Ordinaria 2 · 2019-01-11

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 2 del 2019-01-11 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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PAGINA N°1                 ACTA N°02 Ordinaria.                      11-01-2019



         MUNICIPALIDAD DE POCOCI
              ACTA MUNICIPAL
         N°02 ORDINARIA. 11-01-2019
  SESION ORDINARIA. N°02 DEL 11-01-2019, INICIADA A LAS 17:00
  HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA
  SIGUIENTE ASISTENCIA:
  ===============================================================
  REGIDORES DIRECTORIO                     REGIDORES SUPLENTES
  Johnny Vargas Arrieta
  Arelys Fernández Chaves (Sust. Patricia Aguilar Araya) Osael Campos Bolaños
  Ovidio Vives Castro                       Mariela Monge Araya
  Ginnette Sequeira Granados                Luis. Gdo. Venegas Ávila
  Bernardo Antonio Veach Davis              Virginia Hernández Rivera
  Reinaldo Benavides Vargas                 Marta Salgueras Vásquez
  Eliecer Araya Brenes                      Oscar Garro Rojas
  Freddy Hernández Miranda (Quien Preside)Mª de los Ángeles Núñez Fuentes
  Maricruz Chaves Alfaro                    Domingo Matarrita Gutiérrez
  =====================================================
  SÍNDICOS PROPIETARIOS        SÍNDICOS SUPLENTE
  Geison Valverde Méndez
  Johnny Córdoba Hernández                 Katherine Mendoza Montero
  Juan Luis Gómez Gómez
  Luis Ángel Rodríguez González            Dafne Padilla Monge
  José A. Chavarría Villarreal             Ana Patricia Rosales Valverde
  Javier Jiménez Villalobos
  Joel Umaña Salazar                       Lisseth Monge Araya

        GUILLERMO DELGADO                     ELIBETH VENEGAS
             OROZCO.                             VILLALOBOS
            SECRETARIO                      ALCALDESA MUNICIPAL
  =====================================================




                    “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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                        ORDEN DEL DÍA

   Acuerdos                                          ARTÍCULO


   17 - al -31              I                    Correspondencia


                                   Lectura, Discusión y Verificación del
       32                   II      Acta N°01 Ordinaria del 08-01-2018


     33, 34                III                        Mociones




             Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.



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                                   ARTICULO I
                                Correspondencia

ACUERDO Nº 17
El señor Presidente Freddy Hernández Miranda, nombra en comisión a la Regidora
Patricia Aguilar Araya, presentar su respectivo informe de comisión.

ACUERDO Nº 18
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Marlene Jiménez Pérez, Secretaria
Federación Caproba, dice:

SFC-01-01-2019

Reciba un cordial saludo; por indicaciones de la presidencia del Consejo Intermunicipal se
le recuerda de la reunión para los días; martes 15 y miércoles 16 al ser las 5. 00 pm en la
Federación y los días vienes 18 y sábado 19 en el Cantón de Talamanca.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar Viáticos y Transporte.

ACUERDO Nº 19
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora Krisley Vargas Fuentes, Teléf.
6158-2623, 8593-8416, dice:

Estimados señores, por medio de la presente yo, krisley José Vargas Fuentes, Cédula 7-
0280-0101, solicito muy respetuosamente una ayuda económica de ¢500,000.00. Esto
para poder financiar una gira a lima Perú, del 26 de febrero al 03 de marzo del 2019.

Donde he sido invitada a través del grupo de baile folklórico Herencia Criolla, grupo que
representa nuestro cantón, del cual soy integrante activa desde el 2016. "Adjunto
Invitación Perú Costa Rica, he invitación a mi persona como integrante". El monto
solicitado cubriría gastos tales como: Pasaje Aéreo (ida y vuelta por ¢265,620.00) vacunas


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obligatorias (Stamaril costo de ¢60,000) viáticos y movilización dentro del país, (por un
monto aproximado de ¢175,000.00).

Agradeciendo de ante mano con cualquier ayuda que puedan brindarme ya que mi familia
no cuenta con los recursos necesarios para solventar los costos de dicha gira.

Además soy Egresada del CTPP, del 2018, por lo que no soy trabajadora activa
actualmente.




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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Comisión de Hacendarios y al
despacho de la Alcaldía.

ACUERDO Nº 20
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal de Pococí, dice:

DACM-0006-2019

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Asunto: Remisión Informe del Programa de Residuos Sólidos Valorizables municipales
Respetables señores:

Mediante la presente se remite Informe del Programa de Residuos Sólidos Valorizables
municipales elaborado por la Unidad Técnica de Gestión Ambiental en relación a lo
solicitado en el acuerdo N°2706, acta N°83.




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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce Informe.

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ACUERDO Nº 21
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr. Ing. Ariel Francisco Vega León,
Director MOPT, dice:

DVOP-2018
El mismo como sigue:




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Por Unanimidad SE ACUERDA: Quedamos a la Espera del análisis y el dictamen de
dicha de Comisión


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Reg. Johnny Vargas Arrieta.

Saluda, hoy en la tarde yo me preocupe porque aparentemente la diputada Yorleny me
llamo de que no tenía el acuerdo de esta Municipalidad, Orozco me hizo el favor sacar
todo, ya los acuerdos ya los tenemos todos aprobados nosotros estamos de acuerdo en
todo el tema y ya se le envió a la señora diputada.

ACUERDO Nº 22
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Sr Yorleni Obando Guevara, Secretaria
Municipalidad de Talamanca, dice:




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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.




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ACUERDO Nº 23
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Licda. Ileana Acuña Jardín, Jefe,
Departamento Secretaria Municipal, dice:

DSM-4186 San José.




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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.


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PROPUESTA:
Reg. Freddy Hernández Miranda.

Felicitar a la Banda Municipal de Acosta por representarnos tan dignamente en el desfile
de las Rosas en Pasadena California el primero de Enero de 2019.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la propuesta presentada por el Regidor
Freddy Hernández Miranda, Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo
Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 24
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Marjorie Mejías Villegas, Secretaria
Concejo Municipal a.i Municipalidad de Atenas, dice:




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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce

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ACUERDO Nº 25
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el ing. Jean Carlos Ruiz Hernández,
Coordinador Departamento Planificación y Control Constructivo, dice:

Oficio DPCC-003-2019.

Referente: Proyecto APC OC-851993

Estimados señores,
Por este medio me permito saludarlos respetuosamente y a la vez les remito el trámite
bajo ron el contrato APC OC-851.99.3 para qua .sea sometido a refrendo por pacte del
Concejo Municipal, según acuerdo 1332, Acta 43, Artículo 1. El proyecto de construcción
consiste en lo siguiente:

Construcción de "Locales comerciales", los se encontrarán ubicados l00rn norte de la
entrada principal del Colegio Técnico Profesional de Pococí, Guápiles, el cual fue tasado
por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos en ¢76.250.000 y cuenta con un área
de construcción de 284m2• El proyecto consistirá en la construcción de tres locales
comerciales los cuales contarán cada uno con su servicio sanitario acondicionado de
acuerdo a lo establecido en la Ley N°7600, además de una bodega interna en cada local.

El sistema de tratamiento de las aguas negras se hará mediante un tanque séptico
convencional. El proyecto cuenta con la aprobación del Ministerio de Salud y no requiere
de SETENA al no superar los 500m2 de área constructiva nueva. Debido a que el proyecto
se tramita mediante la plataforma digital del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos,
APC, esta información no se maneja en físico por lo que la documentación referente al
proyecto,    incluido    los    planos     constructivos    se    enviaron     al    correo
prosecretariaconcejo@yahoo.es

Por lo tanto, si se puede extender la licencia de construcción, le adjunto toda la
documentación existente del caso su pronta respuesta

Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Licencia de Construcción, Se Dispensa
del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.

ACUERDO Nº 26
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Wilberth Solano Solano, Capitán de
Policía, Ministerio de Seguridad Pública, dice:


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Oficio N° MSP-DM-DVURFP-DGFP-DR12-DPP-001-2019
01-Diciembre del 2019

Para su información y corresponda a su digno cargo le informo lo siguiente:

El viernes 28 de diciembre al ser aproximadamente las 23:30 horas, realizamos una
inspección de rutina en el Bar LAB, ubicado al costado oeste del campo de aterrizaje. Se
comprobó que presenta licencia de restaurante número 7513 a nombre de Jhony Rivera
Cerdas cédula 2-0535-0398. Así como licencia de venta de licor número 1311, permiso
sanitario de funcionamiento por parte del Ministerio de Salud, HC-ARS-P- 0572-2018, de
restaurante con venta de licor resolución HC-ARS-P-6716-2018, toda la documentación al
día, se identificó como administrador el señor Jalvis Antonio Suárez, documento de
residencia 155811326009, de nacionalidad nicaragüense.

En dicha inspección se pudo observar lo siguiente:

Primero: Habían alrededor de unas 100 personas o más dentro de dicho establecimiento
comercial y parte del parqueo.

Segundo: Esto ocasiona vehículos mal parqueados alrededor de la vía y por ende un
problema vial, tuvimos dificultades de espacio para ingresar al parqueo con nuestros
vehículos policiales.

Tercero: Las personas que estaban tomando licor también estaban bailando permanecían
en la orilla de la barra y el salón todos de pie, ya que no se observaron mesas ni sillas por
ningún lado para poder determinar que había personas sentados consumiendo o
esperando alimentos, la música estaba bastante fuerte en la parte de adentro no se podía
hablar ya que no se escuchaba, tuve que solicitarle al administrador salir del local
comercial para poder entender nuestra conversación, situación que no es normal para un
establecimiento comercial que se dedica a vender comida y licor, más bien parecía una
discoteque con personas ingiriendo licor bailando y haciendo un gran ruido.

Cuarto: En la parte de cocina había una persona quien dijo ser la cocinera, pero no se
observaba por ningún lado movimiento de estar preparando algún tipo de alimentos para
la venta.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al despacho de la Alcaldía y al Depto. de
Administración Tributaria, departamento de patentes para lo que corresponda.




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ACUERDO Nº 27
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el ing. Henry Madrigal Calvo, Coord. Dpto.
Desarrollo y Control Urbano, dice:

Oficial: DDCU-007-2019

REFERENTE: REACTIVACIÓN DE LA LICENCIA MUNICIPAL DE CONSTRUCCION PROYECTO LAS
GEMELAS / 1 KM AL NORTE DEL CURCE DE RICHARD, ROXANA




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Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Conoce.

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ACUERDO Nº 28
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Mauren Monge Bolaños Unidad de
Bienestar Social, Familia y Mujer, dice:

PMB0001-2019.

Asunto Seguimiento a oficio SMP-2289-18.




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Por Unanimidad SE ACUERDA: Pendiente de Coordinar Sesión Extraordinaria.

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ACUERDO Nº 29
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa
Municipalidad de Pococí, dice:

DACM-0007-2019

Asunto: Autorización firma de Adenda al Convenio con la Asociación Deportiva Santos,
para la administración del Estadio Municipal Ebal Rodríguez.

Mediante la presente se remite el oficio SJI-002-ENE-2019 de la Lic. Christian Córdoba
Oviedo del Departamento de Servicios Jurídicos Internos en relación al análisis de la
adenda al convenio con la Asociación Deportiva Santos, para la administración del estadio
municipal Ebal Rodríguez

Se solicita autorizar a la señora Alcaldesa firmar la adenda al convenio con la Asociación
Deportiva Santos, para la administración del estadio municipal Ebal Rodríguez.

                             OFICIO N° SJI-002-ENE-2019




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                          MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ




   ADENDA AL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE
                 POCOCÍ Y LA ASOCIACIÓN DEPORTIVA SANTOS


Entre nosotros, ELIBETH VENEGAS VILLALOBOS, mayor de edad, femenina,
divorciada, Abogada y Educadora, sin ningún tipo de discapacidad, con cédula de
identidad 5-182-428, vecina de Guápiles, Pococí en mi condición de Alcaldesa de la
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ, cédula jurídica Nº 3-014-042125, con facultades
suficientes para este acto, según Resolución Nº 1313-E11-2016 dictada por el Tribunal
Supremo de Elecciones a las 10:05 horas del 25 de febrero de 2016, y autorizada por el
Concejo Municipal para la firma del presente convenio, según consta en Acuerdo Nº 29 de
la Sesión    Ordinaria del 02 de enero del 2019, en adelante denominada la
MUNICIPALIDAD; y RAFAEL ÁNGEL ARIAS BRENES, mayor, masculino, sin
discapacidad alguna, casado, médico, funcionario del Hospital de Guápiles, vecino de
Guápiles, Pococí, Limón, portador de la cédula de identidad número 2-355-220, en mi
condición de Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de
la ASOCIACIÓN DEPORTIVA SANTOS, cédula jurídica número 3-002-400295, sin fines
de lucro, domiciliada en Guápiles, Pococí, Limón, en el estadio municipal Ebal Rodríguez
Aguilar en adelante denominada la ASOCIACIÓN; CONSIDERANDO:


I. Que entre la Municipalidad de Pococí y la Asociación Deportiva Santos se realizó un
convenio, vigente al día de hoy, donde se otorgó a título precario la administración del
estadio Ebal Rodríguez Aguilar, propiedad exclusiva de la MUNICIPALIDAD.



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II. Que la gramilla sintética con que contaba el estadio Ebal Rodríguez Aguilar, se instaló
el 23 de julio de 2009, venciendo su vida útil en el año 2014.


III. Que la ASOCIACIÓN, luego del respectivo estudio, realizó mediante la contratación de
una empresa de conocido prestigio, labores para la desinstalación de la gramilla sintética
actual del estadio propiedad de la MUNICIPALIDAD, revisión con láser de los niveles de
campo y ajustarla a lo requerido para la instalación de la nueva gramilla, revisión, ajuste y
reparación de los drenajes a lo requerido para el buen funcionamiento de la nueva gramilla,
instalación de la nueva gramilla sintética con “Shock pad”, todo por un monto de ciento
noventa y dos millones setenta y tres mil veintiún colones con setenta y nueve céntimos
(₡192.073.021,79).


IV. Que conforme a los ajustes que requirió el proyecto total, y debidamente documentado,
el costo final fue de doscientos setenta millones de colones (₡270.000.000).


V. Que la ASOCIACIÓN cubrió la mayor parte de los costos de aquellos trabajos con
recursos propios.


VI. Que para cancelar la totalidad de los trabajos realizados en el estadio Ebal Rodríguez
Aguilar, incluyendo los costos adicionales, la ASOCIACIÓN suscribió un crédito con el
señor José Alberto Castillo Calvo, por setenta millones de colones (₡70.000.000).


VII. Que la MUNICIPALIDAD por medio del personal competente, ha comprobado los
trabajos realizados en el estadio.


VIII. Que la MUNICIPALIDAD cuenta con recursos que fueron presupuestados
precisamente para las mejoras del estadio Ebal Rodríguez Aguilar, partida mencionada en
el Oficio: UP-032-2018, por parte de la Unidad de Presupuesto del ayuntamiento.

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Por lo tanto, hemos acordado en realizar la presente adenda al supra citado
Convenio, la cual se regirá por las siguientes cláusulas:


PRIMERA. Agréguese un cuarto párrafo a la cláusula Décima tercera del convenio que se
adenda, el cual dirá:


“Sin perjuicio de lo anterior, la Municipalidad de Pococí, cuando lo estime conveniente para
los intereses del cantón, podrá invertir en mejoras y -en ciertos casos- mantenimiento del
estadio, en coadyuvancia con la ASOCIACIÓN, recordando que la MUNICIPALIDAD no
está obligado a ello por motivo de este convenio, únicamente en casos que demuestren
verdadera trascendencia para el bien inmueble, en beneficio pleno de los munícipes,
reiterando que toda obra hecha al estadio queda en propiedad indiscutible de la
MUNICIPALIDAD, sin contraprestación alguna.”


SEGUNDA. Que por lo previamente expuesto, por una única vez, tal y como fue
desarrollado en los CONSIDERANDOS de esta adenda, en los cuales son verificables
totalmente los trabajos realizados al bien inmueble municipal, se acuerda trasladar la
cantidad de setenta millones de colones (₡70.000.000), en favor de la ASOCIACIÓN, para
culminar el pago de obra, lo cual representa aproximadamente el 26% de la inversión total,
por lo que la participación municipal es muy inferior al total invertido.


TERCERA. La MUNICIPALIDAD, por tratarse de fondos públicos, deberá designar un
funcionario o funcionaria para fiscalizar que el pago sea debidamente tramitado hasta su
destinatario final.




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CUARTA. Este convenio empezará a regir a partir de su firma. Es todo. En fe de lo
anteriormente pactado, firmamos en tres originales en la ciudad de Guápiles, a las XXX
horas del día XXX de enero de dos mil diecinueve……………………..............




_________________________             ________________________________
Alcaldesa Municipal de Pococí.        Presidente Asociación Deportiva Santos




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Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Adenda al Convenio de Cooperación
entre la Municipalidad de Pococí y la Asociación Deportiva Santos por la
Administración del estadio Municipal Ebal Rodríguez. Se Dispensa del Trámite de
Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.



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ACUERDO Nº 30

Comentario por parte del Regidor Freddy Hernández Miranda en relación al:

                     REGLAMENTO DE AYUDAS A TERCEROS.

Tengo entendido que quería suprimirse, pero es la manera más ágil de ayudar a alguien
directamente. Si se tiene una situación ya sea nosotros que lo que como hace un
mecanismo el IMAS directamente transfiere los recursos, vía cheque o transferencia a la
persona que hizo la solicitud o en algunos casos se compra los medicamentos, la cama,
la Silla de ruedas o lo que sea.

Después en el artículo 7 Siempre el capítulo 1 dice del monto de la ayuda no será salvo
en caso sumamente seccional y justificada debidamente por la oficina bienestar social y
familia y mujer mayor a un salario base; yo estoy proponiendo que por lo menos sean
mínimo la del techo a 3 salarios base por lo menos. El salario base anda en trescientos
mil y un pico.

Si hay una situación de infortunio, llámese la muerte de una persona, un ataúd
medianamente bueno, no baja de 500,000 o 600,000. Entonces me parece que poner un
techo a una ayuda como a esas, como la muerte de una persona que no se da cuenta
usted una hora después tiene comenzar a hacer todas las carreras entonces así las cosas,
Yo diría ponerle un techo a 3 salarios base para poder cubrir de manera inmediata valga
la redundancia los gastos inmediatos.

Reg. Johnny Vargas A.

Yo digo que lamento si es una atadura para muchos aspectos y se regula mucho, al final
de cuenta no se pueden hacer coberturas fuertes como para ayudar a la gente.
Están los regidores por ejemplo no para criticar porque yo mismo bote aquello los 10
millones de colones pero a veces no es justo que nosotros con tan poquito presupuesto
quememos el presupuesto en ayudas a terceros en un solo objetivo; a veces matamos la
gallina de los huevos de oro en el sentido de que podemos darle una ayuda a una persona
pero tal vez esa persona puede hacer una campaña y donde el pueblo le puede ayudar
con recolectas y hasta se socializa mejor el problema de esa persona.

Entonces digo que seamos visionarios, que está bien que nosotros ayudemos a todo
mundo, a todas esas personas que están en ese infortunio; un incendio, una persona
invalida, una operación de emergencia en los estados Unidos y a veces no hay tiempo



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como para hacer una campaña, es la verdad y en eso también tenemos que ser
conscientes de que si tenemos que mover para que el aparato sea ágil.

Esa es mi recomendación, que socialicemos las cosas de manera que se puedan hacer
rápido los trámites.

Reg. Maricruz Chaves A.

Había una controversia también en el reglamento respecto al otorgamiento de becas, por
eso se hablaba sobre suprimir el capítulo 3 y el 2.

Se había hablado de la situación económica Municipal se estaría suprimiendo esos dos
temporalmente.
Ahora bien, se estaba suprimiendo solo parte del artículo 4 del capítulo 1. Aquí donde
indica el reglamento de ayudas a Terceros, se aprueba el capitulo 1 y se suprime el
capítulo 2 y 3.

Eso fue lo que se externó en ese momento y si ustedes ven que se tiene que hacer una
variación, porque el accionar es distinto, porque la Municipalidad ha mejorado en sus
recaudaciones, porque se ha dispuesto para que los síndicos busquen las personas que
se les va a ayudar, porque no es solo darle el insumo a las personas que necesitan, sino
tener conocimiento de quienes son esas personas para poderles dar estos recursos.

Entonces, si bien es cierto como ustedes dicen: nosotros mismos nos podemos estar
ahorcando, hay que ser muy meticulosos en estas ayudas para que no haya ninguna
problemática a nivel legal ni a nivel social.

Porque nosotros quisiéramos darle a todo el mundo, pero hay una dificultad económica
aparte del déficit fiscal que hemos tenido alrededor de dos años entonces es ahí donde se
ve afectado esto.

Entonces, de una u otra manera hemos tratado de ayudar para que esto no se vea
afectado, pero si ustedes consideran que se tiene que volver a incorporar esos artículos,
tengan en cuenta eso precisamente y que debe de haber dinero presupuestado para que
nosotros podamos dar esas ayudas a terceros de una forma eficiente, no solamente
porque estamos hablando también las subvenciones en centros educativos y becas a
ciudadanos y ciudadanas del cantón.

Reg. Freddy Hernández M.

Ustedes han sido responsables, eso lo reconozco, pero que no vaya en detrimento del
poder activar en algún momento del poder activar en el momento yo estoy claro; que el

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Concejo maneja presupuesto al igual que la ministración. En estos momentos no hay
recursos en esa cuenta, pero a través de una Modificación Presupuestaria se le puede
incluir la partida. Pero eso sería para asuntos calificados.

Reg. Maricruz Chaves A.

En ese momento recordemos que no fue una decisión solo mía, más bien fue de la
comisión y la comentamos entre varios que estuvimos ahí. Ya había llegado unas dos o
tres veces este reglamento. Explica ampliamente.

Reg. Freddy Hernández M.

Pero mantengámoslo para no estrangular nosotros la misma capacidad de acción en algún
momento.

Reg. Maricruz Chaves A.

Que no se haga ningún cambio entonces.

Reg. Ovidio Vives C.

yo siento que este es un tema que no tenemos por qué limitarnos a ayudar al pueblo
estamos en un cantón muy grande, con grandes necesidades y esta Municipalidad y las
Administraciones pasadas de los Concejos siempre se han caracterizado por ser muy
solidarios y colaborares con nuestra propia gente, ya sean nacionales o ya sean
extranjeros.

Yo sinceramente son muy pocos de votar en contra cosas, pero yo esto no lo votarían y lo
justificaría bien porque no se le puede limitar, no sabemos en qué momento vamos a tener
emergencias muy serias en éste cantón, y creo que según el estudio que se le haga a la
familia o a la persona así se le va a aprobar en su momento la ayuda, pero que no quede
cortado eso o encasillado. Explica ampliamente.

Reg. Freddy Hernández M.

Estamos en la discusión y es parte de nutrir. Entonces y viendo que hay desavenencias
por el monto de la ayuda, quedará sujeto según estudio de la oficina de Bienestar Social,
entonces ahí no se le pone un monto específico.

Reg. Maricruz Chaves A.



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El compañero está diciendo que son montos muy elevados para personas que tienen una
situación especial, pero recordemos que es una ayuda. De una u otra manera también
tenemos que dejarlo de esa forma porque la oficina como lo dice usted, son los encargados
de indicar cuál es el monto y si es un monto que se supera, entonces debería venir al
Concejo para que nosotros seamos los que votemos por eso.

Reg. Freddy Hernández M.

Lo podemos adicionar así, entonces del monto de la ayuda, sujeto según el estudio hecho
por la oficina de Bienestar Social. Para que ellos técnicamente nos digan mediante una
justificación.

Reg. Reinaldo Benavides.

No necesariamente tiene que dársele becas en efectivo sino que también en implementos.
(Aporta ejemplos de personas a las que se les ha ayudado y de otras que no tienen
condiciones económicas)

Yo pienso que la parte en que lo está redactando el señor presidente, ahí estaríamos de
acuerdo y no suprimir esos artículos, porque tras de que cuesta tanto obtener el poder, y
si a mí el poder me lo dan es para utilizarlo.

Reg. Oscar Garro R.

En este tema tengo que decir lo siguiente: todas las leyes necesitan un reglamento. Lo
siguiente es que el reglamento puede ser tan sencillo como la copia de la misma ley. En
el tema de cuanto es lo que se le va a dar a la gente, tiene que haber siempre un
lineamiento y ustedes han ido dilucidando que si supera cierto monto entonces no es que
se está diciendo que el monto es ese, sino que viene al Concejo a la Discusión es así de
sencillo como eso.
Y por lo demás, no perder de vista que lo que este Concejo o la Municipalidad le da a las
personas es una ayuda, no significando eso que hay un compromiso de resolver la
totalidad de ese problema. Si el caso lo ameritara por ser muy especial pues bueno, se
analizará.

Síndico Juan Luis Gómez G.

Efectivamente esta discusión los conlleva a ustedes a llevar o corregir o afinar aquellos
detallitos que están sueltos. Explica un ejemplo de un niño de la Rita al cual se le ayudó
para una operación fuera del país.



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Ahora que ustedes están corrigiendo ese reglamento quiero que ustedes también le metan
alguna alternativa para que esto no se convierta como el pasado en politiquería.

Reg. Ginnette Sequeira.

Respecto a lo que hablaba doña Maricruz de la comisión, lo que se hizo fue un análisis de
que en tantos años que tiene esta Municipalidad no se han dado becas a los munícipes,
siempre se ha visto que por la parte Administrativa ha sido otra cosa que no tiene nada
que ver con este reglamento.

En aquel momento lo que se dijo, como decía bien Maricruz, empezamos a ver que
correspondía las becas a los 7 distritos. Entonces, agarrar un presupuesto y repartirlo entre
los 7 distritos y luego como venía establecido aquí los estudios socioeconómicos que
había que hacerle, les correspondía a cada centro educativo.

Con respecto a eso de las becas fue cuando se dijo: “No tenemos presupuesto para esto”
de hecho que la cuenta ni siquiera tenía recursos. Y estábamos hablando de varios
millones de colones para cubrir los 7 distritos. Entonces ahí fue cuando dijimos que la parte
de las becas a los Munícipes no se va a hacer ninguna repartición, pero en mí, no recuerdo
haber dicho que suprimiéramos los artículos, es ahí donde me queda la duda de lo que se
redactó en el informe.

Lo otro de ayudas a terceros si habíamos visto que la situación que se había presentado
con el niño que se le dieron los 10 millones de colones, comentamos nosotros que en ese
momento gracias a Dios se pudo facilitar pero que no lo dejáramos tan abierto porque no
siempre íbamos a tener un presupuesto a disposición.

Pero bien hace la propuesta el compañero y doña Maricruz también lo está avalando, de
dejarlo con base a lo que venga establecido por parte del departamento de Bienestar
social.
Y lo que se vio en el artículo 37 que también se cuestionaba que para el asunto de las
becas tenía que hacerse un pago por cheque, que lo único que se quería cambiar era que
tenía que ser por depósito bancario, de ahí yo creo que no había otra modificación al
reglamento. Yo creo que tal vez no podemos decir que el reglamento lo vamos a poder
aplicar porque no hay presupuesto y si no hay presupuesto no podemos hacer nada. Ahí
seguirá pasando el tiempo que sea siempre que no tomemos la decisión e inyectemos
recursos a la cuenta.

Sr. Pdte. Freddy Hernández.

Para concluir, estamos que se mantiene el borrador a como está, el cambio que va a sufrir
sería:

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ARTICULO 7: CAPITULO I. Que el monto de la ayuda, queda sujeto según estudio y
recomendaciones de la oficina de Bienestar Social, Mujer y Familia y ser enviado al
Concejo para su análisis y aprobación.

ARTÍCULO 4: Que se adicione: que en caso de mejoras a infraestructura, la
recomendación sea de un ingeniero de planta de la Administración Municipal.

ARTÍCULO 36: Que el pago se pueda realizar ya sea por medio de cheque o por depósito
bancario.

Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Aprueba el Reglamento de Ayudas a Terceros
con las correcciones realizadas, publíquese en el Diario Oficial la Gaceta. Se
Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.

Nota de Secretaría: Adjunta el reglamento de Ayudas a Terceros con las correcciones
antes mencionadas para su publicación en el diario Oficial La Gaceta.

                            MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
                              CONCEJO MUNICIPAL
                                   COMUNICA

El Concejo Municipal de Pococí con fundamento en las potestades otorgadas por los
artículos 4, 5, 13, 43, 57, 62, 103, 109 y 110 del Código Municipal, dicta el presente
Reglamento para el Otorgamiento de Ayudas Temporales, Subvenciones y Becas de la
Municipalidad de Pococí, para estudiantes residentes de este cantón.

     REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS TEMPORALES,
    SUBVENCIONES Y BECAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 62 DEL
                        CÓDIGO MUNICIPAL.

                                   CAPÍTULO I
                 Ayudas por situaciones de desgracia e infortunio.

Artículo 1.Definición de desgracia e infortunio. Para los efectos de este Reglamento,
se define la desgracia y el infortunio como un acontecimiento inesperado que amenace o
afecte la integridad física y emocional de una persona o una familia.

Por lo que de acuerdo con ese concepto se tiene como situaciones de desgracia e
infortunio, aquellos casos causados por hechos de la naturaleza tales como: terraplenes,
inundaciones, derrumbes o incendios no ocasionados en forma premeditada ni dolosa por
el potencial afectado por dicho infortunio, así como por circunstancias accidentales e

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inevitables que deben ser debidamente demostrados o bien, por hechos derivados de
condiciones socioeconómicas patológicas como muerte, enfermedad crónica extrema,
discapacidad o indigente que afecte directamente a la persona o familia solicitante y
comprobados por la Municipalidad de Pococí. O bien, el caso de las familias en extrema
pobreza donde amerite brindar ayuda para mejoras del hogar que se habita, previo a la
realización del estudio socioeconómico correspondiente que indique este el reglamento.

Artículo 2. De los requisitos para acceder a la ayuda. Para ser beneficiario de ayudas por
este concepto, los interesados deben de cumplir con los requisitos siguientes:
a)      Ser vecino del Cantón de Pococí.
b)      Encontrarse en una situación de desgracia e infortunio, según lo dispuesto por el
Artículo 1 de este reglamento.
c)      Plantear por escrito ante la Administración Municipal la solicitud de ayuda, misma
que será trasladada a la Oficina Bienestar Social, Familia y Mujer para la confección del
respectivo expediente, así como para recabar todas las pruebas que consideren
necesarias y pertinentes para que, complementado con el respectivo estudio
socioeconómico, estas sean elevadas al Concejo para su conocimiento y resolución.
El interesado debe aportar junto con su solicitud los documentos que demuestren la
situación de desgracia e infortunio que motivan su petición, así como aquella otra
información o documentos que le sean solicitados por las instancias mencionadas en el
párrafo anterior.

d)    Someterse al estudio socioeconómico que elaborarán los designados por esta
Municipalidad para tales efectos, quienes verificarán, en primer término la situación
socioeconómica del solicitante, así como la situación de desgracia e infortunio.

Artículo 3. La Municipalidad se reserva, el derecho de solicitar y realizar toda clase de
pruebas, respetando el derecho a la intimidad y guardando la confidencialidad del caso,
que coadyuven a determinar la necesidad real del vecino que solicita la ayuda, incluyendo
la visita al hogar y a miembros de la familia del solicitante, así como la aplicación de otras
técnicas de investigación social.

Artículo 4. Para efectos de otorgar estas ayudas, la Municipalidad se reserva también el
derecho de determinar, si la ayuda se da en dinero, en artículos de primera necesidad o
cualquier otro medio que supla las necesidades en concreto, de acuerdo con las
prioridades que se determinen en cada caso, por los medios técnicos indicados. En caso
de mejoras a infraestructura, la recomendación sea de un ingeniero de planta de la
Administración Municipal.

Artículo 5. La Municipalidad deberá disponer de recursos asignados anualmente en su
Presupuesto Ordinario y a través de una partida específicamente establecida, previo a
resolver en forma favorable las solicitudes que le presenten los vecinos del Cantón, para

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el otorgamiento de ayudas por los conceptos a que se refieren los artículos anteriores,
todo sujeto siempre, a la disponibilidad presupuestaria del momento.

Artículo 6. En caso de que un acontecimiento de grandes proporciones, afecte a varios
vecinos de este cantón, la Municipalidad ayudará a tantos munícipes como lo permitan los
recursos presupuestados, destinados previamente para tales fines y tomando en
consideración el nivel de afectación de cada caso en particular.

Artículo 7. Del monto de la ayuda. El monto de la ayuda queda sujeto según estudio y
recomendación de la Oficina Bienestar Social, Familia y Mujer y que sea enviado al
Concejo Municipal para su análisis y aprobación.

Artículo 8. La Municipalidad resolverá dentro de un plazo no mayor de 30 días naturales,
toda solicitud que se le plantee, salvo casos debidamente justificados y razonables.

Artículo 9. Los informes y estudios socioeconómicos que se realicen tendrán una vigencia
de tres meses. Una vez transcurrido ese plazo deberá efectuarse un nuevo estudio o
informe, en la eventualidad de que por diversas circunstancias, esas ayudas no se hayan
entregado.

Artículo 10. La Tesorería Municipal, después de transcurrido un mes, sin que el
beneficiario de la ayuda se apersone a la Municipalidad a retirarla, deberá informar por
escrito al Concejo sobre esa situación, a efectos de que ese dinero sea reasignado a otras
ayudas para personas, familias o instituciones.

Artículo 11. De las sanciones. Si en algún momento durante la tramitación de la ayuda o
posteriormente a la entrega de la misma, se comprobara la existencia de datos falsos o
cualquier otro elemento que pueda o hubiere hecho incurrir en error a la Municipalidad,
esta podrá:

a)    Suspender, rechazar o ambas, si se estima conveniente, la solicitud planteada.
b)    Revocar la decisión favorable que hubiera tomado el Concejo Municipal.
c)    Acudir a las vías judiciales para establecer las responsabilidades penales, civiles o
ambas si se estima conveniente, que correspondan.

Artículo 12. Las ayudas temporales previstas en este reglamento sean para una persona
o familia serán por una única vez cuando esta sea por la misma causa o motivo, asimismo,
la Oficina Bienestar Social, Familia y Mujer deberá fiscalizar que la ayuda recibida cumpla
los fines para los cuales fue brindada.

La Oficina Bienestar Social, Familia y Mujer llevará un archivo de las ayudas otorgadas
que deberá de ser consultado de previo a aprobar nuevas solicitudes.

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                              CAPÍTULO II
  De las subvenciones a centros educativos públicos, de beneficencia y servicio
                         social este Concejo Acuerda:


Artículo 13. La Municipalidad podrá otorgar subvenciones a centros educativos públicos,
de beneficencia o servicio social que realicen su actividad y servicio a favor del Cantón de
Pococí, siempre y cuando se cumpla con lo dispuesto en este Reglamento y disponga del
correspondiente contenido económico anualmente en su Presupuesto Ordinario, y en una
partida específicamente destinada a estos fines.
Para tales efectos de lo dispuesto en este Reglamento, se entiende por:

a)     Centro de Educación Públicas: aquellos establecimientos como Kínder Garden,
Escuelas, Colegios, Para-Universitarias y Universidades, que estén ubicados y presten
servicios en el cantón de Pococí.
b)      Centros de Beneficencia: aquellos centros que se dediquen a la atención de
personas en riesgo social, que promuevan y desarrollen obras, proyectos, programas o
actividades de bien común, orientados a ayudar a esta población del Cantón de Pococí.
c)      Centros de Servicio Social: aquellos centros que desarrollen obras, proyectos
programas o actividades sociales, deportivas y culturales, que estén al servicio de la
comunidad y coadyuven en el mejoramiento del nivel de vida y en el esparcimiento de los
habitantes del Cantón de Pococí.

Artículo 14. Para efectos de lo dispuestos en el Artículo 13, la solicitud de subvención
deberá presentarla la organización, institución o comité interesado en ella, ante el Concejo
Municipal, por escrito, explicando en forma clara y precisa el objetivo y fines para el cual
se requiere la misma, junto con los otros requerimientos de este Reglamento.

Artículo 15. Una vez conocida la solicitud por parte del Concejo Municipal, este lo
trasladará para su estudio y dictámenes a las Comisiones de Asuntos Sociales o Asuntos
Culturales según sea el caso y de Hacienda y Presupuesto quienes harán los estudios
necesarios para determinar fehacientemente el objeto y fin que conlleva la subvención
solicitada.

Artículo 16. Para efectos del estudio que señala el Artículo anterior, estas comisiones
están facultadas para requerir a la organización solicitante de la subvención, los
documentos que estimen necesarios, pertinentes, y que, les permitan valorar el caso.
Posteriormente, lo trasladarán al Concejo Municipal, recomendando sobre la procedencia
o no y el plazo por el cual se otorgaría. Si la subvención es procedente, el Concejo
trasladará el acuerdo municipal a la Alcaldía, para que ordene las medidas del caso para
su ejecución, sujeto en todo momento a la disponibilidad presupuestaria.

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Artículo 17. Las instituciones educativas, centros de beneficencia y servicio social a que
se refiere el artículo 13 de este Reglamento, deberán además aportar la respectiva cédula
y personería jurídica vigentes, y especificar el área o áreas de su actividad, a la cual se
pretende dirigir la subvención solicitada, explicando en forma clara el beneficio que la
misma tendrá para los intereses de este cantón.

Artículo 18. Para dar seguimiento al buen empleo de los recursos otorgados, las
instituciones educativas, centros de beneficencia y servicios social beneficiadas, deberán
entregar mensual, trimestral o semestralmente un informe detallado al Concejo Municipal,
de la forma en la que se están invirtiendo los fondos. El Concejo Municipal, de acuerdo
con el tiempo destinado para brindar la subvención, establecerá la periodicidad de esos
informes, en caso de no hacerlo, se entenderá que los informes deberán ser mensuales.

Artículo 19. En caso de demostrarse que el centro beneficiario de la subvención, no está
utilizando correctamente los recursos otorgados, o cambia la finalidad de los mismos sin
autorización expresa del Concejo Municipal, la subvención podrá ser retirada por ese
órgano colegiado, previa resolución debidamente fundamentada y sin responsabilidad
alguna para la Municipalidad de Pococí.

                                 CAPÍTULO III
        Del Otorgamiento de Becas a Ciudadanos y Ciudadanas del Cantón

Artículo 20. La Municipalidad otorgará becas anuales entregadas mensualmente a
estudiantes de escasos recursos económicos, consistentes en dinero. El estudio,
reconocimiento y la definición del monto a asignar por mesa cada beneficiario será
realizado por la Comisión de Asuntos Sociales la cual emitirá un dictamen con el listado
de becados al Concejo Municipal para su aprobación/'modificación o improbación,
requiriendo para esos efectos una votación de mayoría simple.

Artículo 21. Las becas adjudicadas serán para realizar estudios en el país y será
exclusivamente para estudiantes de primaria y secundaria del sistema de educación
pública, así como órganos o entes públicos que brinden diferentes programas de
educación, como por ejemplo cultura y deporte.

Artículo 22. La Comisión de Asuntos Sociales cada año asignará según el presupuesto
municipal la cantidad de becas a cada distrito del cantón fin de que sean los Concejos de
Distrito quienes hagan la recomendación de los posibles beneficiarios según consta en el
artículo 57 inciso a) del Código Municipal. Los Concejos de Distrito una vez tengan los
formularios y los documentos correspondientes completos, deberán llevarlos a la
Secretaría Municipal a fin que este departamento abra un expediente por distrito para que
la Comisión de Asuntos Sociales analice, apruebe o impruebe las becas; sin perjuicio de
la posterior decisión del Concejo Municipal.

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Artículo 23. Podrán solicitar una beca de estudio los estudiantes que cumplan los
siguientes requisitos:

a)      Ser vecino del Cantón de Pococí.
b)      Ser estudiante activo de primaria o secundaria del sistema educativo público
costarricense.
c)      En caso de ser un programa público de cultura o deporte, tener la aprobación del
encargado del programa en el cantón y ser menor de 18 años.
d)      Pertenecer a una familia de escasos recursos económicos, para lo cual se realizará
un estudio socioeconómico, bajo las mismas reglas del regulado en este Reglamento para
las ayudas temporales.
e)     Poseer un promedio académico anual no inferior a 75% y en la nota de conducta
no inferior al 80%, salvo estudiantes en condiciones académicas especiales o alumnos de
primer ingreso al Ciclo Básico de Educación Diversificada. Asimismo, en caso de
pertenecer a un programa público de cultura o deporte, aportar un escrito del encargado
del programa en el cantón, donde haga constar que el estudiante es de buena conducta y
cumple con los objetivos del programa respectivo, salvo que sea estudiante de primer
ingreso.
f)     No ser beneficiario de otra beca.
g)      Todo estudiante que haya sido becado por esta Municipalidad, tiene derecho a la
renovación de la misma el año siguiente, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos
y deberes estipulados en este reglamento.

Artículo 24. Los formularios de la obtención de becas, se entregarán en el lugar que
establezca cada Concejo de Distrito.

Artículo 25. El solicitante deberá entregar el formulario y sus requisitos en el lugar que
establezca cada Concejo de Distrito. La sola presentación de la solicitud y los requisitos,
no acredita al solicitante como beneficiario.

Artículo 26. En el formulario de solicitud de beca deberá de incluirse la siguiente
información:
a)     Nombre del estudiante.
b)     Lugar de residencia.
c)     Número de teléfono donde pueda ser contactado.
d)     Institución educativa.
e)     Nivel académico o nombre del programa de cultura o deporte en el que se
encuentre, según sea el caso.
f)     Nombre, ocupación, lugar de trabajo, escolaridad y edad del padre o encargado.
g)     Nombre, ocupación, lugar de trabajo, escolaridad y edad de la madre o encargada.
h)     Personas que viven en el hogar.

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i)      Situación de la vivienda.
j) Indicar si es beneficiario de alguna beca.
Si se omite alguna de la información solicitada, deberá estar bien justificado el motivo por
el cual se incumplió el requisito, caso contrario no se admitirá la solicitud en general, en
todo caso, la justificación quedará a valoración por de la Comisión de Asuntos Sociales
del Concejo Municipal.
Artículo 27. Documentos que se deben de adjuntar al formulario:

a)       Fotocopia de la constancia de nacimiento que se entregó en su momento al Centro
Educativo.
b)      Dos fotos tamaño pasaporte del solicitante.
c)      Fotocopia de las órdenes patronales de la madre, padre o encargado (si tienen).
d)      Constancia de salarios o declaración jurada de ingresos de las personas que
trabajen y vivan en la casa.
e)       Constancia extendida por la CCSS, en caso de ser los padres o encargados
pensionados.
f)      Original y fotocopia del último recibo de alquiler, (si alquila).
g) Original y fotocopia del último recibo de agua, luz o teléfono de la vivienda donde
habitan.
h)       Original y fotocopia de la nota por ambos lados del año cursado.
i)       En caso de un programa de cultura o deporte, traer un escrito de aprobación del
encargado del programa en el cantón, y en caso de estar estudiando en dicho programa,
incluir en el escrito, la mención sobre la conducta y desempeño del estudiante en cuanto
a los cumplimientos de los objetivos de estudio.

Si se omite alguna de la documentación solicitada, deberá estar bien justificado el motivo
por el cual se incumplió su aporte, caso contrario no se admitirá la solicitud en general, en
todo caso, la justificación quedará a valoración por de la Comisión de Asuntos Sociales
del Concejo Municipal.

Artículo 28. La información que se da en la fórmula respectiva deberá ser fidedigna. Si se
comprueba lo contrario automáticamente se desechará la solicitud, la Comisión de
Asuntos Sociales estará en plena autoridad para verificar la información cuando así lo
considere.

Artículo 29. Los criterios de calificación y asignación para las solicitudes se establecen
respetando el siguiente orden de prioridades:
a)     Ingreso familiar.
b)     Promedio académico.
c)     Cuando se trate de un hogar de un solo encargado (solo padre, madre o
representante), éste privará sobre un núcleo familiar completo.


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d)    Si dentro del núcleo familiar algún otro miembro distinto al solicitante ya goza de
beca municipal, queda a criterio de la Comisión de Asuntos Sociales otorgar otra beca con
base al estudio socioeconómico del respectivo núcleo familiar y recomendación del
Departamento de Orientación del Centro Educativo correspondiente.

Artículo 30. Los padres o encargados del estudiante becado se comprometen a:
a)     Asistir a las reuniones de padres citadas con antelación por la institución educativa
correspondiente.
b)      Retirar el monto de su beca dentro del período asignado por la Tesorería Municipal.
c)      Que el estudiante asista puntualmente a lecciones en la Institución Educativa
donde esté matriculado.
d)      Mostrar junto a su hijo(a) o representado(a) una conducta ejemplar, dentro y fuera
de la Institución a la que asiste.

Artículo 31. El estudiante que goce del beneficio de beca deberá entregar a la Secretaría
Municipal bimestral, trimestral o semestralmente, de acuerdo en la institución
correspondiente que estudie, una certificación o constancia emitida por el Departamento
de Orientación o Registro de cada institución, o carta del encargado del programa
educativo (cultura o deporte, entre otros) del cantón, donde haga constar la buena
conducta y cumplimiento de los fines del programa que estudia.

Artículo 32. La Secretaría Municipal deberá hacer un expediente por centro educativo en
el cual archivará las certificaciones o constancias emitidas para cada uno de los
estudiantes becados.

Artículo 33. La Secretaría Municipal periódicamente deberá enviar para conocimiento de
la Comisión de Asuntos Sociales el listado de los estudiantes que por bajo rendimiento
académico perdieron el derecho a la beca por el resto del año. Este informe deberá ser
enviado según el período de entrega de notas de cada centro educativo (bimestre,
trimestre, semestre y otro). Además deberá mantener el listado en custodia por el resto
del año.

Artículo 34. La Comisión de Asuntos Sociales podrá enviar un dictamen al Concejo
Municipal para que se autorice a la Tesorería Municipal retener el monto de la beca por el
resto del año y mantener el listado de estudiantes que han perdido el derecho a la beca
por bajo rendimiento académico en una o dos materias únicamente, para que luego se les
entregue en forma retroactiva al finalizar el curso lectivo como reconocimiento al esfuerzo,
siempre y cuando haya ganado el curso lectivo sin tener que ir a presentaren ninguna
materia, previa presentación de una certificación o copia de la nota del centro educativo
correspondiente, antes del 20 de diciembre de cada año.



                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Artículo 35. La Tesorería Municipal, no emitirá el primer pago sin haber recibido el listado
general y la autorización de la Comisión de Asuntos Sociales, avalada por el Concejo
Municipal, en la cual se le comunica que el estudiante ha completado su documentación y
se le ha asignado la beca por ese año.

Artículo 36. La Tesorería Municipal en atención a listado recibido de becados y sus
encargados (madre, padre o representante), girará a nombre de estos la primera semana
de cada mes, mediante cheque o por depósito bancario, el monto respectivo de la beca.

Artículo 37. Por cada solicitud de Beca Municipal la Secretaria Municipal abrirá un
expediente en donde constarán todos los documentos aportados por el interesado. Tanto
el Concejo de Distrito como la Comisión de Asuntos Sociales no darán trámite aquellas
solicitudes que sean entregadas en forma incompleta o carente de documentos.

Artículo 38. Una vez acordada la aprobación de la lista de becados por el Concejo
Municipal la Secretaría Municipal comunicará a cada institución educativa la nómina de
becados con su respectivo duplicado para ser devuelta como recibido por el Departamento
de Orientación.

Artículo 39. Pasados tres meses si el encargado no retira la beca del estudiante, pierde
automáticamente el derecho de continuar disfrutando de este beneficio, siempre y cuando
se compruebe que se le ha notificado.

Artículo 40. Se autoriza a la Comisión de Asuntos Sociales, siempre y cuando medie una
acción o inacción atribuible al Gobierno Local, a pagar becas previamente otorgadas en
forma retroactiva en la medida de las posibilidades del Presupuesto Municipal.

Artículo 41. Para la ejecución de este Reglamento se establece la siguiente
calendarización. La Comisión de Asuntos Sociales entregará las fórmulas de becas a cada
Concejo de Distrito el segundo lunes del mes de diciembre de cada año y estarán a
disposición de los estudiantes a al día siguiente; la fecha máxima para la recepción de
solicitudes y documentación por parte del Concejo de Distrito será el segundo lunes de
febrero del año siguiente; para más tardar el lunes siguiente, el Concejo de Distrito debe
entregar la propuesta respectiva a la Comisión de Asuntos Sociales, quienes a su vez
rendirán el dictamen en la última sesión del mes de febrero o primera de marzo del Concejo
Municipal para que este órgano colegiado adopte el acuerdo correspondiente. La
Tesorería Municipal pondrá a disposición de los adjudicados el beneficio de beca otorgada
a más tardar en la primera semana de cada mes.

Artículo 42. Perderá su condición de becario, aquel beneficiario que:
a)      Cometiere actos que perjudiquen el prestigio o la buena marcha de la comunidad
o del centro educativo en el que estudia.

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b)     Debidamente comprobado, recibiere otra beca de otros organismos, sean públicos
o privados.
c)     Incumpliere cualquiera de los numerales de los artículos 23 y 30 de este
Reglamento.

Artículo 43. La Comisión de Asuntos Sociales es la competente para retirar la beca, previa
comprobación de actos cometidos por el beneficiario que ameriten tal sanción, con la
posterior aprobación del Concejo Municipal.

Artículo 44. Las becas a funcionarios y funcionarías municipales se regirán por una
normativa especial, ajena al presente reglamento.

Artículo 45. Previa declaratoria de interés cultural o deportivo para el cantón mediante
Acuerdo motivado del Concejo Municipal, siempre y cuando exista contenido
presupuestario para ello, ese órgano colegiado podrá colaborar con personas privadas del
cantón que representen al país a nivel internacional, en actividades de índole cultural o
deportiva. Dicha ayuda no será superior a tres salarios base en atención al artículo 7 de
este Reglamento.

                                                Capítulo IV
                                           Disposiciones finales


Artículo 46. La Administración Municipal deberá de dotar del respectivo contenido
económico para el cumplimiento de este Reglamento, consecuentemente, será
improcedente toda gestión en el que no haya contenido presupuestario para respaldarlo.

Artículo 47. Las solicitudes de ayudas temporales, subvenciones y becas, e inclusive los
estudios correspondientes, por sí solos no crean derechos ni expectativas, si no cuentan
con las autorizaciones explícitas que otorgan los beneficios, además bajo ninguna
circunstancia opera el silencio positivo en lo regulado por el presente Reglamento.

Artículo 48. Para la aplicación de las sanciones dispuestas en el presente Reglamento,
deberá seguirse un procedimiento sumario respetando el Derecho de Defensa de las
partes involucradas. Ninguna de las sanciones contenidas en este reglamento podrá
superar los tres años.

Artículo 49. Este Reglamento deroga por completo a los anteriores y a las disposiciones
que se le opongan.

Artículo 50. Este Reglamento regirá partir de su publicación en el Diario Oficial.
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ACUERDO Nº 31
Se presenta ante este Concejo Municipal el señor Pablo Acuña López, ced. 1-566-
475, dice:

Yo soy Profesor en el Colegio Técnico tengo 25 años de trabajar aquí en el Cantón. Dentro
de las cosas que yo hago porque dirijo el grupo Herencia Criolla que a Dios gracias el
próximo Febrero estaremos saliendo para Perú, y que siempre hemos tratado de
representar al Cantón de la mejor manera posible.

Una de las cosas que yo como profesor que yo he observado es que nosotros
generalmente las noticias oímos y vemos reportajes sobre que en Guápiles se agarró
droga, etc y aquella situación que prevalece en todos los medios informativos muy
generalizado al nivel del país lamentablemente, pero no vemos nada que nosotros
podamos con lo que nosotros podamos contrarrestar ese efecto negativo que existe sobre
la convivencia en los diferentes puntos del país incluyendo nuestro cantón.
Yo tuve la idea de iniciar una campaña de fortalecimiento y de proyección de la comunidad
de Guápiles a través de unos afiches en redes sociales, se los traigo para que ustedes
conozcan y yo considero que es muy importante que si la gente se entera de los malo
mucho más importante es que la gente se entere de lo bueno que es el cantón. Explica
ampliamente.

Debe haber una fecha que la Municipalidad debe defender como una fecha muy propia
que es la fecha del Cantonato, y la propuesta que yo traigo para ustedes aparte de esta
campaña publicitaria que nosotros podemos iniciar en redes sociales con su aprobación
es realizar un festival folclórico que no solo sea de grupos del Cantón sino que sea
foráneos y hacer una fecha que sea la Municipalidad la protagonista de esa fecha. Hemos
visto que la celebración del Cantonato está muy pegado a las fiestas cívicas y a la expo,
entonces en realidad la Municipalidad aunque colabora mucho se diluye el efecto que la
Municipalidad debe tener sobre la celebración del Cantonato, entonces queremos hacer
una muestra cultural que nos permita no solamente exaltar a través de una campaña en
redes sociales sino también poner de manifiesto un festival en el que puedan participar
diferentes grupos de diferentes zonas del país.

Esa es mi propuesta humilde y consistente considero que es importante que ustedes si
muestran interés en ello estoy totalmente anuente a reunirme con cualquiera de ustedes
para hacer llegar este material a través de redes sociales a todas aquellas personas,
consideramos que nuestra meta es contrarrestar poner un granito de arena toda esa
imagen negativa que lamentablemente estamos viviendo todos a causa de la violencia que
se viven en los diferentes cantones del país.
Hace uso de la palabra.

                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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Reg. Pdte. Freddy Hernandez Miranda.

La iniciativa por supuesto que se aplaude. Aquí hay una comisión culturales que me parece
que es el espacio idóneo indicado obviamente lo ven ahí y pueden ampliar también todo
lo que ustedes crean pertinente. Explica ampliamente.

Reg. Johnny Vargas Arrieta.

Me gusta mucho la iniciativa, eso es lo que ocupamos en este cantón. Explica
ampliamente.

Reg. Maricruz Chaves Alfaro.

Seria hermoso porque es parte de las tradiciones no solamente de aquí de la zona sino
que dé toda Costa Rica, el baile folclórico y es algo no solamente cultural sino es una
tradición.
Tenemos que reunirnos muy posiblemente en febrero que ya pronto indico la fecha para
podernos reunir y poder accionar algunos temas importantes porque entre ellos hablamos
el volver accionar lo que era este tipo de actividades que hacían a nivel cultural, la peñas
culturales. Explica ampliamente.

Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa Municipal.

Felicitarlo por ese proyecto tan lindo de Herencia Criolla, somos conocidos a nivel
internacional gracias a su grupo, esfuerzo, valentía, tenacidad. Me gusta mucho la
propuesta de traer grupos culturales de hecho se han traído algunos pero me parece que
hay que darle más fuerza. Yo lo invito más bien a reunirse también con doña Grace
Hernandez que es la encargada de la parte del Cantonato, sería bueno que usted viniera
y poder reunirse con ella y nos pueda ayudar para hacer la invitación extensiva a otros
grupos culturales y que ese cumpleaños nuestro sea un día muy relevante.
Síndico Geison Valverde Méndez.

Si logran reunirse con la comisión y definir antes de la liquidación de febrero, hable con
los muchachos del Comité de la Persona Joven podemos patrocinar con ¢500.000.00 para
la actividad. Si logran concretar algo para meterlo dentro del proyecto que tiene que entrar
con el Presupuesto de la Liquidación.

Sr. Pablo Acuña López.



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Solamente la pequeña autorización que nosotros queremos es para que estos afiches
empiecen a navegar en redes sociales, la autorización de ustedes porque queremos que
conozcan de donde viene y cuando ustedes se los encuentren por ahí porque son 26
afiches, entonces eso, queremos hacer el sondeo cual es la propuesta y también tenemos
los mecanismos para determinar si la gente va a venir a pasear etc, explica ampliamente.

Reg. Pdte. Freddy Hernandez Miranda.

Porque no se sienta con el departamento que menciono la Sra. Alcaldesa lo arman de ahí
y ahora sí, envían la propuesta aquí para orientarla bien. Explica ampliamente.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada la solicitud y la idea del Sr. Pablo Acuña
para que en coordinación con la Sra. Maricruz Chaves coordinen con el
Departamento Prensa y comunicación lo concerniente a este Proyecto.




                        ARTICULO II
 Lectura, Discusión y Verificación del Acta N°01 Ordinaria del
                          08-01-2019

ACUERDO Nº 32
Se Conoce Acta N°01 ordinaria del 08-01-2019

Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar la Verificación del Acta N°01 Ordinaria del
08-01-2019. Se Dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente
Aprobado.




                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
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                                   ARTICULO III
                                       Mociones

ACUERDO Nº 33
Solicitud del Sindico José A. Chavarría Villarreal, con el tema de la boletería en el Estadio
Comunal de Cariari que está muy deteriorado.


Por Unanimidad SE ACUERDA, Solicitarle a la Alcaldesa, activar el mecanismo
pertinente para atender dicha petición, para que mande ingeniero, para ver cómo se
puede ya sea a través de transferir el recurso, o nosotros hacer la obra, lo que se a
más práctico.

Síndico José Chavarría Villarreal.

Es un caso muy especial en este momento, la boletería del equipo Cariari está muy
deteriorada, me gustaría que la señora Alcaldesa mande un compañero y sea más rápido
e intervenga y agradecerles a todos ustedes compañeros, porque para mí el deporte es
algo importante en nuestro Cantón, que queden mis palabras en actas.

ACUERDO Nº 34
COMENTARIOS:

1-Síndico Geison Valverde Méndez.

Quería ver en cual sesión ordinaria, podría darme un espacio porque estuve tramitando
unos talleres y una becas con un fondo de la O E A, y Trosa América que es una fundación,
entonces Pococí es beneficiado de un fondo para talleres de gobierno abierto participación
ciudadana y otras talleres que se van a dar, entonces me gustaría que en una de las
sesiones Ordinarias poder traer a los personeros de las fundaciones para que den una
explicación más o menos de lo que vamos a estar haciendo este año.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Atenderlos el Martes 22-01-2018.


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2-Reg. Johnny Vargas Arrieta.

Hoy la Comisión de la Ruta 32, estuvimos en un puente que se va a construir en la Danta,
que va a Bella Vista, yo fui citado por CACISA, y parte de CONAVI, para ver un problemita
que se está dando ahí en donde la Municipalidad se ve involucrada o se va a ver
involucrada.

Resulta que ese puente, era el puente que se iba hacer en La Marina, a raíz de que ahí
hay un montón de casas que iban hacer despropiadas alrededor de unas 75 casas y
mucha gente no tiene escritura ahí, CONAVI y la Comisión de Ruta 32 junto con algunos
ingenieros particulares se analizó, y entonces se pasó el puente para la Danta, porque la
Danta porque ahí casi no hay casas, se van hacer desapropiaciones también hay
escrituras, hay terrenos que no soportan ahí, cabe el puente perfectamente ahí.

El problema se da en que hace unos ocho meses una gente solicito un permiso para hacer
una bomba, en ese tiempo el puente no estaba trasladado todavía para ahí, el puente
estaba todavía en la Marina, el trámite que viene en los planos de los chinos tienen el
puente La Marina todavía, posteriormente a eso entonces esta Municipalidad le otorga el
permiso a una empresa, precisamente es aquella señora Isabel que vino con un ingeniero
50 mil veces por un juicio que tenía las Panteras, para peores es con esa señora, entonces
ellos supuestamente en este mes iniciaban la construcción de la bomba, entonces en el
momento que ya están ahí aplicándose se dan cuenta de que el espacio no les da,
entonces convocan a CACISA que es la empresa mediadora entre nosotros y CONAVI y
se determina que casi la mitad del terreno lo coge el puente, ellos todavía tienen chance
de correr su proyecto un poco hacia adentro y no verse afectados, es un asunto de
negociación.

Lo que a mí me preocupa es que la señora hoy así sarcásticamente me dijo voy a proceder
a indemnizar las empresas que me iban a construir la obra, ahí tienen unas estacas
metidas y como que quieren iniciar un proceso contra la Municipalidad, lo tiempos están
bien o sea la Municipalidad en su momento otorgo el permiso sí que ahí se estuviera
diseñando ningún puente, nosotros no habíamos tomado la decisión con el proyecto de
los chinos de que ahí se iba a trasladar el puente, el puente estaba en La Marina de
principio, posteriormente en esos meses es que la Municipalidad no estaba notificada
tampoco del puente, hasta después fue que ya se autorizó por parte de CONAVI en
setiembre puede ser agosto que nos confirman de que ya CONAVI lo autoriza en la Danta,
pero ya entonces el permiso de la bomba estaba dado por esta Municipalidad, ya yo le
pedí al departamento de construcciones a Jean Carlos, para que me montara todo un
expediente el Martes viene CACISA con un equipo de topografía de CONAVI a establecer
las estacas de los límites de lo que el puente va abarcar y el 17 ahí en ese mismo terreno

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tenemos una reunión con los dueños de la bomba, va a estar CONAVI, va a estar CACISA,
yo voy a pedirle a la señora Alcaldesa que mande al Vice Alcalde, para que se establezca
cual es la problemática que hay ahí y yo espero que se llegue alguna negociación.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar viáticos y transporte al Reg. Johnny Vargas
Arrieta.

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3-Reg. Arelys Fernández Chaves.

Saluda, compañeros es que desde el año pasado tenemos pendiente también una sesión
con los que es el proyecto que habíamos tenido en el 2016, que trajimos lo que fue la
política de Pococí se habla joven, tenemos pendiente con la Unión de Gobiernos Locales
también la sesión para presentación de los resultados de ese proyecto y me hizo el
recordatorio doña Karen.

Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.

Después se vería para coordinar una sesión.

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4-Síndico Juan Luis Gómez Gómez.

Hay un informe de comisión que se hizo una visita a la Marina, donde hay un acuerdo del
Concejo donde cuando llueve ahí en la Marina, hay una abnegación de una agua torrencial
que proviene de la pista hacia abajo y le causa daño a más de 60 personas pero muy
especialmente a unos niños que padecen algún tipo especial de enfermedad, si me
gustaría que don Johnny que es de Obra Pública, Geison Valverde que es el Síndico de
acá de Guápiles y la señora Alcaldesa pudiera nombrar a una persona, el ingeniero
Brandon que sea para que fuéramos a ver esa cuestión, porque verdaderamente es una
urgencia, los talleres, las casas todo eso se inunda, es un zanjo que no cuesta hacerlo y
le ayudamos a más de 200 y resto de personas, muchas gracias.

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Nombra en comisión a los compañeros: Sindico
Geison Valverde Méndez, al señor Sindico Gómez, Regidor Johnny Vargas Arrieta,
para que coordinen con el despacho de la señora Alcaldesa, para que un profesional
del ramo de ingeniería los acompañe hacer la visita antes mencionada, Aprobar
Viáticos y Transporte

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                     “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°77                   ACTA N°02 Ordinaria.                        11-01-2019
5-Reg. Maricruz Chaves Alfaro.

Yo el año pasado había incorporado ¢2.000.000.00 (dos millones de Colones), al Comité
de Deportes en los cuales ¢720.000.00 eran para unos trajes típicos y el restante
¢1.280.000.00, todavía no tenían una indicación y me están diciendo que tiene que venir
dicho por mi persona departe por el Concejo, que ese dinero restante ¢1.280.000.00 es
para las ligas menores del Santos, específicamente para lo que corresponde a la Copa
Colombia 2019, para que conste en actas y eso se traslade al Comité de Deportes, para
que lo tengan de conocimiento.

Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.

Ellos tienen que reflejarlo en la liquidación presupuestaria para después ser objeto de uso
en el primer extraordinario, ¿cuándo es que esta gente va que quiere inyectarle el
recurso?.

Reg. Maricruz Chaves Alfaro.

Creo que es por ahí de Marzo, para igual que tengan de conocimiento que ese dinero va
hacer para eso.

Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.

Está bien que quede en actas.

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6-Síndico José A Chavarría Villarreal.

Era para ver cómo se activaban las comisiones, que quedamos para las comunidades de
Monterrey, Mana, el Bosque, y Calle Hernández, La Uva, que el año pasado se quedaron.

Reg. Pdte. Freddy Hernández Miranda.

Yo había dicho que las comisiones y subcomisiones después de 30 días que son
temporales quedan sin efecto, hay que activarla de nuevo, cuando piensan ir:

El señor Presidente Freddy Hernández Miranda procede a nombrar en Comisión a los
Regidores para que atiendan las comunidades antes mencionadas.

Eliecer Araya Brenes, Ovidio Vives Castro, Reinaldo Benavides Vargas, Sindico José A.
Chavarría Villarreal,

                      “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°78               ACTA N°02 Ordinaria.                    11-01-2019

Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar viáticos y transportes.



AL SER LAS DIECIOCHO HORAS CON CUARENTA Y TRES MINUTOS SE LEVANTA
                            LA SESIÓN




  F-FREDDY HERNANDEZ MIRANDA                 F-GUILLERMO DELGADO OROZCO
      PRESIDENTE MUNICIPAL                        SECRETARIO MUNICIPAL


C/c: SRS. REGIDORES, OTROS.
     ARCH.




                   “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.