Ordinaria 29 · 2020-04-28
ACTA N 29 ORDINARIA 28_04_2020.pdf · 105 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
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Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 646 (pág. 3) ACUERDO N” 646 El señor presidente nombra en comisión a los señores: Reg. Domingo Matarrita Gutiérrez, Luis Ángel Rodríguez Gonzáles, Javier Jiménez V…
- Acuerdo 647 (pág. 3) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 647 Se presenta ante este Concejo el señor José Alberto Castillo Calvo y familia, por invitación del Concejo Municipal en honor del reconoc…
- Acuerdo 648 (pág. 12) · unanime ACUERDO N”* 648 Moción de Orden por la regidora Ginnette solicita incorporar en el Orden del Día el punto de MOCIONES. Por Unanimidad SE ACUERDA: Apro…
- Acuerdo 649 (pág. 13) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 649 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Jorge Hodgson Quinn, Tecnologías de Información, dice: A QUIEN CORRESPONDA: Por m…
- Acuerdo 650 (pág. 14) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 650 8-04-2020 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Byron Ramírez, Tecnologías de información, dice: ETA DEPARTAMENTO DE TE…
- Acuerdo 651 (pág. 15) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N? 651 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Yanory Meza Durán, cédula 1- 1032-0941, Presidenta de APAZA, dice: Asociacion d…
- Acuerdo 652 (pág. 16) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 652 Se conoce informe de comisión, suscrita por el regidor Luis Venegas Ávila, dice: 23/04/2020 POCOCI SEÑORES CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCIÍ…
- Acuerdo 653 (pág. 17) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 653 Se conoce informe de comisión, suscrita por el regidor Luis Venegas Ávila, dice: É£ 23/04/2020 POCOC! £ SEÑORES CONCEJO MUNICIPAL DE PO…
- Acuerdo 654 (pág. 18) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 654 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Elibeth Venegas Villalobos, dice: A Guápiles, 27 de abril de 2020 MUNICIPALIDAD…
- Acuerdo 655 (pág. 19) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 655 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Marlene Jiménez Pérez, Secretaria Consejo Intermunicipal Caproba, dice: Convocat…
- Acuerdo 656 (pág. 19) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 656 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano, dice: Oficio: DDC…
- Acuerdo 657 (pág. 20) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N?* 657 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Jose Mario Jara Alvarado, Vicepresidente Residencial Castillos de Nazareth S.A.…
- Acuerdo 658 (pág. 22) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 658 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora MBA. Marcela Cordero Aguilar, Coordinadora de Recursos Humanos, dice: PRH 050-2…
- Acuerdo 659 (pág. 32) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 659 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Edgar Villarreal Ruiz, Alcalde a.i., dice: DACM-088-2020 Asunto: Incapacidad de l…
- Acuerdo 660 (pág. 33) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N”* 660 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Edgar Villarreal Ruiz, Alcalde a.i., dice: DACM.-087-2020 Asunto: Periodo de vac…
- Acuerdo 661 (pág. 34) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 661 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Gerardo Brenes Rodríguez, Presidente Junta Desarrollo Integral El Molino, dice: …
- Acuerdo 662 (pág. 36) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 662 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna, dice: Al contestar refiérase Al Of…
- Acuerdo 663 (pág. 41) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 663 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna, dice: Al contestar refiérase Al Of…
- Acuerdo 664 (pág. 49) · unanime · aprobado ACUERDO N* 664 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Wilberth Zúñiga Fernández, dice: Buenos días don Ariel,con respecto a la consult…
- Acuerdo 665 (pág. 53) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 665 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MBA. Marcela Cordero Aguilar, dice: PRH 047-2020 Asunto: Declaratoria Jurada Final. ¡D…
- Acuerdo 666 (pág. 55) · unanime · aprobado ACUERDO N* 666 Se conoce nota para este Concejo suscrita por los vecinos de Barrio Puriscaleño, dice: Reciban un saludo de parte del Comité de Nido 2 …
- Acuerdo 667 (pág. 55) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 667 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Edgar Villarreal Ruiz, Alcalde a,i, dice: DACM-094-2020 Asunto: Convocatoria a Se…
- Acuerdo 668 (pág. 57) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N” 668 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Nuria Campos Sánchez, Desarrollo Estratégico de la Comisión Nacional de Emergen…
- Acuerdo 669 (pág. 73) · unanime · firme · aprobado ACUERDO NP? 669 Se conoce nota para este Concejo suscrita por los licenciados Roberto Sossa Sandí y Ricardo Sossa Siles, por Consorcio Jurídico de Cos…
- Acuerdo 670 (pág. 91) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 670 Se conoce nota para este Concejo suscrita por los licenciados Roberto Sossa Sandí y Ricardo Sossa Siles, por Consorcio Jurídico de Cost…
- Acuerdo 671 (pág. 97) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 671 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el MAF. Mauricio Garita Varela, Coordinador de Hacienda, y la señora MAF. Cyntia Ávila Ma…
- Acuerdo 672 (pág. 100) · unanime · aprobado ACUERDO N* 672 Se Conoce Acta N*27 ordinaria del 21-04-2020 Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*27 Ordinaria del 21-04-2020.…
- Acuerdo 673 (pág. 100) · unanime · aprobado ACUERDO N* 673 Se Conoce Acta N*28 Extraordinaria del 22-04-2020 Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N”28 Extraordinaria del 2…
- Acuerdo 674 (pág. 100) · unanime · firme · aprobado ACUERDO NP? 674 Comentario por parte del Señor Alcalde a.i. Edgar Villarreal Ruiz, dice: Aprovecho es espacio para hacerles un pequeño resumen de lo q…
- Acuerdo 675 (pág. 102) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 675 MOCIÓN: Presentada por la regidora Ginnette Sequeira Granados. CONSIDERANDO: Que en el presupuesto inicial 2020 existen las partidas re…
- Acuerdo 676 (pág. 102) ACUERDO N* 676 Comentario por la regidora Mariela Monge Araya. Doy gracias a Dios porque vamos a culminar dos periodos, mi persona, Freddy, Arelys, Os…
- ~ Acuerdo (pág. 105) · firme · aprobado jugando, pero como dice Maricruz, estas sillas calientes, la gente tal vez de afuera piensa que es muy fácil tomar decisiones aquí pero no. Reg. Johnn…
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%1 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N”29 ORDINARIA. 28-04-2020 SESION ORDINARIA. N*29 DEL 28-04-2020, INICIADA A LAS 17:00 HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA: REGIDORES DIRECTORIO REGIDORES SUPLENTES Johnny Vargas Arrieta Arelys Fernández Chaves Patricia Aguilar Araya Osael Campos Bolaños Ovidio Vives Castro Mariela Monge Araya Ginnette Sequeira Granados Luis. Gdo. Venegas Ávila Bernardo Antonio Veach Davis Virginia Hernández Rivera Reinaldo Benavides Vargas Marta Salgueras Vásquez Eliecer Araya Brenes Oscar Garro Rojas Freddy Hernández Miranda(Quien Preside) M? de los Ángeles Núñez Fuentes Maricruz Chaves Alfaro SINDICOS PROPIETARIOS SINDICOS SUPLENTE Geison Valverde Méndez Lucy Barrantes Jiménez Johnny Córdoba Hernández Katherine Mendoza Montero Juan Luis Gómez Gómez José A. Chavarría Villarreal Ana Patricia Rosales Valverde Lisseth Monge Araya (Sust. Joel Umaña Salazar) MAGALLY VENEGAS VARGAS EDGAR VILLARREAL RUIZ SECRETARIA ALCALDE MUNICIPAL .| “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*2 ACTA N*29 Ordinaria. a —=-4 ORDEN DEL DÍA Acuerdos ARTÍCULO Homenaje al Sr. Jose Alberto Castillo 646-al-648 l Calvo. 649-al-671 ll Correspondencia Lectura, Discusión y Verificación de 672-673 ll. [Acta N*27 Ord, 21-04-2020, Acta N*28 Ext, del 22-04-2020. 674 IV Asuntos del Sr. Alcalde. 675-al-676 V Mociones Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*3 ACTA N?29 Ordinaria. > o ARTICULO | Homenaje al Sr. Jose Alberto Castillo Calvo ACUERDO N” 646 El señor presidente nombra en comisión a los señores: Reg. Domingo Matarrita Gutiérrez, Luis Ángel Rodríguez Gonzáles, Javier Jiménez Villalobos, Joel Umaña Salazar, Dafne Padilla Monge. Con ausencia justificada. ACUERDO N* 647 Se presenta ante este Concejo el señor José Alberto Castillo Calvo y familia, por invitación del Concejo Municipal en honor del reconocimiento al señor Castillo. Sr. Pdte. Freddy Hernández MI. Saluda da la bienvenida a la familia Castillo Ramos, en invita al señor Jose Alberto ocupar la curul. Hoy es una sesión que reviste de especial, dado la presencia de don Jose Alberto, su familia, amigos y colaboradores mas cercanos. De verdad que se siente una vibra diferente, bonita. Todos quisiéramos en un momento como este, extender la mano amiga, un abrazo pero por la situación que estamos viviendo hay que tomar el distanciamiento. yo en lo personal y muchos podríamos hablar de don Jose y familia y amigos, a veces una palabra tiene muchos significados, pero realmente lo que nosotros sentimos es un amigo del cantón de Pococí. (el señor presidente cede la palabra a los regidores para el saludo al señor Castillo, participan de la palabra) Reg. Johnny Vargas Arrieta Reg. Reinaldo Benavides Arias “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*4 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Reg. Ovidio Vives Castro Reg. Patricia Aguilar Araya. Reg. Eliecer Araya Brenes. Reg. Maricruz Chaves Alfaro. Síndico Juan Luis Gómez Gómez. Sr. Alcalde Edgar Villarreal Ruiz. Sr. Pdte. Freddy Hernández Miranda. De eso se trata, el gobierno local tiene que resaltar el loable trabajo que hacen esos líderes, en tiempos de crisis como actualmente vivimos, son los liderazgos los que marcan una diferencia en las zonas y aparte de la figura de don José Alberto permea una cortina también de liderazgo con personas a la par tanto a titulo familiar pero empresarial que tiene un empoderamiento importantísimo y es que si se puede ser un empresario exitoso sin dejar de ser un gran ser humano y eso es digno de resaltar y recalcar y está muy bien representado con la familia de don Jose Alberto ve esa firma esa personalidad y eso no se puede dejar de lado. Le voy a ceder el uso de la palabra a don Jose para que nos de ojalá algunas anécdotas en sus tiempos de empresarios, tanto no solo en la parte empresarial sino en las vicisitudes del campo deportivo, personal y que queden hoy en esta sesión prácticamente solemne. Sr. Jose Alberto Castillo Calvo. Saluda, creo que esta distinción que se me hace es algo que, me siento muy orgullo, tal vez no me la merezca pero me siento muy orgulloso, muy feliz muy contento y sin duda eso me va a comprometer mas a mí y a mi familia. En la vida hay muchas cosas y yo quiero compartir un poquito, yo creo que mucho nace del lugar donde yo nací, de la familia donde yo vengo, de los tiempos de mi infancia, yo nací aquí en la panadería de chumino y quizás parte de mis raíces y parte de lo que yo quiero tanto este cantón es que estoy nacido en el puro centro de Guápiles. Ahí nací, mi papá administraba una cantina y detrás había una casa y ahí nací. Vengo de una familia de 11 hermanos, una familia sencilla, trabajadora, humilde, con muchas limitaciones de muchas cosas pero yo les digo a mis hijos y a mi familia, yo no sé si era más feliz antes cuando vivíamos en esa época descalzos en esa época de un montón de limitaciones, en esas épocas que uno vivió que eran tan bonitas de infancia y que quizás esas cosas nos fueron formando a través de los años y nos fueron dando quizás el carácter, la personalidad, la forma de ser, como uno nació, como creció, como se desarrolló como hizo para irse formando a través de los tiempos y si tengo muchas anécdotas de lo que yo hacía pequeñito, y eso a uno lo forma y creo que el que trae una visión empresarial la trae desde pequeño. Porque yo me acuerdo de que desde pequeño “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*5 ACTA N*29 Ordinaria. -2020 yo, éramos 11, en mi casa mi mamá no me podía hacer nada para ir a vender a la escuela, pero yo me iba a recoger frutas de la temporada y vendía en los recreos de la escuela, tenía el contrato con calancho en la carnicería de calancho de entregar el saco de hojas para envolver la carne y me daban 50 céntimos. En las tardes mi papá traía yucas y papas de la finca y yo los echaba con una romanita y los pesaba y los iba a vender casa por casa y solo yo hacía eso y éramos 11, por que solo yo, por qué mi hermano mayor no hacía eso, y ho era que me mandaban a hacerlo, era que me nacía hacerlo porque yo sentía que podía y veía la oportunidad de hacerlo. Haberme graduado en la escuela de Guápiles, cuando yo llego a la escuela de Guápiles y llego ahí al centro y veía uno aquel rotulo que ponía don Reynaldo que decía: “Conócete a ti mismo” y llego ahí a la jardinera y recuerdo mi infancia, se me vienen las lágrimas y creo que es muy valedero que se le vengan las lágrimas. Terminé la escuela y en Guápiles no había colegio, me quedé sin ir al Colegio, en 1969 iniciaron el censo para abrir el colegio Agropecuario de Pococí, tuve la dicha un año después de haber salido de la escuela poder ir al Colegio, pude estudiar pidiendo lapiceros prestados y a veces hojas donde apuntar, salí del colegio y me sentí tan orgulloso, tan realizado y tan contento de haber podido sacar la secundaria, cosa que en mi vida nunca creí que iba a poder lograr, y ya me puse a conseguir trabajo y en eso me dice el director del Colegio, mire, yo quiero que usted vaya a estudiar a San Carlos, yo tengo derecho a 4 espacios para que usted vaya a estudiar agronomía a San Carlos y le dije yo: que voy a poder yo ir a estudiar a San Carlos si yo tenía el deber y la obligación de ayudar a mi familia porque era el tercero, sin embargo mi papá de donde no tenía me dijo: vaya, yo consigo prestado. Y se fue y consiguió prestado para pagar la matricula y eran ¿250 colones por mes lo que había que pagar en Santa Clara para uno poder estudiar Agronomía y si no es por don Chico Rojas, que busqué a don Chico Rojas y le dije: don Chico, tengo la oportunidad de estudiar Agronomía pero definitivamente mi papá no puede seguirme pagando el estudio allá en Santa Clara, porque eran ¿250 colones mas los gastos y me dice don Chico: “vaya, vaya, vaya...no salga, yo le consigo una beca de Japdeva, vaya tal día ahí a la oficina de Japdeva ahí en oficinas del Atlántico en San José, vaya y pregunte y ahí le vamos a tener un chequecito”, y llego yo y pregunto y encuentro un cheque de ¿400 cuatrocientos colones y digo yo: “Qué montón de plata”. Pagaba los ¿250 y me sobraban ¿150 colones por mes y de ahí logré sacar a los 20 años, la carrera de agronomía y me fui a trabajar en el ITCO en Cariari. Cuando yo llegué a Cariari era una ilusión por ir a trabajar e ir a hacer cosas a Cariari, y resulta que, se encuentra uno con un montón de limitaciones y me voy a trabajar con los colonos, los parceleros que eran colonos instituto de tierras y concesión Colonos. Y como tenía tanto tiempo libre entonces, era el presidente de la Asociación de Desarrollo, era el presidente del comité de Deportes, era el presidente de la Junta Edificadora de la Iglesia, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*6 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 era el presidente de la Junta proconstrucción del Hospital, era el secretario de la Unión Cantonal de Asociaciones que ahí conocí a don Salvador, era el presidente del equipo de fútbol, no me alcanzaban los días ni las noches ni los sábados ni los domingos para atender tantas reuniones y tantas cosas que se hicieron en Cariari y que junto a un montón de líderes de Cariari me enseñaron muchas cosas, hasta regidor Municipal fui estando en Cariari. Ahí en Cariari es donde uno empieza a formarse y es que yo tengo esas raíces de ayudar a la comunidad y yo creo que como empresa y uno como empresarios, dentro de la misión del Colono dice: Servir a tiempo con calidad, amistad y confianza las necesidades de nuestros clientes, colaboradores y comunidad para ser su mejor opción ahora y siempre. Entonces resulta que yo siempre decía que por cada colón que yo me gano, una peseta es para los trabajadores que me ayudaron a producirlo, una peseta es para la comunidad y 50 centavos es para que le Colono siga creciendo y eso ha sido mágico. Yo siempre creo mucho en la ley de la compensación de la vida y entre más doy, mas recibo y entre mas he dado mas recibo y entre mas cosas he hecho, más recibo, o sea, es un negocio, si la mayoría de empresarios y personas se dieran cuenta que uno tiene que dar por negocio, daría todos los días sin que le pidan, uno no tiene que esperar que le pidan para dar y yo siempre he buscado oportunidades para ayudar, primero, que la familia Colono que somos todos los trabajadores del Colono porque son socios míos de hecho, todos los empleados del Colono todos los años reciben todos un porcentaje de las utilidades que genera el Colono y aparte de eso creamos un sentido de identidad donde se les da todas las condiciones y tenemos incentivos de estabilidad y buscamos el crecimiento para los puestos de ascenso dentro de la misma empresa, todos los puestos de ascenso son criados, desarrollados por el ADN de la cultura del Colono y eso precisamente nos ha dado a nosotros, la fortaleza y que somos una empresa con un gran sentido social, con una gran responsabilidad social y con una gran sensibilidad que tiene que darse todos los días. Si lo que uno tiene y lo que uno sabe no lo comparte con las personas que necesitan, mejor no tengan nada, porque no hay mayor satisfacción para un ser humano compartir lo que tiene con alguien que lo necesita y compartir el conocimiento que usted tiene con alguien que también lo necesita, no solo la parte material, sino muchas veces un buen consejo una buena asesoría que se siente una gran satisfacción y todo eso ha sido una serie de sinergias a través del tiempo que han hecho que el grupo colono crezca a tal punto que hoy en día somos más de 180 unidades de negocios en Costa Rica y Centroamérica, en Panamá, Nicaragua, Honduras, Guatemala. De esas unidades de negocio somos 3.600 colaboradores directos, Tenemos en el Cantón de Pococí mas de 50 unidades de negocios con un empleo de 1.051 empleos directos del cantón, en la Provincia son 1.500 y solo en el cantón de Pococí son 1051 empleos directos y no solo empleos, son socios del Colono que participan del bienestar del Colono en todo sentido. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. e de
Stars de POCO MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N?7 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Y yo creo que, cuando uno ha tenido la oportunidad de salir del país y visitar otros países y ver hace 20 años china o cuando uno va ahora a la India o a África y cuando uno ve muchos lugares yo siempre digo, que bendecidos somos de haber nacido en Costa Rica y todavía mas bendecidos somos de vivir aquí en Pococí y yo siempre le digo a la gente mía, hagamos del Colono el mejor lugar para trabajar y hagamos de Pococí el mejor lugar para vivir y eso es una gran responsabilidad que tenemos todos los días. Y por esas cosas de la vida nunca en mi mente nació ser empresario para ser metalizado, o para tener recursos, o bienes materiales, creo que nació de una posibilidad de montar un pequeñito negocio en 1978 que comencé con ¿3.000, con una jarana en el banco Nacional de ¿70.000 y con £3.000 colones de inventario, en Cariari donde recibí la ayuda de muchos amigos y muchas personas. Creo que en el año 1985 nos vinimos otra vez para Guápiles y aquí fuimos conformando un grupo empresarial, que nos hemos tenido que ir diversificando, integrando, y hemos tenido que trabajar mucho desde todo punto de vista con la tecnología y la globalización y si no hacemos eso nos quedamos con el tiempo. Yo le pedí a mi familia, mis hijos, mi esposa y mi nieta que yo quería que ellos me acompañaran hoy porque yo quería que ellos vivan este momento, sientan este momento y ellos como los responsables que son de la organización del Colono, pero del Colono comunidad, del Colono que tiene que ayudar al que necesita, no del Colono para que ellos hagan mas recursos para ellos, sino que se dejen ese legado que sepan que tienen que compartir las utilidades del Colono con las personas que más lo necesitan. Nosotros hemos hecho muchas cosas y yo siempre hacía que lo que hace la mano izquierda, no lo sepa la mano derecha y siempre, aun así hacemos muchas cosas que las hacemos y no las andamos publicando. Últimamente a veces por cualquier cosa que pase y sin ninguna explicación ni nada a veces le dan muy duro en las redes sociales, entonces digo yo: que carajo, entonces vamos a tener que hacer o anunciar algo también porque a veces la gente tiene que saber lo que uno hace. Nosotros hicimos la fundación Colono, la cual recibe un aporte de alrededor de 300 millones al año, mas las otras donaciones que hacemos por fuera que no es de la fundación, y ¿qué es lo que yo le digo a mi hija Mariela y a mi esposa Magda que administran la fundación?, yo quiero que la fundación atienda las personas de dolor de la pobreza extrema, dolor de vivienda de la pobreza extrema, dolor de la comida de la pobreza extrema. Y ahora en estos momentos que vienen estamos haciendo por un tiempo indefinido mientras dure la crisis, yo personalmente hable con los empresarios, estamos haciendo un paquete de mil diarios, que andan alrededor de 25 kilos cada diario, para “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*8 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 tograr solventar y solidarizarnos con las personas que en estos momentos van a tener necesidad y creo que es un deber y una obligación hacerlo, muchas cosas más habrá que hacer para solventar la seguridad alimentaria de las familias en un momento de crisis. No sabemos a qué nos vamos a enfrentar, ni cuanto va a durar, ni qué efectos va a traer. La economía del mundo y del país va a quedar tan golpeada, que no sabemos las consecuencias de esto, pero bueno, es una responsabilidad de todos ser solidarios ahora más que nunca, para sobrevivir. Creo que en el cantón ha habido muchas luchas que se han dado y yo me siento muy feliz en una etapa de mi vida decir yo, que yo contribuí ahí. Entonces, yo me siento muy Guapileño, a mí me juzgan en otras comunidades de que yo solo jalo para Pococí y que no ayudo en otros lugares como ayudo en Pococí, aunque ayudamos bastante porque cuando uno tiene el don, le nace dar. Es que yo creo que a mi me satisface dar, me satisface compartir porque esos principios, esos valores me los enseñó mi madre y eso uno lo vivió desde pequeño y eso no tiene que cambiar por nada del mundo, uno no tiene que cambiar nunca. Yo le pido a Dios que entre más me da en lo material, me del doble o el triple de sencillez, de humildad porque la verdad es que uno no tiene que andar figurando ni creerse mas que nadie, ni andarle faltando el respeto a nadie, porque cuando nos vamos, ese día no nos llevamos nada, solo la satisfacción de haber podido compartir haber podido ser una persona de bien para la comunidad. Creo que aquí puedo pasar terminando diciendo un montón de cosas, pero si quiero, como les dije antes en un momento muy importante de mi vida que hicimos dentro del grupo Colono, el protocolo familiar, un gobierno corporativo, un plan de sucesión donde ya la segunda generación está tomando toda la dirección del Colono y donde aquí está la tercera generación que yo le digo, Mirandita, vamos, yo quiero que usted vaya para que usted escuche y vea y que ustedes nunca pierdan esos valores, ese lado de que entre más dan, más van a recibir a través del tiempo y Dios es tan bueno que cuando usted da, entre más da, recibe muchas cosas que ni con lo material puede comprar, la salud, la familia, el entorno, el sentirse uno tranquilo, el ser uno, uno más del cantón, eso no tiene precio, eso es algo que ojalá perdure con las generaciones que vienen del Colono, nosotros estamos haciendo un gran trabajo para que el Colono perdure por muchos años, pero que perdure con los mismos principios y valores que nació. Los principios de honestidad, respeto, no son negociables, nosotros no permitimos pérdida de valores dentro de la organización, siempre le hemos inculcado a toda la organización pagar todos los impuestos que se tienen que pagar, de bienes, de renta de todo lo que se tenga que pagar, sin ninguna evasión de ningún tipo para que la comunidad crezca. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N'%9 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 Y yo creo que no es el cantón ni es este homenaje que me dan, yo creo que es al revés, soy yo y mi familia los que tenemos que darle al cantón que emana leche y miel, este cantón que nos vio crecer, que nos formó que nos vio crecer, este cantón es muy nuevo y tiene mucho que hacer todavía. Sin duda hoy mas que nunca este gesto de ustedes para mí me compromete mas durante el tiempo que Dios me de vida, y creo que compromete mas a mi familia a seguir siendo una empresa que aporte mucho al cantón, porque yo creo que por más que aportemos nunca vamos a corresponder lo que el cantón nos ha dado. Así que muchas gracias, me siento muy emocionado y feliz y muy contento, a todos por este gesto. Si tienen alguna pregunta o quieren que les cuente algo más. Sr. Pdte. Freddy Hernández Miranda. De verdad que puede pasar uno horas o días y hablando de esa forma, no hay manera de aburrirse. Como se ha hecho tanta mención y me parece que es válido voy a ampliar un poquito más, es un momento especial y uno siente la vibra positiva. Así que quisiera darle un espacio a un miembro de la familia y a un compañero Colaborador o socio. Sr. Cristian Castillo Ramos. Saluda, estamos muy agradecidos por este reconocimiento que como él decía mas bien somos nosotros los agradecidos con Pococí con Guápiles. Muchas veces nos preguntan, proveedores, clientes: ¿por qué la empresa de ustedes todavía está en Guápiles? ¿Por qué ustedes viven en Guápiles?, Porque no hace falta irse de Guápiles, somos orgullosamente Guapileños, mis hermanos nacidos aquí en Guápiles, criados aquí en Guápiles, todos hicimos el colegio acá en Guápiles y somos orgullosamente Guapileños, creo que la comunidad siempre nos ha bendecido dejándonos ser parte de ella y yo sé que mi papa es uno de los Guapileños más orgullosos que yo he conocido, el siempre dice: aquí nací y aquí me muero y yo creo que eso a través de los años lo ha demostrado y yo estoy seguro que con el ejemplo que nos ha demostrados todos vamos a seguir ese camino, estamos muy orgullosos de pertenecer a esta comunidad, nos ha dado mucho, nos ha dado talento humano que nos ha ayudado a crear nuestra empresa y familia. Nosotros estamos muy orgullosos del ejemplo que nos ha dado mi papá y estoy seguro que va a estar ahí siempre, motivándonos a seguir su camino como lo ha hecho con todos ustedes y de nuevo, en el nombre de la familia les damos las gracias a todos ustedes y muy orgullosos de nuestro papá. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*10 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Sr. Salvador Saborío. Saluda, primero darle gracias a Dios que nos tiene aquí con vida y con salud, en este momento de compartir una breve reflexión para no hacer muy largo el uso de la palabra, dice el refrán: “cada uno cosecha lo que ha sembrado”. Y este homenaje de hoy, es lo que honrosamente lo que está recogiendo Castillo y con mucho futuro, Dios le de muchos años más de vida, está recogiendo lo que ha sembrado a través de la vida. Decirles que este servidor en 1976 en una Asamblea de Asociaciones de Desarrollo, Dios lo puso en el camino, uno a veces busca los ángeles en el cielo y los ángeles están en la tierra y para la Unión Cantonal, para este servidor y para las comunidades desde ese 1976 ha sido un ángel guardián que ha predicado con ese ejemplo y que aparte de lo que él ayuda con lo que Dios le ha permitido, lo principal no es el dinero, lo principal es la escala de valores y que la ha compartido con los socios, la ha inculcado en la familia y la ha inculcado en la familia Colono. Los valores positivos de la humildad, del trabajo, porque Castillo tiene un refrán de: “entre más trabajo, más suerte tengo”, el valor de la honradez de la solidaridad, del compañerismo, de la sinceridad, porque también cuando no le parece lo dice y entonces, esos valores son los que ha inculcado en toda la familia Colono y por eso ha también retribuido a Castillo cada día con mejor capital para que administre y que ayude cada día más. Pedirle a Dios que mantenga a Castillo con esa visión y a su familia con ese ejemplo y que Dios le de muchas bendiciones. Pero también aprovechar porque es histórico y coyuntural el reconocimiento al Concejo Municipal que ya esta semana termina labores y felicitarlos por la labor cumplida, con virtudes, defectos, errores, triunfos, así es la vida. Pero ese tiempo dedicado al desarrollo, a la problemática y darle soluciones a la población Dios los ha iluminado y que Dios les premie por la labor cumplido. Niña Miranda (nieta del Sr. Jose Alberto Castillo) Saluda, para mí es un placer estar con todos ustedes hoy y para mí es muy bonito compartir esto tan importante con mi abuelito porque el es un ejemplo a seguir para mí y para todos nosotros, y es un placer vivir en esta hermosa comunidad y en este hermoso país que es Costa Rica. Moción presentada por el Sr. Presidente. Freddy Hernández Miranda. ¡¡HONOR A QUIÉN HONOR MERECE!!! “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*11 ACTA N?29 Ordinaria. 1- Su aporte al arte y la cultura, cabe destacar la contribución a la Banda Municipal de Pococí 2- Su aporte al deporte y la inversión en infraestructura, ayudando a la formación de más y mejores atletas y personas 3- Su desarrollado sentido de ayuda social, a través de la Fundación 4- Su solidaridad en tiempos de la crisis causada por el Covid-19 5- La generación de fuentes de empleo para cientos de familias, dado su visión empresarial 6- Que el cantón de Pococí se siente orgulloso por siempre estar con nosotros 7- Por su mano amiga 8- Por ser un ejemplo en tiempos que necesitamos liderazgos con visión, pero sin perder de vista el sentido humano 9- Por enseñarnos que a la par de un empresario exitoso puede haber un ser humano ejemplar 10- Gracias amigo José Alberto por ser un ejemplo para la generación presente y futura!! ¡¡HONOR A QUIÉN HONOR MERECE!!! MOCIÓN: POR SU ALTO VALOR HUMANO : EL GOBIERNO LOCAL DE POCOCI ACUERDA DECLARAR HIJO PREDILECTO DEL CANTÓN DE POCOCI AL SEÑOR JOSE ALBERTO CASTILLO CALVO. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*12 ACTA N?29 Ordinaria. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción Se Declara como Hijo Predilecto del Cantón de Pococí al Señor José Alberto Castillo Calvo por su Alto Valor Humano. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N”* 648 Moción de Orden por la regidora Ginnette solicita incorporar en el Orden del Día el punto de MOCIONES. Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la incorporación al Orden del Día el punto de Mociones. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*13 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 ARTICULO ll Correspondencia ACUERDO N* 649 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Jorge Hodgson Quinn, Tecnologías de Información, dice: A QUIEN CORRESPONDA: Por medio de la presente hacemos de su conocimiento que la señora Patricia Aguilar Araya, Regidora Propietaria a quien se le asignó el activo arrendado + 222, PIP ProBook 650 G2 serie5CG7204Z6L, número de activo, en este acto somete el mismo a revisión por parte del Departamento de Tecnologías de la Información a fin de que se constate a profundidad el uso realizado a la fecha del activo. Para los efectos antes mencionados se procede a revisar el equipo tanto física como lógicamente, constatándose que el uso realizado resulta conforme a los objetivos para el cual se le asignó; la totalidad de archivos observados son de carácter y acontecer municipal a saber actas, mociones, acuerdos, audios de sesiones, presupuestos, normativa municipal, proyectos y demás todo en el marco de las funciones que desarrolla la señora Aguilar. Además, se da la devolución del equipo de parte del regidor para el Departamento de Tl a razón de que finaliza periodo de nombramiento, cabe señalar que el activo se encuentra en un muy buen estado y funciona correctamente. Se extiende la presente constancia para los fines que el interesado juzgue conveniente, en Guápiles DADOS alos 28 días del mes de END del dos mil veinte. > S Ñ A Sin otro particular, se suscribe; S Lic. Jorge Hodg: n Quinn, Ing. Tecnologías de Información Municipalidad de Pococí Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*14 ACTA N*29 Ordinaria. ACUERDO N* 650 8-04-2020 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Byron Ramírez, Tecnologías de información, dice: ETA DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Ve ED MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ [aa 24 'BTeléfono N* 2710-6560 Ext. 116 8. 137 / Email: informaticaQmunipooci,ao.cr E “n 82 Limón, Pocací, Guápiles, Altos del Hotel Talamanca, sobre Ruta 32. es paei 2 ACTA DE DEVOLUCIÓN DE EQUIPOS s0 PM 28/04/2020 MUNICIPALIDAD DE POCOC Detalle Marca € Tipo Llave maya Kingston Capacidad 16 GB Información Adicional SE DEVUELVEN EN BUEN ESTADO Proceso Ginnette Sequeira Granados MBA. Byron Ramirez, Ing. Concejo Municipal Tecnologías de Información > JN] —— Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*15 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 ACUERDO N? 651 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Yanory Meza Durán, cédula 1- 1032-0941, Presidenta de APAZA, dice: Asociacion de Personas con Autismo de la Zona Atlántica Cedula Jurídica: 3-002-645593 28 de Abril del 2020 Consejo Municipal Municipalidad de Pococi Estimados Señores: La Asociación de personas con Autismo de la Zona Atlántica les saluda y le desea éxito en sus labores, Hacemos entrega de 35 tazas como muestra de agradecimiento por el apoyo brindado, Agradecemos la atención Yanory Meza Durán Cedula: 110320941 Presidenta de APAZA Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
2d de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*16 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 ACUERDO N* 652 Se conoce informe de comisión, suscrita por el regidor Luis Venegas Ávila, dice: 23/04/2020 POCOCI SEÑORES CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCIÍ INFORMES DE COMISION La presente es comunicarles que el sábado 18 y martes 21 de abril no me hice presente a estas dos sesiones municipales por la razón que fuimos nombrados en comisión para visitar los proyectos que hemos gestionado en la comunidad de Cariari, a saber: Aceras en el costado sur del Liceo de Cariari, El cual no se ha terminado al día de hoy. Aceras en la calle principal del progreso, (Caribe,) Cariari. El cual si está terminado. Además, los proyectos Play ground, en Campo Uno, Play ground de Palermo, Play ground_del Progreso, (Caribe) los cuales fueron recibidos con mucha alegría por los habitantes de estas comunidades y muy especialmente por los niños. RECOMENDAMOS: QUE SE CONTINUE EL APOYO PARA LA CONCLUSION DE LAS ACERAS EN EL COSTADO SUR DEL LICEO NOCTURNO DE CARIARI Y EL MANTENIMIENNTO DE LOS PLAYGRAUND EN LOS RESPECTIVAS COMUNIDADES. A TTE: EGIDOR SUPLENTE: LUIS GERARDO VENEGAS AVILA 1 e FIRMA: draaon 2 392 41 SÍNDICO DISTRITO DE CARIARI: JOSE ALEXIS CHAVARRIA VILLAREAL, mamas) (PLL )-S ES 224 esuoicinatidadlÁY? Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce informe de Comisión. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*17 ACTA N*29 Ordinaria. ACUERDO N* 653 Se conoce informe de comisión, suscrita por el regidor Luis Venegas Ávila, dice: É£ 23/04/2020 POCOC! £ SEÑORES CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCI INFORMES DE COMISION La presente es comunicarles que el sábado 18 y martes 21 de abril no me hice presente a estas dos sesiones municipales por la razón que fuimos nombrados en comisión para visitar los proyectos que hemos gestionado en la comunidad de Cariari, a saber: Aceras en el costado sur del Liceo de Cariari, El cual no se ha terminado al día de hoy. Aceras en la calle principal del progreso, (Caribe,) Cariari. El cual si está terminado. Además, los proyectos Play ground, en Campo Uno, Play ground de Palermo, Play ground_del Progreso, (Caribe) los cuales fueron recibidos con mucha alegría por los habitantes de estas comunidades y muy especialmente por los niños. RECOMENDAMOS: QUE SE CONTINUE EL APOYO PARA LA CONCLUSION DE LAS ACERAS EN EL COSTADO SUR DEL LICEO NOCTURNO DE CARIARI Y EL MANTENIMIENNTO DE LOS PLAYGRAUND EN LOS RESPECTIVAS COMUNIDADES. ATTE: REGIDOR SUPLENTE; LUIS GERARDO VENEGAS AVILA FIRMA: hy 2 292 411 SINDICO DISTRITO DE CARIARI: JOSE ALEXIS CHAVARRIA VILLAREAL. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce informe de Comisión. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%18 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 ACUERDO N* 654 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Elibeth Venegas Villalobos, dice: A Guápiles, 27 de abril de 2020 MUNICIPALIDAD DEPOCOCI Señores: Concejo Municipal de Pococí Asunto: Agradecimiento Respetables señores: Me permito agradecerles por el apoyo brindado en este periodo 2016-2020 que finaliza con éxito, hago un reconocimiento al Concejo Municipal a los señores regidores propietarios, regidores suplentes, síndicos propietarios, síndicos suplentes y a los concejales por todo el apoyo brindado en mi gestión. La experlencia de haber trabajado con ustedes me ha enriquecido enormemente tanto a nlvel profeslonal como personal, Deseo manlfestar un agradecimiento a todos y muy en especialmente al señor presidente, el regidor Freddy Hernández Miranda por el apoyo brindado en los proyectos que trajeron grandes beneficios y ventajas a nlvel soclal, económico y empresarial, y que contribuyeron con un Impacto muy positivo a la población del cantón. Debo despedirme ahora al finalizar este período, no obstante, y debido a la grata experlencla con ustedes, les manifiesto que me encuentro a sus órdenes y para los señores regidores que continúan los señores Bernardo Veach Davis, Ovidio Vives Castro y Relnaldo Benavides Vargas, les deseo los mejores éxitos para esta etapa 2020-2024 y que Dios los bendiga. Le reitero nuevamente mis más sinceros agradecimientos, le deseo muchos éxitos en todos sus emprendimientos y que Dios los bendiga. Sin más que agregar, se suscribe de ustedes atentamente, Dra. Elibeth Venegas Villalobos Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*19 ACTA N”29 Ordinaria. 28-04-2020 ACUERDO N* 655 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Marlene Jiménez Pérez, Secretaria Consejo Intermunicipal Caproba, dice: Convocatoria Sesión Extraordinaria 05-2020. Reciban un cordial saludo; por directriz de la Presidencia del Consejo Intermunicipal; se les convoca d la Sesión Extra Ordinaria 05-2020 para el día miércoles 29 de abril al ser las 13:00 pm en el Cantón de Siquirres. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Aprueba viáticos y transporte a los directivos de Caproba. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N” 656 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, Coord. Dpto. Desarrollo y Control Urbano, dice: Oficio: DDCU-120-2020. Referente: Solicitud de autorización a la Alcaldía/ recepción de área publica fraccionamiento La Guaria, Distrito Cariari, cantón Pococí. Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad de dar seguimiento a lo requerido por parte de la Sra. Marlene Vega Blanco, cédula de identidad 1 0677 0706, solicitando la donación de un terreno a favor de la Municipalidad de Pococí, como área de uso público y naturaleza Área Comunal, la cual se desprende del fraccionamiento denominado como La Guaria (generado en 1998), el cual se ubica 300 metros al sur, 250 metros al este y 150 metros al sur de El Colono Agropecuario, distrito de Cariari. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*20 ACTA N?29 Ordinaria. 28,04-2020 Continuando parte del proceso de regularización de proyectos, la Sra. Vega Blanco solicita autorización para la donación del siguiente terreno: Tabla 1.- Terreno a donar como área pública L-661386-2000 7014991-000 1026 Área Comunal Fuente: Desarrollo y Control Urbano Por lo tanto, se solicita la recepción del terreno citado, así como autorizar a la Alcaldesa en ejercicio, por parte del Concejo Municipal, para que comparezca ante notario público para la recepción del área pública ubicada 300 metros al sur, 250 metros al este y 150 metros al sur de El Colono Agropecuario, distrito de Cariari; lo anterior en cumplimiento con lo establecido en el Artículo N"40 de la Ley de Planificación Urbana. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza al Sr. Alcalde en ejercicio para que comparezca ante notario público para la recepción del área pública ubicada 300 metros al sur, 250 metros al este y 150 metros al sur de El Colono Agropecuario, distrito de Cariari; lo anterior en cumplimiento con lo establecido en el Artículo N"40 de la Ley de Planificación Urbana. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N?* 657 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Jose Mario Jara Alvarado, Vicepresidente Residencial Castillos de Nazareth S.A., Cédula Jurídica No. 3-101-674336, Ciudad Cariari, Ulloa, Heredia, Correo electrónico ¡mjaraaQQoutlook.com, dice: 21 de abril de 2020 JMJA-2104-2020 Distinguidas señoras (es) Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ El suscrito, JOSE MARIO JARA ALVARADO, mayor empresario, portador de la cédula de identidad número 2-0291-1493, vecino de Ciudad Cariari, Residencial Los Arcos, Ulloa, Heredia, en mi calidad de VICEPRESIDENTE con facultados de apoderado generalísimo sin límite de suma, de la empresa RESIDENCIAL CASTILLOS DE NAZARETH SA., “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*21 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 cédula de persona jurídica número 3-101-674336, me apersono ante sus dignas personas a manifestar y solicitar lo siguiente. ANTECEDENTES: Mediante el Artículo Il, Acuerdo No. 116, Acta No. 06, el Concejo acordó recibir: "...en donación las siguientes áreas ubicadas en el distrito de Cariari, cantón Pococí, Provincia Limón, según plano catastrado No. L-1528500-2011: Calle de 11 metros de ancho x 453,49 mi de largo; y otra calle de 10 metros de ancho x 159,77 mí de largo, para un área total de 6.596,09 metros cuadrados y se declaran como calles públicas". Con fundamento en este acuerdo, se procedió a la presentación de los planos de agrimensura al Registro Nacional, con el fin de inscribirlos y realizar la respectiva cesión de áreas a la Municipalidad de Pococi, dichas presentaciones son las siguientes: . 2020-34702-C, área 5041 m2 . 2020-34705-C, área 770m2 . 2020-34706-C, área 769 m2 SOLICITUD: Que, con fundamento en lo anteriormente expuesto, solicitamos al Concejo que autorice a la Administración (alcaldía municipal), para que comparezca ante un notario a recibir mediante escritura pública, las áreas declaradas como públicas por el Concejo. Asimismo, solicitamos se autorice el visado correspondiente, para agilizar el trámite registral de las presentaciones descritas en el párrafo anterior. Atentamente, JOSE MARIO — Firmado digitalmente ResidénciaP Castillos de Nazareth S.A. JARA por JOSE MARIO JARA ALVARADO (FIRMA) José Mago Jara Alvarado ALVARADO Fecha: 2020.04.21 Vicepresidente (FIRMA) pen a9-0000 Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza al Alcalde en ejercicio (Alcaldía Municipal) comparecer ante notario público recibir mediante escritura pública, las áreas declaradas como públicas por el Concejo Municipal. Asimismo, se autoriza el visado correspondiente para agilizar el trámite registral. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
haga ds FococÍ MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*22 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 ACUERDO N” 658 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora MBA. Marcela Cordero Aguilar, Coordinadora de Recursos Humanos, dice: PRH 050-2020 Asunto: Acuerdo 636, Sesión N*27 Ordinaria del 21 de abril del 2020 Respetables señores: Con el debido respeto que merecen, paso a adjuntar la resolución de las once horas del día veintitrés de abril de dos mil veinte que da respuesta a lo solicitado en acuerdo N*636, Sesión N*27 Ordinaria del 21 de abril 2020. Sin más que agregar; MBA, Mjrcela Corderp Aguilar + ) : Coordinadoka de Recursos Humanos + 232 404 C/e/Archivo “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*23 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 a De MUNICIPALIDAD DE POCOCI ue PROCESO DE RECURSOS HUMANOS R-PRA-002-2020 En el Proceso de Recursos Humanos, al ser las once horas del día veintitrés de abril dos mil veinte; RESULTANDO ÚNICO: Que el Concejo Municipal, mediante acuerdo N%636, de la Sesión N* 27 Ordinaria del 21 de abril de 2020 solicita a este Proceso de Recursos Humanos el análisis y recomendación de que si la Señora Magally Venegas Vargas cumple con los requisitos para ocupar el cargo de Secretaria del Concejo Municipal y si procede que ese Concejo Municipal pueda nombrar mediante el mecanismo de ascenso directo. PRIMERO: Que a partir 02 de febrero de 2020, el Señor Guillermo Delgado Orozco, quien CONSIDERANDO | fungió como Secretario del Concejo Municipal, se acogió a su derecho de pensión. | | SEGUNDO: Que el puesto de Secretario(a) del Concejo Municipal, categoría Técnico Municipal 24, actualmente se encuentra vacante, y la misma cuenta con el contenido presupuestario, los siguientes son los requisitos para dicho puesto de acuerdo al Manual de Puestos. Educación Formal: Bachillerato en Educación Media Diversificada y Técnico Medio en Secretariado o afines Requisito Legal: No requiere. Funciones: + Grabar las sesiones, transcribir y elaborar las actas respectivas, notificar acuerdos, confeccionar y custodiar los expedientes que se originan, así como localizar información, a partir de la consulta de diferentes fuentes de información y la utilización de equipo de oficina, con el fin de brindar la asistencia administrativa requerida por el Concejo Municipal. » Velar por la aprobación y posterior conocimiento de las deliberaciones y acuerdos en firme del Concejo, mediante la lectura de las actas y verificación de su aprobación, con el fin de garantizar una oportuna gestión de asistencia administrativa, + Atender las diferentes comisiones de trabajo que se organizan en el seno del Concejo, brindando la asistencia administrativa requerida, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*24 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 ú MUNICIPALIDAD DE POCOCI PROCESO DE RECURSOS HUMANOS » Redactar y transcribir diferentes documentos, a partir de la lectura y análisis de asuntos que se someten a consideración del Concejo. +» Ejecutar otras actividades propias de la clase, código municipal, así como las que le asigne la jefatura inmediata. TERCERO: Que en el caso específico de la Señora Magally Venegas Vargas se procedió a revisar el expediente personal, teniendo que cumple con los requisitos de la Clase Técnico Municipal 2A, y además ostenta el grado de Licenciatura en Contaduría, aspecto que permite acreditar que sobradamente cumple con los requisitos del puesto a ocupar. Asimismo, cuenta con 11 años de experiencia en labores de la Secretaría del Concejo Municipal, donde incluso suplió en periodos de vacaciones e incapacidades al Secretario Titular, CUARTO: Que en cuanto a la solicitud que hace el Honorable Concejo Municipal a este Proceso de Recursos Humanos respecto a que se analice y recomiende si la señora Venegas Vargas cumple con los requisitos para ocupar el cargo de Secretaria Municipal y si procede que ese Concejo Municipal pueda nombrar mediante el mecanismo de ascenso directo, Este Proceso de Recursos Humanos, se avocó a revisar el artículo 137 del Código Municipal, con el objetivo que sea a la luz de dicha normativa que se responda la interrogante planteada, pudiendo constatarse que el citado artículo dispone: “Artículo 137. - Al quedar una plaza vacante, la municipalidad deberá llenarla de acuerdo con las siguientes opciones: a) Mediante ascenso directo del funcionario calificado para el efecto y si es del grado inmediato. dB)... C.." Concluyéndose de la anterior normativa que dicha funcionaria si le procedería el nombramiento por ascenso directo en los términos que solicita el Honorable Concejo Municipal. QUINTO: Que el artículo 41 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de Pococí, en lo que interesa establece: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*25 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 o MUNICIPALIDAD DE POCOCI PROCESO DE RECURSOS HUMANOS “Artículo 41.- Si quedaré una plaza vacante en la Municipalidad de Pococi deberá llenarse de acuerdo a las siguientes normas: a) Mediante ascenso directo del funcionarlo(a) calificado para el efecto y si es del grado inmediato. ” SEXTO: Que el artículo 9 de la Ley General de Administración Pública, indica: “Artículo 9", 1.- El ordenamiento jurídico administrativo es independiente de otros ramos del derecho. Solamente en el caso de que no haya norma administrativa aplicable, escrita o no escrita, se aplicará el derecho privado y sus principios. 2.- Caso de integración, por alguna del ordenamiento administrativo escrito, se aplicarán, por su orden, la jurisprudencia, los principios generales del derecho público, la costumbre y el derecho privado y sus principios. ” Con relación a lo anterior, ha señalado la Procuraduría General de la República, en dictamen C-138-2018, de fecha 14 de junio 2018, lo siguiente: “Y por aplicación del principio de auto integración normativa del Derecho Administrativo (art. 9? de la LGAP), hemos admitido que en el caso de las promociones de un grado al inmediato superior que se den en las corporaciones municipales, resultan aplicables los predictores o parámetros que, en estricto orden de prelación, pueden ser considerados a la hora de escoger al funcionario promovido directamente, según el ordinal 33 del Estatuto de Servicio Civil; cuales son, por su orden: las calificaciones periódicas, la antigúedad y cualesquiera otros factores válidos, referidos estos últimos a méritos y capacidades personales que se tomarán en consideración para acreditar la idoneidad comprobada, según lo dispuesto por el artículo 192 constitucional, Como podrían ser la progresión de títulos académicos que el funcionario llegue a ostentar o las capacitaciones que por actualización realice; lo cual asegura una eficiente profesionalización del empleo, que además asegura la prestación de un buen servicio público y garantiza el fortalecimiento de las instituciones (Dictámenes C-132-2004 de 4 de mayo de 2004 y C-249-2008 de 16 de julio de 2008).” SÉTIMO: Que en cuanto a la idoneidad ha señalado la Sala Constitucional: “Y cabe destacar que esto es así, porque “la idoneidad” es un concepto complejo que no se agota únicamente como sinónimo de antigiledad por servicio acumulado en el puesto o de simple record académico, sino que incluye una serie de aptitudes requeridas para asegurar la efectividad en la función pública (sentencia No. 2001-12005, Sala Constitucional). Y serán las características propias del puesto, las que deberán definir los requisitos y aptitudes que la persona debe ostentar para acceder al cargo (Resolución N* 2009-13604, Sala Constitucional). ” “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*26 ACTA N*29 Ordinaria. 0) A MUNICIPALIDAD DE POCOCI ES PROCESO DE RECURSOS HUMANOS La señora Venegas Vargas, cuenta con la experiencia requerida, y también de los conocimientos que en materia de auditoría interna se requiere, igualmente como se indicó en el resultando Tercero de la presente resolución cuenta con los atestados o requisitos para ocupar el puesto, por lo que las funciones que se le asignen las puede realizar, OCTAVO: Que en dictamen C-138-2018 del 14 de junio 2018, la Procuraduría señala: “Casualmente por ello, cuando la norma (art. 128 inciso a) del Código Municipal) alude al funcionario “calificado” para ser promovido, debe entenderse en el sentido de que aquel funcionario de carrera, que ocupa dentro del escalafón un puesto cualquiera del grado inmediato inferior al que se quiere ascender de forma directall, cumple o satisface los requisitos mínimos que fija el Manual descriptivolÍ para la clase de puesto del que se trata la promoción (art. 119 inciso a) Ibidem). tl Según hemos interpretado el denominado “grado inmediato” se define con base en el escalafón de puestos del Manual descriptivo que esté vigente al efecto. No alude ni se circunscribe al puesto directamente subordinado del grado inmediato inferior al puesto que se encuentra vacante (Dictamen C-17-2016 de 27 de enero de 2016). 15 Así se había sugerido en el dictamen C-099-2014 de 24 de marzo de 2014.” NOVENO: Que de conformidad al artículo 53 del Código Municipal: “Artículo 53. - Cada Concejo Municipal contará con un secretario, cuyo nombramiento será competencia del Concejo Municipal ...” Es claro que le corresponde al Concejo Municipal nombrar al Secretario Municipal, en tal sentido es procedente que ese Órgano Colegiado disponga el nombramiento de la señora Magally Venegas Vargas como Secretaria del Concejo Municipal de Pococí. POR TANTO Con fundamento en los hechos y normas legales citadas se RESUELVE: Sin perjuicio de que pueda existir un criterio diferente que venga a desvirtuar la posición expuesta por la suscrita, recomendar el ascenso directo de Magally Venegas Vargas, como Secretaria del Concejo Municipal de Pococí, categoría Técnico Municipal 2A, a partir del 01 de mayo de 2020, por cuanto se cumple con lo señalado en la normativa en materia de ascensos directos en el sector municipal. Lo anterior siempre y cuando no haya oposición de la funcionaria “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*27 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 ía, Eo MUNICIPALIDAD DE POCOCI e. PROCESO DE RECURSOS HUMANOS A Xinia Alfaro Alfaro, quién también labora en la Secretaría Municipal y podría pretender dicho nombramiento, lo que significa que debería en ese supuesto, hacerse, igualmente un análisis de atestados, expartencia y demás variables al respecto. MBA. Marcela Corderd Aguilar f Coordinadora de Recurso; Humanos 1, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*28 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Guápiles, 27 de abril de 2020 Señores: Concejo Municipal de Pococí. Estimados Señores(as) regidores(as): Por este medio yo Xinia María Alfaro Alfaro, portadora de la cédula; 4-0145-0935, prosecretaria del Concejo Municipal, conocedora de la recomendación emitida con fecha 27 de abril del 2020 por el departamento de Recursos Humanos, específicamente donde la señora Marcela Cordero Aguilar, titular de ese departamento recomienda al Concejo Municipal el ascenso directo de la señora Magally Venegas Vargas, cédula 3-0371-0035, para que ocupe el cargo de secretaria del Concejo Municipal de Pococí, debo indicar que me encuentro DE ACUERDO con dicha recomendación. Esto por cuando se indica en el citado oficio que: “siempre y cuando no haya oposición de mi parte, por laborar también en la Secretaría Municipal”. Al respecto debo indicar que; Quien ha ocupado el cargo en forma interina en ausencia del señor Guillermo Delgado Orozco, ya sea por incapacidad o vacaciones, en su mayoría, ha sido la compañera Magally Venegas Vargas, quien además cuenta con 11 años de experiencia en labores relacionados al cargo y aunado a esto yo NO ESTOY INTERESADA en ostentar dicho puesto vacante. Es todo. Agradezco la Atención que le puedan brindar a la presente nota,. Sin más que agregar; É AGA! Xinia M2. Alfaro Alfaro Prosecretaria Concejo Mpl. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*29 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Guápiles, Pococí 4 dd, Municipalidad de Pococí K 9) Lio AUDITORIA PRNCOK OIDENICOS Al contestar refiérase At oficio Al-106-2020 Guápiles, 23 de abril 2020 Señores: Miembros del Con cejo Municipal Presente Asunto: Advertencia acerca de acuerdo sobre el nombramiento de una funcionaria en el puesto de Secretaria Municipal De acuerdo con el artículo 21 de la Ley General de Control Interno nro. 8292, la Auditoría Interna es la actividad que debe proporcionar seguridad al ente u órgano estatal, procurando validar y mejorar sus operaciones y contribuir a que se alcancen los objetivos institucionales. Asimismo, le brinda a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto de la administración, se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas. En ese sentido y de acuerdo con las competencias establecidas a las auditorias internas en el inciso d) del artículo 22 de la citada Ley, dichas unidades deben asesorar y advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento. En virtud de lo expuesto, esta Auditoría Interna, con el afán de contdbuir al desempeño transparente y ajustado al marco legal y técnico por parte de esta institución, y con el propósito de fortalecer sus sistemas de control interno y de administración financiera, estima necesaria emitir la presente advertencia sobre un acuerdo del Concejo Municipal relacionado con la designación de la Secretaria Municipal, Acuerdo referido al nombramiento de la persona en el puesto de la Secretaria Municipal Mediante el acuerdo 2933 de la sesión extraordinaria número 95 del 20 de diciembre de 2019 se aprobó por mayoría (siete votos) y uno en contra, designar como Secretaria Municipal a la Licda. Magaly Venegas Vargas, nombramiento que regirla a partir de la jubilación del Señor Guillermo Delgado Orozco, También se aprobó solicitar la colaboración del señor Maikol Fernández Loria, quien prestaba servicios a la Municipalidad para que a partir del 06 de enero de 2020 colaborara con las tareas y labores Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email., grace.chinchillaQgmail.com, audiloria3munipococi.go.cr Página 1/3 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*30 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 4 E) Municipalidad de Pococí k 3) ae e Guápiles, Pococí AUDITOHIA EACOROIARA propias de la Secretaria Municipal en vista de la necesidad inmediata de atender el proceso de transición y no afectar las labores cotidianas del Concejo. Cabe señalar que a pesar del acuerdo tomado por el Concejo, a la fecha del presente estudio se estableció que la Licda. Venegas Vargas, continúa nombrada el puesto de Prosecretaria del Departamento de Secretaria Municipal y en el caso del señor Fernández Loría no se tuvo evidencia de que hubiese colaborado con las tareas y labores de la Secretaria Municipal y más bien, según se constató el señor Fernández Loria, dejó de prestar servicios para la Municipalidad, El Departamento de Secretaria Municipal cuenta con los puestos de Secretario Municipal y de dos Pro secretarios (Técnico Municipal 1) siendo estos, de acuerdo con el Manual Descríplivo de Puestos, el grado más inmediato al puesto de Secretario, Asimismo, conforme con dicho Manual, entre las funciones que compete al puesta de Pro Secretario esta: “En ausencia del Secretario Municipal, grabar las sesiones, transcribir y elaborar las actas respectivas, notificar acuerdos, confeccionar y custodiar los expedientes que se originan, asi como localizar información a partir de la consulta de diferentes fuentes de información y la utilización de equipo de oficina, con el fin de brindar la asistencia administrativa requerida por el Concejo.” Por lo tanto, y conforme el Código Municipal y la normativa interna que rige la temática de selección y reclutamiento, para el nombramiento de puesto de Secretario Municipal se debe observar y ajustarse a lo que dicta ese cuerpo normativo, Al respecto, el Código Municipal en su articulo 53 Indica que el nombramiento Secretario del Concejo Municipal será competencia de ese órgano colegiado, Por su parte, el artículo 137 de ese cuerpo normativo establece que cuando en una municipalidad queda una plaza vacante deberá llenarla: “a) Mediante ascenso directo del funcionario calificado para el efecto y s] es del grado inmediato. b) Ante inopia en el procedimiento anterior, convocará a concurso interno entre todos los empleados de la Institución, c) De mantenerse inopia en la instancia anterior, convocará a concurso externo, publicado por lo menos en un diario de circutación nacional y con tas mismas condiciones del concurso interno. Por su parte esta Municipalidad cuenta con el “Procedimiento de reclutamiento y selección de personal", aprobado el 4 de julio de 2019 el cual detalla las pautas que se deben seguir para llenar alguna Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email, grace.chinchillaQgmail.com, auditoria)4munipococi.go.cr Página 2/13 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*31 ACTA N?29 Ordinaria. 4 Municipalidad de Pococí Y) Guápiles, Pococí AUDITORÍA IGRCORIDID LICEO Por su parte esta Municipalidad cuenta con el "Procedimiento de reclutamiento y selección de personal", aprobado el 4 de julio de 2019 el cual detalla las pautas que se deben seguir para llenar alguna plaza o puesto, Detalla, como parte de las actividades los procesos de ascenso directo; concurso interno y concurso externo, En el caso del ascenso directo, entre otros aspectos relevantes se indica que la persona encargada de Recursos Humanos en conjunto con la persona encargada del departamento o unidad solicitante, analizan el requerimiento de personal para ascender a la persona que labora en la Municipalidad y que cumpla con los requisitos legates y académicos del puesto, Luego, la persona encargada de Recursos Humanos procederá a recomendar a la persona trabajadora de la misma dependencia que reúna los requisitos para ocupar la plaza. Posterior, indica el procedimiento que la encargada de Recursos Humanos procede a informar a la Alcaldia los posibles candidatos a ocupar el puesto por ascenso directo, De acuerdo con lo expuesto y no obstante que el nombramiento del Secretario Municipal le corresponde al Concejo Municipal, no se advierte que en la moción presentada en la sesión extraordinaria 95 del 20 de diciembre de 2019, se contara con el criterio técnico y la recomendación del Departamento de Recursos Humanos, confirmando, en el caso de ascenso directo, que la funcionaria es la calificada al efecto, tal como lo establece el artículo 137 del Código Municipal y el Procedimiento de Reclutamiento y Selección de Personal de esta Municipalidad. Por lo tanto se está advirtiendo al Concejo Municipal sobre la pertinencia de revisar el acuerdo 2933 aprobado en la mencionada sesión extraordinaria 95 y de corresponder, proceder conforme lo establece la normativa aplicable con el fin de minimizar el riesgo de incurrir en situaciones que puedan generar limitaciones en la ejecución del acuerdo. Al respecto, la Ley General de ta Administración Pública número 6227 (capítulo tercero -De los elementos y validez- del acto administrativo), entre otros aspectos relevantes indica que serán válidos los actos administrativos que se conformen sustancialmente con el ordenamiento jurídico. Que el contenido debe ser lícito, posible, claro y preciso y abarque todas las cuestiones de hecho y derecho surgidas del motivo, aunque no hayan sido debatidas por las partes interesadas y que el motivo deberá ser legítimo y exislir tal y como ha sido tomado en cuenta para dictar el acto (artículos 128, 132 y 133). Agradeciendo ta atención a ta presente y sin más que manifestar, tbrecte per (2ACE GRACE CHINCHILLA a coa VILLEGAS (FIRMA) Fed 209904 2311.41 0607 Licda. Grace Chinchilla Villegas; MAFF AUDITORA INTERNA Cc: Archivo- Advertencia Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 —- Fax 2711-1701, Email, grace.chinchillaG:gmail.com, audltoria)munipococi.go.cr Página 3]3 Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Aprueba la recomendación de la señora Marcela Cordero Aguilar del departamento de Recursos Humanos en resolución R-PRH-002- 2020, por tanto, este Concejo Municipal nombra por ascenso directo a la señora “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*32 ACTA N?29 Ordinaria. Magally Venegas Vargas como Secretaria del Concejo Municipal de Pococí, categoría Técnico Municipal 2A, a partir del 01 de mayo del 2020 por cuanto cumple con lo señalado en la normativa en materia de ascensos directos en el sector Municipal. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 659 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Edgar Villarreal Ruiz, Alcalde a.i., dice: DACM-088-2020 Asunto: Incapacidad de la Alcaldesa. , 1 Guápiles, 14 de abril de 2020 DACM-088-2020. Señores: Concejo Municipal de Pococí Asunto: Incapacidad de la alcaldesa. Respetables señores: Mediante la presente le informo al Honorable Concejo que la señora Elibeth Venegas Villalobos se ha encontrado en un período de incapacidad por enfermedad a partir de las siguientes fechas: - Lunes 13 hasta el viernes 30 de abril del año en curso, Se adjuntan copia del comprobante. En su ausencia la estaré sustituyéndola. Sin más que agregar, se suscribe de ustedes atentamente, pan EN, — > A > AS k se : a A Edited me j “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*33 ACTA N?29 Ordinaria. iaa Cája Costarricense de Seguro Social 24D2 / 2602 - HOSPITAL DE GUAPILES IMPROBANTE INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD No. A00260220004523 ams Ro Por este medio skinforma que la Caja Costarricense de Seguro Social otorgó a ELIBETE RAMONA VENEGAS VILLALOROS, número de identíficación O.L501820428 boleta número AQUZG0220004523 de INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD desdeel 13/04/2020 hastacl30/04/2020 poruntotalde 18 días. Favor tomar en cuenta que este documento es de carácter informativo, para lo cual la CCSS pone a su disposición la verificación en línea de esta boleta, en su página oficial www.cess,sa.cr, ingresando al menú superior Servicios en Línea, opción de incapacidades. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N”* 660 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Edgar Villarreal Ruiz, Alcalde a.i., dice: DACM.-087-2020 Asunto: Periodo de vacaciones de la señora Elibeth Venegas Villalobos. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*34 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 Guápiles, 07 de abril de 2020. DACM-087-2020. Señores: Concejo Municipal de Pococí Asunto: Período de vacaciones Respetables señores: Mediante la presente se les informa que la señora Elibeth Venegas Villalobos alcaldesa se encuentra en un período de vacaciones a partir del lunes 06 y hasta el miércoles 08 de abril 2020. Por lo tanto, estaré representando a la administración durante ese período, Sin más que agregar se suscribe de ustedes; E d Firmado digitalmente gar por Edgar Villarreal Ruiz i ¿57 Fecha: 2020,04.07 Villarreal Ruiz 1203-0600 Ing. Edgar Villarreal Ruíz Alcalde a. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N” 661 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Gerardo Brenes Rodríguez, Presidente Junta Desarrollo Integral El Molino, dice: Por medio de la presente, le saludo respetuosamente desearle los mayores éxitos, en esta gran obra y trabajo grupal en pro del desarrollo, bienestar y mejoras en nuestras comunidades. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*35 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Es de nuestro interés la comunidad de El Molino de Jiménez solicitar al Consejo Municipal nos pueden facilitar por favor el nombre completo, apellido, cédula, teléfono y lugar de residencia actual etc, de las nuevas personas beneficiadas de esta nueva etapa del proyecto social de vivienda digna denominado, proyecto Urbanístico Don Edwin y que hace unos días atrás inicio nuevamente. Les detallo: Nuestro interés como asociación de desarrollo es que en una primer y segunda etapa lamentablemente se dejó por fuera de este proyecto a familias de nuestra comunidad de recursos muy limitados, trabajadoras y con una gran necesidad actual de casa propia y superación y que conocíamos se merecían optar techo apara sus familias, más bien se trasladaron a nuestra comunidad familias de San José, Limón, León XV!I!l, Heredia etc. Sin juzgar ni menospreciar a ninguno familia, como representante de la asociación me parece que nuestra comunidad del Molino, no está más en condiciones de recibir personas con algún tipo de problema antecedentes o sin trabajo que no venga a generar ningún valor agregado a nuestra comunidad, aunado que ya tenemos muy cerca otros proyectos que en alguna manera nos han presentado actos de delincuencia, como San Martín, Los Molinos etc. Desgraciadamente ya hemos vivido en care propia muchas actos de delincuencia y drogadicción que nos heredaron al trasladar familias problemáticas, logrando con esto perjudicar y golpear más a nuestra muy querida comunidad de El Molino y que grandes personas de la comunidad lucharon hace muchos años atrás para sacar adelante este pueblo que hemos visto decaer poco a poco, robándonos la paz, tranquilidad y armonía a muchas familias trabajadores y luchadoras con tanta delincuencia vemos un enorme retroceso en el desarrollo, NO queremos más de lo mismo. Les solicitamos respetuosamente revisar a detalle las familia a quienes se les está otorgando estas casas con el proyecto de construcción que se acaba de retomar, hemos sentido que Don Orlando Barrantes, perece no ha tomado en consideración aquellas familias oriundas de nuestra comunidad de muy escasos recursos con un trabajo digno y con mucha esperanza de tener caso propia, aun así con sus ingresos bajos pagan alquileres, y sobreviven es estos tiempos tan difíciles económicos, y que a raíz de la situación mundial actual podríamos ser afectados fuertemente en tocar nuevamente nuestros ya golpeados bolsillos. Les solicito responsablemente acoger la solicitud, aun así seguimos luchando en pro del desarrollo de nuestra comunidad, días atrás se logró nuevamente contactar a Don Carlos “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*36 ACTA N*29 Ordinaria. Calvo y de forma verbal ratifica a Don Marcos Carazo, miembro de la Junta Directiva actual y quien también se desempeña como Ingeniero de este proyecto Don Edwin, su compromiso en donar un terreno de su propiedad para el desarrollo de un Ebais para el pueblo en una propiedad muy bien ubicada frente a la Escuela de El Molino y que reúne todas las condiciones necesarias para plantear este proyecto de gran envergadura. Agradeciendo de antemano, comprensión y ayuda que les caracteriza. Quedo a sus órdenes, atentamente. A ; Sr. Gerardo Brenes Rodríguez 19774 cel: $322 Y7 Presidente Asociación de Desarrollo Integral Junta Desarrollo Integral de El Molino. El Molino de Jiménez Pococi - Limón Fádula Juridica 3 -002. 051064 Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Traslada al Despacho de la Alcaldía, a la Junta Directiva del BANHVI. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N” 662 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna, dice: Al contestar refiérase Al Oficio N* Al-096-2020 Asunto: Adevertencia en relación con los procesos de contratación administrativa ante la declaratoria de la pandemia por el coronavirus. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*37 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 os : Aa Va 9 Municipalidad de Pococí E ? A - 29-04 Y) Guápiles, Pococí Ln O É AUDITORIA PSNICOACDND DEPOCOCA Al contestar refiérase Al oficio N* Al-096- 2020 Guápiles, 14 de abril 2020 Señor(es) Miembros Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Dra. Elibeth Venegas Villalobos Alcaldesa Municipal MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Respetables señores: Asunto: Advertencia en relación con los procesos de contratación administrativa ante la declaratoria de la pandemia por el coronavirus, Conforme la Ley General de Control Interno N* 8292 y el Manual del Sistema de Calidad de la Auditoría Interna, corresponde a esta unidad de fiscalización, dentro de sus procesos sustantivos realizar advertencias como parte de los servicios preventivos, que tienen como finalidad alertar al jerarca y demás órganos pasivos sobre posibles riesgos y consecuencias de un hecho o situación que sean de conocimiento de la Auditoria Interna, en relación con el proceso de contratación de bienes y servicios que se realice con fundamento o justificado con la emergencia sanitaria que enfrenta el país a raíz de la presencia de la pandemia del Coronavirus, en la cual la advertencia busca ser oportuna, 1. Aspectos técnicos y legales en los procesos actuales de contratación administrativa. Ante la conocida declaratoria de emergencia nacional por la pandemia del coronavirus, existen riesgos que podrían presentarse en relación con contrataciones administrativas que estén planificadas, en proceso de adjudicarse, adjudicadas, o en ejecución, por lo cual se requiere tomar las medidas necesarias para minimizar los riesgos de enfrentar apelaciones, demandas, pagó de interés y en general eventuales pérdidas económicas. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email, grace.chinchillaGQHgmail.com, auditoriaG2munipococi.go.cr Página 1]4 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*33 ACTA N*29 Ordinaria. 0) Municipalidad de Pococí Y) Guápiles, Pococí AUDITORÍA FUNCRALOM DEFOCECE En esle sentido, tenemos que es importante recordar que conforme la Ley y el Reglamento de Contratación Administrativa, aquellas contrataciones en las cuales no se haya iniciado el proceso y en consecuencia no se hayan recibido ofertas, podría decidirse el archivo del procedimiento, sin obligación de indemnizar a los participantes, conforme el artículo 58 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa referido al plazo de recepción de ofertas, que en lo de interés establece que “antes de recibir ofertas, por razones de interés público o institucional, la Administración, podrá dejar sin efecto el respectivo concurso”. Respecto de las contrataciones en que se hayan recibido ofertas, pero no se haya emitido y comunicado un acto de adjudicación, conforme el artículo 29 de la Ley de Contratación Administrativa y 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la Administración podrá declarar desierto el procedimiento dejando constancia de los motivos de interés público para adoptar esa decisión, que no obliga a indemnizar a los participantes. Textualmente la norma del artículo 86 establece “Si fueron presentadas ofertas elegibles, pero por razones de protección al interés público así lo recomiendan, la Administración, mediante un acto motivado, podrá declarar desierto el concurso”. En el caso de que el acto de adjudicación haya sido tomado, pero no está en firme, la administración sin obligación de indemnizar al adjudicatario, podrá revocar el acto, conforme el artículo 89 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, que a la letra señala “Revocación del acto no firme. Tomado el acuerdo de adjudicación o el que declara desierto o infructuoso el concurso, éste puede ser revocado por la Administración interesada por razones de oportunidad o legalidad, mediante resolución debidamente razonada; dicha revocación solo procederá, en tanto el acuerdo se tome antes de que el acto adquiera firmeza.”. Cuando un procedimiento administrativo haya sido adjudicado en firme, la administración deberá ser especialmente vigilante en cuanto a la validez, perfeccionamiento y formalización contractual, porque hay casos en el que podría proceder el reconocimiento de daños y en otros habría que reconocer daños y perjuicios al contratista. De esta manera, el artículo 199 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, permite declarar insubsistente un concurso, sin perjuicio de las eventuales responsabilidades que procedan por el incumplimiento, Esta norma puntualiza las circunstancias en las que se podrá declarar insubsistente el concurso; entre las que destacan: cuando el adjudicatario, debidamente prevenido para ello, no otorgue la garantia de cumplimiento a entera satisfacción; no suscriba la formalización contractual en el plazo otorgado; no acate la orden de inicio; en caso de remate, cuando no sea cancelada la totalidad del precio dentro del plazo respectivo. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email., grace.chinchillaQ+ygmail.com, auditoriafQmunipococi.go.cr Página 2/4 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*39 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Guápiles, Pococí PER 8) Municipalidad de Pococí 0 Ln AUDITORIA UNICO DIO DEFOCCO Por su parte, el numeral 207 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa señala, que la Administración, de oficio o a petición del contratista, podrá suspender el plazo del contrato por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente acreditados en el expediente, mediante acto motivado, en el cual se estipulará a cargo de quien corren las medidas de mantenimiento de lo hecho hasta ese momento, Asimismo, el artículo 208 ibid., establece las reglas por las cuales la administración puede modificar unilateralmente sus contratos, una vez perfeccionados, antes de iniciar su ejecución y durante la ejecución del mismo. También es claro el artículo 210 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, al señalar que, por motivos de interés público, causas imprevistas o imprevisibles al momento de su trámite, la administración podrá suspender la ejecución del contrato hasta por seis meses como máximo, prorrogable por otro plazo igual. La norma citada establece el procedimiento en que deberá materializarse la suspensión del contrato, Larecisión unilateral y recisión por mutuo acuerdo están autorizadas en los articulo 214 y 215 del reglamento de repetida cita. Tienen el común denominador en que tal recisión puede realizarse por razones de interés público caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditadas. El contenido de estas normas, y Jurisprudencia de la Contraloria General de la República señalan las circunstancias y reglas con las cuales la Administración podría reconocer obligaciones por daños y perjuicios al contratista, 2.-Aspectos generales y relevantes que es oportuno tener presente ante la situación de crisis por la pandemia del COVID-19, Ante la situación de crisis que vive el país, que incluye las personas, las empresas privadas, instituciones públicas y descentralizadas, así como las Municipalidades, es importante que, en el proceso de toma de decisiones en materia de contratación administrativa, se observe con estricto apego a la realidad prevaleciente, las siguientes consideraciones; que no agotan otras que la Corporación Municipal disponga dentro de sus potestades administrativas y financieras, Analizar las necesidades existentes, priorizar y planificar de forma oportuna a corto, mediano y largo plazo, así debe verificar la existencia de contenido presupuestario y tramitar modificaciones presupuestarias, si fuera necesario, sin desproleger o descuidar la gestión que cumplen otras dependencias municipales, pudiéndose materializar impactos negativos para la comunidad y un uso incorrecto de los fondos públicos fundamentándose en la situación que sufre actualmente el país, por lo que se deben observar los principios de contratación administrativa. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email., grace.chinchilla(Qgmail.com, auditoria3munipococi.go.cr Página 3]4 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*40 ACTA N*29 Ordinaria. LJ) Municipalidad de Pococí Guápiles, Pococí AUDITORÍA PBI OM DLANCO Mantener una comunicación fluida y constante con los potenciales interesados, oferente y contratistas, en resguardo de la aplicación de los principios de la contratación administrativa; legalidad, eficiencia, transparencia, buena fe, igualdad de trato y libre concurrencia. Deberá formalizar los procedimientos cumpliendo los requisitos previos y todos aquellos exlgidos para el caso concreto, Verificar la razonabilidad de los precios aun en la situación excepcional; no pagar caprichos injustificados, aplicar con rigurosidad la verificación del cumplimiento contractual, Así como, aplicar medidas sancionatorias e indemnizatorias en caso de incumplimiento de los contratistas. Se realiza esta advertencia, como un servicio preventivo que coadyuve a la administración en mitigar los riesgos en materia de contratación administrativa y las eventuales consecuencias de inobservar las regulaciones. En este sentido, nos permitimos recomendar la revisión del sitio web de la Contraloría General de la República, “Transparencia de la gestión pública ante la emergencia COVID-49". La situación actual no limita a esta Audltorta Interna realizar en forma posterlor un estudio sobre el uso de los recursos y las acclones tomadas en relación con esta materia, en el perlodo la emergencia COVID-19, Sin más que manifestar y agradeciendo la atención. Flemado digitalmente GRACE por GRACE CHINCHILLA CHINCHILLA VILLEGAS (FIRMA) Fecha: 2020,04,14 VILLEGAS (FIRMA) 15:00:28-0600 Licda Grace Chinchilla Villegas; MAFF Audilora Interna Cc: Proveeduría Municipal, Presupuesto, Archivo Advertencia Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Emall., grace.chinchillaG2gmail.com, auditoriaf)munipococi.go.cr Página 4/4 Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Traslada al Despacho de la Alcaldía, al Dpto. Proveeduría, Dpto. Servicios Jurídicos, Dpto. Hacienda Municipal para lo que corresponda. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*41 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 ACUERDO N* 663 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna, dice: Al contestar refiérase Al Oficio Al-099-2020 Asunto: Advertencia y asesoría relacionadas con acciones municipales referentes con la atención de la emergencia nacional por la pandemia COVID-19,. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*42 ACTA N*29 Ordinaria. | 1) Municipalidad de Pococí y) Guápiles, Pococí AUDITORÍA pocos Al contestar refiérase Al oficio Al-099-2020 Guápiles, 21 de abril 2020 Señores: Miembros del Concejo Municipal Señores: Alcaldía Municipal Pte. Asunto: Advertencia y asesoría relacionadas con acciones municipales referentes con la atención de la emergencia nacional por la pandemia COVID-19 De conformidad con el inciso d) del artículo 22 de la Ley General de Control Interno, es competencia de ta Auditoria Interna, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento. Sobre el particular, me permito referirme a lo aprobado por el Concejo en el acuerdo 495 de la sesión ordinaria 21 del 24 de marzo de 2020; lo señalado por la Administración Municipal en torno a dicho acuerdo y a criterios emitidos por la Contraloría General de la República relacionados medidas de emergencia, con el fin de que se valore en la toma de decisiones ágiles, oportunas y consecuentes con el ordenamiento jurídico aplicable, Acerca del acuerdo 495 de la sesión ordinaria número 21 del 24 de marzo de 2020 El Concejo Municipal, mediante Acuerdo No.495 tomado en la Sesión No. 21 del 24 de marzo 2020 en lo que nos interesa señaló: Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email, grace.chinchillaG23gmail.com, auditoriaQQmunipococi.go.cr Página 1]7 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*43 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 6 E Municipalidad de Pococí K ) ans Guápiles, Pococí AUDITORIA HERICGALONO CE FOCOCI “Moción: Presentada por el Reg. Freddy Hernández Miranda, Considerando: Primero: — Considerando que el presidente de la República decretó emergencia Nacional por la pandemia mundial por el COVID-19. Segundo: Nuestro cantón se está viendo perjudicado directamente, Tercero: — El comercio en general está sufriendo las consecuencias de la pandemia. Cuarto: — El gobierno local debe velar y promover el mayor bienestar tanto del patentado como de sus colaboradores y fuerza laborar. Quinto: — El gobierno local debe evitar los cierres de comercio en general promoviendo acciones efectivas hacia el patentado en aras de mejorar el comercio y por ende fortalecerlo. Sexto: — Los gobiernos locales tienen y gozan de autonomía politica, administrativa y financiera. Mociono: Con base a los artículos 2,4 y 13 del Código Municipal, artículo 169 y 50 de ta Constitución Politica, autorizar a la Administración Municipal para que haga un aplazamiento o moratoria de hasta cuatro meses, prorrogables a cuatro meses más según la evolución del tema de la pandemia, en el pago de todos los servicios municipales que mantengan los patentados. Le correspondería a la Administración revisar cuales servicios aplican para esta modalidad. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción presentada por el señor presidente Freddy Hernández Miranda. Trasladar al despacho de la Alcaldía. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado” Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email., grace.chinchilla(Qgmail.com, auditoriaQQmunipococi.go.cr Página 2]|7 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*44 ACTA N?29 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCI 4 Municipalidad de Pococí Y) Guápiles, Pococi AUDITORIA HUNKIPALOJDOEFOCOCI Oficio N"DAT-075-2020 del Departamento de Administración Tributaria: El 27 de marzo 2020, el Departamento de Administración Tributaria, mediante oficio No. DAT-075- 2020, se refirió al Acuerdo No. 495 de la Sesión Ordinaria del 24 de marzo 2020, sobre la autorización a la Administración Municipal del aplazamiento o moratoria de hasta 4 meses, prorrogables a 4 meses más, en el pago de todos los servicios municipales que mantengan los patentados, así como la asignación de la tarea a la Administración Tributaria, cuales servicios aplican para esta modalidad, en lo que nos interesa señalaron..., En este sentido y bajo un planteamiento estrictamente técnico se entiende que la medida se acuerda para únicamente para, 1- Los contribuyentes que entran dentro de la categoría de Patentados. 2- Pago de todos los servicios municipales que mantengan los Palentados Bajo este panorama, es importante que la propuesta cuente con un respaldo serlo y fundamentado, que se aporten los datos, estadísticas o herramientas utilizadas, respaldos contables etc, con las que se midió el perjuicio y consecuencias que se mencionan, el cuantificar una propuesta con datos reales es una disposición de la normaliva tributaria, de allí su importancia para la justificación de una medida que afecte los tributos municipales Tal y como se menciona, lo anteriormente indicado se sustenta no en un requerimiento antojadizo de la Administración, sino en lo dispuesto en el artículo 38 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios - que es de aplicación supletoria: “Articulo 38.- Aplazamientos y fraccionamientos. En los casos y la forma que determine el reglamento, la Administración Tributaria podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas tributarias, incluso por impuestos trasladables que no hayan sido cobrados al consumidor final, y siempre que la situación económico-financiera del deudor, debidamente comprobada ante aquella, le impida, de manera transitoria hacer frente al pago en tiempo” Como puede observarse, el artículo supra citado, dispone la posibilidad de solicitar el aplazamiento y fraccionamiento de la deuda tributaria, no obstante, este queda supeditado a los casos en que la situación económica-financiera del deudor, debidamente comprobada por la Municipalidad, le impida de manera transitoria, hacer frente al pago en tiempo Por olra parte y dentro del mismo orden de ideas, el reglamento al Procedimiento Tributario No. 38277-H, Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email., grace.chinchilaGgmall.com, auditoriadQ4munipococi.go.cr Página 3]7 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*45 ACTA N*29 Ordinaria. 1) Municipalidad de Pococí y) Guápiles, Pococí AUDITORIA RUNICHLLOSD DI POCOCI establece que el aplazamiento de pago como la “Autorización que otorga la Administración Tributaria al obligado tributario, para hacer el pago de una deuda tributaria y sus intereses, a más tardar dentro del mes siguiente al vencimiento del plazo para el pago establecido por Ley” Bajo la normativa vigente y en apego al acuerdo 495 del 24 de marzo de 202, donde se dispone que la administración revise cuales servicios aplican para esta modalidad, se tiene lo siguiente: Y” En primera instancia el artículo 136 de la Ley General de Administración Pública establece la motivación de los actos, de una revisión al acto emitido por el Concejo Municipal acuerdo 495, correspondiente a la sesión ordinaria del 24 de marzo de 2020, dicho acto es omiso en el cumplimiento de la ordenanza legal, es decir no se encuentra motivado en el criterio técnico correspondiente, Y El acuerdo dispone el aplazamiento únicamente para los servicios municipales que mantengan los patentados y El único servicio municipal que se podría eventualmente vincularse con los patentados, es la basura comercial y su correspondiente tratamiento, no obstante, por disposición legal, este servicio no se carga al patentado, sino a la propiedad, es decir que el obligado tributario o sujeto pasivo, seria en este caso el titular del inmueble y no el patentado. Concluye diciendo......Por lo tanto Siendo que corresponde al Gobierno Local generar planteamientos fundamentados en la ordenanza legislativa y ser uno de los actores principales en plantear soluciones para enfrentar la crisis que actualmente se vive no solo en el Cantón, sino el país en general. Se considera prudente revisar constantemente planteamientos y medidas a tomar, de una manera conjunta, uniendo esfuerzos Concejo Municipal y Administración y determinando acciones en respuesta a la evaluación de los diferentes escenarios que vayan presentando diariamente, es un momento de incertidumbre y la toma de decisiones acertadas es fundamental para sobrevivir a escenarios tan complicados como el actual. Fundamentado en lo anteriormente expuesto y de una revisión con el acuerdo No, 495, tomado por el Concejo Municipal de PococÍ, así como la normativa que rige la materia tributaria, no existe ningún tipo de servicio municipal que se encuentre como obligación material al sujeto pasivo denominado “Patentado”, por lo tanto, es materialmente imposible aplicar lo dispuesto en el citado documento emitido por el Concejo Municipal, Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email., grace.chinchillaGQ3gmail.com, auditoria2munipococi.go.cr Página 4]7 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*46 ACTA N*29 Ordinaria. () Municipalidad de Pococí Y) Guápiles, Pococí AUDITORIA HUNICOADIO DEOCOCI Acerca de lo señalado por la Contraloría General de la República La Contraloría General de la Republica, mediante oficio 5195, (DFOE —-DL-0548) del 13 abril del 2020, ante una consulta formulado por un Diputado de la Asamblea Legislativa, en lo que nos interesa señalo: h-) Artículos 12, 13, 14, 15 y Transitorio Único Estos artículos señalan sobre la posibilidad de que las municipalidades ...... otorguen, durante el 2020, una moratoria al pago del impuesto de patentes por actividades lucrativas, ofrecer arreglos de pago por un plazo de hasta 24 meses para las obligaciones que se generen por la prestación de servicios municipales, una reforma | para que al ejercer cualquier actividad lucrativa, los interesados deberán contar con licencia municipal respectiva, la cual se obtendrá mediante el pago de un impuesto, además de poder suspender temporalmente la vigencia de las licencias olorgadas por un plazo máximo de hasta doce mes8S............... Es importante mencionar que existen varias iniciativas legislativas que están en curso en la Asamblea Legislativa, que pretenden condonar o constituir moratoria en deudas de contribuyentes municipales afectados por la emergencia... Continúa diciendo, es importante analizar estas iniciativas en conjunto, de tal forma que sean coherentes y articuladas para evitar que se presenten incongruencias entre los diferentes proyectos de ley presentados tales como los expedientes números: 21842, 21889, 21896, 21898, 21901 y 21906, Asimismo es importante la existencia de análisis técnicos y financieros que aseguren la viabllidad y sostenibilidad financiera que no ponga en riesgo la prestación de los servicios que deben atender los gobiernos locales durante y después de la emergencia Sin desconocer la disposición constitucional del artículo 170, es prudente señalar algunos aspectos puntuales que podrían ser tomados en consideración. ...No obstante lo establecido en el artículo 14 de esta propuesta, sería pertinente valorar el plazo de 24 meses establecido en el artículo 13 de la propuesta, para ofrecer arreglos de pago a los contribuyentes ya que debe considerarse la posible afectación que esto genere a los ingresos municipales, por lo que es importante basarse en elementos mínimos de discusión como datos, estimaciones, impactos financieros y otra información que coadyuve en la toma de decislones, No se puede dejar de lado, que la aprobación de las decisiones propuestas de los artículos del 12 al transitorio único por parte de los Concejos Municipales en cada Gobierno Local, deben darse de conformidad con las potestades que les otorga para ello, el artículo 13 del Código Municipal Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email., grace.chinchilla(gmall.com, auditoriaG3munipococi.go.cr Página 517 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*47 ACTA N*29 Ordinaria. 9 Municipalidad de Pococí Y) Guápiles, Pococí AUDITORIA FUNICOMONO DEFOCOCI .... Es necesario insistir sobre el cuidado que debe tenerse con la promulgación o reforma de leyes que establecen la disposición de recursos sin la información financiera y las consideraciones necesarias la incidencia que tendría en los presupuestos y en el funcionamiento de las corporaciones municipales sus fuentes de financiamiento, o la transferencia de partidas específicas desde y hacia_otras instituciones, pues esto incide e impacta en la sostenibilidad del funcionamiento de todo el sector y la satisfacción de otras necesidades de los habitantes del cantán en el corto y mediano plazo Finalmente, preocupa a la Contraloría General de la República que las normas que se proponen en este borrador de proyecto de ley, carezcan de elementos mínimos como datos, estimaciones, análisis o respaldo técnico que sustenten las posibles reducciones de ingresos y el incremento de los gastos, información vital para la toma de decislones en momentos de crisis y de frente a los escasos recursos disponibles; lo anterior, con el fin de asegurar la viabilidad y la necesidad de la propuesta legislativa; así como la obligada transparencia y rendición de cuentas. Asimismo, es relevante que en su análisis se considere integralmente los impactos en materia de desequilibrios presupuestario Acerca de la necesidad de proponer acciones coordinadas y oportunas ante la emergencia | nacional De conformidad con lo señalado líneas atrás, esta Auditoría Interna, con el debido respeto antes sus autoridades, considera necesario hacerles ver la necesidad de que tanto el Concejo Municipal, Alcaldía y Administración Municipal, deben unir esfuerzos, que permitan llevar a cabo los análisis que correspondan (legal, técnica y financiera) de tal manera que las decisiones que se tomen, permitan garantizar la continuidad del servicio, en pro de los munícipes del cantón de Pococi. En este sentido deben hacerse las estimaciones mínimas de reducción de ingresos, así mismo las decisiones que se tomen deberán considerar lo señalado tanto por el Departamento de Administración Tributarias como por la Contraloría General de la Republica, entre las que tenemos: 1- Escenarios posibles de ingresos, liquidez, deuda, capacidad de recuperación y cambios normativos, 2- Se debe asegurar la supervisión de los diferentes riesgos especificos y medidas de mitigación que se puedan tomar. 3- Se debe haber una comunicación proactiva, con las partes interesadas, y encontrar un nivel de transparencia que permita rendir cuentas. 4- Se debe tener una visión a largo plazo, que permita mantener a la entidad vinculada con su propósito y equilibrar las decisiones entre la necesidad a corto plazo y el éxito a largo plazo. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email., grace.chinchillaG)gmail.com, auditoriadY4munipococi.go.cr Página 6|7 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*48 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 PGR () Municipalidad de Pococí ys a Guápiles, Pococí AUDITORIA PALIO CERNES 5- Se debe concentrar en lo crítico de tal manera que se proporciones una supervisión critica, planificación y apoyo estratégico a la administración. 6- Sustentarlas iniciativas que se propongan con análisis técnicos y financieros que aseguren la viabilidad y sostenibilidad financiera que no ponga en riesgo la prestación de los servicios que deben atender los gobiernos locales durante y después de la emergencia. 7- Revisar de una forma crítica y ágil, los planteamientos realizados por el Departamento de Administración Tributaria en un contexto que valore las implicaciones, riesgos y acciones correctivas que corresponden realizar al acuerdo número 495, de modo permita su ejecución en pro de los intereses y bienestar de la ciudadanía del Cantón. Es importante indicar que, en momentos de crisis, la Auditoría Interna con este documento busca sumarse a la causa y que sus servicios contribuyan a mejorar y proteger a la Institución ante el desafío de hacer frente a la adversidad a la que nos enfrentamos de una manera ágil y oportuna pera cumpliendo con los controles requeridos. Quedo a la espera de que me informen de las decisiones tomadas respecto de los temas aquí señalados. Agradeciendo la atención a la presente y sin más que manifestar, GRACE Firmado digitalmente GRACE CHINCHILLA — ruNcunua visas VILLEGAS cherzo2o 04.21 (FIRMA) 15:55:55 -0800" Licda. Grace Chinchilla Villegas; MAFF AUDITORA INTERNA Cc: Archivo- Hacienda Municipal - Administración Tributaria. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email., grace.chinchilla%4gmail.com, auditoriadQmunipococi.go.cr Página 7|7 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la Alcaldía, al Dpto. Proveeduría, Al Dpto. Servicios Jurídicos y al Dpto. Hacienda Municipal para lo que corresponda. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N'49 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 ACUERDO N* 664 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Wilberth Zúñiga Fernández, dice: Buenos días don Ariel,con respecto a la consulta del Concejo Municipal de Pococí sobre qué acciones se han realizado para atender la situación que se presenta en el río Sucio, al respecto me permito informarle lo siguiente. 1. Con oficio DVOP-DOF-2020-0278 (se adjunta) de esta Dirección se remite Plan de Inversión para atención del río Sucio en el sector de la Rebusca, Ticabán, Pococí, a la Unidad de Gestión de procesos de Reconstrucción de la CNE, para que se le asignen recursos y posteriormente se realice la contratación respectiva para la intervención con maquinaria alquilada del sector afectado, lo anterior como medida de mitigación mientras se completa el proceso de estudios, diseños y finales y construcción de obras hidráulicas correspondientes. 2. Por otro lado, a Presidencia de la CNE se remitió para firma la Orden de Compra N* 6 referente a la contratación 2019CE-000006-0012400001 denominada "Levantamiento topográfico con tecnología Líder o similar en la cuenca baja del rio Sucio y sus afluentes río Toro Amarillo, río Sarapiquí-Puerto Viejo, así como estudio hidrológico e hidráulico, propuesta y diseño de obras hidráulicas a ejecutar en toda la longitud del cauce entre los sectores de Santa Clara, El Cruce, Pénjamo hasta el Progreso", con el cual se pretende realizar estudios y diseños más a fondo para establecer obras hidráulicas que protejan todas las zonas afectadas de la cuenca en mención, dentro de la cual se encuentra el sector de La Rebusca, la misma está a espera de un análisis que está haciendo la CNE al proceso de contratación que realizó este Ministerio. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*50 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Asunto: Rm: Re: Rm: SMP, 181-2020 Solicitud de atención Concejo Municipal PococÍ, respecto a situación de RN 817 murió Remitido por Jenaro Ruíz Chacón/MOPT el 21/04/2020 08:49 =uaan Para: Ariel Vega León/MOPTOMOPT De: Karla Isabel Acuna Salas/MOPT Fecha: 20/04/2020 16:15 Cc: Jenaro Ruíz Chacón/MOPTQMOPT, Oscar Salgado Portuguez/MOPTOMOPT, prosecretariaconcejoMyahoo,es, secretaris(munipococl.go.cr Asunto: Re: Rm: SMP, 181-2020 Solicitud de atención Concejo Municipal Pococí, respecto a situación de RN 817 Buenas tardes Don Óscar, Solicito atentamente colaboración, con la atención de este caso. Saludos cordiales, a Mensaje orlginal ----- De: Ariel Vega León/MOPT A: Oscar Salgado Portuguez/MOPTEMOPT, Jenaro Ruíz Chacón/MOPTOMOPT Cc: secretariaOmunipococi.go.cr, prosecretariaconcejoQyahoo.es, Karla Isabel Acuna Salas/MOPTOMOPT Asunto: Rm: SMP, 181-2020 Solicitud de atención Concejo Municipal Pococí, respecto a situación de RN 817 Fecha: Mar, 7 de Abr de 2020 18:11 Saludos Don Oscar y Jenaro, con base en lo indicado por parte del Consejo Municipal de Pocosí, procedan a informar a las partes sobre la existencia de alguna gestión realizada de parte de Obras Fluviales y en caso de no existir algún monltorio, se les instruye coordinar la visita e inspección al sitio, de forma tal que se pueda programar alguna acción para la atención de dichas margenes del río Sucio. Sin otro particular 1 | | Atentamente “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*51 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Ing.Arlel Vega León DIVISIÓN DE OBRAS PUBLICAS M,O,P.T. no Remitido por Ariel Vega León/MOPT el 07/04/2020 17:18 ----- Para: Oscar Salgado Portuguez/MOPTGQMOPT, Arlel Vega León/MOPTOMOPT De: Karla Isabel Acuna Salas/MOPT Fecha: 07/04/2020 14:39 Cc: secretarlaAmunipococi.go.cr, prosecretarlaconcejoMyahoo.es Asunto: SMP, 181-2020 Solicitud de atención Concejo Municipal PococÍ, respecto a situación de RN 817 (Vea el archivo anexo: 1584 Pluviales, Río Suclo.pdf) Buenas tardes, Reciban un cordial saludo. Remito el presente en relación al oficio SMP 181-2020, remitida por parte del Concejo Municipal de Pococi, en relación a la preocupación existente, dado el acelerado movimiento que está teniendo el margen derecho del río Suclo. Según indica el oficlo, el margen derecho del Río Sucio está eroslonando la Ruta Nacional 817, la cual comunica a las comunidades de San Gerardo y Zapote, siendo la situación alarmante, ya que el río tenía puntos donde la distancia con la carretera era de 40 metros, slendo que meses después, estaba en los mismos puntos a solo 10 metros y actualmente está en contacto directo con el borde de la carretera. Respecto a esta situación, remito la presente solicitando la atención de Obras Pluviates, a efectos de conocer si se tlene monitoreada la misma y sl se han planteado acciones para su respectiva atención. En caso de no, solicito atentamente su consideración y emisión del criterio respectivo, De antemano, agradezco la atención brindada y remito un cordial saludo, Oficio de remisión de Plan de Inversión para el Río Sucio,pdf 22.9kB “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*52 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 ——=F ! MO, Dirección de Obras Fluviales: Jueves 04 de marzo 2020 DVOP-DOF-/2020-0278 ing. Orlando Marín Unidad, Gestión Procesos de reconstrucción CNE THE SNAR'20 ami 4:28 Procesos de Reconstrucción agdalena Leitón : a Adjunto se remite para el trámite correspondiente la sigulente documentación; Tres tantos originales Planes de Inversión: Proyecto de Reconstrucción de acuerdo al artículo 30 de la Ley N” 8488, Ley Nacional de Emergencia y Prevención de Riesgo. Nombre del Proyecto: “”Limpleza y canalización del Río Sucio, el cual causó afectaciones a las poblaciones de la rebusca, San Gerardo y Ticaban, en el cantón de PococÍ, Limón, durante el evento climatológico que dlo al Decreto de Emergencia 39056-MP”, ”, Ubicación: Provincia: 07Limón Cantón: 702 Pococi Distrito: 03 La Rita. Unidad Ejecutora Propuesta: Ministerio de Obras Públicas y Transportes por medio de la Dirección de Obras Fluviales, en su Región Caribe, Decreto Ejecutivo: Decreto 39056-MP emitido el 30 de junlo del 2015 y publicado en el diario oficial La Gaceta del 10 de julio 2015. [y ¿EE <a ES] Ing. Oscar Sálgadó Portugliés 3 Fi! p Director, Dirección Obras Fluviales as Le) Cl Ing. AS Archivo de la Dirección Obras Fluviales, MOPT HAV Y, / harayavaQgmail.cora Teléfonos: (506) 25232704 COSTA RICA Fax; 22335729 GODAEND Oh LA AEPONACA Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Despacho de la Alcaldía para lo que corresponda. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*53 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 ACUERDO N* 665 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MBA. Marcela Cordero Aguilar, dice: PRH 047-2020 Asunto: Declaratoria Jurada Final. ¡Ds MUNICIPALIDAD DE POCOC| PROCESO DE RECURSOS HUMANOS a Teléfono N* (506)2710-6580 Ext 113 Fax (506)2710-7181 € O Costa Rica, Limón, Pococl, Guáplies Email: m.corderofmunipocori9o.cr “Bienaventurado aquel que encuentra el trabajo que le gusta, que no se preocupe por otra bendición.” Thomas Carlyle 22 de Abril 2020 PRH 047-2020 Señores; Miembros del Concejo Municipal Asunto: Declaración Jurada Final Respetables Señores: De conformidad con lo que establece la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento lícito en ta Función Pública, Ley Nro. $422 del 6 de octubre de 2004, y su Reglamento, los servidores obligados a rendir declaración jurada de bienes deben cumplir con ese requisito ante la Contraloría General de la República, acorde con las siguientes disposiciones: 1. Las personas que han venido presentando normalmente su declaración Y jurada de bienes y mantienen su continuidad en el cargo, deberán presentar su dechiración anual a más tardar el dín 22 de mavo de 2020. 2. Las personas que deben presentar su declaración jurada de bienes final, deberán hacerto de acuerdo a lo establecido en cl artículo 61, del Reglamento a la Ley de Enriquecimiento lícito en la Función Pública, punto 3: “Artículo 61.- Plazos para la presentación de la declaración jurada de bienes. Los fimcionarios obligados a present: declaración inicial, deberán hacerlo conforme a los siguientes plazos: 3) Declaración final: Dentro del término de treinta días hábiles innediatos de haber cesado en un cargo sujeto a presentación de declaración jurada, el declarante deberá presentar una declaración final, en la cual consignará las variaciones que Jubiera experimentado su patrimonio desde la última declaración rendida, así como el origen de esas variaciones. * 3. La declaración jurada de bienes se tendrá coma recibida en ta Contratoría General de la República, cuando el declarante la haya completado en el Sistema de Declaración Jurada de Bienes, utilizando para cllo la clave de acceso que se le enviará a la cuenta de correo electrónico que deberá inscribir en las unidades de recursos humanos. Esto significa que no será necesario el uso de la firma digital certificada ni la entrega del formulario impreso. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*54 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 _ Y, MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ PROCESO DE RECURSOS HUMANOS Teléfono N? (506)2710-6560 Ext 113 Fax (506)2710-7181 APA Costa Rica, Limón, PococÍ, Guápiles Email: m.corderoQmunipococi.go.cf “Bienaventurado aquel que encuentra el trabajo que le gusta, que no se preocupe por otra bendición." Thomas Carlyle 4. Dado que la declaración se recibe directamente en la base de datos de la CGR, el Sistema se encuentra habilitado las 24 horas del día, los 7 días de la semana para su presentación. mm La cuenta de correo acreditada, también será el medio de notificación para que ustedes reciban de parte de la Contraloría las solicitudes de adición y aclaración a las declaraciones presentadas, así como la prevención dispuesta en el artículo N938 de la Ley N*8422, por la omisión en la presentación de alguna de las declaraciones a las que se encuentre obligado, En caso de dudas O consultas, puede contactamos al correo electrónico declaraciones. juradas(Megr.go.cr, al centro de llamadas 905 DECLARE (905- 3325273) o a través de nuestro servicio de atención en línea tipo WebChat. Este año, la recepción de las declaraciones juradas de bienes se llevará a cabo a partir del 04 al 22 de mayo 2020, siendo el último día para la presentación el 22 de mayo 2020, Asimismo se les indica, que de presentar cambios de domicilio, números telefónicos, correos electrónicos, u otros datos personales importantes, favor comunicarlo al Proceso de Recursos Humanos, para efectos de realizar las modificaciones pertinentes en el Sistema asienado a Recursos Humanos, por parte de la Contraloría General de la República, Sin más que agregar; MBA. Marcela Cordel Aguilar SS Coordinadork de Recurs S'Huiñanos:* : Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarroilo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*55 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 ACUERDO N* 666 Se conoce nota para este Concejo suscrita por los vecinos de Barrio Puriscaleño, dice: Reciban un saludo de parte del Comité de Nido 2 y Barrio Puriscaleño de la Rita. Nosotros como representantes de dicho comité solicitamos ante ustedes una colaboración en cemento y arena para instalar las bancas que se nos donaron para el parquecito de este proyecto. Estas banquitas las tenemos debidamente guardadas con una familia frente al play de este barrio en espera de ser instaladas, pero no contamos con los recursos para hacerlo. Por tanto, hacemos llegar esta solicitud ante ustedes esperando que puedan facilitarnos dicho material. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Despacho de la Alcaldía para lo que corresponda. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 667 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Edgar Villarreal Ruiz, Alcalde a,i, dice: DACM-094-2020 Asunto: Convocatoria a Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*56 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 MUNICIPALIDAD DE POCOCI e GUAPILES - POCOCI Vr: Teléfono N* 2710-7182 Fax N? 2710-7181 FS. DESPACHO DE LA ALCALDESA Email: elibeth.venegasáhmunipococi.go.cr é MUNICIPALIDAD clibethvenegas(Ohotmail.com DEPOCOCI Guápiles, 20 de abril de 2020. DACM-094-2020. Señores: Concejo Municipal de Pococí Asunto: Convocatoria a Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal Respetables señores: Mediante la presente se les convoca a Sesión Extraordinaria para el próximo miércoles 22 de abril a las 15:00 en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal se les informa que el punto a tratar es el siguiente: - Punto único, Aprobación Presupuesto Extraordinario y Plan Anual Operativo 01-2020. - Dicha convocatoria se ampara bajo la legalidad que establece el Código Municipal en su artículo 17 inciso m). Esperando contar con su estimable presencia, se suscribe de ustedes atentamente, A ca Alcalde al Ccfarchivo Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*57 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 ACUERDO N” 668 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Nuria Campos Sánchez, Desarrollo Estratégico de la Comisión Nacional de Emergencias, dice: Buenos días don Ariel ,con respecto a la consulta del Concejo Municipal de Pococí sobre qué acciones se han realizado para atender la situación que se presenta en el río Sucio, al respecto me permito informarle lo siguiente. 1. Con oficio DVOP-DOF-2020-0278 (se adjunta) de esta Dirección se remite Plan de Inversión para atención del río Sucio en el sector de la Rebusca, Ticabán, Pococí, a la Unidad de Gestión de procesos de Reconstrucción de la CNE, para que se le asignen recursos y posteriormente se realice la contratación respectiva para la intervención con maquinaria alquilada del sector afectado, lo anterior como medida de mitigación mientras se completa el proceso de estudios, diseños y finales y construcción de obras hidráulicas correspondientes. 2. Por otro lado, a Presidencia de la CNE se remitió para firma la Orden de Compra N” 6 referente a la contratación 2019CE-000006-0012400001 denominada "Levantamiento topográfico con tecnología Líder o similar en la cuenca baja del rio Sucio y sus afluentes río Toro Amarillo, río Sarapiquí-Puerto Viejo, así como estudio hidrológico e hidráulico, propuesta y diseño de obras hidráulicas a ejecutar en toda la longitud del cauce entre los sectores de Santa Clara, El Cruce, Pénjamo hasta el Progreso", con el cual se pretende realizar estudios y diseños más a fondo para establecer obras hidráulicas que protejan todas las zonas afectadas de la cuenca en mención, dentro de la cual se encuentra el sector de La Rebusca, la misma está a espera de un análisis que está haciendo la CNE al proceso de contratación que realizó este Ministerio. Como pueden ver esta Direccción de Obras Fluaviles ha trabajo en la atención de la situación que afecta el sector de la Rebusca, pero el paso que sigue corresponde a la CNE. Esperando haber aclarado el panorama con respecto al estado de las acciones que se han realizado para atender la afectación en el sector de la Rebusca, quedamos a la orden para cualquier información adicional. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*58 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Sin otro particular y a la espera del reporte, suscribo cordialmente. Nuria Campos Sánchez Ye Desarrollo Estratégico ncamposOcne.go.cr Tel,: (S06) 22102821 Q wwwsxno.go,cr (8 1505) 2210-2828 (Y Comision Nacional do Emorgonctas PASOS PARA REPORTAR EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO 2016.docx 222.6kB METAS, FUENTE Y PRODUCTOS DE MUNIS.xlsx 15.6kB “Siempre apoyando el Desarroilo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*59 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 PASOS PARA REPORTAR EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO 2016-2020 Paso No. 1: ingresar por Chrome o por Edge y digitar: http://monitor.cne.go.cr/ Paso No, 2: a) Dígitar en usuario: XXXX (el nombre que ud designó: Ejemplo la Institución, nombre personal u otro). b) Digitar la contraseña: Temporal1! (con T mayúscula, un 1 y un punto .). Paso No 3: En la barra superior de color azul, seleccionar Plan Nacional CR A , Compromisos de gestión Paso No 4: En listados de compromiso Año Institución Estado ¡ Nombre de su Institución UN clic | Aplicar L Clic Paso No 5: Listado de compromisos Año Institución Titulo Institución ; Clic “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*60 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Paso No 6: Nombre de la Institución Paso No 7: Editar compromiso de Gestión. Información básica Metas Compromiso de gestión Acción a seguir Ingresar Items de compromiso Notificar analista En proceso de revisión Guardar Clic “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*61 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Paso No 8: XX-20XX Información básica Metas QU Clic Título Estado Operaciones reg ra Editar ¡UN Clic Editar “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*62 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Paso 10: Título Meta Porcentaje de avance avance [mmm y Observaciones Clic Asesorías Seleccione la opción que se ajuste Productos Estado (esto NO) Comentario porcentaje de avance Descripción de la razón por la cual, ud. seleccionó "x” opción Paso 11; mm Aspecto Positivo Avance Observaciones Clic Asesorías Productos Porcentaje de avance “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*63 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Paso 11: Avance La institución recibe Asesoria? Observaciones o nd o sí* Asesorías Clic o No Productos Si la opción es sí, ¿Quién los asesoró? ¿Su organización requiere asesoria? o n/d o Ssí* o No * Si la opción que seleccionó es sí: indicar qué necesidades de asesoría requiere (nota: para el cumplimiento de la meta). Añadir otro “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*64 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Paso 13: Productos a evaluar | Avance Producto: Observaciones AMRMXX co 0 Asesorías Fuente de verificación | [ Productos pam Clic 7] Seleccione el medio Paso 14: Subir al servidor Web Library L USB ¡UN Puede ¡UN Puedo ser un ser una link imagen Subir al servidor Web Library Subir nuevo archivo | | examinar Ea ci ] Cancelar |] L, Clic para subir la fuente de verificación Nota: Puede consultar el PNGR 2016-2020 en la columna de | Atar Indicar si es: un documento, una base de datos, un listado, etc “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*65 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Paso 15: No olvide ir al pie y Paso 16: Vuelva a realizar el mismo procedimiento con la siguiente meta, hasta concluir meta por meta. No olvide Guardar INICIO. PLAN NACIONALGR - INSTANCIAS DE COORDINACIÓN + DECLARATORIA DE EMERGENCIA + MANTENIMIENTOS AYUDA Paso 17: ¡Compromisos de gestión Listado de compromisos Año Institución Nombre de su Institución | Aplicar U Clic 7
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*66 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Listado de compromisos Año Institución XXXXXXX [ Titulo — || institución — | XX-20XX Institución XXX Clic Institución XXXX Clic | Información básica | Meta Institución XXXX Compromiso de gestión XXXXX Acción a seguir Ingresar items de compromiso ] Notificar analista y] L Clic Y selecciona: FU l Esto es para que nos informe que su reporte Autoevaluación lista fue concluido y enviado.
PAGINA N*67 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N?*29 Ordinaria. 2d de Pa 28-04-2020 MUNICIPALIDA M.4.: M.4.Las municipalidades, con base en información científica, debidamente georefenciada, en cartografía a escala adecuada, delimitan los sitios para la ubicación de asentamientos humanos en condiciones seguras. Base de datos | M.6.: M.6.Las municipalidades recuperan -| territorios con condiciones de riesgo a desastre, en los que han sido efectivos | procesos de reubicación de poblaciones, - desarrollado proyectos ambientales y medidas de restricción de uso. Informes de M.8.: M.8.Comunidades identificadas como vulnerables desarrollan analisis de riesgo y planifican el desarrollo comunal con apego de las municipalidades Registro de comuniddes intervenidas M.11.: M.11.Organización y coordinación de las instancias de coordinación de SNGR del . Subsistema de Reducción de Gestión del Riesgo (SNGR) Registros GNE M.12.: M.12.Consejo cantonales de coordinación institucional coordinan acciones con los comites de emergencia para la reducción del riesgo Registro de asistencia 3.Municipalidades asumen E las para promover la gestión del el territorio M.14.: M.14.Comunidades identificadas como vulnerables capacidades y con recursos de la cooperación desarrollan análisis de riesgo y planifican el desarrollo comunal, bajo la coordinación de las municipalidades. Lista de proyectos “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. CO
PAGINA N*68 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 10 141 Documento M.20.: M.20.Desarrollo de actividades de intercambio de conocimiento y experiencia y buenas prácticas. Lista de asistencia M.59.: M,59.El Sector Vivienda y . Asentamientos Humanos, promueve el reasentamiento de la población mediante procesos planificados en conjunto con las municipalidades y y de traslado de los “servicios públicos a sitios seguros e [incentivos sociales que con Reporte M.76.: M.76.Municipalidades capacitadas que hacen uso de la información sobre riesgo, en la planificación estratégica municipal y en la regulación del uso del suelo por medio del Plan Regulador Urbano y Costero. Estos instrumentos deben contribuir a | Documentos de Plan Planes reguladores Reporte M.77.: M.77.La regulación del uso del suelo se orienta : a esfuerzos mancomunados por rticipación comunal y del sector privado - Reporte. arcar al | menos la dimensión. de o. de acuíferos, mediante la zonificación del territorio de los planes reguladores. A de áreas sde recarga Planes “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*69 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 M.2.: M.2.Inventario actualizado en forma Tabla de registro anual de edificios aptos para operar como albergues temporales. 15 E > M.11.: M.11.Organización y coordinación de | Registros CNE Jas instancias del SNGR del Subsistema de | Preparativos y Respuesta = M.13.: M.13,Comunidades ubicadas en Lista de comunidades zonas expuestas a las amenazas naturales y antrópicas se capacitan y cuentan con un Comité Comunal de Emergencia. 17 . M.14.; M.14.Comunidades ubicadasen | Lista de Sistemas zonas expuestas con sistemas de alerta | instalados -| temprana para el seguimiento de los . factores de amenaza, con enfoque de ... cuenca y con énfasis en el componente de 18 | organización local comunitaria A . M.17.: M.17. Inventario actualizado Expediente de anualmente de proveedores locales privados contratos para la contratación o compra de suministros para la atención de emergencia. 19 M.18.: M.18.Integración de las empresas en Reporte los comités locales de emergencia, con == a particular énfasis en empresas ubicadas en -. 20 | actividades de alto riesgo. > , M.27.: M.27,Las municipalidades logran Convenios convenios "intermunicipales", así como con instituciones y empresas para mejorar la capacidad de respuesta ante emergencias y 21 desastres. . - M.47.: M.47.El Estado Costarricense, ante | - ocurrencia de fenómenos de manifesi E > , desarrolla plane M.52.: M.52.A partir del Sistema Específico de Valoración de Riesgos (SEVR!), las instituciones públicas desarrollan rutinas periódicas de valoración de riesgo de la infraestructura y los equipos, como parte de sus estrategias de continuidad de serv 23 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*70 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Documento aplicable al Sistema Específico de. Valoración de Riesgos (SEVRI), con el cual -las instituciones identifican los eventos - o potenciales de emergencia o desastre 24 propios ES M.28.: M.28.Modificaciones en los Documentos reglamentos de proveeduría y procedimientos de contratación, para introducir reglas para la contratación por emergencia, con base en el Reglamento a la Ley Nacional de Emergencia y Prevención 25 de Riesgos, Ley N* 8488. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*71 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N?*29 Ordinaria. 1. A1.2,1.1, 81 municipalidades con planes de desarrollo urbano que delimitan los sitios seguros para el desarrollo habitacional. 2. A1.2.1.3. 100% de los territorios desocupados mediante procesos de reubicación de poblaciones, son recuperados, con proyectos ambientales y medidas para restringir el uso. -9.A1.8.1.1. Al menos 50 Iniciativas conjuntas, bajo la modalidad de proyectos, entre municipalidades, empresas y ONGs para el desarrollo de acciones de reducción de riesgo y atención de emergencias, en el ámbito local y comunal. 10, A1.8.3,1. 4 talleres de intercambio. 11. A1.17.2.1. 9 municipalidades desarrollan proyectos de reasentamiento de poblaciones. 12. A1.22.1.2. 60 plan cantonal de desarrollo humano local incluyen la gestión del riesgo. 3, A1.2.2.1, 100 comunidades identificadas como vulnerables cuentan con planes de desarrollo local considerando condiciones de riesgo, 4. A1.5.2.4. Al menos 20 municipalidades cuentan con oficinas de gestión del riesgo. 5. A1.6.1.1. 41 cantones que cuentan con CCC articulan las labores y la planificación con los comités de emergencia municipal. 13, A1.22.1.3. 40 planes reguladores urbanos aprobados con información sobre riesgo, 14. A1.22.1.5. Al menos 10 zonas de protección recuperadas o en proceso. 15.A1.22.1.6. Al menos 10 iniciativas de regulación del territorio por cuenca, con participación municipal. 16. A1.24.2.2. Al menos 20 de planes reguladores que delimita con áreas de protección los sitios de recarga acuífera. -47.A1.24.5,2. Al menos 20 planes 8. A1.6.1.4. 100 planes o proyectos de desarrollo comunal que incorporarn la gestión del riesgo. 28-04-2020 “Siempre apoyando e! Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*72 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 19. A2.4.1.1, Un registro de capacidad instalada para el albergue temporal de personas afectadas por desastres. 20. A2.5.1.2. 81 municipalidades y 5 intendencias cuentan con comités de emergencia conformados. : 21. A2.6.1,1. 70% de comunidades ubicadas en zonas expuestas a amenazas cuentan con comité comunal de emergencias. 22. A2.6.2.1. 100 comunidades integradas a red de sistemas de _ alerta temprana con participación comunitaria. 23, A2.7.1.3, Contratos para la adquisición inmediata de servicios y suministros de asistencia humanitaria, 24. A2.8.1.1. 81 comités de emergencias municipales cuentan con la participación de las empresas privadas 25. A2.9.1.14. 20 municipalidades participan de iniciativas bajo convenios para la respuesta a emergencia y desastre. 28. A2.15,1.2. 70% de instituciones públicas cu estrategias o planes di continuidad de servi entan con 1. 20% de planes de 29. A3.24,1.2. 100 instituciones que modifican sus reglamentos y procedimien 27. A1.16.3.1. 70% de instituciones públicas desarrollan obras correctivas como parte de sus estrategias o planes de continuidad de servicios. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Traslada al Despacho de la Alcaldía. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N?73 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 ACUERDO NP? 669 Se conoce nota para este Concejo suscrita por los licenciados Roberto Sossa Sandí y Ricardo Sossa Siles, por Consorcio Jurídico de Costa Rica S£S S.A., dice: Asunto: Licitación Abreviada N*2019LA-000006-01 “Contratación de Servicios de Asesoría Jurídica para el Concejo de la Municipalidad de Pococí” Xx - Abogados San José, 30 de marzo de 2020, Señores Concejo Municipal de PacocÍ. Atención Especial: Sr. Freddy Hernández Miranda Presidente ASUNTO: LICITACIÓN ABREVIADA No. 20191,4-000006-01 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORÍA JURÍDICA PARA EL CONCEJO DE.LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ" Estimados señores (as) regidores (as) En relación a la documentación recibida de la Secretaría del Concejo, procedemos conforme a los términos de la Contratación a emitir el primer informe con el análisis de los casos que se remitíeron en la misma, para lo cual hemos tratado de apegarnos no solo a la información dicha y la petición expresa de la presidencia sino al análisis en lo posible de expedientes e información recabada en cada caso. L Recurso de Amparo interpuesto por el señor LUIS ORLANDO VINDAS RODRÍGUEZ mediante documento de fecha 18 de julio de 2019, quien lo hace en su condición de Persona Adulta Mayor, en adelante (PAM), recurso en el cual además integró a la litis al Instituto Costarricense de Electricidad. Del análisis del caso se tiene que esa Municipalidad fue condenada por resolución No. 2019021665, de las 9:45 horas del 5 de noviembre de 2019, al encontrar la Sala Constitucional elementos suficientes para determinar un retardo incausado en la atención de las denuncias interpuestas por la PAM, lo que conlleva la condenatoria en TELEFONOS (606) 2223-6533, 2223-6305. FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. vw. cor “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*74 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados costas, daños y perjuicios. En el caso subexamine tenemos algunos elementos que merecen atención, pues no forman parte de la documentación aportada, sin embargo considera esta representación que deben ser objeto de valoración por parte de ese Honorable Concejo Municipal, sobre todo, porque al liquidarse los extremos antes citados de la condenatoria, los mismos deberán ser resarcidos con fondos de la Hacienda Pública, de manera que al tenor de lo dispuesto en el Titulo Sétimo, Capítulos I y II de la LEY GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, que detalla los extremos de la RESPONSABILIDAD tanto de la Administración como de los funcionarios públicos; aspecto que consideramos de interés en la especie, ya que consta en el proceso analizado que desde el mes de diciembre de año 2018, el departamento de Inspección Municipal había determinado mediante acta, que la construcción particular que imposibilitaba que el ICE ampliara el cableado en el sitio había sido levantada en VÍA PÚBLICA, circunstancia que tenía que ser objeto de un procedimiento administrativo, el cual a la fecha de la presentación del Amparo no se había tramitado, esperando según informó la Municipalidad en condición de recurrida tener mayores atestados para un traslado de cargos el presunto infractor. A la fecha esta representación solo cuenta con la información del proceso que se ordenó evaluar, por lo que RECOMIENDA AL CONCEJO, Solicitar de inmediato a la Administración un informe detallado del trámite realizado para la recuperación de la heredad pública, que como bien demanial es imprescriptible, asimismo los trámites realizados para establecer y sentar responsabilidades administrativas a quienes dejaron pasar el tiempo sin iniciar el procedimiento administrativo, pues el trámite establecido en la Ley General de Caminos Públicos para la REAPERTURA DE CAMINOS, es independiente de las acciones que se indican en este informe, las cuales además fueron de conocimiento, análisis y valoración de la Sala Constitucional al declarar con lugar UNICAMENTE en contra de esta Municipalidad el recurso del recurrente Vindas TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305, FAX (506) 2223-6951, APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. wwaw.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*75 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados Rodríguez, Considera esta representación que una vez ingresada la información dicha al Concejo, éste deberá avocarse de inmediato a ordenar las acciones, siempre y cuando correspondan a su competencia, caso contrario hacer efectivo el reproche a la Administración Activa para que se cumpla con los mismos y proceda a informar del cumplimiento en el término de Ley, máxime que desde el 21 de enero del año en curso ese Concejo acordó en sesión ordinaria 03 un reenvío a diferentes instancias administrativas, incluido el Despacho de la señora Alcaldesa, pero sin precisar en el acuerdo ninguna solicitud expresa, pues del mismo se extrae que solo se traslada la resolución final del amparo, PARA LO QUE CORRESPONDA, de ahí nuestra recomendación a ese honorable cuerpo colegiado. ll. Proceso de Amparo promovido por el señor JUVENAL FRANCISCO RAMIREZ MATAMOROS, en contra de la Municipalidad de Pococí, el cual se relaciona con un problema de infraestructura de puente sobre el rio sirena de Colorado, petición que data de varios años atrás y, que a partir del año 2018 se puso en conocimiento de la Institución Municipal en vista del deterioro del puente que había sido construido por la comunidad, situación que viene generando una serie de perjuicios y riesgos a los vecinos, muchos de Ellos adultos mayores y niños. Instó el proceso aduciendo además incumplimiento de los plazos de Ley para contestar los reclamos y peticiones, La Sala Constitucional admitió el recurso y resolvió por el fondo acogiéndolo parcialmente, lo anterior por cuanto en lo que refiere al plazo para contestar no lo admite, ya que por la naturaleza del problema de fondo planteado, no era posible en un plazo de 10 días que la Administración municipal pudiera tener una respuesta congruente con la situación planteada. El problema que si importa es que ese mismo ente Judicial entró a valorar una serie de elementos relativos al caso y la violación de derechos fundamentales, declarando con lugar el recurso por el fondo, condenando como en el TELEFONOS (606) 2223-6533, 2223-6305. FAX (508) 2223-6951. APARTADO 1264-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. wwaw.sysabogados,co,cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*76 ACTA N*29 Ordinaria. Abogados caso anterior al ente Municipal al pago de las costas, daños y perjuicios, que obviamente formarán parte de un proceso ulterior de ejecución de sentencia en la sede Contencioso-Administrativa, tema sobre el cual reiteramos nuestra recomendación ut supra en cuanto a las responsabilidades, para no ser reiteratívos en ese sentido, Tenemos claro que ese Concejo Municipal ha tenido conocimiento expreso de la resolución de la Sala Constitucional desde el mes de Junio de 2019, pues en acuerdo 1253 artículo 1, de la sesión No, 41 del 21 de ese mes y año, remiten comunicación a la señora Alcaldesa Municipal, atendiendo el SJl-126-JUM-2019, suscrito por el abogado interno de la Municipalidad Lic. Christian Córdoba Oviedo, quien en criterio de esta representación debió presentar ese informe a su Superior Jerárquico, en la especie la Alcaldía Municipal, para que fuera dicho Órgano el que procediera a informar al Concejo, pues Uds como Cuerpo Colegiado y parte en el proceso judicial, fueron notificados de la sentencia aquí relacionada directamente por la Sala, dando origen dicho acto a dos nuevos acuerdos sobre la misma temática, nos referimos al acuerdo 1386, artículo l, de la sesión ordinaria No. 44 del día 02 de Julio de 2019 y, Acuerdo 1548, Artículo II de la sesión ordinaria No. 50 del día 23 de julio de 2019, lo que una vez analizado en contexto deja ver una inversión de recursos tanto humano como de tiempo para concluir en una sola acción, la que se circunscribe a remitir la resolución ala Administración para dar cumplimiento a lo ordenado. Del Voto aquí referido se logran extraer con claridad meridiana dos aspectos, el primero tiene que ver con la atención inmediata del problema planteado en el Recurso, me refiero a la reparación inmediata a título de mantenimiento de la infraestructura vial (puente) razón del recurso planteado, para lo cual la Autoridad Judicial otorga un plazo de 3 meses contados a partir de la notificación oficial de la resolución final, de lo cual no consta en la documentación enviada ninguna acción o TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305, FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. wwav.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*77 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados cumplimiento en el plazo dicho, lo que podría poner en peligro nuevamente los derechos de la Institución y su patrimonio, salvo que existan debidamente documentados los elementos para demostrar el cumplimiento debido. El otro aspecto tiene que ver con una solución integral y definitiva al problema en un plazo de DOS AÑOS contados a partir de la notificación oficial de la resolución. En este último aparte, nos dimos a la tarea de investigar con la Administración, pudiendo establecer que se incluyó una partida en el presupuesto del año 2020 por 90 millones de colones para la construcción de un puente nuevo, sin embargo, pareciera que NO se procedió a la reparación conforme se ordenó, debido al tamaño de la referida estructura vial. RECOMENDACIÓN: Luego del análisis detallado del proceso aquí citado, se recomienda al Concejo, que en casos como el presente, en los cuales ingresa documentación de diferentes funcionarios y entidades, se analice en detalle el trasfondo de la misma a fin de NO duplicar esfuerzos y tiempo para la toma de decisiones exactamente iguales, pues en el caso concreto tal y como se advirtió, la nota interna del Depto. Legal solo debió ser conocida como parte de la correspondencia, pues el procedimiento normal implica que el funcionario deba informar a su Jefatura, que en la especie NO es el Concejo Municipal, sino el despacho de la Alcaldía Municipal. Por otra parte se recomienda al Concejo que solicite un informe detallado a la Administración en relación a los estudios técnicos, visados, permisos y demás logística necesaria para iniciar la construcción ordenada en la Resolución Judicial aquí relacionada, ojalá con un cronograma que implique un informe a la Sala sobre el cumplimiento que se pretende dar al texto incorporado, o en su defecto la evento al solicitud de ampliación del mismo en razón de la naturaleza de la construcción que se proyecta, lo anterior para evitar perjuicios posteriores que lleguen a golpear las finanzas de la Institución por razones de incumplimientos no informados, TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305, FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS, SAN JOSE, COSTA RICA, www.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
, MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*78 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados Por último, tal y como lo hicimos en el caso anterior se deberá solicitar a la Administración un detalle de las acciones que se hayan logrado incoar en contra de quienes NO cumplieron en tiempo con las obligaciones que implicaron la sentencia condenatoria del recurso en estrados. IL Se remite para su análisis lo relativo al Recurso de Amparo tramitado en su momento ante la Sala Constitucional por la señora CAROLINA ROJAS UGALDE bajo el expediente No, 15-0055522-0007-CO en contra del Alcalde Municipal de Pococí, proceso que alcanzó sentencia mediante resolución interlocutoria desde el mes de julio del año 2016 (resolución 2016009708) conforme a la cual la Sala se declaró parcialmente con lugar el recurso interpuesto, sin embargo al no contar la recurrente con ninguna respuesta sobre el fondo de su petición, vuelve a interponer sus oficios ante la Sala, la cual en resolución de las 9:55 horas del 21 de febrero de 2017 pide que se le informe el cumplimiento de lo ordenado, tema sobre el cual el Concejo mediante el acuerdo No 364 artículo I!I de la sesión ordinaria No,17 del día 27 de febrero de 2017 toma nota de la comunicación oficial, remitiendo el acuerdo a la señora Alcaldesa Municipal, sin que conste resolución o informe ulterior en relación al tema, lo que obliga a esta representación al no enviarse ningún documento probatorio sobre el particular, a recomendar RECOMENDACIÓN: Realizado el estudio del caso concreto con la documentación remitida, y no constando que la Administración haya procedido al cumplimiento de lo ordenado, tampoco se tiene detalle alguno sobre el eventual proceso de ejecución de sentencia en vía Contencioso-Administrativo por parte de la recurrente Rojas Ugalde, conviene en este momento advertir al Concejo su abligación de solicitar con carácter de urgencia a la Administración, la presentación de un informe detallado sobre las acciones que se han llevado a cabo para restablecer una vía alterna que permita a la TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305, FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. www.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*79 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados Recurrente y vecinos el acceso al otro lado de la ribera del río Santa Clara, dicho informe deberá ser calzado además con un detalle preciso de las obras, permisos y bitácora constructiva de la obra relacionada con el paso (puente) que permita dicho acceso, para lo cual se recomienda otorgar un plazo no mayor a un mes para la presentación del informe dicho. IV, Con relación al Recurso de Amparo promovido por WESLEY ARAYA ARIAS en contra de algunas instituciones entre ellas la Municipalidad de PococÍ, cuyo traslado recibió el Concejo Municipal mediante resolución de la Sala Constitucional dictada a las 13:53 horas del 18 de julío de 2019, dando origen al Acuerdo No. 1549 artículo Il de la sesión ordinaria No. 50 del 23 de julio de 2019, pese a no contar con documentación adicional para determinar si el Concejo fue o no informado del proceso dicho, debo dejar patente que, revisado el expediente judicial, el recurso interpuesto fue declarado SIN LUGAR mediante resolución No, 2019-020625 del 29 de octubre del año 2019, por lo que en lo relativo a costas, daños y perjuicios NO existe temor alguno, sin embargo, huelga decir que resulta importante que el Concejo tome nota de la naturaleza del reclamo, pues encontrándose dentro de los aspectos que tienen relación directa con el tema Medio Ambiente, sería importante que una comisión revisara este tema conjuntamente con la Administración. RECOMENDACIÓN: Se propone al Concejo solicitar el informe completo a la Administración sobre el presente proceso de Amparo hasta su resolución final aquí reseñada, asimismo se conozca en el seno del Concejo, o por medio de una comisión el tema de fondo que generó el Amparo aquí relacionado, nos referimos a la construcción y operación de una planta industrial recicladora de metales en el distrito Jiménez, lugar en el cual se estarían generando residuos peligrosos para la salud de los vecinos y el medio ambiente en general, derivado precisamente de la fundición de TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305, FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS, SAN JOSE, COSTA RICA. vayw.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*80 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados baterías, uso de ácido y plomo de las mismas. Es importante resaltar que la intención de ese Concejo al solicitar una revisión de estos casos, gira precisamente en torno al seguimiento que debe darse a los reclamos de los munícipes plasmadas en recursos como el presentado por Weslye Araya Arias, No omitimos indicar que al no contarse con mayor información que la enviada, carece esta representación de mayores elementos para determinar el seguimiento que pudo o no haber dado la Administración Activa al tema central del reclamo. V. Recurso de Amparo interpuesto por YEIMER CHAVES MORALES contra la Municipalidad de Pocací, Conoció el Concejo Municipal del presente asunto mediante notificación de la resolución dictada por la Sala Constitucional a las 19:39 horas del 23 de agosto de 2019, expediente 19-014378-0007-CO, conforme al cual el petente aduce un perjuicio latente en su heredad, derivado el mismo de la ineficiente evacuación de aguas pluviales, tema que en su oportunidad planteó a ese Concejo Municipal mediante nota de fecha 21 de diciembre de 2018, Órgano que remitió el asunto al Departamento de Obras Civiles y a la Junta Vial Cantonal, sin que transcurridos más de 7 meses, el Concejo o las instancias dichas hayan resuelto nada, ni siquiera la contestación legal al señor Chaves Morales, El Concejo en sesión extraordinaria No, 65 del día 9 de setiembre de 2019, conoce de la resolución y acuerda trasladarla al Departamento de Servicios Jurídicos Institucional, sin embargo NO aparece reseña alguna de que el cuerpo colegiado haya sido informado de la tramitación del caso y, creemos que tampoco tiene conocimiento a la fecha de que la Sala Constitucional mediante resolución No. 2020-003214 de las 9:30 horas del 18 de febrero de 2020, acogió en forma parcial el Recurso de Amparo por falta de respuesta al solicitante, otorgando un plazo de 15 días para que se cumpla con dicho Derecho de Petición y Pronta Respuesta, Consideramos que por lo cercano de la resolución, posiblemente el TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305. FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS, SAN JOSE, COSTA RICA. wwaw.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*81 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados Concejo NO ha recibido información al respecto, sin embargo es nuestra obligación hacer ver dicha circunstancia, sobre todo por el origen de la contratación que nos ocupa y, la preocupación de los señores (as) Regidores del Concejo por darle seguimiento a esta serie de procesos que ingresan por una sola vez y se pierde totalmente la información acerca de los procedimientos y, eventuales demandas posteriores en costas, daños y perjuicios que vienen a convertirse en una carga financiera para el presupuesto municipal, RECOMENDACIÓN: Al convertirse este caso en una práctica reiterada, hemos considerado recomendar que se proceda a regular todo lo concerniente a temas legales, principalmente demandas de cualquier tipo que involucren intereses institucionales, verbigracia las acciones de Amparo, tan comunes en nuestro sistema municipal. Lo anterior tiene un sentido lógico y práctico, pues NO resulta comprensible, por lo menos a quienes como operadores del Derecho convivimos diariamente con el sistema judicial, que un Órgano como el Concejo Municipal se aboque únicamente a conocer la notificación que da traslado a un proceso y se desligue totalmente del conocimiento del mismo, lo que conlleva la instancia directa para que se regule dicha situación y se obligue a la Administración a informar periódicamente sobre el proceso en cuestión. Además deberán analizarse en detalle por parte de la comisión que corresponda, el o las violaciones que se denuncian, con independencia de que las mismas sean o no acogidas en la vía jurisdiccional de amparo, esto porque son Uds señores (as) regidores quienes responden al Municipio por las labores propias del objeto principal de la institución municipal, lo anterior de conformidad con las disposiciones de los numerales 3 y 4 en relación con el artículo 1 del Código Municipal vigente, pues en un régimen bifronte como el Municipal el Gobierno lo detenta el Concejo conjuntamente con la Administración Activa, de tal suerte que la fijación de políticas y prioridades de desarrollo de los habitantes del TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305, FAX (508) 2223-6951, APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. www.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*82 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados Cantón (municípes) establecida en el artículo 13 del citado cuerpo normativo está íntimamente ligada al Objeto y Funciones de la institución previstas en los numerales supra indicados, Con vista de la reflexión anterior consideramos que la recomendación es viable y susceptible de implementar, sobre todo porque no cuenta ese Concejo con asesoría legal independente de la institucional. VI. Recurso de Amparo interpuesto por la señora Keila Andrea Pérez Siles en contra la Municipalidad de Pococí y la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Pococí, resolución de traslado que fue conocida por ese Concejo Municipal en la sesión Ordinaria No, 66 del 4 de setiembre de 2018, acuerdo 2032 | artículo li de dicha sesión. Se ordenó remitir al departamento legal institucional, con | la reserva de la presidenta en ejercicio en cuanto a la presunción de que se había enviado con anterioridad. No se cuenta con ninguna información adicional por parte del Concejo, que conforme lo hemos venido reseñando, se desprende del seguimiento a partir del momento en que redirecciona los recursos a la instancia legal interna, perdiéndose así el control sobre las diferentes situaciones planteadas, las cuales como en este caso versan sobre un cierre del Polideportivo cantonal, ordenado por la Institución Municipal bajo el argumento de preveer a los usuarios de las instalaciones aquí relacionadas y velar por su seguridad. Del análisis del expediente judicial se determina que La Sala Constitucional declaró SIN LUGAR el recurso mediante el Voto 2018-018868 del 13 de noviembre de 2018, de lo que el Concejo debió ser informado en su momento, no apareciendo evidencia alguna de dicha comunicación en la documentación remitida a esta instancia contratada, situación que genera la misma inquietud planteada en las recomendaciones anteriores, pues en el caso particular, la Sala hace una prevención a la representante de la Administración municipal a fin de que tome nota y se cumpla con lo reseñado en el Considerando !I de dicho voto, detalle que consideramos importante en aras de retomar cada una de las situaciones TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305. FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA, www.sysatiogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
DE POCOCI MUNICIPALIDAD PAGINA N*83 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados que como jerarca institucional tiene el Concejo Municipal. Como RECOMENDACIÓN y, para no relterar los conceptos anteriores, consideramos que el Concejo debe solicitar un informe a la señora Alcaldesa Municipal, con el fin de recabar la información de primera mano sobre el cumplimiento de lo preceptuado por la Sala en el considerando citado, ya que podría ser importante para el devenir del Polideportivo, su administración y la reglamentación que se mantiene sobre el fundo en que se asienta el citado centro deportivo y de recreación cantonal, Vi. Recurso de Amparo interpuesto por MARÍA LOURDES ECHANDI GURDIAN, en contra de la Municipalidad de Pococí y el Ministerio de Ambiente y Energía. El Concejo Municipal conoció el texto de la resolución 2018-013718, de las 9:15 horas del 24 de agosto de 2018 en la sesión ordinaria No. 66 del 4 de setiembre de 2018, acuerdo 2063 artículo ll, ordenando únicamente el reenvió al Departamento Jurídico Interno de la Municipalidad, Este recurso y su respectiva resolución por parte de la Sala son de un interés claro para la elaboración de políticas y priorizar el desarrollo del Cantón en zonas que por su naturaleza como parques nacionales o zonas protegidas merecen de una atención especial. El tema central del recurso giró en torno a la reapertura del camino público denominado “camino Caño Chiquero”, que fuera ordenada en su momento por la Administración con el fin de propiciar el acceso de los pobladores del sector. En este caso tenemos que el Concejo Municipal tomó algunos acuerdos respaldando la actuación administrativa, en el entendido de que el camino público aquí reseñado NO es parte del Parque Nacional Tortuguero ni de la Zona Protectora como lo indica la recurrente. La Sala declaro con lugar el Recurso únicamente en cuanto a la Municipalidad de PococÍ, ordenando al Gobierno Municipal, entendido como Administración Activa y Cuerpo Deliberante (Concejo Municipal) que deben suspender cualquier obra que se esté llevando a cabo en dicha vía cantonal a la altura tanto de la zona protectora como del Parque Nacional precitado, conminando a TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305. FAX (508) 2223-6951, APARTADO 1261-1100 TIBAS, SAN JOSE, COSTA RICA. wwav.sysabogados.co.cr. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*34 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados ambos cuerpos administrativos a contar con los estudios de impacto ambiental o cualesquiera otro que tenga previsto la legislación ambiental, para lo cual debe coordinar con la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA). Analizada en detalle la resolución que declaró con lugar el amparo con el cargo de costas, daños y perjuicios por parte de la Municipalidad, la cual es rica en el tema de fondo que es precisamente el medio ambiente y la gestión municipal, consideramos pertinente recomendar, RECOMENDACIÓN: No cuenta esta representación legal con información adicional que permita concretar que el Concejo ha dado seguimiento al dictado del voto aquí relacionado, esto porque desde el 4 de setiembre de 2018 que se ordenó remitir el texto al departamento legal institucional, no se han detallado dictámenes de comisión, o acuerdos adicionales del Concejo en relación al tema. Ante esta situación resulta impostergable solicitar un informe detallado a la Administración Activa, a fin de darle seguimiento al Voto emitido por la Sala Constitucional, principalmente porque con independencia de la suspensión de las obras, existe un proceso colateral al Amparo, no referimos al proceso de conocimiento en sede Contencioso-Administrativa, que se tramita ante el Tribunal Contencioso Administrativo bajo el número de expediente 13- 008883-1027-CA-2 encausado por el Comité de Camino Caño Chiquero en contra del Estado, la Municipalidad de Pococí, El Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el ICE, la Fundación Neotrópica y Tecnoforest S.A , expediente en el cual constaba al momento de la toma del acuerdo del Concejo aquí referido, un señalamiento para audiencia preliminar para el día 6 de setiembre 2018, lo que hace suponer que el Concejo debió darle el seguimiento debido al tema, pues en dicho proceso se ventilan algunos aspectos de interés para la Institución y la comunidad misma, nos referimos a la defensa de la autonomía municipal en el tema de red vial cantonal, pues según se desprende de algunos de los informes recabados e incorporados al expediente de TELEFONOS (508) 2223-6533, 2223-6305. FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. www.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*85 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados Amparo, el camino Chiquero preexistía a la ampliación del Parque Nacional, por lo que la integración de parte del camino al área protegida del Parque NO podría entenderse retroactivamente como parte de dicha área. Consideramos que en esa línea de defensa, debería el Concejo tener información fresca y clara, pues el derecho de los vecinos del Cantón de acceder mediante una vía pública perteneciente a la red vial cantonal, representa en nuestro criterio un Derecho Fundamental, que NO riñe de forma alguna con la protección del Ambiente y menos determina una violación al artículo 50 Constitucional, ya que son esos mismos vecinos quienes tienen el Derecho de contar con un ambiente sano y equilibrado, Adicionalmente consideramos y recomendamos que se pidan los informes a la Administración, pues independientemente de la condenatoria en Costas Daños y Perjuicios que prevee el Voto aquí relacionado, la repercusión derivada del proceso de conocimiento resulta mucho más importante en línea con la Autonomía que Constitucionalmente tienen las municipalidades en nuestro medio, máxime que el propio voto deja ver el entramado legal que tiene en nuestro Derecho el tema de ambiente, ya que existen incluso declaraciones de índole internacional que han sido rubricadas por nuestro país y nos obligan al cumplimiento, un ejemplo de ello es la Declaración de Río citada por la Sala en el Voto, la cual contiene algunos principios que ameritan la revisión en contexto con la normativa ambiental patria (Ley Orgánica del Ambiente No. 7554) y jurisprudencia del Tribunal Ambiental Administrativo y, una Ley de orden público como la Ley de Caminos Públicos a cuyo amparo pareciera ha venido actuando la Institución Municipal. vuL Recurso de amparo promovido por la señora MARÍA ALICIA ALFARO CORDERO contra la Municipalidad de Pococí, el cual se identifica con el número de expediente 19-023208-0007-CO cuyo traslado mediante resolución de la Sala Constitucional de las 10:30 horas del 12 de diciembre de 2019 fue conocido por el TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305. FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. vww.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*86 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados Concejo Municipal en la sesión extraordinaria No, 93 acuerdo 2848, artículo II del día 16 de diciembre de 2019, ordenando como ha sido el normal comportamiento el envío al departamento legal institucional, sin detallar en el acuerdo ninguna acción especifica ní plazo para conocer sobre el caso, lo anterior por cuanto el acuerdo solo integra la frase “PARA LO QUE CORRESPONDA”. La recurrente invoca la acción del máximo Tribunal Constitucional aduciendo su condición de persona adulta mayor, quien denuncia que fue objeto de un trámite irregular por parte de una funcionaria de la Administración, la cual sin su autorización llenó un formulario relativo al cobro de una patente morosa, ocasionando con ello un cobro indebido, el cual cuestionó mediante los recursos ordinarios de revocatoria con apelación subsidiaria, los cuales No fueron resueltos en tiempo, incluso en el recurso vertical aduce que la Alcaldía indicó que lo debía conocer el Concejo Municipal. Reprocha que al momento de interponer el recurso aún NO se ha resuelto su situación, Analizado el tema, hemos detectado que el Concejo contaba además de la documentación enviada a esta representación legal externa, con un oficio del departamento legal interno suscrito por el Lic, Christian Córdoba Oviedo (No, SJI-008- ENE-2020), en el cual informa del resultado del proceso, y le pide al Concejo que proceda a resolver el recurso vertical opuesto por la recurrente, Ante dicha situación nos dimos a la tarea de investigar y corroborar el resultado en contexto del proceso, encontrando que efectivamente con fecha 14 de enero del año en curso, la Sala Constitucional dictó la resolución 2020-000645, de las 9:20 horas de dicho día, declarando SIN LUGAR el recurso, situación que desde el punto de vista legal deja cerrada la acción, sin embargo hemos querido ahondar en la necesidad que tiene el Órgano Máximo de la Institución de conocer el por qué su representada es blanco de tantas acciones de amparo, los motivos, los resultados, el seguimiento de cada caso en particular y sobre todo tener un detalle de los Derechos Fundamentales que en la TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305. FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. vaww.sysabogados.co,cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*87 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados mayoría de los casos se acusan como violentados, pues ello podría llevar a una acción conjunta con la Administración Activa para limitar o eliminar en lo posible ese tipo de acciones, para lo cual se podrían implementar lineamientos para reforzar el Control Interno, procediendo a iniciar acciones contra aquellos funcionarios a quienes se demuestre negligencia o falta al Deber Objetivo de cuidado al contestar reclamos de los munícipes, o como ocurre en la mayoría de los casos obviar sín razón alguna la respuesta solicitada, lo que en nuestro caso se deberá tener como RECOMENDACIÓN. Adicionalmente se deberá analizar el por qué del retraso en resolver recursos de apelación interpuestos ante el Concejo, sobre todo su procedencia en razón de la materia, pues si la recurrente indica que presentó un recurso de revocatoria ante el departamento administrativo respectivo, para presentar luego la apelación ante la Alcaldía, no encuentra esta representación ninguna razón lógica, menos jurídica para remitir el conocimiento del recurso vertical al Concejo Municipal, aspecto que recomendamos se analice en detalle, pues el oficio de la asesoría legal interna es claro al indicarle al Concejo que “...es sumamente importante que el Concejo resuelva el recurso de apelación (sic)...”, lo que en su momento conoció el Concejo tomando el Acuerdo No. 2960 artículo I de la sesión No. 98 del 31 de diciembre de 2019, celebrada el día 10 de enero de 2020 según se indica en oficio SMP-2803-19 fechado 22 de enero del año en curso dirigido a la señora Alcaldesa Municipal, sin que se tenga ninguna referencia posterior sobre el tema, lo que evidentemente deberá ser resuelto, quedando nuestra recomendación circunscrita al análisis de la competencia de ese Órgano para conocer del recurso de apelación aquí relacionado, IX. Recurso de Amparo interpuesto por la señora SHIRLEY GERARDA MARÍN GONZÁLEZ contra la Municipalidad de Pococí, cuyo traslado constante en resolución de la Sala Constitucional dictada a las 16:24 horas del 10 de diciembre 2019, fue TELEFONOS (508) 2223-6533, 2223-6305, FAX (506) 2223-6951, APARTADO 1261-1100 TIBAS, SAN JOSE, COSTA RICA. www.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*88 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados conocido por acuerdo 2888, artículo 1, de la sesión ordinaria No. 94 del Concejo Municipal celebrada el día 17 de diciembre de 2019, ordenando su envió al Departamento Legal Institucional “PARA LO QUE CORRESPONDA” sin mayor detalle ni plazo alguno para analizar respuestas o seguimiento del caso, tema que hemos desarrollado en algunos de los procesos anteriores, por lo que evitaremos la reiteración, La información remitida deja ver que el Concejo No tiene detalle alguno de lo ocurrido con el proceso en cuestión, razón que nos llevó a revisar el expediente judicial pudiendo detectar que la Sala mediante el Voto 2020-001149 de las 9:40 horas del 21 de enero de 2020 DECLARO SIN LUGAR el recurso, lo que ponemos en conocimiento de ese Órgano para lo que estimen resolver según nuestras recomendaciones, lo anterior por cuanto la recurrente alega en su interposición como representante de la Asociación de Desarrollo Integral de la Aurora de Pococí, que NO SE LE CONTESTÓ una nota en la cual hacía una serie de preguntas relativas al presupuesto municipal, aplicación de los dineros provenientes de la Ley 8114 y que controles existen en la Institución específicamente atribuibles al Concejo Municipal para tales fines. Como puede verse, es reiterada y quizás institucionalizada la acción de NO contestar a los administrados, ocasionando con ello que se abarroten las dependencias con acciones judiciales de amparo, algunas como la presente, que por su naturaleza NO tienen eco en la sede constitucional, pero que sin duda son parte de ese caudal al cual nos referimos en este primer informe, RECOMENDANDO nuevamente que se pida un informe a la Administración, o se plantee la posibilidad de una sesión conjunta de trabajo en la cual se elaboren perfiles y lineamientos para subsanar la avalancha de amparos que solo dejan pérdidas en tiempo y patrimonio al tener que atenderlos, cuando se podrían evitar con acciones que procuren una aplicación correcta del controlInterno en la Institución. TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305. FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. wvav.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*89 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados X. Recurso de Amparo promovido por REINER OLDER VEGA CALVO, en contra de la Municipalidad de Pococí, el cual consta en expediente No. 19-019906-0007-CO, conocido por notificación de la Sala Constitucional en sesión extraordinaria número 80, artículo l, acuerdo No. 2458 del 31 de octubre de 2019, el cual se ordenó trasladar al Departamento de Servicios Jurídicos Internos de la Municipalidad, sin ninguna referencia, término o indicación expresa. Tampoco se tiene referencia en la documentación aportada por la Secretaría del Concejo a esta instancia, de atestados en relación al caso concreto con posterioridad a dicho acuerdo, El petente reclama que la Municipalidad desatiende la recolección de desechos sólidos (basura) en la comunidad de La Colonia de ese Cantón, pese a que dicha zona está a escasos 4 kilómetros del centro del Cantón de Pococí, de tal manera que como residente en Cascada No, 4 promueve el recurso para que se le solucione dicha situación. La Sala una vez notificado el proceso, dicta la resolución 2019-0022817 de las 9:20 horas del 9 de noviembre de 2019, declarando CON LUGAR el amparo, y ordenando tanto a la Alcaldía como al Concejo Municipal en la persona de quienes ejerzan la titularidad del cargo de Alcalde (sa) y Presidente, que en el plazo de un mes deben solucionar el problema al recurrente, además CONDENA a la Municipalidad en Costas, Daños y Perjuicios. No se cuenta con ningún elemento dentro de la documentación remitida a esta instancia externa, que nos indique que el Concejo haya tenido información sobre este caso, de tal forma que resulta imperativo además de hacer la comunicación por este medio, dejar claro a título de RECOMENDACIÓN sobre la necesidad de elaborar medios de comunicación eficientes mediante los cuales ambas Jerarquías, la Administración y el Concejo Municipal logren evacuar previo a la interposición de recursos de este tipo, las consultas y quejas de los vecinos del Cantón, pues reiteramos que la relación costo-beneficio se vería fortalecida, evitando gastos innecesarios a la Institución, pues conforme se ha venido analizando en este primer informe, la TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305. FAX (505) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS, SAN JOSE, COSTA RICA. www.sysabogados.co.cf “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*90 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados inversión en horas personal, incluido el tiempo utilizado por los señores (as) regidores en la atención de un proceso como este resulta demasiado oneroso a los intereses de la Municipalidad. Creemos que este tipo de recomendaciones también deberían ser parte de la asesoría legal interna, pues NO resulta beneficioso desde ningún punto de vista estar atendiendo procesos de amparo, algunos sin sentido, otros por la simple omisión de algún funcionario, situación que genera una acumulación de trabajo en otras áreas del quehacer cotidiano del cuerpo jurídico interno de la Institución, Dejamos presentado para su conocimiento el primer informe sobre casos enviado | a conocimiento de esta instancia, quedando a la orden para cualquier ampliación o aclaración, ya sea por la misma vía o si lo requieren personalmente en una sesión especialmente convocada al efecto. Se solicita el recibido de la presidencia para efectos del cumplimiento de los términos de la contratación. Agradecemos de antemano su fina atención, suscribiéndonos con toda consideración y respeto. POR CONSORCIO JURIDICO DE COSTA RICA S£:S S.A Firmado RICARDO digitalmente por RICARDO SOSSA SOSSA SILES sues crunma) (FIRM A) Fecha: 2020.03.30 14:20:11 -06'00" Lic. Ricardo Sossa Siles Director Adjunto «Presidencia del Concejo Municipal. e. Fedoración Caproba. c.arch. TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305. FAX (508) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. www.sysabogados.co.cr Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce Informe. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*91 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 ACUERDO N* 670 Se conoce nota para este Concejo suscrita por los licenciados Roberto Sossa Sandí y Ricardo Sossa Siles, por Consorcio Jurídico de Costa Rica SéS S.A., dice: Asunto: caso del nombramiento de titular para la Secretaría del Concejo Municipal. San José, 25 de abril de 2020. Señores Concejo Municipal de Pococí. Atención Especial: Sr. Freddy Hernández Miranda Presidente Estimados señores (as) regidores (as) Conforme a la solicitud remitida a esta Asesoría Legal Externa en el caso del nombramiento de titular para la secretaría del Concejo Municipal, procedemos a externar nuestro criterio al respecto. ORIGEN DE LA CONSULTA: Se cuenta con la solicitud de la presidencia del Concejo Municipal de Pococí en oficio CMPL-043-2020 de fecha 22 de abril del año en curso, al cual se anexan los acuerdos 2933 de la sesión extraordinaria No. 95 del 20 de diciembre de 2019 y, el acuerdo 636 de la sesión ordinaria No. 27 del 21 de abril del presente año, con el fin de que esta Asesoría Legal Externa analice los extremos contenidos en dichos instrumentos para amparar el nombramiento del titular de la secretaría del Concejo Municipal. DESARROLLO DEL TEMA PLANTEADO: Para el análisis del presente caso, tenemos como hechos importantes que: a) Desde el pasado 4 de octubre 2019, ese Concejo Municipal conoció la comunicación del secretario titular de este Órgano Coleglado señor Guillermo Delgado Orozco, quien se acogió a su jubilación, fijando para tal efecto la fecha 2 de febrero 2020, todo lo cual consta en acuerdo 2223 artículo 1, de la sesión extraordinaria No. 74 del 4 de Octubre 2019. b) Que como ha sido la costumbre en las reiteradas ocasiones que el titular ahora jubilado tuvo que retirarse temporalmente del cargo, y así consta de la información recabada en la Institución para este criterio, ha sido la señora TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-5305. FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. wwww,sysabogados.co.ct “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*92 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados MAGALY VENEGAS VARGAS, cédula de identidad número 3-0371-0035, quien ha ocupado en forma interina el cargo de Secretaría del Concejo Municipal, lo anterior desde el proplo día de su juramentación por parte de este Concejo Municipal en sesión extraordinaria No. 18 del 5 de marzo de 2014. c) Que según acuerdo definitivamente aprobado No. 2933, artículo | de la sesión extraordinaria No. 95 del 20 de diciembre de 2019, el Concejo Municipal aprobó la designación de la señora Magaly Venegas Vargas en el cargo de secretaria municipal a partir de la jubilación el titular Guillermo Delgado Orozco, acuerdo que además integró un punto adicional que en nuestro criterio NO guarda relación alguna con el nombramiento antes citado, principalmente por razones de | competencia, | d) Que el pasado 21 de los corrientes se tomó el acuerdo No. 636, artículo | de la | sesión ordinaria No. 27, conforme al cual el Concejo ordena remitir al proceso de Recursos Humanos una consulta sobre los requisitos de la señora Venegas Vargas para el cargo de secretaria del Concejo Municipal, sin que a la fecha de emitir este criterio se haya recibido respuesta alguna por parte de dicho departamento, tema en el cual nuestro criterio es que No se debió realizar esa consulta luego del nombramiento efectuado en el mes de diciembre pasado, pues además es | precisamente el Órgano Colegiado quien regula las relaciones con los funcionarios a su cargo, de tal suerte que debe mantener un expediente personal en el cual consten los atestados respectivos, sin perjuicio de cotejarlos con los que el Órgano Administrativo de Recursos Humanos mantienen para todo el personal incorporado a la Institución. SOBRE EL FONDO DEL TEMA EN ESTUDIO 1) El cargo de secretario del Concejo Municipal conforme a la normativa patria se encuentra en el rango de servidores establecidos en el numeral 161 del Código Municipal que a la letra indica: “Artículo _161.- (Servidores Municipales Dependientes del Conceío, Ocasionales y de Confianza, NO se les aplican los procedimientos de nombramiento y remoción, Los disposiciones contenidas en este título sobre el procedimiento de nombramiento y remoción no serán aplicadas a los funcionarios que dependan directamente del Concejo ni a los empleados ocastonales contratados con cargo a las partidas presupuestarias de Servicios Especiales o Jornales Ocasionales. El Concejo acordará las acciones que TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305. FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. waww.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*93 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados afectan a los funcionarios directamente dependientes de él”. De lo transcrito tenemos que vuestro Concejo ostenta la competencia para el nombramiento de la persona que considere idónea para ejercer el cargo tal y como consta en el inciso f) del artículo 13 del mismo texto legal. 11) Que además de la normativa expuesta en el aparte i) anterior y en vía supletoria, el artículo 41 Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Municipalidad de Pococí, publicado en Alcance 167 a la Gaceta del 10 de julio de 2017 establece que; “...Si quedare una plaza vacante en la Municipalidad se llenará de acuerdo: a) Ascenso Directo del funcionario (a) calificado para el efecto y sí es del grado inmediato anterior. Este inciso deja lo suficientemente claro el tema que nos ocupa, pues en el caso de la Secretaría del Concejo Municipal, no existe un nombramiento anterior por inopia que pudiere requerir de concurso alguno conforme lo expresan los incisos b) y c) del citado artículo reglamentario, de manera que lo aplicable es el inclso a) antes citado, 111) Que siendo el nombramiento del secretario municipal competencia de vuestro Concejo y, en concordancia con lo dispuesto en el inciso a) del Reglamento aquí mencionado, el nombramiento es una competencia exclusiva del ese Órgano, además el acuerdo de nombramiento de diciembre 2019 aquí relacionado, debió Integrar que era en forma indefinida, con la aplicación de las regulaciones propias del tiempo o período de prueba que contiene el ordenamiento jurídico aplicable, no vemos ninguna razón para haber introducido ninguna otra situación relativa a funcionarios que en principio serían de nombramiento de la Administración Activa y no del Concejo, de hecho se aprecla que se pide la coordinación con el Vicealcalde, circunstancia que deberá enmendarse, recomendando se proceda por la vía de la REVISION EXTRAORDINARIA del Acuerdo aquí mencionado, pues se trata de un acuerdo definitivamente aprobado, por lo que no aplica la doctrina del numeral 48 del Código Municipal, por lo cual se requerirá del trámite extraordinario citado por ser un acuerdo definitivamente aprobado. iv) Considera esta representación legal externa que el acuerdo 2933 aquí relacionado, una vez revisado en cuanto a lo expresado en el aparte anterior, cuenta con la validez instrumental que un acto administrativo necesita conforme a la Ley General de la Administración Pública (LGAP), por demás está decir que la Administración Pública está sometida al Ordenamiento Jurídico y solo puede realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios públicos que autorice dicho TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305. FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 T[BAS, SAN JOSE, COSTA RICA. www.sysabegados,co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
ococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*94 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados ordenamiento según la escala jerárquica de sus fuentes, (artículo 11 LGAP). En el caso de estudio, el acto fue tomado por el órgano competente para hacerlo de conformidad con las disposiciones de los numerales 13 inc f) y 53 del Código Municipal que para todos los efectos es LEY ESPECIAL en la materia,. Que además el Concejo se ampara en el bagaje, experiencia en el cargo y sobre todo que conforme consta en los archivos del Concejo Municipal, la señora Venegas Vargas es quien ha suplido eficientemente los períodos de vacaciones, permisos temporales y ausencias del titular en el cargo, quien conforme se indica se acogió al beneficio de la jubilación a partir del día 2 de febrero 2020, incluso a la fecha como pudo advertir esta representación, es dicha funcionaria quien lleva a cabo las labores ordinarias de la “Secretaría del Concejo”, de manera que la motivación o fundamentación del atto administrativo tal y como consta de la discusión del acuerdo tomado se dan en el marco de lo que establece la LGAP al efecto. v) Adicionalmente y como fundamento legal del tema puesto en conocimiento de esta representación legal externa, se tiene que sl bien el artículo 161 del Código Municipal aquí citado excluye el NOMBRAMIENTO Y REMOCION de los funcionarios dependientes del Concejo, verbigracia EL SECRETARIO MUNICIPAL de todas las disposiciones contenidas en el Título V del referido Código, existe alguna otra normativa interna, que en el orden de jerarquía resulta inferior a la Ley, pero que tampoco se vulnera con la toma del acuerdo aquí referido, nos referimos al Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Municipalidad de Pococí, cuyo texto en el artículo 41 contempla el nombramiento por ascenso directo en consonancia con lo dispuesto en el numeral 137 del Código Municipal, asimismo es afín dicho Reglamento Institucional en su artículo 44 con las disposiciones del numeral 142 del Código Municipal, por lo que al proceder a la REVISION recomendada por esta instancia, del acuerdo tomado en la sesión del 20 de diciembre de 2019, deberá el Concejo integrar en la redacción correspondiente, que la persona nombrada como Secretario (a) del Concejo, deberá quedar sujeta a las disposiciones del numeral 142 del Código Municipal y 44 del Reglamento de cita. Por último y pese a que la Convención Colectiva se considera un instrumento con fuerza de Ley entre las partes (Municipalidad y Trabajadores), podría integrarse el tema de comentario en lo establecido en la Cláusula Quinta, Articulo VI! del citado instrumento normativo, el cual tampoco se vulnera con la toma del acuerdo, independientemente de si se encuentra o no denunciada por vencimiento, lo que TELEFONOS (506) 2223-6533, 2223-6305. FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS, SAN JOSE, COSTA RICA. www.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*95 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados obviamente no es tema del presente dictamen, RESUMEN FINAL y RECOMENDACIÓN Luego del análisis de los hechos plasmados en este informe de Asesoría Legal Externa, se concluye que los dos acuerdos puestos en conocimiento y que son el Origen de la Consulta solicitada por la presidencia del Concejo, tenemos que el primero de ellos, sea el No. 2933, tomado en la sesión extraordinaria No, 95 del 20 de diciembre de 2019, SE RECOMIENDA Proceder a revisar de conformidad con las disposiciones del Código Municipal, lo anterior en razón de que el acuerdo en cuestión integra un punto identificado como “2” que NO forma' parte del acto administrativo atribuible a la competencia del Concejo de conformidad con las disposiciones de los artículos 13 inc f) y 53 ambos del Código Municipal vigente, de manera que tampoco formó parte de la argumentación que por medio del debate reglado tuvieron los Señores (as) Regidores (as) para la toma del acuerdo en cuestión, circunstancia que podría viciar dicho acuerdo como Acto Administrativo y comprometer su ejecución. El segundo acuerdo remitido para su análisis, nos referimos al No.636 de la sesión Ordinaria No. 27 del 21 de abril del año en curso, pese a que NO resulta contradictorio a lo expresado a lo largo de este informe, consideramos que NO debió haberse tomado, lo anterlor por las siguientes razones: A) Consta del oficio SMP-2742-2019 fechado quizás por error en el año, el día 07 de enero de 2019, el cual se refiere a la transcripción y envió del Acuerdo 2933 de la sesión extraordinaria No. 95 del 20 de diciembre de ese año (2019), al Proceso de Recursos Humanos, instancia que nuestro criterio tuvo conocimiento del texto del acuerdo y moción que lo precedió a partir del mes de enero del presente año, de manera que ese Departamento sin duda debió advertir durante el término legal respectivo, si la persona a la cual se refería el nombramiento en ascenso directo, contaba o no con los atestados y requisitos para el ejercicio del cargo para el cual se le estaba nombrando y, así promover alguna gestión o cuestionamiento por vía de oficio ante el Concejo Municipal, en el carácter de encargado del reclutamiento y selección de personal de la Administración Municipal, máxime que en el punto 2 del citado acuerdo, insistimos existe un traslape de competencias, de manera que ameritaba un pronunciamiento sobre el tema, circunstancia que por lo menos en la documentación a la cual ha tenido acceso esta representación Legal Externa No existe evidencia de que se haya promulgado alguna gestión al respecto, pues TELEFONOS (508) 2223-6533, 2223-6305, FAX (506) 2223-6951, APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. www.sysabogados.co,cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*96 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Abogados reiteramos no existe ninguna referencia sobre el caso concreto, es decir el Proceso de Recursos Humanos no presentó ninguna gestión u objeción en esa dirección, validando el acto como tal con su silencio, B) Que conforme consta del texto y fundamento de este criterio legal externo, tomar un nuevo acuerdo mutilando parte del texto del acuerdo de nombramiento, para solicitar con fecha 21 de abril último una petición al Departamento de Recursos Humanos para acreditar los atestados del funcionario (a) nombrado (a) en el mes de diciembre 2019, NO tendría ninguna trascendencia, lo anterior por cuanto CUALQUIER PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO de la Institución, que es lo establecido como normativa para ese Departamento, ESTAN EXCLUIDOS, para los funcionarios dependientes del Concejo Municipal ( inteligencia del numeral 161 del Código Municipal), de tal suerte que la solicitud en nuestro criterio no tendría efecto alguno en la toma del acuerdo de revisión al cual hacemos referencia, el qué relteramos fue remitido en su momento al Departamento citado, instancia que, en buena teoría es conocedora de los extremos y procedimiento utilizados por el Jerarca Competente para dicho nombramiento. En esa misma línea creemos que sl al momento de la revisión recomendada y toma formal adecuada del acuerdo llegara alguna contestación del Departamento de Recursos Humanos, que por su naturaleza sea motivo suficlente para la revocatoria del nombramiento, se tendría que acudir al envio del caso a una comisión especial nombrada por el Concejo Municipal, ya que se reltera que dicho Órgano es el único competente para regular el nombramiento y remoción de los funcionarios dependentes del Órgano Colegiado. C) Por último se hace mención que en caso de admitir la recomendación plasmada en este criterio legal externo, en cuanto a la revisión extraordinaria del primer acuerdo relacionado en la consulta, se deberá integrar que la persona nombrada queda sujeta a las disposiciones del numeral 142 del Código Municipal y 44 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicio que rige la Municipalidad de Pococí, lo anterior en relación al periodo de prueba, cuyo plazo no podrá exceder de tres (3) meses. Dejamos así rendido nuestro informe de análisis y recomendaciones sobre la consulta enviada por la presidencia del Concejo, quedando a la orden para cualquier ampliación o aclaración sobre el particular. TELEFONOS (505) 2223-6533, 2223-6305. FAX (506) 2223-6951. APARTADO 1261-1100 TIBAS. SAN JOSE, COSTA RICA. wwaw.sysabogados.co.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*97 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 Agradecemos la atención que se sirvan brindar al presente informe y, nos suscribimos con toda consideración y respeto POR CONSORCIO JURÍDICO DE COSTA RICA SES S.A e datlet tt” bic. RobBrto Sossa Sandí ] y Lic. Ricardo Sossa Siles Directores c.Presidencia del Concejo Municipal. c. Federación Caproba. c. arch, Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce Informe. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 671 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el MAF. Mauricio Garita Varela, Coordinador de Hacienda, y la señora MAF. Cyntia Ávila Madrigal, Administradora Tributaria, dice: DHM-22-04-2020 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*98 ACTA N*29 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ GUÁPILES-POCOCÍ Teléfono N? 2710-6560 Fax N* 27107181 HACIENDA MUNICIPAL Email: mauricio.garitaQmunipococi.go.er MONO _Guápiles, 23 de abril de 2020. 1 DHM-22-04-2020 Señores Concejo Municipal O E Ing. Edgar Villareal Ruíz, Alcalde Municipal Presente Estimados señores (as): En virtud del acuerdo número 483 emitido por el Concejo Municipal de Pococi, en sesión ordinaria del 24 de marzo de 2020, donde por unanimidad se manifiesta: “Aprobar la Propuesta de modificación a la ley 8582, traslalar a la Comisión Caribe, a la Asamblea Legislativa, a la comisión de asuntos Municipales, a la Cámara de Comercio, al departamento de Prensa y Comunicación y al Despacho de la Alcaldía para lo que corresponda, Se dispensa de Tramite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado”. (El resaltado no es del original), nos apersonamos a manifestar lo siguiente: lL Con todo respeto y en apego al principio de legalidad es indispensable recordar en el presente oficio, uno de los clementos básicos que debe satisfacer un acto administrativo formal para ser válido y según el artículo 136 de la Ley General de la Administración Pública, es el deber de motivación. 2, Se menciona este elemento por cuanto lo suscritos, como representantes del área competente, no hemos emitido ningún tipo de motivación técnica al acuerdo 483 del 24 de marzo de 2020, esto en virtud de la ausencia de convocatoria y desconocimiento total del documento, mismo que a la fecha nunca fue notificado a estas áreas. No obstante, por interés fundamental en la correcta operatividad jurídica y financiera del área, así como el apego al principio de legalidad, nos hemos dispuesto a localizar dicho acto administrativo, 3. De lo observado en el acuerdo municipal, se tiene que la propuesta de la cámara de comercio, aprobada por el Conecjo Municipal modifica el artículo 32 de la ley 8582 y Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*99 ACTA N?29 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ GUÁPILES-POCOCÍ Teléfono N? 2710-6560 Fax N* 27107181 HACIENDA MUNICIPAL Email: mauricio.garitaQmunipococi.go,cr MUNICIAAIDAD adiciona un artículo denominado “31 bis”, en relación con la lectura del mismo, esta área técnica con todo respeto considera necesario advertir sobre el cuidado que debe tenerse con las reformas de ley que establecen la disposición de recursos municipales, sin la información financiera correspondiente. 4. Como funcionarios públicos es nuestro deber señalar que, aun cuando el proyecto presentado por la Cámara de Comercio es loable y coincidente con el afán que tiene esta Municipalidad de fomentar el desarrollo económico del Cantón, de una lectura simple del documento, se observan incoherencias que deben analizarse a la luz de la técnica jurídica y financiera, se considera que es indispensable que este tipo de actos se fortalezcan con elementos mínimos de discusión como análisis financieros, estimaciones y respaldo técnico que sustenten las posibles afectaciones de ingresos y gastos, 5. Conforme lo anterior se le hace saber al despacho del Alcalde y Concejo Municipal que, los suscritos, nos libramos de cualquier responsabilidad relacionada con el acuerdo tomado, consecuencias administrativas, posible daños legales, penales y financieros que deriven del acuerdo 483 tomado por el Concejo Municipal de Pococí. Atentamente, MAR. Cyníía Ávila Madrigal Cogkdinador de Hacieñda > Administradora Tributaria Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce. Se dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*100 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 ARTICULO lll Lectura, Discusión y Verificación del Acta N”27 Ordinaria del 21-04-2020 ACUERDO N* 672 Se Conoce Acta N*27 ordinaria del 21-04-2020 Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N*27 Ordinaria del 21-04-2020. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 673 Se Conoce Acta N*28 Extraordinaria del 22-04-2020 Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N”28 Extraordinaria del 22-04-2020. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado. ARTICULO IV Asuntos del Sr. Alcalde ACUERDO NP? 674 Comentario por parte del Señor Alcalde a.i. Edgar Villarreal Ruiz, dice: Aprovecho es espacio para hacerles un pequeño resumen de lo que estamos viviendo con el tema de los formularios en la Municipalidad. Gracias a que ustedes nos dieron el visto “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*101 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 bueno hemos estado filtrando alguna información pero no tenemos una tarea muy fácil, hemos estado incluso en unos safaranchos en la comisión de emergencias, porque si bien es cierto se ha llevado a los ciudadanos ha sido un calvario. A veces me dicen tiene 20 millones, a veces me dicen tiene 3 millones, a veces me dicen cómprele al comercio local, a veces me dicen que lo traen de San José y yo sinceramente se los digo estoy llegando al borde y si no fuera que hay una responsabilidad hasta legal les dejo esto botado pero ya. Porque en realidad uno pone la cara en mucho y lo venden muy feo y en mucho, hay necesidad, hay que atenderlo. Estamos mandando las listas, primero filtramos porque había una directriz de los que tenían orden sanitaria, no a todos pero hay algunos que sí, después los adultos mayores que ya llevamos más de 300 adultos mayores en todo el cantón. A las Barras de Colorado y Tortuguero, se llevaron 1090 diarios, a un promedio de ¿100.000 cien mil colones por diario de 55 kilos. Con el tema de la gente con discapacidad que a pesar de que conapdis enviaron una lista de 77 y en el formulario tenemos 1500 personas que reportan discapacidad y es uno de los grupos que hay que atender, algunos sí tienen subsidios, pero en eso no nos damos cuenta porque a veces las personas tienen a falsear información entonces, si no hacemos una investigación como corresponde nos podemos ver en una injusticia. Debo reconocer que al principio tuve algunos problemitas con gente muerta y que estaba en una lista de espera de la gente de red de cuido. bueno, todo eso me ha pasado en estos días y créanme que no es fácil, pero estamos trabajando para ponernos a derecho y lograr un filtro de 200 personas por día en los filtros, esa es la meta, mancomunadamente con el IMAS, MEP, y C.C.S.S. por el tema de las pensiones. Esa es la lucha y por aquí me están pasando de lo que ya se reportó hoy con personas de discapacidad y estamos alrededor de mas o menos 200 personas, con relación a la presa que teníamos de 11.000, once mil personas. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*102 ACTA N?*29 Ordinaria. 28-04-2020 ARTICULO V Mociones ACUERDO N* 675 MOCIÓN: Presentada por la regidora Ginnette Sequeira Granados. CONSIDERANDO: Que en el presupuesto inicial 2020 existen las partidas rehabilitación de caminos en el cantón que las mismas no han iniciado el proceso de ejecución. MOCIONO: Para que estas partidas sean utilizadas en rehabilitación de los siguientes caminos: + Rehabilitación de caminos en el cantón ley 8114 se asfalte la calle tracto a salir a barrio Jesús lo que alcance con 52 millones. 15 millones para construcción de aceras en Barrio Jesús. 40 millones tratamiento asfáltico de la escuela Pedíz a Santa Rosa. 52 millones para construcción de muro contención Barrio Kennedy 2 en Cariari. Rehabilitación caminos en el cantón 12074,778,32 en ciudadela, Hamburgo, Turnón, Primavera, Agriportica, Cocotales. Rehabilitación caminos en el cantón ley 7313 36 millones para tratamiento asfáltico calle Caribe a la vuelta el zoncho en Cariari. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 676 Comentario por la regidora Mariela Monge Araya. Doy gracias a Dios porque vamos a culminar dos periodos, mi persona, Freddy, Arelys, Osael, don Luis, gue nos hemos acompañado más años. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*103 ACTA N?29 Ordinaria. 28-04-2020 Agradecerle a Dios por habernos permitido estos momentos, por estar con salud y a ustedes porque nos hemos conocido en este tiempo y decirles que fue un gran reto, uno inicia con muchas expectativas, ilusiones, y al final se da cuenta que las cosas son muy diferentes, pero que se da lo mejor que uno pueda dar. Decirles que espero vernos en otras situaciones, porque siempre va a ser así, salimos de aquí pero seguimos con nuestras comunidades. Y mi compañera Arelys, que cuando iniciamos fue con pancita y se va con pancita entonces que le vaya bien en ese parto, y a los compañeros que quedan, que Dios los acompañe, los ilumine a hacer las cosas cada día mejor, Reg. Patricia Aguilar Araya. De mi parte darle el agradecimiento al Concejo, en la vida uno tiene que tener experiencias buenas y malas, las buenas lo hacen crecer y las malas a punta de golpes le ayudan a crecer más. Agradecerles a los que de una u otra manera lo ayudaron a crecer a uno un montón. Un placer conocer este mundo un poco complejo, nos hemos dado de frente, cuando a alguien le he tenido que decir las cosas lo he hecho de frente, me llevo una experiencia muy buena. Vinimos a este Concejo Municipal a legislar por el bienestar de los demás. Explica ampliamente. Reg. Maricruz Chaves Alfaro. Saluda, para mí fue una experiencia bastante enriquecedora, encontré una manera de pensar y accionar distinta, he aprendido mucho de cada uno de ustedes. Tanto buenas como malas y eso me ha enriquecido un poco más. Mi pensamiento, mi conocimiento y lo que puedo pretender hacer mas adelante, solo le pido a Dios que el próximo Concejo tenga la misma sapiencia o mayor para ayudar al cantón y que vengan a trabajar. Explica ampliamente. Reg. Eliecer Araya Brenes. Voy a ser breve, únicamente quiero agradecerles a todos y todas, realmente en mis años esta es una de las mejores experiencias, les doy gracias, hice muchas amistades en esta Municipalidad, tanto de los compañeros de aquí como de la gente que trabaja en oficinas, me llevo un gran sentimiento, yo se que yo vengo aquí y puedo entrar a cualquier oficina y se que me van a atender bien. Agradecerle a mi compañero Oscar Garro, nos llevamos bien, hicimos lo que pudimos y no descarto la posibilidad de volver, así que no les digo adiós sino, hasta luego. Sr. Pdte. Freddy Hernández M. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*104 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Es importante mencionar que hicimos un esfuerzo y dejamos para el próximo periodo allanado el camino de 46 millones para ayuda social y ya depurado el arreglo fiscal. El trabajo las últimas dos semanas se incrementó en 5 veces. Hemos estado un sábado en la oficina con él trabajando y demás, porque siendo uno maduro, yo siempre indiqué, hay que dejar allanado camino para el próximo camino. No nos dio el tiempo por la cuestión del COVID pero lo que había tardado 20 años en hacer un convenio específico entre el CTP y la Municipalidad de Pococí, hasta por fin se hizo, ese fue otro trabajo enorme convenciendo ustedes saben lo difícil que es con doña Karla. Ya eso son 500 millones que estamos dejándole para restablecer el polideportivo. Ese dinero va a estar para restaurar, el Polideportivo, la piscina, el gimnasio y yo les pedí techar e iluminar la pista atlética para que la gente pueda hacer ejercicio de noche. Y también el ingreso alto que queda por la ley 7313 en este año tendrían que entrar mas de mil millones más con concepto de la ley del impuesto bananero, entonces esperemos que sea un beneficio y de buen uso para los habitantes del cantón de Pococí. Reg. Reinaldo Benavides. Saluda, 12 años de servicio Municipal, en aquellos entonces cuando éramos regidores era diferente, 200 millones de colones, no existía la tecnología. Un agradecimiento a mi compañera Martha por todo el trabajo que ha hecho por este cantón y a todos ustedes, realmente ha sido un equipo señor presidente, hoy para mí don Freddy Hernández amigo, gracias por el apoyo, muchas gracias don Eliecer cuando fue presidente, muchas gracias don Eliecer por sus consejos y la sapiencia de escuchar. Dios me dio la oportunidad de seguir 4 años y a las ordenes de ustedes, aquí tienen un amigo y los proyectos de ustedes siempre los he respaldado. Explica ampliamente. Reg. Supl. Arelys Fernández Saluda, como dijo la compañera Mariela, algunos tenemos ya 10 años, fue un grupo muy bonito, dos experiencias y lo más importante es que cuando ingresamos al Concejo se dejan las banderas a un lado y cuando nos vamos los olvidamos porque lo que queda es la amistad. Me voy muy contenta de saber que la compañera Magally queda representando este Concejo en la Secretaría y muy agradecida Maga por todos esos 10 años, usted ha sido una persona muy especial, también al excompañero Orozco y Xinia, siempre se portaron a la altura, nunca un mal gesto, siempre tuve de ellos una buena atención espero sigan así con ese carisma tan lindo que los destaca. Al compañero Freddy que siempre ha estado ahí, le reconozco que hizo muy buenas acciones, igual con los que han estado en esta silla caliente. A mis compañeros de fracción y a todos en general porque lo que perdurará por muchos años es la amistad. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*105 ACTA N*29 Ordinaria. 28-04-2020 Reg. Ginnette Sequeira G. Yo entre todo, agradecida con Dios y el Espíritu Santo por darme esta oportunidad que fue tan enriquecedora, aprendí demasiado, lo que me llevo con mucha satisfacción es que desde el 2016 todos los proyecto el 98% fueron ejecutados, eso fue garantizarle a las comunidades el desarrollo. Agradecerles a todos el equipo se que hizo desde el 2016, salimos con vida todos, sanos. Quisiera solicitarles a los compañeros un aplauso para los dos presidentes que lideraron en el periodo 2016-2020 (Sr.Freddy Hernández Miranda y Sr. Eliecer Araya Brenes). Sr. Pdte. Freddy Hernández MI. Bueno, esto es un viaje y todos estamos en el mismo barco. Y bueno, lo que dicen ustedes, agarrar en el aire las cosas cuando viene gente de afuera no es jugando, pero como dice Maricruz, estas sillas calientes, la gente tal vez de afuera piensa que es muy fácil tomar decisiones aquí pero no. Reg. Johnny Vargas A. Pedirle a Bernardo, A Benavides que han estado estos 4 años que lo importante que se quedó por hacer, que ellos le den continuidad ya que son proyectos que tal vez no se lograron. Pero les encomiendo la labor de que se hagan. Explica ampliamente. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conocen comentarios. Se dispensan del trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. AL SER LAS DIECIOCHO HORAS CON TREINTA Y SEIS MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN C/c: SRS. REGIDORES, OTROS. ARCH. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.