Ordinaria 75 · 2020-10-29
Acta N°75 Ord, 29-10-2020_compressed.pdf · 187 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
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- Acuerdo 1949 (pág. 3) ACUERDO N” 1949 Participa de la Palabra Pdte Juan Luis Gómez Gómez Hoy le pedí a la señora Cinthya Ávila, jefa del departamento de Administración Trib…
- Acuerdo 1949 (pág. 3) · unanime ACUERDO N? 1949-1 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Magally Venegas Vargas, secretaria del Concejo de Pococí, dice: “Siempre apoyando el D…
- Acuerdo 1950 (pág. 5) · unanime ACUERDO N* 1950 Se conoce correo para este Concejo suscrita por el señor Jeffry Castillo Machado, Administrador del Parque Nacional de Tortuguero Acto…
- Acuerdo 1951 (pág. 6) · unanime ACUERDO N* 1951 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Magally Venegas Vargas, Secretaria del Concejo Municipal de Pococí, dice: Ofic…
- Acuerdo 1952 (pág. 6) · unanime ACUERDO N* 1952 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Daniel Quesada Mora, Presidente de la Confederación Nacional Asociaciones Desar…
- Acuerdo 1953 (pág. 8) · unanime · aprobado ACUERDO N”* 1953 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Daniela Raquel Fallas Porras, Secretaria del Concejo Municipal de Tarrazú, te…
- Acuerdo 1954 (pág. 12) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1954 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Jeanneth Crawford Stewart, Secretaria del Concejo Municipal de Guácimo, teléfo…
- Acuerdo 1955 (pág. 13) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1955 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Jannina Villalobos Solís, Secretaria del Concejo Municipal de Tibás, correo el…
- Acuerdo 1956 (pág. 14) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1956 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Flory Álvarez Rodríguez, Secretaria del Concejo Municipal de Heredia, teléfono…
- Acuerdo 1957 (pág. 17) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1957 Se conoce nota para este Concejo suscrito por el señor Lic. Andrés Sandi Solís, Secretaria del Concejo Municipal de Mora, teléfono: 22…
- Acuerdo 1958 (pág. 20) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1958 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Jannina Villalobos Solís, Secretaria Municipal de Tibás, correo electrónico: j…
- Acuerdo 1959 (pág. 25) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N? 1959 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Jamnina Villalobos Solís, Secretaria Municipal de Tibás, correo electrónico: j…
- Acuerdo 1960 (pág. 28) · unanime ACUERDO N* 1960 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Carlos Méndez Mora Presidente de la Junta Directiva de la Asociación de Desarro…
- Acuerdo 1961 (pág. 29) · unanime ACUERDO N* 1961 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Carlos Méndez Mora Presidente de la Junta Directiva de la Asociación de Desarro…
- Acuerdo 1962 (pág. 30) · unanime ACUERDO N? 1962 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Carlos Méndez Mora Presidente de la Junta Directiva de la Asociación de Desarro…
- Acuerdo 1963 (pág. 31) · unanime · aprobado ACUERDO N? 1963 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Leonardo Reyes Gómez Presidente ADI Primavera, La Rita y la señora Mayuri Monge…
- Acuerdo 1964 (pág. 39) · firme · aprobado ACUERDO N? 1964 Se conoce nota para este Concejo suscrita por MSc. Enrique Quirós Sánchez, director Escuela San Rafael, correo esc.sanrafael.guapilesY…
- Acuerdo 1965 (pág. 44) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1965 Se conoce nota para este Concejo suscrita por MSc. María Vanessa Corea Matarrita, directora de la Escuela La Primavera Pococí, teléfon…
- Acuerdo 1966 (pág. 48) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 1966 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole…
- Acuerdo 1967 (pág. 49) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 1967 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole…
- Acuerdo 1968 (pág. 49) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 1968 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole…
- Acuerdo 1969 (pág. 50) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1969 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole…
- Acuerdo 1970 (pág. 50) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1970 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole…
- Acuerdo 1971 (pág. 52) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1971 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole…
- Acuerdo 1972 (pág. 52) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1972 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole…
- Acuerdo 1973 (pág. 53) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N' 1973 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole…
- Acuerdo 1974 (pág. 53) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 1974 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole…
- Acuerdo 1975 (pág. 54) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1975 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole…
- Acuerdo 1976 (pág. 54) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1976 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. “Siempre a…
- Acuerdo 1977 (pág. 55) · firme · aprobado ACUERDO N* 1977 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole…
- Acuerdo 1978 (pág. 55) · firme · aprobado ACUERDO N* 1978 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: “Siempre apoyando el Desarrollo …
- Acuerdo 1979 (pág. 56) · firme · aprobado ACUERDO N' 1979 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0108-2020. Deseándole…
- Acuerdo 1980 (pág. 65) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1980 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna, dice: Informe N? Al-341-2020 Asunt…
- Acuerdo 1981 (pág. 93) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1981 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMCM-0130-2020 Mediante la pr…
- Acuerdo 1982 (pág. 139) · unanime ACUERDO N* 1982 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Magally Venegas Vargas, Secretaria del Concejo Municipal de Pococí. Oficio: CM…
- Acuerdo 1983 (pág. 139) · unanime ACUERDO N” 1983 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Lic. Christian Córdoba Oviedo, Servicios Jurídicos Internos, correo electrónico…
- Acuerdo 1984 (pág. 141) · unanime ACUERDO N* 1984 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Karina Fonseca Madriz, Secretaria de Viceministro de Seguridad, teléfono: 8776-1370, cor…
- Acuerdo 1985 (pág. 142) ACUERDO N* 1985 Se omite acuerdo por error material en la numeración del acta.…
- Acuerdo 1986 (pág. 142) · unanime ACUERDO N* 1986 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Miguel Aguiar Bermúdez, Director Ejecutivo del Sistema de Banca para el Desarro…
- Acuerdo 1987 (pág. 143) · unanime ACUERDO N* 1987 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora regidora Marilú Ballestero Cruz, Secretaría de la Comisión de Turismo, dice; A…
- Acuerdo 1988 (pág. 144) · unanime ACUERDO N” 1988 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Luis Antonio González Jiménez, Director Ejecutivo del Consejo de la Persona Jov…
- Acuerdo 1989 (pág. 147) · unanime ACUERDO N” 1989 Se conoce comentario por parte del señor presidente del Concejo en relación al Oficio SMP-1015-2020, dice: Oficio: SMP-1015-2020 Asunt…
- Acuerdo 1990 (pág. 147) · unanime ACUERDO N* 1990 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Guiselle Sánchez Camacho coordinadora UNGL, correo electrónico gsanchez(ungl.o…
- Acuerdo 1991 (pág. 152) · unanime ACUERDO N' 1991 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Benigno Amador Ramírez presidente ADI Prado La Colonia, teléfono 8543-2881, dice: Asunto…
- Acuerdo 1992 (pág. 154) ACUERDO N* 1992 El señor presidente procede a dar lectura del oficio MP-TIC*s-2020-20 del departamento de Tecnologías de Información. Al ser las 08:07…
- Acuerdo 1993 (pág. 154) · unanime ACUERDO N”* 1993 Se conoce nota para este Concejo suscrita por los vecinos de la comunidad de Cocori, teléfonos: 8465-5773 / 8509-9612, dice; Asunto: …
- Acuerdo 1994 (pág. 155) · unanime ACUERDO N?* 1994 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor regidor Osael Campos Bolaños, dice; Asunto: Informe de comisión. del 22 de oct…
- Acuerdo 1995 (pág. 156) · unanime ACUERDO N* 1995 Se Conoce Acta N” 73 Ordinaria del 22-10-2020 Nota de secretaría: En la segunda página del Acta del Acta 73 Ordinaria del 22-10-2020 l…
- Acuerdo 1996 (pág. 156) · unanime ACUERDO N” 1996 Se Conoce Acta N” 74 Extraordinaria del 28-10-2020 Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*74 Extraordinaria del…
- Acuerdo 1997 (pág. 157) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 1997 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMNICM-0131-2020 Mediante el …
- Acuerdo 1998 (pág. 162) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 1998 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DANMWICM-0121-2020 Mediante el…
- Acuerdo 1999 (pág. 164) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 1999 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMCM-0127-2020 Mediante el pr…
- Acuerdo 2000 (pág. 165) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 2000 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMCM-0128-2020 Mediante el pr…
- Acuerdo 2001 (pág. 166) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 2001 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMCM-0129-2020 Mediante el pr…
- Acuerdo 2002 (pág. 168) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 2002 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMCM-0126-2020 Mediante el pr…
- Acuerdo 2003 (pág. 169) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 2003 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMCM-0132-2020 Mediante el pr…
- Acuerdo 2004 (pág. 178) ACUERDO N* 2004 Solicitud por parte del Reg. Reinaldo Benavides Vargas Indica que una empresa privada le donó unas alcantarillas a la comunidad de La …
- Acuerdo 2005 (pág. 179) ACUERDO N* 2005 Solicitud por parte del Reg. Osael Campos Bolaños Solicita al señor alcalde autorizar a un ingeniero para que realice una visita en la…
- Acuerdo 2006 (pág. 179) · firme · aprobado ACUERDO N* 2006 Moción presentada por los regidores: Juan Luis Gómez Gómez, Yaslyn Morales Grajal, Jose Antonio Bustos Martínez, Luis Ángel Méndez Ara…
- Acuerdo 2007 (pág. 186) · unanime · aprobado ACUERDO N* 2007 Moción presentada por los regidores Juan Luis Gómez Gómez, Yaslyn Morales Grajal, Reinaldo Benavides Vargas, Jose Antonio Bustos Martí…
- ~ Acuerdo (pág. 187) · aprobado emanas de diciembre las sesiones ordinarias del Concejo coinciden con los días festivos navideños del 24 y 31 de diciembre. _ 2940-2020 Mociono: Que l…
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N?1 ACTA N?75 Ordinaria. á o N*75 ORDINARIA. 29-10-2020 SESION ORDINARIA. N*75 DEL 29-10-2020, INICIADA A LAS 18:00 HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA: REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES Juan Luis Gómez Gómez (Quien Preside) Bernardo Veach Davis Jonnathan García Chévez Osael Campos Bolaños Reinaldo Benavides Vargas Jairo Antonio Ojeda Aburto Luis Ángel Méndez Araya Flor Iveth Peraza Campos Dennia Yaslyn Morales Grajal Rosbil Danier Arguello Badilla José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde Randall Torres Barrientos Marilú Ballestero Cruz Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE Gabriela Madrigal González Greivin Bonilla Sánchez Johanna Flores Rosales Sandra Umaña López José Luis Diaz Valverde Carmen Sánchez Navarro Keylor Andrey Campos Mora José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores Javier Jiménez Villalobos Ana Rita Rodríguez Jiménez Jorge Humberto González Calderón (Sust. Alejandra Sancho Bravo) Licda. MAGALLY VENEGAS Lic. MANUEL HERNANDEZ VARGAS RIVERA SECRETARIA ALCALDE MUNICIPAL bx: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*75 Ordinaria. PAGINA N*2 O O ORDEN DEL DÍA Acuerdos ARTÍCULO 1949 - al - 1994 | Correspondencia Lectura, Discusión y Verificación del Acta N* 73 Ordinaria del 22-10-2020 y 1995 - 1996 IL [cta N? 74 Extraordinaria del 28-10- 2020 1997 -al - 2005 11 Asuntos del Sr. Alcalde 2006 - 2007 IV Mociones Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*3 ACTA N?75 Ordinaria. ARTICULO | Correspondencia ACUERDO N” 1949 Participa de la Palabra Pdte Juan Luis Gómez Gómez Hoy le pedí a la señora Cinthya Ávila, jefa del departamento de Administración Tributaria que nos enviara al jefe de Patentes, al que temporalmente está sustituyendo a Doña Vera Jiménez, porque me percaté de que hay un acuerdo que se está investigando a solicitud mía, donde aprobamos una patente que por tres asuntos tiene prohibición. La salvada es que hay criterio técnico y aunque nosotros votemos, lo podemos considerar como un error involuntario porque para eso están los técnicos en los diferentes departamentos y los documentos o gestiones cuando que llegan al Concejo Municipal, deben de llegar de la mejor forma, es por eso que yo quería que viniera. Quiero hacerles una advertencia, aunque estén en su casa, el error no los va a eximir, a ningún departamento, de pagar las consecuencias que les corresponde. Aquí tengo en mi poder un expediente con toda la información en donde se autoriza una patente que había sido denegada por el anterior Concejo Municipal por tres asuntos: 1- por ubicarse en zona del área del ferrocarril, 2- por estar en un campo completamente residencial, por estar en el INCOFER y 3- por la cuestión del plan regulador, tiene 3 obstáculos y sin embargo nos enviaron esa patente y la aprobamos. La salvada es que no se le ha comunicado al patentado por lo tanto vía administrativa, el señor alcalde municipal tiene la oportunidad de corregir lo mal actuado. Ya se está en reuniones con el departamento de Jurídicos para que corrijan, en caso de que haya una mala actuación. ACUERDO N? 1949-1 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Magally Venegas Vargas, secretaria del Concejo de Pococí, dice: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*4 ACTA N*75 Ordinaria. Oficio: CMPL-204-2020 Asunto: Juramentación del joven Randall Torres Hernández En este acto, al ser las diez horas con siete minutos del veintiocho de octubre de 2020, yo Magally Venegas Vargas cédula N*3-0371-0035 en calidad de secretaria del Concejo Municipal de Pococí, procedo a Juramentar al joven Randall Torres Hernández cédula 7- 0268-0551 nombrado por el Concejo Municipal de Pococí mediante Sesión N*70 Ordinaria, acuerdo N*1791, como el representante municipal ante el Comité Cantonal de la Persona Joven. QUEDA DEBIDAMENTE JURAMENTADO. sin más por el momento, se suscribe... C. Licda. Magally Venegas Vargas Secretaria Municipal de Pococí “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*5 ACTA N?75 Ordinaria. Participan de la Palabra Pdte Juan Luis Gómez Gómez Quiero aclarar una cosa, la juramentación es potestad del presidente municipal, cuando cualquiera de ustedes sea el presidente municipal, tienen la potestad de juramentar. El presidente puede delegar en la secretaria porque tiene fe pública, esa es la única forma de proceder con las juramentaciones y hasta tanto yo no autorice a la secretaria Magaly Venegas para haga una juramentación, la señora Magaly no puede juramentar. Por acuerdo del Concejo Municipal, la secretaria municipal también puede juramentar, esto para que no haya malentendidos Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce oficio CMPL-204-2020 de la Secretaría del Concejo Municipal de Pococí. ACUERDO N* 1950 Se conoce correo para este Concejo suscrita por el señor Jeffry Castillo Machado, Administrador del Parque Nacional de Tortuguero Acto-SINAC, correo electrónico: jeffry.castilloWsinac.go.cr, dice: Asunto: Solicitud de corrección del Nombramiento del representante del Consejo Local del Parque Nacional Tortuguero (COLOPTO). Jeffry Fabian Castillo Machado <jeffry.castilloD: ¡1 3 vie, 23 octalas 15:33 Para: Prosecretaria Concejomunipococi CC: Elena Vargas Ramirez, Mauricio Alfaro Chaves Estimada Darinka, La presente es para confirmar recibido del acuerdo 1711 Acta 69, del concejo Municipal. Aunado a esto, es importante mencionar que se requería de la sustitución de una persona de parte de la municipalidad de Pococí, debido a que el nombramiento del señor Fabian Delgado Villalobos sigue vigente. Les agradezco la diligencia con la que se realizo dicho nombramiento. Por ultimo, por favor, compartir el contacto de la persona elegida. Saludos, Jeffry Castillo Machado Administrador Parque Nacional Tortuguero ACTo-SINAC “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*6 ACTA N?75 Ordinaria. Por Unanimidad SE ACUERDA: Que se derogue el Acuerdo N*1711 del Acta 69 Ordinaria del 29-09-2020. Se nombra a la regidora Yaslyn Morales Grajal como representante de Consejo Local del Parque Nacional Tortuguero (COLOPTO). ACUERDO N* 1951 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Magally Venegas Vargas, Secretaria del Concejo Municipal de Pococí, dice: Oficio: SMP-1762-2020 Asunto: Nombramiento del señor Alejandro Man Vargas, asesor de la Comisión de Reactivación Económica. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza a la secretaria municipal a juramentar al señor Alejandro Man Vargas como asesor de la Comisión de Reactivación Económica. ACUERDO N* 1952 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Daniel Quesada Mora, Presidente de la Confederación Nacional Asociaciones Desarrollo Comunal, teléfonos: 83816163 / 4700-0965, correo electrónico: conadeco.crQ2gmail.com / eventsnewsocietyGgmail.com, dice: Asunto: Invitación al Encuentro Nacional de Valorización de los Residuos Sólidos. Municipales “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N?7 ACTA N*75 Ordinaria. CONFEDERACIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES DE DESARROLLO COMUNAL ojo O, o San José, 19 de octubre de 2020 Señores (as) Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Estimados (as) señores (as): Con el propósito de analizar las diversas modalidades y tecnologías de valorización o aprovechamiento de los residuos sólidos municipales, así como algunas retos o alternativas de inversión y fomento empresarial, se le invita a la realización del Encuentro Nacional de Valorización de Residuos Sólidos Municipales, que se celebrará virtualmente por medio de la plataforma Zoom, el día 4 de noviembre de 8:30 am a 4:00 pm, con un receso de 1 hora, de 12:00 md a 1:00 pm. Para confirmar su participación, por favor enviar su nombre completo, y número de teléfono al correo eventsnewsociety()gmail.com y de forma inmediata le estaremos compartiendo el link del evento. Atentamente Daniel E. Quesada Mora Presidente Confederación Nacional Asociaciones Desarrollo Comunal CÉDULA JURÍDICA 3-002-101778 / Correo Teléfonos 83816163 / 47000965 San José - Costa Rica Por Unanimidad SE ACUERDA: Queda abierta la invitación “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*8 ACTA N?75 Ordinaria. ACUERDO N”* 1953 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Daniela Raquel Fallas Porras, Secretaria del Concejo Municipal de Tarrazú, teléfono: 2546-6227 ext:110, correo electrónico: secretaria(QQmunitarrazu.cr, dice: Oficio: SCMT-580-2020 Asunto: Rechazo al recorte del 14% del presupuesto 2021 del Ministerio de Cultura y Juventud. MUNICIPALIDAD DE TARRAZÚ SECRETARÍA CONCEJO MUNICIPAL Oficio SCMT-580-2020 22 de octubre del 2020 Señora Ana Lorena Rovira Gutiérrez Alcaldesa Municipalidad de Tarrazú Señores y señoras Diputados y Diputadas Asamblea Legislativa Señora Sylvie Durán Salvatierra Ministra de Cultura y Juventud Señor Carlos Alvarado Quesada Presidente de la República de Costa Rica Señores Canal Alta Visión Estimados señores y estimadas señoras: Para los fines correspondientes le transcribo el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Tarrazú, en Sesión Ordinaria 025-2020, celebrada el día veintidós de octubre del dos mil veinte, donde se acuerda: “ACUERDO +16: Se aprueba moción presentada por el regidor Juan Carlos Sánchez Ureña, Presidente Municipal, que textualmente dice: Considerando que: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Munic MUNICIPALIDAD DE POCOCI 4 00 PAGINA N%9 ACTA N75 Ordinaria. 29-10-2020 iy: MUNICIPALIDAD DE TARRAZÚ S SECRETARÍA CONCEJO MUNICIPAL Las actividades culturales que se han venido desarrollando en el país desde hace muchos años han servido para potenciar el talento de las personas y permitirles poder expresar de una forma orientada su habilidad artística, lo que les ha permitido realizarse en su actividad cultural preferida, sin embargo, tomando en consideración que debido a los recortes presupuestarios propuestos en el seno de la Asamblea Legislativa en la presente semana atentan contra la normal evolución de la cultura en el país para el año 2021, el Concejo Municipal de Tarrazú desea expresar lo siguiente al respecto: 1. Ante la presentación de la moción 129 presentada por los diputados Ana Lucía Delgado, Gustavo Viales y Silvía Hernández, para recortar cerca del 14% del presupuesto 2021 del Ministerio de Cultura y Juventud, rechazamos categóricamente la forma irresponsable de utilizar las medidas de contención del gasto, en detrimento de la cantidad de empleos directos e indirectos asociados a dichas partidas y el desarrollo local de la cultura y sus encadenamientos productivos. 2, El recorte arbitrario de partidas relacionadas con producción de eventos, becas y fondos concursables, así como otros programas de fomento y promoción que no es un ahorro a la economía del país. Por el contrario, las actividades culturales que promueve el Ministerio tienen una generación de empleos directa: a) Las actividades culturales son un dinamizador de procesos de desarrollo sociocultural y económico en el nivel local, regional y nacional. El sector cultural, activo en una normalidad previa a Covid-19, aportaba cerca del 2,2 del PIB, b) Las actividades culturales promovidas por el MC), generan empleabilidad directa a más de 3000 artistas, colectivos e individuales, que a su vez encadenan y benefician de forma indirecta a cientos de pequeños negocios o empresas de diferentes sectores productivos y comerciales. c) Las actividades culturales generan encadenamientos productivos por ellas y entorno a ellas, de la economía local y nacional. d) Además, moviliza la riqueza creativa de la localidad, su capital cultural y social, fomenta el orgullo de pertenencia, moviliza la participación de sus ciudadanos, la convivencia y paz social. 3. La moción es absolutamente inoportuna porque agudizamos la crisis y la carga financiera, insostenible, de medidas de protección social: a) Al mes de junio, según datos de la Encuesta Contínua de Empleo, la afectación de la pandemía se refleja en 16,757 personas que perdieron su empleo en el “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. ipalidad de Pococí
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*10 ACTA N?75 Ordinaria. e JU MUNICIPALIDAD DE TARRAZÚ pá SECRETARÍA CONCEJO MUNICIPAL sector cultural costarricense, un 67% más desempleados que las proyecciones iniciales donde se esperaba una afectación a 10,000 personas, b) El impacto en el empleo a nivel de subsectores creativos y culturales es diferente entre cada uno de ellos, 7 de los 9 subsectores vieron disminuidas la cantidad de personas ocupadas, €) De los más afectados se destacan Artes Escénicas, Artes plásticas y Visuales, y Formación artística y cultural, con caídas en la cantidad de ocupados que superan el 80% al compararse con el segundo trimestre del 2019, d) Según datos de la Encuesta Continua de Empleo 2019-2020, el impacto en la pandemia por Covid-19 se ve reflejado en un 37% menos de empleo en los sectores informal e independiente costarricense, siendo las actividades artísticas, de entretenimiento y recreativas uno de los sectores más golpeados, con una disminución del 81,5% para el II trimestre de este año en comparación con el año anterior, y por otra parte, el sector formal, medido por personas asalariadas, presentó una caída del 22,7%. 4. Por último es importante mencionar que en la política nacional de derechos culturales 2014 — 2023, página 13, se expresa lo siguiente sobre la cultura: “Pero además la cultura es una "característica esencial de la humanidad”, un concepto universal y un bien público mundial generador de derechos y obligaciones que atañen a toda la comunidad humana. La comunidad humana es diversa en razón de sus características étnicas, etarías, geográficas, económico-sociales, de género, entre otras. “Comprender lo humano supone comprender su unidad en la diversidad y su diversidad en la unidad. Hay que concebir la unidad de lo múltiple y la multiplicidad de lo uno” (Morin, 1999, pág. 27). Por lo tanto, se reconocen derechos humanos culturales y se establece la responsabilidad de los Estados de garantizarlos y de las personas, grupos sociales, las comunidades, pueblos y poblaciones particulares de defenderlos y exigirlos. El artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos afirma: “Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el proceso científico y en los beneficios que de él resulten” De acuerdo a lo anterior expresado invertir en cultura supone una de las mejores inversiones que puede hacer un país, pero también la cultura es un derecho humano el cual no puede ser invisibilizado o ignorado por un gobierno, esto porque la cultura representa el sentir de un pueblo, es la forma de expresión más elevada que existe y la forma en que el pueblo afianza su identidad. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidau de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*11 ACTA N*75 Ordinaria. Y MUNICIPALIDAD DE TARRAZÚ e SECRETARÍA CONCEJO MUNICIPAL Aspecto Legal: artículo 89 de la Constitución Política de la República de Costa Rica dice textualmente: "Entre los fines culturales de la República están, proteger las bellezas naturales, conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación y apoyar la iniciativa privada para el progreso científico y artístico”, Como podemos observar es una obligación del estado proteger la cultura y dotarla de los recursos que necesite para su normal desarrollo. Por lo tanto: Este Concejo Municipal considerando que el impacto que habría sobre los proyectos culturales a nivel nacional es bastante importante y de difícil recuperación en el corto plazo, acuerda lo siguiente: 1. Que este Concejo Municipal acuerda que se expida un oficio y se envíe a los señores Diputados y Diputadas de la Asamblea Legislativa para que estos reconsideren realizar un recorte presupuestario más mesurado y que no afecte los Servicios Culturales que se otorgan a las comunidades del país, y que de no recibirlo, se afectarían programas muy importantes que se vienen trabajando desde hace mucho tiempo y en el cual hay involucrados muchos jóvenes muy talentosos que esperan con ansias desde hace tiempo poder acceder a los mismos. 2. Que este Concejo Municipal acuerda que se comunique de igual forma la presente moción a las Municipalidades del país, que se publique la mísma en las redes sociales de la Municipalidad de Tarrazú, página web, se comunique al canal Alta Visión, Asamblea Legislativa, y se envía al despacho del Ministerio de Cultura y Juventud, Casa Presidencia y a la oficina de la Alcaldía, Gestión Cultural y Banda Municipal Café Tarrazú de la Municipalidad de Tarrazú, De ser aprobada esta moción solicito sea dispensada de trámite de comisión.” ACUERDO DEFINTIVAMENTE APROBADO.” Sin más por el momento, se suscribe, Firmado digitalmente DANIELA por DANIELA RAQUEL FALLAS PORRAS RAQUEL FALLAS ciama) PORRAS (FIRMA) Fecha: 2020.10.23 , 13:38:39 -08'00' Daniela Fallas Porras Secretaria Concejo Municipal CC. Archivo. Sra. Silvia Vega, Gestora Cultural, Municipalidad de Tarrazú Sr. Jesús Cordero Naranjo, Director Banda Municipal Café Tarrazú KKÁAKK——_—_—_—______——__—_—_—_——————— Por Unanimidad SE ACUERDA: Dar voto de apoyo al Concejo Municipal de Tarrazú. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*12 ACTA N75 Ordinaria. ACUERDO N* 1954 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Jeanneth Crawford Stewart, Secretaria del Concejo Municipal de Guácimo, teléfono: 2716-5051 ext: 109/110, correo electrónico: secretariaconcejoOguacimo.go.cr / concejomunicipalWguacimo.go.cr, dice: Oficio: N*1063-2020 Asunto: Solicitud de atender el tema de que fincas agropecuarias Bananeras que se ubican en el territorio de Pococí. SL Municipalidad de Guácimo LE, Ds A Secretaría del Concejo Municipal ÉS Tel. 2716-50-51 Ex1.109/110, «AID Email: secretariaconcejoMguacimo.go.cr /concejomunicipalG:guacimo.go.cr Guácimo, 21 de Octubre 2020 S.M,G. Oficio ++ 1063 - 2020 Señores Concejo Municipal de Pococí Pococí, Limón. S.0. Estimados sefíores: REFERENCIA: Solicitud de atender el tema de que fincas agropecuarias Bananeras que se ubican en el territorio de Pococí, específicamente finca La Malanga, se está aplicando un agroquímico, mismo que se ha venido esparclendo provocando daño a la salud ambiental. Para su conocimiento y fines consiguientes me permito transcribir el acuerdo tomado por el Concejo Municipal del Cantón de Guáclmo mediante Sesión Ordinaria N* 42-2020, celebrada el 20 Octubre 2020, dice: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Comunicarle al Concejo Municipal de la Municipalidad del Cantón de Pococí, que este Órgano Colegiado ha venido recibiendo quejas de vecinos de diferentes Comunidades, Informando que fincas agropecuarias Bananeras que se ubican en el territorio de Pococí, específicamente finca La Malanga, se está aplicando un agroquímico, mismo que se ha venido esparclendo provocando daño a la salud ambiental, (muerte de peces) por lo que se les solicita prestar atención al tema, verificar los hechos para que se giren las directrices correspondientes en caso de que resulte afirmativo. Acuerdo N? Cinco. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme. Cordialmente, YANETT GO y CRAWFORD STEWART(AIRMA) STEWART (FIRMA) PP Jeanneth Crawford Stewart Secretaria del Concejo Por Unanimidad SE ACUERDA: Dar voto de apoyo al Concejo Municipal de Guácimo. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidatl de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%13 ACTA N?75 Ordinaria. ACUERDO N* 1955 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Jannina Villalobos Solís, Secretaria del Concejo Municipal de Tibás, correo electrónico: secretariaconcejo(Mguacimo.go.cr, dice; Oficio: DSC-ACD-599-10-20 Asunto: Oposición al proyecto de Ley 21.478 “Ley para el aprovechamiento sostenible de la pesca de camarón en Costa Rica” MUNICIPALIDAD DE TIBÁS DEPARTAMENTO SECRETARÍA DEL CONCEJO A DSC-ACD-599-10-20 San Juan de Tibás, 21 de Octubre, 2020 Señores Diputados (as) ASAMBLEA LEGISLATIVA Señores Municipalidades del País Ref.: Voto de Apoyo Estimados (a) señores (a): El CONCEJO MUNICIPAL DE TIBÁS, en su ACUERDO IIL-13 en su SESIÓN ORDINARIA N' 025 celebrada el día 20 de Octubre del 2020, dispuso lo siguiente: 13. Oficio SCM-DC-03-22-2020 de la Sra. Delia Lobo Salazar, Presidenta Municipal, Sia. Rebeca Chaves Duarte, Secretaria Municipal de la Municipalidad de Nandayure, del 30 de setiembre 2020, recibido el 15 de octubre, dirigido a los señores de la Asamblea Legislativa y Municipalidades del País. Asunto: remiten acuerdo de la Sesión Ordinaria No.22 del 29 de setiembre 2020, oponerse rotundamente al proyecto de Ley 21.478., Ley para el aprovechamiento sostenible de la pesca de camarón en Costa Rica, solicitan a las municipalidades su apoyo. Se conoce y se acuerda brindar voto de apoyo a esta Iniciativa. SE SOMETE A VOTACION Y ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES. SE SOMETE A VOTACION DECLARAR EL ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE LOS SENORES REGIDORES. ACUERDO FIRME. Atentamente, JANNINA — rumodocigtaimente VILLALOBO Fitosossous SSOLIS faros (FIRMA) WSiorocor Jannina Villalobos Solís Secretaría del Concejo Municipal + Ej Archivo “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*14 ACTA N?75 Ordinaria. Por Unanimidad SE ACUERDA: Dar voto de apoyo al Concejo Municipal de Tibás. ACUERDO N* 1956 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Flory Álvarez Rodríguez, Secretaria del Concejo Municipal de Heredia, teléfono: 2277-6728, correo electrónico: secretariaconcejoMheredia.go.cr, dice; Oficio SCM-1510-2020 Asunto: Oposición al proyecto de Ley N*21.478 “Ley para el aprovechamiento Sostenible de la Pesca de Camarón en Costa Rica” 28 de octubre del 2020 SsCM 1510-2020 cejo Municipal arín del Concejo Municipal A Señor Señores Carlos Alvarado Quesada Concejo Municipal de Liberia PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Concejo Municipal de Abangares infoB presidencia go.cr. Concejo Municipal de Bagaces Concejo Municipal de Cañas Concejo Municipal de Carrillo Concejo Municipal de Hojancha Concejo Municipal de La Cruz Concejo Municipal de Nandayure Concejo Municipal de Nicoya Concejo Munlclpal de Santa Cruz Concejo Municipal de Tilarán Intendencia de Colorado de Abangares Intendencia de Lepanto Puntarenas Señores Señores CONCEJOS MUNICIPALES DEL PAÍS ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimados señores: Para su conocimiento y demás gestiones, transcribo acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria N* CERO CUARENTA Y CUATRO DOS MIL VEINTE, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central de Heredia, el 26 de octubre del dos mil veinte, en el artículo VI, el cual dice: MOCIONES ACUERDO 29. ALT. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Alterar el orden del día, para conocer moción a fin de Manifestarse en «contra del proyecto de Ley 21-478 “Ley para el aprovechamiento Sostoniblo de la Pesca de Camarón en Costa Rica”. ACUERDO DEFINTIVAMENTE APROBADO, Proponentes “Ana Patricia Rodríguez R. - Regidora - Partido Acción Ciodadana Mario Alberto Rodríguez 5. Regidor - Partido Acción Ciudadana Mauricio Chacón Carballo - Regidor - Partido Liberación Nacional “Amalia Lucia Jara Ocampo - Regidora - Partido Liberación Nacional - — Daniel Trejos Avilés - Regidor - Partido Liberación Nacional - Maritza Segura Navarro -Regidor - Regidora - Partido Liberación Nacional Lilliana Jiménez Barrientos - Regidora - Partido Liberación Nacional Carlos E. Palma Cordero — Regidor - Partido Liberación Nacional Priscila María Álvarez Pogantos — - Regidora - Partido Liberación Nacional Juan Eli Villalobos Villalobos - Partido Liberación Nacional “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI EY 010 PAGINA N*15 ACTA N“75 Ordinaria. 9-10-2020 Concejo Municipal ol H Secretaría del Concejo Municipal las HEREDIA kh GOBIERNO LOCAI - Margarita Murillo Gamboa - Regidora - Partido Sentir Heredia - — David Fernando León Ramírez — Regidor - Partido Sentir Heredia - — AmaYudel Gutiérrez Hernández - Regidora - Partido Frente Amplio - — Paulino de Jesús Madrigal — Regidor - Partido Frente Amplio Asunto: Manifestarse en contra del proyecto de Ley 21.478 “Ley para el aprovechamiento Sostenible de la Pesca de Camarón en Costa Rica”. CONSIDERANDO: 1, Queel uso y explotación irresponsable de nuestros recursos naturales afecta negativamente los ecosistemas, las especies de organismos y la vida misma en el planeta, por lo que es nuestra responsabilidad promover, incentivar, generar y apoyar políticas y acciones de desarrollo y progreso de formas sostenibles y sustentables. 2. Que la pesca de arrastre de camarón tiene impactos ecológicos súwúnamente profundos, pues captura otras especies marinas que no son objetivo (peces pequeños con o sin valor comercial, tortugas, cangrejos, tiburones, rayas, y otras), destruye los fondos marinos y sus comunidades naturales asociadas, desestabiliza y perturba los cielos y cadenas tróficas oceánicas. 3. Quesegún estudio realizado en el año 2010 cuyos autores son Jorge Álvarez y Erick Ross Salazar de Fundación MarViva la pesca de camarón por arrastre aporta menos de 0.05% del PIB y emplea a menos de 600 personas en forma directa generando impacto ambiental por la sobre explotación de los recursos marinos. 4» Que esta actividad - lejos de ser productiva - es una actividad extractiva y explotadora que pone en peligro otros sectores y actividades clave del país: pesca artesanal, turismo y recreación, belleza escénica y seguridad alimentaria. A todas luces no es una alternativa socioeconómica integral ni inclusiva; al contrario, genera pobreza, ahonda las desigualdades y pone en peligro el tejido social de las zonas costeras. 5» Quelapesca de arrastre de camarón atenta contra los logros y liderazgo ambiental que Costa Rica ha acuñado a lo largo de décadas, contra la imagen de país modelo en sostenibilidad y ecoturismo, y contra varios de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, concretamente el 14 (Vida Submarina), 1 (Fin de la Pobreza), 8 (Trabajo Decente y Crecimiento Económico), y 12 (Producción y Consumo Responsables). 6. Que el 23 de octubre del presente año, 147 instancias (incluidas Municipalidades guanacastecas, grupos de pescadores artesanales de Puntarenas y Guanacaste, cámaras de turismo, y organizaciones no gubernamentales, entre otras) solicitaron al señor Presidente de la República Carlos Alvarado Quesada vetar el proyecto de Ley para el aprovechamiento sostenible del camarón en Costa Rica (número 21,487), la cual fue aprobada por 28 diputados y diputadas de la República en segundo debate el pasado 22 de octubre del 2020. 7. Que el 24 de octubre del presente año, 8 diputados y diputadas de la República de las fracciones legislativas de los Partidos Acción Ciudadana, Frente Amplio, Liberación Nacional y Restauración Nacional emitieron el oficio KNG-PLN-726-2020 dirigido al Señor Presidente de la República, en el cual reafirman su oposición al proyecto de ley en mención, de acuerdo con múltiples argumentos jurídicos, científicos, políticos y administrativos, y solicitan la interposición del respectivo veto. Municipalidad de Heredia Here: dia, Avenida Central, Calles o-2. Palacio Municipal Teléfonos (50 7-67: secretariaconcejo (he www.heredia.go.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*16 ACTA N?75 Ordinaria. Concejo Municipal H E R E D I A Secretaría del Concejo Municipal GOBIERNO LOCAL POR TANTO, PROPONEMOS Al HONORABLE CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE HEREDIA LO SIGUIENTE CON DISPENSA DE TRAMITE DE COMISIÓN: 1) Manifestarse en contra del proyecto de Ley 21.478 “Ley para el aprovechamiento Sostonible de la Pesca de Camarón en Costa Rica”. 2) Solicitar al señor Presidente de la República Carlos Alvarado Quesada vetar el proyecto de ley supra mencionado. 3) Notificar a la Asamblea Legislativa la negativa por parte de este Concejo Municipal de apoyar prácticas y actividades de esta naturaleza. 4) Notificar a los Concejos Municipales de Liberia, Abangares, Bagaces, Cañas, Carrillo, Hojancha, La Cruz, Nandayure, Nicoya, Santa Cruz, Tilarán, Intendencia de Colorado de Abangares e Intendencia de Lepanto de Puntarenas, nuestro apoyo y acompañamiento, los cuales también han mostrado su negativa a la aprobación de este proyecto de ley. 5) Instar a las demás Municipalidades y Concejos Municipales de Distrito a pronunciarse en contra del proyecto de ley y solicitar el veto presidencial respectivo. ACUERDO 29. , E ANALIZADA LA MOCIÓN PRESENTADA POR LAS FRACCIONES DEL PARTIDO ACCIÓN CIUDADANA, PARTIDO LIBERACIÓN NACIONAL, PARTIDO SENTIR HEREDIA Y PARTIDO FRENTE AMPLIO; SE ACUERDA POR MAYORÍA: A. MANIFESTARSE EN CONTRA DEL PROYECTO DE LEY 21.478 “LEY PARA EL APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LA PESCA DE CAMARÓN EN COSTA RICA”. B. SOLICITAR AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS ALVARADO QUESADA VETAR EL PROYECTO DE LEY SUPRA MENCIONADO, C. NOTIFICAR A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA LA NEGATIVA POR PARTE DE ESTE CONCEJO MUNICIPAL DE APOYAR PRÁCTICAS Y ACTIVIDADES DE ESTA NATURALEZA. D. NOTIFICAR A LOS CONCEJOS MUNICIPALES DE LIBERIA, ABANGARES, BAGACES, CAÑAS, CARRILLO, HOJANCHA, LA CRUZ, NANDAYURE, NICOYA, SANTA CRUZ, A INTENDENCIA DE COLORADO DE ABANGARES E INTENDENCIA DE LEPANTO DE PUNTARENAS, NUESTRO APOYO Y ACOMPAÑAMIENTO, LOS CUALES TAMBIÉN HAN MOSTRADO SU NEGATIVA A LA APROBACIÓN DE ESTE PROYECTO DE LEY, E. INSTAR A LAS DEMÁS MUNICIPALIDADES Y CONCEJOS MUNICIPALES DE DISTRITO A PRONUNCIARSE EN CONTRA DEL PROYECTO DE LEY Y SOLICITAR EL VETO PRESIDENCIAL RESPECTIVO. +* ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Atentamente, FLORY ALVAREZ reta erro til RODRIGUEZ (FIRMA) Fecha 202010 15:2:28-0600 MSc. Flory Álvarez Rodríguez Secretaria Concejo Municipal de Heredia falvarezQGheredia.go.cr mbo Municipalidad de Heredia ia, Avenida Central, Calles o-2, Pa unicipal 506)2277-6728 (506)2 95 730 secretariaconcejo(Gheredia.go.cr Here: Teléfonos www.heredia.go.er Por Unanimidad SE ACUERDA: Dar voto de apoyo al Concejo Municipal de Heredia “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*17 ACTA N?75 Ordinaria. ACUERDO N* 1957 Se conoce nota para este Concejo suscrito por el señor Lic. Andrés Sandi Solís, Secretaria del Concejo Municipal de Mora, teléfono: 2249-1050 ext: 117, correo electrónico: asandiWmora.go.cr, dice; Oficio: ACM-25-06-2020 Asunto: Oposición al recorte del Ministerio de Cultura y Juventud. MN CONCEJO MUNICIPAL ora SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL Correo electrónico: asandiOmora.go.cr TRANSCRIPCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE ACUERDO Tel: 2249-1050 Ext: 117 - Fax: 2249-2096 Ciudad Colón, 22 de octubre de 2020 Ref. Acuerdo ++ ACM-25-06-2020 Señores(as): Comisión de Asuntos Hacendarios Asamblea Legislativa Estimados señores(as): Con fundamento en lo establecido en el artículo 53 inciso b) del Código Municipal, me permito transcribirles y comunicarles el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Mora tomado en la Sesión Ordinaria número 25, celebrada el día 19 de octubre del año 2020, que textualmente dice: + Mociones y Asuntos Varios. Sr. Presidente Municipal Álvaro Arguedas Durán Con la participación de Karina Zúñiga Rojas, Administradora de Casa de la Cultura, que ya todos la escuchamos, sobre el recorte presupuestario que tiene pensado hacer el Gobierno al Ministerio de Cultura y Juventud, que perjudicaría muchas de las actividades que se realizan en nuestro Cantón, presentó la siguiente moción. MOCION. OPOSICIÓN AL RECORTE DEL MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD El suscrito, Álvaro Arguedas, en mi calidad de Presidente del Concejo Municipal del Cantón de Mora, al amparo de lo establecido en la normativa aplicable, presenta para su debate la siguiente moción, se dispense de trámite de comisión. MOCIÓN Que se realice una misiva con los argumentos por los cuales la Municipalidad de Mora se opone al recorte presupuestario del Ministerio de Cultura y Juventud y que se invite a los demás Concejos Municipales a que firmen dicha moción para que sean presentadas a la Asamblea Legislativa. CONSIDERANDO: 1. Ante la presentación de la moción 129 presentada por los diputados Ana Lucía Delgado, Gustavo Viales y Silvia Hernández para recortar cerca del 14% del presupuesto 2021 del Ministerio de Cultura y Juventud, rechazamos categóricamente la forma irresponsable de utilizar las medidas de contención del gasto, en detrimento de la cantidad de empleos directos e indirectos asociados a dichas partidas y el desarrollo local de la cultura y sus encadenamientos productivos. 2. El corte arbitrario de partidas relacionadas con producción de eventos, becas y fondos “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*18 ACTA N“75 Ordinaria. MM CONCEJO MUNICIPAL e OPA SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL Correo electrónico: asandiW4mora.go.cr TRANSCRIPCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE ACUERDO Tel: 2249-1050 Ext: 117 - Fax: 2249-2096 concursables, así como otros programas de fomento y promoción no es un ahorro a la economía del país. Por el contrario, las actividades culturales que promueve el Ministerio tienen una generación de empleos directa: + Las actividades culturales son un dinamizador de procesos de desarrollo sociocultural y económico en el nivel local, regional y nacional. El sector cultural, activo en una normalidad previa a Covid-19, aportaba cerca del 2,2 del PIB. + Las actividades culturales promovidas por le MCJ, generan empleabilidad directa a más de 3000 artistas, colectivos e individuales, que a su vez encadenan y benefician de forma indirecta a cientos de pequeños negocios o empresas de diferentes sectores productivos y comerciales. + Las actividades culturales generan encadenamientos productivos por ellas y entomo a ellas, de la economía local y nacional. + Además, moviliza la riqueza creativa de la localidad, su capital cultural y social, fomenta el orgullo de pertenencia, moviliza la participación de sus ciudadanos, la convivencia y paz social. : 3. La moción es absolutamente inoportuna porque agudizamos la crisis y la carga financiera, insostenible, de medidas de protección social: + Al mes de junio, según datos de la Encuesta Continua de Empleo, la afectación de la pandemia se refleja en 16,757 personas que perdieron su empleo en el sector cultural costarricense, un 67% más desempleados que las proyecciones iniciales donde se esperaba una afectación a 10,000 personas. + El impacto en el empleo a nivel de subsectores creativos y culturales es diferente entre cada uno de ellos, 7 de los 9 subsectores vieron disminuidas la cantidad de personas ocupadas. + Delos más afectados se destacan Artes Escénicas, Artes plásticas y Visuales, y Formación artística y cultural, con caídas en la cantidad de ocupados que superan el 80% al compararse con el segundo trimestre del 2019. + Según datos de la ECE 2019-2020, el impacto en la pandemia por Covid-19 se ve reflejado en un 37% menos de empleo en los sectores informal e independiente costarricense, siendo las actividades artísticas, de entretenimiento y recreativas uno de los sectores más golpeados, con una disminución del 81,5% para el ll trimestre de este año en comparación con el año anterior y, por otra parte, el sector formal, medido por personas asalariadas, presentó una caída del 22,7%. POR TANTO “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*19 ACTA N*75 Ordinaria. MM) CONCEJO MUNICIPAL mora SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL Correo electrónico: asandif2mora.go.cr TRANSCRIPCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE ACUERDO Tel: 2249-1050 Ext: 117 - Fax: 2249-2096 Por tanto, este Concejo Municipal acuerda: Que se expida un oficio y se envíe a la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa para su reconsideración con el fin de realizar un recorte más mesurado y que no afecte los Servicios Culturales que se otorgan a las comunidades, además de remitir dicha moción a los demás Concejos Municipales del país para que se unan a esta moción y presenten su inconformidad con dicho recorte presupuestario. Municipalidad Lic. Álvaro Arquedas Durán Presidente Municipal, Municipalidad de Mora. (Con dispensa de trámite de comisión. Aprobada por unanimidad y en firme.) Se aplique el Artículo 45 Código Municipal. Sr. Presidente Municipal Álvaro Arguedas Durán Someto a votación la moción. Los señores Regidores que estén de acuerdo en Dispensar del Trámite de Comisión la moción antes presentada; favor sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO POR UNANIMIDAD LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN. Los señores Regidores que estén de acuerdo en aprobar la moción antes presentada; favor sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO POR UNANIMIDAD. Los señores Regidores que estén de acuerdo en aprobar en firme la votación antes realizada; favor sírvanse manifestarlo levantando la mano. APROBADO EN FIRME POR UNANIMIDAD. Por lo anterior, se acuerda: ACUERDO N'. 6: 1. SE ACUERDA POR UNANIMIDAD Y EN FIRME: acoger y aprobar en todos sus extremos la moción presentada por la Presidencia Municipal. 2. Notifíquese el presente acuerdo con acuse de recibo y fecha a la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa. 3. Remítase copia del presente acuerdo a los demás Concejos Municipales del país, para que se unan a esta moción. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. ANDRESSANDI sous iria Fecha:2020.1072 133132 SOLIS (FIRMA) 0600 LIC. ANDRÉS SANDI SOLIS. SECRETARIO DEL CONCEJO MUNICIPAL. C.: Archivo. Concejos Municipales del país. Por Unanimidad SE ACUERDA: Dar voto de apoyo al Concejo Municipal de Mora. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*20 ACTA N?75 Ordinaria. ACUERDO N* 1958 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Jannina Villalobos Solís, Secretaria Municipal de Tibás, correo electrónico: javiso(4munitibas.go.cr, dice; Oficio: DSC-ACD-607-10-20 Asunto: Oposición al recorte desproporcionado que se trata de aplicar al presupuesto del MEP MUNICIPALIDAD DE TIBÁS DEPARTAMENTO SECRETA RÍA DEL CONCEJO DSC-ACD-607-10-20 San Juan de Tibás, 28 de Octubre, 2020 MSc. Carlos Andrés Alvarado Quesada, Presidente República de Costa Rica Señores Diputados (as) ASAMBLEA LEGISLATIVA Señores Municipalidades del País Estimados (a) señores (a): El CONCEJO MUNICIPAL DE TIBÁS, en su ACUERDO HHI-11 en su SESIÓN ORDINARIA N? 026 celebrada el día 27 de Octubre del 2020, dispuso lo siguiente: 11. Oficio DSM-314-2020 del Licda. lleana Maria Acuña Jarquín, Jefe Depto. Secretaria Municipal de San José, del 21 de octubre 2020, dirigido al Ing. Joly Araya Monge, Alcalde de San José, Concejos Municipales del País. Asunto: Transcribir Acuerdo 5, Articulo IV, de la Sesión Ordinaria No. 024, oponerse al recorte desproporcionado que se trata de aplicar al presupuesto del MEP y que afectaria programas tan relevantes como Programa de Tecnología a la Educación y Transporte de Estudiantes, se envía una excitativa a los señores Diputados para que consideren una disminución significativa y racional para reducir el presupuesto del MEP para el periodo 2021, solicitan a todos los Concejos Municipales del País que en defensa de los derechos de niños y jóvenes se opongan a este recorte. Se conoce y se acuerda brindar apoyo a esta iniciativa. SE SOMETE A VOTACION Y ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*21 ACTA N?75 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE TIBÁS DEPARTAMENTO SECRETARÍA DEL CONCEJO E SE SOMETE A VOTACION DECLARAR EL ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES. ACUERDO FIRME, Atentamente, JANNINA Firmado digitalmente VILLALOBOS Pruniosossous (FIRMA) 160856-0800 Jannina Villalobos Solís Secretaria del Concejo Municipal > E Archivo “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*22 ACTA N“75 Ordinaria. Municipalidad de San José Secretaría Municipal 21 de octubre de 2020. DSM-314-2020 Ingeniero Johnny Araya Monge Alcalde de San José Señores Concejos Municipales del País Estimados señores: Para su conocimiento y fines consiguientes, me permito transcribir el Acuerdo 5, Articulo IV, de la Sesión Ordinaria N*. 024, celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el 20 octubre del año dos mil veinte, que a la letra dice: Por unanimidad para la dispensa, fondo y aprobación definitiva se aprueba moción presentada. Se acuerda: “Acójase y apruébese moción presentada por el señor Regidor Barrantes Villarreal, y suscrita por los Regidores Marín Gómez, Cano Castro, Acevedo Acevedo, Leiva Hemández, Monge cabeza, Zamora Cordero, Bonilla Cortés, que dice: CONSIDERANDO Primero: Que la Constitución Política establece: "ARTÍCULO 77- La educación pública será organizada como un proceso integral correlacionado en sus diversos ciclos, desde la pre-escolar hasta la universitaria.” Segundo: Que la misma Constitución señala las siguientes obligaciones del Estado en lo referente a la Educación Pública: “ARTÍCULO 78- La educación preescolar, general básica y diversificada son obligatorias y, en el sistema público, gratuitas y costeadas por la Nación. En la educación estatal, incluida la superior, el gasto público no será inferior al ocho por ciento (8%) anual del producto interno bruto, de acuerdo con la ley, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 84 y 85 de esta Constitución. El Estado facilitará el acceso tecnológico a todos los niveles de la educación, así como la prosecución de estudios superiores a quienes carezcan de “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*23 ACTA N*75 Ordinaria. ( Municipalidad de San José Y WE: Secretaría Municipal PAR Página 2. 21 de octubre de 2020, DSM-314-2020 recursos pecuniarios. La adjudicación de las becas y los auxilios estará a cargo del Ministerio del ramo, por medio del organismo que determine la ley. La adjudicación de las becas y los auxilios estará ci cargo del Ministerio del ramo, por medio del organismo que determine la ley." “ARTÍCULO 82- El Estado proporcionará alimento y vestido a los escolares indigentes, de acuerdo con la ley.” “ARTICULO 83 - El Estado patrocinará y organizará la educación de adultos, destinada a combatir el analfabetismo y a proporcionar oportunidad cultural a aquellos que deseen mejorar su condición intelectual, social y económica. Tercero: Que por su parte el Código de la Niñez y la Adolescencia, establece: “Artículo 56- Derecho al desarrollo de potencialidades. Las personas menores de edad tendrán el derecho de recibir educación orientada hacia el desarrollo de sus potencialidades. La preparación que se le ofrezca se dirigirá al ejercicio pleno de la ciudadanía y le inculcará el respeto por los derechos humanos, los valores culturales propios y el cuidado del ambiente natural, en un marco de paz y solidaridad." "Artículo 57- Permanencia en el sistema educalivo. El Ministerio de Educación Pública deberá garantizar la permanencia de las personas menores de edad en el sistema educativo y brindarles el apoyo necesario para conseguirlo.” "Artículo 58- Políticas nacionales, En el diseño de las políticas educativas nacionales, el Estado deberá: a) Garantizar educación de calidad e igualdad de oportunidades para las personas menores de edad." "Artículo 59- Derecho a la enseñanza gratuita y obligatoria. La educación preescolar, la educación general básica y la educación diversificada serán gratuitas, obligatorias y costeadas por el Estado. El acceso a la enseñanza obligatoria y gratuita será un derecho fundamental, La falta de acciones gubernamentales para facilitarlo y garantizarlo constituirá una violación del Derecho e importará responsabilidad de la autoridad competente.” Cuarto: Que es notorio el compromiso legal y moral del Estado y la sociedad, con el adecuado financiamiento de la Educación Pública, Quinto: Que según el Código Municipal: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi £ MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*24 ACTA N?75 Ordinaria. Á | a | SiO Municipalidad de San José nd | y 17 Secretaría Municipal ER Página 3. 21 de octubre de 2020. DSM-314-2020 “Artículo 4 -La municipalidad posee la autonomía política, administrativa y financiera que le confiere la Constitución Política. Dentro de sus atribuciones se incluyen las siguientes: h) Promover un desarrollo local participativo e inclusivo, que contemple la diversidad de las necesidades y los intereses de la población." Quinto: Que de acuerdo al Artículo 27 del Código Municipal: "Serán facultades de los regidores: b) Formular mociones y proposiciones.” Sexto: Que según se ha informado públicamente, los Diputados, en la discusión del presupuesto General de la República para el 2021, analizan una propuesta para recortar el presupuesto de la educación en la suma de CIENTO NOVENTA MIL MILLONES DE COLONES. (7190.000.000,00) Sétimo: Que circulan informaciones sobre que, el recorte al presupuesto del MEP, afectaría especialmente el programa de Tecnología a la Educación, que justamente está dirigido a fortalecer la capacidad del sistema educativo, para mejorar la cobertura y calidad de la educación virtual. También se recorta el rubro de transporte de estudiantes lo cual representa una amenaza real al derecho de acceso a la educación. Octavo: Que Costa Rica se caracterizado porla prioridad presupuestaria, que siempre ha dado a la Educación Pública y la cual muy buenos réditos ha dado al país. Por tanto, el Concejo Municipal de la Municipalidad de San José acuerda: 1 1. Oponerse al recorte desproporcionado que se trata de aplicar al presupuesto del MEP y que afectaría programas tan relevantes como el programa de Tecnología a la Educación y transporte de estudiantes 2. Enviar atenta excitativa a los señores Diputados, para que consideren una disminución significativa y racional, al monto propuesto (7190.000.000.00), para reducir el presupuesto del MEP, para el periodo 2021. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*25 ACTA N“75 Ordinaria. pa 0 SsJO Municipalidad de San José ai We. Secretaría Municipal DEIOSe Página 4. 21 de octubre de 2020. DSM-314-2020 3. Solicitar a todos los Concejos Municipales del país, para que, en defensa de los derechos de los niños y jóvenes de sus respectivos cantones, se opongan, al recorte que se pretende aplicar al presupuesto del MEP, para el año 2021.” ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. | LEANA MARIA Firmado digitalmente por ACUÑA ILEANA MARIA ACUÑA JARQUIN (FIRMA) JARQUIN Fecha: 2020.10.21 (F | RMA) 14:44:36 -06'00' Licda. lleana Acuña Jarquín Jefe, Departamento Secretaría Municipal KSG. CC: SARD. Por Unanimidad SE ACUERDA: Dar voto de apoyo al Concejo Municipal de Tibás- ACUERDO N? 1959 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Jamnina Villalobos Solís, Secretaria Municipal de Tibás, correo electrónico: javisoA4munitibas.go.cr, dice; Oficio: DSC-ACD-602-10-20 Asunto: Pronunciamiento en contra del Proyecto de Ley 21.478 “Ley para el Aprovechamiento sostenible de la pesca de camarón en Costa Rica” “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*26 ACTA N?75 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE TIBÁS DEPARTAMENTO SECRETARÍA DEL CONCEJO HT DSC-ACD-602-10-20 San Juan de Tibás, 28 de Octubre, 2020 MSc. Carlos Andrés Alvarado Quesada, Presidente República de Costa Rica Señores Diputados (as) ASAMBLEA LEGISLATIVA Señores Municipalidades del País Estimados (a) señores (a): El CONCEJO MUNICIPAL DE TIBÁS, en su ACUERDO VI1 en su SESIÓN ORDINARIA NC 026 celebrada el día 27 de Octubre del 2020, dispuso lo siguiente: A MUNICIPALIDAD DE TIBÁS FRACCIÓN: PARTIDO ACCIÓN CIUDADANA, PAC PA( MARTES 27 DE OCTUBRE DE 2020 Y p fraccionpactibas(Mgmail.com MOCIÓN PRINCIPAL N*002 De parte de la Sra. Dora Rodríguez Rodríguez, regidora propietaria; presidenta de fracción del Partido Acción Ciudadana, y del Sr. Joshua Torres Rodríguez, regidor suplente de la misma fracción para el cantón de Tibás, hacemos un llamado a la totalidad de la representación de este honorable Concejo Municipal; por medio de esta moción, para el pronunciamiento en contra del Proyecto de Ley 21.478, Ley para el Aprovechamiento sostenible de la pesca de camarón en Costa Rica. Considerando que: 1. El plan de gobierno, de la última campaña municipal, incluía proyectos con énfasis en cuidado del medio ambiente, con propuestas verdes, sostenibles y sustentables. 2. El uso y explotación irresponsable de nuestros recursos naturales afecta negativamente los ecosistemas, las especies de organismos y la vida misma en el 1 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N?*27 ACTA N*75 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE TIBÁS DEPARTAMENTO SECRETARÍA DEL. CONCEJO a) planeta, por lo que es nuestra responsabilidad promover, incentivar, generar y apoyar políticas y acciones de desarrollo y progreso de formas sostenibles y sustentables. 3. La pesca de arrastre de camarón tiene impactos ecológicos sumamente profundos, pues captura otras especies marinas que no son objetivo (peces pequeños con o sin valor comercial, tortugas, cangrejos, tiburones, rayas, y otras), destruye los fondos marinos y sus comunidades naturales asociadas, y desestabiliza y perturba los ciclos y cadenas tróficas oceánicas. 4. Esta actividad - lejos de ser productiva - es una actividad extractiva y explotadora que pone en peligro otros sectores y actividades clave del país: pesca artesanal, turismo y recreación, belleza escénica, seguridad alimentaria. A todas luces no es una alternativa socioeconómica integral; al contrario, genera pobreza, ahonda las desigualdades y pone en peligro el tejido social de las zonas costeras. 5. La pesca de arrastre de camarón atenta contra los logros y liderazgo ambiental que Costa Rica ha acuñado a lo largo de décadas, contra la imagen de país modelo en sostenibilidad y ecoturismo, y contra varios de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. 6. El 23 de octubre del presente, 117 instancias (incluidas Municipalidades guanacastecas, grupos de pescadores artesanales de Puntarenas y Guanacaste, cámaras de turismo, y organizaciones no gubernamentales, entre otras) solicitaron al señor Presidente de la República Carlos Alvarado Quesada vetar la Ley para el aprovechamiento sostenible del camarón en Costa Rica (número 21.487), la cual fue aprobada por 28 diputados y diputadas de la República en segundo debate el pasado 22 de octubre del 2020. 7. El 24 de octubre del presente, 8 diputados y diputadas de la República de las fracciones legislativas de los Partidos Acción Ciudadana, Frente Amplio, Liberación Nacional y Restauración Nacional emitieron el oficio KNG-PLN- 726-2020 dirigido al señor Presidente de la República, en el enal reafirman su oposición a la ley en mención de acuerdo a múltiples argumentos jurídicos, científicos, políticos y administrativos, y solicitan la interposición del respectivo veto. Por lo tanto, proponemos a este honorable Concejo Municipal lo siguiente, con dispensa de trámite de comisión: 1. Manifestarse en contra del Proyecto de Ley 21.478 “Ley para el aprovechamiento Sostenible de la Pesca de Camarón en Costa Rica”. 2 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*28 ACTA N*75 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE TIBÁS DEPARTAMENTO SECRETARÍA DEL CONCEJO 5 2. Solicitar al señor Presidente de la República Carlos Alvarado Quesada, vetar la ley supra mencionada. 3. Notificar a la Asamblea Legislativa la negativa por parte de este Concejo Municipal de apoyar prácticas y actividades de esta naturaleza, 4. Solicitarle al Poder Ejecutivo atender a las familias afectadas socioeconómicamente por la prohibición de esta actividad por medio de instrumentos O medios alternativos para su subsistencia. 5. Notificar a los Concejos Municipales de Liberia, Abangares, Bagaces, Cañas, Carrillo, Hojancha, La Cruz, Nandayure, Nicoya, Santa Cruz, Tilarán, Intendencia de Colorado de Abangares e Intendencia de Lepanto de Puntarenas, los cuales también han mostrado su negativa a la aprobación de esta ley. SE SOMETE A VOTACION Y ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES. SE SOMETE A VOTACION DECLARAR EL ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO Y SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES. ACUERDO FIRME. Atentamente, JANNINA — Fimadodigltalmente VILLALOBOS Priaonos sous soLt S Pame DAN 10.28 (FIRMA) 12:58:49 0600 Jannina Villalobos Solís Secretaria del Concejo Municipal > FE Archivo Por Unanimidad SE ACUERDA: Dar voto de apoyo del Concejo Municipal de Tibás. ACUERDO N* 1960 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Carlos Méndez Mora Presidente de la Junta Directiva de la Asociación de Desarrollo de Barrio Los Ángeles y la señora Marta Araya Hernández, Secretaria de la Junta Directiva de Barrio Los Ángeles, correo electrónico: adi.losangeles.guapilesG2gmail.com, dice: Asunto: Solicitud de barreras que impidan el acceso de los vehículos al boulevard. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*29 ACTA N*75 Ordinaria. Por este medio nosotros los miembros de la junta directiva de la ADI de Barrio Los Ángeles Guápiles, estamos solicitando la colocación de barreras que impidan el acceso de los vehículos al boulevard recién construido en la entrada de Barrio los Ángeles, hemos -podido observar que no-respetan ese espacio y en corto plazo se habrá deteriorado esa bella construcción. Agradecemos la atención a la presente. Atentamente, e l AR y a ualo- Ed arlos Mérídez Mora Mafía Araya Hernández Presidente de Junta Directiva Secretaria Junta Directiva Ce/ Archivo a RT 690320200: * dl uOUN aos - Sojidong ep sajobuiy 50] ¡Obojo] opjomosay op 205y Rs a | i Por Unanimidad SE ACUERDA: se traslada al Dpto. de Obras Civiles para que valoren la solicitud y presenten un informe al Concejo ACUERDO N* 1961 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Carlos Méndez Mora Presidente de la Junta Directiva de la Asociación de Desarrollo de Barrio Los Ángeles y la señora Marta Araya Hernández, Secretaria de la Junta Directiva de Barrio Los Ángeles, correo electrónico: adi.losangeles.guapiles2gmail.com, dice: Asunto: Solicitud de autorización de traslado de paradas. Por este medio nosotros los miembros de la junta directiva de la ADI de Barrio Los Ángeles Guápiles, estamos solicitando a este Consejo Municipal la autorización para el traslado de las paradas que se encuentra ubicada en la comunidad del Toro Amarillo y llevarlas comunidades de nuestra jurisdicción. La razón de esta petición es que a las paradas se les ha invertido aproximadamente (1.000.000 en remodelación y pintura, los muppies se han colocado dos veces y estos han sido destruidos por las personas que hacen daño, además que no ha sido posible alquilarlas por el mal estado en que se encuentran. La idea es trasladar ambas paradas a un sector de nuestra jurisdicción y volver a darles el mantenimiento respectivo, poder alquilarías para así seguir embelleciendo nuestros barrios con estos ingresos. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
EA Municipalldad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*30 ACTA N“75 Ordinaria. La ubicación actual de las tres paradas en la comunidad del Toro Amarillo es: Calle El Tractor, Barrio Los Bovinos y otra contiguo al CEN CINAI, queremos trasladarlas a las siguientes ubicaciones, una frente al súper el Almendro en Barrio Sinaí, otra contiguo a Restaurante el Arrecife en Barrio los Ángeles y otra frente a Súper Los Ángeles ubicado en la entrada de Llamas del Bosque. Quedamos a la espera de una respuesta. Atentamente, ] a [e ón 162 EN Marta Araya Hernández Presidente de Junta Directiva Secretaria Junta Directiva Cc/ Archivo Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía para su valoración. ACUERDO N? 1962 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Carlos Méndez Mora Presidente de la Junta Directiva de la Asociación de Desarrollo de Barrio Los Ángeles y la señora Marta Araya Hernández, Secretaria de la Junta Directiva de Barrio Los Ángeles, correo electrónico: adi.losangeles.guapiles4gmail.com, dice: Asunto: Solicitud de material de relleno para área pública. Continuando con el mismo tema del terreno Plano Catastro N-L-1633122-2013, con 442 metros cuadrados de área; que tiene visto bueno por parte de la Municipalidad de Pococí para darle uso de bien común y el cual se encuentra destinado para la creación de un parque comunal, el mismo ubicado en Guápiles, La Urba, Barrio Sinaí, 50 metros oeste y 150 metros sur de Abastecedor El Almendro, propiamente en la coordenada de posicionamiento global N 10.205289 Y O -83.798820; les solicitamos de la manera más respetuosa nos puedan colaborar para poder obtener material de relleno para dicho bien inmueble. Se hace constar que dicho terreno presenta mucha irregularidad e inclinación, por tal motivo se intentó meter maquinaria pesada para poder nivelarlo, pero luego de un análisis exhaustivo nos dimos cuenta de que no se puede "raspar" más el terreno porque las construcciones vecinas (colindantes) tienen sus cimientos muy cercanos a la superficie, lo cual haría que estos trabajos vulneren estas edificaciones. Por tal motivo, se hace necesario rellenar dicho terreno, lo cual también nos garantizaría que el agua llovida no se empoce. Así también, les solicitamos información sobre el primer oficio que les hicimos llegar con fecha de recibido 06/07/2020 por parte de la Secretaría de la Municipalidad de Pococí, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*31 ACTA N?*75 Ordinaria. donde les solicitamos colaboración con dicho proyecto del parque con respecto al área de juegos infantiles (play de juegos) y máquinas biosaludables. Se despide muy atentamente, la Junta Asociación de Desarrollo Integral Los Ángeles Guápiles, no sin antes agradecerles su atención y sus buenos oficios. CIMIENTOS DE EDIFICACIONES VECINAS Carlos Méndez Mora Martha Araya Hernández Presidente Secretaria Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía para su valoración. ACUERDO N? 1963 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Leonardo Reyes Gómez Presidente ADI Primavera, La Rita y la señora Mayuri Monge Vargas, secretaria, teléfono: 8427-2158, 8805-2907, correo electrónico: aso.primavera2014(0Mgmail.comdice: Solicitud de colaboración para el mejoramiento de la infraestructura del Salón Comunal de Primavera “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*32 ACTA N*75 Ordinaria. 29-10-2020 ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL DE PRIMAVERA LA RITA, POCOCI, LIMÓN CÉDULA 3:002:694893 FUNDADA EN EL 2014 Primavera 26 de Octubre del 2020, Señor: Consejo Municipal Pococl, CC, A cada Regldor Municipal, Guápiles, Por medio de la presente les saludamos esperando gocen de excelente motivación tanto personal, a nivel laboral deseamos éxitos, salud y prosperidad en sus labores diarias. De la misma manera nosotros la Asociación de Desarrollo Integral de la comunidad de Primavera, nos dirigimos a ustedes muy respetuosamente para solicitarles de su colaboración con lo sigulente: nuestro pueblo y área comunal imploran por el arreglo de lo que hoy funciona como salón ya que este tiene de construido aproximadamente 35 años y casi toda su infraestructura es a base de madera (comida por polilla), en estos días atrás que hubleron vientos muy agresivos topamos con la mala suerte que el zinc se desprendió y tuvimos hasta que buscar las láminas ya que fueron arrojadas a metros de distancia y otras ya no se pudieron aprovechar por su mal estado. Nuestra asociación se encuentra tramitando por medio de Dinadeco un nuevo salón pero este proceso llevara un lapso de aproximadamente 3 años a partir de este momento ya que hasta octubre del 2021 recibirían la solicitud del anteproyecto y 2022 la del proyecto como tal y seria hasta para el 2023 la ejecución del proyecto como fin (esto si Primero Dios es aprobado), al día de hoy a como se encuentran las Instalaciones no son aptas para ningún tipo de actividad de momento comprendemos que no son utilizadas por lo que estamos afrontando pero llegara el momento en que las necesitaremos y sus condiciones no son las más optimas, por tal motivo es que les solicitamos una reparación provisional a este espacio que para nosotros es nuestro templo y que reúne muchos años de historia en nuestra comunidad pero necesita darle una manita para poder seguir reuniendo a todas aquellas personas que lo necesiten, es por ello y conociendo el espíritu de solidaridad de este honorable consejo les pedimos de una manera muy suplicante ayuda para realizar esta reparación. Adjuntamos proformas de materiales de construcción que realizo un maestro de obras que ya anteriormente nos ha ayudado en algunos trabajos del área comunal (Ej. Graderia, cocina comunal y servicios) y de la misma manera adjuntamos proforma por mano de obra la cual nosotros como asociación nos comprometemos a cancelar el 50% del monto total (mano de obra), así como cualquier otro material que no esté dentro de la lista adjunta. Tenemos completa disposición de aportar nuestro granito de arena pero necesitamos de su apoyo para poder llevar la barca por el mismo rumbo Agradecemos de antemano la ayuda que nos pueda brindar, para nuestra comunidad es de gran importancia llevar a cabo la ejecución de este tipo de proyectos, quedamos a la orden sin más por el momento se despide quedamos a la orden al correo: aso primavera2014 (gmail.com. Post-Data: nuestra ADI cuenta con idoneldad para así dar un buen uso de los recursos brindados. Presidente Secretaria Leonardo Reyes Gómez Mayurl Monge Vargas 3427 21 58 8805 29 07 beer Duero pps feat. PUDE PESMIAVERA Mo La Rita, cucocí, Llmon “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií pa MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*33 ACTA N“75 Ordinaria. 0005 ALMACENES EL COLONO S.A (CARIARI) 3-101-082969 FACTURA PROFORMA 2 - Fax: MA SÓ NIRO 'Y1, CARIARI CENTRO ¡QUÉDATE EN CASA! PARA COORDINAR TU ENTREGA LLÁMANOS AL 2713-1111 O ESCRÍBENOS AL WHATSAPP 6055-7181 Cliente : 090336 MUNICIPALIDAD DE PococI Cuenta : 002 MUNICIPALIDAD DE POCocI Número : 2043937 Vend. : 0166 MARCOS ROJAS JIMENEZ Plazo : 30 días Dir. : REPARACION SALON COMUNAL LA PRIMAVERA Fecha : 19/10/2020 Cantidad Codigo Nombre Presentacion _Bod. Ubl. Predlo Unitario__ Precio Linea 500.000 5002578 BLOQUE CONCRE 12X20X40 CONCREPREFA UND 0001 02 360.00 184,000.00 20.000 1000999 CEMENTO GRIS FUERTE 50KG HOLCIM UND ESP 0001 01 840285 128,053.00 20.000 1071277 VARILLA CORRUGADA H3X6 G60 ASTM A706 UNO 0001 02 1,569.97 33,399.40 3,000 5002574 AGREGADO ARENA DE RIO UND 0001 02 9,534.00 28,602.00 3.000 5002572 AGREGADO PIEDRA CUARTILLA ” 0001 01 12,21239 36,697.17 3,000 2004153 HIERRO NEGRO 3.18MM(1/8)X1,22X2.44 UND 0001 02 36,450.00 109,388.00 80.000 2027223 PERFIL C GALVA 100X50X1.50X6.00 METALCO UND 0001 02 9,091.08 727,286.40 30.000 2027225 TUBO ESTRUCTURAL GALVA 100X100X1.80X6.0 UND 0001 02 22,658.46 679,753.80 35.000 2017021 TUBO ESTRUCTURAL GALVA 50X150X1.80X6.00 UND 0001 02 21,924.31 767,875,18 5.000 7135019 'SOLDAD HILCO 6013 3/32 2.5X350 KG KG 0001 01 4,070.80 20,354.00 8.000 7210806 DISCO MET 9X1.9MM 616228 FLRA MTB UND 0001 01 3,181.41 25,451.28 140.000 1999734 ZINC OND ALUMINIZADO 28(0.35)0.81X3.60 UND 0001 02 8,068.18 — 1,269,545.20 1,200,000 7138027 TORN P/TECHO HG PIBRO 1/4X2" UND 0001 01 2655 31,860.00 500.000 7071024 TORN GYP PLYCEMP/BRO 6X1" UND 0001 01 8:19 3,095.00 26.000 1001526 ARMADURA ELECTROSOLDADA 4.11X2.20X6.00 UND 0001 02 12,056.89 313,479.14 16,000 1089592 CUMBRERA ALUMINIZADA 1128 19X1.03 UND 0001 02 1,891.01 30,256.16 1.000 7015432 COND CABLE THHN 12 ROJO (CAJA) CAJA 100MTS 0001 01 20,088.50 20,088,50 1,000 7015430 (COND CABLE THHN 12 BLANCO (CAJA) CAJA 100MTS 0001 01 20.088,50 20,089.50 1.000 7015429 COND CABLE THHN 12 AZUL (CAJA) CAJA 100MTS 0001 01 20,088.50 20,088.50 1,000 7015431 COND CABLE THHN 12 VERDE (CAJA) CAJA 100MTS 0001 01 20,088.50 20,088.50 40,000 1009647 PLYCEM PLYROCK DM 122X244X6MM UND 0001 02 8,619.47 344,778.80 35.000 7013393 TUBO CONDUIT 12MM 1/2" TIPO A UL UND 0001 01 24513 29,579.56 20.000 7075025 CURVA 90" CONDUIT SCH40 12MM (1/2*) UL UND 0001 01 852.83 17,256.60 40.000 7013796 CONECTOR CONDUIT 5CH40 12MM 1/2" UL UND 0001 01 218.76 11,150.40 100.000 7013462 GAZA EMT 12MM 1/2 1 OREJA UL UND 0001 01 2655 2,655.00 1.000 7045008 2H TAPE ELECTR 20M NEGRO SUPER 193 UND 0001 01 3,101.77 3,101.77 60,000 7006650 33M CONECTOR DERIVACION 562 12-10AWG UND 0001 01 230.09 13,805.40 20,000 7205899 CAJA EMT OCTAGONAL COMBINADA 1/2-3/4 UL UND 0001 04 464,60 9,292.00 16.000 7028717 CAJA EMT RECTANGULAR COMBINADA 1/2* Ya UND n001 01 42920 6,438,00 10,000 7013474 TAPA EMT OCTOGONAL SMUECO UL UND 0001 01 18142 1,814.20 8.000 8530813 PT CORROTEC MATE GRIS 6520 GL GALON 0001 01 19,105.64 105:486.72 3.000 060244 BROCHA 9" CAFE 1395 ATLAS UNO. 0001 01 1,544 25 4,632.75 2.000 6004091 FELPA PIPINTAR 1/2X9 ANTIG/AMARI NOVA UND 0001 01 1,079.55 2,159.30 2.000 6004100 MARCO P/FELPA 0" FRO1196 PROF NARA NOVA UND 0001 01 1,283.19 2,566.38 4.000 8530295 PT ANTICO MINIO ROJO 612 GL. GALON 0001 01 10,287.60 18,287.50 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N?34 Municipalidad de Pocegl MUNICIPALIDAD DE POCOCI a ACTA N“75 Ordinaria. 29-10-2020 0005 ALMACENES EL COLONO S.A (CARIARI) 3-101-082969 Telef.: 2767-7155 Fa: FRENTE A SERVICENTRO FACTURA PROFORMA 41, CARIARI CENTRO Xx ¡QUÉDATE EN CASA! PARA COORDINAR TU ENTREGA LLÁMANOS AL 2713-1111 O ESCRÍBENOS AL WHATSAPP 6055-7181 Cliente : 090336 MUNICIPALIDAD DEPOCOCI Cuenta : 002 MUNICIPALIDAD DE POCoc! Número : 2043937 Vend. ; 0166 MARCOS ROJAS JIMENEZ Plazo : 30 días Dir. : REPARACION SALON COMUNAL LA PRIMAVERA Fecha : 19/10/2020 Candad_Codigo Nombre Presentacion _Bod. Ubl. Precio Unitario__ Preclo Linea 10.000 6025058 INTACO REPEMAX FINO GRIS 40KG UND 0001 02 413280 41,320.00 1.000 7014010 INTACO MAXICRIL-70 GL UND 0001 01 8,762.21 8,762.21 4,000 1001942 MALLA JUNTA RIGIDA 15X45M BLANC UND 0001 02 280089 11,203.56 8,000 8531059 PT CONSTRUCTOR ESM BLANC 2336 GL. GALON 0001 01 12,946.90 103,575.20 6.000. 8530533 PTHS SATIN BLANC 1825 GL GALON 001 01 14,769.91 B8,61946 4,000 6002004 DILUYENTE AGUARRAS EN GALON GALON 0001 01 3,152.21 15,008.64 8.000 7206508 BTISENCIA TOMA DOBLE TR AP1228TR UND 0001 01 1,72124 13,759.92 8.000 7206500 BTI SENCIA APAGADOR SENCILLO APS100 UND D001 01 1,106.19 8,849.52 Última Línea Total en letras: cinco millones trescientos treinta y tres mil doscientos ochenta con 89/100. Observaciones: SubTotal $ 5,933,280.89 Descuento $ 0.00 Impuesto: ¿0.00 Transporte ¿0.00 Peso Total: 5,619.6900 Kg Total Documento 4 5,333,280.89 Vigencia de la Oferta: 30 días Realizado por: MARCOS ROJAS JIMENEZ Windowstnrojas] Por ALMACENES EL. COLONO S.A (CARIARI) “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*35 ACTA N*75 Ordinaria. VARGAS ARROYO, GREIVIN. : 165 2 Correo electrónico: gvargas 1088 gmail.com Fecha: 26/10/2020. Señores: Municipalidad de Pococi, Dirección: Guapiles. Atención: Asociacion de Desarrollo Integral de Primavera Estimados señores: Es para mí un gran honor, realizar la presente oferta para la contratación de mano de obra, herramientas, equipo, para: “RECONSTRUCCIÓN DE SALON COMUNAL DE LA COMUNIDAD DE PRIMAVERA”. 4 Descripción de la obra: A. Derribar estructura actual. B. Limpieza de escombros. Reconstrucción de pared o muro para zócalo y repello de todo el que está actualmente. Construcción de estructura galvanizada y colocación de techo (zinc) en 315 metros cuadrados Cerrar paredes con el material solicitado por la ADI. Realizar pared como división para que funcione como venta de bebidas y bodega de almacenamiento Reconstrucción del piso. Pintura en 315 metros cuadrados. 2nmpo Materiales: Todos los solicitados en la proforma adjunta 2+ =p «L Valor de la obra El valor estimado por concepto a la obra a ejecutar es de: € 3.342.325.00 (TRES MILLONES, TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO COLONES 00/100). Observaciones: l..— Los materiales serán suministrados por la organización que contrata IL. El plazo de entrega será de 30 Días, contados a partir, del común acuerdo y coordinación con los encargados respectivos de la obra, la vigencia de oferta será de 30 días. IL Esta oferta es presentada según los lineamientos establecidos IV. — Debidamente inscrito, bajo persona física para la emisión de las facturas. Sin otro particular y atento a cualquier consulta se despide muy atentamente. Sr. Varghs Arroyo, Grelvin. Céd: 206510652 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalldad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*36 ACTA N“75 Ordinaria. 0005 ALMACENES EL COLONO S.A (CARIARI) Talol: 2787-7165 Fax: FACTURA PROFORMA FRENTE A SERVICENTRO 441, CARIARI CENTRO ¡QUÉDATE EN CASA! PARA COORDINAR TU ENTREGA LLÁMANOS AL 2713-1111 O ESCRÍBENOS AL WHATSAPP 6055-7181 Cliente : 090336 MUNICIPALIDAD DE POCOCI Cuenta : 002 MUNICIPALIDAD DE POCOCI Número : 2043937 Vend. : 0186 MARCOS ROJAS JIMENEZ Plazo : 30 días Dir. : REPARACION SALON COMUNAL LA PRIMAVERA Fecha : 19/10/2020 Cantidad Codigo Nombre Presentacion Bod. Ub. Precio Unitario Precio Linea 500.000 $002578 BLOQUE CONCRE 12X20X40 CONCREPREFA UND 0001 02 368.00 184,000.00 20.000 1000999 CEMENTO GRIS FUERTE 50KG HOLCIM UND ESP 0001 01 6,402.65 128,053.00 20.000 1071277 VARILLA CORRUGADA 43X6 G60 ASTM A70G UND 0001 02 1,669.97 33,399.40 3.000 5002574 AGREGADO ARENA DE RIO UND 0001 02 9,534.00 28,602.00 3.000 6002672 AGREGADO PIEDRA CUARTILLA Me 0001 01 12,212.39 36,637.17 3,000 2004153 HIERRO NEGRO 3.18MM(1/8)X1.22X2.44 UND 0001 02 36,456.00 109,368.00 80.000 2027223 PERFIL C GALVA 100X50X1.50X6.00 METALCO UND 0001 02 9,091.08 727,286.40 30.000 2027225 TUBO ESTRUCTURAL GALVA 100X100X1.80X6.0 UND 0001 02 22,658.46 679,753.80 36.000 2017021 TUBO ESTRUCTURAL GALVA 50X150X1.80X6.00 UND 0001 02 21,324.31 767,675.16 5.000 7135019 SOLDAD HILCO 116013 9/92 2.5X350 KG KG 0001 01 4,070.80 20,354.00 8.000 7210806 DISCO MET 9X1.9MM 616228 FLRA MTB UND 0001 01 3,181.41 25,451.28 140.000 1999734 ZINC OND ALUMINIZADO ++28(0.35)0.81X3.66 UND 0001 02 9,068.18 — 1,269,545.20 1,200.000 7138027 TORN P/TECHO HG P/BRO 1/4X2* UND 0001 01 26.55 31,860.00 500.000 7071024 TORN GYP PLYCEM P/BRO 6X1" UND 0001 01 6.19 3,095.00 26.000 1001526 ARMADURA ELECTROSOLDADA 4.11X2.20X6.00 UND 0001 02 12,056.09 313,479.14 16.000 1089592 CUMBRERA ALUMINIZADA 1/28 19X1.83 UND 0001 02 1,891.01 30,256.16 1.000 7015432 COND CABLE THHN 12 ROJO (CAJA) CAJA 100MTS 0001 01 20,088.50 20,088.50 1.000 7015430 COND CABLE THHN 12 BLANCO (CAJA) CAJA 100MTS 0001 01 20,088.50 20,088.50 1.000 7015429 COND CABLE THHN 12 AZUL (CAJA) CAJA 100MTS 0001 01 20,088.50 20,088.50 1.000 7015431 COND CABLE THHN 12 VERDE (CAJA) CAJA 100MTS 0001 01 20,088.50 20,088.50 40.000 1009647 PLYCEM PLYROCK DM 122X244X6MM UND 0001 02 8,619.47 344,778.80 35.000 7013393 TUBO CONDUIT 12MM 1/2" TIPO A UL UND 0001 01 845.13 29,579.55 20.000 7075025 CURVA 90* CONDUIT SCH40 12MM (1/2*) UL UND 0001 01 862.63 17,256.60 40.000 7013796 CONECTOR CONDUIT SCH40 12MM 1/2* UL UND 0001 01 278.76 11,150.40 100.000 7013462 GAZA EMT 12MM 1/2" 1 OREJA UL UND 0001 01 26.55 2,655.00 1.000 7045008 3M TAPE ELECTR 20M NEGRO SUPER 4133 UND 0001 01 3,101.77 3,101.77 60.000 7006650 3M CONECTOR DERIVACION 562 12-10AWG UND 0001 01 230.09 13,805.40 20.000 7206899 CAJA EMT OCTAGONAL COMBINADA 1/2-3/4 UL UND 0001 01 464.60 9,292.00 16.000 7028717 CAJA EMT RECTANGULAR COMBINADA 1/2" Y 3 UND 0001 01 429.20 6,438.00 10.000 7013474 TAPA EMT OCTOGONAL S/HUECO UL UNO 0001 01 181.42 1,814.20 8.000 8530613 PT CORROTEC MATE GRIS 6520 GL GALON 0001 01 13,185.84 105,486.72 3.000 6060244 BROCHA 3" CAFE £095 ATLAS UND 0001 01 1,544.25 4,632.75 2.000 6004091 FELPA P/PINTAR 1/2X9 ANTIG/AMARIMOVA UND 0001 01 1,079.65 2,159.30 2.000 6004100 MARCO P/FELPA 9" FRO1196 PROF NARA NOVA UND 0001 01 1,283.19 2,566.38 1.000 8530295 PT ANTICO MINIO ROJO 612 GL GALON 0001 01 18,287.60 18,287.60 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*37 ACTA N*75 Ordinaria. 29-10-2020 Página : 2 0005 ALMACENES EL COLONO S.A (CARIARI) 3-101-082009 FACTURA PROFORMA Tolof.: 2767-7155 Fax: FRENTE A SERVICENTRO 141, CARIARI CENTRO ¡QUÉDATE EN CASA! PARA COORDINAR TU ENTREGA LLÁMANOS AL 2713-1111 O ESCRÍBENOS AL WHATSAPP 6055-7181 Cliente : 090336 MUNICIPALIDAD DE POCOCI Cuenta : 002 MUNICIPALIDAD DE POCOCI Número : 2043937 Vend. : 0166 MARCOS ROJAS JIMENEZ Plazo : 30 días Dir, : REPARACION SALON COMUNAL LA PRIMAVERA Fecha :; 19/10/2020 Cantidad_Codigo Nombre Pre ion Bod. Ubi. Precio Unitario Precio Linea 10.000 6025058 MNTACO REPEMAX FINO GRIS 40KG UND 0001 02 4,192.00 41,328.00 1.000 7014010 INTACO MAXICRIL-70 GL UND: 0001 01 8,752.21 8,752.21 4,000 1001942 MALLA JUNTA RÍGIDA 15X45M BLANC: UND 0001 02 2,800.89 11,209.56 8.000 8531059 PT CONSTRUCTOR ESM BLANC 2336 GL GALON 0001 01 12,946.90 103,576.20 6.000 8530593 PTHS SATIN BLANC 1825 GL GALON 0001 01 14,769.91 89,619.46 4.000 6002004 DILUYENTE AGUARRAS EN GALON GALON 0001 01 3,752.21 15,006.84 8,000 7206508 BTI SENCIA TOMA DOBLE TR AP1228TR UNO 0001 01 1721.24 19,769.92 8,000 7206500 BTISENCIA APAGADOR SENCILLO AP5100 UND 0001 01 1,106.19 8,849.52 Última Línea Total en letras: cinco millones trescientos treinta y tres mil doscientos ochenta con 89/100, Observaciones: SubTotal $ 5,333,280.89 Descuento ¿0,00 Impuesto: ¿0.00 Transporte ¿ 0.00 Peso Total: 5,619.6900 Kg Total Documento ¿ 5,333,280.89 Vigencia de la Oferta: 30 días Realizado por. MARCOS ROJAS JIMENEZ Windowalnojasj Por ALMACENES EL COLONO S.A (CARIARI) “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*38 ACTA N?75 Ordinaria. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la comisión de Hacendarios. Nota de secretaría: Se retira el regidor Jonnathan García Chévez, lo sustituye de momento el regidor Osael Campos Bolaños. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*39 ACTA N?75 Ordinaria. ACUERDO N? 1964 Se conoce nota para este Concejo suscrita por MSc. Enrique Quirós Sánchez, director Escuela San Rafael, correo esc.sanrafael.guapilesYmep.go.cr, dice: Oficio: N” ESR-040-2020 Asunto: Nombramiento de miembro para Junta de Educación. Oficio No. ESR — 040 — 2020 De: MSc. Enrique Quirós Sánchez Para: Consejo Municipal de Guápiles Fecha: 22 de octubre, 2020 Asunto: Nombramiento de miembro para Junta de Educación. Reciba un cordial saludo de mi parte el suscrito, Msc. Enrique Quirós Sánchez, cédula de identificación 7-0074-0836 en calidad de Director del Centro Eoucativo San Rafael, Código 3662, perteneciente al Circuito Escolar 01 de la Dirección Regional de Enseñanza de Guápiles. Mediante la presente me permito solicitar la ayuda de ustedes para el nombramiento de un miembro para La Junta de Educación, ya que la misma solo cuenta con cualio miembros. Se adjunta documentación requerida : Esperando una pronta respuesta por parte de ustedes y sin más por el momento. Cordialmente. Firro Ay sello Firma y Sello Diréctor de la Institución Supervisor de Educación NENAO Circuito 01 / e / x ps s (S, DIREC a ¡91 Fund.1938 Observación: Se efectúa trámite de sustitución debido a renuncia de los siguientes miembros del primer recuadro. Se adjuntan acta donde se indica la usencia del miembro y carta de renuncia. Así mismo presento las ternas correspondientes para la Junta de “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*40 ACTA N?75 Ordinaria. Educación Escuela San Rafael, 2020, con los nombres correspondientes de las personas dispuestas a ser partícipes y colaboradores de nuestro Centro Educativo. | Miembro E : Cédula | Michael Cano Centeno 7 0129 0396 Terna NL Y EA: 0 ] Nombre A Cédula Al Daniel Alfonso Sequeira Espinoza o 701180916 A ae Terna N"2 E di BLE if Nombre al Cédula ' Marley Ilse Castellón Alfaro ] y [701030260 | ás o _ Nombre Ñ Cédula Ñ Denie Abarca Paniagua o [111890702 - o ENT Terna N“4 , ] Nombre Cédula | Karen Vanessa Rojas Montero o — 1 1221 0185 ECO A Terna N%5 PASENEN o o Nombre Cédula María Alejandra Bermúdez Milton 1.0894 0207 | En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la propuesta de temas para la conformación de la Junta de Educación Escuela San Rafael, La Colonia, Guápiles, Limón “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*41 ACTA N*75 Ordinaria. Y Cédula Jurídica 3 008 056414, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: cATIV AG ATIVO Atentamente. Mse. Enrique Quirós Sánchez Director Escolar, circuito 01 (Firma y sello) Adjunto: ve Hoja de delincuencia y copia de cédula de cada uno de las personas propuestas Hacen uso de la palabra: Reg. Yaslyn Morales Grajal Saluda, me gustaría señor presidente, que usted pueda nombrar a todas las personas de la terna, yo soy de ese distrito y esa persona que usted nombra, no es vecino ni tiene hijos en esa escuela. No entiendo cómo el director de la escuela de la Colonia nombra una persona que no vive en la comunidad y que no tiene injerencia en ese centro educativo. Me gustaría saber, si en esa terna vienen vecinos de la comunidad, para yo poder razonar mi voto del por qué sí, o, por qué no. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez Voy a explicar el asidero legal, yo puedo ser de palmitas y me pueden nombrar miembro de la junta de educación de la escuela de Guápiles, siempre y cuando yo tenga la voluntad de colaborar, es un derecho como vecino. Les pongo el ejemplo de Don Geovanni Rivera, que viviendo en Cariari era miembro en 3 juntas de educación de lugares, donde precisamente él no vivía, les doy la explicación porque los puestos de las juntas son puestos de confianza del director. Yo voy a votar por la primera persona que viene en el lugar, pero, si ustedes quieren votar por quien dice Yaslyn, que va en segundo lugar la Sra Marley que, por cierto, falta su fotocopia de la cédula y los otros que vienen acá no traen su documentación, solamente la primera viene completa, pero cada quien vota como quiera. Reg. Randall Torres Barrientos Quiero brindar mi apoyo a la propuesta de la Reg. Yaslyn Morales, si bien es cierto, los directores nos hacen recomendación, al final deben pesar otras situaciones de índole “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*42 ACTA N*75 Ordinaria. moral, por ejemplo, de lo que piensa la comunidad, inclusive nosotros debemos revisar bien y ver casos donde hay miembros que ya han fungido y han demostrado manejar muy bien las juntas. Reg. Luis Ángel Méndez Araya Saluda, si bien es cierto, si son puestos de confianza, pero, fungir como director cuando yo estuve, siempre tuve el cuidado de que el puesto fuese avalado también por padres de familia, para que el trabajo se lleve de mejor manera y no hubiese problemas a futuro, por lo tanto, voy a apoyar la propuesta de la Reg. Yaslyn Morales. Reg. Alfredo Calderón Alfaro Saluda, quiero hacer una observación del Covid, si hay tapabocas creo que no hay necesidad de la distancia, la distancia es para cuando uno anda sin tapabocas. Ahora, a lo que se refiere a juntas lo que le corresponde a la municipalidad es saber si los requisitos están bien o mal, lo demás le compete al Ministerio de Educación Pública. Reg. Ovidio Vives Castro Saluda, este tema que se está abordando, se supone, que las personas más interesadas en que todo vaya bien somos los mismos regidores ya que conocemos todas las problemáticas, siempre he pensado que las personas que pertenezcan a una junta deben ser del mismo pueblo, para tener ese compromiso y ese arraigo de velar junto con sus vecinos la situación que están viviendo en cada centro, institución o asociación. La misma junta si necesita reunirse a última hora, están cerca para darse apoyo, así que apoyó la propuesta de la Reg. Yaslyn porque me compete, ya que varios padres de familia me han llamado solicitando ese respaldo y cuentan conmigo, ya que ellos son quienes nos tiene por acá, siempre tomando en cuenta al director que en este caso la coloca segunda opción Reg. Rita Marcelly Umaña Valverde Saluda, esto ha sido muy comentado, pero es muy importante cumplir con los requisitos donde los compañero maestros refirieron a esta persona, si viene con los requisitos es importante que la persona tenga toda la disposición sin importar que viva a dos kilómetros y si el director lo envió me imagino es porque tiene buenos principios y está anuente a participar con la institución. Reg. Jose Antonio Bustos Martínez “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipajida MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*43 ACTA N?75 Ordinaria. Saluda, Apoyo a la Sra Marley llse Castellón, es importante que estén las personas estén cerca del centro educativo, por aquello de alguna emergencia u ocasión, ya ha pasado que cuando son de otras comunidades, cuesta localizarlos. Reg. Yaslyn Morales Grajal Para aclarar que la segunda persona de la terna la señora Marley Castellón, si envió todos los documentos vía correo, me gustaría que la Sra secretaria así lo confirme, estaría ella cumpliendo con todos los requisitos que necesita para participar en estos nombramientos. Recordarles que en el artículo 12 del Código Municipal, inciso g nos da a la potestad por mayoría simple y con criterio de equidad entre géneros a las personas miembros de las Juntas Administrativas de los centros oficiales, en ningún momento este artículo habla sobre que hay que nombrar a la primer persona que viene en las ternas. En este acto, les pido el apoyo a ustedes por la señora Marley Castellón porque es una madre de familia y es una vecina del distrito de La Colonia. Pdte Juan Luis Gómez Gómez Tiene razón, si cumple con todos los requisitos, la cédula viene al dorso. Mi razonamiento de voto porque es el puesto que puso el director y como son puestos de confianza, voto por el señor Daniel Alonso Sequeira Espinoza El señor presidente somete a votación el nombramiento del señor Daniel Alonso Sequeira Espinoza. Por mayoría de 8 votos en contra, 1 voto a favor, SE ACUERDA: Se rechaza el nombramiento del señor Daniel Alonso Sequeira Espinoza. Vota a favor el Pdte. Juan Luis Gómez Gómez. El señor presidente somete a votación el nombramiento de la señora Marley llse Castellón Alfaro Por mayoría de 8 votos a favor, 1 voto en contra, SE ACUERDA: Se nombra a la señora Marley llse Castellón Alfaro. Vota en contra el Pdte. Juan Luis Gómez Gómez. Pasar al Despacho de la Alcaldía para su respectiva Juramentación. Dispénsese del trámite de Comisión. Acuerdo definitivamente Aprobado. Razonamiento positivo del Reg. Alfredo Calderón Alfaro Su voto es positivo siempre y cuando cumpla con todos los requisitos. pe pes CAR UL------ LES “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. a de Pococí
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*44 ACTA N*75 Ordinaria. ACUERDO N* 1965 Se conoce nota para este Concejo suscrita por MSc. María Vanessa Corea Matarrita, directora de la Escuela La Primavera Pococí, teléfono 8760-4909, correo esc.laprimavera.guapilesQ4Mmep.go.cr, dice: Estimados (as) señores (as): En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 "Ley Fundamental de Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP "Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas", procedo a remitir la propuesta de temas para la conformación de la Junta DE EDUCACION ESCUELA LA PRIMAVERA LA RITA POCOCI para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal por motivo de vencimiento: Nombre Cédula OMAR QUIROS PORRAS 104860076 == MARIO ADOLFO CASTILLO CALDERON 701340951 HENIER JESUS FONSECA CAMPOS 703830340 AA E Nombre Cédula YESLIN KARINA QUIROS HERNANDEZ 702070526 YENI PATRICIA CHAVARRIA GUIDO 702160058 YENDRY ALEJANDRA CUBILLO CUBILLO 701810719 Nombre Cédula ISABEL MOYA VARGAS 701250789 MARTA EUGENIA SANCHEZ ROMERO 701120523 LUIS HERNAN NUNEZ GOMEZ 503390747 Nombre Cédula LIGIA ELENA HERNANDEZ OJEDA 604000714 SHARON OLIVAS URENA 702160058 ANGELICA SANCHEZ ROMERO 60226082 Nombre Cédula KEILYN GUTIÉRREZ URBINA 701790178 JESUS FRANCISCO ESPINOZA CARRILLO 601400350 MACEDONIO LOPEZ VALLEJOS 503010267 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Munici MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%45 ACTA N“75 Ordinaria. Atentamente, Firmado digitalmente por MSc. Maria Vanesa Corea Matarrita Fecha: 2020.10,29 09:12:54 -06'00' (Firma y sello del Director del Centro Educativo) Firmado digitalmente por Flor María Ramírez Núñez Fecha: 2020.10.29 09:22:13 -06'00' VB. Supervisor de circuito educativo Hacen uso de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos Saluda, quería indicar que la potestad de nombramiento de juntas recae y reposa sobre el Concejo Municipal, porque cada uno somos los representantes del pueblo y como vivo aquí, nos damos cuenta de otras situaciones que pueden pasar con nombramientos y recomendaciones de directores de juntas. Nosotros tenemos que considerar otros aspectos fundamentales, como que aquellos miembros que ya han operado e hicieron una buena labor, deben ser considerados para que sigan, las personas que regirán y tomarán decisiones tienen que ser personas que ya tengan experiencias y sean consideradas, de esta manera no estaría aprobando esta junta porque no fueron considerados los miembros anteriores. Reg. Reinaldo Benavides Vargas Propuesta Saluda, conozco bien la comunidad de primavera y esta junta, hemos visto avances de la comunidad y escuela, no tengo decreto, pero propongo no votarlo hoy hasta asesorarnos porque la junta que está quiere seguir, por eso compañeros, propongo no someter la votación o de lo contrario yo votaría en contra. Reg. Luis Ángel Méndez Araya Saluda, en cuanto a este tema tenemos que recordar que tenemos que ser custodios de los recursos públicos, no quiero decir con esto y que conste en actas, que las nuevas juntas o nuevas ternas no tengan la capacidad, la pueden tener, pero me pregunto, ¿por qué la directora no le da la oportunidad a la anterior junta de educación? y reconozco el trabajo que han realizado, me han llamado padres de familia molestos haciendo cuestionamientos de que no se les tomó en cuenta en esta terna. Partiendo de este principio deberíamos esperar a que se aclare el por qué, con todo respeto se lo digo a la directora, que por cierto la escuela está muy bonita felicitaciones y “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. alidad de Pecocí
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*46 ACTA N“75 Ordinaria. al personal docente, pero también a la junta anterior merece sus méritos, no estaría votando a favor la terna y solicito se conteste el por qué, gracias. Reg. Supl. Marilú Ballestero Cruz Saluda, mi intervención es en dos direcciones. Este concejo tiene muchos miembros del ámbito educativo y nos sentimos con más criterio para opinar, yo comprendo lo que se dice que el director pone en primer lugar la que ella espera sea nombrada, pero sin afán de juzgar, sí puedo dar fe de que a pesar de que no soy de la comunidad, hice un viaje a la zona y es una escuela muy bonita, quedé impresionada, así que avalo lo que dicen los compañeros. Sin embargo, la junta no la elige solo el director, para nadie es un secreto que no siempre los directores gozan del beneficio de que la comunidad esté de acuerdo con el trabajo que se hace y los mismos compañeros de trabajo por ser el director, no siempre le dan la razón. A veces en el pasado me he dado cuenta de que el director nombra miembros en la junta, pero era por intereses personales y para beneficios de otros, no estoy diciendo que es el caso, pero si es importante que cuando los padres o compañeros llaman, no siempre es así. Tal vez son personas que la comunidad sí le parece que están bien, pero somos nosotros los responsables de nombrarlos y considero poner una pausa e investigar un poco. Los padres son los primeros en quejarse cuando las juntas no funcionan, quiero aclarar que no estoy emitiendo ningún juicio de ninguna escuela específica. Reg. Yaslyn Morales Grajal Saluda, yo honestamente no conozco la escuela, pero mis compañeros me dieron referencia y recibí una llamada de un miembro de la comunidad y debemos ser cuidadosos, como dice en el artículo 13 inciso g, es nuestra responsabilidad nombrar juntas de educación, debemos vigilar nuestras comunidades y si esta está trabajando bien, yo no sé por qué no le pueden dar la oportunidad a la junta que está para que termine su periodo. Nosotros como municipalidad tenemos deberes, responsabilidad y compromiso, ya que se les dirige fondos a estas. Yo fui presidenta de una junta y esta municipalidad le dio en un año más de dos millones de colones, que entran a cuentas corrientes y es dinero que la municipalidad no tiene presupuestado y aquí lo primordial es el derecho superior del niño y si lo somete en votación yo lo votaría en contra, recomendamos nos dé tiempo de valoración. Reg. Alfredo Calderón Alfaro Propuesta Saluda, sugiero una comisión y posponer la votación, formarla para que visite la escuela y se reúna con miembros y directora. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*47 ACTA N*75 Ordinaria. Reg. Ovidio Vives Castro Saluda, este tema fue de discusión en la anterior administración, si se hace una asamblea general de padres de familia y se escoge, sería democrático como debería ser, por lo que en este caso han realizado buenos trabajos esta junta y tienen una escuela muy bonita y son los mismos miembros de la junta que están en comités, los cuales tienen mi admiración y apoyo, solicito esto se posponga. Reg. Supl. Rita Marcelly Umaña Valverde Me llama la atención, conozco bien la comunidad, familias parte de los comités, me preocupa que habría que ver quiénes son las ternas y si es importante hacer una investigación antes de que se nombre esta junta, yo después de las 3 pm los puedo acompañar a visitar la comunidad. Reg. Jose Antonio Bustos Martínez Sabiendo el trabajo y esfuerzo de esa comunidad, hay que tener cuidado del por qué se les está haciendo a un lado, yo no votaría esa terna. Reg. Luis Ángel Méndez Araya El reglamento general de las juntas de educación artículo 18 precisamente habla de la vigencia de 3 años de las juntas y el tema de prórroga si la junta es sobresaliente para reconsiderar, gracias. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez Quiero considerar también que se vence hasta el 19 de noviembre, hay bastante tiempo, se someterá en votación para que se dispense y quede en firme para que le sea notificado a la directora y los compañeros realicen una visita a la escuela, yo los nombro en comisión para que la directora tenga espacio y tiempo de hacer sus descargos. Considerando todo lo anterior, empodero a la secretaria para que se comunique mañana la decisión tomada hoy, para que esta terna se saque de discusión y haya un criterio generalizado de la Municipalidad de Pococí, que se le informe a la directora brindar aclaraciones. Reg. Yaslyn Morales Grajal Para pedir que los que queramos ir, nos pueda atender la junta actual para ver si ellos también están de acuerdo en seguir. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*48 ACTA N?75 Ordinaria. Nota de Secretaría: El señor presidente Juan Luis Gómez, somete a votación las propuestas anteriores de los regidores, que la terna de la escuela Primavera no se someta a votación y la señora MSc. María Vanessa Corea Matarrita directora de la escuela rinda un informe al Concejo y acepte la invitación de la Comisión. El señor presidente nombra en comisión a los siguientes regidores: Reg. Ovidio Vives Castro, Reg. Luis Méndez Araya, Reg. Yaslyn Morales Grajal, Reg. Jose Antonio Bustos Martínez, Reg. Randall Torres Barrientos, Reg. Hilda Zamora Arias, Reg. Reinaldo Benavides Vargas y la Reg. Rita Marcelly Umaña Valverde. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar las propuestas del Reg. Alfredo Calderón de conformar una Comisión para que visite la Escuela y la Junta, propuesta del Reg. Reinaldo Benavides, que no se someta a votación la terna de la escuela La Primavera hasta tener un asesoramiento completo del cambio de junta. Además, se solicita a la señora MSc. María Vanessa Corea Matarrita, directora de la escuela, que rinda un informe a este honorable Concejo Municipal. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N” 1966 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia comercial Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección CARIARI ASTUA PIRIE 100M SUR 291 A PANADERIA DE LA DELEGACION POLICIAL ASTUA PIRIE Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*49 ACTA N?75 Ordinaria. ACUERDO N” 1967 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia comercial Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección CARIARI 400M NORTE 292 JUANA En PILA SALA DE BELLEZA | DE SUPERMERCADO EL AHORRO Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Vota el regidor Osael Campos Bolaños en lugar del regidor Jonnathan García Chévez. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N” 1968 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia comercial Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección LA RITA DIAGONAL A MAGALY VARGAS LA PLAZA 288 CORRALES BAZAR DEPORTES LAS PALMITAS “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*50 ACTA N75 Ordinaria. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Vota el regidor Osael Campos Bolaños en lugar del regidor Jonnathan García Chévez. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 1969 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia comercial Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección CARIARI ASTUA PIRIE LEON MADRIGAL 100M SUR ná INGRID MIRASUnAS DE LA DELEGACION POLICIAL Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Vota el regidor Osael Campos Bolaños en lugar del regidor Jonnathan García Chévez. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 1970 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia comercial Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*51 ACTA N?75 Ordinaria. 295 MARJORIE CERDAS VENTA DE POLVORA a ALA GUILLEN (PATENTE TEMPORAL) HORMIGUITA) Razonamiento de voto de la Reg. Yaslin Morales Grajal Si llegan las patentes aquí es porque ya cumplieron con los pasos, el estudio de suelo, ya le realizaron la inspección y si en dado caso, ese negocio presenta alguna desgracia, ojalá que no, que la responsabilidad no caiga en este Concejo Municipal porque no fuimos a verificar que el establecimiento cumpliera las medidas, entonces es un tema muy delicado porque tienen vidas humanas alrededor de ese negocio. Razonamiento de voto del Reg. José Antonio Bustos Martínez Vota positivo con base al criterio técnico del Lic. Carlos Jiménez Rojas, Coordinador de la Unidad de Patentes. Razonamiento de voto del Reg. Luis Méndez Araya Vota positivo con base al criterio técnico del Lic. Carlos Jiménez Rojas, Coordinador de la Unidad de Patentes. Razonamiento de voto del Reg. Alfredo Calderón Alfaro Vota positivo con base al criterio técnico del Lic. Carlos Jiménez Rojas, Coordinador de la Unidad de Patentes. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez Indica que cuando un documento llega al Concejo Municipal es porque ya cumplió todos los requisitos, por lo tanto, cualquier irregularidad, se exime al Concejo Municipal de toda responsabilidad, pero si desean realizar el comentario, que lo hagan. Reitera y aclara que cualquier documento de cualquier departamento que entre a la corriente del Concejo Municipal, los responsables son los que firman el criterio técnico, en este caso sería el departamento de Patentes, en caso de que se tenga algún defecto la solicitud de la patente. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Vota el regidor Osael Campos Bolaños en lugar del regidor Jonnathan García Chévez. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*52 ACTA N*75 Ordinaria. ACUERDO N* 1971 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia comercial Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección 296 MULTISERVICIOS EL CENTRO GUAPILES FRENTE TRANSITO SA RECREATIVO COSEVI Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Vota el regidor Osael Campos Bolaños en lugar del regidor Jonnathan García Chévez. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 1972 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia comercial Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección LA RITA FRENTE 297 A q RUE BAZAR PLAZA DEPORTES LAS PALMITAS “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*53 ACTA N*75 Ordinaria. Le Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Vota el regidor Osael Campos Bolaños en lugar del regidor Jonnathan García Chévez. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N' 1973 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia comercial Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección 298 MARIA DEL CARMEN PANADERIA Y A BORBON CHACON REPOSTERIA CEMENTERIO Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Vota el regidor Osael Campos Bolaños en lugar del regidor Jonnathan García Chévez. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N” 1974 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia comercial Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*54 ACTA N?75 Ordinaria. HAZEL CORTES PAGO DE SERVICIOS | JIMENEZ URB LOS que MORA PÚBLICOS MOLINOS Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Vota el regidor Osael Campos Bolaños en lugar del regidor Jonnathan García Chévez. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 1975 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia comercial Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección 300 MARIA FERNANDA PAGO DE SERVICIOS il MEJIA CARBALLO PÚBLICOS DON RENE Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Vota el regidor Osael Campos Bolaños en lugar del regidor Jonnathan García Chévez. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Nota de Secretaría. Se incorpora el regidor Jonnathan García. ACUERDO N* 1976 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*55 ACTA N“75 Ordinaria. y Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia comercial Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección o GUAPILES; 175M JUNIOR CAMARENO OESTE E LA ESTACION 301 ROJAS MULTISERVICIOS DEL CUERPO BOMBEROS Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 1977 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0107-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de licores Exp | Nombre del Solicitante | Actividad y Categoría Dirección MINISUER CON NAZARETH 500M 50 WU XING HUA VENTA LICOR OESTE DELA CATEGORIA D-1 ENTRADA PERDIZ Por mayoría de 8 votos a favor. 1 voto en contra, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Vota en contra el regidor Randall Torres Barrientos. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 1978 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalldad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*56 ACTA N*75 Ordinaria. Oficio: PA-0107-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de licores | Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección | RESTAURANTE ROXANA DE LA pa VINICIO LOPEZ CON VENTA DE CARNICERIA LA SEQUEIRA LICOR/ CATEGORIA | PARADA 600 SUR c CARRETERA LESVILLE Por mayoría de 8 votos a favor, 1 voto en contra, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Vota en contra el regidor Randall Torres Barrientos. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N' 1979 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-0108-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia comercial Exp | Nombre del Solicitante Actividad Dirección RESTAURANTE CON LA COLONIA 200M 49 dialairo== "Ud VENTA DE LICOR/ | NORTE DEL ANTIGUO CATEGORIA C MANOLOS “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
funicipalidau de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*57 ACTA N?75 Ordinaria. AER MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ á GUÁPILES - POCOCÍ Yo DESPACHO DEL ALCALDE 03 Teléfono: 2710-7182 PRA Correo: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr MUNICIPALIDAD DE POcOCI RES-DAM-0015-2020 MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ. Despacho del Alcalde. Al ser las nueve horas del dieciséis de octubre de dos mil veinte, se conoce recurso de apelación de Marcela Fonseca Loaiza. RESULTANDO 1. Por resolución PA-203-2020 de la Unidad de Patentes, se resolvió denegar el otorgamiento de una licencia de licores a la munícipe Marcela Fonseca Loaiza, en el distrito La Colonia, 200 metros norte del antiguo Bar Manolos, por no cumplir con las distancias que regula la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico. IL. Contra lo resuelto por el jefe de la Unidad de Patentes, la señora Fonseca Loaiza interpone un recurso de apelación, pretendiendo: “4. Solicito se declare con lugar el presente Recurso. 2- Ruego al superior, se proceda como en derecho corresponde, y ordenar a los inspectores Municipales que se realice una nueva medición, aplicando la normativa existente.” 111. Por inspección en el sitio «donde se pretende la licencia de licores- realizada el día 15 de octubre de 2020, por los funcionarios municipales William Vargas Quirós y Carlos Pérez Brenes, se determinó ante una nueva medición, que la distancia entre la puerta de acceso principal al establecimiento comercial y la puerta de acceso principal al centro de atención de adultos mayores es de ciento cincuenta y uno metros. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí Auditor] MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*58 ACTA N*75 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ GUÁPILES - POCOCÍ DESPACHO DEL ALCALDE Teléfono: 2710-7182 Correo: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr MUNICIPALIDAD DE POCOC! RES-DAM-0015-2020 CONSIDERANDO PRIMERO. Alegatos del recurrente. En su recurso, la señora Fonseca Loaiza argumenta en lo conducente: “Que en el procedimiento se ha violentado todas las formalidades del derecho público, las que tiene como objetivo fundamental la implantación de una serie de derechos y garantías en beneficio del administrado que se han convertido a su Vez en deberes a cargo de la administración como un todo. Que dentro de ese marco de garantías que podemos calificar de formales, es decir las que implican que un procedimiento determinado en ausencia de estas formalidades será ilegítimo, y no solo eso es inconstitucional.” “En el caso que nos ocupa se tiene que medir, tomando siempre las puertas más cercas, y cuáles son las pertas más cercanas, las de ingreso a los recintos privados, sea la puerta o sitio de ingreso al público a la construcción que utiliza Restaurante Onde Huevo con respecto a la puerta o sitio de ingreso de público al Hogar Para Adultos Mayores NOA, las áreas verdes o áreas de jardín o parqueo, no forma parte de los recintos que se tiene en el Restaurante Onde Huevo o en Hogar NOA. En este caso, se debe realizar la medición de puerta a puerta, tomando como puerta del Restaurante Onde Huevo, el sitio más cercano de ingreso de público al establecimiento, con respecto a la puerta de ingreso al establecimiento que tiene construido Hogar NOA.” SEGUNDO. Es importante hacer ver a la parte recurrente que visto el presente caso, no existe violación al debido proceso, pues estamos frente a la denegatoria de un trámite, y no frente a la aplicación de una sanción, tales actos son diferentes, por “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
funicipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*59 ACTA N?75 Ordinaria. PE: MUNICIPALIDAD DE POCocÍ GUÁPILES - POCOCÍ A DESPACHO DEL ALCALDE US Teléfono: 2710-7182 Correo: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr MUNICIPALIDAD y DEPOCOCI RES-DAM-0015-2020 ejemplo, al dar lectura al artículo 56 del Reglamento sobre. Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, sobre los recursos, se puede ver la separación entre el acto de denegar una licencia y el acto de aplicar una sanción, además, el artículo 52 de este reglamento, obliga el respeto de todas las formalidades del procedimiento regulado por la Ley General de la Administración Pública para la aplicación de sanciones, no por denegar una licencia, pues en este último supuesto no se ha creado un derecho, ni siquiera un expectativa. En todo caso, el acto de la denegatoria de la licencia comercial le fue debidamente notificado, e inclusive expresamente se le puso en conocimiento de la vía recursiva del artículo 171 del Código Municipal, al punto que actualmente se está resolviendo el recurso de apelación, por ello, se rechazan los argumentos sobre la violación al debido proceso por improcedentes. TERCERO. Sobre el fondo del asunto. Lo pretendido por la señora Fonseca Loaiza es una licencia de licores tipo “C”, para lo cual el artículo 9 inciso b) de la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, exige que para otorgarlas debe haber como mínimo una distancia de cien metros de centros educativos públicos o privados, centros infantiles de nutrición, instalaciones donde se realicen actividades religiosas que cuenten con el permiso de funcionamiento correspondiente, centros de atención para adultos mayores, hospitales, clínicas y Ebais, en concordancia con el artículo 48 inciso b) del reglamento a dicha ley, siguiendo como parámetro para la medida de los cien metros lo estipulado en el inciso e) del artículo 48 referido, cual es de puerta a puerta, tomando siempre las puertas más cercanas del establecimiento que pretenda bebidas con contenido alcohólico y la de aquel punto de referencia. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*60 ACTA N?75 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ GUÁPILES - POCOCÍ DESPACHO DEL ALCALDE Teléfono: 2710-7182 Correo: manuel.hernandezOmunipococi.go.cr MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ RES-DAM-0015-2020 Por lo prescrito en la norma, el suscrito procedió a solicitar a inspectores municipales que realizaran una nueva medición del establecimiento comercial, con relación al centro de atención de personas adultas mayores, tomando el criterio de puerta a puerta como parámetro, producto de dicha inspección, como se señaló en el RESULTANDO lll, arrojando el nuevo resultado de medición, una distancia de ciento cincuenta y uno metros, o sea, por encima del mínimo permitido, por ello, debe la Unidad de Patentes valorar de nuevo el caso, tomando en consideración la nueva medida realizada por los inspectores municipales. POR TANTO De conformidad con las normas expuestas, particularmente con lo dispuesto en el artículo 48 inciso e) del Reglamento sobre Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, se ordena a la Unidad de Patentes valorar nuevamente la solicitud de la señora Fonseca Loaiza, con la medida de ciento cincuenta y uno metros entre el acceso principal al establecimiento comercial y el acceso principal al centro de atención de adultos mayores, obtenida por los inspectores municipales William Vargas y Carlos Pérez, en consecuencia, se anula la resolución PA-203-2020 de las 15:10 horas del 11 de setiembre de 2020 de la Unidad de Patentes con la finalidad que valore nuevamente la solicitud de la señora Fonseca Loaiza; por otra parte, se rechaza el recurso de apelación únicamente en cuanto a las alegadas violaciones al debido proceso por improcedentes. Lic, e Héjrlández Rivera A alde c/archivo ze “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*61 ACTA N*75 Ordinaria. 16/10/2020 Gmail - Notificación resolución RES-DAM-0015-2020 a Marcela Fonseca Loalza 1m G mail Servicios Jurídicos Municipalidad Pococí <munipococl JuridicosQgmall.com> Notificación resolución RES-DAM-0015-2020 a Marcela Fonseca Loaiza 1 mensaje Servicios Jurídicos Municipalidad Pococí <munipococijuridicos(3gmail.com> 46 de octubre de 2020 a las 10:32 Para: bufetepocociAgmall.com Buenos días. Al ser las diez horas treinta y dos minutos del dieciséis de octubre de dos mil veinte, procedo a nolificar a Marcela Fonseca Laoiza la resolución RES-DAM-0015-2020, del alcalde municipal, que resuelve recurso de apelación contra la resolución de la Unidad de Patentes: PA-203-2020 en la que se le denegó el trámite para la obtención de una licencia de licores. El documento se envía en formato PDF, Lic. Christian Córdoba Oviedo Servicios Jurídicos Internos Municipalidad de Pococí ba] RES-DAM-0015-2020.pdf 529K “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí £ A ía MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*62 ACTA N?75 Ordinaria. 04 (1) MUNICIPALIDAD DE POCOCI DESPACHO DEL ALCALDE o Teléfono: 2711-1208 DEPODOCÍ Manuel hernandezQOmunipococi.go.cr Guápiles, 22 de octubre de 2020 DAM-0438-2020 Lic. Carlos Jiménez Rojas Patentes Mediante el presente oficio se remite expediente que consta de 30 folios del caso de la señora Marcela Fonseca Loaiza , se solicita tomar en cuenta lo dispuesto en la Resolución RES-DAM-001 5-2020, para que proceda según corresponda. Agradeciendo su atención se despide; CAS Lic. Manuel Herhárdez Rivera Alcalde e/archivo Y ja o a _H A Fo ora: pis Se procede con un receso. Inicia la sesión al ser las 7:22 p.m “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*63 ACTA N?75 Ordinaria. Participan de la Palabra: Razonamiento de voto negativo del Reg. Randall Torres Barrientos Yo he estado preocupado por el tema de las patentes porque todas las semanas hay varias para aprobar y en diferentes lugares, me preocupa cuando son en lugares como en Toro Amarillo y ahora ésta de Nazareth, son zonas con un alto índice de problemas y siento que nosotros debemos ordenar el cantón, no otorgar tanta cantidad de patentes. El compañero decía que para eso está la policía (en una sesión anterior) en caso de algún problema, pero a este tipo de supermercados y negocio, cuesta mucho. He visto en una licorera muy céntrica que todos los fines de semana hay problemas, con una enorme cantidad de personas que parece que están en carnaval, la gente a veces no entiende el problema en que estamos del COVID, veamos el caso de Francia que ya va por una segunda oleada. Cuando pasemos a una segunda oleada, no vamos a poder controlar y por eso mi voto va a ser negativo, no voy a aprobar este tipo de patentes, porque además de eso, la gran cantidad de patentes causa desunión familiar y una gran cantidad de problemas, siento que como Gobierno Local debemos regular este tema. Razonamiento de voto positivo del Reg. Reinaldo Benavides Vargas De esa patente conozco un poquito, que es donde prácticamente funciona el Bar Restaurante Onde Huevo, cuando los inspectores hicieron la primer medida, parten de un lugar ahí que es privado, ese hogar que cobra medio millón de colones por cada persona que cuida. Cuando los inspectores hacen la segunda medida ellos reflejan que sí cumplen, por lo tanto, yo sí voy a votar la patente a favor. Razonamiento de voto positivo del Reg. Ovidio Vives Castro Me acojo al criterio técnico porque hay recomendaciones, me queda claro que es un negocio que no tiene iglesias evangélicas o católicas cerca, ni escuelas, kínder o colegios. Es estos momentos es cuando el municipio debe generar empleo de esta forma, podemos darnos cuenta de que abrir un restaurante con venta de licor, posiblemente van a contratar a 306 personas y se ve reflejado en familias que van a llevar sustento a sus hogares mes a mes. Tenemos que ver lo importante que es, en estos momentos, en tiempos de la pandemia y hay pocos empleos, hay personas que están dando esta confianza de abrir estos negocios y a su vez generar empleos a muchas personas que necesitan. En base al criterio técnico de la alcaldía y patentes, lo voto a favor. Razonamiento de voto negativo del Reg. Yaslin Morales Grajal “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
| Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*64 ACTA N75 Ordinaria. En la Ley 9047, artículo N*4 se explica sobre el tipo de licencias que se otorgan de licores, hay un inciso que indica que, por cada 300 habitantes, se puede otorgar una patente de licores. Me gustaría que el departamento de Patentes nos realice un estudio técnico de cuántas patentes de licores hay por distrito, para saber si este Concejo Municipal está aprobando más patentes de las debidas. El tema de licores trae para algunos economía, para otros problemas familiares y violencia doméstica. Me preocupa también lo que el regidor Randall Torres dice se han venido aprobando patentes de licores sin ningún reparo y he sido parte de eso, ahora no me percate la de Nazareth, pero esta si la voy a votar en contra, porque sería muy irresponsable de traer a mi distrito problemas. Compañeros les solicito no votar esta patente porque en el distrito de La Colonia hemos luchado por la seguridad y al no saber cuántas patentes hay por distrito o si estamos cumpliendo con la ley, eso me preocupa. Razonamiento de voto positivo del Reg. José Antonio Bustos Martínez. Ya sabemos que hay un criterio técnico de una inspección sobre este negocio donde se dice que ya el establecimiento está cumpliendo con todo lo respectivo, sabemos que las personas vienen a la Municipalidad a solicitar un servicio, sea de licorera o bar y se cumple con todo lo debido, la persona como comerciante necesita que le cumplan, por lo que estaría votando positivo la patente. Razonamiento de voto negativo del Reg. Luis Ángel Méndez Araya Parece que en el cantón hay más cantinas y bares que escuelas o instituciones de beneficencia, en eso hay que tener mucho cuidado porque la sociedad espera y si pesamos la responsabilidad que tenemos, creo que estaríamos, de una u otra forma, haciéndole un daño al cantón y pesa en nuestras conciencias lo bueno o lo malo que hagamos en este Concejo Municipal, por lo tanto, estaría votando en contra la patentes. Razonamiento de voto positivo del Reg. Alfredo Calderón Alfaro Voto positivo debido a que ya tiene todos los criterios técnicos necesarios. Razonamiento de voto positivo del Reg. Juan Luis Gómez Gómez Voto positivo con fundamento al informe técnico de Patentes en la resolución RES-DAM- 0015-2020, firmada por el alcalde municipal Manuel Hernández Rivera y con base a que hay derechos para todos los munícipes del cantón y si la persona cumplió con los requisitos de esta Municipalidad, se le debe de aprobar la patente. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*65 ACTA N*75 Ordinaria. Por mayoría de 6 votos a favor, 3 votos en contra, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Votan en contra la regidora Yaslin Morales Grajal y los regidores Randall Torres Barrientos y Luis Ángel Méndez Araya. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 1980 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna, dice: Informe N? Al-341-2020 Asunto: Remisión del Informe Final “PAl-002-2020 Proyecto Evaluación de la gestión de adquisición de bienes y servicios de la Municipalidad de Pococí. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipaliciaes de Pococí pS MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*66 ACTA N?75 Ordinaria. (a 3) Municipalidad de Pococí $ AUDITORIA Guápiles, Pococí o PICADO POCOS De pocoai Al contestar refiérase Al oficio N* Al-341-2020 Guápiles, 14 de octubre 2020 Señores Miembros del Concejo Municipal Presente, ASUNTO: REMISIÓN DEL INFORME FINAL "PAI-002-2020 Proyecto Evaluación de la gestión de adquisición de bienes y servicios de la Municipalidad de PococÍ", Respetable señor: De conformidad con lo establecido en la Ley General de Control Interno No. 8292 y normativa conexa, esta Auditoría Interna procede a efectuar la comunicación final de los resultados, conclusiones y recomendaciones del Proyecto PAI- 002-2020 "Evaluación de la gestión de adquisición de bienes y servicios de la Municipalidad de Pococl". Se Transcribe lo que establece la Ley General de Control Interno No. 8292 sobre los informes dirigidos al jerarca. Artículo 37. —Informes dirigidos al jerarca. Cuando el informe de auditoría esté dirigido al jararca, oste deberá ordenar al tilular subordinado que corresponda, en un plazo improrrogable de treinta dias hábiles contados a partir de la fecha de recibido el informe, la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de tales recomendaciones, dentro del plazo indicada deberá ordenar las soluciones alternas que molivadamente disponga; todo ello tendrá que comunicarlo debidamente a la auditoría interna y al titular subordinado correspondiente. Artículo 38, —Planteamiento de conflictos ante la Contraloría General de la República. Firme la resolución del jerarca que ordene soluciones distintas de las recomendadas por la auditoría interna, esta tendrá un plazo de quince días hábiles, contados a partir de su comunicación, para exponerle por escrito los motivos de su inconformidad con lo resuelto y para indicarle que el asunto en conflicto debe remitirse a la Contraloría General de la República, dentro de los ocho días hábiles siguientes, salvo que el jerarca se allane a las razones de inconformidad indicadas. La Contraloría General de la República dirimirá el conflicto en última instancia, a solicitud del jerarca, de la auditoría intema o de ambos, en un plazo de treinta días hábiles, una vez completado el expediente que se formará al efecto, El hecho de no ejaculer injuslificadamente lo resuelto en firme por el órgano contralor, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el capítulo V de la l.oy Orgánica de la Contraloría General de nici pa WepéblenP URL de 7 de seliembre de 1994, E A R | A _. Los valores óticos no son negociables S E / ú Auditoría Intorna [8 Toléfono N* 2714-1701 — Fax 2711-1701, Email. graco.chinchillaGgmall.com; auditoriafWmunipococl.9o.er ¡do por: e a /imZ2000_— Página 1]2 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidau de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*67 ACTA N*75 Ordinaria. 177 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, PococíÍ MON IA MAD OLIOCOL "pa POCOCÍ Artículo 39. —Causales de responsabilidad administrativa. El jerarca y los filulares subordinados Incurrirán en responsabilidad administrativa y civil, cuando corresponda, sí incumplen injustificadamente los deberes asignados en esta Ley, sn perjuicio de otras causales previstas en el régimen aplicable a la respectiva relación de servicios. [...] Igualmente, cabrá responsabilidad administrativa contra los funcionarios públicos que injustificadamente incumplan los deberes y las funciones que en maleria de control interno les asigne el jerarca o el titular subordinado, incluso las acciones para instaurar las recomendaciones emitidas por la auditoría interna, sin perjuicio de las responsabilidades que les puedan ser impuladas civil y penalmente [...). En la conferencia final estuvieron presentes por medio de la plataforma Teams, los siguientes funcionarios; Lic. Manuel Hernández Rivera / Alcalde Municipal, Lic. Ronald Quirós Brenes / Sub Proveedor Municipal, MBA. Mauricio Garita Varela | Hacienda Municipal, Licda. Andrea Camacho Zarale | Administración Financiera, Licda. Liselh Mora Agilero / Presupuesto, MAF. Rosalyn Corrales Salas I Planificación y Desarrollo Institucional, Ing. Brandon Agilero Maroto / Obras Civiles y Servicios Municipales, por parle de la Auditoría; Licda. Grace Chinchilla Villegas, Maff/ Audilora Interna, Lic. Víctor Vidal Bermúdez / Auditoría Interna, Lleda. Sabrina Zúñiga Corrales / Auditoria Interna. No se conectaron a la plataforma de Teams, a la conferencia de resultados los funcionarios Lic. Manuel Acuña Vargas / Proveedor Municipal y el Ing. Freddy Rivera Varela / UTGVM. Sin más que manifestar y agradeciendo la atención a la presente, Firmado digitalmente por GRACE CHINCHILLA VILLEGAS (FIRMA) Fecha: 2020.10,14 11:21:27 -06'00' Auditora Ihtéerna Co: Archivo Papeles de Trabajo Los valoros óticos no son negociables Auditoria interna Teléfono N* 2714-1701 - Fax 2711-4701, Email. grace.chinchillafMqmall.com; audi torlaf)munipococi.qo.cr Página2]|2 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*68 ACTA N*75 Ordinaria. 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí MAL DNO OL 1OLOC MUNICIPALIDAD DE POCOCI AUDITORIA INTERNA PROYECTO "EVALUACION DE LA GESTION DE ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS DE LA MUNICIPALIDAD DEPOCOC!" Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Emall. grace.chinchillaf2qmall.com; auditoriafamunipococi.go.cr Página 1]|25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipali í r 'cipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*69 ACTA N?75 Ordinaria. 9) Municipalidad de Pococí Guápiles, Pococí AUDITORIA PUNO EL POCOO CONTENIDO Página No, RESUMEN EJECUTIVO. ...occoonononnerecnnonarnnnnnnnnnnenacnn nan rna rar reno r nana rn erre nana raros 4 1. INTRODUCClÓN.cenooncccccaonnanoronnncnanonannananons en Dl 1.1, Origen del estudio ........ 6 1.2. Objetivo general del estudio ............ 6 1.3. — Generalidades acerca del objeto examinado . 0 1.4. — Naluraleza y alcance del estudio .........mocoonerooononernnnannnnanon non ranen enanos 8 1.5. — Limitaciones que afectaron la ejecución del estudi ....cooocenonnonornorononananannnns 8 1.6. Comunicación de los resultadoS ........oomo=.omo=. 8 1.7. Metodología aplicada ........orroooresmorecnono. a 2, RESULTADOS ..oorccccnnocccnnnnccnonereneconnnnra narra noronnninnnos +08 2.1 Sobre el proceso de Planificación de Compras de Bienes y VOS ara 9 2.1.1 — Debilidades en el proceso de planificación institucional en la adquisición de bienes y servicios, 9 22 Sobreel Proceso de Adquisición de Bienes y ServiciOS ...ccoooorensnnnnoneninnnnos 2.3 Sobrela ejecución fiscalización y recepción final de los proyectos .. 2,4 Otras deficiencias de control interno identificadas. ..........«===..... 25 Incumplimientos de registros en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).22 3. CONCLUSIONES .............. 22 4. RECOMENDACIONES Los valores éticos no son negociables Auditoría Intorna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillaWgmall.com; auditoria AMmunipococl.go.cr Página 2/25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pocosí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*70 ACTA N?75 Ordinaria. Y 7 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí MID CO ÍNDICE DE CUADROS Cuadro Título Página No. No. 1 Etapas de procedimiento de contratación 7 2 Adjudicaciones realizadas periodo 2018 — 2019 según procesos de contratación 8 3 Compras realizadas por tipo de procedimientos adjudicados 10 4 Detalle de procesos de contratación administrativa periodo 2019 11 Los valores óticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillaMWgmall.com; auditoriafmunipococi.go.cr Página 3]|25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N?71 ACTA N*75 Ordinaria. Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI 9) Municipalidad de Pococí 7 AUDITORIA Guápiles, Pococí MUPOCIPALIDAD AIDA OOO 'DE POCOCÍ RESUMEN EJECUTIVO El proceso de adquisición de bienes y servicios de la Municipalidad de Pococí debe estar orientado a garantizar la eficiencia y eficacia en las operaciones, el cumplimiento de ta normativa aplicable, que permitan generar información oportuna y la salvaguarda del patrimonio municipal. El periodo objeto de análisis abarcó las actividades realizadas entre el 01 de enero del 2018 al 30 de septiembre 2019, el cual se amplió cuando se consideró necesario. El sistema de adquisiciones públicas constituye un eficiente mecanismo para beneficiar el desarrollo económico y social. De igual forma, la buena gestión de adquisiciones en el sector municipal está directamente vinculado a la oportunidad en que las instituciones del sector puedan proveer de manera eficaz y eficientemente los bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y metas institucionales. Este esludio es importante por cuanto la Municipalidad de Pococí, para el periodo comprendido entre el año 2018 y al 30 septiembre 2019, adjudicó £8.546.5 millones correspondientes a 492 procedimientos de contratación que deben garantizar la objetividad, transparencia y el fiel cumplimiento de los principios básicos de contratación administrativa que regulan el sector público, lo cual hace necesario un control efectivo, con el fin de optimizar la asignación y el uso de los importantes recursos que se intervienen. No obstante lo anterior, se determinó en el presente estudio que la Municipalidad de Pococí carece de un proceso de adquisición de bienes y servicios, alineado a una adecuada planificación estratégica, vinculada con el Plan de Desarrollo, Plan Anual Operativo. El programa anual de adquisiciones de bienes y servicios no cumple con la normativa legal vigente y no permite promover actividades para la identificación de las necesidades que por su naturaleza, complejidad de los objetos contractuales, el aprovechamiento de economias de escala, la definición de la fecha estimada en la cuál se requiere el bien o servicio y en la optimización del uso de los recursos públicos que se destinan a los procesos tanto de adquisiciones como de ejecución de obras. De los 492 procedimientos de contratación administrativa promovidos por la Municipalidad, 448 fueron contrataciones directas, equivalentes a 91.06%, 43 licitaciones Abreviadas para Un 8,74% y 1 Licitación Pública, lo que representa 0.20%. Asimismo existe un incremento significativo de trámites de contratación en el último trimestre (2019), ejecutándose 235 procesos, desglosadas en 216 procesos de contratación directa, 18 licitaciones abreviadas y 1 licitación pública, estos procesos ejecutados en los meses de octubre a diciembre equivalen a 62.17% del total de los procesos ejecutados en todo el año, lo cual afirma lo señalado lineas atrás, que la Municipalidad de Pococí no planifica adecuadamente la adquisición de bienes y servicios. Por otra parte se comprobó que la decisión de que da inicio al procedimiento de contratación administrativa carece de algunos requisitos establecidos en la normativa como lo son descripción del objeto, especificaciones técnicas de las obras o servicos requeridos, definición de controles de calidad, estimación de costo del objeto, definición del encargado del proyecto. Los valores óticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N? 2711-1701 - Fax 2711-1701, Email. bl mall. A Il ¡un Página 4/25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalldad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*72 ACTA N?75 Ordinaria. 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí PLC Ol POCO Tambien, se identificaron 29 expedientes donde no se elaboraron los análisis de aspectos formales, en 25 expedientes no se llevaron a cabo estudios y valoración de ofertas de acuerdo a los parámetros establecidos en el cartel de conformidad con los artículos 15 y 29 del Reglamento de la Proveeduría Municipal y artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, que establece que para facilitar este estudio, el órgano competente confeccionará un cuadro comparativo de análisis de las ofertas según su ajuste a las especificaciones del cartel y de sus caracteristicas más importantes, el cuál formará parte del expediente respectivo. Además, en 85 expedientes, la Proveeduría no elaboró en conjunto con la parte técnica el informe de recomendación, ya que se tiene por coslumbre solicitar a la parte técnica un informe de recomendación y adjudicación de las ofertas, no se evidencia en el expediente que se haya hecho un análisis de cumplimiento de las especificaciones técnicas señaladas en el cartel, lo que se evidencia es un cuadro de factores a calificar, por lo que queda la duda si las ofertas cumplen con lo requerido, además se aumenta el riesgo de que se adjudiquen procesos sin los requerimientos solicitados en las especificaciones técnicas, con la consecuencia, entre otras, de que la institución podría estar tomando una decisión que no sea la más favorable y ventajosa para el interés público. En 43 expedientes no se logró evidenciar el medio por el cual se comunicó el acto final del procedimiento, se desconoce si fue el mismo medio donde se cursó la invitación, incumpliendo con artículo 88 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa. Aunado a todo lo anterior, a la fecha de este proyecto la Municipalidad no ha implementado el “Sistema Integrado de Compras Públicas" (SICOP). En consecuencia, las situaciones señaladas pueden llegar a propiciar el uso Injustificado de los procedimientos de excepción, También se podría incurrir en costos adicionales y desaprovechamiento de las economías de escala; la toma de decisiones sin la suficiente documentación de respaldo; la recepción de bienes y servicios que no sean de calidad y oportunidad requerida, o bien, no correspondan a las necesidades de la Municipalidad ni satisfagan el interés público y por consiguiente, no contribuyan al desarrollo del cantón. Asimismo, la administración ha sido omisa en implementar normativa y procedimientos internos vigentes y específicos, que orienten la ejecución de las funciones relacionadas con la adquisición de bienes y servicios. En este sentido se estará girando las recomendaciones correspondientes. Los valores éticos no son negociables Auditoria Interna Teléfono N* 2711-1701 = Fax 2711-1701, Emall. grace.chinchillafMgmail.com;_auditorlafMmunipococi.go.cr Página 5|25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*73 ACTA N*75 Ordinaria. Y q 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí pe “EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE LA MUNICIPALIDAD DE Pococ!” 1. INTRODUCCIÓN 1,1, Origen del estudio 1.11. Elestudio se realizó en cumplimiento al plan de trabajo 2019 y 2020, y denuncias presentadas a este despacho, como también de acuerdo con la valoración de riesgos donde este proyecto se clasificó en un rango alto, 1.1.2 — El sistema de adquisiciones públicas constituye un eficiente mecanismo para beneficiar el desarrollo económico y social de un país. De igual forma, la buena gestión de adquisiciones en el sector municipal está directamente vinculado a la oportunidad en que las instituciones del sector puedan proveer de manera eficaz y eficientemente los bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y melas institucionales. 1.2. Objetivo general del estudio Evaluar la gestión de adquisición de bienes y servicios por parte de la Municipalidad de Pococí durante los años 2018 al 30 de septiembre del 2019 con el fin de determinar su apego a la normativa aplicable y el uso eficiente de los fondos públicos respectivos en el cumplimiento de los objetivos institucionales. 1.2.1 Objetivos específicos 12 Determinar si se cuenta con un sistema de aprovisionamiento institucional orientado a garantizar la eficiencia y eficacia en las operaciones, el cumplimiento de la normativa aplicable, generación de información oportuna y la salvaguarda del patrimonio municipal. FAte Evaluar si para la contratación de blenes y servicios realizados en el periodo de análisis, se han observado el cumplimiento efectivo de las normas legales y técnicas respectivas. 1.3. — Generalidades acerca del objeto examinado 1.34 Laaotividad contractual de la Municipalidad de Pococi se rige por la Ley de Contratación Administrativa N?7494 y su respectivo Reglamento, el Reglamento de Proveeduría Municipal, para este estudio se utilizó el publicado en la Gaceta 78 del 24/04/2006,(procesos de contratación del año 2018), y el Reglamento de Proveeduría Municipal publicado en la Gaceta 5 del 05/01/2019, vigente ala fecha, siendo estos los instrumentos principales creados para realizar la adquisición de bienes, servicios y obras de infraestructura. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2741-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillafMWqmail.com; auditoriafimunipococi.go.cr Página 6]25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*74 ACTA N?75 Ordinaria. /% 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí a PUNICIM OM Bl POLI DE PODOCÍ 1.3,2 1.33 1.34 Adicionalmente, el marco regulatorio para la adquisición de bienes, servicios y obras se complementa con la Constitución Política, la Ley General de Control Interno N*8292, Código Municipal y otra normativa conexa. El Reglamento de la Proveeduría publicado el 05/01/2019, en su artículo No.57 señala que en las contrataciones públicas y contrataciones abreviadas, el responsable de dictar el acto de adjudicación será el Concejo Municipal, y en las contrataciones directas y de escasa cuantía el responsable de dictar el acto de adjudicación será el Despacho de la Alcaldía (hasta por un millón de colones), articulo 58 y en caso de ser superiores necesariamente requerirán el respectivo acuerdo de pago por parte del Concejo Municipal. La Proveeduría Municipal es la encargada del proceso de compras en el Gobierno local de Pococí. Es responsable de desarrollar y ejecutar el proceso de contratación administrativa, de realizar varias actividades de la planificación de compras, hasta llegar a la ejecución, fiscalización e informe de cierre. Para desarrollar las diferentes actividades se pueden visualizar en la imagen No.1. Imagen No.1 Etapas del Procedimiento de Contratación UT] Fuente: Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento. Elaboración: Auditoria interna La Municipalidad de Pococí, durante el periodo comprendido entre el 2018 a sept. 2019, adjudicó un total de 492 procedimientos de contratación administrativa a 185 proveedores en los 2018 y 143 proveedores en el 2019 por un total de ¿8,546,523 millones. De estos procedimientos 448 (91.06%) corresponden a contrataciones directas, 43 (8,74%) a licitaciones abreviadas y 1 (0.20%) a Licitación Pública, En la imagen No, 2 se muestra la información referida a ese porcentaje de representación por tipo de procedimiento y el monto adjudicado total. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 Fax 2711-1701, Email. grace.chinchill all.com; auditoria! 14 Página 7]|25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI o o . h PAGINA N*75 ACTA N?75 Ordinaria. 9) Municipalidad de Pococí o AUDITORIA Guápiles, Pococí a UNICO DMD DEPOLOC DE POCOc! Imagen No.2 ES ADJUDICACIONES REALIZADAS EN EL PERIODO 2018/2019 (a Sept) según PROCESOS DECONTRATACIÓN PERIODO 2018 PERIODO 2019 | roraLz0s % % % Procedi É Total o de miento Monto pere Procedimiento] Monto Prosett | Toman | pg) pene ¡Contratación de Adjudicado laudica| í 2019/2019 Pe lajudicados| ción ción 2018/2019 | Compras | Directas 313 (5 335 050 679,00 | 89,68% 135 4769 991 521,00 | 94,41% | 46 105042 200,00| 448 91,06% Ucitación Abreviada 35 41710876885,00| 10,03% 5 4478 604 139,00 | 5,595 [42189481 024,00 43 8,74% Licitación Publica 1 4252000000,00 | 0,29% o g0,00 0,005 | 4252 000000,00 1 0,20% ¡Total 349 |47297927 564,00 143 $1 249 595 660,00 48 546 523 224,00| 492 [Foera: Repore SIAC COR 1.4. Naturaleza y alcance del estudio 1.4.1 El proyecto comprendió el análisis de los mecanismos y procedimientos de control establecidos por la Municipalidad de Pococi para el desarrollo del proceso de adquisición de bienes y servicios durante el ejercicio económico comprendido entre el 01 de enero del 2018 y el 30 de septiembre 2019, el cual se amplió cuando se consideró necesario, en consultas realizadas a las unidades competentes hasta el día 10 de junio 2020. 14,2 — El proyecto se efectuó de conformidad con las Normas Generales de Auditoría para el Sector Público (NGASP), promulgadas mediante la Resolución del Despacho de la Contraloría General, No, R-DC-64-2014, publicada en La Gaceta No.184 del 25/09/2014; las Normas para el ejercicio de las auditorías internas en el sector público (R-DC-119-2009), así como, las fuentes de criterios de auditoría aplicables al proyecto. 1.5. Limitaciones que afectaron la ejecución del estudio 1.51 Durante el desarrollo del proyecto se presentaron situaciones que afectaron el cumplimiento de la ejecución del proyecto, entre ellas la falta de información por parte del departamento de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal a pesar de las reiteradas solicitudes realizadas por este despacho, como también la situación actual sobre el COVID-19 que no permitieron realizar las visitas al campo a algunos proyectos ejecutados. 1.6. Comunicación de los resultados Los resultados obtenidos, así como las recomendaciones contenidas en este informe, fueron comunicados de manera virtual mediante la reunión sostenida por medio de Teams el día 24 de septiembre de 2020, con la presencia de los siguientes funcionarios de la administración: Alcalde Municipal, Sub Proveedor Municipal, Hacienda Municipal, Administración Financiera, Presupuesto, Planificación y Desarrollo Institucional, Obras Civiles y Servicios Municipales. Los valores éticos no son negociables Auditoria Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.c! UR H rlaf)munipococl. Página 8/25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad us Pecocí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*76 ACTA N*75 Ordinaria. Y 9) Municipalidad de Pococí 5 AUDITORIA Guápiles, Pococi Cr PUN PALMO DE POCOS DE PoOcocI El borrador del Informe analizado en la conferencia final fue entregado a la administración activa mediante oficio Al-313-2020, el pasado 24 de sepliembre del 2020, con un plazo de cinco días hábiles de anticipación para que presentaran observaciones al informe, sin embargo no se presentaron observaciones por parle de la Administración. 1.7, Metodología aplicada 1.7.1 Para la ejecución del presente proyecto, consistió en la recopilación, documentación, compilación, análisis y examen de la información considerada relevante sobre: a) Análisis de normativa legal y técnica aplicable en congruencia con los objetivos del proyecto. b) Solicitud de expedientes de contratación administrativa del periodo 2018/2019 al departamento de proveeduría de los procesos de contratación seleccionados. c) Solicitud de expedientes técnicos del departamento de Obras Civiles y Servicios Municipales, Unidad Técnica Gestión Ambiental, Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. d) Solicitud de expedientes de pagos al departamento de Tesorería. e) Aplicación de la guía de Auditoria para evaluar el proceso de contratación Administrativa. 1 Revisión selectiva de 36 expedientes de contratación del periodo 2018 que equivale a £ 977.029.267,00 y 39 expedientes de contratación del periodo 2019 que equivale a $ 299.652.652. 2. RESULTADOS 2.1 Sobre el proceso de Planificación de Compras de Bienes y Servicios 2.11 — Debilidades en el proceso de planificación institucional en la adquisición de blenes y servicios. a) La Municipalidad de Pococí carece de un proceso de adquisicion de bienes y servicos, alineado a una adecuada planificacion estrategica, alineada y vinculado con la Plan Anual Operativo, Plan de Desarrollo, sumado a que el programa anual de adquisiciones de bienes no cumple con la normativa legal vigente, lo cual no permite promover actividades para la identificación de las necesidades que por su naturaleza, complejidad de los objetos contractuales, el aprovechamiento de economías de escala, la definición de la fecha estimada en la cuál se requiere el bien o servicio y en la optimización del uso de los recursos públicos que se destinan a los procesos tanto de adquisiciones como de ejecución de obras. b) El programa de adquisiciones de bienes y servicios publicado por el departamento de Proveeduría, periodo 2018 (Gaceta No.21 5/2/2018) y periodo 2019 (Gaceta No,28 del 08/2/2019), representa solo obras del programa 11l, no consta todos los procesos de contratación. No se señalan elementos fundamentales como los indicados en el articulo No,7 del RLCA, tales como, nombre del bien o servicio y las cantidades por contratar, el nombre de la unidad que requiere el bien o servicio, periodo estimado del inicio, y el objetivo o meta que vincula el bien o servicio con la planificación operativa del Gobierno Local, al respecto sobre la inconsistencia, la Proveeduría Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Emall. grace.chinchillaMWgmall. Cr Página 9]|25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N?*77 ACTA N?75 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCI 18) Municipalidad de Pococí $ AUDITORIA Guápiles, Pococí Pr MUNICIPALIDAD. UNICA DEROCOLA DE POCOCi c) Indica que solamente se publica el programa II, porlo que se incumple con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7 del Reglamento de Contratación Administrativa (Principio de publicidad). Al respecto, ese principio busca la transparencia en el accionar de la administración dentro de un procedimiento de contratación administrativa en una doble vertiente; por un lado, se requiere que se den a conocer los procedimientos de compras que se realicen, justamente para lograr una oportuna concurrencia y de esta forma evitar cualquier tipo de secretismo en los concursos públicos, pero además, también consagra la necesidad que el expediente y en general las actuaciones dentro de ese procedimiento de compra, sean accesibles a cualquier interesado y de esta forma ejercer un control sobre el accionar de la administración, Al respecto, la Proveeduría Municipal, señaló que no hay ninguna vinculación del programa de adquisiciones con la ejecución, por cuanto los proyectos que se publican pueden sufrir aumentos o disminuciones, e incluso pueden ser modificados en su totalidad. Sin embargo, es pertinente señalar que el Reglamento de Proveeduría Municipal (del 08 de enero 2019), señala en el articulo 18.3 que “cualquier modificación al programa de adquisiciones debe ser comunicado al Departamento de Proveedurla...* y 18.4 *...no tramitará las necesidades no incluidas en el programa de adquisiciones y sus modificaciones...”, aunado a lo anterior, el artículo 8.1 establece que dicho programa debe ser elaborado conjuntamente con el Plan Anual Operativo y el Presupueslo, situación que observa la falta de efectividad en los mecanismos de coordinación entre las unidades solicitantes del bien o servicio con el área de Proveeduría. En el periodo 2018 y 2019 ( 30 de septimbre), la Municipalidad de Pococl, adjudicó 492 procedimientos de contratación administrativa, de ellos 448 fueron contrataciones directas, equivalentes a 91.06%, 43 licitaciones Abreviadas para un 8.74% y 1 Licitación Pública, lo que representa 0.20%. De los cuales en el periodo 2018 se adjudicó a 185 proveedores y con respecto al 2019 (setiembre 105 proveedores, para un total de 48.546,52 millones. Ver imagen No.3, Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 Fax 2711-1701, Email. ¡chillafMqmall.com; unipococi.go. Página 10]25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. Municipalidad de Pecoel
« Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*78 ACTA N*75 Ordinaria. Y 4 () Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí PUNICOMIDAD O FOCOS Imagen No.3 municipalidad de Pococi Compras realizadas por tipo de procedimiento adjudicado Periodo 2018/2019 m Compras Directas: Cantidad de Protedimientos:448 Monto adjudicado: £6,105,04 millones 1 Licitacion Abreviado: Cantidad de Procedimientos: 43 Monto Adjudicado: £2,189,48 millones citación Publica: Cantidad de Procedimiento: 1 Monto Adjudicado: €252,00 millones Fuente: COR- Elaboración propía cun base en los devos extañdos del SIAC [Sistema Integrado de la Actividad Contractual) peñado 2018/2019 a sept. d) Como se identificó lineas atrás en el periodo 2018 la mayoría de los procedimientos de adquisición de bienes y servicios se realizaron bajo la modalidad de contrataciones directas o escasa cuantía, procesos que su elaboración conlleva trámites menos rigurosos, por lo que de los 349 trámites ejecutados, 313 se realizaron bajo la modalidad de Contratación Directa, lo que representa un 89.68%, 35 fueron Licitaciones Abreviadas, equivalente a un 10.03% y 1 Licitación Pública correspondiente a un 0,29%. e) Enrelación con los procedimientos de contratación del periodo 2019 (al 30 de setiembre), la situación presentada es similar, se ejecutaron 143 trámites, de los cuales 135 se realizaron bajo la modalidad de Contratación Directa lo que representa un 94.40%, 8 Licitaciones Abreviadas representando un 5.6% y no se realizo ninguna Licitación Pública. f) Existe un incremento significativo de trámites de contratación administrativa en el último trimestre ( 2019), ejecutándose 235 procesos, desglosados en 216 procesos de contratación directa, 18 licitaciones abreviadas y 4 licitación pública, estos procesos ejecutados en los meses de oclubre a diciembre equivalen a 62.17% del total de los procesos ejecutados en todo el año, lo cual afirma lo señalado líneas atrás, que la Municipalidad de Pococi no planifica adecuadamente la adquisición de bienes y servicios. Imagen No.4 Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Tolófono N* 2711-1701 Fax 2711-1701, Email. llafMgmail.com; '0cl.go.e Página 11/25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*79 ACTA N“75 Ordinaria. 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí De reco0 DETALLE DE PROCESOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA SE PERIODO 2019 DETALLE | DELO1 ENERO AL3O SEPT 2019 | "DELOLOCT. zipo de proceso de | Procedimiento A PO ed E Procedimiento e Contratación Adjudicación . Adjudicación A Adjudicación a Y oj (Udica ción Compras Directas 135 d769 991 521,00 | 35,71% 216 $1117525528,00| 57,14% Licitacion Abreviada 8 ($478 604 139,00 2,12% 18 (1 073 278 210,00. 4,76% Licitación Publica o 0,00 0,00% 1 (353 700 000,00 0,26% Total 143 1248 595 660,00| 37,83% 235 82544 503738,00| 62,17% Total 2019 378 Fuerte: Repors SIAC COR Lo expuesto en este punto, en alguna medida inobserva lo establecido en el marco normativo aplicable. La Ley de Contratación Administrativa No, 7494 señala: Artículo 7*-Inicio del procedimiento. El procedimiento de contratación se iniciará con la decisión administrativa de promover el concurso, emitida por el jerarca o titular subordinado competente. Esta decisión encabezará el expediente que se forme y contendrá una justificación de su procedencia, una descripción y estimación de costo del objeto, así como el cronograme con las tareas y los responsables de su ejecución. La justificación dol inicio del procedimiento de contratación deberá estar acorde con lo establecido en los planes de largo y mediano plazos, el Plan Nacional de Desarrollo, cuando sea aplicable, el plan anual operalivo, el presupuesto y el programa de adquisición institucional, según corresponda. El Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa indica: Articulo 7—Publicidad del Programa de Adquisiciones. En el primer mes de cada perlodo presupuestario, la Administración dará a conocer el Programa de Adquisiciones proyectado para ese año, lo cual no implicará ningún compromiso de contratar. La Administración procurará incluir en el Programa de Adquisiciones al menos, la siguiente información: a) Tipo de bien, servicio u obra por contratar. b) Proyecto o programa dentro del cual se realizará la contratación. c) Monto estimado de la compra. d) Periodo estimado dol inicio de los procedimientos de contratación. e) Fuente de financiamiento. 1) Cualquier otra información complementaria que contribuya a la identificación del bien o servicio. El Programa de Adquisiciones podrá ser modificado cuando surja una necesidad administrativa no prevista. Quedan excluidas de la obligación de publicación, las contrataciones efectuadas con prescindencia de los procedimientos ordinarios y las efectuadas con fundamento en los supuestos de urgencia. La Administración, podrá divulgar el respectivo programa de adquisiciones y sus modificaciones en los Sistemas Electrónicos, a través de Intemet. De utilizarse medios distintos de la publicación en el Diario Oficial La Gacela, el respectivo órgano o entidad por lo menos deberá informar, en el citado Diario, o en dos diarios de circulación nacional, acerca del medio empleado para dar a conocer su programa de adquisiciones. Todas las Instituciones que utilicen el Sistema de Compras Gubernamentales, Compra RED, deberán divulgar el respectivo programa de adquisiciones y sus modificaciones en dicho Sistema Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701, Emall. grace. all.com: 1) inipoc: Página 12/25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi Ly MUNICIPALIDAD DE POCOCI =— PAGINA N*80 ACTA N*75 Ordinaria. 29-10-2020 AUDITORIA Guápiles, Pococí PNC PALDAD DE POCOS! () Municipalidad de Pococí ys ME Las Normas de Control interno para el sector público establecen: Normas 4.5 Garantia de eficiencia y eficacia de las operaciones El jerarca y los tilulares subordinados, según sus competencias, deben eslablecer actividades de contro! que orienten la ejecución eficiente y eficaz de la gestión instilucional. Lo anterior, tomando en cuanta, fundamentalmente, el bloque de legalidad, la naluraleza de sus operaciones y los riesgos relevantes a los cuales puedan verse expuestas, así como los requisitos indicados en la norma 4.2. Las sub-normas que so incluyen a continuación no constituyen un conjunto completo de las actividades de control que deba ser observado por la lotalidad de las instituciones del sector público con ese propósito; por consiguiente, corresponde a los jerarcas y filulares subordinados determinar su pertinencia en cada caso y establecer las demás actividades que sean requeridas. 4.5.2 Gestión de proyectos El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben establecer, vigilar el cumplimiento y perfeccionar las actividades de control necesarias para garantizar razonablemente la correcta planificación y gestión de los proyectos que la institución emprenda, incluyendo los proyectos de obra pública relativos a construcciones nuevas o al mejoramiento, adición, rehabilitación o reconstrucción de las ya existentes. Las actividades de control que se adopten para tales efectos deben contemplar al menos los siguientes asuntos: a. La identificación de cada proyecto, con indicación de su nombre, sus objetivos y metas, recursos y las fechas de inicio y de lerminación. b. La designación de un responsable del proyecto con competencias idóneas para que ejecute las labores de planear, organizar, dirigir, controlar y documentar el proyecto. c. La planificación, la supervisión y el control de avance del proyecto, considerando los costos financieros y los recursos ulilizados, de lo cual debe informarse en los reportes periódicos correspondientes. Asimismo, la definición de las consecuencias de eventuales desviaciones, y la ejecución de las acciones pertinentes. d. El establecimiento de un sistema de información confiable, oportuno, relevante y competente para dar seguimiento al proyecto. e. La evaluación posterior, para analizar la efectividad del proyecto y relroalimentar esfuerzos fuluros. El Reglamento de Proveeduría Municipal ordena: Reglamento General de la Proveeduría Municipal (Pococi) publicado Gaceta No.5 del 8/01/2019 Artículo 18.- Plan de adquisiciones 18.1 Los programas de adquisiciones de cada año, deberán ser confeccionados conjuntamente con el Plan Operativo Anual y el Presupuesto, lodo de acuerdo con los lineamientos que establezca al respecto la Contraloría General de la República. 18.2 La Proveeduría, consolidará los programas de adquisiciones, conteniendo la información solicitada en el arliculo 7% del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, y coordinará que sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en el primer mes de cada periodo presupuestario. 18.3 Cualquier modificación al programa de adquisiciones, deberá remitirse al Departamento de Proveeduría, mediante solicitud formal autorizada por el funcionario encargado de cada área, en la que consten las razones que molivan la modificación. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701, Emall. grace. ; auditoria! Página 13]25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municip lidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI IA PAGINA N?*81 ACTA N?75 Ordinaria. -10-20 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA, Guápiles, Pococí per 18.4 La Proveeduría, no tramitará las necesidades no incluidas en el programa de adquisiciones y Sus modificaciones, en todo caso, los funcionarios que promuevan un trámite de contratación sin que la necesidad estuviere contemplada en el programa de adquisiciones quedarán sujetos al régimen disciplinario respectivo. En sintesis, la Municipalidad de Pococi, presenta debilidades en el tema de planificación, el programa anual de adquisición anual, no esta elaborado en función a una adecuada estrategia institucional, ( Plan anual operalivo), que se ajuste a las necesidades de la Municipalidad, ocasionando a la administración municipal las siguientes situaciones: Y Desaprovechamiento de economias de escala y desvirtúa el espíritu de la normativa juridica, al establecer la modalidad de contratación directa o escasa cuantia, como el principal mecanismo de compra. Y Incremento en gastos administrativos adicionales al tramitarse múltiples contrataciones, que inicialmente se pudieron tramitar bajo un mismo procedimiento. Todo lo anterior, podría estar afectando la optimización del uso de los recursos públicos que se destinan a la adquisición de bienes, servicios y ejecución de obra pública. 2.2 Sobre el Proceso de Adquisición de Bienes y Servicios 2.2.1 Debilidades en la etapa “Decisión Inicial” de los procesos de adquisición de bienes y servicios. a) De una muestra seleccionada de expedientes de contratación, en 17 se evidenció que no existe una adecuada justificación para contratar, que indique expresamente cual es la necesidad a satisfacer y que la misma esle alineada a la planificación institucional, el Presupuesto, el Programa de adquisiciones y otros instrumentos de control y gestión según correspondan. Las únicas justificaciones que amparan la decisión inicial de contratar, están consignadas en las solicitudes de compra, a manera de ejemplo en el proceso de contratación 2018LA- 000025 "Obra Construcción Salón Comunal Palmitas", solo se indica compra de materiales según demanda para la construcción salón Comunal Palmites Dos, (no se detalla cuáles serán los trabajos a realizar como tampoco la necesidad a satisfacer según los planes de largo y mediano plazo, plan anual operativo, el presupuesto y el programa de adquisiciones institucionales). b) En8 expedientes no se evidencia la descripción del objeto, las especificaciones técnicas y caracteristicas de los bienes, obras o servicios que se adquirieron. c) En17 expedientes no se definen los procedimientos de control de calidad que se aplicarian durante la ejecución del contrato, lo cual implica el riesgo de no poder constatar en la decisión inicial la definición de procedimientos de control de los requerimientos de la contratación, y que la Administración quede a expensas de lo que realice el contratista, el cual podrá entregar un bien alejado a las calidades del objeto pretendido. d) En 25 expedientes no se establecen las bases de estimación del costo de la obra o el bien que garanticen razonablemente que la contratación adoptada sea la más beneficiosa para la administración y el interés público Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-4701 — Fax 2711-1701, Emall. graco.chinchillafMqmall.com; auditoria Mmunipococi.go.er Página 14/25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*82 ACTA N*75 Ordinaria. 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí HUIDA PECOC a manera de ejemplo en el Proyecto Mejoras Casa de la Cultura la Colonia, 2018-CD-00195, las ofertas recibidas fueron por 417.967,100.64, ¿20.018.681.33 y ¿24.993.000.00 y el presupuesto con el que se contaba era de 415.000.000.00, por lo que la administración municipal tuvo que ajustar su presupuesto y dejar de realizar otras mejoras, aunado a que se corre el riesgo de pagar sobre precios por los bienes recibidos. e) En 25 expedientes se omite incluir los estudios que demuestren que los objetivos del proyecto de contratación serán alcanzados con una eficiencia y seguridad razonable. f) En 12 expedientes no hay una indicación expresa de los recursos humanos y materiales de que se dispone o se dispondrá para verificar la correcta ejecución del objeto del contrato. 9) En 10 expedientes no se evidencia la designación del encargado del contrato para la debida supervisión de obras, lo que incrementa el riesgo de que el contratista entregue bienes y servicios que no sean de la calidad requerida. h)_ En 5 expedientes relacionados con obras, no se adjunta el croquis respectivo, que permite identificar donde se va a ejecutar el proyecto. i) Conrelación al cartel de licitación se identificó las siguientes deficiencias de control interno: Y _ 47 carteles no cuentan con la firma del proveedor, por ejemplo, proceso de contratación 2018CD-000131 "Compra de cortadora de césped para Barra Colorado Norte y Sur”. Y 38 carteles no tienen consignados los términos de pago. Y 21 carteles no tienen consignado el lugar y la fecha de inicio y conclusión de entrega de bienes y servicios, a manera de ejemplo contratación No.2019CD-000008 "Transporte Equipos Culturales del Cantón, a distintos lugares del país". i), En17 expedientes no se consigna que la administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente cuando corresponda. Lo anterior descrito, evidencia incumplimientos a la normativa legal vigente y debilidades en el proceso de planificación en las contrataciones de bienes y servicios y obras, las decisiones de inversión surgieron de necesidades no previstas en algún plan de necesidades y las principales compras se justificaron en requerimientos inmediatos, asociados a la prestación de servicios o en un compromiso adquirido. En línea con las deficiencias descritas en los párrafos anteriores, el Reglamento a la Ley de Contratación administrativa establece lo siguiente: Artículo 8—Decisión inicial. La decisión administrativa que da inicio al procedimiento debe contener entre otros aspectos: una justificación de la procedencia de le contratación, con indicación expresa de la necesidad a satisfacer, considerando para ello los planes de largo y mediano plazo , el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Anual Operalivo, el presupuesto y el Programa de Adquisición Institucional, según corresponda, la descripción del objeto, las especificaciones técnicas y características de los bienes, obras o servicios que se requieran, la acreditación de las razones por las cuales se escoge una determinada solución, así como la indicación de la posibilidad de adjudicar parcialmente de acuerdo a la naturaleza del objeto, cuando corresponda por la naluraleza del objato, los procedimientos de control de calidad que se aplicarán durante la ejecución del contrato y para la recepción de la obra, Los valores éticos no son negociables Auditoria Interna Toléfono N? 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. gr: 11 il. com; auditori: Lgo.cr Página 15|25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*83 ACTA N*75 Ordinaria. Y 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA, Guápiles, Pococí suministro o servicio, la estimación actualizada del costo del objeto, Indicación expresa de los recursos humanos y materiales de que dispone o llegará a disponer para verificar la correcta ejecución del objeto del contrato. En la etapa de definición de especificaciones lécnicas, selección y ejecución contraciual deberá participar la unidad usuaria de la Administración que formuló el requerimiento, la designación de un encargado general del 'contrato cuendo, por la magnitud del negocio o porque así sea conveniente al interés público o institucional, tal designación resulte conveniente para la adecuada ejecución del contrato. El funcionario competente valorará el cumplimiento de los anteriores requisitos, dispondrá la confección de un cronograma con lareas y responsables de su ejecución y velará por el cumplimiento del contrato que llegue a realizarso; e informará a la brevedad posible al adjudicatario, cualquier ajuste en los tiempos del cronograma o incumplimiento trascendente de éste, a fin de que se adopten las medidas pertinentes, de lo cual deberá mantener informado en todo momento a la Proveeduría Institucional. Artículo 52. Contenido. (*) El cartel y sus anexos deberán eslar a disposición de cualquier interesado, al menos desde el día siguiente en que se curse la última invitación. El cartel de la licitación deberá contener al menos lo siguiente: (*) a) Un encabezado que contenga la identificación de la Administración promovente, la indicación del tipo y número del concurso y una breve descripción del objeto contraclual.......... k) Términos de pago. m) Lugar y fecha de inicio y conclusión de la entrega de los bienes o servicios, cuando así proceda. 2.2.2 — Debilidades en la etapa “Estudio de Ofertas” de los procesos de adquisición de bienes y servicios a) Sobre la apertura de Ofertas: En 7 expedientes no se adjuntó el acta de apertura, donde se evidencien los datos generales como también cualquier incidencia que se presentara en el proceso, tampoco se estampa la fecha de recibido de la misma y quien lo recibe, Aunado a lo anterior, en el expediente del proceso de contratación administrativa No,2018CD-000139 sobre la "Compra de Llantas Administración “por ¿24,500,000 (UTGAM y OCSM), en el acta de apertura, se indica que se recibió oferta de dos proveedores, sin embargo en la nota cursada por el Departamento de Proveeduría a Obras Civiles, donde se hace entrega del expediente y se solicita cuáles de las ofertas cumple con lo solicitado se incluye una oferta que no consta en el acta de apertura, y la misma fue adjudicada . b) Ausencia de análisis de aspectos formales: La Proveeduría Municipal en 29 expedientes, no elaboró un análisis de los aspectos formales de las ofertas, tales como: declaraciones juradas, certificaciones de la CCSS, plazo vigencia de ofertas, garantías de participación, y evitar que confiera una ventaja indebida frente a los restantes oferentes. Es importante Indicar que estos requisitos son subsanables de conformidad con lo que señala el artículo 80 y 81 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, La omisión de este análisis podría ocasionar que se tomen en cuenta ofertas que no cumplen con los requisitos. c) Ausencia de estudios y valoración de ofertas: En 25 expedientes no se llevaron a cabo los estudios y la valoración de las ofertas. No se evidencia en el expediente que se haya hecho un análisis de cumplimiento de las especificaciones lécnicas señaladas en el cartel, lo que contienen es un cuadro de factores a calificar, por lo que queda la duda si las ofertas cumplen con lo requerido, aumentando el riesgo de adjudicar procesos sin los requerimientos solicitados en las especificaciones técnicas, con la consecuencia, entre otras, de que la Los valores ticos no son negociables Auditoria Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Emall. grace.chinchlllafQamall. com: auditoriaimunipococi.go.cr Página 16/25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N?*84 ACTA N?75 Ordinaria. (a 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí PRA puoceR rec Les institución podría estar tomando una decisión que no sea la más favorable y ventajosa para el interés público de conformidad con el artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el artículo 15 del Reglamento de la Proveeduría Municipal publicado en el año 2008 y el artículo 29 Reglamento de la Proveeduría Municipal del año 2019. d) La Proveeduría Municipal, no se cerciora que el proveedor participante se encuentre activo en el registro de proveedores, a manera de ejemplo en el proceso 2018CD-000339 (Compra de alimentos para animales), en el que se incluyó dentro de los oferentes y se adjudicó la contratación, a una empresa que no formaba parte del registro de proveedores, según listado de proveedores por clasificación, facilitado por el asistente de Proveeduría. Lo anterior descrito, evidencia debilidades de control interno e incumplimientos a la normativa legal vigente. El Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa Decreto Ejecutivo 33411-H dice: Artículo 78. Apertura de ofertas. Se tendrá por cerrado el plazo de recepción de ofertas a la hora y fecha señaladas en el cartel. De inmediato, el funcionario encargado procederá a abrir las propuestas en presencia de los asistentes y levantará un acta haciendo constar sus datos generales, así como cualquier incidencia relevante del acto. Artículo 83. Estudio de admisibilidad de ofertas. Cumplida la anterior elapa, la Administración, procederá al estudio y valoración de las ofertas en relación con las condiciones y especificaciones de admisibilidad fijadas en el cartel y con las normas reguladoras de la materia...Para facilitar ese estudio el órgano competente confeccionara un cuadro comparativo de las ofertas según su ajuste a las especificaciones del cartel y de sus características más importantes el cual formara parte del expediente respectivo. Artículo 116.Registro de Proveedores. El Registro de Proveedores constituirá el instrumento idóneo, en el que se Inscribirán las personas físicas y jurídicas que desean participar en los procesos de contratación administrativa que corresponda, de manera que se encuentren debidamente acreditados y evaluados en forma integral y particular para un determinado tipo de concurso, en cuanto a su historial, sanciones, capacidad lécnica, financiera, jurídica y cualquier otra que resulte indispensable para una adecuada selección del contratista y del interés público... El Reglamento de la Proveeduria Municipal indica: Artículo 29. Estudio y valoración de ofertas. La Proveeduria para licitaciones públicas y abreviadas estudiará y seleccionará las ofertas con el apoyo técnico de la dependencia usuaria o competente y la Asesoría Legal dentro de los plazos establecidos a efecto. La resolución de recomendación de adjudicación se dictará dentro del plazo establacido en el cartel, a falta de estipulación expresa en el mismo, se efectuará dentro de los 20 días hábiles contados a partir del acto de apertura. Dentro de los ocho días hábiles posteriores el Concejo tomará el acuerdo de adjudicación. 2.2.3 — Debilidades en la etapa “Adjudicación” de los procesos de adquisición de bienes y servicios a) Ausencia de informe de recomendación de adjudicación: en 65 expedientes, la Proveeduría no elaboró en conjunto con la parte técnica el informe de recomendación, ya que se tiene por costumbre solicitar a la parte técnica Los valores éticos no son negociables Auditoria Interna Teléfono N* 2711-4701 - Fax 2711-1701, Emall. grace.chinchllla Mg mail. com; auditoriafomunipococi.go.er Página 17/25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*85 ACTA N?75 Ordinaria. a 1) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí UCI AO Ot rOzea un informe de recomendación y adjudicación de las ofertas, incumpliendo lo que señala el artículo 41 del Reglamento General de la Proveeduría Municipal publicado gaceta 78 del 24/04/2006. b) En 43 expedientes no se logró evidenciar el medio por el cual se comunicó el acto final del procedimiento, por lo que se desconoce si fue el mismo medio donde se cursó la invitación, incumpliendo con el artículo 88 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa. c) En 10 expedientes no se evidenció el contrato de adjudicación entre el adjudicatario y la Municipalidad de Pococi, que señale las responsabilidades de conformidad con el cartel de licitación. Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa Decreto Ejecutivo 33411-H Artículo 88. Plazo para comunicar el acto fina!. (*) El acto final será comunicado por medio del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) en los tres días hábiles siguientes a su dictado o notificado a los participantes por el medio electrónico señalando en ese mismo plazo cuando no sea posible realizarlo mediante el sistema. (*) El presente artículo ha sido reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 41243H del 10 de julio 2018. Alcance 155 Gaceta 162 05/09/2018 Reglamento General de la Proveeduría Municipal Artículo No. 41 Cuando en alguna adquisición sea necesario solicitar un criterio técnico a otra unidad municipal, será absolutamente imprescindible que el órgano competente para adjudicar se ajuste al mismo en primera instancia. Si la unidad adjudicante sostiene otro criterio valido para separarse del criterio técnico, deberá justificarlo q a través de un documento que conste en el expediente administrativo. 2.3 Sobre la ejecución fiscalización y recepción final de los proyectos 2.3.1 Ausencia de mecanismos de control en los procesos relacionados con la ejecución fiscalización de los proyectos. a) De una muestra de 22 expedientes técnicos llevados por el departamento de Obras Civiles, relacionados con la ejecución de proyectos, se pudo constatar que en un expediente técnico el total de las boletas de control de entrega de material, según órdenes de compra, no coincide ya que dichas boletas suman un total de 488 metros de material y según órdenes de compra son 600 metros, al respecto el Coordinador de Obras Civiles indico en lo que nos interesa... que el restantes de las boletas fueron extraviadas o se les daño por agua a los operadores de los equipos (vagonetas), por lo que hay riesgos de que no se haya colocado todo el material adquirido, Expediente 2018CD-000317-CL” Reparación de caminos". b) Por otro lado, en el expediente técnico del proceso de contratación 2018CD-000073 “Compras de materiales para obras varias en el cantón” se encontraron las siguientes deficiencias de control interno: Y Boletas de orden de pedido de materiales sin nombre de la persona que solicita y cuál es el fin u objetivo que se persigue. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillafMqmail.com; auditoriaWmunipococ!.go.cr Página 18|25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*86 ACTA N*75 Ordinaria. a () Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí MUNICIALDAD Ot POCOS Y Boleta de orden de pedido no indica el lugar exacto de la ubicación del material. Y Boleta de orden de pedido no indica orden de compra, Y Solicitud por parte del beneficiario no coincide con la boleta de orden de pedido, e) Con relación a los expedientes técnicos llevado por el Departamento de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, los mismos no fueron entregados por la Unidad de Gestión Vial Municipal, y verbalmente se indicó que no llevaban expedientes técnicos consolidados para cada proyecto, ya que mantienen toda la información por separado, a manera de ejemplo la asistente técnica lleva en un file las solicitudes de compra, en otro las solicitudes de pago, etc. Aunado a lo anterior al preguntar por el proceso de 2018CD-000273-CLO1 correspondiente a "ilem No,1 Alcantarillas del cantón" ltem No.2 Sistema de Drenaje Formosa de Cariari" se nos indicó verbalmente que el mismo había sido declarado infructuoso, sin embargo estos dos items se había adjudicado a dos proveedores diferentes y lo correspondiente al ¡tem 1, si se había ejecutado y el mismo habla sido cancelado en el mes de mayo 2019 y consta en el expediente de tesoreria la solicitud de pago por parte de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, al respecto se solicitó información a dicho departamento y no se indicó nada al respecto. d Con relación al expediente de contratación 2019CD-000115 "Compra de Play Infantil para el Cantón" se adquirieron 7 plays infantiles, según expediente se logra acreditar el recibido de 3 plays infantiles, por lo que se procedió a confirmar vía telefónica con los dirigentes de las comunidades beneficiarias, dando como resultado que el Play que debió ubicarse en el Barrio Santa Cecilia, se instaló en el barrio los Almendros, justificando dicho cambio a que el lugar no era apto para la instalación del play, debido ya que no contaba con las condiciones para su instalación, sin embargo, dicha información no forma parte del expediente técnico. En virtud de lo antes señalado, la Municipalidad de Pococi, presenta serias deficiencias de control interno en la conformación de los expedientes técnicos, relacionados a la rendición de cuentas, y aumenta el riesgo de eventos no deseados, al respecto esta Auditoria, como la Contraloria General de la Republica ha emitido varias recomendaciones y disposiciones respectivamente relacionadas a dicho tema, aunado a que dichos departamentos cuentan con algunos procedimientos, sin embargo los mismos no están siendo aplicados. Asimismo, este Despacho recomendó mediante una guía los documentos mínimos que deberian formar parte de estos expediente, sin embargo la administración ha hecho caso omiso; ocasionan alto riesgos en cuanto a la transparencia sobre la ejecución de los recursos públicos en la adquisición de bienes y servicios e imposibilita brindar información confiable y certera sobre la gestión, el control y la fiscalización de los procedimientos de contratación, incumpliendo de esta manera lo señalado en: Normas de Control Interno para el sector Público 5.1 Sistemas de información El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben disponer los elementos y condiciones necesarias para que de manera organizada, uniforme, consistente y oportuna se ejecuten las actividades de oblener, procesar, generar y comunicar, en forma eficaz, eficiente y económica, y con apego al bloque de legalidad, la información de la gestión institucional y otra de interés para la consecución de los objetivos institucionales. El conjunto de esos elementos y Los valores éticos no son negociables Auditoria Interna Teléfono N* 2711-1701 Fax 2711-1701, Emall, grace.chinchilla/2gmall.com; auditoria fQmunipococi.go.cr Página 19/25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi A LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*87 ACTA N?75 Ordinaria. Y ) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí condiciones con las características y fines indicados, se denomina sistema de información, los cuales pueden instaurarse en forma manual, automatizada, o ambas 5.4 Gestión documental El jerarca y los lítulares subordinados, según sus competencias, deben asegurar razonablemente que los sistemas de información propicien una debida gestión documental institucional, mediante la que se ejerza control, se almacene y se recupere la información en la organización, de manera oportuna y eficiente, y de conformidad con las necesidades institucionales. 5.6 Calidad de la información El jerarca y los lilulares subordinados, según sus compelencias, deben asegurar razonablemente que los sistemas de información contemplen los procesos requeridos para recopilar, procesar y generar información que responda a las necesidados de los distintos usuarios. Dichos procesos deben estar basados en un enfoque de efectividad y de mejoramiento continuo. Los atribulos fundamentales de la calidad de la información están referidos a la confiabilidad, oportunidad y utilidad 5.6.1 Conliabilidad La información debe poseer las cualidades necesarias que la acreditan como confiable, de modo que se encuentre libre de errores, defectos, omisiones y modificaciones no aulorizadas, y sea emitida por la instancia competente. 5.6,2 Oportunidad Las actividades de recopilar, procesar y generar información deben realizarse y darse en tiempo a propósito y en el momento adecuado, de acuerdo con los fines institucionales. 5.6.3 Ulilidad La información debe poseer caracteristicas que la hagan útil para los distintos usuarios, en términos de pertinencia, relevancia, suficiencia y presentación adecuada, de conformidad con las necesidades especificas de cada destinatario. El Manual para la Administración de Proyectos de la Municipalidad de Pococí, aprobado por el Concejo Acuerdo 1407, Acta 56 del 18/7/2016 señala: Articulo No.5 Sistemas de Información y Archivo: Por cada proyecto que se ejecute, sin importar la modalidad, se deberá llovar un control de la documentación del proyecto, donde se deberá contemplar información financiera, administrativa y técnica, que sea confiable, oporluna, relevante y competente... El expediente del proyecto deberá contar con al menos la siguiente información: + Ubicación del proyecto. Costo estimado de la obra. Inventario de necesidades, Inventarios socioeconómicos. Especificaciones técnicas y planos. Orden de inicio. Orden de servicio. Orden de Pago. Los valores óticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email, grace.chinchillaMamall.com; auditorlafomunipococigo.cr Página 20]25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*88 ACTA N*75 Ordinaria. (a () Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí HUILA DIO DOLO + Recepción provisional y definitiva. + Finiquito. + Anexos 2.4 Otras deficiencias de control interno identificadas. a) Se evidencian algunas solicitudes de compras en fotocopia, otras vienen sin firma del alcalde y sin fecha de emisión. Por ejemplo, en el proceso de contratación No.2018LA-000029 "Alquiler de Maquinaria para Mantenimiento de Caminos en Lastre" se evidenció la solicitud de compra No.0504 en fotocopia, como también en el expediente No.2018CD-000181 "ltem 1. Compra de Play Infantil para el Cantón, por é4, 766,000 "ltem 2. Compra Play Infantil Escuela El Encanto Campo 5 Cariari, se evidenció que la solicitud de compra del Ítem 2 no cuenta con la firma del alcalde. El expediente de contratación No.2019CD-000018 "Servicio de transporle Equipos Deportivos y Culturales del cantón de Pococt" la solicitud de compra no indica fecha, las omisiones de los puntos antes mencionados ocasionan debilitamiento en el proceso del control interno. b) Se evidencian algunos expedientes del proceso de contratación sin el debido folio, lo que impide comprobar el orden cronológico de los expedientes. e) La Proveeduría Municipal, carece de políticas y procedimientos de control que le permitan llevar el proceso de adquisición de bienes y servicios de forma satisfactoria y oportuna, de conformidad con la normativa técnica legal vigente, al respecto es importante señalar que esta Auditoria, había recomendado la implementación de dichos instrumentos de control, a la fecha la Proveeduría Municipal, cuenta con el Reglamento de Proveeduría y los siguientes procedimientos: Y Procedimiento Contratación Escasa Cuantía HF-PV-P01, Y Procedimiento Contratación Licitación Abreviada CO: HF-PV-P02. Y Procedimiento Contratación Licitación Pública Nacional HF-PV-P04, Por lo que es de suma importancia, la implementación de procedimientos de control donde se acredite: y Laselección de contratistas y Verificación de requisitos de admisibilidad y Efectuar informe de evaluación de ofertas Y Sobre actas de apertura Y Garantizar la rotación de proveedores Por lo antes mencionado, se dificulta la adquisición de bienes y servicios de forma satisfactoria y oportuna a las necesidades propuestas, en detrimento de los intereses municipales y del beneficio a los munícipes. Ley de Control Interno No. 8292 Artículo 15.- Actividades de control Respecto de las actividades de conirol, serán deberes del jararca y de los titulares subordinados, entre olros, los siguientes: 8) Documentar, mantener actualizados y divulgar internamento, las políticas, las normas y los procedimientos de contro! que garanticen el cumplimiento del sistema de control intemo institucional y la prevención de lodo aspecto que conlleve a desviar los objetivos y las metas trazados por la inslilución en el desempeño de sus funciones. Los valores óticos no son negociables Auditoria Interna Tolófono N” 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchilla(Oqmall.com; audi ltoriafWmunipococi.go.er Página 21/25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*89 ACTA N?75 Ordinaria. 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí PPD POSO DE POCOCi b) Documentar, mantener actualizados y divulgar internamente tanto las políticas como los procedimientos que definan claramente, entre olros asuntos, los sigulentes: ¡. La autoridad y responsabilidad de los funcionarios encargados de autorizar y aprobar les operaciones de la institución. ii. La protección y conservación de todos los activos institucionales. li. El diseño y uso de documentos y registros que coadyuven an la anotación adecuada de las transacciones y los hechos significativos que se realicen en la institución. Los documentos y registros deberán ser administrados y mantenidos apropiadamente. iv. La conciliación periódica de registros, para verificar su exactitud y delerminar y enmendar errores u omisiones que puedan haberse comelido. v. Los controles generales comunes a lodos los sistemas de información computarizados y los controles de aplicación específicos para el procesamiento de dalos con software de aplicación. 2.5 Incumplimientos de registros en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP). La Municipalidad de Pococí no realiza los procesos de adquisición de bienes y servicios bajo el "Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP)”, por lo que incumple con el artículo 148 del Reglamento Ley de Contratación Administrativa que establece que el SICOP es la plataforma tecnológica de uso obligatorio de todas las instituciones y órganos del sector público para la tramitación de los procedimientos de contratación administrativa. Por otra parte, el artículo 40 de la Ley de Contratación Administrativa establece mediante el uso de medios digitales que toda actividad de contratación regulada en la presente ley, así como aquella que se regule bajo cualquier régimen especial, deberá realizarse por medio del Sistema digital unificado de Compras Públicas. Por otro lado, el artículo 8 de la Ley General de Control Interno establece como un objetivo del sistema de control interno, la exigencia de confiabilidad y oportunidad de la información relevante de las operaciones que realizan los sujetos pasivos. Al respecto, esta Auditoria Interna, el pasado 18 de diciembre 2019, emitió advertencia en relación con la obligatoriedad de utilizar el SICOP, al respecto el Concejo mediante acuerdo 2585 de la Sesión 84 del 14 de noviembre 2019, autorizó a la Alcaldía firmar el convenio con RACSA, para iniciar el proceso con el programa SICOP. En consecuencia, se está incumpliendo con la normativa legal vigente y propicia el riesgo en cuanto a la transparencia en la ejecución de bienes y servicios de la Municipalidad de Pococí afectando también la rendición de cuentas a los ciudadanos. 3. CONCLUSIONES El proceso de adquisición de bienes y servicios en la Municipalidad de Pococi constiluye un eje fundamental como apoyo en el cumplimiento de las atribuciones conferidas para promover el desarrollo local que incorpora las necesidades, intereses y las propuestas de las comunidades. Los valores éticos no son negociables Auditoria Interna Teléfono N* 2711-1701 = Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillaMgmail.com; auditoria f3munipococi.go.er Página 22]25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*90 ACTA N*75 Ordinaria. i a 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí UCA DAD OE POCOO Para la Municipalidad de Pococí es de importancia este tema, dado que la oportunidad y eficacia con que se obtengan los bienes, constituyen pilares básicos para el fortalecimiento municipal y el desarrollo local, como fin último a que deben estar orientados. Se presentan serias debilidades de planificación en el proceso de adquisición de bienes y servicios y las diferentes fases de este, es de suma importancia que se fortalezcan los esquemas de control, para mejorar la eficiencia y eficacia en el uso de los recursos públicos, de modo que las actuaciones en materia de contratación administrativa se enmarquen en la normativa legal y reglamentaria vigente. Por lo que la administración ha sido omisa en establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional, como el establecimiento de políticas y procedimientos que garanticen un adecuado proceso de adquisición de bienes y servicios, que permitan el uso eficiente de los fondos públicos, 4. RECOMENDACIONES De conformidad con las competencias observadas en el artículo 35! de la Ley General de Control Interno N*8292, así como, la norma 2.11? de las Normas para el ejercicio de la Auditoría en el sector público, se emiten las siguientes recomendaciones para su implementación. 4.1 Al Concejo Municipal 4.1.1 Apoyaral Alcalde y a las instancias involucradas en el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por este despacho de conformidad con las competencias contenidas en el Código Municipal articulo No.13 sobre las atribuciones del Concejo Municipal. 4.2 Al Alcalde Municipal t La Gaceta N* 169 del 4 de setiembre del 2002, Artículo 35. Materias sujetas a informes de auditoría interna. (...) Los hallazgos, las conclusiones y recomendaciones de los estudios realizados por la auditoria interna, deberán comunicarse oficialmente, mediante informes al jerarca o alos titulares subordinados de la administración activa, con competencia y autoridad para ordenarla implantación de las respectivas recomendaciones. La comunicación oficial de resultados de un informe de auditoria se regirá por las directrices emitidas por la Contraloria General de la República. 2La Gacela N* 28- Miércoles 10 de febrero de 2010. R-DC-119-2009. 2.11. Seguimiento de acciones sobre resultados. (...) El auditor interno debe establecer, mantener y velar porque se aplique un proceso de seguimiento de las recomendaciones, observaciones y demás resultados derivados de los servicios de la auditoria interna, para asegurarse de que las acciones establecidas por las instancias competentes se hayan implementado eficazmente y dentro de los plazos definidos por la administración. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Emall. grace.chinchillafiJgmail.com; y . Página 23/25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*91 ACTA N*75 Ordinaria. Y 9) Municipalidad de Pococí AUDITORIA Guápiles, Pococí e 4.2.4 Implementar, en coordinación con la instancia administrativa respectiva, en el plazo de dos meses, el registro de los procedimientos de contratación en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) (Ver punto 2.5 de este informe). El plazo para cumplir esta recomendación es de dos meses contados a partirde la fecha de recibo del informe y se acreditará por cumplida mediante la remisión de un oficio de parte de la Alcaldía informando acerca de la implementación del registro en el SICOP. 4.2.2 — Girar las instrucciones para que los funcionarios indicados en los puntos 4.3, 4.4 y 4.5 cumplan las recomendaciones dadas por este Despacho. 4.2.3 — Aprobar, conforme a sus competencias, los diferentes procedimientos que presenta la proveeduría municipal. 4.3 Ala Proveeduría Municipal 4.31. Elaborar y divulgar el Plan de Compras vinculado con la planificación institucional conforme lo solicita la normativa aplicable, para ello debe apoyarse en los Departamentos de Planificación y Desarrollo Institucional y Departamento de Presupuesto. Ver punto 2.1 de este informe, Para la atención de esta recomendación se da un plazo hasta el 31 de enero 2021, 4.3.2 — Publicar el programa de adquisiciones de bienes y servicios de conformidad con lo que señala el artículo 7 del Reglamento de contratación Administrativo y hacer los ajustes según corresponda. 4,33 — Elaborar, divulgar e implementar con las unidades administrativas y funcionarios competentes (Administración Financiera, Planificación y Desarrollo Institucional y Presupuesto), según corresponda, los procedimientos internos de todas las etapas del proceso de adquisición de bienas y servicios, según lo establecido en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, asi como la demás normativa conexa, Dichos procedimientos deberán considerar al menos: a) Elaboración de plan de compras institucional vinculado con la planificación de corto mediano y largo plazo. b) La descripción de las actividades a realizar en cada etapa del proceso de adquisición de bienes y servicios (Decisión inicial, Elaboración Cartel de Licitación, Estudio de Oferta (apertura, análisis aspectos formales, estudio y valoración de ofertas- registro de proveedores), proceso de adjudicación y ejecución contractual, incluido el registro de información en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP). e) La designación oficial del personal participante en cada una de las etapas, d) Actas de apertura debidamente complementadas e) Fecha y nombre del que recibe la oferta, estampada en la misma, f) Los plazos de cumplimiento y niveles de aprobación de la contratación administrativa requeridos para cada etapa según corresponda, Los valores éticos no son negociables Auditoria Interna Teléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillagmall.com; auditoriafOmunipococi.go.er Página 24]|25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*92 ACTA N?75 Ordinaria. 29-10-2020 9) Municipalidad de Pococí 0) o AUDITORIA Guápiles, Pococí PO 010 E4 POLOCr g) La definición de mecanismos de control, que regulen cada actividad de cada etapa, definiendo al menos mecanismos de contro! que subsanen las debilidades apuntadas en el acápite de los puntos 2.1 al 2.4 según corresponda. h) Los pasos de conformación y documentación de los expedientes de contratación administrativa. Para la atención de esta recomendación se da un plazo hasta el 31 de diciembre 2020, 4,4 Al Departamento de Planificación y Desarrollo Estratégico y Presupuesto 4.4.1 Coordinar según sus competencias, con el Departamento de Proveeduría, en la elaboración del plan de compras, de manera que este esté vinculado con el plan operativo anual y demás normativa según corresponda. Ver punto 2,1 de este informe, Para la atención de esta recomendación se da un plazo hasta el 31 de enero 2021. 4.5 Ala Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal y Obras Civiles y Servicios Municipales 4.5.1 — Implementar de manera inmediata lo establecido en el Manual para la Administración de Proyectos aprobado por el Concejo Municipal, así mismo deberá conformar un expediente técnico, el cual estará a disposición de esta Auditoría Interna u otro órgano de control. Al respecto véase lo comentado en el punto 2.3 de esle informe, 4.5.2 — Cumplir con los procedimientos de control, mismos que fueron aprobados por la Alcaldía Municipal. SABRINA Firmado digl u digitalment ZUÑIGA PorENOIMOÍUNCAS GRACE CECRINCILA CORRALESTÍIRMA CHINCHI JAS (FIRMA) CORRALES Fecha: E A VILLEGAS (Fl cha: 2020.10.02 (FIRMA) 12:59:51 -0600 12:22:28 -0600' Lcda. Sabrina Zúñiga Corrales Licda. Gracé Chinchilla Villegas,MAFF Despacho de Auditoria Interna Auditora Interna Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Emall. grace.chinchillaMgmall.com; auditoriafMmunipococi.qo.cr Página 25/25 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*93 ACTA N“75 Ordinaria. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada al señor alcalde y se le EÁnda un voto de apoyo para que todos los departamentos se pongan al día con las recomendaciones que está haciendo la Auditora. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Participan de la palabra: Reg. Yaslyn Morales Grajal. Quisiera que quede en actas que en reiteradas ocasiones el departamento de Auditoría ha mandado a este Concejo muchas observaciones, hemos estado reunida con ellos y siempre vienen observaciones de los diferentes departamentos. A mí me preocupa, porque la vez pasada llegó a jurídicos una observación sobre la compra de una tanqueta usada y ahí no ha pasado nada. Entonces, me preocupa que nos mande observaciones ella poro que también no las resuelva. Entonces que conste en actas que nos mande observaciones, pero que también nos diga qué resuelve de todo lo que nos indica, porque nos manda y en jurídicos vemos las observaciones, pero no vemos lo que ella resuelve, eso me preocupa señor presidente, no podemos seguir llenándonos de observaciones y no habiendo terminado esos avances de esos expedientes. A a UL ------- mien == a ACUERDO N* 1981 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMCM-0130-2020 Mediante la presente me permito saludarles y remitir el borrador de Reglamento de Impuestos Municipales del cantón de Pococí en concordancia con la Ley 8585 de Impuestos Municipales del cantón de Pococí. Este proyecto cuenta con su respectiva primera aprobación y publicación en el diario Oficial La Gaceta, posteriormente los departamentos de Hacienda Municipal Administración Tributaria y Servicios Jurídicos realizaron los ajustes y actualizaciones requeridas que nos permitan contar con este insumo que ahora remito al honorable Concejo Municipal. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*94 ACTA N*75 Ordinaria. En este caso, traslado el proyecto de Reglamento de Impuestos Municipales del cantón de Pococí para su análisis, discusión, aprobación y autorización para la segunda publicación y definitiva en el diario Oficial La Gaceta. Sin más por el momento, AF a lus HernándS RV MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Conforme la facultad que otorga el Estado Costarricense concordantemente con las bases del régimen municipal, el principio de la autonomía municipal, la potestad reglamentaria y las competencias que en materia urbanística, ambiental y de salud pública reconocidas a los Municipios en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política; 4, 11 y 13 de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 13 del Código Municipal, así como previa consulta pública que fue gestionada al tenor del artículo 43 del Código Municipal y conforme el acuerdo municipal N”. 1981 del Acta N*75 Ordinaria del 29 de octubre de 2020, este Concejo Municipal ordena: publicar como definitivo el “Reglamento de Impuestos Municipales del Cantón de Pococí” según se expone: REGLAMENTO DE IMPUESTOS MUNICIPALES DEL CANTÓN DE POCOCÍ La Municipalidad de Pococí, de conformidad con lo que establecen los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, 4 inciso a), 13 inciso d) del Código Municipal, La Ley N” 8582, De Impuestos Municipales del Cantón de Pococí, El Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N* 8220 denominada Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites administrativos, procede a emitir el Reglamento de Impuestos Municipales del Cantón de Pococí para las actividades económicas que se desarrollen con fines lucrativos y no lucrativos en su jurisdicción. 4%-El artículo 169 de la Constitución Política y el literal 3 del Código Municipal, establecen que compete a la Administración Municipal velar por los intereses y servicios locales, concepto en el cual se encuentra inmerso regular el adecuado funcionamiento de la actividad lucrativa y no lucrativa que se realiza en el Cantón de Pococí. 2%.De conformidad con lo establecido en los artículos 88, 89, 90,91 bis, 91 y 92 del Código Municipal, ley N* 7794 del 16 de abril de 1998, es competencia de la Municipalidad establecer las políticas generales de las actividades económicas con fines lucrativos y no lucrativos, que se desarrollen en el Cantón. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MGER MUNICIPALIDAD DE POCOCI A 0] 0) PAGINA N*95 ACTA N?75 Ordinaria. 29-10-2020 3%-Mediante el voto N* 6469-97 de las dieciséis horas veinte minutos del ocho de octubre de mil novecientos ochenta y siete, la Sala Constitucional estableció que "es materia municipal todo lo que se refiere al otorgamiento de las licencias para el ejercicio del comercio en su más variada gama de actividades y su natural consecuencia que es percibir el llamado impuesto de patente". 4%-Para cumplir con las competencias otorgadas por la Constitución y la Ley en esta materia, la Constitución Política, mediante su artículo 170 y el Código Municipal en su artículo 4% establecen la autonomía política, administrativa y financiera de las municipalidades, así como la potestad de dictar reglamentos autónomos de organización y de servicio, y cualquier otra disposición que autorice el ordenamiento jurídico. 5%-Se dicta el Reglamento de Impuestos Municipales para las actividades económicas que se desarrollen con fines lucrativos y no lucrativos en el Cantón de Pococí. CAPÍTULO | Normas generales Artículo 1% Para ejercer cualquier tipo de actividad económica ya sea comercial, productiva, o de cualquier índole, con fines lucrativos, habituales o discontinuas, en el cantón de Pococí, las personas interesadas deberán contar con la licencia municipal respectiva, la cual se obtendrá mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Reglamento. El ejercicio de dicha actividad generará la obligación del patentado o patentada de pagar a favor de la Municipalidad, el impuesto de patentes de conformidad con la ley vigente. El presente cuerpo reglamentario regula lo siguiente: 1- Licencias para las actividades lucrativas o económicas, tanto permanentes como temporales, habituales como discontinuas. 2-Licencias para rótulos, anuncios y vallas. 3- Créditos Fiscales. Todo lo relacionado con el expendio de bebidas con contenido alcohólico, queda regulado en la Ley 9047 de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico. Publicada en la gaceta No. 152 Alcance Digital N.” 109 del 8 de agosto de 2012, sus reformas y su reglamento. Artículo 2*- En el caso de actividades relacionadas con instituciones públicas o el ejercicio de servicios profesionales independientes por personas físicas, el establecimiento de locales para el desarrollo de la actividad deberá cumplir lo dispuesto en el Plan Regulador del Cantón de Pococí o la normativa que se encuentre vigente. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*96 ACTA N?75 Ordinaria. En todo caso se deberá tramitar la Licencia Municipal de Funcionamiento para ejercer la actividad de servicios profesionales independientes cumpliendo con todos los requisitos de la actividad, lo cual no implica el pago de la obligación tributaria por actividad lucrativa. Artículo 3"- Todas las actividades que se desarrollen con fines lucrativos o económicos dentro del cantón de Pococí, aún y cuando su domicilio fiscal se encuentre en otro Cantón, deberán obtener la licencia respectiva y pagar el impuesto correspondiente, siempre que el hecho generador del impuesto sea realizado dentro del Cantón de Pococí. Artículo 4*- La Municipalidad deberá resolver las solicitudes de licencia en un plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de su presentación. Vencido el término y cumplidos los requisitos en forma completa, sin respuesta alguna de la Municipalidad, el o la solicitante podrá establecer su actividad, siempre y cuando dicha actividad no sea contraria a la ley, al orden, la moral y/o las buenas costumbres, de conformidad con lo que se indica en los artículos 7 de este Reglamento y 7 de la Ley N* 8220. Artículo 5%- En caso de una presentación incompleta de requisitos, la Municipalidad deberá prevenir al administrado o administrada por una única vez, ya sea por escrito o por el medio que la persona haya señalado para recibir notificaciones, dejando evidencia la administración de la fecha y hora en la cual se previno al administrado. Esta prevención deberá realizarse por parte de la Unidad de Patentes, en un plazo máximo de cinco días naturales, contados a partir del día siguiente del recibo de los documentos, para que se completen los requisitos omitidos en la solicitud o el trámite, o que aclare o subsane la información. La prevención indicada suspende el plazo de resolución de la Municipalidad y otorgará a la persona interesada hasta diez días hábiles para completar o aclarar; transcurrido este término, continuará el cómputo del plazo restante previsto para resolver. Vencido el plazo sin el cumplimiento de los requisitos faltantes, se procederá al archivo de la documentación presentada y se entenderá la actividad como no autorizada. Artículo 6*- La Unidad de Patentes indicará a las personas interesadas cuáles permisos o requisitos correspondientes a otras instituciones públicas deben acompañarse con la solicitud de la licencia. Cuando por error u omisión se determine que una actividad que haya obtenido la licencia requiere algún otro permiso o requisito que no se exigió en su oportunidad, dicha unidad lo comunicará a la persona interesada y le concederá a ésta, un plazo de hasta veinte días hábiles para que corrija el error o supla la omisión, sin perjuicio que este plazo pueda ser prorrogado conforme al requisito que se refiera. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*97 ACTA N75 Ordinaria. Transcurrido dicho plazo, sin que se cumpla con lo solicitado, se procederá instruir el procedimiento o proceso correspondiente, para la nulidad del acto administrativo que otorgó la respectiva licencia. Artículo 7%- La licencia municipal para ejercer cualquier actividad, sólo podrá ser denegada cuando esta sea contraria a la ley, el orden, la moral o las buenas costumbres, el interés público y/o cuando él o la solicitante no haya cumplido los requisitos legales y reglamentarios. Asimismo, en caso de licencias temporales, la licencia será rechazada cuando él o la solicitante, haya incurrido en violaciones reiteradas a la ley, la moral o las buenas costumbres en el ejercicio de la actividad requerida. Artículo 8% No se concederán licencias municipales de ningún tipo en casas de habitación, salvo que para efectuar la actividad se separe totalmente el área que se destinará para local comercial de la casa de habitación, debiéndose observar que entre uno y otro no haya comunicación interna. Artículo 9*- Las licencias municipales se otorgarán únicamente para que las actividades se desarrollen dentro del establecimiento; cuando se comprobare que se utiliza la vía pública, áreas de parqueo o zonas comunes en centros comerciales, para consumir alimentos o bebidas de cualquier tipo, así como exhibir o vender mercadería, o cuando se utilicen equipos reproductores o altoparlantes para promocionar la actividad comercial, se procederá en primera instancia a notificar al titular de la licencia la violación en la cual está incurriendo con su actuar, la reincidencia por segunda vez acarreará el deber municipal de suspender la licencia respectiva por el plazo de tres días naturales y su consecuente cierre temporal. En caso de incurrir en dicha conducta por tercera vez, se procederá a la cancelación de la licencia respectiva, para lo cual se seguirá el procedimiento administrativo correspondiente. No obstante, lo anterior, en caso de zonas de uso común en los centros comerciales, si el patentado o patentada cuenta con la autorización expresa y escrita por parte de los condóminos y del administrador del centro comercial, la Unidad de Patentes podrá autorizar que esas áreas se utilicen para el desarrollo de la actividad comercial, siempre y cuando no se obstaculice el paso de tránsito de personas y se respeten las medidas mínimas necesarias para personas con algún tipo de discapacidad. Artículo 10- Para que la Municipalidad autorice la solicitud de otorgamiento, traslado o traspaso de licencias municipales de todo tipo, será requisito indispensable que las personas interesadas, tanto solicitantes como propietarias del inmueble, estén al día en el pago de los tributos y demás obligaciones municipales. Artículo 11- A toda actividad con fines lucrativos o económicos, que haya sido previamente autorizada por la Municipalidad de Pococí, se le impondrá un impuesto que será establecido de acuerdo con los mecanismos que dicten las leyes respectivas. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*98 ACTA N?75 Ordinaria. Artículo 12- Las personas que se dediquen a la actividad profesional a que se refiere la ley N” 8582 y que se encuentren asociadas con fines mercantiles en un mismo establecimiento comercial deberán obtener la licencia y pagar el impuesto respectivo. CAPÍTULO Il SECCION | Definiciones Artículo 13- Para los efectos de este reglamento, se adoptan las siguientes definiciones: a. Cancelación: Es el acto administrativo por el cual la Municipalidad deja sin efecto una licencia o permiso, previo cumplimiento del debido proceso. La cancelación de la licencia implica la clausura inmediata del establecimiento comercial. b. Casa-habitación: Inmueble, cuarto, departamento, aposento, edificio o lugar construido con un fin residencial, que esté habitado por una o más personas; y que no posea licencia o patente comercial; así como que tampoco posea patente o licencia aprobada para el almacenaje, distribución, venta o consumo de bebidas alcohólicas. 0: Centro Comercial: Se trata de un desarrollo inmobiliario urbano con áreas de compras para consumidores finales de mercancías y/o servicios, que concentra una mezcla de negocios en un área determinada, con los espacios para la circulación de personas y espacios de circulación de vehículos, así como áreas de estacionamiento a disponibilidad de sus visitantes. Para que se denomine "Centro Comercial”, deberá contar como mínimo con diez locales de uso comercial diferentes o variados. d. Clausura: Acto administrativo mediante el cual la Municipalidad suspende la operación de un establecimiento mediante la colocación de sellos en lugares visibles desde la vía pública y en sus puntos de acceso. Se podrá autorizar en ese mismo acto la permanencia de personal de seguridad para el cuido del establecimiento, sin que ello permita el libre acceso a terceros ni la continuidad del giro comercial; en caso de contar con varios accesos se dejará sin clausurar un único punto, el cual no podrá ser el principal. e. Establecimiento o negocio expendedor de bebidas con contenido alcohólico: Lugar autorizado para el almacenaje, distribución, venta o consumo de bebidas alcohólicas; independientemente de la categorización que obtenga, siempre y cuando cuente con la respectiva autorización del Ministerio de Salud, la Municipalidad y otras instituciones cuando corresponda; debiendo reunir los requisitos que para cada actividad o categorización que señalen las leyes y reglamentos vigentes. pl Giro: Orientación o modalidad de funcionamiento, bajo la cual un establecimiento comercial explota o ejerce la actividad autorizada por la Municipalidad en la licencia otorgada. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*99 ACTA N*75 Ordinaria. 9. Licencia de funcionamiento: Es el acto administrativo emitido por la Municipalidad que autoriza a las personas físicas o jurídicas la operación y funcionamiento de los establecimientos dedicados a comercio, industria (manufacturera o extractiva), servicios, agricultura, ganadería, pesca y forestal, así como al almacenaje, distribución, venta o consumo de bebidas con contenido alcohólico y cualquier otro que surja de la dinámica comercial en el Cantón. h. Multa: Sanción administrativa de tipo pecuniaria, impuesta por la autoridad municipal a la violación de un precepto legal contemplado en la Ley N* 8582, cuando así corresponda. Í Municipalidad: La Municipalidad del Cantón de Pococí. J: Marquesina: Especie de alero o protección de cualquier material, que se coloca a la entrada de cualquier estructura de indole comercial o industrial. k. Orden público: Entiéndase éste como la paz social, la tranquilidad y la seguridad, que provienen del respeto generalizado al ordenamiento jurídico, L Patente: Es el acto de habilitación que, a través del pago del impuesto, recibe la Municipalidad en contraprestación a la licencia de funcionamiento que permite la operación de los establecimientos dedicados al comercio, la agricultura, ganadería, pesca y forestal, la industria (manufacturera o extractiva) o servicios de todo tipo. m. Patentado o patentada: Persona física o jurídica que explota una licencia otorgada por la Municipalidad. Se entenderá como tal, para efectos de girar los actos administrativos correspondientes, sean de notificación o fiscalización al patentado o patentada, dependiente, gerente, administrador (a), representante u otro similar, que sea responsable de velar por el funcionamiento del establecimiento al momento en que se apersone la Municipalidad. n. Publicidad Exterior (rótulos, anuncios y vallas): Toda publicidad por medio de rótulos, avisos, vallas o similares cuyo propósito sea hacer una propaganda comercial o llamar la atención hacía algún producto, artículo o marca de fábrica o hacía una actividad comercial o negocio, servicio, recreación, profesión u ocupación domiciliaria que se ofrece y que pueda ser vista desde la vía pública. o. Unidad de Patentes: Dependencia encargada de recibir, tramitar, aprobar, fiscalizar e inspeccionar todo lo relacionado a la materia de licencias municipales. p. Reglamento municipal: Es el instrumento jurídico conformado por las disposiciones que norman el rol, acciones y procedimientos a cargo de la Municipalidad, cuyo contenido “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí oa MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*100 ACTA N?75 Ordinaria. incide en la autorización, control y fiscalización de las actividades comerciales, industriales o de servicios dentro del Cantón de Pococí. q. Reincidencia: Reiteración de una misma falta cometida en dos o más ocasiones en un establecimiento o actividad. Se entenderá para estos efectos como falta cometida, aquella que se tenga debidamente acreditada por la Municipalidad previo cumplimiento del procedimiento ordinario regulado en la Ley General de la Administración Pública. ls Salario base: Para los efectos de la determinación del impuesto y la aplicación de sanciones que señala la Ley N” 8582, se entenderá que es el establecido para el Auxiliar Administrativo 1 que señala el artículo 2 de la Ley N” 7337 del 5 de mayo de 1993. Este salario se mantendrá vigente para todo el año, aun y cuando sea modificado en el transcurso del mismo. S. Vía pública: Comprende las aceras, caminos, calles y carreteras por donde transita libremente cualquier persona o vehículo. SECCIÓN Il Tipos de licencias Artículo 14- La Municipalidad podrá otorgar según la actividad, licencias permanentes, licencias temporales y licencias para actividades ocasionales de conformidad con los siguientes criterios, mismos a los que deberán someterse las licencias para comercialización de bebidas con contenido alcohólico: a) Licencias permanentes: son aquellas que se otorgan para ejercer una actividad de forma continua y permanente, su explotación no implica de forma alguna la puesta en peligro del orden público, entendido éste como la paz social, la tranquilidad, la seguridad, la moral y las buenas costumbres. No deben ser renovadas por el patentado o patentada, sin embargo, pueden ser revocadas por la Administración Municipal, cuando el establecimiento o actividad comercial por una causa sobrevenida, no reúna los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de la actividad sin estar autorizada por la Municipalidad o que esta se esté realizando en evidente violación a la ley y/o al orden. b) Licencias de carácter temporal: Este tipo de licencias se extenderán de tres a seis meses, en virtud que se cuenta con una presunción razonable que con la actividad solicitada, se podría violentar la ley y/o el orden público o bien por otras razones que lo ameriten a juicio de la Administración Municipal. Serán renovables automáticamente por períodos iguales y sucesivos hasta cumplir con un año, siempre y cuando su actividad se haya ejercido dentro de los parámetros indicados, para lo cual, el patentado o patentada deberá apersonarse ante la Unidad de Patentes con “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*101 ACTA N“75 Ordinaria. el certificado para su respectiva renovación, al menos cinco días hábiles antes de la fecha de vencimiento del mismo. Transcurrido el plazo de un año, se otorgará la licencia comercial en forma definitiva, pudiendo revocarse esta última, cuando por causa sobrevenida el establecimiento o actividad comercial deje de reunir los requisitos mínimos establecidos por ley para su explotación, haya variado el giro de su actividad, o cuando ésta se desarrolle en evidente violación a la ley y/o al orden público. c) Licencias para actividades ocasionales: son otorgadas por la Municipalidad para el ejercicio de actividades de carácter ocasional, tales como fiestas cívicas y patronales, turnos, ferias, en épocas navideñas o actividades de temporada y afines. Se podrán otorgar hasta por un periodo de tres meses, prorrogables por una única vez. Estas licencias podrán ser revocadas cuando la explotación de la actividad autorizada sea variada o cuando la misma implique una violación a la ley y/o el orden público. Artículo 15- Fiscalización: La Unidad de Patentes deberá fiscalizar la buena marcha de las actividades autorizadas, en aras de controlar la continuidad normal de la explotación de la actividad, la revocatoria de la licencia comercial, la renovación de la misma, recalificaciones de patente, instrucción de procedimientos administrativos y aplicación de sanciones, para lo cual la administración deberá proveer los recursos tecnológicos, económicos y humanos necesarios que le permitan realizar esta labor. CAPÍTULO Ill Procedimiento para el otorgamiento de las licencias municipales SECCIÓN | Licencias municipales permanentes Artículo 16- Las solicitudes de licencias municipales serán gestionadas ante la Unidad de Patentes, que constatará en un plazo máximo de tres días naturales, contados a partir del día siguiente del recibo de los documentos, si la solicitud cuenta con todos los requisitos legales y reglamentarios necesarios para su explotación, de lo contrario, prevendrá al administrado (a) por una única vez y por escrito o por el medio que la persona haya designado para atender notificaciones, dentro de los alcances de la Municipalidad, para que en un plazo de diez días hábiles contados a partir del día de la notificación complete o aclare lo pertinente. La prevención indicada suspende el plazo de resolución de la Municipalidad, transcurrido este término, continuará el cómputo del plazo restante previsto para resolver. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*102 ACTA N?75 Ordinaria. Vencido el plazo sin el cumplimiento de los requisitos faltantes, se procederá al archivo de la documentación presentada, se emitirá resolución debidamente motivada y se entenderá la actividad como no autorizada. - La autorización final de la actividad solicitada será otorgada por la Jefatura de la Unidad de Patentes, lo que se hará constar mediante la firma en el certificado correspondiente, previo a ello, esa misma Jefatura deberá emitir una resolución debidamente motivada en torno al cumplimiento de todos los requisitos por parte del solicitante. Artículo 17- Requisitos. Para gestionar las licencias municipales, ya sean comerciales, industriales o de servicios, se requiere la presentación de los siguientes documentos: 1. Formulario completo de la solicitud de licencia municipal con todos los datos requeridos, debidamente firmado por la persona interesada o por el representante legal cuando corresponda. En caso de que él o la solicitante no efectúe el trámite de manera personal, la firma deberá estar autenticada por Notario (a) Público (a). 2. Cuando él o la solicitante sea una persona física: Presentar original de la cédula de identidad para ser confrontada ante cualquier funcionario (a) municipal o bien fotocopia certificada por Notario (a) Público (a) en caso de que no se presente el documento original. 3, Cuando el solicitante sea una persona jurídica deberá presentar: 3.1 Original de la cédula de identidad del representante legal para ser confrontada ante funcionario (a) municipal o bien fotocopia certificada por Notario (a) Público (a) en caso de que no se presente el documento original. 3.2 Original y fotocopia de certificación de personería jurídica emitida por Notario (a) Público (a) o el Registro Nacional, para ser confrontada ante funcionario (a) municipal o bien fotocopia certificada por Notario (a) Público (a) en caso de que no se presente el documento original, donde se indique que el solicitante o los solicitantes pueden actuar conjunta o separadamente en representación de la sociedad. Dicho documento no deberá tener más de un mes de emitido. 4. El local donde se desarrollará la actividad, debe contar con una cantidad mínima de espacios de estacionamiento necesarios para el giro comercial que se pretende desarrollar, para lo cual se aplicarán las regulaciones que al respecto dispone el Reglamento de Construcciones del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo vigente. a. Cuando el local sea arrendado, deberá presentar original y copia del contrato de arrendamiento para ser confrontada ante un funcionario municipal, o bien fotocopia certificada por Notario (a) Público (a) en caso de que no se presente el documento original. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*103 ACTA N?75 Ordinaria. Si el bien inmueble es propiedad del solicitante, la Unidad de Patentes, realizará la consulta respectiva en la página web del Registro Nacional y la agregará al expediente respectivo. 6. Cuando no exista contrato de arrendamiento, sino únicamente el consentimiento del propietario del bien inmueble para el uso solicitado ante la Municipalidad deberá aportarse carta del o los propietarios registrales, junto con la copia del o los documentos de identidad de estos, indicando la persona y la actividad que se autoriza, así como el número de inscripción del bien inmueble en el Registro Nacional. Te Original y copia del permiso sanitario de funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud para ser confrontada ante funcionario (a) municipal o bien fotocopia certificada por Notario (a) Público (a) en caso de que no se presente el documento original, cuando sea necesario de conformidad con lo que establece el Decreto Ejecutivo o la Ley General de Salud vigente. 8. Uso de suelo emitido por el Departamento de Planificación y Control Constructivo donde se verifique que la actividad se desarrollará en una zona permitida, en caso de requerirse copia de plano catastro porque el mismo no se encuentre en los registros municipales, o algún otro documento, el interesado deberá aportarlo. El uso de suelo deberá indicar si se trata de una obra nueva y que esta, cumple con las regulaciones de la Ley 7600 de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad. 9. El o la interesada, así como el propietario del bien inmueble, deberán estar al día con todas las obligaciones tributarias municipales, lo cual será verificado por la Plataforma de Servicios o Unidad de Patentes, al momento de recibir la documentación. 10. Para el caso de construcciones nuevas, la Unidad de Patentes solicitará a la Unidad de Planificación y Control Constructivo informar si las mismas cuentan o no con el recibimiento de obras, dicho documento deberá ser entregado al día hábil siguiente de la solicitud por parte de dicha dependencia. Licencias para la instalación de máquinas de juego manuales, electrónicas o Juegos electrónicos: En caso de que se solicite licencia comercial para instalar máquinas de juego manuales, electrónicas o juegos electrónicos: el solicitante además de cumplir con los requisitos anteriores aportará lo siguiente: a) La solicitud deberá indicar la descripción de cada uno de los juegos a explotar. b) Para mejor resolver, presentar original y fotocopia de dictamen emitido por un profesional en Ingeniería Electrónica, donde se haga constar que el resultado del uso de “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pocaci MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*104 ACTA N?75 Ordinaria. == la máquina de juego a utilizar en el local, no obedece al azar, para ser confrontada ante funcionario (a) municipal o bien fotocopia certificada por Notario (a) Público (a) si no se presenta el documento original. c) Según lo dispuesto en la Reforma a la Ley de Juegos, por medio de Ley 8767, se prohíbe la instalación y el funcionamiento de máquinas de juegos, juegos de video o juegos de habilidad y destrezas, tanto electrónicas como virtuales, en establecimientos comerciales cuya actividad ordinaria no sea este tipo de juegos. d) El local comercial para máquinas de juegos debe tener libertad de movimiento para los asistentes al mismo, por lo que deberá contar con una capacidad mínima de medio metro cuadrado de superficie libre interna por cada concurrente. Al menos la cuarta parte de dichos locales comerciales, deben colindar con vía pública. e) Las máquinas de juegos, juegos de video o juegos de habilidad y destreza, tanto electrónicos como virtuales, deberán instalarse en establecimientos acondicionados para tal fin, cuyas salas no estén asociadas con ninguna otra actividad ni comunicadas internamente con locales dedicados a otras actividades. f) Queda prohibida la permanencia de personas menores de doce años en estos establecimientos, sin el acompañamiento de un adulto responsable. A quienes incumplan las disposiciones de este artículo se les impondrá multa equivalente a dos veces el salario base. 9) No se podrán admitir personas menores de dieciséis años en los locales destinados a billar, caso contrario, al dueño de este se le impondrá una multa de tres veces el salario base, en los términos del artículo 14 de la Ley de Juegos. h) En los locales comerciales en que se instalen juegos electrónicos y virtuales, tendrán un horario comprendido de las 10:00 a.m. hasta las 22:00 como máximo. A quienes incumplan las disposiciones de este artículo se les multará con tres veces el salario base. ¡) A quien reincida con lo señalado en los puntos g) e i) se le cancelará la patente correspondiente, recurriendo para ello al debido proceso, según la Ley General de Administración Pública. j) Las personas propietarias de los locales comerciales deberán colocar rótulos visibles que indiquen lo siguiente: -Menores de edad: Los menores de doce años deberán estar acompañados de un adulto responsable. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*105 ACTA N*75 Ordinaria. -Horario del establecimiento: Este establecimiento tiene un horario de las 10:00 horas hasta las 22:00 horas máximo. Licencia para la instalación de casinos en hoteles con declaratoria turística: En caso de que se solicite licencia comercial para explotar casinos, únicamente corresponde en el caso de hoteles con declaratoria de interés turístico: deberá cumplir adicionalmente lo siguiente: a) La solicitud debe indicar la descripción de cada uno de los juegos a explotar. b) Original y copia del documento emitido por el Instituto Costarricense de Turismo, en el que se indique que el establecimiento tiene declaratoria de interés turístico, para ser confrontada ante funcionario municipal o bien fotocopia certificada por Notario (a) Público (a) en caso de que no se presente el original. Licencia para la instalación de hoteles, casas de alojamiento ocasional o similar: En caso de que se solicite licencia comercial para la explotación de la actividad de hoteles, casas de alojamiento ocasional o similar; deberán cumplir adicionalmente, con lo siguiente: Aportar los documentos emitidos por el Instituto Mixto de Ayuda Social y del Instituto Costarricense de Turismo, donde se indique que el establecimiento se encuentra al día de pago de impuesto con dichas entidades, debe adjuntar original y copia para ser confrontada ante funcionario (a) municipal, o bien fotocopia certificada por Notario (a) Público (a) en caso de que no se presente el original. Licencia para actividades con regulación especial: En caso de que se solicite licencia municipal para otras actividades que la autorización de la actividad por parte de la institución rectora a nivel nacional (MEP, MOPT, SUGEF, SUTEL, SUGEVAL, SENASA y Ministerio de Salud, entre otros), deberán aportarse según la actividad la constancia o certificación correspondiente de cada institución: Actividades de carácter financiero, bancario o símiles (SUGEVAL) Centros de educación privada. (MEP y/o CONESUP según corresponda) Telecomunicaciones. (SUTEL) Parqueos o estacionamientos públicos. (MOPT) Transporte privado de estudiantes, u otros similares. (MOPT, CTP, según corresponda). . Eventos deportivos, culturales o de cualquier otra índole. (TEATRO NACIONAL, COMISIÓN DE ESPECTACULO PÚBLICO). . Carnicerías, veterinarias y Tiendas de mascotas o similares. (SENASA) “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*106 ACTA N?75 Ordinaria. . Actividades, obras o proyectos nuevos, que, por ley o reglamento, se han determinado que pueden alterar o destruir elementos del ambiente o generar residuos, materiales tóxicos o peligrosos; así como, las medidas de prevención, mitigación y compensación, que dependiendo de su impacto en el ambiente. (SETENA). . Así como cualquier otra actividad lucrativa o económica que no se encuentre contemplada en el presente Reglamento o que surja a raíz de la evolución comercial en el Cantón. . Certificación emitida por la Asociación de Compositores y Autores Musicales de Costa Rica (ACAM), o la sociedad de gestión colectiva correspondiente para actividades de espectáculo público y de repertorio musical, cuando se requiera de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos y su reglamento. Artículo 18- La Municipalidad de Pococí, por medio de la Unidad de Patentes, llevará un registro de los patentados o patentadas con todos los datos necesarios para su correcta identificación y localización. El patentado o patentada deberá señalar a la Municipalidad su domicilio dentro del cantón de Pococí, número de fax o medio electrónico legalmente idóneo, para efectos de contactarlo o notificarle cualquier asunto o documento pertinente a su licencia municipal. Asimismo, tendrá la obligación de señalar cualquier cambio que se realice en su domicilio o en el de su representante legal, pues de no hacerlo se tendrá por notificado en el transcurso de las 24 horas siguientes posterior al dictado de la resolución que se emita. La Municipalidad entregará a cada patentado o patentada el certificado que lo acredita como tal y éste deberá estar colocado en un lugar visible en el establecimiento. En caso de extravío o pérdida de este certificado el patentado o patentada deberá solicitar su reposición ante la Unidad de Patentes para lo cual deberá encontrarse al día con la patente municipal. SECCIÓN Il Procedimiento de cobro del impuesto Artículo 19- A toda actividad lucrativa o económica que haya sido previamente autorizada por la Municipalidad de Pococí, se le impondrá un impuesto, que será establecido de acuerdo con los mecanismos de la Ley 8582 denominada Ley de Impuestos Municipales del Cantón de Pococí y el artículo primero de este Reglamento. El impuesto se cobrará a partir del momento del inicio de la actividad dentro del Cantón de Pococí, aún y cuando se haya iniciado la actividad sin la respectiva licencia. Artículo 19bis. En casos de calamidad pública o emergencia nacional o cantonal, declarados por el Gobierno Central, la Municipalidad podrá suspender, a petición de los “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipatidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*107 ACTA N?75 Ordinaria. licenciatarios, temporalmente la vigencia de las licencias otorgadas por un plazo máximo hasta de doce meses. Durante el plazo de suspensión, al no estar desarrollándose la actividad comercial, no se cobrará el impuesto correspondiente a que hace referencia el párrafo anterior. Toda solicitud de suspensión de licencia la deberá realizar el licenciatario por escrito y señalar un medio para recibir notificaciones futuras. El licenciatario podrá solicitar la reactivación de la licencia en cualquier momento, con lo cual se retomará el cobro del impuesto correspondiente. Para la reactivación efectiva de la licencia, el interesado deberá haber cancelado cualquier pendiente relacionado con este impuesto o estar al día en caso de que esté cancelando sus pendientes a través de la figura de arreglo de pago. Cumplidos doce meses desde la suspensión de la licencia y debidamente notificados por las administraciones tributarias municipales, los licenciatarios tendrán un plazo máximo de diez días hábiles para solicitar la reactivación de su licencia. En caso de no hacerlo dentro de dicho plazo, se tendrá por revocada, en forma automática, la licencia otorgada. Artículo 20- El impuesto se pagará durante todo el tiempo en que la actividad se lleve a cabo y por el tiempo en que se haya poseído la licencia, siempre y cuando existan ventas o ingresos brutos o compras en caso de los negocios que ejercen su actividad bajo el Régimen de Tributación Simplificada. El pago regirá para el trimestre completo o fracción del mismo, si la actividad da inicio cuando ya se encuentre avanzado. Cuando un patentado o patentada finalice su actividad, deberá comunicarlo a la Unidad de Patentes. En caso de no hacerlo, la Municipalidad procederá a cancelar automáticamente la licencia, cuando se autorice una nueva licencia en el mismo local comercial, cuando sea evidente el abandono de la actividad y/o cuando se encuentre atrasado en el pago del impuesto por dos o más trimestres, independientemente que la actividad se desarrolle o no en el local comercial. El pago deberá hacerse efectivo hasta el día en que sea comunicado a la municipalidad, ya sea por trimestre completo o fracción transcurrida de éste. Artículo 21- Para efectos del presente Reglamento se entiende por actividad económica la que se ejerce con fines de lucro, con carácter comercial, empresarial, de servicios, profesional, técnico, artístico por cuenta propia o a través de medios de producción y de recursos humanos, o de uno o de ambos, con el fin de intervenir en la producción, distribución o divulgación de bienes o servicios, ya sea de manera permanente u ocasional, ambulante o estacionaria, actividades de ganadería, pesca, forestal, industrial (manufactureras o extractivas). “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*108 ACTA N*75 Ordinaria. Artículo 22- Base imponible: Con excepción de lo señalado en el artículo 11 de la ley 8582, se establecen como factores determinantes de la imposición, los ingresos brutos o las ventas brutas anuales que perciban las personas físicas o jurídicas sujetas del impuesto durante el período fiscal anterior al año que se grava. Se entiende por ventas el total de ventas anuales una vez deducido el impuesto que establece la Ley de Impuesto General sobre las Ventas y los ingresos percibidos por concepto de impuestos que de manera obligatoria deban recaudar para el Estado. Para el caso de establecimientos financieros, de alquileres y de correduría de bienes muebles e inmuebles se considerarán ingresos brutos los percibidos por concepto de intereses y comisiones. Artículo 23- Hecho Generador. El hecho generador del impuesto es el ejercicio de cualquier tipo de actividad efectuada por los sujetos pasivos entre el 1? de enero y el 31 de diciembre de cada año, a título oneroso y con carácter lucrativo, sea que se desarrolle en un establecimiento o no y cualquiera que sea el resultado económico obtenido. Artículo 24- Los ingresos brutos o las ventas brutas anuales obtenidos durante el período fiscal del año que se grava, se les aplicará la tarifa de dos por mil (0,002) (£2.00 por cada mil colones) y el resultado obtenido constituirá el impuesto a pagar por año. El impuesto se cancelará por adelantado y se pondrá al cobro de manera trimestral. Deberá cancelarse durante los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año. Artículo 25- En caso de que no se cumpla con la cancelación del impuesto en los meses indicados en el artículo anterior, la Unidad de Patentes estará obligada a cobrar el recargo por concepto de intereses. Artículo 26- El total del ingreso bruto o la venta bruta anual de las actividades lucrativas que hayan operado únicamente una parte del período fiscal anterior, se determinará con base en el promedio mensual del período de la actividad en que se ejerció ésta. SECCIÓN III De la declaración jurada Artículo 27- Todos los patentados o patentadas tienen la obligación de presentar cada año la declaración jurada del impuesto ante la Unidad de Patentes y anexar fotocopia o comprobante de la declaración del impuesto sobre la renta del período sujeto a gravar, debidamente recibida por la Dirección General de Tributación o agentes auxiliares autorizados para este fin o comprobante virtual correspondiente, cualquiera que sea la cuantía de sus ingresos o ventas brutas obtenidas. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*109 ACTA N75 Ordinaria. El plazo máximo para su presentación será el 15 de enero de cada año o régimen tributario vigente. Con base en esta información, la Unidad de Patentes calculará el impuesto por pagar en firme, sin previo pronunciamiento, aun y cuando la declaración se presente posterior a la fecha señalada. Artículo 28- En los casos en que las empresas tengan autorización de la Dirección General de Tributación para funcionar con período fiscal diferente, los sujetos pasivos deberán comunicarlo a la Unidad de Patentes por escrito, antes del vencimiento del período, para el registro correspondiente y el plazo para la presentación se ampliará hasta tres meses posteriores, contados a partir del cierre del periodo fiscal especial de que se trate. Artículo 29- Régimen de Tributación Simplificado: Los contribuyentes autorizados por la Dirección General de Tributación en el Régimen de Tributación Simplificado, deberán presentar copia de las declaraciones juradas trimestrales correspondientes al período fiscal, debidamente selladas o recibidas mediante medio idóneo por la Dirección General de Tributación o los agentes auxiliares autorizados y la certificación de contador público autorizado (CPA) respecto a las ventas brutas anuales. Artículo 30- La Unidad de Patentes tendrá a disposición de los patentados o patentadas los formularios y la información necesarios para que puedan presentar la declaración jurada del impuesto. Los patentados o patentadas deberán retirar los formularios respectivos en dicha dependencia en cualquier momento, o en su defecto acceder a los medios electrónicos previstos para este fin. Artículo 31- Todo sujeto pasivo que realice actividades en diferentes cantones además del cantón de Pococí y que en su declaración de impuesto sobre la renta incluya las ventas o el ingreso brutos de manera general, deberá aportar una certificación de un contador público autorizado, donde se detallen los montos correspondientes que le corresponde gravar a cada municipalidad, incluida la Municipalidad de Pococí. Esta información deberá ser verificada por la Unidad de Patentes, que en caso de comprobar que en alguna de las municipalidades citadas no se tributa, deberá coordinar con el gobierno local aludido para que tome las acciones correspondientes, en aplicación del principio constitucional de coordinación institucional. Artículo 32- De la Multa. Los sujetos pasivos que no presenten la Declaración Jurada con sus anexos, dentro de los plazos establecidos en el artículo 10 de la ley 8582 y los artículos 27 y 28 de este reglamento, se harán acreedores de una recalificación de oficio, más una multa de un treinta por ciento (30%), la misma se calculará con respecto al monto del impuesto anual del año anterior, según lo establece el artículo 13 de la ley 8582. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*110 ACTA N*75 Ordinaria. Dicha multa deberá pagarse conjuntamente con el impuesto del primer trimestre del periodo al cobro, para el caso de los contribuyentes con periodo especial, se tomará el trimestre en que le corresponda presentar la declaración. Artículo 33- La declaración jurada del impuesto que debe presentar el patentado o patentada ante la Unidad de Patentes quedará sujeta a las disposiciones de los artículos 122, 124 y 125 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, así como a otras leyes que regulen esta materia. Toda declaración queda sujeta a revisión por los medios establecidos por ley. Si se comprueba que los datos suministrados son incorrectos, circunstancia que determina una variación en el tributo, o cualquier otro tipo de inexactitud, se hará la recalificación respectiva. En este caso, la certificación extendida por el contador municipal donde se indique la diferencia adeudada servirá de título ejecutivo para efectos del cobro. Artículo 33 bis- Facultad Fiscalizadora en la recaudación de los tributos. Conforme el artículo 77 bis del Código Municipal, se constituye a la Municipalidad como administración tributaria, contando con las facultades para ejercer fiscalización y control en la recaudación de los diversos tributos asignados. La Municipalidad a través de la Unidad y/o persona asignada para fiscalizar los tributos municipales, podrá intervenir en cualquier momento previa notificación al sujeto pasivo, dentro de los plazos establecidos en la Ley N.” 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de 03 de mayo de 1975, para asegurar el estricto cumplimiento de las normas legales que les otorgan recursos económicos. La Municipalidad de Pococí, en su condición de Administración Tributaria, cuenta con las facultades establecidas en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, en cuanto a ilícitos tributarios dispone de las facultades establecidas en el título II! de dicho Código, en lo que se refiere a infracciones y sanciones administrativas. Cuando la Municipalidad, en su fase de fiscalización de los tributos, tenga noticia de que se ha cometido un presunto delito, procederá a denunciarlo al Ministerio Público, la información confidencial recabada por la municipalidad no puede ser utilizada para fines distintos de los tributarios, salvo norma legal que así lo autorice y siempre dentro de las facultades otorgadas a las municipalidades. El carácter privado de la información capturada para fines tributarios prevalece y debe resguardarse según lo dispone la ley. Los servidores de la municipalidad únicamente están autorizados a acceder a la información propia de la gestión administrativa que estén tramitando. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*111 ACTA N?75 Ordinaria. En todo momento, la municipalidad velará por el cumplimiento del derecho al debido proceso y el derecho de defensa de los sujetos pasivos en los procedimientos ante la municipalidad, para cumplir lo previsto en esta norma, se contará con la colaboración obligada de la Dirección General de Tributación, la Dirección General de Aduanas y de los demás entes públicos. Artículo 34- La Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda deberá brindar a la Municipalidad de Pococí, en su condición de administración tributaria, la información relativa a las ventas o los ingresos brutos que fueron declarados por los contribuyentes del impuesto sobre la renta, siempre y cuando estos estén domiciliados o sean patentados o patentadas del Cantón de Pococí. Para ello, la Unidad de Patentes deberá solicitar a la Dirección General de Tributación, la base de datos de todos los comercios inscritos ante esa dependencia en el periodo fiscal anterior, a fin de realizar la correspondiente revisión y verificación de contribuyentes omisos y/o contribuyentes con diferencias en los montos declarados de las ventas y proceder con las recalificaciones correspondientes. Artículo 35- La información de carácter tributario que la Municipalidad de Pococí obtenga de los contribuyentes tienen carácter confidencial, únicamente el contribuyente, su representante legal o persona debidamente autorizada por el patentado o patentada, pueden examinar los datos y anexos consignados en sus respectivas declaraciones juradas; asimismo, cualquier expediente que contemple ajustes o reclamaciones formuladas sobre dichas declaraciones. SECCIÓN IV De la determinación de oficio del impuesto de patentes Artículo 36- La Municipalidad por medio de la Unidad de Patentes, se encuentra facultada para realizar de oficio la determinación del impuesto o su respectiva recalificación, cuando el contribuyente o responsable se encuentre en cualquiera de las siguientes situaciones: a) Que no haya cumplido lo establecido en el artículo 10 de la Ley 8582. b) Que, aunque haya presentado la declaración jurada, el documento correspondiente a la declaración del impuesto sobre la renta -que también se aporta al gobierno local- se encuentre alterado o presente algún tipo de condición que no le permita a la administración municipal tenerlo por válido. c) Que hayan sido recalificados por la Dirección General de Tributación. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*112 ACTA N*75 Ordinaria. d) Que se trate de una actividad establecida por primera vez en el cantón de Pococí, para lo cual deberá seguir el procedimiento dispuesto en el presente reglamento. e) Que, aunque hubiera presentado la declaración jurada municipal, no hubiere aportado la copia de la declaración de renta, presentada a la Dirección General de Tributación. f Que se encuentre registrada bajo el Régimen Simplificado ante la Dirección General de Tributación. 9) Otros casos que contemple la ley. La calificación o la recalificación de oficio deberá ser notificada por la Unidad de Patentes al sujeto pasivo con indicación de los cargos, las observaciones y las infracciones, si las ha cometido. Dicho acto cuenta con los recursos de revocatoria ante el órgano que lo dictó y el de apelación ante la persona titular de la Alcaldía Municipal, los cuales deberán interponerse dentro del quinto día; podrán fundamentarse en motivos de ilegalidad o inoportunidad y suspenderán la ejecución del acto. Lo que decida la Alcaldía Municipal, estará sujeto a los recursos de revocatoria ante la misma Alcaldía y apelación para ante el Tribunal Contencioso Administrativo, los cuales deberán interponerse dentro del quinto día. Artículo 37- Para gravar las actividades establecidas por primera vez conforme el procedimiento impositivo del artículo 15 de la ley 8582, la Unidad de Patentes hará una estimación tomando como parámetro otro negocio similar, utilizando el siguiente procedimiento, que tendrá carácter de provisional y deberá ser modificado con base en la primera declaración que corresponda hacer al patentado o patentada: 1, Seleccionar una actividad análoga a la actividad cuyo impuesto haya que determinar. 2, En caso de no existir dentro del cantón una actividad análoga, se recurrirá a información de otro cantón. 3. El monto del impuesto a pagar será el que resulte de multiplicar el impuesto anual pagado por el patentado o patentada que se toma como referencia para hacer la analogía, por el porcentaje de calificación, obtenido en la valoración que de la nueva actividad realice la Municipalidad, dando como resultado el monto de impuesto de patente que esta última debe pagar. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*113 ACTA N?75 Ordinaria. 4. Para fijar el monto del impuesto, de conformidad con este artículo, la Unidad de Patentes solicitará al contribuyente o responsable la información necesaria para establecer los factores de la imposición, el cual queda obligado a brindarla. 5, La nueva actividad se evaluará de conformidad con los siguientes parámetros: actividad principal, ubicación del establecimiento, condición física del local, inventarios de existencias, materiales, máquinas, materia prima y número de empleados; de no contar con estos parámetros, utilizará principalmente la analogía o comparación con establecimientos que ejerzan la misma actividad y estén incluidos dentro del artículo 15 de la ley 8582 de impuestos Municipales del Cantón de Pococí. Los parámetros se realizarán según la siguiente clasificación: 1. Tipo de Actividad A. Comercio Venta de artículos SUNtUArIOS..........ooooooccoonccononncconcnnnncnn nano ncnn anar ononnnroncrnnanos 20 %. Empresas sofisticadas, aquellas que se dediquen a la venta de artículos no indispensables, artículos de belleza, supermercados y similares. Artículos diversos que no son de primera necesidad como grandes almacenes de electrodomésticos y artículos VariOS...........oooccocccoccnoccoos: 15%. En esta categoría se concentran artículos que aún y cuando no sean de primera necesidad, no se clasifican como no suntuarios o de lujo, dentro de esta categoría se ubican a los negocios que se dedican al comercio electrónico y servicios tecnológicos y similares. De apoyo como tienda de ropa, ferreterías, librerías, bazar, Floristerías........... 10%. Bajo esta categoría, se pueden clasificar actividades de tipo auxiliar, las que existen para respaldar las actividades de producción principales, generando productos o servicios de apoyo a otras actividades. Básico como abastecedor, minisúper, farmacias........cononconnnnmsarininnos 5% Contiene esta categoría, bienes y servicios, que son de consumo regular más no indispensable, no incluido en la canasta básica. Servicio de expendio de comidas preparadas y/o bebidas, ya sea en el sitio u otra MOdalidd..eoccnnssnat AO 5% “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*114 ACTA N?75 Ordinaria. Contiene esta categoría los comercios de expendio de comidas como restaurantes, sodas y similares que se instalen en el Cantón de Pococí. Pequeño comercio como pulperías, verdulerías o similares, que no superen los 30 metros CUATAdOs.....cccocooccconononnnonr nono none r nr nn 1% Se trata de negocios pequeños donde generalmente se ubican los artículos de primera necesidad, se caracteriza por su consumo a pequeña escala. B. Industria: Industrias MAanufactureraS......occconcnncnnninnnonnnrccnnnnnnnrn nn nano n anna rn arnes 20 % (Industria de productos químicos y farmacéuticos, caucho y plástico, cuchillería y herramientas de mano, y similares) Industria Textilera y MetáliCa.........oomomomincnnnnecononoccnorerernrrenncenerrererenererie 15 % (Fabricación de productos textiles, prendas de vestir, colchas, cortinas, alfombras, tapices, fabricación de hilados, cuerdas, cordeles, todo tipo de materiales en metal, hierro y similares). NN 10% Reparación y mantenimiento de equipo y maquinaria pesada, Industria productos de cemento y similares. Suplidoras alimentariaS........ooocicionnnnnnnnnecnerernorecennesonnenen certera concerns 5% (Actividades dedicadas a la fabricación y/o distribución de productos alimenticios y bebidas, producción, procesamiento y de carne, pescado, frutas, legumbres, harinas, cereales, conservas y hortalizas, alimentos para animales y similares) De tipo artesanal, emprendimiento.....cmoninonnnonnnnnnncecneneerererinererernemececess 1% (Artesanías y artículos de fabricación tipo emprendimiento). C. Servicios Sofisticados (referido a servicios no indispensables), profesionales agrupados en sociedades de cualquier tipo, asesorías y SiMilareS......ocicaconnonoocnnneecncrannness 20% Educación privada (Servicios de enseñanza a todo nivel preescolar, escolar, secundario, universitario, para universitaria, técnico, centros de cursos libres y UI O RM 15% APO ii rc nene sI A 10 % (Fotocopias, transporte y alquileres, reparación y mantenimiento muebles y de equipo, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*115 ACTA N*75 Ordinaria. remodelación, construcción y reparación de edificios, suministro de agua, gas, vapor y aire acondicionado, transporte, almacenamiento y similares). Servicios relacionados con tecnología (reparación y asesoría) ........ocooonoconionoo. 0 LO Servicios técnicos y oficios tales como talleres de costura, reparación de calzado, electrodomésticos, servicios de emprededurismo y similares..........ooocicccccncncanas. 1 L 2 Ubicación: (Mapa de Valores de terrenos por zonas homogéneas, con respecto a si la zona es comercial, industrial, residencial, rural, tipo vías, entre otros) Zona comercial, industrial y/o servicios consolidada...........c.ccnoccnconconrnnnronocccnos 20 % Buena zona en proceso de consolidación..........coococcomommmmmrrs: 15% Mixta, ubicación en relación con vía públiCA........ooooncnccnccnininniccocnnnanornrnncrarcnnon 10% (Predios esquineros o medianeros) Regular, ubicación dispersa en relación con la vía públiCA.....cccinccininncicnnmnm.. 5% (Callejón fondo y Callejón lateral) Mala ubicación (zonas alejadas de centros con dificultad de acceso o en SOIVIAUMDIE) ....ooocconcccnonnoncnnnanennannnncnncnnnncnonn caro nnnnnn cnn ni non non on non nn nena ren rn nan reneraninnnnonos 1% 3. Condición del local: Estado de conservación. Optima condición O muy bUBNA....coocccccconocinccnnonocononoconconcnnnn can nonnnrnnrrnnrnn rre crees 1% Buena condición: del local uniormnsasrarrmar craneo 5% intermedia o Regular Condición venian 10% Mal:CONdICiÓN concerns crono 15% Deficionte:condición.....cooscnsoonecaorrermrensecranrarnns rn ctn inicia T AIR Ina 20% 4. Nivel de Inventarios Tarifa calculada sobre el salario base, Ley N. 7337 Básicos, .entie 0:20 Salarios BASE science 1% “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*116 ACTA N*75 Ordinaria. Bajos; entre:21. y 50'Salarios Base. cocino Medios, entre 51 y 100 Salarios Base.......coocooninninonoccconoccccncnnnanonananonanorrnnanos 10% Moderados, entre 101 y 150 Salarios Base..........cooocccncccconncnoncnononinaninncinnonos 15% Altos; superiores a (51:Salarios.BAS noroeste dro 20% 5. Número de trabajadores y/o empleados: Empresas personales, de 1 a 3 empleados........conconcnncnnonmarnrioociarininernsreroos 20% Empresas familiares, de 4 a 8 empleados.........ocoimmmmmmoss*<m<. ..smm9mmsnss9aoam. 15% Pequeñas empresas; de Da Limonar inc 10% Medianás empresas, de:21 2 100; 00: 5% Grandes empresas, más de 100...........oooocccccccnonnnnononnnnonnninnnninnc raro nacanrn on nancnóna 1 LO La Unidad de Patentes realizará la analogía con otro negocio similar en consideración a los elementos valorados anteriormente, que constituirán los factores determinantes de imposición. Cuando en un mismo establecimiento ejerzan conjuntamente varias sociedades o personas físicas, el monto del impuesto será determinado de manera individual. Para ello, cada una de las personas físicas o jurídicas-, deberá cumplir los requisitos y obtener sus respectivas licencias. SECCIÓN V Traspasos de licencias municipales Artículo 38- Para realizar traspasos de licencias municipales, se deberá obtener la aprobación municipal, igual caso se presentará cuando se dé un cambio en el giro comercial del local comercial que se está explotando. Artículo 39- Requisitos. La persona interesada que desee traspasar su licencia municipal a otra persona física o jurídica deberá aportar los siguientes documentos: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*117 ACTA N*75 Ordinaria. 1. Formulario completo de la solicitud de traspaso de licencia municipal con todos los datos requeridos, debidamente firmado por la persona interesada o por el representante legal cuando corresponda, con el siguiente detalle: a) Nombre y calidades del solicitante de la licencia municipal, en caso de persona física, cuando él o la solicitante lo sea una persona jurídica, deberá aportarse el nombre y calidades del representante legal. b) Nombre y calidades del cesionario (a) de la licencia municipal, en caso de persona física, cuando el solicitante lo sea una persona jurídica deberá aportarse el nombre y calidades del representante legal. c) Se hará constancia de la cesión que realiza el propietario de la licencia municipal al cesionario (a), comprometiéndose este último, a ejercer la actividad comercial respectiva, cumpliendo con las normas legales y reglamentarias que regulan la actividad, y el orden público, entendido este como la paz social, la tranquilidad, la seguridad, la moral y las buenas costumbres. d) Lugar para atender notificaciones dentro del Cantón de Pococí, a nombre de la nueva persona propietaria. e) El documento deberá contener las siguientes especies fiscales: L 100,00 fiscales. f) El documento deberá encontrarse debidamente firmado por la persona interesada o por el representante legal, en su caso, firma que deberá estar autenticada por un (a) abogado (a) en caso de no presentarse en forma personal a la municipalidad. 2 En caso de que el cesionario sea una persona física, deberá presentar copia de la cédula de identidad de la persona interesada. En caso de ser persona jurídica, deberá aportar: cédula de identidad del representante legal y certificación de personería jurídica con no más de un mes de emitida. 3. Contrato de arrendamiento del inmueble, en caso de ser arrendado, en el que se haga constar que se acepta que el cesionario o la cesionaria continúe explotando la actividad lucrativa referida en el local comercial. Si el local perteneciere al cesionario o la cesionaria, deberá adjuntarse certificación de propiedad. 4, Copia del permiso sanitario de funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud. 6. Estar al día en el pago de los tributos municipales y otras obligaciones en favor de la Municipalidad, como los impuestos de licencias de licores, bienes inmuebles, construcciones y timbres. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*118 ACTA N?75 Ordinaria. SECCIÓN VI De las ampliaciones de local comercial, ampliaciones de actividad o cambio de actividad Artículo 40- Los patentados o patentadas podrán solicitar ampliación de la actividad lucrativa autorizada, ampliación del área destinada para el local comercial o bien solicitar se autorice el cambio de la actividad lucrativa a explotar, para lo cual deberán presentar: 1. Formulario debidamente lleno de solicitud de ampliación o cambio de actividad. 2 Copia del contrato de arrendamiento o autorización del dueño del inmueble manifestando su consentimiento para la ampliación correspondiente y/o cambio de la actividad según corresponda. 3. En caso de ampliaciones del local y cuando se requiera, el local deberá contar con el recibo de obra de la Unidad de Planificación y Control Constructivo. 4. Aportar los requisitos que sean necesarios para la nueva actividad que pretenden explotar cuando estos no se encuentren en el expediente o bien que se encuentren vencidos. SECCIÓN VII De la reposición de certificados de licencia municipal Artículo 41- Ante el deterioro, extravío o destrucción del certificado de Licencia Municipal, los patentados o patentadas deben solicitar la emisión de un nuevo certificado, ante la Unidad de Patentes, para lo cual aportarán los siguientes documentos: a) Completar formulario de solicitud de emisión de nuevo certificado de Licencia Municipal por deterioro, extravío o destrucción del anterior. b) En caso de personas jurídicas deberá aportar documento original de la personería vigente o documento emitido por el Registro Nacional. Cc) El o la solicitante deberá estar al día con los impuestos municipales. Artículo 42- Todo certificado de licencia municipal se deberá mantener en un lugar visible, dentro de la zona de exposición y venta de los bienes y/ o servicios de la actividad permitida, en un lugar accesible al inspector o inspectora municipal y/o al público en general. SECCIÓN VIII “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*119 ACTA N*75 Ordinaria. 10-2020 Del procedimiento de cierre de negocios o suspensión de actividades Artículo 43- Independientemente de las penas que al respecto puedan imponer las autoridades judiciales, cuando un establecimiento o actividad comercial produzca escándalo, alteración al orden y la tranquilidad pública, cuando se violaren disposiciones legales o reglamentarias que regulen su funcionamiento, o cuando haya atraso en el pago del impuesto de dos o más trimestres, la Municipalidad por medio de su Unidad de Patentes, estará facultada para suspender temporal o permanentemente la licencia para el desarrollo de la actividad, lo que implica la clausura del local comercial o el impedimento de comerciar dentro del cantón. Artículo 44- La licencia para el desarrollo de una actividad lucrativa que haya sido otorgada por la Municipalidad de Pococí, se podrá suspender cuando el pago del impuesto se encuentre atrasado por dos trimestres, lo que implica la clausura de la actividad que se realice. Previo a la aplicación de este artículo, se deberá prevenir al patentado o patentada, de la omisión y se le concederá un plazo de ocho días hábiles, de conformidad con el artículo 31 de la ley 8582, para su cancelación. Artículo 45- Sin embargo, aquellos establecimientos o actividades comerciales que se encuentren explotando una actividad lucrativa donde se expendan bebidas con contenido alcohólico, sin las licencias respectivas, serán objeto de cierre inmediato al ser un hecho de mera constatación, notificándoles en el mismo sitio el acto de cierre, toda vez que la actividad se estaría ejerciendo al margen de la ley, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Expendio de Bebidas con Contenido Alcohólico, y el resto del ordenamiento aplicable a la materia. Artículo 46- Cuando se trate de una de las faltas señaladas en los artículos anteriores, la Unidad de Patentes aplicará lo dispuesto en el Libro Segundo de la Ley General de la Administración Pública, de acuerdo con las circunstancias; en casos de suspensión temporal se seguirá el procedimiento sumario, y en aquellos casos que se considere que deberá suspenderse permanentemente la actividad, sea la cancelación de la licencia, se realizará el procedimiento ordinario establecido en dicho cuerpo legal, en cuanto a lo no regulado por el Código Municipal. La suspensión temporal o permanente de la licencia implicará el cierre del establecimiento comercial, según corresponda. Artículo 47- En los procedimientos anteriormente señalados, los vecinos y vecinas de un establecimiento, las Asociaciones de Desarrollo y otros grupos similares que se consideren afectados por alguna circunstancia, podrán intervenir como parte interesada. Para los efectos de comparecencias orales y privadas, se les indicará que nombren a no más de tres representantes, quienes participarán en la audiencia citada. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*120 ACTA N?75 Ordinaria. Artículo 48- Para la ejecución del acto de cierre de establecimientos comerciales, la Municipalidad podrá solicitar la colaboración de las autoridades de la Fuerza Pública u otras entidades según el tipo de actividad. SECCIÓN IX Cancelación de la licencia municipal Artículo 49- La Unidad de Patentes procederá a cancelar las licencias comerciales de los patentados o patentadas, cuando: a) Se abandone la actividad y así sea comunicado a la Unidad de Patentes, por la persona interesada. b) Cuando se venza el plazo para el que se haya otorgado la licencia municipal en caso de las licencias de carácter temporal o licencias para actividades ocasionales, sin que sea renovada la misma. c) Cuando sea evidente el abandono de la actividad, aun cuando la persona interesada no lo haya comunicado a la Municipalidad. Para ello se establece el siguiente procedimiento: da El Inspector o Inspectora Municipal levantará un acta frente a dos testigos, en la cual hará constar que el establecimiento se encuentra cerrado y que no tiene actividad alguna, aportará para ello prueba fotográfica. Z, La Unidad de Patentes previo a cualquier movimiento en la base de datos, deberá gestionar el cobro de los impuestos adeudados por el patentado cumpliendo con el debido proceso, de notificación y prevención. 3: La Unidad de Patentes procederá a emitir resolución fundamentada y motivada con respecto a la situación comunicada por el inspector municipal, ordenando los movimientos correspondientes en la base de datos del sistema informático municipal. d) Cuando se comprobare que el establecimiento comercial respectivo ha violentado en la explotación de su actividad, la ley o el orden público. e) En el caso de ventas ambulantes se procederá a cancelar la patente cuando la actividad deje de ejercerse dentro del Cantón o por la persona patentada. f Cuando se hubiere suspendido por dos veces la licencia comercial otorgada. La cancelación de licencias comerciales se realizará mediante resolución motivada, que será debidamente notificada al patentado o patentada en la dirección señalada para recibir “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*121 ACTA N*75 Ordinaria. Y notificaciones, en caso de no ubicarse en esa dirección, se tendrá por notificado en el transcurso de veinticuatro horas. SECCIÓN X De las sanciones Artículo 50- En caso de que un establecimiento comercial se encuentre expendiendo licor sin contar con la autorización para la explotación de una licencia para el expendio de bebidas con contenido alcohólico, el Inspector o Inspectora Municipal, procederá a levantar el acta en el sitio ante dos testigos y se procederá en forma inmediata a la clausura de la actividad de venta de bebidas con contenido alcohólico, sin perjuicio de lo regulado por la Ley 9047 de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico y su Reglamento. Artículo 51- La Unidad de Patentes instruirá el procedimiento administrativo regulado en el Libro Segundo de la Ley General de la Administración Pública, y decidirá en el caso en específico, si procede o no la cancelación definitiva de la licencia comercial. SECCIÓN XI Del procedimiento de impugnación Artículo 52- Las resoluciones de la Unidad de Patentes, tendrán los recursos de revocatoria ante esa Unidad y apelación ante la persona titular de la Alcaldía Municipal, que a su vez tendrá revocatoria ante esta misma instancia y apelación ante el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, en los términos del artículo 171 del Código Municipal. CAPÍTULO Iv De las licencias de carácter ocasional SECCIÓN 1 Artículo 53- Cuando se trate de una licencia comercial para el ejercicio de actividades lucrativas o económicas, de carácter temporal tales como: . Fiestas cívicas y patronales, turnos, ferias, en épocas navideñas o actividades de temporada y afines. . Pasarelas, ferias de empleo, de salud y similares, científicas, degustaciones, exhibiciones en general o cualquier otro de este tipo. Para su autorización se seguirá el procedimiento descrito a continuación: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*122 ACTA N?75 Ordinaria. Artículo 54- Será responsable ante la Municipalidad, la persona, octal a otra que solicite la realización de turnos, ferias, fiestas patronales y cualquier evento dentro de esta categoría. Artículo 55- Para obtener la licencia comercial para actividades ocasionales, se deben presentar los siguientes requisitos, valorando la municipalidad, cuáles de ellos deben cumplirse según la actividad a desarrollar: a) Formulario debidamente lleno de solicitud de licencia municipal, con todos los datos requeridos para su trámite debidamente firmado por la persona interesada o por el representante legal cuando corresponda, en caso de que él o la solicitante no efectúe el trámite de manera personal, la firma deberá estar autenticada por Notario (a). b) Si se solicita permiso para la venta de licor y cerveza, se debe gestionar el acuerdo del Concejo Municipal de Pococí que lo autorice, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento para el Expendio de Bebidas con Contenido Alcohólico de la Municipalidad de PococíÍ. Cc) Para la instalación de carruseles y actividades taurinas, equinas o similares, tales como corridas de toros, carreras de cintas y topes, entre otros, siempre y cuando no exista una manifestación expresa de la entidad aseguradora que exonere la actividad solicitada, se deberá aportar copia de la póliza de daños a terceros a nombre del solicitante o responsable del evento. d) Copia de Permiso Sanitario de Funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud, el cual será confrontado con su original por funcionario (a) municipal. e) Autorización de la persona propietaria del terreno donde se va a desarrollar la actividad junto con la copia de la cédula de identidad, la Municipalidad deberá constatar que el autorizante sea el titular del bien inmueble de conformidad con la información registral. f) En todo evento, la Municipalidad de Pococí podrá solicitar carta de la Cruz Roja, Fuerza Pública o Policía del Tránsito, en donde se haga constar la participación de estas autoridades en el evento. 9) Tanto el solicitante como el propietario del inmueble deberán estar al día en el pago de tributos municipales. Cuando se pretenda efectuar juegos de pólvora: a) Autorización del Departamento de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad Pública o autoridad competente. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*123 ACTA N?75 Ordinaria. b) Permiso Sanitario de Funcionamiento donde se autorice la actividad, emitido por el Ministerio de Salud. Artículo 56- De las variables que intervienen en el cálculo del tributo a pagar. Para el establecimiento del impuesto a pagar se aplicarán los siguientes porcentajes, con un valor máximo de 100%, dependiendo del porcentaje obtenido, así se aplicará la tarifa correspondiente: 1 ubicación: Excelente zona consolidada.............oooccooccoccoccnnccnncnncnnnonanoroncnnanonos 20% Buena zona en proceso de consolidaciÓn.........oooccocccccoccconaninonoccnnos 15% Mixta: UbDICACIÓN:CONTACCESO orinar rro 10% Regular, ubicación diSpersa: .....ooooococcccccooooonnnnnnoconononcnonononononenoss 5% Mala Ubicació corra 1% 2. Tipo de actividad: Festejos: POpulS versions 20% Fiestas patronales........ococoooccconococononcnnncnnonnnnnononnons 15% TUDO NA 10% ESA 5% Di 1% 3 Duración de la actividad: Da21 130 dios aa 20% DE 16 ALO Mc ER 15% NE 10% De Ba IO dÍasS......oococccccccnccccccoronccnnononennann cnn ranonananano 5% Detalla AAN 1% 4. Tamaño del local o espacio: De más de 40 metros cUadradoS........coccoccccccccncoronononons 20 % De 31 a 40 metros CcUadrados.......coocccccnnccnncnnccncrnananss 15% De 21 a 30 metros CUAadrados......occoccocccccccnccncnncnnoninnno 10% “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*124 ACTA N*75 Ordinaria. De 11 a 20 metros cuadrados 5% De 1 a 10 metros cuadrados 1% 5, Actividad específica: Lotería, bingo y juegos de habilidad y electrónicos, Inmuebles, exhibiciones y similares 20 % Servicios de venta de comidas y bebidas 18 % Locales de diversión mediante premios no monetarios 15 % Locales de baile 12% Venta de juguetería, artesanía y artículos varios 10% Venta de tacos y similares 8% Venta de churros, maní y manzanas 5% Venta de golosinas y helados (algodón de azúcar, etc.) 3% Otros 1% Tarifa calculada sobre el salario base, Ley N.* 7337, de la siguiente manera: Tabla de categorías: De 1a20% 2 % del salario base vigente De 21 a40% 4 % salario base vigente De 41 a60 % 6 % salario base vigente De 61 a80 % 8 % salario base vigente De 81 a 100 % 10 % salario base vigente. Los montos asignados se ajustarán de conformidad con el monto de salario base vigente al día de la actividad. Artículo 57- El impuesto para los carruseles se establecerá de acuerdo con la totalidad de los boletos o fichas vendidas, correspondiendo dicho impuesto a un “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*125 ACTA N?75 Ordinaria. 5% del valor de cada boleto o ficha vendida. Artículo 58- La solicitud de la actividad en general la realizará la persona o entidad responsable del evento, pero el impuesto se aplicará de manera individual para cada local o sitio asignado de acuerdo con la distribución presentada. Artículo 59- La cancelación del impuesto asignado debe efectuarse antes del inicio de las actividades en las cajas recaudadoras de la Municipalidad de Pococí o lugar designado por la Municipalidad para tales efectos. Para las actividades que cancelan el impuesto de espectáculo público, deberá por medio de una declaración jurada, indicar el total de tiquetes vendidos durante la duración del evento y su valor, a fin de que la Unidad de Patentes calcule el impuesto correspondiente. Artículo 60- La Unidad de Patentes de la Municipalidad de Pococí, podrá efectuar inspecciones durante el desarrollo de las actividades y si se demuestra que existe un local establecido o comercio ambulante, que no haya sido previamente registrado y cancelado el respectivo impuesto, procederá en el acto a la clausura de este y/o al decomiso de la mercadería mediante el levantamiento del acta respectiva. SECCIÓN Il De las licencias para espectáculos públicos en general Artículo 61- Para los negocios que se consideren de espectáculos públicos, constituye el hecho generador de la obligación, la presentación o el ingreso a toda clase de espectáculos públicos o de diversión no gratuitos, tales como circos, carruseles, salas de juegos electrónicos, máquinas tragamonedas, exposiciones y presentaciones deportivas, así como toda función, representación de tipo artística, musical y/o bailable, que se haga en vivo o utilizando reproductores de audio y/o video, en discotecas, salones de baile, u otros lugares destinados para ese fin, así como cualquier otra actividad que pueda catalogarse como entretenimiento, diversión o espectáculo, en los cuales se cobre cuota de ingreso, entendiéndose por la misma los montos que se cancelen por consumo mínimo, barra libre, admisión consumible, derecho de admisión y similares. Artículo 62- El monto a pagar por concepto de este impuesto, será de un 5% sobre la totalidad de los ingresos brutos obtenidos por cada presentación de los espectáculos gravados, según lo establecido en la Ley N*6844 del 11 de enero de 1983 y sus reformas. Artículo 63- Cuando exista dificultad para determinar el impuesto por el anterior mecanismo, la Municipalidad de Pococí a través de la Unidad de Patentes, procederá a hacer una estimación de oficio tomando como base el ingreso bruto que se pueda generar de acuerdo a la capacidad total del local en que se va a desarrollar la actividad, esta “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*126 ACTA N?75 Ordinaria. capacidad la determinará el Departamento de Planificación y Control donstruaivo de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Construcciones, que señala: "(...) se considerará un concurrente por cada cincuenta decímetros cuadrados (0,50 m2) de superficie interna". El o la solicitante deberá aportar una declaración jurada de los días y horas en que efectuará las actividades y el valor de cada entrada. Artículo 64- La Municipalidad mediante acuerdo del Concejo Municipal y previo al cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Reglamento, no estarán sujetos del impuesto de espectáculo público a aquellas actividades que se realicen sin fines de lucro y cuando el producto íntegro de esa actividad se destine a fines escolares, de beneficencia, religiosos o sociales, acción que deberán demostrar ante ese mismo Órgano, aportando los mecanismos de distribución de los ingresos y que deberán liquidar en un plazo máximo de quince días hábiles ante ellos mismos. Igualmente se procederá cuando se trate de actividades organizadas por asociaciones deportivas debidamente inscritas en el registro de asociaciones deportivas. Todo trámite para la obtención de este beneficio deberá ser presentado al menos quince días hábiles antes del inicio del evento para que el Concejo Municipal proceda a conocerlo y valorar su aprobación, una vez tomado el acuerdo correspondiente se comunicará lo resuelto tanto a la persona interesada como a la Unidad de Patentes. SECCIÓN Ill De las actividades de Espectáculos Públicos ocasionales Artículo 65- Para solicitar licencia de espectáculos públicos temporal para la realización de conciertos o presentaciones similares, se deberán aportar los siguientes requisitos, valorando la municipalidad, cuáles de ellos deben cumplirse según la actividad a desarrollar: a) Formulario debidamente lleno de solicitud de licencia municipal para espectáculo público ocasional, con todos los datos requeridos para su trámite, debidamente firmado por la persona interesada o por el representante legal cuando corresponda, en caso de que él o la solicitante no efectúe el trámite de manera personal, la firma deberá estar autenticada por un notario. b) Presentar los boletos o tiquetes que se utilizarán en el evento para que la Municipalidad proceda a su registro. Cada uno de ellos deberá tener impreso el valor de la entrada, la descripción y fecha del evento. c) En caso de que los boletos sean emitidos electrónicamente, deberá presentar copia del contrato con la empresa que se encargará de la venta de los tiquetes y certificación de contador público haciendo constar el ingreso bruto total recaudado una vez finalizado el evento. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI =p PAGINA N*127 ACTA N?75 Ordinaria. 9-10-2020 d) Autorización de uso del propietario del establecimiento o terreno donde se realizará el evento, o en su defecto, contrato de arrendamiento, junto con la cédula de identidad del citado autorizante. e) Documento emitido y rubricado por un (a) Ingeniero (a) Civil donde garantice que la estructura donde se desarrollará la actividad se encuentra en condiciones óptimas para la actividad solicitada, así como la señalización de la capacidad máxima de personas que estructuralmente soportará las instalaciones, esta disposición se aplicará únicamente cuando la edificación se haya construido específicamente para el desarrollo de la actividad solicitada. f) Documento idóneo donde se acredite que la Cruz Roja participará en el evento. 9) Autorización del Ministerio de Salud y/o del Comité Asesor Técnico en Concentraciones masivas de la Comisión de Emergencias. En caso de involucrar actividades con animales se debe aportar documento emitido por el Servicio Nacional de Salud Animal, según corresponda. h) Póliza del Instituto Nacional de Seguros sobre daños a terceros. 1) Visto bueno de la Comisión Nacional de Emergencias. j) Autorización de la Dirección General de Tránsito garantizando su presencia en las vías que correspondan y del cierre de vías, cuando el evento lo amerite. k) Autorización del uso del repertorio musical, o su exoneración, extendido por los autores o por sus representantes, de conformidad con el Decreto Ejecutivo N* 23485-MP del 5 de julio de 1994, cuando el evento lo amerite. D En caso de espectáculos extranjeros, deberán ingresar al país promocionados por empresa nacional, la cual será responsable y garante del extranjero, antes, durante y después de la actividad. m) Documento de calificación de la Comisión de Control y Calificación de Espectáculos Públicos. Artículo 66- Nadie puede iniciar actividad alguna si su correspondiente solicitud no ha sido debidamente aprobada y cancelado el impuesto correspondiente ante la Municipalidad. De iniciarse la actividad sin el permiso municipal, se procederá a la suspensión de la actividad para lo cual podrá hacerse acompañar de las autoridades de la Fuerza Pública. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*128 ACTA N*75 Ordinaria. SECCIÓN IV De las licencias de espectáculo público permanentes en locales comerciales Artículo 67- La Municipalidad podrá autorizar licencia para la presentación de espectáculos públicos en los locales que cuenten con una licencia Municipal para restaurantes, salones de baile, cines y discotecas. Queda terminantemente prohibido la presentación de espectáculos públicos en bares, cantinas o tabernas. Artículo 68- Para la obtención de esta licencia se deberán aportar los siguientes requisitos: 1 Formulario debidamente lleno de solicitud de licencia municipal para espectáculo público permanente, con todos los datos requeridos para su trámite debidamente firmado por la persona interesada o por el representante legal cuando corresponda, en caso de que el o la solicitante no efectúe el trámite de manera personal, la firma deberá estar autenticada por Notario (a). 2 Presentar mensualmente, en los primeros diez días de cada mes, los boletos o tiquetes que se utilizarán para el ingreso a las actividades, con el objetivo de que la Municipalidad proceda a sellar y registrar cada uno de ellos. Los boletos deberán tener impreso el valor de la entrada, el nombre del negocio, razón social del patentado o patentada y estar numerados en forma consecutiva, en caso de boletos electrónicos presentar copia del contrato con la empresa encargada de la venta de los tiquetes. 3 Aportar contrato de arrendamiento o en su defecto autorización de la persona física o jurídica propietaria del inmueble y copia de la cédula de identidad, que indique que la actividad solicitada cuenta con visto bueno de la persona propietaria del inmueble, salvo que el solicitante sea el mismo propietario del local. 4 Plan de confinamiento sónico aprobado por el Ministerio de Salud. 5 Póliza del Instituto Nacional de Seguros sobre daños a terceros. 6 Autorización del uso del repertorio musical, o su exoneración, extendido por los autores o por sus representantes, de conformidad con la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos y su reglamento. Té Documento de calificación de la Comisión de Control y Calificación de Espectáculos Públicos. Artículo 69- En los primeros cinco días de cada mes los patentados o patentadas deberán efectuar la liquidación correspondiente y cancelar el impuesto respectivo en las cajas recaudadoras de la Municipalidad, para ello deberán aportar los talonarios con las “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*129 ACTA N?75 Ordinaria. entradas vendidas y las sobrantes, para el caso de la venta electrónica deberá presentar declaración jurada con el valor de los ingresos brutos recibidos por este concepto. Artículo 70- Cuando no se cumpla con lo dispuesto en el artículo anterior, a saber, el pago del impuesto se procederá en forma inmediata y sin más trámite a la cancelación de la licencia de espectáculo público y el traslado de la deuda determinada a cobro judicial. Artículo 71- La Unidad de Patentes a través de los (as) inspectores (as) verificarán el correcto uso de los tiquetes o boletos sellados, mediante inspecciones físicas en los locales autorizados. Cuando se compruebe que en un local no se está haciendo uso correcto de los tiquetes, el inspector o la inspectora procederá a levantar el acta y la Municipalidad iniciará el procedimiento que corresponde a fin de determinar si procede cancelar la licencia respectiva. CAPÍTULO V SECCIÓN | De la Unidad de Patentes Artículo 72- La Unidad de Patentes estará integrada por una jefatura y por los funcionarios y funcionarias que se consideren necesarios para desarrollar la actividad de forma ágil y eficiente, tendrá a su cargo la recepción y revisión de requisitos, aprobación, denegatoria, cancelación y revocatoria de licencias, para estos dos últimos deberá instruir el procedimiento administrativo correspondiente, establecimiento y fiscalización de este impuesto, las inspecciones y verificaciones que se requieran para cumplir con el ordenamiento jurídico vigente en locales comerciales, actividades de ruteo y cualquier otra atinente a sus competencias. Artículo 73- Esta Unidad deberá conocer, resolver y autorizar tanto las solicitudes de licencias para establecimientos comerciales, industriales y de servicios, así como licencias de espectáculos públicos, ventas ambulantes y estacionarias, ferias, turnos y actividades ocasionales, traspasos y traslados de éstas. Artículo 74- Para cumplir con lo señalado en el artículo anterior, la jefatura de la Unidad de Patentes deberá velar porque cada una de las actividades lucrativas del Cantón cuente con un expediente, en donde se archivarán en orden cronológico y debidamente foliado, todos los documentos relacionados con dicha actividad, cada expediente deberá ser digitalizado e incorporado a la base de datos municipal. Artículo 75- Compete a la Unidad de Patentes la tramitación y resolución de todo lo relacionado con la Ley de Impuestos Municipales del Cantón de Pococí, Ley 8582, y con el Reglamento, así como velar por el fiel cumplimiento de dichas normas y de cualquier otro cuerpo normativo que regule ésta y otras materias sobre otorgamiento de licencias. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*130 ACTA N?75 Ordinaria. SECCIÓN Il Del personal de inspección de licencias municipales Artículo 76- La Administración Tributaria contará con un cuerpo de inspectores e inspectoras municipales, debidamente identificados y dotados de fe pública, quienes realizarán las visitas a aquellos locales que soliciten licencia para actividades comerciales, así como de aquellos que ya se encuentren funcionando. Le corresponde a la jefatura de la Unidad de Patentes fiscalizar las funciones del personal de inspección en las labores atinentes a esta Unidad. Artículo 77- Los propietarios o propietarias, administradores o administradoras, concesionarios o concesionarias y cualquier persona que de una u otra forma desarrolle una actividad lucrativa, está en la obligación de brindar toda la colaboración a estos funcionarios y funcionarias, asimismo tienen la obligación de mostrar todos los documentos requeridos por ellos. CAPÍTULO VI Sección | Del Impuesto por uso de rótulos, anuncios y vallas Artículo 78- Objetivos y bases legales. El objetivo de este capítulo es regular y controlar todo lo referente al pago de la publicidad exterior y rótulos en el cantón de Pococí, de conformidad con el artículo 32 de la Ley 8582 de Impuestos del Cantón de Pococí, el artículo 40, inciso "a", en relación con el artículo 13, inciso "d", del Código Municipal. Su finalidad es regular el pago del impuesto, la exhibición exterior de anuncios, rótulos, letreros, avisos, mantas publicitarias o vallas se norma en el presente capítulo, el cual rige para todo el cantón de Pococí, incluye no solo las vías públicas, sino también las áreas de antejardín y cualquier espacio donde se ubique un rótulo que pueda ser apreciado desde la vía pública. Queda excluida de la aplicación de este reglamento la exhibición de rótulos oficiales de señalización vial aprobados por el MOPT y la Municipalidad. Artículo 79- Los propietarios de bienes inmuebles y/o patentados de negocios comerciales donde se instalen rótulos (metálicos, luminosos), anuncios y vallas (vallas publicitarias, mantas o lonas publicitarias y letreros permitidos por la normativa vigente), además de las empresas que vendan o alquilen espacios para publicidad de cualquier tipo y los sujetos pasivos que instalen publicidad en el mobiliario urbano, pagarán un impuesto anual dividido en cuatro tractos trimestrales. Artículo 80- Para el cálculo del impuesto a pagar se contemplará el porcentaje de salario mínimo de la relación de puestos de la Municipalidad de Pococí, al primer día del mes de enero de cada año, según el tipo de rótulo, anuncio y valla instalada. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*131 ACTA N?75 Ordinaria. La Jefatura de la Unidad de Patentes emitirá anualmente una resolución razonada determinando las tarifas anuales correspondientes por tipo de rótulo, dicha resolución se emitirá con el dato de salario mínimo que le deberá facilitar el Departamento de Recursos Humanos. El cargo por este impuesto deberá de ponerse al cobro cada año, esta tarifa podrá ser dividida en cuatro tractos iguales que sumarán el monto anual, el atraso en el pago del impuesto conllevará al pago de intereses por mora, según lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Artículo 81- Los rótulos, anuncios y vayas instalados en el Cantón de Pococí serán tasados y clasificados según el siguiente detalle: a) Anuncios volados: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley, independientemente de su estructura, material o tamaño, excepto los luminosos, colocados en el borde y a lo largo de la marquesina de un edificio o estructura, cuatro por ciento (4%) del salario mínimo. a. Anuncios salientes: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley, independientemente de su estructura, material o tamaño, excepto los luminosos, que sobresalgan de la marquesina de un edificio o estructura, diez por ciento (10%) del salario mínimo. b. Rótulos bajo o sobre marquesinas: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley independientemente de su estructura, material y tamaño, excepto los luminosos, colocado bajo o sobre marquesinas de edificios o estructuras, siempre que no sobresalgan de ellas, seis por ciento (6%) del salario mínimo. C. Rótulos luminosos: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley que funcione con sistemas de iluminación incorporados a su funcionamiento (rótulos de neón y sistemas similares y rótulos con iluminación interna), diez por ciento (10%) del salario mínimo. d. Anuncios en predios sin edificaciones contiguos a vías públicas: todo tipo de rótulo o anuncio permitido por ley, independientemente de su estructura, material y tamaño, excepto las vallas publicitarias, ubicados en predios sin edificaciones contiguos a vías públicas, cincuenta por ciento (50%) del salario mínimo. fo Anuncios en paredes o vallas: es cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley instalado sobre paredes de edificio o estructuras, de cualquier material o tamaño, pintado directamente sobre paredes, así como vallas publicitarias de cualquier tipo y tamaño; pagarán conforme la siguiente distribución: f.1 Anuncios en paredes: Se distribuye en cuatro categorías (P.1, P.2, P.3 y P.4), pagarán de la siguiente manera según sus dimensiones: . P.1: Uno por ciento (1%) del salario mínimo cuando mida hasta 3 metros cuadrados. . P.2: Un seis por ciento (6%) del salario mínimo cuando el tamaño sea mayor de 3 hasta 10 metros cuadrados. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*132 ACTA N*75 Ordinaria. . P.3: Un veinticinco por ciento (25%) del salario mínimo cuando el tamaño sea de mayor de 10 hasta 15 metros cuadrados. . P.4: Un cincuenta por ciento (50%) del salario mínimo cuando el tamaño sea mayor a 15 metros cuadrados. f.2 Anuncios en vallas: Se distribuye en tres categorías (V.1, V.2 y V3), pagarán de la siguiente manera según sus dimensiones: . V.1 Un veinte por ciento (20%) del salario mínimo, cuando el tamaño sea inferior o igual a los cinco metros cuadrados. . V.2 Un treinta por ciento (30%) del salario mínimo, cuando el tamaño sea superior a los cinco metros cuadrados hasta los diez metros cuadrados. . V3 Un cincuenta por ciento (50%) del salario mínimo, cuando el tamaño de la valla supere los diez metros cuadrados. Artículo 82- Para los efectos de la aplicación del pago del impuesto en aprobaciones de licencias ocasionales, los patentados deberán cancelar solo la fracción correspondiente a los días en que se utilice la licencia. En caso de seguir con la instalación publicitaria en el siguiente trimestre a la aprobación de la licencia, deberá realizar el pago por adelantado del trimestre vigente. Artículo 83- En caso de instalación de rótulos, vallas, mantas, lonas y letreros comerciales sin licencia, que se encuentren atrasados en el pago del tributo correspondiente o que incumplan los requisitos reglamentarios establecidos por la Municipalidad, se le otorgará al contribuyente un plazo perentorio de ocho días hábiles para que proceda a ajustarlos a derecho. Artículo 84- Se exceptúan de solicitar la licencia por uso de rótulos, anuncios y vallas cuando se utilice en los siguientes casos: a) Los utilizados en templos religiosos para sus propios fines. b) Los instalados para señalar entradas o salidas a sitios de reunión pública con un tamaño máximo de dos metros cuadrados, siempre y cuando estos no contengan algún tipo de publicidad de tipo comercial. c) Las decoraciones temporales para eventos o días festivos, siempre y cuando estos no contengan algún tipo de publicidad de tipo comercial. d) Los instalados para anunciar la venta, arriendo o alquiler de un mueble o inmueble en el que esté colocado, siempre que no exceda de dos metros cuadrados. e) Los instalados bajo la figura de convenios o permisos de uso con el gobierno local, previamente autorizados por el Concejo Municipal. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*133 ACTA N?75 Ordinaria. Artículo 85- Los rótulos existentes, legalizados ante la Municipalidad, deberán ponerse a derecho y ajustarse al reglamento en un plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento. CAPÍTULO VII Sección | De las donaciones y créditos fiscales Artículo 86- Donaciones y crédito fiscal. Se reconocerán como crédito fiscal, deducibles del pago de sus impuestos, las donaciones que previa autorización del Concejo Municipal, realicen los contribuyentes bajo el cumplimiento de los requisitos ordenados en el presente Reglamento. La deducción podrá ser aplicada al pago del impuesto establecido en la Ley 8582 de Impuestos del Cantón de Pococí y al derivado de la Ley No. 7509, Ley de Impuestos sobre bienes inmuebles. Las donaciones podrán ser efectuadas en dinero, bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, especies o valores. Artículo 87- Destino de las donaciones. Las donaciones que se reconocerán como crédito fiscal, serán las que tengan, al menos, uno de los siguientes destinos exclusivos en el cantón de Pococí y deberán ser programadas en forma anual, bajo un plan de requerimientos y necesidades del Cantón, autorizado mediante acuerdo por parte del Concejo Municipal, de no existir dicho plan no procederá la autorización de ningún tipo de donación al Cantón. a) Mejoras en la red vial cantonal y otras vías de comunicación, previo estudio técnico de la Municipalidad, justificación y determinación de necesidades, misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal. b) Financiar proyectos o programas de apoyo a personas de escasos recursos o discapacitadas, previo estudio técnico de la Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal. c) Proyectos de promoción y capacitación de micro, pequeñas y medianas empresas turísticas, agroindustriales o ecológicas de carácter comunitario, previo estudio técnico del Departamento de Pymes de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, mediante una programación anual misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal. d) Colaboración a instituciones públicas, corporaciones y fundaciones, sin fines de lucro, cuyo objeto exclusivo sea la reducción de la vulnerabilidad y los riesgos de desastres, previo estudio técnico del Departamento correspondiente de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, mediante una programación anual, misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal. e) Colaboración con establecimientos de educación pública costarricense, previo estudio técnico de la Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer de la “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*134 ACTA N*75 Ordinaria. Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada en coordinación con la dirección regional del Ministerio de Educación, mediante una programación anual, misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal. f) Colaborar con instituciones y personas jurídicas sin fines de lucro, cuyo objeto sea la creación, investigación o difusión de las ciencias, la tecnología, las artes y la cultura, previo estudio técnico del Departamento competente de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, mediante una programación anual misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal 9) Colaborar con instituciones y personas jurídicas sin fines de lucro, cuyo objeto sea programas de acción social en beneficio exclusivo de los sectores de mayor necesidad, previo estudio técnico del Departamento competente de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, mediante una programación anual misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal h) Construcción nueva, ampliaciones o mejoras de infraestructura de edificios o instalaciones de instituciones de servicios públicos, previo estudio técnico del Departamento de Planificación y Control Constructivo quienes valorarán el costo de las obras descritas por la persona física o jurídica interesada en las solicitudes y emitirán una recomendación técnica, que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal. i) Invertir en programas de formación y atención para grupos de mujeres, adultos mayores y menores de edad, previo estudio técnico de la Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal. j) Inversión en programas de infraestructura y equipo para escuelas y colegios públicos e instituciones de educación superior pública, previo estudio técnico del Departamento de Planificación y Control Constructivo o departamento técnico competente, quienes valorarán costo de las inversiones descritas por la persona física o jurídica interesada en las solicitudes y emitirán una recomendación técnica, que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal. k) Ayudas al Cuerpo de Bomberos, hogares de ancianos y Cruz Roja, Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer o departamento competente de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal 0] Mejoras en bibliotecas y museos abiertos al público, el departamento competente de la Municipalidad de Pococí dará su recomendación y justificación motivada, misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal m) Ayuda a asociaciones de desarrollo comunal, el departamento competente de la Municipalidad de Pococí dará su recomendación y justificación motivada, misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal n) Organizaciones deportivas sin fines de lucro, previo estudio técnico del departamento competente de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*135 ACTA N?75 Ordinaria. motivada, mediante una programación anual misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal. o) Apoyo al Patronato Nacional de la Infancia, previo estudio técnico del departamento competente de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, mediante una programación anual misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal. p) Proyectos de conservación ambiental, previo estudio técnico de la Gestión Ambiental de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, mediante una programación anual misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal. a) Programas de prevención de la drogadicción, previo estudio técnico de la Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer de la Municipalidad de Pococí, su recomendación y justificación motivada, misma que deberá ser revisada y autorizada por medio de acuerdo del Concejo Municipal. Todos y cada uno de los estudios de los ítems anteriores deberán acompañarse de un criterio de la Hacienda Municipal en el cual se valore el impacto que tendrá el otorgamiento del beneficio en las finanzas municipales, previo a su aprobación. Sección Il De la supervisión de las donaciones Artículo 88- Supervisión de las donaciones. La inversión será realizada de acuerdo con el orden de prioridades que establezca la Municipalidad del cantón de Pococí, para lo cual deberá existir un estudio técnico al mes de enero de cada año, definiendo las prioridades de la comunidad del cantón de Pococí que eventualmente podrían ser beneficiadas y su justificación. El Concejo Municipal del cantón de Pococí, previo a su aprobación, delegará en los órganos administrativos correspondientes de la Municipalidad, la constatación de criterios de idoneidad, presupuestos, plan de inversión y cumplimiento de requisitos para la recepción de donaciones. La Municipalidad supervisará el desarrollo de las obras y al recibirlas satisfactoriamente, emitirá el certificado que se indica en el artículo siguiente. Artículo 89- Certificado de las donaciones. La Municipalidad entregará un certificado en forma impresa; este debe contener: a) Individualización completa de la institución donataria o de su representante legal. a) Individualización completa de la institución donataria o de su representante legal. b) Nombre o razón social del donante, domicilio, giro comercial o actividad económica. c) Monto de la donación, en número y letras. d) Fecha de la donación. e) Destino de la donación. Artículo 90- Incentivos para empresas de alta contribución a la modernización productiva y al desarrollo social, y para empresas pioneras debido a su alta tecnología. Se otorgará una tarifa diferenciada del uno por mil (0,001) del impuesto “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*136 ACTA N*75 Ordinaria. 29-10-2020 establecido en esta Ley, a las empresas nuevas, calificadas por acuerdo der Toncgjo Municipal como de "alta contribución a la modernización productiva y al desarrollo social" o a las consideradas "pioneras en razón de su elevada tecnología", que contribuyan efectivamente a la modernización productiva del cantón de Pococí, siempre y cuando dicho incentivo no perjudique la Hacienda Municipal, previo estudio técnico y recomendación administrativa. Asimismo, esta tarifa se otorgará a las empresas ya establecidas que deseen ampliar o invertir en "alta contribución a la modernización productiva y al desarrollo social" calificadas por acuerdo del Concejo Municipal. No obstante, durante los primeros tres años de operación, las empresas pagarán la mitad de la tarifa establecida en este artículo, 1) Requisitos mínimos de selección para nuevas empresas de "alta contribución a la modernización productiva y al desarrollo social", que cuenten con certificación de calidad 1SO. a) Deben dedicarse a actividades agrícolas, agroindustriales, industriales, agro y ecoturísticas, turismo naval, desarrollo portuario, textiles, de alta tecnología y acuícolas. b) El monto mínimo de la inversión inicial deberá ser de mil salarios base, esta inversión deberá ser certificada Contador Público Autorizado, conforme a lo dispuesto en la Ley No. 7337, de 5 de mayo de 1993. c) Deberá crear, al menos, 150 empleos directos permanentes, efectivamente reportados a la Caja Costarricense de Seguro Social. Sus prácticas de empleo se regirán por principios de no discriminación de cualquier tipo. d) La empresa debe cumplir todos los requerimientos de la legislación ambiental nacional, a cuyo efecto implementará las inversiones necesarias que eviten la contaminación atmosférica, de aguas superficiales, subterráneas o marinas, así como el tratamiento de residuos industriales. 2) Requisitos para la calificación de "pioneras en razón de su elevada tecnología": a) Esta condición de "empresa pionera" se otorgará a las empresas que apliquen en sus modernos procesos fabriles, elevadas tecnologías y que se dediquen a producir bienes no tradicionales. Podrán existir varias empresas calificadas en el mismo sector. b) Realizar una inversión mínima de seis mil salarios base, según lo dispuesto en la Ley No. 7337, de 5 de mayo de 1993. c) Organizar cursos de capacitación del personal ubicado en el cantón y sus prácticas de contratación no podrán ser discriminatorias en ningún sentido. d) La empresa debe cumplir todos los requerimientos de la legislación ambiental nacional, para lo cual deberá realizar las inversiones necesarias que eviten la contaminación atmosférica, de aguas superficiales, subterráneas o marinas, así como el tratamiento de residuos industriales. e) Deberá crear, al menos, 150 empleos directos permanentes, efectivamente reportados a la Caja Costarricense de Seguro Social. Sus prácticas de empleo se regirán por principios de no discriminación de cualquier tipo, los empleos se generarán. Artículo 91- Plazo de los incentivos. Los incentivos establecidos en este capítulo se otorgarán por un período inicial de diez años. Una vez vencido, cuando subsistan los “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*137 ACTA N?75 Ordinaria. requisitos para el otorgamiento de los incentivos, el Concejo Municipal podrá prorrogarlo por períodos iguales. Artículo 92- Mecanismo para el otorgamiento de los incentivos. El Concejo Municipal del cantón de Pococí, previo a su aprobación, delegará en los órganos administrativos correspondientes de la Municipalidad, la constatación de los criterios de idoneidad y requisitos para la obtención del incentivo. Artículo 93- Supervisión. El Concejo Municipal del cantón de Pococí delegará en los órganos administrativos correspondientes de la Municipalidad, la supervisión del cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de los incentivos. Artículo 94- Reintegro por incumplimiento. Cuando una empresa beneficiada incurra en incumplimiento de los requisitos señalados para recibir los incentivos establecidos en este artículo, o incumpla el pago de sus obligaciones tributarias municipales y nacionales, incluyendo las cuotas al Seguro Social, deberá reintegrar a la Municipalidad las sumas exoneradas de este impuesto, así como los correspondientes intereses corrientes al tipo legal, desde la fecha en que se concedió el incentivo hasta su pago efectivo. En caso del incumplimiento señalado en el párrafo anterior, la Unidad de Cobros deberá gestionar el reintegro de las sumas exoneradas, así como los intereses correspondientes, bajo los lineamientos establecidos en el Reglamento vigente de esa Unidad Municipal. Artículo 95- Lo relacionado con la materia de licores, sin perjuicio de las normas que le regulan en este reglamento, se regirá con lo dispuesto en el "Reglamento para la Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico en el cantón de Pococí" vigente, según lo dispuso la Ley N* 9047. Disposiciones finales Artículo 96- Formularios. Para efectos de los trámites y requisitos que dispone el presente reglamento, deberá la Unidad de Patentes confeccionar los formularios correspondientes, de manera tal que se facilite al contribuyente a completar las gestiones y trámites municipales. Artículo 97- Reforma. Refórmese el artículo 6 del Reglamento para la Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico en el cantón de Pococí, para que en adelante se lea: “Compete a la Municipalidad de Pococí velar por el adecuado cumplimiento de la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico N” 9047 dentro de los límites territoriales de su jurisdicción. Corresponde a la Unidad de Patentes la tramitación de las licencias junto con toda actuación derivada, necesaria para el cumplimiento de la supra citada ley. Para el trámite de cancelación de licencias y la “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*138 ACTA N?75 Ordinaria. determinación de la existencia de faltas e infracciones, la Unidad de Patentsó se encargará de llevar el procedimiento administrativo hasta la emisión del acto final por parte del Concejo Municipal. Cuando la cancelación de este tipo de licencias se dé sobre un establecimiento declarado de interés turístico y que cuente con licencia clase E, se dará aviso al Instituto Costarricense de Turismo (ICT).” Artículo 98- Este Reglamento deroga cualquier otra disposición que se haya dictado contraria a éste, asimismo también queda derogado. Artículo 99- Vigencia. Las disposiciones del presente Reglamento empezarán a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Participan de la palabra: Reg. Yaslyn Morales Grajal. Saluda, don Manuel a mí me gustaría que, de ese reglamento se nos dé una copia a todos los regidores. Yo he venido siguiendo muy de cerca este proyecto y el que fue publicado en primera instancia, cuando lo estudie, para mí tenía muchas cosas que mejorar. Me parece que debería ser estudiado por este Concejo para tomar una decisión, yo sé que Manuel lo revisó, pero me gustaría estudiarlo antes de dar una aprobación porque había muchos actores detrás de ese reglamento, entonces me gustaría que lo enviemos a la comisión de Jurídicos. Reg. Randall Torres Barrientos. También hay otro tema super importante relacionado con eso, es que la ley ofrece una exención para que no paguen los bancos del estado y eso hay que modificarlo porque estamos perdiendo gran cantidad de recursos y no es posible que en el momento que estemos, instituciones que son las que generan más ingresos, no estén pagando. También hay que hacerle una reforma integral a esta ley de impuesto, inclusive adaptarla para ver de qué manera vamos a traer inversionistas acá y darles algún estímulo para que vengan a instalarse al cantón. Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera. Si urge porque la ley no tiene un reglamento, pero pueden someterlo la próxima semana, pero si urge hacerlo. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N?139 ACTA N?75 Ordinaria. Lo que dice el compañero Randall si es importante, yo estoy tabulando con algunos departamentos de la Municipalidad para ver si puedo plantear una reforma integral a la ley de patentes, incluir ahí incentivos tributarios a las empresas que quieran llegar al cantón, porque la ley actual de nosotros no les da incentivos a la gente que quiera venir, a los que están y a los que quieran invertir, entonces hay que buscar alternativas para que el cantón sea más atractivo a la gente que quiera invertir. En cuanto a eso otro de los bancos que decía Randall, esa podría ser una reforma pequeñita, más rápida porque es solo un artículo donde se pueda incluir el cobro a los bancos, otras Municipalidades lo tienen y esta no lo contempla en la ley de patentes, entonces esa sería una reforma que podría plantearse rápidamente, pero la otra es más integral, para ver si podemos plantearla y que los diputados la acojan para ver si podemos hacerla ley de la República. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se recibe el documento para su análisis, se traslada a la Comisión de Jurídicos y que presente un dictamen. Se autoriza entregar copia a quien lo solicite. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 1982 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Magally Venegas Vargas, Secretaria del Concejo Municipal de Pococí. Oficio: CMPL-203-2020 Asunto: Traslado de Correspondencia de la Asamblea Legislativa. Por instrucciones del Señor presidente del Concejo Municipal, se hace traslado del siguiente documento para su respectiva revisión: Oficio: N* 20936-374-2020 Asunto: Consulta texto sustitutivo Exp.21.404 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce Oficio CMPL-203-2020 sobre Traslado de Correspondencia de la Asamblea Legislativa. ACUERDO N” 1983 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Lic. Christian Córdoba Oviedo, Servicios Jurídicos Internos, correo electrónico: munipococi.juridicosYgmail.com, dice; “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*140 ACTA N*75 Ordinaria. Oficios: SJl-161-OCT-2020 Asunto: Sobre posibles demoliciones en Tortuguero MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ SERVICIOS JURÍDICOS INTERNOS TEL. 2713-6516 AX: 2710-4318 OFICIO: SJl-161-OCT-2020 Guápiles, 29 de octubre de 2020. Asunto: Respuesta a Acuerdo 1827, Acta 72, del 15 de octubre de 2020, sobre posibles demoliciones en Tortuguero. Honorable Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Por medio de la presente, en respuesta al Acuerdo 1827, Acta 72, del 15 de octubre de 2020, sobre posibles demoliciones en Tortuguero, al respecto, desde el punto estrictamente legal, con mucho respeto, siendo que es un documento que no viene dirigido a la Municipalidad de Pococí (con copia), sino al Ministerio de Amiente y Energía, y que de la lectura del mismo se alude a procesos judiciales en materia penal en trámite o ejecución, el Gobierno Local no tendría injerencia alguna, por cuanto no es parte de ninguno de los litigios al efecto, salvo que se traten de terrenos propiedad de la municipalidad, pero al parecer no es así, ya que de lo contrario el juzgado o tribunal nos hubiese integrado a la litis. Sin más por el momento, quedando a su disposición, me despido. Lic. Christian Córdoba Oviedo Servicios Jurídicos Internos Municipalidad de Pococí Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce Oficio SJI-161-OCT-2020 del departamento de Servicios Jurídicos Internos de la Municipalidad de Pococí. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*141 ACTA N?75 Ordinaria. ACUERDO N* 1984 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Karina Fonseca Madriz, Secretaria de Viceministro de Seguridad, teléfono: 8776-1370, correo electrónico: kfonsecam(Omsp.go.cr, dice; Asunto: Reprogramación Sesión con el Viceministro de Seguridad. Karina Fonseca Madriz <kfonsecamBbmsp.go.cr> E mié, 28 oct alas 16:01 ¡ Para: Prosecretaria Concejomunipococi Te comento, don Luis Carlos se encontrará fuera de la oficina toda la próxima semana. Por lo tanto, me indica mi jefa que por favor nos envíen posibles fechas donde se puedan conectar a las 2pm y que el Viceministro tenga opciones para poder acomodarse, contemplando que sea después del lunes 09 de noviembre. Saludos y quedo atenta, Konica Forgeca Madriz Ye SECRETARIA VICEMINISTRO UNIDADES REGULARES 2586-4826 / 8776-1370 Pa Participa de la palabra: Reg. Yaslyn Morales Grajal Que la opinión pública de Pococí que conozca, que este Concejo Municipal ha estado anuente y preocupado por la seguridad de este cantón. Hemos llamado al Ministro, al Viceministro, al jefe regional de Seguridad Pública y ninguno a acudido al llamado de este Concejo Municipal. Este Concejo Municipal ha querido asumir un rol de colaboración para la Fuerza Pública de este cantón y no hemos tenido acceso a los altos mandos y es muy preocupante porque este cantón tiene un índice alto de criminalidad, no es cualquier cantón que lo está mandando a llamar, señor ministro, lo está mandando a llamar el cantón de Pococí. Que le enviemos una nota a este funcionario público que no se le olvide que nos debe rendir cuentas, cuando este Concejo Municipal lo manda a llamar, tiene que acudir. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se desconvoca la sesión extraordinaria y se convoca para el martes 03 de noviembre 2 pm. Punto Unico: Asuntos del Sr. Alcalde. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*142 ACTA N?75 Ordinaria. ACUERDO N* 1985 Se omite acuerdo por error material en la numeración del acta. ACUERDO N* 1986 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Miguel Aguiar Bermúdez, Director Ejecutivo del Sistema de Banca para el Desarrollo. Oficio: CR/SBD-0256-2020 Asunto: Seguimiento con el trámite para la acreditación del Operador Financiero del Sistema de Banca de Desarrollo. Banca para el Desarrollo www.sbdcr.com Banca pa e Tel: 2105-8100 / Fax: 2248-1649 xy Desarrollo Oficentro Torres del Campo Frente a Centro Comercial El Pueblo. Torre 1, piso 1 26 de octubre 2020 CR/SBD-0256-2020 Señores Consejo Municipal Municipalidad de Pococí Estimados Señores: Con el propósito de brindar el debido trámite y seguimiento a la solicitud formulada por la Municipalidad de Pococí, cuyo interés es ser acreditada como Operador Financiero del Sistema de Banca para el Desarrollo, atenta y respetuosamente me permito informarles que se ha designado como ejecutivo cuenta para apoyar a la Municipalidad en los requisitos necesarios para este proceso al Sr. Joaquín Vargas Cordero, Gestor de la Secretaría Técnica del SBD. El señor Vargas puede ser contactado mediante el correo electrónico: joaquin.vargasGsbdcr.com o bien al teléfono 2105-8135. Sin otro particular y con atento saludo, Firmado digitalmente MIGUEL ANGEL OF MIGUELANEL oi AGUIAR AGUIAR BERMUDEZ BERMUDEZ (FIRMA) Fecha: 2020.10.26 (FIRMA) 1410:14-0500 Miguel Agular Bermúdez Director Ejecutivo “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*143 ACTA N?75 Ordinaria. Participa de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos. Ellos lo que están diciendo es que ya se puede seguir con el proceso de acreditación, el martes 03 de noviembre vamos a tener una reunión de 10 am -12 m.d en la Comisión de Reactivación Económica para iniciar con todo el proceso para lograr que la Municipalidad de Pococí tenga las condiciones adecuadas para otorgar financiamientos a pequeños y medianos empresarios, agricultores, mujeres jefas de hogar que están realizando emprendimientos, personas con discapacidad que tengan algún emprendimiento y jóvenes que estén deseosos de ingresar a un negocio y necesiten capital para comprar inventario, comprar equipo, para diferentes aspectos y puedan evolucionar y desarrollar la economía. Aprovechando esa coyuntura, la EARTH nos está ayudando con el tema del clúster agroalimentario que está dentro de los planes para la reactivación económica. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce Oficio SBD-0256-2020 del Sistema de Banca para el Desarrollo. ACUERDO N* 1987 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora regidora Marilú Ballestero Cruz, Secretaría de la Comisión de Turismo, dice; Asunto: Informe de Comisión Turismo. En reunión efectuada el día 23 de septiembre a las 7:00 pm, vía zoorn, contamos con la presencia del señor Kendall Blanco Marín, con cédula 6 0286 0550, quien ha estado trabajando en actividades promocionales para vender a Pococí como destino turístico, mediante visitas guiadas de personas del medio artístico o televisivo, entre otras formas. Dado su vasto conocimiento en mercadeo, publicidad y turismo, aunado a su interés por el cantón, esta comisión lo nombró por unanimidad como asesor ad honorem. Por lo que solicitamos pueda ser debidamente juramentado como tal. MArifú-Ballestero Cruz Secretaría de la Comisión de Turismo “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*144 ACTA N”75 Ordinaria. Reg. Rosbill Arguello Badilla. Saluda. Lo que solicitamos con esta nota es el visto bueno para el nombramiento del señor Kendall Blanco Marín, como asesor en la Comisión Municipal de Turismo, encomendada por su persona y donde estamos trabajando unidos para lograr la reactivación del turismo en el cantón de Pococí. Reg. Marilú Ballestero Cruz Lo que necesitamos es eso, que nos valen la juramentación del asesor Ad honorem de la Comisión Municipal de Turismo, dado el conocimiento que él tiene en el área de mercadeo, publicidad y turismo y el interés en ayudarnos. ¿Cuándo puede ser? Si puede ser en una sesión virtual, presencial o si se autoriza a la señora Magally Venegas Vargas, secretaria del Concejo Municipal de Pococí. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se recibe el Informe de Comisión Turismo, se nombra al señor Kendall Blanco Marín, cédula de identidad 6 0286 0550, se instruye a la secretaria municipal para que lo juramente. ACUERDO N” 1988 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Luis Antonio González Jiménez, Director Ejecutivo del Consejo de la Persona Joven, señora Evelyn Vásquez Villalobos, Presidenta de la Asamblea Nacional de la Persona Joven y el señor Esteban Valverde Esquivel, Secretario de la Asamblea Nacional de la Persona Joven, correo electrónico: secretariaanpjG2gmail.com, dice: Asunto: Aclaración sobre el alcance de la Ley 9891 de la Persona Joven. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*145 ACTA N?75 Ordinaria. Asamblea dela cp) PERSONA JOVEN PARA: Concejos Municipales y Comités Cantonales de la Persona Joven DE: Luis Antonio González Jiménez Director Ejecutivo del Consejo de la Persona Joven Evelyn Vásquez Villalobos Presidenta de la Asamblea Nacional de la Persona Joven Esteban Valverde Esquivel Secretario de la Asamblea Nacional de la Persona Joven ASUNTO: Aclaración sobre el alcance de la Ley 9891 FECHA: Viernes 09 de octubre de 2020 Estimables Concejos municipales, Reciban un cordial saludo. En relación con la aprobación de la ley 9891, nos permitimos hacer la siguiente aclaración, a propósito de dimensionar los alcances de la misma. Deberá hacerse proceso de conformación del Comité Cantonal de la Persona Joven, de conformidad con el plazo y procedimientos establecidos en la ley 8261, en los siguientes casos: 1. Las Municipalidades que no tengan su CCPJ conformado. 2. El comité no tenga quórum estructural porque los integrantes hayan renunciado al CCP). 3. Integrantes del CCPJ que ya no residan en el cantón. 4. Integrantes del CCP) que cumplan 36 años antes del 31 de diciembre de 2020. 5. Integrantes del CCP) que antes del 31 de diciembre dejan de ser representantes de su sector. a 6. Integrantes del CCP) que no deseen continuar (prorrogarse). Cuando se presenten algunos de los puntos indicados se deberá de realizar el proceso de conformación, el cual se estable para los meses de octubre y noviembre, según la ley 8261. La prórroga aplica por dos años, no son legalmente admisibles prórrogas por plazo diferente, por ser contrario a lo dispuesto en la Ley N*9891. Finalmente, solicitamos comunicar de manera formal al Consejo de la Persona Joven la nómina de las personas integrantes del CCPJ para el periodo 2021-2022 (se adjunta “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*146 ACTA N“75 Ordinaria. A PERSONA JOV j formato de nómina), a más tardar el 30 de noviembre de 2020, para efectos del seguimiento y procesos que se desarrollan desde la institución. Agradeciéndoles la atención, nos despedimos con las mayores muestras de consideración y estima. Luis Antonio González Jiménez Director Ejecutivo del Consejo de la Persona Joven Evelyn Vásquez Villalobos Presidenta de la Asamblea Nacional de la Persona Joven Esteban Valverde Esquivel Secretario de la Asamblea Nacional de la Persona Joven Participa de la Palabra: Reg. Yaslyn Morales Grajal. Me preocupa esa constante propuesta por parte de la Persona Joven, otras municipalidades en sus redes sociales están llamando a las personas que quieran participar, es una cosa de Concejo Municipal y es nuestro representante y nadie puede venir a decidir por nosotros, nosotros ya decidimos a quien nombrar. Nuevamente que conste que estamos nombrando como representante del Concejo Municipal al joven Randall Torres Hernández. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se da el tema por finalizado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*147 ACTA N*75 Ordinaria. ACUERDO N” 1989 Se conoce comentario por parte del señor presidente del Concejo en relación al Oficio SMP-1015-2020, dice: Oficio: SMP-1015-2020 Asunto: Palmitas, inundación en las Lomas de Palmitas. Participan de la palabra: Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal Indica que se incluyeron recursos para solucionar algunos problemas como ese, tanto en La Colonia, Cascadas, Guápiles centro, Humo de Roxana y La Suerte. En este momento, estamos en un proceso de licitación para adjudicar horas Back Hoe y materiales para ver si podemos avanzar en esos proyectos, incluso hay algunos que están esperando desde hace años, denuncias de la Contraloría que obligan a la municipalidad a cumplir con la evacuación de esas aguas. Pate. Juan Luis Gómez Gómez Esta situación está perjudicando unas cinco casas. Voy a hablar con las personas para que hagan llegar los permisos. Este Concejo Municipal tomara el acuerdo necesario. Reg. Alfredo Calderón Alfaro Recuerdo que hicimos la visita el 15 de mayo y el alcalde está anuente a ayudarnos. Las lluvias han hecho estragos, por las alcantarillas no sale el agua, los vecinos están muy preocupados. Esperamos que esta solución se le dé pronto a estas personas. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada nuevamente al señor Alcalde el acuerdo para que colabore lo antes posible. ACUERDO N* 1990 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Guiselle Sánchez Camacho coordinadora UNGL, correo electrónico gsanchez(ungl.or.cr, dice: Asunto: Aplicación del Modelo Compartido “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
funicipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*148 ACTA N?75 Ordinaria. La UNGL le invita a participar de la sesión semanal sobre la aplicación de Modelo Compartido, esta semana compartiremos el tema relacionado a la gestión de cementerios en el marco de la pandemia y apertura para el día de difuntos (que ya está próximo) contaremos con la participación de la Municipalidad de Desamparados, el criterio técnico del Ministerio de Salud y la participación de municipalidades que abrirán cementerios para la visitación en este día de difuntos, con su plan de acción y estrategia. Acompáñenos como cada semana para replicar e intercambiar buenas prácticas en el tema y solventar dudas técnicas al respecto, este jueves 29 de octubre de 2:00 p.m. a 4:00 p.m. Dada la relevancia del tema que se tratará en esta ocasión, consideramos oportuno que los señores miembros del Concejo Municipal conozcan acerca del tema, por lo que nuevamente acudimos a su amabilidad solicitando en forma respetuosa trasladar la presente información a los señores y señoras miembros del Concejo Municipal Para la UNGL es muy valioso contar con la participación de la municipalidad en este proceso de tanta importancia en el marco de la emergencia que vivimos como consecuencia del COVID 19. Asimismo, se adjunta a este correo Boletín Informativo N* 6 en el cual se comparte información relacionada al Modelo de Gestión Compartida. FAVOR BRINDAR ACUSE DE RECIBO Y CONFIRMAR SU PARTICIPACIÓN POR ESTE MISMO MEDIO. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
funicipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*149 ACTA N?75 Ordinaria. UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES LA UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES le invita a resolver sus dudas sobre LA APLICACIÓN DEL NUEVO MODELO COMPARTIDO JUEVES 29 DE OCTUBRE DE 2:00 PM A 4:00 PM Tema: GESTIÓN DE CEMENTERIOS, CONVENIOS Y GESTIÓN COMUNITARIA LINK PARA UNIRSE: https://uniondegobiernoswebex.com/uniondegobiernos-s phi.php?MTID=m5dea69a3d62b6202061e6c1830db4703 UNION NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*150 ACTA N?75 Ordinaria. BOLETÍN ACCIÓN MUNICIPAL N.? 6- octubre 2020 UNGL APOYA A LAS MUNICIPALIDADES EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE GESTIÓN COMPARTIDA. + La UNGL realiza sesiones de apoyo municipal sobre el Modelo de Gestión Compartida todos los jueves de 2:00 a 4:00 pm. + Municipalidades tienen meses de atender pandemia por COVID-19 en distintas áreas. A finales del mes de agosto el Gobierno de la República dio a conocer el Modelo de Gestión compartida: Costa Rica trabaja y se cuida” contra el COVID-19, el cual es coordinado desde los Comités Municipales de Emergencia y será aplicado en cada cantón del país. Este modelo fue gestado desde una mesa de coordinación conjunta en donde participaron varios actores, Gobierno, Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), Asociación de Alcaldías e Intendencias (ANAI), sector privado, entre muchos otros. El objetivo de la iniciativa nació para mejorar la coordinación y articulación entre municipalidades, entidades públicas y privadas con la comunidad, y mejorar decisiones a nivel cantonal. El modelo también incluye un plan de evaluación y mejora continua con una estructura de hasta 25 categorías, la misma genera un plan cantonal, evaluado con una calificación mínima de 80, Este índice se revisa cada 15 días y de acuerdo a este resultado se podrán abrir o cerrar las actividades económicas de cada cantón. "Los cantones naranjas recibieron mayor impulso en una primera fase, desde la UNGL impulsamos una guía práctica para que exista una estructura sólida de referencia al momento de efectuar estos planes, al mismo tiempo, abogamos ante el Gobierno para que se impulse con mayor capital e insumos a las municipalidades con menos recursos, no todos los Gobiernos Locales tienen la misma capacidad de acción o financiamiento” Indicó Luis Carlos Vargas, encargado del área social en la UNGL. En el marco de la adecuada implementación de este modelo, la UNGL ha realizado una serie de capacitaciones virtuales con el apoyo de experiencias de otras municipalidades que han desarrollado los temas con éxito, además del apoyo oficial y técnico del Ministerio de Salud, la Comisión Nacional de Emergencias y la Caja Costarricense de Seguro Social. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pesocí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*151 ACTA N?75 Ordinaria. BOLETÍN ACCIÓN MUNICIPAL N.? 6- octubre 2020 Por ejemplo, las Redes Ciudadanas de apoyo Solidario para la Prevención y Atención de la Emergencia Sanitaria. Este es un plan de trabajo para organizar a los 11 distritos del cantón josefino, se realiza un trabajo para ayuda humanitaria, apoyo emocional, apoyo de actividades productivas. Cabe destacar los aportes que la señora Lorena Romero, coordinadora de la oficina de Gestión del Riesgo y Prevención de Desastres de la Municipalidad de San José ha hecho a los funcionarios de otros gobiernos locales con su experiencia. Otros casos de éxito destacados fueron: alianzas con diferentes organizaciones y la empresa privada, como por ejemplo el trabajo para la recolección y distribución de ayudas humanitarias, campañas de información a la ciudadanía para aplicar las medidas sanitarias, atención psicológica, distribución de ayudas alimentarias, atención a personas en condición de calle, supervisión de restricciones en comercio y espacios públicos, gestión comunitaria y empresarial, aplicación de modelo compartido en cantones cafetaleros y turísticos, atención de persona adulta en la aplicación de este modelo, así como la implementación de albergues, entre muchos otros. De esta manera todos los jueves por la tarde se realizan [Y] sesiones de trabajo en donde se exponen los principales ES temas y dudas del régimen, respecto a la implementación e OINANOS LOCALES del Modelo. LA ARUCACIÓN Bel NUEVO . Ñ o ries De igual forma y en la búsqueda de un mejor carac acompañamiento a las municipalidades del país, la UNGL realiza capacitaciones en temas específicos como la gestión comunitaria y empresarial, atención a cantones con zonas económicas específicas como el turismo, café o industria, así como la atención a poblaciones vulnerables, incluso realizó una estrategia técnica de comunicación, como base para aquellas municipalidades que carecen de este departamento. Este modelo representa una estrategia complementaria que busca un balance entre la actividad productiva y las medidas sanitarias, desde la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL) celebramos la anuencia al trabajo conjunto mientras abogamos por el resguardo que requieren las municipalidades en atención de la pandemia por COVID-19. Modelo de Gesión Compartida *COSTA RICA TRABAJA Y SE CUIDA” Septiembre, 2020 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*152 ACTA N?75 Ordinaria. BOLETÍN ACCIÓN MUNICIPAL N.? 6- octubre 2020 VELLA. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se recibe extemporáneo. ACUERDO N' 1991 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Benigno Amador Ramírez presidente ADI Prado La Colonia, teléfono 8543-2881, dice: Asunto: Conocimiento del Comité Pro-Mejoras de la Asociación de Desarrollo Integral Cascadas 4 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*153 ACTA N?75 Ordinaria. Viernes 24 de octubre del 2020 Señores del Consejo Municipal y la Municipalidad Por este medio Nosotros La Junta Directiva de la Asociación de desarrollo Integral del Prado. hacemos de su conocimiento que damos fe de conocer a los Miembros del Comité de Promejoras de la Asociación de desarrollo Integral de Cascadas Cuatro, que está conformado por siete Miembros actuales por lo cual le Sugerimos la ayuda necesaria para que estos compañeros puedan ser Juramentados para así poder Trabajar para el bienestar de dicha Comunidad. Se despide Atentamente y” Benigno Ae Donald Vega Calvo AR Z 2 le ) 7 a Presidente Tesorero Teléfono 85-43-28-81 86-87-09-99 A.D:I. PRADO LA COLONIA FUNDADO 16 DE ENERO 2010 CEDULA JURÍDICA: 3002600091 EE Participa de la Palabra: Pdte. Juan Luis Gómez Gómez Se había devuelto el nombramiento del Comité de Cascadas Cuatro porque faltaba el aval de la Asociación de Desarrollo Integral de Cascadas y se recomendaba que viniera el acta constitutiva. El reglamento para nombrar un Comité debe de llamar a un asamblea, pasar una lista de asistencia, luego entre ellos escogen a los miembros del Comité, posterior de elabora el acta constitutiva de ese Comité, se envía a la Asociación de Desarrollo Integral donde solicitan la afiliación como Comité y por último, envían al Concejo Municipal el acta “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*154 ACTA N?75 Ordinaria. constitutiva del Comité, el acuerdo de la Asociación de Desarrollo de aceptación de la afiliación. Lo que me confunde es que viene un visto bueno de la ADI El Prado y no de la ADI de Cascadas. La nota está mal planteada, por lo que quiero solicitarle a la señora Magally Venegas, Secretaria del Concejo Municipal de Pococí que consulte el por qué la ADI El Prado es la que envía el visto bueno y que cumplan tanto con el acta constitutiva como con el Acuerdo de la ADI de Cascadas. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se instruye a la Secretaria Municipal para que los oriente. ACUERDO N* 1992 El señor presidente procede a dar lectura del oficio MP-TIC*s-2020-20 del departamento de Tecnologías de Información. Al ser las 08:07 p.m se procede a un receso. Inicia la sesión al ser las 8:15 p.m. El documento se traslada para discusión al punto IV Mociones A alli E a ACUERDO N”* 1993 Se conoce nota para este Concejo suscrita por los vecinos de la comunidad de Cocori, teléfonos: 8465-5773 / 8509-9612, dice; Asunto: Solicitud de alcantarillas por parte de la Comunidad de Cocori. Estimados señores nos dirigimos a ustedes muy respetuosamente deseándoles éxitos y bendiciones en su labor. Mediante la presente le solicitamos de su valiosa colaboración para trayecto de camino La Reforma - Cocori con código 7-02-477, el cual requiere, reparación dos puentes y tres pasos de agua. Por cual solicitamos favor donen 14 alcantarilla de 1,5 metros y 21 alcantarilla de 24 pulgadas. Deseamos nos puedan ayudar pronto ya que la draga de la municipalidad se encuentra en Sardianas la comunidad aledaña, la requerimos para colocar las alcantarillas si fuese posible su colaboración. Agradecemos de antemano la ayuda que nos puedan brindar a nuestra comunidad. Cordialmente. Los vecinos de la comunidad de Cocori, firman seguidamente. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*155 ACTA N?75 Ordinaria. Nombre y apellidos Cédula Virgita Vargas guerrero 2 0287 0878 o Eliecer Vargas Morales 20267 0467 Edith Vargas Vargas 70160 0152 | Luis Alberto Vega Rodríguez [202710009 Telebono 34455773 Edit» 85097 7612 Virguta Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Alcaldía. ACUERDO N?* 1994 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor regidor Osael Campos Bolaños, dice; Asunto: Informe de comisión. del 22 de octubre. Por este medio, yo Osael Campos Bolaños quiero presentar el informe de Comisión por no poder asistir a la sesión ordinaria del día jueves 22 de octubre del presente año, ya que me encontraba en reunión con la Asociación de Desarrollo de San Antonio, tratando de solucionar varios asuntos y trabajos pendientes que tiene la Asociación. di Te: Eras En (Y VD laier Por Unanimidad SE ACUERDA: Se recibe informe de comisión y se autoriza el pago “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipálidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*156 ACTA N?75 Ordinaria. ARTICULO ll Lectura, Discusión y Verificación del Acta N* 73 Ordinaria del 22-10-2020 y Acta N* 74 Extraordinaria del 28-10-2020 ACUERDO N* 1995 Se Conoce Acta N” 73 Ordinaria del 22-10-2020 Nota de secretaría: En la segunda página del Acta del Acta 73 Ordinaria del 22-10-2020 lo que corresponde al orden del día, en el artículo II (Lectura, Discusión y Verificación de Actas), por error material se consignó que el Acta para verificación era la N*73, siendo lo correcto la N*72, por tanto, que se lea correctamente Acta 72 Ordinaria del 15-10-2020. Por Unanimidad SE ACUERDA: Hechas las correcciones y observaciones, se procede a aprobar el Acta N”73 Ordinaria del 22-10-2020. ACUERDO N” 1996 Se Conoce Acta N” 74 Extraordinaria del 28-10-2020 Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*74 Extraordinaria del 28-10-2020. El regidor Jonnathan se acoge al artículo 48 del Código Municipal, en su lugar vota el regidor Osael Campos Bolaños. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*157 ACTA N*75 Ordinaria. O S ARTICULO lll Asuntos del Sr. Alcalde ACUERDO N* 1997 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMNICM-0131-2020 Mediante el presente oficio se remite copia del expediente el cual consta de 133 folios, correspondiente a la Licitación Abreviada N”2020LA-000038-CL01, suministro de material, y suministro de maquinaria de acuerdo a cada ítem, para realizar trabajaos en la comunidad de Cariari, la cual deberá cumplir con todas las especificaciones indicadas en el CR-10, para el mantenimiento vial para el Cantón de Pococí. Se recibió oferta de las empresas: ítem 1. Venta de Agregados . Servicios James y Chavarría SA. Se recibe una oferta, por un monto de £ 25.968.800.00 (veinticinco millones novecientos sesenta y ocho mil ochocientos colones exactos), distancia de 18 km de acuerdo al folio 55), cuenta con Patente local. Oferta Admisible . Constructora Jorsa SA. Se recibe una oferta, por un monto de ¿ 21.840.000.00 (veintiún millones ochocientos cuarenta mil colones exactos), distancia de 24 km de acuerdo al folio 107, cuenta con Patente local. Oferta Admisible. Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 65% precio, 25% distancia y 10% “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*158 ACTA N?*75 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCI DESPACHO DEL ALCALDE Teléfono: 2711-1208 Manuel.hernandez(Amunipococi.go.cr Guápiles, 22 de octubre de 2020 DAMCM-0131-2020 Mantenimiento de caminos distrito Cariari 2020LA-000038CLO1 OFERTA EVALUACION Razon social s r : a Precio Distancia Precio Distancia Total Servicios James y Chavarria S.A € 25968 800,00 20,00 54,67 25,00 79,67] Constructora JORSA SA € 21840 000,00 24,00 65,00 20,83 85,83) Ítem 2. Alquiler de Motoniveladora + Excavaciones Los Diamantes ELD SA. Se recibe una oferta, por un monto de (E 19.750.000,00 [diecinueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos), Motoniveladora año 1992), cuenta con Patente local. Oferta Admisible + Constructora Jorsa SA. Se recibe una oferta, por un monto de (21.250.000,00 (veintiún millones doscientos cincuenta mil colones exactos), Motoniveladora año 2009, cuenta con Patente local. Oferta Admisible Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 80% precio, 10% Maquinaria y 10% Empresa Local, así establecido en el legajo cartelario. Mantenimiento de caminos distrito Cariari 2020LA-000038CLO1 OFERTA EVALUACION Razon social E Precio Maquinaria Precio Maquinaria Total Excavaciones Los Diamantes ELD SA dG 19750000,00 1992 80,00 6,00 86,00 Constructora JORSA SA 4 21250000,00 2009 74,35 10,00| 84,35 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*159 ACTA N”75 Ordinaria. (] MUNICIPALIDAD DE POCOCI Yes DESPACHO DEL ALCALDE Teléfono: 2711-1208 MDEPOCO Manuel hernandezOmunipococi.go.cr A] Guápiles, 27 de octubre de 2020 DAMCM-0131-2020 Ítem 3. Alquiler de Retroexcavadora + Excavaciones Los Diamantes ELD SA. Se recibe una oferta, por un monto de (:4.750.000,00 [cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos), Retroexcavadora año 2006), cuenta con Patente local. Oferta Admisible + Constructora Jorsa SA. Se recibe una oferta, por un monto de /5.750.000.00 (cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos), Motoniveladora año 2018, cuenta con Patente local. Oferta Admisible Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 80% precio, 10% Maquinaria y 10% Empresa Local, así establecido en el legajo cartelario. Mantenimiento de caminos distrito Cariari 2020LA-000038CLO1 OFERTA EVALUACION Razon social r q Precio Maquinaria Precio Maquinaria Total Excavaciones Los Diamantes ELD SA 4 4 750 000,00 2006 80,00 10,00| 90,00] Constructora JORSA SA 4 5 750 000,00 2018 66,09 10,00| 76,09 Ítem 4. Alquiler de Vagonetas para Acarreo + Constructora Jorsa SA. Se recibe una oferta, por un monto de (E 174.00 (ciento setenta y cuatro colones) por metro cubico kilómetro, Años 1997, 995, 1989 y 1997, cuenta con Patente local. Oferta Admisible “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*160 ACTA N*75 Ordinaria. FE yd MUNICIPALIDAD DE POCOCI DESPACHO DEL ALCALDE a a Teléfono: 2711-1208 DEPOCOCI Manuel. hernandezOmunipococi.go.cr Guápiles, 29 de octubre de 2020 DAMCM-0131-2020 Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de la oferta que cumplieron técnicamente, donde se califica 80% precio, 10% Maquinaria y 10% Empresa Local, así establecido en el legajo cartelario. Una vez realizada la evaluación, esta Unidad recomienda a la empresa Constructora JORSA SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser la Única oferta Una vez realizado el estudio de las ofertas que participaron en los Ítem 1-2-3 y 4. Se determina por parte de la administración y el Ing. Freddy Rivera Varela que las empresas: Constructora Jorsa SA y Excavaciones Los Diamantes ELD SA, cumplen con todo lo solicitado en el cartel de Invitación. Oficio visible en los folios No.132- 133. POR TANTO: Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor Alcalde a pagar a la empresa: Ítem 1. Venta de Agregados +. Constructora Jorsa SA. por un monto de (/ 25,830.000,00 (veinticinco millones ochocientos treinta mil colones exactos), para un total de 2.000 m3 de subbase y 4.150 m3 de base granular, monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*161 ACTA N*75 Ordinaria. (7) MUNICIPALIDAD DE POCOCI DESPACHO DEL ALCALDE pp Teléfono: 2711-1208 DE POCOCI Monuel. hernandezOmunipococi.go,cr Guápiles, 22 de octubre de 2020 DAMCM-0131-2020 Ítem 2. Alquiler de Motoniveladora +. Excavaciones Los Diamantes ELD SA. por un monto de Q 19.750.000,00 (diecinueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos), Motoniveladora año 1992), monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. Ítem 3. Alquiler de Retroexcavadora + Excavaciones Los Diamantes ELD SA. por un monto de (4.750.000,00 (cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos), Retroexcavadora año 2006) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de PococíÍ. Ítem 4. Alquiler de Vagonetas para Acarreo + Constructora Jorsa SA. por un monto de € 25.000.000,00 (veinticinco millones de colones exactos) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. Agréguese al expediente la presente resolución y comuníquese al interesado. Ze a qa Lic. Mande! Herhúndez Rivera Alcalde Agradeciendo su atención se despi c/archivo “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Poc MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*162 ACTA N%75 Ordinaria. ocí Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar: 14 1. Venta de Agregados a la empresa: Constructora Jorsa SA. por un monto de £ 25.830.000,00 (veinticinco millones ochocientos treinta mil colones exactos), para un total de 2.000 m3 de subbase y 4.150 m3 de base granular, monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem 2. Alquiler de Motoniveladora a la empresa: Excavaciones Los Diamantes ELD SA. por un monto de ¿ 19.750.000,00 (diecinueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos), Motoniveladora año 1992), monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem 3. Alquiler de Retroexcavadora a la empresa: Excavaciones Los Diamantes ELD SA. por un monto de ¿4.750.000,00 (cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos), Retroexcavadora año 2006) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ítem 4. Alquiler de Vagonetas para Acarreo a la empresa: Constructora Jorsa SA. por un monto de ¿ 25.000.000,00 (veinticinco millones de colones exactos) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. Agréguese al expediente y comuníquese al interesado. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N” 1998 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DANMWICM-0121-2020 Mediante el presente oficio se remite copia del expediente el cual consta de 34 folios, correspondiente a la Compra Directa N”2020CD-000145-CL01, servicio de reparación de equipo pesado de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, para la coordinación y supervisión de proyectos en ejecución durante el periodo 2020, solicitado por el Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. Se recibió oferta de la empresa: - Grupo Reysa del Caribe S.A, se recibe una, por un total de ¿ 1.223.091.17 (un millón doscientos veinte y tres mil noventa y un colones con 17/100) de acuerdo a la tabla indicada en el cartel de licitación, presenta certificaciones completas. Oferta Admisible Evaluación de Ofertas. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*163 ACTA N?75 Ordinaria. Una vez revisada la oferta, se procede a realizar la evaluación de la ofefta, donde se califica 80% precio y 20% experiencia. Una vez realizada la evaluación, la Unidad Técnica de Gestión vial MPL, recomienda a Grupo Reysa del Caribe SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser la única oferta admisible. De acuerdo al análisis y revisión del proceso por parte de la administración y el Ing. Freddy Rivera Varela, determinaron que la empresa: Grupo Reysa del Caribe SA, cumple con todo lo solicitado en el cartel de Invitación. Oficio visible en el folio No.32. POR TANTO: Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor Alcalde a pagar a la empresa: » Grupo Reysa del Caribe SA, por un monto de ¿12.000.000.00 (doce millones de colones exactos), monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. Según detalle: Descripción > Monto >] Código Presupuestario 03-02-02-01- | £ 1.200.000,00 08-04 Código Presupuestario 03-02-91-01- | 4 10.800.000,00 08-04 Agréguese al expediente la presente resolución y comuníquese al interesado. Agradeciendo su atención se despide; / Lic. Manuel Hefiández Rivera Icalde c/archivo Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a la empresa: Grupo Reysa del Caribe SA, por un monto de ¿12.000.000.00 (doce millones de colones exactos), monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. Según detalle del Por Tanto. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*164 ACTA N?75 Ordinaria. ACUERDO N” 1999 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMCM-0127-2020 Mediante el presente oficio se remite copia del expediente el cual consta de 35 folios, correspondiente a la Compra Directa N*2020CD-000148-CLO01, compra de mobiliario y equipo de piso especial para la práctica de porrismo por parte de ADPAC, solicitado por Muren Monge Bolaños, coordinadora Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer Municipalidad de Pococí, A la hora de la apertura se recibió oferta de la empresa: » Lee Roy May Solazar S.A, por un monto de ¿ 8.000.000.00, (ocho millones de colones exactos), aportando certificaciones completas según cartel. Se procede a realizar la admisibilidad de las ofertas presentadas según lo indicado en el artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa: EVALUACIÓN Proveedor Oferta Precio Total 100% Lee Roy May Salazar S.A y 8.000.000.00 100 100 De acuerdo al análisis y revisión del proceso, por parte de la Dra. Mauren Monge Bolaños, determino que la empresa: Lee Roy May Solazar S.A, cumple con todo lo solicitado en el cartel, oficio visible en los folios No.32-33. POR TANTO: Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor Alcalde a pagar a la empresa: « Lee Roy May Solazar S.A, por un monto de ¿ 8.000.000.00, (ocho millones de colones exactos) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente, por recomendación de la Dra. Mauren Monge Bolaños, Coordinadora Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer Municipalidad de Pococí. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*165 ACTA N”75 Ordinaria. Agradeciendo su atención se despide; A E A Lic. Aanuél Hémández Rivera Alcalde Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a la empresa: Lee Roy May Solazar S.A, por un monto de ¿ 8.000.000.00, (ocho millones de colones exactos) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente, por recomendación de la Dra. Mauren Monge Bolaños, Coordinadora Oficina de Bienestar Social, Familia y Mujer Municipalidad de Pococí. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 2000 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMCM-0128-2020 Mediante el presente oficio se remite copia del expediente el cual consta de 63 folios, correspondiente a la Compra Directa N*2020CD-000154-CLO01, suministro de material subbase granular, para lograr intervenir la comunidad de Rancho Redondo, de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, solicitado por el Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. Se recibió oferta de la empresa: » Inversiones Jimeza JyV SA, se recibe oferta por un total de ¿26.992.000,00 (veintiséis millones novecientos noventa y dos mil colones exactos), presenta un plazo de 7 días naturales, aportando certificaciones completas. Oferta Admisible. Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 80% precio, 10% Plazo de entrega y 10% Pymes Locales, así establecido en el legajo cartelario. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*166 ACTA N*75 Ordinaria. Una vez realizada la evaluación, la Unidad Técnica de Gestión vial MPL, mea a la empresa: Inversiones Jimeza JyV SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser la única oferta admisible. De acuerdo al análisis y revisión del proceso por parte de la administración y el Ing. Freddy Rivera Varela, determinaron que la empresa: Inversiones Jimeza JyV SA, cumple con todo lo solicitado en el cartel de Invitación. Oficio visible en el folio No.61. 29-10-2020 POR TANTO: Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor Alcalde a pagar a la empresa: » Inversiones Jimeza JyV SA, por un monto de ¿20.142.000,00 (veinte millones ciento cuarenta y dos mil colones exactos) para un total de 2.100 m*, monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. Agréguese al expediente la presente resolución y comuníquese al Interesado Agradeciendo su atención se despide; 2 Lic. Manel Herbéídez Rivera alde Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a la empresa: Inversiones Jimeza JyV SA, por un monto de ¿20.142.000,00 (veinte millones ciento cuarenta y dos mil colones exactos) para un total de 2.100 m3, monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 2001 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMCM-0129-2020 Mediante el presente oficio se remite copia del expediente el cual consta de 52 folios, correspondiente a la Compra Directa N”2020CD-000153-CL01, compra de materiales “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococií MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*167 ACTA N?75 Ordinaria. para proyecto sistema drenaje y lastre en la comunidad de Cariari, solicitud presentada por el ing. Brandon Agilero Maroto, obras civiles Municipalidad de Pococí. Se recibió Oferta de las empresas: . Almacén El Colono S.A, por un monto de ¿ 8.849.435.86 (ocho millones ochocientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos treinta y cinco colones con 86/100) aportando certificaciones solicitadas según cartel de invitación. . Almacén El Mejor Precio de Cariari S A, por un monto de ¿ 9.166.955.00 (nueve millones ciento sesenta y seis mil novecientos cincuenta y cinco colones exactos) aportando certificaciones solicitadas según cartel de invitación. EVALUACIÓN Se procede a realizar la admisibilidad de la oferta presentada según lo indicado en el artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, donde se califica 100% precio. valoración económica 100 puntos Proveedor Monto Ofertado _|Puntos Almacén El Colono S.A y 8.849.435,86 100,00 Almacén El Mejor Precio de Cariari S A £ 9.166.955.00 96.54 De acuerdo al análisis y revisión del proceso, por parte de la administración y el Ing. Brandon Agúero Maroto, Obras Civiles Municipalidad de Pococí, determino que la empresa: Almacenes El Colono S.A, cumple con todo lo solicitado en el cartel, oficio visible en el folio No.50. POR TANTO: Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor Alcalde a pagar a la empresa: + Almacén El Colono S.A, por un monto de ¿8.849.435.86 (ocho millones ochocientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos treinta y cinco colones con 86/100) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Brandon Agiiero Maroto, Dpto. Obras Civiles Municipalidad de Pococí. Agradeciendo su atención se despide; Lic. Áanuél Hémández Rivera US Alcalde yr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI 22534 008 PAGINA N*168 ACTA N%75 Ordinaria. 29+10-20. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar ¿45 empresa: Almacén El Colono S.A, por un monto de £¿8.849.435.86 (ocho millones ochocientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos treinta y cinco colones con 86/100) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Brandon Agiiero Maroto, Dpto. Obras Civiles Municipalidad de Pococí. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 2002 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMCM-0126-2020 Mediante el presente oficio se remite copia del expediente el cual consta de 28 folios, correspondiente a la Compra Directa N*”2020CD-000141-CLO1, venta de repuestos originales para vagonetas SCANIA, de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, solicitado por el Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. Se recibió oferta de la empresa: + Eurobus SA, se recibe oferta por un total de ¿ 5.000.000,00 (cinco millones de colones exactos) de Repuestos y ¿ 3.000.000,00 (tres millones de colones exactos) de Lubricantes, presenta certificaciones completas. Oferta Admisible. EVALUACIÓN DE OFERTAS. Se procede a realizar la evaluación de las ofertas, donde se califica 100% precio. Una vez realizada la evaluación, la Unidad Técnica de Gestión vial MPL, recomienda a la empresa: EUROBUS SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser la única oferta admisible. De acuerdo al análisis y revisión del proceso por parte de la administración y el Ing. Freddy Rivera Varela, determinaron que la empresa: EUROBUS SA, cumple con todo lo solicitado en el cartel de Invitación. Oficio visible en el folio No.26. POR TANTO: Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor Alcalde a pagar a la empresa: + Eurobus SA, por un monto de ¿8.000.000.00 (ocho millones de colones exactos), monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*169 ACTA N?75 Ordinaria. Descripción Monto Repuestos E 5.000.000,00 Lubricantes E 3.000,000,00 Agréguese al expediente la presente resolución y comuníquese al interesado. Agradeciendo su atención se despide; Lic. Manugl Hernánaléz Rivera Al e SE Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a la empresa: Eurobus SA, por un monto de ¿8.000.000.00 (ocho millones de colones exactos), monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí, según detalle del “Por Tanto”. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 2003 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal, dice: DAMCM-0132-2020 Mediante el presente oficio se remite copia del expediente el cual consta de 100 folios, correspondiente a la Licitación Abreviada N*”2020-LA-000039-CLO01, contratación de una empresa especialista en el suministro de materiales varios para construcción y suministro de maquinaria de acuerdo a cada ítem, para realizar trabajaos en puentes del cantón, la cual deberá cumplir con todas las especificaciones indicadas en el CR-10, para el mantenimiento vial para el Cantón de Pococí. Se recibió oferta de la empresa: ítem 1. Materiales Metálicos Puente Quebrador « Almacenes El Colono SA, se recibe una oferta, por un monto de £¿5.312.303,55 (cinco millones trescientos doce mil trescientos tres colones con 55/100), cuenta con Patente local. OFERTA ADMISIBLE “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*170 ACTA N*75 Ordinaria. Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 90% precio, y 10% Empresa Local, así establecido en el legajo cartelario. Una vez realizada la evaluación, esta Unidad recomienda a la empresa Almacenes El Colono SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser la oferta con mejor evaluación, de acuerdo a lo establecido en el legajo cartelario. pS MUNICIPALIDAD DE POCOCI DESPACHO DEL ALCALDE a tl Teléfono: 2711-1208 MROcOa Manuel hernandezQmunipococi.go.cr PT A al Guópiles, 22 de octubre de 2020 DAMCM-0132-2020 Ítem 2. Madera y Derivados Puentes Quebrador + Almacenes El Colono SA, se recibe una oferta, por un monto de £ 1.832.410,00 (un millón ochocientos treinta y dos mil cuatrocientos diez colones exactos), cuenta con Patente local. OFERTA ADMISIBLE Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 90% precio, y 10% Empresa Local, así establecido en el legajo cartelario. Una vez realizada la evaluación, esta Unidad recomienda a la empresa Almacenes El Colono SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser la oferta con mejor evaluación, de acuerdo a lo establecido en el legajo cartelario. ITEM 3. MATERIALES MINERALES PUENTE QUEBRADOR + Almacenes El Colono $A, se recibe una oferta, por un monto de E 12.594.594,00 [doce millones quinientos noventa y cuatro mil quinientos noventa y cuatro colones exactos), cuenta con Patente local. OFERTA ADMISIBLE Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 20% precio, y 10% Empresa Local, así establecido en el legajo cartelario. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*171 ACTA N?75 Ordinaria. () MUNICIPALIDAD DE POCOCI ys DESPACHO DEL ALCALDE Teléfono: 2711-1208 MDEPOCOC Manuel. hernandezQOmunipococi.go.cr Sl Guápiles, 22 de octubre de 2020 DAMCM-0132-2020 Una vez realizada la evaluación, esta Unidad recomienda a la empresa Almacenes El Colono SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser la oferta con mejor evaluación, de acuerdo a lo establecido en el legajo cartelario. ITEM 4. PINTURA PUENTE QUEBRADOR +. Almacenes El Colono SA, se recibe una oferta, por un monto de ( 98,005,77 (noventa y ocho mil cinco colones con 77/100), cuenta con Patente local. OFERTA ADMISIBLE Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 20% precio, y 10% Empresa Local, así establecido en el legajo cartelario. Una vez realizada la evaluación, esta Unidad recomienda a la empresa Almacenes El Colono SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser la oferta con mejor evaluación, de acuerdo a lo establecido en el legajo cartelario. ITEM 5. ALQUILER DE EQUIPO + Excavaciones Los Diamantes ELD SA. Se recibe una oferta, por un monto de ( 8.835.000,00 [ocho millones ochocientos treinta y cinco mil colones exactos), Excavadora año 2006, cuenta con Patente local. OFERTA ADMISIBLE “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*172 ACTA N*75 Ordinaria. () MUNICIPALIDAD DE POCOCI yus DESPACHO DEL ALCALDE Teléfono: 2711-1208 ME POCO Manuel hernandezOmunipococi.go.cr CATIA Guápiles, 22 de octubre de 2020 DAMCM-0132-2020 + Inversiones Jimeza JyV SA, se recibe una oferta, por un monto de fl 9.975.000,00 (nueve millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos), Retroexcavadora año 2013, cuenta con Patente local. OFERTA ADMISIBLE Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 80% precio, 10% Maquinaria y 10% Empresa Local, así establecido en el legajo cartelario. ALQUILER EQUIPO PUENTE QUEBRADOR OFERTA EVALUACION ti Ao nSOcA Precio Maquinaria Precio | Maquinaria [Total Excavaciones Los Diamantes ELD SA g 8835000,00 2006 80,00 10,00] 90,00] Inversiones Jimeza JyV SA 4 9 975 000,00 2013 70,86 10,00| 80,86] ITEM 6. MATERIALES METALICOS PUENTES CANTON + Almacenes El Colono SA, se recibe una oferta, por un monto de 3.526.316,95 [tres millones quinientos veintiséis mil trescientos dieciséis colones con 95/100), cuenta con Patente local. OFERTA ADMISIBLE Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 20% precio, y 10% Empresa Local, así establecido en el legajo cartelario. Una vez realizada la evaluación, esta Unidad recomienda a la empresa Almacenes El Colono SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser la oferta con mejor evaluación, de acuerdo a lo establecido en el legajo cartelario. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*173 ACTA N*75 Ordinaria. () MUNICIPALIDAD DE POCOCI ques DESPACHO DEL ALCALDE ed Teléfono: 2711-1208 MEpOCOa Manuel. hernandezO'munipococi.go.cr PEA Guápiles, 29 de octubre de 2020 DAMCM-0132-2020 ITEM 7. MADERA Y DERIVADOS PUENTES CANTON + Almacenes El Colono SA, se recibe una oferta, por un monto de 1.142,870,00 (un millón ciento cuarenta y dos mil ochocientos setenta colones exactos), cuenta con Patente local. OFERTA ADMISIBLE Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 20% precio, y 10% Empresa Local, así establecido en el legajo cartelario. Una vez realizada la evaluación, esta Unidad recomienda a la empresa Almacenes El Colono SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser la oferta con mejor evaluación, de acuerdo a lo establecido en el legajo cartelario, ITEM 8. MATERIALES MINERALES PUENTES CANTON + Almacenes El Colono SA, se recibe una oferta, por un monto de Ll 10.314.129,20 (diez millones trescientos catorce mil ciento veintinueve colones con 20/100), cuenta con Patente local. OFERTA ADMISIBLE Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 90% precio, y 10% Empresa Local, así establecido en el legajo cartelario. Una vez realizada la evaluación, esta Unidad recomienda a la empresa Almacenes El Colono SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser la oferta con mejor evaluación, de acuerdo a lo establecido en el legajo cartelario. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*174 ACTA N?75 Ordinaria. (7 MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ys DESPACHO DEL ALCALDE we Teléfono: 2711-1208 DEPOCOCI Manuel. hernandezOmunipococi.go.cr Guápiles, 29 de octubre de 2020 DAMCM-0132-2020 ITEM 9. PINTURAS PUENTES CANTON + Almacenes El Colono SA, se recibe una oferta, por un monto de ( 271.131,95 [doscientos setenta y un mil ciento treinta y uno con 95/100), cuenta con Patente local. OFERTA ADMISIBLE Evaluación de Ofertas. Una vez revisada el expediente, se procede a realizar la evaluación de las ofertas que cumplieron técnicamente, donde se califica 20% precio, y 10% Empresa Local, así establecido en el legajo cartelario. Una vez realizada la evaluación, esta Unidad recomienda a la empresa Almacenes El Colono SA, por cumplir con lo solicitado, además de ser la oferta con mejor evaluación, de acuerdo a lo establecido en el legajo cartelario, Una vez realizado el estudio de las ofertas que participaron en los Ítem 1-2-3-4-5-6- 7-8 y 9. Se determina por parte de la administración y el Ing. Freddy Rivera Varela que las empresas: Excavaciones Los Diamantes ELD SA y Almacenes El Colono SA, cumplen con todo lo solicitado en el cartel de Invitación. Oficio visible en los folios No.28 al 100. POR TANTO: Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice al señor Alcalde a pagar a la empresa: ITEM 1. MATERIALES METALICOS PUENTE QUEBRADOR + Almacenes El Colono SA, por un monto de € 6.000.000,00 (seis millones de colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. munipococi.go.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*175 ACTA N?75 Ordinaria. (7) MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ys DESPACHO DEL ALCALDE Teléfono: 2711-1208 MDEPOCOC Manuel.hernandezQ'munipococi.go.cr EA Guápiles, 22 de octubre de 2020 DAMCM-0132-2020 ITEM 2. MADERA Y DERIVADOS PUENTE QUEBRADOR + Almacenes El Colono SA, por un monto de (€ 1.688.890,00 [un millón seiscientos ochenta y ocho mil ochocientos noventa colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. MADERA PUENTE QUEBRADOR unidad ele Variacion Cantidad final Precio unit Precio Total original Tabla 1x12 en 4varas unidad 320,00 -40,00 280,00 d 3588,00 | 1004 640,00 Pieza 2x3 en 4 varas unidad 250,00 250,00 G 227700|4 569250,00 Pieza 1x3 en 4 varas unidad 100,00 100,00 G 115000| 4 115000,00 Precio Total | € 1688 890,00 ITEM 3. MATERIALES MINERALES PUENTE QUEBRADOR + Almacenes El Colono SA, por un monto de (€ 17.200.000,00 [diecisiete millones de colones exactos) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ITEM 4. PINTURA PUENTE QUEBRADOR + Almacenes El Colono SA, por un monto de £ 98.005,77 (noventa y ocho mil cinco colones con 77/100) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*176 ACTA N*75 Ordinaria. 29- () MUNICIPALIDAD DE POCOCI ys DESPACHO DEL ALCALDE tal Teléfono: 2711-1208 MDEPOCOC Manuel. hernandezOmunipococi.go.cr AAA Guápiles, 29 de octubre de 2020 DAMCM-0132-2020 ITEM 5. ALQUILER DE EQUIPO + Excavaciones Los Diamantes ELD SA, por un monto € 9,920.000,00 (nueve millones novecientos veinte mil colones exactos)) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ALQUILER DE EQUIPO Unidad Canta Variacion Cantidad final Precio unit Precio Total original Excavadora unidad 285,00 35,00 320,00 g 31000,00| ¿€ 9292000000 ITEM 6. MATERIALES METALICOS PUENTES CANTON + Almacenes El Colono SA, por un monto de € 4.000.000,00 (cuatro millones de colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ITEM 7. MADERA Y DERIVADOS PUENTES CANTON + Almacenes El Colono SA, (€ 981.410,00 (novecientos ochenta y un mil cuatrocientos diez colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. MADERA PUENTE CANTON unidad sao Variacion Cantidad final | Precio unit Preclo Total e original | Tabla 1x12 en 4varas unidad 220,00 -45,00 175,00 € 3588,00 | € 627 900,00 e Pieza 2x3 en 4 varas unidad 130,00 130,00 € 227700|4 296 010,00 Pieza 1x3 en 4 varas unidad 50,00 50,00 € 1150,00| 4 57 500,00 Precio Total_| € 981 410,00 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*177 ACTA N*75 Ordinaria. () MUNICIPALIDAD DE POCOCI YES DESPACHO DEL ALCALDE al Teléfono: 2711-1208 MEPOCOa Manuel.hernandezOmunipococi.go.cr Guápiles, 29 de octubre de 2020 DAMCM-0132-2020 ITEM 8. MATERIALES MINERALES PUENTES CANTON + Almacenes El Colono $A, por un monto de € 14,800.000,00 (catorce millones ochocientos mil colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. ITEM 9. PINTURAS PUENTES CANTON + Almacenes El Colono SA, por un monto de € 199.243,68 (ciento noventa y nueve mil doscientos cuarenta y tres colones con 68/100] monto que se ajusta de acuerdo «al contenido presupuestario existente por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. PINTURA PARA PUENTES CANTÓN unidad | A0u8a lc aración | Cantidadfinal | Preciounit | PrecioTotal original Pintura Primer mano Protecto 619 Galon 600 100 500 01329557 | 4 6647735 Pintura Seugnda mano Lanco MM-96 Galon 6,00 -1,00 5.00 4 1282195|8 64 109,75 Pintura Anticorrosiva Protecto Fast Dry Galon 10,00 -4,00 6,00 Q 114026816 68 656,08 Preclo Total | € 199243,68 Agréguese al expediente la presente resolución y comuníquese al interesado. Agradeciendo su atención se despide; LEN Lic. Mandel Hefnández Rivera NE Alcalde a c/archivo DE! Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde a pagar a la empresa: ITEM 1. MATERIALES METALICOS PUENTE QUEBRADOR a la empresa: *Almacenes El Colono SA, por un monto de ¿6.000.000,00 (seis millones de colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*178 ACTA N*75 Ordinaria. ITEM 2. MADERA Y DERIVADOS PUENTE QUEBRADOR: a la empresa: + Almacenes El Colono SA, por un monto de ¿ 1.688.890,00 (un millón seiscientos ochenta y ocho mil ochocientos noventa colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente. (Ver detalle del, Por Tanto). ITEM_3. MATERIALES MINERALES PUENTE QUEBRADOR, a la empresa: * Almacenes El Colono SA, por un monto de ¿ 17.200.000,00 (diecisiete millones de colones exactos) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente ITEM 4. PINTURA PUENTE QUEBRADOR a la empresa: * Almacenes El Colono SA, por un monto de ¿ 98.005,77 (noventa y ocho mil cinco colones con 77/100) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente. ITEM 5. ALQUILER DE EQUIPO a la empresa + Excavaciones Los Diamantes ELD SA, por un monto ¿ 9.920.000,00 (nueve millones novecientos veinte mil colones exactos)) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente (Ver detalle del, Por Tanto). ITEM 6. MATERIALES METALICOS PUENTES CANTON a la empresa + Almacenes El Colono SA, por un monto de £ 4.000.000,00 (cuatro millones de colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente. ITEM 7. MADERA Y DERIVADOS PUENTES CANTON a la empresa: + Almacenes El Colono SA, ¿ 981.410,00 (novecientos ochenta y un mil cuatrocientos diez colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente. (Ver detalle del, Por Tanto). ITEM 8. MATERIALES MINERALES PUENTES CANTON a la empresa: * Almacenes El Colono SA, por un monto de £ 14.800.000,00 (catorce millones ochocientos mil colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente. ITEM 9. PINTURAS PUENTES CANTON a la empresa: +» Almacenes El Colono SA, por un monto de £ 199.243,68 (ciento noventa y nueve mil doscientos cuarenta y tres colones con 68/100) monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente. (Ver detalle del, Por Tanto). Todo lo anterior por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 2004 Solicitud por parte del Reg. Reinaldo Benavides Vargas Indica que una empresa privada le donó unas alcantarillas a la comunidad de La Primavera para ser colocadas cerca del Puente Canalón, por lo que solicita a la alcaldía 5 horas de maquinaria para la colocación de dichas alcantarillas en la comunidad de Primavera. A en UL- = “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*179 ACTA N*75 Ordinaria. ACUERDO N* 2005 Solicitud por parte del Reg. Osael Campos Bolaños Solicita al señor alcalde autorizar a un ingeniero para que realice una visita en la comunidad de San Antonio del Humo, porque hay varios lugares que están siendo afectados por las lluvias, entonces que se realice un informe técnico de las necesidades de la comunidad y se valore si se puede incluir dentro del presupuesto para la atención que realizará la Comisión Municipal de Emergencias. Además, solicita que se coordine con su persona la visita técnica. ==> Y 0 0-0 ARTICULO IV Mociones ACUERDO N* 2006 Moción presentada por los regidores: Juan Luis Gómez Gómez, Yaslyn Morales Grajal, Jose Antonio Bustos Martínez, Luis Ángel Méndez Araya, Alfredo Calderón Alfaro. Considerando: Que este honorable Concejo Municipal valora la posibilidad de separarse de la Unión Nacional de Gobiernos Locales. Que en la actualidad el sitio web www.munipococi.go.cr se encuentra hospedado en los servidores de la UNGL y podría ser un inconveniente para tomar la decisión. Que el departamento de tecnologías de información municipal se ha pronunciado al respecto mediante oficio MP - TICs - 2020 - 20. Donde indica una serie de gestiones pertinentes y oportunas para retomar el hospedaje del sitio web institucional, ante la inminente separación de la UNGL, Mociono: 1. Que se acuerde la separación definitiva de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, de la Municipalidad del cantón de Pococí “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*180 ACTA N%75 Ordinaria. 2 Para que este Honorable Concejo Municipal acoja en su totalidad las recomendaciones del Departamento de Tecnologías de Información en el oficio mencionado. di Que dentro de las posibilidades se tome el cuadro con el detalle de actividades a desarrollar y se cumpla a la mayor brevedad posible los puntos indicados como de “Alta Prioridad” en aras de no desmejorar los servicios que en la actualidad brinda el sitio web a la ciudadanía en general. Firmas: Ss OD Vasca dl AQ adsl [ALA aude > 5 a “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Pococí Municipalidad de MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*181 ACTA N*75 Ordinaria. Do DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN É e MUNICIPALIDAD DE POCOcÍ 07) ETeléfono N* 2713-6526 Ext. 116 € 137 / Email: Informatica munipococi.go.cr po EZ Limón, Pococí, Guáplles, Altos del Hotel Talamanca, sobre Ruta 32. Erigimsnco MP - TICs — 2020 - 20 Guápiles, 21 de febrero de 2020 Señores. Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Respetables señores y señora, dado que en la sesión anterior fue requerida la presencia del Coordinador de Tecnologías de Información para que ampliara sobre la posibilidad de que la Municipalidad de Pococí retome el hospedaje de la página web institucional se procede a rendir informe detallado al respecto. + Resaltar el hecho de que el sitio Web Institucional (www.munipococi.go.cr) desde sus inicios fue creado, hospedado y administrado por el personal de Tecnologías de Información y con los recursos tecnológicos existentes a lo interno de la Municipalidad de Pococi. + Queel hecho anterior varió por solicitud expresa de la antigua administración, en aras de remozar el sitio web y brindar continuidad de servicio al mismo, por lo cual se hospedó en los servidores de la Unión Nacional de Gobiernos Locales y se encargó de su administración al personal de Tecnologías de esta organización. + Que si bien es cierto el sitio web institucional cuando era hospedado en los Servidores de la Municipalidad de Pococí tenía algunos inconvenientes producto del poco o nulo mantenimiento que se le brindaba, sumado a las condiciones poco favorables en cuanto a la inversión tecnológica que desde siempre ha mantenido esta Municipalidad, las cuales derivaban en constantes caídas de la página web municipal. Por lo anterior y en vista de que se está ante la posibilidad de retirar a la Municipalidad de Pococí de la Unión Nacional de Gobiernos Locales y se presenta como un inconveniente el hecho de contar con el sitio web municipal bajo el hospedaje de estos, cabe aclarar que este hecho ultimo no debería pesar en esta importante decisión toda vez que se realicen las gestiones pertinentes y oportunas para retomar el hospedaje del sitio web institucional, Como lo son tales como: 1. Ante la inminente salida, de manera formal solicitar que sea entregado por parte de Tecnologías de Información de la Unión Nacional de Gobiernos Locales al departamento de Tecnologías de Información de la Municipalidad de Pococí a como sigue, el código fuente, la galería de C ATENTA 1de5 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*182 ACTA N?75 Ordinaria. ET DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN AR MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ — Teléfono N9 2713-6526 Ext. 116 4 137 / Email: informaticamunipococl.go.cr YAA Pp E Limón, PococíÍ, Guápiles, Altos del Hotel Talamanca, sobre Ruta 32. Lirio imágenes, los documentos subidos, la base de datos, manuales de usuario, además de todos los demás elementos importantes para su correcta configuración e implementación. 2. Queel departamento de Tecnologías de Información de la Unión Nacional de Gobiernos Locales brinde acompañamiento al departamento de Tecnologías de Información de la Municipalidad de Pococí de igual manera a como este último lo hizo cuando el sitio fue trasladado anteriormente. 3. Queantes de realizar cualquier desconexión del sitio web munipococi.go.cr en el lado de la Unión Nacional de Gobiernos Locales sea corroborado fehacientemente que este ya este funcional desde los Servidores de la Municipalidad de Pococí para evitar inconvenientes, causando el menor impacto a los usuarios externos del sitio. Ahora bien, como se mencionó en líneas anteriores el traslado de marras obedeció en su momento a que no se contaba con las condiciones para asegurar la continuidad, el mantenimiento ágil y oportuno, y sobre todo el espacio en los servidores era limitado, a la fecha lo único que ha variado es el espacio en servidores por la compra que se hizo de un servidor de última generación, por lo que se recomienda urgentemente retomar las actividades necesarias para asegurar el correcto funcionamiento del sitio, Para asegurar la continuidad de este servicio tecnológico como lo es el Web Hosting (Hospedaje), lo principal es darle las condiciones óptimas al lugar físico donde se encuentran estos recursos, o sea el Centro de Datos de la Municipalidad de Pococí, mismo que se encuentra ubicado continuo a la sala de sesiones de este honorable Concejo Municipal, en el cual se encuentran las principales debilidades: + Anivel de energía eléctrica, se presenta una gran deficiencia por falta de equipo adecuado que respalde la energía cuando hay un corte de fluido eléctrico, situación sumamente recurrente en esta zona. Para solventar esto se requiere una UPS de mínimo 10.000VA. + Además de procurar la reparación o mantenimiento preventivo de las dos UPS existentes ya que se han deteriorado por el paso del tiempo, cabe mencionar que estos equipos han superado ampliamente su ciclo de vida útil, sin embargo, podrian repararse y darles uso como unidades de respaldo. + Porotra parte, al servidor principal se le debe agregar por seguridad una fuente de poder adicional, esto para contar con redundancia de las fuentes de Poder. + En la parte de cableado eléctrico se recomienda contratar o solicitar al dueño de las instalaciones una nueva acometida eléctrica distinta a la de este sector, ya que todo el equipo existente en el Minha 0 == 2de5 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*183 ACTA N?75 Ordinaria. ZA DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN y CN MUNICIPALIDAD DE Pococt ey E ys RTeléfono N 2713-6526 Ext. 116 £ 137 / Emall: Informatica Qmunipococl.go.cr “Ún E Limón, Pococí, Guápiles, Altos del Hotel Talamanca, sobre Ruta 32. centro de datos comparte su alimentación eléctrica con una serie de equipos domésticos como, Homos de microondas, calentadores y otros. + Además, hace falta darle el debido mantenimiento a la planta eléctrica que ha presentado algunos problemas a la hora de entrar en funcionamiento cuando falta el fluido eléctrico. e Aire Acondicionado, no se cuenta con un sistema de refrigeración para este tipo de Centro de Datos, sino que hay un aire acondicionado doméstico, estos equipos no están diseñados para funcionar 24/7/365 y no tiene la capacidad requerida, además que la tecnología es diferente ya que no es para refrescar el ambiente de trabajo, sino que su función es refrescar equipo tecnológico que funciona a altas temperaturas. Se recomienda la adquisición de un aire de precisión de 60.000 BTU. e En la parte de internet, aunque se cuenta con un ancho de banda suficiente para brindar estos servicios de hosting, al contar con un único proveedor de este servicio, la continuidad de este está expuesta a fallas e interrupciones, por lo tanto, también para contar con redundancia y disponer de una segunda fuente de internet, se recomienda una segunda cometida de fibra óptica distinta a la de este sector. + Recurso Humano a cargo, en la actualidad al igual que cuando se trasladó el sitio web municipal a la Unión Nacional de Gobiernos Locales, se cuenta con el mismo personal que es el que le da seguimiento a estas labores de administración, control, monitoreo y mejoramiento de los servicios tecnológicos en la parte de infraestructura como lo es el Centro de Datos, por lo que se hace necesario volver a señalar que se requiere personal altamente especializado en estas labores, en este contexto se nota que la plaza del Asistente de Tecnologías actualmente se mantiene a nivel de técnico y que las funciones en el manual de puestos si fueron actualizadas como para un personal profesional especializado, anteriormente se han hecho solicitudes para que se pueda recalificar pero no se ha logrado materializar este particular, así que se reitera esta petición al honorable cuerpo colegiado en aras de que de una vez por todas en este caso se apruebe la recalificación con sus respectivos componentes del puesto a fin de equiparar las funciones ya de por si asignadas vía manual de puestos con la clase profesional. > REA 3de5 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
pacina Nora MINI A NOS ordinaria, DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ 185 Teléfono N' 2713-6526 Ext. 116 A 137 / Emall: InformaticaOmunipococ!.go.cr ==, [El Limón, Pococí, Guápiles, Altos del Hotel Talamanca, sobre Ruta 32. Seguidamente se desglosa un cuadro con el detalle económico aproximado y la urgencia de los puntos anteriormente mencionados, cabe señalar que todos son de suma urgencia, pero se trató de señalar de esta manera para dar un mayor énfasis a los que son más relevantes en estos momentos. Nivel de Urgencia 2 (Baja-Media-Alta) ExcUpueso UPS 10.000VA Alta 2,800,000 "Reparación UPS del Centro de Datos Alta 500,000. | Fuente de poder para servidor Alta | (380,000 SA | Acometida eléctrica Exclusiva Media | (1,000,000 | Mantenimiento planta eléctrica Media | 21,000,000 - Aire Acondicionado de precisión Baja | 8,000,000 atari Baja | £200,000/mes Recalificación Asistente TI Media | (200,000/mes. AAA E A | Cabe recalcar que estas situaciones son las que se deben de mejorar, además de solventar un sistema de continuidad para el sitio web, mejorar en general el sistema de continuidad del Centro de Datos, en donde también se encuentran sistemas indispensables-relevantes para la administración de los servicios municipales como los sistemas tributarios y financieros, por lo tanto este apoyo abarcaría una mejora sustancial en todos estos aspectos, se les agradece su comprensión y colaboración en estos temas tan relevantes para el interés público. Asimismo se les informa que como parte de un proyecto ambicioso se pretende trabajar, si ustedes lo tienen a bien y brindan los recursos, en el diseño de un nuevo y funcional sitio web municipal que cuente con todo tipo de servicios hacia los usuarios externos de la organización según el análisis, diseño, desarrollo e implantación que para ello queremos llevar a cabo, adjunto la propuesta principal que consta de objetivo general y etapas. OBJETIVO GENERAL Contratar los servicios de análisis, diseño y desarrollo del portal WEB de la Municipalidad de Pococí, como plataforma digital. 4de5 | Mino “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*185 A MUNICIFALIDAD DE POCOCI Ordinaria. DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN o MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ BTeléfono NO 2713-6526 Ext. 116 € 137 / Emall: informatica munipococ!,go.cr Limón, Pococí, Guápiles, Altos del Hotel Talamanca, sobre Ruta 32. ETAPAS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO. 1. 2. ETAPA DE ANALISIS PREVIO Realizar un estudio de experiencia de usuario a la página web actual para diseño y desarrollo en la plataforma CMS Drupal del muevo portal de la Municipalidad como plataforma digital. Analizar las necesidades para poder determinar la incorporación de nuevos y servicios a la página actual. Analizar los componentes del libro de marca de la Municipalidad y su adecuación al proyecto Análisis de las opciones de servicios digitales e interfaces de terceros que están operando en el sitio actual como: Rotador, Consulta Deuda, administración del sitio, pagos con los recaudadores. Alcance del E-Commerce ETAPAS DE ANALISIS PARA DESARROLLO DEL NUEVO SITIO ETAPAS | DESCRIPCION Análisis, Diseño y Desarrollo del Portal Módulo de la Contraloría de Servicios Módulo de Tramites en Línea Módulo de Gobierno Abierto (Sistema de open data) Sin más por el momento y a sus órdenes se suscribe; JORGE Firmado digitalmente por JORGE HODGSON Lic. RL Ing HODGSON colcidi Tecnologías de Información QUINN (FIRMA) 15a5:9-0600 Municipalidad de Pococí "dadatro — Asditcrta — Alcaldía 5 de 5 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICILAL PAD. DE POCOCI PAGINA N*186 A N?75 Ordinaria. Por Mayoría de 7 votos a favor, 2 en contra, SE ACUERDA: La separación definitiva de la Municipalidad de Pococí de la Unión Nacional de Gobiernos Locales. Este Concejo Municipal se acoge a las recomendaciones del Departamento de Tecnologías de información en el oficio MP-TICs-2020-20 y se insta a la Administración que, dentro de las posibilidades se tome el cuadro con el detalle de actividades a desarrollar y se cumpla a la mayor brevedad posible los puntos indicados como “Alta Prioridad” en aras de no desmejorar los servicios que en la actualidad brinda el sitio web. Vota el regidor Osael Campos Bolaños en lugar del regidor Jonnathan García Chévez. Votan en contra los regidores Ovidio Vives Castro y Reinaldo Benavides Vargas. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Participan de la palabra: Reg. Yaslyn Morales Grajal. Hoy es un nuevo acontecimiento en este Concejo Municipal donde ahorraremos una cantidad de dinero por año que se le depositaba a la Unión de Gobiernos Locales. Aproximadamente entre 25 a 30 millones de colones. Que para el próximo 2021 podremos invertirlos en nuestras comunidades. Muchas gracias a los que votaron esta iniciativa porque estamos siendo responsables de los recursos públicos de esta Municipalidad. Sr. Pdte. Juan Luis Gómez Gómez. Yo me siento muy orgulloso de haber votado esta propuesta, porque un colón que jalemos para este cantón o que por lo menos no se nos vaya, es un colón más en obras. También quiero felicitar a don Manuel porque es un sentir popular a nivel del cantón de Pococí sobre la gestión que está haciendo este Concejo y que está haciendo don Manuel Hernández. Don Manuel, gracias por apostarle y darle una respuesta a los Munícipes de Pococí en que verdaderamente tenemos un alcalde, que tiene experiencia y conocimiento y que a la par de estos 9 regidores vamos a seguir apoyando el desarrollo de este cantón. a MS UL-- E ACUERDO N* 2007 Moción presentada por los regidores Juan Luis Gómez Gómez, Yaslyn Morales Grajal, Reinaldo Benavides Vargas, Jose Antonio Bustos Martínez. Considerando: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí pacina norez CI ACTA NS Ordinaria, 1 - Que mediante publicación N*241 del jueves 1 de octubre del 2020, del diario Oficial la Gaceta se dio a conocer el nuevo horario de sesiones, mismo que quedó establecido para los jueves a las 6:00 pm. 2- Que mediante dicha publicación se derogó el Acuerdo N” 977 del Acta N” 41, artículo |, del 18 de junio del 2020 el cual contenía la calendarización de las sesiones ordinarias y extraordinarias de los meses de julio a diciembre. 3- Que algunas fechas del mes de diciembre son de gran significado cultural y religioso para nuestras familias y en algunos casos las fechas de las sesiones ordinarias coinciden con la salida de vacaciones de los funcionarios municipales. 4- Que las últimas dos semanas de diciembre las sesiones ordinarias del Concejo coinciden con los días festivos navideños del 24 y 31 de diciembre. _ 2940-2020 Mociono: Que la sesión Ordinaria del jueves 24 de diciembre se traslade para el lunes 21 de diciembre de 2020 a las 17 horas. Y la Ordinaria del jueves 31 de diciembre se traslade para el lunes 28 de diciembre de 2020 a las 10 horas. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba la moción. Publíquese en el diario Oficial La Gaceta. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. AL SER LAS VEINTE HORAS CON A Y OCHO MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN Sl ió po GOMEZ 1 PRESIDENT Ñ C/c: SRS. REGIDORES, OTROS. ARCH. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.