Ordinaria 14 · 2021-02-25

Acta_N14_Ordinaria_25-02-2021.pdf · 217 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 14 del 2021-02-25 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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PAGINA No1_ MUNICIE ACTA Noa id! 25-028914
e|
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N*14 ORDINARIA. 25-02-2021
SESION ORDINARIA. N*14 DEL 25-02-2021, INICIADA A LAS 18:00 HORAS EN
LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES Y DE MANERA VIRTUAL, CON LA
SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS
Juan Luis Gómez Gómez (Quien Preside)
Jonnathan García Chévez
Reinaldo Benavides Vargas
Luis Ángel Méndez Araya
Denmnia Yaslyn Morales Grajal
José Antonio Bustos Martínez
Randall Torres Barrientos
Ovidio Vives Castro
Alfredo Calderón Alfaro
SÍNDICOS PROPIETARIOS
Gabriela Madrigal González
Greivin Bonilla Sánchez
Sandra Umaña López
Carmen Sánchez Navarro
José A. Chavarría Villarreal
Javier Jiménez Villalobos
Alejandra Sancho Bravo
Licda. MAGALLY VENEGAS
VARGAS
SECRETARIA
REGIDORES SUPLENTES
Bernardo Veach Davis
Jairo Antonio Ojeda Aburto
Flor lveth Peraza Campos
Rosbil Danier Arguello Badilla
Rita Marcelly Umaña Valverde
Marilú Ballestero Cruz
Yoseline Rocío Abarca Torres
Hilda Zamora Arias
SÍNDICOS SUPLENTE
Johanna Flores Rosales
José Luis Diaz Valverde
Keylor Andrey Campos Mora
Shirley Murillo Flores
Jorge Humberto González Calderón
Lic. MANUEL HERNANDEZ RIVERA
ALCALDE MUNICIPAL
ls
Pecocí
Pluye
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PAGINA N92_ MUNICI Arata SPA CI
25-02-2
ORDEN DEL DIA
Acuerdos ARTÍCULO
277 Presentación de la Nueva Marca
Ciudad del Cantón de Pococí
278-al-310 1 Correspondencia
Lectura, Discusión y Verificación de
311-312 " Acta N*12 Ordinaria del 18-02-2021
y Acta N*13 Extraordinaria del 23-02-
2021
313 IV Asuntos del Señor Alcalde
314 - 315 V Mociones
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.
POCOC Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
PAGINA Neg MUNICIE AFAN Ia OPE PGOCI 25.02 0914
ARTICULO |
Presentación de la Nueva Marca Ciudad del Cantón de
Pococí
ACUERDO NP 277
Se presentan ante este Concejo los señores Maikol Fernández Loría, asesor de la
alcaldía, y el Ing. Brandon Aguero Maroto Coordinador de Obras Civiles y Servicios
Municipales, dice:
Sr. Maikol Fernández Loría - Asesor de la Alcaldía
Saluda, nosotros vamos a hacer una presentación mucho más breve de la que se
hizo ayer, porque la mayoría de ustedes logró estar presente en el Lanzamiento
de la Marca, sin embargo, nos parece que el seno del Concejo Municipal es el
espacio natural donde la marca tiene que quedar registrada para la historia del
cantón, es por eso que hoy traemos formalmente.
Ya se entregó en la secretaría un oficio firmado por el señor alcalde donde se
hace entrega formalmente, para la inserción en las actas municipales, el manual
de marca del cantón “Pococí Fluye”, la copia certificada del registro emitida por
el Registro de la Propiedad Intelectual de la marca “Pococí Fluye” y una
exposición discursiva de los elementos y pilares de la marca “Pococí Fluye” escrita
y presentada por el Ing Brandon Aguero Maroto, además queremos cerrar con un
breve reconocimiento.
Nota de Secretaría: Se inserta en actas el DAMCM-0035-2021 referente a la
Entrega Oficial Marca Cantón Pococí Fluye.
v
e Sitio Web: munipococi.go.cr
AY eS < Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pacina Noa MUNICIPIO CI 25-028914
DECIAN DO EAS A
9 Municipalidad de Pococí
POCOC Despacho del Alcalde
A , Teléfono: 2711-1208 ¿Ls %
Pluye manuel hernondezOmunipococi.go.cr  marcipitos
ATA
Guápiles, 25 de febrero de 2021
DAMCM-0035-2021
Sres.
Concejo Municipal de Pococí
Asunto: Entrega oficial Marca Cantón Pococí Fluye
Mediante la presente me permito saludarles y manifestarles mi agradecimiento por
todo el proceso de colaboración que le han brindando al proyecto de Marca
cantón Pococí Fluye que fue presentado oficialmente este miércoles.
Para continuar con la formalización necesaria para el avance oportuno de esta
iniciativa, el equipo técnico que ha trabajado en esta etapa de lanzamiento hace
entrega esta noche para inserción en actas municipales de los siguientes
instrumentos:
- Manual de Marca para ciudad Pococí.
- Copia de certificado de registro emitida por el Registro de la Propiedad
Intelectual de la marca Pococí Fluye.
- Exposición discursiva de los elementos y pilares de la marca Pococí Fluye,
El éxito de esta iniciativa se da gracias al respaldo de muchos sectores, entre ellos,
el Concejo Municipal que también ha acogido una idea que nació del seno de
nuestras comunidades y que hoy vemos realizada.
Sin más por el momento,
Firmado digital: mt
MANUEL DE
HERNANDEZ TUVERA IAN)
RIVERA (FIRMA) ioaano asno
P - E de eS y Lic. Manuel Hernández Rivera
pur A Cells se Alcalde
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Pluye
PAGINA No5_ MUNICIE APA Na LIMA CL 25-02,0914
EGISTRO
N ACIONAL A República de Costa Rica
) : Registro Nacional
Registro de la Propiedad Intelectual
Certificado de Registro
Número de Solicitud:  2020-0007724 *
Fecha de Presentación: 23 de septiembre de 2020
Fecha de Publicación: 23 de octubre de 2020
Número de Registro: 293357
Tipo de Signo: Mixto .
Fecha de Inscripción: 4 de enero de 202
Vigente hasta: 04/01/2031
Marca de Servicios
Registro No, 293357
4
9
POCUC
Pluye
Titular(es): MUNICIPALIDAD POCOCI, Cédula jurídica 3014042125, domiciliado(a) en
GUÁPILES, EN LOS ALTOS DEL HOTEL TALAMANCA, FRENTE A RUTA TREINTA
Y DOS, POCOCÍ, LIMÓN, GUAPILES, Costa Rica.
Reservas:NO se hace reserva de colores, así como de la palabra Pococí.
Clase(s): 35 y 41 Internacional(es).
Para proteger en clase 35: Comprende principalmente la Publicidad; gestión de
negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. ¡en clase 41:
Comprende principalmente los .servicios de entretenimiento; actividades deportivas;
culturales tanto para personas; y animales.
Última línea 04/01/2021====================
Esta Inscripción se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
Indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en
el comercio".
Se hace constar que este expediente ha cumplido con el pago de los timbres de
JOHKNY RODRÍGUEZ GARITA (5
Oficina de Nardas y Otrós Signos Distin i
Teléfono: (+506) 2202-0800 + Apartado Postal 523-2010 San José - Costa Rica + www.rnpdigital.com
y
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Pluye
PAGINA N“6_ MUNICIEAErALRS SHANE. 25-02-9914
POCOCI
Pluye
DISCURSO DE LANZAMIENTO POCOCI FLUYE
Con el presente ensayo se lanzó oficialmente Pococí Fluye, la nueva marca
de identidad regional del cantón de Pococí, el día 24 de febrero de 2021 en
el Centro Cívico por la Paz de Pococí.
Con la intensión de oficializar este discurso y compartirlo con toda la
población, se realiza entrega formal al honorable Concejo Municipal de
Pococí, para que simbólicamente sea un regalo y una señal de
agradecimiento para todos los habitantes y podamos todos juntos
democratizar este sentir.
Ing. Brandon Agúero Maroto. 25 de febrero de 2021/
La identidad regional hace alusión a un grupo de elementos culturales,
geográficos y sociales que distinguen a un pueblo, lo cual genera un sentido
de pertenencia hacia la región. Cuando esta identidad se lleva en el
corazón, se defienden los principios y los valores de la sociedad.
La identidad regional se distorsiona cuando se ignora la historia, la cultura y
el potencial del cantón. Se distorsiona, lo que no quiere decir que no exista.
Es por esto que se ha tomado conciencia de la importancia de definir como
queremos ser vistos, y de la necesidad de mejorar el aprovechamiento de
nuestros bienes y recursos naturales para proyectarnos al mundo.
Con una marca ciudad se busca identificar, integrar y reilusionar a la
ciudadanía, al facilitar la gestión del cambio, al presentar una visión ideal
de la ciudad. De esta manera reduciremos estereotipos, al tener un mayor
conocimiento de los activos y atributos de nuestro cantón.
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PAGINA 97 MUNICIE Sr ARO Ta EC 25-02-2 914
Y
POCOCA
Fluye
Crearemos sinergias, integraremos esfuerzos, y facilitaremos alianzas entre
asociaciones, instituciones, empresa privada y gobiernos locales, con la
vista puesta en el desarrollo sostenible, el trabajo con excelencia y la
innovación.
El turismo puede ser la manifestación más visible de la marca ciudad, sin
embargo, la reputación y los valores de Pococí fluye, impactarán en los
productos, la población y las oportunidades cle inversión, incluso en la ayuda
y financiación externa para la gestión de proyectos, ya que construirá
ventajas competitivas al servir como fuente de diferenciación.
La marca Pococí fluye se construyó con un trabajo de más de un año de
investigación, captando la esencia que nuestro cantón transmite a través
de sus paisajes, sus sonidos, sus colores y su gente, como la que hoy nos
acompaña.
Con los hallazgos que encontramos en esta investigación, construimos
cuatro músculos o pilares fundamentales que sostienen la Marca, además
de una esencia que nutre a la marca ciudad.
El primer pilar fundamental, y quizás el más evidente, es “Tierra de aguas”.
Encontramos en Pococí una tierra de abundantes aguas, una tierra con
lluvias abundantes que riegan los jardines y sembradíos, con gran cantidad
de ríos que nacen en las montañas del sur y mojan las llanuras, y con canales
espectaculares que ondean hacia el norte, y que desembocan en el mar
caribe, que enmarca las bellas costas de Colorado y Tortuguero.
Una tierra de aguas donde todo crece, los cultivos, los sueños, la paz, las
ganas de surgir y de construir. Así como el agua fluye, fluyen las emociones,
fluye la alegría, fluye la paz. El agua representa la vida, la calma, la fluidez
de lo simple.
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PAGINA Nog_ MUNICIE Er ArNSja GPISRGOCI
POCOC
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El segundo músculo o pilar fundamental es "túnel hacia la magia".
Pococí es el Único cantón del país al cual se accede atravesando un túnel,
Al pasar el túnel zurquí y entrar en PococíÍ, una nueva sensación invade el
cuerpo, y es que, desde los cuentos de Hadas, las historias más icónicas del
mundo del cine, las metáforas y en distintas corrientes psicológicas, los
túneles o puertas han representado la entrada a mundos mágicos, han
marcado un antes y un después, además de ser un simbolo de posibilidades
y nuevos comienzos.
El tercer pilar fundamental es “Cantón de oportunidades”.
En Pococí encontramos un lugar donde cumplir sueños y aspiraciones.
Muchas de las personas que llegaron a Pococi se quedaron para siempre,
ya que acá encontramos oportunidades para realizarnmos como personas,
junto a otros que confiaron en nuestros sueños, en el desarrollo y en el trabajo
colectivo, es por eso que decimos que acá nacen oportunidades, se
abrazan sueños y se ayuda a surgir.
El cuarto musculo de la marca es “corazón extremo”.
Encontramos que Pococí tiene un corazón extremo. Esto se evidencia en la
pasión de las asociaciones, los líderes comunales y los gobernantes, además
por quienes trabajan la tierra y construyen desarrollo. Hay algo más allá que
solo trabajar por recompensas materiales, sino «que, existe Un
agradecimiento profundo hacia esta tierra, un agradecimiento que nos
impulsa a seguir creciendo y colaborar por el desarrollo de nuestro cantón.
Pococí tiene un corazón extremo, y quienes se atreven a vivir la experiencia
Pococí, descubren los latidos de su tierra en cada detalle de la naturaleza.
Conocen de la manera más profunda las pasiones y emociones, hasta
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PAGINA No MUNICIE A rAR8Na EOL 20
A
POCOC
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darían la vida por volver a sentir, aunque sea por un instante, ese latir que
generan esos lugares que roban el aliento.
Por último, encontramos nuestra esencia: Pococí es "abundancia que
fluye”.
Con esto no nos referimos a la abundancia de riquezas materiales, sino a la
abundancia que se vive en el corazón. Abundancia que fluye, es un pueblo
que absorbe aprendizaje y suelta malas actitudes, y que es capaz de
contagiar para que los demás también lo hagan. Es un pueblo donde las
personas sonríen, donde cada uno tiene una historia que contar entre un
café o una comida, un lugar de tesoros escondidos en las montañas, donde
se comienza a entender porque los que llegan a Pococí no se devuelven
nunca. Cuando te permitís conocer PococÍ, entiendes de la manera más
genuina, natural y sin tratar de poner en palabras lo que sentís, el significado
real de la abundancia.
Un pueblo que fluye, que se adapta, que crece, que deja ir, que se mezcla
entre naturaleza y desarrollo, eso es Pococí.... eso es Pococí fluye.
En estos tiempos de disrupción, de cambio, de pandemia y post - pandemia,
se presenta un momento histórico para aprovechar de mejor manera
nuestro potencial y salir adelante.
Una frase del psicólogo estadounidense Wayne Dyer dice: “Cuando
cambiamos la forma de ver las cosas, cambian las cosas que vemos”
Con el lanzamiento de Pococí fluye, llegó la hora de contarnos a nosotros
mismos, al país y al mundo quiénes somos, qué tenemos y hacia dónde
vamos...
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PAGINA No12. MUNICIP Ar ArAa DE PLGOCI 25-02..89152
¡HOLA POCOCÍ!
Creemos en Pococi y existimos para motivar e involucrar a los personas en el desarrolo de Pococí buscando armonía entre
la naturaleza y el desarrollo humano.
Es tedocumento se elabora con la finalidad de dor a Pococi, alegría, Vida, norte, fortaleza; darle herramientas de trabajo
visuales y de comunicación para que vibre, pora que tronsmita y democrafice su sentr, su pensamiento, su vivir de día a
día. Que expongo su realidad, que exprese lo rico, lo recontortante lo esperanzador que es estar en un lugar que desde
que legás podés proyectar tu futuro, con fe, con amor y con abuncancia.
(O rrstvemnco es
Drscumano
Ss Ss
a po
P Desde mucho ante: de legar al cantón de Pococi, el camino te atrapa y te llena de
emociones, desde lo imponente de sus montañas hasta pasar por un túnel que te cambia la
energía y la transtormo, un túnel que te transporta a un mundo de noturcleza tan puro, que
agradecés estar vivo.
ESENCIA Con esa energía legós a un lugar donde las personas sorrien, donde cada uno fiene una
historlo que contar entre un caé o una comida, un lugar de tesoros escondidos en las mon-
lañas, ohí comenzás a entender porque los que llegan a Pococí no se devuelven y porque se
" dice que es una tiera donde crecen laz poriblidades.
Cuando te permits conocer Pococí te das cuenta de la manera más genuina, natural y sn
/ talar de poner en palabras lo que sents, el significado real de la obundancio.
ABUNDANCIA QUE SE VIVE DEL CORAZÓN
y
Qu
ALUMNO CIUDAD POCOS
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Pluye
_PAGINA Ne13 MUNICIA E ARPR OuAGOCI 25-02-99153
1)
Donde hay agua abunda la vida, donde hoy agua todo crece, los cuitivos, lo
TIERRA zueños, la paz, las ganas de surgir y de construir. Ad como el agua fluye, fluyen
DE las emociones, fluye la alegía, fuye la paz. Bl ogua representa la vida, la
AGUAS calmo, la fuldez de lo simple.
Que sera de ía vida sin un corazón, cada latido del corazón es una
eporturidod de vive una experiencia nueva, quién se enltega a los
derconocido conoce reolmente lo que es sentirse vivo. Quién se atreve a vivir
CORAZÓN — sobe lo que es sentt cada latido desde la punta del pie invadiendo cada
EXTREMO — 'incón
. Quiénes se afreven a vivir descubren los latidos de la tierra en cada detalle de
MUSCULOS lanaturaleza, conocen de la manera más profundo las pasiones y emociones
167 hasta darian la vida por volver o sentir aunque sea por uninstante, ese latir que
ea DE uan esos lugares que roban el ollento.
MARCA
sde los cuentos de Hadas, las historias más icónicas del mundo del cine
UN TÚNEL túneles o puertas han
HACIA LA los mágicos. han marcado un antes y un
MAGIA olo de posblidade: y nuevos e:
Los seres humanos iniependente: 'e de lo que creamos, nuestra religión, orientación
CANIÓN sexual, razo, nacionalidad valores O costumbres; vamos a tener sueños y aspiraciones,
DE Realizornos como personas es el máximo sueño que podemos alcanzar, pora esto, necegta-
OPORTUNIDADES mosrodeamos de persona: que crean en nuestros sueños, en el desarrollo y el trabajo colecti-
vo, al iguo! que estor en un lugor donde nazcan poriblidades, que obrace nuestros sueños y
EL LOGO)
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PAGINA No14 MUNICIE FARO SUI AELO CI 25-02-99 154
INSPIRACIÓN
Nx
El desorrolo conceptual para lo estructura del logo está
basado tanto en la fuera que transmiten los valores
como en lot riqueras geográficos de
biodiversidad y de cultura de la ciudad.
El aporte y la energía de su gente. Lo vida, fuerza y
fluidez de sus ríos. Lo abundancia natural de su tierra,
productora de vastos tonos verdes, suelos fértiles y
pledros que adoran los ríos con sus formas únicas y
distintivas. E sabor y folclor de sus distritos.
Todos componen el adn de una abundancia plasmada
en cado una de las letras, que juntos, conforman el
logosímbolo de una ciudad que fiuye a partir del
momento en el que dejós otrés la entrada al Erauío
Coni
CONSTRUCCI Ó NN _ Pefridostos elementos principales que conforman el concepto se desorallon la estructuras
gráficos para cado uno de las letras, formando el logosimbalo. El eirculo es el punto de partida,
siguiéndole el pazo las curvos y nuevos formas del concepto del agua, la gente y los varios ele-
mentos de su fiera abundante para como en un rompecabezas, amarla; piezas.
Ni
SU GENTE AGUA TIERRA ABUNDANTE
AN
ÁFICA ESLOGAN
Aluye
De la retícula circutor nacen los trazos pora crear una
tipografía especifico pora el logo. De esta manera
unificamos el logosÍmbolo con el nombre de la ciudad.
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PAGINA No1ó6 MUNICIEAART SUL O CI 25-0
) ÁREA LIBRE Y TAMAÑO MÍNIMO
ES N YA A Y COMPLETAMENTE PROHIBIDO:
+ alterar la forma original del logo,
- cambiar la posición de sus elementos.
- cambiar el tamaño de sus elementos,
+ estirar o encoger su forma original
+ girario de cualquier forma.
- agregarle cualquier tipo de sombra
-uliizor colores luera de los tonos de la marca.
-Inclukte elementos dentro de su área libre.
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POSTEOS VERTICALES
POSTEOS
ICONOGRAFÍA Y PATRONES
DE MARCA
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Pluye
 
 
 
 
 
 
 
 
PAGINA Neg1 MUNICIPIO CI 25-02-9917
Ing. Brandon Aguero Maroto - Coordinador de Obra Civiles y Servicios
Municipales
Nota de Secretaría: El Ing. Brandon Agúero Maroto procede con la presentación,
la misma como sigue;
CREACIÓN DE LA MARCA CIUDAD
POCOCÍ
Er
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Pluye
PAGINA Ne32_ MUNICIEA ETA Ne SAME OC. 25-09-89172
Este proyecto nació como una iniciativa ciudadana de un grupo de personas
preocupadas por la forma en la estética de esta ciudad, quisieron mejorarla a
través de inicialmente de jardines, intervenciones urbanas, se tomó como primer
punto de intervención el boulevard, ese fue nuestro objetivo y a través de ese
objetivo, queríamos hacerlo que ese boulevard tuviera una identidad, se pensó
en construir una marca que distinguiera y sirviera para darle pertenencia al cantón
de Pococí, entonces más bien iniciamos con la marca, ese proceso inicio en el
2018 - 2019.
Ñ MUNICIPALIDAD
N DEPOCOCI
PROCOMER
COSTARICA exporta
Nos presentamos ante este Concejo donde se nos aprobó la primer partida, antes
de eso muchas empresas privadas, doña Marielos Barrantes que fue también la
madrina de este proyecto. Hubo mucho apoyo de empresas que apoyaron que
ahorita no las voy a mencionar porque se puede quedar una por afuera, que nos
colaboraron, posteriormente con aporte de este Concejo Municipal se contrató a
la empresa de publicidad y mercadotecnia, una empresa de alto nivel en el país,
el cual nos acompañó en este proceso, anduvimos de lado a lado, del sur hasta
el norte como decía el discurso.
Anduvimos entrevistando, se entrevistaron alrededor de 50 ó 60 grupos y personas
influyentes y que pasaban por la calle, parques, niños, al guarda de seguridad del
parque, regidores de aquel momento, muchas personas influyentes que son
-- Can a L Me Sitio Web: munipococi.go.cr
a A A : Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ne3g MUNICIP AAN Pia O CI 25/02-2 17,
empresarios, cultura, fue una muestra bastante representativa, lo intéresante de
este proceso fue que se llegó a una saturación de datos, que así se conoce en
probabilidad que es cuando por más que usted entreviste ya lo que se dijo ya se
dijo, ya no hay nada nuevo que aportar.
Cuando llegamos a la saturación de datos, paramos, ya la saturación donde
queremos recoger esta esencia ya la teníamos, ahora lo que seguía era construir
el argumento, la estrategia discursiva y los logos, esta información que estuvo
grabada y también a nivela de documentos y dibujos de niños y muchas personas,
se le entregó a una profesional narradora creativa, hasta ese momento supe que
esa profesión existía.
Necesitamos contarle
al mundo mucho mos...
¿Quiénes somos?
¿Qué Jenemosg
y
¿Hacia dónde vamos?
La Narradora Creativa desde San José escuchó todas las entrevistas que se
hicieron, estudio los dibujos y esa persona sin haber venido nunca al cantón de
Pococí, desarrollo la estrategia de comunicación y la estrategia de marca, fue
algo muy interesando y en realidad era clave que la persona no conociera
Pococí, porque si la persona conocía Pococí se iba a sesgar el asunto, se iba a ir
por situaciones ya inculcadas.
El resultado lo vieron en el discurso y el video de lanzamiento de la marca, que son
los músculos de marca y la esencia que nutre y luego viene el trabajo artístico de
profesionales muy buenos en diseño gráfico, ahí hubo un proceso de revisiones, el
e 504 a ie Sitio Web: munipococi.go.cr
Y A e <Í Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N234 MONICIA SN Oreihária O Cl 25/02-2 JQ17
proceso final que ustedes conocen hoy día como “Pococí Fluye” tiené alrededor
de cinco versiones, una primer versión inicial no fue del gusto de esta comisión,
entonces hubo un proceso de cambios, hubo varias sesiones porque queríamos
una marca que posicionara a nivel nacional e internacional, de alto nivel y fuimos
muy rigurosos con la empresa se devolvieron, tuvieron que venir varias veces, nos
trajeron propuestas y al final quedó una curiosidad que el logo iba a hacer
“Pococí abundancia que fluye” y nos pareció más importante que la abundancia
de la cual se habla en el discurso quedará impregnada en el logo.
MARCA E canón
CIU DND) | transmite
Si ustedes observan el logo ahí hay símbolos de abundancia en vegetación, en
crecimiento, en fauna, flora, ese logo significa progreso porque si usted ven la “(”,
apunta a 45 grados, ese es uno de los recursos gráficos que tiene la marca esa “f”
y eso representa progreso, la “P” representa crecimiento y floración, la tortuga
decidimos que era un animal que nos puede representar correctamente con ese
diamante que tenemos en Tortuguero, fue un elemento de estudio y esa serie de
dibujos, colores que tienen que ver mucho con la identidad costarricense, si lo
pueden ver se parecen un poco a los dibujos de la carreta, pero tampoco
queríamos que se pareciera mucho, porque queremos nuestra identidad propia,
entonces por ahí surgieron esos colores que se ven en el logo y decidimos que ahí
era la abundancia y que Pococí Fluye, es una forma de verlo más pegajoso, eso
es lo que tiene la mercadotecnia y bueno, ese fue el resultado.
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PAGINA Ne3s_MUNICIEAC FAN DA ANE OC! 25-09-989175
Durante el camino de esto que no fue nada fácil, fueron dos años de mucho
caminar y de topar con mucha gente, de coincidir, hacer que la gente creyera y
hacer que se alineara en una sola forma de sentir. Durante el camino conocimos
a Cristhian Arri que es la persona que produjo el primer video, él tenía su versión,
era un proyecto personal, ya tenía experiencia en lo que es edición audiovisual y
él lo hizo para él, eso sí quiero contarlo, como algo de su propio orgullo de ser
nacido en esta tierra, gracias a Marielos Barrantes lo conocimos, él nos mostró el
video en la casa de doña Marielos, no era lo que vieron ayer, no era tan
elaborado, pero las imágenes impactaban y decidimos en aquel momento que
Cristhian tenía que ser parte del equipo y que ese iba a ser el vídeo que nos iba a
representar a nivel nacional e internacional.
Con Cristhian en el grupo subió todavía un poco más el nivel de esta marca, el
recurso gráfico y los recursos de fotografía subieron todavía más, el libro de marca
cantón de Pococí está acompañado por imágenes tomadas por él, le añadimos
los músculos al final, al video le añadimos esos efectos cinematográficos, esas
cosas que suben y bajan que emocionan y al final ese fue el resultado.
Por fin de años llegamos a un consenso y la marca iba a hacer Pococí Fluye,
después entramos al proceso legal e inscripción de marca, por cuestiones de
pandemia y otras cosas fue hasta ayer que, por fin de mucho esperar por parte
de nosotros que se dio el lanzamiento y a lo que he escuchado fue de agrado de
muchas personas y por dicha valió muchísimo ese esfuerzo, por ese esfuerzo quiero
agradecerle a mucha gente pero especialmente a la Comisión Rescatando
Pococí, a esas cinco personas que participamos y a Cristhian que llevó a otro nivel
el proyecto.
Marca ciudad
Identificarse con el cantón
Proyección Internacional
Atracción turismo, talento, negocios e inversión
Visión ideal de ciudad
Confianza
Reducir estereotipos
Mayor conocimiento de atributos
Relevancia
Alianzas internacionales
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PAGINA Neg6_MUNICIE ACP A Ra ORO CL osto2-289176
DA IRE
El discurso que me correspondió a mí por cuestiones de la vida que -erá
una responsabilidad muy grande hacerlo lo mejor posible porque ese discurso
tenía que posicionar a este cantón, tenía que quedar grabado no fue construido
en poco tiempo tampoco, fue un proceso de años, hace un mes
aproximadamente que me puse a afinar el lápiz y ponerlo a nivel del lanzamiento
y el resultado también se observó anoche. Se me acercó don Alfredo Calderón y
me pidió una copia, luego se me acercaron otras personas también, hoy recibí
unos mensajes de personas que lo querían y a mi lo que se me ocurrió fue
entregarles al Concejo Municipal con las siguientes palabras “Discurso de
Lanzamiento de Pococí Fluye. Con el presente ensayo se lanzó oficialmente
Pococí Fluye, la nueva marca de identidad regional del cantón de Pococí, el día
24 de febrero de 2021 en el Centro Cívico por la Paz de Pococí.
Con la intención de oficializar este discurso y compartirlo con toda la población,
se realiza entrega formal al honorable Concejo Municipal de Pococí, para que
simbólicamente sea un regalo y una señal de agradecimiento para todos los
habitantes y podamos todos juntos democratizar este sentir. Ing. Brandon Aguero
Maroto, 25 de febrero de 2021”
Se hizo en realidad con mucho cariño y esa es la parte que tiene que ver con la
marca.
Hoy se ha estado promocionando muchísimo el video, promocionando la parte
turística y es un músculo fuerte el turismo, es parte de lo que queremos resaltar,
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Pluye
PAGINA Neg7. MUNICIPAL SURG OCI 25-02-2949 177
debemos estar preparados porque es muy posible que en el corto y mediano
plazo mucha gente nos quiera visitar y debemos preparar a los empresarios
turísticos para eso, esos son los efectos a corto plazo que esperamos.
Tenemos claro que lo que se busca es identificar, cohesionar y re ilusionar a la
ciudadanía, a partir de fortalecer esta identidad, se pretende crear sinergias y
alianzas estratégicas, de manera que se mejore la imagen del cantón, se genera
un ambiente de confianza, un ambiente que mejore la inversión y como
consecuencia de eso, se mejoraría la economía y el turismo, ósea que el turismo
y la reactivación económica es un efecto en cadena que pretende
desencadenar a partir de mejorar nuestra imagen y fortalecer la identidad
Pocociceña.
De mi parte, muchas gracias a los señores regidores por el apoyo y al señor Manuel
Hernández, a todas las personas que trabajaron en este proyecto que son
muchísimas y no las puedo mencionar ahorita porque esto no fue fácil ni de un
día, fue un proceso bastante elaborado, esperamos que sea del agrado de todos
y pronto de sus resultados.
Sr. Maikol Fernández Loría - Asesor de la Alcaldía
Para terminar, algunos de los elementos importantes, muy rápido, la marca de
Pococí Fluye no es solo el vídeo, es muchísimo más que el vídeo y es ahí donde
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PAGINA Ne38g MUNICIPAC ANA, SH RÍMEOCI 25-
vamos a trabajar, obviamente el video, si ustedes han podido seguir
que el vídeo ha tenido en lo que llevamos que son menos de 24 horas, creo que
cualquier cantón del mundo estaría envidiando ese posicionamiento que estamos
logrando, de hecho, me acaban de pasar una nota que acaba de salir en un
medio nacional que es La Teja y hemos tenido durante el día varias replicas en al
menos 12 medios donde se ha mostrado incluso el video completo en televisión
nacional, en multimedios salió y tenemos ya avanzadas varias conexiones en esa
mea.
we
Túnel
Montaña
Abundancia
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PAGINA Neg9 MUNICIPA FA NAa DEREOCI
construcción
de marca
Pococí
Pecocí
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ABUNDANCIA QUE SE VIVE DEL CORAZÓN
Desde mucho antes de llegar al cantón de Pococí, el camino le alrepa y te llena de
ema as, desde lo imponente de sus montañas hasta pasar por un fúnel que le cambia la
energía y la hanstormo, un
ugradecés estar vivo.
el que le Iransporla a un mundo de naturaleza fon puro, que
Con esa energía llegás
historia que conter entre un sí
toñas, ahi comenzás a entender porque los que llegan a Pocací no se de
dice que ss una fiera donde crecen las posiblidades.
'weleEn Y poque ve
Cuando le permitis conocer Pococi le das cuenta de la manera más genuina, natural y sin
halar de poner en palabras lo que sentís, el sigrificado real de la abundancia.
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TIERRA o pes
DE da: 10
AGUAS
colma, la fluidez
CORAZÓN
EXTREMO
> MÚSCULOS
a a ODE ato
MARCA
UN TÚNEL
HACIA LA
MAGIA
OPORTUNIDADES| mos odeamos de persons que crean en rest
vo, al igual que estar en un lugar donde nazcan
nos ayude a surgir.
Nosotros lo que queríamos era resaltar, nos concentramos en cuatro áreas, resaltar
esa capacidad que tiene el cantón de salir adelante desde sus insumos.
Pecocí
Pluye
También queríamos aprovechar esta noche para hacer un reconocimiento y es
un reconocimiento que no hicimos anoche porque ustedes con nosotros
presentamos al mundo la marca, pero hoy desde la administración de don
Manuel se le quiere hacer un reconocimiento al Concejo Municipal por el valioso
apoyo que ha dado al proceso de construcción, creación y lanzamiento de la
marca Pococí Fluye, acá tenemos el certificado para que conste en actas y en el
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PAGINA Ne41 MUNICIPAL RN ANG O CI 25-02-949181
ALARTE.
registro donde se agradece el logro de haber salido a la luz con esta priméra parte
del proyecto, eso sería por parte de nosotros.
pecocí
Pluye
La Municipalidad de Pococí acredita a:
Concejo Municipal de Pret
Con este
Reconocimiento Especial
Por su valioso apoyo en el proceso de creación
de la Marca Cantonal Pococí Fluye.
PE
Otorgado en Pococí,el. 25 de febrero 2021. Alcalde: (A
Participan de la palabra:
Reg. Luis Ángel Méndez Araya.
Saluda, anoche uno deseaba, que tuvimos el privilegio y la oportunidad de estar
en el evento, felicitar, pero por la premura del tiempo había que respetar todo
esos espacios, muy atinados, ha sido un evento a la altura, de calidad. Brandon
felicitaciones, a usted Maikol, a la comisión organizadora, a todas y a todos.
Definitivamente qué privilegio, pensaba anoche cuando esta como público, qué
privilegio más grande formar parte de este grupo de regidores, la oportunidad de
un evento de esta magnitud, como lo es “Pococí Fluye”, una idea que se ha
gestado, un trabajo que se ha venido haciendo de mucho tiempo atrás y al fin y
al cabo, ayer se hizo el lanzamiento, porque Pococí Fluye continua, esta es la
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PAGINA N%42 MUNICI ACTA Neda Orgiár OC!
punta del iceberg para iniciar un trabajo en conjunto en donde somos muchísimos
los actores que tenemos esta gran oportunidad y el público que nos está viendo
en este momento, son elementos fundamentales en este lanzamiento.
No me queda más que felicitarlos a todos, refiriéndome al evento de anoche, una
actividad de altura y definitivamente que orgulloso nos sentimos de ser
Pocociceños y ser parte de este engranaje municipal. Felicitaciones a don Manuel
como alcalde quien lleva el timón en esta Municipalidad, a todo el equipo
administrativo, a todo el equipo de ingenieros, excelente trabajo, felicitaciones y
aquí estamos para trabajar en conjunto y formar parte de este equipo de trabajo
Pococí Fluye y seguirá fluyendo y tiene a partir de este momento su propia
identidad que es el objetivo, buscar la propia identidad de nuestro bellísimo
cantón Pococí, en todas sus dimensiones, en la parte cultural, artístico.
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Saluda, quiero hacer una propuesta sobre la marca cantón “Pococí Fluye”,
tenemos que saber que ésta marca nació por una iniciativa ciudadana de este
cantón, como lo mencionó el ing. Brandon Agúero y ayer fuimos testigos que fue
doña Marielos una abogada honorable de este cantón quien sintió que Pococí
necesitaba algo y de ahí surgió esta iniciativa.
Esta no es una iniciativa política, esta es una iniciativa ciudadana que debemos
rescatar y decirle a doña Marielos y a la Comisión que trabajo para que esto fuera
hoy una realidad, gracias por este tiempo invertido, gracias porque hoy nos
posicionamos a nivel nacional e internacional y vendrán muchos turistas a
conocer a Pococí.
Este proyecto fue avalado por el Concejo Municipal anterior, nacido de una
iniciativa ciudadana y nosotros llegamos hace 9 meses y es merecedor decir que
este proyecto estaba engavetado y el señor Brandon nos buscó, no se me olvida,
hicimos una mesa de trabajo, vimos el video y le dijimos cuente con nuestro apoyo
porque era una iniciativa que se merecía salir a la luz y dejar de estar engavetado,
se luchó.
Gracias, señor Manuel Hernández porque tocó puertas al sector privado, gracias
al grupo Colono y al Bufete Jurídico que ellos tienen, hoy nuestra marca cantón
está inscrita. Ing. Brandon muchas gracias por el tiempo, el esmero y cariño que
usted le puso a este proyecto, porque nosotros somos pasajeros y políticos, pero
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PAGINA No43_MUNICIP AGA NOJA OESIRPOCI 25-0299183
usted tiene que estar en esta municipalidad hasta que se pensione o si le súle algo
mejor, usted se tendrá que ir, pero usted es un colaborador, gracias por ponernos
en alto
Seguidamente el Artículo N*1 del Código Municipal dice que es nuestro deber
velar por nuestros munícipes y los intereses y hoy estamos, velando por este
cantón, un cantón que tiene riquezas turísticas. Somos un cantón rico, tenemos
playa, montañas, ríos, señores esto es verdaderamente la marca Pococí Fluye es
merecedora de este cantón.
En el artículo N*4, en el inciso h dice que es nuestra función promover un desarrollo
local, participativo, inclusivo que contemple la diversidad, las necesidades y los
intereses de la población.
Hoy la pandemia ha hecho que todos las personas que tienen un hotel, cabinas,
centro turístico estén pasando la mayor crisis de la historia, pero señores
ciudadanos del cantón, hoy aquí en esta sillas estamos sentados regidores
responsables y tenemos al personas para sacar a Pococí de esta crisis, quiero
hacer una propuesta señor presidente que le solicito al honorable Concejo
Municipal que se declare de interés cantonal el proyecto de la marca cantón
Pococí Fluye, liderado y presentado por la Municipalidad de Pococí y que fue
debidamente inscrita como marca ante el Registro de la Propiedad Intelectual el
pasado 24-02-2021, esa es mi primera propuesta y mi segunda propuesta es, esto
para que funcione tiene que estar de la mano de las instituciones como el ICT,
ayer vino el presidente ejecutivo y nos dio unas hermosas palabras y nos decía
que el viendo ese video se le erizaba la piel por todas las riquezas que tiene este
cantón. Señor Presidente Ejecutivo queremos al |CT en nuestra Municipalidad para
trabajar juntos y hacer las declaratorias turísticas que tiene la necesidad este
pueblo y que nos posiciona en los mejores países y donde la gente quiera venir a
conocer a Pococí.
Señor Presidente hoy me siento orgullosa de ser parte de esta administración,
gracias, señor Presidente por no ponerle trabas a este proyecto y darle todo el
apoyo desde la presidencia y a todos los compañeros de este honorable Concejo
siéntanse orgullosos porque no somos la mayoría de esta tierra, pero hemos
llegado a esta tierra y hoy podemos defenderla y decirle al pueblo de Pococí esto
es lo que somos, un cantón donde fluirá la economía, la inversión, el área turística
y sobre todo los derechos de los ciudadanos del cantón de Pococí. Que conste
en actas mis palabras señor presidente y por le solicito que someta a votación las
propuestas.
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PAGINA N%44_MUNICIEXE ANA OLA OCI 25-02-
Nota de secretaría: A continuación, se extrae de la participación de la
Morales Grajal, la propuesta presentada por su persona.
Propuesta Presentada por la Regidora Yaslyn Morales Grajal
CONSIDERANDO:
e Artículo N*l del Código Municipal dice que es nuestro deber velar por
nuestros munícipes y los intereses y hoy estamos, velando por este cantón,
un cantón que tiene riquezas turísticas. Somos un cantón rico, tenemos
playa, montañas, ríos, señores esto es verdaderamente la marca Pococí
Fluye es merecedora de este cantón.
e Artículo N%4, en el inciso h dice que es nuestra función promover un
desarrollo local, participativo, inclusivo que contemple la diversidad, las
necesidades y los intereses de la población.
PROPUESTA N*1
Que se declare de interés cantonal el proyecto de la marca cantón Pococí Fluye,
liderado y presentado por la Municipalidad de Pococí y que fue debidamente
inscrita como marca ante el Registro de la Propiedad Intelectual el pasado 24-02-
2021.
Nota de secretaría: El señor presidente somete a votación la propuesta de someter
de interés cantonal la marca cantón "Pococí Fluye”
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Propuesta de la regidora Yaslyn Morales
Grajal. Se declara de Interés Cantonal la Marca Cantón “Pococí Fluye”. Se
Dispensa del Tramite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
PROPUESTA N*2
Para invitar al señor Gustavo J. Segura Sancho, Presidente Ejecutivo del Instituto
Costarricense de Turismo (ICT) a una sesión extraordinaria, la cual se estará
programando para que brinde apoyo a la Marca Cantón "Pococí Fluye”.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Propuesta de la regidora Yaslyn Morales
Grajal. Para invitar al señor Gustavo J. Segura Sancho, Presidente Ejecutivo del
Instituto Costarricense de Turismo (ICT) a una sesión extraordinaria para que brinde
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Moge
PAGINA N%45_ MUNICIENE FARO SHANE OCI 25-02-2949 18
apoyo a la Marca Cantón “Pococí Fluye”. Se Dispensa del Tramite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Reg. Supl. Hilda Zamora Arias.
Saluda, quiero felicitarlos por esta iniciativa que tuvieron y que se llevó a cabo el
día de ayer. Sabemos que ustedes tienen un gran equipo para poder sacar
adelante ese proyecto tan de tanta importancia del cantón.
Decirle que me siento orgullosa de estar en este cantón y poder servir, no
solamente en esta ocasión sino en varias ocasiones anteriores y los compañeros
trabajadores que me conocen saben perfectamente que siempre ha estado del
lado de los trabajadores y ahora le decía al compañero Brandon que cuando él
llegó aquí, yo estaba en el Concejo y le dije Brandon no me arrepiento de haber
apoyado y darle el voto para que usted se quedara en este cantón porque en
realidad yo creí en él en ese momento y hoy por hoy lo considero una gran pieza
para este cantón, para esta administración, sabemos que a la par suya hay un
gran equipo trabajando, también Maikol que ahí está de la mano en la parte
administrativa con don Manuel y los compañeros vicealcaldes.
Sabemos que esto no sería posible si en realidad no le hubieran puesto alma, vida
y corazón para sacar adelante esa marca tan importante de identidad de nuestro
cantón Pococí. Decirles nuevamente los felicito, me siento orgullosa porque
ciertamente en esta Municipalidad hay trabajadores que trabajan con el corazón
y se ponen la camiseta para sacar adelante todo lo beneficioso para nuestro
cantón.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Saluda, en estos momentos lo que se merece es decirles lo siguiente, los pueblos
que tienen su misión definida son los pueblos y las ciudades que logran
desarrollarse. Si nosotros tenemos claro como nos gustaría que nos vieran, por
ejemplo, en dos años a través desde este inicio de marca cantón, podemos lograr
grandes cosas.
Si pudiéramos medir el retorno de esta inversión, realmente los beneficios van a ser
inconmensurables. Ayer me decía un profesional que cuánto calculaba que
podía ser la atracción en la parte turística porque yo le decía que era tanto como
nosotros nos propongamos, porque dentro de los activos biológicos una gran
g L e Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N%46_MUNICIE AFA Neda Orgiñdr O CL
25-02-94 186
riqueza, dentro de nuestra parte tenemos posibilidades de avistamiento de aves,
posibilidades de visitas a las cascadas tan hermosas que tenemos, ganadería,
agricultura, un montón de posibilidades de poder trabajar. Creo que este ha sido
el momento propicio para abrir nuestra mente a todas esas oportunidades que se
nos están presentando.
Estoy muy emocionado de esta actividad, hoy estuve revisando en internet y
somos noticia, somos trading topic, somos tendencia, donde usted pone marca
cantón, sale Pococí y como les decía si tenemos una visión lo suficientemente
fuerte y poderosa nadie ni nada se podrá interponer en nuestro camino para
alcanzar lo que nosotros nos propongamos, el pensamiento, la visión, el sueño que
tengamos siempre van a preceder a la acción que es lo que estamos haciendo.
Ya iniciamos y ahora nos toca trabajar fuertemente mediante planes de acción
debidamente estructurado para establecer cada pauta y ver de qué manera
podemos colaborar nosotros para que el micro, pequeño, mediano empresario
pueda acceder a todo este montón de beneficios que se les abre.
Creo que los campeones no se hacen en los gimnasios, los campeones se hacen
de algo que tenemos en el interior y es sacar esa casta que tenemos y deseo de
hacer las cosas para poder lograr que los sueños se desarrollen y nuestra visión se
cumpla. Para terminar, creo que es tiempo de creer en nuestro cantón y ver el
montón de oportunidades que tenemos, de alcanzar el éxito a través de este
trabajo tesonero que nos guía y fortalece día con día. Dios bendiga esta tierra, la
cual cada uno de nosotros amamos tanto. Buenas noches y que quede
constando mis palabras literalmente, gracias.
Reg. Jose A. Bustos Martínez.
Saluda, muy contento y felicito a doña Marielos y a la comisión de esta
promulgación de marca cantón, como también agradecerle al señor ingeniero
Brandon Aguero, Maikol Fernández, a la producción, a todo esta comisión Pococí
Fluye, SINEM, servidores municipales. Sabemos que tenemos un cantón muy
diverso, tenemos una belleza y tradición cultural porque sabemos que en cada
distrito somos diferentes, pero ya con esta marca nos van a conocer a nivel
mundial de que Pococí es un cantón que día a día lo vemos en una proyección,
que, aparte de ser la puerta del caribe, que cuando las personas llegan a Pococí
no quieren devolverse a su pueblo. Esas serían mis palabras señor presidente,
muchas gracias.
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PAGINA N“47 MUNICIFA CANA Ordindria O CL
Reg. Alfredo Calderón.
Saluda, muy orgulloso de ser parte de este cantón, felicito al Ing. Brandon Aguero,
al Lic. Maikol Fernández y a la comitiva detrás de ellos porque gracias a ellos se
pudo llevar a cabo este proyecto de Pococí Fluye.
Contento por los grandes beneficios que va a traer la marca ya que representa
turismo y economía y esto se va a extender por muchos años y no solo por Costa
Rica sino por el mundo entero.
Propuesta presentada por el Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Para que este proyecto que nace y va a traer muchos beneficios, para que este
Concejo Municipal le brinde un voto de apoyo “Incondicional” a este proyecto.
Cuando hablamos de un “apoyo incondicional” es que, si en el transitar ocupan
recursos para más divulgación, este Concejo Municipal esté anuente a brindar
todo el apoyo logístico, económico y de promoción que este gran proyecto se
merece.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba la propuesta presentada por el Sr. Pate.
Juan Luis Gómez Gómez. El Concejo Municipal brinda un apoyo incondicional
logístico, económico y de promoción al proyecto de la marca cantón “Pococí
Fluye”. Se dispensa del trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
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PAGINA Ne48 MUNICIPX ANA SY RAPGO CI 25-02-949188
tE
ARTICULO ll
Correspondencia
ACUERDO N* 278
Se conoce nota para este Concejo suscrita por MSc. Elisia Cooper, directora del
Centro Educativo Escuela Cartagena, teléfono 4409-0960, dice:
Asunto: Terna para conformación de la Junta Administrativa Escuela Cartagena
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de
Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la
propuesta para la conformación de la Junta de Educación Escuela, Cartagena,
para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal:
Terna
Nombre _Cédula
Eliseo Navarro Sánchez 601740802
Álvaro Rojas Aguilar | 7-0112-0453
Elizabeth Maritza Meza Amador 702410770
Marielos Mora Sánchez 900960711
Victor Julio Valverde o 106570059
Atentamente, . ELE
AU
M.Sc Elisia Cooper Bennett
Director del Centro Educativo)
DIRECCIÓN REGIONAL
Ñez GUAPILES
a CIRCUITO 08
.VB. Supervisor de cpfcitto 08
*  22FEB 200 *
RECIBIDO
RECIBE:
Adiunto:
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Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PAGINA N49_MUNICIEXE ANA SERÁS OCI 25-02,04189
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra a las siguientes personas Eliseo;
Sánchez, céd. 6-0174-0802, Álvaro Rojas Aguilar, céd. 7-0112-0453, Elizabeth
Maritza Meza Amador, céd. 7-0241-0770, Marielos Mora Sánchez, céd. -90096-
0711, Víctor Julio Valverde, céd. 1-0657-0059 como miembros de la Junta de
Educación Escuela Cartagena. Pasar al despacho del señor alcalde para su
respectiva Juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 279
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Keyla Guillén, directora
Escuela Coopemalanga, correo supervision07 .guapilesemep.go.cr, dice:
Asunto: Terna para la sustitución de un miembro de la Junta de Educación de la
Escuela Coopemalanga.
En concordancia con el articulo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de
Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la
propuesta de temas para la sustitución de un miembro de la Junta de
Educación de la Escuela Coopemalanga, para su nombramiento y
juramentación ante el Concejo Municipal:
S Terna N*I
Nombre Cédula
Tatiana Karina Fonseca Marchena 7-0229-0945.
puna
|
| a
|
l
Atentamente,
$ ed
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Pluye
PAGINA N*50_ MUNICIEXOTA NA ÓrgiNápi OCI 25-02-2909 190
PS
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra a la siguiente persona como
la Junta de Educación Escuela Coopemalanga: Tatiana Karin onseca
Marchena, cédula 7 0229 0945. Pasar al despacho del señor alcalde para su
respectiva Juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 280
Se conoce nota para este Concejo suscrita por MSc. Omar Zapata, director
Centro Educativo Escuela Monte Rey, teléfono 4409-2785, dice:
Asunto: Terna para sustitución de un miembro de la Junta de Educación de la
Escuela Monte Rey.
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de
Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la
propuesta de temas para la conformación de la JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA
MONTE REY, BARRIO MORA, POCOCÍ, LIMÓN, cédula jurídica 3008366661, para su
nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: |
Li Terna NU e
MN Nombre o Cédula
Marjorie Massiel Picado Bonilla 155819909908
Maybelline Bonilla Rueda 702590171
Roxinia Barrantes Rojas 702570880
Se adjunta hoja de delincuencia y copiada cédula. S 0,
2 cincuio 06%
Atentamente, CAL DIRECCIÓN ==
] rad %S con 572% >
MSc Or o ¿io
“ducativo
¡A 7) E —
V.B. Dra. Maria del MiJágró Campos ¡juez 06 JE)
Sup visgía de Céntros Educativos“ /: )
; irp a y sello) . SON LS
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Pluye
PAGINA N*51 MUNICIEXCFANA dreimdria O CI 25-02
EA
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra a la siguiente persona como miembro de
la Junta de Educación Escuela Monte Rey: Marjorie Massiel Picado Bonilla, Cédula
155819909908. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO N* 281
Se conoce nota para este Concejo suscrita por MSc. Carlos Farguharson, director
Escuela La Aurora, teléfono 4409-2710, dice:
Asunto: Terna para sustitución de dos miembros de la Junta de Educación de la
Escuela La Aurora
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley “Ley Fundamental de
Educación” y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir terna
para la sustitución de dos miembros por renuncia de la Junta de Educación
Escuela La Aurora, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo
Municipal:
_ Nombre Cédula
Laura Vanessa Araya Paniagua | 1-1068-0713
Marlen Virginia Diaz Mesen 1-1451-0250
“Y DIRECCIÓN 1584
Carlos Farguharson Fonseca A ro
(Firma y sello del Director del Centro Educativo)
VB. Supervisor de circuito educativo A |
Laura Astorga Aguilar
>
Circuito 07 ¿|
$, Rio Jiménez E
3 $
LOS
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Pluye
PAGINA N%52 _MUNICIPAGTANAJa Org NáPOCI 25-02-09 192
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra a las siguientes personas como
de la Junta de Educación Escuela La Aurora: Marlen Virginia Díaz Mesén,Cédula
1 1451 0250 y Laura Vanessa Araya Paniagua, cédula 1 1068 0713. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N”* 282
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Mayra Montes, Servicios
Jurídicos Internos, teléfono 2713-6516, correo muni.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: SJI-029-FEB-2021
Asunto: Zonas de parqueos en Terminal de Buses Caribeños
v
z E ho pe Sitio Web: munipococi.go.cr
a a > Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ne53  MUNICIPACFANAR Sri Sra O CI 25-02-.99193
OFICIO N* SJI-029-FEB-2021
Guápiles, febrero 23, 2021.
Asunto: Zonas de parqueos en Terminal Buses Caribeños
Señoras y señores
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
En respuesta al Acuerdo N' 1804 del 20 de agosto 2049, cu la sesión ordinaria
N* 58, donde se conoció una queja de un vecino de este cantón (en el acuerdo no
consta la identificación de esta persona, número de teléfono, ni algún medio para
recibir notificaciones), básicamente su queja gira en torno a una multa de transito
que se le hizo, por estacionarse frente a la Farmacia SJM, ubicada en la Gran
Terminal de buses Caribeños, en Guápiles centro.
A raiz de ese evento, él hace la consulta a este concejo municipal, si esos parqueos
son propiedad privada o son públicos, ya que en aquél entonces los mantenían con
cadenas, cerrados al público.
Al respecto, la suscrita procedió a consultarle a la Oficina de Control Constructivo,
mediante Oficio SJI-183-SET-2019, con fecha del 06 de setiembre del 2019;
Oficio-061-MAY-2020, del 05 de mayo de 2020; Oficio SJI-143-SET-2020, del 18
de setiembre 2020; y Oficio-186-DIC-2020, del 22 de diciembre 2020, para que
indicara cual es el área de parqueo para los usuarios de la Gran Terminal de buses
Caribeños, en Guápiles centro, así como de los locales comerciales, tales como la
farmacia, panadería y otros negocios que están dentro de las instalaciones de la
citada terminal, y si estos se encuentran dentro de lo establecido en la ley de
Planificación Urbana y su reglamento.
Ante ello, el Ing. Jean Carlo Ruiz Hernández, Coord. Planificación y Control
constructivo, mediante¡Oficio ¡DPOC-0011-2021, del 05 de febrero 2021, indica
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Pluye
PAGINA No54 MUNICIPLEFARAJ SROEOCI 25-02-2049 194
que, la licencia constructiva de esa terminal de buses, fue aprobada en mayo de
2008; sin embargo, no se encuentran los planos constructivos de ese entonces, ya
que él conserva en custodia, en el Departamento de Archivo Municipal, únicamente
los planos que han ingresado posterior a la fecha de su ingreso; pero además, antes
del 2011, no existía un procedimiento adecuado para el archivo de la
documentación en materia constructiva. Agrega además, que “el Plan Regulador
vigente de Pococí establece la obligatoriedad de los locales comerciales de contar con
un espacio de estacionamiento por cada 100m2 de área constructiva, siendo que en
la terminal de buses no se visualiza ningun otro espacio de estucionanuento pura
vehículos particulares que hagan uso de los servicios ofrecidos por los locales
comerciales en su interior, resulta evidente entonces que los espacios de
estacionamientos ubicados al costado oeste de la propiedad corresponde a los
parqueos que debe ofrecer la terminal de buses a los clientes”. Así las cosas,
pareciera ser que este es un caso que ha perdió interés actual, debido que el
interesado, desde setiembre 2019, no volvió a preguntar por su consulta,
Ahora bien, si este honorable concejo municipal desea que se le amplie el tema de
zona de parqueo en la terminal de buses, se recomienda que lo haga directamente
al Ing. Jean Carlo Ruiz, quien es el encargado para evacuar estas consultas
técnicas en materia constructiva.
Esperando ser oportuna, se despide atenta,
Licda.
cta Jurídicos Internos
munipococi.juridicosí« gmail.com
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.
PO y) Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
PAGINA No55_MUNICIPAGFANAR OHIRÁMEOCI 25-02:209195
ACUERDO N? 283
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Christian Córdoba, servicios
jurídicos municipales, teléfono 2713-6516, correo muni.juridicosegmail.com, dice:
Oficio: SJI-28-FEB-2021
Asunto: Respuesta al Acuerdo 154, Acta 09 del 2021
AS
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ ys
RVICIOS JURÍDICOS INTERNOS PA
a 2713-6516_ FAX 2710-4318 asen
OFICIO: SJI-28-FEB-2021
Guápiles, 23 de febrero de 2021.
Asunto: Respuesta a Acuerdo 154, Acta 09, del 4 de febrero de 2021. |
Honorable
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Por medio de la presente, procedo a dar respuesta al Acuerdo 154, Acta 09, del 4
de febrero de 2021, en el que se conoce, de parte del Comité de Desarrollo de Barrio
Belén de La Teresa, una denuncia la cual cita:
“Nosotros los vecinos del Barrio Belén de La Teresa los que le compramos los lotes
a don Johel Umaña desarrollador hemos sido objeto de que el nunca cumplió con
las normas reglamentos y la ley de Desarrollo Urbano y la Municipalidad ha
permitido la violación de | estos reglamentos inclusive visancdo los planos para
construir esperando se nos haga justicia y se cumpla con nuestros derechos como
ciudadanos que pagamos impuestos y se obligue a este señor a cumplir la ley sin
brincarse los reglamentos y que ya existen documentos de nuestra problemática de
alcantarillado y aguas pluviales informe del ing. Henry Brayan Madrigal Calvo del
vienes 25de setiembre de 2020 enviado a su despacho y desde el 2018 el ingeniero
Brandon tiene conocimiento cuando doña LIA Méndez presentó una denuncia”.
Al respecto, debe indicarse que, al ser un tema urbanistico, lo correcto seria que el
Departamento de Desarrollo y Contro! Urbano realice una investigación, pues el
profesional competente podrá determinar si el proyecto cumple o no con los
mandatos legales, y proponer los pasos a seguir, así también, de ser el caso, podría
haber una intervención por parte de la Auditoría Interna.
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Servicios Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí
ZERO
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y nos acogemos a la recomendación
que remite el Lic. Christian Córdoba. Se Traslada al Ing. Henry Madrigal de
Desarrollo y Control Urbano.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ne56 MUNICIPAC ANA DiR Sr OCI 25-02-09 196
ACUERDO N* 284
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Grace Chinchilla, MAFF,
Auditora Interna, teléfono 2711-1701, correo auditoriaGmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: Al-051-2021
Asunto: Cierre de Recomendaciones
Con relación a todos los cementerios del Cantón de Pococí
(6 Municipalidad de Pococí 1 (7
9) Guápiles, Pococí yes
AUDITORIA MS
ASA
Al contestar refiérase
Al oficio N* Al-051-2021
23 de febrero 2021
Señor(a)(es)
Miembros del Concejo Municipal
Lic. Manuel Hernández Rivera
Pte.
Asunto: Cierre de Recomendaciones
Respetable Sr)(a)(ita):
Como es de su conocimiento esta Auditoria, ha venido dándole seguimiento a las
recomendaciones referente, a las administración de los cementerios y a los terrenos, (IAl-
003-2011), misma que se detallan a continuación:
4.1.1 Buscar los mecanismos necesarios, para que todos los cementerios del Cantón de
Pococi estén representados por una Junta Administradora, juramentada por el Concejo
Municipal, misma que deberá velar por la planificación, dirección, vigilancia y
conservación del cementerio
4.1.2 De no poder cumplirse con el punto anterior, tomar los acuerdos correspondientes,
para que la planificación, dirección, vigilancia y conservación, lo asuma la Administración
Municipal
4.1.3 Realizar el estudio juridico para determinar la situación patrimonial y registral de los
terrenos donde se ubican los cementerios, con la finalidad de integrar esa información en
los registros contable. Asimismo, girar instrucciones para que los responsables o
encargados de levantar los planos de los terrenos en los que oparan los cementerios
sean reales.
Los valores éticos no son negociables
Auditoría Interna
Teléfono N' 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email., grace.chinchilla2gmail.com,
auditoria Qmunipococi.go.cr
AN
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ne5s7 MUNICIPXE ANA Sri RGOCI 25-02-99197
) Municipalidad de Pococí y
Guápiles, Pococí ZAS
MUNICIPALIDAD
AUDITORIA a
MUNCSMDA DEPOCOC
Sobre el particular, se recibió oficio DAM-00049-2021 con fecha 06-01-2021, donde el
señor alcalde ha informado sobre de las acciones tomadas, con relación a que los
Cementerios, sean administradas por una Junta Administradora, al respecto se entrego
una lista de 17 cementerios de los cuales 08 le contestaron al señor alcalde, 4 no están
juramentadas por el Concejo, 3 están juramentadas y una no indico nada al respecto.
Con respecto a los terrenos, el señor alcalde hace referencia al oficio UTOP-MPL-336-
2020 del Departamento de Desarrollo y Control Urbano, donde informa de la situación
catastral y registral de los cementerios y las acciones a seguir.
Aunado a lo anterior, mediante acuerdo 198 de la Sesión 11 del 11-02-2021, donde
conocen Oficios TOP-0008-2021 y UTOP-PPL-336-2020, referente a los documentos
mencionados anteriormente y traslada a esta Auditoria.
Por todo lo anterior, y en vista de que la Administración le esta dando seguimiento a
dichas recomendaciones, se insta al Concejo Municipal y Alcaldía, darle el seguimiento
correspondiente para que todos los cementerios estén representados por una Junta
Administradora, que esta sea juramentada por el Concejo Municipal (pendiente
juramentar las 4 que están identificadas) y con respecto a la situación registral seguir los
mecanismos técnicos y legales que corresponden según lo recomendado.
Asimismo, informar lo que corresponda al Departamento de contabilidad.
En este sentido, este Despacho cierra las recomendaciones antes indicadas, sin
detrimento a que se prográmeme un nuevo estudio en torno al tema aquí indicado.
la presente,
MS:. Grace Chinchilla Villegas
Auditora Interna
VILLEGAS (FIRMA) % AE
: Ñ Luto 2 9 FEB, 2021
Licda. Grace mo Villegas, MAFF
GRACE [Firmado digitalmAnte por
cba(2021.02.23 104955
Auditora Interna Municipalidad de Pococí
Cc: Desarrollo y Control Urbano — HénryMadrigal... ... «a nogociatales
Contabilidad
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Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701, Email., grace.chinchillaGYgmail.com,
auditoria(2munipococi.go.cr
PDácina212
LA
PO y ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr
AY CS € Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
POCOCE
A
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Sitio Web:
Facebook: AMunicipalidadDeP
munipococi.go.cr
OcCocÍ
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
E ; y
AUDITORÍA INTERNA B
Ben a - ys
a A
MUNICIPALIDAD
DEPOCOCI
Ñ
DETALLE DE CEMENTERIOS DE POCOCI
Juramentación| Fecha de
Juramentació| No. de plano Propietario Observaciones
El NO NAND! n:
|
Guápiles [Junta Administrativa [X 26/5/2020 L-2242811-2020 Municipalidad de El plano de agrimensura
del Cementerio de Pococi nuevo esta en tramite de
Guápiles visado Exp. APT20624-
030920
Cant.
Nombre Administración
«Jiménez  |Junta Administrativa [|X 15/10/2019 y |L-2022488-2017 Propiedad en proceso de
Cementerio de 31/10/2019 inscripción por vía posesoria
Jiménez. a favor de la Municipalidad de!
Pococií, a cargo de Servicios
Juridicos Internos
Roxana [Junta Administrativa Xx L-128378-1993 Sin inscribir. Acceso del cementerio es el
Cementerio Lesville derecho de via ferrea del
Roxana Incofer. Se indica que no es
posible poner el cementerio a
derecho en materia registral,
mientras no se resuelva el
problema del acceso
San Antonio [Junta Administrativa x L-786972-1988 Sin inscribir. Terreno sin inscribir, parte de
de Roxana |del Cementerio de la finca folio real 7026501, la
San Antonio. cual fue cerrada. Catastro
Nacional indico que la
información posesiora no
procede, dado que el area
tramitada traslapa con una
finca del INDER, el Topografo|
contratado debe hacer
consultas respectivas.
Los valores éticos no son negociables
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Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillaQgm:
com; auditoriaQmunipococi.go.cr
PAGINA Ne5g MUNICIPAC FA NA drid rE O CI
25-02-.49198
POCOE
9
Pluye
Sitio Web
Facebook: (AMunicipalidadDePococi
munipococi.go.cr
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
AUDITORÍA INTERNA
OS
AUDITORIA
DETALLE DE CEMENTERIOS DE POCOCIÍ
Juramentación| Fecha de
Nombre Administración Juramentació No. de plano Propietario Observaciones
SI [NO|N/IND n:
La Rita L-2059355-2018 Junta de Protección [Se debe gestionar traspaso
5 Social de Guápile
Najera [Junta Administrativa Xx L-2067280-2018 El Cementerio tiene plano y
6 Cementerio Nájera está pendiente la escritura.
La Curia [Junta Administrativa [X 23/7/2019 L-2218217-2020 Plano de información
. Cementerio La Curia posesoria a nombre de la
Municipalidad de Pococi.Se
Cant.
Tarire Junta Administradora Xx L-1525841-2011 ¡Asociación Desarrollo!
del Cementerio de Integral de Tarire
E Tarire
Finca 2 de L-2079620-2018 Asociación Desarrollo
9 Ticabán Integral! Ticabán
«Santa Rosa L-1795616-2015 Asociación Desarrollo
10 Integral Santa Rosa
11 | Campo5 L-927599-1990 INDER
Astua Pirie L-1076503-2006 Asociación Desarrollo|Se debe corregir el plano, ya
IntegralAstúa Pirie que la ubicación del plano y
12 la ubicación real no
13 | La Suerte 1L-1675310-2013 INDER
Barra de ¡[ADI de Tortuguero L-000001-1977 JAPDEVA El Depto DCU indica (TOP-
Tortuguero 008-2021. 04/02/2021) que
se está coordinando con ell
Ing. Michael Calderón Quirós]
de JAPDEVA, para proceder]
con los planos del
Colorado [Junta Administrativa Xx L-102178-1993 JAPDEVA idem
Norte Cementerio Barra de
15 Colorado Norte.
»
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3
Los valores éticos no son negociables
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchilla(Qgmail.com; auditoriaQMQmunipococi.go.cr
POCOCE
9
Pluye
Facebook: AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
AUDITORÍA INTERNA
S
AUDITORIA
DETALLE DE CEMENTERIOS DE POCOCÍ
Juramentación| Fecha de
Nombre Administración Juramentació! No. de plano Propietario Observaciones
SI | NO |N/IND n:
Colorado Sur|Junta Administrativa Xx JAPDEVA Idem
Cementerio Barra de
Colorado Sur,
Cant.
16
El Porvenir No se ha podido encontrar
17 ningun plano catastrado.
Fuente : UTOP-MPL-336-2020 TOP-08-20%
Hecho por: VVB
Fecha: 15-02-2021
PAGINA No60 MUNICIPAErA Ne Erin O CI
Los valores éticos no son negociables
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillaQgmail.com; auditoriad)munipococi.go.cr
25-02-9200
PAGINA No61_ MUNICI A CrANóla DAME OC 25-09-299201
Participa de la palabra:
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Solicita que la auditora les diga cómo están esos cementerios ya que es un tema
bastante importante. Vean que en una de las sesiones anteriores tuvimos un
ciudadano quejándose de algunas irregularidades que según él existían.
Que sepa el pueblo que llegó un cobro por 33 millones de colones porque una
Junta de cementerio no pagó las cuotas, entonces, antes de juramentarlos
quisiera saber si están haciendo un buen trabajo.
Reg. Luis Ángel Méndez
En la misma línea de la compañera Yaslyn y en virtud de que la mayoría de los
cementerios se rigen por reglamentos y estatutos, parece que no hay y se ha
evidenciado, que la mayoría de los cementerios y cada Junta directiva tiene su
autonomía para trabajar.
Propone que se agregue: que este Concejo solicite los estatutos por los cuales se
rige cada junta administrativa de los cementerios del cantón. Eso porque no hay
uniformidad, si bien es cierto existe un reglamento a nivel nacional pero también
queda a criterio de que cada una haga su acomodo de acuerdo a sus
necesidades.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se le solicita a la secretaría municipal contactar a
las 4 juntas pendientes de juramentación para proceder con las mismas, además,
contactar las 9 juntas que no emitieron respuesta al sr. alcalde para verificar si
están juramentadas, por otro lado, solicitar al dpto. de servicios jurídicos el estudio
mencionado en el inciso 4.1.3 de este oficio para poder brindar la información
correspondiente al dpto. de contabilidad. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 285
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Grace Chinchilla, MAFF,
Auditora Interna, teléfono 2711-1701, correo auditoriaGmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: Al-048-2021
Asunto: En relación con Acuerdo 148 Sesión Ordinaria No.8
= > Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No62 MUNICIPAL Na Orina O CI
() Municipalidad de Pococí
y) Guápiles, Pococí
AUDITORIA
MALIA CA DEPOCOS
Al contestar refiérase
Al oficio N* Al-048-2021
17 de febrero 2021
Señor(a)(es)
Miembros del Concejo Municipal
Pte.
Asunto: Acuerdo 148 Sesión ordinaria No.8
Respetable Sr)(a)(ita):
Este Despacho recibió acuerdo No. 148, correspondiente a la Sesión No. 08 del 03-02-
2021, donde se traslada 16 puntos para investigación.
Sobre el particular se indica que se está haciendo la programación correspondiente para
la atención e inclusión en el Plan de Trabajo 2021.
Una vez que se tenga dicha programación se estará comunicando,
Sin mál pe manilestar y agradeciendo la atención a la presente,
GRAC Firmado digitimente por
GRACE CHINCMILLA VILLEGAS
CHINCHILLA (EIRraAS
Fecha: 2021.0218 14:59:52
FIRMA) 0600
Licda. NE Chinchilla Villegas, MAFF
Auditora li 'erna
Cc: Archivo
Los valores éticos no son negociables
Auditoría Interna
Teléfono N” 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email.,, grace.chinchilla()gmail.com,
auditoriaf)munipococi.go.cr .
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Noé3_ MUNICIAErALNS e DEAR OCL 25-02-299203
ACUERDO N* 286
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Carlos Jiménez, Patentes,
correo carlos.jimenezemunipococi.go.cr, dice:
Oficio: PAT-119-2021
Asunto: Respuesta al Acuerdo 219 Acta 11
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
NN UNIDAD DE PATENTES
==
AAA Guápiles, 22 de febrero de 2021 l
Oficio PAT-119-2021
Señor
Mario Fuentes Figueroa
Pte,
Correo electrónico gordilloffífMhotmail.com
Estimado señor.
Reciba un cordial saludo, por este medio le indico que, conforme a su solicitud
para la utilización de espacios públicos con el fin de colocar puolicidad referente al
Camposanto Jardines de Paz Merc. Cédula jurídica 3-101736009, deberá poseer de la
correspondiente patente Municipal de Funcionamiento, esto en cumplimiento a la Ley
N' 8582, Ley de Impuestos Municipales del Cantón de Pococí y su reglamento, así como
lo establecido en el Código Municipal.
Razón por la cual, lo invito a realizar las gestiones necesanas para la obtención
de dicha Patente Municipal de Funcionamiento.
SECRETARIA
Atentamente;
CARLOS
HUMBERIO.
JIMENEZ ROJAS
FRIA,
Lic. Carlos Jiménez Rojas
Unidad de Patentes
Por Unanimidad SE ACUERDA: Que se informe al Interesado por parte de la
Secretaria Municipal.
Sitio Web: munipococi.go.cr
A Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No64_MUNICIACrANA DAME OCI 25-02-2049204
ACUERDO N? 287
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Magally Venegas, secretaria
municipal, teléfono 2711-1227, correo secretariaemunipococi.go.cr, dice:
Oficio: CMPL-52-2021
Asunto: Juramentación del Comité de caminos Lagunillas La Rita
Por este medio me permito informar que el 12 de febrero del 2021, la Reg. Yaslyn
Morales, quien fungía como presidenta municipal a.i., se trasladó a la comunidad
de Lagunillas para juramentar al Comité de caminos Lagunillas La Rita para su
acreditación ante la Municipalidad de Pococí, según lo solicitado en el Acuerdo
177 Acta 09 del 2021.
Quedando de la siguiente manera:
Presidente: Eduardo Chaves Chavarría
Vicepresidente: Roney Enríquez Ávila
Secretaria: Hazel Gutiérrez Urbina
Tesorero: Evaristo Chavarría Rojas
Fiscal: Manuel Salazar Alpíizar
Vocal 1: Rigoberto Cubillo Fernández
Vocal 2: Carlos Villagra Ávila
.... . ...
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
Ia
PAGINA Noégs MUNICIP AAN Sind O CI 25-02-99205
Sin más por el momento y agradeciendo la atención
/ Xu
Magally Venegas Vargas |.,
Secretaria Municipal de PocogíÍ.1 E
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Neg MUNICIPAL UAARO CI 25-02-284920
AREA ALDEA
Participa de la palabra
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Esta semana el presidente de ese nuevo comité hizo una solicitud verbal, el
camino está muy malo, a tal punto que el camión del Colono Agropecuario que
le lleva los abonos orgánicos se quedó pegado y no va a volver a entrar a esa
comunidad hasta que se arregle el camino.
Ellos solicitan una vagoneta de material y ellos lo distribuyen con pala, tal vez el
señor Alcalde puede interponer sus buenos oficios para ayudarles a esa
comunidad mientras se consigue el presupuesto para hacerles el camino.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.
ACUERDO N* 288
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Magally Venegas, secretaria
municipal, teléfono 2711-1227, correo secretariaOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: CMPL-54-2021
Asunto: Analisis del borrador para el Reglamento para el uso, control y
mantenimiento de vehículos de la Municipalidad de Pococí
Estimados(as) Señores(as):
Un cordial saludo, les remito el borrador del “Reglamento para el uso, control y
mantenimiento de vehículos de la Municipalidad de Pococí”, mismo nos notifica
Síguelo Pococí que debe discutirse y aprobarse.
Este se encuentra pendiente desde el 2019 y posee criterio técnico de Servicios
Jurídicos Municipales en el Oficio SJl-021-ENE-2019 y que la Auditora Interna en el
Oficio Al-401-2019 solicita se analice ya que en el Acuerdo 2448, Acta 80 del
31/10/2019 se tomó como acuerdo “Se conoce” y debe aplicarse lo que la Ley
General de Control Interno establece.
Sin más por el momento, se suscribe.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No67 MUNICIPIO CI 25-02-289207
Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Poc
UNO
Ss: iN
REGLAMENTO PARA EL USO, CONTROL Y MANTENIMIENTO DE
VEHÍCULOS DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
CAPÍTULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto. El presente reglamento tiene como objeto ejercer un control
sistemático y organizado sobre la flota vehicular, como parte de los bienes de
carácter municipal, regulando su administración, uso, mantenimiento y custodia; así
como el manejo del recurso humano en cuanto a la responsabilidad directa que se
genera de la interacción con los vehículos propiedad de la Municipalidad de Pococí.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación. El presente reglamento se aplicará a todo
vehículo que esté o entre a formar parte de la lista de bienes adscritos a la
Municipalidad de Pococí; así como al recurso humano que directamente tenga una
relación operativa determinada por su margen de responsabilidad con su
administración, custodia, uso, control y mantenimiento.
Artículo 3.- Alcance. Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son
de observancia y aplicación para todos los funcionarios de la Municipalidad,
incluyendo al Alcalde Municipal y a los miembros del Concejo Municipal que por
razón y en función de sus cargos, requieran hacer uso de los recursos de transporte
de la Municipalidad de Pococí.
Artículo 4.- Vehículos propiedad de la Municipalidad. Son todos aquellos
vehículos adquiridos por la Municipalidad para cumplir sus fines, con cargo a las
partidas presupuestarias o mediante permuta; así como todos los vehículos
transferidos de otras instituciones estatales por los medios legales establecidos o
donados por personas físicas o jurídicas u organismos nacionales o internacionales.
CAPÍTULO Il .
DE LA CLASIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE VEHÍCULOS
Artículo 5.- De la clasificación. Los vehículos propiedad de la Municipalidad de
Pococí, se clasifican de la siguiente manera:
a) De uso administrativo: son todos aquellos vehículos destinados al cumplimiento
de las funciones propias de la Municipalidad; los cuales deberán cumplir con los
siguientes requisitos: 5
K Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nogg MUNICIPAL Aj O CL 25/02-284920
AS
1) Deberán estar debidamente rotulados en ambos costados de la cabina con el
logotipo: "Municipalidad de Pococí".
2) Deberán estar debidamente identificados con el nombre de la unidad a la que
fueron asignados.
3) Deben llevar una placa especial que los identifique como transportes de servicio
municipal.
Ningún vehículo de este tipo podrá ser asignado a un funcionario en su carácter
particular.
El uso de los vehículos administrativos está sujeto a la capacidad instalada,
disponibilidad del recurso y al nivel de prioridad según las necesidades
institucionales de acuerdo con el fin público imperante.
b) De uso operativo: son aquellos vehículos que se categorizan como vehículos
de carga que igualan o superan el peso, el tamaño, así como el volumen de carga
establecido para los vehículos de carga liviana y entre ellos se cuentan los equipos
automotores destinados a trabajos específicos como traslado de personal,
materiales, herramientas o equipos que se requieran en las áreas técnicas-
operativas como lo son: Gestión Ambiental, Obras Civiles, Gestión Vial.
El equipo alquilado debe contar también una rotulación que indique “Equipo
alquilado Municipalidad de Pococí”.
Artículo 6.- Se prohíben vehículos de uso discrecional de acuerdo con la normativa
de tránsito vigente.
. CAPÍTULO Ill
DE LA ADMINISTRACIÓN DE VEHÍCULOS, CONTROL, MANTENIMIENTO Y
SALIDA DE OPERACIÓN DE LOS VEHÍCULOS
Artículo 7.- La administración de los vehículos le corresponde al Alcalde Municipal,
quien a la vez delegará en el Jefe de la Sección de Transporte municipal o las
jefaturas con equipo automotor a cargo mencionado en el artículo 5 inciso "b”, la
responsabilidad como encargado de vehículos. Este será responsable ante el
Alcalde de la correcta planificación del uso, mantenimiento, custodia de los
vehículos mediante el análisis de las necesidades, requerimientos de las
dependencias»municipales y el de su manejo.
Artículo 8.- Del registro y estadística. El jefe de la Sección de Transportes
municipal o las jefaturas con equipo automotor a cargo mencionado en el artículo 5
inciso "b", serán los encargados de los vehículos, para fines de control y
mantenimiento. Llevará los siguientes formularios de registro y estadísticas de cada
vehículo:
y
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No69 MUNICIEA AN Sind O CI 25-09-2989209
PETRA
a) Inventario de vehículos, accesorios y herramientas.
b) Control de mantenimiento.
c) Control de consumo de combustible.
d) Boleta de asignación de vehículos.
e) Informe de accidentes.
f) Reportes de anomalías detectadas por el uso de vehículos.
g) Solicitud de orden de servicio y/o reparación de vehículos.
h) Bitácora de mantenimiento y reparación de vehículos
i) Bitácora del recorrido del vehículo.
Artículo 9.- Corresponde a las jefaturas con equipo automotor a cargo y al jefe de
la Sección de Transportes, lo siguiente:
a) Planificar, organizar, controlar y coordinar todas las actividades de orden
administrativo y operativo relacionado con el uso y disposición de los vehículos,
conforme a las políticas que al respecto hayan dictado la Contraloría General de la
República, el Concejo Municipal, el Alcalde y el presente Reglamento.
b) Los vehículos municipales deben ser asegurados por los montos de sus valores
de reposición, con las coberturas que estimen más convenientes y de mayor
importancia por medio de pólizas de seguros. Lo anterior, en el sentido de que en
casos de declarar el vehículo como pérdida total, se puede recuperar en su valor
actual.
c) Vigilar que los vehículos se utilicen satisfactoriamente en la realización de los
servicios para los que fueron solicitados, teniendo para ello una fórmula denominada
Boleta de Asignación de Vehículos que deberán contener al menos datos relativos
al kilometraje, recorrido, fecha, hora y lugar de salida y destino, combustible inicial
y final, duración del servicio, número de placa del vehículo, nombre del conductor,
dependencia a la que se le presta el servicio, número de boleta de autorización y su
fecha, desperfectos mecánicos detectados durante el viaje, firma del conductor y
nombre de los funcionarios que viajaban en el vehículo. Si el vehículo ingresa
después de la jornada ordinaria de la Institución, el conductor junto con el guarda
de turno, suscribirá la fórmula de control de uso.
y
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ne7o MUNICIEAerAlNida Orig O Cl
d) Todo vehículo deberá portar los documentos requeridos por ley como el défecho
de circulación, revisión técnica vehicular vigente, así como cualquier otra
documentación requerida o indicada por esta la Institución.
e) Tramitar la salida de operación por accidentes de tránsito, desperfectos en su
uso, desuso de los equipos, cambio de la flotilla o cualquier otro motivo por el cual
se dé la sustitución de los vehículos Municipales, de acuerdo al criterio técnico y
financiero acreditados, la revisión por parte de la Sección de Mantenimiento
Automotor (ente técnico), en conjunto con Servicios Jurídicos Internos, que tramitará
la parte legal (cuando le corresponda) con el despacho municipal de Administración
de Bienes (Departamento de Contabilidad).
f) Mantener actualizada la información de control de cada automotor, efectuando
para ello los inventarios físicos que considere pertinentes.
9) Consultar y solicitar mediante criterio técnico acreditado cualquier modificación o
variante en la estructura física de los vehículos y emitir las recomendaciones
pertinentes.
h) Investigar, atender y tramitar todos los aspectos administrativos y de análisis
técnico que sea necesario realizar con motivo de accidentes de tránsito en que
intervengan vehículos de la Municipalidad de Pococí.
i) Atender todos los aspectos administrativos y presupuestarios referentes al
abastecimiento de combustibles y lubricantes, tanto en las instalaciones de la
Municipalidad como en estaciones de servicio privadas, de acuerdo a los
reglamentos y directrices emanadas por la Administración para este fin específico.
j) Coordinar la realización de las pruebas correspondientes y otorgar, junto con el
visto bueno de la Alcaldía, las autorizaciones de conducir a los funcionarios que por
la índole de sus funciones y por el cual fueron contratados, requieran conducir
vehículos de la Municipalidad.
k) Llevar un control actualizado del Registro de conductores en el que se anote: el
nombre y apellidos del conductor, tipo de licencia, puntos con los que cuenta o ha
perdido de su licencia y fechas de vencimiento, así como un registro de accidentes
que se tuviere con el vehículo de la Institución y la resolución judicial que ponga
término al proceso respectivo.
1) Llevar el control de las fórmulas descritas en el artículo 8 del presente reglamento.
=
m) Velar por el buen funcionamiento mecánico de los vehículos.
n) Llevar un detalle exacto de las herramientas que dispone cada vehículo.
fi) Controlar la distribución de las boletas o tarjetas de combustible y liquidación de
facturas por compra de combustibles.
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PAGINA Ne7z1 MUNICIPAL Sid O Cl 25-02-9492 11
NATA
0) La dependencia con equipo automotor a cargo, debe velar porque se cumpla con
el presente Reglamento, reportando cualquier violación al mismo, junto con la
recomendación de la acción a seguir a la jefatura superior del infractor y de acuerdo
con lo señalado en el presente reglamento en el Capítulo de sanciones.
p) Coordinar y tramitar con las entidades gubernamentales todo lo referente a la
materia de transportes, cuando así se requiera.
q) Cumplir las disposiciones de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y
Seguridad Vial, así como cualquier otra normativa o reglamento vigentes que
complementen acertadamente los fines y propósito de este Reglamento.
r) Custodiar el original de las llaves de todos los equipos municipales, en un lugar
de acceso conocido por la Alcaldía Municipal en caso de necesario el uso por
cuestión de emergencia.
Artículo 10.- De las acciones de control. La auditoría interna o el Alcalde
municipal a través de quien delegue, efectuará el control de los vehículos propiedad
de la municipalidad durante todo el año con base a operativos programados o
sorpresivos, continuos y de acuerdo con las circunstancias en forma aleatoria.
Artículo 11.- De la entrega de informes. Como mecanismo de control los
conductores están obligados a anotar en la Bitácora del Recorrido del Vehículo las
actividades realizadas durante la gira de trabajo, anotando el kilometraje, hora de
salida y de llegada, si se presentó alguna falla en el vehículo (debe describirla con
detalle), consumo de combustible con el que inicia y termina el viaje, nombre de la
persona con quien realizó la actividad, entre otros datos que se consideren
necesarios y sean instruidos a anotar.
Artículo 12.- Del abastecimiento de accesorios, repuestos combustibles y
lubricantes. Se establecerá un control de consumo de combustible con una
estimación al rendimiento de kilómetros por galón de acuerdo con cada tipo de
vehículo. Para estos fines se contemplará a nivel presupuestario la disposición de
los recursos necesarios para contar de manera efectiva con el abastecimiento.
Artículo 13.- De los expedientes de los vehículos. El jefe de la Sección de
Transportes, deberá llevar un expediente por cada uno de los vehículos propiedad
de la municipalidad, los que deberán contener entre otros controles: las fórmulas
descritas en el artículo 8 del presente reglamento, la verificación de la eficiencia,
eficacia y oportunidad de la ejecución de los programas de mantenimiento, girar las
recomendaciones que considere pertinentes a quien corresponda para la inspección
del mismo, control de reparaciones y tiempo en que no están disponibles por las
razones antes anotadas.
Artículo 14.- De la custodia de los vehículos. Los conductores, serán
responsables de la custodia del vehículo y estarán bajo su responsabilidad, durante
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Pacina no72 MUNICIPAL RIAL OCI 25-02-2992 12
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el tiempo para el cual fueren asignados, los cuales a su vez son responsábles de
mantener y entregar el vehículo limpio (lavado cabina y batea).
Artículo 15.- Del mantenimiento. El cuidado y el mantenimiento mecánico de los
vehículos municipales serán preventivos y correctivos; se efectuará en el taller que
la municipalidad autorice para tal efecto; el primero se realizará en forma periódica
y programada, antes de que ocurra el daño y la consecuente movilización del
vehículo; y el segundo se efectuará al momento de ocurrir estos eventos. El
mantenimiento preventivo del vehículo incluye los controles diarios (aceite, agua,
entre otros) y las revisiones de rutina. Se realizará como mínimo cada 5.000
kilómetros y en el caso de los vehículos que por el modelo cuenten con garantías,
se realizará con base al manual de operación y el carnet emitido por la agencia y de
acuerdo al kilometraje recorrido.
Artículo 16.- Del pago por mantenimiento. Todo pago por mantenimiento
preventivo y correctivo de los vehículos municipales, deberá gestionarlo el
encargado de vehículos, con anticipación y en el formato correspondiente, ante la
administración municipal.
Artículo 17.- De la contratación y alquiler de vehículos. En forma excepcional y
debidamente justificado por escrito, con el visto bueno del Alcalde Municipal y con
dos días al menos de anticipación, salvo que se trate de asuntos imprevistos,
urgentes e impostergables a criterio del Alcalde Municipal, la Municipalidad podrá
contratar la prestación de servicios externos de transporte de conformidad con la
normativa de contratación vigente y cualquier otra disposición jurídica vinculante;
bajo cualquiera de las siguientes modalidades:
a) Contratación de servicios
b) Alquiler de vehículos
c) Préstamo de vehículos
Si la Municipalidad no cuenta internamente con los medios necesarios y adecuados
para satisfacer sus propios requerimientos, tanto para la contratación específica del
servicio como para el alquiler podrá recurrir, siguiendo los procedimientos usuales
de contratación, a la satisfacción de sus necesidades conforme se establezca en la
Reglamentación vigente.
El arrendamiento de vehículos tendrá lugar por vía de excepción altamente
calificada, conforme con los estudios y recomendaciones que emita la dependencia
solicitante; y le corresponderá al Alcalde Municipal o al Concejo Municipal cuando
así lo disponga la Ley de Contratación Administrativa autorizar dicho arrendamiento.
Artículo 18.- Del préstamo de vehículos. El Préstamo de vehículos (equipo liviano
y de carga pesada) por parte de un tercero a“la Municipalidad de Pococí (entidad
pública o privada), los mismos serán tramitados por las dependencias solicitantes y
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PAGINA No73_MUNICIP ACTA NA a OSiÑ APO CI 25-02-9213
la información sobre el préstamo será remitida a la Dependencia que se encargará
el servicio por medio del Alcalde, el cual aprobará el préstamo en el que se deberán
indicar las condiciones de este, mediante el respectivo convenio.
_ CAPÍTULO IV .
DE LA MOVILIZACIÓN Y UTILIZACIÓN DE LOS VEHÍCULOS
Artículo 19.- El Alcalde Municipal a través del despacho encargado de la
administración de vehículos municipales, está facultado para autorizar la
movilización de los mismos. Los empleados o autoridades municipales que deban
cumplir con una comisión deberán tramitar con al menos cuarenta y ocho horas de
anticipación, en días hábiles, la respectiva "Boleta de Asignación de Vehículo", salvo
presentarse caso fortuito o fuerza mayor, previa justificación y visto bueno del
Alcalde.
Artículo 20.- Son requisitos indispensables de orden administrativo, para que
cualquier automotor entre en circulación, estar rotulado con el logotipo de la
Municipalidad, incluyendo el automotor de alquileres o préstamos, contar con su
debido asegurado (póliza obligatoria y voluntaria), estar registrados como activos
en el Departamento de Contabilidad y llevar una placa permanente de matrícula
especial con carácter de oficial en los lugares donde reglamentariamente esta debe
colocarse.
Artículo 21.- De la planificación del uso de los vehículos. Es responsabilidad de
la Sección de Transportes o a quien se le delegue, como encargado de vehículos,
realizar la planificación semanal o quincenal del uso de estos para las actividades
ordinarias, de acuerdo con la demanda de los diferentes departamentos de la
municipalidad, el cuadro de planificación estará colocado en un lugar público visible
preferiblemente en una pizarra o en una plataforma tecnológica que lo facilite.
Artículo 22.- Los vehículos de la Municipalidad están para uso oficial de la
municipalidad; es decir, para el desempeño de funciones públicas y propias de la
Municipalidad, en horas y días laborales, por lo tanto queda prohibido la utilización
de los vehículos municipales para actividades particulares o fines personales,
familiares o actividades políticos electorales y publicas ajenas al servicio público;
salvo excepción de los vehículos que por su naturaleza de trabajo tengan que
laborar en horarios establecidos conforme a las necesidades y de acuerdo con la
actividad de cada uno de los departamentos que así lo requiera, así como también,
aquellos que por necesidad de la municipalidad deban de transitar fuera del horario
establecido, conforme al visto bueno del Alcalde Municipal.
Artículo 23.- Los vehículos municipales tendrán prioridad de parqueo en los
estacionamientos de la municipalidad, sobre aquellos que son propiedad de sus
empleados. A
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PAGINA Ne74 MUNICIPX ANA Pi GOCI 25-42-9821
DOTAR PRADA
Artículo 24.- Ningún vehículo municipal podrá ser guardado en casas de habitación
de funcionarios o particulares, salvo orden motivada del Alcalde Municipal.
Artículo 25.- Para lograr el mayor aprovechamiento de los vehículos disponibles,
deberán agrupar personas o materiales en un solo viaje, siempre que las
circunstancias lo permitan, varias solicitudes de transporte que se generen hacia un
mismo sitio o ruta, dando aviso oportuno a los interesados para lograr una adecuada
coordinación del viaje.
CAPÍTULO V
DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE
Artículo 26.- Todo servicio de transporte se gestionará mediante el formulario
"Boleta de Asignación de Vehículos".
La Sección de Transporte, o en quien se delegue, junto con las jefaturas con
vehículos bajo su responsabilidad solo tramitarán solicitudes de transporte
correctamente formuladas o presentadas por el usuario de acuerdo con las políticas
dictadas sobre el particular y los intereses institucionales dependiendo de la
disponibilidad de los recursos. Ñ
El formulario "Boleta de Asignación de Vehículos", deberá ser solicitado por la
Jefatura Inmediata, la cual deberá justificar el fin del uso del transporte. La cual será
aprobada de conformidad con los recursos disponibles (vehículo y operarios) y la
viabilidad del servicio.
Artículo 27.- Cuando por razones especiales, el servicio de transporte se requiera
en horas y días no hábiles, su uso solo podrá ser autorizado por el Alcalde Municipal
debidamente autorizados para este fin mediante resoluciones administrativas.
Artículo 28.- Dependiendo de la naturaleza de la necesidad planteada, los servicios
de transporte podrán prestarse bajo la modalidad de Servicio ocasional o temporal
el cual consiste en poner a disposición de la dependencia solicitante, un vehículo
con el propósito de efectuar un traslado específico, durante un periodo determinado.
Artículo 29.- La Sección de Transporte, o a quien se le delegue, junto con las
jefaturas con equipo automotor, determinarán con base en las necesidades de
transporte existente a nivel municipal y con los recursos disponibles, los
requerimientos de nuevos equipos o sustitución para satisfacer la demanda de
servicios, para tal efecto:
a) Recomendarán la cantidad y especificaciones técnicas de los vehículos por
adquirir.
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PAGINA Ne7zs MUNICIPX ANA rinda O CI 2502-9921
b) Efectuarán el estudio técnico de las ofertas presentadas cuando se promuevan
compras de vehículos y harán la recomendación correspondiente.
c) Recibirán los vehículos que se adquieren y verificarán que se ajusten a las
condiciones solicitadas.
d) Coordinarán la obtención de permisos o autorizaciones ante los entes
gubernamentales correspondientes.
CAPÍTULO VI
MONITOREO DE VEHÍCULOS
Artículo 30.- Para el monitoreo de los servicios, la Municipalidad instalará
dispositivos de posicionamiento satelital global (GPS) o cualquier otro tipo de control
electrónico para la flotilla municipal, que serán utilizados para medir distancias,
kilometraje, lugares visitados, combustibles, velocidad, rendimiento de la unidad,
horas uso, periodos de inactividad y cualquier otro tipo de información o insumo
para el control y fiscalización.
Artículo 31.- En el caso de que los controles con los dispositivos de monitoreo
satelital global (GPS) o similares, detecten anomalías como el mal uso de las
unidades, sub-utilización de los equipos, largos periodos de inactividad, excesos de
velocidad, o cualquier otra duda sobre la conducción de la unidad, se tomarán las
medidas disciplinarias por los reportes que se generen tanto a los conductores de
las unidades como a los usuarios solicitantes del servicio, conforme a este
reglamento, el procedimiento y demás normas afines vigentes.
CAPÍTULO VII
DE LOS CONDUCTORES DE VEHÍCULOS MUNICIPALES
Artículo 32.- Los vehículos de la municipalidad sólo pueden ser conducidos por
empleados municipales contratados como choferes municipales o bien con
autorización de la Sección de Transportes o del alcalde municipal, y para poder
conducirlos deberán de poseer licencia vigente conforme al vehículo a conducir y
contar por lo menos con tres años de experiencia en manejo de vehículos.
Artículo 33.- [Es absolutamente prohibido al funcionario autorizado para conducir
un vehículo, ceder la conducción del vehículo a otras personas no autorizadas, salvo
razones muy calificadas que deberán comunicarse al departamento respectivo.
Artículo 34.- Como protección que la Municipalidad otorga a todos sus conductores,
durante el ejercicio de sus labores están, las siguientes:
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PAGINA Ne76 MUNICIPAL ALO CI 25-09-299216
A
a) Riesgos del trabajo: Todos los conductores de la Municipalidad están amparados
por la póliza del seguro contra riesgos del trabajo.
b) La Municipalidad pagará los deducibles al Instituto Nacional de Seguros,
derivados de accidentes de tránsito en el cual no medie descuido, imprudencia ni
responsabilidad comprobada atribuible al chofer municipal, que así se indique en
sentencia judicial o por resolución emitida por ese motivo en la municipalidad.
c) En los casos en que el accidente tiene consecuencias del descuido, imprudencia
debidamente comprobada del trabajador, además de las sanciones disciplinarias
que pudiesen corresponder, el chofer municipal será responsable de pagar el
respectivo deducible y la Municipalidad podrá hacer las deducciones
correspondientes al salario, de acuerdo con las condiciones económicas del
trabajador.
d) Vehículos: Las unidades automotrices de la Municipalidad están protegidas por
las siguientes coberturas:
1) Responsabilidad civil por lesión o muerte de personal.
11) Responsabilidad civil por daños a la propiedad de terceros.
111) Colisión y vuelco.
IV) Otras que a juicio de la Sección de Transporte, se encuentren operando o se
llegaren a determinar.
V) Y cualquier otra que el Proceso de Seguros, indique como necesaria u
obligatorio.
Artículo 35.- En condiciones difíciles de operación (carretera en mal estado,
condiciones climáticas adversas, lugares de difícil acceso), todo conductor deberá
actuar prudente y diligentemente, evitando la temeridad a fin de no exponerse a
pérdidas humanas y materiales.
Artículo 36.- Los conductores de vehículos no podrán hacer intercambio de
accesorios entre las unidades, salvo autorización expresa del jefe de la Sección de
Transportes o el alcalde municipal, debiendo quedar todo bien documentado y
detallado, con las justificaciones del caso.
Artículo 37.-“Los conductores no deben permitir, que personas no autorizadas para
la función o el servicio que se propone brindar, viajen en los vehículos municipales
salvo en ocasiones especiales en que medie autorización superior, también de
personas relacionadas con labores propias de la Municipalidad o en casos de
emergencia comprobada.
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A
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PAGINA No77 MUNICIEXErAlNsda Sri O CL 25-02-89217
Artículo 38.- Los conductores no deben permitir que personas en estado etílico o
en apariencia de consumo de cualquier tipo de drogas, viajen en los vehículos. Se
aplica la excepción en el presente artículo cuando las unidades sean utilizadas para
brigadas municipales de ayuda y por las que medie autorización superior o en casos
de emergencia comprobada.
Artículo 39.- Cada Operador de Equipo con asignación de unidad, es responsable
de indicar las prohibiciones de ingerir comidas y bebidas dentro de los vehículos
municipales.
CAPÍTULO VIII
DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, ACCIDENTES MENORES Y ACCIDENTES
DE TRÁNSITO
Artículo 40.- Todo personal que conduce un vehículo de la municipalidad, deberá
de observar las siguientes medidas de seguridad:
a) Es obligatorio el uso de cinturones de seguridad (en auto), casco y prendas de
vestir retrorreflectivas (en motos etc.).
b) Respetar las reglas en cuanto al número de pasajeros, ocupantes, así como al
peso de equipaje y bienes, tal como lo indica el fabricante y la legislación nacional.
c) Conducir los vehículos a velocidad moderada (60-80 Km/h), seguir las
indicaciones en la vía, instrucciones o reglamentos que rigen la materia de tránsito.
d) No fumar dentro del vehículo, ni colocar niños menores de 12 años en la parte
delantera del vehículo.
e) Tomar medidas preventivas para evitar el robo del vehículo o partes del mismo.
f) No usar celular mientras conduzca el vehículo municipal. Sí se reciben llamadas
deberá detenerse para contestarlo, salvo si el equipo cuenta con dispositivos de
manos libres.
g) Asegurarse que las herramientas asignadas a cada vehículo estén colocadas en
el lugar asignado para tal fin.
Artículo 41.-*Con el propósito de que los vehículos de la Institución circulen dentro
de las normas apropiadas de seguridad y ofrezcan una apariencia uniforme, se
prohíbe colocar adornos, tanto en el interior como en el exterior de los mismos o
mantener objetos en el panel de instrumentos. Queda igualmente prohibido el uso
de accesorios o extras de cualquier índole, siendo las mismas simplemente
decorativas. .
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PAGINA No7zg MUNICIPACTA NA Oi RIROCI 25-02-949218
Artículo 42.- Responsabilidad por accidente. El conductor que fuere declárado
culpable por los Juzgados o Tribunales de Justicia con motivo de un accidente de
tránsito en que hubiere participado con un vehículo municipal, deberá pagar el
monto correspondiente al deducible que eventualmente tendría que pagar la
Municipalidad al Instituto Nacional de Seguros por la cobertura respectiva. Si los
daños causados no alcanzan esas sumas, la responsabilidad del conductor quedará
reducida al pago del monto de los daños. Si el accidente se produce por dolo o culpa
grave del conductor o como consecuencia directa de una conducta del funcionario
que favorecía el percance, tales como conducir en forma temeraria, bajo los efectos
del alcohol o en general, incumpliendo las prohibiciones que este Reglamento y lo
que la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial disponen, el
funcionario deberá cubrir la totalidad de los daños y perjuicios causados a terceros
y a la Administración, que no sean cubiertos por la póliza respectiva. Todo lo
anterior, sin perjuicio de las responsabilidades de carácter administrativo y penal a
que se haga acreedor el funcionario, incluyendo en su caso hasta el despido directo,
sin responsabilidad patronal.
Artículo 43.- De la notificación por accidentes menores. El conductor informará
de cualquier novedad o percance ocurrido al vehículo y para este fin utilizará el
formulario de "informe de accidentes”.
Artículo 44.- Todos los vehículós deberán cumplir con los programas de
mantenimiento, reparaciones y diligencias en caso de accidentes de tránsito. Dichos
programas serán estipulados por la Sección de Transporte municipal o las jefaturas
con equipo automotor a cargo, en cuanto a las directrices de casos por accidentes
serán estimados por el taller mecánico autorizado.
Artículo 45.- Del procedimiento en general por los accidentes de tránsito. Los
conductores y sus acompañantes que debido a la circulación por las vías públicas
con vehículos de la Municipalidad, se vean involucrados en un accidente de tránsito,
deben seguir el siguiente procedimiento:
a) Llamar a las autoridades de tránsito y del Instituto Nacional de Seguros por el
medio más viable que dispongan para que confeccione los informes
correspondientes.
b) No mover el vehículo hasta que los oficiales de tránsito e inspectores del Instituto
Nacional de Seguros se apersonen al lugar y realicen su labor.
Cc) Obtener información en razón de las calidades de las personas afectadas en el
accidente y los testigos si los hubiere.
d) Tomar fotografías de los vehículos, principalmente de las partes donde se afectó
por la colisión, así como del lugar donde ocurrieron los hechos.
e) Dar aviso en forma inmediata a su Jefe, sobre lo sucedido, para que se le giren
instrucciones y se tomen las medidas del caso.
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PAGINA No79 MUNICIEX ANT Oridra O CI 25-02-949219
f) Cumplir con el proceso judicial. Para tal efecto se presentará al juzgado
correspondiente dentro de los ocho días hábiles siguientes del accidente a rendir
declaración, previa coordinación con Servicios Jurídicos Internos. También deberá
presentarse a la audiencia oral y pública y luego al momento de dictarse la
sentencia, sin perjuicio de cualquier otra diligencia que el Juzgado o Tribunal
requiera. Finalizado el proceso, deberá enviar copia del expediente judicial a la
Alcaldía Municipal para que ésta inicie, si procede, el procedimiento administrativo
respetando el Debido Proceso.
g) Cumplir con el procedimiento administrativo bajo este fin.
h) En caso de que el conductor sea declarado culpable por parte de los Juzgados o
Tribunales de Justicia, deberá proceder, a cancelar en efectivo en las cajas
municipales, el monto correspondiente de los daños e indemnizaciones debidas,
según se determine en el procedimiento que se abrirá según lo dispuesto en el
inciso f) anterior.
Artículo 46.- Análisis de cada accidente. El encargado de Transportes, o en quien
se delegue, analizará todo accidente de tránsito, robo, hurto o percance en que se
involucre un vehículo de la Municipalidad, preparará y remitirá al Alcalde Municipal
en un plazo máximo de cinco días hábiles un informe preliminar con su respectiva
recomendación, a efecto de que se tomen, conforme al mérito de cada caso, las
medidas que correspondan, respetando el Debido Proceso.
Artículo 47.- Ningún conductor de la Municipalidad está autorizado para efectuar
arreglos extrajudiciales en casos de accidentes con vehículos municipales,
únicamente debe indicarle al particular que se apersone o se comunique con la
dependencia encargada, quien en coordinación con Servicios Jurídicos Internos,
será la dependencia autorizada para efectuar las gestiones correspondientes.
Artículo 48.- Si la investigación de la Municipalidad o el fallo de la autoridad
competente demuestran culpabilidad del conductor al servicio de la Municipalidad,
este deberá pagar: :
a) Los costos no cubiertos por la póliza del Instituto Nacional de Seguros para este
tipo de riesgos (deducibles, porcentuales, etc.).
b) Los otros costos en que incurra la Municipalidad o las indemnizaciones que haga
la Municipalidad, mediante arreglos a terceros afectados o mediante arreglos
extrajudiciales, cuando el costo del daño sea inferior al monto del deducible.
c) Cuando medie sentencia judicial se ejecutará de inmediato la misma. Será
igualmente responsable aquel que permitiere a otra persona conducir un vehículo
de la Municipalidad sin causa justificada o sin la debida autorización.
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PAGINA Nogo_MUNICIPACFA NA ORNÁPE OCT 25-02-2909220
Lo aquí estipulado será aplicado sin perjuicio de las sanciones disciplinarias a que
se haga acreedor el trabajador.
CAPÍTULO IX
DE LAS RESPONSABILIDADES, DEBERES Y PROHIBICIONES
Artículo 49.- El funcionario a cuyo cargo estuviere la conducción de un vehículo,
será responsable ante la Municipalidad de Pococí, sobre el uso del mismo,
accidente de tránsito, daño o bien cuando permite actos que vayan en contra de la
naturaleza de su uso, como los siguientes:
a) Destinar el vehículo a un uso distinto a aquel que se ha autorizado.
b) Abandonar el vehículo sin causa justificada.
c) Fumar dentro del vehículo.
d) Presentar conductas no acorde a las buenas costumbres y normas éticas y
morales, que dañen la imagen de la Municipalidad de Pococí.
e) Llevar los vehículos oficiales de la municipalidad a lugares no autorizados.
f) Entregar original y copia de las llaves del vehículo utilizado una vez finalizado su
respectivo uso a persona no autorizada.
Artículo 50.- Son deberes de los usuarios de los servicios de transporte que presta
la Municipalidad:
a) Conocer y cumplir las disposiciones establecidas en el presente Reglamento.
b) Portar un documento que lo identifique.
c) Hacer uso de los servicios de transporte que presta la Municipalidad en
situaciones plenamente justificadas y por razón del desempeño de las labores
propias del Municipio.
d) Mantener posición de respeto para las otras personas que viajan dentro del
vehículo y las que se encuentran fuera de él.
PA
e) Se prohíbe consumir alimentos y bebidas dentro del vehículo, asi como fumar
dentro de los vehículos municipales.
f) Mantener el aseo y el cuido del bien.
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PAGINA Neg1 MUNICIPXEANA SiO CI 25-02..89221
g) Presentar conductas acordes a las buenas costumbres y normas éticas y
morales, que no dañen la imagen de la Municipalidad de Pococí.
Artículo 51.- Ningún usuario está autorizado para:
a) Obligar al conductor a continuar operando el vehículo cuando se vea en la
necesidad de detener la marcha debido a un posible desperfecto mecánico u otra
situación razonable que lo amerite.
b) Exigir la conducción del vehículo a una velocidad mayor o menor de la permitida
en la zona. En el primer caso no podrá aducirse urgencia en el servicio.
c) Solicitar u obligar al conductor a destinar el vehículo para asuntos de tipo personal
ni extender la utilización de este cuando se haya concluido la labor diaria en el lugar
o centro de trabajo de la gira o servicio, a menos de que así se haya consignado en
la solicitud de control servicios de transporte.
d) En general, ningún usuario tendrá autoridad para obligar a un conductor a violar
el presente Reglamento o las normas afines vigentes.
Artículo 52.- Prohibición de estacionamiento. Los vehículos de la Municipalidad
no deberán ser estacionados por sus conductores frente a cantinas, tabernas o
similares, ni frente a locales cuya fama riña con la moral y las buenas costumbres,
salvo por cuestiones estrictamente laborales.
Artículo 53.- Manejo bajo sustancias enervantes. Queda terminantemente
prohibido conducir vehículos municipales bajo los efectos del licor, drogas o
sustancias enervantes. El incumplimiento de lo anterior, se considerará como falta
grave y será causal de despido sin responsabilidad patronal, y sin perjuicio de la
responsabilidad en que incurra el servidor en caso de accidente por todos los daños
causados.
Artículo 54.- Son deberes de todo conductor de la Municipalidad, además de los
consignados en el ordenamiento legal vigente, los siguientes:
a) Cuando el conductor no conoce el vehículo, deberá informar sobre ello y pedir
una prueba de manejo en carretera.
b) Coordinar con el Departamento de Recursos Humanos y Salud Ocupacional de
la Municipalidad, para someterse a exámenes médicos a fin de determinar su
capacidad física y mental para conducir vehículos automotores.
pa
c) Conocer y cumplir estrictamente las leyes de tránsito, así como las disposiciones
que establece el presente Reglamento y toda otra norma vigente que complemente
acertadamente los fines y propósitos de este.
d) En los casos en que se genere una boleta de, tránsito por incumplir con la Ley, el
chofer infractor asignado a esa unidad, deberá cancelar el monto de la infracción,
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PAGINA Neg2. MUNICIP AFAN Orina O Cl 25-02..989222
en caso de no haber cancelado en un tiempo prudencial (10 días hábiles) 44
Municipalidad cancelará el parte y girará las instrucciones para el respectivo cobro
ante la Dirección de Recursos Humanos, además de las sanciones disciplinarias
que pudiesen corresponder.
e) Portar actualizadas las licencias de conducir vehículos públicos, extendidas por
la Dirección General de Educación Vial del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, así como del respectivo permiso de la Municipalidad, las cuales deben
ser acordes con el tipo de vehículo que conduce.
f) Portar en el vehículo la tarjeta de derechos de circulación, la tarjeta de pesos y
dimensiones para las unidades que la requieren y cualquier otro documento que la
Dependencia encargada considere convenientes para la circulación, así como las
herramientas y dispositivos de seguridad necesarios, establecido por norma
expresa.
g) Realizar antes de conducir un vehículo el siguiente protocolo: revisión de frenos,
dirección, luces, lubricantes, combustible, presión de llantas y estado general de las
mismas, nivel de agua, presencia de todos los implementos de seguridad según la
ley, etc. Además procurar que el vehículo se mantenga en condiciones adecuadas
de limpieza y efectuar el cambio de las llantas cuando se requiera. Los accesorios,
repuestos y otros implementos de los vehículos, perdidos injustificadamente, serán
reemplazados por el responsable de esa pérdida en un plazo de cinco días
naturales. El incumplimiento de esta obligación será sancionada conforme se
establece en los reglamentos respectivos, lo cual no lo exonera del pago de los
implementos perdidos.
h) Velar porque el vehículo opere en condiciones mecánicas y de carrocería
apropiadas, e informar oportunamente a la dependencia encargada de dicho
equipo, cuando observe que hay algo anormal en el funcionamiento del mismo o
bien de cualquier daño que se detecte en la unidad.
¡) Conducir el vehículo siguiendo las normas de tránsito, bajo las condiciones
establecidas en cuanto a capacidad de carga útil y cantidad de pasajeros, cuidando
el uso y equipamiento de herramientas y otros.
j) Velar porque el vehículo cuente con las condiciones (mecánicas) necesarias para
garantizar tanto su propia seguridad como la de las personas, materiales y equipo
transportado, además informar a la Dependencia encargada si existiese
requerimientos de dicho equipo para el automotor.
k) Conservar mientras conduce, la mayor compostura y la debida prudencia de
manera que no ponga en peligro su propia vida, la seguridad de otras personas, de
la unidad que conduce, de otros vehículos y bienes.
l) Seguir la ruta lógica establecida entre los “puntos de salida y destino de cada
servicio.
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PAGINA Neg3. MUNICIPA AN Oi O CI 25-02-09223
m) Acatar las instrucciones que en carretera les señalen los inspectores viales de la
Dirección General de Tránsito o de la Sección de Transportes y brindarles la
información que solicitan.
n) Cumplir estrictamente con los trámites que señale la Sección de Transportes y la
dependencia con el equipo automotor asignado en casos de accidentes de tránsito
o daños a las unidades.
ñ) Pagar las reparaciones ocasionadas por siniestros en las que el vehículo de la
municipalidad resulte con daños ocasionados por su negligencia, sin perjuicio de las
sanciones de tipo administrativo y penales que apliquen.
0) Asumir el pago de las multas por infracciones, cuando éstas sean impuestas por
actos atribuibles al conductor del vehículo, conforme a lo señalado en la Ley de
Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial.
p) En caso de accidente, elaborar el informe respectivo en el plazo de 1 día hábil.
q) Anotar los datos requeridos y utilizar adecuadamente los formularios establecidos
para el control del uso de los vehículos.
r) Es deber de todo funcionario municipal que solicite boletas o utilice otros medios
de compra de combustibles, hacer la entrega de la factura correspondiente en un
plazo no mayor a 2 días hábiles, a partir del día de solicitud. En caso de no cancelar
o hacer devolución de la boleta o documento, se tomarán las medidas disciplinarias
correspondientes.
s) Es deber del funcionario municipal operador de equipo automotor, o cualquier
otro equipo que utilice combustibles, utilizar los medios que indique la municipalidad
para la adquisición o compra de dicho insumo.
t) Es deber del funcionario municipal operador de equipo, el brindar el servicio de
transporte de personas, materiales.o equipos, de acuerdo a lo indicado por la
Jefatura Inmediata, en caso de negarse a realizar el trabajo, sin motivo razonable,
se realizará el documento respectivo a la instancia correspondiente para las
sanciones respectivas en caso de ser necesario.
u) Es deber del operador de equipos entregar el equipo municipal con un mínimo de
combustible de tres cuartos de la capacidad total del tanque, para los próximos
servicios, salvo justificación razonable a consideración del departamento a cargo.
Artículo 55.- El conductor que con conocimiento de un daño causado al vehículo,
lo oculte, asumirá la responsabilidad legal que por ello pueda imputársele. El
conductor o funcionario será responsable por daños al vehículo ocasionados con
dolo, falta de deber de cuidado, cuando sea evidente que fue ocasionado durante
su uso y custodia.
>”
PO Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Neg4 MUNICIPACFAN Ori O CI
Artículo 56.- Es responsabilidad del operador de equipo municipal portar y tener
habilitada su licencia de conducir respectiva.
Artículo 57.- Es responsabilidad exclusiva de cada conductor el cumplimiento de lo
establecido en el presente capítulo, de ahí que si acata órdenes que contravengan
dichas disposiciones, asumirá las consecuencias que esa acción origine, excepto
que salve su responsabilidad al tenor de lo dispuesto por el articulo 109 de la Ley
General de la Administración Pública.
CAPÍTULO X
DE LAS SANCIONES
Artículo 58.- Las sanciones aplicables se regirán de acuerdo con lo establecido en
este reglamento, el Código Municipal y el Reglamento Autónomo de Organización
y Servicios vigente de la Municipalidad de Pococí.
Artículo 59.- De previo a toda sanción, debe seguirse el Debido Proceso.
Artículo 60.- Se considerarán faltas leves o graves por parte del conductor de
equipos municipales o usuarios que sean funcionarios municipales cuando le sean
procedentes, las siguientes:
a) Falta Leve: Incumplimiento de lo indicado en los artículos 11, 14, 23, 36, 39, 40,
49, 50 y 52 del presente reglamento.
b) Falta Grave: Incumplimiento de lo indicado en los artículos 24, 35, 37, 38, 42, 43,
44, 46, 47, 51, 53, 54 y 55 del presente reglamento.
Artículo 61.- El funcionario municipal que conforme al artículo 139 de la Ley de
Transito por vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, llegue a perder los puntos y
suspensión de la licencia de conducción que lo acredita como conductor y cuya
figura fue contratado, será despedido sin responsabilidad patronal, únicamente si
no hay otro puesto temporal o permanente en el cual colocarlo (cumpliendo los
requisitos del cargo), previo a una suspensión por quince dias sin goce salarial,
respetando en todo momento, el Debido Proceso, en este último supuesto, ante una
reincidencia, operará el despido sin responsabilidad patronal.
e CAPÍTULO XI
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 62.- En ningún caso las facilidades y ventajas que representa para el
servicio municipal el uso de los vehículos, serán parte del respectivo contrato de
trabajo.
25-02-90224
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SÍ SCOC¿ Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PacinA no8g5 MUNICIPArARAda SRA O CI 25-02-9225
Artículo 63.- Derogatoria. Este reglamento deroga cualquier otro que de manera
exclusiva regule el uso de los vehículos, en ese entendido, reglamentos como el
Autónomo de Organización y Servicios, mantienen vigentes sus disposiciones, al no
regular exclusivamente el uso de vehículos municipales.
Artículo 64.- Vigencia. Rige a partir de su publicación.
Pa
p
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ EY
SERVICIOS JURÍDICOS INTERNOS PR
MUNICIPALIDAD
TEL. 2710-6360 EXT. 111. FAN 2710-4318 DE PO000!
OFICIO N? SJl-021-ENE-2019
Guápiles, 29 de enero de 2019,
_ Asunto: Respuesta del Oficio: DA-113-2019 del vicealcalde municipal. ]
Ing. Edgar Villarreal Ruiz
Vicealcalde Municipal
Municipalidad de Pococí
Por medio de la presente, en respuesta del Oficio: DA-113-2019, el día de ayer,
envié por correo electrónico, en formato WORD, el borrador del reglamento para el
uso, control y mantenimiento de vehiculos de la Municipalidad de Pococí, de manera
que le efectué unas breves ediciones, asimismo, como indico en el correo, lo
subrayado en amarillo, se debe a que la nomenclatura de los departamentos no se
ajusta, me parece, a la actual; en general, los cambios fueron mínimos, siendo que
no le vi aspectos que puedan reñir con nuestra legislación.
Sin más por el momento, quedando a su disposición, me despido.
CHRISTIAN
CORDOBA OVIEDO
(FIRMA)
OUeCADADANO.
ERISTIAN CORDOBA OVIEDO.
A)
os 0cumen
ñ
Loca
pon Gutes
Dale: 2010.01-29 142639
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Coordinador a.i. Servicios Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
_PAGiNa negó MUNICIEA TANCIA SERE CI 25-02:09226
Participan de la palabra:
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Saluda, que quede la convocatoria si usted me lo permite para el martes a las
10:00 de la mañana, la Comisión de Jurídicos, que se presente a la comisión el
señor Abogado Carlos Hernández, la señora Marcela de Recursos Humanos, el
señor Jose Powell encargado de los vehículos, también el Ingeniero Brandon
Aguero Maroto y el Ingeniero Freddy Rivera Varela que tienen que ver con los
vehículos en esta Municipalidad y así todos poder ver ese reglamento.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Convoca reunión de la Comisión Municipal de
Jurídicos para el martes 02 de marzo a las 10:00 am en la Sala de sesiones del
Concejo Municipal de Pococí y en este mismo acto, se convoca a los siguientes
funcionarios Municipales: Lic. Carlos Hernández Departamento de Servicios
Jurídicos, señora Marcela Cordero Aguilar Departamento de Recursos Humanos,
señor Jose Powell Grant, encargado de los vehículos Municipales, Ingeniero
Brandon Agúero Maroto y al Ingeniero Freddy Rivera Varela para que, entre todos
puedan analizar el “Reglamento para el uso, control y mantenimiento de vehículos
de la Municipalidad de Pococí”. Se Dispensa del trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 289
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Magally Venegas, secretaria
municipal, teléfono 2711-1227, correo secretariaOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: CMPL-51-2021
Asunto: Traslado de correspondencia de la Asamblea Legislativa.
Estimado Señor:
Un cordial saludo, por medio de la presento me permito efectuar el traslado por
instrucciones del señor presidente del Concejo Municipal, de los siguientes
documentos para su respectiva revisión:
Oficio: AL-CPEM-0226-2021
Asunto: Consulta obligatoria Exp. 20.308
fa e > he Sitio Web: munipococi.go.cr
a «7 As e Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Neg7. MUNICIPAE ANS desir OCI 25-07-28022"7
Oficio: AL-DCLEAMB-053-2021
Asunto: Consulta obligatoria Exp. 22.160
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.
ACUERDO N* 290
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Magally Venegas, secretaria
municipal, teléfono 2711-1227, correo secretariaGmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: CMPL-56-2021
Asunto: Traslado de correspondencia de la Asamblea Legislativa.
Estimado Señor:
Un cordial saludo, por medio de la presento me permito efectuar el traslado por
instrucciones del señor presidente del Concejo Municipal, del siguiente
documento para su respectiva revisión:
Oficio: AL-CPECTE-C-347-2021
Asunto: Consulta obligatoria Exp. 22.264
Magally Venegas Vargas
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N“gg_ MUNICIEXE FANS Ori OCI 25-09-289228
ACUERDO N* 291
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Ing. Hugo Alvarado, Dpto. de
Catastro, correo hugo.alvaradoOmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: 011-2021
Asunto: Atención al Acuerdo 273, Acta 12, SMP-226-2021, Informe estimación de
costo de lote para construcción de zona comercial Tortuguero
ES MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
K (+ UNIDAD DE CATASTRO MUNICIPAL
Teléfono NI 27136534 6 2713-6560 Ext 118
a Email gatastro, munipocociShotmall com
a E Limón, Pococi, Guápiles, segunda planta del hotel Talamanca
Guápiles, 24 de febrero de 2021
Oficio 011-2021 D.C
Concejo Municipal
ASUNTO: Acuerdo SMP-226-2021, Informe estimación de costo de lote para
construcción de zona comercial Tortuguero
Miembros de concejo en pleno:
Permítanme saludarlos y a su vez, comunicarle que de acuerdo la
información suministrada por la compañía CONSTRUGAR S.A. para determinar el
COSTO DE LOTE PARA CONSTRUCCIÓN DE ZONA COMERCIAL
TORTUGUERO, se hace imposible ya que no indican una delimitación geográfica,
o para ser más exactos puntos de localización satelital para poder ubicar el rango
de terreno al cual van a llamar zona comercial.
No indican una persona responsable para coordinar flujo de información y se
debe consultar el plan regulador de usos de suelo de la zona marítimo terrestre de
la Municipalidad de Pococí.
Se les recuerda que es la unidad de Valoración Municipal, quienes pueden
emitir un criterio del valor por metro de un lugar determinado, son los garantes de
fiscalizar los valores dentro del cantón de Pococí, con los instrumentos dados por el
Ministerio de Hacienda y el Organismo Normativo Técnico (ONT), en las diferentes
plataformas de valor Tributarios.
Sin más por el momento:
HUGO MARCELO eco
ALVARADO ALVARADO LEON FRMA)
Fecha:
LEON (FIRMA)! [Sanos
Lic. Hugo Marcelo Alvarado León
Coordinador de la Unidad de Catastro,
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se le indica a la compañía Construgar S.A. que
brinde información completa necesaria de puntos de localización satelital a este
Concejo para que pueda ser trasladado al Departamento de valoración lo más
pronto posible. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
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a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No89_MUNICIPAErAIRÓe EIA O CI 25-02, 229
ACUERDO N* 292
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Señor Arnoldo Monge Jiménez,
Asistente Unidad de Topografía, Dpto. Desarrollo y Control Urbano, dice:
Oficio TOP-010-2021
Por este medio los saludo y a la vez procedo a emitir el presente informe para
informar sobre el avance y seguimiento, según el Oficio SMP-106-2021 de la
Secretaría del Concejo, con fecha 29 de enero del año en curso, mismo que hace
referencia al Acuerdo 1398. Acta 58 del 2020, en este oficio se me solicita indagar
y valorar en conjunto con el Junta Administrativa del Cementerio de La Rita, sobre
la situación de un terreno aledaño a este cementerio, que el Sr. Marcos Corrales
Solano como propietario del mismo, pone a disposición para una posible venta
con el fin de solventar la falta de espacio.
Tanto en el Oficio SMP-1360-2020 como en el SMP-106-2021, en el documento
adjuntado por el Sr. Corrales Solano, no se aporta ninguna información registral de
la propiedad ofrecida, en cuanto a planos o números de finca u oferta
económica, solo se menciona que tiene a disposición 20000 metros cuadrados de
tierra ubicada detrás del cementerio de La Rita, con una servidumbre agrícola de
10 metros de ancho con salida a la carretera principal a La Rita.
Consideraciones de la inspección al sitio:
Se realizó inspección al sitio el pasado miércoles 10 de febrero, primeramente,
para conocer con exactitud la ubicación del terreno y demás características y a
su vez solicitarle al Sr. Marcos Corrales, me facilitara para los efectos de este
informe los documentos regístrales de la propiedad ofrecida, aportando lo
siguiente:
- Copia del plano madre L-2177964-2020.
- Estudios regístrales del folio real 180448-001 al 008.
- Copia de croquis de fraccionamiento en proceso por servidumbres
agrícolas.
En la Inspección al sitio, se pudo determinar con certeza que efectivamente, el
terreno ofrecido por Sr. Corrales colinda en su costado suroeste con el cementerio
de La Rita, lindero 1-6, según dice el oferente estaría dispuesto a vender de 1000
m2 hasta lo que bien consideren.
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AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nego MUNICIPXE AN SirAGOCI 25-02-299230
El lote ofrecido para ampliar el cementerio NO tiene frente a calle pública, no
cuenta con tendido eléctrico ni red de agua potable, estos servicios básicos si se
encuentran frente al lote plano madre L- 2177964-2020 en ruta nacional N O 809.
Marcos Corrales menciona que a la fecha se encuentra con un proceso de
fraccionamiento de toda la finca mediante servidumbre agrícola, por lo que
eventualmente el terreno para la ampliación del cementerio, en caso de
adquirirse sería parte de una parcela agrícola, por lo que se debería considerar y
tomar en cuenta esa posible condición.
Tanto el cementerio de La Rita, como el lote posible de adquirir están fuera del
plan regulador vigente.
Consideraciones al plano madre y folio real de la finca posible de adquirir para
ampliar el cementerio de La Rita:
- El plano madre L-2177964-2020, con área de 10Has 4838 metros cuadrados,
generó el folio real 180448-000, NO tiene planos hijos y NO tiene anotaciones.
El folio real matrícula partido de Limón 180448-000, tiene 8 derechos:
Marcos Antonio Corrales Solano
Grace María Corrales Solano
Rafael Ángel Corrales Solano
María Isabel Corrales Solano
José Francisco Corrales Solano
Arquitectura Atlántica Sociedad Anónima
Carlos Enrique del Carmen Corrales Solano
Rosaura Corrales Solano
0 Xo0»=0N—!
La naturaleza del terreno al día de realizado el estudio registral es agricultura y
potrero.
- Mide: 10 Has 4838 metros cuadrados
- Fecha de inscripción de todos los derechos: 23 de noviembre del 2020
- Anotaciones sobre la finca: NO hay
- Gravámenes o afectaciones: Sl hay (ver reservas y restricciones)
Reservas y restricciones, citas 251-02151-01-0901-001
Reservas y restricciones, citas 251-02517-01-0901-001
Consideraciones al plano y folio real del Cementerio de La Rita:
- Plano L-2059355-2018, con área de 9464 metros cuadrados, folio real finca
completa 7011080-000, inscrito el 29 de junio del 2018, NO tiene planos hijos y NO
tiene anotaciones.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N991_MUNICIEXE TA Noja Orsihári O Cl 25-02-289231
- Folio real matrícula partido de Limón 11080-000, es propiedad de
de Protección Social de Guápiles, NO indica número de cédula Jurídica.
- Plano: NO se indica.
- Valor fiscal: NO valuado.
- La naturaleza del terreno: agricultura y potrero, al día 25-02-2021.
- Mide: 10000 metros cuadrados
- Fecha de inscripción: 26 de septiembre de 1989
- Anotaciones sobre la finca: NO hay
Gravámenes o afectaciones: Sl hay (ver reservas y restricciones)
Reservas y restricciones, citas 289-05595-01-0903-001
Quedando pendiente solicitar al Registro Nacional, certificación de personería
jurídica de la Junta de Protección Social de Guápiles, conocer su estado en
cuanto a si se encuentra activa o no, así como consultar a la Sección de Microfilm
sobre la conformación de esta Junta.
De considerarse la compra por medio de la Municipalidad de Pococí, se deberá
cumplir con los requisitos para el otorgamiento de escrituras de bienes públicos,
establecido por la Notaría del Estado de la Procuraduría General de la República.
Se recomienda hacer una reunión conjunta entre la Junta Administrativa del
Cementerio de la Rita y la Asociación de Desarrollo Integral de La Rita de Pococí,
para los efectos de que nos informen su posición con respecto a ese terreno,
importante contar en esa reunión con un representante del Departamento de
Servicios Jurídicos y analizar de paso los requerimientos técnicos, posterior a ello se
estaría convocando a reunión con el Sr. Marcos Corrales Solano, como
representante de los propietarios de los 8 derechos.
Todos los estudios regístrales aportados en este oficio se realizaron el día 25 de
febrero del año en curso, información suministrada según la página virtual del
Registro Inmobiliario del Registro Nacional.
Se adjunta al presente informe:
Copia de Oficios SMP-1360-2020 y SMP-106-2021
Copia de plano L-2177964-2020 y estudio registral
Estudio registral de folio real 180448-000, derechos 001 al 008,
Copia de plano L-2059355-2018 y estudio registral
Estudio registral de folio real 11080-000.
Agradeciendo la atención brindada a la presente, me despido.
Atentamente.
Arold/Monge liménez
Asistepfé Unidad de Topografía
Departameñto de Desarrollo y Control Urbano
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
a
PAGINA N%92 MUNICIAerANada Sin O CI _ 25-02-204232
Municipalidad de Pococí
Secretaría del Concejo Municipal
Tel/Fax 2711-12 27
mucraurao. Email: secretaria(Qmunipococi.go.cr
PEPOCOJ  prosecretariaconcejoMyahoo.es
SMP. 1360-2020
Guápiles 02 de septiembre 2020
SMP - 1360-2020
Señores:
Junta Administrativa del Cementerio de la Rita
Estimados Señores:
Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo
Municipal de PococÍ en Sesión N* 58 Ordinaria del 18-08-2020, dice:
Acta N* 58 Artículo 1 Acuerdo N* 1398
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Marcos Corrales Solano,
teléfono 8396-9433, dice:
Asunto: Propuesta para solventar la necesidad de espacio en el Cementerlo
La Rita
Por este medio, yo Marcos Corrales Solano, portador del número de cédula de
identidad 7 0080860, vecino de La Rita de Pococí, me dirijo ante ustedes ya que he
visto la necesidad que presenta el cantón de Pococí ante la poca disponibilidad de
espacios para sepultar a las personas en los cementerios existentes, quiero
comentarles que tengo a la disposición 20.000 metros cuadrados de tierra ubicada
detrás del Cementerio de La Rita, Pococí con una servidumbre agrícola de 10
metros de ancho con salida a la carretera principal a La Rita.
El motivo de mi propuesta es ayudar al cantón para solventar la necesidad de
espacio de los cementerios. Me encuentro anuente a conversar y reunirme con las
personas encargadas para ver si se encuentran interesadas en mi propuesta.
de Corrales Solano.
Céd. 7 0080 860
Cel: 83969433
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Junta Administrativa del
Cementerio de la Rita para que valoren la solicitud.
SMP. 1360-2020
* 2 o E
Atentamente: YI
Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Pococíi
C/c-Archivo
Sitio Web: munipococi.go.cr
Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ne93. MUNICIEX ANS Find O CI 25-
AS ETE TADO PEA
Municipalidad de Pococí
Secretaría del Concejo Municipal
“go Email: secretaria(Qmunipococi.go.cr
MUNICIPALIDAD: Tel/Fax 2711-1227
DEPPOCOCI
SMP. 106-2021
Guápiles 29 de enero 2021
SMP -106-2021
Señor (a):
Lic, Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Lic. Arnoldo Monge
Desarrollo y Control Urbano
Marcos Corrales Solano
Comisión Especial Municipal de Fiscalización y Supervisión de Infraestructura
Pública
Estimado (a) Señor (a):
Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo
Municipal de Pococí en Sesión N*05 Ordinaria del 21-01-2021, dice:
Acta N“05 Artículo | Acuerdo N*88
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Marcos Corrales Solano, teléfono
8396-9433, dice:
Asunto: Nota referente al acuerdo 1398 Acta 58 del 2020, de lote para solventar
la necesidad de espacio en el Cementerio La Rita.
“Apoyando el desarrollo de nuestro cantón”
LA
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PAGINA No94 MUNICIP AE FA RAIa SEIRMGOCI—— 25-02/289234
Municipalidad de Pococí
Secretaría del Concejo Municipal
exis Email: secretariaQQmunipococi.go.cr
MUNICIPALIDAD Tel/Fax 2711-1227
SMP. 106-2021
19 de enero del 2021
Sres.
Consejo Municipal PococÍ
Reciban mi felicitación por la labor que realizan como nuevas autoridades
municipales.
En la sesión N*58 Ordinaria del día 18 de agosto del 2020 se llegó al acuerdo
N*1398 propuesto para solventar la necesidad de espacio en el cementerio de La
Rita.
Cinco meses después de dicho acuerdo y al consultar al respecto, me encuentro
con la aparente información de que la Junta Administrativa del Cementerio de La
Rita aún no ha valorado la solicitud hecha por ustedes.
Manifiesto una vez más ante ustedes como máxima autoridad en el cantón y ante
el pueblo, mi deseo de ayudar a solucionar el problema ya conocido de falta de
espacio y por eso pongo a disposición para venderles mi propiedad aledaña al
cementerio actual,
Firmo y me despido en espera de comunicación.
Teléfono: 8396-9433 Email: corralesm131260gmail.com
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía, a la
Comisión Especial Municipal de Fiscalización y Supervisión de Infraestructura
Pública y al señor Arnoldo Monge del departamento de Desarrollo y Control
Urbano para que se indague sobre el tema y se valore la posibilidad con la
Junta Administrativa del Cementerio de LaRitan_
Atentamente: 4 M7 Lo)
“Apoyando el desarrollo de nuestro cantón”
PO "O 4 Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA No96 MUNICIPAL Oriana O CI 25-02-09236
AA
Blenes Monitoreados
Consulta de Plano
Busqueda Gráfica Marcas
B Permite realizar una consulta de plano
Carrito de Gompras
O x Buscar Por: Número de Plano Y
Ceniltga Gratis Provincia Inscripción:
Certificación Imágenes Y Número Inscripción: ]
Detalle de Servicios Año Inscripción:
Historlal de Compras
Historial de Usos : | Consultar]
Impuesto Personas Jurídicas
Indica Personas Físicas Plano(s) Catastrado(s)
Índice de Personas Jurídicas Provincia: 7 - LIMÓN Número Inscripción: 2177964
Transitorio Ill Ley 9428 'Año Inscripción: 21 Jan 2020 Área Plano: 104,838.00
. Bloque: Lote:
MJ Cuenta d Estado: INSCRITO Coordenada Norte: 250579.0
MI Inventario ¡Coordenada Este: 560270.0  CRTM Norte: 1135917,0
[CRTM Este: 523969.0 Verificado Zona Catastrada: No
Reserva de Matrícula
Solicitud de Placas : Ubicación(es)
tosca Provincia | Cantón ¡[Distrito,
17 - LIMÓN 2 - POCOCÍ3 - RITA
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» Estimado usuario, recuerde Titulares(es)
que no deben rechazar su -
Certificación digital en Identificacion | Nombre Primer Apellido [Segundo Apellido
ninguna entidad, por la que sl .
Bana problemas para la 0105010514 GRACE MARIA CORRALES SOLANO
recepción de este documento . 0302040054. RAFAEL ANGEL CORRALES SOLANO
y aplicación de sus efectos 0302560286 JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO
legales, slevase comunicario . 0700670857 MARIA ISABEL CORRALES SOLANO
al centro de asistencia al
usuario, Teléfono. 2202-0888, 0700670857 MARIA ISABEL CORRALES SOLANO
si 1000025266 ROSAURA CORRALES SOLANO
10700850244 CARLOS ENRIQUE CORRALES SOLANO
10700880673 ROSAURA CORRALES SOLANO
0700800860 MARCOS CORRALES SOLANO
3101069140 ARQUITECTURA ATLANTICA SOCIEDAD ANONIMA
3101069140 ARQUITECTURA ATLANTICA SOCIEDAD ANONIMA
Fracclonamlento(s) Plano: Inexistente(s)
Finca(s)
Provincia[Número Finca [Sub-matrícula [Duplicado [Matriz Filial [Inmueble
17 - LIMÓN 7490 002
7 - LIMÓN 7490 004
7 - LIMÓN 7490 005
17 - LIMÓN 7490 006
17 - LIMÓN 7490 007
7 - LIMÓN 7490 008
17 - LIMÓN 7490 009
7 - LIMÓN 7485 002
7 - LIMÓN 7485 003
7 - LIMÓN 7485 004
17 - LIMÓN 7485 005
17 - LIMÓN 7485 006
17 - LIMÓN 7485 007
17 - LIMÓN 7485 008
17 - LIMÓN 7485 009 np
>”
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PAGINA No97. MUNICIPA SANA SR SAGOCI 25-02-2949237
Sistema de Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional
[código Provincia [Nómero Finca [Sub=matrícula [Duplicado [Matriz Filtal
17 - LIMON 180448 0
Plano(s) Hijo(s): Inexistente(s)
Plano(s) Padre(s)
Código Provincia [Número [año
7 - LIMÓN 57141 1963
7 - LIMÓN 1101876 2006
Anotaciones: Inexistente(s)
El Registro Inmobillario advierte que las anotaciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no están
disponibles para ser consultadas por este medio.
Todos las darachos resarvados . 2013 . Registro Nacional . San José, Curridabat . Apartado Postal 523-2010 Curridabar
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>
PO cy) 4 Sitio Web: munipococi.go.cr
AN C € Facebook: AMunicipalidadDePococi
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PAGINA Ne9g MUNICIPAANA Sri SAG O CI 25-02-299238
Blenes Monitoreados
Búsqueda Gráfica Marcas
Carrito de Compras
Consultas Gratultas %
Certificación Imágenes Y
Detalle de Servicios
Historial de Compras
Historial de Usos
Impuesto Personas Jurídicas
Indice Personas Físicas
Índice de Personas Jurídicas
Transitorio l1l Ley 9428
MI Cuenta
MI inventario
Reserva de Matrícula
Solicitud de Placas
Salidas del País
Avisos Importantes
= Estimado usuario, recuerde
que no deben rechazar su
Certificación digltal en
ninguna entidad, por lo que si
tiene problemas para la
recepción de este documento
y aplicación de sus efectos
legales, sirvase comunicarlo
al centro de asistencia al
usuario, Teléfono, 2202-0888.
LE
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CONSULTA DERECHOS
MATRICULA: 180448-—-000
NATURALEZA: AGRICULTURA Y POTRERO
SITUADA EN EL DISTRITO 3-RITA CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
MIDE: CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS
ANTECEDENTES DE DOMINIO:
FINCA DERECHO
7-00007485 000 INSCRITA EN
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DERECHOS:
NI
CEDULA IDENTIDAD 7-0080-0860
SOLTERO
DUEÑO DE 12779.75 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES; NO HAY
2. GRACE MARIA CORRALES SOLANO
CEDULA IDENTIDAD 1-0501-0514
SOLTERO
DUEÑO DE 5430.6 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
3 RAFAEL ANGEL CORRALES SOLANO.
CEDULA IDENTIDAD 3-0204-0054
CASADO UNA VEZ
DUEÑO DE 14562 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
E
CEDULA IDENTIDAD 7-0067-0857
CASADO UNA VEZ
DUEÑO DE 14562 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
5 JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO
CEDULA IDENTIDAD 3-0256-0286
SOLTERO
DUEÑO DE 14562 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
JU 1
CEDULA JURIDICA 3-101-069140
DUEÑO DE 14562 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
y 4
CEDULA IDENTIDAD 7-0085-0244
SOLTERO
DUEÑO DE 13670.88 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
8 ROSAURA CORRALES SOLANO.
CEDULA IDENTIDAD 7-0088-0673
SOLTERO
DUEÑO DE 14708.77 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
Todos los derechos reservados . 2013 . Regisno Nacional . San José, Curridabat . Apartado Postal 523-2010 Curridabat
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Carrito de Compras MATRICULA: 180448- - -001
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Detalle de Servicios : SEGREGACIONES: NO HAY
8 NATURALEZA: AGRICULTURA Y POTRERO
Historial de Compras SITUADA EN EL DISTRITO 3-RITA CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
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NORTE : NELLY CLAUDEL BARBOZA, BELFORD ANTONIO OROZCO CLAUDEL, MARIA DE LOS ANGELES
Impuesto Personas Jurídicas OROZCO CLAUDEL Y LIDIER ELIECER RODRIGUEZ MOLINA Y QUEBRADA EN MEDIO
Índice Personas Físicas : SUR : FINCA GUAJIRA S.A. Y BANDECO AMBOS EN PARTE
ata dé Páricns Jurllicas ESTE ; TERESA ROSARIO BENAVIDES GÓMEZ, CALLE PUBLICA CON UN FRENTE DE 8 METROS CON 65
CENTIMETROS LINEALES, MUTUAL AHORRO Y CREDITO ALAJUELA, MONRERI SOCIEDAD ANONIMA,
Transitorio III Ley 9428 ALLAN RODRIGUEZ CORRALES, JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO, MICHAEL CORRALES SOLANO Y
. OTROS
ci ' OESTE : HEINER FRANCISCO OROZCO DIAZ, PABLO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y BELFORD ANTONIO
MI Inventario 1 OROZCO CLAUDEL TODOS EN PARTE
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MIDE: CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS
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ninguna entidad, por lo que si 7-00007490 000 FOLIO REAL
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y aplicación de sus efectos
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al centro de asistencia al PROPIETARIO:
usuario, Teléfono, 2202-0888. MARCOS ANTONIO CORRALES SOLANO
es Es CEDULA IDENTIDAD 7-0080-0860
ESTADO CIVIL; SOLTERO
ESTIMACIÓN O PRECIO: TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
COLONES
DUEÑO DE 12779.75 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
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FECHA DE INSCRIPCIÓN: 23-NOV-2020
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GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY
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CITAS: 251-02151-01-0901-001
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AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
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FINCA REFERENCIA 700007490 000
AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
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PROVINCIA: LIMON FINCA: 180448 DUPLICADO: HORIZONTAL; DERECHO: 002
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NATURALEZA: AGRICULTURA Y POTRERO
SITUADA EN EL DISTRITO 3-RITA CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
LINDEROS:
NORTE : NELLY CLAUDEL BARBOZA, BELFORD ANTONIO OROZCO CLAUDEL, MARIA DE LOS ANGELES
OROZCO CLAUDEL Y LIDIER ELIECER RODRIGUEZ MOLINA Y QUEBRADA EN MEDIO
SUR : FINCA GUAJIRA S.A. Y BANDECO AMBOS EN PARTE
ESTE ; TERESA ROSARIO BENAVIDES GÓMEZ, CALLE PUBLICA CON UN FRENTE DE 8 METROS CON 65
CENTIMETROS LINEALES, MUTUAL AHORRO Y CREDITO ALAJUELA, MONRERI SOCIEDAD ANONIMA,
ALLAN RODRIGUEZ CORRALES, JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO, MICHAEL CORRALES SOLANO Y
OTROS
OESTE ; HEINER FRANCISCO OROZCO DIAZ, PABLO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y BELFORD ANTONIO
OROZCO CLAUDEL TODOS EN PARTE
MIDE: CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS
PLANO:L-2177964-2020
ANTECEDENTES DOMINIO DE LA FINCA:
FINCA DERECHO INSCRITA EN
7-00007485 000 FOLIO REAL
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PROPIETARIO:
GRACE MARIA CORRALES SOLANO
CEDULA IDENTIDAD 1-0501-0514
ESTADO CIVIL: SOLTERO
ESTIMACIÓN O PRECIO: TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
COLONES
DUEÑO DE 5430,6 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
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CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
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CITAS: 251-02517-01-0901-001
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Carrito de Compras MATRICULA: 180448- - -003
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Certificación Imágenes * PROVINCIA: LIMON FINCA: 180448 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO: 003
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: NATURALEZA: AGRICULTURA Y POTRERO
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NORTE : NELLY CLAUDEL BARBOZA, BELFORD ANTONIO OROZCO CLAUDEL, MARIA DE LOS ANGELES
Impuesto Personas Jurídicas OROZCO CLAUDEL Y LIDIER ELIECER RODRIGUEZ MOLINA Y QUEBRADA EN MEDIO
Índice Personas Físicas : SUR : FINCA GUAJIRA S.A. Y BANDECO AMBOS EN PARTE
ESTE ; TERESA ROSARIO BENAVIDES GÓMEZ, CALLE PUBLICA CON UN FRENTE DE 8 METROS CON 65
Índice de Personas Jurídicas CENTIMETROS LINEALES, MUTUAL AHORRO Y CREDITO ALAJUELA, MONRERI SOCIEDAD ANONIMA,
Transitorio lll Ley 9428 : ALLAN RODRIGUEZ CORRALES, JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO, MICHAEL CORRALES SOLANO Y
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Ml Cuarta : OESTE : HEINER FRANCISCO OROZCO DIAZ, PABLO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y BELFORD ANTONIO
MI Inventario : OROZCO CLAUDEL TODOS EN PARTE
Heseya do Marica MIDE; CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS
Solicitud de Placas -  PLANO:L=-2177964-2020
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O 7-00007485 000 FOLIO REAL
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ninguna entidad, par lo que si 7-00007490 000 FOLIO REAL
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Wablcación de sus ecos,
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al centro de asistencia al PROPIETARIO:
usuario, Teléfono. 2202-0888, RAFAEL ANGEL CORRALES SOLANO
E CEDULA IDENTIDAD 3-0204-0054
ESTADO CIVIL: CASADO UNA VEZ
ESTIMACIÓN O PRECIO: TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
COLONES
DUEÑO DE 14562 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
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CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
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CITAS: 251-02517-01-0901-001
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AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
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Certificación Imágenes Y PROVINCIA: LIMON FINCA: 180448 DUPLICADO; HORIZONTAL: DERECHO: 004
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NATURALEZA: AGRICULTURA Y POTRERO
Historial de Compras SITUADA EN EL DISTRITO 3-RITA CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
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NORTE : NELLY CLAUDEL BARBOZA, BELFORD ANTONIO OROZCO CLAUDEL, MARIA DE LOS ANGELES
Impuesto Personas Jurídicas OROZCO CLAUDEL Y LIDIER ELIECER RODRIGUEZ MOLINA Y QUEBRADA EN MEDIO
Indice Personas Físicas SUR ; FINCA GUAJIRA S.A. Y BANDECO AMBOS EN PARTE
Maraas Paricaas Didióó ESTE ; TERESA ROSARIO BENAVIDES GÓMEZ, CALLE PUBLICA CON UN FRENTE DE 8 METROS CON 65
CENTIMETROS LINEALES, MUTUAL AHORRO Y CREDITO ALAJUELA, MONRERI SOCIEDAD ANONIMA,
Transitorio III Ley 9428 ALLAN RODRIGUEZ CORRALES, JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO, MICHAEL CORRALES SOLANO Y
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M.Cuenta OESTE ; HEINER FRANCISCO OROZCO DIAZ, PABLO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y BELFORD ANTONIO
MI Inventario OROZCO CLAUDEL TODOS EN PARTE
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Ñ MIDE: CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS
Solicitud de Placas PLANO:L-2177964-2020
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avEOS Impertantes ANTECEDENTES DOMINIO DE LA FINCA:
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ninguna entidad, par lo que si 7-00007490 000 FOLIO REAL
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legales, sirvase comunicarlo :
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usuario, Teléfono. 2202-0888. MARIA ISABEL DE LOS ANGELES CORRALES SOLANO
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ESTADO CIVIL: CASADO UNA VEZ
ESTIMACIÓN O PRECIO: TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
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: NATURALEZA; AGRICULTURA Y POTRERO
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: NORTE : NELLY CLAUDEL BARBOZA, BELFORD ANTONIO OROZCO CLAUDEL, MARIA DE LOS ANGELES
Impuesto Personas Jurídicas OROZCO CLAUDEL Y LIDIER ELIECER RODRIGUEZ MOLINA Y QUEBRADA EN MEDIO
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iacs' da Personas Jufaicia ESTE : TERESA ROSARIO BENAVIDES GÓMEZ, CALLE PUBLICA CON UN FRENTE DE 8 METROS CON 65
CENTIMETROS LINEALES, MUTUAL AHORRO Y CREDITO ALAJUELA, MONRERI SOCIEDAD ANONIMA,
Transitorio III Ley 9428 ALLAN RODRIGUEZ CORRALES, JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO, MICHAEL CORRALES SOLANO Y
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Mi Cuenta OESTE : HEINER FRANCISCO OROZCO DIAZ, PABLO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y BELFORD ANTONIO
Mi Inventario OROZCO CLAUDEL TODOS EN PARTE
Fesecia de Mávicuo MIDE: CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS
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Úl Efimaco saco recuerde FINCA DERECHO INSCRITA EN
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usuario, Teléfono. 2202-0888. JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO
. CEDULA IDENTIDAD 3-0256-0286
ESTADO CIVIL: SOLTERO
ESTIMACIÓN O PRECIO: TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
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DUEÑO DE 14562 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
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FECHA DE INSCRIPCIÓN: 23-NOV-2020
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CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
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FINCA REFERENCIA 700007490 000
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NATURALEZA: AGRICULTURA Y POTRERO
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: NORTE : NELLY CLAUDEL BARBOZA, BELFORD ANTONIO OROZCO CLAUDEL, MARIA DE LOS ANGELES
Impuesto Personas Jurídicas OROZCO CLAUDEL Y LIDIER ELIECER RODRIGUEZ MOLINA Y QUEBRADA EN MEDIO
Índice Personas Físicas : SUR ; FINCA GUAJIRA S.A. Y BANDECO AMBOS EN PARTE
frios da Persones Áridlcan ESTE : TERESA ROSARIO BENAVIDES GÓMEZ, CALLE PUBLICA CON UN FRENTE DE 8 METROS CON 65
CENTIMETROS LINEALES, MUTUAL AHORRO Y CREDITO ALAJUELA, MONRERI SOCIEDAD ANONIMA,
*Transilorio III Ley 9428 ALLAN RODRIGUEZ CORRALES, JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO, MICHAEL CORRALES SOLANO Y
OTROS
Muerta OESTE : HEINER FRANCISCO OROZCO DIAZ, PABLO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y BELFORD ANTONIO
Mi Inventario . OROZCO CLAUDEL TODOS EN PARTE
* Reserva de Matrícula MIDE: CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS
Solicitud de Placas 4 PLANO:L-2177964-2020
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ue no Cape aca 7-00007485 000 FOLIO REAL
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ninguna entidad, par lo que si 7-00007490 000 FOLIO REAL
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Y api cación de sus efectos VALOR FISCAL: 30,202,000.00 COLONES
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CEDULA JURIDICA 3-101-069140
ESTIMACIÓN O PRECIO: TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
COLONES
DUEÑO DE 14562 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
PRESENTACIÓN: 2020-00588427-01
FECHA DE INSCRIPCIÓN: 23-NOV-2020
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY
GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS: 251-02151-01-0901-001
FINCA REFERENCIA 700007485 000
AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS: 251-02517-01-0901-001
FINCA REFERENCIA 700007490 000
AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
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Todos los derechos ezservados . 2019 . Registro Nacional . San José, Curridabat . Apartado Postal 523-2020 Curridabat
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MATRICULA: 180448-—007
PROVINCIA: LIMON FINCA: 180448 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO: 007
SEGREGACIONES: NO HAY
NATURALEZA; AGRICULTURA Y POTRERO
SITUADA EN EL DISTRITO 3-RITA CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
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NORTE : NELLY CLAUDEL BARBOZA, BELFORD ANTONIO OROZCO CLAUDEL, MARIA DE LOS ANGELES
OROZCO CLAUDEL Y LIDIER ELIECER RODRIGUEZ MOLINA Y QUEBRADA EN MEDIO
SUR : FINCA GUAJIRA S.A. Y BANDECO AMBOS EN PARTE
ESTE ; TERESA ROSARIO BENAVIDES GÓMEZ, CALLE PUBLICA CON UN FRENTE DE 8 METROS CON 65
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ALLAN RODRIGUEZ CORRALES, JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO, MICHAEL CORRALES SOLANO Y
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OESTE ; HEINER FRANCISCO OROZCO DIAZ, PABLO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y BELFORD ANTONIO
OROZCO CLAUDEL TODOS EN PARTE
MIDE: CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS
PLANO:L-2177964-2020
ANTECEDENTES DOMINIO DE LA FINCA:
FINCA DERECHO INSCRITA EN
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VALOR FISCAL: 30,202,000.00 COLONES
PROPIETARIO:
CARLOS ENRIQUE DEL CARMEN CORRALES SOLANO
CEDULA IDENTIDAD 7-0085-0244
ESTADO CIVIL: SOLTERO
ESTIMACIÓN O PRECIO: TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
COLONES
DUEÑO DE 13670.88 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
PRESENTACIÓN: 2020-00588427-01
FECHA DE INSCRIPCIÓN: 23-NOV-2020
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY
GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS: 251-02151-01-0901-001
FINCA REFERENCIA 700007485 000
AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS: 251-02517-01-0901-001
FINCA REFERENCIA 700007490 000
AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
Emitido el 24-02-2021 a las 12:47 horas
Todos los derechos reservados . 2913 . Registro Nacional . San Josá, Curridabat . Apartado Postal 523-2010 Curridabat
mpsigiraltymp.go.cr. a
Awww.mpdigital.com/shopping/consultaDocumentos/RespConsultaNumeroFinca.jspx 1/12
POCOCÍ
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PAGINA Noe106 MUNICIE A Na ASNO CA
SAA
Blenes Monltoreados
25-02-2 924 >
Búsqueda Gra Mares ba
» CONSULTA POR NUMERO DE FINCA
Carrito de Compras MATRICULA: 180448—008
Consultas Gratuitas
Certlicación ImágenesF PROVINCIA: LIMON FINCA: 180448 DUPLICADO; HORIZONTAL: DERECHO: 008
Detalle de Servicios SEGREGACIONES: NO HAY
NATURALEZA; AGRICULTURA Y POTRERO
Historial de Compras k SITUADA EN EL DISTRITO 3-RITA CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
Historial de Usos + ANDEROS;
. NORTE : NELLY CLAUDEL BARBOZA, BELFORD ANTONIO OROZCO CLAUDEL, MARIA DE LOS ANGELES
Impuesto Personas Jurídicas OROZCO CLAUDEL Y LIDIER ELIECER RODRIGUEZ MOLINA Y QUEBRADA EN MEDIO
Indice Personas Físicas i SUR : FINCA GUAJIRA S.A. Y BANDECO AMBOS EN PARTE
(nicndS Parsones firidicas: ESTE : TERESA ROSARIO BENAVIDES GÓMEZ, CALLE PUBLICA CON UN FRENTE DE 8 METROS CON 65
CENTIMETROS LINEALES, MUTUAL AHORRO Y CREDITO ALAJUELA, MONRERI SOCIEDAD ANONIMA,
Transitorio III Ley 8428 : ALLAN RODRIGUEZ CORRALES, JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO, MICHAEL CORRALES SOLANO Y
; OTROS
MI Cuenta : OESTE ; HEINER FRANCISCO OROZCO DIAZ, PABLO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y BELFORD ANTONIO
Mi Inventario OROZCO CLAUDEL TODOS EN PARTE
Fsnarva ce Malla MIDE: CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS
Solicitud de Placas ] PLANO:L-2177964-2020
Salidas del País
AVISOS Importantes ANTECEDENTES DOMINIO DE LA FINCA;
e arado puedo, recuerda FINCA DERECHO INSCRITA EN
que no deben rechazar su y
Certificación digital en - 7-00007485 000 FOLIO REAL
ninguna entidad, por lo que si 7-00007490 000 FOLIO REAL
tiene peones para la 6
recepción de este documen! >
Y aplicación de sus efectos VALOR FISCAL: 30,202,000.00 COLONES
legales, sirvase comunicarlo
al centro de asistencia al PROPIETARIO:
usuario, Teléfono. 2202-0888, ROSAURA CORRALES SOLANO
S a CEDULA IDENTIDAD 7-0088-0673
ESTADO CIVIL: SOLTERO
ESTIMACIÓN O PRECIO: TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
COLONES
DUEÑO DE'14708.77 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
PRESENTACIÓN: 2020-00588427-01
FECHA DE INSCRIPCIÓN: 23-NOV-2020
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY
GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS; 251-02151-01-0901-001
FINCA REFERENCIA 700007485 000
AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS: 251-02517-01-0901-001
FINCA REFERENCIA 700007490 000
AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
Emitido el 24-02-2021 a las 12:47 horas
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Todos los derechos reservados , 2013 . Registro Nacional . San José, Curridabat . Apartado Postal 523-201
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0 Curridabat
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y
JÁ SICOCI Facebook: AMunicipalidadDePococi
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pacina neto7 MUNICIPALIDAD DE POCOCI
25-02-2
A
09247
ssrmo REGISTRO INMOBILIARIO
'ACIONAL AUBDIRECCIÓN Catastro Nacional Ñ
ÓN 2018-4976:
INSCRIPCIÓN No: 27/06/2018 08
7-2059355-2018 orcas
Fecha Ep o
CCCD13LOBOSFASA1G4AFFOTAEBBAFF 14
Contrato 787936
Fecha 26/06/2018
Sellado CFIA
DERECHOS DE INSCRIPCION ENTERO No. 27020370-2
* DERROTERO *
UNEA ACIMUT DIST.(m)
oe 1-2 | 1305229" 98.85n
N — LEVANTAMIENTO POLAR CON POLIGONAL ABIERTA 2-3 | 2230406" SOln
CIERRE LINEAL=0.01m CIERRE ANGULAR= 0701" CC MEET 9452n
— FRENTE A CALLE PUBLICA DEL VERTICE 1 AL 2 = 98.85 m TEE: de3ea” 9736m
— PARA RECTIFICAR MEDIDA
UBICACION GEOGRAFICA
HOJA GUAPILES
ESCALA: 1: 50000
L SE re PO 562
“| A
3
A
ROXANA
uz
ROXAN.
NUEVO
A GUAPILES
3
COLINDANTES (O)
MARCOS CORRALES SOLANO
RAFAEL ANOEL CORRALES SOLANO
MARITZA CORRALES LE
eN
ARQUITECTURA ATLANTICA SOCIEDAD ANONIMA
ENRIQUE CORRALES
ROSAURA CORRALES SOLANO
GRACE MARIA CORRALES SOLANO
MARIA ISABEL CORRALES SOLANO
INSCRITO EN : PUEBLO NUEVO  |EscALA 1:
FOLIO REAL: SITA EN - 1: 2000 |
7011080—000 AI EA
PROVINCIA : 79 LIMON 9464 _m
AREA SEGUN REGISTRO: on a LEVANTO :
PROTOCOLO TOMO No.: 20645 FOLIO No: 130 ANS FERNANDO BOZA MONTERO TOPOGRAFO ASOQADO TALBSR2
POCOCÍ
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Blenes Monitoreados
Consulta de Plano
25-0 e) 248
Búsqueda Gráfica Marcas
Permite realizar una consulta de plano
Carrito de Compras a
lina Gritultas dE Buscar Por; Número de Plano Y
Contes Soantes Provincia Inscripción: 7-UM Y
Certificación Imágenes % Número Inscripción: — [2058355
Detalle de Servicios Año Inscripción; 2018
Historial de Compras
Historial de Usos | Cvosutar]
Impuesto Personas Jurídicas
Índice Personas Físicas Plano(s) Catastrado(s)
Índice de Personas Jurídicas Provincia: 7 - LIMÓN Número Inscripción; 2059355
*ranaltorio NI Ley 9428 'Año Inscripción: 29 Jun 2018 Área Plano: 9,464.00
Bloque; Lote;
MI Cuenta Estado: INSCRITO  Coordenada Norte: 250609.0
Mi Inventario ¡Coordenada Este: 560469.0  CRTM Norte: 1135947.0|
¡CRTM Este: 524168.0 Verificado Zona Catastrada: No
Reserva de Matrícula
Solicitud de Placas Ubicación(es)
Salidas del Pals Provincia | Cantón [Distrito
77 - LIMÓN_2 - POCOCÍ3 - RITA
“Avisos importantes
» Estimado usuario, recuerde Titulares(es)
jue no deben rechazar su
Certificación digital en Identificacion Nombre [Primer Apellido [Segundo Apellido
ninguna entidad, por lo que si
tiene problema s para la [0000000000 SOCIAL GUAPILES JUNTA PROTECCION
recepción de este documento
MA aplicación de sus efectos
legales, sirvase comunicarlo
al centro de asistencia al
usuario, Teléfono. 2202-0888,
Fraccionamiento(s) Plano: Inexistente(s)
Finca(s)
[Provincia [Número Finca [Sub-matrícula [Duplicado [Matriz Filial [Inmueble
[7 - LIMÓN 11080 000
Finca(s) Generada(s): Inexistente(s)
Plano(s) Hijo(s): Inexlstente(s)
Plano(s) Padre(s): Inexistente(s)
Anotaciones: Inexistente(s)
El Registro Inmoblliario advierte que las anotaciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no están
disponibles para ser consultadas por este medio,
Amrumie
Todos los derechos reservados . 2013 . Registro Hacional . San José, Curridabat . Apartado Postal 533-2010 Cuividabar
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Pecocí
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PAGINA Nor09 MUNICIANS Ta ri ARGO CI 95-07-99249
IA
2021 Sistema de Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional
incio : Ayuda i Pesgutas Frecuentes * Eniledes Recopteras 1 Contáctenos Desconectar arnoleo menga ;
Bienes Monttoreados
REPUBLICA DE COSTA RICA
Búsqueda Gráfica Marcas y FEGISTRO NACIONAL
CONSUL 'OR NUMERO DE FINCA
Carrito de Compras MATRICULA: 11080—000
Consultas Gratuitas Y
Certificación Imágenes $ PROVINCIA: LIMON FINCA: 11080 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO: 000
Detalla de Servicios SEGREGACIONES: NO HAY
NATURALEZA; AGRICULTURA
Historial de Compras SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
Hielodil dé Usos LINDEROS;
hi NORTE ; CALLE PUBLICAO
pao Perrone unio SUR : QUIRICO CORRALES
Indice Personas Físicas ESTE : QUIRICO CORRALES
Indica de Personas Juridicas OESTE : QUIRICO CORRALES
Trensodo IN Lay 343 MIDE: DIEZ MIL METROS CUADRADOS
Mi Cuenta PLANO:NO SE INDICA
Mi Inventario.
Raeérva de iia LOS ANTECEDENTES DE ESTA FINCA DEBEN CONSULTARSE EN EL FOLIO MICROFILMADO DE LA
PROVINCIA DE LIMON NUMERO 11080 Y ADEMAS PROVIENE DE 1972 407 001
Solicitud de Placas
Soldas del Pals VALOR FISCAL: NO VALUADO
PROPIETARIO:
Anova tenernos JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE GUAPILES
+ Estimado usuario, recuerde CEDULA JURIDICA 0-000-000000
que no deben rechazar Su DUEÑO DEL DOMINIO
Certificación digital en PRESENTACIÓN: 0289-00005595-01
hinguna entidad, por lo que si CAUSA ADQUISITIVA: COMPRA
tiene problemas para la FECHA DE INSCRIPCIÓN: 26-SEP-1989
recepción de este documento OTROS:
[Agra de sus Poco A
nO de eelicanda Al ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY
usuario, Teléfono, 2202-0898. GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS: 289-05595-01-0903-001
REFERENCIAS: 1972 407 001
AFECTA A FINCA: 7-00011080 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN; NO HAY
Emitido el 08-02-2021 a las 07:25 horas
mar comorar |
Todos los Gurachor restrvados . 2017 . Registra M3c9nal . San 2948, Curridabat Aparraco Postal 522-2010 Curridetat
mAbptibm yo er
Este silo se visualiza mejor an resolución de 1024 x 268px o supertor
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se convoca a Sesión Extraordinaria el próximo
viernes 5 de marzo a las 6:00 pm, Punto número Uno: Atención a la Junta
Administradora del Cementerio de La Rita, en este mismo acto se convoca a un
representante del departamento de Servicios Jurídicos Internos Municipal y a la
Asociación de Desarrollo Integral de La Rita. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nono MUNICI STA No ORO 25-09-99250
ACUERDO N?* 293
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo,
Coordinador del Departamento de Desarrollo y Control Urbano, correo:
controlurboanopococioyahoo.com:
Oficio N”* DDCU-034-2021
Referente: Solicitud de Autorización de área pública área comunal ubicada 375
metros al norte del ebais de barrio Nazareth, distrito Cariari.
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ dy Tetto: 27196500
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Fax: 27137181
ar
Correo electrónico: controlurbanopocociOyahoo.com web: munipococi.go.cr
Jueves 25 de febrero del 2021
OFICIO: DDCU-034-2021
Srs(as).
>> Concejo Municipal
Municipalidad de Pococi
Prosente .
REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN A LA ALCALDÍA / PROCESO DE REGULARIZARIZACIÓN DE ÁREA PÚBLICA
ÁREA COMUNAL UBICADA 375 METROS AL NORTE DEL EBAIS DE BARRIO NAZARETH, DISTRITO CARIARI
Estimados(as) señores(as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad de dar
seguimiento a lo requerido por parte de la Asociación Solidarista de Empleados de Corporación de
Desarrollo Agrícola del Monte S.A. Finca Perdiz, cédula juridica 3-002-051089, mismos que solicitan la
aceptación para regularizar un terreno a favor de la Municipalidad de Pococí, como área de uso público,
el cual se desprende de un fraccionamiento realizado en el año de 1996, destinado actualmente a área
comunal y ubicado 376 metros al norte del EBAIS de Barrio Nazareth, distrito Cariari.
Como parte del proceso de normalización de proyectos urbanos, en cuanto al cumplimiento de la
entrega de áreas de uso público, se solicita autorización para regularizar registralmente el siguiente
terreno:
Tabla 1.- Terrenos a donar como área pública
Plano Catastro Folio Real Área (mi) Naturaloza
L-2243089-2020 7071651-000 500 Área Comunal
Fuente: Desarrollo y Control Urbano
Tel. 2713 6560 ext. 106 - Web: hup//www.munipococi.go.cr
Página 1 de 2
Sitio Web: munipococi.go.cr
A Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nom MUNICIENS ANSIA OPSIMÁMG OC. 25-02,9925
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
Correo electrónico: controlurbanopocociO yahoo.com
Teléfono: 2713 6560
Fax: 27137181
web: munipococi.go.cr
Por lo tanto, se solicita la aceptación y recepción del terreno citado, así como autorizar al
Alcalde en ejercicio por parte del Concejo Municipal, para que comparezca ante notario público
ara la inscripción de dicha área pública a favor del Municipio, ubicada 376 metros al norte del
EBAIS de Barrio Nazareth, Cariari, Pococí; lo anterior en cumplimiento con lo establecido en el Artículo
N*40 de la Ley de Planificación Urbana».
Sin más por el E en
Ing. Henry Madri AS]
Coord. Dpto. Desarrollo y Centre! Urbano! /
E
CC.: Archivo hat
Lic. Manuel Hernández Rivera — Alcaldé "Municipal Pococi
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Acepta el terreno Plano Catastro L-2243089-2020
y se autoriza al señor alcalde comparecer ante notario público para la inscripción
de dicha área pública a favor del Municipio ubicada 376 metros al norte del Ebais
de Barrio Nazareth, Cariari Pococí. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 294
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo,
Coordinador del Departamento de Desarrollo y Control Urbano, correo:
controlurbanopococioyahoo.com:
Oficio N* DDCU-035-2021
Referente: Solicitud De Autorización A La Alcaldía / Proceso De Regularización De
Área Pública Área Comunal Ubicada 85 Metros Al Este Y 210 Metros Al Norte Del
Ebais De Barrio Nazareth, Cariari.
2 Sitio Web: munipococi.go.cr
a LD Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No1n12 MUNICIPIO CA 25-02/28%
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
Correo electrónico: controlurbanopocociOyahoo.com
Teléfono: 2713 6560
Fax: 2713 7181
web: munipococi.go.cr
| Y) Jueves 25 de febrero del 2021
OFICIO: DDCU-035-2021
Srs(as).
—>+ Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN A LA ALCALDÍA / PROCESO DE REGULARIZARIZACIÓN DE ÁREA PÚBLICA
ÁREA COMUNAL UBICADA 85 METROS AL ESTE Y 210 METROS AL NORTE DEL EBAIS DE BARRIO NAZARETH, CARIARI
Estimados(as) señores(as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad de dar
seguimiento a lo requerido por parte de la Asoc, Solidarista Emp. Finca Perdiz, cédula jurídica 3-002-
051089, mismos que solicitan la aceptación para regularizar un terreno a favor de la Municipalidad de
Pococí, como área de uso público, el cual se desprende de un fraccionamiento realizado en el año de
1993, destinado actualmente a área comunal y ubicado 85 metros al este y 210,95 metros al norte del
EBAIS de Barrio Nazareth, distrito Cariari.
Como parte del proceso de normalización de proyectos urbanos, en cuanto al cumplimiento de la
entrega de áreas de uso público, se solicita autorización para regularizar registralmente el siguiente
terreno:
Tabla 1.- Terrenos a donar como área pública
[Plano Catastro FolioReal Área (mi) Naturaleza
7060180-000
L-2261061-2021 7076301-000
1578.00 Área Comunal
Fuente: Desarrollo y Control Urbano
Tel. 2713 6560 ext. 106 - Web: http://www.munipococi.go.cr
Página 1 de 2
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA nera MUNICIEA ARS SESRRGOCI— 25.09.2899258
Aázs
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Teléfono: 2713 6560
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO yes Fax: 2713 7181
a
Correo electrónico: controlurbanopocociO yahoo.com web: munipococi.go.cr
Por lo tanto, se solicita la aceptación y recepción del terreno citado, así como autorizar al
Alcalde en ejercicio por parte del Concejo Municipal, para que comparezca ante notario público
ara la inscripción de dicha área pública a favor del Municipio, ubicada 85 metros al este y 210,95
metros al norte del EBAIS de Barrio Nazareth, Cariari, Pococí; lo anterior en cumplimiento con lo
establecido en el Artículo N*40 de la Ley de Planificación Urbana,
a Ñ a
Sin más por el momentose desp
oras
-
CC.: Archivo ae 3 .
Lic. Manuel Hernández Rivera — Alcalde Municipal Pococí
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Acepta el terreno Plano Catastro L-2261061-2021
y se autoriza al señor alcalde comparecer ante notario público para la inscripción
de dicha área pública a favor del Municipio ubicada 85 mts este y 210.95 metros
norte del Ebais de Barrio Nazareth Cariari Pococí. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 295
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas,
Coordinador de la Unidad de Patentes, dice:
Oficio: PA-0134-2021
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito listado de licencias de
licor para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se
requieren.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a < : Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Non4 MUNICIE ARS SUR NEO CI 25-02-289254
DECADN
NOMBRE DEL
CEDULA SOLICITANTE ACTIVIDAD DIRECCIÓN
aaron MATARRITA CRUZ BRYAN | MINI SUPER CON VENTA DE | TORO AMARILLO 700M SUR
ALONSO Ao CATEGORIA D-1 DE LA PLAZA DEPORTES,
A
/ ¿Ds Rojas
ca de la Unidad de Patentes
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N”* 296
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Vivian Garbanzo, gerente
de área de la Contraloría General de la República, teléfono 2501-8000, correo
contraloria.generalcgrcr.go.cr, dice:
Oficio: N* 02726 DFOE-DL-0191
Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario N? 1-2021 de la Municipalidad
de Pococí
v
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nons MUNICIPAL rta Ag O CI
EAS
.
o División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
o e CGR Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local
Al contestar refiérase
al oficio N.- 02726
23 de febrero, 2021
DFOE-DL-0191
Señora
Magally Venegas Vargas
Secretaria Concejo Municipal
secretaria(Qmunipococi.go.cr
Señor
Manuel Hemández Rivera
Alcalde Municipal
manuelalcaldepocociOógmail.com
katiayesifdgmail.com
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Estimados señores:
Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario N.*1-2021 de la
Municipalidad de Pococí
La Contraloría General recibió el oficio N.”. DAM-0125-2021 de 04 de febrero
de 2021, mediante el cual se remite el presupuesto extraordinario N.” 1-2021 de la
Municipalidad de PococíÍ, que tiene el propósito de incorporar al presupuesto vigente
recursos provenientes del Financiamiento por Superávit Específico; para ser
aplicados en las partidas de gastos de Servicios, Materiales y suministros y Bienes
duraderos.
1. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. FUNDAMENTO NORMATIVO DE LA GESTIÓN
El acto de aprobación presupuestaria se efectúa en base con las
atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184
de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 18 de la Ley Orgánica de
la Contraloría General de la República (LOCGR) N.? 7428 y otras leyes conexas.
La aprobación interna efectuada por el Concejo Municipal como requisito
de validez del documento aportado, consta en el acta de la sesión ordinaria N.”05
celebrada el 21 de enero de 2021. Esto de conformidad con lo regulado en la
norma 4.2.3 de las NTPP!.
1 Resolución N.* R-DC-73-2020 de 18 de setiembre del 2020, publicada en el Alcance Digital N.” 266 de La
Gaceta N.* 245 de 07 de octubre de 2020 y sus reformas.
Contraloría General de la República
T: (508) 2501-8000, F: (508) 2501-8100 C: contraloria.generalácgrer.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
»”
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nong MUNICI AerANóta OA CL
AT
beis División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
E E CGR Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local
DFOE-DL-0191 2 23 de febrero, 2021
1.2. ALCANCE DEL ACTO DE APROBACIÓN EXTERNA
La aprobación se fundamenta en la documentación proporcionada y en
las certificaciones remitidas por esa entidad de acuerdo con lo establecido en la
norma 4.2.14 de las NTPP; por lo que la veracidad de su contenido es de exclusiva
responsabilidad de los funcionarios que las suscribieron.
Además, se aclara que de acuerdo con la norma 4.2.16 de las NTPP, el
análisis de legalidad que realiza la Contraloría General en la aprobación
presupuestaria externa, se circunscribe a los aspectos detallados en la norma 4.2.13
de ese mismo cuerpo normativo. Por lo tanto, queda bajo la exclusiva
responsabilidad de la Administración los demás aspectos no abordados en el
análisis descrito, los cuales están sujetos a la fiscalización posterior facultativa y en
general a las vías ordinarias de revisión de los actos, tanto en sede administrativa
como judicial.
Finalmente lo resuelto con respecto a este presupuesto no constituye
una limitante para el ejercicio de las potestades de fiscalización de la Contraloría
General sobre los recursos y aplicaciones a los cuales se les da contenido
presupuestario en este documento o en futuros presupuestos extraordinarios y
modificaciones presupuestarias.
1.3. RESPONSABILIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN DURANTE LA
FASE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
La ejecución del presupuesto es de exclusiva responsabilidad del jerarca
y de los titulares subordinados, la cual debe ajustarse a la programación
previamente establecida y realizarse con estricto apego a las disposiciones legales y
técnicas, dentro de las que se encuentran la Ley Fortalecimiento de las Finanzas
Públicas, N.” 9635.
2. RESULTADOS
Al respecto, luego del análisis realizado, el Órgano Contralor resuelve aprobar
el citado documento presupuestario de conformidad con lo que a continuación se
indica:
2.1 Se aprueba:
a) Los ingresos incorporados en la clase “Financiamiento”,
correspondientes al Superávit específico, por las suma de (400,0 millones con
fundamento en la la liquidación presupuestaria del período 2020, aprobada por el
Concejo Municipal en sesión extraordinaria N.* 10 del 10 de febrero del 2021.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.generalBcgrer.go.cr
http://vrww.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
y
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Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ne117 MUNICIEA FAR OMR OC 25-02:289257
ATSC
4 ¡2 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
A CGR Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local
DFOE-DL-0191 3 23 de febrero, 2021
b) El contenido presupuestario de los gastos por un monto total de
(400,0 millones, distribuidos en las partidas de Servicios, Materiales y suministros y
Bienes duraderos, incorporados en el Programa lll; según lo dispuesto en la norma
4.2.10 de las NTPP.
3. CONCLUSIÓN
El análisis que el Órgano Contralor llevó a cabo se fundamentó en el
cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa legal vigente. Por tanto,
la Contraloría General aprueba el presupuesto extraordinario N.* 1 para el 2021 por
la suma de 2400,0 millones.
Atentamente,
Firmado digitalmente por
VIVIAN GARBANZO NAVARRO
Fecha: 2021-02-23 09:05
Licda. Vivian Garbanzo Navarro
Gerente de Área
Firmado delalmente or MARLEN
LETICIA MUÑOZ HERRERA
Fecha: 2021-02-23 08:25
Licda. Marlen Muñoz Herrera
Fiscalizadora Asociada
MMH/SME/zwc
ce Expediente CGR-APRE-2021001494
Ni: 3487, 4166, 4747 (2021)
G: 2021001092-1
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.
ACUERDO N* 297
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Patricio Morera, IFAM, teléfono
2507-1000, correo yarayaOifam.go.cr, dice:
Oficio: PE-0053-2021
Asunto: Creación y remisión de un listado de los sitios prioritarios del Cantón en
cuanto mejora de la conectividad y las características de la demanda.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nong MUNICIPIO CI 25-0299258
IFAM:;
18 de febrero de 2021
PE-0053-2021
Señores y señoras
Autoridades Municipales
Municipalidad de Pococí
Presente
Reciban un cordial saludo.
El cierre de la brecha digital es un tema impostergable para el país, ante la nueva normalidad y
la incursión en la transformación digital y las tecnologías disruptivas 4.0, se hace necesaria la
mejora de la infraestructura, cobertura y calidad de la conectividad.
En ese sentido, se insta respetuosamente a que la municipalidad en su representación apoye el
levantamiento de información solicitado en las reuniones llevadas a cabo con el Viceministro
de Telecomunicaciones Sr. Teodoro Willink, la última semana de diciembre 2020 y el envío del
correo por parte del Despacho Ministerial en la misma fecha indicada, donde se incluía la
información a completar por parte de las Municipalidades, el cuál consta del requerimiento
acerca de crear y remitir un listado de los sitios prioritarios del cantón en cuanto a mejora de la
conectividad y las características de la demanda. Asimismo, el MICITT ha recomendado y
recalcado la importancia de que las municipalidades cuenten con un Reglamento de
Infraestructura Municipal,
Esta misiva se da en el marco de continuidad de la agenda que se ha venido desarrollando a raíz
de los resultados de los procesos de diálogo sectoriales y territoriales del año anterior, donde
el tema de la conectividad y los servicios de telecomunicaciones se ha determinado como una
herramienta de gran importancia para la reactivación económica del país.
En virtud de lo señalado anteriormente, desde la Presidencia Ejecutiva del Instituto de Fomento
y Asesoría Municipal, se le agradece remitir la información correspondiente 2 la Ministra
Señora Paola Vega Castillo, a la dirección de correo d listro(Mmicitgo.cl, y a su vez
se le insta a participar activamente de estos procesos, que requieren un trabajo de construcción
conjunta.
Agradezco de antemano el trabajo y la colaboración que en estos sentidos se le preste al MICUTT.
Atentamente,
Patricio Morera Viquez
Presidencia Ejecutiva
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal
das Danar
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Tecnologías de
Información.
Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pacina non MUNICIE AR DI AGOCI 25-09-99259
ACUERDO N* 298
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Maynor Sequeira, Centro de
Desarrollo Empresarial Limón, correo CDEmpresariallimonGina.ac.cr, dice:
Oficio: CDELDIR-INA-003-2021
Asunto: Solicitud de reunión con el Concejo Municipal para exponer información
de importancia del Centro, o bien, que se lleve a cabo en las instalaciones CDE
Limón.
Limon; 19 de febrero del 2021
CDELDIR-INA-003-2021
Señor:
Juan Gómez Gómez
Presidente del Concejo Municipal
Municipalidad del Cantón de Pococí
Asunto: Centro de Desarrollo Empresarial de Limon
Estimado señor:
Reciban un cordial saludo, aprovecho para informarles sobre la apertura del Centro
de Desarrollo Empresarial de la Región Caribe (CDE Limon), cuyo objetivo es
brindar servicios desarrollo empresarial a los emprendimientos con potencial de
crecimiento y a las PYMES establecidas de la Región Caribe.
Nos encontramos ubicados al costado norte del edificio de Correos de CR en Limón
Centro. El pasado mes de noviembre se inició la apertura del CDE en San José y a
partir del 1 febrero 2021 en cinco Regionales como son: Caribe, San Carlos -
Chorotega, Heredia y Cartago.
Nos complace invitarlos a visitar nuestras instalaciones del CDE Limon o en su lugar
le solicitamos que nos reciban en las oficinas de su representada, en la fecha que
su agenda se los permita, a fin de presentarles a nuestro equipo de colaboradores
y brindarles la información respectiva de los servicios de desarrollo empresarial que
se van a brindar, así como la estrategia de atención y vinculación del centro.
Los servicios que se ofrecerán a los clientes del Centro son: asesoría, capacitación,
vinculación y articulación, adecuados a sus necesidades, con el fin de generar
crecimiento económico y valor agregado. Para lo anterior, se realizarán acciones
específicas para identificar, coordinar, vincular e interactuar con los integrantes del
ecosistema empresarial e institucional de la Región.
Para la Municipalidad de Pococí, como Gobierno Local, es de suma importancia el
desarrollo integral de sus comunidades, que realiza a través programas específicos,
gestionando e impulsando emprendimientos productivos del Cantón.
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Pluye
PAGINA No120 MUNICIPARIDAR DEPOCOCI
25-02-2 9260
"La reactivación económica de la provincia de Limón y de su Cantón sólo es posible
con la unión de esfuerzos del sector empresarial, laboral y público. Debemos mirar
el futuro con optimismo, pese al retroceso por el Covid 19".
Sería de gran importancia que nos puedan brindar una pequeña charla o
presentación sobre los servicios que brinda su Institución en el tema de desarrollo
empresarial (Emprendimientos y Pymes) con el fin de conocerlos y establecer los
canales de vinculación y articulación entre el CDE Limon y su representada,
Quedamos a la espera de confirmar la visita ya sea en sus oficinas o en las de
nuestro CDE.
Atentamente,
y Maynor Sequeira Vega
10 Centro de Desarrollo Empresarial Limón
NOD: vera
ley ' 2758-0196
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se convoca sesión extraordinaria martes 02 de
marzo, 6:00 pm. Punto Uno, atención Prados de Esperanza y punto Dos: atención
Centro de Desarrollo Empresarial Limón. Se Dispensa del trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 299
Se conoce nota para este Concejo suscrita por MSc. lrene Hernández, Psicóloga
social, correo jredondoOsinirube.go.cr, dice:
Oficio: IMAS-SINIRUBE-083-2021
Asunto: Cumplimiento de compromisos establecidos en el convenio de
Cooperación Institucional
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PAGINA No121 MUNICIE NEAL RS OHIO CL 25-02-99261
SINIRU3E
Sistema Nacional de Información y
Registro Unico de Beneficiarios del Estado
San José, 11 de febrero de 2021
conte: efiérase al oficio
IMAS-SINIRUBE-083-2021
Señores
Alcadía y Concejo Municipal
Presente
Asunto: Cumplimiento de Compromisos establecidos en el convenio de
Cooperación Interinstitucional.
Estimados señores;
Reciba un cordial saludo. Es de conocimiento que el sistema de información del
SINIRUBE se ha constituido en una herramienta fundamental en la ejecución de
diferentes programas sociales del estado, incluidos aquellos otorgados por los
gobiernos locales, especialmente en el marco de la Emergencia Nacional por la
COVID 19 que afecta al país. La información incorporada permite destinar los
recursos a las personas que más lo necesitan, evitando duplicidad de acciones
institucionales. Por otra parte, permite que la asignación de beneficios
se fundamente en datos oportunos, veraces y precisos, no obstante, para
alcanzar dicho objetivo, es indispensable que las instituciones y los gobiernos
locales aporten la información correspondiente de manera periódica.
En este sentido, se debe destacar lo establecido en la Ley N* 9137 del 5 de
septiembre del 2013, en la cual se establece, en el transitorio 11, un plazo de
seis meses para la integración de la información requerida (es decir a marzo del
2014). Dicho transitorio establece que "Todas las instituciones del Estado y los
gobiernos locales que brinden servicios, asistencias, subsidios o auxilios
económicos a personas que se encuentren en estado o situación de necesidad
tendrán un plazo de seis meses para integrarse y suministrar al Sistema toda la
información requerida”. Por otra parte, esta normativa se viene a fortalecer con
lo indicado en la directriz N% 060 MTSS-MDHIS
En este sentido, y en seguimiento al cumplimiento de lo estipulado en el
Convenio de Cooperación firmado entre su representada y el Sistema Nacional
de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (SINIRUBE) se hace
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PAGINA No122 MUNICIPACrA Ni SAR O Cl
SINIR3E
Sistema Nacional de Información y
Registro Unico de Beneficiarios del Estado
25-02-2 9262
SINIRUBE-083-2021
Página 2 de 3
necesario indicar que desde la firma del convenio se evidencia un incumplimiento
en los compromisos asumidos por la Municipalidad, debido a que no se han
remitido al SINIRUBE los archivos correspondientes al Registro de Personas
Beneficiarias de los programas sociales desarrollados por la Municipalidad, la
cual debe ser enviada con una periodicidad mensual.
Por lo tanto, se hace necesario indicar que desde la firma de este convenio no
se reciben datos correspondientes según lo indicado en el convenio y en el
transitorio 11 de la Ley N* 9137, consecuentemente, ante el incumplimiento de
lo establecido en el Convenio de Cooperación Interinstitucional y según acuerdo
108-2020 del Consejo Rector del SINIRUBE en el cual establece
El Consejo Rector recuerda y advierte a los Gobiernos Locales e
Instituciones que tienen relación convencional con el SINIRUBE, que el
acuerdo de cooperación entre las partes establece un marco de
obligaciones que debe ser observado estrictamente, por ello ante las
solicitudes de creación, ampliación o renovación de acceso que sean
presentadas por nuestras contrapartes, se verificará previamente, que se
esté cumpliendo a cabalidad con la periodicidad establecida para la
remisión de las bases de datos de beneficios, inversión y personas
beneficiarias que ejecuta la respectiva entidad al amparo del convenio
vigente y de lo establecido en el artículo 15.- Responsabilidad de
actualización de la Ley N* 9137 de creación con el SINIRUBE,
Así las cosas, se solicita se notifique a esta Dirección Ejecutiva el cronograma
con fi le compromiso para isión de la informaci
requerida en un plazo no mayor a 15 días a partir del recibido de este
comunicado, La fecha para la primera entrega de la información solicitada debe
realizarse en un plazo máximo de un mes, en caso de no recibir dicha
información, se estaría procediendo a la deshabilitación de los accesos al sistema
del Sinirube que se hayan otorgado y no se podría otorgar nuevos accesos.
Por otra parte, me permito indicar que el día 24 de febrero a la 1:00 pm, se
estará impartiendo una reunión virtual en la cual se estarán exponiendo
diferentes temáticas 1. ¿Qué es el Sinirube? Y los beneficios que tiene para las
instituciones 2. Cómo realizar el proceso de traslado de información.
LA
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PAGINA No123 MUNICIPAL DINO CI 25-42-99263
ETA
SINIR3E
Sistema Nacional de Información y
Registro Unico de Beneficiarios del Estado
SINIRUBE-083-2021
Página 3 de 3
En la primera parte de la reunión pueden participar personas representantes de
la alcaldía, concejo municipal y otros departamentos interesados. En la segunda
parte, es indispensable que asistan las personas del área social que se encargan
del desarrollo de programas sociales en la municipalidad.
Favor confirmar asistencia a más tardar el 22 de febrero al teléfono 2254-0354
o al correo serviciosQsinirube.go.cr
Cordialmente,
IRENE Firmado digitalmente MARCIA .
HERNANDEZ  PorIRENE HERNANDEZ EUGENIA PIEDRA cas ICE RIIOA
CARAZO SARAZO FAMA) SERRANO (FIRMA)
Fecha: 2021.02.17 SERRANO Fecha: 2021.02.17
(FIRMA) 11:37:30 -06'00' (FIRMA) 11:49:56 -06'00'
MSc. Irene Hernández Carazo MSc. Marcia Piedra Serrano
Psicóloga Social Asistente de Dirección
Sistema Nacional de Información
y Registro Único de Beneficiarios del Estado
>
»>
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PAGINA Ner24 MUNICIEErA Rda AMG
SINIR3E
Sistema Nacional de Información y
Registro Unico de Beneficiarios del Estado
25-02-2849264
ACUERDO DE CONSEJO RECTO)
ACTA NO: 11-E-2020 | ACUERDO N' 108-2020
ARTÍCULO: NOVENO |FECHA: 26 DE AGOSTO DE 2020
FECHA DE COMUNICACIÓN: 27 DE AGOSTO DE 2020
PARA SER EJECUTADO POR: DIRECCIÓN EJECUTIVA SINIRUBE
ISUNTO: RESPONSABLIDAD DE LAS INSTITUCIONES Y GOBIERNOS LOCALES DE
¡ALIMENTAR Y ACTUALIZAR LAS BASES DE DATOS DEL SINIRUBE. 238
CONSIDERANDO
Primero: Tomando en consideración la discusión previa en relación con la
aprobación de accesos para las instituciones y manifiesta la preocupación por el
sano y pleno cumplimiento los acuerdos que se han suscrito con estas entidades, a
efecto de que ellas brinden de manera oportuna y periódica los datos sobre
beneficios, inversiones realizadas y la población beneficiaria de sus programas
sociales
POR TANTO
SE ACUERDA:
El Consejo Rector recuerda y advierte a los Gobiernos Locales e Instituciones que
tienen relación convencional con el SINIRUBE, que el acuerdo de cooperación entre las
partes establece un marco de obligaciones que debe ser observado estrictamente, por
ello ante las solicitudes de creación, ampliación o renovación de acceso que sean
presentadas por nuestras contrapartes, se verificará previamente, que se esté
cumpliendo a cabalidad con la periodicidad establecida para la remisión de las bases
de datos de beneficios, inversión y personas beneficiarias que ejecuta la respectiva
entidad al amparo del convenio vigente y de lo establecido en el artículo  15.-
Responsabilidad de actualización de la Ley N* 9137 de creación con el SINIRUBE,
ACUERDO FIRME
Firmado digitalmente por
JUAN LUIS JUAN LUIS BERMUDEZ
BERMUDEZ MADRIZ (FIRMA)
Fecha: 2020.08.31
MADRIZ (FIRMA) ¡5;55:15-06'00'
JUAN LUIS BERMÚDEZ MADRIZ
PRESIDENTE
COMUNÍQUESE.
Por Unanimidad SE ACUERDA: se traslada a la alcaldía, comisión de asuntos
sociales y dpto. de bienestar social. Se Dispensa del trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
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Y < Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Nor25 MUNICIPAL ARSAGOCI 25-02-99265
ACUERDO N?* 300
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Jorge Luis Serrano Valerín,
presidente de la  ADI la Rita, teléfono: 8741-90-69, correo:
adirita1019698 gmail.com dice:
La Asociación de Desarrollo Integral de La Rita, preocupada por el poco espacio
con que cuenta el cementerio de la localidad, está analizando la posibilidad de
agrandarlo y para ello, se ha comunicado con el dueño de un terreno colindante,
y analizar la posibilidad de compra.
Por lo expuesto les solicitamos, en la forma más respetuosa nos ayuden, para que
los documentos que adjuntamos sean revisados por el Departamento Jurídico de
dicha Municipalidad, y nos brinden el criterio respectivo.
No omitimos manifestarles que en documentos que adjuntamos en todos están las
anotaciones sobre la Finca que dice que Sl HAY gravámenes o afectaciones.
De ustedes con toda consideración y estima, atentamente.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA N9126 TOO pag 25-022 1266
[DIE ACA
LA RITA OS
Fundada en Octubre 1969. teléfono 8741 9069
email adirita101969(MHqmail.com
La Rita 22 de febrero 2021
Señores
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
GUAPILES
Estimados señores
SALUDO CORDIAL
La Asociación de Desarrollo Integral de La Rita, preocupada por el poco espacio con
que cuenta el cementerio de la localidad, esta analizando la posibilidad de agrandarlo y
para ello, se ha comunicado con el dueño de un terreno colindante, y analizar la
posibilidad de compra.
Por lo expuesto les solicitamos, en la forma más respetuosa nos ayuden, para que los
documentos que adjuntamos, sean revisados por el Departamento Jurídico de dicha
Municipalidad, y nos brinden el criterio respectivo.
No omitimos manifestarles que en documentos que adjuntamos en todos están las
anotaciones sobre la Finca que dice que SI HAY gravámenes o afectaciones.
De ustedes con toda consideración y estima, atentamente.
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL LA RITA
Jo uis Serrano Valerin
Presidente
ASOCIACIÓN 4,
cc.archivo DESARROLLO INTEG
JLSR-nuria io A
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No127 MUNICIPAL ARSAGOCI 25-0
A
NUMERO TRES, Ante mi, Jose Eduardo Diaz Canales, Notario Público con oficina en Guáplles, Pococi, veinticifeo
metros al norte del Banco de Costa Rica, comparecen: Marcos Corrales Solano, soltero, empresario, con cedula de
identidad siete- cero ochenta- ochocientos sesenta, vecino de la Rita de Pococi, cien metros al oeste del
Cementerio en su condición personal y a la vez en representación y como apoderado generafisimo sin límite de
suma de conformidad al articulos un mil doscientas cincuenta y tres del Codigo Civil, de los señores: Rafael Angel
Corrales Solano, casado una vez, administrador, con cédula de identidad tres- doscientos cuatro: cero cincuenta y
cuatro vecino de Paraíso de Cartago, ochocientos metros al este de la Iglesia Cotólica; María Isabel Corrales Solano
conocida como Maritza Corrales Solano, casada una vez, maestra, con cédula de identidad siete. cero sesenta y
siete- ochocientos cincuenta y siete vecina de Paraiso de Cartago, seiscientos motros al este del Estadio Quincho
Barquero; José Francisco Corrales Solano, soltero, agricultor, con cédula de identidad tres- doscientos cincuenta y
seis- doscientos ochenta y seis vecino de la Rita de Pococi, del Cementerio ciento tincuenta metros al oeste; un la
compañía domiciliada en la ciudad de Pavas, San José, sito del Restaurante Mc Donalds, ciento cincuenta metros ¡11
sur y denominada: "ARQUITECTURA ATLANTICA SOCIEDAD ANONIMA”, cedula jurídica tros-ciento uno-cero
sesenta y nueve mil ciento Cuarenta; personería jutidica todo de lo cual el suscrito notario da fe con vista de la
relacionada cédula jurídica del Registro de Personas Juridicas; Carlos Enrique Corrales Solano, soltero. agricultor,
con cédula de identidad siete- cero ochenta y cinco- doscientos cuarenta y cuatro vecino de la Rita de Pococi.
doscientos metros al orste del Cementerio; Rosaura Corrales Solana, soltera, del hogar, con cédula de identidad
slete- cero ochenta y ocho- seiscientos setenta y tres vecina de la Rita de Pococí, doscientos metros al oeste del
Cementerio, poder debidamente inscrito y vigente en el Registro de Personas del Registro Nacional todo de lo cual
el suscrito notario da fe de ese registro bajo el Tomo: Dos Mil Nueve, Asiento: Doscientos Veintisiete Mil
Setecientos Treinta, Secuencias: uno guion uno, uno gulon catorce, uno guion quínce, uno guion dieciséis, uno
guion diecisiete y uno guion dieciocho, del Registro de Personas del Registro Nacional, respectivamente y GRACE
MARIA CORRALES SOLANO, soltera, del hogar, con cédula de identidad uno-cero quinientos uno-cero quinientos
catorce vecina de la Rita de Pococí setenta y cinco metros al Oeste del Cementerio, Y DICEN: PRIMERO Que
Marcos en su dable condición y Grace solicitan al Registro la cancelación del Derecho de Usufructo inscrito en la
sección respectiva del Registro bajo el Tomo: Trescientos Cuarenta y Cinco, Asiento: Cuatro Mil Trescientos
Cuarenta y Tres, Consecutivo: Cero Uno, Secuencia: Novecientos Diez, Subsecuencia: Cero Cero Uno, sobre la finca
del Partido de Limón matricula de folio real número: SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO- CERO CERO
CERO, dejando libre de ese gravamen la relacionada finca como consecuencia del fallecimiento de la Usulructuaria
ad tres-ciento tres
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señora; Margarita Solano Picado, quien fuera viuda una vez, del hogar, con cédula de identid,
ARRRRENCND
PAGINA No128 MUNICIPAL Ping O CI 25-0299268
doscientas cincuenta ve igual domicilio que Grace, defuncion de lo cual el suscrito notario da fe con vista de la
Seccion ce Defunciones del Registro Civil de la Provincia de Limón, fallecimiento acaecido el pasado dia dieciséis de
mayo de! dos mil diecisiete bajo las citas siete cero cero ocho uno cuatro cuatro siete cero ocho nueve cuatro.
SEGUNDO Continúan diciendo Marcos y Grace que sehcitan al registro ln reunión ae las fincas del Partido de Limon
matriculas ce folio real números SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO y SIETE MIL CUATROCIENTOS
NOVENTA, en una sola finca por estar contiguas entre si, estimando la reunión para electos fiscales en la suma de
treinta millones doscientos dos mil colones, finca que se describe así; Snuada en el distrito Tercero de la Rita del
Cantón Segundo de Pococi de la Pravincia de iimon, con Naturaleza; Agricultura y Potrero, con un área de ciento
cuatro mil ochocientos treinta y ocho metros cuadrados, solicitando rectificar en disminución el área de acuerdo al
plano catnstrado matricula L- dos uno siete siete nueve seis cuatro guian dos mil veinte todo de lo cual el suscrito
notario da te, estimando para efectos fiscales esa rectificación en la sumo de un colón, linda al norte: Nelly Claude!
Barboza, Delford Antonio Orozco Cloudel, María de los Angeles Orozco Claudel y Lidier Eliécer Rodriguez Molina y
Quebrada en medio, al sur: Finca Guajira S.A y Bandeco ambos en parte, al este: Teresa Rosario Benavides Gómez,
Calle Publica con un frente de ocho metros con sesenta y emco centunatros lineales, Mutual Ahorro y Credito
Alajuela, Monren Sociedad Anónima, Allan Rodriguez Corrales, José Francisco Corrales Solano, Michael Corrales
Solano, Marcos Corrales Solano, Kimberly Vega Palma, Edilin Viviana Vego Aglero, Darleen Enrique Mena González
y Cementerio La Rita todo en parte y al oeste: Helner Francisco Orozo Diaz, Pablo Rodríguez Rodríguez y Belford
Antonio Orozco Claude! todos en parte, Por su parte el suscrito notario da fe que la reunión de fincas se ajusta y se
hizo de conformidad al plano catastrado matricula L- dos uno stete siete nueve seis cuatro guión dos mil veinte.
Siguen diciendo Marco y Grace que las proporciones en que quedan tos co propietarios respecto a sus derechos,
como consecuencia de la reunión de fincus es la siguientes: Marcos Corrales Solano con un urea de doce mil
setecientos setenta y nueve metros con setenta y cinco decimetros cuadrados; Grace Corrales Solano con un ara
de cinco mil cuatrocientos treinta metros con sesenta decimetros cuadrados, Rafael Angel Corrales Solano, Maria
isabel Corrales Solano, José Francisco Corrales Solano, Arquitectura Atlántica S.A con un área cada uno de catorce
mi quinsentos sesenta y dos metros cuadrados, Carlos Enrique Corrales Solano con un área de trece mil seiscientos
setenta metros con ochenta y ocho decimetros cuadrados y Rosaura Corrales Solano con un área de catorce mil
setecientos ocho metros con setenta y siete decimetras cuadrados, £S TODO, Extiendo un primer testimonio, Leido
lo escrito a los otorgantes, manifestaron que lo aprueban, y firmamos todos en la ciudad de Guápiles de Pococi a
las diccísicte horas del día veintisiete de octubre del dos mil veinte, ILEGIBLE, ILEGIBLE. JEDC. LO ANTERIOR ES
COPIA FIEL Y EXACTA DE LA ESCRITURA PUBLICA NUMERO TRES VISIBLE E INICIADA AL FOLIO FRENTE TRES DEL
9
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PAGINA No129 MUNICI Aer A Noa OACI 25-0
EOS
TOMO NOVENTA Y SIETE DEL PROTOCOLO DEL SUSCRITO NOTARIO LA CUAL RESULTO CONFORME AL MOMENTO
DE CONFRONTARLA CON SU ORIGINAL Y LA EXPIDO COMO UN PRIMER TESTIMONIO A LA HORA DE CTORGAR LA
MATRIZ.
JOSE Firmado
digitalmente por
EDUARDO JOSE EDUARDO DIAZ
DIAZ CANALES CANALES (FIRMA)
Fecha: 2020.11.03
(FIRMA) 12:25:42 -06'00'
RAZON NOTARIAL:
El suscrito notario da fe con vista en el comprobante bancario del Banco de Costa Rica: tasación número
tres nueve ocho acho seis dos siete nueve seis, entero número tres ocho seis cero cero tros tras cero-
cero, para la reunión de fincas; y la tasación numero: tros nueve ocho ocho seis tres cuatro dos tres,
entero número: tres ocho seis cero cero tres nueve tres-nueve. Guápiles de Pacoci, tres de noviembre
del dos mil veinte.
J OS E Firmado
EDUARDO — oseroumnoo,
DIAZ DIAZ CANALES
(FIRMA)
CANALES Fecha: 2020.11.03
(FIRMA) 12:26:11 -06'00
Razón Notarial: El suscrito Notario da fe con vista en fa matriz que el número correcto de
cédula.de identidad. de la compareciente Rosaura Corrales Solano es siete, cero ochenta y
--Scho, cero selscientos setenta y tres y se solicita al registro se sirva rectifícar-esa cédula para
que se inscriba correctamente en el Registro estimándose esa solicitud para efectos fiscales,
en lo sumo de un colon, dando fe el suscrito notario que la persona que comparece y la que
indica el Reg)
'o se trátan de la misma persona; que la subsecuencia correcta del derecho
de usufructo a «cancelar es cero cero Uno, asi mismo el suscrito notario da-fe que se canceló
los timbres de ley con la tasación número; cuatro cero cero cinco dos nueve cero cuatro uno,
entero bancario número: tres ocho siete seis seis nueve nueve tres cero. Guápiles de Pococí -..
"dieciséis de noviembre del dos imil veinte.
JOSE + Flrmado '
e - digital or.
EDUARDO — JOSEEDUARDODIAZ
DIAZ CANALES CANALES!
(FIRMA) >= 122sa2.0500
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Pluye
PAGINA Noigo MUNICIE AR IRIAGO CI 25-02-299270,
NP IORDASICOA
Fecha Actual: 23/11/2020 REGISTRO INMOBILIARIO Página 1 de 2
INSCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO TOMO:2020  'ASIENTO:00588427 CONSECUTIVO:01
001. REUNION DE FINCAS
PROVINCIA DE LIMON Finca NÚMERO: 00180448 000
001 MARCOS ANTONIO CORRALES SOLANO
002 GRACE MARIA CORRALES SOLANO
003 RAFAEL ANGEL CORRALES SOLANO
004 MARIA ISABEL DE LOS ANGELES CORRALES SOLANO
005 JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO
006 ARQUITECTURA ATLANTICA SOCIEDAD ANONIMA
007 CARLOS ENRIQUE DEL CARMEN CORRALES SOLANO
008 ROSAURA CORRALES SOLANO
002. RECTIFICACION DE NOMBRE Y CEDULA
PROVINCIA DE LIMON Finca NÚMERO: 00007485 009
003. RECTIFICACION DE CLASE DE DERECHO
PROVINCIA DE LIMON Finca NÚMERO: 00007485 002
. 004. RECTIFICACION DE CLASE DE DERECHO
PROVINCIA DE LIMON Finca NÚMERO: 00007485 003
005. RECTIFICACION DE CLASE DE DERECHO
PROVINCIA DE LIMON Finca NÚMERO: 00007485 004
006. RECTIFICACIÓN DE CLASE DE DERECHO
PROVINCIA DE LIMON Finca NÚMERO: 00007485 005
007. RECTIFICACION DE CLASE DE DERECHO
PROVINCIA DE LIMON Finca NÚMERO: 00007485 006
008. RECTIFICACION DE CLASE DE DERECHO
PROVINCIA DE LIMON Finca NÚMERO: 00007485 007
009. RECTIFICACION DE CLASE DE DERECHO
PROVINCIA DE LIMON Finca NUMERO: 00007485 008
010. RECTIFICACION DE CLASE DE DERECHO
PROVINCIA DE LIMON Finca NÚMERO: 00007485 009
011, RECTIFICACION DE MEDIDA (DISMINUYE)
PROVINCIA DE LIMON Finca NÚMERO: 00180448 000
AO O nr Ona r acero ne ararennonar co nanieneas, * ÚLTIMA LÍNEA *
Fecha: 23 DE NOVIEMBRE DE 2020
CINDY VANESSA PICADO SABORIO.
GRUPO: 2 PARTIDO: 420
Garanenarenentunnaraaannororaransrrncaracronnoos CONTINUA “079 tterencorancanan anar carrnconaonos herorenacarenenntno ro
>
Fecha Actual: 23/11/2020 dina 2 de 2
a
Pá
REGISTRO INMOBILIARIO
INSCRIPCIÓN DEL DOGUMENTO-TOMO:2020  ASIENTO:0588427' CONSECUTIVO: 01 *
7 E E REGISTRADOR QUE AUTORIZA.
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PAGINA Ne132 MUNICIU AR RANGO CI 25-02-2842
BLICA DE COSTA RICA
CONSULTA POR NUMERO DE FINCA
MATRICLLA: 180448= - «001
PROVINCIA: LIMON FINCA; 180448 DUPLICADO; HORIZONTAL: DER 001
REGACIONES: NO HAY
ELLY CLAUDEL BARBOZA.
S OROZCO CLAUDEL Y LIDI
LFORD ANTONIO OROZCO CLAUDEL. MARIA DE LOS
ELIECER RODRIGUEZ MOLINA Y QUEBRADA EN
MEDIO
Y AMBOS EN PARTE
MEZ, CALLE PUBLICA CON 1 'RENTE DES METROS
AMORRO Y CREDITO ALAJUELA. MONRERI
CORRALES. JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO,
SUR : FINCA GUAJIRA S.A. Y BANU
MIC MAFL CORRAN ¡OLANO Y OTRO:
OESTF. : HEINER FRANCISCO OROZCO DIAZ, PABLO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y BELFORD
ANTONIO OROZCO CLAUDEL TODOS EN PARTE
MIDE: CU j
PLANO:
TO CUAM had MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS
¿¡NTFS DOMINIO DE LA FINCA:
FINCA —— DERECHO INSCRITA EN
FANONTARS 000 FOLIO REAL
7-00007490 000 FOLIO REAL
VALOR FISCAL; 30,202,000.00 COLONES
PROPIETARIO:
MARCOS ANTONIO CORRALES SOLANO
ULA IDENTIDAD 7-0080-0860
TADO CIVIL; SOL]
ESTIMACIÓN O P
TENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS
FECHA DE INSCRIPCIÓN: 23. NON 2020
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: pe HAY
GRAVAMENES o AFE: S
Y RESTRICCIONES
02151-01-0901-001
2811112020
FINCA REFERENCIA 700007485 000
AFECTA A FINCA: 7-00180448 -0U0
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
SERVAS Y RESTRICCIONES
: 251-02517-01-0901=001
FINCA REFERENCIA 700007490 000
AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
Emitido el 26-11-2020 a las 11:11 horas
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PAGINA Nerg3 MUNICIPLE AA DPRGOCI 25-02-289273
20112L20
PROVINCIA: LIMON FINCA: 180448 DUPLICADO: HORIZONT:
NATURALEZA: AGRICULTURA Y POTRERO
NORTE : NELLY CLAUDEL BARBOZA, BELFORD a ANTONIO OROZC oct. AUDE. MARIA DR LOS
ANGELES OROZCO CLAUDEL Y LIDIE! El
CO CORR: ALES SOLANO.
¡CISCO OROZCO DIAZ, PABLO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y BELFORD
¿LAUDEL TODOS EN PARIL
N
MIDE: CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS
PLANO:L-2177964-2020
ANTECEDENTES DOMINIO DE LA FIN
FINCA DERECHO INSCRI
7-410007485 000 FOLIO REAL
200007490 000 FOLIO REAL
VALOR FISCAL: 30,202.000,00 COLONES
PROPIETARIO:
ESTIMACIÓ: o PREC lo: TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL. DOSCIENTOS
CINCUENTA COL ONE:
DE INSC Sta 23-X0V-2020
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY
GRAVAMENES o AFECTACIONES: SUNAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITA: 1-02151-01-0901-001
2011/2020
" FINCA REFERENCIA 700007485 000
AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
- RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS: 251-02517:01-0901:001 .
FINCA REFERENCIA 700007490 000
AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
Emitido el 26-11-2020 a las 11:11 horas
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PAGINA No134 MUNICIEXErAlNSda Shin O Cl
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CONSULTA DERECHOS
MATRICULA: 180448—000
NATURALEZA: AGRICULTURA Y POTRERO
SITUADA EN EL DISTRITO 3-RITA CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
MIDE; CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS
ANTECEDENTES DE DOMINIO:
FINCA DERECHO
7-00007485 000 INSCRITA EN
7-00007490 000 FOLIO REAL
7-00007485 000 FOLIO REAL
7-00007490 000
Xx DERECHOS:
CEDULA IDENTIDAD 7-0080-0860
SOLTERO
DUEÑO DE 12779.75 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
Z GRACE MARIA CORRALES SOLANO
CEDULA IDENTIDAD 1-0501-0514
SOLTERO
DUEÑO DE 5430.6 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
3 RAFAEL ANGEL CORRALES SOLANO
CÉDULA IDENTIDAD 3-0204-0054
CASADO UNA VEZ
DUEÑO DE 14562 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
MARIA IS: NGELES CORRALES SOLANO
CEDULA IDENTIDAD 7-0067-0857
CASADO UNA VEZ
DUEÑO DE 14562 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
5 JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO
CEDULA IDENTIDAD 3-0256-0286
SOLTERO
DUEÑO DE 14562 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES; SI HAY ANOTACIONES; NO HAY
 ARQUIVEGTURA ATLANTICA SOCIEDAD ANQMIMA
CEDULA JURIDICA 3-101-069140
DUEÑO DE 14562 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
CEDULA IDENTIDAD 7-0085-0244
SOLTERO
DUEÑO DE 13670.88 METROS CUADRADOS ÉN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
'SAURA COÍ ES 8
CEDULA IDENTIDAD 7-0088-0673
SOLTERO
DUEÑO DE 14708.77 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
GRAVAMENES: SI HAY ANOTACIONES: NO HAY
POCOCÍ
Pluye
25-02 ¿892 74
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PAGINA Ne135 MUNICIEA ANA Sri O CI
Bienes Moniloreados
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Historial de Compras
Historial de Usos
Impuesto Personas Jurídicas
Indice Personas Físicas
Índice de Personas Juridicas
Transitorio 11! Ley 9428
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Mi Inventario
Reserva de Matrícula
Solicitud de Placas
Salidas del País
Estimado usuario, recuerde
que no deben rechazar su
Certificación digital en
ninguna entidad, por lo que si
tiene problemas para la
recepción de este documento
y aplicación de sus efectos
legales, sirvase comunicarlo
al centro de asistencia al
usuario, Teléfono, 2202-0888,
25- 2-2892 15
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CONSULTA POR NUMERO DE FINCA
MATRICULA: 180448- - -D01
PROVINCIA; LIMON FINCA: 180448 DUPLICADO; HORIZONTAL: DERECHO: 001
SEGREGACIONES: NO HAY
NATURALEZA: AGRICULTURA Y POTRERO
SITUADA EN EL DISTRITO 3-RITA CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
LINDEROS:
NORTE : NELLY CLAUDEL BARBOZA, BELFORD ANTONIO OROZCO CLAUDEL, MARIA DE LOS ANGELES
OROZCO CLAUDEL Y LIDIER ELIECER RODRIGUEZ MOLINA Y QUEBRADA EN MEDIO
SUR : FINCA GUAJIRA S.A. Y BANDECO AMBOS EN PARTE
ESTE : TERESA ROSARIO BENAVIDES GÓMEZ, CALLE PUBLICA CON UN FRENTE DE 8 METROS CON 65
CENTIMETROS LINEALES, MUTUAL AHORRO Y CREDITO ALAJUELA, MONRERI SOCIEDAD ANONIMA,
ALLAN RODRIGUEZ CORRALES, JOSE FRANCISCO CORRALES SOLANO, MICHAEL CORRALES SOLANO Y
OTROS
OESTE : HEINER FRANCISCO OROZCO DIAZ, PABLO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y BELFORD ANTONIO
OROZCO CLAUDEL TODOS EN PARTE
MIDE: CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS
PLANO:L-2177964-2020
ANTECEDENTES DOMINIO DE LA FINCA:
FINCA DERECHO INSCRITA EN
7-00007485 000 FOLIO REAL
7-00007490 000 FOLIO REAL
VALOR FISCAL: 30,202,000.00 COLONES
PROPIETARIO:
MARCOS ANTONIO CORRALES SOLANO
CEDULA IDENTIDAD 7-0080-0860
ESTADO CIVIL: SOLTERO
ESTIMACIÓN O PRECIO: TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
COLONES
DUEÑO DE 12779,75 METROS CUADRADOS EN LA FINCA
PRESENTACIÓN: 2020-00588427-01
FECHA DE INSCRIPCIÓN: 23-NOV-20:
[cat
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY
GRAVAMENES o AFECTACIONES: S1 HAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS: 251-02151-01-0901-001
FINCA REFERENCIA 700007485 000
AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
RESERVAS Y RESTRICCIONES
CITAS: 251-02517-01-0901-001
FINCA REFERENCIA 700007490 000
AFECTA A FINCA: 7-00180448 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
Emitido el 02-02-2021 a las 15:42 horas
Por Unanimidad SE ACUERDA: Informarle a la ADI La Rita que este tema se estará
tratando en una sesión extraordinaria el viernes 05 de marzo a las 6:00 pm. Se
Dispensa del trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Pecocí
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PAGINA No136 MUNICIEN AN inf O CI 25-02.2849276
ACUERDO N?* 301
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Gerardo Serrano, Pdte. ADI
PACABES, teléfono 8989-6669, correo asociasion.pacabesegmail.com, dice:
Asunto: Solicitud de convenio de administración de las zonas comunales en
Barrio Palma Dorada, fundamentado en la Ley 3859 Artículos 14,18,19 y 20.
22 de Febrero del 2021
ADIPACABES 1101-2021
Señores,
Consejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
Estimado Regidores,
Reciba un cordial saludo de parte de la Asociación de Desarrollo
Integral PACABES. Les desea éxitos en sus funciones.
Fundamentados en la ley, 3859 en sus artículos 414, 18, 19 y 20,
lo cual adjuntamos, hacemos formal solicitud de convenio de
administración de las zonas comunales en barrio Palma Dorada que
consiste en los siguientes inmuebles, plano ++178804, finca 41746449
-000 y plano ++178805 finca +7146449-000,con una área de 519
metros en ambos planos, esto con el fin de lograr nuestro sueño de un
salón comunal en nuestra comunidad, y nos comprometemos como
asociación, a dar mantenimiento hasta tanto podamos construir el salón
comunal, a la vez les solicitamos sean incluidos en el presupuesto
ordinario para la compra de materiales, tales como baldosas
prefabricadas, cemento y agregados. Les agradecemos su valiosa
colaboración en beneficio de nuestra comunidad, todo lo anterior en base
al acuerdo 6-1 acta +88 del 18 de febrero del año en curso.
Se les agradece la atención a la misma.
Secretaria
ADI PACABES ADI PACABES
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PAGINA No137, MUNICIELEPARAR DE ROGOCI 25-02-9927
D NADECO
de Desarrolo de la Comunidad
Dirección Nacio!
REGLAMENTO A LA LEY 3859
DECRETO EJECUTIVO
No.26935-G
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y LA MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política; el Decreto de Ley No. 696,
de 1 de setiembre de 1949 (Creación del Ministerio de Gobernación y Policia) y sus reformas; la Ley No. 3859 de 7 de abril
de 1967: la Ley No. 6227 de 2 de mayo de 1978 (Ley General de la Administración Pública),
Considerando:
1) Que el proceso de transformación del Estado, las nuevas políticas de descentralización y la participación
de la sociedad civil en la toma de decisiones, donde las asociaciones de desarrollo son pilar fundamental,
requieren mecanismos de funcionamiento y procesos de trabajo ágiles, fortalecidos y eficientes por parte de
estos organismos.
2) Que el Estado costarricense ha venido adecuando sus estructuras para poder dar respuesta a las necesidades
de los diferentes sectores productivos y sociales del país.
3) Que como consecuencia del proceso de reestructuración desarrollado en la Dirección Nacional de Desarrollo
de la Comunidad, existe la necesidad de ajustar los procedimientos relativos al traslado de algunas competencias
al movimiento comunal,
4) Que a diferencia de la reglamentación vigente, en cuya elaboración no tuvo participación la dirigencia comunal,
el presente Reglamento es el fruto compartido por las tres instancias creadas al ampara de la Ley No. 3859,
a saber: Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad, Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad
y el movimiento comunal del país, integrado en la Confederación Nacional de Asociaciones de Desarrollo, Por
tanto;
DECRETAN:
Se deroga el Decreto Ejecutivo No. 25409-G, de 30 de mayo de 1996, correspondiente al Reglamento a la Ley No. 3859
Sobre Desarrollo de la Comunidad, y en su lugar se crea el presente:
REGLAMENTO A LA LEY No. 3859 SOBRE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD
Capitulo 1
De la organización y fines de la
Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad
Artículo 1 - La Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, conocida por sus siglas como DINADECO, es un órgano
del Poder Ejecutivo, adscrito al Ministerio de Gobernación y Policía. Estará regida (*) por un Consejo Nacional, el cual se
integrará conforme lo dispone el Artículo 8 de la Ley No. 3859.
(") La Procuraduría General de la República se pronunció con respecto al término “regida” al estimar que no existe una relación de
jerarquia entre el Consejo Nacional y la Dirección Nacional. (ver OJ-059-2003 del 7 de abril de 2003).
Artículo 2 - La Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad actuará como instrumento básico de desarrollo, con
el fin de fomentar, orientar, coordinar y evaluar la organización de las comunidades del país, para lograr su participación
activa y consciente en la realización de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social.
Será además, un órgano de coordinación interinstitucional para la ejecución de las políticas del Poder Ejecutivo y del
movimiento comunal, que sean integradas al Plan Nacional de Desarrollo de la Comunidad.
La formulación del Plan Nacional de Desarrollo de la Comunidad estará a cargo de la Confederación Nacional de
Asociaciones de Desarrollo, A DINADECO le corresponderá la colaboración técnica para que se ejecute dicho plan, el cual
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PAGINA No138 MUNICIPAL DAA CI 25-02
105 TONUOS, PUDIICOS Y (0) privados, nacionales y (0) extranjeros, arsponioles para el imanciamienio ge proyectok
comunales de las asociaciones de desarrollo y de los organismos de grado superior.
h) Asesorar al Consejo sobre cualquier tipo de transacción con organismos públicos o privados, nacionales e
internacionales, con el Sistema Bancario Nacional y con otras entidades, en beneficio del movimiento comunal.
1) Coordinar con el Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad y la Confederación Nacional de Asociaciones,
la celebración del Día Nacional del Servidor Comunitario, el último domingo del mes de octubre de cada año,
según lo establece la Ley No. 6814, del 20 de setiembre de 1982.
]) Conforme con el artículo 25 de la Ley No. 3859, ejercer la debida supervisión sobre las asociaciones de
desarrollo y comunicar al Ministerio Público los delitos o faltas en que hayan incurrido los miembros de la junta
directiva en el ejercicio de sus funciones, según el informe que deberán suministrar los funcionarios encargados
de esta supervisión, sin que queden excluidos de esta obligación los miembros de junta directiva y (0) asociados
que tengan conocimiento del supuesto hecho delictivo,
k) Las demás que le asigne el Poder Ejecutivo o el Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad,
Artículo 10 - En ausencia del Director General, éste será sustituido por el funcionario que él designe, previa comunicación
al Ministro de Gobernación y Policía y al Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad. (sin efecto)
Capítulo IV
De las asociaciones para el desarrollo de la comunidad
Artículo 11 - Las asociaciones para el desarrollo de la comunidad son organismos comunitarios de primer grado, con
una circunscripción territorial determinada. Son entidades de interés público, aunque regidas por las normas del derecho
privado, y como tales, están autorizadas para promover o realizar un conjunto de planes necesarios para desarrollar
social, económica y culturalmente a los habitantes del área en que conviven, colaborando para ello con el Gobierno, las
municipalidades y cualesquiera organismos públicos y privados. De esta misma forma se incorporan a las estrategias y
planes de desarrollo regional y a la descentralización.
Artículo 12 - Las asociaciones de desarrollo de la comunidad serán de dos tipos:
a) Integrales: son asociaciones que representan a personas que viven en una misma comunidad y para
constitución es necesario que se reúnan por lo menos cien de ellas, mayores de quince años.
b) Específicas: son asociaciones cuya finalidad es desarrollar objetivos específicos que favorezcan las
condiciones económicas, sociales y culturales de una comunidad. Para su constitución es necesario que se
reúnan por lo menos cincuenta personas, mayores de quince años. También podrán constituirse asociaciones
específicas de carácter sectorial a nivel cantonal.
Artículo 13 - Se reconoce a las comunidades el derecho de formar asociaciones para el desarrollo de la comunidad, previa
presentación ante el equipo técnico regional respectivo, de un memorial firmado con el número mínimo de personas y
condiciones indicadas en el artículo precedente, solicitando el visto bueno para iniciar el trámite de constitución y adjuntando
el proyecto de estatuto que regirá a la asociación.
Recibida la solicitud, la Dirección Nacional dentro de un plazo no mayor a quince días hábiles, estudiará la documentación
presentada y si ésta se ajusta a las normas establecidas en la Ley y este Reglamento, procederá a dar el visto bueno para
que continuase el proceso constitutivo,
Articulo 14 - Para la realización de la asamblea general constitutiva, se seguirán las indicaciones que se señalan a
continuación:
a)Cumplido el trámite enumerado en el artículo anterior, la convocatoria se realiza cuando menos con quince días hábiles
de anticipación a la celebración de la asamblea./ Dicha convocatoria debe contener: día, hora y sitio convenientes, así
como el motivo de realización, y difundirse en la comunidad por los medios de publicidad disponibles y adecuados, a fin de
asegurar la concurrencia del mayor número de vecinos,
b)Durante el tiempo que media entre la convocatoria y la realización de la asamblea, los dirigentes comunales deben
orientar e impulsar la promoción de la asamblea constitutiva, para lo cual pueden solicitar la asesoría correspondiente a la
Dirección Nacional. :
Artículo 15 - Para que la asociación se considere legalmente constituida y en el pleno goce de su personalidad jurídica, es
indispensable que se formule una solicitud suscrita por su presidente electo, autenticada por un abogado. de acuerdo con
y
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pacina norgo MUNICIPAL ARA DERNEOCI
el artículo 27 de la Ley, y que se envíe al Área Legal y de Registro que se señala en este Reglamento, dentro de los ocho
dias hábiles siguientes a la realización de la asamblea constitutiva, comunicando la integración de su junta directiva con
las calidades generales de cada uno, con copias autenticadas de su acta constitutiva y estatuto.
El acta constitutiva debe contener el texto integro del Estatuto, insertando en ella, además, todos los acuerdos tomados
así como los nombre, apellidos, números de cédula y domicilio exacto de los asociados que componen su junta directiva,
Como constancia de su asistencia y participación en la asamblea constitutiva, los asociados firmarán el libro de actas de
asambleas generales que al efecto se habilite y desde ese momento, quedarán inscritos como socios fundadores.
Artículo 16 - La Dirección, por medio del Área Legal y de Registro, examinará dentro de los quince días hábiles posteriores
a su recibo, si los mencionados documentos se ajustan a lo que establecen la Loy y este Reglamento; en caso afirmativo,
se entregará a los interesados un edicto que éstos deberán publicar mediante un aviso en el Diario Oficial, dando cuenta de
la constitución de la asociación y emplazando, por el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de dicho aviso,
a cualquier persona pública o privada, para que formule reparos a la inscripción en trámite, El emplazamiento es expreso
para la municipalidad de la jurisdicción correspondiente.
Vencido el plazo, sin que se hayan presentado oposiciones ante el Área Legal y de Registro, por cualquier persona pública
o privada o bien por la municipalidad de la jurisdicción correspondiente, o desechadas las interpuestas, se aprobará el
estatuto y se ordenará la inscripción en el Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad, lo cual no
puede negarse si se han satisfecho los anteriores requisitos, En caso de oposiciones procedentes debidamente calificadas,
mediante un acuerdo del Área Legal y de Registro se desestima la gestión de inscripción y se notifica a los interesados los
errores u deficiencias que existan, para que estos los subsanen si les fuera posible, o para que en un plazo perentorio de
tres días hábiles, interpongan recurso de apelación ante la Dirección General, la cual dictara resolución en un plazo de
diez días hábiles, Igual procedimiento se seguirá en caso de denegatoria de inscripción de uniones cantonales o zonales,
federaciones o la Confederación. En todos los casos, deberá señalarse un lugar para notificaciones.
Artículo 17 - La inscripción en el Registro autorizará a la asociación para funcionar y le otorgará plena personalidad
jurídica, de acuerda con el artículo 28 de la Ley. Tal personalidad puede acreditarse ante los organismos administrativos y
judiciales por medio del acuerdo que aprueba el estatuto y ordena la inscripción, publicado en el Diario Oficial, o mediante
certificación de dicha inscripción emanada del Registro ya indicado,
Articulo 18 - La inscripción del acto respectivo tiene efectos constitutivos. Existirá responsabilidad personal de los
miembros de la junta directiva que ejecuten actos sin la debida inscripción, los cuales no producirán efectos en perjuicio
de terceros
Artículo 19 — Para los fines legales consiguientes, toda reforma al estatuto deberá ser inscrita conforme con los trámites
anteriores, Cada dos años, dentro de los ocho dias hábiles siguientes a la realización de la asamblea general de fin de
período de las organizaciones de primero, segundo y tercer grado, también deberá inscribirse el acuerdo de la asamblea
general en que se renueve la junta directiva, lo cual se hará con base en una nota del secretario de la organización a la que
se adjuntará una copia del acta respectiva, en la cual se indique la información correspondiente y se formalice la solicitud
de inscripción. Igual información se requerirá para inscribir los nombramientos parciales de la junta directiva, así como las
reformas al estatuto que se acuerden. Para la Confederación Nacional de Asociaciones, el periodo será de cuatro años.
Artículo 20 -- Además de los requisitos señalados en el artículo 17 de la Ley, el estatuto de cada asociación de desarrollo
deberá expresar:
a) Su domicilio y territorio que abarca. Este territorio deberá determinarse conforme lo indica el Articulo 16 de la Ley.
b) La denominación que la distingue de otras, así como los fines esenciales y generales que persigue.
c) La integración de la junta directiva, la forma de elegirla, el número de sus miembros, los puestos que existirán y
las funciones especificas de cada uno, asi como los requisitos para formar parte de ella, dentro de los cuales deberá
contemplarse la mayoría de edad.
d) La forma en que las asociaciones podrán constituir uniones, federaciones y la Confederación, así como el procedimiento
a seguir en caso de que decidan separarse de las mismas,
8) Los procedimientos de asociación y de retiro de sus asociados.
f) Los deberes y derechos, al igual que el sistema de sanciones que les será aplicable y las causas y procedimientos de
expulsión. ú .
9) La forma de fijar las contribuciones ordinarias y extraordinarias, el modo de cobrarlas y los miembros y organismos a
los que compete su administración.
h) Los recursos con que cuenta la organización y la época de presentación de cuentas, con detalle del ingreso y egreso de
E EEE]
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la alcaldía, comisión de hacendarios
y comisión de jurídicos.
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PAGINA Ner4o MUNICIPSrARAj SHIOCI—— 2502-2889280
ACUERDO N* 302
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Carlos Alfredo Cruz
Rodríguez, Asociación de Desarrollo La Unión, dice:
Asunto: Solicitud de recolección de basura
Reciba un cordial aludo de parte de la Asociación de Desarrollo de la Unión de
Guápiles y deseándole buenos éxitos este 2021. Estimado Señores la Asociación
de Desarrollo Integral de la Unión les solicita una gran ayuda, es si nos puede
mandar el camión de recolector de basura tanto como en la Marina y la Unión, el
camión que entra a recoger la basura cobran 4500 colones por mes, hay muchas
personas que no tienen dinero para pagar entonces agarran la basura y las botas
en cualquier lugar, y eso no es todo, el decir es que la Asociación tienen recogerla
y pagar ya que cada usuario pagaría 54.000 por año.
Se le agradece la ayuda que nos pueda brindar. Muchas gradas.
Atentamente se despide el presidente de la Asociación de Desarrollo de la Unión.
Carlos Alfredo Cruz uez irc
A
| Presidente de la Asociación ae
|
de Desarrollo La Unión %: |
Por Unanimidad SE ACUERDA: se traslada a la alcaldía y Unidad Técnica de Gestión
Ambiental Municipal y que rinden informe a este Concejo.
ACUERDO N* 303
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Andrea Torres Castillo, teléfono
6157-3699, correo eduardoquirostorresegmail.com, dice:
Asunto: Solicitud de ayuda social para menor con discapacidad
Buenas, mi nombre es Andrea Torres Castillo, vecina de Cariari, me dirijo a ustedes
por este medio con el fin de solicitarles su colaboración para la construcción de
un puente tipo rampa, ya que es indispensable para podernos ayudar con la
discapacidad que tiene mi nieto Kendall Aguilar Quirós, quien es dependiente de
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Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PAGINA No141 MUNICIP Aranda GOO 25-07-999281
una silla de ruedas y es muy difícil para nosotras por el esfuerzo físico que tenem
que hacer para levantar y bajar la silla a la hora de salir y entrar a la casa.
Gracias por su comprensión.
ced : 5-014-0225
Tel: 61-57-36: 99
edad qero torres oc nico.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la alcaldía y a la Comisión de
Hacendarios, departamento de Bienestar Social, Familia y Mujer para que realice
visita al sitio y realice un informe a este Concejo.
ACUERDO N* 304
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Jorge Durán Valverde, gestor
ambiental, teléfono 8586-3076, dice:
Asunto: Solicitud de mesa de trabajo para exponer el proyecto “Arbolización de
la Ruta 32”
Con todo respeto, solicito una "Mesa de Trabajo” para exponerles el proyecto de
“Arbolización de la Ruta 32”, proyecto que involucra diferentes comunidades y
sería de gran beneficio ambiental y de gran belleza escénica.
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No142 MUNICIP AR DAN OC 25-021.89282
CEA E
Muchas gracias.
ATTE: george DURA YA he
GESTO Am pi? mAEs
TEL OSBLSOTE
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se atenderá en Sesión Extraordinaria el próximo
viernes 5 de marzo a las 6:00 pm, Punto número Uno: Atención a la Junta
Administradora del Cementerio de La Rita. Punto número Dos: Atención al señor
Jorge Durán Valverde para exponer el proyecto “Arbolización de la Ruta 32”. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N?* 305
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Samanta Durán, Comité de
Desarrollo y Pro-mejoras Barrio Mesías, teléfono 7034-0552, dice:
Asunto: Solicitud de donación de tubería para la comunidad de Barrio Mesías.
$
»>
Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
PAGINA Nejag MUNICIPA SIDAD DB PLEOCI
Pecocí
Sres.:
Consejo municipal de Guápiles Pococi.
Sr: Manuel Hernández
Por este medio nos dirigimos a ustedes muy respetuosamente deseándoles lo mejor en este día de
parte del comité y vecinos de la comunidad de Torres dos, calle H1 sur Barrio Mesías de Cariari,
El motivo por el cual hacemos llegar esta nota ante ustedes es para solicitarles su colaboración
urgentemente en la donación de una tubería la cual se requiere para colocar y solucionar los
problemas existentes con el servicio de agua, anteriormente enviamos un recurso de amparo a la
sala constitucional dando como resultado la colaboración y anuencia por parte del Acueducto y
Alcantarillado, pero nos están solicitando la cantidad de 41 Tubos de SDR26, 4 pulgadas (100MM)
campana de empaque; nos dirigimos a ustedes ya que somos un barrio muy pequeño, con falta de
recursos económicos. El AYA nos ha mencionado que si nosotros ya contáramos con este material
ellos de manera inmediata iniciarían con la colocación del mismo, cabe mencionar que las diferentes
familias de este barrio hemos vivido muchos inconvenientes a causa de diversos factores como lo
es la ausencia de agua durante el día y teniendo que recoger en baldes, para que los niños se bañen
antes de ir a la escuela, agua estancada y contaminada por fuga de paja comunitaria siendo estos
solo algunas de las problemáticas existentes, por lo que le solicitamos muy encarecidamente su
colaboración, de nuestra parte estamos buscando estrategias para completar la lista de materiales
solicitada por profesionales del AYA y en conjunto solucionar la problemática existente al gozar de
este servicio de manera legal; sin más por el momento esperando una pronta respuesta se despide
de ustedes:
2 A dí ná
LIM) > 7 0204-0261
Samanta Durán Mora.
Número telefónico: 70 34 05 52. O al NH 83 53 10 85 con Minor Umaña Lobo vicepresidente del
> par
comité, . (vi
Pluye
25-0 2992 83
A
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PAGINA No144 MUNICIE ARS AGO CI 25-02.2849284
ARTO
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
¿EN San José, Costa Rica
Apartado 1097-1200, Teléfono 2710-0335 — mbadillaQMaya.go.cr
ANIVERSARIO
Recib e 19 de febrero del 2021
Fecha;_/9-0 2 - 202 / Al contestar refiérase al N*
A A
Nombre: Samara 9%. GSP-RHC-P-2021-00092
Cédula: _70204-:
Firma: PI
Señora
Samantha Duran Mora
Presidenta Comité de Desarrollo
Calle Mesías de Cariari
Asunto: Atención y Seguimiento de Extensión de
de Ramal.
Estimada señora:
Luego de saludarles con todo el respeto que ustedes se merecen, rne permito
informarles.
Desde hace ya muchos meses se ha estado gestionando de forma conjunta el
recibo de la extensión de ramal existente, que se construyó, sin la supervisión de A
y A, sin poder efectuar las pruebas necesarias para que A y A, haga la recepción de
las obras, donde se ha dade un gran sacrificio, por parte de la comunidad con pago
de pruebas de presión y mejoras al ramal existente, sin lograr el objetivo.
Una vez efectuado un estudio en detalle y un análisis técnico, el Departamento de
Ingeniería recomienda la construcción de un nuevo ramal.
Luego del estudio socioeconómico efectuado en su comunidad, y a lo indicado en
el Oficio PRE-2020-01196, información que ustedes tienen en sus archivos, nos
permitimos indicarles, que, por las condiciones, económicas de los vecinos, la
institución esta en la mayor disposición de colaborar con una parte, para que el
ramal se puede construir, pero es necesario también el aporte de la Comunidad.
Además, me permito detallar la lista de los materiales necesarios:
01-Válvula de Hierro Fundido de 4 pulgadas, (100 mm) completa, Flanger,
empaques y tornillos.
02- Unión de Transición de 100mm, 4 pulgadas.
03- Cubre Válvulas tapa gruesa.
,
Código: ADM-93-04-F2 - Versión: 02 Página 1 de 2
y
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Pluye
PAGINA No145 MUNICIEXANe PIdAERO CI 25-02-2049285
ERRE
04- 41- Tubos SDR26, 4 pulgadas, (100MM) campana de empaque.
05- 02- Tarros de gel lubricante para unir los tubos.
06- Tapón liso (TAPA) de 4 pulgadas, (100mm) PVC, alta presión.
Además de que para el proyecto se necesita maquinaria y mano de obra, no
especializada y especializada, para los trabajos a realizar,
Es muy importante que la coordinación, o cualquier detalle, dudas, o consultas, se
puedan gestionar con esta Jefatura Cantonal, para que se pueda contar con todo el
apoyo, técnico y legal, que este tipo de proyectos requieren.
Atentamente,
Firmado digitalmente por
MIGUEL ANTONIO BADILLA UGALDE (FIRMA)
Miguel Badilla Ugalde
Unidad Cantonal RHC-Pococí
C: Jorge Madrigal Garcia - Región Huetar Caribe
Maritza Oconitrillo Jiménez - Región Huetar Caribe
Archivo
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la alcaldía y Comisión de Hacendarios.
ACUERDO N* 306
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Marianela Gutiérrez, teléfono 8623-
4440, dice:
Asunto: Solicitud de corrección de medida de calle del Plano catastrado L-
7173831 -2019-2008
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PAGINA Noe146 MUNICIPAL AGO CI 25-02-2849286
09-02-2021
Estimados Señores:
CONSEJO MUNICIPAL
Por este medio me dirijo muy respetuosamente yo MARIANELA GUTIERREZ LOPEZ,
CEDULA 11432 0641 a solo licitar una corrección de medida de la calle el cual requiere de
146.86cm como publica ya que contiene alumbrado público y tránsito transitable, con una
necesidad para los habitantes del mismo; Ubicada en Cariari, Campo 2 con un tramo de Sur-
Norte
Adjuntando información requerida para tramite con el número de plano catastrado L-7173831-
2019-2008 .
Le agradezco de todo la ayuda que se nos pueda brindar en el mismo, quedando pendientes a
una repuesta.
Saludos Cordiales
Cualquier consulta con gusto
Infor:
86 23 44 40
61 93 30 96
MARIANELA GUTIERREZ LOPEZ
Número de Cédula. 1 1432 0641
. Fecha de Nacimiento: 24 07 1990
Lugar de Nacimvento: HOSPITAL CENTRAL SAN JOSE
1 1432 0641 3 Nombre del Padre: MAYNOR GUTIERREZ ARRIETA
1 Hombre de la Madre: MARIA ELENA LOPEZ SANCHEZ
or d Dorricito Electoral: RINCON GRANDE CENTRAL SAN JOSE
pa. A 4 Vencimiento: 1012 2030
Nombra: MARIANELA ES
Y Apeñido. GUTIERREZ
Y Apelido. LOPEZ
ce
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Pluye
PAGINA Ne147 MUNICIE ALA DERPEOCI 25-02-299287
POCOCcI
MUNICIPALIDAD DE | DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
í !]
POCOCI | UNIDAD DE TOPOGRAFIA Tel: 2710-6600, 2713-6560(128)
SIEMPRE APOYANDO El. | Correos: david.quirosO'munipococi.go.cr
. DESARROLLO DEL CANTÓN | <steban.gutlerrezOmunipocaci.go.cr
Lunes 8 de febrero de 2021
Oficio: UTOP-MPL-048-2021
Asunto: “Consulta de calle pública”
Marianela Gutiérrez López
Campo Dos, Cariari,
Estimados señores:
En atención a su consulta, les comunico que he procedido a realizar el estudio catastral y
registral con la finalidad de determinar si el acceso representado en el plano catastrado L-7173831-
2019-2008, colindante con el lindero 1-2, es público o privado.
Sobre la publicidad y administración de terrenos destinados al uso público la Ley de
Construcciones establece lo siguiente:
“ARTICULO 1. - Las Municipalidades de la República son las encargadas de que las
ciudades y demás poblaciones reúnan las condiciones necesarias de seguridad, salubridad,
comodidad y belleza en sus vías públicas y en los edificios y construcciones que en terrenos
de las mismas se levanten sin perjuicio de las facultades que las leyes conceden en estas
materias a otros órganos administrativos.”
“ARTÍCULO 7.- Propiedad. Todo terreno que, en los planos existentes de la Municipalidad,
o en el Archivo de la Dirección General de Obras Públicas, o el de la Dirección General de
Caminos, o en el Catastro, o en cualquier otro archivo museo o biblioteca pública, aparezca
como vía pública, se presumirá que tiene la calidad de tal, salvo prueba plena en contrario,
que deberá rendir aquel que afirme que el terreno en cuestión es de propiedad particular
0 pretenda tener algún derecho exclusivo a su uso. Mientras no se pronuncie sentencia
ejecutoria que así lo declare, nadie podrá impedir o estorbar el uso público del terreno de
que se trate.”
Así mismo, la Ley General de Caminos establece:
“ARTÍCULO 28.- Queda terminantemente prohibido al Ministerio de Obras Públicas y
Transportes y a las Municipalidades otorgar permisos o derechos de ocupación, disfrute,
uso o simple posesión del derecho de vía de los caminos públicos o ejercer actos que
impliquen en cualquier forma tenencia de los mismos por parte de las personas.” (...)
“ARTICULO 32.- Nadie tendrá derecho a cerrar parcial o totalmente o a estrechar,
cercando o edificando, caminos o calles entregados por ley o de hecho al servicio público
o al de propietario o vecinos de una localidad, salvo que proceda en virtud de resolución
Judicial dictada en expediente tramitado con intervención de representantes del Estado o
de la municipalidad respectiva o por derechos adquiridos conforme a leyes anteriores a la
presente o a las disposiciones de esta ley.” (...)
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Pluye
PAGINA No148 MUNICIPACrAaoia Sri OCI
Y
PE MUNICIPALIDAD DE | DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
| j POCOCÍ UNIDAD DE TOPOGRAFIA 5el.: 2710-6600, 2713-6560(128)
david.quirosOmunipococi.go.cr
>rrez(Omunipococi.go.cr
y l SIEMPRE APOYANDO EL Correos:
EN DESARROLLO DEL ( ,
Considerando lo anterior, para cualquier gestión municipal, relacionada con las propiedades
colindantes con un derecho de vía, la calle pública deberá estar completamente libre y sin
obstrucciones que estrechen o impidan el libre tránsito por la misma. Así mismo, los lotes deberán
contar con los servicios básicos existentes en la zona y con las obras de infraestructura mínimas
establecidas en la Ley (Ley de Planificación Urbana, artículos 32, 36 y 40 y Reglamento para el
Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones, capítulos Il y 111).
Por tanto, con fundamento en la información municipal y registral disponible, y mientras no
se encuentre información catastral o jurisdiccional que indique lo contrario se determina que el
acceso en cuestión, hasta el día de hoy, tiene las siguientes características:
» El primer tramo, con rumbo Sur-Norte, es calle pública, con una longitud máxima
de 370,52 metros y un ancho mínimo de 8,00 metros.
+ El segundo tramo es servidumbre de paso, con una longitud máxima de 236,56
metros,
Sin más por el momento, me despido.
Atentamente,
Firmado digitalmente por DAVID ARNOLDO QUIROS
AGUILAR (FIRMA)
Nombre de reconocimiento (DN):
setialNumber=CPF-03-0375-0252, sn=QUIROS
AGUILAR, givenName=DAVID ARNOLDO, c=CR,
o=PERSONA FISICA, ou=CIUDADANO, cn=DAVID
> =p ARNOLDO QUIROS AGUILAR (FIRMA)
Ing. David Arnoldo Quirós Aguilar fecha: 2021.02.08 11:45:03 e
Versión de Adobe Acrobat Reader: 2020.013.20074
Unidad de Topografía
v
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Pluye
 
PAGINA No150 MUNICIPALIDAD DE POGOCI
25-0 99290
clómo: REGISTRO INNOBILLARIO
SUBDIRECCIÓN
ERAS CATASTRAL
INSCRIPCIÓN No:
7-2181393-2020
07/027202007:44.12
Regstrador DANIEL VALDERRAMA CASTELLON:
SDTFFOSECODALGET927A00D4 1044208.
Fecha
Catastro Nacional
2019-104466-C
06/02/2020 10:30:28
Reingreso
ENTERO BANCARIO No, 349403248
CHIA!
Contrato 872941
Fecha 04/02/2020
Visado CFIA
FIDE
CALLE PUBLICA
* ERROR ANGULAR MO SE DETERMN
* ERROR LINEAL ESTIMADO : 0.01m
* UNDEROS EXISTENTES.
* ESTE PLANO SERVIRA UNICAMEN
UNA VEZ INSCRITO EL FRACCION
SURTIRA LOS EFECTOS JUR
DESDE LA FECHA DE SU INSCRIPCION
* P. == PUNTO DE INTERSECCION.
“LP = UNEA DE PROPIEDAD.
* FRENTE A SERVIDUMBRE DE PASO DE !
* MODIFICA AL PLANO CATASTRADO tio.
DERROTERO
UNER AZIMUT DIST, (m
2 23'02:40 20.00
2-3 104*33'20 33.30
3-4 2030240 20.00
4-1 204'33'20 33.30
7 LOTE
eS
ro
a— PALACIOS
26
UBICACION GEOGRAFICA
4
HOJA AGUA FRIA
ESCALA 1 : 50.000
lA POR METODO USADO,
HEM EL CATASTRO
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Unidad Técnica Gestión Vial
Municipal y al departamento de Desarrollo y Control Urbano para que emitan un
informe al concejo si es viable la solicitud, de serlo, que se realice la misma y
brinden un informe a este Concejo.
Pecocí
Pluye
Sitio Web: munipococi.go.cr
Facebook: AMunicipalidadDePococi
PAGINA Ne1s1 MUNICIP A rANAda SGIRÍRGOCI 25-02. .09291
ACUERDO N?* 307
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Guillermo Chacón Batista,
Presidente Camposanto y funeraria Prados de Esperanza S.A., dice:
Reciban un cordial saludo de la empresa CAMPOSANTO Y FUNERARIA PRADOS DE
ESPERANZA S.A. De la forma más respetuosa solicitamos audiencia a este
CONCEJO para el día martes 02 de marzo de 2021, con el propósito de
presentarles una propuesta de conformación de una SOCIEDAD PÚBLICA DE
ECONOMÍA MIXTA (empresa mixta, ley 8828) entre la municipalidad de Pococí y
nuestra empresa. Para notificaciones telf. 85 52 73 52 o los correos:
gchaconbatistaBegmail.com, pradosdeesperanzal7 gmail.com
Agradeciendo su valiosa colaboración.
Firmado digitalmente
GUILLERMO por GUILLERMO
CHACON BATISTA
Cordialmente. CHACON (FIRMA)
BATISTA (FIRMA) Fecha: 2021.02.25
12:42:09 -06/00'
Guillermo Chacón Batista. Ced 20 379 0 816
Presidente
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se convoca sesión extraordinaria martes 02 de
marzo, 6:00 pm. Punto Uno, atención Camposanto y Funeraria Prados de Esperanza
y punto Dos: atención Centro de Desarrollo Empresarial Limón. Se Dispensa del
trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N? 308
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Alexander Díaz Garro,
Secretario del Concejo Municipal de Dota, correo electrónico:
alex.diazedota.go.cr, dice:
Oficio: N*30- SCMD-21
»
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
Pacina ne152 MUNICIE AR RSRGOCI 25-02-99292
ACEITES
Municipalidad de Dota
Secretaria de Concejo Municipal
concejo(Odota.go.cr
alex.diaz(Odota.go.cr
2541 2717 ext. 120
Fax 2541-1745
Oficio N*30-SCMD-21
17 de febrero del 2021
Señores/as:
Diputados/as de la Asamblea Legislativa.
Señores/as:
Honorables Concejos Municipales del país.
Estimados/as señores/as:
Me permito transcribirle el acuerdo estipulado en el artículo XIII, de la sesión extraordinaria N*042
celebrada el día 16 de febrero del 2021, tomado por la Corporación Municipal de Dota, que dice:
ACUERDO ARTÍCULO XI!I:
ACUERDO DE APROBACION DE LA MOCION PRESENTADA POR EL SEÑOR ALCALDE
MUNICIPAL LEONARDO CHACON PORRAS Y SECUNDADA POR PARTE DE LOS SEÑORES
REGIDORES PROPIETARIOS DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE DOTA. El
Honorable Concejo Municipal del cantón de Dota, por mayoría calificada (4 de 4 regidores
propietarios presentes en la sesión), acuerda: aprobar en todos sus extremos la anterior moción
presentada por el señor Alcalde Municipal Chacón Porras y secundada por los señores Regidores
Propietarios Brhandon Chinchilla Muñoz (Presidente Municipal), Ana Cristina Ureña Ureña, José
Pablo Marín Cordero y Ronald Alberto Calderón Valverde.
Se copia en forma literal:
MOCIÓN PARA SER CONOCIDA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE DOTA
PRESENTADA POR Leonardo Chacón Porras, Alcalde Municipal de Dota.
FECHA: 16 de febrero de 2021
Considerando:
1. Que CONAPE significa, Comisión Nacional de Préstamos para Educación y es la institución
estatal costarricense especializada para otorgar préstamos para educación superior y técnica que
permite a las personas solicitantes estudiar dentro y fuera del pals.
Le
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
AT
PAGINA No153 MUNICIPIO CI 25-02-289293
Municipalidad de Dota
Secretaria de Concejo Municipal
concejo(Mdota.go.cr
alex.diaz(Odota.go.cr
2541 2717 ext. 120
Fax 2541-1745
2. Que la venta de la cartera crediticia de CONAPE se planteó en el punto 11 por parte del
Ejecutivo para negociarlo con el Fondo Monetario Internación para que se le otorgue al país el
préstamo por 1 750 millones de dólares.
3. Que la crisis económica que atraviesa el país, necesariamente requiere contar con un proyecto
de alto calibre social como lo es CONAPE que le permitan a las personas que accedan al
préstamo, construir un futuro profesional sobre la base de un crédito con facilidades y acceso,
apegado a los conceptos de oportunidad e inclusión social.
4. Que, gracias a CONAPE, 130 mil personas han podido salir adelante en sus estudios con un
préstamo otorgado por CONAPE.
5. Que CONAPE es uno de los casos más exitosos de movilidad social y económica de la historia
de Costa Rica. Decenas de miles costarricenses de escasos recursos hoy son profesionales
(médicos, ingenieros, biólogos, científicos, etc.) gracias a sus créditos para estudiar en
universidades públicas y en privadas.
6. Que CONAPE se financia con un pequeño porcentaje de las ganancias de la banca estatal y
becas a largo plazo.
7. Que la Tasa de Interés es bajísima, es apenas 5.5% y los estudiantes pagan al finalizar sus
estudios. Su oficina es pequeña y prácticamente no tiene burocracia.
8. Que la cartera de CONAPE es de 400 millones de dólares, 240,000 millones de colones. Se
quiere liquidar su fondo, pasarlo al Banco Popular y que los estudiantes entren a pedir fondos
(dentro de la burocracia del BP), pero sujetos a las directrices de la SUGEF, es decir, con intereses
cuasi-comerciales, que pueden llegar al 20% anual o más.
9. Que, al cierre del 2919, se otorgaron créditos por un monto de 19.000 millones de colones. De
estos, el 66 por ciento correspondientes a prestatarios son provenientes de zonas de menor
desarrollo relativo, y un 65 por ciento de los beneficiarios fueron mujeres"
10. Que el Concejo Municipal apoya y defiende los proyectos que nacieron sobre la base de
posibilitar que personas menos favorecidas tengan la oportunidad de participar de manera plena
en la vida social, y así, puedan disfrutar de un nivel de vida adecuado y sin exclusión social.
POR TANTO:
Este Honorable Concejo Municipal del Cantón de Dota, por mayoría calificada (4 DE 4 regidores
propietarios presentes en la sesión) acuerda: manifestarse a favor de CONAPE y solicita que se
excluya de los puntos de negociación del gobierno con el Fondo Monetario Internacional la venta
de la cartera crediticia de CONAPE. Remítase la comunicación respectiva a todos los señores
y
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Pluye
PAGINA N>154 MUNICIP A rANeja OrSinÁ POOL 25-09-99294
Municipalidad de Dota
Secretaria de Concejo Municipal
concejo(Odota.go.cr
alex.diaz(Odota.go.cr
2541 2717 ext. 120
Fax 2541-1745
Diputados/as de la Asamblea Legislativa y a todos los Honorables Concejos Municipales del país.
Acuerdo definitivamente aprobado.
Suscribe atentamente,
Firmado
ALEXANDER digitalmente por
MARTIN ALEXANDER
MARTIN DIAZ
DIAZ GARRO carro (FIRMA)
Fecha: 2021.02.19
(FIRMA) 12:03:53 -06'00"
Alexander Díaz Garro
Secretario Municipal.
Adg
c.c. Sr. Alcalde Municipal de Dota.
c.c. Archivo Municipal
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Brinda voto de Apoyo.
ACUERDO N” 309
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Jannina Villalobos Solís,
Secretaria del Concejo Municipal de  Tibás, correo electrónico:
javisoOmunitibas.go.cr, dice:
Oficio: DSC-ACD-094-02-2021
»
>
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Pluye
IEA
PAGINA Ne155 MUNICIE ANS AGO CI 25-02-9295
MUNICIPALIDAD DE TIBÁS
DEPARTAMENTO SECRETARÍA DEL CONCEJO
A
DSC-ACD-094-02-2021
San Juan de Tibás, 24 de febrero 2021
MSc.
Carlos Luis Cascante Duarte,
Alcalde Municipal
Doctora
Priscila Umaña Rojas, Directora
Área Rectora de Salud
MINISTERIO DE SALUD
Señores
MINISTERIO DE SALUD
Señores
CONCEJOS MUNICIPALES DEL PAIS
Estimados (a) señores (a):
El CONCEJO MUNICIPAL DE TIBÁS, en su ACUERDO VI-1.1 en su SESIÓN
ORDINARIA N? 043 celebrada el día 23 de febrero del 2021, dispuso lo siguiente:
PAG
MUNICIPALIDAD DE TIBÁS
FRACCIÓN: PARTIDO ACCIÓN CIUDADANA, PAC
fraccionpactibas! ail.com
. Martes 23 de febrero de 2021
MOCIÓN PRINCIPAL
N* 002
Sra. Dora Rodríguez Rodríguez, en calidad de regidora propietaria de fracción y el Sr. Joshua
Torres Rodríguez como regidor suplente, presentan la siguiente moción con sus considerandos y
por tantos (propuestas)
y
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PAGINA Ne156 MUNICIENE ARS ANGOCI 25-07-289296
MUNICIPALIDAD DE TIBÁS
DEPARTAMENTO SECRETARÍA DEL CONCEJO
ADO
a)
1. El 06 de marzo del año 2020 se confirma el primer caso en nuestro país, de una persona con
la enfermedad infecciosa del COVID — 19 ocasionada por el SARS-CoV-2.
Considerando que:
2. El Presidente de la República Carlos Alvarado Quesada, decreta estado de emergencia
nacional en todo el territorio costarricense, dicho decreto ejecutivo empezó a regir a partir del
16 de marzo del año 2020.
3. El Cantón de Tibás ha sido fuertemente golpeado por el coronavirus, desde el punto de vista
económico, emocional y psicosocial, incluso permaneció en estado de alerta naranja durante
varios meses del año 2020.
4. Lamentablemente 70 tibaseños y tibaseñas a la fecha, de los cinco distritos, perdieron la vida
a causa de dicha enfermedad.
Se propone:
1. Se declare para el Cantón de Tibás, el 06 de marzo “Día Cantonal Anual de
Confraternidad, por el Impacto de la COVID-19”.
2. Se utilice el espacio para el mensaje de reflexión acompañado de 1 minuto de silencio, en la
sesión ordinaria del Concejo Municipal de Tibás, más cercana al 06 de marzo de cada año,
para compartir un mensaje dirigido a los munícipes, en especial a las familias del cantón, que
sufrieron pérdidas familiares, a raíz del virus por COVID-19. Esta reflexión a cargo de uno o
dos miembros del Concejo Municipal de Tibás.
3. Realizar todos los años, el día 06 de marzo, una publicación en Redes Sociales de la
Municipalidad de Tibás, a cargo de la Prensa Municipal de Tibás. La misma, deberá incluir
una imagen o video, con un mensaje de reflexión por la conmemoración celebrada.
4. Extender la iniciativa, por parte de la Secretaría del Concejo Municipal de Tibás, a los demás
concejos municipales del país, para ser tomada en cuenta y puesta en práctica, como una de
las acciones de apoyo y acompañamiento al dolor de las familias costarricenses que sufren la
perdida de sus seres queridos, por el virus del COVID-19.
5. Para el año 2021, aplica únicamente el mensaje de reflexión, el minuto de silencio y la
publicación en redes sociales de la Municipalidad de Tibás.
6. Dar a conocer este acuerdo, al Área Rectora de Salud de Tibás y al Ministerio de Salud de
Costa Rica, como muestra de apoyo por parte de este Gobierno Local.
A
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Pluye
PAGINA No157 MUNICIPAL ARNO CI 25-02,299297
Ea
MUNICIPALIDAD DE TIBÁS
DEPARTAMENTO SECRETARÍA DEL CONCEJO
AA
SE SOMETE A VOTACION Y ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES
REGIDORES.
SE SOMETE A VOTACION DECLARAR EL ACUERDO DEFINITIVAMENTE
APROBADO Y SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES,
Atentamente,
JANNINA Femado digitalmente por
IANNINA VILLALOBOS
VILLALOBOS - socia
Fecha:2021.0224
SOLIS (FIRMA) 153736-0600
Janmnina Villalobos Solís
Secretaria del Concejo Municipal
LO Archivo
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Brinda voto de Apoyo.
ACUERDO N”* 310
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Maureen Martínez
Ledezma, Secretaria Municipal de  Quepos, correo electrónico:
concejoOmuniquepos.go.cr, dice:
Oficio: MQA-CM-170-21-2020-2024
>
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ne158 MUNICIEX ANS SERÍMGO CL 25-d2-299298
Y
d
E MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE QUEPOS
ra SECRETARÍA DEL CONCEJO
ta Ref.: MQ-CM-170-21-2020-2024
Quepos, 24 de febrero de 2021
Señores
Carlos Alvarado Quesada, Presidente de la República
Diputados de la Asamblea Legislativa
Miembros de los Concejos Municipales de todo el país
Estimados señores:
Para su conocimiento y fines consiguientes se transcribe el acuerdo 21, Artículo Sexto, Informes Varios, adoptado
por el Concejo Municipal de Quepos, en Sesión Ordinaria No.063-2021, celebrada el día martes 16 de febrero de
2021, integrado por el Señor Kenneth Pérez Vargas, quien preside, las señoras Regidoras Yanssi Patricia
Rodríguez Brenes y Niria Fonseca Fallas, y los señores Regidores Hugo Arias Azofeifa y Rigoberto León Mora;
que dice:
Informe 11. Dictamen ALCM-026-2021, del Lic. Marco Zúñiga Zúñiga, Asesor Legal de Confianza del Concejo
Municipal; que textualmente dice: “(...)”
Me refiero al oficio MQ-PM-150-20-2020-2022, suscrito por el Señor Kenneth Pérez Vargas, Presidente
Municipal de Quepos, en el que se procede a realizar formal traslado de proyecto de ley que se detalla en el oficio,
y los cuales se remiten en razón de lo establecido en el Artículo 18 del Reglamento de Sesiones.
En razón de lo anterior, se remite al suscrito, para estudio y recomendación, el oficio y acuerdo adoptado por el
Concejo Municipal de Abangares N” 0313-2020, emitido en la Sesión Ordinaria N? 69 -2020, Capítulo Vil,
Artículo 1%; celebrada el veinticuatro de noviembre del año dos mil veinte. Así como el oficio N* 246-SCMD-20,
en el que se transcribe el acuerdo adoptado en el artículo XV, de la sesión ordinaria N? 030, celebrada el día 24
de noviembre de 2020, tomado por la Corporación Municipal de Dota.
Resumen de los Oficios:
En forma resumida ambos oficios manifiestan la disconformidad con el proyecto de ley denominado “Ley de
Empleo Público” tramitado en la Asamblea Legislativa bajo el expediente número 21.336, y buscan que los demás
municipios brinden el mismo apoyo y en el mismo sentido con la finalidad de una manifestación uniforme ante
las consultas de rigor.
Análisis de Fondo y Artientado:
Esta Asesoría le corresponde indicar que se manifiesta conforme y comparte los criterios esbozados por los
Concejos Municipales de Dota y Abangares. Siendo que las observaciones planteadas son acordes a las
manifestadas por este Asesor y acogidas por este Concejo Municipal de Quepos mediante el dictamen número
E: 2777-8300 EXT 108. E 2777 -25328: concejo(Qmuniquepos.go.cr
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Pluye
PAGINA No159 MUNICIP RAN id O CI 25-02.89299
A
9, MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE QUEPOS
dE SECRETARÍA DEL CONCEJO
a Ref.: MQ-CM-170-21-2020-2024
ALCM-134-2020, acodigo mediante el acuerdo 17, del Artículo Sexto, Informes Varios, adoptado por el Concejo
Municipal de Quepos en Sesión Ordinaria No.346-2020, celebrada el día lunes 07 de enero de 2020; obsérvese:
a ACUERDO NO. 22: EL CONCEJO ACUERDA: Aprobar en todos sus términos el Dictamen
ALCM-134-2020, del Lic. Marco Zúñiga Zúñiga. Asesor Legal de Confianza del Concejo Municipal. POR
TANTO: No apoyar el proyecto de ley 21.336 “LEY MARCO DE EMPLEO PÚBLICO. Se acuerda lo
anterior por unanimidad (cinco votos).
Conclusiones y Recomendaciones:
Esta Asesoría le corresponde realizar las observaciones de índole constitucional y por ello es que cuando existe
un tipo de roce constitucional debe ser advertido ante este Concejo Municipal, velando siempre por lo mejor para
la Municipalidad y su autonomía en este caso.
Esta Asesoría le corresponde realizar las observaciones de índole constitucional y por ello es que cuando existe
un tipo de roce debe ser advertido ante este Concejo Municipal, velando siempre por lo mejor para la
Municipalidad y su autonomía en este caso.
Por lo anterior se recomienda por parte de esta Asesoría brindar apoyo a los oficios enviados por los ayuntamientos
mencionados en este informe y NO apoyar la iniciativa legislativa, respetando este Asesor el criterio político
(conveniencia y oportunidad) del Concejo en apoyar o no el proyecto de ley. HASTA AQUÍ LA
TRANSCRIPCIÓN.
ACUERDO NO. 21: EL CONCEJO ACUERDA: Aprobar en todos sus términos el Dictamen ALCM-026-
2021, del Lic. Marco Zúñiga Zúñiga, Asesor Legal de Confianza del Concejo Municipal. POR TANTO: No
apoyar el proyecto de ley promovido por varios diputados denominado “REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 9 Y
23 DE LA LEY IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES, LEY N.” 7509, DE 19 DE JUNIO DE 1995, PARA
QUE DICHO IMPUESTO SEA SOBRE EL VALOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y NO DEL TERRENO”,
tramitado en el expediente No. 22.259. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos).
Atentamente,
Por el Concejo Municipal
Firmado digitalmente
MAUREEN por MAUREEN MARTINEZ
MARTINEZ LEDEZMA (FIRMA)
Fecha: 2021.0224
LEDEZMA (FIRMA) Fecha: 2021.02:
Licda. Maureen Martínez Ledezma
Secretaria a.
Concejo Municipal de Quepos
MML/yfm
Cc.
E: 2777-8300 EXT 108. E 2777 -25328: concejo(Gmuniquepos. go.cr
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Brinda voto de Apoyo.
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PAGINA No1g0 MUNICI Arana POC 25-02-299300
ARTICULO lll
Lectura, Discusión y Verificación de Acta N*12 Ordinaria del
18-02-2021 y Acta N*13 Extraordinaria del 23-02-2021
ACUERDO N? 311
Lectura, Discusión y Verificación del Acta N*12 Ordinaria del 18-02-2021, dice:
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Acuerdo N*266, página 107 del acta. “Sobre el acuerdo de los representantes
ante el Comité Cantonal de la Persona Joven”, ya que en el acuerdo solo dice:
Se conoce y se inserta en el acta, que se corrija y que el acuerdo quede de la
siguiente:
“Se conoce nota para este Concejo suscrita por los jóvenes Eduardo Badilla
Jiménez, Alisson Badilla Padilla y Aarón Parker Reid, dice:
Asunto: Acta de Asamblea para la elección de un representante de
organizaciones religiosas y do representante de colegio para el Comité Cantonal
de la Persona Joven.
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A,
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Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi
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PAGINA No181 MUNICIE ARS EIRARGOCI 25-02-289301
TRI
Guápiles, 16 febrero 2
e”
Señores (as): 18
Concejo Municipal de Pococí
Estimados (as) Señores (as)
Un cordial saludo.
Por este medio se remite el Acta de Asamblea, llevada a cabo en la sala de
sesiones del Concejo Municipal de Pococí, el 16 de febrero del 2021 a las catorce
horas, misma fue convocada mediante el oficio CMPL-35-2021 de la Municipalidad
de Pococí para la elección de un representante de organizaciones religiosas y dos
representantes de colegios para el Comité Cantonal de la Persona Joven de Pococí.
La Asamblea fue moderada por el Reg. Lic. Randall Torres Barrientos además de
la asistencia de Darinka Agúero, Prosecretaria Municipal y la Licda. Grace
Hernández de Prensa y Comunicación Municipal.
Se contó con la asistencia de doce personas, cuatro de ellos candidatos para la
escogencia del representante de organizaciones religiosas y tres candidatos para la
escogencia de representantes de colegios.
Se procedió:
1. La prosecretaria procede a levantar la lista de asistencia.
2. El moderador brinda la bienvenida y explica la dinámica a llevar, formar un
Tribunal Electoral Interno, de manera voluntaria entre las mismas personas
que conforman la Asamblea. Esto para transparencia y legalidad de la
votación por los representantes.
Mismo tribunal se conforma de la siguiente manera y se adjunta la lista de
asistencia:
Elección Tribunal Electoral Interno
EJ
E avacdo Badillo, Jiménez,
Presidente (a)
hisson Baclilla fdilla rn Lonas Eu
Secretario (a) Fiscal
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YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
 
PAGINA No163 MUNICIPAL AR DIRÍAEOCI 25-02.99303
Los otros jóvenes se presentan ante todos, exponiendo sus deseos de formar pa
del comité y atestados que se les atribuyan, finalizando esto, se procede a |
votación.
El Tribunal Electoral Interno, fírma las boletas de votación para llevar un
control de estas y que no haya replica o falsificación de votos.
La joven Marilys Matamoros Araya se abstiene de voto voluntariamente,
misma que asistió por el sector religioso.
Una vez finalizado el escrutinio de la votación por parte del Tribunal Interno, indican
abiertamente el resultado, quedando como representante de organizaciones
religiosas la Srita. María Morales con 3 votos a favor, y la Srita. Kristel Castro con
1 voto.
Y 03090104
4. Se hace apertura de candidatos para el puesto de representante masculino
de colegios, se presentan:
e Eduardo Alfonso Badilla Jiménez, cédula 7 0313 0247, Liceo Experimental
Bilingúe de Pococí.
e Aarón Guilberto Parker Reid, cédula 7 0235 0252, Colegio Nocturno de
Pococí.
Se presentan ante todos, exponiendo sus deseos de formar parte del comité y
atestados que se les atribuyan, finalizando esto, se procede a la votación.
El Tribunal Electoral Interno, firma las boletas de votación para llevar un
control de estas y que no haya replica o falsificación de votos.
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AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No164 MUNICIPLS ANA SR PGOCI 25-0
Una vez finalizado el escrutinio de la votación por parte del Tribunal Interno, indican
abiertamente el resultado, quedando como representante masculino de
colegios el joven Aarón Parker Reid con 6 votos a favor, y Eduardo Badilla con 1
voto.
Garin Ooh Loa Rd
FOLIO 2D
DoONon [e] e
Se hace apertura de candidatas para el puesto de representante femenina de
colegios, se presentan:
e Allison Vanessa Badilla Padilla, cédula 1193 0046, Liceo Experimental
Bilingue de Pococí.
Al no haber otras personas postuladas, la Asamblea decide y somete a
votación que se escoja por aclamación a la Srita. Allison Badilla.
Por unanimidad de 7 votos, queda como representante femenina de colegios
la joven Allison Badilla Padilla.
11934004b
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Pluye
PAGINA No165 MUNICIEA ANA HiRáRGOCI 25-02-789305
5. Se le brinda el uso de la palabra a los nuevos representantes electos,
después el Reg. Lic. Randall Torres procede a felicitarlos y de la misma
manera indica que se juramentarán por la secretaría municipal, quienes tiene
la potestad adquirida por el Concejo Municipal.
La secretaria municipal, Magally Venegas Vargas, procede:
pez Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
PAGINA No166 MUNICIEACrA Ne Ord OCI
Personas presentes en la Asamblea:
Al ser las quince horas con trein
Atentamente:
Monedero de
Reg. Lic. Randall Torres Barrientos
Moderador de la Asamblea
Darinka Agúero Victor
Sria. en la Asamblea, prosecretarla municipal.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
Yo voto en contra porque se hizo mal, se invitaron 4 personas de una misma iglesia.
Í h Sitio Web: munipococi.go.cr
AY > e Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ne1r67 MUNICIPLErARSda SESIRÍRGOCI— 25-02209807
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Vea señor presidente a mí me parece muy descortés que el compañero Reinaldo
siempre tenga que decir que se hacen las cosas mal y es un ataque y un ataque.
Compañero Reinaldo, usted vota en contra por otros motivos, pero no diga que
es que estamos haciendo las cosas mal porque no se invitó a solamente 4
personas de una iglesia, la convocatoria se mandó por correo, se puso en
Facebook se puso un afiche a la entrada de la Municipalidad, por el amor de Dios
señor presidente, la juventud es lo más importante que tiene el mundo, es el futuro,
estos muchachos cada día se atrasan para que puedan desarrollar su plan de
trabajo para los demás jóvenes del cantón, entonces, quiero que conste en actas
y que le digamos a la gente que cumplimos a cabalidad y que la convocatoria
no se hizo mal.
(el señor presidente somete a votación la enmienda al Acta N*12, al acuerdo
N“266)
Por Mayoría de 8 Votos a favor, 1 en contra SE ACUERDA: Se aprueba la enmienda
al acuerdo N*266 del Acta N*12 Ordinaria del 18-02-2021 y por tanto, se recibe el
acta de la asamblea y se acogen los nombramientos de las siguientes personas:
María Celeste Morales Estrada representante de Organizaciones Religiosas, Aarón
Gilberto Parker Reid y Alisson Vanessa Badilla Padilla como representes de
Colegios, ante el Comité Cantonal de la persona joven de Pococí, quienes fueron
juramentados en el mismo acto por la secretaria Municipal. Que se remita al
Consejo Nacional de la Persona Joven para subsanar lo indicado en el oficio CPJ-
DE-OF-022-2021. El regidor Reinaldo Benavides vota en contra. Se Dispensa del
trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Hechas las correcciones al acta N*12 Se somete a votación.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el Acta N*12 Ordinaria del 18-02-2021.
ACUERDO N* 312
Se Conoce Acta N*13 Extraordinaria del 23-02-2021
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N%13 Extraordinaria
del 23-02-2021.
pa Sitio Web: munipococi.go.cr
AY - d Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No168 MUNICIP AFAN O PIARGOCI
ARTICULO IV
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N* 313
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lic. Manuel Hernández Rivera,
Alcalde Municipal, dice:
DAMCM-0034-2021
Asunto: Solicitud de concesión atracadero turístico a Aninga.
v
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No169 MUNICIPAL id O Cl 25-02-
a
e3 A 9 Municipalidad de Pococí  “MyEX
Cc Despacho del Alcalde
a 2 Teléfono: 2711-1208 ZL+S%
Pluye manuel hernandezQO)munipococi,go.cr Municipios
Guápiles, 25 de febrero de 2021
DAMCM-0034-2021
Sres.
Concejo Municipal de Pococí
Asunto: Solicitud de concesión atracadero turístico Aninga.
Estimados señores (as):
El 09 de octubre 2020, se recibió la solicitud de concesión para atracadero turístico
en la comunidad de Tortuguero, presentada por el señor Rafael Ángel Incera, en
su condición de representante legal de Inversiones Turísticas Aninga S.A., en
atención a la misma se procedió, en acatamiento a la Ley de Concesión y
Operación de marinas y atracaderos turísticos N* 7744, realizando las siguientes
gestiones:
- Preparación del expediente y a la verificación de los requisitos, según el
artículo 8 de la Ley 7744 (expediente administrativo municipal ZMT-CAT-
0001-2020). Adjunto.
- Elaboración, firma y publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta
y un periódico de circulación nacional, según establece el artículo 35 del
Reglamento de la Ley 7744 (folios 37 al 43 del expediente administrativo
municipal ZMT-CAT-0001-2020). Adjunto.
- Seguimiento al plazo establecido por la Ley 7744 y su reglamento para
recibir oposiciones al edicto, mediante oficio ZMT-003-2021.
- Solicitud a la Secretaría del Concejo Municipal de certificación de
oposiciones presentadas ante la Secretaría. (folio 46 del expediente
administrativo municipal ZMT-CAT-0001-2020).
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA Ne170 MUNICIE rt AAN OCI
Ss Pe unicipalidad de Pococ
= sg Municipalidad de PococÍ
POCOC « Despacho del Alcalde QS
AS Teléfono: 2711-1208 <%
Pluyo manuel hernandezQmunipococi.go.cr  MuworAuoso
- Verificación de certificación emitida por la Secretaría del Concejo
Municipal, en donde se indica que "no consta ninguna oposición por
escrito o verbal sobre la publicación en la Gaceta N*264 del martes 3 de
noviembre del 2020, con relación al Edicto Atracadero Aninga-
Tortuguero". (folio 47 del expediente administrativo municipal ZMT-CAT-
0001-2020).
- Elaboración de la resolución y contrato correspondiente, para ser
presentado ante el Concejo Municipal con el objetivo de que sea
conocido y se proceda con su aprobación y autorización al Alcalde
Municipal, para la firma del contrato y otorgamiento de la concesión.
[folios 37 al 43 del expediente administrativo municipal ZMT-CAT-0001-
2020)
Realizado un recuento de hechos y procedimientos seguidos para la atención del
trámite presentado por Inversiones Turísticas Aninga S.A, una vez que el Concejo
Municipal proceda con la aprobación de la presente solicitud, se deberá firmar el
contrato de concesión de atracadero turístico Aninga, acto que será ejecutado
por los representantes legales de las partes.
Por lo tanto, se propone al honorable Concejo Municipal el siguiente acuerdo:
“Conforme lo establecido en los artículos 38, 43,46 del Reglamento a la Ley 7744,
Ley de Concesión y Operación de Marinas y Atracaderos Turísticos, así como lo
dispuesto en la RES-DA-XX-2021 y el oficio ZMT-007-2021 emitido por la Unidad de
Zona Marítimo Terrestre, donde se garantiza por parte de esa unidad técnica, el
cumplimiento de los requerimientos para concesión de atracadero turístico a la
empresa Inversiones Turísticas Aninga S.A. cédula 3-101- 485316, se acuerda por
parte de este Concejo Municipal:
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4
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Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
DATAN
PAGINA No171 MUNICUerARS1 NG OCA 25-02.299311
Municipalidad de Pococí
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a A O Teléfono: 2711-1208 K¿e%
Pluye DE
1. Otorgar la concesión para atracadero a la empresa Inversiones Turísticas
Aninga S.A. cédula 3-101- 485316.
2. Que según el artículo 43 del del Reglamento a la Ley 7744, Ley de
Concesión y Operación de Marinas y Atracaderos Turísticos, el plazo
designado para dicha concesión será por un perlodo de veinte años (20
años), pudiendo prorrogarse por perlodos de 10 años de acuerdo con lo
dispuesto en la norma.
3. Que conforme el artículo 46 del Reglamento a la Ley 7744, Ley de
Concesión y Operación de Marinas y Atracaderos Turísticos, el canon
para la concesión por afracadero turístico que ha establecido este
Gobierno Local, es por la suma anual de £%499.369,00 (cuatrocientos
noventa y nueve mil trescientos sesenta y nueve colones netos), a partir
de la firma del contrato de concesión con el Gobierno Local,
Finalmente, en este mismo acto, se autoriza al señor Manuel Hernández
Rivera en su condición de alcalde municipal para que proceda a firmar
el contrato de concesión de atracadero turístico y se prosiga con lo que
corresponda.
Notifíquese a las partes Interesadas".
Sin más por el momento,
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Pluye
PAGINA No172 MUNICUARR AAGO CI 25-02-284312
Municipalidad de Pococí
1d
Despacho del Alcalde Ys
a Teléfono; 2711-1208 <pe%
manuel hernandezOmunipococigo.cr
Fluye Me
Guápiles, 25 de febrero de 2021
RES-DAM-0001-2021
Al ser las catorce horas con treinta minutos del día catorce de enero del año dos
mil veintiuno, la Municipalidad de Pococí, conforme las disposiciones establecidas
en la Ley 7744 del 06 de febrero de 1998, denominada Ley de Concesión y
Operación de Marinas Turísticas, procede a conocer y resolver la solicitud de
“Concesión para la explotación y operación de un atfracadero turístico",
presentada por parte de la sociedad INVERSIONES TURÍSTICAS ANINGA S.A., cédula
número tres, ciento uno, cuatro ocho cinco tres uno seis (3-101-485316).
RESULTANDO
PRIMERO: Que, revisados los registros Municipales, la sociedad INVERSIONES
TURÍSTICAS ANINGA S.A., cédula número tres, ciento uno, cuatro ocho cinco tres
Uno seis, es contribuyente del Cantón de Pococí.
SEGUNDO: Que con fecha 09 de octubre del 2020, la sociedad INVERSIONES
TURÍSTICAS ANINGA S.A., cédula número tres, ciento uno, cuatro ocho cinco tres
uno seis presentó ante este Gobierno Local, solicitud de concesión para la
explotación y operación de un atracadero turístico, a ubicarse en el distrito de
Colorado, Ubicado contiguo a Hotel Pachira Lodge, bajo las siguientes
características e información que constan en el expediente administrativo:
l. La sociedad interesada en la "Concesión de Atracadero Turístico", se
encuentra domiciliada en San José, Paseo de los Estudiantes, de
Acueductos y Alcantarillados 25 metros al norte, representada con un poder
general sin límite de suma por el señor Rafael Ángel Incera Aguilar, cédula
número Uno-cero cuatrocientos sesenta y seis-cero ciento setenta y tres,
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O
> k Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
PAGINA No173 MUNICIEA FANS SPAIN O CI 25-021849313
Ml _ Municipalidad de Pococí
PO UC e Despacho del Alcalde
a O Teléfono: 2711-1208 e,
Pluye munipococi.go.cr — MuweipAuoao
ARMINIA AS
quien es mayor, costarricense, casado, empresario, vecino de San José,
Dulce Nombre de Coronado.
2. El terreno para concesionar se ubica en la comunidad de Tortuguero,
cantón de Pococí, distrito de Colorado, provincia Limón localizado en la
hoja Cartográfica Tortuguero 3347 | a escala 1:50.000, según coordenadas
CRTMOS, véllice 4 Esle 553514.838 Norle 1166772.783; vértice 8 Este
553522.289 Norte 1166643.978, ubicado en el hotel Aninga en Tortuguero,
todo lo anterior consta en el expediente administrativo municipal ZMT-CAT-
0001-2020.
3. Según el expediente administrativo a folio +t01, el día 08 de enero 2020
mediante resolución número N*005-2020 SETENA, se aprueba por parte de la
Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA], la Viabilidad Ambiental
para el “Atracadero Existente Aninga".
4, Afolio 1413 del expediente administrativo ZMT-CAT-0001-2020, se observa la
certificación del expediente a nombre de INVERSIONES TURÍSTICAS ANINGA
S.A., cédula número tres, ciento uno, cuatro ocho cinco tres Uno seis
tramitado ante el Concejo Interinstitucional de Marinas y Atracaderos
Turísticos (CIMAT), mismo que contiene la viabilidad técnica emitida por el
Instituto Costarricense de Turismo (ICT), para continuar con el proceso
correspondiente a la solicitud concesión por atracadero turístico,
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Pluye
PAGINA No174 MUNICIEX ANT. EPS OCI 25-0299314
a Municipalidad de Pococí
-, Despacho del Alcalde
a G Teléfono: 2711-1208
Pluye uelhernonde: ul oci,go.cr  MuicipaLicaD
5. Afolio 1t17 del expediente administrativo, se observa que en fecha día 28 de
setiembre 2020, mediante oficio CIMAT 294-2020, se notifica la viabilidad
Técnica favorable para el Atracadero existente Aninga, que se tramitó ante
la Comisión de Marinas y Atracaderos Turísticos (CIMAT).
TERCERO: Una vez recibida la documentación anteriormente descrita, la Unidad de
Zona Marítimo Terresire como compelenle para revisar el cumplimiento de los
requisitos según la Ley N? 7744, en su artículo 8, así como leyes conexas que regulan
la actividad, procede a emitir criterio técnico favorable, mediante el oficio ZMT-
002-2020 del día 06 de enero 2021, mismo que sustenta la factibilidad de la solicitud
presentada, indicando que se han cumplido los requisitos legales y técnicos, para
proceder a la publicación del edicto correspondiente y continuar con el
procedimiento de concesión.
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que según lo dispuesto en el Artículo 1 de la Ley N* 7744 del 6 de febrero
de 1998 (Ley de Concesión y Operación de Marinas Turísticas) se autoriza a las
Municipalidades del lugar competente a otorgar concesión en las áreas
adyacentes a las ciudades costeras.
SEGUNDO: Que, para la solicitud de Atracadero existente, la sociedad interesada
presenta los siguientes requisitos en fecha 09 de octubre 2020:
1. Solicitud escrita ante la municipalidad respectiva, acompañada de una
copia certificada del expediente administrativo tramitado ante la CIMAT,
con la copia certificada de los planos del anteproyecto.
2. Presentar la resolución administrativa sobre la viabilidad técnica favorable
concedida por la CIMAT, sobre el anteproyecto de edificación y explotación
de la marina o atracadero turístico por desarrollar certificación extendida
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Pluye
PAGINA No175 MUNICIPAL DI NGO CI 25-02-
_A Municipalidad de Pococí
PO UC ¿ Despacho del Alcalde
a < 0 Teléfono: 2711-1208 <+%,
L MUNICIPALIDAD.
Pluye de; nipococi.go.
DE POCOCI
DRA A
por un contador público autorizado, sobre la capacidad financiera de la
empresa.
3. Copia de la Viabilidad Ambiental, otorgada por la Setena.
TERCERO: Que, de acuerdo con la Comisión Interinstitucional de Marinas y
atracaderos turísticos- CIMAT- en sesión ordinaria de Consejo Director CIMAT
número 003-2020, celebrada el día 23 de setiembre del 2020, dispuso, en lo
conducente:
Que la empresa INVERSIONES TURÍSTICAS ANINGA S.A. se acoge al
procedimiento de legalización de atracadero existente y presenta la solicitud y
documentación para este desarrollo, el cual procede a analizar la unidad
técnica con fundamento en el artículo 23 del reglamento.
II. Que la zona donde se pretende legalizar el proyecto de atracadero turístico
existente reúne las condiciones previas, conforme al artículo $ del reglamento a
la Ley 7744:
a) El sector donde se encuentra localizado el atracadero cuenta con Plan
Regulador bajo la Ley 6043, el cual requiere de actualizaciones, con base
al nuevo Manual de Planes Reguladores Costeros. Sin embargo, los
atracaderos localizados en lagos, ríos, embalses y canales navegables,
la zona deberá reunir solo las condiciones citadas en los incisos c) d) del
artículo 6 del Reglamento a la Ley 7744, relativos a: c) Acceso adecuado
por vía pública terrestre o acuática, en caso de ser una isla o una zona
con difícil o limitado acceso por vía terrestre, o ambas a la vez. D)
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Ud
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Pluye
PAGINA Ne175 MUNICIPAL PINGO CI 25-02/080316
Municipalidad de Pococí
9
Cc Despacho del Alcalde Ys
a Teléfono: 2711-1208 «kKeó%
Fluyo nuel hernandez. nipoc: MUNICIPALIDAD
DEPOCOCÍ
Garantía de servicio de agua potable en calidad, cantidad y
continuidad, así como de energía eléctrica.
b) Las dársenas de atraque y maniobras del sector de Aninga cuenta con
aguas navegables a su alrededor, no se observa peligros aislados y
presenta profundidades óptimas para la navegación segura, conforme
alo señalado en el oficio DVMP-DNS-2020-271, folio 2016.
c) El sitio del atracadero existente cuenta con acceso público Únicamente
por vía acuática, Laguna Tortuguero.
d) Se cuenta con servicio de agua potable en calidad, cantidad y
continuidad, así como de energía eléctrica de acuerdo con las
constancias presentadas y archivadas en el expediente de esta
Comisión folios 293-294.
e) El sector donde se encuentra localizado el atracadero cuenta con la
Certificación del Patrimonio Natural del Estado, SINAC-ACTo-DASP-PNE-
CERT-127 del 10 de marzo del 2020, donde se certifica que el proyecto
está fuera del Patrimonio Natural del Estado, folio 210.
t) No se presentó estudio técnico que demuestra la ausencia de
“ecosistemas coralinos conforme a las especificaciones establecidas por
la CIMAT. Se exime de su presentación por cuanto, los canales de
Tortuguero se caracterizan por tener una coloración oscura debido a la
presencia de sedimentos y o taninos, un lecho arenoso y ninguna
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PAGINA No177 MUNICIPAL DRAG O CI 25-02-
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a Teléfono: 2711-1208
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POCOE
Municipalidad de Pococí
Í MUNICIPALIDAD:
Fluye manuel hernandez ipococ! eco
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salinidad o muy poca sobre todo en las desembocaduras, condiciones
adversas para la presencia de ecosistemas coralinos, folios 79-77.
En fecha de 05 de abril del 2019, se entrega la Guía de procedimientos para la
legalización del atracadero, así como el formulario de inspección y consulta
inicial in situ, allí mismo se recibió la solicitud de Consulta Inicial, presentada por
el señor Rafael Incera Aguilar, a nombre de la empresa Inversiones Aninga S.A.
para la legalización del atracadero existente Aninga; en la comunidad de
Tortuguero, cantón Pococí, distrito Colorado, provincia Limón; localizado en la
hoja Cartográfica Tortuguero 3347 | a escala 1:50,000 según Coordenadas
CRTMO5, Vértice 14 Este 553514.838 Norte 1166772783; Vértice +8 Este
553522.289 Norte 1166643.978 visibles al folio 297.
Mediante oficio CIMAT 205-2019 del 15 de mayo del 2019, se resuelve la Consulta
Inicial y se le indica al interesado que, de conformidad con la Guía de
Procedimientos para la Legalización de los Atracaderos Existentes, deberá
presentar la solicitud formal para la viabilidad técnica.
Que mediante Resolución número 005-2020 SETENA, del 09 de enero del 2020, La
Comisión Plenaria de la SETENA aprobó el Estudio de Diagnostico Ambiental
(EDA) y otorgó Licencia Ambiental al Atracadero existente Aninga.
Que, en cumplimiento, con la Guía de Procedimiento para la legalización de los
atracaderos existentes el día 31 de enero del 2020, Inversiones Aninga S.A.,
gestionó ante la CIMAT la Viabilidad Técnica para el atracadero existente
Aninga junto con la siguiente documentación, según consta a folios del 086 al
312, de forma que:
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PAGINA Ne178 MUNICIE FAN DIRNGOCI 25-02-29%
Municipalidad de Pococí
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Despacho del Alcalde Yes
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Pluye manuel hernandez(Amunipococi.go.cr  Mcpalos
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a. Se aprobó la viabilidad técnica para el atracadero existente presentado
por la empresa Inversiones Turísticas Aninga S.A., de forma que el área
total del proyecto es de 9.165 m2, según lámina elaborada y firmada por
el topógrafo Martín Enrique Molina Loaiza, IT-4398 de fecha marzo del
2020, visible a folio 295.
b. El atracadero consta de una estructura para muelle cuya dimensión es
de 240 metros cuadrados, con 8 metros de ancho y 28 metros de largo,
construido en concreto y madera con una capacidad de 5 espacios
barco bajo techo y 2 espacios externos, un quiosco para almacenaje de
botas de hule y otros artículos que está próximo al muelle, es una
estructura de 70 metros cuadrados construida en concreto y madera, un
quiosco que sirve de vestíbulo y punto de acceso al resto de facilidades
y áreas recreativas del atracadero, es una estructura construida en
concreto y madera con una dimensión de 78 metros cuadrados, un bar
que posee una dimensión de 225 metros cuadrados con una capacidad
para 100 personas, está construido en concreto y madera, una piscina
con una dimensión de $00 metros cuadrados y 235 metros cuadrados de
espejo de agua, construida en concreto con acabados de
vitrocerámica de aproximadamente 70 000 galones de agua, rampa de
acceso, barandas de apoyo, Un área de niños y otra de hidromasaje y
un spa con un área total de 246 metros cuadrados, agua potable e
iluminación. Además, se complementa con la construcción de una
planta de tratamiento de aguas residuales y un quiosco para unidades
sanitarias separadas por sexo, que cumplan la normativa de la Ley 7600.
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Pluye
PAGINA No179 MUNICIerAlRada SiO Cl 25-02-99319
Municipalidad de Pococí
9
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monuel. hernandezOmunipococi.go.cr
Fluye mon n DEPOCOCI
Lo anterior, acorde al juego de planos del atracadero existente más
mejoras que consta de 12 láminas numeradas en forma consecutiva del
1/12 a 12/12, elaboradas por el lco Juan Pablo Incera Castro, como
profesional responsable, ICO-22223 de fecha marzo 2020, visibles en el
folio 296.
c. Iniciar el proceso de planos constructivos y tramitar los respectivos
permisos de construcción del Plan de Mejoras consistente en: Colocar
bitas, demarcar en el área de muelle con una línea de color blanco a 20
cm del borde como retiro de seguridad, unidades sanitarias separadas
por sexo que cumplan la normativa de la Ley 760, colocar más unidades
de extintores en las facilidades del atracadero acorde a las
recomendaciones que vierta el Benemérito Cuerpo de Bomberos, planta
de tratamiento y reubicación de pozo, rampas según Ley 7600; posterior
a la inscripción del contrato de Concesión en el Registro General de
Concesiones del Registro Nacional, conforme al artículo 51 del
Reglamento de la Ley 7744.
d. Tomar en consideración los compromisos ambientales aprobados por
SETENA, en el marco de la evaluación de impacto ambiental.
e. Recomendar a la Municipalidad establecer en el contrato de concesión
el canon anual y la garantía de cumplimiento de la etapa operativa del
atracadero conforme a los artículos 13 y 17 de la Ley y el articulo 50 del
Reglamento, considerando un monto total del avalúo de las obras por
£199.747.600,00 (ciento noventa y nueve millones setecientos cuarenta y
siete mil seiscientos colones sin céntimos).
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y
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PAGINA No1g0o MUNICIPAL NO CI 25-02..99320
Municipalidad de Pococ
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PO UC Despacho del Alcalde
a $ Teléfono: 2711-1208 ¿Ke
Pluye monuel hernandez(Amunipococi.go.cr  Nun'ciALDAD
DEPOCOCI
RAN Pa,
CUARTO: Que una vez obtenida la viabilidad ambiental por parte de la SETENA y la
viabilidad técnica por parte de la CIMAT , conforme lo establece el artículo 8 de
la ley de Concesión y operación de Marinas y atracaderos turísticos, Ley 77744, la
empresa INVERSIONES TURISTICAS ANINGA S.A. , presentó en fecha 09 de octubre
del 2020, formal solicitud de concesión para la operación de un Atracadero
Turístico acogiéndose al transitorio | del Reglamento a la ley de repetida cita,
corroborándose, mediante oficio ZMT-002-2020 del 06 de enero del 2021 que la
empresa INVERSIONES TURÍSTICAS ANINGA S.A cumplió con todos los requisitos de
ley, ordenándose la publicación de los edictos que señala el artículo 9 del mismo
texto legal, mediante oficio DAM-0446-2020, notificado el día 26 de octubre 2020.
QUINTO; Que en fecha 03 de noviembre y 26 de noviembre del 2020 se publicaron
los edictos de ley en el periódico Oficial LA GACETA Numero 264, página 42 y en el
periódico de circulación nacional La Teja, página 7, respectivamente.
SEXTO: Que habiendo transcurrido el plazo de 20 días hábiles después de la
publicación del edicto!, no existiendo oposiciones, de conformidad con el artículo
9 párrafo segundo de la Ley de repetida cita, así como el plazo de ampliaciones o
consultas, según certificación de la secretaría del Concejo Municipal, del día trece
de enero del año dos mil veintiuno.
POR TANTO
Con fundamento en las potestades conferidas en la Ley N* 7794 que el Código
Municipal y la Ley N* 7744 que es la Ley de Concesión y Operación de Marinas y
Y La Gaceta N* 264 del martes 03 de noviembre del 2020 y La Teja página 7 del juevos 26 de noviembre del 2020.
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PAGINA No18g1 MUNICIE A ARd SAR ÍAGO CI 25-02.99321
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2. 9 Municipalidad de Pococí
POCOC Y! Despacho del Alcalde
a Teléfono: 2711-1208 <pe%
Fluyo anuel.hernande: ipococi MoIuoAO
¡AZTIOASLNTACRIIAA A
Atracaderos Turísticos y sus reformas, este despacho recomienda al honorable
Concejo Municipal:
“Autorizar la Concesión para la explotación y operación de un Atracadero Turístico,
solicitado por parte de la empresa INVERSIONES TURÍSTICAS ANINGA SOCIEDAD
ANÓNIMA, cédula Jurídica número tres- clento uno-cuatro ocho cinco tres uno
sels,”
La interesada se encuentra domiciliada en San José, Paseo de los Estudiantes, de
Acueductos y Alcantarillados 25 metros al norte, representada con un poder
general sin límite de suma por el señor Rafael Angel Incera Aguilar, cédula número
uno-cero cuatrocientos sesenta y seis-cero ciento setenta y tres, quien es mayor,
costarricense, casado, empresario, vecino de San José, Dulce Nombre de
Coronado, sobre terreno descrito en la comunidad de Tortuguero, cantón de
Pococí, distrito de Colorado, provincia Limón localizado en la hoja Cartográfica
Tortuguero 3347 | a escala 1:50,000, según coordenadas CRTMOS, vértice 4 Este
553514.838 Norte 1166772.783; vértice 8 Este 553522,289 Norte 1166643.978, ubicado
en el hotel Aninga en Tortuguero.
Atentamente,
¡MZ
V
Lic. Manuel Hemández Rivera
Atealde
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TE A
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Pluye
PAGINA No182 MUNICIE A ARAd SAR ÍNGOCI 25-02-299322
' CONTRATO DE CONCESIÓN DE ATRACADERO TURÍSTICO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE
POCOCÍ E INVERSIONES TURÍSTICAS ANINGA SOCIEDAD ANÓNIMA.
N* ZMT-CCAT-001-2020
Entre nosotros la MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ, cédula de persona jurídica número tres-cero
catorce-cero cuarenta y dos mil ciento veinticinco, representada en este acto por Manuel
Hernández Rivera, mayor, casado, abogado, sin discapacidad alguna, portador de la
cédula de identidad número siete — cero ochenta y seis- ochocientos cincuenta, vecino
del Distrito de Guápiles de Pococí, actuando en su condición de Alcalde Municipal, quien
fue juramentado en sesión solemne realizada por el Concejo Municipal el día primero de
mayo del dos mil veinte, y de conformidad con la resolución del Tribunal Supremo de
Elecciones N*.1319-El1-2016 de las diez horas con diez minutos del día veinticuatro de
febrero del dos mil dieciséis, donde se declara los alcaldes propietarios y suplentes,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N* 44 del jueves 05 de marzo de 2020, en mi
condición de Alcalde de la Municipalidad de Pococí, en calidad de representante legal
de la Municipalidad de Pococí, de conformidad con el artículo 17 inciso n) del Código
Municipal, que en adelante y para efectos del presente contrato denominada como la
“MUNICIPALIDAD” y la empresa INVERSIONES TURÍSTICAS ANINGA SOCIEDAD ANÓNIMA,
cédula jurídica número tres- ciento uno-cuatro ocho cinco tres Uno seis, domiciliada en
San José, Paseo de los Estudiantes, de Acueductos y Alcantarillados 25 metros al norte,
representada en este acto por el señor Rafael Ángel Incera Aguilar, portador de la cédula
de identidad número uno-cero cuatrocientos sesenta y seis-cero ciento setenta y tres,
quien es mayor de edad, costarricense, casado, empresario, vecino de San José, Dulce
Nombre de Coronado, en su condición de apoderado general sin límite de suma,
personería que consta en el Registro Público, sección Mercantil, Tomo quinientos sesenta y
uno, Asiento ochocientos cuarenta y dos, que en adelante y para efectos del presente
contrato denominada como la “CONCESIONARIA”; debidamente autorizada la firma de
este contrato por el Concejo Municipal de Pococí, en la sesión Ordinaria número XXXXX,
celebrada el día XXX de XXXX del año dos mil veintiuno, contenido en el Acta No.xxxxxx,
articulo XX, Acuerdo N* XX, según lo indicado en el oficio SMP-XX-2021 de fecha del xxx
del 2021, y de conformidad con la disposiciones de la Ley de Concesión y Operación de
Marinas y Atracaderos Turísticos, N%7744 y su reglamento, hemos acordado celebrar el
presente CONTRATO DE CONCESION para la explotación de un ATRACADERO TURISTICO,
el cual se regirá por las leyes de la materia y por las clausulas que se indicaran una vez
descritos los siguientes antecedentes:
y
PO Cy) Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
PAGINA No18g MUNICI TAR PARO CI
LOS ANTECEDENTES:
25-0 2-99 323
mn
UNO: Que el día el día 24 de noviembre de 2011, la empresa Inversiones Turísticas Aninga
S.A. presenta solicitud para acogerse al procedimiento de legalización de atracadero
existente ubicado en la comunidad de Tortuguero, cantón Pococí, distrito Colorado,
provincia Limón; localizado en la hoja Cartográfica Tortuguero 3347, escala 1:50.000 según
Coordenadas CRTMOS, Vértice +4 Este 553514.838 Norte 1166772.783; Vértice 48 Este
553522,289 Norte 1166643,978. (folio 20).
DOS; Que revisado el transitorio 1 de la ley N* 8969 del 7 de julio de 2011, se establece lo
siguiente: “Todas las solicitudes que se encuentren debidamente presentadas ante
la Cimat, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, contarán con un plazo
perentorio e improrrogable de seis meses, a partir de la notificación por parte de la Cimat,
para adecuar la solicitud a los nuevos requerimientos y procedimientos establecidos en
esta ley: de lo contrario, la Cimat dará por rechazada la solicitud.”, en concordancia con
el punto anterior, la sociedad Inversiones Turísticas Aninga S.A, se encuentra cubierta por
el plazo establecido en la normativa.
TRES: En fecha de 05 de abril del 2019, al CIMAT entrega la Guía de procedimientos para la
legalización del atracadero, así como el formulario de inspección y consulta inicial in situ
(Folio 297, expediente digital del CIMAT).
CUATRO: En fecha de 05 de abril del 2019, la empresa recibe la solicitud de Consulta
Inicial, para la legalización del atracadero existente Aninga; (Folio 0015, expediente digital
del CIMAT).
CINCO: Mediante oficio CIMAT 205-2019 del 15 de mayo del 2019, se resuelve la “Consulta
Inicial" así denominada en el procedimiento del CIMAT, donde se le indica al interesado
que, de conformidad con la “Guía de Procedimientos para la Legalización de los
Atracaderos Existentes”, puede proceder con la solicitud para la aprobación de la
viabilidad técnica. (Folio 0079, expediente digital del CIMAT).
SEIS: Que la Comisión Plenaria de la SETENA, mediante Resolución número 005-2020
SETENA, del 09 de enero del 2020, aprobó el Estudio de Diagnóstico Ambiental (EDA) y
otorgó Licencia Ambiental al Atracadero existente Aninga. (Folios 286 al 290. expediente
digital del CIMAT).
SIETE: Que, el día 31 de enero del 2020, Inversiones Aninga S.A; gestionó ante CIMAT la
Viabilidad Técnica para el atracadero existente “Aninga”, misma que fue aprobada en
fecha 28 de setiembre 2020 mediante oficio CIMAT 294-2020 (folios del 360 al 371,
y
PEO Y) Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
PAGINA No1g4 MUNICIE FANS AGO CI 25-02-.89324
expediente digital del CIMAT), suscrito por Ing. Oscar Villalobos Charpentier, en sy
condición de Director Ejecutivo de CIMAT,
OCHO: Que revisado el oficio CIMAT 294-2020 suscrito por Ing. Oscar Villalobos
Charpentier, se observan los siguientes aspectos que constan en los folios del 086 al 371
del expediente digital del CIMAT:
+ Que el atracadero existente "Aninga” se describe de la siguiente forma:
a. Se ubica en Tortuguero, cantón Pococí, distrito Colorado, provincia Limón;
localizado en la hoja Cartográfica Tortuguero 3347, escala 1:50.000 según
Coordenadas CRTMOS, Vérlice 114 Este 553514.838 Norte 1166772.783; Vértice 1+8
Este 553522.289 Norte 1166643,978.
b. El área total del proyecto es de 9.165 m2, según lámina elaborada y firmada por
el topógrafo Martín Enrique Molina Loaiza, IT-4398 de fecha marzo del 2020,
visible a folio 295 del expediente digital.
c. El atracadero consta de una estructura para muelle cuya dimensión es de 240
metros cuadrados, con 8 metros de ancho y 28 metros de largo, construido en
concreto y madera con una capacidad de 5 espacios barco bajo techo y 2
espacios externos, un quiosco para almacenaje de botas de hule y otros
artículos que está próximo al muelle, es una estructura de 70 metros cuadrados
construida en concreto y madera, un quiosco que sirve de vestíbulo y punto de
cicceso al resto de facilidades y áreas recreativas del atracadero, es una
estructura construida en concreto y madera con una dimensión de 78 metros
cuadrados, un bar que posee una dimensión de 225 metros cuadrados con una
capacidad para 100 personas, está construido en concreto y madera, una
piscina con una dimensión de 600 metros cuadrados y 235 metros cuadrados de
espejo de agua, construida en concreto con acabados de vitrocerámica de
aproximadamente 70 000 galones de agua, rampa de acceso, barandas de
apoyo, un área de niños y otra de hidromasaje y Un spa con un área total de
246 metros cuadrados, agua potable e iluminación. Además, se complementa
con la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales y un
quiosco para unidades sanitarias separadas por sexo, que cumplan la normativa
de la Ley 7600. (Lo anterior, acorde al juego de planos del atracadero existente
más mejoras que consta de 12 láminas numeradas en forma consecutiva del
1/12 a 12/12, elaboradas por el lco Juan Pablo Incera Castro, como profesional
responsable, ICO-22223 de fecha marzo 2020, visibles en el folio 296 del
expediente digital)
y
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a
pacina Norgs MUNICIPAL OIR AROCI 25-02-9932
NUEVE: Verificada la documentación aportada por la empresa INVERSIONES TURÍSTICAS
ANINGA S.A; para la aprobación de la viabilidad técnica de un atracadero existente, la
Comisión Interinstitucional de Marinas y atracaderos turísticos- CIMAT- en sesión ordinaria
N* 03- 2020, celebrada el 23 de setiembre de 2020, en temas de la Dirección Ejecutiva,
Artículo 3%, Inciso B, donde se conoció el oficio CIMAT 283-2020 de la Unidad Técnica sobre
la aprobación de la Viabilidad Técnica al atracadero turístico existente denominado
Aninga que dispuso, aprobar la Viabilidad Técnica para el atracadero existente
presentado por la por la empresa Inversiones Turísticas Aninga S. A, cédula jurídica número
tres- ciento uno — cuatrocientos ochenta y cinco mil trescientos dieciséis,
DIEZ: Una vez obtenida la viabilidad ambiental por parte de la SFTENA y la viabilidad
técnica por parte de la CIMAT, conforme lo establece el artículo 8 de la ley de Concesión
y operación de Marinas y atracaderos iurísticos, la empresa INVERSIONES TURÍSTICAS
ANINGA S.A; presentó en fecha 09 de octubre del 2020, formal solicitud de concesión
para la operación de un Atracadero Turístico acogiéndose al transitorio | del Reglamento
a la ley de repetida cita, corroborándose, mediante oficio ZMT-005-2020 del 26 de octubre
del 2020 que la empresa INVERSIONES TURÍSTICAS ANINGA S,A cumplió con todos los
requisitos de ley, ordenándose la publicación de los edictos que señala el artículo 9 del
mismo texto legal, mediante oficio DAM-0446-2020, notificado el día 26 de octubre 2020,
ONCE: Que en fecha 03 de noviembre del 2020 se publicó el edicto de ley en el periódico
Oficial LA GACETA Numero 264, página 42, y con fecha 26 de noviembre del 2020 se
publicó en el periódico de circulación nacional La Teja, pagina 7.
DOCE; Que habiendo transcurrido el plazo de 20 días hábiles después de la publicación
del edicto!, no existiendo oposiciones, de conformidad con el artículo 9 párrafo segundo
de la Ley de repetida cita, así como el plazo de ampliaciones o consultas, según
certificación de la secretaría del Concejo Municipal, del día trece de enero del año dos
mil veintiuno.
A PARTIR DE LOS ANTECEDENTES DESCRITOS
Ambas partes convienen en celebrar el contrato de CONCESIÓN para la explotación del
ATRACADERO TURISTICO denominado “Aninga”, ubicado en en la comunidad de
Tortuguero, cantón de Pococí, distrito de Colorado, provincia Limón, en los siguientes
términos:
Y La Gaceta N*234 del martes 03 de noviembre 2020
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Pluye
PAGINA No186 MUNICIPAL DAN O CI 25-02-9326)
CLAÚSULA PRIMERA: DEL OBJETO: La MUNICIPALIDAD actuando conforme las potestades
conferidas en la Ley N* 7794 que el Código Municipal y la Ley N* 7744 que es la Ley de
Concesión y Operación de Marinas y Atracaderos Turísticos y sus reformas, otorga
mediante «acuerdo de Concejo Municipal No. xxxxxxxxxx, "Concesión para la
explotación y operación de un Atracadero Turístico” por parte de la empresa INVERSIONES
TURÍSTICAS ANINGA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno-cuatro
ocho cinco tres uno seis, domiciliada en San José, Paseo de los Estudiantes, de
Acueductos y Alcantarillados 25 metros al norte, Ubicado en instalaciones del hotel
Aninga, distrito Colorado, Pococí, Limón.
CLAÚSULA SEGUNDA: DEL ÁREA: El área total del Proyecto es de 9.165,00 m? (nueve mil
ciento sesenta y cinco metros con cero cero decímetros cuadrados), de los cuales su
totalidad corresponden al área que la MUNICIPALIDAD otorga en concesión bajo la ley
7744 descrita en la lámina elaborada y firmada por el Ingeniero Topógrafo, Martín Enrique
Molina Loaiza, IT-4398 de fecha marzo 2020, visible en folio 225 del expediente digital de
CIMAT.
CLAÚSULA TERCERA: DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO EXISTENTE: Datos que se identifican con
lo establecido en el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Concesión y Operación de
Marinas y Atracaderos Turísticos, N* 38171-TUR-MINAE-S-MOPT:
a) Datos de identificación del representante legal de la autoridad competente para el
otorgamiento de la concesión, así como transcripción literal del acuerdo mediante
el cual se le autoriza a firmar el contrato:
Manuel Hernández Rivera, mayor, casado, abogado, sin discapacidad alguna,
portador de la cédula de identidad número siete - cero ochenta y seis-
ochocientos cincuenta, vecino del Distrito de Guápiles de Pococí, actuando en su
condición de Alcalde Municipal.
Acuerdo de Concejo Municipal: (Pendiente)
b] Datos de identificación del concesionario o su representante legal.
INVERSIONES TURÍSTICAS ANINGA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-
ciento uno-cuatro ocho cinco tres uno seis, domiciliada en San José, Paseo de los
Estudiantes, de Acueductos y Alcantarillados 25 metros al norte, representada en
este acto por el señor Rafael Ángel Incera Aguilar, portador de la cédula de
y
Pa Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
PAGINA No187 MUNICI riot NO Cl
POCOC]
identidad número uno-cero cuatrocientos sesenta y sels-cero ciento setentaly tres,
quien es mayor de edad, costarricense, casado, empresario, vecino de San José,
Dulce Nombre de Coronado, en su condición de apoderado general sin límite de
suma, personería que consta en el Registro Público, sección Mercantil, Tomo
quinientos sesenta y uno, Aslento ochocientos cuarenta y dos.
c) Transcripción de la resolución de Viabilidad Técnica otorgada por la CIMAT.
“CIMAT 294 -2020
28 de setiembre de 2020
Señores
Concejo Municipal de Pococí manuelalcaldepocociOgmail.com
secretariaOmunipococi.go.cr
Inversiones Turísticas Aninga S. A.
Rafael Incera rafaelinceraQice.co.cr rafaelinceraQ9gmail.com
Referencia: Aprobación Viabilidad Técnica para el atracadero existente Aninga, Exp. N*
132-2019-CIMAT
Estimados señores:
Comunico el acuerdo tomado por el Consejo Director de CIMAT en sesión ordinaria N* 03-
2020, celebrada el 23 de setiembre de 2020, en temas de la Dirección Ejecutiva, Artículo
3%, Inciso B, donde se conoció el oficio CIMAT 283-2020 de la Unidad Técnica sobre la
aprobación de la Viabilidad Técnica al atracadero turístico existente denominado Aninga,
presentado por la empresa Inversiones Turísticas Aninga $. A, cédula jurídica número ires-
ciento uno - cuatrocientos ochenta y cinco mil trescientos dieciséis, representada por el
señor Rafael Incera Aguilar:
HECHOS:
PRIMERO. Que la empresa Inversiones Turísticas Aninga S. A., se acoge al procedimiento de
legalización de atracadero existente y presenta la solicitud y documentación para este
desarrollo, el cual se procede a analizar por la Unidad Técnica con fundamento en el
artículo 23 del Reglamento.
Pluye
25- 2-99 327
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PAGINA No1gg MUNICIE AR PANG O CI 25-02-28 328
SEGUNDO, Que la zona donde se pretende legalizar el proyecto de atracadero turístio
existente, reúne las siguientes condiciones previas, conforme el Artículo 6 del Reglamento
de la Ley 7744:
a) El sector donde se encuentra localizado el atracadero cuenta con Plan Regulador bajo
la Ley 6043, el cual requiere de actualizaciones, con base al nuevo Manual de Planes
Reguladores Costeros. Sin embargo, los alracaderos localizados en lagos, ríos, embalses
y canales navegables, la zona deberá reunir solo las condiciones citadas en los incisos
Cc) y d) del artículo ó del Reglamento a la Ley 7744, relativos a: c) Acceso adecuado por
vía pública terrestre o acuática, en caso de ser una isla o una zona con difícil o limitado
acceso por vía terrestre, o ambas a la vez. d) Garantía de servicio de agua potable en
calidad, cantidad y continuidad, así como de energía eléctrica.
b) Las dársenas de atraque y de maniobras del sector de Alracadero Aninga cuenta con
aguas navegables a su alrededor, no se observa peligros aislados y presenta
profundidades óptimas para la navegación segura, conforme a lo señalado en el oficio
DVMP-DNS-2020-27 1, folio 2016.
c) El sitio del atracadero existente cuenta con acceso público Únicamente por vía
acuática, Laguna Tortuguero.
d) Se cuenta con servicio de agua potable en calidad, cantidad y continuidad, así como
de energía eléctrica de acuerdo con las constancias presentadas y archivadas en el
expediente de esta Comisión folios 293 y 294.
8) El sector donde se encuentra localizado el atracadero cuenta con la Certificación del
Patrimonio Natural del Estado, SINAC-ACTo-DASP-PNE-CERT-127 del 10 de marzo del
2020, donde se certifica que el proyecto está fuera del Patrimonio Natural del Estado,
folio 210,
f) No se presentó estudio técnico que demuestra la ausencia de ecosistemas coralinos
conforme a las especificaciones establecidas por la CIMAT. Se exime de su
presentación por cuanto, los canales de Tortuguero se caracterizan por tener una
coloración oscura debido a la presencia de sedimentos y o taninos, un lecho arenoso y
ninguna salinidad o muy poca sobre todo en las desembocaduras, condiciones
adversas para la presencia de ecosistemas coralinos, folios 79-77.
TERCERO. En fecha 05 de abril del 2019, se entrega la Guía de procedimientos para la
legalización del atracadero, así como el formulario de inspección y consulta inicial in situ,
allí mismo se recibió la solicitud de Consulta Inicial, presentada por el señor Rafael Incera
Aguilar, a nombre de la empresa Inversiones Aninga S. A. para la legalización del
atracadero existente Aninga; en la comunidad de Tortuguero, cantón Pococí, distrito
Colorado, provincia Limón; localizado en la hoja Cartográfica Tortuguero 3347 | a escala
LA
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PAGINA No189 MUNICI Aranda ASAGOCI
1:50,000 | según Coordenadas CRTMO5, Vértice +t 4 Este 553514.838 Norte
1166772. 783¡Vértice $ 8 Este 553522289 Norte 1166643.978 visibles al folio 297.
Mediante oficio CIMAT 205-2019 del 15 de mayo del 2019, se resuelve la Consulta Inicial y
se le indica al interesado que, de conformidad con la Guía de Procedimiento para la
ce
Legalización de los Atracaderos Existentes, deberá presentar la solicitud formal para la
viabilidad técnica.
CUARTO. Que mediante Resolución número 005 - 2020-SETENA, del 08 de enero del 2020, la
Comisión Plenaria de la SETENA aprobó el Estudio de Diagnóstico Ambiental (EDA) y
otorgó Licencia Ambiental al Atracadero existente Aninga.
QUINTO, Que, en cumplimiento, con la Guía de Procedimiento para la legalización de los
atracaderos existentes el día 31 de enero del 2020, Inversiones Aninga S. A., gestionó ante
la CIMAT la Viabilidad Técnica para el atracadero existente Aninga junto con la siguiente
documentación, según consta a folios clel 086 al 312:
A. Solicitud formal firmada por el interesado.
B. Documentos y planos del atracadero.
Se presentó la descripción detallada del atracadero existente, donde se hace referencia
a las instalaciones, servicios que presta, número y tipo de embarcaciones; visibles a los
folios 305-302.
B1 Se presentó el Plan de Mejoras consistente en: Colocar bitas en cada puesto de
amarre, demarcar en el área cle muelle con una línea de color blanco a 20 cm del borde
como retiro de seguridad, un núcleo de unidades sanitarias separadas por sexo que
cumplan la normativa de la Ley 7600, colocar más unidades de extintores en las
facilidades del atracadero acordes a las recomendaciones que vierta el Benemérito
Cuerpo de Bomberos, un Plan de mantenimiento de todas las facilidades del atracadero,
Agua potable, el agua por pozo debe ser potable en calidad, cantidad y continuidad,
Planta de tratamiento y reubicación de pozo, rampas según Ley 7600 y se adjuntó un
cronograma de ejecución de las obras por desarrollarse en un plazo de dieciocho meses,
visibles en los folios 299 y 298. Fechas que deben ajustarse posterior a la firma del contrato
de concesión con la Municipalidad de Pococí.
B2 Se presentó la ubicación geográfica del atracadero existente, en hoja cartográfica
del Instituto Geográfico Nacional a escala 1:50000 según coordenadas CRTMOS, Vértice
HH 4 Este 3514,838 Norte 1166772.783; Vértice 1t 8 Este 553522.289 Norte 1166643,978 visible
al folio 297.
B3 Se presentó juego de planos, que constan de 12 láminas numeradas en forma
consecutiva del 1/12 a 12/12, elaborados por el Ico Juan Pablo Incera Castro como
profesional responsable, ICO-22223 de fecha marzo 2020, donde se ubica, describe y
y
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PAGINA Noe190 MUNICI ra DI ARGOC
Pecocí
detalla claramente todas las obras existentes que se ubican tanto en la zona acudtizá
[obras para el atraque y amarre de embarcaciones) como terrestre (aceras, instalación
sanitaria para uso público, sistema de tratamiento de aguas residuales y residuos sólidos,
barrestaurante, piscina y spa). Además de las obras contempladas en el Plan de
Mejoras, visibles en el folio 296,
B4 Se presentó el Plano de Agrimensura del área a solicitar en concesión, conforme lo
solicita la Subdirección Catastral del Registro Inmobiliario, visible al Folio 295.
B5 Se presentó la disponibilidad de energía eléctrica (factura de pago al ICE), visible al
folio 294,
B6 Se presentó la disponibilidad de agua potable, visible al folio 293.
B.8. Declaración, firmada por un biólogo marino incorporado al Colegio de Biólogos e
inscrito en el registro de Consultores Ambientales de la SETENA donde se manifieste que no
existen ecosistemas coralinos dentro del área a solicitar en concesión, sustentada con
elementos técnicos básicos por medio de buceo. Con aprobación de la Secretaría
Ejecutiva del SINAC. Se exime de su presentación por cuanto, los canales de Tortuguero se
caracterizan por tener una coloración oscura debido a la presencia de sedimentos y o
taninos, un lecho arenoso y ninguna salinidad o muy poca sobre todo en las
desembocaduras, condiciones adversas para la presencia de ecosistemas coralinos, folios
79-27.
B.9 Se presentó el avaluó número AVME-011-2019, realizado por la Municipalidad de
Pococí según el cual las obras cuentan con un valor total de (199.747,600,00 [ciento
noventa y nueve millones setecientos cuarenta y siete mil seiscientos colones sin céntimos),
visible al folio 292.
C. Que, mediante la Resolución número 005 — 2020-SETENA, del 08 de enero del 2020, la
Comisión Plenaria de la SETENA aprobó el Estudio de Diagnóstico Ambiental [EDA) y
otorgó Licencia Ambiental al Atracadero existente Aninga, folios 291 al 281.
Se ha verificado que el interesado no se encuentra moroso en el pago de las cuotas
obrero patronales de la Caja Costarricense del Seguro Social, CCSS, según artículo 74 de
la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, N* 17 del 22 de octubre de
1943, no reporta deudas con FODESAF, Ministerio de Hacienda y que está al día con los
impuestos de Sociedades Anónimas. Folios 326,327 y 340.
SEXTO. Que de conformidad con el Artículo 3 de la Ley y el 12 del Reglamento, el
atracadero existente Aninga cuenta con las instalaciones y los servicios mínimos, según la
siguiente descripción:
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25-02-2 9330
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PAGINA No191 MUNICIE AR AGO CI 25-02.89831
El atracadero consta de una estructura para muelle cuya dimensión es de 240 met;
cuadrados, con 8 metros de ancho y 28 metros de largo, construido en concreto y
madera con una capacidad de 5 espacios barco bajo techo y 2 espacios externos, un
quiosco para almacenaje de botas de hule y otros artículos que está próximo al muelle, es
una estructura de 70 metros cuadrados construida en concreto y madera, un quiosco
que sirve de vestíbulo y punto de acceso al resto de facilidades y áreas recreativas del
atracadero, es una estructura construida en concreto y madera con una dimensión de 78
metros cuadrados, un bar que posee una climensión de 225 metros cuadrados con una
capacidad para 100 personas, está construido en concreto y madera, una piscina con
una dimensión de 600 metros cuadrados y 235 metros cuadrados de espejo de agua,
construida en concreto con acabados de vitrocerámica de aproximadamente 70 000
galones de agua, rampa de acceso, barandas de apoyo, un área para niños y otra de
hidromasaje y un spa con un área total de 246 melros cuacirados, agua potable e
iluminación. Además, se complementa con la construcción de una planta de tratamiento
de aguas residuales y un quiosco para unidades Sanitarias separadas por sexo, que
cumplan la normativa de la Ley 7600.
El Plan de Mejoras consiste en: Colocar bitas, demarcar en el área de muelle con una
línea de color blanco a 20 cm del borde como retiro de seguridad, unidades sanitarias
separadas por sexo que cumplan la normativa de la Ley 7600, colocar más unidades de
extintores en las facilidades del atracadero acordes a las recomendaciones que vierta el
Benemérito Cuerpo de Bomberos, un Plan de mantenimiento de todas las facilidades del
atracadero, agua potable, planta de tratamiento y reubicación de pozo, rampas según
Ley 7600. El plazo de ejecución de las mejoras será de dieciocho meses; conforme con el
cronograma que se adjunta en el Anexo 2 de este documento. Fechas que deben
ajustarse posterior a la firma del contrato de concesión con la Municipalidad de Pococí.
Lo anterior, acorde al juego de planos del atracadero existente más mejoras que consta
de 12 láminas numeradas en forma consecutiva del 1/12 a 12/12, elaborados por el Ico
Juan Pablo Incera Castro como profesional responsable, [CO-22223 de fecha marzo 2020,
visibles en el folio 296.
SETIMO, Que el área total a concesionar bajo la Ley 7744 es de es de 9.165 m2. Según
lámina elaborada y firmada por el Ing. Topógrafo, Martín Enrique Molina Loaiza, IT-4398 de
fecha marzo 2020, visible al folio 295.
POR LO ANTERIOR:
y
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PAGINA No192 MUNICIU ART DARÍA OCI 25-09-99332
El Consejo Director considera que la Empresa Inversiones Aninga S.A, ha cumplido con
todos los requisitos establecidos para la etapa de viabilidad técnica para un atracadero
existente conforme a los artículos 1%, 3% y 5% de la Ley 7744 y a la Guía de Procedimiento
para la Legalización de los Atracaderos Existentes, acordando:
PRIMERO. Aprobar la Viabilidad Técnica para el atracadero existente presentado por la
por la empresa Inversiones Turísticas Aninga S. A, cédula jurídica número tres- ciento uno
- cuatrocientos ochenta y cinco mil trescientos dieciséis, representada por el señor Rafael
Incera Aguilar, con un Poder General sin límite de suma, de nacionalidad costarricense,
cédula de identidad número uno- cero cuatrocientos sesenta y seis — cero ciento setenta
y tres, para la concesión y operación del atracadero turístico Aninga, en la comunidad de
Tortuguero, cantón de Pococí, distrito Colorado, provincia Limón localizado en la hoja
Cartográfica Tortuguero 3347 | a escala 1:50.000, según Coordenadas CRTMOS, Vértice it 4
Este 553514.838 Norte 1166772.783; Vértice 1t 8 Este 553522.289 Norte 1166643.978.
SEGUNDO. Otorgar el visto bueno para que Inversiones Turísticas Aninga S. A, presente la
solicitud de concesión ante la Municipalidad de Pococí para la operación de un
atracacdlero turístico existente, conforme lo establecido en los artículos 8* y 9? de la Ley
7744, Capítulo IV, Sección Il y IV del Reglamento y lo indicado en la Guía de
Procedimiento para la legalización de los atracaderos existentes, teniendo en cuenta lo
siguiente:
a) Que el área total a concesionar bajo la Ley 7744 es de es de 9.165 m2, Según lámina
elaborada y firmada por el Ing. Topógrafo, Martín Enrique Molina Loaiza, IT-4398 de
fecha marzo 2020, visible al folio 295.
b) El atracadero consta de una estructura para muelle cuya dimensión es de 240 metros
cuadrados, con 8 metros de ancho y 28 metros de largo, construido en concreto y
madera con una capacidad de 5 espacios barco bajo techo y 2 espacios externos,
un quiosco para almacenaje de botas de hule y otros artículos que está próximo al
muelle, es una estructura de 70 metros cuadrados construida en concreto y madera,
un quiosco que sirve de vestíbulo y punto de acceso al resto de facilidades y áreas
recreativas del atracadero, es una estructura construida en concreto y madera con
una dimensión de 78 metros cuadrados, un bar que posee una dimensión de 225
metros cuadrados con una capacidad para 100 personas, está construido en
concreto y madera, una piscina con una dimensión de 600 metros cuadrados y 235
metros cuadrados de espejo de agua, construida en concreto con acabados de
vitrocerámica de aproximadamente 70 000 galones de agua, rampa de acceso,
barandas de apoyo, un área para niños y otra de hidromasaje y un spa con un área
y
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PAGINA No193 MUNICIAerAlRóia Oria 295-02.94338
total de 246 metros cuadrados, agua potable e iluminación. Además, se
complementa con la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales
y un quiosco para unidades sanitarias separadas por sexo, que cumplan la normativa
de la Ley 7600.
Lo anterior, acorde al juego de planos del atracadero existente más mejoras que
consta de 12 láminas numeradas en forma consecutiva del 1/12 a 12/12, elaborados
por el Ico Juan Pablo Incera Castro como profesional responsable, ICO-22223 de
fecha marzo 2020, visibles en el folio 296.
d) Iniciar el proceso de planos constructivos y tramitar los respectivos permisos de
construcción del Plan de Mejoras consistente en: Colocar bitas, demarcar en el área de
muelle con una línea de color blanco a 20 cm del borde como retiro de seguridad,
unidades sanitarias separadas por sexo que cumplan la normativa cle la Ley /600,
colocar más unidades de extintores en las facilidades del atracadero acorde a las
recomendaciones que vierta el Benemérito Cuerpo de Bomberos, planta de tratamiento
y reubicación de pozo, rampas según Ley 7600; posterior a la inscripción del contrato de
Concesión en el Registro General de Concesiones del Registro Nacional, conforme al
artículo 51 del Reglamento de la Ley 7744.
e) Tomar en consideración los compromisos ambientales aprobados por SETENA, en el
marco dle la evaluación de impacto ambiental,
TERCERO. Recomendar a la Municipalidad establecer en el contrato de concesión el
canon anual y la garantía de cumplimiento de la etapa operativa del atracadero
conforme a los artículos 13 y 17 de la Ley y el 50 del Reglamento, considerando un monto
total del avalúo de las obras por (199.747.600,00 [ciento noventa y nueve millones
setecientos cuarenta y siete mil seiscientos colones sin céntimos).
Muy cordialmente,
OSCAR EDUARDO
OSCAR EDUARDO VILLALOBOS
CHARPENTIER (FIRMA)
VILLALOBOS CHARPENTIER (FIRMA) Fecha: 2020.09.28
10:00:09 -06'00Ing. Oscar Villalobos Charpenlier Dirección Ejecutiva, CIMAT
Anexos: 1. Planta de Conjunto del Atracadero ,2. Cronograma del Plan de Mejoras
3. Plano de Agrimensura, 4 Fotografías.
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PAGINA No196 MUNICI ATAR SHIMEOCI 25-02-99336
g) Anexo 4. Fotográfico
Fotografías 1 y 2 Vista general del muelle y recolección de residuos sólidos
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Y 5d SS Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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PAGINA No197 MUNICIP AS AERB Ia OB PGOCI— 25-07-209387
Fotografías 7 y 8 Pozo de agua y Distribución de facilidades.
RT
c) Área total de la concesión de acuerdo con el plano catastrado.
El área total del Proyecto es de 9.165,00 m? (nueve mil ciento sesenta y cinco metros
con cero cero decímetros cuadrados), de los cuales su totalidad corresponden al área
que la MUNICIPALIDAD otorga en concesión bajo la ley 7744 descrita en la lámina
elaborada y firmada por el Ingeniero Topógrafo, Martín Enrique Molina Loaiza, IT-4398 de
fecha marzo 2020, visible en folio 295 del expediente digital de CIMAT.
d) Descripción de los servicios que el Proyecto pretende desarrollar.
Permiten el atraque y desatraque de embarcaciones turísticas, para el disfrute y la
seguridad de los turistas que visitan las instalaciones del Hotel Aninga.
Además, brinda servicios de transporte acuático a turistas, cuentan con un restaurante
que brinda alimentación a los visitantes, un área de Spa y cuenta con facilidades para
la recolección de residuos sólidos.
El atracadero cuenta con cinco (5) espacios para el atraque de embarcaciones
turísticas, cuentan con un kiosko para almacenaje de botas, sombrillas, capas y otros
elementos para uso de los turistas, existe un bar que ofrece el servicio de bebidas a los
turistas, y ofrecen servicios de recreación como: en el área de piscina, spa, kiosko con
unidades sanitarias y tours a los turistas. (Folios 35 y 36 del expediente digital)
f) Puestos de atraque y correspondencia en metros lineales de muelles,
El atracadero consta de una estructura para muelle cuya dimensión es de 240 metros
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PAGINA Ne198 MUNICIPAL PARO CI 25-02-
cuadrados, con 8 metros de ancho y 28 metros de largo, construido en concreto y madérá
con una capacidad de 5 espacios barco bajo techo y 2 espacios externos, un quiosco para
almacenaje de botas de hule y otros artículos que está próximo cl muelle, es una estructura
de 70 metros cuadrados construida en concreto y madera, un quiosco que sirve de vestíbulo
y punto de acceso al resto de facilidades y áreas recreativas del atracadero, es una
estructura construida en concreto y madera con una dimensión de 78 metros cuadrados, un
bar que posee una dimensión de 225 metros cuadrados con una capacidad para 100
personas, está construido en concreto y madera, una piscina con una dimensión de 600
metros cuadrados y 235 metros cuadrados de espejo de agua, construida en concreto con
acabados de vitrocerámica de aproximadamente 70 000 galones de agua, rampa de
acceso, barandas de apoyo, un área para niños y otra de hidromasaje y un spa con un
área total de 246 metros cuadrados, agua potable e iluminación. Además, se complementa
con la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales y un quiosco para
unidades Sanitarias separadas por sexo, que cumplan la normativa de la Ley 7600.
9) Monto de la inversión proyectado: Alracadero existente, inversión para el plan de
mejora se presentará, una vez aprobado el presente contrato.
h) Monto del Canon y forma de pago.
La CONCESIONARIA pagará anualmente a la MUNICIPALIDAD un canon que se establece a
partir de un 0.25% sobre el total del valor de las obras marítimas y las obras complementarias
en tierra y entrará en vigor a partir de la firma del contrato de Concesión de Atracadero
Turístico, el monto se ajustará conforme se realicen las actualizaciones de los avalúos cada
cinco (5) años, según el Reglamento N? 38171-TUR-MINAE-S-MOPT; publicado en la Gaceta
NO 36 el día 20 de febrero de 2014; en su artículo 46 que indica: “La Municipalidad cobrará al
concesionario por la concesión de la marina o el atracadero turístico, un canon anual
mínimo de un cuarto por ciento (0.25%) sobre el valor de las obras marítimas y las obras
complementarias en tierra, construidas dentro del área en concesión que deberá
cancelarse por trimestre adelantado. El valor de las obras se actualizará mediante avalúos
cada cinco años, efectuados por peritos de la Dirección General de Tributación Directa.
Igualmente, los concesionarios se obligan a pagarles a las demás autoridades los cánones,
las tasas o los impuestos que deban para la construcción, administración y explotación de la
marina o el atracadero turístico, establecidos por ley y este Reglamento”. (El resaltado no
corresponde al original).
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PAGINA No199 MUNICIPAL DR EOCI 25-021.8/339
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Monto del canon a pagar: se establece tomando como base el avalúo? de las obra
presentado por la parte interesada y realizado por la Unidad de Valoraciones de la
Municipalidad de Pococí, documento AVM-011-2019 de fecha 21 de octubre de 2019, ”...de
las obras existentes correspondientes al atracadero en solicitud de viabilidad",
construcciones edificadas en agua y tierra a las cuales se les valoró con un monto total de
(199.747.600 (ciento noventa y nueve millones setecientos cuarenta y siete mil seiscientos
colones netos) sin perjuicio de las variaciones que en razón de la aplicación del artículo 46,
del Reglamento N* 38171-TUR-MINAE-S-MOPT; publicado en la Gaceta N* 36 el día 20 de
febrero de 2014; pueda sufrir,
Por lo anterior, se establece el CANON ANUAL en la suma de (499.369,00 (cuatrocientos
noventa y nueve mil trescientos sesenta y nueve colones netos), que deberá pagarse de
manera trimestral y por adelantado durante los primeros cinco días hábiles del año o
trimestre.
Forma de pago: se acuerda que la cancelación trimestral del canon se ejecutará por
adelantado, el monto trimestral se fija en la suma de (2124,842.25 (ciento veinticuatro mil
ochocientos cuarenta y dos colones con veinticinco céntimos), los periodos trimestrales para
el pago del canon correrán de la siguiente manera:
Primer Trimestre (a partir del primero y hasta el 31 de enero).
Segundo Trimestre (a partir del primero y hasta el 30 de abril).
Tercer Trimestre (a partir del primero y hasta el 31 de julio).
Cuarto Trimestre (a partir del primero y hasta el 31 de octubre).
En caso de atraso en el pago del canon, se regirán los intereses definidos en el artículo 57
del Código de Normas y Procedimientos Tributarios,
Plazo de la Concesión. El plazo de la Concesión para la explotación y operación de un
Atracadero Turístico por parte de la empresa INVERSIONES TURISTICAS ANINGA SOCIEDAD
ANÓNIMA, será de 20 (velnte) años a partir de la firma del presente contrato, prorrogables
por periodos de 10 años, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 11 de la Ley no7744,
2 Avalúo que consta en folio 292 del expediente de la CIMAT N? 132-2019-CIMAT, Proyecto Atracadero Existente Aninga
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PAGINA Ne200 MUNICH ARS id O CI 25-02-.949340
IRA RCN
1) Plazo de inicio de obras conforme al artículo 9 bis de la Ley.
Siendo que se trata de una obra existente, se aprobó en la viabilidad técnica (oficio CIMAT
294-2020 con fecha 28 de setiembre de 2020) un plazo de dieciocho meses, a partir de la
firma del presente contrato, para que la concesionaria inicie las obras de “Plan de Mejoras”
propuesto.
k) Monto y tipo de garantía de cumplimiento que deberá mantener vigente durante
cada etapa de la construcción y operación de la marina o el atracadero turístico.
Conforme la cláusula 6.6 de este contrato la CONCESIONARIA deberá rendir una garantía
del 2% sobre el valor total de las obras de conformidad con los artículos 13 y 14 de la Ley
7744, es decir un 2% sobre (:199.747,600 [ciento noventa y nueve mil setecientos cuarenta y
siete mil seiscientos colones netos) que equivale a (£3,994,952,00 (tres millones novecientos
noventa y cuatro mil novecientos cincuenta y dos colones con cero céntimos).
A partir de la suscripción de Contrato de Concesión la CONCESIONARIA cuenta con un
plazo de DOS MESES para rendir dicha garantía a favor de la MUNICIPALIDAD por todo el
plazo de la concesión y mediante las formas dispuestas en el artículo 13 de la ley y
presentarla ante la administración municipal para computar su cumplimiento,
Una vez se hayan realizado el Plan de Mejoras indicado en el apartado 6.4 del presente
contrato, deberá la CONCESIONARIA actualizar la garantía del 2% a la suma
correspondiente al proyecto finalizado.
) Indicar la obligación del conceslonarlo de permitir el acceso irrestricto a los
inspectores de la CIMAT y las Instituciones públicas competentes durante la construcción y
operación de la marina y atracadero turístico.
De acuerdo con cláusula 6.5 del presente contrato, la concesionaria se compromete a
facilitar y permitir el acceso irrestricto a los inspectores de la CIMAT y las instituciones
públicas competentes durante la construcción y operación de la marina y atracadero
turístico.
CLAÚSULA CUARTA: DEL PLAZO: El plazo de la Concesión para la explotación y operación de
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PAGINA Ne201 MUNICIerANóla HAM O CL 25-09-0934 1
un Atracadero Turístico por parte de la empresa INVERSIONES TURISTICAS ANINGA SOCIEDAD
ANÓNIMA, será de 20 (velnte) años a partir de la firma del presente contrato, prorrogables
por periodos de 10 años, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 11 de la Ley n%7744,
de referencia.
CLAUSULA QUINTA: UBICACIÓN Y LINDEROS DE LA CONCESIÓN: El atracadero Turístico tiene
una ubicación geográfica en hoja cartográfica del Instituto Geográfico Nacional a escala
1:50 000 según coordinada CRTMO5, Vértice 114, Este 3514,838, Norte 1166772.783 Vértice 48
Este 553522.289 Norte 116643.978; según el plano catastrado número L-1514699-2011, linda al
norte con Hotel Las Baulas y zona publica, al Sur con Hotel Pachira Lodge S.A y zona pública;
* al Este con zona pública inalienable y al Oeste con zona pública inalienable [Folio 297 del
expediente digital).
CLAUSULA SEXTA: DELAS OBLIGACIONES DELA CONCESIONARIA:
6.1.- USO: La CONCESIONARIA se obliga a darle al presente contrato, el uso exclusivo de
ATRACADERO TURÍSTICO, con los servicios mínimos establecidos en el artículo número 3, inciso
(3 de la Ley 7744 y el articulo número 13 de su Reglamento, viabilidad ambiental de SETENA y
Viabilidad Técnica de CIMAT.
6.2.- MANTENIMIENTO: La CONCESIONARIA se obliga a mantener las obras del proyecto en
buen estado y mantenimiento y deberán coincidir en un todo con los planos del proyecto
que fueron avalados.
6.3.- CANON: La CONCESIONARIA pagará anualmente a la MUNICIPALIDAD un canon que
se establece a partir de un 0,25% sobre el total del valor de las obras marítimas y las obras
complementarias en tierra y entrará en vigor a partir del | trimestre del año 2021, o en su
defecto en el trimestre que corresponda a la firma del contrato de Concesión de
Atracadero Turístico, el mismo se ajustará cada cinco (5) años, según el Reglamento N*
38171-TUR-MINAE-S-MOPT; publicado en la Gaceta N?* 36 el día 20 de febrero de 2014; en su
artículo 46 que indica: “La Municipalidad cobrará al concesionario por la concesión de la
marina o el atracadero turístico, un canon anual mínimo de un cuarto por ciento (0.25%)
sobre el valor de las obras marítimas y las obras complementarias en tierra, construidas
dentro del área en concesión que deberá cancelarse por trimestre adelantado. El valor de
las obras se actualizará mediante avalúos cada cinco años, efectuados por peritos de la
Dirección General de Tributación Directa. Igualmente, los concesionarios se obligan a
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PAGINA Ne202 MUNICIE ARS SNE OC 25-02- 42
a
pagarles a las demás autoridades los cánones, las tasas o los impuestos que deban para la
construcción, administración y explotación de la marina o el atracadero turístico,
establecidos por ley y este Reglamento”. (El resaltado no corresponde al original).
Sobre el monto del canon a pagar, se establece tomando como base el avalúo? de las
obras presentado por la parte interesada y realizado por la Unidad de Valoraciones de la
Municipalidad de PococÍ, documento AVM-011-2019 de fecha 21 de octubre de 2019, "...de
las obras existentes correspondientes al atracadero en solicitud de viabilidad”,
construcciones edificadas en agua y tierra a las cuales se les valoró con un monto total de
(199.747.600 [ciento noventa y nueve millones setecientos cuarenta y siete mil seiscientos
colones netos) sin perjuicio de las variaciones que en razón de la aplicación del artículo 46 ,
del Reglamento N* 38171-TUR-MINAE-S-MOPT; publicado en la Gaceta N? 36 el día 20 de
febrero de 2014; pueda sufrir.
Por lo anterior, y a partir del | Trimestre del año 2021 se establece el CANON ANUAL en la
suma de (499.369,00 (cuatrocientos noventa y nueve mil trescientos sesenta y nueve
colones netos), que deberá pagarse de manera trimestral y por adelantado durante los
primeros cinco días hábiles del año o trimestre. Se establece el canon trimestral en la suma
de (124,842.25 (ciento veinticuatro mil ochocientos cuarenta y dos colones con veinticinco
céntimos). Los trimestres son cuatro, el primero corre a partir del primero de enero o en su
defecto el primer día hábil siguiente, el segundo corre a partir del primero de abril, el tercero
corre a partir del primero de julio y el cuarto corre a partir del primero de setiembre de cada
año.
En caso de atraso en el pago del canon, se regirán los intereses definidos en el artículo 57
del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, que en lo conducente reza:
“(...) Mediante resolución, la Administración Tributaria fijará la tasa del interés, la cual deberá
ser equivalente al promedio simple de las tasas activas de los bancos estatales para créditos
del sector comercial y, en ningún caso, no podrá exceder en más de diez puntos de la tasa
básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica. Dicha resolución deberá hacerse
cada seis meses por lo menos. Los intereses deberán calcularse tomando como referencia
las tasas vigentes desde el momento en que debió cancelarse el tributo hasta su pago
efectivo (...)”
3 Avalúo que consta en folio 292 del expediente de la CIMAT N* 132-2019-CIMAT, Proyecto Atracadero Existente Aninga
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PAGINA Ne203 MUNICIE e AR a ARNO CI 25-02-28343
AAAARISTA
6.4.- OBRAS: La CONCESIONARIA se compromete a iniciar la elaboración delplanos
constructivos y tramitar los respectivos permisos de construcción del Plan de Mejoras.
El Plan de Mejoras, indica que deben:
1. Colocarse bitas en cada puesto de amarre.
2. Demarcar en el área de muelle con una línea de color blanco a 20 cm del borde
como retiro de seguridad.
3. Incluirsse un núcleo de unidades sanitarias separadas por sexo que cumplan la
normativa de la Ley 7600.
4. Colocar más unidades de extintores en las facilidades del atracadero acordes a
las recomendaciones que vierta el Benemérito Cuerpo de Bomberos.
5. Incluir un Plan de mantenimiento de todas las facilidades del atracadero, agua
potable, el agua por pozo debe ser potable en calidad, cantidad y continuidad.
6. Construirse una planta de tratamiento.
7. Reubicación de pozo.
8. Incluirse rampas según Ley 7600.
Lo anterior, respetando los siguientes plazos; cuatro meses calendario a partir de la firma del
presente contrato de concesión para tramitar los permisos constructivos correspondientes, y
dos años para que finalicen la ejecución de las obras de ejecución a partir de la inscripción
del Contrato de Concesión de Atracadero Turístico en el Registro General de Concesiones
del Registro Nacional, de conformidad al artículo 51 del Reglamento de la Ley n* 7744.
La ejecución de las obras NO deberá atrasarse más de tres meses, salvo por casos de fuerza
mayor debidamente justificadas y comprobadas por la MUNICIPALIDAD.
6.5- ACCESO: La CONCESIONARIA se compromete a facilitar el acceso irrestricto a los
inspectores de la Comisión Interinstitucional de Marina y Atracaderos Turísticos (CIMAT), de la
MUNICIPALIDAD y de las instituciones públicas competentes durante la construcción del Plan
de Mejoras y operación del atracadero, en ejercicio de sus funciones.
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PAGINA Ne204 MUNICIE Era DAA Cl 25-09-909344
6.6.- GARANTÍA: Para garantizar la adecuada construcción del Plan de Mejoras y operación
del proyecto, la CONCESIONARIA deberá rendir una garantía del 2% sobre el valor total de
las obras de conformidad con los artículos 13 y 14 de la Ley 7744, es decir un 2% sobre
(199.747.600 [ciento noventa y nueve mil setecientos cuarenta y siete mil seiscientos colones
netos) que equivale a (£3.994.952,00 (tres millones novecientos noventa y cuatro mil
novecientos cincuenta y dos colones con cero céntimos).
A partir de la suscripción de Contrato de Concesión la CONCESIONARIA cuenta con Un
plazo de DOS MESES para rendir dicha garantía a favor de la MUNICIPALIDAD por todo el
plazo de la concesión y mediante las formas dispuestas en el artículo 13 de la ley y
presentarla ante la administración municipal para computar su cumplimiento,
Conforme el artículo 50 del reglamento de la Ley 7744, una vez que CIMAT reciba las obras
dispondrá el monto y los ajustes de esta,
Una vez se hayan realizado el Plan de Mejoras indicado en el apartado 6.4 OBRAS, deberá
la CONCESIONARIA actualizar la garantía del 2% a la suma correspondiente al proyecto
finalizado.
6.7,- LICENCIAS FUNCIONAMIENTO Y PAGO DE IMPUESTOS: Para garantizar la adecuada
operación del proyecto, la CONCESIONARIA se compromete a mantener vigentes y
gestionar ante la Municipalidad de Pococí, el Ministerio de Salud, el Instituto Costarricense
de Turismo y cualquier otra institución correspondiente, la renovación u obtención de las
licencias de funcionamiento necesarias para ejercer la actividad comercial, así como
mantener al día el respectivo pago de impuestos por dichos conceptos, impuestos y tasas.
6.8.- PROVEEDORES: Para garantizar la adecuada operación del proyecto, la
CONCESIONARIA se compromete a contratar servicios de empresas que se encuentren al
día en sus obligaciones municipales y cuenten con licencias comerciales extendidas por la
municipalidad para su funcionamiento en el cantón de Pococí. En caso de ser empresas
domiciliadas fuera de nuestro cantón, deberá obtener una licencia temporal municipal para
brindar el servicio. En caso de que la CONCESIONARIA demuestre que la empresa
proveedora es la que no muestra interés en el pago del impuesto municipal, lo deberá
hacer llegar por escrito al departamento de patentes municipal para que éste sea el que
requiera de manera administrativa el pago a la empresa proveedora.
6.9.- REGLAMENTO: Para garantizar la «adecuada operación del proyecto, la
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PAGINA Ne205 MUNICIPIO CI 295-02-2044345
REO ERAS
CONCESIONARIA se compromete a aportar una copia del reglamento de operación del
proyecto actualizado en el transcurso de los SEIS MESES a partir de la firma del contrato, y
mantener informada a la MUNICIPALIDAD de cualquier cambio que sufra el citado
reglamento.
6,10.- DISPOSICIONES AMBIENTALES Y PROYECCIÓN COMUNAL: La CONCESIONARIA durante
el lapso de los SEIS MESES siguiente a la firma del presente contrato, se compromete a
presentar ante la Municipalidad la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales, y
copia del Plan de Manejo de Residuos Sólidos y líquidos elaborado según la Ley N? 8839 (la
anterior información se deberá mantener vigente durante todo el plazo de la concesión y
por ende en caso de sufrir variantes o actualizaciones, se debe entregar copia de las
mismas a la administración Municipal). Igualmente y siempre en materia ambiental, la
CONCESIONARIA se compromete como parte de la proyección social que debe
caracterizar a los inversionistas que se establezcan en el cantón de Pococí, a presentar
durante el mes de enero de cada año, un perfil para desarrollar un proyecto social u obra
comunal en materia de educación y mejoramiento del medio ambiente, incentivación de
empleos, incentivos a escuelas del cantón, etc. que fortalezca su permanencia y
compromiso en nuestro entorno y contexto. Este perfil deberá contar con un visto bueno de
la alcaldía municipal para su ejecución, quien analizará la procedencia o no del mismo.
CLAUSULA SÉPTIMA: DE LAS PROHIBICIONES:
7.1.- La CONCESIONARIA no podrá modificar el uso del Atracadero Turístico sin el
consentimiento y aprobación previa de la CIMAT y de la MUNICIPALIDAD.
7.2.- La CONCESIONARIA no podrá ceder, gravar o traspasar total o parcialmente la
Concesión sin previa autorización de la MUNICIPALIDAD.
7.3.- DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN: El presente contrato NO ES constitutivo de
Permiso de Construcción o de movimiento de tierra por lo que la CONCESIONARIA deberá
seguir todos los trámites pertinentes de previo a solicitar cualquier permiso y en caso de que
iniciara construcción sin las debidas autorizaciones será causa de caducidad de este
contrato,
CLAUSULA OCTAVA: AUTORIZACIÓN MUNICIPAL: Conforme dispone el artículo 16 de la Ley
de Concesión y Operación de marinas y atracaderos turísticos y atendiendo lo dispuesto en
el artículo 45 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, a solicitud del concesionario, se
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PAGINA Ne206 MUNICIP AAN Pg O CI 25-02-99346
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autoriza a la CONCESIONARIA a hipotecar un máximo del 50% del valor d Ss
establecido en la cláusula 6.3 del presente contrato.
CLAUSULA NOVENA: CANCELACIÓN Y EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN: La MUNICIPALIDAD
procederá a la cancelación y extinción de la concesión conforme lo dispuesto en el artículo
19 de la Ley de Concesión y Operación de marinas y atracaderos turísticos siguiendo los
procedimientos de la Ley General de la Administración Pública y por las siguientes causales:
a) Las estipuladas en el artículo 19 de la Ley N* 7744 y sus reformas. b) Falta de pago del
canon referido en este contrato por más de dos trimestres. c) Incumplimiento de las
obligaciones contractuales adquiridas en el presente contrato en su condición de
concesionaria. d) Incumplimiento de las obligaciones tributarias. e) Que la CONCESIONARIA
sea autor o participe de delitos penados por esta ley o cualquier otra relacionada. Una vez
declarada la cancelación del contrato y extinción de la concesión, la MUNICIPALIDAD
podrá ejecutar la garantía de cumplimiento, así como reclamar adicionalmente el cobro de
daños y perjuicios causados por su acción u omisión. Declarada la caducidad de la
concesión por las causas citadas, el uso el disfrute y la explotación plenos de la concesión se
revertirán a la MUNICIPALIDAD, Para los efectos de este artículo, la MUNICIPALIDAD deberá
seguir las reglas del debido proceso y garantizar el derecho de defensa, establecido en la
Constitución Política.
CLAUSULA DÉCIMA: DE LAS NOTIFICACIONES: Las partes señalan como lugar y medio para
atender notificaciones, ya fuera judiciales, administrativas o personales entre las partes o sus
representantes, derivadas de la ejecución del presente contrato, las siguientes: la
MUNICIPALIDAD en su domicilio social sito edificio Municipal, planta alta del hotel Talamanca
sobre la ruta 32 y la CONCESIONARIA en el correo electrónico rafaelinceraQice.co.cr como
medio secundario el fax 2258-5850.
Cualquier cambio en el lugar señalado, para que surta efectos para la otra parte, deberá
ser comunicado por escrito a la contraria en el lugar o medio aquí señalado por ésta, de lo
contrario, la notificación se tendrá como diligenciada.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: DE LA EFICACIA: Ambas partes dejan claramente establecido
que aceptan haber leído este contrato, haberlo entendido y que quedan obligadas por sus
términos y condiciones, de la legislación vigente en la materia; siendo el presente contrato
válido y eficaz a partir de la firma de ambas partes.
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PAGINA Ne207 MUNICIPAL AIRAGO CI 25-02-
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: INSCRIPCIÓN DE LA CONCESIÓN: A partir de la firma del
presente contrato, la CONCESIONARIA queda obligada para que a la brevedad posible
proceda a protocolizar el presente contrato y gestionar su inscripción ante el Registro
Público, corriendo todos los gastos, honorarios, pago de impuestos o timbres de inscripción
por parte de la Concesionaria. Una vez inscrito el presente contrato, la CONCESIONARIA
cuenta con un plazo de treinta días háblles para remitir una certificación de esta ante la
Alcaldía Municipal para su archivo en el expediente administrativo.
CLAUSULA DECIMA TERCERA: VIGENCIA DE LA CONCESIÓN: El presente contrato entra en
vigor a partir de su firma. En fe de lo anterior, firmamos en tres tantos de igual valor y efecto,
en la ciudad de Guápiles, a las diez horas del día Ireinta de enero del año dos mil veintiuno.
Manuel Hernández Rivera Rafael Incera Aguilar
Municipalidad de Pococí Inversiones Turísticas Aninga S.A.
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»>
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PAGINA Ne208 MUNICIPIO CI 95-42-9934
NTRA
: MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA a
Y ZONA MARÍTIMO TERRESTRE dl
a
2713-6560
si ZIVIT-007-2020
s 08 de diciembre, 2020
Lic. Manuel Hernández Rivera
sursavaapd pon
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necILno po;
Homer
Alcalde Municipal de Pococí
Presente
Asunto: Solicitud de Concesión de Zona Marítimo Terrestre por parte de Inversiones Turísticas
Aninga S.A.
Estimado señor:
Con todo respeto, le comunico que la Unidad de Zona Marítimo Terrestre recibió solicitud
por parte de la empresa Inversiones Turísticas Aninga S.A, con el objeto de obtener en
concesión un terreno que cuenta con un área registrada en el plano L-1514699-2011 con una
dimensión de 12,720 metros cuadrados, situado en Tortuguero, distrito sexto Colorado, cantón
de Pococí, provincia Limón.
En atención a dicha solicitud de concesión presentada por el señor Rafael Ángel Incera
Aguilar representante legal de la interesada, me permito informarle lo siguiente:
1. Revisada la solicitud presentada por la sociedad Inversiones Turísticas Aninga S.A se
verificó que la documentación presentada para el trámite de concesión, cumple con todos
los requerimientos establecidos en la ley 6043, dentro de este contexto es importante
mencionar que Gobierno Local cuenta actualmente con un Plan Regulador para la zona
de Tortuguero, el mismo se encuentra vigente, siendo que este es uno de los insumos
fundamentales para darle seguimiento al trámite, esta Unidad no encuentra impedimento
técnico para continuar con la solicitud presentada.
2. Sin embargo, según argumentaciones del señor Antonio Farah, ingeniero del
Departamento de Planeamiento del ICT, dicho instrumento de ordenamiento territorial
(Plan Regulador) se encuentra desactualizado y actualmente el ICT colabora con la
Municipalidad precisamente en la actualización de este.
Página 1]3
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PAGINA Ne209 MUNICI Arale SPAM CI 25-02-299349
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
yas ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
2713-6560
MIDE POCO ZMT-007-2020
Guápiles 08 de diciembre, 2020
3. Ante el escenario descrito, la Unidad de ZMT para dar continuidad a la gestión
presentada por la sociedad Inversiones Turísticas Aninga S.A, requiere una colaboración
interdisciplinaria de las Unidades de Topografía, Catastro y Valoración, esta coordinación
va a permitir obtener los siguientes criterios técnicos, que son fundamentales para
resolver adecuadamente la solicitud:
e En primera instancia, determinar si el área del plano L-1514699-2011, se
encuentra o no, invadiendo zona pública. (UNIDAD DE TOPOGRAFÍA).
+ Comprobar la posición y ubicación del proyecto turístico en la lámina catastral
que posee actualmente la Municipalidad, esto con el fin de determinar la zona de
uso a la que pertenece y compararla según el Reglamento del Plan Regulador
de Tortuguero vigente. (UNIDAD DE TOPOGRAFÍA Y CATASTRO).
+ Determinar los cálculos para el valor de la propiedad y establecer el canon que
se les estará cobrando. (VALORACIÓN, CATASTRO Y ZMT).
+ Una vez se finalice con el proceso de la solicitud y la misma deberá ser aprobada
o rechazada por el Concejo Municipal. (ALCALDIA Y CONCEJO MUNICIPAL).
Conforme lo anterior, solicito de sus buenos oficios para recibir la colaboración de
los profesionales pertinentes a las Unidades citadas anteriormente, o personal externo
que se puede contratar en dichas áreas, según criterio de su valoración más
recomendable, así como los recursos presupuestarios para realizar las giras de campo
que establece la Ley 6043 y su reglamento, como mecanismo de inspección y verificación
del sitio,
Una vez obtenidos los insumos técnicos que soporten el proceso, se podrá resolver
con el fundamento legal y dichos recursos, la solicitud presentada por la interesada.
Para los efectos, esta solicitud se encuentra pendiente hasta tanto se logre esta
colaboración interna, agradezco su valioso apoyo en esta iniciativa y primera solicitud
que se tramita por parte de la Municipalidad.
Página 2/3
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PAGINA Ne210 MUNICIE PAR ANG O CI 95-07-99350
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
E ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Ys ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
tl 2713-6560
ERoCO ZINT-007-2020
Guápiles 08 de diciembre, 2020
Todo el esfuerzo que la institución aporte a este proceso será recompensado no solo con
el fortalecimiento tributario de esta zona, sino con un ordenamiento y formalización de
actividades que ya se encuentran en ejercicio y aún no han sido reguladas y que finalmente es
nuestro deber como Gobierno Local.
Sin más que agregar,
y
tía Ávila Madrigal
(oia Tributaria
lu Vai Matas
'óna Máritimo Terrestfe
Cc/ Mauricio Garita, Coordinador Hacienda.
-Expediente Inversiones Turísticas Aninga S.A.
Archivo
Página 313
Participan de la Palabra:
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
¿Eso se refiere al muelle que tenemos actualmente en Tortuguero?
Lic. Manuel Hernández Rivera - Alcalde Municipal
Es el mismo que está en Tortuguero, solamente que está en remodelación.
PO 9 Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
PAGINA No21_ MUNICI Aranda ORRAMGOCI 25-09-9435
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Ok, hasta donde yo tengo información ahí se están pagando por el uso de ese
muelle, /200.000,00 (doscientos mil colones) por mes y se están hablando de
(400.000,00 (cuatrocientos mil colones) por mes o por año.
Lic. Manuel Hernández Rivera - Alcalde Municipal
Es que eso se calcula de acuerdo a lo que establece el ICT, por el valor de los
planos constructivos, se hace un cálculo ahí.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Ok, la otra es que habiendo Asociaciones de Desarrollo que podrían llevar a cabo
ese proyecto para generar recursos para ellos mismos, me parece no conveniente
dárselo a una empresa privada.
Lic. Manuel Hernández Rivera - Alcalde Municipal
Es que son dos cosas diferentes, está el atracadero que hizo la muni y ese es uno
privado que pertenece al hotel.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Está bien, gracias por la aclaración.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Lo que quería preguntarle al señor alcalde es si era privado o el actual porque
recuerdo que tomamos, valga la redundancia, un acuerdo en este Concejo de
darle la administración a la Asociación de Desarrollo, esa era mi pregunta, pero lo
aclaró, que es un atracadero privado. A mí sí me preocupa que se dé una
concesión por tantos años, creo que una concesión debe ser por 10 años, no por
20 años, pero bueno, no conozco en realidad el fondo de ese documento, ni lo
que se pretende.
Yo consideraría señor presidente, no sé si viene con criterio jurídico, pero me
interesaría que antes de dar esa concesión, nosotros hiciéramos una comisión y
fuéramos a ver porque son muchos años y (490.000,00 (cuatrocientos noventa mil
colones) por año, me parece muy poco, porque si es un hotel grande, sé que
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Pluye
PAGINA Ne212 MUNICI A rALNóda Shin O CI 25-92-049352
ao
estamos y soy impulsora del desarrollo turístico y no me gustaría ser unadrába con
esto que estoy diciendo pero las decisiones que tomamos aquí, son decisiones
que van a repercutir por veinte años, la concesión. Ese sería mi aporte y que
conste en actas.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Vamos a someter a votación compañeros porque este es un documento que ha
cumplido con un procedimiento, pero además de cumplir con el procedimiento,
es un munícipe que de dedica a hacer una actividad turística y que él quiere tener
todo en regla, por lo tanto, habiendo cumplido con todos los requisitos de canon
y de todas las situaciones y haber cumplido con la Ley 7744, me queda a mi como
presidente, someterlo a votación para su aprobación.
Reg. Ovidio Vives Castro
Saluda, escuchando a los compañeros y a la compañera, me parece muy bien
siempre el buen análisis que hacen todos, siempre cuidando los recursos de
nuestro cantón y cuidándonos a nosotros mismos.
Me parece bien, hay que apoyar a este munícipe si quiere activar también la
economía de este hermoso cantón, le pido con todo respeto y si le parece a bien
lo someta a votación pero que no se dispense de trámite para que haya algunos
días más para poder estudiarlo un poquito y la próxima sesión darle con todo.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Al buen entendedor, pocas palabras. Está bien don Ovidio, yo quiero explicarles
compañeros cuando un munícipe cumple con una tramitología para sacar lo que
quiera en este país y si esa cumple, es deber menester del aparato estatal, en este
caso municipal, de aprobarlo. Yo no sé por qué a veces nos aferramos que, si un
munícipe quiere abrir una pulpería, cumple con todos los requisitos y una vez que
cumple con todos los requisitos, se cuestiona.
Para mi queda claro que este señor cumplió y que no son 299 mil, si no que el
aporte es de los tres millones y resto mil colones, que es una plata que ocupa esta
Municipalidad de Pococí para echar a andar proyectos.
Lic. Manuel Hernández Rivera — Alcalde Municipal
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Pacina no213 MUNICIE AR NO CI 25-02-299353
Este procedimiento se cumplió incluso con el ICT, el canon que se pone ahí no es
antojadizo y en el plazo de la concesión tampoco, es de acuerdo a la ley y lo que
recomienda el ICT, que es él ha venido trabajando con los departamentos de
Administración Tributaria, Legal y Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad,
todo lo que está ahí no es antojadizo, es más si hoy se aprueba, se debe de enviar
de nuevo a los departamentos, para que ellos le den la revisión final, para ver si
cumple o no.
No es antojadizo y es para poner al señor a derecho y que pague el canon, él
cumplió todos los requisitos por parte de lo que exige la ley y el ICT y nos
corresponde a nosotros otorgar
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Rápidamente, yo soy de los que confía Únicamente en el todopoderoso, pero sí el
documento lo revisó don Manuel y todo, votémoslo y si se debe dispensar, se
dispensa, muchas gracias.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Así es Benavides, es que nosotros nos complicamos, esto viene con criterio técnico,
viene con una tramitología, plazos y plata que se pagó.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Como no he visto el documento por eso hice la observación, pero si don Manuel
subsana que viene con todo lo que cumple, incluido el ICT, entonces yo retiraría
mi propuesta de que sea analizado el documento, porque si le pediría a don
Manuel que cuando ese tipo de documentos va a llegar al Concejo, que nos lo
pase al correo, por lo menos para que tengamos el acceso de estudiar el
documento porque sé que usted nos hace un resumen y no nos va a embarcar,
señor presidente, pero es el tipo de cosas deberíamos tenerlos en nuestro correos
anticipadamente para leerla y así no perderíamos tanto tiempo en la discusión.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro
Yo doy el voto de apoyo porque no me gustaría obstaculizar un tramite que ya
está listo y que está nada más de aprobarlo, imagínese todo los lugares, la
tramitología, es muy engorrosa y ya está listo y ponerle otra traba sería muy duro.
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PAGINA No214 MUNICIPAEFANAJa SL RÍGOCI—— 25-09-209354
Nota de secretaría: El señor alcalde somete a votación el documento IDAMCM-
0034-2021, Asunto: Solicitud de concesión atracadero turístico Aninga.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Conforme lo establecido en los artículos 38, 43,46
del Reglamento a la Ley 7744, Ley de Concesión y Operación de Marinas y
Atracaderos Turísticos, así como lo dispuesto en la RES-DA-001 -2021 y el oficio ZMT-
007-2021 emitido por la Unidad de Zona Marítimo Terrestre, donde se garantiza por
parte de esa unidad técnica, el cumplimiento de los requerimientos para
concesión de atracadero turístico a la empresa Inversiones Turísticas Aninga S.A.
cédula 3-101- 485316, se acuerda por parte de este Concejo Municipal: otorgar la
concesión para atracadero a la empresa Inversiones Turísticas Aninga S.A. cédula
3 -10 1- 485316. Que según el artículo 43 del del Reglamento a la Ley 7744, Ley de
Concesión y Operación de Marinas y Atracaderos Turísticos, el plazo designado
para dicha concesión será por un periodo de veinte años (20 años), pudiendo
prorrogarse por periodos de 10 años de acuerdo con lo dispuesto en la norma.
Que conforme el artículo 46 del Reglamento a la Ley 7744, Ley de Concesión y
Operación de Marinas y Atracaderos Turísticos, el canon para la concesión por
atracadero turístico que ha establecido este Gobierno Local. es por la suma anual
de (499.369,00 (cuatrocientos noventa y nueve mil trescientos sesenta y nueve
colones netos), a partir de la firma del contrato de concesión con el Gobierno
Local. Finalmente, en este mismo acto, se autoriza al señor Manuel Hernández
Rivera en su condición de alcalde municipal para que proceda a firmar el contrato
de concesión de atracadero turístico y se prosiga con lo que corresponda.
Notifíquese a las partes interesada. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
Razonamiento de voto positivo del Reg. Jonnathan García Chévez
Quiero razonar el voto en base al criterio técnico que se mencionó y estudios
realizados.
-UL:
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PAGINA No215 MUNICIE AAN ARAEO CI 25-02-2844355
APARTE
ARTICULO V
Mociones
ACUERDO N* 314
MOCIÓN: Presentada por el señor presidente Juan Luis Gómez Gómez.
CONSIDERANDO:
1. Con fundamento en el Código Municipal, propiamente el artículo N*34,
corresponde al presidente del Concejo, nombrar a las comisiones el plazo
para rendir sus informes de comisión.
2. Derogar el acuerdo N*1016, acta 41 del 16 de junio del 2020.
MOCIONO:
Para que este honorable Concejo Municipal de Pococí, establezca el acuerdo
que, tanto las comisiones permanentes y especiales, así como los regidores
propietarios y suplentes y demás miembros del Concejo que se nombren en
diferentes comisiones, cuenten con un plazo de 30 días calendario para que
rindan sus informes.
Firma: JM o
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción del Pdte. Municipal Juan Gómez
Gómez de Derogar el acuerdo N*1016, acta 41 del 16 de junio del 2020 y, que se
otorgue un plazo de 30 días calendario para emitir los informes de comisión al
Dpto. de la Secretaría Municipal. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
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PAGINA No216 MUNICI AerAl Nela Ori O CI 25-02-9356
ACUERDO N? 315
MOCIÓN: Presentada por el señor presidente Juan Luis Gómez Gómez.
CONSIDERANDO:
1. Que el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí cuenta con
un aporte fijo del 3% anual para cumplir con su Plan Operativo Anual, por
parte de la Municipalidad de Pococí.
2. Que las funciones del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de
Pococí son un derecho de todos los pobladores del cantón y que es un
deber del Concejo Municipal y de la Alcaldía, brindar apoyo a este mismo.
MOCIONO:
Para que este Honorable Concejo Municipal de Pococí, autorice al Sr. Manuel
Hernández Rivera, alcalde municipal, a transferir del Presupuesto Ordinario 2021,
al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí por un presupuesto
anual 2021 la suma de (L176, 772, 018 57 y que se le transfieran por tractos, según
el periodo que corresponda y que en este acto se autorice al Sr. Alcalde a firmar
un convenio sobre la administración del Estadio Ebal Rodríguez con el Comité
Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí.
Firma:
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción del Pdte. Municipal Juan Gómez
de, transferir del Presupuesto Ordinario 2021 al Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Pococí por un presupuesto anual 2021 la suma de (2176, 772, 018
57 y que se le transfieran por tractos, según el periodo que corresponda, además,
se autoriza al Sr. alcalde a firmar un convenio sobre la administración del Estadio
Ebal Rodríguez con el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí. Se
Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Participan del uso de la palabra:
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Me gustaría dar un agradecimiento al Comité Cantonal de Deportes y Recreación
de Pococí, hace unos días atrás en una reunión de la Comisión de Hacendarios,
h Sitio Web: munipococi.go.cr
a . Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
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ellos nos hicieron una exposición donde nos dimos cuenta el trabajo que están
realizando en pandemia, se están organizando y preparando para que todas las
comunidades del cantón de Pococí tengan acceso a juegos no tradicionales
como inflables.
También con la aprobación del Presupuesto Extraordinario N%1 que la Contraloría
aprobó por 400 millones de colones, iniciarán las obra del polideportivo de
Guápiles. Pueblo de Pococí, nuestro Comité Cantonal de Deportes tiene todo
nuestro apoyo y es merecedor de reconocer el buen trabajo y funcionamiento
que están haciendo.
Hoy fui testigo de la firma del convenio, quien a la cabeza está el Sr. Rafael Ángel
quien es el Pate del Santos y actual embajador de la marca Pococí Fluye y es
merecedor de reconocimiento el buen trabajo que ellos hacen, el mismo Pate del
Santos nos decía que es la primera vez que se siente apoyado por un Concejo
Municipal y un Comité Cantonal de Deportes.
Todos sabemos que le fútbol es un deporte que toda nuestra juventud y niñez
practican, también el beisbol y ciclismo o todas las disciplinas que tiene este
cantón será apoyadas, sé que ustedes piensan parecido a mí, es por eso, que hay
que felicitarlos.
e UL
ACUERDO N* 316
El señor presidente nombra en Comisión al regidor suplente Osael Campos
Bolaños, que presente su respectivo informe de comisión.
-- UL
AL SER LAS DIECINUEVE HORAS CON CINCUENTA Y DOS MINU EYANTA LA
SESIÓN
[
F-JUAN LUÍS €
F-MAGALY VENEGAS VARGAS
j SECRETARIA MUNICIPAL
o
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C/c: SRS. REGIDORES, OTROS.
ARCH.
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