Ordinaria 20 · 2020-03-17
ACTA N 20 ORDINARIA 17_03_2020.pdf · 107 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 20 del 2020-03-17 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 431 (pág. 3) ACUERDO N* 431 Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda. Saluda, me preocupa que hay gente hoy se va a tomar una decisión al respecto, todos estamos claros…
- Acuerdo 432 (pág. 3) ACUERDO N*432 El Sr. Presidente Freddy Hernández Miranda procede a Juramentar al Comité Pro Mejoras de Cascadas 3. Nixon Yovanny Diaz Zeledón 70141017…
- Acuerdo 433 (pág. 4) · unanime ACUERDO N* 433 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Henry Amey Gómez, Jefe Departamentos Servicios Administrativos y Financieros, Dir…
- Acuerdo 434 (pág. 9) · unanime ACUERDO N* 434 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Henry Amey Gómez, Jefe Departamentos Servicios Administrativos y Financieros, Dir…
- Acuerdo 435 (pág. 14) · unanime ACUERDO NP 435 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Melina Solano Cubero, Presidenta Junta de Salud, área de Salud Guápiles, Dra. Nur…
- Acuerdo 436 (pág. 15) · unanime ACUERDO N*436 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcalde Municipal, dice: DACM-062-2020. Asunto: remisi…
- Acuerdo 437 (pág. 19) · unanime ACUERDO NP 437 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcalde Municipal, dice: DACM-061-2020. Asunto: remis…
- Acuerdo 438 (pág. 23) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 438 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole é…
- Acuerdo 439 (pág. 23) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 439 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole é…
- Acuerdo 440 (pág. 24) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 440 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole é…
- Acuerdo 441 (pág. 24) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 441 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole é…
- Acuerdo 442 (pág. 25) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 442 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic, Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole é…
- Acuerdo 443 (pág. 25) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 443 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole é…
- Acuerdo 444 (pág. 26) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 444 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole é…
- Acuerdo 445 (pág. 26) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 445 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole é…
- Acuerdo 446 (pág. 27) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 446 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole é…
- Acuerdo 447 (pág. 27) · unanime · firme · aprobado ACUERDO NP? 447 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole …
- Acuerdo 448 (pág. 28) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 448 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole é…
- Acuerdo 449 (pág. 28) · unanime · firme · aprobado ACUERDO NP? 449 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole …
- Acuerdo 450 (pág. 29) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 450 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole é…
- Acuerdo 451 (pág. 29) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 451 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole é…
- Acuerdo 452 (pág. 30) · unanime · firme · aprobado ACUERDO NP 452 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole é…
- Acuerdo 453 (pág. 30) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N?* 453 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Magally Venegas Vargas, Secretaria Municipal, dice: Asunto: Reclamo para el pa…
- Acuerdo 454 (pág. 38) · unanime · firme ACUERDO N* 454 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Olger Irola Calderón, Director Ejecutivo Cámara de Comercio de Pococí, dice: CCP-0…
- Acuerdo 455 (pág. 45) · unanime ACUERDO N* 455 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Magally Venegas Vargas, Secretaria Municipal de Pococí, dice: Oficio N* 20-2020 …
- Acuerdo 456 (pág. 45) · unanime ACUERDO N*456 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Karina Hernández Serrano, Secretaria Comité de Mujeres Iztarú, dice: Primeramente …
- Acuerdo 457 (pág. 46) · unanime · aprobado ACUERDO N* 457 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Héctor Camacho Chacón, céd. 7- 0187-0774, Fiscal del Comité Pro Camino de Linda …
- Acuerdo 458 (pág. 47) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 458 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Jorge Hodgson Quinn, Secretario Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, dic…
- Acuerdo 459 (pág. 47) · unanime ACUERDO NP 459 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Leda. Mayra Montes Arce, Servicios Jurídicos Internos, dice: Oficio N*SJl-038-MAR-2020…
- Acuerdo 460 (pág. 48) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N?* 460 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Msc. Adrián Salazar Torres, Director Escuela Los Ángeles de Cariari, dice: LOS ÁNGELES C…
- Acuerdo 461 (pág. 48) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 461 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Msc. Shirley Rodríguez Alfaro, Directora Escuela Huetar, dice: “Siempre apoyand…
- Acuerdo 462 (pág. 49) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 462 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Msc. Cindy Marchena Sandoval, Directora Escuela Bella Vista, La Leona, dice: En…
- Acuerdo 463 (pág. 50) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 463 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Bernardo Salazar Vargas, director Centro Educativo Jiménez, dice: Asunto: Solicitu…
- Acuerdo 464 (pág. 50) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N”* 464 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Msc. Jenny Durán Sánchez, Directora Escuela Banamola, dice: “Siempre apoyando …
- Acuerdo 465 (pág. 51) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 465 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Msc. Gerardo Díaz Díaz, Director Escuela Anita Grande, dice: En concordancia con…
- Acuerdo 466 (pág. 51) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 466 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Leda. Sonia Guevara Espinoza, Directora Centro Educativo Cedral, dice: 7) En concordan…
- Acuerdo 467 (pág. 52) · firme · aprobado ACUERDO N* 467 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, dice: OFICIO: DDCU-036-2020 . . REFERENTE: SOLICITUD DE AUT…
- Acuerdo 468 (pág. 59) · firme · aprobado ACUERDO N” 468 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, dice: OFICIO: DDCU-053-2020 REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZ…
- Acuerdo 469 (pág. 63) · firme · aprobado ACUERDO N” 469 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, dice: OFICIO: DDCU-054-2020 “Siempre apoyando el Desarrollo…
- Acuerdo 470 (pág. 68) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 470 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Freddy Madrigal Jiménez y Adolfo Madrigal Hernández, dice: “Siempre apoyando el …
- Acuerdo 471 (pág. 77) · unanime · aprobado ACUERDO N* 471 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Leda. Grace Chinchilla Villegas, MAF, Auditora Interna, dice: Oficio Al-078-2020. Asun…
- Acuerdo 472 (pág. 87) · unanime ACUERDO N* 472 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Alexander Zúñiga Li, Entrenador Licencia E, 8854-1499, dice: Reciban un cordial sa…
- Acuerdo 473 (pág. 87) · unanime ACUERDO N* 473 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Katherine Bonilla Rodríguez, Presidente de Junta de Educación, Escuela Jiménez, d…
- Acuerdo 474 (pág. 87) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N*474 Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda. Con base al Decreto de Emergencia Nacional de la pandemia Covid-19 debemos tomar decisiones al resp…
- Acuerdo 475 (pág. 88) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 475 EMERGENCIA NACIONAL, PANDEMIA COVID-19 En el marco de la emergencia por la pandemia del COVID-19, la Unión Nacional de Gobiernos Locale…
- Acuerdo 476 (pág. 98) ACUERDO N* 476 Se omite. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*99 ACTA N?20 Ordinaria.…
- Acuerdo 477 (pág. 99) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 477 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos Alcaldesa Municipal, dice: Asunto: Remisión oficio SYS…
- Acuerdo 478 (pág. 106) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 478 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos Alcaldesa Municipal, dice: DACM.-058-2020 Asunto: Se s…
- Acuerdo 479 (pág. 107) ACUERDO N*479 DACM-060-2020. Compra Directa No. 2020-CD-000031-CLO1 Se retira el documento para verlo la próxima semana para traer el Ingeniero a carg…
“unicipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%1 ACTA N*20 Ordinaria. e| MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N*20 ORDINARIA. 17-03-2020 SESION ORDINARIA. N*20 DEL 17-03-2020, INICIADA A LAS 17:00 HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA: REGIDORES DIRECTORIO REGIDORES SUPLENTES Johnny Vargas Arrieta Arelys Fernández Chaves Patricia Aguilar Araya Osael Campos Bolaños Ovidio Vives Castro Mariela Monge Araya Ginnette Sequeira Granados Luis. Gdo. Venegas Ávila Bernardo Antonio Veach Davis Virginia Hernández Rivera Reinaldo Benavides Vargas Marta Salgueras Vásquez Eliecer Araya Brenes Oscar Garro Rojas Freddy Hernández Miranda(Quien Preside) M2 de los Ángeles Núñez Fuentes Maricruz Chaves Alfaro Domingo Matarrita Gutiérrez SÍINDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE Geison Valverde Méndez Lucy Barrantes Jiménez Johnny Córdoba Hernández Katherine Mendoza Montero Juan Luis Gómez Gómez Luis Ángel Rodríguez González Dafne Padilla Monge José A. Chavarría Villarreal Ana Patricia Rosales Valverde Javier Jiménez Villalobos Joel Umaña Salazar Lisseth Monge Araya MAGALLY VENEGAS ELIBETH VENEGAS VARGAS VILLALOBOS PROSECRETARIA ALCALDESA MUNICIPAL “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*2 ACTA N*20 Ordinaria. ORDEN DEL DÍA Acuerdos ARTÍCULO 431 al 476 l Correspondencia 477 al 479 1 Asuntos de la Sra. Alcaldesa Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
37 MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*3 ACTA N?20 Ordinaria. ARTICULO | Correspondencia ACUERDO N* 431 Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda. Saluda, me preocupa que hay gente hoy se va a tomar una decisión al respecto, todos estamos claros con la situación que estamos viviendo. No quería comenzar así, estamos claros con la situación que estamos viviendo no es broma es Emergencia Nacional, nos están llamando a que tomemos las decisiones, correcciones pertinentes. Vamos a tomar decisiones para que se conviertan en acciones al respecto, hago un llamado a la responsabilidad civil, en la medida de lo posible no deberíamos estar acá, hay alrededor de 50 personas en un espacio sumamente pequeño. Voy hacer una juramentación rápida de Cascadas pero en lo pertinente y concerniente en el futuro quiero que tengamos la consideración respectiva. Nos estamos exponiendo ya hay estudios de casos sospechosos en la provincia. Hago el llamado para que seamos responsables no es solo protegernos nosotros que estamos aquí, es la gente donde nosotros participamos en los trabajos, hogares, en los lugares que habitualmente estamos. Esto hay que atenderlo con la debida responsabilidad. En el transcurso de la sesión vamos hablar al respecto, es una situación incómoda, y hay que tomar decisiones incomodas pero mas que eso yo creo a no ser de que sea urgente no deberíamos ir a exponernos en espacios tan cerrados con tanta gente. Hago el llamado para que mantengamos la responsabilidad y por supuesto la consideración aquí hay personas mayores, embarazadas, a veces vienen niños y no estamos tomando las medidas, creo que eso es ya una obligación, ya ni siquiera es si nosotros optamos o tenemos posibilidades de tener algún criterio personal ya es una declaración de Emergencia Nacional o como tal tiene que tratarse. ACUERDO N*432 El Sr. Presidente Freddy Hernández Miranda procede a Juramentar al Comité Pro Mejoras de Cascadas 3. Nixon Yovanny Diaz Zeledón 701410174 Rosaura Jiménez Benavides 701630160 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. 2 o ci
Municipateiséáde Pococí Auditoda interp MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*4 ACTA N*20 Ordinaria. 17-03-2020 María del Socorro Campos Estrella 155801291122 Daniel Martínez Rodríguez 601990325 lliana Martínez Ramírez 701400771 Domingo Arauz Arauz 900920686 Xinia Martínez Martínez 601510021 Johnny Vásquez Ortiz 106120396 Leticia Ríos Reyes 801010462 Oscar Antonio Rodriguez Vega 203290950 Quedan debidamente Juramentados. ACUERDO N* 433 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Henry Amey Gómez, Jefe Departamentos Servicios Administrativos y Financieros, Dirección Regional de Educación de Guápiles, dice: Oficio DREG-DSAF-092-2020. Asunto: Solicitud de destitución de miembro de Junta de Educación Escuela Central de Guápiles. En atención al artículo 28 del Reglamento 38249-MEP, traslado solicitud del Supervisor del Circuito 01, MSc Fidel Picado Atencio para la formal destitución de los siguientes miembros de la JUNTA EDUCACION ESCUELA CENTRAL DE GUAPILES cédula 3008061714administradora de los recursos de la Escuela Central de Guápiles código 3601: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI SN PAGINA N*5 ACTA N?20 Ordinaria. 17-03-2020 Presidente Alejandro Acosta Gutiérrez |501460566| 27/04/2017 [83779255 Secretario José Ronulfo Ramírez Aguilar |[301540371| 27/04/2017 [27111308 Vicepresidente] Irian Viviana Rodríguez Bonilla [701060349] 27/04/2017 [72723474 Vocal 1 [Cinthya Vanessa Chavarría Jiménez|701450284| 27/04/2017 [84264003 Vocal2 lohanna del Socorro Amador Tapia|801010591| 27/04/2017 [87670814 - “ko anterior, por cuanto al haber concluido el proceso sumario elaborado por el Supervisor Msc. Fidel Picado Atencio “De acuerdo con lo denunciado, la información sumaria aportada y en concordancia con los artículos 2, 3, 31, 32 y subsiguientes del Reglamento General de Juntas de Educación y Administrativas, relacionados con los deberes y obligaciones de las Juntas de Educación y Administrativas, y de conformidad con el artículo 27 del mismo Reglamento, recomiendo la destitución en pleno de la Junta de Educación de la Escuela Central de Guápiles”. Se adjunta expediente y resolución 05-2020 firmada por el suscrito. / Asimismo, se agradece notificar la resolución del trámite a los correos iciosadmfinan.quapilesAmep.go.cr y supervisionO1.quapilesAmep.go.cr Cordialmente, YA Jefe Departamento Servicios Administrativos y Financieros Dirección Regional De Educación de Guápiles. “Siempre apoyando el Desarro!lo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%6 ACTA N*20 Ordinaria. Ministerio De Educación Pública S Dirección Regional de Educación de Guápiles > juecippRegiona! -] 100 metros sur del C.T.P. de Pococí Fis me NN es de Educación Pública 13 de marzo, 2020 RESOLUCIÓN FINAL 05-2020 Escuela Central de Guápiles Código 3601 De acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente para las Juntas de Educación y Juntas Administrativas, respecto a los artículos 25, 26, 27 y 28 del Decreto 38249 Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, referentes a la realización de procesos sumarios, Considerando: 1. Que mediante oficio Supervisión DREG-SCE01-0123-2020 recibido el 11 de marzo del 2020, el Máster Fidel Picado Atencio, realiza traslado de Informe Sumario sobre la atención de solicitud de investigación en la JUNTA EDUCACION DE LA ESCUELA CENTRAL DE GUAPILES administradora de los recursos de la Escuela Central de Guápiles código 3601. 2. Que el informe sumario consta de 17 folios y adjunta expediente de respaldo con 164 folios. 3. Que señala el Supervisor Msc Fidel Picado Atencio en su recomendación: “De acuerdo con lo denunciado, la información sumaria aportada y en concordancia con los articulos 2, 3, 31, 32 y subsiguientes del Reglamento General de Juntas de Educación y Administrativas, relacionados con los deberes y obligaciones de las Juntas de Educación y Administrativas, y de conformidad con el artículo 27 del mismo Reglamento, recomiendo ta destitución en pleno de la Junta de Educación de la Escuela Central de Guápiles”. 4. Que ha señalado en otras ocasiones el Concejo Municipal de Pocóci que la recomendación de destitución debe emanarse del Supervisor, indiferentemente del criterio que emita esta jefatura. 5. Que consta en resolución N*2019022485 de la Sala Constitucional que el procedimiento realizado por la Supervisión corresponde a una investigación preliminar al indicar: +.."Dicho informe es simplemente un resumen del estado de la situación que sirve como un insumo para el procedimiento que decide si realiza el Concejo, o no.” 6. Que según los registros de este departamento los miembros de la JUNTA EDUCACION DE LA ESCUELA CENTRAL DE GUAPILES cédula 3008061714 administradora de los recursos de la Escuela Central de Guápiles código 3601 son: Presidente Alejandro Acosta Gutiérrez [501460556| 27/04/2017 13/05/2017 [83779255 Secretario José Ronulfo Ramírez Aguilar [301540371| 27/04/2017 13/05/2017 [27111308 “Siempre apoyando el Desarro!lo del Cantón”.
Municipalidad de Pecoci MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*7 ACTA N*20 Ordinaria. Ministerio De Educación Pública Dirección Regional de Educación de Guápiles pued sería Y mM 100 metros sur del C.T.P. de Pococí bea Qu, , ne de Educación Pública [Vicepresidente] Irian Viviana Rodríguez Bonilla [701060349| 27/04/2017 13/05/2017 [72723474 Vocal 1 ¡Cinthya Vanessa Chavarría Jiménez |701450284| 27/04/2017 13/05/2017 [84264003 Vocal 2 Johanna del Socorro Amador Tapiaj801010591| 27/04/2017 13/05/2017 |87670814| 7. Que el señor Supervisor está respaldado y facultado por el Reglamento General de Juntas de educación y Administración en sus artículos 94 incisos del a. al i. que a la letra indican “...En su relación con las Juntas, el Supervisor de Centros Educativos tendrá las siguientes facultades y atribuciones: a) Valorar la documentación y otorgar el visto bueno a las ternas emitidas por los Directores de los Centros Educativos, relacionadas con la conformación de la Junta respectiva. b) Verificar que los Directores de los Centros Educativos bajo su jurisdicción participen en las sesiones de la Junta, tanto ordinarias como extraordinarias, €) Coordinar con el Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, las acciones necesarlas para asegurar el buen funcionamiento de las Juntas de su jurisdicción, d) Atender las denuncias que se presenten sobre el funcionamiento de la Junta o de alguno de sus miembros. e) Atender las denuncias que formule la Junta en contra del director o el personal docente. y administrativo, DL, f) Realizar investigaciones sumarias sobre las denuncias que se presenten y comunicar los resultados al Departamento de Servicios Administrativos y Financleros. g) Apoyar al Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, en los procesos de asesoramiento, capacitación e inducción a las Juntas, asf como en las visitas que deben realizar para valorar temas específicos. h) Promover en coordinación con los Directores de Centros Educativos y sus respectivas Juntas el desarrollo de actividades que potencien el arte, la cultura, el deporte y la recreación como medio para fortalecer el arralgo, la armonta y la identidad regional. 1) Otras funciones y tareas relacionadas con la gestión de juntas, encomendadas por el superior jerárquico. 8. Que los artículos 25,26,27 y 28 del Reglamento supra citado que nos señalan: Artículo 25.—El Supervisor del Centro Educativo será el responsable de realizar una investigación sumaria con el fin de determinar la existencia real de los hechos denunciados. Para tales efectos podrá contar con el apoyo técnico del Departamento de Servicios Administrativos y Financieros. Si existiere mérito, le trasladará la acusación al.denunciado y se le concederá audiencia por cinco días hábiles para que se manifieste al respecto y ejerza el derecho de defensa; de no haber mérito se procederá a archivar la denuncia y a realizar a los interesados la comunicación respectiva. Artículo 26.—La investigación sumaria deberá concluirse en el plazo máximo de un mes calendario, contado a partir de la recepción de la denuncia. La inacción u omisión por parte del Supervisor del Centro Educativo, según to indicado en el artículo anterior, será considerado incumplimiento de funciones. Artículo 27.——Una vez concluida la investigación sumaria, el Supervisor del Centro Educativo pondrá el expediente en conocimiento del Jefe de 5Bervicios Administrativos y Financieros, con sus recomendaciones y observaciones incluidas. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*8 ACTA N*20 Ordinaria. o... , Ministerio De Educación Pública Ss me Dirección Regional de Educación de Guápiles isescióp Regional a 100 metros sur del C.T.P. de Pococí E roucación yg, Ministerio Sie de Educación Pública Artículo 28.—En caso que se reciba una recomendación de destitución de la Junta o de alguno de sus miembros, el Jefe de Servicios Administrativos y Financieros verificará el cumplimiento del procedimiento establecido en los artículos precedentes. Asimismo, en un plazo máximo de cinco días hábiles, remitirá el expediente al Concejo Municipal con la solicitud de destitución, para que el Concejo Municipal proceda según corresponda...." 9, Que siendo responsabilidad del Supervisor del Circuito, señor Msc Fidel Picado Atencio, la realización del informe sumario y la verificación de la información a la que se refiera en el mismo, en apego al artículo 27 del Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, el suscrito Henry Amey Gómez, Jefe de Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección Regional de Educación de Guápiles, concluida la investigación sumaria por el Supervisor Circuito 01 MSC Fidel Picado Atencio y analizados tos aspectos presentados, resuelve: POR TANTO i. — Dar por recibido el informe sumario realizado por el señor MSC Fidel Picado Atencio en calidad de supervisor del circuito 01.. ii. Trasladar al Honorable Concejo Municipal solicitud del Supervisor MSC Fidel Picado Atencio en calidad de supervisor del circuito 01, destitución de miembros de JUNTA EDUCACION ESCUELA CENTRAL DE GUAPILES cédula 30080861714administradora de los recursos de la Escuela Central de Guápiles código 3601 para lo siguiente miembros: Presidente Alejandro Acosta Gutiérrez I501460566| 27/04/2017 [83779255 Secretario José Ronulfo Ramírez Aguilar [301540371| 27/04/2017 [27111308 Vicepresidente] Irian Viviana Rodríguez Bonilla |701060349| 27/04/2017 |72723474i Vocal 1 ¡Cinthya Vanessa Chavarría Jiménez|701450284| 27/04/2017 [84264003 Vocal 2 llohanna del Socorro Amador Tapiaf801010591| 27/04/2017 |87670814! Henry Ámey Gómez ' Jefe Servicios Administrativos y Financieros Dirección Regional de Educación Guápiles it Archivar el expediente. Cc: Archivo , “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%9 ACTA N*20 Ordinaria. Nota de Secretaría: Toda la documentación referente a este caso, queda en custodia del Departamento de Secretaría, mismo que será remitido al departamento de Servicios jurídicos para su análisis. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de Servicios Jurídicos para su análisis y su recomendación. ACUERDO N* 434 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Henry Amey Gómez, Jefe Departamentos Servicios Administrativos y Financieros, Dirección Regional de Educación de Guápiles, dice: Oficio DREG-DSAF-091-2020. Asunto: Solicitud de destitución de miembro de Junta de Educación Escuela El Rotulo. En atención al artículo 28 del Reglamento 38249-MEP, traslado solicitud del Supervisor del Circuito 02, MSc Carlos Camacho Sáenz para la formal destitución de los siguientes miembros de la JUNTA EDUCACION ESCUELA EL ROTULO LA RITA POCOCI cédula 3008115523 administradora de los recursos de la Escuela El Rótulo código 3641 : == z ps 77 ESA E E no: Vicepresidente Marilin Rojas Hernández 602910146 |86722927 Presidente |Yeirerd Edanner Cubillo Angulo| 603320928 [50059481 Secretario [Tomás García Vega 502870285 Voca! 1 lAlioska María Calero Lira 155803899705 |84251678 Vocal 2 Denia Valle Linarte 109310889 |50110990 Lo anterior, por cuanto al haber concluido el proceso sumario elaborado por el Supervisor Msc. Carlos Camacho Sáenz “Proceder ante el Honorable Consejo (sic) Municipal con el trámite de destitución de los miembros de la Junta de Educación El Rotulo por las anomalías indicada en el presente sumario como lo son las irregularidades comeditas en la venta de chatarra, anulación del proceso de contratación de nuevo contador para el 2020 sin haberlo comunicado al interesado incumpliendo con los plazos según lo normado en los procesos y el permitir en el mismo la intervención del contador Mainor Villegas según correo del 23-12-2019; la no entrega de documentos e información a director y supervisor, trámite de planillas y pagos sin ta firma del Director o en su defecto alguna otra autoridad del MEP y negarse a recibir documentación como en el caso del oficio DRE-SEC-02.015.2020, según lo detalla el director en documento EER-013-03-2020”. Se adjunta expediente y resolución 04-2020 firmada por el suscrito. Asimismo, se agradece notificar la resolución del trámite a los correos serviciosadmfinan.guapitesG2mep.go.cr y supervisionO2.. il X Cordialmente, Adal L E Lic. Henry Amey Gómez Jefe Departamento Servicios Administrativos y Financieros Dirección Regional De Educación de Guápiles. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*10 ACTA N*20 Ordinaria. 403-2020 o... Ministerio De Educación Pública PS me Dirección Regional de Educación de Guápiles pireesip Region 100 metros sur del C.T.P. de Pococí < ancacil ndo Ministerio O Piles de Educación Pública 13 de marzo, 2020 RESOLUCIÓN FINAL 04-2020 Escuela El Rótulo Código 3641 De acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente para las Juntas de Educación y Juntas Administrativas, respecto a los artículos 25, 26, 27 y 28 del Decreto 38249 Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, referentes a la realización de procesos sumarios. Considerando: 1. Que mediante oficio Supervisión DREG-SCE02-036-2020 recibido el 06 de marzo del 2020, el Máster Carlos Camacho Sáenz, realiza traslado de Informe Sumario sobre la atención de solicitud de investigación en la JUNTA EDUCACION ESCUELA EL ROTULO LA RITA POCOCI administradora de los recursos de la Escuela El Rótulo código 3641. . 2. Que el día 09 de marzo de 2020, el señor Camacho Sáenz complementa documentación al expediente, por cuanto faltaban varios folios, 3. Que el día 12 de marzo de 2020 se previno al señor Supervisor sobre la necesidad de aclaración del documento,' por cuanto al inicio hace referencia a otro centro educativo. La aclaración fue remitida mediante oficio DREG-SEC02-039-2020 recibida a las catorce horas del 12 de marzo de 2020. 4. Que el informe sumario consta de 17 folios y adjunta expediente de respaldo con , 312 folios. Adicionalmente se incorpora folio con oficio DREG-SEC02-039-2020. 5. Que señala el Supervisor Msc Carlos Camacho Sáenz en su conclusión final: “Por último indico en este apartado que la Junta de Educación incurrió en faltas graves según lo investigado y a criterio de este servidor como administrador educativo perjudican ta gestión en el centro educativo y de otras dependencias, acciones que son causales suficientes para la destitución de los miembros de ese órgano y se debe solicitar la misma ante el Honorable Consejo(sic) Municipal”. 6. Que recomienda el Supervisor Msc Carlos Camacho Sáenz en el punto 3 de las recomendaciones “Proceder ante el Honorable Consejo (sic) Municipal con el trámite de destitución de tos miembros de la Junta de Educación El Rotulo por las anomalías indicada en el presente sumario como lo son las irregularidades comeditas en la venta de chatarra, anulación del proceso de contratación de nuevo contador para el 2020 sin haberlo comunicado al interesado incumpliendo con los plazos según lo normado en los procesos y el permitir en el mismo la intervención del contador Mainor Villegas según correo dél 23-12-2019; la no entrega de documentos e información a director y supervisor, trámite de planillas y pagos sin ta firma del Director o en su defecto alguna otra autoridad del MEP y negarse a “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*11 ACTA N*20 Ordinaria. 17-03-2020 Ministerio De Educación Pública a Dirección Regional de Educación de Guápiles greso Regional 100 metros sur del C.T.P. de Pococí £ Tducación me 4 “o de Educación Pública recibir documentación como e el caso del oficio DRE-SEC-02.015,2020, según lo detalla e3l director en documento EER-013-03-2020 .” 7. Que la recomendación 3c solicita colaborarles a los miembros de junta en su gestión mediante la valoración de una revisión, sin embargo, resulta innecesaria por cuanto según lo señala el señor Supervisor, como administrador educativo determinó y solicitó la destitución de los miembros de junta. 8. Que ha señalado en otras ocasiones el Concejo Municipal de Pococí que la recomendación de destitución debe emanarse del Supervisor, indiferentemente del criterio que emita esta jefatura. 9. Que consta en resolución N”2019022485 de la Sala Constitucional que el procedimiento realizado por la Supervisión corresponde a una investigación preliminar al indicar: ..."Dícho informe es simplemente un resumen del estado de la situación que sirve como un insumo para el procedimiento que decide si realiza el Concejo, o no.” 10. Que según los registros de este departamento los miembros de la JUNTA EDUCACION ESCUELA EL ROTULO LA RITA POCOC! cédula 3008115523 administradora de los recursos de la Escuela El Rótulo código 3641 son: [Vicepresidente Marilin Rojas Hernández 602910146 [86722927 Presidente [Yeirerd Edanner Cubillo Angulo| 603320928 |50059481 Secretario [fomás García Vega 502870285 Vocal1 |Alioska María Calero Lira 155803899705 [84251678 Vocal 2 Denia Valle Linarte 109310889 |50110990| 11. Que el señor Supervisor está respaldado y facultado por el Reglamento General de Juntas de educación y Administración en sus artículos 94 incisos del a. al i. que a la letra indican *...En su relación con las Juntas, el Supervisor de Centros Educativos tendrá las siguientes facultades y atribuciones: a) Valorar la documentación y otorgar el visto bueno a las ternas emitidas por los Directores de los Centros Educativos, relacionadas con la conformación de la Junta respectiva. hb) Verificar que los Directores de los Centros Educativos bajo su jurisdicción participen en las sesiones de la Junta, tanto ordinarias como extraordinarias. c) Coordinar con el Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, las acciones necesarias para asegurar el buen funcionamiento de las Juntas de su jurisdicción. d) Atender las denuncias que se presenten sobre el funcionamiento de la Junta o de alguno de sus miembros. 8) Atender las denuncias que formule la Junta en contra del director o el personal docente y administrativo.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*12 ACTA N*20 Ordinaria. 090 Ministerio De Educación Pública E me Dirección Regional de Educación de Guápiles ise Regional 100 metros sur del C.T.P. de Pococí rsucación pi Me Enucción Pública - f) Realizar investigaciones sumarias sobre las denuncias que se presenten y comunicar los resultados al Departamento de Servicios Administrativos y Financieros. 9) Apoyar al Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, en los procesos de asesoramiento, capacitación e inducción a las Juntas, asf como en las visitas que deben realizar para valorar temas específicos. h) Promover en coordinación con los Directores de Centros Educativos y sus respectivas Juntas el desarrollo de actividades que potencien el arte, la cultura, el deporte y la recreación como medio para fortalecer el arraigo, la armonfa y la identidad regional. 1) Otras funciones y tareas relacionadas con la gestión de juntas, encomendadas por el superior jerárquico. 12. Que tos articulos 25,26,27 y 28 del Reglamento supra citado que nos señalan: Artículo 25.—El Supervisor del Centro Educativo será el responsable de realizar una investigación sumaria con el fin de determinar la existencia real de los hechos denunciados. Para tales efectos podrá contar con el apoyo técnico del Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, Si existiera mérito, le trasladará la acusación al denunciado y se le concederá audiencia por cinco días hábiles para que se manifieste al respecto y ejerza el derecho de defensa; de no haber mérito se procederá a archivar la denuncia y a realizar a los interesados la comunicación respectiva. Artículo 26.—La investigación sumaria deberá concluirse en el plazo máximo de un mes calendario, contado a partir de la recepción de la denuncia. La inacción u omisión por parte del Supervisor del Centro Educativo, según lo indicado en el articulo anterior, será considerado incumplimiento de funciones. Artículo 27,—Una vez concluida la investigación sumaria, el “Supervisor del Centro Educativo pondrá el expediente en conocimiento del Jefe de Servicios Administrativos y Financieros, con sus recomendaciones y observaciones Incluidas. Artículo 28.—En caso que se reciba una recomendación de destitución de la Junta o de alguno de sus miembros, el Jefe de Servicios Administrativos y Financieros verificará el A cumplimiento del procedimiento establecido en los artículos precedentes. Asimismo, en un plazo máximo de cinco días hábiles, remitirá el expediente al Concejo Municipal con la solicitud de destitución, para que el Concejo Municipal proceda según corresponda....” 13, Que siendo responsabilidad del Supervisor del Circuito, señor Msc Carlos Camacho Sáenz, la realización del informe sumario y la verificación de la información a la que se refiera en -el mismo, en apego al artículo 27 del Reglamento Genera! de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, el suscrito Henry Amey Gómez, Jefe de Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección Regional de Educación de Guápiles, concluida la investigación sumaria por el Supervisor Circuito 02 MSC Carlos Camacho Sáenz y analizados los aspectos presentados, resuelve: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
erro MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*13 ACTA N*20 Ordinaria. o... Ministerio De Educación Pública me Dirección Regional de Educación de Guápiles eco Regionl Y 100 metros sur del C.T.P. de Pococí 4 tio, Ministerio de Educación Pública POR TANTO i. Dar por recibido el informe sumario realizado por el señor MSC Carlos Camacho ' Sáenz en calidad de supervisor del circuito 02. li. Trasladar al Honorable Concejo Municipal solicitud del Supervisor MSC Carlos Camacho Sáenz en calidad de supervisor del circuito 02, destitución de miembros de JUNTA EDUCACION ESCUELA EL ROTULO LA RITA POCOCI cédula 3008115523 administradora de los recursos de la Escuela El Rótulo código 3641 para lo siguiente miembros: Vicepresidente |Marilin Rojas Hernández 602910146 [86722927 Presidente |Yeirerd Edanner Cubillo Angulo¡ 603320928 [50059481 Secretario [Tomás García Vega 502870285 Vocal1 |Alioska María Calero Lira 155803899705 |84251678 Vocal 2 Denia Valle Linarte 109310889 ¡50110990 iii. Archivar el expediente. as | Henry Amey Gómez Jefe Servicios Administrativos y Financieros Dirección Regional de Educación Guápiles Cc: Archivo Nota de Secretaría: Toda la documentación referente a este caso, queda en custodia del Departamento de Secretaría, mismo que será remitido al departamento de Servicios jurídicos para su análisis. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Departamento de Servicios Jurídicos para su análisis y su recomendación. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*14 ACTA N?20 Ordinaria. ACUERDO NP 435 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Melina Solano Cubero, Presidenta Junta de Salud, área de Salud Guápiles, Dra. Nuria Marín Monge, Directora Médica, Area de Salud Guápiles, dice: JS-ASG-10-2020. Cordial salud, debido a la emergencia en la que se encuentra el país, solicitamos el apoyo de ustedes Concejo Municipal para la realización e impresión de campaña publicitaria, videos explicativos con la participación de funcionarios de áreas de salud y hospital, volantes informativos para la población y el perifoneo para el cantón de Pococí. Lo anterior consecuente a la respuesta social de las comunidades en donde las personas mantienen comportamientos y prácticas que son inadecuadas por parte de las comunidades puesto que no valoran el riesgo de la enfermedad y le restan importancia a las medidas de prevención, no modifican las costumbres y actitudes en prácticas de prevención, no tienen conciencia de la magnitud del problema, además no tienen sentido de pertenencia comunitaria. Por lo que de manera solidaria requerimos del apoyo del gobierno local para la campaña de prevención antes mencionada. Sra. Melina Solano Cubero, ced. 3-380-945, Presidenta Junta de Salud, área de Salud Guápiles. Explica ampliamente como se trasmite el Covit-19 y sobre la importancia de no presentarnos ni a reuniones, convocatorias, es mas el Concejo Municipal debería ser completamente cerrado y las personas que estén enfermas no asistan. Y le solicita al Concejo el apoyo para megafonear todo el cantón. Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda. Traiga una factura proforma, consigala y la puede dejar en la Secretaria. Hace uso de la palabra. + Reg. Mariela Monge Araya. + Reg. Patricia Aguilar Araya. + Reg. Johnny Vargas Arrieta. e Sra. Melina Solano Cubero. + Reg. Eliecer Araya Brenes. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*15 ACTA N*20 Ordinaria. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. ACUERDO N*436 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcalde Municipal, dice: DACM-062-2020. Asunto: remisión solicitud de representante municipal para la junta de Protección a las niñez y a la Adolescencia del PANI. Mediante la presente se remite oficio JPPO-000i-2020 del Patronato Nacional de la Infancia, en el mismo están solicitando se nombren los dos representantes municipales para la Junta de Protección a la Niñez y a la Adolescencia, así como para el Subsistema Local de Protección Integral de Pococí. Se remite para lo que corresponda. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI sde PAGINA N*16 ACTA N?*20 Ordinaria. 17-03-2020 PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA Ye col OFICINA LOCAL DE POCOCÍ Teléfono: 2711-0864. Fax: 2711-1622 MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ DESPACHO DELA ALCALDESA ENTREGADOROR | Sra. Elibeth Vi Villalob Ñ ctocra NEETE 32 menda los 1e0d encgas Malodos RECININO POR , Alcaldesa de la Municipalidad de Pococí Pos (eg o 025 MEUNCI=S: BORA JPPO - 0001 - 2020 27 de febrero de 2020 Respetada Alcaldesa Reciba un saludo cordiat, por este medio se le solicita respuesta al Oficio PANI 0394-2019, recibido por la secretaría de la Alcaldía Municipal el 06 de noviembre de 2019 y PANI — OLPO -— OF -— 00445 - 2019, recibido por la secretaría de la Alcaldía Municipal; el 16 de diciembre de 2019. Ambas solicitudes responden al DECRETO N* 35494- S, donde se indica en el capítulo IV, artículo 12, inciso a. lo siguiente: “El representante Municipal: que será un funcionario de ésta, residente de la comunidad, nombrado por el Alcalde y con poder de decisión a fín de agilizar los procesos definidos por las Juntas de Protección a la Niñez y la Adolescencia.” Al día de hoy no se ha recibido respuesta a ninguna de las dos solicitudes, por lo anterior, es urgente que se nombre a la persona representante municipal propietaria y a la persona suplente y se les socialicen las fechas, para que puedan integrarse al proceso de Junta de Protección a la Niñez y Adolescencia de PococÍ y Subsistema Local de Protección Integral de Pococí. Es importante recordar que esta estrategia de articulación interinstitucional requiere la participación activa de todas las instituciones involucradas en el proceso y así contribuir a la garantía de derechos a las niñas, niños y adolescentes del cantón. Una vez designadas ambas personas entregar el oficio con la respuesta en la Oficina Local del PANI de Pococí, O bien, enviarlos a los correos: pocociípani.go.cr o imorafWpani.go.cr En espera de una pronta respuesta, atentamente, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*17 ACTA N?*20 Ordinaria. Municipalidad de PococíÍ y SER PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA o OFICINA LOCAL DE POCOCÍ pani Teléfono: 2711-0864, Fax: 2711-1622 Roney López Madrigal - JPNA — Cariar > Matilde Cantillo Acuña — lAFA ú Mileybi Sánchez Jiménez — MS a José Sánchez Hernández — MSP fro Hazel Alvarado Gómez — MEP (0 Ana Loría Guadamuz — IMAS <<? María del Milagro Campos Víquez — MEP a Isabel Núñez Acuña — CCSS - Guápiles, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 17-03-2020 PAGINA N*18 ACTA N?*20 Ordinaria. y SE PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA AO OFICINA LOCAL DB POCOCÍ poda Teléfono: 2711-0364. Fax: 2711-1622 Made de 13 e Christia Saborío Jiménez - CCSS - Guápiles Patricia Aguilar Araya — JPNA Pococí AR Oroya Liliana Mora Vargas — PANI - PococÍ pa Cc. Sr. Edgar Villarreal Ruiz. Vicealcalde, Municipalidad de PococÍ. Sras. Sres. Consejo Municipal de PococÍ. Archivo. Consecutivo. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Despacho de la Alcaldía. “Siempre apoyando el Desarrollo de! Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*19 ACTA N*20 Ordinaria. ACUERDO NP 437 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcalde Municipal, dice: DACM-061-2020. Asunto: remisión solicitud de presupuesto Municipal por parte del PANI. Mediante la presente se remite oficio JPPQ-0002-2020 del Patronato Nacional de la Infancia, en el mismo están solicitando se incluyan recursos presupuestarios en el presupuesto extraordinario por un monto total de ¿4,125.000.00, Se remite para lo que corresponda. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*20 ACTA N?20 Ordinaria.
y Se PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
A OFICINA LOCAL DE POCOCÍ
Teléfono: 2711-0864. Fax: 2711-1622
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ |
JPPO - 0002 - 2020
27 de febrero de 2020
DESPACHO DE LA ALCALDESA
NcábULA 1072-53 2
RECMIDO PAR
NOMIIR E» Merz
NORDULA,
=> — FIRMA.
Respetada Alcaldesa ETS nora 1 Ar
Sra. Elibeth Venegas Villalobos
Alcaldesa de la Municipalidad de Pococí
Reciba un saludo cordlal, según el plan de acción de la Junta de Protección a la
Niñez y la Adolescencia de PococÍ, la Junta de Protección a la Niñez y la
Adolescencia de Cariari y el Subsistema Local de Protección Integral de Pococí,
(el mismo se adjunta en un documento de Excel).
Se solicita que se incluya en el presupuesto extraordinario 2020, recursos
económicos que permitan cumplir con el plan de acción 2020, según el siguiente
detalle:
Cantidad | Bien y/o servicio Costo
] aproximado
500 Refrigerios con un costo aproximado de (dos|(C 2.000.000,00
millones de colones), cada refrigerio debe
comprender un emparedado de pollo, café, fresco y
una porción de fruta. Distribuidos en las
comunidades de Guápiles y Cariari en 8 fechas
diferentes en el periodo abril — noviembre 2020.
1 Computadora portátil para reforzar el trabajo en | € 600,000,00
comunidad con las familias y las personas menores
de edad. .
1 Disco externo para almacenaje y respaldo de| (UT 75.000,00
información
1000 Folletos a color para repartir en las familias para la | (' 500.000,00
prevención de la Negligencia.
1 Datacard para el trabajo en las comunidades € _200.000,00
Suministros de oficina para 16 sesiones de trabajo | € 750.000,00
con padres, madres, encargados legales y
personas menores de edad. , .
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*21 ACTA N*20 Ordinaria. y SK PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA E OFICINA LOCAL DE POCOCÍ pani Teléfono: 2711-0864. Fax: 271 1-1622 ESA pa Se agradece la respuesta al presente oficio en la Oficina Local del PANI de Pococí, o bien, enviarlos a los correos: pocociOMpani.go.cr o ImorafMpani.go.cr Roger Durán Valverde — Casa de Justicia —' Rocío Condega Rodríguez — PANI — Cariari Rosibel Bermúdez Venegas — JPNA -— Cariari par Roney López Madrigal — JPNA — Cariari z Matilde Cantillo Acuña — lAFA Qui? Mileybi Sánchez Jiménez — ruso (Qs dl José Sánchez Hernández — MSP yl - Hazel Alvarado Gómez -- MEP A Ana Loría Guadamuz — ms “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*22 ACTA N?20 Ordinaria. : y . $; PATRONATO NACIONAL DB LA INFANCIA e. OFICINA LOCAL DE POCOCÍ pens Teléfono: 2711-0864. Fax: 2711-1622 Patricia Aguilar Araya — JPNA PococÍ CASA a q Ca a 4003] a Liliana Mora Vargas — PANI - Pococí 1 De Cc. Sr. Edgar Villarreal Ruiz. Vicealcalde, Municipalidad de Pococí. Sras. Sres. Consejo Municipal de Pococí. — : Sras. Sres. Consejos de Distrito de Guápiles y Cariayj Archivo. IN Consecutivo. cOn ALA NINEZ* Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*23 ACTA N*20 Ordinaria. ACUERDO N* 438 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de Comerciales Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION GUERRERO GARCÍA | RESTAURANTE | GUÁPILES, 100 MTS OESTE 63 LUIS ÁNGEL DE LOS SEMÁFOROS DEL CRUCE DE LA MONTECARLO Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 439 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de Comerciales Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION Cooperativa 64 Autogestionaria de Oficina de Gestión Cariari, 100 mts oeste del Servicios Múltiples Salón Comunal para el desarrollo Comunitario “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*24 ACTA N*20 Ordinaria. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 440 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de Comerciales Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION Barquero Quesada | Despacho de Pan y | Jiménez, 150 mts oeste de 65 María Milagro pago de Servicios | la escuela El Molino Públicos Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 441 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de Comerciales Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION Henao Bernal Bazar Cariari, 17 mts E. y 95 mts 66 German N. de la Guardia Rural. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*25 ACTA N*20 Ordinaria. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 442 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic, Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de Comerciales Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION Villegas Jiménez Restaurante Guápiles, 290 mts norte del 67 Lucrecia Colegio Técnico Prof. De Pococí. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 443 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de Comerciales Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION Montoya Díaz José Centro de Guápiles, frente al Estadio 68 Acondicionamiento Ebal Rodríguez Físico “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*26 ACTA N*20 Ordinaria. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 444 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de Comerciales Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION Huzma S.R.L Tienda de Ropa Guápiles Centro frente al 69 Ministerio de Salud Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 445 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de Comerciales Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION Vlum acabado S.R.L. Venta de Vidrios y | Guápiles frente al Grupo Q, 70 Acabados sobre ruta 32 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI > PAGINA N*27 ACTA N*20 Ordinaria. 17-03-2020 Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 446 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de Comerciales Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION Matamoros Chinchilla Academia de Guápiles, 300 mts este de 71 Mónica maniqueísmo Correos de C.R. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO NP? 447 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de Comerciales Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION Tecni Materiales Venta de Equipos | Guápiles, 400 Mts. Este del 72 | Mattec S.A. de Refrigeración Puente Sobre Río Toro aires Amarillo “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*28 ACTA N?20 Ordinaria. Acondicionados y Repuestos Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 448 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito expedientes de licencias comerciales y licores, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de Comerciales Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION Hernández Paniagua Bar La Rita Barrio Los Pinos 73 | Michael contiguo a la academia de Policía Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO NP? 449 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de licores “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*29 ACTA N?20 Ordinaria. Exp Nombre del Solicitante | Actividad y categoría DIRECCION Guerrero García Restaurante Guápiles, 100 mts oeste 10 Luis Angel Categoría C de los semáforos del cruce de la Montecarlo Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 450 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de licores Exp Nombre del Solicitante | Actividad y categoría DIRECCION Pérez Prieto Carlos Restaurante Cariari de la Iglesia 11 Categoría C Católica de Palacios 178 mts Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 451 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de licores Exp Nombre del Solicitante | Actividad y categoría DIRECCION “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*30 ACTA N?20 Ordinaria. Fei Long del Oriente | Minisúper Categoría | Guápiles, 50 mts norte 12 S.A. D1 del Estadio Ebal Rodríguez Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO NP 452 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-027-2020. Deseándole éxitos en sus labores, por este medio les remito lista de los expedientes de licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales cumplen con los requisitos que se requieren. Licencia de licores Exp Nombre del Solicitante | Actividad y categoría DIRECCION Hernández Bar Categoría B1 La Rita Barrio Los Pinos 12 Paniagua Michael contiguo a la Academia de Policía Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N?* 453 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Magally Venegas Vargas, Secretaria Municipal, dice: Asunto: Reclamo para el pago de horas extras adeudadas. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecoci Ñ Audikoría 009 y be EN MUNICIPALIDAD DE POCOCI S PAGINA N*31 ACTA N*20 Ordinaria. RECLAMO PARA EL PAGO DE HORAS EXTRAS ADEUDADAS GESTIONANTE: MAGALLY VENEGAS VARGAS Señores Concejo Municipal de Pococi Quien suscribe, Magally Venegas Vargas, cédula 3-0371-0035, en mi condición de Secretaria del Concejo Municipal, ante su autoridad respetuosamente me presento a formular la presente gestión para el pago de horas extras adeudadas a la suscrita, con fundamento en los hechos y consideraciones de derecho que seguidamente expongo: HECHOS PRIMERO: Con la autorización de rigor otorgada por el señor Presidente del Concejo Municipal, tal y como lo demuestro con la prueba adjunta, (Previa N*314) la suscrita laboró en funciones propias de mi cargo el día sábado 29 de febrero del año 2020, desde las 10:56 horas hasta las 14:58 horas. SEGUNDO: De igual forma, contando con la respectiva autorización a la que se hizo referencia en el hecho inmediato anterior, la suscrita laboró el día domingo 1 de marzo del año 2020, desde las 9:37 horas hasta las 16:30 horas. TERCERO: Conforme a los hechos precedentes, quien suscribe laboró jornada extraordinaria los días 29 de febrero y 1 de marzo, ambos del presente año, por los tiempos supra señalados, según se desprende del reloj marcador institucional. FUNDAMENTOS DE DERECHO Es por todos sabido, que existe una jornada laboral ordinaria y otra denominada extraordinaria. La primera puede ser la regulada en el Código de trabajo o bien, la pactada con el patrono a través de una Convención Colectiva, el Contrato de Trabajo o la estipulada en un Reglamento Interno Institucional, sea “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*32 ACTA N*20 Ordinaria. -03- este último el típico Reglamento Interior de Trabajo o bien uno de los llamados Reglamentos Autónomos de Organización y Servicio, (Artículos 133, siguientes y concordantes del Código de Trabajo). Así entonces, es viable que nos encontremos ante jornadas laborales regidas por el Código de Trabajo (de 8 horas por día y 48 horas a la semana) y jornadas a las que se les ha llamado reducidas, por ser inferiores a aquella, pero que son legales y deben ineludiblemente respetarse en el tanto, se reitera, derivan de una Convención Colectiva, un Reglamento Interior o el propio Contrato de Trabajo que vincula al trabajador con su patrono. Ahora bien, en términos sencillos, la jornada laboral es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del empleador en el lugar de trabajo y el mismo incluye las pausas o el tiempo para el almuerzo. De ahí que, cualquier trabajo realizado por encima del horario laboral legal o que supere el limite inferior del horario de trabajo acordado por el empleador y el trabajador, lleva el nombre de horas extras. No existe otra forma de entenderlo o interpretarlo, se trata de un aspecto básico o elemental del Derecho Laboral. Si bien, se puede requerir que los trabajadores laboren en los días de descanso semanal. En dichas circunstancias, los mismos tienen derecho a una bonificación del 200 % de la remuneración normal del salario por hora laborada. Es decir, se paga doble, En el caso de este Gobierno Local, existe debidamente en vigencia el "Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Municipalidad de Pococí", que expresamente en su artículo 118 inciso 5) regula la jornada de los "Empleados Administrativos" indicando textualmente lo siguiente: "La jornada de trabajo será de Lunes a Viemes, bajo el siguiente horario: (..) 5. Empleados Administrativos, conserfes, inspectores, caminero, de 8:30 A.M. a 15:00 PM, con una hora para almorzar, alternándose para cumplir jornada contínua." “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*33 ACTA N*20 Ordinaria. La norma además de clara, no ha sido reformada y en consecuencia resulta plenamente aplicable a la especie, ante la aducida expiración de la Convención Colectiva. Aclaro eso sí, que la pretendida aplicación de la referida disposición Reglamentaria, en modo alguno implica una renuncia de la suscrita a entender como un derecho insoslayable, que lo relativo a la jornada laboral estipulado en la ya extinta Convención Colectiva, se incorporó a mi contrato de trabajo desde la fecha misma de mi ingreso a laborar en esta institución. Dicho de otra forma, la jornada que estaba prevista en la Convención Colectiva, se debe entender como incorporada a mi contrato de trabajo desde el momento mismo en que la suscrita comenzó a trabajar para la Municipalidad de Pococí y aunado a ello, existe la disposición reglamentaria supra indicada que regula lo relativo a dicho tema, No está demás decir, que la Municipalidad se encuentra expresamente vinculada por lo regulado en el mencionado Reglamento, no sólo por el "Principio de Inderogabilidad Singular de los Reglamentos) previsto en el ordinal 13,2 de la Ley General de la Administración Pública, sino porque dicho cuerpo normativo Infra legal, establece que para modificar lo relativo a las jornadas laborales se requiere de una negociación con el Sindicato de Trabajadores Municipales -SUTRAM.. (Artículo 120 del referido Reglamento). Lo hasta aquí señalado ha sido sostenido desde vieja data por la Contraloría General de la República, incluso refiiéndose al caso específico de quien ocupe el cargo de Secretario (a) Municipal. Al respecto el Órgano Contralor ha señalado: "En el marco de lo indicado en el apartado anterior, importa tener presente que de conformidad con el artículo 139 del Código de Trabajo, el trabajo efectivo que se ejecute fuera o exceda los limites temporales fijados en ese mismo cuerpo normativo, constituye una jomada extraordinaria que debe ser remunerada en los términos y condiciones allí establecidos. Cabe mencionar que los servidores municipales, aun y cuando se encuentran sujetos a un régimen de empleo público con regulaciones “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*34 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*20 Ordinaria. especiales contenidas en los artículos 115 y siguientes del Código Municipal, tienen derecho a exigir el pago de aquellas horas extraordinarias que presten a favor de la municipalidad fuera de su jornada ordinaria, extremo que en todo caso se extrae del artículo 146 de ese Código, de conformidad con el cual los funcionarios municipales son titulares de los derechos establecidos en la legislación municipal y también los dispuestos en otras leyes. Llevando lo dicho a la especie, a juicio de esta División no existe razón alguna para que un servidor municipal como es el secretario del Concejo Municipal, no pueda ser acreedor al reconocimiento de las horas extraordinarias que haya prestado a favor de la municipalidad fuera de su jornada ordinarla, conclusión a la que esta Contraloría General arribó en el oficio N* DAJ-1866 del 2 de setiembre de 1998 en los siguientes términos: “(...) 9.2) ¿Procedería el pago de tiempo extraordinario por su asistencia a las seslones, si éstas se realizan fuera de la Jomada ordinaria? La respuesta a esta interrogante es positiva, en el tanto le asisten a este funcionario los derechos contemplados por los numerales 136 y 139 del Código de Trabajo, en relación con las jornadas ordinarias de trabajo, y el pago por jornadas extraordinarias, que al efecto indican ...” (Dictamen emitido por la División Jurídica de la Contraloría General de la República No. DJ-0173-2010 del 15 de febrero, 2010. La negrita es propia). Como claramente lo sostiene el Órgano Contralor, fuere por asistir a sesiones o por realizar labores diversas, pero propias del cargo fuera de la jornada ordinaria, el (la) Secretario (a) Municipal tiene el inquebrantable derecho a que se le paguen las respectivas horas extras. Y es que lo antes señalado, no puede ser de otra forma, pues el Código de Trabajo de manera expresa establece: “ARTÍCULO 139.- El trabajo efectivo que se ejecute fuera de los límites anteriormente fijados, “Siempre apoyando el Desarro!lo del Cantón”.
PAGINA N*35 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N?*20 Ordinaria. o que exceda de la jomada inferior a éstos que contractualmente se pacte, constituye jornada extraordinaria y deberá ser remunerada..." (La negrita es nuestra). Ahora bien, debido a las circunstancias, en el caso de la suscrita, a la norma recién transcrita ha de entenderse vinculado el ordinal 152 del Código de Trabajo, que a la letra señala, en lo de interés para el caso concreto: "Todo trabajador tiene derecho a disfrutar de un día de descanso absoluto(*) (después de cada semana o de cada seis días de trabajo continuo), que sólo será con goce del salario correspondiente si se tratare de personas que prestan sus servicios en establecimientos comerciales o cuando, en los demás casos, así se hublere estipulado. El patrono que no otorgue el día de descanso incurrirá en las sanciones legales y en la obligación de satisfacer a sus trabajadores, por esa jornada, el doble del salario que ordinariamente les pague. No obstante, se permitirá trabajar, por convenio de las partes, durante el día de descanso semanal, si las labores no son pesadas, insalubres o peligrosas y se ejecutan al servicio de explotaciones agrícolas o ganaderas, de empresas industriales que exijan continuidad en el trabajo por la indole de las necesidades que satisfacen, o de actividades de evidente interés público o social. En el primer caso, la remuneración será la establecida para la jornada extraordinaria en el párrafo primero del artículo 139; en los demás casos, será la establecida en el aparte segundo del presente artículo. Cuando se trate de aquellas labores comprendidas en el último caso del párrafo anterior, y el trabajador no conviniere en prestar sus servicios durante los días de descanso, el patrono podrá gestionar ante el Ministerio de Trabajo autorización para otorgar los descansos en forma acumulativa mensual. El Ministerio, previa audiencia a los trabajadores interesados por un término que nunca será menor de tres días, en cada caso y en “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N?36 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*20 Ordinaria. 17-03-2020 resolución razonada, concederá o denegará la autorización solicitada." (La negrita es propia) Lo anterior evidencia, de manera inobjetable, que si el trabajador labora en sus días de descanso -como ocurrió en la especie”, el patrono está ineludiblemente obligado a pagarle jornada extraordinaria. En esta línea se ha manifestado la Procuraduría General de la República, también desde vieja data, cuando en su Dictamen C-321-2015 del 23 de noviembre de 2015, indicó: "1. El legislador le confiere un carácter excepcional a la jornada extraordinaria, la cual se encuentra sujeta a límites y requisitos de orden social, dado que el objeto de dichas limitaciones es ponerle freno a jornadas excesivas y desgastantes que menoscaben la salud física y mental del trabajador. 2. El Secretario del Concejo Municipal está sujeto también a la jornada laboral ordinaria prevista en el Código de Trabajo, de modo que, si en el ejercicio de sus funciones debe laborar más allá de la jornada pactada, es procedente el reconocimiento de ese tiempo extra ejecutado.” (El subrayado es nuestro). Lo hasta aquí señalado no deja lugar a duda alguna, en cuanto a que a la suscrita deben serle pagadas las horas extras adeudadas, no sólo porque así lo establece de forma clara la legislación laboral, sino también la Procuraduria General de la República y el Órgano Contralor, criterios respecto de los cuales, esta Corporación Municipal no puede separarse so pena de incurrir en ilegalidad manifiesta y consecuentemente, en responsabilidad del respectivo servidor, a la luz del artículo 199.3 de la Ley General de la Administración Pública. PETITORIA Conforme a los hechos, fundamentos de derecho y prueba aportada, respetuosamente solicito: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
fhralidad de MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*37 ACTA N*20 Ordinaria. 1) Se declare con lugar en todos sus extremos la presente gestión o reclamo administrativo, 2) Como lógica consecuencia de lo anterior, solicito que se tome acuerdo por parte del Concejo Municipal donde se autorice a la señora Alcaldesa y al departamento de Recursos Humanos el pago de las horas extras adeudadas a la suscrita que corresponde: a las laboradas desde el día martes 18 de febrero del 2020 hasta el día 13 de marzo del 2020, incluidos el día sábado 29 de febrero de 2020, desde las 10:56 horas hasta las 14:58 horas y el día domingo 1 de marzo de 2020, desde las 9:37 horas hasta las 16:30 horas. 3) De igual manera se autorice el pago de horas extras a la funcionaria Xinia Marta Alfaro Alfaro, que corresponden al periodo entre el 18 de febrero del 2020 al 06 de marzo del 2020, Incluido el tiempo laborado el domingo 1 de marzo desde las 9:37 horas hasta las 16:30 horas. (quien, a pesar de no contar con una hoja previa, se le solicitó en forma verbal la colaboración en el departamento de Secretaría y se requirió su participación en labores propias de su cargo). PRUEBA A efecto de acreditar lo narrado en el cuadro fáctico del presente reclamo o gestión, aporto como prueba documental la siguiente: 1) Formulario de "Autorización Previa para Laborar Horas Extras", identificado con el No. 314 y debidamente suscrito por el señor Presidente del Concejo Municipal. 2) Boletas de Orden de pago N*276 y 277 con el detalle de las horas laboradas y las actividades realizadas. 3) Documento impreso con las marcas de ingreso y salida del reloj marcador que comprende el periodo entre el 17-feb-2020 al 17-mar-2020 Sin más que agregar se suscribe Atentamente: Magally Venegas Vargas Secretaria Concejo Municipal Participan de la palabra: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*38 ACTA N?*20 Ordinaria. Sr. Pdte. Freddy Hernández. Esto es respecto a unas horas extras que la compañera Venegas Vargas y Alfaro Alfaro han estado trabajando sábados y domingos porque obviamente hay tiempos que es la única forma de salir del trabajo, más bien uno les pide que se queden porque necesitamos sacar por los tiempos, igual ahora que viene el extraordinario van a tener que quedarse hasta las 12 de la noche hasta sacarlo, por la cuestión de los tiempos. Pero, aparentemente en algún departamento señora Alcaldesa se está pegando, me parece que si se está trabajando como no se va a pagar si siempre hemos hablado de eso, entonces yo creo que aquí para las dos compañeras, tanto Magally Venegas como Xinia Alfaro, han estado trabajándolos y tiene que pagársele y honrársele lo que han estado trabajando. Bajo ese contexto voy a solicitar a los compañeros sacar el acuerdo para que se le pague a la señora Magally Venegas Vargas y a la señora Xinia Alfaro Alfaro lo correspondiente a la remuneración por concepto de pago extraordinario y es que ahí están las marcas. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se aprueba y se autoriza a la Alcaldía el pago respectivo a las señoras MWagally Venegas Vargas y Xinia Alfaro Alfaro, lo correspondiente por concepto de tiempo extraordinario laborado. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 454 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Olger Irola Calderón, Director Ejecutivo Cámara de Comercio de Pococí, dice: CCP-048-2020. Solicitamos la atención a la Cámara de Comercio de Pococí, en representación del comercio del cantón para presentar la propuesta consensuada en la comisión municipal de modificación a la ley 8582. Quedamos atentos a su respuesta al teléfono 89747489 o al correo infofWccpococLorg. “Siempre apoyando el Desarro!lo del Cantón”.
Municipalidad MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*39 ACTA N*20 Ordinaria. 17-03-2020 de Pococi Lunes, 16 de marzo de 2020 Señores: Concejo Municipal. Se presenta el siguiente informe de comisión de reforma de la ley 8582. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: A continuación, se enumeran algunas situaciones que, actualmente, afectan el ejercicio comercial y empresarial del cantón de PococíÍ. Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas. La entrada en vigencia de la ley de fortalecimiento de las finanzas públicas, ha golpeado fuertemente la actividad económica en general y por ende a los patentados del cantón, los serviclos contables se han encarecido, los alquileres comerciales han tenido un aumento automático de un 13%, los servicios técnicos y profesionales que se requieren para el funcionamiento y mantenimiento de la actividad comercial se han aumentado en un 13%; entre otros rubros. Estos costos, por lo general, han tenido que ser asumidos por el comercio, ya que, sl se trasladan al costo de bien o servicio final, se desmotiva ta intención de compra del cliente, que ya de por sí, está tendlendo a ser cauto en sus compras por la crisis económica que se vive. El efecto de esta ley no es solamente en el aspecto económico, sino que implica una nueva forma de entender los nuevos procesos y procedimientos tributarios nacionales, lo que requiere inversión y capacitación, nuevos sistemas de facturación y control de inventarios, adquisición de equipo informático, esto aunado a errores Involuntarlos efecto del proceso de aprender haciendo, resultado de la implementación los cambios, que el Ministerio de Hacienda realizó, sin previa capacitación ni mayor información, por lo que cada empresario le tocó adecuarse dentro del mismo proceso de su quehacer diario, esto sin contar que la misma administración tributarla naclonal, desde la implementación de la norma, ha venido cambiando las reglas del Juego una y otra vez. Aumento en el desempleo. Anlvel nacional, se han dado las tasas más altas de desempleo desde que el INEC mantiene registros, las cuales son superlores al 12%, situación que se agrava más a nivel de la provincia de Limón, por el proceso de modernización de JAPDEVA y el cierre de algunas de las operaciones, de importantes empresas transnacionales como Chiquita y Standard, que han sido fuente de trabajo local, principalmente para personas que realizan labores ho calificadas, que es gran parte de nuestra fuerza laboral local. La estrechez financiera que viven las empresas y comerclos locales, hace que tengan que replantear estrateglas de costos y utilidades, buscando minimizar el gasto y haciendo más efectivas las operaciones, a pesar que el capital humano es la' última opción que visualiza el empresario para reducir costos, se llega al momento que con mucho pesar, no queda más remedio, que recortar personal, disparando la tasa de desempleo y poniendo a personas y familias en condiciones de vulnerabilidad social, lo que deriva un potencial incremento de la inseguridad de nuestra región. Esta realidad regional (de la provincla de Limón) genera una Inmigración local, de cantones aún más deprimidos, hacia nuestro cantón. Estas personas vienen, muchas veces, sin “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*40 ACTA N”20 Ordinaria. arralgo, en busca de una satisfacción económica de subsistencia, sin mayor capacidad de inversión y terminan desplazando actividades comerciales lícitas y patentadas por comercio informal que se hace casa a casa, vía redes sociales, o con un puesto móvil en alguna vía pública, Construcción de ampllación ruta 32: El proceso de ampliación de la ruta 32, está significando un golpe duro para el comercio local, tanto para el que está a la vera de la ruta, ya que en el trayecto de Cruce a Sarapiquí al puente sobre el Rio Jiménez existen 120 comercios, como también el comercio Interno en la ciudad de Guápiles, en Jiménez y en Suerres de Jiménez. Los flujos de mercadería se han encarecido por los tiempos en carretera, ocaslonados por los clerres de carretera, embotellamiento de vehículos constantes, tanto en la ruta 32 como en el casco comercial central, lo que desmotivan a los cllentes a salir de sus casas. Cuadro resumen del censo de actividades comerciales frente a ruta 32. Giro Comercial Cantidad Colaboradores | Cantidad de negocios Abarrotes 22 7 Abastecedor 2 1 Agencla de Vehículos 16 3 Agregados 50 1 Almacén y 59 10 Artículos usados 3 1 Banco 3 1 Bodega 1 1 Centro de acopio 3 1 Estación de Servicio : 52 4 Ferretería 3 1 Frutería y Verdulería '8 4 Heladería 3 1 Hotel y Restaurante 3 1 Maquinaria 35 1 Mueblería 4 2 Oficina 36 2 Repuestos 97 20 Restaurante 160 34 Taller 104 20 Taller industrial o 1 1 Venta de Vehículos 2 1 Venta de Vidrios 2 1 Vivero 3 1 Total general 672 120 Fuente: Elahoración propa. No cabe duda que, al igual que los aspectos antes anotados, se está produciendo una desaceleración comercial, económica y social en el cantón, lo que produce únicamente estadísticas negativas, como empleados despedidos, productos de manufactura en el cantón que no se ilevan al mercado de consumo final, los clientes no pueden o no quieren accesar al establecimiento comercial por el “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*41 ACTA N*20 Ordinaria. riesgo e incómodo acceso, comercios que no logran mantener la proyección de ventas, lo que tamblén está dejando a comerciantes en la ruina porque realizaron inversiones proyectadas al estado económico en que se encontraban y ahora no pueden recuperar el capital y otros no pueden cumplir sus obligaciones en sus créditos. Abonado que va en detrimento el crecimiento del comercio del cantón. Cobro desproporclonado como impuesto a rótulos: Durante todo el proceso que hemos realizado para socializar el cobro del Impuesto de rótulos que cobra la Municipatidad de Pococf, se ha concluido varios aspectos. Según los registros de patentados municipales, existen más de 3500 patentes Inscritas en el cantón, lo cual hace pensar que al menos debería de haber un rótulo por cada patente inscrita, sin embargo, la pretensión presupuestaria anual se hace por un total de 2200 rótulos, ha esto hay que hacer la salvedad que un buen porcentaje de comercios tienen dos o más rótulos instalados, que también son cobrados; lo que significa que se está haciendo una gestión de cobro parcial, que recae solamente sobre una pequeña porción del comercio. Si bien la estimación presupuestaria sobre el rubro de rótulos se estimó en el 2019, en torno a los 120 millones de colones, según la señora Cinthia Ávila la recaudación ronda los 70 miltones de colones. El hecho que una actividad comercial esté debidamente inscrita y patentada a nivel cantonal, genera per se una carga tributaria, lo que comúnmente se conoce como patente municipal, que como tal debe otorgar el derecho al patentado de al menos, contar con un dispositivo publicitario instalado en el local donde promueva su glro comercial. Cierre de Negocios: La respuesta social a los aspectos negativos en el desarrollo del comercio en el cantón de PococÍ, se observa cada día, el clerre de comercios en el cantón o se ha quedado sin el puesto de trabajo producido por la baja en las ventas o por el cierre del establecimiento comercial. Esa realidad que no puede pasar desapercibida a la vista de todos nosotros, se trae a este Informe en imágenes fotográficas, para mayor ilustración de la realldad que se vive en el cantón. ' (Se adjunta archivo de fotografías.) Propuesta de reforma de la ley 8582: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, inciso d) e inciso h) y 13 Inciso b) del código municipal, los artículos 169 y 170 de la Constitución Política de la República, y lo Indicado en la resolución 5445-99 de la sata constitucional, de las catorce horas con 30 minutos del 14 de Julio de mil novecientos noventa y nueve, el Concejo Municipal y la Municipalidad de Pococí, tienen la potestad de solicitar y proponer la reforma de dicha ley. La reforma a la ley 8582, es una labor impostergable. Es importante destacar que por la situación actual, social y económica por la que vive la clase productiva del país, la que ha generado en una firme oposición por parte de Jos comerciantes del cantón de PococÍ, el cobro que se les impone por ta comunicación visual y publicidad exterlor de cada uno de los establecimientos comerciales, slendo estos un medio para dar a conocer sus actividades comerciales, y son su razón de existir. Con la finalidad de que se pueda “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*42 ACTA N*20 Ordinaria. entender e Interpretar el origen de esta reforma a la ley, se exponen las razones en que se sustenta esta reforma: 1. Que en el cantón de Pococí se instalen y exhiben una gran cantidad de anuncios, rótulos, letreros, avisos, mantas publicitarias, vallas y similares para publicitar los nombres de los comercios y productos para promover el comercio del cantón. 2. Que la Municipalidad de PococÍ, mediante ley 8582, en el capítulo Vil, artículo 32 establece las varlables y categorías para la calificación de los tipos de anuncios o rótulos Instalados, así como el cobro de cada uno de los anuncios rótulos, letreros, avisos, mantas publicitarias y vallas. 3. Que la Municipalidad de Pococí por medio de la unidad tributaria de esta Municipalidad, ha estado aplicando el cobro por la Instalación de rótulos y otros similares. 4. Queen seslón extraordinaria del Concejo Municipal en fecha 7 de febrero del 2020, se recibió a la representación de comerciantes del cantón de Pococí, la Cámara de Comercio. En la cual los comerciantes expusieron la difícil situación por la que están pasando los comerciantes de Pacocí, a causa de la Implementación de una serie de políticas gubernamentales y otros aspectos externos, que ha producido un problema social y económico en la población yen especia! a los comerciantes. 5, Que el Concejo Municipal de Pococí, nombró una comisión especial, de regidores y la participación de representantes de los comerciantes para que junto a la alcaldesa Elibeth Venegas Villalobos atienda el problema que presentan los comerciantes. Por lo antes expuesto la comisión nombrada, una vez analizada la problemática que enfrentan los comerciantes, presentan el siguiente proyecto de reforma a la ley 8582 para su respectiva aprobación. Reforma a la ley 8582 en el capítulo VII. Artículo 1. Refórmese el artículo 32, Impuesto por uso de rótulos, anuncios y vallas. Los propletarios de bienes inmuebles o patentados de establecimientos comerciales donde se instalen rótulos o anuncios y las empresas que vendan o alquilen espacios para publicidad de cualquier tipo, mediante rótulos, anuncios o vallas, pagarán un impuesto anual dividido en cuatro tractos de pago trimestral. Dicho impuesto se calculará como un porcentaje del salario mínimo que contempla la relación de puestos de los empleados de la Municipalidad de Pococí, al primer día del mes de enero de cada año. Según el tipo de anuncio o rótulo Instalado, de acuerdo con las siguientes categorías: 1. Anuncios volados: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido por ley independientemente de su estructura materlal, tamaño, sea este luminoso o no, colocados en el borde y a lo largo de la marquesina de un edificio o estructura. Estará exento de pago siempre que la sumatoria de rótulos instalados en el local comercial no exceda de 15 metros cuadrados. 2. Anuncios salientes: cualquier tipo de rótulo o anuncio permitido que por ley independientemente de su estructura, material o tamaño, sea este luminoso o no, que sobresalga de la marquesina de una edificación o estructura. Estará exento de pago siempre que la sumatoria de rótulos instalados en el local comercial no exceda de 15 metros cuadrados. 3. Rótulos bajo o sobre marquesina: Cualquier tipo de rótulo a anuncio colocado bajo o sobre marquesina de edificaciones o estructuras, siempre que rio sobresalga de ella. Estará exento de pago siempre que la sumatoria de rótulos instalados en el local comercial no exceda de 15 metros cuadrados, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Piunidipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N43 ACTA N*20 Ordinaria. 4. Los rótulos en los edificios dedicados al comercio, que excedan de 15 metros cuadrados, pagarán un 2%, del salario mínimo, por cada metro cuadrado adicional, 5. Anuncios en predios sin edificaciones contiguos a vías públicas, instalados sobre paredes de edificios o estructuras, o pintados directamente sobre las paredes, así como las vallas publicitarias de cualquier tipo, pagará un 2% por metro cuadrado de un salario mínimo. Con el propósito de promover el comercio en el cantón de Pococí, pero a la vez regular y controlar todo lo referente a la publicidad exterior en locales comerciales, o bien en otras propiedades, pero con proyección al espacio público; todo rótulo, valla o dispositivo de publicidad, debe incorporar en la parte inferior el número de patente que lo autoriza. Agréguese un nuevo artículo a la ley 8582, en el capítulo 7, como artículo 31 bis, para que diga: Artículo 31bls: como mecanismo para evitar el cierre de establecimientos se incluye en el mecanismo de arreglo de pago, como pago de los tributos, máximo un arreglo de pago anual. Se adjunta hoja de firmas. “Siempre apoyando el Desarroilo del Cantón”.
Municipal! MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*44 ACTA N*20 Ordinaria. COMISIÓN DE ANÁLISIS Y PROPUESTA DE LA LEY 8582 PEUSICIPALIDAD DE FOCOCI Asistencia Reunión del Jueves 12 de Marzo 4:00 pm Nombre Correo Teléfono Freddy Hernández Miranda (Regidor) - Mi O AO ASE Ginnette Sequeira G (Regidora) 140-150 Reinaldo Benavides A. Regidor A 8 Bernardo e Davis (Regidor) Ovidio Vives Castro (Regidor) | Elibeth Venegas Villalobos ell. 1%, pr Sen LO (Alcaldesa ) AAA AA ESAS CNY Tal. Cuan Por la Cámara de Comercio (Asesores) Nombre | Firma Correo Teléfono William Giraldo Velasco Céd. 8-110-172 Gerald Marín Solera Céd. 1-1058-151 Jairo Ojeda Aburto Céd. 8-067-668 Enarl? Uclfb es dos Pl t> cdo Ol ap == Ólger Irola Calderón Céd. 3-289-571 m7 a braco, adego de demo d SFE 1 1372 AT Marcos Fernández Herrera Céd. 1-518-187 1 “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón ” Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce informe de Comisión y se conoce la solicitud de audiencia. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*45 ACTA N*20 Ordinaria. ACUERDO N* 455 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Magally Venegas Vargas, Secretaria Municipal de Pococí, dice: Oficio N* 20-2020 Sirva la presente para saludarlos y a la vez indicarles que no estaré presentando las actas 15 Extraordinaria del 02-03-2020, Acta N*16 Ordinaria del 03-03-2020, Acta N*17 Extraordinaria del 05-03-2020, por ser muy extensas, y Sesiones muy seguidas, según artículo 48 del Código Municipal. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. ACUERDO N*456 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Karina Hernández Serrano, Secretaria Comité de Mujeres Iztarú, dice: Primeramente un cordial saludo de parte del comité de mujeres de Iztarú. La presente es para comunicarles sobre nuestros proyectos en los cuales esperamos que nos puedan colaborar. Somos un grupo de mujeres con muchas ganas de trabajar para la comunidad y poder empoderar a las mujeres que se nos quieran unir. Nuestra principal idea de proyecto a largo plazo es el poder llegar a tener una guardería en la cual podamos trabajar las mismas mujeres de la comunidad pero la cual sea subsidiada por el estado. Todos los gastos tanto agua, luz, comida, sueldos etc. los cubra el estado como lo hace con las red de cuido (SECUDI). Otra idea de trabajo podría ser una panadería o un centro de costuras. Para poder lograr esto necesitamos capacitaciones, asesorías y ser guiados adecuadamente. Sabemos que esto conlleva mucho trabajo de parte de nosotras y que son proyectos a largo plazo por lo cual podríamos empezar con capacitaciones y cursos que nos lleven hacia lo que buscamos como comunidad. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*46 ACTA N*20 Ordinaria. Algunas capacitaciones y cursos son: Administración sobre nuestros ingresos *e Derechos de la mujer e Manipulación de alimentos + Derechos de los niños + Emprendedurismo e Contabilidad e Asistente de preescolar * Servicio al cliente e Maestras de preescolar e Costura +. ingles . Panadería y repostería Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. ACUERDO N* 457 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Héctor Camacho Chacón, céd. 7- 0187-0774, Fiscal del Comité Pro Camino de Linda Vista Oeste, dice: Estimados señores Por medio de la presente, nos dirigimos a ustedes para poner en su conocimiento que se ha conformado el Comité Pro Camino de Linda Vista Oeste, el mismo se encuentra integrado por los siguientes miembros de la comunidad: Cargo Nombre Cédula de identidad Presidente Argimiro Zúñiga Gutiérrez 6-097-904 Vice presidente Eladio Chinchilla Bermúdez 1-333-403 Secretario Santiago Zúñiga Arias 7-198-187 Tesorero Braulio Fallas Barrantes 6-166-827 Vocal 1 Yanuario Carranza Madrigal 2-027-959 Vocal 2 Fernando Calvaja Díaz 1-935-299 Fiscal 1 Héctor Camacho Chacón 7-187-774 Fiscal 2 Héctor Camacho Ramírez 2-353-714 Buscamos con este grupo realizar las gestiones necesarios para traer el desarrollo a nuestra comunidad, principalmente en lo que se refiere a los caminos y la mejora de sus condiciones Nos encontramos a disposición para cualquier consulta. Agradecemos toda la colaboración que nos puedan brindar. HA MALA “Siempre apoyando el Desarrollo dei Cantón”. Cordialmente,
Municipalidad de Pococ¡ MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*47 ACTA N*20 Ordinaria. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Instruye a la señora Secretaria Juramentar el Comité Pro-Camino de Linda Vista Oeste en horario de oficina de lunes a viernes de 8:00 am a 3.00 pm. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado, ACUERDO N* 458 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Jorge Hodgson Quinn, Secretario Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, dice: CNDR-0120-03-2020. De la manera más atenta y para lo que corresponda, me permito transcribir Acuerdo N?7, de la Sesión Ordinaria 1119- 2020 del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, celebrada el 27 de febrero del 2020. ACUERDO N%7. Se toma nota de oficio SMP-155-2020, suscrito por la Municipalidad de Pococí. Aprobado por Unanimidad. ACUERDO FIRME. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. ACUERDO NP 459 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Leda. Mayra Montes Arce, Servicios Jurídicos Internos, dice: Oficio N*SJl-038-MAR-2020. Asunto: Traspaso registral de Cementerio de Finac 2 Ticaban. En respuesta al Acuerdo N* 2948 del 10 de enero 2020, en el que remiten al Despacho de la alcaldesa una solicitud del Comité Pro-mejoras de Finca 2 de Ticaban, en el que solicitan que el área comunal de la plaza de deportes y el cementerio de esta localidad sea inscrita a nombre de la Municipalidad, y no como pretende la ADI de Finca 1, quienes pretenden que se inscriba a nombre de ellos, indico lo siguiente. Siendo que a esta Oficina se presentaron los vecinos de Finca 2, y explicaron ampliamente a la suscrita los antecedentes de está gestión, debo indicar que en coordinación con el Despacho de la Alcaldesa, se remitió a la Oficina central de la empresa Grupo Acon, dueños registrales del terreno, el Oficio DA-332-2020 con fecha del 12 de marzo 2020. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*48 ACTA N*20 Ordinaria. En dicho oficio se les solicita que ese terreno se done a favor de este municipio y no a nombre de la Asociación de Desarrollo de Finca 1. Así mismo, se les indicó que, si a bien lo tienen y si deciden realizar ese traspaso a nombre de este municipio, lo informen a esta Unidad Jurídica, o bien, al Departamento de Desarrollo y Control Urbano, quien es el Departamento rector en materia de áreas comunales, como en efecto lo son los cementerios, parques, salón multiusos y plaza de deportes, entre otros. Así las cosas, estamos a la espera de que esta empresa informe al respecto; en todo caso, debe quedar claro que, en caso de que se realice ese traspaso a favor del municipio, deberá contarse con la recomendación técnico del Ing. Henry Madrigal Calvo, encargado del Depto. Desarrollo y Control Urbano, quien a la vez pedirá que el concejo municipal autorice a recibir dicha área y autorice para que la alcaldesa comparezca ante notario público para firmar la escritura. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. ACUERDO N?* 460 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Msc. Adrián Salazar Torres, Director Escuela Los Ángeles de Cariari, dice: LOS ÁNGELES CARIARI, 12 de MARZO del 2020 En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la conformación de la Junta de Educación Escuela Los Ángeles de cariari código 3635, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: Angelina Zúñiga Gutiérrez 6-0150-0537 Seidy María Chavarría Obregón 5-0221-0565 Juan Luis Gómez Gómez 6-0162-0134 Yadir Alexander Hidalgo Briones 7-0269-0084 Deyanira Arguedas Blanco 6-0105-0788 Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra las anteriores personas, pasar al despacho de la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 461 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Msc. Shirley Rodríguez Alfaro, Directora Escuela Huetar, dice: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*49 ACTA N*20 Ordinaria. En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la conformación de la Junta de Educación Escuela Huetar, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: Sor María Mesen López 7-0101-0723 Lizeth Viviana Chinchilla Chinchilla 7-0160-0832 Ana Lucía Bonilla Vargas 7-0118-0814 Francisco Florencio Gómez Martínez 2-0334-0579 Ángel Corea Alvarado 2-0496-0193 Solicito se tome en cuenta para su respectiva juramentación a las personas supra citadas anteriormente ya que son las únicas personas que han demostrado interés y compromiso en colaborar con la institución me acojo al artículo 19 del Reglamento de Juntas que menciona lo siguiente: "Los miembros de las juntas duraran 3 años en el ejercicio de sus funciones y podrán ser reelectos de manera individual o en pleno” Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra las anteriores personas, pasar al despacho de la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 462 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Msc. Cindy Marchena Sandoval, Directora Escuela Bella Vista, La Leona, dice: En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la conformación de la Junta de Educación Bella Vista La Leona, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: Así mismo presento ante ustedes dos nombres de propuesta: uno por renuncia de la señora Evelyn Teresa Porras Marín cédula 1 14020347 quien ocupaba el puesto de secretaria, se propone para ese puesto el postulante de la terna número uno y el otro puesto no estaba nombrado a la cual se propone la postulante de la terna número dos. No se consigna nómina ya que la comunidad es pequeña y sus habitantes mantienen en su mayoría un nexo de parentesco haciendo imposible la conformación de las ternas de las personas para completar la Junta de Educación de la Escuela Bella Vista/La Leona, ubicada en la misma comunidad y así poder completar este organismo de apoyo tan importante para nuestra institución. Rosa María Godínez Mora 7-0165-0172 Shirleni Zoraida Salas Porras 7-0208-0549 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*50 ACTA N*20 Ordinaria. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra las anteriores personas, pasar al héspacho de la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 463 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Bernardo Salazar Vargas, director Centro Educativo Jiménez, dice: Asunto: Solicitud de nombramiento para Junta de Educación Reciban un cordial saludo. De conformidad con lo que establece el artículo 21 del Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas (decreto ejecutivo N*38249) y consideración de la renuncia presentada por la señora Mariela Brenes Brenes, cédula de identidad número 7-0144-0580, vocal 1 de la Junta de Educación Escuela Jiménez, Pococí-Limón, cédula jurídica 3-008-056411 atentamente se solicita proceder con el trámite de juramentación y designación respectivo. Para lo anterior, se propone a la señora: Ania Gómez Castro 7-0099-0050 Se solicita a este Concejo excusar la no presentación de terna debido a que, tras haber consultado a padres de familia y miembros de la comunidad, únicamente se encontró una persona anuente a participar, sea la señora Gómez. Aunado a lo anterior, es urgente que la Junta complete su integración pues actualmente se encuentra imposibilitada para tomar acuerdos debido a la renuncia de uno de sus miembros. Lo anterior a raíz del oficio DREG- DSAF-031-2020 suscrito por el señor Lie. Henry Amey Gómez del Departamento de Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección Regional de Educación de Pococí, el cual señala que las "Juntas de Educación y Administrativas que no cuenten con la totalidad de sus cinco miembros activos no pueden sesionar por ende no pueden tomar ningún acuerdo de Junta al no poseer quorum estructural debidamente conformado”. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra la anterior persona, pasar al despacho de la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N”* 464 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Msc. Jenny Durán Sánchez, Directora Escuela Banamola, dice: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*51 ACTA N*20 Ordinaria. En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para completar de la Junta de Educación de escuela Banamola, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: Yerelin Ester Gallo Villagra 6-0423-0165 Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra la anterior personas, pasar al despacho de la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 465 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Msc. Gerardo Díaz Díaz, Director Escuela Anita Grande, dice: En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación” y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a remitir la propuesta de ternas para la conformación de la Junta de educación de la Escuela Anita Grande, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal: Gina Briseida Sánchez Pérez 7-0140-0297 Francisco Mena Zúñiga 7-0131-0019 Érica Marcela Sánchez Calvo 7-0161-0236 Yesenia Guadamuz Corrales 1-1233-0358 Teresa Alfaro Valverde 7-0133-0637 Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra las anteriores personas, pasar al despacho de la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 466 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Leda. Sonia Guevara Espinoza, Directora Centro Educativo Cedral, dice: 7) En concordancia con el artículo 41 y 43 de la Ley 2160 “Ley Fundamental de Educación" y los artículos 10 y 11 del Decreto Ejecutivo 38249-MEP “Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas”, procedo a proponer ternas para la conformación “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Aucditona MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*52 ACTA N*20 Ordinaria. de la Junta de educación de la Escuela El Cedral, para su nombramiento y juramentación ante el Concejo Municipal, la señora Margoth de los Ángeles Herrera Rivera 5-0343-0874 para sustituir a la señora Crisly Matarrita Rodríguez Cédula 7-0173-309 por renuncia. Margot de los Ángeles Herrera Rivera 5-0343-0874 Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se nombra la anterior persona, pasar al despacho de la Alcaldía para su respectiva juramentación. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 467 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, dice: OFICIO: DDCU-036-2020 . . REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN A LA ALCALDÍA / RECEPCIÓN DE CALLE PÚBLICA. Estimados(as) señores(as), Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad de dar seguimiento a lo requerido por parte del Sr. Alexis Ramírez Cruz y Henry Ramírez Cruz, cédula de identidad 7-0062-0036 y 7-0056-0421, los cuales solicitan la recepción Municipal de un terreno calificado como calle pública por parte de los interesados, identificado con el plano catastrado L-2155574-2019, perteneciente a la Finca N“7070428, derechos 002 y 003, con un área de 1286 metros cuadrados. Dicho terreno se encuentra 200 metros al oeste del Cementerio del Distrito de Guápiles. Para lo anterior, mediante Oficio DDCU-019-2020, se solicitó al Ing. David Giros Aguilar realizar inspección de campo y elaborar un informe técnico referente a la naturaleza de la franja de terreno descrita mediante el plano citado supra. Dicho informe se identifica mediante el consecutivo UTOP-MPL- 018-2020, y en el mismo se indica que el estudio fue realizado y efectivamente la naturaleza del acceso fue comprobada, por lo que a su vez se procedió a emitir el respectivo visado municipal del plano catastrado de la calle pública, ya que se indica que todo estaba a derecho. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*53 ACTA N?20 Ordinaria. Por lo tanto, se solicita la recepción del terreno citado, así como autorizar a la Alcaldesa en ejercicio, por parte del Concejo Municipal, para que comparezca ante notario público para la recepción de la calle pública ubicada en el distrito de Guápiles, exactamente 200 metros al oeste del Cementerio de Guápiles, identificado mediante el plano catastro L-2155574-2019; lo anterior en cumplimiento con lo establecido en el Artículo N*40 de la Ley de Planificación Urbana. Sin más por el moments se despide, Ing. Henry Madrigal Coord. Dpto, Desarrollo Hass Úrba bio] CC.: Archivo “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
¡Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*54 ACTA N*20 Ordinaria. 03 de octubre 2019 Licda. Cinthia Ávila Madrigal Administradora Tributaria Municipalidad de PococÍ Presente. Estimada licenciada, Por este medio les saludo y a la vez sirva la presente para que nosotros ALEXI5 RAMÍREZ CRUZ, cédula 7-0062-0036 y HENRY RAMÍREZ CRUZ, 7-0056-0421, en calidad de propietarios registrales, solicitamos muy respetuosamente, se me elimine el cobro, que se me hace por parte de la Municipalidad de Pococí, dado que considero que el resto de finca es calle pública. La propledad sujeta de cobro, se refiere a ta finca Folio Real 70428 derechos 002 y derechos 003, se encuentra ubicada en Guápiles, del cementerío 200 metros al oeste. Me pueden ubicar en el número de teléfono 50 01 18 41 o al correo electrónico ramcruz14570gnail.com Agradeciendo la atención brindada a la presente, me despido de ustedes. Atentamente. VlQueensa Pas, LR 4 ALEXIS RAMÍREZ CRUZ HENRY RAMÍREZ CRUZ cédula 7-0062-0036 cédula 7-0056-0421 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*55 ACTA N*20 Ordinaria. ” MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA: De TELEFONO; 2710 6560 FAX: 27107181 FECHA:03/10/2017 Qe DPTO DE COBRO ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL : NO'TIFICACION DE COBRO Nombre:RAMIREZ CRUZ ALEXIS Identificación: 0700620036 Distrito; GUAPILES Zona: Teléfono; 27103082 Dirección: FRENTE AL KINDER DEL CAIMITAZO TAPIA VERDE CASA ANARANJADA Rep.Legal: Identificación: Estimado contribuyente, se le informa por medio de esta notificación, lo que usted o su representada adeuda a éste Municipalidad, montos que se detallan a continuación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 137 de Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Debe Hasta Periodos Código Nombre de la Cuenta Cuntidad_ Periodo/Año Atrasidos 5 IMPUESTO BIENES INMUEBLES VIGENCIA N. 70428 41,250.00 3 TRI-2017 66 998 MANTENIMIENTO DE PARQUES N. 70428 4,970.00 3 TRI-2017 38 MONTO TOTAL DE PRINCIPAL: 46,220.00 'FOTAL POR INTERESES: 59,385.00 TOTAL POR MULTAS: 2,845.00 TOTAL EN COLONES DE ESTA CUENTA: 103,450.00 Colones Conforme al artículo 22 inciso b) del Reglamento de la Gestión de Cobro Administrativo y Judicial, la Fiscali- zación y la Recaudación Tributaria de la Municipalidad de Pococí, establece que las obligaciones tributarias municipales o con atraso do hasta dos trimestres, serán notificadas, orgtndoslo al eno quince día RECIBIDO POR: CEDULA; FIRMA: , FECHA: L6ZL. Ll, ) ya NOTIFICADOR: Loros (ESTE, Ao LUGAR; Lacl, EGÓ. ULTIMA LINEA curo “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de PococÍ MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*56 ACTA N*20 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO POCOCI UNIDAD DE TOPOGRAFÍA SIEMPRE APOYANDO El. Teléfono: 2713-6560, extensión: 128 PA DESARROLLO DEL CANTÓN Correo electrónico: david.quirosOgmalil.com Mco Jueves 23 de enero de 2020 Oficio: UTOP-MP1L-018-2020 Asunto: “Declaratoria de calle pública” Ing. Henry Madrigal Calvo Depto. Desarrollo y Control Urbano Municipalidad de Pococt Estimado compañero: En atención su oficio DDCU-019-2020, referente a la solicitud de informe técnico para la recepción de la calle pública representada en el plano catastrado L-2155574-2019, le informo que he procedido a realizar en estudio respectivo y posteriormente a visar el plano, por encontrarse todo a derecho. Sin más por el momento, me despido, Atentamente, Digltalty' Eirid a DAVID ARNOLDO QUIROS AGUILAR (FIRM DN: ERIALNUMUER=CPE -03-0375-0252, 'SN=QUIROS AGUILAR, G=DAVID ARNOLDO, DA a) DA! A Gi (LT 77 £4 Lom the aulhor of lhis document Locati ng/ós vid Amolbo Quirós Agullar a 0:20:09 Proceso “Estudios Técnicos”, Unidad de Topografía Página 1 de 3 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*58 ACTA N?20 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO POCOCÍ UNIDAD DE TOPOGRAFÍA Teléfono: 2713-6560, extensión: 128 SIEMPRE APOYANDO EL Ge DESARROLLO DEL CANTÓN MUNICIPALIDAD: DEPOGOCÍ Correo electrónico: david.quirosO gmail.com POCocr Eno MUNICIPALIDAD DE | DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y CONTROL URBANO POCOCÍ UNIDAD DE TOPOGRAFÍA SIEMPRE APOYANDO EL | Tel: 2713-6560, ext 128 DESARROLLO DEL CANTÓN | visadosAmunipococ!.go.cr Jueves 23 de enero de 2020, Oficio: UTOP-MPL-CAT-046-2020 Asunto; “Visado Municipal” En apego a los lincamientos del Reglamento a In Ley del Catastro Nacional, artículo 79 y la Ley de Planificación Urbana, artículos 33 y 34 se otorga el presentes ÓN > Oásado Mamnio ipal El visado se otorga y se aprueba únicamente para el sigulente plano catastrado: Detalle del plano aprobado: coins | Número de Plano | L-2155574-2019 ] a PAE f C ÍX PROVINCIA CANTÓN DISTRITO a jee LIMON | Pococí | GUAPILES E PA PERAOTENO - El expediente electrónico de dicho visto bueno se encuentra en la oficina de Ingeniería respaldado con el número: 29147 z EN UBICACION GEOGRAFICA p5) MOJA CUAPILES Le ias a * Unidad de Topografía 7070428-002 7070428-003 TONI MAS SIR 196) de PO Página 1 de 4 Página 3 de 3 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*59 ACTA N*20 Ordinaria. Por Mayoría de 8 Votos a favor, 1 en contra, SE ACUERDA: Se Recibe el terreno citado anteriormente y se autoriza a la señora Alcaldesa o Alcalde en ejercicio comparecer ante notario público para la recepción de la calle pública ubicada, en el distrito de Guápiles, exactamente 200 metros al oeste del cementerio de Guápiles, identificado mediante plano Catastro L-2155574-2019. La regidora Patricia Aguilar Araya vota en contra. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N” 468 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, dice: OFICIO: DDCU-053-2020 REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN A LA ALCALDÍA / RECEPCIÓN DE ÁREA PÚBLICA FRACCIONAMIENTO UBICADO CERCA DEL SERVICENTRO SANTA CLARA, DISTRITO GUAPILES, CANTÓN POCOCÍ. Estimados(as) señores(as), Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad de dar seguimiento a lo requerido por parte del Sr. Oldemar Garita Araya, cédula de identidad 3 0229 0999, solicitando la donación de un terreno a favor de la Municipalidad de Pococí, como área de uso público y naturaleza Área Comunal, la cual se desprende de un fraccionamiento frente a calle pública y dicho terreno se ubica 100 metros al norte y 239 metros al este del Servicentro Santa Clara, Distrito de Guápiles. Continuando parte del proceso de regularización de proyectos, el Sr. Garita Araya solicita autorización para la donación del siguiente terreno: errenos a donar como á públi -—Áreal 1-2181748-2020 1290,00 Área Comunal Fuente: Desarrollo y Control Urbano “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Miunpipalidad de PococÍ MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*60 ACTA N*20 Ordinaria. Por lo tanto, se solicita la recepción del terreno citado, así como autorizar a la Alcaldesa en ejercicio, por parte del Concejo Municipal, para que comparezca ante notario público para la recepción del área pública ubicada 100 metros al norte y 239 metros al este del Servicentro Santa Clara, en el distrito de Guápiles; lo anterior en cumplimiento con lo establecido en el Artículo N*40 de la Ley de Planificación Urbana. Sin más Ing. He a CC.: Archivo Dra, Elibeth Venegas Villalobos — Alcaldesa/dunicipal “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*62 ACTA N*20 Ordinaria. 44/2/2020 Sistema de Cenlificacianes e informes Digitales del Registra Naclonal ico Aguda — Preguntas Frecuentes Enídadles Recentoras — Gomactenos > Descomecrar Wilson Rusntes Blonas Monltorazdos Consulta de Plano Búsqueda Gráfica Marcas Permite realizar una consulta de plano Carito de Compras 3 Consultas Grawitas 5% Buscar Por; Número de Plano v onsultes Gratuitas Provincia Inscripción: [7-1MÓN M Certificación Imágenes Y Número Inscripción: 2181748 Detalle de Servicios Aña Inscripción: 2020 Historial de Compras Historial de Usos Impuesto Personas Jurídicas Indica Personas Físicas Plano(s) Catastrado(s) Índice de Personas Jurídicas Provincia: 7 - LIMON pómera Xnscripción; 2181748 Año Inscripción: 10 Feb 2020 Área Plano: 1,290.00 Transitorio M Ley 9428 Bloque: Lote: Mi Cuenta Estado: INSCRITO Coordenada Norte: 243032,0 Mi tnvantario [Coordenada Este; 560494.0 CRTM Norte: 1128371,0; [CRTM Este: 524184,0 Verificado Zona Catastrada: No Reserva de Matsícula Solicitud de Placas Ubicación(es) _ Bmidas dele [Provincia [ Cantón [Distrito 77 - LIMÓN 2 - POCOCÍ 1 - GUAPILES| Avisos importantes « Estimado usuario, recuerda Titulares(es) jue no deben rechazar su dertiicación digital en [Identificacion [Nombre [Primer Apellido [Segundo Apellido ninguna entidad, por lo que sl 0302290999 OLDEMARGARITA ARAYA tiene problemas para la recepción de este documento y aplicación de sus efectos legales, slrvase comunicarlo Fraccionamiento(s) Plano: Inexistente(s) al centro de asistencia al usuario, Teléfono. 2202-0888. Finca(s) Provincia [Número Finca [Sub-matrícula [Duplicado [Matriz Filial [Inmueble [7 - LIMÓN 39871 000 Finca(s) Generada(s): Inexistente(s) Plano(s) Hijo(s): Inexistente(s) Plano(s) Padre(s) [Código Provincia [Número [Año 17 - LIMÓN 746278 1988 17 - LIMÓN 1132197 2007 Anotaciones: Inexlstente(s) El Registro Inmobillario advierte que tas anotaciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no están disponibles para ser consultadas por este medio. Yogos lo; derecres reservados 2P013 . Meqstico Macia). Sá Jose, Cumnganar . Apartace Postal 533-2010 Curmaenas cocigtbmpge e Este sitio sa visualiza mejor an resolución de 1024 x 768px o superior “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*63 Municipalidad de Beesel ACTA N?*20 Ordinaria. Blanes Monttoreados Búsqueda Gráfica Marcas Carito de Compras Consultas Gralullas Yí Cortificación Imágenes “X Delatie de Senvielos Historial de Compras Hisloríal de Usos Impuesto Personas Jurídicas Indice Personas Fíalcas ladica da Personas Juridicas Transitorio Ni Ley 9428 Ni Cuenta HMtlnvantaro Reserva de Malfcula Solicitud de Placas Salidas del Pals Avisos importantes » Estimado usuario, recuerde que no deben rechazar su Certificación digital an ninguna entidad, por lo que st tiene problemas para la recepción de este documento y opficación de sus efectos [egales, sirvase comunicarto al centro de asistencia al usuario, Teléfano, 2202-0888, REPUBLICA DE COSTA RICA REGISTRO NACIONAL CONSULTA POR NUMERO DE HINA MATRICULA: 39874---000 PROVINCIA: LIMON FINCA: 39871 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO; 000 NATURALEZA! TERRENO DEDICADO A POTRERO Y BOSQUE, ATRAVESADO POR CALLE PUBLICA CÓN RUMBO DE OESTE-ESTE SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON LINDEROS: NORTE ; AMINYA PLEITES SUR : SERVICIOS OPTICOS Y WILBERTH CASTILLO ESTE ; SARA FLORES FLORES, EDUVINA GUERRERO BARQUERO, TERESITA CHAVEZ CASTILLO, SERVICIOS OPTICOS DE POCOCI S.A. Y WILBERTH ARRIETA OESTE ; SARA FLORES FLORES, EDUVINA GUERRERO BARQUERO, TERESITA CHAVEZ CASTILLO Y LISBETH CRUZ CERDAS MIDE; CUATRO MIL SESENTA Y UN METROS CON NOVENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS PLANO+:L-0746278-1988 LOS ANTECEDENTES DE ESTA FINCA DEBEN CONSULTARSE EN El FOLIO MICROFILMADO DE LA PROVINCIA DE LIMON NUMERO 39871 Y ADEMAS PROVIENE DE 003917/000 VALOR FISCAL: 500,000.00 COLONES PROPIETARIO: OLDEMAR GARITA ARAYA CEDULA IDENTIDAD 3-0229-0999 ESTADO CIVIL; DIVORCIADO ESTIMACIÓN O PRECIO: QUINIENTOS MIL COLONES DUEÑO DEL DOMINIO PRESENTACIÓN: 0406-00010710-01 CAUSA ADQUISITIVA: COMPRA FECHA DE INSCRIPCIÓN: 23-OCT-1993 OTROS: ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY 'GRAVAMENES o AFECTACIONES; SI HAY CITAS; 372-02565-01-0900-001 SERV CONDIC REF:00003917-000 FINCA REFERENCIA; 00003917-000 AFECTA A PINCA: 7-00039871 -000 CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY FINCA REFERENCIA: 00003917-000 Ernitido el 14-02-2020 a las 14:23 horas citado anteriormente y se autoriza a la señora Alcaldesa o Alcalde en ejercicio comparecer ante notario público para la recepción del área pública ubicada 100 metros norte y 239 metros a este del Servicentro Santa Clara, en el distrito de Guápiles, área de 1290 metros cuadrados según plano catastro L-2181748-2020. La regidora Patricia Aguilar Araya vota en contra. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N” 469 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Henry Madrigal Calvo, dice: OFICIO: DDCU-054-2020 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
ipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*64 ACTA N*20 Ordinaria. REFERENTE: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN A LA ALCALDÍA / RECEPCIÓN DE CALLE PUBLICA FRACCIONAMIENTO UBICADO 100 METROS AL NORTE DE SERVICENTRO SANTA CLARA, GUÁPILES. Estimados(as) señores(as), Les saludo muy respetuosamente y a la vez les remito la presente nota con la finalidad de dar seguimiento a lo requerido por parte del Sr. Oldemar Garita Araya, cédula de identidad 3 0229 0999, solicitando la donación de un terreno a favor de la Municipalidad de Pococí, como acceso de uso público y naturaleza CALLE PUBLICA, la cual se ubica 100 metros al norte del Servicentro Santa Clara, distrito de Guápiles. Como parte del proceso de regularización de proyectos, el Sr. Garita Araya solicita autorización para la donación del siguiente terreno: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*65 ACTA N?20 Ordinaria. Tabla 1.- Terrenos a donar como áreas públicas L-2181738-2020 2221,00 Calle Pública Fuente: Desarrollo y Control Urbano Por lo tanto, se solicita la recepción del terreno citado, así como autorizar a la Alcaldesa en ejercicio, por parte del Concejo Municipal, para que comparezca ante notario público para la recepción de la calle pública ubicada en el distrito de Guápiles, exactamente 100 metros al norte del Lubricentro San Clara, identificado mediante el plano catastro L-2181738-2020; lo anterior en cumplimiento con lo establecido en el Artículo N*40 de la Ley de Planificación Urbana. Sin más por el momento, 'se despide, naaa Ing. Heftry Madriga Coord. Dpto. posar Centro. Urbano CC.: Archivo SU A Dra. Elibeth Venegas Villalobos. = Alcaldesa Municipat “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*67 ACTA N*20 Ordinaria. Blenes Monitoreados Consulta de Plano Búsqueda Gráfica Marcas , :fy Permite realizar una consulta de plano Carrito de Compras , Buscar Por: Número de Plano r Consult itas $€ ños Gratulias Provincia Inscripción: [7- TIMÓN y Cerlificación Imágenes Número Inscripción: [2161738 Detalle de Servicios Año Inscripción: [2020 Historial de Compras Historial de Usos [Conste] Impuesto Personas Jurídicas Índice Personas Físicas Plano(s) Catastrado(s) Índice de Personas Juridicas Pravincia: 7-LIMÓN Número Inscripción: 2181738 Transitorio lll Loy 9428 'Año Inscripción: 10 Feb 2020 Área Plano: 2,221.00 Bloque: Lote: Mi Cuenta Estado: INSCRITO Coordenada Norte; 243031.0 Mi Inventario ¡Coordenada Este: 5603583,0 CRTM Norte: 1128370.0 ¡CRTM Este; 524049,0 Verificado Zona Catastrada: No Raserva de Matrícula Solicitud de Placas Ubicación(es) Salidas del Pals Provincia | Cantón | Distrito 17 - LIMÓN_2 - POCOCÍ1 - GUAPILES Avisos importas » Estimado usuario, recuerde Titulares(es) que no deben rechazar su Certificación digital en Identificacion [Nombre [Primer Apellido [Segundo Apellido ninguna entidad, por lo que sl [0302290999 OLDEMAR GARITA ARAYA tiene problemas para la recepción de este documento y aplicación de sus efectos legales, sirvase comunicarlo Fracclonamiento(s) Plano: Inexlstente(s) al centro de asistencia al usuario, Teléfono, 2202-0888, Finca(s) Provincia [Número Finca [Sub-matrícula [Duplicado [Matriz Filial [Inmueble 7 - LIMÓN 39871 000 Finca(s) Generada(s): Inexistente(s) Plano(s) Hijo(s): Inexistente(s) Plano(s) Padre(s) ¡Código Provincia [Némero [año 7 - LIMÓN 7462781988 Anotaciones: Inexistente(s) El Registro Inmobiliaria advierte que las anotaciones registrales antes del 25 de mayo del 2011 no están disponibles para ser consultadas por este medlo, ME Apartaco dostel 527-2010 Curncenot 33 . Regisva ochoa! . Set José, E wapdigitalDrap.qa.cr Fouos los derechos 1eservodos . 3 Este sitio se mejor en de 1024 x 7689x o sup: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococi MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*68 ACTA N*20 Ordinaria. Bones Monloreados Bisqueda Gráfica Marca MREOIETRO RACIONAL CONSUL: JUMERO DI HINCA Cardodo Compras RATIUCUDA 30074000" Conteas Gratullas */€ Corlicación Imágenes e PROVINCIA! LIMON PENCA! 39971 DUPLICADO: HORIZONTAL: DERECHO; 000 Databa do Soros SEGREGACIONES: SI HAY NATURALEZA: TERRENO DEDICADO A POTRERO Y BOSQUE, AFRAVESADO POR CALLE PUBLICA CON Histodal de Compras RUMBO DE OESTE-ESTE SITUADA EN EL DISTRITO 1-GUAPILES CANTON 2-POCOCI DE LA PROVINCIA DE LIMON Historal de Usos LINDEROS: mpuanto Personas Jurisicas NORTE : AMINTA PLEITES losa Personas Físicas SUR ¡ SERVICIOS OPTICOS Y WILBERYH CASTILLO ESTE ; SARA FLORES FLORES, EDUVINA GUERRERO BARQUERO, FERESITA CHAVEZ CASTILLO, Íncica de Personas uriaicas SERVICIOS OPTICOS DE POCOCI S.A. Y WILBERTH ARRIETA Transitoóo ll Ley 9428 OESTE : SARA FLORES FLORES, EDUVINA GUERRERO BARQUERO, TERESITA CHAVEZ CASTILLO Y Mi Cuenta LISBETH CRUZ CERDAS MI Irventaño MIDE: CUATRO MIL SESENTA Y UN METROS CON NOVENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS Reserva de Maticla PLANO:1-0746278-1988 Solcilud de Placas LOS ANTECEDENTES DE ESTA FINCA DEBEN CONSULTARSE EN EL FOLIO MICROFILMADO DE LA Salidas delPols PROVINCIA DE LIMON NUMERO 39871 Y ADEMAS PROVIENE DE 003917/000 Avisos ns VALOR FISCAL: 500,000,00 COLONES » Estimado usuario, recuerde A PROPIETARIO: o ar e OLDEMAR GARIYA ARAYA ninguna entidad, poc lo que st CEDULA IDENTIDAD 3-0229-0999 Mene problemas para lo ESTADO CIVIL: DIVORCIADO recepción de este documento ESTIMACIÓN O PRECIO: QUINIENTOS MIL COLONES y aplicación de sus efectos DUEÑO DEL DOMINIO Iegiles, siovase comunicarta PRESENTACIÓN: 0406-00010710-01 al centro de esistenco al $ usuario, Teléfono, 2202-0880. CAUSA ADQUISITIVA: COMPRA FECHA DE INSCRIPCIÓN: 23-OCT-1993 OTROS: ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY CITAS: 372-02565-01-0900-001 SERV CONDIC REF:00003917-000 FINCA REFERENCIA: 00003917-000 AFECTA A FINCA: 2-00039871 -000 CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY ANOYACIONES DEL GRAVAMEN: NO MAY FINCA REFERENCIA: 00003917-000 Emitido el 14-02-2020 a las 14:24 horas [rn to Ni Comora | TOMO FeR vol COLA Este sio 4 visoaKza major an resolució de 1024 x 7600x 0 superior Por Mayoría de 8 Votos a favor, 1 en contra, SE ACUERDA: Se Recibe el terreno citado anteriormente y se autoriza a la señora Alcaldesa o Alcalde en ejercicio comparecer ante notario público para la recepción de la calle pública ubicada, en el distrito de Guápiles, exactamente 100 metros al norte del Lubricentro Santa Clara, identificado mediante plano Catastro L-2181738-2020. La regidora Patricia Aguilar Araya vota en contra. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 470 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Freddy Madrigal Jiménez y Adolfo Madrigal Hernández, dice: “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%69 ACTA N?20 Ordinaria. Asunto: Solicitud de recepción de Áreas Públicas situado en Nuevo Guápiles, Distrito Guápiles, cantón Pococí. pon 3 jo Munich Udo P 4 r Xinia EA Guápilas, ll de febrero del 2020 Soñoreg Consejo Municipal Por media de la presente Compañía Maderera lujo de Guápiles S. Á, con cedula jurídica 3 - 101 - 183527, ambos APODERADOS GENERALÍSIMOS SIN LÍMITE DE SUMA, Freddy Madrigal Jiménez, mayor, casada una vez, Empresario, vecino de Guápiles de Pococí, con cédula: 1- 0427- 0489 y Adolfo Madrigal Hernández, mayar, casado una vez, Empresario, vecino de Euápiles de Pococí, con cédula: |- 0720- 0600, Reitera nuevamente con base a la solicitud realizada el pasada 27 de mayo del 2019, Acta numero 32, Articulo /, Acuerdo número 889, en calidad de su vota positivo, Es relevante e importante por un tema de conectividad del sector Sur de nuestro Cantón el cual comunica Comunidades coma Buenos Áires y Sector de Green Valley. también destacar instituciones como Cosevi, Corte Suprema, Bruz Roja y demás comercios a sus alrededores, par tanto son de accesos públicos, además el cual ha sido reparada con fundos municipales para las usuarios. Es por eso el cual solicito que se reciba en donación a la Municipalidad de Pococí el Terreno según el croquis adjuntado con la siguientes medidas, del vértice número una al vértice número cinco con una medida de 275.18 metros largo con lá metros de ancho, del vértice numero 15 al vértice número 18 con una medida de 100.86metros de largo con 14 metros de ancho y del vértice numero 12 al vértice número 13 con una medida de 290 metros de larga con 14 metros de ancho, para un total equivalente de 8920 metros cuadrados, Ésto para ser reciba por medio de la municipalidad para ser declarada calle pública. Sin más por al momento y agradeciendo su amable atención se despide. AÁrodAS Madrigal Jimiónoz Ñ “Adotfo Madrigal Jimónoz CóduLa: 1-427-489 Cédula: 1-0720-0600 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*70 ACTA N?*20 Ordinaria. -03-2020 Municipalidad de Pococí Secretaría del Concejo Municipal Tel/Fax 2711-12 27 municipaLicao. Email: secretariaQQmunipococi.go.cr DEPOCOCI SMP. 932-19 Guápiles 27 de mayo 2019 SMP - 932.19 Señores: Ing. iván Rodríguez, topografia Municipal Ing. Freddy Rivera. Estimados Señores: Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pococí en Sesión N” 32 Ordinaria del 07-05-2019, dice: Acta N* 32 Artículo | Acuerdo N* 889 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Freddy Madrigal Jiménez, cédula N*1-427-489, dice: Señores Consejo Municipal, Por medio de la presente Compañía Maderera lujo de guápiles sociedad anónima; con cédula de persona jurídica número: tres - ciento uno - ciento noventa y tres mil quinientos veintisiete; domiciliada en la ciudad de Guápiles, quinientos metros al sur del INS, con un plazo social de noventa y nueve años. Así mismo certifico con vista en la Sección Mercantil del Registro Público al mismo Tomo, Folio y Asiento, que el Señor Adolfo Madrigal Hernández, mayor, casado una vez, Empresario, vecino de Guápiles de Pocod, con cédula: uno - setecientos veinte - seiscientos; es Presidente de esta sociedad; y el señor Freddy Madrigal Jiménez, mayor, casado una vez, Empresario, vecino de Guápiles de Pococí, con cédula: uno - cuatrocientos veintisiete- cuatrocientos ochenta y nueve es Tesorero, ambos con facultades de Apoderados Generalísimos Sin Límite de Suma pudiendo actuar únicamente en forma conjunta. Manifiesto la donación a la Municipalidad de Pococí el Terreno según el croquis adjunto con la siguiente medida del vértice número uno al vértice número cinco con una medida de 275.13 metros cuadrados con 14 metros cuadrados de ancho, del vértice numero 15 al vértice número 16 con una medida de 100.86 metros cuadrados con 14 metros cuadrados de ancho y del vértice numero 12 al vértice número 13 con una medida de 290 metros cuadrados con 14 metros cuadrados de ancho, donde entroncan calle la Emilia y Calle Buenos Aires, esto para ser declaradas calle pública. “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*72 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*20 Ordinaria. AGR A Municipalidad de Pococí Y Secretaría del Concejo Municipal Tel/Fax 2711-12 27 municipaimas. Email: secretaria(Q4munipococi.go.cr DE POCOCÍ SMP, 932-19 REPUBLICA DE COSTA RICA REGISTRO NACIONAL CERTIFICACION DE PERSONERIA JURÍDICA NUMERO DE CERTIFICACION: RNPDIGITAL-719189-2019 PERSONA JURIDICA: 3-101-193527 DATOS GENERALES RAZON SOCIAL O DENOMINACIO! ¿ADEREÑA LUJO DE QUAMILES SOMIEDAD ANONIMA ESTADO ACTUAL: INSCRITA CITAS DEL ANTECEDENTE; TOMO: 06579 FOLIO: 049 ASIENTO: 00004 DOCUMENTO ORIGEH: TOMO: 495 ASIENTO: 12198 FECHA INSCRIPCION / TRASLADO: 27/10/2000. DOMICILIO: LIMON-POCOCi GUAPILES, 500 METROS AL SUR DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEGUNOS. OBJETO/FINES (SINTESIS): CELEBRACION DE TODO ACTO DE NEGOCIOS ACTOS Y CONTRATOS DE INDOLE COMERCIAL “Y ESPEGIALMENTE LA EXPLOTAGION DE FINCAS, COMERCIO, INDUSTRIA, GANADERIA, AGRICULTURA, PODRA MENDIR FIANZAS Y GARANTIAS PLAZO DE LA ENTIDAD JURIDICA: JSICIO: 02/10/1990 VENCIMIENTO, 02/10 NUMERO LEGALIZACION: 4061009119003 FECHA LEGALIZACION: 0808/2012 COMPAÑIA 2095 ADMINISTRACION PLAZO! DE DIRECTORES Y/O PRORROGAS: LA JUNTA DIRECTIVA Y EL FISCAL DURAMAN EN SUS CANGOS POR TODO El PLAZO SOCIA LA SÚNTA DIRECTIVA NO TIENE FACULTAD PARA OTORGAR PODERES REPRESENTACION COMRESPONDERA AL PRESIDENTE Y Al TESORERO ACTUANDO CONJUNTAMENTE LA REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL CON FAGULTADES DE APODERADO GENERALISI.O SIM LIMITE DE SUMA, DE GONFOHMIDAD CON DEL CODIGO CIVIL EL VOCAL UNO, TEMDAA LAS MISAJAS FACULTADES CUAIDO ACTUE CONJUNTAMEN: N AUSENCIA COMPROZADA EL PRESIDENTE, LAS MISMAS FACULTADES TENDRA EL VOCAL VOS CUANDO ACTUE CONONMENTE CON El, PRESIDENTE Y EN AUSENCIA COMPROBADA DEL TESORERO. PARA LAS AUSENCIAS BASTARA CON EL DICHO DE LOS VOCALES PARA QUE PUEDAN ACTUAR POR OLSIÓN EN LA TRANSGRIPCION. NOMBRAMIENTOS JUNTA DIRECTIVA FECHA DE INSCRIPCION: 27/10/2000 CARGO: PRESIDENTE OCUPADO POR; ADOLFO IMADRIGAL HERNANDEZ CEOULA DE IDENTIDAD 1-0720-0800 REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL VIQENCIA: INICIO: 13'03'2008 VENCIMIENTO; 92110'2095 anmouLo, FECHA DE INSCRIPCION: 27/10/3004 CARGO: VOCAL 02 OCUPADO POR; OBDULIA FERNANDEZ JILJENEZ CEDULA DE IDENTIDAD: 1:0445.0752 REPAESENTACION; AEPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL VIGENCIA: INICIO; 13/09/2000 VENCIMIENTO: 02/10/2005 FECHA DE MSCRIPCION: 27/10/2008 CARGO: VOCAL 01 OCUPADO POR; GUIDO EFRAI MADRIGAL JIMENEZ CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0273-0200 REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL VIGENCIA: INICIO: 13/03:2008 VENCIMIENTO: 02/11/2095 FECHA DE INSCRIPCION: 27/10/2004 CARGO; TESORERO OCUPADO POR; FREDOY MADRIGAL JIMENEZ CEDULA DE IDENTIDAD 1-0427.0109 NEPRESENTACION: REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL VIGENCIA: INICIO; 0/03/2005 VENCIMIENTO: 02/119:2095 HO EXISTEN MAS HOMBRANIENTOS EN JUNTA DIRECTIVA CON REPRESENTACIÓN NO TIENE AGENTE NESIDENTE O NO APLICA PARA ESTE TIPO DE PENSONA JURIDICA FIN DE LOS NOMBRAMIENTOS O CARGOS DE LA PERSONA JURIDICA HO EXISTE INFORMACION DE AFECTACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA MO EXISTE INFORMACION DE MOVIMIENTOS PENDIENTES SODRE LA PERSONA JURIDICA ¡NO EXISTE INFOR2ACION DE OBSERVACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA A CEATIBICACION, CUYOS DERECHOS AHANCELARIOS FUERON DEBIDAMENTE CANCELADOS, CONSTITUYE DOCU PÚBLICO CONFORME LO ESTABLEGEN LOS ARTICULOS 45 2 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, $ MHCISO DJ DE LA LEY DE Página 1 de 2 “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*73 ACTA N*20 Ordinaria. 17-03-2020 Secretaría del Concejo Municipal Tel/Fax 2711-12 27 munciramao. Email: secretariafQ2munipococi.go.cr DEPOCOCI Y Municipalidad de Pococí : SMP. 932-19 CERTIFICADOS. FIRMAS DIGHALES Y DOCUMENTOS ELECTRONICOS N 8454, Y El DECRETO EJEGUTIVO M 36188), PUBLICADO EN LA GACETA N. 195, DEL 8 DE OCTUBRE DE 2009 EN DICHO MARCO LEGAL SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE AECIBIA ES DOCUMENTO POR PARTE DE LOS ENTES PUBLICOS Y PRIVADOS, ASI CONO PARA LOS PARTICULARES, Ef CASO DE QUE SE LE PRESENTEN PROBLEMAS PARA LA RECEPCION DE ESTE DOCUMENTO Y APLICACION OE SUS EFECTOS LEOALES, SINVASE COMUNIGARLO AL GENTRO DE ASISTENCIA AL USUARIO, TELEFONO. 2202-0880. ESTIMADO USUARIO, EL REGISTRO NACIONAL LE INDICA QUE El VALOR DE LA PRESENTE CERTIFICACION FUE ESTABLECIDO POR LA JUNTA ADIMINISTRATIVA EN LA SUMA DE DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS COLONES CON CINCUENTA CENTIMOS MAS LOS TIMBRES RESPECTIVOS; HINGUNA PERSONA FISICA O JURIDICA PUEDE VARIAR ESE VALOA ERUTIOA A TRAVES DEL PORTAL DE SERVICIOS DIGITALES Y CON DATOS CONSULTADOS A UNA REPLICA OFICIAL OE LA BASE DE DATOS DEL REGISTRO NACIONAL, ALAS 10 HORAS 30 LIMUTOS Y 40 SEGUNDOS, DEL 033 DE L1AYO DE 2019. POLA SER VERIFICADA EN EL SITIO vo -o1 DENTRO DE LOS SIGUIENTES 15 DIAS MATURALES. SH LA CERTIFICACION CONTIENE ALGUN TENCIA Eli LA INFORMACION, ff DE CONTACTAR A mpiñigitats mp.9o.cr, PARA. DETERMINAR EL ORIGEN DE LA INCONSIS[ENCIA Y COMPETENCIA DE LA RESOLUCION. Poe A Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada El o al Ing. iván Rodríguez de topografía Municipal y al As rá, para lo que pués corresponda, y confecciones su respectivó, Atentamente: P/ Guillermo Delgado oro Secretario Municipal de Poco: C/c-Archivo. “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*75 ACTA N*20 Ordinaria. REPUBLICA DE COSTA RICA REGISTRO NACIONAL CERTIFICACION DE PERSONERIA JURIDICA NUMERO DE CERTIFICACION: RNPDIGITAL-399872-2020 PERSONA JURIDICA: 3-101-193527 DATOS GENERALES RAZON SOCIAL O DENOMINACION: COMPAÑIA MADERERA LUJO DE GUAPILES SOCIEDAD ANONIMA ESTADO ACTUAL: INSCRITA CITAS DEL ANTECEDENTE: TOMO: 0979 FOLIO: 049 ASIENTO: 00084 DOCUMENTO ORIGEN; TOMO: 435 ASIENTO: 12196 FECHA INSCRIPCION / TRASLADO; 27/10/2008 DOMICILIO: LIMON-POCOCI GUAPILES, 800 METROS AL SUR DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS. OBJETO/FINES (SINTESIS): CELEBRACION DE TODO ACTO DE NEGOCIOS ACTOS Y CONTRATOS DE INDOLE COMERCIAL Y ESPECIALMENTE LA EXPLOTACION DE FINCAS, COMERCIO, INDUSTRIA, GANADERIA, AGRICULTURA, PODRA RENDIR FIANZAS Y GARANTIAS. PLAZO DE LA ENTIDAD JURIDICA: ÍNICIO: 02/10/1836 VENCIMIENTO: 02/10/2085 NUMERO LEGALIZACIÓN: 4061008419083 FECHA LEGALIZACION:06/08/2012 ADMINISTRACION PLAZO DE DIRECTORES Y/O PRORROGAS: LA JUNTA DIRECTIVA Y EL FISCAL DURARAN EN SUS CARGOS POR TODO EL PLAZO SOCIAL, LA JUNTA DIRECTIVA NO TIENE FACULTAD PARA OTORGAR PODERES REPRESENTACION CORRESPONDERA AL PRESIDENTE Y AL TESORERO ACTUANDO CONJUNTAMENTE LA REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL CON FACULTADES DE APODERADO GENERALISIMO SIN LIMITE DE SUMA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 1253 DEL CODIGO CIVIL.EL VOCAL UNO, TENDRA LAS MISMAS FACULTADES CUANDO ACTUE CONJUNTAMENTE CON EL TESORERO Y EN AUSENCIA COMPROBADA EL PRESIDENTE, LAS MISMAS FACULTADES TENDRA EL VOCAL DOS CUANDO ACTUE CONJUNTAMENTE CON EL PRESIDENTE Y EN AUSENCIA COMPROBADA DEL TESORERO, PARA LAS AUSENCIAS BASTARA CON El. DICHO DE LOS VOCALES PARA QUE PUEDAN ACTUAR POR OMISION EN LA TRANSCRIPCIÓN, NOMBRAMIENTOS JUNTA DIRECTIVA FECHA DE INSCRIPCION: 27/10/2008 CARGO: PRESIDENTE 'OCUPADO POR: ADOLFO MADRIGAL HERNANDEZ CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0720-0600 REPRESENTACIÓN: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL. VIGENCIA: INICIO: 13/03/2008 VENCIMIENTO: 02/10/2095 FECHA DE INSCRIPCION: 27/10/2008 CARGO; VOCAL 02 'OGUPADO POR: OBDULIA FERNANDEZ JIMENEZ CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0445-0752 REPRESENTACIÓN: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL VIGENCIA: INICIO: 13/09/2008 VENCIMIENTO: 02/10/2095 FECHA DE INSCRIPCION; 27/10/2008 CARGO: VOCAL 01 OCUPADO POR: GUIDO EFRAIN MADRIGAL JIMENEZ CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0271-0200 REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL VIGENCIA: INICIO: 13/03/2008 VENCIMIENTO: 02/10/2095 FECHA DE INSCRIPCION: 27/10/2008 CARGO: TESORERO OCUPADO POR: FREDDY MADRIGAL JIMENEZ CEDULA DE IDENTIDAD: 1-0427-0483 REPRESENTACION: REPRESENTACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL VIGENCIA: INICIO; 03/01/2005 VENCIMIENTO: 02/10/2095 ¡NO EXISTEN MAS NOMBRAMIENTOS EN JUNTA DIRECTIVA CON REPRESENTACION NO TIENE AGENTE RESIDENTE O NO APLICA PARA ESTE TIPO DE PERSONA JURÍDICA FIN DE LOS NOMBRAMIENTOS O CARGOS DE LA PERSONA JURIDICA NO EXISTE INFORMACION DE AFECTACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA NO EXISTE INFORMACION DE MOVIMIENTOS PENDIENTES SOBRE LA PERSONA JURIDICA NO EXISTE INFORMACION DE OBSERVACIONES SOBRE LA PERSONA JURIDICA ESTA CERTIFICACION, CUYOS DERECHOS ARANCELARIOS FUERON DEBIDAMENTE CANCELADOS, CONSTITUYE DOCUMENTO PUBLICO CONFORME LO ESTABLECEN LOS ARTICULOS 45.2 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, $ INCISO D) DE LA LEY DE “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*76 ACTA N*20 Ordinaria. CERTIFICADOS, FIRMAS DIGITALES Y DOCUMENTOS ELECTRONICOS N.8454, Y El. DECRETO EJECUTIVO N. 3548B-J, PUBLICADO EN + LA GACETA N, 196, DEL 8 DE OCTUBRE DE 2009. EN DICHO MARGO LEGAL SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE RECIBA ESTE DOCUMENTO POR PARTE DE LOS ENTES PUBLICOS Y PRIVADOS, AS! COMO PARA LOS PARTICULARES, EN CASO DE QUE SELE PRESENTEN PROBLEMAS PARA LA RECEPCION DE ESTE DOCUMENTO Y APLICACION DE SUS EFECTOS LEGALES, SIRVASE COMUNICARLO AL CENTRO DE ASISTENCIA AL USUARIO, TELEFONO, 2202-0889, ESTIMADO USUARIO, EL REGISTRO NACIONAL LE INDICA QUE EL VALOR DE LA PRESENTE CERTIFICACION FUE ESTABLECIDO POR LA JUNTA ADMINISTRATIVA EN LA SUMA DE DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS COLONES CON CINCUENTA CENTIMOS MAS LOS TIMBRES RESPECTIVOS; NINGUNA PERSONA FISICA O JURIDICA PUEDE VARIAR ESE VALOR. EMITIDA A TRAVES DEL PORTAL DE SERVICIOS DIGITALES Y CON DATOS CONSULTADOS A UNA REPLICA OFICIAL DE LA BASE DE DATOS DEL REGISTRO NACIONAL, A LAS 13 HORAS 57 MINUTOS Y 28 SEGUNDOS, DEL 13 DE FEBRERO DE 2020. PODRA SER VERIFICADA EN EL SITIO www.mpígital.com DENTRO DE LOS SIGUIENTES 15 DIAS NATURALES. SI LA CERTIFICACION CONTIENE ALGUNA INCONSISTENCIA EN LA INFORMACION, FAVOR DE CONTACTAR A mpdigital2 mp.go.cr, PARA DETERMINAR EL ORIGEN DE LA INCONSISTENCIA Y COMPETENCIA DE LA RESOLUCION. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*77 ACTA N*20 Ordinaria. COSEVI, GREEN VALLEY > Por Mayoría de 8 Votos a favor, 1 en contra, SE ACUERDA: Se Aprueba la solicitud del señor Freddy Madrigal Jiménez, se recibe en donación las áreas según croquis y se declaran como calle pública. Se autoriza a la señora Alcaldesa o Alcalde en ejercicio comparecer ante notario público para la recepción de las áreas y la calle pública ubicada, en el distrito de Guápiles, en Nuevo Guápiles. La regidora Patricia Aguilar Araya vota en contra. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 471 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Leda. Grace Chinchilla Villegas, MAF, Auditora Interna, dice: Oficio Al-078-2020. Asunto: Rendición de cuentas 019. Me permito someter a su estimable conocimiento la Rendición de Cuentas de esta Auditoría Interna correspondiente al año 2019, de conformidad con lo dispuesto en el inciso g) del artículo 22 de la Ley general de Control Interno No. 8292, el ítem 2.6 de las Normas para el ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público y el reglamento de la Auditoría Interna de la Municipalidad de Pococí. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*78 ACTA N?*20 Ordinaria. a OS usb B, AUDITORIA MUNICIPALIDAD DEPOCOLI AUDITORÍA INTERNA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ RENDICION DE CUENTAS PERIODO 2019 MARZO, 2020 Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Teléfono N' 2711-1701 Fax 2711-1701, Email. grace.chinchilla gmail.com; auditoriafWmunipococi.qo.cr “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*79 ACTA N?20 Ordinaria. o AE 7 e By MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ 4 Es AUDITORIA. AUDITORÍA INTERNA AA ps MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ TABLA DE CONTENIDO 1.-INTRODUCCIÓN. mw 1.2.- Objetivo general, Informar al Concejo Municipal sobre las gestlones realizadas por la Auditoría Interna en el periodo 2019, con indicación del grado de cumplimiento del plan de trabajo anual y los logros alcanzados.3 1.3.-Alcance 2. RESULTADOS 2.1 Procesos de Servicios de Fiscalización 1 Proyectos de Auditoría... ycetos emitido. 4 Pri oyectos pendiente 2 Servicios Preventivos. 2.1.2.1 Autorización de Libro: 2.1.2.2 Advertencias... 2,2 Procesos Gerenciales / Estratégicos 2.2.1 Planifi Ón Anual de Trabajo. 2.2.2 Planificación Anual Operativa 2.2.3 Gestión de la Calidad 2,2,4 Rendición de Cuentas 2.2.5 Administración del Talento Humano 2.2.5.1 Capacitaciones 2.2.6 Otras uetividades adminis 2.3 Seguimiento ...... 3. CONCLUSIONES.. 2.1. 2.1.1. 2.1.1.3 2.1.1 2.1. AIAAASDANAANAAAA Los valores éticos no son negociables Auditoria interna Telétono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillafWgmali.com; auditoria.pococifgmail.com Página 119 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*80 ACTA N*20 Ordinaria. > A B) MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ E Ds AUDITORIA AUDITORÍA INTERNA e INFORME SOBRE LA RENDICION DE CUENTAS DEL PERIODO 2018 L-INTRODUCCIÓN, 1.1.-Origen. Este informe se elabora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 inciso g, Ley General de Control Interno N.* 8292, Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público No. 2.6, y el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoria Interna articulo 17, en cuanto a que la Auditoria Interna debe rendir cuentas sobre ta gestión realizada anualmente. 1.2,-Objetivo general. Informar al Concejo Municipal sobre las gestiones realizadas por la Auditoría Interna en el periodo 2019, con indicación del grado de cumplimiento del plan de trabajo anual y los logras alcanzados. 1.3.-Alcance. Comprenderá la gestión ejecutada por la auditoria interna, con indicación del grado de cumplimiento del plan de trabajo anual 2019. Los valores éticos no son negociables Auditoría Interna Toléfono N* 2711-1701 - Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillaf gmail.com: auditoria.pocociGHgmail.com 3 24319 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*81 ACTA N*20 Ordinaria. > MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ AUDITORIA, AUDITORÍA INTERNA O 2. RESULTADOS Este informe resume los resultados de la gestión realizada por la Auditoria Interna en el periodo 2019, según su Plan de Trabajo 2019, la Auditoría Interna procuro impactar positivamente y agregar valor en los ejes estratégicos institucionales relacionados a la modernización institucional y el desarrollo económico. Además, se atendieron varias denuncias, mismas que fueron recibidas directamente en nuestro Despacho, como otras trasladadas por la Contraloria General de la República y el Concejo Municipal, La gestión administrativa de la auditoría interna se desarrolia en un macroproceso, dividiéndose en los procesos de Servicios de fiscalización, Procesos gerenciales / estratégicos y Procesos de seguimiento. 2.1 Procesos de Servicios de Fiscalización 2.1.1 Proyectos de Auditoría Se planearon siete proyectos para el periodo 2019, entre los cuales se encuentra la asesoria, sobre el Manual Financiero Contable, de los cuales se terminaron 5, uno está en ejecución y otro no se ejecutó, mismos que se detallan a continuación: 2.1.1.1 Proyectos emitidos « 2.1.3 PALOO01-2019 Proyecto de estado de Recomendaciones de la Auditoría Intema y Disposiciones CGR. » 2.1.3 PAl-002-2019 — Sistema de Control interno relacionado al Uso, Control y Mantenimiento de la Flotilla Vehicular Municipal" + 2,1.3 PAl-003-2018 Proyecto de Liquidación Presupuestaria 2018, Los valores éticos no son negociables Auditoria Interna "Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. geace.chinchilagmall.com; _auditoria.pococif)gmail.com Pávina 4/9 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*82 ACTA N?*20 Ordinaria. (5 rr E) MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ y Es > AUDITOTHA AUDITORÍA INTERNA 2.1.1.2 Proyectos en ejecución + El proyecto sobre la "Evaluación del sistema de control establecido por la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal de Pococí + El proyecto sobre la Evaluación de la Gestión de los procedimientos de Contratación Administrativa. 2.1.1.3 Otros + Nota Informe No, 1 transferencias a sujetos privados « Nota Informe No, 2 auditoria de la Ética + Nota Informe No, 3 (Se atendió una denuncia sobre el uso presuntamente irregular de computadoras portátiles). + Nota Informe No. 4 (Atención de denuncia sobre permisos de construcción. + Nota Informe No. 5 (Atención de denuncia sobre otorgamiento de Patentes) + Se atendió denuncia sobre Compra de mesas Atención denuncia sobre Se emitió la Nota + Se atendieron solicitudes para el Otorgamiento de Idoneidad. 2.1.1.4 Proyectos pendientes + El proyecto sobre integridad y exactitud de la información contenida en la base de datos quedo pendiente de ejecución, ya que se tuvieron que atender otros asuntos, aunado a la orden de la administración de fa contención del gasto por lo que no se aprobaba las diferentes solicitudes, 2.1.2 Servicios Preventivos De conformidad con el artículo 22 inciso d), e) de la Ley General de Control Interno No,8292, se procedió a brindar los servicios de autorización de libros, advertencias y asesorias. 2,1.2.1 Autorización de Libros En cumplimiento al artículo 22 inciso e) de la Ley General de Control Intemo No,8293, se realizaron las siguientes autorizaciones de Libros: Los valores éticos no son negociables Auditoria Interna mero Telófono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchilla gmail.com; _auditoria,pococif)qmall.com Págvina 5/9 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*83 ACTA N?*20 Ordinaria. Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI E , e 8 e) MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ 4 EBs A a AUDITORIA, AUDITORÍA INTERNA AS Concejo Municipal: Se autorizaron 33 "Libros de actas” que van del Tomo | al Tomo XXX(1I de 400 folios cada uno. Comité Cantonal de Deportes: Se autorizaron 4 “Libros de actas” de 400 folios cada uno. Junta Vial Cantonal: Se autorizaron 2 tomos de 400 folios cada uno Junta Administrativa Cementerio Guápiles 1 tomo 200 folios, Comité Persona Joven del cantón de Pococí Concejo Distrito la Colonia Tomo ll, consta de 10 folios. Control de vehiculo placa SM 6938" Tomo !l, consta de 100 folios. LX SK SS SS Control de vehículo placa SM 5676" Tomo l, consta de 200 folios. 2.1.2.2 Advertencias En cumplimiento al artículo 22 inciso d) de la Ley General de Control Interno No.8293, se emitieron un total de 21 advertencias; misma que se detallan a continuación Y Adv. 1 indemnización Vehiculo Placa SM-2796 Adv, 2 Uso de Vehículos Av. 3 Compra Directa No. 2018CD-00311 CLO1 "Proyecto arquitectónico para el nuevo edificio Ss de la Municipalidad de Pococi. Adv. 4 Aplicación de recursos de aseo de vías y recolección de basura . Adv. 5 Prohibición Política Partidaria. Adv. 6,7,8,9,10,11,12,13,14,15 Incumplimiento Recomendaciones de la Auditoría Interna Adv. 16 Debilitamiento sistema de control interno. Adv. 17 Licitación Abreviada 2019 LA-000013-CL-01 , Adv. 18 Incumplimiento Recomendaciones de la Auditoría Interna Adv. 19 Debilidades de control observadas en el Libro de Actas Junta Vial Cantonal Adv. 20 Incumplimiento en la aplicación del Sistema de Compras Públicas. GX SNS SS XSSS Adv, 21 Recargo de funciones del coordinador de la Unidad Técnica, Los valores éticos no son nagociables Auditoria interna Teléfono N' 2714-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchiltaG gmail.com; auditoria. pocociGamall.com Pávina 6]9 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*34 ACTA N?20 Ordinaria. > Es MUNICIPALIDAD DE Pococí AUDITORES, AUDITORÍA INTERNA 2.2 Procesos Gerenciales / Estratégicos Se llevaron los siguientes procesos administrativos, mismo que se ubican según el Macroproceso, en el Proceso Gerencias Estratégico. 2.2.1 Planificación Anual de Trabajo Se presentó al Concejo Municipal mediante oficio Al-423-2019 fecha 15 noviembre del 2019, fue conocido por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria No.85 del 19-11-2019, acuerdo No.2630, y se remitió a la Contraloría General de la Republica mediante el Sistema de Planes de Trabajo de las Auditortas Internas (PAI). 2.2.2 Planificación Anual Operativa Se presentó al Concejo Municipal mediante oficio Al-159-2019 el pasado 07 de mayo del 2019, el plan anual operativo, de acuerdo a la “Resolución No.004-2017 para regular el “procedimiento, plazos y el trámite de dotación de recursos para la Auditoria Interna” mismo que fue aprobado por el Concejo Municipal en la sesión Ordinaria del pasado 20 de noviembre del 2017 mediante acuerdo No.2612 y Acta No.96. 2.2.3 Gestión de la Calidad Con el fín de evaluar la eficiencia y eficacia de la actividad de la auditoría interna e identificar e implementar oportunidades de mejora para la actividad se procedió a realizar la autoevaluación, el plan mejora, se entregó al Concejo Municipal mediante oficio Al-241-2019 el pasado 25 de junio del 2019 y fue conocido por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria No.44 del 02-07-2019, acuerdo No.1388, acta No.44, 2.2.4 Rendición de Cuentas Se presentó al Concejo Municipal mediante oficio Al-106-2019 el 14 de marzo del la Rendición de cuentas periodo 2018, así como el proyecto de seguimiento de recomendaciones. Los valores éticos no son negociables a Augitoría interna Teléfono NS 2711-1701 - Fax 2711-1701, Emall. grace.chinchitlaQqmall.com; auditoria.pocociGiqmail.com Pávina 7]9 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*85 ACTA N*20 Ordinaria. > By MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ AUDITORIA. AUDITORÍA INTERNA 2.2.5 Administración del Talento Humano 2.2.5.1 Capacitaciones Con la finalidad de actualizar los conocimientos y habilidades, en procura de mejorar la calidad de los servicios que presta este despacho y de las exigencias que la profesión requiere, el compañero Victor Vidal Bermúdez asistente del departamento con un total de 20 horas; Sabrina Zúñiga Corrales, 40 horas. No se pudieron llevar a cabo mas capacitaciones por falta de contenido económico, ya que la municipalidad atraviesa un déficit, por lo que no autorizaban dichos gastos. 2.2.6 Otras actividades administrativas y de fiscalización realizadas Se atendieron solicitudes de la Contraloria General de la República, Ministerio Público, Sección de Delitos Económicos y Financieros del O1J, Procuraduria de la Ética Pública. Se traslado una denuncia a Planificación y Control Constructivo, Dinadeco e Imas, Con relación al Concejo Municipal se atendieron los siguientes acuerdos: a) Acuerdo No.1314 Acta No.42 del 25-08-2019 "Cancha Barrio Cacique”. Al-360-2019 b) Acuerdo No.1353 Acta No.42 del 25-06-2019 "Sobre Proyecto compra lerreno parque de diversiones inclusivo”. Se llevaron a cabo investigaciones preliminares sobre hechos denunciados, por lo que, en el 2020, se estarán remitiendo lo que corresponda. 2.3 Seguimiento + En atención a lo dispuesto en el inciso g), del articulo 22, de la Ley General de Control interno, N? 8292, que establece la obligatoriedad de informar al máximo Jerarca sobre el estado de cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna, la Contraloría General de la República y los despachos de contadores públicos, la Auditoria Interna, como producto Los e ong eocables Teléfono N' 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchitlaMWgmall.comy _ auditoria.pocociffgmall.com Página 8]9 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*86 ACTA N?20 Ordinaria. > AS Sy MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ 4 Es AUDITORIA. AUDITORÍA INTERNA A de la ejecución de seguimiento realizo un estudio especial mismo que fue desarrollado mediante el Proyecto PA1-001-2019. Es importante señalar que para el seguimiento de recomendaciones, se utiliza el Sistema de Seguimiento Recomendaciones, (SIGUELO), con el objetivo de que venga agilizar dicha labor. > Asimismo, se dio seguimiento a varios productos elaborados por este Despacho, como también denuncias ante O1J, Ministerio Público etc. Con relación al Plan Mejora, está en revisión el Reglamento de la Auditoria Interna, para que el mismo sea trasladado en los primeros al Concejo Municipal Y 3. CONCLUSIONES En cuanto al cumplimiento del Plan Anual de Auditoría 2019, se estima que el trabajo realizado por este despacho se brindó de forma razonable y satistactoria, en especial considerando el tiempo que fue necesario invertir en algunos proyectos y situaciones especiales que por su naturaleza no podrian haber sido previstas, pero que hubo que atender en ese periodo. Aunado a lo anterior es pertinente señalar, que se había solicitado una plaza por cargos fijos, sin embargo, la misma fue dada por servicios especiales, y no se pudo ejecutar. Los resultados de los diferentes proyectos evidencian un importante valor agregado en los procesos de dirección, riesgo y controles institucionales consignados en las áreas estratégicas de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal. Los valores éticos no son negociables Auditoría interna a e Telétono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701, Email. grace.chinchillaMamall.com; auditoria.pococió)qmail.com si a 919 Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*87 ACTA N?20 Ordinaria. ACUERDO N* 472 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Alexander Zúñiga Li, Entrenador Licencia E, 8854-1499, dice: Reciban un cordial saludo de mi parte, por este medio solicito su colaboración para poder optar por el alquiler de la cancha de futbol del Polideportivo de Guápiles, para poder iniciar una Escuela de Futbol los sábados de 8 am a 12 medio día. Esto con el fin de instruir niños y adolescentes de una forma integral no solo en lo deportivo sino también con valores para servir a la sociedad. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se deja para Análisis. ACUERDO N* 473 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Sra. Katherine Bonilla Rodríguez, Presidente de Junta de Educación, Escuela Jiménez, dice: Reciban un cordial saludo. Con la finalidad de tratar temas de suma importancia para el Centro Educativo Jiménez, que son además de gran relevancia para el distrito de Jiménez y en los cuales esta corporación municipal tiene incidencia, de la forma más respetuosa se solicita audiencia con este Concejo Municipal tan pronto como sea posible. Por ello, atentamente se les solicita indicarnos cuándo podrían atendernos al correo electrónico juntaeducacionescuelajimenezOmep.go.cr o bien al teléfono 8490-4757. Por Unanimidad SE ACUERDA: La solicitud queda pendiente. ACUERDO N*474 Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda. Con base al Decreto de Emergencia Nacional de la pandemia Covid-19 debemos tomar decisiones al respecto: 1. Desconvocar la Sesion del miércoles 18 de marzo 2020 y no convocar a mas sesiones a no ser que sea urgente. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se desconvoca Sesion del miércoles 18 de marzo 2020. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*88 ACTA N?20 Ordinaria. ACUERDO N* 475 EMERGENCIA NACIONAL, PANDEMIA COVID-19 En el marco de la emergencia por la pandemia del COVID-19, la Unión Nacional de Gobiernos Locales en coordinación con el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal ponemos a disposición información de utilidad a la hora de formular acuerdos municipales para respaldar los lineamientos del Ministerio de Salud. Como parte del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo, las municipalidades son actores críticos en la atención de emergencias. A continuación, consignamos una serie normas, a manera de considerandos, que respaldan las actuaciones que emprenden las municipalidades en el marco de la emergencia y posibles acuerdos que podrían tomar los concejos municipales en consecuencia, sea en conjunto o individualmente cada acuerdo. Naturalmente, la valoración de los acuerdos a tomar constituye un ejercicio de autonomía de cada gobierno local, pero debe reconocerse el estado de necesidad y urgencia que implica la declaratoria de emergencia. CONSIDERANDOS: 1. Que con fundamento en los artículos 21 y 50 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, la vida humana es inviolable, el Estado tiene el deber de procurar el mayor bienestar y de resguardar el derecho de toda persona a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. 2. Que los artículos 1, 3, 10, 29, 31, 33 y 34 de la Ley N” 8488, Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, de 22 de noviembre de 2005, que regula la actividad extraordinaria que el Estado deberá efectuar en caso de emergencia, norman las condiciones en las cuales se declara un “estado de necesidad y urgencia”, define sus efectos, obliga a la coordinación institucional en su atención y permite excepciones a los procesos ordinarios de administración y disposición de fondos y bienes públicos, así como la facultad de imponer restricciones temporales. 3. Que los artículos 341, 348 ,355 ,356 ,363 ,364 ,365 y 367 de la Ley N” 5395, Ley General de la Salud, de 30 de octubre de 1973, establecen la jurisdicción y atribuciones del Ministerio de Salud de tomar medidas especiales para evitar el riesgo o daño a la salud de las personas. Entre ellas, podrá solicitar auxilio de la Fuerza Pública u otras autoridades administrativas, con el fin de que lleven a cabo las actuaciones, inherentes a su cargo, para las cuales hayan sido especialmente omisionados, teniendo en vista una efectiva protección de la salud de la población “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*89 ACTA N*20 Ordinaria. y los individuos. Decretará medidas con la finalidad de evitar la aparición de peligros y la agravación o difusión del daño, o la perpetración de infracciones legales o reglamentarias que atenten contra la salud de las personas por medio de medidas especiales como: la retención, el retiro del comercio o de la circulación, el decomiso, la desnaturalización y la destrucción de bienes materiales, la clausura de establecimientos, la cancelación de permisos, la orden de paralización, destrucción o ejecución de obras, el aislamiento, observación e internación de personas afectadas o sospechosas de estarlo por enfermedades transmisibles. En caso de peligro de epidemia, el Ministerio podrá declarar como epidémica sujeta al control sanitario, cualquier zona del territorio nacional y determinará las medidas necesarias y las facultades extraordinarias que autorice totalmente a sus delegados para extinguir o evitar la propagación de la epidemia. 4, Que el DECRETO EJECUTIVO N* 42227-MP-S declara ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL, en todo el territorio de la República de Costa Rica, debido a la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19. 5. Que según el artículo 62 de la Ley N* 7794, Código Municipal, es una atribución de la Policía Municipal “Auxiliar, de ser posible, a la Fuerza Pública, cuando medie el requerimiento expreso de la autoridad competente. Este auxilio no deberá supeditarse al citado requerimiento cuando, por la naturaleza de la situación, se esté ante una emergencia o estado de necesidad”. 6. Que según los artículos 34, 35, 36, 37, 39 y 41 del Código Municipal, las sesiones del Concejo Municipal son públicas, se desarrollarán en la localidad sede de la municipalidad, con el orden de día previamente elaborado por el Presidente del Concejo y se llevarán a cabo una sesión ordinaria por semana y hasta dos extraordinarias remuneradas en el mes. POR TANTO, SE ACUERDA: PRIMERO: Autorizar a la administración municipal, en el marco de la normativa aplicable y la declaratoria de estado de emergencia nacional, para realizar todas las acciones pertinentes, útiles y necesarias para apoyar la implementación de los lineamientos oficiales para la atención de la pandemia del COVID-19 y establecer la coordinación interinstitucional requerida con las autoridades de salud y de atención de emergencias competentes. SEGUNDO: Instar a la administración e instruir a todos los órganos adscritos a este Concejo, a suspender toda actividad municipal que implique la concentración masiva y aglomeración de personas hasta tanto se mantenga dicha directriz por parte del Ministerio de Salud. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*90 ACTA N*20 Ordinaria. TERCERO: Informar a los munícipes, a través de los mecanismos de comunicación a disposición de este Gobierno Local, la importancia de evitar participar en actos masivos y aglomeraciones, lo anterior incluyendo los espacios públicos municipales; así como las medidas de higiene y prevención emanadas del Ministerio de Salud. CUARTO: Se hace un llamado a los patentados para que cumplan cabalmente los lineamientos del Ministerio de Salud en cuanto al aforo permitido y al cierre temporal de las actividades de bares, discotecas y casinos. Igualmente, se les recuerda que deben extremar las medidas de seguridad e higiene. QUINTO: La municipalidad sólo difundirá información oficial y emanada de las autoridades de salud y de atención de emergencias competentes. SEXTO: Apoyar a la administración en la implementación de acciones que reduzcan el tránsito y presencia de personas en las instalaciones municipales, particularmente aquellas que permitan los trámites, pagos o servicios a través de tecnologías de la información, según las posibilidades de la municipalidad. SÉPTIMO: Mientras que permanezca la declaratoria de emergencia, instar a este Concejo a cumplir los lineamientos del Ministerio de Salud, por lo que se pospondrán audiencias que conlleven participación masiva de ciudadanos, reducir al máximo la convocatoria de sesiones extraordinarias, reducir el acceso al público de la capacidad del salón de sesiones, incorporar en el orden del día solo los puntos urgentes o sujetos a plazo, esto último en aras de reducir la duración de las sesiones. Además, se tendrá como ausencia justificada la no participación de regidores o síndicos en la sesión, sea por enfermedad o por prevención*. * NOTA: Si la municipalidad cuenta con otros mecanismos para asegurar la publicidad de las sesiones, podrían valorar una reducción distinta para el acceso al público. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*91 MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N*20 Ordinaria. DECRETO EJECUTIVO 42227-MP-S EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, LA MINISTRA A.I. DE LA PRESIDENCIA Y EL MINISTRO DE SALUD En ejercicio de las facultades que les confieren los articulos 140 incisos 3), 6), 16), 18), 146 y 180 de la Constitución Política; artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2) subíndice b), de la Ley General de la Administración Pública, Ley número 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 29 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, Ley número 8488 del 22 de noviembre de 2005; los artículos 1, 2, 4, 7,147, 148, 149, 155, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 169, 337, 338, 338 bis, 340, 341, 348, 378 de la Ley General de Salud, Ley número 5395 del 30 de octubre de 1973; los artículos 2 incisos b) y 0), 6 y 57 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, Ley número 5412 del 08 de noviembre de 1973; el Decreto Ejecutivo número 34038 mediante el cual se oficiatiza el Reglamento Sanitario Internacional del 14 de agosto de 2007; y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con la Constitución Política, en sus artículos 21 y 50, el derecho a la vida y a la salud de las personas es un derecho fundamental, así como el bienestar de la población y su seguridad, los cuales se tornan en bienes jurídicos de interés público y ante ello, el Estado tiene la obligación inexorable de velar por su tutela. Derivado de ese deber de protección, se encuentra la necesidad de adoptar y generar medidas de salvaguarda inmediatas cuando tales bienes jurídicos están en amenaza o peligro, siguiendo el mandato constitucional estipulado en el numeral 140 incisos 6) y 8) del Texto Fundamental. Que la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, Ley número 8488 del 22 de noviembre de 2006, en su ordinal 29 establece que en caso de calamidad pública ocaslonada por hechos de la naturaleza o del ser humano, que son imprevisibles o previsibles pero inevitables y no pueden ser controlados manejados ni dominados por las potestades ordinarias de que dispone la Administración Pública, el Poder Ejecutivo está facultado para declarar emergencia nacional a fin de integrar y definir las responsabilidades y funciones de todos los organismos, entidades públicas, privadas, a efectos de poder brindar una solución acorde a la magnitud del desastre. Aunado a ello, el ordinal 31 de la Ley citada, consigna que la declaratoria permite un tratamiento excepcional del estado de necesidad y urgencia en razón de su naturaleza, por lo que se concede al Gobierno la posibilidad de obtener ágilmente suficientes recursos económicos, materiales o de otro orden para atender a las personas, los bienes y los servicios en peligro, con el deber ulterior de rendir cuentas sobre las acciones adoptadas. Que la jurisprudencia constitucional ha establecido parámetros estrictos para la fundamentación de una declaratoria de emergencia nacional, en estados de necesidad y urgencia nacional, a efectos de salvaguardar bienes jurídicos primordiales. En sentencia número 1992-3410 de las 14:45 horas del 10 de noviembre de 1992, el órgano constitucional definió la figura de estado de emergencia y explicó que se trata de "(...) conmoción interna, disturbios, agresión exterior, epidemias, hambre y otras calamidades públicas, como manifestaciones de lo que se conoce en la doctrina del Derecho Público corno estado de necesidad y urgencia, en virtud del principio "salus populi suprema lex est", entendiendo que el bien jurídico más débil (la conservación del orden normal de competencias legislativas) debe ceder ante el bien jurídico más fuerte (la conservación del orden jurídico y social, que, en ocasiones, no permite esperar a que se tramite y apruebe “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N*92 ACTA N*20 Ordinaria. MUNICIPALIDAD DE POCOCI W. vi. Mil. Vill. pe una ley)”. En virtud de lo cual, la Sala Constitucional ha sostenido en el tiempo que tal declaratoria debe ser absolutamente necesaria para lograr atender los peligros provocados por la situación excepcional, debiendo prolongarse únicamente el tiempo estrictamente necesario. Que en su línea jurisprudencial, en la sentencia número 2001-1369 de las 14:30 horas del 14 de febrero de 2001, respecto a la calificación de los hechos que motivan un estado de necesidad y urgencia, el tribunal constitucional señaló que *(...) mediante la declaratoria de estado de necesidad y urgencia la Administración queda facultada para proceder mediante la utilización de procedimientos administrativos excepcionales --como lo es, por ejemplo, la modificación del destino de una partida presupuestaria- para solventar un evento originado a consecuencia de las fuerzas naturales, o bien por actos del hombre. Así, la situación que justifique la "declaratoria de emergencia nacional" debe interpretarse bajo un criterio restrictivo, por lo que sólo puede proceder ante hechos que califiquen como fuerza mayor o, a lo sumo, caso fortuito (...) la noción de estado de necesidad y urgencia únicamente acontece ante la producción hechos (SIC) que no pueden solventarse mediante el ejercicio de los procedimientos administrativos ordinarios.” Que desde enero del año 2020, las autoridades de salud activaron los protocolos de emergencia epidemiológica sanitaria internacional por brote de nuevo coronavirus en China, La alerta de la Organización Mundial de la Salud (OMS) del día 30 de enero de 2020 se generó después de que se detectara en la ciudad de Wuhan de la Provincia de Hubei, en China, un nuevo tipo de coronavirus que ha provocado fallecimientos en diferentes países del mundo, Los coronavirus (CoV) son una amplia familia de virus que pueden causar diversas afecciones, desde el resfriado común hasta enfermedades más graves, como ocurre con el coronavirus causante del síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS ), el que ocasiona el síndrome respiratorio agudo severo (SARS) y el que provoca el COVID-19. Que a efectos de atender la situación nacional provocada por el COVID-19, Poder Ejecutivo emitió la Directriz número 073-S-MTSS del 09 de marzo de 2020 dirigida a la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, por medio de la cual estableció una serie de medidas de coordinación interinstitucional para garantizar el cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud, e implementar lineamientos de teletrabajo en las oficinas estatales. Que mediante Decreto Ejecutivo número 42221-S del 10 de marzo de 2020, el Poder Ejecutivo dispuso temporalmente mediante el artículo 1” la suspensión de eventos masivos de personas y centros de reunión pública. Además, según el artículo 4 de dicha norma, se excluyeron los espacios de reunión pública bajo las medidas administrativas temporales para la atención de actividades de concentración masiva definidos por el Ministerio de Salud para la alerta sanitaria por COVID-19, Que el 06 de marzo de 2020 se confirmó el primer caso de COVID-19 en Costa Rica, luego de los resultados obtenidos en el Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud y el 08 de marzo de 2020, ante el aumento de casos confirmados, el Ministerio de Salud y la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias dispusieron decretar el estado de alerta amarilla en todo el territorio nacional, ante la emergencia sanitaria ocasionada por la presencia del COVID-19, Que la Caja Costarricense del Seguro Social ha ampliado la cobertura de incapacidad para los trabajadores asegurados que se aíslan por criterios de sospecha de contagio por SARS- CoV2 con base en la decisión adoptada por la Junta Directiva de esa institución, mediante el acuerdo número 1 de la sesión número 9084, celebrada el 11 de marzo de 2020, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
cipalida MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*93 ACTA N?20 Ordinaria. 17103-202 dá de Pococi X. XI. XI, Xitl. XIV. Que el 11 de marzo del 2020 la Organización Mundial de la Salud elevó ta situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. Las elrcunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud tanto por el muy elevado número de personas afectadas corno por el extraordinario riesgo para su vida y sus derechos. Que como parte de las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo para la atención de la situación de marras, se emitió la Directriz número 074-S del 12 de marzo de 2020, a través de la cual el Poder Ejecutivo dispuso que "Como parte de las acciones preventivas y de mitigación para la atención de la alerta sanitaria por COVID-19, se instruye a todas las instancias ministeriales y sus respectivos órganos para que procedan de inmediato a cancelar los viajes oficiales al extranjero de sus funcionarios y funcionarias, salvo aquellos viajes que sean estrictamente indispensables para la continuidad del servicio público prestado por la institución, así como de acuerdo con la naturaleza de las funciones que desempeña cada jerarca o funcionario público”. Que el Ministerio de Educación Pública emitió la resolución MEP-530-2020 de las 13:30 horas del 14 de marzo de 2020, por medio de la cual dispuso, entre otras decisiones, la suspensión de lecciones por un perlodo de 14 días naturales, a partir del 16 de marzo de 2020, como medida de prevención y necesaria dentro de los esfuerzos para contener la propagación del COVID-19 en los centros educativos citados en dicha resolución. Que para el día 15 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud confirmó 35 casos confirmados por COVID-19 en las provincias de San José, Alajuela, Heredia, Guanacaste y Cartago, en un rango de edad de 10 a los 87 años. Que la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, en la sesión extraordinaria del 15 de marzo de 2020 mediante acuerdo número 046-03-2020, recomendó al Presidente de la República declarar el estado de emergencia nacional, según el artículo 18 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo y siguiendo los términos de dicha Ley. Que resulta necesario declarar mediante el presente Decreto Ejecutivo, emergencia nacional debido al estado de necesidad y urgencia ocasionado por el COVID-19, dada su magnitud como pandemia y sus consecuencias en el territorio naclonal. Por corresponder a una situación de la condición humana y de carácter anormal, esta no puede ser controlada ni abordada por parte de la Administración Pública a través del ejercicio de los procedimientos administrativos ordinarios. De esta manera, la Administración Pública podrá temporalmente aplicar medidas extraordinarias de excepción, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política, así como en la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, para brindar debida y pronta atención a los eventos generados por la situación excepcional del COVID-19 y mitigar sus consecuencias. Por tanto, DECRETAN: Artículo 4.- Se declara estado de emergencia nacional en todo el territorio de la República de Costa Rica, debido a la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*94 ACTA N*20 Ordinaria. 17. 03-2020 Artículo 2.- Para los efectos correspondientes, se tlenen comprendidas dentro de ta presente declaratoria de emergencia las 3 fases que establece el artículo 30 de la Ley Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, Ley número 8488 del 22 de noviembre de 2005, que son: a) Fase de respuesta: incluye además de lo estipulado en la Ley número 8488 y su reglamento, fas acciones de contención y control de los brotes, el reforzamiento de los servicios de salud, el aprovisionamiento de agua, la compra y distribución de suministros de limpieza y desinfección, las acciones de limpieza profunda en edificaciones, la protección del personal sanitario, personal de primera respuesta y de la Cruz Roja Costarricense, vigilancia epidemiológica, necesidades de diagnóstico y abordaje de la enfermedad en todas sus fases, y la asistencia humanitaria requerida para la adecuada atención de ta emergencia. En el marco de sus competencias las instituciones velarán por evitar el desabasto, acaparamiento, condicionamientos en la venta y la especulación en bienes y servicios. b) Fase de rehabilitación: incluye además de lo estipulado en la Ley número 8488 y su reglamento, la ampliación de las capacidades de los servicios para la atención de pacientes, incluido sin que se limite a: la sostenibilidad de tos servicios de salud y la ampliación de las unidades especializadas y laboratorios requeridos para la reducción de la morbimortalidad de la población. c) Fase de reconstrucción: que incluye además de lo estipulado en la Ley número 8488 y su reglamento, las acciones a mediano plazo orientadas a establecer las condiciones normales de operación de los servicios de salud, así como eventuales tratamientos y procedimientos médicos disponibles según el nivel de los impactos determinados, Todas las acciones deben de realizarse de conformidad con los debidos reportes generados para el Plan General de la Emergencia. Artículo 3.- Se tienen comprendidas dentro de esta declaratoria de emergencia todas las acciones, obras y servicios necesarios para poder solucionar los problemas indicados en los considerandos desarrollados en este Decreto Ejecutivo, para salvaguardar la salud y vida de los habitantes, para preservar el orden público y proteger el medio ambiente. Todo lo cual debe constar en el Plan General de la Emergencia aprobado por la Junta Directiva de ta Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, para poder ser objeto de atención conforme al concepto de emergencia. Este plan se elaborará mediante el debido el insumo técnico brindado por el Ministerio de Salud como institución rectora y clave para la atención de la emergencia declarada en el presente Decreto Ejecutivo. Artículo 4.- El Ministerio de Salud junto con la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias serán los órganos encargados del planeamiento, dirección, control y coordinación de los programas y actividades de protección, salvamento, atención y rehabilitación de las zonas declaradas en estado de emergencia. Se deberán emprender acciones inmediatas y coordinadas para la mejor atención de las fases de respuesta y rehabilitación; una vez aprobado el Plan Genera! de la Emergencia se podrán designar unidades ejecutoras para los proyectos específicos. En conjunto con la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias y el Ministerio de Salud, la Caja Costarricense dej Segura Social establecerá “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI - PAGINA N*95 ACTA N*20 Ordinaria. 17-03-2020 las medidas de contingencia necesarias para mantener operativos los servicios de salud de todo el país que garanticen la preservación de la salud y la vida de la población, Artículo 5.- De conformidad con los artículos 46 y 47 de la Ley Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, la Administración Pública Centralizada, Administración Pública Descentralizada, empresas del Estado, municipalidades, así como cualquier otro ente u órgano público están autorizados para dar aportes, donaciones, transferencias al Fondo Nacional de Emergencias, así como prestar la ayuda y colaboración necesarias a la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, al Ministerio de Salud y a la Caja Costarricense de Seguro Social, Asimismo, estarán autorizadas para ejecutar sus aportes de forma coordinada. Para que esta labor sea exitosa, pueden tomar las medidas necesarias para simplificar o eliminar los trámites o requisitos ordinarios, que no sean estrictamente necesarios para lograr impactar positivamente a favor de las personas damnificadas y facilitar las fases de atención de la emergencia, sin detrimento de la legalidad, tal como lo establecen los artículos 4 y 10 de la Ley General de la Administración Pública, Ley número 6227 del 2 de mayo de 1978, a fin de brindar respuestas más eficientes a las necesidades de las personas y familias afectadas por esta emergencia. En los casos que las acciones requieran de los trámites de contratación administrativa, se les instruye a utilizar los procedimientos de urgencia autorizados por la Ley de Contratación Administrativa y regulados en el artículo 140 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, Decreto Ejecutivo número 33411 del 27 de septiembre de 2006, Artículo 6.- De conformidad con el artículo 47 la Ley Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, para la atención de la presente declaratoría de emergencia nacional, la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias podrá destinar fondos y aceptar donaciones de entes públicos y privados, los cuales ingresarán al Fondo Nacional de Emergencias. Artículo 7.- Para la atención de esta emergencia nacional, la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias podrá utilizar fondos remanentes no comprometidos de otras emergencias fi iniquitadas o vigentes, según disponga la Junta Directiva de este órgano. Artículo 8.- Se instruye a los órganos de la Administración Central y se insta a la instituciones de la Administración Pública Descentralizadas, para que por el plazo de vigencia del presente Decreto Ejecutivo y bajo el principio de coordinación interinstitucional y los principios del servicio público, establecidos en el artículo 4 de la Ley General de la Administración Pública, y en la medida de sus posibilidades, faclliten el préstamo de funcionarios, equipos o activos a favor de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgo y Atención de Emergencias, al Ministerio de salud y la Caja Costarricense de Seguro Social, para la atención del estado de emergencia nacional, en cualquiera de las 3 fases de la emergencia. Artículo 9.- Las instituciones de la Administración Pública Centralizada deberán ejecutar todas aquellas acciones legales y administrativas pertinentes de conformidad con la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley número 7472 del 20 de diciembre de 1994, para evitar situaciones de desabasto, acaparamiento, condicionamientos en la venta o la especulación de bienes y servicios. Se insta a las “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ; PAGINA N*96 ACTA N?*20 Ordinaria. 17-03-2 instituciones de la Administración Pública Descentralizada a la aplicación de la presente disposición, según sus respectivos procedimientos. Artículo 10.- De conformidad con lo establecido en la Ley número 8488, la declaratoria de emergencia será comprensiva de toda la actividad administrativa del Estado cuando sea estrictamente necesario para resolver las Imperiosas necesidades de las personas y proteger los bienes y servicios cuando inequívocamente exista el nexo de causalidad entre el hecho provocador del estado de emergencia y los daños provocados en este efecto, entendidos estos como aquellas acciones que se realicen en el marco de la Ley General de Salud, Ley General de Policta y la aplicación del Régimen de Excepción aplicable a la declaratoria de emergencia nacional. Artículo 11.- En el marco de lo establecido en la Ley número 8488, todas las Instituciones públicas están obligadas a contribuir en lo necesario con apoyo técnico en las 3 fases de la emergencia, pudiéndose asignar tareas específicas a cada institución en el marco de sus competencias. Artículo 12.- De acuerdo con las facultades establecidas en el capítulo segundo, del Libro segundo denominado "De las autoridades de salud, de sus atribuciones y ciertas medidas” de la Ley General de Salud, Ley número 5395 del 30 de octubre de 1973 y con base en la presente declaratoria de emergencia nacional, el Ministerio de Salud podrá proceder con el cierre de todo establecimiento que incumpla con las disposiciones emitidas por dicha Institución. A estos efectos, se otorga a los cuerpos policiales del país, la facultad de proceder con la clausura de los establecimientos a instancia del Ministerio de Salud cuando la acción se requiera en horarios o zonas donde no estén presentes funcionarios de ese Ministerio, Artículo 13.- Según el artículo 37 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, el Poder Ejecutivo declarará la cesación del estado de emergencia nacional cuando se cumplan las fases de la emergencia definidas en el artículo 30 de dicha Ley y el artículo 2 del presente Decreto Ejecutivo y se cuente con el criterio técnico emitido por la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias que así lo respalde. Artículo 14.- El presente Decreto Ejecutivo rige a partir del 16 de marzo € de. 2020, Dado en la Presidencia de la República. San José, a los dieciséjg E q marzo de dos mil veinte. cd. GA CARLOS ALVARADO Q ¿LARA POVEBANO mis] RA DE LAP SIDENCIA S PERAZA MINISTRO DE SALUD “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pecoci MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*97 ACTA N*20 Ordinaria. Sr. Pdte. Freddy Hernández Miranda. Se ha estado enviando a todas las municipalidades de parte de la UNGL una guía o moción y está siendo homologada por todas las Municipalidades y es con base al Decreto ejecutivo 42227-MP-S de Emergencia Nacional de la Pandemia COVID-19. Yo quisiera que hoy mismo se tomaran Las medidas al respecto como lo son: Desconvocar la sesión que estaba para mañana miércoles con la Comisión Nacional de Emergencia. Solo se van a realizar las sesiones Ordinarias establecidas en el Código Municipal, con excepción de alguna urgencia y que se trate de algo muy puntual. Quien se encuentre con alguna situación personal de salud, que sienta síntomas de gripe o temperatura, que lo indique y que no se presente a las sesiones del Concejo Municipal. No se atenderá público en ninguna sesión del Concejo hasta nuevo aviso para evitar participar en actos masivos y aglomeraciones. Reg. Johnny Vargas A. Propone que: en el caso de las juramentaciones de Comités, estos puedan ser juramentados en la parte de afuera de la Municipalidad sin necesidad de que ingresen a la sala de sesiones. Que la compañera Arelys Fernández por su estado de gestación, no se presente a ninguna de las sesiones posteriores y sea nombrada en comisión. Reg. Supl. Oscar Garro. Sobre el tema del contagio, indica que la enfermedad se mueve por el ser humano ya que se introduce en las membranas del aparato respiratorio. Indica el cuidado en el tema del estornudo y que el Aire Acondicionado es el primer foco de expansión y que debe dárseles mantenimiento. Siendo congruentes con la responsabilidad, este Concejo debe tomar una medida inmediata para poner en conocimiento a todas las personas del Cantón sobre lo que aquí está pasando, así como ha ocurrido en la presidencia de la República, por tanto, aquí deberían de tener cámaras o bien a través de la oficina de Prensa Municipal, a través de un Facebook life. Pero el tema de fondo es la comunicación y el derecho que todos los ciudadanos del cantón tienen de estar informados de lo que pasa en este Gobierno Local. Por Unanimidad SE ACUERDA: PRIMERO: Autorizar a la administración municipal, en el marco de la normativa aplicable y la declaratoria de estado de emergencia nacional, para realizar todas las acciones pertinentes, útiles y necesarias para apoyar la implementación de los lineamientos oficiales para la atención de la pandemia del COVID-19 y establecer la coordinación interinstitucional requerida con las autoridades de salud y de atención de emergencias competentes. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MunibipalidaÚ de Prcoct MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*98 ACTA N?*20 Ordinaria. 17-03-2020 SEGUNDO: Instar a la administración e instruir a todos los órganos adscritos a este Concejo, a suspender toda actividad municipal que implique la concentración masiva y aglomeración de personas hasta tanto se mantenga dicha directriz por parte del Ministerio de Salud. TERCERO: Informar a los munícipes, a través de los mecanismos de comunicación a disposición de este Gobierno Local, la importancia de evitar participar en actos masivos y aglomeraciones, lo anterior incluyendo los espacios públicos municipales; así como las medidas de higiene y prevención emanadas del Ministerio de Salud. CUARTO: Se hace un llamado a los patentados para que cumplan cabalmente los lineamientos del Ministerio de Salud en cuanto al aforo permitido y al cierre temporal de las actividades de bares, discotecas y casinos. Igualmente, se les recuerda que deben extremar las medidas de seguridad e higiene. QUINTO: La municipalidad sólo difundirá información oficial y emanada de las autoridades de salud y de atención de emergencias competentes. SEXTO: Apoyar a la administración en la implementación de acciones que reduzcan el tránsito y presencia de personas en las instalaciones municipales, particularmente aquellas que permitan los trámites, pagos o servicios a través de tecnologías de la información, según las posibilidades de la municipalidad. SÉPTIMO: Mientras que permanezca la declaratoria de emergencia, instar a este Concejo a cumplir los lineamientos del Ministerio de Salud, por lo que se pospondrán audiencias que conlleven participación masiva de ciudadanos, reducir al máximo la convocatoria de sesiones extraordinarias, reducir el acceso al público de la capacidad del salón de sesiones, incorporar en el orden del día solo los puntos urgentes o sujetos a plazo, esto último en aras de reducir la duración de las sesiones. Además, se tendrá como ausencia justificada la no participación de regidores o síndicos en la sesión, sea por enfermedad o por prevención”. Si la municipalidad cuenta con otros mecanismos para asegurar la publicidad de las sesiones, podrían valorar una reducción distinta para el acceso al público. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 476 Se omite. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*99 ACTA N?20 Ordinaria. ARTICULO ll Asuntos de la Sra. Alcaldesa ACUERDO N* 477 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos Alcaldesa Municipal, dice: Asunto: Remisión oficio SYSO 014-2020 Oficina de Seguridad y Salud Ocupacional de la Municipalidad de Pococí, Pólizas de Riesgos de Trabajo de la Municipalidad 18203119 Estimados señores: Adjunto a la presente les remito el oficio SYSO N” 014-2020 de la Licda. Emilia Masis Alfaro, de la oficina de Salud y Seguridad Ocupacional de la Municipalidad de Pococí indicando la descripción y el rubro que se debe desembolsar al INS como parte de los pagos que se les realizan por concepto de Póliza de Riesgos de Trabajo a los funcionarios municipales. Por lo que se le solicita al Concejo Municipal, que autorice a la señora Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa, a realizar las gestiones correspondientes para el pago de la Póliza de Riesgos de Trabajo que asciende a un monto de ¿41,363,693.00 (cuarenta y un millones trescientos sesenta y tres mil seiscientos noventa y tres colones con 00/100). Sin más que agregar se suscribe de ustedes atentamente, “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”,
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*100 ACTA N?20 Ordinaria. 7-03-2020 ú Ñ Oficina de Salud y Seguridad Ocupacional $ Ya Losa SYSO N' 014- 2020 Salud_A Guápiles, 09 de marzo 2020 LIDAD DE pococÍ ELA ALCALDESA MUNICIPA Elibeth Venegas Villalobos | vesraCuo Alcaldesa Municipalidad de Pococí 24. CA0 - OS YARÍA. Vii PTI MONA: — AA Cordial saludo. e -- Por medio de la presente, solicito de la manera más atenta la interposición de sus buenos oficios, a fin de gestionar las acciones que sean necesarias para pagar la Póliza de Riesgos del Trabajo de la Municipalidad 118203119, El desglose para el pago sería el siguiente: . Monto a cancelar Código Nombre 2020 01-01-30-01-06-01-01 Administración General (13 279 123 01-02-01-01-06-01 Auditoría (588 500 02-01-01-01-06-01 Aseo de Vías (3 531 000 02-02-01-01-06-01-01 Recolección de Basura 112 947 000 02-03-01-01-06-01-01 Caminos y Calles (14 708 000 02-05-01-01-06-01 Parques (4 708 000 02-09-01-01-06-01 Educativos, Cult y (482 570 Deportivos 02-10-01-01-06-01 Servicios Sociales (1588 500 03-02-01-01-06-01-01 UTGVM (t7 000 000 03-06-01-01-01-06-01-01 Dirección Técnica (3 531 000 (41 363 693 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*101 ACTA N*20 Ordinaria. A NS INSTITUTO NACIONAL DF SEQUIOS INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS DIRECCION DE SEGUROS OBLIGATORIOS Y SALUD DEPARTÁMENTO DE RIESGOS DEL TRABAJO [Fecha: 04/02/2020 Patrono: MUNICIPALIDAD DE POCOCI Póliza: [8203119 Periodo Liquidación 01-01-2019 AL 31-12-2019 Periodo Renovación 01-01-2020 AL 31-12-2020 Forma de Pago ANUAL BALANCE DE PRIMA CONCEPTO PRIMAS LIQUIDACIÓN 2019 Ser - opat: 2020 Prima neta 01-01-2019 al 31-12-2019 38,924,491,00 Primas Pagadas Durante el Periodo 36.485,289,00 DIFERENCIA A COBRAR 2.439,202,00 RENOVACION 2020 Monto Asegurado 2.511.257,513,15 Tarifa Renovación 1,55% Sec -GUO. TOO Prima Anual a Pagar 38.924,491,00 Tarifa Liquidación 1,55% Experiencia POSITIVA TOTAL A PAGAR 41.363.693,00 NOTA: [El pago de la Renovación 2020 deberá realizarse a mas tardar al 3í de marzo del presente año, Sin perjuicio de lo anterior, el Instituto cobrará intereses corrientes calculados sobra la tasa básica pasiva del Banco Central de Costa Rica para las inversiones en colones a partir del onceavo día hábil, Contados a partir de esta fecha. M HECHO: GAY/Z. REVISADO Cc. Expediente Póliza Archivo . Instituto Nacional de Seguros T. (506) 287-6000 Ext. **** Apdo. Postal 10051-1000 San José, Costa Rica. Dirección Electrónica; www-ins-0s.com “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*102 ACTA N*20 Ordinaria. INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS e "DIRECCIÓN DE RELACIÓN CON CLIENTES " p INS 25 de Febrero del 2020 Doctora Eliberth Venegas Villatobos, Alcaldesa Alcaldía Municipal MUNICIPALIDAD DE POCOCI Frente a plaza El salvador guapiles pacaci limon Estimado Cliente: Adjunto encontrará el detalle de ta LIQUIDACION de su póliza: 01-01-RT-8203119- de Riesgos del Trabajo correspondiente al periodo del 01/01/2019 al 31/12/2019, por un monto de: € 2,439,202,00 Favor utilizar la cuenta número 100-01-000-218284-2 , cuenta ¡BAN CR85015100010012182844, del Banco Nacional, la cual es la única cuenta destinada para recibir depósitos para el pago correspondiente al presente cobro. Favor tener en cuenta que no está sujeto al 2% de retención de impuesto sobre la renta, Les recordamos que el punto 6.3- Pago prima Sector Público, de la norma técnica del seguros de Riesgos del Trabajo, publicada en la Gaceta No. 17, el 24 de enero 2012, establece el 31 de marzo como fecha máxima de pago para las RENOVACIONES y el 30 de julio, como fecha máxima para el pago de las LIQUIDACIONES; después de los plazos señalados el Instituto procederá con el cobro de intereses corrientes, según la norma citada. De acuerdo al Decreto Ejecutivo para la masificación del uso de la Firma Digital en el Sector Público, el presente documento cuenta con firma digital Cobro correspondiente a liquidación de póliza del año 2019. Se adjunta recibo Atentamente, Cualquier consulta dirigirse a su Ejecutivo de Cuenta Ejecutivo de Cuenta - "Somos Protectores. SOMOS INS" "Grupo INS. Tel, (506) 2287-6012, Apdo, Posta! 10061-1000, San José, Costa Rica. www,ins-cr.com" XINIA MARIA CASTRO Firmado digitalmente por XINIA. MARÍA CASTRO SANABRIA (FIRMA) SANABRIA (FIRMA) — Fecha:2020.03.02 14:34:55 -06'00' “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*103 ACTA N?20 Ordinaria. "7 INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS —— INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS DIRECCION DE SEGUROS OBLIGATORIOS Y SALUD DEPARTAMENTO DE RIESGOS DEL TRABAJO REPORTE DE LIQUIDACION POLIZA No. 8203119 PERIODO DEL 01-01-2019 AL 31-12-2019 PATRONO: MUNICIPALIDAD DE POCOC) SE HA EFECTUADO LA LIQUIDACION DE LA POLIZA DE RIESGOS DEL TRABAJO DEL PERIODO CITADO, A CONTINUACION LE SUMINISTRAMOS EL SIGUIENTE DETALLE: PLANILLAS MESES / 2019 MONTO RECIBO. PRIMA PAGADA ENERO 151.416,162,95 2019010003632 36.485,289,00 FEBRERO 207.897.128,53 MARZO 226.595.403,75 ABRIL 190.536.741,72 MAYO 220.535,092,07 JUNIO 208.249.423,13 JULIO 222,396.868,17 AGOSTO 212.873.974,19 SETIEMBRE 215.335.639,69 OCTUBRE 214.345,656,55 NOVIEMBRE 220.537.711,20 DICIEMBRE 220.537,711,20 TOTAL 2.511.257.513,15 MONTO CONSUMIDO: 2.511.257.513,15 *MONTO DESCONTADO: 2,511.257.513,00 TARIFA APLICABLE: 1,65% TOTAL: 38.924.491,00 MENOS PRIMAS PAGADAS: 36.485.289,00 DIFERENCIA A COBRAR 2,439.202,00 NOTA: — El pago de la liquidación del perlodo 2019 deberá realizarse a más tardar el 30 de junio del presente año. Sin perjuicio de lo anterior, el Instituto cobrará intereses corrientes calculados sobra la tasa básica pasiva del Banco Central de Costa Rica para las inverslones en colones a partir del onceavo dla hábil. Contados a partir de esta fecha. ATENTAMENTE, UNIDAD PE GESTION DE ASEGURAMIENTO HECHO: 4.Z REVISADO: Co, EXPEDIENTE * El monto Consumido se descontará en un 24% aquellas pólizas que asumen subsidio salarial por Incapacidad Temporal Instituto Naclonal de Seguros T. (506) 287-6000 Apdo, Postal 10061-1000 San José, Costa Rica. Dirección Etecirónica: vAww.ins-cr.com “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*104 ACTA N?20 Ordinaria. INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS "DIRECCIÓN DE RELACIÓN CON CLIENTES " SEC-0710-2020 17 de Febrero del 2020 Doctora Elíberih Venegas Villalobos, Alcaldesa Alcaldía Municipal MUNICIPALIDAD DE POCOCI Frente a plaza El salvador guapiles pococi limon Estimado Cliente; Adjunto encontrará el detalle de la RENOVACION de su póliza: 01-01-RT-8203119- de Riesgos del Trabajo correspondlente al período del 01/01/2020 al 31/12/2020, por un monto de: € 38,924,491.00 Favor utilizar la cuenta número 100-01-000-218284-2 , cuenta IBAN CR85015100010012182844, del Banco Nacional, la cual es la única cuenta destinada para recibir depósitos para el pago correspondiente al presente cobro. Favor tener en cuenta que no está sujeto al 2% de retención de impuesto sobre la renta. Les recordamos que el punto 6,3- Pago prima Sector Público, de la norma técnica del seguros de Riesgos del Trabajo, publicada en la Gacela No. 17, el 24 de enero 2012, establece el 31 de marzo como fecha máxima de pago para las RENOVACIONES y el 30 de Julio, como fecha máxima para el pago de las LIQUIDACIONES; después de los plazos señalados el Instituto procederá con el cobro de Intereses corrientes, según la norma citada. De acuerdo al Decreto Ejecutivo para la masificación del uso de ta Firma Digital en el Sector Público, el presente documento cuenta con firma digital Cobro de renovación perlodo 2020. Importante: El pago debe realizarse a más tardar el 31 de marzo de 2020 Atentamente, Cualquier consulta dirigirse a su Ejecutivo de Cuenta Ejecutivo de Cuenta - "Somos Protectores. SOMOS INS" "Grupo INS. Tel. (506) 2287-6012, Apdo. Postal 10061-1000, San José, Costa Rica, www.Ins-cr.com" Firmado digitalmente XINIA MARIA por XINIA MARIA CASTRO CASTRO SANABRIA (FIRMA) SANABRIA (IRMA) og “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*105 ACTA N?20 Ordinaria. INSHIUIO NACIONAL UE SEGUROS RECIBO DE PAGO No. ZZJBGDDZU INS - césuia suricica: 4-000001902-22 FECHA ÓN PUTO AACDRsE OY j Tel.: 2287-6000 « Apdo. 10061-1000 Bo 2/20 as : TN San José, Costa Rica 25/02/2020 Hora: 12:16:20 NOMBRE PAGADOR: | MUNICIPALIDAD DE POCOCIÍ Identificación: 3OLAoAZiZS TIPO DE RECIBO: | RENOVAL 108 Riesgos del Trabajo 00 Sede San José Na. Póliza: BRÓ3110 No. Resibor 2020010003598 Vigencia: del 01/01/2020 al 31/12/2020 Monto Asegurado: 2.511,257.484,00 Tarifa: 1,55 % 5 Agente : 1109990 G | DEPARTAMENTO DE SEGUROS DEL ESTADO P . a FEGHA LIMITE DE PAGO: 1302/2020 Forma de Pago: Anual Prima: 58.924.491 ,0( Fecha Pago Próximo Recibo: 01/01/2071 Liqs.Pends; 0,00 o 0,00 s PUES S] la prima es pagada en fecha posterior al vancimiento del perlodo de gracia aplicable a fa PRIMA SIN 1M TO 58.929.471,00 óliza, el Inslitulo no tendrá responsabilidad alguna por siniestros ocurridas duranto el lapoo do mora, » INTERES MORATORIO 0.0 Los perlodos de gracia serán los establecidos en la reglamentación interna vigente a la IVA 0,01 fecha de pago, ao TOTAL A PAGAR E8.924.491,01 1 Hecho por; MGOJMAIS Revisado: MONEDA: Colones (CRU) $ OBSERVACIONES: E 3 á Sitio Web: http:7//wew, ins-cr.com ¿Se8B%-4noplacer atender sus consultas sobre Riesgos del Trabajo al teléfono : AUTORIZADO MEDIANTE OFICIO Ho, 01:0058:97 DEE FECHA 20.09.97 DE LA 0.61 ' USO EXCLUSIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS No. 22985620 Fecha: 25/02/2020 Hora: 12:16:26 No, Púlizas 203119 Segura de Riesgos del Trabajo No. Recibo: 2020010003555 Clientes; MUNICIPALIDAD DE POCOCI Identificación: 30140421725 Honto Asegurado; 2.511,257-4899,00 RENOVACIÓN Tarifa: 1,55 Sede: 00 Sede San José Vigencia: Del 01/01/2020 al 31/12/2020 Prima: 38.924.491,00 Forma de pago: Anual o 0,00 Agente : 1109990 Totuiad Pagar: 38,924,9%1,00 DEPARTAMENTO DE SEGUROS DEL ESTADO AUTORIZADO MEDIANTE OFICIO No, 01-0068:97 DE FECHA 26-09-97 DE LAD.91 VALIDA CONLA MARCA CERTIFICADORA-CUANDO ES PAGADO ENLAS CAJAS DEL IM.S, O SELLO DEL AGENTE RECAUDADOR EN SU CASO. Hecho por; NCOJMATS Revisado: FECHA LIMITE DE PAGO: 13/02/2020 A] “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*106 ACTA N*20 Ordinaria. 17-03-2020 Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza a la señora alcaldesa o alcalde en ejercicio, realizar las gestiones correspondientes para el pago al Instituto Nacional de Seguros como parte de los pagos que se realizan por concepto de la Póliza de Riesgos de Trabajo que asciende a un monto de ¿41,363,693.00 (cuarenta y un millones trescientos sesenta y tres mil seiscientos noventa y tres colones con 00/100). Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 478 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos Alcaldesa Municipal, dice: DACM.-058-2020 Asunto: Se solicita acuerdo de pago. Respetables señores: Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 48 folios, correspondiente a la Compra Directa No. 2020-CD-000027-CL01, compra de Aceites y Lubricante Original para camiones recolectores, solicitud presentada por el Licdo. Fabián Delgado Villalobos, Coordinador de Unidad de Gestión Ambiental Municipal. Se recibió Oferta de la empresa: + Maquinaria y Tractores Limitada, oferta por un monto de £1.050.279,00 (un millón cero cincuenta mil doscientos setenta y nueve colones con 90/100), aportando certificaciones completas según cartel. Se procede a realizar la admisibilidad de la oferta presentada según lo indicado en el artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y se recuerda que de acuerdo al artículo 139 inciso a, oferente único, del reglamento a la Ley de Contratación Administrativa N*.33411, se recomienda la compra directa de repuestos e insumos Cuadro de Evaluación Nombre Cumplimiento de Oferta Puntaje Especificaciones Económica Total Técnicas Maquinaria y Tractores Cumple 100 100 Limitada “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*107 ACTA N?20 Ordinaria. De acuerdo al análisis y revisión del proceso, por parte del Licdo. Fabián Delgado Villalobos, Coordinador de Unidad de Gestión Ambiental Municipal, determino que la empresa: Maquinaria y Tractores Limitada, cumple con todo lo solicitado en el cartel, oficio visible en el folio No. 45. POR TANTO: Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la empresa: + Maquinaria y Tractores Limitada, por un monto de ¿1.050.279.00 (un millón cero cincuenta mil doscientos setenta y nueve colones con 90/100), monto de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Licdo. Fabián Delgado Villalobos Dpto. Gestión Ambienta. Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se autoriza a la señora Alcaldesa o alcalde en ejercicio para a la empresa: Maquinaria y Tractores Limitada, por un monto de ¿1.050.279.00 (un millón cero cincuenta mil doscientos setenta y nueve colones con 90/100), monto de acuerdo con el contenido presupuestario existente por recomendación del Licdo. Fabián Delgado Villalobos Dpto. Gestión Ambienta. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N*479 DACM-060-2020. Compra Directa No. 2020-CD-000031-CLO1 Se retira el documento para verlo la próxima semana para traer el Ingeniero a cargo para que lo explique. AL SER A W HORAS CON DIECINUEVE MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN F-MAGALY VENEGAS VARGAS SECRETARIA MUNICIPAL F-FREDDY noes MIRA PRESIDENTE MUNICIPAL C/c: SRS. REGIDORES, OTROS. ARCH. “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.