Ordinaria 20 · 2020-03-17

ACTA N 20 ORDINARIA 17_03_2020.pdf · 107 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

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Acuerdos en esta acta

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“unicipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%1 ACTA N*20 Ordinaria.
e|
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N*20 ORDINARIA. 17-03-2020
SESION ORDINARIA. N*20 DEL 17-03-2020, INICIADA A LAS 17:00
HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA
SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES DIRECTORIO REGIDORES SUPLENTES
Johnny Vargas Arrieta Arelys Fernández Chaves
Patricia Aguilar Araya Osael Campos Bolaños
Ovidio Vives Castro Mariela Monge Araya
Ginnette Sequeira Granados Luis. Gdo. Venegas Ávila
Bernardo Antonio Veach Davis Virginia Hernández Rivera
Reinaldo Benavides Vargas Marta Salgueras Vásquez
Eliecer Araya Brenes Oscar Garro Rojas
Freddy Hernández Miranda(Quien Preside) M2 de los Ángeles Núñez Fuentes
Maricruz Chaves Alfaro Domingo Matarrita Gutiérrez
SÍINDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE
Geison Valverde Méndez Lucy Barrantes Jiménez
Johnny Córdoba Hernández Katherine Mendoza Montero
Juan Luis Gómez Gómez
Luis Ángel Rodríguez González Dafne Padilla Monge
José A. Chavarría Villarreal Ana Patricia Rosales Valverde
Javier Jiménez Villalobos
Joel Umaña Salazar Lisseth Monge Araya
MAGALLY VENEGAS ELIBETH VENEGAS
VARGAS VILLALOBOS
PROSECRETARIA ALCALDESA MUNICIPAL
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*2 ACTA N*20 Ordinaria.
ORDEN DEL DÍA
Acuerdos ARTÍCULO
431 al 476 l Correspondencia
477 al 479 1 Asuntos de la Sra. Alcaldesa
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
37
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*3 ACTA N?20 Ordinaria.
ARTICULO |
Correspondencia
ACUERDO N* 431
Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.
Saluda, me preocupa que hay gente hoy se va a tomar una decisión al respecto, todos
estamos claros con la situación que estamos viviendo. No quería comenzar así, estamos
claros con la situación que estamos viviendo no es broma es Emergencia Nacional, nos
están llamando a que tomemos las decisiones, correcciones pertinentes.
Vamos a tomar decisiones para que se conviertan en acciones al respecto, hago un
llamado a la responsabilidad civil, en la medida de lo posible no deberíamos estar acá, hay
alrededor de 50 personas en un espacio sumamente pequeño. Voy hacer una
juramentación rápida de Cascadas pero en lo pertinente y concerniente en el futuro quiero
que tengamos la consideración respectiva. Nos estamos exponiendo ya hay estudios de
casos sospechosos en la provincia.
Hago el llamado para que seamos responsables no es solo protegernos nosotros que
estamos aquí, es la gente donde nosotros participamos en los trabajos, hogares, en los
lugares que habitualmente estamos. Esto hay que atenderlo con la debida
responsabilidad. En el transcurso de la sesión vamos hablar al respecto, es una situación
incómoda, y hay que tomar decisiones incomodas pero mas que eso yo creo a no ser de
que sea urgente no deberíamos ir a exponernos en espacios tan cerrados con tanta gente.
Hago el llamado para que mantengamos la responsabilidad y por supuesto la
consideración aquí hay personas mayores, embarazadas, a veces vienen niños y no
estamos tomando las medidas, creo que eso es ya una obligación, ya ni siquiera es si
nosotros optamos o tenemos posibilidades de tener algún criterio personal ya es una
declaración de Emergencia Nacional o como tal tiene que tratarse.
ACUERDO N*432
El Sr. Presidente Freddy Hernández Miranda procede a Juramentar al Comité Pro Mejoras
de Cascadas 3.
Nixon Yovanny Diaz Zeledón 701410174
Rosaura Jiménez Benavides 701630160
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
2
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ci
Municipateiséáde Pococí
Auditoda
interp
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*4 ACTA N*20 Ordinaria. 17-03-2020
María del Socorro Campos Estrella 155801291122
Daniel Martínez Rodríguez 601990325
lliana Martínez Ramírez 701400771
Domingo Arauz Arauz 900920686
Xinia Martínez Martínez 601510021
Johnny Vásquez Ortiz 106120396
Leticia Ríos Reyes 801010462
Oscar Antonio Rodriguez Vega 203290950
Quedan debidamente Juramentados.
ACUERDO N* 433
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Henry Amey Gómez, Jefe
Departamentos Servicios Administrativos y Financieros, Dirección Regional de Educación
de Guápiles, dice:
Oficio DREG-DSAF-092-2020.
Asunto: Solicitud de destitución de miembro de Junta de Educación Escuela Central de
Guápiles.
En atención al artículo 28 del Reglamento 38249-MEP, traslado solicitud del Supervisor
del Circuito 01, MSc Fidel Picado Atencio para la formal destitución de los siguientes
miembros de la JUNTA EDUCACION ESCUELA CENTRAL DE GUAPILES cédula
3008061714administradora de los recursos de la Escuela Central de Guápiles código
3601:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI SN
PAGINA N*5 ACTA N?20 Ordinaria. 17-03-2020
Presidente Alejandro Acosta Gutiérrez |501460566| 27/04/2017 [83779255
Secretario José Ronulfo Ramírez Aguilar |[301540371| 27/04/2017 [27111308
Vicepresidente] Irian Viviana Rodríguez Bonilla [701060349] 27/04/2017 [72723474
Vocal 1 [Cinthya Vanessa Chavarría Jiménez|701450284| 27/04/2017 [84264003
Vocal2  lohanna del Socorro Amador Tapia|801010591| 27/04/2017 [87670814
- “ko anterior, por cuanto al haber concluido el proceso sumario elaborado por el Supervisor Msc. Fidel
Picado Atencio “De acuerdo con lo denunciado, la información sumaria aportada y en concordancia
con los artículos 2, 3, 31, 32 y subsiguientes del Reglamento General de Juntas de Educación y
Administrativas, relacionados con los deberes y obligaciones de las Juntas de Educación y
Administrativas, y de conformidad con el artículo 27 del mismo Reglamento, recomiendo la destitución
en pleno de la Junta de Educación de la Escuela Central de Guápiles”. Se adjunta expediente y
resolución 05-2020 firmada por el suscrito.
/
Asimismo, se agradece notificar la resolución del trámite a los correos
iciosadmfinan.quapilesAmep.go.cr y supervisionO1.quapilesAmep.go.cr
Cordialmente, YA
Jefe Departamento Servicios Administrativos y Financieros
Dirección Regional De Educación de Guápiles.
“Siempre apoyando el Desarro!lo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%6 ACTA N*20 Ordinaria.
Ministerio De Educación Pública S
Dirección Regional de Educación de Guápiles > juecippRegiona! -]
100 metros sur del C.T.P. de Pococí Fis
me NN es
de Educación Pública
13 de marzo, 2020
RESOLUCIÓN FINAL 05-2020
Escuela Central de Guápiles
Código 3601
De acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente para las Juntas de Educación y Juntas
Administrativas, respecto a los artículos 25, 26, 27 y 28 del Decreto 38249 Reglamento General
de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, referentes a la realización de procesos
sumarios,
Considerando:
1. Que mediante oficio Supervisión DREG-SCE01-0123-2020 recibido el 11 de marzo del
2020, el Máster Fidel Picado Atencio, realiza traslado de Informe Sumario sobre la
atención de solicitud de investigación en la JUNTA EDUCACION DE LA ESCUELA
CENTRAL DE GUAPILES administradora de los recursos de la Escuela Central de
Guápiles código 3601.
2. Que el informe sumario consta de 17 folios y adjunta expediente de respaldo con 164
folios.
3. Que señala el Supervisor Msc Fidel Picado Atencio en su recomendación: “De acuerdo
con lo denunciado, la información sumaria aportada y en concordancia con los articulos
2, 3, 31, 32 y subsiguientes del Reglamento General de Juntas de Educación y
Administrativas, relacionados con los deberes y obligaciones de las Juntas de Educación
y Administrativas, y de conformidad con el artículo 27 del mismo Reglamento,
recomiendo ta destitución en pleno de la Junta de Educación de la Escuela Central de
Guápiles”.
4. Que ha señalado en otras ocasiones el Concejo Municipal de Pocóci que la
recomendación de destitución debe emanarse del Supervisor, indiferentemente del
criterio que emita esta jefatura.
5. Que consta en resolución N*2019022485 de la Sala Constitucional que el procedimiento
realizado por la Supervisión corresponde a una investigación preliminar al indicar:
+.."Dicho informe es simplemente un resumen del estado de la situación que sirve como
un insumo para el procedimiento que decide si realiza el Concejo, o no.”
6. Que según los registros de este departamento los miembros de la JUNTA EDUCACION
DE LA ESCUELA CENTRAL DE GUAPILES cédula 3008061714 administradora de los
recursos de la Escuela Central de Guápiles código 3601 son:
Presidente Alejandro Acosta Gutiérrez [501460556| 27/04/2017 13/05/2017 [83779255
Secretario José Ronulfo Ramírez Aguilar  [301540371| 27/04/2017 13/05/2017 [27111308
“Siempre apoyando el Desarro!lo del Cantón”.
Municipalidad de Pecoci
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*7 ACTA N*20 Ordinaria.
Ministerio De Educación Pública
Dirección Regional de Educación de Guápiles pued sería Y
mM 100 metros sur del C.T.P. de Pococí bea Qu, ,
ne
de Educación Pública
[Vicepresidente]  Irian Viviana Rodríguez Bonilla [701060349| 27/04/2017 13/05/2017 [72723474
Vocal 1 ¡Cinthya Vanessa Chavarría Jiménez |701450284| 27/04/2017 13/05/2017 [84264003
Vocal 2 Johanna del Socorro Amador Tapiaj801010591| 27/04/2017 13/05/2017 |87670814|
7. Que el señor Supervisor está respaldado y facultado por el Reglamento General de
Juntas de educación y Administración en sus artículos 94 incisos del a. al i. que a la letra
indican
“...En su relación con las Juntas, el Supervisor de Centros Educativos tendrá las siguientes
facultades y atribuciones:
a) Valorar la documentación y otorgar el visto bueno a las ternas emitidas por los Directores de los
Centros Educativos, relacionadas con la conformación de la Junta respectiva.
b) Verificar que los Directores de los Centros Educativos bajo su jurisdicción participen en las
sesiones de la Junta, tanto ordinarias como extraordinarias,
€) Coordinar con el Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, las acciones
necesarlas para asegurar el buen funcionamiento de las Juntas de su jurisdicción,
d) Atender las denuncias que se presenten sobre el funcionamiento de la Junta o de alguno de sus
miembros.
e) Atender las denuncias que formule la Junta en contra del director o el personal docente. y
administrativo, DL,
f) Realizar investigaciones sumarias sobre las denuncias que se presenten y comunicar los
resultados al Departamento de Servicios Administrativos y Financleros.
g) Apoyar al Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, en los procesos de
asesoramiento, capacitación e inducción a las Juntas, asf como en las visitas que deben realizar
para valorar temas específicos.
h) Promover en coordinación con los Directores de Centros Educativos y sus respectivas Juntas el
desarrollo de actividades que potencien el arte, la cultura, el deporte y la recreación como medio
para fortalecer el arralgo, la armonta y la identidad regional.
1) Otras funciones y tareas relacionadas con la gestión de juntas, encomendadas por el superior jerárquico.
8. Que los artículos 25,26,27 y 28 del Reglamento supra citado que nos señalan:
Artículo 25.—El Supervisor del Centro Educativo será el responsable de realizar una investigación
sumaria con el fin de determinar la existencia real de los hechos denunciados. Para tales efectos
podrá contar con el apoyo técnico del Departamento de Servicios Administrativos y Financieros. Si
existiere mérito, le trasladará la acusación al.denunciado y se le concederá audiencia por cinco
días hábiles para que se manifieste al respecto y ejerza el derecho de defensa; de no haber mérito
se procederá a archivar la denuncia y a realizar a los interesados la comunicación respectiva.
Artículo 26.—La investigación sumaria deberá concluirse en el plazo máximo de un mes
calendario, contado a partir de la recepción de la denuncia. La inacción u omisión por parte del
Supervisor del Centro Educativo, según to indicado en el artículo anterior, será considerado
incumplimiento de funciones.
Artículo 27.——Una vez concluida la investigación sumaria, el Supervisor del Centro Educativo
pondrá el expediente en conocimiento del Jefe de 5Bervicios Administrativos y Financieros, con sus
recomendaciones y observaciones incluidas.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*8 ACTA N*20 Ordinaria.
o... , Ministerio De Educación Pública Ss
me Dirección Regional de Educación de Guápiles isescióp Regional a
100 metros sur del C.T.P. de Pococí E roucación yg,
Ministerio Sie
de Educación Pública
Artículo 28.—En caso que se reciba una recomendación de destitución de la Junta o de alguno de
sus miembros, el Jefe de Servicios Administrativos y Financieros verificará el cumplimiento del
procedimiento establecido en los artículos precedentes. Asimismo, en un plazo máximo de cinco
días hábiles, remitirá el expediente al Concejo Municipal con la solicitud de destitución, para que el
Concejo Municipal proceda según corresponda...."
9, Que siendo responsabilidad del Supervisor del Circuito, señor Msc Fidel Picado Atencio,
la realización del informe sumario y la verificación de la información a la que se refiera en
el mismo, en apego al artículo 27 del Reglamento General de Juntas de Educación y
Juntas Administrativas, el suscrito Henry Amey Gómez, Jefe de Servicios Administrativos
y Financieros de la Dirección Regional de Educación de Guápiles, concluida la
investigación sumaria por el Supervisor Circuito 01 MSC Fidel Picado Atencio y
analizados tos aspectos presentados, resuelve:
POR TANTO
i. — Dar por recibido el informe sumario realizado por el señor MSC Fidel Picado Atencio en
calidad de supervisor del circuito 01..
ii. Trasladar al Honorable Concejo Municipal solicitud del Supervisor MSC Fidel Picado
Atencio en calidad de supervisor del circuito 01, destitución de miembros de JUNTA
EDUCACION ESCUELA CENTRAL DE GUAPILES cédula 30080861714administradora
de los recursos de la Escuela Central de Guápiles código 3601 para lo siguiente
miembros:
Presidente Alejandro Acosta Gutiérrez I501460566| 27/04/2017 [83779255
Secretario José Ronulfo Ramírez Aguilar [301540371| 27/04/2017 [27111308
Vicepresidente]  Irian Viviana Rodríguez Bonilla |701060349| 27/04/2017 |72723474i
Vocal 1 ¡Cinthya Vanessa Chavarría Jiménez|701450284| 27/04/2017 [84264003
Vocal 2 llohanna del Socorro Amador Tapiaf801010591| 27/04/2017 |87670814!
Henry Ámey Gómez
' Jefe Servicios Administrativos y Financieros
Dirección Regional de Educación Guápiles
it  Archivar el expediente.
Cc: Archivo ,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%9 ACTA N*20 Ordinaria.
Nota de Secretaría: Toda la documentación referente a este caso, queda en custodia del
Departamento de Secretaría, mismo que será remitido al departamento de Servicios
jurídicos para su análisis.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de Servicios Jurídicos
para su análisis y su recomendación.
ACUERDO N* 434
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Henry Amey Gómez, Jefe
Departamentos Servicios Administrativos y Financieros, Dirección Regional de Educación
de Guápiles, dice:
Oficio DREG-DSAF-091-2020.
Asunto: Solicitud de destitución de miembro de Junta de Educación Escuela El Rotulo.
En atención al artículo 28 del Reglamento 38249-MEP, traslado solicitud del Supervisor
del Circuito 02, MSc Carlos Camacho Sáenz para la formal destitución de los siguientes
miembros de la JUNTA EDUCACION ESCUELA EL ROTULO LA RITA POCOCI cédula
3008115523 administradora de los recursos de la Escuela El Rótulo código 3641 :
== z ps 77
ESA E E no:
Vicepresidente Marilin Rojas Hernández 602910146 |86722927
Presidente |Yeirerd Edanner Cubillo Angulo| 603320928 [50059481
Secretario [Tomás García Vega 502870285
Voca! 1 lAlioska María Calero Lira 155803899705 |84251678
Vocal 2 Denia Valle Linarte 109310889 |50110990
Lo anterior, por cuanto al haber concluido el proceso sumario elaborado por el Supervisor Msc. Carlos
Camacho Sáenz “Proceder ante el Honorable Consejo (sic) Municipal con el trámite de destitución de
los miembros de la Junta de Educación El Rotulo por las anomalías indicada en el presente sumario
como lo son las irregularidades comeditas en la venta de chatarra, anulación del proceso de
contratación de nuevo contador para el 2020 sin haberlo comunicado al interesado incumpliendo con
los plazos según lo normado en los procesos y el permitir en el mismo la intervención del contador
Mainor Villegas según correo del 23-12-2019; la no entrega de documentos e información a director y
supervisor, trámite de planillas y pagos sin ta firma del Director o en su defecto alguna otra autoridad
del MEP y negarse a recibir documentación como en el caso del oficio DRE-SEC-02.015.2020, según
lo detalla el director en documento EER-013-03-2020”. Se adjunta expediente y resolución 04-2020
firmada por el suscrito.
Asimismo, se agradece notificar la resolución del trámite a los correos
serviciosadmfinan.guapitesG2mep.go.cr y supervisionO2.. il X
Cordialmente, Adal L E
Lic. Henry Amey Gómez
Jefe Departamento Servicios Administrativos y Financieros
Dirección Regional De Educación de Guápiles.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*10 ACTA N*20 Ordinaria. 403-2020
o... Ministerio De Educación Pública PS
me Dirección Regional de Educación de Guápiles pireesip Region
100 metros sur del C.T.P. de Pococí < ancacil ndo
Ministerio O Piles
de Educación Pública
13 de marzo, 2020
RESOLUCIÓN FINAL 04-2020
Escuela El Rótulo
Código 3641
De acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente para las Juntas de Educación y Juntas
Administrativas, respecto a los artículos 25, 26, 27 y 28 del Decreto 38249 Reglamento
General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, referentes a la realización de
procesos sumarios.
Considerando:
1. Que mediante oficio Supervisión DREG-SCE02-036-2020 recibido el 06 de marzo
del 2020, el Máster Carlos Camacho Sáenz, realiza traslado de Informe Sumario
sobre la atención de solicitud de investigación en la JUNTA EDUCACION
ESCUELA EL ROTULO LA RITA POCOCI administradora de los recursos de la
Escuela El Rótulo código 3641. .
2. Que el día 09 de marzo de 2020, el señor Camacho Sáenz complementa
documentación al expediente, por cuanto faltaban varios folios,
3. Que el día 12 de marzo de 2020 se previno al señor Supervisor sobre la necesidad
de aclaración del documento,' por cuanto al inicio hace referencia a otro centro
educativo. La aclaración fue remitida mediante oficio DREG-SEC02-039-2020
recibida a las catorce horas del 12 de marzo de 2020.
4. Que el informe sumario consta de 17 folios y adjunta expediente de respaldo con
, 312 folios. Adicionalmente se incorpora folio con oficio DREG-SEC02-039-2020.
5. Que señala el Supervisor Msc Carlos Camacho Sáenz en su conclusión final: “Por
último indico en este apartado que la Junta de Educación incurrió en faltas graves
según lo investigado y a criterio de este servidor como administrador educativo
perjudican ta gestión en el centro educativo y de otras dependencias, acciones que
son causales suficientes para la destitución de los miembros de ese órgano y se
debe solicitar la misma ante el Honorable Consejo(sic) Municipal”.
6. Que recomienda el Supervisor Msc Carlos Camacho Sáenz en el punto 3 de las
recomendaciones “Proceder ante el Honorable Consejo (sic) Municipal con el
trámite de destitución de tos miembros de la Junta de Educación El Rotulo por las
anomalías indicada en el presente sumario como lo son las irregularidades
comeditas en la venta de chatarra, anulación del proceso de contratación de nuevo
contador para el 2020 sin haberlo comunicado al interesado incumpliendo con los
plazos según lo normado en los procesos y el permitir en el mismo la intervención
del contador Mainor Villegas según correo dél 23-12-2019; la no entrega de
documentos e información a director y supervisor, trámite de planillas y pagos sin
ta firma del Director o en su defecto alguna otra autoridad del MEP y negarse a
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*11 ACTA N*20 Ordinaria. 17-03-2020
Ministerio De Educación Pública a
Dirección Regional de Educación de Guápiles greso Regional
100 metros sur del C.T.P. de Pococí £ Tducación
me 4 “o
de Educación Pública
recibir documentación como e el caso del oficio DRE-SEC-02.015,2020, según lo
detalla e3l director en documento EER-013-03-2020 .”
7. Que la recomendación 3c solicita colaborarles a los miembros de junta en su
gestión mediante la valoración de una revisión, sin embargo, resulta innecesaria
por cuanto según lo señala el señor Supervisor, como administrador educativo
determinó y solicitó la destitución de los miembros de junta.
8. Que ha señalado en otras ocasiones el Concejo Municipal de Pococí que la
recomendación de destitución debe emanarse del Supervisor, indiferentemente del
criterio que emita esta jefatura.
9. Que consta en resolución N”2019022485 de la Sala Constitucional que el
procedimiento realizado por la Supervisión corresponde a una investigación
preliminar al indicar: ..."Dícho informe es simplemente un resumen del estado de
la situación que sirve como un insumo para el procedimiento que decide si realiza
el Concejo, o no.”
10. Que según los registros de este departamento los miembros de la JUNTA
EDUCACION ESCUELA EL ROTULO LA RITA POCOC! cédula 3008115523
administradora de los recursos de la Escuela El Rótulo código 3641 son:
[Vicepresidente Marilin Rojas Hernández 602910146 [86722927
Presidente  [Yeirerd Edanner Cubillo Angulo| 603320928 |50059481
Secretario  [fomás García Vega 502870285
Vocal1  |Alioska María Calero Lira 155803899705 [84251678
Vocal 2 Denia Valle Linarte 109310889 |50110990|
11. Que el señor Supervisor está respaldado y facultado por el Reglamento General
de Juntas de educación y Administración en sus artículos 94 incisos del a. al i. que
a la letra indican
*...En su relación con las Juntas, el Supervisor de Centros Educativos tendrá las siguientes
facultades y atribuciones:
a) Valorar la documentación y otorgar el visto bueno a las ternas emitidas por los
Directores de los Centros Educativos, relacionadas con la conformación de la Junta
respectiva.
hb) Verificar que los Directores de los Centros Educativos bajo su jurisdicción participen en
las sesiones de la Junta, tanto ordinarias como extraordinarias.
c) Coordinar con el Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, las acciones
necesarias para asegurar el buen funcionamiento de las Juntas de su jurisdicción.
d) Atender las denuncias que se presenten sobre el funcionamiento de la Junta o de alguno
de sus miembros.
8) Atender las denuncias que formule la Junta en contra del director o el personal docente
y administrativo.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*12 ACTA N*20 Ordinaria.
090 Ministerio De Educación Pública E
me Dirección Regional de Educación de Guápiles ise Regional
100 metros sur del C.T.P. de Pococí rsucación pi
Me Enucción Pública -
f) Realizar investigaciones sumarias sobre las denuncias que se presenten y comunicar los
resultados al Departamento de Servicios Administrativos y Financieros.
9) Apoyar al Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, en los procesos de
asesoramiento, capacitación e inducción a las Juntas, asf como en las visitas que deben
realizar para valorar temas específicos.
h) Promover en coordinación con los Directores de Centros Educativos y sus respectivas
Juntas el desarrollo de actividades que potencien el arte, la cultura, el deporte y la
recreación como medio para fortalecer el arraigo, la armonfa y la identidad regional.
1) Otras funciones y tareas relacionadas con la gestión de juntas, encomendadas por el superior
jerárquico.
12. Que tos articulos 25,26,27 y 28 del Reglamento supra citado que nos señalan:
Artículo 25.—El Supervisor del Centro Educativo será el responsable de realizar una
investigación sumaria con el fin de determinar la existencia real de los hechos
denunciados. Para tales efectos podrá contar con el apoyo técnico del Departamento de
Servicios Administrativos y Financieros, Si existiera mérito, le trasladará la acusación al
denunciado y se le concederá audiencia por cinco días hábiles para que se manifieste al
respecto y ejerza el derecho de defensa; de no haber mérito se procederá a archivar la
denuncia y a realizar a los interesados la comunicación respectiva.
Artículo 26.—La investigación sumaria deberá concluirse en el plazo máximo de un mes
calendario, contado a partir de la recepción de la denuncia. La inacción u omisión por parte
del Supervisor del Centro Educativo, según lo indicado en el articulo anterior, será
considerado incumplimiento de funciones.
Artículo 27,—Una vez concluida la investigación sumaria, el “Supervisor del Centro
Educativo pondrá el expediente en conocimiento del Jefe de Servicios Administrativos y
Financieros, con sus recomendaciones y observaciones Incluidas.
Artículo 28.—En caso que se reciba una recomendación de destitución de la Junta o de
alguno de sus miembros, el Jefe de Servicios Administrativos y Financieros verificará el
A cumplimiento del procedimiento establecido en los artículos precedentes. Asimismo, en un
plazo máximo de cinco días hábiles, remitirá el expediente al Concejo Municipal con la
solicitud de destitución, para que el Concejo Municipal proceda según corresponda....”
13, Que siendo responsabilidad del Supervisor del Circuito, señor Msc Carlos
Camacho Sáenz, la realización del informe sumario y la verificación de la
información a la que se refiera en -el mismo, en apego al artículo 27 del
Reglamento Genera! de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, el suscrito
Henry Amey Gómez, Jefe de Servicios Administrativos y Financieros de la
Dirección Regional de Educación de Guápiles, concluida la investigación sumaria
por el Supervisor Circuito 02 MSC Carlos Camacho Sáenz y analizados los
aspectos presentados, resuelve:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
erro
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*13 ACTA N*20 Ordinaria.
o... Ministerio De Educación Pública
me Dirección Regional de Educación de Guápiles eco Regionl Y
100 metros sur del C.T.P. de Pococí 4 tio,
Ministerio
de Educación Pública
POR TANTO
i. Dar por recibido el informe sumario realizado por el señor MSC Carlos Camacho '
Sáenz en calidad de supervisor del circuito 02.
li. Trasladar al Honorable Concejo Municipal solicitud del Supervisor MSC Carlos
Camacho Sáenz en calidad de supervisor del circuito 02, destitución de miembros
de JUNTA EDUCACION ESCUELA EL ROTULO LA RITA POCOCI cédula
3008115523 administradora de los recursos de la Escuela El Rótulo código 3641
para lo siguiente miembros:
Vicepresidente |Marilin Rojas Hernández 602910146 [86722927
Presidente |Yeirerd Edanner Cubillo Angulo¡ 603320928 [50059481
Secretario [Tomás García Vega 502870285
Vocal1  |Alioska María Calero Lira 155803899705 |84251678
Vocal 2 Denia Valle Linarte 109310889 ¡50110990
iii. Archivar el expediente. as |
Henry Amey Gómez
Jefe Servicios Administrativos y Financieros
Dirección Regional de Educación Guápiles
Cc: Archivo
Nota de Secretaría: Toda la documentación referente a este caso, queda en custodia del
Departamento de Secretaría, mismo que será remitido al departamento de Servicios
jurídicos para su análisis.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de Servicios Jurídicos
para su análisis y su recomendación.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*14 ACTA N?20 Ordinaria.
ACUERDO NP 435
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Melina Solano Cubero, Presidenta
Junta de Salud, área de Salud Guápiles, Dra. Nuria Marín Monge, Directora Médica, Area
de Salud Guápiles, dice:
JS-ASG-10-2020.
Cordial salud, debido a la emergencia en la que se encuentra el país, solicitamos el apoyo
de
ustedes Concejo Municipal para la realización e impresión de campaña publicitaria, videos
explicativos con la participación de funcionarios de áreas de salud y hospital, volantes
informativos para la población y el perifoneo para el cantón de Pococí.
Lo anterior consecuente a la respuesta social de las comunidades en donde las personas
mantienen comportamientos y prácticas que son inadecuadas por parte de las
comunidades puesto que no valoran el riesgo de la enfermedad y le restan importancia a
las medidas de prevención, no modifican las costumbres y actitudes en prácticas de
prevención, no tienen conciencia de la magnitud del problema, además no tienen sentido
de pertenencia comunitaria.
Por lo que de manera solidaria requerimos del apoyo del gobierno local para la campaña
de prevención antes mencionada.
Sra. Melina Solano Cubero, ced. 3-380-945, Presidenta Junta de Salud, área de Salud
Guápiles.
Explica ampliamente como se trasmite el Covit-19 y sobre la importancia de no
presentarnos ni a reuniones, convocatorias, es mas el Concejo Municipal debería ser
completamente cerrado y las personas que estén enfermas no asistan. Y le solicita al
Concejo el apoyo para megafonear todo el cantón.
Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.
Traiga una factura proforma, consigala y la puede dejar en la Secretaria.
Hace uso de la palabra.
+ Reg. Mariela Monge Araya.
+ Reg. Patricia Aguilar Araya.
+ Reg. Johnny Vargas Arrieta.
e Sra. Melina Solano Cubero.
+ Reg. Eliecer Araya Brenes.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*15 ACTA N*20 Ordinaria.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce.
ACUERDO N*436
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcalde
Municipal, dice:
DACM-062-2020.
Asunto: remisión solicitud de representante municipal para la junta de Protección a las
niñez y a la Adolescencia del PANI.
Mediante la presente se remite oficio JPPO-000i-2020 del Patronato Nacional de la
Infancia, en el mismo están solicitando se nombren los dos representantes municipales
para la Junta de Protección a la Niñez y a la Adolescencia, así como para el Subsistema
Local de Protección Integral de Pococí. Se remite para lo que corresponda.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI sde
PAGINA N*16 ACTA N?*20 Ordinaria. 17-03-2020
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
Ye col OFICINA LOCAL DE POCOCÍ
Teléfono: 2711-0864. Fax: 2711-1622
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
DESPACHO DELA ALCALDESA
ENTREGADOROR |
Sra. Elibeth Vi Villalob Ñ ctocra NEETE 32 menda
los 1e0d encgas Malodos RECININO POR ,
Alcaldesa de la Municipalidad de Pococí Pos (eg o 025
MEUNCI=S:
BORA
JPPO - 0001 - 2020
27 de febrero de 2020
Respetada Alcaldesa
Reciba un saludo cordiat, por este medio se le solicita respuesta al Oficio PANI
0394-2019, recibido por la secretaría de la Alcaldía Municipal el 06 de noviembre
de 2019 y PANI — OLPO -— OF -— 00445 - 2019, recibido por la secretaría de la
Alcaldía Municipal; el 16 de diciembre de 2019.
Ambas solicitudes responden al DECRETO N* 35494- S, donde se indica en el
capítulo IV, artículo 12, inciso a. lo siguiente:
“El representante Municipal: que será un funcionario de ésta, residente de la
comunidad, nombrado por el Alcalde y con poder de decisión a fín de agilizar los
procesos definidos por las Juntas de Protección a la Niñez y la Adolescencia.”
Al día de hoy no se ha recibido respuesta a ninguna de las dos solicitudes, por lo
anterior, es urgente que se nombre a la persona representante municipal
propietaria y a la persona suplente y se les socialicen las fechas, para que puedan
integrarse al proceso de Junta de Protección a la Niñez y Adolescencia de PococÍ
y Subsistema Local de Protección Integral de Pococí. Es importante recordar que
esta estrategia de articulación interinstitucional requiere la participación activa de
todas las instituciones involucradas en el proceso y así contribuir a la garantía de
derechos a las niñas, niños y adolescentes del cantón.
Una vez designadas ambas personas entregar el oficio con la respuesta en la
Oficina Local del PANI de Pococí, O bien, enviarlos a los correos:
pocociípani.go.cr o imorafWpani.go.cr
En espera de una pronta respuesta, atentamente,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*17 ACTA N?*20 Ordinaria.
Municipalidad de PococíÍ
y SER PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
o OFICINA LOCAL DE POCOCÍ
pani Teléfono: 2711-0864, Fax: 2711-1622
Roney López Madrigal - JPNA — Cariar >
Matilde Cantillo Acuña — lAFA ú
Mileybi Sánchez Jiménez — MS a
José Sánchez Hernández — MSP fro
Hazel Alvarado Gómez — MEP (0
Ana Loría Guadamuz — IMAS <<?
María del Milagro Campos Víquez — MEP a
Isabel Núñez Acuña — CCSS - Guápiles,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
17-03-2020
PAGINA N*18 ACTA N?*20 Ordinaria.
y SE PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AO OFICINA LOCAL DB POCOCÍ
poda Teléfono: 2711-0364. Fax: 2711-1622
Made de
13 e
Christia Saborío Jiménez - CCSS - Guápiles
Patricia Aguilar Araya — JPNA Pococí AR Oroya
Liliana Mora Vargas — PANI - PococÍ pa
Cc. Sr. Edgar Villarreal Ruiz. Vicealcalde, Municipalidad de PococÍ.
Sras. Sres. Consejo Municipal de PococÍ.
Archivo.
Consecutivo.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Despacho de la Alcaldía.
“Siempre apoyando el Desarrollo de! Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*19 ACTA N*20 Ordinaria.
ACUERDO NP 437
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcalde
Municipal, dice:
DACM-061-2020.
Asunto: remisión solicitud de presupuesto Municipal por parte del PANI.
Mediante la presente se remite oficio JPPQ-0002-2020 del Patronato Nacional de la
Infancia, en el mismo están solicitando se incluyan recursos presupuestarios en el
presupuesto extraordinario por un monto total de ¿4,125.000.00, Se remite para lo que
corresponda.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*20 ACTA N?20 Ordinaria.
y Se PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
A OFICINA LOCAL DE POCOCÍ
Teléfono: 2711-0864. Fax: 2711-1622
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ |
JPPO - 0002 - 2020
27 de febrero de 2020
DESPACHO DE LA ALCALDESA
NcábULA 1072-53 2
RECMIDO PAR
NOMIIR E» Merz
NORDULA,
=> — FIRMA.
Respetada Alcaldesa ETS nora 1 Ar
Sra. Elibeth Venegas Villalobos
Alcaldesa de la Municipalidad de Pococí
Reciba un saludo cordlal, según el plan de acción de la Junta de Protección a la
Niñez y la Adolescencia de PococÍ, la Junta de Protección a la Niñez y la
Adolescencia de Cariari y el Subsistema Local de Protección Integral de Pococí,
(el mismo se adjunta en un documento de Excel).
Se solicita que se incluya en el presupuesto extraordinario 2020, recursos
económicos que permitan cumplir con el plan de acción 2020, según el siguiente
detalle:
Cantidad | Bien y/o servicio Costo
] aproximado
500 Refrigerios con un costo aproximado de (dos|(C 2.000.000,00
millones de colones), cada refrigerio debe
comprender un emparedado de pollo, café, fresco y
una porción de fruta. Distribuidos en las
comunidades de Guápiles y Cariari en 8 fechas
diferentes en el periodo abril — noviembre 2020.
1 Computadora portátil para reforzar el trabajo en | € 600,000,00
comunidad con las familias y las personas menores
de edad. .
1 Disco externo para almacenaje y respaldo de| (UT 75.000,00
información
1000 Folletos a color para repartir en las familias para la | (' 500.000,00
prevención de la Negligencia.
1 Datacard para el trabajo en las comunidades € _200.000,00
Suministros de oficina para 16 sesiones de trabajo | € 750.000,00
con padres, madres, encargados legales y
personas menores de edad. , .
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*21 ACTA N*20 Ordinaria.
y SK PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
E OFICINA LOCAL DE POCOCÍ
pani Teléfono: 2711-0864. Fax: 271 1-1622
ESA pa
Se agradece la respuesta al presente oficio en la Oficina Local del PANI de
Pococí, o bien, enviarlos a los correos: pocociOMpani.go.cr o ImorafMpani.go.cr
Roger Durán Valverde — Casa de Justicia —'
Rocío Condega Rodríguez — PANI — Cariari
Rosibel Bermúdez Venegas — JPNA -— Cariari par
Roney López Madrigal — JPNA — Cariari z
Matilde Cantillo Acuña — lAFA
Qui?
Mileybi Sánchez Jiménez — ruso (Qs dl
José Sánchez Hernández — MSP yl -
Hazel Alvarado Gómez -- MEP A
Ana Loría Guadamuz — ms
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*22 ACTA N?20 Ordinaria.
: y . $; PATRONATO NACIONAL DB LA INFANCIA
e. OFICINA LOCAL DE POCOCÍ
pens Teléfono: 2711-0864. Fax: 2711-1622
Patricia Aguilar Araya — JPNA PococÍ CASA a q Ca a 4003] a
Liliana Mora Vargas — PANI - Pococí 1 De
Cc. Sr. Edgar Villarreal Ruiz. Vicealcalde, Municipalidad de Pococí.
Sras. Sres. Consejo Municipal de Pococí. — :
Sras. Sres. Consejos de Distrito de Guápiles y Cariayj
Archivo. IN
Consecutivo.
cOn ALA NINEZ*
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*23 ACTA N*20 Ordinaria.
ACUERDO N* 438
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias
comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos
que se requieren.
Licencia de Comerciales
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
GUERRERO GARCÍA | RESTAURANTE | GUÁPILES, 100 MTS OESTE
63 LUIS ÁNGEL DE LOS SEMÁFOROS
DEL CRUCE
DE LA MONTECARLO
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 439
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias
comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos
que se requieren.
Licencia de Comerciales
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
Cooperativa
64 Autogestionaria de Oficina de Gestión Cariari, 100 mts oeste del
Servicios Múltiples Salón Comunal
para el desarrollo
Comunitario
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*24 ACTA N*20 Ordinaria.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 440
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias
comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos
que se requieren.
Licencia de Comerciales
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
Barquero Quesada | Despacho de Pan y | Jiménez, 150 mts oeste de
65 María Milagro pago de Servicios | la escuela El Molino
Públicos
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 441
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias
comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos
que se requieren.
Licencia de Comerciales
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
Henao Bernal Bazar Cariari, 17 mts E. y 95 mts
66 German N. de la Guardia Rural.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*25 ACTA N*20 Ordinaria.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 442
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic, Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias
comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos
que se requieren.
Licencia de Comerciales
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
Villegas Jiménez Restaurante Guápiles, 290 mts norte del
67 Lucrecia Colegio Técnico Prof. De
Pococí.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 443
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias
comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos
que se requieren.
Licencia de Comerciales
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
Montoya Díaz José Centro de Guápiles, frente al Estadio
68 Acondicionamiento Ebal Rodríguez
Físico
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*26 ACTA N*20 Ordinaria.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 444
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias
comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos
que se requieren.
Licencia de Comerciales
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
Huzma S.R.L Tienda de Ropa Guápiles Centro frente al
69 Ministerio de Salud
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 445
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias
comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos
que se requieren.
Licencia de Comerciales
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
Vlum acabado S.R.L. Venta de Vidrios y | Guápiles frente al Grupo Q,
70 Acabados sobre ruta 32
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI >
PAGINA N*27 ACTA N*20 Ordinaria. 17-03-2020
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 446
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias
comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos
que se requieren.
Licencia de Comerciales
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
Matamoros Chinchilla Academia de Guápiles, 300 mts este de
71 Mónica maniqueísmo Correos de C.R.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO NP? 447
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias
comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos
que se requieren.
Licencia de Comerciales
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
Tecni Materiales Venta de Equipos | Guápiles, 400 Mts. Este del
72 | Mattec S.A. de Refrigeración Puente Sobre Río Toro
aires Amarillo
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*28 ACTA N?20 Ordinaria.
Acondicionados y
Repuestos
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 448
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias
comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos
que se requieren.
Licencia de Comerciales
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
Hernández Paniagua Bar La Rita Barrio Los Pinos
73 | Michael contiguo a la academia de
Policía
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO NP? 449
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia de licores
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*29 ACTA N?20 Ordinaria.
Exp Nombre del Solicitante | Actividad y categoría DIRECCION
Guerrero García Restaurante Guápiles, 100 mts oeste
10 Luis Angel Categoría C de los semáforos del
cruce de la Montecarlo
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 450
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia de licores
Exp Nombre del Solicitante | Actividad y categoría DIRECCION
Pérez Prieto Carlos Restaurante Cariari de la Iglesia
11 Categoría C Católica de Palacios 178
mts
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 451
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia de licores
Exp Nombre del Solicitante | Actividad y categoría DIRECCION
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*30 ACTA N?20 Ordinaria.
Fei Long del Oriente | Minisúper Categoría | Guápiles, 50 mts norte
12 S.A. D1 del Estadio Ebal
Rodríguez
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO NP 452
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-027-2020.
Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia de licores
Exp Nombre del Solicitante | Actividad y categoría DIRECCION
Hernández Bar Categoría B1 La Rita Barrio Los Pinos
12 Paniagua Michael contiguo a la Academia
de Policía
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N?* 453
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Magally Venegas Vargas,
Secretaria Municipal, dice:
Asunto: Reclamo para el pago de horas extras adeudadas.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecoci
Ñ Audikoría
009
y
be
EN
MUNICIPALIDAD DE POCOCI S
PAGINA N*31 ACTA N*20 Ordinaria.
RECLAMO PARA EL PAGO DE HORAS EXTRAS ADEUDADAS
GESTIONANTE: MAGALLY VENEGAS VARGAS
Señores
Concejo Municipal de Pococi
Quien suscribe, Magally Venegas Vargas, cédula 3-0371-0035, en mi
condición de Secretaria del Concejo Municipal, ante su autoridad respetuosamente
me presento a formular la presente gestión para el pago de horas extras
adeudadas a la suscrita, con fundamento en los hechos y consideraciones de
derecho que seguidamente expongo:
HECHOS
PRIMERO: Con la autorización de rigor otorgada por el señor Presidente del
Concejo Municipal, tal y como lo demuestro con la prueba adjunta, (Previa N*314)
la suscrita laboró en funciones propias de mi cargo el día sábado 29 de febrero del
año 2020, desde las 10:56 horas hasta las 14:58 horas.
SEGUNDO: De igual forma, contando con la respectiva autorización a la que se
hizo referencia en el hecho inmediato anterior, la suscrita laboró el día domingo 1
de marzo del año 2020, desde las 9:37 horas hasta las 16:30 horas.
TERCERO: Conforme a los hechos precedentes, quien suscribe laboró jornada
extraordinaria los días 29 de febrero y 1 de marzo, ambos del presente año, por
los tiempos supra señalados, según se desprende del reloj marcador institucional.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Es por todos sabido, que existe una jornada laboral ordinaria y otra
denominada extraordinaria. La primera puede ser la regulada en el Código de
trabajo o bien, la pactada con el patrono a través de una Convención Colectiva, el
Contrato de Trabajo o la estipulada en un Reglamento Interno Institucional, sea
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*32 ACTA N*20 Ordinaria. -03-
este último el típico Reglamento Interior de Trabajo o bien uno de los llamados
Reglamentos Autónomos de Organización y Servicio, (Artículos 133, siguientes y
concordantes del Código de Trabajo).
Así entonces, es viable que nos encontremos ante jornadas laborales
regidas por el Código de Trabajo (de 8 horas por día y 48 horas a la semana) y
jornadas a las que se les ha llamado reducidas, por ser inferiores a aquella, pero
que son legales y deben ineludiblemente respetarse en el tanto, se reitera,
derivan de una Convención Colectiva, un Reglamento Interior o el propio Contrato
de Trabajo que vincula al trabajador con su patrono.
Ahora bien, en términos sencillos, la jornada laboral es el tiempo durante el
cual el trabajador está a disposición del empleador en el lugar de trabajo y el
mismo incluye las pausas o el tiempo para el almuerzo. De ahí que, cualquier
trabajo realizado por encima del horario laboral legal o que supere el limite inferior
del horario de trabajo acordado por el empleador y el trabajador, lleva el nombre
de horas extras. No existe otra forma de entenderlo o interpretarlo, se trata de
un aspecto básico o elemental del Derecho Laboral.
Si bien, se puede requerir que los trabajadores laboren en los días de
descanso semanal. En dichas circunstancias, los mismos tienen derecho a una
bonificación del 200 % de la remuneración normal del salario por hora laborada.
Es decir, se paga doble,
En el caso de este Gobierno Local, existe debidamente en vigencia el
"Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Municipalidad de
Pococí", que expresamente en su artículo 118 inciso 5) regula la jornada de los
"Empleados Administrativos" indicando textualmente lo siguiente:
"La jornada de trabajo será de Lunes a Viemes, bajo el siguiente horario:
(..)
5. Empleados Administrativos, conserfes, inspectores, caminero, de 8:30
A.M. a 15:00 PM, con una hora para almorzar, alternándose para cumplir
jornada contínua."
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*33 ACTA N*20 Ordinaria.
La norma además de clara, no ha sido reformada y en consecuencia
resulta plenamente aplicable a la especie, ante la aducida expiración de la
Convención Colectiva.
Aclaro eso sí, que la pretendida aplicación de la referida disposición
Reglamentaria, en modo alguno implica una renuncia de la suscrita a entender
como un derecho insoslayable, que lo relativo a la jornada laboral estipulado en
la ya extinta Convención Colectiva, se incorporó a mi contrato de trabajo desde la
fecha misma de mi ingreso a laborar en esta institución.
Dicho de otra forma, la jornada que estaba prevista en la Convención
Colectiva, se debe entender como incorporada a mi contrato de trabajo desde el
momento mismo en que la suscrita comenzó a trabajar para la Municipalidad de
Pococí y aunado a ello, existe la disposición reglamentaria supra indicada que
regula lo relativo a dicho tema,
No está demás decir, que la Municipalidad se encuentra expresamente
vinculada por lo regulado en el mencionado Reglamento, no sólo por el "Principio
de Inderogabilidad Singular de los Reglamentos) previsto en el ordinal 13,2 de la
Ley General de la Administración Pública, sino porque dicho cuerpo normativo
Infra legal, establece que para modificar lo relativo a las jornadas laborales se
requiere de una negociación con el Sindicato de Trabajadores Municipales
-SUTRAM.. (Artículo 120 del referido Reglamento).
Lo hasta aquí señalado ha sido sostenido desde vieja data por la
Contraloría General de la República, incluso refiiéndose al caso específico de
quien ocupe el cargo de Secretario (a) Municipal. Al respecto el Órgano Contralor
ha señalado:
"En el marco de lo indicado en el apartado anterior, importa tener presente
que de conformidad con el artículo 139 del Código de Trabajo, el trabajo
efectivo que se ejecute fuera o exceda los limites temporales fijados en ese
mismo cuerpo normativo, constituye una jomada extraordinaria que debe
ser remunerada en los términos y condiciones allí establecidos.
Cabe mencionar que los servidores municipales, aun y cuando se
encuentran sujetos a un régimen de empleo público con regulaciones
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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especiales contenidas en los artículos 115 y siguientes del Código
Municipal, tienen derecho a exigir el pago de aquellas horas extraordinarias
que presten a favor de la municipalidad fuera de su jornada ordinaria,
extremo que en todo caso se extrae del artículo 146 de ese Código, de
conformidad con el cual los funcionarios municipales son titulares de los
derechos establecidos en la legislación municipal y también los dispuestos
en otras leyes.
Llevando lo dicho a la especie, a juicio de esta División no existe razón
alguna para que un servidor municipal como es el secretario del
Concejo Municipal, no pueda ser acreedor al reconocimiento de las
horas extraordinarias que haya prestado a favor de la municipalidad
fuera de su jornada ordinarla, conclusión a la que esta Contraloría
General arribó en el oficio N* DAJ-1866 del 2 de setiembre de 1998 en
los siguientes términos:
“(...) 9.2) ¿Procedería el pago de tiempo extraordinario por su asistencia a
las seslones, si éstas se realizan fuera de la Jomada ordinaria? La
respuesta a esta interrogante es positiva, en el tanto le asisten a este
funcionario los derechos contemplados por los numerales 136 y 139 del
Código de Trabajo, en relación con las jornadas ordinarias de trabajo, y el
pago por jornadas extraordinarias, que al efecto indican ...” (Dictamen
emitido por la División Jurídica de la Contraloría General de la República
No. DJ-0173-2010 del 15 de febrero, 2010. La negrita es propia).
Como claramente lo sostiene el Órgano Contralor, fuere por asistir a
sesiones o por realizar labores diversas, pero propias del cargo fuera de la jornada
ordinaria, el (la) Secretario (a) Municipal tiene el inquebrantable derecho a que se
le paguen las respectivas horas extras. Y es que lo antes señalado, no puede ser
de otra forma, pues el Código de Trabajo de manera expresa establece:
“ARTÍCULO 139.-
El trabajo efectivo que se ejecute fuera de los límites anteriormente fijados,
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o que exceda de la jomada inferior a éstos que contractualmente se pacte,
constituye jornada extraordinaria y deberá ser remunerada..." (La
negrita es nuestra).
Ahora bien, debido a las circunstancias, en el caso de la suscrita, a la
norma recién transcrita ha de entenderse vinculado el ordinal 152 del Código de
Trabajo, que a la letra señala, en lo de interés para el caso concreto:
"Todo trabajador tiene derecho a disfrutar de un día de descanso
absoluto(*) (después de cada semana o de cada seis días de trabajo
continuo), que sólo será con goce del salario correspondiente si se tratare
de personas que prestan sus servicios en establecimientos comerciales o
cuando, en los demás casos, así se hublere estipulado.
El patrono que no otorgue el día de descanso incurrirá en las sanciones
legales y en la obligación de satisfacer a sus trabajadores, por esa jornada,
el doble del salario que ordinariamente les pague.
No obstante, se permitirá trabajar, por convenio de las partes, durante
el día de descanso semanal, si las labores no son pesadas, insalubres o
peligrosas y se ejecutan al servicio de explotaciones agrícolas o ganaderas,
de empresas industriales que exijan continuidad en el trabajo por la indole
de las necesidades que satisfacen, o de actividades de evidente interés
público o social.
En el primer caso, la remuneración será la establecida para la jornada
extraordinaria en el párrafo primero del artículo 139; en los demás
casos, será la establecida en el aparte segundo del presente artículo.
Cuando se trate de aquellas labores comprendidas en el último caso del
párrafo anterior, y el trabajador no conviniere en prestar sus servicios
durante los días de descanso, el patrono podrá gestionar ante el Ministerio
de Trabajo autorización para otorgar los descansos en forma acumulativa
mensual. El Ministerio, previa audiencia a los trabajadores interesados por
un término que nunca será menor de tres días, en cada caso y en
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resolución razonada, concederá o denegará la autorización solicitada." (La
negrita es propia)
Lo anterior evidencia, de manera inobjetable, que si el trabajador
labora en sus días de descanso -como ocurrió en la especie”, el patrono está
ineludiblemente obligado a pagarle jornada extraordinaria. En esta línea se ha
manifestado la Procuraduría General de la República, también desde vieja data,
cuando en su Dictamen C-321-2015 del 23 de noviembre de 2015, indicó:
"1. El legislador le confiere un carácter excepcional a la jornada
extraordinaria, la cual se encuentra sujeta a límites y requisitos de orden
social, dado que el objeto de dichas limitaciones es ponerle freno a
jornadas excesivas y desgastantes que menoscaben la salud física y
mental del trabajador.
2. El Secretario del Concejo Municipal está sujeto también a la jornada
laboral ordinaria prevista en el Código de Trabajo, de modo que, si en el
ejercicio de sus funciones debe laborar más allá de la jornada pactada, es
procedente el reconocimiento de ese tiempo extra ejecutado.” (El
subrayado es nuestro).
Lo hasta aquí señalado no deja lugar a duda alguna, en cuanto a que a la
suscrita deben serle pagadas las horas extras adeudadas, no sólo porque así lo
establece de forma clara la legislación laboral, sino también la Procuraduria
General de la República y el Órgano Contralor, criterios respecto de los cuales,
esta Corporación Municipal no puede separarse so pena de incurrir en ilegalidad
manifiesta y consecuentemente, en responsabilidad del respectivo servidor, a la
luz del artículo 199.3 de la Ley General de la Administración Pública.
PETITORIA
Conforme a los hechos, fundamentos de derecho y prueba aportada,
respetuosamente solicito:
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fhralidad de
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1) Se declare con lugar en todos sus extremos la presente gestión o reclamo
administrativo,
2) Como lógica consecuencia de lo anterior, solicito que se tome acuerdo por parte
del Concejo Municipal donde se autorice a la señora Alcaldesa y al departamento
de Recursos Humanos el pago de las horas extras adeudadas a la suscrita que
corresponde: a las laboradas desde el día martes 18 de febrero del 2020 hasta el
día 13 de marzo del 2020, incluidos el día sábado 29 de febrero de 2020, desde
las 10:56 horas hasta las 14:58 horas y el día domingo 1 de marzo de 2020, desde
las 9:37 horas hasta las 16:30 horas.
3) De igual manera se autorice el pago de horas extras a la funcionaria Xinia Marta
Alfaro Alfaro, que corresponden al periodo entre el 18 de febrero del 2020 al 06 de
marzo del 2020, Incluido el tiempo laborado el domingo 1 de marzo desde las 9:37
horas hasta las 16:30 horas. (quien, a pesar de no contar con una hoja previa, se
le solicitó en forma verbal la colaboración en el departamento de Secretaría y se
requirió su participación en labores propias de su cargo).
PRUEBA
A efecto de acreditar lo narrado en el cuadro fáctico del presente reclamo o
gestión, aporto como prueba documental la siguiente:
1) Formulario de "Autorización Previa para Laborar Horas Extras", identificado con
el No. 314 y debidamente suscrito por el señor Presidente del Concejo Municipal.
2) Boletas de Orden de pago N*276 y 277 con el detalle de las horas laboradas y
las actividades realizadas.
3) Documento impreso con las marcas de ingreso y salida del reloj marcador que
comprende el periodo entre el 17-feb-2020 al 17-mar-2020
Sin más que agregar se suscribe Atentamente:
Magally Venegas Vargas
Secretaria Concejo Municipal
Participan de la palabra:
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Sr. Pdte. Freddy Hernández.
Esto es respecto a unas horas extras que la compañera Venegas Vargas y Alfaro Alfaro
han estado trabajando sábados y domingos porque obviamente hay tiempos que es la
única forma de salir del trabajo, más bien uno les pide que se queden porque necesitamos
sacar por los tiempos, igual ahora que viene el extraordinario van a tener que quedarse
hasta las 12 de la noche hasta sacarlo, por la cuestión de los tiempos.
Pero, aparentemente en algún departamento señora Alcaldesa se está pegando, me
parece que si se está trabajando como no se va a pagar si siempre hemos hablado de
eso, entonces yo creo que aquí para las dos compañeras, tanto Magally Venegas como
Xinia Alfaro, han estado trabajándolos y tiene que pagársele y honrársele lo que han
estado trabajando. Bajo ese contexto voy a solicitar a los compañeros sacar el acuerdo
para que se le pague a la señora Magally Venegas Vargas y a la señora Xinia Alfaro Alfaro
lo correspondiente a la remuneración por concepto de pago extraordinario y es que ahí
están las marcas.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba y se autoriza a la Alcaldía el pago
respectivo a las señoras MWagally Venegas Vargas y Xinia Alfaro Alfaro, lo
correspondiente por concepto de tiempo extraordinario laborado. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 454
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Olger Irola Calderón, Director
Ejecutivo Cámara de Comercio de Pococí, dice:
CCP-048-2020.
Solicitamos la atención a la Cámara de Comercio de Pococí, en representación del
comercio del cantón para presentar la propuesta consensuada en la comisión municipal
de modificación a la ley 8582.
Quedamos atentos a su respuesta al teléfono 89747489 o al correo infofWccpococLorg.
“Siempre apoyando el Desarro!lo del Cantón”.
Municipalidad
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de Pococi
Lunes, 16 de marzo de 2020
Señores:
Concejo Municipal.
Se presenta el siguiente informe de comisión de reforma de la ley 8582.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
A continuación, se enumeran algunas situaciones que, actualmente, afectan el ejercicio comercial
y empresarial del cantón de PococíÍ.
Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas.
La entrada en vigencia de la ley de fortalecimiento de las finanzas públicas, ha golpeado fuertemente
la actividad económica en general y por ende a los patentados del cantón, los serviclos contables se
han encarecido, los alquileres comerciales han tenido un aumento automático de un 13%, los
servicios técnicos y profesionales que se requieren para el funcionamiento y mantenimiento de la
actividad comercial se han aumentado en un 13%; entre otros rubros. Estos costos, por lo general,
han tenido que ser asumidos por el comercio, ya que, sl se trasladan al costo de bien o servicio final,
se desmotiva ta intención de compra del cliente, que ya de por sí, está tendlendo a ser cauto en sus
compras por la crisis económica que se vive.
El efecto de esta ley no es solamente en el aspecto económico, sino que implica una nueva forma
de entender los nuevos procesos y procedimientos tributarios nacionales, lo que requiere inversión
y capacitación, nuevos sistemas de facturación y control de inventarios, adquisición de equipo
informático, esto aunado a errores Involuntarlos efecto del proceso de aprender haciendo,
resultado de la implementación los cambios, que el Ministerio de Hacienda realizó, sin previa
capacitación ni mayor información, por lo que cada empresario le tocó adecuarse dentro del mismo
proceso de su quehacer diario, esto sin contar que la misma administración tributarla naclonal,
desde la implementación de la norma, ha venido cambiando las reglas del Juego una y otra vez.
Aumento en el desempleo.
Anlvel nacional, se han dado las tasas más altas de desempleo desde que el INEC mantiene registros,
las cuales son superlores al 12%, situación que se agrava más a nivel de la provincia de Limón, por
el proceso de modernización de JAPDEVA y el cierre de algunas de las operaciones, de importantes
empresas transnacionales como Chiquita y Standard, que han sido fuente de trabajo local,
principalmente para personas que realizan labores ho calificadas, que es gran parte de nuestra
fuerza laboral local. La estrechez financiera que viven las empresas y comerclos locales, hace que
tengan que replantear estrateglas de costos y utilidades, buscando minimizar el gasto y haciendo
más efectivas las operaciones, a pesar que el capital humano es la' última opción que visualiza el
empresario para reducir costos, se llega al momento que con mucho pesar, no queda más remedio,
que recortar personal, disparando la tasa de desempleo y poniendo a personas y familias en
condiciones de vulnerabilidad social, lo que deriva un potencial incremento de la inseguridad de
nuestra región. Esta realidad regional (de la provincla de Limón) genera una Inmigración local, de
cantones aún más deprimidos, hacia nuestro cantón. Estas personas vienen, muchas veces, sin
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arralgo, en busca de una satisfacción económica de subsistencia, sin mayor capacidad de inversión
y terminan desplazando actividades comerciales lícitas y patentadas por comercio informal que se
hace casa a casa, vía redes sociales, o con un puesto móvil en alguna vía pública,
Construcción de ampllación ruta 32:
El proceso de ampliación de la ruta 32, está significando un golpe duro para el comercio local, tanto
para el que está a la vera de la ruta, ya que en el trayecto de Cruce a Sarapiquí al puente sobre el
Rio Jiménez existen 120 comercios, como también el comercio Interno en la ciudad de Guápiles, en
Jiménez y en Suerres de Jiménez. Los flujos de mercadería se han encarecido por los tiempos en
carretera, ocaslonados por los clerres de carretera, embotellamiento de vehículos constantes, tanto
en la ruta 32 como en el casco comercial central, lo que desmotivan a los cllentes a salir de sus casas.
Cuadro resumen del censo de actividades comerciales frente a ruta 32.
Giro Comercial Cantidad Colaboradores | Cantidad de negocios
Abarrotes 22 7
Abastecedor 2 1
Agencla de Vehículos 16 3
Agregados 50 1
Almacén y 59 10
Artículos usados 3 1
Banco 3 1
Bodega 1 1
Centro de acopio 3 1
Estación de Servicio : 52 4
Ferretería 3 1
Frutería y Verdulería '8 4
Heladería 3 1
Hotel y Restaurante 3 1
Maquinaria 35 1
Mueblería 4 2
Oficina 36 2
Repuestos 97 20
Restaurante 160 34
Taller 104 20
Taller industrial o 1 1
Venta de Vehículos 2 1
Venta de Vidrios 2 1
Vivero 3 1
Total general 672 120
Fuente: Elahoración propa.
No cabe duda que, al igual que los aspectos antes anotados, se está produciendo una desaceleración
comercial, económica y social en el cantón, lo que produce únicamente estadísticas negativas, como
empleados despedidos, productos de manufactura en el cantón que no se ilevan al mercado de
consumo final, los clientes no pueden o no quieren accesar al establecimiento comercial por el
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riesgo e incómodo acceso, comercios que no logran mantener la proyección de ventas, lo que
tamblén está dejando a comerciantes en la ruina porque realizaron inversiones proyectadas al
estado económico en que se encontraban y ahora no pueden recuperar el capital y otros no pueden
cumplir sus obligaciones en sus créditos. Abonado que va en detrimento el crecimiento del comercio
del cantón.
Cobro desproporclonado como impuesto a rótulos:
Durante todo el proceso que hemos realizado para socializar el cobro del Impuesto de rótulos que
cobra la Municipatidad de Pococf, se ha concluido varios aspectos.
Según los registros de patentados municipales, existen más de 3500 patentes Inscritas en el cantón,
lo cual hace pensar que al menos debería de haber un rótulo por cada patente inscrita, sin embargo,
la pretensión presupuestaria anual se hace por un total de 2200 rótulos, ha esto hay que hacer la
salvedad que un buen porcentaje de comercios tienen dos o más rótulos instalados, que también
son cobrados; lo que significa que se está haciendo una gestión de cobro parcial, que recae
solamente sobre una pequeña porción del comercio. Si bien la estimación presupuestaria sobre el
rubro de rótulos se estimó en el 2019, en torno a los 120 millones de colones, según la señora Cinthia
Ávila la recaudación ronda los 70 miltones de colones.
El hecho que una actividad comercial esté debidamente inscrita y patentada a nivel cantonal, genera
per se una carga tributaria, lo que comúnmente se conoce como patente municipal, que como tal
debe otorgar el derecho al patentado de al menos, contar con un dispositivo publicitario instalado
en el local donde promueva su glro comercial.
Cierre de Negocios:
La respuesta social a los aspectos negativos en el desarrollo del comercio en el cantón de PococÍ, se
observa cada día, el clerre de comercios en el cantón o se ha quedado sin el puesto de trabajo
producido por la baja en las ventas o por el cierre del establecimiento comercial.
Esa realidad que no puede pasar desapercibida a la vista de todos nosotros, se trae a este Informe
en imágenes fotográficas, para mayor ilustración de la realldad que se vive en el cantón. '
(Se adjunta archivo de fotografías.)
Propuesta de reforma de la ley 8582:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, inciso d) e inciso h) y 13 Inciso b) del código
municipal, los artículos 169 y 170 de la Constitución Política de la República, y lo Indicado en la
resolución 5445-99 de la sata constitucional, de las catorce horas con 30 minutos del 14 de Julio de
mil novecientos noventa y nueve, el Concejo Municipal y la Municipalidad de Pococí, tienen la
potestad de solicitar y proponer la reforma de dicha ley. La reforma a la ley 8582, es una labor
impostergable. Es importante destacar que por la situación actual, social y económica por la que
vive la clase productiva del país, la que ha generado en una firme oposición por parte de Jos
comerciantes del cantón de PococÍ, el cobro que se les impone por ta comunicación visual y
publicidad exterlor de cada uno de los establecimientos comerciales, slendo estos un medio para
dar a conocer sus actividades comerciales, y son su razón de existir. Con la finalidad de que se pueda
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entender e Interpretar el origen de esta reforma a la ley, se exponen las razones en que se sustenta
esta reforma:
1. Que en el cantón de Pococí se instalen y exhiben una gran cantidad de anuncios, rótulos,
letreros, avisos, mantas publicitarias, vallas y similares para publicitar los nombres de los
comercios y productos para promover el comercio del cantón.
2. Que la Municipalidad de PococÍ, mediante ley 8582, en el capítulo Vil, artículo 32 establece las
varlables y categorías para la calificación de los tipos de anuncios o rótulos Instalados, así como
el cobro de cada uno de los anuncios rótulos, letreros, avisos, mantas publicitarias y vallas.
3. Que la Municipalidad de Pococí por medio de la unidad tributaria de esta Municipalidad, ha
estado aplicando el cobro por la Instalación de rótulos y otros similares.
4. Queen seslón extraordinaria del Concejo Municipal en fecha 7 de febrero del 2020, se recibió a
la representación de comerciantes del cantón de Pococí, la Cámara de Comercio. En la cual los
comerciantes expusieron la difícil situación por la que están pasando los comerciantes de
Pacocí, a causa de la Implementación de una serie de políticas gubernamentales y otros
aspectos externos, que ha producido un problema social y económico en la población yen
especia! a los comerciantes.
5, Que el Concejo Municipal de Pococí, nombró una comisión especial, de regidores y la
participación de representantes de los comerciantes para que junto a la alcaldesa Elibeth
Venegas Villalobos atienda el problema que presentan los comerciantes. Por lo antes expuesto
la comisión nombrada, una vez analizada la problemática que enfrentan los comerciantes,
presentan el siguiente proyecto de reforma a la ley 8582 para su respectiva aprobación.
Reforma a la ley 8582 en el capítulo VII.
Artículo 1. Refórmese el artículo 32, Impuesto por uso de rótulos, anuncios y vallas.
Los propletarios de bienes inmuebles o patentados de establecimientos comerciales donde se
instalen rótulos o anuncios y las empresas que vendan o alquilen espacios para publicidad de
cualquier tipo, mediante rótulos, anuncios o vallas, pagarán un impuesto anual dividido en cuatro
tractos de pago trimestral. Dicho impuesto se calculará como un porcentaje del salario mínimo que
contempla la relación de puestos de los empleados de la Municipalidad de Pococí, al primer día del
mes de enero de cada año. Según el tipo de anuncio o rótulo Instalado, de acuerdo con las siguientes
categorías:
1. Anuncios volados: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley independientemente de
su estructura materlal, tamaño, sea este luminoso o no, colocados en el borde y a lo largo de la
marquesina de un edificio o estructura. Estará exento de pago siempre que la sumatoria de
rótulos instalados en el local comercial no exceda de 15 metros cuadrados.
2. Anuncios salientes: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido que por ley
independientemente de su estructura, material o tamaño, sea este luminoso o no, que
sobresalga de la marquesina de una edificación o estructura. Estará exento de pago siempre
que la sumatoria de rótulos instalados en el local comercial no exceda de 15 metros cuadrados.
3. Rótulos bajo o sobre marquesina: Cualquier tipo de rótulo a anuncio colocado bajo o sobre
marquesina de edificaciones o estructuras, siempre que rio sobresalga de ella. Estará exento de
pago siempre que la sumatoria de rótulos instalados en el local comercial no exceda de 15
metros cuadrados,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Piunidipalidad de Pococí
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4. Los rótulos en los edificios dedicados al comercio, que excedan de 15 metros cuadrados,
pagarán un 2%, del salario mínimo, por cada metro cuadrado adicional,
5. Anuncios en predios sin edificaciones contiguos a vías públicas, instalados sobre paredes de
edificios o estructuras, o pintados directamente sobre las paredes, así como las vallas
publicitarias de cualquier tipo, pagará un 2% por metro cuadrado de un salario mínimo.
Con el propósito de promover el comercio en el cantón de Pococí, pero a la vez regular y controlar
todo lo referente a la publicidad exterior en locales comerciales, o bien en otras propiedades, pero
con proyección al espacio público; todo rótulo, valla o dispositivo de publicidad, debe incorporar en
la parte inferior el número de patente que lo autoriza.
Agréguese un nuevo artículo a la ley 8582, en el capítulo 7, como artículo 31 bis, para que diga:
Artículo 31bls: como mecanismo para evitar el cierre de establecimientos se incluye en el
mecanismo de arreglo de pago, como pago de los tributos, máximo un arreglo de pago anual.
Se adjunta hoja de firmas.
“Siempre apoyando el Desarroilo del Cantón”.
Municipal!
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PAGINA N*44 ACTA N*20 Ordinaria.
COMISIÓN DE ANÁLISIS Y PROPUESTA
DE LA LEY 8582
PEUSICIPALIDAD
DE FOCOCI
Asistencia Reunión del Jueves 12 de Marzo 4:00 pm
Nombre Correo Teléfono
Freddy Hernández Miranda
(Regidor) -
Mi O AO ASE
Ginnette Sequeira G
(Regidora)
140-150
Reinaldo Benavides A.
Regidor
A 8
Bernardo e Davis
(Regidor)
Ovidio Vives Castro
(Regidor)
|
Elibeth Venegas Villalobos ell. 1%, pr Sen LO
(Alcaldesa ) AAA AA
ESAS CNY Tal. Cuan
Por la Cámara de Comercio (Asesores)
Nombre | Firma Correo Teléfono
William Giraldo Velasco
Céd. 8-110-172
Gerald Marín Solera
Céd. 1-1058-151
Jairo Ojeda Aburto
Céd. 8-067-668 Enarl?
Uclfb es dos Pl t>
cdo Ol ap ==
Ólger Irola Calderón
Céd. 3-289-571
m7
a braco, adego de demo d SFE 1 1372
AT
Marcos Fernández Herrera
Céd. 1-518-187
1
“Apoyando el desarrollo de nuestro cantón ”
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce informe de Comisión y se conoce la
solicitud de audiencia.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*45 ACTA N*20 Ordinaria.
ACUERDO N* 455
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Magally Venegas Vargas,
Secretaria Municipal de Pococí, dice:
Oficio N* 20-2020
Sirva la presente para saludarlos y a la vez indicarles que no estaré presentando las actas
15 Extraordinaria del 02-03-2020, Acta N*16 Ordinaria del 03-03-2020, Acta N*17
Extraordinaria del 05-03-2020, por ser muy extensas, y Sesiones muy seguidas, según
artículo 48 del Código Municipal.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce.
ACUERDO N*456
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Karina Hernández Serrano,
Secretaria Comité de Mujeres Iztarú, dice:
Primeramente un cordial saludo de parte del comité de mujeres de Iztarú. La presente es
para comunicarles sobre nuestros proyectos en los cuales esperamos que nos puedan
colaborar.
Somos un grupo de mujeres con muchas ganas de trabajar para la comunidad y poder
empoderar a las mujeres que se nos quieran unir.
Nuestra principal idea de proyecto a largo plazo es el poder llegar a tener una guardería
en la cual podamos trabajar las mismas mujeres de la comunidad pero la cual sea
subsidiada por el estado. Todos los gastos tanto agua, luz, comida, sueldos etc. los cubra
el estado como lo hace con las red de cuido (SECUDI). Otra idea de trabajo podría ser
una panadería o un centro de costuras.
Para poder lograr esto necesitamos capacitaciones, asesorías y ser guiados
adecuadamente.
Sabemos que esto conlleva mucho trabajo de parte de nosotras y que son proyectos a
largo plazo por lo cual podríamos empezar con capacitaciones y cursos que nos lleven
hacia lo que buscamos como comunidad.
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Algunas capacitaciones y cursos son:
Administración sobre nuestros ingresos
*e Derechos de la mujer e Manipulación de alimentos
+ Derechos de los niños +  Emprendedurismo
e Contabilidad e Asistente de preescolar
* Servicio al cliente e Maestras de preescolar
e Costura +. ingles
.
Panadería y repostería
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce.
ACUERDO N* 457
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Héctor Camacho Chacón, céd. 7-
0187-0774, Fiscal del Comité Pro Camino de Linda Vista Oeste, dice:
Estimados señores
Por medio de la presente, nos dirigimos a ustedes para poner en su conocimiento que se ha
conformado el Comité Pro Camino de Linda Vista Oeste, el mismo se encuentra integrado por los
siguientes miembros de la comunidad:
Cargo Nombre Cédula de identidad
Presidente Argimiro Zúñiga Gutiérrez 6-097-904
Vice presidente Eladio Chinchilla Bermúdez 1-333-403
Secretario Santiago Zúñiga Arias 7-198-187
Tesorero Braulio Fallas Barrantes 6-166-827
Vocal 1 Yanuario Carranza Madrigal 2-027-959
Vocal 2 Fernando Calvaja Díaz 1-935-299
Fiscal 1 Héctor Camacho Chacón 7-187-774
Fiscal 2 Héctor Camacho Ramírez 2-353-714
Buscamos con este grupo realizar las gestiones necesarios para traer el desarrollo a nuestra
comunidad, principalmente en lo que se refiere a los caminos y la mejora de sus condiciones
Nos encontramos a disposición para cualquier consulta. Agradecemos toda la colaboración que nos
puedan brindar.
HA MALA
“Siempre apoyando el Desarrollo dei Cantón”.
Cordialmente,
Municipalidad de Pococ¡
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PAGINA N*47 ACTA N*20 Ordinaria.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Instruye a la señora Secretaria Juramentar el
Comité Pro-Camino de Linda Vista Oeste en horario de oficina de lunes a viernes de
8:00 am a 3.00 pm. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado,
ACUERDO N* 458
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Jorge Hodgson Quinn, Secretario
Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, dice:
CNDR-0120-03-2020.
De la manera más atenta y para lo que corresponda, me permito transcribir Acuerdo N?7,
de la Sesión Ordinaria 1119- 2020 del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación,
celebrada el 27 de febrero del 2020.
ACUERDO N%7. Se toma nota de oficio SMP-155-2020, suscrito por la Municipalidad de
Pococí. Aprobado por Unanimidad. ACUERDO FIRME.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce.
ACUERDO NP 459
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Leda. Mayra Montes Arce, Servicios
Jurídicos Internos, dice:
Oficio N*SJl-038-MAR-2020.
Asunto: Traspaso registral de Cementerio de Finac 2 Ticaban.
En respuesta al Acuerdo N* 2948 del 10 de enero 2020, en el que remiten al Despacho de
la alcaldesa una solicitud del Comité Pro-mejoras de Finca 2 de Ticaban, en el que solicitan
que el área comunal de la plaza de deportes y el cementerio de esta localidad sea inscrita
a nombre de la Municipalidad, y no como pretende la ADI de Finca 1, quienes pretenden
que se inscriba a nombre de ellos, indico lo siguiente.
Siendo que a esta Oficina se presentaron los vecinos de Finca 2, y explicaron ampliamente
a la suscrita los antecedentes de está gestión, debo indicar que en coordinación con el
Despacho de la Alcaldesa, se remitió a la Oficina central de la empresa Grupo Acon,
dueños registrales del terreno, el Oficio DA-332-2020 con fecha del 12 de marzo 2020.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*48 ACTA N*20 Ordinaria.
En dicho oficio se les solicita que ese terreno se done a favor de este municipio y no a
nombre de la Asociación de Desarrollo de Finca 1. Así mismo, se les indicó que, si a bien
lo tienen y si deciden realizar ese traspaso a nombre de este municipio, lo informen a esta
Unidad Jurídica, o bien, al Departamento de Desarrollo y Control Urbano, quien es el
Departamento rector en materia de áreas comunales, como en efecto lo son los
cementerios, parques, salón multiusos y plaza de deportes, entre otros.
Así las cosas, estamos a la espera de que esta empresa informe al respecto; en todo caso,
debe quedar claro que, en caso de que se realice ese traspaso a favor del municipio,
deberá contarse con la recomendación técnico del Ing. Henry Madrigal Calvo, encargado
del Depto. Desarrollo y Control Urbano, quien a la vez pedirá que el concejo municipal
autorice a recibir dicha área y autorice para que la alcaldesa comparezca ante notario
público para firmar la escritura.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce.
ACUERDO N?* 460
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Msc. Adrián Salazar Torres, Director Escuela Los
Ángeles de Cariari, dice:
LOS ÁNGELES CARIARI, 12 de MARZO del 2020
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los
artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación
y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la conformación de la Junta
de Educación Escuela Los Ángeles de cariari código 3635, para su nombramiento y juramentación
ante el Concejo Municipal:
Angelina Zúñiga Gutiérrez 6-0150-0537
Seidy María Chavarría Obregón 5-0221-0565
Juan Luis Gómez Gómez 6-0162-0134
Yadir Alexander Hidalgo Briones  7-0269-0084
Deyanira Arguedas Blanco 6-0105-0788
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra las anteriores personas, pasar al despacho de
la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 461
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Msc. Shirley Rodríguez Alfaro, Directora
Escuela Huetar, dice:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*49 ACTA N*20 Ordinaria.
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los
artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación
y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la conformación de la Junta
de Educación Escuela Huetar, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal:
Sor María Mesen López 7-0101-0723
Lizeth Viviana Chinchilla Chinchilla 7-0160-0832
Ana Lucía Bonilla Vargas 7-0118-0814
Francisco Florencio Gómez Martínez 2-0334-0579
Ángel Corea Alvarado 2-0496-0193
Solicito se tome en cuenta para su respectiva juramentación a las personas supra citadas
anteriormente ya que son las únicas personas que han demostrado interés y compromiso en
colaborar con la institución me acojo al artículo 19 del Reglamento de Juntas que menciona lo
siguiente: "Los miembros de las juntas duraran 3 años en el ejercicio de sus funciones y podrán
ser reelectos de manera individual o en pleno”
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra las anteriores personas, pasar al despacho de
la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 462
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Msc. Cindy Marchena Sandoval, Directora
Escuela Bella Vista, La Leona, dice:
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los
artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación
y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la conformación de la Junta
de Educación Bella Vista La Leona, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo
Municipal:
Así mismo presento ante ustedes dos nombres de propuesta: uno por renuncia de la señora Evelyn
Teresa Porras Marín cédula 1 14020347 quien ocupaba el puesto de secretaria, se propone para
ese puesto el postulante de la terna número uno y el otro puesto no estaba nombrado a la cual se
propone la postulante de la terna número dos. No se consigna nómina ya que la comunidad es
pequeña y sus habitantes mantienen en su mayoría un nexo de parentesco haciendo imposible la
conformación de las ternas de las personas para completar la Junta de Educación de la Escuela
Bella Vista/La Leona, ubicada en la misma comunidad y así poder completar este organismo de
apoyo tan importante para nuestra institución.
Rosa María Godínez Mora 7-0165-0172
Shirleni Zoraida Salas Porras 7-0208-0549
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*50 ACTA N*20 Ordinaria.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra las anteriores personas, pasar al héspacho de
la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 463
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Bernardo Salazar Vargas, director
Centro Educativo Jiménez, dice:
Asunto: Solicitud de nombramiento para Junta de Educación
Reciban un cordial saludo. De conformidad con lo que establece el artículo 21 del
Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas (decreto ejecutivo
N*38249) y consideración de la renuncia presentada por la señora Mariela Brenes Brenes,
cédula de identidad número 7-0144-0580, vocal 1 de la Junta de Educación Escuela
Jiménez, Pococí-Limón, cédula jurídica 3-008-056411 atentamente se solicita proceder
con el trámite de juramentación y designación respectivo. Para lo anterior, se propone a la
señora:
Ania Gómez Castro 7-0099-0050
Se solicita a este Concejo excusar la no presentación de terna debido a que, tras haber
consultado a padres de familia y miembros de la comunidad, únicamente se encontró una
persona anuente a participar, sea la señora Gómez. Aunado a lo anterior, es urgente que
la Junta complete su integración pues actualmente se encuentra imposibilitada para tomar
acuerdos debido a la renuncia de uno de sus miembros. Lo anterior a raíz del oficio DREG-
DSAF-031-2020 suscrito por el señor Lie. Henry Amey Gómez del Departamento de
Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección Regional de Educación de Pococí,
el cual señala que las "Juntas de Educación y Administrativas que no cuenten con la
totalidad de sus cinco miembros activos no pueden sesionar por ende no pueden tomar
ningún acuerdo de Junta al no poseer quorum estructural debidamente conformado”.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra la anterior persona, pasar al despacho
de la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N”* 464
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Msc. Jenny Durán Sánchez,
Directora Escuela Banamola, dice:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*51 ACTA N*20 Ordinaria.
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación”
y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas
de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para
completar de la Junta de Educación de escuela Banamola, para su nombramiento y
juramentación ante el Concejo Municipal:
Yerelin Ester Gallo Villagra 6-0423-0165
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra la anterior personas, pasar al despacho
de la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 465
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Msc. Gerardo Díaz Díaz, Director
Escuela Anita Grande, dice:
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación”
y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas
de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la
conformación de la Junta de educación de la Escuela Anita Grande, para su nombramiento
y juramentación ante el Concejo Municipal:
Gina Briseida Sánchez Pérez 7-0140-0297
Francisco Mena Zúñiga 7-0131-0019
Érica Marcela Sánchez Calvo 7-0161-0236
Yesenia Guadamuz Corrales 1-1233-0358
Teresa Alfaro Valverde 7-0133-0637
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra las anteriores personas, pasar al
despacho de la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite
de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 466
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Leda. Sonia Guevara Espinoza, Directora
Centro Educativo Cedral, dice:
7)
En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación"
y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas
de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a proponer ternas para la conformación
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Aucditona
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*52 ACTA N*20 Ordinaria.
de la Junta de educación de la Escuela El Cedral, para su nombramiento y juramentación
ante el Concejo Municipal, la señora Margoth de los Ángeles Herrera Rivera 5-0343-0874
para sustituir a la señora Crisly Matarrita Rodríguez Cédula 7-0173-309 por renuncia.
Margot de los Ángeles Herrera Rivera 5-0343-0874
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra la anterior persona, pasar al despacho
de la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 467
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, dice:
OFICIO: DDCU-036-2020 . .
REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN A LA ALCALDÍA / RECEPCIÓN DE
CALLE PÚBLICA.
Estimados(as) señores(as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad de
dar seguimiento a lo requerido por parte del Sr. Alexis Ramírez Cruz y Henry Ramírez
Cruz, cédula de identidad 7-0062-0036 y 7-0056-0421, los cuales solicitan la recepción
Municipal de un terreno calificado como calle pública por parte de los interesados,
identificado con el plano catastrado L-2155574-2019, perteneciente a la Finca N“7070428,
derechos 002 y 003, con un área de 1286 metros cuadrados.
Dicho terreno se encuentra 200 metros al oeste del Cementerio del Distrito de Guápiles.
Para lo anterior, mediante Oficio DDCU-019-2020, se solicitó al Ing. David Giros Aguilar
realizar inspección de campo y elaborar un informe técnico referente a la naturaleza de la
franja de terreno descrita mediante el plano citado supra. Dicho informe se identifica
mediante el consecutivo UTOP-MPL- 018-2020, y en el mismo se indica que el estudio fue
realizado y efectivamente la naturaleza del acceso fue comprobada, por lo que a su vez
se procedió a emitir el respectivo visado municipal del plano catastrado de la calle pública,
ya que se indica que todo estaba a derecho.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*53 ACTA N?20 Ordinaria.
Por lo tanto, se solicita la recepción del terreno citado, así como autorizar a la Alcaldesa en
ejercicio, por parte del Concejo Municipal, para que comparezca ante notario público para la
recepción de la calle pública ubicada en el distrito de Guápiles, exactamente 200 metros al oeste
del Cementerio de Guápiles, identificado mediante el plano catastro L-2155574-2019; lo anterior en
cumplimiento con lo establecido en el Artículo N*40 de la Ley de Planificación Urbana.
Sin más por el moments se despide,
Ing. Henry Madrigal
Coord. Dpto, Desarrollo
Hass Úrba bio]
CC.: Archivo
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
¡Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*54 ACTA N*20 Ordinaria.
03 de octubre 2019
Licda.
Cinthia Ávila Madrigal
Administradora Tributaria
Municipalidad de PococÍ
Presente.
Estimada licenciada,
Por este medio les saludo y a la vez sirva la presente para que nosotros ALEXI5 RAMÍREZ CRUZ,
cédula 7-0062-0036 y HENRY RAMÍREZ CRUZ, 7-0056-0421, en calidad de propietarios registrales,
solicitamos muy respetuosamente, se me elimine el cobro, que se me hace por parte de la
Municipalidad de Pococí, dado que considero que el resto de finca es calle pública.
La propledad sujeta de cobro, se refiere a ta finca Folio Real 70428 derechos 002 y derechos 003, se
encuentra ubicada en Guápiles, del cementerío 200 metros al oeste.
Me pueden ubicar en el número de teléfono 50 01 18 41 o al correo electrónico
ramcruz14570gnail.com
Agradeciendo la atención brindada a la presente, me despido de ustedes.
Atentamente.
VlQueensa Pas, LR 4
ALEXIS RAMÍREZ CRUZ HENRY RAMÍREZ CRUZ
cédula 7-0062-0036 cédula 7-0056-0421
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*55 ACTA N*20 Ordinaria.
” MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA:
De TELEFONO; 2710 6560 FAX: 27107181 FECHA:03/10/2017
Qe DPTO DE COBRO ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL :
NO'TIFICACION DE COBRO
Nombre:RAMIREZ CRUZ ALEXIS Identificación: 0700620036
Distrito; GUAPILES Zona: Teléfono; 27103082
Dirección: FRENTE AL KINDER DEL CAIMITAZO TAPIA VERDE CASA ANARANJADA
Rep.Legal: Identificación:
Estimado contribuyente, se le informa por medio de esta notificación, lo que usted o su representada adeuda a
éste Municipalidad, montos que se detallan a continuación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo
137 de Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Debe Hasta Periodos
Código Nombre de la Cuenta Cuntidad_ Periodo/Año Atrasidos
5 IMPUESTO BIENES INMUEBLES VIGENCIA N. 70428 41,250.00 3 TRI-2017 66
998 MANTENIMIENTO DE PARQUES N. 70428 4,970.00 3 TRI-2017 38
MONTO TOTAL DE PRINCIPAL: 46,220.00
'FOTAL POR INTERESES: 59,385.00
TOTAL POR MULTAS: 2,845.00
TOTAL EN COLONES DE ESTA CUENTA: 103,450.00 Colones
Conforme al artículo 22 inciso b) del Reglamento de la Gestión de Cobro Administrativo y Judicial, la Fiscali-
zación y la Recaudación Tributaria de la Municipalidad de Pococí, establece que las obligaciones tributarias
municipales o con atraso do hasta dos trimestres, serán notificadas, orgtndoslo al eno quince día
RECIBIDO POR: CEDULA;
FIRMA: , FECHA: L6ZL. Ll, ) ya
NOTIFICADOR: Loros (ESTE, Ao LUGAR; Lacl, EGÓ.
ULTIMA LINEA curo
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de PococÍ
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*56 ACTA N*20 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
POCOCI UNIDAD DE TOPOGRAFÍA
SIEMPRE APOYANDO El. Teléfono: 2713-6560, extensión: 128
PA DESARROLLO DEL CANTÓN Correo electrónico: david.quirosOgmalil.com
Mco
Jueves 23 de enero de 2020
Oficio: UTOP-MP1L-018-2020
Asunto: “Declaratoria de calle pública”
Ing. Henry Madrigal Calvo
Depto. Desarrollo y Control Urbano
Municipalidad de Pococt
Estimado compañero:
En atención su oficio DDCU-019-2020, referente a la solicitud de informe técnico para la recepción de
la calle pública representada en el plano catastrado L-2155574-2019, le informo que he procedido a realizar en
estudio respectivo y posteriormente a visar el plano, por encontrarse todo a derecho.
Sin más por el momento, me despido,
Atentamente,
Digltalty' Eirid a DAVID ARNOLDO QUIROS
AGUILAR (FIRM
DN: ERIALNUMUER=CPE -03-0375-0252,
'SN=QUIROS AGUILAR, G=DAVID ARNOLDO,
DA a)
DA! A Gi
(LT 77 £4 Lom the aulhor of lhis document
Locati
ng/ós vid Amolbo Quirós Agullar a 0:20:09
Proceso “Estudios Técnicos”, Unidad de Topografía
Página 1 de 3
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*58 ACTA N?20 Ordinaria.
MUNICIPALIDAD DE DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
POCOCÍ UNIDAD DE TOPOGRAFÍA
Teléfono: 2713-6560, extensión: 128
SIEMPRE APOYANDO EL
Ge DESARROLLO DEL CANTÓN
MUNICIPALIDAD:
DEPOGOCÍ
Correo electrónico: david.quirosO gmail.com
POCocr
Eno MUNICIPALIDAD DE | DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO
POCOCÍ UNIDAD DE TOPOGRAFÍA
SIEMPRE APOYANDO EL | Tel: 2713-6560, ext 128
DESARROLLO DEL CANTÓN | visadosAmunipococ!.go.cr
Jueves 23 de enero de 2020,
Oficio: UTOP-MPL-CAT-046-2020
Asunto; “Visado Municipal”
En apego a los lincamientos del Reglamento a In Ley del Catastro Nacional, artículo 79 y la Ley de
Planificación Urbana, artículos 33 y 34 se otorga el presentes
ÓN > Oásado Mamnio ipal
El visado se otorga y se aprueba únicamente para el sigulente plano catastrado:
Detalle del plano aprobado:
coins
| Número de Plano | L-2155574-2019 ]
a
PAE f
C ÍX PROVINCIA CANTÓN DISTRITO
a jee LIMON | Pococí | GUAPILES
E
PA
PERAOTENO
- El expediente electrónico de dicho visto
bueno se encuentra en la oficina de
Ingeniería respaldado con el número:
29147
z
EN
UBICACION GEOGRAFICA p5)
MOJA CUAPILES Le
ias
a * Unidad de Topografía
7070428-002
7070428-003
TONI MAS
SIR 196) de PO
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Página 3 de 3
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*59 ACTA N*20 Ordinaria.
Por Mayoría de 8 Votos a favor, 1 en contra, SE ACUERDA: Se Recibe el terreno
citado anteriormente y se autoriza a la señora Alcaldesa o Alcalde en ejercicio
comparecer ante notario público para la recepción de la calle pública ubicada, en el
distrito de Guápiles, exactamente 200 metros al oeste del cementerio de Guápiles,
identificado mediante plano Catastro L-2155574-2019. La regidora Patricia Aguilar
Araya vota en contra. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N” 468
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, dice:
OFICIO: DDCU-053-2020
REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN A LA ALCALDÍA / RECEPCIÓN DE
ÁREA PÚBLICA FRACCIONAMIENTO UBICADO CERCA DEL SERVICENTRO SANTA
CLARA, DISTRITO GUAPILES, CANTÓN POCOCÍ.
Estimados(as) señores(as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad de
dar seguimiento a lo requerido por parte del Sr. Oldemar Garita Araya, cédula de
identidad 3 0229 0999, solicitando la donación de un terreno a favor de la Municipalidad
de Pococí, como área de uso público y naturaleza Área Comunal, la cual se desprende
de un fraccionamiento frente a calle pública y dicho terreno se ubica 100 metros al norte y
239 metros al este del Servicentro Santa Clara, Distrito de Guápiles.
Continuando parte del proceso de regularización de proyectos, el Sr. Garita Araya solicita
autorización para la donación del siguiente terreno:
errenos a donar como á
públi
-—Áreal
1-2181748-2020 1290,00 Área Comunal
Fuente: Desarrollo y Control Urbano
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Miunpipalidad de PococÍ
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*60 ACTA N*20 Ordinaria.
Por lo tanto, se solicita la recepción del terreno citado, así como autorizar a la Alcaldesa en
ejercicio, por parte del Concejo Municipal, para que comparezca ante notario público para la
recepción del área pública ubicada 100 metros al norte y 239 metros al este del Servicentro Santa
Clara, en el distrito de Guápiles; lo anterior en cumplimiento con lo establecido en el Artículo N*40 de la
Ley de Planificación Urbana.
Sin más
Ing. He a
CC.: Archivo
Dra, Elibeth Venegas Villalobos — Alcaldesa/dunicipal
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*62 ACTA N*20 Ordinaria.
44/2/2020 Sistema de Cenlificacianes e informes Digitales del Registra Naclonal
ico Aguda — Preguntas Frecuentes Enídadles Recentoras — Gomactenos > Descomecrar Wilson Rusntes
Blonas Monltorazdos
Consulta de Plano
Búsqueda Gráfica Marcas
Permite realizar una consulta de plano
Carito de Compras 3
Consultas Grawitas 5% Buscar Por; Número de Plano v
onsultes Gratuitas Provincia Inscripción: [7-1MÓN M
Certificación Imágenes Y Número Inscripción: 2181748
Detalle de Servicios Aña Inscripción: 2020
Historial de Compras
Historial de Usos
Impuesto Personas Jurídicas
Indica Personas Físicas Plano(s) Catastrado(s)
Índice de Personas Jurídicas Provincia: 7 - LIMON pómera Xnscripción; 2181748
Año Inscripción: 10 Feb 2020 Área Plano: 1,290.00
Transitorio M Ley 9428 Bloque: Lote:
Mi Cuenta Estado: INSCRITO Coordenada Norte: 243032,0
Mi tnvantario [Coordenada Este; 560494.0  CRTM Norte: 1128371,0;
[CRTM Este: 524184,0 Verificado Zona Catastrada: No
Reserva de Matsícula
Solicitud de Placas Ubicación(es)
_ Bmidas dele [Provincia [ Cantón [Distrito
77 - LIMÓN 2 - POCOCÍ 1 - GUAPILES|
Avisos importantes
« Estimado usuario, recuerda Titulares(es)
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dertiicación digital en [Identificacion [Nombre [Primer Apellido [Segundo Apellido
ninguna entidad, por lo que sl 0302290999  OLDEMARGARITA ARAYA
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y aplicación de sus efectos
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al centro de asistencia al
usuario, Teléfono. 2202-0888. Finca(s)
Provincia [Número Finca [Sub-matrícula [Duplicado [Matriz Filial [Inmueble
[7 - LIMÓN 39871 000
Finca(s) Generada(s): Inexistente(s)
Plano(s) Hijo(s): Inexistente(s)
Plano(s) Padre(s)
[Código Provincia [Número [Año
17 - LIMÓN 746278 1988
17 - LIMÓN 1132197 2007
Anotaciones: Inexlstente(s)
El Registro Inmobillario advierte que tas anotaciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no están
disponibles para ser consultadas por este medio.
Yogos lo; derecres reservados 2P013 . Meqstico Macia). Sá Jose, Cumnganar . Apartace Postal 533-2010 Curmaenas
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“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*63
Municipalidad de Beesel
ACTA N?*20 Ordinaria.
Blanes Monttoreados
Búsqueda Gráfica Marcas
Carito de Compras
Consultas Gralullas Yí
Cortificación Imágenes “X
Delatie de Senvielos
Historial de Compras
Hisloríal de Usos
Impuesto Personas Jurídicas
Indice Personas Fíalcas
ladica da Personas Juridicas
Transitorio Ni Ley 9428
Ni Cuenta
HMtlnvantaro
Reserva de Malfcula
Solicitud de Placas
Salidas del Pals
Avisos importantes
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que no deben rechazar su
Certificación digital an
ninguna entidad, por lo que st
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y opficación de sus efectos
[egales, sirvase comunicarto
al centro de asistencia al
usuario, Teléfano, 2202-0888,
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CONSULTA POR NUMERO DE HINA
MATRICULA: 39874---000
PROVINCIA: LIMON FINCA: 39871 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO; 000
NATURALEZA! TERRENO DEDICADO A POTRERO Y BOSQUE, ATRAVESADO POR CALLE PUBLICA CÓN
RUMBO DE OESTE-ESTE
SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
LINDEROS:
NORTE ; AMINYA PLEITES
SUR : SERVICIOS OPTICOS Y WILBERTH CASTILLO
ESTE ; SARA FLORES FLORES, EDUVINA GUERRERO BARQUERO, TERESITA CHAVEZ CASTILLO,
SERVICIOS OPTICOS DE POCOCI S.A. Y WILBERTH ARRIETA
OESTE ; SARA FLORES FLORES, EDUVINA GUERRERO BARQUERO, TERESITA CHAVEZ CASTILLO Y
LISBETH CRUZ CERDAS
MIDE; CUATRO MIL SESENTA Y UN METROS CON NOVENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS
PLANO+:L-0746278-1988
LOS ANTECEDENTES DE ESTA FINCA DEBEN CONSULTARSE EN El FOLIO MICROFILMADO DE LA
PROVINCIA DE LIMON NUMERO 39871 Y ADEMAS PROVIENE DE 003917/000
VALOR FISCAL: 500,000.00 COLONES
PROPIETARIO:
OLDEMAR GARITA ARAYA
CEDULA IDENTIDAD 3-0229-0999
ESTADO CIVIL; DIVORCIADO
ESTIMACIÓN O PRECIO: QUINIENTOS MIL COLONES
DUEÑO DEL DOMINIO
PRESENTACIÓN: 0406-00010710-01
CAUSA ADQUISITIVA: COMPRA
FECHA DE INSCRIPCIÓN: 23-OCT-1993
OTROS:
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY
'GRAVAMENES o AFECTACIONES; SI HAY
CITAS; 372-02565-01-0900-001
SERV CONDIC REF:00003917-000
FINCA REFERENCIA; 00003917-000
AFECTA A PINCA: 7-00039871 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY
FINCA REFERENCIA: 00003917-000
Ernitido el 14-02-2020 a las 14:23 horas
citado anteriormente y se autoriza a la señora Alcaldesa o Alcalde en ejercicio
comparecer ante notario público para la recepción del área pública ubicada 100
metros norte y 239 metros a este del Servicentro Santa Clara, en el distrito de
Guápiles, área de 1290 metros cuadrados según plano catastro L-2181748-2020. La
regidora Patricia Aguilar Araya vota en contra. Se Dispensa del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N” 469
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, dice:
OFICIO: DDCU-054-2020
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
ipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*64 ACTA N*20 Ordinaria.
REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN A LA ALCALDÍA / RECEPCIÓN DE
CALLE PUBLICA FRACCIONAMIENTO UBICADO 100 METROS AL NORTE DE
SERVICENTRO SANTA CLARA, GUÁPILES.
Estimados(as) señores(as),
Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad de
dar seguimiento a lo requerido por parte del Sr. Oldemar Garita Araya, cédula de
identidad 3 0229 0999, solicitando la donación de un terreno a favor de la Municipalidad
de Pococí, como acceso de uso público y naturaleza CALLE PUBLICA, la cual se ubica
100 metros al norte del Servicentro Santa Clara, distrito de Guápiles.
Como parte del proceso de regularización de proyectos, el Sr. Garita Araya solicita
autorización para la donación del siguiente terreno:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*65 ACTA N?20 Ordinaria.
Tabla 1.- Terrenos a donar como áreas públicas
L-2181738-2020 2221,00 Calle Pública
Fuente: Desarrollo y Control Urbano
Por lo tanto, se solicita la recepción del terreno citado, así como autorizar a la Alcaldesa en
ejercicio, por parte del Concejo Municipal, para que comparezca ante notario público para la
recepción de la calle pública ubicada en el distrito de Guápiles, exactamente 100 metros al norte
del Lubricentro San Clara, identificado mediante el plano catastro L-2181738-2020; lo anterior en
cumplimiento con lo establecido en el Artículo N*40 de la Ley de Planificación Urbana.
Sin más por el momento, 'se despide,
naaa
Ing. Heftry Madriga
Coord. Dpto. posar Centro. Urbano
CC.: Archivo SU A
Dra. Elibeth Venegas Villalobos. = Alcaldesa Municipat
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*67 ACTA N*20 Ordinaria.
Blenes Monitoreados
Consulta de Plano
Búsqueda Gráfica Marcas
, :fy Permite realizar una consulta de plano
Carrito de Compras
, Buscar Por: Número de Plano r
Consult itas $€
ños Gratulias Provincia Inscripción: [7- TIMÓN y
Cerlificación Imágenes Número Inscripción: [2161738
Detalle de Servicios Año Inscripción: [2020
Historial de Compras
Historial de Usos [Conste]
Impuesto Personas Jurídicas
Índice Personas Físicas Plano(s) Catastrado(s)
Índice de Personas Juridicas Pravincia: 7-LIMÓN Número Inscripción: 2181738
Transitorio lll Loy 9428 'Año Inscripción: 10 Feb 2020 Área Plano: 2,221.00
Bloque: Lote:
Mi Cuenta Estado: INSCRITO  Coordenada Norte; 243031.0
Mi Inventario ¡Coordenada Este: 5603583,0  CRTM Norte: 1128370.0
¡CRTM Este; 524049,0 Verificado Zona Catastrada: No
Raserva de Matrícula
Solicitud de Placas Ubicación(es)
Salidas del Pals Provincia | Cantón | Distrito
17 - LIMÓN_2 - POCOCÍ1 - GUAPILES
Avisos importas
» Estimado usuario, recuerde Titulares(es)
que no deben rechazar su
Certificación digital en Identificacion [Nombre [Primer Apellido [Segundo Apellido
ninguna entidad, por lo que sl [0302290999  OLDEMAR GARITA ARAYA
tiene problemas para la
recepción de este documento
y aplicación de sus efectos
legales, sirvase comunicarlo Fracclonamiento(s) Plano: Inexlstente(s)
al centro de asistencia al
usuario, Teléfono, 2202-0888, Finca(s)
Provincia [Número Finca [Sub-matrícula [Duplicado [Matriz Filial [Inmueble
7 - LIMÓN 39871 000
Finca(s) Generada(s): Inexistente(s)
Plano(s) Hijo(s): Inexistente(s)
Plano(s) Padre(s)
¡Código Provincia [Némero [año
7 - LIMÓN 7462781988
Anotaciones: Inexistente(s)
El Registro Inmobiliaria advierte que las anotaciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no están
disponibles para ser consultadas por este medlo,
ME
Apartaco dostel 527-2010 Curncenot
33 . Regisva ochoa! . Set José, E
wapdigitalDrap.qa.cr
Fouos los derechos 1eservodos . 3
Este sitio se mejor en de 1024 x 7689x o sup:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*68 ACTA N*20 Ordinaria.
Bones Monloreados
Bisqueda Gráfica Marca MREOIETRO RACIONAL
CONSUL: JUMERO DI HINCA
Cardodo Compras RATIUCUDA 30074000"
Conteas Gratullas */€
Corlicación Imágenes e PROVINCIA! LIMON PENCA! 39971 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO; 000
Databa do Soros SEGREGACIONES: SI HAY
NATURALEZA: TERRENO DEDICADO A POTRERO Y BOSQUE, AFRAVESADO POR CALLE PUBLICA CON
Histodal de Compras RUMBO DE OESTE-ESTE
SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON
Historal de Usos LINDEROS:
mpuanto Personas Jurisicas NORTE : AMINTA PLEITES
losa Personas Físicas SUR ¡ SERVICIOS OPTICOS Y WILBERYH CASTILLO
ESTE ; SARA FLORES FLORES, EDUVINA GUERRERO BARQUERO, FERESITA CHAVEZ CASTILLO,
Íncica de Personas uriaicas SERVICIOS OPTICOS DE POCOCI S.A. Y WILBERTH ARRIETA
Transitoóo ll Ley 9428 OESTE : SARA FLORES FLORES, EDUVINA GUERRERO BARQUERO, TERESITA CHAVEZ CASTILLO Y
Mi Cuenta LISBETH CRUZ CERDAS
MI Irventaño MIDE: CUATRO MIL SESENTA Y UN METROS CON NOVENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS
Reserva de Maticla PLANO:1-0746278-1988
Solcilud de Placas
LOS ANTECEDENTES DE ESTA FINCA DEBEN CONSULTARSE EN EL FOLIO MICROFILMADO DE LA
Salidas delPols PROVINCIA DE LIMON NUMERO 39871 Y ADEMAS PROVIENE DE 003917/000
Avisos ns VALOR FISCAL: 500,000,00 COLONES
» Estimado usuario, recuerde
A PROPIETARIO:
o ar e OLDEMAR GARIYA ARAYA
ninguna entidad, poc lo que st CEDULA IDENTIDAD 3-0229-0999
Mene problemas para lo ESTADO CIVIL: DIVORCIADO
recepción de este documento ESTIMACIÓN O PRECIO: QUINIENTOS MIL COLONES
y aplicación de sus efectos DUEÑO DEL DOMINIO
Iegiles, siovase comunicarta PRESENTACIÓN: 0406-00010710-01
al centro de esistenco al $
usuario, Teléfono, 2202-0880. CAUSA ADQUISITIVA: COMPRA
FECHA DE INSCRIPCIÓN: 23-OCT-1993
OTROS:
ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY
GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY
CITAS: 372-02565-01-0900-001
SERV CONDIC REF:00003917-000
FINCA REFERENCIA: 00003917-000
AFECTA A FINCA: 2-00039871 -000
CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY
ANOYACIONES DEL GRAVAMEN: NO MAY
FINCA REFERENCIA: 00003917-000
Emitido el 14-02-2020 a las 14:24 horas
[rn to Ni Comora |
TOMO FeR vol COLA
Este sio 4 visoaKza major an resolució de 1024 x 7600x 0 superior
Por Mayoría de 8 Votos a favor, 1 en contra, SE ACUERDA: Se Recibe el terreno
citado anteriormente y se autoriza a la señora Alcaldesa o Alcalde en ejercicio
comparecer ante notario público para la recepción de la calle pública ubicada, en el
distrito de Guápiles, exactamente 100 metros al norte del Lubricentro Santa Clara,
identificado mediante plano Catastro L-2181738-2020. La regidora Patricia Aguilar
Araya vota en contra. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 470
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Freddy Madrigal Jiménez y Adolfo
Madrigal Hernández, dice:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%69 ACTA N?20 Ordinaria.
Asunto: Solicitud de recepción de Áreas Públicas situado en Nuevo Guápiles,
Distrito Guápiles, cantón Pococí.
pon 3 jo Munich Udo P
4 r Xinia EA
Guápilas, ll de febrero del 2020
Soñoreg Consejo Municipal
Por media de la presente Compañía Maderera lujo de Guápiles S. Á, con cedula jurídica 3 - 101 - 183527,
ambos APODERADOS GENERALÍSIMOS SIN LÍMITE DE SUMA, Freddy Madrigal Jiménez, mayor, casada una
vez, Empresario, vecino de Guápiles de Pococí, con cédula: 1- 0427- 0489 y Adolfo Madrigal Hernández,
mayar, casado una vez, Empresario, vecino de Euápiles de Pococí, con cédula: |- 0720- 0600, Reitera
nuevamente con base a la solicitud realizada el pasada 27 de mayo del 2019, Acta numero 32, Articulo /,
Acuerdo número 889, en calidad de su vota positivo,
Es relevante e importante por un tema de conectividad del sector Sur de nuestro Cantón el cual comunica
Comunidades coma Buenos Áires y Sector de Green Valley. también destacar instituciones como Cosevi, Corte
Suprema, Bruz Roja y demás comercios a sus alrededores, par tanto son de accesos públicos, además el cual
ha sido reparada con fundos municipales para las usuarios.
Es por eso el cual solicito que se reciba en donación a la Municipalidad de Pococí el Terreno según el croquis
adjuntado con la siguientes medidas, del vértice número una al vértice número cinco con una medida de 275.18
metros largo con lá metros de ancho, del vértice numero 15 al vértice número 18 con una medida de
100.86metros de largo con 14 metros de ancho y del vértice numero 12 al vértice número 13 con una medida de
290 metros de larga con 14 metros de ancho, para un total equivalente de 8920 metros cuadrados, Ésto para
ser reciba por medio de la municipalidad para ser declarada calle pública.
Sin más por al momento y agradeciendo su amable atención se despide.
AÁrodAS Madrigal Jimiónoz Ñ “Adotfo Madrigal Jimónoz
CóduLa: 1-427-489 Cédula: 1-0720-0600
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*70 ACTA N?*20 Ordinaria. -03-2020
Municipalidad de Pococí
Secretaría del Concejo Municipal
Tel/Fax 2711-12 27
municipaLicao. Email: secretariaQQmunipococi.go.cr
DEPOCOCI
SMP. 932-19
Guápiles 27 de mayo 2019
SMP - 932.19
Señores:
Ing. iván Rodríguez, topografia Municipal
Ing. Freddy Rivera.
Estimados Señores:
Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo
Municipal de Pococí en Sesión N” 32 Ordinaria del 07-05-2019, dice:
Acta N* 32 Artículo | Acuerdo N* 889
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Freddy Madrigal Jiménez,
cédula N*1-427-489, dice:
Señores Consejo Municipal, Por medio de la presente Compañía Maderera lujo de
guápiles sociedad anónima; con cédula de persona jurídica número: tres - ciento
uno - ciento noventa y tres mil quinientos veintisiete; domiciliada en la ciudad de
Guápiles, quinientos metros al sur del INS, con un plazo social de noventa y nueve
años. Así mismo certifico con vista en la Sección Mercantil del Registro Público al
mismo Tomo, Folio y Asiento, que el Señor Adolfo Madrigal Hernández, mayor,
casado una vez, Empresario, vecino de Guápiles de Pocod, con cédula: uno -
setecientos veinte - seiscientos; es Presidente de esta sociedad; y el señor Freddy
Madrigal Jiménez, mayor, casado una vez, Empresario, vecino de Guápiles de
Pococí, con cédula: uno - cuatrocientos veintisiete- cuatrocientos ochenta y nueve
es Tesorero, ambos con facultades de Apoderados Generalísimos Sin Límite de
Suma pudiendo actuar únicamente en forma conjunta. Manifiesto la donación a la
Municipalidad de Pococí el Terreno según el croquis adjunto con la siguiente
medida del vértice número uno al vértice número cinco con una medida de 275.13
metros cuadrados con 14 metros cuadrados de ancho, del vértice numero 15 al
vértice número 16 con una medida de 100.86 metros cuadrados con 14 metros
cuadrados de ancho y del vértice numero 12 al vértice número 13 con una medida
de 290 metros cuadrados con 14 metros cuadrados de ancho, donde entroncan
calle la Emilia y Calle Buenos Aires, esto para ser declaradas calle pública.
“Apoyando el desarrollo de nuestro cantón”
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
 
PAGINA N*72
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA N*20 Ordinaria.
AGR
A Municipalidad de Pococí
Y Secretaría del Concejo Municipal
Tel/Fax 2711-12 27
municipaimas. Email: secretaria(Q4munipococi.go.cr
DE POCOCÍ
SMP, 932-19
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CERTIFICACION DE PERSONERIA JURÍDICA
NUMERO DE CERTIFICACION: RNPDIGITAL-719189-2019
PERSONA JURIDICA: 3-101-193527
DATOS GENERALES
RAZON SOCIAL O DENOMINACIO! ¿ADEREÑA LUJO DE QUAMILES SOMIEDAD ANONIMA
ESTADO ACTUAL: INSCRITA
CITAS DEL ANTECEDENTE; TOMO: 06579 FOLIO: 049 ASIENTO: 00004
DOCUMENTO ORIGEH: TOMO: 495 ASIENTO: 12198 FECHA INSCRIPCION / TRASLADO: 27/10/2000.
DOMICILIO: LIMON-POCOCi GUAPILES, 500 METROS AL SUR DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEGUNOS.
OBJETO/FINES (SINTESIS): CELEBRACION DE TODO ACTO DE NEGOCIOS ACTOS Y CONTRATOS DE INDOLE COMERCIAL “Y
ESPEGIALMENTE LA EXPLOTAGION DE FINCAS, COMERCIO, INDUSTRIA, GANADERIA, AGRICULTURA, PODRA MENDIR FIANZAS Y
GARANTIAS
PLAZO DE LA ENTIDAD JURIDICA: JSICIO: 02/10/1990 VENCIMIENTO, 02/10
NUMERO LEGALIZACION: 4061009119003
FECHA LEGALIZACION: 0808/2012
COMPAÑIA
2095
ADMINISTRACION
PLAZO! DE DIRECTORES Y/O PRORROGAS: LA JUNTA DIRECTIVA Y EL FISCAL DURAMAN EN SUS CANGOS POR TODO El PLAZO
SOCIA
LA SÚNTA DIRECTIVA NO TIENE FACULTAD PARA OTORGAR PODERES
REPRESENTACION
COMRESPONDERA AL PRESIDENTE Y Al TESORERO ACTUANDO CONJUNTAMENTE LA REPRESENTACION JUDICIAL Y
EXTRAJUDICIAL CON FAGULTADES DE APODERADO GENERALISI.O SIM LIMITE DE SUMA, DE GONFOHMIDAD CON
DEL CODIGO CIVIL EL VOCAL UNO, TEMDAA LAS MISAJAS FACULTADES CUAIDO ACTUE CONJUNTAMEN: N
AUSENCIA COMPROZADA EL PRESIDENTE, LAS MISMAS FACULTADES TENDRA EL VOCAL VOS CUANDO ACTUE CONONMENTE
CON El, PRESIDENTE Y EN AUSENCIA COMPROBADA DEL TESORERO. PARA LAS AUSENCIAS BASTARA CON EL DICHO DE LOS
VOCALES PARA QUE PUEDAN ACTUAR POR OLSIÓN EN LA TRANSGRIPCION.
NOMBRAMIENTOS
JUNTA DIRECTIVA
FECHA DE INSCRIPCION: 27/10/2000 CARGO: PRESIDENTE
OCUPADO POR; ADOLFO IMADRIGAL HERNANDEZ CEOULA DE IDENTIDAD 1-0720-0800
REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIQENCIA: INICIO: 13'03'2008 VENCIMIENTO; 92110'2095
anmouLo,
FECHA DE INSCRIPCION: 27/10/3004 CARGO: VOCAL 02
OCUPADO POR; OBDULIA FERNANDEZ JILJENEZ CEDULA DE IDENTIDAD: 1:0445.0752
REPAESENTACION; AEPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIGENCIA: INICIO; 13/09/2000 VENCIMIENTO: 02/10/2005
FECHA DE MSCRIPCION: 27/10/2008 CARGO: VOCAL 01
OCUPADO POR; GUIDO EFRAI MADRIGAL JIMENEZ CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0273-0200
REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIGENCIA: INICIO: 13/03:2008 VENCIMIENTO: 02/11/2095
FECHA DE INSCRIPCION: 27/10/2004 CARGO; TESORERO
OCUPADO POR; FREDOY MADRIGAL JIMENEZ CEDULA DE IDENTIDAD 1-0427.0109
NEPRESENTACION: REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIGENCIA: INICIO; 0/03/2005 VENCIMIENTO: 02/119:2095
HO EXISTEN MAS HOMBRANIENTOS EN JUNTA DIRECTIVA CON REPRESENTACIÓN
NO TIENE AGENTE NESIDENTE O NO APLICA PARA ESTE TIPO DE PENSONA JURIDICA
FIN DE LOS NOMBRAMIENTOS O CARGOS DE LA PERSONA JURIDICA
HO EXISTE INFORMACION DE AFECTACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
MO EXISTE INFORMACION DE MOVIMIENTOS PENDIENTES SODRE LA PERSONA JURIDICA
¡NO EXISTE INFOR2ACION DE OBSERVACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
A CEATIBICACION, CUYOS DERECHOS AHANCELARIOS FUERON DEBIDAMENTE CANCELADOS, CONSTITUYE DOCU
PÚBLICO CONFORME LO ESTABLEGEN LOS ARTICULOS 45 2 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, $ MHCISO DJ DE LA LEY DE
Página 1 de 2
“Apoyando el desarrollo de nuestro cantón”
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*73 ACTA N*20 Ordinaria.
17-03-2020
Secretaría del Concejo Municipal
Tel/Fax 2711-12 27
munciramao. Email: secretariafQ2munipococi.go.cr
DEPOCOCI
Y Municipalidad de Pococí :
SMP. 932-19
CERTIFICADOS. FIRMAS DIGHALES Y DOCUMENTOS ELECTRONICOS N 8454, Y El DECRETO EJEGUTIVO M 36188), PUBLICADO EN
LA GACETA N. 195, DEL 8 DE OCTUBRE DE 2009 EN DICHO MARCO LEGAL SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE AECIBIA ES
DOCUMENTO POR PARTE DE LOS ENTES PUBLICOS Y PRIVADOS, ASI CONO PARA LOS PARTICULARES, Ef CASO DE QUE SE LE
PRESENTEN PROBLEMAS PARA LA RECEPCION DE ESTE DOCUMENTO Y APLICACION OE SUS EFECTOS LEOALES, SINVASE
COMUNIGARLO AL GENTRO DE ASISTENCIA AL USUARIO, TELEFONO. 2202-0880.
ESTIMADO USUARIO, EL REGISTRO NACIONAL LE INDICA QUE El VALOR DE LA PRESENTE CERTIFICACION FUE ESTABLECIDO POR
LA JUNTA ADIMINISTRATIVA EN LA SUMA DE DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS COLONES CON CINCUENTA CENTIMOS MAS
LOS TIMBRES RESPECTIVOS; HINGUNA PERSONA FISICA O JURIDICA PUEDE VARIAR ESE VALOA
ERUTIOA A TRAVES DEL PORTAL DE SERVICIOS DIGITALES Y CON DATOS CONSULTADOS A UNA REPLICA OFICIAL OE LA BASE DE
DATOS DEL REGISTRO NACIONAL, ALAS 10 HORAS 30 LIMUTOS Y 40 SEGUNDOS, DEL 033 DE L1AYO DE 2019.
POLA SER VERIFICADA EN EL SITIO vo -o1 DENTRO DE LOS SIGUIENTES 15 DIAS MATURALES.
SH LA CERTIFICACION CONTIENE ALGUN TENCIA Eli LA INFORMACION, ff DE CONTACTAR A mpiñigitats mp.9o.cr, PARA.
DETERMINAR EL ORIGEN DE LA INCONSIS[ENCIA Y COMPETENCIA DE LA RESOLUCION.
Poe
A
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada El o al Ing. iván
Rodríguez de topografía Municipal y al As rá, para lo que
pués
corresponda, y confecciones su respectivó,
Atentamente: P/
Guillermo Delgado oro
Secretario Municipal de Poco:
C/c-Archivo.
“Apoyando el desarrollo de nuestro cantón”
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”
 
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*75 ACTA N*20 Ordinaria.
REPUBLICA DE COSTA RICA
REGISTRO NACIONAL
CERTIFICACION DE PERSONERIA JURIDICA
NUMERO DE CERTIFICACION: RNPDIGITAL-399872-2020
PERSONA JURIDICA: 3-101-193527
DATOS GENERALES
RAZON SOCIAL O DENOMINACION: COMPAÑIA MADERERA LUJO DE GUAPILES SOCIEDAD ANONIMA
ESTADO ACTUAL: INSCRITA
CITAS DEL ANTECEDENTE: TOMO: 0979 FOLIO: 049 ASIENTO: 00084
DOCUMENTO ORIGEN; TOMO: 435 ASIENTO: 12196 FECHA INSCRIPCION / TRASLADO; 27/10/2008
DOMICILIO: LIMON-POCOCI GUAPILES, 800 METROS AL SUR DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS.
OBJETO/FINES (SINTESIS): CELEBRACION DE TODO ACTO DE NEGOCIOS ACTOS Y CONTRATOS DE INDOLE COMERCIAL Y
ESPECIALMENTE LA EXPLOTACION DE FINCAS, COMERCIO, INDUSTRIA, GANADERIA, AGRICULTURA, PODRA RENDIR FIANZAS Y
GARANTIAS.
PLAZO DE LA ENTIDAD JURIDICA: ÍNICIO: 02/10/1836 VENCIMIENTO: 02/10/2085
NUMERO LEGALIZACIÓN: 4061008419083
FECHA LEGALIZACION:06/08/2012
ADMINISTRACION
PLAZO DE DIRECTORES Y/O PRORROGAS: LA JUNTA DIRECTIVA Y EL FISCAL DURARAN EN SUS CARGOS POR TODO EL PLAZO
SOCIAL,
LA JUNTA DIRECTIVA NO TIENE FACULTAD PARA OTORGAR PODERES
REPRESENTACION
CORRESPONDERA AL PRESIDENTE Y AL TESORERO ACTUANDO CONJUNTAMENTE LA REPRESENTACION JUDICIAL Y
EXTRAJUDICIAL CON FACULTADES DE APODERADO GENERALISIMO SIN LIMITE DE SUMA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 1253
DEL CODIGO CIVIL.EL VOCAL UNO, TENDRA LAS MISMAS FACULTADES CUANDO ACTUE CONJUNTAMENTE CON EL TESORERO Y EN
AUSENCIA COMPROBADA EL PRESIDENTE, LAS MISMAS FACULTADES TENDRA EL VOCAL DOS CUANDO ACTUE CONJUNTAMENTE
CON EL PRESIDENTE Y EN AUSENCIA COMPROBADA DEL TESORERO, PARA LAS AUSENCIAS BASTARA CON El. DICHO DE LOS
VOCALES PARA QUE PUEDAN ACTUAR POR OMISION EN LA TRANSCRIPCIÓN,
NOMBRAMIENTOS
JUNTA DIRECTIVA
FECHA DE INSCRIPCION: 27/10/2008 CARGO: PRESIDENTE
'OCUPADO POR: ADOLFO MADRIGAL HERNANDEZ CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0720-0600
REPRESENTACIÓN: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL.
VIGENCIA: INICIO: 13/03/2008 VENCIMIENTO: 02/10/2095
FECHA DE INSCRIPCION: 27/10/2008 CARGO; VOCAL 02
'OGUPADO POR: OBDULIA FERNANDEZ JIMENEZ CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0445-0752
REPRESENTACIÓN: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIGENCIA: INICIO: 13/09/2008 VENCIMIENTO: 02/10/2095
FECHA DE INSCRIPCION; 27/10/2008 CARGO: VOCAL 01
OCUPADO POR: GUIDO EFRAIN MADRIGAL JIMENEZ CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0271-0200
REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIGENCIA: INICIO: 13/03/2008 VENCIMIENTO: 02/10/2095
FECHA DE INSCRIPCION: 27/10/2008 CARGO: TESORERO
OCUPADO POR: FREDDY MADRIGAL JIMENEZ CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0427-0483
REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
VIGENCIA: INICIO; 03/01/2005 VENCIMIENTO: 02/10/2095
¡NO EXISTEN MAS NOMBRAMIENTOS EN JUNTA DIRECTIVA CON REPRESENTACION
NO TIENE AGENTE RESIDENTE O NO APLICA PARA ESTE TIPO DE PERSONA JURÍDICA
FIN DE LOS NOMBRAMIENTOS O CARGOS DE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE AFECTACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE MOVIMIENTOS PENDIENTES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
NO EXISTE INFORMACION DE OBSERVACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA
ESTA CERTIFICACION, CUYOS DERECHOS ARANCELARIOS FUERON DEBIDAMENTE CANCELADOS, CONSTITUYE DOCUMENTO
PUBLICO CONFORME LO ESTABLECEN LOS ARTICULOS 45.2 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, $ INCISO D) DE LA LEY DE
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*76 ACTA N*20 Ordinaria.
CERTIFICADOS, FIRMAS DIGITALES Y DOCUMENTOS ELECTRONICOS N.8454, Y El. DECRETO EJECUTIVO N. 3548B-J, PUBLICADO EN +
LA GACETA N, 196, DEL 8 DE OCTUBRE DE 2009. EN DICHO MARGO LEGAL SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE RECIBA ESTE
DOCUMENTO POR PARTE DE LOS ENTES PUBLICOS Y PRIVADOS, AS! COMO PARA LOS PARTICULARES, EN CASO DE QUE SELE
PRESENTEN PROBLEMAS PARA LA RECEPCION DE ESTE DOCUMENTO Y APLICACION DE SUS EFECTOS LEGALES, SIRVASE
COMUNICARLO AL CENTRO DE ASISTENCIA AL USUARIO, TELEFONO, 2202-0889,
ESTIMADO USUARIO, EL REGISTRO NACIONAL LE INDICA QUE EL VALOR DE LA PRESENTE CERTIFICACION FUE ESTABLECIDO POR
LA JUNTA ADMINISTRATIVA EN LA SUMA DE DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS COLONES CON CINCUENTA CENTIMOS MAS
LOS TIMBRES RESPECTIVOS; NINGUNA PERSONA FISICA O JURIDICA PUEDE VARIAR ESE VALOR.
EMITIDA A TRAVES DEL PORTAL DE SERVICIOS DIGITALES Y CON DATOS CONSULTADOS A UNA REPLICA OFICIAL DE LA BASE DE
DATOS DEL REGISTRO NACIONAL, A LAS 13 HORAS 57 MINUTOS Y 28 SEGUNDOS, DEL 13 DE FEBRERO DE 2020.
PODRA SER VERIFICADA EN EL SITIO www.mpígital.com DENTRO DE LOS SIGUIENTES 15 DIAS NATURALES.
SI LA CERTIFICACION CONTIENE ALGUNA INCONSISTENCIA EN LA INFORMACION, FAVOR DE CONTACTAR A mpdigital2 mp.go.cr, PARA
DETERMINAR EL ORIGEN DE LA INCONSISTENCIA Y COMPETENCIA DE LA RESOLUCION.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*77 ACTA N*20 Ordinaria.
COSEVI, GREEN VALLEY
>
Por Mayoría de 8 Votos a favor, 1 en contra, SE ACUERDA: Se Aprueba la solicitud
del señor Freddy Madrigal Jiménez, se recibe en donación las áreas según croquis
y se declaran como calle pública. Se autoriza a la señora Alcaldesa o Alcalde en
ejercicio comparecer ante notario público para la recepción de las áreas y la calle
pública ubicada, en el distrito de Guápiles, en Nuevo Guápiles. La regidora Patricia
Aguilar Araya vota en contra. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 471
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Leda. Grace Chinchilla Villegas, MAF,
Auditora Interna, dice:
Oficio Al-078-2020.
Asunto: Rendición de cuentas 019.
Me permito someter a su estimable conocimiento la Rendición de Cuentas de esta
Auditoría Interna correspondiente al año 2019, de conformidad con lo dispuesto en el
inciso g) del artículo 22 de la Ley general de Control Interno No. 8292, el ítem 2.6 de las
Normas para el ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público y el reglamento de la
Auditoría Interna de la Municipalidad de Pococí.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*78 ACTA N?*20 Ordinaria.
a OS usb
B,
AUDITORIA
MUNICIPALIDAD DEPOCOLI
AUDITORÍA INTERNA
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
RENDICION DE CUENTAS PERIODO 2019
MARZO, 2020
Los valores éticos no son negociables
Auditoría Interna
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MUNICIPALIDAD
DE POCOCÍ
TABLA DE CONTENIDO
1.-INTRODUCCIÓN.
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1.2.- Objetivo general,
Informar al Concejo Municipal sobre las gestlones realizadas por la Auditoría Interna en el periodo
2019, con indicación del grado de cumplimiento del plan de trabajo anual y los logros alcanzados.3
1.3.-Alcance
2. RESULTADOS
2.1 Procesos de Servicios de Fiscalización
1 Proyectos de Auditoría...
ycetos emitido.
4 Pri oyectos pendiente
2 Servicios Preventivos.
2.1.2.1 Autorización de Libro:
2.1.2.2 Advertencias...
2,2 Procesos Gerenciales / Estratégicos
2.2.1 Planifi Ón Anual de Trabajo.
2.2.2 Planificación Anual Operativa
2.2.3 Gestión de la Calidad
2,2,4 Rendición de Cuentas
2.2.5 Administración del Talento Humano
2.2.5.1 Capacitaciones
2.2.6 Otras uetividades adminis
2.3 Seguimiento ......
3. CONCLUSIONES..
2.1.
2.1.1.
2.1.1.3
2.1.1
2.1.
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AUDITORIA AUDITORÍA INTERNA e
INFORME SOBRE LA RENDICION DE CUENTAS DEL PERIODO 2018
L-INTRODUCCIÓN,
1.1.-Origen.
Este informe se elabora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 inciso g, Ley General de
Control Interno N.* 8292, Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público No. 2.6,
y el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoria Interna articulo 17, en cuanto a que
la Auditoria Interna debe rendir cuentas sobre ta gestión realizada anualmente.
1.2,-Objetivo general.
Informar al Concejo Municipal sobre las gestiones realizadas por la Auditoría Interna en el periodo
2019, con indicación del grado de cumplimiento del plan de trabajo anual y los logras alcanzados.
1.3.-Alcance.
Comprenderá la gestión ejecutada por la auditoria interna, con indicación del grado de cumplimiento
del plan de trabajo anual 2019.
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2. RESULTADOS
Este informe resume los resultados de la gestión realizada por la Auditoria Interna en el periodo 2019,
según su Plan de Trabajo 2019, la Auditoría Interna procuro impactar positivamente y agregar valor en
los ejes estratégicos institucionales relacionados a la modernización institucional y el desarrollo
económico.
Además, se atendieron varias denuncias, mismas que fueron recibidas directamente en nuestro
Despacho, como otras trasladadas por la Contraloria General de la República y el Concejo Municipal,
La gestión administrativa de la auditoría interna se desarrolia en un macroproceso, dividiéndose en los
procesos de Servicios de fiscalización, Procesos gerenciales / estratégicos y Procesos de seguimiento.
2.1 Procesos de Servicios de Fiscalización
2.1.1 Proyectos de Auditoría
Se planearon siete proyectos para el periodo 2019, entre los cuales se encuentra la asesoria, sobre el
Manual Financiero Contable, de los cuales se terminaron 5, uno está en ejecución y otro no se ejecutó,
mismos que se detallan a continuación:
2.1.1.1 Proyectos emitidos
« 2.1.3 PALOO01-2019 Proyecto de estado de Recomendaciones de la Auditoría Intema y
Disposiciones CGR.
» 2.1.3 PAl-002-2019 — Sistema de Control interno relacionado al Uso, Control y Mantenimiento
de la Flotilla Vehicular Municipal"
+  2,1.3 PAl-003-2018 Proyecto de Liquidación Presupuestaria 2018,
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AUDITOTHA AUDITORÍA INTERNA
2.1.1.2 Proyectos en ejecución
+ El proyecto sobre la "Evaluación del sistema de control establecido por la Unidad Técnica de
Gestión Vial Municipal de Pococí
+ El proyecto sobre la Evaluación de la Gestión de los procedimientos de Contratación
Administrativa.
2.1.1.3 Otros
+ Nota Informe No, 1 transferencias a sujetos privados
« Nota Informe No, 2 auditoria de la Ética
+ Nota Informe No, 3 (Se atendió una denuncia sobre el uso presuntamente irregular de
computadoras portátiles).
+ Nota Informe No. 4 (Atención de denuncia sobre permisos de construcción.
+ Nota Informe No. 5 (Atención de denuncia sobre otorgamiento de Patentes)
+ Se atendió denuncia sobre Compra de mesas Atención denuncia sobre Se emitió la Nota
+ Se atendieron solicitudes para el Otorgamiento de Idoneidad.
2.1.1.4 Proyectos pendientes
+ El proyecto sobre integridad y exactitud de la información contenida en la base de datos quedo
pendiente de ejecución, ya que se tuvieron que atender otros asuntos, aunado a la orden de la
administración de fa contención del gasto por lo que no se aprobaba las diferentes solicitudes,
2.1.2 Servicios Preventivos
De conformidad con el artículo 22 inciso d), e) de la Ley General de Control Interno No,8292, se
procedió a brindar los servicios de autorización de libros, advertencias y asesorias.
2,1.2.1 Autorización de Libros
En cumplimiento al artículo 22 inciso e) de la Ley General de Control Intemo No,8293, se realizaron las
siguientes autorizaciones de Libros:
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Concejo Municipal: Se autorizaron 33 "Libros de actas” que van del Tomo | al Tomo XXX(1I de
400 folios cada uno.
Comité Cantonal de Deportes: Se autorizaron 4 “Libros de actas” de 400 folios cada uno.
Junta Vial Cantonal: Se autorizaron 2 tomos de 400 folios cada uno
Junta Administrativa Cementerio Guápiles 1 tomo 200 folios,
Comité Persona Joven del cantón de Pococí
Concejo Distrito la Colonia Tomo ll, consta de 10 folios.
Control de vehiculo placa SM 6938" Tomo !l, consta de 100 folios.
LX SK SS SS
Control de vehículo placa SM 5676" Tomo l, consta de 200 folios.
2.1.2.2 Advertencias
En cumplimiento al artículo 22 inciso d) de la Ley General de Control Interno No.8293, se emitieron un
total de 21 advertencias; misma que se detallan a continuación
Y Adv. 1 indemnización Vehiculo Placa SM-2796
Adv, 2 Uso de Vehículos
Av. 3 Compra Directa No. 2018CD-00311 CLO1 "Proyecto arquitectónico para el nuevo edificio
Ss
de la Municipalidad de Pococi.
Adv. 4 Aplicación de recursos de aseo de vías y recolección de basura .
Adv. 5 Prohibición Política Partidaria.
Adv. 6,7,8,9,10,11,12,13,14,15 Incumplimiento Recomendaciones de la Auditoría Interna
Adv. 16 Debilitamiento sistema de control interno.
Adv. 17 Licitación Abreviada 2019 LA-000013-CL-01 ,
Adv. 18 Incumplimiento Recomendaciones de la Auditoría Interna
Adv. 19 Debilidades de control observadas en el Libro de Actas Junta Vial Cantonal
Adv. 20 Incumplimiento en la aplicación del Sistema de Compras Públicas.
GX SNS SS XSSS
Adv, 21 Recargo de funciones del coordinador de la Unidad Técnica,
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2.2 Procesos Gerenciales / Estratégicos
Se llevaron los siguientes procesos administrativos, mismo que se ubican según el Macroproceso, en el
Proceso Gerencias Estratégico.
2.2.1 Planificación Anual de Trabajo
Se presentó al Concejo Municipal mediante oficio Al-423-2019 fecha 15 noviembre del 2019, fue
conocido por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria No.85 del 19-11-2019, acuerdo No.2630, y se
remitió a la Contraloría General de la Republica mediante el Sistema de Planes de Trabajo de las
Auditortas Internas (PAI).
2.2.2 Planificación Anual Operativa
Se presentó al Concejo Municipal mediante oficio Al-159-2019 el pasado 07 de mayo del 2019, el plan
anual operativo, de acuerdo a la “Resolución No.004-2017 para regular el “procedimiento, plazos y el
trámite de dotación de recursos para la Auditoria Interna” mismo que fue aprobado por el Concejo
Municipal en la sesión Ordinaria del pasado 20 de noviembre del 2017 mediante acuerdo No.2612 y
Acta No.96.
2.2.3 Gestión de la Calidad
Con el fín de evaluar la eficiencia y eficacia de la actividad de la auditoría interna e identificar e
implementar oportunidades de mejora para la actividad se procedió a realizar la autoevaluación, el plan
mejora, se entregó al Concejo Municipal mediante oficio Al-241-2019 el pasado 25 de junio del 2019 y
fue conocido por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria No.44 del 02-07-2019, acuerdo No.1388,
acta No.44,
2.2.4 Rendición de Cuentas
Se presentó al Concejo Municipal mediante oficio Al-106-2019 el 14 de marzo del la Rendición de
cuentas periodo 2018, así como el proyecto de seguimiento de recomendaciones.
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2.2.5 Administración del Talento Humano
2.2.5.1 Capacitaciones
Con la finalidad de actualizar los conocimientos y habilidades, en procura de mejorar la calidad de los
servicios que presta este despacho y de las exigencias que la profesión requiere, el compañero Victor
Vidal Bermúdez asistente del departamento con un total de 20 horas; Sabrina Zúñiga Corrales, 40
horas.
No se pudieron llevar a cabo mas capacitaciones por falta de contenido económico, ya que la
municipalidad atraviesa un déficit, por lo que no autorizaban dichos gastos.
2.2.6 Otras actividades administrativas y de fiscalización realizadas
Se atendieron solicitudes de la Contraloria General de la República, Ministerio Público, Sección de
Delitos Económicos y Financieros del O1J, Procuraduria de la Ética Pública.
Se traslado una denuncia a Planificación y Control Constructivo, Dinadeco e Imas,
Con relación al Concejo Municipal se atendieron los siguientes acuerdos:
a) Acuerdo No.1314 Acta No.42 del 25-08-2019 "Cancha Barrio Cacique”. Al-360-2019
b) Acuerdo No.1353 Acta No.42 del 25-06-2019 "Sobre Proyecto compra lerreno parque de
diversiones inclusivo”.
Se llevaron a cabo investigaciones preliminares sobre hechos denunciados, por lo que, en el 2020, se
estarán remitiendo lo que corresponda.
2.3 Seguimiento
+ En atención a lo dispuesto en el inciso g), del articulo 22, de la Ley General de Control interno,
N? 8292, que establece la obligatoriedad de informar al máximo Jerarca sobre el estado de
cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna, la Contraloría General
de la República y los despachos de contadores públicos, la Auditoria Interna, como producto
Los e ong eocables
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Sy MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ 4 Es
AUDITORIA. AUDITORÍA INTERNA A
de la ejecución de seguimiento realizo un estudio especial mismo que fue desarrollado
mediante el Proyecto PA1-001-2019.
Es importante señalar que para el seguimiento de recomendaciones, se utiliza el Sistema de
Seguimiento Recomendaciones, (SIGUELO), con el objetivo de que venga agilizar dicha labor.
> Asimismo, se dio seguimiento a varios productos elaborados por este Despacho, como también
denuncias ante O1J, Ministerio Público etc.
Con relación al Plan Mejora, está en revisión el Reglamento de la Auditoria Interna, para que el
mismo sea trasladado en los primeros al Concejo Municipal
Y
3. CONCLUSIONES
En cuanto al cumplimiento del Plan Anual de Auditoría 2019, se estima que el trabajo realizado por este
despacho se brindó de forma razonable y satistactoria, en especial considerando el tiempo que fue
necesario invertir en algunos proyectos y situaciones especiales que por su naturaleza no podrian
haber sido previstas, pero que hubo que atender en ese periodo.
Aunado a lo anterior es pertinente señalar, que se había solicitado una plaza por cargos fijos, sin
embargo, la misma fue dada por servicios especiales, y no se pudo ejecutar.
Los resultados de los diferentes proyectos evidencian un importante valor agregado en los procesos de
dirección, riesgo y controles institucionales consignados en las áreas estratégicas de conformidad con
el Plan de Desarrollo Municipal.
Los valores éticos no son negociables
Auditoría interna a e
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si
a 919
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce.
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ACUERDO N* 472
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Alexander Zúñiga Li, Entrenador
Licencia E, 8854-1499, dice:
Reciban un cordial saludo de mi parte, por este medio solicito su colaboración para poder
optar por el alquiler de la cancha de futbol del Polideportivo de Guápiles, para poder iniciar
una Escuela de Futbol los sábados de 8 am a 12 medio día. Esto con el fin de instruir niños
y adolescentes de una forma integral no solo en lo deportivo sino también con valores para
servir a la sociedad.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se deja para Análisis.
ACUERDO N* 473
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Katherine Bonilla Rodríguez,
Presidente de Junta de Educación, Escuela Jiménez, dice:
Reciban un cordial saludo. Con la finalidad de tratar temas de suma importancia para el
Centro Educativo Jiménez, que son además de gran relevancia para el distrito de Jiménez
y en los cuales esta corporación municipal tiene incidencia, de la forma más respetuosa
se solicita audiencia con este Concejo Municipal tan pronto como sea posible. Por ello,
atentamente se les solicita indicarnos cuándo podrían atendernos al correo electrónico
juntaeducacionescuelajimenezOmep.go.cr o bien al teléfono 8490-4757.
Por Unanimidad SE ACUERDA: La solicitud queda pendiente.
ACUERDO N*474
Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.
Con base al Decreto de Emergencia Nacional de la pandemia Covid-19 debemos tomar
decisiones al respecto: 1. Desconvocar la Sesion del miércoles 18 de marzo 2020 y no
convocar a mas sesiones a no ser que sea urgente.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se desconvoca Sesion del miércoles 18 de marzo
2020. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
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ACUERDO N* 475
EMERGENCIA NACIONAL, PANDEMIA COVID-19
En el marco de la emergencia por la pandemia del COVID-19, la Unión Nacional de
Gobiernos Locales en coordinación con el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal
ponemos a disposición información de utilidad a la hora de formular acuerdos municipales
para respaldar los lineamientos del Ministerio de Salud. Como parte del Sistema Nacional
de Gestión de Riesgo, las municipalidades son actores críticos en la atención de
emergencias.
A continuación, consignamos una serie normas, a manera de considerandos, que
respaldan las actuaciones que emprenden las municipalidades en el marco de la
emergencia y posibles acuerdos que podrían tomar los concejos municipales en
consecuencia, sea en conjunto o individualmente cada acuerdo.
Naturalmente, la valoración de los acuerdos a tomar constituye un ejercicio de autonomía
de cada gobierno local, pero debe reconocerse el estado de necesidad y urgencia que
implica la declaratoria de emergencia.
CONSIDERANDOS:
1. Que con fundamento en los artículos 21 y 50 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica, la vida humana es inviolable, el Estado tiene el deber de
procurar el mayor bienestar y de resguardar el derecho de toda persona a vivir en
un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
2. Que los artículos 1, 3, 10, 29, 31, 33 y 34 de la Ley N” 8488, Ley Nacional de
Emergencias y Prevención del Riesgo, de 22 de noviembre de 2005, que regula la
actividad extraordinaria que el Estado deberá efectuar en caso de emergencia, norman las
condiciones en las cuales se declara un “estado de necesidad y urgencia”, define sus
efectos, obliga a la coordinación institucional en su atención y permite excepciones a los
procesos ordinarios de administración y disposición de fondos y bienes públicos, así como
la facultad de imponer restricciones temporales.
3. Que los artículos 341, 348 ,355 ,356 ,363 ,364 ,365 y 367 de la Ley N” 5395, Ley
General de la Salud, de 30 de octubre de 1973, establecen la jurisdicción y atribuciones
del Ministerio de Salud de tomar medidas especiales para evitar el riesgo o daño a la salud
de las personas. Entre ellas, podrá solicitar auxilio de la Fuerza Pública u otras autoridades
administrativas, con el fin de que lleven a cabo
las actuaciones, inherentes a su cargo, para las cuales hayan sido especialmente
omisionados, teniendo en vista una efectiva protección de la salud de la población
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y los individuos. Decretará medidas con la finalidad de evitar la aparición de peligros y la
agravación o difusión del daño, o la perpetración de infracciones legales o reglamentarias
que atenten contra la salud de las personas por medio de medidas especiales como: la
retención, el retiro del comercio o de la circulación, el decomiso, la desnaturalización y la
destrucción de bienes materiales, la clausura de establecimientos, la cancelación de
permisos, la orden de paralización, destrucción o ejecución de obras, el aislamiento,
observación e internación de personas afectadas o sospechosas de estarlo por
enfermedades transmisibles. En caso de peligro de epidemia, el Ministerio podrá declarar
como epidémica sujeta al control sanitario, cualquier zona del territorio nacional y
determinará las medidas necesarias y las facultades extraordinarias que autorice
totalmente a sus delegados para extinguir o evitar la propagación de la epidemia.
4, Que el DECRETO EJECUTIVO N* 42227-MP-S declara ESTADO DE EMERGENCIA
NACIONAL, en todo el territorio de la República de Costa Rica, debido a la situación
de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19.
5. Que según el artículo 62 de la Ley N* 7794, Código Municipal, es una atribución de la
Policía Municipal “Auxiliar, de ser posible, a la Fuerza Pública, cuando medie el
requerimiento expreso de la autoridad competente. Este auxilio no deberá supeditarse al
citado requerimiento cuando, por la naturaleza de la situación, se esté ante una
emergencia o estado de necesidad”.
6. Que según los artículos 34, 35, 36, 37, 39 y 41 del Código Municipal, las sesiones
del Concejo Municipal son públicas, se desarrollarán en la localidad sede de la
municipalidad, con el orden de día previamente elaborado por el Presidente del Concejo y
se llevarán a cabo una sesión ordinaria por semana y hasta dos extraordinarias
remuneradas en el mes.
POR TANTO, SE ACUERDA:
PRIMERO: Autorizar a la administración municipal, en el marco de la normativa aplicable
y la declaratoria de estado de emergencia nacional, para realizar todas las acciones
pertinentes, útiles y necesarias para apoyar la implementación de los lineamientos oficiales
para la atención de la pandemia del COVID-19 y establecer la coordinación
interinstitucional requerida con las autoridades de salud y de atención de emergencias
competentes.
SEGUNDO: Instar a la administración e instruir a todos los órganos adscritos a este
Concejo, a suspender toda actividad municipal que implique la concentración masiva y
aglomeración de personas hasta tanto se mantenga dicha directriz por parte del Ministerio
de Salud.
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TERCERO: Informar a los munícipes, a través de los mecanismos de comunicación a
disposición de este Gobierno Local, la importancia de evitar participar en actos masivos y
aglomeraciones, lo anterior incluyendo los espacios públicos municipales; así como las
medidas de higiene y prevención emanadas del Ministerio de Salud.
CUARTO: Se hace un llamado a los patentados para que cumplan cabalmente los
lineamientos del Ministerio de Salud en cuanto al aforo permitido y al cierre temporal de
las actividades de bares, discotecas y casinos. Igualmente, se les recuerda que deben
extremar las medidas de seguridad e higiene.
QUINTO: La municipalidad sólo difundirá información oficial y emanada de las autoridades
de salud y de atención de emergencias competentes.
SEXTO: Apoyar a la administración en la implementación de acciones que reduzcan el
tránsito y presencia de personas en las instalaciones municipales, particularmente
aquellas que permitan los trámites, pagos o servicios a través de tecnologías de la
información, según las posibilidades de la municipalidad.
SÉPTIMO: Mientras que permanezca la declaratoria de emergencia, instar a este Concejo
a cumplir los lineamientos del Ministerio de Salud, por lo que se pospondrán audiencias
que conlleven participación masiva de ciudadanos, reducir al máximo la convocatoria de
sesiones extraordinarias, reducir el acceso al público de la capacidad del salón de
sesiones, incorporar en el orden del día solo los puntos urgentes o sujetos a plazo, esto
último en aras de reducir la duración de las sesiones.
Además, se tendrá como ausencia justificada la no participación de regidores o síndicos
en la sesión, sea por enfermedad o por prevención*.
* NOTA: Si la municipalidad cuenta con otros mecanismos para asegurar la publicidad de
las sesiones, podrían valorar una reducción distinta para el acceso al público.
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DECRETO EJECUTIVO 42227-MP-S
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
LA MINISTRA A.I. DE LA PRESIDENCIA Y
EL MINISTRO DE SALUD
En ejercicio de las facultades que les confieren los articulos 140 incisos 3), 6), 16), 18), 146
y 180 de la Constitución Política; artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2) subíndice
b), de la Ley General de la Administración Pública, Ley número 6227 del 2 de mayo de
1978; el artículo 29 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, Ley
número 8488 del 22 de noviembre de 2005; los artículos 1, 2, 4, 7,147, 148, 149, 155, 161,
162, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 169, 337, 338, 338 bis, 340, 341, 348, 378 de la Ley
General de Salud, Ley número 5395 del 30 de octubre de 1973; los artículos 2 incisos b) y
0), 6 y 57 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, Ley número 5412 del 08 de noviembre
de 1973; el Decreto Ejecutivo número 34038 mediante el cual se oficiatiza el Reglamento
Sanitario Internacional del 14 de agosto de 2007; y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con la Constitución Política, en sus artículos 21 y 50, el derecho a la vida
y a la salud de las personas es un derecho fundamental, así como el bienestar de la
población y su seguridad, los cuales se tornan en bienes jurídicos de interés público y ante
ello, el Estado tiene la obligación inexorable de velar por su tutela. Derivado de ese deber
de protección, se encuentra la necesidad de adoptar y generar medidas de salvaguarda
inmediatas cuando tales bienes jurídicos están en amenaza o peligro, siguiendo el mandato
constitucional estipulado en el numeral 140 incisos 6) y 8) del Texto Fundamental.
Que la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, Ley número 8488 del 22 de
noviembre de 2006, en su ordinal 29 establece que en caso de calamidad pública
ocaslonada por hechos de la naturaleza o del ser humano, que son imprevisibles o
previsibles pero inevitables y no pueden ser controlados manejados ni dominados por las
potestades ordinarias de que dispone la Administración Pública, el Poder Ejecutivo está
facultado para declarar emergencia nacional a fin de integrar y definir las responsabilidades
y funciones de todos los organismos, entidades públicas, privadas, a efectos de poder
brindar una solución acorde a la magnitud del desastre. Aunado a ello, el ordinal 31 de la
Ley citada, consigna que la declaratoria permite un tratamiento excepcional del estado de
necesidad y urgencia en razón de su naturaleza, por lo que se concede al Gobierno la
posibilidad de obtener ágilmente suficientes recursos económicos, materiales o de otro
orden para atender a las personas, los bienes y los servicios en peligro, con el deber ulterior
de rendir cuentas sobre las acciones adoptadas.
Que la jurisprudencia constitucional ha establecido parámetros estrictos para la
fundamentación de una declaratoria de emergencia nacional, en estados de necesidad y
urgencia nacional, a efectos de salvaguardar bienes jurídicos primordiales. En sentencia
número 1992-3410 de las 14:45 horas del 10 de noviembre de 1992, el órgano
constitucional definió la figura de estado de emergencia y explicó que se trata de "(...)
conmoción interna, disturbios, agresión exterior, epidemias, hambre y otras calamidades
públicas, como manifestaciones de lo que se conoce en la doctrina del Derecho Público
corno estado de necesidad y urgencia, en virtud del principio "salus populi suprema lex est",
entendiendo que el bien jurídico más débil (la conservación del orden normal de
competencias legislativas) debe ceder ante el bien jurídico más fuerte (la conservación del
orden jurídico y social, que, en ocasiones, no permite esperar a que se tramite y apruebe
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
W.
vi.
Mil.
Vill.
pe
una ley)”. En virtud de lo cual, la Sala Constitucional ha sostenido en el tiempo que tal
declaratoria debe ser absolutamente necesaria para lograr atender los peligros provocados
por la situación excepcional, debiendo prolongarse únicamente el tiempo estrictamente
necesario.
Que en su línea jurisprudencial, en la sentencia número 2001-1369 de las 14:30 horas del
14 de febrero de 2001, respecto a la calificación de los hechos que motivan un estado de
necesidad y urgencia, el tribunal constitucional señaló que *(...) mediante la declaratoria de
estado de necesidad y urgencia la Administración queda facultada para proceder mediante
la utilización de procedimientos administrativos excepcionales --como lo es, por ejemplo, la
modificación del destino de una partida presupuestaria- para solventar un evento originado
a consecuencia de las fuerzas naturales, o bien por actos del hombre. Así, la situación que
justifique la "declaratoria de emergencia nacional" debe interpretarse bajo un criterio
restrictivo, por lo que sólo puede proceder ante hechos que califiquen como fuerza mayor
o, a lo sumo, caso fortuito (...) la noción de estado de necesidad y urgencia únicamente
acontece ante la producción hechos (SIC) que no pueden solventarse mediante el ejercicio
de los procedimientos administrativos ordinarios.”
Que desde enero del año 2020, las autoridades de salud activaron los protocolos de
emergencia epidemiológica sanitaria internacional por brote de nuevo coronavirus en China,
La alerta de la Organización Mundial de la Salud (OMS) del día 30 de enero de 2020 se
generó después de que se detectara en la ciudad de Wuhan de la Provincia de Hubei, en
China, un nuevo tipo de coronavirus que ha provocado fallecimientos en diferentes países
del mundo, Los coronavirus (CoV) son una amplia familia de virus que pueden causar
diversas afecciones, desde el resfriado común hasta enfermedades más graves, como
ocurre con el coronavirus causante del síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS ), el
que ocasiona el síndrome respiratorio agudo severo (SARS) y el que provoca el COVID-19.
Que a efectos de atender la situación nacional provocada por el COVID-19, Poder Ejecutivo
emitió la Directriz número 073-S-MTSS del 09 de marzo de 2020 dirigida a la Administración
Pública Centralizada y Descentralizada, por medio de la cual estableció una serie de
medidas de coordinación interinstitucional para garantizar el cumplimiento de los protocolos
del Ministerio de Salud, e implementar lineamientos de teletrabajo en las oficinas estatales.
Que mediante Decreto Ejecutivo número 42221-S del 10 de marzo de 2020, el Poder
Ejecutivo dispuso temporalmente mediante el artículo 1” la suspensión de eventos masivos
de personas y centros de reunión pública. Además, según el artículo 4 de dicha norma, se
excluyeron los espacios de reunión pública bajo las medidas administrativas temporales
para la atención de actividades de concentración masiva definidos por el Ministerio de Salud
para la alerta sanitaria por COVID-19,
Que el 06 de marzo de 2020 se confirmó el primer caso de COVID-19 en Costa Rica, luego
de los resultados obtenidos en el Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en
Nutrición y Salud y el 08 de marzo de 2020, ante el aumento de casos confirmados, el
Ministerio de Salud y la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de
Emergencias dispusieron decretar el estado de alerta amarilla en todo el territorio nacional,
ante la emergencia sanitaria ocasionada por la presencia del COVID-19,
Que la Caja Costarricense del Seguro Social ha ampliado la cobertura de incapacidad para
los trabajadores asegurados que se aíslan por criterios de sospecha de contagio por SARS-
CoV2 con base en la decisión adoptada por la Junta Directiva de esa institución, mediante
el acuerdo número 1 de la sesión número 9084, celebrada el 11 de marzo de 2020,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
cipalida
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*93 ACTA N?20 Ordinaria. 17103-202
dá de Pococi
X.
XI.
XI,
Xitl.
XIV.
Que el 11 de marzo del 2020 la Organización Mundial de la Salud elevó ta situación de
emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La
rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requiere la
adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. Las
elrcunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin
precedentes y de enorme magnitud tanto por el muy elevado número de personas afectadas
corno por el extraordinario riesgo para su vida y sus derechos.
Que como parte de las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo para la atención de la
situación de marras, se emitió la Directriz número 074-S del 12 de marzo de 2020, a través
de la cual el Poder Ejecutivo dispuso que "Como parte de las acciones preventivas y de
mitigación para la atención de la alerta sanitaria por COVID-19, se instruye a todas las
instancias ministeriales y sus respectivos órganos para que procedan de inmediato a
cancelar los viajes oficiales al extranjero de sus funcionarios y funcionarias, salvo aquellos
viajes que sean estrictamente indispensables para la continuidad del servicio público
prestado por la institución, así como de acuerdo con la naturaleza de las funciones que
desempeña cada jerarca o funcionario público”.
Que el Ministerio de Educación Pública emitió la resolución MEP-530-2020 de las 13:30
horas del 14 de marzo de 2020, por medio de la cual dispuso, entre otras decisiones, la
suspensión de lecciones por un perlodo de 14 días naturales, a partir del 16 de marzo de
2020, como medida de prevención y necesaria dentro de los esfuerzos para contener la
propagación del COVID-19 en los centros educativos citados en dicha resolución.
Que para el día 15 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud confirmó 35 casos confirmados
por COVID-19 en las provincias de San José, Alajuela, Heredia, Guanacaste y Cartago, en
un rango de edad de 10 a los 87 años.
Que la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de
Emergencias, en la sesión extraordinaria del 15 de marzo de 2020 mediante acuerdo
número 046-03-2020, recomendó al Presidente de la República declarar el estado de
emergencia nacional, según el artículo 18 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención
del Riesgo y siguiendo los términos de dicha Ley.
Que resulta necesario declarar mediante el presente Decreto Ejecutivo, emergencia
nacional debido al estado de necesidad y urgencia ocasionado por el COVID-19, dada su
magnitud como pandemia y sus consecuencias en el territorio naclonal. Por corresponder
a una situación de la condición humana y de carácter anormal, esta no puede ser controlada
ni abordada por parte de la Administración Pública a través del ejercicio de los
procedimientos administrativos ordinarios. De esta manera, la Administración Pública podrá
temporalmente aplicar medidas extraordinarias de excepción, de conformidad con lo
dispuesto en la Constitución Política, así como en la Ley Nacional de Emergencias y
Prevención del Riesgo, para brindar debida y pronta atención a los eventos generados por
la situación excepcional del COVID-19 y mitigar sus consecuencias.
Por tanto,
DECRETAN:
Artículo 4.- Se declara estado de emergencia nacional en todo el territorio de la República
de Costa Rica, debido a la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad
COVID-19,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*94 ACTA N*20 Ordinaria. 17. 03-2020
Artículo 2.- Para los efectos correspondientes, se tlenen comprendidas dentro de ta
presente declaratoria de emergencia las 3 fases que establece el artículo 30 de la Ley
Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, Ley número 8488 del 22
de noviembre de 2005, que son:
a) Fase de respuesta: incluye además de lo estipulado en la Ley número 8488 y su
reglamento, fas acciones de contención y control de los brotes, el reforzamiento de los
servicios de salud, el aprovisionamiento de agua, la compra y distribución de suministros
de limpieza y desinfección, las acciones de limpieza profunda en edificaciones, la protección
del personal sanitario, personal de primera respuesta y de la Cruz Roja Costarricense,
vigilancia epidemiológica, necesidades de diagnóstico y abordaje de la enfermedad en
todas sus fases, y la asistencia humanitaria requerida para la adecuada atención de ta
emergencia. En el marco de sus competencias las instituciones velarán por evitar el
desabasto, acaparamiento, condicionamientos en la venta y la especulación en bienes y
servicios.
b) Fase de rehabilitación: incluye además de lo estipulado en la Ley número 8488 y su
reglamento, la ampliación de las capacidades de los servicios para la atención de pacientes,
incluido sin que se limite a: la sostenibilidad de tos servicios de salud y la ampliación de las
unidades especializadas y laboratorios requeridos para la reducción de la morbimortalidad
de la población.
c) Fase de reconstrucción: que incluye además de lo estipulado en la Ley número 8488 y su
reglamento, las acciones a mediano plazo orientadas a establecer las condiciones normales
de operación de los servicios de salud, así como eventuales tratamientos y procedimientos
médicos disponibles según el nivel de los impactos determinados, Todas las acciones
deben de realizarse de conformidad con los debidos reportes generados para el Plan
General de la Emergencia.
Artículo 3.- Se tienen comprendidas dentro de esta declaratoria de emergencia todas las
acciones, obras y servicios necesarios para poder solucionar los problemas indicados en
los considerandos desarrollados en este Decreto Ejecutivo, para salvaguardar la salud y
vida de los habitantes, para preservar el orden público y proteger el medio ambiente. Todo
lo cual debe constar en el Plan General de la Emergencia aprobado por la Junta Directiva
de ta Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, para poder
ser objeto de atención conforme al concepto de emergencia. Este plan se elaborará
mediante el debido el insumo técnico brindado por el Ministerio de Salud como institución
rectora y clave para la atención de la emergencia declarada en el presente Decreto
Ejecutivo.
Artículo 4.- El Ministerio de Salud junto con la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos
y Atención de Emergencias serán los órganos encargados del planeamiento, dirección,
control y coordinación de los programas y actividades de protección, salvamento, atención
y rehabilitación de las zonas declaradas en estado de emergencia. Se deberán emprender
acciones inmediatas y coordinadas para la mejor atención de las fases de respuesta y
rehabilitación; una vez aprobado el Plan Genera! de la Emergencia se podrán designar
unidades ejecutoras para los proyectos específicos.
En conjunto con la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de
Emergencias y el Ministerio de Salud, la Caja Costarricense dej Segura Social establecerá
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI -
PAGINA N*95 ACTA N*20 Ordinaria. 17-03-2020
las medidas de contingencia necesarias para mantener operativos los servicios de salud de
todo el país que garanticen la preservación de la salud y la vida de la población,
Artículo 5.- De conformidad con los artículos 46 y 47 de la Ley Nacional de Prevención de
Riesgos y Atención de Emergencias, la Administración Pública Centralizada, Administración
Pública Descentralizada, empresas del Estado, municipalidades, así como cualquier otro
ente u órgano público están autorizados para dar aportes, donaciones, transferencias al
Fondo Nacional de Emergencias, así como prestar la ayuda y colaboración necesarias a la
Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, al Ministerio de
Salud y a la Caja Costarricense de Seguro Social,
Asimismo, estarán autorizadas para ejecutar sus aportes de forma coordinada. Para que
esta labor sea exitosa, pueden tomar las medidas necesarias para simplificar o eliminar los
trámites o requisitos ordinarios, que no sean estrictamente necesarios para lograr impactar
positivamente a favor de las personas damnificadas y facilitar las fases de atención de la
emergencia, sin detrimento de la legalidad, tal como lo establecen los artículos 4 y 10 de la
Ley General de la Administración Pública, Ley número 6227 del 2 de mayo de 1978, a fin
de brindar respuestas más eficientes a las necesidades de las personas y familias afectadas
por esta emergencia. En los casos que las acciones requieran de los trámites de
contratación administrativa, se les instruye a utilizar los procedimientos de urgencia
autorizados por la Ley de Contratación Administrativa y regulados en el artículo 140 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, Decreto Ejecutivo número 33411 del
27 de septiembre de 2006,
Artículo 6.- De conformidad con el artículo 47 la Ley Nacional de Prevención de Riesgos y
Atención de Emergencias, para la atención de la presente declaratoría de emergencia
nacional, la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias podrá
destinar fondos y aceptar donaciones de entes públicos y privados, los cuales ingresarán
al Fondo Nacional de Emergencias.
Artículo 7.- Para la atención de esta emergencia nacional, la Comisión Nacional de
Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias podrá utilizar fondos remanentes no
comprometidos de otras emergencias fi iniquitadas o vigentes, según disponga la Junta
Directiva de este órgano.
Artículo 8.- Se instruye a los órganos de la Administración Central y se insta a la
instituciones de la Administración Pública Descentralizadas, para que por el plazo de
vigencia del presente Decreto Ejecutivo y bajo el principio de coordinación interinstitucional
y los principios del servicio público, establecidos en el artículo 4 de la Ley General de la
Administración Pública, y en la medida de sus posibilidades, faclliten el préstamo de
funcionarios, equipos o activos a favor de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgo y
Atención de Emergencias, al Ministerio de salud y la Caja Costarricense de Seguro Social,
para la atención del estado de emergencia nacional, en cualquiera de las 3 fases de la
emergencia.
Artículo 9.- Las instituciones de la Administración Pública Centralizada deberán ejecutar
todas aquellas acciones legales y administrativas pertinentes de conformidad con la Ley de
Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley número 7472 del 20
de diciembre de 1994, para evitar situaciones de desabasto, acaparamiento,
condicionamientos en la venta o la especulación de bienes y servicios. Se insta a las
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ;
PAGINA N*96 ACTA N?*20 Ordinaria. 17-03-2
instituciones de la Administración Pública Descentralizada a la aplicación de la presente
disposición, según sus respectivos procedimientos.
Artículo 10.- De conformidad con lo establecido en la Ley número 8488, la declaratoria de
emergencia será comprensiva de toda la actividad administrativa del Estado cuando sea
estrictamente necesario para resolver las Imperiosas necesidades de las personas y
proteger los bienes y servicios cuando inequívocamente exista el nexo de causalidad entre
el hecho provocador del estado de emergencia y los daños provocados en este efecto,
entendidos estos como aquellas acciones que se realicen en el marco de la Ley General de
Salud, Ley General de Policta y la aplicación del Régimen de Excepción aplicable a la
declaratoria de emergencia nacional.
Artículo 11.- En el marco de lo establecido en la Ley número 8488, todas las Instituciones
públicas están obligadas a contribuir en lo necesario con apoyo técnico en las 3 fases de la
emergencia, pudiéndose asignar tareas específicas a cada institución en el marco de sus
competencias.
Artículo 12.- De acuerdo con las facultades establecidas en el capítulo segundo, del Libro
segundo denominado "De las autoridades de salud, de sus atribuciones y ciertas medidas”
de la Ley General de Salud, Ley número 5395 del 30 de octubre de 1973 y con base en la
presente declaratoria de emergencia nacional, el Ministerio de Salud podrá proceder con
el cierre de todo establecimiento que incumpla con las disposiciones emitidas por dicha
Institución. A estos efectos, se otorga a los cuerpos policiales del país, la facultad de
proceder con la clausura de los establecimientos a instancia del Ministerio de Salud cuando
la acción se requiera en horarios o zonas donde no estén presentes funcionarios de ese
Ministerio,
Artículo 13.- Según el artículo 37 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del
Riesgo, el Poder Ejecutivo declarará la cesación del estado de emergencia nacional cuando
se cumplan las fases de la emergencia definidas en el artículo 30 de dicha Ley y el artículo
2 del presente Decreto Ejecutivo y se cuente con el criterio técnico emitido por la Comisión
Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias que así lo respalde.
Artículo 14.- El presente Decreto Ejecutivo rige a partir del 16 de marzo € de. 2020,
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los dieciséjg E q marzo
de dos mil veinte. cd. GA
CARLOS ALVARADO Q
¿LARA POVEBANO
mis] RA DE LAP SIDENCIA
S PERAZA
MINISTRO DE SALUD
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecoci
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*97 ACTA N*20 Ordinaria.
Sr. Pdte. Freddy Hernández Miranda.
Se ha estado enviando a todas las municipalidades de parte de la UNGL una guía o moción
y está siendo homologada por todas las Municipalidades y es con base al Decreto
ejecutivo 42227-MP-S de Emergencia Nacional de la Pandemia COVID-19.
Yo quisiera que hoy mismo se tomaran Las medidas al respecto como lo son:
Desconvocar la sesión que estaba para mañana miércoles con la Comisión Nacional de
Emergencia. Solo se van a realizar las sesiones Ordinarias establecidas en el Código
Municipal, con excepción de alguna urgencia y que se trate de algo muy puntual. Quien
se encuentre con alguna situación personal de salud, que sienta síntomas de gripe o
temperatura, que lo indique y que no se presente a las sesiones del Concejo Municipal.
No se atenderá público en ninguna sesión del Concejo hasta nuevo aviso para evitar
participar en actos masivos y aglomeraciones.
Reg. Johnny Vargas A.
Propone que: en el caso de las juramentaciones de Comités, estos puedan ser
juramentados en la parte de afuera de la Municipalidad sin necesidad de que ingresen a
la sala de sesiones. Que la compañera Arelys Fernández por su estado de gestación, no
se presente a ninguna de las sesiones posteriores y sea nombrada en comisión.
Reg. Supl. Oscar Garro.
Sobre el tema del contagio, indica que la enfermedad se mueve por el ser humano ya que
se introduce en las membranas del aparato respiratorio. Indica el cuidado en el tema del
estornudo y que el Aire Acondicionado es el primer foco de expansión y que debe dárseles
mantenimiento. Siendo congruentes con la responsabilidad, este Concejo debe tomar una
medida inmediata para poner en conocimiento a todas las personas del Cantón sobre lo
que aquí está pasando, así como ha ocurrido en la presidencia de la República, por tanto,
aquí deberían de tener cámaras o bien a través de la oficina de Prensa Municipal, a través
de un Facebook life.
Pero el tema de fondo es la comunicación y el derecho que todos los ciudadanos del
cantón tienen de estar informados de lo que pasa en este Gobierno Local.
Por Unanimidad SE ACUERDA: PRIMERO: Autorizar a la administración municipal,
en el marco de la normativa aplicable y la declaratoria de estado de emergencia
nacional, para realizar todas las acciones pertinentes, útiles y necesarias para
apoyar la implementación de los lineamientos oficiales para la atención de la
pandemia del COVID-19 y establecer la coordinación interinstitucional requerida con
las autoridades de salud y de atención de emergencias competentes.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MunibipalidaÚ de Prcoct
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*98 ACTA N?*20 Ordinaria. 17-03-2020
SEGUNDO: Instar a la administración e instruir a todos los órganos adscritos a este
Concejo, a suspender toda actividad municipal que implique la concentración
masiva y aglomeración de personas hasta tanto se mantenga dicha directriz por
parte del Ministerio de Salud.
TERCERO: Informar a los munícipes, a través de los mecanismos de comunicación
a disposición de este Gobierno Local, la importancia de evitar participar en actos
masivos y aglomeraciones, lo anterior incluyendo los espacios públicos
municipales; así como las medidas de higiene y prevención emanadas del Ministerio
de Salud.
CUARTO: Se hace un llamado a los patentados para que cumplan cabalmente los
lineamientos del Ministerio de Salud en cuanto al aforo permitido y al cierre temporal
de las actividades de bares, discotecas y casinos. Igualmente, se les recuerda que
deben extremar las medidas de seguridad e higiene.
QUINTO: La municipalidad sólo difundirá información oficial y emanada de las
autoridades de salud y de atención de emergencias competentes.
SEXTO: Apoyar a la administración en la implementación de acciones que reduzcan
el tránsito y presencia de personas en las instalaciones municipales,
particularmente aquellas que permitan los trámites, pagos o servicios a través de
tecnologías de la información, según las posibilidades de la municipalidad.
SÉPTIMO: Mientras que permanezca la declaratoria de emergencia, instar a este
Concejo a cumplir los lineamientos del Ministerio de Salud, por lo que se
pospondrán audiencias que conlleven participación masiva de ciudadanos, reducir
al máximo la convocatoria de sesiones extraordinarias, reducir el acceso al público
de la capacidad del salón de sesiones, incorporar en el orden del día solo los puntos
urgentes o sujetos a plazo, esto último en aras de reducir la duración de las
sesiones. Además, se tendrá como ausencia justificada la no participación de
regidores o síndicos en la sesión, sea por enfermedad o por prevención”. Si la
municipalidad cuenta con otros mecanismos para asegurar la publicidad de las
sesiones, podrían valorar una reducción distinta para el acceso al público. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 476
Se omite.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*99 ACTA N?20 Ordinaria.
ARTICULO ll
Asuntos de la Sra. Alcaldesa
ACUERDO N* 477
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos
Alcaldesa Municipal, dice:
Asunto: Remisión oficio SYSO 014-2020 Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional
de la Municipalidad de Pococí, Pólizas de Riesgos de Trabajo de la Municipalidad
18203119
Estimados señores:
Adjunto a la presente les remito el oficio SYSO N” 014-2020 de la Licda. Emilia Masis
Alfaro, de la oficina de Salud y Seguridad Ocupacional de la Municipalidad de Pococí
indicando la descripción y el rubro que se debe desembolsar al INS como parte de los
pagos que se les realizan por concepto de Póliza de Riesgos de Trabajo a los funcionarios
municipales.
Por lo que se le solicita al Concejo Municipal, que autorice a la señora Elibeth Venegas
Villalobos, Alcaldesa, a realizar las gestiones correspondientes para el pago de la Póliza
de Riesgos de Trabajo que asciende a un monto de ¿41,363,693.00 (cuarenta y un
millones trescientos sesenta y tres mil seiscientos noventa y tres colones con 00/100).
Sin más que agregar se suscribe de ustedes atentamente,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”,
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*100 ACTA N?20 Ordinaria. 7-03-2020
ú
Ñ Oficina de Salud y Seguridad Ocupacional $ Ya
Losa SYSO N' 014- 2020 Salud_A
Guápiles, 09 de marzo 2020
LIDAD DE pococÍ
ELA ALCALDESA
MUNICIPA
Elibeth Venegas Villalobos | vesraCuo
Alcaldesa
Municipalidad de Pococí
24. CA0 -
OS YARÍA.
Vii PTI MONA:
— AA
Cordial saludo. e --
Por medio de la presente, solicito de la manera más atenta la interposición
de sus buenos oficios, a fin de gestionar las acciones que sean necesarias
para pagar la Póliza de Riesgos del Trabajo de la Municipalidad 118203119,
El desglose para el pago sería el siguiente:
. Monto a cancelar
Código Nombre 2020
01-01-30-01-06-01-01 Administración General (13 279 123
01-02-01-01-06-01 Auditoría (588 500
02-01-01-01-06-01 Aseo de Vías (3 531 000
02-02-01-01-06-01-01 Recolección de Basura 112 947 000
02-03-01-01-06-01-01 Caminos y Calles (14 708 000
02-05-01-01-06-01 Parques (4 708 000
02-09-01-01-06-01 Educativos, Cult y (482 570
Deportivos
02-10-01-01-06-01 Servicios Sociales (1588 500
03-02-01-01-06-01-01 UTGVM (t7 000 000
03-06-01-01-01-06-01-01 Dirección Técnica (3 531 000
(41 363 693
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*101 ACTA N*20 Ordinaria.
A NS
INSTITUTO NACIONAL DF SEQUIOS
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
DIRECCION DE SEGUROS OBLIGATORIOS Y SALUD
DEPARTÁMENTO DE RIESGOS DEL TRABAJO
[Fecha: 04/02/2020
Patrono: MUNICIPALIDAD DE POCOCI Póliza: [8203119
Periodo Liquidación 01-01-2019 AL 31-12-2019
Periodo Renovación 01-01-2020 AL 31-12-2020
Forma de Pago ANUAL
BALANCE DE PRIMA
CONCEPTO PRIMAS
LIQUIDACIÓN 2019 Ser - opat: 2020
Prima neta 01-01-2019 al 31-12-2019 38,924,491,00
Primas Pagadas Durante el Periodo 36.485,289,00
DIFERENCIA A COBRAR 2.439,202,00
RENOVACION 2020
Monto Asegurado 2.511.257,513,15
Tarifa Renovación 1,55% Sec -GUO. TOO
Prima Anual a Pagar 38.924,491,00
Tarifa Liquidación 1,55%
Experiencia POSITIVA
TOTAL A PAGAR 41.363.693,00
NOTA: [El pago de la Renovación 2020 deberá realizarse a mas tardar al 3í de marzo del presente
año,
Sin perjuicio de lo anterior, el Instituto cobrará intereses corrientes calculados sobra la tasa
básica pasiva del Banco Central de Costa Rica para las inversiones en colones a partir del
onceavo día hábil, Contados a partir de esta fecha.
M
HECHO: GAY/Z. REVISADO
Cc. Expediente Póliza
Archivo .
Instituto Nacional de Seguros T. (506) 287-6000 Ext. **** Apdo. Postal 10051-1000
San José, Costa Rica. Dirección Electrónica; www-ins-0s.com
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*102 ACTA N*20 Ordinaria.
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS e
"DIRECCIÓN DE RELACIÓN CON CLIENTES " p INS
25 de Febrero del 2020
Doctora
Eliberth Venegas Villatobos, Alcaldesa
Alcaldía Municipal
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Frente a plaza El salvador guapiles pacaci limon
Estimado Cliente:
Adjunto encontrará el detalle de ta LIQUIDACION de su póliza: 01-01-RT-8203119- de Riesgos del
Trabajo correspondiente al periodo del 01/01/2019 al 31/12/2019, por un monto de: € 2,439,202,00
Favor utilizar la cuenta número 100-01-000-218284-2 , cuenta ¡BAN CR85015100010012182844, del
Banco Nacional, la cual es la única cuenta destinada para recibir depósitos para el pago correspondiente
al presente cobro.
Favor tener en cuenta que no está sujeto al 2% de retención de impuesto sobre la renta,
Les recordamos que el punto 6.3- Pago prima Sector Público, de la norma técnica del seguros de
Riesgos del Trabajo, publicada en la Gaceta No. 17, el 24 de enero 2012, establece el 31 de marzo
como fecha máxima de pago para las RENOVACIONES y el 30 de julio, como fecha máxima para el
pago de las LIQUIDACIONES; después de los plazos señalados el Instituto procederá con el cobro de
intereses corrientes, según la norma citada. De acuerdo al Decreto Ejecutivo para la masificación del uso
de la Firma Digital en el Sector Público, el presente documento cuenta con firma digital
Cobro correspondiente a liquidación de póliza del año 2019. Se adjunta recibo
Atentamente,
Cualquier consulta dirigirse a su Ejecutivo de Cuenta
Ejecutivo de Cuenta -
"Somos Protectores. SOMOS INS"
"Grupo INS. Tel, (506) 2287-6012, Apdo, Posta! 10061-1000, San José, Costa Rica. www,ins-cr.com"
XINIA MARIA CASTRO Firmado digitalmente por XINIA.
MARÍA CASTRO SANABRIA (FIRMA)
SANABRIA (FIRMA) — Fecha:2020.03.02 14:34:55 -06'00'
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*103 ACTA N?20 Ordinaria.
"7 INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS ——
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
DIRECCION DE SEGUROS OBLIGATORIOS Y SALUD
DEPARTAMENTO DE RIESGOS DEL TRABAJO
REPORTE DE LIQUIDACION POLIZA No. 8203119
PERIODO DEL 01-01-2019 AL 31-12-2019
PATRONO: MUNICIPALIDAD DE POCOC)
SE HA EFECTUADO LA LIQUIDACION DE LA POLIZA DE RIESGOS DEL TRABAJO DEL PERIODO CITADO,
A CONTINUACION LE SUMINISTRAMOS EL SIGUIENTE DETALLE:
PLANILLAS
MESES / 2019 MONTO RECIBO. PRIMA PAGADA
ENERO 151.416,162,95 2019010003632 36.485,289,00
FEBRERO 207.897.128,53
MARZO 226.595.403,75
ABRIL 190.536.741,72
MAYO 220.535,092,07
JUNIO 208.249.423,13
JULIO 222,396.868,17
AGOSTO 212.873.974,19
SETIEMBRE 215.335.639,69
OCTUBRE 214.345,656,55
NOVIEMBRE 220.537.711,20
DICIEMBRE 220.537,711,20
TOTAL 2.511.257.513,15
MONTO CONSUMIDO: 2.511.257.513,15
*MONTO DESCONTADO: 2,511.257.513,00
TARIFA APLICABLE: 1,65%
TOTAL: 38.924.491,00
MENOS PRIMAS PAGADAS: 36.485.289,00
DIFERENCIA A COBRAR 2,439.202,00
NOTA: — El pago de la liquidación del perlodo 2019 deberá realizarse a más tardar el 30 de junio del presente
año.
Sin perjuicio de lo anterior, el Instituto cobrará intereses corrientes calculados sobra la tasa básica
pasiva del Banco Central de Costa Rica para las inverslones en colones a partir del onceavo dla hábil.
Contados a partir de esta fecha.
ATENTAMENTE,
UNIDAD PE GESTION DE ASEGURAMIENTO
HECHO: 4.Z REVISADO:
Co, EXPEDIENTE
* El monto Consumido se descontará en un 24% aquellas pólizas que asumen subsidio salarial por Incapacidad Temporal
Instituto Naclonal de Seguros T. (506) 287-6000 Apdo, Postal 10061-1000
San José, Costa Rica. Dirección Etecirónica: vAww.ins-cr.com
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*104 ACTA N?20 Ordinaria.
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
"DIRECCIÓN DE RELACIÓN CON CLIENTES "
SEC-0710-2020
17 de Febrero del 2020
Doctora
Elíberih Venegas Villalobos, Alcaldesa
Alcaldía Municipal
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Frente a plaza El salvador guapiles pococi limon
Estimado Cliente;
Adjunto encontrará el detalle de la RENOVACION de su póliza: 01-01-RT-8203119- de Riesgos del
Trabajo correspondlente al período del 01/01/2020 al 31/12/2020, por un monto de: € 38,924,491.00
Favor utilizar la cuenta número 100-01-000-218284-2 , cuenta IBAN CR85015100010012182844, del
Banco Nacional, la cual es la única cuenta destinada para recibir depósitos para el pago correspondiente
al presente cobro.
Favor tener en cuenta que no está sujeto al 2% de retención de impuesto sobre la renta.
Les recordamos que el punto 6,3- Pago prima Sector Público, de la norma técnica del seguros de
Riesgos del Trabajo, publicada en la Gacela No. 17, el 24 de enero 2012, establece el 31 de marzo
como fecha máxima de pago para las RENOVACIONES y el 30 de Julio, como fecha máxima para el
pago de las LIQUIDACIONES; después de los plazos señalados el Instituto procederá con el cobro de
Intereses corrientes, según la norma citada. De acuerdo al Decreto Ejecutivo para la masificación del uso
de ta Firma Digital en el Sector Público, el presente documento cuenta con firma digital
Cobro de renovación perlodo 2020. Importante: El pago debe realizarse a más tardar el 31 de marzo de
2020
Atentamente,
Cualquier consulta dirigirse a su Ejecutivo de Cuenta
Ejecutivo de Cuenta -
"Somos Protectores. SOMOS INS"
"Grupo INS. Tel. (506) 2287-6012, Apdo. Postal 10061-1000, San José, Costa Rica, www.Ins-cr.com"
Firmado digitalmente
XINIA MARIA por XINIA MARIA CASTRO
CASTRO SANABRIA (FIRMA)
SANABRIA (IRMA) og
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*105 ACTA N?20 Ordinaria.
INSHIUIO NACIONAL UE SEGUROS RECIBO DE PAGO No. ZZJBGDDZU
INS - césuia suricica: 4-000001902-22 FECHA ÓN
PUTO AACDRsE OY j Tel.: 2287-6000 « Apdo. 10061-1000 Bo 2/20 as : TN
San José, Costa Rica 25/02/2020 Hora: 12:16:20
NOMBRE PAGADOR:
| MUNICIPALIDAD DE POCOCIÍ Identificación: 3OLAoAZiZS
TIPO DE RECIBO:
| RENOVAL 108 Riesgos del Trabajo 00 Sede San José
Na. Póliza: BRÓ3110 No. Resibor 2020010003598
Vigencia: del 01/01/2020 al 31/12/2020
Monto Asegurado: 2.511,257.484,00 Tarifa: 1,55 %
5 Agente : 1109990
G | DEPARTAMENTO DE SEGUROS DEL ESTADO
P .
a FEGHA LIMITE DE PAGO: 1302/2020
Forma de Pago: Anual Prima: 58.924.491 ,0(
Fecha Pago Próximo Recibo: 01/01/2071
Liqs.Pends; 0,00 o 0,00
s PUES
S] la prima es pagada en fecha posterior al vancimiento del perlodo de gracia aplicable a fa PRIMA SIN 1M TO 58.929.471,00
óliza, el Inslitulo no tendrá responsabilidad alguna por siniestros ocurridas duranto el
lapoo do mora, » INTERES MORATORIO 0.0
Los perlodos de gracia serán los establecidos en la reglamentación interna vigente a la IVA 0,01
fecha de pago, ao
TOTAL A PAGAR E8.924.491,01
1 Hecho por;  MGOJMAIS Revisado: MONEDA: Colones (CRU)
$ OBSERVACIONES:
E
3
á
Sitio Web: http:7//wew, ins-cr.com
¿Se8B%-4noplacer atender sus consultas sobre Riesgos del Trabajo al teléfono
: AUTORIZADO MEDIANTE OFICIO Ho, 01:0058:97 DEE FECHA 20.09.97 DE LA 0.61
' USO EXCLUSIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS No. 22985620
Fecha: 25/02/2020 Hora: 12:16:26 No, Púlizas 203119
Segura de Riesgos del Trabajo No. Recibo: 2020010003555
Clientes; MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Identificación: 30140421725 Honto Asegurado; 2.511,257-4899,00
RENOVACIÓN Tarifa: 1,55
Sede: 00 Sede San José
Vigencia: Del 01/01/2020 al 31/12/2020 Prima: 38.924.491,00
Forma de pago: Anual o 0,00
Agente : 1109990 Totuiad Pagar: 38,924,9%1,00
DEPARTAMENTO DE SEGUROS DEL ESTADO
AUTORIZADO MEDIANTE OFICIO No, 01-0068:97 DE FECHA 26-09-97 DE LAD.91
VALIDA CONLA MARCA CERTIFICADORA-CUANDO ES PAGADO ENLAS CAJAS DEL IM.S, O SELLO DEL AGENTE RECAUDADOR EN SU CASO.
Hecho por; NCOJMATS Revisado: FECHA LIMITE DE PAGO: 13/02/2020
A]
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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PAGINA N*106 ACTA N*20 Ordinaria. 17-03-2020
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza a la señora alcaldesa o alcalde en
ejercicio, realizar las gestiones correspondientes para el pago al Instituto Nacional
de Seguros como parte de los pagos que se realizan por concepto de la Póliza de
Riesgos de Trabajo que asciende a un monto de ¿41,363,693.00 (cuarenta y un
millones trescientos sesenta y tres mil seiscientos noventa y tres colones con
00/100). Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 478
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM.-058-2020
Asunto: Se solicita acuerdo de pago.
Respetables señores:
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 48 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2020-CD-000027-CL01, compra de Aceites y
Lubricante Original para camiones recolectores, solicitud presentada por el Licdo. Fabián
Delgado Villalobos, Coordinador de Unidad de Gestión Ambiental Municipal.
Se recibió Oferta de la empresa:
+ Maquinaria y Tractores Limitada, oferta por un monto de £1.050.279,00 (un millón cero
cincuenta mil doscientos setenta y nueve colones con 90/100), aportando certificaciones
completas según cartel.
Se procede a realizar la admisibilidad de la oferta presentada según lo indicado en el
artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y se recuerda que de
acuerdo al artículo 139 inciso a, oferente único, del reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa N*.33411, se recomienda la compra directa de repuestos e insumos
Cuadro de Evaluación
Nombre Cumplimiento de Oferta Puntaje
Especificaciones Económica Total
Técnicas
Maquinaria y Tractores Cumple 100 100
Limitada
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PAGINA N*107 ACTA N?20 Ordinaria.
De acuerdo al análisis y revisión del proceso, por parte del Licdo. Fabián Delgado
Villalobos, Coordinador de Unidad de Gestión Ambiental Municipal, determino que la
empresa: Maquinaria y Tractores Limitada, cumple con todo lo solicitado en el cartel, oficio
visible en el folio No. 45.
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la empresa:
+ Maquinaria y Tractores Limitada, por un monto de ¿1.050.279.00 (un millón cero
cincuenta mil doscientos setenta y nueve colones con 90/100), monto de acuerdo con el
contenido presupuestario existente por recomendación del Licdo. Fabián Delgado
Villalobos Dpto. Gestión Ambienta.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza a la señora Alcaldesa o alcalde en
ejercicio para a la empresa: Maquinaria y Tractores Limitada, por un monto de
¿1.050.279.00 (un millón cero cincuenta mil doscientos setenta y nueve colones con
90/100), monto de acuerdo con el contenido presupuestario existente por
recomendación del Licdo. Fabián Delgado Villalobos Dpto. Gestión Ambienta. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N*479
DACM-060-2020.
Compra Directa No. 2020-CD-000031-CLO1
Se retira el documento para verlo la próxima semana para traer el Ingeniero a cargo para
que lo explique.
AL SER A W HORAS CON DIECINUEVE MINUTOS SE LEVANTA LA
SESIÓN
F-MAGALY VENEGAS VARGAS
SECRETARIA MUNICIPAL
F-FREDDY noes MIRA
PRESIDENTE MUNICIPAL
C/c: SRS. REGIDORES, OTROS.
ARCH.
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