Ordinaria 24 · 2021-03-25

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 24 del 2021-03-25 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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PAGINA No] ACTA No24 sgajo “| 0075
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N*24 ORDINARIA. 25-03-2021
SESION ORDINARIA. N*24 DEL 25-03-2021, INICIADA A LAS 18:00 HORAS EN
LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES y DE MANERA VIRTUAL, CON LA
SIGUIENTE ASISTENCIA:
E
A]
REGIDORES PROPIETARIOS
Juan Luis Gómez Gómez (Quien Preside)
Jonnathan García Chévez
Reinaldo Benavides Vargas
Luis Ángel Méndez Araya
Dennia Yaslyn Morales Grajal
José Antonio Bustos Martínez
Randall Torres Barrientos
Ovidio Vives Castro
Alfredo Calderón Alfaro
SÍNDICOS PROPIETARIOS
Gabriela Madrigal González
Greivin Bonilla Sánchez
Sandra Umaña López
Carmen Sánchez Navarro
José A. Chavarría Villarreal
Javier Jiménez Villalobos
Alejandra Sancho Bravo
ANA MADRIGAL ASTORGA
SECRETARIA MUNICIPAL A.|
REGIDORES SUPLENTES
Bernardo Veach Davis
Osael Campos Bolaños
Jairo Antonio Ojeda Aburto
Rosbil Danier Arguello Badilla
Rita Marcelly Umaña Valverde
Marilú Ballestero Cruz
Yoseline Rocío Abarca Torres
Hilda Zamora Arias
A
SÍNDICOS SUPLENTE
HO SUPLENTE
Johanna Flores Rosales
José Luis Diaz Valverde
Ana Rita Rodríguez Jiménez
Jorge Humberto González Calderón
LIC. MANUEL HERNANDEZ RIVERA
ALCALDE MUNICIPAL
===
POCOCÍ
Pluye
Sitio Web: MUNipococi.go.cr
Facebook: OMunicipalidadDePococ¡
PAGINA N92 MUNICIPAACTA2PBREANCI 0076
ORDEN DEL DÍA
—
Acuerdos ARTÍCULO
466-al-495 | Correspondencia
Lectura, Discusión y Verificación del
Acta N*19 Extraordinaria del 15-03-
496-al-498 Il 2021, Acta N*20 Ordinaria del 18-03-
2021 y Acta N*21 Extraordinaria del
19-03-2021
499-500 HI Asuntos del Sr. Alcalde
501 -al-505 IV Mociones
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.
POcocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
PAGINA N*3 MUNICIRA ROO DE FOGOCI _ 25-03- AP 77
ARTICULO |
Correspondencia
ACUERDO N' 466
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo,
coordinador del Departamento de Desarrollo y Control Urbano, teléfono: 2713-
6573, correo: henry.madrigalmunipococi.go.cr dice:
Oficio: DDCU-053-2021
Asunto: Referente al Acuerdo N*202, Sesión N%11 del oficio DDCU-019-2021 por la
solicitud de autorización para recepción de área pública/ Claudio Carranza.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina nes MUNICIR ARA En
Municipalidad de Pococí
9
POCOC ¿ Dpto. Desarrollo y Control Urbano
AS ed Teléfono: 2713-6573
Pluye henry.madrigalAmunipococi.go.cr
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Martes 23 de marzo del 2021
OFICIO: DDCU-053-2021
Sr.
Ing. David Quirós Aguilar
Unidad de Topografía
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: ACUERDO N*202 / SESIÓN N*11 ORDINARIA / 11 DE FEBRERO DEL 2021 / SMP 199-2021
OFICIO DDCU-019-2021 / SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA RECEPCIÓN DE ÁREA PÚBLICA / CLAUDIO CARRANZA M,
Estimado compañero,
Le saludo muy respetuosamente y a la vez le remito la presente nota con la finalidad de
dar seguimiento a lo requerido por parte del Concejo Municipal mediante Acuerdo N*202 de la
Sesión N*11 Ordinaria del 11 de febrero del 2021 (SMP 199-2021), mismo que hace referencia al
Oficio DDCU-019-2021, el cual llevaba como objetivo la aceptación y recepción de un área de
uso público en el sector de Palmitas.
Lo anterior se generó debido a una petición realizada por el Sr. Claudio Carranza Molina,
cédula de identidad 6-0212-0662, vecino de la comunidad de Palmitas (La Rita); el cual hace la
solicitud de entregar un terreno con un área de 963 metros cuadrados correspondientes al área
pública del fraccionamiento, identificado con el plano catastro 1-2247822-2020, folio real
7117042-000, con naturaleza “Área Comunal".
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
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POCOC ¿ Dpto. Desarrollo y Control Urbano Ys
AS Teléfono: 2713-6573
henry.madrigalAmunipococi.go.cr — "nepoca
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Es por lo anterior que solicito indicarme, de acuerdo a lo establecido por la Ley de
Planificación Urbana y el Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones, la cantidad de
terrenos que se segregaron frente a calle pública, tomando en cuenta la finca de la cual se
desprende el terreno citado como área pública.
Para lo anterior se le otorga un plazo máximo de 3 días hábiles, no sin antes mencionar la
urgencia que representa el presente caso.
Sin más por el momento, se despide,
HENRY Firmado
BRYAN EEN
MADRIGAL MADRIGAL
CALVO (FIRMA)
CALVO Fecha: 2021.03.23
(FIRMA) 14:44:52 -06'00'
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano
CC: Archivo
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
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Municipalidad de Pococí
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AN Teléfono: 2713-6560 Ext.128 £
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david.quiros(Amunipococi.go.cr mucrauoao
esteban.gutierrezAmunipococi.go.cr
Guápiles, 24 de marzo de 2021
Oficio: UTOP-MPL-101-2021
Asunto: “Entrega de área pública - Claudio Carranza”
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Depto. Desarrollo y Control Urbano
Municipalidad de Pococí
Estimado compañero:
En atención a su oficio DDCU-053-2021, referente a la entrega de área pública por
parte del señor Claudio Carranza Molina, propietario de la finca folio real 7117042-000,
procedo a indicar lo siguiente:
+ La finca 7117042-000 tiene un área total de 1278 m?, y de ella se está
gestionando la recepción del área destinada a facilidades comunales
representada en el plano catastrado L-2247822-2020.
+ La finca 7117042-000 proviene de la finca folio real 7114869-000 que, en su
momento, estuvo representada en el plano catastrado L-1021778-2005.
+ Del plano catastrado L-1021778-2005 se generaron 15 fraccionamientos. De
esos 15 fraccionamientos, 5 tienen frente a calle pública, con una sumatoria
total de áreas de 2.553,80 m?. El equivalente al 10% de esa área es 255,38 m”.
+ Elseñor Carranza Molina está entregando 963 m?.
Sin más por el momento, me despido.
Atentamente,
Firmado digitalmente por DAVID ARNOLDO QUIROS |
AGUILAR (FIRMA)
Nombre de reconocimiento (DN):
serial Number=CPF-03-0375-0252, sn=QUIROS
AGUILAR, givenName=DAVID ARNOLDO, c=CR, |
o=PERSONA FISICA, ou=CIUDADANO, cn=DAVID |
ARNOLDO QUIROS AGUILAR (FIRMA) |
|
Ing-david Arnoldo Quirós Aguilar — Fecha:2021.032411:35:16-06'00'
Versión de Adobe Acrobat Reader: 2021.001.20145
Unidad de Topografía
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Jurídicos y la Comisión
de Infraestructura Vial y Obra Pública.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacimanez  MUNICIRALIRAPDERQCOCI 2509 J0P8L
ACUERDO N?* 467
Se conoce nota para este Concejo suscrita por William Hernández, Pate.
Asociación de Desarrollo Las Palmitas, dice:
Asunto: Solicitud de intervención de carretera, infraestructura y colaboración para
mejoras de la Comunidad Las Palmitas.
Las Palmitas, La Rita, Pococí. Lunes 08 de Marzo de 2021
ADI Las Palmitas
Sres. Consejo Municipal de Pococí
Estimados señores: reciban un cordial saludo, la presente es para solicitar su ayuda en
diversas necesidades que afectan a nuestra comunidad. A continuación detallaremos las
mismas.
1. El salón comunal de Las Palmitas necesita varias intervenciones en remodelación. Este
se utiliza para diferentes actividades como la impartición de cursos a la comunidad,
reuniones de asamblea, charlas, actividades recreativas, entre otros. Cabe mencionar
que en el 2018 cambiamos el techo con aporte comunal, el costo de este fue una
inversión mayor a los 8 000 000 de colones. Por ende solicitamos 20 000 000 de colones
para la renovación del salón comunal.
2. La ruta que comunica a Palmitas con La Esperanza en el 2019 fue intervenida por la
municipalidad, se dragó ambos lados de la carretera y se colocaron algunos pasos de
alcantarilla, por ser un área tan baja requiere de cierto tiempo para su compactación
ideal. Solicitamos su intervención para poner el material respectivo y así poder
comunicar a las dos comunidades que tanto lo necesitan, los vecinos que están dentro
del trayecto y principalmente las personas deben trasladarse diariamente a trabajar.
3. Laiglesia Ríos de Agua Viva en Las Palmitas necesita reparar el techo de esta ya que se
encuentra en muy malas condiciones. Por esta condición se vuelve difícil que las
personas asistan a sus actividades religiosas en épocas de lluvia. Solicitamos su
colaboración para reparar o remodelar el techo de esta iglesia de nuestro pueblo.
4. Solicitamos se intervenga un paso que esta en el trayecto del Triangulo a Camuro, el
cual es angosto y ha propiciado accidentes vehiculares. Este cuenta con alcantarillas sin
embargo, estas no son lo suficiente para cubrir la calle en su totalidad.
5. Lacancha de deportes de Las Palmitas no cuenta con camerinos, requerimos la ayuda
para poder hacer los mismos.
6. También solicitamos su colaboración en la gestión para que el ICE pueda instalar
300mtrs de tendido eléctrico en calle los Astúa.
Sin mas por el momento y en espera de su respuesta se despiden,
Presidente: William Hernández V.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina nos MUNICIAARd dinara. 7 25-0329P82
ACUERDO N” 468
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Jéssika Mena Cerdas, del CEN-
CINAI Pococí 2 y Karla Ramírez Acuña del CEN-CINAI Las Palmitas, teléfono: 2767-
7555, correo electrónico: olpococi2egmail.com, dice:
Oficio: DNCC-DRHC-OLP2-OF-0160-2021
Asunto: Solicitud de revalidación de partida para el CEN CINAI Las Palmitas
DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS DE EDUCACIÓN
Y NUTRICIÓN Y DE CENTROS INFANTILES
0) DE ATENCIÓN INTEGRAL
OFICINA LOCAL DE CEN-CINAI POCOCI 2
DNCC-DRHC-OLP2-OF-0160-2021
23 de marzo de 2021
Señores:
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
ASUNTO: Solicitud de revalidación de partida para CEN Las Palmitas.
Estimados(as) señores(as):
solicitamos de su colaboración para que se revalido la partida
presente 1
idarmos y a la ve
Por medio de
y a la vez
ad para el CEN y la comunidad de
sea incluido en el presupuesto
ordinaria del 2020 da para remodelación del
“ordinario o modificación presupues
, Mid
229 niños, niñas, madres gestantes y
lo
y madres gestantes y lactantes
Las Palmitas, tomando en cuenta que en el €
ación de comida preparada y servida en el lugar,
en es
pen 1600 gramos de leche integra como apoyo nutricional de los mismos y 13 niños y nin:
s. Para la adecuada atención de esta
ribución de Alimentos Familia
1
a través del programa de
ón es necesario un edificio en óptimas condicione actual está carente de sistema eléctrico acorde a las
aciones del código eléctrico, no posee cielo raso, bode requieren reparación estructural, el suelo del
recesario la colocación de piso y por la delincuencia que
ive en la
edificio es una chorrea de cemento, por lo que e
zona, es necesario mejorar la infraestructura externa de manera que el establecimiento sea seguro para el res;
aria para la atención de las familias de la comunidad.
tardo de
mobiliario, equipo y la alimentación nec
Esperando nos puedan colaborar con nuestra solicitud, nos despedimos
Coordialmeátt,
Jéssika Gab
Jefe
Pococí 2
Oficina Local |
|
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n Huétar Ca
Karla Ramírez Acuña
ASSC3 CEN Las Palmitas
OFICINA LOCAL DE CEN-CINAI POCOCÍ 2
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Ce Archivo
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
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paina no MUNICIA ROTAR Sin 25-03 ¿AP8S 83
Participa de la palabra:
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Aquí viene una solicitud de Palmitas porque en el pasado le invertimos una partida
de 27.000.000 al CEN-CINAI y ellos solicitan que se revalide dicha partida, por tal
razón la presidencia considera pertinente que se traslade al departamento de la
Alcaldía y al departamento de Presupuesto para que se revalide dicha partida al
CEN-CINAI de Palmitas y se incorpore en un próximo documento presupuestario.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la Alcaldía y al
departamento de Presupuesto Municipal para que realicen las gestiones
necesarias para revalidar la partida destinada para el CEN-CINAI de Palmitas y se
incorpore el recurso presupuestario. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N? 469
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Grace Chinchilla,
Auditora Interna, teléfono: 2711-1701, correo: auditoradmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: Al-093-2021
Asunto: Advertencia por la utilización de los vehículos propiedad de la
Municipalidad de Pococí.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
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a e ouditoria(Amunipococi.go.cr AS
MUNICIPALIDAD
Al contestar refiérase
Al oficio N.* Al-093-2021
Guápiles, 24 de marzo de 2021
Señores
Miembros del Concejo Municipal
Licenciado
Manuel Hernandez Rivera
Alcalde ]
Msc. Yamileth Hidalgo Arias y y ES
Giovanny Rivera Picado : pes
Vicealcaldes 2 (a [DO
Pte.
Asunto: Advertencia por la utilización de los
vehículos propiedad de la Municipalidad de
Pococí
Respetable señor:
De conformidad con el inciso d) del artículo 22 de la Ley General de Control Interno,
es competencia de la Auditoría Interna, “advertir a los órganos pasivos que fiscaliza
sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando
sean de su conocimiento.”
Sobre el particular, este Despacho ha recibido denuncias ciudadanas sobre la
utilización de vehículos municipales, en actos no oficiales y con personas ajenas a
la institución.
Aunado a lo anterior, algunos vehículos municipales, no están rotulados.
Al respecto, me permito traer a colación lo siguiente:
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna *
Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N11 MUNICIRA RAP REA RALOCI 25-0 4085
Municipalidad de Pococí  fá y
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Pluye arace.chinchillaQ)amail.com remos oc
1- La Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, Nro 9078, la cual
establece lo siguiente:
ARTÍCULO 238.- Uso discrecional y semidiscrecional
Los vehículos de uso discrecional son los asignados al presidente de la República,
el presidente de la Asamblea Legislativa, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia
y del Tribunal Supremo de Elecciones, los vicepresidentes de la República, los ministros de
Gobierno, los presidentes ejecutivos de las instituciones autónomas, el contralor general de
la República, el procurador general de la República, el fiscal general de la República y el
defensor de los habitantes. Estos vehículos no cuentan con restricciones en cuanto a
combustible, horario de operación ni recorrido, características que asumirá, bajo su estricto
criterio, el funcionario responsable de la unidad.
Estos vehículos pueden portar placas particulares y no tendrán marcas visibles que
los distingan como vehículos oficiales.
Los vehículos de uso semidiscrecional serán asignados a los viceministros, el
subcontralor general de la República, el procurador general adjunto de la República, el
defensor adjunto de los habitantes, y el fiscal general adjunto de la República. Estos
vehículos estarán sujetos a limitaciones de horario, uso de combustible y recorrido, pero
pueden portar placas particulares y no tendrán marcas visibles que los distingan como
vehículos oficiales. El uso de este tipo de vehículos deberá regularse conforme las
disposiciones reglamentarias de cada institución.
ARTÍCULO 239.- Uso administrativo
Estos vehículos son los destinados para los servicios regulares de transporte para
el desarrollo normal de las instituciones, los ministerios y los gobiernos locales; los cuales
deben estar sometidos a reglamentación especial respecto de horario de uso, recorridos,
lugar de resguardo en horas no hábiles, entre otros.
2- El 28 de abril 2016, la Contraloria General de la Republica, emite oficio
DFOE-DI-0788, el cual señalo, en lo de interés lo siguiente:
"(...) la Ley de Tránsito es una norma de orden público de alcance general y de
acatamiento obligatorio por parte de todas las administraciones públicas, dicho cuerpo
normativo regula, entre otros, el uso de vehículos discrecionales y semidiscrecionales,
estableciendo cuales funcionarios públicos y puestos se encuentran autorizados para
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna *
Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701
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Pluye
PAGINA N*12 MUNICIRAIR AP RELE 25-03- gp86
Pluye e.chinchi mail.com Enero sed
Municipalidad de Pococí Y
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PO CyL e Auditoría Interna
a «e ouditoriaQmunipococi.go.cr PA
MUNICIPALIDAD.
DE POCOCI
el uso de esa categoría vehículos. / Así las cosas, siendo que el artículo 238 de la Ley
de Tránsito de manera taxativa indica los funcionarios públicos, así como los puestos
que por imperio de ley podrían hacer uso de la figura de un vehículo discrecional O
semidiscrecional, todo aquel funcionario o institución pública que no se encuentre
enunciado dentro de la lista que contiene dicho numeral quedaria imposibilitado
legalmente para utilizar un vehículo de forma discrecional o semidiscrecional. / No
obstante lo anterior, pese a que las autoridades municipales fueron excluidas del uso
de vehículos discrecionales y semidiscrecionales, por voluntad del legislador, no
sucedió lo mismo con los vehículos administrativos. Obsérvese que con fundamento
en lo dispuesto en el artículo 239, los gobiernos locales podrán reglamentar, en los
términos y alcances que establece la Ley 9078, el uso de este tipo de vehículos, de
acuerdo con sus competencias e intereses locales. / En línea con lo anterior, debe
indicarse que ningún funcionario público puede disponer de un vehículo oficial o
administrativo en forma permanente para el cumplimiento de las funciones que le
corresponde llevar a cabo, sea cual sea su cargo, esto debido a que la ley es clara en
señalar la diferencia entre vehículo de uso discrecional y de uso administrativo, por lo
que se debe tener presente que el uso de los vehículos administrativos está sujeto a
la capacidad instalada, disponibilidad del recurso y singularmente, a la priorización de
las necesidades institucionales de acuerdo con el fin público imperante. La anterior
implica que un uso contrario a lo dispuesto en la indicada Ley no sólo desnaturaliza
la figura de vehículo administrativo, sino que puede acarrear responsabilidad. / (...) /
Por otro lado, j j
somo
lo consulta la Auditora Interna con sustento en la Ley No_5691 [Obligación de
Reglamentar Uso de Vehículos Oficiales),_dicha posibilidad -a cri
órgano contralor- no resulta viable. / (...) /.". (El subrayado y el resaltado no
corresponden al original.)
3- El 11 de setiembre de 2015, la Alcaldía Municipal de Pococi recibió el oficio Nro. Al-0153-
2015 con fecha del 10 de setiembre de ese mismo año, mediante la cual la Auditoría Interna
advirtió lo siguiente:
*(...) esta auditoría ha tenido conocimiento, de que la Alcaldia podría estar utilizando un
vehículo municipal, como si se tratara de un vehículo discrecional. / Al respecto, el uso de
vehículos del Estado se encuentra regulado en los artículos 236 al 240 de la Ley de Tránsito por
Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial N* 9078. (...) En relación al uso de vehículos
discrecionales, por parte de funcionarios públicos que no se encuentran dentro de los señalados
por el numeral 238 de la Ley de Tránsito, la Procuraduría General de la República ha dicho: /
*..sólo es posible entender autorizada la asignación de vehículos de uso discrecional a los
funcionarios estricta y literalmente mencionados por el legislador, sin que sea posible extender
analógicamente a otros supuestos (Ver dictámenes C- 70-96 del 7 de mayo de 2006, C-227-2010
del 15 de noviembre de 2010).' (Dictamen C-006-2014 del 9 de enero del 2014) / De tal forma, los
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna *
Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701
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Pluye
pacina Nora MUNICIR ARA SiS. 25-03-2099 91
Municipalidad de Pococí YY
SS <> 4 Guópiles, Pococí () xd
PO y 19 Auditoría Interna
AS e ouditoria(Amunipococi.go.cr AUDITORIA
Pluye grace.chinchilla(Ygmailcom  rwcmamsircoo MABSPALOAD
Alcaldes Municipales no se encuentran facultados para hacer uso de vehículos de uso
discrecional, ya que los mismos no se encuentran dentro de la lista de funcionarios que pueden
tener este tipo de vehículos. / Se ha considerado, en evidente error, que la autonomía municipal
ermite establecer en su regulación reglamentaria, la autorización para el uso de vehículos
discrecionales, no obstante la Sala Constitucional ha tenido la oportunidad de referirse en el voto
No_2064 de las 14:41 horas del 14 de febrero del 2007 (...) Así las cosas, no podrian las
Municipalidades del país por la vía reglamentaria autorizar el uso de vehículos discrecionales o
semidiscrecionales, en contra de lo que establece la Ley 9078. / Aun cuando el Reglamento Interno
de Uso de Vehículos Municipales publicado en La Gaceta No. 143 del 29 de julio de 1996, contiene
normas que incluyen vehículos de uso discrecional, dichas normas no deben considerarse para
autorizar su uso, siendo que deben tomarse todas las medidas necesarias para que estos
automotores se utilicen al amparo de las regulaciones relativas al uso administrativo. / Debe tomar
en cuenta el señor Alcalde, que la normativa reglamentaria no debe contradecir las normas
de mayor rango, en aplicación del principio de 'jerarquía normativa" ?y en el entendido que
el Alcalde es el jerarca administrativo y máximo responsable del Control Interno (artículo
12 Ley General de Control Interno) no debe permitir el mal uso de los recursos públicos
gue administra..(...) En virtud de lo expuesto, se recomienda proceder al análisis de la normativa
expuesta, y adoptar las medidas que resulten pertinentes para suspender cualquier uso de
vehículos no autorizado, disponiendo la ejecución de controles propios del vehículo de tipo
administrativo. / Sobre esto último, si resultan de aplicación las normas del Reglamento
municipal, que obligan a que todos los vehiculos municipales deben estar rotulados con la
levenda ¡Municipalidad de Pococí” incluso aquellos que son utilizados por el señor Alcalde,
de lo contrario no podrán circular, / Aunado a lo expuesto, desaparecida la condición de uso
discrecional de los vehículos municipales, resulta además obligatorio, que Jos vehículos
pernocten al final de cada jornada en el parqueo oficial destinado por el municipio para su
resguardo nocturno. (Art. XX del Reglamento de la Municipalidad de Pococ!)
(...) en ese contexto, este Despacho ha considerado oportuno ordenar con fundamento en
el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Nro. 7428, lo siguiente:
1. Al Alcalde, a los miembros del Concejo y a cualquier otro funcionario
municipal:
11 De manera inmediata, todos los vehículos de ese gobierno local deberán ser
dispuestos y utilizados de conformidad con la Ley Nro. 9078, especificamente con su
artículo 239 (ver punto 3.), el oficio Nro. 11593 (DJ- 0853-2013) del 25 de setiembre
de 2013 de esta Contraloría General (ver punto 4.), y las regulaciones que respecto
de ese tipo de vehículos exista en el Reglamento Interior para Uso de Vehículos
Municipales (ver punto 1.)
2. Al Concejo Municipal de Pococí:
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna *
Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701
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Pluye
Pacina Nora. MUNICIRAA RAP RASOC!
ouditoria(Amunipococi.90.cr AUDITORIA
Pluye grace.chinchillaGigmailcom remos
Municipalidad de Pococí YY
CAFE a.) A Guápiles, Pococí () A
PO y 1480 | Auditoría Interna
a e
MUNICIPALIDAD |
DE POCO
2.1.  Armonizar el "Reglamento Interior para uso de vehículos municipales”
Por todo lo anterior, ruego al señor Alcalde, Vicealcaldes y Miembros del Concejo
Municipal, como responsables del control interno de acuerdo con el artículo 12 de
la Ley General de Control Interno, tomar las medidas correspondientes, de acuerdo
con el ámbito de sus competencias, con el fin de velar el correcto uso de los recursos
públicos en el cumplimiento de los objetivos institucionales y el fiel acatamiento del
ordenamiento técnico jurídico aplicable.
Además, se les recuerda que está pendiente por parte de la administración,
actualizar del reglamento de vehículos, según lo recomendado por la Auditoria
Interna y ordenado por la Contraloría General de la República.
Se adjunta Oficio DFOE-DI-0788 de la Contraloría General de la Republica y Al-
0153-2015.
Fecha: 2021.03.24 08:22:12
VILLEGAS [IRMA /ssos
Auditora Intgrna
Cc: Archivo
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
paGina nos MUNICIRA ARA RASO CI 25-03-9089
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Denuncias e Investigaciones
Al contestar refiérase
al oficio N> 5408
28 de abril, 2016
DFOE-DI-0788
Señor
Jorge Emilio Espinoza Vargas
Alcalde Municipal
Señor
Guillermo Delgado Orozco
Secretario del Concejo Municipal
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Estimado señor:
Asunto: — Sobre la utilización de los vehículos propiedad de esa Municipalidad.
Esta Contraloria General instruyó una investigación oficiosa en torno a la utilización
del vehículo propiedad de esa Municipalidad, placa SM 005675, marca Toyota, estilo Land
Cruiser Prado T; encontrándose lo siguiente:
A. Resultados obtenidos
1. El 29 de julio de 1996, en el Diario Oficial La Gaceta Nro. 143, se publicó el
"Reglamento interior para uso de vehículos municipales de la Municipalidad de Pococí", el
cual establece -en lo de interés- lo siguiente:
"Artículo 1MI.- El uso de los vehículos municipales se clasificarán en los
siguientes grupos: / A. Uso Discrecional: Se entenderá como vehículo de uso
discrecional, el que corresponde al Ejecutivo Municipal. Este funcionario no
puede tener asignado más de un vehículo de uso discrecional./ B. Uso
administrativo general; Se denominan vehículos de uso administrativo toaos
(sic) aquellos designados para el transporte y desarrollo normal de las labores
de la Institución.”.
2. El 12 de agosto de 2008, esta Contraloría General emitió el oficio Nro. 08231
(FOE-SM-1378), dirigido al entonces Acalde Municipal de Pococí, cuyo asunto se
relacionaba con el informe Nro. DFOE-SM-9-2008 que contenía resultados del estudio
sobre vehículos de la Unidad Técnica de Gestión Vial.
k y) Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AAMunicipalidadDePococi
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pacina ner.  MUNICIRA ARS PAGO O 25-03-9090
Meat División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
CGR
Área de Denuncias e Investigaciones
DFOE-DI-0788 2 28 de abril, 2016
3, El 26 de octubre de 2012, entró en vigencia la Ley de Tránsito por Vias
Públicas Terrestres y Seguridad Vial' Nro. 9078, la cual establece -de interés para los
efectos del presente asunto- lo siguiente:
"Artículo 238.- Uso discrecional y semidiscrecional / Los vehículos de uso
discrecional son los asignados al presidente de la República, el presidente de
la Asamblea Legislativa, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del
Tribunal Supremo de Elecciones, los vicepresidentes de la República, los
ministros de Gobierno, los presidentes ejecutivos de las instituciones
autónomas, el contralor general de la República, el procurador general de la
República, el fiscal general de la República y el defensor de los habitantes.
Estos vehículos no cuentan con restricciones en cuanto a combustible, horario
de operación ni recorrido, características que asumirá, bajo su estricto criterio,
el funcionario responsable de la unidad. / Estos vehículos pueden portar
placas particulares y no tendrán marcas visibles que los distingan como
vehículos oficiales. / Los vehículos de uso semidiscrecional serán asignados a
los viceministros, el subcontralor general de la República, el procurador
general adjunto de la República, el defensor adjunto de los habitantes, y el
fiscal general adjunto de la República. Estos vehículos estarán sujetos a
limitaciones de horario, uso de combustible y recorrido, pero pueden portar
placas particulares y no tendrán marcas visibles que los distingan como
vehículos oficiales. El uso de este tipo de vehículos deberá regularse conforme
las disposiciones reglamentarias de cada institución.” (El resaltado
corresponde al original.)
“Artículo 239.- Uso administrativo / Estos vehículos son los destinados para
los servicios regulares de transporte para el desarrollo normal de las
instituciones, los ministerios y los gobiernos locales; los cuales deben estar
sometidos a reglamentación especial respecto de horario de uso, recorridos,
lugar de resguardo en horas no hábiles, entre otros.” (El resaltado
corresponde al original.)
4, El 25 de setiembre de 2013, mediante oficio Nro. 11593 (DJ-0853-2013), esta
Contraloria General emitió criterio vinculante en los siguientes términos:
*(...) la Ley de Tránsito es una norma de orden público de alcance general y de
acatamiento obligatorio por parte de todas las administraciones públicas, dicho
cuerpo normativo regula, entre otros, el uso de vehículos discrecionales y
semidiscrecionales, estableciendo cuales funcionarios públicos y puestos se
encuentran autorizados para el uso de esa categoría vehículos. / Así las
cosas, siendo que el artículo 238 de la Ley de Tránsito de manera taxativa
indica los funcionarios públicos así como los puestos que por imperio de ley
podrían hacer uso de la figura de un vehículo discrecional o semidiscrecional,
todo aquel funcionario o institución pública que no se encuentre enunciado
* Publicada en el diario oficial La Gaceta Nro 207, Alcance 165. M 12
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina noz  MUNICIRAA RAP ALOCI 25-03-9091
An División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
CGR il
Área de Denuncias e Investigaciones
DFOE-DI-0788 3 28 de abril, 2016
dentro de la lista que contiene dicho numeral quedaría imposibilidato
legalmente para utilizar un vehículo de forma discrecional o semidiscreional. /
No obstante lo anterior, pese a que las autoridades municipales fueron
excluidas del uso de vehículos discrecionales y semidiscrecionales, por
voluntad del legislador, no sucedió lo mismo con los vehículos administrativos.
Obsérvese que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 239, los
gobiernos locales podrán reglamentar, en los términos y alcances que
establece la Ley 9078, el uso de este tipo de vehículos, de acuerdo con sus
competencias e intereses locales. / En linea con lo anterior, debe indicarse que
ningún funcionario público puede disponer de un vehículo oficial o
administrativo en forma permanente para el cumplimiento de las funciones que
le corresponde llevar a cabo, sea cual sea su cargo, esto debido a que la ley
es clara en señalar la diferencia entre vehículo de uso discrecional y de uso
administrativo, por lo que se debe tener presente que el uso de los vehículos
administrativos está sujeto a la capacidad instalada, disponibilidad del recurso
y singularmente, a la priorización de las necesidades institucionales de
acuerdo con el fin público imperante. Lo anterior implica que un uso contrario a
lo dispuesto en la indicada Ley, no sólo desnaluraliza la figura de vehículo
administrativo, sino que puede acarrear responsabilidad. / (...) / Por otro lado
en cuanto a la posibilidad de que las Municipalidades puedan
reglamentar el uso de vehículos discrecionales o semidiscrecionales tal
como lo consulta la Auditora Interna con sustento en la Ley No 5691
[Obligación de Reglamentar Uso de Vehículos Oficiales), dicha posibilidad -a
criterio de este órgano contralor- no resulta viable. / (...) /.”. (El subrayado
y el resaltado no corresponden al original.)
5. El 21 de agosto de 2015, mediante oficio Nro. 12031 (DFOE-DI-1929), esta
Área de Denuncias e Investigaciones le solicitó al Concejo Municipal información en torno
al vehículo propiedad de Municipalidad, número de placa SM 005675, Toyota, Land
Cruiser Prado T, en los siguientes términos:
"4, Las razones fácticas, jurídicas o de cualquier otra naturaleza, por las cuales
la Administración mantiene el vehículo de referencia aparentemente
incumpliendo lo dispuesto para los efectos de los vehículos administrativos, en
el artículo 111 del Reglamento Interior para uso de Vehículos Municipales. / 2.
Las razones y las justificaciones fácticas, jurídicas o de cualquier otra
naturaleza, por las cuales el vehículo de comentario fue visto circulando, con
dos personas a bordo, en San Rafael de Heredia, al ser las 11 de la mañana
del sábado 08 de agosto del presente año. Favor aportar la documentación
administrativa de respaldo.".
6. El 11 de setiembre de 2015, la Alcaldía Municipal de Pococi recibió el oficio
Nro. Al-0153-2015 con fecha del 10 de setiembre de ese mismo año, mediante la cual la
Auditoría Interna advirtió lo siguiente:
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paGina neg MUNICIRA ARNO RASO O! 25-02 9/92
Área de Denuncias e Investigaciones
S ES División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
CGR
PFOE-DI-0788 4 28 de abril, 2016
“(...) esta auditoría ha tenido conocimiento, de que la Alcaldía podría estar
utilizando un vehículo municipal, como si se tratara de un vehículo
discrecional. / Al respecto, el uso de vehículos del Estado se encuentra
regulado en los artículos 236 al 240 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas
Terrestres y Seguridad Vial N* 9078. (...) En relación al uso de vehículos
discrecionales, por parte de funcionarios públicos que no se encuentran dentro
de los señalados por el numeral 238 de la Ley de Tránsito, la Procuraduría
General de la República ha dicho: / '...sólo es posible entender autorizada la
asignación de vehículos de uso discrecional a los funcionarios estricta y
literalmente mencionados por el legislador, sin que sea posible extender
analógicamente a otros supuestos (Ver dictámenes C-70-96 del 7 de mayo de
2006, C-227-2010 del 15 de noviembre de 2010).' (Dictamen C-006-2014 del 9
de enero del 2014) / De tal forma, los Alcaldes Municipales no se encuentran
facultados para hacer uso de vehículos de uso discrecional, ya que los mismos
no se encuentran dentro de la lista de funcionarios que pueden tener este tipo
de vehículos. / Se ha considerado, en evidente error, que la autonomía
municipal permite establecer en su regulación reglamentaria, la_ autorización
para el uso de vehículos discrecionales, no obstante la Sala Constitucional ha
tenido la oportunidad de referirse en el voto No 2064 de las 14:41 horas del 14
de febrero del 2007 (...) Así las cosas, no podrían las Municipalidades del país
por la vía reglamentaria autorizar el uso de vehículos discrecionales o
semidiscrecionales, en contra de lo que establece la Ley 9078. / Aun cuando el
Reglamento Interno de Uso de Vehículos Municipales publicado en La Gaceta
No. 143 del 29 de julio de 1996, contiene normas que incluyen vehículos de
uso discrecional, dichas normas no deben considerarse para autorizar su uso,
siendo que deben tomarse todas las medidas necesarias para que estos
automotores se utilicen al amparo de las regulaciones relativas al uso
administrativo. / Debe tomar en cuenta el señor Alcalde, que la normativa
reglamentaria no debe contradecir las normas de mayor rango, en
aplicación del principio de '¡erarquía normativa', Ty en el entendido que el
Alcalde es el jerarca administrativo y máximo responsable del Control
Interno (artículo 12 Ley General de Control Interno), no debe permitir el
mal uso de los recursos públicos que administra. (...) En virtud de lo
expuesto, se recomienda proceder al análisis de la normativa expuesta, y
adoptar las medidas que resulten pertinentes para suspender cualquier uso de
vehículos no autorizado, disponiendo la ejecución de controles propios del
vehiculo de tipo administrativo. / Sobre esto último, si resultan de aplicación
las normas del Reglamento municipal, que obligan a que todos los
vehículos municipales deben estar rotulados con la leyenda
"Municipalidad de Pococí”, incluso aquellos que son utilizados por el
señor Alcalde, de lo contrario no podrán circular. / Aunado a lo expuesto,
desaparecida la condición de uso discrecional de los vehículos municipales,
resulta además obligatorio, que los vehículos pernocten al final de cada
jornada en el parqueo oficial destinado por el municipio para su resguardo
nocturno. (Art. XX del Reglamento de la Municipalidad de Pococí) (...) Por
tanto, ruego aplicar lo recomendado, bajo la advertencia que el incumplimiento | U.
PEO: y Sitio Web: munipococi.go.cr
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pacina no? MUNICIRALIRAP DE RALOCI 25-03-204
de División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
CGR pe laa
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DFOE-DI-0788 5 28 de abril, 2016
podría generar responsabilidad administrativa, civil y eventualmente penal..."
(Algunos resaltados y subrayados no son del original.)
7. El 08 de octubre de 2015, esta Contraloría General recibió el oficio SMP. 1925-
15 del 30 de setiembre de ese mismo año, mediante el cual el Concejo Municipal
comunicó la respuesta dada por el Alcalde respecto de la utilización del vehículo placa SM
005675, Toyota, Land Cruiser Prado T, en los siguientes términos:
“Que posterior al 07 de febrero de 2011 que ingresé como Alcalde de la
Municipalidad «de Pococí, procedi a verificar la existencia de reglamento o
cualquier otro documento que regulara el uso de vehículo discrecional que me
fue entregado por el Alcalde anterior, en tal sentido tuve acceso al Reglamento
Interior para Uso de Vehículos Municipales, Gaceta 143 de 29 de julio 1996 y
al oficio FOE-SM-1378 (08231) de fecha 12 de agosto de 2008, en que la
Contraloría ratifica en ese año y mediante el oficio ya citado la existencia del
Reglamento Interior para Uso de Vehículos Municipales, en el que se dispone '
que el único vehículo de uso discrecional, es el que corresponde al
Ejecutivo Municipal, aspecto que guarda relación con el ya mencionado
reglamento que en el Artículo Ill, inciso a, se dispone lo siguiente ' Uso
Discrecional: se entenderá como vehículo de uso discrecional el que
corresponda al Alcalde Municipal. / Todo lo anterior ha servido como
fundamento para que el suscrito haya utilizado de manera discrecional el
vehículo SM 5675, aclarando eso sí que ni el reglamento, ni en el oficio de la
Contraloría General de la República ya citados se determina los alcances de
esa discrecionalidad, pese a ello he sido respetuoso y apego (sic) al principio
general del buen uso de los recursos públicos, no he utilizado dicho vehículo
en actividades que de alguna manera me hayan generado ningún beneficio
lucrativo o similar en mi esfera personal. ”. (El resaltado corresponde al original)
B. Consideraciones en torno a lo encontrado
Es importante hacer notar, que entre la solicitud de información que este Despacho
efectuara el 21 de agosto anterior, referente a la utilización del vehículo placas SM
005675 (ver punto 5.), y la respuesta a la misma, el 08 de octubre siguiente (ver punto ON
la Auditoría Interna de ese gobierno local le dirigió al Alcalde Municipal una advertencia
sumamente detallada sobre ese particular (ver hecho 6.), de la cual conviene resaltar lo
siguiente:
- Que dicha advertencia fue recibida en su despacho el 11 de setiembre de
2015.
- Que los Alcaldes Municipales no se encuentran facultados para hacer uso de
vehículos de uso discrecional, pues no se encuentran contemplados en lista
de funcionarios con ese tipo de vehículos.
- Que no podrían las Municipalidades por la Vía reglamentaria autorizar el uso | 5
—
PO y Sitio Web: munipococi.go.cr
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pacina nego MUNICIRA LRP RLOC! 25-03 9094
: dl División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
“CGR
Área de Denuncias e Investigaciones
DFOE-DI-0788 ó 28 de abril, 2016
de vehículos discrecionales o semidiscrecionales, en contra de la Ley Nro.
9078.
Que el Alcalde, en su condición de jerarca administrativo y máximo
responsable del control interno, no debe permitir el mal uso de los recursos
públicos confiados a su administración y, en esa línea, está obligado a ser
conciente de que la normativa reglamentaria no puede contradecir ni
desaplicar las normas de mayor rango, esto en estricto apego al principio de
jerarquía normativa.
- Que respecto a los vehículos municipales, incluyendo desde luego el SM
005675, deben estar rotulados con la leyenda "Municipalidad de Pococí" y
obligatoriamente pernoctar al final de cada jornada en el parqueo oficial,
según las regulaciones previstas y aplicables para los vehículos
administrativos, tanto en la Ley Nro. 9078, como en el reglamento específico
de ese gobierno local.
Nótese que, el señor Alcalde fue advertido incluso de previo a responderle a este
órgano contralor la solicitud de información que hiciera respecto a la utilización del
vehículo SM 005675 (ver punto 5.); a pesar de ello, el Alcalde ofreció la tesis de que la
utilización de ese vehiculo -tal si se fuera un vehículo discrecional-, lo fue por así
disponerlo el "Reglamento interior para uso de vehículos municipales” y el oficio Nro,
08231 (FOE-SM-1378) del 12 de agosto de 2008 (ver punto 7.).
En cuanto a la utilización del vehículo SM 005675 (o cualquier otro como si de
naturaleza discrecional se tratase), dada la autorización que el Alcalde entiende que
deriva del mencionado Reglamento, la Auditoría Interna lleva razón al afirmar que esa
reglamentación no podría contravenir y/o asignar vehículos discrecionales a puestos o
funcionarios no contemplados expresamente en la Ley Nro. 9078, dentro de los cuales en
efecto no están incluidos los alcaldes municipales.
En lo que respecta al oficio Nro. 08231 (FOE-SM-1378) del 12 de agosto de 2008,
emitido por esta Contraloria General, se revisó su contenido y se observó que guardaba
relación con la utilización de los vehículos de la Unidad Técnica de Gestión Vial de ese
municipio y de manera tangencial -por no ser el objeto principal de ese oficio-, hacía
alusión a que el "Reglamento interior para el uso de vehículos municipales" contempla un
vehículo discrecional para el Alcalde Municipal.
Igualmente, (de ese oficio) salta a la vista que su fecha es del 12 de agosto de 2008,
mientras que la Ley Nro. 9078 entró en vigencia con su publicación el 26 de octubre de
2012?; por lo que el contenido de ese memorial (Nro. 08231) -luego de la emisión de la
Ley Nro. 9078- debe entenderse y dimensionarse necesariamente a la luz de esa norma;
siendo totalmente improcedente pensar que un oficio de este órgano contralor tiene la
capacidad jurídica de desaplicar o variar lo dispuesto por una ley de la República.
? En el diario oficial La Gaceta Nro. 207, Alcance 165. y ] | los
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paGina no21  MUNICIRA ARANA 25-0322P95
a División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
CGR
Área de Denuncias e Investigaciones
DFOE-DI-0788 7 28 de abril, 2016
Además de lo dicho, obsérvese que esta Contraloría General de la República desde
el 25 de setiembre de 2013, mediante oficio Nro. 11593 (DJ-0853-2013), emitió criterio
vinculante respecto de los vehículos de las Municipalidades en general (ver punto 4.), en
el sentido de que por efecto de la Ley Nro. 9078, los gobiernos locales únicamente
cuentan con vehículos de uso administrativo, no así discrecionales ni semidiscrecionales
y, en esa línea, ningún funcionario municipal se encuentra autorizado a disponer de un
vehículo oficial y administrativo en forma permanente para el cumplimiento de sus
funciones, sea cual sea su cargo. Igualmente, se indicó que a las Municipalidades no les
resulta viable que reglamenten el uso de vehículos discrecionales o semidiscrecionales,
en el tanto ninguno les fue asignado.
Obsérvese pues, que las argumentaciones ofrecidas por el jerarca municipal
devienen totalmente improcedentes y sucumben ante normas de una trascendencia tal
como la constitucional, especificamente al artículo 129, el cual -en lo que resulta
aplicable- estatuye:
"Las leyes son obligatorias y surten efectos desde el día que ellas designen;
(....). / Nadie puede alegar ignorancia de la ley, salvo en los casos que la
misma autorice. / (...).”
En ese contexto, este Despacho ha considerado oportuno ordenar con fundamento
en el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República? Nro. 7428,
lo siguiente:
4. Al Alcalde, a los miembros del Concejo y a cualquier otro funcionario
municipal:
1.4. De manera inmediata, todos los vehículos de ese gobierno local deberán ser
dispuestos y utilizados de conformidad con la Ley Nro. 9078,
especificamente con su artículo 239 (ver punto 3.), el oficio Nro. 11593 (DJ-
0853-2013) del 25 de setiembre de 2013 de esta Contraloría General (ver
punto 4.), y las regulaciones que respecto de ese tipo de vehículos exista en
el Reglamento Interior para Uso de Vehículos Municipales (ver punto ra
2. Al Concejo Municipal de Pococí:
2.1.  Armonizar el "Reglamento Interior para uso de vehículos municipales"
3 "ARTÍCULO 12.- ÓRGANO RECTOR DEL ORDENAMIENTO / La Contraloria General de la República es el órgano rector
del ordenamiento de control y fiscalización superiores, contemplado en esta Ley. / Las disposiciones, normas, políticas y
directrices que ella dicte, dentro del ámbito de su competencia, son de acatamiento obligatorio y prevalecerán sobre
cualesquiera otras disposiciones de los sujetos pasivos que se le opongan. / La Contraloría General de la República dictará,
también, las instrucciones y órdenes dirigidas a los sujetos pasivos, que resulten necesarias para el cabal ejercicio de sus
funciones de control y fiscalización. / La Contraloria General de la República tendrá, también, la facultad de determinar entre
los entes, órganos o personas sujelas a su control, cuáles deberán darle obligada colaboración, así como el marco y la
oportunidad, dentro de las cuales se realizará esta y el conjunto razonable de medios técnicos, humanos y materiales que .
deberán emplear.”. (El resaltado corresponde al original). | JH
¡55 Sitio Web: munipococi.go.cr
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PaGina no22  MUNICIRA RP REOCI 25-03-20
A TES
p96
CGR División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Denuncias e Investigaciones
DFOE-DI-0788 8 28 de abril, 2016
con la Ley Nro. 9078, para lo cual deberá aprobar las respectivas
modificaciones en el plazo de tres meses, contados a partir del día
siguiente de la notificación del presente oficio en la Secretaría del
Concejo.
3. Al Alcalde Municipal de Pococí:
3.1.  Acatar de inmediato lo advertido por la Auditoría Interna en el oficio
Nro. Al-0153-2015 del 10 de setiembre de 2015 (ver punto 6.).
3.2. Adoptar y asegurar la aplicación inmediata de las medidas de control
interno suficientes y necesarias para la disposición y el uso de todos
los vehículos de la Municipalidad de Pococí, según la normativa que
regula los vehículos de uso administrativo.
En lo que al seguimiento de las anteriores órdenes, la Auditoría Interna de esa
Municipalidad será la designada para tales efectos, e informará lo correspondiente a esta
Área de Denuncias e Investigaciones tan pronto tenga evidencia de su cumplimiento y/o
incumplimiento, para así ejecutar las actuaciones correspondientes, incluyendo las
coordinaciones necesarias para abordar lo atinente a presuntas responsabilidades que de
ello pudieran derivar.
Atentamente,
——orro
[ORIGINAL FIRMADO
Na
Lic. Rafael Picado López
Gerente de Área
ORIGINAL FIRMADO
M.Sc. Antonio Martínez Pacheco
pa
¡ORIGINAL ARMADO
Lic. Gabriel Rodríguez Arias
Asistente Técnico Fiscalizador
hgb
C: Auditoría Interna, Municipalidad de Pococí ES)
Cc: Elibet Villegas Villalobos Acalde 2016
G: 2015002655
c: 568-2015
Nk 21451-22771-27228 (2015)
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rosa: 5
dr Municipalidad de Pococí
Guápiles, Pococi
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1
Al contestar refiérase
Al oficio N* A1-0153-2015
Guápiles, 10 de setiembre 2015
Señor
Jorge Emilio Espinoza Vargas
Alcalde Municipal
ASUNTO: Advertencia por el uso de vehículos oficiales
Estimado señor,
De conformidad con el inciso d) del artículo 22 de la Ley General de Control Interno,
es competencia de la Auditoría Interna, "advertir a los órganos pasivos que
fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o
decisiones, cuando sean de su conocimiento.”
Al respecto esta auditoría ha tenido conocimiento, de que la Alcaldía podría estar
utilizando un vehículo municipal, como si se tratara de un vehículo discrecional.
Al respecto, el uso de vehículos del Estado se encuentra regulado en los artículos
236 al 240 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial N*
9078.
El artículo 237 establece una clasificación de los vehículos oficiales del Estado,
señalando que los mismos se clasifican en los de uso discrecional,
semidiscrecional, uso administrativo y uso policial,
El artículo 238 señala que los vehículos de uso discrecional son:
"Los asignados al presidente de la República, el presidente de la Asamblea
Legislativa, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Supremo
de Elecciones, los vicepresidentes de la República, los ministros de Gobierno, los
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o
2
presidentes ejecutivos de las instituciones autónomas, el contralor general de la
República, el procurador general de la República, el fiscal general de la República
y el defensor de los habitantes. Estos vehículos no cuentan con restricciones en
cuanto a combustible, horario de operación ni recorrido, características que asumirá,
bajo su estricto criterio, el funcionario responsable de la unidad. Estos vehículos
pueden portar placas particulares y no tendrán marcas visibles que los distingan
como vehículos oficiales.”
En relación al uso de vehículos discrecionales, por parte de funcionarios públicos
que no se encuentran dentro de los señalados en el numeral 238 de la Ley de
Tránsito, la Procuraduría General de la República ha dicho:
“sólo es posible entender autorizada la asignación de vehículos de iso
discrecional a los funcionarios estricta y literalmente mencionados por el legislador,
sin que sea posible extender analógicamente a otros supuestos (Ver dictámenes C-
70-96 del 7 de mayo de 2006, C-227-2010 del 15 de noviembre de 2010).”
(Dictamen C-006-2014 del 9 de enero del 2014)
De tal forma, los Alcaldes Municipales no se encuentran facultados para hacer uso
de vehículos de uso discrecional, ya que los mismos no se encuentran dentro de la
lista de funcionarios que pueden tener este tipo de vehículos.
Se ha considerado, en evidente error, que la autonomía municipal permite
establecer en su regulación reglamentaria, la autorización para el uso de vehículos
discrecionales, no obstante la Sala Constitucional ha tenido la oportunidad de
referirse en el voto No 2064 de las 14:41 horas del 14 febrero del 2007, en los
siguientes términos:
“Este Tribunal ha reconocido la autonomía normativa que tienen los gobiernos
municipales (sentencia 5445-99), pero sujeta a límites muy precisos relacionados
con la materia propia de su competencia, esto es, la organización y prestación de
los "intereses y servicios locales” (artículo 169 constitucional), o lo que es lo mismo,
"lo local". Ello significa que tales gobiernos solo tienen potestad para emitir
reglamentos autónomos de organización y servicio; no pueden, bajo ningún
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a poc k
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Email: grace.chinchilla()gmail.com
3
concepto, regular conductas y/o fijar sanciones. Menos aún, dictar disposiciones
reglamentarias en oposición a lo dispuesto en una ley”. (Lo resaltado no es del
original)
Así las cosas, no podrían las Municipalidades del país por la vía reglamentaria
autorizar el uso de vehículos discrecionales o semidiscrecionales, en contra de lo
que establece la Ley 9078.
Aun cuando el Reglamento Interno para Uso de Vehículos Municipales publicado
en La Gaceta No. 143 del 29 de julio de 1996, contiene normas que incluyen
vehículos de uso discrecional, dichas normas no deben considerarse para autorizar
su uso, siendo que deben tomarse todas las medidas necesarias para que estos
automotores se utilicen al amparo de las regulaciones relativas al uso administrativo.
Debe tomar en cuenta el señor Alcalde, que la normativa reglamentaria no debe
contradecir las normas de mayor rango, en aplicación del principio de "jerarquía
normativa”, * y en el entendido que el Alcalde es el jerarca administrativo y máximo
responsable del Control Interno (artículo 12 Ley General de Control Interno), no
debe permitir el mal uso de los recursos públicos que administra.
1 “Uno de los límites fundamentales de la potestad reglamentaria es precisamente el principio de jerarquía
normativa, según el cual se determina un orden riguroso y prevalente de aplicación, conforme lo dispuesto
en el artículo 6 de la Ley General de la Administración Pública; es decir, se trata de saber cuándo una
fuente es superior a otra y, en caso de conflicto, desaplicar la de inferior rango. Lo anterior supone,
una relación de subordinación, según la cual “Las normas de la fuente inferior no pueden modificar ni
sustituir a las de la superior. Es el caso de la Constitución frente a la ley y al resto de las normas del orden, y
es también el caso de la ley frente al reglamento (...) en caso de contradicción prevalece siempre y
necesariamente la ley. En el caso que nos ocupa, es claro que el artículo 33 del Reglamento Autónomo de
Organización y Servicio de la Municipalidad de Desamparados modifica el contenido del artículo 127 del
Código Municipal, con lo que violenta directamente el principio de jerarquía normativa, En razón de lo
expuesto, tal y como lo ha señalado esta Procuraduría, al existir un conflicto entre ambas normas, deberá
desaplicarse la de menor rango, que en nuestro caso resulta ser la contenida en el artículo 33
bajo análisis.” (Procuraduría General de la República C-375-2007 23 de octubre de 2007)
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4
Ya en su oportunidad, en el informe de Auditoría interna lAl-004-2008, se
recomendó Al Alcalde: “4.2.1 Proceder a actualizar en el término de 30 días
hábiles contados a partir del recibido de este informe, el Reglamento interior de
vehículos de acuerdo al Manual sobre normas técnicas de control interno relativas
al uso control y mantenimiento de vehículos y demás legislación vigente, y enviarlo
al Concejo Municipal para su discusión y aprobación.”, lo que a la fecha no ha hecho,
de ahí que lo actuado podría generarle responsabilidad.
Resulta claro y evidente que la existencia de normativa interna en la Municipalidad
de Pococí, que regule el vehículo de uso discrecional, no autoriza a ningún
funcionario a su aplicación, justamente porque aun cuando esta no ha sido
derogada o modificada expresamente, existe una norma de mayor rango que lo
prohíbe y a esa debe ajustarse el funcionario.
En virtud de lo expuesto, se recomienda proceder al análisis de la normativa
expuesta, y adoptar las medidas que resulten pertinentes para suspender cualquier
uso de vehículos no autorizado, disponiendo la ejecución de controles propios del
vehículo tipo administrativo.
Sobre esto último, si resultan de aplicación las normas del Reglamento municipal,
que obligan a que todos los vehículos municipales deben estar rotulados con la
leyenda “Municipalidad de Pococí”, incluso aquellos que son utilizados por el
señor Alcalde, de lo contrario no podrán circular.
Aunado a lo expuesto, desaparecida la condición de uso discrecional de los
vehículos municipales, resulta además obligatorio, que los vehículos pernocten al
final de cada jornada en el parqueo oficial destinado por el municipio para su
resguardo nocturno. (Art, XX del Reglamento de la Municipalidad de Pococl)
En un caso similar en la Municipalidad de Matina, La Contraloria General de la
República fue contundente en señalar:
Los valares éticos no son Negociables
Auditoría Interna
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N927 MUNICIrALRoga RSS 25-03 h
Posger ;
er Municipalidad de Pococí
Guápiles, Pococí
Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701
Email: grace.chinchilla(Qgmail.com
5
“Por su parte, los vehículos de uso administrativo son aquellos destinados a prestar
servicios regulares de transporte en funciones de las diferentes oficinas de la
Municipalidad y están sometidos a varias regulaciones, entre estas, llevar el
emblema de la Municipalidad de Matina y portar placas de carácter oficial; además,
deben utilizarse dentro de la jornada ordinaria de la Municipalidad y, en caso de que
se requiera su uso fuera de la jornada laboral, se requiere contar con la autorización
del Alcalde Municipal.
Aunado a lo expuesto, esos bienes deben utilizarse única y exclusivamente en
asuntos propios de la institución, se debe mantener control de kilometraje, justificar
el motivo del servicio prestado y, al finalizar la jornada laboral, deben permanecer
en los lugares previamente establecidos por la institución que, por ninguna razón,
puede ser una casa de habitación.” (INFORME Nro. DFOE-DL-IF-1-2011- 3 DE
MARZO, 2011)
Por tanto, ruego aplicar lo recomendado, bajo la advertencia que el incumplimiento,
podría generar responsabilidad administrativa, civil y eventualmente penal.
Se emite el presente oficio, sin perjuicio de las potestades de fiscalización posterior
que le asiste a esta Auditoría Interna.
10) Auditoría
EY Interna
e
A ES
MSc. Grace Chinchilla Villegas
Auditora interna
CC: Concejo Municipal - Archivo Ñ
Los valores éticos no son Negociables
Auditoría Interna
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Nos acogemos a las recomendaciones, se traslada
al despacho del Sr. Alcalde.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
ACUERDO N* 470
A 25-08/99102
PAGINA N*28 MUNICIErAR (992 DERSE
PITO RIO E
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Erick Guzmán, secretario general
del TSE, teléfono: 2287-5900, correo: secretariatseOtse.go.cr, dice:
Oficio: STSE-0005-2021
Asunto: Directrices para distintas instituciones públicas respecto de la
organización de las elecciones nacionales.
a
==
1
Tribunal Supremo de Elecciones
IFILAR DIELA DEMOCRACIA]
23 de marzo de 2021
Circular STSE-0005-2021
Señores
Alcaldes Municipales
ASUNTO: Directrices para distintas instituciones
públicas respecto de la organización de las
elecciones nacionales.
Estimados señores:
Esta Secretaría General comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de
la sesión ordinaria n.” 26-2021, celebrada el 23 de marzo de 2021 por el Tribunal
Supremo de Elecciones, integrado por los señores Magistrados Luls Antonio Sobrado
González —quien preside-, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel
Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Hugo Emesto Picado León, que dice:
Pecocí
«Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro
Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.*
DGRE-135-2021 del 16 de marzo de 2021, recibido el día siguiente en la
Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente
manifiesta:
"Como es de su conocimiento, de cara a la celebración de los
comicios, a instancia de esta Dirección, el Tribunal Supremo de Elecciones
solicita la colaboración de diferentes instituciones públicas y organizaciones
para garantizar que la jornada de votación transcurra en condiciones de
orden, seguridad y tranquilidad; por esa razón para las Elecciones
Nacionales del 6 de febrero de 2022, se hace necesario que el Superior
gire las instrucciones a las siguientes instancias con el fin de lograr ese
objetivo, de manera que:
1. Se le solicite al Ministerio de Educación Pública que los centros
educativos que se habilitarán como centros de votación no inicien lecciones
el lunes 7 de febrero del año 2022.
2. Aun cuando ya existe un pronunciamiento del Poder Ejecutivo
producto de la pandemia provocada por la enfermedad COVID-19; de igual
forma se emita una directriz a las organizaciones de la lista adjunta, así
como a todas las municipalidades del país, para que los días 5 y 6 de
febrero no se programen actividades que impliquen la concentración
masiva de personas. Asimismo, se dirija esa instrucción a la Junta Nacional
de Ferias, con la salvedad de que será el Cuerpo Nacional de Delegados,
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
pacina noz MUNICIBALARAZ BEPQLOCI 50
SITE
E
Tribunal Supremo de Elecciones
[PIAR DE LA DEMOCRACIA!
23 de marzo de 2021
STSE-0005-2021
Alcaldes Municipales
Página: 2
el ente encargado de coordinar lo pertinente en los días previos a la
elección, tal y como se ha hecho en pasados procesos electorales.
3. Se le solicite al Ministerio de Obras Públicas y Transportes la
excepción de la restricción vehicular establecida en el artículo 95 de la Ley
de tránsito por vías públicas, terrestres y seguridad vial y en el Decreto
Ejecutivo N. * 37370-MOPT, para los vehículos que conforman la flotilla del
Tribunal Supremo de Elecciones; a los vehículos utilizados por quienes
integran el Cuerpo Nacional de Delegados; así como para cualquier
automotor, facilitado en calidad de préstamo por otras instituciones
estatales o bien aquellos que son arrendados por el TSE para llevar a cabo
labores propias del proceso electoral, durante el período comprendido entre
el 2 de agosto de 2021 y el 7 de febrero de 2022; en caso de una segunda
vuelta electoral, que esa excepción se amplíe hasta el 4 de abril del año
2022.
En caso de mantenerse el estado de emergencia nacional, debido a
la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID- -
19, según Decreto Ejecutivo 42227-MP-S del 16 de marzo del 2020, que la
citada flotilla también sea excluida de la restricción vehicular sanitaria.
En virtud de lo expuesto, respetuosamente le solicito elevar lo
anterior a conocimiento y aprobación del TSE.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone y autorizar a la
Presidencia de este Tribunal para que suscriba las respectivas
comunicaciones. Desde procesos electorales anteriores el Tribunal
Supremo de Elecciones -con mayor razón en las condiciones de
emergencia sanitaria que padecemos- ha dispuesto que no se celebren,
durante la jornada comicial ni el día anterior, eventos o concentraciones
masivas ni, en general, actividades que impliquen gran movilización de
personas o que interrumpan el libre tránsito en toda la red vial nacional,
incluyendo partidos de fútbol. Esa disposición ha estado motivada, como
bien lo señala el señor Director General del Registro Electoral y de
Financiamiento de Partidos Políticos, en la necesidad de evitar cualquier
riesgo para la seguridad y el orden público, ya que la Fuerza Pública ha de
estar concentrada en la actividad electoral y, aunado a ello, los partidos
políticos y la organización electoral requieren una completa movilidad en
todo el país para el traslado de votantes y agentes electorales y del material
electoral. Al acordarlo, el Tribunal se ha fundamentado en la competencia
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Pluye
PAGINA Nogo MUNICI A AROdA Dlgihanso
25-032 AN 104
Tribunal Supremo de Elecciones
AR DE LA DENOCRACIAS
23 de marzo de 2021
STSE-0005-2021
Alcaldes Municipales
Página: 3
que le es propia y exclusiva de organizar, dirigir y vigilar los actos relativos
al sufragio, debiendo adoptar las medidas pertinentes para que las
elecciones se realicen en condiciones de garantías y libertad irrestrictas.
Por lo expuesto y en lo que concierne a las elecciones generales de febrero
de 2022, se dispone cuanto sigue: a) Recordar a las instancias culturales y
deportivas enlistadas que no se deben programar actividades de la
naturaleza indicada para los días 5 y 6 de febrero de 2022. b) Se instruye
a las autoridades del Ministerio de Salud y a los demás órganos
administrativos competentes para que no emitan autorización alguna en
contravención con lo así dispuesto. c) Se insta al Ministerio de Salud y a
las distintas municipalidades del país a velar por el adecuado cumplimiento
de estas disposiciones. d) La Secretaría General de este Tribunal
comunicará lo pertinente y las instancias institucionales de comunicación
divulgarán este acuerdo. ACUERDO FIRME.»
Atentamente,
ERICK ADRIAN a cau andN
GUZMÁN VARGAS (FIRMA)
Fecha: 2021.03.23 153257
VARGAS (FIRMA) -0600'
Erick Adrián Guzmán Vargas
Secretario General del TSE
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía.
ACUERDO N?* 471
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Marjuri Padilla, Pdta. Comité Pro-
Mejoras Bambú Monte de Dios, teléfono:
montedediosccOgmail.com, dice:
8305-0808, correo:
Sitio Web: munipococi.go.cr
sg
POCOCA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*31 MUNICIerANoya DERQEOCI 25-03-2 A 105
Comité pro-mejoras Bambu Monte de Dios-
Secretaria Comité Pro-mejoras
Email: montededioscc(Qgmail.com
Telefono 83050808
Pococí, 25 de marzo de 2021.
Señores (as):
Consejo Municipal de Pococí.
Alcaldía Municipal del Cantón de Pococí.
Señor: Maule Hernández Rivera.
Señor: Michael Fernández Loria.
Señor: Carlos Hernández Hernández.
Concejo Municipal del Cantón de Pococí.
Estimado señores (as): Deseándoles que se encuentren muy bien, , por parte de la comunidad
Bambú Monte de Dios, solicitamos la colaboración a intervención de carácter urgente del puente
conocido como caño seco, ubicado en el sector de Bambú, a 4 km al sur de la delegación de la
fuerza pública Suerre de Jiménez de Pococí, contigua a la casa del Oftalmólogo Eduardo Alfaro,
ya que en estos meses la comunidad ha contratado maquinaria privada para el mantenimiento de
los sectores con mayor conflicto para transitar, obteniendo buenos resultados con la canalización
de las aguas con la entrada del invierno, pero este puente en específico estamos necesitando la
pronta intervención ya que se encuentra en muy mal estado y esto podría conllevar algún
accidente ya que por esta ruta circulan vehículos para el transporte de personas hacia el trabajo,
realizar sus compras, asistir a las citas o lugares de estudio y por supuesto la reactivación
económica, Dios mediante, pase la pandemia.
Ya ante administraciones anteriores de la municipalidad de Pococí se presentaron solicitudes y
reuniones logrando algunas mejoras en el camino, pero sin intervención alguna al puente. La
comunidad como tal requerimos de carácter urgente intervenir el puente para que evitar algún
desgracia mayor y también pueda circular vehículos de emergencia tránsito, fuerza pública, Cruz
Roja, esto cuando se requiere por alguna emergencia. Ya en varias ocasiones Fuerza y luz a así
como el ICE, proveedores de mercaderías entre otros se les torna difícil o del todo no pasan el
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Fluye
pacina nego MUNICIPAL ARAN BEBOSOCE—— 2503:A810
puente al ver que se encuentra falso y con un deterioro grande, al punto que también se ha
reportado al 911 por su mal estos.
Nos despedimos agradeciendo su atención y esperando una pronta respuesta ante
nuestra solicitud.
Atte. Comité pro mejoras Bambú Monde de Dios Suerre Jiménez de Pococí .
PresidentaMMarjuri Padilla Garcia
Ced: 112790118
an Luis Gerardo Serrano Arias.
Ced: 303730282
CEL 8305-0808
Por unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía y la Unidad Técnica de
Gestión Vial Municipal para que resuelvan de inmediato e informen a este
Concejo y las personas que accionaron este documento.
ACUERDO N? 472
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Jhonny Salazar, Pate. Asociación
de Desarrollo Especifica Pro-Mejoras Barrio San Martín, teléfono: 8561-7306, correo:
asociaciondepsanmartinhotmail.com, dice:
Asunto: Solicitud de apoyo ante institución AyA e INDER.
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA no3g MUNICIE ARA BORO CI 25-03-PA107
26 de marzo del 2021.
Señores;
Consejo Municipal Pococi.
Por medio de la presente les saludamos y les deseamos lo mejor en sus funciones,
de parte de la Asociación de Desarrollo Específicas Pro mejoras San Martín.
El motivo de la misma es solicitarles nos ayuden ante el INDER con la adjudicación
de las áreas comunales de la comunidad de San Martín. Son 20 años de lucha y
espera ante las oficinas del INDER y esto no se hace posible.
Esta limitación afecta el desarrollo comunal, ya que no se puede solicitar ni tramitar
proyectos, ayudas y otros, en el mejoramiento de estas áreas. No se cuenta con
documentos del área del salón comunal, del parque, ni del área de deportes.
Nos urge una prevista de agua potable en el área de deportes. El AyA nos ha
negado este beneficio comunal por no tener documentos que nos respalden.
La comunidad en general realiza actividades deportivas regularmente las que son
afectadas por no contar con agua para los servicios sanitario, las ventas y otros.
El grupo guías y Scouts 198 activo en la comunidad, necesita este servicio de agua
para poder realizar las actividades presenciales.
Solicitamos además nos ayuden con un documento que nos respalde y que nos
permita tramitar ante el AyA la prevista de agua, para el área de deportes.
Es de suma urgencia se nos ayude con esto. Esperando se actúa con rapidez a esta
situación, nos despedimos esperando una pronta respuesta.
Para cualquier consulta o duda favor comunicarse a los teléfonos; 86768680 con
Johnny Salazar o con Patricia Cerdas, al 85617306 o al correo
LS. H
Lilliana Solís Hidalgo
S => Z IÓN DE DESARROLLO
SO CHICA EP PRO-MEJORAS
nny Salázar Morales BARRIO SAN MARTIN
JIMENEZ - POCOCI
Presidente Secretaria
SELLO
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a Servicios Jurídicos y Control Urbano
para que se agilice dicho trámite e informen en un plazo corto a este Concejo
Municipal de todos los avaneces.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina Neza MUNICIE AE IrARSda Bd 25-03-99 108
ACUERDO N* 473
j i Godínez, Pdte. Junta de
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Marcos >
Educación Nazareth y Cindy Durán, Representante Comité de Deportes Nazareth,
correo: cindy.duran.esquivelmep.go.cr, dice:
Asunto: Solicitud de intervención en vegetación que invade la carretera
Sres: Municipalidad de Pococi
Guápiles, Limón
Estimados representantes de tan prestigiosa Institución, en nombre de la comunidad
de Nazareth, les deseamos éxitos en sus labores y a la vez le exponemos lo siguiente:
Nuestro camino comunal es un camino de lastre y con una vegetación exuberante
con órboles de alto tamaño y ramas extensas. Las mismas se propagan al espacio que
es transitado por los vehículos, entre ellos el bus de pasajeros, causóndoles ciertos
daños y como consecuencia la empresa autobusera ha decidido dejar de brindar el
servicio público llegando el mismo hasta Duacari 1 y haciendo que los usuarios de
Nazoreth tengan que caminar hasta el lugor indicado para poder abordarlo. Se habló
con el empresario y manifestó que era por culpa de las ramas que golpeaban el
autobús y lo dañaban, Por este motivo queremos que como organismo encargado
del bienestar público nos favorezca con su ayuda quitando dichos obstáculos de la
vía y conversando con el dueño del iransporte para que renueve la linea de bus a
nuestra comunidad ya que es necesaria para poder trasladarnos a lugares vecinos.
Nazareth se localiza aproximadamente a 12 kms del Ebais el Limbo o a 3,5 mts de la
Parada de Duacari 1.
Esperando su pronta respuesta firmamos a continuación miembros y representantes
de la comunidad Nazareth. Comidas Deportes
$2 de fiuzasrth
LO artes
Marcos Godínez Cascante Cindy Durán Esquivel
Presidente Junta de Educación Escolar Docente y Representante Comité Deportes
rr Ho Fetmarda Presta Diaz
Escuela Nazaroin ]
Cód. 3 Nazareth
654 Roxana |
Circuito 05
ta Educación
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ness MUNICIE A rAR8da DQO Cl 25-03-
RE ILEANA
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Unidad Técnica de
Ambiental para que programen la poda de forma inmediata.
Participa de la palabra:
Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez
Hay que considerar que la Municipalidad va a intervenir el camino después de
semana santa porque las personas están sin transporte público, todos los vecinos
tienen que transcurrir a pie para tomar el bus y es un gran peligro por la zona, por
lo tanto, consideramos que esto debe ser resuelto a la mayor brevedad por la
Unidad Ambiental, de echo hoy coordiné con el Ing. Fabián quién está a la
disposición de colaborarnos.
UL
ACUERDO N” 474
Se conoce nota para este Concejo suscrita por MSc. Conrad Rose, director del
CINDEA San Martín, teléfono: 2710-2653, correo electrónico:
cindea.sanmartinOmep.go.cr, dice:
Oficio: DREG-SCE01-CSM-23-2021
Asunto: Solicitud de audiencia /Problemática de infraestructura para impartir
lecciones
Con instrucciones del señor director, se remite OFICIO DREG-SCE01-CSM-23-2021,
en el cual se indica las medidas tomadas momentáneamente para brindarle una
solución a nuestros estudiantes de la Comunidad del Molino, así mismo se les
solicita brindarnos el espacio para participar en una sesión del Concejo para
ampliar el tema.
A la vez se reenvían los OFICIOS ++ JA-CSM-021-2020, más una misiva enviada con
fecha del 12 de agosto de 2020. Enviados a ustedes en donde nos referíamos al
mismo tema de la problemática del Caso del Molino.
Quedamos a la espera de su oportuna respuesta.
Sin más, cordialmente
MSc. Conrad Rose Francis
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
eacinansos MUNICIBARARAS] DERQEOCI 2505 ¿00110
Director CINDEA San Martín
Código 6671 / Teléfono: 2710 2653
y MINISTERIO DE EDUCACION PÚBLICA+
[ | ¡e p DIRECCIÓN REGIONAL DE ENSEÑANZA GUAPILES
Miisisilo JUNTA ADMINISTRATIVA DEL CINDEASAN MARTIN
de Edugación Pública CIRCUITO 01, Guápiles
DIRECCIÓN REGIONAL DE GUÁPILES CINDEA SAN MARTÍN
CODIGO N* 6671
OFICIO $$ JA-CSM-021-2020
Guéápiles, 11 de agosto del 2020.
Señores
Consejo Municipal de PococÍ
Guápiles
Estimados señores:
Reciban un cordial saludo, la presente es para exponer la situación que se ha
suscitado con la ADI del Molino, ante el uso de instalaciones del Salón Comunal El
Molino por el CINDEA San Martín, utilizado para brindar el servicio de educación
aproximadamente a 200 estudiantes de esa comunidad y lugares aledaños.
Ainicios del año 2018 se había acordado con la Junta de ese momento, el uso de
las instalaciones y acondicionar el lugar para impartir clases. Durante el transcurso del
año 2018 se disolvió dicha junta, volviéndose a conformar hasta este año 2020 y nos
notificaron en dos ocasiones para cobrar una suma elevada por el alquiler o bien el
desalojo del lugar.
En un oficio le aclaramos a la junta que en los años 2018 y 2019, no se giraron
los cheques porque no se encontraba conformada la asociación y que ese presu puesto
se fue al superávit siendo utilizado para el mantenimiento de las instalaciones de esos
años. Sin embargo, recibimos dos notificaciones donde nos han solicitado el pago de
los años 2018, 2019, 2020 y quea partir de junio de este año se debe pagar la suma
mensual de ¿400.000 por el alquiler de las instalaciones, además de cubrir los gastos
de servicios públicos, mantenimiento y vigilancia. Lo que nos pone en una situación
difícil, pues no contamos con los fondos para hacer frente a esos pagos tan elevados,
máxime tomando en cuenta los recortes de presupuesto que ha realizado el MEP, ante
la situación de pandemia que atraviesa el país.
Nuestra mayor preocupación es no poder brindara los estu diantes un lugar donde
puedan recibirla educación a la que tienen derecho y el riesgo que esto representa ante
la permanencia en las aulas de esta población que es tan vulnerable social y
económicamente.
e ESCÓC Sitio Web: munipococi.go.cr
a € >) , Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina nog7 MUNICI Ir AROda Degihatta? 25-03-2
A IRA RRA
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| | ¡e P DIRECCIÓN REGIONAL DE ENSEÑANZA GUAPILES
po JUNTA ADMINISTRATIVA DEL CINDEASAN MARTIN
de Edugación Pública CIRCUITO 01, Guápiles
DIRECCIÓN REGIONAL DE GUÁPILES CINDEA SAN MARTÍN a
CODIGO N*6671
En tanto el Ministerio de Educación no nos presente una solución, solicitamos
respetuosamente a este Consejo Municipal su intervención antela Junta de ADI el Molino
para que permitan continuar ofreciendo este servicio a la comunidad que por ende
repercute en bienestar y desarrollo para la misma,
Quedamos a la espera de contar con su apoyo para poder solucionar esta
situación.
Cordialmente;
Michael Cano Centeno
Director Presidente de la Junta Administrativa
Cel Expediente Control Interno
MÁ
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MINISTERIO DE EDUCACION PÚBLICA
Mep DIRECCIÓN REGIONAL DE ENSEÑANZA GUAPILES
Mili CINDEA SAN MARTÍN
de Edu CODIGO N' 6671
ON to Er DE uk res
Guápiles, 12 de agosto del 2020.
Señores
Consejo Municipal Pococí
Guápiles
Estimados señores:
Reciban un cordial saludo, por medio de la presente solicito una audiencia lo antes
posible para tratar el asunto sobre_uso de instalaciones del Salón Comunal el Molino de
Jiménez y desacuerdos con la junta de ADI de el Molino, en cuanto al alquiler del
inmueble que está siendo utilizado para brindar el servicio de educación a estudiantes
del CINDEA San Martín de esa comunidad y lugares aledaños.
Agradezco una pronta respuesta.
Atentamente,
2
Director Cindea San Martín
Expediente Control Interno
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a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
paca ness MUNI VACIA ROA Braimato.
.. MINISTERIO DE EDUCACION PÚBLICA+
[ | ¡e P DIRECCIÓN REGIONAL DE ENSEÑANZA GUAPILES
iniciado JUNTA ADMINISTRATIVA DEL CINDEASAN MARTIN
de Educación Pública CIRCUITO 01, Guápiles
DIRECCIÓN REGIONAL DE GUÁPILES CINDEA SAN MARTÍN
CODIGO N* 6671
OFICIO + JA-CSM-021-2020
Guápiles, 11 de agosto del 2020.
Señores
Consejo Municipal de PococÍ
Guápiles
Estimados señores:
Reciban un cordial saludo, la presente es para exponer la situación que se ha
suscitado con la ADI del Molino, ante el uso de instalaciones del Salón Comunal El
Molino por el CINDEA San Martín, utilizado para brindar el servicio de educación
aproximadamente a 200 estudiantes de esa comunidad y lugares aledaños.
A inicios del año 2018 se había acordado con la Junta de ese momento, el uso de
las instalaciones y acondicionar el lugar para impartir clases. Durante el transcurso del
año 2018 se disolvió dicha junta, volviéndose a conformar hasta este año 2020 y nos
notificaron en dos ocasiones para cobrar una suma elevada por el alquilero bien el
desalojo del lugar.
En un oficio le aclaramos a la junta que en los años 2018 y 2019, no se giraron
los cheques porque no se encontraba conformada la asociación y que ese presupuesto
se fue al superávit siendo utilizado para el mantenimiento de las instalaciones de esos
años. Sin embargo, recibimos dos notificaciones donde nos han solicitado el pago de
los años 2018, 2019, 2020 y quea partir de junio de este año se debe pagar la suma
mensual de ¿400.000 por el alquiler de las instalaciones, además de cubrir los gastos
de servicios públicos, mantenimiento y vigilancia. Lo que nos pone en una situación
difícil, pues no contamos con los fondos para hacer frente a esos pagos tan elevados,
máxime tomando en cuenta los recortes de presupuesto que ha realizado el MEP, ante
la situación de pandemia que atraviesa el país.
Nuestra mayor preocupación es no poder brindara los estudiantes un lugar donde
puedan recibirla educación a la que tienen derecho y el riesgo que esto representa ante
la permanencia en las aulas de esta población que es tan vulnerable social y
económicamente.
k q K Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N*40 MUNICIEelrAlRo72 BEÑQEOCI
A MINISTERIO DE EDUCACION PÚBLICA+
[ | ¡e P DIRECCIÓN REGIONAL DE ENSEÑANZA GUAPILES
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Ministerio JUNTA ADMINISTRATIVA DEL CINDEASAN MARTIN
de Edugación Pública CIRCUITO 01, Guápiles
DIRECCIÓN REGIONAL DE GUÁPILES
CINDEA SAN MARTÍN A
CODIGO N*6671
En tanto el Ministerio de Educación no nos presente una solución, solicitamos
respetuosamente a este Consejo Municipal su intervención antela Junta de ADI el Molino
para que permitan continuar ofreciendo este servicio a la comunidad que por ende
repercute en bienestar y desarrollo para la misma.
Quedamos a la espera de contar con su apoyo para poder solucionar esta
situación.
"
Cordialmente;
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d Rose Francis Michael Cano Centeno
Director Presidente de la Junta Administrativa
ESAN
7 OS
y conos No
DIRECCION
CIRCUITO (4
Ce! Expediente Control Interno
Participan de la palabra:
Pate. Municipal Juan Luis Gómez Gómez
Dicha solicitud es para el préstamo de dos aposentos para que estos muchachos
reciban las clases ahí, por lo que se les traslada a ellas para que resuelvan y el
Concejo Municipal da un voto de apoyo a estos estudiantes y a la comunidad,
porque el interés superior de los niños y los jóvenes es estudiar.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY ; Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina near MUNICIErAIRóda Ola. 25-03-99 115
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Sra. Gabriela Vargas Varg
Coordinadora Programática del Centro Cívico por la Paz de Pococí y a ra.
Mauren Monge Bolaños de la Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer para que
se busque una solución conjuntamente. El Concejo Municipal brinda un voto de
apoyo a esta temática. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N? 475
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Karen Hoffman, Coordinadora
Patronato Nacional de la Infancia, teléfono: 2711-0864, correo electrónico:
pocociOpani.go.cr, dice:
Oficio: PANI-OLPO-OF-115-2021
Asunto: Respuesta al oficio SMP-416-2021
p < Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya > Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*42 MUNICI eri LRod2 DERQEOCI 25-03-2 eN 116
REO A
..
y PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA — 6.0
OFICINA LOCAL DE POCOCI Ax
Guápiles, 23 de marzo del 2021
PANLOLPO- OF-115-2021
Señor
Mamuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al oficio SMP-416-2021
Estimado señor:
Reciban un cordial saludo de nuestra parte. En respuesta al oficio SMP-416-2021, con
fecha 23 de marzo del 2021, con respecto al acuerdo tomado por el Concejo Municipal
de Pococí en sesión N%18 ordinaria del 11-03-2021, sobre solicitud de donación de Play,
corresponde por competencia territorial a la Oficina Local del PANI Cariari, debido a la
dirección de la Asociación de Desarrollo que solicita la misma; cuyo coordinador es el
señor Franklin Barrantes Montero.
Cabe rescatar que muestra oficina tiene como competencia territorial los distritos de
Jiménez, Guápiles y la Colonia, del cantón de Pococí; y el cantón de Guácimo en su
totalidad, cualquier otra duda estamos a la orden.
Atentamente,
KAREN JOHANA A NORMA
HOFFMANN OCAMPOImAVA,
OCAMPO (FIRMA) Penas
Karen Hoffmann Ocampo
Coordinadora
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía para que haga dicha
solicitud ante el PANI de Cariari.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
vacia nos MUNICIEATARAD BERQROCI 2509 PAL17
ACUERDO N* 476
Se conoce nota para este Concejo suscrita por vecinos de Barrio Calle Vargas,
teléfono: 8896-5779, correo electrónico: jj.riveranunezOgmail.com, dice:
Asunto: Solicitud de inspección y corrección pertinente en vía pública.
Consejo municipal de Pococí.
Nos dirigimos muy respetuosamente, el barrio calle Vargas, del I.N.S. 150 metros norte, donde
tuvimos hace tiempos en el alcantarillado un tapón, causando el rompimiento de las mismas
quedando un agujero muy peligroso para los que transitan como peatones y vehículos.
De esta manera solicitamos que se pueda coordinar una inspección para la valoración y
posteriormente la corrección pertinente.
Agradeciendo de antemano la atención brindada nos despedimos.
Para notificaciones al correo: jj,rivera.nunez(gmail.com, Celular: 8896 — 5779
Con Jose J. Rivera Núñez.
“al
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Unidad Técnica de Gestión Vial y al
Departamento de Obras Civiles para que informen a este Concejo y que actúen
inmediatamente porque la integridad de los conductores y peatones, no la puede
poner en riesgo la Municipalidad de Pococí.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
A
PAGINA N%44 MUNICIerrAlRo72 DERQEOCI 25-0342 AN 118
ACUERDO N* 477
Se conoce nota para este Concejo suscrita por los vecinos de Calle entrada a la
Pulpería del Minisuper La Urba, teléfono: 8649-4612, dice:
Asunto: Solicitud de colaboración con alcantarillado
Solicitamos por favor nos colaboren con un alcantarillado de aproximadamente
150 mts. Esto por la problemática que existe cada vez que llueve ya que la calle
se convierte prácticamente en un río y no tenemos salida.
Además, la acera solo existe en una parte y esto ocasiona que tengamos que
caminar por la calle con el peligro existente de un atropello. Le agradecemos su
atención debido a que esta situación es de muchos años.
a ( pie: LOs Vecyive s ul fin 19tg0 [ES
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Corre] Sol VI VIA O SI 0443
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CoHlhes Lo hlvacers Pneg Z= 170 -36Z
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Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: EAMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina ness MUNICI lr iRoda DO 25-03/2
PLE
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Unidad Técnica de Gestió
que valore, recomiende y se presupueste para la intervención inmediata.
Participa de la palabra
Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez
Yo estuve ahí y no solo representa un riesgo para los vehículos y peatones, sino
que es un peligro para la salud de todos los habitantes que viven en esa
comunidad.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla
Saluda, eso tiene muchos años en el sector de la Mini Urba, son demasiados años
de inundaciones y malos olores, ya el Dpto. de Saneamiento Ambiental nos ayudó
muchísimo con ubicar al dueño de la esquina que ahora se mantiene bien limpia
y muchas gracias por el apoyo, en nombre de la Comunidad de Toro Amarillo,
Sinaí y vecinos.
UL
ACUERDO N” 478
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Luis González, director ejecutivo
Consejo Nacional de la Persona Joven, teléfono: 2257-1130, correo electrónico:
proyectosccpjOcpj.go.cr, dice:
Oficio: CPJ-DE-OF-089-2021
Asunto: Nómina completa para el periodo 2021-2022 del Comité Cantonal de la
Persona Joven de Pococí y Presupuesto.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacinaneas MUNICIPAL ARAD BE ROGOCI
(SU
Ye Ej CB)
PERSONA JOVEN
19 de marzo de 2021
CPJ-DE-OF-089-2021
Señores y señoras
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
Estimados señores/as
Reciban un cordial saludo.
Sirva la presente para referirnos al oficio SMP-270-2021, que transcribe el acuerdo tomado por el
honorable Concejo Municipal de Pococí en sesión N 14 Ordinaria del 25 de febrero del 2021, como
enmienda al acuerdo N 266 del acta N 12 Ordinaria del 18-02-2021.
Después de analizar el contenido, el Consejo de la Persona Joven, da por recibido la sustitución de
los miembros del sector religioso y colegios, de manera que queda completa la nómina del CCPJ
para el periodo 2021-2022.
En aras de promover e incentivar la participación y el bienestar de los jóvenes de su comunidad
mediante la realización de los proyectos a cargo del Comité Cantonal de la Persona Joven (CCPJ)
y en cumplimiento del Artículo 26 de la Ley General de la Persona Joven, se comu nica que es interés
del CPJ, darles a conocer las principales acciones que la municipalidad debe atender para el giro
de los recursos presupuestarios según dicta dicho artículo:
“Artículo 26. Financiamiento. Un veintidós y medio por ciento (22,5%) del presupuesto del Consejo
será destinado a financiar los proyectos de los comités cantonales de la persona joven.
El Consejo girará los recursos a la municipalidad de cada cantón, con destino específico al desarrollo
de proyectos de los comités cantonales de la persona joven, en proporción a la población, el territorio
y el último índice de desarrollo social del cantón, previa presentación de sus planes y programas,
debidamente aprobados por cada comité cantonal de la persona joven y presentados en el primer
trimestre del año ante la Dirección Ejecutiva del Consejo.”
Aunado a lo anterior, el proceso de presentación del proyecto e incorporación del presupuesto del
Comité Cantonal de la Persona Joven (CCPJ) para el año en curso, se debe considerar lo siguiente:
+ El CCPJ debe formular su proyecto, alineado con la Política Pública de la Persona Joven
2020-2024, para lo cual puede seguir el formato municipal o el que se adjunta.
+ El CCPJ debe encontrarse conformado y debidamente nombrado, para que puedan tomar
el acuerdo de aprobación del proyecto.
+ Serecomienda al CCPJ remitir el proyecto para que sea conocido por el Concejo Municipal
con copia al área financiera / presupuestaria y a la proveeduría municipal.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*47 MUNICH erAR/og2 BERQEOCI 2% 25-032 A 121
SS,
juventud CONSEJO DE LA
PERSONA JOVEN
COSTA RICA
GORAIIGO DL PCONIENAIEO.
+  Esindispensable que se incorpore en el presupuesto municipal el monto asignado al Comité
Cantonal de la Persona Joven (CCPJ) de Pococi, para el 2021, con la desagregación
respectiva, según se detalla en este oficio.
Así las cosas, la presentación del proyecto del CCPJ ante el CPJ debe incluir los siguientes
documentos:
1. Plan de trabajo, programa o proyecto del CCPJ 2021.
2. Acuerdo de aprobación por parte del CCPJ.
3. En caso de remitir para conocimiento al Concejo Municipal el proyecto, se recomiendo
adjuntar el documento de envió con copia al CPJ, al área financiera / presupuestaria y a la
proveeduría municipal.
Estos documentos deben ser remitidos formalmente a la Dirección Ejecutiva del Consejo de la
Persona Joven, al correo electrónico proyectosccpjOcpj.go.cr a más tardar el 31 de marzo del
año en curso, plazo no prorrogable, en tanto fue así establecido explícitamente según la Ley 8261.
Para la realización de la transferencia de los recursos asignados al CCPJ se requiere:
1. Oficio de solicitud de giro de recursos aprobados por la Contraloría General de la República
(emitido por la Alcaldía y/o área financiera), con los siguientes adjuntos:
a. Oficio de la aprobación por parte de la Contraloría General de la República de la
incorporación de los recursos, por parte de la División de Fiscalización Operativa y
Evaluativa, Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local.
b. Solicitud de incorporación de ingresos en el presupuesto extraordinario que
presentó el área financiera / presupuestaria de la municipalidad ante la Contraloría
General de la República con el detalle de los recursos destinados al proyecto al
CCPJ (Detalle de Origen y Aplicación de Recursos).
Lo anterior para cumplir con lo estipulado en el Artículo 12 de la Ley N*8131 Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos, el cual reza:
“ARTÍCULO 12.- Requisitos para girar transferencias
Prohíbese a las entidades del sector público girar transferencias hasta tanto el presupuesto de
la entidad perceptora que las incorpore no haya sido aprobado de conformidad con el
ordenamiento jurídico.”
Al respecto, el apoyo y soporte que ustedes brinden al CCPJ de su comunidad, contribuirá al
desarrollo integral de las personas jóvenes en la ejecución de las actividades que ellos mismos
plantean en el proyecto. Por ende, es necesario que envíen la documentación, tan pronto como la
municipalidad la haya gestionado. De esta forma, se procederá a realizar la transferencia de los
recursos indicados a las arcas municipales a la brevedad posible.
Importante enfatizar que se debe incluir la desagregación de los montos según presupuesto
ordinario y extraordinario, siendo este detalle indispensable para poder realizar la transferencia
respectiva. Este documento debe ser remitido al correo proyectosccpjQOcpj.go.cr.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
vacia nos MUNICIEAIARAD BEPQROCI 2505/0122
Ma! Cp)
PERSONA JOVEN
jÚventú CONSEJO DE LA
Finalmente, como parte de la información requerida para la presentación del proyecto e
incorporación del presupuesto del Comité Cantonal de la Persona Joven, se detalla el presupuesto
asignado para el 2021:
+ Presupuesto ordinario por un monto de 25 716 234,01(CINCO MILLONES SETECIENTOS
DIECISEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO COLONES 01/100
e Presupuesto extraordinario por un monto de (2 604 334,95 (DOS MILLONES
SEISCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO COLONES 95/100).
Este monto se encuentra sujeto a la aprobación de la Asamblea Legislativa del Presupuesto
Extraordinario, que el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven presente para estos
efectos. En ese sentido, dicho monto podrá ser incorporado en el presupuesto municipal, una vez que
se tenga la aprobación de la Asamblea Legislativa, lo cual será comunicado oportunamente.
Cualquier consulta, favor comunicarse con la funcionaria/o María Isabel Sibaja Delgado, promotora
asignada a este comité, al correo electrónico misibaja(Ocpj.go.cr
Con las mayores muestras de consideración y estima,
Firmado digitalmente por
LUIS ANTONIO — ius ANTONIO GONZALEZ
GONZALEZ JIMENEZ (FIRMA)
JIMENEZ (FIRMA) [2ascoco
Luis Antonio González Jiménez
Director Ejecutivo
Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven
C. Archivo.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de Presupuesto y al
Comité Cantonal de la Persona Joven de Pococí.
ACUERDO N'* 479
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Nelson Soto, director de
navegación y seguridad del MOPT, teléfono: 2233-5022, correo electrónico:
nelson.sotoOmopt.go.cr, dice:
Oficio: DVMP-DNS-2021-275
Asunto: Respuesta al SMP-353-2021 por solicitud de inspección a las
embarcaciones en Tortuguero y Barra del Colorado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*%49 MUNI A Roda Olsinata 25-0 AN 123
PE ALEA
DIVISION MARITIMO PORTUARIA DIRECCION DE NAVEGACION Y
(171) SEGURIDAD
22 de marzo de 2021
DVMP-DNS-2021-275
Señores (as)
Consejo Municipal
Miembros
Municipalidad de Pococí
Estimado Señor:
La Dirección de Navegación y Seguridad recibió copia del oficio SMP-353-2021, mediante el cual el
Concejo de la Municipalidad de Pococí comunica el Acuerdo N*413, que indica se “solicite a la
Dirección General de Transporte Marítimo que, dentro de la calendarización anual, seleccione las
comunidades de Barra de Colorado y Tortuguero como puntos de inspección a las embarcaciones”
Es menester aclarar que conforme los datos de referencia adjuntos, la Dirección de Navegación y
Seguridad en coordinación con la Capitanía de Puerto de Limón, han incluido por muchos años a las
comunidades de Barra de Colorado y Tortuguero, dentro de las programaciones anuales, y se han
ejecutado las respectiva inspecciones in situ, inclusive en periodos ordinarios y extraordinarios, lo
que no ha sido excepción para la propuesta para el año 2021.
Sin embargo, actualmente nos encontramos revisando detalladamente cada programación, para
procurar la maximización de los recursos financieros asignados a esta Dependencia, pues como bien
lo sabemos todos los actores del sector público, los recortes presupuestarios en partidas como las de
viáticos y horas extras produjeron una grave afectación en los planteamientos de atención al
usuario, en nuestro caso.
Por esta razón, debemos informar que se están haciendo todos los esfuerzos para no afectar una
zona de alto movimiento de embarcaciones como las Barras de Colorado y Tortuguero, y más bien
hacemos un llamado a la Municipalidad de Pococí que coordinemos acciones conjuntas para
procurar la atención de los servicios requeridos, de una forma equilibrada, donde tanto la
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina noso MUNICI ARO Bois 25-03-20
DIRECCION DE NAVEGACION Y
DIVISION MARITIMO PORTUARIA
Op SEGURIDAD
DVMP-DNS-2021-275
Página 2 de 2
Administración como el usuario logremos aprovechar al máximo los recursos, buscando soluciones
dentro de este proceso de austeridad que el país necesita, pero que no podemos dejar a un lado la
esencia de nuestro servicios, como lo es la seguridad marítima, en este fluvial y lacustre.
Cordialmente,
Firmado por: Nelson Miguel Soto Corrales
Documento emitido mediante
Sistema de Correspondencia Institucional
Documento interno N* 678719
Fecha: 22 de marzo de 2021
Lic. Nelson Miguel Soto Corrales
Director de Navegación y Seguridad
Cco
Ing. Carlos Alonso Rueda Segura, Director General (Ejecutor Programa 328), DIVISION MARITIMO PORTUARIA
Ing. Darío Zúñiga Chaves, Jefe, Departamento de Control de la Navegación
Ing. Gil Reinaldo Díaz Jiménez, Capitán de Puerto, Unidad CAPITANÍA Limón
Ing. Helberth Umaña Alvarado, Asesor(a) Técnico(a) Naval DNS
Anexos:
Giras
Programación
ACF
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
PAGINA NSYMUNICIPARODA PO FACE
Gira Tortuguero
Año | Semestre 11 Semestre Observaciones
2019 20/05/2019 al 26/08/2019 al Estas giras se efectuaron
24/05/2019 30/08/2019 con normalidad.
Estas giras se iniciaron,
pero por el COVI-19 se
16/03/2019 al suspendieron, esto
2020 19/03/2019 z durante la gira del |
Semestre y la gira
¡completa del Il.
Pendiente de realizar gira
15/03/2021 al de 'ú Semestre, existe la
2021 19/03/2021 - posibilidad que no se
ejecute por falta de
presupuesto.
Gira Barra de Colorado
Año | Semestre 1 Semestre Observaciones
2019 06/05/2019 al 15/07/2019 al Estas giras se efectuaron
10/05/2019 19/07/2019 con normalidad.
Estas giras no se
2020 Ñ Ñ realizaron, debido a la
emergencia Nacional
COVID -19,
No se han podido efectuar
2021 Ñ giras a esta zona por
problemas
presupuestarios,
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce.
ACUERDO N' 480
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal de
Desarrollo y Control Urbano, teléfono: 2713-6573, correo electrónico:
henry.madrigalOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: DDCU-051-2021
Asunto: Solicitud de autorización a la Alcaldía por parte del Concejo Municipal
para recepción de calle pública existente frente a la entrada principal de la
Universidad San José, Guápiles.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMMunicipalidadDePococi
Pluye
e”
PAGINA Ne53 MUNICIP AO SF OO CI 25-03-4127
a
9 Municipalidad de Pococí ,
POCOC e! Dpto. Desarrollo y Control Urbano yu
AS Teléfono: 2713-6573 Loy
MUNICIPALIDAD.
DE POCOCI
Pluye henry.madrigal(Amunipococi.go,cr
NACO a]
Lunes 22 de marzo del 2021
OFICIO: DDCU-051-2021
Srs (as).
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN A LA ALCALDÍA POR PARTE DEL CONCEJO MUNICIPAL
RECEPCIÓN DE CALLE PÚBLICA EXISTENTE FRENTE A LA ENTRADA PRINCIPAL DE LA UNIVERSIDAD SAN JOSÉ, GUÁPILES
Estimados(as) señores(as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad
de dar seguimiento a lo requerido por parte del Sr. Oscar Rodríguez Moya, cédula identidad
número 3-213-918, representante legal de ROPA INTIMA FIORELLA S.A., mismo que solicita la
aprobación de la donación de una franja de terreno correspondiente a calle pública existente,
según plano L-2124026-2019, por la cual, según manifiesta, cancela los respectivos impuestos
municipales desde el 01 de noviembre del 2012.
De acuerdo con estudios realizados este mismo día, según la página virtual del Registro
Inmobiliario del Registro Nacional, tanto al plano madre L-966194-1991 como al folio real 54070-
000, se tiene que el fraccionamiento se originó a partir de 1992, año en se segregaron e
inscribieron los primeros planos hijos. Dichos planos se citan a continuación:
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nes4 MUNICIE drAiosA BES 25-03-99128
Municipalidad de Pococí
a
POCVOC ¿ Dpto. Desarrollo y Control Urbano
a «> Teléfono: 2713-6573
Pluye henry.madrigalAmunipococi.go.cr
MIRTA La ts 7]
L-0082230-1992 Folio real 56008-000 L-0082232-1992 Folio real 57261-000
L-0082233-1992 Folio real 56009-000 L-0098418-1993 Folio real 57265-000
L-0082229-1992 Folio real 56010-000 L-0099397-1993 Folio real 68885-000
L-0082943-1992 Folio real 56011-000 L-0217447-1994 Folio real 62028-000
L-0082502-1992 Folio real 57230-000 L-0234667-1995 Folio real 62027-000
L-0082226-1992 — Folio real 57231-000 L-0246642-1995 Folio real 57233-000
L-0082231-1992 Folio real 57235-000
No omito mencionar que el presente caso NO se trata de una declaratoria de calle
pública, dado que su existencia se publicitad en todos los planos hijos generados desde el año
de 1992, y además según el Registro Inmobiliario la naturaleza de ese predio es calle pública.
Por otro lado, pero no menos importante, según consulta realizada a la Unidad Técnica de
Gestión Vial Municipal, la calle se encuentra debidamente codificada con el consecutivo 7-02-
10600.
Continuando con el proceso de regularización de proyectos y de conformidad con lo
requerido por el Sr. Rodríguez Moya, se solicita autorización para la donación de la franja de
terreno descrita a continuación:
Tabla 1.- Terrenos a donar como calle pública existente
Plano Catastro Parte de Folio Real Área (m?) Naturaleza
1-2124026-2019 7054070-000 1304.00 Calle Pública
Fuente: Desarrollo y Control Urbano
Por lo tanto, se solicita la recepción del terreno citado, así como autorizar al Alcalde en
ejercicio, por parte del Concejo Municipal, para que comparezca ante notarlo público para la
recepción de la calle pública existente, ubicada frente a la sede de la Universidad San José,
distrito Guápiles, Pococí; lo anterior en cumplimiento con lo establecido en el Artículo N*40 de la
Ley de Planificación Urbana.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ness MUNICI rada OO 25-03-20
Municipalidad de Pococí. 4
Ñ 1d
POCOC e Dpto. Desarrollo y Control Urbano
a e Teléfono: 2713-6573 “rr
Fluye henry.madrigalQmunipococi.go.cr — "Berocon”
ideal CEN
Sin más por el momento, se despide,
HENRY Firmado
digitalmente por
BRYAN HENRY BRYAN
MADRIGAL MabricaL
CALVO (FIRMA)
CALVO Pena ona
(FIRMA) 11:41:58 -06'00'
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord, Dpto. Desarrollo y Control Urbano
CC: Archivo
Lic. Manuel Hernández Rivera - Alcalde Municipal
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al Sr. Alcalde a recibir el terreno Plano
Catastrado L-2124026-2019 y que comparezca ante notario público. Se Dispensa
del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya E Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ne56 MUNICIP dr Neda Bhainarta.
ACUERDO N* 481
25-03- Q 130
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Eithel Hidalgo, secretaria municipal
de Palmares, teléfono: 2453-9600,
ehidalgoOmunipalmares.go.cr, dice:
Oficio: MP-ACM-102-2021
Asunto: Solicitud de voto de apoyo a CONAPE
MP-ACMI-102-2021
09 de marzo del 2021
Señores
Comisión Nacional de Préstamos para la Educación
PRESENTE
Estimada señora:
correo electrónico:
Para su conocimiento y fines consiguientes me permito transcribir acuerdo ACM-06-43-21, tomado
por el Concejo Municipal de Palmares en Sesión Ordinaria N%43, Capitulo V, Artículo 7, celebrada el
08 de marzo del dos mil veintiuno, que dice:
CONSIDERANDO:
1. Que la Comisión Nacional de Préstamos para Educación, CONAPE, se crea mediante la Ley
N*6041, publicada en el diario oficial La Gaceta del 9 de febrero de 1977.
Pecocí
2. Que en el CAPÍTULO 1 de la Constitución y los Fines, en el ARTÍCULO 1? se indica: Créase,
con carácter de institución semiautónoma del Estado, la Comisión Nacional de Préstamos para
Educación (CONAPE). (Así reformado por el artículo 138 de la Ley N* 6995 de 22 de julio de
1985)
. Que el artículo 2 de su ley de creación indica: La Comisión administrará un fondo con los fines
siguientes:
a) Conceder préstamos a costarricenses, para estudios de formación técnica, educación
superior para universitaria, estudios de educación superior universitaria dirigidos a carreras y
especializaciones de posgrado, dentro o fuera del país, basados en el mérito personal y las
condiciones socioeconómicas de los beneficiarios, quienes deberán ser, preferentemente, de
zonas de desarrollo relativo medio, bajo o muy bajo, según la clasificación del Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan). Al menos un cincuenta por ciento
(50%) de los préstamos deberá otorgarse a estudiantes de estas zonas. La Comisión Nacional
de Préstamos para Educación (Conape) podrá otorgar menos de un cincuenta por ciento
(50%) de los préstamos a estudiantes de zonas de desarrollo relativo medio, bajo o muy bajo,
solo en caso de que se demuestre inexistencia de demanda suficiente de créditos por parte de
personas de estas zonas.
Pluye
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Facebook: (AMunicipalidadDePococi
pacina nos7 MUNICIPNasA Blginaa? 25-03-PALBL
Az
Cuando se trate de préstamos para estudios dentro del país, la Comisión solo podrá conceder
créditos, avales o garantías cuando se trate de instituciones educativas académicamente
avaladas por la entidad que corresponda,
Con ese fin, la Comisión realizará convenios de cooperación con cooperativas de ahorro y
crédito, asociaciones de desarrollo, universidades públicas y privadas, municipalidades y
organizaciones del Estado con presencia en las distintas zonas y cantones del país, así como
aplicaciones por medios tecnológicos, ferias, promotores y unidades móviles, de manera que
el crédito educativo llegue lo más cerca y de forma accesible a las personas que más lo
requieren y que conforman la población meta de la institución, conforme a la ley de creación.
(Así reformado el inciso a) anterior por el artículo 1* de la ley N” 9618 del 2 de octubre del
2018)
4. Que parte del financiamiento de CONAPE proviene de las ganancias de los bancos y otra de
las cuotas de pago por los préstamos obtenidos a una tasa de interés del 5,5% (la más baja
del país), una vez que los estudiantes han concluido sus estudios.
5. Que CONAPE es un motor de movilidad social, ya que 130 mil personas han podido alcanzar
su meta profesional o técnica. En la actualidad, más de 50,000 estudiantes mantienen un
crédito con la entidad y alrededor de 38.900 se encuentran honrando sus deudas lo que
permite a su vez el financiamiento a nuevos créditos educativos.
6. Que al cierre del 2020, se otorgaron créditos por un monto de más de 20.000 millones de
colones. De estos, el 72 por ciento corresponden a prestatarios provenientes de zonas de
menor desarrollo relativo, y un 65 por ciento de los beneficiarios fueron mujeres.
7. Que con fecha 20 de noviembre del 2020 en la Mesa de Diálogo Multisectorial convocada por
el Gobierno de la República, se aprobó corio uno de los acuerdos la "Venta de la Cartera de
Crédito de Conape al Banco Popular y de Desarrollo Comunal (BPDC)", decisión que se toma
de manera inconsulta a la Institución e incluso con información inexacta acerca del verdadero
valor de la cartera y sin considerar otros elementos, tales como la naturaleza jurídica que
convierte a CONAPE en una institución altamente especializada en crédito educativo, distinto
al financiamiento que otorga la banca regulada por la Superintendencia General de Entidades
Financieras (SUGEF).
8. Que con fecha 26 de noviembre del 2020, la Asamblea de la Asociación Nacional de Alcaldías
e Intendencias de Costa Rica, en su artículo 3 dispuso:
“Oponerse al cierre de la Comisión Nacional de Préstamos para Educación (CONAPE), toda
vez que dicha propuesta de trasladar la cartera de un banco podría acelerar e incentivar la
desigualdad de los territorios, tomando en consideración que CONAPE es la única alternativa
que tienen especialmente los jóvenes y mujeres de financiar sus estudios de manera integral
en los cantones rurales.”
9. Que dentro de los puntos de negociación cel Ejecutivo con el Fondo Monetario Internacional
se encuentra la venta de dicha cartera crediticia, para que se le otorgue al país el préstamo
por 1.750 millones de dólares,
10.Que esta cartera crediticia es de 404 millones de dólares, (alrededor de 244 mil millones de
Colones), para lo cual pretenden liquidar su fondo, pasarlo al Banco Popular y que los
estudiantes tengan que solicitar préstamos sujetos a las directrices de la SUGEF, es decir, con
intereses casicomerciales, que pueden llegar a alcanzar un interés del 20% anual o más,
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
/
PAGINA Nesg MUNICIP AER NAS REO CI 25-03941132
LILA A
11, Que si no se cuenta con dichos recursos, CONAPE tendría que reducir el acceso al crédito en
un 55%, pasando de una colocación de 26 mil millones de colones a 10 mil millones de
colones, así como implementar nuevas restricciones al financiamiento de las carreras que se
cotizan más caras y aumentar la tasa de crédito en sus préstamos para no desfinanciar nuevas
oportunidades de crédito.
12.Que este Concejo Municipal considera que, a raíz de la crisis económica del país se requiere
mantener activa a una institución con alta proyección social como lo es CONAPE, la cual le
permita a las personas construir su futuro profesional sobre la base de un crédito con
facilidades y acceso, apegado a los conceptos de oportunidad e inclusión social.
POR TANTO:
Mociono para que este Concejo Municipal acuerde:
1. Dar un voto de apoyo a favor de la Comisión Nacional de Préstamos para la Educación
CONAPE y solicitar que se excluya la venta de su cartera crediticia, como parte de los
puntos de negociación entre el gobierno y el Fondo Monetario Internacional.
2. Que se envíe una copia de esta moción al Gobierno Central, a los Señores Diputados de la
Asamblea Legislativa y a todas las municipalidades del país, como un llamado respetuoso
para que se desista de dicha venta y se le excluya de cualquier proyecto de ley con el fin,
de que no se limite el derecho a la educación y al acceso al crédito educativo como motor
de desarrollo social.
3. Que se dispense de trámite de comisión y asunto entrado.
Sin otro particular se suscribe cordialmente,
CONCEJO MUNICIPAL DE PALMARES
oO Méndez
SECRETARIA DEL CONCEJO
15] CC: Sras(es) Diputados Asamblea Legislativa
— Municipalidades del País
Gobierno Central
Archivo
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo.
ACUERDO N*482
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Breyner Espinoza Creed,
cédula de identidad: 7 0180 0088, correo electrónico: brecreed228gmail.com,
dice:
Asunto: Solicitud de colaboración de gestión para dotar a la comunidad de
Campo Uno, Cariari el servicio de internet.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ne59 MUNICIPAL NAS RENO
Señores:
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Reciban un respetuoso saludo. El suscrito Breyner Espinoza Creed, vecino de la comunidad de
+ Campo Uno, Cariari, Pococí; acude a esta instancia para solicitar que por favor el Concejo Municipal
interponga sus buenos oficios en beneficio de esta comunidad en el siguiente tema:
+ Es bien sabido que nos encontramos en una era digital y el acceso a internet fue
considerado un servicio esencial mediante el voto de la Sala Constitucional
Número 2010-01-06-27 del 18 de junio de 2010. Además el internet y los medios
digitales han incrementado su nivel de importancia a raíz de la pandemia mundial
ocasionada por el virus SARS-CoV-2, No obstante existen muchas comunidades que
carecen de este servicio esencial, Campo Uno y poblados aledaños forman parte del grupo
de comunidades a las que se les ha negado el acceso de internet.
+» Campo Uno y poblados aledaños cuenta con un grupo de vecinos organizados que buscan
el bien común, ante la problemática que se presenta por la falta de internet, se
apersonaron al ICE a realizar la consulta sobre el proceso para adquirir tan importante
servicio, a lo que los personeros de esa entidad respondieron que se debía hacer una carta
solicitando la ampliación de la red además de la habilitación de fibra óptica para los
poblados de Campo Uno, El Kilombo, La Riviera y Campo 3 Este, con firmas de los posibles
beneficiarios, A pesar de que se realizó el proceso indicado anteriormente, el ICE respondió
negativamente a dicha solicitud, adjunto oficio emitido por el ICE.
+ Debido a la pandemia, en respuesta a las recomendaciones del Ministerio de Salud en
cuanto a las aglomeraciones, actualmente muchas gestiones se realizan en línea y eso
resulta excluyente para los miembros de esta comunidad.
+ El modelo de la educación se transformó, actualmente se realiza en dos procesos, uno
presencial y otro a distancia, por lo que, se está violentando el Interés Superior de la
Persona Menor de Edad que se encuentra consagrado en el Artículo 51 de nuestra
Constitución Política, en Artículo 5 del Código de la Niñez y Adolescencia, la Ley Número
7739 y el Artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, ya que en los hogares
no se cuenta con conectividad que en estos momentos es vital para el proceso de
enseñanza aprendizaje a distancia de los menores,
Debido a lo anterior, se solicita que como Concejo Municipal por favor Intervengan ante la
Sutel, Fonatel, el MICITT, el ICE y cualquier otra institución pública, para que se realicen las
acciones pertinentes en cuanto a la infraestructura necesaria para que se brinde el tan preciado
servicio de internet a estas comunidades. No omito manifestar que la petición no se realiza para
que se brinde internet de manera gratuita, de lo contrario, todos estamos dispuestos a pagar por
el servicio, la petitoria radica en que este es un servicio esencial, se nos está privando de él y se
necesita de manera urgente, puesto a que la mayoría de los quehaceres cotidianos están
directamente relaclonados con el acceso a Internet, este servicio es clave para el desarrollo social
y comercial de todos,
Agradeciendo de antemano su colaboración, se despide;
Breyner EC brecteed 223 mail com
Breyner Espinoza Creed. Cedula 701800088
Sitio Web: munipococi.go.cr
A : Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nogo MUNICIPAL O SE OS al 25-03-20
2021-01-21
9348-0017-2021
Señora (ita)
Catherine Pérez Ramírez
Cariari, Pococí
Limón
Estimada señora (ita):
Asunto: Solicitud de disponibilidad de servicio de internet (Fibra Óptica) en la localidad de Cariari,
comunidades de Campo1,Campo3, Las Orquídias, La Riviera y Barrio Quilombo.
En atención a la solicitud recibida mediante caso Siebel 1-12949053392, nos permitimos indicarle
que de acuerdo con la revisión efectuada con las áreas técnicas, se determina que esta localidad
hno cuenta con factibilidad para para brindar los servicios solicitados, por cuanto al día de hoy la
misma no forma parte de algún proyecto, modemización y/o ampliación de infraestructura fija.
Sobre la base de las consideraciones anteriores, se sugiere que se presente por parte de la
comunidad el requerimiento a la Superintendencia de Telecomunicaciones — SUTEL, quien a
través del Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL), busca contribuir con el cierre de
brechas digital, mediante la ejecución de proyectos para el desarrollo de infraestructura de
telecomunicaciones que permita dotar de telefonía e Internet.
Se hace de su conocimiento los canales de comunicación de FONATEL:
Línea gratuita 800-887-8835
Tel Oficina 4000-0000
https://www.sutel.go.cr/pagina/guia-para-presentar-iniciativas-fonatel
Quedamos a sus gratas órdenes para cualquier información adicional que estime conveniente.
Atentamente,
Gestión Preventa - RCH
Sector de Telecomunicaciones
e
José Gómez Monge
Enlace
Participan de la palabra
Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez
Ustedes saben compañeros que en estos momentos estamos con la pandemia,
donde los niños están por lapsos cortos en las instituciones educativas tanto de
primaria como secundaria e inclusive universitaria y por lo tanto en una zona tan
céntrica como es Campo Uno, que está a escasos kilómetros de Cariari, no se
justifica la falta de internet, por lo tanto y con el fin de que no se violente el interés
superior de los niños y jóvenes, el derecho de recibir una educación, le solicitamos
al ICE que nos ayuden con esto.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*61 MUNICIPAL oa rdiriaria: |
Estamos dando un voto de apoyo para que se cumpla, en la medida de lo posible,
con la instalación de la fibra óptica en esta comunidad.
Propuesta de la Reg. Yaslyn Morales Grajal
Saluda, referente a ese documento que usted lee y donde esa comunidad está
pidiendo ayuda al Concejo Municipal por el interés superior de los niños del
cantón de Pococí, aplicando el artículo N%1 del Código Municipal que nos dice
que debemos velar por los intereses de los ciudadanos, como regidora de este
honorable Concejo y Presidenta de la Comisión de Asuntos Sociales donde hemos
trabajado conjuntamente en temas de educación, solicito que venga a este
Concejo Municipal la Presidenta Ejecutiva del ICE. Anteriormente se había invitado
y lo que respondió fue que iba a enviar a la persona encargada del Área de
Limón, era otro tema.
Este Concejo Municipal basados en los artículos N*%11, N*27 y N*30 de la
Constitución Política, artículo N*3 Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento
Ilícito en la Función Pública y artículo N*32 de la Jurisdicción Constitucional que
regula el deber de rendición de cuentas y probidad que le asiste a todos los
funcionarios públicos del país, así como el ejercicio de la tutela del derecho de
petición, derecho a ser informados y a obtener pronta respuesta en el plazo
procesal correspondiente que dicta el bloque de legalidad que regula la
actuación, que venga a este Concejo Municipal y no solamente nos diga sobre
esta fibra óptica, también sobre la luz que la Escuela de Puerto Lindo no tiene. Los
niños de esa escuela no tienen luz, tienen que usar un panel solar y como lo
compró PANEA, no pueden usarlo para tener informática en la escuela, así que
solicito señor presidente, con mucho respeto, que se valore mi propuesta para que
la Presidenta Ejecutiva del ICE venga a este Concejo de forma presencial y se
acompañe de las personas responsables sobre ese tema, nos rinda un informe
según lo establece la Constitución Política.
Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez
Compañera regidora, creo que esa solicitud ya está hecha para que la señora
venga, sin embargo, que su comentario quede insertado en actas.
Estoy de acuerdo doña Yaslyn para que la Presidenta Ejecutiva del ICE se presente
al Concejo, pero vamos a brindar un voto de apoyo para que este documento
po e L a Sitio Web: munipococi.go.cr
a A nd É Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA noé2 MUNICIE Rada Blginaao 25-03-
NTRA
de Campo Uno se envíe al ICE con los comentarios y apoyos de este Coficejo
Municipal. La verdad es que como Concejo Municipal no podemos seguir
recibiendo el vasallo que recibimos de diferentes aparatos estatales que fueron
creados para que nos ayuden con el desarrollo y nos están enterrando en el
subdesarrollo, en pleno siglo XXI. Hablo de instituciones no solo como el ICE,
también el AyA, MEP, JAPDEVA y demás aparatos estatales que lejos de
ayudarnos con el desarrollo, nos entierran en el olvido.
Estoy de acuerdo con sus comentarios, que se adjunte y se envíe a la señora
Presidenta Ejecutiva del ICE.
Reg. Rita Marcelly Umaña Valverde
Saluda, como administradora educativa apoyo totalmente a la compañera
Yaslyn por ese interés social con la educación y la niñez, sabemos que este
momento en Costa Rica y a nivel mundial, estamos con dilemas con esta
pandemia que nos tiene consumidos desde lo económico hasta lo educativo. A
nivel educativo el Ministerio de Educación Pública y sé que la mayoría de los
compañeros estamos luchando para que todo quede bien hecho y la educación
llegue hasta los hogares, pero a nivel institucional e interinstitucional, tenemos
mucha queja y qué pedir todavía para la niñez que es el interés superior en este
momento para todo.
Es super importante que como Concejo Municipal llamemos a estas personas, no
para una explicación si no para buscar una solución en conjunto, porque este es
el momento preciso cuando los estudiantes por Una situación de salud no pueden
acercarse a ninguna institución, hay algunos que tienen la salud comprometida y
no pueden venir y por eso están totalmente a distancia, trabajando todo lo que
es educativo y con material didáctico porque no hay conectividad.
Yo trabajo en Sagrada Familia y esta comunidad es céntrica de Cariari, a una
distancia de kilómetro y medio aproximadamente, y no tiene conectividad,
nosotros tenemos internet del ICE, CLARO, Movistar y ninguno sirve, ósea en este
momento a nivel nacional todas las instituciones y personas estamos luchando por
el internet y creo que nadie más que nosotros como Concejo Municipal tenemos
que ponernos detrás de ese tema, para que los estudiantes tengan una
educación de calidad.
Reg. Luis Ángel Méndez Araya
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
paGina noós MUNICIE A ROL Dlginsha 25-09-9181
Saluda, para hacer una acotación referente a la propuesta de la Reg. Ya y la
solicitud de la comunidad de Campo Uno, podemos recordarle al ICE el artículo
N978 de la Constitución Política, en el tercer párrafo que dice "El Estado facilitará
el acceso tecnológico a todos los niveles de la educación, así como la
prosecución de estudios superiores a quienes carezcan de recursos
pecuniarios...”, gracias señor presidente.
Nota de Secretaría: El Pdte. somete a votación la nota de solicitud realizada por
Breyner Espinoza Creed, vecino de Campo Uno Cariari. Además, se instruye a la
secretaría a insertar nuevamente el SMP-1794-2021, Acuerdo N*1946 del Acta 73
Ordinaria del 22-10-2020, mediante el cual se había invitado a este Concejo
Municipal a la Sra. Irene Cañas Díaz, Pata. Ejecutiva del ICE.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*64 MUNI roda da 25-03- Y 9138
Fai
Municipalidad de Pococí
16 Secretaría del Concejo Municipal
Tel/Fax 2711-1227
pe o Email: secretariaM2munipococi.go.cr
DEPOCOCI  prosecretariaconcejo(MWyahoo.es
SMP. 1794-2020
Guápiles 26 de octubre 2020
SMP - 1794-2020
Señora:
Irene Cañas Diaz
Presidenta Ejecutiva
Instituto Costarricense de Electricidad
Estimada Señora:
Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo Municipal
de Pococí en Sesión N* 73 Ordinaria del 22-10-2020, dice:
Acta N* 73 Artículo IV Acuerdo N* 1946
Moción presentada por la regidora Yaslyn Morales Grajal.
En el sector de Ticabán una empresa privada pretende construir una empacadora donde
los beneficiarios serán principalmente mujeres jefas de hogar.
En la comisión de reactivación económica en la reunión que se hizo en el centro cívico nos
dijeron que solo estaban esperando el trifásico y ellos no han podido aterrizar este tema.
Entonces nosotros como Municipalidad y ente gubernamental de este cantón que nos toca
velar por la reactivación económica yo les solicito compañeros, que invitemos a este
honorable Concejo a la señora Irene Cañas, Presidenta Ejecutiva del ICE; para que ella
venga y nos explique; ¿cómo esta Municipalidad puede ayudar al Cantón de Pococí con
ese tema del trifásico?.
Considerando:
Que la Municipalidad de Pococi tiene el deber de promover la reactivación económica.
Mociono:
Para que la señora Irene Cañas, presidenta ejecutiva del ICE nos pueda atender ya que
hay proyectos en la comunidad de Ticabán donde generaría 350 empleos en su mayoria
jefas de hogar.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Atentamente: MAGALLY Firmado
digitalmente por
VENEGAS MacaLiY
VENEGAS VARGAS
VARGAS  trirma)
Fecha: 2020.10.27
(FIRMA) — oo1819-0600
Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Pococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*65 MUNICIAR9da ds ! 25-03-2 9139
Por Unanimidad, SE ACUERDA: El Concejo Municipal de Pococí brinda un yoto
apoyo a la solicitud realizada por el señor Breyner Espinoza Creed vecino de
Campo Uno de Cariari, para que el ICE realice las gestiones pertinentes en cuanto
a la infraestructura necesaria y se garantice el acceso a internet a la comunidad
de Campo Uno de Cariari. Además, se reitera la invitación a participar de una
sesión municipal de manera presencial a la Sra. Irene Cañas Díaz, Presidenta
Ejecutiva del Instituto Costarricense de Electricidad en base al oficio SMP-1794-
2021, Acuerdo N*1946 del Acta 73 Ordinaria del 22-10-2020 y comentarios
realizados por los señores (as) regidores (as) en el presente acuerdo, esto con
fundamento en los artículos N*11, N*27 y N*30 de la Constitución Política, artículo
N93 Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento llícito en la Función Pública y
artículo N*%32 de la Jurisdicción Constitucional. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 483
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Elizabeth Vargas, teléfono: 8428-
4085, correo electrónico: vargasramirezeli2809gmail.com, dice:
Asunto: Inquietud de solicitud de calle pública
mI "A De Sitio Web: munipococi.go.cr
Y y UL Á Facebook: AMunicipalidadDePococi
 
OSCARS LEA
PAGINA N*67 Ea DO OOLA 25-03- 09 141
_Lonlor A | Pamirsy,| fub-= Y 96450 Y
¡Zetaida Mmm +5 2358 073 /
MIRA Fon 0432.
SU Md AMA BON
DEL 16 0/66
Ed, B TVotéerReZzZs
rd A H. 701390473.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la UTGVM para que se investigue y
den un informe a este Concejo y la persona accionante.
ACUERDO N” 484
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Nemesia Vargas, vecina de Barrio
San Marcos, Cariari, teléfono: 6369-6079, dice:
Asunto: Solicitud de ayuda bien social para adultos mayores en condición de
discapacidad.
Sitio Web: munipococi.go.cr
A Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
paGina noós MUNICI A AROdA Dlgihata 25-03-99 142
PERLA POT
Dirigido
. Consejo Municipal
Secretaria Municipal
Yo Nemesia Vargas Torres portadora de la cédula: 2 0356 0770 quiero
solicitarle una ayuda a mi persona ya que cuento con dos adultos mayores, que
están a mi cargo, ellos solo cuentan con la pensión de régimen contributivo en el
hogar donde vivimos se encuentra en estado deteriorado, para ingresar a la casa
me solicitan una rampa para poder trasladarlos a mis tios. Ya están en cama, pero
con lo que obtenemos no nos alcanza para poder realizar el arreglo.
Una de las situaciones más difíciles que estamos pasando es el del ingreso
económico para la alimentación diaria de mis tios y de mi parte es muy difícil recibir
otros ingresos económicos ya que mi persona no puedo laborar debido al cuido que
le tengo que dedicar a diario a ellos, ya se encuentran en cama y ellos necesitan de
mi ayuda para cualquier tipo de actividad o movimiento,
ATENTAMENTE
(puro per ir 227,
Nemesia Vargas Torres
Tel: 6369-6079
Dirección: Barrio San Marcos, Carretera hacia Cariari, frente a la
Chicharronera la Recta casa color terracota
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
 
 
 
 
PAGINA N%74 MUNICI ri Roda DEN QgocI 25-03- 148
Instituto Mito da Ayuda Social
Teléfono (506) 2202 4000
Apartado postal 6213-1000
Homo Page: wawimas.go.cr
San José, Costa Rica.
HACE CONSTAR QUE
De conformidad con los datos suministrados en la base de datos de los Sistemas de Información Social:
SIPO (Sistema de Información de la Población Objetivo) y SABEN (Sistema de Atención a los
Beneficiarios), el/la señora VARGAS TORRES NEMESÍA, con documento de identidad 203560770,
está registrada en el SIPO y No está r por parte de la ión. Se ubica en
condición de pobreza: Línea de Pobreza (LP) NO EXTREMA y Grupo de prioridad: Grupo 1.
Se extiende la presente a las 09:44:00 horas del día 21/01/2021, a solicitud de la persona interesada
para los trámites administrativos que corresponda.
: e
$ fe tos Dianaqeia
z Generado ¡por DIANA RODRÍGUEZ MENDOZA NN? de reporte: 16-2021
: (SÉRVO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL DE GUAPILES
OFICINA DE CERTIFICACIONES
2710-6801 EXT 3601
C-M-2194-2020
jones de la Consulta Externa,
El suscrito Médico de Oficina de Ce
CERTIFICA
Que, Vargas Torres Olger Pompilio asegurado N* 2 0296 0652 ha sido atendido
(a) en este centro de salud por lo siguiente:
- Fractura intertrocanterica derecha. Osteosíntesis realizada el 12-10-2020.
- Demencia vascular
control con ortopedia, Úl
'ontrol con psiquiatría. Úl
Última atención fue el 12-11-2020. Cita en 6 meses.
atención fue el 16-11-2020. Cita en 4 meses.
E
Se extiende el presente certificado a solicitud del (la) interesado (a) el 03 de
abre del 2020.
Atentamente;
Código Médico 14232
Consulta Externa
Oficina de Certificaciones
Hospital de Guápiles
CC: Exp.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina no7s_ MONICIARodA Blginarta?
haria.
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
AREA DI SALUD DI CARIAR.
EBAIS NAJERA
a
CERTIFICADO MEDICO
A quien corresponda:
Por ento medio se hace constar que puciente EDWIN VARGAS Y
con número de cedula 202440820, consulta en este EBAIS por las siguientes patologías:
-ATENCION INTEGRAL DE ADULTO MAAYOR.
-DEMENCIA. YA REFERIDO A GERIATRIA MG GITA 8 DIC.2020
E
-INFECCION DE VIAS URINARIAS.
S INICIO Y DEL MANTENIMIENTO DI
¿L SUBO
PERSONAL.
CON LA NECESIDAD DE AYUDA PARA RL CUIDADO
-HIPOACUSIA CONDUCTIVA BILA:
STORNO DEPRESIVO RECURR
-TRASTOR
NTE,
RNO DEL SISTEMA URINARIO.
-INCONTINENCIA URINARIA.
Se agradece atención.
Se extiende a solicitud del interesad:
ar Chaves Castro.
cs 10580
Epicrisis
IN9 12209
Nombre: Vargas Torres Edwin
Número de cédula: 2 244 820
Fecha: 20-10-2020
EBAIS correspondiente: Nájera
En su exp te médico ha
los principal di
desde Junio 2017. A continuación se
por los que ha consultado desde esa foc
Trastorno depresivo crónico
Pteriglon
Hipoacusia conductiva bilateral
Incontinencia urinaria
Prediabetes
nr...
Última consulta fue en octubre 2020. sa > hay más datos de interés en su expediente
Este to tiene vi,
Atentamente
Drs, Johanna Mendinlk 4
Código 6282
Médico Autorizado por Dirección Medica
-a de Salud de Cariari
Co: Expediente Médico
Pecocíi
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina nezo MONICIARSdA Desihatta? 25-03-20
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de BienestarSocia
para que proceda con un estudio y le informe a este Concejo Municipal.
ACUERDO N* 485
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Joseline Campos, directora de la
Escuela Barra del Colorado Norte, teléfono 8888-1653 dice:
Asunto: Terna para sustitución de un miembro de la Junta de Educación de la
Escuela de Barra del Colorado Norte.
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de
Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la
propuesta de temas para la conformación de la Junta Educación Escuela Barra
del Colorado Norte, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo
Municipal:
rm Puesto Vocal 2
Cédula
Catlin Godínez Arias 602760295 |
Zulema Aguilar Torres o 700930757 2]
defi cuen,
Atentamente,
VB. Supervisor de circuito educativo
> á
ha pr Ss
Dra. Mayfa dy/Milágro Campos Víquez [1 “UPEpA
-Mipervis a de Lentros Educativos, Circuito 06 AÑ 06
E ácina 1
Por UNANIMIDAD, Se Acuerda: Se nombra a Angélica Zulay Medina Levell, cédula
7 0250 0250 como miembro de la Junta de Educación de la Escuela Barra del
Colorado Norte, se traslada al despacho del señor Alcalde para su respectiva
juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
Y
pacina ne77 MUNI A IRoa Dloihatao 25-03-99 151
ACUERDO N* 486
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Manuel Acuña, Departamento de
Proveeduría, teléfono. 2713-6561, correo electrónico:
manuel.acunaOmunipococi.go.cr, dice:
Asunto: Respuesta al CMPL-79-2021
Nota de Secretaría: Adjunto el oficio CMPL-79-2021 en relación con el Acuerdo
N*2186, Acta N*%69 del 2018.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*78 MUNICIEerALR/o92 BE RAQLOCI 25-03+2
UNIDAD DE PROVEEDURÍA / MUNICIPALIDAD DE mozo,
Teléfono 2713-6561 Fax: 2711-1226 e ¡AN
Correo: manuel.acuna(dmunipococi.go.cr MUPOCIPALIDAD.
DE POCOCI
Euesaca
Guápiles, 18 de Marzo del 2021
Señorita:
Darinka Agúero Víctor
Secretaría Municipal
S.D,
Asunto: Dar respuestas a lo solicitado en el oficio CMPL79-2021
Respetable Señorita,
El motivo de la misiva es con la finalidad de dar respuesta a lo solicitado por su
persona en nota el oficio sura indicado.
Puntualmente reliriéndome a la consulta realizada, te indico que este Dpto. mando
a solicitar a la administración el acuerdo de pago y adjudicación, solicitud que
trasladan al concejo municipal para el respectivo acuerdo,
Dicho órgano colegiado en sesión ordinaria NO 69 del 11/09/2018 acuerdo
2186 deciden trasladarlo a la Comisión de Jurídicos.
Al no recibir esta unidad el acuerdo de pago por parte del consejo, no se contínua
con el proceso. Razón por la cual ruego hacer la consulta al Ing. Fabían Delgado
Villalobos administrador del proyecto y /a Jurídicos, para conocer del proceso.
Se adjuntan archivos del acuerdo municipal y reglamento del departamento.
Sin más por el momento que agregar se despide de usted.
Manuel Emilio
icuña Vargas
“UNE 23799
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina mozo MUNICIEAARAD BEROROCT aso 18
iS Se 9 Municipalidad de Pococí
O € Secretaría Municipal Y 15
au hs > Teléfono/Fox: 2711-1227 ye
secretario(munipococigo.cr — mrcaramso
Pluye
A e
Guópiles, 16 de marzo de 2021
CMPL-79-2021
Señor:
Lic. Manuel Acuña
Coordinador Dpto. Proveeduría
Asunto: Solicitud del estado de la Compra Directa N* 2018-CD-000161-CL1,
adjudicada a Catalina Alvarado León, cédula 7 0158 0405.
Estimado Señor:
Un cordial saludo, por este medio con instrucciones de la secretaria a.i,
municipal, Ana Madrigal Astorga, se le realiza la consulta del estado de la
compra directa N* 2018-CD-000161-CL1, misma que fue solicitada por la
beneficiada a quien se adjudicó; la Sra. Catalina Alvarado León, cédula 7
0158 0405, esto según el Acuerdo 2186, Acta N*69 del 11 de septiembre del
2018.
De acuerdo con el principio de legalidad responder en tiempo y forma, de
manera directa en un plazo no superior a 10 días hábiles. Cabe señalar que,
de requerir una prórroga al plazo de atención, esta deberá ser gestionada
por su persona, dentro del plazo inicial y de manera formal.
Sin más por el momento, se suscribe;
Firmado digitalmente por
DARINKA DARINKA AGUERO VICTOR
AGUERO en 03.16 14:58:57
VICTOR (FIRMA) -0600.
Darinka Aguero Víctor
Prosecretaria Municipal
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Unidad Técnica de Gestión
Ambiental y Servicios Jurídicos para que le brinden respuesta al Lic. Manuel Acuña
y a este Concejo Municipal, que se resuelva dentro del marco de legalidad que
corresponde.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY . Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*80 MUNICIE ADS las _ 25-03 99154
ACUERDO N* 487
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lourdes Brenes, jefe grupo 28 Guías
y Scouts, teléfono: 7029-9536, correo electrónico: grupogys280gmail.com, dice:
Señores
Consejo Municipal
Pococi
Sirva la presente para saludarles deseándoles éxitos en su labor,
El grupo Scout de Jiménez tenemos 4 años de trabajar en este distrito con la niñez y juventud,
fortaleciendo valores a través del escultismo.
Llevamos a cabo nuestra labor en el parque de Jiménez y debido a que está cerrado solicitamos
de la manera más atenta su apertura. Conocemos que muchos parques en el país ya están
disponibles al publico por lo que sería muy valioso nos apoyen para poder seguir trabajando por
la juventud.
Adjuntamos el documento del protocolo por Covid de la Asociación de Guías y Scout de Costa
Rica, para volver a realizar actividades, avalado por el ministerio de salud.
Quedamos a sus órdenes y Siempre Listos.
Lourdes BPenes eles.
Jefe grupo 28, Jimenez.
Cel FO49-33É
Covre nl com
grupo gps 893mail.com
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a Servicios Jurídicos, Salud Ocupacional
y la Alcaldía, que respondan al accionante y a este Concejo Municipal si se puede
proceder.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nog1 MUNICIEelrAlpjada Bla o 25-03-94 155
ACUERDO N' 488 |
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Patricio Morera, Pate. Ejecutivo
IFAM, teléfono: 2507-1151, correo electrónico: msotoGifam.go.cr, dice:
Oficio: MIDEPLAN-DM-OF-0255-2021 y PE-0071-2021
Asunto: Capacitación sobre planes Cantonales de Desarrollo Humano Local y
Planes Estratégicos Municipales
mideplan
San José, 12 de marzo de 2021
PE-0071-2021
MIDEPLAN-DM-OF-0255-2021
Señores y señoras
Concejos Municipales
MUNICIPALIDADES Y CONCEJOS MUNICIPALES DE DISTRITO
Asunto: Capacitación sobre Planes Cantonales de Desarrollo Humano Local y Planes
Estratégicos Municipales.
Estimados señores y señoras:
Reciba un cordial saludo en nombre del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, IFAM y
el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, MIDEPLAN. El objetivo
principal de esta comunicación es informarle sobre la articulación de esfuerzos de ambas
instituciones para el desarrollo de la Capacitación para la Elaboración de los Planes
Cantonales de Desarrollo Humano Local y Planes Estratégicos Municipales.
La actividad de capacitación busca brindar a los gobiernos locales y las personas
funcionarias de apoyo en la planificación, conocer los principales aspectos, procesos,
responsables y objetivos que deben contemplarse a la hora de plantear, desarrollar,
promover y ejecutar los Planes Cantonales de Desarrollo Humano Local y Planes
Estratégicos Municipales.
Se impartirá mediante un taller virtual con métodos de aprender haciendo, indagación
apreciativa y participación activa, con el fin de que, las personas puedan reconocer los
conceptos, identificar las condiciones y los condicionantes de la realidad de su cantón y
gobierno local, y poder aclarar las principales dudas que surjan en el proceso mediante el
apoyo de los facilitadores y las facilitadoras del proceso. La capacitación se acompañará
de un manual y una caja de herramientas que facilitará la construcción de dichos planes
municipales.
Antecedentes. Con base en los lineamientos generales emitidos por la Contraloría General
de la República de febrero de 2009, contenidos en la resolución L-1-2009-CO-DFOE,
Lineamientos Generales sobre la Planificación del Desarrollo Local, el principal requisito
sobre el cual se aprueban o desaprueban los presupuestos públicos presentados por cada
gobierno local, son los instrumentos de planificación a corto, mediano y largo plazo, y que,
además, deben ser construidos mediante procesos participativos.
Como respuesta a dicho lineamiento, existen los denominados Planes Estratégicos
Municipales y los Planes Cantonales de Desarrollo Humano Local elaborados por parte de
algunos gobiernos locales, que permiten asegurar la planificación participativa y la
alineación de los diferentes instrumentos de planificación, los cuales se convierten en una
opción para asegurar el óptimo cumplimiento de lo mandado por la Contraloría General de
la República.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina nog2 MUNICIPAL BARC! 25-03-99 156
ARANA A
mideplan
Si desea ser parte de este proceso de capacitación, le solicitamos comunicar su interés de
participar al correo msoto(Qifam.go.cr, o al teléfono 2507-1151, con María José Soto
Zamora, Gestora de Capacitación y Formación del IFAM.
Agradecemos su atención y reiteramos el compromiso del IFAM por el fortalecimiento del
Régimen Municipal.
Atentamente,
A Fuopañocigimerte por
PATRICIO PATRCIOMORERA o PILAR a oe caldo
Ú
o de PECES GONZALO (FIRMA) "ds DATO 1210s5as
Patricio Morera Víquez María del Pilar Garrido Gonzalo
Presidente Ejecutivo Ministra
IFAM MIDEPLAN
Co: Milagro Muñoz Bonilla, Gerente, Área de Planificación Regional, MIDELAN
Edmundo Abellán Villegas, Jefe, DGFM, IFAM
Ricardo Madrigal Villalobos Encargado, UCF, IFAM
Cronológico
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Queda abierta la invitación a los compañeros que
deseen la capacitación.
ACUERDO N* 489
Se conoce nota para este Concejo suscrita por vecinos de Calle Flores, correo
electrónico: mmartinezOibgcr.com , dice:
Asunto: Solicitud de inspección por contaminación sónica
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA nogg MUNICI ra DOC!
Guápiles 22 de marzo de 2021
Señores
Concejo Municipal de Pococí
Guápiles
Estimados señores
Nosotros abajo firmados vecinos de Calle Flores, 125 metros Sur de Ruta 32 y 20 metros Este,
solicitamos respetuosamente una inspección ya que el sonido proveniente de una bodega que
permanece cerrada no nos deja descansar en horas de la noche, aparentemente quedan unos
camiones encendidos y nos priva de nuestro derecho luego de la jornada laboral.
También la salud de la Sra Alicia Molina Molina cédula 500750772 se ha visto afectada desde que
los inquilinos de esa bodega tienen esos camiones ahí y vive con su esposo al frente de la bodega y
ambos son adultos mayores que superan los 80 años de edad.
FIRMA ; CEDULA
ini ) Kami NarimezChacia 11123 - OST
l ARC Antoo Beans Venas 1994-01
A An Ml 2 «ena 3ANH-O0O8B_
ALO Lado NS cala! ;
o
+ - », E
Jaqueline PMavogua h J1CU HB
Favor notificar a:
EA
Mauren Martínez Chacon cedula 1-1194-0198 27 ¿4:51 f
11940173
mmartinezOibgcr.com 2
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de Patentes para que
rindan un informe a este Concejo y al accionante.
ACUERDO N* 489-1
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal de
Desarrollo y Control Urbano adjuntando oficio de la MSc. Cynthia Barzuna,
secretaria general Comisión Plenaria, teléfono:2713-6573, lo siguiente:
Asunto: Resolución N* 451-2021 -SETENA en respuesta al oficio DDCU-061-2021
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*84 MUNICH pelrAlR(992 DEHQEOCI jes
A
4 Municipalidad de Pococí ls
POCOC ¿ Dpto. Desarrollo y Control Urbano
a Teléfono: 2713-6573 AY
Pluye henry.madrigalAmunipococi.go.cr MoEPOO
A EMI
Viernes 26 de marzo del 2021
OFICIO: DDCU-061-2021
Sr,
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: RESOLUCIÓN N* 451-2021 SETEMA / APROBACIÓN DE LOS ÍNDICES DE FRAGILIDAD AMBIENTAL
Estimado Alcalde,
Le saludo muy respetuosamente y a la vez le remito la presente nota con la finalidad de
dar a conocer la Resolución N* 451-2021-SETENA emitida por la Secretaría Técnica Nacional
Ambiental (SETENA) respecto al denominado “Proyecto Introducción de la Varlable Ambiental
en el Plan Regulador de Pococí, con la finalidad de obtener la Viabilidad Ambiental al Plan
Regulador del cantón de Pococí - Expediente Administrativo EAE-06-2019-SETENA".
Según se indica en la resolución citada supra, la Comisión Plenaria de la SETENA,
mediante Sesión Ordinaria N* 021-2021, de fecha 17 de marzo del 2021, en su artículo N*30
acordó, una vez revisados los estudios técnicos y la documentación administrativa del
expediente DEAE-006-2019-SETENA, correspondiente a la Municipalidad de Pococí, y luego de
expuestos los señalamientos que se anotan en el dictamen técnico INF-TEC-DT-DEAE-003-2021,
se concluye que, en relación a este expediente, el trámite es "aprobar los documentos
analizados IFA's, mismos que formarán parte de la viabilidad (licencia) ambiental cuando se
otorgue la misma al POT".
158
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*85 MUNICI era LR(972 DERQEOCI 25-03-2 A 159
Municipalidad de Pococí
7d
POCOC ¿ Dpto. Desarrollo y Control Urbano
a Teléfono: 2713-6573 “Sr
Pluye henry.madrigalAmunipococi.go.cr Meri
APR IT MEA
Por lo tanto, es de suma importancia comunicar a la Alcaldía Municipal, como sub
coordinador de la Comisión del Plan Regulador del cantón de Pococí, que los Índices de
Fragilidad Ambiental ya fueron aprobados por la SETENA, siendo este un eslabón adicional en
pro de la formulación de nuestro Plan Regulador.
Se adjunta Resolución N* 451-2021-SETENA.
Sin más por el momento, se despide,
HENRY Firmado
digital:
BRYAN ra
MADRIGAL — MADRIGAL CALVO
CALVO (FIRMA)
Fecha: 2021.03.26
(FIRMA) 10:30:42 -0600'
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano
CC: Archivo
Secretaría - Concejo Municipal de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
paGina nogó MUNICIelrAR(9J2 Blaihsta7 O o 25-03-2091 160
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setena AM pr
Resolución N* 451-2021-SETENA
EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL
AMBIENTAL, ALAS 10 HORAS 45 MINUTOS DEL 17 DE MARZO DEL 2021.
PROYECTO INTRODUCCIÓN DE LA VARIABLE AMBIENTAL EN EL PLAN
REGULADOR DE POCOCÍ, CON LA FINALIDAD DE OBTENER LA
VIABILIDAD AMBIENTAL AL PLAN REGULADOR DEL CANTÓN DE POCOCÍ
EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO EAE-06-2019-SETENA
Conoce la Comisión Plenaria de esta Secretaría el: informe INF-TEC-DT-DEAE-003-2021
y el formulario de revisión técnica FR-DT-EAE-06-2021 del plan de ordenamiento
territorial vinculado al expediente  DEAE-006-2019-SETENA denominado
INTRODUCCIÓN DE LA VARIABLE AMBIENTAL EN EL PLAN REGULADOR DE
POCOCÍ, con la finalidad de obtener la Viabilidad Ambiental al Plan Regulador del Cantón
de PococÍ.
RESULTANDO
PRIMERO: En la base de datos se encuentra el siguiente expediente administrativo:
Características del Plan de Ordenamiento Territorial:
Nombre Plan de Ordenamiento Territorial: INTRODUCCIÓN DE LA VARIABLE
AMBIENTAL EN EL PLAN REGULADOR DE POCOCÍ, con la finalidad de obtener la
Viabilidad Ambiental al Plan Regulador del Cantón de Pococí
Ubicación:
Provincia: Limón
Cantón: Pococí
Coordenadas Norte: 1209697/533015
Sur: 1112776/524766
Este: 1138026/572042
Oeste: 1122059/505765
Área del área a planificar. 2408.05 km?
Proponente del Proyecto:
Razón Social: Municipalidad de Pococí
Cédula Jurídica: 3-014-042125
Representada por: Manuel Hernández Rivera
Cédula física: 7-086-850
Delegado del Proyecto
Representada por: Manuel Hernández Rivera
Cédula física: 7-086-850
Sitio Web: munipococi.go.cr
a , Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ne87_MUNICIerARóza DgihSHa 25-03-09161
Resolución N* 451-2021-SETENA
Consultor Ambiental del Plan de Ordenamiento Territorial:
Nombre: ECOPLAN CR SRL
Cédula jurídica: 3-102-21785
Número de Registro y vigencia: EC-016-97
SEGUNDO: Consideraciones aplicadas al Plan de Ordenamiento Territorial:
+. Este dictamen técnico corresponde a la evaluación de anexos previamente
solicitados a los estudios técnicos IVA para el expediente para la Selección una
opción.
+ Se analizan los documentos técnicos en el marco de requisitos del decreto n”
32967.
+ Se aplica en su totalidad el Decreto Ejecutivo N” 42562-MINAE-MAG-TUR-PLAN-
MIVAH, mismo que es una ampliación del Decreto 39150- MINAE-MAG-TUR-
PLAN-MIVAH, en cuanto a la flexibilización metodológica. Según solicitud en oficio
DA-1940-2019 emitido por la Municipalidad de Pococ!f.
TERCERO: El día 11 de diciembre de 2019, ingresa a la SETENA el oficio DA-1940-2019
enviado por Elibeth Venegas Villalobos Alcaldesa Municipal, quien fue designada, para
realizar gestiones ante la SETENA, por el acuerdo del Concejo Municipal 2472 adoptado
en la sesión ordinaria N* 81, del 05 de noviembre de 2019. En dicho oficio se presenta
solicitud de análisis de Índices de Fragilidad Ambiental para el cantón de Pococí.
CUARTO: El 19 de diciembre del 2019 se notifica a la Arq. Gabriela Quirós Quesada, el
oficio N” DEAE-198-2019 mediante el cual se le indica llevar a cabo la coordinación de la
evaluación técnica respecto a los estudios presentados.
QUINTO: Mediante oficio SETENA-DT-EAE-199-2019 se le comunica a la Municipalidad
de Pococí la apertura del expediente y el inicio del proceso de revisión de la información
presentada.
SEXTO: Según lo permitido por el ítem 7.8 del Anexo | del decreto n” 32967-MINAE, se
realizaron 3 audiencias técnicas detalladas a seguir:
N? | Solicitud de Audiencia Técnica N? Minuta Respuesta Folio
Se realiza la Primera Audiencia Técnica Se presenta
1 | el 04 de febrero de 2020 03-2020 información el | 180
11/6/2020
Se realiza Segunda Audiencia Técnica el Se presenta
2 |10/09/2020 46-2020 información el | 237
03/11/2020
Se realiza Tercera Audiencia Técnica el Se presenta
3 | 15/12/2020 62-2020 información el | 264
15/02/2021
SÉTIMO: Según lo permitido por la Normativa se dieron múltiples reuniones de trabajo
conjunto entre la Municipalidad y el equipo técnico del Departamento de Evaluación
Ambiental estratégica, mismas que constan en el expediente administrativo.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Negg MUNICIIrARidA li 2-03 162
Resolución N* 451-2021-SETENA
OCTAVO: El 15 de febrero de 2021 ingresa la información solicitada mediante la tercera
Audiencia Técnica realizada el 15 de diciembre de 2020, donde se le solicitaba al
proponente corregir aspectos varios de la información en análisis.
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que se tiene por designado del legitimado, al Sr. Manuel Hernández
Rivera, Alcalde de Pococí, para presentar y tramitar la documentación denominada
INTRODUCCIÓN DE LA VARIABLE AMBIENTAL EN EL PLAN REGULADOR DE
POCOGCÍ, con la finalidad de obtener la Viabilidad Ambiental al Plan Regulador del Cantón
de PococíÍ, según consta en folio N” 234 del expediente administrativo DEAE-006-2019-
SETENA.
SEGUNDO: Que el artículo 16 de la Ley General de la Administración Pública establece
que en ningún caso podrán dictarse actos contrarios a las reglas unívocas de la ciencia o
de la técnica, o a principios elementales de justicia, lógica y conveniencia.
TERCERO: Que el artículo 19 de la Ley Orgánica del Ambiente señala "Las
resoluciones de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental deberán ser fundadas y
razonadas. Serán obligatorias tanto para los particulares como para los entes y
organismos públicos."
CUARTO: Que el artículo 67 del Reglamento General sobre Procedimientos de
Evaluación de Impacto Ambiental, publicado mediante Decreto Ejecutivo N* 31849-
MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, modificado mediante Decreto Ejecutivo N* 34688-MINAE-S-
MOPT-MEIC indica la “Integración de variable ambiental en los Planes Reguladores”, lo
siguiente:
“Los Planes Reguladores establecidos por la Ley de Planificación Urbana y por la
Ley de la Zona Marítima Terrestre, o cualquier otro instrumento de planificación del
uso del suelo o del territorio, como forma de planificar el desarrollo de actividades
humanas potencialmente impactantes al medio, deberán cumplir el requisito de
integrar la variable de impacto ambiental, la cual estará sujeta a un proceso de
viabilidad ambiental por parte de la SETENA, de previo a su aprobación por las
autoridades respectivas.
La introducción de la variable ambiental en los planes reguladores o cualquier otro
instrumento de planificación del territorio deberá sujetarse al procedimiento técnico
para la introducción de la variable ambiental en los planes reguladores establecido
en el Manual de Instrumentos Técnicos para el Proceso de Evaluación de Impacto
Ambiental (Manual de ElA- Parte II). Este procedimiento podrá ser aplicado, tanto
a aquellos instrumentos de planificación del territorio que se vayan elaborar o se
encuentren en elaboración, como aquellos otros ya aprobados, pero que todavía
no cuenten con la variable ambiental integrada en los mismos”.
QUINTO: Que, de conformidad con los resultados de la revisión técnica expuestos en
FR-DT-EAE-006-2019 realizada por el Departamento de Evaluación Ambiental
Estratégica en función de la documentación que consta en el expediente administrativo se
ha determinado lo siguiente:
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
paGina Neg9 MUNICIeIrAIR6dd Bda 25-032
Resolución N* 451-2021-SETENA
Contenido Folio Observaciones
Admisibilidad 175 Cumple con los requisitos del decreto n* 32967.
Según lo expuesto en la sección 4 del formulario
revisión técnica FR-DT-EAE-06-2021
Requisitos Técnicos 175 Cumple con los requisitos del decreto n* 32967.
Generales Según lo expuesto en la sección 4 del formulario
revisión técnica FR-DT-EAE-06-2021
IFA Geoaptitud 275 Cumple con los requisitos del decreto n* 32967.
Según lo expuesto en la sección 4 del formulario
revisión técnica FR-DT-EAE-06-2021. El folio es
solo una referencia, el documento completo está
en digital.
IFA Bioaptitud 276 Cumple con los requisitos del decreto n” 32967.
Según lo expuesto en la sección 6.2 del formulario
revisión técnica FR-DT-EAE-06-2021 El folio es
solo una referencia, el documento completo está
en digital.
IFA Edafoaptitud 277 Cumple con los requisitos del decreto n” 32967,
Según lo expuesto en la sección 6.3 del formulario
revisión técnica FR-DT-EAE-06-2021 El folio es
solo una referencia, el documento completo está
en digital.
IFA Antroaptitud 278 Cumple con los requisitos del decreto n* 32967.
Según lo expuesto en la sección 6.4 del formulario
revisión técnica FR-DT-EAE-06-2021 El folio es
solo una referencia, el documento completo está
en digital.
IFA Integrado 279 Cumple con los requisitos del decreto n* 32967.
Según lo expuesto en la sección 6.5 del formulario
revisión técnica FR-DT-EAE-06-2021 El folio es
solo una referencia, el documento completo está
Pecocí
en digital.
POR TANTO
LA COMISIÓN PLENARIA RESUELVE
En sesión Ordinaria N* 021-2021 de esta Secretaría, realizada el 17 de MARZO del 2021,
en el Artículo No. 30 acuerda:
PRIMERO: Una vez revisados los estudios técnicos y la documentación administrativa
del expediente DEAE-006-2019-SETENA y luego de expuestos los señalamientos que se
anotan en el presente dictamen técnico INF-TEC-DT-DEAE-003-2021, se concluye que,
en relación a este expediente, el trámite es "aprobar los documentos analizados IFA's,
mismos que formarán parte de la viabilidad (licencia) ambiental cuando se otorgue
la misma al POT".
SEGUNDO:  Instar a la Municipalidad de Pococí que continúe con el proceso de análisis
y elaboración de los otros componentes establecidos por la legislación vigente para la
Incorporación de la Variable Ambiental al Plan de Ordenamiento Territorial de Pococí,
para que esta Secretaria pueda emitir la respectiva Viabilidad Ambiental.
TERCERO: Contra esta Resolución cabe interponer dentro del plazo de tres días hábiles,
contados a partir del día siguiente a la notificación, los recursos ordinarios de revocatoria
ante la SETENA, y el de apelación ante el Ministto de Ambiente y Energía, de
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
PAGINA Nogo MUNICIEErAROZA BIOL 25-03-20
Resolución N* 451-2021-SETENA
conformidad con los artículos 342 y siguientes de la Ley General de Administración
Pública y 87 de la Ley Orgánica del Ambiente.
CUARTO: Toda documentación que sea presentada ante la SETENA deberá indicar
claramente el número de expediente, el número de resolución y el nombre completo del
proyecto, así como un correo electrónico para atender futuras notificaciones o ratificar el
que consta en el expediente administrativo.
QUINTO: Los documentos originales firmados digitalmente (Firma Digital) estarán a
disposición del interesado en la dirección web http://www.setena.go.cr, donde debe ser
verificado por cualquier interesado e instancia pública o privada. Para todo efecto legal de
acuerdo a la Ley 8454 la firma digital emitida por una autoridad certificadora registrada
tiene la equivalencia jurídica de una firma manuscrita, según el artículo 4 que indica:
“Artículo 4%—Calificación jurídica y fuerza probatoria. Los documentos electrónicos se
calificarán como públicos o privados, y se les reconocerá fuerza probatoria en las mismas
condiciones que a los documentos físicos” Una copia impresa del documento firmado
digitalmente se archiva como una pieza del expediente administrativo que se
encuentra en custodia de la SETENA. De conformidad con el artículo 8 de la Ley 8220,
no podrá solicitarse al interesado que requiera un trámite la presentación de
certificaciones, copias de información que ya posea otra institución, según los medios
legales preestablecidos.
Atentamente,
Firmado digitalmente
CYNTHIA BARZUNA por CYNTHIA BARZUNA
GUTIERREZ (FIRMA) Pacha, 20210310.
14:16:35 -06'00'
MSc. CYNTHIA BARZUNA GUTIERREZ
SECRETARÍA GENERAL
EN REPRESENTACION DE LA COMISION PLENARIA
Resolución N* 451-2021-SETENA
En la oficina de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental se notificó documento
N* 451-2021-SETENA de las 10 horas 45 minutos del 17 de MARZO 2021.
NOTIFÍQUESE:
Proponente y Consultor Ambiental a Notificar
+ Municipalidad de Pococí, correo electrónico: secretaria(Qmunipococi.go.cr
+ ECOPLAN CR, correo electrónico: varroyo(Mecoplancr.com
Firma: cédula,
Alas, horas y minutos del de del 2021.
Notifica.
De conformidad con el artículo 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales No. 8687 (publicada
en La Gaceta No.20 de 29 de enero del 2009), el documento que se emite por correo
electrónico o fax tiene la validez y la eficacia de los documentos fisicos originales, debiéndose
establecer medios para garantizar la autenticidad, integridad y seguridad.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce y se inserta en actas.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nor MUNICIPAErAROZA BIGRSMOCI 25-03: ¿99165
ACUERDO N* 490
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Sara Méndez, secretaria ADECA,
teléfono: 8363-5381, correo electrónico: sara.mendez0adeca.cr, dice:
Asunto: Invitación a foro
Asociación para el Fomento Social y
A D ECA Económico de la Región Caribe
Limón, 18 de marzo, 2021
Sres
Alcalde
Vicealcaldesa
Consejo
Municipalidad de Pococí
Saludo cordial
Reciban un cordial saludo de la Agencia para el Desarrollo del Caribe (ADECA). Nuestra
organización sin fines de lucro, tiene como objetivo ser un coadyuvante en el desarrollo de la
provincia de Limón, a través del establecimiento de enlaces y coordinaciones entre los diferentes
sectores públicos y privados que participan de la dinámica productiva de esta provincia.
Uno de los pilares de nuestra propuesta de trabajo es la educación, desde una perspectiva de
contar con información actualizada y útil para la toma decisiones a corto plazo, y también con un
enfoque prospectivo en congruencia con el escenario económico y social local, nacional e
internacional. Por lo anterior deseamos extenderles la invitación a participar del Foro “Desarrollo
laboral y profesional de la mujer en la región Caribe” que se realizará por la plataforma ZOOM, el
día 24 de marzo, 2021, en un horario de 9ama 12 p.m
El objetivo de este foro es: Reflexionar sobre la condición laboral y profesional de la mujer
en la región Caribe y su aporte al desarrollo socio económico del contexto, para que las
organizaciones competentes tomen decisiones oportunas y pertinentes sustentadas en información
actualizada y real. Importante destacar que según Informe Estado de la Nación 2020 la provincia de
Limón es homogéneamente pobre, con bajos niveles académicos y la mujer es la más afectada,
situación que se agravó con la pandemia. El enlace para accesar al foro es el siguiente :
Agencia De Desarrollo Del Caribe Desarrollo laboral y profesional de la mujer en la Región
Caribe.Mar 24, 2021 09:00 AM Costa Rica
Join Zoom Meeting
https://1502web.zoom.us/j/83483006452?%pwd=TnE3MmFuYi9UZzRHemZreElPY09Vdz09
Meeting ID: 834 8300 6452 Passcode: 114477
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nog2 MUNICIErARoda Ol ihSHO Cl
ADECA
25-03-2 2 166
DRNA
Asociación para el Fomento Social y
Económico de la Región Caribe
Agradecemos de antemano la atención prestada a esta solicitud y le reiteramos la gran importancia
de su participación, quedamos a la espera de su respuesta. Para comunicaciones se ofrece el correo
sarin202004(Dyahoo.es y sara.mendez(Vadeca.cr el teléfono 83635381 con Sara Méndez.
Se suscribe por ADECA
SARA MARIA Firmado digitalmente porSARA
MENDEZ MORALES Maria MENDEZ MORALES (FIRMA)
(FIRMA) Fecha: 2021.03.18 18:39:30 -06'00"
Sara Méndez Morales
Secretaria ADECA
Coordinadora Subcomisión Educación
PONENTES:
Ss Laura Chinchilla Miranda
Prescienta de le Republica 2010 2014
Sis Yorleny León Marchena
Diputada
5 Andrés Romero Rodriguez
Presdente Ejecutivo INA
5 Alvaro Ramirez Bogantes
Especialista en Desarrollo Lmpreserial y
Formación profesiona) Ol
Ss. Margarita Fernández
Directora de FIDEIMAS
sa Ana Cecilia Escalante Herrera
en Sociologls y Aciminisración Pública,
Especialista en
2 Mujeres
Sra. Eleonora Badilla Saxe
Rectora Universidad Castro Carazo
Sra Maritza Espinal
Presidenta de la Cámara de Mujeres Empresarias del Caribe
2MDECA
AGENCIA DE DESARROLLO DEL CARIBE
Pecocí
Pluye
Un espacio
para:
Reflexionar
sobre la condición
laboral y profesional
de la mujer del Caribe y
su rol en el desarrollo
socioeconómico regional.
Transmisión en Facebok live:
/ADECA.CR
Fecha: 24 de marzo
9:00 a.m a 12:00 m.d.
LR Sister
CEMCA
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Foro de la Muje
£ DESARROLLO LABORAL
IIS y PROFESIONAL DE LA
MUJER EN LA REGIÓN CARIBE
A Descripción
En este espacio discursivo se reflexionará sobre la condición laboral de la mujer en
la región Caribe, en el escenario antes y durante la pandemia por COVID 19, corno
un aporte para que las organizaciones competentes tornen decisiones oportunas
y pertinentes sustentado en información actualizada y real
El problerna consiste en un desconocimiento integral, unificado y contextualizacio
de la condición laboral de la mujer en la región Caribe en el escenario antes y
durante Ja pandemia por COVID 19. Esta situación tiene diversas causas entre ellas
que la información existente está dispersa en diferentes fuentes e instancias, esto
mouvado por descoordimación entre las organizaciones, poca comunicación y
limitada planificación regional interimstitucional, Y a esto puede sumarse la
inexistencia de algunos datos sobre el rol laboral de la mujer en este sector del país
costarricense.
Esta dificultad tiene efectos tales como: una planificación, social, económica y
educativa que no responde a Una realiclad y por encle no resuelve las necesidades
para impulsar el desarrollo laboral de las mujeres. Esto lleva a la definición de
políucas erráticas que replican la eiscurminación de la mujer, amplian la brecha de
la desigualdad de género y terminan contribuyendo con la pobreza y el rezago
social de la región Caribe de Costa Rica.
Existen a nivel internacional y nacional informes, inclicaciores y datos que refieren
de una situación clesigual de la mujer caracterizacia por pobreza, baja educación y
desventaja en cuanto a salarios, jornadas o puestos de dirección. A este panorama
se le une Luna situación socioeconómica de la región Caribe que muestra una
pobreza hornogénea, con una escolaridad de 7 años, altos Ínclices de criminaliciad!
y de exclusión educativa que incrementa la población que nm estudia nm vabaya (los
ININIS)
Foro de la Mujer:
YEN DESARROLLO LABORAL
MI Y PROFESIONAL DE LA
MUJER EN LA REGION CARIBE
Objetivos
Objetivo estratégico
Reflexionar sobre la condición laboral y profesional de la mujer en
la región Caribe y su rol en el desarrollo socioeconómico regional.
Objetivos específicos
1. Describir la conelición laboral de la mujer en la región Caribe antes y durante la
pandernia por COVID-19, por medio de la revisión de diferentes fuentes de datos,
para que las insutuciones y organizaciones contronten el escenario que se muestra
con la eficacia de las decmones políucas, objetivos y planificación de las instancias,
Identificar las oportunidades de desarrollo profesional, empresarial y académico
que los diferentes sectores: académicos, económico, social y cultural ofrecen para
potenciar las capacidades de la mujer
3. Generar un informe integral, Unificado y actualizado de la condición laboral y
profesional de la rmujer en el Caribe, como insumo para la gesuón de planificación:
de los sectores ecomómicos, sociales, políticos, culturales y académicos, tanto
PÚblicos corno privacios.
y
>.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PAGINA Neg4 MUNICIE AR DARROO! 25-03-9168
Foro de la Mujer:
DESARROLLO LABORAL |
RA Y PROFESIONAL DE LA
MUJER EN LA EGION CARIBE J
Ñ Justificación
Artonio Guuénez Secretario General de la Organización de ls Naciones Unicas
(ONUS. en el Informe de Políticas sobre el impacto en América Latina y el Carilo
acralla que, aunque se osperaba que la tasa do pobreza de las mujeres disrmruyors
en un 2.796 enve el 2019 y 2021. las proyecciones apuntan a Un sumento cel 9, 196
(Montoya y Santos, 2020)
Asimismo, Cirynspan (2020) aporta que la Coma-19 ha tenido un impacto
diferenciado y desproporcionado en las mujeres, empeciolmente en Arnérica Listir
La crisic imteracióa con los hechos preexistentes y las ermplia cle moco cue la
desigualdad de género se ha visto profundizada Y agravada en Amérnca Launa.
Agrega que existe precanzación en el empleo temenmo y que el 53,546 de las
riores estaban empleadas en los sectores más afoctactos por la pandemia y que
2118, /96 recibía Un mareszo laboral menor al sano MÍMiTmo. Ante este esconário se
espera Una nueva DOrmalidad deuguól, que no merece llamarse recuperación
El Caribe costarricense no es ajeno a la situación descritas, lo cual se cormplica por el
contesto «de pobreza que caracteriza a la región. exo justifica la busqueda,
IITUtICICIÓN Y reflexión de datos sobre la conelición laboral do la mujer en la región:
Laribe cOmO UN IMportante nsumo para que las Inintuciones, organizaciones e
Iinstencias aubernarnentales impulsen una planificación que luego desemboque en
acciones que conibuyen a Un manejo adecuado dela precana suación que se
pronostica para la rnujer en un periodo cercano
Se comidera que el conocimiento oportuno y perUnente abre la oportunidad pora
QUE las INSULUCIONEE Y OTIIMIZACIONOS OIFEZCAN A la rior Propuestas cdiucativos y
de tormación laboral que asminuyan la desigualdad de género y los proporcione
na mejor calidad de vida
IV. Producto esperado
Aportar a las imstituciones y organizaciones públicas y privacias, regionales y
nacionales, información de la condición laboral de la rmuyer de la región Caribe
antos y durante la panderma, unificada en un solo documento, analizado y
contextualizada. Se integrarán también conclusiones y recomendaciones, para que
cada instancia valore asumir lo que corresponda a cada una, según sus
competencias y torne decisiones que contribuyan a mejorar la condición laboral cle
las mujeres.
>.
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PAGINA N*96 MUNI erALRoy2 BERQOCI 25-03- S
Un espacio
e para:
PONENTES: a - Reflexionar
sobre la condición
laboral y profesional
de la mujer del Caribe y
su rol en el desarrollo
socioeconómico regional.
So Laura Chinchilla Miranda
Presidenta de la Republica 2010-2014
sra Yorleny León Marchena
Diputada
sr Andrés Romero Rodríguez
Presidente Ejecutivo INA!
$ Álvaro Ramirez Bogantes
Especialista en Desarrollo Empresarial y
Formación protesional OI
Transmisión en Facebok live:
Sea Margarita Fernández /ADECA.CR
Directora do FIDEIMAS Fecha: 24 de marzo
sra Ana Cecilia Escalante Herrera 9:00 a.m a 12:00 m.d.
M Se, en Seciclogia y Administración Pública.
AS Eme aa UE Eecialaca er A
Humanos de las Mieres AE
Género y Bere
Sra. Eleonora Badilla Saxe 7
Rectora Universdsd Castro Carazo Y
Sra Maritza Espinal
Presidenta de la Gárnara de Mujeres Empresarias del Caribe [=]
A MESA) O) ie ERETES O
e En a iD riadeiross Simón
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce.
ACUERDO N* 491
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Jose Soto, Departamento de
Analisis Presupuestario, teléfono: 2243-2453, correo electrónico:
jsoto0Gsamblea.go.cr, dice:
Oficio: AL-DAPR-OFI-026-2021
Asunto: Modificaciones a saldos de partidas especificas
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PAGINA Neg7 MUNICIE ARA DR O!
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
16 de marzo de 2021
AL-DAPR-0FI-026-2021
Señores
Municipalidades del país
ASUNTO: Modificaciones a saldos de partidas específicas
Estimados Señores:
Durante muchos años, las municipalidades del país han recurrido a la Asamblea
Legislativa a efecto de realizar modificaciones y/o reasignaciones a los saldos de
las partidas específicas, de años anteriores, incorporadas en el Presupuesto de la
República.
Para lograr lo anterior, los miembros de la Comisión Permanente de Asuntos
Hacendarios, durante el trámite de presupuesto extraordinarios y o modificaciones
legislativas, presentaban las mociones respectivas a efecto de crear un artículo
nuevo e incorporar en el mismo, las autorizaciones solicitadas. Dicho proceso se
realizaba en cualquier momento del año, conforme ingresaran proyectos de
presupuesto y existieran solicitudes municipales.
Sin embargo, en años recientes la Contraloría General de la República ha señalado,
en sus memorias anuales, que dicha práctica resulta inconstitucional, dado que
estas autorizaciones van en contra del principio de anualidad que rige al
Presupuesto Nacional.
Por otro lado, durante el proceso del trámite del segundo presupuesto extraordinario
del 2020, el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, indicó
que la incorporación de artículos o incisos nuevos no convocados por el Poder
Ejecutivo generaría vicio de inconexidad y violación del poder de enmienda del
Poder Ejecutivo.
Departamento de Análisis Presupuestario
Edificio Principal, Nivel S2, San José, Costa Rica
Teléfono: 2243 2453 + 2243 2632+ e-mail: ¡soto(Yasamblea.go.cr
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PAGINA No9g MUNICIrRIR9g2 BlsihRO 25-05-99 112
APOLO AY
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
Por tanto, a partir de dicho criterio manifestado por ese departamento, no es
procedente incorporar nuevos artículos que incorporen las solicitudes de cambio de
destino municipales, a menos que el artículo que incluye estos cambios, venga
convocado en el proyecto. Por todo lo anterior, se informa a todas las
municipalidades del país lo siguiente:
+ Los cambios de destino a partidas específicas de años anteriores, sólo
podrán realizarse durante el trámite del Presupuesto Ordinario de la
República para el año siguiente, sea en el mes de setiembre de cada año y
su vigencia será hasta el 1 de enero del año siguiente.
+ A efecto de resolver esta situación, varios señores (as) diputados (as) han
presentado un proyecto de ley (Expediente 22.143), el cual se tramita en la
Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios y busca, en síntesis, que las
autorizaciones de cambio de destino de los saldos de las partidas específicas
no tengan que pasar por el Ministerio de Hacienda o la Asamblea Legislativa,
sino que sean resueltas a lo interno de cada cantón, de común acuerdo entre
los entes municipales y los concejos de distrito beneficiarios de los recursos.
+ Sería importante que los concejos municipales estudiaran este proyecto (el
cual ya les fue consultado) y se manifestarán a favor del mismo (si lo
consideran oportuno), dado que su aprobación eliminaría la necesidad de las
municipalidades del país, de tener que recurrir a los órganos legislativos para
la aprobación de dichos cambios.
Atentamente,
JOSE RAFAEL - Firmado digitalmente
SOTO porJOSE RAFAEL
SOTO GONZALEZ
GONZALEZ — (FIRMA)
(FIRMA) Tamosoóoo
Jose Rafael Soto González
Departamento de Análisis Presupuestario
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a los Concejos de distrito.
ACUERDO N* 492
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Anayanci Sancho, teléfono: 6475-
8670, dice:
Asunto: Solicitud de intervención a alcantarillado y problema de aguas pluviales
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Pluye
[RA
paciNa noo MUNICI rod] Olsihtao 25-03-9173
Después de saludarles me dirijo a ustedes con el fin de solicitarles su intervención
en la problemática que describimos a continuación: a escasos 15 metros de mi
casa había un puente que tenía alcantarillas pequeñas y el agua se metía a mi
casa, ahora dicha institución ayudó y pusieron alcantarillas grandes pero los
vecinos aterraron con sacas la salida del agua porque dicen que el paso es
prohibido y eso está ahí hace 33 años.
Fue un acuerdo que se tomó cuando entregaron estos lotes, los nombres de ellos
son: Karolay Rivera Romero, Yoseline Rivera Romero, Triny Rivera Romero, Steven
Sojo Rivas, Randall y Jerson los cuales no tengo los apellidos de ellos y los otros son
menores de edad, en estos días que esta lloviendo, el agua se está metiendo en
mi casa y mi esposo tiene cáncer en etapa terminal y se encuentra en agonía.
Actualmente tengo que descuidarlo para ponerme a sacar agua, mi nombre es
Anayanci Sancho Villegas, mi cédula es 6 186 132, adjunto el dictamen médico
de mi esposo: Mario Orlando Araya Pérez, cédula 2 479 508.
¿5 de Setrrero de 2021
DICTAMEN MÉDICO
nacimiento 16 de mayo 1972 es
portador de
190508 y con fecha de
Mintivera (
El Febor Araya Párez Maria osaula e
ara de Cilisica de morena el Dt
rs tástada
Alacncarcinoma de Labio Superior con ititante » unruisó gervicklva. y
, tipo de
E la póptica no erosiva tipo A
Hernia Hiatal pegueña
Hipertensión Arterial
cl pera nl pe ta Sonda Foley
jón de Orina por lo que amerita E
Dolor Neuropático os
funcional ante compromiso se nsitivo
nicas grado HI en región sacra y glútoa
'mporta ii uncional
b pro dades de la vida diaria
dencia total para las Activi
ys - 1ón con fines Paliativos.
bros inferiores
Paciente recibiendo atene:
+ Terminalidad
a
Dr. 1is Alfonso Gómez 9
Código b079 _— 9
Le Clínica de Cóntrol del Dolor y Cuida:
eS da SS " Paliativos Cariari.
A
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada urgentemente a la Unidad Técnica de
Gestión Vial para resuelva y brinde un informe a este Concejo y a la accionante.
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PAGINA Nooo MUNICH elrA loz] Ola. 25-03-99 174
Participa de la palabra
Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez
Es duro ver ele estado de salud de este señor que está joven y saber que la señora
además de correr con la situación además tenga problemas que le estamos
ocasionando los vecinos y este Concejo Municipal por no hacer lo que
corresponde.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Saluda, que triste escuchar ese documento de esa vecina porque el compañero
Luis Méndez y mi persona fuimos con la Pata. de la Asociación esa comunidad,
nos acompañamos por un colaborador de la Unidad Técnica de Gestión Vial y se
le giró instrucciones ese día de que fuera al departamento de Catastro con el
compañero Arnoldo Monge para que verificara si efectivamente donde se
debían poner las alcantarillas era publico o privado, de ser privado por la
necesidad y la falta de recursos de esa familia, que nosotros pudimos ver el estado
de salud, es inhumano lo que sucede en esa comunidad, yo quisiera que el
departamento de la 8114, que el compañero Walter nos diga por qué motivo
después de más de mes y medio de haber ido a esa comunidad, él no accionó
los mecanismos de las instrucciones que se le dio en la Comisión de Obra Pública
que fue la que visitó ese problema. Decirle a esa señora que lo tenemos presente
y que nos disculpe porque creíamos que este colaborador ya había hecho el
trabajo que se encomendó.
Pdte. Municipal Juan Luis Gómez Gómez
De forma inmediata se le solicita a este departamento una respuesta de esto.
UL:
ACUERDO N* 493
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Nicolás Carrillo, Pate. Asociación
Administradora Acueducto Rural del Patio, teléfono: 8413-9064, dice:
Asunto: Solicitud de alcantarillado
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PAGINA N9101 MUNICIE ANS IC Ñ 25-03-2 A 175
24/3/2021
Señores:
Consejo municipal
Pococi
Estimados señores la presente es para saludarles y deseándoles muchos éxitos en
sus labores nos dirigimos a ustedes por el siguiente motivo la comunidad del
Patio san Cristóbal tiene un problema en la calle denominada Angulo, que sale de
la ruta 249 hacia puente la Mula 112 el problema es que las aguas se estancan y
no tienen salida, perjudicando a los vecinos la Asada del Patio San Cristóbal,
quiere contribuir a la Comunidad haciendo una zanja para sacar dichas aguas
hacia el puente la mula +42 pero se tienen que pasar 3 pasos los cuales se
necesitan Alcantarillas 5 en cada paso 1136 por lo que nos atrevimos a solicitarlas a
Ustedes dichas Alcantarillas serian 15 alcantarillas las que necesitamos sería de
gran ayuda para nuestra comunidad.
No habiendo más por el momento y agradeciéndoles de antemano se despide
muy respetuosamente.
Atentamente
Asoc. Administradora
Acueducto Rural del Patio
La Rita, Pococí
3-002-209172
Nicolás Carrillo Murillo
Presidente
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Unidad Técnica de Gestión Vial y
Obras Civiles para que resuelvan e inmediatamente rindan un informe a este
Concejo y al accionista.
ACUERDO N”* 494
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Asociación del Adulto Mayor y
Personas Discapacitadas Patio San Cristóbal, teléfono: 8559-7257, dice:
Asunto: Solicitud de donación de Partida
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PAGINA No103 MUNICIrA Rada Blair 25-03-09 117
ACUERDO N* 495
Se conoce nota para este Concejo suscrita por familia Araya Paniagua, teléfono:
8523-5052, dice:
Consejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Estimado alcalde, mediante la presente carta le saludamos y de antemano le
agradecemos la atención que pueda brindar a la siguiente petición.
El dia 21 de Febrero de 2021 la familia Araya Paniagua tuvo la lamentable pérdida de
uno de los hermanos, Ignacio Araya Paniagua. El día 22 de Febrero del presente año,
al momento de darle al difunto su santa sepultura hubo un desacuerdo con la señora
Margot Porras Valverde, encargada del cementerio de Roxana de Guápiles, por el cual
la familia está completamente indignada.
El duelo es una difícil situación para los seres que amaban a la persona fallecida, este
proceso conlleva distintas etapas diferentes en cada ser humano y personas como la
señora encargada del cementerio, Margot Porras V. debe poseer una actitud noble y
empática por las diferentes situaciones y sentimientos ajenos a los propios. El día lunes
22 ella tuvo comportamientos de tipo grosero e irrespetuoso para con los asistentes al
funeral, la misma dijo que el cuerpo del difunto debía estar solo dentro del cementerio
mientras entraba la siguiente cantidad de personas al lugar, además amenazó con
llamar a las autoridades por el hecho de que los hermanos y madre se quedaran
acompañando al fallecido mientras los cercanos pasaban a despedirlo.
Son de nuestro conocimiento todas las normas a seguir que han sido brindadas por el
ministerio de salud, ellas fueron acatadas. El uso de mascarilla y el distanciamiento
entre burbujas fue aplicado; además de la capacidad de personas dentro del
cementerio.
Tras nuestra mala experiencia con la encargada mencionada les hacemos saber el
hecho y opinamos que en su puesto debe estar una persona empática, con educación,
amabilidad y que exprese de manera humilde sus deseos pues en tal situación de
o) ys Sitio Web: munipococi.go.cr
Y C € Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N*104 MON A NOga BERQEOCI 25-03-2 A 178
ARIAS
duelo fue muy dificil y decepcionante para la familia atender el caso de la señora en él
momento.
En razón de lo expuesto, con todo respeto, solicitamos a su autoridad se tomen las
medidas correspondientes para que este tipo de comportamiento no se repita con otras
familias que pasen por una situación similar. La razón de ser del funcionario público es
la de servir a la administración (sus administrados) de manera cordial, respetuosa y
eficiente, lejos de aprovecharse de una condición de luto y dolor de una familia para
querer hacer saber quien manda.
No necesitamos de una persona insensata sin empatía absoluta sobre una ocasión
como la vivida y menos que dicha persona administre un cementerio, pues ante todo es
una funcionaria pública que debe servir al pueblo lejos de enaltecerse o demostrar su
autoridad que en esos momentos sinceramente a nadie le interesa porque esa es su
función y todos lo sabemos.
Se despide cordialmente la madre y hermanos del fallecido, miembros de la familia
Araya Paniagua.
Alejandra Araya Paniagua pr IN
Cédula: 7 0167 0087
Katia Araya ruwon LL Ss pi -S pS ,
Cédula: 10722 0154
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a Arnold Monge de Control Urbano para
que brinde un informe a este Concejo y a los accionistas.
0) ey) Sitio Web: munipococi.go.cr
AY C € Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina Netos MUNICI A ARada Da o 25-03-09 179
ARTICULO ll
Lectura, Discusión y Verificación del Acta N*19 Extraordinaria
del 15-03-2021, Acta N*20 Ordinaria del 18-03-2021 y Acta
N*21 Extraordinaria del 19-03-2021.
ACUERDO N' 496
Se Conoce Acta N*19 Extraordinaria del 15-03-2021
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*19 Extraordinaria
del 15-03-2021.
ACUERDO N* 497
Se Conoce Acta N*20 Ordinaria del 18-03-2021
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*20 Ordinaria del
18-03-2021.
ACUERDO N 498
Se Conoce Acta N*21 Extraordinaria del 19-03-2021
Por Unanimidad de 8 votos, SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*21
Extraordinaria del 19-03-2021.
a O Sitio Web: munipococi.go.cr
a a a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No106 MUNICI Criada Oli 2503-2 180
ARTICULO lll
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N* 499
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Lic. Manuel Hernández
Rivera, alcalde municipal, teléfono: 2711-1208, correo electrónico:
manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: DAMCM-0052-2021
Asunto: Adenda a la Compra Directa No. 2020CD-000032-CLO1 Contratación de
Servicio de Mantenimiento de Parques Municipales.
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 20 folios,
correspondiente a Adenda a la Compra Directa No. 2020CD-000032-CLO1, por
concepto de contratación de servicio de mantenimiento de parques municipales,
entre la Municipalidad de Pococí y los señores Alexander Solís Vega y Eymer Jesús
Potoy Gutiérrez, solicitud presentada por el Lic. Fabian Delgado Villalobos.
Se recibió documentos de los señores:
Alexander Solís Vega y Eymer Jesús Potoy Gutiérrez, aceptando continuar con la
adenda a la compra Directa número 2020CD-000032-CLO1.
Se realiza el análisis con fundamento en el artículo número 209 del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa (contrato adicional), los señores Alexander
Solís Vega y Eymer Jesús Potoy Gutiérrez, acepta continuar dando el servicio de
mantenimiento de parques municipales, manteniendo los precios ofertados en el
proceso de compra inicial.
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor alcalde a pagar la adenda
a los señores:
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Pluye
PAGINA N*107 MON A NOga Blair 25-09-2 09 181
. Alexander Solís Vega, por un monto de ¿2 550 000,00 (des millones quinientos
cincuenta mil colones con cero céntimos) para servicios de gestión y apoyo, de 1
(un) peón, realizando labores de Mantenimiento de Parques ubicados en distintos
sectores del cantón de Pococí, por un periodo de é(seis) meses, monto de
acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Lic.
Fabian Delgado Villalobos coordinador de la unidad Gestión Ambiental.
. Eymer Jesús Potoy Gutiérrez, por un monto de 2 550 000,00 (dos millones
quinientos cincuenta mil colones con cero céntimos) para servicios de gestión y
apoyo, de 1 (un) peón, realizando labores de Mantenimiento de Parques
ubicados en distintos sectores del cantón de Pococí, por un periodo de é(seis)
meses, monto de acuerdo con el contenido presupuestario existente por
recomendación del Lic. Fabian Delgado Villalobos coordinador de la unidad
Gestión Ambiental.
Participan de la palabra:
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Vamos a aprobar esto, pero sí estamos viendo una reestructuración que el señor
alcalde piensa realizar y esta gente que trabaja de corazón, no me parece justo
que no pasen a ser empleados, esto por el gran trabajo y sacrificio que hacen y
que tengan que pagar seguro con el poquito de dinero que se es contrata.
Propuesta de la Reg. Yaslyn Morales Grajal
Debido a ese documento que vamos a aprobar, me gustaría hacer una
propuesta, para nadie es un secreto que la Municipalidad de Pococí tiene una
planilla alta, y se pagan casi ¿3500 millones del presupuesto anual de la
Municipalidad de Pococí y a eso, súmele todo lo que se contrata por gestión y
apoyo que eso significa un poco más ¿500 millones de colones al año, según un
informe contable que yo tengo. Así que señor presidente, las diferencias salariales
que hay aquí son altas, unos ganan un poco más y otros un poco menos, unos
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
paca eros MUNICICAAR OA BEBOLOCI— a559 ¿IQLO2
trabajan más que otros, y si bien es cierto soy pro-colaborador, pero me ua
que el departamento de Recursos Humanos le rinda un informe a este Concejo
Municipal de todos los salarios y pluses de los funcionarios que están en esta
municipalidad, no solamente el básico, me gustaría saber cuánto es la diferencia
que hay en salarios entre el género masculino y femenino, porque aquí hay
mujeres que hacen las mismas funciones que un varón y ganan menos, entonces
que Recursos Humanos en el plazo que rige la Ley nos rinda un informe detallado
de los funcionarios interinos, fijos y de Servicio por Gestión y Apoyo.
Reg. Randall Torres Barrientos
Saluda, como municipalidad debemos hacer un análisis de los puestos, como lo
decía la compañera Yaslyn y ver temas de antigúedad, desigualdades y
definitivamente resolver situaciones.
Hay compañeros de gestión y apoyo que trabajan para la municipalidad que
tienen 5,6, 7 años y se les ha renovado consecutivamente sus contrataciones.
Debemos ser responsables como institución pública y ver cómo en el próximo
presupuesto los incorporamos en una planilla fija, no solamente para otorgarles
esa tranquilidad que les ha dado prácticamente el hecho de ser contratados
simultáneamente, sino que hay resoluciones del Contencioso Administrativo que
dicen que son empleados prácticamente de planta y la municipalidad debe
hacer algo.
Específicamente tenemos que arreglar el salario de esas personas que están en
Gestión Ambiental, me da mucha pena ver esos salarios bajísimos y considerando
plenamente la labor tan loable que realizan, todo ese departamento trabaja muy
bien pero no podemos permitirnos tener brechas salariales, tal y como lo indicó la
regidora Morales, mucho menos desigualdades entre el género masculino-
femenino.
Todos esos aspectos debemos corregirlos, vamos a trabajar muy fuerte, hemos
realizado mucha obra, pero también nos toca ordenar la casa para poder seguir
realizando de la mejor manera el trabajo municipal. Si aspiramos que el servicio al
cliente de la municipalidad sea de excelencia, para eso debemos de realizar una
revisión profunda y poner a las mejores personas en esos lugares, con voluntad de
sacar adelante la labor municipal.
27 Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
LE
pacina Nero MUNI A 25-03-209 188
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Muy atinados los comentarios de los regidores Randall y Yaslyn, quiero sumarme
agregando algo sencillo.
Gracias a Dios que la Contraloría General de la República se opuso a un aumento
salarial que había propuesto la anterior alcaldesa Elibeth Venegas, quien
proponía unos jugosos salarios para algunos funcionarios y la Contraloría dijo que
no, por algo muchos ingenieros y trabajadores de esta municipalidad se pegaron
una llorada por la no justificación a la alcaldía.
Reg. Rosbill Arguello Badilla
Acotando a lo que dice el compañero Randall y mi compañera de fracción doña
Yaslyn Morales, con un presupuesto casi de g12 mil millones de colones, ¿3500
millones de colones en salarios y ahora que se bajó a ¿8.700 millones de colones,
los mismos 73.500 millones de colones, entonces es un tema que se las trae y es
importante observarlo. Solamente indicar que es la preocupación de todos.
Nota de Secretaría: El señor presidente somete a votación la autorización de
pago del oficio DAMCM-0052-2021 Adenda a la Compra Directa No. 2020CD-
000032-CLO1 Contratación de Servicio de Mantenimiento de Parques
Municipales.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al señor alcalde a pagar la adenda de
los señores: Alexander Solís Vega, por un monto de ¿2 550 000,00 (dos millones
quinientos cincuenta mil colones con cero céntimos) para servicios de gestión y
apoyo, de 1 (un) peón, realizando labores de Mantenimiento de Parques ubicados
en distintos sectores del cantón de Pococí, por un periodo de 6(seis) meses, monto
de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Lic.
Fabian Delgado Villalobos coordinador de la unidad Gestión Ambiental.
Eymer Jesús Potoy Gutiérrez, por un monto de ¿2 550 000,00 (dos millones
quinientos cincuenta mil colones con cero céntimos) para servicios de gestión y
apoyo, de 1 (un) peón, realizando labores de Mantenimiento de Parques ubicados
en distintos sectores del cantón de Pococí, por un periodo de 6(seis) meses, monto
de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Lic.
Fabian Delgado Villalobos coordinador de la unidad Gestión Ambiental. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
. 9 o Sitio Web: munipococi.go.cr
a A AO < y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nono MUNICI LA 972 Brdinata o 25-03-2184
Nota de Secretaría: El señor presidente somete a votación la propuesta dl Reg.
Yaslyn Morales Grajal para que el departamento de Recursos Humanos remita un
informe a este Concejo Municipal sobre los salarios y pluses de todos los
funcionarios municipales (interinos, fijos y de Gestión Apoyo). Además, que se
informe de cuánto es la diferencia que hay en salarios entre el género masculino
y femenino. El Reg. Reinaldo Benavides Vargas realiza la observación que se debe
enviar el acuerdo al despacho de la alcaldía para que sea la administración quien
se lo solicite al departamento de Recursos Humanos, el señor presidente aprueba
remitir el acuerdo al despacho de la Alcaldía.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se solicita al señor alcalde remitir un informe a este
Concejo Municipal sobre los salarios y pluses de todos los funcionarios municipales
(interinos, fijos y de Gestión Apoyo). Además, que se informe de cuánto es la
diferencia que hay en salarios entre el género masculino y femenino, en el plazo
máximo según indica la Ley General de Administración Pública.
ACUERDO N* 500
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Lic. Manuel Hernández
Rivera, alcalde municipal, teléfono: 2711-1208, correo electrónico:
manuel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: DAMCM-0051-2021
Asunto: Adenda de la Licitación Nacional número 2018LN-000001-CLO1
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 18 folios.
correspondiente a la Adenda de la Licitación Nacional número 2018LN-000001-
CLOI, con contrato No.DPM-035-20 18, por concepto de tratamiento de residuos
sólidos en el sitio denominado Los Laureles, entre la Municipalidad de Pococí y la
empresa Corporación Tecnológica Magallanes (CTM), solicitud presentada por el
Lic. Fabian Delgado Villalobos.
Con el fin de poder continuar con el proceso de adenda a la Licitación Nacional
número 20 18LN-00000 1-CLO 1, con contrato No.DPM-035-20 18, la empresa
Corporación Tecnológica Magallanes (CTM), acepta continuar brindando el
servicio de tratamiento de residuos sólidos, manteniendo los precios de 17.500
(diecisiete mil quinientos colones exactos) por tonelada métrica, tratada en el sitio
denominado Los Laureles.
p— L h Sitio Web: munipococi.go.cr
Y a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina nom MUNICI ARA Bginarta” 25-03-20
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, se autorice al señor Alcalde a pagar
la Adenda a la Licitación Nacional número 2018LN-000001-CLO1, con contrato
No.DPM-035- 2018, por concepto de tratamiento de residuos sólidos en el sitio
denominado Los Laureles, a favor de la empresa: Corporación Tecnológica
Magallanes (CTM), por un monto de ¿162.132.203.61 (ciento sesenta y dos millones
ciento treinta y dos mil doscientos tres colones con 61/100), monto de acuerdo all
contenido presupuestario existente por recomendación del Lic. Fabian Delgado
Villalobos coordinador de la Unidad Técnica de Gestión Ambiental Municipal.
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Participan de la palabra:
Reg. Randall Torres Barrientos
Me gustaría que el señor alcalde nos indique por cuánto tiempo es. Quiero darle
un seguimiento a esto porque esta área de tratamiento de servicios sólidos ha sido
deficitaria, por lo que me gustaría se indicara por cuánto tiempo alcanzaría esos
162 millones.
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Voy a revisar el documento, dice que es un año con seis meses, ¿don Randall
complacido?
Reg. Randall Torres Barrientos
Más de un año alcanza ese monto, qué raro.
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
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a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
pacina nenz MUNICIPALIDAD BERQEOCI 75090918
En apariencia, dice un año y seis meses.
Reg. Randall Torres Barrientos
¿Está don Manuel para que lo aclare? Porque generalmente son menos de un
año por el presupuesto, pero no sé.
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Don Manuel ¿usted podría evacuarnos esa consulta?
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Esa adenda debe ser por este año que queda.
Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
El señor presidente lee extracto del oficio UTGAM-0139-2021 que dice “Todas las
razones fácticas y jurídicas antes señaladas permiten solicitar a la empresa CTM
que se realice una adenda del 50% al Contrato No.DPM-035-2018 para un tiempo
de servicio por un año y seis meses, donde el pago por tonelada métrica tratada
será de £17.500,00 (diecisiete mil quinientos colones con cero céntimos)
Los términos de la adenda deben cumplir con las disposiciones del artículo 201 del
Reglamento a la Ley de Contrataciones Administrativas No. 33411-H.
Artículo 201: Contrato adicional. Si ejecutado un contrato, la Administración
requiere suministros o servicios adicionales de igual naturaleza, podrá obtenerlos
del mismo contratista, siempre que éste lo acepte y se cumplan las siguientes
condiciones:
a) Que el nuevo contrato se concluya sobre las bases del precedente.
b) Que se mantengan los precios y condiciones con base a los cuales se
ejecutaron las obligaciones, pudiendo el contratista mejorar las
condiciones iniciales.
c) Que el monto del nuevo contrato no sea mayor al 50%...
d) Que no se haya transcurrido más de seis meses desde la recepción
provisional del objeto...
ej Que el contrato precedente no se hubiera incurrido en incumplimiento
grave”
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AY Z Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N9113 MUNI A NoZa Elsihattao ] 25-03-2 9187
Entonces compañeros, creo que está a derecho. Don Randall creo que está
complacida su solicitud
Nota de Secretaría: El señor presidente procede a someter a votación el oficio:
DAMCM-0051-2021 Adenda de la Licitación Nacional número 2018LN-000001-CLO1
por concepto de tratamiento de residuos sólidos en el sitio denominado Los
Laureles, entre la Municipalidad de Pococí y la empresa Corporación Tecnológica
Magallanes (CTM).
Por mayoría de 8 votos a favor, 1 voto en contra, SE ACUERDA: Se autoriza al señor
Alcalde a pagar la Adenda a la Licitación Nacional número 2018LN-000001-CLO1,
con contrato No.DPM-035- 2018, por concepto de tratamiento de residuos sólidos
en el sitio denominado Los Laureles, a favor de la empresa: Corporación
Tecnológica Magallanes (CTM), por un monto de £162.132.203.61 (ciento sesenta
y dos millones ciento treinta y dos mil doscientos tres colones con 61/100), monto
de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Lic.
Fabian Delgado Villalobos coordinador de la Unidad Técnica de Gestión
Ambiental Municipal. El regidor Randall Torres Barrientos vota en contra. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Razonamiento de voto negativo del Reg. Randall Torres Barrientos
Lo voto negativo porque no tengo claro para cuánto tiempo alcanza esos
162.000.000, sé que es una adenda de un contrato del 2018, pero este servicio al
ser deficitario me preocupa que no alcance o que se esté gastando demasiado
en ese rubro, no me queda claro, por eso lo voto negativo.
Razonamiento de voto positivo de la Reg Yaslyn Morales Grajal
Voto positivamente y quiero que quede en actas porque la basura es un derecho
de la salud pública, pero quiero que quede en actas que no estoy complacida
con el manejo de los residuos sólidos que se da en este cantón. No estoy
complacida con las rutas que tienen para recoger la basura y mucho menos con
los altos costos que se paga a un privado por procesar la basura de todos los
contribuyentes de Pococí.
No me opongo porque no vamos a tener el cantón lleno de basura, pero sí señor
presidente durante mucho tiempo esta municipalidad viene pagando altas sumas
por el tratamiento de los residuos del cantón de Pococí en ese botadero, no
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Pluye
pacina nena MUNICI AR, Braihatta o 25-03-09 18
solamente la Municipalidad de Pococí bota la basura ahí, también la
Municipalidad de Siquirres, Sarapiquí y no estoy segura si Guácimo también.
En administraciones pasadas compraron una propiedad por un monto de casi 200
millones de colones o esa es la historia que se cuenta, resulta que dicho terreno
no sirvió para hacer el botadero de esta municipalidad y hoy está invadido, éste
se Ubica por Anturias.
Le pido al señor alcalde que por favor le pida al departamento de Ambiente un
informe de cuánto costaría tener nuestro propio botadero o si existe la posibilidad
de que la Municipalidad de Guácimo, Siquirres y Sarapiquí en conjunto con Pococí
podamos tener un botadero propio y dejar de estar pagando altas sumas.
Las adendas se pueden hacer por el 50% de lo que inicialmente se contrató y
recuerdo muy bien que el año pasado aquí se votó un pago por más de 300
millones de colones, entonces esa adenda es el 50%, me parece a mi que es para
6 meses por eso lo voté positivo, pero que conste en actas mis palabras y que nos
rindan un informe o estudio técnico de cuánto costaría tener nuestro propio
botadero, gracias señor presidente.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Es un relleno.
Reg Yaslyn Morales Grajal
Sí, un relleno perdón.
UL
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pacina nens MUNICI ARO BERG 25-03-09 189
SAO
ARTICULO IV
Mociones
ACUERDO N* 501
Moción presentada por la Reg. Rita Marcelly Umaña Valverde, avalada por el Reg.
José Antonio Bustos Martínez
CONSIDERANDO:
1. Que el artículo N*50 de nuestra Constitución Política reconoce que las
personas costarricenses tenemos el derecho a un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado.
Que en nuestro país existen más de 650 especies de abejas nativas
Que Albert Einstein dijo que las abejas son muy importantes para el
desarrollo del hombre, sin ellas el 60% de las frutas y verduras
desaparecerían al no ser polinizadas más de 25.000 especies de plantas con
flores.
4. Que en el año 2020 se declara de interés público la apicultura, con 45
diputados aprobaron en segundo debate el expediente 21.982, por ser una
actividad de importancia para el desarrollo ambiental, social y económico
de Costa Rica, y crean el Día Nacional de las Abejas, fueron declaradas
como "el ser vivo importante para el planeta” pues tienen un papel
relevante en el ecosistema; de hecho, la producción de la alimentación y
la biodiversidad mundial depende de ellas.
5. Que otras municipalidades en el país ya se encuentran realizando acciones
en favor de las abejas, y que a través del departamento de Gestión
Ambiental se ha realizado esfuerzos para preservar la naturaleza y cuidar las
abejas, por ejemplo, sustituyendo del GLIFOSATO para el mantenimiento de
aceras y se está iniciando el uso de ácido acético, producto más amigable
para el medio ambiente y las abejas.
6. Que la disminución de las poblaciones de abejas en Costa Rica ya no es
una amenaza futura, es una realidad. Y que los factores que causan muerte
masiva de nuestras abejas continúan aumentando y en consecuencia
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PAGINA N*116 MUNI rar /og2 Bla 25-03+2 A 190
también se multiplican los riesgos de impacto devastadores pard-huestra
biodiversidad.
7. Que, durante el año 2020, las intoxicaciones masivas están acabando con
la vida de aproximadamente 250.000 abejas diariamente en nuestro país.
8. Que, al existir ese volumen de muertes diarias de abejas, equivalen a 92
millones de abejas menos por año, las cuales producirían unas 50 toneladas
de miel y unos 450 millones de colones menos de cada año de producción.
Que, además, en términos de polinización equivale a un promedio de 1.750
millones de flores no polinizadas en un año.
9. Que se han intoxicado entre 50 y 60 millones de abejas con productos
químicos en el año 2020, sin contar las abejas silvestres afectadas (fuente:
Asociación de Apicultores de Costa Rica).
10.Que urge que los Gobiernos Locales y el Gobierno Central tomen medidas
para ayudar a disminuir el impacto que afecta a las abejas y su función vital
en los ecosistemas y la producción agrícola, así como proteger toda la
actividad comercial y sus más de 100 productos que dependen de ellas.
11.Que es imprescindible restringir aquellas sustancias que dañen a las abejas,
empezando por los plaguicidas altamente peligrosos (PAP*"s) y buscar
alternativas de políticas agroecológicas ante la amenaza de los insecticidas
neonicotiniodes.
12.Que se podría implementar un programa que se base en la creación y
consolidación de “corredores verdes” urbanos, infraestructura adecuada y
campaña publicitaria, donde se valore la importancia de todas las especies
polinizadoras como las abejas, los colibríes y las mariposas.
13.Que nuestro cantón posee grandes plantaciones de diversos productos
agrícolas, que las abejas ayudan con los servicios de polinización de forma
natural, la reproducción y mantenimiento de las cosechas, así como los
ecosistemas en general, lo cual redunda en mejores cosechas y más
ganancias para las personas agricultoras.
14.Que las abejas silvestres como los bambús, chiquizas, mariolas, abejas sin
aguijón como las Apis Mellifera Silvestres, son de suma importancia en los
bosques, áreas de crecimiento secundario, procesos asociados a la
seguridad alimentaria y a que polinizan cultivos hortícolas y frutales.
15.Que en el cantón de Pococí hay personas apicultoras que tienen apiarios
como hobbies o de consumo familiar y hay otras que tienen abejas sin
aguijón como mariolas para utilizar su miel como medicina y a veces como
alimento.
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pacina nori UNICA ARoya Brain o 25-03/08) ade
MOCIONO
Para que el respetable Concejo Municipal acuerde declarar al Cantón de Pococí
como “Cantón Amigos de las Abejas” y se comprometan a realizar esfuerzos e
implementar acciones en conjunto con la Administración Municipal, que ayuden
a proteger a las abejas y a las actividades que dependen de ellas.
Participan de la palabra:
Reg. José Antonio Bustos Martínez
Saluda, esa moción es muy importante porque sabemos que a nivel mundial las
cosechas han bajado, hay países que están pasando hambrunas porque las
técnicas agrícolas utilizadas a nivel mundial no son las más adecuadas porque se
están afectando a las abejas y los frutos no se están polinizando de manera
adecuada.
Al utilizar ciertos químicos que matan las abejas, estamos afectando a las
generaciones, debemos de aplicar métodos para no afectar a las abejas.
En el lado de Roxana hay apicultores y están produciendo miel de abeja buena.
Esa moción es muy importante y muchas municipalidades del país lo vienen
acogiendo, eso sería, muchas gracias.
Nota de Secretaría: El señor presidente procede a someter la votación la moción
presentada por la Reg. Rita Marcelly Umaña Valverde, avalada por el Reg. José
Antonio Bustos Martínez
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba la moción presentada por la Reg. Rita
Marcelly Umaña Valverde, avalada por el Reg. José Antonio Bustos Martínez. El
Concejo Municipal declara a Pococí como “Cantón Amigos de las Abejas” y se
comprometan a realizar esfuerzos e implementar acciones en conjunto con la
Administración Municipal, mismas que ayuden a proteger a las abejas y a las
actividades que dependen de ellas. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
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Pluye
PAGINA Nong MUNI ei Oya Bloihata o 25-032 de
ACUERDO N* 502
Moción presentada por la Sind. Carmen Sánchez Navarro, avalada por el Sr. Pdte
Juan Luis Gómez Gómez
CONSIDERANDO
1. Que el parque municipal de La Rita existe algunos árboles que por su antiguedad
han crecido mucho y representan alto riego para toda la población que gusta de
disfrutar dicho parque.
2. Que también para acortar distancias, los niños en edad escolar y padres de familia
que viajan todos los días a la escuela ponen en riesgo su vida ante la posibilidad
que se desplomen por una eventualidad natural
3. Que la Municipalidad de Pococí debe velar y legislar por el bienestar de esos
munícipes
MOCIONAMOS
Para que este Concejo Municipal de Pococí coordine ante el departamento de
la Unidad Técnica de Gestión Ambiental Municipal y realice el trámite
correspondiente ante el MINAE y proceda con la corta de los árboles que
representan un gran peligro para la población de La Rita y sus visitantes.
Que también se coordine con el departamento de Obras Civiles y valoren en un
plazo corto, mejorar el kiosco del citado parque, porque recientemente se le hizo
una gran inversión de varios millones y urge una remodelación por el mal diseño
que realizó un arquitecto municipal, debido que cuando llueve es un "cielo
abierto” y el agua penetra con facilidad.
Nota de Secretaría: El señor presidente procede a someter a votación la moción
presentada por la Sind. Carmen Sánchez Navarro, avalada por el Sr. Pdte Juan
Luis Gómez Gómez.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba la moción presentada por la Sind.
Carmen Sánchez Navarro, avalada por el Sr. Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Para que el departamento de la Unidad Técnica de Gestión Ambiental Municipal
realice el trámite correspondiente ante el MINAE y proceda con la corta de los
árboles del Parque de La Rita que representan peligro para sus pobladores. Que
el departamento de Obras Civiles valore realizar las mejorar del techo del kiosco
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Pluye
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pacina meno MUNICIPAL AIRA2 BEROGOCT sor 019
del Parque de La Rita debido a que el agua penetra con facilidad cuando llueve.
Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N”* 503
Moción presentada por la Reg. Yaslyn Morales Grajal
CONSIDERANDO:
1. Que durante el año 2020 se realizó una REFORMA PARCIAL DELA LEY N* 9617,
FORTALECIMIENTO DE LAS TRANSFERENCIAS MONETARIAS CONDICIONADAS
DEL PROGRAMA AVANCEMOS, DE 2 DE OCTUBRE DE 2018, Y DE LA LEY No
5662, LEY DE DESARROLLO SOCIAL Y ASIGNACIONES FAMILIARES, DE 23 DE
DICIEMBRE DE 1974, Y DEROGATORIA DE LA LEY No 7658, CREACIÓN DEL
FONDO NACIONAL DE BECAS, DE 11 DE FEBRERO DE 1997, con el Expediente
N* 21.344 (en adelante entendido como Proyecto de Ley 21.344). Reforma
que fue aprobada en segundo debate por 32 diputados y diputadas.
2. Que según lo mencionado en el Proyecto de Ley 21.344, FONABE debe
realizar el traslado de las bases de datos informativas y demás, al MEP e
IMAS, para que estas instituciones den continuidad a los beneficios sociales
asignados por el fondo.
3. De acuerdo con el Dictamen Afirmativo de Mayoría al día 02 de Junio del
2020, correspondiente al Proyecto de Ley 21.344 al aprobar el documento
se planteó que: " ... quienes actualmente sean beneficiarios de las becas de
"postsecundaria" y "mérito personal", las seguirán recibiendo hasta finalizar
el ciclo educativo de primera infancia, primaria o secundaria según
corresponda, o hasta finalizar el programa educativo correspondiente para
postsecundaria por un periodo máximo de cinco años (por el monto que les
había asignado FONABE). Estas personas recibirán dichas becas, pero
pasarán a ser beneficiarios propiamente de la Dirección de Programas de
Equidad del MEP" (Asamblea Legislativa, Dictamen Afirmativo de Mayoría al
día 02 de junio del 2020, página 2).
4. Según el Proyecto de Ley 21.344, el Ministerio de Educación Pública se hará
cargo de la administración de las becas y el Instituto Mixto de Ayudas
Sociales, ejecutará el presupuesto correspondiente. Además, el texto
propone "una modificación a los recursos del FODESAF, de tal manera que
los Programas de Transferencias Monetarias
Condicionadas sean financiadas por este fondo, el cual destinará un
porcentaje no menor al 8.43% de su presupuesto. En ese sentido, se traslada
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Ya : Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
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PAGINA N*120 MUNI A LR(692 Pa 25-03-
el presupuesto que hoy está asignado por ley al FONABE, para evIMAS."
(Asamblea Legislativa, Dictamen Afirmativo de Mayoría al día 02 de junio
del 2020, páginas 2-3).
5. Que dentro de FONABE la comunidad universitaria beneficiaria del
programa de becas de postsecundaria alcanzó los 4775 estudiantes
beneficiarios en el año 2020 según datos del Plan Operativo Institucional y
Presupuesto Ordinario 2020 del Fondo Nacional de Becas.
6. Qué según se indica en el ACTA DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO
NACIONAL DE BECAS: 5F16 ACTA DE SESIÓN ORDINARIA N* 05-2021-.DOCX,
se aprueba el presupuesto de becas para estudiantes Universitarios y
Parauniversitarios, siendo así que, solamente se podrá asignar 3186 becas a
una población becada de 4775 según el año anterior.
7. Que el viernes 12 de marzo salió a la luz un comunicado oficial del Fondo
Nacional de Becas que planteaba que: 1) producto del cierre del Fondo no
se realizarán más trámites para prorrogar el beneficio; 2) que el fondo ya
otorgó todas las becas conforme a la disponibilidad presupuestaria; 3) que
las instancias competentes se encuentran para continuar otorgando el
beneficio. Sin embargo, debido a una falta de claridad, el comunicado
causó gran preocupación y desconcierto entre la población beneficiaria.
8. Que a pesar del comunicado de FONABE, existe una afectación en miles
de personas beneficiarias de programas universitarios que no tienen
claridad que sucederá con su apoyo para continuar con sus estudios
profesionales o no están percibiendo su beca. Además, de personas a las
que se les ha denegado su beneficio ante situaciones poco claras y
carentes de argumentos.
9. Que dentro de las personas beneficiarias existen más de 1300 personas que
provienen de la Región Brunca de las cuales un alto porcentaje son del
Cantón de Pérez Zeledón.
MOCIONO
1. Solicitar al Ministerio de Educación Pública atención inmediata a la situación
crítica que están viviendo las personas beneficiarias de FONABE. Aclarando
los motivos por los que se están dando reducciones en el número total de
personas becarias y la falta de claridad a quienes mantienen el beneficio
social.
2. Solicitar a los Diputados y Diputadas de la República su intervención para
aclarar la situación crítica que están viviendo las personas beneficiarias de
las becas otorgadas por FONABE ante el cierre técnico de la institución y la
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Pluye
PAGINA N*121 MUNICIelrAR/og2 DENQOCI 25-03
falta de claridad por parte del Ministerio de Educación Pública. Sé:
acuerdo en firme.
Nota de Secretaría: El señor presidente somete a votación la moción presentada
por la Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba la moción presentada por la Reg. Yaslyn
Morales Grajal. Se solicita al Ministerio de Educación Pública la atención
inmediata a la situación crítica que están viviendo las personas beneficiarias de
FONABE y que se aclaren los motivos por los que se están dando reducciones en
el número total de personas becarias y la falta de claridad a quienes mantienen
el beneficio social. Se le solicita a los Diputados y Diputadas de la República su
intervención para aclarar la situación crítica que están viviendo las personas
beneficiarias de las becas otorgadas por FONABE ante el cierre técnico de la
institución y la falta de claridad por parte del Ministerio de Educación Pública. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 504
Moción presentada por la Reg. Yaslyn Morales Grajal
Le he estado dando seguimiento con Secretaría a la moción que presentamos
anteriormente para que la señora Guiselle Maduro Cruz se apersonara a este
Concejo y resulta que la Ministra de Educación no ha contestado los correos que
las secretarias han enviado ni las llamadas para que determine una fecha.
Por lo que reitero la moción para que la Sra. Giselle Maduro Cruz, Ministra de
Educación Pública se presente a este Concejo Municipal de Pococí en conjunto
con la persona encargada del DIEE, con fundamento de que hemos enviado
acuerdos para que asista al Concejo Municipal y nos rinda un informe sobre las
pésimas condiciones en las que se encuentran los centros educativos de este
cantón, con respaldo en los artículos N*11, N927 y N*30 de la Constitución Política,
artículo N*3 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función
Pública y artículo N*32 de la Jurisdicción Constitucional, que regula el deber de la
rendición de cuentas y probidad que le asiste a los funcionarios públicos, así como
el ejercicio de la tutela de derechos y petición, el derecho a ser informados y
obtener pronta respuesta en el plazo procesal correspondiente que dicta el
bloque de legalidad.
= e h Sitio Web: munipococi.go.cr
a as O De k Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N*122 MUNICH AR (92 DELOROCI : 25-0342
Compañeros no puede ser posible que las escuelas del cantón de Pococí y este
país estén en las condiciones que están y muchos de ustedes lo han visto, ustedes
como ex educadores saben. Anduvimos por Sardinas y la escuela estaba en malas
condiciones, no tenemos que ir ni largo, es una pena como está el Colegio
Técnico Profesional de Pococí que se ubica en el centro de Guápiles, es una pena
como está la escuela de Tortuguero en el olvido.
Necesitamos que nos den respuestas en el tiempo de legalidad y que de una vez
por todas, la ministra venga a este Concejo Municipal.
Reg. Randall Torres Barrientos
Tal y como lo indica la compañera, estamos muy extrañados con la actitud de la
señora ministra porque se le ha citado y no ha respondido. Definitivamente la
Constitución Política está para que se cumpla y su artículo N*27 es muy claro
cuando dice “Se garantiza la libertad de petición, en forma individual o colectiva,
ante cualquier funcionario público o entidad oficial, y el derecho a obtener pronta
resolución”, nosotros la habíamos citado para ver el tema de la Escuela de Campo
Kennedy y no tuvo la amabilidad de responder nada, ni siquiera de mandar a
nadie, citamos a la gente del DIEE y tampoco vinieron.
No he revisado el Código, pero anteriormente uno podía llamar por la Fuerza
Pública para que un funcionario público se presente, porque eso es
desobediencia. Nosotros como Concejo Municipal debemos hacernos respetar.
Recuerdo en mi anterior gestión, en el año 2002 cuando llamamos a un
funcionario que no quería comparecer ante el Concejo, creo que debemos
amarrarnos los pantalones porque sinceramente se ve que no tiene el mayor
interés en asistir a este Concejo Municipal. Vimos que fue a Guácimo y me
pregunto ¿será que nosotros somos de menor categoría? O ¿será que solo atiende
a las personas de San José?
Creo que inclusive deberíamos enviar una nota a Casa Presidencial con el
testimonio de las gestiones realizadas y que no ha comparecido como funcionaria
pública que es para rendir cuentas del montón de cosas que hemos indicado y
es importante que ella atienda.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Excelente la moción de Yaslyn y el comentario del compañero Randall.
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PAGINA N*123 MUNICIE ALA Koz2 BEROGOCI 25-03- A 197
Pienso que deberíamos de redactar un recurso de amparo a la Sala Constitucional
y la Sala IV nos va a dar toda la razón. Los funcionarios públicos deben de acudir
al llamado de rendición de cuentas.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro
Saluda, secundo las palabras de la compañera Yaslyn y el compañero Randall,
porque la ley dice que son 10 días hábiles y si no responden, lo que se debe hacer
es presentar un recurso para sentar un precedente a esta señora porque hace
más de un mes se presentó la moción para que se presentara al Concejo y rindiera
cuentas sobre la escuela de Campo Kennedy, igual con el DIEE y representantes
del Fideicomiso.
Nota de Secretaría: El señor presidente somete a votación la moción de la Reg.
Yaslyn Morales Grajal.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba la moción de la Reg. Yaslyn Morales
Grajal. Se reitera la solicitud para que la Sra. Guiselle Maduro Cruz Ministra de
Educación Pública, la Arq. Catalina Salas Hernández, Directora de la dirección de
infraestructura Educativa y el Sr. Carlos Rodríguez Pérez, Encargado del
fideicomiso del BNCR, con respaldo en los acuerdos enviados (SMP168-2021 y
SMP-84-2021)-, para que asistan al Concejo Municipal de Pococí y rindan un
informe sobre las condiciones en las que se encuentran los centros educativos de
este cantón, con fundamento en los artículos N*11, N*27 y N*30 de la Constitución
Política, artículo N%3 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento llícito en
la Función Pública y artículo N*32 de la Jurisdicción Constitucional, que regula el
deber de la rendición de cuentas y probidad que le asiste a los funcionarios
públicos, así como el ejercicio de la tutela de derechos y petición, el derecho a
ser informados y obtener pronta respuesta en el plazo procesal correspondiente
que dicta el bloque de legalidad. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 505
Moción presentada por la Reg. Yaslyn Morales Grajal
El tema de la salud es algo que a todos nos debe de importar a todos. La
seguridad y la salud no es un tema político y gracias a este Concejo porque lo
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PAGINA N*124 MUNICTE e rAp1932 Ola _ 25-03- 0: 198
hemos entendido y trabajado unidos por eso. Señor presidente quiero hacer est
moción basado en el artículo N*%01 del Código Municipal “El municipio está
constituido por el conjunto de personas vecinas residentes en un mismo cantón,
que promueven y administran sus propios intereses, por medio del gobierno
municipal.” en el considerando.
Mociono para que la Caja Costarricense del Seguro Social venga a este Concejo
Municipal a rendir información sobre el tema del Fideicomiso del Ebais que se
pretendía construir en el terrero de Nuevo Guápiles, debido a que hay ciudadanos
que han estado realizando consultas vía correo y se ha estado ignorando, un
silencio aparentemente direccionado por un ente del Gobierno Central.
Invitamos al señor Román Macaya para analizar temas de infraestructura, a una
mesa de trabajo con el honorable Concejo Municipal, con los 9 regidores
propietarios y en dado caso asista el suplente a la mesa de trabajo y que sea de
forma presencial, podemos solicitar el Centro Cívico para poder trabajar en grupo,
con los distanciamientos y protocolos. Los puntos para tratar serían: Ebais,
Fideicomiso y Hospital de Guápiles.
Ahora que fuimos pacientes del COVID y que hay muchos ciudadanos que está
muriendo por esa enfermedad en este cantón, podemos saber la importancia
que tiene un hospital y el Hospital de Guápiles no tiene condiciones, pero sí un
recurso humano envidiable: la Dra. Musa, el Dr. Rafael Arias y otros doctores que
están ahí.
Si bien es cierto la Caja Costarricense del Seguro Social es una institución aparte,
pero nosotros somos el Gobierno Local y debemos de velar porque los intereses se
cumplan, es por eso que realizo esta petición. Vieras que Últimamente en la
prensa, la Casa Presidencial está inaugure que inaugure obras en el sector de
Puntarenas, Guanacaste, en las rotondas de San José y me queda un sin sabor de
tener un Vicepresidente de la República que es de este cantón, que conoce los
problemas y que no ha podido traer absolutamente nada ¿por qué? porque se
rasga las vestiduras diciendo que "yo hice la ruta 817”, pero eso no es cierto, la
ruta 817 fue una comunidad que se organizó y una municipalidad que aportó.
A mí me da vergúenza que en este cantón tengamos un vicepresidente de la
República y que tengamos que andar mendingando información, proyectos o
que tengamos que andar rogando a los ministros o a presidentes ejecutivos para
que nos vengan a dar información, señor presidente por eso hago esta moción
levantando la voz por el pueblo de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr
a ; <É Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
paciNa no125 MUNI Noa TIN o 25-08-09 199
Reg. Luis Ángel Méndez Araya
Hacer acotación y eco de esta moción presentada por la Reg. Yaslyn.
Definitivamente como regidores nos compete velar por el tema salud.
Todas y todos los Pocociceños, al igual que todo el país, necesitamos una mejor
calidad de salud. ¿Cómo es posible que en infraestructura el hospital está pésimo?
¿cómo es posiloles que los usuarios y pacientes necesitan conectar un teléfono
porque necesitan llamar y no tienen donde conectarlo?
Es impresionante y lo he comprobado yo mismo estando en el hospital, aprecio
muchísimo al hospital de Guápiles y a todo el personal porque he sido paciente
de ese hospital y me han tratado muy bien, la calidad de atención es muy buena,
pero si hay carencias en cuanto a infraestructura. Se debería brindar el servicio de
Wifi a los usuarios. Aspiramos a que la atención sea de calidad porque es lo que
nos merecemos, pero sí hay muchas carencias.
Nota de Secretaría: El señor presidente somete a votación la moción de la Reg.
Yaslyn Morales Grajal.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba la moción de la Reg. Yaslyn Morales
Grajal. Se invita al Dr. Román Macaya Hayes, Presidente de la Caja Costarricense
del Seguro Social para que asista a una mesa de manera presencial, con los
nueve regidores propietarios y señor alcalde, los puntos a tratar son: Área de Salud
de Guápiles, Fideicomiso y Hospital de Guápiles. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
AL SER LAS DIECINUEVE HORAS CON TREINTA Y NUEVE MINUTOS SE LEVANTA LA
SESIÓN
- des het
—— F-JUAN-LUL F-ANA MADRIGAL ASTORGA
PRESIDENTE MUNICIPAL EGP feif SECRETARIA MUNICIPAL A. |
4 Sitio Web: munipococi.go.cr
Y ML á Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye