Ordinaria 79 · 2019-10-29
ActaN79Ord29-10-2019.pdf · 92 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 79 del 2019-10-29 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original.
- Acuerdo 2357 (pág. 3) ACUERDO Nº 2357 El señor Presidente Freddy Hernández Miranda, procede a nombrar en comisión al Regidor Bernardo Veach Davis, presente su debido inform…
- Acuerdo 2358 (pág. 3) ACUERDO Nº 2358 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Gerardo Calderón Chinchilla Presidente Comité Pro-Desarrollo Sector Nueve, dice…
- Acuerdo 2359 (pág. 4) · unanime · aprobado ACUERDO Nº 2359 SJI-CM-06-2019 MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ. CONCEJO MUNICIPAL. AL SER LAS DIECISIETE HORAS DEL VEINTINUEVE DE OCTUBRE MIL DIECINUEVE. RESU…
- Acuerdo 2360 (pág. 23) · unanime · aprobado ACUERDO Nº 2360 Se presenta ante este el Sr. José Pablo Sibaja Brenes, cédula N°1-1200 0166, Distrito Jiménez Pococí, dice: Saluda, muchas gracias por…
- Acuerdo 2361 (pág. 38) ACUERDO Nº 2361 El Sr. Presidente, Freddy Hernández Miranda procede a Juramentar al Comité Pro-Asfalto Comunidades Ruta 247. “Siempre apoyando el Desa…
- Acuerdo 2362 (pág. 39) · unanime ACUERDO Nº 2362 El señor Presidente Freddy Hernández Miranda, procede a Convocatoria Sesión Extraordinaria Jueves 31 de octubre del 2019, 5:00 pm. Por…
- Acuerdo 2363 (pág. 39) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2363 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-287-2019. “Siempre ap…
- Acuerdo 2364 (pág. 40) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2364 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-287-2019. Deseándole …
- Acuerdo 2365 (pág. 40) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2365 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. PAGINA N°41 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019 Se conoce nota para este Concejo suscrita por…
- Acuerdo 2366 (pág. 41) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2366 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-287-2019. Deseándole …
- Acuerdo 2367 (pág. 42) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2367 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-287-2019. Deseándole …
- Acuerdo 2368 (pág. 42) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2368 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-287-2019. Deseándole …
- Acuerdo 2369 (pág. 43) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2369 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-287-2019. Deseándole …
- Acuerdo 2370 (pág. 43) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2370 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-287-2019. “Siempre ap…
- Acuerdo 2371 (pág. 44) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2371 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-287-2019. Deseándole …
- Acuerdo 2372 (pág. 44) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2372 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. PAGINA N°45 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019 Se conoce nota para este Concejo suscrita por…
- Acuerdo 2373 (pág. 45) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2373 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-287-2019. Deseándole …
- Acuerdo 2374 (pág. 46) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2374 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de Patentes, dice: Oficio: PA-287-2019. Deseándole …
- Acuerdo 2375 (pág. 46) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2375 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa Municipal, dice: DACM-0340-2019. Asunto: S…
- Acuerdo 2376 (pág. 68) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2376 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa Municipal, dice: DACM-0343-2019. Asunto: S…
- Acuerdo 2377 (pág. 75) · unanime · aprobado ACUERDO Nº 2377 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa Municipal, dice: DACM-0344-2019. Asunto: S…
- Acuerdo 2378 (pág. 78) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2378 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa Municipal, dice: DACM-0318-2019. Asunto: S…
- Acuerdo 2379 (pág. 80) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2379 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa Municipal, dice: DACM-0345-2019. Asunto: S…
- Acuerdo 2380 (pág. 81) · unanime · aprobado ACUERDO Nº 2380 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa Municipal, dice: DACM-0341-2019. Asunto: S…
- Acuerdo 2381 (pág. 82) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2381 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa Municipal, dice: DACM-0342-2019. Asunto: S…
- Acuerdo 2382 (pág. 84) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2382 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa Municipal, dice: DACM-0347-2019. Asunto: S…
- Acuerdo 2383 (pág. 85) · firme · aprobado ACUERDO Nº 2383 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. PAGINA N°86 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019 Se conoce nota para este Concejo suscrita por…
- Acuerdo 2384 (pág. 87) · unanime · aprobado ACUERDO Nº 2384 Se Conoce Acta N°77 Extraordinaria del 21-10-2019. Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N°77 Extraordinaria del…
- Acuerdo 2385 (pág. 88) · unanime · aprobado ACUERDO Nº 2385 Se Conoce Acta N°78 Ordinaria del 22-10-2019. Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N°78 Ordinaria del 22-10-201…
- Acuerdo 2386 (pág. 88) · unanime ACUERDO Nº 2386 MOCIÓN: Presentada por la regidora Maricruz Chaves Alfaro CONSIDERANDO: Que existen varias vías del casco central de Guápiles y con el…
- Acuerdo 2387 (pág. 89) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2387 MOCIÓN: Por el Reg. Ovidio Vives Castro. 1-Que el artículo 12 del Código Municipal es claro. Capítulo 1- El Gobierno Municipal estará …
- Acuerdo 2388 (pág. 90) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 2388 MOCIÓN: Presentada por el Reg, Eliecer Araya Brenes. Es con respecto a lo del tránsito, para coordinar en Cariari donde se hace el des…
- Acuerdo 2389 (pág. 90) · unanime ACUERDO Nº 2389 Propuesta: Presentada por la Regidora Patricia Aguilar Araya. CONSIDERANDO: Hace poco se había solicitado que se viera en la ruta naci…
PAGINA N°1 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N°79 ORDINARIA. 29-10-2019
SESION ORDINARIA. N°79 DEL 29-10-2019, INICIADA A LAS 17:00
HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA
SIGUIENTE ASISTENCIA:
===============================================================
REGIDORES DIRECTORIO REGIDORES SUPLENTES
Johnny Vargas Arrieta Arelys Fernández Chaves
Patricia Aguilar Araya Osael Campos Bolaños
Ovidio Vives Castro Mariela Monge Araya
Ginnette Sequeira Granados Luis Gdo. Venegas Ávila
Virginia Hernández Rivera (Sust. Bernardo Antonio Veach Davis)
Reinaldo Benavides Vargas Marta Salgueras Vásquez
Eliecer Araya Brenes Oscar Garro Rojas
Freddy Hernández Miranda (Quien Preside)Mª de los Ángeles Núñez Fuentes
Maricruz Chaves Alfaro Domingo Matarrita Gutiérrez
=====================================================
SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE
Geison Valverde Méndez Lucy Barrantes Jiménez
Johnny Córdoba Hernández Katherine Mendoza Montero
Juan Luis Gómez Gómez
Luis Ángel Rodríguez González
José A. Chavarría Villarreal Ana Patricia Rosales Valverde
Javier Jiménez Villalobos
Joel Umaña Salazar Lisseth Monge Araya.
GUILLERMO DELGADO ELIBETH VENEGAS
OROZCO. VILLALOBOS
SECRETARIO ALCALDESA MUNICIPAL
=====================================================
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°2 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
ORDEN DEL DÍA
Acuerdo ARTÍCULO
2357-al-2374 I Correspondencia
2375-al-2383 II Asuntos Sra. Alcaldesa
Lectura, Discusión y Verificación del
Acta N°77 Extraordinaria del 21-10-
2384-2385 III 2019, Acta N°78 Ordinaria del 22-10-
2019
2386-al-2389 IV Mociones
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°3 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
ARTICULO I
Correspondencia
ACUERDO Nº 2357
El señor Presidente Freddy Hernández Miranda, procede a nombrar en comisión al
Regidor Bernardo Veach Davis, presente su debido informe de comisión.
ACUERDO Nº 2358
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Gerardo Calderón Chinchilla
Presidente Comité Pro-Desarrollo Sector Nueve, dice:
Por medio de la presente reciban un cordial saludo deseando éxitos en su trabajo y a la
vez solicitarle al Concejo Municipal la juramentación de este nuevo Comité y agradeciendo
su comprensión de ante mano.
El Sr. Presidente Freddy Hernández Miranda, procede a Juramentar al Comité Pro-
Desarrollo Sector Nueve.
Integrantes:
Gerardo Calderón Chinchilla 6-0121-0954 Presidente
Delia Flores Arias 1-0717-0753 Vice Presidenta
Yajaira Reyes Guadamuz 7-0163-0303 Secretaria
Ediberto Jiménez Arias 7-0119-0739 Tesorero
Victor Julio Ramírez Sequeira 9-0066-0245 Vocal
Jose Artavia Jiménez 7-0134-0496 Fiscal
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°4 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Quedan Debidamente Juramentados.
ACUERDO Nº 2359
SJI-CM-06-2019
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ. CONCEJO MUNICIPAL. AL SER LAS DIECISIETE
HORAS DEL VEINTINUEVE DE OCTUBRE MIL DIECINUEVE.
RESULTANDO
I. Que por Acuerdo 655, Acta 29 del 22 de abril de 2016, este Órgano Colegiado, con otra
conformación, conoció el Oficio: PA-113-2016, del Lic. Carlos Jiménez Rojas, de la Unidad
de Patentes, el cual manifestaba.
“Reciban un cordial saludo por parte de este servidor, el motivo de la presente, es con el
fin solicitarles con todo respeto, interpongan sus buenos oficios a fin de que la plaza que
en estos momentos ocupa la señora Rosa Pereira Ramírez como Oficinista Municipal 1,
sea reasignada de forma definitiva a esta Unidad de Patentes y recalificada a
Oficinista 2, esto por motivos de que como ustedes bien lo saben, esta Oficina cuenta
únicamente con DOS funcionarios para la tramitología de todas las solicitudes de Patentes
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°5 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
del Cantón der Pococí, tanto Comerciales como de Licores. Resulta importante y
necesario para esta oficina contar con más funcionarios a fin de poder llevar a cabo un
efectivo control de todos los procesos que aquí se tramitan.2
Tengo claro que la creación de nuevas plazas es más complejo, por lo que para solventar
la necesidad de personal que tiene esta oficina es mucho más fácil que la plaza sea
reasignada al presupuesto de la Unidad de Patentes, con esto quedaría en firma la
incorporación de un funcionario más a esta Unidad, con esto se estaría reforzando el
personal que se requiere para cubrir todas las funciones.
Como ustedes habrán podido constatar, esta oficina ha sufrido algunos cambios y dentro
de los más significativos es la implementación de todos los controles de las diferentes
actividades que se realizan, esto en cumplimiento de la Ley de Control Interno, motivo por
el cual se hace necesarísimo la incorporación de más funcionarios ya que con dos
personas resulta materialmente imposible la buena marcha y por consiguiente el buen
rendimiento de esta Unidad de Patentes, siendo que el ingreso que se genera por la
actividad de Patentes es recurso libre el cual se destina para muchas actividades de suma
importancia para esta municipalidad (salarios, proyectos, entre otros.) razón por la cual
se le debe brindar toda la importancia del caso a las necesidades de la Oficina de
Patentes.
Apelo entonces a su sano criterio y a prueben esta solicitud de reasignar la Plaza de la
señora Rosa Pereira Ramírez a esta Unidad de Patentes y les reitero que será de gran
ayuda contar con un funcionario más de forma definitiva, pues si llegado el momento, la
administración considera que se va a ubicar en otra área, volveríamos a quedar dos
funcionarios con todas las funciones que se llevan a cabo y que además como lo indiqué
anteriormente se han incrementado los controles y funciones en cumplimiento de la Ley
de Control Interno. ”
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°6 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Acordando el Concejo Municipal de entonces:
“Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Aprueba la recalificación, y se le solicita a la
Sra. Marcela Cordero del Dpto. Recursos Humanos, que sea incluida en el
Presupuesto 2017. Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente
Aprobado. Viene del Acta N° 35 Ord. 09-05-2016, Acuerdo N°819 ver nota de
Secretaria.”
II. Que este órgano colegiado, con la integración actual, por Acuerdo 2923, Acta 89,
del 04 de diciembre de 2018, conoce una nota de la funcionaría Rosa Pereira Ramírez
(hubo otra nota primero, pero se remitió a la alcaldesa), quien solicita se materialice el
Acuerdo descrito en el RESULTANDO anterior, decidiéndose trasladar el asunto al
Departamento de Servicios Jurídicos Internos para que se refirieran jurídicamente al
respecto, siendo que se incluyó la respuesta de ese departamento, por medio del
Informe Jurídico: IJ-01-ENE-2019, en el Acuerdo 142, Acta 06, del 26 de enero de 2019,
concluyendo dicho informe: “Como se desprende de lo señalado por la Procuraduría
General de la República, para que la recalificación sea procedente, debe haber estudios
técnicos-científicos que lo justifiquen, desde el área de recursos humanos, hasta el tema
presupuestario, además, al ser un asunto de la administración, el caso debe ser
tramitado por el Despacho de la Alcaldesa, al ser su competencia, más cuando se trata
de una funcionaría subordinada.”
CONSIDERANDO
PRIMERO. Objeto de la presente resolución. El presente documento se realiza con
la finalidad de decretar la revocación del Acuerdo 655, Acta 29 del 22 de abril de 2016,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°7 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
supra descrito en el RESULTANDO I, tomado por el Concejo Municipal del periodo
anterior.
SEGUNDO. Sobre la recalificación de puestos. Para la realización de recalificaciones de
puestos, debe cumplirse una serie de requisitos para su materialización, al respecto se
refirió el Informe Jurídico: IJ-01-ENE-2019, emitido por el Departamento de Servicios
Jurídicos Internos de esta municipalidad (tomando un criterio de la Procuraduría
General de la República), por ello, se procede a la transcripción del mismo en la parte
del análisis jurídico, en tal sentido, de conformidad con el artículo 136.2 de la Ley
General de la Administración Pública, se adjuntará dicho informe, el cual a saber dice:
“Que sobre el tema de las recalificaciones o clasificaciones de puestos, la Procuraduría
General de la República, por Dictamen: C-137-2017, del 16 de junio de 2017, se
pronunció sobre el en concreto, para lo cual, conviene realizar la transcripción en lo que
nos interesa:
“III.- La clasificación de puestos como manifestación de la potestad auto
organizativa administrativa y el principio de legalidad presupuestaria en materia
salarial-retributiva.
Y en cuanto a la segunda interrogante, es importante señalar, en primer lugar, que la
determinación de si un puesto específico de su estructura organizativa debe ser
ocupado exclusivamente por profesionales de una determinada profesión o de varias
atinentes (multidisciplinario), le compete de forma exclusiva a la Administración Pública
-en este caso, a la municipal-; lo cual dependerá en todo caso de la función específica
y de las características particulares de dicho puesto de cara a los principios de
idoneidad funcionarial y eficiencia administrativa (Véanse entre otros los dictámenes C-
216-99 de 1 de noviembre de 1999, C-132-2001 de 7 de mayo de 2001, C-291-2001 de
22 de octubre de 2001, C-425-2006 de 24 de octubre de 2006, C-001-2011 de 11 de
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°8 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
enero de 2011 y C-249-2016 de 18 de noviembre de 2016). Esto es así, porque como
manifestación de la potestad autoorganizativa, las Administraciones Públicas pueden
organizar dinámica y discrecionalmente (estimación subjetiva o juicio de oportunidad o
conveniencia) su estructura, en orden a la creación, ordenación o clasificación,
articulación y modificación de puestos de trabajo a través de los Manuales Descriptivos
de Puestos institucionales (arts. 120 y 121 del Código Municipal), pero siempre teniendo
como base estudios técnicos-científicos que así lo justifiquen y siempre en aras de
mejorar y hacer más eficiente el servicio público (potestad teleológicamente definida). ”
“...En tercer lugar, conforme lo ha establecido un precedente judicial de la Sala Segunda
de la Corte Suprema de Justicia: en materia de clasificación de puestos dentro el
empleo público, ninguna norma autoriza u obliga a que por el solo hecho del cambio en
la condición profesional del titular de un puesto, se deba proceder a su reasignación o
recalificación en un cargo distinto (Resolución No. 2013-000380 de las 09:55 hrs. del
12 de abril de 2013). Deben mediar necesariamente, por un lado, cambios sustanciales
y permanentes en las tareas y responsabilidades que conforman los puestos,
objetivamente acreditados y consolidados. Y por el otro, debe existir un interés de la
Administración en mantener dicha actividad para cambiar la clasificación de un puesto,
sea por el proceso de reasignación o de reclasificación, pues desde una debida
orientación teleológica, las tareas, obligaciones y requisitos de los puestos pueden
ajustarse, no con miras a mejorar o beneficiar la situación de un funcionario
determinado, sino con la exclusiva finalidad de mejorar el servicio público con productos
o servicios más eficientes, según las necesidades reales objetivamente demostradas.
De modo que la clasificación actual de un determinado puesto, mientras se mantenga
incólume, se erige como una imposibilidad jurídica insalvable en virtud del principio de
legalidad administrativa y presupuestaría, pues la Administración no puede pagar un
salario distinto al asignado presupuestariamente al puesto en el que el servidor (a) está
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°9 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
nombrado(a), porque conforme a la jurisprudencia laboral vigente: “en virtud del
principio general de legalidad que rige a la Administración Pública según el artículo 11
de la Ley General de la Administración Pública, su aplicación en el ámbito de las
finanzas del Estado en tanto el presupuesto constituye el límite de acción de los poderes
públicos para el uso y disposición de los recursos públicos, y la estructura organizativa
con base en la cual se ordenan los puestos en las diferentes administraciones públicas,
no es posible considerar que en el ámbito de una prestación de servicios de esa
naturaleza pública, los jerarcas de la Administración estén facultados a remunerar a sus
funcionarios según las labores que en cada caso, se estimen realizadas. A cada puesto,
el presupuesto institucional le asigna la remuneración respectiva, que debe ser
respetada; sin perjuicio de la eventual responsabilidad derivada para el funcionario que
por desatención a esa legalidad, haga incurrir a la Administración en gastos no
autorizados”. (Resolución No. 2006-01110 de las 10:15 hrs. del 30 de noviembre de
2006, y pueden verse entre otras las Nos. 2006-00394 de las 15 :04 hrs. Del 31 de
mayo de 2006, 2008-000135 de las 09:45 hrs. del 20 de febrero de 2008, 2008- 000917
de las 11:00 hrs. del 22 de octubre de 2008, todas de la Sala Segunda); esto es así
porque en el empleo público “La definición de los beneficios salariales correspondientes
a una plaza y el consiguiente derecho al disfrute de esos beneficios, es una actividad
plenamente reglada, que no admite discrecionalidad, ni siquiera en aplicación del
principio de la realidad, consustancial en las relaciones de Derecho Privado. El Manual,
una vez aprobado, constituye un trabajo limitante para la Administración, en la medida
en que establece una descripción de las actividades del puesto, que se toma en cuenta
para determinar la clasificación, dentro de la estructura de la organización y la
correspondiente valoración, siempre de acuerdo con la Escala de Salarios” (Resolución
2008- 000917 op. cit.). Así que cada puesto se remunera con su salario respectivo (art.
122 del Código Municipal).”
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°10 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
De lo transcrito, si bien resulta un poco amplio, resulta de mucha utilidad para atender
el caso que nos ocupa, por ende, previo a la recalificación de una plaza, es menester
contar con estudios técnicos que la justifiquen, correspondiendo al Departamento de
Recursos Humanos tal tarea, pues son los profesionales capacitados para ello, y siendo
que no existen bases técnicas, la recalificación sería improcedente, además, al ser un
asunto de la administración, el caso debe ser tramitado por el Despacho de la
Alcaldesa, al ser su competencia, más cuando se trata de una funcionaría subordinada.
”
Para el caso que nos ocupa, es evidente que no hubo algún tipo de estudio técnico en
respaldo de la recalificación contenida en el Acuerdo 655, Acta 29 del 22 de abril de
2016 del Concejo Municipal, por ello esa determinación resulta improcedente, debió
participar tanto el Departamento de Recursos Humanos (por ser el departamento
municipal técnico para ello) y por supuesto la Alcaldesa municipal por ser un asunto
propio de la administración, resultando más que insuficiente, la simple nota hecha por
el Lic. Carlos Jiménez Rojas.
TERCERO. Sobre la improcedencia por el fondo de la recalificación de la
funcionaría Rosa Pereira Ramírez. Como se desprende del CONSIDERANDO
anterior, es el Departamento de Recursos Humanos, el competente para realizar los
estudios necesarios para determinar si una plaza debe ser recalificada, así como si el
funcionario que la ocupa cumple a cabalidad con el perfil requerido para el puesto; es
por eso, que nos encontramos con el Oficio: PRH 0117-2109, del 23 de octubre de
2019, en el que la MBA. Marcela Cordero Aguilar, Coordinadora de Recursos Humanos,
explica y desarrolla los motivos por los cuales la funcionaría Rosa Pereira Ramírez, no
cumple con el perfil del puesto que se pretende recalificar, por ello, en los mismos
términos del CONSIDERANDO anterior, se transcribe lo indicado, desde el punto de
vista técnico, lo analizado por la Coordinadora de Recursos Humanos:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°11 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“En atención a su consulta verbal referente al criterio técnico sobre la recalificación
planteada por la funcionaría Rosa Pereira Ramírez, me permito indicarle:
Con el objetivo de contextualizar el límite de acción de las administraciones públicas en
sus distintas manifestaciones, es importante recordar que todo su accionar debe estar
enmarcado en el bloque de legalidad que lleva implícito el principio de legalidad
derivado de los artículos 11 dé la Ley General de la Administración Pública y 11 de la
Constitución Política, que en síntesis implica que la administración solo puede realizar
aquellas actuaciones que la ley le autoriza.
Es por ello que siendo conteste con el anterior principio, la Procuraduría General de la
República en el tema de la clasificación de puestos como manifestación de la potestad
auto organizativa administrativa y el principio de legalidad presupuestaria en materia
salarial-retributiva, ha indicado que “que la determinación de si un puesto específico de
su estructura organizativa debe ser ocupado exclusivamente por profesionales de una
determinada profesión o de varías atinentes (multidisciplinario), le compete de forma
exclusiva a la Administración Pública -en este caso, a la municipal-; lo cual dependerá
en todo caso de la función específica y de las características particulares de dicho
puesto de cara a los principios de idoneidad funcionarial y eficiencia administrativa
(Véanse entre otros los dictámenes C-216-99 de 1 de noviembre de 1999, C-132-2001
de 1 de mayo de 2001, C-291- 2001 de 22 de octubre de 2001, C-425-2006 de 24 de
octubre de 2006 C-001-2011 de 11 de enero de 2011 y C-249-2016 de 18 de noviembre
de 2016)”.
En el mismo sentido ha sido más que clara que bajo la potestad autoorganizativa de las
Administraciones Públicas estas pueden organizar dinámica y discrecionalmente
(estimación subjetiva o juicio de oportunidad o conveniencia) “su estructura, en orden a
la creación, ordenación o clasificación, articulación y modificación de puestos de trabajo
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°12 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
a través de los Manuales Descriptivos de Puestos institucionales (arts. 120 y 121 del
Código Municipal)” Dictamen: C-137- 2017, del 16 de junio de 2017.
Sobre el mismo punto debe recordarse igualmente que las recalificaciones obedecen
al puesto o plaza, que se encuentren reflejadas en los manuales respectivos de
puestos, no así para las personas o funcionarios específicamente.
Ahora bien, cuando se habla de recalificación debe entenderse como el cambio de
grupo clasificatorio de un puesto dentro de una misma clase, cuando hayan variado los
atestados personales del servidor regular que lo ocupa y se cumpla con el criterio de
requisitos y clasificación respectiva y exista el presupuesto para el cambio, además que
debe de existir la variación sustancial y permanente en sus tareas y responsabilidades.1
Así las cosas, se procede a realizar el análisis de lo solicitado por la funcionaría Pereira
Ramírez:
- Oficinista 1- Rosa Pereira Ramírez: En cuanto a esta funcionaría, revisado el
expediente personal que consta en el departamento de Recursos Humanos, no
se evidencia cambios en el tema académico que requiera el puesto que la citada
funcionaría ocupa el cual es oficinista 1, aspecto este último que es fácil de
corroborar al revisar el Manual de Puestos, que al efecto dispone como requisito
para ocupar dicho puesto:
A) Bachilleren Educación Diversificada.
B) De 3 a 6 meses de experiencia.
En cuanto a las funciones según el Manual de Puestos:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°13 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
• Atender al público, resolver sus consultas, suministrar documentos e información
variada sobre trámites y actividades de la dependencia, mediante el conocimiento de la
normativa aplicable al área de actividad correspondiente y en general de la organización,
con el fin de brindar un servicio informativo oportuno y confiable al diente. (Catastro,
valoración, Cobros Administrativo, Patentes, Recaudación, Ingeniería).
• Recibir, contar, registrar y reportar las diferentes cantidades de dinero que se
recaudan en las cajas de la Municipalidad, a partir de la atención de usuarios, operación
de equipo de oficina, ejecución de cálculos aritméticos, control de operaciones de
recaudación y la presentación de reportes; con el fin de coadyuvar a la eficiente
recaudación de los diferentes ingresos que percibe la institución en efectivo.
• Ejecutar diferentes tareas administrativas en materia catastral, relacionadas con
la actualización del catastro, atención de público para recibir documentación así como
transcribir notas que le soliciten y, velar por el buen estado de la documentación
mediante el archivo de los mismos, a través de un proceso ordenado y controlado.
• Coordinar la ejecución de las funciones generadas en el departamento de
Catastro:
Recepción de declaraciones, y la actualización de características de fincas,
valor, construcciones y otros requisitos del sistema integra.
Modificación de las bases imponibles.
Velar porque se mantenga el correcto enlace entre la información de la base de
datos literal y el archivo de expedientes correspondientes.
Actualización y resolución final de resoluciones.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°14 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Coordinar el suministro de información desde y hacia otras dependencias
municipales que permitan adecuados sistemas de retroalimentación para
implantar, mejorar o modificar las bases de datos. Actualización de la
información de los contribuyentes por actualización, traspaso, eliminación de
información de prerecibos por cobro de impuestos y servicios municipales a los
contribuyentes registrados en la base de datos del Sistema Integrado Municipal.
Apoyar conjuntamente con el Departamento de Ingeniería (permisos de
construcción), mejora o adición de los inmuebles con el propósito de
modificar la base imponible de la propiedad.
Recepción de las solicitudes de actualización y mantenimiento de bases
de datos de bienes inmuebles a través de un proceso ordenado y
controlado por medio de bitácoras para su debida aplicación y resolución
final.
Actualización del archivo único tributario a efectos de mantener la
información análoga debidamente respaldada y archivada.
Realizar llamadas telefónicas en gestión de cobros, así como realizar
trámites varios siguiendo los lineamientos del coordinador de cobro
Administrativo, administración Tributaria y Hacienda Municipal.
Velar por el buen funcionamiento de todos los sistemas informáticos.
Realizar el mantenimiento y actualización de la información de la base de
datos del Sistema Integrado Municipal, en los rubros de recolección de
basura, mantenimiento de parques, aseo de vías por concepto de
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°15 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
inclusión de traspasos y eliminación de los servicios a los contribuyentes
del cantón de Pococí.
Realizar el mantenimiento y actualización de las bases de datos por efecto
de traspasos de bienes inmuebles, actualización de dirección de
contribuyentes, actualización de cédulas de contribuyentes entre otras.
Realizar cualquier otra tarea propia del puesto o que sea asignada por la
Administración Tributaria, Financiera o Hacienda Municipal.
Ejecutar otras actividades propias de la clase.
Analizadas las funciones descritas en el Manual de Puestos, no se acredita el
cumplimiento del requisito respecto a la variación sustancial y permanente de las
funciones, toda vez, que más bien existe dictamen- médico-0226-2019, en el que se
recomienda que dicha funcionaría sea reubicada laboralmente a fin de que no tenga
que atender público, consecuentemente, ello ha hecho que por el momento se deban
de adecuarlas funciones de acuerdo a lo indicado por el médico tratante, así las cosas,
no se podría hablar en un cambio sustancial y permanente de funciones, ya que por el
contrario al no atender público y estar ejecutando una única tarea, como lo es el proceso
de exoneraciones, sus labores se han disminuido.
De lo anterior se desprende en concordancia con lo indicado en el oficio PRH 0162-
2016, que no se cumple con los presupuestos para la recalificación solicitada, a saber:
a) Cambio de atestados académicos.
b) Variación sustancial y permanente de las funciones.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°16 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
c) Condición médica presentada mediante dictamen- médico-0226-2019. ”
De esta forma, quedan explicados los motivos, desde el fondo, por los cuales la
funcionaría Rosa Pereira Ramírez no cumple con lo necesario para que la plaza que
ocupa sea objeto de una recalificación, recordando que esta opera esencialmente, por
la necesidad institucional, que responde al interés público, no al interés personal de la
funcionaría Pereira Ramírez, en tal sentido, al existir el informe técnico que
expresamente demuestra la falta de requisitos por la trabajadora en cuestión, resulta
improcedente el Acuerdo 655, Acta 29 del 22 de abril de 2016 del Concejo Municipal.
CUARTO. De la Revocación del Acuerdo 655, Acta 29 del 22 de abril de 2016 del
Concejo Municipal. Establece el artículo 152 de la Ley General de la Administración
Pública, que el acto administrativo podrá revocarse por razones de oportunidad,
conveniencia o mérito, y tendrá lugar únicamente cuando hay divergencia grave entre
los efectos del acto y el interés público, pese al tiempo transcurrido, a los derechos
creados o a la naturaleza y demás circunstancias de la relación jurídica a que se intenta
ponerle fin, además, el artículo 153 de esa ley, indica en lo que interesa, que la
revocación podrá fundarse en una distinta valoración de las circunstancias de hecho
que dieron origen al acto, o del interés público afectado.
De esta forma, según las normas señaladas, la divergencia grave entre los efectos del
acto y el interés público, radica en que se aprobó la recalificación de una plaza sin que
se cumplieran los requisitos técnicos para ello, desde la falta de un estudio que
estableciera la necesidad institucional, hasta la falta de requisitos del perfil de la
funcionaría Rosa Pereira Ramírez, como consecuencia, se estarían comprometiendo
ilegítimamente fondos públicos, respondiendo dicha recalificación a un interés
meramente privado, no de la institución, ni de los munícipes de Pococí, al no mediar un
documento de los funcionarios competentes que avalen la recalificación, aparte, que la
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°17 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
alcaldesa no tuvo participación, cuando de conformidad con el artículo 17 del Código
Municipal, es la administradora general del Gobierno Local, llevando a indicar que no
hay justificación válida, técnica ni jurídica, para el Acuerdo 655, Acta 29 del 22 de abril
de 2016 del Concejo Municipal, por ende, debe ser revocado.
QUINTO. En estrecha relación con el CONSIDERANDO anterior, se hace ver que el
Acuerdo 655, Acta 29 del 22 de abril de 2016 del Concejo Municipal no es, a stricto
sensu, un acto declarativo de derechos, pues la recalificación de la plaza de la señora
Rosa Pereira Ramírez, nunca se llegó a concretar al no confeccionarse ninguna acción
de personal, precisamente por la falta de formalidades y requisitos, es por esto, que el
presente asunto no está sujeto al procedimiento del artículo 173 de la Ley General de
la Administración Pública.
Lo anterior encuentra respaldo en lo indicado recientemente por la Procuraduría
General de la República, por Dictamen: C-233-2019, del 19 de agosto de 2018, en un
caso similar al que nos ocupa:
“Finalmente, tome en cuenta esa Administración que para el evento que se decida
iniciar el procedimiento administrativo para determinarla nulidad absoluta, evidente y
manifiesta, en los términos dispuestos en el ordinal 173 de la Ley General de
Administración Pública, el acto administrativo mediante el cual se materializó el derecho
del servidor xxx lo es, indudablemente, la acción de personal número 119005524, con
fecha de rige a partir del 16 de enero del 2019, pues fue a partir de dicha acción donde
se formalizó el nombramiento en propiedad, utilizando la figura del ascenso, en
discusión.
Por consiguiente, el único acto administrativo anulable lo constituye la mencionada
acción de personal, no así el oficio número DRH-PDRH-00057-2019 de fecha 24 de
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°18 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
enero del 2019, a través del cual se comunica la decisión de la administración, cuya
nulidad pretende ese Ministerio. A nuestro juicio, con el respeto que merece esa
Administración, dicho oficio es un acto de mero trámite de notificación del
nombramiento en propiedad, materializado a través de la Acción de Personal referida.
Incluso, no se trata de una “resolución” como erradamente se entiende del contenido
de la resolución N° DGIRH-URL-0091-2019.”
Fácilmente se colige, que el acuerdo tomado por el Concejo municipal anterior, que se
pretende revocar en este acto, no es más que un acto de mero trámite, si constituir por
sí mismo un acto declarativo de derechos, cuya materialización nunca se dio por la falta
de una acción de personal.
Ahora bien, de mayor peso aún, deviene lo desarrollado por la Sala Constitucional por
Voto 4245-2011, del 30 de marzo de 2011, pues es conocida la obligatoriedad de
atender sus fallos en general -al ser erga omnes-, en un caso prácticamente igual al
que se atiende:
"... II.-Sobre la vigencia de las modificaciones en las relaciones laborales. La
jurisprudencia de la Sala es reiterada en reconocer que las modificaciones en la relación
de empleo entre el patrono y el trabajador, tales como reclasificación de puestos y
beneficios salariales relacionados, encuentran plena vigencia v deben ser respetados
por la administración cuando así sean materializados, por ejemplo, mediante la acción
de personal correspondiente o el reconocimiento táctico de lo acordado -vr.brg. pago
de un salario distinto-, de donde resulta, que una modificación puede ser revocada
unilateralmente por la administración siempre que no se haya materializado o plasmado
en la respectiva acción de personal, aún y cuando aquella modificación sí hubiese sido
comunicada al trabajador. En este sentido, mediante sentencia número 2008-15316, de
las quince horas del 10 de octubre de 2008, señaló la Sala que: “El tema de la afectación
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°19 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
del salario o de las condiciones laborales en general guarda estrecha relación con el
momento en que se materializan las condiciones ventajosas para el servidor, toda vez
que si los beneficios o derechos han sido ya comunicados pero aún no se han
materializado -a través, por ejemplo, de la acción de personal correspondiente-, le
asiste a la administración la posibilidad de no ejecutarlos y proceder a su revocación.
En efecto, en un asunto similar al que ahora se conoce, mediante la sentencia número
2006-15780, de las dieciséis horas catorce minutos del treinta y uno de octubre de dos
mil seis, definió la Sala que: “Este Tribunal considera que en el caso de marras no se
configura violación alguna a los derechos de la amparada, pues del estudio del
expediente no se desprende prueba alguna que haga pensar que la reasignación de la
recurrente v los derechos derivados de ésta, se hubieran materializado en una acción
de personal, por lo que el hecho de que el Directorio Legislativo hubiera dejado sin
efecto lo dispuesto en el oficio DRH-588-05-2006 al comprobar que no se habían
cumplido con todos los requisitos necesarios para la reasignación de la recurrente, no
vulnera en forma alguna lo dispuesto por nuestra Constitución Política, tal y como lo ha
señalado la Sala en su jurisprudencia. ” De la jurisprudencia de cita se entiende, a
contrario sensu. Que si la reasignación y los derechos que de ella se derivan va se
encuentran materializados, la administración se encuentra impedida de revocar
unilateralmente los derechos reconocidos a sus servidores, sino que. Como también lo
ha definido la Sala, deberá seguirse un procedimiento determinado y legalmente
establecido para gue la revocación resulte válida a la luz del derecho de la Constitución.
Así, mediante sentencia número 2003-9155, de las nueve horas cincuenta y un minutos
del veintinueve de agosto de dos mil tres - criterio reiterado posteriormente en la
sentencia 2004-13216, de las dieciocho horas ocho minutos del veintitrés de noviembre
de dos mil cuatro-, precisamente conociendo de la reversión de una recalificación
laboral, estableció la Sala que: “Sobre el fondo: la reversión de la recalificación. Bien
intencionado, aunque mal orientado, el Ministro de Seguridad Pública pretende ahora
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°20 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
simplemente dejar sin efecto la recalificación. Procura con un error corregir otro. Si la
Administración Pública por error otorga un derecho a un tercero, debe corregirlo
mediante un procedimiento fijado en la ley. Mientras tanto debe hacer frente a lo que
dictó y, si incurre en pérdidas económicas, buscará la indemnización a cargo de los
responsables de haber hecho a la Administración incurrir en ese error. El procedimiento
para gue la Administración corrija los errores que otorgan derechos subjetivos está
fijado en el artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública, el cual refleja
un principio elemental del Derecho Público. Si la nulidad del acto es evidente v
manifiesta, lo cual debe sopesar el Ministerio, promoverá con toda celeridad un
procedimiento administrativo para anular la recalificación, si no. deberá interponer un
proceso de lesividad. Solo después del procedimiento se podrá retrotraer la situación
del amparado a la condición previa a la recalificación. Antes del procedimiento y
mientras se tramita, el recurrente debe disfrutar del derecho que ya la Administración
otorgó. El Ministro alegó que el acto no se había materializado, pero del expediente se
desprende que no es cierto, puesto que la misma Administración reconoce que tuvo
que cambiar el número de puesto que ocupa el amparado, ya que el sueldo del que
ocupa regularmente ya estaba actualizado. (...) En suma, si la administración ha
acordado o reconocido derechos a sus servidores -aún se trate de servidores en
condición de interinos en plaza vacante-, tales derechos serán revocables de suyo por
la misma administración siempre y cuando no se encuentren ya materializados; caso
contrario, de existir va. por ejemplo, una acción de personal gue así valide tales
derechos o beneficios, la administración se encuentra obligada a seguir va sea los
procedimientos de los artículos ciento cincuenta v cinco o ciento setenta v tres de la
Lev General de la Administración Pública o. en su caso, el proceso de lesividad bajo
los parámetros legalmente establecidos, pues de no hacerlo así la administración
estaría cometiendo una violación al principio de intangibilidad de los actos propios
establecido en el artículo treinta v cuatro de la Constitución Política -ver, en este sentido,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°21 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
sentencia número 2007-9804, de las quince horas cuarenta y cuatro minutos del cinco
de julio de dos mil siete-. Del mismo modo, así los derechos hayan sido otorgados o
reconocidos por error administrativo, el servidor tiene derecho a que se le continúe
respetando el beneficio acordado mientras se tramita el procedimiento correspondiente,
pues no es el servidor quien debe soportar de inmediato y sin procedimiento previo las
consecuencias de la inadecuada actuación de la administración; será en un momento
posterior que la administración podrá establecer los demás procedimientos que en
derecho corresponda para revertir el impacto patrimonial que haya podido sufrir por
parte de quienes indujeron el error administrativo...”(El subrayado no es del original)
(Ver de esa misma Sala los fallos 15780-2006 y 7533-2011)
En el mismo sentido, se puede consultar la jurisprudencia del Tribunal Contencioso
Administrativo y Civil de Hacienda, entre otras, las Sentencias: 00054, expediente
judicial 11-003461-1027-CA, de fecha 22 de marzo del 2012, hora: 07:40:00 a.m.,
emitida por la Sección VI, y la N° 103-2014-VI, emitida por la Sección VI a las 10:35
horas del 04 de julio del 2014, donde se aborda también este tema.
De lo indicado por la Sala Constitucional, en esencia y resumen, podemos rescatar
cuando señala que si los beneficios o derechos han sido ya comunicados pero aún
no se han materializado -a través, por ejemplo, de la acción de personal
correspondiente-, le asiste a la administración la posibilidad de no ejecutarlos y
proceder a su revocación, justo como en este caso se está realizando, por cuanto
nunca hubo materialización de la recalificación en beneficio de la funcionaría Rosa
Pereira Ramírez, en consecuencia, se proceder a decretar la revocación del Acuerdo
655, Acta 29 del 22 de abril de de 2016, de este Órgano Colegiado, pero con otra
conformación.
SEXTO. Finalmente, no puede perderse de vista que en caso de llegar a materializarse
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°22 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
la recalificación de la funcionaria Pereira Ramírez, por no cumplir ni una sola de las
formalidades ni requisitos, al mediar fondos públicos, se incurriría en el delito de
Reconocimiento Ilegal de Beneficios Laborales, con una pena de hasta dos años de
prisión, previsto en el artículo 56 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento
Ilícito en la Función Pública, delito en el cual, evidentemente, este Concejo municipal
no desea incurrir, otro aspecto más de relevancia, por el que se decreta la revocación
del Acuerdo 655, Acta 29 del 22 de abril de 2016.
POR TANTO
De conformidad con los argumentos expuestos, en atención a los artículos 152 y 153
de la Ley General de la Administración Pública, por ser contrario a la ley, al no cumplir
formalidades ni requisitos la funcionaria Rosa Pereira Ramírez para ser objeto de una
recalificación de su puesto, y al no haber una materialización por no existir una acción
de personal, respaldados por lo señalado por la Procuraduría General de la República
y la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, y para evitar incurrir en el
delito de Reconocimiento Ilegal de Beneficios Laborales, se decreta la revocación del
Acuerdo 655, Acta 29 del 22 de abril de 2016, tomado por este Concejo municipal (con
otra conformación). NOTIFÍQUESE.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: De conformidad con los argumentos expuestos, en
atención a los artículos 152 y 153 de la Ley General de la Administración Pública,
por ser contrario a la ley, al no cumplir formalidades ni requisitos la funcionaria
Rosa Pereira Ramírez para ser objeto de una recalificación de su puesto, y al no
haber una materialización por no existir una acción de personal, respaldados por lo
señalado por la Procuraduría General de la República y la Sala Constitucional de la
Corte Suprema de Justicia, y para evitar incurrir en el delito de Reconocimiento
Ilegal de Beneficios Laborales, se decreta la revocación del Acuerdo 655, Acta 29
del 22 de abril de 2016, tomado por este Concejo municipal (con otra conformación).
NOTIFÍQUESE. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°23 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
ACUERDO Nº 2360
Se presenta ante este el Sr. José Pablo Sibaja Brenes, cédula N°1-1200 0166, Distrito
Jiménez Pococí, dice:
Saluda, muchas gracias por darme este espacio para explicarle sobre una situación, sobre
un proceso que se ha está dando y yo como químico industrial y también que tengo una
maestría en gestión y estudios ambientales de la Universidad Nacional y como académico
de la Universidad Nacional de la Universidad de Costa Rica entonces vengo a exponerles
y a explicarles sobre mí punto de vista con respecto a lo que podría suceder aquí en en el
cantón, es con respecto al expediente D121762 – 18 de SETENA, donde la empresa y
m&m recycling genero un documento que entrego a SETENA desde ya hace más de un
año sobre una planta industrial recicladora de metales para instalarla en Pococí, pero
después con el tiempo se fue haciendo algunos cambios en el proceso algunas
recomendaciones y pasó a ser una planta de separación y recuperación de residuos
valorizables de batería.
Entonces por eso es que yo estoy aquí para explicables sobre este cambio y las
implicaciones que podría tener colocar una industria de este tipo en Pococí, no entran
mucho en la parte técnica de ellos incluyen ya un diagrama de flujo más detallado donde
tiene la materia prima, el proceso productivo y el tratamiento, generalmente este tipo de
industrias una industria química que se trata como una industria química peligrosa por el
tipo de sustancias y el volumen de materia prima con la que trabaja y generalmente
debería estar instaladas en lo que es una zona industrial, porque hay maquinaria pesada
la producción se produce lo que es plomo metálico, ósea toman las baterías las
despedazan sacan los componentes, uno de esos componentes es el plomo y eso Lo
tratan para después de exportarlo para generar nuevas baterías.
Pero hay otros productos como plástico y ácido que son parte de las baterías que también
podría ser residuos y un producto al final de ese diagrama de flujo, entonces una industria
de este tipo generalmente tiene impactos al aire o la generación de gases y partículas al
agua porque se libera lo que es el ácido de las baterías al suelo, porque hay residuos
sólidos peligrosos que tienen plomo, tienen ácido y otros componentes la escoria que se
genera el ruido que genera esa planta y las posibles enfermedades a los trabajadores, y
a la gente que está alrededor por eso en las Industrias de este tipo hay un control muy
estricto sobre el ambiente laboral, debe de haber una responsabilidad con la comunidad o
con los que están alrededor y que el encargado de la empresa se ocupe del control
constante y tecnológico del proceso, no puede ser un proceso muy rudimentario porque
entonces puede haber una serie de problemas que les voy a exponer luego.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°24 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Entonces volviendo a nivel de Costa Rica, esta industria es de alto riesgo por los riesgos
ambientales asociados y los riesgos a la salud pública, el documento ha estado por Setena
concierta revisiones con el Ministerio de Salud y hay un formulario el D1 que entonces
todos estos cambios no han sido incluidos empezó como una industria recicladora pero
ahora es una industria química, pero sigue siendo el formulario inicial eso es un problema
que ya trae este proceso no hay un estudio socioeconómico no han contactado a la
comunidad para decirles este tipo de empresa un acercamiento si es necesario si el punto
si es un lugar para colocar esta empresa y también el plan regulador para lo que es el plan
regulador no se tiene ahorita el plan regulador para esa zona, pero si es una zona
residencial hay casas hay un colegio y hay varias viviendas que se podrían ver afectadas,
el Ministerio de salud inicialmente no aprobó la ubicación de ese lugar en ausencia del
plan regulador el desarrollador del proyecto apelo y luego el Ministerio de Salud dijo que
se iba a pronunciar hasta el momento de otorgar el permiso sanitario funcionamiento lo
cual viola el principio precautorio Por qué es una zona no destinada para una industria y
no vamos a esperar a colocar una industria. Explica Ampliamente.
Se adjunta información.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°25 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°26 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°27 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°28 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°29 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°30 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°31 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°32 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°33 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Participan de la Palabra.
Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.
Esto tiene que ir a los departamentos técnicos, para la revisión de fondo, no se va a tomar
ninguna decisión al respecto, porque requiere atenderse u verse todos los elementos que
conllevan a este asunto, hay que recordar que es un estado a derecho, hay que revisar
los dos lados verlo objetivamente que es la situación y precisamente en esta conformación
ahora por supuesto el departamento de gestión ambiental es un espacio pues natural al
señor de control constructivo y al departamento legal, sería los tres departamento de
convergerían en la tensión análisis de esta situación de que nos traen acá y por supuesto
en el dictamen para este órgano colegiado.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
Saluda, felicitar este a José Pablo y al señor que presentó el recurso de Amparo y a las
Asociaciones de Jiménez que hoy están aquí presentes, es lamentable nosotros como
Concejo Municipal tenemos la obligación de promover los empleos y empleos de buena
calidad, pero sin con esto nos complique la vivencia de los de los pocosiseños, Jiménez
es un Distrito bañado por un montón de fuentes y ríos, hace más o menos un mes que
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°34 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
algunos vecinos han estado preocupados y entonces me metía a ver cómo estaban los
permisos o hasta donde estaba.
Hace como dos años o tres años y medio solicitamos al departamento construcciones que
cuando habían permisos un poco complicados que fuera el Concejo o una comisión que
los diera, esta empresa comenzó sin permiso, pagó la multa y siguió construyendo, yo le
decía al departamento patentes que cómo estaba eso, si el departamento construcciones
recibió la documentación nosotros tenemos que mandar la patente al Concejo el llamado
hoy a la gente Jiménez es que no permitamos que esta contaminación se instale ahí, la
construcción tendrá que tomarla para otra cosa, pero nosotros no vamos a permitir que se
instale una planta donde va a contaminar no sólo el Distrito Jiménez sino que
prácticamente el cantón y con el tiempo la provincia.
Así es que Jimeneños tenemos que defender la causa y cuenta con mi apoyo, ayer estuve
llamando a las Asociaciones de Jiménez y algunos vecinos y agradecerles porque hoy
están acá y es un derecho y un deber de nosotros defender, hacerle un llamado a los
funcionarios no es posible que no haga un estudio más profundo para probar un permiso
como esto y el Ministerio salud yo no sé qué está haciendo aquí el Ministerio salud o en
este cantón, porque no debió de aprobar esa idiotez de montar en esa planta en Jiménez
muchas gracias.
Reg. Johnny Vargas Arrieta.
Saluda, realmente Benavides ya lo dijo clarito, creo que todo el Concejo asusta esta
situación creo que todo el Concejo se ha pronunciado en contra de esto como, dijo el señor
Presidente Municipal hay que ver los dos nudos de las dos puntas del mecate. Por qué
razón porque todas las partes en Costa Rica tienen un derecho a la defensa, todos en
Costa Rica tenemos que darnos el debido proceso por supuesto que nosotros no estamos
de acuerdo en esa barbaridad,
El Departamento Legal, Departamento Ambiental de la Municipalidad tiene que hacer una
revisión como grupo asesor del Concejo Municipal y que en el momento de que tengamos
que tomar la decisión hay que parar esa patente no se debe permitir que continúe, hay
que busca la manera de que se frene mientras se hacen los estudios, deberíamos llamar
a la señora Nora Barrero para que nos explique los alcances de lo que han hecho ellos en
función de este proceso, yo creo que esto no va a pasar menos en Jiménez, señor
presidente ver si podemos dejar la comisión y con un pequeño grupo.
Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°35 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
esa solicitud y me dieron un par de personas y por eso yo indique a lo último más bien se
va a abrir mejor una mesa de trabajo ya eso va a requerir muchas horas de trabajo.
Reg. Suplente Oscar Garro Rojas.
Aquí primeramente el tema legal, entonces entiendo que la gente de construcciones va a
referirse al tema de permisos y obviamente si no si no estamos con permisos pues hay
una acción inmediata que tiene que tomar la alcaldía, no es ni siquiera este Concejo es
una acción administrativa, tiene que mandar a cerrar eso inmediatamente.
Al departamento de gestión ambiental tiene que registrarse de inmediato en la setena y
pedir ser incluido dentro del proceso del expediente de D1 21 762 - 10 para que nosotros
estemos informados de todo el contenido del tramite de ese expediente y nosotros
tengamos acceso a esa información, en tercer lugar quiero llamar la atención a todos
ustedes señores Regidores para que tomen conciencia de que el plan regulador es una
herramienta sobre la cual nosotros deberíamos estar trabajando y no la tenemos, es
inminente que nosotros pongamos a funcionar el plan regulador y que ustedes le asignen
presupuesto, y si seguimos pensamos que el presupuesto para esto lo va a traer de aquí
a no se cuanto a no se cuanto eso no va ocurrir ya casi pasaron cuatro años y no paso
nada, para que los vecinos estén enterados de que eso es una decisión de este Concejo
que está ahí en el aire y que no se toma, muchas gracias.
Síndico Juan Luis Gómez Gómez.
El señor que nos hace la exposición una persona preparada donde nos habla claro de
todos los impactos que esto va ocasionar y recogiendo el espíritu de la mayoría de los
regidores creo que aquí hay una voluntad clara y seria en que con la salud y el agua de
Pococí no se juega, y yo creo eso no he percibido de parte los regidores y eso no puede
ser en ninguna parte de este cantón no puede ser ni en Palmitas, Jiménez, ni en Guápiles
en ningún lado.
Recuerden que nuestra riqueza son los mantos acuíferos, precisamente y no podemos
contaminarlos y mucho menos podemos poner en riesgo la salud de nuestros habitantes
por lo tanto felicitar a la gente Jiménez que está organizada valientes y que cuenten con
el apoyo porque eso me duele que un departamento se disparen y autorice construir
cuando deben de haber otros estudios sobre los impactos que esto va a ocasionar, y eso
pasa en la municipalidad de Pococí de que esté adelantan criterios autoriza situaciones
que nos pueden causar grandes consecuencias y afectar enormemente al cantón.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°36 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Así que estamos acá yo creo el concejo municipal desde los síndicos propietarios y
suplentes a los regidores propietarios y suplentes en decir esto no va a pasar porque no
puede pasar muchas gracias señor presidente.
Alcaldesa, Elibeth Venegas Villalobos.
Saluda, Si efectivamente nosotros como gobierno local, tenemos la obligación de velar
porque todos los proyectos que se hagan el cantón beneficien a las comunidades, nunca
vamos a estar aprobado ningún proyecto que perjudique las comunidades, aquí están
presentes los departamentos quiero agradecer la presencia de ellos ya que el horario de
ellos se venció hace ratito, pero están aquí con mucho compromiso y en esa misma línea
de compromiso vamos a estar revisando y agradecemos mucho que hoy se nos haya
visitado que nos haya puesto esta situación porque por supuesto y que creo que aquí
como una gran voz vamos a estar muy juntos en este tema ya que la prioridad nuestra es
mejorar las condiciones de todos, no desmejorarlas en ningún momento pero si lo vamos
a revisar con mucha responsabilidad como lo sabemos hacer los diferentes departamentos
muchas gracias señor presidente.
Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.
Nosotros queremos para tomar la decisión oportuna claramente hay un asunto de interés
público cuando hacen la exposición lo primero que uno llega a esa conclusión pero
tenemos que quedar el espacio a los compañeros nuestros de los departamentos para
que vean todo el tema de fondo me imagino que ya se han conversado, pero entonces
todo tiene que llevar un proceso y por supuesto después emitir un criterio ya debidamente
por escrito técnico en toda todos los aristas que tiene este tema, más bien probablemente
en el futuro para otros cantones en la provincia en el país lo que se haga hoy aquí puede
servir más bien de experiencia para ellos también poder orientar alguna decisión al
respecto.
Reg. Ovidio Vives Castro.
Saluda, Escuchando ahí la información y los comentarios que dan nuestros compañeros
pues obviamente estos bien delicado esto es muy serio, estos son temas que casi nunca
nos viene todos los martes acá y al menos yo en lo personal, no quiero como regidor dejar
un legado mal para nuestros niños, para nuestros jóvenes, para nuestros ciudadanos del
distrito y de este cantón, desde ya y con mucha decisión y carácter muy mío mi argumento
pues va a ser, no voy a apoyar este proyecto que más argumento técnico y científico está
presentando Pablo en esto con sólo eso, aquí se me tiene que respetar mi opinión sea
favorable, negativo, positivo pero yo no quiero dejarles un legado de enfermedad de
contaminación tanto al distrito al cantón y en la provincia y esto de mucho cuidado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°37 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Yo esperaría que ni la patente, ni que llegué acá, porque nos vemos en la obligación
entonces de votar a favor o de votar en contra de una vez que llegue aquí, eso ni siquiera
tienen que tramitar esa patente aquí no llegué acá, ya es un asunto y lo dijo el ingeniero
Garro es un asunto ya muy administrativo primero que tienen que valorarlo y analizarlo
con los técnicos de no la municipalidad, antes que llega acá, ahora bien si la patente llega
el próximo martes dentro de 15 días y 22 días no se preocupen yo voy a decirle no, y mi
argumento señor Pablo me a pasar esa exposición porque va a ser mi argumento para
que conste en las actas el día que lo vote contra, muchas gracias presidente.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
Nosotros vamos a defender y estamos de acuerdo en traer fuentes de trabajo una vez más
lo digo, pero estamos dispuestos a defender porque alrededor de esa de esa planta
tenemos familias, nietos e hijos, a Jiménez lo vamos a defender a capa y espada, solicitarle
al señor presidente que nombremos una comisión de regidores y con personas
interesadas de nuestra comunidad incluyendo si él me afecta el señor José Pablo para
que él que en la comisión.
Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.
Yo tomé la decisión de pasarlo a los departamentos técnicos para que más bien
convoquen ellos una vez tengan analizado con suficiente tiempo, ahora sí que llamen para
yo analizar si proceder a conformar la comisión.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
Yo no confío en dejárselo en manos de ellos.
Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.
Me parece que son palabras muy gruesas compañero, me parece que ya pues estamos
bastante grandes aquí ya dijimos que íbamos a parar la patente hasta tanto tener
conocimiento de fondo y también no podemos, recuérdese que ellos obedecen a un tema
de normas, entonces hay que esperar a ver hasta dónde ha llegado todo el estudio,
además la alcaldía pues está pidiendo que le pasen la documentación para ellos
comenzar, como decimos nosotros un trabajo de pinza cerrando por todos lados.
Pero eso requiere trabajo, porque insisto en estos momentos aquí está la documentación
de patente no viene nada sobre este tema, me parece bien trabajar a priori eso está bien
para que antes de que venga, tendríamos de tomar una decisión pero esto se va a pasar
al despacho de la alcaldía, para que con el departamento de control constructivo porque
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°38 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
hay una crítica abierta aquí y eso fue lo que sentí, yo creo que ellos tienen el derecho
descargar yo creo que todos tenemos derecho a descargar a ver porque fue y también
después entonces si hay que documentar y argumentar para retrotraer este tema que con
usted todavía no ha venido aquí el tema la patente, estamos trabajando a priori puede ser
que inclusive no haya mayor discusión puede ser que inclusive como dijo el compañero
Garro, puede ser que la alcaldía de la directriz a los departamentos de parar y no siquiera
hacer un asomo a este Concejo para tomar decisiones de fondo al respecto.
Mañana estarían convocados a las 8 de la mañana y control constructivo en el señor Jean
Carlos Ruiz y de gestión ambiental al Señor Fabián Delgado, Alejandro Vega, del
departamento legal al Señor Carlos Hernández y Cristian Córdova y los compañeros del
Concejo, para esa reunión no en detrimento que pueda participar algún técnico, demás
que quieran incorporar en la mesa de acuerdo ese sería.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Reunión el día miércoles 30-10-2019 a las 8:00 AM,
Ing. Jean Carlo Ruiz, Alejandro Vega, Fabian Delgado, Carlos Hernández, Cristhian
Córdoba, Compañeros del Concejo Municipal, interesados de la comunidad,
analizar, emitir un informe respecto a la situación a este Concejo.
ACUERDO Nº 2361
El Sr. Presidente, Freddy Hernández Miranda procede a Juramentar al Comité Pro-Asfalto
Comunidades Ruta 247.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°39 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Quedan Debidamente Juramentados.
ACUERDO Nº 2362
El señor Presidente Freddy Hernández Miranda, procede a Convocatoria Sesión
Extraordinaria Jueves 31 de octubre del 2019, 5:00 pm.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Sesión Extraordinaria Jueves 31 de octubre del
2019, 5:00 pm. En la sala de sesiones del Concejo Municipal.
ACUERDO Nº 2363
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-287-2019.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°40 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia comercial
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
379 Araya Bogantes Venta de autos Guápiles, 200 mts norte
Alejandra del Servicentro Santa
Clara.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2364
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-287-2019.
Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia comercial
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
380 Dennis Hernández Comidas rápidas Guápiles, frente al
Michael para llevar Colegio de Ingenieros
Agrónomos
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2365
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°41 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-287-2019.
Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia comercial
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
381 Rivera Ortega Pulpería Guápiles, 400 mts sur del
Jajaira antiguo Ebais de La
Unión
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2366
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-287-2019.
Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia comercial
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
382 Huertas Gómez Ana Sala de belleza Cariari, 75 mts oeste de
Yorleny Panadería Mar y Ross
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°42 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
ACUERDO Nº 2367
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-287-2019.
Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia comercial
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
383 Cox Hadges Patricia Cafetería y Guápiles, 200 mts oeste
repostería y 50 mts sur del Mucap
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2368
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-287-2019.
Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia comercial
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
384 Inversiones Elisan Oficina Guápiles, 300 mts este,
S.A Administrativa 15 mts norte, 300 mts
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°43 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
este del Super El
Diamante
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2369
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-287-2019.
Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia comercial
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
385 Martínez Alemán Comercialización al La Rita, frente a la plaza
Yohuner por menor de de deporte de Palmitas.
animales y
productos para
animales
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2370
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-287-2019.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°44 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia comercial
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
386 Rojas García Sofía Tienda Guápiles, 300 mts oeste
y 75 mts norte de la
Iglesia Católica.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2371
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-287-2019.
Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia comercial
Exp Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
387 Porras Villalobos Academia y Cariari, en el centro
Kembly servicios de belleza comercial el Sura local
N°24.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2372
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°45 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-287-2019.
Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia de licores
Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
Vega Zúñiga Dayle Minisúper categoría Cariari, 800 mts sur de la
D1 Escuela de Monte Rey
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2373
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-287-2019.
Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia de licores
Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
Ruiz Ruiz Cristela Restaurante Jiménez, 600 mts sur y
María categoría C 140 mts oeste de la
Escuela de Anita Grande.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°46 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2374
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Carlos Jiménez Rojas, Unidad de
Patentes, dice:
Oficio: PA-287-2019.
Deseándole éxitos en su labores, por este medio les remito lista de los expedientes de
licencias comerciales, licores y temporales, para su respectivo referéndum, los cuales
cumplen con los requisitos que se requieren.
Licencia de licores
Nombre del Solicitante Actividad DIRECCION
Arce Sánchez Restaurante Guápiles, 50 mts oeste
Abraham categoría C del cementerio.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ARTICULO II
Asuntos de la Sra. Alcaldesa.
ACUERDO Nº 2375
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-0340-2019.
Asunto: Se solicita Adjudicar y acuerdo de pago.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°47 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 415 folios,
correspondiente a la Licitación Abreviada No. 2019-LA-000013-CL01, compra de
Uniformes Empleados Municipales, solicitud presentada por la Licda. Marcela Cordero
Aguilar, coordinadora de Recursos Humanos.
Se recibió oferta de las empresas:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°48 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°49 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°50 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°51 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°52 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°53 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°54 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°55 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°56 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°57 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°58 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°59 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°60 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°61 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°62 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°63 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°64 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°65 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°66 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a las
empresas:
Ítem N.1 Confección de Blusas, Camisas y Gabachas para funcionarios.
Uniformes Kelinda S.A, por un monto de ¢1.922.400.00 (un millón novecientos
veinte y dos mil cuatrocientos colones exactos) monto de acuerdo al contenido
presupuestario existente por recomendación de la Licda. Emilia Masis Alfaro,
coordinadora de salud ocupacional.
Dehiry Chaves Picado (Diseños y Bordados Pigui), por un monto de
¢5.579.360.00 (cinco millones quinientos setenta y nueve mil trescientos sesenta
colones exactos) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por
recomendación de la Licda. Emilia Masis Alfaro, coordinadora de salud
ocupacional.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°67 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Ítem 2. Confección de pantalones y Enaguas para funcionarios
Uniformes Kelinda S.A, por un monto de ¢2.593.100.00 (dos millones quinientos
noventa y tres mil cien colones exactos) monto de acuerdo al contenido
presupuestario existente por recomendación de la Licda. Emilia Masis Alfaro,
coordinadora de salud ocupacional.
Dehiry Chaves Picado (Diseños y Bordados Pigui), por un monto de ¢
3.862.652.00 (tres millones ochocientos sesenta y dos mil seiscientos cincuenta y
dos colones exactos) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por
recomendación de la Lcda. Emilia Masis Alfaro, coordinadora de salud ocupacional.
Ítem 3. Compra de Calzado
Calzado moderno de Pococí, por un monto de ¢ 25.200.000,00 (veinte cinco
millones doscientos mil colones exactos) monto de acuerdo al contenido
presupuestario existente por recomendación de la Licda. Emilia Masis Alfaro,
coordinadora de salud ocupacional.
Ítem 4. Compra de pantalones de mezclilla para funcionarios
Roxana Pacheco Alvarado (Roxi), por un monto de ¢5.386.500,00 (cinco millones
trescientos ochenta y seis mil quinientos colones exactos) monto de acuerdo al
contenido presupuestario existente por recomendación de la Licda. Emilia Masis
Alfaro, coordinadora de salud ocupacional.
A manera de resumen, la siguiente tabla, muestra la distribución por empresa adjudicada,
líneas adjudicadas y el monto total a pagar por empresa.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°68 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Por
Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar a las empresas:
Ítem N.1 Confección de Blusas, Camisas y Gabachas para funcionarios, Uniformes
Kelinda S.A, por un monto de ¢1.922.400.00. Dehiry Chaves Picado (Diseños y
Bordados Pigui), por un monto de ¢5.579.360.00, Ítem 2. Confección de pantalones
y Enaguas para funcionarios, Uniformes Kelinda S.A, por un monto de ¢2.593.100.00,
Dehiry Chaves Picado (Diseños y Bordados Pigui), por un monto de ¢ 3.862.652.00,
Ítem 3. Compra de Calzado, Calzado moderno de Pococí, por un monto de
¢25.200.000,00. Ítem 4. Compra de pantalones de mezclilla para funcionarios,
Roxana Pacheco Alvarado (Roxi), por un monto de ¢5.386.500,00. Licitación
Abreviada No. 2019-LA-000013-CL01, compra de Uniformes Empleados Municipales.
Dispénsese del trámite de comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2376
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-0343-2019.
Asunto: Se solicita acuerdo de pago.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°69 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 65 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2019-CD-000225-CL0l, Feria de la Salud 2019,
Solicitado por la Licda. Emilia Masis Alfaro, Dpto. Salud Ocupacional.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°70 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°71 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°72 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°73 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°74 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la empresa:
Ítem No. 1 Servicio de Alimentación (Batidos Funcionales)
Raquel Sáenz Coto, por un monto de ¢425.000.00 (cuatrocientos veinte y cinco mil
colones exactos), monto de acuerdo al contenido presupuestario existente, por
recomendación la Lida. Emilia Masis Alfaro, Dpto. Salud Ocupacional.
Ítem 2: Actividades de Capacitación (Hidratación)
Raquel Sáenz Coto, por un monto de ¢385.000.00 (trescientos ochenta y cinco mil
colones exactos. monto de acuerdo al contenido presupuestario existente, por
recomendación la Lida. Emilia Masis Alfaro, Dpto. Salud Ocupacional.
Ítem 3: Actividad de Capacitación deportiva.
Raquel Sáenz Coto, por un monto de ¢1.000.000.00 (un millón de colones
exactos) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente, por
recomendación la Lida. Emilia Masis Alfaro, Dpto. Salud Ocupacional.
Ítem 4: Actividad de Capacitación Salud natural.
Raquel Sáenz Coto, por un monto de ¢150.000.00 (ciento cincuenta mil colones
exactos) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente, por
recomendación la Lida. Emilia Masis Alfaro, Dpto. Salud Ocupacional.
Cuadro resumen:
Los siguientes cuadros, muestran la evaluación general de cada uno de los aspectos
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°75 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar a la empresa:
Ítem No. 1 Servicio de Alimentación (Batidos Funcionales), Raquel Sáenz Coto, por
un monto de ¢425.000.00. Ítem 2: Actividades de Capacitación (Hidratación), Raquel
Sáenz Coto, por un monto de ¢385.000.00. Ítem 3: Actividad de Capacitación
deportiva, Raquel Sáenz Coto, por un monto de ¢1.000.000.00. Ítem 4: Actividad de
Capacitación Salud natural, Raquel Sáenz Coto, por un monto de ¢150.000.00.
Compra Directa No. 2019-CD-000225-CL0l, Feria de la Salud 2019. Dispénsese del
trámite de comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2377
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-0344-2019.
Asunto: Se solicita acuerdo de pago.
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 68 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2019-CD-000224-CL01, servicio de Alimentación
Actividad de Capacitación Feria de la Salud 2019, Solicitado por la Licda. Emilia Masis
Alfaro, Dpto. Salud Ocupacional.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°76 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°77 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°78 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la empresa:
Rosibeth Leiva Barrios, por un monto de ¢1.600.000.00 (un millón seiscientos mil
colones exactos), monto de acuerdo al contenido presupuestario existente, por
recomendación la Lida. Emilia Masis Alfaro, Dpto. Salud Ocupacional.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar a la empresa:
Rosibeth Leiva Barrios, por un monto de ¢1.600.000.00. Compra Directa No. 2019-
CD-000224-CL01, servicio de Alimentación Actividad de Capacitación Feria de la
Salud 2019. Dispénsese del trámite de comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO Nº 2378
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-0318-2019.
Asunto: Se solicita acuerdo de pago.
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 69 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2019-CD-000199-CL01, servicio en ciencias de
la salud, Solicitado por la Licda. Emilia Masis Alfaro, Opto. Salud Ocupacional.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°79 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la empresa:
Danesa JYK S.A, por un monto de ¢3.900.000.00 (tres millones novecientos mil
colones exactos), monto de acuerdo al contenido presupuestario existente, por
recomendación la Lida. Emilia Masis Alfaro, Opto. Salud Ocupacional. Según
detalle:
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar a la
empresa: Danesa JYK S.A, por un monto de ¢3.900.000.00. Compra Directa No. 2019-
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°80 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
CD-000199-CL01, servicio en ciencias de la salud. Dispénsese del trámite de
comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2379
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-0345-2019.
Asunto: Se solicita acuerdo de pago.
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 34 folios,
correspondiente a modificación unilateral a la Licitación Abreviada N° 2018-LA-000035-
CL01: proyecto Mejoramiento de caminos codificados en lastre, utilizando un sello asfaltico
integrado no estructural, con emulsión de rompimiento lento CSS-l, como parte del plan
de conservación de la Red Vial Cantonal.
Esta modificación unilateral se realiza con fundamento al artículo No. 208 del Reglamento
a la Ley de Contratación Administrativa. El trámite se realiza a solicitud del Ing. Freddy
Rivera Varela, coordinador Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal.
De acuerdo al análisis y revisión del proceso por parte de la administración y el Ing. Freddy
Rivera Varela, determino que la empresa: DINAJU S.A, cumplen con todo lo solicitado.
Oficio visible en los folio No. 27-28.
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, autorice a la señora Alcaldesa pagar modificación
unilateral para mejoramiento de caminos codificados en lastre, utilizando un sello asfaltico
integrado no estructural, con emulsión de rompimiento lento CSS-l, como parte del plan
de conservación de la Red Vial Cantonal, según detalle:
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar modificación
unilateral para mejoramiento de caminos codificados en lastre, utilizando un sello
asfaltico integrado no estructural, con emulsión de rompimiento lento CSS-l, como
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°81 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
parte del plan de conservación de la Red Vial Cantonal. Licitación Abreviada N°
2018-LA-000035- CL01. Dispénsese del trámite de comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2380
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-0341-2019.
Asunto: Se solicita acuerdo de pago.
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 23 folios,
correspondiente a Adenda de la Compra Directa No. 2018-CD-000120-CL01, Adenda,
servicio de Gestión y Apoyo para el Dpto. Contabilidad, solicitado por Licda. Ivannia
Batista Araya coordinadora del Dpto. Contabilidad,
'.
Se recibió documentos de la señorita:
Eulin Stephanie Espinoza Vargas, aceptando la ampliación del contrato DPM-55-
2018, por un monto de ¢1.500.000.00 (un millón quinientos mil colones exactos)
por un periodo de 6 mes, aportando certificaciones completas según invitación.
Se realiza el análisis con fundamento en el artículo número 209, (contrato Adicional), en
vista que acepta continuar brindando el servicio de Gestión y Apoyo para el Dpto.
Contabilidad, manteniendo los precios ofertados en el proceso de compra inicial, se
recomienda continuar con el proceso de adenda.
Por tanto
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la Sra. Alcaldesa a pagar la adenda al
contrato DPM-55-2018 a la señorita:
Eulin Stephanie Espinoza Vargas, por un monto de ¢1.500.000.00 (un millón quinientos
mil colones exactos) por un periodo de 6 meses, monto de acuerdo al contenido
presupuestario existente, por recomendación de la Licda. Ivannia Batista Araya
coordinadora del Dpto. Contabilidad.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar a la señorita:
Eulin Stephanie Espinoza Vargas, por un monto de ¢1.500.000.00 (un millón
quinientos mil colones exactos) por un periodo de 6 meses. Adenda de la Compra
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°82 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Directa No. 2018-CD-000120-CL01, Adenda, servicio de Gestión y Apoyo para el
Dpto. Contabilidad. Dispénsese del trámite de comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO Nº 2381
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-0342-2019.
Asunto: Se solicita acuerdo de pago.
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 184 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2019-CD-000211-CL01, Compra de Llantas para
Camiones Recolectores de Residuos y Camiones Livianos de Saneamiento Ambiental,
solicitado por el Lic. Fabián Delgado Villalobos, Dpto. Gestión Ambiental Municipal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°83 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la empresa:
Centro Llantera del Atlántico S.A, por un monto de ¢6.971.900,00 (seis millones
novecientos setenta y un mil novecientos colones con cero céntimos), monto que
se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación del
Lic. Fabián Delgado Villalobos Gestión Ambiental Municipal. Según detalle:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°84 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar a la empresa:
Centro Llantera del Atlántico S.A, por un monto de ¢6.971.900,00. Compra Directa
No. 2019-CD-000211-CL01, Compra de Llantas para Camiones Recolectores de
Residuos y Camiones Livianos de Saneamiento Ambiental. Dispénsese del trámite
de comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2382
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-0347-2019.
Asunto: Se solicita acuerdo de pago.
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 14 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2019-CD-000123-CL01, (adenda) contratación
de personal para recolección de recursos no valorizables, solicitud presentada por el Licdo.
Fabián Delgado Villalobos, Coordinador de Unidad de Gestión Ambiental Municipal.
Se recibió documentos de la empresa:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°85 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la empresa:
C.R.A. Compañía Recolectora Atlantis S.A, por un monto de ¢ 4.889.285,48 (cuatro
millones ochocientos ochenta y nueve mil doscientos ochenta y cinco colones con 48/100)
por un mes, monto de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación
del señor Fabián Delgado Villalobos.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra. Alcaldesa a pagar a la empresa:
C.R.A. Compañía Recolectora Atlantis S.A, por un monto de ¢4.889.285,48. Compra
Directa No. 2019-CD-000123-CL01, (adenda) contratación de personal para
recolección de recursos no valorizables. Dispénsese del trámite de comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2383
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°86 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-0330-2019.
Asunto: Se solicita acuerdo de pago.
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 35 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2019-CD-000198-CL01, servicio de
mantenimiento de embarcación MPL, solicitud presentada por el Licdo. Fabián Delgado
Villa lobos, Coordinador de Unidad de Gestión Ambiental Municipal.
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la
empresa:
Lutz Hermanos & CIA LTDA, por un monto de ¢4.360.000,00 (cuatro millones trescientos
sesenta mil colones exactos) para el mantenimiento de la embarcación por 1000 horas,
monto que se ajusta de acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación
del señor Fabián Delgado Villalobos.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°87 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Por Mayoría de 8 votos a favor 1 voto en contra, SE ACUERDA: Se Autoriza a la Sra.
Alcaldesa a pagar a la empresa: Lutz Hermanos & CIA LTDA, por un monto de
¢4.360.000,00. Compra Directa No. 2019-CD-000198-CL01, servicio de
mantenimiento de embarcación MPL. El Reg. Reinaldo Benavides Vargas vota en
contra. Dispénsese del trámite de comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Hace uso de la palabra:
Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
Ing. Fabián Delgado Villalobos.
Reg. Patricia Aguilar Araya.
Reg. Johnny Vargas Arrieta.
Razonamiento de voto positivo de la Reg. Patricia Aguilar Araya.
Lo estoy votando porque Fabián me está diciendo el día de hoy aquí que los trámites
podrían estar de aquí a unos 15 días y espero que Fabián le dé bastante seguimiento a
esto, porque yo también voy a estar pendiente, ya que usted está diciendo que ya le
contestaron y que realmente es importante lo que pudiese hacer la lancha en ese sector
realmente el tema de la basura en Colorado. Lo voto porque usted me asegura que mínimo
15 a 22 días eso está listo, sino no lo estaría votando.
ARTICULO III
Lectura, Discusión y Verificación del Acta N°77 Extraordinaria
del 21-10-2019, Acta N°78 Ordinaria del 22-10-2019
ACUERDO Nº 2384
Se Conoce Acta N°77 Extraordinaria del 21-10-2019.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N°77 Extraordinaria
del 21-10-2019. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°88 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
ACUERDO Nº 2385
Se Conoce Acta N°78 Ordinaria del 22-10-2019.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N°78 Ordinaria del
22-10-2019. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ARTICULO IV
Mociones
ACUERDO Nº 2386
MOCIÓN:
Presentada por la regidora Maricruz Chaves Alfaro
CONSIDERANDO:
Que existen varias vías del casco central de Guápiles y con ella se afecta la seguridad de
las personas o usuarios en el libre tránsito tanto peatones como conductores.
MOCIONO:
Para que el departamento vial realice una revisión de los lugares donde es necesario en
el casco central de Guápiles (paradas de buses, demarcación respectiva de calles, etc) y
poder hacer la demarcación que corresponda a los lugares que sean necesarios para la
seguridad de todos así como el respeto de la vía como corresponde.
Enviar un informe de las acciones tomadas al Concejo Municipal en 15 días hábiles.
Reg. Mariela Monge Araya.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°89 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Con respecto a la solicitud de la compañera Maricruz, tengo una inquietud hace como dos
meses la parada que esta frente a servicentro de Guápiles lo que es la rampa la picaron,
pensé que la iban a reparar y a mejorar, para que de la petición de la compañera también
se verifique muy bien con respecto a la rampa que le den una revisión sobre todo esa que
fue la que observe.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción presentada por la Regidora
Maricruz Chaves, y adicionarle la solicitud de la Reg. Mariela Monge Araya, para que
se revise la rampa de la parada que esta frente a Servicentro Guápiles.
ACUERDO Nº 2387
MOCIÓN: Por el Reg. Ovidio Vives Castro.
1-Que el artículo 12 del Código Municipal es claro. Capítulo 1- El Gobierno
Municipal estará compuesto por un cuerpo deliberativo denominado Concejo
Municipal e integrado por los Regidores que determine la ley, además, por un
Alcalde y su respectivo suplente, todos de elección popular.
2-Que el artículo 13 del Código Municipal en su inciso a, Título 111, Capítulo 1,
es muy claro al dictar que son atribuciones del Concejo, fijar las políticas y
prioridades de desarrollo del Municipio, conforme al programa de gobierno
inscrito por la alcaldesa municipal y mediante la participación de los vecinos;
además de los incisos b, e, e, 1, p, s.
3-En sesión extraordinaria N°77 del 21-10-2019, acuerdo N°2317 el
Honorable Concejo Municipal aprobó la modificación presupuestaria 06- 2019.
4-En dicha modificación se incorporó varias partidas por el monto de ¢5.500.000.00(dos
millones de colones con 00/100, como aporte extraordinario para transferir al Comité
Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí.
POR LO TANTO MOCIONO:
1-Se autorice a la administración municipal realizar todas las transferencias y aportes
extraordinarios al Comité Cantonal de Deportes de Pococí.
2- Que se dispense el trámite de comisión, se proceda a la discusión y
posteriormente se someta a la votación.
3- Que se tome el acuerdo definitivamente aprobado, en firme.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°90 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción, y se autoriza a la Alcaldía hacer
todas las transferencias al Comité Cantonal de Deportes como aportes
extraordinarios, aparte del ordinario eventualmente, Se Dispensa del Trámite de
Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2388
MOCIÓN:
Presentada por el Reg, Eliecer Araya Brenes.
Es con respecto a lo del tránsito, para coordinar en Cariari donde se hace el desvió, cuando
entran los buses y carro que vienen de adentro la mayoría pasan directo al casco del
centro de Cariari y ya ha habido muchos accidentes por ese motivo, al rotulo le echaron
una pintura negra y lo choferes no lo observan, entonces no hay ni una señal en la
carretera en donde se diga que no hay paso o desvío, ni demarcación de la calle nada de
esos existe, y esto es una necesidad en Cariari para ver cómo se mejora para evitar
muchos accidentes por medio de eso yo hago la petición.
MOCIONO: Solicitarle a la Unidad Técnica, contemplar la demarcación horizontal y vertical
del distrito del casco de Cariari, tomar en cuenta el desvío que viene de norte a sur a la
entrada al casco del distrito.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción, Se Dispensa del Trámite de
Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 2389
Propuesta:
Presentada por la Regidora Patricia Aguilar Araya.
CONSIDERANDO: Hace poco se había solicitado que se viera en la ruta nacional por el
liceo San Agustín calle hacia la Colonia, hay una tapa muy profunda en la carpeta de
rodamiento, que todavía no se le ha dado solución que es peligrosísima.
PROPONGO: Para que se busque la alternativa de lo que se necesita hacer, para evitar
accidentes, y ver que solución se le podría dar.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°91 ACTA N°79 Ordinaria. 29-10-2019
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la propuesta, coordinar con A y A y buscar
soluciones, trasladar propuesta al depto. de la Junta Vial.
AL SER LAS DIECINUEVE HORAS CON VEINTE MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN
F-FREDDY HERNANDEZ MIRANDA F-GUILLERMO DELGADO OROZCO
PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIO MUNICIPAL
C/c: SRS. REGIDORES, OTROS.
ARCH.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.