Ordinaria 85 · 2020-12-10

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 85 del 2020-12-10 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*1 ACTA N*85 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N*85 ORDINARIA. 10-12-2020
SESION ORDINARIA. N*85 DEL 10-12-2020, INICIADA A LAS 18:00
HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA
SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES
Juan Luis Gómez Gómez (Quien Preside)
Jonnathan García Chévez Osael Campos Bolaños
Reinaldo Benavides Vargas Jairo Antonio Ojeda Aburto
Luis Ángel Méndez Araya Flor Iveth Peraza Campos
Dennia Yaslyn Morales Grajal Rosbil Danier Arguello Badilla
José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde
Randall Torres Barrientos
Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres
Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias
SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE
Gabriela Madrigal González
Greivin Bonilla Sánchez Johanna Flores Rosales
Sandra Umaña López José Luis Diaz Valverde
Carmen Sánchez Navarro Keylor Andrey Campos Mora
José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores
Javier Jiménez Villalobos Ana Rita Rodríguez Jiménez
Alejandra Sancho Bravo Jorge Humberto González Calderón
Licda. MAGALLY VENEGAS Lic. MANUEL HERNANDEZ
VARGAS RIVERA
SECRETARIA ALCALDE MUNICIPAL
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií
S
interna
MUNICIPALIDAD DE POCOCI A
PAGINA N*2 ACTA N?85 Ordinaria. 10-12-2020
ORDEN DEL DÍA
Acuerdos ARTÍCULO
2267 - al - 2296 | Correspondencia
2297 T Lectura, Discusión y Verificación de
Acta N*83 Ordinaria del 03-12-2020
2298 111 Asuntos del Sr. Alcalde
2299 IV Mociones
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
< >
Intern
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*3 ACTA N?85 Ordinaria.
0.0
ARTICULO |
Correspondencia
ACUERDO N* 2267
El señor Presidente nombra en comisión a la regidora Marilú Ballestero Cruz y al regidor
Bernardo Veach Davis.
UL.
ACUERDO N* 2268
Se conoce nota para este Concejo suscrita por MSc. Carolina Durán Ruíz, directora
Escuela Iztarú, correo esc.iztaru(Ymep.go.cr, dice:
Asunto: Terna para nombramiento de un miembro.
Estimados (as) señores (as):
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de
Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la
propuesta de temas para la conformación de la Junta de Educación de la Escuela
Iztarú, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal:
Terna N'1
Nombre Cédula
Marjorie Emilia Pérez Bermúdez 7-0171-0424
olle leal e UL daolaldjololok Ad UL do
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%4 ACTA N?*85 Ordinaria.
Atentamente,
eNaO Cód: 3630
[ OS CANTO
GUAFPILES
SUPERVISOR (A)
CIRCUITO 08
MEP
Tn.
El Concejo Municipal nombra a la siguiente persona:
M5o. Flor María írez Núñez
VB. Supervisor de circuito educativo
Marjorie Emilia Pérez Bermúdez 70171 0424
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra a la anterior persona como miembro de
la Junta de Educación de la Escuela Iztarú. Pasar al Despacho de la Alcaldía para su
respectiva Juramentación. Dispénsese del trámite de Comisión. Acuerdo
definitivamente Aprobado.:
ACUERDO N* 2269
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde
Municipal, oficio DAMCM-0182-2020, dice:
Mediante la presente me permito remitir oficio N* AF-092-2020 con segundo trámite de
aportes de ley del periodo 2020 con fecha de corte del 06 de diciembre del 2020 según
indica la Licda. Andrea Camacho Zárate de la Administración Financiera.
Se solicita la autorización por parte de este honorable Concejo Municipal para
proceder con los desembolsos respectivos.
Sin más por el momento.
Firmado digitalmente por
MANUEL MANUEL HERNANDEZ
HERNANDEZ RIVERA (riAMa)
Fecha: 2020.12.09 13:17:05
RIVERA (FIRMA) -oso0'
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*5 ACTA N*85 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
Administración Financiera
Guápiles, Pococí Limón
Teléfono 2713-65-48 ext. 135
Oficio N%AF-092-2020
Para: Lic. Manuel Hernández Rivera
De: Licda. Andrea Camacho Zárate
Asunto: Segundo Aportes ley 2020.
Fecha: 07-12-2020.
Se adjunta el detalle del Segundo aporte de ley al cierre de 06-12-2020, para que
sea tomado en cuanta para su aprobación y presentación al Concejo Municipal.
Aporte Monto cierre del 06-12-
2020
JUNTA DE EDUCACION 10% 60.000 000,00
ONT 1% 2.500.000,00
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO
NACIONAL 8 500 000,00
CONSEJO NACIONAL DE PERSONA CON
DISCAPACIDAD 12 419 371,32
CONAGEBIO 900 000,00
FONDO PARQUES NACIONALES 19 530 000,00
PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE 8370000,00
Total 112 219 371,32
Sin más.
ANDREA Firmado
digitalmente por
CAMACHO ronca camaco
IMA)
ZARATE Pasa,
(FIRMA) — 1025:40-0600'
Licda. Andrea Camacho Zarate
Administradora Financiera
c. Hacienda Municipal
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde proceder con los
desembolsos respectivos de aportes de ley del periodo 2020 por el monto de
(112.219.371.32, según lo indicado por la Licda. Andrea Camacho del departamento
de Administración Financiera en el Oficio N”'AF-092-2020. Se Dispensa del Trámite
de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
LES
EN
Aus ría
interna
MUNICIPALIDAD DE POCOCI + 00292
PAGINA N'6 ACTA N'85 Ordinaria. 0-12-2020
ACUERDO N* 2270
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Grace Chinchilla Villegas, MAFF,
Auditora Interna, dice:
Oficio: N*Al-419-2020
Asunto: Remisión del Proyecto Final "Liquidación Presupuestaria 2019 con corte
30-6-2020"
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
57
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*7 ACTA N*85 Ordinaria.
9) Municipalidad de Pococí
AUDITORIA Guápiles, Pococí
Al contestar refiérase
Al oficio N* Al-419-2020
Guápiles, 07 de diciembre 2017
Señores
Miembros del Concejo Municipal
Ple
ASUNTO: REMISIÓN DEL PROYECTO FINAL “LIQUIDACIÓN PRESUPUESTRIA
2019 CON CORTE 30-6-2020”
Estimados señores:
De conformidad con lo establecido en la Ley General de Control Interno No. 8292 y normativa conexa, esta Auditoría
Interna presentó el borrador del informe de Liquidación Presupuestaria 2019, con corte 30-06-2020, mediante oficio Al-
394-2020, así mismo se hizo conferencia de resultados el pasado 16 de noviembre 2020, es por lo anterior que se procede
a efectuar la comunicación final de los resultados, conclusiones y recomendaciones del estudio,
Se Transcribe lo que establece la Ley General de Control Interno No. 8292 sobre los informes dirigidos al jerarca.
Artículo 37, —Informes dirigidos al Jerarca. Cuando el informe de auditoría esté dirigido al jerarca, este deberá
ordenar al titular subordinado que corresponda, en un plazo improrrogable de treinta días hábiles contados a
partir de la fecha de recibido el informe, la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de tales
recomendaciones, dentro del plazo indicado deberá ordenar las' soluciones altemas que motivadamente
disponga; todo ello tendrá que comunicarlo debidamente a la ¡auditoría interna y al titular subordinado
correspondiente. t
Artículo 38. —Planteamiento de conflictos ante la Contraloría General de la República. Firme la resolución
del jerarca que ordene soluciones distintas de las recomendadas por la auditoría interna, esta tendrá un plazo de
quínce días hábiles, contados a partir de su comunicación, para exponerle por escrito los motivos de su
inconformidad con lo resuelto y para indicarle que el asunto en conflicto debe remitirse a la Contraloría General
de la República, dentro de los ocho dlas hábiles siguientes, salvo que el jerarca se allane a las razones de
inconformidad indicadas.
La Contraloría General de la República dirimirá el conflicto en última instancia, a solicitud del jerarca, de la
auditoría interna o de ambos, en un plazo de treinta días hábiles, una vez completado el expediente que se
formará al efecto. El hecho de no ejecutar injustificadamente lo resuelto en firme por el órgano contralor, dará
lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el capítulo V de la Ley Orgánica de la Contraloría General de
la República, N* 7428, de 7 de setlembre de 1994,
Los valores éticos no son negociables
Auditoria Interna
Toléfono N? 2711-1701 — Fax 2711-4701, Email, graco.chinchillafMgmall.com; _auditorlafMmunipococ!.go.cr >
Págio lr
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecoci
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*8 ACTA N*85 Ordinaria.
Y
0) Municipalidad de Pococí
AUDITORIA Guápiles, Pococí
PCIA DL POCOS
Artículo 39, —Causales de responsabilidad administrativa. El jerarca y los titulares subordinados
incurrirán en responsabilidad administrativa y civil, cuando corresponda, si incumplen injustificadamente
los deberes asignados en esta Ley, sin perjuicio de otras causales previstas en el régimen aplicable a
la respectiva relación de servicios, [...] Igualmente, cabrá responsabilidad administrativa contra los
funcionarios públicos que injustificadamente incumplan los deberes y las funciones que en materia de
control interno les asigne el jerarca o el titular subordinado, incluso las acciones para instaurar las
recomendaciones emitidas por la auditoría interna, sin perjuicio de las responsabilidades que les puedan
ser imputadas civil y penalmente [...].
En la conferencia final estuvieron presentes los siguientes funcionarios por parte de la administración, Lic. Manuel
Hernández Rivera, Alcalde, MBA. Mauricio Garita Varela / Hacienda Municipal, Licda. Andrea Camacho Zarate /
Administración Financiera, Licda. Edith Quesada Umaña / Tesorera, Licda, Liseth Mora Agilero / Presupuesto, Licda.
Ivannia Batista Araya / Contadora, Licda. Yalena Noguera Chinchilla / Analista Desarrollo Estratégico, Ing. Brandon
Agilero Maroto / Obras Civiles y Servicios Municipales, por parte de la Auditoría; Licda. Grace Chinchilla Villegas / Auditora
Interna, Lic, Víctor Vidal Bermúdez / Asistente Auditoría Interna, Licda. Sabrina Zúñiga Corrales / Asistente Auditoría
Interna
No se presentaron a la conferencia los funcionarios Ing. Freddy Rivera Varela, Unidad Técnica Gestión Vial Municipal, la
Licda. Noguera Chinchilla, nos acompañó en sustitución de la Lcda., Rosalyn Corrales Salas, de Planificación y Desarrollo
Estratégico.
Ay, MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
AUDITORÍA INTERNA
RECIBIDO
'%
GRACE Ñ LporGl A CHINCHILLA
LA
CHINCHILLA US E Chinchilla :illegas
VILLEGAS (FI MI 12:05:30 asoÁuditora Interna
Licda. Grace Chinchilla Villegas, MAFF
Auditora Interna
Co; Archivo
Copiador
Papeles de Trabajo
Los valores éticos no son negociables
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillafMqmall.com; auditori: junipococi.go.cr
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecoci
Interna
00295
MUNICIPALIDAD DE POCOCI A
1012-2020
PAGINA N*9 ACTA N*85 Ordinaria.
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3 Ni
9) Municipalidad de Pococí qu0S
AUDITORIA Guápiles, Pococí a a
HUNICIALIO MD O POCOCI PR POcod
PROYECTO No, PAI- 003-2020
Guápiles, 04 de diciembre 2020
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
AUDITORIA INTERNA
PROYECTO SOBRE:
LIQUIDACIÓN PRESUPUESTARIA 2019, CON CORTE 30-6-2020
Los valores óticos no son negociables
Auditoría Interna
Tolófono N* 2711-1701 = Fax 2711-1701, Email. graco.chinchillaMgmail.com; auditoriaQmunipococi.go.cr
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Interna
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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8) Municipalidad de Pococí dy
AUDITORIA Guápiles, Pococí a
PIPA DAD DE POCO pa pococi
CONTENIDO
Página No.
RESUMEN EJECUTIVO
1. INTRODUCCIÓN........
1.1. Origen del estudio ...
1.2. Objetivo del proyecto .....ooommmmmcmmmoo.
1.3, Generalidades acerca del objeto examinado
Suv a
1,4, Naturaleza y alcance del estudio.........
1.5. Limitaciones que afectaron la ejecución del estu
1.6. Comunicación de los resultados ...........mo....
1,7. Metodología aplicada .........
Ze RESULTADO IAEA ASA AAA AAA
2.1. Medidas de control poco efectivas para el fortalecimiento de la Plancación institucional. 8
2.2. Incremento de compromisos presupuestarios ........ommmsnmscnccnacinnaconacnnnnos
2.3. Notas de crédito pendientes de identificar, .......ooomommmmmmmmor+m*m*.*.*”..
24. Inconsistencia en los saldos cuentas presupuestarias vrs cuentas corrientes.
2.4,1 Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria .........oooommomommmmosscrmonmm*>s+*”o 0
2.5. Comportamiento Ingresos y Egresos Periodo 2020.........oomocoornocconarenarenonas
2.5.1 Urge un monitoreo permanente del comportamiento de las fuentes de ingresos .......
3. CONCLUSIONES .
4. RECOMENDACIONES sir A A
Los valores óticos no son negociables
Auditoria Intorna
Telófono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. graco.chinchillafMgmall.com; auditorilafMmunipococ!.go.cr
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ACTA N%85 Ordinaria.
10-12-2020
9
Municipalidad de Pococí
AUDITORIA, Guápiles, Pococí Per
ÍNDICE DE CUADROS
Cuad. Título Pág. No.
1 Detalle Ingresos -Egresos 2019 8
2 Ejecución real 2019 8
3 Detalle de Egresos Programa 111 2019 8
4 Detalle de metas 2019 9
5 Detalle egresos al Primer Semestre 2020 10
6 Detalle de compromisos 2019 11
7 Comparativos compromisos 2018-2019 11
8 Ejecución real 2019 con compromisos y sin compromisos 12
9 Detalle Notas de crédito 12
10 Detalle de la Ley de Simplificación y eficiencia Tributaria 13
11 Detalle Ley del Impuesto de Banano No. 7313 14
12 Detalle Caproba — Ulama 14
13 Detalle Comité Cantonal de Deportes Pococí 15
14 Detalle Fodesaf 16
15 Saldo en Caja 17
16 Comparativo Ingresos primer semestre 2018-2019 19
17 Detalle Ingresos 2020 22
18 Recorte Presupuesto Ordinario 2020 23
19 Detalle Presupuesto Ordinario definitivo vrs ingresos reales al 30-09-2020 25
20 Detalle General del Objeto de Gasto 25
21 Detalle General del Objeto de gasto por programa 25
Los valoros óticos no son negociablos
Auditoría Interna
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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(a
) Municipalidad de Pococí
AUDITORIA Guápiles, Pococí
RESUMEN EJECUTIVO
Este estudio trata sobre el análisis de la ejecución presupuestaria y determinación de los saldos presentados en la
Liquidación Presupuestaria 2019. Así mismo se amplió la cobertura al |, Il, III trimestre del año 2020, para ver el impacto
que han sufrido los principales Ingresos a causa de la emergencia nacional por la Pandemia Covit-19, como también la
ejecución de gastos al primer semestre 2020.
Es importante, por cuanto el control sobre la ejecución presupuestaria es una herramienta gerencial que facilita verificar
la vinculación adecuada de los procesos de planificación-presupuesto y la evaluación de los resultados, aspectos que
determinan la calidad del desempeño institucional, además son importantes para la toma de decisiones y la rendición de
cuentas sobre la gestión realizada por esta Municipalidad. Las entidades públicas están sometidas a un procedimiento de
evaluación de resultados y rendición de cuentas, a partir de la información que se refleja en la liquidación presupuestaria,
como producto del cierre de las cuentas del presupuesto institucional que se debe hacer al terminar el ejercicio económico,
con el cual se obtiene el resultado global de la ejecución del presupuesto, tanto a nivel financiero -déficit o superávit,
como de las realizaciones de los objetivos y metas previamente establecidos para cada uno de los programas.
Por otro lado debido a la Pandemia Cobit-19, es necesario conocer la afectación sufrida por la Municipalidad de Pococ!
en su gestión financiera presupuestaria, de forma que pueda ulilizar los recursos disponibles de manera eficiente en la
prestación de servicios públicos y en la construcción de obras en beneficio de los munícipes del cantón.
Los ingresos reales del año 2019 fueron de $ 11.803.6 millones, lo que representa un 97.9 % de los ingresos
presupuestados, se ejecutaron $ 9.425.0 millones; se tiene un superávit de $ 2,417,0 millones, los compromisos
presupuestarios alcanzaron los $ 2.138.8 millones, por lo que se podría decir que la ejecución real fue de un 61.7%.
Según informe de Gestión Fisica y Financlera al 30 de junio, la Municipalidad de Pococí había ejecutado, del programa |
un 29.24%, programa Il un 20.22% y del programa lll que es donde se presupuesta las diferentes obras, un 9.39%.
El Plan Anual Operativo 2019, continúa presentando debilidades en la definición de metas asociadas al presupuesto
municipal, ya que se sigue agrupando una gran cantidad de proyectos en una sola meta, con costos globales lo cual incide
en una adecuada rendición de cuentas, así mismo dificulta el control de ejecución, por lo tanto, el presupuesto no contiene
los elementos y criterios necesarios para medir los resultados relacionados con su ejecución, lo cual dificulta el control
sobre posibles desviaciones, para tomar las medidas correctivas.
La Municipalidad de Pococí, sigue presentando inconsistencias entre los saldos presupuestarios y cuentas corrientes, lo
anterior obedece a falta de políticas, procedimientos, deber de cuidado, supervisión y conciliaciones periódicas, que
permitan asegurar razonablemente las diferentes operaciones.
Con relación al comportamiento de los ingresos, de acuerdo con la información suministrada por la administración, éstos
no se han visto tan afectados para este 2020, por la Pandemia COVID-19, sin embargo, para nadie es un secreto que hay
cierta incertidumbre de lo que nos espera para el próximo año (2021), ya que se podria presentar un comportamiento
diferente, por lo que es necesario realizar un análisis de riesgo, que nos permita tomar decisiones antes el peligro de la
sostenibilidad de las finanzas y la continuidad de los servicios públicos. Tomando en cuenta que para el presupuesto
2021, se presenta una disminución de presupuesto de un 18% comparado al del año 2020.1
Con fundamento en las debilidades encontradas, se giran una serie de recomendaciones, con el propósito de que se
Instauren las medidas de contro! para corregir las debilidades detectadas
i Presupuesto Ordinario 2021
Los valores óticos no son negociables
Auditoria Interna
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Municipalidad de Pococí
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E
4 a
9) Municipalidad de Pococí yes
AUDITORIA Guápiles, Pococí
povceneIDRt reco MARNCPALOAD
1. INTRODUCCIÓN
Conviene indicar que los artículos 37 y 38 de la Ley General de Control Interno N* 8292, la administración activa es la
responsable de ejecutar lo recomendado por la Auditoría Interna en sus informes, pero deja abierta la posibilidad de discutir
las recomendaciones ofrecidas por esta unidad de asesoría para que la misma administración proponga soluciones
alternas para los problemas identificados en el ejercicio de la función de auditoría, o en caso extremo el planteamiento de
conflictos ante la Contraloría General de la República.
El artículo No 39 de la Ley General de Control Interno Indica en el párrafo primero:
Eljerarca y los titulares subordinados incurrirán en responsabilidad administrativa y civil, cuando corresponda, si incumplen
injustificadamente los deberes asignados en esta Ley, sin perjuicio de olras causales previstas en el régimen aplicable a
la respectiva relación de servicios.
1,1. Origen del estudio
El presente estudio se realizó de conformidad con el Plan Anual de Trabajo de la Auditoria Interna para el año 2020,
1.2. Objetivo del proyecto
1.2.1 Objetivo general
Analizar la ejecución presupuestaria y determinación de los saldos presentados en la Liquidación Presupuestaria 2019 y
al IIl trimestre del año 2020, para ver el impacto sufrido los principales Ingresos a causa de la emergencia nacional por la
Pandemia Covit-19, con el fin de verificar el debido resguardo del patrimonio municipal, el apego al marco jurídico técnico
y el cumplimiento de las recomendaciones giradas en periodos anteriores,
1,2,2 Objetivos específicos
1.2.1.1 Analizar la normativa técnica juridica aplicable.
1.2.1.2 Verificar la razonabilidad de las cifras consideradas en la liquidación presupuestaria del ejercicio 2019,
1.2.3 Verificar el cumplimiento de las recomendaciones giradas por la Al
1.3. Generalidades acerca del objeto examinado
El Código Municipal señala que las municipalidades del país poseen autonomía política, administrativa y financiera
conferida por la Constitución Política. Entre algunas de sus atribuciones está reglamentar su organización, acordar
sus presupuestos y ejecutarlos, administrar y prestar los servicios públicos municipales, aprobar las tasas, precios y
contribuciones municipales, percibir y administrar en su carácter de administración tributaria, los tributos y demás
ingresos municipales.
Los valoros óticos no son nogoclablos
Auditoria Interna
Tolófono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701, Emall. graco,chinchillaMgmall.com:; auditorlafmunipococi.go.cr
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Municipalidad de Pococí
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/6
9) Municipalidad de Pococí e
AUDITORIA Guápiles, Pococí PLA
RADO FOCO ario
El artículo 114 del Código Municipal, indica lo siguiente:
“Con el informe de ejecución del presupuesto ordinario y extraordinario al 31 de diciembre, el Alcalde municipal
presentará al Concejo, la liquidación presupuestaria correspondiente para su discusión y aprobación. Una vez
aprobada, esta deberá remitirse a la Contraloría General de la República para su fiscalización, a más tardar el 15 de
febrero.”
Para ello conforme al título IV del Código Municipal denominado Hacienda Municipal, se establecen los criterios
generales relativos a las actividades de recaudación de ingresos y sobre la estructura básica para la administración
de esos recursos y su aplicación. Esta normativa se complementa para el sector municipal en materia de
administración municipal, en primera instancia, por la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos N?
8131 y también por olras normas legales y lécnicas que permiten garantizar una mejor administración de los recursos
públicos,
De manera particular el Título IV de la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos señala que el
Sistema de Administración Financiera está conformado por el conjunto de normas, principios y procedimientos
utilizados en el proceso de planificación, obtención, asignación, utilización, registro, control y evaluación de los
recursos financieros; que comprende los subsistemas de contabilidad, presupuesto, tesorería y crédito público, los
cuales deberán estar interrelacionados.
Es responsabilidad del jerarca, titulares subordinados y demás funcionarios de la Municipalidad, establecer y operar
un sistema de contabilidad presupuestaria para el registro exacto y oportuno de las transacciones y operaciones
financieras que implica la ejecución del presupuesto.
Dichos registros deben afectar, en lo que corresponda, las cuentas de la contabilidad patrimonial, de tal forma que
alimente de manera integral los diferentes subsistemas del Sistema de Administración Financiera institucional y que
permita el control interno y posibilite el externo.
La liquidación presupuestaria consiste en el cierre de las cuentas del presupuesto institucional que se debe realizar
al terminar el ejercicio económico, con el cual se obtiene el resultado global de la ejecución del presupuesto, anto a
nivel financiero (déficit o superávit), como de las realizaciones para los objetivos y metas previamente establecidos
para cada uno de los programas.
Los artículos 169 de la Constitución Política y 4 del Código Municipal establecen que es responsabilidad de las
municipalidades del país velar por el bienestar y los intereses de sus comunidades,
1.4. Naturaleza y alcance del estudio
Para el análisis respectivo, se consideraron los siguientes documentos: Informe Liquidación Presupuestaria 2019, informes
de ejecución, estados financieros, estado diario de Tesorería al 31 de diciembre de 2019, conciliaciones bancarias y la
evaluación del plan-presupuesto, así como la documentación complementaria aportada como apoyo de tales documentos.
Informes de Ingresos Primer, Segundo y Tercer Trimestre 2020, Informe de presupuesto de egresos al 30-06-2020
Para el estudio de la información y documentos presentados por la Administración Municipal se han aplicado técnicas
selectivas, sin perjuicio de otras observaciones que pueda efectuar esta Auditoría Interna; así como de cualquier ajuste
que con posterioridad se pueda determinar cómo necesario.
Los valores éticos no son negoclablos
Auditoria Interna
Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchilla(Mgmail.com; auditoriaff2munipococi.go.cr
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Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*15 ACTA N*85 Ordinaria.
Y
9) Municipalidad de Pococí
AUDITORIA Guápiles, Pococí
LANEPALIDLO DA POCOCA DA POCO
El período comprendido es del 1* enero al 31 diciembre del 2019, y se amplió al 30 de junio 2020, pudiéndose ampliar
más en caso de ser necesario.
En el desarrollo del estudio se observó en lo aplicable las Normas Generales de Auditoría para el Sector Público (NGASP),
las Normas para el ejercicio de las auditorías Internas en el sector público (R-DC-119-2009), así como, las fuentes de
crilerios de auditoría aplicables al estudio,
1.5. Limitaciones que afectaron la ejecución del estudio
La elaboración del proyecto se vio afectado por las limitantes respecto a la falta de información, tardía o ausencia de
respuesta a los oficios enviados, información suministrada con errores u omisiones, entre otros.
1.6, Comunicación de los resultados
Los resultados obtenidos, así como las recomendaciones contenidas en este informe, fueron comunicados
verbalmente en reunión sostenida el 16 de noviembre de 2020, con la presencia de los siguientes funcionarios de la
administración: Lic, Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, MBA. Mauricio Garita Varela, Coordinador Hacienda
Municipal, Licda. Andrea Camacho Zárate, Administradora Financiera, Licda. Liseth mora Agilero, Presupuesto, Licda,
Ivannia Batista Araya, Contadora Municipal, Licda. Edith Quesada Umaña, Tesorera Municipal, Licda, Yalena Noguera
Chinchilla, Planificación, Ing. Brandon Agiiero Maroto, Obras Civiles, Lic. Victor Vidal Bermúdez, Auditoria, Licda. Sabrina
Zúñiga Corrales, Auditoria Interna y Licda. Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interno.
1.7. Metodología aplicada
Para la ejecución del presente proyecto, el cual consistió en la recopllación, documentación, compilación, análisis y
examen de la información considerada relevante sobre:
a) Informe Liquidación Presupuestaria 2019
b) Informe de Ingresos al 30 de setiembre 2020
c) Informe de egresos al 30 de junio 2020
d) Archivo en formato Excel denominado modelo electrónico.
e) Solicitud de documentación para la verificación de asuntos o datos ejecutados duranle el periodo de examen
0) Estados Financieros
9) Reportes de Contabilidad
h) Conciliaciones Bancarias
Los valores óticos no son negoclablos
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Interna
00302
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
a
9) Municipalidad de Pococí
AUDITORIA Guápiles, Pococí
PILA D! FOCOCI
2. RESULTADOS
La municipalidad de Pococí recaudó en el año 2019 un ingreso de ¿ 11.803,629.015.66, equivalente a un 979 % del total
presupuestado, los gastos fueron de ¿9.425.097.931.84. El superávit de inslilucional (considerando 38.518,223,16 en
notas de crédito pendientes de su registro contable) fue de ¿2.417.049,306.23, del cual, ¿ 1.950.587.656.73 corresponden
a recursos con destino específico -Superávit Específico- y ¿ 466.461.649,90 se registran como Superávit Libre.
Ejecución Ejecución Real
9.425.097.931,84
209,04
Y ARI
210046 79,85% 100% (61,73%
80% eo
60% T 60%
mn tomvadcad 40% 10,00%
20% a
0% 11.803.629,015,66 e
Monto Porcentaje A e ceaje
mIngreso Real Gastos "ingreso fea! mEjecución real
Al primer semestre 2020, entre los principales ingresos se tenían $ 4.949,975.60 y tenlamos una ejecución de $
2.370.314,495,25
A continuación, se detallan una serie de debilidades los cuales incidieron en el resultado de la LP,
2.1. — Medidas de control poco efectivas para el fortalecimiento de la Planificación institucional,
Según el Informe de Evaluación Fisica y Financiera del Plan Anual y la Liquidación Presupuestaria 2019, de los
egresos del Programa Ill al cierre 2019, se logró ejecutar £ 3.713.139.631.58 de los £5.066.289.757,46
presupuestados, lo que permite establecer un cumplimiento de 73.29% en cuanto a la ejecución financiera propuesta.
Ver cuadro inserto,
Egresos Totales
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019
Programa ll 5.066.289. 757,46 3./13.139.631,58 73,29
Total 5.066.289.757,46 928284907,9 19,32278
Fuente: Liquidacion Presupuestria 2019
Respecto del cumplimiento de las metas propuestas en Plan Anual Operativo 2019 para los Programa lll
(Inversiones) y IV (ejecución de partidas específicas) se tiene que del 100% de las metas propuestas, solo se logró un
52% en el caso del programa 11! y un 12% para el programa 1V, tal como se aprecia en el cuadro inserto:
Los valores óticos no son negociables
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9) q
Municipalidad de Pococí
AUDITORIA Guápiles, Pococí LIA
roca notroce tano
Orado de cumplimiento de las motas del plan operativo anual 2019
AL 91 DE DICIEMBRE DE 2010
Programa MI 100,0 50,0 100,0 50,0 100,0 52,0
0.0 9.0 100,0 2,0
O ENT aa MEN
% relacionado a las partidas específicas se evidenció:
y” Poca claridad en las metas definidas en el Plan Anual Operativo 2019,
Y Las metas no están estructuradas de tal forma que permita realizar un control respecto del avance
físico y financiero.
Y No existe una individualización del costo estimado de cada uno de los proyectos, que se derive de
una correcta planificación de estos, acorde con la definición de proyectos de inversión,
Y Elindicador solo mide la eficacia en la ejecución del gasto y no permite evaluar la gestión realizada
y los resultados obtenidos, lo cual es producto de la deficiencia señalada en la definición de la meta
y Se agrupan 123 proyectos en 8 metas, con una asignación presupuestaria global, lo cual resulta
inconveniente para el control de la ejecución, porque imposibllita medir el desempeño Institucional
para cada uno de esos proyectos, en términos del avance físico obtenido y de la inversión realizada
en cada uno de ellos, de los cuales se ejecutaron un total de 81 proyectos (66%) y 42 quedaron
pendientes (34).
Siluación similar, se presenta para este primer semestre 2020, por cuanto en el apartado de conclusiones apuntadas
según Informe de Gestión Física y Financiera al 30 de junio 2020 la administración señalo:
Y Incumplimiento casi total de lo programado en el Plan anual Operativo, los desembolsos y pagos en su mayoría
corresponde a gastos de tipo fijo, como salarios, servicios entre otros
Y” Ejecución baja del gasto, la ejecución total es de un 21.81% , ya se debería estar en un 50% "lo anterior como
ya se ha reilerado, liene como consecuencia que se deban acumular los procesos de contratación para el
segundo semestre y ante la incapacidad de poder ejecutarlos, mucho de ellos se trasladan a la figura de
compromisos presupuestarios, la acumulación de los procesos de adquisiciones de bienes y servicios, provoca
que el área financiera se vea salurada de tramites lo que incide en errores, que posteriormente son señalados
por la auditoria y se incurre en debilitamiento del control interno, además son factores de subejecución y falta de
fiscalización e implican responsabilidades para los involucrados.
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e,
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MAA 0 DISCO
Programa | 4.027.710.885,14 1.177.568.957,49 29,24%)
Programa ll 2.870.886.809,88 814.567,343,95 20,22%)
Programa lll 4.168.178.034,56 378.178.199,81 9,39%]
Programa IV 0%)
¡Totales 10.866.775.729,56 2.370.314.495,25 21,81%
Fuente : Gestión Fisica y Financiera al 30 de junio 2020
Por lo antes señalado, se evidencia que el Plan Anual Operativo 2019, sigue presentando debilidades en la definición de
melas asociadas al presupuesto municipal, ya que se sigue agrupando una gran cantidad de proyectos en una sola mela,
con costos globales lo cual incide en una adecuada rendición de cuentas, así mismo dificulta el control de ejecución, por
lo tanto, el presupuesto no contiene los elementos y criterios necesarios para medir los resultados relacionados con su
ejecución, Por otro lado, dificulta el control sobre posibles desviaciones, para tomar las medidas correctivas.
Sobre el particular, ya este Despacho de Auditoria como la Contraloría General de la Republica, se habían pronunciado,
sin embargo, la administración es ayuna en implementar medidas que garanticen fortalecer el sistema de control interno
de ahí la importancia de contar con un manual donde se contemple las políticas, normas, procedimientos, controles,
responsables, de todas las fases del proceso presupuestario, Formulación, Aprobación, Ejecución y Control.
Al respecto las normas técnicas sobre presupuesto público N-1-2012-DC-DFOE (NTPP)2, señala con relación a los
principios presupuestarios
Norma 2.2.3
Principio de vinculación de presupuesto con la planificación: ... el presupuesto debe responder a la planificación
institucional de corto plazo; sin embargo, para que ese vínculo pueda materializarse, los objetivos y metas que conforman
dicha planificación deben ser lo suficientemente claros para orientar la ejecución presupuestaria y, en general, la gestión
Institucional......Principio de Programación
Por su parte, la Ley de la Administración Financiera y Presupuestos Públicos, en su art. 5 inciso e señala...
e) Principio de programación: Los presupuestos deberán expresar con claridad los objetivos, las metas y los productos
que se pretenden alcanzar, así como los recursos necesarios para cumplirlos, de manera que puedan reflejar el costo.
El artículo 15 de la Ley General de Control Interno No, 8292 (LGCI) establece que es deber del jerarca y de los titulares
subordinados, el documentar, mantener actualizados y divulgar internamente, las políticas, las normas y los
2 Emitidas por la Contraloría General de la República mediante Resolución Nro. R-DC-24-2012 del 26 de marzo de 2012 y publicadas en el Alcance
Digital Nro. 39 a La Gaceta Nro. 64 del 29 de marzo de 2012.
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NEAL 0 DL FOCCE
procedimientos de control que garanticen el cumplimiento del sistema de control interno institucional y la prevención de
todo aspecto que conlleve a desviar los objetivos y las metas trazadas por la institución.
Por su parte, la norma 3.4 de las Normas Técnicas del Presupuesto Público, señala que se debe de preparar, divulgar y
propiciar el conocimiento de manuales que contengan las normas que definen con claridad los procedimientos, la
participación, la persona o la unidad encargada de la coordinación en general, la responsabilidad de los actores y las
unidades que intervienen en el desarrollo coordinado e integrado del proceso presupuestario.
2.2, Incremento de compromisos presupuestarios
Los Compromisos presupuestarios correspondientes al periodo 2019 representaron £2, 138, 825,723.80, y al 30 de junio
2020, se hablan ejecutado ¿1, 933, 021,058.89. Esto significa que no se materializó la ejecución de ¿ 205, 804,664.91
de los compromisos presupuestados al 31 de diciembre, como se puede apreciar en el cuadro inserto:
76.899.56381 16.095.26341 20 TZ AOTATIAD | 4703.8532
194. 441.701,11 194.341.701,11 09 189.595.053,24 4,745.632,87
1797.180.4£4.35 | —1797.160454.5 90, 1.607.419.309,76_| _189.749.160,€0
TO.A27.951,52 TO AT SA52 9.00. 6I06509:40 | 652148512
TOO IDO | 2 00.03570.00 0,90 139).921.030.99 | —705.091.044.91
Como se observa en el cuadro anterior el programa | corresponde a 476.895.563,81, no se ejecutaron, al 30 de Junlo de
¿ 4.788.386.32. En el programa Il que se separaron ¿194.341,701.11, quedó un saldo al 30 de junio de ¿ 4,745.632.87,
en el programa III de £1.797,160.464.36 quedando un saldo al 30 de junio de g 189.749,160.60 y en el programa IV
corresponde a ¿70.427,9974.52 quedando un saldo al 30 de junio de ¿6.521.485.12,
Si se compararan los compromisos presupuestarios del año 2019 en relación con los del 2018 se advierte que éstos
crecieron en un 6% al pasar de 2,012.055.842,93 a 2.138.825,723,80, tal como se aprecia en el siguiente cuadro:
Gasto Ejecución 2018 Ejecución 2019
Monto 9.389.094.746,76 9.425.097.931,84
Compromisos Presupuestarios 2.012.055.842,93 2.138.825.723,80
% Compromisos 21,43 22,69
|Fuente: Liquidaciones Presupuestarias |
También la representación de los compromisos presupuestarios en relación con los egresos, aumentó en 1.26 % del año
2018 al 2019,
Si analizamos la ejecución del presupuesto para el año 2019, se tiene una ejecución de un 79,85%, sin embargo, si le
restamos los compromisos presupuestarios, tendriamos una ejecución real de 61.73%
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PEA
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PARTIDO DE POSO
Detalle Ejecucion con compromisos [Ejecucion sin compromisos
Ingresos Reales 11.803.629.015,66 11.803.629.015,66
Gastos 9.425.097.931,84 7.286.272.208,04
79,85 61,73
Lo anterior evidencia la falta de controles efectivos en el lema de la planificación institucional, lo cual se puede asociar en
el incremento de contrataciones en el tercer y cuarto trimestre de bienes y servicios sin lenerse la certeza de si se van a
cumplir dentro del ejercicio económico respectivo, as! como las inconsistencias en los registros por el alto volumen de
trabajo en los últimos meses del año.
Ley de la Administración Financlera y Presupuestos Públicos
Art. 5 Inciso B
b) Principio de gestión financiera. La administración de los recursos financieros del sector público se orientará a los
Intereses generales de la sociedad, atendiendo los principios de economía, eficacia y eficiencia, con sometimiento pleno
a la ley.
e) Principio de programación: Los presupuestos deberán expresar con claridad los objetivos, las metas y los productos
que se pretenden alcanzar, así como los recursos necesarios para cumplirlos, de manera que puedan reflejar el costo,
2.3, Notas de crédito pendientes de identificar.
Las nolas de crédito para el año 2019, representa un monto de £ 108,512.151,42, por lo que disminuyó en comparacion
con el año 2018.
Es pertinente señalar que en el año 2019, se lograron identificar ¿71.6 millones, correspondientes al año 2018, sin embargo
exisle una suma considerable del periodo 2006 al 2016 por más de £56.9 millones, por lo que es necesario que la
administración busque mecanismos para identificalas, ya que no se sabe si son de recursos libres o específicos y dla a
día pierden su valor ad
era 57.080.710,62 56 045 200,62 115.420,00 Disminuyó.
2017 5740 620.82 5213 100,52 527 720,00 Disminuyó
2016 78.B05.844,91 7.935.531.22 70.970 313.09. Diaminuyé.
2010 0,00. 38.518.223.10 Aumantó
Totar 141.007.381,30 109,012.101,42 71.913.493,99.
Al respecto las Normas de Control Interno para el Sector Publico, señalan:
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AUDITORIA Guápiles, Pococí a
voner recon MICRO
Norma 4,4.5 Verificaciones y conciliaciones periódicas
La exactitud de los registros sobre activos y pasivos de la institución debe ser comprobada periódicamente mediante las
conciliaciones, comprobaciones y otras verificaciones que se definan, incluyendo el cotejo contra documentos fuentes y
el recuento físico de activos..., para determinar cualquier diferencia y adoptar las medidas procedentes,
Norma 4.5,1 Supervisión constante
El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben ejercer una supervisión constante sobre el
desarrollo de la gestión institucional y la observancia de las regulaciones atinentes al SCI, así como emprender las
acciones necesarias para la consecución de los objetivos.
El artículo 15 de la Ley general de Control Interno No. 8292 (LGCI) establece que es deber del jerarca y de los titulares
subordinados, el documentar, mantener actualizados y divulgar internamente, las políticas, las normas y los
procedimientos de control que garanticen el cumplimiento del sistema de control interno institucional y la prevención de
todo aspecto que conlleve a desviar los objetivos y las metas trazadas por la institución,
Ese mismo artículo, en su inciso b), señala que, como parte de tales obligaciones, el jerarca y los titulares subordinados
deben mantener actualizados y divulgar internamente los procedimientos que definan claramente la conciliación periódica
de registros, para verificar su exactitud y determinar y enmendar errores u omislones que puedan haberse cometido,
2.4,  Inconsistencia en los saldos cuentas presupuestarias vrs cuentas corrientes.
La Municipalidad de Pococi, sigue presentando inconsistencias entre los saldos presupuestarios y cuentas corrientes
como se demuestra a continuación:
2,4,1 Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarla
La Liquidación Presupuestaria 2019, muestra un saldo de la Ley 8114 de £ 1.021,388,059,75, de este monto se
contemplan compromisos por ¿ 1,510,364,427,65, que al 30 de junio quedaron sin ejecutar ¿ 85,163,294,75, por lo que el
Saldo (según los registros municipales) correspondiente a la Ley 8114 es de £ 1,106,551,354,50 y el saldo en Bancos es
de 4 1,127,566,300,01 por lo que hay una diferencia de más ¿ 21,014,945,51.
Jaldo LIGuIdielon Ji fal [Cuent ( ¡LB ineo!
1.021.383.059,75| 1.127.506:00.01 -21.014.945,61
Es importante señalar que en la liquidación 2018, había una diferencia de menos con respecto a bancos de (4,456, 656,82,
por lo que esta diferencia aumenta en ¿ 16, 558, 288,69 para el periodo 2019, por lo que la Administración Municipal debe
abocarse a establecer las causas que generan esa diferencia y ajustar los registros según corresponda.
2.4.2 Ley del Impuesto al Banano No.7313
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UNICA Dt POCOCI pe Pococí
La Liquidación Presupuestaria 2019, muestra un saldo de la Ley 7313 de ¿121,117.781.57 que corresponde a (CAPROBA
(4,193,782,84 y Ley 7313 € 116,923.998,73), el saldo en cuentas bancarias de ¿120,867,235.44, dando una diferencia
de -¿250,074,40, misma que debe ser investigadas por la administración.
LEY del Banano No. 7313
Aunado a lo anterior, en el presupeusto extraordinario No, 2-2020, no coincide el monto presupuestado por la
administracion, con el saldo ajustado al 30-06-2020.
2.4,3 Caproba - Utama
Del análisis antes realizado, según Auditoria vrs Administración Financiera, hay pendiente por liquidar de UTAMA de
(29,663,94,33 donde se evidencia que se tiene un saldo a favor de ¿13,762,694,33, que corresponde a dineros que no
fueron liquidados en el periodo 2019 por dicha entidad, de Igual manera se deben de sumar los montos transferidos a
UTAMA correspondientes al préstamo no desembolsado a la Municipalidad de PococÍ, por un monto de ¿15,900,500,00
(años 2016, 2017 2019).
Con respecto a los servicios profesionales contratados para el periodo 2019, existe un saldo de ¿14, 307,700
Jrcaneterencia 4 Total Pendiente.
Baldo Ulama UTAMA Tolal Utama | Ejec. UTAMA | 10% Gastos | prestamo 2010 Baldo Ulama. de liquidar
a12018 UTAMA
$51.440.070,33 | 4.250.000,00 | 56.390.070,33 | 38.752.180,00 | 3.876210,00 | 16.900.500,00 13.702 604,33 20.683.104,33
51440.070,33| 4.:950.000,00 | 50.390.070,33 | 38.762:160,00 | 3876216,00 | 16:000.600,00 13.762 694,33 20.089 194,33
= mE z 5 y Eon E
2.4.4 Partidas Específicas Ley No. 7755
Las partidas específicas correspondiente al año 2019 es de ¿ 202, 713, 022,42, la ejecución fue de f 70, 427, 994,52,
dicha ejecución quedo en compromisos, por lo que se podría decir que la ejecución real fue de ¿ o, si le quitamos lo que
se dejó en compromisos.
De los £ 70,427,994,52, correspondiente a los compromisos, al 30 de junio no se logró ejecular $ 6,521,485,12, por lo que
la ejecución real fue de £ 63,906,509,4, por lo que el saldo de partidas especificas del perlodo 2019 es de £
138,806,513,02, monto que coincide con Bancos.
La administración según liquidación Presupuestaria tiene un saldo de £ 138, 809, 501,32, por lo que tiene una diferencia
de ¿ 2, 988,30 misma que debe ser ajustada.
Los valores óticos no son nogoclables
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2.4,5 Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí
Según analisis efectuado con relacion al saldo de liquidacion correspondiente al Comité Cantonal de Deportes, se tiene
un monto de £ 8,443.915,48, dato que conicide con el de Auditoria Intrena.
Cabe señalar que este Despacho habia recomendado que se deberia llevar un control sobre dichos desembolsos de
manera que se podleran estar concillando para que los saldos separados fueran razonables, en este sentido es importante
traer a colacion que la Admnistracion Financiera lleva a cabo estos controles por medio de auxiiares, sin embargo dichos
auxiliares no coincide con los datos separados en la Liquidación y no se evidencia que haya habido una conciliación del
mismo, para ver por que la diferencia,
Sobre el particular, la diferencia de ¿ 346,118.75, radica en que en el auxiliar llevado por la Administracion Financiera, en
el saldo de liquidacion 2018 hay una diferencia de 43,259,5 y con respecto a lo que le corresponde según presupuesto
ordinario es un monto de ¿ 204,400.655.98 y en auxiliares se tiene un monto de £ 204.097,796.73,
asido Liquidacion Presupuestaria vrs Audit
unido Liquidación Presup ¡nReal
Detalle 2010 Ordinarlo Jotas p Ordinene dORO |! te! lPauolon| Roldo Pres Ord
[Liquidación 10 005,300, 44 100.000 000,00 | 200.005 30D,
tardo 10,130 607,04 20410009000 | 214 m0 97060] Ala Pi
[Auditoria COMENTAN 201.400.060,00 | 214 130 92360 10006 300,11 104 000. 000,00 | 700 005 500,11
AUminisacion finanslera
maes" ete! wleoueton| aa
O A AA
ueldo Liquidación
200
100-000 000,00 | 200 01%
10.191 897,01 204.400 069,08 | 214 630 229/60. vecs 0 CAT
204 007.100.23 10.005 300.14 100.000.000,00 [200.005 300,41
lauxillar Acimintat.
10 006100,44 211103 10404 0 0nZ 100,79,
[Diterencta 43.200,40 202.069,26 240,110,70 - - - 340.110,70
LOS maldoS 50 ont Ena an Tra mor ar o
2.4,6 FODESAF
En relación, a la cuenta de inversión del CECUDI, según los datos consignados en la liquidación presupuestaria 2019,
se tiene un saldo de ¿2, 261,225.41 al 31 y en Bancos ¿ 2.267.449.34 por lo que se tiene una diferencia de £6, 223,93,
En la venta de servicios, según los datos consignados en la Liquidación Presupuestaria 2019, se tiene que el saldo de
Liquidación presupuestaria de £5, 224,620.66, el saldo en bancos es de ¿4, 808,184.10, por lo que hay diferencia de
4416,436,56.
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(a
9) Municipalidad de Pococí
AUDITORÍA Guápiles, Pococí
HPA OO 0 POCOS
_ DETALÍE FODESAF
Ejecución Bancos
Saldo Lig | Ingresos [Total ingresos| Saldo Saldo Dir
2018 2019 2019 Iquid 2019 Lib E
Real Cs Ao [ls a Se
Invoralón [11.470.376.41| 0,00 11.470.976,41 0.00 0200150 | 2.264.225,44 |11.476.600,24| .0.200.150| 2207.440,34| -6.223,93
prat bd 6.278.611.40 |220.003.051| 238 181682.40|230056941,74| 0,00  |6.224.620,66|4000.104,10| 0,00  |4.000.104,10|416.436,06
Fuente: Uqudscóo presupuestaria 2018 - 2019, Corel da
Ahora bien, según análisis de Auditoria Interna, sobre la venta de servicios, se tiene un saldo de £ 4053, 506,50, en
bancos se tiene ¿ 4, 808, 184,10, dando una diferencia de ¿ -754, 677,60, la diferencia corresponde a ¿847,904.23 de
impuesto de renta pendiente de trasladar a la cuenta 329, ¿93,226.63 de renta que se trasladaron de más a la cuenta
329 y deben de ser reintegradas a la cuenta del CECUDI,
DETALLE FODESAr
E Diferencol
Baldo A E
¡Somprom| Libros Comprom Auditoria
invarnión | 11.470.600,34| 0,00 0.00 9.200.160 |2.207.410,34| 11.070.500,34|-0.200.160| 2.207.440.34| — 0,00
Vert e | 0.107.207,24 [220002061] -230.000.041.74| 000  |u059.5000| «.000.109,50| 0,00 > |4.000.104,10/.704.077.00
Por lo antes señalado, algunos saldos separados en las liquidaciones presupuestarias presentan inconsistencias con los
saldos en Bancos, lo anterior obedece a falta de politicas, procedimientos, deber de cuidado, supervisión y conciliaciones
periódicas, que permitan asegurar razonablemente las diferentes operaciones.
Aunado alo anterior, esta Auditoria, en informes anteriores habia señalado las diferencias que se presentaban entre la
cuenta de Bancos y saldos presupuestarios, y había recomendado que se debería llevar un estudio con el fin de identificar
las diferencias, por lo que la administración en el año 2018, contrato los servicios profeslonales para el análisis de las
diferencias, sobre el particular se entregó dicho estudio con corte al año 2017, y según lo señalado por la Administradora
Financiera, se había hecho los ajustes correspondientes, sin embargo en el año 2018, se presentaron diferencias y para
este cierre 2019, las mismas aumentaron.
La situación antes comentada contraviene lo citado en la normativa legal vigente, como lo establece las normas de control
interno para el sector público R-CO-9-2009, incumpliendo con lo establecido en la norma 4.1 Actividades de control, 4,4
Exigencia de confiabilidad y oportunidad de la información, 4.4.1 Documentación y registro de la gestión institucional, 4.4.3
Registros contables y presupuestarios, 4.5 Garantia de eficiencia y eficacia de las operaciones, 5.6 Calidad de la
Información, 5.6.1 Confiabilidad
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Y p
9) Municipalidad de Pococí y
AUDITORIA Guápiles, Pococí a a
Y” El cuadro anterior muestra un saldo en la caja según el Anexo No.3 de la Liquidación de ¿4,656,869,340.87 y
Estados Financieros ¿4,618,351,117.71, con una diferencia de 38,484,408.16 correspondientes a Notas de
Débito y Notas de Crédito.
Y” Asimismo, hay una diferencia de ¿ 33,815,00, (NC) entre el saldo real y el saldo mostrado en Caja, como £-
188,85 de compromisos
Y” Existen cuentas por cobrar por ¿38,786,860.07 al 31/12/2019 y cuentas por pagar por ¿140,049,802.01, de los
cuales no se han realizado los ajustes solicitados en proyectos anteriores
Y No se han cumplido las recomendaciones 4.3.1 y 4.3.3 del lA1-002-2017 "Proyecto especial realizado en las
unidades de Tesoreria y Contabilidad Municipal referido a los controles para la salvaguarda y registro de los
fondos y valores recibidos", referentes al registro en las cuentas por cobrar, cuentas por pagar, conciliación de
cuentas bancarias y proceder a efectuar los ajustes correspondientes que permitan reflejar el valor correcto de
dichas cuentas contables,
Al respecto la norma 4.4 sobre Exigencia de confiabilidad y oportunidad del Manual de Normas de Control Interno para el
Sector Público, establece que el jerarca y titulares subordinados, según sus competencias, deben diseñar, adoptar, evaluar
y perfeccionar las actividades de control pertinentes a fin de asegurar razonablemente que se recopile, procese, mantenga
y custodie información de calidad sobre el funcionamiento del SCI y sobre el desempeño institucional, así como que esa
información se comunique con la prontitud requerida alas instancias internas y externas respectivas, Lo anterior, tomando
en cuenta, fundamentalmente, el bloque de legalidad, la naturaleza de sus operaciones y los riesgos relevantes a los
cuales puedan verse expuestas, así como los requisitos indicados en la norma 4.2.
Así mismo, se deben emprender medidas que permitan pertinentes para asegurar que se establezcan y se mantengan
aclualizados registros contables y presupuestarios que brinden un «conocimiento razonable y confiable de las
disponibilidades de recursos, las obligaciones adquiridas por la institución, y las transacciones y eventos realizados.
Por su parte la norma 4.5, señala que la administración, debe establecer actividades de control que orienten la ejecución
eficiente y eficaz de la gestión institucional. Lo anterior tomando en cuenta, fundamentalmente, el bloque de legalidad, la
naturaleza de sus operaciones y los riesgos relevantes a los cuales pueden verse expuestas.
Además, se incumple las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público N-1-2012-DC-DFOE en la norma 2.2.4 Uniformidad
de la base de registro presupuestario.
También se contraviene lo establecido en la Ley 8131, Administración Financiera de la Republica y Presupuestos públicos
establece en su numeral 4: Principlos Presupuestarios, inciso b) El principio de gestión financiera.
En este sentido los registros contables, reportes y toda información que se genere serán confiables si contienen
información precisa, veraz y exacta relacionada con el asunto de que se trata; y serán oportunas si contienen los datos
suficientes.
Por lo tanto, los datos mostrados en la liquidación presupuestaria no son razonables ni confiables.
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AUDITORIA
MURIO O DE POCOS)
Municipalidad de Pococí y
a]
MUNICIPALIDAD
Guápiles, Pococí
2.5. Comportamiento Ingresos y Egresos Periodo 2020
2.51 Urge
un monitoreo permanente del comportamiento de las fuentes de Ingresos
a) Comparativo Primer Semestre 2019 vrs Primer semestre 2020
COMPARATIVO PRIMER SEMESTRE 2019 VR PRIMER SEMESTRE 2020
Primer Somoniro 2019 Primer Semostro 2020
Dotallo | Tngraso Ingraso
Prewupuestado | meeraorosrzoso | Weump — Iprosupusatado 2020] Roal 30/06/2019 | Ye cump.
(11) 2.109.039. 530,45 | 1-220.051.492.50 |—— 50,98% 2250000.000,00 | 125071505048 | 85,50%
sobre la 200. 77:257.090.00 30,93% 190 000.000,00 75203009,15 — [30,92% |
Patentes Municipales 1.000.000 000,00 | 1.107.135.015,00 |—— 01,51% 1775000.000,00 | 1060080.050.04 | 50,72%
Licencias de licores 220.000.000,00 | 101.000.917,00 40,20% 220. 81.367.027,74 [30,00%
especil/la: de recnalural 195 45.000 000.43 24,05% | 1 90 50.312.005,99 | 97,649
[Senácio de recoleccion de basura 712374 BA2.77 | 422.904.231.00. EX 1800.000.000.00 | 493204.321,57 15%.
[Sorácio de deposilo y tratamiento de basura 240.640.000,13 | 140.190.405,00. 13 200. 00 150.540.010.85 |/57,00:
mianto do parques y obras de omalo. 205.000.000.00 | 08.082672.00 40,14% 226, 1] 97.767.859,01— | 43.45%
[Loy 7113 Impuesto del banano 470.000.921.00 | 158.936.040.37 33.33% 447.169 876,00 | 190.315:304.00 | 41,07%
[Loy 0114 para Mantonimiento tod vial Cantonal | 2.043.049.302.00 |_947.049.794.00 33.33% 7.910.505.773.40 | 072.057.059.00 | 99.33%
O 117.010650,35|4.320.400709.28 EJEA 023572284048 |] 436442363108 | 47%
[informe Presupuesto Ingresos 2010-2020
Como se muestra en el cuadro anterior, al hacer un comparativo de los principales ingresos al primer semestre 2019-2020,
vemos un comportami
lento similar, ya que, en términos generales para ambos años, se había logrado 47%.
En relación con el impuesto de patentes se evidencia una diferencia 1.8% ya que vemos una recaudación de 61,5% (2019)
y 59,72% 2020 y en ambos años se había superado el ingreso, del 50%,.
Los ingresos correspondientes a impuestos de la construcción, Licencia de Licores e Impuestos de explotación de recursos
naturales no se alcanzan las proyecciones, por lo que hay que ponerle atención a este comportamiento ya que
construcciones fue disminuido en 10 millones de colones para este año 2020 y en explotación de recursos naturales en
35 millones.
b) Ingresos Primer semestre 2020
4- Enrelación con los ingresos Tributarios, los cuales representan £ 2.436.5 millones para el primer semestre se logra
recaudar € 2.640,2 por lo que se pasó la meta en un 8,36%.
Dentro de los principales ingresos se tiene:
Y
SUS
Impuesto Bienes Inmuebles proyectado 1 SEM. 1.125.0 millones de colones, alcanzado un
111.17%.
Impuestos Construcciones proyectado 1 SEM. 95.0 millones de colones, alcanzado un 79,25%,
Patentes Municipales, proyectado 1 SEM. 887.5 millones de colones, alcanzado un 119.44%..
Licencia de Licores, proyectado 1 SEM. 110.0 millones de colones, alcanzado un 73.96%.
Impuesto Tajos, proyectado 1 SEM, 150.0 millones de colones, alcanzado un 56,3%..
Los valores éticos no son negociablos
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PARA OCOCI
2-
Y
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AUDITORIA Guápiles, Pococí
Respecto de los ingresos no Tributarios, los cuales representan £ 1.058.5 millones para el primer semestre se logra
recaudar ¿ 1,132.6 millones por lo que se alcanzó un 107% de las proyecciones. Dentro de los principales ingresos
se tiene:
Y Recolección de Basura, proyectado 1 SEM. 400.0 millones de colones, alcanzado un 108,3%.
Y Depósito y tratamiento, proyectado 1 SEM. 130..0 millones de colones, alcanzado un 115,81%.
Y Mantenimiento de parques, proyectado 1 SEM, 112.5 millones de colones, alcanzado un 86.9%.
En relación con las transferencias corrientes, los cuales representan ¿ 242,6 millones para el primer semestre, se
transfirió a la Municipalidad de Pococí ¿ 204.2 millones por lo que se alcanzó un 84,19% de las proyecciones, en este
rubro se encuentra:
Y Ley Impuesto al Banano 7313 ¿ 186.3 millones, para un cumplimiento 83,33%
Y” Comité Cantonal Persona Joven £ 2.2 millones 0% recibido
Y” Aportes IFAM ¿ 16.8 millones recibido € 14,4 85.98
En relación con los Ingresos de capital los cuales representan £ 1.462.4 millones para el primer semestre, se
transfirieron $ 972.8 millones por lo que se alcanzó un 66.52% de las proyecciones. Es pertinente señalar que, sobre
este Impuesto, el gobierno recorto dicha transferencia en $ 598.525,176.00. Gaceta No.186, Alcance No,197 del 29
julio 2020.
Al cierre del 30 de setiembre 2020, se tuvieron los siguientes resultados:
«e Acerca de los ingresos Tributarios, los cuales representan ¿ 3.654.7 millones para tercer lrimestre se logra
recaudar € 3.555,7 por lo que se alcanzó 97,29%, nótese que en el segundo semestre este se había
superado en un 8,36%. por lo que no se mantuvo el comportamiento, sin embargo, es pertinente señalar
que se esperó una disminución mayor por lo de la Pandemia Covid-19.
Dentro de los principales ingresos se tlene:
Y Impuesto Bienes Inmuebles proyectado tercer trimestre, 1.687.0 millones de colones, alcanzado
1.672.8 millones de colones lo que representa un 99.13%.
Y Impuestos Construcciones proyectado tercer trimestre, 142.5 millones de colones, alcanzado 113,9
millones de colones lo que representa un 79.97%.
Y Patentes Municipales, proyectado tercer trimestre. 1,331.2 millones de colones, alcanzado 1.422,1
millones de colones lo que representa un 106.83%.
Y Licencia de Licores, proyectado tercer trimestre. 165.0 millones de colones, alcanzado 105.5
millones de colones lo que representa un 63.97%.
Y Impuesto Tajos, proyectado tercer trimestre. 112.5 millones de colones, alcanzado 83.8 millones
de colones lo que representa un 74.52%.
Los valores óticos no son negociables
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En relación con los ingresos no Tributarios, los cuales representan £ 1,587,8 millones para el tercer trimestre
se logra recaudar ¿ 1.533.6 millones por lo que se alcanzó un 96.59% de las proyecciones. Estos ingresos
vienen a la baja ya que para el segundo trimestre se habla alcanzado un 107%, por lo que su ejecución bajo
en 10.41%
Dentro de los principales ingresos se liene:
y” Recolección de Basura, proyectado proyectado tercer trimestre. 600.0 millones de colones,
alcanzado 571.2 millones de colones lo que representa un 95,2%, este impuesto viene a la baja ya
que al segundo trimestre este se había superado en un 8.30%,
Y Depósito y tratamiento proyectado tercer trimestre. 195.0 millones de colones, alcanzado 200,3
millones de colones lo que representa un 102,76%, este impuesto a pesar de que supero lo
proyectado, disminuyo en comparación segundo trimestre, que se había superado en un 15,81%.
y Mantenimiento de parques, proyectado proyectado tercer trimestre. 168,70 millones de colones,
alcanzado 129.5 millones de colones lo que representa un 76.4%, este impuesto viene a la baja ya
que al segundo trimestre se había alcanzado un 86.9 %
Respecto de las transferencias corrientes, los cuales representan £ 363.9 millones para el tercer trimestre,
se transfirió a la Municipalidad de Pococí ¿ 322.0 millones por lo que se alcanzó un 88,5% de las
proyecciones, en este rubro se encuentra:
Ley Impuesto al Banano 7313 € 335.3 millones, para un cumplimiento 88,89%, se mantiene el
comportamiento con respecto al segundo trimestre
Comité Cantonal Persona Joven 3.3 millones 0% recibido
Aportes IFAM £ 25.2 millones recibido $ 20.328,3
En relación con los Ingresos de capital los cuales representan $ 2.193 millones para el tercer trimestre, se
transfirieron ¿ 1.459.2 millones por lo que se alcanzó un 66.67% de las proyecciones. Es pertinente señalar
que, sobre la Ley 8114, el gobierno recorto dicha transferencia en $ 598,525,176.00, Gaceta 186, Alcance
197 29 julio 2020, por lo que dicho recorte se hace en el presupuesto extraordinario 3-2020, por lo que se
verá reflejado en octubre 2020,
Los valores ólicos no son negociables
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9) Municipalidad de Pococí
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Rene infames de lagiesos Presupuesto Euaoidínado No.
1- Según se muestra, en los Informes de Ingresos correspondientes al tercer lrimestre, mismo que fue ampliamente
analizado en el apartado a) punto 5, y que no contemplan el recorte solicitado en el presupuesto extraordinario No. 3
se observa o siguientes:
Y” Ingresos Tributarios, cumplimiento global de un 97,29 %
Y Ingresos no Tributarios, cumplimiento global de un 96,59
Y Transferencias corrientes, cumplimiento global de un 88,5%
Y Transferencias de capital, con un cumplimiento 66,67 (dentro de este rubro se encuentra la Ley 8114, y donde
2- Al hacerel análisis respecto al ingreso real al 30 de setiembre, aplicando el recorte según presupuesto extraordinario
No, 3- 2020, y si sigue el comportamiento de los ingresos se podría indicar que se va a superar el mismo, por lo que
tendríamos un superávit:
«+ Ingresos Tributarios aplicándole el recorte nos encontramos que hay un cumplimiento de 121.25%, ya que
se proyectaron ingresos para este tercer lrimestre de 755.0 millones, sin embargo, hubo ingresos por ¿ 915.4
millones por lo que el pendiente para el cuarto Irimestre es de ¿ 594,5 millones que corresponden a un
14,33% del presupuesto.
Sin embargo, hay que ponerles atención a varios ingresos ya que, a pesar del recorle presupueslario, dichos ingreses no
se van a llegar a cumplir, como lo son:
> - Impuesto sobre traspaso bienes inmuebles, dicho impuestos se disminuyó en g 11.0 millones, sin embargo, el
tercer trimestre se habla alcanzado un 53.97%, mismo que debería estar como mínimo en un 75%,
Los valores óticos no son negociables
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YY
9) Municipalidad de Pococí y
AUDITORIA Guápiles, Pococí a
unio 0trococ oe
» _ Licencia de Licores, alcanza un 57.37%, mismo que debería estar como mínimo en un 75%; es importante indicar
que con respecto a este Impuesto, en aplicación de la Ley 9848, se tramilaron 14 casos cuyo monto equivale a
4 3.337.720,00, según lo señalado por el Coordinador de Patentes.
> - Impuesto explotación de tajos, alcanza un 59,98%, mismo que debería estar como mínimo en un 75%.
«* Ingresos no Tributarios aplicándole el recorte nos encontramos que hay un cumplimiento de 115,39%, ya
que se proyectaron ingresos para esle tercer trimestre de 347,5 millones, sin embargo, hubo ingresos por $
401.0 millones por lo que el pendiente para el cuarto trimestre es de ¿ 294.0 millones que corresponden a
un 16.09% del presupuesto,
«+ Transferencias corrientes no hubo recortes al presupuesto, hay un cumplimiento de 66.38%,
«+ Transferencias de capital, con el recorte de la Ley 8114, se tiene un cumplimiento de 62,74,
Por lo que, en términos generales, al 30 de setiembre habla ingresos reales de £ 6.871.190.499,31, para un pendiente de
4 1.922,174,996,69 por lo que el cumplimiento es de 78.17%.
Los valores óticos no son negociables
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Municipalidad de Pococi
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Y
9) Municipalidad de Pococí
AUDITORIA Guápiles, Pococí
PUN AA DIO OLEO,
Y Como se aprecia en las imágenes anteriores, el Programa Inversiones, tiene una disminución de ¿ 665.726,9
millones correspondientes a los 598,0 millones (aporte ley 8114), 32,3 millones, (Impuestos específicos sobre la
construcción) y 34,8 millones (Impuesto de Bienes Inmuebles).
Es Importante indicar que a pesar de que el comportamiento de los ingresos no se ha visto tan afectado para este 2020,
por la Pandemia COVID-19, hay cierta incertidumbre de lo que nos espera para el próximo año, y podría presentarse un
comportamiento diferente, por lo que es necesario que se realice un análisis de riesgo, que nos permita gestionarlos de
manera ágil y oportuna. Para el presupuesto 2021, se presenta una disminución de presupuesto de un 16% comparado
al del año 2020.3
Máxime que se han dado cierre en los negocios, de ahí que se deben utilizar los recursos disponibles de manera eficiente
en la prestación de servicios públicos y en la construcción de Infraestructura en beneficio de los ciudadanos del cantón.
Por lo que se deben definir estrategias innovadoras de contención del gasto y optimización de recursos en aquellos rubros
no esenciales, bajo una línea de austeridad y priorización de las necesidades del cantón
Al respecto la Contraloría General de la Republica, ha señalado en sus monitoreos con respecto a la situación fiscal y
presupuestaria en lo que nos interesa ......el análisis de los diversos niveles de riesgos, representa un insumo para la toma
de decisiones orientado a ubicar a la institución y al sector público en general en un nivel de riesgo aceptable, promover
de manera razonable el logro de los objetivos, así como la prestación continua de los servicios públicos...... la necesidad
de del análisis del nivel del riesgo ante la amenaza de una disminución de los ingresos producto de la emergencia, tanto
anivel institucional como desde una perspectiva integral del sector público, así como aquellos riesgos fiscales, que ponen
en peligro la sostenibilidad de las finanzas... así como la continuidad de los servicios.
Al respecto, la constitución Política y el Código Municipal disponen que las corporaciones municipales son responsables
de la administración de los intereses y servicios cantonales, en procura del bienestar de sus habitantes. Para cumplir con
esos propósitos administran diversos ingresos y se requiere que cuenten con una planificación de sus finanzas, orientada
a hacer uso racional de esos fondos, conforme a la disponibilidad real y a los límites máximos autorizados para gastar,
La norma 2.2.3 1) (Principio de sostenibilidad) señala que se deben establecer las medidas que aseguren el financiamiento
durante todo el periodo de desarrollo de los proyectos y gastos que tienen un horizonte de ejecución que rebasa el ejercicio
económico, Así, todas las fases del proceso presupuestario deben ejecutarse dentro de un marco que considere la
sostenibilidad financiera en el tiempo de las operaciones de la institución.
El numeral 2.2.3 1) (Principio de flexibilidad) indica que las premisas básicas que sustentan las fases del proceso
presupuestario deberán ser analizadas y cuestionadas periódicamente para determinar su validez ante los cambios en el
ambiente interno y externo y asegurar su aporte al cumplimiento de los objetivos y la misión institucional.
La norma 2.2.6 - señala que el presupuesto deberá contener al menos los siguientes elementos:
a) Una sección de ingresos que incluirá la estimación razonada, probable y con supuestos fundamentados, de todos los
3 Presupuesto Ordinario 2021
4 Los retos de la gestión del sector público: reformas estructurales, riesgos integrales y apertura ciudadana.
Los valores éticos no son negociables
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchilla(Hhgmall.com; auditoriaf)munipococi.go.cr
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AUDITORIA Guápiles, Pococí
MANTA DO POCOCI
9, Municipalidad de Pococí Y,
ingresos con los que contará la institución durante el período presupuestario, originados en su actividad
financiera o recibidos por transferencias, financiamiento u otros molivos y que son necesarios para su operación y
desarrollo,
La norma 4.4.5 (Cumplimiento de la normativa y mecanismos de control) dice que los jerarcas y titulares subordinados,
según corresponda, deberán designar los funcionarios responsables de velar por el cumplimiento de los mecanismos de
control establecidos y la normativa emitida por las instancias internas y externas competentes en materia de control
presupuestario.
Los funcionarios deberán realizar las gestiones ante las instancias que procedan en los casos que los mecanismos de
control alerten o identifiquen irregularidades o desviaciones importantes con respecto a los procedimientos establecidos
para las fases del proceso presupuestario o con el contenido de la planificación y el presupuesto institucional,
Por su parte, la Ley General de control interno, No. 8292, dispone que son deberes del Jerarca y titulares subordinados,
entre otros, establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional y realizar las acciones
necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento; documentar, mantener actualizados y divulgar internamente las
políticas, las normas y los procedimientos de control y; tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier
evidencia de desviaciones o irregularidades.
Los valores óticos no son negociables
Auditoría Intorna
Tolófono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillaMgmall.com: auditoriamunipococi,go.cr
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Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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Y 4
9) Municipalidad de Pococí
AUDITORIA Guápiles, Pococí PR
NERD Orcos MACPALO/D
3. CONCLUSIONES
El presente estudio revela que la ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio económico 2019 y la que se lleva
al lll trimestre del año 2020, continua presentando importantes debilidades que no permiten garantizar el debido resguardo
del patrimonio municipal y el uso eficiente y eficaz del mismo, máxime en el actual periodo (2020) donde se enfrenta la
emergencia nacional por la Pandemia Covit-19 y que demanda de las entidades públicas el mejor uso alternativo y control
de sus recursos,
Se continúan presentando deficiencias en el proceso de planificación que esta Audiloría Interna ha sido reiterativa en
anteriores estudios señalando la necesidad de corregirlos por cuanto, al final de cuentas inciden en la ejecución efectiva
de los recursos en el cumplimiento de los objetivos institucionales.
Así por ejemplo se determinó poca claridad en las melas definidas en el Plan Anual Operalivo 2019 y no están
estructuradas de tal forma que permita realizar un control respecto del avance fisico y financiero. No existe una
individualización del costo estimado de cada uno de los proyectos, que se derive de una correcta planificación de estos,
acorde con la definición de proyectos de inversión. Los indicadores solo miden la eficacia en la ejecución del gasto y no
permite evaluar la gestión realizada y los resultados oblenidos, lo cual es producto de la deficiencia señalada en la
definición de la meta. La situación establecida en el ejercicio económico 2019 se advierte, se replica al 30 de junio de
2020.
Los compromisos presupuestarios se incrementaron en relación con el 2018, lo cual significa que la Municipalidad traslada
para el primer semestre del año anterior, parte de la ejecución de egresos del año anterior, lo que impacta en la gestión
que corresponde al nuevo ejercicio económico. Incluso ya para el año 2019 no pudo ejecutar más de ¿200.0 millones, lo
que significa engrosar más el superávit institucional. También continúan acumulándose sin reglstrar y consecuentemente
sin utilizar los recursos de notas de crédito reportadas por el banco a favor de la Municipalidad y sin que el ayuntamiento
puede determinar su verdadero origen para poder ejecutar los recursos,
Se contintan presentando diferencias en los saldos de algunas partidas presupuestarias como por ejemplo, recursos
provenientes de la Ley 8114, Impuesto al Banano. La ejecución de partidas especifica es baja o casi nula.
En cuanto al comportamiento de los ingresos y egresos del período 2020, es necesario que la Municipalidad fortalezca su
proceso de monitoreo en cuanto al comportamiento de las fuentes de ingresos y estar evaluando su vinculación con las
distintas partidas de egresos para mantenerse alerta ante cualquier cambio significativo que presente los principales rubros
de ingresos.
La situación de emergencia sanitaria exige una respuesta oportuna; el comportamiento de los ingresos no se ha visto tan
afectado para este 2020, sin embargo, hay cierta incertidumbre de lo que nos espera para los próximos años, por lo que
es necesario realizar un análisis de riesgo, que permita gestionarlos de manera ágil y oportuna, en pro de la prestación
continua de los servicios públicos y la sostenibilidad financiera.
Los valores óticos no son nogoclablos
Auditoría Interna
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Municipalidad de Pococí
A
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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Ab
9) Municipalidad de Pococí
AUDITORIA Guápiles, Pococí
MIEDO eL POCOS
4. RECOMENDACIONES
De conformidad con las competencias contempladas en el articulo 355 de la Ley General de Control Interno N* 8292,
así como, la norma 2,115 de las Normas para el ejercicio de la Auditoría en el sector público, se emiten las siguientes
recomendaciones.
41, Al Concejo Municipal
a) Apoyar al alcalde y a las instancias involucradas en el cumplimiento de las recomendaciones emitidas
por este despacho de conformidad con las competencias contenidas en el Código Municipal articulo
No.13 sobre las atribuciones del Concejo Municipal
b) Aprobar los diferentes manuales e instrumentos que presente la administración.
4,2, Alcaldía
a) Girar las instrucciones para que los funcionarios indicados en los puntos 4,3, 4,4 y 4.5 cumplan las
recomendaclones dadas por este Despacho
b) Apoyar, conforme a sus competencias de administrador general, los instrumentos, propuestas, que
presenten los funcionarios señalados en el apartado 4.3 y 4.5, de acuerdo con lo que reza el artículo 4
de la Ley General de la Administración Pública.
4,3. Ala Coordinadora de Presupuesto
a) Diseñar, emitir y divulgar internamente en coordinación con la Coordinadora Planificación Institucional, el Manual
de procedimientos que contenga toda la normativa técnica del proceso presupuestario, en este sentido el mismo
debe contener todas las fases del presupuesto según las Normas Técnicas Presupuesto Público N-1-2012-DC-
5 La Gaceta N2 169 del 4 de setiembre del 2002. Artículo 35.—Materias sujetas a informes de auditoría interna. (...) Los
hallazgos, las conclusiones y recomendaciones de los estudios realizados por la auditoría interna, deberán comunicarse
oficialmente, mediante informes al jerarca o a los titulares subordinados de la administración activa, con competencia y
autoridad para ordenar la implantación de las respectivas recomendaciones, La comunicación oficial de resultados de
un informe de auditoría se regirá por las directrices emitidas por la Contraloría General de la República.
SLa Gaceta N” 28- Miércoles 10 de febrero de 2010, R-DC-119-2009. 2,11. Seguimiento de acciones sobre resultados. (...)
El auditor interno debe establecer, mantener y velar porque se aplique un proceso de seguimiento de las
recomendaciones, observaciones y demás resultados derivados de los servicios de la auditoría interna, para asegurarse
de que las acclones establecidas por las instancias competentes se hayan implementado eficazmente y dentro de los
plazos definidos por la administración.
Los valores óticos no son negociablos
Auditoría Interna
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Municipalidad de Pococí
sd >
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*38 ACTA N'85 Ordinaria.
Y
9) Municipalidad de Pococí
AUDITORIA Guápiles, Pococí a a
DFOE (Formulación - Aprobación, Ejecución, Control y Evaluación). Así mismo dicho manual debe contener
todas las normas que definan con claridad la participación, la persona o unidad encargada de la coordinación
general, las responsabilidades de los actores y las unidades que intervienen en el desarrollo coordinado e
integrado del proceso presupuestario. Para dar por cumplida esta recomendación deberá presentar lo slguienle:
1- En un plazo que no sobrepase el 31 de enero 2021, cronograma con fechas definidas para la atención de esta
recomendación para cada una de las fases del proceso presupuestario 2- Documento Oficial donde se haya
entregado por parte del Jerarca Administrativo, el manual al Concejo Municipal para su aprobación.
4,4, Ala Administradora Financiera
a) Identificar las notas de crédito pendientes de registro apoyándose en los procedimientos diseñados por la
Contabilidad — Institucional para esos efectos. Para la atención de esta recomendación la misma debe estar
cumplida en un plazo que no sobrepase el 28 de febrero 2021,
b) Analizar e investigar las inconsistencias en el saldo presupuestario según lo señalado en el apartado 2,4 de este
informe y hacer los ajustes según corresponda, dicho ajustes deben comunicarse a Contabilidad y Tesorería,
Para la atención de esta recomendación se da un plazo hasta el 31/01/2021.
4.5. Al Coordinador de Hacienda
a) Llevar un monitoreo del comportamiento de la fuente de Ingresos y Egresos, de manera que pueda estar
evaluando su vinculación con la fuente de ingresos, y así alertar al alcalde de cualquier cambio significativo y
tomar las decisiones según corresponda.
b) Realizar un análisis de riesgo, ante cualquier cambio de los ingresos, que permita gestionarlos de manera ágil y
oportuna los mismos y asi seguir brindando la continuidad de los servicios públicos y la sostenibilidad financlera.
GRACE lo digitalmente por
CHINCI
cuina [piece
VILLEGAS (FIRMA) Fesho:2020.120415:13:00
Los valores éticos no son negoclablos
Auditoría Intorna
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Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce oficio Al-419-2020 de la Auditoría Interna
de la Municipalidad de Pococí sobre remisión proyecto final “Liquidación
Presupuestaria 2019 corte 30-6-2020”. Se inserta en el acta.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pocoel
y
A >
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*39 ACTA N*85 Ordinaria.
ACUERDO N* 2271
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Carlos Jiménez, coordinador de
Patentes Municipales, dice:
Oficio: PA-281-2020
Asunto: Patente Municipal a nombre de Damaris Ching Durán. Cédula 07-0087-
0657, Administradora CECUDI, Guápiles y Cariari.
Guápiles, 7 de diciembre de 2020
Oficio PA-281-2020
Señores
CONCEJO MUNICIPAL
Pte.
ASUNTO: Patente Municipal a nombre de Damaris Ching
Durán. Cédula 07-0087-0657, Administradora CECUDI,
Guápiles y Carlari.
Estimados señores:
Por este medio les saludo muy respetuosamente y a la vez les solicito con
todo respeto, revisar lo actuado con respecto a las solicitudes de Patente
Municipal de Funcionamiento a nombre de Damaris Ching Durán, administradora
de los CECIDIS de Guápiles y Cariari.
Como es de su conocimiento, fue a causa de solicitud expresa por parte
de ese Concejo Municipal, que la oficina de Asuntos Jurídicos realizó un análisis
para determinar si le correspondía o no, poseer Patente Municipal de
funcionamiento a la señora Ching Durán, esto por causa de sus adjudicaciones
para la administración de dichos centros en el cantón de Pococí.
Conforme a lo anterior, la Oficina de Asuntos Jurídicos, determina que
efectivamente sí debe tener Licencia Municipal y pagar la Patente, por lo que
este Concejo, remite copia de dicho informe a esta Unidad de Patentes para lo
que corresponda.
Fundamentado en dicha situación, esta oficina, procede con la
correspondiente notificación y solicitud a la señora Ching Durán, para que
proceda a tramitar sus patentes municipales, finalmente, en fecha del 3 de
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
4
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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«8 MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
UNIDAD DE PATENTES
aio
noviembre del año en curso, se reciben las solicitudes de patentes por parte de
la interesada.
En fecha del 12 de noviembre del corriente, mediante Acuerdos N* 2046
y 2047, de la Sesión Ordinaria N” 78, el Concejo Municipal, rechaza la
aprobación de dichas patentes, aduciendo dudas por la posible deuda que
pueda tener la señora Ching Durán con esta Municipalidad, por concepto de
Patente.
A raíz de lo anterior, esta Unidad de Patentes, procede a solicitar a la
Unidad de Proveeduría Municipal, indicar a partir de que fechas, esta señora se
encuentra como adjudicada de los contratos para la administración de los
CECUDIS, esto mediante el Oficio PA-269-2020 del 23 de noviembre del 2020.
De lo anterior, mediante el Oficio N*01/24112020, del 24 de noviembre, la
Oficina de Proveeduría, indica que la señora Damaris Ching Durán, se le ha
adjudicado la Administración de los CECUDIS, mediante los siguientes
contratos:
+ Lugar Guápiles Plazo 12 meses contrato 66-2015
e Lugar Guápiles Plazo 12 meses contrato 21-2017
e Lugar Cariari Plazo 15 meses contrato 116-2017
+ Lugar Guápiles Plazo 12 meses contrato 07-2018
e Lugar Guápiles Plazo 36 meses contrato 07-2020
e Lugar Cariari Plazo 20 meses contrato 10-2020
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*41 ACTA N*85 Ordinaria.
Y MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
UNIDAD DE PATENTES
Por lo antes expuesto y para efectos de proceder al cobro retroactivo, de
los periodos dejados de pagar por parte de la señora Ching Durán a esta
municipalidad por concepto del Impuesto de Patentes, se requiere de la
correspondiente aprobación de las mismas, de tal forma que una vez autorizadas
e incluidas en el sistema informático municipal, se procederá a realizar el
correspondiente cálculo y cobro de las mismas, tal y como lo establece el artículo
N? 51 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Artículo N* 51, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, que dice:
Código de Normas y Procedimientos Tributarlos; artículo 51.- Términos de
prescripción
“La acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación prescribe
alos cuatro años. Igual término rige para exigir el pago del tributo y sus intereses.
El término antes indicado se extiende a diez años para los contribuyentes O
responsables no registrados ante la Administración Tributaria, o a los que estén
registrados, pero hayan presentado declaraciones calificadas como fraudulentas,
o no hayan presentado las declaraciones juradas.
Las disposiciones contenidas en este artículo deben aplicarse a cada tributo por
separado.”
De igual forma, se procedió a emitir el Oficio N* PA-280-2020, en el que
se le solicita a la señora Ching Durán, aportar las correspondientes
declaraciones del impuesto de la renta presentadas ante la Dirección General de
Tributación y adicionalmente Certificaciones de Contador Público Autorizado
(CPA), para el cálculo del cobro retroactivo del impuesto de patente a partir de
la fecha inicial en que fue adjudicada, sea a partir del periodo 2015, según lo
indica la Unidad de Proveeduría,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*42 ACTA N?85 Ordinaria.
«dy MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
UNIDAD DE PATENTES
“RE
Adjunto copia de Oficio PA-269-2020, Oficio DPM 01/24112020 y
Oficio N* PA-280-2020.
En espera de su valiosa comprensión, se suscribe atentamente;
Y
Lic. Sárlos Jiménez Rojas
ficina de Patentes
Clc Alcaldía / Administración Tributaria / Archivo
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*43 ACTA N85 Ordinaria.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
== Municipalidad de Pococí
Unidad de Patentes
Guápiles, 23 de noviembre de 2020
Oficio PA-269-2020
Lic.
Manuel Acuña Vargas, Unidad de Proveeduría
Municipalidad de Pococí
S.O.
Estimado compañero:
Para efectos de presentar informe al Concejo Municipal, así como para el
cobro del impuesto de patentes, le solicito, sírvase indicar a partir de qué fechas, se
le ha concesionado a la señora Damaris Ching Durán, cédula 7-087-657, la
administración de los CECUDIS, tanto de Guápiles como de Cariari.
Indicar las fechas de concesión, número de contrato y plazos.
En espera de su pronta respuesta, se su cribe e de
dl A,
SA
y NG Carlos Jiménez Rojaszuo 19
/ Unidad de Patentes
C.C. Archivo
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
0-12-2020
PAGINA N*44 ACTA N?85 Ordinaria.
¿ao o
Se
o En
UNIDAD DE PROVEEDURÍA / MUNICIPALIDAD DE POCOCI VE
Teléfono 2713-6561 Fax: 2711-1226 UNICIPALIDOD
Pao? Correo: manuel.acunaO munipococi.go.cr De pococÍ
Guápiles, 24 de Noviembre del 2020
Oficio DPM 01/24112020
Señor:
Lic, Carlos Jiménez Rojas
Unidad Patentes E CIO PTA O OL
Municipalidad Pococ! A cipalidad de Fococi'
SD, PATENTES
RECISH OR
Asunto; Respuesta Oficio N*PA-269-2020
SAID
EA Fecha: AS y)
Respetable Señor: ana
El motivo de la misiva es con la finalidad de dar respuesta a lo solicitado, por su unidad en
el oficio supra citado.
Lugar Plazo Numero Contrato Numero Proceso
Guápiles 12 Meses 66/2015 2015LA-000025-CLO1
Guápiles 12 Meses 21/2017 2017LA-000001-CLO1
Cariari 15 Meses 116/2017 2017LA-000036-CLO1
Guápiles 12 Meses 07/2018 2018LA-000001-CLO1
Guápiles 36 Meses 07/2020 2019LN-000001-CLO1
Cariari 20 Meses 10/2020 2020LA-000001-CLO1
Todos adjudicados a Damaris Ching Duran Cedula N? 7-08 7-657
Sin más por el momento que agregar se despide.
Atentamente:
pa! Emilio
Acuña Vargas J 3
Carné 23799
-
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI OS
PAGINA N'45 ACTA N*85 Ordinaria. 10-12-2020
y MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
UNIDAD DE PATENTES
a
Guápiles, 7 de diciembre de 2020
Oficio PA-280-2020
Señora
Damaris Ching Durán
Cédula 07-0087-0657
Dirección: CECUDI GUÁPILES
Pte.
Estimada señora:
A fin de continuar con el proceso patentes a su nombre, se le solicita,
aportar a esta Unidad de Patentes, las correspondientes declaraciones del
Impuesto de la Renta presentadas ante Tributación y Certificación de Contador
Público Autorizado (CPA), en la que detalle los montos correspondientes al
Cantón de Pococí, para los periodos del 2015, 2017 y 2018, esto con la finalidad
de verificar los montos a pagar por concepto del Impuesto de Patentes de esos"
periodos a esta Corporación Municipal, esto por cuanto su persona se encuentra
registrada como Adjudicada de la administración de los CECUDIS para esos
periodos.
Lo anterior conforme lo establece el artículo N? 51 del Código de Normas
y Procedimientos Tributarios, que dice:
Código de Normas y Procedimientos Tributarios; artículo 51.- Términos de
prescripción
“La acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación prescribe
a los cuatro años. Igual término rige para exigir el pago del tributo y sus intereses.
El término antes indicado se extiende a diez años para Jos contribuyentes o
responsables no registrados ante la Administración Tributaria, o a los que estén
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Munipipalldas de Pecocí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*46 ACTA N?85 Ordinaria.
(>) MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Qs UNIDAD DE PATENTES
registrados, pero hayan presentado declaraciones calificadas como fraudulentas,
o no hayan presentado las declaraciones juradas.
Las disposiciones contenidas en este artículo deben aplicarse a cada tributo por
separado.”
Para que cumpla con lo solicitado, se le otorga un plazo de 5 días
hábiles a partir del recibido de la presente nota.
Atentamente;
¿to Ve
Lic. Carlos Jiménez Rojas"
La Oficina de Patentes
C.c. Concejo Municipal / Administración Tributaria / Archivo
Nota de Secretaría: El Lic. Carlos Jiménez adjunta el Acuerdo 2046 del Acta 78 del 2020,
en el cual se rechaza el refrendo de la patente de la Sra. Damaris Ching.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2272
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Alejandra Rizzatti Solano, Dpto.
Cobro Administrativo y Judicial, teléfonos: 2710-4481 / 2713-6560 ext: 138 dice:
Oficio: CAJ140-20
Asunto: Respuesta al Acuerdo 2259 Acta 83 del 2020 Caso Chinchilla Zúñiga
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*47 ACTA N*85 Ordinaria.
w [EE Municipalidad de Pococí
"Dpto. Cobro Administrativo y Judicial”
o TEL 2713-6560 Ext. 138 telef 2710-4481
Guápiles 07 de diciembre del 2020
CAJ 140-20
Señores
Concejo Municipal
Pte
Respetados señores
ASUNTO:ACUERDO 2259-2020
Saludándolos respetuosamente, me permito hacer referencia conforme fue solicitado en la Sesión N”
83 Ordinaria del 03-12-2020, Artículo IV Acuerdo N* 2259, concretamente sobre lo indicado para la
condonación de la deuda del señor CHINCHILLA ZUÑIGA VICTOR HUGO — con cédula 0602410438,
se informa lo siguiente: :
El señor Chinchilla es propietario de la propiedad Folio Real 7-77105-000, ubicada URB. NIDO UNO
CASA it 4 DEL CRUCE DE JORDAN 320 M N-O 14 MS Y 108 MO. de la cual tiene periodos
pendientes principalmente en los servicios, ya que los bienes inmuebles fueron exonerados en el 2018,
misma fecha en la que realizó un arreglo de pago, el cual se encuentra vencido e incumplido.
La pretensión de colaborarle con la disminución de su deuda no es viable El instituto de la
"Condonación" previsto en el artículo 50 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el cual
es un modo de extinción de la obligación tributaria, según lo dispone el artículo 35 del mismo cuerpo
legal. En lo que interesa el artículo 50 dispone:
“Procedimientos.- La obligación de pagar los tributos solamente puede ser condonada o remitida por
ley dictada con alcance general”.
Esta figura legal para condonar deudas, la Municipalidad la tuvo mediante Ley N* 9506 que autorizó
la condonación de las deudas de la Municipalidad de Pococí, fue publicada en la Gaceta 299 del 12
de diciembre del 2017, con un plazo comprendido del 12 de diciembre de 2017 al 12 de junio 2018.
En razón de lo anterior, hago énfasis en la imposibilidad legal de aplicar la figura de la condonación al
señor Chinchilla.
Esperando que la información les sea de utilidad, me suscribo.
| Cordialmente;
es
Licda. Alejandra Rizzatti Solano
Dpto. Cobro Administrativo y Judicial
| Cc: Arch
| Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Oficina de Bienestar Social, Familia
| y Mujer para que coordine con el IMAS y a través de este departamento, el señor
Chinchilla Zúñiga Víctor Hugo pueda honrar las deudas que tiene con la
municipalidad.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*48 ACTA N*85 Ordinaria.
ACUERDO N* 2273
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Lic. Jorge Hodgson Quinn, Coordinador
Tecnologías de Información, dice:
Oficio: MP-TICs-028-2020
Asunto: Respuesta al Acuerdo 1240 Acta 51, Reglamento de uso y administración
de las tecnologías de información de la Municipalidad de Pococí.
Adjunto Reglamento de Uso y Administración de la Tecnologías de Información de la
Municipalidad de Pococí, mismo que fue solicitado mediante acuerdo N.5 1240 de la
Sesión N.5 51 del día 23-07-2020, no omito indicarles que el mismo fue revisado y cuenta
con el visto bueno por parte de Servicios Jurídicos como consta en el oficio SJI-112-AGO-
2020, todas las sugerencias fueron atendidas e incorporadas al documento.
En este mismo acto se hace entrega (adjunto) del documento denominado POLITICAS
TIC, que de igual manera fue solicitado mediante el mismo acuerdo y se constituye en
complemento del reglamento en cuestión.
Cabe indicarles que el reglamento de Uso y Administración de la Tecnologías de
Información de la Municipalidad de Pococí deberá ser publicado en el diario oficial la
gaceta según normativa atinente, no así las Políticas TIC, ya que para este particular con
la aprobación del honorable Concejo Municipal adquiere la valides necesaria para su
vigencia y aplicación respectiva.
REGLAMENTO DE USO Y ADMINISTRACIÓN DE LAS TECNOLOGÍAS
DE INFORMACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
CAPÍTULO |
Atribuciones Generales
Artículo 1. Este reglamento tiene como propósito regular la utilización de los recursos
tecnológicos al servicio de las oficinas de la Municipalidad de Pococí con el fin de
aprovechar mejor estos medios e impedir que por desconocimiento cualquier tipo de
persona vinculada a la institución transgreda las leyes relacionadas.
Artículo 2. El presente reglamento es de acatamiento general y obligatorio para los
funcionarios de la Municipalidad de Pococí, sean estos funcionarios por cargos fijos,
interinos, por servicios especiales o contratados bajo cualquier modalidad y que utilicen
algún tipo de recurso tecnológico o acceso de la Institución al igual que los miembros del
Honorable Concejo Municipal. Ello con independencia de que actúe dentro o fuera de su
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI EEES
PAGINA N*49 ACTA N*85 Ordinaria. 10-12-2020
horario de prestación de servicios, dentro o fuera de la Institución, o dentro o fuera del
país. Las prohibiciones, obligaciones y funciones estipuladas en el presente reglamento
se tendrán sin perjuicio a lo establecido en el Reglamento Autónomo de Servicio de la
Municipalidad de Pococí, y cualquier otra normativa aplicable a la Institución.
Artículo 3. El Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en
adelante TIC, con visto bueno de la Alcaldía, propondrá actualizar este reglamento y sus
políticas informáticas que regirán en la institución cuando así lo considere conveniente.
Artículo 4. Se les denominará usuarios a aquellos colaboradores de la Municipalidad de
Pococí, proveedores contratados por servicios técnicos y profesionales, miembros del
Concejo Municipal, Alcaldía, Vice alcaldía, Auditoría u otros que requieran utilizar equipo
de cómputo o sistemas de información al servicio de la Municipalidad de Pococí.
Artículo 5. El personal del Departamento de TIC serán los únicos con privilegios o perfiles
de súper usuarios de todo la Municipalidad de Pococí, es decir, son usuarios especiales
que cuentan con los permisos más elevados para poder administrar los recursos
tecnológicos del Municipio.
Artículo 6. El Departamento de TIC, sin previo aviso y en presencia física o remota, podrá
en cualquier momento realizar inspecciones de los equipos y programas que estén
almacenados en los discos e informar al superior el resultado de lo obtenido.
CAPÍTULO Il
Asignación y distribución de equipos
Artículo 7. El Departamento de TIC llevará un control de asignación de los equipos de
cómputo en las distintas oficinas de la Municipalidad de Pococí, así como de las licencias
de uso del software adquirido.
Artículo 8. Los equipos de cómputo asignados a los usuarios serán utilizados
exclusivamente para aquellas labores que son propias de la Institución.
Artículo 9. La asignación de un equipo se considerará como un todo en general, el usuario
no podrá realizar cambios de componentes del equipo sin la justificación técnica debida.
Artículo 10. La enumeración de los equipos se regirá según las disposiciones que el
Departamento de TIC considere oportunas, de acuerdo con criterios técnicos al efecto.
Artículo 11. La entrega, puesta en funcionamiento y cambio de equipo entre las diferentes
oficinas de la institución, se efectuará en coordinación con el Departamento de TIC.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*50 ACTA N*85 Ordinaria.
Artículo 12. La asignación de los equipos será establecida bajo los lineamientos del
Departamento de TIC, solo se brindará equipo al personal interno debidamente contratado
y tenga requerimientos de uso de equipo tecnológico.
Artículo 13. Cuando se cree alguna plaza o se haga un cambio a una ya existente y esta
requiera de equipo de cómputo, se le comunicará de inmediato el Departamento de TIC
para que realicen los ajustes presupuestarios necesarios para brindar el equipo en su
debido momento.
Artículo 14. Las computadoras de escritorio y las portátiles se establecerán como
dispositivos de uso excluyente, es decir un usuario solo podrá disponer de uno u otro
equipo según las indicaciones del Departamento de TIC, pero nunca podrá tener dos a
más de estos equipos bajo su asignación, a menos de que cuente con una autorización
debidamente justificada y avalada por la Alcaldía municipal.
Artículo 15. Los equipos adquiridos o bajo la modalidad de leasing serán revisados
técnicamente por el Departamento de TIC antes de ser distribuidos.
Artículo 16. Los equipos de cómputo no podrán ser trasladados a otras oficinas que no
sean de la Municipalidad de Pococí salvo que se cuente con la debida autorización escrita
de la Alcaldía, lo cual se hará del conocimiento del Departamento de Tl.
Artículo 17. Las ampliaciones, modificaciones o adquisiciones de equipos de cómputo, así
como la autorización y compra de programas informáticos, se harán con el criterio y
asistencia técnica del Departamento de TIC.
Artículo 18. Es responsabilidad de las jefaturas de cada oficina de la Municipalidad de
Pococí, velar por el debido cuidado y uso del equipo de cómputo que tienen asignado.
CAPÍTULO Ill
Mantenimiento y soporte
Artículo 19. En el caso de fallas técnicas del equipo de cómputo el Departamento de TIC
realizará un diagnóstico preliminar, con el objetivo de procurar la solución, o en su defecto,
girar las instrucciones del procedimiento a seguir para la reparación.
Artículo 20. Para el correcto funcionamiento del equipo de cómputo deberán de realizarse
como mínimo dos mantenimientos preventivos al año.
Artículo 21. Los equipos de cómputo no podrán ser desmantelados, cambiados, abiertos
ni reparados por los funcionarios de las oficinas. Asimismo, sus componentes (entiéndase
monitores, ratones, discos duros, teclado, memoria, fuente de poder, tarjeta madre, entre
otros) no podrán ser removidos por personal no autorizados por el Departamento de TIC.
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PAGINA N*51 ACTA N*85 Ordinaria.
Artículo 22. En los casos que haya un mantenimiento por un tercero siempre se realizará
bajo la autorización del Departamento de TIC.
Artículo 23. De ninguna manera se negará el acceso a información vital para que el
Departamento de TIC pueda diagnosticar o resolver oportunamente cualquier tipo de
asistencia técnica.
Artículo 24. Cuando un usuario solicite mantenimiento o soporte deberá estar en todo
momento disponible para cualquier consulta que surja producto de las labores a realizar,
de transgredir este artículo automáticamente perderá la prioridad.
CAPÍTULO IV
Instalación y actualización
Artículo 25. El detalle de los programas informáticos que el Departamento de TIC haya
instalado en las computadoras propiedad de la Municipalidad de Pococí, será actualizado
conforme se adquieran otros nuevos, lo cual se comunicará a las distintas oficinas.
Artículo 26. Los proveedores en modalidad de servicios técnicos, profesionales, u otra
similar u otros externos que requieran utilización de los servicios tecnológicos de este
municipio para sus labores estipuladas, deberán de disponer del equipo informático según
las especificaciones del Departamento de TIC.
Artículo 27. El Departamento de TIC podrá instalar y configurar el software necesario para
proteger la seguridad de los sistemas tecnológicos municipales en cualquier equipo o
dispositivo que esté o se vaya a conectar a alguna red vinculada con el municipio.
Artículo 28. Cada equipo que requiera conexión con los sistemas tecnológicos del
municipio deberá estar incluido y configurado en el dominio (protocolo de directorio
centralizado en una red empresarial que facilita el control y la administración de los
equipos) establecido por el Departamento de TIC, además se brindara a cada usuario una
identificación para poder acceder.
Artículo 29. El Departamento de TIC tendrá la potestad de rechazar cualquier tipo de
solicitud para un equipo que no cuenta con las especificaciones solicitadas, además de
suspenderlo cuando se encuentre que haya sido conectado a la red institucional sin la
debida autorización del departamento.
Artículo 30. Los únicos programas informáticos que deben residir en el disco duro de cada
computadora y ser utilizados por el personal de las oficinas, son aquellos que haya
instalado el Departamento de TIC o cuenten con su autorización. En consecuencia, por
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ningún motivo los usuarios de la Municipalidad de Pococí podrán instalaren los discos
duros de las computadoras, ni utilizar por medio de llaves mayas u otros medios,
programas informáticos no autorizados como juegos, procesadores de palabras, hojas de
cálculo electrónico y graficadores, entre otros que serán valorados por este departamento.
Artículo 31. El equipo de cómputo Instalado en la institución no podrá ser utilizado en la
reproducción de programas informáticos, sean estas propiedades de la institución o no.
Artículo 32. La configuración o reconfiguración, solo podrá ser realizada por personal del
Departamento de TIC.
Artículo 33. Toda solicitud de sistema de información deberá ser presentada vía oficio
correspondiente al Departamento de TIC, siendo responsabilidad del área solicitante el
gestionar los recursos presupuéstales necesarios para llevar a cabo el proyecto de
automatización.
Artículo 34. Cuando se requiera la intervención de un tercero para alguna instalación o
configuración, siempre se realizará con la autorización del Departamento de TIC.
CAPÍTULO V
Redes internas y externas
Artículo 35. Al estar la mayoría de las oficinas interconectadas por medio de la red, se
utilizarán palabras claves u otros dispositivos de identificación del usuario, para el acceso
de los sistemas informáticos, sean estos comprados o desarrollados por el Departamento
de TIC. En estos casos la persona a quien se le asigne la palabra clave u otro sistema
similar será la única responsable del uso que se le dé a la misma.
Artículo 36. Está prohibido conectar el equipo a internet u otras redes utilizando
dispositivos diferentes a los que se encuentran oficialmente en servicio.
Artículo 37. El Departamento de TIC podrá restringir el acceso de los usuarios o modificar
perfiles de los equipos y programas según considere necesario para la salvaguarda de la
estética y la uniformidad necesarias en una entidad pública.
Artículo 38. No se permite el acceso a Internet con fines diferentes a los propios de las
actividades municipales, del medio o administrativas de la Municipalidad.
Artículo 39. Las áreas de almacenamiento en la Red pueden ser tratadas como
almacenamientos temporales. El Departamento de TIC revisará el aprovechamiento
óptimo de los recursos compartidos para mantener la integridad y para asegurar que los
colaboradores utilicen los recursos de manera responsable. Al ser estas áreas de
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almacenamiento en la red temporales, las mismas serán sujetas de mantenimiento y
podrán ser borradas a entera discreción de TIC.
CAPÍTULO VI
Contraseñas personales
Artículo 40. Se establecen dos tipos de contraseñas, las de uso personal, como las que
se usan para el ingreso al usuario del sistema operativo, las contraseñas de los sistemas
de información del municipio, la contraseña para el correo electrónico, entre otras. Además
de estas, se denominan contraseñas para múltiples usuarios las que varios usuarios
utilicen a la misma vez para un mismo fin en específico como las de puntos de conexión
inalámbrica.
Artículo 41. El manejo de las contraseñas de tipo personal es responsabilidad del usuario,
deberá ser cambiada por el usuario por lo menos cada 3 meses, debe ser de longitud
mínima de 6 caracteres, no debe contener el nombre de usuario, debe contener tres tipos
de caracteres (letras mayúsculas, letras minúsculas, números o caracteres especiales) y
además no deben de estar escritas en papel o medios digitales sin protección alguna.
Artículo 42. No obtener ni suministrar información sin la debida autorización, no dar a
conocer códigos de seguridad tales como contraseñas a otras personas, o entorpecer por
ningún medio el funcionamiento de los sistemas de información y telecomunicaciones de
la Municipalidad.
Artículo 43. Los usuarios autorizados para la administración de las credenciales,
contraseñas y otros tipos de seguridad será exclusivamente el personal del Departamento
TIC.
Artículo 44. El Departamento de TIC podrá restablecer en cualquier momento la
contraseña de cualquiera de los usuarios de la Municipalidad de Pococí, con previo aviso
para no afectar de ninguna manera la continuidad de su trabajo, si se detecta que ha sido
comprometida.
CAPÍTULO VII
Dispositivos de conexión inalámbrica
Artículo 45. El Departamento de TIC es el administrador exclusivo de todos los dispositivos
de conexión inalámbrica como lo son las redes wifi, solo el personal de TIC está autorizado
a realizar ajustes y cambios de estas claves de tipo multiusuario.
Artículo 46. El Departamento de TIC puede asignar discrecionalmente, a una O varias
personas cercanas a un punto de acceso inalámbrico para que estas ingresen la clave
directamente en dispositivos o equipos previamente autorizados.
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Artículo 47. Se considerará una falta grave por parte de cualquier usuario que divulgue,
realice ajustes internos o cambie la clave a un dispositivo de conexión inalámbrica sin la
autorización del Departamento de TIC.
CAPÍTULO VIII
Sitio web
Artículo 48. Cada uno de los funcionarios que dispongan de información de interés público
tendrá un espacio en el sitio web y será responsable de la actualización periódica para
una ágil emisión y divulgación. Asimismo, podrán solicitar al Departamento de TIC
asistencia sobre este proceso.
Artículo 49. Se prohíbe la transmisión de información que pueda: crear un medio hostil
sobre la raza, edad, sexo, religión, política, nacionalidad, origen, incapacidad u
orientaciones personales; comentarios despectivos, noticias informales o mal
intencionadas, cadenas de cartas, mensajes masivos de índole personal, y en general
cualquier tipo de información que no aporte nada productivo para el municipio.
CAPÍTULO IX
Correo electrónico
Artículo 50. Los mecanismos de comunicación de información tanto a lo interno entre los
usuarios como externo con terceros serán definidos por el Departamento de TIC.
Artículo 51. Mientras se cuenten con las licencias o los recursos necesarios, todo usuario
que lo requiera tendrá a disposición cuenta de correo electrónico interno, para recibir y
enviar información indispensable para sus actividades, la cual se usará de forma
obligatoria a menos que el Departamento de TIC autorice utilizar otro servicio.
Artículo 52. La asignación del formato de la dirección correo electrónico seguirá los
patrones establecidos por el Departamento de TIC, no se pueden establecer nombres a
discreción de los usuarios.
Artículo 53. Está prohibido leer, modificar o eliminar la correspondencia electrónica u
cualquier tipo de documento ajeno, a menos que se esté específicamente autorizado para
hacerlo.
Artículo 54. El Departamento de TIC definirá el tipo de archivo y la capacidad máxima que
se podrá enviar o recibir como datos adjuntos en los correos electrónicos por el personal
de la Municipalidad de Pococí.
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PAGINA N*55 ACTA N'85 Ordinaria.
Artículo 55. El usuario es responsable del contenido de los mensajes enviados esto incluye
entre otros: contenido de material ofensivo u obsceno, cualquier quebrantamiento de
propiedad intelectual, copyright o cualquier información ilegal o criminal.
CAPÍTULO X
Respaldos de información
Artículo 56. Los usuarios de cualquier equipo de cómputo de la Municipalidad de Pococí
deben estar conscientes que los datos que ellos crean y manipulan en los sistemas,
aplicaciones y cualquier medio de procesamiento electrónico, durante el desarrollo normal
de sus actividades laborales, son propiedad de la Municipalidad de Pococí y no podrán
extraerlos, eliminarlos o utilizarlos con otro fin fuera del establecido, sin poder alegar
cualquier pretensión por la autoría de los datos.
Artículo 57. Todo usuario es responsable de mantener respaldos de su información de
acuerdo con las disposiciones indicadas por el Departamento de TIC, en caso de las
aplicaciones cliente-servidor, el responsable de los respaldos de las bases de datos es
directamente el Departamento de TIC.
CAPÍTULO XI
Seguridad tecnológica
Artículo 58. Es responsabilidad del usuario de cada equipo verificar que el software
antivirus institucional se encuentre en ejecución y vigente en forma permanente. Caso
contrario informarlo al Departamento de TIC.
Artículo 59. Está prohibido cargar excesivamente un sistema de cómputo (abrir un sistema
más de una vez en el mismo equipo) o el tráfico de red, ejecutar códigos dañinos tales
como virus, programas malignos, consultas automáticas u otros, crear, copiar, enviar o
reenviar cadenas de mensajes no relacionados con actividades propias de la Institución.
Artículo 60. Está prohibido interceptar o alterar la información que se transmite e intentar
evitar los mecanismos de seguridad de la red o de control impuestos, perjudicar la
funcionalidad de la red, o saltarse las restricciones establecidas por sistemas de seguridad
informática.
Artículo 61. El acceso a los servidores de la Municipalidad de Pococí ya sea usando la
consola de administración local o una consola de administración remota, es permitido
únicamente a personal autorizado por el Departamento de TIC. El intento de conexión por
alguna persona no autorizada a cualquier consola de administración de los servidores se
considerará una violación de las políticas de seguridad.
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Le
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PAGINA N*56 ACTA N*85 Ordinaria.
Artículo 62. Con el fin de evitar la contaminación de "Virus informáticos" en los equipos,
no deben introducirse discos duros ni otros medios (llaves Mayas) de desconocida
procedencia, sino solamente aquellos utilizados para las labores propias de la institución.
Asimismo, periódicamente es necesario comprobar con la ayuda del programa antivirus,
la existencia de estos tanto en las Llaves mayas como en el disco duro.
Artículo 63. Respetar la privacidad de otros usuarios. No está permitido obtener coplas
intencionales de archivos, códigos, contraseñas o información ajena, ni suplantar a otra
persona en una conexión que no le pertenece o enviar información a nombre de otra
persona sin contar con el consentimiento del titular de la cuenta.
Artículo 64. En caso autorizado de memorias USB y discos externos, es responsabilidad
del usuario hacer uso del antivirus antes de copiar o ejecutar archivos para que los equipos
no sean infectados. Además, los usuarios pueden solicitar apoyo al Departamento de TIC
para el uso de antivirus.
Artículo 65. Respetar la protección legal otorgada a programas, textos, artículos y bases
de datos según legislación internacional sobre propiedad intelectual y las normas
pertinentes de nuestro país.
Artículo 66. Respetar la integridad de los sistemas de computación. Esto significa que
ningún usuario podrá adelantar acciones orientadas a infiltrarse, dañar o atacar la
seguridad informática de la Municipalidad de Pococí, a través de medio físico o electrónico
alguno.
Artículo 67. El jefe de cada oficina será responsable de velar por que estas disposiciones
se cumplan y reportará a la mayor brevedad al Departamento de TIC o Recursos Humanos
cualquier anomalía que se presente. Asimismo, Alcaldía podrá solicitar al Departamento
de TIC una revisión técnica del equipo informático de aquellos lugares donde existan
indicios de utilización de programas informáticos ilegales.
CAPÍTULO XII
Teletrabajo y sesiones virtuales
Artículo 68. Cuando se requiera acceder remotamente a los equipos se deberán utilizar
únicamente conexiones seguras creadas por personal del Departamento de TIC.
Artículo 69. Las sesiones del Concejo Municipal y las reuniones, cuando sean virtuales se
realizarán utilizando la plataforma que designe el Departamento de TIC.
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Municipalidad de Pococí
LR
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PAGINA N*57 ACTA N85 Ordinaria.
Artículo 70. Para garantizar la simultaneidad, colegialidad y deliberación, será
responsabilidad de cada invitado a la sesión o reunión virtual, revisar que el día en que se
va a realizar le llegue la invitación. En caso de detectar que no está la invitación respectiva,
el usuario deberá enviar un correo, a efecto de que se verifique que su cuenta esté activa
y que se corrija cualquier omisión o dificultad de ingreso a la plataforma correspondiente.
Artículo 71. Cuando un colaborador se encuentre en teletrabajo, deberá utilizar la
plataforma indicada por el Departamento de TIC, para realizar el marcado de las entradas,
salidas y los recesos correspondientes del mismo modo que lo haría como si se encontrara
de forma presencial.
CAPÍTULO XIII
Sanciones
Artículo 72. Cualquier infracción al presente reglamento dará motivo para iniciar el
| correspondiente procedimiento disciplinario, para lo cual, en caso de demostrarse el
| hecho, se aplicará la sanción que se estime prudente por parte del órgano decisor, de
| acuerdo con la gravedad de la falta que también estime ese órgano.
Artículo 73. Cuando un usuario deliberadamente afirme no seguir las indicaciones del
Departamento de TIC establecidas en este reglamento, independientemente del nivel de
usuario y del cargo con que cuente esta persona, se le suspenderá inmediatamente de
cualquier acceso o equipo por poner en riesgo los lineamientos y la seguridad tecnológica
del municipio.
Artículo 74. Es prohibido ingerir alimentos o bebidas y fumar cerca de los equipos de
cómputo, el costo por la reparación o sustitución de los equipos a raíz de desperfectos
causados a los mismos por situaciones de descuido en su uso, lo asumirá el servidor
responsable, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que correspondan, para lo cual
se seguirá el respectivo procedimiento administrativo.
Artículo 75. En el momento en que se genere una infracción al presente reglamento y
ponga en riesgo la seguridad tecnológica del municipio, el Departamento de TIC -sin
perjuicio de lo que ordene la Alcaldía- podrá decidir la suspensión inmediatamente del
equipo, sistema o servicio mientras se resuelve la situación.
Artículo 76. En los casos que se cometa una infracción y el usuario esté contratado bajo
las reglas de la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento, precautoriamente se
le podrán suspender los equipos, sistemas o servicios, y se procederá de inmediato a
iniciar los procedimientos correspondientes según la ley de cita y su reglamento.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
|
Municipalidad de Pococí
Moe Interna
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*58 ACTA N*85 Ordinaria.
Artículo 77. Para propósitos de mantenimiento de la red y de seguridad, debidamente
demostrados, velando por el interés de la Municipalidad de Pococí, los funcionarios del
Departamento de TIC quedan exentos de seguir las restricciones anteriores. Cualquier
otra excepción deberá ser aprobada por la Alcaldía o Concejo Municipal de ser el caso,
con el criterio técnico del Departamento de TIC.
Artículo 78. El presente reglamento entrará a regir a partir de su publicación, además,
deroga cualquier otra disposición reglamentaria de esta municipalidad sobre lo aquí
regulado, con excepción de lo estipulado en el Reglamento Autónomo de Organización y
Servicio de la Municipalidad de Pococí.
Atentamente,
JORGE Firmado
A HODGSON — SoRcEmoDeson
O ¿LQUINN QUINN (FIRMA)
Lic. Jérge Hodgéán Quinn (FIRMA) 100za9-0600
Coordinador de Tecnologías de Información
Municipalidad de Pococí
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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POLÍTICAS DE TIC e
DE POCOCÍ
Municipalidad de
h Pococí, 2020
Comunicación se han
constituido en un nento y estratégico para el éxito en
la gestión y la s "vivencia de toda organización pública o
ades no se excluyen de esta realidad, al
ser herramientas poderosas para materializar uno de sus
conceptos más ví 5 y nec os, como lo son las políticas, este
documento establece los lineamientos del área que son relevantes
para alcanzar estos objetivos.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
 
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI 00
PAGINA N*62 ACTA N*85 Ordinaria.
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1. INTRODUCCIÓN
La evolución tecnológica ha llevado a las empresas a considerar que las Tecnologías
de la Información y la Comunicación desempeñan un rol estratégico en el mundo de los datos
y que éstos son información y conocimientos difíciles de asimilar por el ritmo en que se
generan. Bajo este contexto es necesario considerar la vital importancia de la información
procesada por los colaboradores de los equipos de cómputo de la Municipalidad de Pococí y
que ésta deba estar organizada bajo reglas claras mediante las cuales se pueda garantizar la
disponibilidad, integridad y la confiabilidad de esta.
De igual forma sucede con las herramientas de apoyo y el software. El Internet y los
sistemas de correo electrónico son herramientas de apoyo que ayudan a la consulta de
información, comunicación rápida, administración de tareas, entre otros beneficios. Por el
otro lado se encuentra el Software (paquetes), aplicaciones que contribuyen a la creación,
administración, operación y hasta consulta de información. De esta forma, es importante
establecer políticas de seguridad de las Tecnologías de la Información y la Comunicación
con la finalidad de salvaguardar la información y los bienes informáticos de la Municipalidad
de Pococí, lo cual constituye uno de los activos más importantes de la organización.
2. OBJETIVO
El objetivo de este documento es establecer las políticas de seguridad de Tecnologías
de Información y Comunicaciones que deben conocer y cumplir todo empleado de la
Municipalidad de Pococí, estas se agrupan en:
+ Políticas para el uso adecuado de las Tecnologías de la Información y la
Comunicación
+ Políticas de contraseñas
+ Políticas de Internet y Correo Electrónico
+ Políticas para el uso de Software
Estas reglas buscan proteger la información, al personal, a la Institución y buscando
propiciar un aumento de la seguridad y aprovechamiento de la tecnología, la cual contribuirá
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina noes MUNICIRA RAP oo
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Municipalidad de Pococí
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ya MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Tecnologías de la Información y la Comunicación
Políticas de TIC
de manera determinante a aumentar la eficiencia en el trabajo y garantizar la continuidad de
las operaciones de la Institución.
3. ALCANCE
Estas políticas son aplicables y actualmente efectivas para todos los colaboradores de
la Municipalidad de Pococí al igual que los miembros del Honorable Concejo Municipal, que
utilicen equipo de cómputo proporcionado por la Municipalidad. Los colaboradores de la
Municipalidad de Pococí tienen la obligación de seguir al pie de la letra las presentes políticas
emitidas por Tecnologías de Información y Comunicación y aprobadas por la Alcaldía. El
Departamento de TIC es el encargado de administrar estas políticas
El equipo de cómputo regulado y atendido por estas políticas es:
+ El que es parte del activo fijo de la Municipalidad de Pococí
+ El que se encuentra en su modalidad de arrendamiento.
4. MARCO LEGAL
4.1 Uso adecuado de las TIC
Las políticas definidas en este punto están relacionadas con los equipos de cómputo
que les son asignados a los colaboradores, el centro de datos, aspectos relacionados con la
propiedad de la información que es creada y manipulada por los colaboradores de la
Municipalidad de Pococí y la utilización inadecuada de los recursos informáticos que la
Municipalidad de Pococí pone a disposición de sus colaboradores y miembros del Concejo
Municipal para que desarrollen sus actividades. Constituye la base de las políticas que debe
cumplir todo el personal.
4.2 Contraseñas
El cumplimiento de las políticas de contraseñas por parte de los colaboradores de la
Municipalidad de Pococí es extremadamente importante ya que éstas constituyen la primera
línea de defensa para garantizar que la información sólo sea accedida por el personal
autorizado. Tanto equipos, sistemas y datos utilizan mecanismos de contraseñas para
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*64 MUNICH RADAR 20CI
Municipalidad de Pococí
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yes Tecnologías de la Información y la Comunicación
> Políticas de TIC
controlar el acceso, como ejemplo podemos mencionar las contraseñas definidas en el
momento del arranque del equipo, para ingresar a la red institucional, para utilizar sistemas
intemos y extemos, etc. No existe ninguna tecnología que pueda prevenir el acceso no
autorizado a la información si un colaborador viola esta política de ahí que sea de las más
relevantes e importantes.
4.3 Correo electrónico e Internet
Los accesos a Internet y Correo Electrónico son servicios que actualmente son
utilizados tanto en Oficinas Generales (por medio de la red institucional), así como por las
Oficinas Periféricas (Cariari — Plantel Municipal — Centro Cívico — y Oficinas Temporales)
con los siguientes beneficios.
+ Crear un mecanismo a través del cual se haga presencia en el ámbito comercial,
con el fin de mostrar la imagen institucional tanto a escala Nacional como
Internacional.
+ Interactuar de una forma directa, ágil y eficiente, a través de la mensajería
electrónica de Internet con nuestros clientes y proveedores, dependencias de
Gobierno relacionadas con la institución y la propia Municipalidad de Pococí.
+  Ofiecer a los colaboradores una herramienta de investigación que permita
realizar consultas de cubrimiento Nacional e Internacional desde su sitio de
trabajo.
+ — Ingresar a diversos servicios oftecidos por proveedores como Bancos, Casas de
Bolsa, Hacienda, IFAM, la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) entre
otros que anteriormente se realizaban a través de conexiones telefónicas o de
forma presencial.
+ El Intemet y correo electrónico se han convertido en medios de comunicación
electrónicos prácticamente indispensables para el trabajo diario por lo que es
muy importante cumplir con las políticas relacionadas con ellos. De esta forma
evitamos interrupciones que podrían afectar la productividad, imagen y metas
de la Municipalidad de Pococí.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD. DE POCOCI
PAGINA N*65 Ordinaria.
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4.4 Uso de Software
Los programas de computadoras conocidos como software están protegidos por las
Leyes de derechos de autor y por los tratados intermacionales, desafortunadamente algunas
veces se ignora el hecho de que el software tiene un valor económico, sin embargo, el
software es un elemento crítico de varios aspectos de funcionamiento de la empresa y por lo
tanto debe de administrarse y debe tener políticas.
Las políticas sobre el uso de Software en la Municipalidad de Pococí se crean para
que sirvan como marco regulatorio en cuanto a la instalación y uso de software en el equipo
de cómputo propiedad de la Municipalidad de Pococí y del equipo bajo la modalidad de
arrendamiento.
5. POLÍTICA PARA EL USO ADECUADO DE LAS TECNOLOGÍAS DE
INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES.
5.1 Generales
1. En ninguna circunstancia los colaboradores de la Institución o los miembros
del Concejo Municipal pueden utilizar los recursos informáticos para realizar
actividades prohibidas por las normas establecidas o por normas jurídicas
nacionales o internacionales.
2. Para los equipos propiedad de la Municipalidad de Pococí, el Departamento
de TIC es la única autorizada a realizar las actividades de soporte técnico y
cambios de configuración en el equipo de cómputo. En el caso de labores de
mantenimiento efectuadas por terceros éstas deben ser previamente aprobadas
por el Departamento de TIC. Para los equipos de cómputo en esquema de
arrendamiento, la empresa arrendadora es la única autorizada a realizar las
labores de mantenimiento y cambio de hardware o en su caso autorizar dichas
labores.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*66
MUNICIFAHIRAD DE POCOCI
Ordinaria.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Tecnologías de la Información y la Comunicación
Políticas de TIC
5.2 Equipo de cómputo
1
El equipo de cómputo sea propiedad de la Municipalidad de Pococi o
arrendado, deberá ser utilizado únicamente para actividades relacionadas con
los objetivos y metas de la Institución.
Para el correcto funcionamiento del equipo de cómputo deberán de realizarse
como mínimo dos mantenimientos preventivos al año.
El Departamento de TIC deberá implementar las acciones necesarias para el
correcto funcionamiento del equipo de cómputo, tales como actividades
preventivas.
El Departamento de TIC es el responsable de la asignación y distribución del
equipo de cómputo.
La contratación de servicios de cómputo se lleva a cabo de acuerdo con los
lineamientos de la Municipalidad de Pococí basándose en la normatividad
vigente que se dicte en materia de arrendamiento y adquisiciones.
La solicitud de refacciones y accesorios de equipo de cómputo deberá contar
con el visto bueno del Departamento de TIC y de preferencia concentrar todos
los requerimientos en una sola solicitud mensual.
Para conectar una computadora a la red institucional que no esté bajo el
control administrativo de la Municipalidad de Pococí (computadoras privadas
del personal de la Municipalidad de Pococí o miembros del Concejo
Municipal, computadoras de otras empresas o terceros en general, las cuales
no están sujetas a la totalidad de las políticas de seguridad de la Municipalidad
de Pococí y por ende constituyen un riesgo al ser conectadas a la red
institucional) se deberá solicitar permiso a el Departamento de TIC para que
ésta inspeccione el equipo, compruebe que no constituye un riesgo para la
seguridad de la institución, evalúe el porqué de la necesidad de conectar el
equipo a nuestra red privada y dé la autorización en su caso.
Cuando exista algún incidente (robo, extravío, daño físico, etc.) que afecte de
manera directa a un equipo de cómputo de la Municipalidad de Pococí, deberá
ser notificado de inmediato a el Departamento de TIC.
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
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Municipaliaad de Pococí
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CTA N*85 Ordinaria.
10.
11.
42:
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Tecnologías de la Información y la Comunicación
Políticas de TIC
Sólo el personal autorizado por el Departamento de TIC está facultado para
abrir los gabinetes de las computadoras personales o de cualquier otro equipo
de cómputo propiedad de la Municipalidad de Pococi. Para los equipos de
cómputo en esquema de arrendamiento la empresa arrendadora es la única
autorizada a abrir los gabinetes de dichos equipos o en su caso autorizar la
apertura de ellos.
Todos los equipos de cómputo bajo la supervisión de la Municipalidad de
Pococí deben contar con un software antivirus actualizado y un firewall
personal administrado por el personal del área de seguridad informática, con
el objetivo de proteger el equipo de programas maliciosos.
Todos los equipos de cómputo bajo la supervisión de la Municipalidad de
Pococí deben ser actualizados de manera periódica con los últimos parches
de seguridad del sistema operativo y aplicaciones instaladas en el equipo.
Todas las computadoras conectadas a la red de la Municipalidad de Pococí
contarán obligatoriamente con un fondo definido por el Departamento de TIC
a fin de preservar la imagen institucional.
5.3 Centros de Cómputo.
En los Centros de Cómputo de la Municipalidad de Pococí se alojan los servidores y
equipo de comunicación necesarios para la operación de las actividades informáticas de la
Institución.
,
El acceso a los centros de cómputo es restringido y sólo personal autorizado
por el Departamento de TIC puede tener acceso a ellos.
Sólo el personal autorizado por el Departamento de TIC puede abrir los
gabinetes de los servidores y el equipo que está dentro de los centros de
cómputo.
El acceso a los servidores de la Municipalidad de Pococí ya sea usando la
consola de administración local o una consola de administración remota es
restringido a personal autorizado por el Departamento de TIC. El intento de
conexión por alguna persona no autorizada a cualquier consola de
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Municipalidad de Pococí
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administración de los servidores se considera una violación de las políticas de
seguridad.
5.4 Propiedad de la información.
1. Los usuarios de cualquier equipo de cómputo de la Municipalidad de Pococí
deben estar conscientes que los datos que ellos crean y manipulan en los
sistemas, aplicaciones y cualquier medio de procesamiento electrónico,
durante el desarrollo normal de sus actividades laborales, son propiedad y
responsabilidad de la Municipalidad de Pococí.
2. Los derechos patrimoniales de un programa de computación, hojas de cálculo,
archivos de Word, macros, etc. y su documentación, creados por uno o varios
colaboradores en el ejercicio de sus actividades laborales corresponden a la
Municipalidad de Pococí.
3. Los respaldos que contengan información de la Municipalidad de Pococí y
que fueron realizados o solicitados por el usuario del equipo de cómputo, se
tendrán exclusivamente bajo resguardo, debiendo de entregarlos en el
momento de la finalización de la relación laboral.
5.5 Actividades prohibidas.
Las siguientes actividades están prohibidas:
1. Violar los derechos de cualquier persona o institución protegidos por
derechos de autor, patentes o cualquier otra forma de propiedad intelectual.
Entre otras actividades, se incluye la distribución o instalación de software
sin la licencia de uso adecuada adquirida por la Municipalidad de Pococí
(Políticas de Uso de Software).
2. Difundir información identificada como confidencial a través de medios que
involucren el uso de la Tecnología de Información.
3. Introducir software malicioso en la red o en los servidores (virus, worms,
ráfagas de correo electrónico no solicitado, etc.)
4. Utilizar la infraestructura de tecnología de información de la Municipalidad
de Pococí para conseguir o transmitir material con ánimo de lucro. Igualmente
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se prohíbe el uso del sistema de comunicaciones de la Municipalidad de
Pococí con el fin de realizar algún tipo de acoso, difamación, calumnia o
cualquier forma de actividad hostil.
5. Hacer ofrecimientos fraudulentos de productos o servicios cuyo origen sean
los recursos o servicios propios de la Municipalidad de Pococí.
6. Realizar actividades que contravengan la seguridad de los sistemas o que
generen interrupciones de la red o de los servicios.
7. Monitorear puertos o realizar análisis del tráfico de la red con el propósito de
evaluar vulnerabilidades de seguridad. El personal del Departamento de TIC,
responsable de la Seguridad Informática puede realizar estas actividades
siempre y cuando tenga conocimiento de estas.
8. Ejecutar cualquier herramienta o mecanismo de monitoreo de la red de
manera no autorizada.
9. Burlar mecanismos de seguridad, autenticación, autorización o de auditoría
de cualquier servicio de red, aplicación, servidor o cuenta de colaborador.
10. Interferir o negar el servicio a colaboradores autorizados con el propósito de
lesionar la prestación del servicio o la imagen de la Municipalidad de Pococí
(por ejemplo, ataques DoS).
11. Uso de comandos o programas para el envío de mensajes de cualquier tipo
con el propósito de interferir o deshabilitar una sesión de colaborador a través
de cualquier medio, local o remoto (Internet, Intranet).
12. Instalar cualquier tipo de software en los equipos de cómputo de la
Municipalidad de Pococí sin la previa autorización del Departamento de TIC.
13. Modificar la configuración del software antivirus, firewall personales o
políticas de seguridad en general implantadas en los equipos de cómputo de
la Municipalidad de Pococí sin consultar previamente con el Departamento
de TIC la cual analizará la viabilidad de los cambios solicitados.
14. Queda estrictamente prohibido compartir una carpeta con derecho a todos. El
área de informática puede cambiar permisos de recursos compartidos por los
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usuarios si detecta que éstos no cumplen con las mejores prácticas definidas
en los lineamientos internos de seguridad.
15. Reproducir música de cualquier formato que no esté ubicada en el disco duro
de la PC del usuario o en CD. No se permite la reproducción de archivos de
música si éstos están ubicados en un recurso compartido de la red privada de
la Municipalidad de Pococí o en cualquier URL de Internet (aplicable para
los usuarios que hacen uso del servicio de Intemet).
16. Descargar archivos de música desde Internet.
5.6 Excepciones.
Para propósitos de mantenimiento de la red y de seguridad algunos colaboradores de la
Municipalidad de Pococí pueden estar exentos de seguir algunas de las restricciones
anteriores, debido a las responsabilidades de su cargo o a eventos programados. Estas
excepciones deben ser solicitadas a el Departamento de TIC anexando la justificación
respectiva vía correo electrónico.
6. POLÍTICAS DE CONTRASEÑAS
6.1 Generales
(Oficinas Generales)
1. Todos los usuarios internos de la Municipalidad de Pococí y miembros del
Concejo Municipal requieren de un nombre de usuario y una contraseña para
utilizar el equipo de cómputo que tiene asignado y servicios de red como
correo electrónico, impresión, archivos compartidos, Intranet, Internet etc.
2. Las contraseñas de los usuarios deben cumplir con ciertos requerimientos de
seguridad los cuales definirá el Departamento de TIC con el objetivo de evitar
que los usuarios elijan contraseñas débiles. Las contraseñas son personales y
conocidas únicamente por el propio usuario el cual será responsable de toda
la actividad que se realice con ella.
3. Por seguridad las contraseñas se cambian cada cierto tiempo por el propio
usuario.
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Tecnologías de la Información y la Comunicación
Políticas de TIC
4. El Departamento de TIC se reserva el derecho de restablecer en cualquier
momento la contraseña de cualquiera de los colaboradores de la
Municipalidad de Pococí, con previo aviso para no afectar de ninguna manera
la continuidad de su trabajo, si se detecta que ha sido comprometida.
5. Todas las computadoras de escritorio y portátiles deben tener configurados
un protector de pantalla con clave y el cual se activará si el equipo se deja
desatendido después de cierto tiempo.
6. Los equipos de cómputo portátiles y los que no se encuentran dentro de
oficinas con acceso controlado, deben contar con una contraseña adicional en
el momento del encendido del equipo.
7. Los sistemas internos cuentan con su propia contraseña independiente de la
utilizada para iniciar sesión en la red institucional.
(Oficinas Periféricas)
1. Los usuarios y contraseñas de los equipos localizados en las entidades
periféricas son responsabilidad del Departamento de TIC y sólo éste tiene la
autoridad para realizar cambios de configuración a dichos equipos.
2. Las cuentas de correo electrónico y la contraseña de éstas son asignadas por
el Departamento de TIC a petición de Recursos Humanos.
3. Todas las computadoras de escritorio y portátiles deben tener configurados
un protector de pantalla con clave y con un tiempo de espera de un máximo
de 15 minutos cuando el equipo esté desatendido.
6.2 Prohibiciones
1. Revelar su contraseña a personal no autorizado o permitir su uso a terceros
para actividades ajenas a la misión de la Municipalidad de Pococí. La
prohibición incluye familiares y cualquier otra persona que habite en la
residencia del funcionario, cuando la conexión a la red de la Municipalidad
de Pococí se realice desde el hogar.
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Políticas de TIC
Anotar la contraseña en Post-It o cualquier otro medio físico y tenerla a la vista de
todos en su lugar de trabajo. Se recomienda que la contraseña sea aprendida de
memoria y no anotarla en ningún medio físico como libretas, cuademos eto.
7. POLÍTICAS DE USO DE INTERNET Y CORREO ELECTRÓNICO PARA
OFICINAS GENERALES Y OFICINAS PERIFERICAS.
7.1 Administración
(Oficinas Generales)
Los servicios de Acceso a Intemet y Correo Electrónico son administrados
institucionalmente por el Departamento de TIC, quien tomará los reportes de los
problemas técnicos y errores de recepción y envío relacionados con nuestros servidores,
para su posible atención inmediata. Sin embargo, el proveedor del enlace a Intemet es
responsable de garantizar la disponibilidad del enlace, así como de los anchos de banda
contratados
El Departamento de TIC está facultada para monitorear periódicamente las actividades
de cada uno de los usuarios de Correo electrónico, Internet y comunicación por la Red
de Datos de la Municipalidad de Pococí, con la finalidad de vigilar el cumplimiento de
las políticas del presente documento, manteniendo la confidencialidad de la información.
(Oficinas Periféricas)
Los servicios de Acceso a Internet y Correo Electrónico son contratados, su uso y
administración son de acuerdo con los lineamientos que marque el proveedor del
servicio, el Departamento de TIC auxiliará a las Oficinas Periféricas en los problemas
técnicos y errores de recepción y envío, para su posible atención inmediata, siendo el
proveedor del servicio el responsable de la disponibilidad y el tiempo de respuesta de
dichos servicios.
El Departamento de TIC está facultado para monitorear periódicamente las actividades
de cada uno de los usuarios de Correo electrónico, Internet y comunicación
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7.2 Correo Electrónico
1. La comunicación institucional realizada por Correo Electrónico solo será a
través de las cuentas asignadas.
2. El Correo Electrónico es correspondencia privada entre el emisor y el
destinatario, por lo tanto, no podrá trasmitirse a través de Internet información
considerada como de uso confidencial hacia el personal externo de la
Municipalidad de Pococí, salvo instrucción expresa de Alcaldía. Esto no aplica
para la mensajería intercambiada con las Oficinas Periféricas, ya que ésta se
realiza a través de Redes Privadas Virtuales que garantizan la integridad y
confidencialidad de la información.
3. El colaborador es responsable del contenido de los mensajes enviados esto
incluye entre otros: Contenido de material ofensivo u obsceno, cualquier
quebrantamiento de propiedad intelectual, copyright o cualquier información
ilegal o criminal.
4. Se prohíbe la transmisión de mensajes que puedan: Crear un medio hostil sobre
la raza, edad, sexo, religión, política, nacionalidad, origen, incapacidad u
orientaciones personales; comentarios despectivo, noticias informales o mal
intencionadas, cadenas de cartas, mensajes masivos de indole personal, y en
general cualquier tipo de información que cause congestión en la red o interfiera
con el trabajo de otros.
5. El Departamento de TIC bloqueará en forma automática la recepción de Correos
Electrónicos desde aquellas direcciones que se han identificado como fuentes
de correo basura, virus y código malicioso en general. En caso de que el
colaborador necesite recibir Correo electrónico desde alguna de estas
direcciones identificadas como ofensivas para la Municipalidad de Pococí debe
comunicarse a el Departamento de TIC para analizar y atender su solicitud.
6. El Departamento de TIC definirá el tipo de archivo que se podrá enviar o recibir
como datos adjuntos en los correos electrónicos por el personal de la
Municipalidad de Pococí. En caso de que el colaborador necesite recuperar un
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archivo que ha sido bloqueado por el sistema o enviar un archivo no permitido,
deberá comunicarse con el Departamento de TIC para analizar y atender su
solicitud.
7. El Departamento de TIC establecerá límites para los correos electrónicos que
se envíen hacia Internet o reciban desde Intemet de acuerdo con las necesidades
de las diferentes áreas y colaboradores con el objetivo de evitar el
congestionamiento del enlace a Internet y por lo tanto la afectación a otros
servicios que también se ofrecen utilizando este medio de comunicación.
7.3 Internet
1 Los colaboradores y miembros del concejo municipal son responsables de
mantener su imagen profesional dentro de Internet, así como proteger la imagen
y reputación de la Municipalidad de Pococí.
2 En Oficinas Generales o periféricas, todo colaborador tiene acceso a internet de
forma limitada de manera automática al conectarse a la Red de la Municipalidad
de Pococí. El colaborador para poder ingresar a algún contenido de Internet
especial debe solicitarlo a el Departamento de TIC, con previa autorización de
su jefatura, el Departamento de TIC en caso de aprobar la solicitud realizará la
configuración necesaria en el equipo del colaborador y le asignará ciertos
privilegios en el uso del servicio de acuerdo con las actividades que desempeña
el colaborador
3 Solo está permitido acceder a los servicios de Intemet por los medios físicos
dispuestos por el Departamento de TIC
1. Cuando el equipo se encuentre conectado físicamente a la red Local.
2. Para el caso de los equipos portátiles cuando se encuentran fuera de
la institución si podrán conectarse a Internet por los medios
disponibles en cada momento, sin embargo, el intercambio de
información con la red local de Oficinas Generales será únicamente a
través de una conexión privada virtual.
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Políticas de TIC
. Los colaboradores con equipo externo a la Municipalidad de Pococí que por
alguna razón necesiten conexión a Intemet y deseen utilizarlo mediante los
medios de conexión destinados para dicho fin, tendrán que solicitarlo a el
Departamento de TIC para su análisis y su configuración en caso de queproceda
la solicitud.
- No se debe de utilizar el acceso a Internet como un medio de participación,
acceso y distribución de actividades o materiales que vayan en contra de la Ley.
. No acceder, ver o bajar desde sitios de Internet: Gráficos, imágenes o cualquier
otro material que pueda ser percibido como obsceno, abusivo o que contenga
humor inapropiado, lenguaje amenazante, acosante u otra forma de lenguaje
objetable dirigido a un individuo o grupo.
Independientemente de los puntos 5 y 6 anteriores, el Departamento de TIC
asignará a cada colaborador con acceso a Internet un perfil de navegación en
dependencia de las actividades que realiza éste. Como resultado de esto el
colaborador tendrá bloqueado automáticamente las páginas con contenido
ofensivo o malicioso para la Municipalidad de Pococí, así como los límites de
tiempo para navegar en páginas con contenido dudoso de acuerdo con su
utilidad para la Municipalidad de Pococí.
7.4 Seguridad
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El Departamento de TIC es responsable de configurar a los colaboradores el
servicio correspondiente.
Las cuentas y claves de acceso de los servicios de Internet y Correo Electrónico
son personales y confidenciales y se rigen por las políticas de contraseñas
definidas en el presente documento.
El colaborador notificará inmediatamente a el Departamento de TIC cualquier
uso no autorizado de su cuenta, o cualquier intrusión de seguridad conocida.
El colaborador tiene la obligación de usar los servicios con fines institucionales.
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5. Se prohíbe el acceso, descarga o transmisión de material cuyo origen no sea
constatado como seguro o de aquél que se desconozca su confiabilidad.
6. Cualquier archivo o programa obtenido a través de Intemet o Correo Electrónico
debe revisarse con software antivirus.
7. El colaborador tiene la obligación de realizar las descargas habituales del correo,
para evitar que los buzones se saturen, ya que el espacio en el servidor de correo
es limitado.
8. No deberá utilizarse el Correo Electrónico en suscripciones a listas que saturen la
capacidad de almacenamiento del buzón.
7.5 Almacenamiento
1. La información obtenida de cualquiera de los servicios deberá ser almacena
localmente en el equipo de cómputo del colaborador y no puede ser distribuida o
transmitida por la red institucional, sin la autorización por escrito del
Departamento de TIC, la cual atenderá las solicitudes de manera inmediata.
2. Es responsabilidad del colaborador solicitar a el Departamento de TIC respaldo
de los correos electrónicos, los cuales se almacenan localmente en el equipo de
cómputo del colaborador.
3. Las áreas de almacenamiento en la Red pueden ser tratadas como
almacenamientos temporales. El Departamento de TIC revisará el
aprovechamiento óptimo de los recursos compartidos para mantener la integridad
y para asegurar que los colaboradores utilicen los recursos de manera responsable.
Al ser estas áreas de almacenamiento en la red temporales, las mismas serán
sujetas de mantenimiento “borradas” a entera discreción de TIC.
7.6 Propiedad y Derechos de contenidos
1. La información disponible en Internet, incluyendo textos, software, música,
sonido, fotografía, video, gráficos u otro material contenido, está protegida por
copyright, marcas registradas, patentes u otros derechos de propiedad y leyes.
Sólo se permite el uso de este material bajo autorización expresa del autor.
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2. El bajar, cargar, archivar, copiar, imprimir o enviar cualquier material debe ser
realizado solamente bajo la autorización del autor.
3. Los colaboradores no deben descargar ni instalar ningún tipo de software
comercial, shareware o freeware en las unidades de disco o en cualquier disco,
sin la autorización escrita del Departamento de TIC.
7.7 Conducta del Colaborador
1. El colaborador es el único responsable del contenido de transmisiones a través de
cualquier servicio.
2. El colaborador debe cumplir con las leyes de transmisión de datos técnicos de los
paises desde los cuales y hacia donde se envían los mensajes de Correo
Electrónico.
3. El colaborador no debe usar el servicio para propósitos ilegales o de
entretenimiento.
4. El colaborador debe cumplir con todas las regulaciones, políticas y
procedimientos de Internet.
s. La comunicación de los colaboradores se debe conducir con respeto y
consideración, evitando los abusos y el uso del lenguaje inapropiado.
6. Se prohibe el acceso a cualquier fuente de información cuyo contenido no se
encuentre relacionado con las actividades de la Municipalidad de Pococí o con
las actividades del colaborador o miembro del concejo municipal.
8. POLÍTICAS DE USO DE SOFTWARE.
8.1 Políticas de Administración
El Departamento de TIC, es la única autorizada para llevar a cabo la administración del
software de la Municipalidad de Pococí, por lo que dentro de sus responsabilidades tiene:
+ — Mantener bajo resguardo las licencias de uso de software.
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+ Llevar un control de las licencias en operación y el equipo en el cual se
encuentra en uso.
+ Establecer políticas y lineamientos para el uso de software, previa aprobación
por parte de Alcaldía y/o el Concejo Municipal.
+ Organizar la inspección del equipo de cómputo en intervalos regulares.
+ Difundir a los colaboradores las Políticas de Uso de Software con el fin de que
conozcan la normatividad en este rubro.
+ Realizar un análisis de necesidades y requerimientos de software, con la
finalidad de presentárselo a la Alcaldía y/o el Concejo Municipal, quienes
autorizarán la adquisición.
8.2 Políticas de Instalación
El Departamento de TI es la única área autorizada, así como responsable de realizar la
instalación del software y proporcionar soporte de este en todas las computadoras de la
institución (propias y régimen de arrendamiento). Esta responsabilidad abarca:
+ Computadoras de Escritorio (propiedad de la Municipalidad de Pococí y
arrendadas).
+ Computadoras portátiles (propiedad de la Municipalidad de Pococí y
arrendadas).
+ Computadoras ubicadas en las Oficinas Periféricas (propiedad de la
Municipalidad de Pococí y arrendadas).
El Departamento de TIC se compromete a instalar y proporcionar soporte sobre el
software o, en su caso guiar el proceso de instalación, con el fin de dejarlo operando en
las mejores condiciones.
8.3 Software Institucional
El Departamento de TIC de acuerdo con las disponibilidades existentes de software ha
fijado un estándar para ser utilizado por las áreas usuarias. Todo equipo de cómputo antes
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de ser entregado al usuario final cuenta con dicho software, que es denominado Software
Institucional.
Así mismo existe software adicional utilizado para el desarrollo de soluciones
automatizadas y que es de uso exclusivo del Departamento de TIC.
8.4 Condiciones bajo las que puede utilizarse Software adicional
+ Software “Preinstalado”
+ Software proporcionado por el Departamento de TIC con el fin de:
o Realizar actualizaciones remotas O
Actualizar software preinstalado
o Sustituir software preinstalado
+ Accesos o componentes de software instalados en los servidores de
información.
+ Software de uso emergente o temporal (previo análisis de disponibilidad de
licencia).
+ Software proporcionado por el Departamento de TIC a través de la intranet o
por medios no directos (Instalaciones no asistidas).
8.5 Software de Soporte o Complementario
Identifíquese a este software que es propiedad de alguna Dependencia
Gubernamental y que requiera ser instalado para realizar en tiempo y forma las
actividades encomendadas a los colaboradores. Así mismo y dentro del mismo
contexto se considera al software utilizado por el área Jurídica, dado que se apoya en
aplicaciones especializadas en este tema.
Por otro lado, también se encuentra el software que viene junto con algunos artículos
(Cámaras, Grabadoras o Videograbadoras Digitales, Unidades de Respaldo, Unidades de
Almacenamiento Externo, GPS o Periféricos) y que sin estas aplicaciones no puedan
operar correctamente. Software que no puede ser instalado
+ Copias ilegales de cualquier programa.
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+ Software descargado de Intemet.
+ Software que no se haya identificado como institucional.
+» Instalaciones no autorizadas o que no hayan sido solicitadas a el Departamento
de TIC.
+ — Software adquirido para uso personal del colaborador (sin fines institucionales).
+» Software de esparcimiento.
+ — Software utilizado por el Departamento de TIC para el desarrollo de soluciones
automatizadas.
8.6 Licenciamiento
El grueso del software institucional se encuentra amparado por una licencia de uso
(salvo las aplicaciones de uso libre con fines institucionales), mismas que tienen un
proceso de adquisición.
La meta del Departamento de TIC es mantener los controles de licenciamiento
actualizado. Para cumplir con esta meta, se responsabiliza a mantener la
disponibilidad de suficiencia de dichas licencias para el software clasificado como:
» Sistemas Operativos
+ Conjunto de Aplicaciones
+ Herramientas Especializadas
» Software de Internet
+ Accesorios
Las clasificaciones adicionales de software requieren para su instalación la
adquisición adicional de licencias, debido a que se tienen disponibilidades
específicas, en caso de ser necesario es el colaborador quien tiene que justificar la
adquisición, misma que sólo será supervisada por el Departamento de TIC, los
mecanismos y procedimientos de compra son responsabilidad del Departamento de
Proveeduría.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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8.7 Requerimientos de Software
Todo colaborador que requiera determinado software instalado en su computadora,
deberá solicitarlo de forma escrita y con la justificación correspondiente, el cual se
considera como único medio válido para que pueda ser atendida la solicitud.
El Departamento de TIC determinará, de acuerdo con las características del software
que resguarda, si existe disponibilidad de licencias para atender la petición o, en su
caso, si se cuenta con el software solicitado, respondiendo oficialmente en cualquiera
de ambos casos.
En caso de que la petición sea atendida satisfactoriamente, el Departamento de TIC
actualizará y le comunicará su correspondiente disposición el software en el equipo.
Si es necesaria la adquisición de nuevo software, el Departamento de TIC será el
encargado de dar el visto bueno para su adquisición y aprobará la selección según las
especificaciones o dependiendo del caso tramitará el proceso.
8.8 Sobre el uso de Software desarrollado por el Departamento de TIC
El uso de software desarrollado por el Departamento de TIC no se encuentra normado
por la limitación en cuanto al uso de licencias, y las directrices en cuanto a su
administración dependen de las áreas usuarias y responsables del mismo o, en su
caso, de los controles o limitaciones tecnológicas de instalaciones requeridas en los
equipos de los colaboradores.
8.9 Política Institucional
El uso de cualquier software sin licencia es ilegal y puede exponer a la Municipalidad
de Pococí a una responsabilidad civil y criminal bajo las Leyes del Derecho de Autor,
por lo que la Municipalidad de Pococí no tolerará la utilización de software sin
licencia o no autorizado por ningún colaborador o miembro del concejo municipal.
Asimismo, todo empleado que sea descubierto copiando software de manera ilegal o
que copie software para dárselo a cualquier tercero fuera de la Municipalidad de
Pococí, incluyendo clientes, será sancionado a las circunstancias.
8.10 Sesiones Virtuales
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Las sesiones del Concejo Municipal se realizarán utilizando la plataforma que
designe el Departamento de TIC, en estos momentos es por medio de la licencia de
Office 365 con la aplicación Teams, a la cual tienen acceso todos los miembros del
concejo municipal (propietarios y suplentes) mediante el uso de una cuenta personal
para cada uno, que es la misma que se deberá utilizar para el correo electrónico
institucional cuando esté habilitado, con lo cual se garantiza que existirá una plena
compatibilidad entre los sistemas o medios empleados por el emisor y el receptor,
para garantizar la autenticidad e integridad de la participación, voluntad y la
conservación de lo actuado.
Para garantizar la simultaneidad, colegialidad y deliberación, será responsabilidad de
cada miembro del concejo municipal, revisar que el día de la sesión ordinaria o
extraordinaria, le llegue hasta antes del mediodía, la invitación indicada en el punto
anterior (lo que se comunica es un correo electrónico a la cuenta oficial de cada uno
y se les pide confirmar la asistencia). En caso de detectar que no está la invitación
respectiva, el miembro del concejo municipal deberá enviar un correo hasta antes de
las tres de la tarde del día en que se realiza la sesión, a efecto de que se verifique que
su cuenta esté activa y que se corrija cualquier omisión o dificultad de ingreso a la
plataforma Teams.
Para garantizar la simultaneidad, colegialidad y deliberación, cada uno de los
asistentes a las sesiones, deberán mantener su cámara activada durante toda la sesión,
salvo que pidan permiso a la Presidencia con su debido justificante.
Los participantes, tanto regidurías como sindicaturas, no podrán realizar otra labor
privada o pública y no podrán estar de forma simultánea durante el desarrollo de la
sesión, en cualquier otro tipo actividad pública o privada.
Se instruye a la Administración Municipal para que designe una persona de la
Secretaria Municipal para que brinde soporte y acompañamiento al Concejo
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Políticas de TIC
Municipal durante la realización de las sesiones virtuales, tanto ordinarias como
extraordinarias.
9. VIGENCIA DE LAS POLÍTICAS.
Estas políticas tendrán vigencia a partir de su aprobación por la Alcaldía y serán revisadas
por el Departamento de TIC, de acuerdo con los cambios en la infraestructura o evolución
tecnológica.
10. SANCIONES.
Al detectarse un incumplimiento en las actuales Políticas, se aplicarán los siguientes criterios
y sanciones:
1. La primera vez que el colaborador haya incumplido una de las Políticas, el
Departamento de TIC notificará por escrito al responsable de la falta y le
recordará las políticas vigentes.
2. De presentarse un segundo incumplimiento en las Políticas, el Departamento de
TIC notificará por escrito al Coordinador del área correspondiente, informándole
el tipo y contenido de la falta, suspendiendo el servicio temporalmente al
colaborador responsable hasta que el Coordinador del área apruebe por escrito la
restauración del servicio.
3. En caso de presentarse un tercer incumplimiento en las Políticas por parte del
mismo colaborador, causará suspensión inmediata e indefinida del servicio y el
caso se turnará a la Recursos Humanos para determinar si es necesario aplicar
sanciones administrativas adicionales, el Departamento de TIC se reserva el
derecho de suspender el acceso a la red y al equipo de cómputo al colaborador de
manera inmediata, si la seguridad se ve comprometida.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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11. RECOMENDACIONES.
Estas son algunas de las normas que le ayudarán a aprovechar al máximo el uso de los
servicios informáticos de la Municipalidad de Pococí.
+  Serrespetuoso de los compañeros de trabajo y de su trabajo.
+ Evitar dañar la computadora y la red de comunicación.
+ No interferir con la operación de la red mediante instalaciones de cualquier
software, shareware o freeware.
+ Respetar los derechos de autor y de propiedad intelectual.
+ No compartir su propia contraseña de acceso con ninguna persona.
+ No gastar recursos limitados tales como espacios en disco o capacidad de
impresión.
+ No acceder a los archivos ni al trabajo de otras personas.
+ Si se encuentra por accidente algún material ilegal u ofensivo, avisar
inmediatamente a el Departamento de TIC.
+ Asumir la responsabilidad por sus propias acciones y por la pérdida de sus
privilegios si hay alguna infracción de las políticas.
Haga un uso adecuado de los servicios informáticos, piense que estos servicios son
herramientas de trabajo y no un pasatiempo. Cualquier aclaración o comentario, hágalo
llegar a el Departamento de TIC al correo informatica(Qmunipococi.go.er o a las
extensiones 2713-6526 y/ó 2713-6537.
12. GLOSARIO DE TÉRMINOS.
Políticas. - Orientaciones o directrices que rigen la actuación de una persona o entidad en un
asunto o campo determinado.
TI / TIC / Tecnologías de la Información y Comunicación. - Equipo de cómputo personal
y centralizado, software y dispositivos de impresión que sean utilizadas para almacenar,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nas MUNI ANG oras.
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Tecnologías de la Información y la Comunicación VA
Políticas de TIC PANNCPALDAO
procesar, convertir, proteger, transferir y recuperar: información, datos, voz, imágenes y
video
DoS.- Denegación de Servicios, por sus siglas en Inglés (Denial of services).
Software: Se entiende por programa de Computación la expresión original en cualquier
forma, lenguaje o código, de un conjunto de instrucciones que, con una secuencia, estructura
y organización determinada tiene como propósito que una Computadora o Dispositivo realice
una tarea o función específica.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Aprueba el Reglamento de Uso y Administración
de la Tecnologías de Información de la Municipalidad de Pococí. El presente
reglamento deroga cualquier otra disposición reglamentaria de esta Municipalidad
sobre lo aquí regulado, con excepción de lo estipulado en el Reglamento Autónomo
de Organización y Servicio de la Municipalidad de Pococí. Publíquese en el Diario
Oficial la Gaceta, rige a partir de su publicación. En este mismo acto, se aprueban
las Políticas Internas de Tecnologías de Información. “TIC”. Se Dispensa del Trámite
de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2274
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Ing. Freddy Rivera Varela,
Coordinador de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, teléfono: 8875-2584, correo
electrónico: utyvumpocociYhotmail.com, dice;
Oficio: UTGVM-1128-2020
Asunto: Solicitud de intervención de carretera código 7-02-110, distrito de Guápiles.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
Pacina nes AR Doraria
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL
N* OFICIO: UTGVM -1128-2020
Página 1 de 2
Guápiles, 23 de noviembre de 2020
Vecinos Barrio Zurqui
250 m Norte y 50 m Este de INS
Asunto Solicitud de intervención de carretera,
Estimados señores.
La Unidad Técnica de Gestión Vial, de la Municipalidad de Pococí, después de revisar su solicitud,
enviada al Concejo Municipal, en Sesión No. 65 Ordinaria, del 15 de setiembre de 2020, Acuerdo
No. 1605.
El camino, se ubica en el distrito de Guápiles, camino código 7-02-110, inscrito en el Registro Vial,
dependencia de la Secretaria de Planificación Sectorial del MOPT, esto en cumplimiento del Articulo
No. 11 del Reglamento a la primera Ley Especial para la Transferencia de Competencias Atención
Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal, Decreto No. 40137-MOPT.
Dal AA
Camino en estudio
pit
ii | Hotel Suerre |
E
4
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A
Imagen 1. Ubicación del camino.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina ner MONICIARDorlaria
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A lr , MUNICIPALIDAD DE POCOCI
UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL
rn N* OFICIO: UTGVM -1128-2020
o Página 2 de 2
El camino en estudio, tiene una longitud de 150 metros, con una superficie de ruedo, de tratamiento
asfaltico, con un deterioro considerable, que adicional se debe realizar la mejora del sistema de
drenaje, de manera el agua discurra de la manera correcta,
Para ello se debe, colocar una carpeta asfáltica no estructural de mezcla asfáltica en caliente, no
obstante, a la fecha no existe contenido económico asignado a esta obra.
Esta unidad cuenta con una programación de bacheo en el sector de Guapiles, se valorará para
realizar unos trabajos en la zona, con el fin de mitigar un poco el deterioro de la misma.
Seguro de su atención,
FREDDY Firmado
digitalmente
JOSE RIVERA por FREDDY
VARELA JOSE RIVERA
(FIRMA) - ——_vARELAFIRMA)
Ing. Freddy Rivera Varela.
Coordinador Unidad Técnica.
Municipalidad de Pococí.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se recibe oficio UTGVM-1128-2020 de la Unidad
Técnica de Gestión Vial Municipal sobre Respuesta al Acuerdo 1605 Acta 65 Informe
Técnico del Ing. Freddy Rivera. Se traslada al despacho de la alcaldía y al
departamento de Desarrollo y Control Urbano para que procedan con lo que
corresponde. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO N* 2275
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Licda. Grace Chinchilla Villegas,
MAFF, Auditoría Interna, teléfono: 2711-1701, dice;
Oficio: N*Al-423-2020
Asunto: Solicitud de vacaciones.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
le
nta
Pacina nes MONA NL orimaria.
ADN
/6 Municipalidad de Pococí 1
9) Guápiles, Pococí ys
AUDITORIA aa
PI 20:00
Al contestar refiérase
Al oficio N? Al-423-2020
Guápiles, 10 de diciembre de 2020
Señores
Miembros del Concejo Municipal
Presente
Pte.
Asunto: Solicitud de vacaciones
Respetable señor (a) (es).
Sirva la presente para solicitarles 17 días de vacaciones, correspondientes al año 2019 y 2020, los días son:
Del 21 al 24 diciembre 2020
Del 28 al 31 diciembre 2020
Del 4 al 05 enero 2021
Del 7 al 08 enero 2021
Del 11 al 12 enero 2021
Los dias 14,15 y 18 enero 2021
El Departamento de Auditoria Interna, les desea una Feliz Navidad y muchas bendiciones para el año 2021.
MS. Graco Chinchilla Villegas
Auditora Interna
1 0DIC, 2020
Municipalidad de Pococí
Licda. Grace Chinchilla Villegas, MAERA "ene adoos no sun mogociatlas
Auditora Interna
Cc; archivo-Recursos Humanos
Los valores éticos no son negociables
Auditoría Interna
Teléfono N” 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email., grace.chinchilla(2gmail.com,
auditoria(Qmunipococi.go.cr
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se recibe Oficio Al-423-2020 de la Auditora Interna
por solicitud de vacaciones por 17 días, repartidos entre diciembre y enero, se
aprueban los días de vacaciones solicitados. Se Dispensa del Trámite de Comisión,
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
PAGINA Neo MONA Norma O E 5
ACUERDO N* 2276
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Licda. Magally Venegas Vargas,
Secretaria del Concejo Municipal de Pococí, teléfono: 2711-1227, dice;
Oficio: CMPL-231-2020
Asunto: Traslado de correspondencia
Reciban un cordial saludo, con instrucciones del señor presidente municipal Juan Luis
Gómez Gómez se remite para su análisis los siguientes documentos:
1. Documento que consta de 8 folios dirigido al Concejo Municipal con carácter de
URGENTE, en el que solicitan declarar la caducidad del procedimiento
Administrativo sancionatorio.
2. Ampo1
Expediente 01-OD-RCA-2020.
Órgano Director del procedimiento administrativo.
Folios del 01 al 527
3. Ampo 2
Expediente 01-OD-RCA-2020.
Órgano Director del procedimiento administrativo.
Folios del 01 al 255
Licda. Magdlly Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Pococí
Cc/ Archivo
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce oficio CMPL-231-2020 sobre Traslado de
correspondencia al departamento de Servicios Jurídicos Internos.
ACUERDO N* 2277
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Vivian Garbanzo, Gerente de Área
Contraloría General de la República, correo contraloria.generalWcgrcr.go.cr, dice:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*90 MUNDO al
Oficio: N*19211
Asunto: Aprobación Parcial del Presupuesto Inicial para el año 2021 de la
Municipalidad de Pococí. Expediente: CGR-APRI-2020006300
Al contestar refiérase
al oficio N.- 19211
07 de diciembre del 2020
DFOE-DL-2343
Señora
Magally Venegas Vargas
Secretaria del Concejo Municipal
prosecretariaconcejo(M)yahoo.es
Señor
Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
lissette. mora(9munipococi.go.cr
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Estimados señores:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial para el año 2021 de la
Municipalidad de Pococ!
Con el propósito de que lo haga de conocimiento del Concejo Municipal y se emitan las
instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, se le comunica la aprobación parcial
del presupuesto inicial de esa Municipalidad por la suma de (8.739,6 millones*.
4. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. FUNDAMENTO NORMATIVO DE LA GESTIÓN
conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica, 18 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República (LOCGR) N.? 7428 y otras leyes conexas.
| El acto de aprobación presupuestaria se efectúa con base en las atribuciones
|
|
El presupuesto inicial fue enviado a la Contraloría General mediante oficio N.?
DAM-0375-2020 de 29 de septiembre de 2020, atendiendo el plazo establecido en los
artículos 106 del Código Municipal, Ley N.” 7794 y el artículo 19 de la Ley N.* 7428 antes
citada, por medio del Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos (SIPP), de
1 Suma exacta £8.739.632.852,74
Contraloría General de la República
| 1: (506) 2501-8000, F: ($08) 2501-8100 C: contraloria.generalácgrcr.go.cr
| http://vnw.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecoci
pacina nor MONA orimaria,
mr División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
CGR
Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local
DFOE-DL- 2343 2 07 de diciembre,2020
confomidad con lo preceptuado en la norma 4.2.12 de las Normas Técnicas sobre
Presupuesto Público (NTPP)?.
La aprobación interna efectuada por el Concejo Municipal como requisito de
validez del documento aportado, consta en el acta de la sesión extraordinaria N.* 67, celebrada
el 18 de septiembre de 2020. Esto de conformidad con lo regulado en la norma 4.2.3 de las
NTPP.
1.2. ALCANCE DEL ACTO DE APROBACIÓN EXTERNA
La aprobación parcial se fundamenta en la documentación proporcionada y en
las certificaciones remitidas por esa entidad de acuerdo con lo establecido en la norma 4.2.14
de las NTPP); por lo que la veracidad de su contenido es de exclusiva responsabilidad de los
funcionarios que las suscribieron.
Por otra parte, se aclara que de acuerdo con la norma 4.2.16 de las NTPP, el
análisis de legalidad que realiza la Contraloría General en la aprobación presupuestaria
externa, se circunscribe a los aspectos detallados en la norma 4.2.13 de ese mismo cuerpo
normativo. Por lo tanto, bajo la exclusiva responsabilidad de la Administración, se presume la
legalidad de los demás aspectos no abordados en el análisis descrito, los cuales están sujetos
ala fiscalización posterior facultativa y en general a las vías ordinarias de revisión de los actos,
tanto en sede administrativa como judicial.
Los ajustes que se realizaron durante el año 2020 y que de acuerdo con la
normativa vigente no requerían de la aprobación de esta Contraloría General, son de entera
responsabilidad de la Administración, así como el cumplimiento de los requerimientos legales
y técnicos pertinentes.
Asimismo, de conformidad con el principio de anualidad dispuesto en el artículo
176 de la Constitución Política, el inciso d) del artículo 5 dela Ley de Administración Financiera
de la República y Presupuestos Públicos (LAFRPP) y la norma 2.2.3 inciso d) de las NTPP, el
presupuesto aprobado regirá durante cada ejercicio económico, que irá del 1 de enero al 31
de diciembre.
Finalmente se aclara que lo resuelto con respecto a este presupuesto no
constituye una limitante para el ejercicio de las potestades de fiscalización de la Contraloría
General sobre los recursos y aplicaciones a los cuales se les da contenido presupuestario en
este documento o en futuros presupuestos extraordinarios y modificaciones presupuestarias.
1.3. RESPONSABILIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN DURANTE LA FASE DE
EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
Las asignaciones presupuestarias aprobadas constituyen el límite máximo para
el uso y disposición de los recursos durante la fase de ejecución. Aun cuando la asignación
presupuestaria autoriza a la institución a realizar los gastos, esa asignación no puede
considerarse por su existencia como una obligación para la actuación administrativa, sino que
debe ejecutarse dentro de las posibilidades técnicas, jurídicas y financieras de la institución.
2 Resolución N.” R-DC-24-2012 del 29 de marzo de 2012 y sus reformas
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.generalácgrcr.go.cr
http://vnw.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIZALIDAD, DE POCOCI
PAGINA N*92 Ordinaria.
peda División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
CGR E parao
Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local
DFOE-DL- 2343 3 07 de diciembre,2020
En tal sentido, la institución debe establecer los mecanismos de control
necesarios para que la ejecución presupuestaria se ajuste a las asignaciones aprobadas por
esta Contraloría General, se cumpla con el bloque de legalidad y se desarrolle de conformidad
con los objetivos, metas y prioridades contenidas en el plan operativo institucional.
De acuerdo con la norma 4.2.3 de las NTPP, las modificaciones presupuestarias
no deben ser sometidas a la aprobación externa de la Contraloría General de la República, ya
que el acto de aprobación interna les otorga la eficacia jurídica que requieren para su ejecución
en el periodo respectivo. Sin embargo, en aplicación del principio de limitación para el
financiamiento de gastos corrientes con ingresos de capital, la institución no podrá efectuar
durante la fase de ejecución, modificaciones presupuestarias que impliquen un aumento en el
gasto corriente en detrimento de un gasto de capital que haya tenido como fuente de
financiamiento tales ingresos.
La ejecución del presupuesto es de exclusiva responsabilidad del jerarca y de los
titulares subordinados, la cual debe ajustarse a la programación previamente establecida y
realizarse con estricto apego a las disposiciones legales y técnicas, dentro de las que se
encuentran la Ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N.* 9635 y sus reformas.
2. RESULTADOS
Una vez analizada la información y las justificaciones aportadas, el Órgano
Contralor resuelve aprobar parcialmente, el citado documento presupuestario de conformidad
con lo que se indica a continuación:
2.1 APROBACIONES
2.1.1 Ingresos
a) Los ingresos estimados correspondientes a 25.771,9 millones? por
concepto de ingresos tributarios y no tributarios y transferencias corrientes y de capital de
instituciones descentralizadas no empresariales, con base en las justificaciones y
estimaciones presentadas en el documento presupuestario.
b) Los aportes del Gobierno Central, según registro presupuestario
70104 280 2310 2151 276, por la suma de £2.616,1 millones, registro presupuestario 60104
001 1310 3120 365 por la suma de (347,2 millones' y registro presupuestario 60104 001 1310
3320 79 por la suma de (24,4 millones, con fundamento en la Ley de Presupuesto Ordinario
y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2021, aprobado por la Asamblea
Legislativa mediante Ley N.* 9926, publicada en La Gaceta N.” 284 del 02 de diciembre de
2020.
3 Suma exacta £5.771.885.509,00
+ Suma exacta £2.616.148.234,00
3 Suma exacta £347.156.875,00
$ Suma exacta (4.442.235,21
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (508) 2501-8100 C: contraloria.generalácgrer.go.cr
http://vnw.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000. San José, Costa Rica
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pacina nos MONA NA orimaria.
o CGR División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local
DFOE-DL- 2343 4 07 de diciembre,2020
2.1.2 Gastos
a)  Elcontenido presupuestario para financiar los gastos, excepto por lo
indicado en el punto 2.2, se aprueba a nivel de programa y partida que se hayan incluido en
el documento presupuestario sometido a aprobación, según lo dispuesto en la norma 4.2,10
de las NTPP.
b) Se aprueba el contenido presupuestario de la partida de
Remuneraciones hasta límite máximo dispuesto en el Título lIl de la Ley N.* 9635 y sus normas
transitorias, por lo que la ejecución de esos recursos se deberá dar en estricto apego a dicha
norma. A su vez, corresponde exclusivamente a la Administración realizar los ajustes que
considere pertinentes en la fase de ejecución presupuestaria para el cumplimiento de las
disposiciones contenidas en la mencionada Ley, sin detrimento de las acciones de
fiscalización posterior que pueda efectuar el Órgano Contralor y sin perjuicio de las
responsabilidades que su eventual incumplimiento pueda originar.
2.2 IMPROBACIONES
Una vez analizada la información y las justificaciones aportadas, el Órgano
Contralor realiza las siguientes improbaciones:
2.2.1 Gastos
a) El exceso sobre el 1,5% del contenido presupuestario incluido en la
subpartida 0.05.03 “Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral” según lo establecido
en el artículo 3 de la Ley de Protección al Trabajador, N.* 7983, reformada mediante el artículo
1 de la Ley para resguardar el derecho de los trabajadores a retirar los recursos de la pensión
complementaria, N.* 99067.Las sumas resultantes de las improbaciones del gasto deberán
trasladarse a la partida de "Cuentas especiales”.
b) El contenido presupuestario previsto en la subpartida 0.03.01
Retribución por años servidos correspondiente al monto incremental a reconocer por
anualidad para el periodo 2021-2022, con fundamento en lo establecido en el artículo único
de la Ley N.” 99088, “Adición de un transitorio único a la Ley de Salarios de la Administración
Pública, N.* 2166”. Las sumas resultantes de las improbaciones del gasto deberán trasladarse
a la partida de “Cuentas especiales”.
c) El contenido presupuestario incluido en la partida de
Remuneraciones en lo que corresponde a la previsión anual para los aumentos salariales,
por cuanto no se aportaron elementos adicionales que justifiquen un incremento de los salarios
7 Publicada en el Alcance N.* 265 a La Gaceta N.” 243, del 05 de octubre de 2020. Dicha reforma, entre
otros aspectos, modificó en el artículo 13 de la Ley N.” 7983, los aportes al Régimen Obligatorio de
Pensiones Complementarias, por lo que es responsabilidad de la administración ajustarse a los nuevos
parámetros definidos en la citada normativa.
$ Publicada en la Gaceta N.” 269 del 10 de noviembre de 2020
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.generalBcgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.ct/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nos MONICIA Re Dorliaria
540 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
CGR e peral
Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local
DFOE-DL- 2343 5 07 de diciembre,2020
superior al comportamiento de la inflación durante el año 2020*, esto de acuerdo a los niveles
del Índice de Precios al Consumidor (IPC) establecidos por el Instituto Nacional de Estadísticas
y Censos (INEC) así como el comportamiento de esta variable manifestado por el Banco
Central de Costa Rica en la revisión del Programa macroeconómico 2020-2021*%.Las sumas
resultantes de las improbaciones del gasto deberán trasladarse a la partida de “Cuentas
especiales”.
d) El contenido presupuestario previsto en la subpartida Alimentos y
bebidas por £19,5 millones, por cuanto no se encuentra fundamento de legalidad que
expresamente permita este tipo de gastos; asimismo, no se justificó en la atención de los
beneficiarios de los servicios que la institución brinda, ni que se destinen a situaciones
esporádicas y de carácter excepcional respetando criterios de austeridad, racionalidad,
necesidad, pertinencia y conveniencia!!. Las sumas resultantes de las improbaciones del
gasto deberán trasladarse a la partida de “Cuentas especiales”.
En lo que respecta al SIPP, el presupuesto se pondrá a disposición de los
usuarios que tienen la función de registrar y validar la información presupuestaria en dicho
sistema, con el fin de que se envíe en un plazo no mayor a cinco días hábiles, los ajustes que
se refieren a las improbaciones indicadas.
2.3 OTROS ASPECTOS
Esa Administración deberá ajustar en el SIPP, el tipo de transferencia utilizada para
registrar los recursos a favor de la Asociación de Desarrollo Integral del Porvenir de la Rita de
Pococí por la suma de £10,0 millones, por cuanto el monto otorgado no supera las unidades
de desarrollo!? que se requiere para la aprobación externa de los beneficios patrimoniales, de
conformidad con lo señalado por la Contraloría General de la República en las “Normas
Técnicas sobre el Presupuesto de los Beneficios Patrimoniales otorgados mediante
transferencia del Sector Público a Sujetos Privados” (R-DC-122-2019 y sus reformas)!,
9 Véase las NTPP 4.1.2 Alcance , 4.1.7 Propuesta de escenarios presupuestarios con base en la
programación macroeconómico y 4.1.3 Elementos a considerar en la fase de formulación inciso Cc).
10 En la Revisión del Programa Macroeconómico 2020-2021, publicado el 29 de julio de 2020, el Banco
Central de Costa Rica (BCCR), indicó que la desaceleración de la inflación, medida como la variación
interanual del IPC, inició en el segundo trimestre de 2020, cuando se implementaron las primeras
medidas de contención ante la aparición de la COVID-19 en Costa Rica. Por lo que espera que durante
el segundo semestre del 2020 esta desaceleración se mantenga, y que la inflación general se ubique en
valores por debajo de 0,5%
1 Véase criterios de este Órgano Contralor emitidos mediante los oficios N.” DJ-0504-2013 (06964) del
10 de julio de 2013 y N.* DFOE-DL-0666 (09049) del 8 de agosto de 2017.
12 Unidades de desarrollo 150.733 equivalente a 2137,9 millones.
13 Publicado en la Gaceta 242 del 19 de septiembre de 2019.
Contraloría General de la República
[$0£) 2501-8100 C: contraloria.general8cgrcr.go.cr
cg. go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
1: (506) 2501-8000,
http:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina nos MUNI ARAS Orlmaria,
as División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
CGR ad
Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local
DFOE-DL- 2343 6 07 de diciembre,2020
3. CONCLUSIÓN.
El análisis que el Órgano Contralor llevó a cabo se fundamentó en el cumplimiento de
los requisitos establecidos en la normativa legal vigente, que regulan la elaboración y
contenido del plan-presupuesto de la Municipalidad de Pococí. En tal sentido, la Contraloría
General aprueba parcialmente el presupuesto para el 2021, por la suma de (8.739,6 millones.
Atentamente
Firmado digitalmente por
VIVIAN GARBANZO
NAVARRO
Fecha: 2020-12-07 09:25
Firmado digitalmente por ALEXA
LILIBETH VALLE VALLADARES
Fecha: 2020-12-07 13:56
Licda. Alexa Valle Valladares
Fiscalizadora
Licda. Vivian Garbanzo Navarro
Gerente de área
'SME/mgr
Ci Expediente N.? CGR-APRI-2020006300
Ni 28753, 30849, 32493 y35634 (2020)
G: 2020003541-1
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce oficio N”19211 de la Contraloría General
de la República sobre la aprobación parcial del presupuesto inicial para el año 2021
de la Municipalidad de Pococí. Expediente: CGR-APRI-2020006300. Se traslada al
despacho de la alcaldía y al departamento de Presupuesto.
ACUERDO N* 2278
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Rosa Castro Zamora, Asesora Legal
del Consejo de la Persona Joven, correo proyectosccpjQcpj.go.cr, dice:
Oficio: CPJ-AL-120-2020
Asunto: Criterio Legal y Resolución por la Renuncia de la representante de las
Organizaciones Religiosas del CPJ de Pococí.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nos MONA RE orlmaria
de
Municipalidad de Pococi
—— ey e
San José, 3 de diciembre del 2020
CPJ-AL-120-2020
Señor
Luis Antonio González Jiménez
DIRECTOR EJECUTIVO
Consejo de la Persona Joven
Estimado señor:
De conformidad con el oficio SMP-2108-2020, de fecha 27 de noviembre del año en
curso suscrito por la secretaria del Concejo Municipal de Pococí, mediante el cual
señalan de la renuncia al Comité Cantonal de la Persona Joven 2021-2022 de la
representante de organizaciones religiosas y solicitan un plazo extraordinario para
reemplazarla, me permito manifestar que en relación al oficio citado, y demás
documentos que constan en el expediente administrativo que al efecto lleva la
Unidad de Promoción de la Participación, podemos indicar como ciertos los
siguientes hechos:
1. Mediante acuerdo N*1791, tomado en la Sesión ordinaria 070, de fecha 08
de octubre del 2020, se dio el nombramiento del representante municipal al
Comité Cantonal de la Persona Joven de Pococí y se acuerda además
prorrogar al resto de las personas jóvenes que venían conformando el Comité
al día de hoy.
2. Que dichos acuerdos le fueron comunicados al Consejo de la Persona Joven,
mediante oficios municipales SMP-1743-2020 y CUMPL-204-2020.
3. Que según se indica en el oficio SMP-2108, la representante de
organizaciones religiosas presenta la renuncia al Comité Cantonal de la
Persona Joven para el periodo 2021-2022, en nota fechada el 27 de
noviembre del 2020.
De lo anterior, podemos señalar que el Concejo Municipal conformó debidamente
en tiempo y forma al Comité Cantonal de Pococí para el año 2021-2022, según los
acuerdos supra citados.
Recibe el Concejo Municipal de Pococí con fecha 27 de noviembre (último día hábil
del mes), renuncia de la joven representante de organizaciones religiosas, dej ando
al Comité Cantonal de la Persona Joven periodo 2021-2022 sin el quórum
estructural requerido de conformidad con el artículo 24 de la Ley General de la
Persona Joven. Es decir, por razones no imputables al Concejo Municipal, se
quedan sin Comité Cantonal de la Persona Joven para el 2021.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
Auditoría
PAGINA N*97 MON
Ye e
Lo que corresponde en el presente caso, es que el Concejo Municipal sustituya a la
persona que renunció, mediante otra del mismo sector que representa, es decir,
organizaciones religiosas, haciendo el procedimiento participativo y democrático
que señala la ley. Esta sustitución debe hacerse antes del 1 de enero del 2021,
fecha en que estaría entrando en funciones el nuevo Comité Cantonal.
No procede otorgar un plazo extraordinario, porque por principio de legalidad esto
no es posible realizarlo, los plazos de conformación de los Comités Cantonales de
la Persona Joven están determinados por ley, sin embargo, en el caso de Pococí,
ellos cumplieron con el plazo de conformación determinado por ley, por lo que
procede es sustituir a la persona que renunció.
Sin otro particular me suscribo,
ROSA EUGENIA Firmado digitalmente por ROSA
CASTRO ZAMORA a Oo
(Fl RMA) Fecha: 2020.12.03 07:49:06 0600"
Licda. Rosa Eugenia Castro Zamora
ASESORA LEGAL
Participan de la palabra
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Este Concejo el día de ayer tomó las medidas para lograr la sustitución y se convocó a
Asamblea el próximo miércoles 16 de diciembre.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce Oficio CPJ-AL-120-2020 del Consejo de
la Persona Joven sobre criterio legal y resolución por la renuncia de la representante
de las Organizaciones Religiosas del CPJ de Pococí. Se traslada
ACUERDO N* 2279
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Kembly Mora Rodríguez, Pata.
FEIDISCAM CARIBE, teléfono 8525-7032, correo
federacionong.huetarcaribe(Wgmail.com, dice:
Oficio: FEHC-003-2020
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipal dad de Pococi
PAGINA N*98 MUNICIAHIRA PRE LQCOCI
Asunto: Invitación al Concejo Municipal y a los integrantes de la COMAD, para
Plan Estratégico con ICODER e IFAMI.
"> w PA FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES PARA LA INCLUSIÓN DE LA PERSONA CON
( (e) 15) AN DISCAPACIDAD Y ADULTA MAYOR DE LA REGIÓN HUETAR CARIBE
rs
FEIDISCAM CARIBE
) "Teléfonos 8525 7032 77010 rm
A
7 de diciembre del 2020
Guápiles, Pococí
FEHC-003-2020
Concejo Municipal
Comisión Municipal de Accesibilidad y Discapacidad
Municipalidades:
Guácimo, Talamanca, Siquirres, Matina, Limón, Pococi y Sarapiquí
Estimados
Reciben un cordial saludo a través de la Federación de ONG para la inclusión de la persona con
discapacidad y adulto mayor de la Región Huetar de Caribe. En calidad de promotores de los
derechos de las personas con discapacidad, adulto mayor y población indígena estendemos la
siguiente invitacion.
La Red de Comisiones Municipales de la Región Huetar y el cantón de Sarapiquí, como parte de
los acuerdos tomados el día 20 de noviembre del 2020 se acordo continuar el trabajo del Plan
Estratégico el día 11 de diciembre, en la zona de Sarapiquí, especificamente en La Guaria, Puerto
Viejo, Hotel Arambigua 300 norte del Cementerio, dando inicio a las 8:00am y cerrando a las
3:00pm. Se programa tres tiempos de alimentación desayuno, almuerzo, café o merienda de la
tarde, Tenemos la asesoría del señor Mario Rivera, representación el ICODER, asimismo
contamos la colaboración del IFAM en el aspecto de alimentación. Teniendo el acompañamiento
de la Federación en calidad de asesores.
Por tal motivo es de gran importancia contar con la representación del Gobierno Local, en
especial los representantes de las COMAD y personas según crea el respetado Concejo presente.
Para mayor información pueden ponerse en contacto con Kembly Mora al teléfono 8525-7032 o
al correo electrónico federacionong huetarcaribe(Q gmail.com.
Sin más que agregar, suscribe.
FEIDISCAM CARIBE
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Queda abierta la invitación.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina woo MUNICIRA RIDAD ADE POCOCI
ACUERDO N' 2280
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Ing. Olger Irola Calderón, Cámara de
Comercio de Pococí, correo infofWccpococi.org, dice:
Oficios: CCP-0128-2020 y CCP-0129-2020
Asunto: Documento aceptado como Propuesta Sustitutiva a la modificación del
Capítulo VIII de la Ley 8582, conocido con la Licda. Cynthia Ávila y el Lic. Manuel
Hernández, Alcalde Municipal.
pococí CÁMARA DE COMERCIO DE POCOCÍ
Cámara de Comercio
Guápiles, 23 de noviembre el 2020,
CCP- 0128-2020.
Lic: Daniela Agúero Bermúdez.
Comisión de asuntos jurídicos.
Asamblea Legislativa.
En respuesta al oficio AL-21906-OFI-0087-2020, asunto consulta al expediente número 21906
respecto a la adición del artículo 21 BIS y reforma al artículo 32 de la ley 8582, Conocida la
propuesta y en conversación sostenida el día 23 de noviembre con la licenciada Cintya Ávila del
departamento tributario de la Municipalidad de Pococí y el licenciado Manuel Hernández, alcalde
de la Municipalidad de Pococí hemos llegado al acuerdo satisfactorio para que la Municipalidad
presente un texto sustitutivo al expediente supraindicado.
El documento indicado será remitido por la Municipalidad de Pococí con la formalidad requerida.
Para efectos de nuestro registro aportamos copia del documento conocido y aceptado como
propuesta sustitutiva a la modificación del capítulo VII! de la ley 8582.
Atentamente.
vd OLGER IROLA
Óh CALDERON (FIRMA)
2020.12.03 13:39:55
-06'00'
Ing. Ólger Irola Calderón.
Cámara de Comercio y Afines de Pococí.
CC. Alcaldía de Pococí.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*100 MUNICIRA HRS Po a2 cocI
d de Pococi
AuakKoría
Artículo 74- Para cumplir con lo señalado en el artículo anterior, la jefatura de la Unidad de
Patentes deberá velar porque cada una de las actividades lucrativas del Cantón cuente con un
expediente, :en donde se archivarán en orden cronológico y debidamente foliado, todos los
documentos relacionados con dicha actividad, cada expediente deberá ser digitalizado e
incorporado a la basc de datos municipal.
Artículo 75- Compete a la Unidad de Patentes la tramitación y resolución de todo lo
relacionado con la Ley de Impuestos Municipales del Cantón de PococÍ, Ley 8582, y con el
Reglamento, así como velar por el fil cumplimiento de dichas normas y de cualquier otro
cuerpo normativo que regule ésta y otras materias sobre otorgamiento de licencias.
SECCIÓN
Del personal de inspección de licencias municipales
Artículo 76- La Administración Tributaria contará con un cuerpo de inspectores €
inspectoras municipales, debidamente identificados y dotados de fe pública, quienes
realizarán las visitas a aquellos locales que soliciten licencia para actividades comerciales,
así como de aquellos que ya se encuentren funcionando,
Le corresponde a la jefatura de la Unidad de Patentes fiscalizar las funciones del personal de
inspección en las labores atinentes a esta Unidad.
Artículo 77- Los propietarios o propietarias, administradores o administradoras,
concesionarios o concesionarias y cualquier persona que de una u otra forma desarrolle una
actividad lucrativa, está en la obligación de brindar toda la colaboración a estos funcionarios
y funcionarias, asimismo tienen la obligación de mostrar todos los documentos requeridos
por ellos, .
CAPÍTULO VI m7 dl ]
peo al
Del Impuesto por uso de rótulos, anuncios y vallas
Ap Jl
Artículo 78- Objetivos y bases legales. El objetivo de este capítulo es regular y controlar
todo lo referente al pago de la publicidad exterior y rótulos cn el cantón de Pococí, de 5
sa A nte 7/ Le Ca rta r2e Fs e A Cf atras
aa Ir Jrvads ad la” Prersias GÉ a
ax Arete Re A ves Lana A e
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*101 TA N*85 Ordinaria.
conformidad con el artículo 32 de la Ley 8582 de Impuestos del Cantón de Pococí, el artículo
4”, inciso "a", en relación con el artículo 13, inciso "d", del Código Municipal.
Su finalidad es regular el pago del impuesto, Ja exhibición exterior de anuncios, rótulos,
letreros, avisos, mantas publicitarias o vallas se norma en el presente capítulo, el cual rige
para todo el cantón de Pococí, incluye no solo las vías públicas, sino también las áreas de
antejardín y cualquier espacio donde se ubique un rótulo que pueda ser apreciado desde la
vía pública.
Queda excluida de la aplicación de este reglamento la exhibición de rótulos oficiales de
señalización vial aprobados por el MOPT y la Municipalidad.
Artículo 79- Los propietarios de bienes inmuebles y/o patentados de negocios comerciales
donde se instalen rótulos (metálicos, luminosos), anuncios y vallas (vallas publicitarias,
mantas o lonas publicitarias y letreros permitidos por la normativa vigente), además de las
empresas que vendan o alquilen espacios para publicidad de cualquier tipo y los sujetos
pasivos que instalen publicidad en el mobiliario urbano, pagarán un impuesto anual dividido
en cuatro tractos trimestrales.
Artículo 80- Para el cálculo del impuesto a pagar se contemplará el porcentaje de salario
mínimo de la relación de puestos de la Municipalidad de Pococí, al primer día del mes de
enero de cada año, según el tipo de rótulo, anuncio y valla instalada.
La Jefatura de la Unidad de Patentes emitirá anualmente una resolución razonada
determinando las tarifas anuales correspondientes por tipo de rótulo, dicha resolución se
emitirá con el dato de salario mínimo que le deberá facilitar el Departamento de Recursos
Humanos.
El cargo por este impuesto deberá de ponerse al cobro cada año, esta tarifa podrá ser dividida
en cuatro tractos iguales que sumarán el monto anual, el atraso en el pago del impuesto
conllevará al pago de intereses por mora, según lo dispuesto en el artículo 57 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Auditorí
MUNICIPALIDAD, DE POCOCI
PAGINA N*102 Ordinaria.
Artículo 81- Los rótulos, anuncios y vayas instalados en el Cantón de Pococí serán tasados
y clasificados según el siguiente detalle:
a) Anuncios volados: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley,
independientemente de su estructura, material o tamaño, excepto los luminosos,
colocados en el borde y a lo largo de la marquesina de un edificio o estructura, cuatro
por ciento (4%) del salario mínimo. :
a. Anuncios salientes: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley,
independientemente de su estructura, material o tamaño, excepto los luminosos, que
sobresalgan de la marquesina de un edificio o estructura, diez por ciento (10%) del
salario mínimo.
b. Rótulos bajo o sobre marquesinas: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por
ley independientemente de su estructura, material y tamaño, excepto los luminosos,
colocado bajo o sobre marquesinas de edificios o estructuras, siempre que no
sobresalgan de ellas, seis por ciento (6%) del salario mínimo.
c. Rótulos luminosos: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley que
funcione con sistemas de iluminación incorporados a su funcionamiento (rótulos de
neón y sistemas similares y rótulos con iluminación interna), diez por ciento (10%)
del salario mínimo.
d. Anuncios en predios sin edificaciones contiguos a vías públicas; todo tipo de
rótulo o anuncio permitido por ley, independientemente de su estructura, material y
tamaño, excepto las vallas publicitarias, ubicados en predios sin edificaciones
contiguos a vías públicas, cincuenta por ciento (50%) del salario mínimo.
f. Anuncios en paredes o vallas: es cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por
ley instalado sobre paredes de edificio o estructuras, de cualquier material o tamaño,
pintado directamente sobre paredes, así como vallas publicitarias de cualquier tipo y
tamaño; pagarán conforme la siguiente distribución:
" £1 Anuncios en paredes: Se distribuye en cuatro categorías (P.1, P.2, P.3 y P.4), pagarán
de la siguiente manera según sus dimensiones:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*103 MUNICIAHRAPDEEOQCocCI
*  P.1: Uno por ciento (1%) del salario mínimo cuando mida hasta 3 metros
cuadrados.
e P.2: Un scis por ciento (6%) del salario minimo cuando cl tamaño sea mayor
de 3 hasta 10 metros cuadrados.
+  P.3: Un veinticinco por ciento (25%) del salario mínimo cuando cl tamaño
sea de mayor de 10 hasta 15 metros cuadrados.
+  P.4: Un cincuenta por ciento (50%) del salario mínimo cuando cl tamaño sca
mayor a 15 metros cuadrados.
£2 Anuncios en vallas: Se distribuye en tres categorías (V.1, V.2 y V3), pagarán de la
siguiente manera según sus dimensiones:
+ V.1 Un veinte por ciento (20%) del salario mínimo, cuando cl tamaño sca
inferior o igual a los cinco metros cuadrados.
+ V.2 Un treinta por ciento (30%) del salario mínimo, cuando cl tamaño sca
superior a los cinco metros cuadrados hasta los diez metros cuadrados.
+ V3 Un cincuenta por ciento (50%) del salario mínimo, cuando el tamaño de
la valla supere los diez metros cuadrados.
Artículo 82- Para los efectos de la aplicación del pago del impuesto en aprobaciones de
licencias ocasionales, los patentados deberán cancelar solo la fracción correspondiente a los
días en que se utilice la licencia. En caso de seguir con la instalación publicitaria en el
siguiente trimestre a la aprobación de la licencia, deberá realizar el pago por adelantado del
trimestre vigente.
Artículo 83- En caso de instalación de rótulos, vallas, mantas, lonas y letreros comerciales
sin licencia, que se encuentren atrasados en el pago del tributo correspondiente o que
incumplan los requisitos reglamentarios establecidos por la Municipalidad, se le otorgará al
contribuyente un plazo perentorio de ocho días hábiles para que proceda a ajustarlos a
derecho.
44
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Munici alidad de Pococí
Auditor
Intern
PAGINA N*104 MUNICIARHRAPLDE EQCOcI
Artículo 84- Se exceptúan de solicitar la licencia por uso de rótulos, anuncios y vallas cuando
se utilice en los siguientes casos:
a) Los utilizados en templos religiosos para sus propios fines.
b) Los instalados para señalar entradas o salidas a sitios de reunión pública con un tamaño
máximo de dos metros cuadrados, siempre y cuando estos no contengan algún tipo de
publicidad de tipo comercial.
Cc) Las decoraciones temporales para eventos o días festivos, siempre y cuando estos no
contengan algún tipo de publicidad de tipo comercial.
d) Los instalados para anunciar la venta, arriendo o alquiler de un mueble o inmueble en el
«que esté colocado, siempre que no exceda de dos metros cuadrados.
e) Los instalados bajo la figura de convenios o permisos de uso con el gobierno local,
previamente autorizados por el Concejo Municipal.
Artículo 85- Los rótulos existentes, legalizados ante la Municipalidad, deberán ponerse a
derecho y ajustarse al reglamento en un plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor
del presente Reglamento.
CAPÍTULO VIH
“Sección I
De las donaciones y créditos fiscales
Artículo 86- Donaciones y crédito fiscal. Se reconocerán como crédito fiscal, deducibles
del pago de sus impuestos, las donaciones que previa autorización del Concejo Municipal,
realicen los contribuyentes bajo el cumplimiento de los requisitos ordenados en el presente
Reglamento.
La deducción podrá ser aplicada al pago del impuesto establecido en la Ley 8582 de
Impuestos del Cantón de Pococí y al derivado de la Ley No. 7509, Ley de Impuestos sobre
bienes inmuebles. Las donaciones podrán ser efectuadas en dinero, bienes mucbles e
inmuebles, corporales o incorporales, especies o valores.
45
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PacINa moros MONA Re DoRaria
ococí CÁMARA DE COMERCIO DE POCOCÍ
Cámara de Comercio
Guápiles, 27 de noviembre el 2020,
CCP- 0129-2020.
Concejo Municipal.
Municipalidad de Pococí.
Como órgano representativo del comercio organizado del cantón de Pococí, por parte de la
Asamblea Legislativa, se nos ha consultado expediente número 21906, respecto a la adición del
artículo 21 BIS y reforma al artículo 32 de la ley 8582. El pasado martes 24 de noviembre
conocimos una propuesta alternativa y, en conversación sostenida el día 23 de noviembre con la
licenciada Cintya Ávila del departamento tributario de la Municipalidad de Pococí y el licenciado
Manuel Hernández, alcalde de la Municipalidad de Pococí hemos llegado al acuerdo satisfactorio
para que la Municipalidad presente ese texto sustitutivo al expediente supraindicado.
Igualmente hemos sido enterados que la Municipalidad está redactando un borrador de una
modificación integral a la ley 8582. Solicitamos que, una vez se tenga un documento base que
pueda ser divulgado, el mismo nos sea compartido para su respectivo estudió e incorporación de
aportes de parte nuestra.
Por último y no menos importante, estamos solicitando que, para la audiencia pública para
actualización de tasas y servicios, que se celebrará el día 10 de diciembre del 2020 se nos asigne
un espacio para representación de la Cámara, esto por cuanto tenemos claro que por condiciones
especiales de aforo el cupo es limitado.
Atentamente.
j Firmado digitalmente por OLGER
. IROLA CALDERON (FIRMA)
Fecha: 2020.12.03 13:43:40 -06'00'
Ing. Ólger Irola Calderón.
Cámara de Comercio y Afines de Pococí.
CC. Alcaldía de Pococí.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conocen los oficios CCP-0128-2020 y CCP-0129-
2020 de la Cámara de Comercio de Pococí.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
pacma netos MUNICIRALIRAP-DELOCOCI
maria.
ACUERDO N* 2281
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Eva Torres, Pdta. Asociación Adulto mayor
de Cariari, correo AdultomayorcariariY)hotmail.com, dice:
Asunto: Solicitud de donación de uvas y manzanas para actividad de los adultos
mayores internos, además, solicitud de inclusión en el presupuesto Ordinario 2021
para ayudas al hogar de ancianos Cariari, Guápiles y La Rita.
Asociación del Adulto Mayor de Cariari
Dirección: Costado Norte de la Escuela del Campo de Aterrizaje 50 metros al Qeg
Cedula Jurídica: 3-002-380430
Correo: adultomayorcariari/hotmail.com
Teléfonos: 2767-86-37.
Cariari, 27 de noviembre del 2020.
Señores:
Consejo Municipal de Pococi
Estimados Señores:
Reciba un cordial saludo de parte de la Asociación del Adulto Mayor de
Cariari, y a la vez descarle muchos éxitos en sus funciones en beneficio de
la Comunidad.
El motivo de nuestra carta es para solicitarles si nos pueden donar uvas y
manzanas para la Actividad Navideña de los Adultos Mayores internos de
nuestra Institución, actualmente tenemos 84 internos los cuales se les
brinda alimentación, vestuario, cuido, psicología, terapia, parte médica.
Agradeciendo de antemano la ayuda que nos ha brindado y esperando
contar con su visita a nuestras Instalaciones en el Hogar de Ancianos de
Cariari.
Atentamente,
Eva Torres Marín
Presidenta
Asociación Adulto Mayor dé Cariari.
Telf. 2767-86-37 o 2767-2127.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
paciNa nero7 MAR orlmara
Ordinaria.
Asociación del Adulto Mayor de Cariari
Dirección: Costado Norte de la Escuela del Campo de Aterrizaje 50 metros al eg! $
Cedula Jurídica: 3-002-380430
Correo: adultomayorcariariGHhotmail.com
Teléfonos: 2767-86-37.
Cariari, 27 de noviembre del 2020. .
Señores:
Consejo Municipal de Pococi
Estimados Señores:
Reciba un cordial saludo de parte de la Asociación del Adulto Mayor de
Cariari.
El motivo de esta carta es para solicitarles si nos pueden ayudar
incluyéndonos en el Presupuesto Ordinario 2021 a las Instituciones el
Hogar de Ancianos de Cariari, el Hogar de Ancianos de Guápiles y el
Hogar de la Rita ya que dichas Instituciones constantemente están haciendo
mejoras para velar por el bienestar de los Adultos Mayores que tanto lo
necesitan. Cabe mencionar que debido a la Pandemia no hemos podido
realizar actividades para sobrellevar un poco los gastos que se generan en
la Institución, como compra de pañales, alimentación, equipo de limpieza y
aseo, pago de salarios, pago de servicios profesionales, entre otros.
Agradeciendo de antemano la ayuda que nos puedan brindar.
Atentamente, IS
SS 5
o
= ¿E ya
sa y
Eva Torres Marín
Presidenta
Asociación Adulto Mayor de Cariari.
Telf. 2767-86-37 o 2767-2127.
Por Unanimidad, SE
Une . ACUERDA: Se trasl
Comisión de Hacendarios para lo que En O añil
Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”
Mi
4
PAGINA N*108 MIN Pr
DAD
al
ACUERDO N* 2282
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Melina Solano Cubero, Presidenta de la
Junta de Salud de Guápiles, correo electrónico: melina.solano.m(Hgmail.com, dice:
Asunto: Invitación a la reunión sobre el proyecto de la construcción del Área de
Salud de Guápiles.
Guápiles, Po
Municipalidad de
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce y queda abierta la invitación para el
Concejo Municipal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
Pacina Nor09 MONICIARAPRan
ACUERDO N”* 2283
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Ana Iris Mejía Rodríguez,
Coordinadora del Comité de Pastoral Educativa de la Escuela Finca Formosa, correo
electrónico: supervision03.guapilesf4mep.go.cr, dice:
Oficio: PEFF-01-2020
Asunto: Solicitud de Uvas y Manzanas
mep
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Dirección Reglonal do Educación Guápllos
Centro Educativo Finca Formosa, código 3834, circulto 03, Carlarl
Cariari, 10 de diciembre de 2020,
OFICIO PEFF-01-2020.
Página 2 de 2
Por lo anterior, solicitamos la donación de tros cajas de uvas gloho y una
caja de manzanas rojas, para el día lunes 22 de diclembre de 2020, debido a
que la entrega de los alimentos será el 23 de diciembre de 2020 en el Parque de
Cariarl.
Nos comprometemos a enviar evidencias del evento,
Sin otro particular.
Respetuosamente,
e
CENTRO EDUCATIVO FORMOSA
| DIRECCIÓN
"undado en 1993
(2767-7009
—
Transformación curricular, una apuesta por. la calidad educativa.
Tel.: (506) 2767-7382
costado Este oficinas ICE Cariarl - Pococi- Limón
supervislon03.GuapllesGmep 90 er
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD. DE POCOCI
ACTA
PAGINA N*110 N*85 Ordinaria.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Dirección Reglonal de Educación Guáplles
Centro Educativo Finca Formosa, código 3834, circulto 03, Carlarl
Cariari, 10 de diciembre de 2020,
OFICIO PEFF-01-2020,
Página 1 de 2
Para: Concejo Municipal de Pococ!
IRMOSA
De: Ana lris Mejía Rodríguez FER AN
Coordinadora del Comité de Pastoral Educativa Fundado en1913
Escuela Finca Formosa 2767-10 009
Asunto: Solicitud de uvas y manzanas
Estimados señores:
Para lo que corresponde, quien suscribe Ana Iris Mejía Rodríguez, cédula 5-
0281-0548, representante del Comité de Pastoral Educativa de la Escuela Finca
Formosa, código 3634, del circuito 03, Cariari, de la DREG, solicito de la manera
más respetuosa donación de alimentos para brindar un servicio de almuerzo
completo a las personas en condición de calle de Cariari.
Cabe señalar, que tomo comité debidamente organizado durante este año
hemos realizado acciones de blen social a diferentes familias con la colaboración
de todo el personal, incluso fuera de la comunidad de Formosa. Sin embargo, en
esta ocasión deseamos brindarle un almuerzo digno a las personas habitantes de
calle que no tienen hogar ni una familia integrada.
Transformación curricular, una apuesta por la calidad educativa.
Tel.: (508) 2767-7382
costado Este oficinas ICE Cariari - PococÍ- Limón
supervislon03.GuapilesQmep.go.cr
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la alcaldía.
ACUERDO N* 2284
Se conoce nota para este Concejo suscrita por las señoras: Norly Villalobos Obando,
teléfono: 6001-2584, Presidenta de la Asociación de Desarrollo Integral de Santa Clara y
Yorleni Pérez Mena, teléfono: 8864-0491, Secretaria, dice;
Oficio: ADISANCLA-007-2020
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
encma mery MUNICIRALIRAP.DE POCOCI
Consulta sobre Comité Barrio Pinares
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA URBANIZACIÓN SANTA CLARA
Cédula Jurídica 3-002-564531 Código de Registro 2973 Limón -Pococí
n
9 de Diciembre 2020
Oficio- ADISANCLA-007 -2020
Asunto: Consulta sobre Comité Barrio
Pinares
Sres, Sras.
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Distinguidos señores y señoras:
La Junta directiva de la Asociación de Desarrollo Integral de la Urbanización Santa Clara,
ADISANCLA les saluda y felicita por sus destacadas labores.
Referente a la consulta que nos remite vía correo la Proseoretaria con fecha lunes 7 de
diciembre 2020, indicamos: 1-El acuerdo hace referencia a ADI de PINARES, se
desconoce a la fecha si Pinares ha definido crear una ADI. 2- La señora Norly Villalobos
Obando preside ADISANCLA y su límite al oeste es Río Numancia por lo tanto Pinares
está dentro de sus límites. 3- La ADISANCLA no conoce de Comité Adscrito en dicho
sector,
Quedamos a la orden mediante nuestros contactos: correo oficial adi.sancladgmail.com y
los teléfonos respectivos.
Cordialmente, a
10/42/2020
Nasty VillaloloosO. OS (4%
Nord y os Obando A y 08 oS 7
Presidente ADISANCLA Secretaria "ADISANCLA
Tel. 6001-2584 Tel 8864-0491
ASOCIACIÓN DENESARROLLO INTEGRAL
URBANIZACIÓN SANTA CLARA usa
( Santa Clara - Pinares - Numancia )
Cédula Juridica 3-002-864831
da L = 2973
Co. Archivo ADISANCLA. Pra SS
>”
“La Organización es la Clave” 1
Correo: adi.sanclaQgmall.com
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce y que se le dé respuesta de dicha
solicitud del Acuerdo 2171 al señor Guido Sandoval Vargas.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
PAGINA N*112
ACUERDO N* 2285
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Carlos Morris, Pdte. Comité de Desarrollo
Pinares, teléfono 8315-7910, dice:
MUNICIFALIDAD. DE POCOCI
*85 Ordinaria.
Asunto: Solicitud de Investigación por fondos otorgados al comité y no se hicieron
entrega.
Jueves 10 de Diciembre 2020
Estimados señores
Concejo municipal de Pococi
Sirvase la presente para saludarlos y para solicitar como presidente del comité de desarrollo comunal del barrio los Pinares.
ubicado en Guapiles de Pococi.
Lomo presidente de dicho comité, y otros miembros hemos estado en una lucha hace ya 4 años, para que la municipalidad
nos ayude con sacar la calle paralela que da a la universidad San Jose; dato del cual el gobierno local tiene conocimiento.
adicional a esta solicitud también tiene conocimiento de la necesidad del alcantarillado en la zona del riachuelo que pasa por
el parque del barrio, también continuar con las aceras que vienen desde maxi pali,
Además solicitamos como comité de desarrallo del barrio los Pinares, se habrá una investigación por 480.000.000 millones
de colones que se dieran, de los cuales se les prestaron 43.000.000 millones de colones para terminar con los trabajos de
alcantarillado por efecto de inundaciones. y a la fecha no se sabe nada del destino de los 457. 000.000 millones de colones
restantes.
Los regidores de le pasada ración tienen imiento de todos las idades con que cuenta hoy el barrio los
Pinares, además del estado legal del terreno del parque que se encuentra en los tribunales de Guapiles.
Como representante dejo mis números de teléfono para cualquier aclaración sobre este documento
8315-7910 6 8806-5000
Sin otro particular se despide
Carlos Morris Arias
Ced:7-066-0426
CAER
Presidente
(APP Barrio Pinares | 105%
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Servicios Jurídicos
Internos.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de P coci
¿
Auditoría
y intería
Pacina ng IN AR O CI S
ACUERDO N* 2286
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Carlos Morris, Pate. Comité de Desarrollo
Pinares, teléfono 8315-7910, dice:
Asunto: Solicitud de juramentación al nuevo secretario del Comité.
Jueves 10 de Diciembre 2020
Estimados señores
Concejo municipal de Pococi
La presente es para informar que la señorita Heikel Bernal Bolaños Davis, numero de cedula 7-0223-
0888 ya no forma parte del comite de Desarrollo del barrio pinares, la misma tenia el cargo de secretaria
y por motivos personales ya no formara parte de dicho comite.
En su lugar el suscrito Juan Carlos Porras Carrillo, numero de cedula 7-0137-0742, administrador de
empresas y vecino de Barrio Pinares, pasaria a ocupar dicho puesto en el comite antes mencionado.
De tal forma solictamos su visto Bueno para que el cambio se haga en las actas municipales a partir de
esta fecha.
Sin otro particular se despide
Carlos Morris Arias
Ced:7-066-0426
CHBE
Presidente
Comité de
Barrio Pinares
|
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Este Comité no está adscrito a la ADI Santa Clara,
hasta que este Concejo no reciba el visto bueno de la ADI, no se juramentará al
secretario, ya que este Comité ha funcionado sin estar respaldado como debe de
ser. Sp
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Continúa el Acta en Folio 2, TOMO XXVII.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI EN
CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE CONTRO
INTERNO EN SU ARTÍCULO 22, INCISO E) HACE CONSTAR QUE AQUÍ
TERMINA
EL LIBRO DE ACTAS
TOMO XXVI LLEVADO POR: CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCI
CONFORME DE ACUERDO CON NUESTROS REGISTROS
INDIVIDUALES AL FOLIO ASIENTO 36
GUAPILES 17 DÉ DICIEMBRÉWDEL 2020
PococI
a
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI EN
CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE CONTROL
INTERNO EN SU ARTICULO 22, INCISO E) HACE CONSTAR QUE AQUÍ
PRINCIPIA
EL LIBRO: ACTAS
QUE LLEVARA: CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCI
CONSTA DE 400 FOLIOS EN PERFECTO ESTADO DE CONSERVACIÓN Y
LIMPIEZA DEBIDAMENTE FOLIADO Y CON EL SELLO DE ESTE DESPACHO,
SEGÚN CONSTA EN NUESTRO CONTROL GENERAL DE LIBROS
AUTORIZADOS.
FOLIO ASIENTO 37
Pococr
CIÓN
Licda. GRACK/CHINCHILLA VILLEGAS, Maff
AUDITORA | ¡A
icipalidac) de Pococi
Mun
5
MUNICIPALIDAD DE POCOCI : a
PAGINA N*%114 ACTA N*85 Ordinaria. 10-12-202
ACUERDO N* 2287
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Comité Camino El Balastre, Calle Rancho
Malagueño, teléfono 8576-7374, dice:
0
0
Asunto: Propuesta al Plan de Trabajo para el cuatrienio ante la Municipalidad de
Pococí.
1
PROPUESTA DEL PLAN DE TRABAJO PARA EL CUATRENIO ANTE LA MUNICIPALIDAD DE CANTÓN DE
POCOCI, REPRESENTADA POR EL SEÑOR ALCALDE ...... Y EL COMITÉ DE VECINOS DE LA CALLE EL
MALAGUEÑO DE LA COMUNIDAD DE BALASTRE DEL DISTRITO LA RITA DEL
Antecedentes
1.-La propuesta del Plan de Trabajo se origina en el reclamo de la comunidad por el trasiego de material
minero por la calle pública "El Malagueño”, para el arreglo de cáminos vecinales.
2.-Para la actividad la municipalidad tenía un permiso temporal del MINAET-Dirección de Geologia y Minas-
para lo cual instalaron un centro de acopio en la margen derecha del río, en la acometida a este de la calle “El
Malagueño”. Sin embargo, el permiso otorgado corresponde a un sector no concesionado aguas arriba de la
calles, sin contar con la Viabilidad Ambiental.
3.- De previo a lo anterior, la empresa ODRACIR DEL BOSQUE, cédula juridica N* 3-101-300679, hoy
propiedad de MECO S.A. es la concesionaria de un sector de aproximadamente 1700 metros por ambas
márgenes del río, el cual involucra por la margen derecha la acometida de la calle El Malagueño”, lo cual
consta en los Expedientes DGT 15-2013 y Di 252-2009-SETENA y la Resolución 2652-SETENA, del 24 de
octubre del 2013 que respalda la Viabilidad Ambiental de la concesión.
4.-Igualmente consta claramente en la Viabilidad Ambiental el lr lim le_salida de material_por la
margen derecha del río en la acometida de la calle “El Malagueño” y su trasiego por esta vía y la
instalación de un '0 de acopl: de material, li fue viol lí ridad:
políticas del gobierno local anterior a la presente gestión 2020-2024,
5.-No obstante lo anterior, consta en los expedientes indicados la insistencia de MECO S.A. - a través de
ODRACIR DEL BOSQUE S.A.-, para que se le penita la salida e instalación de un centro de acopio por la
margen derecha de la concesión, es decir, por la calle “El Malagueño”. De ello hay constancia en la
solicitud oficial según oficio CM-AMA-19-107 del 7 de mayo del 2019, presentado ante la Dirección Geología y
Minas , , en el expediente DGT 15-2013. NO OMITIMOS MANIFESTAR QUE NUESTRA COMUNIDAD SE HA
OPUESTO DE MANERA CONTUNDENTE A ESTA POSIBILIDAD, aunque no ha descartado, como lo
demuestra nuestro accionar, la colaboración abierta y justa con el gobierno local para el beneficio comunal,
6.-La comunidad ha aceptado el año pasado , el trasiego de material por la calle “El Malagueño”, lo cual será
posible hacia futuro SOLAMENTE CON LA MUNICIPALIDAD mediante un contrato social.
7.-En virtud de nuestra amarga experiencia con los anteriores gobiernos del municipio, nos interesa dejar
claramente asentado ante el Gobierno Local actual, nuestra firme oposición a cualquier sesgo de naturaleza
técnica, administrativa o jurídica que se quiera implementar, para abrirle las puertas a la empresa privada para
usufructuar de los beneficios de explotación de este recurso material del cantón, violentando los derechos de la
comunidad a disfrutar de un ambiente sano y en equilibrio con el ambiente. Pueden tener las autoridades
políticas, técnicas y administrativas de nuestro cantón, la plana seguridad de nuestra más clara disposición a
colaborar con la municipalidad para el bien comunal, en este caso el uso del material del río, único reducto que
queda de este sin explotar, ya que todo está concesionado a empresas privadas que se enriquecen a costa del
patrimonio social violentando los derechos de la comunidad.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Viene el Acta del Folio 399, TOMO XXVI.
Municipalidad de Pococí
Pacina noras MIN CA CTA N 88 Ordinaria.
EL PANORAMA QUE SE NOS PRESENTA A PARTIR DE LA REUNIÓN COMUNAL CON EL SEÑOR
ALCALDE EL DÍA MIERCOLES 25 DE NOVIEMBRE DEL 2020
Dos escenarios
1.-La obras comunales
2.-La cesión de MECO S.A. de la concesión (Expedientes DGT 15-2013 y D1 252-2009-SETENA y la
Resolución de otorgamiento de la viabilidad ambiental que respalda la concesión Resolución 2652-
SETENA, del 24 de octubre del 2013), ALA MUNICIPALIDAD).
ESCENARIO OBRAS COMUNALES
La idea de la comunidad de balaste radica en reestructurar la vía de acceso a la comunidad y otras obras de
interés comunal, en un plan piloto que coadyuve a mejorar las condiciones de vida de Balastre, utilizando de
manera ordenada los recursos municipales que se le asignen del presupuesto anual, en un orden que abarque
los cuatro años de empoderamiento del poder político, técnico y administrativo del gobierno local. Ello implica
vender la idea al resto de las comunidades del distrito, en claro compromiso de la comunidad con sus propios
aportes mancomunados con la asistencia técnica, administrativa y financiera de la municipalidad. Para tal
propósito proponemos lo siguiente:
1.-La municipalidad reconoce al Comité comunal de Balastre, el cual está debidamente juramentado ante el
Gobierno Local, como único representante de los intereses de la calle El Malagueño.
2.-La municipalidad reconoce como justa la iniciativa del Comité de la calle El Malagueño, de integrar a todas
las comunidades de Balastre, representadas por los comités comunales, en una sola organización comunal
que será la Asociación de Vecinos de Balastre, la cual se integrará según el marco jurídico que las
comunidades escojan. Ello implica que el Salón Comunal existente y la plaza de deportes así como otras
actividades atinentes, pasarán a ser administradas por la Asociación.
En cuanto a las obras
El proceso de obras se iniciará en la calle El Malagueño, lo cual no quiere decir que la integración de otros
comités de Balastre, no puedan gestionar planes propios. Sin embargo, por efectos de orden , los mismos
deben ser coordinados con la municipalidad y el Comité de la calle El Malagueño, como gestor de la iniciativa
de la Asociación para que no se de la dispersión de propósitos.
Las obras son las siguientes:
a.-Conformación y conclusión de los trabajos iniciales de la calle El Malagueño, lo cual se acordó se iniciaría
en la primera semana de diciembre del 2020.
b.-Ampliación y asfaltado de la calle El Malagueño, con una capa de asfalto adecuada para el tránsito de
equipo pesado. Mes de marzo del 2021. '
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Intern
pacina norrs ON AER NB Ordinaria.
c.-Conclusión de alcantarillas y puentes e instalación de reductores de control de velocidad.
d.-Construcción de aceras. En este punto, el comité de la calle El Malagueño debe negociar con los vecinos los
retiros y mano de obra , conforme al alineamiento que determine la ingeniería municipal. Además, debe darse
un compromiso de la comunidad , en el sentido de que cada propietario aportará mano de obra y terreno, en
donde se pueda, para sembrar árboles para dar una visión de bulevar. La municipalidad aportará las
alcantarillas necesarias, cemento, varilla y el trasiego del material del río. Para este trabajo se establecerá un
plazo de año y medio, a partir del 1? de enero del 2021,
e.-Paradas del bus de servicio público en ambas direcciones . Se da un seis meses a partir del 1? de enero del
2021.La ubicación de las paradas se definirá con el Comité de la calle El Malagueño o en su defecto con la
Asociación de Balastre , en caso de que este institucionalizada oficialmente.
ESCENARIO CESIÓN DE MECO S.A, DE LA CONCESIÓN A LA MUNICIPALIDAD
PRINCIPIO GENERAL
Que es propio y lícito por parte del gobierno local, como administrador de los recursos naturales del cantón,
velar porque la explotación de tales recursos se haga dentro del marco constitucional y apego al ordenamiento
que regula la materia en cuanto a su impacto ambiental y la salud pública, así como la protección de los
intereses comunales , para lo cual se requiere la socialización y compromisos claros ajustados al derecho
público y deberes con el administrado, de los emprendimientos municipales que afecten intereses vecinales
con la representación más democrática de las comunidades.
1. Dentro del marco del principio general indicado, la municipalidad y la comunidad rechazan toda acción
individual o colectiva de la ciudadanía, empresarial o administrativa, que favorezca intereses ajenos al
desarrollo social sano , ambientalmente equilibrado y comprometido con la transparencia y
compromisos éticos a que se debe el gobierno local y la comunidad.
2-La municipalidad, en su carácter de autoridad política superior del cantón, requiere del compromiso comunal
para una excelente gestión de gobierno, por lo que es necesario coordinar acciones con la comunidad para el
buen uso de los recursos , la extracción de material minero de los ríos y otras fuentes, que el permitan
mantener caminos , construir puentes y obras varias que contribuyan al progreso comunal del cantón.
4.-En atención a lo anterior , las necesidades municipales, los requerimientos de otras comunidades y las
limitadas fuentes de material minero, los vecinos de la calle EL MALAGUEÑO , de ninguna manera se oponen
a la extracción de material minero del rio Toro Amarillo y trasiego del mismo vía Balastre, en el entendido de
que tal actividad debe realizarse exclusivamente por parte de la municipalidad en estricto apego a las normas
constitucionales, ambientales y de salud pública y respeto a los intereses comunales, lo cual por los términos
de este convenio y un convenio específico sobre extracción y trasiego de material del río que las partes
negociaran a la mayor brevedad.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Pacina ne117 ON ICACRANi8S Ordinaria. DO
VS
5.-Ante la intención de la empresa CONCESIONARIA de la sección del río Toro Amarillo de obtener pas
la margen derecha de este rio, por la vía de Balastre , lo cual se orienta a la instalación de un centro de acopio
y proceso industrial del material, está claro para las partes que ello va en clara afectación a los intereses
comunales, POR LO CUAL NO ES ACEPTADO, lo cual se hace de conocimiento formal de las autoridades
públicas para que acaten los términos del presente convenio y de la empresa interesada, para lo cual , en
absoluto, son aceptables mecanismos jurídicos, técnicos, administrativos, contractuales o ambientales, que
traten de simular el usufructo velado de las empresas de esta actividad. La contratación operativa de la
actividad por razones de conveniencia municipal, deberá ajustarse al convenio específico municipal con el
Comité de la calle El Malagueño.
6.-La comunidad de la calle El Malagueño de Balastre, en cuya representación actúa el comité comunal, ve
como muy positivo el hecho de que la empresa MECO S.A. haya manifestado su anuencia a ceder la
concesión que figura en los Expedientes DGT 15-2013 y D1 252-2009-SETENA y la Resolución de
otorgamiento de la viabilidad ambiental que respalda la concesión Resolución 2652-SETENA, del 24 de
octubre del 2013), ALA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ.Sin embargo, considera que este es un asunto de
naturaleza intema del Gobierno Local, en cuya injerencia comunal es pertinente en la medida en que el
negociado de la empresa con la municipalidad implique afectaciones a los intereses de la comunidad de
Balastre y en particular de los vecinos de la calle El Malagueño. En virtud de ello, es el criterio de nuestra
comunidad demandar, con todo respeto y de previo al Gobierno Local, si es que esta cesión de derechos de la
concesión de MECO S.A. se llega a dar, copia del convenio con el único fin de velar por el justo respeto a
nuestros intereses,
7.-Por razones de naturaleza ambiental, respeto a la tranquilidad y paz que se merecen los habitantes de este
sector de Balastre, su patrimonio particular, la salud y seguridad de los vecinos y sin duda por intereses
turísticos comunales para la protección de nuestras áreas de esparcimiento; NO ES ACEPTABLE LA IDEA
MUNICIPAL DE INSTALAR. UN CENTRO DE ACOPIO Y UNIDADES DE PROCESO DE MATERIAL EN LA
MARGEN DERECHA DEL RÍO. Pensamos que la municipalidad tiene los recursos y capacidad técnica para
ubicar un sitio apropiado para tal actividad sin afectar a la comunidad. Debe entenderse que nuestra
aceptación a la extracción y trasiego de material por nuestra comunidad con paso regulado por el convenio
específico a firmar por las partes, implica un considerable esfuerzo para que no se tilde a la comunidad de
intransigencia social, ante los requerimientos municipales para usufructuar de tal recurso en función del interés
público.
DOCUMENTO APROBADO POR LA COMUNIDAD DE LA CALLE EL MALAGUEÑO DE BALASTRE,
DISTRITO A RITA, EN SESIÓN CELEBRADA EL JUEVES 3 DE DICIEMBRE DEL 2020 AL SER LA 7 P.M.
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD AUTORIZAR AL COMITÉ DE LA COMUNIDAD PARA QUE TRANSFIERA
ESTE DOCUMENTO AL SEÑOR ALCALDE Y CONCEJO MUNICIPAL, CON EL PROPÓSITO DE
ESTABLECER LOS PARAMETROS ADECUADOS DE UN CONVENIO . ba (
Notifica ciones
P/ Comité Comunal de la calle EL MALAGUEÑO” SS16 7374
Pre Sidenla Comite Caminos Eso 7 0416 49 9
Secretanh Com: de CAwinos Sota Efanados J
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Unidad Técnica de Gestión Vial
Municipal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOC
PAGINA N*118 N*85 Ordinaria.
ACUERDO N* 2288
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Carlos Calderón, vecino de Guápiles,
correo calderoncarlos458(0Hgmail.com, dice:
Asunto: Solicitud de Intervención y mantenimiento al Parque de Guápiles.
Guápiles, 8 de diciembre de 2020
Para el consejo municipal de Pococi.
Tengan un cordial saludo honorable consejo municipal, deseando desde ahorita una feliz
Navidad y un bendecido 2021.
Me permito enviar este documento para hacer de conocimiento mi preocupación por el
tema del parque central de Guápiles, ya que en los 19 años que tengo de vivir en el
distrito central del cantón de Pococi nunca había visto el parque en abandono, reconozco
que esta administración tiene poco tiempo de trabajar por el pueblo.
En el poco tiempo que tienen de trabajar lo han hecho de una manera que en 19 años que
tengo de vivir aquí nunca había visto que trabajaran de una mejor manera, eso me tiene
muy feliz, porque han hecho lo mejor por este pueblo.
Siendo objetivo: el parque de guápiles muestra un abandono en el cual me entristece
mucho, ver tierra amontonada en ese lugar, ver que ni tan si quieran lo limpian es una de
las cosas que como vecino y ciudadano me entristece mucho.
Puedo entender que en tiempos como las que estamos se mantiene cerrado, pero no por
eso deja de ese un lugar emblemático del cantón. Sigue siendo parque, y es por eso que
como ciudadano solicito muy respetuosamente, para que se intervenga con la limpieza del
parque.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
interno
PAGINA N*119 A Y 7 a -12-202
Aquí adjunto fotografías del cómo está el parque , para que ustedes mismos a
les estoy hablando .
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
Municipalidad de Pococí
=
Pus
PAGINA Nor2r IN Anas dralmaria 7 O! 40-12-20
Sin más, me despido, agradeciendo la ayuda y la comprensión ante esta situación. Confió
que lo vayan a resolver de la mejor manera.
Bendiciones.
Atentamente )
Carlos Eduardo Calderón Espinoza
Cedula; 702310435
Correo : calderoncarlos458(0gmai.com
Participan de la palabra
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Para aclarar a criterio personal que el parque de Guápiles no está abandonado, en estos
momentos está en un período de veda por la cuestión del COVID-19. El Concejo Municipal
y la alcaldía, en su debido momento, se le asignará lo que se ocupe para que las personas
lo vuelvan a disfrutar.
En estos momentos está en veda por una Ley de la República, yo no estoy de acuerdo
con el comentario que hacen en la nota.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
El Parque de Guápiles ya tienen un contenido presupuestario por 65 millones de colones
y hay un equipo de trabajo nombrado por la administración que está trabajando en el
ornato. Don Manuel Hernández puede explicar con más detalle lo que se ha estado
realizando.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina ner22 MINI ACriNegs Orina OCA
Para que el pueblo de Pococí conozca que ya estamos en la atapalfinal ¿A adjudicación:
dónde hay un arquitecto y paisajistas, el parque va con una temática de reestructuración
del quiosco y algunas otras áreas, además tendremos una oficina de turismo en ese
parque.
El parque no está abandonado, lo que pasa es que estamos en el período de tramitología.
Lic. Manuel Hernández Rivera- Alcalde municipal
Efectivamente como dice la compañera Yaslyn. Estamos en proceso de licitación y
contratación. Para estos días ya estará adjudicado el proceso a las empresas que
realizarán el trabajo, posiblemente estaríamos iniciando el próximo año las primeras
etapas del parque, vamos a remodelarlo muy bonito.
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Excelente. Muy apropiada la explicación de la compañera Yaslyn y don Manuel. Para todas
las personas que nos escuchan a lo largo y ancho del cantón de Pococí, que conozcan
que tienen un alcalde y un Concejo Municipal muy responsables. Estamos pensando en
las necesidades recreativas de todos nuestros munícipes, por tanto, estamos actuando
con responsabilidad, no es de recibo los comentarios que hacen en esa nota anterior
donde se dice que el parque se tiene abandonado.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Unidad Técnica de Gestión
Ambiental Municipal para lo que corresponda.
ACUERDO N* 2289
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Guisel Chacón, secretaria Municipalidad
de Goicoechea, correo secretariamunicipalQ4munigoicoechea.com, dice:
Oficio: SM-2430-2020
Asunto: Solicitud de Voto de apoyo a la moción de la Reg. Nicole Mesén
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pacina ne123 IC ALFA NC88 Ordinaria
10-12-2020
0011
MUNICIPALIDAD DEGOICOECHEA CS
CédulaJurídica3-014042051-23 G
02 de diciembre de 2020
SM-2430-2020
Licenciado
Carlos Alvarado Quesada
Presidente de la República
Correo: despachopresidenteMpresidencia.go.cr
Señor
Edel Reales Noboa, Director a... :
Asamblea Legislativa
Correo: erenlesMasamblea.go.cr
Licenciado
Rafael Ángel Vargas Brenes
Alcalde Municipal
Municipalidad del País
En Sesión Ordinaria NO 48-2020, celebrada el día 01 de diciembre de 2020, Artículo VÍ.II, se conoció
moción suscrita por la Regidora Suplente Nicole Mesén Sojo, avalada por el Regidor Propietario Fernando
Chavarría Quirós, que a la letra dice:
Considerando:
l.
4.
Que el' Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la
Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo Escazú) tiene como objetivo
garantizar la Implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de
acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones
ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento
de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, a
vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.
Es el único acuerdo vinculante emanado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo
Sostenible, el primer acuerdo regional ambiental de América Latina y el Caribe y el primero en el
mundo en contener disposiciones específicas sobre defensores de derechos humanos en asuntos
ambientales.
El acuerdo fue adoptado en Costa Rica, específicamente en Escazú, el 4 de marzo del 2018 pero a la
fecha la Asamblea Legislativa sigue sin ratificarlo,
Los asuntos ambientales deben ser prioridad en las agendas nacionales y cantonales para el
cumplimiento del Objetivo de Desarrollo Sostenible número 13; Acción por el. clima, debldo a que el
calentamiento global está provocando cambios permanentes en el sistema climático, y sus
consecuencias pueden ser irreversibles si no se toman medidas urgentes ahora.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
YLCO-
PAGINA N*124 MONICIA A
Ves MUNICIPALIDAD DEGOICOECHEA e
k CédulaJuridica3-014042051-23 WUCO-
BB. Que el acuerdo busca facilitar la incidencia ciudadana en los temas ambientales mediante
mecanismos participativos y la defensa de las personas defensoras del ambiente.
6. Que este proyecto busca garantizar los Derechos Humanos, así como resguardar la integridad física
de las personas activistas ambientales,
Por tanto:
1. Se díspense de trámite de comisión la presente moción.
2. Que se declare el apoyo a la aprobación del proyecto de ley N“21.245, Aprobación del Acuerdo
Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en
Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribé (Acuerdo de Escazú) puesto que representa un
mecanismo importante en la preservación ambiental del país, asegura el acceso a la información, a
la participación ciudadana y facilita la justicia en asuntos ambientales.
3. Que se le solicite al Poder Ejecutivo la convocatoria de dicho proyecto de ley a seslones
extraordinarias,
4. Se publique el presente apoyo al proyecto de ley en la página de Facebook de la Municipalidad.
5. Se comunique el presente acuerdo a la Asamblea Legislativa, Casa Presidencia y a las demás
Municipalidades del país.
6. Se declare la firmeza del presente acuerdo,
Al respecto se acordó;
a. Por unanimidad, se aprobó la dispensa de trámite de la moción suscrita por la Regidora
Suplente Nicole Mesén Sojo, avalada por el Regidor Propietario Fernando Chavarría Quirós.
b. Por unanimidad, se aprobó la moción suscrita por la Regidora Suplente Nicole Mesén Sojo,
avalada por el Regidor Propietario Fernando Chavarría Quirós,
c. Por unanimidad, se aprobó el Por Tanto de la moción suscrita por la Regidora Suplente Nicole
Mesén Sojo, avalada por el Regidor Propietario Fernando Chavarría Quirós, como se detalla a
continuación:
ACUERDO N' 24
“Por tanto:
1. Se dispense de trámite de comisión la presente moción.
2. Que se declare el apoyo a la aprobación del proyecto de ley N*21.245, Aprobación del Acuerdo
Reglonal sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en.
Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) puesto que representa un
mecanismo importante en la preservación ambiental del país, asegura el acceso a la Información, a
la participación cludadana y facilita la justicia en asuntos ambientales.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
po
pacina No125 CACA Ne88 Ordliiária
CédulaJurídica3-014042051-23 YLCO-
3. Que se le solicite al Poder Ejecutivo la convocatoria de dicho proyecto de ley a sesiones
extraordlnarias.
MUNICIPALIDAD DEGOICOECHEA G a
4, Se publique el presente apoyo al proyecto de ley en la página de Facebook de la Municipalidad.
5. Se comunique el presente acuerdo a la Asamblea Legislativa, Casa Presidencia y a las demás
Municipalidades del país.
6. Se declare la firmeza del presente acuerdo."
Acuerdo definitivamente aprobado.
Atentamente
GCH**2430-2020
C. Auditoría Interna
Reg. Suplente Nicole Mesen Sojo
Reg. Propletario Fernando Chavarría Quirós
Archivo
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo al Concejo Municipal de
Goicoechea.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pacina no126 O AC EA Neg Oraimária
ACUERDO N* 2290
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Adriana Herrera Quirós, secretaria
municipal Pérez Zeledón, correo aherrera(Y2mpz.go.cr, dice:
Oficio: TRA-0588-20-SCM
Asunto: Voto de apoyo a la moción en contra del Proyecto de Ley N” 20,212, Gestión
Integral del Recurso Hídrico
NE Municipalidad de Pérez Zeledón
A Cédula Jurídica NO 3-014-042056
San Isidro de El General
09 de diciembre del 2020
TRA-0588-20-SCM
Señor
Carlos Alvarado Quesada
Presidente de La República
Costa Rica
ASUNTO: Moción en contra del Proyecto de Ley N% 20.212, Gestión Integral del Recurso
Hídrico.
Estimado señor:
Reciba un cordial saludo.
Para lo que corresponda les comunico que el Concejo Municipal, en sesión ordinaria 034-2020,
acuerdo 02), celebrada el día 08 de diciembre del 2020, avaló mediante acuerdo aprobado con
ocho votos, lo siguiente:
“MOCIÓN CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN PRESENTADA POR LOS REGIDORES: Mayra
Calderón Navarro, José Luis Orozco Pérez y Rafael Zúñiga Arias
CONSIDERANDOS:
1. Que siendo que la a población de Pérez Zeledón está muy preocupada por el rumbo de este
país y la serie de proyectos que están comprometiendo seriamente la institucionalidad, la
Democracia y la Soberanía Nacional.
2. Que tomando en cuenta que parece existir en algunos sectores de la población un
desconocimiento y desinterés ante proyectos que menoscaban la democracia, la soberanía y
la paz de nuestro país respecto al proyecto de Ley de Gestión Integral del Recurso Hídrico,
proyecto de ley N* 20212 que se discute en la Asamblea Legislativa.
3. Que el proyecto de Ley N* 20212 (Ley para la Gestión Integral del Recurso Hídrico)
representa una amenaza para el manejo de un recurso vital como es el agua, mismo que es
regulado inclusive a nivel constitucional, pero deja fuera al ICE y erosiona además el pleno
derecho que sobre el agua tiene A y A.
4. Que observamos con mucha preocupación como el Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones (MINAET) pasaría a ser con este proyecto de ley el único rector del
recurso hídrico de manera desproporcionada y en sus distintas partes, no sólo
comprometiendo el agua que utilizan los agricultores en el riego de sus cultivos y
abrevaderos, sino que también puede llevar a concesionar los ríos al mejor postor,
generando con ello consecuencias gravísimas para los más necesitados que es la mayoría
del pueblo de Costa Rica.
5. Que un aspecto muy grave en el proyecto de ley N* 20212 es que se le impone un impuesto
a las ASADAS, entidad que administra el agua potable en las comunidades, lo que significa
que estas organizaciones tendrían que entregar recursos económicos al MINAET como ente
rector del recurso hídrico.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*127
Municipalic
MUNI CARLO. JE POCOCI
ad de Pocos
Municipalidad de Pérez Zeledón
Cédula Jurídica N% 3-014-042056
Sr.
Carlos Alvarado Quesada
09 de diciembre del 2020
TRA-0588-20-SCM
Página 2
6. Que este proyecto de ley indica sanción al propietario de finca que haga uso del agua sin
concesión del Estado, inclusive estando ésta dentro de su propiedad,
7. Que con este proyecto de ley se crean las Sociedades de Usuarios corriéndose con esto el
riesgo de privatización del agua.
8. Que con este proyecto de ley se traslada al MINAET funciones de aguas subterráneas del
SENARA.
9. Que la zona de protección de 50 metros horizontales sobre ríos y lagos que se aplica al ICE
no se aplica a generadores privados y crea una confusión sobre los derechos de concesión
que tiene el ICE y CNFL.
10.Que no hay un recurso natural más vital que el agua, que de ello depende la vida y que este
recurso debe permanecer manejado como lo es a la fecha en Costa Rica.
Por lo tanto: mocionamos para que este Concejo, tome el siguiente acuerdo:
1. Pronunciarse en contra de este proyecto de ley mediante nota dirigida a la Asamblea
Legislativa y al Poder Ejecutivo.
2. Que envíe a los Concejos Municipales de Costa Rica el presente acuerdo tomado y se
invite a tomarlo,
Se solicita acuerdo en firme”
Sin más por el momento, se despide.
CONCEJO MUNICIPAL
ADRIANA - Firmado
MARIA digitalmente por
ADRIANA MARIA.
HERRERA HERRERA QUIROS
QUIROS CAMA
Fecha: 2020.12.09
(FIRMA) 13:06:12-0600'
Adriana Herrera Quirós
Secretaria Municipal
AHQ
e. Concejos Munidpales del país
Wsecre06ViESTIÓN 202016 PODER EJECUITINOW.1 Presidencia dela Rapública'6.1.1 Despacho PresidertelTRA-0589-20-5CM (04:20 Moción en contra del PL Ras Hídrico) doc
Teléfono: (506) 2220-66-00 Exts: (6762, 6763)
Correo electrónico:
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo al Concejo Municipal de
Pérez Zeledón.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Auditoria
E”
ACUERDO N 2291 e
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0130-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de Licores
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
Supermercado con
venta de licor
Categoría D-2
Toro Amarillo frente al Bar
Las Américas
Isacami Fz Sociedad
Sa Anónima
Por mayoría de 8 votos Positivos y 1 en Contra, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo
de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado. (Vota en contra el Reg. Randall Torres)
ACUERDO N* 2292
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0130-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de Licores
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*129 ACTA N*85 Ordinaria.
az : Minisuper con venta 1 Km Sur de la Plaza de
ES A de licor Categoría D-1 Deportes La Colonia
Por mayoría de 8 votos Positivos y 1 en Contra, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo
de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado. (Vota en contra el Reg. Randall Torres)
ACUERDO N* 2293
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0130-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de Licores
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
. h Minisuper con venta 150 Mts Sur de la Escuela
sl Álvaro Murillo García de licor Categoría D-1 San Rafael La Colonia
Por mayoría de 8 votos Positivos y 1 en Contra, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo
de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado. (Vota en contra el Reg. Randall Torres)
ACUERDO N* 2294
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0130-2020.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIRAL 24) JE POCOCI
PAGINA N*130 rdinaria.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista delos expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de Licores
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
Restaurante con venta Cariari, frente al Colono
en frtande Bacilvbarla de licor Categoría C Construcciones
Por mayoría de 8 votos Positivos y 1 en Contra, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo
de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado. (Vota en contra el Reg. Randall Torres)
ACUERDO N* 2295
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora regidora Rita Marcelly Umaña
Valverde, correo electrónico: uritamarsellyGO yahoo.com, dice;
Asunto: Proyecto “Casa Oro Verde” de la Asociación Folklórica Oro Verde
> ¿
S 2d WO Aa
PROYECTO “CASA ORO VERDE”.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce Proyecto “Casa Oro Verde” de la
Asociación Folklórica Oro Verde.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pacina notar OI CACTANe8S Ordinaria.
ACUERDO N' 2296
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Francinie Castillo Ramos,
Representes Legal Rapicréditos y el señor Alberto Guzmán Cordero, representante Legal
de Guzmán 8 Compañía, dice:
1
08 de diciembre de 2020
Señores
Consejo Municipal de Pococí
Presente
Estimados señores.
Por medio de la presente se hace la solicitud, formal para la declaración y recibido por la
Municipalidad de Pococí, de la “Calle Publica “del Proyecto Astúa Pirie.
Esta solicitud se hace según documento BANHVI, en acuerdo consecutivo 1055-2020 con fecha de
23-01-2020 en el punto del Por tanto 113 indica lo siguiente textualmente, se debe cumplir con el
compromiso de escritura pública número ciento veintidós, suscrita ante el notario Jose Eduardo Diaz
Canales y adjunta al oficio COOP-VS-UTP-001-2020 donde las empresas, Rapicréditos S.A y Guzmán
8. Compañía por medio de sus representantes legales, se Comprometen de forma INDEFINIDA E
IRREVOCABLE a construir una calle publica con los parámetros legales requeridos en el Proyecto de
Vivienda y sobre todo atendiendo las especificaciones técnicas, lineamientos, características y
requisitos que nos solicite la Municipalidad de Pococi, tendientes a obtener la declaratoria
correspondiente de la “ Calle Publica “, consecuentemente hacer la entrega formal y legal de la
misma a ese ayuntamiento.
Por lo que se solicita a este consejo recibir la declaración, con compromiso de las empresas
Rapicéditos S.A y Guzmán £ Compañía a entregar la calle con las siguientes especificaciones,
servicios de agua potable y sanitaria, electricidad, aceras, cordones de caño, y cabe mencionar que
la misma calle publica quedara habilitada para el desfogue de las Biojardineras y luego para la
Construcción posterior de la Planta de Tratamiento de la segunda etapa,
Los puntos de referencia, de la calle publica son los siguientes,
La calle publica va hacia la planta de tratamiento, va de sur a norte con un ancho de 14 metros y
un largo de 223 metros.
Sin mas por el momento y atención a esta solicitud.
Francinie'Castilld Ramos
Ced: 1-1096-023! ed-. 6-204-0509
Representante Legal Rapicréditos Representante Legal Guzmán 8: Compañía
Ced jurídica: 3-101-219415 Ced jurídica 3-101-323774
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
ad de Pococí
uditoria
interna
PAGINA N*133 MUNI o
08 de diciembre de 2020
Señores
Consejo Municipal de Pococí
Presente
Estimados señores.
Por medio de la presente se hace la solicitud, formal para aprobación de este consejo municipal, de
la “Calle Publica “del Proyecto Valle del Roble.
Por lo que se solicita a este consejo por escrito la aceptación de la Calle Publica, en la cual cuenta
con compromiso de las empresas Rapicéditos S.A y Guzmán 8, Compañía a entregar la calle con las
siguientes especificaciones, servicios de agua potable, sanitaria, electricidad, aceras, cordones de
caño, zonas verdes y cabe mencionar que la misma calle publica quedara habilitada para la Planta
de Tratamiento que va construida en esta etapa.
Los puntos de referencia de la calle publica son los siguientes.
Va con rumbo sur - norte, un largo de 65 metros y un ancho de 14 metros
y otro sector con rumbo oeste - este, un largo de 385 metros y un ancho de 14 metros.
Sin mas por el momento y atención a esta solicitud.
Atentamente
Francinié Castillo Ramos
Ced: 1-1096-0233
Representante Legal Rapicréditos Representante Legal Guzmán 8, Compañía
Ced jurídica: 3-101-219415 Ced jurídica 3-101-323774
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
Municipalidad de Pococií
M UNICIKA LH AD DE POCOCI
PAGINA N*135 ACTA N*85 Ordinaria.
Participan de la palabra:
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Yo lo voy a someter a votación con las siguientes aclaraciones, yo como presidente lo voy
a votar con el siguiente razonamiento:
1- Este proyecto es una necesidad de muchos años de muchas personas.
2- Estos señores que envían esta nota, cuentan con el contenido presupuestario a través
del BANHVI. el BANHVI tiene apartado el contenido económico porque es un compromiso
de muchos años con personas que necesitan la ayuda.
3- El 18 de diciembre se cierra el registro público, por lo tanto, ese contenido económico
no se puede ir para otro cantón y debe ser empleado en el cantón de Pococí.
4- Una vez que se hace esta declaratoria por parte del Concejo, si en el proyecto, no se
cumple con la ley de Control Urbano, de esta Municipalidad de Pococí, con el
entendimiento, no se visarán los planos, porque no queremos cochinadas en este cantón.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro.
Saluda, la consulta mía es, si está avalada por el criterio técnico esa iniciativa o propuesta
que hace de la calle pública. Gracias.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Señor Alfredo Calderón, esto ya ha sido homologado en varias reuniones, y acuérdese
que lo estamos votando con la cuestión de que no se brinque el criterio técnico de Control
Urbano. Por lo tanto, este señor tendrá que cumplir condicionadamente con todos los
requisitos si no, no se procederá con el visado.
Esto es la premura porque, estos es un requisito para que ese presupuesto no se nos vaya
del cantón de Pococí y nosotros como Concejo Municipal estamos aprobando para que
las cosas de hagan bien, porque no vamos a permitir desordenes en este cantón.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro.
¿Quiero que me aclare está avalada por el criterio técnico o no?
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Bueno señor, ya le dije que esto ha sido homologado en la oficina de don Manuel y también
con el ingeniero, aquí viene el plano, viene todo, y voy a someterlo a votación, usted tiene
su derecho como regidor de votar con razonamiento pero tenga la seguridad que este
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI *“É3Y
PAGINA N*136 ACTA NE Oraimarta O"
servidor como presidente, nunca lo va a hacer a usted incurrir en error, por lo tanto lo voy
a someter a votación.
Razonamientos de voto negativo.
Reg. Luis Ángel Méndez.
Razonando mi voto, me preocupa, yo se que el desarrollador es una persona de confianza,
pero en aras de la transparencia entre las partes, me parece que debe de haber un criterio
técnico previo. Muchas gracias y que quede en actas mis palabras.
Reg. Yaslyn Morales G
Debido a que no existe un criterio técnico firmado por el ingeniero a cargo yo estaría
votándolo negativo.
Reg. Randall Torres.
Según el parámetro general que yo tengo es un buen proyecto, lo que pasa es que en esta
Municipalidad se tienen que hacer bien y todo este tipo de proyectos de declaratoria de
calle pública tiene que pasar por el departamento de Control Constructivo, para verificar
que se cumplan todos los aspectos, ya sea que necesite planta de tratamiento, evacuación
de aguas, para que no tengamos a futuro ningún tipo de responsabilidad.
El tema es que nosotros, si tomamos una mala decisión, hay 10 años donde tenemos
responsabilidad y tenemos que dar cuentas. Quiero que conste literalmente mis palabras
y que una vez que cumpla con todo y pase por el departamento de control constructivo,
con mucho gusto todos los proyectos de declaratoria de calles podrían ser conocidos.
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera.
Henry estuvo en la reunión, y al desarrollador se le dijo que Henry tenía que presentar un
informe para la declaratoria de la calle, el proyecto está bien, las calles que están
proponiendo está bien, según la parte técnica de Henry está bien, pero si hay que cumplir
el procedimiento como dicen los compañeros, tenía que hacer un documento Henry junto
con Freddy para que se declare la calle, porque ellos son la parte técnica y ahí no está
cumpliendo con la parte técnica y ese es el problema, eso lo pueden recurrir con un recurso
de revisión en la próxima sesión o me toca a mí presentar un veto; porque está mal el
procedimiento, no porque esté mal, el proyecto está bien, pero si tiene que llevar el informe
técnico del departamento de Henry y el departamento de Freddy donde ellos recomiendan
la declaratoria de esa calle.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pacina No137 MOI ACTA NIE Oráinaria.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Por esa razón los que estamos votando, estamos bajo el entendimiento que, para que
esas casas se edifiquen debe de cumplir con todo lo del departamento de Desarrollo de
Control Urbano, con el condicionamiento de que no se visará ningún plano si hay
incumplimiento, por lo tanto, estamos haciendo esto como una premura, para que los
recursos económicos el BANHVI los mantenga que ya los tiene destinados en su portafolio
para Astúa Pirie, porque es un compromiso viejo de muchos años en donde, muchas gente
necesitada está esperando eso. En ningún momento los que votamos estamos
brincándonos el criterio de Control urbano, están con el entendido que se debe cumplir
con todo lo de Control urbano.
Reg. Jonnathan García.
En la votación yo iba a pedir la palabra para consultar si había un criterio técnico sobre
eso, y no se me dio y cuando se hizo la votación yo no voté y se me tomó el voto como
afirmativo, entonces quiero aclarar esa situación. El proyecto yo lo conozco, conozco la
calidad de trabajo que se está realizando, sin embargo, si no tengo un criterio técnico, no
estaría de acuerdo en esa votación.
Por Mayoría de 5 votos en contra, 4 a favor SE ACUERDA: Se rechaza la declaratoria
de calles. Votan a favor los regidores, Juan Luis Gómez, Ovidio Vives, Jose Antonio
Bustos Reinaldo Benavides.
Propuesta Regidora Yaslyn Morales Grajal.
Que conste en actas mis palabras de justificar mi voto negativo, basado en que yo he sido
muy atinada al decir que voy a votar lo que venga con criterio técnico y por este momento
esa calle pública no lo trae, por eso estoy en desacuerdo.
Si estoy de acuerdo con el proyecto, lo fui a ver y que alegría ver un proyecto en Astúa
Pirie de la magnitud que se está haciendo, pero las cosas hay que hacerlas bien.
Anteriormente se han hecho mal y en esta administración las cosas hay que hacerlas bien,
cuando esté el criterio técnico de los encargados, que va a ser afirmativo, porque ya ellos
fueron a ver el proyecto, yo estaría apoyando ese proyecto y que también no se le olvide
al desarrollador hablar con el síndico porque es el Consejo de Distrito el que tiene que
recomendar.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez.
Bueno escuchando entonces está denegada la solicitud de calle pública.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalldpy/de Pococií
N] E POC
PAGINA N*138 MUI Ni Ne8s Or oc -OCI
Reg. Ovidio Vives C.
Saluda. Con todo respeto y mi posición, siempre voy en que es importante mantener los
criterios técnicos, pero tengamos claro que el departamento no es quien declara las calles
públicas ni en este cantón ni en ningún cantón de Costa Rica. La potestad la tiene nuestra
autonomía que es el Concejo Municipal, nosotros podemos declarar incluso calles en
tierra, requisitos si ustedes creen que no es así, podemos consultarle el criterio jurídico a
la Procuraduría General de la República, el Concejo Municipal de cualquier parte de Costa
Rica, podemos declarar calles incluso estando en tierra.
La posición como lo está explicando el señor presidente me parece bien, muy acertada de
que, siempre y cuando ellos cumplan los requisitos técnicos que le va a pedir el
departamento de Control Urbano, unidad Técnica, pues yo creo que se va a tomar en
cuenta una garantía, cada desarrollador va a tener que responder a una garantía si no
cumple con “X” cosa. Explica ampliamente.
Propuesta Reg. Yaslyn Morales Grajal.
Aquí todos tenemos la voluntad de colaborarle, a la comunidad de Astúa Pirie, nosotros
hoy estamos recogiendo la irresponsabilidad de Concejo anteriores de declarar calles
públicas sin infraestructura y es por eso que hoy, estamos yendo a reuniones casi de día
por medio con AyA, para que puedan hacer un área de salud, porque las calles públicas
que se declararon en el pasado, no tienen la infraestructura necesaria ni un criterio técnico
y es por eso que hoy tenemos los problemas aquí en este cantón.
Pero en aras de la transparencia y de querer ayudar al desarrollo de este cantón, le hago
una propuesta señor presidente, que ese documento sea trasladado mañana mismo al
departamento de Control Urbano y de Junta Vial y se proponga hacer una extraordinaria
el día martes para poder declarar esa calle pública si así el criterio lo dice, y solo para ver
ese punto y así poderle ayudar al desarrollador, para que vea que no queremos entrabar,
sino que queremos agilizar, pero responsablemente.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Escuchando la propuesta de la regidora Yaslyn voy a someterla a votación.
Reg. Jose A. Bustos Martínez.
Que conste en actas que yo voté positivo lo de las calles para declararlas públicas. Lo que
estamos haciendo es para iniciar un trámite nada más, me preocupa que de aquí al martes
no haya humo blanco y vamos a pasar en lo mismo y vamos a perder el tiempo.
Reg. Yaslyn Morales Grajal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI “==
PAGINA N*139 ACTA N*85 Ordinaria. 10-12-2020
Yo lo único que quiero es colaborar para que el desarrollador cumpla con los días que dice
que tiene límite y como Henry ya fue a ver el proyecto yo no creo que tarde mucho hacer
el criterio técnico para poder justificar la declaratoria.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar propuesta de la regidora Yaslyn se
trasladan los documentos a los departamentos de Control Urbano y Unidad Técnica
para que los ingenieros colaboren con la realización de un informe técnico sobre la
declaratoria de las calles públicas. Además, se acuerda realizar Sesión
Extraordinaria el martes 15 de diciembre a las 6:00 pm. Punto Unico: “Declaratoria
de calles públicas de los proyectos: Astúa Pirie y Proyecto Valle del Roble”. Se
Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.
TD A ==> Y => Y ==> 0 ==>
ARTICULO ll
Lectura, Discusión y Verificación de Acta N*83 Ordinaria del
03-12-2020
ACUERDO N?* 2297
Se Conoce Acta N*83 Ordinaria del 03-12-2020
Comentarios del Acuerdo N* 2259
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Cuando se nombró la Comisión para el sueño de Navidad, la sindica Alejandro
Sancho Bravo me solicitó estar, pero en el acuerdo no aparece, entonces para que
la señora secretaria incluya a la sindica Alejandro Sancho Bravo en la Comisión de
Sueño de Navidad que se conformó ese día.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*83 Ordinaria del
03-12-2020. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*140 ACTA N*85 Ordinaria.
0-9
ARTICULO lll
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N”* 2298
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Lic. Manuel Hernández Rivera,
Alcalde Municipal, correo electrónico: manuel.hernandezQmunipococi.go.cr, dice;
DAMCMI-0183-2020
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 139 folios,
correspondiente a la Licitación Abreviada No. 2020LA-000054-CLO01, Construcción Parque
de Roxana y Sistema de drenaje Parque de Roxana, solicitud presentada por el Ing.
Brandon Agúero Maroto, Dpto. obras civiles Municipalidad de Pococí.
Se recibió oferta de las empresas:
e Constructora y Servicios Cover S.A, por un monto de la oferta de
(72.079.491.50, (setenta y dos millones setenta y nueve mil cuatrocientos noventa
y un colones con 50/100) aportando certificaciones solicitadas según cartel de
invitación.
+. Compañía Hermanos Navarro y Sojo S.A, por un monto de la oferta de
(/60.483.686.71, (sesenta millones cuatrocientos ochenta y tres mil seiscientos
ochenta y seis colones con 71/100) aportando certificaciones solicitadas según
cartel de invitación.
Evaluación
Se procede a realizar la admisibilidad de la oferta presentada según lo indicado en el
artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, donde se califica 70%
precio, Experiencia 15%, Plazo 5% y Empresa local 10%
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
VIT N TP Y E OC
MUNICIE AND, JE POCOCI
PAGINA N*141 Cc inaria.
|
Precio (70) Experlencia (15) Plazo (5) Empresa ps (10) 'TOTAL |
Empresa Monto | Puntos Cantidad Puntos | Plazo Puntos Puntos | |
COVER (172,079.491,50 587 mas de 5 15 | Nolndica 0 10 84 |
Hermanos Navarro — (160.483.686,71 70 mas de 5 15 7 5 10 10 |
Requisitos de admisibilidad:
| Admisibilidad |
| Empresa CV Ingeniero ¡CV. Maestro obras |Cert. CFIA empresa [Desglose de rubros |
| COVER si No si | No |
lHermanos Navarro si si Si | Si |
De acuerdo con el análisis y revisión del proceso por parte del Ing. Brandon Agiero Maroto
Obras Civiles Municipalidad de Pococí, determinó que la empresa: Compañía Hermanos
Navarro y Saja S.A, cumplen con todo lo solicitado en el cartel de Invitación. Oficio visible
en los folios No. 137 al 139.
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor alcalde a pagar a la empresa:
+. Compañía Hermanos Navarro y Saja S.A, por un monto de la oferta de
(46.992.957, 16, (cuarenta y seis millones novecientos noventa y dos mil
novecientos cincuenta y siete colones con 16/100) monto que se ajusta de acuerdo
con el contenido presupuestario existente por recomendación del del señor
Brandon Agúiero Maroto, Dpto. Obras Civiles Municipalidad de Pococí. "Consumo
contra demanda" Según detalle: 1) Suministro de colocación de parrillas de
concreto, baja de 115 a 43 unidades 2) Construcción de tapia en sector 2, reducir
a O metros lineales.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad q
Pacina no142 CACA NS Ordinaria
Sin más por el momento.
Alcalde
Por Unanimidad, SE ACUERDA. Se autoriza al señor Alcalde a pagar a la empresa:
Compañía Hermanos Navarro y Saja S.A, por un monto de la oferta de (/46.992.957,
16, (cuarenta y seis millones novecientos noventa y dos mil novecientos cincuenta
y siete colones con 16/100) monto que se ajusta de acuerdo con el contenido
presupuestario existente por recomendación del del señor Brandon Agiiero Maroto,
Dpto. Obras Civiles Municipalidad de Pococí. "Consumo contra demanda" Según
detalle: 1) Suministro de colocación de parrillas de concreto, baja de 115 a 43
unidades 2) Construcción de tapia en sector 2, reducir a O metros lineales, según
detalle del “Por Tanto” Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
<> a => Y ==> 4 <==> 0 ==>
ARTICULO V
Mociones
ACUERDO NP? 2299
Moción presentada por la Regidora Suplente Rita Marcelly Umaña Valverde, avalada
por el regidor Jose Bustos Martínez.
Considerando que:
La Que, el artículo 27 inciso b) del Código Municipal faculta a las personas regidoras
a presentar mociones y proposiciones.
2. Que, en 1993, la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) aprobó la
Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer.
3. Que acorde a los fundamentos de la Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belém
do Paré (sitio de su adopción en 1994), se explican las conductas que limita total o
parcialmente a la mujer al reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*143 ACTA N*85 Ordinaria.
por tal motivo la cual manifiesta que los Estados firmantes cola tomarán medidas
para tratar situaciones que deban de atender las preocupaciones acerca de conductas
individuales o colectivas que manifiesten tácitamente la violencia contra la mujer en una
ofensa a la dignidad de la mujer y por ende, una manifestación de las relaciones de poder
históricamente desiguales entre mujeres y hombres.
4. Que, en Costa Rica, la Política Nacional para la Atención y la Prevención de la
Violencia contra las Mujeres 2017-2032, conocida como PLANOVI tiene como fin
"propiciar un cambio en la cultura machista, promover masculinidades no violentas y que
impulsen la igualdad, y - paralelamente- reducir los niveles de impunidad, garantizar mayor
protección a las mujeres..."
5. Que, divulgar o compartir imágenes íntimas sin consentimiento expreso es violencia
sexual, ya que cosifica a las personas, vulnera su seguridad, agrede la dignidad, y causa
daños psicológicos irreversibles.
6. Que, la violación de la correspondencia o comunicaciones está tipificado en el
Ordenamiento Jurídico Nacional, específicamente en el Código Penal; artículo 196, cuya
falta acarrea una pena privativa de libertad de 1 a 3 años.
7. Que el artículo 196 bis, del Código Penal costarricense, establece la violación de
comunicaciones electrónicas, e indica que: “Será reprimida con pena de prisión de seis
meses a dos años, la persona que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de
otro, sin su consentimiento, se apodere, accese, modifique, altere, suprima, intercepte,
interfiera, utilice, difunda o desvíe de su destino, mensajes, datos e imágenes contenidas
en soportes: electrónicos, informáticos, magnéticos y telemáticos. La pena será de uno a
tres años de prisión, si las acciones descritas en el párrafo anterior son realizadas por
personas encargadas de los soportes: electrónicos, informáticos, magnéticos y
telemáticos."
8. Que, recientemente en todos los noticieros del país han dado razón de un grupo
llamado: “NUDES CR” compuesto por más de tres mil personas, cuyo único fin era la
distribución de material con contenido sexual, sin el respectivo consentimiento.
9. Que el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU) pidió a las autoridades judiciales
intervenir en el caso de un grupo Nudes CR creado en la red social Telegram y donde sus
participantes comparten fotos y vídeos íntimos de mujeres en Costa Rica.
10. Que la alerta surgió el pasado jueves 26 de noviembre de 2020, cuando varias
usuarias denunciaron en las redes sociales que el mencionado chat estaba compuesto por
más de 3.000 hombres, muchos de los cuales habrían tenido algún tipo de relación con
las ofendidas y exponen las imágenes en ese espacio.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*144 N*85 Ordinaria.
[
11. Que entre el material distribuido podrían existir videos o fotografías de personas
menores de edad, lo que constituye tenencia de pornografía infantil.
12. Que la Municipalidad de Pococí, congruente con su “Política Local de Igualdad y
Equidad de Género”, actualmente vigente, establece en uno de sus ejes la "Protección
efectiva de los derechos de las mujeres frente a todas las formas de violencia" y los
programas que desarrolla desde hace 20 años, van dirigidos en favor de los derechos de
las mujeres y la construcción de nuevas masculinidades.
13. Que resulta fundamental en estos momentos que la Municipalidad de Pococí,
muestre su rechazo absoluto ante toda forma de violencia contra las mujeres y las niñas,
sobre todo ante el reciente descubrimiento de un grupo compuesto por más de tres mil
personas, cuyo único objetivo era compartir, difundir y distribuir, mediante una Red Social
imágenes de partes íntimas de mujeres y niñas.
14. Que, con el afán de educarnos y realizar cambios culturales, que sustituyan
conductas nocivas por conductas edificantes, donde prevalezca el respeto por los
derechos de las demás personas, incluido el derecho a la intimidad, se requiere de
acciones afirmativas y campañas de educación sobre la violencia sexual y la violación de
las comunicaciones electrónicas.
POR TANTO:
Mocionamos para que este respetable Concejo Municipal
acuerde lo siguiente:
1: Que nuestra municipalidad de Pococí se manifieste en contra de todo tipo de
violencia contra la intimidad de las mujeres, y que como acción visible ilumine el palacio
municipal de color naranja que es el color designado internacionalmente contra la
eliminación de la violencia y que simboliza la búsqueda de un futuro brillante y libre de
violencia para las niñas y las mujeres.
2. Que nuestra municipalidad de Pococí se manifieste en contra de la difusión de
videos o imágenes con contenido sexual de mujeres y niñas, mediante una campaña de
sensibilización sobre las nefastas consecuencias que sufren las víctimas estos delitos.
3: Que dicha campaña esté enfocada también en las consecuencias civiles y penales
que podrían derivar de esta conducta dolosa.
4. Que la oficina de Igualdad, mujer o bienestar social coordine con la oficina de
comunicación y las personas proponentes las acciones y la propuesta de campaña.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIRALAZAD DE POCOCI
PAGINA N*145 Ordinaria.
VA
5. Que se envíe este acuerdo a la RECOMM, UNGL, ANAI, y demás municipalidades
del país instándolos a tomar acciones que fortalezcan el derecho a la intimidad de las
mujeres y las niñas.
6. Que esta moción se dispense de trámite de comisión.
ia
Firma:
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Aprueba la Moción. Se Dispensa del Trámite de
Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.
AL SER LAS DIECIOCHO HORAS CON CINCUENTA Y OCHO MINUTOS SE
LEVANTA LA SESIÓN
|
F-JUAN LUIS a
PRESIDENTE MUNICIPAL
C/c: SRS. REGIDORES, OTROS.
ARCH.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.