Ordinaria 79 · 2020-11-19

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Acuerdos en esta acta

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PAGINA N*1
DE POCOCI
rdinaria.
MUNICIRALIRA Do
ej
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N*79 ORDINARIA. 19-11-2020
SESION ORDINARIA. N*79 DEL 19-11-2020, INICIADA A LAS 18:00
HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA
SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS
Juan Luis Gómez Gómez (Quien Preside)
Jonnathan García Chévez
Reinaldo Benavides Vargas
Luis Angel Méndez Araya
Dennia Yaslyn Morales Grajal
José Antonio Bustos Martínez
Randall Torres Barrientos
Ovidio Vives Castro
Alfredo Calderón Alfaro
SIÍNDICOS PROPIETARIOS
Gabriela Madrigal González
Greivin Bonilla Sánchez
Sandra Umaña López
Carmen Sánchez Navarro
José A. Chavarría Villarreal
Javier Jiménez Villalobos
Alejandra Sancho Bravo
Licda. MAGALLY VENEGAS
VARGAS
SECRETARIA
REGIDORES SUPLENTES
Bernardo Veach Davis
Osael Campos Bolaños
Jairo Antonio Ojeda Aburto
Flor Iveth Peraza Campos
Rosbil Danier Arguello Badilla
Rita Marcelly Umaña Valverde
Marilú Ballestero Cruz
Yoseline Rocío Abarca Torres
Hilda Zamora Arias
SÍNDICOS SUPLENTE
José Luis Diaz Valverde
Keylor Andrey Campos Mora
Shirley Murillo Flores
Ana Rita Rodríguez Jiménez
Jorge Humberto González Calderón
Lic. MANUEL HERNANDEZ
RIVERA
ALCALDE MUNICIPAL
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina nz MUNI ANG orar
Sd a a A AS
ORDEN DEL DÍA
Acuerdos ARTÍCULO
2106-al-2132 | Correspondencia
2135-al-2140 111 Asuntos del Sr. Alcalde
2141-2142 IV Mociones
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*3 MUNICH RIM CO CI
0-9
ARTICULO |
Correspondencia
ACUERDO N* 2106
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Magally Venegas, secretaria
municipal, dice;
Oficio: CMPL-216-2020
Asunto: Traslado de Correspondencia de la Asamblea Legislativa del Oficio AL-
CPAS-1721-2020 ASUNTO: Consulta Exp. 21.347
A MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Secretaría del Concejo
Telefax: 2711-1227
a prosecretariaconcejo(Oyahoo.es
DE POCOCI
Guápiles, 18 de Noviembre del 2020
CMPL-216-2020
Señor:
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Asunto: Traslado de Correspondencia de la Asamblea Legislativa
Estimado Señor:
Por instrucciones del Señor presidente del Concejo Municipal, se hace traslado del
siguiente documento para su respectiva revisión:
6d
Oficio: AL-CPAS-1721-2020
Asunto: Consulta Exp. N* 21.347
EJ E
Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Pococí
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
hi
ACUERDO N' 2107
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Magally Venegas, secretaria
municipal, dice;
Oficio: CMPL-215-2020 nd
Asunto: Traslado de Correspondencia de la Asamblea Legislativa.
4 Ez MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Y A Secretaría del Concejo
2) Telefax: 2711-1227
Mt prosecretariaconcejoMyahoo.es
DE POCOCI
Guápiles, 17 de noviembre del 2020
CMPL-215-2020
Señor:
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
Asunto: Traslado de Correspondencia de la Asamblea Legislativa
Estimado Señor:
Por instrucciones del Señor presidente del Concejo Municipal, se hace traslado del
siguiente documento para su respectiva revisión:
Oficio: AL-DSDI-OFl-0148-2020
Asunto: Consulta Exp. N* 21.347
Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Pococí
C/c-Archivo
pS
ren Y IAYLS
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Pacina nos MONICIA NG ornaria. O
ACUERDO N* 2108
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Karina Fonseca Madriz,
Secretaria Viceministro Unidades Regulares del Ministerio de Seguridad Pública, dice:
Karina Fonseca Madriz <kfonsecamOmsp.go.cr> f mar, 17 nov. alas 9:10
Para: Prosecretaria Concejomunipococi
Buenos días Dari, espero se encuentre muy bien.
Gracias por la información. Don Luis se encuentra interesado en brindarles la
audiencia, no obstante, por cuestiones propias del cargo no se ha podido
concretar la misma. Por lo tanto, sugiero que sea el concejo municipal quien
brinde 3 opciones tentativas de fechas para que el Sr. Viceministro pueda
elegir según su agenda. Quedo atenta.
Saludos,
'
Kana Foueca Madriz
SECRETARIA VICEMINISTRO UNIDADES RECULARES
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
2600-4826 pr. 2
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Que se le informe a la señora Karina Fonseca
Madriz, Secretaria Viceministro Unidades Regulares del Ministerio de Seguridad
Pública que es Concejo Municipal por cuestiones del COVID-19, no tiene interés en
establecer reuniones.
ACUERDO N* 2109
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Lourdes Méndez Fernández,
directora Escuela San Ignacio, teléfono 4409-2873, correo
esc.sanignaciolarita(Qmep.go.cr, dice:
Asunto: Terna para sustitución de miembros por renuncia.
Estimados (as) señores (as):
En concordancia con el articulo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de
Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
(
p
Municigalidad de Pococií
Pacina noo MONICIACA NG ornaria.
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas", proced remitir la
propuesta de temas para la conformación de la Junta de Educación de la Escuela San
Ignacio (indicar si corresponde a Junta Administrativa o Junta de Educación y el
nombre tal y como se registró en el Registro Nacional), para su nombramiento y
juramentación ante el Concejo Municipal:
Además, les informo que solo se presenta una terna debido a que en la comunidad de
Canta Gallo y en la escuela San Ignacio la población es muy escasa y en su mayoría
son familia o guardan parentesco en primer, segundo y tercer grado de
consanguinidad. También hacemos de su conocimiento que no presentamos las
hojas de delincuencia, por motivos de traslado de /os futuros miembros, ya que la
mayoría trabajan en las bananeras y se les dificulta sacar permiso para ir a las Oficinas
judiciales las mismas se presentaran el día de la juramentación, se presentan la
siguiente terna con las personas postulantes.
Nombre Cédula
Maikol Deibys Cabrera Morales 6-0345-0011
Aura Luz Zamora Mena 7-0293-0114
Atentamente, ss La
(Firma y sello del Director del Centro Educativo)
£scuela San Ignacio
Circatto06
VB. Supervisor de circuito educativo
MARIA DEL MILAGRO
CAMPOS VIQUEZ (FIRMA)
(Firma y sello).
El Concejo Municipal nombra a las siguientes personas:
Aura Luz Zamora Mena 7 0293 0114
Maikol Deibys Cabrera Morales 6 0345 0011
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra a las anteriores personas como
miembros de la Junta Directiva de la Escuela San Ignacio. Pasar al Despacho de la
Alcaldía para su respectiva Juramentación. Dispénsese del trámite de Comisión.
Acuerdo definitivamente Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
MUNICIFAHIDIS, DE POCOCI
PAGINA N*7 Ordinaria.
ACUERDO N* 2110
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la regidora Yaslin Morales Grajal,
Secretaria de la Comisión Permanente Municipal de Jurídicos, dice:
Asunto: Dictamen de la Comisión Permanente Municipal de Jurídicos sobre Análisis
del Reglamento de Impuestos municipales del cantón de Pococí.
Municipalidad de Pococí
Ln COMISIÓN DE JURÍDICOS
DICTÁMEN DE LA COMISIÓN PERMANENTE MUNICIPAL DE JURÍDICOS
REUNIÓN ORDINARIA del 19 de noviembre del 2020.
De los asuntos a tratar por la comisión permanente Municipal de Jurídicos estando
en la sala de sesiones la suscrita Yaslyn Morales Grajal, reunida vía whatsaap con
algunos miembros de la comisión, al ser las 2:00 pm del día 19 de noviembre de
2020, se tratará lo siguiente:
Fecha: 19 de noviembre del 2020
Integrantes Presentes: Regidores propietarios
+ Yaslyn Morales Grajal
+ Luis Ángel Méndez Araya
+ Juan Luis Gómez Gómez
Punto Único a tratar.
Análisis del Acuerdo N*1981 Acta N*75 Ordinaria del 29-10-2020 “ Reglamento
de Impuestos Municipales del cantón de Pococí en concordancia con la Ley
8585 de Impuestos Municipales del cantón de Pococí”
De acuerdo al análisis realizado por esta comisión y en vista de que el reglamento
de Impuestos Municipales del cantón de Pococí cuenta con los ajustes y
actualizaciones requeridas por parte de los departamentos encargados como son:
Hacienda Municipal
Administración Tributaria
Y Servicios Jurídicos
Esta comisión da el voto positivo para que dicho reglamento se publique en el diario
Oficial La Gaceta por segunda vez y en forma definitiva.
Por Unanimidad de los presentes SE ACUERDA: Solicitar al Concejo Municipal
de Pococí la Aprobación definitiva del Reglamento de Impuestos Municipales
del cantón de Pococí en concordancia con la Ley 8585 de Impuestos
Municipales del cantón de Pococí. Y que se Publique en el Diario Oficial La
Gaceta.
Atentamente:
Va Las
Reg.Juan Luis Gómez Reg. Yaslyn Morales Grajal
Presidente Secretaria
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIFALIDID,DE POCOCI
PAGINA N*%8 rdinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Conforme la facultad que otorga el Estado Costarricense concordantemente con las bases del
régimen municipal, el principio de la autonomía municipal, la potestad reglamentaria y las
competencias que en materia urbanística, ambiental y de salud pública reconocidas a los
Municipios en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política; 4, 11 y 13 de la Ley General de
la Administración Pública; 4 y 13 del Código Municipal, así como previa consulta pública que fue
gestionada al tenor del artículo 43 del Código Municipal y conforme el acuerdo municipal No.
2110 de fecha 19 de noviembre de 2020, este Concejo Municipal acuerda lo siguiente: “Por
Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba en forma definitiva el reglamento de Impuestos
Municipales del cantón de Pococí en concordancia con la Ley 8585 de Impuestos Municipales
del cantón de Pococí. Que se publique en el Diario Oficial La Gaceta. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado”. Según se expone:
REGLAMENTO DE IMPUESTOS MUNICIPALES DEL CANTÓN DE POCOCÍ
La Municipalidad de Pococí, de conformidad con lo que establecen los artículos 169 y 170 de la
Constitución Política, 4 inciso a), 13 inciso d) del Código Municipal, La Ley N* 8582, De Impuestos
Municipales del Cantón de Pococí, El Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N?
8220 denominada Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites
administrativos, procede a emitir el Reglamento de Impuestos Municipales del Cantón de Pococí
para las actividades económicas que se desarrollen con fines lucrativos y no lucrativos en su
jurisdicción.
1*-El artículo 169 de la Constitución Política y el literal 3 del Código Municipal, establecen que
compete a la Administración Municipal velar por los intereses y servicios locales, concepto en el
cual se encuentra inmerso regular el adecuado funcionamiento de la actividad lucrativa y no lucrativa
que se realiza en el Cantón de Pococí.
2%-De conformidad con lo establecido en los artículos 88, 89, 90,91 bis, 91 y 92 del Código
Municipal, ley N* 7794 del 16 de abril de 1998, es competencia de la Municipalidad establecer las
políticas generales de las actividades económicas con fines lucrativos y no lucrativos, que se
desarrollen en el Cantón.
3"-Mediante el voto N* 6469-97 de las dieciséis horas veinte minutos del ocho de octubre de mil
novecientos ochenta y siete, la Sala Constitucional estableció que "es materia municipal todo lo que
se refiere al otorgamiento de las licencias para el ejercicio del comercio en su más variada gama
de actividades y su natural consecuencia que es percibir el llamado impuesto de patente".
4"-Para cumplir con las competencias otorgadas por la Constitución y la Ley en esta materia, la
Constitución Política, mediante su artículo 170 y el Código Municipal en su artículo 4”, establecen
la autonomía política, administrativa y financiera de las municipalidades, así como la potestad de
dictar reglamentos autónomos de organización y de servicio, y cualquier otra disposición que
autorice el ordenamiento jurídico.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*9 MUNICIAHRIPRE HO COCI
5%-Se dicta el Reglamento de Impuestos Municipales para las actividades económicas que se
desarrollen con fines lucrativos y no lucrativos en el Cantón de Pococí.
Normas generales
CAPÍTULO I
Artículo 1*- Para ejercer cualquier tipo de actividad económica ya sea comercial, productiva, o de
cualquier índole, con fines lucrativos, habituales o discontinuas, en el cantón de Pococí, las personas
interesadas deberán contar con la licencia municipal respectiva, la cual se obtendrá mediante el
cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Reglamento. El ejercicio de dicha
actividad generará la obligación del patentado o patentada de pagar a favor de la Municipalidad, el
impuesto de patentes de conformidad con la ley vigente.
El presente cuerpo reglamentario regula lo siguiente: 1- Licencias para las actividades lucrativas o
económicas, tanto permanentes como temporales, habituales como discontinuas. 2-Licencias para
rótulos, anuncios y vallas. 3- Créditos Fiscales.
Todo lo relacionado con el expendio de bebidas con contenido alcohólico, queda regulado en la Ley
9047 de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico. Publicada en la
gaceta No. 152 Alcance Digital N.* 109 del 8 de agosto de 2012, sus reformas y su reglamento.
Artículo 2*- En el caso de actividades relacionadas con instituciones públicas o el ejercicio de
servicios profesionales independientes por personas físicas, el establecimiento de locales para el
desarrollo de la actividad deberá cumplir lo dispuesto en el Plan Regulador del Cantón de Pococí o
la normativa que se encuentre vigente.
En todo caso se deberá tramitar la Licencia Municipal de Funcionamiento para ejercer la actividad
de servicios profesionales independientes cumpliendo con todos los requisitos de la actividad, lo
cual no implica el pago de la obligación tributaria por actividad lucrativa.
Artículo 3”- Todas las actividades que se desarrollen con fines lucrativos o económicos dentro del
cantón de Pococí, aún y cuando su domicilio fiscal se encuentre en otro Cantón, deberán obtener la
licencia respectiva y pagar el impuesto correspondiente, siempre que el hecho generador del
impuesto sea realizado dentro del Cantón de Pococí.
Artículo 4”- La Municipalidad deberá resolver las solicitudes de licencia en un plazo máximo de
treinta días naturales, contados a partir de su presentación. Vencido el término y cumplidos los
requisitos en forma completa, sin respuesta alguna de la Municipalidad, el o la solicitante podrá
establecer su actividad, siempre y cuando dicha actividad no sea contraria a la ley, al orden, la moral
y/o las buenas costumbres, de conformidad con lo que se indica en los artículos 7 de este Reglamento
y 7 de la Ley N* 8220.
Artículo 5”- En caso de una presentación incompleta de requisitos, la Municipalidad deberá prevenir
al administrado o administrada por una única vez, ya sea por escrito o por el medio que la persona
haya señalado para recibir notificaciones, dejando evidencia la administración de la fecha y hora en
la cual se previno al administrado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Audito
Oj
Pacina nro MUNI A NGN oriaria
Esta prevención deberá realizarse por parte de la Unidad de Patentes, en un plazo str de cinco
días naturales, contados a partir del día siguiente del recibo de los documentos, para que se
completen los requisitos omitidos en la solicitud o el trámite, o que aclare o subsane la información.
La prevención indicada suspende el plazo de resolución de la Municipalidad y otorgará a la persona
interesada hasta diez días hábiles para completar o aclarar; transcurrido este término, continuará el
cómputo del plazo restante previsto para resolver.
Vencido el plazo sin el cumplimiento de los requisitos faltantes, se procederá al archivo de la
documentación presentada y se entenderá la actividad como no autorizada.
Artículo 6”- La Unidad de Patentes indicará a las personas interesadas cuáles permisos o requisitos
correspondientes a otras instituciones públicas deben acompañarse con la solicitud de la licencia.
Cuando por error u omisión se determine que una actividad que haya obtenido la licencia requiere
algún otro permiso o requisito que no se exigió en su oportunidad, dicha unidad lo comunicará a la
persona interesada y le concederá a ésta, un plazo de hasta veinte días hábiles para que corrija el
error o supla la omisión, sin perjuicio que este plazo pueda ser prorrogado conforme al requisito que
se refiera.
Transcurrido dicho plazo, sin que se cumpla con lo solicitado, se procederá instruir el procedimiento
o proceso correspondiente, para la nulidad del acto administrativo que otorgó la respectiva licencia.
Artículo 7”- La licencia municipal para ejercer cualquier actividad, sólo podrá ser denegada cuando
esta sea contraria a la ley, el orden, la moral o las buenas costumbres, el interés público y/o cuando
él o la solicitante no haya cumplido los requisitos legales y reglamentarios. Asimismo, en caso de
licencias temporales, la licencia será rechazada cuando él o la solicitante, haya incurrido en
violaciones reiteradas a la ley, la moral o las buenas costumbres en el ejercicio de la actividad
requerida.
Artículo 8*- No se concederán licencias municipales de ningún tipo en casas de habitación, salvo
que para efectuar la actividad se separe totalmente el área que se destinará para local comercial de
la casa de habitación, debiéndose observar que entre uno y otro no haya comunicación interna.
Artículo 9”- Las licencias municipales se otorgarán únicamente para que las actividades se
desarrollen dentro del establecimiento; cuando se comprobare que se utiliza la vía pública, áreas de
parqueo o zonas comunes en centros comerciales, para consumir alimentos o bebidas de cualquier
tipo, así como exhibir o vender mercadería, o cuando se utilicen equipos reproductores o
altoparlantes para promocionar la actividad comercial, se procederá en primera instancia a notificar
al titular de la licencia la violación en la cual está incurriendo con su actuar, la reincidencia por
segunda vez acarreará el deber municipal de suspender la licencia respectiva por el plazo de tres días
naturales y su consecuente cierre temporal. En caso de incurrir en dicha conducta por tercera vez, se
procederá a la cancelación de la licencia respectiva, para lo cual se seguirá el procedimiento
administrativo correspondiente.
No obstante lo anterior, en caso de zonas de uso común en los centros comerciales, si el patentado
o patentada cuenta con la autorización expresa y escrita por parte de los condóminos y del
administrador del centro comercial, la Unidad de Patentes podrá autorizar que esas áreas se utilicen
para el desarrollo de la actividad comercial, siempre y cuando no se obstaculice el paso de tránsito
de personas y se respeten las medidas mínimas necesarias para personas con algún tipo de
discapacidad.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
INTO;
ía
Munkripalidad de Pecocí
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PaciNa Nor MUNI ANA OO
Artículo 10- Para que la Municipalidad autorice la solicitud de otorgamiento, traslado o traspaso de
licencias municipales de todo tipo, será requisito indispensable que las personas interesadas, tanto
solicitantes como propietarias del inmueble, estén al día en el pago de los tributos y demás
obligaciones municipales.
Artículo 11- A toda actividad con fines lucrativos o económicos, que haya sido previamente
autorizada por la Municipalidad de Pococí, se le impondrá un impuesto que será establecido de
acuerdo con los mecanismos que dicten las leyes respectivas.
Artículo 12- Las personas que se dediquen a la actividad profesional a que se refiere la ley N* 8582
y que se encuentren asociadas con fines mercantiles en un mismo establecimiento comercial deberán
obtener la licencia y pagar el impuesto respectivo.
CAPÍTULO II
SECCIÓN I
Definiciones
Artículo 13- Para los efectos de este reglamento, se adoptan las siguientes definiciones:
a. Cancelación: Es el acto administrativo por el cual la Municipalidad deja sin efecto una
licencia o permiso, previo cumplimiento del debido proceso. La cancelación de la licencia implica
la clausura inmediata del establecimiento comercial.
b. Casa-habitación: Inmueble, cuarto, departamento, aposento, edificio o lugar construido con
un fin residencial, que esté habitado por una o más personas; y que no posea licencia o patente
comercial; así como que tampoco posea patente o licencia aprobada para el almacenaje,
distribución, venta o consumo de bebidas alcohólicas.
Cc. Centro Comercial: Se trata de un desarrollo inmobiliario urbano con áreas de compras para
consumidores finales de mercancías y/o servicios, que concentra una mezcla de negocios en un
área determinada, con los espacios para la circulación de personas y espacios de circulación de
vehículos, así como áreas de estacionamiento a disponibilidad de sus visitantes. Para que se
denomine “Centro Comercial”, deberá contar como mínimo con diez locales de uso comercial
diferentes o variados.
d: Clausura: Acto administrativo mediante el cual la Municipalidad suspende la operación de
un establecimiento mediante la colocación de sellos en lugares visibles desde la vía pública y en
sus puntos de acceso. Se podrá autorizar en ese mismo acto la permanencia de personal de
seguridad para el cuido del establecimiento, sin que ello permita el libre acceso a terceros ni la
continuidad del giro comercial; en caso de contar con varios accesos se dejará sin clausurar un
único punto, el cual no podrá ser el principal.
e. Establecimiento o negocio expendedor de bebidas con contenido alcohólico: Lugar
autorizado para el almacenaje, distribución, venta o consumo de bebidas alcohólicas;
independientemente de la categorización que obtenga, siempre y cuando cuente con la respectiva
autorización del Ministerio de Salud, la Municipalidad y otras instituciones cuando corresponda;
debiendo reunir los requisitos que para cada actividad o categorización que señalen las leyes y
reglamentos vigentes.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Mugicipalidad de Pecocí
Pacina no12 MONICIA Noa
f Giro: Orientación o modalidad de funcionamiento, bajo la cual un coblliniano comercial
explota o ejerce la actividad autorizada por la Municipalidad en la licencia otorgada.
9. Licencia de funcionamiento: Es el acto administrativo emitido por la Municipalidad que
autoriza a las personas físicas o jurídicas la operación y funcionamiento de los establecimientos
dedicados a comercio, industria (manufacturera o extractiva), servicios, agricultura, ganadería,
pesca y forestal, así como al almacenaje, distribución, venta o consumo de bebidas con contenido
alcohólico y cualquier otro que surja de la dinámica comercial en el Cantón.
h. Multa: Sanción administrativa de tipo pecuniaria, impuesta por la autoridad municipal a la
violación de un precepto legal contemplado en la Ley N* 8582, cuando así corresponda.
l Municipalidad: La Municipalidad del Cantón de Pococí.
j. Marquesina: Especie de alero o protección de cualquier material, que se coloca a la entrada
de cualquier estructura de índole comercial o industrial.
k. Orden público: Entiéndase éste como la paz social, la tranquilidad y la seguridad, que
provienen del respeto generalizado al ordenamiento jurídico.
L Patente: Es el acto de habilitación que, a través del pago del impuesto, recibe la
Municipalidad en contraprestación a la licencia de funcionamiento que permite la operación de
los establecimientos dedicados al comercio, la agricultura, ganadería, pesca y forestal, la industria
(manufacturera o extractiva) o servicios de todo tipo.
m. Patentado o patentada: Persona física o jurídica que explota una licencia otorgada por la
Municipalidad. Se entenderá como tal, para efectos de girar los actos administrativos
correspondientes, sean de notificación o fiscalización al patentado o patentada, dependiente,
gerente, administrador (a), representante u otro similar, que sea responsable de velar por el
funcionamiento del establecimiento al momento en que se apersone la Municipalidad.
n. Publicidad Exterior (rótulos, anuncios y vallas): Toda publicidad por medio de rótulos,
avisos, vallas o similares cuyo propósito sea hacer una propaganda comercial o llamar la atención
hacía algún producto, artículo o marca de fábrica o hacía una actividad comercial o negocio,
servicio, recreación, profesión u ocupación domiciliaria que se ofrece y que pueda ser vista desde
la vía pública.
O. Unidad de Patentes: Dependencia encargada de recibir, tramitar, aprobar, fiscalizar e
inspeccionar todo lo relacionado a la materia de licencias municipales.
p. Reglamento municipal: Es el instrumento jurídico conformado por las disposiciones que
norman el rol, acciones y procedimientos a cargo de la Municipalidad, cuyo contenido incide en
la autorización, control y fiscalización de las actividades comerciales, industriales o de servicios
dentro del Cantón de Pococí.
a. Reincidencia: Reiteración de una misma falta cometida en dos o más ocasiones en un
establecimiento o actividad. Se entenderá para estos efectos como falta cometida, aquella que se
tenga debidamente acreditada por la Municipalidad previo cumplimiento del procedimiento
ordinario regulado en la Ley General de la Administración Pública.
É. Salario base: Para los efectos de la determinación del impuesto y la aplicación de sanciones
que señala la Ley N* 8582, se entenderá que es el establecido para el Auxiliar Administrativo 1
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií
Pacina Noa MUNI ANG orar O
que señala el artículo 2 de la Ley N* 7337 del 5 de mayo de 1993. Este a a mantendrá
vigente para todo el año, aun y cuando sea modificado en el transcurso del mismo.
S. Vía pública: Comprende las aceras, caminos, calles y carreteras por donde transita
libremente cualquier persona o vehículo.
SECCIÓN II
Tipos de licencias
Artículo 14- La Municipalidad podrá otorgar según la actividad, licencias permanentes, licencias
temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios,
mismos a los que deberán someterse las licencias para comercialización de bebidas con contenido
alcohólico:
a) Licencias permanentes: son aquellas que se otorgan para ejercer una actividad de forma
continua y permanente, su explotación no implica de forma alguna la puesta en peligro del orden
público, entendido éste como la paz social, la tranquilidad, la seguridad, la moral y las buenas
costumbres. No deben ser renovadas por el patentado o patentada, sin embargo, pueden ser
revocadas por la Administración Municipal, cuando el establecimiento o actividad comercial por
una causa sobrevenida, no reúna los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación,
haya variado el giro de la actividad sin estar autorizada por la Municipalidad o que esta se esté
realizando en evidente violación a la ley y/o al orden.
b) Licencias de carácter temporal: Este tipo de licencias se extenderán de tres a seis meses,
en virtud que se cuenta con una presunción razonable que con la actividad solicitada, se podría
violentar la ley y/o el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la
Administración Municipal.
Serán renovables automáticamente por períodos iguales y sucesivos hasta cumplir con un año,
siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros indicados, para lo cual, el
patentado o patentada deberá apersonarse ante la Unidad de Patentes con el certificado para su
respectiva renovación, al menos cinco días hábiles antes de la fecha de vencimiento del mismo.
Transcurrido el plazo de un año, se otorgará la licencia comercial en forma definitiva, pudiendo
revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento o actividad comercial deje
de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su
actividad, o cuando ésta se desarrolle en evidente violación a la ley y/o al orden público.
c) Licencias para actividades ocasionales: son otorgadas por la Municipalidad para el
ejercicio de actividades de carácter ocasional, tales como fiestas cívicas y patronales, turnos, ferias,
en épocas navideñas o actividades de temporada y afines. Se podrán otorgar hasta por un periodo
de tres meses, prorrogables por una única vez.
Estas licencias podrán ser revocadas cuando la explotación de la actividad autorizada sea variada o
cuando la misma implique una violación a la ley y/o el orden público.
Artículo 15- Fiscalización: La Unidad de Patentes deberá fiscalizar la buena marcha de las
actividades autorizadas, en aras de controlar la continuidad normal de la explotación de la actividad,
la revocatoria de la licencia comercial, la renovación de la misma, recalificaciones de patente,
instrucción de procedimientos administrativos y aplicación de sanciones, para lo cual la
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Muyicipalidad de Pococí
PAGINA N*14 MUNI Al
administración deberá proveer los recursos tecnológicos, económicos y a que le
permitan realizar esta labor.
CAPÍTULO HI
SECCIÓN 1
Procedimiento para el otorgamiento de las licencias municipales
Licencias municipales permanentes
Artículo 16- Las solicitudes de licencias municipales serán gestionadas ante la Unidad de Patentes,
que constatará en un plazo máximo de tres días naturales, contados a partir del día siguiente del
recibo de los documentos, si la solicitud cuenta con todos los requisitos legales y reglamentarios
necesarios para su explotación, de lo contrario, prevendrá al administrado (a) por una única vez y
por escrito o por el medio que la persona haya designado para atender notificaciones, dentro de los
alcances de la Municipalidad, para que en un plazo de diez días hábiles contados a partir del día de
la notificación complete o aclare lo pertinente.
La prevención indicada suspende el plazo de resolución de la Municipalidad, transcurrido este
término, continuará el cómputo del plazo restante previsto para resolver.
Vencido el plazo sin el cumplimiento de los requisitos faltantes, se procederá al archivo de la
documentación presentada, se emitirá resolución debidamente motivada y se entenderá la actividad
como no autorizada.
La autorización final de la actividad solicitada será otorgada por la Jefatura de la Unidad de Patentes,
lo que se hará constar mediante la firma en el certificado correspondiente, previo a ello, esa misma
Jefatura deberá emitir una resolución debidamente motivada en torno al cumplimiento de todos los
requisitos por parte del solicitante.
Artículo 17- Requisitos. Para gestionar las licencias municipales, ya sean comerciales, industriales
o de servicios, se requiere la presentación de los siguientes documentos:
1. Formulario completo de la solicitud de licencia municipal con todos los datos requeridos,
debidamente firmado por la persona interesada o por el representante legal cuando corresponda.
En caso de que él o la solicitante no efectúe el trámite de manera personal, la firma deberá estar
autenticada por Notario (a) Público (a).
2. Cuando él o la solicitante sea una persona física: Presentar original de la cédula de identidad
para ser confrontada ante cualquier funcionario (a) municipal o bien fotocopia certificada por
Notario (a) Público (a) en caso de que no se presente el documento original.
3. Cuando el solicitante sea una persona jurídica deberá presentar:
1.1 Original de la cédula de identidad del representante legal para ser confrontada ante
funcionario (a) municipal o bien fotocopia certificada por Notario (a) Público (a) en caso de
que no se presente el documento original.
1.2 Original y fotocopia de certificación de personería jurídica emitida por Notario (a) Público
(a) o el Registro Nacional, para ser confrontada ante funcionario (a) municipal o bien
fotocopia certificada por Notario (a) Público (a) en caso de que no se presente el documento
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií
PAGINA N*15 MON al
original, donde se indique que el solicitante o los solicitantes pueden actuar conjunta o
separadamente en representación de la sociedad. Dicho documento no deberá tener más de
un mes de emitido.
2. El local donde se desarrollará la actividad, debe contar con una cantidad mínima de espacios de
estacionamiento necesarios para el giro comercial que se pretende desarrollar, para lo cual se
aplicarán las regulaciones que al respecto dispone el Reglamento de Construcciones del Instituto
Nacional de Vivienda y Urbanismo vigente.
3. Cuando el local sea arrendado, deberá presentar original y copia del contrato de arrendamiento
para ser confrontada ante un funcionario municipal, o bien fotocopia certificada por Notario (a)
Público (a) en caso de que no se presente el documento original.
Si el bien inmueble es propiedad del solicitante, la Unidad de Patentes, realizará la consulta
respectiva en la página web del Registro Nacional y la agregará al expediente respectivo.
4. Cuando no exista contrato de arrendamiento, sino únicamente el consentimiento del propietario
del bien inmueble para el uso solicitado ante la Municipalidad deberá aportarse carta del o los
propietarios registrales, junto con la copia del o los documentos de identidad de estos, indicando
la persona y la actividad que se autoriza, así como el número de inscripción del bien inmueble
en el Registro Nacional.
5. Original y copia del permiso sanitario de funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud
para ser confrontada ante funcionario (a) municipal o bien fotocopia certificada por Notario (a)
Público (a) en caso de que no se presente el documento original, cuando sea necesario de
conformidad con lo que establece el Decreto Ejecutivo o la Ley General de Salud vigente.
6. Uso de suelo emitido por el Departamento de Planificación y Control Constructivo donde se
verifique que la actividad se desarrollará en una zona permitida, en caso de requerirse copia de
plano catastro porque el mismo no se encuentre en los registros municipales, o algún otro
documento, el interesado deberá aportarlo. El uso de suelo deberá indicar si se trata de una obra
nueva y que esta, cumple con las regulaciones de la Ley 7600 de Igualdad de Oportunidades para
las Personas con Discapacidad.
7. El o la interesada, así como el propietario del bien inmueble, deberán estar al día con todas las
obligaciones tributarias municipales, lo cual será verificado por la Plataforma de Servicios o
Unidad de Patentes, al momento de recibir la documentación.
8. Para el caso de construcciones nuevas, la Unidad de Patentes solicitará a la Unidad de
Planificación y Control Constructivo informar si las mismas cuentan o no con el recibimiento de
obras, dicho documento deberá ser entregado al día hábil siguiente de la solicitud por parte de
dicha dependencia.
Licencias para la instalación de máquinas de juego manuales, electrónicas o
Juegos electrónicos:
En caso de que se solicite licencia comercial para instalar máquinas de juego manuales, electrónicas
o juegos electrónicos: el solicitante además de cumplir con los requisitos anteriores, aportará lo
siguiente:
a) La solicitud deberá indicar la descripción de cada uno de los juegos a explotar.
b) Para mejor resolver, presentar original y fotocopia de dictamen emitido por un profesional en
Ingeniería Electrónica, donde se haga constar que el resultado del uso de la máquina de juego a
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*16 MUNICIRA IRA PARA COCI
utilizar en el local, no obedece al azar, para ser confrontada ante funcionario (a) municipal o
bien fotocopia certificada por Notario (a) Público (a) si no se presenta el documento original.
c) Según lo dispuesto en la Reforma a la Ley de Juegos, por medio de Ley 8767, se prohíbe la
instalación y el funcionamiento de máquinas de juegos, juegos de video o juegos de habilidad y
destrezas, tanto electrónicas como virtuales, en establecimientos comerciales cuya actividad
ordinaria no sea este tipo de juegos.
d) El local comercial para máquinas de juegos debe tener libertad de movimiento para los asistentes
al mismo, por lo que deberá contar con una capacidad mínima de medio metro cuadrado de
superficie libre interna por cada concurrente. Al menos la cuarta parte de dichos locales
comerciales, deben colindar con vía pública.
e) Las máquinas de juegos, juegos de video o juegos de habilidad y destreza, tanto electrónicos
como virtuales, deberán instalarse en establecimientos acondicionados para tal fin, cuyas salas
no estén asociadas con ninguna otra actividad ni comunicadas internamente con locales
dedicados a otras actividades.
f) Queda prohibida la permanencia de personas menores de doce años en estos establecimientos,
sin el acompañamiento de un adulto responsable. A quienes incumplan las disposiciones de este
artículo se les impondrá multa equivalente a dos veces el salario base.
9) No se podrán admitir personas menores de dieciséis años en los locales destinados a billar, caso
contrario, al dueño de este se le impondrá una multa de tres veces el salario base, en los términos
del artículo 14 de la Ley de Juegos.
h) En los locales comerciales en que se instalen juegos electrónicos y virtuales, tendrán un horario
comprendido de las 10:00 a.m. hasta las 22:00 como máximo. A quienes incumplan las
disposiciones de este artículo se les multará con tres veces el salario base.
i) A quien reincida con lo señalado en los puntos g) ei) se le cancelará la patente correspondiente,
recurriendo para ello al debido proceso, según la Ley General de Administración Pública.
j) Las personas propietarias de los locales comerciales deberán colocar rótulos visibles que
indiquen lo siguiente:
-Menores de edad: Los menores de doce años deberán estar acompañados de un adulto responsable.
-Horario del establecimiento: Este establecimiento tiene un horario de las 10:00 horas hasta las
22:00 horas máximo.
Licencia para la instalación de casinos en hoteles con declaratoria turística:
En caso de que se solicite licencia comercial para explotar casinos, únicamente corresponde en el
caso de hoteles con declaratoria de interés turístico: deberá cumplir adicionalmente lo siguiente:
a) La solicitud debe indicar la descripción de cada uno de los juegos a explotar.
b) Original y copia del documento emitido por el Instituto Costarricense de Turismo, en el que se
indique que el establecimiento tiene declaratoria de interés turístico, para ser confrontada ante
funcionario municipal o bien fotocopia certificada por Notario (a) Público (a) en caso de que no
se presente el original.
Licencia para la instalación de hoteles, casas de alojamiento ocasional o similar:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
paiNa nor OACI ordinaria,
En caso que se solicite licencia comercial para la explotación de la actividad de lts, muss de
alojamiento ocasional o similar; deberán cumplir adicionalmente, con lo siguiente:
Aportar los documentos emitidos por el Instituto Mixto de Ayuda Social y del Instituto Costarricense
de Turismo, donde se indique que el establecimiento se encuentra al día de pago de impuesto con
dichas entidades, debe adjuntar original y copia para ser confrontada ante funcionario (a) municipal,
o bien fotocopia certificada por Notario (a) Público (a) en caso que no se presente el original.
Licencia para actividades con regulación especial:
En caso que se solicite licencia municipal para otras actividades que la autorización de la actividad
por parte de la institución rectora a nivel nacional (MEP, MOPT, SUGEF, SUTEL, SUGEVAL,
SENASA y Ministerio de Salud, entre otros), deberán aportarse según la actividad la constancia o
certificación correspondiente de cada institución:
+ Actividades de carácter financiero, bancario o símiles (SUGEVAL)
+ Centros de educación privada. (MEP y/o CONESUP según corresponda)
+  Telecomunicaciones. (SUTEL)
+  Parqueos o estacionamientos públicos. (MOPT)
+ Transporte privado de estudiantes, u otros similares. (MOPT, CTP, según corresponda).
+ Eventos deportivos, culturales o de cualquier otra índole. (TEATRO
NACIONAL, COMISIÓN DE ESPECTACULO PÚBLICO).
+ Carnicerías, veterinarias y Tiendas de mascotas o similares. (SENASA)
+ Actividades, obras o proyectos nuevos, que, por ley o reglamento, se han determinado que
pueden alterar o destruir elementos del ambiente o generar residuos, materiales tóxicos o
peligrosos; así como, las medidas de prevención, mitigación y compensación, que
dependiendo de su impacto en el ambiente. (SETENA).
» — Así como cualquier otra actividad lucrativa o económica que no se encuentre contemplada
en el presente Reglamento o que surja a raíz de la evolución comercial en el Cantón.
» Certificación emitida por la Asociación de Compositores y Autores Musicales de Costa Rica
(ACAM,, o la sociedad de gestión colectiva correspondiente para actividades de espectáculo
público y de repertorio musical, cuando se requiera de conformidad con lo dispuesto en la
Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos y su reglamento.
Artículo 18- La Municipalidad de Pococí, por medio de la Unidad de Patentes, llevará un registro
de los patentados o patentadas con todos los datos necesarios para su correcta identificación y
localización.
El patentado o patentada deberá señalar a la Municipalidad su domicilio dentro del cantón de Pococí,
número de fax o medio electrónico legalmente idóneo, para efectos de contactarlo o notificarle
cualquier asunto o documento pertinente a su licencia municipal. Asimismo, tendrá la obligación de
señalar cualquier cambio que se realice en su domicilio o en el de su representante legal, pues de no
hacerlo se tendrá por notificado en el transcurso de las 24 horas siguientes posterior al dictado de la
resolución que se emita.
La Municipalidad entregará a cada patentado o patentada el certificado que lo acredita como tal y
éste deberá estar colocado en un lugar visible en el establecimiento. En caso de extravío o pérdida
de este certificado el patentado o patentada deberá solicitar su reposición ante la Unidad de Patentes
para lo cual deberá encontrarse al día con la patente municipal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIFALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*18 Ordinaria.
Procedimiento de cobro del impuesto
SECCION II
Artículo 19- A toda actividad lucrativa o económica que haya sido previamente autorizada por la
Municipalidad de Pococí, se le impondrá un impuesto, que será establecido de acuerdo con los
mecanismos de la Ley 8582 denominada Ley de Impuestos Municipales del Cantón de Pococí y el
artículo primero de este Reglamento.
El impuesto se cobrará a partir del momento del inicio de la actividad dentro del Cantón de Pococí,
aún y cuando se haya iniciado la actividad sin la respectiva licencia.
Artículo 19bis. En casos de calamidad pública o emergencia nacional o cantonal, declarados por el
Gobierno Central, la Municipalidad podrá suspender, a petición de los licenciatarios, temporalmente
la vigencia de las licencias otorgadas por un plazo máximo hasta de doce meses. Durante el plazo
de suspensión, al no estar desarrollándose la actividad comercial, no se cobrará el impuesto
correspondiente a que hace referencia el párrafo anterior.
Toda solicitud de suspensión de licencia la deberá realizar el licenciatario por escrito y señalar un
medio para recibir notificaciones futuras. El licenciatario podrá solicitar la reactivación de la licencia
en cualquier momento, con lo cual se retomará el cobro del impuesto correspondiente.
Para la reactivación efectiva de la licencia, el interesado deberá haber cancelado cualquier pendiente
relacionado con este impuesto o estar al día en caso de que esté cancelando sus pendientes a través
de la figura de arreglo de pago.
Cumplidos doce meses desde la suspensión de la licencia y debidamente notificados por las
administraciones tributarias municipales, los licenciatarios tendrán un plazo máximo de diez días
hábiles para solicitar la reactivación de su licencia. En caso de no hacerlo dentro de dicho plazo, se
tendrá por revocada, en forma automática, la licencia otorgada.
Artículo 20- El impuesto se pagará durante todo el tiempo en que la actividad se lleve a cabo y por
el tiempo en que se haya poseído la licencia, siempre y cuando existan ventas o ingresos brutos o
compras en caso de los negocios que ejercen su actividad bajo el Régimen de Tributación
Simplificada. El pago regirá para el trimestre completo o fracción del mismo, si la actividad da inicio
cuando ya se encuentre avanzado.
Cuando un patentado o patentada finalice su actividad, deberá comunicarlo a la Unidad de Patentes.
En caso de no hacerlo, la Municipalidad procederá a cancelar automáticamente la licencia, cuando
se autorice una nueva licencia en el mismo local comercial, cuando sea evidente el abandono de la
actividad y/o cuando se encuentre atrasado en el pago del impuesto por dos o más trimestres,
independientemente que la actividad se desarrolle o no en el local comercial. El pago deberá hacerse
efectivo hasta el día en que sea comunicado a la municipalidad, ya sea por trimestre completo o
fracción transcurrida de éste.
Artículo 21- Para efectos del presente Reglamento se entiende por actividad económica la que se
ejerce con fines de lucro, con carácter comercial, empresarial, de servicios, profesional, técnico,
artístico por cuenta propia o a través de medios de producción y de recursos humanos, o de uno o
de ambos, con el fin de intervenir en la producción, distribución o divulgación de bienes o servicios,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Continua el Acta en el Folio 02, TOMO 25
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI EN
CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE CONTRO
INTERNO EN SU ARTÍCULO 22, INCISO E) HACE CONSTAR QUE AQUÍ
TERMINA
EL LIBRO DE ACTAS
TOMO XXIV LLEVADO POR: CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCI
CONFORME DE ACUERDO CON NUESTROS REGISTROS
INDIVIDUALES AL FOLIO ASIENTO 33
GUAPILES
GRACE
CHINCHILLA
my Fecha: 2020.11.26
VILLEGAS (Fl ) 20.0451 -06'00'
Licda. GRACH CHINCHILLA VILLEGAS, Maff
AUDITORA INTERNA
PoOcocrI
OO
Auditoría
interna
001
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI EN
CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE CONTROL
INTERNO EN SU ARTICULO 22, INCISO E) HACE CONSTAR QUE AQUÍ
PRINCIPIA
EL LIBRO: ACTAS
QUE LLEVARA: CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCI
CONSTA DE 400 FOLIOS EN PERFECTO ESTADO DE CONSERVACIÓN Y
LIMPIEZA DEBIDAMENTE FOLIADO Y CON EL SELLO DE ESTE DESPACHO,
SEGÚN CONSTA EN NUESTRO CONTROL GENERAL DE LIBROS
AUTORIZADOS.
FOLIO ASIENTO 34
GUAPILES/26 DE NOVIEMBRE DEL 2020.
Firmado digitalmente por
GRACE CHINCHILLA
CHINCHILILA PococI
Fechay020.11.26 10:07:39 sr
VILLEGAS|(FIRMA) “5508
fa
Licda. GRACHE|CHINCHILLA VILLEGAS, Maff
AUDITORA IN[TERNA
Municipalidad de Pococí
Lo
PAGINA N*19 MUNICH DARE LOCOCI 49 11-202
ya sea de manera permanente u ocasional, ambulante o estacionaria, actividades de ganadería, pesca,
forestal, industrial (manufactureras o extractivas).
Artículo 22- Base imponible: Con excepción de lo señalado en el artículo 11 de la ley 8582, se
establecen como factores determinantes de la imposición, los ingresos brutos o las ventas brutas
anuales que perciban las personas físicas O jurídicas sujetas del impuesto durante el período fiscal
anterior al año que se grava.
Se entiende por ventas el total de ventas anuales una vez deducido el impuesto que establece la Ley
de Impuesto General sobre las Ventas y los ingresos percibidos por concepto de impuestos que de
manera obligatoria deban recaudar para el Estado.
Para el caso de establecimientos financieros, de alquileres y de correduría de bienes muebles e
inmuebles se considerarán ingresos brutos los percibidos por concepto de intereses y comisiones.
Artículo 23- Hecho Generador. El hecho generador del impuesto es el ejercicio de cualquier tipo
de actividad efectuada por los sujetos pasivos entre el 1? de enero y el 31 de diciembre de cada año,
a título oneroso y con carácter lucrativo, sea que se desarrolle en un establecimiento o no y
cualquiera que sea el resultado económico obtenido.
Artículo 24- Los ingresos brutos o las ventas brutas anuales obtenidos durante el período fiscal del
año que se grava, se les aplicará la tarifa de dos por mil (0,002) (£2.00 por cada mil colones) y el
resultado obtenido constituirá el impuesto a pagar por año.
El impuesto se cancelará por adelantado y se pondrá al cobro de manera trimestral. Deberá
cancelarse durante los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año.
Artículo 25- En caso de que no se cumpla con la cancelación del impuesto en los meses indicados
en el artículo anterior, la Unidad de Patentes estará obligada a cobrar el recargo por concepto de
intereses.
002
Artículo 26- El total del ingreso bruto o la venta bruta anual de las actividades lucrativas que hayan
operado únicamente una parte del período fiscal anterior, se determinará con base en el promedio
mensual del período de la actividad en que se ejerció ésta.
De la declaración jurada
SECCIÓN HI
Artículo 27- Todos los patentados o patentadas tienen la obligación de presentar cada año la
declaración jurada del impuesto ante la Unidad de Patentes y anexar fotocopia o comprobante de la
declaración del impuesto sobre la renta del período sujeto a gravar, debidamente recibida por la
Dirección General de Tributación o agentes auxiliares autorizados para este fin o comprobante
virtual correspondiente, cualquiera que sea la cuantía de sus ingresos o ventas brutas obtenidas.
El plazo máximo para su presentación será el 15 de enero de cada año o régimen tributario vigente.
Con base en esta información, la Unidad de Patentes calculará el impuesto por pagar en firme, sin
previo pronunciamiento, aun y cuando la declaración se presente posterior a la fecha señalada.
Artículo 28- En los casos en que las empresas tengan autorización de la Dirección General de
Tributación para funcionar con período fiscal diferente, los sujetos pasivos deberán comunicarlo a
la Unidad de Patentes por escrito, antes del vencimiento del período, para el registro correspondiente
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Viene el Acta del Folio 399, TOMO 24
Municipalidad de Pococí
pacina nszo  MUNICIEANOSdalaria. O
y el plazo para la presentación se ampliará hasta tres meses posteriores, contados a partir del cierre
del periodo fiscal especial de que se trate.
Artículo 29- Régimen de Tributación Simplificado: Los contribuyentes autorizados por la
Dirección General de Tributación en el Régimen de Tributación Simplificado, deberán presentar
copia de las declaraciones juradas trimestrales correspondientes al período fiscal, debidamente
selladas o recibidas mediante medio idóneo por la Dirección General de Tributación o los agentes
auxiliares autorizados y la certificación de contador público autorizado (CPA) respecto a las ventas
brutas anuales.
Artículo 30- La Unidad de Patentes tendrá a disposición de los patentados o patentadas los
formularios y la información necesarios para que puedan presentar la declaración jurada del
impuesto.
Los patentados o patentadas deberán retirar los formularios respectivos en dicha dependencia en
cualquier momento, o en su defecto acceder a los medios electrónicos previstos para este fin.
Artículo 31- Todo sujeto pasivo que realice actividades en diferentes cantones además del cantón
de Pococí y que en su declaración de impuesto sobre la renta incluya las ventas o el ingreso brutos
de manera general, deberá aportar una certificación de un contador público autorizado, donde se
detallen los montos correspondientes que le corresponde gravar a cada municipalidad, incluida la
Municipalidad de Pococí.
Esta información deberá ser verificada por la Unidad de Patentes, que en caso de comprobar que en
alguna de las municipalidades citadas no se tributa, deberá coordinar con el gobierno local aludido
para que tome las acciones correspondientes, en aplicación del principio constitucional de
coordinación institucional.
Artículo 32- De la Multa. Los sujetos pasivos que no presenten la Declaración Jurada con sus
anexos, dentro de los plazos establecidos en el artículo 10 de la ley 8582 y los artículos 27 y 28 de
este reglamento, se harán acreedores de una recalificación de oficio, más una multa de un treinta por
ciento (30%), la misma se calculará con respecto al monto del impuesto anual del año anterior, según
lo establece el artículo 13 de la ley 8582,
Dicha multa deberá pagarse conjuntamente con el impuesto del primer trimestre del periodo al
cobro, para el caso de los contribuyentes con periodo especial, se tomará el trimestre en que le
corresponda presentar la declaración.
Artículo 33- La declaración jurada del impuesto que debe presentar el patentado o patentada ante la
Unidad de Patentes quedará sujeta a las disposiciones de los artículos 122, 124 y 125 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, así como a otras leyes que regulen esta materia.
Toda declaración queda sujeta a revisión por los medios establecidos por ley. Si se comprueba que
los datos suministrados son incorrectos, circunstancia que determina una variación en el tributo, o
cualquier otro tipo de inexactitud, se hará la recalificación respectiva.
En este caso, la certificación extendida por el contador municipal donde se indique la diferencia
adeudada servirá de título ejecutivo para efectos del cobro.
Artículo 33 bis- Facultad Fiscalizadora en la recaudación de los tributos.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*21 MUNICIE ADD AE LOCOCI
Conforme el artículo 77 bis del Código Municipal, se constituye a la Municipalidad como
administración tributaria, contando con las facultades para ejercer fiscalización y control en la
recaudación de los diversos tributos asignados.
La Municipalidad a través de la Unidad y/o persona asignada para fiscalizar los tributos municipales,
podrá intervenir en cualquier momento previa notificación al sujeto pasivo, dentro de los plazos
establecidos en la Ley N.* 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de 03 de mayo
de 1975, para asegurar el estricto cumplimiento de las normas legales que les otorgan recursos
económicos.
La Municipalidad de Pococí, en su condición de Administración Tributaria, cuenta con las facultades
establecidas en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, en cuanto a ilícitos tributarios
dispone de las facultades establecidas en el título III de dicho Código, en lo que se refiere a
infracciones y sanciones administrativas.
Cuando la Municipalidad, en su fase de fiscalización de los tributos, tenga noticia de que se ha
cometido un presunto delito, procederá a denunciarlo al Ministerio Público, la información
confidencial recabada por la municipalidad no puede ser utilizada para fines distintos de los
tributarios, salvo norma legal que así lo autorice y siempre dentro de las facultades otorgadas a las
municipalidades.
El carácter privado de la información capturada para fines tributarios prevalece y debe resguardarse
según lo dispone la ley.
Los servidores de la municipalidad únicamente están autorizados a acceder a la información propia
de la gestión administrativa que estén tramitando.
En todo momento, la municipalidad velará por el cumplimiento del derecho al debido proceso y el
derecho de defensa de los sujetos pasivos en los procedimientos ante la municipalidad, para cumplir
lo previsto en esta norma, se contará con la colaboración obligada de la Dirección General de
Tributación, la Dirección General de Aduanas y de los demás entes públicos.
Artículo 34- La Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda deberá brindar a la
Municipalidad de Pococí, en su condición de administración tributaria, la información relativa a las
ventas o los ingresos brutos que fueron declarados por los contribuyentes del impuesto sobre la
renta, siempre y cuando estos estén domiciliados o sean patentados o patentadas del Cantón de
Pococí.
Para ello, la Unidad de Patentes deberá solicitar a la Dirección General de Tributación, la base de
datos de todos los comercios inscritos ante esa dependencia en el periodo fiscal anterior, a fin de
realizar la correspondiente revisión y verificación de contribuyentes omisos y/o contribuyentes con
diferencias en los montos declarados de las ventas y proceder con las recalificaciones
correspondientes.
Artículo 35- La información de carácter tributario que la Municipalidad de Pococí obtenga de los
contribuyentes tienen carácter confidencial, únicamente el contribuyente, Su representante legal o
persona debidamente autorizada por el patentado o patentada, pueden examinar los datos y anexos
consignados en sus respectivas declaraciones juradas; asimismo, cualquier expediente que
contemple ajustes o reclamaciones formuladas sobre dichas declaraciones.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
uditorí
encina neza  MUNICIER ARS nara
De la determinación de oficio del impuesto de patentes
SECCIÓN IV
Artículo 36- La Municipalidad por medio de la Unidad de Patentes, se encuentra facultada para
realizar de oficio la determinación del impuesto o su respectiva recalificación, cuando el
contribuyente o responsable se encuentre en cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Que no haya cumplido lo establecido en el artículo 10 de la Ley 8582.
b) Que, aunque haya presentado la declaración jurada, el documento correspondiente a la
declaración del impuesto sobre la renta -que también se aporta al gobierno local- se encuentre
alterado o presente algún tipo de condición que no le permita a la administración municipal
tenerlo por válido.
c) Que hayan sido recalificados por la Dirección General de Tributación.
d) Que se trate de una actividad establecida por primera vez en el cantón de Pococí, para lo cual
deberá seguir el procedimiento dispuesto en el presente reglamento.
e) Que, aunque hubiera presentado la declaración jurada municipal, no hubiere aportado la copia
de la declaración de renta, presentada a la Dirección General de Tributación.
f) Que se encuentre registrada bajo el Régimen Simplificado ante la Dirección General de
Tributación.
g) Otros casos que contemple la ley.
La calificación o la recalificación de oficio deberá ser notificada por la Unidad de Patentes al sujeto
pasivo con indicación de los cargos, las observaciones y las infracciones, si las ha cometido. Dicho
acto cuenta con los recursos de revocatoria ante el órgano que lo dictó y el de apelación ante la
persona titular de la Alcaldía Municipal, los cuales deberán interponerse dentro del quinto día;
podrán fundamentarse en motivos de ilegalidad o inoportunidad y suspenderán la ejecución del acto.
Lo que decida la Alcaldía Municipal, estará sujeto a los recursos de revocatoria ante la misma
Alcaldía y apelación para ante el Tribunal Contencioso Administrativo, los cuales deberán
interponerse dentro del quinto día.
Artículo 37- Para gravar las actividades establecidas por primera vez conforme el procedimiento
impositivo del artículo 15 de la ley 8582, la Unidad de Patentes hará una estimación tomando como
parámetro otro negocio similar, utilizando el siguiente procedimiento, que tendrá carácter de
provisional y deberá ser modificado con base en la primera declaración que corresponda hacer al
patentado o patentada:
Ma Seleccionar una actividad análoga a la actividad cuyo impuesto haya que determinar.
2. En caso de no existir dentro del cantón una actividad análoga, se recurrirá a información de
otro cantón.
3; El monto del impuesto a pagar será el que resulte de multiplicar el impuesto anual pagado
por el patentado o patentada que se toma como referencia para hacer la analogía, por el porcentaje
de calificación, obtenido en la valoración que de la nueva actividad realice la Municipalidad, dando
como resultado el monto de impuesto de patente que esta última debe pagar.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*23 MUONTICErAN alaria  CO CA
4. Para fijar el monto del impuesto, de conformidad con este artículo, la Usidadas Patentes
solicitará al contribuyente o responsable la información necesaria para establecer los factores de la
imposición, el cual queda obligado a brindarla.
5. La nueva actividad se evaluará de conformidad con los siguientes parámetros: actividad
principal, ubicación del establecimiento, condición física del local, inventarios de existencias,
materiales, máquinas, materia prima y número de empleados; de no contar con estos parámetros,
utilizará principalmente la analogía o comparación con establecimientos que ejerzan la misma
actividad y estén incluidos dentro del artículo 15 de la ley 8582 de impuestos Municipales del
Cantón de Pococí.
Los parámetros se realizarán según la siguiente clasificación:
1. Tipo de Actividad
A. Comercio
Venta de artículos SUNtUArioS.........oooomooronosconcanionconenonanasaonncannoso
Empresas sofisticadas, aquellas que se dediquen a la venta de artículos no indispensables, artículos
de belleza, supermercados y similares.
Artículos diversos que no son de primera necesidad como grandes almacenes de electrodomésticos
y artículos VariOS.....oooocooonccnonnnonennnnns 15%.
En esta categoría se concentran artículos que aún y cuando no sean de primera necesidad, no se
clasifican como no suntuarios o de lujo, dentro de esta categoría se ubican a los negocios que se
dedican al comercio electrónico y servicios tecnológicos y similares.
De apoyo como tienda de ropa, ferreterías, librerías, bazar, Floristerías........... 10%.
Bajo esta categoría, se pueden clasificar actividades de tipo auxiliar, las que existen para respaldar
las actividades de producción principales, generando productos o servicios de apoyo a otras
actividades.
Básico como abastecedor, minisúper, farmaciaS.......omommrssros 5%
Contiene esta categoría, bienes y servicios, que son de consumo regular más no indispensable, no
incluido en la canasta básica.
Servicio de expendio de comidas preparadas y/o bebidas, ya sea en el sitio u otra
modalidad .soosnsssimesmeen marcara cio IRRRR ENCARNAR Esper O
Contiene esta categoría los comercios de expendio de comidas como restaurantes, sodas y similares
que se instalen en el Cantón de Pococí.
Pequeño comercio como pulperías, verdulerías O similares, que no superen los 30 metros
QUAIAdOsS...occocnoccnccnnoncnnnno nono nora nn n nn nn ran rn nr nr nor ner nnrnnnenrannanannss 1%
Se trata de negocios pequeños donde generalmente se ubican los artículos de primera necesidad, se
caracteriza por su consumo a pequeña escala.
B. Industria:
Industrias Manufactureras.....oocoomnnnnnconinonononennnnnnnnnnnns ...20 % (Industria de
productos químicos y farmacéuticos, caucho y plástico, cuchillería y herramientas de mano, y
similares)
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
lidad de Pococí
Auditoría
inierna
pacina meza MUNICAENOS Óaiaria O
Industria Textilera y Metálica.. 15 de ratficación de
productos textiles, prendas de vestir, colchas, cortinas, alfombras, tapices, fabricación de hilados,
cuerdas, cordeles, todo tipo de materiales en metal, hierro y similares).
De APOYO. ooccccncnnnnnnnnnnnnnnnnnnonn nn nn nncnnnninnnernnnenneennnenerreenes 10%
Reparación y mantenimiento de equipo y maquinaria pesada, Industria productos de cemento y
similares.
Suplidoras alimentariAS.cmmmmrrmmmecreceeccreermmmercrereeererereressrtr 5%
(Actividades dedicadas a la fabricación y/o distribución de productos alimenticios y bebidas,
producción, procesamiento y de carne, pescado, frutas, legumbres, harinas, cereales, conservas y
hortalizas, alimentos para animales y similares)
De tipo artesanal, ON 1 % (Artesanías y
artículos de fabricación tipo emprendimiento).
C. Servicios
Sofisticados (referido a servicios no indispensables), profesionales agrupados en sociedades de
cualquier tipo, asesorías y similares 20%
Educación privada (Servicios de enseñanza a todo nivel preescolar, escolar, secundario,
universitario, para universitaria, técnico, centros de Cursos libres y
Similares). ooo eee 15%
APOYO cocino % (Fotocopias,
transporte y alquileres, reparación y mantenimiento muebles y de equipo, remodelación,
construcción y reparación de edificios, suministro de agua, gas, vapor y aire acondicionado,
transporte, almacenamiento y similares).
Servicios relacionados con tecnología (reparación y asesoría) ES YO
Servicios técnicos y oficios tales como talleres de costura, reparación de calzado, electrodomésticos,
servicios de emprededurismo y Similares. ..oooooooconcnnnnercananaso 1 ZO
2. Ubicación: (Mapa de Valores de terrenos por zonas homogéneas, con respecto a si la zona es
comercial, industrial, residencial, rural, tipo vías, entre otros)
Zona comercial, industrial y/o servicios consolidada... 20%
Buena zona en proceso de consolidación... 15%
Mixta, ubicación en relación con vía pública............. AN 10%
(Predios esquineros O medianeros)
Regular, ubicación dispersa en relación con la vía públiCa.......o.omcnnnernnnncnnnrconess 5%
(Callejón fondo y Callejón lateral)
Mala ubicación (zonas alejadas de centros con dificultad de acceso o en
SOVIUMDILE) cr ette 1%
3. Condición del local: Estado de conservación.
Optima condición o muy buena 1%
Buena condición del local
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nes MUNICAC ANS alnaria. O
Intermedia o Regular CONdiciÓN.....ecoinononncnnncnnencecercecen nen caren con cnn ercer encan racer canness
Mala condicióN....ocnccoccnononnnanoss
Deficiente condición..
4. Nivel de Inventarios
Tarifa calculada sobre el salario base, Ley N. 7337
Básicos, entre 0 y 20 Salarios Base
Bajos, entre 21 y 50 Salarios Base........
Medios, entre 51 y 100 Salarios Base.......
Moderados, entre 101 y 150 Salarios BASC......ooooomcocnnnonennnnnnncannannncnrennncarananss 15%
Altos, superiores a 151 Salarios BAS€ ....ooooonocccnonnconcnnononerenenecnnnrrnrmeneensos 20%
5. Número de trabajadores y/o empleados:
Empresas personales, de 1 a 3 empleadoS..ccacncomncancnennereneereereeernenerrss 20%
Empresas familiares, de 4 a 8 empleadoS..ccconnnnnnennnenenneeneeeerreerreeerres 15%
Pequeñas empresas, de 9 a 20......ccccoooooo. 10%
Medianas empresas, de 21 a 100. ..0occcocoooncncnnnnncanancancanennononnonconconennonno nan caneanennos 5%
Grandes empresas, más de lOO....ooccocccccncccnnnoncnnn no rorenncnnnonnnnnnnenn ren rnnnrnerreenss
La Unidad de Patentes realizará la analogía con otro negocio similar en consideración a los
elementos valorados anteriormente, que constituirán los factores determinantes de imposición.
Cuando en un mismo establecimiento ejerzan conjuntamente varias sociedades o personas físicas,
el monto del impuesto será determinado de manera individual. Para ello, cada una de las personas -
físicas o jurídicas-, deberá cumplir los requisitos y obtener sus respectivas licencias.
Traspasos de licencias municipales
SECCION V
Artículo 38- Para realizar traspasos de licencias municipales, se deberá obtener la aprobación
municipal, igual caso se presentará cuando se dé un cambio en el giro comercial del local comercial
que se está explotando.
Artículo 39- Requisitos. La persona interesada que desee traspasar su licencia municipal a otra
persona física o jurídica deberá aportar los siguientes documentos:
1. Formulario completo de la solicitud de traspaso de licencia municipal con todos los datos
requeridos, debidamente firmado por la persona interesada o por el representante legal cuando
corresponda, con el siguiente detalle:
a) Nombre y calidades del solicitante de la licencia municipal, en caso de persona física, cuando
él o la solicitante lo sea una persona jurídica, deberá aportarse el nombre y calidades del
representante legal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Auditor
Pacina nozo MUNICE ANO ramas. 0
b) Nombre y calidades del cesionario (a) de la licencia municipal, en caso de Persona física,
cuando el solicitante lo sea una persona jurídica deberá aportarse el nombre y calidades del
representante legal.
c) Se hará constancia de la cesión que realiza el propietario de la licencia municipal al
cesionario (a), comprometiéndose este último, a ejercer la actividad comercial respectiva,
cumpliendo con las normas legales y reglamentarias que regulan la actividad, y el orden público,
entendido este como la paz social, la tranquilidad, la seguridad, la moral y las buenas costumbres.
d) Lugar para atender notificaciones dentro del Cantón de Pococí, a nombre de la nueva persona
propietaria.
e) El documento deberá contener las siguientes especies fiscales: L 100,00 fiscales.
f El documento deberá encontrarse debidamente firmado por la persona interesada o por el
representante legal, en su caso, firma que deberá estar autenticada por un (a) abogado (a) en caso de
no presentarse en forma personal a la municipalidad.
2. En caso de que el cesionario sea una persona física, deberá presentar copia de la cédula de
identidad de la persona interesada. En caso de ser persona jurídica, deberá aportar: cédula de
identidad del representante legal y certificación de personería jurídica con no más de un mes de
emitida.
3. Contrato de arrendamiento del inmueble, en caso de ser arrendado, en el que se haga constar
que se acepta que el cesionario o la cesionaria continúe explotando la actividad lucrativa referida en
el local comercial. Si el local perteneciere al cesionario o la cesionaria, deberá adjuntarse
certificación de propiedad.
4. Copia del permiso sanitario de funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud.
6. Estar al día en el pago de los tributos municipales y otras obligaciones en favor de la
Municipalidad, como los impuestos de licencias de licores, bienes inmuebles, construcciones y
timbres.
SECCIÓN VI
De las ampliaciones de local comercial, ampliaciones de actividad o cambio de
actividad
Artículo 40- Los patentados o patentadas podrán solicitar ampliación de la actividad lucrativa
autorizada, ampliación del área destinada para el local comercial o bien solicitar se autorice el
cambio de la actividad lucrativa a explotar, para lo cual deberán presentar:
1 Formulario debidamente lleno de solicitud de ampliación o cambio de actividad.
Zi Copia del contrato de arrendamiento o autorización del dueño del inmueble manifestando su
consentimiento para la ampliación correspondiente y/o cambio de la actividad según corresponda.
3. En caso de ampliaciones del local y cuando se requiera, el local deberá contar con el recibo
de obra de la Unidad de Planificación y Control Constructivo.
4. Aportar los requisitos que sean necesarios para la nueva actividad que pretenden explotar
cuando estos no se encuentren en el expediente o bien que se encuentren vencidos.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacia nezr  MUNICIRA ANA Briana O
SECCIÓN VII
De la reposición de certificados de licencia municipal
Artículo 41- Ante el deterioro, extravío O destrucción del certificado de Licencia Municipal, los
patentados o patentadas deben solicitar la emisión de un nuevo certificado, ante la Unidad de
Patentes, para lo cual aportarán los siguientes documentos:
a) Completar formulario de solicitud de emisión de nuevo certificado de Licencia Municipal por
deterioro, extravío o destrucción del anterior.
b) En caso de personas jurídicas deberá aportar documento original de la personería vigente o
documento emitido por el Registro Nacional.
c) Elo la solicitante deberá estar al día con los impuestos municipales.
Artículo 42- Todo certificado de licencia municipal se deberá mantener en un lugar visible, dentro
de la zona de exposición y venta de los bienes y/ o servicios de la actividad permitida, en un lugar
accesible al inspector o inspectora municipal y/o al público en general.
Del procedimiento de cierre de negocios 0 suspensión de actividades
SECCIÓN VII
Artículo 43- Independientemente de las penas que al respecto puedan imponer las autoridades
judiciales, cuando un establecimiento O actividad comercial produzca escándalo, alteración al orden
y la tranquilidad pública, cuando se violaren disposiciones legales o reglamentarias que regulen su
funcionamiento, o cuando haya atraso en el pago del impuesto de dos o más trimestres, la
Municipalidad por medio de su Unidad de Patentes, estará facultada para suspender temporal o
permanentemente la licencia para el desarrollo de la actividad, lo que implica la clausura del local
comercial o el impedimento de comerciar dentro del cantón.
Artículo 44- La licencia para el desarrollo de una actividad lucrativa que haya sido otorgada por la
Municipalidad de Pococí, se podrá suspender cuando el pago del impuesto se encuentre atrasado por
dos trimestres, lo que implica la clausura de la actividad que se realice. Previo a la aplicación de este
artículo, se deberá prevenir al patentado o patentada, de la omisión y se le concederá un plazo de
ocho días hábiles, de conformidad con el artículo 31 de la ley 8582, para su cancelación.
Artículo 45- Sin embargo, aquellos establecimientos o actividades comerciales que se encuentren
explotando una actividad lucrativa donde se expendan bebidas con contenido alcohólico, sin las
licencias respectivas, serán objeto de cierre inmediato al ser un hecho de mera constatación,
notificándoles en el mismo sitio el acto de cierre, toda vez que la actividad se estaría ejerciendo al
margen de la ley, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Expendio de Bebidas con Contenido
Alcohólico, y el resto del ordenamiento aplicable a la materia.
Artículo 46- Cuando se trate de una de las faltas señaladas en los artículos anteriores, la Unidad de
Patentes aplicará lo dispuesto en el Libro Segundo de la Ley General de la Administración Pública,
de acuerdo con las circunstancias; en casos de suspensión temporal se seguirá el procedimiento
sumario, y en aquellos casos que se considere que deberá suspenderse permanentemente la actividad,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Auditoría
PAGINA N*28 MUNICI No Or YE ROCOCI 1209011
sea la cancelación de la licencia, se realizará el procedimiento ordinario establecido eh dictó Cuerpo
legal, en cuanto a lo no regulado por el Código Municipal. La suspensión temporal o permanente de
la licencia implicará el cierre del establecimiento comercial, según corresponda.
Artículo 47- En los procedimientos anteriormente señalados, los vecinos y vecinas de un
establecimiento, las Asociaciones de Desarrollo y otros grupos similares que se consideren afectados
por alguna circunstancia, podrán intervenir como parte interesada. Para los efectos de
comparecencias orales y privadas, se les indicará que nombren a no más de tres representantes,
quienes participarán en la audiencia citada.
Artículo 48- Para la ejecución del acto de cierre de establecimientos comerciales, la Municipalidad
podrá solicitar la colaboración de las autoridades de la Fuerza Pública u otras entidades según el tipo
de actividad.
SECCIÓN IX
Cancelación de la licencia municipal
Artículo 49- La Unidad de Patentes procederá a cancelar las licencias comerciales de los patentados
o patentadas, cuando:
a) Se abandone la actividad y así sea comunicado a la Unidad de Patentes, por la persona
interesada.
b) Cuando se venza el plazo para el que se haya otorgado la licencia municipal en caso de las
licencias de carácter temporal o licencias para actividades ocasionales, sin que sea renovada la
misma.
c) Cuando sea evidente el abandono de la actividad, aun cuando la persona interesada no lo
haya comunicado a la Municipalidad. Para ello se establece el siguiente procedimiento:
1. El Inspector o Inspectora Municipal levantará un acta frente a dos testigos, en la cual hará
constar que el establecimiento se encuentra cerrado y que no tiene actividad alguna, aportará para
ello prueba fotográfica.
2. La Unidad de Patentes previo a cualquier movimiento en la base de datos, deberá gestionar
el cobro de los impuestos adeudados por el patentado cumpliendo con el debido proceso, de
notificación y prevención.
3. La Unidad de Patentes procederá a emitir resolución fundamentada y motivada con respecto
a la situación comunicada por el inspector municipal, ordenando los movimientos correspondientes
en la base de datos del sistema informático municipal.
d) Cuando se comprobare que el establecimiento comercial respectivo ha violentado en la
explotación de su actividad, la ley o el orden público.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
£
PAGINA N*29 MUNICH NS Or RELOCOCI
e) En el caso de ventas ambulantes se procederá a cancelar la patente cuando la acijyjasd deje de
ejercerse dentro del Cantón o por la persona patentada.
f) Cuando se hubiere suspendido por dos veces la licencia comercial otorgada.
La cancelación de licencias comerciales se realizará mediante resolución motivada, que será
debidamente notificada al patentado o patentada en la dirección señalada para recibir notificaciones,
en caso de no ubicarse en esa dirección, se tendrá por notificado en el transcurso de veinticuatro
horas.
SECCIÓN X
De las sanciones
Artículo 50- En caso de que un establecimiento comercial se encuentre expendiendo licor sin contar
con la autorización para la explotación de una licencia para el expendio de bebidas con contenido
alcohólico, el Inspector o Inspectora Municipal, procederá a levantar el acta en el sitio ante dos
testigos y se procederá en forma inmediata a la clausura de la actividad de venta de bebidas con
contenido alcohólico, sin perjuicio de lo regulado por la Ley 9047 de Regulación y Comercialización
de Bebidas con Contenido Alcohólico y su Reglamento.
Artículo 51- La Unidad de Patentes instruirá el procedimiento administrativo regulado en el Libro
Segundo de la Ley General de la Administración Pública, y decidirá en el caso en específico, si
procede o no la cancelación definitiva de la licencia comercial.
Del procedimiento de impugnación
SECCIÓN XI
Artículo 52- Las resoluciones de la Unidad de Patentes, tendrán los recursos de revocatoria ante esa
Unidad y apelación ante la persona titular de la Alcaldía Municipal, que a su vez tendrá revocatoria
ante esta misma instancia y apelación ante el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de
Hacienda, en los términos del artículo 171 del Código Municipal.
CAPÍTULO IV
De las licencias de carácter ocasional
SECCIÓN I
Artículo 53- Cuando se trate de una licencia comercial para el ejercicio de actividades lucrativas o
económicas, de carácter temporal tales como:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*30 MUNICH Ne Or JE OCOCI
+ Fiestas cívicas y patronales, turnos, ferias, en épocas navideñas o actividades dAcmpords y
afines.
+ Pasarelas, ferias de empleo, de salud y similares, científicas,
degustaciones, exhibiciones en general o cualquier otro de este tipo.
Para su autorización se seguirá el procedimiento descrito a continuación:
Artículo 54- Será responsable ante la Municipalidad, la persona, asociación, u otra que solicite la
realización de turnos, ferias, fiestas patronales y cualquier evento dentro de esta categoría.
Artículo 55- Para obtener la licencia comercial para actividades ocasionales, se deben presentar los
siguientes requisitos, valorando la municipalidad, cuáles de ellos deben cumplirse según la actividad
a desarrollar:
a) Formulario debidamente lleno de solicitud de licencia municipal, con todos los datos
requeridos para su trámite debidamente firmado por la persona interesada o por el representante
legal cuando corresponda, en caso de que él o la solicitante no efectúe el trámite de manera personal,
la firma deberá estar autenticada por Notario (a).
b) Si se solicita permiso para la venta de licor y cerveza, se debe gestionar el acuerdo del
Concejo Municipal de Pococí que lo autorice, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento
para el Expendio de Bebidas con Contenido Alcohólico de la Municipalidad de Pococí.
c) Para la instalación de carruseles y actividades taurinas, equinas o similares, tales como
corridas de toros, carreras de cintas y topes, entre otros, siempre y cuando no exista una
manifestación expresa de la entidad aseguradora que exonere la actividad solicitada, se deberá
aportar copia de la póliza de daños a terceros a nombre del solicitante o responsable del evento.
d) Copia de Permiso Sanitario de Funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud, el cual
será confrontado con su original por funcionario (a) municipal.
e) Autorización de la persona propietaria del terreno donde se va a desarrollar la actividad junto
con la copia de la cédula de identidad, la Municipalidad deberá constatar que el autorizante sea el
titular del bien inmueble de conformidad con la información registral.
f) En todo evento, la Municipalidad de Pococí podrá solicitar carta de la Cruz Roja, Fuerza
Pública o Policía del Tránsito, en donde se haga constar la participación de estas autoridades en el
evento.
9) Tanto el solicitante como el propietario del inmueble deberán estar al día en el pago de
tributos municipales.
Cuando se pretenda efectuar juegos de pólvora:
a) Autorización del Departamento de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad Pública o
autoridad competente.
b) Permiso Sanitario de Funcionamiento donde se autorice la actividad, emitido por el Ministerio
de Salud.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pocucí
PS
PAGINA N?31 MUNICIR A 2 Or )E OCOCI
Artículo 56- De las variables que intervienen en el cálculo del tributo a pagar.
Para el establecimiento del impuesto a pagar se aplicarán los siguientes porcentajes, con un valor
máximo de 100%, dependiendo del porcentaje obtenido, así se aplicará la tarifa correspondiente:
1 ubicación:
Excelente zona consolidada. .....oooooccnnoooconenonnnnnonnnnnnorennnncnnrnnnnnnntes
Buena zona en proceso de consolidación
Mixta, ubicación con acceso: ......
Regular, ubicación dispersa: ....
2. Tipo de actividad:
Festejos Populares 20%
Fiestas patronaleS.....oocoooooreoonoros
TULNOS....o.ooooomooo...
¡E 50% %
3. Duración de la actividad:
De 21230 díAS....ooccoccnoorcnncnnnncnnnononarananncnnnnenrennenos 20%
De 16 a 20 díasS.....occoccncnncnncnoncnnronccnnoconannnonnnnncnnanas 15%
Della 15 díaS....cococcnonnncnncnnconconornnno nono nnonrnnennnnnons 10%
De 6 al0 díaS.....occocconcncnnncnonononoronccnoncnnnnnnonncnannnnnans 5%
14 EE Er OCOOPPAeo5OÓ5UÓUÓ A 1%
4. Tamaño del local o espacio:
De más de 40 metros cuadradoS....ooooooconroncnncnnronennonoss 20%
De 31 a 40 metros cuadrados....ococcccoroncconanconenannananono 15%
De 21 a 30 metros cuadradoS.....oocococcnccnnconenranenenanannos 10%
De 11 a 20 metros cuadrados 5%
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Auditor!
Intern;
pacina noz MUNICIR A RA lata O
De 1 a 10 metros cuadrados 1%
5. Actividad específica:
Lotería, bingo y juegos de habilidad y electrónicos,
Inmuebles, exhibiciones y similares 20%
Servicios de venta de comidas y bebidas 18%
Locales de diversión mediante premios no monetarios 15%
Locales de baile 12%
Venta de juguetería, artesanía y artículos varios 10%
Venta de tacos y similares 8%
Venta de churros, maní y manzanas 5%
Venta de golosinas y helados (algodón de azúcar, eto.) 3%
Otros 1%
Tarifa calculada sobre el salario base, Ley N.* 7337, de la siguiente manera:
Tabla de categorías:
De1a20% 2 % del salario base vigente
De 21 a40% 4 % salario base vigente
De 41 a 60% 6 % salario base vigente
De 61 a 80% 8 % salario base vigente
De 81 a 100% 10 % salario base vigente.
Los montos asignados se ajustarán de conformidad con el monto de salario base vigente al día de la
actividad.
Artículo 57- El impuesto para los carruseles se establecerá de acuerdo con la totalidad de los boletos
o fichas vendidas, correspondiendo dicho impuesto a un
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina nes MUNI ANS Orar O
5% del valor de cada boleto o ficha vendida.
Artículo 58- La solicitud de la actividad en general la realizará la persona o entidad responsable del
evento, pero el impuesto se aplicará de manera individual para cada local o sitio asignado de acuerdo
con la distribución presentada.
Artículo 59- La cancelación del impuesto asignado debe efectuarse antes del inicio de las
actividades en las cajas recaudadoras de la Municipalidad de Pococí o lugar designado por la
Municipalidad para tales efectos.
Para las actividades que cancelan el impuesto de espectáculo público, deberá por medio de una
declaración jurada, indicar el total de tiquetes vendidos durante la duración del evento y su valor, a
fin de que la Unidad de Patentes calcule el impuesto correspondiente.
Artículo 60- La Unidad de Patentes de la Municipalidad de Pococí, podrá efectuar inspecciones
durante el desarrollo de las actividades y si se demuestra que existe un local establecido o comercio
ambulante, que no haya sido previamente registrado y cancelado el respectivo impuesto, procederá
en el acto a la clausura de este y/o al decomiso de la mercadería mediante el levantamiento del acta
respectiva.
De las licencias para espectáculos públicos en general
SECCIÓN II
Artículo 61- Para los negocios que se consideren de espectáculos públicos, constituye el hecho
generador de la obligación, la presentación o el ingreso a toda clase de espectáculos públicos o de
diversión no gratuitos, tales como circos, carruseles, salas de juegos electrónicos, máquinas
tragamonedas, exposiciones y presentaciones deportivas, así como toda función, representación de
tipo artística, musical y/o bailable, que se haga en vivo o utilizando reproductores de audio y/o video,
en discotecas, salones de baile, u otros lugares destinados para ese fin, así como cualquier otra
actividad que pueda catalogarse como entretenimiento, diversión o espectáculo, en los cuales se
cobre cuota de ingreso, entendiéndose por la misma los montos que se cancelen por consumo
mínimo, barra libre, admisión consumible, derecho de admisión y similares.
Artículo 62- El monto a pagar por concepto de este impuesto, será de un 5% sobre la totalidad de
los ingresos brutos obtenidos por cada presentación de los espectáculos gravados, según lo
establecido en la Ley N* 6844 del 11 de enero de 1983 y sus reformas.
Artículo 63- Cuando exista dificultad para determinar el impuesto por el anterior mecanismo, la
Municipalidad de Pococí a través de la Unidad de Patentes, procederá a hacer una estimación de
oficio tomando como base el ingreso bruto que se pueda generar de acuerdo a la capacidad total del
local en que se va a desarrollar la actividad, esta capacidad la determinará el Departamento de
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pacina naa MUNICI AA Bram
Planificación y Control Constructivo de conformidad con lo dispuesto en el
Construcciones, que señala: "(...) se considerará un concurrente por cada cincueñta
cuadrados (0,50 m?) de superficie interna". El o la solicitante deberá aportar una declaración jurada
de los días y horas en que efectuará las actividades y el valor de cada entrada.
Artículo 64- La Municipalidad mediante acuerdo del Concejo Municipal y previo al cumplimiento
de los requisitos establecidos en el presente Reglamento, no estarán sujetos del impuesto de
espectáculo público a aquellas actividades que se realicen sin fines de lucro y cuando el producto
íntegro de esa actividad se destine a fines escolares, de beneficencia, religiosos o sociales, acción
que deberán demostrar ante ese mismo Órgano, aportando los mecanismos de distribución de los
ingresos y que deberán liquidar en un plazo máximo de quince días hábiles ante ellos mismos.
Igualmente se procederá cuando se trate de actividades organizadas por asociaciones deportivas
debidamente inscritas en el registro de asociaciones deportivas. Todo trámite para la obtención de
este beneficio deberá ser presentado al menos quince días hábiles antes del inicio del evento para
que el Concejo Municipal proceda a conocerlo y valorar su aprobación, una vez tomado el acuerdo
correspondiente se comunicará lo resuelto tanto a la persona interesada como a la Unidad de
Patentes.
SECCIÓN II
De las actividades de Espectáculos Públicos ocasionales
Artículo 65- Para solicitar licencia de espectáculos públicos temporal para la realización de
conciertos o presentaciones similares, se deberán aportar los siguientes requisitos, valorando la
municipalidad, cuáles de ellos deben cumplirse según la actividad a desarrollar:
a) Formulario debidamente lleno de solicitud de licencia municipal para espectáculo público
ocasional, con todos los datos requeridos para su trámite, debidamente firmado por la persona
interesada o por el representante legal cuando corresponda, en caso de que él o la solicitante no
efectúe el trámite de manera personal, la firma deberá estar autenticada por un notario.
b) Presentar los boletos o tiquetes que se utilizarán en el evento para que la Municipalidad proceda
a su registro. Cada uno de ellos deberá tener impreso el valor de la entrada, la descripción y
fecha del evento.
c) En caso de que los boletos sean emitidos electrónicamente, deberá presentar copia del contrato
con la empresa que se encargará de la venta de los tiquetes y certificación de contador público
haciendo constar el ingreso bruto total recaudado una vez finalizado el evento.
d) Autorización de uso del propietario del establecimiento o terreno donde se realizará el evento, o
en su defecto, contrato de arrendamiento, junto con la cédula de identidad del citado autorizante.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
Municipajidad de Poecocí
iditor!
got”
pacina no3s MUNICIR AMA ralnama O 5111-20
e) Documento emitido y rubricado por un (a) Ingeniero (a) Civil donde garantice ale acorta
donde se desarrollará la actividad se encuentra en condiciones óptimas para-Ta actividad
solicitada, así como la señalización de la capacidad máxima de personas que estructuralmente
soportará las instalaciones, esta disposición se aplicará únicamente cuando la edificación se haya
construido específicamente para el desarrollo de la actividad solicitada.
f) Documento idóneo donde se acredite que la Cruz Roja participará en el evento.
g) Autorización del Ministerio de Salud y/o del Comité Asesor Técnico en Concentraciones
masivas de la Comisión de Emergencias. En caso de involucrar actividades con animales se debe
aportar documento emitido por el Servicio Nacional de Salud Animal, según corresponda.
h) Póliza del Instituto Nacional de Seguros sobre daños a terceros.
i) Visto bueno de la Comisión Nacional de Emergencias.
j) Autorización de la Dirección General de Tránsito garantizando su presencia en las vías que
correspondan y del cierre de vías, cuando el evento lo amerite.
k) Autorización del uso del repertorio musical, o su exoneración, extendido por los autores o por
sus representantes, de conformidad con el Decreto Ejecutivo N* 23485-MP del 5 de julio de
1994, cuando el evento lo amerite.
I) En caso de espectáculos extranjeros, deberán ingresar al país promocionados por empresa
nacional, la cual será responsable y garante del extranjero, antes, durante y después de la
actividad.
m) Documento de calificación de la Comisión de Control y Calificación de Espectáculos Públicos.
Artículo 66- Nadie puede iniciar actividad alguna si su correspondiente solicitud no ha sido
debidamente aprobada y cancelado el impuesto correspondiente ante la Municipalidad. De iniciarse
la actividad sin el permiso municipal, se procederá a la suspensión de la actividad para lo cual podrá
hacerse acompañar de las autoridades de la Fuerza Pública.
De las licencias de espectáculo público permanentes en locales comerciales
SECCIÓN IV
Artículo 67- La Municipalidad podrá autorizar licencia para la presentación de espectáculos
públicos en los locales que cuenten con una licencia Municipal para restaurantes, salones de baile,
cines y discotecas. Queda terminantemente prohibido la presentación de espectáculos públicos en
bares, cantinas o tabernas.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*36 MUNICIA A NA Or )E POCOCI
Artículo 68- Para la obtención de esta licencia se deberán aportar los siguientes A
1 Formulario debidamente lleno de solicitud de licencia municipal para espectáculo público
permanente, con todos los datos requeridos para su trámite debidamente firmado por la persona
interesada o por el representante legal cuando corresponda, en caso de que el o la solicitante no
efectúe el trámite de manera personal, la firma deberá estar autenticada por Notario (a).
2 Presentar mensualmente, en los primeros diez días de cada mes, los boletos o tiquetes que se
utilizarán para el ingreso a las actividades, con el objetivo de que la Municipalidad proceda a
sellar y registrar cada uno de ellos. Los boletos deberán tener impreso el valor de la entrada, el
nombre del negocio, razón social del patentado o patentada y estar numerados en forma
consecutiva, en caso de boletos electrónicos presentar copia del contrato con la empresa
encargada de la venta de los tiquetes.
3 Aportar contrato de arrendamiento o en su defecto autorización de la persona física o jurídica
propietaria del inmueble y copia de la cédula de identidad, que indique que la actividad solicitada
cuenta con visto bueno de la persona propietaria del inmueble, salvo que el solicitante sea el
mismo propietario del local.
4 Plan de confinamiento sónico aprobado por el Ministerio de Salud.
5. Póliza del Instituto Nacional de Seguros sobre daños a terceros.
6 Autorización del uso del repertorio musical, o Su exoneración, extendido por los autores o por
sus representantes, de conformidad con la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos y su
reglamento.
7 Documento de calificación de la Comisión de Control y Calificación de Espectáculos Públicos.
Artículo 69- En los primeros cinco días de cada mes los patentados o patentadas deberán efectuar
la liquidación correspondiente y cancelar el impuesto respectivo en las cajas recaudadoras de la
Municipalidad, para ello deberán aportar los talonarios con las entradas vendidas y las sobrantes,
para el caso de la venta electrónica de tiquetes, se deberá presentar declaración jurada con el valor
de los ingresos brutos recibidos por este concepto.
Artículo 70- Cuando no se cumpla con lo dispuesto en el artículo anterior, a saber, el pago del
impuesto se procederá en forma inmediata y sin más trámite a la cancelación de la licencia de
espectáculo público y el traslado de la deuda determinada a cobro judicial.
Artículo 71- La Unidad de Patentes a través de los (as) inspectores (as) verificarán el correcto uso
de los tiquetes o boletos sellados, mediante inspecciones físicas en los locales autorizados. Cuando
se compruebe que en un local no se está haciendo uso correcto de los tiquetes, el inspector O la
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
M unicipalidad de Pecocí
Municipalidad de Pococi
a,
4 221) Auditor
pacina ner  MUNICIRA AA rara O <=
inspectora procederá a levantar el acta y la Municipalidad iniciará el procedimiento que corresponde
a fin de determinar si procede cancelar la licencia respectiva.
CAPÍTULO V SECCIÓN I
De la Unidad de Patentes
Artículo 72- La Unidad de Patentes estará integrada por una jefatura y por los funcionarios y
funcionarias que se consideren necesarios para desarrollar la actividad de forma ágil y eficiente,
tendrá a su cargo la recepción y revisión de requisitos, aprobación, denegatoria, cancelación y
revocatoria de licencias, para estos dos últimos deberá instruir el procedimiento administrativo
correspondiente, establecimiento y fiscalización de este impuesto, las inspecciones y verificaciones
que se requieran para cumplir con el ordenamiento jurídico vigente en locales comerciales,
actividades de ruteo y cualquier otra atinente a sus competencias.
Artículo 73- Esta Unidad deberá conocer, resolver y autorizar tanto las solicitudes de licencias para
establecimientos comerciales, industriales y de servicios, así como licencias de espectáculos
públicos, ventas ambulantes y estacionarias, ferias, turnos y actividades ocasionales, traspasos y
traslados de éstas.
Artículo 74- Para cumplir con lo señalado en el artículo anterior, la jefatura de la Unidad de Patentes
deberá velar porque cada una de las actividades lucrativas del Cantón cuente con un expediente, en
donde se archivarán en orden cronológico y debidamente foliado, todos los documentos relacionados
con dicha actividad, cada expediente deberá ser digitalizado e incorporado a la base de datos
municipal.
Artículo 75- Compete a la Unidad de Patentes la tramitación y resolución de todo lo relacionado
con la Ley de Impuestos Municipales del Cantón de Pococí, Ley 8582, y con el Reglamento, así
como velar por el fiel cumplimiento de dichas normas y de cualquier otro cuerpo normativo que
regule ésta y otras materias sobre otorgamiento de licencias.
Del personal de inspección de licencias municipales
SECCIÓN II
Artículo 76- La Administración Tributaria contará con un cuerpo de inspectores e inspectoras
municipales, debidamente identificados y dotados de fe pública, quienes realizarán las visitas a
aquellos locales que soliciten licencia para actividades comerciales, así como de aquellos que ya se
encuentren funcionando.
Le corresponde a la jefatura de la Unidad de Patentes fiscalizar las funciones del personal de
inspección en las labores atinentes a esta Unidad.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Poco0i
Auditoría
iniernm
encina nose MUNICIR A RA Orla
Artículo 77- Los propietarios O propietarias, administradores o administradoras, concesionarios O
concesionarias y cualquier persona que de una u otra forma desarrolle una actividad lucrativa, está
en la obligación de brindar toda la colaboración a estos funcionarios y funcionarias, asimismo tienen
la obligación de mostrar todos los documentos requeridos por ellos.
CAPÍTULO VI
Del Impuesto por uso de rótulos, anuncios y vallas
Sección 1
Artículo 78- Objetivos y bases legales. El objetivo de este capítulo es regular y controlar todo lo
referente al pago de la publicidad exterior y rótulos en el cantón de Pococí, de conformidad con el
artículo 32 de la Ley 8582 de Impuestos del Cantón de Pococí, el artículo 4, inciso "a", en relación
con el artículo 13, inciso "d", del Código Municipal.
Su finalidad es regular el pago del impuesto, la exhibición exterior de anuncios, rótulos, letreros,
avisos, mantas publicitarias o vallas se norma en el presente capítulo, el cual rige para todo el cantón
de Pococí, incluye no solo las vías públicas, sino también las áreas de antejardín y cualquier espacio
donde se ubique un rótulo que pueda ser apreciado desde la vía pública.
Queda excluida de la aplicación de este reglamento la exhibición de rótulos oficiales de señalización
vial aprobados por el MOPT y la Municipalidad.
Artículo 79- Los propietarios de bienes inmuebles y/o patentados de negocios comerciales donde
se instalen rótulos (metálicos, luminosos), anuncios y vallas (vallas publicitarias, mantas O lonas
publicitarias y letreros permitidos por la normativa vigente), además de las empresas que vendan o
alquilen espacios para publicidad de cualquier tipo y los sujetos pasivos que instalen publicidad en
el mobiliario urbano, pagarán un impuesto anual dividido en cuatro tractos trimestrales.
Artículo 80- Para el cálculo del impuesto a pagar Se contemplará el porcentaje de salario mínimo
de la relación de puestos de la Municipalidad de Pococí, al primer día del mes de enero de cada año,
según el tipo de rótulo, anuncio y valla instalada.
La Jefatura de la Unidad de Patentes emitirá anualmente una resolución razonada determinando las
tarifas anuales correspondientes por tipo de rótulo, dicha resolución se emitirá con el dato de salario
mínimo que le deberá facilitar el Departamento de Recursos Humanos.
El cargo por este impuesto deberá de ponerse al cobro cada año, esta tarifa podrá ser dividida en
cuatro tractos iguales que sumarán el monto anual, el atraso en el pago del impuesto conllevará al
pago de intereses por mora, según lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios.
Artículo 81- Los rótulos, anuncios y vayas instalados en el Cantón de Pococí serán tasados y
clasificados según el siguiente detalle:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipglidad de Pococí
pacina noo MUNICIR A AAA Brálnaria 000
a) Anuncios volados: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley, independie e de su
estructura, material o tamaño, excepto los luminosos, colocados en el borde y a lo largo de la
marquesina de un edificio o estructura, cuatro por ciento (4%) del salario mínimo.
a. Anuncios salientes: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley, independientemente de su
estructura, material o tamaño, excepto los luminosos, que sobresalgan de la marquesina de un edificio
o estructura, diez por ciento (10%) del salario mínimo.
b. Rótulos bajo o sobre marquesinas: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley
independientemente de su estructura, material y tamaño, excepto los luminosos, colocado bajo o
sobre marquesinas de edificios o estructuras, siempre que no sobresalgan de ellas, seis por ciento
(6%) del salario mínimo.
c. Rótulos luminosos: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley que funcione con sistemas
de iluminación incorporados a su funcionamiento (rótulos de neón y sistemas similares y rótulos con
iluminación interna), diez por ciento (10%) del salario mínimo.
d. Anuncios en predios sin edificaciones contiguos a vías públicas: todo tipo de rótulo o anuncio
permitido por ley, independientemente de su estructura, material y tamaño, excepto las vallas
publicitarias, ubicados en predios sin edificaciones contiguos a vías públicas, cincuenta por ciento
(50%) del salario mínimo.
f. Anuncios en paredes o vallas: es cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley instalado
sobre paredes de edificio o estructuras, de cualquier material o tamaño, pintado directamente sobre
paredes, así como vallas publicitarias de cualquier tipo y tamaño; pagarán conforme la siguiente
distribución:
f.1 Anuncios en paredes: Se distribuye en cuatro categorías (P.1, P.2, P.3 y P.4), pagarán de la
siguiente manera según sus dimensiones:
+ P.1: Uno por ciento (1%) del salario mínimo cuando mida hasta 3 metros cuadrados.
+  P.2: Un seis por ciento (6%) del salario mínimo cuando el tamaño sea mayor de 3 hasta 10
metros cuadrados.
+ P.3: Un veinticinco por ciento (25%) del salario mínimo cuando el tamaño sea de mayor de
10 hasta 15 metros cuadrados.
+ P.4: Un cincuenta por ciento (50%) del salario mínimo cuando el tamaño sea mayor a 15
metros cuadrados.
£2 Anuncios en vallas: Se distribuye en tres categorías (V.1, V.2 y V3), pagarán de la siguiente
manera según sus dimensiones:
+ V.1 Un veinte por ciento (20%) del salario mínimo, cuando el tamaño sea inferior O igual a
los cinco metros cuadrados.
+ V.2 Un treinta por ciento (30%) del salario mínimo, cuando el tamaño sea superior a los
cinco metros cuadrados hasta los diez metros cuadrados.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
«
PAGINA N*40 MUNI ANS Or E FOCOCI
+ V3 Un cincuenta por ciento (50%) del salario mínimo, cuando el tamáño de la valla supére
los diez metros cuadrados.
Artículo 82- Para los efectos de la aplicación del pago del impuesto en aprobaciones de licencias
ocasionales, los patentados deberán cancelar solo la fracción correspondiente a los días en que se
utilice la licencia. En caso de seguir con la instalación publicitaria en el siguiente trimestre a la
aprobación de la licencia, deberá realizar el pago por adelantado del trimestre vigente.
Artículo 83- En caso de instalación de rótulos, vallas, mantas, lonas y letreros comerciales sin
licencia, que se encuentren atrasados en el pago del tributo correspondiente o que incumplan los
requisitos reglamentarios establecidos por la Municipalidad, se le otorgará al contribuyente un plazo
perentorio de ocho días hábiles para que proceda a ajustarlos a derecho.
Artículo 84- Se exceptúan de solicitar la licencia por uso de rótulos, anuncios y vallas cuando se
utilice en los siguientes casos:
a) Los utilizados en templos religiosos para sus propios fines.
b) Los instalados para señalar entradas o salidas a sitios de reunión pública con un tamaño máximo
de dos metros cuadrados, siempre y cuando estos no contengan algún tipo de publicidad de tipo
comercial.
c) Las decoraciones temporales para eventos o días festivos, siempre y cuando estos no contengan
algún tipo de publicidad de tipo comercial.
d) Los instalados para anunciar la venta, arriendo o alquiler de un mueble o inmueble en el que esté
colocado, siempre que no exceda de dos metros cuadrados.
e) Los instalados bajo la figura de convenios o permisos de uso con el gobierno local, previamente
autorizados por el Concejo Municipal.
Artículo 85- Los rótulos existentes, legalizados ante la Municipalidad, deberán ponerse a derecho
y ajustarse al reglamento en un plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor del presente
Reglamento.
CAPÍTULO VII
De las donaciones y créditos fiscales
Sección I
Artículo 86- Donaciones y crédito fiscal. Se reconocerán como crédito fiscal, deducibles del pago
de sus impuestos, las donaciones que previa autorización del Concejo Municipal, realicen los
contribuyentes bajo el cumplimiento de los requisitos ordenados en el presente Reglamento.
La deducción podrá ser aplicada al pago del impuesto establecido en la Ley 8582 de Impuestos del
Cantón de Pococí y al derivado de la Ley No. 7509, Ley de Impuestos sobre bienes inmuebles. Las
donaciones podrán ser efectuadas en dinero, bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales,
especies o valores.
Artículo 87- Destino de las donaciones. Las donaciones que se reconocerán como crédito fiscal,
serán las que tengan, al menos, uno de los siguientes destinos exclusivos en el cantón de Pococí y
deberán ser programadas en forma anual, bajo un plan de requerimientos y necesidades del Cantón,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Municipalidad de Pococí
pacina nor MONTA Ne Orla
autorizado mediante acuerdo por parte del Concejo Municipal, de no existir dicho jan no precóderí
la autorización de ningún tipo de donación al Cantón.
a) Mejoras en la red vial cantonal y otras vías de comunicación, previo estudio técnico de la
Municipalidad, justificación y determinación de necesidades, misma que deberá ser revisada y
autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal.
b) Financiar proyectos o programas de apoyo a personas de escasos recursos O discapacitadas,
previo estudio técnico de la Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer de la Municipalidad de
Pococí, su recomendación y justificación motivada, misma que deberá ser revisada y autorizada por
medio de acuerdo del Concejo Municipal.
c) Proyectos de promoción y capacitación de micro, pequeñas y medianas empresas turísticas,
agroindustriales o ecológicas de carácter comunitario, previo estudio técnico del Departamento de
Pymes de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, mediante una
programación anual misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo
Municipal.
d) Colaboración a instituciones públicas, corporaciones y fundaciones, sin fines de lucro, cuyo
objeto exclusivo sea la reducción de la vulnerabilidad y los riesgos de desastres, previo estudio
técnico del Departamento correspondiente de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y
justificación motivada, mediante una programación anual, misma que deberá ser revisada y
autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal.
e) Colaboración con establecimientos de educación pública costarricense, previo estudio
técnico de la Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer de la
Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada en coordinación con la
dirección regional del Ministerio de Educación, mediante una programación anual, misma que
deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal.
f) Colaborar con instituciones y personas jurídicas sin fines de lucro, cuyo objeto sea la
creación, investigación o difusión de las ciencias, la tecnología, las artes y la cultura, previo estudio
técnico del Departamento competente de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y
justificación motivada, mediante una programación anual misma que deberá ser revisada y
autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal
9) Colaborar con instituciones y personas jurídicas sin fines de lucro, cuyo objeto sea
programas de acción social en beneficio exclusivo de los sectores de mayor necesidad, previo
estudio técnico del Departamento competente de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y
justificación motivada, mediante una programación anual misma que deberá ser revisada y
autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal
h) Construcción nueva, ampliaciones o mejoras de infraestructura de edificios o instalaciones
de instituciones de servicios públicos, previo estudio técnico del Departamento de Planificación y
Control Constructivo quienes valorarán el costo de las obras descritas por la persona física o jurídica
interesada en las solicitudes y emitirán una recomendación técnica, que deberá ser revisada y
autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal.
i) Invertir en programas de formación y atención para grupos de mujeres, adultos mayores y
menores de edad, previo estudio técnico de la Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer de la
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*42 MUNICIRA LARA BO CocI
Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, misma|que deberá
revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal.
j) Inversión en programas de infraestructura y equipo para escuelas y colegios públicos e
instituciones de educación superior pública, previo estudio técnico del Departamento de
Planificación y Control Constructivo O departamento técnico competente, quienes valorarán costo
de las inversiones descritas por la persona física o jurídica interesada en las solicitudes y emitirán
una recomendación técnica, que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo
Municipal.
k) Ayudas al Cuerpo de Bomberos, hogares de ancianos y Cruz Roja, Oficina de Bienestar
Social, Familia y Mujer o departamento competente de la Municipalidad de Pococí, Su
recomendación y justificación motivada, misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de
acuerdo del Concejo Municipal
1) Mejoras en bibliotecas y museos abiertos al público, el departamento competente de la
Municipalidad de Pococí dará su recomendación y justificación motivada, misma que deberá ser
revisada y autorizada por medio de acuerdo del
Concejo Municipal
m) Ayuda a asociaciones de desarrollo comunal, el departamento competente de la
Municipalidad de Pococí dará su recomendación y justificación motivada, misma que deberá ser
revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo
Municipal
n) Organizaciones deportivas sin fines de lucro, previo estudio técnico del departamento
competente de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, mediante
una programación anual misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del
Concejo Municipal.
o) Apoyo al Patronato Nacional de la Infancia, previo estudio técnico del departamento
competente de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, mediante
una programación anual misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del
Concejo Municipal.
p) Proyectos de conservación ambiental, previo estudio técnico de la Gestión Ambiental de la
Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, mediante una programación
anual misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal.
a) Programas de prevención de la drogadicción, previo estudio técnico de la Oficina de
Bienestar Social, Familia y Mujer de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación
motivada, misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal.
Todos y cada uno de los estudios de los ítems anteriores deberán acompañarse de un criterio de la
Hacienda Municipal en el cual se valore el impacto que tendrá el otorgamiento del beneficio en las
finanzas municipales, previo a su aprobación.
De la supervisión de las donaciones
Sección II
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina nas MONTA Ne Srabnaria
Artículo 88- Supervisión de las donaciones. La inversión será realizada de acuerdo“con el orden
de prioridades que establezca la Municipalidad del cantón de Pococí, para lo cual deberá existir un
estudio técnico al mes de enero de cada año, definiendo las prioridades de la comunidad del cantón
de Pococí que eventualmente podrían ser beneficiadas y su justificación.
El Concejo Municipal del cantón de Pococí, previo a su aprobación, delegará en los órganos
administrativos correspondientes de la Municipalidad, la constatación de criterios de idoneidad,
presupuestos, plan de inversión y cumplimiento de requisitos para la recepción de donaciones. La
Municipalidad supervisará el desarrollo de las obras y al recibirlas satisfactoriamente, emitirá el
certificado que se indica en el artículo siguiente.
Artículo 89- Certificado de las donaciones. La Municipalidad entregará un certificado en forma
impresa; este debe contener:
a) Individualización completa de la institución donataria o de su representante legal.
a) Individualización completa de la institución donataria o de su representante legal.
b) Nombre o razón social del donante, domicilio, giro comercial o actividad económica.
Cc) Monto de la donación, en número y letras.
d) Fecha de la donación.
e) Destino de la donación.
Artículo 90- Incentivos para empresas de alta contribución a la modernización productiva y
al desarrollo social, y para empresas pioneras debido a su alta tecnología. Se otorgará una tarifa
diferenciada del uno por mil (0,001) del impuesto establecido en esta Ley, a las empresas nuevas,
calificadas por acuerdo del Concejo Municipal como de "alta contribución a la modernización
productiva y al desarrollo social" o a las consideradas "pioneras en razón de su elevada tecnología",
que contribuyan efectivamente a la modernización productiva del cantón de Pococí, siempre y
cuando dicho incentivo no perjudique la Hacienda Municipal, previo estudio técnico y
recomendación administrativa.
Asimismo, esta tarifa se otorgará a las empresas ya establecidas que deseen ampliar o invertir en
"alta contribución a la modernización productiva y al desarrollo social" calificadas por acuerdo del
Concejo Municipal.
No obstante, durante los primeros tres años de operación, las empresas pagarán la mitad de la tarifa
establecida en este artículo.
1) Requisitos mínimos de selección para nuevas empresas de "alta contribución a la modernización
productiva y al desarrollo social", que cuenten con certificación de calidad ISO.
a) Deben dedicarse a actividades agrícolas, agroindustriales, industriales, agro y ecoturísticas,
turismo naval, desarrollo portuario, textiles, de alta tecnología y acuícolas.
b) El monto mínimo de la inversión inicial deberá ser de mil salarios base, esta inversión deberá
ser certificada Contador Público Autorizado, conforme a lo dispuesto en la Ley No. 7337, de 5 de
mayo de 1993.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Munici alidad de Pococí
iditori
inerna
Pacino ntas  MUNICIRA A aa OO
c) Deberá crear, al menos, 150 empleos directos permanentes, efectivamente reportado,
Caja Costarricense de Seguro Social. Sus prácticas de empleo se regirán por principiós de no
discriminación de cualquier tipo.
d) La empresa debe cumplir todos los requerimientos de la legislación ambiental nacional, a
cuyo efecto implementará las inversiones necesarias que eviten la contaminación atmosférica, de
aguas superficiales, subterráneas o marinas, así como el tratamiento de residuos industriales.
2) Requisitos para la calificación de "pioneras en razón de su elevada tecnología":
a) Esta condición de "empresa pionera" se otorgará a las empresas que apliquen en sus
modernos procesos fabriles, elevadas tecnologías y que se dediquen a producir bienes no
tradicionales. Podrán existir varias empresas calificadas en el mismo sector.
b) Realizar una inversión mínima de seis mil salarios base, según lo dispuesto en la Ley No.
7337, de 5 de mayo de 1993.
c) Organizar cursos de capacitación del personal ubicado en el cantón y sus prácticas de
contratación no podrán ser discriminatorias en ningún sentido.
d) La empresa debe cumplir todos los requerimientos de la legislación ambiental nacional, para
lo cual deberá realizar las inversiones necesarias que eviten la contaminación atmosférica, de aguas
superficiales, subterráneas O marinas, así como el tratamiento de residuos industriales.
e) Deberá crear, al menos, 150 empleos directos permanentes, efectivamente reportados a la
Caja Costarricense de Seguro Social. Sus prácticas de empleo se regirán por principios de no
discriminación de cualquier tipo, los empleos se generarán.
Artículo 91- Plazo de los incentivos. Los incentivos establecidos en este capítulo se otorgarán por
un período inicial de diez años. Una vez vencido, cuando subsistan los requisitos para el
otorgamiento de los incentivos, el Concejo Municipal podrá prorrogarlo por períodos iguales.
Artículo 92- Mecanismo para el otorgamiento de los incentivos. El Concejo Municipal del cantón
de Pococí, previo a su aprobación, delegará en los órganos administrativos correspondientes de la
Municipalidad, la constatación de los criterios de idoneidad y requisitos para la obtención del
incentivo.
Artículo 93- Supervisión. El Concejo Municipal del cantón de Pococí delegará en los órganos
administrativos correspondientes de la Municipalidad, la supervisión del cumplimiento de los
requisitos para el otorgamiento de los incentivos.
Artículo 94- Reintegro por incumplimiento. Cuando una empresa beneficiada incurra en
incumplimiento de los requisitos señalados para recibir los incentivos establecidos en este artículo,
o incumpla el pago de sus obligaciones tributarias municipales y nacionales, incluyendo las cuotas
al Seguro Social, deberá reintegrar a la Municipalidad las sumas exoneradas de este impuesto, así
como los correspondientes intereses corrientes al tipo legal, desde la fecha en que se concedió el
incentivo hasta su pago efectivo.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nas UNICA NO Ordinaria 0
En caso del incumplimiento señalado en el párrafo anterior, la Unidad de Cobrog debérá gestionar
el reintegro de las sumas exoneradas, así como los intereses correspondientes, bajo Tos lineamientos
establecidos en el Reglamento vigente de esa Unidad Municipal.
Artículo 95- Lo relacionado con la materia de licores, sin perjuicio de las normas que le regulan en
este reglamento, se regirá con lo dispuesto en el "Reglamento para la Regulación y Comercialización
de Bebidas con Contenido Alcohólico en el cantón de Pococí” vigente, según lo dispuso la Ley N?
9047.
Disposiciones finales
Artículo 96- Formularios. Para efectos de los trámites y requisitos que dispone el presente
reglamento, deberá la Unidad de Patentes confeccionar los formularios correspondientes, de manera
tal que se facilite al contribuyente a completar las gestiones y trámites municipales.
Artículo 97- Reforma. Refórmese el artículo 6 del Reglamento para la Regulación y
Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico en el cantón de Pococí, para que en adelante
se lea:
“Compete a la Municipalidad de Pococí velar por el adecuado cumplimiento de la Ley de Regulación
y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico N? 9047 dentro de los límites territoriales
de su jurisdicción. Corresponde a la Unidad de Patentes la tramitación de las licencias junto con
toda actuación derivada, necesaria para el cumplimiento de la supra citada ley. Para el trámite de
cancelación de licencias y la determinación de la existencia de faltas e infracciones, la Unidad de
Patentes se encargará de llevar el procedimiento administrativo hasta la emisión del acto final por
parte del Concejo Municipal.
Cuando la cancelación de este tipo de licencias se dé sobre un establecimiento
declarado de interés turístico y que cuente con licencia clase E, se dará aviso al
Instituto Costarricense de Turismo (1CT).”
Artículo 98- Este Reglamento deroga cualquier otra disposición que se haya dictado contraria a
éste, asimismo también queda derogado.
Artículo 99- Vigencia. Las disposiciones del presente Reglamento empezarán a
regir a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba en forma definitiva el reglamento de
Impuestos Municipales del cantón de Pococí en concordancia con la Ley 8585 de
Impuestos Municipales del cantón de Pococí. Que se publique en el Diario Oficial La
Gaceta. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacima nas MUNICIR AA PA Sram O
ACUERDO N? 2111
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Magally Venegas, secretaria
municipal, dice;
si MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Y Secretaría del Concejo
Sl Telefax: 2711-1227
a A
prosecretariaconcejoMyahoo.es
MUNICIPALIDAD
DE POCOCI
Guápiles, 19 de noviembre del 2020
CMPL-218-2020
Señor:
Lic. Carlos Hernández Hernández
Servicios Jurídicos Municipales
Asunto: Traslado de correspondencia del Lic. David Mata Ríos por el Comité
Pro Cantonato de Cariari.
Estimado Señor:
Reciban un cordial saludo, por este medio con instrucciones del Señor presidente
del Concejo Municipal, se hace traslado del siguiente documento para su respectiva
revisión:
Asunto: Recurso Ordinario de Revocatoria con Apelación en Subsidio.
Contra el Acuerdo 2104, Artículo IV, Acta 78 del 12/11/2020.
Sin más por el momento, se suscribe.
(
Magally Venegas Vargas
Secretaria Municipal de Pococí
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacima neaz  MUNICIRA A A Orálnaria O
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
RECURSO ORDINARIO DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
CONTRA ACUERDO: SESION ORDINARIA No: 78, DEL 12-11-2020, ARTICULO IV, ACUERDO 2104
Actor: COMITÉ PRO CANTONATO DE CARIARI
Contra: MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Señores Consejo Municipal de Pococí:
El suscrito representante del comité pro cantonato de Cariari, David Mata Rios, mayor, cedula siete — cero
ochenta y nueve — seiscientos dos, abogado, domiciliado en Cariari Centro, Pococí, Limón, ante el consejo
municipal de Pococí con el debido respeto presento recurso ordinario de revocatoria con apelación en subsidio
contra el acuerdo ya mencionado, por no estar conforme con el procedimiento realizado para dicho acuerdo, el
cual está viciado de nulidad. La apelación se plantea por ilegalidad del acuerdo y la revocatoria por la
inoportunidad del acuerdo.
MOTIVOS DEL RECURSO
1. Este acuerdo se tomó sin estar en la agenda del dia ni tampoco se realizó la alteración del orden
del dia para dicho acuerdo, lo que provoca la nulidad de dicho acuerdo.
2. La característica principal del orden del día es su inmutabilidad y su efecto vinculante y limitativo
de la libertad de deliberación del consejo municipal. Quiere decirse que este podrá deliberar
únicamente sobre el temario contenido en la convocatoria, so pena de nulidad absoluta de la
deliberación, salvo texto expreso en contrario de la ley. La ley puede permitir que se conozca de
temas no incluidos en el orden del día, a condición de que se decida previamente hacerlo así por
votación calificada; pero se trata de norma excepcional de interpretación restringida, que nunca
podría ser aplicada a hipótesis no expresamente previstos. El consejo puede, en cambio, alterar el
orden de discusión de las proposiciones, dando preferencia a unas sobre otras y aun votar sin
discutir un proyecto, lo que se suele denominar “dispensa de trámites”, siendo bastante al efecto
una mayoría absoluta de votos”
3. Con fundamento en lo anterior, el orden del día es un documento que obliga y limita el accionar
del consejo municipal, toda vez que un asunto no incluido en él no podría ser objeto de discusión
y votación, salvo que se declare urgente siguiendo las formalidades y los requisitos que establece
la Ley General de la Administración Pública. Si se vota un asunto que no está en el orden del día
o se incluye uno sin seguir las formalidades, requisitos y que tenga la naturaleza de urgente, los
acuerdos respectivos estarían viciados de nulidad absoluta. Desde esta perspectiva, el orden del
día es un documento definitivo que afecta todo el desarrollo de la sesión del consejo desde su
inicio hasta su conclusión-.
4. El orden del día es un documento definitivo que afecta la validez y la eficacia de los
acuerdos de consejo.
5. El consejo no puede conocer un asunto que no se encuentra consignado en el orden del día,
salvo de que se trate de uno cuya urgencia se haya declarado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
encina noes. MUNICIR ARA rábano
6. El orden del día afecta todo el desarrollo de la sesión del consejo desde su inicio hasta su
conclusión.
7. El orden del día puede ser alterado mediante la aprobación de una moción de orden,
denominada moción de “alteración del orden del día”.
FUNDAMENTO DE DERECHO:
Me amparo en las disposiciones del artículo 162 Y 165 del Código Municipal y el artículo 173 de la constitución
política. Articulo 54 inciso 4 de la ley general de administración publica.
PETITORIA
Con fundamento en los motivos del recurso y los fundamentos de derecho ya expuestos se solicita declarar la
NULIDAD ABSOLUTA del acuerdo 2104, articulo IV, acta 78, del dia 12-11-2020, tomado por el concejo
Municipal de Pococi.
NOTIFICACIONES:
Señalo como medio para recibir notificaciones el correo electrónico: bufetecariaril 168(9yahoo.com
Procédase de conformidad.
Cariari, Pococí, Limón 17,
p/Cómité Pro Cantonato de Cariari.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada al departamento de Servicios Jurídicos
Internos para que brinde las recomendaciones legales con el fin de dar una
respuesta al señor Lic. David Mata Ríos del Comité Pro-Cantonato de Cariari.
ACUERDO N? 2112
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Vivian Garbanzo, Gerente de Área
Contraloría General de la República, teléfono 2501-8000, correo
contraloria.general(Wcgrcr.go.cr, dice:
Oficio: DFOE-DL-2157
Asunto: Aprobación del Presupuesto Extraordinario N%4
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina nra9  MUNICIA Ko rábano
Pe División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
e ai CGR Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local
Al contestar refiérase
al oficio N.- 18044
17 de noviembre, 2020
DFOE-DL-2157
Señora
Magally Venegas Vargas
Secretaria del Concejo Municipal
prosecretariaconcejo(Myahoo.es
secretaria(Qmunipococi.go.cr
Licenciado
Manuel Hernández Rivera
Alcalde Municipal
manuelalcaldepocociO gmail.com
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Estimados señores:
Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario N.* 4-2020 de la
Municipalidad de Pococí.
La Contraloría General recibió el oficio N.? DAM-0436-2020 del 20 de octubre
de 2020, mediante el cual se remite el presupuesto extraordinario N.* 4-2020 de esa
Municipalidad, que tiene el propósito de incorporar al presupuesto vigente, ingresos
provenientes de Transferencias de capital de Instituciones Descentralizadas no
Empresariales (ICODER) para ser aplicados en las partidas de gastos de Servicios,
Materiales y suministros y Bienes duraderos.
1. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. FUNDAMENTO NORMATIVO DE LA GESTIÓN
El acto de aprobación presupuestaria se efectúa con base en las
atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184
de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 18 de la Ley Orgánica de
la Contraloría General de la República (LOCGR) N.” 7428 y otras leyes conexas.
La aprobación interna efectuada por el Concejo Municipal como requisito
de validez del documento aportado, consta en el Acta N* 71 de la sesión
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.generalGcgrcr.go.cr
htto://vwnw.cg.go.c/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina noso  MUNICI AA Oralnaria o
ES División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
e ci CGR Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local
DFOE-DL-2157 2 17 de noviembre, 2020
extraordinaria del 13 de octubre de 2020. Esto de conformidad con lo regulado en la
norma N.” 4.2.3 de las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público
—NTPP*-.
1.2. ALCANCE DEL ACTO DE APROBACIÓN EXTERNA
La aprobación se fundamenta en la documentación proporcionada y en
las certificaciones remitidas por esa Municipalidad de acuerdo con lo establecido en
la norma 4.2.14 de las NTPP; por lo que la veracidad de su contenido es de exclusiva
responsabilidad de los funcionarios que las suscribieron.
Además, se aclara que de acuerdo con la norma 4.2.16 de las NTPP, el
análisis de legalidad que realiza la Contraloría General en la aprobación
presupuestaria externa, se circunscribe a los aspectos detallados en la norma 4.2.13
de ese mismo cuerpo normativo. Por lo tanto, queda bajo la exclusiva responsabilidad
de la Administración los demás aspectos no abordados en el análisis descrito, los
cuales están sujetos a la fiscalización posterior facultativa y en general a las vías
ordinarias de revisión de los actos, tanto en sede administrativa como judicial.
Finalmente lo resuelto con respecto a este presupuesto no constituye una
limitante para el ejercicio de las potestades de fiscalización de la Contraloría General
sobre los recursos y aplicaciones a los cuales se les da contenido presupuestario en
este documento o en futuros presupuestos extraordinarios y modificaciones
presupuestarias.
1.3. RESPONSABILIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN DURANTE LA
FASE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
La ejecución del presupuesto es de exclusiva responsabilidad del jerarca
y de los titulares subordinados, la cual debe ajustarse a la programación previamente
establecida y realizarse con estricto apego a las disposiciones legales y técnicas,
dentro de las que se encuentra la Ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N.?
9635 y sus reformas.
2. RESULTADOS
Al respecto, luego del análisis realizado, el Órgano Contralor resuelve aprobar
el citado documento presupuestario de conformidad con lo que a continuación se
indica:
1 Resolución N.* R-DC-24-2012 del 29 de marzo de 2012, modificada con la Resolución n.* R-DC-073-2020,
publicada en el Alcance Digital n.* 266 de La Gaceta de 07 de octubre de 2020.
Contraloría General de la República
1: ($06) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.generalBcgrer.go.cr
hito://vww.cgr.go.ct/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Auditorí
intern:
MUNICILAL RL, JE POCOCI
PAGINA N*51 haria.
tr”
ns División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
o CGR Área de Fiscalización de E eidor para el Desurello Local
DFOE-DL-2157 3 17 de noviembre, 2020
2.1 Se aprueba:
a) La Transferencia de capital de Instituciones Descentralizadas no
Empresariales proveniente del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación
(ICODER) por la suma de (400,0 millones y su aplicación en gastos, con base en las
justificaciones indicadas en el Acta N* 71 de la sesión extraordinaria del 13 de octubre
de 2020 y el Presupuesto Extraordinario 2-2020 de ese Instituto aprobado por la
Contraloría General. Ñ
b) El contenido presupuestario de los gastos por un monto total de
(400,0 millones, distribuidos en las partidas presupuestarias de Servicios, Materiales
y suministros y Bienes duraderos, incorporados en el programa lll, según lo dispuesto
en la norma 4.2.10 de las NTPP.
3. CONCLUSIÓN
El análisis que el Órgano Contralor llevó a cabo se fundamentó en el
cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa legal y técnica vigente.
Por lo tanto, la Contraloría General aprueba el presupuesto extraordinario N.* 4-2020
por la suma de (400,0 millones?,
Atentamente,
Firmado ETRE por IRIS.
DARLENE VARGAS BARQUERO
Fecha: 2020-11-17 08:17
Firmado digitalmente por
VIVIAN GARBANZO
NAVARRO
Fecha: 2020-11-17 08:33
Licda. Vivian Garbanzo Navarro 5/ Licda. Iris Vargas Barquero
Gerente de Área Fiscalizadora
IVB/FHHImgr
Ce: Expediente CGR-APRE-2020007020
NI 32279, 33780 (2020)
G: 20200039951
—__000xán
2 Monto completo £400.000.000,00
Contraloría General de la República
1: (506) 2501-8000. F: ($06) 2501-8100 .C: contraloria.generalBcgrcr.go.cr
http://ena.cg.go.c/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce oficio de la Contraloría General de la
República sobre aprobación del presupuesto extraordinario N*%4-2020 de la
Municipalidad de Pococí.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Poccocí
PAGINA N*52 MUNICI AA No79 Or MR OCOCI
ACUERDO N' 2113
Se conoce nota para este Concejo suscrita 1á i
( l por Fr. Fabián Cerezal Ruiz Encar ado de
o Social, teléfono 2763-2702, correo antena entiomalican
Asunto: Solicitud de donación de uvas y manzanas para niños de bajos recursos
AAIIA DE q,
e
Diócesis de Limón ñ, >
Parroquia Santa Rita de Casia pss 3
La Rita — Pococí — Limón — Costa Rica
La Rita, 17 de noviembre de 2020
Señores
Consejo Municipal
Municipalidad de Pococi
Estimados Señores:
Sirva la presente para saludarles y desearles éxitos y bendiciones en su trabajo por el cantón
de Pococi
Por este medio hacemos de su conocimiento que en el mes de diciembre realizaremos un
compartir para 120 personas en su mayoría niños que se encuentran en vulnerabilidad en la
comunidad de la Rita (llevaremos hasta cada hogar), es por eso que acudimos a su
generosidad para que nos colabore en la donación de uvas, manzanas, galletas y lo que se
encuentre a su alcance para cumplir con éxito este compartir que será en mayot beneficio
para estos niños de bajos recursos.
Me despido, agradeciendo de antemano su apoyo y colaboración en esta actividad.
Atentamente,
PEA
A
A
Fr. Fabian Cerezal Ruiz
Encargado de Pastoral Social
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la alcaldía para que se valore.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*53 MUNICH AN Or EA OCOCI
ACUERDO N* 2114
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Licda. Nidia Álvarez, Asamblea Legislativa,
correo nalvarez(Yasamblea.go.cr, dice:
Oficio: AL-21448-CPSN-OFlI-0199-2020
Asunto: Solicitud de criterio Exp. N* 21.448
Estimados señores:
La Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico; tiene para su estudio el
proyecto de ley, “LEY PARA EL FORTALECIMIENTO, COORDINACIÓN Y
PLANIFICACIÓN DEL RESGUARDO FRONTERIZO.” Expediente N.* 21448 y de acuerdo
con lo que establece el artículo 126 del Reglamento, se acordó consultar el texto
sustitutivo, aprobado en sesión N*11, el 05 de noviembre de 2020, su representada, el
cual se adjunta.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 (consultas institucionales), del
Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: “ ..Si transcurridos ocho días hábiles
no se recibiere respuesta a la consulta a que se refiere este artículo, se tendrá por
entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto...”.
El criterio puede remitirlo en versión digital, en texto abierto, al siguiente correo
electrónico: COMISION-JURIDICOSOasamblea.go.cr // dabQasamblea.go.cr, o bien, el
original, puede ser entregado en la Secretaría de la Comisión, ubicado en el Piso S100 del
nuevo edificio, (Comisión de Jurídicos)
Atentamente,
Texto Sustitutivo Aprobado
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA COSTA RICA
DECRETA: ]
LEY PARA EL FORTALECIMIENTO, COORDINACIÓN Y
PLANIFICACIÓN DEL RESGUARDO FRONTERIZO
CAPÍTULO |
Generalidades
ARTÍCULO 1-Objeto y objetivo
El objeto de la presente ley es la coordinación, planificación, intercambio de información,
asistencia mutua y organización regional de los distintos cuerpos policiales, e instituciones
públicas que atienden las fronteras de la República de Costa Rica, con el objetivo de
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Auditoría
pacina ness  MUNICIRA A Briana O
ejercer un adecuado control fronterizo que garantice la seguridad nacional y soberanía de
nuestro país.
Articulo 2.- Ámbito de acción.
Esta ley y sus normas serán de aplicación en el combate y la atención de las diversas
problemáticas fronterizas entendidas como: el tráfico de especies forestales y de vida
silvestre, ingreso de mercancías, vehículos y unidades de transporte, el tráfico ilícito de
personas migrantes y la trata de personas, tráfico de armas, el tráfico ilícito de
estupefacientes, drogas, sustancias psicotrópicas y actividades conexas, la migración
irregular, el comercio ilícito, la delincuencia común y cualquier otro tipo de actividad
irregular e ilegal.
Las instituciones involucradas, podrán utilizar de manera oportuna y apropiada los
recursos económicos, tecnológicos y humanos que están disponibles para la atención de
los delitos señalados y, de forma prioritaria, para la garantía y protección de los derechos
fundamentales de las personas que se han visto afectadas.
ARTÍCULO 3- Principios
La presente ley se rige por los principios de:
a) Eficiencia y eficacia en el uso de los recursos públicos, para asegurar su buen uso
para la atención de las fronteras.
b) Planificación intersectorial, con el fin de generar políticas nacionales de atención
fronteriza.
Cc) Asistencia mutua, para maximizar los distintos recursos policiales en las
competencias propias de cada uno de los cuerpos policiales.
d) Intercambio de información, asegurando las labores dé coordinación e inteligencia
para la prevención y represión de actividades ilícitas.
e) Organización regional, para asegurar la articulación interinstitucional en los
sectores críticos de nuestras fronteras.
f) Las mejores prácticas internacionales para las políticas públicas de la institucionalización
y para implementar en forma adecuada la regulación en las regiones fronterizas.
CAPÍTULO |
PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DEL SECTOR
INSTITUCIONAL FRONTERIZO
ARTÍCULO 4- Sector Institucional Fronterizo
Se crea el Sector Institucional Fronterizo, en adelante SIF, que estará compuesto por todas
las instituciones encargadas de vigilar, administrar y proteger las fronteras de la
República.
Será dirigido y coordinado por el Presidente de la República, quién podrá delegar sus
funciones en la persona al mando del Ministerio de Seguridad Pública.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina ness  MUNICIR ANA Orán O
El Sector Institucional Fronterizo (SIF) estará compuesto por:
a) El Ministerio de Seguridad Pública.
b) El Ministerio de Gobernación y Policía.
c) El Ministerio de Hacienda.
d) El Instituto Costarricense sobre Drogas.
e) El Ministerio de Ambiente y Energía.
f) El Ministerio de Planificación y Política Económica.
9) El alcalde o alcaldesa de cada una de las municipalidades fronterizas y costeras.
h) El Sistema Nacional de Áreas de Conservación.
¡) El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
j) El Ministerio de Comercio Exterior.
k) El Instituto de Desarrollo Rural.
1) El Servicio Nacional de Guardacostas.
m) La Coalición Nacional contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas
(CONATT).
n) El Poder Judicial.
Las instituciones que conforman el SIF, deberán coordinar y planificar conjuntamente las
políticas, acciones y evaluaciones de resultados, tendientes a cumplir con el objeto y fin
de esta ley, para ello, deberán homologar sus estructuras regionales ajustándolas a la
regionalización oficial descrita en el Decreto 7944 del Poder Ejecutivo (MIDEPLAN).
ARTÍCULO 5- Planificación
El Ministerio de Planificación y Política Económica (MIDEPLAN), contribuirá con la
asesoría para la elaboración del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza basado en un
proceso de gestión para resultado de desarrollo.
Las direcciones regionales ubicadas en territorios fronterizos de instituciones del sector,
deberán elaborar sus propios planes de trabajo y evaluación de resultados, tendientes al
cumplimiento del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza.
Las instituciones que conforman el SIF, deberán homologar sus estructuras regionales
ajustándolas a la regionalización oficial descrita en el Decreto 7944 del Poder Ejecutivo
(MIDEPLAN).
ARTÍCULO 6- Coordinación y apoyo logístico Institucional
Los ministerios, órganos desconcentrados. direcciones regionales ubicados en territorios
fronterizos de instituciones del sector e instituciones, señaladas en el artículo 3,
encargadas de vigilar y realizar acciones en las fronteras deberán coordinar, brindar entre
si apoyo técnico y logístico institucional para el cumplimiento de esta ley.
El Presidente de la República o, en su defecto la persona a cargo del Ministerio de
Seguridad Publica, será quien se encargue de coordinar a nivel nacional, las políticas
públicas y acciones tendientes a cumplir con el Plan Nacional de Seguridad Fronteriza.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad cocÍ
7
y
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RU
PAGINA N*56 MUNICIRAL RAR DEPOCOCI 49-44 -
Con tal finalidad las instituciones que conforman el SIF deberán a e estructuras
regionales ajustándolas a la regionalización oficial descrita en el Decreto 7944 del Poder
Ejecutivo (MIDEPLAN).
ARTÍCULO 7- Maximización de los recursos
Se autoriza a las instituciones del Sector Institucional Fronterizo, señaladas en el artículo
3, a maximizar el uso de la infraestructura policial e institucional en la consecución del
objeto y fin de esta ley. Por lo que se autoriza a las instituciones públicas, ubicadas en el
sector fronterizo a firmar convenios de cooperación por medio de sus Ministerios
respectivos para el uso conjunto de infraestructura policial.
ARTÍCULO 8- Seguimiento institucional
Los jerarcas o representantes de las instituciones que conforman el SIF se reunirán al
menos una vez al mes para dar seguimiento al Plan Nacional de Seguridad Fronteriza,
generando acciones y política pública para el cumplimiento del plan.
Las personas a cargo de las direcciones regionales de las instituciones que conforman el
SIF, ubicadas en zonas fronterizas, se reunirán una vez al mes para dar seguimiento al
Plan Nacional de Seguridad Fronteriza, generando acciones y política pública para el
cumplimiento del plan.
Estas reuniones de seguimiento son parte del accionar natural de las instituciones, por lo
que los funcionarios que asistan a ellas no devengarán ningún tipo de remuneración
adicional a los que por ley les competen.
ARTÍCULO 9- Reformas a la Ley N.* 7410, Ley General de Policía, de 26 de mayo de
1994.
Se reforman los artículos 8, 23, 24, 26, 28 y 30 de la Ley N.? 7410, Ley General de Policía,
de 26 de mayo de 1994, para que en adelante se lean de la siguiente manera:
Artículo 8- Atribuciones
Son atribuciones generales de todas las fuerzas de policía:
(...)
La coordinación y planificación con otras fuerzas policiales en la elaboración y
atención del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza.
Artículo 23- Creación, competencia y ubicación
La Policía de Fronteras es la encargada de:
a) Resguardar, vigilar y defender la soberanía y el patrimonio nacional.
b) Garantizar la seguridad del territorio y la población que habita dentro de la
jurisdicción de nuestras fronteras.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
ES
pacina nes7  MUNICIA AA MRA Orálata O
Cc) Prevenir el fenómeno criminal, que se desarrolla dentro y fuerbvás nuestras
fronteras controlando mediante acciones operativas de acuerdo a sus competencias y
jurisdicción territorial, el trasiego de especies de fauna y flora.
d) Coordinar y remitir los casos de personas refugiadas o apátridas, tanto a la
Policía de Fronteras, a la Policía de Migración y Extranjería y al Servicio Nacional de
Guardacostas.
e) Las que sean necesarias determinadas por reglamento.
La Policía de Fronteras deberá ubicar sus instalaciones, realizar sus operaciones y trabajo
principal en las áreas fronterizas del país, manteniendo presencia física. y realizando
acciones operativas de prevención a lo largo de la franja fronteriza y comunidades
cercanas.
Lo anterior sin detrimento de otras labores que se realicen en otras zonas del país bajo un
trabajo planificado, estratégico y con objetivos específicos.
Artículo 24- Atribuciones
Son atribuciones de la Policía de Fronteras:
a) Colaborar con el Servicio Nacional de Guardacostas en la vigilancia, seguridad
y defensa de las fronteras terrestres, incluidas las aguas interiores fronterizas, en
coordinación con el Servicio Nacional de Guardacostas y otros cuerpos policiales.
b) Velar por el respeto y garantizar el cumplimiento a la Constitución Política, los
tratados internacionales y las leyes garantes de la integridad del territorio nacional.
Cc) Colaborar en el resguardo y cuido de las edificaciones públicas donde se realizan
actividades aduanales y migratorias ubicadas en las fronteras, en coordinación con la
Policía Profesional de Migración y Extranjería y otros cuerpos policiales, las áreas de
esparcimiento y recreación, así como las zonas de dominio público y zonas inalienables
que se encuentren en las líneas fronterizas del país.
d) Mantener patrullajes fronterizos permanentes que permitan vigilar y proteger la
soberanía nacional, la integridad territorial, las comunidades circunvecinas de los pasos
fronterizos y las personas que habiten en esas zonas.
e) Realizar acciones de prevención del delito y de acciones delictivas relacionadas
con el crimen organizado y crimen transnacional, cometidos en los cordones fronterizos.
Coordinar acciones conjuntas con autoridades administrativas, municipales,
judiciales y otros cuerpos policiales, encargados de luchar contra el tráfico ilícito de
estupefacientes, drogas, sustancias psicotrópicas y actividades conexas, así como contra
la migración irregular, el tráfico de armas, el tráfico de especies forestales y vida silvestre,
trata de personas, delincuencia común, comercio ilícito y sobre cualquier otro tipo de
actividad irregular e ilegal.
9) Gestionar por medio del Ministerio de Seguridad Pública convenios de
cooperación nacional e internacional, con otros cuerpos policiales, instituciones públicas,
privadas y gobiernos de otros países para el fortalecimiento de la vigilancia y seguridad
fronteriza.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
4
Uditoría
paca nos MUNICIRAR PAR AEROCOCI  "raliiao
h) Realizar acciones de vigilancia y de protección, propias o en codidíñación con
otras instituciones en materia de ayuda humanitaria, protección y preservación de los
recursos naturales, estabilización en casos de desastres naturales o provocados por el ser
humano.
1) Coadyuvar en los procesos de integración de las comunidades y poblaciones
indígenas, de las zonas fronterizas del país, respetando los mecanismos y costumbres
indígenas.
1) Velar por la correcta administración de los bienes y servicios para el buen
desempeño de la Policía de Fronteras.
k) Desarrollar iniciativas de comunicación e información con el propósito de
fortalecer la imagen y el sentido de pertenencia de la Dirección General de la Policía de
Fronteras.
1) Coadyuvar con las autoridades públicas en el cumplimiento de sus funciones.
m) Colaborar en la elaboración del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza como
política de planificación nacional elaborada por el Ministerio de Planificación y Política
Económica.
n) Coordinar con los otros cuerpos policiales las acciones tendientes al
cumplimiento del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza.
ñi) Colaborar en la evaluación de las políticas públicas tendientes al cumplimiento del Plan
Nacional de Seguridad Fronteriza, realizado por el Ministerio de Planificación y Política
Económica.
o) Velar por el tránsito regular y ordenado de las personas migrantes en los puestos
fronterizos, en coordinación con la Policía Profesional de Migración y Extranjería,
garantizando un control migratorio, eficiente, ágil y seguro.
p) Realizar las acciones de coordinación necesarias con la Coalición Nacional contra el
tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas, con el fin de garantizar la atención
oportuna de las necesidades de protección de las personas víctimas del delito de trata y
de aquellas que se han colocado en situación de vulnerabilidad o violación de sus
derechos fundamentales por haber sido objeto del tráfico ilícito de migrantes.
q) Coordinar y remitir, ya sea a la Dirección General de Migración y Extranjería O al
Ministerio de Relaciones de Exteriores y Culto, los casos de personas que podrían
encontrarse en situación de refugio o de apátrida, de conformidad con los tratados
internacionales y el marco jurídico nacional, respetando el principio de no devolución.
r) Cualquier otra competencia que determine la ley.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Policía de Fronteras actuará en coordinación
con otros cuerpos policiales nacionales y extranjeras de carácter preventivo: autoridades
de inspección o investigativas, municipales o nacionales, administrativas o policiales, que
regulan temas de seguridad nacional, así como con policías que realicen labores de
investigación para fines represivos.
Artículo 26- Atribuciones
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
Auditori
interna
Pacina nos9  MUNICIRA RA Bra COC
Corresponde a este cuerpo policial: ea
a) Investigar los hechos ilícitos relacionados con estupefacientes; sustancias
psicotrópicas, drogas de uso no autorizado y actividades conexas, delitos ambientales de
toda naturaleza de conformidad con la legislación penal en vigencia
b) Identificar, de manera preventiva, a los presuntos responsables y ponerlos a la
orden de la autoridad judicial competente de conformidad con la legislación penal en
vigencia,
c) Levantar los informes relacionados con este tipo de delincuencia.
d) Efectuar los decomisos y realizar todas las actuaciones policiales tendientes a
esclarecer los hechos y poner a la orden de las autoridades judiciales competentes a los
detenidos por estos delitos.
e) Realizar operaciones de control preventivo en fronteras, costas, puertos y
aeropuertos y otros lugares nacionales estratégicos, para impedir el ingreso o salida de
drogas ilegales del país y los bienes y/o derechos originados o utilizados en actividades
de tráfico de drogas y/o legitimación de capitales y actividades conexas como el tráfico de
especies forestales y vida silvestre de toda naturaleza.
f Prevenir, detectar e investigar las acciones tendientes a la utilización de las
fronteras de nuestro país para el uso o desvío de sustancias químicas esenciales y de
precursores para la producción de drogas ilícitas.
9) Colaborar en la elaboración del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza como
política de planificación nacional elaborada por el Ministerio de Planificación y Política
Económica.
h) Coordinar con los otros cuerpos policiales las acciones tendientes al
cumplimiento del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza.
Artículo 28- Atribuciones
Son obligaciones y atribuciones de la Policía de Control Fiscal:
(..-)
Colaborar en la elaboración del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza como
política de planificación nacional elaborada por el Ministerio de Planificación y Política
Económica.
9) Coordinar con otros cuerpos policiales, del Poder Judicial y el Poder Ejecutivo,
comisiones locales, instituciones públicas las acciones tendientes al cumplimiento del Plan
Nacional de Seguridad Fronteriza.
Artículo 30- Atribuciones
Son obligaciones y atribuciones específicas de este cuerpo policial:
(...)
d) Colaborar en la elaboración del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza como
política de planificación nacional elaborada por el Ministerio de Planificación y Política
Económica.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
Pacina noso  MUNICIR A Ne rllmana O
e) Coordinar con los otros cuerpos policiales las acciones tendientes al cunpiiiento
del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza.
f Coordinar y remitir, ya sea a la Dirección General de Migración y Extranjería o al
Ministerio de Relaciones de Exteriores y Culto, los casos de personas que podrían
encontrarse en situación de refugio o de apátrida, de conformidad con los tratados
internacionales y el marco jurídico nacional, respetando el principio de no devolución.
ARTÍCULO 10- Reformas a la ley N* 8764 Ley General de Migración y Extranjería, de 1
de setiembre de 2009,
Se reforman los artículos 8, 13 y 18 de la N 8764, Ley General de Migración y Extranjería,
de 19 de agosto de 2009, para que en adelante se lean de la siguiente manera:
Artículo 8-
La planificación de la Política Migratoria deberá apoyarse tanto en instituciones públicas
como privadas competentes; para ello, se tomarán en cuenta los siguientes insumos:
1- Los planes de desarrollo nacional, regional o sectorial como el Plan Nacional de
Seguridad Fronteriza, así como los programas anuales operativos en relación con los
recursos humanos calificados disponibles y los necesarios para su cumplimiento.
(...)
Artículo 13-
Serán funciones de la Dirección General, desarrolladas en el contenido de la presente ley
y su reglamento, las siguientes:
(...)
37- Colaborar en la elaboración del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza como
política de planificación nacional elaborada por el Ministerio de Planificación y Política
Económica.
38- Coordinar con los otros cuerpos policiales las acciones tendientes al cumplimiento
del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza.
Artículo 18-
Las personas miembros de la Policía Profesional de Migración y Extranjería, debidamente
identificadas, deberán:
(+)
27- Realizar acciones operativas propias para prevenir las actividades ilícitas en los
cordones fronterizos en coordinación con la Policía de Fronteras y coordinar acciones
conjuntas con autoridades administrativas, municipales y judiciales encargadas de luchar
contra el tráfico ilícito de estupefacientes, drogas, sustancias psicotrópicas y actividades
conexas, así como contra la migración irregular, el tráfico de armas, el tráfico de especies
forestales y de vida silvestre y trata de personas, robo común, comercio ilícito y sobre
cualquier otro tipo de actividad ilegal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Pacina nor  MUNICIRA RARA Bao Coal
28. Realizar las acciones de coordinación que sean necesarias con el Servicio de P.
Nacionales y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación ante la detegción Y hallazgo
de actividades ilícitas en los cordones fronterizos con el tráfico de especies orestales y de
vida silvestre.
29. Realizar las acciones de coordinación que sean necesarias con la Coalición Nacional
contra el tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas, con el fin de garantizar la
atención oportuna de las necesidades de protección de las personas víctimas del delito de
trata y de aquellas que se han colocado en situación de vulnerabilidad o violación de sus
derechos fundamentales por haber sido objeto del tráfico ilícito de migrante.
ARTÍCULO 11- Reformas a la Ley N* 6084 Ley del Servicio de Parques Nacionales, de 24
de agosto de 1977,
Se reforma el artículo 3 de la Ley N.* 6084 Ley del Servicio de Parques Nacionales, de 24
de agosto de 1977, y sus reformas, para que en adelante se lea de la siguiente manera:
Artículo 3- El Servicio de Parques Nacionales estará al cuidado de un profesional
graduado en biología o dasonomía o de otro profesional especializado en parques
nacionales. Tendrá el carácter de una Dirección General del Ministerio de Ambiente y
Energía.
Sus funciones y atribuciones serán las siguientes:
9) Colaborar en la elaboración del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza como
política de planificación nacional elaborada por el Ministerio de Planificación y Política
Económica.
h) Coordinar con los otros cuerpos policiales las acciones tendientes al cumplimiento
del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza.
ARTÍCULO 12- Reformas a la Ley N.* 7317 Ley de Conservación de la Vida Silvestre, de
30 de octubre de 1992.
Se reforma el artículo 6 de la Ley N.* 7317 Ley de Conservación de la Vida Silvestre, de
30 de octubre de 1992, para que en adelante se lea de la siguiente manera:
Artículo 6- El Sistema Nacional de Áreas de Conservación del Ministerio de Ambiente
y Energía es el órgano competente en materia de planificación, desarrollo y control de la
vida silvestre.
El ministro, en su condición de rector del sector de recursos naturales, energía y minas,
tiene las siguientes competencias en esta materia:
e) Colaborar en la elaboración del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza como
política de planificación nacional elaborada por el Ministerio de Planificación y Política
Económica.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*62 MUNICIRALIRAR Do COCI 40-11-20
f) Coordinar con los otros cuerpos policiales las acciones tendientes [alLeúmplimiento
del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza.
ARTÍCULO 13- Reforma a la Ley N.* 8000 Ley de Creación del Servicio Nacional de
Guardacostas, de 5 de mayo de 2000,
Se reforma el artículo 2 de la Ley N.* 8000 Ley de Creación del Servicio Nacional de
Guardacostas, de 5 de mayo de 2000, para que en adelante se lea de la siguiente manera:
Artículo 2- Competencias. Son competencias del Servicio:
(...)
1) Colaborar en la elaboración del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza como
política de planificación nacional elaborada por el Ministerio de Planificación y Política
Económica.
j) Coordinar con las otras fuerzas policiales las acciones tendientes al cumplimiento
del Plan Nacional de Seguridad Fronteriza.
k) Coordinar y remitir, ya sea_a la Dirección General de Migración y Extranjería o al
Ministerio de Relaciones de Exteriores y Culto, los casos de personas que podrían
encontrarse en situación de refugio o de apátrida, de conformidad con los tratados
internacionales y el marco jurídico nacional, respetando el principio de no devolución
ARTÍCULO 14- Reforma a la Ley N.* 9428, Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, de
21 de marzo de 2017,
Se reforma el inciso a) del artículo 11 de la Ley N.* 9428, Ley de Impuesto a las Personas
Jurídicas, de 21 de marzo de 2017, para que en adelante se lea de la siguiente manera”
Artículo 11- Destino del impuesto
Los recursos provenientes de la recaudación de este impuesto, una Vez deducidas las
comisiones pagadas a las entidades recaudadoras, serán destinados a financiar los
siguientes rubros:
a) Un noventa por ciento (90%) de la recaudación total de este impuesto será
asignado al Ministerio de Seguridad Pública para que sea invertido en infraestructura física
de las delegaciones policiales, compra y mantenimiento de equipo policial, en la atención
de la seguridad ciudadana y el combate a la delincuencia. Dichos recursos no podrán ser
utilizados para el pago de remuneraciones, horas extra, viáticos y transporte al interior o
exterior del país, servicios de gestión y apoyo.
Al menos el diez por ciento (10%), de los recursos asignados al Ministerio de Seguridad
Publica deberá ser destinado de manera exclusiva y específica, en el fortalecimiento de
las funciones de vigilancia y seguridad policial en las líneas o zonas fronterizas, tanto en
infraestructura, como en compra y mantenimiento de equipo policial, con independencia
de las distintas competencias de los cuerpos policiales adscritos
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nes MUNICIR AA MRA Orálianao O
DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 15- Plan Nacional de Seguridad Fronteriza y Reglamentación
En el plazo de 3 meses a partir de la publicación de la ley el Poder Ejecutivo incorporará
el Plan Nacional de Seguridad Fronteriza. que regule la actuación conjunta de los órganos
públicos involucrados que intervienen en materia de seguridad en las regiones fronterizas
En el plazo de seis meses dará reglamento a esta ley.
Rige a partir de su publicación.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía y al departamento de
Servicios Jurídicos Internos para que emitan un criterio.
ACUERDO N* 2115
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Gabriela Madrigal. Pdta. Comisión
Municipal de Seguridad, dice:
Asunto: Acta 01-2020 Informe de Comisión
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*64
MUNICIRARPABREROCOCI
Municipalid
10)
a
MUNICIPALIDAD
DE POCOCÍ
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
COMISIÓN MUNICIPAL DE SEGURIDAD
ACTA DE COMISIÓN
DE POCOCI
Informe de Comisión Municipal de Seguridad
Acta: 1- 2020
Fecha: 06 de noviembre de 2020
Señores Concejo Municipal del Cantón de Pococí, se procede a comunicar Dictamen de Comisión
Municipal de Seguridad, respecto a los temas tratados en la sesión del día 06 de noviembre de 2020,
que da inició al ser las 5:05 pm, de manera virtual, contando la presencia de los siguientes miembros:
Gabriela Madrigal González, Yaslin Morales Grahal, Jonnathan García Chévez, Sandra Umaña López.
Se encuentra ausente con justificación el siguiente miembro: José Alexis Chavarría.
mem
AGENDA
DESCRIPCIÓN
HORA
pue
Saludo de bienvenida y comprobación de quórum
5:00 pm
| Lectura de Correspondencia
Lectura y aprobación de la agenda
5:05.pm
1.Recibida
2.Entregada
5:15 pm
Puntos a desarrollar
4. Verificación de Integrantes de la Comisión Municipal de
Seguridad
2. Elección directorio de la Comisión Municipal de Seguridad
3. Selección de Asesores
4. Propuesta para apertura de medios de comunicación de la
Comisión Municipal de Seguridad (Correo electrónico-
Grupo de WhatsApp-Equipo de TEAMS)
Calendarización de reuniones
5:20pm
a
Cierre de la reunión
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
6:30 pm
Municipalidad de Pecocí
PAGINA N*65 MUNICI Ao? Or ME OCOCI
As MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
“5287 COMISIÓN MUNICIPAL DE SEGURIDAD ames
nr ACUERDOS
ACUERDO 1: Se procede a efectuar votación para elección de directorio de la Comisión Municipal
de Seguridad, se propone a la señora Gabriela Madrigal González, para que ocupe el cargo de
Presidenta, quien acepta, se somete a votación, con cuatro votos a favor, se acuerda por unanimidad
que la señora Gabriela Madrigal González, ocupe el puesto de Presidenta.
Posteriormente se propone a la señora Sandra Umaña López, para que ocupe el cargo de
Secretaria, quien acepta, se somete a votación, con cuatro votos a favor, se acuerda por unanimidad
que la señora Sandra Umaña López, ocupe el puesto de Secretaria.
ACUERDO 2: Se escuchan propuestas de posibles asesores para la Comisión Municipal de
Seguridad, se acuerda por unanimidad que a la Comisión Municipal de Seguridad se integren
Asesores que representen los siguientes sectores:
+ Cámara de Comercio
+ Cámara de Ganaderos
+ Fuerza Pública
+ Organismo de Investigación Judicial (OlJ)
+ Policía de Migración
+. Policía de Fronteras
+ Asociaciones de Desarrollo Integrales
Por otra parte, se acuerda por unanimidad, convocar a reunión a dos miembros que formaban parte
de la Comisión Municipal de Seguridad durante la administración anterior, la convocatoria estará a
cargo de la Secretaria del Concejo Municipal, señora Magaly Venegas.
ACUERDO 3: Se acuerda por unanimidad la apertura de medios de comunicación de la Comisión
Municipal de Seguridad, grupo de WhatsApp, equipo de trabajo en la Plataforma TEAMS, correo
electrónico con dominio municipal, para esta gestión se solicita la intervención del señor Jorge
Hodgson Quinn, del Departamento Municipal de Tecnologías de Información, la solicitud se hará
mediante oficio.
ACUERDO 4: Se escuchan propuestas sobre calendarización de reuniones de la Comisión
IICA de Seguridad, se somete a votación la propuesta de programar las reuniones ordinarias
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina nooo MUNICIR A Ne Orar O
PG
Ad MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
“sé COMISIÓN MUNICIPAL DE SEGURIDAD “emi
los primeros viernes de cada mes a las 5:00 pm, la propuesta es aprobada por unanimidad, con 4 |
votos a favor.
La reunión finaliza al ser las 6:30 pm.
SANDRA Firmado
de digitalmente por
| UMAÑA SANDRA UMAÑA
/ LOPEZ (FIRMA)
/ LOPEZ Fecha:
Y 2020.11.16
[) ¡ES U PS (FIRMA) - 11:27:50-0600'
áléz
Gabriela gal Go Sandra Umaña López
President Secretaria
Comisión Municipal de Seguridad Comisión Municipal de Seguridad
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce y se inserta en actas.
ACUERDO N* 2116
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Yesenia Jiménez, Pdta. Asociación Centro
de Vida Independiente Kadota, teléfono 8567-3528, correo
kadota.vidaindependiente yahoo.com dice:
Oficio: CVIK-29-17-11-2020
Asunto: Informe del lote brindado por la administración y solicitud de maquinaria
para levantamiento de material.
Nota de secretaría: La Sra. Yesenia Jiménez, consigna el Acuerdo 1053 del Acta 36
SMP 1084-2020 del 28/05/2020. En el mismo se analiza petición del lote por el cual se
rinde el informe.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Auditoría
pacina No67  MUNICIRARIPAR NAO COCI
]
sn 90 Vi, ES
Asociación Centro de Vida Independiente Kadota
gl
S dd Cédula Jurídica 3-002-706203
17 de octubre del 2020
Oficio CVIK- 29-17-11-2020
Guápiles, Pococí, Limón.
Señores
Consejo Municipal
Estimado Señores:
La Asociación Centro de Vida Independiente Kadota les saluda y les desea muchos éxitos en sus
labores, a la vez les presentamos el informe del lote que se nos dio en administración, del periodo
de agosto del 2020 a octubre del 2020.
En este tiempo hemos realizado las siguientes gestiones y otras están pendientes:
+  Serealizó los planos de las instalaciones del Centro, esta en proceso de consulta a
Instituciones para que nos lo puedan entregar.
+  ElConcejo Municipal aprobó hace más de un año el retiro de las piedras del lote, pero
todavía no se ha podido realizar, por falta de disponibilidad de maquinaria, Por favor les
pedimos que nos apoyen con el retiro de las piedras lo más pronto posible para poder
continuar con nuestro objetivo. Adjunto acuerdo en documento aparte.
Nos despedimos agradeciéndoles su apoyo.
Atentamente
TA WBanasiara.
Srta: reco Ménez Guadamuz Sra: Maribel Sanabria Mora
Presidenta y Promotora del CVIK. Secretaria y Promotora del CVIK.
Tel. 8567-3528 Tel. 8697-7023
E- mail:kadota.vidaindependiente OM yahoo.com
Cc. Alcalde Lic. Manuel Hernández Rivera.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce y se inserta en actas.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nes MUNICIR AAA rábano 0
ACUERDO N' 2117
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Yesenia Jiménez, Pdta. Asociación Centro
de Vida Independiente Kadota, teléfono 8567-3528, correo
kadota.vidaindependienteWyahoo.com, dice:
Oficio: CVIK-25-13-11-2020
Asunto: Solicitud de uvas de manzanas para personas discapacitadas
dv
O
3
Asociación Centro de Vida Independiente Kadota
Cédula Jurídica 3-002-706203
13 de noviembre del 2020
OficioCVIK-25-13-11-2020  Guápiles
Pococí Limón, Costa Rica
Consejo Municipal.
Estimado Señores:
Reciba un cordial saludo de la Asociación Centro de Vida Independiente KADOTA.
Nos esforzamos cada día para poder cumplir con nuestros objetivos, pero por razones
económicas se nos hace difícil solventar hasta los gastos más básicos, por ése motivo nos dirigimos
a ustedes muy respetuosamente para solicitarle la donación de dos cajas de uvas y dos cajas de
manzanas, jugos, galletas, maní, surtido de confites para celebrar la navidad, este año por motivos
de la pandemia del covid 19 no haremos actividad presencial pero queremos compartir un cariñito
comestible entre los socios con discapacidad que serán aproximadamente 35 personas, dicha
actividad será el 15 de diciembre del año en curso. .
Desde ya muy agradecidos por su colaboración.
Atentamente
Ay Inacio:
vi
0
Srta: Yesenia Jiménez Guadamuz Sra: Maribel Sanabria Mora
Presidenta y Promotora del CVIK. Secretaria y Promotora del CVIK.
Tel. 85673528 Tel. 86977023
Correo electrónico: kadota.vidaindependienteWyahoo.com
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la alcaldía.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
eacina nro MUNICIRA APA BAROCOC!
ACUERDO N? 2118
Se conoce nota para este Concejo suscrita porlng Jor Í
ci , ge Hodgson Tecnologías de
Información, teléfono 2713-6526, correo informatica(4munipococi.go.cr, dice: Ñ
Asunto: Acta de Devolución de Equipo
AR
7 as MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ys TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN
Teléfono: 2713-6526 / 2713-6527
Mr informaticaQ munipococi.go.cr
DE POCOCI
ACTA DE DEVOLUCIÓN DE EQUIPO
EE
MUNICIPALIDAD DE POCOC
0:25 AM_— 17/11/2020
Detalle
HP ProBook 650 G2
e 5CG7204Z6L
7
noria 12 6B a
Almacenamiento q LTB acid
Sistema Operativo | WINDOWS 10 PRO 64
Serial de los Cargadores WETLHOCAR74556
Otros detalles |
in A >
Información Adicional
Se procedió a la revisión del equipo tanto física como lógica, constatando que el 1so realizado resulta
conforme a los objetivos para el cual se le asignó; la totalidad de archivos observados de forma general
lson de carácter y acontecer municipal como, por ejemplo: actas, mociones, acuerdos, audios de
| sesiones, presupuestos, normativa municipal, proyectos y demás todo en el marco de las funciones
correspondientes. Se da constancia que el activo se encuentra en buen estado y funcionando
J
¡Eomeciament
A q _--> >>
Proceso
Randall Torres Barrientos Jorge Hodgson Quinn
Concejo Municipal Tecnologias de Información Po
¿am dor los Ny - JORGE topo
HODGSON QUINN (FIRMA)
Fecha; 2020.11.17
QUINN (FIRMA) [ó3ys3 coco
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce y se inserta en actas.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*70 MUNICIL AA Or MEEOCOCI
ACUERDO N' 2119
Se conoce nota para este Concejo suscrita Comunidad Lomas de Sierpe, teléfono 8852-
dice:
Asunto: Solicitud de material y maquinaria para intervención de camino
Por este medio se les solícita a los señores(as) miembros de la junta vial cantonal de
Pococí que nos brinden ayuda con maquinaria y material para la reparación de los caminos
de Lomas del Sierpe fin de camino: 743 metros del código de camino 702654, 5000 metros
del código camino 702541 y 678 metros del código camino 70265, por que actualmente
se encuentra en muy malas condiciones causando inconvenientes a todos los vecinos de
nuestra comunidad y antes de iniciar con la pandemia del Covíd-19 se tenía una cita
programada y se canceló debido a la emergencia nacional y no se ha reprogramado y ya
en otras ocasiones hemos realizado visitas a la municipalidad y nos han dicho que nos
van ayudar y no lo han hecho y por ello les solicitamos de su cooperación.
Agradecemos de antemano toda la ayuda que nos puedan brindar.
Atentamente
Comunidad de Lomas del Sierpe, Pococí
Javier Sónhez. Uesnández - dencitidi? SH
Chirhor Hesreco Vat). Chest y E
Horora Vindo)
gu Suna va 0%
: Panero Unos e
carlos esquí
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada a la alcaldía y a la Unidad Técnica de
Gestión Vial Municipal para lo que corresponde.
ACUERDO N” 2120
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Lic. Manuel Hernández Rivera,
alcalde municipal, dice;
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
| Interna
pacina nera MUNICIR ANA Orla CO
Oficio: DANCM-0154-2020 8
Asunto: Autorización para el pago del documento AF-084-2020
Pas
ME MUNICIPALIDAD DE POCOCI
DESPACHO DEL ALCALDE
a Teléfono: 2711-1208
MUNICIPALIDAD
DE POCOCI
Manuel hernandezQmunipococi.go.cr
” PRDEAA
Guópiles, 16 de noviembre de 2020
DAMCM-0154-2020
Señores
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Mediante el presente oficio se remite para su respectiva aprobación y autorización
de pago documento AF-084-2020, emitido por la Licda. Andrea Camacho Zarate
referente a la liquidación de aportes de ley correspondiente al año 2019, los cuales
fueron presupuestados en el presupuesto extraordinario 02-2020
Agradeciendo su atención se despide;
Lic. Hero Herández Rivera
calde
c/archivo
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
encina nera MUNICIA AA PA Orla O
Municipalidad de Pococí
Administración Financiera
Guápiles, Pococí Limón
Teléfono 2713-65-48 ext. 135
Oficio NLAF-084-2020
Para: Lic. Manuel Hernández Rivera
De: Licda. Andrea Camacho Zárate
Asunto:
Liquidación Aportes ley 2019.
Fecha:
13-11-2020.
Se adjunta el saldo de los aportes de Ley del año 2019, presupuestados en el
presupuesto extraordinario 02- 2020, para que sea tomado en cuanta para su
aprobación y presentación al Concejo Municipal.
Saldo
Aporte Liquidacion
2019
JUNTA DE EDUCACION 10% 14 837 962,25
ONT 1% 1683 796,16
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL 5 051 389,58
CONSEJO NACIONAL DE PERSONA CON DISCAPACIDAD 3959 431,95
UNION NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES 249 128,25
CONAGEBIO 53 352,00
CAPROBA 4193 782,84
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES 8.097 726,73
TOTAL 38 126 639,76
ANDREA
CAMACHO
Fecha 20103113 109036
e ZARATE (FIRMA) cow
Licda. Andrea Camacho Zarate
Administradora Financiera
ec. Hacienda Municipal
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a girar los recursos de
aportes de Ley correspondientes al año 2019, según lo detallado en el oficio AF-084-
2020 elaborado por la Licda, Andrea Camacho Zarate, Coordinadora del
departamento de Administración Financiera. Se Dispensa del Trámite de Comisión,
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Auditoría
interna
PAGINA N*73 MUNICIA A AN Or AO COCI
ACUERDO N? 2121
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Ing. Henry Madrigal Calvo, coordinador
Dpto. Desarrollo y Control Urbano, correo controlurbanopocociO) yahoo.com, dice:
Buenas tardes Lic. Hernández,
Le comento que el convenio de cooperación a realizarse entre el INVU y la Municipalidad para dar acompañamiento en
el proceso de elaboración y aprobación del Plan Regulador del cantón de Pococí, fue sometido a unas pequeñas
correcciones por parte de la Asesoría Legal del INVU, las cuales se indican a continuación:
+ Se corrige el número de consecutivo del contrato
+ Se cambia la palabra "Junta de Planificación" por la palabra "Comisión Municipal del Plan Regulador"
+ Se modificó la cláusula "QUINTA" del convenio, la cual debe ser sometida a consideración y aprobación por la
de SJI. Dicha cláusula ya cuenta con el visto bueno técnico del presente servidor.
Espero su pronta colaboración. Se adjunta la versión del convenio de Setiembre 2020 así como la corregida
denominada Noviembre FINAL.
Saludos,
Ing. Henry Madrigal Calvo
Desarrollo y Control Urbano
Municipalidad de Pococí
CE: controlurbanopococifOyahoo.com
henry.madrigal)munipococi.go.cr
Teléfono 2713 6573
E Convenio INVU - Municipalidad de Pococí - Correccción Noviembre FINAL.docx
239,6k8
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
pacina moza MUNICIA Ae Oralmaria O
AINVU
jona! de Vivienda y Urbanistro
CONVENIO DE COOPERACIÓN N*05-2020 ENTRE
EL INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
Y LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Entre nosotros, Marco Hidalgo Zúñiga, mayor, casado, Máster en Administración de Empresas, vecino
de Heredia, cédula número uno-cero setecientos cincuenta y uno-cero ochocientos cincuenta, en mi
condición de Gerente General con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma del
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, con domicilio en Barrio Amón, San José, con cédula de
persona jurídica número cuatro - cero cero cero, cero cuarenta y dos mil ciento treinta y cuatro, inscrita
en Personas de Registro Público, al Tomo dos mil dieciséis (2016), Asiento doscientos sesenta y seis
mil ciento cuarenta y uno (266 141) consecutivo uno (1) secuencia dos (2) debidamente autorizado por
la Junta Directiva en la Sesión Ordinaria N*6189, artículo IV inciso 2 de fecha 31 de marzo del 2016,
en adelante denominado "El Instituto” y la Municipalidad del cantón de PococÍ, en adelante denominada
“La Municipalidad”, cédula jurídica tres — cero catorce — cero cuarenta y dos mil ciento veinticinco,
representada legalmente por Manuel Hernández Rivera, mayor, casado, abogado, vecino del distrito
de Guápiles de Pococí, con cédula de identidad número siete — cero ochenta y seis — ochocientos
cincuenta, ha sido declarado Alcalde de la Municipalidad del Cantón de Pococí, mediante resolución
del Tribunal Supremo de Elecciones número 1319-E11-2020, de las diez horas y diez minutos del
veinticuatro de febrero de dos mil veinte. Nombramiento que rige desde el 01 de mayo del 2020 hasta
el 30 de abril del 2024. Además, para los efectos solicitados, se hace constar que de conformidad con
el artículo 17 del Código Municipal la representación legal de la institución corresponde al Alcalde
Municipal y sus facultades las describe el artículo segundo del mismo cuerpo legal, indicando éste la
capacidad jurídica plena para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para el cumplimiento
de sus fines de conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos
102, inciso 8), 169,171,172 de la Constitución Política; además de los artículos 14 y 15 del Código
Municipal; 97 y 99 del Código Electoral, en adelante denominado como “Municipalidad”, acordamos
suscribir el presente Convenio de Cooperación Interinstitucional, con fundamento en las siguientes
consideraciones:
Considerando:
4. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 de la Constitución Política, la administración
de los intereses y servicios locales en cada cantón estará a cargo del Gobierno Municipal. En ese
sentido la Municipalidad debe procurar que las necesidades en los diferentes campos o actividades se
logren satisfacer dentro del margen de la legalidad.
2. Que en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 15 de la Ley de Planificación Urbana N* 4240 del
15 de noviembre de 1968, se reconoce la competencia y autoridad de los Gobiernos Municipales para
planificar y controlar el desarrollo urbano, dentro de los límites de su jurisdicción territorial.
3. Que el Artículo 5 inciso fi) de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, Ley
N*1788 del 24 de agosto de 1954, autoriza a este a celebrar todos los contratos administrativos, civiles,
industriales o comerciales que sean convenientes o necesarios para el mejor cumplimiento de sus fines
y que el inciso a) del mismo artículo establece como atribución del Instituto el preparar los planes
reguladores para todos los conglomerados urbanos de la Nación, que a juicio de la Institución lo
ameriten y redactar los reglamentos necesarios para su aplicación, la que se hará efectiva a través de
Avenida 9, calles 3 bis y 5, San José. Baro Amón, Apartado 2534-1000 San José,Costa Rica. Central Telefónica; 2211-0000
wm invu,go.cr
EE O E IO
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
¿
Vs
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encina nozs  MUNICIRA IA aa COC
ña dl
INVU
Instituto Naciona! de Vivienda y Urbanismo
las Corporaciones Municipales, actividad que de suyo reviste en ordinaria de conformidad con los
artículos 17 y 61 de la Ley N*4240 citada.
4. Que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha establecido que en materia urbana
existe una obligación de coordinación entre los gobiernos locales, las instituciones descentralizadas y
el Poder Ejecutivo, para llevar a cabo las funciones que le han sido encomendadas, lo que debe ser
analizado a partir de la naturaleza misma de la autonomía municipal. En ese sentido la misma Sala en
su Voto N* 6706-93 de las quince horas veintiún minutos del veintiuno de diciembre de mil novecientos
noventa y tres, manifestó “la Dirección de Urbanismo del INVU funciona como órgano asesor de
las municipalidades a los efectos de preparar, aplicar y modificar el Plan Regulador municipal o
local y sus Reglamentos antes de su adopción definitiva. — Sin embargo, lo expuesto debe
entenderse como el límite formal de los grandes lineamientos, normas técnicas o directrices
generales conforme a las cuales, y deben los gobiernos locales elaborar sus respectivos planes
reguladores y los reglamentos de desarrollo urbano correspondientes, pues no es posible
pretender que el Plan Nacional de Desarrollo Urbano se elabore y ponga en práctica
integramente por el Gobierno Central, sin la intervención directa de las municipalidades en esa
materia. — Tal situación atenta no solo contra lo más elementales principios de la lógica y la
conveniencia, habida cuenta de que se trata de los intereses particulares de cada cantón de la
República, sino también contra los principios constitucionales del régimen municipal,
establecido por nuestra Carta Fundamental en los artículos 168 a 175. — La planificación urbana,
sea la elaboración y puesta en marcha de los planes reguladores, es una función inherente a las
municipalidades con exclusión de todo otro entre público, salvo lo dicho en cuanto a las
potestades de dirección general atribuidas al Ministerio de Planificación y a la Dirección de
Urbanismo”.
5. Que la Municipalidad de Pococí se encuentra facultada por el inciso f) del artículo 4 del Código
Municipal, para concertar con personas O entidades nacionales o extranjeras, actos, convenios o
contratos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
6. Que la Municipalidad de Pococí cuenta con un Plan Regulador publicado en La Gaceta N*242 del
22 de diciembre de 1984 y con una modificación publicada en la Gaceta N*81 del 28 de abril de 1998,
el cual no responde actualmente a la realidad del cantón y que por este motivo es importante contar
con una herramienta de ordenamiento territorial más actualizada y acorde con la realidad.
7. Que en aplicación de lo dispuesto por los artículos 17 y 61 de la Ley de Planificación Urbana N*4240,
la Municipalidad podrá contratar la confección de determinados estudios o proyectos de planificación
con el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.
8. Que el INVU mediante acuerdo de Junta Directiva tomado en sesión ordinaria 6415, artículo 11, inciso
2, celebrada el 14 de noviembre del 2019 y publicación en la Gaceta N*003 del 08 de enero del 2020,
agregó en el artículo 4 del Reglamento para el Establecimiento de Tarifas de Urbanismo lo siguiente:
"Acompañamiento a las municipalidades en la elaboración de propuestas de planificación territorial”.
Así mismo, en Acuerdo que consta en el Articulo 1V, inciso 1) de la sesión N*6416, celebrada el 21 de
noviembre del 2019, la Junta Directiva del Instituto aprobó la tarifa del proceso de acompañamiento
técnico a las municipalidades en la suma de 11.500.000,00 colones por año, acto que fue publicado en
la Gaceta N*10 del 17 de enero de 2020.
Avenida 9, calles 3 bis y 5 , San José. Barrio Amón, Apartado 2634-1000 San José,Costa Rica. Central Telefónica: 2211-0000
VAWWiAvu,gO.cr.
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina nero MUNICIR AA Orán
INVU
instituto Naciona! de Vivienda y Urbanismo
9. Con fundamento a lo establecido en el Artículo 10 inciso 1) de la Ley de Planificación Urbana
N*4240, donde corresponde a Dirección de Urbanismo revisar y aprobar los planes reguladores y sus
reglamentos, antes de su adopción por las municipalidades y que en el Artículo 18 de la misma ley se
estipula que Dirección de Urbanismo podrá negar la aprobación de partes del plan o sus reglamentos,
respaldada en principios legales o técnicos, cuya vigencia sea de absoluto interés nacional o regional,
el Departamento de Urbanismo podrá realizar revisiones y aprobaciones parciales por cada fase
indicada en el Manual de Planes Reguladores como Instrumento de Ordenamiento Territorial (de ahora
en adelante el Manual de Planes Reguladores) de la propuesta del plan regulador.
40.Que el cantón de Pococí fue seleccionado como parte de los 20 cantones piloto del “Proyecto Plan
A Territorios Resilientes”, impulsado por el Ministerio de Ambiente y Energía y ejecutado por el
Programa de Naciones Unidad para el Medio Ambiente, que cuenta con financiamiento del Fondo Verde
del Clima. El proyecto tiene como objetivo fortalecer la capacidad del país para integrar la adaptación
en la planificación regional y municipal, incluyendo la participación de las entidades gubernamentales,
el sector privado y sociedad civil.
411.Que el “Proyecto Plan A Territorios Resilientes” brinda acompañamiento técnico a la Municipalidad
de Pococí para la integración de los riesgos climáticos en su planificación. Este acompañamiento se da
en forma de asistencia técnica, insumos técnicos y capacitación para la incorporación de medidas de
adaptación ante el cambio climático en sus mecanismos de planificación municipal; en particular con
PococÍ. El Proyecto ha priorizado la integración de riesgos climáticos en la planificación territorial, a
través de su Plan Regulador, y generará mapas sobre los riesgos climáticos del cantón para ser
considerados en la zonificación del cantón.
POR TANTO:
Hemos acordado suscribir el presente Convenio de Cooperación Interinstitucional entre “El Instituto” y
“La Municipalidad” que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Objetivo General.
Realizar el servicio de acompañamiento técnico para que la municipalidad elabore la propuesta del plan
regulador cantonal que deseen impulsar.
SEGUNDA: Objetivos Específicos.
2.1. Efectuar una revisión por etapas, contextualizada, interactiva y apegada a la normativa vigente en
materia de ordenamiento territorial, con respecto al proceso de elaboración del plan regulador cantonal
durante el periodo efectivo del convenio.
2.2. Contribuir al mejoramiento de los procesos de trabajo que llevan a cabo la municipalidad para
elaborar y/o actualizar sus propuestas de planes reguladores cantonales, orientando y facilitando la
aplicación de los elementos teórico — conceptuales y metodológicos establecidos en el Manual de
Planes Reguladores durante el periodo efectivo del convenio.
Avenida 9, calles 3 bis y 5 , San José, Bario Amén, Apartado 2534-1000 San José,Costa Rica Central Teletónica: 2211-0000
VA ÍNvu.go,.Cr
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina noz MUNICIR AAA Orba CO
EINVU
to Naciona! de Vivienda y Urbanismo
2.3. Analizar, evaluar y retroalimentar la información generada por la municipalidad a través de los
Talleres de trabajo conjuntos entre el municipio y El Instituto durante el periodo efectivo del convenio.
TERCERA: Obligaciones del INVU en el proceso de acompañamiento.
3.1. El servicio de acompañamiento técnico para la revisión de la propuesta de plan regulador de la
Municipalidad de Pococí se basa en el seguimiento de los pasos de la formulación de la propuesta del
plan regulador cantonal, con aprobaciones parciales de cada una de las etapas, en la cual se
contextualizan cinco procesos importantes:
a) Encuentros "In situ” que se realizan, a través de uno o más consultores del Instituto, y máximo
cuatro veces por año.
b) Revisiones de la propuesta del plan regulador por etapas terminadas que pueden programarse
como micro talleres o acompañamiento entre las partes, según la necesidad y avance en el
desarrollo del proceso de Planificación en las cuatro fases de elaboración del plan regulador.
ce) Taller de inducción al Manual de Planes Reguladores para técnicos municipales y consultores
privados.
d) Seguimiento de actividades y recomendaciones durante las actividades a realizar en cada una
de las etapas de revisión del plan.
e) Acompañamiento o mediante los medios electrónicos disponibles como el correo electrónico,
llamadas telefónicas o atenciones presenciales en las instalaciones del INVU, con previa
calendarización, según necesidad y disponibilidad de los funcionarios.
Una vez subsanadas las observaciones realizadas por el Instituto para cada fase del proceso de
elaboración de la propuesta del plan regulador, a través del Departamento de Urbanismo (DU) y la
Unidad de Criterios Técnicos y Operativos de Ordenamiento Territorial (UCTOT), se dará un oficio de
aprobación, con el fin de dar continuidad con la fase subsecuente.
3.2. El Instituto utilizará dichos montos para gastos administrativos y otros insumos relacionados con la
revisión al Plan Regulador Urbano.
3.3. Cuando se firme y refrende el convenio por ambas partes, el Instituto y la Municipalidad
establecerán un cronograma y un plan de trabajo que deberá anexarse a este convenio, esto con el
objetivo de que la Comisión Municipal del Plan Regulador pueda llevar un control sobre el avance del
plan regulador. Dicho cronograma debe contemplar la evaluación previa de los Diagnósticos más
recientes con los que cuente la Municipalidad, lo cual debe ser llevado a cabo por parte del Instituto.
3.4. Además, como parte del proceso de asesoría, el Instituto se compromete a acompañar y contribuir
a la Municipalidad en la confección de los términos de referencia para la elaboración o actualización
del Diagnóstico Territorial. Para efectos del presente proceso, se deben tomar en cuenta los insumos
disponibles por el “Proyecto Plan A Territorios Resilientes”, con el objetivo de incluir la variable del
cambio climático en el Diagnóstico Territorial.
3.5. El Instituto, durante la revisión del proyecto, remitirá un informe posterior al encuentro entre las
partes, ajustándose al cronograma y plan de trabajo, donde el Instituto tendrá 15 días hábiles para
generar un informe con los respectivos acuerdos, el cual contendrá:
a. Una minuta de las actividades realizadas en el encuentro
Avenida 9, calles 3 bis y 5, San José, Bario Amón, Apartado 2534-1000 San José,Costa Rica. Central Telefónica: 2211-0000
vam invu.go.cr
o
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
encina nera MUNICIRA A RA Oriana O
INVU
úInstituto Naciona! de Vivienda y Urbanismo
b. Un resumen de las principales observaciones realizadas durante la visita
e. Acuerdos realizados entre las partes
3.6. El Instituto se compromete a dar el debido acompañamiento por parte de sus funcionarios a los
encuentros en la sede municipal por año de contrato y durante las revisiones en las cuatro fases de
elaboración del plan regulador, según plan y cronograma de trabajo elaborado por ambas partes.
3.7. El Instituto guardará copia de las revisiones parciales y finales del plan regulador en su archivo,
por lo que todos los documentos serán de carácter público, así como lo establece el Principio de
Publicidad, consagrado en el artículo 30 de la Constitución Política.
CUARTA: Obligaciones de la Municipalidad.
4.1. Conforme lo establecen los artículos 59 y 60 de la Ley de Planificación Urbana N*4240, la
Municipalidad de PococÍ deberá de contar con una Comisión Municipal del Plan Regulador, donde sus
integrantes preferiblemente posean conocimiento y experiencia en diversas materias que podrían tener
relación directa o indirecta con el proceso de elaboración, para que junto con los funcionarios del
Instituto realicen las observaciones a la propuesta del Plan Regulador, cumpliendo con la normativa
urbanística vigente.
4.2. En lo referente al análisis ambiental seráresponsabilidad de la Municipalidad obtener las revisiones
y aprobaciones correspondientes ante la SETENA, INTA, SENARA, MINAE entre otras. Además, es
importante destacar el apego de la Municipalidad al Decreto Ejecutivo N*39150, denominado
Reglamento de la transición para la revisión y aprobación de Planes Reguladores.
4.3. El Coordinador de dicha Comisión Municipal del Plan Regulador será el enlace Administrativo entre
la Municipalidad y el Instituto, así mismo será quién remita a la Comisión Municipal del Plan Regulador
cualquier tipo de documentación o comunicado en el proceso de la revisión del Plan Regulador por
parte del Instituto.
4.4, Corresponderá a la Comisión Municipal del Plan Regulador la potestad de revisar los avances del
proyecto del plan regulador y llevar el debido contro! de los trabajos, bajo el acompañamiento del equipo
técnico del Instituto, si así lo requiere. Además, dicha Comisión deberá solicitar al Instituto cualquier
tipo de aclaración en cualquier etapa de la revisión, así como otorgar cualquier tipo de aprobación o
visto bueno que sea requerido. Finalmente, la propuesta de plan regulador será de conocimiento del
Concejo Municipal para efectos de su aprobación según lo estipula el Artículo 17 de la Ley de
Planificación Urbana N*4240.
4.5. La Municipalidad entregará al Instituto los documentos para ser revisados en cada etapa. Se
deberá de contar con la aprobación del Concejo del documento final por cada fase, con el fin de
garantizar una aprobación parcial del documento.
4.6. La Municipalidad deberá de entregar los documentos en formato digital y editable (Word, Shp,
Excel, ete), en conjunto con el visto bueno de la Comisión Municipal del Plan Regulador y aprobación
del Concejo Municipal.
4.7. La Municipalidad deberá cancelar al Instituto, la suma de € 41.500.000,00 (once millones
quinientos mil colones con 00/100) por el año del convenio, que incluyen el monto establecido por
Avenida 9, calles 3 bis y 5, San José, Banio. Amén, Apartado 2534-1000 San José,Costa Rica. Central Telefónica: 2211-0000
WA nv a.go.Cr
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
PAGINA N%79 MUNICIA A No9 Or E POCOCI
EINVU
"Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo
concepto desarrollo de las revisiones parciales de la propuesta del plan regulador cantón de PococÍ,
bajo el modelo de servicio de acompañamiento técnico.
4.8. Por su parte la Municipalidad deberá sufragar los costos para alimentación, publicidad y difusión
del plan regulador cantonal ante la comunidad a través de talleres distritales, para la realización de la
audiencia pública y su publicación en el diario oficial La Gaceta, según Articulo 17 de la Ley de
Planificación Urbana N*4240.
QUINTA: Forma y momento del pago.
El monto será cancelado en su totalidad por parte de la Municipalidad de Pococí al Instituto como pago
| por servicios profesionales, en cuatro tractos y el Instituto descontará el monto cancelado en este
| contrato de la tarifa total por revisión de la propuesta del plan regulador, siempre y cuando se cuente
con un visto bueno de las 3 etapas anteriores por parte del Departamento de Urbanismo (DU) y Unidad
de Criterios Técnicos y Operativos de Ordenamiento Territorial (UCTOT). El desglose de los pagos
serán los siguientes:
4. Primer pago: contra firma del convenio 15%
2. Segundo Pago: por el acompañamiento y visto bueno del documento Diagnóstico 25%
3. Tercer pago: por el acompañamiento y visto bueno del documento del Pronóstico 30%
4
Cuarto Pago: por el acompañamiento y visto bueno propuesta de zonificación y reglamentos
30%
SEXTA: Plazo.
6.1. El presente Convenio de Cooperación tendrá un período de vigencia de doce (12) meses a partir
de su firma y aprobación por parte de ta Junta Directiva del Instituto y del Concejo Municipal del cantón
de PococÍ, así como el respectivo refrendo de las asesorías jurídicas de ambas instituciones.
6.2. El plazo de trabajo contratado será suspendido cada vez que la Municipalidad presente ante las
respectivas instituciones los productos elaborados para su debida revisión (SETENA, SENARA, INTA,
MINAE)
SÉPTIMA. Prorroga
Si en el plazo establecido, la Municipalidad no hace efectivo los servicios de acompañamiento
establecidos en este convenio, en el sentido de que no se ha dado el visto bueno de los documentos
indicados en la cláusula quinta, se podrá prorrogar por otros seis meses sin necesidad de trámite
alguno, salvo que alguna de las partes presente con treinta días naturales de anticipación, alguna
solicitud al respecto.
OCTAVA: Finalización anticipada.
Avenida 9. calles 3 bis y 5 . San José, Barrio Amón, Apartado 2534-1000 San José,Costa Rica. Central Telefónica: 2211-0000
ww invu.go.cr
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Pacina noso  MUNICIRA A PA rábano 000
EINVU
instituto Naciona! de Vivienda y Urbanismo.
En caso de finalización anticipada del presente convenio, las partes de común acuerdo fijarán un plazo
prudencial a efecto que se concluyan las actividades que se encuentran en vías de ejecución.
NOVENA: Incumplimiento.
El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas aquí estipuladas por alguna de las partes atribuible a
su responsabilidad, dará derecho a la parte que ha cumplido a resolver y solicitar la indemnización por
los daños y perjuicios causados por parte del incumpliente del presente convenio.
DÉCIMA: Normativa vinculante.
En todo aquello no previsto específicamente en el presente convenio, se aplicará supletoriamente la
Ley de Contratación Administrativa y su respectivo Reglamento, la Ley General de la Administración
Pública, la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos.
UNDÉCIMA: Estimación.
El presente convenio se estima en la suma de £ 11.500.000,00 once millones quinientos mil colones
con 00/100) por año de convenio.
Este convenio se conforma de dos originales suscritos por las partes. Cualquiera de las partes se
encuentra expresamente autorizada a protocolizarlo para los efectos correspondientes.
En fe de lo anterior, firmamos a los días del mes de del 2020.
APPPA<Á<Á—_—A —___ _— — ——
Lic. Manuel Hernández Rivera MBA. Marco Hidalgo Zúñiga
Alcalde Municipal Gerente General
Municipalidad de Pococí Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo
Refrendo Asesoría Legal Refrendo Asesoría Legal
Municipalidad de Pococí INVU
Avenida 9, calles 3 bis y 5 , San José. Banio Amón. Apartado 2504-1000 San José Costa Rica. Central Telefónica: 2211-0000
www invu.go. Cr
E
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pacia neos MUNICIR Aro Brad OCT *aja1mz0
Al mismo la Licda. Mayra Montes, del Dpto. Servicios Jurídicos A
Ing. Henry Madrigal Calvo
Estimado compañero
Con el fin de agilizar este proceso para la firma del convenio de cooperación, me permito indicarle lo siguiente:
Hecha la lectura de las cláusulas que indica que fueron modificadas, y que las mismas se encuentran resaltadas en
amarillo, debo indicar que no se observan ningún cambio sustancial, ya que las obligaciones respecto a los trabajos
técnicos, así como los compromisos económicos y montos a pagar por parte de estea municipalidad, se mantienen tal
cual se indicaron originalmente en la documentacion remitida a eta Unidad Jurídica el pasado mes de setiembre,
cuando se remitió el Informe Jurídico 1J-38-SET-2020.
Básicamente, los compromisos presupuestarios consisten en el siguiente rubro:"La municipalidad deberá cancelar en cuatro
tractos, un total de (411.500.090) once millones quinientos mil colones, por concepto de Desarrollo de las revisiones parciales de la
propuesta del plan regulador, del cantón de Pococí, bajo el modelo de servicio de Acompañamiento Técnico.
Además, la municipalidad deberá asumirlos COSTOS de alimentación, publicidad y difusión del plan regulador (en talleres distritales) para
la audiencia pública y su respectiva publicación en la Gaceta".
Por lo antes dicho, se reitera lo señalado en el citado informe jurídico,
Atte. Mayra Montes Arce
Abogada Municipal
Nota de Secretaría: El Ing. Henry Madrigal hace referencia del Acuerdo 1670 Acta 68
SMP 1534-2020, oficio: DAMCM-0101-2020 en el que se presenta el borrador del
Convenio al cual se le realizaron las modificaciones.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se conoce y se aprueban las 3 enmiendas del
Convenio INVU-Municipalidad de Pococí. Se Dispensa del Trámite de Comisión,
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2122
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Lic. Manuel Hernández Rivera,
alcalde municipal, dice;
Oficio: DAMCMI-0157-2020
Asunto: Aportes de ley al cierre del 30 de setiembre del 2020
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pacina ne2  MUNICIR AA Orla OO
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PR
18 MUNICIPALIDAD DE POCOCI
DESPACHO DEL ALCALDE /'
rea Teléfono: 2710-7182
DE POCOCI Manuel. hernandezQOmunipococi.go.cr
DEIA A
Guápiles, 19 de noviembre de 2020
DAMCM-0157-2020
Sres.
Concejo Municipal
Se remite para su autorización el oficio N2AF-085-2020 emitido por la Licda. Andrea
Camacho Zárate de la Administración Financiera que contiene detalle de los
aportes de ley al cierre del 30 de setiembre del 2020.
Se solicita al Concejo Municipal autorizar al Alcalde a girar los recursos detallados
en el oficio adjunto.
Lic. Manuel Heraáfdez Rivera.
Alcalde
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Auditoría
lerna
Municipalidad de Pecocí
ES
pacina ness  MUNICIA A e Brant O
Municipalidad de Pococí
Administración Financiera
Guápiles, Pococí Limón
Teléfono 2713-65-48 ext. 135
Oficio N%AF=-085-2020
Para! Lic. Manuel Hernández Rivera
De: Licda. Andrea Camacho Zárate
Asunto! Primer Aporte Aportes ley 2020.
Fecha: 17-11-2020.
Se adjunta el detalle del Primer aporte de ley al cierre de 30-09-2020, para que
sea tomado en cuanta para su aprobación y presentación al Concejo Municipal.
Monto Monto al cierre
Aporte Presupuestado | de Setiembre
para el año 2020 2020
JUNTA DE EDUCACION 10% 190000 000,00 | 130000 000,00
ONT 1% 9 500 000,00 7.000 000,00
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL 28500000,00 | 20000000,00
CONSEIO NACIONAL DE PERSONA CON DISCAPACIDAD 32 419 371,32 20 000 000,00
CONAGEBIO 3 100 000,00 2.200 000,00
TOTAL 263519 371,32 | 179200 000,00
Sin más.
Firmado
ANDREA digitalmente por
ANDREA CAMACHO
SANAEHO ZARATE (FIRMA)
ZARATE (FIRMA) Fecha: 2020.11.17
14:31:54 -0600'
Licda. Andrea Camacho Zarate
Administradora Financiera
c. Hacienda Municipal
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a girar los recursos de
aportes de Ley correspondientes al cierre del 30 de setiembre del 2020, según lo
detallado en el oficio AF-085-2020 elaborado por la Licda, Andrea Camacho Zarate,
Coordinadora del departamento de Administración Financiera. Se Dispensa del
Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de PecocÍ
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q E] 2/ Auditoría
PAGINA N'84 MUNICIRALIMAR DEEOCOCI
ACUERDO N? 2123 [—
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0115-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de comerciales
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
TIENDA y GUAPILES 250 O DEL
321 BOTIQUE FD SA ACCESORIOS | INS
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2124
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0115-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de comerciales
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
ARLE DUARTE CARIARI CONTIGUO A
322 ORTEGA PIZZERIA CCSS
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nes MUNICIA A Ne Orla a O
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dlspensaáel
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2125
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0115-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de comerciales
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
CARIARI 40M
323 WISNER CAMPOS PANADERIA Y SURESTE DE LA ESQ
RUIZ CAFETERIA NOROESTE SUBASTA
GANADERA PALERMO
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2126
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0115-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de comerciales
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección 1]
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Aualtor
interna
pacina noes. MUNICIRAR PAR ARO COCI
VENTA AL POR q
LUZ MARINA RAMIREZ dicas CARIARI 170M ESTE
si AGUILAR DEJUGUETES, DE LA CCSS
TECNOLOGIA Y
ACCESORIOS
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2127
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0115-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de comerciales
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
COMERCIAL MINISUPER CON ONETROSESTEDA
325 LA ESCUELA
POPULAR FENG VENTA DE LICOR PALERMO CARIARI
Por mayoría de 6 votos a favor, 3 votos en contra. SE ACUERDA: Aprobar el refrendo
de la patente. Votan en contra los regidores Yaslin Morales Grajal, Ovidio Vives
Castro y Randall Torres Barrientos. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N”* 2128
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0115-2020.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Auditoria
interna
pacina noe7 MUNICH No Orla? CO
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de comerciales
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
326 MARIA FERNANDA ras 250 METROS SUR DEL
CAMPOS JIMENEZ CAPACITACIONES INS GUAPILES
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2129
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0115-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de comerciales
Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección
BRUNO GAITAN JIMENEZ, FRENTE AL
var HERRERA apaS PARQUE
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2130
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Auditoría
interna
pacina noes MUNICIR AA rata OO
Oficio: PA-0115-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de Licores
Exp | Nombre del Solicitante Actividad y Categoría Dirección
56 COMERCIAL POPULAR | LICOR / CATEGORIA 100N 5 Ms
FENG D-1 PALERMO CARIARI
El
Por mayoría de 6 votos a favor, 3 votos en contra. SE ACUERDA: Aprobar el refrendo
de la patente. Votan en contra los regidores Yaslin Morales Grajal, Ovidio Vives
Castro y Randall Torres Barrientos. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2131
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-0115-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencias de Licores
Exp | Nombre del Solicitante Actividad y Categoría Dirección
RICARDO FERNANDEZ BARRA COLORADO
57 HERNANDEZ BAR / CATEGORIA B-1 SUR
Por mayoría de 8 votos a favor, 4 en contra: SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de
la patente. Vota en contra el regidor Randall Torres Barrientos. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
A
pacina nego MUNICIR Ae Orábnaria O
ACUERDO N' 2132
Participan de la palabra:
Reg. Randall Torres Barrientos
Para dejar constancia que voy a votar negativamente las dos patentes de licores. Creo
que es conveniente que este Concejo Municipal conocer por parte del departamento de
Patentes, un análisis de cuánto es la cantidad de patentes que el cantón y cada distrito
podría estar soportando.
Visto, que cada semana vienen diversas solicitados de Patente de Licores, podríamos
estar llenando al cantón de patentes y podría generar un problema social importante.
Licda. Magally Venegas Vargas — Secretaria del Concejo Municipal
Una recomendación, para que el regidor Randall Torres lo realice de forma propuesta y lo
someta a votación, porque un acuerdo de ustedes obliga al departamento a realizar el
procedimiento correspondiente.
Razonamiento de voto positivo del Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Siento que tenemos un departamento donde hay profesionales y si las patentes han
cumplido con todos requisitos, no creo que ellos estén haciendo nada mal.
Voy a hacer mi razonamiento de voto positivo, en el sentido de que hay un profesional que
realiza el criterio técnico y la responsabilidad recae sobre el mismo. Necesitamos la
recaudación de dinero y se sabe que el que quiere tomar licor, se lo toma donde sea,
siempre y cuando estén los permisos.
Licda. Magally Venegas Vargas — Secretaria del Concejo Municipal
Solo para informar, le realice el comentario al encargado de la Unidad de Patentes y me
indicó que él tiene toda esa información y que en el momento que la soliciten, la puede
brindar porque tiene los datos a mano y al día.
Reg. Ovidio Vives Castro
Saluda, me llama la atención la patente Comercial Popular Feng que indica que se ubica
a 100 metros de una escuela, la ley establece a cuántos metros debe estar las ventas de
licor de las escuelas y los templos sean evangélicos O católicos.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIRAL 9713 DE POCOCI
PAGINA N*90 rdinaria.
Tengo entendido que no son 100 metros, hay un mínimo de metros por lo que se está
violentando la ley que viene a regular las ventas de licores.
Si en la Unidad de Patentes saben que hay un mínimo o máximo en distancia que debe
de tener un comercio para vender licor, no tienen por qué enviarla al Concejo Municipal
para aprobación, ellos deberían rechazarla inmediatamente y comunicarle al solicitante lo
que indica la ley, por lo tanto, estaría votado en contra de las patentes de licores.
Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Para hacer una aclaración, recordar que la ley que menciona el regidor Ovidio Vives es
para el establecimiento de bares, pero en aquellos donde se dispensan abarrotes, eso
está abierto. Porque el supuesto es que el licor es para llevar.
Reg. Randall Torres Barrientos
Agradezco la recomendación de la Licda Magally Venegas, voy a realizar la petición del
informe por escrito porque el Concejo debe establecer las directrices y este tema de
patentes de licores no se le puede salir de las manos.
Si otorgamos las patentes a diestra y siniestra, no obstante que los órganos técnicos
recomienden las patentes, al fin y al cabo, la decisión es nuestra y si hay un problema de
índole social también recae en el Concejo Municipal porque es parte de las funciones.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
En este tema de los licores, cuando es un bar o licorera sí hay distancia de las escuelas O
iglesias, cuando son Minisuper con venta de licores no hay distancia, lamentablemente,
por lo tanto, hay que votarlo.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro
Saluda, estoy un poco confundido sobre si cobran esas patentes porque creo que para los
supermercados no cobran las patentes, yo pienso que, si nosotros cobráramos las
patentes, se evita que las gente soliciten, porque la venta de licor de un supermercado es
muy poca entonces no les va a dar para pagar la patente.
Tal ves el departamento aclare al respecto.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Sí se cobran.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Paca neos  MUNICIR ARA lima O
Reg. Alfredo Calderón Alfaro
Entonces si se cobran, hay que seguir el proceso.
Reg. Yaslin Morales Grajal
Saluda, referente a las patentes de licor mi voto será negativo porque tenemos que ser
muy cuidadosos con esto, aunque sea Un minisúper y quiera vender licor. Ahorita en la
pandemia de salud, la Fuerza Pública ha tenido muchos problemas con este tipo de
minisúper que la gente compra para llevar, pero se quedan afuera de los establecimientos,
en sus carros, entonces por eso mi voto negativo.
Por otro lado, no entiendo cómo en la Municipalidad llegan patentes para aprobación y en
Colorado, están faltos de uso de suelo y seguridad jurídica.
Es por eso que lo estoy votando negativo y les recuerdo a todos que hace unos días el
presidente leyó sobre un criterio legal porque el departamento de Patentes nos indujo a
error, vale más que él lo detecto a tiempo.
Si creo que hay que “tallar” a ese departamento don Manuel porque deberían de tener
profesionales más diestros en este tipo de materia porque es muy sensible. Además, le
están haciendo resoluciones a personas morosas, firmadas por el profesional y sin siquiera
supervisión del departamento legal.
Es un tema que debe ser analizado y realizar un control cruzado con Hacienda y la CCSS,
porque están borrando deudas de personas que no encuentran por medio de resoluciones,
por lo que diga un inspector, entonces con ese departamento hay que tener cuidado.
Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Quiero hacer una aclaración, esa patente de Colorado es vieja por lo que yo entiendo es
de don Ricardo, tiene muchísimos años y que por el tema de la pandemia la suspendió y
ahora la quiere reactivar. Hay que tener mucho cuidado porque en estas situaciones hay
mucho que hay que dominar.
Propuesta del Reg. Luis Ángel Méndez Araya
Con respecto a este tema, he sentido que hemos estado en polémicas sobre distancias y
en la aprobación de las patentes, por lo que propongo para que el departamento de
Patentes brinde una inducción al Concejo Municipal para que aclaren todas las dudas que
se tengan con respecto al tema de las patentes, ya que han surgido muchas dudas y para
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidag de
y
: , Intern
PAGINA N*92 MUNICIRA LIRA haa COCI 19-11-20
evitar injusticias. El tema de las distancias ha presentado muchas dudas y alginas
comunidades se han dado quejas al respecto. ]
El señor presidente somete a votación la propuesta del Reg. Luis Ángel Méndez Araya.
Por mayoría de 8 votos a favor, 4 voto en contra, SE ACUERDA: Aprobar la
propuesta del Reg. Luis Ángel Méndez Araya para que el departamento de Patentes
brinde una inducción al Concejo Municipal sobre todo lo relacionado con el tema de
patentes. Vota en contra el regidor Reinaldo Benavides Vargas.
Lic. Manuel Hernández Rivera — Alcalde Municipal
Recordar que no son Patentes, ahora son licencias y hay diferentes tipos de categoría que
se otorgan.
Con respecto a licencia de Colorado, efectivamente es una patente vieja y el patentado lo
había suspendido por el COVID-19 y ahora la están reactivando. Si queremos reactivar la
economía, debemos otorgar patentes. En el caso de licencias de licoreras se pueden
otorgar por 6 meses y si las personas incumplen, el Concejo Municipal las puede revocar
automáticamente, porque en el Reglamento de Licores de la Municipalidad está
contemplando.
Me parece que en el caso de las licoreras y minisúper se puede revisar el plazo en el que
se otorgan.
Reg. Jonnathan García Chévez
Saluda, Ese tipo de licencia ¿qué categoría es?
La Lic. Magally Venegas Vargas, secretaria municipal, procede a explicar en detalle las
categorías de las licencias a refrendar.
ES a
ARTICULO ll
Lectura, Discusión y Verificación del Acta N*78 Ordinaria del
12-11-2020
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pacina neos MUNICIR Ao Orla na O
ACUERDO N' 2133
Se Conoce Acta N*78 Ordinaria del 12-1 1-2020
Comentarios del Acuerdo N*2104
Reg. Yaslin Morales Grajal
Tengo dos correcciones pequeñas de esa acta, en el último acuerdo N*2104, se conocen
mis palabras, dice “La regidora Yaslin procede a leer la propuesta” no la moción, para que
conste que ese recurso que llegó, no leímos mociones si no que era una propuesta, sin
embargo, sí se inserta en el acta la palabra “moción” y correctamente es una propuesta,
lo dije antes de leerla.
Más adelante en el texto del acuerdo N*2104 dice “Está sería la propuesta, me parece que
es justa y le damos la posibilidad a las personas de decidir si quieren o no pertenecer y no
que nos vengan a imponer, la manera como lo están haciendo que ni siquiera una consulta
han realizado”, se vuelve a indicar que es una propuesta, pero en luego dice; “El señor
presidente somete a votación la moción de la señora regidora Yaslin Morales Grajal”. Por
lo que solicito se corrija, porque efectivamente era una propuesta y lo dije al
principio de mi intervención.
Nota de secretaría: Hechas las correcciones, que el Acuerdo N*2104 del Acta N*78
Ordinaria del 12-11-2020 se lea correctamente:
Se conoce comentario del señor Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal,
sobre el Cantonato de Cariari, el mismo como sigue;
Lic. Manuel Hernández Rivera — Alcalde Municipal
Voy a mencionar un tema que me parece muy importante para el cantón de Pococí
que es el tema del Cantonato de Cariari, la próxima semana se discute en la
Comisión de Caribe el tema de Cariari Cantón, para mi criterio esto viene a dividir
el cantón de Pococí y de llegarse a aprobar, lo que vamos a tener son dos
Municipalidades demasiado pobres y al final, ninguna de las dos saldrá adelante-
Yo había enviado una nota a la Comisión Caribe para que nos brindarán una
audiencia, me parece importante solicitarlo por medio de acuerdo para que se
escuchen las propuestas, no es hacer un cantón por hacerlo, se deben de analizar
los pro y contras de las dos posibles municipalidades.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nos MUNICIR A AMA rábano CO
Lo que quedaría son dos municipalidades totalmente pobres, y el problema es que
no se han sentado a hacer números, porque es muy fácil decir que se van a llevar
tantos metros de kilómetros y ahí nos dan los recursos de la 8114 y del banano,
pero si usted hace números, lo que genera, además de la cantidad de kilómetros
que hay, además de eso la parte administrativa, se tendría que crear más
burocracia para mantener a las municipalidades y al final los recursos que hay, no
alcanzarían, serían dos de las municipalidades más pobres del país.
Muchos ponen de ejemplo a Río Cuarto, pero ellos tienen que financiarse el
personal y eso que apenas están arrancando. Río Cuanto no es ni parecido a lo
que se quiere hacer como cantón Cariari, me parece que es un tema que debe ser
discutido entre el Concejo Municipal y la alcaldía y sin que se resientan los
compañeros de la parte baja de Cariari, porque puede que ellos mantengan una
posición distinta.
Mi criterio es que no le conviene al cantón de Pococí y le favorecería a otros
cantones que eso es lo que quieren, que se divida el cantón de Pococí,
quedaríamos totalmente debilitados. Lamentablemente, en la comisión, la mayoría
de los diputados lo escuchan y claro, porque la mayoría son de Limón, no del cantón
de Pococí, les conviene que se haga la división, ¿por qué? porque al final, cuando
se realice el proceso para elegir diputados, ninguno de los dos cantones pequeños
va a poder elegir diputado y no volverían haber diputados del cantón de Pococí y
tampoco Cariari, porque serían principalmente de Limón y tomarían la delantera los
otros cantones como Siquirres y posiblemente Matina.
Eso es lo que les conviene a los diputados que no son de Pococí, a pesar de que
hay una diputada que defiende la posición y es lógico porque es de Cariari. Al final
no se ha analizado técnicamente qué es lo mejor para este cantón, así que creo
que se debería someter a votación. :
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Avalo la propuesta del señor alcalde. Ya saben que, desde un inicio, me pronuncie
en contra. Algunos dicen que el Pococí es uno de los tres cantones más grande del
país, Pococí es pequeñito y realmente un cantón dividido a como quedaría, sería
algo de extrema pobreza, por lo tanto, avalo la propuesta del señor alcalde.
Reg. Yaslin Morales Grajal
Apoyo las palabras del Lic. Manuel Hernández Rivera, alcalde municipal y estoy en
total desacuerdo con el expediente 20.538 de la Asamblea Legislativa, denominado
“CREACIÓN DEL CANTÓN VII DE LA PROVINCIA DE LIMÓN DENOMINADO
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad socí
7 A,
Le Auditoría
PAGINA N*95 MUNICIA AA Or E POCOCI sl 8
CARIART”, sin que medie el derecho a los ciudadanos de este cnlto ue sean los
que decidan si deben pertenecer o no. Creo que las decisiones tan importantes no
las pueden tomar cinco o diez personas, debe ser tomado en cuenta un pueblo,
hemos recibido cartas de Asociaciones de Desarrollo que debieran pertenecer al
futuro cantón, donde están en desacuerdo en hacerlo.
Siendo regidores responsables, debemos escuchar al pueblo y a la parte comunal,
y si la parte comunal está en desacuerdo en pertenecer al cantón de Cariari,
entonces lo que podemos hacer es una propuesta. Hay una propuesta que se ¡ba a
presentar como moción y debido a que no hay mociones, solicito el espacio para
leerla, está avalada por seis regidores de este Concejo.
La regidora Yaslin procede a leer la propuesta, la misma como sigue:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de P
Auditoría
interna
MUNICI AAN DE POCOCI
PAGINA N*96 rdinária.
Día 12 Mes 11 Año 2020.
Considerando:
1. Según el artículo 3 del Código Municipal, El gobierno y la
administración de los intereses y servicios cantonales estarán a cargo del
gobierno municipal y que en amparo del artículo 27 del mismo instrumento
es facultad de los regidores municipales formular mociones y proposiciones.
2. En la Comisión Especial Investigadora de la Provincia de Limón se
tramita el proyecto de Ley N*20538: Creación del cantón VII de la Provincia
de Limón denominado “Cariari”.
3. Dicho proyecto consiste en la separación de lo que actualmente se
conoce como cantón de Pococí creando una nueva distribución al crear el
cantón de Cariari que resultaría de la unión de los distritos de Cariari y
Colorado, así como de la segregación de un sector de la Rita incluyendo Las
Palmitas y Ticabán y un sector de Roxana que incluye Llano Bonito.
4. Mediante acuerdo N* 1911 del acta N%76 del 28 de setiembre del
2016, el Concejo Municipal de Pococí aprobó el veto presentado por la
administración contra el acuerdo N*1775 del 01 de setiembre del 2016 tras
indicar y solicitar “declarar con lugar en todos sus extremos el presente Veto
por razones de legalidad, oportunidad y conveniencia, decretando la
anulación del acuerdo impugnado por transgredir el mismo el ordenamiento
jurídico vigente, en cuando se acuerda “brindar el apoyo y dar el visto bueno
por parte del Concejo Municipal para que Cariari sea cantón” sin contar con
una verdadera motivación, motivo y procedimiento de las razones fácticas y
jurídicas que llevaron al honorable Concejo Municipal a adoptar el acuerdo
de marras, es decir, la existencia de un estudio o criterio técnico, que
respaldara la decisión tomada por el honorable Concejo Municipal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Mu icipalidad de Pecocí
ES
N
PAGINA N*97 MUNICI dh Neta Or E OCOCI
5. Posteriormente dicho veto y acuerdo fue elevado a la SeccióR Tercera
del Tribunal Contencioso Administrativo según expediente N*16-010309-
1027-CA, siendo parte en este proceso un grupo denominado Comisión
Comunal Cariari Cantón; pero mediante resolución N*113-2018 este
Tribunal determinó que la Corporación Municipal no incurrió en ninguna
violación al acoger el veto planteado por lo que se declaró sin lugar el
recurso de apelación interpuesto.
6. Mediante oficio DA-0168-2019, con fecha 04 de febrero del 2019 y
emitido por el Despacho de la Alcaldesa, se remitió a la Comisión Especial
Investigadora de la Provincia de Limón información referente a las
preocupaciones de la administración municipal de ese periodo sobre el
proyecto en discusión según las diversas imprecisiones existentes en el texto
en discusión.
7.  Eloficio DA-0168-2019 incluyó la siguiente documentación:
- Criterio jurídico SJI-217-OCT-2018 de la Unidad de Servicios
Jurídicos de la Municipalidad de Pococí que aborda la vigencia del veto
planteado contra el acuerdo N%1775 así como la necesidad de realizar un
análisis de los ingresos y egresos de las diversas dependencias municipales
que justifiquen una distribución progresiva en una nueva división territorial.
- Informe UTOP-MPL-331-2018 emitido por la Unidad de Topografía
Municipal que contiene un montaje de los puntos y coordenadas en el
sistema de proyección CRTMOS siguiendo los datos expuestos en el
expediente legislativo, este encuentra y resalta una serie de imprecisiones
sobre los datos proporcionados en el proyecto respecto a la conformación
territorial del nuevo cantón lo que hace imposible llevar a cabo un análisis
certero y responsable sobre la propuesta.
- Oficio UTGVM-0734-2018 de la Unidad Técnica de Gestión Vial
Municipal sobre los caminos codificados en los distritos mencionados en el
proyecto, así como los restantes del cantón de Pococí.
- Oficio suscrito por la MAF. Cyntia Ávila Madrigal de la
Administración Tributaria Municipal respecto al detalle de ingresos por
concepto tributario para los periodos del 2015 al 2017 en la Municipalidad
de Pococí así como la distribución por distrito, mismo que culmina con el
señalamiento “con la información revisada se podría decir que el aporte
tributario del Distrito de Cariari en promedio se mantiene entre el 13% y el
16% del total de los ingresos tributarios del cantón de Pococí, siendo el
segundo en importancia después del distrito de Guápiles cuyo margen supera
el 50% del gran total”.
- Informe AL-DEST-1JU-437-2018 elaborado por el departamento de
Estudios, Referencias y Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa que
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Auditori
interna
pacina ness MUNICIR Ae Orla O
contiene una serie de señalamientos que debe subsanar la comisión durante
la tramitación del expediente.
8. El oficio DA-0168-2020, suscrito por la Dra. Elibeth Venegas
Villalobos, finaliza con la siguiente expresión: “Bajo estos escenarios, mi
preocupación es latente debido a la afectación que se pueda tener sobre la
calidad de vida de las personas que habitan estas zonas, es notable que existe
una incerteza en la información del proyecto, pero es más preocupante
todavía, la consolidación de un nuevo cantón que no contaría con los
recursos necesarios para tener sostenibilidad económica ni administrativa a
nivel municipal.
Por lo tanto, solicito se me brinde audiencia con la Comisión encargada de
analizar el proyecto para exponer estos y otros escenarios y datos reales de
inversión y producción”.
9. Dicha audiencia solicitada por la administración no se concretó,
misma solicitud que está realizando el despacho del Alcalde actual mediante
oficio DAM-0471-2020 y remitido a la comisión el pasado 03 de noviembre
del 2020.
10. El 04 de noviembre del 2019 se presenta ante la Comisión un texto
sustitutivo del proyecto de ley expediente N*20538 y es que actualmente se
encuentra en discusión y análisis.
11. Este Concejo Municipal considera que esta comisión debe
reconsiderar ciertos aspectos previo a la votación del expediente por cuanto
se permita conceder audiencia al Alcalde Municipal y equipo técnico de la
Municipalidad para conocer a detalle los ingresos y egresos del gobierno
local para tener un panorama certero ante la división propuesta.
12. En oficio DAT-166-2020 del 28 de octubre del 2020, suscrito por la
MAF. Cyntia Ávila Madrigal, de la Administración Tributaria, se detalla las
recaudaciones de tributos municipales en los periodos del 2015 al 2019
donde sólo tomando en cuenta el periodo del 2019 nuevamente queda en
evidencia la desproporción de ingresos entre el distrito central de Guápiles
versus Cariari como se detalla en el presente cuadro:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nooo MUNICIRA ARA Orla O
ADA
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
TABLA 3.
AÑO 2019
INGRESOS TRIBUTARIOS POR DISTRITO
É Descripción Distrito _ Monto General Representación %
gresos totales Cariari _ 979,320,112.00 15,76%
Colorado 87,892,475.00 141%
Guápiles 3,054,682,328.22 917%
Jiménez 883,054,668.00 14,21%
La Colonia 170,053,954.00 2.74%
_— llaRita_ | 580,556,979.00 9.35%
Roxana 456,703,765.00 7.35%
Total Ingresos a Diciembre-19 6,212,264,271.22 100%
E: Nota: No Incluyo multas nl Intoreses
13. Diversas Asociaciones de Desarrollo Integrales del cantón de Pococí
se encuentran también ante la incertidumbre debido a la posible separación
para la cual algunas de ellas ya han manifestado abiertamente, e incluso ante
esta Comisión Legislativa, su negativa a formar parte de un nuevo cantón
denominado “Cariari”, siendo estas las Asociaciones de Desarrollo Integral
de El Porvenir, Asociación de Desarrollo Integral La Suerte de la Rita,
Asociación de Desarrollo Integral de Caño Seco, Asociación de Desarrollo
Integral de El Zota, Asociación de Desarrollo Integral de Santa Rosa.
14. Hasta el momento no se ha realizado un proceso efectivo y certero de
consulta popular que permita conocer profundamente la posición de la
ciudadanía y de las organizaciones comunales respecto a esta iniciativa.
15. Estaríamos ante no sólo la creación de un cantón que administrativa y
financieramente no tiene la capacidad de estabilizar su gestión y sostenerse
en el tiempo permitiendo una inversión justa y equitativa de los recursos en
obra pública, sino que también estaríamos ante la desintegración de un
cantón como Pococí que ha logrado su punto de estabilidad en cuanto a
ingresos y egresos y que como resultado tendríamos dos aparatos estatales
nuevos pobres e ineficientes para la atención de territorios creados sin
ningún criterio y estudio técnico y financiero que los respalden,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalida
EN
AusditoríÍ
' interna
PAGINA N*100 MUNICH Or YE OCOCI
Propongo:
1 Este Concejo Municipal se manifieste en contra del expediente
N220.538 en los términos planteados actualmente teniendo como referencia
los antecedentes expuesto y al no haberse realizado una consulta pública
efectiva que exprese el sentir de la ciudadania y los grupos organizados del
sector comunal sobre si apoyan o no la división del cantón de Pococí, asi
como la creación del nuevo cantón “€ ariari”.
2 La Comisión Especial Investigadora de la Pravincia de Limón valore
momentáncamente la votación del expediente N*20.538 y
conceder audiencia a la Administración Municipal representada por el
Alcalde Municipal de Pococí, y a su cquipo técnico, para que manifieste y
exponga de manera detallada el historial de los ingresos y egresos
municipales de cara a una eventual división y cómo podria afectar esto la
sostenibilidad de un nuevo cantón.
3. Notificar este acuerdo a la Comusión Especial Investigadora de la
Provincia de Limón, Asociaciones de Desarrollo del cantón de Pococi,
Medios de Comunicación, Presidencia de la República, Fracciones
legislativas
4 La Unión Cantonal de Asociaciones de Pococi consulte a todas las
asociaciones del cantón de Pococi si están de acuerdo a pertenecer a este
nuevo cantón.
$. En concordancia con lo establecido en el Código Electoral, que el
Tribunal Supremo de Elecciones atendiendo a sus atribuciones según
artículo 12 inciso m) e inciso p). se pronuncie para iniciar consulta popular
respecto a este tema en vista de su responsabilidad de promover las reformas
electorales que estime necesarias y colaborar en la tramitación legislativa de
los proyectos relacionados con esa materia
Está sería la propuesta, me parece que es justa y le damos la posibilidad a las
personas de decidir si quieren O no pertenecer y no que nos vengan a imponer, la
manera como lo están haciendo que ni siquiera una consulta han realizado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
a
pacina noror MUNICIR A No Orla CO
Y
El señor presidente somete a votación la propuesta de la señora regidora Yaslin
Morales Grajal.
Por mayoría de 6 votos a favor, 3 votos en contra. SE ACUERDA:
1. Este Concejo Municipal se manifieste en contra del expediente N*20.538
en los términos planteados actualmente teniendo como referencia los
antecedentes expuesto y al no haberse realizado una consulta pública
efectiva que exprese el sentir de la ciudadanía y los grupos organizados del
sector comunal sobre si apoyan o no la división del cantón de Pococí, así
como la creación del nuevo cantón “Cariari”.
2. La Comisión Especial Investigadora de la Provincia de Limón valore
suspender momentáneamente la votación del expediente N*20.538 y conceder
audiencia a la Administración Municipal representada por el Alcalde Municipal
de Pococí, y a su equipo técnico, para que manifieste y exponga de manera
detallada el historial de los ingresos y egresos municipales de cara a una
eventual división y cómo podría afectar esto la sostenibilidad de un nuevo
cantón.
3. Notificar este acuerdo a la Comisión Especial Investigadora de la
Provincia de Limón, Asociaciones de Desarrollo del cantón de Pococí, Medios
de Comunicación, Presidencia de la República, Fracciones legislativas.
4. La Unión Cantonal de Asociaciones de Pococí consulte a todas las
asociaciones del cantón de Pococí si están de acuerdo a pertenecer a este
nuevo cantón.
5. En concordancia con lo establecido en el Código Electoral, que el
Tribunal Supremo de Elecciones atendiendo a sus atribuciones según artículo
12 inciso m) e inciso p), se pronuncie para iniciar consulta popular respecto
a este tema en vista de su responsabilidad de promover las reformas
electorales que estime necesarias y colaborar en la tramitación legislativa de
los proyectos relacionados con esa materia. Vota en contra los regidores
Alfredo Calderón, Juan Luis Gómez Gómez y Luis Ángel Méndez Araya. Se
Dispénsese del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Razonamiento de voto positivo Reg. Randall Torres Barrientos
Para justificar el apoyo a la no creación del nuevo cantón, no por hecho de que no
se merezca sino más bien porque no existe un fundamento técnico que permita
decir que el propio cantón va a ser autosuficiente para hacer una serie de obras.
Hay datos, por ejemplo, en recaudación de impuestos no se llega ni a los mil
millones de colones que tendría que servir para hacer el edificio, contratación de la
maquinaria, para la estructura organizativa y contratación del personal, no se
tendrían los recursos.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina no102 MUNICIA CANA Orbita COC!
Hay un aspecto importantísimo que he valorado y es cuánto se ha hecho en esta
administración, fortaleciendo los diferentes distritos por ejemplo a Cariari, cuántas
obras se han realizado, en Roxana y lo hemos hecho juntos y en una forma
equitativa, solidaria y si actuamos como Concejo Municipal de esa manera vamos
a terminar muy bien, haciendo un montón de obras, en cambio si nos dividimos eso
desde todo punto de vista no traería nada positivo para el cantón.
Somos más de 150 mil habitantes y si nos dividimos, quedamos como dice el señor
alcalde, con dos municipalidades pobres. Creo que nosotros debemos hacernos
sentir con este acuerdo para que se conozca que nuestro interés es salir adelante
y lograr el desarrollo de los pueblos y ese desarrollo solo se logra siendo unido.
Razonamiento de voto negativo Reg. Alfredo Calderón Alfaro
No conozco bien del tema, pero hay una comisión y espero que sea la Comisión la
que vea eso, por eso el voto es negativo. Hasta que la Comisión dicte un veredicto.
Razonamiento de voto negativo Reg. Luis Ángel Méndez Araya
Decirles que estoy votando en contra la propuesta, basado como Cariareño, por
lógica apoyo el proyecto, como regidor quiero ver números que me justifique el por
qué sí o por qué no.
Respeto la propuesta del señor alcalde, sin embargo, como Cariareño no le doy la
espalda a mi pueblo. Quiero analizar profundamente junto con la Comisión, si bien
es cierto es un proyecto de años y ha ¡do evolucionado y tomando fuerza, quiero
fundamentarme más y no basarme en criterios ajenos, porque algunas personas lo
hacen como un sometimiento sin fundamento alguno.
Me parece que se debe tomar por la vía técnica, se debe de dialogar y analizar.
Razonamiento de voto negativo Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Creo que ser cantón es algo que anhelan los pueblos y merecen desarrollarse, es
por lo que estoy votando negativo la propuesta y va en esa línea.
Razonamiento de voto positivo Reg. José Antonio Bustos Martínez
Mi voto es positivo porque no creo viable a Cariari cantón, hemos sabido que la
división no es lo mejor, por lo expuesto por el señor alcalde y caería en un retroceso,
se convertiría en dos cantones pobres. Quiero recalcar que la diputada Laura Guido
en la Comisión, solicitó llevar la comisión a la mesa Caribe, donde en aquel
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de
pacina no1o3 MUNICIR Cra Ne Orla a OO
momento la diputada Marolin Azofeifa rechazó la emoción y recalco las PAS de
la diputada Laura Guido Pérez del partido Acción Ciudadana en su momento, ella
estuvo viendo el Caribe Norte y donde ha conformado y está trabajando en esta
Comisión de Cariari Cantón y sabemos que no es viable.
No es que esté en contra de Cariari, si se convirtiese en cantón, pero eso se puede
dar más adelante y valorar bien para que Pococí siga siendo un cantón próspero y
veo que dividirnos no es la acción.
Reg. Flor Iveth Peraza Campos
Es referirme al tema de Cariari Cantón, la regidora Yaslin Morales fue muy acertada
en todo lo que propuso y también me uno a las palabras del regidor Luis Ángel
Méndez que se necesitan análisis técnicos-estadísticos y análisis de criterio, porque
tengo la preocupación de las Asociaciones de la bajura, donde se están incluyendo
en un mapa de Cariari Cantón y comunidades que involucran al distrito de La Rita.
Entonces sí es necesario conocer los criterios técnicos que tuvo se grupo de
personas o esa Comisión, para trazar una línea sobre el mapa de Pococí,
involucrando comunidades sin tomar el parecer.
No conozco mucho el proyecto, soy sincera en ese aspecto, pero sí me gustaría
conocer esos análisis técnicos-estadísticos y el criterio que tuvieron que tomar esas
personas para trazar una línea en el mapa, sin tomar en cuenta las Asociaciones
de Desarrollo, dejándolas totalmente a un lado de esta decisión tan importante para
PococíÍ.
Reg. Reinaldo Benavides Grajal
Ya se votó la propuesta, la regidor Flor Iveth Peraza tiene razón en su comentario
porque se está contemplando prácticamente hasta Los Pinos y se están llevando
un 30% de la de la Rita y otro 30% de Roxana, desde Los Pinos hasta Roxana y
prácticamente un gran porcentaje de la Rita, incluyendo a Palmitas.
Razonamiento de voto positivo Reg. Yaslin Morales Grajal
Cariari tiene un gran rezago de muchos años en sus caminos y que mide 224.39
kilómetros cuadrados y tiene 207 kilómetros lineales en caminos, entonces tiene
muchos caminos y algunos de ellos en muy mal estado. La Rita es un distrito que
tiene 469 kilómetros cuadrados y tiene 513 kilómetros lineales que también ha
estado en el olvido. Puedo entender el deseo de hacerse cantón, porque los
gobiernos anteriores a este los han tenido en el olvido y esta regidora ha votado la
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina nero MUNICIR AO Orla O
propuesta de forma positiva, solamente con el espíritu que sean ellos mismos los
que decidan pertenecer o no a Pococí.
Nunca he denegado el derecho que tiene la población a decidir, sino más bien
procurando que sea una decisión justa.
Cariari es un distrito al que esta administración se ha invertido. Desgraciadamente
por años, no les invirtieron, pero está administración hoy está comprometida con
esas bajuras aún tienen calles en barro.
UL. e.
Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Aquí hay un asunto, usted el documento que lee textualmente es el mismo que ingresa
con tiempo a secretaría. Si hubieran dejado que cuando el regidor Reinaldo Benavides
hizo uso de la palabra y se hubiera sometido a votación la propuesta del Reg. Reinaldo
Benavides, no estaríamos enderezando cosas que están torcidas, por lo tanto, eso va al
departamento legal y que sean ellos los que enderezan el asunto.
Se le hubiera dado la oportunidad a la propuesta que se hizo bien clara por el señor
Benavides, no estuviéramos en esta situación ahora, pero ya eso se fue a otra instancia y
hay un procedimiento, cuando esas cosas suceden, tenemos que ver qué pasa.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Realmente lo que se quería hacer es una propuesta, ya se aprobó pasarlo a jurídicos y
ese día, había mociones por lo tanto no había que alterar el orden del día. Que sea
jurídicos quien nos recomiende.
Propuesta de la Reg. Yaslin Morales Grajal
Solo le quiero recordar señor presidente, con todo el respeto que usted se merece, que
nuestro Código Municipal establece que usted tiene la potestad de hacer el orden del día,
pero también establece cuál es el orden del día y debe de haber siempre mociones, así
que como estamos en discusión del tema de mociones, quiero hacer una propuesta:
Compañeros, según el reglamento es nuestro deber hacer mociones en el tiempo que así
lo indiquemos y en el orden del día debe de ir establecido las mociones porque así lo
establece el Código Municipal, por lo que realizo la siguiente propuesta: Que se
devuelvan las mociones al orden del día siempre en nuestra extraordinarias y en el
momento que cada regidor quiera presentarlas.
Pdte Juan Luis Gómez Gómez
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*105 MUNICIRA RR O AO COCI
Está reglamentado, si quiere lo volvemos a votar, no hay ningún problema Ío que está
diciendo la regidora Yaslin está en el reglamento.
Reg. Yaslin Morales Grajal
Es una potestad y no puede violentar nuestros derechos como regidores. Si yo quiero
hacer una propuesta, usted debe someterla a votación.
Pdte Juan Luis Gómez Gómez
No la estoy violentando, le estoy diciendo que lo que usted está diciendo, está en el
reglamento, así es como usted lo está diciendo. No le estoy alterando nada.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Estábamos en la discusión del acta, someta a votación el acta.
Reg. Yaslin Morales Grajal
Y porque es una discusión del tema de las mociones hago la propuesta ¿por qué? porque
no puede ser que nos quieran decir cuando presentar una moción, es Un derecho.
Imagínese que las mociones se tienen que presentar al medio día porque si no, no las
leen, entonces cómo vamos a hacer las propuestas que cada uno tiene, eso debe de
cambiar, es un derecho que está estipulado en el Código Municipal.
El señor presidente procede a someter a votación el Acta N”78 Ordinaria del 12-11-2020.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Hechas las correcciones y observaciones, se
procede a aprobar el Acta N*78 Ordinaria del 12-11-2020.
Razonamiento de voto Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Estoy votando toda el acta, excepto el acuerdo N*2104 de la moción presentada por la
regidora Yaslin Morales Grajal, ese no lo voy a votar, por lo que estoy votando el acta de
manera parcial.
Reg. Yaslin Morales Grajal
El voto parcial no existe, es positivo o negativo.
Pdte Juan Luis Gómez Gómez
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*106 MUNICIK AA 7 Orta COCA
No estoy votando el acuerdo suyo.
Reg. Yaslin Morales Grajal
Es que estamos votando actas, no acuerdos.
Pdte Juan Luis Gómez Gómez
Hágame el favor y me pide la palabra, respeto.
ACUERDO N”* 2134
Propuesta de la Reg. Yaslin Morales Grajal
Para que se devuelvan las mociones al orden del día en las sesiones extraordinarias y en
el momento que cada regidor quiera presentarlas.
Por mayoría de 6 votos en contra, 3 votos a favor: SE ACUERDA: Se rechaza la
propuesta. Votan a favor los regidores Ovidio Vives Castro, Randall Torres
Barrientos y Yaslin Morales Grajal.
Razonamiento de voto negativo del Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
Voto la propuesta en contra, no porque esté en desacuerdo, sino que sería saludable
cuando se presentó eso, se hizo por mayoría de votos, entonces sería presentar una
moción de nuevo para que las mociones se presenten como lo dice el Código Municipal,
de acuerdo a la ocasión o la necesidad.
=== Ul= en
ASA o
ARTICULO lll
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N* 2135
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
eacina no107 MUNICIR IA A Orla o COO iS 0090
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde
Municipal, dice:
DAMCM-0158-2020
Mediante la presente me permito saludarle y remitir estudio de actualización tarifaria para
el año 2021 elaborado por el encargado de Hacienda Municipal, Mauricio Garita.
El encargado de Hacienda realizará la exposición respectiva de la propuesta, así como del
borrador de acuerdo que se requiere tomar por parte del honorable Concejo Municipal.
Sin más por el momento,
Lic. Mantel Hernández Riv
de
Nota de Secretaría: el señor MBA. Mauricio Garita procede a explicar la presentación la
misma como sigue:
ESTUDIO DE
ACTUALIZACIÓN,
CATEGORIZACIÓN Y COSTOS
PARA LOS SERVICIOS
MUNICIPALES
Mauricio Garita Varela.
Hacienda Municipal
MUNICIPALIDAD
DE POCOCI
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina moros. MUNICIR AAA ridad CO
Ley para la Gestión Integral de Residuos No. 8839: La entrada en
vigencia de dicha norma trajo en su artículo 58 una reforma al artículo
N> 83 del Código Municipal, propiamente en la forma de cálculo y
metodología empleada, en cuanto a la recolección de residuos sólidos, la
misma fue : “En el caso especifico de residuos ordinarios, se antoriza a
las municipalidades a establecer el modelo tarifario que mejor se ajuste
a la realidad de su cantón, siempre que este incluya los costos, así como
, las inversiones futuras necesarias para lograr una gestión integral de
Fundamento car rm ar |
residuos en el municipio y cumplir las obligaciones establecidas en la
Le al Ley para la gestión integral de residuos, más un diez por ciento (10%)
Se de utilidad para su desarrollo, Se faculta a las municipalidades para
establecer sistemas de tarifas diferenciadas, recargos otros
mecanisoos de incentivos y sanciones, con el fin de promover que las
personas usuarias separen, clasifiquen y entreguen adecuadamente sus
residuos ordinarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39
de la Ley para la gestión integral de residuos.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
encina moros MUNICIRA APA rta CO
Servicio de
tratamiento de
residuos sólidos.
Servicio de
recolección de
residuos.
z 0%
Servicio de eN
ACTUALIZACION AC Servicio de aseo
TARIFARIA Y DE mantenimiento de : Do
parques y zonas de vías y sitios
¡a a 1 *
; úblicos.
COSTOS: verdes. Pp
Costo de
tramitación de un Costo de las
(10)9110) certificaciones.
administrativo.
Detalle del estado financiero | Aseo de vías y Recolección de Depósito y tratamiento Mantenimiento De
del Servicio sitios públicos basura de desechos sólidos parques y zonas verdes
Ingreso estimado según fasa 2 88,069,245.23 €822,016,800,27 €297,621,224.57 € 184,188,554.52
(2019)
Egresos de operación del €£61,089,482.05 €768,472,727.92 €£354,179,779.30 €171,326,556.33
servicio
Sobrante de ingreso por
tasa, una vez financiado el (26,979,763.18 (253,544,072.35 -656.558.554,73 (12,361,993.19
servicio (2019)
Representación % del gasto
con respecto al ingreso 69% 93% 119% 93%
Comportamiento 2018 €£22.790.842,23 €51,455,796.38 -£138,197,374.28 (19,869,241.18
Superávit para el periodo (3,738,956.21 € 44,583,377.56 172,337.40 €9,444,970.92
2017
Déficit para el periodo 2016 -£9,089,422.07 €E101,514,957.83 -£1,484,736.80 €E14,565,251.78
Déficit para el periodo 2015 -£1,865,380.32 -£12,501,031.25 -£547,943.40 -(18,696,959.81
Déficit para el periodo 2014 -€11,113,057.27 -024,678,319.36 -£20,044,013.18 -07,766,571.86
Déficit para el periodo 2013 -£6,859,688.60 -6125,639,599.79 -£82,698,396.42 -06,822,672.83
Comportamiento del servicio Aumento Aumento Disminución Aumento
Estado financiero de los servicios
periodo 2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
 
 
pacina nor13 MUNICIA ri No Oráinaa) OO
En virtud de lo anterior, se presenta proyecto de Acuerdo Municipal para cumplir con dicho
disposición constitucional, la misma ¡1 como sigue;
“SE ACUERDA: Con fundamento en las disposiciones de los articulos 9, 11 y 169 de la
Constitución Política; 11, 13 y 113 de la Ley de Administración Pública; 83 del Código
Municipal; la Resolución No 2012-004178 de la Sala Constitucional; siguiendo las
recomendaciones técnicas emanadas del informe de actualización y las toma como
Fundamento para este acuerdo, se dispone:
PRIMERO; Se tienen por recibidas, conocidas, discutidas y aprobadas como proyecto para su
primera publicación de consulta pública no vinculante, las tasas de aseo de vías y sitios públicos,
mintenániezto de parques, recolección de desechos sólidos, tratamiento y disposición final y los
costos de la emisión de certificaciones evunicipales, asi como el del cobro administrativo pos
gestión, en atención al articulo 43 del Código Municipal.
SEGUNDO: Instuiz a la Secretaría Municipal que proceda a dar trámite a la poblicación en el
Diario Oficial La Gaceta de dicha actualización.
TERCERO: “El Ccncejo Municipal de Pocoxí, convoca a audiencia pública para exponer la
proguesta tarifaria planteada por el despacho de la Alcaldesa Municipal para ajustar las tarifas de
aseo de vías y sitios públicos, mantenimiento de parques, recolección de desechos sólidos,
tratamiento y disposición final y los costos de la emisión de certificaciones municipales, asi como
el del cobro adrussiátrativo por gestión de la siguiente foema:
La audiencia pública se llevará a cabo et día 10 do diclembre del año 2020 a las 09:30 am, enel
Salón de Sesiones de la Municipalidad de Potcci ubicado, en el Hotel Talamanca, rente a la 1uta
32, Guápiles, Pococá, Limóc y será abuerta al público de foema virtos! mediare un enlace que será
habilitado en la redes sociales y sino web de la Municipalidad de Pococí, tomando €
etcusideración los protocolos llecidos por el Ministerio de Salud, en ¿o a la pa
Quien tenga interés Jegitimo podrá presentar su oposición o cosdyuvancia, tanto en forma vital
en la audieecia pública o poc escrito debidamente firmado, el cual deterá ser entregado en la
audiencia pública o en las oficinas de la Secretaría Municipal dentro del horario 8:00 a.m. a 3:00
pam, hasta el día de realización de la audiencia.
De igual manera, pueden enviarla por medio del fax 2710-71-81 o 2711-1227 correo
electrónico prosecretanacoscejofíyaboo es , harta la hora programada de wnócio de la respectiva
audiencia púbtica. Las oposeciones o coadyuvancias dsten de estar sustentadas con las razones de
hecho y derecho, indicando un lugar exacto o un enmedio (correo electrónico, número de fax cal
apanado postal del imreresado), para efectos de motificación por parte de la adesinistración
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad d
PAGINA N*114 MUNICIRA RARA Brida O COCI
municipal y presentar el documento de identificación aceptado en el país o copia de esta, si es
interpuesta por escrito,
Las personas jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia por medio del representante
legal de dicha entidad y aportar certificación de la personería jurídica vigente,
Para información adicional, puede comunicarse con la Administración Tributaria al 27136560
Ext.109/142.
Gracias por
su
atención:
Po
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
AuditoríÍ
inierna
pacina nero MUNICIR AA M7 Orla CO
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
GUÁPILES-POCOCÍ
Teléfono N* 2713-6560 Fax N* 27107181
HACIENDA MUNICIPAL
Email: mauricio.garitaQmunipococi.go.cr
Guápiles, 19 de noviembre de 2020.
DHM-85-11-2020
Lic, Manuel Hernández Rivera pump
Alcalde p AN
apeeia apo Ge
Presente nonipó
ASCII
Asunto: Estudio de actualización tarifaria para el año 2021. al
Y ru
ME AT es
Respetable señor:
En atención a la necesidad de cumplir con el estudio de actualización para las distintas
tasas de los servicios afines al saneamiento ambiental y otros costos administrativos, remito
para su conocimiento, análisis y revisión el documento que contiene la propuesta tarifaria
para el año 2021, misma que se mantiene austera por la difícil situación económica que
atraviesa el país.
Como etapas procesales de esta actualización tarifaria se tienen dos elementos
esenciales; la audiencia pública y la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, así mismo,
es necesario que su utilicen los demás mecanismos de divulgación para informar a la
ciudadanía
El presente estudio debe ser sometido a conocimiento y aprobación del honorable
Concejo Municipal, para que se acuerde la primera publicación como consulta pública no
vinculante, al mismo tiempo la invitación a la audiencia pública (VIRTUAL) programada
para el 10 de diciembre de 2020 a las 9:30 am, respetando los plazos de ley para que
posteriormente se acuerde la actualización tarifaria definitiva (Segunda Publicación).
Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
£
Municipalidad de Pccocií
PAGINA N*116 MUNICH Ne Or M0 COCI
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
GUÁPILES-POCOCÍ
Teléfono N* 2713-6560 Fax N* 27107181
HACIENDA MUNICIPAL
Email: mauricio.garita(Qmunipococi.go.er MUNICIPALIDAD
En el presente estudio se incluye propuesta de actualización para los siguientes servicios
y costos:
l. Recolección de Basura.
Depósito y tratamiento de Basura
Mantenimiento de Parques y Obras de Ornato.
Aseo de Vías y Sitios Públicos.
RH PIN
Costos de notificación y certificaciones.
Se adjunta al final del estudio una propuesta de borrador para el Acuerdo del Concejo
Municipal, con el objetivo de contemplar todas las formalidades que se requieren en un
proceso de actualización tarifaria.
Sin otro particular,
“—Edordinador de Hacienda
C.c. archivo
Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*117 MUN ICAA NAPO dio COC!
ESTUDIO DE ACTUALIZACIÓN, CATEGORIZACIÓN Y COSTOS PARA LOS
SERVICIOS DE:
RECOLECCIÓN DE DESECHO SÓLIDOS
TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS
MANTENIMIENTO DE PARQUES Y ZONAS VERDES
ASEO DE VIAS Y SITIOS PÚBLICOS
**COSTO DE TRAMITACIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO
POR CERTIFICACIONES MUNICIPALES
MUNICIPALIDAD
DE POCOCI
Suscrito por:
MAF. Cynthia Ávila M.
Lieda. Andrea Camacho Z.
Lic. Fabián Delgado V.
MBA. Mauricio Garita V.
Noviembre de 2020
PAGINA 1
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina no118 MUNICIRA LINA POR fi? COCI
Tabla de Contenido
1. PRESENTACIÓN...........
2. FUNDAMENTO LEGAL: .
3. OBJETIVOS DEL ESTUDIO ..
A METODOLOAGA cc reee 6
4.1 Recolección de residuos: ....cccncsnmrrrrreeerereer ener 6
4.2 Tratamiento y disposición final de residuos SÓlIdOS: «aanncanerornnennsrrnnnemereeros 7
4.3 Aseo de vías y sitios públicOS: .....uccnomnmenmmrerererereereeees
4.4 Mantenimiento de Parques y ZONas Verdes: .aucncanmncirneancinncanos 8
4.5 Ponderaciones utilizadas: ...onnnonrmncenmecesacennrnnrmneencaneass ¿9
4.6. Establecimiento del costo por concepto de cobro administrativo sobre deudas morosas:..... 10
4.7 Actualización del costo por concepto de certificaciones municipales: .aaacaaccmnnnesssnss 1
5. COSTOS PARA CADA SERVICIO 3 o.cccccoocicnonoooncnennereneenesnennrcennenoneerreerrr ener eennnonrs 11
5.1 Antecedentes:
5.2 Servicio de recolección de basura:
5.3 Servicio de depósito y tratamiento de desechos SÓLIdOS: ...aacannmnmnnnnncneeeeees 13
5.4 Mantenimiento de Parques y Zonas Verdes:
5.5 Aseo de Vías y Sitios PÚbliCOS!....uacmoromsmmenersrs
5.6 Costo de la gestión de cobro administrativo: «ammm.
6. PROPUESTA DE TARIFAS PARA CADA SERVICIO:
6.1 Recolección de Basura: ....cmucaro..
6.2 Tratamiento y disposición final de residuos sólidos...
6.6 Costo de las certificaciones municipales: ...cccnnnncnncionocnncnnnnn concen rancnnene corra nnascernentennes
7. CONSIDERACIONES IMPORTANTES
8. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS ooccuccocooooionccrerennennencinrcaneos
PAGINA 2
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
iditoría
interna
PAGINA N*119 MUNICIRAH RA POR COCI
1. PRESENTACIÓN
La sostenibilidad de los servicios que prestan las municipalidades ha sido tema de análisis por
parte de los diferentes jerarcas municipales, así como las instancias de aprobación tanto locales
como externas en materia presupuestaria, debido al costo de oportunidad que obliga el no contar
con el recurso económico suficiente para mantener la operación de las diferentes áreas de
servicio que en un pasado han presentado en algunos casos situaciones deficitarias.
La Municipalidad de Pococí, no escapa dentro de sus análisis financieros y tributarios al estudio
pormenorizado de esta situación. Por lo tanto, a fin de actualizar los costos de estos servicios,
se ha realizado un estudio técnico, que toma como base la liquidación! presupuestaria al cierre
del año 2019, así como estimaciones de costos futuros, donde la normativa lo permite para la
valoración económica de cada área tanto en sus ingresos como en sus gastos.
Las unidades involucradas en el presente estudio proporcionan diferentes insumos que brindan
un panorama real de las finanzas, tanto en el área operativa como en los demás aspectos del
servicio. En virtud de lo anterior, es que se genera este documento que consta de los siguientes
apartados:
. Actualización tarifaria para el servicio de tratamiento de residuos sólidos.
. Actualización tarifaria del servicio de recolección de residuos.
. Actualización tarifaria del servicio de mantenimiento de parques y zonas verdes.
. Actualización tarifaria del servicio de aseo de vías y sitios públicos.
. Actualización del costo de tramitación de un cobro administrativo,
. Actualización del costo de las certificaciones.
Y Modelo de Liquidación Presupuestaria Física y Financiera 2019
PAGINA 3
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
funicipalidad de Pococí
Z L
pacina ne1zo MUNICIA A ANDO O
o
2. FUNDAMENTO LEGAL:
En materia de tarifas, es necesario realizar un análisis previo de las competencias evidenciando
la potestad que tienen las municipalidades en cuanto a la actualización de dichas tasas, aspecto
que ha sido vastamente expuesto inclusive por la Sala Constitucional en los temas de su
competencia. De manera que se hace necesario analizar los diferentes cuerpos normativos que
tienen injerencia en este tópico:
De los residuos sólidos:
Ley para la Gestión Integral de Residuos No. 8839: La entrada en vigencia de dicha norma trajo
en su artículo 58 una reforma al artículo N* 83 del Código Municipal, propiamente en la forma
de cálculo y metodología empleada, en cuanto a la recolección de residuos sólidos, la misma
fue : “En el caso específico de residuos ordinarios, se autoriza a las municipalidades a
establecer el modelo tarifario que mejor se ajuste a la realidad de su cantón, siempre que este
incluya los costos, así como las inversiones, futuras necesarias para lograr una gestión integral
de residuos en el municipio y cumplir las obligaciones establecidas en la Ley para la gestión
integral de residuos, más un diez por ciento (. 10%) de utilidad para su desarrollo. Se faculta a
las municipalidades para establecer sistemas de tarifas diferenciadas, recargos u otros
mecanismos de incentivos y sanciones, con el fin de promover que las personas usuarias
separen, clasifiquen y entreguen adecuadamente sus residuos ordinarios, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley para la gestión integral de residuos...”
De los demás servicios:
Bajo esa misma tesitura el mismo numeral establece en cuanto a los servicios lo siguiente: Además,
se cobrarán tasas por servicios y mantenimiento de parques, zonas verdes y sus respectivos
servicios. El cálculo anual deberá considerar el costo efectivo invertido más el costo de la
seguridad que desarrolle la municipalidad en dicha área y que permita el disfrute efectivo. Dicho
PAGINA 4
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacia no21 MUNICIR ANI Polis
monto se incrementará en un diez por ciento (10%) de utilidad para su desarrollo; tal suma se
cobrará proporcionalmente entre los contribuyentes del distrito, según el valor de la propiedad. ”.
De igual forma el citado artículo, indica en lo que interesa: *...Los usuarios deberán pagar por
los servicios de alumbrado público, limpieza de vias públicas, recolección separada,
transporte, valorización, tratamiento y disposi ión final adecuada de los residuos ordinarios,
mantenimiento de parques y zonas verdes, servicio de policía municipal y cualquier otro
servicio municipal urbano o no urbano que se establezcan por ley, en el tanto se presten,
aunque ellos no demuestren interés en tales servicios... de
Finalmente, la misma norma cita: “... Además, se cobrarán tasas por servicios y mantenimiento
de parques, zonas verdes y sus respectivos servicios. El cálculo anual deberá considerar el
costo efectivo invertido más el costo de la seguridad que desarrolle la municipalidad en dicha
área y que permita el disfrute efectivo. Dicho monto se incrementará en un diez por ciento
(10%) de utilidad para su desarrollo; tal suma se cobrará proporcionalmente entre los
contribuyentes del distrito, según el valor de la propiedad.
La municipalidad calculará cada tasa de forma anual y las cobrará en tractos trimestrales
sobre saldo vencido. La municipalidad queda autorizada para emanar el. reglamento
correspondiente, que norme de qué forma se procederá para organizar y cobrar cada tasa... ”
3. OBJETIVOS DEL ESTUDIO
> General:
Actualizar las diferentes tasas de los servicios que presta la Municipalidad de Pococí,
relacionadas con los servicios de saneamiento ambiental y otros costos con fundamento en la
normativa vigente.
PAGINA 5
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina n122 MUNICI A N9P Oda OO
> Específicos:
+ Establecer un análisis de costos actualizado sobre los diferentes servicios que presta la
Municipalidad de Pococí.
+ Actualizar las tasas para los servicios de Aseo de Vías y Sitios públicos, mantenimiento de
parques y zonas verdes, recolección de desechos sólidos y servicio de tratamiento de desechos.
+ Determinar el costo de tramitación de un cobro administrativo y el de las certificaciones
municipales.
o Realizar el proceso de consulta pública no vinculante según el artículo 43 del Código
Municipal, así como la Audiencia Pública correspondiente, con fundamento en los artículos 5 y 83
del Código Municipal.
+ Publicar la actualización de tasas en el diario oficial La Gaceta, una vez superadas las etapas
procesales correspondientes.
4, METODOLOGÍA:
Bajo la tesis que el presente documento recoge la actualización de todos los servicios que presta
la municipalidad, se determinará en diferentes apartados lo que corresponde a cada tributo por
separado, aplicando para cada uno de ellos lo establecido en la ley con sus respectivas reformas:
4.1 Recolección de residuos:
Entre los periodos 2013 y 2014 la Municipalidad de Pococí realizó un esfuerzo extraordinario
para obtener, por medio de un estudio técnico y formal, las categorías que se utilizarían para el
sector comercial, las mismas que fueron aprobadas mediante Acuerdo No.981 del Concejo
Municipal, tomado en la Sesión No.44, del 02 de junio de 2014, publicadas en La Gaceta
No.118 del 20 de junio de 2014 y con vigencia a partir del año 2015.
PAGINA 6
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina no123 MUNICIRA LARA PRI e COCI
A partir de la aprobación del estudio y con una base cierta, se ha procedido año con año a
actualizar las tarifas previo análisis técnico, conforme las ponderaciones aplicadas a los costos,
por lo tanto en este periodo, únicamente se procederá a la actualización tarifaria obligatoria
basándose en las categorías predeterminadas.
42 Tratamiento y disposición final de residuos sólidos:
El cobro por este servicio se inició a partir del año 2012, con una tasa recaudada sobre la base
de la antigua categorización del servicio de recolección, que poseía la municipalidad.
Sin embargo, tal y como se indicó anteriormente, entre 2013 y 2014 este ayuntamiento realizó
un estudio técnico que dio origen a nuevas categorías para el sector comercial del servicio de
recolección de basura, determinándose en este los rangos actuales donde se encuentra cada
comercio, en dicho informe se pueden apreciar las ponderaciones que resultaron de elementos
objetivos como el pesaje, el muestreo y la confirmación de datos, así como la utilización de
otras herramientas estadísticas.
En virtud de lo anterior, se tomaron las mismas ponderaciones para establecer las categorías en
este servicio de tratamiento de residuos, como forma de asegurar el cumplimiento de principios
como la justicia tributaria y en apego a la progresividad que debe regir las obligaciones fiscales.
4,3 Aseo de vías y sitios públicos:
Para el caso del servicio de aseo de vías, dado que la corporación municipal solamente lo brinda
en los distritos de Guápiles, Jiménez, La Rita y Cariari, de manera efectiva, debe establecer la
tarifa con un análisis sectorial del valor de las propiedades únicamente donde se presta.
Esta actualización tarifaria se lleva a cabo en aras de mejorar la prestación del servicio en un
corto y mediano plazo, así como la ampliación de este al resto del Cantón a futuro.
PAGINA 7
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
pacina no124 MUNICIRE ANA olaa O
Dispone el artículo 83 del Código Municipal que los usuarios deberán pagar por los servicios
limpieza de vías públicas en el tanto se preste, aunque los usuarios no demuestren interés en tales
servicios.
Así mismo indica el citado artículo que, se autoriza a las municipalidades a establecer el modelo
tarifario que mejor se ajuste a la realidad de su cantón, siempre que este incluya los costos, así
como las inversiones futuras necesarias para lograr una gestión integral de residuos en el municipio
y cumplir las obligaciones establecidas en la Ley para la gestión integral de residuos, más un diez
por ciento (10%) de utilidad para su desarrollo.
Así mismo, se faculta a las municipalidades para establecer sistemas de tarifas diferenciadas,
recargos u otros mecanismos de incentivos y sanciones, con el fin de promover que las personas
usuarias separen, clasifiquen y entreguen adecuadamente sus residuos ordinarios, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley para la gestión integral de residuos.
Tal como indica la norma “...Dicho monto se incrementará en un diez por ciento (10%) de
utilidad para su desarrollo; tal suma se cobrará proporcionalmente entre los contribuyentes del
distrito, según el valor de la propiedad...”, en cuanto a la metodología, debe considerarse el
valor de las propiedades, contrario a la metodología de años anteriores, que debía calcular las
tasas con respeto a los metros lineales de frente de propiedad. Para esto se obtiene información
de la unidad de Catastro, sobre las rutas donde se da el servicio efectivo, así como insumos de
la Unidad de Valoración para la aplicación metodológica.
4.4 Mantenimiento de Parques y zonas verdes:
Esta tasa tiene un carácter solidario y se considera un servicio de naturaleza indivisible, es decir
todos los habitantes del cantón deben contribuir en el mantenimiento de estas áreas y zonas
verdes aun cuando no muestren interés en su disfrute.
PAGINA 8
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*125 MUNICIRA HA RA PoR COCI
El cálculo de dicha tasa se efectuaba sobre la cantidad de metros lineales, del frente de cada
propiedad, con la modificación a la norma tal y como se expuso líneas atrás, se estableció que
debe tenerse como base del cálculo el valor de las propiedades, de igual forma que con el aseo
de vías y sitios públicos, adicional a esto se hace una valoración de los parques y zonas verdes
donde la municipalidad presta el servicio de mantenimiento.
4.5 Ponderaciones utilizadas:
Estas operaciones se aplicarán a los costos para equilibrar la carga de los servicios de
recolección, es decir, las ponderaciones se convierten en el mecanismo de distribución de los
costos para los servicios, así como el de tratamiento y disposición final de residuos, dichas
ponderaciones se muestran en la figura |.
Figura 1
Usuario
Ponderación
E Residencial JE 1 5
Instituciones públicas 1.5
Comercial 1 1S
Comercial 2 3
Comercial 3 4.5
Comercial 4 6
Fuente: Estudio 2014, Categorización del Servicio de Recolección
PAGINA 9
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina ne126 MUNICIRA ARI Polidi Oo
4.6. Establecimiento del costo por concepto de cobro administrativo sobre deudas morosas:
Este cargo se fundamenta en el Reglamento para la gestión del cobro administrativo y judicial,
la fiscalización y recaudación tributaria de la Municipalidad de Pococí, en el artículo 21 indica:
“Cuando una persona contribuyente se encuentre en estado de morosidad y se haya iniciado el
proceso de cobro administrativo, ya sea con mensajería de texto, llamadas telefónicas, envíos
de fax, u otros mecanismos de notificación, deberá obligatoriamente cubrir el costo
administrativo que dicha gestión ocasionó y que será cancelado conjuntamente con los tributos
y demás recargos según la política administrativa interna que se aplique para este acto,
El costo administrativo deberá ser determinado por el Departamento Financiero, actualizado
al menos una vez al año y publicado en el Diario Oficial La Gaceta.” De modo tal que es
necesario anualmente desarrollar las gestiones correspondientes para la actualización de las
tarifas.
El monto por pendiente de cobro que registra la institución y que ha sido objeto del estudio
especial por parte de la Contraloría General de la República, sobre la situación de morosidad
en las municipalidades de la zona atlántica, ha obligado a esta corporación a replantear el
funcionamiento de sus diferentes departamentos de cobro y demás unidades conexas.
En los análisis realizados, se tiene que la cantidad de recursos humanos, materiales y financieros
que se destinan a la gestión del proceso de cobro administrativo son representativas dentro de
la estructura del gasto, lo que implica que esta municipalidad debe establecer el mecanismo
para recuperar al menos una parte de ese costo administrativo que ocasiona el gestionar las
cuentas en estado de morosidad.
Dentro de los principales costos se tienen actividades como las siguientes: impresión de
notificaciones, la primera y segunda notificación personalizada, seguimiento a los arreglos de
pago, gestión telefónica, entre otras.
PAGINA 10
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina nor27 MUNICIRA A NIP OO
4.7 Actualización del costo por concepto de certificaciones municipales:
En cuanto a certificaciones la Municipalidad de Pococí, extiende las del Registro Nacional,
cuyo costo lo determina dicha institución y con respecto a las certificaciones Municipales se
procede a realizar los estudios del caso, analizando sus costos materiales, humanos y otros
involucrados en cada emisión.
5. COSTOS PARA CADA SERVICIO:
5.1 Antecedentes:
Como punto de partida para el presente estudio, se tienen los resultados obtenidos en el periodo
2019 según el modelo de Liquidación Presupuestaria, en cuanto al análisis de la sostenibilidad
de cada servicio, lo cual constituye un parámetro de evaluación por parte de la Contraloría
General de la República. A continuación, se presenta un resumen de la situación económica de
cada uno de ellos, así mismo se puede apreciar en el cuadro adjunto, el comportamiento con
respecto al año 2019, para valorar la evolución que han tenido los servicios:
Figura 2
Detalle del estado financiero | Aseo de vías y Recolección de Depósito y tratamiento Mantenimiento De
del Servicio sitios públicos basura de desechos sólidos parques y zonas verdes
Ingreso estimado según tasa | £88,069,245.23 822,016,800.27 €£297,621,224.57 €184,188,554.52
(2019)
Egresos de operación del £61,089,482.05  £768,472,727.92 354,179,779.30 €171,326,556.33
servicio
Sobrante de ingreso por
tasa, una vez financiado el £26,979,763.18 — €53,544,072.35 -656.558.554,13 12,861,993.19
servicio (2019)
Representación % del gasto
con respecto al ingreso 69% 93% 119%
22.790.842,23 €51,455,796.38 -£138,197,374.28
Superávit para el periodo | €3,738,956.21 (044,583,377.56 £172,337.40 9,444,970.92
2017
Déficit para el periodo 2016 -£9,089,422.07  C101,514,957.83 -£1,484,736.80 €£14,565,251.78
Déficit para el periodo 2015 -£1,865,380.32 — -£12,501,031.25 -£ 547,943.40 -£18,696,959.81
Déficit para el periodo 2014 -€11,113,05727  -€24,678,319.36 -220,044,013.18 -£7,766,571.86
Déficit para el periodo 2013 -£6,859,688.60  -£125,639,599.79 -£32,698,396.42 -£6,822,672.83
Comportamiento del servicio Aumento Aumento Disminución Aumento
Fuente: Informe de liquidación, 2019
PAGINA 11
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
pacina no128 MUNICIRE RI DIS O
Tal como se puede observar en los datos anteriores, año tras año para los servicios de
Recolección de desechos han mejorado en cuanto a su sostenibilidad financiera, al igual que
para Mantenimiento de Parques y Áseo de Vías. Lo contrario sucedió para el Tratamiento y
Disposición de desechos que, por un incremento en la tonelada tratada, el servicio se ha visto
impactado negativamente en cuanto a su autosuficiencia financiera, pese a lo anterior se aprecia
una disminución de la brecha proyectada comparada con la brecha final de cierre del año
pasando de £138 millones a £56 millones para el fin de periodo.
5.2 Servicio de recolección de basura:
Los costos totales del Servicio de Recolección de Basura Tradicional incurridos según datos de
la liquidación presupuestaria 2019 suman un total de (768.472.727,92. Tomando en cuenta el
criterio donde priva que cada sector debe pagar según lo que genera, así como los Principios
Constitucionales en materia tributaria de Progresividad, Capacidad económica, Justicia
Tributaria, entre otros.
Para la determinación del costo, se han tomado como datos de costos reales, los incurridos en
el periodo de un año que abarca desde el 01 de Setiembre de 2019 hasta el 30 de Setiembre de
2020, adicional a esto tal como lo permite la norma: « se autoriza a las municipalidades a
establecer el modelo tarifario que mejor se ajuste a la realidad de su cantón, siempre que este
incluya los costos, así como las inversiones futuras necesarias para lograr ana gestión integral
de residuos en el municipio y cumplir las obligaciones establecidas en la Ley para la gestión
integral de residuos...” en virtud de lo anterior se han realizado algunas valoraciones sobre
costos futuros para el mejoramiento del servicio, en el sentido de ampliar la ruta, para esto se
incorporan algunos elementos, para llevar a cabo dicha extensión del servicios, que se hace
indispensable para el beneficios de otras comunidades a las cuales al día de hoy no se les
atiende. Se resumen los costos de la siguiente manera:
PAGINA 12
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacia no129 MUNICIR AA N4 DI ahia
Figura 3
3 Municipalidad de Pococi
Calculo de la Tasa por el Servicio de Basura
_a1 30 de setiembre de 2020
Costos actuales
A.- COSTOS DIRECTOS
¡Remuneraciones € 453 083 881,87
Salarios e 339 104 615,09
Cargas Sociales, Seguros, Fondo de Capitalización y Pensiones € 113 979 266,78
¡Servicios € 216 020 796,99
Seguro de vehiculos e 12. 852 301,55
¡Mantenimiento y repuestos (e 31 683 159,79
¡Depreciaciones 14 52 446 191,63
¡Otros 1 119 039 144,02
¡Materiales y Suministros € 95151 072,12
¡Bienes Duraderos e 5 793 869,36
¡Otros Cargos 14 29 700 267,59
¡Deuda interna 14 18 500 267,59
[Ampliaciones de ruta de recoleccion € 11 200 000,00
SUB- TOTAL € 799 749 887,93
B.- COSTOS INDIRECTOS
¡Gastos Administrativos
10% sobre costos directos e 79 974 988,79
SUBTOTAL € 879 724 876,72
Utilidad para el Desarrollo 1 87 972 487,67
10% sobre sub-total
SUB TOTAL € 967 697 364,39
€ 3
[Total de Costos a recuperar Ñ [e 96769736439
Fuente: Administración Financiera
5.3 Servicio de depósito y tratamiento de desechos sólidos:
Los costos totales del Servicio de Depósito y Tratamiento de Desechos Sólidos, incurridos
según datos de la liquidación presupuestaria 2019 suman un total de (354.179.779,30 Sin
embargo para el periodo comprendido en este análisis se tiene que los costos han sufrido
variaciones significativas, por cuanto esta corporación municipal en apego a la normativa debe
proceder a prorratear estos montos, principalmente, derivados de la última licitación llevada a
cabo para dicho servicios donde el tratamiento por tonelada presentó cambios importantes.
PAGINA 13
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*130 MUNICIRA ARA PR RO COCI 11200 11
Figura 4
Municipalidad de Pococi
Costos del Servicio de Tratamiento y Disposición Final
A1 30 de setiembre de 2020
[A.- COSTOS DIRECTOS Estudio Actual
¡Remuneraciones £0,00
0,00
0,00
¡Servicios £ 452 898 641,27
Mantenimiento y repuestos 0,00
Depreciaciones 0,00
¡otros cargos (2452 898 641,27
¡Materiales y Suministros 0,00
ISUBTOTAL (452 398 641,27
Otros Cargos =
Sub-Total £ 452 398 641,27
'B.- COSTOS INDIRECTOS
Gastos Administrativos € 45289 864,13
10% sobre costos directos
¡SUBTOTAL £ 4938 183 505,40
Utilidad para el Desarrollo
10% sobre sub-total € 49818 850,54
Sub Total £ 548 007 355,94
'Total de Costos a recuperar del servicio | 548 007 355,94
Fuente: Administración Financiera
5.4 Mantenimiento de Parques y Zonas Verdes:
Los costos totales del Mantenimiento de Parques y Zonas Verdes, incurridos según datos de la
liquidación presupuestaria 2019, suman un total de (1171.326.556,33 superando nuevamente el
problema deficitario que presentaba este servicio.
PAGINA 14
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Mu icipalidad de Pococí
pacina nora MUNICIRC ANI Saa O
Bajo este mismo orden de ideas, se presenta el costo total real del servicio de Mantenimiento
de Parques y zonas verdes para el periodo de evaluación, en el mismo parámetro de valoración
utilizado para el resto de los servicios, tal como se muestra a continuación:
Figura 5
Municipalidad de Pococí
Cálculo de la Tasa por el Servicio de Mantenimiento de parques y Obras de ornato
Del 2019-2020
[A.- COSTOS DIRECTOS
Estudio Actual
Remuneraciones 107 047 305,08
Salarios (Detalle No.1.1) 076926 558,68
Cargas Sociales, Seguros, Fondo de Capitalización y Pensiones (Detalle No.1.2) 030 120 746,40
¡Servicios €30775 976,90
Materiales y Suministros €18 138 616,48
Bienes duraderos 26 199 013,09
Otros transferencia corriente €20868 365,72
Sub total €183 029 277,28
'B.- COSTOS INDIRECTOS
¡Gastos Administrativos £18 302 927,73
10% sobre costos directos
¡Sub total £201 332 205,00
Utilidad para el Desarrollo £20 133 220,50
10% sobre sub-total
¡Suma anual a recuperar $221 465 425,50
Fuente: Administración Financiera
5.5 Aseo de Vías y Sitios Públicos:
Los costos totales del Servicio de Aseo de Vías y Sitios Públicos, incurridos según datos de la
liquidación presupuestaria 2019, suman un total de (61.089.482,05.
En cuanto a los costos reales del presente servicio en concordancia con el periodo sujeto de
estudio se tiene la siguiente información, misma que ha sido recopilada por la Administración
Financiera de esta municipalidad, se detallan a continuación los resultados:
PAGINA 15
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
racina ne132 MUNICIRA ANP Oo
Figura 6
Municipalidad de Pococi.
Cálculo de la Tasa por el Servicio de Aseo de Vías y Sitios Públicos (Programa 02-01)
AL 30 de setiebre 2020
[A.- COSTOS DIRECTOS
Estudio Actual
[Remuneraciones 33 376 913,70
Salarios 22 709 190,21
Cargas Sociales, Seguros, Fondo de Capitalización y Pensiones 3 960 429,49
Poliza Riesgo T 1707 294,00
Servicios 9321 58244
Servicios de gestion y apoyo d 9321 582,44
Materiales y Suministros 3 464 093,31
Bienes duraderos 33 585 425,44
Transferencias corrientes a
Sub total 79 748 014,89
[B.- COSTOS INDIRECTOS
[Gastos Administrativos 7.974 801,49
10% sobre costos directos
Sub total $7 y]
[C.- OTROS COSTOS
[Utilidad para el Desarrollo 8772281,64
10% sobre sub-total
[Suma anual a recuperar 9649509801 |
Fuente: Administración Financiera
5.6 Costo de la gestión de cobro administrativo:
“Tomando en cuenta los costos permitidos y vinculados según lo establecido en el nuevo
reglamento de cobros, mismo que debe servir como base para el establecimiento del costo
unitario empleado en la gestión del cobro administrativo, esta práctica se inició en primera
instancia para las gestiones en donde la municipalidad se ha desgastado por la recuperación de
las obligaciones y se ha destinado exceso de recursos materiales y humanos para lograr el pago
por parte del obligado tributario en diversos tributos.
PAGINA 16
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
pacina n133 MUNICIRO ANG Pola O
6. PROPUESTA DE TARIFAS PARA CADA SERVICIO:
A continuación, se presenta una propuesta de tarifas por parte de los encargados del estudio, es
decir la Administración Tributaria, Administración Financiera, Gestión Ambiental y la
Hacienda Municipal, con el objeto de encontrar el equilibrio exigido tanto por la norma, así
como por el ente contralor en aras de mantener unas finanzas municipales sanas, que conlleven
una prestación eficiente de los servicios y con proyecciones hacia la ampliación y el
mejoramiento:
6.1 Recolección de Basura:
Aplicada la metodología, según lo indica el cuerpo normativo se tienen las siguientes tasas para
este servicio:
Figura 7
RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS
Categoria — | Tavitaamuat | Pona | Cantiana | Cantidad Cobro Anual — | Trimestral | Mensual
ponderada
Residencial e momal 10 aso]  2asoa|e 68556334477] 2791161] 699440] 233147
Tnstirucional Público | € 41 966.41] —1S| 9 mor [e 289568259| 4196641] 1049160| 349720
Comercial 1 E arg66Ar| 15 576 vor [e 2836929610] 4196641] 1049160] —3497,20
Comercial 2 E 83 932.83 3 m3] 369|e 1018105220] 8393283| 2098321] 699440
Comercial 3 E 1ase9924| as sl 3msle sr3moro7| 19589924] 3147481] 1049160
Comercial 4 E 1678656 E 137 $02 [e 2299759506| 167865:66| 4196641| 13988,80
Tonclada E 4003000 1 965 96s [e 3sss68sow0|  4oo9000| 1002250] 334083
Fuente: Coordinación de Hacienda
En este caso se tienen variaciones entre los £ 12.10 la más baja a 8.490,44 el rubor más alto,
de manera anual con respecto a las tasas vigentes, lo que refleja por un lado la sostenibilidad
del gasto que se ha tenido en la estructura de costos del servicio y como resultado de las
actualizaciones anuales, un incremento aceptable, a pesar de las inversiones que se realizan
actualmente en este servicio, que son fuertes, se tratan de sostener las tasas.
PAGINA 17
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina nora MUNICIR AA NIDO co
El costo por tonelada se incrementan con respecto al periodo anterior? los principales cambios
se dan en las categorías comerciales de mayor volumen como la comercial 3 y la comercial 4,
no obstante el incremento no supera los £73 anuales en estas categorías.
6.2 Tratamiento y disposición final de residuos sólidos.
Tal como se indicó en el estudio tarifario anterior, al estabilizarse la situación contractual de
este servicio, se tendría una variación en el costo.
Figura 8
z AS De "TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS E
Categoria Tarifa anual Ponderación| Cantidad | Cantidad ponderada Cobro Anual “Trimestral | Mensual
¡Residencial e 15860,53 10 24 504 24504 | e 388 616354.82 | € 15860,53| € 3965,13|€1 32171
Institucional público] €__23 790.79 15) 69 1 [e 161156455] e 23790.19|e 5947,70|€1 982,57
¡Comercial 1 € 23790.719 15; 676 101 [6 1608257443 |€ 23790,19| € 5947,70|€1 982,57
[Comercial 2 € 47581,58 3 1213 36396 5771645793|€ 47581,58 | € 11 89540 | €3 965,13
¡Comercial 3 e 713237 EN 694 3103|0 4953242598] € 7137237] € 17 843,09 £5947,70
[Comercial 4 € 9516316 6 137 82m |e 13037353.23| 0 95163.16 | €23790,79 | €7930.26
[Tonelada e 2212500 Y 965 96s|e am35062500 [€ 2212500|€ 553125101 843,75
Fuente: Coordinación de Hacienda
En este caso se tienen variaciones que van de ¿83.74 a £502.43 la variación más alta
anualmente, comparada a las tasas vigentes, únicamente el costo por tonelada se mantiene sin
variaciones.
6.3 Mantenimiento de Parques y zonas parques.
A continuación, se muestra la metodología del servicio de Mantenimiento de Parques y zonas
verdes, contemplando la valoración de las propiedades, de esto se desprende un factor por
millón que deberá ser aplicado al valor registrado en las bases de datos municipales para cada
contribuyente:
PAGINA 18
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
funicipalidad de Pococí
£;
pacina no1ras MUNICI CANO Diao O
Figura 9
"TASA PARA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE PARQUES Y ZONAS VERDES
¡imera] Distito Cálculo
OL Guápiles £ 507 154 604 394.00
02 Jiménez € 185 061 773 603,00
a La Rita E 210300 469 472.00
oy Roxana E 126590 326 532.00
Os Cariari € 248658 034 206,00
06 Colorado € 25 180 684 777,00
07 La Colonia € 91 798 705 031,00
[Total Base imponible € 1395244 59802500 | Y IBI Sumatoria de toda la base imponible al 30/09/2020
[Costo a Recuperar E ara6sa05s0] EC  Sumatoria delos costos incuridos del 30/09/2020
Factor anual de Propiedad éapoo1s8728746|(cobro por cada colón que vale a propiedad)
as ce pl tr A 159,73 |Tasa Amual por milón de colones
[Tasa por mn sobre valor de Propiedad | 39,68 |Tasa Trimestral por milón de colones
[(Erimestral)
is Costo Anual € 221 465 425,50
a “Total Base imponible Municipal € 1395244 59802500
Factor anual de Propiedad € 0000IS8728746
Factor anval Tasa por milén
Tái a Tasa e 0000158728746 € 158,73 Anual
4 A
13 0,000039682187 € 39,68 Trimestral
Factor ANUAL Sobre el Valor de la
aa E QOOOISSTASMO jas
Valor de la propiedad € 50000000,00
Factor TRIMESTRAL sobre el Valor dela ¿ Cantidad de millones 50,00.
[OS E | “Tasa Anual por millón 1583
Cobro Anual 14 7936,44
l vi Ej ds SAS : 1 Tasa Trimestral por milón 39,68
“Tara ANUAL por Millón de Colones € 15873 Cobro Trimestral e 19841
*rarifa TRIMESTRAL por Millón de Colones € 3968
Fuente: Coordinación de Hacienda
6.4 Aseo de vías y sitios públicos:
De igual forma se calcula el factor por millón que ha de ser utilizado y aplicado para cada
propiedad según el valor consignado en las bases de datos de los sistemas informáticos, para
este servicio como resultado de una sostenibilidad del costo de este y no presentar un aumento
significativo en los gastos de operación principales se ajustan la tasa (factor por millón)
existente levemente, para el periodo 2020:
PAGINA 19
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*136 MUNICIK AA NIP ina HQ a.
OCOCI
Municipalidad de Pococí
Je inter rn
412040119
Figura 10
"TASA PARA EL SERVICIO DE ASEO DE VIAS Y SITIOS PUBLICOS
Núm Distnito Cálculo.
OL Guáplles 108 220 348 548,09
02 Jiménez 3 192 552 938,50
03 La Rita 3276292 162,40
o Roxana e .
0S Cariari € 20443 453017,73
E Colorado E .
La Colonia € -
ETT CTS IIAGA672| YIBL Sumatoria de toda la base imponible al 30/09/2020
¡Costo a € 9649509801] FC  Sumatoria delos costos incurridos al 3009/2020
[Factor anual de Propiedad E 0000714076875 (cobro por cada colón que vale la propiedad)
Tasa poc milón sobre valor de
¡edad (Anual) e 714,08 [Tasa Anual por millón de colones
io pops € 159,52 [Tasa Trimestral por málón de colones
Pactos al de ia Costo Amual 13 96 495 098,01
Total Base imponible Municipal € 135 132 646 666,22
Factor anual de Propiedad e 0,000714076875
Fact Tasa por millón
Trim Tasa Anual 1 ooenss 1 714,08 Anual
ese 7
€ ota e 178,2 Trimestral
¡Factor ANUAL sobre el Valor de la .
Propledad. A Ejemplo
Valor de la propiedad E 50000 000,00
Factor TRIMESTRAL, obre Valor. : Cantidad de milones 50.0
dela Propiedad. ¿81 Tasa Anal por milón 71408
Cobro Anual €  35703,94
a osea SAT 7 Tasa Trimestral por milón 178,52
"Tariia ANUAL por Millón de Colones e 214,08 ata e ¿5%
Tarila TRIMESTRAL por Millón de € € 10852
Fuente: Coordinación de Hacienda
6.5 Costo del cobro Administrativo:
Finalmente, los mismos costos en esta labor de cobro, indicados páginas atrás se diluyen entre
la cantidad de notificaciones emitidas en el año sujeto de estudio, al respecto se incrementa
levemente el costo de £ 4.870 a £5.000 por cada notificación para el año 2020, como puede
apreciarse el incremento es menor a los £130 por notificación, al no existir variaciones
significativas en los costos.
PAGINA 20
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina ne137 MUNICIRA ARIS Oia 00!
Figura 11
Municipalidad de Pococí
Cálculo de costo de notificación
AL30 de de 2020
|4.- COSTOS DIRECTOS Estudio Actual
[Servicios Personales £93 958 487,77.
Salarios (Detalo No.1.1) 66720 776,06
Cargas Sociales, Seguros, Fondo de Capitalización y Pensiones (Detale No.1.2) 223711,
¡Servicios Personales 10475 000,00
[Materiales y Suministros 99 169,24
ISUBTOTAL. 104 532 657,01
IB.- COSTOS INDIRECTOS
[Gastos Administrativos 10453 265,70
10% sobre costos directos
SUBTOTAL 114985 922,71
[Total de Costos incurridos € 114935922,11
[Promedio de Cantidad de notificaciones emitidas de set 2019 a seti 2020: 22 998,00
[Costo por notificación de la Unidad de Cobro A tivo y Judicial € 4.999,82,
Redondeo | € 5.000,00
Fuente: Coordinación de Hacienda
6.6 Costo de las certificaciones municipales:
No existen cambios trascendentes en los costos de la emisión de certificaciones de tipo
municipal, los cambios son leves por lo tanto la tarifa vigente se actualiza en £300, para un
costo total de ¿2.000,00 por certificación emitida., como se puede apreciar en la Figura 12.
PAGINA 21
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*138 MUNICIRA INAP 2OCI
Figura 12
Municipalidad de Pococi
Costos para la ensión de certificaciones municipales
AL30 de setiembre 2020
|4.- COSTOS DIRECTOS
Estudio Actual
[Servicios Personales £18916776/6|
Salarios 14152722,10
“Cegs Sociales, Seguros, Fondo de Capitalización y Pensiones 4764059,
Servicios 1929997511
[Materiales y Suministros 3443 091,91
[e SERVICIO: s 97200.)
¡TOTAL 5175640339)
'Total de Costos asoaciados a la emisión de certificaciones 9 393 073,69
[Cantidad de certificaciones de registro 19 795,00
[Cantidad de Certificaciones Municipales 461400
29:59637
[Casto unitario a recuperar ze 200044
Fuente: Coordinación de Hacienda
7. CONSIDERACIONES IMPORTANTES
En la situación actual la Municipalidad ha mejorado de forma significativa en relación con
lograr auto sostenibilidad en sus servicios más importante como lo son: recolección,
mantenimiento de parques, aseo de vías. Presentando únicamente problemas en el tratamiento
y disposición final de desechos.
Como parte de las políticas, solicitadas por la Contraloría General de la República, en el
estudio? de morosidad de la Zona Atlántica, se ha dispuesto por parte de este órgano contralor
la regularización de actualizar anual y constantemente las tarifas, tal como lo ordena la
2 Informe de Auditoria de carácter especial acerca de la morosidad en las municipalidades de la Provincia de Limón.
DFOE-DL-IF-10-2014
PAGINA 22
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
PAGINA N*139 MUNICIRA ARA PoR 0OCI
normativa vigente, así mismo se incorporó dentro del reglamento de cobros, el procedimiento
que deberá seguirse en cuanto a la actualización de tasas en adelante y es el que se ha seguido
para estos efectos.
En este caso en particular, tal como fue remitido el presente informe, se brinda una actualización
de la totalidad de los servicios, con el objetivo de dar cumplimiento tanto a las políticas internas
como a las disposiciones emanadas por el ente contralor en seguimiento al informe indicado,
esta conducta es la que ha provocado que los servicios vayan mejorando año con año y por ende
se puedan fortalecer.
Aunado a todo lo anterior, un aspecto que debe tenerse en cuenta para el planteamiento de
actualización y creación de tarifas es la participación ciudadana, visto como un deber que
irremediablemente irradia sobre los gobiernos locales y también haya sustento legal en el
artículo 5 del Código Municipal, que obliga a las municipalidades a fomentar la
participación activa, consciente y democrática del pueblo en las decisiones del gobierno local.
Como lo ha indicado la Sala Constitucional en Voto: 04178-12 de las ocho horas treinta
minutos del treinta de marzo de dos mil doce.
En virtud de lo anterior, se presenta proyecto de Acuerdo Municipal para cumplir con dicha
disposición constitucional, la misma a como sigue:
“SE ACUERDA: Con fundamento en las disposiciones de los artículos 9, 11 y 169 de la
Constitución Política; 11, 13 y 113 de la Ley de Administración Pública; 83 del Código
Municipal; la Resolución No 2012-004178 de la Sala Constitucional; siguiendo las
recomendaciones técnicas emanadas del informe de actualización y las toma como
fundamento para este acuerdo, se dispone:
PRIMERO: Se tienen por recibidas, conocidas, discutidas y aprobadas como proyecto para su
primera publicación de consulta pública no vinculante, las tasas de aseo de vías y sitios públicos,
PAGINA 23
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Peococí
Pacina nero MUNICIR AA NAPO O
mantenimiento de parques, recolección de desechos sólidos, tratamiento y disposición
costos de la emisión de certificaciones municipales, así como el del cobro administrativo por
gestión, en atención al artículo 43 del Código Municipal.
SEGUNDO: Instruir a la Secretaria Municipal que proceda a dar trámite a la publicación en el
Diario Oficial La Gaceta de dicha actualización.
TERCERO: “El Concejo Municipal de Pococí, convoca a audiencia pública para exponer la
propuesta tarifaria planteada por el despacho del Alcalde Municipal para ajustar las tarifas de aseo
de vías y sitios públicos, mantenimiento de parques, recolección de desechos sólidos, tratamiento
y disposición final y los costos de la emisión de certificaciones municipales, así como el del cobro
administrativo por gestión de la siguiente forma:
La audiencia pública se llevará a cabo el día 10 de diciembre del año 2020 a las 09:30 a.m. en el
Salón de Sesiones de la Municipalidad de Pococí ubicado, en el Hotel Talamanca, frente a la ruta
32, Guápiles, Pococí, Limón y será abierta al público de forma virtual mediante un enlace que será
habilitado en la redes sociales y sitio web de la Municipalidad de Pococí, tomando en
consideración los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud, en atención a la pandemia.
Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición O coadyuvancia, tanto en forma virtual
en la audiencia pública o por escrito debidamente firmado, el cual deberá ser entregado en la
audiencia pública o en las oficinas de la Secretaria Municipal dentro del horario 8:00 a.m. a 3:00
p.m., hasta el día de realización de la audiencia.
De igual manera, pueden enviarla por medio de los siguientes correos electrónicos:
prosecretariaconcejo(Qvahoo.es.manuelalcaldepococió)gmail.com mauricio.garitaGimunipococi,
go.cr, o comunicarse al número 271 1-12-27 hasta la hora programada de inicio de la respectiva
audiencia pública. Las oposiciones 0 coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de
hecho y derecho, indicando un lugar exacto o un medio (correo electrónico, número de fax o al
apartado postal del interesado), para efectos de notificación por parte de la administración
PAGINA 24
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Aualto
interna
eacina no141 MUNICIRA RAP COCI
municipal y presentar el documento de identificación aceptado en el país o copia de esta
interpuesta por escrito.
Las personas jurídicas deben interponer la oposición O coadyuvancia por medio del representante
legal de dicha entidad y aportar certificación de la personería jurídica vigente.
Para información adicional, puede comunicarse con la Administración Tributaria al 27136560
Ext.109/142.
PAGINA 25
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Pacina ne142 MUNICIRA A NA4PoRiario COC!
Propiamente sobre las variaciones tarifarias, una vez contemplados los aspectos técn
normativos se tiene el siguiente resumen:
Figura 13
Municipalidad de Pococí
El 10 de Diciembre de 2020 a las 09 horas con treinta minutos, se lleyará a cabo Audiencia Pública en el Concejo
Sobre la actualización de tasas, para el periodo 2021 con las siguientes
ó : ad Comporativo de Tasas JE,
Parques E 1549 |E€ 15612|€ 15792|€ 158,3 | € 0,81 0,52%
Aseo de Vias e male ms|e 71B1B|€ 714,08 (9 0,95 0,13%
Recolección
Residencial € 2561093] € 26618,60 | € 27 965,50 | € 27.977,61 € 12,10 0,04%
Institucional público | £ 38 506,40 | € 39 927,90 E 41 948,6 | € 41 966,41 | € 18,16 0,04%
¡Comercial 1 € 3850640 | E 39.927,90 | € 41 948,26 | € 41 966,41 (9 18,16 0,04%
Comercial 2 E 7701280 | € 79.855,79 | € 83 896,51 | £ 83 932,83 (3 36,31 0,04%
¡Comercial 3 115 519,20 | 119 783,69 | €125 844,77 | €125 899,24 | € 54,47 0,04%
Comercial 4 E 154 025,60 | £159711,59 | £167 793,03 | €167 865,66 € 72,63 0,04%
'Tonelada € 26500,00 | € 31.600,00 | e 31.600,00 | € 40 090,00 € 8490,00 26,87%
“Tratamiento y Disposición Final de Desechos
Residencial E 1475000] € 15 146,09 | € 15776,79 | € 15:860,53 € 83,74 0,53%
Institucionales € 21050|€ 2271914 | € 23665,18 | € 23 790,79 € 195,61 0,53%
Comercial 1 E 2150 |€ 22 719,14 | € 23 665,18 | € 23 790,79 E 195,61 0,53%
Comercial 2 E 44250,00 | € 4543828 | € 47.330,36 | € 47 581,58 € 25122 0,53%
¡Comercial 3 € 6637500 | € 6815741 | € 70.995,55 | € 71372,37| € 376,83 0,53%
Comercial 4 E 88 500,00 | E 90.876,55 | € 94660,73 | € 95 163,16 € 50243 0,53%
Tonelada € 22125,.00 | € 2212500 | € 22 125,00 | € 22 125,00 E - 0,00%
Cobro Administrativo | € 4.870,00 | € 487000 | € 4870,00 e 500000 | € 130,00 2,60%
Certficaciones mpls | € 1670.00 | € 1700/00 |€ 1700,00 € 2000/00] € 300,00 15,00%
Las variaciones presentadas en los servicios son anuales
También puede hacer llegar sus observaciones a la Secretaría del Concejo Municipal antes de las 09 horas con
treinta minutos del 10 de Diciembre de 2020
Para mayor información puede comunicarse al 271 1-12-27 o al correo prosecretariaconcejoUyahoo.es
También puede contactar a la Administración Tributaria al 27136560 Ext. 109/142
Fuente: Coordinación de Hacienda
PAGINA 26
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pacina nora MUNICIRA ARG PORMdo Oo
¿11299126
Municipalidad de Pococí
ierna
8. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
Código Municipal. Ley 7794.
Ley para la Gestión Integral de Residuos N*8839.
Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos del Cantón de Pococí.
Código Municipal.
Programa Competitividad y Medio Ambiente (CYMA)
Manual para la definición de un modelo tarifario para la gestión municipal de residuos sólidos.
—San José, Costa Rica: CYMA, 2011.
Reglamento para la gestión de cobro administrativo y judicial, la fiscalización y la recaudación
tributaria en la Municipalidad de Pococí. Publicada en la gaceta digital No. 115 del miércoles 1(
de diciembre del 2015.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA 27
Municipalidad de Pecocí
Pacina Ne144 MUNICIAC AAN IPod nara CO RE
Anexo 1
Costos del Servicio de Recolección de
Basura
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*145 MUNICIRA HR PoR 2OCI
Municipalidad de Pecocí
Municipalidad de Pococí - >:
Estudio de Tasa del Servicio de Recoleccion de Basura
B Periodo evaluado 2019-2020 ; .
_Detalles por el Serviclo de Recolección de Basura
Detalle de Remuneraciones
¡Categoría Salario Salario Aplicación No. Salarios
mensual * anual Totales
¡Operador Equipo Pesado 1048 064,53 12 576 774,36| 100,00% JJ 12 576 774,36|
¡Operardor Equipo Pesado 983 220,13 11 798 641,56 100,00% 1 11 798 641,56
peon 562 052,45 6 744 629,40| 100,00% 1 6 744 629,40]
¡Operador Equipo Pesado 1048 064,53 12.576 774,36; 100,00% y 12 576 774,36|
¡Operador Equipo Pesado 967 009,03 11 604 108,36; 100,00% 1 11 604 108,36]
Encargado de Saneamiento Ambient 891 044,67 10 692 536,04 100,00% 1 10 692 536,04]
Peón 748 631,89 8 983 532,68 100,00% 1 8 983 582,68,
Peón 546 729,03 6 560 748,361 100,00% 1 6 560 748,36|
Peón 687 338,22 8 248 058,64 100,00% 1 8 248 058,64;
Peón 672 014,80 8064 177,60] 100,00% 1 8.064 177,60|
¡Operador Equipo Pesado 872 591,96 10 471 103,52 100,00% 1 10471 103,52]
peon 610 721,13 7.328 653,56 100,00% 1 7328 653,56
Peón 577375,87 6.928 510,44 100,00% 1 6923 510,44,
Peón Tortuguero 687 338,22 8 248 058,64 100,00% 1 8 248 058,641
¡Gestor Ambiental Municipal 1241 273,32 14 895 279,84; 50,00% 1 1,447 639,92]
Peón 545 729,03 6 548 748,36] 100,00% 1 6 548 748,36|
Peón 623 346,12 7.480 153,44 100,00%, 1 7480 153,44]
Peón 518 780,62 6225 367,44 100,00% 1 6225 367,44,
Peón 672 014,80 8.064 177,60 100,00% 1 8.064 177,60;
Peón 656 691,38 7,880 296,56 100,00% 1 1,880 296,56]
Peón 672 014,80 8 064 177,60 100,00% JJ 8.064 177,60]
¡Operador Equipo Pesado 548 369,97 6 580 439,64 100,00% 1 6 580 439,64
Peón 672 014,80 8.064 177,60] 100,00% 1 8064 177,60]
operario de 626 575,95 7.518 911,40, 100,00% 1 7.518 911,40]
¡Peón tortuguero 626 044,55 7.512 534,60] 100,00% 1 7,512 534,60;
peon 577 375,87 6 928 510,44 100,00% 1 6.928 510,44,
¡Operador Equipo Pesado 823 958,66 9 887 503,92] 100,00% 1 9 887 503,92,
Horas extra. 25 477 798,28
ocasionales 84 597 820,77]
isuplencias 0,00]
- 0,00 100,00% 1
Totales 19 706 386,33 236 476 635,96 28 .. 339 104 615,09]
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón
Cargas Sociales y Cesantia
C: ría
(S
B. Popular
Aguinaldo
Cesantía
S, Ries.Trab.
Fondo de Capitaliz.
Pensión complem.
TOTALES
0,1450
0,50%
8,33%
5,33%
1,88%
3,00%
1,50%
¡Operador Equipo Pesado
1823 632,28
62 883,87
1.047 645,30
455 506.70
377.303,23
188 651,62
3 955 623,01
[Operardor Equipo Pesado
1710 803,03.
58 993.21
932 826,84
628 867,60
426 737,86
353 959,25
176 979,62
4339 167,40
[peon
977971,26
33 723,15
561 827,63
359 488,75
240 112,29
202 338,88
101 169,44
2 476 631,40
¡Operador Equipo Pesado
1823 632,28
62 883,87
1047 645,30
670 342,07
448 314,49
377 303,23
183 651,62
4618 772,87
¡Operador Equipo Pesado
1682 595,71
58 020,54
966 622,23
613 498,93
419 545,64
348 123,25
174 061,63
4267 467,98
¡Encargado de Saneamiento Ambient4
1550 417,73
53 462,68
890 688,25
569 912,17
378 389.56
320 776,08
160 388,04
3 924 034,51
[Peón
1302 619,49
44 917,91
748 332,44
478 824,96
321 659,86
269 507,48
134 753,74
3 300 615,88
Peón
951 308,51
32 803,74
546 510,34
349 687,89
233 316,65
196 822,45
98 411.23
2 408 860.81
Peón
1195 968,50
41 240,29
687 063,28
294 477,33
247 441,76
123 720,88
2 589 912,05
Peón.
1169 305.75
40 320,89
671 745,99
287 681.70
241 925,33
120 962,66
2 531 942,33
¡Operador Equipo Pesado
1518 310,01
52 355,52
872 242,92
558 109,82
376 392,38
314 133,11
157 066,55
3848 610,31
[peon
1062 654,77
36 643.27
610 476,84
260 499,18
219 859,61
109 929,80
2.300 063,47
Peón
1.004 634,01
34 642,55
577 144,92
369 289,61
246 907,92
207 855.31
103 927,66
544 401,9:
Peón Tortuguero.
1195 968,50.
41 240,29
687 063,28
294 477,33
247 441,76
123 720,88
589 912,0:
[Gestor Ambiental Municipal
1079 907,79
37 238,20
620 388.41
396 959,21
168 501.38
223 429.20
111714,60
638 138.7:
Peón
949 568.51
32.743,74
545 510,74
349 048,29
113 260,51
196 462,45
98 231.23
2 284 825,47
Peón.
1084 622,25
37.400,77
623 096,78
267 294,81
224 404,60
112 202,30
2 349 021,51
[Peón
902 678,28
31 126,84
$18 573,11
294 477,33
186 761,02
93 380,51
2 026 997,09
Peón.
1169 305,75.
40 320,89
671 745,99
429 820,67.
287 681,70
241 925,33
120 962,66
2.961 762,99
Peón
1142 643,00.
39 401,48
656 428,70
420 019,81
280 886,07
236 408.90
118 204,45
2893 992,41
Peón.
1169 305,75
40 320,89
671 745,99
287 681,70
241 925,33
120 962,66
2531 942,33
¡Operador Equipo Pesado
954 163.75
32 902,20
548 150,62
304 470.27
197 413,19
98 706.59
2 135 806.62
¡Peón
1169 305,75
40 320,89
671745,99
429 820,67
237 681.70
241 925,33
120 962,66
2.961 762,99
loperario de
1090 242,15
37 594,56
626 325,32
400 757,98
268 509.21
225 567,34
112 783,67
2.761 780,23
Peón
1.089 317,52
37.562,67
625 794,13
267 294,81
225 376.04
112 688,02
2358 033,19
[peon
1.004 634,01
34 642,55
577 144,92
246 907,92
207 855,31
103 927,66
2175 112,37
¡Operador Equipo Pesado
1433 688,07
49 437,52
823 629,08
527 003,96
354 815,75
296 625,12
148 312,56
3 633 512.05
[Horas extra
3 694 280,75
127 388,99
2 122 300,60
1275 555,38
764 333,95
382 166,97
8366 026.64
ocasionales
12 266 634,01
422 989,10
7,046 998,47
2 660 962,55
2 537 934,62
1263 967.31
26 204 536,07
Isuplencias
TOTALES
49 170 169,19
1.695 523,08
28 247 414,44
7,556 452,40]
12 050 000,00
10 173 138,45
5 086 569,23
113 979 266,78|
Salarios
Deducciones
Totales
339 104 615,09
113 979 266,78
453 083 881,87
113 979 266,78|
pacina no146 MUNICIC ANI Rina
la.
O
O
e
unicipa
n
A
dad de Pecocí
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Detalle de Se
eguros:y Revisión T:
Equipo
Seguro Marchamo
Sub-Total Riteve
TOTAL
INTERNATIONAL NUEVO SM 39]
617 990,00 25 529,00
643 519,00 20 972,80
664 491,80
VOLKSWAGEN SM 4166
789 174,00 25 529,00
814 703,00 20 972,80
835 675,80
[VOLKSWAGEN SM 4168
789 174,00 25 529,00
814 703,00 20 972,80
835 675,80
¡VOLKSWAGEN SM 4175
789 174,00 25 529,00
814 703,00 20 972,50
835 675,50
MOTO PLACA 6349
95 546,00 25 529,00
121 075,00 10 492,05
131 567,05
[sm 6044 inter
815 050,00 25 529,00
840 579,00 20 972,80
861 551,80
sm 6046 inter
814 450,00 25 529,00
839 979,00 20 972,80
860 951,80
Ism 3252 inter lazaro
136 624,00 25 529,00
212 153,00 20 972,80
233 125,80
sm 5664
271 684,00 22 640,00
294 324,00 15 927,35
310 251,35
hino 6727
749 484,00 25 529,00
775 013,00 15.927,35
790 940,35
ISM 7181
499 186,00 25 529,00
524 715,00 15 927,35
540 642,35
¡SM 7182
499 186,00 25 529,00
524 715,00 15 531,85
540 246,85
CL 262387.
343 568,00 142 143,00
485 711,00 15 927,35
501 638,35
SM 7111
585 730,00 22 640,00
608 420,00 15 927,35
624 347,35
[SM 7375
2 512 270,00 25 529,00
2 537 799,00 20 972,80
2 558 771,80
¡SM 7440
1680 246,00 25 529,00
1705 775,00 20 972,80
1726 747,80
[TOTALES
12 038 586,00 294 415,55
12.557 386,00 294 415,55
12 852 301,55
Mantenimiento de vehiculos
Costo Costo en
Tipo de Equivalente
Mantenimiento
Dedicacion
Totales
Tipo de Vehiculo
Ss
junio 2016, en colones
VARIA
100%
INTERNATIONAL _SM 3962
2 005,00 85 512,95
49 419 641,20
3 533 504,35
100%
3 533 504,35
VOLKSWAGEN SM 4166
2 006,00 68 231,52
39 461 256,67.
2 821 479,85
100%
2821 479,85
'VOLKSWAGEN SM 4168
2 006,00 63 281,52!
39 461 256,67,
2.821 479,85
100%
2821 479,85
¡VOLKSWAGEN SM 4175
2 006,00 87 248,61
50 422 716,85,
3 605 224,25
100%
3 605 224,25
IMOTO PLACA 6849
2.017,00 2 740,00
1583 500,80
113 220,31
100%
113 220,31
SM 6044
2 008,00 97 300,00
56 231 616,00]
4020 560,54
100%
4 020 560,54
SM 6046
2 003,00 97 300,00!
56 231 616,00]
4020 560,54
100%
4 020 560,54
[sm 3252
1 998,00
7.680 000,00;
549 120,00
100%
549 120,00
sm 5664 ¡me
2 012,00
8 000 000,00
572 000,00
100%
572 000,00
hino 6727
2 016,00
19 912 337,73
1423 732,15
100%
1 423 732,15
SM 7181
2.013,00
21353 764,00|
1526 794,13
100%
1526 794,13
¡SM 7182
2 013,00
21 353 764,00|
1526 794,13
100%
1526 794,13
¡CL 262887.
8304 184,00:
593 749,16
100%
593 749,16
SM 7111
2 017,00
21235 094,00,
1518 309,22
100%
1518 309,22
SM 7375
2 013,00 172 199,84
21235 184,00]
1518 315,66
100%
1518 315,66
¡SM 7440
2.018,01 114 049,90
21 235 184,00
1518 315,66
100%
1518 315,66
¡TOTAL
443 121 115,92
31 683 159,79
31 683 159,'
Pacina ne147 MUNICIROFA NI Pob nara O!
funicipalidad de Pococí
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón
Detalle: Depreciacion de Vehiculos z
Cantidad de años
Vehículo Marca Modelo Costo en Tipo de Equivalente depreciados Valor de Suma a Vida útil Total
cambio del 01-06-
s (2015 al 30-06-2011 en colones rescate (10%) depreciar (aj
INTERNATIONAL NUEVO SM 39) 2.005,00. 85 512,95| 49 419 641.20 7,00 4941 964.12 44 477 677,08
¡VOLKSWAGEN SM 4166 2 006,00 68 281,52, 39 461 256,67, 7,00 3 946 125,67) 35515 131,00|
¡VOLKSWAGEN SM 4168 2 006,00 68 281,52 39 461 256,671 7,90 3 946 125,67| 35 $15 131,00|
[VOLKSWAGEN SM 4175 2.006,00 87243.61 $0 422 716,85. 7,00 5042 271,69! 45 380 445.17]
MOTO PLACA 6849 2.017,00 2 740,00| 1583 500,80] 10,00 158 350,08| 1425 150,72]
[SM 6044 2 008,00 97 300.00] 56 231 616,00! 7,90. 5623 161.60] 50 608 454,40]
[SM 6046 2.008,00 97 300,00] 56231 616,00] 7,00 5623 161.60] 50 608 454,40!
[sm 3252 1 998,00 7.680 000,00; 7,00 768 000.00] 6.912 000,00
[sm $664 ¡me 2012.00 3.000 000,00] 5.00. 800 000,00| 7200 000,00|
híno 6727 2.016,00 19 912 337,73 5.00 1991 233.77 17.921 103,96
[SM 7181 2018.00 21 353 764,00] 5.00 2 135 376,40! 218 387,60.
¡SM 7182. 2.018,00 21 353 764,00] 5,00. 2 135 376,40] 19 218 337,60|
¡CL 262887. 3304 184,00 5,00 330 418,40|
[SM_7111 2.017,00 21235 094.00] 7,90 2 123 509.40
[SM 7375. 2.018,00 21235 184.00] 7,00 2 123 513,40)
¡SM 7440 2.018,00 21235 184,00] 7,00 2 123 518,40
4941 964,12
3946 125.67
3 946 125.67
5042 271.69
158 350,08
5623 161,60
5623 161,60
768 000,00
11440 000.00
3 584.220.79
3 843 677,52
3843 677.52
1494 753.12
2.730226.37
2.730 237,94
2.730237,94
8lolelefele|e [ele] a ejeje
pacina no14s MUNICIA A NIP COC
TOTAL 506 664,60 443 121 115,92 44 312 11:59 398809. 004.33 52 446 191,63
$14
toria
Municipalidad de Pecocí
OLarnA
1240132
pacina noo MUNI ANP dia O
Servicios bl
Descripción Fecha Doc! TOTAL
¡Alquiler de derechos 18/12/2019; 29973656: 780 000,00
¡Alquiler de m ia y equipo 12/7/2019 742019! 1020 000,00
Alquiler de maquinaria y equipo 7/87019| 942019| 1.360 000,00
Alquiler de inaria y equipo 28/912019| 1362019! 1700 000,00
¡Alquiler de maquinaria y equipo 24/972019| 13471921/04 52 339,38
Alquiler de inaria y equipo 24/10/2019! 15852019! 1360 000,00
¡Alquiler de maquinaria y equipo 12/122019| 1662019 2.040 000,00
¡Alquiler de maquinaria y equipo 31/12/2019! 1819] 3 740 000,00
Alquiler de maquinaria y equipo 29/4/2020! $502020' 1292 000,00
Alquiler de maquinaria y equipo 18/6/2020 932020| 969 000,00.
¡Alquiler de maquinaria y equipo 28/7/2020! 1152020! 969 000,00
Impresión y encuadernación 31/12/2019! 1871 90.000,00
Mantenimiento y reparación 12/772019 702019! 1142 520,00
Mantenimiento y reparación 30/8/2019 1132019! 600 590,00
Mantenimiento y reparación 12/9/2019! 1312019! 133 000,00
Mantenimiento y reparación 27/912019 22239544 54 330,00
Mantenimiento y reparación 6/11/2019 25924913 1 180 538,00
Mantenimiento y reparación 12/12/2019] 10969956 220 000,00
Mantenimiento y reparación 12/12/2019] 29271563 3 046 180,00
Mantenimiento y reparación 31/122019 1977 2.376 497,00
Mantenimiento y reparación 19/12/2019! 2082019 2 800 000,00.
Mantenimiento y reparación 19/12/2019! 2082019 743 865,00
Mantenimiento y reparación 31/12/2019 658| 50.000,00
Mantenimiento y reparación 15/5/2020| 642020| 1 153 629,00
otros impuestos 30/10/2019 65227| 128 187,00
otros impuestos 13/12/2019] 29423659! 476 648,00
otros impuestos 4/6/2020 65435] 36 016,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 71872019! 27787166| 2469 685,12
Otros servicios gestion y apoyo 30/872019! 1122019! 450 000,00
Otros servicios gestion y apoyo 30/8/2019 29678127 2444 642,74
¡Otros servicios gestion y apoyo 30/8/2019 29678129 125 000,00
[Otros servicios gestion y apoyo 13/8/2019! 28284573 250 000,00
Otros servicios gestion y apoyo 13/8/2019] 1012019 450 000,00
Otros servicios gestion y apoyo 12/9/2019! 20956838 250 000,00
Otros servicios gestion y apoyo 4/9/2019 20249898 2 444 642,74
¡Otros servicios gestion y apoyo 17/9/2019 21523398 2 444 642,74
¡Otros servicios gestion y apoyo 12/92019| 1302019: 450 000,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 25/9/2019) 65206 36.200,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 28/9/2019 1362019! 450 000,00
Otros servicios gestion y apoyo 271972019 22239544 250.000,00
Otros servicios gestion y apoyo 7111/2019! 26066740 4 889 285,48
¡Otros servicios gestion y apoyo 14/11/2019 1722019 450 000,00.
¡Otros servicios gestion y apoyo 14/11/2019 26610242 275 000,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 28/11/2019: 27800234 2 450 000,00
[Otros servicios gestion y apoyo 28/11/2019! 27800112 275 000,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 28/11/2019! 1562019) 450 000,00.
Otros servicios gestion y apoyo 20/12/2019! 65283 27 150,00
Otros servicios gestion y apoyo 18/12/2019 29973919 2 450 000,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 18/12/2019| 29973920 4 891 964,00
[Otros servicios gestion y apoyo 31/12/2019! 841 2.250 000,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 31/12/2019! 1093| 14 675 892,00
Otros servicios gestion y apoyo 31/12/2019 1094] 3 987 500,00
Otros servicios gestion y apoyo 31/12/2019! 1340 900 000,00
Otros servicios gestion y apoyo 31/12/2019! 1341 900 000,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 31/12/2019 1342 900 000,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 31/12/2019! 1343 900 000,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 13/12/2019 2012019! 900 000,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 13/12/2019! 29391067 412 500,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 24/1/2020 11075253/98 9 470,32
¡Otros servicios gestion y apoyo 17/3/2020: 65339 27 840,00
Otros servicios gestion y apoyo 14/4/2020 362020| 475 000,00.
Otros servicios gestion y apoyo 29/4/2020! 21029475 2 445 982,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 29/4/2020| 502020| 475 000,00
¡Otros servicios gestion y apoyo 8/5/2020 65405| 63 660,80
¡Otros servicios gestion y apoyo 8/5/2020' 21915093 2 445 982,00
[Otros servicios gestion y apoyo 14/5/2020| 612020| 475 000,00
Otros servicios gestion y apoyo 27/5/2020] 23392160 2 445 982,00
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
|
Auditoría
interna
3
pacina no1so MUNICIA ANG oRlaris 0
Otros servicios gestion y apoyo 27/5/2020 75020 475 000,00
Otros servicios gestion y apoyo 9/6/2020 24579425 2 445 982,00
Otros servicios gestion y apoyo 12/6/2020 902020' 475 000,00
Otros servicios gestion y apoyo 17/6/2020 25351204 2 445 982,00
Otros servicios gestion y apoyo 25/6/2020 992020 475 000,00
Otros servicios gestion y apoyo 4/6/2020 65435 27 840,00
Otros servicios gestion y apoyo 6/7/2020' 65449 46 400,00
Otros servicios gestion y apoyo 6/7/2020| 26892439 2 445 982,00
Otros servicios gestion y apoyo 13/7/2020 107020 475 000,00
Otros servicios gestion y apoyo 21/7/2020 28120457 2 445 982,00
Otros servicios gestion y apoyo 28/7/2020 1152020 475 000,00
Publicidad y propaganda 31/12/2019 1063 448 500,00
Servicio de agua 10/9/2019 9048253/834 48 294,33
Servicio de agua 10/10/2019 14223896/75 28 306,00
Servicio de gestion y apoyo 5/7/2019! 24954101 2.519 685,12
Servicio de gestion y apoyo 12/7/2019 752019 450 000,00
Servicio de gestion y apoyo 29/7/2019 862019 450 000,00
Servicio de gestion y apoyo 5/7/2019 65170 72 400,00
Servicio de gestion y apoyo 24/7/2019 26607512 2 518 685,12
Servicio de telecomunicaciones 22/7/2019 9311549/446 13 078,22
Servicio de telecomunicaciones 19/8/2019 13124595/64 43 770,19
Servicio de telecomunicaciones 10/9/2019 9071859-766' 150 000,00
Servicio de telecomunicaciones 23/10/2019 13057255/51 40 475,89
Servicio de telecomunicaciones 10/10/2019 14501432/45 174 361,04
Servicio de telecomunicaciones 11/11/2019 9234642/871 548 904,93
Servicio de telecomunicaciones 25/11/2019 13234283/10 585 022,14
servicios de gestion y apoyo 14/10/2019 1512019 450 000,00
servicios de gestion y apoyo 14/10/2019; 23813238| 250 000,00
servicios de gestion y apoyo 3/10/2019 22937547 2 444 642,74
servicios de gestion y apoyo 30/10/2019 1632019 450 000,00.
servicios de gestion y apoyo 30/10/2019 25171744; 375 000,00
servicios de telecomunicacion 14/1/2020 14285106/51 11 178,43
servicios de telecomunicacion 21/2/2020 13523819/20 23 603,84
servicios de telecomunicacion 11/3/2020 14482608/73 117 442,83
servicios de telecomunicacion 23/3/2020 9155599/748 9 037,80
servicios de telecomunicacion 24/4/2020 13510744/90 10 160,56
servicios de telecomunicacion 20/5/2020| 13386562/97 7.787,16
servicios de telecomunicacion 24/6/2020; 8242223/314 9 268,78
servicios de telecomunicacion 2917/2020 91665202/467 30 229,58
Viáticos 2/7/2019 6618339 66 950,00
Viáticos 17/7/2019 7087330. 94 500,00
Viáticos 31/7/2019 6630177 75 850,00
Viáticos 23/8/2019 5097472] 67 500,00
Viáticos 27/8/2019 2530473 20 500,00
Viáticos 9/8/2019 16453424 73 900,00
Viáticos 13/8/2019 10592877 79 750,00
Viáticos 7/11/2019 16011007 21 500,00
Viáticos 21/11/2019 16733914 73 000,00
Viáticos 26/11/2019 8799279 88 000,00
Viáticos 12/11/2019 14423069 49 500,00
Viáticos 19/12/2019 2082019 326 830,00
Viáticos 6/12/2019 12524830 219 000,00
Viáticos 14/2/2020 6589881 111 500,00
Viáticos 21/2/2020; 9777469 94 500,00
Viáticos 4/3/2020 9949049 65 000,00
Viáticos 23/3/2020! 14291882 123 000,00
Total Í 119 039 144,02
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
pacina no1s1 MUNICI OA N4 Pola O
Materiales y Suministros _ y
Descripción Fecha Doc. TOTAL
¡Alimentos y bebidas 10/10/2019 1492019 500 000,00 |
limentos y bebidas 1971172019! 1772019 293 565,00
¡Combustibles y lubricantes 377/2019] 24734355 2.688 908,00 |
'ombustibles y lubricantes 127772019] 742019 78 281,32
¡Combustibles y lubricantes 12/72019! 25526343 884 059,00
'ombustibles y lubricantes 247772019| 26607656 2.216 889,00.
¡Combustibles y lubricantes 27/8/2019! 29452702 2 858 579,00
¡Combustibles y lubricantes 4/9/2019] 2248712 1899 990,00
¡Combustibles y lubricantes 12/9/2019) 1312019 40 360,93
[Combustibles y lubricantes 25/9/2019 22103363 2 136 376,00
¡Combustibles y lubricantes 25/9/2019) 65206 19 200,34
¡Combustibles y lubricantes 21/10/2019 24548427 1499 982,00
¡Combustibles y lubricantes 30/10/2019 25171884 905 152,00
¡Combustibles y lubricantes 8/10/2019) 23348239 2 970 690,00
¡Combustibles y lubricantes 19/11/2019! 2716646 2 177 814,00
¡Combustibles y lubricantes 2/12/2019) 28131989 2.664 416,00
¡Combustibles y lubricantes 20/12/2019 20201241 2.081 417,00
¡Combustibles y lubricantes 18/12/2019 2072019 729 928,99
¡Combustibles y lubricantes 31/12/1019) 733 3270071,01
Combustibles y lubricantes 31/12/2019! 1807 19 762 946,00
¡Combustibles y lubricantes 19/12/2019) 2032019 510 000,00
¡Combustibles y lubricantes 29/4/2020 21029473 1050 279,90
¡Combustibles y lubricantes 20/5/2020 22957622 893 528,00
¡Combustibles y lubricantes 9/6/2020 24579424 273 000,00
¡Combustibles y lubricantes 8/6/2020| 24465450 1269 999,00
[Combustibles y lubricantes 25/6/2020 25892807 1934 106,00
¡Combustibles y lubricantes 25/6/2020) 25892972 605 565,00
¡Combustibles y lubricantes 13/4/2020! 27448053 1,239 955,00.
[Combustibles y lubricantes 28/7/2020 28491864 737 818,00
Herramientas e instr 31/12/2019] 1355/56 488 358,43
Materiales y productos minerales 19/11/2019! 1772019 1292 022,56
materiales y productos de plastico 10/2/2020! 65314 6 000,00
[materiales y productos electricos 10/2/2020) 65314 13 945,44
materiales y productos metalicos 7/8/2019 05187 76.035,60
materiales y productos metalicos 12/12/2019! 1662019 1 593 483,62
materiales y productos metalicos 18/12/2019] 2072019 86 880,30
materiales y productos metalicos 31/12/2019! 1357 997 599,98
materiales y productos plasticos 19/12/2019| 2082019 36 608,32
¡Otros productos quimicos 21/5/2020 65427 9 562,00
¡Otros productos quimicos 25/6/2020! 992020 154 040,70
otros utiles y materiales 20/12/2019 2092019 131 088,99
otros utiles y materiales 18/12/2019! 2072019 401 695,00
[Otros utiles y materiales SUTRAM. 22/11/2019! 180219 340 382,99
Productos de papel y carton 7182019 952019 100 000,00
Productos de papel y carton 1/10/2019! 1432019 37.200,00
Productos de papel y carton 26/11/2019 181209 5.304,00
Productos de papel y carton 17/12/2019) 2032019 9 126,50
Productos de papel y carton 31/12/2019, 1871 204 600,00
Productos de papel y carton 20/4/2020| 422020 298 700,00
¡Repuestos y accesorios 29/7/2019 26892344 987 174,00
Repuestos y accesorios 12/7/2019! 742019 21 127,45
¡Repuestos y accesorios 12/9/2019 1312019 17 158,70
¡Repuestos y accesorios 25/9/2019) 65206 42 339,68
Repuestos y accesorios 26/11/2019 1812019 6 971 900,00
Repuestos y accesorios 19/11/2019! 1772019 1 123 910,20
Repuestos y accesorios 23/12/2019 65292 71 763,23
¡Repuestos y accesorios 18/12/2019 2092019 372 069,28
¡Repuestos y accesorios 18/12/2019! 29973657 590 562,20
Repuestos y accesorios 31/12/2019 VEN 421 974,30
¡Repuestos y accesorios 31/12/2019 134 1 491 484,02
Repuestos y accesorios 31/12/2019! 1138 2291 519,72
¡Repuestos y accesorios 31/12/2019! 1412 1.922 236,76
Repuestos y accesorios 19/12/2019! 2082019 1050 000,00
¡Repuestos y accesorios 13/12/2019 65275 51 902,65
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
Pacina N152 MUNICIAC+ ANP oh OO!
Materiales y Suministros
Repuestos y accesorios 31/3/2020 65386 22 286,50
Repuestos y accesorios 20/4/2020 211235074 368 038,15
Repuestos y accesorios 15/5/2020 22585605 159 974,30
Repuestos y accesorios 6/5/2020| 21723397 95 096,10
Repuestos y accesorios 18/6/2020! 25443365 573 655,73
Repuestos y accesorios 25/6/2020! 992020 254 995,40.
textiles y vestuario 31/12/2019 984 1 103 186,00
textiles y vestuario 31/12/2019 988 83 560,00
textiles y vestuario 31/12/2019 989 45 000,00
textiles y vestuario 31/12/2019 990 1451 944,00
textiles y vestuario 31/12/2019! 995 1 117 200,00
textiles y vestuario 31/12/2019; 1150 2621 627,87
utiles y materiales de limpieza 12/7/2019 742019 424 256,34
utiles y materiales de limpieza 15/7/2019] 782019 106 715,00
Utiles y materiales de oficina 26/11/2019! 1812019 1.785,00
utiles y materiales de oficina 17/12/2019 2032019 20 673,42
utiles y materiales de resg 28/4/2020 492020 3 974 227,00
utililes y materiales de limpieza 14/4/2020 29845082 196 115,04
¡TOTAL z 94 629 018,96
E Bienes Duraderos
Descripción Fecha Doc. TOTAL
Equipo de comunicación
Equipo de produccion 19/11/2019! 1772019! 1 136 800,00
edificios 19/11/2019! 1772019 373 767,15
¡Equipo de comunicación 18/12/2019! 2072019| 2283 302,21
maquinaria y equipo diverso 31/12/2019 1211 2 000 000,00
¡TOTAL a , 5793 869,36
To, ets Transferencia is
Descripción TOTAL
Prestaciones legales
becas a funcionarios 43 651,00 712019 410 000,00
becas a funcionarios 43 755,00 1532019 280 000,00
¡Total y s 690 000,00
de LA » Pago de Préstamo _- it q a $e
Descripción DOCUMENTO INTERESES _ || AMORTIZACION TOTAL
PRESTAMO 1/7/2019 7024569 481 626,69 907 397,26 1389 023,95
PRESTAMO 1/8/2019 10670911 487 916,92 888 034,75 11375 951,67
PRESTAMO 1/9/2019 -__ 14852689 430 137,23 951 324,32 1381 461,55
PRESTAMO 1/10/2019 19274536 437 383,12 939 236,87 1376 619,99
PRESTAMO 1/11/2019 22995815 409 274,65 952 693,73 1361 968,38
PRESTAMO 1/12/2019 26945960 413 899,67 943 623,73 1357 523,40
PRESTAMO 16/1/2020 30328818 411 869,58 964 433,06 1376 302,64
PRESTAMO 3/2/2020 34246218 378 822,44 996 359,79 1375 182,23
PRESTAMO 2/3/2020 38231082 374 239,02 976 637,22 1350 876,24
PRESTAMO 14/4/2020 42635821 355 345,18 1005 959,04 1361 304,22
PRESTAMO 14/5/2020 361. 007,66 1007 380,80 1368 388,46
PRESTAMO 361 000,00 1000 000,00 1361 000,00
PRESTAMO 1/7/2020 53923525 353 421,17 1021 243,69 1374 664,86
¡Total 5255 943,33 12 554 324,26 17810 267,59 " *
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecoci
pacina no153 MUNICIRA ANP Mia
Anexo 2
Costos del Servicio de Tratamiento y
Disposición Final
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Costos de Tratamiento y Disposición Final de Desechos
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
3/7/2019 24734113 12 700 450,00
24/7/2019 26607511 13 728 225,00
20/8/2019 28955629 13 941 725,00
7/8/2019 27787167 15 772 925,00
4/9/2019 20249829 13 062 807,82
17/9/2019 21523399 11 817 682,47
3/1/2019 22937545 13 328 600,99
31/10/2019 25242160 13 884 046,40
6/11/2019 25924920 14 313 405,40
20/11/2019 24253547 12 562 550,00
4/12/2019 28472614 12 160 280,59
18/12/2019 29973917 19 941 137,57
18/12/2019 29973917 2 229 564,12
31/12/2019 916 10 218 792,34
27/2/2020 26108643 26 637 926,90
27/2/2020 26108477 13 087 307,69
6/3/2020 26997952 12 466 228,76
20/3/2020 28217145 11 816 416,96
26/3/2020 65381 9 919 559,01
15/4/2020 29972712 12 880 626,40
20/5/2020 203002575 13 548 939,83
5/6/2020 21723395 17 634 554,85
17/6/2020 25351206 15 032 973,46
3/6/2020 24080355 13 568 364,71
6/7/2020 24892440 14 052 150,00
21/7/2020 28069558 14 491 400,00
Control de pagos al Relleno Sanitario
PAGINA N*154 MON ICA N4SOHR
E P
inaria.
COCI
Mu
Tratamiento de Desechos Sólidos incluídos en la Modif. 04 para el año 2020 80 000 000,00
nicipa
Costos programa de reciclaje para disminuir toneladas tratadas en el relleno sanitario 18 100 000,00
Total de Costos por recuperar del Servicio 452 898 641,29
lida
d
de Pa
coct
Municipalidad de Pococí
pacina ness MUNICI CANA PO Rharia O
Anexo 3
Costos del Servicio de Mantenimiento
de Parques y zonas verdes
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
pacina no157 MUNICIA A N4gol haria OC!
É núern
12014
Municipalidad de Pococí
Auditori
E z se Servicios E
Descripción FECHA DOC. UtoraL
AYA 8/8/2019 93176221722 24 823,00
AYA 10/9/2019 9048253/834 24 795,00
AYA 10/10/2019 14223896175] 73 250,00
AYA 11/11/2019 9123813/652| 28 385,00
AYA 10/12/2019 90000413/951 32.287,00
[AY A 14/1/2020 14099026/08| 38772,00
AY A 17/2/2020 10178570/58| 22193,00
AYA 11/3/2020 14529292192] 24 659,00
AYA 15/4/2020 14446278/54| 41.768,00
AY A 8/5/2020 11266720/07| 32 516,00
AYA 9/6/2020 13437644/62| 2.260,00
AYA 13/7/2020 12305310/13| 19.059,00
[Alquiler de maquinaria 19/12/2019 2082019] 1 494 000,00
[AyA 12/7/2019 11131696/67| 21.600,00
[CE 10/7/2019 10302665/06| 52.980,00
[CE 8/8/2019 9400838/935 52.315,00
ICE SI9ROIS 11441 167/95] 56 270,00
ICE 10/10/2019 14398592/44| 74 165,00
ICE 1171172019 9178213/406| 70.920,00
ICE 10/12/2019 8486038/163 88 820,90
ICE 14/1/2020 141530003/83| 48 365,00
ICE 17/2/2020 10235844/80] 106 755,00
[CE 11/3/2020 14586014/86| 34 390,00
ICE 15/4/2020 14122811/08| 19.665,00
ICE 8/5/2020 11458638/17 16 680,00
ICE 9/6/2020, 1355281697] 35 345,00
ICE 13/7/2020 12176583/06| 20.455,00
Mantenimiento y reparación 16/8/2019 1042019] 162 736,28
Mantenimiento y reparación 18/2019 952019) 268 893,85
Mantenimiento y reparación 30/8/2019 1132019] 91 948,67
Mantenimiento y reparación 28/9/2019 1362019] 61 858,41
[Mantenimiento y reparación 24/10/2019. 1582019] 258 305,34
Mantenimiento y reparación 19/11/2019 1772019) 39 823,00
Mantenimiento y reparación 12/12/2019 1662019] 16.663,80
Mantenimiento y reparación 25/6/2020 942020) 9524781
Mantenimiento y reparación 21/1/2020 1092020] 134 809,71
¡Servicios de gestion y apoyo 12/7/2019 752019) 399250
¡Servicios de gestion y apoyo 29/7/2019. 852019] 198 500
¡Servicios de gestion y apoyo 12/9/2019 1302019| 523 837,16
[Servicios de gestion y apoyo 28/9/2019 1362019! 425 000,00
Servicios de gestion y apoyo 14/10/2019 1512019] 425 000,00
Servicios de gestion y apoyo 30/10/2019 1632019] 425 000,00
[Servicios de gestion y apoyo 14/11/2019 1722019] 425 000,00
[Servicios de gostion y apoyo 28/11/2019 1842019 425 000,00
Servicios de gestion y apoyo 31/2019, 122] 2.451 162,84
[Servicios de gestion y apoyo 19/12/2019 2012019] 850 000,00
Servicios de gestion y apoyo 31/3/2020 342020] 253 94231
¡Servicios de gestion y apoyo 14/4/2020 362020 564 419,07
[Servicios de gestion y apoyo 29/4/2020 502020) 407 897,33
Servicios de gestion y apoyo 14/5/2020 612020] 407 897,33
¡Servicios de gestion y apoyo 2715/2020 752020] 407 897,33
[Servicios de gestion y apoyo 13/7/2020 1072020] 407897,33
[Servicios de gestion y apoyo 28/7/2020 1152020] 407 897,33
i 2/9/2019 10251101 18 000,00
17/9/2019 10257941 14.000,00
AJLO/2019 5463384 14 000,00
6/10/2019 16183242! 22.000,00
[Viaticos 6/12/2019 12524830! 14.000,00
Pago de Seguridad Privada para el parque 17.000 000,00
[Total 30775 976,90
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
”
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
fi ' , Compra de Materiales y Suministros a
Descripción Fecha Documento TOTAL
¡Combustible y lubricantes 3/7/2019| 24734355 515 207,00
¡Combustible y lubricantes 21/10/2019 24548427 135 428,00.
¡Combustible y lubricantes 8/10/2019 23348239) 225 843,00
¡Combustible y lubricantes 19/11/2019 27166246 152 378,00.
¡Combustible y lubricantes 2/12/2019) 28131989| 303 489,00
¡Combustible y lubri 31/12/2019 1807 186 231,00
¡Combustible y lubricantes 8/6/2020 24465450 146 608,00
¡Combustible y lubricantes 25/6/2020| 25892807 240 708,00
[Combustible y lubri: 13/7/2020 27448053! 392 723,00
Herramientas e instr os 27/7/2019) 26607656 163 925,00
Herramientas e instrumentos S/112019| 712019] 651 043,06
Herramientas e instr 30/8/2019! 1132019] 179 439,36
Herramientas e instrumentos 19/11/2019! 1772019) 157 625,73
Herramientas e instrumentos 12/12/2019! 1662019 11.891,85
Hi ientas e instrumentos 20/4/2020| 422020| 68 109,39
Herramientas e instrumentos 11/5/2020! 572020| 98 600,07
Herrami e instrun 9/6/2020! 862020| 294 517,60
Herrami e instr s. 6/7/2020 1042020| 317 511,79
Materiales y prod electricos 31/12/2019! 1461 2331 916,56
Materiales y productos metalicos SI7I2019) 712019! 1.383,00
Materiales y productos metalicos 30/8/2019 1132019] 301 580,04
Materiales y productos metali 18/12/2019| 2072019| 874 509,33
Materiales y prod: Minerales 51712019 712019 709 022,16
Materiales y productos Minerales 19/11/2019! 1772019 645 656,00
[Materiales y productos Minerales 18/12/2019! 2072019) 68 492,42
Materiales y productos Mineral 31/12/2019] 1116 1067 783,00
Materiales y productos plasti SNI2019 712019) 76 429,00
Materiales y productos plasticos 31/12/2019 m15 536 045,37
Materiales y productos plasticos 27/4/2020 65399| 44 247,00
otros materiales y inistros 22/11/2019! 1802019] 54 816,00
Otros productos quimicos 30/8/2019| 1132019 1.000 000,00
¡Otros prod imicos 31/12/2019 1118| 493 194,52
Productos agroforestales 12/12/2039! 1662019 997. 750,00
productos farmaceuticos 30/10/2019| 1612019! 200 000,00
R y ii 18/8/2019 1042019| 149 568,15
7/3/2019! 952019! 107 603,84
30/8/2019 1132019] 49 338,06
28/9/2019 1362019 79 845,14
24/10/2019 1532019 146 778,78
31/12/2019| 1876| 5.222,68
Repuestos y. 25/6/2020 942020 47 601,77
¡Repuestos y. 24/7/2020 29292547 130 086,00
Tinta, pi y diluyentes 18/12/2019] 2072019! 4 466,01
utiles y materiales de limpi 15/7/2019 782019! 1499 890,00]
utiles y materiales de limpi 19/11/2019] 1772019! 999 120100
utiles y materiales de limpi 14/4/2020] 29845082. 196 565.
Utiles y materiales y suministros 31/12/2019! 984! 223 790.09
Utiles y materiales y suministros 31/12/2019 990| 723 604,00
Utiles y materiales y suministros 31/12/2019! 1149! 123 769,80
utilies y materiales de limpieza 20/12/2019 2092019! 7.264,00
TOTAL 18 138 616,48|
PAGINA N*158 MUNICIK ANG Po iaria, GUEI
R
R
R y
R
R
Os y
Municipalidad de Pococí
 
pacina noróo MUNICIA CANA olnaria 0
Anexo 4
Costos del Servicio de Aseo de Vías y
Sitios Públicos
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Descripción
SERVICIOS
Fecha:
Documento:
Total"
'M imi y reparacion
19-11-2019
1772019 140 263,52]
Mantenimiento y reparacion
12-12-19
1662019| 107 964,53|
25-6-2020
942020! 54 486,73
21-7-2020
1092020| 44 327,43
12--7-2019
752019 799 900,00|
29-7-2019
852019! 319 900,00]
¡Otros servicios de gestion y apoyo
30-8-2019
1122019] 299 900,00]
¡Otros servicios de gestion y apoyo
13/8/2019
1012019 279 900,00]
Otros servicios de gestion y apoyo.
12-9-19
1302019| 299 900,00]
¡Otros servicios de gestion y apoyo.
28-9-2019
1372019! 425 000,00]
icios de gestion y apoyo
14-10-19
1512019| 425 000,00]
30-10-2019
1632019| 212 500,00]
31-10-2019
1642019| 212 500,00]
14/11/2019
1722019! 425 000,00!
[Otros servicios de
28-11-2019
1842019| 425 000,00.
Otros servicios de gestion y apoyo
31-12-2019
821 311 337,00]
Otros servicios de gestion y apoyo
31-12-19
822 311 337,00]
¡os de gestion y apoyo
13-12-2019
2012019 850 000,00]
ios de gestion y apoyo
18-12-19
2072019 331 309,01
¡Otros servicios de gestion y apoyo
31-12-19
1877 463 944,20|
¡Otros servicios de gestion y apoyo
13-2-2020
162020 212 500,00]
Otros servicios de gestion y apoyo
27-2-2020
232020 212 500,00|
'estion y apoyo
13-3-2020
232020 212 500,00|
ion y apoyo
26-3-2020
65375 212 500,00]
¡Otros servicios de gestion y apoyo
29-4-2020
50202 312 500,00]
¡Otros servicios de gestion y apoyo
14-5-2020
612020 208 152,17
[Otros servicios de gestion y apoyo
27-5-2020
752020 208 152,17
Otros servicios de gestion y apoyo.
12-6-2020
902020 203 152,17]
¡Otros servicios de gestion y apoyo.
25-6-2020
992020 208 152,17|
¡Otros servicios de y apoyo
13-7-2020
1072020 208 152,17
¡Otros servicios de gestion y apoyo
28-7-2020
1152020| 208 152,17
¡Viaticos
9-7-2019
9838663 20 600,00]
Viaticos
13-83-2019
10592877| 20 600,00]
Viaticos
6-9-2020
9120949 18 000,00]
[Viaticos
29-10-2019
5376101 18 000,00]
Viaticos
10-10-19
8157620| 22 500,00
¡Viaticos
26-11-2019
8799279| 17 000,00]
Viaticos
12-11-2019
14423069 22 500,00]
Viaticos
20-12-19
4741929| 31 500,00.
TOTAL
E 9 321'582,44|
Cálculos de tasas-20
Pacina no162 MUNICIRA A NIP lmaris? COC!
Municipalidad de Pococí
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón
MATERIALES Y SUMINISTROS
Descripción Fecha Documento Total
Herramientas e instrumentos 5-7.19 712019 799 999,64]
Utiles materiales de limpieza 15-7-2019 7482019 399 635,00|
producto famaceuticos 30-10-2019 1612019 300 000,00]
Repuestos y accesorios 19-11-19 1772019 273 387,66
lotros productos quimicos 31-12-19 1117 393 992,76
Herramientas e instr 12-12-20-19 1662019 0,36
Repuestos y accesorios 12-12-19 1662019 222 592,92|
Rep: y accesorios revers 43 481,26
¡Repuestos y accesorios 1877 160 038,16
Textiles y vestuario 984 63 940,00
Textiles y vestuario 990 206 744,00
Textiles y vestuario 1148 35 362,80|
materiales de limpieza 31-12-19 1169 94 464,00
Utiles materiales de limpi 17-3-20 65339 74 872,00|
les y materiales de resguardo 31-3-20 65386 56 757,75
materiales de limpieza 14-4-2020 29845082 196 325,00]
materiales de limpieza 25-6-2020 1012020 45 000,001
utiles y materiales de resguardo 25-6-2020 1012020 97 000,00|
¡TOTAL 3 464 093,31|
Bienes Duraderos
Descripción Fecha Documento TOTAL
Maquinaria y equipo diverso 18/12/2019 2072019] 95 100,44;
ii 31/12/2019 1245 18 590 325,00
Maquinaria y equipo diverso (extr02) 14 900 000,00]
y Total z: z E z 33 585 425,44,
paina no163 MUNICIRA A N4 Poli O
Cálculos de tasas-20
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*164 MUNICH RG Pot ñar f2COCI
Anexo 5
Otros Costos Operativos de
notificación y certificaciones
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
”
Municipalidad de Pococí
Cálculo de costo de notificación
AL30 de setiembre de 2020
[4.- COSTOS DIRECTOS Estudio Actual
Servicios Personales $93 958 437,77
Salarios (Detalle No, 1.1) 66720 776,06
Cargas Sociales, Seguros, Fondo de Capitalización y Pensiones (Detalle No.1.2) 27237711,71
Servicios Personales 10 475 000,00
¡Materiales y Suministros 99 169,24
ISUBTOTAL 104 532 657,01
|[B.- COSTOS INDIRECTOS
¡Gastos Administrativos 10 453 265,70
10% sobre costos directos
ISUBTOTAL 114 985 922,71
pacina no16s MUNICIR AAN oa
Total de Costos incurridos € 114935922,71
Promedio de Cantidad de notificaci emitidas de setiembre 2019 a setiembre 2020: 22 998.00
¡Costo por notificación de la Unidad de Cobro Administrativo y Judicial € 4 999,82
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Salarios
Cargas Sociales, Seguros, Fondo de Capitalización y Pensiones
¡Servicios
[COSTO DE SERVICIOS UTILIZADOS
TOTAL
Costos para la emisión de certificaciones municipales
A130 de setiembre 2020
Estudio Actual
£18 916 776,26|
14 152 722,76|
4.764 053,50]
29 299 375,70]
3 443 091,37]
97 200,00
51756 443,33
¡Total de Costos asoaciados a la emisión de certificaciones
¡Cantidad de certificaciones de registro
¡Cantidad de Certificaciones Municipales
53 393 073,69
18 785,00
4 624,00
¡Redondeo: 000202004
Cálculos de tasas-20
pacina no1r66 MUNI ANG olaa
Municipalidad de Pococí
Municipalidad de
pacina no167 MUNICI CA NG Pob nana OC!
Por Mayoría de 8 Votos a Favor, 1 en contra, SE ACUERDA: Con fundamento en las
disposiciones de los artículos 9, 11 y 169 de la Constitución Política; 11, 13 y 113 de
la Ley de Administración Pública; 83 del Código Municipal; la Resolución No 2012-
004178 de la Sala Constitucional; siguiendo las recomendaciones técnicas
emanadas del informe de actualización y las toma como fundamento para este
acuerdo, se dispone:
PRIMERO: Se tienen por recibidas, conocidas, discutidas y aprobadas como
proyecto para su primera publicación de consulta pública no vinculante, las tasas
de aseo de vías y sitios públicos, mantenimiento de parques, recolección de
desechos sólidos, tratamiento y disposición final y los costos de la emisión de
certificaciones municipales, así como el del cobro administrativo por gestión, en
atención al artículo 43 del Código Municipal.
SEGUNDO: Instruir a la Secretaria Municipal que proceda a dar trámite a la
publicación en el Diario Oficial La Gaceta de dicha actualización.
TERCERO: “El Concejo Municipal de Pococí, convoca a audiencia pública para
exponer la propuesta tarifaria planteada por el despacho del Alcalde Municipal para
ajustar las tarifas de aseo de vías y sitios públicos, mantenimiento de parques,
recolección de desechos sólidos, tratamiento y disposición final y los costos de la
emisión de certificaciones municipales, así como el del cobro administrativo por
gestión de la siguiente forma:
La audiencia pública se llevará a cabo el día 10 de diciembre del año 2020 a las 09:30
a.m. en el Salón de Sesiones de la Municipalidad de Pococí ubicado, en el Hotel
Talamanca, frente a la ruta 32, Guápiles, Pococí, Limón y será abierta al público de
forma virtual mediante un enlace que será habilitado en la redes sociales y sitio web
de la Municipalidad de Pococí, tomando en consideración los protocolos
establecidos por el Ministerio de Salud, en atención a la pandemia.
Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, tanto en
forma virtual en la audiencia pública o por escrito debidamente firmado, el cual
deberá ser entregado en la audiencia pública o en las oficinas de la Secretaria
Municipal dentro del horario 8:00 a.m. a 3:00 p.m., hasta el día de realización de la
audiencia.
De igual manera, pueden enviarla por medio de los siguientes correos electrónicos:
prosecretariaconcejo(Myahoo.es manuelalcaldepocociOqmail.com
mauricio.garitaQmunipococi.go.cr, o comunicarse al número 2711-12-27 hasta la
hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública. Las oposiciones o
coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho,
indicando un lugar exacto o un medio (correo electrónico, número de fax o al
apartado postal del interesado), para efectos de notificación por parte de la
administración municipal y presentar el documento de identificación aceptado en el
país o copia de esta, si es interpuesta por escrito.
Las personas jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia por medio del
representante legal de dicha entidad y aportar certificación de la personería jurídica
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nero MUNICIA ANG Pola Oo
vigente. Para información adicional, puede comunicarse con la Administración
Tributaria al 27136560 Ext. 109/142. El regidor Reinaldo Benavides vota en contra.
Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Razonamiento de voto positivo por la regidora Yaslyn Morales Grajal.
Para que mi voto positivo a esta propuesta conste en actas, lo voto positivo basado en que
el director de Hacienda de nuestra Municipalidad nos explica y hace la propuesta técnica
por lo que yo apoyo el criterio técnico del profesional de la Municipalidad.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Que conste mi voto positivo con la justificación bastante sustentada técnicamente por el
director de Hacienda Municipal que viene en dos sentidos:
Primero: Dotar de recursos frescos para que la Municipalidad pueda operar, lo segundo
para que pueda realizar no solamente obras nuevas sino para que pueda mejorar los
servicios Municipales para que tenga ese músculo financiero que se necesita para poder
operar en la Municipalidad.
e y UL có
ACUERDO N* 2136
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde
Municipal, dice:
DAMCM-0155-2020
Mediante el presente oficio se remite copia del expediente el cual consta de 83 folios,
correspondiente a la Licitación Abreviada No. 2020-LA-000050-CLO1, Sistema Drenaje
Estadio Ebal Rodríguez, la cual deberá cumplir con todas las especificaciones indicadas
en el CR-10, para el mantenimiento vial para el Cantón de Pococí.
Se recibió oferta de la empresa:
ítem 1. Alquiler De Equipo
y Inversiones Jimeza JyV SA. Se recibe una oferta, por un monto de £ 55.000,00
(cincuenta y cinco mil colones exactos), empresa Local.
> Constructora Jorsa SA. Se recibe una oferta, por un monto de £ 59.850,00
(cincuenta y nueve mil ochocientos cincuenta colones exactos), empresa Local.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nor6o MUNICIA NG Omara,
Evaluación de Ofertas.
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que
cumplieron técnicamente, donde se califica 90% precio, 10% Empresa Local, así
establecido en el legajo cartelario, queda a criterio del departamento de Proveeduría
realizar la revisión de los cumplimientos legales.
Sistema Drenaje Ebal Rodriguez CD-000189
se OFERTA EVALUACION
Razon social 7 p
Precio Local Precio Local Total
Inversiones Jimeza JyV SA [4 55 000,00 Si 90,00 10,00| 100,00|
Constructora JORSA SA e 59 850,00 Si 82,71 10,00| 92,71
ítem 2. Materiales Metálicos
. Almacenes El Colono SA. Se recibe una oferta, por un monto de £ 42.078,25
(cuarenta y dos mil setenta y ocho colones con 25/100), empresa Local.
Evaluación de Ofertas.
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que
cumplieron técnicamente, donde se califica 100% precio, así establecido en el legajo
cartelario.
Una vez realizada la evaluación, esta Unidad recomienda a la empresa Almacenes El
Colono SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser única oferta, de acuerdo a lo
establecido en el legajo cartelario.
ítem 3. Materiales Minerales
. Almacenes El Colono SA. Se recibe una oferta, por un monto de  167.115,95
(ciento sesenta y siete mil ciento quince colones con 95/100), empresa Local.
Evaluación de Ofertas.
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que
cumplieron técnicamente, donde se califica 100% precio, así establecido en el legajo
cartelario.
Una vez realizada la evaluación, esta Unidad recomienda a la empresa Almacenes El
Colono SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser única oferta, de acuerdo a lo
establecido en el legajo cartelario,
ítem 4. Madera y Sus Derivados
. Almacenes El Colono SA. Se recibe una oferta, por un monto de £ 7.015,00 (siente
mil quince colones exactos), empresa Local.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
EI S
pacina nero MUNICIAAN 4 Olla
Evaluación de Ofertas.
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que
cumplieron técnicamente, donde se califica 100% precio, así establecido en el legajo
cartelario.
Una vez realizada la evaluación, esta Unidad recomienda a la empresa Almacenes El
Colono SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser única oferta, de acuerdo a lo
establecido en el legajo cartelario,
ítem 5. Materiales Plástico
. Almacenes El Colono SA. Se recibe una oferta, por un monto de ¿ 428.946,00
(cuatrocientos veintiocho mil novecientos cuarenta y seis colones exactos), empresa
Local.
Evaluación de Ofertas.
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que
cumplieron técnicamente, donde se califica 100% precio, así establecido en el legajo
cartelario.
Una vez realizada la evaluación, esta Unidad recomienda a la empresa Almacenes El
Colono SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser única oferta, de acuerdo a lo
establecido en el legajo cartelario,
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor Alcalde a pagar a la
empresa:
ítem 1. Alquiler De Equipo
. Inversiones Jimeza J y V SA, por un monto de $ 30.000.000,00 (treinta millones de
colones exactos), monto que se ajustas de acuerdo al contenido presupuestario existente
por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica
Municipalidad de Pococí.
ítem 2. Materiales Metálicos
. Almacenes El Colono SA. por un monto de £ 4.000.000,00 (cuatro millones de
colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente
por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica
Municipalidad de Pococí.
ítem 3. Materiales Minerales
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
pacina nora MUNICI A NIP 00
. Almacenes El Colono SA. por un monto de ¿ 41.000.000,00 (cuarenta y un
de colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestarioéxistente
por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador nmídad Técnica
Municipalidad de Pococí.
ítem 4. Madera y Sus Derivados
. Almacenes El Colono SA. por un monto de £ 2.000.000,00 (dos millones de colones
exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por
recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad
de Pococí.
ítem 5. Materiales Plástico
+ Almacenes El Colono SA. por un monto de ¿ 3.000.000,00 (tres millones de colones
exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por
recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad
de Pococí.
Agréguese al expediente la presente resolución y comuníquese al interesado.
Agradeciendo su atención se despide;
Lic. Manuel emápB Rivera
Ical
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a la empresa:
ítem 1. Alquiler De Equipo, Inversiones Jimeza J y V SA, por un monto de £
30.000.000,00 (treinta millones de colones exactos), monto que se ajustas de
acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy
Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí.
ítem 2. Materiales Metálicos, a la empresa. Almacenes El Colono SA. por un monto de
¿ 4.000.000,00 (cuatro millones de colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo
al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera
Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem_3. Materiales
Minerales, a la empresa: Almacenes El Colono SA. por un monto de € 41.000.000,00
(cuarenta y un millón de colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al
contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
pacina no172 MUNICIRE A NG$ oia OO
Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem a tara stos
Derivados, a la empresa: _Almacenes El Colono SA. por un monto de ¿2.000.000,00
(dos millones de colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido
presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela
coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem 5. Materiales Plástico, a
la empresa Almacenes El Colono SA. por un monto de ¿ 3.000.000,00 (tres millones
de colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario
existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad
Técnica Municipalidad de Pococí. Agréguese al expediente la presente resolución y
comuníquese al interesado. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2137
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde
Municipal, dice:
.DANICM-0156-2020
Mediante el presente oficio se remite copia del expediente el cual consta de 41 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2020-CD-000189-CLO1, Mejoras camino La
Sirena Cariari, solicitud presentada por el Ing. Freddy Rivera Varela, coordinador Unidad
Técnica de Gestión Vial Municipal.
Se recibió oferta de la empresa:
+ Constructora Jorsa SA. Se recibe una oferta, por un monto de £ 26.294.800,00 (veintiséis
millones doscientos noventa y cuatro mil ochocientos colones exactos), plazo de ejecución
de 11 días naturales, empresa Local Oferta Admisible.
Evaluación de Ofertas.
Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que
cumplieron técnicamente, donde se califica 70% precio, 20% plazo de entrega y 10%
Empresa Local, así establecido en el legajo cartelario.
De acuerdo al análisis y revisión del proceso por parte del Ing. Freddy Rivera Varela,
determino que la empresa: Constructora Jorsa SA, cumple con todo lo solicitado en el
cartel de Invitación. Oficio visible en los folios No.40.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*173 MUNICIAC AN 9Pokina ¡gOocI
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor Alcalde a pagar ala em a:
* Constructora Jorsa SA. por un monto de ¿ 31.585.200,00 (treinta y un millones quinientos
ochenta y cinco mil doscientos colones exactos), monto de acuerdo al contenido
presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador
Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. Según detalle.
Proyecto: [ Reparacion camino Sirena Longiutd. 35 km
SUMARIO DE CANTIDADES Ancho calzada 65 m
Espesor capa 10 cm
Renglon de pago Descripcion del Renglon UNIDAD: Cantidad Precio Unit Variacion Cantidad Final Precio Total
Trabajo de costo mas porcentaje glb 1,00 €  1000000,00 114 1/000000,0000
Material de prestamo selecto m 50,00 [d 13 260,00 sojé  663.000,0000
CR.204.01(a) Excavacion de via para ampliaciones m 100,00 e 3731,00 1004 373100,0000
[CR.301.06 ¡Subbase de agregados graduacion B m 300,00 [3 15 560,00 300| 4 4.668 000,0000
[CR,301.03 Base de agregados graduacion C m 1000,00 |4 15 560,00 340] 1340| 4 20850 400,000
CR.303.03 Conformacion de subrasante y espaldones km 3,50 [d 437 000,00 3,51 € 1529 500,000
[CR.303.01 (a) Conformacion de cunetas m 7000,00  |€ 345,00 7000| 4 2415000,0000
CR.204,02 Subexcavacion m 100,00 q 862,00 100 6 86 200,00
Precio Total € 31585 200,00
Agréguese al expediente la presente resolución y comuníquese al interesado.
Agradeciendo su atención se despide;
|!
Lic, Mapuel HAmOA éz Rivera
calde
Agréguese al expediente la presente resolución y comuníquese al interesado
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a la empresa:
Constructora Jorsa SA. por un monto de £ 31.585.200,00 (treinta y un millones
quinientos ochenta y cinco mil doscientos colones exactos), monto de acuerdo al
contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera
Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. Según detalle del, “Por
Tanto”. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
PAGINA N*174 MUNICIRA ARA PRESO!
ACUERDO N” 2138
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde
Municipal, dice:
DAMICMI-0159-2020
Tomando en consideración el Plan de Gobierno Municipal 2020-2024 presentado por esta
administración municipal y conocida por este Concejo Municipal en el acuerdo N.” 695 del
Acta 31 ordinaria del 05 de mayo del 2020, se presenta para su análisis, discusión y
aprobación del Plan Anual Operativo Ajustado y Modificación Presupuestaria 06-2020 por
un monto de ¿39.575.000,00 colones exactos.
Lig Manuel AE Iv ;
a
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Peplanoy
Avuerbo1d
[Emall: lissotto.moraQmuni;
Bs
1713-6558 Ext: 127
8
Unidad de Presupuesto
Modificación Presupuestaria N” 06-2020, Ley 8114
E]
epiued-qns
sepued
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E
EN]
$oJs09 oJuo9
Saldo Di:
Monto DI
Monto
Saldo Actual
SUMAS IGUALES]
50 630 117,66
39 575 000,00
39 575 000,00
50 630 117,66
03-02
1502
¡VIAS DE COMUNICACIÓN
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17 000 000,00|
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191
META.
21700 000,00|
17 000 000,00.
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4700 000,00|
91
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN MAQUINARIA Y EQUIPO, LEY 8114. EXT
102-2020
21 700 000,00|
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0,00
4700 000,00|
MATERIALES Y SUMINISTROS
21 700 000,00!
47 000 000,00!
0,00|
4700 000,00|
101
101
03-02
PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS
508
¡VIAS DE COMUNICACIÓN
21.700 000,00|
20 000 000,00|
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20 000 000,00|
20 000 000,00
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0,00.
"AMPLIACIÓN PUENTE BUENOS AIRES 7-02-060, LEY 8114. PE 03-2020
20 000 000,00]
20 000 000,00|
0,00|
0,00'
BIENES DURADEROS
20 000 000,00!
20 000 000,00|
0,00!
0,00]
102
102
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS
03-02
VIAS DE COMUNICACIÓN
20 000 000,00|
0,00
0,00]
20 000 000,00|
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37 000 000,00|
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000 000,00
37 000 000,00|
META.
0,00]
37 000 000,00|
37 000 000,00
PAGINA N*175 MUNICH RA4PoR maria. COcCI
MEJORAS IGLESIA CATÓLICA-CRUCE MONTECARLO 7-02-002, GUAPILES,
LEY 8114. MODI 06-2020
0,00|
0,00
37 000 000,00
37 000 000,00!
BIENES DURADEROS
0,00|
0,00]
37 000 000,00|
37 000 000,00
02
CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS
102
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
03-02
1508,
VIAS DE COMUNICACIÓN
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0,00]
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37 000 000,00
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META
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50 000,00|
158 071,62.
1F
MEJORAS CAMINO LOS BOVINOS 7-02-272 GUÁPILES, LEY 8114. EXT 02-
2020.
158 071,62.
50 000,00|
50 000,00|
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REMUNERACIONES
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Municip
158 p71,62|
a
105
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
158 071,62|
50 000,00|
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158 bas 62
MODIFICACION Página 1
dad de Pococ
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
02
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1508.
¡VIAS DE COMUNICACIÓN
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16
REPARACIÓN PUENTES CALLE SEIS SUERRE 7-02-063 JIMENEZ, LEY 8114.
EXT 02-2020
464 508,17
120 000,00|
120 000,00
464 508,17|
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02
103
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
03-02
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VIAS DE COMUNICACIÓN
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META.
137 839,13
45 000,00'
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SISTEMA DRENAJE Y CEMENTADO CALLE LAS BRISAS CARIBE 7-02-181,
ICARIARI, LEY 8114. MODI 01-2020
137 839,13|
45 000,00
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137 839,13
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137 839,13:
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102
103
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
03-02
508
IVIAS DE COMUNICACIÓN
137 839,13|
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169 150,36
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MEJORAS SISTEMA DRENAJE Y ALCANTARILLADO CAMPO DE
ATERRIZAJE, CARIARI, LEY 8114. MODI 01-2020
169 150,36
50 000,00
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169 150,36
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CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
[FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
03-02
AS DECO ACIÓN TERRESTR
508
¡VIAS DE COMUNICACIÓN
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META.
612 996,29|
60 000,00
60 000,00|
612 996,29
2K
PUENTES EN EL CANTÓN, LEY 8114. MODI 01-2020
612 996,29
60 000,00|
60 000,00!
612 996,29
00
REMUNERACIONES.
612 996,29;
60 000,00|
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612 996,29
105
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
102
03
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
03-02
MODIFICACION Página 2
612 996,29
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PAGINA N*176 M UNICA AN Polans? COC!
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alidad de Po
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón
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1508
VIAS DE COMUNICACIÓN
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MEJORAS CUADRANTE PROGRESO 7-02-514 CARIARI, LEY 8114. EXT 02-
2020
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CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
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508
¡VIAS DE COMUNICACIÓN
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120 000,00;
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META.
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ACERAS PUNTA RIEL BARRIO BRONCÓN, ROXANA, LEY 8114. MODI 01-
2020
211 207,52
60 000,00|
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REMUNERACIONES
211 207,52
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05
02
103
03-02
[CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
508
VIAS DE COMUNICACIÓN
211 207,52|
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8114. EXT 02-2020
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CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
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508
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145 808,34
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105
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03
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
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1508
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158 409,39
30
MEJORAS CALLE LOS BOVINOS, GUÁPILES, MODI 03-2020. LEY 8114
158 409,39
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158 409,39
45 000,00
45 000,00|
158 409,
MODIFICACION Página 3
lidad de Pococ
Í
a
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
105
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
02
03
03-02
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299 911,87,
05
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
102
103
03-02
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[VIAS DE COMUNICACIÓN
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352 020,86
60 000,00
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299 911,87
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15
META.
352 020,86
400 000,00
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352 020,86
10|
SISTEMA DRENAJE POR ESTADIO EBAL RODRÍGUEZ AGUILAR, GUAPILES,
LEY 8114. MODI 01-2020
352 020,86
100 000,00'
100 000,00|
352 020,86
100
REMUNERACIONES
352 020,86
100 000,00'
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352 020,86
05
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
102
03
(03-02
VIAS DE COMUNICACIÓN
352 020,86
105 606,25|
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META.
105 606,25
20 000,00
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PUENTE LA ESPERANZA SAN BOSCO, LEY 8114. MODI 041-2020
105 606,25|
20 000,00|
20 000,00,
105 606,25|
00
REMUNERACIONES
105 606,25
20 000,00|
20 000,00!
105 606,25|
05
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
102
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03-02
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VIAS DE COMUNICACIÓN
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105 606,25|
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210 000,00|
210 000,00
704 041,49
26:
PUENTES EN CAMPO DOS, CARIARI, LEY 3114. MODI 01-2020
704 041,49;
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210 000,00
704 041,49!
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REMUNERACIONES
704 041,49
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210 000,00
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105
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN.
02
03
03-02
MODIFICACION Página 4
704 041,49|
210 000,00
210 000,00
704 041,49;
Pacina nera MUNICIA ANG Poli O
Municipal
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
1508.
¡VIAS DE COMUNICACIÓN.
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80 000,00|
80 000,00| 281 616,69:
PUENTE LA VICTORIA , SAN BOSCO, LEY 8114. MODI 01-2020
281 616,69]
80 000,00.
80 000,00 281 616,69|
00
REMUNERACIONES
281 616,69]
80 000,00|
80 000,00 281 616,69
05
CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN
102
103
03-02
500
¡UNIDAD TÉCNICA
281 616,69
3 865 810,62|
80 000,00|
000,00
1 435 000,00|
80 000,00| 281 616,69
1 430 000,00. 3 860 810,62.
01
META.
3 865 810,62.
1 435 000,00
1 430 000,00! 3 860 810,62|
01
UNIDAD TECNICA DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL
3865 810,62
1 435 000,00
4 430 000,00 3 860 810,62
00
[REMUNERACIONES
3865 810,62
1 435 000,00
4 430 000,00 3 860 810,62|
105
[CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS
FONDOS DE CAPITALIZACIÓN .
02
03
03-02
500.
¡UNIDAD TÉCNICA
3865 810,62|
288 957,52!
1 435 000,00;
0,00
0,00|
1 430 000,00 3 860 810,62|
000,00 93 9
5 000,00 293 957,52
[01
META
288 957,52|
0,00|
$ 000,00 293 957,52
101
¡UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL
288 957,52
0,00)
5.000,00 293 957,52
00
REMUNERACIONES
288 957,52
0,00]
5 000,00. 293 957,52|
03
INCENTIVOS SALARIALES
199
288 957,52
0,00|
5 000,00! 293 957,52
MARISEL CHAVES CHAVES
ASISTENTE DE PRESUPI
L
ESTO
TISSETTE MORA AGUERO
COORDINADORA DE PRESUPUESTO
MODIFICACION Página 5
ALCALD!
o (27
TDANTE CONCEJO
mbicipaL
PAGINA N*179 MUNICIRA A RNA4 PoR bar
la.
COCI
Municipalidad de Pc
oct
 
 
 
 
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*184 MUNICIA FA RIPOR 2 COC!
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
DESPACHO DEL ALCALDE
Teléfono: 2710-7182
Manuel hernandezAmunipococi.go.cr
: a
Guápiles, 19 de noviembre de 2020
DAM-0511-2020
Licda. Lissette Mora
Presupuesto
MBA. Rosalyn Corrales
Planificación
Saludos cordiales,
Mediante la presente les solicito realizar el Plan Anual Operativo y Modificación
Presupuestaria 6-2020 por un monto de 39.575.000,00 colones según acuerdo 707
del acta sesión extraordinaria 06-2020 celebrada por la Junta Vial Cantonal del día
19 de noviembre del 2020.
Sin más por el momento,
MANUEL Flemado digitalmente por
MANUEL HERNANDEZ RIVERA.
HERNANDEZ O)
Fecha:2020.1119 142354
RIVERA (FIRMA) _-o600
Lic. Manuel Hernández Rivera
Alcalde
munipococi.go.cr (7
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad d
pacina oras MONICIAN Gomar
0,
DEPOCOCI
JUNTA VIAL CANTONAL ;
Acta sesión extraordinaria Número 06-2020 celebrada por la Junta Vial Cantonal de la
Municipalidad de Pococí en la sala de sesiones de tal órgano, al ser las ocho horas de
la mañana del 19 de noviembre de 2020 con la asistencia de los siguientes miembros.
Miembros Presentes:
Lic. Manuel Hernández Rivera Presidente de la Junta Vial
Ing. Freddy Rivera Varela Coordinador de Unidad Técnica
Sr. Luis Méndez Araya Representante del Concejo
Sr. Greivin Bonilla Jiménez Representante de Síndicos
Miembro ausente:
Sr. Ricardo Villalobos Vargas Representante de A Soc. Desarrollo
Otros presentes
Gisselle Aguilar Barquero, según acuerdo 691 tomado por la Junta Vial en sesión
extraordinaria N* 02-2020. :
1- Saludo
2- Comprobación del Quórum
3- Oración
4- Aprobación del Orden del Día
B- Discusión y aprobación de Modificación Presupuestaria 03-2020
6- Cierre de sesión
Capítulo | Saludos
Lic. Manuel Hernández Rivera
Un cordial saludo a todos, gracias por estar presentes mediante la plataforma virtual de
zoom y presentes. ñ
Capítulo II Comprobación del Quórum
Comprobación del quórum mediante los miembros presentes en esta sesión de forma
virtual zoom. Ing. Freddy Rivera Varela y el Sr. Greivin Bonilla Jiménez, Sr. Luis
Méndez Araya y en oficina mi persona.
Capitulo Il Oración
Oración.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*186 MUNICIA ARI PON Midi COCI
Municipalidad de Pococí
DS
DE POCOCI
JUNTA VIAL CANTONAL
Capitulo IV Aprobación del orden del día
De acuerdo con que ya todos estamos debidamente conectados, y conocemos el orden
del día los que estén de acuerdo, se somete a votación si están de acuerdo.
Acuerdo 706
Se somete a votación el orden del día. Discusión y aprobación de modificación
presupuestaria 03-2020.Y es aprobado por los presentes. Lic. Manuel Hernández
Rivera. Ing. Freddy Rivera Varela. Sr. Luis Méndez Araya. Sr. Greivin Bonilla
Jiménez.Aprobado por unanimidad. Acuerdo Firme.
Capítulo V Discusión y aprobación de modificación presupuestaria 03-2020
Lic. Manuel Hernández Rivera
De acuerdo a la modificación presentada ustedes con anticipación para su
respectivo análisis, sobre el mismo tema se presenta en el siguiente desglose de la
modificación presupuestaria 03-2020.
Ing. Freddy Rivera Varela.
Se presenta desglose de la modificación presupuestaria 03-2020
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
 
pacina No189 MUNICI ANG Oman 00
JUNTA VIAL CANTONAL
MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA N*3
NOVIEMBRE 2020
JUSTIFICACIÓN MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA.
3.02.91.02.01.01 MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO
LEY 8114, EXT 02-2020. Combustibles y Lubricantes. :
Según acuerdo de Junta Vial Municipal N*707, del 18 de noviembre de 2020, Acta
Extraordinaria 06-2020, se modificó el Presupuesto Ordinario y Extraordinario 2020,
el rubro MANTENIMIENTO Y REPARACION MAQUINARIA Y EQUIPO LEY 8114,
cuenta con un saldo de 4% 21.700.000,00; de los cuales se disminuye un monto de €
17.000.000,00 y es trasladado a la partida de MEJORAS IGLESIA CATÓLICA-
CRUCE MONTECARLO 7-02-002, GUAPILES.
3.02.2R.05.02.02 AMPLIACIÓN PUENTE BUENOS AIRES 7-02-060, LEY 8114. PE
03-2020. Vías de comunicación terrestre.
Este ítem tiene un saldo de ( 20.000.000,00; y mediante esta modificación se
disminuye su totalidad y es asignado a la subpartida MEJORAS IGLESIA
CATÓLICA-CRUCE MONTECARLO 7-02-002, GUAPILES.
3.02.1J.05.02.02 MEJORAS IGLESIA CATÓLICA-CRUCE MONTECARLO 7-02-
002, GUAPILES. Vías de comunicación terrestre.
Mediante la presente modificación se le asigna un monto de (£ 37.000.000,00, para
llevar a cabo una Modificación Unilateral a la contratación 2020LA-000016-CLO1, ya
que, en el proceso de ejecución de la obra, se encontró un daño superior a lo
estimado en el proceso licitatorio.
Es necesario llevar a cabo esta modificación, siendo que son condiciones
importantes para la correcta ejecución de esta obra, que da como resultado la
reconstrucción de la carpeta asfáltica en una longitud de 910 metros, siendo esta la
Avenida principal del distrito de Guápiles, por lo que es indispensable realizar una
obra de impacto que conlleva, ejecutar no solo la construcción de una nueva capa
asfáltica, sino incluir la demarcación de la vía, con sus respectivos elementos de
seguridad vial.
MEJORAS CAMINO LOS BOVINOS 7-02-272 GUÁPILES, LEY 8114. EXT 02-2020
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nero MUNI ANG Po iaa 0
A
MUNICIPALIDAD. Y
DE POCOCI Xi
A JUNTA VIAL CANTONAL
3.02.1G REPARACIÓN PUENTES CALLE SEIS SUERRE 7-02-063 JIMEN
8114. EXT 02-2020,
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
3.02.1S SISTEMA DRENAJE Y CEMENTADO CALLE LAS BRISAS CARIBE 7-02-
181, CARIARI, LEY 8114. MODI 01-2020,
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
3.02.1U MEJORAS SISTEMA DRENAJE Y ALCANTARILLADO CAMPO DE
ATERRIZAJE, CARIARI, LEY 8114. MODI 01-2020,
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
3.02.2K PUENTES EN EL CANTÓN, LEY 8114. MODI 01-2020.
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
3.02.1A MEJORAS CUADRANTE PROGRESO 7-02-514 CARIARI, LEY 8114. EXT
02-2020.
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
3.02.1Z ACERAS PUNTA RIEL BARRIO BRONCÓN, ROXANA, LEY 8114. MODI
014-2020.
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
3.02.1B MEJORAS BARRIO LOS AMIGOS CAMPO CINCO 7-02-231, CARIARI,
LEY 8114. EXT 02-2020.
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*191 MUNICIRA HA R4PR Mii COCI
e
MUNICIPALIDAD
DE POCOCI
JUNTA VIAL CANTONAL
3.02.1Y ACERAS LA SUERTE, LA RITA, LEY 8114. MODI 01-2020.
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
3.02.30 MEJORAS CALLE LOS BOVINOS, GUÁPILES, MODI 03-2020. LEY 8114.
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
3.02.98 MEJORAS CAMINO PALMITAS CENTRO 7-02-254 LA RITA, LEY 8114.
EXT 02-2020.
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
3.0210 SISTEMA DRENAJE POR ESTADIO EBAL RODRÍGUEZ AGUILAR,
GUÁPILES, LEY 8114. MODI 01-2020.
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
3.0224 PUENTE LA ESPERANZA SAN BOSCO, LEY 8114. MODI 01-2020.
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
3.0226 PUENTES EN CAMPO DOS, CARIARI, LEY 8114. MODI 01-2020.
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
3.02.2J PUENTE LA VICTORIA, SAN BOSCO, LEY 8114. MODI 011-2020.
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias.
3.02.01 UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL.
Mediante la presente modificación se realiza un cambio interno para el pago de
Cargas Sociales, se disminuye Aporte patronal al fondo de Capitalización laboral y
se traslada a Aporte patronal al régimen obligatorio de pensiones complementarias y
Otros incentivos salariales.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
 
 
 
PAGINA N*196 MUN ARA PoR Midi COC!
Municipalidad de Pecocí
BD
MUNICIPALIDAD
DE POCOC!
JUNTA VIAL CANTONAL
Lic. Manuel Hernández Rivera
De acuerdo a los cambios y disminuciones que se presentan mediante esta
modificación 03-2020,si están de acuerdo para someter a votación la propuesta
síirvanse levantar su mano en señal de aprobación.
Ing. Freddy Rivera Varela.
Voto positivo.
Sr. Luis Méndez Araya
Voto positivo.
Sr. Greivin Bonilla Jiménez
Voto positivo.
Lic. Manuel Hernández Rivera
Voto positivo.
Acuerdo 707
Se somete a votación la propuesta presentada en la modificación 03-2020. Y es
aprobada por los presentes. Lic. Manuel Hernández Rivera. Ing Freddy Rivera
Varela. Sr. Luis Méndez Araya. Greivin Bonilla Jiménez. Aprobado por
unanimidad. Acuerdo Firme.
Capítulo VI cierre de sesión
Sr. Luis Méndez Araya
Secretario de JVC
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón
3 MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
o . SOLICITUD DE MODIFICACION PRESUPUESTARIA 8114
FECHA: B 03 de noviembre de 2020 | UNIDAD SOLICITANTE: Lo Recursos Humanos |
DETALLE DE MOVIMIENTOS: Modificación del monto presupuestado del FCL y El ROP,según Ley 9906
NOMBRE DE LA CUENTA CODIGO SALDO ACTUAL MONTO A DISMINUIR| MONTO A AUMENTAR| SALDO FINAL
¡Aporte patronal al fondo de Capitalización Laboral 03.02.01.00.05.03 3055 076,50 Y 1435 000,00 1620 076,50
[Aporte patronal al Regimen Obligatorio de Pensiones
á 03.02.01.00.05.02 810734,12 1 430 000,00 2 240 734,12
icomplementarias
¡Otros incentivos salariales 03.02.01.00.03.99 288 957,52 , 5.000,00 293 957,52
¡Aporte patronal al fondo de Capitalización Laboral 03.02.1F.00.05.03 120 944,50 50 000,00 70 944,50
¡Aporte patronal al Regimen Obligatorio de Pensiones 03.02.1F.00.05.02 37 127,12 50.000,00 87127,12
Icomplementarias L
[Aporte patronal al fondo de Capitalización Laboral 03.02.1G.00.05.03 364 144,20 Y 120 000,00 244 144,20
¡Aporte A Regimen Obligatorio de Pensiones 03.02.16.00.05.02 100 363,97 120 000,00 220 363,97
[complementariz a
¡Aporte patronal al fondo de Capitalización Laboral 03.02.15.00.05.03 125 613,57 Y 45 000,00 80 613,57
¡Aporte patronal al Regimen Obligatorio de Pensiones
? 03.02.15.00.05.02 12 225,56 45 000,00 57 225,56
¡complementarias
[Aporte patronal al fondo de Capitalización Laboral 03.02.1U.00,05.03 146 487,72 Y 50 000,00 96 487,72
¡Aporte patronal al Regimen Obligatorio de Pensiones 03.02.1U.00.05.02 22.662,96 “  50000,00 72.662,96
¡complementarias 2
¡Aporte patronal al fondo de Capitalización Laboral 03.02.2K.00.05.03 428 897,49 Ze 60 000,00 368 897,49
Aporte patronal al Regimen Obligatorio de Pensiones
E 03.02.2K.00.05.02 184 098,80 60 000,00 244 098,80
[complementarias S
[Aporte patronal al fondo de Capitalización Laboral 03.02.1A.00.05.03 469 361,15 120 000,00 349 361,15
[Aporte patronal al Regimen Obligatorio de Pensiones 03.02.1A.00.05.02 234 680,57 120 000,00 354.680,57
complementarias
03.02.1Z.00.05.03 140 808,34  / 60 000,00 80 808,34
E 03.02.12.00.05.02 70 404,18 60 000,00 130 404,18
¡complementarias (a
¡Aporte patronal al fondo de Capitalización Laboral 03.02.18.00.05.03 195 649,20 4 90 000,00 105 649,20
pacina nor97 MUNICIR ANI PO Mi O
Municipalidad de Pococí
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón
¡Aporte patronal al Regimen Obli atorio de Pensiones
Icomplementarias
03.02.18.00.05.02
74 479,62
90 000,00
164 479,62
[Aporte patronal al fondo de Capitalización Laboral
03.02.1Y.00.05.03
93 872,23
30 000,00
63 872,23
Aporte patronal al Regimen Obligatorio de Pensiones
complementa:
03.02.1Y.00.05.02
46 936,11
30 000,00
76.936,11
Aporte patronal al fondo de Capitalización Laboral
03.02.3C.00.05.03
105 606,26
45 000,00
60 606,26
Aporte patronal al Regimen Obligatorio de Pensiones
complementarias
03.02.3C.00.05.02
52 803,13
45 000,00
97 803,13
[Aporte patronal al fondo de Capitalización Laboral
03.02.98.00.05.03
199 937,95
60 000,00
139 937,95
Aporte patronal al Regimen Obligatorio de Pensiones
complementarias
03.02.98.00.05.02
99 973,92
60 000,00
159 973,92
Aporte patronal al fondo de Capitalización Laboral
03.02.10.00.05.03
234 680,57
100 000,00
134 680,57
[Aporte patronal al Regimen Obligatorio de Pensiones
complementarias 8
03.02.10.00.05.02
117 340,29
100 000,00
217 340,29
¡Aporte patronal al fondo de Capitalización Laboral
03.02.2A.00.05.03
70 404,16
20 000,00
50 404,16
Aporte patronal al Regimen Obligatorio de Pensiones
complementarias
03.02.2A.00.05.02
35 202,09
20 000,00
55 202,09
¡Aporte patronal al fondo de Ca
03.02.2G.00.05.03
469 360,49
210 000,00
259 360,49
[Aporte patronal al Regimen Obligatorio de Pensiones
Icomplementarias
03.02.2G.00.05.02
234 681,00
210 000,00
444 681,00
[Aporte patronal al fondo de Ca ización Laboral
03.02.2J.00.05.03
187 744,46
80 000,00
107 744,46
[Aporte patronal al Regimen Obligatorio de Pensiones
¡complementaria:
03.02.2J.00.05.02
93 872,23
80 000,00
173 872,23
_ TOTALES
8 925 131,98
2.575 000,00
2.575 000,00
8 925 131,98
A
V.B-AÍCALDE
ón presupuestaria, debido a la publicación Ley 9906, en el diario la Gaceta N”243 del lunes 05 de octubre de 2020; misma Ley
n Laboral y el Régimen Obligaorio de Pensiones (FCL: pasa del 3% al 1,5%. ROP: pasa
PAGINA N*198 M NIC RG PoR far
la.
CocCI
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*199 MUNI PARA4PoO maria COC!
2 CGR
Certificación de verificación de requisitos del bloque de legalidad
presupuestario que debe cumplir el presupuesto inicial y sus variaciones, de las
municipalidades sujetas a la aprobación presupuestaria de la
Contraloría General de la República.
Sujetos obligados a realizar la certificación y sus efectos legales: Esta certificación deberá ser
completada y emitida bajo la entera responsabilidad del funcionario designado formalmente,
por el jerarca superior o titular subordinado, como responsable del proceso de formulación del
presupuesto institucional, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.2.16 de las
Normas Técnicas sobre Presupuesto Público N-1-2012-DC-DFOE!,
El citado funcionario está en la obligación de conocer integralmente el citado proceso de
formulación presupuestaria de manera que se encuentre en condición de certificar todos y
cada uno de los ítems en ella contenidos. Asimismo, deberá hacer las revisiones y verificaciones
del caso para garantizar la veracidad de la información que se consigna en su certificación. El
consignar datos o información que no sea veraz acarreará las responsabilidades y sanciones
penales [artículos 366 y 367 del Código Penal), civiles y administrativas (previstas principalmente
en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos N.2 8131 y la Ley
General de Control Interno N.? 8292).
Indicaciones para el llenado de la certificación:
a. Seleccione en la columna correspondiente "SI", “NO" o "NO APLICA” cuando el
funcionario que certifica ha verificado el cumplimiento fiel o no, del enunciado incluido
en la columna de “Requisitos”.
b.  Enla columna de "Observaciones" debe Incluirse una explicación amplia de las razones
por las que se ha señalado que No se cumple o No aplica el requisito señalado en el
enunciado.
c. Se aclara que la normativa y requisitos expresamente contenidos en el modelo de
certificación aportado por la Contraloría General, constituye una recopilación de
aspectos generales a considerar, por lo que no agota el universo de aplicación del
bloque de legalidad que resulta para cada institución y en ese sentido, es la propia
entidad la responsable de incorporar todos los aspectos específicos que son susceptibles
de verificación y por ende de inclusión en la citada certificación.
d. La certificación debe ser sometida al Jerarca respectivo previo al acto de aprobación del
presupuesto inicial o sus variaciones, a efecto de que éste confirme que se ha verificado
el cumplimiento del bloque de legalidad correspondiente. Después del acto de
aprobación procede la firma de la certificación por parte del funcionario designado por
el Jerarca.
Y Publicadas en La Gaceta N.? 64 del 29 de marzo de 2012.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
PAGINA N*200 MIN ICAA RA PoR Mani CO CI
Certificación de verificación de requisitos del bloque de legalidad
presupuestario que debe cumplir el presupuesto inicial y sus variaciones, de las
municipalidades sujetas a la aprobación presupuestaria de la
Contraloría General de la República.
El (la) suscrito (a) Lissette Mora AgUero , cédula 701450007 _
Contadora, vecina del Distrito La Rita A Coordinadora de Presupuesto
responsable del proceso de formulación de Modificación Presupuestaria 06
Año 2020 de la Municipalidad de Pococí , designado por
Alcalde Municipal, Lic. Manuel Hernández Rivera, por este medio certifico, con conocimiento
de las responsabilidades penales, civiles y administrativas que me sean atribuibles al
certificar información no veraz, que he revisado todos los aspectos del bloque de
legalidad contenidos en esta certificación.
A. Requisitos del bloque de legalidad que en caso de Incumplimiento debe darse la
improbación o archivo sin trámite según corresponda”, del presupuesto inicial o sus
variaciones, por parte de la Contraloría General de la República”.
Requisitos Seleccione Observaciones
1. El documento presupuestario remitido a la Contraloría
General de la República fue aprobado por el Concejo
Municipal/otro órgano colegiado, conforme lo
dispuesto en el artículo 13, inciso b) y 105 del Código
Municipal -CM- (principios de legalidad, participación
y publicidad), y en concordancia con los artículos 70 y
129 y siguientes de la Ley N.? 6227".
2. Se incluye el contenido presupuestario para cumplir Se incluyo contenido
con las órdenes emitidas por la Sala Constitucional, o presupuestario en el Pl
acorde con lo dispuesto en los artículos 41 y 48 de la [No Aplica 2020.
Constitución Política.
2 Sin perjuicio de las responsobilidades que se puedan atribuir a los funcionarios que han incumplido sus deberes, según
lo establece la Ley N.? 8131, la Ley General de Control Intemo, N.? 8292 y el artículo 26 del Título IV de la Ley N.? 9635
“Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”
3 Además de los relativos al acta de aprobación del presupuesto ordinario, establecidos en el Código Municipal,
4 Ley General de la Administración Pública, publicada en La Gaceta N.*15 de 22 de enero de 1979.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina nc201 MUNICIA AA N4S Orar
Municipalidad de Pococí
3. Se incluye el contenido presupuestario suficiente”,
cuando ha vencido el plazo de tres meses para
atender las obligaciones derivadas de resoluciones
judiciales, conforme con lo dispuesto en el artículo 78,
punto 2. de la Ley de la Jurisdicción Contencioso No Aplica
Administrativa N.* 3667 o acorde con lo dispuesto en
el artículo 168 incisos 1) y 2) del Código Procesal
Contencioso Administrativo, Ley N:* 8508'según
corresponda.
No existen resoluc!
judiciales pendientes, sin
embargo, se dejo una
reserva que se incluyó
en el Pl 2020.
4. Se emitió el documento “Consulta Morosidad Digital
Web"? de la CCSS en el cual conste que la institución
se encuentra al día en el pago de las cuotas
patronales y obreras de esta Institución o que existe,
en su caso, el correspondiente arreglo de pago
debidamente aceptado, según lo dispuesto en el
artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS, N.* 17? y
sus reformas.
Si
5. El documento presupuestario incluye el contenido
económico suficiente para cumplir con todos los
compromisos adquiridos Crédito municipal, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 del Código
Municipal (principios de universalidad e integridad y
programación).
No Aplica
El contenido económico
suficiente para cumplir
con los créditos
municipales se incorporo
en el PI 2020,
6. Se incorpora el contenido presupuestario para
financiar las partidas y subpartidas de egresos
necesarios para el funcionamiento de la institución
durante todo el año, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 176 de la Constitución Política y los artículos
4 y 5 inciso a) de la Ley N.” 8131 (principios de
universalidad e integridad y sostenibilidad).
No Aplica
El contenido económico
suficiente se incorporo
en el PI 2020.
7. Se incluye la asignación presupuestaria para el pago
del seguro de riesgos del trabajo, según lo dispuesto
en el artículo 331 del Código de Trabajo, Ley N.? 2” y
sus reformas.
No Aplica
Se incorporó en el Pl
2020. Norma 6, Norma
técnica del seguro de
Riesgos del Trabajo.
5 Los egresos respectivos se clasificarán en la partida y subpartida por objeto del gasto, así como en los programas
presupuestarios correspondientes,
* Publicada en La Gaceta N.? 65 del 19 de marzo de 1966.
7 Publicada en el Alcance N.? 38 a La Gaceta N.? 120 del 22 de junio del 2006.
4 Dicho documento deberá incluirse como un anexo al documento presupuestario en el espacio que el SIPP disponga
para ello y la fecha de validez debe coincidir con la fecha de presentación del
Contraloría General.
* Ley N* 17 del 22 de octubre de 1943,
1 Publicada en La Gaceta N.? 192 del 29 de agosto de 1943.
documento presupuestario a la
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina ne202 MUNICIRC ANI PO Mn O!
8. Se incluye en el documento presupuestario el
contenido económico requerido de acuerdo con el
. A ” .
porcentaje establecido”, para la transferencia al
Fondo de Capitalización Laboral (3%), conforme lo sl
dispuesto en la Ley de Protección al Trabajador N.?
7983.
9. La municipalidad se encuentra al día en las La municipalidad no tiene
operaciones con el IFAM, acorde con lo establecido créditos con el IFAM,
en el artículo 37 de la Ley del Instituto de Fomento y |No Aplica
Asesoría Municipal, N.” 4716 (principios de legalidad,
universalidad e integridad).
10,La Municipalidad formuló el documento La municipalidad no
presupuestario correspondiente y giró a favor de la realiza festejos
institución respectiva las utilidades de los festejos " populares.
populares en la proporción que correspondía -artículo No Aplica
1 y 12 de la Ley N.? 4286 y sus reformas- (principio de
legalidad).
B. Requisitos del bloque de legalidad que en caso de incumplimiento, generará la
aprobación parcial"? del presupuesto inicial o sus variaciones por parte de la Contraloría
General de la República.
Requisitos Seleccione Opservaciones
1. Existe equilibrio presupuestario entre los ingresos y egresos Es una modificación
propuestos, conforme con lo dispuesto en el artículo 176 de presupuestaria, no se
e dE $ d A ri incorporan ingresos
la Constitución Política, 100 del Código Municipal y 5, inciso ala vOs:
c). de la Ley de Administración Financiera de la República y No Aplica
Presupuestos Públicos, N.” 8131 y el numeral 2.2.3 de las
Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (principios de
anualidad y universalidad e integridad).
2. El documento presupuestario incluye todos los ingresos y Es una modificaciñon
egresos probables (principio de universalidad e integridad). Basales oa Al
' La base para el cálculo de dichos porcentajes corresponderá a los montos por concepto de Remuneraciones
básicas, Remuneraciones eventuales (excepto Dietas), Incentivos salariales (excepto decimotercer mes) y
Remuneraciones diversas,
2 Sin perjuicio de las responsabilidades que se puedan atribuir a los funcionarios que han incumplido sus deberes,
según lo establece la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos y la Ley General de Control Interno.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pacina ne203 MUNICIA A NA4 Po ana 00
Municipalidad de Pecocí
3. La sección de ingresos incluye cada cuenta por la totalidad Es una modifidació)
del importe” (principios de universalidad e integridad). No Aplica — [presupuestaria, TO se
incorporan ingresos
. Todos los ingresos propuestos cuentan con la base legal Es una modificación
vigente (principios de legalidad y de universalidad e [No Aplica Pd no se
integridad). E CTO
. La estimación de ingresos propuesta se fundamenta en Es una modificación
métodos técnicos (matemáticos, financieros y estadísticos) z presupuestaria, no se
de común aceptación (principio de universalidad e No Aplica piel Ingresos
integridad). :
. Las tasas han sido aprobadas por el Concejo Municipal y Es una modificación
publicadas en La Gaceta. Suministrar la referencia de la [No Aplica presupuestaria no
publicación respectiva. pS EUpicnES al
. Los ingresos por concepto de transferencias del Gobierno No se incorporan
de la República se incorporan en el Proyecto o Ley de transferencias del
Presupuesto de la República para el año , y se indica el [yo Aplica gobiemaLoatlra:
registro presupuestario, monto y finalidad de los recursos
(principios de legalidad y universalidad e integridad)'*.
. Los ingresos por concepto de transferencias provenientes de No se incorporan
otras entidades públicas están incorporados en los transferencias de otras
presupuestos de las instituciones concedentes (principio de Enebate bites:
universalidad e integridad) - suministrar oficio de la|No Aplica
institución concedente con la referencia del documento
presupuestario aprobado en el cual está presupuestada la
transferencia-'*
. El monto del Superávit (libre y el específico) incorporado en No se incorporan
el documento presupuestario se ajusta al resultado de la recursos nuevos del
Liquidación presupuestaria aprobada por el Concejo u do 2.
órgano competente. presupuestaria.
En el caso de que se encuentre en el plazo legal para la '
remisión de la Liquidación, el monto se ajusta a la estimación No Aplica
suscrita por el encargado de los asuntos financieros de la
institución, según lo indicado en la norma 4.2.14 b) de las
Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (principio de
universalidad e integridad).
% Artículo 5 de la Ley 8131, inciso a) Principio de universalidad e integridad. El presupuesto deberá contener, de manera
explícita, todos los ingresos y gastos originados en la actividad financiera, que deberán incluirse por su importe
íntegro; no podrán atenderse obligaciones mediante la disminución de ingresos por liquidor.
1 Las transferencias que las municipalidades recibirán de instituciones públicas, deberán ser presupuestadas de forma
obligatoria, tanto por el órgano concedente como por la municipalidad o federación, en el mismo periodo, de no
ser así, la institución concedente no podrá girar los recursos, de forma tal que si fueran girados, los gobiernos locales
o federaciones están en la obligación de devolverlos al concedente. -artículos 176 y 100 de la Constitución Política
y del Código Municipal, respectivamente. Asimismo, en el artículo 5 y 12 de la Ley N.* 8131 y el numeral 2.2.3. de las
NTPP, en cumplimiento de lo establecido en los principios de anualidad y universalidad, entre otra normativa
aplicable.
15 Idem
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
Ent
E
PAGINA N*204 MUNICIAAARNGP0) EQ COCI
11.De los ingresos originados en tasas y precios, se aplica un
10% para el desarrollo de los servicios respectivos, conforme
lo dispuesto en el artículo 83 del Código Municipal |No Aplica
(principios de legalidad y de universalidad e integridad).
int ROESS NES]
13.La sección de egresos considera que cada subpartida se
incluya por la totalidad de su importe (principios de
universalidad e integridad).
15.Se financian gastos corrientes con ingresos de capital que
infinjan lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de
Administración Financiera de la República y Presupuestos
Públicos, N.* 8131 (principios de legalidad, de limitación en
el presupuesto institucional para el financiamiento de gastos
corrientes con ingresos de capital y especificación).
No se realizan cambios
en la estructura
organizacional.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
4 a
PAGINA N*205 MUNICIRA RIP AL COC!
19.La creación, eliminación, revaloración, reasignación, No se realizan cambios
transformación o creación por sustitución de plazas, está de plazas.
debidamente justificada o respaldada en los estudios |No Aplica
correspondientes (principios de legalidad y universalidad e
integridad).
SIS vel
INo se incorporan
beneficios patrimoniales
la favor de sujetos
privados.
| 7 S Eno E EEN A E a a Mt
21.El otorgamiento de beneficios patrimoniales, gratuitos o sin
contraprestación alguna por parte de la entidad a favor de
sujetos privados están dados por ley o de acuerdo con
alguna normativa específica, según lo dispuesto en el [No Aplica
artículo 5 de la Ley Orgánica de la Contraloría General, N*
7428 y en la Circular N.* 14299 del 18 de diciembre de 2001
(principio de legalidad)
se E 2 e di bd
l 23.El documento presupuestario cumple con los elementos a
considerar en la fase de formulación y aprobación interna
indicados en las Normas Técnicas sobre Presupuestos
Públicos (norma 4.1.3).
rovisional
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*206 MUNICIAA RIP COCI
Municipalidad de Pococí
25.Se dio contenido presupuestario a la subpartida de No se a a
"Edificios" de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 proyectos en la |
de la Ley N* 6750 y sus reglamentos, se cumplen los subpartda do edlecios.
siguientes supuestos:
a. El monto presupuestado es igual o superior a los diez
millones de colones.
b. Corresponde a la construcción de una o varias
edificaciones (nuevas).
c. Su uso se destinará a la prestación de servicios directos
ala población.
Si la respuesta es "Sí" indicar en observaciones la fecha de
finalización prevista para la terminación de la(s) obra (s) así
como su costo total",
No Aplica
26.5e considera la transferencia a la Comisión Nacional de Se incorporo en el PE
Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, 01-2020.
correspondiente a un tres por ciento (3%) del superávit libre, ; 7
para el financiamiento del Sistema Nacional de Gestión del |No Aplica
Riesgo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, N* 8488.
Además, cerllfico que se ha verificado el cumplimiento razonable de todos los aspectos del bloque de
legalidad que le aplican a la institución en materia de presupuesto y del contenido Incluido en el
documento presupuestario.
Esta certificación la emitó alas _14:00_ horas del_1?_ de Noviembre de__ 2020
Nombre: Lissette Mora Agúero
Puesto: Coordinadora de Presupuesto
Correo electrónico: lissette.moraOmunipococi.go.cr
Teléfono: 2713,65-58
Firma”
V.JUN 2020
16 Si se cumplen los supuestos indicados en los incisos a), b) y c) para el año de la finalización de la(s) obra(s), y no se
dio contenido presupuestario a la subpartida de "Piezas y obras de colección" de conformidad con lo preceptuado
en el artículo 7 de la Ley No. 6750 citada y el artículo 12 del Decreto No. 29479-C, procede la improbación del
contenido presupuestario de la subpartida “Edificios” ÚNICAMENTE" en lo que corresponde a los alcances de la Ley
No. 6750 citada y su reglamento.
" Este campo debe completarse en aquellos casos en los cuales el funcionario que emite la certificación posee firma
digital, de lo contrario, se procede a imprimir la certificación y se firma el documento de forma física,
co
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*207 MUNICIRA A RIP COCI
Documento Digital Consulta Morosidad + PATRONO /Tl / AV
No. PA29509510
Patrono al Día
Al ser las 9:36 AM del 19/11/2020 he procedido a consultar vía Web a la Caja Costarricense de Seguro Social -
Sistema Centralizado de Recaudación (SICERE) a:
RAZÓN SOCIALINOMBRE CÉDULA(FIS/JUR)
MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE POCOCI 3014042125
REVISADOS LOS REGISTROS POR CONCEPTO DE CUOTAS OBRERAS Y PATRONALES, ARREGLOS DE
PAGO, CHEQUES DEBITADOS Y OTRAS FACTURAS, EL PATRONO / TRABAJADOR INDEPENDIENTE ARRIBA
DETALLADO CON CÉDULA Y RAZÓN SOCIAL INDICADA SE ENCUENTRA AL DÍA, LO INDICADO
ANTERIORMENTE CORRESPONDE A CAJA Y LEY DE PROTECCIÓN AL TRABAJADOR, NO APLICA PARA LAS
OTRAS INSTITUCIONES (INA, IMAS, ASFA Y BANCO POPULAR)
NÚMERO PATRONAL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL LUGAR DE PAGO
3014042125 MUNICIPALIDAD DEL CANTON DE POCOCI GUAPILES
e Última Línea -----———————————=-
**Este documento es válido solo por el día de hoy.
**Esto es un documento digital, por lo tanto cuando se Imprima plerde validez del mismo,
**En caso que necesite verificar el documento digital puede accesar a la página wob:, www.ccss,sa.cr- Consulta de Patrono al día, y digitar
el consecutivo del documento , su tipo y número de Identificación asociado.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Aprueba el Plan Anual Operativo Ajustado y
Modificación Presupuestaria N*06-2020 por un monto de ¿39.575.000,00. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 2138-1
Se conoce Solicitud verbal por parte del Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal,
dice:
Una vez aprobada la Modificación N*06-2020 solicito se me autorice contratar por un
monto de ¿39.575.000,00. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecocí
pacina nr208 MONICIANGPoRaria
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde, Adjudicar y pagar lo
que corresponda a la Modificación Presupuestaria N*06-2020 por un monto de
¿39.575.000,00. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO N* 2139
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Señor presidente, a través del tiempo las juntas de educación las ha juramentado el
secretario y ahora la secretaria. Hay muchas juntas de educación que se les vence el plazo
en estos días y han estado llamando para que los juramenten y no reciben la atención, a
muchas juntas le precisa, para que ellos se comuniquen con Magally Venegas, Secretaria
del Concejo y se pongan de acuerdo con hora y fecha para la juramentación, como
recomendación.
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Quiero aprovechar el comentario suyo porque para que en adelante tengamos cuidado y
no entremos en conflictos, cuando legalmente está claro el actuar de nosotros y
respetemos el procedimiento de los directores y directoras del cantón de Pococí.
Lic. Manuel Hernández Rivera — Alcalde Municipal
Con respecto a las juramentaciones las realiza la secretaria de la alcaldía Kathia Cedeño
y visita las comunidades, conforme el Concejo Municipal toma los acuerdos de las Juntas
de educación. Ahorita le faltan como 3 ó 4 comunidades de juramentar, porque a veces
cuando visita las comunidades, no está la junta completa, entonces se tiene que ir 2 6 3
veces al mismo lugar.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Mi sugerencia es para que la señora secretaria del Concejo los juramente las Juntas de
Educación.
Actualmente no podemos estar gastando gasolina para que vayan a juramentar, en estos
momentos tengo 3 juntas de educación que tienen días de estar llamando y no es culpa
de Kattia, no es un ataque, ella tiene mucho trabajo.
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipali
5
Y ría
Pacina noz09 MUNICIRA ARA PRE ROCOcI Epa ApLe
Don Reinaldo, nada más para aclarare, toda una vida ha sido la costumbre que es la oficina
de la alcaldía quien juramenta las Juntas de Educación, con la secretaría procedemos a
juramentación, cuando el presidente así lo asigne, sobre comités, asesores, comisiones,
nominaciones que se hagan en representación de otras instancias, por lo tanto habría que
ver la reglamentación, pero sí a sido una técnica que creo debe respetarse que las Juntas
de Educación son juramentadas por el departamento de la alcaldía.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
Estamos de acuerdo.
Para el señor alcalde, sé que se está trabajando bastante y hay que felicitar a toda la
administración y a los regidores que no ponemos obstáculos.
Don Manuel para que anote en la agenda la calle que va de la Sole a salir a la Foresta
Cariari ya que está bastante mala.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla
Aquí se acaba de hablar de votos, yo sé por qué la gente me puso en el gobierno 2020-
2024 y no me puso para hacer votos, para prometer a cambio de votos ni para buscar
votos.
Estoy completamente convencido que el pueblo me puso fue para que fiscalice, para que
gestiones y para que denuncie y no renuncio a la credencial que me otorgo el tribunal
supremo de elecciones por medio de las votaciones de las personas que me eligieron en
Pococí.
Las manifestaciones del señor regidor don Reinaldo Benavides, no las acepto, yo no se
los demás, pero yo no estoy aquí en la curul sentados por votos. Estoy por un mandato
que me dio el pueblo. No voy a discutir termino aquí mi intervención que se consignen en
actas mis palabras ya es demasiado los comentarios que el señor Reinaldo realiza hacia
mi persona.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
Con todo el respeto, ustedes me conocen a mí, yo no soy de pelear, yo no dije nombres,
yo dije “regidores” y me refiero a los propietarios porque pueda ser que yo, queriendo
ganar unos votos, diga quien tiene que juramentar, pero no, yo digo que a través de la
historia la Secretaría es la juramenta las Juntas de Educación instruidas por el presidente
del momento.
UL coin >
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*210 MUNICIA ANG Polis co
ACUERDO N* 2140
Comentario por parte del regidor Randall Torres Barrientos.
Hay un tema ahí que es bastante urgente y que está próximo a vender, es de la persona
Joven, hay que nombrar todavía a la parte del sector religioso, deportivo y el representante
del Comité Cantonal de Deportes.
Revisando la forma como se hizo la ocasión pasada se hizo una reunión con la gente que
estuviera interesada asistiera a esa convocatoria y entonces de ahí salió los
representantes para poder hacer los reglamentos, entonces eso tiene que ser antes del
30 de noviembre. Entonces no se si mocionamos para hacer eso la próxima semana.
Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez.
Don Randall, consulta, que posibilidades habría que las personas que están en esos
puestos se mantengan con la excepción que ya nombramos al representante del Concejo.
Reg. Randall Torres Barrientos
Si se pueden mantener, lo que pasa es que hay que revisar por ejemplo los que son del
sector de colegios que estén en noveno para que puedan hacer los dos periodos para que
lo hagan por dos años, por ejemplo, si están en quinto ya no podrían porque este año
salen del colegio.
Sra. Secretaria Magally Venegas Vargas.
Es solo recordarles que, el acuerdo tomado por el Concejo Municipal cuando nombraron
el joven Randall como representante del Concejo, el acuerdo fue que se permitía la
prórroga de la Junta anterior con excepción del representante Municipal que en este caso
se eligió a Randall Torres.
Entonces, ya existe el representante de organizaciones deportivas, pues al prorrogar la
junta quedaron los mismos. (explica como quedó conformado, el mismo como sigue)
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*211 MUNICH NA4PORí
POCOCI
aria.
INFORMACIÓN
Comités Cantonales de la Persona Joven
PERIODO 2021-2022
CANTÓN:
Pococí
Facilitador del CPJ:
INTEGRANTES:
Sector Nombre Y Apellidos Fecha De Numero de cedula | Teléfonos
Representado Nacimiento (favor anotar Correo Electrónico
dos números
de teléfono)
Representante Municipal Randall Torres Hemández 10/05/1999 702680551 8682-6661 | Torres.despachocontabl: il.com
2710-71-90
Representante Organizaciones | Geison Enrique Valverde Méndez 07/03/1991 70202 0413 8708-7402/ — | gvalverdemendezí2gmail. com
Deportivas 2710-7493
Representante De Colegios Deivy Alberto Retana Cordero 15/03/2002 70291 0184 7011-7764 deivyrecordero(Qgmail. com
Representante De Colegios María de los Ángeles Bolaños Rojas 08/09/2002 70294 0862 8401-4318 — |maanbo082gmail.com
Representante Organizaciones | Pablo Olivier Valverde Blanco 04/06/1990 1 1433 0008 8308-3298 pablo_vseguros(Uhotmail.com
Juveniles
Representante Organizaciones | Zulay Alejandrina Barrantes Cruz 28/08/1993 70222 0091 6076-6577 zulay.barrantes.cruzGgmail.com
Juveniles
Repr Or Karen Melissa Valverde Arneta 30/10/1993 70240 0221 8618-4073 meliva.95Qgmail.com
Religiosas
Funcionario Municipal de N/A No aplica No aplica N/A NA
Enlace:
Reg. Randall Torres B.
Ahí lo que pasa es que hay que revisar en el caso de los colegios, que si están en quinto
no podrían, esos dos campos se perderían y lo otro es, revisar que no tengan más de 35
años.
ARTICULO IV
Mociones
ACUERDO N* 2141
Moción presentada por la Reg. Yaslin Morales Grajal, dice:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina ne212 MUNICIR ANS CO
WT Concejo Municipal de Pococí
<= Moción
Moción presentada por: Yaslin Morales Grajal
Día 19 Mes 11 Año 2020
Considerando:
Según el artículo * 57 del Código Municipal en el inciso a
dice que el Concejo de distrito debe: proponer ante el
Concejo Municipal a los beneficiarios de las becas de
estudio, los bonos de vivienda y alimentación y las demás
ayudas estatales de naturaleza similar que las
instituciones pongan a disposición de cada distrito.
El artículo N*60 del Código Municipal reza “las
autoridades nacionales y cantonales estarán obligadas a
respetar y hacer cumplir las decisiones de los concejos de
distrito, en relación con sus competencias”. ]
Según en el oficio DDCU-066-2020 del ingeniero Henry
Madrigal Calvo, quien presenta un inventario a solicitud
de la señora diputada Laura Guido, en el cual indica lo
siguiente:
+. Tenemos 3 proyectos de clase media en el
distrito de Guápiles llamados Barrio Unidos, el Ángel
y Valle Escondido.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*213 MUNICIAA RG PoR COCI
e De interés social hay inventarios de proyectos en los
siguientes lugares: Urbanización Don Alonso por un
monto de 475 millones con 122 soluciones de
vivienda, se ubica en San Martin de Jiménez y ya fue
aprobado.
e El proyecto Residencial El Colono en San Martín de
Jiménez son 25 casas.
e Castillos de Nazareth en La Rita no cuenta con
aprobación técnica del departamento.
+ Las Gemelas en Roxana tiene vencido los permisos
por lo que se deben de gestionar nuevamente.
Mociono:
Para que este Concejo conozca las listas de los proyectos
Colono y Don Alonso, ubicados en el distrito de Jiménez y
Guzmán en Astúa Pirie de Cariari y que el BANVHI se
manifieste a la brevedad posible con respecto a este tema.
Actualmente, este Concejo no tiene conocimiento de las
listas y hemos recibido denuncias de la Asociación de
Desarrollo sobre que existe una lista con 25 personas y
que “supuestamente algunos NO viven en Guápiles”
Dicha Asociación se comunicó con el síndico de Jiménez,
por lo que le solicitamos no entregar las casas hasta que
este Concejo conozca las listas de beneficiarios. En
repetidas ocasiones se han solicitado al responsable y no
ha sido suministradas.
Solicitamos no aprobar ningún proyecto de vivienda, hasta
que cumplan con los requisito que la ley establece.
Además de mantener una estrecha comunicación con el
departamento de Control Urbano para lo que corresponda.
Firma: MSN pl.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*214 MUNICIRA ARA POR 2OCI
Participan de la palabra:
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Conociendo los asuntos de vivienda, el teje y maneje a nivel cantonal y nacional, yo no
estaría votando a favor la moción que presenta la Reg. Yaslyn Morales.
Para todos es sabido que quien califica a las personas beneficiarias es el BANVHI a través
de una trabajadora social, entonces, yo no voy a intervenir en los sueños de las personas
humildes, que en este momento esperan con anhelo la llave de un lugar tibio y cómodo.
Por esta razón, como regidor y presidente municipal, me aparto de la moción, quiero que
conste en actas mi razonamiento de voto negativo.
Reg. Reinaldo Benavides
Quiero manifestar que me voy a referir solo al Proyecto Don Alonso, lo recomendaron las
7 asociaciones, las mismas como siguen: San Luis, Jiménez, Anita Grande, Suerre,
Molino, Vargas y San Martin. La lista se le pasó al concejo anterior, todas esas familias
fueron recomendadas.
Yo votaría en contra porque no podemos atentar contra la vivienda de los Guapileños.
Esas casas fueron aprobadas hace 4 años y es gente de Cariari, el Proyecto San Martin
es gente del cantón y para eso tenemos al Ing. Henry Madrigal que es quien debe
recomendar a las personas y no me meto con el criterio de los ingenieros siendo yo quien
vota los proyectos.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Yo no estoy diciendo que le quitemos la oportunidad a los vecinos de Pococí, quiero que
consten mis palabras. Yo estoy mocionando para que los futuros desarrolladores y los
que ya están, respeten la función del Concejo de distrito.
Lo que yo no quiero es que traigan viviendas a este cantón sin tomar en cuenta a nuestros
síndicos. Desde el 2018 andan detrás de la lista de Urbanización El Colono de 25 personas
y no lo han dado, hasta mediante un acuerdo del concejo anterior se solicitó y no la dieron,
tampoco cuando la solicitó la Sra Diputada Marolin Azofeifa se le entregó, ni cuando la Sra
Laura Guido diputada realizó la solicitud. ¿Entonces, por qué tanto misterio con la lista?
Es para que respeten al concejo municipal y al concejo de distrito, que quede claro. Para
que no digan que esta regidora quiere truncar sueños.
Síndico Greivin Bonilla
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad die Pococí
PAGINA N*215 MUNI ARA PoR Mie COcI
El artículo 57 no se está cumpliendo en este proyecto, nos están pasando por encima. Yo
anduve detrás del proyecto y no sé cuál concejo lo aprobó o cómo hicieron, tengo actas
del concejo de distrito y aquí no hay nada. El artículo 57 se está violentando.
Reg. Luis Ángel Méndez
Con respecto a la moción de la compañera, hay que analizarla porque se puede entender
que se están violentando los derechos de vivienda de los beneficiarios, ya ella explicó y
ese no es el espíritu de la moción, como ella indica es para regular el proceso y la
transparencia. Estoy seguro de que es con buena fe que los desarrolladores colaboran,
pero no está de más que faciliten esas listas.
Estoy a favor del desarrollo del cantón, estoy de acuerdo en nunca truncar la casa de
alguna familia, pero si el compañero Greivin la ha solicitado y no se la han dado están
violentando el artículo y no se respeta al compañero ni a los Conejos de distrito, yo la
estaría votando a favor.
La secretaria procede a dar lectura de la moción en discusión.
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Debe de haber una forma de presionar para que entreguen las listas, una vez conocidas
las listas claro que pueden entregar los bonos, pero quiero que sepan que sí tengo
documentado que desde hace 2 años se le solicitan y no las brindan, hay que hacer
presión para que este concejo las conozca.
¿Qué van a hacer con el proyecto las gemelas en Roxana cuando no tomen en cuenta la
sindica de Roxana? ¿Qué van a hacer con el proyecto en la Rita y demás proyectos que
vienen a este cantón?
Pdte. Municipal somete a votación la propuesta.
Por mayoría de 5 votos en contra y 4 a favor, SE ACUERDA: Se rechaza la moción
presentada por la Regidora Yaslyn Morales Grajal. (Votan a favor los regidores
Yaslyn Morales, Randall Torres, Alfredo Calderón y Luis Angel Méndez).
Razonamiento de voto positivo:
Reg. Yaslyn Morales Grajal
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*216 MUNICIOA N4PolRlidio COC!
Que conste en actas mi razonamiento de voto positivo, que conste en actas que hoy
este Concejo le ha dado la espalda a los Concejos de distrito y no cumplen con lo que dice
el código municipal.
Razonamiento de voto negativo
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Mi razonamiento de voto negativo es porque la moción está clara de que no se entreguen
casas a esas personas, como Concejo Municipal tenemos que ser facilitadores, no
obstaculizadores.
Reg. Ovidio Vives
Me parece bien lo que explica la compañera y su preocupación, yo lo he vivido aquí en
Cascadas cuando otras urbanizaciones trajeron gente que nos vinieron a complicar.
Pero no estamos violentando ni irrespetando los Concejos de distrito, sin embargo,
síndicos y síndicas si se sienten violentados, acudan a la sala cuarta y redacten un recurso
de amparo de que la municipalidad o el urbanizador haga entrega de la lista y ustedes van
a contar con el respaldo nuestro si presentan un recurso de amparo. Hay que tener cuidado
porque esto se puede malinterpretar por los ciudadanos y pueden pensar que no estamos
apoyando, gracias.
Reg. Jonnathan García
En mi opinión, la presentación de la moción está muy bien en que tenemos que regular,
pero, detener ahorita la entrega de proyectos me preocupa porque son familias que han
esperado por años, debe haber planificación de entrega, son personas que deben estar
alquilando y pueden tener rescindido los contratos porque tienen planificado mudarse de
casa entonces habría una serie de dificultades. Sin embargo, si quiero que se pueda
presentar esa moción en relación con que debemos regular esos datos, que se nos respete
y respeten las leyes entregando lista cuando debe entregarse.
Reg. Reinaldo Benavides
Voto en contra porque no sé cuántos saben que el proyecto de Astúa Pirie fueron
adjudicadas las casas hace 3 años en COPENAE, si ustedes van a los registros de
propiedad esas casas tienen dueños y sería un pecado a estas alturas ponerles piedras a
esas familias para que no se entreguen casas. El Proyecto del Colono en el molino, si
quieren esa lista de beneficiarios pidansela a Henry que él tiene el contacto con las
personas. Si más adelante presentan una moción para solicitar la lista de beneficiarios yo
con mucho gusto la votaría a favor.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pacina ne217 MUNICI ANI oindia O0!
Reg. Yaslyn Morales Grajal
Aclaro al señor Benavides, que conste en actas, yo estoy diciendo que, para la
Urbanización del Colono, porque desde el 2018 andan detrás de la lista y ni siquiera Henry
Madrigal la tiene, ya se había hecho un acuerdo impulsado por el Reg. Jose Bustos y la
lista no llega. A los demás proyectos estamos solicitando la lista solamente, no que no las
entreguen. Al señor Manuel Hernández lo habían llevado a una reunión en Jiménez y a él
tampoco, el no entregar casas seria solo a ese proyecto del Colono.
ACUERDO N* 2142
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Reg. Yaslin Morales Grajal, dice:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
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Participan de la palabra:
Pdte. Juan Luis Gómez Gómez
Voto en contra porque a mí me rige el código municipal y no puedo contravenir el
reglamento de juntas de educación, eso les corresponde a los directores ellos son
funcionarios públicos.
Reg. Alfredo Calderón
Quiero aclarar que eso le corresponde al Ministerio de Educación y director administrativo,
eso no nos compete a nosotros.
Reg. Yaslyn Morales
No estoy diciendo que nos metamos en las funciones del MEP, soy respetuosa, pero que
no vengan los compañeros del MEP a ponernos a correr como la semana pasada,
nosotros no pudimos escuchar la otra parte de junta de educación, solo a los educadores
por falta de tiempo y que vencía la junta.
Entonces, si el reglamento de juntas estipula que la anticipación es de dos meses, que lo
acaten y lo hagan así, si lo mandan de 22 días o un mes, nosotras hacemos lo que nos
toca, aprobar o improbar la junta, que no vengan al filo de la navaja con las ternas.
Tómenlo en cuenta porque al final somos nosotros quienes tienen que correr y decidir.
Reg. Randall Torres
El espíritu de la moción de mi compañero quiere ordenar el proceso, actualmente llegan
muy desordenadas y a destiempo. Ejemplo, la de la Escuela La Primavera la semana
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*220 MUNICH RIP fiar? COCI
pasada propuesta, se rechazó. Decía que cumplen con la ley de género y ese es otro tema
que se debe cumplir, pero en la primera terna venía tres postulantes masculinos y en la
segunda terna tres postulantes femeninas, tal vez por falta de conocimiento.
Se requiere un orden y no le dan la importancia que tienen que ponerle, esto nos daría
tiempo para poder indagar sobre la terna que se someta votación, la estaría votando
positiva.
Por mayoría de 6 votos en contra y 3 a favor, SE ACUERDA: Se rechaza la moción
presentada por la Reg. Yaslyn Morales Grajal. (Votan a favor los regidores: Yaslyn
Morales, Randall Torres y Luis Angel Méndez)
AL SER LAS VEINTE HORAS CON VEINTE MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN
“F-JUAN TUÍS GOMEZ GOMEZ F-MAGALY VENEGAS VARGAS
PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIA MUNICIPAL
) —>
F-MANUEL HERNÁNDEZ RIVERA
ALCALDE MUNICIPAL
C/c: SRS. REGIDORES, OTROS.
ARCH.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.