
desarrollo de este cantón y si algo nos están quitando es cuando tenemos que ir a las
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
195
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*23 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
diferentes entidades y pedir información para poder lograr que no se nos llev:
recurso o activo de nuestro cantón. Muchísimas gracias.
— UL
ACUERDO N* 154
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Bach. Ana Madrigal Astorga, prosecretaria
municipal, teléfono 2711-1227, correo secretaria(4munipococi.go.cr, dice:
Oficio: CMPL-30-2021
Asunto: Traslado de correspondencia de denuncia por visado de planos y proyecto
urbanístico de Barrio Belén.
Guápiles, 01 de febrero del 2021
CMPL-30-2021
Señora:
Licda. Grace Chinchilla Villegas
Auditora Interna
Asunto: Traslado de correspondencia de denuncia
Estimada Señora:
Por instrucciones del Señor presidente del Concejo Municipal, se traslada a la
Unidad de Auditoria, documento recibido por vecinos de Barrio Belén, La Teresa,
solicitando se realice una investigación con relación al visado de planos y proyecto
urbanístico.
Sin más por el momento, se suscribe;
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Bach. Ana Cipeatn da Astorga
Secretaria Mint a ialda ococí a.i
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0196
PAGINA N*24 ACTA N?*09 Ordinaria. 04-02-2021
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce y se traslada al departameñto de
Servicios Jurídicos para su análisis y recomendación al Concejo.
ACUERDO N* 155
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Bach. Ana Madrigal Astorga, prosecretaria
municipal, teléfono 2711-1227, correo secretaria(YQmunipococi.go.cr , dice:
Oficio: CMPL-31-2021
Asunto: Traslado de correspondencia por denuncia de funcionarios municipales.
Guápiles, 02 de febrero del 2021
CMPL+31-2021
Señores (as)
Licda. Grace Chinchilla Villegas
Auditora Interna
D2 FEB, 9071
MBA. Marcela Cordero Aguilar J
Recursos Humanos
lis.
Lic. Carlos Hernández Hernández Rivera
Servicios Jurídicos Internos
Asunto: Traslado de correspondencia de denuncia
Estimados (as) Señores (as):
Por instrucciones del Señor presidente del Concejo Municipal, se traslada
documento recibido por funcionarios municipales, se solicita
investigación con relación a lo expuesto en el documento.
Sin más por el momento, se suscribe:
Bach. Ana Lucía Madrigal Astord:
Secretaria Municipal de Poca; Lar
Cie Archivo.
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“Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” 1
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Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conoce.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00197
PAGINA N*25 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
ACUERDO N* 156
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Magally Venegas Vargas, secretaria
municipal, teléfono 2711-1227, correo secretaria(Ymunipococi.go.cr, dice:
Oficio: CMPL-36-2021
Asunto: Traslado de consultas de expedientes 22.301 y 22.333 de la Asamblea
Legislativa a la Alcaldía
Guápiles, 04 de febrero del 2021
CMPL-36-2021
Señor:
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Asunto: Traslado de correspondencia de la Asamblea Legislativa.
Estimado Señor:
Un cordial saludo, por medio de la presento me permito efectuar el traslado por
instrucciones del señor presidente del Concejo Municipal, de los siguientes
documentos para su respectiva revisión:
Oficio: HAC-700-20
Asunto: Consulta obligatoria Exp. 22.301
Oficio: AL-CPECTE-C-342-2021
Asunto: Consulta obligatoria Exp. 22.333
Mágally venegas Vargas -/
Secretaria Municipal/ :/
C/c Archivo.
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Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conoce.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00198
PAGINA N*26 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
ACUERDO N* 157
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Ana Madrigal, prosecretaria municipal,
teléfono 2711-1227, correo secretaria(Q4munipococi.go.cr , dice:
Oficio: CMPL-32-2021
Asunto: Juramentación del Reg. Randall Torres como miembro de la Comisión
Especial Municipal de Fiscalización y Supervisión de Infraestructura Pública y
Desarrollo y Control Urbano del Cantón de Pococí
Guápiles, 02 de febrero del 2021
CMPL-32-2021
Señores
Concejo Municipal
Asunto: Juramentación del regidor Randall Torres Barrientos como miembro
de la Comisión Especial Municipal de Fiscalización y Supervisión de
Infraestructura Pública y Desarrollo y Control Urbano del Cantón de Pococí
Estimados Señores:
Por este medio me permito informar que, en la sesión de trabajo de la Comisión
Especial Municipal de Fiscalización y Supervisión de Infraestructura Pública y
Desarrollo y Control Urbano del Cantón de Pococi, realizada el dia 02 de febrero
del presente año, a las 3 p.m en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal y por
medio de la plataforma digital ZOOM, el Señor presidente del Concejo Municipal
nombra al regidor Randall Torres Barrientos como miembro de la Comisión e
instruye a la secretaria a proceder con la juramentación, misma que se realiza
en el acto.
Sin más por el momento y agradeciendo la atención,/58 suscribe;
A
O
re)
hue  hueie:i0),
Bach. Ana Madrigal Astorga
Secretaria Municipal de Pococí a.i
Cc/ Archivo
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conoce.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0199
PAGINA N*27 ACTA N?*09 Ordinaria. 04-02-2021
ACUERDO N* 158
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Christian Córdoba, Servicios Jurídicos
Municipales, teléfono 2713-6516, dice:
Oficio: 1J-003-ENE-2021
Asunto: Traspaso de propiedad en La Leona, Bella Vista en favor de Nemesio
Chavarría Villalobos
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
SERVICIOS JURÍDICOS INTERNOS y 15
MRE IT ER6516 PAX 2710 AUR A As
INFORME JURÍDICO: 1J-003-ENE-2021
ASUNTO: Traspaso de dad en La Leona, Bella Vista en favor de
Nemesio Chavarría Villalobos.
SOLICITANTE: Nemesio Chavarría Villalobos.
1. GESTIÓN.
El presente asunto se analiza por oficio: DAM-0476-2021, donde el alcalde expone
solicitud del señor Nemesio Chavarría Villalobos, cédula: 6-125-668 quien solicita la
inscripción de un terreno a su nombre, producto de un plan de lotificación en La
Leona, Bella Vista
2. ANÁLISIS JURÍDICO.
Que de conformidad con la información suministrada por el señor Chavarria
Villalobos, se logra observar que mediante declaración jurada protocolizada,
escritura 271, realizada por él ante el notario público Eduardo Torres Bolaños, es
poseedor de un bien inmueble ubicado en La Leona, Bella Vista desde 1990
aproximadamente, adquirido por medio de un comité de la comunidad que sirvió
como puente de la Municipalidad de Pococí, producto de un plan de lotificación, de
lo cual como parte de la declaración jurada, los señores Ramón Miguel Sánchez
Solís, cédula 1-408-734 y Jaime Jesús Arguedas Cubero, cédula: 6-220-954,
respaldan el dicho del señor Chavarría Villalobos. Además, el gestionante aporta el
plano catastrado: L-2235061-2020, el cual tiene una medida de 1136m?,
debidamente visado por la Unidad de Topografia, y es parte de la finca municipal
43148-000.
Finalmente, se cuenta con el oficio: DDCU-011-2021, del Departamento de
Desarrollo y Control Urbano, donde el Ing. Henry Madrigal Calvo indica que el
terreno pretendido no forma parte del área destinada al uso público del
fraccionamiento municipal en dicha localidad.
Municipalidad de pr
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Recibido E
—2 HL Ss ñ 29 de enero de 2021
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00200
PAGINA N*28 ACTA N?*09 Ordinaria. 04-02-2021
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
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SERVICIOS JURÍDICOS INTERNOS ads
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TEL. 2713-6516 FAX 2710-4318
MUNICIPALIDAD
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3. RECOMENDACIONES.
Debido a lo expuesto, es viable adjudicar al señor Nemesio de la Trinidad Chavarría
Villalobos, cédula: 6-125-668, el lote pretendido, cuyo Plano Catastrado es el L-
2235061-2020, con un área de 1136m? ubicado en La Leona, Bella Vista, Guápiles.
Y si a bien lo tiene este Honorable Concejo Municipal, autorizar al señor alcalde a
firmar el correspondiente instrumento notarial de segregación y venta por la suma
de ciento cincuenta mil colones, pagaderos en cuotas mensuales consecutivas de
cinco mil colones cada una, sin intereses, e indicar al interesado Chavarría
Villalobos, que los gastos por los servicios notariales corren por cuenta de él.
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Lic. Christian Córdoba Oviedo
Servicios Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00201
PAGINA N*29 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Tres de noviembre del 2020
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
A quien corresponda:
Reciban un cordial saludo, el suscrito, NEMESIO DE LA TRINIDAD CHAVARRÍA
VILLALOBOS, mayor, soltero, comercio, vecino de Limón, Pococí, Guápiles, Bella Vista, La Leona, cien
metros oeste de la escuela de la comunidad y portador de la cedula de identidad número: seis cero uno
dos cinco cero seis seis ocho, respetuosamente solicito que el terreno con número de plano L 2235061
— 2020 se inscriba a mi nombre; NEMESIO DE LA TRINIDAD CHAVARRÍA VILLALOBOS, a la vez
aporto mi número de teléfono el cual es: 85-85-32-56 y mi correo electrónico E:
De antemano agradezco la colaboración que se me pueda brindar.
E
NEMESIO CHAVARRÍA VILLALOBOS
Cédula: 6-125-668 ae
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*30
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*09 Ordinaria.
00202
04-02-2021
O
RAZÓN NOTARIAL: HAGO CONSTAR QUE LOS DERECHOS Y TIMBRES CORRESPONDIENTES
3u* y EDUARDO TORRES BOLAÑOS
701800411 Ea
fal:
NUMERO DOSCIENTOS SETENTA Y UNO: Anta mí, Eduardo Toros Bolaños, Motario Público, con ofiolna storia
en Limón, Pococl, Guépiles, quinientos metros coste del Hospital, comparece: NEMESIO DE LA TRINIDAD
CHAVARRIA VILLALOBOS, mayor, soltero, comerciante y portador de la cedula de Identidad número: seis coro
uno dos cinco cero sois seís ocho, RAMON MIGUEL SANCHEZ SOLIS, maycr, casado por segunda vez,
pensionado y portador de la cedula de Identidad número; uno cero cuatro cero ocho cero sleta tres cuatro y JAME
JESUS ARGUEDAS CUBERO, mayor, casado unawez, comerciante y portador de la cedula de Identidad número.
sels coro dos dos cero cero nava cinco cuatro, todos vecinos de Limón, Pococi, Guápltes, Bella Vista, La Leona,
cien metros voste de la escuela de la comunidad, quienes advierto de las penas con que el Código Penal sanciona
por el dolito de falso testimonio y DECLARAN BAJO FE DE JURAMENTO QUE DEJAN RENDIDO y DICEN:
PRIMERO: El primer comparecionto CHAVARRIA VILLALOROS indica quo la finalidad do la presente declaración
Jurada es continuar con el trámito para la segregación e inscripción de un bien Inmueble el cual es propiedad de la
Municipalidad de Pococi, matricula foo real número 1. - CUATRO TRES UNO CUATRO OCHO - CERO CERO
CERO el cual posee el número de plano L -- CERO SIETE DOS CERO SEIS DOS DOS - MIL NOVEGIENTOS
OCHENTA Y SIETE, dondo señala el señor Nemesio los siguientes puntos: A) que ha sido poseador de dicho
terreno dosdo agosto de mil novecientos noventa apraximadamento, es decir ya hace treinta años. 3) El terreno lo
sdquiió por moco del Comité de la comunidad el cual era Presidido por el señor don Alfredo Rodríguez Salas y
quo dicho tarraro fue otorgado por parto de la Municipalidad de Pococí para que sea distribuido entre los habitantes,
actualmente en octubre dol dos mil voínte el topógralo me entrego el plano número l. - DOS DOS TRES CINGO
CERO SEIS UNO — DOS MIL VEINTE para roalizar los trámites rospectivos para Inscribir el inmueble a mi
nombre. G) A lo voz liboro de toda responsabilidad a la Municipalidad de Pococl por cualquier hacho derivado tal
lraspaso dol bion ínmueblo. D) En la presenté declaración jurada en calidad de testigos comparacen los
señores SANCHEZ SOLIS y ARGUEDAS CUBERO, los cualos han sido vecinos desdo ya haco trolnta años los
cuales dan fo do la voracidad de todas las manifestaciones indicadas por el señor Nomesio, E) El
soñor GHAVARRIA VILLALOBOS Indica que todos los gastos derivados del prosonto lrámite serán cancelados
por cuenta propla. ES YODO. Exticado un primer testimonio para el manifostanta, Lolda esta escritura al otorgante,
rosuita conforme, la aprueba y juntos firmamos en la civdad de Guéplas, a las diez horas dol cuatro de diclembre
ILEGIBLE --- ILEGIBLE, Lo anterior es copia fiel y exacta dle la
del año dos mil veinte, ILEGIBLE -.- ILEGIBLE -
escritura númoro doscientos satenta y uno, visible al folio cianto cincuenta y siote vusito, del tomo uno del protocolo
dol susorito notario, Confrontado con su original resultá contorme y lo expido como prin: ao en el mismo
acto de otorgemiento de la matriz.
Ñ
EDUARDO TORRES BOLAÑOS
A bs
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
05 1049158
DEL PRESENTE DOCUMENTO SE PAGARON MEDIANTE EL ENTERO TRES OCHO NUEVE OCHO
TRES CUATRO GUATRO NUEVE UNO DEL CUATRO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0204
PAGINA N*32 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
¿ AS
MUNICIPALIDAD DE POCOCI » Teléfono: 2713 6560
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Y y Fax: 2713 7181
Correo electrónico: henry.madrigal(Mmunipococi.com NA web: munipococi.go.cr
Jueves 28 de enero del 2021
OFICIO: DDCU-011-2021
Sr.
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Servicios Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: LOTIFICACIÓN LA LEONA — ADJUDICACIÓN DE LOTE PARTICULAR —- NEMESIO CHAVARRÍA VILLALOBOS
Estimado compañero,
Le saludo muy respetuosamente y a la vez le remito la presente nota con la finalidad de dar
seguimiento a lo requerido mediante Oficio N”SJI-175-NOV-2020, referente al proceso de solicitud de
adjudicación de propiedad requerido por el Sr. Nemesio de la Trinidad Chavarría Villalobos, con cédula
de identidad 6-0125-0668, sobre el terreno con plano catastrado L-2235061-2020, parte del Folio Real
7043148-000; del cual indica ser poseedor desde el mes de agosto de 1990.
Para lo anterior le indico que, según inspección de campo realizada por el Sr. Arnoldo Monge
Jiménez, el día 14 de diciembre del 2020, en presencia del Sr. Chavarría Villalobos, y basado en los
estudios registrales realizados, tanto al plano L-2235061-2020 como al folio real 43148 (derecho 000), así
como a lo indicado por el Sistema de Información Geográfico Municipal, se determinó lo siguiente:
a) La propiedad en cuestión está ubicado 160 metros al oeste y 139 metros al norte de la esquina
sureste de Escuela de la Leona, en el distrito de Guápiles, en un fraccionamiento municipal que
data de 1990, pero fue hasta el año de 1992 que se inició el fraccionamiento con la inscripción de
los primeros planos “hijos”.
Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: htup:/Avww.munipococi.go.cr
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0205
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MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ (Y
> Teléfono: 2713 6560
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Y Y Fax: 2713 7181
Correo electrónico: henry.madrigaldmunipococi.com NA web: munipococi.go.cr
b) El plano L-2235061-2020 posee un área de 1136 metros cuadrados, no tiene anotaciones y se
encuentra activo al día 21 de enero del año en curso. Cuenta con visado municipal, emitido por
el Ing. Esteban Gutiérrez. Solís, con fecha 10 de diciembre del 2020, y fue segregado del plano
madre L-720622-1987, mismo que cuenta con 32 planos “hijos” y tiene 1 anotación. |
c) El plano L-2183256-2020 es parte del folio real número 7-043148-000, inscrito a favor de la
Municipalidad de Pococi desde el 17 de septiembre de 1990 y cuenta con 27 segregaciones, NO
tiene anotaciones, más SÍ se publicitan gravámenes o afectaciones (ver citas 378-03196-01-
0905-001).
d) La propiedad no forma parte del área destinada al uso público del fraccionamiento municipal
conocido como La Leona.
e) El lote se encuentra parcialmente delimitado y amojonado en todos sus linderos, con una casa de
habitación tipo mixta en regular estado, cuenta con servicios básicos instalados, red de agua
potable y electricidad.
Imagen 1.- Condiciones del terreno y la vivienda
Fuente: Oficio TOP-003-2021
Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: http: /Avww.munipococi.go.cr
. Página 2 de 4
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00206
PAGINA N*34 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
-
MUNICIPALIDAD DE POCOCI d Teléfono: 2713 6560
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Y $ Y Fax: 2713 7181
Correo electrónico: henry.madrigalOmunipococi.com Y) web: munipococi.go.cr
amó
f) Según la información suministrada en el plano y a la inspección realizada, la propiedad se
encuentra fuera del Plan Regulador vigente.
Sobre lo solicitado por su persona, referente a los eventuales traslapes o afectación al estado
parcelario, le recuerdo que el plano catastrado cuenta con visado municipal por parte del Ing. Gutiérrez
Solís, mismo que comprobó el correcto contenido de la medición y ubicación indicada.
Adicionalmente, durante la inspección realizada, el Sr. Chavarría Villalobos hizo entrega de una
copia del plano L-996095-1991, donde se consigna su nombre como poseedor de ese terreno, más una
copia de una declaración jurada para demostrar su posesión desde 1990, documentos que están siendo
adjuntados al presente informe.
No omito manifestar que todos los estudios registrales de los diferentes planos, folios reales y
demás documentación aportada al presente informe, fueron realizados el día 21 de enero del año en
curso, información suministrada según consultas a la página virtual del Registro Inmobiliario del Registro
Nacional
Se adjunta al presente informe:
Oficio TOP-003-2021
Copia de plano visado L-2235061-2020 y estudio registral
Copia de plano madre L-720622-1987 y estudio registral
Estudio registral de la finca municipal 7043148-000
Copia de oficio SJI-175-NOV-2020
Copia se solicitud realizado por el Sr. Chavarría Villalobos
Copia de plano L-996095-1991
Copia de declaración jurada
DNS apo
El Sr. Nemesio de la Trinidad Chavarría Villalobos puede ser localizado al número telefónico 8585
3256 y al correo electrónico ariasy9900Ggmail.com
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIFALIDAD DE POCOCI 00207
PAGINA N*35 CTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
MUNICIPALIDAD DE POCOCI dl Teléfono: RIA
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Al or Fax: 2713 7181
Correo electrónico: henry.madrigalOmunipococi.com web: munipococi.go.cr
Sin más por el momento, se despide,
HENRY Firmado
digitalmente por
BRYAN HENRY BRYAN
MADRIGAL MADRIGAL CALVO
(FIRMA)
CALVO Fecha: 2021.01.28
(FIRMA) 14:27:23 -06'00'
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano
CC.: Archivo
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Nos acogemos a las recomendaciones del Lic.
Christian Córdoba Oviedo del Dpto. de Servicios Jurídicos por lo tanto, se autoriza
al señor Alcalde a firmar correspondiente instrumento notarial de segregación y
venta al señor Nemesio de la Trinidad Chavarría Villalobos cédula 6-125-668 del lote
pretendido cuyo plano Castrado es el L-2235061-2020, con un área de 1136 metros
cuadrados ubicado en la Leona de Bella Vista, Guápiles, por la suma de ciento
cincuenta mil colones, pagaderos en cuotas mensuales consecutivas de cinco mil
colones cada una, sin intereses, e indicar al interesado Chavarría Villalobos, que los
gastos por los servicios notariales corren por cuenta de él. Se Dispensa del Trámite
de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 159
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Ing. David Quirós, Unidad de Topografía,
teléfono 2710-6600, correo electrónico: david.quirostf2munipooci.go.cr, dice:
Oficio: UTOP-MPL-031-2021
Asunto: Respuesta al SMP-116-2021 en consulta de calle pública para desarrollo del
proyecto del área de Salud Cariari
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
00208
PAGINA N*36 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
POCocI
. DESARROLLO DEL CANTÓN
|
MUNICIPALIDAD DE DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
POCOCÍ
SIEMPRE APOYANDO EL | Correos: david.quirosOmunipococi.go.cr
| esteban.gutierrez(Omunipococi.go.cr
Jueves 28 de enero de 2021
Oficio: UTOP-MPL-031-2021
Asunto: “Consulta de calle pública”
Señores Área de Salud Cariari
Caja Costarricense de Seguro Social
Estimados señores:
En atención a su consulta, les comunico que he procedido a realizar el estudio catastral y
registral con la finalidad de determinar si el acceso representado en el plano catastrado L-1289265-
2008, colindante con los linderos 2-3-4-5, es público o privado.
Sobre la publicidad y administración de terrenos destinados al uso público la Ley de
Construcciones establece lo siguiente:
“ARTICULO 1. - Las Municipalidades de la República son las encargadas de que las
ciudades y demás poblaciones reúnan las condiciones necesarias de seguridad, salubridad,
comodidad y belleza en sus vías públicas y en los edificios y construcciones que en terrenos
de las mismas se levanten sin perjuicio de las facultades que las leyes conceden en estas
materias a otros órganos administrativos.”
“ARTÍCULO 7.- Propiedad. Todo terreno que, en los planos existentes de la Municipalidad,
o en el Archivo de la Dirección General de Obras Públicas, o el de la Dirección General de
Caminos, o en el Catastro, o en cualquier otro archivo museo o biblioteca pública, aparezca
como vía pública, se presumirá que tiene la calidad de tal, salvo prueba plena en contrario,
que deberá rendir aquel que afirme que el terreno en cuestión es de propiedad particular
o pretenda tener algún derecho exclusivo a su uso. Mientras no se pronuncie sentencia
ejecutoria que así lo declare, nadie podrá impedir o estorbar el uso público del terreno de
que se trate,”
Así mismo, la Ley General de Caminos establece:
“ARTÍCULO 28.- Queda terminantemente prohibido al Ministerio de Obras Públicas y
Transportes y a las Municipalidades otorgar permisos o derechos de ocupación, disfrute,
uso o simple posesión del derecho de vía de los caminos públicos o ejercer actos que
impliquen en cualquier forma tenencia de los mismos por parte de las personas. ls)
“ARTICULO 32.- Nadie tendrá derecho a cerrar parcial o totalmente o a estrechar,
cercando o edificando, caminos o calles entregados por ley o de hecho al servicio público
o al de propietario o vecinos de una localidad, salvo que proceda en virtud de resolución
judicial dictada en expediente tramitado con intervención de representantes del Estado o
de la municipalidad respectiva o por derechos adquiridos conforme a leyes anteriores a la
presente o a las disposiciones de fstpley. delp Ococ ¡
Rimnirina
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
UNIDAD DE TOPOGRAFIA Te!.: 2710-6600, 2713-6560(128)
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00209
PAGINA N*37 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
POCocI
MUNICIPALIDAD DE DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
Ah POCOCIÍ | UNIDAD DE TOPOGRAFÍA Tel.: 2710-6600, 2713-6560(128).
YY SIEMPRE APOYANDO EL Correos: david.quirosOmunipococi.go.cr
Sl : gutierrezOmunipococi.go.cr
DESARROLLO DEL CANTÓN | €steb:
Considerando lo anterior, para cualquier gestión municipal, relacionada con las propiedades
colindantes con un derecho de vía, la calle pública deberá estar completamente libre y sin
obstrucciones que estrechen o impidan el libre tránsito por la misma. Así mismo, los lotes deberán
contar con los servicios básicos existentes en la zona y con las obras de infraestructura mínimas
establecidas en la Ley (Ley de Planificación Urbana, artículos 32, 36 y 40 y Reglamento para el
Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones, capítulos ll y 111).
Por tanto, con fundamento en la información municipal y registral disponible, y mientras no
se encuentre información catastral o jurisdiccional que indique lo contrario se determina que el
acceso en cuestión, hasta el día de hoy, es calle pública, parte de la red vial cantonal.
Sin más por el momento, me despido.
Atentamente,
Firmado digitalmente por DAVID ARNOLDO QUIROS
AGUILAR (FIRMA)
f , Nombre de reconocimiento (ON):
F/F E BN serialNumber=CPF-03-0375-0252, sn=QUIROS
( / yA AGUILAR, givenName=DAVID ARNOLDO, c=CR,
= 7738 = 0=PERSONA FISICA, ou=CIUDADANO, en=DAVID
— =
jel
74 an Ty ARNOLDO QUIROS AGUILAR (FIRMA)
Ing.-David Arnoldo Quirós Aguilar — fecha: 2021.01.28 03:59:39 0600"
Versión de Adobe Acrobat Reader: 2020.013.20074
Unidad de Topografía
Participan de la palabra:
Propuesta presentada por la Reg. Yaslyn morales Grajal.
Sería muy bueno ir nosotros en una comisión, porque según indica una funcionaria del
AyA, esa calle no tiene asfalto, no tiene cordón de calle y no tiene aceras, por lo tanto,
ellos no invertirían en esa infraestructura, entonces sería bueno que la comisión de Obra
Pública se desplace y pueda ver si eso es real y sino, para el próximo presupuesto poder
arreglar la calle para que ellos puedan hacer la inversión y que no nos vengan a decir
luego que como no hay asfalto no pueden poner los tubos.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Aprueba la propuesta de la regidora Yaslyn
Morales Grajal. Que se traslade a la comisión de Obra Pública para que de manera
urgente realicen una visita al sitio y puedan verificar si es cierto lo que dice esta
funcionaria del AyA. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00210
PAGINA N*38 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez.
El señor presidente somete a votación enviar el documento a la Directora del AyA, al Área
de Salud, a la Comisión Municipal del AyA, a la Comisión de Obra Pública y al Señor
Alcalde.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Trasladar el documento a la directora del AyA, al
Área de Salud, a la Comisión Municipal del AyA, a la Comisión de Obra Pública y al
Señor Alcalde. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO N” 160
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Ing. Henry Madrigal Calvo, del
departamento de Desarrollo y Control Urbano, teléfono 2710-6560, dice:
Oficio: DDCU-013-2021
Asunto: Respuesta al acuerdo N* 1736 Acta 69 del 2020, solicitud de declaratoria de
calle pública en comunidad de Bellavista, Sr. Granados Solís.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*39 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
Correo electrónico: controlurbanopocociO yahoo.com
Teléfono: 2710 6:
Fax: 2710 71(p1
web: munipococi.gdjcr
a
Viernes 29 de enero del 2021
OFICIO: DDCU-013-2021
Srs (as).
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: ACUERDO N? 1736 / SESIÓN N*69 ORDINARIA / 29 DE SETIEMBRE DEL 2020 / SMP-1675-2020
SOLICITUD DE DECLARATORIA DE CALLES PÚBLICAS / COMUNIDAD DE BELLAVISTA / ANDRÉS GRANADOS SOLÍS
Estimados(as) señores (as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito el presente informe con el objetivo de dar
seguimiento a lo requerido mediante Acuerdo N*1736 de la Sesión N”69 Ordinaria de fecha 29 de
setiembre del año 2020, en el cual se presenta una nota suscrita por el Sr. Andrés Granados Solano, en
calidad de presidente de INREDENT DE COSTA RICA G.S. SOCIEDAD ANÓNIMA; solicitando la
declaratoria de varios accesos como calles públicas, los cuales se grafican mediante el plano de
agrimensura adjunto, en el sector de Bellavista, específicamente 300 metros al sur del cruce de La
Leona.
La propiedad en cuestión se identifica mediante el plano catastrado L-2186100-2020, folio real
29979-000, con un área total de 140,922,00 metros cuadrados, y se solicita la creación de un
fraccionamiento mediante la apertura de accesos con un derecho de vía de 10 metros lineales y una
extensión de aproximadamente 940 metros lineales; y tomando en cuenta la obligatoriedad en la
donación de la respectiva área de uso público así como la propuesta indicada de generar
segregaciones con un área promedio de 1000 metros cuadrados, se generaría un desarrollo de
aproximadamente 110 segregaciones.
A la vez, aprovecho el espacio para excusarme debido al plazo extenso de la respuesta, lo
anterior debido a la cantidad tan significativa de solitudes, tanto escritas como vía correo electrónico,
realizadas tanto por la Alcaldia como por el Concejo Municipal, asi como los demás departamentos y
unidades del Municipio, sumado a la gran cantidad de contribuyentes; sumado a las labores y
Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: htip://www.munipococi,go.cr
Municipalidad de Pococí Página 1 de 3
E PAINOSOA IA
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0212
PAGINA N*40 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ ) Teléfono: 2710 6560
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Ys Fax: 27107181
Correo electrónico: controlurbanopococi yahoo.com web: munipococi.go.cr ».
a
responsabilidades diarias del departamento, razón por la cual no logré dar una respuesta en tiempo
para su mayor satisfacción.
Retomando la solicitud realizada y tomando en cuenta el diseño de los accesos presentado y la
metodología de desarrollo residencial mediante la generación de aproximadamente 110 segregaciones,
es importante remitirse al Oficio DDCU-187-2020 presentado al Concejo Municipal, el cual hace alusión al
DU-UAC-171-2019 de fecha 03 de julio del año 2019, elaborado por la Ing. Aura Yee Orozco, encargada
de la Unidad de Asesoria y Capacitación, así como por MAG. Jorge Mora Ramírez, Jefe del
Departamento de Urbanismo, ambos funcionarios del INVU, mediante el cual se aborda el tema de la
apertura y declaratoria de calles públicas, indicando textualmente lo siguiente:
“1.1, Toda apertura de una nueva calle para efectos de fraccionar lotes y dotación de
servicios, debe ser considera como un proceso urbanización, cuya definición se contempla en
el Artículo Primero de la Ley de Planificación Urbana, Ley N*4240, el cual define:
“Urbanización es el fraccionamiento y habilitación de un terreno para fines
urbanos, mediante apertura de calles y provisión de servicios.” (Lo subrayado no
corresponde al texto original).
(..)
1.3. Se tiene entonces que, según lo establecido en la Ley de Planificación Urbana, la única
manera de admitir la apertura de una calle pública es por medio de la gestión y ejecución de
proyecto de urbanización, que incluye apertura de vias públicas, provisión de servicios, así como
la cesión de área para uso público, según lo establece el Artículo 40 del cuerpo normativo citado".
Por lo tanto, y según lo indicado mediante los párrafos anteriores que se desprenden del informe
técnico DU-UAC-171-2019, según lo establecido por la Ley N*4240 (Ley de Planificación Urbana), toda
apertura de una nueva calle público con el objetivo de fraccionar lotes frente a esta vía y además dotar de
servicios básicos la misma, debe ser considerada como un proceso urbanización; por lo que además
debe cumplir con la normativa urbanística establecida en el Reglamento de Fraccionamientos y
Urbanizaciones vigente. Para mayor detalle, favor consultar el Oficio DDCU-187-2020, el cual hace
referencia al presente tema y las competencias institucionales correspondientes.
Aunado a lo anterior, el Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones del Instituto Nacional
de Vivienda y Urbanismo, de la Gaceta N*236, Alcance N*224, de fecha 07 de setiembre del año 2020,
Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: http://www.munipococi.go.er
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*41 ACTA N*09 Ordinaria.
- "o
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 5 Teléfono: 2710 6561
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Fax: 2710 7181
Correo electrónico: controlurbanopococid yahoo.com web: munipococi.go.cr
establece también la definición de urbanización exactamente igual a lo establecido por la Ley de
Planificación Urbana.
Resulta significativo señalar que los gobiernos municipales ostentan autonomía para su
administración, y pueden dictar reglamentos para normar sus intereses, esto no implica el irrespeto de
la normativa de aplicación general nacional existente. Así lo indicó la Sala Constitucional, Expediente
N*94-000757-007-CO-E, Resolución N*005445-19, de las catorce horas treinta minutos del catorce de
julio de mil novecientos noventa y nueve.
Es decir, la autonomía municipal no puede ir en contra del ordenamiento jurídico nacional; tal
como lo señala el artículo 4 del Código Municipal, las municipalidades pueden emitir sus propios
reglamentos de organización y de servicio, lo que por tanto no incluye reglamentos cuya razón de ser
responde al cumplimiento de lo que establece una Ley de la República.
Siguiendo esta línea de análisis, para el caso de las urbanizaciones, existe una única Ley de
que contiene disposiciones al respecto, la Ley de Planificación Urbana (Ley N*4240), que los
gobiernos municipales deben darse a la tarea de cumplir, en atención a su jerarquía.
Es por tado lo anterior que, de acuerdo a la solicitud planteada y el diseño presentado ante el
Departamento de Desarrollo y Control Urbano, se trata de un proyecto de URBANIZACIÓN y debe ser
tramitado como tal, cumpliendo la totalidad de requisitos establecidos por la Municipalidad de
Pococi, incluyendo la revisión y aprobación de instituciones de suma importancia tales como el
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, Ministerio de Salud, Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados, Instituto Costarricense de Electricidad, Benemérito Cuerpo de
Bomberos, Secretaría Técnica Nacional Ambiental, Ministerio de Ambiente y Energía, entre otros.
Sin más por el momento, se despide,
HENRY BRYAN Firmado digitalmente
por HENRY BRYAN
MADRIGAL saaoricat caLvo
CALVO Fechar20210129
(FIRMA) Misvaeasos
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano
CC.: Archivo
Lic. Manuel Hernández Rivera — Alcalde, Municipalidad de Pococí
Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: http: /Avww.munipococi.go.cr
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0214
PAGINA N*42 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
|
Comentario por parte del Sr. Pdte. Juan Luis Gómez.
Antes habíamos visto un documento donde hay una solicitud para el visado de la primera
etapa frente a calle pública y que eso lo trasladamos y la idea es que tenemos que
entender que si una persona invierte en desarrollar este cantón no podemos pretender
pedirle todo de un solo golpe, entonces, cuando se aprueben los visados de la primera
parte esto le va a permitir al fraccionador, recaudar algún dinero que le permita respiro
para seguir invirtiendo en la calle que es la que continúa.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conoce y nos acogemos al criterio Técnico del
Ing. Henry Madrigal Calvo con el entendido que él asume sus responsabilidades y
que se le informe al señor Andrés Granados Solano.
ACUERDO N* 161
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Ing. Henry Madrigal Calvo, departamento
de Desarrollo y Control Urbano, teléfono 2713-6560, correo
controlurbanopocociOM)yahoo.com, dice:
Oficio: DDCU-017-2021
Asunto: Solicitud de autorización a la alcaldía, regularización de área pública en
fraccionamiento La Esmeralda, 300 mts norte del Colegio Exp. Bilingúe, Guápiles.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*43 ACTA N*09 Ordinaria.
Miércoles 03 de febrero del 2021
OFICIO: DDCU-017-2021
Srs(as).
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN A LA ALCALDÍA / REGULARIZACIÓN DE ÁREA PÚBLICA
FRACCIONAMIENTO LA ESMERALDA / 300 M OESTE Y 423 M NORTE DEL COLEGIO EXP. BILINGUE, GUÁPILES
Estimados(as) señores(as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad de dar
seguimiento a lo requerido por parte del Departamento de Desarrollo y Control Urbano, para lo cual se
solicita autorización para inscribir en cabeza propia, 3 terrenos a favor de la Municipalidad de Pococí,
como áreas de uso público, los cuales se desprenden del fraccionamiento municipal denominado como
La Esmeralda, ubicado 300 metros oeste y 423 metros norte del Colegio Experimental Bilingúe, distrito
Guápiles.
Como parte del proceso de regularización de proyectos, se solicita autorización para la titulación
de los siguientes terrenos descritos a continuación:
Tabla 1.- Terrenos a inscribir como área pública
Parte de
Plano Catastro Folio Real Área (m?) Naturaleza
L-595554-1999 7073052-000 239.34 Área Comunal
L-595704-1999 7073052-000 257.98 Área Comunal
L-595718-1999 7073052-000 257.98 Área comunal
Fuente: Desarrollo y Control Urbano
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00216
PAGINA N*44 ACTA N'09 Ordinaria. 04-02-2021
z
MUNICIPALIDAD DE POCOCI so PA Teléfono: 2713 6560
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO y E 5 Fax: 2713 7181
Correo electrónico: controlurbanopocociA yahoo.com De web: munipococi.go.cr
Por lo tanto, se solicita la recepción de los terrenos citados, así como la autorización al
Alcalde en ejercicio, por parte del Concejo Municipal, para que comparezca ante notario público
para la inscripción, a favor del Municipio, de las tres áreas públicas descritas anteriormente y
ubicadas en el sector de Barrio La Esmeralda, distrito Guápiles, Pococí; lo anterior en cumplimiento
con lo establecido en el Artículo N*40 de la Ley de Planificación Urbana.
Sin más por el momento, se despide,
HENRY Firmado
digitalmente por
BRYAN HENRY BRYAN
MADRIGAL — MADRIGAL
CALVO (FIRMA)
CALVO Fecha: 2021.02.03
(FIRMA) 16:12:35-06'00'
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano
CC.: Archivo
Por Mayoría de 8 votos a Favor, 1 en contra SE ACUERDA: Se reciben los terrenos
citados y se autoriza al señor Alcalde en ejercicio comparecer ante notario público
para la inscripción a favor del Municipio de las tres áreas públicas descritas
anteriormente y ubicadas en el sector de Barrio La Esmeralda, distrito de Guápiles
Pococí. Reg. Reinaldo Benavides vota en contra. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 162
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Ing. Henry Madrigal Calvo, departamento
de Desarrollo y Control Urbano, teléfono 2713-6560, correo
controlurbanopocociMyahoo.com, dice:
Oficio: DDCU-018-2021
Asunto: Solicitud de autorización a la alcaldía, regularización de área pública
Cementerio de Guápiles, 600 mts al oeste de la Iglesia Católica, Guápiles.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00217
PAGINA N*%45 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02 2024
Teléfono: 2713 ll.
Fax: 2713 7181
web: munipococi.go.cr
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
Correo electrónico: controlurbanopococid yahoo.com
Miércoles 03 de febrero del 2021
OFICIO: DDCU-018-2021
Srs(as).
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN A LA ALCALDÍA / REGULARIZACIÓN DE ÁREA PÚBLICA
CEMENTERIO DE GUÁPILES, 600 METROS AL OESTE DE LA IGLESIA CATÓLICA, DISTRITO GUÁPILES
Estimados(as) señores(as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad de dar
seguimiento a lo requerido por parte del Departamento de Desarrollo y Control Urbano, mismo que
solicita autorización para inscribir un terreno a favor de la Municipalidad de Pococí, como área de uso
público y destinado actualmente como Cementerio de Guápiles y ubicado 600 metros oeste de la
Iglesia Católica, distrito Guápiles.
Como parte del proceso de regularización e inscripción de terrenos municipales, se solicita
proceder con el terreno que se describe a continuación:
Tabla 1.- Terrenos a donar como área pública
Parte de Área
Plano Catastro Folio Real (m2) Naturaleza
703967-001 s
L-2242811-2020 703967-005 14205.00 Cementerio
Fuente: Desarrollo y Control Urbano
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00218
PAGINA N*46 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02:2021
'
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ a E Teléfono: 2713 6560
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Y, De Fax: 2713 7181
Ln
Correo electrónico: controlurbanopococid yahoo.com web: munipococi.go.cr
Por lo tanto, se solicita la recepción del terreno citado, así como la autorización al Alcalde
en ejercicio, por parte del Concejo Municipal, para que comparezca ante notario público para la
inscripción, a favor del Municipio, del área pública descrita anteriormente (Cementerio _de
Guápiles), ubicada en Guápiles centro, Pococí.
Sin más por el momento, se despide,
HENRY Firmado
digitalmente por
BRYAN HENRY BRYAN
MADRIGAL — MADRIGAL CALVO
(FIRMA)
CALVO Fecha: 2021,02.03
(FIRMA) 16:20:05 -06'00'
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano
CC.: Archivo
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se recibe el terreno citado y se autoriza al señor
Alcalde en ejercicio a comparecer ante notario público para la inscripción a favor
del Municipio del área pública descrita anteriormente y ubicada en el sector
cementerio de Guápiles en Guápiles Centro. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 163
Se conoce correo para este Concejo suscrita por el señor José Luis Soto Jiménez,
Secretario de la Comisión de Asuntos Sociales, correo electrónico:
ofimmpocociWgmail.com, dice:
Asunto: Reglamento Otorgamiento de Becas ciudadanos del cantón de Pococí
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0219
PAGINA N*47 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS A CIUDADANOS Y
CIUDADANAS DEL CANT ÓN DE POCOCÍ, DE CONFORMIDAD CON EL
ARTÍCULO 62 DEL CODIGO MUNICIPAL
Artículo 1. La Municipalidad otorgará becas anuales entregadas mensualmente a estudiantes
de escasos recursos económicos, consistentes en dinero. El estudio, reconocimiento y la
definición del monto a asignar por mes a cada beneficiario será realizado por la Comisión de
Asuntos Sociales mediante la valoración técnica del Departamento de Bienestar Social,
Familia y Mujer, la cual emitirá un dictamen con el listado de becados al Concejo Municipal
para su aprobación/modificación o improbación, requiriendo para esos efectos una votación
de mayoría simple.
Artículo 2. Las becas adjudicadas serán para realizar estudios en el país con una cobertura
máxima del 100% o fuera del país con un máximo de 20%, y será exclusivamente para
estudiantes de secundaria del sistema de educación pública, estudios universitarios de
bachillerato y licenciatura, del sistema público y/o privado, así como órganos o entes públicos
que brinden diferentes programas de educación, como por ejemplo cultura y deporte. El
monto girado será usado para cubrir todo gasto relacionado con los costos por concepto de
estudio (matriculas, pago de materias, transporte, compra de libros, fotocopias, compra de
instrumentos relacionados a la carrera o programa de estudio, entre otros).
Artículo 3. La Comisión de Asuntos Sociales cada año asignará según el presupuesto
municipal la cantidad de becas a cada distrito del cantón a fin de que sean los Concejos de
Distrito quienes hagan la recomendación de los posibles beneficiarios según consta en el
articulo 57 inciso a) del Código Municipal. Los Concejos de Distrito una vez tengan los
formularios y los documentos correspondientes completos, deberán llevarlos a la Unidad de
Bienestar Social, Familia y Mujer a fin de que este departamento abra un expediente por
distrito para que la Comisión de Asuntos Sociales analice, apruebe o impruebe las becas; sin
perjuicio de la posterior decisión del Concejo Municipal.
Artículo 4. La cantidad de becas municipales distribuye un 20% del total al distrito de
Colorado (mayor limitación de acceso al sistema de educación superior, menor porcentaje de
desarrollo social), el 80% se asigna de forma igualitaria entre los seis distritos restantes. Si
algún o algunos de los Concejos de Distrito no presentarán su listado, o no aportan la totalidad
de la misma, la cantidad asignada para ellos se distribuirá en los distritos que si hallan
presentado un listado de interesados.
Artículo 5. Los Concejos de Distrito crearan una Subcomisión de Becas, dicha subcomisión
deberá contar con la participación de un miembro de la Junta Directiva de las distintas
Asociaciones de Desarrollo con presencia en el distrito, la cual sesionará cuando sea
necesario a fin de cumplir con la recepción de los documentos y la entrega de estos a la
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00220
PAGINA N*48 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Unidad de Bienestar Social, Familia y Mujer, ajustado a la calendarización establecida en el
artículo 26 del presente Reglamento.
Artículo 6. En caso de que un Concejo de Distrito no proceda a levantar el listado según la
calendarización oficial prevista en este reglamento, el interesado podrá en la semana tres del
mes de enero, apersonarse a la Unidad de Bienestar Social, Familia y Mujer y presentar la
documentación, para ello deberá demostrar que dicho Concejo de Distrito no ha cumplido
con el levantamiento de la lista.
Artículo 7. El monto por concepto de beca se distribuye de la siguiente manera: estudiantes
de secundaria (40,000.00 mensuales, estudiantes de programas educativos y culturales
(60,000.00 mensuales, estudiantes universitarios /' 100,000.00 mensuales.
Artículo 8. Podrán solicitar una beca de estudio los estudiantes que cumplan los siguientes
requisitos:
a) Ser vecino del cantón de Pococí, con previa constancia por parte de la Asociación de
Desarrollo o de la Junta Administrativa del Colegio, o bien, extendida por la
Subcomisión de Becas del Concejo de Distrito, de la comunidad donde reside.
b) Contar con un mínimo de dos años de residencia en el cantón, para ello, se indicará
en la constancia solicitada en el inciso a.
c) Ser estudiante activo de secundaria del sistema educativo público costarricense.
d) Ser estudiante activo de la educación superior tanto del sistema público como
privado, deberá contar previamente con el proceso de matrícula.
e) En el caso de estudiante universitarios, quienes no hayan cursado previamente una
carrera.
f) En caso de ser un programa público de cultura o deporte, tener la aprobación del
encargado del programa en el cantón y ser menor de 18 años.
£g) Pertenecer a una familia de escasos recursos económicos, para lo cual se realizará un
estudio socioeconómico. Se considerará estudios previos realizados por el Instituto
Mixto de Ayuda Social y sus clasificaciones de pobreza, siendo prioridad los niveles
de pobreza extrema, básica y no extrema, según el orden citado.
h) Poseer un promedio académico anual o cuatrimestral, no inferior a 85% y en la nota
de conducta no inferior al 90%, salvo estudiantes en condiciones académicas
especiales. Asimismo, en caso de pertenecer a un programa público de cultura o
deporte, aportar un escrito del encargado del programa del cantón, donde haga
constar que el estudiante es de buena conducta y cumple con los objetivos del
programa respectivo, salvo que sea estudiante de primer ingreso.
1) No ser beneficiario de otra beca académica.
j) Todo estudiante que hay sido becado por la Municipalidad, tiene derecho a la
renovación de la misma el año siguiente, siempre y cuando cumpla con todos los
requisitos y deberes estipulados en este reglamento.
Artículo 9. Los formularios de la obtención de becas se entregarán en el lugar que establezca
cada Concejo de Distrito.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
00221
ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Artículo 1:
establezca
acredita al
0. El solicitante deberá entregar el formulario y sus requisitos en el lugar o
cada Concejo de Distrito. La sola presentación de la solicitud y los requisitos n:
solicitante como beneficiario.
Artículo 11. En el formulario de solicitud de beca deberá incluir la siguiente información:
a) Nor
mbre del estudiante.
b) Lugar de residencia.
c) Edad.
d) Becas o subsidios recibidos.
e) Número de teléfono y correo electrónico donde puede ser contactado.
f) Institución educativa donde cursa sus estudios.
£) Nivel académico o nombre del programa de cultura o deporte en el que se encuentre,
según sea el caso.
h) Nombre, ocupación, lugar de trabajo, escolaridad y edad del padre o encargado.
1) Nombre, ocupación, lugar de trabajo, escolaridad y edad de la madre o encargada.
3) Personas que viven en el hogar.
k) Situación de la vivienda.
1) Indicar si es beneficiario de alguna beca.
Si se omite alguna de la información solicitada, deberá estar bien justificado el motivo
porel e
en todo
ual se incumplió el requisito, caso contrario no se admitirá la solicitud en general,
caso, la justificación quedará a valoración por la Comisión de Asuntos Sociales
del Concejo Municipal.
Artículo 12. Documentos que se deben adjuntar al formulario:
a)
b)
e)
d)
y)
19)
Fotocopia de la constancia de nacimiento.
Dos fotos de tamaño pasaporte del solicitante.
Fotocopias de las ordenes patronales de la madre, padre o encargado.
Constancia de salarios o declaración jurada de ingresos de las personas que viven
y trabajan en la casa.
Constancia extendida por la CCSS en caso de ser los padres o encargados
pensionados.
Original y copia del último recibo del alquiler (si alquila).
Original y copia del último recibo de agua, luz o teléfono de la vivienda donde
habita.
Original y copia de la nota por ambos lados del último año cursado.
En el caso de estudiante universitario, certificación de que se encuentra
matriculado.
Dos referencias de miembros de la comunidad sobre el buen trato y moral del
solicitante, en el caso de estudiante universitario.
Aportar cuenta IBAN del beneficiario siempre que sea mayor de edad, en caso de
personas menores de edad, la cuenta IBAN será la del padre, madre o persona
encargada.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00222
PAGINA N*50 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02- 1
|
1) En caso de un programa de cultura y deporte, traer un escrito de aprobación del
encargado del programa en el cantón, en caso de estar estudiando en dicho
programa, incluir en el escrito la mención sobre la conducta y desempeño del
estudiante en cuanto al cumplimiento de los objetivos de estudio.
Si se omite alguna de la información solicitada, deberá estar bien justificado el motivo
por el cual se incumplió el requisito, caso contrario no se admitirá la solicitud en
general, en todo caso, la justificación quedará a valoración por la Comisión de
Asuntos Sociales del Concejo Municipal.
Artículo 13. La información que se da en la fórmula respectiva deberá ser fidedigna. Si se
comprueba lo contrario automáticamente se desechará la solicitud, la Comisión de Asuntos
Sociales estará en plena autoridad para verificar la información cuando así lo considere.
Artículo 14. Los criterios de calificación y asignación para las solicitudes se establecen
respectando el siguiente orden de prioridades:
a) Ingreso familiar.
b) Nivel de pobreza según medición del Instituto Mixto de Ayuda Social.
c) Promedio académico.
d) Cuando se trate de un hogar de un solo encargado este privará sobre un núcleo
familiar completo.
e) Cuando se trate de una persona con discapacidad, este privará sobre otras solicitudes.
f) Si dentro del núcleo familiar algún otro miembro distinto al solicitante ya goza de
beca municipal, queda a criterio de la Comisión de Asuntos Sociales otorgar otra beca
con base al estudio socioeconómico del respectivo múcleo familiar y recomendación
del departamento de orientación o vida estudiantil del centro educativo
correspondiente.
Artículo 15. Los padres o encargados del estudiante becado se comprometen a:
a) Asistir a las reuniones de padres citadas con antelación por la institución educativa
correspondiente.
b) Hacer buen uso de la beca que le es transferida, esto cuando el beneficiario sea menor
de 18 años, atendiendo con el recurso económico, todas las necesidades que surgen
por concepto de estudio.
c) Que el estudiante asista puntualmente a las lecciones en la institución educativa donde
este matriculado.
d) Mostrar junto a su hijo (a) o representado (a) una conducta ejemplar, dentro y fuera
de la institución a la que asiste.
e) Participar en procesos formativos que la Municipalidad disponga, en casos en que la
figura paternal no asuma responsabilidad sobre el beneficiario, este deberá extender
una justificación que será conocida y analizada por la Comisión de Asuntos Sociales.
Artículo 16. El estudiante que goce de beneficio de beca deberá entregar a la Unidad de
Bienestar Social, Familia y Mujer, bimestral, trimestral o semestralmente, de acuerdo con la
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0223
PAGINA N>51 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
institución correspondiente en la que estudie, una certificación o constancia emitida por|[el
departamento de Orientación o Registro de cada institución, o carta del encargado del
programa educativo (cultura, deporte, entre otros) del cantón, donde haga constar la buena
conducta y cumplimiento de los fines del programa de estudio.
Artículo 17. La Unidad de Bienestar Social, Familia y Mujer deberá hacer un expediente por
centro educativo, en el cual se archivará las certificaciones o constancias emitidas para cada
uno de los estudiantes becados.
Artículo 18. La Unidad de Bienestar Social, Familia y Mujer periódicamente deberá enviar
para conocimiento de la Comisión de Asuntos Sociales el listado de los estudiantes que por
bajo rendimiento académico perdieron el derecho a la beca por el resto del año. Este informe
deberá ser enviado según el periodo de entrega de notas de cada centro educativo (trimestre,
bimestre, semestre y otros). Además, deberá mantener el listado en custodia por el resto del
año.
Artículo 19. La Comisión de Asuntos Sociales podrá enviar dictamen al Concejo Municipal
para que se autorice a la Tesorería Municipal retener el monto de la beca por el resto del año
y mantener el listado de estudiantes que han perdido el derecho a la beca por bajo rendimiento
académico en una o dos materias únicamente, para que luego se les entregue en forma
retroactiva al finalizar el curso lectivo como reconocimiento al esfuerzo, siempre y cuando
haya ganado el curso lectivo sin tener que ir a presentar ninguna materia, previa presentación
de una certificación o copia de la nota del centro educativo correspondiente, antes del 20 de
diciembre de cada año.
Artículo 20. La Tesorería Municipal, no emitirá el primer pago sin haber recibido el listado
general y la autorización de la Comisión de Asuntos Sociales, avalada por el Concejo
Municipal, en la cual se comunica que el estudiante a completado su documentación y se le
ha asignado la beca por ese año.
Artículo 21. La Tesorería Municipal en atención al listado recibido de becados y sus
encargados (padre, madre o representante), girará a nombre de estos la primera semana de
cada mes, mediante transferencia a cuenta IBAN. En casos de becas universitarias, realizará
transferencia directa a la cuenta IBAN del beneficiario.
Artículo 22. Por cada solicitud de beca municipal la Unidad de Bienestar Social, Familia y
Mujer abrirá un expediente en donde constará todos los documentos aportados por el
interesado. Tanto el Concejo de Distrito como la Comisión de Asuntos Sociales no darán
tramite a aquellas solicitudes que sean entregadas de forma incompleta o carente de
documentos.
Artículo 23. Una vez acordada la aprobación de la lista de los becados por el Concejo
Municipal, la Unidad de Bienestar Social, Familia y Mujer comunicará a cada institución
educativa la nómina de becados con su respectivo duplicado para ser devuelta como recibido
por el departamento de orientación o registro, según sea el caso.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*52 ACTA N?09 Ordinaria. 04-02-2021
Artículo 24. Pasados tres meses si el encargado o beneficiado no hace buen uso del m
transferido para la cancelación de los costos derivados de los procesos educativos, piérde
automáticamente el derecho de continuar disfrutando este beneficio, siempre y cuando se
compruebe que se le ha notificado.
Artículo 25. Se autoriza a la Comisión de Asuntos Sociales a solicitar al Concejo Municipal,
siempre y cuando medie una acción o inacción atribuible a la Gobierno Local, a pagar becas
previamente otorgadas en forma retroactiva en la medida de las posibilidades del Presupuesto
Municipal.
Artículo 26. Para la ejecución de este Reglamento se establece la siguiente calendarización.
La Comisión de Asuntos Sociales entregará las formulas de becas a cada Concejo de Distrito
el segundo lunes del mes de diciembre de cada año y estarán a disposición de los estudiantes
al día siguiente, la fecha máxima para la recepción de solicitudes y documentación por parte
del Concejo de Distrito será el segundo lunes de enero del año siguiente; para que a más
tardar el lunes siguiente, el Concejo de Distrito entregue la propuesta respectiva a la
Comisión de Asuntos Sociales, quienes a su vez rendirán el dictamen en el última sesión del
mes de febrero o primera de marzo del Concejo Municipal para que este órgano colegiado
adopte el acuerdo correspondiente. La Tesorería Municipal pondrá a disposición de los
adjudicados el beneficio de beca otorgada a mas tardar en la primera semana de cada mes.
Artículo 27. Perderá su condición de becario, aquel beneficiario que:
a) Cometiere actos que perjudiquen el prestigio o la buena marcha de la comunidad o
del centro educativo en el que estudie.
b) Debidamente comprobados, recibiere otra beca de otros organismos, sean públicos o
privados.
c) Incumpliere cualquiera de los numerales de los artículos 8 y 15 de este reglamento.
d) Haga uso indebido del dinero girado por concepto de beca.
e) Afecte la buena imagen de la Municipalidad.
f) Cometiere actos en contra de la integridad física, intelectual o emocional de los
municipes.
Artículo 28. La Comisión de Asuntos Sociales es la competente para retirar la beca, previa
comprobación de actos cometidos por el beneficiario que ameriten tal sanción, con la
posterior aprobación del Concejo Municipal.
Artículo 29. Las becas a funcionarios y funcionarias municipales se regirán por una
normativa especial, ajena al presente reglamento.
Artículo 30. Previa declaratoria de interés cultural o deportivo para el cantón mediante
acuerdo motivado del Concejo Municipal, siempre y cuando exista contenido presupuestario
para ello, ese órgano colegiado podrá colaborar con personas privadas del cantón que
representen al país a nivel internacional, en actividades de indole cultural o deportiva. Dicha
ayuda no será superior a tres salarios base.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNIC IPALIDAD DE POCOCI 00225
PAGINA N*53 CTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Capítulo II
Disposiciones finales
Artículo 31. La Administración Municipal deberá de dotar del respectivo contenido
económico para el cumplimiento de este Reglamento, consecuentemente, será improcedente
toda gestión en el que no haya contenido presupuestario para respaldarlo.
Artículo 32. Las solicitudes de becas, e inclusive los estudios correspondientes, por sí solos
no crean derechos ni expectativas, si no cuentan con las autorizaciones explícitas que otorgan
los beneficios, además bajo ninguna circunstancia opera el silencio positivo en lo regulado
por el presente reglamento.
Artículo 33. Para la aplicación de las sanciones dispuestas en el presente Reglamento, deberá
seguirse un procedimiento sumario respetando el Derecho de Defensa de las partes
involucradas. Ninguna de las sanciones contenidas en este reglamento podrá superar los tres
años.
Artículo 34. Este Reglamento deroga por completo a los anteriores y a las disposiciones que
se le opongan.
Artículo 35, Este Reglamento regirá a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Participan de la palabra:
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Compañeros, por el bien de las personas humiles les pido que este documento sea
aprobado para el otorgamiento de becas de los ciudadanos de nuestro cantón.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla.
Le di una mirada a ese reglamento y no se menciona a la Comisión de Becas, me parece
que va a ser la Comisión de Sociales quien maneje esto, me gustaría me aclararan ese
punto solamente, gracias.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Don Rosbill yo estuve en la participación de este documento, muchas gracias por su
participación, es un documento que se hizo con el mejor cariño y verdaderamente duramos
gran rato trabajando en el Centro Cívico, fue una jornada larga.
Quiero felicitar a Yaslyn porque ella preside esta comisión y nos abocamos a hacer un
gran trabajo. Aquí toma en cuenta muchos factores, muchas veces nosotros como
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNIC IFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*54 A N*09 Ordinaria. 04-02-202
Concejo, queremos hacer todo y verdaderamente un estudiante que me lo refi
Aurora de San Gerardo, del Jobo, de Colorado o Tortuguero, difícilmente un
conocer, entonces, en este sentido se trabajó para que, autoridades del sitio puedan
recomendar e incluso, en este reglamento creo que se está hablando como el distrito de
Colorado es el más rezagado, se les garantiza el 20% del total de las becas en caso que
sea necesario.
Este documento fue realizado con amor y mucho cariño, por lo tanto, lo voy a someter a
votación.
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Ese documento lo vimos la semana pasada, y lo mandamos a análisis para que el
departamento legal le diera una última revisión, me gustaría saber si ya viene con el
análisis de legales.
Licda. Magally Venegas Vargas -— Secretaria Municipal de Pococí
Lo que se acordó fue, porque ya se había dicho que venia con el visto bueno de la parte
del departamentos de Legales, se acordó fue enviarlo a todos los miembros del Concejo
Municipal para su análisis y discusión para someterlo a votación hoy, así es como lo
estamos haciendo. Al departamento de Legales no se envió porque ya venia con el visto
bueno.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Magally acaba de expresar, queda claro la solicitud suya, si viene con el criterio jurídico,
nada más que lo habíamos enviado a eso para que hoy se aprobara.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla.
También quiero felicitar a todos los que trabajaron en ese reglamento, lo bueno se
aprende, estoy aprendiendo. Felicito a todos, sin excepción, a los que trabajaron en la
confección de ese reglamento, pero que quede claro que la Comisión de Becas no tiene
ninguna participación. Que se consigne en actas mis palabras.
Reg. Reinaldo Benavides.
Sí, así quedó, que se le enviaba a todo el Concejo, para que opináramos si se requerían
algún cambio. Lo otro es que la Comisión de Becas se refiere a recursos municipales y
esto es un convenio con una institución privada.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0022
PAGINA N*55 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
La consulta es ¿Dónde se envía la solicitud? ¿Si a la comisión de becas o a la|comisión
de asuntos sociales?
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Voy a explicar brevemente, aquí se están empoderando las Comisiones de Distritos que
son los que aportaran las listas para estas becas, también estará participando la Comisión
de Asuntos Sociales en su turno. Los Concejos de Distritos nombraran una subcomisión
de becas y así tiene que ser, nuestros síndicos y Concejos de Distritos tienen que ser
protagonistas en su actuar.
El Concejo de Distrito procederá a levantar una lista, según la calendarización oficial
prevista por el reglamento. El monto por concepto de beca se distribuye de la siguiente
manera: estudiantes de secundaria (40.000 (cuarenta mil colones mensuales),
estudiantes de programas educativos y culturales (60.000 (sesenta mil colones
mensuales) y estudiantes universitarios / 100.000 (cien mil colones mensuales). Podrán
solicitar beca de estudiantes las personas que cumplan los siguientes requisitos: ser
vecino (a) del cantón de Pococí, mínimo de 2 años de residir en el cantón, ser estudiantes
activos de la secundario y en el caso de estudiantes universitarios quienes no hayan
cursado previamente la carrera, en el caso de ser un programa público de cultural o de
deporte.
Este documento fue realizado con todo el cariño y el amor, yo lo veo excelente.
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Nada más para aclararles a todos los compañeros a todo el Concejo Municipal y a los
munícipes que nos están viendo, que ese reglamento que se está discutiendo, es un
reglamento que ya existe en el cantón de Pococí. No es un reglamento que estemos
inventando, existe y se le hicieron algunos cambios para lo que es hoy día a día.
Tenemos que reconocer que esta administración y esta Comisión de Sociales donde
ustedes me dieron el honor de presidir, está trabajando duro para devolverles a nuestros
munícipes oportunidades para una mejor calidad de vida y futuro. Los últimos 20 años,
esta municipalidad no le ha dado becas a los munícipes, sin embargo, esta administración
está haciendo el cambio y nos está apoyando, basados en un proyecto impulsado por esta
regidora y apoyado por todos mis compañeros del Concejo Municipal.
Una cosa es el reglamento y otra el convenio, para que no lo mezclen y conozcan la
diferencia. Nosotros vamos a dar becas conforme al presupuesto municipal, si no hay
dinero no hay becas, si hay dinero hay becas. Muchas gracias señor presidente.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNIC IPALIDAD DE POCOCI 0228
PAGINA N*56 CTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba el Reglamento Otorgamiento de/Be
ciudadanos del cantón de Pococí. Se dispensa del trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 164
Se recibe Informe de la Comisión especial municipal de fiscalización y supervisión de
infraestructura pública y desarrollo y control urbano de Pococí, de la reunión N*1 donde
integran al Reg. Randall Torres como miembro y remiten el directorio de la comisión, el
mismo como sigue:
INFORME DE COMISIÓN ESPECIAL MUNICIPAL DE FISCALIZACIÓN Y
SUPERVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA Y DESARROLLO Y CONTROL
URBANO DEL CANTÓN DE POCOCIÍ
REUNIÓN ORDINARIA N*01 DEL 02 DE FEBRERO DEL 2021.
De los asuntos a tratar por la Comisión Especial Municipal de Fiscalización y Supervisión
de Infraestructura Pública y Desarrollo y Control Urbano del Cantón de Pococí en la sala
de sesiones del Concejo municipal y a través de la plataforma digital Zoom, al ser las
quince horas del día 02 de mayo del 2021, se tratará lo siguiente:
Participación
Sra. Yaslyn Morales Grajal Regidora Propietaria
Sr. Juan Luis Gómez Gómez | Regidor Propietario
Sr. Randall Torres Barrientos | Regidor Propietario
Ing. Marcos Carazo Campos Asesor
Dr. Celso Gamboa Sánchez Asesor
Agenda de los puntos a tratar
|. Apertura y presentación de los integrantes de la Comisión.
Il... Alcances y Objetivos de la Comisión.
II... Nombramiento del presidente (a) de la Comisión y el (la) secretario (a) entre los ya
miembros de la Comisión nombrados por la Presidencia del Concejo Municipal.
IV. — Propósito de la sesión municipal del día 03/02/2021 con la Auditoría Interna-
V. Cierre.
Punto |. Apertura y presentación de los integrantes de la Comisión.
Cada uno de los miembros de la Comisión procede a saludar y a presentarse.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00229
PAGINA N*57 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Punto ll. Alcances y Objetivos de la Comisión
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Deseo realizar una reseña, don Randall Torres es licenciado en Contaduría Pública, doña
Yaslyn Morales estudia derecho y se dedica al proyecto de bienes raíces, don Marcos
Carazo es ingeniero civil y de electrónica y don Celso Gamboa, abogado y con gran
experiencia en la función pública, trabajó para el Ministerio de Educación Pública. Don
Carlos Castro es abogado penalista, excelente abogado que le sirve a los munícipes del
cantón de Pococí y con una clientela a nivel nacional. Don Ronald Bogantes es de
profesión topógrafo y este servidor es bachiller en Administración Educativa y jubilado.
Decirles que es un honor contar con esta comisión que es de lujo.
En las redes sociales se ha comentado mucho sobre el nombramiento de don Celso
Gamboa y quiero decirles a todas las personas que nos puedan escuchar que don Celso
ha sido un funcionario de lujo y yo creo en él y le pedí que integrara esta comisión porque
con su experiencia, queremos hacer caminar este cantón.
No es posible que la Municipalidad de Pococí esté secuestrada por cinco departamentos
que no quieren hacer las cosas bien y que les gusta el desorden y en esta línea lo he
hablado con el señor alcalde y le he dicho que, si no se alinea, les voy a demostrar que
aquí hay funcionarios que se les debe de aplicar el debido proceso administrativo y se
deben ir sin responsabilidad laboral, porque no aman ni se comprometen con el trabajo.
Aquí queremos compromiso, dedicación y se justifique el salario que se ganan.
Entre los objetivos de esta Comisión será supervisar la obra pública y controlar el
desarrollo urbano de este cantón. No es posible que los mismos ingenieros que están en
los departamentos sean los que tienen este cantón desordenado, donde la gente de plata
puede construir a la orilla del rio y hacer desarrollos urbanísticos mal hechos, pero el
munícipe humilde y trabajador ese no tiene derecho y voy en la línea que como funcionario
público que trabaje para el Ministerio de Educación Pública y que hoy tengo la honra de
haber sido electo por tercera vez en el Concejo Municipal de Pococí, es mi deber y
compromiso legislar para los munícipes de Pococí y muy especialmente para la gente que
se margina y se maltrata, no es posible que vengan personas de Caño Seco, de Colorado
y que muchas veces porque nuestro personal no se pone la camiseta, estas personas
llegan a perder el día, a gastar el día y aguantar hambre, eso no puede ser.
Punto III. Nombramiento del presidente (a) de la Comisión y el (la) secretario (a) entre
los ya miembros de la Comisión nombrados por la Presidencia del Concejo
Municipal.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*58 ACTA N*09 Ordinaria.
Hay un artículo del Reglamento de Sesiones que indica no presidir más/ de tres
comisiones, creo que me corresponde a mi presidir esta sesión como presidente de la
comisión, ya que tengo únicamente dos comisiones a cargo, ¿qué les parece?
Reg. Randall Torres Barrientos
Estoy de acuerdo porque tengo más de tres presidencias en las comisiones.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Estoy de acuerdo.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Con tres votos asumo la presidencia, quiero proponerla a la Reg. Yaslyn Morales como
secretaria de la comisión. Esta comisión es tan importante que habrá una secretaria del
Concejo dedicada a tiempo completo y usted solo revisará y firmará las actas.
Reg. Randall Torres Barrientos
Estoy de acuerdo.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Está bien señor presidente, estoy de acuerdo.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Con tres votos se nombra la regidora Yaslyn Morales como secretaria y como suplente de
presidencia y secretaria, en caso de que falle alguno queda don Randall Torres Barrientos.
Nota de secretaría: El directorio de la Comisión Especial Municipal de Fiscalización y
Supervisión de Infraestructura Pública y Desarrollo y Control Urbano del Cantón de Pococí
queda integrada de la siguiente manera:
Presidente: Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Secretaria: Reg Yaslyn Morales Grajal
Suplente de Presidencia y Secretaría: Reg. Randall Torres Barrientos.
Punto IV. IV.Propósito de la sesión municipal del día 03/02/2021 con la Auditoría
Interna.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*59 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02
Mañana miércoles 03 de febrero a las 6 p.m estamos convocando a la Auditor
para presentarle y solicitarle, con todo respeto, la investigación de algunos casos que se
han dado en el cantón de Pococí, no quiero adelantar porque cada regidor va a aportar,
yo tengo 8 investigaciones que estoy solicitando, que se trataran mañana con la auditora,
por lo tanto, les agradezco que se puedan conectar a la sesión. Esto manejarlo con cierta
discreción porque cuando hablamos de denuncias, no podemos ventilar hasta que se
haga.
Estas investigaciones que le vamos a solicitar a la señora auditora tendrán en primer
plano, pasarle los informes a la Comisión Especial Municipal de Fiscalización y
Supervisión de Infraestructura Pública y Desarrollo y Control Urbano del Cantón de Pococí,
así que ese es el objetivo de la sesión de mañana.
(El regidor Juan Luis Gómez dirige unas palabras al Ing. Marcos Carazo indicando lo
siguiente): “Vieras como me duele que saber que usted es ingeniero civil y en electrónica
y aquí para instalar una cuestión de cilindro de gas en el CECUDI de Guápiles, se tuvo
que traer un ingeniero de otro lado, eso es simple y sencillamente por el divorcio que hay
entre los funcionarios de ciertos departamentos con nuestra gente, gente que debemos
darles la oportunidad de trabajo y la posibilidad que puedan colaborar con este cantón”.
Ing. Marcos Carazo Campos - Asesor
Saluda, un placer para mí formar parte de esta comisión e importantísimo que podamos
aportar un granito de arena a nuestro cantón y de las cosas importantes que usted
menciona, creo que a los ingenieros de este cantón nos han tenido un poco alejados, ojalá
eso pueda cambiar poco a poco.
Creo que es importante, entre esas cosas que van a pedir mañana, es importante tener
un informe de cada departamento, por ejemplo, de la Unidad Técnica de Gestión Vial, ellos
deben de tener un plan quinquenal y deberíamos tenerlo en nuestras manos, valorar y
revisar mensualmente, si se está trabajando bajo el plan quinquenal, este es un plan que
está escrito en la Ley 8114 y con el cual se debe trabajar.
Para análisis de la comisión, creo que cada departamento de Ingeniería, Desarrollo y
Control Urbano, Obras Civiles, Unidad Técnica de Gestión Vial así como Topografía,
deberíamos de pedirles un informe mensual, si se quiere, del avance conforme al plan que
entregan anualmente, a la alcaldía, estos tienen objetivos, metas y alcances, con el fin de
evaluar el rendimiento de cada departamento, evaluar sus metas, gastos, por ejemplo en
la Unidad Técnica de Gestión Vial evaluar gastos de combustibles, maquinaria, de eso
que no sé quién lleva ese control, nunca lo he logrado ver.
Creo que es importantísimo que nosotros evaluemos el gasto de la Unidad Técnica de
Gestión Vial, en estos momentos no sé el monto que le da la Ley 8114, pero calculo que
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*60 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
puede rondar dos mil millones de colones para una red vial cantonal de este cantón que
es muy grande. También ver las licitaciones que está sacando Obras Civiles y cuáles son
los contratos que se están sacando y a quienes se les está adjudicando, propongo eso de
mi parte para ver si se puede analizar por la comisión y pedirlo en algún momento.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
De hecho, la segunda reunión vamos a tratar de hacerla presencial, sé don Marcos que
con su experiencia nos hará un gran aporte, así don Celso Gamboa, Carlos Castro y don
Ronald Bogantes, como asesores, ustedes son profesionales que tienen experiencia y
conocen este cantón. No vamos a maltratar a nadie, pero si lo vamos a caminar. No es
posible que tengamos en Topografía, personas psicológicamente agredidas por daños que
se les han hecho, necesitamos que este cantón camine y la única forma es con la ayuda
de ustedes.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Desde el inicio de esta gestión, nosotros vimos un proyecto que lo vimos en Comisión de
Jurídicos que era la compra de una tanqueta. El Lic Celso Gamboa tal vez nos pueda
orientar un poco, pero se hizo la compra de una tanqueta usada y el costo fue de casi 30
millones de colones y la tanqueta estuvo más mala que buena. Fue comprada en Turrialba.
Hoy esa tanqueta está en el plantel sin uso, lo que me preocupa es cómo una
Municipalidad puede comprar esta tanqueta usada (de segunda mano), creo que es un
muy buen punto para que investiguemos y que la auditoria se pronuncie. Lo más critico de
este proyecto es que el expediente se perdió, cuando yo fui donde la Auditora, lo único
que tenemos es lo que está en la secretaría, ya que ella dice que el expediente se extravió
de los archivos municipales, creo que es un daño a la Hacienda Pública por 30 millones
de colones, eso es mucho dinero.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Muy bien Yaslyn, ojalá fueran 30 millones de colones, pero creo que fueron 60, vamos a
ver eso. De hecho, hoy, el camión que se compró para un fin está jalando alcantarillas
porque así lo condicionaron.
Reg. Randall Torres Barrientos
Me preocupa el tema de la proveeduría, están pasando muchas cosas presuntamente
irregulares, no se están haciendo bien los procesos, si me gustaría que entremos un poco
a ver eso último que pasó a diciembre, que fue nombramientos de familiares,
presuntamente. Si lográramos sanear, por ejemplo, la proveeduría y que lográramos que
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*61 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02+2021
todos los procesos sean transparentes, podríamos mejorar en muchos aspaltos exta
municipalidad. Los aportes en transportes en tiempos de pandemia creo que ese es otro
tema, creo que deberíamos definir cuál va a ser el alcance, porque tampoco lo vamos a
poder hacer todo, sí deberíamos definir los más grandes para poder hacer el plan de
acción de cómo lo vamos a atacar, cuál va a ser la estrategia y la dirección jurídica que va
a tener cada caso.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
De hecho, eso vamos a hacerlo por escrito mañana en la sesión con la auditora.
Entre otras cosas vamos a investigar la donación que hizo el Sindicato de 90 millones de
colones para pagar la indemnización de Willy que nos tiene una denuncia en el
Contencioso Administrativo por haber sido desalojado del Bar Restaurante Risas. El pago
indebido del Salario Escolar, no para que los trabajadores tengan que responder por eso,
pero por los menos los altos mandos que se agacharon en esa oportunidad con el Salario
Escolar. El supuesto pago a la señorita Nury quien se nombró Asistente de Elibeth
Venegas, utilizando la plaza de Zona Marítimo Terrestre (mayo 2016-mayo 2020). La
compra del Camión de Agua que apuntaba don Randall, que es tontera seguirlo
recalcando. La supuesta duplicación de un sello de agua por un funcionario del
departamento de Desarrollo y Control Urbano a un funcionario del departamento de
Topografía. La devolución de Área Pública del Fraccionamiento realizado en vida por el
señor Claudio Carranza Molina, período 2006-2010 y se le devolvió parte de esa área
pública a su hijo que lleva el mismo nombre y apellidos. La solicitud por este servidor de
hace tres años sobre la pérdida de materiales de Palmitas, La Carlota, San Isidro y
Paraíso, no se dio un informe de auditoría. Proyecto de relastreo de Cuatro Esquinas-
Ceibo, que también se perdió y se pagó. Contrataciones realizadas por CAPROBA donde
la Municipalidad de Pococí invirtió más de 300 millones de colones en contratación de
personal y asesorías y que la Municipalidad de Pococí no obtuvo ningún beneficio en el
período 01 de mayo 2016 al 01 de mayo 2020, hoy nos damos cuenta de que don Johnny
se fue de CAPROBA porque al irse la municipalidad, el salario se le bajo y tenía que buscar
la salida.
Así que, compañeros ese va será mi aporte y el que quiera hacer los aportes, lo podrán
hacer mañana en la sesión para que la señora auditora procesa con las investigaciones.
Reg. Randall Torres Barrientos
Me gustaría escuchar a don Celso con base a lo que nosotros hemos hablado y de lo que
está aparentemente regular, cuál será la estrategia que deberíamos seguir, no sé si podrá
ayudarnos.
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/
Dr. Celso Gamboa Sánchez — Asesor
Con solo escucharlo a usted, son situaciones altamente graves y delicadas que deben ser
investigadas hasta el final. Me parece que es importante que cualquier hallazgo que
podamos notar. Soy abogado y auditor forense, tengo una condición parecida, pero sí
cualquier hallazgo que pueda ser evidencia, creo que hay otro colega que es abogado,
que pueda ser acreditado como sospechoso y pueda ser un hecho delictivo, trasladarlo
inmediatamente a la Fiscalía de Pococí para que se procedan a realizar las investigaciones
y por supuesto, nosotros preservar los elementos de pruebas que permitan la recolección
de estos para acreditar responsabilidades si es que existen, lo fundamental no es
solamente la denuncia, si no acreditar con un asidero probatorio importante que existen
elementos de prueba para que las personas que supuestamente deben de responder por
estas situaciones, den cuentas a la justicia o a los tribunales civiles o administrativos,
donde correspondan.
Me parece que es muy importante esta Comisión de Fiscalización al efecto para que se
pueda dar de la mejor forma, me adecuare si hay información de conductos a tipos penales
junto con el colega abogado y por supuesto a brindarle la mejor asesoría a esta comisión
y por supuesto, es importante, fiscalizar los presupuestos que se hayan cumplido,
ejecutado y adjudicado o hayan sido entregadas, después de esta reunión preliminar con
la comisión, he escuchado que saltan una serie de hechos que con solo escucharlos, uno
podría adecuarlos a figuras o tipos penales, sí es importante ver que hallazgos tiene la
auditoria si es que está haciendo algo o no está haciendo nada, que también es una
posibilidad y a partir de ahí, iniciar con informes y recomendaciones para que sean
conocidas, ya sea por autoridades municipales o por autoridades judiciales, gracias
presidente.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Vieras que gusto escucharlo don Celso porque nos han criticado gente que no quiere que
esta municipalidad camine. Que lindo saber que usted es auditor forense porque esta
municipalidad requiere de un giro, hablé con el señor alcalde y se le dije que si le
demostraba casos de corrupción quiero que aplique el debido proceso de despido sin
responsabilidad patronal o bien que estas personas se esfuercen.
Quiero que la gente conozca que don Celso no está cobrando un colon, está aportando
conocimiento y experiencia, así como los demás asesores.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Sería bueno que para el jueves 04 de febrero se presente una propuesta para que esta
comisión se reúna para ver los expedientes que vamos a pedir en la sesión municipal con
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la Auditora, como el Código Municipal dice que para poder llamar a un funcionarig se
tomar un acuerdo, que no se nos olvide el jueves.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
El día de mañana vamos a establecer plazos y metas y con eso vamos a hacer un
cronograma de reuniones con la comisión.
Punto V Cierre
Al ser las quince horas con treinta y cinco minutos, el señor presidente procese a cerrar la
sesión de trabajo de la Comisión Especial Municipal de Fiscalización y Supervisión de
Infraestructura Pública y Desarrollo y Control Urbano del Cantón de Pococí
Nota de Secretaría:
ACUERDOS TOMADOS
1. El Señor presidente del Concejo Municipal nombra al Reg. Randall Torres
Barrientos para que integre la Comisión Especial Municipal de Fiscalización y
Supervisión de Infraestructura Pública y Desarrollo y Control Urbano del
Cantón de Pococí e instruye a la Secretaria Municipal a.¡ Ana Madrigal Astorga
para que lo juramente en el mismo acto.
2. Se nombra el directorio de la Comisión y queda integrado de la siguiente
manera: Presidente: Reg. Juan Luis Gómez Gómez y Secretaria: Reg Yaslyn
Morales Grajal, Suplente de Presidencia y Secretaría: Reg. Randall Torres
Barrientos.
nm 2. UL.
Atentamente:
PP
Juán Luis Gómez Reg: Yaslyn Morales Grajal
Pregidente Secretaria
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce.
ACUERDO N* 165
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Síndico José Alexis Chavarría Villarreal,
teléfono 8690-6789, dice:
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Asunto: Informe de Comisión del Sindico José Alexis Chavarría Villaftea
ausencia en la sesión del 21-01-2021
21 de enero del 2021
SEÑORES CONSEJO MUNICIPAL
INFORME DE COMISION
El día jueves 21 de enero, se efectuó la sesión ordinaria, no asistí virtualmente ya
que me encontraba en el proyecto de sistema de drenajes en el campo de
aterrizaje de Cariari
Proyecto que beneficiara a más de 400 personas, mi visita al proyecto era para
finalizar con las personas de la comunidad dicho proyecto y las ventajas que
tendrán
Sin más que agradecer.
José Alexis Chavarría Villareal
Cedula 1-0565-021
Sindico
AA
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conoce.
ACUERDO N* 166
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Mónica Acosta, presidencia ejecutiva
IMAS, teléfono 2202-4218, correo correspondencia.presidencia(QWimas.go.cr, dice:
Oficio: IMAS-PE-0091-2020
Asunto: Remisión de Convenio de colaboración entre el IMAS, la Secretaría Técnica
de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil y la Municipalidad de Pococí, en
relación con el al acuerdo 1325 Acta 55 del 2020.
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PAGINA N*65 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Teléfono (506) 2202-4218//2202-4253
Fax (506) 2253-1549
Correspondencia.presidenciaQimas.go.cr
Apartado postal 6213-1000
Página 1 de 2
28 de enero 2021
IMAS-PE-0091-2020
Señor
Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Municipalidad de Pococí
Señoras
María Gabriela Carvajal Pérez
Asesora Jurídica
Yariela Quirós Álvarez
Directora Ejecutiva
Secretaría Técnica REDCUDI
Raquel Quesada Jimenez
Jofa Área de Bienestar Familiar
Asunto: Remisión de Convenio de Colaboración entre el IMAS, la Secretaría Técnica de la
Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil y la Municipalidad de Pococí para el control,
supervisión y seguimiento del beneficio de Cuidado y Desarrollo Infantil.
Estimado(as) señor(as),
Reciban un cordial saludo de mi parte. Con instrucciones del señor Juan Luis Bermúdez
Madriz, Presidente Ejecutivo del IMAS, adjunto a esta nota me permito remitirle el Convenio
modelo de Colaboración entre el IMAS, la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y
Desarrollo Infantil y la Municipalidad de Pococí para el control, supervisión y seguimiento del
beneficio de Cuidado y Desarrollo Infantil.
Todo patrono debe estar al día con los aportes patronales del IMAS, que benefician a las familias en situación de pobreza.
"Consulta su estado enla página web del IMAS, en la siguiente dirección
Imp 2wwwimas go /sericios live admicistracion tributacia'devdas patronos tn"
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00238
PAGINA N*66 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
/
Teléfono (506) 2202-4218//2202-4253
Fax (506) 2253-1549
Correspondencia.presidenciaQimas.go.cr
Apartado postal 6213-1000
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Como bien recordará la suscripción de este convenio fue autorizada por el Consejo Municipal
de la Municipalidad de Pococí en la sesión N*55 Extraordinaria del 07-08-2020.
En ese sentido, se traslada a la Municipalidad de PococÍ, a la Secretaría Técnica REDCUDI
para su conocimiento; al Área de Bienestar Familiar para su traslado al Área correspondiente,
y a la Asesoría Jurídica la versión final para su debida custodia.
Atentamente,
MONIEA poi por
ACOSTA MÓNICA ACOSTA
VALVERDE — VALVERDE(FIRMA)
(FIRMA) Gaseaaosoo
Mónica Acosta Valverde
Jofa de Despacho
Presidencia Ejecutiva
MAV/cbg
C. Diego Vicente-Arrea, asesor Presidencia Ejecutiva, IMAS (copia informativa)
Archivo
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00239
PAGINA N*67 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
a REDCUDI
| Red Nacional de Cuido
Y ' y Desarrollo Infantil
Convenio modelo de Colaboración suscrito por el Instituto Mixto de Ayuda Social, la
Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil y la Municipalidad de
Pococí para el control, supervisión y seguimiento del beneficio de Cuidado y Desarrollo
Infantil.
Entre nosotros, Juan Luis Bermúdez Madriz, mayor, soltero, Máster en Economía del Desarrollo
y Licenciado en Relaciones Internacionales, cédula número 1-1093-0504, vecino San Rafael de
Heredia, con facultades de Presidente Ejecutivo del Instituto Mixto de Ayuda Social, cédula
jurídica número 4-000-042144-09, con domicilio en San José, calle 29, avenidas 2 y 8, Barrio
Francisco Peralta personería inscrita en la sección de Personas del Registro Nacional tomo dos mil
trece, asiento ochenta y seis mil doscientos trece —uno-uno, denominado en adelante IMAS,
Yariela Franciny Quirós Álvarez, mayor, Licenciada en Trabajo Social, cédula número 1-1137-
0491 en mi condición de Directora Ejecutiva de la Secretaría Técnica de la Red Nacional de
Cuido y Desarrollo Infantil, denominada en adelante ST-Redcudi; y Manuel Hernández Rivera,
cédula número 7-0086-0850 mayor, en mi condición de Alcalde Municipal de la Municipalidad de
Pococí, cédula jurídica número 3-014-042125, tomando en consideración lo siguiente:
Considerando
Primero: Que la Convención sobre los Derechos del Niño (ratificada por Costa Rica mediante la
Ley N* 7184, en 1990), señala en su artículo 3:
“Artículo 3.- En todas las medidas concernientes a los niños, que tomen las
instituciones públicas o privadas de bienestar social, los Tribunales, las autoridades
administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se
atenderá será el interés superior del niño”.
El cuidado y desarrollo infantil forma parte de las acciones que implementa el Gobierno de la
República de Costa Rica, para dar cumplimiento a los compromisos internacionales suscritos por el
país, los cuales buscan la protección de las personas menores de edad y el reconocimiento de sus
Derechos Humanos.
Segundo: Que la Constitución Política de la República de Costa Rica establece:
“Artículo 51: La Familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad,
tiene derecho a la protección especial del Estado. Igualmente tendrán derecho a esa
protección la madre, el niño, el anciano y el enfermo desvalido”.
La protección de las personas menores de edad encuentra asidero jurídico en la normativa de mayor
rango de Costa Rica, constituyéndose en una política de Estado, puesta en ejecución por las
diferentes instituciones que conforman el Gobierno. Es bajo esta política que se identifica la
importancia de fortalecer las acciones vinculadas con el cuidado y desarrollo infantil.
Tercero: Que la Ley N* 4760, que es la Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social
indica en sus artículos 2, 4 y 6 lo siguiente:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ACTA N09 Ordinaria.
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Insituto Mixto de A;
a REDCUDI
Red Nacional de Cuido
Y y Desarrollo Infantil
“Artículo 2.- El IMAS tiene como finalidad resolver el problema de la pobreza
extrema en el país, para lo cual deberá planear, dirigir, ejecutar y controlar un plan
nacional destinado a dicho fin. Para ese objetivo utilizará todos los recursos
humanos y económicos que sean puestos a su servicio por los empresarios
trabajadores del país, instituciones del sector público nacionales o extranjeras,
organizaciones privadas de toda naturaleza, instituciones religiosas y demás grupos
interesados en participar en el Plan Nacional de Lucha contra la Pobreza.” (Lo
resaltado no es del original)
“Artículo 4.- El Instituto Mixto de Ayuda Social tendrá los siguientes fines:
a) Formular y ejecutar una política nacional de promoción social y humana de los
sectores más débiles de la sociedad costarricense;
b) Atenuar, disminuir o eliminar las causas generadoras de la indigencia y sus
efectos;
c) Hacer de los programas de estímulo social un medio para obtener en el
menor plazo posible la incorporación de los grupos humanos marginados de
las actividades económicas y sociales del país;
d) Preparar los sectores indigentes en forma adecuada y rápida para que mejoren
sus posibilidades de desempeñar trabajo remunerado;
e) Atender las necesidades de los grupos sociales o de las personas que deban
ser provistas de medios de subsistencia cuando carezcan de ellos;
f) Procurar la participación de los sectores privados e instituciones públicas,
nacionales y extranjeras, especializadas en estas tareas, en la creación y
desarrollo de toda clase de sistemas y programas destinados a mejorar las
condiciones culturales, sociales y económicas de los grupos afectados por la
pobreza con el máximo de participación de los esfuerzos de estos mismos
grupos; y
g) Coordinar los programas nacionales de los sectores públicos y privados
cuyos fines sean similares a los expresados en esta ley”. (Lo resaltado no es del
original)
Artículo 6.- El IMAS realizará sus actividades y programas con sujeción a los
siguientes principios fundamentales:
a) Promover, elaborar y ejecutar programas dirigidos a obtener la
habilitación o rehabilitación de grupos humanos marginados del desarrollo y
bienestar de la sociedad;
b) Exigir en todos sus programas la capacitación y educación de las personas, el
esfuerzo propio y el trabajo de los mismos sectores beneficiados;
c) Ejecutar los programas a nombre del desarrollo del individuo y del país y la
dignidad del trabajo y la persona;
d) Promover la capacitación de los jóvenes y la protección del niño y del
anciano;
e) Promover la participación en la lucha contra la pobreza, de los sectores
públicos y privados en sus diversas manifestaciones, de las instituciones
públicas, de las organizaciones populares y de otras organizaciones tales como
cooperativas, asociaciones de desarrollo comunal u otras de naturaleza
similar; y
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
El IMAS, como parte de su programa Protección y Promoción Social, cuenta con el beneficio
denominado Cuidado y Desarrollo Infantil, el cual promueve el acceso al servicio que brindan las
Altemativas de Atención, para niños y niñas de cero a los doce años de edad, facilitando
condiciones de protección y desarrollo para las personas menores de edad, mediante el aporte
económico al ingreso familiar para el pago del costo de atención en la alternativa seleccionada por
y 8, reocun!
Instituto Mixto de Ayuda Social
f) Procurar que los programas de lucha contra la pobreza extrema sean
sufragados especialmente con aportes y contribuciones de bienes y servicios de
los diferentes grupos sociales, sectores y comunidades, empresas o personas
más directamente interesadas en cooperar en las actividades del IMAS. (Lo
resaltado no es del original)
la familia.
La finalidad de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil procura el acceso público y universal
para los servicios en materia de cuido y desarrollo infantil, sin embargo, la intervención del IMAS
está circunscrita al otorgamiento del beneficio Cuidado y Desarrollo Infantil a las familias de
personas menores de edad que califiquen de acuerdo con los parámetros establecidos por la
institución.
Cuarto: Que el Código de la Niñez y la Adolescencia, N* 7739, en su artículo 112 tutela el interés
superior de la persona menor de edad, indicando:
Artículo 112.- Interpretación de normas: Al interpretar e integrar las normas
procesales establecidas en este título, la autoridad judicial o administrativa deberá
orientarse al cumplimiento del interés superior del niño y de los demás principios
protectores consagrados en la Constitución Política, la Convención sobre los
Derechos del Niño, los demás tratados internacionales atinentes a la materia, la
normativa consagrada en este Código y el Código Procesal Civil; este último,
cuando no contravenga los principios establecidos en esta ley.
Para la mejor determinación del interés superior del niño, la autoridad deberá
contar con el apoyo y la consulta de un equipo interdisciplinario.
Además de la normativa supra citada, Costa Rica cuenta con una Ley de carácter especial,
que tutela la protección integral de los derechos de las personas menores de edad. El
artículo 112, presupuesta la obligatoriedad de que las autoridades judiciales y
administrativas, velen para que la interpretación de las normas se realice a través de la
óptica del cumplimiento del interés superior de la persona menor de edad, por tanto, la
ejecución del Beneficio Cuidado y Desarrollo Infantil se enmarca en este principio.
Quinto: Que la Ley N? 9220, que es la Ley de Creación de la Red Nacional de Cuido y
Desarrollo Infantil indica en sus artículos 1, 2, 3, 4, 9, 10, 15 y 16 lo siguiente:
Artículo 1.- Creación y finalidad. Se crea la Red Nacional de Cuido y
Desarrollo Infantil (Redcudi), con la finalidad de establecer un sistema de
cuido y desarrollo infantil de acceso público, universal y de financiamiento
solidario que articule las diferentes modalidades de prestación pública y
privada de servicios en materia de cuido y desarrollo infantil, para fortalecer
y ampliar las alternativas de atención infantil integral.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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0242
21
8, ReDCUDI
Instituto Mixto de Ayuda Social
Los servicios de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil deberán entenderse
como complementarios y no sustitutos de los servicios de educación preescolar
prestados directamente por el Ministerio de Educación Pública. (Lo resaltado no es
del original)
Artículo 2.- Objetivos. Los objetivos de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo
Infantil son los siguientes:
a) Garantizar el derecho de todos los niños y las niñas, prioritariamente los de
cero a seis años, a participar en programas de cuido, en procura de su
desarrollo integral, según las distintas necesidades y de conformidad con las
diferentes modalidades de atención que requieran.
b) Promover la corresponsabilidad social en el cuido mediante la participación
de los diversos sectores sociales.
c) Articular los diferentes actores, alternativas y servicios de cuido y
desarrollo infantil.
d) Procurar que los servicios de cuido y desarrollo infantil permitan la inserción
laboral y educativa de los padres y las madres. (Lo resaltado no es del original)
Artículo 3.- Población objetivo. La población objetivo la constituyen,
prioritariamente, todos los niños y las niñas menores de siete años de edad; no
obstante, de acuerdo con las necesidades específicas de las comunidades y
familias atendidas, y la disponibilidad presupuestaria, se podrán incluir niños
y niñas hasta de doce años de edad. (Lo resaltado no es del original)
Artículo 4.- Conformación. La Redcudi está conformada por los diferentes
actores sociales, sean públicos, mixtos o privados, que por mandato legal
ostenten competencia, o por iniciativa privada desarrollen actividades en
material de atención integral, protección y desarrollo infantil.
Los servicios de cuido y desarrollo infantil que forman parte de la Redcudi
serán aquellos prestados directamente por instituciones públicas: los centros
de educación y mutrición y los centros infantiles de atención integral, de la
Dirección Nacional de CEN-Cinai del Ministerio de Salud, y los centros de cuido
y desarrollo infantil gestionados por las municipalidades.
Igualmente, formarán parte de la Redcudi los servicios ofrecidos por medio de
los subsidios de entidades públicas, como el Instituto Mixto de Ayuda Social y
el Patronato Nacional de la Infancia.
Entre las modalidades que combinan lo público y lo privado se encuentran los
hogares comunitarios y los centros de cuido y desarrollo infantil administrados por
organizaciones de bienestar social (OBS), asociaciones de desarrollo, asociaciones
solidaristas, cooperativas o empresas privadas. (Lo resaltado no es del original)
Artículo 9.- Secretaría Técnica. Se crea la Secretaría Técnica de la Redcudi
como instancia técnica responsable de promover la articulación entre los
diferentes actores públicos y privados, las diferentes actividades que
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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PAGINA N*71 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
9, REDCUDI
¿Desarrolo Infant
desarrollan en el país en materia de cuido y desarrollo infantil, así como de
expandir la cobertura de los servicios.
La Secretaría Técnica se constituirá en ejecutora de las actividades que le sean
encomendadas por la Comisión Consultiva, será un órgano de máxima
desconcentración, técnica y funcionalmente especializado, con independencia de
criterio, y personalidad jurídica instrumental y presupuestaria. La Secretaría estará
adscrita al ministerio que ejerza la rectoría del sector social o, en ausencia de este,
al Instituto Mixto de Ayuda Social, el cual incluirá en su presupuesto la partida
correspondiente para atender los gastos operativos, administrativos y de personal
que requiera este órgano para su funcionamiento. (Lo resaltado no es del original)
Artículo 10.- Funciones de la Secretaría Técnica. Además de las señaladas en el
artículo anterior, serán funciones de la Secretaría Técnica de la Redcudi las
siguientes:
a) Proponer y coordinar el desarrollo de nuevas alternativas para la prestación de
servicios de cuido y desarrollo infantil, que sean complementarias y no sustitutas
de los servicios de educación preescolar prestados directamente por el Ministerio
de Educación Pública.
b) Sugerir, a las autoridades públicas, centralizadas y descentralizadas, las políticas
para favorecer el logro de los objetivos de la Redcudi, involucrando a los diferentes
participantes que conforman la red.
c) Participar, dentro del ámbito de su competencia, en los procesos de
capacitación de personal y de acreditación y habilitación de establecimientos y
personal de cuido y desarrollo infantil, directa o indirectamente.
d) Llevar un registro georreferenciado de establecimientos públicos y privados
que prestan servicios de cuido y desarrollo infantil, incluyendo la población
por ellos atendida, y realizar estudios que contrasten la oferta con la demanda
potencial de servicios, para identificar áreas prioritarias de atención.
e) Consolidar un sistema de información sobre las características de la
población beneficiaria de servicios de cuido y desarrollo infantil prestados
directamente por el Estado o con financiamiento estatal.
f) Realizar recomendaciones en materia de infraestructura, aspectos
pedagógicos y otros que mejoren la calidad de los servicios de cuido y
desarrollo infantil.
g) Propiciar estudios de costos de prestación de los servicios de cuido y
desarrollo infantil en las diferentes modalidades, y realizar recomendaciones
para la actualización del monto de los subsidios a las entidades responsables.
h) Impulsar la investigación en las áreas relacionadas con el desarrollo
infantil.
i) Participar, dentro del ámbito de su competencia, en la gestión de los recursos
provenientes de fuentes nacionales e internacionales (fideicomisos y cooperación
técnica, entre otros), para la consolidación y expansión de la Redcudi y, de ser
necesario, actuar como unidad ejecutora de tales recursos.
j) Otras que le asigne el ministerio que ejerza la rectoría del sector social o, en
ausencia de este, el Instituto Mixto de Ayuda Social.
k) Coordinar y articular con los gobiernos locales del país. (Lo resaltado no es
del original)
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Instituto Mixto de Ay
S REDCUDI
a | Red Nacional de Cuido
Artículo 15.- Financiamiento. Además de los recursos con que cuentan las
entidades y los órganos integrantes, se dota a la Redcudi con recursos
provenientes de las siguientes fuentes:
a) Al menos un cuatro por ciento (4%) de todos los ingresos anuales,
ordinarios y extraordinarios del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones
Familiares (Fodesaf), los cuales se destinarán a la operación, construcción,
ampliación y mejora de infraestructura de los centros de cuido y desarrollo infantil;
recursos que serán girados directamente del Fondo de Desarrollo Social y
Asignaciones Familiares (Fodesaf) a las siguientes unidades ejecutoras de la
Redcudi: Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), Patronato Nacional de la
Infancia (PAND y las municipalidades, según lo dispuesto por la Secretaría
Técnica de la Redcudi en esta ley o su reglamento. Estos recursos se ejecutarán
según lo establecido en la Ley N.* 5662, Ley de Desarrollo Social y Asignaciones
Familiares, de 23 de diciembre de 1974, y sus reformas.
b) Recursos provenientes de fuentes nacionales e internacionales que se le asignen
a los entes, los órganos y las instituciones que formen parte de la Redcudi,
mediante convenio, directriz presidencial, decreto o ley de la República.
Los servicios de la Redcudi no son sustitutos sino complementarios de los servicios
de educación estatal definidos en el artículo 78 de la Constitución. Por tanto, su
financiamiento no podrá considerarse dentro del ocho por ciento (8%) del PIB que
dicho artículo constitucional establece como el financiamiento mínimo de la
educación estatal. (Lo resaltado no es del original).
En el marco de la articulación de actores públicos que realiza la ST-Redcudi, y a partir de las
recomendaciones emitidas por la Comisión Consultiva de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo
Infantil, la ST-Redcudi se constituye en el ente técnico para realizar acciones que incidan y mejoren
la calidad de los servicios. Por lo tanto, los lineamientos emitidos por esta instancia, resultan
insumo fundamental para la prestación de los servicios por parte de las Alternativas de Atención, así
como para el seguimiento que realizan las instituciones, según su competencia, sobre el uso
adecuado de los recursos que otorga el Estado para el acceso a estos servicios,
Sexto: Que el Reglamento para la Prestación de Servicios y Otorgamiento de Beneficios del
IMAS, en su artículo 63 y 64 establece lo siguiente:
Artículo 63- Del control de los recursos. El control de los recursos asignados se
realizará de la siguiente manera:
a) Las personas funcionarias, según sus competencias, deberán velar por el
cumplimiento de la normativa institucional, por el uso correcto de los recursos
destinados al financiamiento de los programas y proyectos y que en todo
momento, se logren ejecutar para mejorar la calidad de vida de las personas
que están en situación de pobreza.
b) Las personas funcionarias de las áreas: social, administrativa y financiera
del ámbito regional, del área financiera del ámbito central, y AASAL
verificarán según corresponda, el buen uso de los recursos, mediante la
revisión de la ejecución y liquidaciones que presenten las personas, familias,
grupos o comunidades, de acuerdo con los requisitos y procedimientos
establecidos. (Lo resaltado no es del original)
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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8, rEDCUDI
Instituto Mixto de Ayuda Social
Artículo 64: Del seguimiento. Alcances: Se realizará seguimiento a las metas y el
presupuesto destinado a inversión social. Serán competentes para este seguimiento:
a) El seguimiento de las metas de la inversión social será obligación de
Planificación Institucional.
b) El seguimiento del presupuesto de inversión social, será competencia de la
Subgerencia de Desarrollo Social, con sus dependencias y en coordinación con
la Subgerencia de Soporte Administrativo.
c) El seguimiento a la ejecución de metas de la inversión social será función de la
Subgerencia de Desarrollo Social, específicamente de las Áreas Técnicas Asesoras,
el Área Acción Social y Administración de Instituciones (AASAT) y las Áreas
Regionales de Desarrollo Social (ARDS), concretamente las Unidades de
Investigación, Planificación y Evaluación Regional-UIPER. (Lo resaltado no es del
original)
En los anteriores artículos, la normativa interna del IMAS estipula el control y seguimiento que
debe hacerse de los recursos públicos otorgados por la institución, por ende dichas disposiciones
establecen la necesidad de realizar las acciones correspondientes, a fin de velar por el uso correcto
de los fondos destinados a cada beneficio de la oferta programática institucional.
Sétimo: Que el artículo 2 del Código Municipal le otorga la competencia a la Municipalidad como
Gobierno Local para ejecutar toda clase de actos y contratos necesarios para el cumplimiento de sus
objetivos y metas, al indicar:
“Artículo 2. - La municipalidad es una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y
personalidad, y capacidad jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos
necesarios para cumplir sus fines”.
Octavo: Que el artículo 4 del Código Municipal establece:
“Artículo 4.-La municipalidad posee la autonomía política, administrativa y financiera
que le confiere la Constitución Política. Dentro de sus atribuciones se incluyen las
siguientes:
a) Dictar los reglamentos autónomos de organización y de servicio, así como cualquier
otra disposición que autorice el ordenamiento jurídico.
b) Acordar sus presupuestos y ejecutarlos.
c) Administrar y prestar los servicios públicos municipales, así como velar por su
vigilancia y control.
d) Aprobar las tasas, los precios y las contribuciones municipales, así como proponer los
proyectos de tarifas de impuestos municipales.
€) Percibir y administrar, en su carácter de administración tributaria, los tributos y demás
ingresos municipales.
f) Concertar, con personas o entidades nacionales o extranjeras, pactos, convenios o
contratos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
g) Convocar al municipio a consultas populares, para los fines establecidos en esta Ley y
su Reglamento.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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G REDCUDI
Red Nacional de Cuido
WU) y Desarrollo Infantil
h) Promover un desarrollo local participativo e inclusivo, que contemple la
diversidad de las necesidades y los intereses de la población.
i) Impulsar políticas públicas locales para la promoción de los derechos y la
ciudadanía de las mujeres, en favor de la igualdad y la equidad de género”.
Noveno: Que mediante Decreto Ejecutivo N* 41277-MP-MDHIS el Presidente de la República y
la Ministra de Desarrollo Humano e Inclusión Social declaran de interés público las acciones
establecidas en las “Políticas y Lineamientos Estratégicos, Plan Estratégico 2018-2022, Marco
Conceptual, Operativo y Organizacional de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, de
acuerdo con lo establecido en la Ley N? 9220”. Esta articulación resulta importante, debido a que el
presente convenio se enmarca en un contexto de alta relevancia y efecto para el interés público que
debe perseguir la presente administración.
Décimo: Que de conformidad con las Políticas y Lineamientos Estratégicos de la Red Nacional de
Cuido y Desarrollo Infantil, este convenio procura que las Altemativas de Atención Infantil
administradas por las Municipalidades que brinden servicios a personas menores de edad que
reciben el beneficio de Cuidado y Desarrollo Infantil del IMAS, garanticen que los servicios se
ajusten a sus necesidades particulares y etapas de desarrollo; incorporando para ello a los padres,
madres o representantes legales; abriendo espacios de participación en función de su edad y
capacidades o etapas de desarrollo; identificando o abordando aquellas situaciones de riesgo que
vulneran a estas personas, o características particulares por las cuales se les pueda estar
discriminando, como su origen étnico, nacionalidad, entre otros; y estableciendo un modelo de
atención debidamente normado, supervisado y evaluado.
Décimo Primero: Que los Centros de Cuido y Desarrollo Infantil gestionados por las
Municipalidades reconocen a la ST-Redcudi como la entidad responsable de emitir criterios
técnicos y dar seguimiento a los lineamientos y estándares de calidad de los servicios y al IMAS
como la institución responsable de brindar seguimiento a la ejecución del beneficio Cuidado y
Desarrollo otorgado a las personas, hogares o familias que califican de acuerdo con los parámetros
institucionales establecidos.
Por tanto:
Hemos acordado suscribir el presente Convenio modelo de cooperación entre el Instituto Mixto
de Ayuda Social, la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil y la
Municipalidad de Pococí, para el control, supervisión y seguimiento del Beneficio Cuidado y
Desarrollo Infantil, de conformidad con lo establecido en las siguientes disposiciones:
Artículo Primero: Del fundamento normativo. El presente convenio encuentra asidero jurídico
en la Convención sobre los Derechos del Niño, la Constitución Política de la República de Costa
Rica, la Ley la N%7794 que es el Código Municipal, la Ley N*4760, que es la Ley de Creación del
IMAS, el Código de la Niñez y la Adolescencia N? 7739, la Ley N* 9220, que es la Ley de
Creación de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, la Ley N* 8783 que es la Ley de
Desarrollo Social y Asignaciones Familiares; así como el Decreto Ejecutivo N* 41277-MP-MDHIS.
Artículo Segundo: Del objeto del convenio. Regular el marco jurídico en el cual se articulan las
acciones que deben desplegar el IMAS, la ST-Redcudi y la Municipalidad, en el marco de la
ejecución del beneficio Cuidado y Desarrollo Infantil del IMAS, velando por la calidad de los
servicios que reciben las personas menores de edad en condición de pobreza y pobreza extrema, que
8
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Instituto Mido
) O REDCUDI
an A qe Red Nacional de Cuido
un ol y Desarrollo Infantil
Ayuda Social
califican de acuerdo con los parámetros institucionalmente establecidos. Además, definir los
mecanismos de control y seguimiento para: verificar la asistencia de las personas menores de edad a
los CECUDI Municipales, velar por el cumplimiento del fin social del subsidio, y supervisar que los
recursos públicos se ejecuten bajo los principios de eficiencia y eficacia. Lo anterior en el marco del
interés superior de las personas menores de edad,
Los alcances de este convenio aplicarán independientemente de que la municipalidad opere por su
propia cuenta el CECUDI Municipal o que este contrate en un tercero su operación.
Artículo Tercero: De las definiciones. Para efectos de interpretación y aplicación clara de las
disposiciones de este convenio, se tendrán como validadas las siguientes definiciones:
a)
b)
c)
d)
o)
D
5)
1)
Autorización para pago a terceros: Mecanismo de pago utilizado por el IMAS para girar los
recursos a favor de las personas, hogares o familias beneficiarias que califican de acuerdo
con los parámetros establecidos.
Beneficio: Beneficio de Cuidado y Desarrollo Infantil del IMAS que consiste en un
subsidio mensual destinado a promover el acceso a los servicios que brindan los centros de
cuidado de la niñez seleccionados por las familias beneficiarias, facilitando condiciones de
protección y desarrollo a la niñez.
CECUDI: Centro de Cuido y Desarrollo Infantil Municipal
Familia beneficiaria: Familia que se encuentra en condición de pobreza o pobreza extrema
y que califica dentro de los parámetros institucionales del IMAS para recibir el beneficio de
cuidado.
FODESAF: Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
IMAS: Instituto Mixto de Ayuda Social.
Municipalidad: Gobierno Local que tiene a cargo la administración de los Centros de Cuido
y Desarrollo Infantil (CECUDI) de su cantón, y que atiende niños y niñas en condición de
pobreza o pobreza extrema subsidiados por el IMAS.
Redcudi: Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil.
Artículo Cuarto: De las obligaciones del IMAS. Serán obligaciones del IMAS, las siguientes:
a)
b)
o)
a)
o)
Identificar a la población infantil en condición de pobreza y pobreza extrema y realizar la
valoración profesional de las familias solicitantes del beneficio Cuidado y Desarrollo
Infantil, de acuerdo a la priorización institucional.
Asignar los beneficios de conformidad con los parámetros establecidos por la Institución, y
la disponibilidad de recursos humanos y monetarios.
Girar los recursos a favor de las personas, hogares o familias beneficiarias que califican de
acuerdo con los parámetros establecidos por el IMAS, utilizando la “Autorización para
pago a terceros”, para el acceso a los servicios de cuidado y desarrollo infantil, según el
CECUDI Municipal seleccionado por la familia.
Velar porque los criterios de ingreso y la atención de los niños y niñas no sean
discriminatorios, ni contrarios a la dignidad humana.
Establecer y aplicar los mecanismos de control necesarios para verificar la asistencia de las
personas menores de edad subsidiadas por el IMAS.
Realizar visitas de seguimiento a los CECUDI Municipales para verificar el uso pertinente
de los recursos girados por el IMAS para el cuidado y desarrollo infantil de las personas
menores de edad. Estas visitas se hacen sin previo aviso según la programación que
establezca el IMAS, y son insumo para valorar la prórroga del presente convenio.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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a Red Nacional de Cuido
A A a Y y Desarrollo Infantil
Instituto Mixto de Ayuda Social
1)
h)
y)
D
k)
D
Verificar que las personas menores de edad beneficiarias del IMAS reciban la alimentación
de acuerdo al menú de alimentación, de conformidad con las regulaciones establecidas para
la habilitación por parte del Consejo de Atención Integral del Ministerio de Salud.
Verificar el cumplimiento de atestados del personal, así como la cantidad idónea
recomendada por la ST-Redcudi, para el funcionamiento de 1 los CECUDI Municipales que
brindan servicios a las personas menores de edad subsidiadas por el IMAS.
Emitir en cada visita un informe a los CECUDI Municipales, donde se retomen los
hallazgos del seguimiento y las recomendaciones al respecto. Una copia del informe debe
ser remitido a la persona encargada de la Municipalidad indicada en el artículo décimo
tercero de este Convenio.
Reportar y coordinar con el Ministerio Público, el Patronato Nacional de la Infancia, el
Consejo de Atención Integral del Ministerio de Salud o cualquier otra instancia técnica
rectora correspondiente, situaciones anómalas detectadas en las visitas a los CECUDI
Municipales. Una copia del informe debe ser remitido a la persona encargada de la
Municipalidad indicada en el artículo décimo tercero de este Convenio.
Orientar a la familia a denunciar ante el Ministerio Público, cuando el CECUDI Municipal
haya presuntamente alterado controles establecidos de asistencia de las personas menores
de edad y estas no han utilizado los servicios. En caso de que la familia no interponga la
denuncia, el IMAS realizará las coordinaciones pertinentes con las instancias competentes.
El IMAS pondrá en conocimiento de la Municipalidad dicha irregularidad.
Denunciar ante las instancias correspondientes cualquier sospecha razonable de presuntas
situaciones violatorias de los derechos de las personas menores de edad, además de orientar
a los padres, madres o representantes legales para la interposición de las denuncias
respectivas.
m) Realizar seguimiento por muestreo a familias que reciben el beneficio de Cuidado y
n)
o)
p)
y)
Desarrollo Infantil, en relación con el cumplimiento del fin social del subsidio.
Verificar que al momento de la suscripción de este convenio los CECUDI Municipales
cuenten con el Acuerdo en Firme o el Certificado de Habilitación vigente emitido por el
Consejo de Atención Integral del Ministerio de Salud.
Verificar que al momento de la suscripción de este convenio los CECUDI Municipales se
encuentren al día en el Sistema Centralizado de Recaudación (SICERE) de la Caja
Costarricense del Seguro Social; esta verificación también se realizará como requisito
previo para el giro mensual de los recursos.
Establecer los procedimientos para el reintegro de los recursos públicos, girados por
concepto del beneficio Cuidado y Desarrollo Infantil, cuando se detecten irregularidades en
su ejecución.
Conformar por parte de las Áreas Regionales de Desarrollo Social un expediente físico o
digital por CECUDI Municipal, que contenga la siguiente información: copia del convenio
de cooperación, Certificado de Habilitación o Acuerdo en firme, atestados del personal que
brinda el servicio a las personas menores de edad, certificación mensual generada por el
SICERE, Reportes Mensuales del Sistema de Atención a los Beneficiarios (SABEN),
instrumentos para el control y seguimiento que la institución determine pertinentes, entre
otros.
Coordinar con las Municipalidades, con la coadyuvancia de la Secretaría Técnica, acciones
concretas para promover procesos de capacitación y otras acciones para la inserción de los
padres y las madres de la población beneficiaria al mercado laboral o educativo. Estas
acciones incluyen brindar información y acceso prioritario a toda la oferta de servicios o
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Instituto Mixto de Ayuda Social
5)
y)
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Red Nacional de Cuido
Y y Desarrollo Infaril
programas de información, orientación o intermediación vocacional, laboral o educativa de
la municipalidad y del IMAS a los padres y madres de las personas beneficiarias.
Elaborar, divulgar e implementar un modelo para estandarizar la evaluación de los centros
de cuido y desarrollo infantil gestionados por las municipalidades, en donde se considere
como insumo las acciones de coordinación con los gobiernos locales indicadas en el inciso
r) de este artículo, el inciso 0) del artículo quinto y el inciso u) del artículo sexto,
relacionadas con la inserción de los padres y las madres al mercado laboral o educativo,
La Unidad Local de Desarrollo Social (ULDS) del IMAS podrá, a solicitud de la
Municipalidad, enviar por correo electrónico el monto total o el reporte mensual de
asistencia generado en el sistema. Así mismo remitirá a la Municipalidad en el mes de
enero de cada año, el listado de las familias que tienen aprobado el beneficio de Cuidado y
Desarrollo Infantil otorgado por el IMAS, siempre y cuando la información cumpla con lo
dispuesto en la Ley de Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos
personales, Ley N* 8968 del 07 de julio del 2011.
Artículo Quinto: De las obligaciones de la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y
Desarrollo Infantil. Serán obligaciones de la ST-Redcudi, las siguientes:
a)
D)
19)
d)
Propiciar estudios de costos de prestación de los servicios de cuido y desarrollo infantil, y
realizar recomendaciones para la actualización del monto de los subsidios.
Brindar los lineamientos y estándares esenciales de calidad vigente, por medio del
instrumento del seguimiento de la calidad del servicio ofrecido por las Alternativas de
Cuido y Desarrollo Infantil aprobados por la Comisión Consultiva de la Red Nacional de
Cuido y Desarrollo Infantil, así como a las recomendaciones técnicas emitidas por la ST-
REDCUDI y velar por el cumplimiento por parte de los CECUDI Municipales.
Realizar visitas, sin previo aviso a los CECUDI Municipales, para verificar y asesorar en
relación a la existencia y cumplimiento de las cuatro dimensiones de la calidad, establecidas
por la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, a saber:
infraestructura y seguridad, salud y nutrición, aspectos pedagógicos y talento humano, entre
otros que defina la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil,
para la atención directa de la persona menor de edad subsidiada por el IMAS.
Emitir informes sobre las visitas realizadas a los CECUDI Municipales y dar seguimiento al
cumplimiento de las recomendaciones técnicas en él contenidas, que sirvan como insumo
técnico para la valoración de prórroga del presente convenio. En caso de no existir informe
de visita, se utilizan los insumos proporcionados por el IMAS para emitir recomendación
técnica de prórroga. Una copia del informe debe ser remitido a la persona encargada de la
Municipalidad indicada en el artículo décimo tercero de este Convenio.
Denunciar ante las instancias correspondientes cualquier sospecha razonable de presuntas
situaciones violatorias de los derechos de las personas menores de edad que se detecten
durante las visitas o asesoramientos en sitio realizados. Una copia del informe debe ser
remitido a la persona encargada de la Municipalidad indicada en el artículo décimo tercero
de este Convenio.
Propiciar procesos de capacitación relacionados con los estándares esenciales de calidad
vigentes, así como otros que se determinen en el Cronograma de Capacitación Anual de la
Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, definido por la Comisión Técnica
Interinstitucional de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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y Desarrollo Infantil
£) Instar a la Municipalidad para que al momento de la suscripción de este convenio cuente
con el Acuerdo en Firme o el Certificado de Habilitación vigente emitido por el Consejo de
Atención Integral del Ministerio de Salud, como requisito para poder operar.
h) Realizar las coordinaciones con las instancias correspondientes en caso de vencimiento o
suspensión del Acuerdo en Firme o el Certificado de Habilitación, velando por el interés
superior de la persona menor de edad.
i) Instar a la Municipalidad para que la persona o empresa operadora del o los CECUDI
Municipales cumplan con sus obligaciones obrero patronales.
j) Realizar estudios que permitan mejorar el conocimiento existente, para proponer acciones
de mejora con respecto a las áreas relacionadas con el desarrollo infantil los CECUDI
Municipales.
k) Mantener un registro actualizado de los CECUDI Municipales donde asisten personas
menores de edad subsidiadas por el IMAS.
D) Conformar un expediente físico o digital por CECUDI Municipal, que contenga la siguiente
información: copia del convenio de cooperación, Certificado de Habilitación o Acuerdo en
firme, instrumento e informe de visita, seguimientos correspondientes, entre otros.
m) Priorizar la asignación de recursos a las municipalidades y comunicarlo a la Dirección de
Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
n) Instar a la Municipalidad para que los reglamentos internos con que cuente para la
operación de los CECUDI no sean contrarios a los derechos de las personas menores de
edad y que tengan como fundamento el interés superior de estas.
0) Coadyuvar en la coordinación de acciones entre el IMAS y las Municipalidades para
promover procesos de capacitación y otras acciones para la inserción de los padres y las
madres de la población beneficiaria a mercado laboral o educativo.
p) Coadyuvar al IMAS la elaboración, divulgación e implementación de un modelo para
estandarizar la evaluación de los centros de cuido y desarrollo infantil gestionados por las
municipalidades que se indica en el inciso s) del artículo cuarto.
Artículo Sexto: De las obligaciones de la Municipalidad: Serán obligaciones de la Municipalidad en
relación con la operación del CECUDI Municipal las siguientes:
a)
b)
c)
Destinar los recursos públicos que recibe de los padres, madres o representante legal de las
personas menores de edad subsidiadas por el IMAS, mediante la “autorización para pago a
terceros”, por el concepto de cuido y desarrollo infantil que emite el IMAS, para la atención
integral de los niños y niñas”. En ningún caso podrán destinarse los recursos que reciben a fines
comerciales, políticos o distintos de lo expresamente establecidos en el presente convenio.
Además, cuando realicen divulgación de la altemativa de atención en diferentes medios de
comunicación deberán mencionar la participación del IMAS en la subvención de las personas
menores de edad.
Cumplir con los estándares esenciales de calidad vigentes, aprobados por la Comisión
Consultiva de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, así como con las
recomendaciones técnicas emitidas por la ST-Redcudi, por parte de la persona física o jurídica
operadora del CECUDI.
Cumplir con los lineamientos mínimos para la calidad de los servicios que se definen a
continuación:
1. Habilitación del Consejo de Atención Integral del Ministerio de Salud.
2. Servicio de atención durante las horas y días acordados por la familia con el IMAS.
3. Alimentación según horario de atención (desayuno, meriendas, almuerzo y/o cena).
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d)
e)
Y)
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h)
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k)
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lrstituto Mixto de Ayuda Social
4. Planificación en la atención pedagógica y dosificación de los tiempos de atención.
5. Atención de profesionales según lo definen los lineamientos técnicos emitidos por la
Secretaría Técnica de la Red de Cuido.
6. El personal contratado deberá ser idóneo y con experiencia comprobada para atención
integral de la persona menor de edad, dicho personal no deberá tener antecedentes penales o
causas abiertas judiciales por situaciones de abuso, maltrato u otros hechos violatorios de
los derechos de las personas menores de edad.
Contar con un menú elaborado por una persona profesional en nutrición y aplicarlo en las
personas menores de edad que reciben el beneficio Cuidado y Desarrollo Infantil, otorgado por
el IMAS. Dicho instrumento debe estar colocado en un lugar visible, al alcance de los padres,
madres o representantes legales; además de las personas funcionarias del IMAS, y de la ST-
Redcudi.
Remitir al Área Regional de Desarrollo Social respectiva y a la Secretaría Técnica de la
REDCUDI, los atestados del personal que brinda los servicios a las personas menores de edad
subsidiadas una vez al año (dentro de los primeros dos meses) o cada vez que se cambie el
personal de atención infantil, los cuales deben ajustarse a los lineamientos, estándares de
calidad y recomendaciones técnicas emitidas por la ST-Redcudi, cuya información tendrá
carácter de declaración jurada y todos los efectos legales correspondientes.
Aplicar los mecanismos de control establecidos en la normativa del IMAS, para verificar la
asistencia de las personas menores de edad subsidiadas; y remitirlos en los tiempos establecidos
por la Institución, cuya información tendrá carácter de declaración jurada y todos los efectos
legales correspondientes.
Informar a la Unidad Local de Desarrollo Social del IMAS correspondiente, en los tiempos
establecidos por la institución, las ausencias de las personas menores de edad subsidiadas, cuya
información tendrá carácter de declaración jurada y todos los efectos legales correspondientes.
Informar, en un plazo no mayor de 3 días hábiles a la Unidad Local de Desarrollo Social del
IMAS correspondiente, el retiro de una persona menor de edad subsidiada de los CECUDI
Municipales.
Contar con un expediente físico o digital que consigne los atestados del personal que brinda el
servicio de cuidado y desarrollo infantil a las personas menores de edad, subsidiadas por el
IMAS. Este podrá ser consultado en las visitas realizadas por las personas funcionarias del
IMAS y de la ST-Redcudi.
Permitir sin previo aviso, el acceso a las personas funcionarias del IMAS y de la ST-Redcudi o
a quienes ostenten convenios de cooperación con las anteriores instancias, a las instalaciones
físicas en las que se brinda el servicio a las personas menores de edad subsidiadas por el IMAS,
con el objetivo de controlar, supervisar y dar seguimiento al uso de los recursos otorgados; con
acceso a la documentación requerida de los CECUDI Municipales.
Proteger la integridad física, emocional, sexual, espiritual y afectiva de las personas menores de
edad subsidiadas por el IMAS, en concordancia con el artículo 5 del Código de Niñez y
Adolescencia, Ley N* 7739 del 6 de enero del 1998.
Denunciar ante las instancias correspondientes cualquier sospecha razonable de situaciones
violatorias de los derechos de las personas menores de edad.
mM) Acudir a las capacitaciones convocadas por parte de la ST-Redcudi.
n)
o)
Contar con el Certificado de Habilitación o Acuerdo en Firme vigente, expedido por el Consejo
de Atención Integral del Ministerio de Salud. En caso de renovación, remitir a la Unidad Local
de Desarrollo Social del IMAS, la nueva documentación correspondiente.
Reintegrar al IMAS, el monto de los recursos públicos que haya recibido, más sus intereses
legales y moratorios, en el caso que se demuestren los siguientes supuestos:
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O REDCUDI
Red Nacional de Cuido
Y y Desarrollo infantil
1. Que se haya girado el subsidio a familias que no hayan recibido los servicios.
2. Se detecte irregularidad en la ejecución del beneficio de Cuidado y Desarrollo
Infantil.
3. Que se hayan girado recursos de más por parte del IMAS.
Pp) Coordinar con la empresa o persona prestataria de la operación del CECUDI, estar al día en el
Sistema de Recaudación (SICERE) de la Caja Costarricense del Seguro Social, como requisito
previo para la suscripción del presente convenio y para recibir los recursos a través de la
“Autorización para pago a terceros” mensualmente.
4) Coordinar con la empresa o persona prestataria de la operación del CECUDI, la entrega de una
factura mensual de servicios ofertados por concepto de cuidado y desarrollo infantil. Esta
factura deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Dirección General de Tributación
Directa.
Tr)  Eximir a las familias que reciben el beneficio de Cuidado y Desarrollo Infantil del IMAS del
pago de matrícula, alimentación, uniformes y/o cuotas obligatorias para actividades ordinarias o
extraordinarias.
s) Permitir el ingreso y el acceso a información por parte de la ST-Redcudi cuando se realicen
investigaciones para mejorar el conocimiento existente con respecto a las áreas relacionadas
con el desarrollo infantil.
t) Velar porque sus actuaciones se apeguen a las condiciones establecidas en este convenio.
U) Coordinar con el IMAS, con la coadyuvancia de la Secretaría Técnica, acciones concretas para
promover procesos de capacitación y otras acciones para la inserción de los padres y las madres
de la población beneficiaria a mercado laboral o educativo. Estas acciones incluyen brindar
información y acceso prioritario a toda la oferta de servicios o programas de información,
orientación o intermediación vocacional, laboral o educativa de la municipalidad y del IMAS a
los padres y madres de las personas beneficiarias.
a
Instituto Mido de Ayuda Social
Artículo Sétimo: Del mecanismo para el giro del subsidio. El IMAS realiza el giro de los
recursos correspondientes al beneficio de Cuidado y Desarrollo Infantil mediante el mecanismo
denominado “Autorización para pago a Terceros”, mismo que debe custodiarse en los expedientes
administrativos de las familias beneficiarias.
No es competencia del IMAS asegurar la totalidad de los espacios habilitados por el Consejo de
Atención Integral para el funcionamiento del CEDUDI. Las familias beneficiarias deben cumplir
con los criterios de priorización; además, el giro del beneficio se realiza de conformidad con la
normativa institucional vigente y la disponibilidad de recursos.
No obstante, la Municipalidad de conformidad con el Reglamento de Operación de Centros de
Cuido Municipales suscrito, podrá ofrecer los servicios de cuido a familias que por su cuenta
puedan costar el servicio municipal.
Artículo Octavo: De la inexistencia de relación laboral o comercial con el IMAS y la
Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil y la Municipalidad: Este
convenio regula una relación de coordinación entre las partes, de forma que no se establecen
relaciones laborales o comerciales de las personas que trabajan en los CECUDI de la Municipalidad
con el IMAS o con la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil.
La oferta de servicios de cada CECUDI Municipal puede extenderse a otras personas que no sean
beneficiarias del IMAS, ya que de ninguna forma el IMAS adquiere el compromiso de garantizar el
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29 y Desarrollo Infantil
giro de los recursos para la totalidad de los espacios consignados en la habilitación otorgada por el
Consejo de Atención Integral.
Instituto Mixto de Ayuda Social
Artículo Noveno: De las medidas cautelares: En el marco de un debido proceso y de sus
competencias, el IMAS podrá emitir medidas cautelares para proteger bienes jurídicos importantes
como la seguridad de las personas menores de edad y el correcto uso de los recursos públicos,
cuando existan denuncias en contra del CECUDI Municipal, y se haya presentado la denuncia
formal ante el Patronato Nacional de la Infancia, el Ministerio Público o el Consejo de Atención
integral del Ministerio de Salud. El IMAS podrá informar a la Municipalidad sobre la existencia de
las medidas cautelares.
Artículo Décimo: De la vigencia. El presente convenio entrará a regir con la finma de todas las
partes y se mantendrá vigente por el plazo de dos años calendario. Podrá prorrogarse por periodos
iguales, de común acuerdo entre las partes, cumpliendo lo estipulado en el párrafo segundo del
artículo Décimo primero de este convenio.
Artículo Décimo primero: De las modificaciones. Para modificar el plazo de vigencia o ajustar
algún artículo de este convenio, se requiere el adendum de rigor, el cual debe ser aprobado por el
Consejo Directivo del IMAS, la Dirección Ejecutiva de la Secretaría Técnica de la Red Nacional de
Cuido y Desarrollo Infantil, así como la persona física o jurídica representante legal de la
Municipalidad.
No operan las prórrogas automáticas, por lo que, para cada prórroga de vigencia, se confecciona una
adenda basada en el informe favorable que realice para esos efectos, la persona que ocupe la
Jefatura del Área Regional de Desarrollo Social correspondiente, y de la ST-Redcudi, este informe
debe contener una recomendación para que opere esa prórroga.
Esta prórroga deberá gestionarse al menos 30 días hábiles antes del vencimiento de la vigencia del
Convenio. Si vencido el plazo no se firmó la prórroga por las tres partes, deberá confeccionarse un
nuevo Convenio, en caso de que las partes así lo estimen conveniente y el IMAS estará facultado
para trasladar las personas menores de edad beneficiarias a otro Centro Infantil, a efecto de evitar la
suspensión en la continuidad del beneficio de cuidado.
Para gestionar la prórroga respectiva, la Municipalidad deberá actualizar toda la información
requerida por la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y el IMAS, así como aportar el
certificado de Habilitación del Consejo de Atención Integral vigente.
Artículo Décimo Segundo: De la rescisión y resolución. Este convenio se tendrá por rescindido
por las causales de fuerza mayor, caso fortuito, mutuo acuerdo, interés público, oportunidad y
conveniencia.
La resolución del convenio se tendrá por incumplimiento de las obligaciones que se fijan para las
partes y genera el pago de la indemnización que corresponda, previo cumplimiento del debido
proceso que está regulado en la Ley General de la Administración Pública, el cual será en todo
momento instruido por el IMAS, aún cuando el incumplimiento se le esté endilgando.
Serán causales de resolución del presente convenio, el incumplimiento de las obligaciones de cada
una de las partes y de manera específica cuando se presenten las siguientes situaciones:
a) Que Municipalidad no acate las disposiciones técnicas, pedagógicas, mutricionales, de
seguridad, profesionales y sociales emitidas por la ST-Redcudi, el IMAS y el Consejo de
Atención Integral (CAI) del Ministerio de Salud, en cumplimiento de sus funciones.
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Instituto Mixto de Ayuda Social
b) Cuando mediante procedimiento administrativo o judicial, se demuestre que existió un
abuso, maltrato contra la persona menor de edad, utilización o falsificación de documentos
y firmas, así como cualquier ilícito de conformidad con el ordenamiento jurídico.
Artículo Décimo Tercero: De las personas encargadas de realizar las coordinaciones de las
partes y cumplimiento de este convenio. Para velar por efectivo cumplimiento de las obligaciones
que establece este convenio las partes designan a las siguientes personas:
Por parte del IMAS, la persona que ocupe la Jefatura del Área Regional de Desarrollo Social
correspondiente, o quien le sustituya.
Por parte de la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, la persona que
ocupe la Dirección Ejecutiva, o quien esta persona designe.
Por parte de la Municipalidad de Pococí, la Coordinador de la Oficina de Bienestar Social,
Familia y Mujer, Mauren Monge Bolaños o quien le sustituya.
Artículo Décimo Cuarto: De la aprobación. Este convenio modelo fue aprobado por el Consejo
Directivo del IMAS, mediante acuerdo CD-044-01-2019, del Acta N* 06-01-2019, de fecha 31 de
enero de 2019, modificado mediante acuerdo CD-586-12-2019 del Acta N* 84-12-2019, de fecha
19 de diciembre del 2019.
La Comisión Consultiva de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil autorizó a la Directora
Ejecutiva de la Secretaría Técnica de la REDCUDI a suscribir este convenio, mediante acuerdo N?
CC-05-01-2019, del Acta N* 01-2019 de fecha 05 de enero del 2019.
La suscripción de este convenio fue autorizado por el Concejo Municipal de la Municipalidad de
Pococí mediante acuerdo N*1325 del 07 de agosto del 2020 en sesión extraordinaria N*55.
En cumplimiento de lo anterior y estando plenamente de acuerdo, firmamos de forma digital.
Firmado digitalmente YARIELA Firmado digitalmente
JUAN LUIS por JUAN LUIS FRANCINY AN
BERMUDEZ MADRIZ
BERMUDEZ er
MADRIZ (FIRMA) Fecho:2021.0128 QUIROS ALVAREZ (lea
Fecha: 2021.01.28
11:49:45 -0600 (FIRMA) 11:1239-06'00'
Juan Luis Bermúdez Madriz Yariela Franciny Quirós Álvarez
Presidente Ejecutivo Directora Ejecutiva
Instituto Mixto de Ayuda Social Secretaria Técnica de la Red Nacional de Cuido
y Desarrollo Infantil
Firmado digitalmente
MANUEL por MANUEL
HERNANDEZ amar on
RIVERA (FIRMA) Fecha:2020.08.21
0838:34 -0500
Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Municipalidad de Pococí
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00255
PAGINA N*83 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-
MOCIÓN PRESENTADA POR EL SEÑOR PRESIDENTE JUAN LUIS GÓMEZ Gómez.
CONSIDERANDO:
1. Que este Concejo Municipal de Pococí, en Sesión Extraordinaria N*55 del 07-08-
2020, cuando se atendió a la señora Damaris Ching, nos percatamos que esta
señora ejercía una actividad lucrativa y no tenía patente municipal, por lo que
evadía e invade todavía responsabilidades económicas con la Municipalidad de
Pococí.
2. Que este Concejo Municipal le solicitó sacar la patente y que pagara desde el
momento mismo que abrió los CECUDIS de Guápiles y Cariari, situación que no ha
corregido al día de hoy, incumpliendo lo pactado.
MOCIONO:
Para que se le informe al IMAS al correo correspondencia.presidenciaQ)imas.go.cr que
doña Damaris Ching ha evadido responsabilidades con esta municipalidad y no ha
honrado al día de hoy, por lo que le solicitamos que el convenio entre el IMAS y la
Municipalidad de Pococí no surja efecto y se le retenga hasta que cumpla con las
obligaciones pactadas y si no cumple, que se promueva un nuevo proceso licitatorio donde
otros empresarios de nuestro cantón participen y el IMAS pueda de esta forma, asegurar
el beneficio de los CECUDIS de cantón de Pococí.
Participan de la palabra:
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Esta moción lo hablamos cuando estuvimos con ella, hoy llame a doña Damaris Ching
porque cuando estoy revisando la correspondencia, converso con las personas, llamé a la
persona del IMAS y están de acuerdo con la propuesta del Concejo, esta señora tiene que
honrar los compromisos del Concejo, no puede estar morosa.
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Cuando usted hablaba del documento, se escuchó entrecortado ¿qué es lo que solicita el
IMAS? ¿es el IMAS quien está enviando el documento o Bienestar Social? No me quedó
claro.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0256
PAGINA N*84 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Esto viene del IMAS, viene el convenio que se va a celebrar con la Municipalidad del Pococí
y el IMAS, entre ambas partes, pero estamos pidiendo en la moción que primero esta
señora nos cumpla porque el problema aquí es que se comprometen, hoy hablé con doña
Damaris Ching y dice que ella está en la tramitología, entonces que este convenio lo eche
a andar el IMAS siempre y cuando cumpla con los requisitos. Nosotros no podemos estar
perdonando actividades lucrativas si bien es cierto, a nuestros niños se les debe garantizar
la alimentación que a través de los CECUDIS se da, pero también detrás de eso está un
negocio lucrativo, mentira que es un negocios de bienestar social que tiene la persona que
está de frente de esos CECUDI's.
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Entonces, sería bueno que no se le apruebe el convenio, pienso que con no aprobar el
convenio no procedería. Mi pregunta es señor presidente, entonces ¿por qué el
departamento de Patentes no cierra el local? como se lo cerrarían a cualquier otro
ciudadano.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Diay Yaslyn yo a veces no me explico, miren, la municipalidad hace el edificio y la señora
llegan, sin hacer ninguna inversión ahí, el IMAS le da el presupuesto para la compra de
alimentos y la señora ejerce una ganancia ahí, muy bonito y resulta que ella evade
responsabilidades con la municipalidad. Yaslyn quiero que tenga claro que no podemos
decir que no se aprueba el convenio porque no podemos hacerle daño a los niños, lo que
estamos pidiendo es que se retenga hasta tanto esta señora no cumpla con las
obligaciones con esta municipalidad.
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera
Me parece que hay que hacer un buen análisis del procedimiento porque el convenio ya
existe, ese convenio está firmado desde hace tres años, Me parece que la patente se le
puede cobrar de aquí en adelante pero retroactivamente se tendría que hacer una análisis
si se puede interpretar que retroactivamente hacer el cobro, se tiene que analizar más a
fondo el procedimiento y con Patentes.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Excelente don Manuel.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0257
PAGINA N*85 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2!
Vv
En la misma línea, no podemos poner en riesgo, aunque ya el convenio y el contrato está
con la señora, creo que fallamos cuando Proveeduría sacó la licitación y no se le exigió la
patente, creo que en esa misma línea se le debe de cobrar la patente de aquí en adelante
y no retroactivamente. En todo caso se debería estudiar un poquito más.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Vieras que a mi me duele que una persona pobre de este cantón, que no tiene recurso y
si tiene que pagar todo y que una persona adinerada, que está lucrando, se le quiera
condonar. Hagamos una cosa, para no entrar en mucha discusión, pasemos la moción y
el documento al departamento Jurídicos y a la Comisión de Bienestar Social y para que
entre en análisis en una próxima sesión.
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Lo que también pediría, con mucho cariño y mi respeto para usted, nuestro presidente y
los compañeros que nos escuchan, pero creo que aquí hay que presentar precedentes y
abrirle un órgano director a Proveeduría y al departamento de Bienestar Social que
adjudicó una licitación de tanto dinero, más de 300 millones de colones, donde vieron que
no hay patente, de eso no puede haber un negocio que independientemente se vean
niños, yo soy defensora de la niñez, así como usted lo es.
En Código de la Niñez está el derecho superior del niño y no les podemos violentar sus
derechos, pero hay que abrirle un órgano director y que la Auditoría nos mande un informe
el porqué se le da a una persona privada un contrato de tantos millones de colones sin
que cumplan con los requisitos esenciales como una patente.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Yaslin usted preside la Comisión de Bienestar Social, se la estoy trasladando a usted la
moción con el documento para que se reúnan con el departamento Jurídico de la
Municipalidad y lo sometamos a votación en una próxima sesión.
Reg. Randall Torres Barrientos
Saluda, vieras que en la administración pública solamente opera el principio más
importante que es el de legalidad y el artículo N*11 de la Constitución Política y el N*11
de la Ley de Administración Pública, establecen que la administración solo puede hacer
los actos que sean válidos, verdad y creo que en este caso podríamos estar ante de que
el acto de adjudicación y todos los posteriores, inclusive de la aprobación en el Concejo
del cual yo me opuse y estuve en contra, podrían ser presuntamente inválidos, estaríamos
ante un principio de ilegalidad, porque uno de los aspectos de la Administración Pública
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0258
PAGINA N*86 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2024
cuando se adjudica es que tiene que estar al día en la CCSS y con los impuestos
municipales, inclusive, hay que revisar porque debe de haber una declaración jurada que
firma esta señora donde da fe que está al día y resulta que ni siquiera, supuestamente,
tenía una patente autorizada. Creo que el departamento Jurídico tiene un trabajo que
hacer para que nos recomiende que hacer en este caso, para proceder con el principio de
legalidad.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Bienestar Social y al
Departamento de Jurídicos para se analice a la mayor brevedad.
ACUERDO N* 167
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Kattia Cedeño, Pdta. Junta de Educación
Escuela La Rita, teléfono 2763-1252, correo 3008075598(O)junta.mep.go.cr, dice:
Oficio: JEELR-04-2021
Asunto: Solicitud de fondo económico para construcción de aulas Escuela La Rita,
solicitud previa del acuerdo 2800 acta 92 del 2019.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0259
PAGINA N*87 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
JUNTA DE EDUCACION/ADM ESCUELA LA RITA 0.0 |
CEDULA JURIDICA 3008-075598 mep
TELEFONO: 2763-1252 teo
CORREO ELECTRONICO: 30080755980junta.mep.go.cr
Limón, Pococí La Rita, 28 de enero de 2021
Oficio N* JEELR-04-2021
De : Kattia Vanessa Cedeño Guadamuz 1
Presidenta Junta de Educación Escuela la Rita // dela
' 1104999 »
Para E Consejo Munioipal a o
Municipalidad de Pococí
-2-2021 12320n
Asunto : Solicitud de Fondo Económico para Construcción de Aulas
Estimados Señores (as)
Reciba un cordial y respetuoso saludo en calidad de sus funciones.
La suscrita Kattia Cedeño Guadamuz, cedula de identidad: 1-1071-0950, vecina de La Rita
de Pococí, en calidad de presidente y representante legal de la Junta de Educación de la
Escuela La Rita, código 3628, circuito 02, cedula jurídica: 3008-075598, Dirección Regional
de Guápiles.
A principios del año 2019 recibimos una notificación de parte de la Municipalidad,
aprobando un aula para nuestro educativo, ejecutamos el proceso indicado.
Por lo cual solicitamos de su colaboración para la construcción de un aula para nuestra
institución ya que en este 2021 tenemos una sobrepoblación de estudiantes y nos URGE
su apoyo para dar una mejor educación a nuestros estudiantes, contamos con una
población aproximadamente de 1-100 estudiantes, lo cual se nos dificulta por motivo de
comodidad dar las lecciones,
Somos el Centro Educativo más grande de la provincia de Limón, contamos con Preescolar,
Transición, primero y segundo ciclo.
En el año 2019 enviamos un documento haciendo esta misma solicitud y recibimos la
respuesta del Señor Guillermo Delgado Orozco, Secretario Municipal de Pococí, en el oficio
SMP-2713-19, lo cual no pudimos ejecutar positivamente.
Talvez en alguna modificación puedan inyectar dinero para esta obra comunal, que en
realidad es muy importante para nuestro distrito y para el bienestar de la comunidad
estudiantil.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00260
PAGINA N*88 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
JUNTA DE EDUCACION/ADM ESCUELA LA RITA
CEDULA JURIDICA 3008-075598
TELEFONO: 2763-1252 »
CORREO ELECTRONICO: 30080755980Ojunta.mep.go.cr
5
Sin más por el momento me despido agradeciendo su comprensión.
Atentamente
Kattia Mañessa Cedeño Guadamuz,
cedula lísica:1-1071-0950,
Presidenta babo - EN
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía y a la Comisión de
Hacendarios.
ACUERDO N* 168
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Norman Hidalgo, alcalde municipal de
Acosta, teléfono 2410-0186, correo, dice:
Oficio: AM-049-2021
Asunto: Documento remitido al director general del OlJ y Fiscala general por estafas
a los contribuyentes de diferentes cantones del país por medio de usurpación de
identidad municipal
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*89 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
MUNICIPALIDAD DE ACOSTA
Central telefónica: 2410-0186 ext. 7
Email: alcaldiaVacosta.go.cr
Acosta, 03 de febrero del 2021
AM-049-2021
Sra. Emilia Navas Aparicio, Fiscala General.
Sr. Walter Espinoza Espinoza, Director General, ON.
Cordial saludo.
El suscrito Norman Eduardo Hidalgo Gamboa, en mi calidad de Alcalde y representante
popular del cantón Acosta y amparado en nuestra Constitución Política y el Código
Municipal, hago de su conocimiento que en nuestro cantón estamos presentando
problemas serios de estafas, particularmente nos hemos enterado de personas que
suplantan la identidad de funcionarios municipales, ofreciendo trámites de exoneración
y otros que no existen, por medio de llamadas telefónicas, correos electrónicos o
mensajería de WhatsApp.
He consultado con mis colegas y dicha situación se ha presentado y/o se está
presentando en los últimos meses en los siguientes cantones:
Alajuela
Alvarado
Aserrín
Barva
Cartago
Coto Brus
Cóbano (Concejo Municipal de Distrito)
El Guarco
Flores
Goicichea
Golfillo
Heredia
Monte Verde (Concejo Municipal de Distrito)
Montes de Oro
Mora
Moravia
Nicoya Municipalidad de PococÍ
rola SECRETARJA,.
Pal Recibido por:
Paz Zeledón E OLEO OA
Puntarenas tora:
Puriscal ! 0 SA A Ena ¿Palos
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DESPACHO DEL ALCALDE
Página 1
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*90 ACTA N*09 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE ACOSTA .
Central telefónica: 2410-0186 ext. 7 Lo
E SS ñ n ps
Email: alcaldiaBacosta.go.cr y
Quepos
San Isidro
San Pablo
San Rafael
Santa Ana
Santa Bárbara
Santo Domingo
Sarchí
Siquirres
Tarrazú
Turrialba
Turrubares
En razón de lo anterior, considerando el impacto que ello está generando en nuestros
contribuyentes y usuarios y en las economías de nuestros cantones, con el respeto
debido solicito interponer sus buenos oficios en lo que corresponda y este a su alcance
según nuestro marco legal vigente.
Agradeciendo su pronta diligencia,
NORMAN EDUARDO Firmado digitalmente por
HIDALGOGAMBOA mc
(FIRMA) Fecha: 2021.02.03 10:19:17 -06'00'
Norman Eduardo Hidalgo Gamboa,
Alcalde.
Corte Plena, Poder Judicial.
> Alcaldes, Alcaldesas.
2 Intendentes, Intendentas.
Concejos Municipales.
Concejos Municipales de Distrito.
Junta Directiva, IFAM.
Junta Directiva, ANAL
Junta Directiva, UNGL.
Archivo AM-049-2021
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se brinda voto de Apoyo a la Municipalidad de
Acosta.
ACUERDO N* 169
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Comité Pro-Mejoras comunales de Maná,
El Ceibo, Monterrey y Palacios, teléfono 8608-4525, correo rosoga600UMhotmail.com,
dice:
Asunto: Copia de la carta que remitieron a la ADI El Maná solicitando ser
reconocidos por la misma.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0
PAGINA N*91 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-202
Asentamiento El MANÁ, 17 de setiembre del 2020
Sres(as):
Municipalidad de Pococí
Asociación de Desarrollo Integral El MANÁ
Estimados señoresfas):
Por este medio reciban un cordial saludo de parte del
Comité Pro-Mejoras Comunales que está conformado por vecinos de las comunidades: El
MANÁ, El Ceibo, Monterrey y Palacios, nuestro objetivo principales es luchar por las mejoras
y prioridades de estas comunidades con un enlace con la Municipalidad de Pococí otras
entidades Gubernamentales y privadas, a la vez quisiéramos solicitar el apoyo de la
Asociación y ser reconocidos como un grupo organizado y con respaldo comunal.
deciendo su atención se despide de ustedes
Atte
Geovanny Moreno Marín Oldemar Azofeifa Cordero
Presidente Vicepresidente
Cédula: 701320677 Cédula: 701060139
CAD Teléfono: 72751705
MEA oAC.
Rocio Solís García Crisel Azofeifa Cordero
Secretaria Tesorera
Cédula: 108370264 Cédula: 701760369
Teléfono :83548070 Teléfono :85478071
Eliecer Arias Solano e Pococl
icipalidad d
] Mun RETA
Vocal
Cédula: 701860857 SEC ) ; Ti.
Teléfono; 84462621 Recibido pof: (a 24
E Día: O pa
La tora; ...
Correo electrónico: rosoga6000 hotmail.com
Participan de la palabra:
Reg. Reinaldo Benavides.
Maná tiene una asociación que todavía está vigente, lo que pasa es que no se están
reuniendo y la presidenta no quiere renunciar ni seguir, entonces es un comité de la misma
comunidad en vista que la Asociación está vigente pero no quiere funcionar, este comité
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00264
PAGINA N*92 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02
quiere trabajar en lugar de la Asociación El Maná, por lo tanto, no viene reconocida por la
Asociación del Maná, pero la Asociación está vigente.
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Vieras que el compañero Luis Méndez estuvimos en el Maná hace unos días y nos atendió
la presidenta de la Asociación del Maná y nos dijo que están trabajando arduamente por
lo que es el puente que está caído, me parece que primero deberíamos preguntarle a la
Asociación del Maná si están de acuerdo porque fuimos atendidos por la presidenta que
nos dijo que se están reuniendo y están trabajando señor presidente, con base a la
legalidad ellos son los que deben cuidar por esa comunidad, me parece que eso
deberíamos no aprobarlo, gracias señor presidente.
Reg. Luis Ángel Méndez.
Respecto al tema del Maná, nosotros fuimos y sí es cierto lo que dice la compañera Yaslyn,
el asunto es que doña Marta no es parte de la Asociación de desarrollo, ella conformó un
comité que está trabajando por las mejoras de ese asentamiento, en virtud de que la
Asociación no se ha estado movilizando ni asumiendo la responsabilidad que le
corresponde como tal.
Ellos requieren ser juramentados, eso fue lo que me externó doña Marta Mora en ese
entonces en dos ocasiones que hemos ido, que está desesperados y quieren tener una
línea de legalidad para poder trabajar por el asentamiento.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez.
Vamos a hacer lo siguiente, yo necesito que ustedes me autoricen comisionarme para ir a
hablar con la Asociación de Desarrollo, la verdad es que si hay una Asociación que está
trabajando, debemos ser respetuosos con la jurisdicción de cada Asociación de Desarrollo,
no podemos meter a otras asociaciones de otro territorio para que estén dando avales,
debemos tener mucho cuidado con eso, el gobierno local más íntimo del cantón de Pococí,
se llama ADI y debemos ser respetuosos de sus reglas y estatutos y no sabemos cómo
está reglamentado esto. Por lo tanto, quisiera que podamos ir al Maná a reunirnos con la
Asociación y el Comité.
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Me parece.
Reg. Luis Ángel Méndez.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*93 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-
Me parece bien formar una comisión para ir a corroborar y coordinar con la Asociación.
Nota de secretaría: El señor presidente Juan Luis Gómez Gómez nombra una comisión
para que visiten la comunidad del Maná e investiguen el tema. La misma estará integrada
con los siguientes miembros: Reg. Yaslyn Morales Grajal, Reg. Luis Ángel Méndez Araya
Reinaldo Benavides Vargas, Sr. Pate. Juan Luis Gómez Gómez, Síndico Jose Alexis
Chavarría Villarreal.
Reg. Jose A. Bustos Martínez.
Saluda, como lo comenta don Luis Méndez, hace un par de meses nosotros estuvimos en
el asentamiento del Maná con doña Marta y como lo connota el compañero Méndez, ellos
están trabajando en un comité aparte de la Asociación de Desarrollo, por tanto, si es bueno
hacer una comitiva para visitar y saber cómo está el tema.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se integra la comisión para visitar el sitio por parte
de los siguientes miembros del Concejo: Reg. Yaslyn morales, Reg. Luis Angel
Méndez, Reg. Reinaldo Benavides, Sr. Pdte. Juan Luis Gómez, Síndico Jose Alexis
Chavarría.
ACUERDO N* 170
Se omite.
ACUERDO N?* 171
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Jose Calvo, Pdte. Grupo de vendedores
ambulantes de Pococí, teléfono 8344-2983, dice:
Asunto: Solicitud de revisión del reglamento de vendedores ambulantes
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0266
PAGINA N*94 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
3-02-2021
Señores Consejo Municipal
Con todo respeto que ustedes se merecen, el grupo de vendedores, comerciantes
Independiente de Pococí, se les solicita al consejo municipal y al señor Alcalde que se haga
responsable una comisión, para ver el reglamento de los vendedores ambulantes, ya que este grupo
de Guápileños estamos anuentes a cooperar para cooperar para que se hagan los Kioscos en el
cantón de Pococí y el mercado de Guápiles.
Este Grupo está formando una cooperativa para kioscos y un mercado municipal
Grupo de comerciantes.
Presidente Jose Manuel Calvo Sojo 8344-2983
V.Presidente Luis Gerardo Chavarria Camacho 87382561
Secretaria Maria Nohemi Savala Sanchez 7040-59-96
Tesorero Asdrubal Alfredo Cubero 6221-9484
Camacho
Vocal 1 Maria Eugenia Calderon 8911-4729
Vocal 2 Edwin Camacho Chavarria 8375-1715
Fiscal Michael Chavez Cortez 6171-3541
Jo6E MANUEL
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Reactivación
Económica, Comisión de Asuntos Sociales y Comisión de Jurídicos.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla
Muy breve, este reglamento está desde el año 2007, preocupa que tenga tantos años,
pero en vista que a esta Municipalidad no nos satisface el noveno lugar, si no que vamos
hacia el primero, entonces es una muestra que esto se va a resolver. Como dije
anteriormente, este reglamento está desde el año 2007.
UL a
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0267
PAGINA N*95 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
ACUERDO N? 172 0
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Vecinos de Barrio Bovinos, Toro Amarillo,
teléfono 6487-4900, correo electrónico: josejimenez6487490009 gmail.com, dice:
Asunto: Solicitud de intervención de calle en Toro Amarillo
Por este medio yo José Jiménez Alemán, cédula: 5 0178 0806 y vecinos de Bovinos de
Toro Amarillo, queremos solicitarle a este honorable Concejo Municipal, la intervención de
la segunda entrada del Barrio Bovinos, la misma pone en riesgo la integridad física de
niños y adultos mayores que la frecuentan por ser vecinos. Además de generar
obstrucción vial.
Es un aproximado de 250 metros que requiere de cunetas y aceras, entre otros.
Agradecemos de antemano la colaboración brindada, se adjuntan fotos del lugar y firmas
de los afectados.
Atentamente; José Jiménez
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0269
PAGINA N*97 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0270
PAGINA N*98 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía, Unidad Técnica de Gestión
Vial y Obras Civiles para lo que corresponda.
ACUERDO N* 173
Se conoce nota para este Concejo suscrita por COOPEAGROINCA R.L., teléfono 8770-
0044, dice:
Asunto: Solicitud de inclusión en el proyecto de productores agrícolas frente a la
plaza del Salvador.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00271
PAGINA N*99 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
28 de enero de 2021 Vo
Sres: Consejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Distinguidos señores
Reciban un cordial saludo del consejo de Administración de la Cooperativa
Agroindustrial de Servicios Múltiples del Caribe (COOPEAGROINCA R.L). Somos
una cooperativa compuesta por agricultores de la zona tenemos dos años de
conformados y nuestra sede es campo 5 de Cariari. En reunión del consejo de
Administración celebrada el 24/01/2021, acta 11 8 artículo 4, se acordó respaldar
al gerente señor: Alexis Delgado Brenes para que firme convenios de
cooperación en pro del apoyo de los agricultores de la zona. Por lo que
apoyamos la apertura del mercado de productores contamos con la cédula
jurídica y personería al día ya, que en acuerdo del consejo se aprobó la apertura
del mercado de productores en el área de la antigua municipalidad frente la
plaza Salvador.
Por lo tanto, consideramos de-mucha importancia ser parte de este proyecto
Sin otro particular se suscribe
Eonsco agrpinistrziyo, +
AN to hrs Y 12 £
á S>%72oovo0o 4
Fon: 62015 E
Y SERVICIOS MÚLTIPLES DEL CARIDE RA
Céd. Jur.: 3.004. 786922
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Reactivación
Económica y al señor Alcalde.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0272
PAGINA N*100 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
ACUERDO N* 174
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Julio Rivas, Pdte. Comité Pro-
mejoras La Guaria, teléfono 8608-3521, dice:
Asunto: Solicitud de intervención de carretera y material para comunidad
Urbanización La Guaria
COMITÉ PRO-MEJORAS LA GUARIA
URB. LA GUARIA, CARIARI, POCOCI
La Guaria, Enero 28 del 2.021.
Señores
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
S. 0.
Reciban un afectuoso saludo de parte de nuestro comité,
con el mejor de los deseos de éxito en sus funciones.
En el año 2.019 y principios del 2.020 nuestra comunidad
fue beneficiada con alcantarillado pluvial y nuestras calles
fueron tratadas con la famosa “melcocha”.
La presente es para ponerlos en conocimiento de algunos
compromisos, de la anterior municipalidad, que al día de hoy no
han sido cumplidos:
1.- El alcantarillado pluvial no fue realizado en un 100%; sin
embargo, de lo que nos aprobaron están debiéndonos 27
alcantarillas de 18 pulgadas, de lo cual tiene conocimiento los
señores Zamora y Freddy Rivera. Solicitamos esas alcantarillas
y que nos incluyan en el presupuesto el restante para lograr el
100% .
2.- Las cajas de registro internas y las de las esquinas no se han
confeccionado, con el consecuente peligro, tanto para peatones
como para vehículos. Se nos dijo de la probabilidad de que nos
dieran el material y la comunidad pusiera la mano de obra, a lo
que accedimos, pero nada.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0273
PAGINA N*101 ACTA N?*09 Ordinaria. 04-02-2021
COMITE PRO-MEJORAS LA GUARIA
URB. LA GUARIA, CARIARI, POCOCI
3.- El tratamiento realizado a nuestras calles, con la “melcocha”,
se esta deteriorando, a tal punto que ya hay grandes huecos, e
inclusive los señores de A y A rompieron una calle, de lado a
lado, quedando de ponerle asfalto frío y aún no lo han hecho.
Solicitamos un bacheo, o bien se coloque la capa asfáltica
faltante, lo cual es un compromiso a un año plazo, el cual ya se
esta venciendo.
4.- Solicitamos incluyan dentro del presupuesto, ordinario o
extraordinario, o bien a través de alguna partida, las aceras y
cordón de caños, lo que representa unos 2.500 metros lineales.
Agradeciendo la atención a la presente, y en espera de un
trámite pronto y positivo a nuestras peticiones, me es grato
suscribirme muy atentamente,
BECA
Tel. 8608-3521.
Participa de la palabra:
Síndico Jose Alexis Chavarría
De acuerdo a esa nota de la Guaria, a ellos se les había quedado debiendo unas
alcantarillas y alegan que hay unas cajas de registro muy malas en la Guaria, entrada
Barrio San Juan y aquí en Palermo están muy malas las cajas de registro y ya van a entrar
las clases, puede ser peligroso, señor presidente si me ayuda con el señor alcalde.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 0274
PAGINA N*102 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía, Unidad Técnica de/Gestión
Vial y Obras Civiles. Que rindan un informe a este Concejo y que el síndico de Cariari
don Jose Alexis Chavarría le de seguimiento a estos departamentos.
ACUERDO N* 175
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Heriberto Cascante Carbajar, Pdte.
ADI Los Ángeles de Cariari, teléfono 6336-9940, dice:
Asunto: Solicitud de material para Salón Comunal de Los ángeles de Cariari
Lunes 01 de febrero del 2021
Señores del Consejo Municipal de Pococí
Saludos cordiales, para todo el equipo de trabajo, regidores en
general y el señor alcalde Manuel Hernández Rivera. La Asociación de
Desarrollo Integral ADI Los Ángeles de Cariari con personería
jurídica 3-002-084575 le solicita respetuosamente que nos ayuden con
la cerámica del salón comunal y el enmallado del frente. Por el motivo
que tenemos en muy mal estado el piso y estudiantes de la escuela en
ocasiones necesitan del salón para las clases de educación física al
igual que los estudiantes del Colegio CINDEA IPEC; ya que muy pronto
iniciaran las clases y lo solicitaran, al igual que lo necesitaran para otras
actividades del pueblo; aclaramos que el enmallado es para evitar la
entrada de los traficantes de droga y mejorar la seguridad del área. Esto
en un gran beneficio para el salón comunal, la escuela, el EBAIS y para
toda la comunidad.
Agradecemos toda la ayuda que nos brindaron en la calle de Los
Ángeles. Le adjuntamos estas proformas aproximadas y agradecemos
toda la ayuda que nos pueda brindar, bendiciones
Heriberto Cascante Carbajal Karla Castro Salazar
Presidente Secretaría
Tel: 6336-9940 Tel: 8497-9982
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
00275
PAGINA N*103 ACTA N?09 Ordinaria. 04-02:2021
mv 113) ALMACÉNEL MEJOR PRECIO BE CARIARIS. A.
Cata vw me Jorpreciócr.com CAMIARL Poseer
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Céd. Jurid. 3-101-110681-34 Documento: COT-146779
Tel. 2767-7015 Fax. 2767-7323 Forma de Pagor: Contado
Fecha: 30/01/2021 Vendedor: Norman Corrales Picado
Cliente: ASOC DESARROLLO LOS AANGELES Tr
Tel. — 2767-7015 Fax. Chu z Le A
369 00lY
Dirección:
Artículo Exe * Unidad Cantidad Venta SubTotal
1 246-0071 Piso Cer. Laja Beige 45 X 45 14342 45421 Metro 493.00 3,650.44 1,799,666,92
2 176-0085 Mortero Intaco Maxibond Plus 25K Unidad 130.00 3,104.00 403,520.00
3 052-0065 Porcelana Intaco Color Terracota 2 Kilos Unidad 80.00 1,741.00 139,280.00
4 246-1054 — Azulejo Arena Cafe 26 X 36 CJ-1.94 Mtrs Metro 24.00 4,024.00 96,576.00
5 123-0018 Tubo Hg 1 1/4 PLG X 1.50 Mm P/ Malla 6 Mts. Unidad 25.00 9,262.00 231,550,00
6 288-0101 Riel P/Porton Stanley 10 Ft. 3.05 Mts. 41-4580 Unidad 2.00 21,659.00 43,318.00
7 288-0103 Riel P/Porton Stanley 12 Ft. 3.66 Mts. 41-4590 Unidad 1.00 25,430.00 25,430.00
8 288-0016 Juego De Rodin P/Porton Stanley 600 Lbs. 81461 (41 Unidad 2.00 24,059.00 48,118.00
9 339-0059 SOLDADURA LINCOLN 46013 3/32Pulg. KG. 3063941 Kg 4.00 2,474.00 9,896.00
10 205-0005 Malla Galv.+*10 2 Metros Alto 2 X 2 PLG Mt. Rollo 30.00 5,324.00 159,720.00
11 063-0015  Varilla Grafilada 5.2 Mm % 2 X 6 Metros $ Unidad 5.00 931.00 9,655,00
Observaciones: TEL-6336-9940 ERIBERTO CASCANTE-PRESIDENTE le 2
LOS ANGELES Subtotal: 2,961,729,92
Descuento:
: Neto: 2,961,729.92
LV: 384,419.74
Total: 3,346,149.66
Documento valido por: 15 dlas dy
* Exento del impuesto de ventas
Firma
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*104
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*09 Ordinaria.
04-02-20
27
JOVAED CARIARI SOCIEDAD ANONIMA
Cédula: 3-101-787653
Dirección: CARIARI, 150 M NORTE DE LA GUARDIA RURAL
Teléfono: 2767-
1101
Correo electrónico:
Tipo de factura: + rururima
FERRETERÍA
e JOVAED
Fecha: Núm. Factura: Exonerada: Fecha vencimiento: Cajero:
30/01/2021 ¡06s NO 30/01/2021 JEFFERSON
Cliente: CLIENTE GENERAL (1)
ND
A nombre de: KEVEO
[Código Detalle Cantidad Prec.Unitario Precio Total!
176-0008 PISO CERAMICO ANTIDESLIZANTE 493,00 3.628,32 1.788,761,76
430-0588 PEGA CERAMICA PEDREGAL REGULAR 20KG 130,00 3.008,85 391.150,50
047-0340 PORCELANA SURTIDA 2K 80,00 1.681,42 134.513,60
044-0631 AZULEJO 20X30 BLANCO 24,00 4.601,77 110,442,48
123-0429 TUBO HG 1 1/4 PLG X 1.50 MM P/ MAL 25,00 8.761,06 219.026,50
044-0821 RIEL P/PORTON 3.00MTRS 2,00 21.236,94 42.477,88
105-0085 RIEL PIPORTON 3.60MTRS 1,00 21.238,94 21.238,94
043-0282 JUEGO DE RODINES STANLEY PIRIEL 2.00 19.469,02 38.938,04
339-0080 SOLDADURA LINCOLN 188013 1/8" KG. 4,00 3.274,34 13.097,36
205-0005 MALLA GALV.410 2 METROS ALTO 2 X 2 30,00 6.108,19 183.185,70
063-0017 VARILLA GRAFILADA ¿42 1/4 5.25MMX6MT 5,00 800,00 4.000,00
+ === ÚLTIMA LÍNEA - ===
Tipo de pago: Subtotal:
Descuento: 0,00]
REIMPRESION Impuesto: 382.568,14
TOTAL: 3.329.400,00
-IVA devuelto: 0,00
TOTAL: 3.329.400,00
/
Factura proforma
61142555
do (fersna
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Y
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00277
PAGINA N*105 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía y a la Comisión de
Hacendarios, para lo que corresponda.
ACUERDO N* 176
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Rosa González, Sria. Asociación
Residencial Franklin Vargas, teléfono 8840-7133, correo emiliovargassevillaG9gmail.com,
dice:
Asunto: Solicitud de materiales para Salón Comunal
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00278
PAGINA N*106 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
V
Pococí, 2 de Febrero 2021
Señores
Consejo Municipal
Pococí, Limón
Estimado Señor
Reciba un caluroso saludo de parte de la asociación Residencial Franklin Vargas de Ba, Vargas del
Molino de Jiménez cédula jurídica 3-002-767073.
El motivo de nuestra carta es para solicitarle una partida de materiales, solicitados por nuestra
asociación para cambio del Zinc y reforzar perlin de la estructura metálica del salón comunal del
mismo barrio, en conversación con su persona vía telefónica con el compañero de la Junta Directiva
Emilio Vargas Sevilla, se acuerda enviarle a usted una proforma de los materiales necesarios, la cual
adjuntamos a esta carta, con el objetivo de dar cumplimiento con lo convenido.
Así mismo queremos externarle nuestro agradecimiento, por el apoyo incondicional para nuestro
Ba. Vargas del que siempre queremos ver mejor,
Atentamente
Ka 1 Quilla
Licda. Rosa María González Quirós
Secretaria de Asoc.Residencial Franklin Vargas
Cc archivo
Municipalidad de Pococí
38407133. SECRETAR]
tecibido por:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*107
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*09 Ordinaria.
04-02-20
0001 ALMACENES EL COLONO S.A (GUAPILES)
3-101-082969
Telef.: 2713-1000 Fax: 2710-6745
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Dir. : LAMINAS DE 6.30 METRO 17 LAMINAS X 17 LAMIAS DE 4.7 METROS
Número : 2355823
Plazo  : 6 días
Fecha : 28/01/2021
Cantidad Codigo Nombre Presentacion Bod. Ubi, Precio Unitario__ Precio Linea
2000 1062022 ZINC REC ROJO $26(0 45)1 06X3 68 METALCO UND 0001 02 17,854 41 35,708 22
187.000 1037170 ZINC REC ROJO 26(0 45)1.06X1. 00 METALCO METRO 0001 02 5,219.76 976,095 12
750.000 7138156 TORN P/TECHO ROJO P/BRO 1/4X2" UND 0001 01 3317 24,877.50 *
4.000 7135019 SOLDAD HILCO 5013 3/32 2. 5X350 KG KG 0001 01 4,000.04 16,000.16 *
3.000 7210806 DISCO MET 9X1.9MP4 616228 FLRA MTB UND 0001 01 3,016.53 9,049.74 *
10.000 2018408 TUBO ESTRUCTURAL GALVA 100X100X' 50X8 COMTR UND 0001 02 19,753 98 197,539.80 *
Última Linea
Total en letras: un millón doscientos noventa y un mil cuatrocientos cuarenta y uno con 28/100.
Observaciones:
Promcción
PROMOCION TE DAMOS UNA MANO EN 8.92
Peso Total: 1,129.8290 Kg
SubTotal é 1,259,270.54
Descuento ¿0.00
Impuesto: $ 32,170.74
Transporte ¿0.00
Total Documento ¿ 1,291,441.28
Vigencia de la Oferta: 6 días
Realizado por: FACTURACIÓN GUÁPILES, PROFORMAS
Windowsiomejiaa
Por ALMACENES EL COLONO S.A (GUAPILES)
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía y a la Comisión de
Hacendarios.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
1
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00280
PAGINA N*108 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-
ACUERDO N* 177
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Hazel Gutiérrez, Sria. Comité de Caminos
Lagunillas La Rita, dice:
Asunto: Solicitud de juramentación del Comité de caminos Lagunillas La Rita
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00281
PAGINA N*109 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Este fin de semana estuve visitando esta comunidad, que nuestras comunidades
verdaderamente requieren que se les mejoren las vías de comunicación, caminos. Este
comité requiere el apoyo de este Concejo Municipal, porque el hecho que se encuentre
lejos, hay niños y hay una población grande, por lo tanto, este regidor estará invirtiendo,
en el momento que haya contenido presupuestario, en las mejoras de este camino de
Lagunillas.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*110 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-
Quiero felicitar a don Jhonny Vargas, exregidor municipal, que en el pasado hizo
ahí importante para dos personas que les dicen las gemelas y son discapacitadas, lo que
pasa es que ese trabajo que hizo don Johnny, un trabajito con mucho cariño, fue en la
entrada y les hizo un puente porque ellos pasaban por unas tucas. Felicitar a don Jhonny
porque siempre lo dije en las sesiones anteriores, tiene un sentido de sensibilidad y de
compromiso con la gente humilde.
Entonces voy a coordinar para que Magally me coordine una secretaria para trasladarme
a Lagunilla a hacer la juramentación, además que me coordine con el comité el día y la
hora para ir a juramentarlos.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba y se estará coordinando para que se
proceda con la respectiva juramentación.
ACUERDO N* 178
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Giovanni Porras Sánchez,
presidente  ADI El Indio de  Ticabán, teléfono: 8369-72-05, email:
asodesarrolloelindio(Hhotmail.com dice:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00 0 A
PAGINA N*111
ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-20
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
0284
04-02-2021
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*112 ACTA N*09 Ordinaria.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía y a la Comisión de
Hacendarios.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00285
PAGINA N*113 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
ACUERDO N 179 Lp
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Licenciado Carlos Jiménez Rojas,
Unidad de Patentes, dice:
Oficio DAT-074-2021
Por este medio remito listado de solicitudes de Licencias de Licores para su respectiva
aprobación
Mayra Baltodano Solorzano Actividad Restaurante
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 180
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Licenciado Carlos Jiménez Rojas,
Unidad de Patentes, dice:
Oficio DAT-074-2021
Por este medio remito listado de solicitudes de Licencias de Licores para su respectiva
aprobación.
María Eugenia Delgado Jiménez Actividad Mini Super
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 181
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Licenciado Carlos Jiménez Rojas,
Unidad de Patentes, dice:
Oficio DAT-074-2021
Por este medio remito nota presentada por la señora Enid Rocío Valverde Monge, en la
que solicita su autorización para la venta temporal de Flores en el espacio frente a la
Biblioteca municipal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00286
PAGINA N*114 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02+2021
Ú
Enid Rocío Valverde Monge Actividad Venta Temporal de Flores.
73% REPUBLICA DE COSTA RICA GN
Tribunal Supremo de Elecciones
Cédulo de Identidad
1 0605 0840
Número de
pedac lusmao”,9805 0840
inet pa cunmILeS posoci ocroion
Vencimiento: 45 03 2021 SF
Nerbre  ENID ROCIO
harta UE
rea E . 55875109
04 de febrero de 2021
Señores
Concejo Municipal
Estimados señores:
Yo Enid Rocío Valverde Monge ced 106050840 vecina de Pococ! solicito permiso temporal
para la venta de flores los días 13 y 14 de febrero del presente año al frente de la Academia
de Judo de Pococí contiguo a Perimercardos. Dicha Academia me indica que esos días no
habrá entrenamiento, por lo cual la venta de flores no será obstáculo además me Informa
que dicho establecimiento pertenece a la Municipalidad de Pococí.
Nuestra venta de flores respetará las medidas emitidas por el Ministerio de Salud.
Me despido en la espera de su respuesta.
Enid Rocío Valverde Monge
106050840
88340320
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00287
PAGINA N*115 ACTA N'09 Ordinaria. 04-02-2021
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la solicitud de la señora Enid/Rocío
Valverde Monge para la venta Temporal de Flores los días 13 y 14 de febrero de 2021
en el espacio frente a la Biblioteca municipal. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 182
Se recibe informe de comisión de los regidores Jose Bustos Martínez, Jairo Ojeda Aburto
y Juan Luis Gómez Gómez.
Asunto: Visita a la Estación Experimental Enrique Jiménez Núñez — INTA
Lugar: Cañas Guanacaste
Salida: 27-014-2021 a las 6:00 a.m
Regreso: 28-01-2021 a las 2:00 p.m
Resultados:
1. Recibimos una charla de parte de la Sra. Stephanie Quirós Campos, ingeniera
agrónoma, quien nos da una inducción sobre el cultivo de cáñamo, la cual es un
cultivo que vendrá a ser innovador para la salud. El INTA propiciará el estudio y
siembre en el cantón de Pococí y Cañas. Se nos informó que este cultivo no se
recomienda sembrar en grandes extensiones y se recomienda la siembra en
invernaderos y en el futuro se tendrá que aprobar una Ley para su cultivo y se
extenderá una patente para su cultivo.
2. El día 28-01-2021, el señor Alfredo Bolaños Herrera, Ingeniero Agrónomo, nos
facilita un recorrido en horas de la mañana en la Finca de Cañas. Siendo todo nos
despedimos cordialmente;
- ia A
A Uan ¡e (55 IMCL COME | y d
José A NMistos Mo, A AVAST
Va o Qycot du, lo
Ronda) Torres
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se recibe el Informe.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*116 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
ARTICULO Il
Lectura, Discusión y Verificación del Acta N*06 Extr, 26-01-
2021, Acta N*07 Ordinaria del 28-01-2021, Acta N*08 Ext, del
03-02-2021
ACUERDO N* 183
Se Conoce Acta N*06 Extraordinaria del 26-01-2021
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*06 Extraordinaria
del 26-01-2021. La Reg. Marilú Ballestero Cruz vota en lugar del Reg. Randall Torres
Barrientos y la Reg. Yoseline Rocío Abarca Torres vota en lugar del Reg. Ovidio
Vives Castro
ACUERDO N* 184
Se Conoce Acta N*07 Ordinaria del 28-01-2021
Comentarios sobre el ACUERDO N' 118
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla
Si bien es cierto que la Constitución Política establece el principio de inocencia
hasta que se demuestre lo contrario, soy conocedor que el señor Celso Manuel
Gamboa Sánchez no ha recibido sentencia de tribunal alguno en este país, lo que
ha habido son cuestionamientos y procedimientos administrativos, la no reelección
en la sala tercera, por ejemplo.
No tengo ningún cuestionamiento personal contra el señor Gamboa, pero me
preocupa el tema de imagen, si bien es cierto no ha sido sentenciado por delito
alguno, la prensa de este país realizó todo un proceso de cuestionamientos sobre
sus actuaciones y fuimos testigos de que se le cuestionó. En este momento no estoy
en contra del punto de vista personal del Sr. Celso Manuel Gamboa, simplemente
me sorprende que en Pococí exista suficientes personas con atestados
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*117 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
profesionales y éticos, nacidos en el cantón de Pococí y no se les dé la oflortunt
de participar en una Comisión como esta, me preocupa el tema de opinión, en este
momento, en el cantón dónde necesitamos unión, lo que observó en el Pueblo con
este nombramiento adhonorem que una persona es cuestionada es lo contrario.
Me pregunto si un vecino de Pococí sería nombrado, en sus condiciones, sería
nombrado en otra municipalidad del país, finalizo con esto, yo sé que es su
potestad, el artículo N*49 del Código Municipal indica que usted es el que nombra
O integra las comisiones, pero apelando a la buena voluntad y a lo antes expreso
por mi persona y en calidad de regidor suplente, le pido respetuosamente que
considere el nombramiento de don Celso Gamboa y de ser posible, lo retire de esa
comisión.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Señor Rosbill, usted en el período 01 de mayo 2006 al 01 de mayo del 2008 fue
presidente municipal y yo nunca intercedí con sus decisiones, respeté su
presidencia, déjeme decirle que yo mantengo a don Celso en la comisión, porque
no le está devengando ningún colón y por primer vez don Rosbill, vamos a tener un
abogado y un investigador forense, que lo ocupamos en esta municipalidad para
dar al traste con algunas situaciones que se están ventilando en la corriente
municipal.
Por lo tanto, don Rosbill respeto su participación, pero no es acogida por este
servidor, cuando usted fue presidente yo respeté sus decisiones y nunca le
contradije los errores o las cosas buenas que usted hizo.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*07 Ordinaria del
28-01-2021. La Reg. Yoseline Rocío Abarca Torres vota en lugar del Reg Ovidio Vives
Castro.
ACUERDO N* 185
Se Conoce Acta N*08 Extraordinaria del 03-02-2021
Comentarios sobre el ACUERDO N*147
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*118 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Por error dije que se investigara una funcionaria que estaba trabaja
asistente de la Alcaldía, cuando en realidad estaba nombrada en otras fúnciones,
para que se consigne correctamente que el periodo es 2016-2020
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*08 Extraordinaria
del 03-02-2021. La Reg. Flor Iveth Peraza Campos vota en lugar del Reg. Luis Ángel
Méndez Araya.
A Pl A a
ARTICULO lll
Asuntos del Señor Alcalde
ACUERDO N* 186
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde
Municipal, dice:
DACMI-0022-2021
Asunto: Plan Anual Operativo y Modificación Presupuestaria N*01-2021 por un
monto de ¿122.000.000,00 colones y documentación adjunta.
(7) MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ys DESPACHO DEI ALCALDE
MUNICIPALIDAD Teléfono: 2710-7182
DEPOCOCI Manuel. hernandezQmunipococi.go.cr
Guápiles, 4 de febrero de 2021
DAMCM-0022-2021
Sres.
Concejo Municipal
Mediante la presente me permito remitir para su respectiva aprobación el Plan
Anual Operativo Ajustado y Modificación Presupuestaria 01-2021 por un monto de
122.000.000,00 colones y documentación adjunta.
Sin más por el momento,
MANUEL Firmado digitalmente por
MANUEL HERNANDEZ
A
RIVERA (FIRMA) 00600
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
[Emai
«Es
Tel: 2713-6558 Ext: 127
sette-mora am:
F
5
Unidad de Presupuesto
Modificación Presupuestaria N* 01-2021. Ley 8114
Pepranoy
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S0JS09 ONUOD
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E
EN
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122 000 000,00
122 000 000,00
185 818 379,94
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UNIDAD TÉCNICA.
19 268 379,94|
000 000,00
5 000 000,00
0,00
14 268 379,94
01
META
19 268 379,94|
5000 000,00
0,00
14 268 379,94
01
'UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL
19 268 379,94|
5000 000,00
0,00
14 268 379,94|
09
[CUENTAS ESPECIALES
19 268 379,94|
5000 000,00
0,00
14 268 379,94
[02
102
(03-02
[SUMAS SIN ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA
500
UNIDAD TÉCNICA
19 268 379,94
10 000 000,00:
5000 000,00
0,00
0,00
0,00
5.000 000,00
14 268 379,94
15 000 000,00
101
META
10 000 000,00.
0,00:
5 000 000,00|
45 000 000,00
01
UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL.
10 000 000,00
0,00
5 000 000,00
15 000 000,00
101
¡SERVICIOS
10 000 000,00
0,00
5 000 000,00
15 000 000,00
103
103-02
¡SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO
1502
VIAS DE COMUNICACIÓN
10 000 000,00
6 550 000,00
36 550 000,00
0,00
22 000 000,00
5.000 000,00
0,00
15 000 000,00
0.000,00
14 550 000,00
101
META
36 550 000,00
22 000 000,00!
0,00:
14 550 000,00
02
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN MAQUINARIA Y EQUIPO, LEY 8114,
INICIAL 2021
36 550 000,00
22 000 000,00|
0,00
14 550 000,00
01
¡SERVICIOS
36 550 000,00
22 000 000,00:
0,00
14 550 000,00
08
05
[03-02
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN
502
¡VIAS DE COMUNICACIÓN
36 550 000,00:
0.000 000,00
20 000 000,00;
22 000 000,00'
20 000 000,00
0,00
0,00
0,00
14 550 000,00
0,00
101
META
20 000 000,00:
20 000 000,00
0,00
0,00
02
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN MAQUINARIA Y EQUIPO, LEY 8114.
INICIAL 2021
20 000 000,00:
20 000 000,00
0,00
0,00
MODIFICACION Página 1
PAGINA N*119
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*09 Ord
inaria.
04-02-2021
00291
[02
[MATERIALES Y SUMINISTROS [
20 000 000,00]
20 000 000.00]
0,00]
0,00]
101
[PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS
01
[03-02
¡VIAS DE COMUNICACIÓN
20 000 000,00
0 000 000,00
50 000 000,00
20 000 000,00
000 000,00
25 000 000,00
0,00|
0,00
0,00
000 000,00
25 000 000,00
101
META.
50 000 000,00
25 000 000,00
0,00
25 000 000,00
02
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN MAQUINARIA Y EQUIPO, LEY 8114.
INICIAL 2021
50 000 000,00
25 000 000,00
0,00
25 000 000,00
102
MATERIALES Y SUMINISTROS
50 000 000,00
25 000 000,00
0,00|
25 000 000,00
HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS
102
103-02
502
VIAS DE COMUNICACIÓN
50 000 000,00
0,00
0,00;
25 000 000,00
0,00
0,00
0,00.
52 411 994,79
25 000 000,00
52 411 994,79
58
META
0,00;
0,00
52 411 994,79
52 411 994,79
OBRA VIAL EN EL CANTÓN, LEY 8114. MODI 01-2021
0,00;
0,00
52 411 994,79
52 411 994,79
100.
REMUNERACIONES
0,00;
52 411 994,79
52 411 994,79
101
[REMUNERACIONES BÁSICAS
102
03-02
¡VIAS DE COMUNICACIÓN
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
52.411 994,79
4 367 666,23
52.411 994,79
4 367 666,23
158
META.
0,00.
0,00
4 367 666,23|
4 367 666,23
'OBRA VIAL EN EL CANTÓN, LEY 8114. MODI 01-2021
0,00
0,00;
4 367 666,23
4 367 666,23
100
[REMUNERACIONES
0,00;
0,00;
4 367 666,23:
4 367 666,23|
103
INCENTIVOS SALARIALES
103
103-02
1502
VIAS DE COMUNICACIÓN
0,00;
0,00
0,00.
0,00;
0,00
0,00
4 367 666,23:
5110 169,49
4 367 666,23'
5 110 169,49
158
META
0,00
0,00|
5 110 169,49
5110 169,49
(58
[OBRA VIAL EN EL CANTÓN, LEY 8114. MODI 01-2021
0,00
0,00;
5110 169,49
5 110 169,49
100
REMUNERACIONES
0,00;
0,00
5 110 169,49
5110 169,49
104
CONTRIBUCIONES PATRONALES AL DESARROLLO Y LA SEGURIDAD
¡SOCIAL
01
105
(03-02
1502
VIAS DE COMUNICACIÓN:
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
5110 169,49
5 110 169,49
5 110 169,49
5 110 169,49
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
58.
META
0,00
0,00
5 110 169,49
5 110 169,49
158
OBRA VIAL EN EL CANTÓN, LEY 8114. MODI 01-2021
0,00
0,00
5110 169,49
5110 169,49
100
¡REMUNERACIONES
0,00|
0,00
5110 169,49
5110 169,49
05
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
101
MODIFICACION Página 2
0,00
0,00|
5 110 169,49!
5110 169,49
PAGINA N*120
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*09 Ordi
maria.
102
SAO A SEA EA
VIAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE 35 000 000.00: ——35.000.000.00 0,00
[502 [VIAS DE COMUNICACIÓN: 35.000 000,00| 35000 000,00 0,00 0,00
16 META 35.000 000.001 35000 000.00. 0.00 0.00
Pm [CEMENTADO CALLES LOS VALENCIANO SAN LUIS 7-02-257 JIMENEZ, LEY
8114, INICIAL 2024
os [BIENES DURADEROS. 35 000 000,001 35000 000,00 9.00 9,00
[02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS. 35.000 000,00| 35.000 000,00 0,00 0,90
03-02
PAGINA N*121
103-02
o 000 00
502 [VIAS DE COMUNICACIÓN 15 000 000,00 15 000 000,00| 0,00. 0,00
23 [META 15 000 000,00. 15 000 000,00; 0,00. 0,00
[REPARACION CAMINO BUENOS AIRES 7-02-060 JIMENEZ, LEY 3114.
INICIAL 2021
105 ¡BIENES DURADEROS. 45 000 000,00| 15 000 000,00 0,00' 0,00|
102 ¡ICONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS 15 000 000,00! 15 000 000,00' 0,00 0,00.
[03-02 VIAS DE COMUNICACION TERRESTRE
[502 ¡VIAS DE COMUNICACIÓN 0,00| 0,00: 50 000 000,00. 50 000 000,00
[59 META. 0,00! 0,00 50 000 000,00| 50 000 000,00!
59 ¡TRATAMIENTO ASFÁLTICO LA GUARIA - LA LEONA, LEY 8114. MODI 01-
[2021
105 ¡BIENES DURADEROS. 0,00| 0,00 50 000 000,00 50 000 000,00|
102 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS 0,00! 0,00 50 000 000,00 50 000 000,00!
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*09 Ordinaria.
Firmado digitalmente
MANUEL poa
HERNANDEZ RA.
ho por: U.Or HERNANDEZ ERA
RIVERA (FIRMA) Fecha: 2021.02.09
112597 -0600'
Tissene Mora AgUero,
Coordinadora de Presupuesto
MODIFICACION Página 3
04-02+2021
002983
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00294
PAGINA N*122 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
: : (7) MUNICIPALIDAD DE POCOCI
10] DESPACHO DEL ALCALDE
rr Teléfono: 2710-7182
DEPOCOCÍ Moanuel.hernandezOmunipococi.go.cr
RELATA TA
Guápiles, 4 de febrero de 2021
DAM-0126-2021
Licda. Lissette Mora
Presupuesto
MBA. Rosalyn Corrales
Planificación
Mediante la presente me permito saludarles y solicitarles realizar Plan Anual
Operativo y Modificación Presupuestaria 1-2021 por un monto de 122.000,000,00 de
colones exactos según acuerdo 710 del acta de Sesión Extraordinaria 01-2021 de la
Junta Vial Municipal del 03 de febrero del 2021.
e GRADA pe !
E 2
es | E É
¡4 2
Li, Manyén térnánd ¡Weoo e)
Alcalde O gy, Pro
MUNICIPALIDAD DE POCOCGI
Unidad de Presupuasto
RECIBIDO
0 4 FEB,
[Firma de Recibido:
Nombre: FÍZ
| Wunlelpalidad de Pococí
Desa ó !
RECIBIDO
munipococi.go.cr (7
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00295
PAGINA N*123 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
alidod de Pogocí
JUNTA VIAL CANTONAL
Acta sesión Extraordinaria Número 01-2021 celebrada por la Junta Vial Cantonal de
la Municipalidad de Pococí en la sala de sesiones de tal órgano, al ser las dieciséis
horas con cinco minutos del día 03 de febrero de 2021 con la asistencia de los
siguientes miembros.
Miembros Presentes:
Lic, Manuel Hernandez Rivera Presidente de la Junta Vial
Ing. Freddy Rivera Varela Coordinador de Unidad Técnica
Sr. Greivin Bonilla Jimenez Representante de Síndicos
Miembro ausente:
Sr. Ricardo Villalobos Vargas Representante de A Soc. Desarrollo
Sr. Luis Méndez Araya Representante del Concejo Municipal
Otros presentes
Gisselle Aguilar Barquero, según acuerdo 691 tomado por la Junta Vial en sesión
extraordinaria N* 02-2020,
1- Saludo
2- Comprobación del Quórum
3- Oración .
4- Aprobación del Orden del Día
5- Punto Único: Modificación Presupuestaria 01-2021
6- Cierre de sesión
Capítulo | Saludos
Lic, Manuel Hernandez Rivera
Un cordial saludo a todos, gracias por estar presentes mediante la plataforma
virtual de zoom.
Capítulo I| Comprobación del Quórum
Comprobación del quórum mediante los miembros presentes en esta sesión de
forma virtual zoom, estando Ing. Freddy, Greivin y mi persona.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00296
PAGINA N*124 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02:2021
DE PO0Q0Í
Capitulo II] Oración JUNTA VIAL CANTONAL
Oración.
Capitulo IV Aprobación del orden del día
De acuerdo a lo establecido en el orden que se les envió en la convocatoria, los que
estén de acuerdo se somete a votación.
Acuerdo 710
Se somete a votación el orden del día. Modificación Presupuestaria 01-2021 Y
es aprobada por los presentes. Lic. Manuel Hernandez Rivera. Ing Freddy
Rivera Varela. Sr. Greivin Bonilla Jiménez. Aprobado por unanimidad. Acuerdo
Firme.
Capítulo V Modificación Presupuestaria 01-2021
Se presenta la modificación presupuestaria 01-2021 la cual se les envió a
ustedes con anticipación para su respectivo análisis, por lo que se le da la
palabra al Ing. Freddy Rivera Varela.
Ing. Freddy Rivera Varela.
De acuerdo a lo propuesto se presenta modificación presupuestaria 01-2021,
donde busca aumentar las siguientes subpartidas o partidas presupuestarias;
Servicios de ingeniería ¿ 5.000.000.00
Obras viales en el cantón Jornales y Cargas Sociales ¿£ 67.000.000.00
Tratamiento Superficial Bitumínoso La Guaria — La Leona ¿ 50.000.000,00
Por lo que se presenta en el siguiente desglose de la modificación
presupuestaria 01-2021.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*126 ACTA N*09 Ordinaria.
JUNTA VIAL CANTONAL
MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA N*1
FEBRERO 2021
JUSTIFICACIÓN MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA.
3.02.01.09.02.02 UNIDAD TECNICA DE GESTION VIAL, Sumas sin asignación
presupuestaria.
Según acuerdo de Junta Vial Municipal N*%711, del 3 de febrero de 2021, Acta
Extraordinaria 01-2021, se modificó el Presupuesto Ordinario 2021, el rubro UNIDAD
TECNICA DE GESTION VIAL, la subpartida presupuestaria Sumas sin asignación
presupuestaria de (E 19.268.379,94; de los cuales se disminuye un monto de G
5.000.000,00 y es trasladado a la subpartida de SERVICIOS DE INGENIERIA Y
ARQUITECTURA.
3.02.01.0.04.03 UNIDAD TECNICA DE GESTION VIAL, Servicios de Ingeniería y
Arquitectura.
Este ftem tiene un saldo de 4% 10.000.000,00; y mediante esta modificación se le
asigna un monto de € 5.000.000, para un total de £ 15.000.000,00 con el cual se
buscar realizar la contratación de una empresa que brinde el servicio de verificación
de calidad, para ejecutar los proyectos de esta Unidad.
3.02.02.01.08,04 MANTENIMIENTO Y REPARACION MAQUINARIA Y EQUIPO
LEY 8114, Mantenimiento y Reparación de maquinaria y equipo de producción.
Este [tem tiene un saldo de % 31.550.000,00; y mediante esta modificación se
disminuye un monto de € 20.000.000,00 y es trasladado a la partida prono pleaiats
de OBRA VIAL EN EL CANTON LEY 8114, para la subpartida Jornales.
3.02.02.01.08.05 MANTENIMIENTO Y REPARACION MAQUINARIA Y EQUIPO
LEY 8114, Mantenimiento y Reparación de equipo de transporte,
Este item tiene un saldo de £ 5.000.000,00; y mediante esta modificación se
disminuye uri monto de € 2.000,000,00 y es trasladado a la partida presupuestaria
de OBRA VIAL EN EL CANTON LEY 8114, para la subpartida Jornales.
3.02.02.02.01.01 MANTENIMIENTO Y REPARACION MAQUINARIA Y EQUIPO
LEY 8114, Combustibles y lubricantes.
Este ftem tiene un saldo de ( 20.000.000,00; y mediante esta modificación se
disminuye su totalidad y es trasladado a la partida presupuestaria de OBRA VIAL
EN EL CANTON LEY 8114, para la subpartida Jornales.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*127 ACTA N*09 Ordinaria. 04.
MUNICIPALIDAD:
DE POCOCI
JUNTA VIAL CANTONAL
3.02.02.02.04.02 MANTENIMIENTO Y REPARACION MAQUINARIA Y EQUI
LEY 8114, Repuestos y Accesorios.
Este ítem tiene un saldo de % 50.000.000,00; y mediante esta modificación se
disminuye un monto de (€ 25.000.000,00 y es trasladado a la partida presupuestaria
de OBRA VIAL EN El. CANTON LEY 8114, para la subpartida Jornales y sus
respectivas Cargas sociales.
OBRA VIAL EN EL CANTON LEY 8114, Jornales.
Mediante la presente modificación se le asigna un monto de ( 52.411.994,78; monto
requerido para la contratación de personal para llevar a cabo la construcción de
diferentes obras viales, realizando actividades de mantenimiento y mejoramiento del
sistema de drenajes, reparación de puentes, construcción de pasos de alcantarillas,
entre otras.
OBRA VIAL EN EL CANTON LEY 8114, Decimotercer Mes.
Esta Subpartida se le asigna un total de % 4.367.666,23, esto como parte de las
cargas sociales para la contratación del personal requerido para llevar a cabo este
proyecto.
OBRA VIAL EN EL CANTON LEY 8114. Contribución Patronal Al Seguro De
Salud De La Caja Costarricense De Seguro Social,
Esta Subpartida se le asigna un total de £ 4.848.109,52, esto como parte de las
cargas sociales para la contratación de personal requerido para llevar a cabo este
proyecto.
OBRA VIAL EN EL CANTON LEY 8114. Contribución Patronal Al Banco Popular
Y De Desarrollo Comunal.
Esta Subpartida se le asigna un total de  262.059,97 esto como parte de las cargas
sociales para la contratación de personal requerido para llevar a cabo este proyecto.
OBRA VIAL EN EL CANTON LEY 8114. Contribución Patronal Al Seguro De -
Pensiones De La Caja Costarricense De Seguro Social.
Esta Subpartida se le asigna un total de % 2.751.629,73 esto como parte de las
cargas sociales para la contratación de personal requerido para llevar a cabo este
proyecto.
OBRA VIAL EN EL CANTON LEY 8114. Aporte Patronal Al Régimen Obligatorio
De Pensiones Complementarias.
Esta Subpartida se le asigna un total de E 1.572.359,84, esto como parte de las
cargas sociales para la contratación de personal requerido para llevar a cabo este
proyecto.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*128 ACTA N*09 Ordinaria.
E
MUNICIPALIDAD
DE PO000!
JUNTA VIAL CANTONAL
OBRA VIAL EN EL CANTON LEY 8114. Aporte Patronal Al Fondo De
Capitalización Laboral.
Esta Subpartida se le asigna un total de / 786.179,92, esto como parte de las
cargas sociales para la contratación de personal requerido para llevar a cabo este
proyecto.
3.02.16 CEMENTADO CALLE LOS VALENCIANO SAN LUIS 7-02-257 JIMENEZ,
LEY 8114, Vías de comunicación terrestre
Este ftem tiene un saldo de £ 35.000.000,00; y mediante esta modificación se
disminuye su totalidad y es asignado a la partida TRATAMIENTO ASFALTICO LA
GUARIA — LA LEONA LEY 8114.
3.02.23 REPARACION CAMINO BUENOS AIRES 7-02-060 JIMENEZ LEY 8114,
Vías de comunicación terrestre.
Este Ítem tiene un saldo de £% 15.000.000,00; y mediante esta modificación se
disminuye su totalidad y es asignado a la subpartida TRATAMIENTO ASFALTICO
LA GUARIA - LA LEONA LEY 8114.
TRATAMIENTO ASFALTICO LA GUARIA — LA LEONA LEY 8114. Vias de
comunicación terrestre
Mediante la presente modificación se le asigna un monto de 4 50.000.000,00, para
llevar a cabo la construcción de un tratamiento asfaltico en el camino La Leona — LA
Guaria, con el fin de realizar la mejora de la red vial cantonal, mejorando los Índices
de serviciabilidad y transitabilidad, esto le permite a los vecinos de la comunidad
tener una mejora en el confort y la calidad de vida.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
JUNTA VIAL CANTONAL
PAGINA N*129
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*09 Ordinaria.
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%131 ACTA N*09 Ordinaria.
o ia
MUNICIPALIDAD:
PE POCO0!
JUNTA VIAL CANTONAL ae
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL
Telefono; 2710 - 2143, Fax: 27107181
N* OFICIO; UTGVM - 0060-2021
Página 1 de2
Guápiles, 3 de febrero 2021
Sres, Junta Vial Cantonal
Municipalidad de Pococl
Asunto: Perfil para los proyectos de la Modificación Presupuestarlo 01-2021, de los fondos
provenlentes de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria, Ley 8114
Estimados señores:
De acuerdo al Reglamento y Manual para realizar las modificaciones presupuestarias, de la
Municipalidad de Pococí, mediante el presente oficio se realiza el perfil de cada uno de los proyectos
a incluir en la Modificación 01-2021, del Presupuesto Ordinario 2021, de los fondos provenientes
de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria, Ley 8114.
Dentro de esta primera modificación, se incluye gastos operativos de la dependencia técnica para la
ejecución de los recursos provenientes de esta Ley, además se incluyen obras viales para mejorar la
transitabilidad en la red vial, z
Mediante el presente oficio, se realiza una descripción de cada uno de los proyectos y/o recursos
asignados en esta primera modificación, tal como se detalla.
1. UNIDAD TECNICA DE GESTION VIAL
En esta modificación del presupuesto ordinario 2021, se incluyó un presupuesto de € 67.000.000,00
(sesenta millones de colones exactos), para realizar la contratación de personal transitorio y sus
respectivas cargas sociales, para llevar acabo la construcción de proyectos viales, con la intención +
de la mejora continua de la infraestructura vial, este tipo de personal se realizarían trabajos de
elaboración de alcantarillas, construcción de pasos de alcantarillas, construcción de puentes,
construcción y reparación de aceras, entre otras.
Adicional a esta partida se incluye C 5.000.000,00; para la contratación de los servicios de
verificación de calidad en los trabajos de infraestructura vial, esto en cumplimiento con el Artículo
5 inciso £
araniij imiento de las di jones icial; el MOPT el
:u condición de rector té: j ndo la í tación de un programa permanente
de ramlento de la cal
Es por ello que se reserva este contenido, para realizar ensayos de verificación de calidad, que tal
como lo define el Manual de especificaciones generales para la-construcción de carreteras, caminos
y puentes CR-2010
'erificación de la calidad: - ejecutados por el lal control de d
de la Al 'a yer! saltas 1 esentados
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*132 ACTA N*09 Ordinaria.
04-02-
21
304
JUNTA VIAL CANTONAL
MUNICIPALIDAD DB POCOCI
UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL
Telefono: 2710 - 2143, Fax: 2710—7181
N* OFICIO: UTGVM - 0060-2021
Página 2 de 2
el Contratista; st el pago de obra ejecutada en función de la calidad, se realiza basado en
e rif
e,
2. Tratamiento Asfaltico La Guaria - La Leona Ley 8114.
Se realiza la asignación de £ 50.000.000,00 (cincuenta millones de colones exactos), esto para poder
llevar a cabo la construcción de un tratamiento asfaltico en el camino La Guaria — La Leona, con el
fin de realizar el cambio de la superficie de ruedo, caso especifico Lastre a TSB, de manera que se
mejore la infraestructura vial, este tipo de trabajos busca aumentar los niveles de servicio y
transitabilidad,
El.ingeniero Jorge Arturo Castro, del Laboratorio Nacional de Materiales y Modelos Estructurales
(LANAMMEB) de la Universidad de Costa Rica, en el documento denominado Los Tratamientos
superficiales Bituminosos, expresa los usos de los tratamientos
1), Obtener uria superfide de.hajo costo que sirva en el tiempo. Pará
tráfico comprendido entré categoría ligera a mediana, un tratamiento
superficial «sobre una base granular dará una superfide de
rodamiento económica y de larga duración.
2) Impernieabilizar. Para dar su mejor cómportamiento, un
pavimento deberá evitar la entrada del agua superficial a las tapas
subyacentes, Los tratamientos superliciales son ampliamente usados
be evitar que el agua entre en lás báses grarjularés, así. tomo en
s pavimentos viejós que se han agítétado o envejecido.
3) Proporcionar una superficie antideslizante. Los pavimentos que
sé han vuelto resbaladizo debido al desgasté y pulimento de las
superficies de los agregados, deben recibir un tratámiento con
agregados duros, ásperos y angulares, de manera que permita
testablecer las características antitresbalantes.
4) Dar nueva vida a Jas superficies desgastadas y envejeddas, Un
pavimento que tieñe años y que está a punto de désintegrarse, se
puede restaurár pára que dé un'servicio útil adicional aplicando un
tratamiento superficial de asfalto y agregado:
Seguro de su atención a la presente,
FREDDY JOSE der
RIVERA VARELA RIVERA VARELA (FIRMA)
- Fecha; 2021.02.04
Le eddy Teivera Varela,
Coordinador Unidad Técnica,
Municipalidad de Pococí.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*133 ACTA N*09 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD
DEPOcoc)
JUNTA VIAL CANTONAL
Lic. Manuel Hernandez Rivera
Dada la modificación presupuestaria 01-2021, si están de acuerdo sírvanse levantar
su mano en señal de aprobación.
Ing. Freddy Rivera Varela.
Voto positivo.
Sr. Greivin Bonilla Jimenez
Voto positivo,
Acuerdo 711 .
Se somete a votación la modificación presupuestaria 01-2021. Y es aprobada
por los presentes. Lic. Manuel Hernandez Rivera. Ing Freddy Rivera Varela. Sr.
Greivin Bonillá Jiménez.Aprobada por unanimidad. Acuerdo Firme.
Capitulo IX cierre de sesión
Se cierra la sesión al ser las dieciséis horas con treinta minutos.
Lig Manuel Herñádez Rivera Sr. Luis Mendez Araya
Presideñíte de JVC secretario de JVC
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*134
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*09 Ordinaria.
04-02
O
00306
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00308
PAGINA N*136 ACTA N?*09 Ordinaria. 04-02+2021
ES División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
HA CGR Gerencia de División
Certificación de verificación de requisitos del bloque de legalidad presupuestario
que debe cumplir el presupuesto inicial y sus variaciones, para las
municipalidades
Sujetos obligados a realizar la certificación y sus efectos legales: Esta certificación deberá ser
completada y emitida bajo la entera responsabilidad del funcionario designado formalmente,
por el jerarca superior o titular subordinado, como responsable del proceso de formulación del
presupuesto institucional, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.2.16 de las
Normas Técnicas sobre Presupuesto Público N-1-2012-DC-DFOE' y en los "Lineamientos para la
formulación y remisión a la Contraloría General de la República del presupuesto institucional”.
El citado funcionario está en la obligación de conocer integralmente el proceso de formulación
presupuestaria de manera que se encuentre en condición de certificar todos y cada uno de los
Ítems en ella contenidos. Asimismo, deberá hacer las revisiones y verificaciones del caso para
garantizar la veracidad de la información que se consigna en su certificación. El consignar
datos o información que no sea veraz acarreará las responsabilidades y sanciones penales
según los artículos 366 y 367 del Código Penal, civiles y administrativas (previstas principalmente
en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos N.* 8131 y la Ley
General de Control Interno N.* 8292).
Indicaciones para el llenado de la certificación:
a. Seleccione en la columna correspondiente “SI”, “NO” o "NO APLICA" cuando el
funcionario que certifica ha verificado el cumplimiento fiel o no, del enunciado incluido
en la columna de “Requisitos”.
b.  Enla columna de “Observaciones” debe incluirse una explicación amplia de las razones
por las que se ha señalado que No se cumple o No aplica el requisito señalado en el
enunciado.
c. Se aclara que la normativa y requisitos expresamente contenidos en el modelo de
certificación aportado por la Contraloría General, constituye una recopilación de
aspectos generales a considerar, por lo que no agota el universo de aplicación del
bloque de legalidad que resulta particular para cada institución y en ese sentido, es la
propia entidad la responsable de incorporar todos los aspectos específicos que son
susceptibles de verificación y por ende de inclusión en la citada certificación.
d. La certificación debe ser sometida al Jerarca respectivo previo al acto de aprobación del
presupuesto inicial o sus variaciones, a efecto de que éste confirme que se ha verificado
el cumplimiento del bloque de legalidad presupuestario correspondiente. Después del
acto de aprobación procede la firma de la certificación por parte del funcionario
designado por el Jerarca.
' Publicadas en La Gaceta N.? 64 del 29 de marzo de 2012.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: controloria.generolB: cgrcr.go.cr
bito://wwwcorgo.cl Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
“IeMPre apoyanuao el VESarrono ae Canton.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI + 00309
PAGINA N*137 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Certificación de verificación de requisitos del bloque de legalidad presupuestario
que debe cumplir el presupuesto inicial y sus variaciones, para las
municipalidades
El (la) suscrito [a) Lissette Mora Agúero cédula 701450007
Mayor, soltera, vecina del Distrito La Rita, contadora _, Coordinadora de Presupuesto
responsable del proceso de formulación de Modificación Presupuestaria 01
año _2021 de la Municipalidad de Pococí designado por
Alcalde Manuel Hérnandez Rivera por este medio certifico, con conocimiento
de las responsabilidades penales, civiles y administrativas que me sean atribuibles al
certificar información no veraz, que he revisado todos los aspectos del bloque de
legalidad contenidos en esta certificación.
Requisitos del bloque de legalidad presupuestario que en caso de incumplimiento debe darse
la improbación o archivo sin trámite según corresponda”, del presupuesto inicial o sus
variaciones, por parte de la Contraloría General de la República?.
Requisitos Seleccione Observaciones
1. El documento presupuestario remitido a la Contraloría
General de la República fue aprobado por el Concejo
Municipal, conforme lo dispuesto en el artículo 13,
inciso b) y 105 del Código Municipal -CM- (principios
de legalidad, participación y publicidad), y en
concordancia con los artículos 70 y 129 y siguientes de
la Ley N.2. 62271,
2. Se incluye el contenido presupuestario para cumplir Se incluyó contenido
con las órdenes emitidas por la Sala Constitucional, . id en el Pl
acorde con lo dispuesto en los artículos 41 y 48 de la [No Aplica y
Constitución Política.
? Sin perjuicio de las responsabilidades que se puedan atribuir a los funcionarios que han incumplido sus deberes, según
lo establece la Ley N.” 8131 y la Ley General de Control Interno, N.? 8292,
* Además de los relativos al acta de aprobación del presupuesto ordinario, establecidos en el Código Municipal.
í Ley General de la Administración Pública, publicada en La Gaceta N.*15 de 22 de enero de 1979.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*138 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Y
3. Se incluye el contenido presupuestario suficiente”, Se incluyó contenido
cuando ha vencido el plazo de tres meses para presupuestario en el Pl
atender las obligaciones derivadas de resoluciones 2021.
judiciales, conforme con lo dispuesto en el artículo 78,
punto 2, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso [No Aplica
Administrativa N.? 3667% o acorde con lo dispuesto en
el artículo 168 inciso 2) del Código Procesal
Contencioso Administrativo, Ley N.2 8508”, según
corresponda.
4. Se emitió el documento “Consulta Morosidad Digital
Web"? de la CCSS en el cual conste que la institución
se encuentra al día en el pago de las cuotas
patronales y obreras de esta Institución o que existe, Si
en su caso, el correspondiente arreglo de pago
debidamente aceptado, según lo dispuesto en el
artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS, N.? 17? y
sus reformas.
5. El documento presupuestario incluye el contenido El contenido
económico suficiente para cumplir con todos los a dol
compromisos adquiridos Crédito municipal, de ABlca ES  imabdles E
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 del Código incorporó en el Pl 2021.
Municipal (principios de universalidad e integridad y
programación).
6. Se incorpora el contenido presupuestario para El contenido
financiar las partidas y subpartidas de gastos presupuestario suficiente
necesarios para el funcionamiento de la institución O peO enelhl
durante todo el año, de acuerdo con lo dispuesto en No Aplica :
el artículo 176 de la Constitución Política y los artículos
4 y 5 inciso a) de la Ley N.” 8131 (principios de
universalidad e integridad y sostenibilidad).
7. Se incluye la asignación presupuestaria para el pago Se pomos en de Pl
del seguro de riesgos del trabajo, según lo dispuesto 2021. Norma 6, Norma
en el artículo 331 del Código de Trabajo, Ley N.2 21 y [No Aplica desde Trbao No
sus reformas. se Incorpora
5 Los egresos respectivos se clasificará en la partida y subpartida por objeto del gasto, así como en los programas
presupuestarios correspondientes.
* Publicada en La Gaceta N.? 65 del 19 de marzo de 1966.
7 Publicada en el Alcance N.? 38 a La Gaceta N.? 120 del 22 de junio del 2006.
Dicho documento deberá incluirse como un anexo al documento presupuestario en el espacio que el SIPP disponga
para ello y la fecha de validez debe coincidir con la fecha de presentación del documento presupuestario a la
Contraloría General,
* Ley N* 17 del 22 de octubre de 1943.
'" Publicada en La Gaceta N.? 192 del 29 de agosto de 1943.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*%139 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
a==*
V
8. Se incluye en el documento presupuestario el
contenido económico requerido de acuerdo con el
porcentaje establecido", para la transferencia al
Fondo de Capitalización Laboral (3%), conforme lo
dispuesto en la Ley de Protección al Trabajador N.*
Si
7983.
9. La municipalidad se encuentra al día en las La municipalidad no tiene
operaciones con el IFAM, acorde con lo establecido créditos con el JEAM,
en el artículo 37 de la Ley del Instituto de Fomento y |No Aplica
Asesoría Municipal, N.” 4716 (principios de legalidad,
universalidad e integridad).
10.La Municipalidad formuló el documento La municipalidad no
presupuestario correspondiente y giró a favor de la realiza festejos
institución respectiva las utilidades de los festejos populares.
populares en la proporción que correspondía —artículo |No Aplica
11 y 12 de la Ley de Nombramiento Comisiones de
Festejos Populares, N.” 4286 y sus reformas- (principio
de legalidad).
11. El Concejo Municipal conoció la información La información plurianual
plurianual, elaborada en cumplimiento a lo se conoció y aprobó para
establecido en el artículo 176 de la Constitución [NO Aplica el PI2021,
Política y la norma 2.2.5 de las NTPP.
cumple con los
de formulación
interna indicados en las Normas Técnicas
re Presupuestos Públicos (norma 4.1.3). ió,
Además, certifico que se ha verificado el cumplimiento razonable de todos los aspectos del bloque de
legalidad que le aplican a la institución en materia de presupuesto y del contenido incluido en el
documento presupuestario.
Esta certificación la emitó a las _15:12_ horas del _04_ de Febrero de_ 2021
Nombre: Lissette Mora Aguero
Puesto: Coordinadora de Presupuesto
Correo electrónico: lissette.moraGmunipococi.go.cr
Teléfono: 2713-65-58, 8708-07-42
LISSETTE MORA erro
| AGUERO (FIRMA) - Fecha:2021.020415:14:12-0600'
Firma"?! V. Julio 2020
"La base para el cálculo de dichos porcentajes corresponderá a los montos por concepto de Remuneraciones
básicas, Remuneraciones eventuales (excepto Dietas), Incentivos salariales (excepto decimotercer mes) y
Remuneraciones diversas.
Y Este campo debe completarse en aquellos casos en los cuales el funcionario que emite la certificación posee firma
digital, de lo contrario, se procede a imprimir la certificación y se firma el documento de forma física.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*140 ACTA N'09 Ordinaria. 04-02-2021
Y
Documento Digital Consulta Morosidad + PATRONO / Tl / AV
No. PA31965646
Patrono al Día
Al ser las 3:11 PM del 04/02/2021 he procedido a consultar vía Web a la Caja Costarricense de Seguro Social -
Sistema Centralizado de Recaudación (SICERE) a:
RAZÓN SOCIAL/NOMBRE CÉDULA(FIS/JUR)
MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE POCOCI 3014042125
REVISADOS LOS REGISTROS POR CONCEPTO DE CUOTAS OBRERAS Y PATRONALES, ARREGLOS DE
PAGO, CHEQUES DEBITADOS Y OTRAS FACTURAS, EL PATRONO / TRABAJADOR INDEPENDIENTE ARRIBA
DETALLADO CON CÉDULA Y RAZÓN SOCIAL INDICADA SE ENCUENTRA AL DÍA. LO INDICADO
ANTERIORMENTE CORRESPONDE A CAJA Y LEY DE PROTECCIÓN AL TRABAJADOR, NO APLICA PARA LAS
OTRAS INSTITUCIONES (INA, IMAS, ASFA Y BANCO POPULAR)
NÚMERO PATRONAL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL LUGAR DE PAGO
3014042125 MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE POCOCI GUAPILES
e Última Línea ——ooammmccna
"Este documento es válido solo por el día de hoy.
*Este es un documento digital, por lo tanto cuando se imprima plerde validez del mismo.
*”Ehn caso que necesite verificar el documento digital puede accesar a la página web:, www.ccss,sa.cr- Consulta de Patrono al día, y digitar
el consecutivo del documento, su tipo y número de identificación asociado.
Nota de Secretaría: el señor presidente somete a discusión el documento, no habiendo
comentarios ni consultas por parte de los señores regidores, procede a someterlo a
votación. Quedando de la siguiente manera.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Aprueba el Plan Anual Operativo y Modificación
Presupuestaria N*01-2021 por un monto de ¿122.000.000,00 colones y
documentación adjunta. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*141 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
ACUERDO N* 187
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde
Municipal, dice:
DACMI-0019-2021
Mediante el presente oficio se remite Informe Jurídico 1J-04-FEB-2021, referente a
lotificación en Barrio Jesús, emitido por la Licda. Mayra Montes Arce, Servicios Jurídicos,
en el cual se indica que la recomendación de hacer las diligencias de traspaso del lote que
cuyo plano catastrado L-1085744-2006, procede dado que existe el aval técnico emitido
por el Departamento de Desarrollo y Control Urbano y es viable jurídicamente, pues según
los citados informes esta propiedad fue destinada a un plan de lotificación previsto en una
norma jurídica y además no forma parte de ninguna área comunal.
Por lo anterior se solicita se autorice al Alcalde en ejercicio, a comparecer ante notaría o
notario público, para que se realice el respectivo instrumento notarial de traspaso de dicho
inmueble a favor del señor José Luis Chacón Carmona, con cédula 601580745 y la señora
María Antonia Obando Solazar, con cédula 601370640.
Agradeciendo su atención se despide;
Lic. MandveHHémández Rivera
Alcalde
c/archivo
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*142 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
fica”
AGR
Municipalidad de Pococí ee
: 4 Servicios Jurídicos Internos
a 2713-6516 Fax: 2710-4318 ao
ÚNTO: LOTIFICACIÓN EN BARRIO JESÚS
JOSE LUIS CHACÓN CARMONA Y M* ANTONIA OBANDO SALAZAR
SOLICITANTE: DESPACHO DE LA ALCALDÍA
1. GESTIÓN:
Con la instrucción del Coordinador de Servicios Jurídicos Internos, procedo a
contestar Oficio DAM-568-2020, del 10 de diciembre de 2020, donde se solicita a
esta Unidad Jurídica, tramitar la solicitud de una segregación en cabeza propia de
la fi O, un lote de la finca municipal que se ubica en la
Barrio Jesús, distrito Guápiles, correspondiente Plan de Lotificación Municipal,
Siguiendo el debido proceso, se solicitó al Departamento de Desarrollo y Control
Urbano, el correspondiente informe técnico, en el que indique si el terreno que se
pretende titular los gestionantes, es parte de alguna área comunal o de uso público,
y si existe algún impedimento técnico para que los poseedores puedan realizar el
correspondiente instrumento notarial. En respuesta se emite el oficio DDCU-012-
2021, del 28 de enero de 2021, en el que se indica que el plano catastrado L-
1085744-2006, mide 205,63m cuadrados, que no ha generado título, que el plano
se encuentra visado por este municipio, que está activo, que el lote se encuentra
debidamente delimitado y amojonado, que cuenta con los servicios básicos como
agua y electricidad, que este terreno se encuentra dura del plan regulador vigente,
y que el mismo no es parte de ninguna área comunal destinada al uso público del
fraccionamiento municipal de Barrio Jesús.
ANTECEDENE HISTÓRICO DE LOS PLANES DE LOTIFICACIONES:
Desde hace varias décadas, en nuestro Cantón, han existido diferentes proyectos
o planes de lotificación municipales para dotar de pequeños terrenos a nuestros
[ETS
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*143 ACTA N09 Ordinaria. 04-02/2021
Y
Aunicipulidad de Pococí 2
Servicios Jurídicos Internos LS
Tel: 2713-6516 Fax: 2710-4318 MEEpOCOS
pobladores, esto con el fin de minimizar la falta de viviendas, especialmente para
familias de escasos recursos, muy característicos en los cantones rurales. Es así
como han surgido barrios y caseríos, entre ellos Barrio Esmeralda, Barrio Jesús,
La Leona de Bella Vista (Guápiles); Anita Grande, de Jiménez, San Antonio de
Roxana, Caribe de Cariari, en otros.
El concepto de PLAN DE LOTIFICACIÓN surge tanto del Código Municipal, como
por la Ley de Licores, que data del año 1936, ya derogada por Ley 9047, En el
artículo 4, inciso 4) del Código Municipal, derogado de la Ley No.4574 señalaba:
"Corresponde a las municipalidades la administración de los servicios e intereses
locales, con el fin de promover el desarrollo integral de los cantones en armonía
con. el desarrollo nacional. Dentro de estos cometidos (...). Las municipalidades
deberán adquirir y fraccionar terrenos, preferentemente en las zonas
rurales dentro de la jurisdicción territorial administrativa, mediante
compra directa o de acuerdo con lo dispuesto por el Título VI de este Código (...)”
Texto actualmente derogado. Todavía en agosto de 2012, el Código Municipal
incluía el término de plan de lotificación. En cuanto a este artículo 37 de la Ley de
Licores, la Asamblea Legislativa, realizó Interpretación Auténtica (ver Ley No.
6796 de 17 de agosto de 1982), la cual dice lo siguiente: Los ingresos municipales,
provenientes de patentes de licores y del impuesto sobre expendio de licores, serán
utilizados, preferentemente, para el Plan Municipal de Desarrollo Urbano (...).
Como vemos, estamos ante una evolución de concepto, donde se inició con un plan
de lotificación y actualmente se habla de un desarrollo urbano; pues en el párrafo
se incluye la palabra “Preferentemente, para el Plan Municipal de Desarrollo
Urbano”. Dejándose ver el tema de vivienda, no como el simple hecho de construir
casas, sino, como un plan integral que pretende garantizar una mejor calidad de
vida de los ciudadanos, inclusive hoy día en la doctrina jurídica se habla del
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Ep
Municipalidad de Pococí 3
Servicios Jurídicos Internos LA
Tel: 2713-6516 Fax: 2710-4318 MEPOCOd
Derecho Urbanístico, como parte de la manifestación transversal del Derecho
Ambiental. Por otra parte, es importante hacer un análisis con relación a otros
articulados, tal como los artículos 4 y 57 (en cuanto a los bonos de vivienda) del
Código Municipal. Dejando claro que el tema de vivienda es un tema que compete
a lo interno de los gobiernos locales.
3. ANÁLISIS JURÍDICO:
DEL CASO EN CONCRETO: Quien ha realizado posesión de dicho inmueble desde
el año 1991 de forma quieta, pública ininterrumpida y en calidad de dueña, ha sido
el señor José Luis Chacón Carmona, con cédula 6-0158-0745; y la señora María
Antonia Obando Salazar, con cédula 6-0137-0640, ambos cónyuges entre sí,
mayores, pensionados, sin discapacidad alguna, localizable al teléfono 8572-1719,
con igual domicilio que la primera; y así lo manifestaron en el protocolo doce,
escritura nueve, de las 12,30hr del 11 de abril de 1995, del notario público Oscar
Alberto Parini Segura, el señor Chacón adquiere las mejoras y la posesión en
calidad de dueño del terreno sin inscribir aquí indicado.
Así mismo, aporta copia del Acuerdo N” 323, SMP-932-96, del 21 de agosto del
año 1996, de la sesión ordinaria N* 73 del 01/08/1996, mediante el cual se le
adjudica el lote C-3, al aquí gestionante y a su cónyuge.
Así mismo, para efectos del trámite de la firma del respectivo instrumento notarial,
la gestionante presentó los siguientes requisitos:
Le Copia de la escritura nueve, de las 12,30hr del 11 de abril de 1995, del
notario público Oscar Alberto Parini Segura, el señor Chacón adquiere las
mejoras y la posesión del inmueble aquí indicado, hoy día con el plano
catastrado L-1085744-2006, mide 205,63m2.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Municipalidad de Pucocí 2
Servicios Jurídicos Internos PZA
Tel: 2713-6516 Fax: 2710-4318 MonpOcOn
2. copia de la Declaración de Bienes Inmuebles, declaración N*97201,
recibida el día 09 de diciembre 2020.
3. Copia del plano catastrado L-1085'744-2006, visado.
4 Oficio DDCU- 012-2021, con fecha del 28 de enero 2021, del Departamento
de Desarrollo y Control Urbano, en el que el ingeniero municipal hace
constar que el terreno no forma parte de ninguna área de uso público ni
facilidades comunales; que el lote se encuentra debidamente delimitado,
con una casa de habitación de madera en mal estado, que cuenta con
servicios básicos y, que de acuerdo a la inspección la citada propiedad se
encuentra fuera del Plan Regulador vigente.
RECOMENDACIONES:
Esta recomendación de hacer las diligencias de traspaso procede dado que existe
el aval técnico emitido por el Departamento de Desarrollo y Control Urbano y es
viable jurídicamente, pues según los citados informes esta propiedad fue
destinada a un plan de lotificación previsto en una norma jurídica y además no
forma parte de ninguna área comunal.
En consecuencia, se recomienda al Despacho del Alcalde, que remita el presente
Informe Jurídico al CONCEJO MUNICIPAL, para que acuerden lo siguiente:
para construir, con plano catastrado L-1085744-2006, mide 205,63.
SEGUNDO, que se autorice al alcalde en ejercicio, a comparecer ante notaria o
notario público, para que se realice el respectivo instrumento notarial de traspaso
de dicho inmueble a favor del señor José Luis Chacón Carmona, con cédula 6-
2
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00318
PAGINA N*146 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Municipalidad de Pococí
Servicios Jurídicos Internos LA
Tel: 2713-6516 Fax: 2710-4318 MnrOcOS
0158-0745; y la señora María Antonia Obando Salazar, con cédula 6-0137-0640,
ambos cónyuges entre sí.
Los honorarios correrán por cuenta de los interesados.
Se despide cordialmente:
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Autoriza segregar de la finca madre 7-029255-000
un terreno para construir, con plano catastrado L-1085744-2006, el cual mide 205,63.
Además, se autoriza al Alcalde en ejercicio, a comparecer ante notaría o notario
público, para que se realice el respectivo instrumento notarial de traspaso de dicho
inmueble a favor del señor José Luis Chacón Carmona, con cédula 6-0158-0745 y la
señora María Antonia Obando Solazar, con cédula 6-0137-0640, ambos cónyuges
entre sí. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N” 188
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde
Municipal, dice:
DACMI-0020-2021
Asunto: Vacaciones de 1 día de vacaciones, sustituirá doña Yamileth Hidalgo.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00319
PAGINA N*147 ACTA N?*09 Ordinaria. 04-02-2021
PS
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Ys DESPACHO DEL ALCALDE
a Teléfono: 2710-7182
'DEPOCOC Manuel. hernandezQmunipococi.go.cr
Guápiles, 3 de febrero de 2021
DAMCM-0020-2021
Sres.
Concejo Municipal
Mediante la presente me permito saludarles e indicarles que para el día viernes 05
de febrero del 2021 estaré ausente por disfrute de 1 día de vacaciones.
En concordancia con el artículo 14 del Código Municipal y para lo pertinente, me
sustituirá la Vicealcaldesa Primera.
Sin más por el momento, Ei
ES Ama
ES E 0
li ==
A > A E, Na
Lic. a Herrández Rivera Qs
calde o nl
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce.
ACUERDO N” 189
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde
Municipal, dice:
DACM-0021-2021
Adjunto a la presente, encontrará copia del expediente el cual consta de 15 folios,
correspondiente a continuación de Licitación Nacional No.2018LN-000001-CLO1,
contrato DPM-35-2018, para la recolección tratamiento y disposición final de residuos
sólidos no valorizables en el cantón de Pococí, solicitud presentada por el Lic. Fabián
Delgado Villalobos, Coordinador de Unidad de Gestión Ambiental Municipal.
Se solicita al Concejo Municipal, autorizar al señor Alcalde a pagar a la empresa:
» Corporación Tecnología Magallanes S.A. (CTM), por un monto de ¿100.000.000,00
(cien millones de colones exactos), correspondiente a la continuación del contrato DPM-
35-2018, por un periodo de cuatro meses del 2021. La empresa CTM se encuentra al día
con la CCSS, FODESAF, póliza de riesgos de trabajo, documentos aportados en el
expediente adjunto.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00320
PAGINA N*148 ACTA N*09 Ordinaria. 04-02-2021
Sin más que agregar se suscribe de ustedes;
Lic. Manpel Hernédez Rivera
alde
Comentario por parte del Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Yo quiero felicitar a la Corporación Tecnología Magallanes S.A. porque recientemente un
grupo de regidores visitamos ahí y, que innovador el trabajo que este señor ha hecho de
un pronto a otro.
Ahí era un botadero de basura a cielo abierto y este señor con el conocimiento que tiene
y la gente que le ayuda, hizo un cambio total de ese sitio y mis respetos para este señor,
uno pasa por ahí y no hay olores, ni nada, eso quiere decir que se compromete con
nosotros.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a la empresa:
Corporación Tecnología Magallanes S.A. (CTM), por un monto de ¿100.000.000,00
(cien millones de colones exactos), correspondiente a la continuación del contrato
DPM-35-2018, por un periodo de cuatro meses del 2021. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
AL SER LAS DIECINUEVE HORAS CON TIOS MINUTOS SE LEVANTA LA
SESIÓN
) aslo ml
/F-JUAN LUIS GOMEZ GOM
PRESIDENTE MUNICIPAL
o JF-MAGALY VENEGAS VARGAS
S) SECRETARIA MUNICIPAL
ye
F-MANUEL ATA RIVERA
ALCALDE MUNICIPAL
C/c: SRS. REGIDORES, OTROS. :
ARCH.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.