Ordinaria 87 · 2020-12-17

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 87 del 2020-12-17 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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Municipalid
PaGina Nr MUNICIA CA Nc87 Oráinária) 00
ad de Pococií
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N*87 ORDINARIA. 17-12-2020
SESION ORDINARIA. N*87 DEL 17-12-2020, INICIADA A LAS 18:00
HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA
SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES
Juan Luis Gómez Gómez (Quien Preside) Bernardo Veach Davis
Jonnathan García Chévez Osael Campos Bolaños
Jairo Antonio Ojeda Aburto (Sust. Reinaldo Benavides Vargas )
Luis Ángel Méndez Araya Flor Iveth Peraza Campos
Dennia Yaslyn Morales Grajal Rosbil Danier Arguello Badilla
José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde
Randall Torres Barrientos Marilú Ballestero Cruz
Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres
Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias
SÍNDICOS PROPIETARIOS SINDICOS SUPLENTE
Gabriela Madrigal González
Greivin Bonilla Sánchez Johanna Flores Rosales
Sandra Umaña López José Luis Diaz Valverde
Carmen Sánchez Navarro Keylor Andrey Campos Mora
José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores
Javier Jiménez Villalobos Ana Rita Rodríguez Jiménez
Alejandra Sancho Bravo Jorge Humberto González Calderón
Licda. MAGALLY VENEGAS Lic. MANUEL HERNANDEZ
VARGAS RIVERA
SECRETARIA ALCALDE MUNICIPAL
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Pacina noz MUNICIA CA Noe? Oráidarla COC!
A a a a
ORDEN DEL DÍA
Acuerdos ARTÍCULO
2235-al-2330 l Correspondencia
Lectura, Discusión y Verificación del
Acta N*84 Extraordinaria del 09-12-
2331-al-2333 Il 2020, Acta N*85 Ordinaria del 10-12-
2020 y Acta N*86 Extraordinaria del
15-12-2020
2334-2335 11 Asuntos del Sr. Alcalde
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
toría
e níérna
Pacina noz MUNICH No87 Ordinaria) 0 ( 66
ARTICULO |
Correspondencia
ACUERDO N* 2304-1
El señor presidente nombra en comisión al regidor Reinaldo Benavides Vargas.
UL
ACUERDO N* 2305
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora MSc. Sandra Salazar Parra,
directora de la Escuela Central de  Guápiles, correo electrónico:
esc.lidercentralguapilesC2mep.go.cr, dice:
Asunto: Sustitución por renuncia de miembro de Junta de Educación.
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de Educación"
y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento General de Juntas
de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la propuesta de terna para un
nuevo miembro de la Junta de Educación, por renuncia de un miembro de la Junta. (indicar
si corresponde a Junta Administrativa o Junta de Educación y el nombre tal y como se
registró en el Registro Nacional), para su nombramiento y juramentación ante el Concejo
Municipal
Terna N*1
Nombre Cédula
*Leticia Angelina Agiiero Muñoz 7-0133- 0078
Jorge Zúñiga Samuels 7-0158-0331
Rosaura Jiménez Benavides 7-0163-0160
PELS
Atentamente, M AAA
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7 AY nj)
(Fi lo del Director del Centro Edutativo)- ; -
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VB. Supervisor de circuito educativo *- —- ETA
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(Firma y sello). 1% DREG j
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina na MONICIA Cr No87 Ordinaria O
El Concejo Municipal nombra a la siguiente persona:
Leticia Angelina Agúero Muñoz 7- 0133-0078
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra a la anterior persona como miembro de
la Junta Directiva de la Escuela Central de Guápiles. Pasar al Despacho de la
Alcaldía para su respectiva Juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2306
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Henry Amey Gómez, Jefe de
Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección Regional de Educación de
Guápiles, teléfono: 2710-9039 ext: 204, correo electrónico: juntas.guapilesG4mep.go.cr,
dice:
Oficio: DREG-DSAF-1092-2020
Asunto: Traslado de oficio DREG-SEC08-0077-2020 de destitución de miembro de
Junta de Educación Escuela La Primavera.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina noo MUNI CA Ne87 Ordinaria O
Municipalidad de Pococí
mep
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Dirección Regional de Educación Guápiles
Departamento de Servicios Administrativos y Financieros
Guápiles, 16 de diciembre del 2020.
OFICIO DREG-DSAF-1092-2020.
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Señores
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
ASUNTO: Traslado de oficio DREG-SECO8-0077-2020 de destitución de miembro de Junta de
Educación Escuela La Primavera : dl
Estimados señores:
Hago traslado del oficio DREG-SECO8-0077-2020 de la Supervisora del Circuito 08, Msc Flor Ramirez
Nuñez en el cual solicita la formal destitución de los miembros de la JUNTA DE EDUCACION ESCUELA
LA PRIMAVERA LA RITA POCOCI cédula 3008092323 administradora de los recursos de la Escuela La
Primavera código 3593 que se encuentra conformada según se detalla:
Puesto Nombre - cédula [Teléfono
Presidente Ana Badilla Castro 1702270589|83647380
Vicepresidente José Reyes Gómez 1602530126|85158470
Secretario Ana Lucia Ramírez Jiménez 109580610|86470532
Vocal 1 Joseline María Mora Azofeifa 1702270617|85140280|
Vocal 2 Yerlin de los Ángeles Calderón Aguilar[701850023 [86157335
La solicitud de la Supervisora, se ubica en la página 13 del documento sumario elaborado por la
Supervisora Msc, Flor Ramirez Nuñez “Solicitar la destitución de los miembros de Junta de Educación
de la escuela La Primavera ante el CONCEJO MUNICIPAL correspondiente”, producto de la
conclusión de la misma supervisora que indica ”...configura justa causa para solicitar de(slc)
destitución de sus miembros...” ñ
Lo anterior por cuanto la señora Supervisora está respaldada y facultada por el Reglamento General
de Juntas de educación y Administración en sus artículos 94 incisos del a. ali. que a la letra indican
Hadás Pococ |" eMsformación curricular, una apuesta por la calidad educativa.
ETARIA S Tel.: (506) 2710-9039 » Ext.: 204
Ina Astor Guápiles, 200 metros sur del C.T.P. de Pococí
nm Juntas. juntas.gUapilesOmep.go.cr Incapacidades: incapacidades.dreguapilesOmep.go.cr
otros: serviciosadmfinan.guapilesWmep.go.cr
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*6
MUNICIRARARÁ BRE ROCOCI
mep
Ministerio do
Educación Pública
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Dirección Regional de Educación Guápiles
Departamento de Servicios Administrativos y Financieros
Guápiles, 16 de diciembre del 2020.
OFICIO DREG-DSAF-1092-2020.
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“...En su relación con las Juntas, el Supervisor de Centros Educativos tendrá las siguientes
facultades y atribuciones:
a) Valorar la documentación y otorgar el visto bueno a las ternas emitidas por los Directores de los
Centros Educativos, relacionadas con la conformación de la Junta respectiva.
b) Verificar que los Directores de los Centros Educativos bajo su Jurisdicción participen en las sesiones
de la Junta, tanto ordinarias como extraordinarias.
c) Coordinar con el Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, las acciones necesarias
para asegurar el buen funcionamiento de las Juntas de su jurisdicción,
d) Atender las denuncias que se presenten sobre el funcionamiento de la Junta o de alguno de sus
miembros.
e) Atender las denuncias que formule la Junta en contra del director o el personal docente y
administrativo.
f) Realizar investigaciones sumarias sobre las denuncias que se presenten y comunicar los resultados
al Departamento de Servicios Administrativos y Financieros.
9) Apoyar al Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, en los procesos de
asesoramiento, capacitación e inducción a las Juntas, así como en las visitas que deben realizar para
valorar temas específicos,
h) Promover en coordinación con los Directores de Centros Educativos y sus respectivas Juntas el
desarrollo de actividades que potencien el arte, la cultura, el deporte y la recreación como medio para
fortalecer el arraigo, la armonía y la identidad regional.
i) Otras funciones y tareas relacionadas con la gestión de Juntas, encomendadas por el superior
jerárquico.
Asimismo, los artículos 25,26 y 27 del Reglamento supra citado que nos señalan:
Artículo 25.—El Supervisor del Centro Educativo será el responsable de realizar una investigación
sumaria con el fin de determinar la existencia real de los hechos denunciados. Para tales efectos podrá
contar con el apoyo técnico del Departamento de Servicios Administrativos y Financieros. Si existiere
mérito, le trasladará la acusación al denunciado y se le concederá audiencia por cinco días hábiles
para que se manifieste al respecto y ejerza el derecho de defensa; de no haber mérito se procederá a
archivar la denuncia y a realizar a los interesados la comunicación respectiva.
Artículo 26.—La investigación sumaria deberá concluirse en el plazo máximo de un mes calendario,
contado a partir de la recepción de la denuncia. La inacción u omisión por parte del Supervisor del
Centro Educativo, según lo indicado en el artículo anterior, será considerado incumplimiento de
funciones.
Transformación curricular, una apuesta por la calidad educativa.
Tel.: (506) 2710-9039 + Ext.: 204
Guápiles, 200 metros sur del C.T.P. de Pococl
Juntas: juntas.guapilesQmep.go.cr Incapacidades: incapacidades.dreguapilesQmep.go.cr
otros: serviciosadmfinan.guapilesOmep.go.cr
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina ner MUNI rK Neg Orálnária O
mep
Hinisterio de
EducaciónPúbIca.
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Dirección Regional de Educación Guápiles
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Guápiles, 16 de diciembre del 2020.
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Artículo 27.—Una vez concluida la investigación sumaria, el Supervisor del Centro Educativo pondrá
el expediente en conocimiento del Jefe de Servicios Administrativos y Financieros, con sus
recomendaciones y observaciones incluidas.
Con respecto a lo señalado en el artículo 28 del Reglamento supra citado sobre la verificación del
cumplimiento del proceso establecido en los artículos 25, 26, y 27 me permito indicar que se
evidencia haber cumplido con el debido proceso según consta en las notificaciones a cada miembro
de junta según el siguiente detalle:
Puesto | Nombre Cédula deca a en Follo
Presidente Ana Badilla Castro 702270589; si 6
Vicepresidente José Reyes Gómez 1602530126 Si 6
Secretario Ana Lucia Ramírez Jiménez 109580610; si 6
Vocal 1 Joseline María Mora Azofeifa 1702270617 Si 6
Vocal 2  [Yerlin de los Ángeles Calderón Aguilar[701850023 Si 6
Por lo anterior se aclara que es responsabilidad de la Supervisora del Circuito, señora Msc Flor
Ramirez Nuñez, la realización del informe sumario y la verificación de la información a la que se
refiera en el mismo así como la solicitud de destitución y que únicamente corresponde al Jefe de
Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección Regional de Educación de Guápiles verificar
que se haya realizado el debido proceso lo que se asegura por medio de la notificación realizada a
cada miembro.
Asimismo, se agradece notificar la resolución del trámite al correo de la Supervisión del Circuito,
como solicitante de la destitución al correo supervision08.guapilesWmep.go.cr, con copia a este
Departamento en atención a la norma control interno 6.1 a la dirección
serviciosadmfinan.guapilesQmep.go.cr.
Transformación curricular, una apuesta por la calidad educativa.
Tel.: (506) 2710-9039 » Ext.: 204
Guápiles, 200 metros sur del C.T.P. de Pococí
Juntas: juntas.guapilesWmep.go.cr Incapacidades: incapacidades.dreguapilesOmep.go.cr
otros: serviciosadmfinan.guapilesOWmep.go.cr
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*8 ACTA N*87 Ordinaria.
Ministeriode Mel
Educación Públca.
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Dirección Regional de Educación Guápiles
Departamento de Servicios Administrativos y Financieros
Guápiles, 16 de diciembre del 2020.
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Se adjunta informe sumario de 14 folios en original, así como expediente original con 120 Folios
adicionales al informes sumario debidamente certificado mediante documento CERT-SCEC-08-010-
2020.
A
deis el pos de Educución Pública
Regional Guáplles
jalo. sl sos Aduntals ivutivos y Financieros
Lic. da Am A
Jefe Departamento Servicios Administrativos y Financieros
Dirección Regional De Educación de Guápiles.
Cc; Archivo consecutivo
HAG
Transformación curricular, una apuesta por la calidad educativa.
Tel.: (506) 2710-9039 » Ext.: 204
Guápiles, 200 metros sur del C.T.P. de Pococí
Juntas: juntas.guapilesQmep.go.cr Incapacidades: incapacidades.dreguapilesOmep.go.cr
otros: serviciosadmfinan.guapilesOmep.go.cr
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pccocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*9 ACTA N*87 Ordinaria.
q Ministerio De Educación Pública
me Dirección Regional de Educación de Guápiles
100 metros sur del C.T.P. de Pococí
Ministerio
de Educación Pública
16 de diciembre, 2020
RESOLUCIÓN Final 23-2020
Caso Escuela La Primavera
Código 3593
De acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente para las Juntas de Educación y Juntas
Administrativas, respecto a los artículos 25, 26, 27 y 28 del Decreto 38249 Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, referentes a la realización
de procesos sumarios.
Considerando:
1. Que mediante oficio Supervisión SCEC-08-077-2020 recibido el 11 de
diciembre del 2020, la Máster Flor Ramirez Nuñez, realiza traslado de Informe
Sumario sobre proceso atención de denuncia en Escuela Primavera.
2. Que el informe sumario se origina en denuncia de la Directora del Centro
Educativo sobre irregularidades en el trámite de contrataciones.
3. Que indica el informe sumario sobre el debido proceso:
a. que se notificó sobre la denuncia a la Junta mediante oficio SCEC-08-
073-2020 remitido vía correo electrónico el 11 de noviembre de 2020 y
entregado en físico a cada miembro el día 15 de noviembre de 2020,
visible en folios 5 a 7 del expediente, en donde consta el recibido de
cada miembro de junta.
b. Que se recibió respuesta de la Junta mediante oficio sin numero de
fecha 19 de noviembre 2020, firmado por la Presidente,
4. Que señala la Supervisora en su informe, la existencia irregularidades en la
realización de procesos de contratación administrativa contrarios a lo indicado
en la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento.
| 5. Que adicional a lo señalado por la Supervisora, se desprende de lo señalado
en el punto 24 y 30 del informe sumario, la junta incumplió lo señalado en el
artículo 5 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y que señala
el mismo artículo se configura como falta grave.
6. Que señala en la conclusión octava de la Supervisora visible al inicio del folio
13 del informe que se incurrió en la comisión de falsedad ideológica en
información consignada en actas.
7. Que visible al folio 13 del informe sumario se observa la conclusión de la
Supervisora que indica "...configura justa causa para solicitar de(sic)
destitución de sus miembros...”
8. Que del informe sumario derivó en recomendación para destitución de los
miembros de junta, según se observa en la segunda recomendación que indica:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií
Y
MUNICIPALIDAD DE POCOCI =se 0073
PAGINA N%10 ACTA N*87 Ordinaria. 17-12-2020
0.0. Ministerio De Educación Pública
mep Dirección Regional de Educación de Guápiles
100 metros sur del C.T.P. de Pococí
Ministerio
de Educación Pública
“Solicitar la destitución de los miembros de Junta de Educación de la escuela
La Primavera ante el CONCEJO MUNICIPAL correspondiente”
9. Que la señora Supervisora está respaldada y facultado por el Reglamento
General de Juntas de educación y Administración en sus artículos 94 incisos
del a. ali. que a la letra indican
“...En su relación con las Juntas, el Supervisor de Centros Educativos tendrá las
siguientes facultades y atribuciones:
a) Valorar la documentación y otorgar el visto bueno a las ternas emitidas por los
Directores de los Centros Educativos, relacionadas con la conformación de la Junta
respectiva.
b) Verificar que los Directores de los Centros Educativos bajo su jurisdicción participen
en las sesiones de la Junta, tanto ordinarias como extraordinarias,
c) Coordinar con el Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, las
acciones necesarias para asegurar el buen funcionamiento de las Juntas de su
Jurisdicción,
0) Atender las denuncias que se presenten sobre el funcionamiento de la Junta o de
alguno de sus miembros.
e) Atender las denuncias que formule la Junta en contra del director o el personal
docente y administrativo,
1) Realizar investigaciones sumarias sobre las denuncias que se presenten y comunicar
los resultados al Departamento de Servicios Administrativos y Financieros.
9) Apoyar al Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, en los procesos
de asesoramiento, capacitación e inducción a las Juntas, así como en las visitas que
deben realizar para valorar temas específicos.
h) Promover en coordinación con los Directores de Centros Educativos y sus
respectivas Juntas el desarrollo de actividades que potencien el arte, la cultura, el
deporte y la recreación como medio para fortalecer el arraigo, la armonía y la identidad
regional.
1) Otras funciones y tareas relacionadas con la gestión de juntas, encomendadas por el superior
Jerárquico.
10. Que los artículos 25,26,27 y 28 del Reglamento supra citado que nos señalan:
Artículo 25.—El Supervisor del Centro Educativo será el responsable de realizar una
investigación sumaria con el fin de determinar la existencia real de los hechos
denunciados. Para tales efectos podrá contar con el apoyo técnico del Departamento
de Servicios Administrativos y Financieros. Si existiere mérito, le trasladará la
acusación al denunciado y se le concederá audiencia por cinco días hábiles para que
se manifieste al respecto y ejerza el derecho de defensa; de no haber mérito se
procederá a archivar la denuncia y a realizar a los interesados la comunicación
respectiva.
Artículo 26.—La investigación sumaria deberá concluirse en el plazo máximo de un
mes calendario, contado a partir de la recepción de la denuncia. La inacción u omisión
por parte del Supervisor del Centro Educativo, según lo indicado en el artículo anterior,
será considerado incumplimiento de funciones.
Artículo 27.—Una vez concluida la investigación sumaria, el Supervisor del Centro
Educativo pondrá el expediente en conocimiento del Jefe de Servicios Administrativos
y Financieros, con sus recomendaciones y observaciones incluidas.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
E E
$ HA
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ==
PAGINA N*11 ACTA N*87 Ordinaria. 17-12-2020
O Ministerio De Educación Pública
me Dirección Regional de Educación de Guápiles
100 metros sur del C.T.P, de Pococí
Ministerio
de Educación Pública
Artículo 28.—En caso que se reciba una recomendación de destitución de la Junta o
de alguno de sus miembros, el Jefe de Servicios Administrativos y Financieros
verificará el cumplimiento del procedimiento establecido en los artículos precedentes.
Asimismo, en un plazo máximo de cinco días hábiles, remitirá el expediente al Concejo
Municipal con la solicitud de destitución, para que el Concejo Municipal proceda según
corresponda....”
11. Que siendo responsabilidad de la Supervisora del Circuito, señora Flor Ramirez
Nuñez, la realización del informe sumario y la verificación de la información a
la que se refiera en el mismo, en apego al artículo 27 del Reglamento General
de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, el suscrito Henry Amey
Gómez, Jefe de Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección
Regional de Educación de Guápiles, concluida la investigación sumaria por la
Supervisora del Circuito 08 Msc Flor Ramirez Nuñez y analizados los aspectos
presentados, resuelve:
POR TANTO
i. Dar por recibido el informe sumario realizado por la señora Msc Flor Ramirez
Nuñez en calidad de supervisora del circuito 08.
ii. Recomendar a la Supervisora, según lo ha recomendado la Auditoría Interna
en otros casos, la presentación de la denuncia penal por los hechos señalados,
en el plazo de 10 días y aportar a este Departamento el recibido respectivo de
la denuncia.
iii. Siendo responsabilidad de este Departamento únicamente la verificación del
debido proceso y una vez verificado que se cumplió con el debido proceso al
notificar a cada uno de los miembros de junta, trasladar al Honorable Concejo
Municipal de Pococí la solicitud de destitución que realiza la Supervisora para
su respectivo trámite.
Ministerio de Educación Pública
Y | Disección Regional Guópiles
pio, Servicios Administrativos y Financieros
Henry Amey-Gómez RIGE
Jefe Servicios Administrativos y Financieros
Dirección Regional de Educación Guápiles
Cc: Archivo
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de Servicios Jurídicos
Internos para su análisis y que rindan un informe con las recomendaciones.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*12 ACTA N?87 Ordinaria.
ACUERDO N* 2307
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora MSc. Yamileth Hidalgo Arias,
Vicealcaldesa Municipal, correo electrónico: yamileth.hidalgo(4munipococi.go.cr, dice;
Oficio: DANMCM-0188-2020
Asunto: Autorización de la segunda publicación de tarifas de servicios que presta
la Municipalidad de Pococí.
Conforme lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal, se ordena que: “Toda
iniciativa tendiente a adoptar, reformar, suspender o derogar disposiciones
reglamentarias, deberá ser presentada o acogida para su trámite por el Alcalde Municipal
o alguno de los regidores...... el Concejo mandará publicar el proyecto en La Gaceta y lo
someterá a consulta pública no vinculante, por un plazo mínimo de diez días hábiles, luego
del cual se pronunciará sobre el fondo del asunto. Toda disposición reglamentaria deberá
ser publicada en La Gaceta y regirá a partir de su publicación o de la fecha posterior
indicada.”
En acatamiento a dicha disposición, esta Alcaldía Municipal, una vez superado el plazo de
diez días mínimos, de consulta pública no vinculante, solicita al honorable Concejo
Municipal proceder con la publicación definitiva de la actualización de tasas municipales,
conforme los siguientes antecedentes:
PRIMERO: El Concejo Municipal de Pococí, mediante Acuerdo número 2135, Sesión
Ordinaria número 79 del 19 de noviembre de 2020, al tenor del artículo 83 del Código
Municipal, así como lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley para la Gestión Integral de
Residuos N*8839, procedió aprobar la actualización de las Tasas por los Servicios
Municipales para los servicios de:
a) Recolección de Residuos Sólidos (Recolección de Basura)
b) Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos
Cc) Mantenimiento de Parques y Obras de Ornato.
d) Aseo de Vías y Sitios Públicos.
e) Costo de Notificación para cobro administrativo.
SEGUNDO: Establece el artículo 43 del Código de Municipal que, una vez fijadas las
tasas, las mismas deberán ser publicadas en el diario Oficial La Gaceta, razón por la cual
en fecha Jueves 3 de diciembre del presente año, se publicó en el diario oficial La Gaceta
No. 285, la actualización de las tasas municipales, por primera vez, acto que fue
comunicado a diferentes entes públicos de interés como lo son la Contraloría General de
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*13 ACTA N*87 Ordinaria.
la República, INEC y otras instancias que le dan seguimiento a la actualización de tributos
municipales.
TERCERO: En el mismo orden de ideas y en acatamiento al artículo 43 del Código
Municipal citado en el ítem primero de la presente misiva, así como en el artículo 240 de
la Ley General de Administración Pública, se requiere una segunda publicación definitiva
de la actualización de estos tributos, bajo el principio general en orden a la comunicación
de los actos administrativos generales.
Al respecto Indica la Procuraduría General de la Republica según el dictamen C002-2015
que: “La publicación de las normas jurídicas constituye un requisito de eficacia, no de
perfección y validez de esas normas. Se sigue de ello que la norma es perfecta en el tanto
en que haya sido aprobada por el órgano competente y siguiendo el procedimiento
dispuesto para tal efecto. Será válida si se conforma sustancialmente con el ordenamiento
jurídico. Como no existe una identidad entre perfección, validez y eficacia, una norma
puede ser perfecta y válida pero ineficaz; pero también una norma puede ser inválida pero
eficaz. Lo que sí debe resultar claro es que la ausencia de publicación impide la eficacia
de la norma, afecta | capacidad de la norma para producir efectos regulando los supuestos
de hecho que prevé. Simplemente, la regla no publicada no puede producir efectos y en
el tanto en que ello es así, no es susceptible de obligar o vincular a sus destinatarios.”
CUARTO: Teniendo en cuenta que esta Municipalidad desde el año 2008 operaba con
una tarifa desactualizada en los servicios de mantenimiento de parques y aseo de vías, y
a partir del año 2015 se viene actualizando anualmente dicho rubro hasta llegar a mejorar
el déficit que existió en el pasado, cobra trascendental importancia la actualización de
tarifas que será definitiva a partir de la segunda publicación en el diario oficial La Gaceta.
QUINTO: Con el objeto de mantener el principio de seguridad jurídica y a fin de que sea
eficaz el cargo de las nuevas tarifas por servicios municipales, se hace necesaria la
segunda publicación, acatando el requisito de cognoscibilidad de la ley: “nadie debe
soportar las consecuencias de un acto si no ha sido puesto en condición de conocer el
mandato de la ley y, por ende, cuál debe ser el contenido del acto que de él se requiere.”
Dado lo anterior y según lo dispuesto por el artículo 129 de la Carta Política puede
considerarse que la publicación de las normas jurídicas es una obligación de origen
constitucional, de allí la presente solicitud de esta Alcaldía Municipal, ya que la
obligatoriedad de la norma deriva de su publicación, en tanto ella determina su eficacia,
caso contrario dicha omisión hace ineficaz cualquier acto Municipal.
Por consiguiente, puede sostenerse que el deber de publicación se impone no sólo
respecto de las leyes, sino también respecto de los reglamentos ejecutivos y del resto de
actos cuando estos involucren a terceros, como es el caso de la
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI E 0
PAGINA N*14 ACTA N*87 Ordinaria. 17-12-2020
actualización de las tarifas municipales.
Por lo Tanto
Esta Alcaldía solicita al honorable Concejo de la Municipalidad de Pococí, se proceda con
el acuerdo correspondiente para autorizar la segunda publicación de la actualización de
tarifas por los servicios que presta la Municipalidad de Pococí, a fin de que opere su
eficacia tal y como lo ordena el artículo 129 de nuestra Carta Magna.
Atentamente,
Firmado digitalmente por
YAMILETH HIDALGO yanieri HIDALGO ARIAS
ARIAS (FIRMA) een
Fecha: 2020.12.17 10:35:44 -06'00
MSc. Yamileth Hidalgo Arias
Vicealcaldesa Municipal
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*%15
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*87 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
Pág 60 La Gaceta N* 285 — Jueves 3 de diciembre del 2020
MUNICIPALIDAD DE LEÓN CORTÉS
El Concejo Municipal de León Cortés, en sesión ordinaria
N? 29, celebrada el día 16 de noviembre 2020, dispone publicar el
siguiente edicto:
Tomando en cuenta el estudio técnico realizado por
la Ingeniera Ana Belén Cedeño Blanco, Directora de la
U.T.G.V.M, se declara como camino público el, trayecto
Ramiro Gamboa, en Santa Cruz de León Cortés, de entronque
con camino municipal 1-20-029, San Martin-Santa Cruz, a
final de camino propiedad de Carlos Gamboa Leiva, extensión
342 metros lineales.
Maribel Ureña Solis, Secretaria de Concejo.—l vez—
(12020505768 ).
MUNICIPALIDAD DE BARVA
INFORMA:
La Municipalidad de Barva informa que, mediante el
acuerdo Municipal N* 933-2020, adoptado en la sesión ordinaria
N* 62-2020 celebrada el dia 19 de octubre del 2020, “El Concejo
Municipal de Barva acuerda aprobar la aplicación del descuento
por pago adelantado en el mes de diciembre del año 2020, a
aquellos contribuyentes que cancelen por adelantado en dicho
mes los impuestos de patentes comerciales de todo el año 2021;
de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento
para el Procedimiento de Cobro Administrativo, Extrajudicial,
Judicial y de Arreglos de Pago de nuestra Municipalidad y en
el artículo 78 de la Ley N* 7794 Código Municipal. Se aprueba
que la tasa de descuento a aplicar será la de la tasa básica
pasiva vigente en el monento de aplicación del descuento y
realización del pago”.
Licda. Karla Montero Salas, Gestora Tributaria y Financiera.—
1 vez.—( IN2020505540).
MUNICIPALIDAD DE FLORES
CANTÓN DE FLORES
El Concejo Municipal de Flores informa que mediante
acuerdo municipal N? 507-20 de la sesión ordinaria N” 044-2020
del 24 de noviembre del 2020, acordó decretar un receso de fin de
año a partir del lunes 21 de diciembre del 2020 hasta el viernes 1? de
enero del 2021 inclusive. En consecuencia, el Concejo Municipal no
sesionará los días martes 22 y martes 29 de diciembre del año 2020,
en razón del receso de fin de año.
El suscrito Eder Ramírez Segura sanciona y ordena la
publicación del presente acuerdo conforme lo dispone el artículo 17,
inciso d) del Código Municipal. Dado en la ciudad de San Joaquín
de Flores, al ser las quince horas del veintiséis de noviembre de dos
mil veinte. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.
Eder Ramirez Segura, Alcalde Municipal. —1 vez —(1N2020505928).
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO
DE COLORADO DE ABANGARES
El Concejo Municipal de Distrito de Colorado de Abangares,
comunica que sesión extra ordinaria N? 18-2020, capítulo v, articulo
37; celebrada el día dieciocho de noviembre del año dos mil veinte,
acordó definitiv: en finne y por imidad, lo si
“Otorgar la aplicación de un incentive de un 5% de descuento a
todos los contribuyentes que cancelen en el primer trimestre delaño,
la totalidad de los impuestos y servicios municipales para el periodo
correspondiente al año 2021.”
Emestina García Molina, Secretaria a. de Consejo Municipal —
1 vez.—( 1N2020505225 ).
El Concejo Municipal de Distrito de Colorado de Ab
comunica que sesión extraordinaria N* 18-2020, capítulo v, articulo
4*; celebrada el día dieciocho de noviembre del año dos mil veinte,
Acordó di en firme y por un: d, lo siguiente:
“comunicarles a todos los contribuyentes, que las oficinas del
Concejo Municipal de Distrito de Colorado estarán cerradas a partir
del 23 de diciembre del 2020, hasta el 5 de enero del 2021, por
motivo de vacaciones de fin de año.”
Ernestina García Molina, Secretaria a. i., de Concejo
Municipal.—1 vez.—( IN2020505223 ).
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCÍ
SMP-1931-2020.—Acuerdo tomado por el Concejo
Municipal de Pococi en Sesión N* 79 Ordinaria del 19-11-2020,
Artículo Il, Acuerdo N*2135, dice: Por Mayoría de 8 Votos a Favor,
1 en contra, se acuerda: Con fundamento en las disposiciones de
los articulos 9, 11 y 169 de la Constitución Política; 11, 13 y 113
de la Ley de Administración Pública; 83 del Código Municipal; la
Resolución No 2012004178 de la Sala Constitucional; siguiendo las
recomendaciones técnicas emanadas del informe de actualización y
las toma como fundamento para este acuerdo, se dispone:
1*—Se tienen por recibidas, conocidas, discutidas y aprobadas
como proyecto para su primera publicación de consulta pública no
vinculante, las tasas de aseo de vías y sitios públicos, mantenimiento
de parques, recolección de desechos sólidos, tratamiento y
disposición final y los costos de la emisión de certificaciones
municipales, así como el del cobro administrativo por gestión, en
atención al artículo 43 del Código Munici
2"— Instruir a la Secretaria Municipal que proceda a dar
a la publicación en el Diario Oficial La Gaceta de dicha
actualización.
3"—"El Concejo Municipal de Pococí. convoca a audiencia
pública para exponer la propuesta tarifaria planteada por el despacho
del Alcalde Municipal para ajustar las tarifas de aseo de vias y
sitios públicos, mantenimiento de parques, recolección de desechos
sólidos, tratamiento y disposición final y los costos de la emisión
de certificaciones municipales, así como el del cobro administrativo
por gestión de la siguiente forma:
La audiencia pública se llevará a cabo el día 10 de diciembre
del año 2020 a las 09:30 a.m. en el Salón de Sesiones de la
Municipalidad de Pococí ubicado, en el Hotel Talamanca, frente a la
ruta 32, Guápiles, Pococí, Limón y será abierta al público de forma
virtual mediante un enlace que será habilitado en la redes sociales y
sitio web de la Municipalidad de Pococí, tomando en consideración
los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud, en atención
ala pandemia.
Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición
o coadyuvancia, tanto en forma virtual en la audiencia pública o
por escrito debidamente firmado, el cual deberá ser entregado en la
audiencia pública o en las oficinas de la Secretaria Municipal dentro
del horario $:00 a.m. a 3:00 p.m., hasta el día de realización de la
audiencia.
De igual manera, pueden enviarla por medio de los
siguientes correos electrónicos: .s: ej o.
nanuelalcaldepococidgmail com aurici itafdmwmnipococi.
go.cr o comunicarse al número 2711-12-27 hasta la hora programada
de inicio de la respectiva audiencia pública. Las oposiciones o
coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de hecho
y derecho, indicando un Ingar exacto o un medio (correo electrónico,
número de fax o al apartado postal del interesado), para efectos de
notificación por parte de la administración municipal y presentar el
documento de identificación aceptado en el país o copia de esta, si
es interpuesta por escrito. Las personas jurídicas deben interponer
la oposición o coadyuvancia por medio del representante legal
de dicha entidad y aportar certificación de la personería jurídica
vigente. Para información adicional, puede comunicarse con la
Administración Tributaria al 27136560. Ext. 109/142. El regidor
Reinaldo Benavides vota en contra. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Licda. Magally Venegas Vargas, Secretaria. —1 vez.—
(1N2020505551 ).
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
12-2020
PAGINA N*16
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*87 Ordinaria.
La Gaceta N* 285 — Jueves 3 de diciembre del 2020 Pág57
así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se le hace la
salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta
con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las dieciséis
horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta
Oficina Local, ubicada en Puntarenas, Cantón Osa, Distrito Puerto
Cortes, sita Ciudad Cortes, 75 metros norte de la pulpería Cinco
Esquinas. Expediente OLOS-00297-2019.—Oficina Local Osa.—
LICDA. Roxana Gamboa Martínez, Representante Legal.—O. C.
N? 3134-2020, —Solicitud N* 236443.—( IN2020506169 ).
Al señor Edwin Antonio Sánchez Torres, se le comunica la
resolución de este despacho de las diez horas del día veinticuatro
de noviembre de dos mil veinte, que inició el proceso especial de
protección dictando el abrigo temporal de la persona menor de edad
EJSL. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir
sus notificaciones o bien señalar número de facsímil para recibir
aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio,
en el entendido de que, de no hacerlo, ó si el lugar señ: la do fuere
si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del
recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto recurrido,
Expediente administrativo N* OLPO-00088-2018.—Oficina Local
de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Representante
Legal. Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa.— O.
C.N? 3134-2020.—Solicitud N* 236510.—( IN2020506474 ).
A Marco Antonio Quesada Mendoza, se le comunica la
resolución de las quince horas y treinta minutos del nueve de
noviembre del dos mil veinte, Resolución de Cierre Proceso Especial
de Protección de la persona menor de edad M.A.Q.A. Notifíquese la
anterior resoluciónal señor Marco Antonio Quesada Mendoza, con la
advertencia de que deben señalar lugar o un fax o correo electrónico
donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuere
inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado
fuere defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiera, la e icación de las resoluciones futuras quedarán
inexacto, las notificaciones futuras quedi firmes
horas después de dictadas. Recursos: Se le hace saber, que contra
la presente resolución procede tinicamente el recurso de apelación
para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el que deberá
interponerse ante este despacho en horas hábiles, en forma verbal o
por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a
partir de la tercera publicación de este edicto, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por
un profesional en Derecho, así como revisar y estudiar el expediente
administrativo. Exp. N* OLPU-00183-2020,—Oficina Local de
Puriscal.—Licda, Katherine Vargas Mejía, Representante Legal. —
0.C. N” 3134-2020.—Solicitud N* 235135.—_( IN2020506442 ).
Se comunica a los señores Nelson Mata Chacón y Jockasan
Granados Torres, la resolución de las nueve horas treinta minutos
del cuatro de noviembre del dos mil veinte, en relación a la PME
E.G.B y E.G.MB, correspondiente al inicio de proceso especial
de protección y dictado de mediad de cuido provisional,
expediente N* OLG-00257-2020. Deberá además señalar lugar
o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del
perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere
inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso
de 24 horas después de dictada. —Oficina Local de Guadalupe. —
Licda. Ana Yancy López Valerio, Representante Legal.—O. C. N*
3134-2020. —Solicitud N* 236512.—( IN2020506470 ).
firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la
presente resolución procede únicamente el recurso ordinario de
Apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal
dentro de las 48 horas hábiles después de notificada la presente
resolución. Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva
de la entidad. Se previene a las partes involucradas en el Proceso
que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por
un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente
administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente
OLSAR-00040-2020.—Oficina Local de Sarapiquí.—MSC. Silvia
Miranda Otoya, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N*
3134-2020.—Solicitud N* 236534.—( IN2020506504 ):
A Richard Aaron Cutiérrez Fuentes, personas menores de
edad: S.G.B. y A.G.B., se le comunica la resolución de las ocho
horas del veintiséis de mayo del año dos mil veinte, donde se
resuelve: Otorga cuido provisional de las personas menores de edad
con la señora Candy Patiño Madrigal. Se le comunica la resolución
de las quince horas del veinticinco de noviembre del año dos mil
veinte, donde se resuelve: Otorgar proceso especial de protección:
Medida de orientación apoyo y seguimiento a favor de las personas
menores de edad. Notificaciones. Se le previene a la parte señalar
casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de
no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: Se les
informa a la partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar
por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso
en la oficina local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del
Al señor José Elinor Canales Obando, de nacionalidad
nicaragílense, sin más datos, se le comunica la resolución de
las 09:00 horas del 13/11/2020; en la que la Unidad Regional de
Atención Inmediata Huetar Caribe dictó la medida de protección
de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad: M.J.C.C,
titular de la cédula de persona menor de edad costarricense número
703050876, con fecha de nacimiento 14/01/2004. Notificaciones:
Se les previene a las partes señalar casa, oficina o lugar, con
preferencia un correo electrónico donde atender notificaciones, y
que de modificarlas sean comunicadas al proceso. En caso de no
hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Garantia de defensa: Que
para apersonarse en el proceso no requieren abogado, aunque tienen
derecho a hacerse acompañar por uno; que tienen acceso a las
piezas del expediente (salvo aquellas que por ley sean declaradas
confidenciales) dentro de horas hábiles al estudio y revisión del
ivo. Recursos: Se le hace saber a las partes,
que contra esta resolución procede el recurso de apelación, el que
deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito
dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación,
resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad,
ubicada en San José, Barrio Lujan, en horas hábiles de las siete a las
quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las
pruebas que consideren pertinentes (Art. 139 del Código de la Niñez
y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado
pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación,
no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente N?
OLVCM-00101-2018.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Manuel
Arroyo Garcia, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N*
3134-2020.—Solicitud N* 236532.—£ IN2020506506 ).
A la señora Keyda Sarahi Cárdenas Mendoza, se les
expediente administrativo en la Oficina Local; que puede
la r ión de las once horas del veinticinco de
las pruebas que consideren necesarias y que sean pertinentes para la
búsqueda de la verdad real de los hechos; que tienen derecho a la
doble instancia, así como todos los demás derechos que le asisten
durante el proceso. Recursos: Se hace saber a las partes, que eu
contra de esta resol procede el de apelación, el que
deberá interponerse ante este despacho, en forma v: erbalo porescrito
dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación,
resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad,
ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las
quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las
pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible
noviembre del dos mil veinte dictada por la Oficina local de
Puriscal, que resolvió resolución administrativa de declaratoria de
adaptabilidad, en proceso Especial de Protección, de la persona
menor de edad S.C.M. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes
se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsimile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de
WIVAI IO AUS y IA A IDA A IL
17-12-2020
mM nd de P
e
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*17 ACTA N*87 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
Actualización de tasas, para el periodo 2021 con las siguientes variaciones
Comporativo de Tasas
Servicio Año 2018 Año 2019 Año 2020 202 Variación €
Parques e sale  1sómfe 15792 [8 158.73|€ 0.81 0.52%
Aseo de Vías [e mese  7rsrje mie  7408|€ 0.95 0.13%
Recolección
Residencial € 25,670.93] € 26,618.60] € 27,965.50 | € 27,977.61 | € 12.10 0,04%
Institucional público | € 38,506.40 | € 39,927.90 | € 41,94826| € 41,966.41 | € 18.16 0.04%
[Comercial 1 E 38,506.40 | € 3992790 | € 4194826 | € 41,966.41 | € 18.16 0.04%
[Comercial 2 € 77,012.80 | € 79,855.79 | € 83,896.51 | € 83,932.83 | € 36.31 0.04%
[Comercial 3 e 115,519.20 | e 119,783.69 | € 125,844.77 | e 125,899.24 | € 54,47 0.04%
[Comercial 4 € 154,025.60 | € 159,711.59 | € 167,793.03 | € 167,865.66 | € 72.63 0.04%
'Tonelada E 26,500.00 | € 31,600.00 [€ 31,600.00 | € 40,090.00 [ € 8,490.00 26.87%
Tratamiento y Disposición Final de Desechos
Residencial € 14,750.00 | € 15,146.09 | € 15,776.79 | € 15,860.53 | € 83.74 0,53%
Institucionales € 22,125.00 | € 22,719.14 | € 23,665.18 | €_ 23,790.79 | € 125,61 0.53%
¡Comercial 1 €_ 22,125.00 | € 22,719.14 | € 23,665.18 | € 23,790.79 | € 125.61 0.53%
¡Comercial 2 €_ 44,250.00 | €_ 45,438.28 | € 47,330.36 | € 47,581.58 | € 251,22 0,53%
¡Comercial 3 € 66,375.00 | € 68,157.41 | € 70,995.55 | €_71,372.37| € 376.83 0,53%
¡Comercial 4 €_ 88,500.00 | € 90,876.55 | € 94,660.73 | € 95,163.16 | € 502.43 0,53%
Tonelada € 22,125.00 | € 22,125.00 [| € 22,125.00 | € 22,125.00 | € . 0.00%
¡Cobro Administrativo | € 4,870.00 | € 4,870.00 |€ 4,870.00 | € 5,000.00 | € 130,00 2.60%
Certficaciones mpls__ | € 1,670.00 | € 1,700.00 |€ 1,700.00 | € 2,000.00 | € 300.00 15.00%
Las variaciones presentadas en los servicios. son anuales
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza la segunda publicación de la
actualización de tarifas por los servicios que presta la Municipalidad de Pococí, a
fin de que opere su eficacia tal y como lo ordena el artículo 129 de nuestra Carta
Magna. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2308
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Lic. Manuel Hernández Rivera,
Alcalde Municipal, correo electrónico: manuel.hernandezA4munipococi.go.cr, dice;
Oficio: DAMCM-0187-2020
Asunto: Solicitud de atención del Informe Jurídico IJ-48-NOV-2020 Asunto:
Lotificación en Bella Vista - Nury Yorleny Calvo y Johnny Alexander Parras
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI A
PAGINA N*18 ACTA N*87 Ordinaria. 17-12-2020
Mediante la presente me permito solicitar la atención del informe jurídico 1J-48- NOV-2020
respecto a asunto Lotificación en Bella Vista - Nury Yorleny Calvo y Johnny Alexander
Porras.
El mismo remite en la página 4 y 5 las recomendaciones y acuerdos que se solicitan para
la atención del asunto en discusión siendo los siguientes:
para construir, con plano catastrado L-2241251-2020, mide 1,118m2,
SEGUNDO, que se autorice a la alcaldesa o alcalde, a comparecer ante notaria o
notario público, para que se realice cl respectivo instrumento notarial de traspaso
de dicho inmucble a favor de Yorlony Calvo Bogantes, cédula 7-0119-0381 y
Jhony alexander Porras Ocampo, cédula de identidad 6-0225-0339,
Los honorarios correrán por cuenta de la interesada,
Se despide cordialmente:
HERNANDEZ RIVERA (FIRMA)
Fecha: 2020.12.16
RIVERA (FIRMA) 18:11:55 -06'00'
Lic. Manuel Hernández Rivera
01 /% Alcalde
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*19 ACTA N*87 Ordinaria.
iii 15D el POGULÍ
PERSPACHA PL ALCALOE
MARYADO POR
pEOUIA,
Municipalidad de Pococí
Servicios Jurídicos Internos
biuto Y
TO
e E713-6516 Fax 2710-4318 ur
IN A YAA
INFORME JURÍDICO: 13-48-NOV-2020
ASUNTO: LOTIFICACIÓN EN BELLA VISTA - NURY YORLENY CALVO Y
JHONNY ALEXANDER PORRAS
SOLICITANTE; DESPACHO DE LA ALCALDÍA
1. GESTIÓN:
Con la instrucción del Coordinador de Servicios Jurídicos Internos, procedo a
contestar Oficio DA-683-2019, del 06 de mayo 2019, donde se solicita a esta
Unidad Jutídica, tramitar la solicitud de una segregación en cabeza propia de la
Ñ
de Bella Vista, distrito Guápiles, correspondiente Plan de Lotificación Municipal.
0, un lote de la finca municipal que se ubica en la Leona
Siguiendo el debido proceso, se solicitó al Departamento de Desarrollo y Control
Urbano, el correspondiente informe técnico, en el que indique si el terreno que se
pretende titular los gestionantes, es parte de alguna área comunal o de uso público,
y si existe algún impedimento técnico para que los poseedores puedan realizar el
correspondiente instrumento notarial. Esta Unidad le solicitó esta información al
citado Departamento, mediante Oficio SJI-096-MAY-2019, Oficio SJI-160-AGO-
2019, Oficio SJI-206-OCT-2019 y Oficio SJI-064-MAY-2020, en respuesta se emite
el oficio DDCU-169-2020, en el que se indica que de acuerdo a la Dirección de
Aguas, se deberá hacer un nuevo plano para catastrado, como en efecto se hizo y
se encuentra visado por este municipio.
ANTECEDENE HISTÓRICO DE LOS PLANES DE LOTIFICACIONES:
Desde hace varias décadas, en nuestro Cantón, han existido diferentes proyectos
o planes de lotificación municipales para dotar de pequeños terrenos a nuestros
pobladores, esto con el fin de minimizar la falta de viviendas, especialmente para
familias de escasos recursos, muy característicos en los cantones rurales. Es así
Z 1
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
o
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*20 ACTA N*87 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
Servicios Jurídicos Internos LA
Tel: 2713-6516 Fax: 2710-4318 MDPOcO
como han surgido barrios y caseríos, entre ellos Barrio Esmeralda, Barrio Jesús,
La Leona de Bella Vista (Guápiles); Anita Grande, de Jiménez, San Antonio de
Roxana, Caribe de Cariari, en otros,
El concepto de PLAN DE LOTIFICACIÓN surge tanto del Código Municipal, como
por la Ley de Licores, que data del año 1936, ya derogada por Ley 9047, En el
artículo 4, inciso 4) del Código Municipal, derogado de la Ley No.4574 señalaba:
"Corresponde a las municipalidades la administración de los servicios e intereses
locales, con el fin de promover el desarrollo integral de los cantones en armonía
con el desarrollo nacional. Dentro de estos cometidos (...). Las municipalidades
deberán adquirir y fraccionar terrenos, preferentemente en las zonas
rurales dentro de la jurisdicción territorial administrativa, mediante
compra directa o de acuerdo con lo dispuesto por el Título VI de este Código (...)”
Texto actualmente derogado, Todavía en agosto de 2012, el Código Municipal
incluía el término de plan de lotificación, En cuanto a este artículo 37 de la Ley de
Licores, la Asamblea Legislativa, realizó Interpretación Auténtica (ver Ley No,
6796 de 17 de agosto de 1982), la cual dice lo siguiente: Los ingresos municipales,
provenientes de patentes de licores y del impuesto sobre expendio de licores, serán
utilizados, preferentemente, para el Plan Municipal de Desarrollo Urbano (...).
Como vemos, estamos ante una evolución de concepto, donde se inició con un plan
de lotificación y actualmente se habla de un desarrollo urbano; pues en el párrafo
se incluye la palabra “Preferentemente, para el Plan Municipal de Desarrollo
Urbano”. Dejándose ver el tema de vivienda, no como el simple hecho de construir
casas, sino, como un plan integral que pretende garantizar una mejor calidad de
vida de los ciudadanos, inclusive hoy día en la doctrina jurídica se habla del
Derecho Urbanístico, como parte de la manifestación transversal del Derecho
Ambiental. Por otra parte, es importante hacer un análisis con relación a otros
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI QS
PAGINA N*21 ACTA N*87 Ordinaria. 17-12-2020
Municipalidad de Pococí ¡dy
Servicios Jurídicos Internos PLA
Tel: 2713-6516 Fax: 2710-4318 "ommeoa”
articulados, tal como los artículos 4 y 57 (en cuanto a los bonos de vivienda) del
Código Municipal. Dejando claro que el tema de vivienda es un tema que compete
alo interno de los gobiernos locales.
3. ANÁLISIS JURÍDICO:
DEL CASO EN CONCRETO: Quien ha realizado posesión de dicho inmueble desde
el año 1991 de forma quieta, pública ininterrumpida y en calidad de dueña, ha sido
la señora Yorleny Calvo Bogantes, mayor, casada, con cédula 7-0119-0381,
administradora del hogar, sin discapacidad alguna, localizable al teléfono 84'76-
9840; y el señor Jhony alexander Porras Ocampo, mayor, casado, trailero, con
cédula de identidad 6-0225-0339, sin discapacidad, con igual domicilio que la
primera; y así lo manifestaron en su Declaración Jurada, hecha ante el notario
pública Lic, Alejandro Vargas Chavarría, a las 08:30hrs del 23 de noviembre de
2020. Ambos poseedores han ejercido todos los actos posesorios permitidos por ley,
sin embargo, el citado inmueble no se encuentra inscrito ante el Registro de la
Propiedad, por tratarse de un inmueble municipal,
Este nuevo plano catastrado L-2241251-2020, mide 1.118m2, en el mismo se
observa representado la acequia o quebrada, referida por Minae, ubicado en La
Leona, esquina sureste de la Escuela Pública, distrito Guápiles, cantón Pococí.
Dicho plano se aportó al expediente que custodia esta Unidad Jurídica, el día 12
de noviembre de 2020,
Así mismo, para efectos del trámite de la firma del respectivo instrumento notarial,
la gestionante presentó los siguientes requisitos:
se Declaración Jurada, hecha ante el notario pública Lic. Alejandro Vargas
Chavarría, a las 08:30hrs del 23 de noviembre de 2020, en la que
2 TA
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Minicip
aida de rucoct
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*22 ACTA N*87 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
Servicios Jurídicos Internos LISA
Tel: 2713-6516 Fax: 2710-4318 MpPOcOd
comparecen Yorleny Calvo Bogantes y que son testigos de ello, las señoras
Roxana Jácamo Salas y Elieth María Vega Porras, quienes indican bajo fe
de juramento que Yorleny Calvo y su esposo, el señor Jhony alexander
Porras Ocampo, que han poseído de manera pública, pacífica e
ininterrumpida y de buena fe, sin ocupantes en precario y a título de dueños
por más de 30 años.
2, Copia de la Declaración de Bienes Inmuebles, declaración N*96761
recibida el día 23 de nov 2020,
3. Copia del plano catastrado L-2241251-2020, visado,
Oficio DDCU- 085-2020, con fecha del 218 de noviembre 2020, ento de
Desarrollo y Control Urbano, en el que el ingeniero municipal hace constar
que el terreno con plano L-2183256-2020, que: no forma parte de ninguna
área de uso público ni facilidades comunales; que el lote se encuentra
debidamente delimitado, con una casa de habitación de madera, que cuenta
con servicios básicos; que en el plano está representada la quebrada La
Leona en acatamiento a la Ley Forestal y la Ley de Aguas; y, que de acuerdo
a la inspección la citada propiedad se encuentra fuera del Plan Regulador
vigente,
RECOMENDACIONES:
Esta recomendación de hacer las diligencias de traspaso procede dado que existe
el aval técnico emitido por el Departamento de Desarrollo y Control Urbano y es
viable jurídicamente, pues según los citados informes esta propiedad fue
destinada a un plan de lotificación previsto en una norma jurídica y además no
forma parte de ninguna área comunal.
En consecuencia, se recomienda al Despacho del Alcalde, que remita el presente
Informe Jurídico al CONCEJO MUNICIPAL, para que acuerden lo siguiente:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*23 ACTA N*87 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
Servicios Jurídicos Internos ALA
Tel: 2713-6516 Fax: 2710-4318 MipocO0
para construir, con plano catastrado L-2241251-2020, mide 1.1 sea
SEGUNDO, que se autorice a la alcaldesa o alcalde, a comparecer ante notaria o
notario público, para que se realice el respectivo instrumento notarial de traspaso
de dicho inmucble a favor de Yorleny Calvo Bogantes, cédula 7-0119-0381 y
Jhony alexander Porras Ocampo, cédula de identidad 6-0225-0339,
Los honorarios correrán por cuenta de la interesada.
Se despide cordialmente:
C.c. Archivo Interno,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*24 ACTA N*87 Ordinaria.
£
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
GUAPILES - POCOCI
"Teléfono N? 2710-7182 Fax N? 2710-7181
DESPACHO DE LA ALCALDESA
Email: e.venegas()munipococi,go.cr
MUNICIPALIDAD elibethvenegasYhotmail.com
DE POGOCÍ
Guáplles, 6 de mayo del 2019
DA- 0683 -2019,
7 as) MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Señor:
Licdo, Carlos Hernández Hernández
Servicios Jurídicos Internos
Estimado señor:
Mediante la presente le traslado el caso de la señora Nuria Yorleny Calvo Bogantes ella
solicita se le traspase la propledad a nombre de ella ya que desde hace 28 años vive ahí
junto con su famillla, esta propiedad es parte de una lotificación munlcipal, ubicada al
costado de la escuela la Leona en Bellavista Guápiles, por lo tanto se les solicita analizar
los documentos adjuntos y brindar respuesta a este caso para su inmediata solución.
Sin mas que agregar:
Dra. Elibeth Venegas
Alcaldesa
Cc/ Archivo
RRC
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Wu ii i E
'umicipalidad de Pacocií
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*25 ACTA N*87 Ordinaria.
23 de Abril del 2019
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
DESPACHO DE LA ALCALDESA
Señora ENTREGADOPOR |
NOMNRE:. 4 ua
Elibeth Venegas Villalobos vectpura Ertig<3e Y. vano
RECIBIDO POR
Presente. XOMMREA Bacue EA
SN CÉNUAS FIRMA. 2,
A RO Pe
Estimada señora.
Por este medio le saludo y a la vez yo: Nuria Yorleny Calvo Bogantes, cédula 7 -119-381,
solicito de la forma más respetuosa posible, me sirva iniciar el proceso ante el
Departamento de Servicios Jurídicos de esta Municipalidad, para que sea traspasada la
propledad a mi persona, donde vivo desde hace 28 años en compañía de mi esposo Jonny
Alexander Porras Ocampo, cédula 6-225-339 y mis 3 hijas, desde que se inlcló ese proyecto,
Esta propledad es parte de una lotificación municipal, ubicada al costado oeste de la escuela
de La leona en Bellavista de Guápiles.
EL lote fue adquirido o comprado el derecho por mi esposo mediante carta de venta alseñor
Carlos Alberto Gómez Castro, en6100000/00, el 09 de diciembre de 1991, documento
autenticado por el LIC. Marco Tulio Calderón Badilla
Los números de teléfonos son: Nuria Yorleny Calvo Bogantes 84 -76 -98- 40
Jhonny Alexander Porras Ocampo  89-38- 70-06
Adjunto lo siguiente :
1. Copía de mi cédula de identidad y la de mi esposo
2. copia de plano de catastro L-993848-1991, debidamente visado el 07 de diciembre
del 2013.
3. Copia de la carta de venta autenticada
4. Certificación de matrimonio del Registro Clvil
Agradeciendo la atención brindada a la presente, me despido de ustedes,
pe
Nuria Yorleny Calvo Bogantes
Atentamente.
cédula 7-119-381
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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ci RL sz
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
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"ys
7120010 Sistema do Ceriificacionos e Informes Digitalos del Registro Nacional
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Hotorlal do Compras SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON .
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Impueelo Personas Juridicas SUR : CALLE PUBLICA Y MARJORIE NARANJO
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Translloo IN Ley 9428 MIDE: CUARENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y TRES METROS CON NOVENTA DECIMETROS CUADRADOS
PLANO1L-0720622-1987
MI Cuenta
Mi Inventaro
e LOS ANTECEDENTES DE ESTA FINCA DEBEN CONSULTARSE EN EL FOLIO MICROFILMADO DE LA
Reserva do Malrfcula PROVINCIA DE LIMON NUMERO 43148 Y ADEMAS PROVIENE DE 006076-000 —, . 71":
Sollotud do Plucos .
Salidas del Pola - VALOR FISCAL: 1,000,00 COLONES ;
PROPIETARIO:
Ñ MUNICIPALIDAD DE POCOCI
+1 Estimado usuarlo, rocuerdo O A
+. que no deben rechazar su
Certificación digital en PRESENTACIÓN: 0370-00003196-01
ninguna entidad, por lo que sl FECHA DE INSCRIPCIÓN: 17 DE SEPTIEMBRE DE 1990
tana problemas para la OTROS:
rec seso ae grgimeno
o ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY
jales, sirvase comunicarlo
la perl li Loli GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY
usuario, Teléfono. 2202-0000.
: SERVIDUMBRE TRASLADADA
CHAS: 378-03196-01-0905-001
FINCA REFERENCIA: 00006076 000
AFECTA A FINCA; 7-00043140- =
CANCELACIONES PARCIALES; NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
Usted se está conectando a una Base de Datos Replicada, los datos están actualizados al 7-Diclembra-
2018 a las 08.37.21 horas
Emitido el 07-12-2018 a las 08:37 horas
Peas (EA
odos tos durechos roservados . 2013 . Registro Maclonal , Sau Jose, Cumásbar . Apartado Postal 523-2010 Curridabat
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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pLELOS
pia Castro, cón
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
de Pococí
Municipalidad
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PAGINA N?*31 ACTA N*87 Ordinaria.
A quien corresponda
23-04 - 2019
Yo Johonny Alexander Porras Ocampo ced: 6- 225-339
esposo de Nuria Yorleny Calvo Bogantes ced: 7 119-
381, autorizo a mi esposa para que se le pueda
ayudar con los tramites de plano, para que tal plano
pueda salir a su nombre.
Muchas gracias de ante mano por su ayuda.
Tel: 8938-7006
re
Y
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad
de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*32 ACTA N*87 Ordinaria. 17-12-2020
MUNICIPALIDAD DE POCOOÍ (")
SERVICIOS JURÍDICOS INTURNOS
MUNIOIPALIDAD
TEL. 2718-6516 FAX 2710-4818 BRPOCOCÍ
OFICIO N* SJL-096-MAR-2019
Guápiles, Mayo 14, 2019,
Asunto: Inspección de campo en Plan de Lotificación en Bella Vista. |
Señor Municipalidad de Pococí
Ing. Henry Madrigal Calvo Desarrollo y Control Urbano
Departamento de Desarrollo y Control Urbano Recibido pos:
Municipalidad de Pococí teens det/
Entregado por Quads
Con el fin de atender gestión hecha por el señor Yorleny Calvo Bogantes, cédula
7-119-381, y Jhonny Alexander Porras Ocampo, cédula 6-225-339, vecinos de
La Leona, Bella Vista, sírvase indicar a esta Unidad Jurídica, si el lote aquí indicado
es parte o se ha reservado como área comunal o de uso público, o bien, si existe
algún impedimento para que el poseedor realice la respectiva inscripción o traspaso
a su favor,
Estimado Compañero;
La finca madre con folio real 7-043148-000, forma parte del antiguo proyecto de
lotificación municipal, de ahí se pretende segregar para traspasar el lote con plano
catastrado número L-998848-91, este terreno mide 1127.36m2, con una casa de
habitación y ha estado en posesión de ambos por más de 28 años.
No omito indicar que podrá remitir respuesta a este oficio, vía correo electrónico a:
munipococi.juridicosAgmail.com
Esperando su pronta respuesta se despide,
GAMA
on wridio, eo, a
9 VA
Muntcipalidad de Pococí
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*33 ACTA N*87 Ordinaria.
RBiunicinalin
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
MUNICIPALIDAD DE POCOOÍ
SIRVICIOS JURÍDICOS INTERNOS
MUNIOIPALIDAD
DEPOCOcI
TEL. 2713-6516 WAX 2710-4318
OFICIO N? SJI-160-AGO-2019
Guápiles, agosto 06, 2019,
L Asunto: Seguimiento Plan de Lotificación en Bella Vista, |
Municipalidad de Pococí
Señor
Ing. Henry Madrigal Calvo Desarrollo y Control Uri bs
Departamento de Desarrollo y Control Urbano Recibido por: Awnddo Mongl E
Municipalidad de Pococí clas. 06 / /a, 00
Entregado por xXinio, Relong
Estimado Compañero:
Se le recuerda que con el fin de atender gestión hecha por el señor Yorleny Calvo
Bogantes, cédula 7-119-381, y Jhonny Alexander Porras Ocampo, cédula 6-225-
339, vecinos de La Leona, Bella Vista, sírvase indicar a esta Unidad Jurídica, si el
lote aquí indicado es parte o se ha reservado como área. comunal o de uso público,
o bien, si existe algún impedimento para que los poseedores realicen la respectiva
inscripción o traspaso a su favor,
La finca madre con folio real 7-043148-000, forma parte del antiguo proyecto de
lotificación municipal, de ahí se pretende segregar para traspasar el lote con plano
catastrado número L-998848-91, este terreno mide 1127,36m2, con una casa de
habitación y ha estado en posesión de ambos por más de 28 años,
No omito indicar que podrá remitir respuesta a este oficio, vía correo electrónico a:
munipococijuridicosídgmail.com (ver también Oficio SJI-096-M-2019 del 14 de
mayo del año en curso),
Cordialmente,
Ya G. Montes /
Servic: cos Internos
Municipalidad de Pococí
Cc/ Archivo interno
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Peococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*34 ACTA N*87 Ordinaria. 17- 12-2020
MUNICIPALIDAD DI POCOOÍ a
SERVICIOS JURÍDICOS INTERNOS
Pacs
BL, 2718-6516 _ WAX 2710-4318
OFICIO N? S]I-206-OCT-2019
Guápiles, octubre 10, 2019,
Asunto: Seguimiento Plan de Lotificación en Bella Vista,
Señor ai j
Municipalidad de Pococí
Desarrollo y Control Urbano
Recibido por: Hon,
Hecha: ..10/te/13._.Spm..
nte tdo por: ximo Bed
Estimado Compañero; Pe
Ing. Henry Madrigal Calvo
Departamento de Desarrollo y Control Urbano
Municipalidad de Pococí
Por este medio, se le recuerda una vez más que está pendiente el informe técnico solicitado
desde el pasado mes de mayo, mediante OFICIO N” S]I-096-MAY-2019 y posteriormente,
se le reitero tal informe mediante OFICIO SJI-160-AGO-2019, en el mes de agosto del año
en curso,
Por lo anterior, solicitamos que realice las gestiones necesarias para atender la solicitud de
la contribuyente, Yorleny Calvo Bogantes, cédula 7-119-381, y Jhonny Alexander Porras
Ocampo, cédula 6-225-339, vecinos de La Leona, Bella Vista, y se sírva indicar a esta Unidad
Jurídica, si el lote aquí indicado es parte o se ha reservado como área comunal o de uso público,
o bien, si existe algún impedimento para que los poseedores realicen la respectiva
inscripción o traspaso a su favor.
La finca madre con folio real 7-043148-000, forma parte del antiguo proyecto de lotificación
municipal, de ahí se pretende segregar para traspasar el lote con plano catastrado número
L-998848-91, este terreno mide 1127,36m2, con una casa de habitación y ha estado en
posesión de ambos por más de 28 años.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Na
PAGINA N*35 ACTA N?87 Ordinaria. -12-2020
MUNICIPALIDAD DM POCOOÍ dy
SERVICIOS JURÍDICOS INTERNOS
MUNIOIPALIDAD
TBL, 2718-6518 MAX 2710-4318 DAPOcOdl
No omito indicar que podrá remitir respuesta a este oficio, vía correo electrónico a:
munipococijuridicosOgmail.com_(ver también Oficio SJI-096-M-2019 del 14 de mayo del
año en curso).
Cordialmente,
Licda. Kliyas G. Montes
Servicios Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí
Cc/ Archivo interno
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad
de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*36 ACTA N*87 Ordinaria. 17-12-2020
SIRVICIOS JURÍDICOS INTERNOS
MUNICIPALIDAD DI POCOOÍ ¿y
MUNIOIPALIDAD
TEL, 2718-6516 MAX 2710-4318 BE Po000Í
OFICIO N? S]I-064-MAY-2020
Guápiles, mayo 05, 2020,
Asunto: Seguimiento Plan de Lotificación en Bella Vista,
SOLICITANTE; Nuria Yorleny Calvo Bogantes y Jhonny Alexander Porras Ocampo.
Señor Municipalidad de Pococí
Ing. Henry Madrigal Calvo Desarrollo y Control Urbano
Departamento de Desarrollo y Control Urbano Recibido por: /rnddo Monge
Municipalidad de Pococí Fecha: 6-$5-20% 8: Y0p
Entregado pot: >ánia Petond,
Estimado Compañero:
Por este medio, se le recuerda que está pendiente el informe técnico solicitado desde el
pasado mes de mayo 2019, mediante OFICIO N? S]I-096-MAY-2019, posteriormente, se le
reitero tal informe mediante OFICIO SJI-160-AGO-2019, en el mes de agosto del año
pasado y oficio 206-OCT-2019 del 10 de octubre 2019,
Por lo anterior, solicitamos que realice las gestiones necesarias para atender la solicitud de
la contribuyente, Yorleny Calvo Bogantes, cédula 7-119-381, y Jhonny Alexander Porras
Ocampo, cédula 6-225-339, vecinos de La Leona, Bella Vista, y se sirva indicar a esta Unidad
Jurídica, si el lote aquí indicado es parte o se ha reservado como área comunal o de uso público,
o bien, si existe algún impedimento para que los poseedores realicen la respectiva
inscripción o traspaso a su favor.
La finca madre con folio real 7-043148-000, forma parte del antiguo proyecto de lotificación
municipal, de ahí se pretende segregar para traspasar el lote con plano catastrado número
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ny=G
PAGINA N*37 ACTA N*87 Ordinaria. 7-12-2020
MUNICIPALIDAD DE POCOOÍ a
SERVICIOS JURÍDICOS INTERNOS
rca
TEL, 2713-6516 MAX 2710-4318
L-998848-91, este terreno mide 1127,36m2, con una casa de habitación y ha estado en
posesión de ambos por más de 28 años.
No omito indicar que podrá remitir respuesta a este oficio, vía correo electrónico a:
munipococi juridicos gmail.com
Cordialmente,
ra G, Montes == e
icios Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí
Cc/ Archivo interno
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
toría
na
MUNICIPALIDAD DE P
PAGINA N*38 ACTA N*87 a -12-2020 1
MUNICIPALIDAD DE,POCOCÍ
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
Correo electrónico: controlurbanopococlO yahoo.com
Teléfono: 2710 6560
yuos Fax: 27107181
web: munlpococl.go,cr
PG
Miércoles 24 de junio del 2020
OFICIO; DDCU-169-2020
Sra. A A denied
Lic, Mayra Montes Arce Mu r YU pa lad ¿ |
Servicios Jurídicos Servicias Jurídicos Internos
Municipalidad de Pococí RECIBIDO
Presente Recibo: E,
| Fecha; 20706/2320 OU
4 REFERENTE: OFICIO N* SJl-064-MAY-2020 / PLAN DE LOTIFICACIÓN MUNICIPAL, BELLAVISTA
SOLICITUD DE ADJUDICACIÓN DE TERRENO INSCRITO A FAVOR DEL MUNICIPIO / PLANO L-998840-1991
Estimada compañera,
Le saludo muy respetuosamente y a la vez le remito la presente nota con la finalidad de dar
seguimiento a lo requerido por parte de la Unidad de Servicios Jurídicos mediante Oficio N* SJl-064-
MAY-2020, por parte de la Licda. Mayra Montes Arce;
requiriendo que indique si el lote Identificado
mediante el plano catastrado L-9998848-1991 es parte o se ha reservado como un área de uso público,
o bien, si existe algún impedimento para que el poseedor realice la respectiva inscripción o traspaso a su
favor,
Es importante recalcar que en los Oficlos SJl-2086-OCT-2019, SJI-096-2019 y SJl-160-2019
remitidos anteriormente al presente departamento, se hace mención a la solicitud expresa que hacen la
Sra. Yorleny Calvo Bogantes y el Sr. Johnny Alexander Porras, requiriendo que se titule a su favor un
terreno publicitado en el plano L-993848-1991, parte del
folio real 7043148-000, que según la solicitante
mantiene una poseslón desde hace aproximadamente 28 años, en el fraccionamiento municipal conocido
como La Leona, distrito Guápiles.
Tel, 2710 6560 ext, 106 - Web: htip://www.munipococi.go,cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N?39 ACTA N?87 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ 4 Teléfono: 2710 6560
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Fax: 2710 7181
Correo electrónico: controlurbanopocociO yahoo.com web: munipococi.go.cr
Según manifiesta la Sra. Calvo Bogantes, el plano L-998848-1991 fue visado el día 07 de
diciembre del 2019 por el Ing. Esteban Gutiérrez Solís (Unidad Topografía), pero en el momento de
realizar la respectiva inspección al sitio se pudo comprobar la existencia de un cuerpo de agua, calificado
como quebrada, según Oficio DA-UHCAROG-0426-2019 con fecha del 24 de junio del año 2019,
elaborado por parte de la Dirección de Agua del MINAE, por lo que la Interesada tuvo la necesidad de
iniclar con el proceso de inscripción de un plano nuevo.
Ante esta situación, la Sra. Yorleny Calvo Bogantes habla solicitado a su persona, de forma
verbal, que no se archivara su caso, puesto que el topógrafo contratado para hacer su plano nuevo le
habla prometido entregárselo de forma expedita, lo cual a la fecha no ha sido realizado.
Según indica el Sr, Arnoldo Monge Jiménez, al cual se le direccionaron los Oficios SJI-206-OCT-
2019, SJl-096-2019 y SJl-160-2019 mediante Oficios DDCU-148-2019 y DDCU-301-2019, que a los
mismos no se les habla dado respuesta debido a la solicitud de prórroga realizada y aceptada en su
momento por la Sra, Calvo Bogantes, ante la Unidad de Servicios Jurídicos Internos. Importante señalar
que la Sra. Yorleny Calvo Bogantes puede ser localizada al teléfono 8476 98 40.
Se adjunta al presente informe:
a) Copia de plano L-993848-1991 y estudio registral
b) Copia de plano madre L-720622-1987 y estudio registral
c) Estudio registral de la finca madre 7043148-000
d) Copia de Oficio DA-UHCAROG-0426-2019, de la Dirección de Agua del MINAE
CC.: Archivo
Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: http://www.munipococi.go,cr
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24/6/2020 Sistema de Certificaciones e Informes Digltalos del Registro Nacional
nido + Ayuda : so -D - Aruokto monge *
ss ¡pa si pane pod ena ea ea e ns 0 E
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Búsqueda Grállca Marcas
Permite realizar una consulta de plano
Cutelto do Compras
Consultas Gratultas Y; Arata
E Provincia Inscripción:
Cartlficación Imágenes %r Número Inscripción:
Dotallo do Sorviclos Año Inscripción:
Historial do Compras
Historial do Usos
Impuesto Personas Jurídicas
Índico Porsonan Físicas Plano(s) Catastrado(s)
Índico de Personas Jurídicas [Provincias 7 - LIMÓN Nómero Inscripción: 720622
Tronco Loy 0420 [año Inscripción: 1987 Área Plano: 92,483,04
Bloque: Lota;
MI Cuenta Estado: INSCRITO Coordenada Norta: 238900.0
Mi inventado ¡Coordenada Este: 556700,0 CRT Norte; 1123906,0
[CRYM Esto: 520382.0 Verificado Zona Catastrada: No
¡Reserva de Malricula
Solicitud do Placas Ubicación(as)
Solido del Pi Provincia [ Cantón | Distrito
[7 - LIMÓN 2 - POCOCÍ 1 - GUAPILES
Avisos Importantes
+ Estimado usuarlo, recuerde —,
queno deben rechazar su Mularestes) ”
'ertificación digital sn Identificacion | Nombra Primer Apellido [Segundo Apollldo
ninguna entidad, por lo que sl
Mene problemas para la [3101006542 — CIA AGROPECUARIA TORO AMARILLO LTDA
recopción de esto [2014042125 MUNICIPALIDAD DE POCOCI
y aplicación de sus efectos
legales, slrvase comunicarlo
an sor MIA Fracclonamiento(s) Plano: Inexistente(s)
Finca(s)
Provincia] [Número Finca [Sub-matrícula [Duplicado [Matriz Flltal:[Inmueble
[7 - LIMÓN 6076 000
Finca(s) Generada(s)
[código Provincia [Nímero Finca [Sub-matrÍcul
uplicado [Matriz Filial
[7 - LIMON A3140 0
Plano(s) Hijo(s)
[código Provincia [Námero.[Año'
17 - LIMÓN 62280 1992
17 - LIMÓN 64959 1992
[7 - LIMÓN 100041 1993
[7 - LIMÓN 68834 1992
17 - LIMÓN 7AB11 1992
17 - LIMÓN 74012 1992
17 - LIMÓN 70507 1992
17 - LIMÓN 78508 1992
17 - LIMÓN 81393 1992
17 - LIMÓN 101363 1993
[7 - LIMÓN 1210320 2008
[7 - LIMÓN 108042 1993
17 - LIMÓN 427389 1997
17 - LIMÓN 629585 2000
17 - LIMÓN 993719 2005
17 - LIMÓN 1020660 2005 MA
77 - LIMÓN 1154571 2007 eS
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*44
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-12-2020
2416/2020
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Historial da Compras
Histoñal do Usos
Impuesto Personna Juridicas
U tnetca de Parsonos Jurídicas
Tronoltoito 11) Loy 9420
Mi Cuenta
MI Inventario.
Reserva de Matricula
Solicitud de Plucos
Salidus dol Pala
Avisos Importantes
Estimado usuarlo, racuerde
Eo no deben rechazar su
tificación digital en
ninguna entidad, por lo que sl
tiene problemas para la
re n documento
y aplicación de sus efectos
legalos, slrvase comunicarlo
al centro de osistencia al
usuario, Teléfono, 2202-0888.
Sistoma de Certificaciones a Informos Digitales del Registro Naclonal
Ivicko Ayudo — Preguntas Ft : ú A C Di sarao monge
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CONSULTA POR NUMERO DE FINCA
MATRICULA: 43148---000
PROVINCIA: LIMON PENCA: 43140 DUPLICADO: HORIZONTAL; PERECHO!1 000
SEOREGACIONES: SLHAY,
NATURALEZA) TERRENO PARA CONSTRUIR.
SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTÓN 2-POCOCI PE LA PROVINCIA DR SIMON
LINDEROS:
NORTE : COMPAÑIA AGROPECUARIA TORO LTDA Y GERSON SALAS
SUR : CALLE PUBLICA, MARJORIE NARANJO
ESTE + CALLE PUBLICA Y MARJORIE NARANJO
OESTE : COMPAÑIA AGROPECUARIA TORO AMARILLO LTDA, CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ
MIDE1 CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS
PLANO:L=0720622-1907
LOS ANTECEDENTES DE ESTA FINCA DEBEN CONSULTARSE EN El. FOLIO MICROPILMADO DE LA
PROVINCIA DE LIMON NUMERO 43140 Y ADEMAS PROVIENE DE 006076-000
VALOR FISCAL: 1,000,00 COLONES
PROPIETARIO:
MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE POCOCI
CEDULA JURIDICA 3-014-042125
DUEÑO DEL DOMINIO
PRESENTACIÓN: 0378-00003196-01
FECHA DE INSCRIPCIÓN: 17-SEP-1990
OTROS:
ANOTACIONES SOBRE 1.A FINCA: NO HAY
GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY
SERVIDUMBRE TRASLADADA
CITAS: 370-03196-01-0905-001
FINCA REFERENCIA: 00006076 000
AFECTA A FINCA: 7-00043148 -000
CANCELACIONES PARCIALES; NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
Emitido el 24-06-2020 a las 09:33 horas
Todos las derachos resarvarios , 2013 , Registro Nactonal , San José, Cuntdobar , Apartado Postal 523-2010 Cunidebar
ropdlgtalgrnp. po.
Este sIVo se visuatha mejor an resclución de 1024 x 760px o superior
ento
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
y la
A 3 $ 3
MUNICIPALIDAD DE POCOCI RU 8
PAGINA N*45 ACTA N*87 Ordinaria. -12-2020
Á Código N*; Paginas:
0 MEECCIOS de DA-GRH-0036 3 de 4
Amina MINISTERIO DE AMBIENTE Y Ab Feoha emisión: Vorsión
JS serra ENERGÍA e A ño
DIRECCIÓN DE AGUA "> e omizorS
NUMBRO DE FUENTE: 1
REFERENCIA O PLANO: L-993848-1991 FECHA DE EVALUACION: 19-Jun-2019
PROVINCIA CANTON DISTRITO SITIO
LIMÓN Pococi GUÁPILES LA LEONA
TIPO PUENTE: QUEBRADA NOMBRE: SIN NOMBRE
CRITERIO SOBRE LA FUENTE: CUERPO DE. AGUA DE DOMINIO PUBLICO DB CARACTRR PERMANENTE
AFLUENTE DE: QUEBRADA LEONA HOJA_CARTOGRÁFICA: CARRILLO
CUENCA: (69-11)-CHMRIPO
LAMBERT NORTE:
LATITUD INICIAL:238.824 LONGITUD INICIAL: 556.848
LATITUD FINAL:238,934 LONGITUD FINAL: 556.84
a
JUSTIFICACIÓN: Realizada la valoración de campo en la cual se observa un cuerpo de agua el cual presenta flujo al
momento de la inspección, además de la presencia de vegetación hidrófila asociada a medios acuáticos,
Consultado el Registro Nacional de Dictámenes que lleva esta Dirección existen pronunciamientos previos de la
Dirección de Agua elaborado mediante oficio DA-UHCAROG-0460-2016 y DA-UHCAROG-0494-2016 en la cual se
dictamina el nacimiento que da origen a dicha quebrada y el cauce aguas arriba del sitio de análisis,
Según consulta la capa de suelos del Atlas ITCR el sitio corresponde al orden inseptisoles, los cuales presentan alto
contenido de materia orgánica, la mayoría de estos suelos se ubican en terrenos planos y ligeramente ondulados, Se
consideran suelos recientes. Asimismo, la capa de zonas de vida indica que el sitio corresponde a un bosque muy húmedo
tropical con transición a Premontano, los rangos de precipitación se encuentran entre 4000-5500 mm.
Por lo anterior descrito, una vez consultado el Registro Nacional de Aprovechamientos de Agua y Cauces, así como la
Cartografía Nacional se determina que el sitio corresponde a una quebrada cauce de dominio público,
Tel: (506) 2103-2600 FAX: (506) 2221-7516 Apartado: 1043-1000 http://www,da.go.cr aguasOda.go.cr
Edificio ALVASA, entrada ruta 32, avenida 19 (Costado Este Periódico La República), Barrlo Tournon,
San José, Costa Rica.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
Municipalidad de PococíÍ
MUNICIPALIDAD DE P z
PAGINA N*47 ACTA N*87 CAS
12 de noviembre del 2020
Licda. Mayra G. Montes Arce, Servicios Jurídicos Internos
Henry Madrigal Calvo, Departamento de Desarrollo y Control Urbano
Municipalidad de PococÍ
S.M.
Estimados señores y señoras.
Por este medio yo Yorleny Calvo Bogantes, solicito muy respetuosamente se considere en
adelante el plano L-2241251-2020, inscrito el pasado 11 de noviembre del año en curso,
en reposición del plano L-998848-1991.
Este plano anterior L-998848-1991, fue en su momento visado el día 07 de diciembre del
2019, por el Top. Esteban Gutiérrez S. de la Unidad Topografía, más en el momento de
realizar inspección al sitio se pudo comprobar la existencia de un cuerpo de agua, calificado
como quebrada, según Oficio DA-UHCAROG-0426-2019 con fecha 24-06-2019, de la
Dirección de Agua del MINAE, por lo que nos vimos en la necesidad de iniciar con el
proceso de Inscripción de un plano nuevo.
Recordar que a la fecha mantengo una posesión desde hace aproximadamente 28 años,
de un lote con una casa de habltación de regular estado, en La Leona de Guáplles,
fraccionamiento propiedad de la MUNICIPALIDAD DE POCoGÍ, follo real 7043148-000,
plano catastrado madre L-720622-1987.
Les adjunto copia de plano L-2241251-2020 y estudio registral
Atentamente Sra. Yorleny Calvo Bogantes, teléfono 84 76 98 40
Municipalidad de Pococí —
Servicios Juidizt
do] de f
Gracias os Internos
RECIBIDO
Atentamente.
Sra. Yorleny Calvo Bogantes
Cédula 7-119-381
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
 
funicipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE P
PAGINA N*50 ACTA N*87 ra
CERTIFICADOS, FIRMAS DIGITALES Y DOCUMENTOS ELECTRONICOS N,8454, Y EL DECRETO EJECUTIVO N, 36408-J,
PUBLICADO EN LA GACETA N. 196, DEL 0 DE OCTUBRE DE 2000. EN DICHO MARCO LEGAL SE ESTABLECE LA
OBLIGATORIEDAD DE RECIBIR ESTE DOCUMENTO POR PARTE DE LOS ENTES PUBLICOS Y PRIVADOS, ASI COMO PARA LOS
PARTICULARES, EN CASO DE QUE SE LE PRESENTEN PROBLEMAS PARA LA RECEPCION DE ESTE DOCUMENTO Y
APLICACION DE SUS EFECTOS LEGALES, SIRVASE COMUNICARLO AL CENTRO DE ASISTENCIA AL. USUARIO, TELEFONO.
2202-0888,
ESTIMADO USUARIO, EL REGISTRO NACIONAL LE INDICA QUE EL VALOR DE LA PRESENTE CERTIFICACION FUE ESTABLECIDO
POR LA JUNTA ADMINISTRATIVA EN LA SUMA DE DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS COLONES CON CINCUENTA
CENTIMOS MAS LOS TIMBRES RESPECTIVOS; NINGUNA PERSONA FISICA O JURIDICA PUEDE VARIAR ESE VALOR,
EMITIDA A TRAVES DEL PORTAL DE SERVICIOS DIGITALES Y CON DATOS CONSULTADOS A UNA REPLICA OFICIAL DE LA BASE
DE DATOS DEL REGISTRO NACIONAL, ALAS 09
HORAS 43 MINUTOS Y 28 SEGUNDOS, DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2020,
VS SER VERIFICADA EN EL. SITIO www.mpdlgllal.com DENTRO DE LOS SIGUIENTES 15 DIAS NATURALES,
SILA CERTIFICACI
JON CONTIENE ALGUNA INCONSISTENCIA EN LA INFORMACION, FAVOR DE CONTACTAR A
rapdlgltal) rmp.go.cr, PARA DETERMINAR EL ORIGEN DE LA INCONSISTENCIA Y COMPETENCIA DE LA RESOLUCION,
NOA
1
ganá
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE P
PAGINA N*52 ACTA N*87 MN
- MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Teléfono: 2710 6560
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO us Fax: 2710 7181
Correo electrónico: controlurbanopococlO yahoo.com web; munipococl.go.cr
Miércoles 18 de noviembre del 2020
OFICIO: DDCU-253-2020
Sra.
Lic. Mayra Montes Arce
Servicios Jurídicos
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: OFICIO N* SJl-064-MAY-2020 / PLAN DE LOTIFICACIÓN MUNICIPAL, BELLAVISTA
SOLICITUD DE ADJUDICACIÓN DE TERRENO INSCRITO A FAVOR DEL MUNICIPIO / PLANO L-993848-1991
Estimada compañera,
Le saludo muy respetuosamente y a la vez le remito la presente nota con la finalidad de dar
seguimiento a lo requerido por parte de la Unidad de Servicios Jurídicos mediante Oficio N? SJl-064-
MAY-2020, por parte de la Licda. Mayra Montes Arce; requiriendo que indlque si el lote Identificado
mediante el plano catastrado L-993848-1991 es parte o se ha reservado como un área de uso público, o
bien, si existe algún impedimento para que el poseedor realice la respectiva Inscripción o traspaso a su
favor,
Es importante recalcar que en los Oficios SJl-206-OCT-2019, SJl-098-2019 y SJl-160-2019
remitidos anteriormente al presente departamento, se hace mención a la solicitud expresa que hacen la
Sra. Yorleny Calvo Bogantes y el Sr. Johnny Alexander Porras, requiriendo que se titule a su favor un
terreno publicitado en el plano L-993848-1991, parte del folio real 7043148-000, que según la solicitante
mantiene una posesión desde hace aproximadamente 28 años, en el fracclonamiento municipal conocido
como La Leona, distrito Guápiles. e
Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web; http://www.munipococi.go.cr
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*53 ACTA N*87 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ (1 emos
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO QUES Fax; 2710 7181
a
Correo electrónico: controlurbanopococlOyahoo,com web: munipococi,go,cr
Según manifiesta la Sra, Calvo Bogantes, el plano L-998848-1991 fue visado el día 07 de
diciembre del 2019 por el Ing. Esteban Gutiérrez Solís (Unidad Topografía), pero en el momento de
realizar la respectiva inspección al sitio se pudo comprobar la existencia de un cuerpo de agua, calificado
como quebrada, según Oficio DA-UHCAROG-0426-2019 con fecha del 24 de junio del año 2019,
elaborado por parte de la Dirección de Agua del MINAE, por lo que la interesada tuvo la necesidad de
iniciar con el proceso de inscripción de un plano nuevo.
Ante esta situación, la Sra. Yorleny Calvo Bogantes había solicitado a su persona, de forma
verbal, que no se archlvara su caso, puesto que el topógrafo contratado para hacer su plano nuevo le
habla prometido entregárselo de forma expedita, lo cual a la fecha no ha sido realizado.
Según Indicó el Sr. Arnoldo Monge Jiménez, al cual se le direccionaron los Oficios SJl-206-OCT-
2019, SJl-096-2019 y SJl-160-2019 mediante Oficios DDCU-148-2019 y DDCU-301-2019, que a los
mismos no se les habla dado respuesta debido a la solicitud de prórroga realizada y aceptada en su
momento por la Sra. Calvo Bogantes, ante la Unidad de Servicios Jurídicos Internos.
Posteriormente, como se indica mediante Oficlo TOP-050-2020, de fecha 13 de noviembre del
año 2020, elaborado por el Sr, Arnoldo Monge Jiménez de la Unidad de Topografía, la Sra. Calvo
Bogantes se presenta al presente Departamento el día 12 de noviembre del año en curso, con un
documento donde solicita se le considere para el proceso de traspaso del terreno, pero con el nuevo
plano L-2241251-2020, debidamente visado el día 15 de septiembre del 2020 por el Top. Esteban
Gutiérrez Solís, de la Unidad de Topografía de esta Municipalidad, en sustitución del L-993848-1991.
Después de realizada la inspección al sitio y en base a los estudios registrales, realizados tanto al
plano L-2241251-2020, como al follo real partido de Limón matrícula 43148, derecho 000, se pudo
determinar lo siguiente;
a) El lote con plano catastrado L-2241251-2020, pertenece a un fraccionamiento conocido como La
Leona. El mismo se encuentra ubicado 150 metros al oeste y 82 metros al norte de la esquina
sureste de Escuela de La Leona, distrito de Guápiles. Pertenece a un fraccionamiento realizado
en un terreno propledad de la Municipalidad de PococÍ, a partir de 1992, año en que se
inscribleron los primeros planos.
Tel. 2710 6560 ext, 106 - Web: http://www.munipococi,go.cr
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*54 ACTA N*87 Ordinaria.
* MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ 7 Teléfono: 2710 6560
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO QS Fax: 2710 7181
A
Correo electrónico; controlurbanopocociO yahoo.com web: munipococi,go,cr
b) El plano L-2241251-2020 se encuentra visado, posee un área de 1118 metros cuadrados, no
tiene anotaciones y se encuentra activo. Fue segregado del plano madre L-0720622-1987, mismo
que cuenta con 32 planos “hijos” y tiene1 anotación. Forma parte del folio real número 7-043148-
000, inscrito a favor de la Municipalidad de Pococ! desde el 17 de septiembre de 1990 y cuenta
con 24 segregaclones, tlene una anotación referente a una compra venta (ver cita 2020-579470-
001), y se publlcitan gravámenes o afectaciones (ver citas 378-031 96-01-0905-001).
c) La propiedad no forma parte del área destinada al uso público del fraccionamiento munlcipal,
conocido como La Leona.
d) El lote se encuentra debidamente amojonado, no está delimitado en su frente a calle pública
existe, posee una casa de habitación y un garaje en regular estado, cuenta con servicios básicos
instalados, red de agua potable y electricidad.
e) La calle frente al lote es de lastre, con una acera paralelo al lindero 1-2.
f) En la inspección realizada al sitio se pudo verlficar que existe una quebrada, producto de esta
situación, el terreno publicitado en el plano L-2241251-2020, se encuentra afectado por la Ley
Forestal N*7675, Artículo 33 y por la Ley de Aguas 276 y sus reformas, tal y como se puede
observar en el apéndice de notas del mismo.
“Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: http://www.munipococi.go.er
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*55 ACTA N*87 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ () iia
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO YeS Fax: 2710 7181
PRA
Correo electrónico: controlurbanopocociOyahoo,com web: munipococl.go.cr
g) Según la información suministrada en el plano y a la inspección realizada, la propiedad se
encuentra fuera del Plan Regulador vigente,
De acuerdo al Oficio TOP-050-2020, se adjuntan los siguientes documentos generados al 13 de
noviembre del año 2020:
+ Copla del Oficio TOP-050-2020
+ Copia de plano visado L-2241251-2020 y estudio registral
+ Copla de plano madre L-720622-1987 y estudio registral
+ Estudio registral de la finca municipal 7043148-000
+ Copia de plano L-993848-1991
+ Copia de Oficio DA-UHCAROG-0426-2019, de la Dirección de Agua del MINAE
+ Copia de documento donde la señora Yorleny Calvo Bogantes, solicita se sustituya el plano L-
998848-1991 por el L-2241251-2020.
» Copia de cédula de enlidad número 7-0119-0381 de la señora Yorleny Calvo Bogantes,
Sin más por el momento, se despida, A
Ing. HenryMadrigal Calvo A a
Coord, Dpto. Desarrollo y Control Urbano , d
CC.: Archivo
Tel. 2710 6560 ext, 106 - Web: http://www.munipococi,go.cr
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
ría
MUNIC - 00119
ICIPALIDAD DE PO C ; 2
PAGINA N*56 ACTA N*87 Ordinaria. 08 18
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
UNIDAD DE TOPOGRAFÍA - Teléfono: 2710 0560
Guáplles, 13 de noviembre del 2020
TOP-050 2020
Ing.
Henry Madrigal Calvo
Coordinador del Departamento de Desarrollo y Control Urbano
Presente.
Estimado compañero,
Por este medio lo saludo y en mi condición de Asistente de la Unidad de Topografía de esta
Municipalidad, procedo a emitir informe técnico solicitado por su persona, mediante oficio
DDCU-148-2019 y DDCU-301-2019, mismo que hacen referencia a los Oficios SJI-096-
MAY-2019, SJl-160-AGO-2019, SJl-206-OCT-2019 y SJl-064- MAY-2020, remitido por la
Leda. Mayra Montes Arce, del Departamento de Servicios Jurídicos,
En los mencionados oficios SJl-096-MAY-2019, SJI-160-AGO-2019, SJI-206-OCT-2019 y
SJI-064- MAY-2020, se hace mención a la solicitud expresa que hacen la sra. Yorleny Calvo
Bogantes y el sr. Jhonny Alexander Potras, para que se le traspase un terreno publicitado
en el plano L-993848-1991, parte del folio real 7043148-000, que según la solicitante
mantiene una posesión desde hace aproximadamente 28 años, en el fraccionamiento
municipal conocido como La Leona, distrito Guápiles.
Según manifiesta la señora Calvo Bogantes, el plano L-993848-1991, fue visado el día 07
de diciembre del 2019, por el Top. Esteban Gutiérrez S, de la Unidad Topografía, más en
el momento de realizar inspección al sitio se pudo comprobar la existencia de un cuerpo de
agua, calificado como quebrada, según Oficio DA-UHCAROG-0426-2019 con fecha 24-06-
2019, de la Dirección de Agua del MINAE, por lo que la interesada tuvo la necesidad de :
iniclar con el proceso de inscripción de un plano nuevo.
De esta manera la sra. Calvo Bogantes, se presenta a este Departamento el día 12 de
noviembre del año en curso, con un documento donde solicita se le considere para el
proceso de traspaso del terreno, el nuevo plano L-2241251-2020, debidamente visado el
día 15 de septiembre del 2020 por el Top. Esteban Gutiérrez Solís, de la Unidad de
Topografía de esta Municipalidad, en sustitución del L-993848-1991
Después de realizada la inspección al sitio y en base a los estudios registrales, realizados
tanto al plano L-2241251-2020, como al folio real partido de Limón matrícula 43148,
derecho 000, se pudo determinar lo siguiente: :
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*57 ACTA N?*87 Ordinaria.
UNIDAD DE TOPOGRAFIA - Teléfono: 27110 6560
() MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Yes . DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
A a]
a) El lote plano L-2241251-2020, pertenece a un fraccionamiento conocido como La
Leona, el lote se encuentra ubicado de la esquina sureste' de Escuela 150 m al
oeste y 82 m al norte, distrito de Guápiles, este fraccionamiento fue realizado en un
terreno propiedad de la Municipalidad de Pococí, a partir de 1992, año en que se
inscribieron los primeros planos.
b) El plano visado L-2241251-2020 con un área de 1118 m?, NO tiene anotaciones y
se encuentra activo al día 13-11-2020, fue segregado del plano madre, L-0720622-
1987, mismo que cuenta con 32 planos “hijos” y tlene1 anotación.
c) El plano L-2241251-2020 es parte del folio real número 7-043148-000, inscrito a
favor de la Municipalidad de Pococí desde el 17 de septiembre de 1990 y cuenta
con 24 segregaciones, tiene una anotación referente a una compra venta ( ver citas
2020-579470-001 ), más SÍ se publicitan gravámenes o afectaciones, (ver citas 378-
03196-01-0905-001).
d) La propiedad no forma parte del área destinada al uso público del fraccionamiento
municipal, conocido como La Leona.
e) El lote se encuentra debidamente amojonado, no está delimitado en su frente a calle
existe una casa de habitación y un garaje en regular estado, se cuenta con servicios
básicos instalados, red de agua potable y electricidad ( ver imagen N” 1 y 2) adjunta.
Imagen N? 1
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Riunmiei
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POC
PAGINA N*58 ACTA N*87 A
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
UNIDAD DE TOPOGRAFIA - Telófono: 2710 6560
Imagen N* 2
* f) La calle frente al lote es de lastre, con una acera paralelo al lindero 1-2,
g) En la inspección realizada al sitlo se pudo verificar que existe una quebrada,
producto de esta situación, el terreno publicitado en el plano L-2241251-2020, se
encuentra afectado por la Ley Forestal N*7576, Artículo 33 y por la Ley de Aguas
276 y sus reformas, tal y como se puede observar en el apéndice de notas del
mismo.
h) Según la información suministrada en el plano y a la Inspección realizada, la
propiedad se encuentra fuera del Plan Regulador vigente,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*59 ACTA N*87 Ordinaria.
-12-2020
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
UNIDAD DE TOPOGRAFIA - Teléfono: 2710 6560
No omito manifestar que todos los estudios registrales de los diferentes planos, folios reales
y demás documentación aportada al presente informe, fueron realizados el día 13 de
noviembre del año en curso, información suministrada según consultas a la página virtual
del Registro Inmobiliario del Registro Nacional.
Se adjunta al presente informe:
Copia de plano visado L-2241251-2020 y estudio registral
Copia de plano madre L-720622-1987 y estudio registral
Estudio registral de la finca municipal 7043148-000
Copia de plano L-993848-1991 ,
Copia de Oficio DA-UHCAROG-0426-2019, de la Dirección de Agua del MINAE
Copia de documento donde la señora Yorleny Calvo Bogantes, solicita se sustituya el plano
L-998848-1991 por el L-2241251-2020.
Copia de cédula de identidad número 7-0119-0381 de la señora Yorleny Calvo Bogantes.
A la Sra. Yorleny Calvo Bogantes, se le puede localizar, en los siguientes números de
teléfonos 84 76 98 40,
Agradeciendo la atención brindada a la presente, me despido,
Atentamente,
Arnold/Monge Jiménez
de Unidad de Topografía
dido nto de Desarrollo y Control Urbano
c.c, archivo
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
 
M
PAGINA N*62 UNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*87 Ordinaria.
GERTIFICADOS, FIRMAS DIGITALES Y DOCUMENTOS ELECTRONICOS N.8464, Y EL DECRETO EJECUTIVO N, 36488-J,
+ PUBLICADO EN LA GACETA N. 198, DEL 8 DE OCTUBRE DE 2009, EN DICHO MARCO LEGAL SE ESTABLECE LA
OBLIGATORIEDAD DE RECIBIR ESTE DOCUMENTO POR PARTE DE LOS ENTES PUBLICOS Y PRIVADOS, AS] COMO PARA LOS
PARTICULARES, EN CASO DE QUE SE LE PRESENTEN PROBLEMAS PARA LA RECEPCION DE ESTE DOCUMENTO Y
eee DE SUS EFECTOS LEGALES, SIRVASE COMUNICARLO AL CENTRO DE ASISTENCIA AL USUARIO, TELEFONO,
2202-0888,
ESTIMADO USUARIO, EL REGISTRO NACIONAL LE INDICA QUE EL VALOR DE LA PRESENTE CERTIFICACION FUE ESTABLECIDC
POR LA JUNTA ADMINISTRATIVA EN LA SUMA DE DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS COLONES CON CINCUENTA
CENTIMOS MAS LOS TIMBRES RESPECTIVOS; NINGUNA PERSONA FISICA O JURIDICA PUEDE VARIAR ESE VALOR,
EMITIDA A TRAVES DEL PORTAL DE SERVICIOS DIGITALES Y CON DATOS CONSULTADOS A UNA REPLICA OFICIAL DE LA BASI
DE DATOS DEL REGISTRO NACIONAL, A LAS 09 HORAS 43 MINUTOS Y 20 SEGUNDOS, DEL 12 OE NOVIEMBRE DE 2020,
PODRA SER VERIFICADA EN EL SITIO www.mpdlgital.com DENTRO DE LOS SIGUIENTES 15 DIAS NATURALES,
SILA CERTIFICACION CONTIENE ALGUNA INCONSISTENCIA EN LA INFORMACION, FAVOR DE CONTACTARÁ
mpdlgllalWrnp.go.cr, PARA DETERMINAR EL. ORIGEN DE LA INCONSISTENCIA Y COMPETENCIA DE LA RESOLUCION.
190904 30 o9anNaloInowA
|
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
PAGINA N*64
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Municipalidad de Pococí
ACTA N*87 Ordinaria.
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que no deben rechazar su
Certificación dlgltal en
ninguna entidad, por lo que sl
tiene problemas para la
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Consulta de Plano
Permite realizar una consulta de plano
Buscar Por; Número de Plano v
Provincia Inscripción: fa LIMÓN, Y 1
Número Inscripción; 1720022 ES
Mío Inscripción: 1007 5
Plano(s) Catastrado(s)
Provincia: 7 - LIMÓN Número Inscripción: 720622
¡Año Inscripción: 1987 Área Plano: 92,483.04
Bloque: Lote:
Estado: INSCRITO Coordenada Norte: 238900,0
ICoordenada Esta: 556700,0 CRTM Norte: d 1123906.0
[CRTM Estes 520382.0 Vorificado Zona Catastrada: No
Ublcación(es)
Provincia | Cantón | Distrito
17 - LIMÓN 2 - POCOCÍ1 - GUAPILES]
Titulares(es)
3101006542 CIA AGROPECUARIA TORO AMARILLO LTDA
3014042125 MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Identificacion | Nombre [Primer Apellido [Segundo Apellido;
acuoldo mono *
Fracclonamiento(s) Plano: InexIstente(s)
Flnca(s)
Provincia [Número Finca [Sub-matrícula [Duplicado [Matriz Fillal [inmueble
[7 - LIMÓN 6076 000
Finca(s) Generada(s)
[código Provincia [Número Finca [Sub-matrícuta [Duplicado [iratetz rita!
17 - LIMON 43148 o
S Plano(s) Hijo(s;
[código Provincia [Número [Año
7 - LIMÓN 62280 1992
17 - LIMÓN 64959 1992
17 - LIMÓN 108041 1993
17 - LIMÓN 66834 1992
77 - LIMÓN 74911 1992
17 - LIMÓN 74012 1992
17 - LIMÓN 78507 1992
17 - LIMÓN 70500 1992
17 - LIMÓN 81393 1992
17 - LIMÓN 101363 1993
17 - LIMÓN 1210320 2000
17 - LIMÓN 100042 1993
17 - LIMÓN 427309 1997
17 - LIMÓN 629505 2000
17 - LIMÓN 993719 2005
7 - LIMÓN 1028668 2005
17 - LIMÓN 1154571 2007
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
< Si
Auditor]
interna
cs
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*65 ACTA N*87 Ordinaria.
[código Provincia [Númera [año
7 - LIMÓN 1203200 2008
7 - LIMÓN 1203263 2008
7 - LIMÓN 1203264 2008
7 - LIMÓN 2183256 2020
7 - LIMÓN 1568191 2012
7 - LIMÓN 1571662 2012
7 - LIMÓN 1597748 2012
7 - LIMÓN 1726711 2014
7 - LIMÓN 1847886 2015
7 - LIMÓN 1875536 2016
7 - LIMÓN 1932619 2016
7 - LIMÓN 1954899 2017
7 - LIMÓN 2163570 2019
7 - LIMÓN 2241251 2020
7 - LIMÓN 2235061 2020
Plana(s) Padre(s): InexIstente(s)
Anotaciones
Código
Provincia Número [Año Observaciones Estado
7 - LIMÓN 720622 1987 Ars A SER MODIFICADO POR LA PRESENTACIÓN: 2020- Activa
El Registro Inmobillarlo advierte que las anotaciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no están
disponibles para ser consultadas por este medio.
los los dlerachos reservados , 2013 . Registro Nacional, San Josá, Curdidabal.. Apartado Postal 523-2016 Curridabat
Hapdlicarol go, er
Este sillo se visualiza mejor en resolución de 1024 x 768px o superlor
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Detalla de Sarviclos
Hlalorlol de Compras
Historiol do Usos
Impuesto Personas Jurídicas
Indica Personas Floloas
Indica do Porsonus Jurídicas
Tranallorio 1 Loy 9420
MI Cuonta
MI fnvontarlo
Rosorva de Malfcula
Sollcilud de Placas
Salidas del País
Avisos Importantes
» Estimado usuarlo, recuerde
ue no deben rechazar su
¡ficación digital en
ninguna entidad, per lo que sí
Hone problemas para la
recepción de este documento
l aplicación de sus efectos
legoles, slevose comunicarlo
ol centro de asistencia al
usuario, Teléfono. 2202-0888.
Todos tos Jarichos eisarvados . 2013 . Regletro Haciomal . Sam Jos
o . .
PAGINA N*66 ACTA N*87 Ordinaria.
, bricio | Ayuda Preg Fcecuontsa  Fntidadas Rocupitoras Contáclones — Marconoctar | amuldo maig
Blonas Moniloraados
REPUNLICA DE COSTA RICA
Búsqueda Gráfica Marcas REGISTRO NACIONAI,
CONSULTA POR NUMERO DE PINCA
Carrito de Compras MATRICULA: 4314U-"=000
Consultas Gratultas k
Cortiicación Imágenes e PROVINCIA: LIMON FINCA: 3148 DUPLICADO: HORIZONTAL; DERECHO; 000
el
NATURALEZA: TERRENO PARA CONSTRUIR
SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
LINDEROS:
NORTE : COMPAÑIA AGROPECUARIA TORO LTDA Y GERSON SALAS
SUR ; CALLE PUBLICA, MARJORIE NARANJO
ESTE ; CALLE PUBLICA Y MARJORIE NARANJO
OESTE ; COMPAÑIA AGROPECUARIA TORO AMARILLO LTDA, CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ
MIDE: CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS
PLANO:L-0720622-1987
LOS ANTECEDENTES DE ESTA FINCA DEBEN CONSULTARSE EN EL FOLIO MICROFILMADO DE LA
PROVINCIA DE LIMON NUMERO 43148 Y ADEMAS PROVIENE DE 006076-000
VALOR FISCAL: 1,000,00 COLONES
PROPIETARIO:
MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE POCOCI
CEDULA JURIDICA 3-014-042125
DUEÑO DEL DOMINIO
PRESENTACIÓN: 0378-00003196-01
FECHA DE INSCRIPCIÓN: 17-SEP-1990
OTROS:
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: SI HAY
COMPRAVENTA DE LOTE
CITAS: 2020-579470-001
PRESENTADA A LAS 12:14 DEL DIA 27/10/2020
OTORGADA A LAS 08:30 DEL DIA 26/10/2020
GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY
SERVIDUMBRE TRASLADADA
CITAS: 378-03196-01-0905-001
FINCA REFERENCIA: 00006076 000
AFECTA A FINCA: 7-00043148 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL. GRAVAMEN: NO HAY
Emitido el 13-11-2020 a las 13:48 horas
Cullibas . Apartado Postal 523-2010 Cuntdabas
paigitakifem.ca.er
Esto sila 4e Visuallaa mejor en resolución de 1024 x 768px o auperlor
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
 
Munici;
alidad de Pococí
tuditor
a
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*69 ACTA N?87 Ordinaria.
Código N'; —— Paginas:
34 MINISTERIO DE AMBIENTE Y Paofeomlalón y la
A! Fecha emisión: erslón
NA A ENERGÍA ada Entrada en vil rola
DIRECCIÓN DE AGUA OHOTIZO4S
FECHA 24-Jun-2019
N* OFICIO DA-UHCAROG-0426-2019
ARNOLDO MONGE JIMENBZ
Estimado señor:
En atención a su solicitud de dictamen de cuerpo de agua en el sector de La Leona de Guápiles (plano L-993848-
1991), se informa de la visita realizada el 19 de junio del 2019:
Fundamento del dictamen
1. Fundamento legal:
El presente criterio se emite de conformidad con la función asignada a la Dirección de Agua por la Ley de Aguas No.
276 del 26 de agosto de 1942 y Decreto 35669-MINAET modificado mediante Decreto 36437-MINAET y trata de la
verificación en sitio y gabinete de la existencia o no de un cuerpo natural y su estacionalidad; lo cual corresponde a un
dictamen al amparo del artículo 302 de la Ley General de la Administración Pública que son actos materiales que no
producen ningún efecto jurídico en la esfera de los administrados, sólo de manera indirecta cuando se solicitan por otras
instancias para trámites que son los que tendrán una incidencia en la esfera del administrado y que por lo tanto son
susceptibles de recurso, mas no el dictamen o pronunciamiento como actividad material de la Administración,
Que mediante el Decreto 35669-MINAET según artículo 38 inciso k del Reglamento Orgánico del Ministerio de
Ambiente, Energía y Telecomunicaciones indica como funciones de la Dirección de Agua “Admitir, tramitar y
pronunciarse sobre las gestiones de tipos de fuentes de cuerpos de agua y tipo de flujo”,
Este dictamen emitido por la Dirección de Agua es un criterio técnico sobre la caracterización sobre un cuerpo de agua
por tanto no constituye ningún permiso o licencia, se emite conforme tiempo, espacio y condiciones dadas en la
evaluación; según se menciona en informe número de oficio DA-0998-2011.
2. Fundamento técnico:
El presente dictamen se realiza conforme a la “Guía Técnica para Realizar Dictámenes Sobre Cuerpos de Agua”
elaborada por la Dirección de Agua. Los aspectos técnicos considerados para emitir el criterio, se detallan en el siguiente
cuadro,
y? Tel: (506) 2103-2600 FAX: (506) 2221-7516 Apartado: 13043-1000 http://www. da.go.cr aguasOda.go.cr.
Edificio ALVASA, entrada ruta 32, avenida 19 (Costado Este Perlódico La República), Barrlo Tournon,
San José, Costa Rica.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*87 Ordinaria.
PAGINA N*70
(l
ai minas
TS
MINISTERIO DE AMBIENTE Y
ENERGÍA
DIRECCIÓN DE AGUA
1
Código N*: Paginas;
t DA-GRH-0036 2de4
z Fecha emisión: Varslón
01/07/2018 01
Facha de Entrada en vigencia
01/07/2016
Actividades realizadas durante la inspección de campo.
Tomar coordenadas con GPS
Tomar fotografías y video
Observar topografía del sitio
Observar vegetación predominante
Aforar el cuerpo de agua
Adelantar criterlo
Observar color y olor del agua
881088
Observar sl hay cauce definido
O (088
Visitar el sitlo varias veces
Actividades realizadas en el gabinete
Revisar información cartográfica
consultar fotografías aéreas del SNIT
Analizar el aforo
Revisar ortofotos
Analizar características físicas del
cuerpo de agua
Revisar estudios técnicos exlstentes o
aportados por el usuarlo
Realizar más Inspecclones al sitio
Consultar bases de datos de otras
instltuclones
Considerar la época del año en que se
hizo la Inspección
Consultar el Reglstro Nacional de
Conceslones y Aprovechamiento de
Agua
Considerar la Influencia de las Consultar Información histórica del
estaciones climáticas sitlo
Conslderar fenómenos climáticos
como ENOS
80 B8/¡0080a8
Anallzar Información relevante
Consultar dictámenes previos
Analizar uso del suelo
8680018 /0 8/88
Consultar información del SNIT
Analizar modificaciones antróplcas
Quebrada: Curso de agua permanente o Intermitente que corre por las qulebras de las sierras o de la tierra llana.
Cualquler agua que corre de una barranca a un tío, Abortura estrecha y áspera entre montañas. Valle relativamente
estrecho entre dos cordones de montañas.
Tel: (506) 2103-2600 FAX; (506) 2221-7516 Apartado: 13043-1000 http://www,.da.go.cr aguas
Ediflcio ALVASA, entrada ruta 32, avenda 19 (Costado Este Periódico La República), Barrlo Tournon,
San José, Costa Rica.
lago, cr
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
o . .
PAGINA N*71 ACTA N*87 Ordinaria.
Ñ Código N*: Paginas:
LOCION dl DA-GRH-0096 3d04
MINISTERIO DE AMBIENTE Y Fosa amllóne Vorajón
ENERGÍA pna o
Focha de Entradí vii h
DIRECCIÓN DE AGUA Cn ZO
NUMERO DE FUENTE: |
REFERENCIA O PLANO: 1-993848-1991 FECHA DE EVALUACION: 19-Jun-2019
PROVINCIA CANTON DISTRITO SITIO
LIMÓN pococÍ GUÁPILES LA LEONA
TIPO FUENTE: QUEBRADA * NOMBRE: SIN NOMBRE
CRITERIO SOBRE LA PUENTE: CUERPO DE AGUA DE DOMINIO PUBLICO DE CARACTER PERMANENTE
AFLUENTE DE: QUEBRADA LEONA HOJA_CARTOGRÁFICA: CARRILLO
CUENCA; (69-11)-CHIRRIPO
LAMBERT NORTE:
LATITUD INICIAL:238.824 LONGITUD INICIAL: 556.848
LATITUD FINAL:238,934 LONGITUD FINAL: 556.84
JUSTIFICACION: Realizada la valoración de campo en la cual se observa un cuerpo de agua el cual presenta flujo al
momento de la inspección, además de la presencia de vegetación hidrófila asociada a medios acuáticos.
Consultado el Registro Nacional de Dictámenes que lleva esta Dirección existen pronunciamientos previos de la
Dirección de Agua elaborado mediante oficio DA-UHCAROG-0460-2016 y DA-UHCAROG-0494-2016 en la cual se
dictamina el nacimiento que da origen a dicha quebrada y el cauce aguas arriba del sitio de análisis,
Según consulta la capa de suelos del Atlas ITCR el sitio corresponde al orden inseptisoles, los cuales presentan alto
contenido de materia orgánica, la mayorla de estos suelos se ubican en terrenos planos y ligeramente ondulados, Se
consideran suelos recientes. Asimismo, la capa de zonas de vida indica que el sitio corresponde a un bosque muy húmedo
tropical con transición a Premontano, los rangos de precipitación se encuentran entre 4000-5500 mm.
Por lo anterior descrito, una vez consultado el Registro Nacional de Aprovechamientos de Agua y Cauces, así como la
Cartografía Nacional se determina que el sitio corresponde a una quebrada cauce de dominio público, ;
y Tel: (506) 2403-2600 FAX: (506) 2221-2516 Apartado: 130434000 http://unww.da,go.er aguasQda,go.cr
Edificio ALVASA, entrada ruta 32, avenida 19 (Costado Este Perlódico La República), Barrlo Tournon,
San José, Costa Rica,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
Municipalidad
de Pecocí
MUNICIPALI p
PAGINA N*73 ACTA o OC
mn
PovocÍ
Municipalidad de
Desarrollo y Control Urbano
12 de noviembre del 2020 Recibido ppt: fivos 9, d
Vecha: up
Entregado por: t Joe al P.
Licda. Mayra G. Montes Arce, Servicios Jurídicos Internos
Henry Madrigal Calvo, Departamento de Desarrollo y Control Urbano
Municipalidad de Pococí
S.M.
Estimados señores y señoras.
Por este medio yo Yorleny Calvo Bogantes, solicito muy respetuosamente se considere en
adelante el plano L-2241251-2020, Inscrito el pasado 11 de noviembre del año en curso,
en reposición del plano L-998848-1991,
Este plano anterior L-998848-1991, fue en su momento visado el día 07 de diciembre del
2019, por el Top. Esteban Gutiérrez S. de la Unidad Topografía, más en el momento de
realizar Inspección al sitio se pudo comprobar la existencia de un cuerpo de agua, calificado
como quebrada, según Oficio DA-UHCAROG-0426-2019 con fecha 24-06-2019, de la
Dirección de Agua del MINAE, por lo que nos vimos en la necesidad de iniciar con el
proceso de inscripción de un plano nuevo.
Recordar que a la fecha mantengo una posesión desde hace aproximadamente 28 años,
de un lote con una casa de habitación de regular estado, en La Leona de Guápiles,
fraccionamiento propiedad de la MUNICIPALIDAD DE POCoCcÍ, folio real 7043148-000,
plano catastrado madre L-720622-1987,
Les adjunto copia de plano L-2241251-2020 y estudio registral
Atentamente Sra. Yorleny Calvo Bogantes, teléfono 84 76 98 40
Gracias
Atentamente.
Mu iCuño
Sra. Yorleny Calvo Bogantes
Cédula 7-119-381
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
PAGINA N*75 ACTA N*87 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ALEJANDRO VARGAS CHAVARRIA
(06320134
Ante mí, ALEJANDRO VARGAS CHAVARRÍA, Notario Público con Oficina Notatial abierta
en Limón, Pococí, Guápiles, Calle Vargas, setenta metros al Norte de Oficina de Arquitectos
Proyectiva, comparecen NURIA YORLENY CALVO BOGANTES, mayor de edad, casada,
ama de casa, vecina de Limón, Pococí, Guápiles, Bella Vista, La Leona, de la escuela la primera
entrada a la derecha casa color azul, con Cédula de Identidad Númeto sicte-cero ciento
diecinueve-cero trescientos ochenta y uno, y las testigos ROXANA JACAMO SALAS, mayor
de edad, casada, ama de casa, vecina de Limón, Pococí, Guápiles, La Leona, de la escuela
doscientos metros al Ocste y cincuenta metros al Sut, con Cédula de Identidad Númeto seis-
cero doscientos cuntenta y cinco-cero setecientos uno, y ELIETH MARIA VEGA PORRAS,
mayor de edad, casada, ama de casa, vecina de Limón, Pococí, Guápiles, Bella Vista, La Leona,
con Cédula de Identidad Número cinco-ceto doscientos setenta y cinco — cero cero noventa; y
advertidas que fueron por el suscrito Notario, de las Penas con que la Ley castiga los delitos de
Falso Testimonio y de Perjurio en Materia Penal, y formalmente juramentadas. dijeran entender
EN]
bájo la £e de jutamento que dejan rendic 4 jente
i oJ9Josa] oJole A
IRÍA YORLENY CALVO BOGANTE. || o)19m) aa : Po7 ón y
raso de un lote en el Proyecto de Lotifica ] 6102 YaY 11 bién
e IN ] sodeng «+ e. di
abre de su esposo JOHNNY ALEA a $5 ia lad,
'Trailero, vecino de Limón, Pococí, y E la la
E INNVA RAS A UNNE TI
entrada a la derecha, casa color a; ' RIVA e zero
á
y veinticinco-cero trescientos treint; ela
las mejoras sobre el lote que se id ado
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
o . a
PAGINA N*76 ACTA N?87 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Declaración No.
DECLARACION DE BIENES INMUEBLES 96761
(Ley 7509, reformada Ley 7729, artículo 16, junio 19 de 1995)
E TELEFONO: 2713 6500 FAX; 2710 7481 DOCU.:D0100009676120
RECIBIDA 29/11/2020
DATOS DEL PROPIETARIO
NOMBRE: PORRAS OCAMPO JHONNY CEDULA; 0602250339
DIREC.FISCAL: DE LA ESCUELA LA LEONA 50M,0,81M.N DISTRITO; GUAPILES
TEL.HAB.: 60306048 TEL.OFIC.: APDO; CORREO E:
CELULAR: 04769040 FAX: OTRO TEL..: ZONA; BELLAVISTA
REPRESENTANTE LEGAL: CEDULA:
REPRESENTANTE CON PODER PARA FIRMAR: CEDULA:
DA! BL)
Datos del Inmueble: No,Fíinca:702510  Derecho:0 Duplicado: Horizontal:
PROVINCIA: LIMON CANTON: POCOCI DISTRITO: GUAPILES ZONA. BELLA VISTA
CONDICIÓN: SIN INSCRIBIR MPLANO; 702241251200 AREA: 1118,00 M2 AREACATAS:: 1127.36 M2
UBICACIÓN: DELLA ESCUELA LA LEONA 50M.0,01M.N
CO-PROPIETARIOS: 4 “Poseo: 100.00 Bloque; 343 Parcela; 017 Conseculivo: 00 Ne 1d Predial: 7020107025100
CARACTERISTICAS DEL TERRENO
Servicios 1 (ZONA HOMOO.: ZOt-U67 SECTOR: RURAL USO: RESIDENCIAL e
PORDoN SERE ACCESO; CAMINO DE LASTRE — TOPOGRAFÍA: PLANA REGUL; 4.00
ICARO:N ALGANTAR: =N
Forvicios E NIVEL: A NIVEL ALT.MIVEL: 0.0 *%PEND; 0.00  UBIC.MANZANA: MEDIANERO
ALUMBRADO: S —— SERTELEF: S FRENTES: CALLE:27.17. AVENIDA:0.00 TOTAL:2.17 M.EXPED::
ELECTRICIDAD: CAÑERIA:S rro DER: DOMINIO HIDROG; EXCELENTE SUELO; EXCELENTE )
POLO 8 CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS COMPLEMENTARIAS —— pper
CONSTRUCTIVA, AÑOS ESTADO. UTIL PAREO_ ESIRUOTURA PISOS CIELOS, CUBIERTA BAÑOS APOS.PLANTAS M2 VALORM2 VALOR
vCO1 20 REGULAR 40 BLOCK MADGRA CASCOTE — TADULLA 20 AS y 80 147.900 MAY;
Valores del inmueble en colones
[VALOR TERRENO; 4,751,500,00 VALOR CONSTRUC, Y OBRAS: 44,832,000,00 VALOR PROPIEDAD: 16,563,500.00 |
VALO! y 16,583,500.00 S JAL SIN INTERESE: A 9,458 ORIGEN: D
Valor de Propiedad: DIECISEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS COLONES
OBSERVACIONES: DCLHAM 2020
Autorizo a la Municipalidad a complotar el formularlo de forma electrónica [cof dosadiciasiherramientas del Organo
de Normalización Técnica (Art. 30 Regl. de la Ley Impuesto do Blenes Inm Yablón dol valdr sugerido.
Tamblón para que se pueda usar ésta Información para fines tributarlos.
(Ftrma dol Declarato o Representante Loga) iron Unai 1154
1) Deberá realizar su próxima declaración El año: 2025 A
2) 1 Trimestre de Enero a Marzo. — 2 Trimestre[do Abril a Junlo, de Julio a Sollembre, — 4Tt de Octubre a Dl
3) El monto del Imponible puede variar autqmáticamente.po da hipoteca o permisos de construcción. Artículo 14 Lay 7509.
4) Si vende, traspasa, dona, segrega u otro: O los documentos para hacer el camblo en la base municipal.
USO EXCLUSIVO MUNICIPAL:
VALOR ACEPTADO[—] FISCALIZADA: [7] FECHA: _______ VISTO BUENO PERITO VALUADOR:
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Con base al criterio Jurídico 1J-48-NOV-2020 del
Departamento de Servicios Jurídicos Internos, se autoriza a segregar la finca madre
7-043148-000 y al Sr. alcalde a comparecer ante notario público para que se realice
el respectivo instrumento notarial de traspaso de dicho inmueble a favor de la Sra.
Yorleny Calvo Bogantes, cédula de identidad: 7-0119-0381 y Jhony Alexander Porras
Ocampo, cédula de identidad: 6-0225-0339, los honorarios correrán por cuenta de la
persona interesada.. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad
Ea
Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*77 ACTA N*87 Ordinaria.
ACUERDO N* 2309
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Licda. Magally Venegas Vargas,
Secretaría del Concejo Municipal de Pococí, correo electrónico:
secretaria(Q9munipococi.go.cr, dice;
Oficio: CMPL-238-2020
Asunto: Vacaciones por cierre de Municipalidad en días festivos navideños.
La presente tiene como fin comunicarles que, del 24 de diciembre al 3 de enero la
Municipalidad permanecerá cerrada por días festivos navideños, al ser la secretaria una
dependencia del Concejo Municipal requiero de la autorización del Concejo para que estos
días me sean rebajados de mis vacaciones.
Siento en total 4 días hábiles: 24 de diciembre, 29, 30 y 31 de diciembre.
ya que el día lunes 28, trabajaré normalmente.
Por tanto, solicito al honorable Concejo Municipal tomar acuerdo donde se me autorizan 4
días de vacaciones por cierre de la Municipalidad por días festivos navideños.
Sin más que agregar se suscribe.
Sin más que agregar se suscribe. MV) /
Licda. Magally Venegas Varg
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce oficio CMPL-238-2020. Se autorizan los
días solicitados para el disfrute de las vacaciones a la Licda. Magally Venegas
Vargas, Secretaría del Concejo Municipal de Pococí, esto debido al cierre de la
Municipalidad por días festivos navideños. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2310
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Villegas, Auditora
Interna, dice:
Oficio: N* Al-428-2020
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N?*78 ACTA N*87 Ordinaria.
Asunto: Remisión del Proyecto Final “PAl-004-2020 sobre la moratoria acogida por
la Municipalidad de Pococí con base en la ley 9848.
4 ' 17
(0) Municipalidad de Pococí Y
ino
AUDITORIA Guápiles, Pococí
CRD DE POCOC
Al contestar refiérase
Al oficio N* Al-428-2020
Guápiles, 16 diciembre 2020
Señores
Miembros del Concejo Municipal
Presente.
ASUNTO: REMISIÓN DEL PROYECTO FINAL “PAl-004-2020 SOBRE LA
MORATORIA ACOGIDA POR LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI CON BASE EN LA
LEY 9848”
Estimados señores:
De conformidad con lo establecido en la Ley General de Control Interno No. 8292 y normativa conexa, esta
Auditoría Interna presentó el borrador del informe del Proyecto sobre la Moratoria acogida por la Municipalidad
de Pococí con base en la Ley 9848, el día 02 de diciembre 2020, es por lo anterior que se procede a efectuar la
comunicación final de los resultados, conclusiones y recomendaciones del proyecto.
Se Transcribe lo que establece la Ley General de Control Interno No. 8292 sobre los informes dirigidos al jerarca.
Artículo 37. —Informes dirigidos al jerarca. Cuando el informe de auditoría esté dirigido al jerarca,
este deberá ordenar al titular subordinado que corresponda, en un plazo improrrogable de treinta días
hábiles contados a partir de la fecha de recibido el informe, la implantación de las recomendaciones. Si
discrepa de tales recomendaciones, dentro del plazo indicado deberá ordenar las soluciones alternas
que motivadamente disponga; todo ello tendrá que comunicarlo debidamente a la auditoría interna y al
titular subordinado correspondiente.
Artículo 38. —Planteamiento de conflictos ante la Contraloría General de la República. Firme la
resolución del jerarca que ordene soluciones distintas de las recomendadas porla auditoría interna, esta
tendrá un plazo de quince días hábiles, contados a partir de su comunicación, para exponerle por escrito
los motivos de su inconformidad con lo resuelto y para indicarle que el asunto en conflicto debe remitirse
ala Contraloría General de la República, dentro de los ocho días hábiles siguientes, salvo que el jerarca
se allane a las razones de inconformidad indicadas.
La Contraloría General de la República dirimirá el conflicto en última instancia, a solicitud del jerarca, de
la auditoría interna o de ambos, en un plazo de treinta días hábiles, una vez completado el expediente
que se formará al efecto. El hecho de no ejecutar injustificadamente lo resuelto en firme por el órgano
contralor, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el capítulo V de la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República, N* 7428, de 7 de setiembre de 1994.
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AUDITORIA Guápiles, Pococí are
Artículo 39. —Causales de responsabilidad administrativa. El jerarca y los titulares subordinados
incurrirán en responsabilidad administrativa y civil, cuando corresponda, si incumplen injustificadamente
los deberes asignados en esta Ley, sin perjuicio de otras causales previstas en el régimen aplicable a
la respectiva relación de servicios. [...] Igualmente, cabrá responsabilidad administrativa contra los
funcionarios públicos que injustificadamente incumplan los deberes y las funciones que en materia de
control interno les asigne el jerarca o el titular subordinado, incluso las acciones para instaurar las
recomendaciones emitidas por la auditoría interna, sin perjuicio de las responsabilidades que les puedan
ser imputadas civil y penalmente [...].
En la conferencia final estuvieron presentes los siguientes funcionarios por parte de la administración: Mauricio
Garita Varela, Hacienda Municipal y Carlos Jiménez Rojas, Patente Municipal.
No se presentaron a la conferencia el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal y Cynthia Ávila Madrigal,
Administración Tributaria.
Sin más que mafifestar, y agradeciendo la atención a la presente
MX. Grace Chinchilla Villegas
EIC ao cl Auditora Interna
Lic, Grace Chinchilla Villegas, MAFF Municipalidad
Auditora Intern pa Pee Pococí
Cc:  PAI-004-2020
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PROYECTO PAI-004- 2020 15 DICEMBRE 2020
AUDITORÍA INTERNA
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
PROYECTO SOBRE LA MORATORIA ACOGIDA POR LA
MUNICIPALIDAD DE POCOCI CON BASE EN LA LEY 9848
DICIEMBRE, 2020
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TABLA DE CONTENIDO
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RESUMEN EJECUTIVO...
1. INTRODUCCIÓN.......
1.1. Origen del proyecto ..
1.2, Objetivos del Proyecto . ve
1.3. Generalidades acerca del objeto examinado ....
1.4, Naturaleza y alcance del proyecto .......... us
1.5. Limitaciones que afectaron la ejecución del proyecto .
1.6. Comunicación de Resultados .. a Ñ
1.7. Metodología aplicada ........o.ooooovossroocanosccoccoraocononccnonccrccanocancnononss
Satan brit
2. RESULTADOS
2.1. Incumplimiento de estudio técnico que analice el impacto € en los ingresos. .
2.2.  Sobreladivulgación.......oo..oommoooo CA >
2.3. Necesidad de fortalecer sistema de control intemo ene otorgamiento del Plan de Mor. 9
3. CONCLUSIONES ...ooomoo.. A
4. RECOMENDACIONES.
4.1 A Hacienda Municipal ...
4.2 A Patentes Municipales
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NCAA DEFOCOC
RESUMEN EJECUTIVO
Este proyecto atiende los requerimientos asignados en la Ley No.9848 "Ley para apoyar al contribuyente local y reforzar
la gestión financiera de las municipalidades”, según así lo estable el articulo No.20 en el programa extraordinario de
fiscalización por parte de la Contraloría General de la República y las Auditorías Internas.
La Municipalidad de Pococí emitió el Plan de moratoria para beneficios al contribuyente en el pago de tributos municipales.
Es de carácter importante, el acatamiento de lo establecido en el plan de moratoria, con el fin de tomar las medidas
pertinentes y prever una solución a una serie de problemas que se perfilan a futuro a raíz de las consecuencias de lo que
estamos viviendo, y que van en contra de las acciones de mejora que pretende la institución.
El Concejo Municipal mediante acuerdo No.967 del 09 de junio 2020 aprobó el "Plan de Moratoria para beneficios al
contribuyente en el pago de tributos municipales”, como también mediante acuerdo No.1138 con fecha del 07 de julio
2020, aprobó la ampliación del plan de moratoria, sin un análisis técnico financiero del presupuesto según así lo establece
la normativa.
El plan de moratoria aprobado por el Concejo Municipal contempla la moratoria de las licencias comerciales y licencias de
licores, como también a la suspensión de ambas.
De los 3.714 contribuyentes que se indican a nivel de sistema, se recibieron 36 solicitudes de las cuales 7 contribuyentes
se acogieron a la moratoria de patentes comerciales, 3 contribuyentes se acogieron a la moratoria de patentes de licores,
18 contribuyentes se acogieron a la suspensión de patente comercial y 8 contribuyentes se acogieron a la suspensión de
patentes de licores, por lo que se evidenció que todas las solicitudes fueron aprobadas,
Lo anterior podría ser el resultado de un débil plan de divulgación ya que, según lo señalado por el Departamento de
Prensa y comunicación, no se solicitó la elaboración de la campaña de divulgación y no es hasta e la segunda semana
del mes de julio, que el Alcalde Municipal, hace dicha solicitud.
Por lo que el Plan Moratoria otorgado por la Municipalidad de Pococí, tuvo poca afluencia por parte de los patentados.
Con fundamento en las debilidades encontradas, se giraron una serie de recomendaciones, con el propósito de que se
instauren las medidas de control para corregir las debilidades detectadas.
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PONIA DE POCOcI
PROYECTO SOBRE LA MORATORIA ACOGIDA POR LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI CON BASE EN
LA LEY 9848
1. INTRODUCCIÓN
Conviene indicar que los artículos 37 y 38 de la Ley General de Control Interno N* 8292, la administración
activa es la responsable de ejecutar lo recomendado por la Auditoría Interna en sus informes, pero deja
abierta la posibilidad de discutir las recomendaciones ofrecidas por esta unidad de asesoría para que la
misma administración proponga soluciones alternas para los problemas identificados en el ejercicio de la
función de auditoría, o en caso extremo el planteamiento de conflictos ante la Contraloría General de la
República.
El artículo No 39 de la Ley General de Control Interno indica en el párrafo primero: El jerarca y los titulares
subordinados incurrirán en responsabilidad administrativa y civil, cuando corresponda, si incumplen
injustificadamente los deberes asignados en esta Ley, sin perjuicio de otras causales previstas en el régimen
aplicable a la respectiva relación de servicios.
1.1. Origen del proyecto
El proyecto se desarrolló en atención del plan anual de trabajo 2020 de la Auditoría Intema y lo que establece
la "Ley para apoyar al contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las municipalidades, ante la
emergencia nacional por la pandemia de COVID-19", N* 9848,
En su
artículo No.20, establece a las auditorias realizar un programa extraordinario de fiscalización.
1.2. Objetivos del Proyecto
1.2.1 Objetivo General
Evaluar los procedimientos de control interno establecidos por la Municipalidad de Pococí, para habilitar la
moratoria en el pago de tributos, con el fin de determinar la observancia con la Ley 9848 y demás normativa
aplicable.
1.2.2 Objetivos específicos
1.2.2.1 Determinar las afectaciones de la Ley 9848 en relación con la temática de moratoria.
1.2.2.2 Conocer los procedimientos y estrategias implementadas por la administración para la aplicación del
Plan de Moratoria establecido en la Ley 9848.
1.2.2.3 Estudiar los controles internos establecidos para la moratoria de patentes o licencias municipales.
1.2.2.4 Examinar los controles internos implementados para la aplicación de moratoria por concepto de tasas,
precios públicos y servicios municipales.
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1.2.2.5 Evaluar las condiciones establecidas por la administración para la aplicación de los arreglos de pago.
1.33, Generalidades acerca del objeto examinado
El artículo No. 12 de la Ley para apoyar al contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las
municipalidades(Ley 9848), autorizo a las Municipales y los Concejos Municipales de distrito del país para que
otorguen a los licenciatarios una moratoria en el pago por concepto del impuesto de patentes por actividades
lucrativas, así como del impuesto por venta de bebidas con contenido alcohólico en el caso de las licencias
clase B, según el artículo No.4 de la Ley No,9047 “Regulación y comercialización de bebidas con contenido
alcohólico, del 25 de junio 2012,
Dicha moratoria tendrá efecto a partir del trimestre en cobro al momento de la declaratoria de estado de
emergencia nacional por la pandemia COVID-19, vía decreto ejecutivo 4227-MP-S, 16 de marzo 2020, dicha
moratoria será por un máximo hasta de tres trimestres y rige a partir de la publicación de esta Ley.
La Municipalidad de Pococí, aprobó mediante Acuerdo No.967 el 09 de junio 2020 el Plan de moratoria para
beneficios al contribuyente en el pago de tributos municipales, como también el 07 de julio 2020 mediante
acuerdo No. 1138 aprobaron la ampliación al plan de moratoria.
1,4. Naturaleza y alcance del proyecto
Para el análisis respectivo, se consideraron los siguientes documentos: Ley 9848 "Ley para apoyar al
contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las municipalidades", como también el Plan de Moratoria
aprobado por el Concejo Municipal mediante acuerdo No.967 del 09 de junio 2020 y la ampliación al plan de
moratoria aprobado por el Concejo Municipal mediante acuerdo No. 1138.
El presente estudio comprende la evaluación de los procedimientos, estrategias y controles internos
establecidos por la administración para la aplicación del Plan de Moratoria en cumplimiento a lo establecido en
la Ley 9848 en el periodo 2020.
1.5. Limitaciones que afectaron la ejecución del proyecto
La elaboración del proyecto se vio afectado por las limitantes respecto a la falta de información e información
tardía, como también la limitante del acceso al sistema SIGRAMU,
1.6. Comunicación de Resultados
Los resultados obtenidos, así como las recomendaciones contenidas en este informe, fueron comunicados
mediante reunión virtual por medio de TEAMS donde estuvieron presentes los siguientes funcionarios por parte
de la administración: MBA. Mauricio Garita Varela, Hacienda Municipal; Lic. Carlos Jiménez Rojas; Dpto. Patente
Municipal; y por parte de la Auditoría Interna estuvieron presentes: Lic. Victor Vidal Bermúdez y la Licda. Sabrina
Zúñiga Corrales.
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PUNICIALD MO LE POCOCI DE POCOCÍ
Sobre el particular, el departamento de Hacienda Municipal en la conferencia virtual hace tres observaciones
sobre los resultados; las cuales fueron valoradas y aquellas que procedían, fueron incorporadas en el contenido
de este informe.
El borrador del informe de la auditoría se remitió al Alcalde Municipal mediante oficio Al-412-2020 del 03 de
diciembre 2020.
1.7. Metodología aplicada
Para la ejecución del presente proyecto, el cual consistió en la recopilación, documentación, compilación,
análisis de expedientes y examen de la información considerada relevante sobre:
a) Análisis de la normativa legal y técnica aplicable en congruencia con los objetivos del proyecto,
b) Solicitud de Expedientes de contribuyentes que se acogieron al plan de moratoria.
c) Solicitud de información a los diferentes departamentos involucrados.
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ACOMODO DE POCO
2. RESULTADOS
La Administración de la Municipalidad de Pococí hace entrega del Plan de Moratoria al Concejo Municipal para
su aprobación, misma que fue aprobada mediante acuerdo No.967 del 09 de junio 2020 como también su
ampliación, mediante acuerdo No, 1138 el 07 de julio 2020.
La municipalidad de Pococí, recibo un total de 36 solicitudes de las cuales 7 corresponden a contribuyentes que
se acogieron a la moratoria de patentes comerciales, 3 contribuyentes se acogieron a la moratoria de patentes
de licores, 18 contribuyentes se acogieron a la suspensión de patente comercial y 8 contribuyentes se acogieron
a la suspensión de patentes de licores, por lo que las 36 solicitudes fueron aprobadas,
2,1. Incumplimiento de estudio técnico que analice el impacto en los ingresos,
El Concejo Municipal mediante acuerdo No.967 del 09 de junio 2020, aprobó el Plan Moratoria, sin un estudio
técnico elaborado por la administración, donde se analice el impacto que pueda sufrir los ingresos
correspondientes con respecto al Plan de Moratoria.
Hacienda Municipal hace la observación de que efectivamente no se presentó el análisis técnico financiero del
presupuesto en el plan de moratoria, sin embargo, si fue de conocimiento del Concejo y la Alcaldía mediante la
reunión que se llevó acabo el día 02 de junio con los Regidores, Randall Torres, Yaslyn Morales, Luis Diaz y
pea Calderón como también el Alcalde Municipal Manuel Hernández y la Administradora Tributaria Cyntia
vila.
Mediante oficio DHM-76-11-2020 se adjunta el Plan de moratoria y el cuadro de proyecciones anuales sobre las
metas de recaudación, sin embargo, no se evidencia que se señalen políticas, estrategias a seguir en caso de
presentarse un fuerte impacto en la recaudación o como esta podría afectar el pendiente cobro, por lo antes
indicado esta Auditoría se acoge parcialmente,
La ley 9848 “Ley para apoyar al contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las Municipalidades, ante
la emergencia nacional por la pandemia de COVID-19" señala lo siguiente:
Artículo No.15 En el Plan de Moratoria y reducción de Tarifa, establece que en los acuerdos de cada Concejo
Municipal o Concejo de Municipal de distrito se deberán establecer los términos y el plazo de aplicación de cada
tipo de moratoria y reducción de tarifa, así como los plazos y medios para la presentación de la solicitud por parte
del interesado. En el caso de la moratoria dispuesta en el artículo 13, deberá determinar, además, sobre cuales
tasas, precios públicos, servicios municipales, impuestos municipales y cánones por concesión se habilitará este
beneficio. Estos acuerdos necesariamente tendrán que sustentarse en un análisis técnico financiero del
presupuesto, aportado por la administración municipal, para asegurar que no se pone en riesgo la operación del
municipio ni la prestación de servicios.
Al no contar con dicho estudio, se podria correr el riesgo la operacionalidad de la institución, así mismo dicho
estudio permitiría incorporar acciones, responsables, para mitigar posibles riesgos que ocasiona la moratoria,
en aras de la prestación de los servicios y sostenibilidad financiera municipal.
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PIVCUMONO DEPOCOC
Si bien es cierto, los principales ingresos al 30 de setiembre, a pesar de la situación particular que ha enfrentado
el país, no muestran a esa fecha deterioro, por el contrario se mantiene una recaudación razonable según las
proyecciones, esta situación no significa que no se corra el riesgo de experimentar a futuro, deterioro de las
fuentes de financiamiento propias, esto por el impacto de la situación país y porque se puede experimentar
cierre de actividades lucrativas (patentes), reducción de construcciones en el Cantón (impuesto sobre
construcciones) y principalmente, por un incremento de las cuentas por cobrar (morosidad) a niveles más allá
de lo que ordinariamente se ha registrado.
De ahi la importancia de mantener un monitoreo constante de los principales ingresos y estar midiendo
las cuentas por cobrar y así poder replantear estrategias para la captación de recursos.
2.2, Sobre la divulgación.
Sobre la divulgación según el Plan de moratoria para beneficios al contribuyente en el pago de tributos
municipales, se sugiere se le indique a la persona encargada de comunicación de la Municipalidad de Pococí,
presentar un plan de campaña de divulgación del presente plan de moratoria y facilidades de pago, dando
énfasis en los alcances y beneficios para el contribuyente, así como en los procedimientos para acceder a los
mismos, sin embargo, según nos indica la encargada del departamento de prensa y comunicación a ella no le
llego dicha solicitud sobre la campaña que debía de realizar, indica que aproximadamente la segunda semana
del mes de julio, el Alcalde Municipal le hace la solicitud de ayuda con el tema de la ampliación de la moratoria,
por lo que procede a redactar el arte gráfico y a hacer las publicaciones.
Según indica el coordinador de Hacienda Municipal se utilizaron varios medios de divulgación, sin embargo, la
Municipalidad de Pococí cuenta con un departamento de Prensa y Comunicación, al cual no se le informó a
tiempo realizar dicha campaña de divulgación, por lo que esta Auditoría acogió parcialmente dicho punto,
Lo expuesto en este punto, en alguna medida inobserva lo establecido en el marco normativo aplicable.
La ley 9848 "Ley para apoyar al contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las Municipalidades, ante
la emergencia nacional por la pandemia de COVID-19” señala lo siguiente:
Articulo No. 18 Divulgación: Para lograr la mayor recaudación posible, las municipalidades que se acojan a la
presente ley deberán realizar una adecuada campaña de divulgación, de tal forma que los contribuyentes pasivos
se enteren de los alcances y los procedimientos de estos beneficios.
Lo anterior obedece a una falta de coordinación y comunicación con la encargada de prensa y comunicación
para que procediera con la campaña de divulgación.
Al no haber una adecuada divulgación, pudo ocasionar el desconocimiento por parte de los patentados de los
beneficios de la Ley en cuanto al acogimiento de dichos beneficios en lo que respecta el acogimiento a la
moratoria de las patentes comerciales y de licores, como también la suspensión de patentes comerciales y de
licores por lo que se pudo observar una baja afluencia de solicitudes para acogimiento dichos beneficios.
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ACIDO DICO
2.3. Necesidad de fortalecer sistema de control interno en el otorgamiento del Plan de
Moratoria.
Según la base de datos del departamento de Patentes se mantienen un total de 3,714 contribuyentes de los
cuales se acogieron tanto al plan de moratoria como a la suspensión de la patente, un total de 36
contribuyentes lo que evidencia una baja participación por lo que estaría representando un 1% del total.
Sin embargo, es relevante indicar que, de las 36 solicitudes recibidas y aprobadas, en los expedientes
llevados por parte de Patentes, se evidenciaron una serie de deficiencias de control interno, en concordancia
con el Plan moratoria, aprobado por la Municipalidad de Pococi, como se detallan a continuación:
+ De7 solicitudes de Moratoria de Tributos Patente Comercial, en los expedientes no se logró
evidenciar lo siguiente:
y 4 de los expedientes no consta el comprobante de que se canceló la totalidad de sus obligaciones
correspondientes a los periodos vencidos previos a la declaración de la emergencia (1 o | trimestre del
año según la fecha de solicitud).
y 1 de los expedientes no se acredita que aportó documentación que se comprobara que no tenía arreglos
de pago anteriormente.
Y Ninguno de los expedientes se acredita la disminución del 20% en los ingresos brutos.
y 4 expedientes no presentaran alguno de los requisitos que solicita el departamento de Patentes para
poder acogerse al arreglo de pago.
Es importante mencionar que la Ley de Moratoria en aplicación al artículo 12 indica que se deben de
aportar una serie de documentos, sin embargo, el formulario no establecido por el departamento de
Patente adiciona más requisitos sin ningún sustento legal.
+ De las 3 solicitud de Moratoria de Tributos de Patentes de Licores (Bares) se evidencio lo
siguiente:
y 2 de los expedientes no consta del comprobante de la cancelación totalidad de sus obligaciones
correspondientes a los periodos vencidos previos a la declaración de la emergencia (| o 11 trimestre del
año según la fecha de solicitud).
y 2 de los expedientes no acreditaron la disminución del 20% en los ingresos brutos, en relación con los
ingresos del año anterior (los 3 patentados presentaron la declaración Jurada de disminución de
ingresos).
y” En un expediente, se evidencia documentación que no corresponde al patentado,
y Se evidencia que 3 de los patentados no presentaran alguno de los requisitos que solicita el
departamento de Patentes para poder acogerse al arreglo de pago.
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PINEDA BE POCOC
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De las 18 solicitudes de suspensión de patente comercial se evidencio lo siguiente:
2 de los expedientes no completaron el punto 4 del formulario donde se solicita el lugar o medio de
notificaciones, pero si completaron los números de teléfono y el correo electrónico.
11 de los expedientes, no consta el comprobante de que se canceló el total de sus obligaciones
correspondientes a los periodos vencidos, previos a la declaración de la emergencia (| o 11 trimestre del
año según la fecha de solicitud), sin embargo, se evidencia en uno de los expedientes, no se encuentra
documentación que indique que se encuentra al día con sus obligaciones tributarias, tal como lo indica
la Ley 9848.
Ninguno de los expedientes aportó la orden de cierre emitida por el Ministerio de Salud.
De las 8 solicitudes de suspensión de patente de Licores se evidencio lo siguiente:
3 de los expedientes no consta el comprobante de la cancelación total de sus obligaciones
correspondientes a los periodos vencidos, previos a la declaración de la emergencia (| o II trimestre del
año según la fecha de solicitud y se evidencian 2 solicitudes que no se encuentra documentación que
indique que se encuentra al día con sus obligaciones tributarias, tal como lo indica la Ley 9848.
7 de los expedientes no aportaron la orden de cierre emitida por el Ministerio de Salud.
El Plan de moratoria para beneficios al contribuyente en el pago de licencias comerciales y licencias de licores municipales
establece el acogimiento al artículo No.12 y No.13 de la Ley 9848 “Ley para apoyar al contribuyente local y reforzar la
gestión financiera de las Municipalidades" que se debe de cumplir con una serie de requisitos indispensables como lo son:
Requisitos para tramite de moratoria de Patentes comerciales:
Y
Y
Y
Haber cancelado la totalidad de sus obligaciones correspondientes a los periodos vencidos, previos a la
declaración de la emergencia. (I trimestre del año hacia atrás).
Estar al día en caso de que este cancelando sus pendientes a través de la figura de arreglo de pago.
Demostrar la disminución de al menos un 20% en los ingresos brutos de la actividad lucrativa en relación con el
mismo periodo tributario del año anterior.
Como también aportar los siguientes documentos:
Y
Y
Y
Y
Declaración jurada cuyo formulario será facilitado por la administración tributaria municipal.
Certificación de contador público autorizado para demostrar la disminución de sus ingresos (a los que la
administración considere conveniente para corroborar).
Orden sanitaria de cierre emitida por el Ministerio de salud, producto de la emergencia.
Declaración de impuestos al valor agregado de los últimos 3 meses.
Requisitos para tramite de moratoria de Patentes de Licores:
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HUNCIALDAD EL POCO
Y Haber cancelado la totalidad de sus obligaciones correspondientes a los periodos vencidos, previos a la
declaración de la emergencia. (l trimestre del año).
Y” Estaral día en caso de que este cancelando sus pendientes a través de la figura de arreglo de pago.
y Demostrar la disminución de al menos un 20% en los ingresos brutos de la actividad lucrativa en relación con el
mismo periodo tributario del año anterior.
Como también aportar uno de los siguientes documentos:
Y Declaración jurada cuyo formulario será facilitado por la administración tributaria municipal.
Y Certificación de contador público autorizado para demostrar la disminución de sus ingresos (a los que la
administración considere conveniente para corroborar).
y Orden sanitaria de cierre emitida por el Ministerio de salud, producto de la emergencia.
Y Declaración de impuestos al valor agregado de los últimos 3 meses.
Requisitos para tramite de suspensión de Patentes comerciales:
Y Haber cancelado la totalidad de sus obligaciones correspondientes a los periodos vencidos, previos a la
declaración de la emergencia. (1 o II trimestre del año según la fecha de solicitud).
Estar al día en caso de que este cancelando sus pendientes a través de la figura de arreglo de pago.
Solicitud de suspensión por escrito y firmada.
Medio para notificaciones futuras.
Orden sanitaria de cierre emitida por el Ministerio de salud.
RES
Requisitos para tramite de suspensión de Patentes Licores:
$
Haber cancelado la totalidad de sus obligaciones correspondientes a los periodos vencidos, previos a la
declaración de la emergencia. (Il trimestre del año).
Estar al día en caso de que este cancelando sus pendientes a través de la figura de arreglo de pago.
Solicitud de suspensión por escrito y firmada.
Medio para notificaciones futuras.
Orden sanitaria de cierre emitida por el Ministerio de salud.
SESS
Como también se indica en el plan de moratoria institucional, en el punto sobre la documentación relacionada con los
arreglos de pago donde establece que:
“Toda la documentación que haya sido requerida por la unidad de cobros de la Municipalidad para la suscripción
del arreglo de pago, así como dicho documento, será agregado al expediente y debidamente foliado para su
conservación”.
Sobre la necesidad de fortalecer el sistema de control interno en el otorgamiento del Plan de Moratoria, por lo
que Hacienda Municipal objeta sobre los requisitos solicitados en el plan de moratoria, el formulario y la Ley
9848, sin embargo, se hace la aclaración de que lo que indica la Ley al respecto de los requisitos no es lo
mismo que indica el Plan de Moratoria y los formularios.
Sin embargo, se argumenta que no existe congruencia entre los requisitos solicitados mediante la Ley 9848 y
los indicados en el Plan de Moratoria y el formulario establecido por el departamento de Patentes, en este caso
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9) Municipalidad de Pococí
AUDITORIA Guápiles, Pococí
HN COLD DEPOCOC
por ejemplo la Ley indica una serie de documentos “opcionales a aportar” por el contribuyente, sin embargo, en
el plan de moratoria aprobado por esta Municipalidad se indica “aportar”, lo que evidencia que se deben de
aportar los documentos indicados, y en el caso de los requisitos solicitados en el formulario no todos coinciden
con lo indicado en el plan de moratoria. Como tampoco se evidencia una nota de la verificación de la información
del contribuyente en caso de que se haya realizado a nivel de sistema por lo que se recomienda en esos casos
establecer una opción donde se indique que fue verificado por un funcionario de la institución en caso de no
adjuntar la documentación de respaldo. Por lo antes indicado este despacho no acoge dicha objeción.
Por su parte, la ley 9848 "Ley para apoyar al contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las
Municipalidades, ante la emergencia nacional por la pandemia de COVID-19” en el artículo No. 12 y No.13
establece:
Articulo No,12 Moratoria por concepto de patentes o licencias municipales. Se autoriza a las municipalidades y
los concejos municipales de distrito del país para que otorguen a los licenciatarios una moratoria en el pago por
concepto del impuesto de patentes por actividades lucrativas, así como del impuesto por venta de bebidas con
contenido alcohólico en el caso de las licencias clase B, según el artículo 4 de la Ley 9047, Regulación y
Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, de 25 de junio de 2012. Dicha moratoria tendrá efecto a
partir del trimestre en cobro al momento de la declaratoria de estado de emergencia nacional por la pandemia de
COVID-19, vía decreto ejecutivo 42227-MP-S, de 16 de marzo de 2020. Dicha moratoria será por un máximo
hasta de tres trimestres y rige a partir de la publicación de esta ley.
El contribuyente que se acoja a esta posibilidad deberá haber cancelado la totalidad de sus obligaciones
correspondientes a los períodos vencidos previos a la declaratoria de emergencia o, en su defecto, estar al día
en caso de que esté cancelando sus pendientes a través de la figura de arreglo de pago.
Para optar por este beneficio, el licenciatario deberá demostrar la disminución de al menos un veinte por ciento
(20%) en los ingresos brutos de la actividad lucrativa que realiza, en relación con el mismo período tributario del
año anterior. Al momento de la solicitud, el interesado deberá aportar cualquiera de los siguientes documentos
orequisitos:
a) Declaración jurada, cuyo formulario será facilitado por la administración tributaria municipal.
b) Certificación de contador público autorizado para demostrar la disminución de sus ingresos.
c) Orden sanitaria de cierre emitida por el Ministerio de Salud, producto de la emergencia.
d) Declaraciones del impuesto al valor agregado de los últimos tres meses.
Será el licenciatario o el representante legal quien presente la solicitud ante la Autoridad Tributaria Municipal.
Artículo No.13 Moratoria municipal por concepto de tasas, precios públicos y servicios municipales. Se autoriza
a las municipalidades y los concejos municipales de distrito del pais para que otorguen a los contribuyentes una
moratoria en el pago por concepto de tasas, precios públicos, servicios municipales, impuestos municipales y
cánones por concesión, la cual tendrá efecto a partir del periodo en cobro al momento de la declaratoria de estado
de emergencia nacional por la pandemia de COVID-19, vía decreto ejecutivo 42227-MP-S, de 16 de marzo de
2020. Dicha moratoria será por un máximo hasta por tres trimestres o nueve meses, según la periodicidad del
cobro de cada obligación municipal. Rige a partir de la publicación de esta ley.
El contribuyente que se acoja a esta posibilidad deberá haber cancelado la totalidad de sus obligaciones
Los valores éticos no son negociables
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchil! all. com; auditoriaf)munipococi.go.cr
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipatidag de Pococí
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 5
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9) Municipalidad de Pococí
AUDITORIA Guápiles, Pococí A
correspondientes a los períodos vencidos previos a la declaratoria de emergencia o, en su defecto, estar al día
en caso de que esté cancelando sus pendientes a través de la figura de arreglo de pago.
Para optar por este beneficio, el contribuyente deberá presentar cualquiera de los siguientes documentos que
demuestre la respectiva afectación a consecuencia del estado de emergencia nacional por la pandemia del
COVID-19:
a) Documento formal emitido por su patrono, en donde se haga constar la reducción de su jornada laboral, la
suspensión de su contrato o el despido, según corresponda.
b) Presentar las declaraciones del impuesto sobre el valor agregado (IVA) de los meses del año 2020, en donde
se compruebe al menos la disminución de un veinte por ciento (20%) en el monto declarado.
Será el contribuyente quien presente la solicitud ante la Autoridad Tributaria Municipal.
Lo anterior, evidencia debilidades en el sistema de control interno en la conformación de los expedientes, en el
otorgamiento de los beneficios en el Plan Moratoria, ya que se carece de mecanismos de control, que permitan
verificar el cumplimiento de todos los requisitos según el Plan Moratoria aprobado por la Municipalidad de
Pococí. Por lo que se corre riesgo de estar aprobando solicitudes sin cumplir con los requisitos establecidos.
Aunado a lo anterior los expedientes no llevan un orden cronológico y no están foliados.
Por otro lado, no se evidencia controles por parte del departamento de Patentes, donde se verifiquen que los
contribuyentes que realizaron el trámite de suspensión efectivamente se encuentren sin funcionar,
Los valores éticos no son negociables
Auditoría Interna
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9) Municipalidad de Pococí
AUDITORIA Guápiles, Pococí
PNALIALIDAD DE POCOCS
3. CONCLUSIONES
El Plan de Moratoria de la Municipalidad de Pococí, fue aprobado por el Concejo Municipal mediante acuerdo
No.967 del 09 de junio 2020, sin un análisis técnico financiero.
Se aprobaron 36 solicitudes, lo que representa un 1% del total de los contribuyentes, por lo que el plan de
moratoria no vino a causar gran efecto, lo cual se podría haber dado por una débil gestión de divulgación.
La conformación de expedientes presenta debilidades de control interno, ya que no se evidencia en los mismos
los requisitos según el Plan Moratoria.
Si bien es cierto los contribuyentes que se acogieron a un plan moratoria fue relativamente bajo, es importante
mantener un monitoreo constante de los ingresos, cuentas por cobrar, e implementar estrategias donde se
establezcan políticas, planes, identificación de las brechas financieras, análisis de las necesidades
institucionales, entre otros mecanismos, para procurar una mejor gestión de los recursos financieros en el corto,
mediano y largo plazo.
Los valores éticos no son negociables
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillahgmall.com; auditoria munipococi.go.cr
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Municipalidad de Peococí
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1) Municipalidad de Pococí ys
al
AUDITORIA Guápiles, Pococí
ACIDO Poco CALIDA
4. RECOMENDACIONES
De conformidad con las competencias contempladas en el artículo 351 de la Ley General de Control Interno
N? 8292, asi como, la norma 2.11? de las Normas para el ejercicio de la Auditoría en el sector público, se
emiten las siguientes recomendaciones.
4,1 A Hacienda Municipal
4.11 Ejercer un monitoreo de los principales ingresos y cuentas por cobrar, de manera que se puedan tomar
acciones ante cualquier desviación de las metas propuestas, como también establecer estrategias que
permitan la prestación de los servicios y sostenibilidad financiera. Para la atención de esta
recomendación debe comunicar mediante un oficio formal las acciones que emprenderá para cumplir
con dicha recomendación, Plazo para atenderla 31/03/2021.
4.2 APatentes Municipales
4.2.1  Tomarlas acciones correspondientes para conformar los expedientes de conformidad con la normativa
legal vigente. Al respecto véase el punto 2.3 de este informe. Para la atención de esta recomendación
se da un plazo hasta el 31/12/2020 y se acreditara mediante un oficio formal señalando el cumplimiento
de esta.
SABRINA ZUÑIGA army toto
CORRALES (FIRMA) tecucano12191;
Licda. Sabrina Zúñiga Corrales
Despacho de Auditoria Intern;
GRACE CHINCHILI
VILLEGAS (FIRMA)
Auditora Interna
Y La Gaceta N9 169 del 4 de setiembre del 2002. Artículo 35.—Materias sujetas a informes de auditoría interna. (...) Los
hallazgos, las conclusiones y recomendaciones de los estudios realizados por la auditoría interna, deberán comunicarse
oficialmente, mediante informes al jerarca o a los titulares subordinados de la administración activa, con competencia y
autoridad para ordenar la implantación de las respectivas recomendaciones. La comunicación oficial de resultados de
un informe de auditoría se regirá por las directrices emitidas por la Contraloría General de la República.
2La Gaceta N* 28- Miércoles 10 de febrero de 2010. R-DC-119-2009, 2.11. Seguimiento de acciones sobre resultados. (...)
| El auditor interno debe establecer, mantener y velar porque se aplique un proceso de seguimiento de las
recomendaciones, observaciones y demás resultados derivados de los servicios de la auditoría interna, para asegurarse
de que las acciones establecidas por las instancias competentes se hayan implementado eficazmente y dentro de los
plazos definidos por la administración.
Los valoros éticos no son negociables
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchilla/Mgmail.com; auditoria(OQmunipococi.go.cr
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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce oficio N? Al-428-2020 sobre remisión del
Proyecto Final “PAI-004-2020 sobre la moratoria acogida por la Municipalidad de
Pococí con base en la ley 9848.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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17-12-2020
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ACUERDO N 2311
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Ing. Henry Madrigal Calvo,
Departamento Desarrollo y Control Urbano, correo electrónico:
controlurbanopocociWyahoo.com, dice;
Oficio: DDCU -259-2020
Asunto: Referente de Licencia Municipal de Construcción — Urbanización Barrios
Unidos Segunda Etapa.
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PAGINA N*96 ACTA N*87 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Teléfono: 2710 6560
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Fax: 2710 7181
Correo electrónico: controlurbanopocociO yahoo.com web: munipococi.go.cr
a
Martes 08 de diciembre del 2020
OFICIO: DDCU-259-2020
Srs (as).
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: AUTORIZACIÓN DE LICENCIA MUNICIPAL DE CONSTRUCCIÓN — CONCEJO MUNICIPAL
URBANIZACIÓN BARRIOS UNIDOS SEGUNDA ETAPA — COSTADO ESTE DE LA ESCUELA BARRIOS UNIDOS, GUÁPILES
Estimados señores (as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito el presente informe con el objetivo de dar
seguimiento a la solicitud de licencia municipal de construcción presentada por Chaves Pérez
Ingeniería Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-337373, mismo que consiste en un proyecto de
Urbanización Clase Media, el cual se ubica en el distrito de Guápiles, costado este de la Escuela de
Barrios Unidos (Los Sauces), en la propiedad con número de plano de catastro L-2041049-2018;
elaborado por el Ing. Reynen Chaves Pérez (1C-9601).
Como bien lo indica el Código Municipal en su artículo N*13, inciso “o”, el Concejo Municipal
tiene dentro de sus atribuciones “Dictar medidas de ordenamiento urbano”, razón por la cual el presente
servidor hace del conocimiento de todos los miembros la tramitología del proyecto citado supra, el cual
consiste en una Urbanización Clase Media.
Según señala el Dictamen C-001-2013, de fecha 09 de enero del año 2013, por parte de la
Procuraduría General de la República, referente a los proyectos de carácter urbano, indica textualmente
lo siguiente:
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Audaito
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“El artículo 83 de la Ley de Construcciones no atribuye competencia al ingeniero municipal de
aprobar o improbar la construcción de las urbanizaciones. La norma pretende garantizar a la
colectividad que la realización de obras está a cargo de un profesional debidamente incorporado
en el Colegio respectivo. Los estudios y los dictámenes técnicos del ingeniero deben ser
considerados y sustentar el acto final que adopte el Concejo, observando siempre normativa
urbanística y las reglas de la ciencia o la técnica (dictamen C-235-1999; en análoga dirección,
pronunciamientos C-315-2002, C-002-2007 y C-028-2010)”. (La letra negrita no es del original)
Además, este mismo Dictamen, señala una serie de aspectos importantes a tomar en cuenta,
referente a la aprobación de los proyecto de carácter urbano, en este caso para el presente
Condominio, como se menciona a continuación:
"...De conformidad con las atribuciones que el ordenamiento jurídico le asigna al Concejo en esta
materia, considera el órgano asesor que es a éste y no al ingeniero municipal a quien corresponde
aprobar la construcción de la urbanización, ajustándose eso sí a toda la normativa urbanística
vigente en el pals y a las especificaciones técnicas que al respecto emitan los órganos técnicos
nacionales y municipales."
(..)
“Ahora bien, una cosa muy distinta es el aval técnico de un anteproyecto o proyecto urbanístico y
otra muy distinta es la "aprobación”o no de la misma. Lo primero se circunscribe a aspectos
meramente técnicos, que vienen a ser el resultado de la correcta aplicación de toda la normativa
| atinente a la materia y que en todo caso, para que puedan ser obviados por parte del
| Concejo Municipal, debe contarse con otros informes o estudios técnicos realizados por otros
profesionales en el tema que permitan ajustarse a las reglas de la ciencia o de la técnica. Lo
| segundo, implica aspectos de carácter más general (aspectos de índole político, social,
económico, cultural, ambiental, etc., reservados al órgano máximo de representación popular -
| Concejo Municipal-) sin que ello signifique que pueda dicho órgano político, desconocer las
obligaciones que impone el propio ordenamiento jurídico (para el caso bajo estudio) en materia
urbanística y los informes y estudios técnicos”.
(..-)
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PAGINA N*98 ACTA N*87 Ordinaria.
PRA
“Así, en el dictamen de la Procuraduría se arriba a la siguiente conclusión, la cual se comparte, a
saber:
1. Corresponde al Concejo adoptar el acto final decisorio de aprobar o improbar la
construcción de una urbanización en su respectivo cantón.
2.-El Concejo tiene que ajustarse a la normativa vigente en materia urbanística. Además, su
decisión tendrá que estar sustentada en los informes o estudios técnicos elaborados por el
ingeniero municipal.
3.-Por consiguiente, no es competencia del ingeniero municipal aprobar o improbar la
construcción de urbanizaciones en el cantón.
4.-El Departamento de ingeniería municipal es un órgano consultivo del Concejo." (Sección
111, voto 292-2003).
Como bien se indica, mediante el Dictamen C-001-2013, es competencia del Concejo Municipal
de Pococí, dar la aprobación para los proyectos de carácter urbano, basados en un informe técnico
elaborado por parte del Departamento de Desarrollo y Control Urbano, mismo que indica el
cumplimiento de los requisitos respectivos, así como de la aprobación por parte de los distintos entes
involucrados en el proceso.
El proyecto se identifica mediante el Contrato de Consultoría OC-777125, denominado como
Urbanización Barrios Unidos Segunda Etapa, por un monto total de las obras de infraestructura de
¿337.660.000,00, en la propiedad con número de plano de catastro L-2041049-2018, registrado por el
Ing. Reynen Chaves Pérez (IC-9601) así como el Ing. José Pablo Hernández Soto (IE-17625), cuyo
propietario es Chaves Pérez Ingeniería Sociedad Anónima.
Cuenta con un total de 61 segregaciones, con un área promedio de 211,62 metros
cuadrados, área de lote mínimo de 200,04 metros cuadrados, con sistema de tratamiento de aguas
residuales mediante tanques sépticos y drenajes, sistema de alcantarillado pluvial mejorado con una
laguna de retención de aguas pluviales para regular la evacuación del caudal principal, 4609,55 metros
cuadrados de áreas públicas y un total de 2006,07 metros cuadrados de área pública distribuida
según su naturaleza.
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Es importante destacar que, según Oficio DDCU-013-2019 de fecha 22 de enero del año 2020,
respecto al desfogue pluvial del presente proyecto, se señaló que durante la inspección de campo se
identificaron una serie de tramos de la quebrada sin nombre, en los cuales es necesaria la
limpieza y conformación del cauce, con el objetivo de mejorar la capacidad hidráulica de la misma,
debido a la limitada sección transversal con la que cuenta y por ende se restringe la capacidad
para evacuar el correspondiente caudal, por lo que se hace necesaria la tramitación de los
respectivos permisos para la limpieza, aumento de la sección y conformación de dicho cauce, en
los puntos que así lo indique el Departamento de Desarrollo y Control Urbano del presente Municipio.
Por lo tanto, se entregó una autorización CONDICIONADA del desfogue pluvial, indicando que es
indispensable (previo a la aprobación de la licencia municipal de construcción) la tramitación de los
respectivos permisos para realizar la limpieza, aumento de la sección y conformación de cauce de
la quebrada utilizada como desfogue pluvial, previo al inicio de las obras.
Según indica el Ing. Reynen Chaves Pérez, mediante nota presentada al presente departamento
con fecha del 24 de agosto del presente año, se establece un compromiso por parte de la empresa para
la obtención de permiso ante el MINAET, para limpieza y conformación del cauce, con el objetivo de
mejorar la capacidad hidráulica de la misma. Además señala que su objetivo en este momento es
continuar el proceso de aprobación de la licencia municipal para construcción de la Urbanización Barrios
Unido ll etapa, con el fin de evitar el vencimiento de documentos correspondientes a los requisitos
solicitados para dicha licencia.
Además señala textualmente: “Debemos recalcar que no se iniciaran las obras urbanísticas hasta
no obtener el permiso correspondiente por parte del MINAET, y realizar las mejoras antes mencionadas
en el cauce de la quebrada sin nombre”, por lo que el compromiso por parte del desarrollador para
incrementar la capacidad hidráulica de dicho cuerpo de agua que supeditado a la vigencia de la licencia
municipal de construcción.
Mediante la siguiente tabla se resume la distribución de áreas del proyecto:
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TABLA DE ÁREAS
DESCRIPCIÓN ELEMENTO 2? -
PARCIAL | TOTAL | PARCIAL | TOTAL
VENDIBLE — | LOTES 12908.72 66.12
CALLES 2995.89 15.34
VIALIDAD
ACERAS 1era.ss | 1609.55 ga] 241
a JUEGOS INFANTILES $10.92 3.13
10.27
púucas | PARQUES 468,73 | 2006.07 | 2.40
FACILIDADES COMUNALES — | 926.42 4.75
AREA TOTAL URBANIZABLE 19524.34 100%
ZONA DE PROTECCION DE CAUCE
FLUVIAL 627.27
AREA NO SERVIDUMBRES PLUVIAL 179.85
URBANIZABLE 1431:66
LAGUNA SECA DE RETARDO | 428.88
MEJORA A MEDIA VIA 195.66
AREA TOTAL DE LOTE 20956
NUMERO TOTAL DE LOTES 6
AREA DE LOTE PROMEDIO 211.62
AREA DEL LOTE MÍNIMO 200.04
AREA DE LOTES COMERCIALES 801.72
NUMERO DE LOTES COMERCIALES 4
Como se indicó anteriormente, el proyecto se ubicará al costado este de la Escuela de Barrios
Unidos (Los Sauces), en el distrito de Guápiles, frente al proyecto de Urbanización Barrios Unidos
Primera Etapa, como se muestra mediante la siguiente figura:
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a
¿ PURBBARRIOSUNIDOS
ERAJETARA”
REQUISITOS PRESENTADOS
1. Formulario de Permiso de Construcción debidamente lleno y firmado mediante la plataforma de APC
del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos
2. Copia del plano de catastro del inmueble VISADO
3. Copia de la Cédula de Identidad del solicitante o representante
4. Copia del Alineamiento fluvial del INVU, de acuerdo a lo establecido en la Ley Forestal N* 7575,
Artículos N*33 y N*34, con una distancia de 10 metros lineales.
5. Constancia extendida por el Instituto Costarricense de Electricidad de que la propiedad que se
pretende urbanizar no está afectada por líneas de transmisión de alto voltaje (Reglamento para el
Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones Artículo VI .3.6), con consecutivo 1550-
1218-2018, de fecha 05 de noviembre del 2018.
Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: http://www.munipococi.go.cr
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117412-2020
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10.
11.
12.
13.
14.
15.
Certificación de disponibilidad de agua potable frente a propiedad sin alcantarillado sanitario, por
parte del Lic. Jorge Madrigal García, Dirección Regional RHC del Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados, con fecha del 03 de diciembre del año 2018, consecutivo GSP-RA-
2018-02948.
Solicitud del uso del suelo aprobada (Ley de Planificación Urbana, Artículo 28).
Planos constructivos visados por el INVU (Ley de planificación urbana N* 4240, Artículo 10, inciso 2),
visados por el CFIA (Ley Orgánica N” 3655 del CFIA, Artículo 54), por el Ministerio de Salud
(Reglamento para Trámite de Visados de planos para la construcción N* 27967-MP-MIVAH-A-MHC,
La Gaceta N* 130 del 06 de Julio del año 1999, Alcance 49), por el Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados Artículo N*21) y por el Benemérito Cuerpo de Bomberos.
Estudio de Suelos del terreno (Código Sísmico de Costa Rica, Colegio Federado de Ingenieros y
Arquitectos) por parte de D'GEO, de fecha 27 de agosto del año 2018.
Contrato de consultoría del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (Decreto Ejecutivo N*
18636-MOPT, Artículo 1 Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos Artículo
N*54) Contrato OC 777125.
Aprobación por parte del Instituto Costarricense de Electricidad del diseño de las redes de
distribución eléctrica, con consecutivo 1550-1218-2018, de fecha 05 de noviembre del 2018.
Aprobación en planos constructivos, por parte del Benemérito Cuerpo de Bomberos, respecto a la
ubicación de los hidrantes.
Póliza Original de Riesgos de Trabajo del Instituto Nacional de Seguros (Código de Trabajo, Artículo
204) pendiente, la cual se cancela una vez aprobado el proyecto.
Aprobación municipal del desfogue de aguas pluviales (Reglamento para el Control Nacional de
Fraccionamientos y Urbanizaciones Artículo 111.3.10), mediante Oficio DDCU-013-2019 de fecha 22
de enero del 2019. Es importante recalcar el compromiso pendiente de la tramitación y
ejecución de las obras en cauce citadas en los párrafos anteriores, previos al inicio de las
obras constructivas.
Se encuentra pendiente la aprobación del proyecto por parte del Concejo Municipal (Código
Municipal Artículo N%13 inciso “o” y Artículo N*49 referente a la aprobación por parte de la Comisión
Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: http://www.munipococi.go.cr
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sE al
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Pr
de Obras Públicas; Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones
Artículo VI.3.1 inciso “9”)
16. Viabilidad Ambiental Aprobada por la SETENA (Reglamento General sobre los Procedimientos de
Evaluación de Impacto Ambiental - ElA), expediente administrativo N* D1-0698-2019-SETENA, con
fecha del 21 de febrero del 2020.
CONCLUSIÓN
A la fecha, el proyecto cuenta con la totalidad de los requisitos y aprobaciones establecidas
para un proyecto de Urbanización (excepto el trámite pendiente para el desfogue pluvial), razón por la
cual posee con el visto bueno de aprobación por parte del Departamento de Desarrollo y Control
Urbano, y mediante la presente se solicita la correspondiente aprobación por parte del Concejo
Municipal de PococÍ.
Para cualquier consulta del expediente, me encuentro a sus órdenes en las oficinas
administrativas del Municipio.
Sin más por el momento, se despide,
HENRY Firmado
ia [A
MADRIGAL — MADRIGAL CALVO
FIRMA)
CALVO e do 2.11
(FIRMA) 15:09:01 -06'00'
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano
CC.: Archivo
Lic. Manuel Hemández Rivera — Alcalde, Municipalidad de Pococí
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C.P. INGENIERIA, S.A.
San José, 24 de agosto de 2020
Municipalidad de Pococí
Departamento de Desarrollo y Control Urbano
Atención: Ing. Henry Madrigal Calvo
Asunto: Nota de compromiso.
Mejoras en el cauce de la Quebrada sin nombre.
Estimado Ing.
Por medio de la presente mi representada, Chaves Pérez Ingeniería, S.A. con cedula Jurídica 3-
101-337373 cita en San Francisco de Dos Ríos, 100 metros oeste de Iglesia católica, adscrita al
Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica.
Establece compromiso para la obtención de permiso ante el MINAET, para limpieza y
conformación del cauce, con el objetivo de mejorar la capacidad hidráulica de la misma, debido a
la limitada sección transversal con la que cuenta y por ende se restringe la capacidad para evacuar
el caudal generado por nuestro desarrollo.
Este compromiso se realiza con el objetivo de continuar el proceso de aprobación de la licencia
municipal para construcción de la Urbanización Barrios Unido II etapa, esto con el fin de evitar el
vencimiento de documentos correspondientes a los requisitos solicitados para dicha licencia.
Debemos recalcar que no se iniciaran las obras urbanísticas hasta no obtener el permiso
correspondiente por parte del MINAET, y realizar las mejoras antes mencionadas en el cauce de
la quebrada sin nombre.
Esperando su pronta respuesta se despide:
REYNEN Firmado digitalmente
FRANCISCO por REYNEN FRANCISCO
CHAVES PEREZ (FIRMA)
CHAVES PEREZ Fecha: 2020.08.25
(FIRMA) 15:16:55 -06'00'
C.P. INGENIERIA S.A.
Cedula Jurídica 3-101-337373
Ing. Reynen Chaves Pérez M.A.P.
Representante legal
cpingenieriasaQ gmail.com
San José, Costa Rica
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba la solicitud de la Licencia Municipal de
Construcción al señor Ing. Reynen Chaves Pérez, representante legal de C.P
INGENIERIA S.A, Cédula Jurídica 3-101-337373. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI x=js 0168
PAGINA N*105 ACTA N*87 Ordinaria.
ACUERDO N* 2312
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Ing. Henry Madrigal Calvo,
Departamento Desarrollo y Control Urbano, correo electrónico:
controlurbanopocociOMyahoo.com, dice;
Oficio: DDCU-236-2020
Asunto: Autorización de Licencia Municipal de Construcción -Urbanización Valle
Escondido.
Correo electrónico: controlurbanopocociO yahoo.com web: munipococi.go.cr
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ ( Teléfono: 2710 6560
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO Y Y Fax: 2710 7181
a
Miércoles 16 de diciembre del 2020
OFICIO: DDCU-263-2020
Srs (as).
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Presente
REFERENTE: AUTORIZACIÓN DE LICENCIA MUNICIPAL DE CONSTRUCCIÓN - CONCEJO MUNICIPAL
URBANIZACIÓN VALLE ESCONDIDO — COSTADO ESTE DEL LICEO EXPERIMENTAL BILINGUE, GUÁPILES
Estimados señores (as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito el presente informe con el objetivo de dar
seguimiento a la solicitud de licencia municipal de construcción presentada por Constructora de
Bien Social SRL, cédula jurídica 3-102-691937, mismo que consiste en un proyecto de Urbanización
Clase Media, la cual se ubicara en el distrito de Guápiles, costado este del Liceo Experimental Bilingue,
en la propiedad con número de plano de catastro L-2070686; elaborado por el Ing. Joel Fernández
Fonseca (1C-16769).
Como bien lo indica el Código Municipal en su artículo N*13, inciso “o”, el Concejo Municipal
tiene dentro de sus atribuciones “Dictar medidas de ordenamiento urbano”, razón por la cual el presente
servidor hace del conocimiento de todos los miembros la tramitologla del proyecto citado supra, el cual
consiste en una Urbanización Clase Media.
Según señala el Dictamen C-001-2013, de fecha 09 de enero del año 2013, por parte de la
Procuraduría General de la República, referente a los proyectos de carácter urbano, indica textualmente
lo siguiente:
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“El artículo 83 de la Ley de Construcciones no atribuye competencia al ingeniero municipal de
aprobar o improbar la construcción de las urbanizaciones. La norma pretende garantizar a la
colectividad que la realización de obras está a cargo de un profesional debidamente incorporado
en el Colegio respectivo. Los estudios y los dictámenes técnicos del ingeniero deben ser
considerados y sustentar el acto final que adopte el Concejo, observando siempre normativa
urbanística y las reglas de la ciencia o la técnica (dictamen C-235-1999; en análoga dirección,
pronunciamientos C-315-2002, C-002-2007 y C-028-2010)”. (La letra negrita no es del original)
Además, este mismo Dictamen, señala una serie de aspectos importantes a tomar en cuenta,
referente a la aprobación de los proyecto de carácter urbano, en este caso para el presente
Condominio, como se menciona a continuación:
"..De conformidad con las atribuciones que el ordenamiento jurídico le asigna al Concejo en esta
materia, considera el órgano asesor que es a éste y no al ingeniero municipal a quien corresponde
aprobar la construcción de la urbanización, ajustándose eso sí a toda la normativa urbanística
vigente en el país y a las especificaciones técnicas que al respecto emitan los órganos técnicos
nacionales y municipales."
(...)
“Ahora bien, una cosa muy distinta es el aval técnico de un anteproyecto o proyecto urbanístico y
otra muy distinta es la "aprobación" o no de la misma. Lo primero se circunscribe a aspectos
meramente técnicos, que vienen a ser el resultado de la correcta aplicación de toda la normativa
atinente a la materia y que en todo caso, para que puedan ser obviados por parte del
Concejo Municipal, debe contarse con otros informes o estudios técnicos realizados por otros
profesionales en el tema que permitan ajustarse a las reglas de la ciencia o de la técnica. Lo
segundo, implica aspectos de carácter más general (aspectos de indole político, social,
económico, cultural, ambiental, etc., reservados al órgano máximo de representación popular -
Concejo Municipal-) sin que ello signifique que pueda dicho órgano político, desconocer las
obligaciones que impone el propio ordenamiento jurídico (para el caso bajo estudio) en materia
urbanística y los informes y estudios técnicos”.
(...)
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“Así, en el dictamen de la Procuraduría se arriba a la siguiente conclusión, la cual se comparte, a
saber:
1. Corresponde al Concejo adoptar el acto final decisorio de aprobar o improbar la
construcción de una urbanización en su respectivo cantón.
2.-El Concejo tiene que ajustarse a la normativa vigente en materia urbanística. Además, su
decisión tendrá que estar sustentada en los informes o estudios técnicos elaborados por el
ingeniero municipal.
3.-Por consiguiente, no es competencia del ingeniero municipal aprobar o improbar la
construcción de urbanizaciones en el cantón.
4.-El Departamento de ingeniería municipal es un órgano consultivo del Concejo.” (Sección
111, voto 292-2003).
Como bien se indica, mediante el Dictamen C-001-2013, es competencia del Concejo Municipal
de Pococí, dar la aprobación para los proyectos de carácter urbano, basados en un informe técnico
elaborado por parte del Departamento de Desarrollo y Control Urbano, mismo que indica el
cumplimiento de los requisitos respectivos, así como de la aprobación por parte de los distintos entes
involucrados en el proceso.
El proyecto se identifica mediante el Contrato de Consultoría OC-929609, denominado como
Residencial Valle Escondido — Etapa 01, con clasificación de URBANIZACIÓN según el Decreto
N*36550, tasada por un monto total de las obras de infraestructura de ¿300.000.000,00, en la propiedad
con número de plano de catastro L-2070686-2018, registrado por el Ing. Joel Fernández Fonseca (1C-
16769) así como el Ing. William Quesada González (IC-16945), cuyo propietario es Constructora de
Bien Social SRL.
Esta primera etapa cuenta con un total de 46 segregaciones, con un área promedio de 543,11
metros cuadrados, área de lote mínimo de 205,42 metros cuadrados, con sistema de tratamiento de
aguas residuales mediante Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, sistema de alcantarillado
pluvial que desfoga a la quebrada son nombre ubicada al costado este del proyecto, 2833,90 metros
cuadrados de áreas públicas y un total de 3409,65 metros cuadrados de área pública distribuida
según su naturaleza.
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Mediante la siguiente tabla se resume la distribución de áreas de la primera etapa del proyecto:
OE CUADRO GENERAL DE ÁREAS ETAPA 1 _ Me
Descripción m2
¡Area total de etapa 01 33685.95
Ampliación vial 1647.40
Servidumbre 417.72
Zona de protección de planta de tratamiento 634.41
Total urbanizable 31286.43
Uso de terreno urbanizable
Uso > Elemento a m2 m2 %
v
e
n
Ñ Lotes residenciales 24982.88 24982.88 79.85
b
!
e
v
A Calles 3409.65 3409.65 10.90
s
Ñ Parque 368.93
5 Juegos infantiles 1668.07 2833.90 9.06
i
pa Facilidades comunales 796.90
a
s Planta de tratamiento 60,00 60.00 0,19
Total urbanizable 31286.43| 100,00
Número total de lotes 46 Un
Area de lote promedio 543.11 _|m2
Area de lote mínima 205.42 |m2
Area pública por lote 61.61 |m2
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a
Como se indicó anteriormente, el proyecto se ubicará al costado este del Liceo Experimental
Bilingúe, en el distrito de Guápiles, como se muestra mediante la siguiente figura:
REQUISITOS PRESENTADOS
1. Formulario de Permiso de Construcción debidamente lleno y firmado mediante la plataforma de APC
del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos
2. Copia del plano de catastro del inmueble VISADO
3. Copia de la Cédula de Identidad del solicitante o representante
4. Copia del Alineamiento fluvial del INVU, de acuerdo a lo establecido en la Ley Forestal N* 7575,
Artículos N*33 y N*34, con una distancia de 10 metros lineales.
5. Constancia extendida por el Instituto Costarricense de Electricidad de que la propiedad que se
pretende urbanizar no está afectada por líneas de transmisión de alto voltaje así como la
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ría
El
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a
disponibilidad de servicio eléctrico, con consecutivo 1550-1373-2019), de fecha 21 de noviembre del
2019.
6. Certificación de disponibilidad de agua potable frente a propiedad sin alcantarillado sanitario, por
parte del Lic. Jorge Madrigal García, Dirección Regional RHC del Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados, con fecha del 28 de noviembre del año 2019, consecutivo GSP-RA-
2019-03061.
7. Solicitud del uso del suelo aprobada (Ley de Planificación Urbana, Artículo 28).
8. Planos constructivos visados por el INVU (Ley de planificación urbana N* 4240, Artículo 10, inciso 2),
visados por el CFIA (Ley Orgánica N” 3655 del CFIA, Artículo 54), por el Ministerio de Salud
(Reglamento para Trámite de Visados de planos para la construcción N* 27967-MP-MIVAH-A-MHC,
La Gaceta N” 130 del 06 de Julio del año 1999, Alcance 49), por el Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados Artículo N*21) y por el Benemérito Cuerpo de Bomberos.
9. Estudio de Suelos del terreno (Código Sísmico de Costa Rica, Colegio Federado de Ingenieros y
Arquitectos) por parte de PROGETSA, de fecha setiembre, 2019.
10. Contrato de consultoría del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (Decreto Ejecutivo N*
18636-MOPT, Artículo 1 Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos Artículo
N*54) Contrato OC 929609.
11. Aprobación por parte del Instituto Costarricense de Electricidad del diseño de las redes de
distribución eléctrica, con consecutivo 2020-03-030 Valle Escondido, Guápiles — Etapa 1, de fecha
26 de marzo del 2020.
12. Aprobación en planos constructivos, por parte del Benemérito Cuerpo de Bomberos.
13. Póliza Original de Riesgos de Trabajo del Instituto Nacional de Seguros (Código de Trabajo, Artículo
204) pendiente, la cual se cancela una vez aprobado el proyecto.
14. Aprobación municipal del desfogue de aguas pluviales (Reglamento para el Control Nacional de
Fraccionamientos y Urbanizaciones Artículo 111.3.10), mediante Oficio DDCU-316-2019 de fecha 06
de noviembre del 2019. Es importante recalcar el compromiso pendiente de mantener toda la
tubería principal con un diámetro de 600mm, según la nota compromiso.
15. Se encuentra pendiente la aprobación del proyecto por parte del Concejo Municipal (Código
Municipal Artículo N*13 inciso “o” y Artículo N*49 referente a la aprobación por parte de la Comisión
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ccocí
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a
de Obras Públicas; Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones
Artículo VI.3.1 inciso "9”)
16. Viabilidad Ambiental Aprobada por la SETENA (Reglamento General sobre los Procedimientos de
Evaluación de Impacto Ambiental - ElA), expediente administrativo N* D1-0419-2020-SETENA, con
fecha del 11 de marzo del 2020.
CONCLUSIÓN
A la fecha, el proyecto denominado como Residencial Valle Escondido — Etapa 01, cuenta con
la totalidad de los requisitos y aprobaciones establecidas para un proyecto de Urbanización, razón por
la cual posee con el visto bueno de aprobación por parte del Departamento de Desarrollo y
Control Urbano, y mediante la presente se solicita la correspondiente aprobación por parte del
Concejo Municipal de Pococí.
Para cualquier consulta del expediente, me encuentro a sus órdenes en las oficinas
administrativas del Municipio.
Sin más por el momento, se despide,
HENRY Firmado
BRYAN digitalmente por
HENRY BRYAN
MADRIGAL — MADRIGAL CALVO
CALVO (FIRMA)
ha: ).12.
(FIRMA) Tiisarogoo
Ing. Henry Madrigal Calvo
Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano
CC.: Archivo
Lic. Manuel Hemández Rivera — Alcalde, Municipalidad de Pococi
Tel. 2710 6560 ext. 106 - Web: http:/www.munipococi.go.cr
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Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba la solicitud de la Licencia Municipal de
Construcción presentada por la Constructora de Bien Social SRL, Cédula Jurídica
3-102-691937. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*112 ACTA N*87 Ordinaria.
ACUERDO N* 2313
Se conoce nota para este Concejo suscrito por el regidor Randall Torres Barrientos y la
regidora Yaslyn Morales Grajal, miembros de la Comisión Permanente Municipal de la
Ruta 32, dice:
Asunto: Informe de Comisión Permanente Municipal de la Ruta 32.
dy Municipalidad de Pococí
Lo COMISIÓN RUTA 32
INFORME DE COMISIÓN PERMANENTE MUNICIPAL DE RUTA 32
REUNIÓN del 09 de Diclembre del 2020.
De los asuntos a tratar por la comisión permanente de Ruta 32 en la sala de
sesiones del Concejo municipal al ser las 09:00 horas del día 09 de diciembre del
2020, se trató lo siguiente:
Fecha: 09 de diciembre del 2020
Asistencia:
Lic. Randall Torres, MBA. Regidor Propietario. Preside
Yaslyn Morales, Regidora Propietaria.
Jairo Ojeda, Regidor Suplente.
Joel Fernández, Asesor.
Ing. Kenneth Solano
Francisco Araya
Ángel Meléndez
Robin Sánchez
Juan de León
Raquel Arce
Agenda
Informe sobre la situación actual de la Ruta 32.
El Sr. Solano realiza una amplia exposición sobre el avance de la construcción de
la carretera Ruta 32, en donde enfatiza no contar con los recursos para las obras
complementarias por $65 millones de dólares, los cuales son obras solicitadas por
las comunidades. Los regidores hacen la observación sobre los trabajos
desordenados de la empresa CHEC en donde deja las gavetas abiertas, donde
vuelve a crecer el zacate y lo realizan de forma intermitente causando perjuicio al
comercio local.
Se tiene como plano de entrega 27/03/2021, la empresa solicita plazo al mes de
mayo 2022.
“Apoyando el desarrollo de nuestro cantón”
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*113 ACTA N*87 Ordinaria.
0 Municipalidad de Pococí
Lo COMISIÓN RUTA 32
Por Unanimidad SE ACUERDA: 4. Solicitar la donación del perfilado para
reutilizario en nuestras vías cantonales. 2. Invitar al gerente de la empresa
china CHEC, la empresa Cacisa y al Sr. Kenneth Solano de la Unidad Ejecutora
de la Ruta 32 y demás personal de CONAVI para que se presenten a reunión
en el salón del Concejo Municipal de Pococ! y rindan informe sobre el avance
en la ejecución de la obra. 3. Solicitar que se respete los accesos de las
empresas e instituciones como la Iglesia Ciudad para las Naclones.
Atentamente:
RANDALL Firmado digitalmente
TORRES por RANDALL TORRES
BARRIENTOS (FIRMA)
BARRIENTOS — fecha: 2020.12.18 j y
(FIRMA) 12:41:01 -06'00' da
Lic. Randall Torres , MBA Reg. Yaslyn Morales
Presidente Secretaria
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce informe de Comisión Permanente
Municipal de la Ruta 32. Se apoyan los acuerdos tomados en dicho informe.
ACUERDO N* 2314
Se conoce Informe de Comisión para este Concejo suscrito por la regidora Yaslyn Morales
Grajal y el regidor Randall Torres Barrientos, dice;
Asunto: Informe de Comisión Asamblea de la Persona Joven para el puesto del
representantes de las organizaciones religiosas.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*114 ACTA N?87 Ordinaria.
Guápiles 16 diciembre 2020
Señores:
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Estimados, por medio de la presente se les remite el informe de comisión de la
convocatoria de la Asamblea para elección del representante de organizaciones
del Consejo de la Persona Joven de Pococí.
Este tiene como objetivo emitir un criterio y recomendación al Concejo Municipal en
pleno para que, en la sesión del 17 de diciembre, se ejecute el nombramiento del
representante ya que contamos con la fecha habilitada hasta el 01 de enero 2021.
El quorum lo conformamos cuatro regidores, mismos como siguen:
Reg. Yaslyn Morales Grajal, moderando la Asamblea.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro.
Reg. Jose Bustos Martínez.
Contamos con la asistencia del departamento de Secretaría con la Srita. Darinka
Agúero Víctor y la Sra. Grace Hernández del departamento de Prensa y
Comunicación.
Se recibieron en el Dpto. de Secretaría 5 currículos, pero solo 2 personas se
presentaron. El joven Bryan Mejía y la joven Arberlin Arguello.
Misma sesión procedió de manera:
Reg. Randall Torres
El día de hoy estamos en un momento trascendental para el Cantón de Pococí, la
elección del representante de Organizaciones Religiosas para el Comité de la
Persona Joven de Pococí. Los invito se apropien, hay muchos jóvenes que carecen
de oportunidades y no logran su desarrollo.
El estar aquí es para generar ideas con los recursos y emplearlas para los jóvenes,
orientarlos y guiarlos. Creo que este Concejo se verá fortalecido con la persona que
se elija para este comité, los insto a dar un cambio de los jóvenes en la política. Este
Concejo municipal los va a apoyar, lo que podamos hacer por la población joven.
Evitar que emigren a otras zonas, por eso estamos trabajando por más
oportunidades de empleo, hagan ustedes su parte.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*115 ACTA N*87 Ordinaria.
Reg. Alfredo Calderón
Ustedes son el futuro del país, traten de emitir el mensaje a los demás jóvenes para
que este Concejo salga adelante.
Reg. Yaslyn Morales
Agradezco su compromiso, el valor que tiene la juventud y la importancia que tiene
pertenecer al Consejo de la persona joven. Quiero indicar que se avisó con tiempo
prudencial esta convocatoria y se promocionó por todas las redes sociales.
Nota: Sra. Yaslyn Morales procede a dar lectura a los 5 currículos recibidos
para la Asamblea, posterior a esto brinda uso de la palabra a ambos jóvenes
presentes, los mismos indican a que organización religiosa pertenecen.
Por último, la moderadora de la Asamblea indica que se debe deliberar para
escoger los 3 postulantes. Ambos representantes se despiden y retiran.
DELIBERACIÓN
Reg. Yaslyn Morales
Yo quiero indicar que mi elección es por Bryan, ese joven posee estudios religiosos
importantes y necesarios, además de amplia experiencia en asociaciones de
desarrollo integral y partidos políticos. Lo conozco desde hace mucho tiempo por
ser miembro activo del distrito de la Colonia y es un chico ejemplar, nunca he podido
escuchar una mala referencia de su persona.
Reg. Randall Torres
Se requiere pasión, gran disposición en el tema religioso y político. Liderazgo, es lo
que el joven Bryan nos demostró aquí en el momento de su presentación. No dudo
que el ayudará a impulsar a los jóvenes del cantón, tengo mucha esperanza en el
Consejo de la Persona Joven y él, para que lleguen a cosas grandes.
Reg. Jose Bustos
Apoyo a la Joven Arberlin, por representación femenina ya que la persona que
estaba en el puesto era otra mujer.
Reg. Alfredo Calderón
Lastimosamente la joven de Cariari, pero el joven Bryan es un excelente candidato
y me inclino hacia él.
La Sra. Yaslyn Morales somete a votación a ambos jóvenes, quedando de la
siguiente manera:
Bryan Mejía, 3 votos a favor.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*116 ACTA N*87 Ordinaria.
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Arberlin Arguello, 1 Voto a favor.
Por mayoría de 3 votos a favor y 1 en contra, SE ACUERDA: Se elige al joven
Bryan Mejía como recomendación para el Concejo Municipal y que sea tomado
en cuenta para representante de Organizaciones Religiosas del Consejo de la
Persona Joven de Pococí. Se traslada al Concejo Municipal de Pococí.
AL SER LAS CATORCE HORAS CON TRES MINUTOS SE DA POR
FINALIZADA LA ASAMBLEA.
ViNa H
ro. Yaslyn Morales Grajal
Dosdas Tons E
Reg. Randall Torres Barrientos
12/9/2020 Yahoo Mail - Asamblea para la escogencia de la persona representante de las organizaciones religiosas para integrar el comité cantonal...
eo
Asamblea para la escogencia de la persona representante de las organizaciones religiosas para integrar el comité
cantonal de la persona joven de PococÍ.
De:Prosecretaria Concejomunipococi (prosecretariaconecjo(Myahoo.es)
Para:parroquiadeguapiles(Odiocesisdelimon.org; parroquiasanisidrodejimenez(Qgmail.com;
parroquiasantaritadecasialimon(Ygmail.com; parroquiadecariariQgmail.com; pmariaaux-roxGiglesiacr.org;”
parroquiaguapilesYgmail.com; curiaUdicesisdelimon.org;'dosisdeamor.iglesia()gmail.com; isaichajiOgmail.com;
generacionemergenteaposento(Qgmail.com; info(Wiccaguapiles.org
Fecha:miércoles, 9 de diciembre de 2020 15:19 GMT-6
Buenas tardes.
Reciban un cordial saludo por parte de la Secretaría del Concejo Municipal de Pococí, por este medio les remito
invitación para una Asamblea que tiene con finalidad escoger a la persona representante de las organizaciones
religiosas para integrar el Comité Cantonal de la Persona Joven de Pococí.
La misma se realizará el próximo miércoles 16 de diciempre, a la 1:00 p.m en la Sala de Sesiones del
Concejo Municipal de Pococí.
Adjunto Invitación. Agradezco confirmar recibido de este mensaje.
Nota: Le recordamos el lavado de manos y el uso de la mascarilla para el ingreso a la institución, esto
como protocolo ante el COVID-19.
Sin más por el momento, se suscribe;
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*117
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ACTA N*87 Ordinaria.
17-12-2020
Bryan Mejia Quesada
Líder Generación Emergente Guápiles
Iglesia de Dios Evangelio Completo
Desde los 13 años comencé a servirle a Dios
dentro de la comunidad cristiana en la que me
congregaba. En este momento servir a Dios y
al prójimo se ha convertido en mi pasión y en
la motivación constante para cumplir con la
misión encomendada por Jesucristo a su
Iglesia
Actualmente y desde mi llegada a la IDD
Aposento Alto Guápiles en 2017, he
participado activamente en la pastoral juvenil
de Generación Emergente en mi iglesia local
y en diversos campos dentro de la
organización misional a la que pertenecemos.
Amo servir a Dios y a mi comunidad en las
diferentes áreas que se me han encomendado
hacerlo.
Actualmente soy Líder y miembro activo de la
Iglesia de Dios Aposento Alto, Guápiles.
Estudios Seglares
+ 2012 Bachillerato en Educación Media
+ 2012 Técnico en Contabilidad
+ 2014 Operador de Aplicaciones Ofimáticas
+ 2016 Formación de Autoridades Municipales
+ 2019 Introduction to Lean
+ 2015-Act Bachillerato en Administración de
Empresas (Cursando)
Organizaciones Seglares
+. 2016-2018 Secretario ADI San Rafael
+ 2018-2019 Vocal ADI San Rafael
+. 2019-2021 Vicepresidente ADI San Rafael
+ 2016-2020 Concejal Distrito La Colonia
+ 2020-2024 Candidato a Regidor Municipal
Estudios Religiosos
+ 2017 Curso Bíblico por Extensión
+ 2018 Programa Ministerial Supervisado.
+ 2020 Bachillerato en Ministerio Contextual.
e Act. Licenciatura en Ministerio Cristiano
Organizaciones Religiosas
+ 2010-14 Pastor de Jóvenes CCVN
+ 2014-16 Co Pastor CCVN
+ 2017 Pastor CAMV
+ 2017-19 Miembro Equipo Juvenil Aposento Alto
+ 2020 Comisión Lidreazgo Junvenil Aposento Alto
+  2019-Act Líder GE Distrito Guapiles
+ Act Coordinador Zonal de Educación IDD
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*118 ACTA N?*87 Ordinaria.
Guápiles, Pococí. Viernes 11 de diciembre del 2020.
Señores,
Municipalidad de Pococí
Concejo Municipal de Pococí
Estimados,
Por medio de la presente les saludo, deseando muchos éxitos y bendiciones en
las labores cotidianas que realizan en pro del Desarrollo integral de nuestro amado
cantón.
Es mi interés presenter ante ustedes al joven BRYAN STEVEN MEJIA QUESADA,
cédula de identidad siete-doscientos treinta y nueve- doscientos cincuenta y uno, como
candiato a ocupar el puesto de Representante de Organizaciones Religiosas ante el
Comité Cantonal de la Persona Joven de Pococí.
En nuestra organización somos creyentes que las personas deben alcazar un
Desarrollo integral (cuerpo, alma y espíritu) para poder crecer correctamente como
individuos, es por eso que creemos que el joven Bryan, podrá llevar adelante estos
ideales y aportar al crecimiento integral de la juventud de nuestro cantón.
De antemano agradezco todo el apoyo y ayuda brindada.
Sin mas por el momento,
209040140
anni Bains Leiva
Pastor Administrativo, IDD Aposento Alto
Número de Cédula: 7 0239 0251
Fecha de Nacimiento: 16 09 1995
Lugar de Nacimiento: GUAPILES POCOCI LIMON
Nombre del Padre: GREIVIN MEJIA ARAYA
Nombre de la Madre: GUISELLE QUESADA VARGAS.
Domicilo Electoral: “SAN RAFAEL POCOCI LIMON.
Voncimiento: 07 03 2027 Sexo: M
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*119 ACTA N*87 Ordinaria.
CURRICULUM VITAE
CEL:62871125+ E-MAIL: 09mailove (3 gmail.com
ALBERLIN ARGUELLO ALEMÁN
INFORMACIÓN PERSONAL
n Fecha de nacimiento: 10 de mayo de 1995
= Estado Civil: Soltera
» Lugar de residencia: La Rita, Pococí, Limón
= Celular: 62871125
= Eficacia en comunicación y servicio al cliente
= Habilidades avanzadas en aplicaciones de ofimática (Word,
Power Point, Publisher, Excel).
= Habilidad para trabajar bajo presión.
= Paciente, metódica, responsable, ordenada, trabajo en equipo o
individual.
= Deseos de superación y aprendizaje
EDUCACIÓN
= Universidad Nacional de Costa Rica (UNA): Estudiante
Ingeniería en sistemas de información. (Cursando)
» Universidad Estatal a Distancia (UNED): Estudiante de
educación en primer y segundo ciclo. (cursando actualmente,
estudiante avanzada.)
. Academia de Lideres Católicos Latino Americanos: Seminario
Internacional de Bioética “Humanización de la salud en tiempos
del COVID-19” (Cursando en modalidad virtual)
EXPERIENCIA ECLESIAL
= Coordinadora de grupo Juvenil de Artes Renacer (2015-2017)
= Pastoral Juvenil Santa Rita de Casia (Miembro activo)
= Pastoral de Comunicación Digital (Miembro activo)
=  Catequista (Activa)
= Organización de eventos eclesiales (Retiros, Campamento Tagaste)
= Participante de la Jornada Mundial de la Juventud Panamá 2019 (JMJ)
= Participante Encuentros de Jóvenes Agustinos de Panamá y Costa Rica 2020
(ENJA)
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PAGINA N*120 ACTA N*87 Ordinaria.
Diócesis de Limón
Parroquia Santa Rita de Casia
La Rita — Pococí — Limón — Costa Rica
La Rita, 16 Diciembre de 2020
Consejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Estimados Señores:
Sirva la presente para saludarles y desearles éxitos en sus labores diarias.
Por este medio Yo, Fray Higinio Barria Álvarez OSA, párroco de la Parroquia
Santa Rita de Casia de Pococí, Diócesis de Limón, recomiendo a Alberlin
Argilello Alemán ciudadana costarricense portadora de la cédula de identidad
N97 0235 0982, que goza de una condición moral excepcional, además se
caracteriza por desempeñarse de la mejor manera en lo que se le solicite, con los
mejores valores, se distingue por su compromiso eclesial en el fortalecimiento
moral y espiritual de los jóvenes que pertenecen a nuestra parroquia.
De Antemano Agradezco, que sca tomada en cuenta por sus habilidades y
compromiso para trabajar por el bien de la juventud Cantonal.
Atentamente,
Higinio Barría Álvarez
Cura Párroco
Teléfono: 2763 — 2702
Correo electrónico: parroquiasantaritadecasialimonEgmail.com
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*121 ACTA N*87 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
£
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Kenya Gabriela Campos Chavarría
Datos personales:
Cedula: 702580479
Teléfono: 86538673
Dirección Exacta: Detrás de la iglesia católica, La Rita
Correo: camposchavarriagabriela(Ogmail.com
Formación Académica
2016 Bachiller En Educación Media (Liceo La Rita)
Cursos Adicionales
2015- Formación En Informática (Liceo La Rita)
2016- Emprendedurismo (INA)
2016- Certificado Programa Nacional De Informática Educación. (MEP-FOD)
2017-2018- Relaciones Humanas Y Manejo De Conflicto (Escuela Social Juan XXI1I)
2017-2018-Metodos Y Técnicas De Motivación (Escuela Social Juan XXIII)
2019- Software de Aplicación (Cindea la Rita)
2019- Técnicas secretariales ( Cindea la Rita)
2020- Certificado de Manipulación de los Alimentos (INA) y Carnet del Ministerio De Salud
Intervenciones Laborales
2018- Pasantía En La Municipalidad De Pococi, Departamento De Cobro Administrativo
Recomendaciones
Párroco de la Parroquia Santa Rita de Casia Higinio Barría Álvarez 2763-27-02
Cualidades personales
Persona seria, con grandes deseos de superación y de adquirir los conocimientos y madurez,
habilidad, activa, tomo las asignaciones con la mayor seriedad y dispuesta a dar siempre lo mejor,
poseo capacidad para adaptarme a los cambios.
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PAGINA N*122 ACTA N?*87 Ordinaria.
REPÚBLICA DE COSTA RICA PÁGINA 1 DE 1
PODER JUDICIAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA
REGISTRO JUDICIAL
CERTIFICACIÓN DE ANTECEDENTES PENALES
[ USO LABORAL 3
NOMBRE: KENYA GABRIELA
APELLIDOS: CAMPOS CHAVARRIA
DOCUMENTO DE IDENTIDAD: 702580479
FECHA DE NACIMIENTO: TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE
SEXO: FEMENINO
NACIONALIDAD: COSTA RICA
HIJO(A) DE: KENNETH CAMPOS Y EVELYN CHAVARRIA VARELA
EMITIDO EL: VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE 0S MIL VEINTE A LAS SIETE HORAS CON
CINCUENTA MINUTOS
LA JEFATURA DEL REGISTRO JUDICIAL CERTIFICA CON BASE AL PARRAFO FINAL DE LA REFORMA AL
ARTÍCULO 11 DE LA LEY DE REGISTRO Y ARCHIVOS JUDICIALES N*6723, QUE LA PERSONA INDICADA:
4 9+**NO REGISTRA ANTECEDENTES PENALES REFERIDOS AL INCISO E) DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY N?6723++++++0
y: PARA FINES LABORALES
LICDA LIZIA ARAYA GARCIA.
JEFA DEL REGISTRO JUDICIAL
suo.
¡Nulo sim ello blanco
CRORICACIÓN eses VIARRANTESS
LICA DE COSTA RICA
E Ego de cias
EE Número de Cédula: 7 0258 0479
7 Fecra de Macimiento: 31 12 1997
d Lugar de Nacimiento: GUAPILES POCOCILIMON
Nombre del Padre: KENNETH CAMPOS PEREZ
Nero de la Madre: EVELYN CHAVARRÍA VARELA AN
Domicilo Electoral: RITA POCOCI LIMON
Vencimiento: 04 02 2030
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1
Nombre! KENYA GABRIELA
lo: CAMPOS a
CHAVARRÍA =
222221200
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”
PAGINA N*123
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*87 Ordinaria.
cipalidad de Pococí
REPÚBLICA DE COSTA RICA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
..
MEP |
A LICEO LA RITA |
7 PORCUANTO 7
CÉDULA; 7 0258.0479
Ha
BACHILLER EN EDUCACIÓ:
, alos ocho días delimes de febrer
encon tesis]
13 , ¿ES
DIRECCIÓN
MUOTEMO CE EDUCA
MS.c.
Hol obo
Director de la Institución Directora Reglonal de Educación Guópiles
REPÚBLICA DE COSTA RICA
ESCUELA SOCIAL JUAN XXI
ESCUELA
BOCIALIVAN AND CONFIERE EL PROGRAMA
ASISTENTE EN RECURSOS HUMANOS a:
KENYA GABRIELA CAMPOS CHAVARRIA
Por cuanto ha cumplido con los requisitos establecidos
Duración: 454 horas.
Impartido del : 04 de Julio de 2017 al 22 de Marzo de 2018
Otorgado en la ciudad de Guápiles, a los veintisiete días del mes de Abril, 2018
Acreditado según Resolución del Concejo de
Acreditación del INA. N? 0347-10
Firma de la Persona Autorizada por —— — Presidencia Ejecutiva INA.
parte de la Entidad
NO? de registro: 0347-00004-2018
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*124 ACTA N*87 Ordinaria.
República de Costa Rica
00
me Pp Ministerio de Educación Pública
Ministerio
de Educación Pública LICEO LA RITA
COMPONENTE DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
POR CUANTO
| Kenya Campos Chavarría
Cédula: 702580479
Ha cumplido satisfactoriamente con las 320 horas de los talleres de la opción
Formación en Informática
SE LE CONFIERE EL PRESENTE
Certificado de Aprovechamiento
Dado en la Rita, Guápiles a los 10 días del mes de Diciembre del 2015
Registrado en el Libro de Tecnología Tomo 1Fotio,12 Título número 92
> , , S E ¿onde
ZA 7 dir d 7% CIRCUITO y2 “Cel y z “e
E RA MS Ta 229 LARA (EL + CIRCUITO 02 %
Msc. Rolándo Cruz Castro Lic. Luis Fernando MoráGralM'£) Msc. Carlos Camacho Póenz” . y
Director de la Institución Profesor de Tecnologíd»,, rn Asesor Supervisor dy CifAMiR502 E
lle paseo A ra
República de Costa Rica
Instituto Nacional de Aprendizaje
epuaian e e Apot: E
KENYA GABRIELA CAMPOS CHAVARRÍA
En el Módulo:
EMPRENDEDURISMO
a Rita - Pococi der V5/0212017 ar 28/02/2017
o Con una duración de _4___ horas
Limón a1os E as delmesde febrero, 2017
Dado en _______—
A
Presidencia Ejecutiva Ñ
2501-00137-2017
Registro N*
N9 1923009
Firma Autorizada),
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
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PAGINA N*125 ACTA N?87 Ordinaria.
Ú
Fundación
OMAR DENGO
Educación, Tecnología y Desarrollo
Programa Nacional de Informática Educativa
: MEP-FOD
Otorga el presente certificado a
Campos Chavarría Kenya
Cédula No. 7-0258-0479
Calificación 100
Por haber cumplido con las normas y requisitos del curso
A)
Con una participación de — 102 horas eS
Y” ESCUELA LIDER
LA RIVA
Impartido del 3/10/2016 al 2/12/2016 enla Escuela: La Rita
i ha
A rs
e - de Informática
Dirección Pro; :4 MEP-FOD
de eprad ia CCION
REPÚBLICA DE COSTA RICA
ESCUELA SOCIAL JUAN XXIM
ESCUELA
SOCIALJUAN XXU CONFIERE EL CERTIFICADO DE APROVECHAMIENTO DEL CURSO:
RELACIONES HUMANAS Y
MANEJO DE CONFLICTOS a:
KENYA GABRIELA CAMPOS CHAVARRIA
Por cuanto ha cumplido con los requisitos establecidos
Duración: 50 horas
Impartido del: 12 de Junio al 03 de Julio de 2017
Otorgado en la Ciudad de Curridabat , a los 15 días del mes de Abril, 2018
Pbro. David Solano Chaves
Director
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Ri imali
Municipalidad de Pococí
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MUNICIPALIDAD DE P $
PAGINA N*126 ACTA N*87 CQRESCOcI
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REPÚBLICA DE COSTA RICA
pl ESCUELA SOCIAL JUAN XXIHHI
ESCUELA
SOCIAL JUAN XX CONPIERE EL CERTIFICADO DE APROVECHAMIENTO DEL CURSO:
METODOS Y TECNICAS DE MOTIVACION a:
KENYA GABRIELA CAMPOS CHAVARRIA
Por cuanto ha cumplido con los requisitos establecidos
Duración: 50 horas
Impartido del : 28 de Agosto al 18 de Setiembre de 2017
Otorgado en la Ciudad de Curridabat , a los 15 días del mes de Abril, 2018
Pbro. David Solano Chaves A
Director ESCUELA.
SUCIAL JUAN XXI
e MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
inn CINDEA LA RITA
Poy cuanto;
Kenya Gabriela Campos Chavarría
Cédula: 7 0258 0479
Ha lido sati: ii con los requisi prescritos para el curso de:
Software de Aplicación
Se extiende el presente:
CERTIFICADO DE APROVECHAMIENTO
Fecha de Inicio: 11 de febrero del 2019 Fecha de finalización: 10 de diciembre del 2019
Duración:120 horas, Calificación:93,5
Dado en La Rita, PococÍ, Limón, a los dieciséls días del mes de diclembre del año dos mil diecinueve
— Registrado en el libro de Actas: Tomo: 2, Folio; 44, N' título: 1244
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*127 ACTA N*87 Ordinaria.
e REPÚBLICA DE COSTA RICA qn
me MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA /
in CINDEA LA RITA EN4
Por cuanto;
Kenya Gabriela Campos Chavarría
Cédula: 7 0258 0479
Ha cumplido satisfactoriamente con los requisitos prescritos para el curso de:
Técnicas Secretariales
Se extiende el presente:
CERTIFICADO DE APROVECHAMIENTO
Fecha de Inicio: 11 de febrero del 2019 Fecha de finalización: 10 de diciembre del 2019
Duración:120 horas, Calificación:97
Dado en La Rita, PococÍ, Limón, a los dieciséls días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve
Registrado en el libro de Actas: Tomo: 2, Folio: 40, Ni título: 1170
Licda, Yajiel MaBiiy Rudi Azofeifa
locenté
República de Costa Rica
Instituto Nacional de Aprendizaje
Por haber cumplido los requisitos curriculares de aprovechamiento
Se confiere el presente certificado a;
KENYA GABRIELA CAMPOS CHAVARRIA
Número de Identificación: 702580479
En el Módulo de Capacitación
MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS
Con una duración de: 20 horas
Dado en Limon,Limon, a los 11 días del mes de marzo del 2020
Registro No. 2501-00392-2020
Presidencia Ejecutiva Unidad Regional
N2 2307371
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*128
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*87 Ordinaria.
Municipalidad de Pecocí
No: nro Kenya Gabriela Gompor Cámanda
7 ZO075K 0477
Ministerio
«Salud
N? Identi
Válido hasta:_£/-
DARS: _Hurocy
Firma Director(a):
aa POSE
ju MA IN
]
4
T
OFICINA DE BIENESTAR SOCIAL, FAMILIA Y MUJER
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
e-mail: ofimmpocociOgmail.com
Tel: 2711-1228
A quien Interese;
En mi calidad de coordinadora de la Unidad de Bienestar Social, Familia y Mujer de la
Municipalidad de Pococí, la suscrita, Mauren Monge Bolaños, con cédula 701430099,
psicóloga de profesión, código profesional 5544, certifico la participación activa de la joven
Kenya Gabriela Campos Chavarría, portadora de la cédula 702580479, quién se desempeñó
en la unidad de Cobro Administrativo, atendiendo llamadas telefónicas y clasificando
expedientes sobre morosidad y arreglos de pago, esto como parte de su experiencia en la
modalidad del programa empléate,
Su tarea la desenvolvió en forma activa, respetuosa y con un gran compromiso por las
distintas actividades desarrolladas.
Se extiende la presente certificación a solicitud de la interesada al ser las diez horas del día
diescis de diciembre del año dos mil diecinueve.
Atenta,
4.
Dra. Mauke n Monge Bolaños he
Coordinadora Unidad de Bienestar Social, Familia y Mujer ys
Municipalidad de Pococi A ¿
SELLO
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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MUNICIFAL IDAD DE POCOCI
PAGINA N*129 A N*87 Ordinaria.
Diócesis de Limón
Parroquia Santa Rita de Casia
La Rita — Pococí — Limón — Costa Rica
La Rita, 02 de Septiembre de 2020
A quien Interese:
Estimados Señores:
Sirva la presente para saludarles y desearles éxitos en sus labores diarias.
Por este medio Yo, Fray Higinio Barría Álvarez OSA, párroco de la Parroquia
Santa Rita de Casia de PococÍ, Diócesis de Limón, recomiendo a Kenya
Gabriela Campos Chavarría ciudadana costarricense portadora de la cédula de
identidad N* 7 0258 0479, que goza de una condición moral excepcional, además
se caracteriza por desempeñarse de la mejor manera en lo que se le solicite, con
los mejores valores.
De Antemano Agradezco, que sea tomada en cuenta por sus habilidades, en su
empresa.
Atentamente,
TEM
Qe iata, FOCO, RÓS
Higinio Barría Álvarez
Cura Párroco
: Teléfono: 2763 — 2702
Correo electrónico: parroquiasantaritadecasialimonE gmail.com
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PAGINA N*130 ACTA N*87 Ordinaria.
CURRÍCULUM VITAE
Nombre Cindy Eliette Parra Berrocal
Cédula 7 0242 0357
Estado civil Soltera
Nacionalidad Costarricense
Fecha de nacimiento 02/02/1996
Años cumplidos 24
Dirección Los Ángeles, Cariari, Pococí, Limón
Teléfono 88-01-92-18
Correo electrónico cindypb154Wgmail.com
EDUCACIÓN
2008 Conclusión de Estudios Escuela Los Ángeles
2010 Conclusión de estudios de Educación General CINDEA, CARIARI
Básica
2012 Bachiller en Educación Media CINDEA, CARIARI
2019 Bachillerato en Manejo de Recursos Naturales UNED
Cursando Licenciatura en Manejo de Recursos Naturales UNED
2020
CURSOS
2010 Hidroponía y Abono Orgánico IPEC, CARIARI
2014 Oficina Moderna CINDEA, CARIARI
2014 Ingles Conversacional para el Sector Comercial INA
2020 Administración para ASADA INA Virtual
2020 Competencias — digitales. Herramientas de Universidad Autónoma
ofimática Word, Excel y Power Point de Barcelona /Coursera
2020 Competencias digitales. Bases de datos Access Universidad Autónoma
de Barcelona /Coursera
2020 Servicio al cliente INA Virtual
2020 Excel aplicado a los negocios (Nivel Avanzado) Universidad Austral /
Coursera
2020 Fortalecimiento Organizacional para ASADAS INA Virtual
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PAGINA N*131 ACTA N*87 Ordinaria.
: 2020 Operador(A) de Tecnologías de Información y 1NA Virtual
Comunicación
REFERENCIAS
2020 M.Sc Adrián Ruiz Rodríguez Investigador Laboratorio de Ecología
Urbana, UNED
2020 Lic. Rogers Araya Guerreo Tutor en el programa de la Cátedra
Sistemas de Información Geográfica
y Cátedra de Geociencias, UNED
2020 José Odilón Castrillo López Presidente de ASADA Los Ángeles
de Cariari
INFORME FINAL DE PRÁCTICA DIRIGIDA BACHILLER UNIVERSITARIO
2019  Tiítulo:* Diseño de un proyecto educativo Supervisora Dra. Rose Marie
para promover el consumo responsable Menacho Odio, UNED
de productos alimenticios, tecnológicos y
de servicios ecosistémicos en la Escuela
Los Ángeles, Cariari, Pococf"
CONF IAS/SEMINARTI 'ACIONES /TALLERES
2019 V Conferencia Latinoamericana de Centro Nacional de Convenciones
Saneamiento, LATINOSAN de Costa Rica
2019 11l Seminario de actualización INBIO Parque SINAC
profesional MARENA
03/06/20 Capacitación del Reglamento para Impartido en Microsoft Teams por
la Prestación de Servicios del AYA Departamento Legal AYA, ORAC
Huetar Caribe
10/06/20 Taller de Tarifa de Protección del Impartido en Microsoft Teams por la
Recurso Hídrico Licda. Elizabeth Zamora Calvo,
funcionaria ARESEP
16/10/20 Capacitación del Nuevo Reglamento Impartido en Microsoft Teams por
para ASADAS funcionarios de AYA
19/10/20 Seminario sobre Aspectos Básicos  ARECEP - UNED
de Regulación en la Prestación de
los Servicios Públicos de Agua
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PAGINA N*132 ACTA N?*87 Ordinaria.
U) UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA =
(U) VICERRECTORIA DE INVESTIGACIÓN E Laboratorio de EcologlaUibana
4 LABORATORIO DE ECOLOGÍA URBANA
[UNED]
15
Atar Irerdio dl La labra
Para: Municipalidad de PococÍ
De: Adrián Ruiz Rodríguez; M.Sc.
Investigador Laboratorio de Ecología Urbana, UNED,
Asunto: Atenta recomendación postulante. ( l
Fecha: 20 noviembre 2020,
1-19 - Su.
Saludos muy cordiales,
En virtud de la convocatoria de su representada para el Curso de Liderazgo en Ecología Tropical y
Conservación; tengo el gusto de recomendar a la joven Cindy Eliette Parra Berrocal, identificación
número 7 0242 0357, vecina de Los Ángeles de Cariari, Limón, Costa Rica.
Entre los años 2004-2012 fui Encargado de Cátedra en la carrera Manejo de Recursos Naturales,
luego profesor de varios cursos en la misma carrera, por lo tanto, conozco desde hace varios años a
Cindy.
Puedo manifestar que ella siempre destacó por su rendimiento académico, además posee virtudes
y valores de mucho aprecio en jóvenes lideresas, por ejemplo, su sentido de responsabilidad,
honestidad y trabajo en equipo.
Ella ha tenido importantes avances con el apoyo de nuestra Universidad en su campo académico y
personal, participando en eventos de actualización profesional. Además, en su desempeño
estudiantil, ha procurado siempre dejar una importante y agradable impresión de la gestión
ambiental en las comunidades aledañas a su residencia, inclusive en su práctica de campo.
Por lo anterior, tengo el sumo agrado de recomendar su postulación para el curso en mención.
Quedo atento para cualquier comunicación adicional.
Mis más calurosos y atentos saludos,
M.Sc. Adrián Ruiz Rodríguez.
Investigador Laboratorio de Ecología Urbana, UNED, Costa Rica.
Doutorando em Sustentabilidade Social e Desenvolvimento, UAb, Portugal.
aruizQuned.ac.cr
+ (506) 60174615
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*133 ACTA N*87 Ordinaria.
-12-2020
Heredia, 20 de junio del 2020.
Srs. Municipalidad de Pococí
Por este medio yo Rogers Araya Guerreo, número de identificación 1-1008-0034
licenciado en Manejo y Protección de Recursos Naturales y tutor de la Universidad
Estatal a Distancia (UNED), en el programa de la Cátedra Sistemas de Información
Geográfica y la Cátedra de Geociencias, recomiendo a la señorita Cindy Eliette Parra
Berrocal, número de identificación 702420357, vecina de la comunidad Los Ángeles
de Cariari, Guápiles.
Pues ella cuenta con las siguientes habilidades: trabaja en equipo, es totalmente
responsable, puntual, integra, confiable, estoy satisfecho con los trabajos que ha
desempeñado, y es muy competente para cualquier tipo de actividad que se le
encomiende.
Por lo anterior no tengo inconveniente alguno en recomendarla, ampliamente
agradecido en la atención y facilidades que le puedan brindar.
Cordialmente,
a =>
Ligó Rogers Araya Guerrero
rogersbelenOgmail.com
+ (506) 86156815
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*134 ACTA N*87 Ordinaria.
Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario
Calle Los Prendras de Los Ángeles de Cariari, Pococí, Limón
-12-2020
y Personería Jurídica: 3-002-633240
Los Mames Correo electrónico: asadalosangeles.20180 gmail.com
20 de noviembre de 2020.
Estimados Señores(as):
En atención a una solicitud presentada ante esta ASADA en fecha 25/11/2020, a las 11:00
am expresamos que la señorita Cindy Eliette Parra Berrocal número de identificación 7 0242
0357 se encarga de la administración de la plataforma de nuestra institución ciertos días en
el mes vía Teletrabajo donde le corresponden funciones internas a nivel de lecturas,
reconexiones, emisión de facturación electrónica, reportar planillas de los funcionarios ante
la Oficina de la CCSS, ha realizado reportes al contador, digitar las bitácora de aforos y
realizar base de datos de los diferentes documentos de los abonados, entre otros informes.
Es responsable, confiable, puntual, es eficiente en cualquier trabajo que se le encomiende
y estamos absolutamente satisfechos con sus servicios.
Por tanto, no tenemos inconveniente alguno de recomendarla, y agradecemos toda la
ayuda que le puedan facilitar.
Atentamente,
Junta Directiva de ASADA Los Ángeles de Cariari.
Z Z L % y 2 (Es | Asoc. Administradora del Acueducto
e
Firma del Presidente de la ASADA | yolAlcantarlado Gonltario de Calles
José Odilón Castrillo López | Los Prendas de los Ángeles, Carlar), Pococí
Cédula: 5 0136 1131
Celular: 63-55-30-50 Sello de la ASADA
== REPUBLICA DE COSTA RI
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI SE
PAGINA N*135 ACTA N*87 Ordinaria.
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
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crltos en las leyes y ré j
le confiere el presente”
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República de Costa Ríca
SMlinisterio de Educación Pública
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
Muni ipalidad de Pecoci
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*137 A N*87 Ordinaria.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*138 ACTA N*87 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
República de Costa Rica
República de Costa Rica
Instituto Nacional de Aprendizaje
Por haber cumplido con los requisitos curriculares
se confiere el Titulo de Aprovechamiento a:
CINDY ELIETTE PARRA BERROCAL
En el Programa de Formación:
INGLÉS CONVERSACIONAL PARA EL SECTOR COMERCIAL
Nivel de Cualificación: No Aplica
Impartido en Cariari - Pococi del 29/julio/2013 al __19/agosto/2014
Con una duración de 876 horas.
Dado en Limón alos 19 días del mes de agosto de 2014
A 2501-01370-2014.
Presidencia Ejecutiva Firma Autorizada ENtidad Regional Registro N*
No 1516712
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*139 ACTA N*87 Ordinaria.
República de Costa Rica
Instituto Nacional de Aprendizaje
Por haber cumplido los requisitos curriculares de aprovechamiento
Se confiere el presente certificado a:
CINDY ELIETTE PARRA BERROCAL
Número de Identificación: 702420357
En el Módulo de Capacitación
ADMINISTRACION PARA ASADAS
Con una duración de: 60 horas
Dado en, San José/San José, a los 02 días del mes de Junio, del 2020
Registro No, 2401-01539-2020
Etunado ditlaee
VEGERALDIN CASTMNG MESEN (EIA)
Firma Digital Autorizada / Unidad Regional
La de este puedo ser: en el registro que se en la página web www.ino.ac.cr en la opción de INAVirtual
COURSE
UNB CERTIFICATE
Universitat Autónoma
de Barcelona
06.06.2020
Cindy Eliette Parra Berrocal
completó con éxito
Competencias digitales. Herramientas de
ofimática (Microsoft Word, Excel, Power Point)
tun curso en línea sin crédito autorizado por Universitat Autánoma de Barcelona y
ofrecido a través de Coursera
Miquel Mazuque Perte
Tikcrico del Programa lostitacional MOJC
Escuela de Tustgrado (Univeritar Aurdmoina de Barcelona)
Verilícalo en coursera.org/verily/9DEHAAATSRHH
Coursera confirmó lu Identidad de esta persona y 2u
participación en el curso.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
,
inte
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*140 ACTA N*87 Ordinaria.
COURSE
UNB CERTIFICATE
Universitat Autónoma
do Barcelona
25.05.2020
Cindy Eliette Parra Berrocal
completó con éxito
Competencias digitales. Bases de datos: Access
'un curso en línea sin crédito autorizado por Universitat Autónoma de Barcelona y
ofrecido a través de Coursera
biqueta
Técnico dl Praga Inslcoral 100€
Escuela do Povtgrado (Volencat Autócorra de Hareelon»)
Verificalo en coursera.org/verily/UXM'
Cosrsera confirmó la Idenidad de ento
partlcipació
República de Costa Rica
Instituto Nacional de Aprendizaje
Por haber cumplido los requisitos curriculares de aprovechamiento
Se confiere el presente certificado a:
CINDY ELIETTE PARRA BERROCAL
Número de Identificación: 702420357
En el Módulo de Capacitación
SERVICIO AL CLIENTE
Con una duración de: 44 horas
Dado en, Alajuela/Naranjo, a los 22 días del mes de Junio, del 2020
Registro No, 2301-00983-2020
Firmado digitalmente por:
CNSKATIMA PATRICIA CHAVARRIA PANIAGUA (FIRMA)
Firma Digital Autorizada / Unidad Regional
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
R ici 7
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*141 ACTA N*87 Ordinaria.
e,
Ana COURSE
:Q: CERTIFICATE
el
uno vcAdinaD
AUSTRAL
aofoglzozo
Cindy Eliette Parra Berrocal
completó con éxito
Excel aplicado a los negocios (Nivel Avanzado)
un caro enicea sin ertdito sutorizado por Universidad Auatral y ofreddo a travisde
Courera
República de Costa Rica
Instituto Nacional de Aprendizaje
Por haber cumplido los requisitos curriculares de aprovechamiento
Se confiere el presente certificado a:
CINDY ELIETTE PARRA BERROCAL
Número de Identificación: 702420357
En el Módulo de Capacitación
FORTALECIMIENTO ORGANIZACIONAL PARA ASADAS
Con una duración de: 54 horas
Dado en, Alajuela/San Carlos, a los 12 días del mes de Agosto, del 2020
Registro No. 2602-00861-2020
Firmado digitalmente por:
CN=CARLOS LUIS RODRIGUEZ GAMBOA (FIRMA)
Finma Digital Autorizada / Unidad Regional
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*142 A N*87 Ordinaria.
República de Costa Rica
Instituto Nacional de Aprendizaje
y
Por haber cumplido los requisitos curriculares de aprovechamiento
Se confiere el presente diploma a:
CINDY ELIETTE PARRA BERROCAL
Número de Identificación: 702420357
En el Programa de Formación
OPERADOR(A) DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN
Con un nivel de cualificación de: Trabajador Calificado
Con una duración de: 260 horas
Dado en, Limon/Limon, a los 03 días del mes de Noviembre, del 2020
Registro No. 2502-00871-2020
Firmado digitalmente por:
CNCALICÍA RUBY PLTRMINIMAM FONSECA (FIRMA)
Firma Digital Autorizada / Unidad Regional
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*143 ACTA N*87 Ordinaria.
CURRICULUM VITAE
DATOS PERSONALES
Nombre: Estif Ramírez Serrano
Domicilio: Limón - Pococí - La Rita - 500 metros Norte del Centro
Educativo Tarire, casa color amarillo a mano derecha, frente de la segunda parada de buses.
Celular: 62-64-99-20 Casa: 27632763
Fecha de Nacimiento: 11 de septiembre del 1994
Lugar de Nacimiento: Guápiles, Limón, Costa Rica.
Correo Electrónico: estiframirezsQgmail.com
- DATOS ESCOLARES.
Primaria:
2001-2007 Titulo de Sexto grado (Centro Educativo Tarire).
Secundaria:
2008 - 2012 Titulo de Noveno año (Liceo de San Rafael).
2013 — 2014 Quinto año ganado.
Bachillerato pendiente (solamente matemáticas).
2015 - 2017 Técnico en Contabilidad General.
2020 — 2022 Técnico en Turismo Alimentos y Bebidas
HABILIDADES
. Capacidad de tomar decisiones.
. Excelente capacidad de liderazgo.
. Disponer de pensamiento estratégico.
. Buena capacidad para adaptarse a los cambios.
CURSOS RECIBIDOS:
> Introducción a Microsoft Word (INFOCOOP)
> Identidad Cooperativa (INFOCOOP)
. Manipulación de alimentos a
MANEJO DE PROGRAMAS: a
Paquete de Office:
. Word. (Básico)
. Power Point. (Básico)
. Excel. (Básico)
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI xo 00207
PAGINA N*144 ACTA N*87 Ordinaria.
FAS
ys ÁREA DE INCLUSIÓN PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
<A, MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
HARIGPALIDAO E-mail: inclusiondiscapacidad.munipCgmail.com
Tel: 2713 6537 ext. 173
21 de enero del 2019
Guápiles, Pococí, Limón
A QUIEN CORRESPONDA:
Me permito informarle que conozco amplia y detalladamente a Estif Vinicio Ramírez Serrano con
cedula de identidad 7- 0230-0626 vecino de la Rita, Tarire 500 metros norte del centro educativo
Tarire y puedo asegurar que es una persona íntegra, estable, totalmente responsable y competente para cualquier
tipo de actividad quese le encomiende. *
El Sr Ramírez se ha caracterizado por su espíritu de superación y su alto compromiso, posee
cualidades como liderazgo, honradez y responsabilidad,
Por lo anterior no tengo inconveniente ninguno en recomendarlo ampliamente agradeciendo de
antemano la atención y facilidades que le puedan brindar.
xl,
| Lic. KembIf, Mora Rodríguez
| Gestora Inclusión Personas con Discapacidad
|
Municipalidad de Pococí
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*145 ACTA N*87 Ordinaria.
Limón, 20 de enero de 2019
A Quien Interese:
Por medio de la presente hago constar que él Joven Estif Ramírez Serrano, mayor,
Soltero, con cédula de identidad número 7-0230-0626, es una persona de muy
buenos principios y costumbres, muy trabajador, responsable y puntual en su
trabajo.
Los valores como la honestidad, humildad y la honradez son caracteristicas propias
de su perfil y estoy plenamente segura que se puede desempeñar con gran facilidad
en cualquier campo que le asignen de acuerdo a sus conocimientos.
Estif cuenta con cualidades fundamentales como su sencillez y respeto hacia cada
una de las personas con las que convive. Me enorgullece poder recomendar a un
ser humano tan especial y colaborador como él.
Agradeciendo de antemano la atención brindada.
Se despide de usted,
Eduardo Cruz Barrera
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
1%
Auditor
Intern:
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*146 ACTA N*87 Ordinaria.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*147 ACTA N*87 Ordinaria.
República de Costa Rica
Ministerio de Educación Pública
0.0
mep Dirección Regional de Guápiles
Miera ela LICEO DE SAN RAFAEL
COMPONENTE DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
POR CUANTO:
Ramírez Serrano Estif Vinicio
Cédula: 7-0230-0626
Cumplió y aprobó satisfactoriamente los talleres de la opción:
Formación en Contabilidad
SE LE CONFIERE EL PRESENTE
Certificado de Aprovechamiento
320 horas
| a Registrado en el libro de Certificados; e
Educativos
República de Cogta Rica AS
ep Ministerio de Educación Pública
0 pp
Ae
7 1
Ueiataro.
de Pac Pus
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL
DE POCOCÍ
SECCIÓN TÉCNICA NOCTURNA
POR CUANTO
Estif Vinicio Ramírez Serrano
CÉDULA; 7-0230-0626
Ha cumplido satisfactoriamente con todos los requisitos prescritos por la ley y los
reglamentos vigentes, se le otorga el título de Técnico en el Nivel Medio en:
Contabilidad cel
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
DAL
a]
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*148 ACTA N?87 Ordinaria.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD, DE POCOCI
PAGINA N*149 CTA N*87 Ordinaria.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra al joven Bryan Steven Mejía Quesada,
cédula de identidad: 7 0239 0251, como el representante de las organizaciones
religiosas del Comité Cantonal de la Persona Joven de Pococí. Que se comunique
al Consejo de la Persona Joven, al Comité Cantonal de la Persona Joven y a los
departamentos institucionales que corresponda. Se autoriza a la señora Secretaria
Municipal para que lo juramente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2315
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Daniel Sáenz, Gerente de Área de la
Contraloría General de la República, correo secretaria.tecnica(Wcgr.go.cr, dice:
Oficio: N*"19535 DFOE-ST-0150
Asunto: Información remitida para la aplicación piloto del Índice de Capacidad de
Gestión.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*150 ACTA N*87 Ordinaria.
AA CGR División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Secretaría Técnica
Al contestar refiérase
al oficio N>. 19535
10 de diciembre, 2020
DFOE-ST-0150
Señor
Manuel Hernández Rivera
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Estimado señor
Asunto: — Información remitida para la aplicación piloto del Índice de Capacidad de
Gestión.
Con oficio N.” 14100 (DFOE-ST-0071) de 15 de setiembre de 2020, se remitió a su
institución una solicitud para suministrar información para la aplicación piloto del
instrumento del Índice de Capacidad de Gestión (ICG).
Esta nueva herramienta integra ahora los instrumentos utilizados por el Índice de
Gestión Institucional (IGl) y el Índice de Gestión Municipal (IGM), Índices que han sido
aplicados por la Contraloría General de la República en años pasados con el fin de ofrecer
una medición acerca del cumplimiento de una serie de aspectos contenidos en normas y
prácticas de gestión pública. En este sentido, el ICG nace ahora de una fusión de normas,
modelos y estándares normativos, técnicos y de buenas prácticas, que contemplan
elementos básicos relacionados con la Gestión para Resultados, la Gestión de Calidad, la
Gestión de Riesgos y el Control Interno, modelos que convergen de forma integral en el
instrumento propuesto como impulsores de la mejora en la capacidad de la gestión
pública.
El ICG también parte de la idea de que cada institución es responsable de la
integridad de sus datos y que debe gestionar su propio aprendizaje con base en el uso de
dicha información. Para esto, el instrumento considera factores clave para la capacidad de
gestión que tradicionalmente no se hablan medido, tales como el liderazgo, la cultura, las
competencias, los equipos, y a su vez considera elementos como la estrategia, la
estructura, los procesos y la información, todo lo cual configura en una mezcla de
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contrdoria.generalácgrcr.go.cr
htp://wrwcgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*151 CTA N*87 Ordinaria.
o CGR División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Secretaría Técnica
DFOE-ST-0150 2 10 de diciembre, 2020
elementos tangibles e intangibles, cuya medición es más rigurosa pues apunta a factores
que son claves para el éxito en la generación de los resultados de las instituciones
públicas.
Como todo producto nuevo, la metodología requirió de una prueba para su
aplicación, con el fin de garantizar que el instrumento propuesto cumpliera
adecuadamente con los objetivos de mejora en la capacidad de gestión, que fuera
comprensible y permitiera un espacio adicional de mejora por parte de las instituciones
participantes y de otros grupos de interés. Esta prueba del ICG para el periodo 2020 contó
con una amplia participación de 275 instituciones del sector público (98,6% del total de
instituciones convocadas) y tuvo como objetivo principal familiarizar a las entidades con
este nuevo instrumento, por lo que los grados de madurez obtenidos de esta aplicación
son de referencia general.
Agradecemos cualquier retroalimentación o sugerencia, con el fin de mejorar el
instrumento para la medición del ICG que se realizará el año próximo. Durante los
primeros meses del 2021 estaremos ejecutando una serie de actividades de capacitación
relacionados con el ICG y les estaremos suministrando un instructivo detallado para su
llenado, para lo cual, oportunamente haremos las invitaciones respectivas.
En este sentido, los grados de madurez obtenidos a partir de la información
remitida en esta prueba se muestran a continuación según las dimensiones utilizadas por
el instrumento.
Nivel de madurez de capacidad de gestión Inicial
institucional:
Nivel de madurez por dimensión:
Estrategia y estructura Inicial
Procesos e información Inicial
Liderazgo y cultura Inicial
Competencias y equipos Inicial
Contraloría General de la República
T: (508) 2501-8000. F: (506) 2501-8100 C: contrdoria.generalScgrcr.go.cr
http://wwnv.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*152 ACTA N*87 Ordinaria.
PANES CGR División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Secretaría Técnica
DFOE-ST-0150 3 10 de diciembre, 2020
Finalmente, deseo expresar nuestro agradecimiento por la colaboración brindada en
este proceso y le invitamos a gestionar a lo intemo de su institución el análisis de la
información preliminar proporcionada para la toma de decisiones de mejora.
Atentamente,
IS
Fecha y hora: 10.12.2020
15:16:44
NRG/mzl
Ce:Señor Juan Luis Gómez Gómez Presidente del Concejo
Máster Rosalyn Corrales Salas Coordinadora de Planificación
G-2019004350-1
Expediente No. CGR-SGP-2019007761
Contraloría General dela República
1: (506) 2501-2000, F: 1504) 2501-8100 CC: contrdloña.generalScgrer.go.cr
hip://vownw.cor.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce oficio N*19535 DFOE-ST-0150
Asunto: Información remitida para la aplicación piloto del Indice de Capacidad de
Gestión. No se emiten recomendaciones.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*153 ACTA N*87 Ordinaria.
ACUERDO N* 2316
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Ing. Jorge Hodgson Quinn, presidente
Comité Cantonal de Deportes y la Recreación de Pococí, dice:
Oficio: CCDRP-0204-2020
Asunto: Remisión de acuerdo para aprobación del presupuesto Extraordinario 02-
2020.
Me permito informarle que en la Sesión Ordinaria N*33 realizada el lunes 07 de diciembre
del 2020 la Junta Directiva del CCDR Pococí procede a tomar el siguiente acuerdo:
ACTA N?33 ARTICULO 5-5 ACUERDO 2020-33-10
El señor Rodolfo Porras solicita la aprobación del Presupuesto Extraordinario 02-2020.
ACUERDO 2020-33-10: Por unanimidad se acuerda: aprobar el Presupuesto
Extraordinario 02-2020 del CCDR de Pococí y se remite al Concejo Municipal para su
conocimiento. Acuerdo definitivamente aprobado. Se dispensa del trámite de comisión.
JORGE Firmado digitalmente
Nodtaasn HODGSON — hummieiaMar
Fecha: 2020.12.09
Lic. Jorge Hodgson Quinn QUINN (FIRMA) 12002.0600
Presidente
CCDR Pococí
Ci: Archivo
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*154 ACTA N*87 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Comité Cantonal
de Deportes y
Recreación de
Pococí
Presupuesto
EXTRAORDINARIO
2-2020
sil
(0)
AVR
"ucionet' COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACION DE POCOCI
os
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO PARA EL PERIODO 2020
02-2020
INTRODUCCION
El presupuesto de una organización expresa la forma en que se van a aplicar los recursos
disponibles en el futuro para conseguir los objetivos fijados en la estrategia, por lo tanto, es
una herramienta esencial para la buena gestión y control interno de la institución.
El presente presupuesto extraordinario No.2-2020 del Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Pococí se realiza tomando los Aportes Extraordinarios dados por la
Municipalidad de Pococí, para desarrollar y apoyar diversos proyectos a fin de cumplir con
los objetivos trazados por el CCDR de Pococí. El objetivo de este documento es de integrar
al Plan-Presupuesto ajustado al Presupuesto Ordinario 2020 y fue aprobado por la Junta
Directiva.
Se deja previsto las necesidades deportivas, recreativas y de inversión que se requieran para
cumplir dichos proyectos sin contratiempos, y que permita la consecución de los objetivos
y metas planteadas para la institución.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIFALIDAD. DE POCOCI
PAGINA N*155 CTA N*87 Ordinaria.
1. Ingresos por Clasificación
Económica
e)
"uecase” COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACION DE POCOCI
> se
7 e,
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES DE POCOCI
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO PARA EL PERIODO 2020
02-2020
JUSTIFICACIÓN DE INGRESOS
DETALLE DE INGRESOS
Recursos de vigencias anteriores
1.4.0.0.00.00.0.0,000 |Transferencias Corrientes €62,097.796.73
3.3.2.0.00.00 Superávit Especifico €62,097.796.731 100%
Estos ingresos provienen de Aportes Extraordinarios proporcionados la
Municipalidad de Pococí, distribuidos de la siguiente manera:
+ Aporte Extraordinario para proyectos específicos por ¿54.000.000,00
+ Aporte Extraordinario por Liquidación 2019 de la Municipalidad de Pococí
por £8.097.796,73
Dicho monto, será destinado de acuerdo con la siguiente tabla:
oa, COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
de e PROYECTO PRESUPUESTARIO AÑO 2020
E 4 PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 2-2020
(E EGRESOS TOTALES POR PROGRAMA
AQ PROGRAMAS 1,11 YM
Mecca
TOTALES POR OBJETO DEL GASTO
REMUNERACIONES
SERVICOS
MATERALES Y SUMIMISTROS
BIENES DURADEROS
uno
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*156 ACTA N?87 Ordinaria.
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
PROYECTO PRESUPUESTARIO EXTRAORDINARIO 2-2020
SECCION DE INGRESOS DETALLADOS
GENERALES Y POR PROGRAMAS
CODIGO CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DELOS INGRESOS TOTAL %
1.0,0,0,00,00 INGRESOS CORRIENTES -
1,4,1,0.00,00 T/F CORRIENTES DEL SECTOR PUBLICO 62 097 796,73 100%
1.4.1,1.00.00 Transferencias Corrientes del Gobierno Central - 0%
1.4.1.4.00.00 Transferencias Corrientes de Gobiernos Locales 62097 796,73 100%
TOTAL GENERAL DE INGRESOS 62 097 796,73 100%]
|
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Y
: Capitulo de Egresos
1 Egresos totales por programa
Egresos detallados por Objeto
Resumen General de Egresos
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
PROYECTO PRESUPUESTARIO AÑO 2020
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 2-2020
EGRESOS TOTALES
CUENTA PRESUPUESTO “o
TOTALES POR OBJETO DEL GASTO 62 097 796,73 100%
0 REMUNERACIONES 7 869 582,65 12,7%
1 SERVICIOS 228 214,08 0,4%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 13 000 000,00 20,9%
3 INTERESES Y COMISIONES - 0%
4 ACTIVOS FINANCIEROS - 0,0%
5 BIENES DURADEROS 41 000 000,00 66,0%
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES - 0%
Ya TRANSFERENCIAS DE CAPITAL - 0%
8 AMORTIZACION - 0%
9 CUENTAS ESPECIALES - 0%
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICILALIDAD. DE POCOCI
PAGINA N*157 N*87 Ordinaria.
¿OM O y COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
ps 3, PROYECTO PRESUPUESTARIO AÑO 2020
BÉ y PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 2-2020
8) y EGRESOS TOTALES POR PROGRAMA
». o y PROGRAMAS 1, 11 Y 111
TOTALES POR OBJETO DEL GASTO - 8 097 796,73 54 000 000,00 62097 796,73 100%
o REMUNERACIONES > 7 869 582,65 - 7869 582,65 13%
1 SERVICIOS - 228 214,08 - 228 214,08 0%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS - - 13000 000,00 13 000 000,00 21%
5 BIENES DURADEROS - - 41 000 000,00 41 000 000,00 66%
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
PROYECTO PRESUPUESTARIO 2020
¿Wa “ea, PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 02-2020
EGRESOS TOTALES
PROGRAMA ll: SERVICIOS
TOTALES POR OBJETO DEL GASTO 8097 Er 13 100%
0 REMUNERACIONES 7869 582,65 97%]
1 SERVICIOS 228 214,08 3%
Z MATERIALES Y SUMINISTROS - 0%
Ej BIENES DURADEROS - 0%
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
PROYECTO PRESUPUESTARIO AÑO 2020
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 2-2020
EGRESOS TOTALES
PROGRAMA lll: MANTENIMIENTO INSTALACIONES
CODIGO CUENTA PRESUPUESTO
TOTALES POR OBJETO DEL GASTO 54 000 000,00 100%
0 REMUNERACIONES - 0%
1 SERVICIOS - 0%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 13 000 000,00 24%
4 ACTIVOS FINANCIEROS - 0%
5 BIENES DURADEROS 41 000 000,00 76%
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*158 A N*87 Ordinaria.
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOC!
PROYECTO PRESUPUESTARIO AÑO 2020
SECCION DE EGRESOS DETALLADOS
GENERALES Y POR PROGRAMAS
PROGRAMA | PROGRAMA ll PROGRAMA Ml
J
TOTAL |
ey PRESUPUESTADOS |
TOTAL OBJETO DEL GASTO POR SERVICIO. 62 097 19
CODIGO DE SERVICIO.
lo REMUNERACIONES 7069 582,65,
10.01 REMUNERACIONES BÁSICAS 5924 352,00]
10.01.01 Sueldos para cargos (jos. 0.00]
10.01.02 Jornales 5 705 352.00]
10.01.05 si 219.000,00]
l0.03 INCENTIVOS SALARIALES 493764.41
10.03.01 Retribución por años servidos. 0.00]
10.03 03 Decimatercer mes. 499 764,41
CONTRIBUCIONES PATRONALES AL DESARROLLO Y LA.
[0.04 SEGURIDAD SOCIAL. 000 87384192 0. 873 841,02
Contribución Patronal dl Seguro de Salud de la Caja
10.04.01 Costarricense del Seguro Social 00 548 002,66 0.00 549 002 56]
0.0402 Contribución Patronal el Instituto Mixto de Ayuda Social. 000 0.00 0,00 0.00]
[0.04.03 Conrbución Patronal dl Instituto Nacional de Aprendaaje 0,00 0,00 0,00 0,00
Contribución Patronal al Fondo de Desarralo Social y
[0.04.04 Asignaciones Familiares. 0.00 296 217,60 0,00. 2962174
10.04.05 Contribución Patronal el Banco Popular y de Desarrolo Comunal 0.00 20621,76 00 29.621,76]
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE.
0.05 PENSIONES Y OTROS FONDOS DE CAPITALIZACIÓN 0,00 5776242 4,00 577 624,32
Canirtión Poll Sao de Penn dla Coja
10.05.01 Costarricense del Seguro Social. 0.00 311 020,48 000 31102041
Aparte Patronal el Régimen Obligatorio de Pensiones.
10.05.02. Complementarias 000 29621,70 2.00 29 621,76]
|0.05.03 Aparto Patronal el Fondo de Capitalización Laboral 00 11773056 0.00 177 730.56]
Concón Parral cos fndos adrnlrados po nes
[0.05.04 PUdICOS. 000 59 24352 0,00
y SERVICIOS. 000 28 214,08 4.00
1.06 SEGUROS, REASEGUROS Y OTRAS OBLIGACIONES. 0,0 21218 214,08 2.00
11.00.01 Seguros. 0. 0.00
pz MATERIALES Y SUMINISTROS. 000 13 000 009,00
12.01 PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 00 0,00 2 200 000,00
12.01.04 Tintas, pinturas y Vryertes. 0.00 0,00 2 200 000,00.
1201.99 Otros productos químicos 000 0.0 0,00
MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA.
12,03 CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMENTO. 0,00 000  10800000,00
12.03.01 Matorialas y pruducios metálicos. 000 nm 2.060 000,00.
12.03.02 Materiales y productos mineras y astálicos o 0,00 2 980 000,00.
12.03.03 Madera y sus derivados. 0100 0,0 0.00
12.03.04 Matortalos y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo 000 0,00 2.660 000,00.
12.03.05 Materiales y productos de vidrio. 0.00 0,00 0,00
12.03.06 Materiales y productos de pésbco 0.0 0.00 1850 000,00.
12.03.90 Otros mederieles y productos de uso en la construcción: 00 0,00 1 250 000,00
5 BIENES DURADEROS. 0: 00  41000000,00
15.02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS. 0/0 0,00 41 000 000,00
15.02.99 Otros construcciones, adiciones y mejoras. 000 0,00 41 000 000,00.
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
PROYECTO PRESUPUESTARIO EXTRAORDINARIO 2-2020
SECCION DE EGRESOS DETALLADOS
GENERALES Y POR PROGRAMAS
PROGRAMA lll: MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES
Tenimiento de | TOTAL DEL
[copio] PROGRAMA IM nro! AD
TOTAL OBJETO DEL GASTO POR SERVICIO
CODIGO DE SERVICIO
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 13.000.000,00 13.000 .000,00
2.01 PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 2200000,00 — 2200000,00]
12.01.04 Tintas, pinturas y diluyentes 2 200 000,00 2 200 000,00]
12.01.99 Otros productos químicos 0,00 0,00]
MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA
203 — CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO 10:800.000,00 — 10.800:000,00
2.0301 Matariales y productos metálicos 2050 000.00  2/060000,00]
2.03.02. Materiales y productos minerales y astálicos 2090000.00  2:980000.00
12.03.03 Madera y sus derivados 0,00 0,00]
12.03.04 y ó yde 2 660 000,00 2 660 000,00]
12.03.05 Materiales y productos de vidrio 0,00 0,00]
203.06 Materiales y productos de plástico 1.850.000,00 — 1.850.000,00
203.99. Otros materiales y de uso enla > 1250.000,00 — 1250.000,00
5 BIENES DURADEROS 41000000,00 41. 000.000,00]
15.02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS 41 000000,00 41 000 000,00|
15.02.99 Otras construcciones, ediciones y mejoras 41000000,00 41 000 000,00]
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”
Municipalidad de Pococí
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*159 CTA N*87 Ordinaria.
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
PROYECTO PRESUPUESTARIO AÑO 2020
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 02-2020
GENERALES Y POR PROGRAMAS
PROGRAMA ll: SERVICIOS
coDIGO j — PROGRAMA 1 IAE
TALOBJETO. PORS| PE 8.097 796,73|
CODIGO DE SERVICIO
0 REMUNERACIONES 7869582,65 — 7869582,65
[0.01 REMUNERACIONES BÁSICAS 5924352,00 5924 352,00
0.01.01 — Sueldos para cargos fijos 0,00 0,00]
0,01.02 — Jornales 5705352,00  5705352,00
0,01.05  Suplencias 219 000,00 219 000,00
03 INCENTIVOS SALARIALES 493 764,41 493 764,42
0,03.01 — Retribución por aííos sewides 0,00 10,00]
10.03.02 Restricción al ejercicio liberal de la profesión 0,00 0,00]
0,03.03  Decimotercer mes 493 764,41 493 764,41;
10.04 CONTRIBUCIONES PATRONALES AL DESARROLLO Y LA SEGURIDAD SOCIAL 873 841,92 873 841,92
0,04.01 — Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja Costarricense del Seguro Social 548 002,56 548 002,56|
00.04.02 Contribución Patronal al Instituto Mixto de Ayuda Social 0,00 0,00
10.04.03 — Contribución Patronal al Instituto Nacional de Aprendizaje 0,00 0,00]
10.04.04 Contribución Patronal al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiaras 296 217,60 296 217,60|
00,04.05 — Contribución Patronal al Barco Popular y de Desarrollo Comunal 29 621,76 29 621,76
10.05 CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS FONDOS DE CAPITALIZACI 571 624,32 577 624,32.
10.05.01 Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la Caja Costarricense del Seguro Social 311 028,48 311 028,18
10.05.02 Aporte Patronal al Rógimen Obligatorio de Penslones Complementarias 29 621,76 29 621,76
(0.05.03 Aparte Patronal al Fondo de Capitalización Labaral 177 730,56 177 730,56]
10.05.04 — Contribución Patronal a otros fondos administrados por entes públicos 59 243,52 59 243,52
0,00]
1 SERVICIOS 228 214,08 228 214,08
1.06 SEGUROS, REASEGUROS Y OTRAS OBLIGACIONES 228 214,08 228 214,08]
1.06.01 Seguros 228 214,08 228 214,08|
Estructura Programática
Definitiva
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
2-2020
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*160 ACTA N*87 Ordinaria.
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
PROYECTO PRESUPUESTARIO 2020
A ¡PRESUENESTO EXTRAORDINARIO 02-2020
ESTRUCTURA PROGRAMATICA
DEFINITIVA
PROGRAMA ll: SERVICIOS COMUNALES
SERVICIO 9 EDUCATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS 8 097 796,73
TOTAL PROGRAMA 11 8097 796,73
GRUPO 6 OTROS PROYECTOS
Actividad
Proyecto 3 400 000,00
Proyecto 10 50 000 000,00
Proyecto 12 3 600 000,00
TOTAL PROGRAMA |! 54 000 000,00
| TOTAL GENERAL DE PROGRAMAS 62.097 796,73 |
Capitulo de Información
Complementaria
Certificaciones e Información
Complementaria
1
Detalle de Origen y |
Aplicación de Fondos |
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
2-2020
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*163 ACTA N*87 Ordinaria.
Plan Operativo
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
2-2020
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACION DE POCOCI
EXTRAORDINARIO 2-2020 POR META
PRESUPUESTO ORDINARIO 2020
PROGRAMA II
EDUCATIVOS
mera | cono PROGRAMA 2 CULTURALES Y — [PRESUPUESTO DEFINITIVO
DEPORTIVOS
01 OPERACIÓN DEPORTIVA 8097 796,73
O REMUNERACIONES Ea | 786958265
[0.01.02 |Jornales 5705 352,00
10.01.05 |[Suplencias. 219 000,00
EVENTUALES , -
o.02.01 [Tiempos Extraordinarios
10.03.01 [Retribución por años servidos
/0,03.02 [Restricción al Ejercicio Libre a la Profesión
10.03.03 |Decimotercer mes 493 764,41
10.03.99 [Otros Incentios Salarial
/0.03.04 [Salario escolar
AL DESARROLLO Y LA SEGURIDAD SOCIAL E 973 841,92
10.04.01 [Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja Costarricense del Seguro Social 548 002,56
10.04.02 [Contribución Patronal al Instituto Míxto de Ayuda Social 296 217,60
10.04.03 [Contribución Patronal al Instituto Nacional de Aprendizaje
10.04.04 [Contribución Patronal al Fondo de Desarrollo Soclal y Asignaciones Familiares
10.04.05 [Contribución Patronal al Banco Popular y de Desarrollo Comunal 29 621,76
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS FONDOS DE CAPITALIZACIÓN 577 624,32
10.05.01 [Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la CCSS 311 028,48
10.05.02 [Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pé Ce rias 29 621,76
[0,05.03 [Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral 177 730,56
10.05.05 [Contribución Patronal a Fondos Administrados por Entes Privados 59 243,52
_J106 REASEGUROS Y OTRAS OBLIGACIONES . ue E
11,065.01 [Seguros 228 214,08
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIP y
PAGINA N*164 AS ATA Riera
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACION DE POCOCI
EXTRAORDINARIO 2-2020 POR META
PRESUPUESTO ORDINARIO 2020
PROGRAMA III
mera | cooiso PROGRAMA lll presupuesto — |EXTRAORDINAR — [PRESUPUESTO DEFINITIVO
03 PROYECTO PINTURA CANCHA MULTIUSOS E INSTALACIONES DE TABLERO LA COLONIA| _ 3100 000,00 400 000,00 3 500 000,00
[BIENES DURADEROS 3,109 000,00 400 000,00 3 500 000,00
5.02 — [CONSTRUCCION ADICIONES Y MEJORAS 3100 000,00 400 000,00 3:500.000,00
15.02.99 |Otras Construcciónes Adiciones y Mejoras 3 100 000,00 400 000,00 3 500 000,00
10 REMODELACION ESTADIO CARIARI 25000 000,00 | 50.000 000,00 75.000 000,00
2|MATERIALES Y SUMINISTROS. 25 000 000,00 13 000 000,00 38 000 000,00
01 [PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS - 2 200 000,00 2.200 000,00
12.01.04 | Tintas, pinturas y diluyentes - 2.200 000,00 2.200 000,00
[2.03 — [MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO 25 000.000,00 | 10.800. 000,00 35 800 000,00.
22.03.01 [Materiales y productos metálicos 5 000 000,00 2.060 000,00 7.060 000,00
72.03.02 [Materiales y productos minerales y asfálticos 20.000 000,00 2.980 000,00 22 980 000,00
2.03,04 [Materiales y pr electricos, yde - 2.660 000,00 2660 000,00
2.03.06 [Materiales y productos de plástico - 1850 000,00 1850 000,00
12.03.99 [Otros materiales y productos de uso en la construcción - 1250 000,00 1250 000,00
S|BIENES DURADEROS . 37 000 000,00 37.000 000,00
15.02 ¡CONSTRUCCION ADICIONES Y MEJORAS E 37 000 000,00 37 000 000,00
15.02.99 JOtras Construcciónes Adiciones y Mejoras - 37.000 000,00 37 000 000,00
12 ENMALLADO DELA COLONIA. - 3,600 000,00 3600 000,00
S|BIENES DURADEROS . 3 600 000,00 3 600 000,00
[5.02 [CONSTRUCCION ADICIONES Y MEJORAS. . 3 600 000,00. 3 600 000,00
[15.02.99 [Otras Construcciónes Adiciones y Mejoras - 3 600 000,00 3600 000,00
Anexo 1
Justificación de Ingresos y Egresos
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”
Municipalidad de Pococí
a
MUN
PAGINA N*165 ICIRALIPAD,DE POCOCI
Ao,
zz
e)
o cue COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACION DE POCOCI
Pa
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES DE POCOCI
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO PARA EL PERIODO 2020
02-2020
JUSTIFICACIÓN DE INGRESOS
DETALLE DE INGRESOS
Recursos de vigencias anteriores
1.4.0.0.00.00.0.0.000 |Transferencias Corrientes (62.097.796.73
3.3.2.0.00,00 Superávit Especifico €62.097.796.73| 100%
Estos ingresos provienen de Aportes Extraordinarios proporcionados la
Municipalidad de Pococí, distribuidos de la siguiente manera:
e Aporte Extraordinario para proyectos específicos por ¿54.000.000,00
+ Aporte Extraordinario por Liquidación 2019 de la Municipalidad de Pococi
por ¿8.097,796,73
Dicho monto, será destinado de acuerdo con la siguiente tabla:
OA 0 COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE POCOCI
y, Ea PROYECTO PRESUPUESTARIO AÑO 2020
sE Ed PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 2-2020
ó EGRESOS TOTALES POR PROGRAMA
DN PROGRAMAS 1, ll Y 11
TOTALES POR OBJETO DEL GASTO
0 REMUNERACIONES - X > A
1 SERVICIOS - 228 214.08 . 228 214,08 0%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS » - 13 000 000,00 13 000 000,00 21%
5 BIENES DURADEROS - - 41 000 000,00 41 000 000,00 66%
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
MUNICILALIDAD. DE POCOCI
PAGINA N*166 CTA N*87 Ordinaria.
SONAL op
e %,
Serceno” COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACION DE POCOCI
E
e,
A
qu
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES DE POCOCI
PRESUPUESTO ORDINARIO PARA EL PERIODO 2020
JUSTIFICACIÓN DE GASTOS PRESUPUESTADOS EXTRAORDINARIO 2-2020
Programa ll
Meta Operación Deportiva
Mediante este programa se pretende abarcar todas las necesidades de los diferentes
programas deportivos y culturales, así como de recreación que el Comité considere
convenientes para una adecuada función de los mismos.
[o [REMUNERACIONES [ 47.869.582.65| 97%)
Se presupuesta en la partida 0.01.02 Jornales y las respectivas partidas de cargas sociales y
decimo tercer mes, para la contratación de 3 trabajadores necesarios para atender las
instalaciones deportivas y acatar las disposiciones sanitarias solicitadas por las autoridades
del Ministerio de Salud, así como su mantenimiento. Se incluye £219.000,00 a la partida
0.01.05 de suplencias y sus respectivas cargas sociales estimando la posibilidad de suplir
tiempo de alguno de los trabajadores fijos.
+4 [servicios [ £167.900,00| 0.68% |
Para el presente se utiliza para cubrir los seguros de Riesgos del trabajo de los salarios de
los 3 empleados antes citados.
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES DE POCOCI
PRESUPUESTO ORDINARIO PARA EL PERIODO 2020
JUSTIFICACIÓN DE GASTOS PRESUPUESTADOS EXTRAORDINARIO 2-2020
Programa ill
Meta Proyecto Pintura Cancha Multiusos e Instalaciones de Tablero La Colonia
5 BIENES DURADEROS $400.000.00 100%
Se presupuesta dicho monto a la partida 5.02.99 Otras Obras Adiciones y Mejoras para
complementar el proyecto Pintura Cancha Multiusos e Instalaciones de La Colonia.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICILALIDAD. DE POCOCI
PAGINA N*167 A N*87 Ordinaria.
¿oe O,
Se
Pe >< .
a COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACION DE POCOCI
Meta Remodelación Estadio de Cariari
Se recibe por parte de la Municipalidad de Pococí el monto de £ 50.000.000,00 para la
remodelación del Estadio de Cariari, que consiste en la construcción de 5 módulos de
camerinos deportivos, sala de reuniones, bodega de equipamiento y lavandería, nuevas
bancas para jugadores. También se construye una cabina de transmisión para radio y
televisión. Todo el proyecto en cumplimiento del reglamento de construcciones, la Ley 7600
y el reglamento para funcionamiento de la FEDEFUT para partidos de 2da y lera división.
[ 2 [MATERIALES Y SUMINISTROS E [ $13.000.000,00] 26% ]
Mediante esta partida se toman en cuenta todos los materiales constructivos a utilizar en
la licitación de dicho proyecto.
L 5 | BIENES DURADEROS jeranas| zas]
Se licitará la contratación de una empresa constructora con experiencia en la construcción
de infraestructura deportiva para que ejecute la realización del proyecto.
Meta Enmallado de La Colonia
Se asigna parte del presupuesto extraordinario aportado por la Municipalidad de Pococí por
un monto de ¿3.600.000,00 a la partida 5.2.99 para el enmallado.
5 BIENES DURADEROS asian! 100%]
Anexo 2 |
|
CERTIFICACION BLOQUE DE
LEGALIDAD Y CCSS
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*168 ACTA N*87 Ordinaria.
Certificación de verificación de requisitos del bloque de legalidad
presupuestario que debe cumplir el presupuesto inicial y sus votlaciones, de las
municipalidades sujetas a la aprobación presupuestario de la
Contraloría General de la República.
El (la) suscrito (a) Xiomara Compos Jiménez cédula 1-0666-0798
mayor, casado, contadora pública
A Contadora Comite
responsable del proceso de formulación de Presupuesto Extraordinario 2-2020
Año 2020 de la Comite Cantonal de Deporles y Recreación de Pococi designado por
Junta Directiva por este medio certifico, con conocimiento
de las responsabilidades penales, civiles y administrativas que me sean atribuibles al
certificar información no veraz, que he revisado todos los aspectos del bloque de
legalidad contenidos en esta certificación.
A, — Requisitos del bloque de legalidad que en caso de incumplimiento debe darse la
improbación o archivo sin trámite según corresponda”, del presupuesto inicial o sus
variaciones, por parte de la Contraloría General de la República”.
Requisitos Seleccione Observaciones
|. El documento presupuestario remitido a la Contraloría
General de la República lue aprobado por el Concejo
Municipal/otro órgano colegiado, conforme lo
dispuesto en el arlículo 13, inciso b) y 105 del Código | Si
Municipal -CM- (principios de legalidad, participación
y publicidad), y en concordancia con los artículos 70 y
129 y siguientes de la Ley N.* 6227,
2. Se incluye el contenido presupuestario para cumplir
con las árdenes emitidas por la Sala Constitucional, y
acorde con lo dispuesto en los arlículos 41 y 48 de lo [Si
Constitución Política.
2 Sin perjuicio de las responsabilidades que se puedan alribuir a los funcionarios que han incumplido sus deberes, según
lo establece la Ley N.* B131, la Ley General de Control Interno, N.? 8292 y el artículo 26 del Título IV de la Ley N. 9635
*Forlolecimiento de los Finanzas Públicas”
* Además de los relalivos al acta de aprobación del presupuesto orcinario, establecidos en el Código Municipal,
* Ley General de lo Administración Pública, publicado en La Gaceta N.215 de 22 de enero de 197).
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNI
PAGINA N*169 y UCA A AS
3. Se incluye el contenido presupuestario suficiente”,
cuando ha vencido el plazo de tres meses pura
atender los obligaciones derivadas de resoluciones
judiciales. conforme con lo dispuesto en el artículo 78,
punto 2. de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Si Sl
Administrativa N.* 3667* o acorde con lo dispuesto en
el artículo 168 incisos 1) y 2) del Código Procesal
Contencioso Administralivo, Ley N.? 8508' según
corresponda.
4. Se emitió el documento "Consulta Morosidad Digital
Web"* de la CCSS en el cual conste que la institución
se encuentra ol día en el pago de las cuotas
patronales y obreras de esta Institución o que existe,
en su caso, el correspondiente oreglo de pogo
debidamente aceptado, según lo dispuesto en el
artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS. N.* 17 y
sus reformas.
5. El documento presupuestario incluye el contenido
económico suficiente para cumplir con todos los
compromisos adquiridos -Crédito municipal, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 del Código
Municipal (principios de universalidad e integridad y
programación).
Si y
6. Se incorpora el contenido presupuestario para
financiar los partidas y subparlidas de egresos
necesarios para el funcionamiento de la instilución
durante todo el año, de acuerdo con lo dispuesto en [e;
el artículo 176 de la Constitución Polílica y los arlículos
4 y 5 inciso a) de la Ley N.” 8131 (principlos de
universalidad e integridad y sostenibilidad).
7. Se incluye la asignación presupuestaria para el pago
del seguro de riesgos del trabajo, según lo dispuesto
en el artículo 331 del Código de Trabajo, Ley N.* 2" y
sus reformas.
* Los egrosos respectivos se clasificarán en la partida y subportida por objeto del gasto, así como en los programas
presupuestarios correspondienles.
Publicada en La Gaceta N.? 65 del 19 de marzo de 1966.
Publicada en el Alcance N.* 38 a La Gacela N.? 120 del 22 de junio del 2006.
9 Dicho documento deberá incluirse como un anexo al documento presupuestario en el espacio que el SPP disponga
para ello y la fecha de validez debe coincidir can la fecha de presentación del documento presupuestario a la
Contraloría General,
Y Ley N? 17 del 22 de oclubre de 1943.
"Publicada en La Gaceta N.* 192 del 29 de agosto de 1943.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*170
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*87 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
B, Se incluye en el documento presupuestario el
contenido económico requerido de acuardo con el
porcentaje esloblecido'', para la transferencia al
Fondo de Capitalización Laboral (3%), conforme lo
dispuesto en la Ley de Prolección al Trabajador N.?
7983.
Si
9. La municipalidad se encuentra al día en las
operaciones con el IFAM, acorde con lo establecido
en el artículo 37 de la Ley del Instilulo de Fomento y [Si
Asesoría Municipal, N.? 4716 (principios de legalidad,
universalidad e integridad).
10.la Municipalidad formuló el documento
presupuestario correspondiente y giró a favor de la
inslitución respectiva las utilidades de los testejos
populares en la proporción que correspondía -artículo No Aplica
11 y 12 de la Ley N.? 4286 y sus reformas- (principio de
legalidad).
EI CCOR no le
corresponde
Requísitos del bloque de legalidad que en caso de Incumplimiento, generará la
aprobación parcial" del presupuesto Inicial o sus variaciones por parte de la Contraloria
General de la República
Requisitos
l. Existe equilibrio presupuestario entre los ingresos y egresos
propuestos, contorme con lo dispuesto en el artículo 1764 de
la Constilución Política, 100 del Código Municipal y 5, inciso
e), de la Ley de Administración Financiera de la República y
Presupuestos Públicos, N.? 8131 y el numeral 2.2.3 de las
Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (principios de
anualidad y universalidad e integridad).
Seleccione
Observaciones
Ll
2. El documento presupuestario incluye todos los ingresos y
egresos probables (principio de universalidad e integridad).
2
”
Lo base para el cálculo de dichos porcentajes corresponderá a los montos por concepto de Remuneraciones
básicas, Remuneraciones eventuales (excepto Dietas) Incentivos salariales (excepto decimotercer mes) y
Remuneraciones diversas.
Sin perjuicio de las responsabilidades que se puedan atribuir a los funcionarios que han incumplido sus deberes,
según lo establece la Ley de Administración Financiero y Presupuestos Públicos y la Ley General de Control Interno.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
£
Pacino ner IAN orar
A N*87 Ordinaria.
3, Lo sección de ingresos incluye cada cuenta por la totalidad
del importe” (principios de universalidad e integridad).
4. Todos los ingresos propuestos cuentan con la base legal
vigente (principios de legalidad y de universalidad e |Si v
integridad).
La eslimoción de ingresos propuesta se fundamenta en
métodos técnicos (matemáticos, financieros y estadísticos)
de común aceplación (principio de universalidad e
Integridad).
6. Las tasas han sido aprobadas por el Concejo Municipal y No corresponde
publicadas en La Gaceta, Suministrar la referencia de la [No Aplica
publicación respectiva.
7. Los ingresos por concepto de Ironsferencios del Gobiemo
de la República se incorporan en el Proyecto o Ley de
Presupuesto de la República para el año ___,yse indica el ls; ”
registro presupuestario, monto y finalidad de los recursos
(principios de legalidad y universalidad e integridad)". B
>
4
8. Los ingresos por concepto de transferencias provenientes de
otras entidades públicos están incorporados en los
presupuestos de las instituciones concedentes (principio de
universalidad e integridad) — suministrar oficio de la |Si ”
inslilución concedente con la referencia del documento
presupuestario aprobado en el cual está presupuestado la
transferencia-'
9. El monto del Superávit (libre y el específico] incorporado en
el documento presupuestario se ajusta al resultado de la
Liquidación presupuestaria aprobada por el Concejo u
órgano competente.
En el coso de que se encuentre en el plazo legal para la
remisión de la Liquidación, el monto se ajusta a la estimación
suscrila por el encargado de los asuntos financieros de la
institución, según lo indicado en la norma 4.2,14 b) de las
Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (principio de
universalidad e integridad).
¡Si de
P Artículo 5 de la Ley 8131, inciso a) Principio de universalidad e integridad. El presupuesto deberá conlener, de manera
explícita, tados los ingresos y gaslos originados en la actividad financiera, que deberán incluirse por su importe
integro; no podrán alenderse obligaciones mediante la disminución de ingresos por liquidar,
Las transterencias que los municipalidades recibirán de instituciones públicas, deberán ser presupuestadas de forma
obligatoria, lanto por el órgano concedente como por la municipalidad o federación, en el mismo periodo, de no
ser asi, la Institución concedente no podrá girar los recursos, de forma tal que si tueran gírados, los gobiernos locales
o federaciones están en la obligación de devolverlos ul concedente. -artículos 176 y 100 de la Constitución Polílica
y del Códiao Municipal, respectivamente. Asimismo, en el anlículo 5 y 12 de la Ley N.* 8131 y el numeral 2.2.3, de las
NTPP, en cumplimiento de lo establecido en los principios de anualidad y universalidad, entre otra normativa
aplicable.
* Idem
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICI
PAGINA N*172 nu Roma A
10,Todos los recursos con destino especifico se encuentran
aplicados según la finalidad establecida en el bloque de
legalidad que les da origen (principios de legolidad, [Si
especificación y universalidad e integridad).
11.De los ingresos originados en tasas y precios, se aplica un
10% para el desarollo de los servicios respectivos, conforme
lo dispuesto en el ortículo 83 del Código Municipal Si ES
(principios de legalidad y de universalidad e integridad).
12.Todos los gostos propuestos cuentan con la base legal
vigente (principios de legalidad y de universalidad e |Si y
integridad).
13.La sección de egresos considera que cada subpartida se
incluya por la totalidad de su importe (principios de [sj =l
universalidad e integridad).
14,Los gastos fijos ordinarios se financian con ingresos ordinarios,
según el artículo 110 del Código Municipal y el arlículo $ de
lo Ley N.? 8131 (principios de equilibrio y de limitación en el la;
presupuesto instilucional para el financiamiento de gastos
corrientes).
15.5e linancian gastos corrientes con ingresos de copitol que
infrinjan lo dispuesto en el artículo 6 de la ley de
Administración Financiera de la República y Presupuestos
Públicos, N.* 8131 (principios de legalidad, de limitación en No hi
el presupuesto institucional para el financiamiento de gastos
corrientes con ingresos de capital y especificación).
16.Se cumple con el porcentaje destinado a gastos generales se incluye un 10%
de administración (máximo 40% de los ingresos ordinarios
municipales), según lo dispuesto en el orliculo 102 del [sj á
Código Municipal (principios de programación, gestión
financiera y especificación).
17,8 detalle de la estructura organizacional -Recursos
Humonos- se ajusta al formalo establecido para lal electo Bi >
en el Cuadro N.>2.
18,8 solorio del Alcalde Municipal/inlendente Municipal y La Junta Directa es
Viceolcalde/Vicelntendente se ajustan a lo establecido en ad-honore
el articulo 14 de la Ley contra la comupción y el
Enriquecimiento ilícito en la función Pública, N”. 8422, y el
artículo 20 del Código Municipal (principios de legalidad y
universalidad e integridad)
No Aplica |»
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
A
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*173 ACTA N*87 Ordinaria.
l9,.ta creación, eliminación, revaloración, reosignación,
trarstormación o creación por sustitución de plazas, está
debidamente pustificada o respoidada en los besas]
€ (princiolos de y univ
integridad).
20.Los montos de las dietas de Regidores y Síncicos se ajustan a
lo establecido en el arículo 20 del Código Municipal [No Aplica] »
(principio de legalidad).
21.£l otorgamiento de beneficios patrimoniales, gratuitos o sin pe pen treciaos;
contraprestación olguna por parte de la enlidad a favor de Tiirbannl
sujetos privados están dados por ley o da acuerdo con
olguna normaliva específica, según lo dispuesto en el [No Aplica|
articulo 5 de lo Ley Orgónica de la Contraloría General, N?
7428 y en la Ciculor N.* 14299 del 18 de diciembre de 2001
(principio de lagolidad).
22.8 documento presupuestario contiene los elementos y
criterios necesorlos pora medi los resultados relacionados
con su ejecución, basándose en criterios funcionales que
permitan evaluar el cumplimiento de las poíicas y la
planificación anwol, así como la incidencia y el Impacto
económico-financiero do la ejecución det plan (prncipio
del presupuesto como insiumento para la medición de
resultcidos)
23.8 documento presupuestario cumple con los elementos a
'consideror en lo fase de formulación y agrobación interna
indicados en los Normas Técnicas sobre Prasupuestos [SÍ hs
Públicos (norma 4.1.3).
24Se Incomora por objelo del gasto en el documento
presupuestario el aprovisionamianto obigataro destinado a
desorrollar acciones de prevención y preparolivos para
siluaciones de emergencios on áreas de su competencia,
según lo dspuesto en el artículo 45, Ley N.* 8488 [principios
de legalidad y universalidad)
2550 do contenido prempuestaro a la subparida de
“Edificios” de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7
de la ley NP 6750 y sus reglamentos, se cumplen los
siguientes supuestos:
a, El monto presupuestado es igual o superior o los diez
milones de colones.
b. Conesponde a la comtwcción de uno o varas
edilicaciones (nueva). po
€. Su uso se destinará alo prestación de servicios directos
9 la población.
Si la respuesla es "ST" indicor en observaciones lo lecha de
fnclacción prevista pora la terminación de la(s) obro (5) as
como su costo toto!"
25.30 convdera la honlejenca a la Comiión Nacional de
Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias,
conespondiente a un tres por ciento (93) del superávi Here.
para el financiamiento del Sistema Nacional de Gestión del ¡No Aplica
fiesgo, de conformidad con el arícuo 46 de ta Ley
Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, N* 8488.
di que se ha el de lodos los. del bloque de
legalidad que le oplican a la en materña de y del ena
documento presupuestario.
Esta certficaciónta emitó ata 19 horosdol_08 de Diciembre qa 2020
_Momora Campos Jiménez
Puesto: Contadora Comite
Comto xcOMPoScréholmal com
ES
Firma” —
"Ese cumplen Jor supuestos indicados en los Incltos ol.) y e) para el año de la fnolzación cobro:
o contenido presupuestos a la mbporido de "piezas y obras de colucción de e osos
contormidod cono
en el orticulo 7 de la Ley No. 6750 citoda y el articulo 12 del Decreto No, 294/9.C. precada la Improvoción del
sontorido presupuestano de la subparído “Edificios” ÚNICAMENTE" on lo que corigonde a los olconcos de la Ley
* Esta compo debe complelase en oquelos casos en los cuales ol funcionario que errite la ceíicos tma
dotal. delo contaño, se procedo a imprimie la cerifcoción y so fema el documento de forma forma fico. as
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Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*174 ACTA N?87 Ordinaria.
VÁ
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce oficio CCDRP-0204-2020 sobre la
remisión de acuerdo para aprobación del presupuesto Extraordinario 02-2020.
ACUERDO N* 2317
Se conoce nota para este Concejo suscrito por el señor Héctor Fernández Masís, Director
General del Tribunal Supremo de Elecciones, correo electrónico: dirgre(Wtse.go.cr, dice;
Oficio: DGRE-821-2020
Asunto: Solicitud de colaboración para asesoría ante eventual consulta cantonal.
pa a
Tribunal Supremo de Elecciones
A
15 de diciembre de 2020
DGRE-821-2020
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí.
ASUNTO: Solicitud de colaboración para
asesoría ante eventual consulta cantonal.
Estimados(as) señores(as):
Previo un cordial saludo y en atención al oficio n.2 SMP-2178-2020, en el que se
solicita colaboración para la realización de una eventual consulta cantonal mediante la
cual los habitantes del cantón de Pococi se manifiesten sobre la creación o no del nuevo
cantón de Cariari, gestión que implicaría la escisión de territorios del actual cantón de
Pococí (proyecto de ley con número de expediente 20.538); sin detrimento del avance
que este asunto conlleve en la corriente legislativa, es menester aclarar lo siguiente:
De conformidad con el Manual para la realización de consultas populares a escala
cantonal y distrital (decreto TSE n.? 03-98) le corresponde al Concejo Municipal que
promueve la consulta, la elaboración y aprobación del Reglamento que orientará el
proceso consultivo que se pretende. Así las cosas, se hace la salvedad de que el rol del
TSE en esta materia, se limita únicamente a un rol de facilitador y asesor para la
preparación y realización de las consultas, de ahí que la responsabilidad ligada al avance
de una gestión de esta naturaleza depende del impulso y el interés que ejerza el órgano
municipal.
Teniendo claro esto, también se hace la salvedad de que la convocatoria a una
consulta cantonal, también depende de plazos dispuestos en el citado Manual, toda vez
que de conformidad con el artículo 2, inciso 7.2 no se podrán realizar consultas en los
meses previos a un proceso electoral; puntualmente la norma señala:
*(...) no serealizarán consultas populares a escala cantonal o distrital dentro de los ocho
meses anteriores a la celebración de elecciones nacionales o de los tres mesesanteriores
a la elección de alcalde municipal.”
Dirección General del Registro Electoral y Financlamlento de Partidos Políticos
Costado oeste del Parque Nacional, Apdo. 2163-1000, San José, Costa Rica
Teléfono: 2547-4801 - Fax: 2547-4814 » E-mail: dirgrefUtse.go.cr
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*175 ACTA N*87 Ordinaria.
Municipalidad de
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
p
13 de febrero de 2020
DGRE-248-2020
Página: 2
Así las cosas, tratándose de una eventual consulta, de cara a las Elecciones
Nacionales a celebrarse el 6 de febrero del año 2022, el plazo perentorio sería el próximo
5 de junio de 2021. Este aspecto es de gran relevancia, por cuanto el tiempo que resta
para esa fecha es relativamente corto, si se toma en cuenta las complejidades derivadas
de los aspectos logísticos y presupuestarios que supone la organización y ejecución de
una consulta cantonal, máxime en el escenario de la emergencia sanitaria que exigen
medidas como el establecimiento del aforo máximo de electores por centro de votación,
cuidado personal y distanciamiento social emitidas por las autoridades en salud. De lo
anterior se infiere que es menester del Concejo Municipal de Pococí promover e incoar
las gestiones necesarias para dar continuidad y validez jurídica a un esfuerzo de esta
índole, máxime que el proyecto de ley aún continúa tramitándose en la Asamblea
Legislativa, aspecto que el órgano municipal debe de sopesar para no propiciar una
antinomia jurídica, en la eventualidad de que este proyecto se convierta en ley.
Con base en lo expuesto, esta Dirección reitera la colaboración para la asesoría
que se solicita y se adjunta el “Manual para la realización de consultas populares a escala
cantonal y distrital”, con el objetivo de que sirva de instrumento de guía y consulta para
la atención de los objetivos que promueve el Concejo Municipal de Pococí.
Atentamente,
cid ERRE
FERNANDEZ
ASIS ERA
Héctor Fernández Masís
Director General
HFM/cwínrcm
Adjunto: “Manual para la realización de consultas populares a escala cantonal y distrital”
C.Digital. Secretaría General del TSE.
2482
Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos
Costado oeste del Parque Nacional, Apdo. 2163-1000, San José, Costa Rica
Teléfono: 2547-4801 + Fax: 2547-4814 + E-mail: dirgreWtse.go.cr
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
ccoci
mM unicipali tad de Pecoci
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Tribunal Supremo de a
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MANUAL PARA LA REALIZACIÓN DE CONSULTAS
POPULARES A ESCALA CANTONAL Y DISTRITAL
DECRETO n.* 03-98
Publicado en La Gaceta N.0204 de 21 de octubre de 1998
1. INTRODUCCIÓN
El presente Manual constituye una guía para que los Concejos Municipales
elaboren sus reglamentos para la realización de plebiscitos, referendos y
cabildos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos cuatro, inciso g) y
decimotercero, inciso j) del Código Municipal. (*)
( *) Mediante Ley n.0 8822 del 29 de abril de 2010, publicada en La Gaceta n.0110 de 08 de
junio de 2010, se adicionó un nuevo inciso h) al artículo 13 del Código Municipal y se corrió
la numeración de los subsiguientes, razón por la que el antiguo inciso j) pasó al inciso k)
actual.
2. LINEAMIENTOS GENERALES
2.1. Definiciones
Cada Concejo Municipal está en la obligación de dictar un reglamento para la
realización de tres modalidades de consulta popular: plebiscitos, referendos y
cabildos.
2.1.1. Consulta popular.
MANUAL PARA LA REALIZACIÓN DE CONSULTAS POPULARES
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Tribunal Supremo de Eleccionés
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Se entiende por consulta popular el mecanismo mediante el cual la
Municipalidad somete a consideración de los ciudadanos un determinado
asunto, a fin de obtener su opinión.
2.1.2. Plebiscito.
Plebiscito es la consulta popular mediante la cual los habitantes del cantón se
pronuncian sobre un asunto de trascendencia regional, o se manifiestan
sobre la revocatoria del mandato de un alcalde municipal.
2.1.3. Referendo.
Referendo es la consulta popular que tiene por objeto la aprobación,
modificación o derogación de un reglamento o disposición municipal de
carácter normativo.
2.1.4. Cabildo.
Cabildo es la reunión pública del Concejo Municipal y los Concejos Distritales,
a la cual los habitantes del cantón son invitados a participar directamente
con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.
2.2. Objeto de la Consulta Popular
La consulta popular puede versar sobre cualquier asunto, siempre que
cumpla los siguientes requisitos:
2.2.1. Que el asunto a resolver sea de competencia Municipal.
2.2.2. Que el asunto a resolver no tenga un procedimiento debidamente
reglado por la ley.
2.2.3. Que el resultado de la consulta pueda dar origen a un acto
administrativo válido y eficaz de la autoridad Municipal.
2.2.4. Que la consulta verse sobre un asunto actual y de interés general
para los habitantes de la comunidad.
2.3. Acuerdo de Convocatoria
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El Concejo Municipal es el órgano competente para convocar a plebiscitos,
referendos y cabildos a escala cantonal. Para ello, deberá dictar un acuerdo
de convocatoria, que deberá comunicar al Tribunal Supremo de Elecciones, y
que contendrá lo siguiente:
2.3.1. La fecha en que se realizará la consulta, no será a menos de tres
meses de haber sido publicada la convocatoria en los casos de plebiscito y
referendo, y de un mes en el caso de cabildo.
2.3.2. Definición clara y detallada del asunto que será objeto de consulta.
2.3.3. Indicación de la previsión presupuestaria pertinente para la
realización de la consulta popular.
2.4. Comisión Coordinadora de la Consulta Popular
El Consejo Municipal podrá nombrar una comisión, conformada por regidores
y síndicos, que se encargue de la organización y dirección de la consulta, a la
cual deberá proveer los recursos suficientes para el cumplimiento de su
cometido.
2.5. Asesores y delegados del Tribunal Supremo de Elecciones
El Tribunal Supremo de Elecciones brindará asesoría a las municipalidades en
la preparación y realización de las consultas. Para tales efectos:
2.5.1. El Tribunal Supremo de Elecciones asignará al menos un funcionario
que asesorará a la Municipalidad en la preparación y realización de la
consulta popular. Dicho funcionario velará por el cumplimiento de los
requisitos formales establecidos en el reglamento y en la legislación electoral
vigente.
2.5.2. Sin perjuicio de lo anterior, el Tribunal podrá asignar cuantos
funcionarios estime pertinentes para supervisar el proceso, así como a
miembros del Cuerpo Nacional de Delegados que colaboren con la realización
de la consulta.
2.6. Fecha de las consultas
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Toda consulta deberá realizarse en día domingo o feriado de ley, salvo que
por mayoría calificada del Concejo Municipal se disponga lo contrario.
2.7. Límites a la reiteración de consultas
2.7.1, Rechazado un asunto en plebiscito o referendo, no podrá volver a ser
sometido a consulta popular en un tiempo prudencial que determinará cada
municipalidad en su reglamento, pero que no será inferior a dos años.
2.7.2. Asimismo, preferentemente no se realizarán consultas populares a
escala cantonal o distrital dentro de los ocho meses anteriores a la
celebración de elecciones nacionales o de los tres meses anteriores a la
elección de alcalde municipal.
2.8. Eficacia del resultado de la consulta
El resultado de la consulta, cuando se trate de plebiscito o referendo, será de
acatamiento obligatorio para el Concejo Municipal. -
3. PLEBISCITOS Y REFRENDOS
3.1. Electores
Puede ejercer su derecho al voto en plebiscitos y referendos todo aquel
elector que aparezca en el padrón electoral del respectivo cantón, según el
corte del mes anterior al de la aprobación en firme del acuerdo de
convocatoria. La identidad del elector se determinará según lo indicado en el
Código Electoral, y los lineamientos que al efecto ha emitido el Tribunal
Supremo de Elecciones para los comicios nacionales.
3.2. Ubicación de los recintos de votación
Con la asesoría de los funcionarios que el Tribunal Supremo de Elecciones
asigne para tales efectos, el Concejo deberá definir, dentro del mes
inmediato siguiente a la convocatoria formal a consulta, los lugares que
serán utilizados como centros de votación, procurando que los ciudadanos no
tengan que recorrer largas distancias para emitir su voto y tomando en
consideración las características geográficas y las vías de comunicación.
3.3. Convocatoria formal
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Municipalidas Recocí
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La convocatoria formal a plebiscito o a referendo deberá ser publicada en un
mínimo de dos diarios de circulación nacional. Dicha convocatoria contendrá
una explicación del asunto que se someterá a consulta, la formulación de la
pregunta que ha de ser contestada, y la eficacia de la decisión ciudadana
según lo estipulado en el parágrafo 2.8. de este Manual.
3.4. Divulgación de la consulta
Sin perjuicio de lo anterior, el Concejo Municipal tomará todas las medidas
necesarias a fin de dar amplia divulgación a la consulta en todo el cantón, y
promover la efectiva participación ciudadana.
3.5. Discusión de las propuestas
El Concejo Municipal debe tomar las medidas necesarias para garantizar un
adecuado margen de libertad para el planteo y examen de las distintas
opciones que presenta la consulta popular, disponiendo un tiempo razonable
para la divulgación y análisis de las diferentes alternativas por parte de los
habitantes del cantón.
3.6. Propaganda
El Concejo Municipal establecerá los límites de la propaganda para las
diferentes propuestas, debiendo cerrarse el período de campaña al menos un
día antes de la realización del plebiscito o referendo. Asimismo, el Concejo
Municipal tiene la responsabilidad de velar porque la información que circule
sea veraz, respetuosa, y no induzca a confusión al electorado.
3.7. Formulación de la pregunta
La formulación de la pregunta objeto de plebiscito o referendo debe ser clara
y concisa, de modo que se eviten interrogaciones confusas, capciosas o de
doble sentido. Salvo casos excepcionales, la pregunta será formulada de
manera que se pueda contestar con un "SI" o un "NO".
3.8. Papeletas
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Tribunal Supremo de il"
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El Concejo Municipal elaborará las papeletas que serán usadas en la votación
de los plebiscitos y los referendos, las cuales contendrán la pregunta que se
somete a consulta y las casillas para marcar la respuesta. En el caso del
referendo, la papeleta contendrá el texto íntegro de la norma que se
consulta, salvo si éste fuere muy largo, caso en el cual deberá elaborarse un
afiche con el articulado completo, que deberá ser pegado en la entrada de
cada recinto de votación.
3.9. Documentación electoral
El Tribunal Supremo de Elecciones asesorará a la Municipalidad en cuanto a
las seguridades básicas en la confección y manejo de la documentación
electoral que sea necesaria.
3.10. Juntas Receptoras de Votos
Las juntas receptoras de votos estarán conformadas por un mínimo de tres
propietarios y tres suplentes, compuestas por nóminas que presentará cada
Concejo de Distrito ante el Concejo Municipal, dentro del término que éste
disponga. En caso de inopia, el Concejo Municipal podrá nombrar a los
miembros de juntas receptoras de votos de manera directa. El Concejo
Municipal realizará la integración e instalación de las juntas receptoras de
votos. Los miembros de mesa deberán recibir instrucción adecuada para el
cumplimiento de sus funciones, y serán juramentados por el Presidente del
Concejo Municipal.
3.11. Votación
El proceso de votación se llevará a cabo según lo establecido en el Código
Electoral y los mecanismos que al efecto ha dispuesto el Tribunal Supremo
de Elecciones para los comicios nacionales.
3.12. Horario de votación
El Concejo Municipal establecerá el horario de votación, no pudiendo ser
inferior a seis horas, ni mayor de doce horas.
3.13. Medidas de seguridad
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El Concejo Municipal tiene la obligación de tomar las medidas necesarias a
fin de garantizar un ambiente de seguridad y tranquilidad el día de las
elecciones.
3.14. Escrutinio
Al final de la jornada electoral, cada junta receptora realizará el escrutinio
provisional de votos recabados, cuyo resultado se certificará y enviará de
inmediato, con el resto del material electoral, al Concejo Municipal, de
conformidad con las intrucciones que éste oportunamente haya girado. El
Concejo Municipal realizará el escrutinio definitivo, con presencia de los
delegados que el Tribunal Supremo de Elecciones designe para tales efectos,
el cual deberá haber concluido a más tardar quince días después de la
celebración de los comicios.
4. PLEBISCITO DE REVOCATORIA DE MANDATO
4.1. Convocatoria
Por moción presentada ante el Concejo, que deberá ser firmada por la
tercera parte del total de los regidores y aprobada por el mínimo de tres
cuartas partes de los regidores integrantes, se convocará a los electores del
cantón respectivo a un plebiscito, donde se decidirá destituir o no al alcalde
municipal. Tal decisión no podrá ser vetada.
4.2. Destitución de suplentes
El plebiscito de revocatoria de mandato podrá extenderse a los alcaldes
suplentes, para lo cual se requerirá el acuerdo de tres cuartas partes de los
regidores. En tal caso, la pregunta sobre la destitución de los suplentes será
independiente de la del alcalde propietario.
4.3. Requisito para destitución
Para destituir al alcalde municipal se requiere dos tercios del total de votos
emitidos en el plebiscito, y que esos dos tercios no sean inferiores al diez por
ciento del total de electores inscritos en el cantón.
4.4. Reposición del alcalde propietario
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Si el resultado de la consulta fuere la destitución del funcionario, el Concejo
Municipal lo comunicará al Tribunal Supremo de Elecciones, el cual repondrá
al alcalde por el resto del período, según el artículo 14 del Código Municipal.
4.5. Reposición de suplentes
Si también fueren destituidos o renunciaren los dos alcaldes suplentes, el
Tribunal Supremo de Elecciones deberá convocar a nuevas elecciones en el
respectivo cantón, en un plazo máximo de seis meses y el nombramiento
será por el resto del período. En dicho caso, mientras se lleva a cabo la
elección, el Presidente del Concejo asumirá como recargo el puesto de
alcalde municipal, con todas las atribuciones que le otorga la ley.
5. CABILDOS
5.1. Objeto
El Concejo Municipal convocará a cabildo abierto cuando estime necesario
abrir a discusión pública asuntos que afecten a los residentes del cantón, a
fin de informar mejor la decisión que deba tomar el Concejo.
5.2. Participantes
A los cabildos abiertos podrán asistir todas las personas que tengan interés
en el asunto.
5.3. Convocatoria
El Concejo hará la convocatoria a cabildo abierto por medios idóneos que
garanticen su conocimiento por parte de la población.
5.4. Lugar del cabildo
El cabildo deberá realizarse en un lugar público ubicado en el respectivo
cantón.
5.5. Propuestas escritas
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Si lo estima pertinente, el Concejo podrá establecer un término no menor de
un mes a partir de la difusión de dicha convocatoria, para recibir propuestas
escritas de los ciudadanos referentes al tema a discutir.
5.6. Dirección
El Presidente del Concejo Municipal será el encargado de dirigir el cabildo,
debiendo tomar las medidas necesarias para mantener el orden del mismo.
5.7. Derecho a voz
El Concejo Municipal dispondrá las normas en cuanto al derecho de voz de
las personas que asistan al cabildo.
5.8. Designación de candidatos a los Concejos Distritales
Preferentemente se utilizará el cabildo para efectos de designar a los
candidatos a miembros de los Concejos Distritales, según el artículo 174 del
Código Municipal, para lo cual cada Concejo Municipal, mediante acuerdo
formal, establecerá las normas específicas.
6. CONSULTAS POPULARES A ESCALA DISTRITAL
6.1. Requisito
Previa aprobación del Concejo Municipal respectivo, los Concejos Distritales
podrán convocar a consultas populares en su jurisdicción territorial.
6.2. Organización
Las consultas populares a escala distrital se realizarán en estricto apego a las
normas establecidas para las consultas a escala cantonal, salvo que la
organización y dirección de la misma estará a cargo del Concejo Distrital y no
del Concejo Municipal.
7. APLICACIÓN SUPLETORIA DE LAS NORMAS ELECTORALES
En lo que resulte pertinente, se aplicarán a las consultas populares las
normas y principios de derecho electoral contenidos en el Código Electoral, la
MANUAL PARA LA REALIZACIÓN DE CONSULTAS POPULARES
A NIVEL CANTONAL Y DISTRITAL
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
iiunicipalid au Ue Poecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*185 ACTA N*87 Ordinaria.
Tribunal Supremo de Elecciones
Normativa
www,.tse.go.cr
Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, y en los
Reglamentos dictados por el Tribunal Supremo de Elecciones.
Publíquese en el Diario Oficial.
Dado en San José a los nueve días del mes de octubre de 1998.
MANUAL PARA LA REALIZACIÓN DE CONSULTAS POPULARES
A NIVEL CANTONAL Y DISTRITAL
10
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce oficio DGRE-821-2020 sobre solicitud de
colaboración para asesoría ante eventual consulta cantonal. Se inserta en actas.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
DAD DE POCOCI
PAGINA N*186 MUNI Des Ordinaria.
ACUERDO N* 2318
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Gladys Jiménez Arias, Presidenta
del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia, correo electrónico:
stenna(Opani.go.cr, dice:
Oficio: CNNA-OF-176-2020 o
Asunto: El Concejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia insta a las
municipalidades a formar parte del Programa Cantones Amigos de la Infancia (CAI).
Be
1/12/9200
OO CA Glace  CNNA-0F-176-2020
San José, 11 de diciembre de 2020
«1H ONSEJO NACIONAL DE LA (69)
HIÑEZY LA ADOLESCENCIA
Municipalidades
ASUNTO: El Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia insta a las Municipalidades a formar
parte del Programa Cantones Amigos de la Infancia (CAD.
Estimadas señoras y señores:
Reciban un cordi
saludo. En calidad de Presidenta del Consejo Nacional de la Niñez y la
ón, concertación y coordinación entre el Poder E
jones represent s de la comunidad
'gurar que la form n y ejecución de las
de protección integral de los derechos de las personas
teria, que tiene como competenci
conformes con la políti
menores de edad, me permito instar a la
Programa Cantones Amigos de la Infar
políticas públicas e
El programa CAL es una iniciativa de certificación internacional enfocada en impulsar, promover y
cid una pestralegia en el plano local de acciones políticas, administrativas y financieras que
ión integral de los
los gobiernos locales para
niñas y adolescentes en el
desarrollar el proceso de ce
como CAL.
Los Cantones certificados como Amigos de la Infancia obtienen un compromiso certificado
internacionalmente por la e. de su gestión en beneficio de la infancia y la adolescencia
posibi er inversiones y recursos los en su desempeño dirigido a
entorno amigo con las personas menores de edud, aumentar la credibilidad y el reconocimi
desempeño gubernamental entre la ciudadanía y los actores local
desarrollo, con lo cual se favorece una mejor gobernanza local
niños, niñas y adolescentes.
que les
entre Otros, «tl
Icanzar un
nto sobre su
Esta iniciativa comprende dos fas
derechos de la niñez y la adolescen
local, participación responsable de la
s, en la fase 1, el Cantón podrá analizar el cumplimiento de los
iborar un plan de acción y crear los mecanismos de política
z y li ja y disponibilidad de recursos pertinentes
para su desarrollo, En la fase 2, el Cantón, elegirá entre varios derechos que le permitirá desarrollar una
hoja de ruta basada en indicadores de cambio.
lolesce:
Dirección San Jos
al sur, Avenida 12
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
I
PAGINA N*187 ARA TA NETO Ord A OO
14H) ONSEJO NACIONAL DE LA y
NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA CNNA-OF-176-2020
Este exhorto a los gobiernos locales, para conocer y formar parte del programa CAI, se realiza en el
marco del acuerdo Artículo 005) Aparte 02) tomado por este Órgano Colegiado en su Sesión Ordinaria
CNNA 12-2019, celebrada el 11 de diciembre de 2019, que cita:
ARTICULO 005) APARTE 02)
VISTA LA PRESENTACIÓN SOBRE EL PROCESO DE LANZAMIENTO DE LA CERTIFICACIÓN
CANTONES AMIGOS DE LA INFANCIA Y LA PROPUESTA DEL SR. JOSIAL SALAS NAVARRO DE
COSECODENI DE ENVIAR UNA NOTA DESDE EL CNNA A LAS 82 MUNICIPALIDADES, LUEGO
DE SER LANZADO El. PROGRAMA PARA INSTAR A LAS MUNICIPALIDADES A QUE LO
CONOZCAN, REAFIRMANDO LA BUENA P TICA DEL CAl E INSENTIVAR A LAS
MUNICIPALIDADES QUE ENCUENTRAN YA EN EL PROGRAMA A CONTINUAR EN EL MISMO
SE ACUERDA: UNA VEZ REALIZADO EL LANZAMIENTO DEL PROGRAMA CANTONES AMIGOS
DE LA INFANCIA, ENVIAR UNA NOTA DESDE EL CNNA A LAS 82 MUNICIPALIDADES: 1)
INSTANDO A LAS MUNICIPALIDADES QUE NO HAN CONOCIDO EL PROGRAMA A QUE LO
CONOZCAN,REAFIRMANDO LA BUENA PRÁCTICA DEL CAl. 2) INSENTIVANDO A LAS
MUNICIPALIDADES QUE SE ENCUENTRAN YA EN EL PROGRAMA A SEGUIR CON ELMISMO.
SE DECLARA ACUERDO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, LA VOTACION SE REALIZA
CON QUINCE MIEMBROS DEL CONSEJO.
Acuerdo que adquirió firmeza en la sesión N. 1-2020, celebrada el 19 de febrero de 2020 y fue tomado a
partir de la presentación rea la ante este Órgano por parte de la Secretaría Técnica del CAL con miras
al lanzamiento de la segunda etapa del programa, lanzamiento realizado el pasado 09 de diciembre de
2020.
En el caso de que la Municipalidad que usted representa, ya forme parte de este programa, se le insta a
continuar avanzando en la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en el ámbito local
mediante el desarrollo de la segunda etapa del programa.
Para conocer más sobre este programa puede consultarse el siguiente link:
http://www .cantonesamigosdelainfancia.go.cr/, o bien, contactarse a los teléfonos 2507-1180, 8319-
1021 o al correo electrónico curcuyoCifam.go.cr con la Sra. Carolina Urcuyo de la Secretaría Técnica
del programa CAL
Cordialmente, e SA
G ladys N
Pl el ta
Consejo Nacional
Archivo
Dirección San José, Costa Rica. Barrio Lujan, de la esquina Sureste de la Corte Suprema de Justicia, 400 metros
al sur, Avenida 12 bis Calle 21. Teléfono 25230726 /Fax 25230889/Correo stenna2'pani..o.cr
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Oficina de Bienestar Social, Familia
y Mujer para que se agilicen lo que corresponde para apoyar al Programa Amigos
de la Infancia.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*188 N*87 Ordinaria.
ACUERDO N* 2319
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Rafael Bustamante Morales,
Director a.i. Promoción Recreativa Regional y la señora Alba Quesada Rodríguez,
Directora Nacional ICODER, teléfono: 2549-0700, dice:
Oficio: DPRR-252-11-2020
Asunto: Invitación para firmar convenio tripartito entre el Comité Cantonal de
Deportes y Recreación Pococí, ICODER y Municipalidad de Pococí para programa
ACTIVATE.
26 de noviembre de 2020
DPRR-252-11-2020
Señor Alcalde
Manuel Hernández Rivera
Municipalidad de Pococí
Señores
Junta Directiva CCDR de Pococí
Asunto: Programa Actívate
Estimados señores:
Sirva la presente para informar que desde el ICODER venimos trabajando
desde el 2019 en la implementación del Programa Actívate, el cual busca
fomentar la Actividad Fisica Sistemática en los pobladores de los distintos
cantones de nuestro país.
Este programa se ha desarrollado en coordinación con los Comités
Cantonales de Deporte y Recreación y la Red Costarricense de Actividad
Física (RECAFIS) locales; lamentablemente como ustedes saben desde
hace varios meses se tuvo que suspender la ejecución del Programa
Activate, por la emergencia nacional producto de la Pandemia por el Covid-
19.
Hemos venido analizando opciones para continuar con el Programa, dada
la importancia de promover la actividad física como un factor protector de
la salud, que cobra aún más importancia en el contexto actual y futuro
cercano, con el aumento del sedentarismo y estrés en la población.
Estamos considerando iniciar a trabajar en junio del 2021; con la estrategia
que sean los Comités Cantonales de Deportes y Recreación, los
encargados de manejar los aspectos administrativos del Programa, para lo
cual el ICODER financiará los proyectos. Los recursos serán transferidos
al CCDR.
“PROMOVER EL ESTILO DE VIDA ACTIVA EN LA POBLACIÓN POR MEDIO DE LA PRÁCTICA PERIÓDICA
DEL EJERCICIO, EL DEPORTE Y LA RECREACIÓN EN TODAS SUS MANIFESTACIONES”
Teléfono: 2549-0700
www. icoder.go.cr
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*189
MUNICIFALIDAD. DE POCOCI
Municipalidad de Pococí
5 00
N*87 Ordinaria. 17-12-2020
y
“PROMOVER EL ESTILO DE VIDA ACTIVA EN LA POBLACIÓN POR MEDIO DE LA PRÁCTICA PERIÓDICA
| DEL EJERCICIO, EL DEPORTE Y LA RECREACIÓN EN TODAS SUS MANIFESTACIONES”
Teléfono: 2549-0700
www.icoder,go.cr
bh»
Ácooer
Para tal efecto se firmará un convenio tripartito ente la Municipalidad, el
Comité Cantonal de Deportes y Recreación y el ICODER.
De acuerdo con lo anterior estamos interesados que su cantón sea parte
del Programa Actívate y que juntos podamos contribuir al cumplimiento del
Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública 2019-2022.
Para iniciar coordinaciones, el Lic. Jorge Álvarez R., encargado de la
Región Huetar Caribe, será la persona encargada de informar y realizar las
acciones pertinentes para que se pueda concretar el desarrollo del
Programa en su cantón, en beneficio de los habitantes de su cantón.
Sin más por el momento,
Atentamente,
Firmado digital
e e AFAELANGEL
BUSTAMANTE BustAMANTE
MORALES MORALES (FIRMA)
Fecha: 2020.11.27
(FIRMA) 08:47:57 -0600' SA
PODAIGUEZ FIRMA)
Rafael Bustamante Morales Alba Quesada Rodríguez
Director a.i Directora Nacional
DIRECCION PROMOCION ICODER
RECREATIVA REGIONAL
RBM
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Comité Cantonal de Deportes y la
Recreación de Pococí para que recomiende y se trabaje en un convenio tripartita
para poder, a la mayor brevedad, implementar el programa Actívate en el cantón de
Pococí.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*190 CTA N*87 Ordinaria.
ACUERDO N* 2320
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora María del Carmen Portugués
Recio, Secretaria Junta de Educación de la Escuela Líder Campo Kennedy, correo
electrónico: juntaestcampkenn(Hgmail.com, dice:
Oficio: JEECK-012-2020
Asunto: Préstamo de maquinaria para demoler las antiguas instalaciones de la
Escuela Campo Kennedy.
. JUNTA DE TDUCACIÓN ESCUELA LIEDER CAMPO RENNEDY EN =
Meiaarto. CrRcUl $ ó
LCR Mco . JuntaesicampreonQamal pa
A] Teléfono 2767 7416
A Código presupuestario 3873,
Cariari, 11 de diciombra 2020
OFICIO JEECK -012-2020
Lic: Manuel Hemández Rivora
Alcalde Municipal del Cantón do Pococl.
Respetado Señor:
'eciba un caluroso saludo de parte de la Junta de Educación Escuela Campo Kennedy,
a la vez queremos solicitarle de manera muy respetuosa su valiosa colaboración con el
préstamo de maquinaria para demoler las antiguas instalaciones de la Escuela Campo
Kennedy, ubicadas en el centro de Cariari contiguo al Banco Nacional de Costa Rica, la
cual cuenta con una orden sanitaria de parte del Ministerio de Salud..............ooooo....".
Hemos conversado de manera informal con el señor Geovanni Rivera y nos indicó que
en cuanto el equipo estuviera disponible él nos ayudaría, la cantidad de desecho que
hay que demoler es aproximadamente de 80 a 90 viajes, el recorrido para votarlo es de
tres kilómetros.
Es importante mencionar que esta infraestructura está ubicada en el centro del distrito
de Cariari, lo cual genera Un aspecto muy desagradable a la vista de la comunidad,
quedamos a la espera de la respuesta.
Cordialmente,
ría del Cal
pro Junta de Educación
Tel 6240 3551
Ce! archivo
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía y la Unidad
Técnica de Gestión Vial Municipal. Que rindan un informe a este Concejo Municipal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA
PAGINA N*191 N*87 Ordinaria.
ACUERDO N* 2321
Se conoce nota de Comisión para este Concejo suscrito por la señora Licda. Grace María
Artavia Díaz, correo electrónico; consorciojuridicopocociO) hotmail.com, vecina de Toro
Amarillo, dice;
Reciban un cordial saludo de la suscrita Licda. Grettel María Diaz Artavia, mayor, soltera,
abogada y notaria publica, con cedula de identidad número uno-novecientos setenta-
quinientos cincuenta y cinco, vecina de Guápiles, Pococí, Toro Amarillo, y con el debido
respeto manifiesto:
Reciban de parte de la comunidad de Toro Amarillo y las mis personal, sinceras
felicitaciones por la gran labor realizada por el señor Alcalde Manuel Hernández Rivera, y
este honorable Concejo Municipal.
El próximo 20 de diciembre del presente año, el grupo Pro-Toro Amarillo y la Asociación
Deportiva de Toro Amarillo, motivamos a la comunidad para ser parte del | Concurso
lluminemos Nuestra Comunidad esta Navidad, actividad gratuita, el fin es que las personas
lo realicen con lo que ya cuentan y tengan ilusión para iluminar sus hogares, con ello
buscamos que las familias tengan un mejor ánimo y evitar tanto la violencia domestica
como suicidios, esta Navidad.
También contamos con un grupo pequeño de jóvenes de la comunidad que cantaran
villancicos, y todo será trasmitido a la comunidad y alrededores vía redes sociales, con el
fin de no hacer aglomeraciones. Siempre respetando los protocolos del Ministerio de salud.
Por lo que solicitamos a la oficina de Bienestar Social, Mujer y Familia o donde se requiera,
un Toldo, para protegernos si ese día hubiera lluvia, ya que el Comité de la Persona Joven
nos facilitó sonido y somos responsables de su cuido. También nos comprometemos a
cuidar el Toldo prestado y entregarlo de reintegro.
En otro orden de ideas, queremos aprovechar la oportunidad para Solicitarles que el
departamento de Gestión Ambiental a través de los personeros de Saneamiento haga una
inspección a los árboles que se encuentran en la Plaza de futbol de Toro Amarillo, ya que
se encuentran muy altos y robustos, por lo que requieren se poden, son arboles sanos y
requieren mantenimiento.
Sin más por el momento y agradeciendo de ante mano su atención.
Firmado digitalmente
por GRETTEL MARIA
DIAZ ARTAVIA (FIRMA)
Fecha: 2020-1215
13:12:17 -068'00'
Licda. Grettel Maria Diaz Artavia
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICILALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*192 A N*87 Ordinaria.
Y
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la alcaldía y a la Unidad Técnica de
Gestión Ambiental para su análisis. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2322
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Edwin Eladio García R, teléfono:
8366-9556 de la Comisión Cantonato de Cariari, dice:
Asunto: Apoyo al proyecto de la “Construcción del Muelle La Pavona”.
Cde, 17 de des dl - 2030
Hs,
(ES% pr Mesicpol A O.
| dd
lies pr,
A ty 1) 0el
lp Aro TF 134 - qa. E
0%
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía para que rinda
un informe.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*193 “87 Ordinaria.
ACUERDO N* 2323
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Marta Mora R, teléfono: 8555-
5866, correo electrónico: martalo(YWgmail.com patriciaviriam(Ygmail.com, miembro del
Comité de Agricultores, dice:
Asunto: Solicitud de mejora de carretera Palmitas y puente colapsado.
La presente es para saludarle y a la vez desearles una linda navidad y un próspero año
nuevo.
Quiero que todos estén al tanto de lo que sucede en nuestra comunidad. Tenemos un
puente en colapso y es de suma importancia ya que muchos agricultores sacan sus
productos por este puente algunos de los regidores ya conocen el caso como el señor
alcalde Don Manuel.
También quiero felicitar a los que anduvieron el día domingo 6 de diciembre trabajando
por estos lados así es como se trabaja para el progreso de un cantón y a la vez
comunicarles que aquí pagamos impuestos municipales; y algunos sin tener un título de
propiedad.
Y aun sabiendo que no es culpa de ustedes, pero ni modo son los que están rigiendo
ahora; además nuestras calles se encuentran en un pésimo estado y también la carretera
que nos comunica hacia palmitas se encuentran en malas condiciones. Gracias por su
atención y mucha fuerza para que puedan seguir trabajando como lo están haciendo hasta
ahora. Esperamos pronto su respuesta ya que es de suma emergencia para la comunidad.
Se despide cordialmente EL COMITÉ DE AGRICULTORES:
Presidenta: Marta Mora H rá Me E Mos
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la alcaldía y Unidad
Técnica de Gestión Vial Municipal para que rindan un informe al Concejo Municipal.
Participan de la palabra:
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Saluda, sobre ese mismo tema quisiera hacer una propuesta que llamemos al Concejo
Municipal a la encargada del INDER, si bien es cierto ya fuimos a ver la situación y
debemos ayudar a los ciudadanos, pero el INDER tiene gran responsabilidad en ese
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*194 CTA N*87 Ordinaria.
asentamiento y si hacemos el puente entre los dos (Municipalidad-INDER) será más fácil
y rápido.
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Excelente, la felicito por dos cosas doña Yaslyn, una por el respeto de pedir la palabra y
por ese comentario tan importante, si bien es cierto que recientemente se le ha invertido
en caminos al Maná y a otras comunidades que están en programación. Se ha creado el
mal habito que le INDER crea los asentamientos, pero no asume las responsabilidades
que le corresponden como lo es darles las condiciones a los agricultores. La funcionalidad
del INDER no es únicamente de brindar tierra a los agricultores que califican, también debe
de darles las condiciones y ahí hablamos de puentes, calles e insumos, entre otros.
Así que regidora Yaslyn Morales muy acertado su comentario.
ACUERDO N* 2324
Se omite acuerdo por error material en la numeración del acta municipal.
ge UL ES
ACUERDO N* 2325
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0135-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de Licores
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
CUATRO ESQUINAS DE
CARIARI FRENTE AL
SUPER CUATRO
ESQUINAS
BOLIVAR RETANA
69 CARMONA
BAR / CATEGORIA B-1
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICILALIDAD. DE POCOCI
PAGINA N*195 CTA N*87 Ordinaria.
Por mayoría de 8 votos a favor 1 en contra, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la
patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
(Vota en contra el Reg. Randall Torres)
Participan de la palabra:
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Razono mi voto positivo, basado en que el dpto. de Patentes hizo los estudios
correspondientes y los enviaron al Concejo Municipal.
Reg. Randall Torres Barrientos
Razono mi voto negativo porque yo hice un análisis del informe emitido por el dpto. de
Patentes, utilizan información del año 2011 para determinar la cantidad de patentes, eso
ha cambiado mucho, por ejemplo, dice que por cada 30 habitantes debe haber una patente
de licores, por lo tanto, mi voto será negativo.
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Patentes es un departamento de profesionales, si en este cantón hacen solicitud de una
patente que cumple con lo requerido, nosotros como regidores tenemos que votar
positivo para desarrollo de los contribuyentes, lo que ya también viene con un criterio
técnico.
on UL
ACUERDO N* 2326
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0135-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de Licores
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*196 a O
MINISUPER CON
70 OSCAR DIAZ CRUZ VENTA DE LICOR /
CATEGORIA D-1
50M N DEL SUPER SNA
MIGUEL LA COLONIA
Por mayoría de 8 votos a favor 1 en contra, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la
patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
(Vota en contra el Reg. Randall Torres)
Participan de la palabra:
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Razono mi voto positivo, basado en que el dpto. de Patentes hizo los estudios
correspondientes y los enviaron al Concejo Municipal.
Reg. Randall Torres Barrientos
Razono mi voto negativo porque yo hice un análisis del informe emitido por el dpto. de
Patentes, utilizan información del año 2011 para determinar la cantidad de patentes, eso
ha cambiado mucho, por ejemplo, dice que por cada 30 habitantes debe haber una patente
de licores, por lo tanto, mi voto será negativo.
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Patentes es un departamento de profesionales, si en este cantón hacen solicitud de una
patente que cumple con lo requerido, nosotros como regidores tenemos que votar
positivo para desarrollo de los contribuyentes, lo que ya también viene con un criterio
técnico.
ACUERDO N* 2327
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0135-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*197 MON A Pomar a
Licencias de Licores
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
MINISUPERCON
71 | JUN XIAN WY HUANG VENTA DE LICOR /
CATEGORIA D-l
LA COLONIA 300M E DE
LA ESCUELA
Por mayoría de 8 votos a favor 1 en contra, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la
patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
(Vota en contra el Reg. Randall Torres)
Participan de la palabra:
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Razono mi voto positivo, basado en que el dpto. de Patentes hizo los estudios
correspondientes y los enviaron al Concejo Municipal.
Reg. Randall Torres Barrientos
Razono mi voto negativo porque yo hice un análisis del informe emitido por el dpto. de
Patentes, utilizan información del año 2011 para determinar la cantidad de patentes, eso
ha cambiado mucho, por ejemplo, dice que por cada 30 habitantes debe haber una patente
de licores, por lo tanto, mi voto será negativo.
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Patentes es un departamento de profesionales, si en este cantón hacen solicitud de una
patente que cumple con lo requerido, nosotros como regidores tenemos que votar
positivo para desarrollo de los contribuyentes, lo que ya también viene con un criterio
técnico.
UL —
ACUERDO N* 2328
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0135-2020.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
tunicipalidad de Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*198 ACTA N*87 Ordinaria.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de Licores
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
MINISUPER CON LA COLONIA COSTADO
72 Se VENTA DE LICOR / OESTE DE LA PLAZA
CATEGORIA D-1 DEPORTES
Por mayoría de 8 votos a favor 1 en contra, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la
patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
(Vota en contra el Reg. Randall Torres)
Participan de la palabra:
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Razono mi voto positivo, basado en que el dpto. de Patentes hizo los estudios
correspondientes y los enviaron al Concejo Municipal.
Reg. Randall Torres Barrientos
Razono mi voto negativo porque yo hice un análisis del informe emitido por el dpto. de
Patentes, utilizan información del año 2011 para determinar la cantidad de patentes, eso
ha cambiado mucho, por ejemplo, dice que por cada 30 habitantes debe haber una patente
de licores, por lo tanto, mi voto será negativo.
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Patentes es un departamento de profesionales, si en este cantón hacen solicitud de una
patente que cumple con lo requerido, nosotros como regidores tenemos que votar
positivo para desarrollo de los contribuyentes, lo que ya también viene con un criterio
técnico.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*199 ACTA N?87 Ordinaria.
ACUERDO N* 2329
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0135-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de Licores
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
RONALD BARQUERO | RESTAURANTE CON | CENTRO COMERCIAL
73 Eo VENTA DE LICOR / UA
CATEGORIA C
Por mayoría de 8 votos a favor 1 en contra, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la
patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
(Vota en contra el Reg. Randall Torres)
Participan de la palabra:
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Razono mi voto positivo, basado en que el dpto. de Patentes hizo los estudios
correspondientes y los enviaron al Concejo Municipal.
Reg. Randall Torres Barrientos
Razono mi voto negativo porque yo hice un análisis del informe emitido por el dpto. de
Patentes, utilizan información del año 2011 para determinar la cantidad de patentes, eso
ha cambiado mucho, por ejemplo, dice que por cada 30 habitantes debe haber una patente
de licores, por lo tanto, mi voto será negativo.
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Patentes es un departamento de profesionales, si en este cantón hacen solicitud de una
patente que cumple con lo requerido, nosotros como regidores tenemos que votar positivo
para desarrollo de los contribuyentes, lo que ya también viene con un criterio técnico.
a UL: men
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*200 ACTA N*87 Ordinaria.
ACUERDO N* 2330
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Licda. Grettel María Díaz Artavia,
vecina de Toro Amarillo, correo electrónico, consorciojuridicopocociY hotmail.com, dice:
Asunto: Recolección de basura en las antiguas ruinas del Bar Las Américas en Toro
Amarillo.
Reciban un cordial saludo de la suscrita Licda. Grettel María Diaz Artavia, mayor, soltera,
abogada y notaria publica, con cedula de identidad número uno- novecientos setenta
quinientos cincuenta y cinco, vecina de Guápiles, Pococí, Toro Amarillo, y con el debido
respeto manifiesto:
Gracia al trabajo comunal, de dos jóvenes estudiantes de la Universidad Nacional, y vecina
de nuestra comunidad Toro Amarillo, se logró recoger toda la basura ubicada en lo que se
conoce como las antiguas Ruinas del Bar Las Américas en Toro Amarillo, entrada
principal.
Toda la basura esta en bolsas al costado este, vista al Cen Ci Nai, por lo que con todo
respecto solicitamos nos ayuden a recoger dicha basura, ya que son desechos de terceras
personas que mandan a tirar en este lugar, provocando contaminación e inseguridad.
El día de mañana viernes 18, pasa el basurero normal en nuestra comunidad, por lo que
les agradeceríamos si les informan que dicha basura debe ser recogida o en su efecto
enviar a los personeros de la oficina de Saneamiento ambiental de esta Municipalidad.
Para notificaciones al correo: consorciojuridicopococid) hotmail.com. Sin más por el
momento y agradeciendo su colaboración.
Firmado digitalmente por
GRETTEL MARIA DIAZ
ARTAVIA (FIRMA)
Fecha: 2020.12.17 09:24:30
-06'00'
Licda. Grettel Maria Diaz Artavia
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se instruye a la secretaria para que se comunique
con el Dpto. de Saneamiento Ambiental para que se recoja esta basura a la brevedad
posible. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez. G.
Para informar que ya las secretarias hablaron con Fabián y mañana van a recoger la
basura. Informarle a la comunidad de Toro Amarillo, este Concejo está trabajando,
mañana el camión recolector pasará a recoger los desechos sólidos que recogieron estos
estudiantes.
A UL PERE
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií
MUNICIP LALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*201 CTA N*87 Ordinaria.
A o a AS e =
ARTICULO ll
Lectura, Discusión y Verificación del Acta N*84 Extraordinaria
del 09-12-2020, Acta N*85 Ordinaria del 10-12-2020 y Acta N*86
Extraordinaria del 15-12-2020
ACUERDO N* 2331
Se Conoce Acta N*84 Extraordinaria del 09-12-2020
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*84 Extraordinaria
del 09-12-2020.
ACUERDO N* 2332
Se Conoce Acta N*85 Ordinaria del 17-12-2020
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
A mí me gustaría que en el ACUERDO N? 2277 de esta acta donde nos indican que: “El
Presupuesto Ordinario 2021 fue aprobado parcialmente, en el aspecto 2.3 indica que en
el 2019 le fue otorgado diez millones de colones a la Asociación de Desarrollo Integral del
Porvenir de la Rita por cuanto el monto otorgado no supera las unidades de desarrollo que
se requiere para la aprobación externa de los beneficios patrimoniales”.
Entonces que, la compañera de Presupuesto rinda un informe a este Concejo de que se
debe esa partida de 10 millones y en que fue que se presupuestó o en qué lo gastaron.
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera.
Esos recursos son 10 millones que nos pidió la Asociación del Porvenir, porque ellos están
gestionando una partida con Dinadeco, entonces el aporte de la Municipalidad eran 10
millones de colones, pero, no se si al final Dinadeco les dio los recursos, porque nosotros
poníamos el mobiliario con esos 10 millones de colones que era la contrapartida que ellos
necesitaban para el apoyo al proyecto.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*202 A N*87 Ordinaria.
Sá
Por Unanimidad SE ACUERDA); Trasladar al Departamento de Presupuesto a Lisseth
Mora Agúero. y se proceda con lo que corresponda ante la Contraloría General de
la República, para ver que se pueda enmendar según el comentario de don Manuel.
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Sobre el ACUERDO NY 2280, hay una Propuesta Sustitutiva a la modificación del Capítulo
VIII de la Ley 8582, donde el señor Olger Irola Calderón manda la consulta a un expediente
del artículo 32 de la ley 8582 fue acogida la propuesta sustitutiva, pero de esa propuesta
no tengo conocimiento, me gustaría que me mande la cámara de comercio porque yo no
se si usted lo sabe, pero yo no lo he visto y eso tiene que ser aprobado por el Concejo
Municipal.
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera.
Es que hay un proyecto de ley que está presentado para la reforma a los rótulos de la
Municipalidad de Pococí, a la ley de Licencias Municipales.
Entonces, el departamento de Cyntia junto con el departamento Legal, solicitamos un texto
sustitutivo a ese proyecto de ley, pero va en el mismo asertivo, es lo que hemos venido
haciendo, al final, como la cámara quería y el proyecto estaba ahí, no viene a resolver
nada el problema, entonces lo que estamos es aclarando con ese texto sustitutivo pero
tiene que ser avalado en la Asamblea Legislativa avalado por los diputados para que sea
discutido, y que no se apruebe el que había sido presentado inicialmente por la
Municipalidad.
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
En el mismo punto, ya don Manuel aclara el tema, pero si es bueno que quede en actas,
que el que toma los acuerdos que mejoran para este cantón, son nuestros profesionales,
y es el Concejo Municipal, no es una entidad privada, entonces, que quede muy claro, que
todas las propuestas o intenciones de propuesta tiene que ser verificado por nuestros
profesionales financieros, no es que vengan hacer comunicados diciendo que esto lo hizo
una entidad privada, entonces para que este honorable Concejo sea respetado porque
somos los que hacemos los acuerdos positivos o negativos, en beneficio de un cantón y
no antojadizamente porque para eso tenemos un departamento financiero que es el que
nos recomienda que debemos aprobar y que no.
Hechas las correcciones se somete a votación el acta.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*85 Ordinaria del
17-12-2020. El regidor Jonnathan García se acoge al artículo 48 del Código
Municipal, vota el regidor Osael Campos.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*203 A N*87 Ordinaria.
ACUERDO N* 2333
Se Conoce Acta N*86 Extraordinaria del 15-12-2020
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*86 Extraordinaria
del 15-12-2020. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
<> ==> ==> ==
ARTICULO IV.
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N* 2334
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde
Municipal de Pococí, correo electrónico: manuel. hernandezQAWMmunipococi.go.cr, dice;
DAMNICM-0190-2020
Mediante la presente me permito remitir para su aprobación el Contrato de Prestación de
Servicios de Telecomunicaciones entre Radiográfica Costarricense
S.A. y la Municipalidad de Pococí gracias al proceso de mejoramiento de las condiciones
en los sistemas municipales gestionadas por el departamento de Tecnologías de
Información.
Este mismo permitirá mejorar las condiciones e información municipal de registros en los
procesos de actualización y datos existentes en las bases de datos. Agradezco contar con
la autorización del Concejo Municipal para su respectiva suscripción.
MANUEL Firmado digitalmente por
MANUEL HERNANDEZ
HERNANDEZ — rivera criamas
Fecha: 2020.12.17 14:5606
RIVERA (FIRMA) -o600
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*204 TA N*87 Ordinaria.
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
C-CC-19-10-2020-12273
Entre nosotros RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE, S. A., con domicilio en San José, intersección de la avenida
quinta con la calle primera, cédula de persona jurídica número 3-101-009059-19, en adelante y para efectos de este
contrato denominada RACSA, representada por representada por FEDERICO FOURNIER RIVERA, mayor,
divorciado, Licenciado en Administración, vecino de Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia, cédula de
identidad número uno- cero ochocientos setenta y cuatro-cero cuatrocientos treinta y cuatro, en mi condición de
Apoderado General sin límite de suma, poder inscrito en la Sección Digital de la Sección Mercantil del Registro
Público, bajo el tomo DOS MIL DIECIOCHO, asiento SEIS CINCO DOS DOS CUATRO SEIS, Consecutivo UNO,
Secuencia UNO y la MUNICIPALIDAD DE POCOCI, en adelante y para efectos del presente contrato
denominada como EL CLIENTE domiciliada en GUÁPILES, ALTOS DEL HOTEL TALAMANCA, SOBRE LA
RUTA 32, GUÁPILES, LIMÓN, con cédula de persona jurídica número 3-014-042125, representado en este
acto por el señor MANUEL HERNANDEZ RIVERA, quien es mayor, casado, Abogado, sin discapacidad,
portador de la cédula de identidad número 7-0086-0850, en mi condición de ALCALDE MUNICIPAL, con
facultades suficientes para este acto, hemos convenido en celebrar el presente contrato de prestación de servicios
de telecomunicaciones, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
Capítulo |
Del servicio
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
EL CLIENTE ha solicitado a RACSA, quien ha accedido a esa solicitud, la prestación del servicio VPN/MPLS
nacional utilizando tecnología Metro Ethemet a una velocidad de acceso de 4 MBPS, por lo que las partes acuerdan
establecer las condiciones para dicha prestación según las siguientes cláusulas
SEGUNDA: DESCRIPCION DEL SERVICIO
Factibilidad +4 DESCRIPCION Costo de instalación | Precio Mensual | Depósito Garantía
Enlace de Datos a AMbps- $ 500,00 $ 123,61 ¿0,00
Impuesto de Ventas 13% $0,00 $0,00 ¿0,00
a mpuesto del 911 — 0,75% $.0,00 $0,92 ¿0,00
TOTAL $ 500,00 $ 124,53 ¿0,00
El puerto Metro Ethernet y Giga incluye el costo de arrendamiento de convertidores de medios.
2. Esta tarifa está sujeta a cambio según revisión y previa notificación al cliente y regirá a partir del mes siguiente a la
notificación de la variación.
Los montos están en dólares y serán cancelados al tipo de cambio vigente.
Las partes acuerdan que RACSA como empresa de telecomunicaciones está facultada para cambiar especificaciones
de sus equipos a los efectos de que se sigan los estándares definidos por los entes mundiales encargados.
5. Este cliente aplica modalidad de “Mes Vencido”.
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C-CC-19-10-2020-12273
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*205 A N*87 Ordinaria.
DESCRIPCION DE SERVICIOS, EQUIPOS Y ATRIBUTOS ADICIONALES :
a) La Red Metro Ethemet, es una arquitectura tecnológica destinada a suministrar servicios de
conectividad LANMWAN a alta velocidad por medio de la fibra óptica.
b) El servicio es prestado bajo el esquema de tres aplicaciones a saber:
1. Interactivo: Tiempo real, alta interacción, sensibles al retardo y la latencia (Voz y video en tiempo real).
2. Alta prioridad: Transferencia de Archivos de alta prioridad (Datos transaccionales ó altamente
interactivos).
3. Mejor esfuerzo: Datos de baja prioridad (Transferencia de archivos, correos electrónicos e información).
c) Enel caso de la aplicación Interactivo se garantiza una sobre suscripción de 1:1
d) Para la aplicación denominada Alta prioridad, la sobresuscripción garantizada es 5:1
e) La aplicación de Mejor esfuerzo maneja una sobresuscripción de 10:1
f) EL CLIENTE tiene la opción de elegir el tipo de Atención que reciba basado en la Matriz de Atención de
clientes empresariales de RACSA, sin embargo, se establece que tanto el horario de recepción de
averías como el horario de atención será de 7x24. Ver Adicional A.
9) La interfaz puede ser eléctrica u óptica.
h) RACSA proveerá la solución de última milla, esta estará constituida por una pareja de convertidores de
medios que permitirán la adecuación de la señal eléctrica al medio óptico, en este caso fibra
monomodo.
Las partes acuerdan que RACSA como empresa de telecomunicaciones está facultada para cambiar
especificaciones de sus equipos a los efectos de que se sigan los estándares definidos por los entes mundiales
encargados.
TERCERA: VIGENCIA DEL CONTRATO
Las partes acuerdan que el plazo de vigencia del presente contrato es por un período de DOCE (12), que se
contará a partir de la fecha de la instalación del servicio. Podrá ser renovado por períodos iguales, para lo cual
las partes establecen la prórroga automática, si ninguna de ellas manifiesta por escrito su deseo de ponerte fin,
con 30 días naturales de anticipación al vencimiento del periodo correspondiente.
C-CC-19-10-2020-12273
2
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*206 ACTA N?*87 Ordinaria.
raso"
Luego de los primeros DOCE (12) meses las partes acuerdan que EL CLIENTE podrá tener por finalizado el
mismo en cualquier momento, para lo cual deberá dar aviso a RACSA con un mes de anticipación y previo al
cumplimiento de las obligaciones contractuales pactadas.
CUARTA: PLAZO DE INSTALACION
Las partes acuerdan que RACSA instalará el servicio en un plazo máximo de 45 días hábiles, contados a partir
de la fecha de suscripción del presente contrato, de conformidad con las normas aplicables. En aquellos casos
en los que para realizar la instalación se requiera de la ejecución de elementos adicionales, el plazo de
instalación podrá extenderse, en cuyo caso las partes definirán lo que corresponda.
QUINTA: GARANTÍA DE DISPONIBILIDAD
Las partes acuerdan que RACSA proveerá el servicio durante las 24 horas del día, los 365 días del año, con
una disponibilidad mensual de 99,97%, salvo casos de eximente tipificados en este contrato.
La disponibilidad mensual será medida desde el punto de demarcación, el cual está definido en el puerto LAN
del CPE propiedad de RACSA, o bien en el puerto WAN del CPE propiedad del cliente.
La no disponibilidad del servicio será medida desde el momento en que el cliente reporte la avería al Centro de
Soporte Técnico de RACSA o bien, desde que RACSA detecte el incidente que origina la interrupción total o
parcial del servicio y hasta el momento en que se restablezca el mismo.
Las partes acuerdan que los siguientes hechos no se tomarán en cuenta para la evaluación de la disponibilidad
del servicio:
e — Interrupciones programadas del servicio para labores de mantenimiento preventivo y correctivo de la
Red de RACSA y/o de los enlaces internacionales.
Incumplimiento de las condiciones del contrato por parte del cliente.
Hechos de un tercero
Caso fortuito y fuerza mayor
En razón de las caracteristicas propias de los servicios de telecomunicaciones y en caso de que RACSA no
satisfaga los porcentajes mínimos de disponibilidad o en caso de interrupciones del servicio, las partes
acuerdan que la única medida aplicable será que RACSA procederá a compensar al cliente en la factura
correspondiente al periodo siguiente al considerado, en un monto igual a la proporción de la interrupción sufrida,
tomando como base el costo mensual del servicio, de conformidad con lo que establece el artículo 26 del
Reglamento de Calidad y Prestación del Servicio.
Las partes acuerdan que, en caso de que RACSA no satisfaga la disponibilidad mínima acordada y esta
persista durante 7 días naturales desde la notificación por parte de EL CLIENTE, éste podrá resolver el
presente contrato de pleno derecho sin responsabilidad alguna de su parte.
SEXTA: PARAMETROS TECNICOS DE ANCHO DE BANDA
Las partes entienden y aceptan que el ancho de banda del servicio de EL CLIENTE depende de la calidad de
servicio contratado y especificado en el artículo segundo “Descripción del Servicio”. RACSA garantiza el
cumplimiento de los niveles exigidos por la regulación vigente.
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3
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*207 ACTA N*87 Ordinaria.
rasa
En este sentido EL CLIENTE acepta por esas características de operación del servicio que se le brindará, las
transferencias efectivas de información por unidad de tiempo no necesariamente estarán sujetas estrictamente
a la velocidad física de conexión y dependerán de una serie de factores asociados al comportamiento dinámico
de la red, ocupación de servidores, utilización de puntos de interconexión en otros países, entre otros.
SETIMA: GESTION DE RECLAMOS Y AVERIAS
RACSA pone a disposición del EL CLIENTE para la atención de averías y soporte técnico el número de teléfono
22870404 en un esquema de disponibilidad de 24x7x365. Asimismo, RACSA garantiza que una vez recibido un
reporte por interrupción o falla del servicio, el plazo máximo de reparación será de acuerdo con el Adicional A
de este contrato a partir del momento en que el cliente lo reporta a través de los canales destinados para ello;
por otro lado, una vez recibido un reclamo RACSA se compromete a resolver el mismo en un plazo máximo de
10 días naturales.
El costo de la reparación de la averia correrá por cuenta de RACSA, excepto en aquellos casos en que la
responsabilidad sea imputable al cliente. En el caso en que la avería se produzca en los equipos del cliente, o
bien, que aun cuando esta se haya producido en la porción responsabilidad de RACSA, sea atribuible a causas
derivadas de mal uso del servicio, por actuaciones dolosas o culposas por parte del cliente, se aplicará lo
estipulado en el artículo denominado salidas infructuosas, en cuyo caso el coste de la avería será trasladado en
su totalidad al diente.
Para los casos en que la reparación de la avería requiera la resolución en sitio, RACSA ofrecerá al cliente una
cita concertada. El cliente podrá rechazar la fecha ofrecida por RACSA, y reprogramar la misma a su
conveniencia. En este caso, el período de tiempo entre la cita ofrecida por RACSA y la solicitada por el cliente
no será contemplado como tiempo de indisponibilidad del servicio.
OCTAVA: SALIDAS INFRUCTUOSAS
En aquello casos en que la avería reportada por el cliente amerite el desplazamiento de personal técnico de
RACSA hasta las instalaciones del diente y se llegare a comprobar que la misma tenía su origen en razones
atribuibles al cliente, las partes acuerda que RACSA podrá cobrar el costo de la salida en falso, por un monto
estimado en US $100.00 (Cien dólares exactos). Dicho cargo se hará efectivo en la factura siguiente a la fecha
de ocurrencia del evento.
NOVENA: PUNTO DE DEMARCACIÓN - EQUIPO TERMINAL DEL CLIENTE (CPE)
Las partes acuerdan definir como punto de demarcación de sus redes el puerto LAN del CPE que se instala
como parte del circuito del cliente, o bien, para los casos en que el cliente proporcione dicho dispositivo, el
puerto WAN del mismo.
DECIMA: MANTENIMIENTO DEL SERVICIO.
Las partes entienden que las redes de telecomunicaciones de RACSA requieren de mantenimientos preventivos
o correctivos, ampliaciones o mejoras, que pueden implicar la salida total o parcial del servicio de acceso a
Intemet, para lo cual acuerdan que RACSA deberá notificar a EL CLIENTE, con una anticipación de 72 horas,
indicando la naturaleza de los trabajos a realizar, la hora de ejecución y la duración de los mismos, cuando
requiera realizar alguna de esas labores.
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4
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*208 ACTA N*87 Ordinaria.
racso”
RACSA se compromete a hacer su mayor esfuerzo para que estos trabajos se ejecuten en días y horas donde
la afectación del servicio sea mínima, considerando factores climáticos, ambientales y de seguridad.
En casos de emergencia, las partes acuerdan que RACSA podrá efectuar suspensiones no programadas
quedando eximido de la obligación de preaviso dispuesta en el párrafo precedente.
Cuando el personal técnico de RACSA visite al CLIENTE y exista problemas en el tiraje interno de las líneas, o
que exista un voltaje mayor a 0.7 voltios entre la linea de neutro y tierra, la instalación no se ejecutará y se
considerará la visita al cliente como salida en falso y se aplicará en lo que corresponda lo establecido en la
cláusula octava.
DECIMA PRIMERA: MEJORA TECNOLÓGICA.
Con la finalidad de considerar los cambios que por condiciones de evolución tecnológica sean requeridos,
cuando existan razones para ello, así como cualquier mejora técnica que permita mejorar los servicios, las
partes acuerdan que RACSA podrá modificar las características de los servicios, para lo cual dará aviso al
Cliente y negociarán en conjunto los plazos razonables de ajuste e integración que se requieran.
Capítulo Il
Compromisos de EL CLIENTE y RACSA
DECIMO SEGUNDA: COMPROMISOS DE RACSA
A los efectos de la prestación de los servicios objeto del presente contrato, las partes acuerdan que RACSA
asume los siguientes compromisos:
a) Brindar el servicio en las condiciones de precio, calidad y otras definidas en este contrato y en la normativa
aplicable.
b) Cambiar las especificaciones de sus equipos a los efectos de que se sigan los estándares definidos por los
entes mundiales encargados.
c) No distribuir, vender o facilitar a terceras personas, la información disponible sobre EL CLIENTE.
d) Enviar facturas, notificaciones y cualquier otra información al lugar y medio indicado por el CLIENTE.
e) Asignar las direcciones IP según el tipo de servicio contratado.
f) Garantizar el secreto e intimidad de las comunicaciones cursadas a través de sus sistemas.
DECIMA TERCERA: COMPROMISOS DEL CLIENTE
Las partes acuerdan que EL CLIENTE se compromete a:
a) Contar con toda la infraestructura necesaria (equipos, sistemas operativos, aplicativos de seguridad y red
interna) para la instalación y recepción del servicio contratado, en condiciones tales que permita la correcta
operación del mismo a partir del punto de demarcación del servicio.
b) Analizar y definir los elementos de respaldo necesarios para garantizarse la continuidad de su actividad
comercial.
c) En caso de los servicios MPLS con el perfil Interactivo o Alta Prioridad, EL CLIENTE será responsable de
ETIQUETAR el tráfico correspondiente para que RACSA le pueda brindar la calidad del servicio contratado.
En caso que EL CLIENTE no etiquete el tráfico, este será tratado con el perfil Básico.
d) Permitir el ingreso del personal de RACSA autorizado, debidamente identificado, al lugar donde se brindará
el servicio, a los efectos de su instalación, atención de averías o mantenimiento según sea el caso.
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
funicipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*209 ACTA N*87 Ordinaria.
racsQ'
e) No ceder, en todo o en parte, los derechos, obligaciones y demás efectos jurídicos derivados de este
contrato, salvo autorización previa de RACSA.
f) No brindar a terceros los servicios objeto del presente contrato, ni vender, ceder o facilitar el servicio de
telecomunicaciones, bajo ninguna modalidad, a terceros, asi como no enrutar a través del circuito
contratado tráfico ajeno, sin la autorización por escrito de RACSA ni interconectarse con redes públicas de
telecomunicaciones para efectos de explotación de este tipo de servicios.
g) Comunicar a RACSA cualquier cambio en los datos suministrados tales como apartado postal, números
telefónicos, dirección electrónica, dirección de la empresa o domicilio, razón social y apoderados.
h) No realizar el envío de correo masivo de mensajes, envío simultáneo de mensajes o el envío de correo no
solicitado a terceros que afecte la operación normal del servicio y la Red Intemet.
i) No almacenar o distribuir materiales como programas informáticos, archivos o códigos con aptitud o
finalidad de dañar, interferir, alterar o destruir algún sistema o equipo, incluidos, pero no limitados a virus o
similares,
ij) En caso de que RACSA provea equipos, utilizarlos para los fines provistos, por lo que las partes acuerdan
que el cliente será responsable de los daños que se le produzcan, salvo el desgaste normal que el paso del
tiempo y una utilización razonable produzcan. Como parte de las obligaciones asumidas según esta
cláusula el cliente garantiza una adecuada seguridad y protección de los equipos, y asume la obligación de
responder directamente del manejo que se haga de los mismos, lo que incluye las desmejoras o perdidas
que le sean imputables.
k) Pagar en tiempo y forma los servicios de telecomunicaciones que le brinda RACSA.
I) Garantiza que respetará la normativa de derechos de autor aplicable, induyendo, pero no limitado a las
marcas registradas, las patentes, los secretos comerciales y otros derechos.
m) No usar los servicios contratados con fines contrarios a la ley, al orden público, a la seguridad nacional, a la
moral o las buenas costumbres.
Capítulo 11
Condiciones Financieras
DECIMA CUARTA: PRECIO, FACTURACIÓN Y COBRO
Las partes acuerdan las siguientes condiciones:
Precios: Los precios de los servicios son firmes y definitivos, fijados en dólares, moneda de los Estados Unidos
de Norteamérica y deberán ser pagados conforme al tipo de cambio de venta de referencia fijado por el Banco
Central de Costa Rica o cualquier otra moneda del curso legalmente autorizado. Los precios deberán ser
pagados en mensualidades vencidas y su facturación y cobro será efectiva a partir del día en que el servicio
quede debidamente instalado.
Mensualmente RACSA remitirá al apartado postal o en la dirección física o electrónica suministrada por el
cliente un estado de cuenta correspondiente al servicio que se le brinda.
Las partes acuerdan que RACSA tendrá el derecho de modificar los precios de los servicios en cualquier
momento, para lo cual deberá dar aviso previo con un mes de anticipación.
b) Facturación: RACSA facturará sus servicios en dólares americanos al tipo de cambio de venta de referencia
emitido por el Banco Central de Costa Rica, al último día natural del mes al cobro. El cliente deberá cancelar a
RACSA por los servicios que se le brinda a más tardar en la fecha de vencimiento especificada en su estado de
cuenta. En caso que la factura fuera cancelada después de su vencimiento, EL CLIENTE deberá pagar un
recargo por mora equivalente a un 3% sobre el saldo de su cuenta. Si EL CLIENTE no ha cancelado su factura
4 días después de su fecha de vencimiento, RACSA queda expresamente facultada para suspender el servicio
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Municipalidad de Pococí
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PAGINA N*210 ACTA N*87 Ordinaria.
racso*
en cualquier momento, previa notificación a EL CLIENTE. La desconexión definitiva del servicio será efectiva a
partir del día siguiente a la fecha de vencimiento de la segunda facturación consecutiva sin cancelar.
RACSA podrá facturar al diente y este deberá cancelar los costos adicionales estipulados en el contrato por
diversos conceptos relacionados y necesarios para la puesta en operación del servicio tales como estudios de
sitio, salidas en falso, costos de instalación dentro y fuera del área metropolitana, cargos por reconexión,
traslados de equipo, costos de enlace locales, entre otros.
El cliente se compromete a informar y mantener actualizados todos los datos e información necesaria para la entrega
de su estado de cuenta en el domicilio fijado por este. Si por razones ajenas a RACSA sea por desactualización de la
información, atraso o no entrega por parte del servicio de correo, del estado de cuenta, no exime la obligación del
dliente para el pago puntual de sus servicios.
c) Pago: El cliente se compromete a pagar a RACSA los montos por concepto de mensualidad, según el
servicio elegido y contratado, una vez instalados los servicios, iniciando la facturación del mismo a partir del
momento en que queda operando.
EL CLIENTE se obliga a pagar la factura a más tardar en la fecha de vencimiento que la misma indique, para lo
cual RACSA pone a disposición de los clientes las siguientes formas de pago: cajas de RACSA, ventanillas de
bancos y empresas autorizadas, sitios web de bancos autorizados, cargos automáticos a tarjetas de crédito y
débito y cargos automáticos a cuentas del Banco Nacional. La validez de los pagos está sujeta a que RACSA
pueda hacerlos efectivos.
La falta de pago del monto indicado en el estado de cuenta, se considerará incumplimiento contractual y se
aplicará la suspensión del servicio por un plazo de un mes pasado el cual se tendrá por resuelto el contrato de
pleno derecho sin ninguna responsabilidad para RACSA, pudiendo acudir incluso a la vía judicial en defensa de
sus derechos.
DECIMA QUINTA: CUENTAS EN RECLAMO
Las partes acuerdan que cuando EL CLIENTE presente un reclamo sobre una factura y siendo este un trámite
separado de las obligaciones que asume EL CLIENTE en virtud del presente contrato, este hecho no lo releva
de su obligación de cancelar a RACSA los montos correspondientes por el servicio brindado. Las partes
acuerdan que, en caso de resolverse favorablemente el reclamo interpuesto por EL CLIENTE, la suma pagada
será acreditado en su cuenta de servicio respectiva y se reflejará como un saldo a favor.
DECIMA SEXTA: DEPOSITO DE GARANTÍA
Las partes acuerdan que, en caso que EL CLIENTE elija como modalidad de pago mes vencido, RACSA
cobrará un depósito de garantía por el servicio contratado equivalente a una mensualidad. Este deberá
cancelarse al momento que se contrate el servicio y podrá ser utilizado por RACSA para cancelar cualquier
cantidad que el cliente adeude con ocasión de la provisión u instalación del servicio.
Cuando exista solicitud de retiro del servicio por parte de EL CLIENTE y este no mantenga saldos pendientes
por concepto del servicio de telecomunicaciones, incluyendo lo correspondiente a la instalación, RACSA
procederá a devolver el depósito de garantía en un plazo de 30 días naturales contados a partir de la solicitud
de retiro del servicio.
En caso que la facturación del servicio sea en la modalidad “mes en curso” no aplica el pago de depósito de
garantía.
C-CC-19-10-2020-12273
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*211 ACTA N*87 Ordinaria.
Capítulo IV
Disposiciones Generales
DECIMA SETIMA: LIMITES DE RESPONSABILIDAD
Por las características propias del servicio que RACSA proporcionará a EL CLIENTE, las partes acuerdan que
es justo y razonable establecer límites a la responsabilidad de las mismas, quienes pondrán todo su empeño en
otorgar la continuidad del servicio con las herramientas a su haber.
Para ello, las partes acuerdan que:
1. El pago de una indemnización por parte de RACSA nunca excederá el importe del costo del
servicio pagado por EL CLIENTE, calculado dicho pago de forma mensual con base en el periodo
que se debe indemnizar.
2. RACSA no será responsable por:
a. Daños incidentales o pérdida de utilidades ocasionadas en la provisión o retardo del servicio
provisto a EL CLIENTE,
b. Responsabilidad civil, contractual o extracontractual, directa o indirecta por daños y perjuicios
a EL CLIENTE.
c. Los daños o defectos que por cualquier causa puedan afectar los equipos, líneas o bienes de
EL CLIENTE, sus usuarios y terceros o la información que estos mantengan en ellos, ya sea
por la operación o instalación del servicio.
d. La pérdida de datos resultante de retardos, no llegadas, pérdidas o interrupciones del servicio
causados por negligencia, errores u omisiones de EL CLIENTE.
e. Los daños o el lucro cesante, interrupción de actividades comerciales y otras pérdidas
pecuniarias ocasionadas por fallas en la provisión del servicio.
f. Infracciones a los derechos de propiedad intelectual que se generen por acciones de EL
CLIENTE.
DECIMA OCTAVA: RESOLUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes acuerdan que RACSA podrá resolver de pleno derecho este contrato y suspender el servicio, sin
responsabilidad alguna de su parte, si EL CLIENTE incumpliera alguno de los compromisos adquiridos según la
cláusula décima tercera.
En este supuesto, RACSA notificará a EL CLIENTE para que en el plazo perentorio de 5 días hábiles subsane
su incumplimiento; de no corregirlo en el término otorgado, RACSA hará efectivo el apercibimiento realizado y
considerará resuelto el contrato, quedando EL CLIENTE obligado a cancelar todas aquellas sumas pendientes
de pago hasta dicho momento, lo que incluye pero no se limita a mensualidades del servicio o montos
pendientes por la instalación del servicio, en aquellos casos donde exista entre las partes un acuerdo previo
anexo al contrato que determine la cancelación de ese monto en tractos y por un tiempo definido.
DECIMA NOVENA: CAUSALES DE FINALIZACION ANTICIPADA
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Las partes acuerdan que tendrán por finalizado anticipadamente el presente contrato:
1. Sin responsabilidad para alguna de ellas, en los siguientes casos:
a) Modificación de las concesiones y/o autorizaciones otorgadas a RACSA que le impidan brindar el
servicio contratado.
b) Cuando EL CLIENTE no esté de acuerdo con una modificación del precio.
c) Caso fortuito o fuerza mayor.
d) Se diere una desconexión del servicio y RACSA no restablece el mismo al día hábil siguiente después
que la causa desaparece.
e) Por declaración de estado de quiebra o insolvencia al CLIENTE.
2. Conresponsabilidad de EL CLIENTE en el siguiente caso:
a) Retiro voluntario de EL CLIENTE, donde éste debe cancelar la suma correspondiente a las
mensualidades restantes a la fecha de vencimiento del contrato vigente.
VIGESIMA: FUERZA MAYOR
La fuerza mayor y el caso fortuito son acontecimientos imprevisibles, o que previstos no han podido evitarse,
que imposibilitan el cumplimiento de las obligaciones contractuales para ambas partes, lo que genera una
eximente de responsabilidad.
Sin perjuicio de otros elementos tipificados por la legislación vigente, las partes acuerdan reconocer como
casos fortuitos o fuerza mayor las siguientes:
i. — Guerra, beligerancia, invasión, guerra civil, revolución, rebelión, pirateria, motines, insurrección, o
usurpación de poder.
li. — Huelgas.
ñii. — Confiscación, expropiación, destrucción y obstrucción ordenadas por cualquier autoridad competente.
iv. Desastres naturales tales como, pero no limitadas a: terremotos, erupciones volcánicas, tifones,
huracanes o inundaciones.
v. — Hundimiento de barcos, descarrilamientos de trenes.
vi. Otras causas que imposibiliten el cumplimiento reconocidas por las partes.
La parte afectada por un evento de caso fortuito o fuerza mayor deberá notificar a la otra acerca de cualquier
retraso o falla que se origine por ese motivo hasta que desaparezca el evento que lo causa. La parte afectada
actuará de buena fe para solucionar la causa de retraso o falla y ambas partes procederán con diligencia una
vez que la causa del retraso o falla haya cesado o desaparecido.
VIGESIMA PRIMERA: PROPIEDAD INTELECTUAL
ningún otro derecho (expreso, implícito o de otro tipo) para usar marcas comerciales, marcas de fábrica,
derechos de autor, marcas de servicio, nombres comerciales, patentes, secretos comerciales ni ninguna otra
| Las partes acuerdan que ninguna de ellas obtiene por medio del presente contrato un derecho de licencia ni
| forma de propiedad intelectual de la otra parte, sin la previa autorización expresa por escrito de la otra parte.
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VIGESIMA SEGUNDA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes acuerdan guardar confidencialmente la información contenida en este acuerdo, y cualquier
información obtenida por EL CLIENTE o RACSA en relación a la operación de las obligaciones aquí indicadas o
las transacciones que aquí se contemplan, RACSA y EL CLIENTE tienen conocimiento y están de acuerdo de
que toda esta información, no será dada a conocer al público, es confidencial y privada y no será transmitida a
terceras personas sin el consentimiento por escrito de la contraparte, con excepción de solicitud administrativa
o judicial competente.
VIGESIMA TERCERA: NOTIFICACIONES
Todas las notas y comunicaciones entre las partes deben ser por escrito, por lo que, de acuerdo con la Ley de
Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales (Ley N*8687), se señalan como domicilio
contractual para atender cualquier tipo de notificaciones los siguientes:
EL CLIENTE: Guápiles, altos del Hotel Talamanca, sobre la ruta 32, Guápiles, Limón.
RACSA: San José, intersección de la avenida quinta con la calle primera.
Así mismo, las partes se comprometen a notificar a la otra parte contratante en caso de que se realizare algún
cambio de domicilio contractual.
VIGESIMA CUARTA: LEGISLACION Y JURISDICCION
La existencia, validez y eficacia de este acuerdo se regirá por las leyes de la República de Costa Rica y la
jurisdicción de sus Tribunales.
En fe de lo anterior firmamos en la ciudad de San José, a los CATORCE días del mes de DICIEMBRE del año
DOS MIL VEINTE, en dos tantos de igual fuerza y validez contractual.
Lic. Federico Fournier Rivera Lic. Manuel Hernández Rivera
RACSA ALCALDE MUNICIPAL
Sr. Jose Pablo Montero Chavarría
ASESOR COMERCIAL Testigo
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Municipalida
ss
d de Pococi
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racsQ"
ADICIONAL A
Horario de recepción 724
Tiempo de registro y primer contacto 30 minutos
Diagnóstico Preliminar (minutos) 45 minutos
Solución de incidentes de plataforma e
infraestructura (tiempo efectivo en sitio) 180 minutos
Terminología
Tiempo de registro y primer contacto: Tiempo promedio en el cual, el operador registra el incidente y escala el
mismo al técnico asignado, el cual deberá efectuar la primera llamada de contacto al cliente para iniciar la atención
del incidente.
Diagnóstico Preliminar: Tiempo promedio en el cual el personal técnico asignado al incidente, debe obtener un
diagnóstico preliminar de las causas del incidente.
Solución de incidentes de plataforma e infraestructura: Tiempo promedio en el cual RACSA deberá reestablecer
el servicio al cliente. *Este tiempo no contempla trabajos, en los cuales la última milla del servicio (fibra Óptica,
inalámbrico, cobre, entre otros) se vea afectada por infraestructura que soporta un tercero. (Postes, torres,
canalizaciones, cajas de registro, entre otros).
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icipalidad de Pococí
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Participa de la Palabra
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Temprano estuve por la municipalidad y el compañero Hodgson me realizó un comentario,
que quiero mencionarlo antes de que usted lo someta a votación, que quedé en actas y
sea de conocimiento para todos los compañeros.
Ese es un convenio con el que él ha intentado exactamente 10 años, dos administraciones
han pasado y no se logró que fuera aprobado y esto viene a beneficiar la parte tecnológica
de nuestra municipalidad. Así que hoy, después de 10 años haremos una nueva historia
en el área tecnológica.
Agradecerle al señor Hodgson porque no se dio por vencido y lo está volviendo a intentar
y este Concejo responsablemente lo podemos apoyar.
Nota de Secretaría: El señor presidente procede a someter a votación la aprobación del
Contrato de Prestación de Servicios de Telecomunicaciones entre Radiográfica
Costarricense S.A. y la Municipalidad de Pococí y su respectiva suscripción.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba el Contrato de Prestación de Servicios
de Telecomunicaciones entre Radiográfica Costarricense S.A. y la Municipalidad de
Pococí. Se autoriza al señor alcalde a proceder con su respectiva suscripción. Se
Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2335
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde
Municipal de Pococí, correo electrónico: manuel.hernandezAW4munipococi.go.cr, dice;
DAMNICNMI-0189-2020
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 136 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2020CD-000263-CLO01, Mejoras Casa de La
Cultura Pococí, solicitud presentada por el Ing. Brandon Aguero Maroto, Dpto. obras civiles
Municipalidad de Pococí.
Se recibió oferta de las empresas:
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+. Biolum Electric S.A, por un monto de la oferta de ¿14.361.298.68, (catorce
millones trescientos sesenta y un mil doscientos noventa y ocho colones con
68/100) aportando especificaciones establecidas en el cartel de licitación.
e Incasa M8.Q Desarrolla S.A, por un monto de la oferta de ¿14.103.107,56, (catorce
millones ciento tres mil ciento siete colones con 56/100) aportando especificaciones
establecidas en el cartel de licitación.
Evaluación
Se procede a realizar la admisibilidad de la oferta presentada según lo indicado en el
artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, donde se califica 80%
precio, Experiencia 15%, Plazo 5%.
Precio 80 Experiencia 15 Plazo 5 Empresa
inscrita | Desglose | Strabajos
Monto Puntos | Cantidad | Puntos | Dias | Puntos | TOTAL CFIA rubros — | similares 150m
Incaza (114.361.298,68 | 78,6 5 15 26 5 98,56 si si si
[Biolum 4114.103.107,56 | 80,0 5 15 30 | a3 | 933 si si si
De acuerdo con el análisis y revisión del proceso por parte del Ing. Brandon Agúero Maroto
Obras Civiles Municipalidad de Pococí, determino que la empresa: Biolum
Electric S.A, cumplen con todo lo solicitado en el cartel de Invitación. Oficio visible en los
folios No. 134.
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor alcalde a pagar a la empresa:
e Biolum Electric S.A, por un monto de ¿14.103.107,56, (catorce millones ciento tres
mil ciento siete colones con 56/100) monto de acuerdo con el contenido
presupuestario existente por recomendación del Ing. Brandon Aguero Maroto, Dpto.
Obras Civiles Municipalidad de Pococí.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a la empresa:
Biolum Electric S. A, por un monto de £¿14.103.107,56, (catorce millones ciento tres
mil ciento siete colones con 56/100) monto de acuerdo con el contenido
presupuestario existente por recomendación del Ing. Brandon Agiiero Maroto, Dpto.
Obras Civiles Municipalidad de Pococí. Se Dispensa del Trámite de Comisión,
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
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AL SER LAS DIECIOCHO HORAS CON CINCUENTA Y DOS MINUTOS SE LEVANTA
LA SESION
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F-JUAN LUIS GOMEZ GOMEZÑA. — /S/F-MAGALY VENEGAS VARGAS
PRESIDENTE MUNICIPAL. aos SECRETARIA MUNICIPAL
C/c: SRS. REGIDORES, OTROS.
ARCH.
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