Ordinaria 23 · 2017-03-27
Acta_N23_Ord_27-03-2017.pdf · 261 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 23 del 2017-03-27 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original.
- Acuerdo 502 (pág. 3) ACUERDO Nº 502 Reg. Patricia Aguilar Araya. Había hecho la observación en una sesión, que era sano que se presentara los documentos de cuál es el comi…
- Acuerdo 503 (pág. 5) ACUERDO Nº 503 El señor Presidente Eliecer Araya Brenes procede a juramentar a las siguientes personas para que formen parte de la Comisión Pro mejora…
- Acuerdo 504 (pág. 6) ACUERDO Nº 504 El señor Presidente Eliecer Araya Brenes procede a dar un minuto de Silencio por la muerte de una persona en accidente a la entrada del…
- Acuerdo 505 (pág. 6) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 505 Se presenta ante este Concejo el señor Domingo Pérez Chavarría Vive-Presidente Comité Urbanización Los Molinos de San Martín, dice: Ate…
- Acuerdo 506 (pág. 9) ACUERDO Nº 506 Reg. Freddy Hernández Miranda. En vista que tenemos una situación con el tema de seguridad, que se ha venido dilucidando en días anteri…
- Acuerdo 507 (pág. 9) ACUERDO Nº 507 “Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”. PAGINA N°10 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017 Se Presenta ante este Concejo, la Señor Jhonny…
- Acuerdo 508 (pág. 11) ACUERDO Nº 508 Se Presenta ante este Concejo, la señora Iveth Mora Román Asada el Rotulo, dice: Vengo en vez de la señora Dora Araya Serio, pido una d…
- Acuerdo 509 (pág. 13) · unanime ACUERDO Nº 509 Se Presenta ante este Concejo, el señor Luis Enrique Calero Alemán, Céd. 7-068-660 Barrio Los Maderos, dice: La participación mía aquí …
- Acuerdo 510 (pág. 18) ACUERDO Nº 510 Se Omite.…
- Acuerdo 511 (pág. 18) · unanime ACUERDO Nº 511 Se Presenta ante este Concejo, el señor Eduardo Jiménez Oviedo, cédula N°7-072-783, Inundación Calle Vargas, dice: Soy vecino de Calle …
- Acuerdo 512 (pág. 28) · unanime ACUERDO Nº 512 Se Presenta ante este Concejo, la señora Carmen Godínez céd. 1-242-735, en su representación hace uso de la palabra el señor Gerardo Dí…
- Acuerdo 513 (pág. 49) · unanime ACUERDO Nº 513 Se Presenta ante este Concejo, el señor Reyner Vega Calvo, céd. 7-100-631, dice: Saluda, el motivo de mi visita hoy aquí es por un prob…
- Acuerdo 514 (pág. 52) · unanime ACUERDO Nº 514 Se presenta ante este Concejo el señor Virgilio Campos Mena, de la Asociación de Desarrollo San Martín, dice: Nosotros la Asociación de…
- Acuerdo 515 (pág. 55) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 515 Se conoce el Acta N°21 Ordinaria del 13-03-2017, dice: El Regidor Freddy Hernández Miranda se acoge al Artículo 48 del Código Municipal…
- Acuerdo 516 (pág. 55) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 516 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos, Coordinadora de Patentes, dice: Oficio N°09 Sirva la pr…
- Acuerdo 517 (pág. 56) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 517 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos, Coordinadora de Patentes, dice: Oficio N°09 Sirva la pr…
- Acuerdo 518 (pág. 56) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 518 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos, Coordinadora de Patentes, dice: Oficio N°09 Sirva la pr…
- Acuerdo 519 (pág. 57) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 519 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos, Coordinadora de Patentes, dice: Oficio N°09 Sirva la pr…
- Acuerdo 520 (pág. 57) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 520 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos, Coordinadora de Patentes, dice: Oficio N°09 “Siempre ap…
- Acuerdo 521 (pág. 58) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 521 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos, Coordinadora de Patentes, dice: Oficio N°09 Sirva la pr…
- Acuerdo 522 (pág. 58) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 522 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos, Coordinadora de Patentes, dice: “Siempre apoyando el De…
- Acuerdo 523 (pág. 59) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 523 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos, Coordinadora de Patentes, dice: Oficio N°09 Sirva la pr…
- Acuerdo 524 (pág. 59) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 524 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos, Coordinadora de Patentes, dice: “Siempre apoyando el De…
- Acuerdo 525 (pág. 60) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 525 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos, Coordinadora de Patentes, dice: Oficio N°09 Sirva la pr…
- Acuerdo 526 (pág. 60) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 526 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Emilio Acuña Vargas, Dpto de Proveeduría, dice: “Siempre apoyando el Desar…
- Acuerdo 527 (pág. 74) · aprobado ACUERDO Nº 527 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Emilio Acuña Vargas, Dpto de Proveeduría, dice: Refiérase al Oficio DPM-02…
- Acuerdo 528 (pág. 81) · unanime · aprobado ACUERDO Nº 528 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Mercedes Peñas Domingo, Primera Dama, dice: Reciba un cordial saludo. Por este medio me p…
- Acuerdo 529 (pág. 81) · unanime ACUERDO Nº 529 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal de Guácimo, dice: “Siempre apoyando el Desarr…
- Acuerdo 530 (pág. 86) · unanime ACUERDO Nº 530 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Marlene Jiménez Pérez, Secretaria Consejo Intermunicipal, Caproba, dice: Reciban un cordi…
- Acuerdo 531 (pág. 86) · unanime ACUERDO Nº 531 Se conoce nota para este Concejo suscrita por M.S.c. Yamileth Astorga Espeleta, Presidenta Ejecutiva, dice: Oficio PRE-2017-00202. El m…
- Acuerdo 532 (pág. 89) · unanime ACUERDO Nº 532 Se conoce nota para este Concejo suscrita por MSc. Hazel Díaz Meléndez Directora de La Defensoría de los Habitantes, dice: Oficio N°030…
- Acuerdo 533 (pág. 93) · unanime ACUERDO Nº 533 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Daniela Castillo Romero, Área Administrativa UNED, dice: El Instituto de Formación y Capa…
- Acuerdo 534 (pág. 93) · unanime ACUERDO Nº 534 Se Conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Gerardo Vargas Varela, Diputado Fracción Frente Amplio, dice: GW-FFA-0048-2017. …
- Acuerdo 535 (pág. 94) · unanime ACUERDO Nº 535 Se conoce nota para este Concejo suscrita por las Regidoras Maricruz Chaves Alfaro, Ginnette Sequeira, dice: INFORME DE MINORIA Se abre…
- Acuerdo 536 (pág. 94) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 536 Se conoce nota para este Concejo suscrita por MBA. Karen Porras Arguedas, Directora Ejecutiva, dice: Reciba un cordial saludo de la Uni…
- Acuerdo 537 (pág. 95) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 537 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Jeannette Crawford Stewart, Secretaria del Concejo a.i Guácimo, dice: SMG, Oficio #270-20…
- Acuerdo 538 (pág. 97) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 538 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Municipalidad de Pococí, dice: Invitación Celebración de los 30 años de la apertura de la…
- Acuerdo 539 (pág. 98) · unanime ACUERDO Nº 539 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora, MBa, Karen Porras Arguedas Presidenta Junta Directiva Nacional, RECOMM, dice: …
- Acuerdo 540 (pág. 99) · unanime ACUERDO Nº 540 Se conoce nota para este Concejo suscrita por, dice: COMENTARIO. Síndico Geison Valverde Méndez. Si me da mucha pena por los otros miem…
- Acuerdo 541 (pág. 101) · unanime ACUERDO Nº 541 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Yanory Meza Duran, Presidenta de APAZA, dice: La Asociación de Personas con Autismo de la…
- Acuerdo 542 (pág. 102) · unanime ACUERDO Nº 542 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Edgar Villarreal Ruiz, Alcalde a.i, dice: DA-272-2017 Sirva la presente para salu…
- Acuerdo 543 (pág. 102) · unanime ACUERDO Nº 543 Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Edgar Villarreal Ruiz, Alcalde a.i,, dice: DACM-054-2017 Mediante la presente se …
- Acuerdo 544 (pág. 106) · unanime · aprobado ACUERDO Nº 544 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna Municipalidad de Pococí, dice: Oficio…
- Acuerdo 545 (pág. 135) · unanime ACUERDO Nº 545 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna Municipalidad de Pococí, dice: Oficio…
- Acuerdo 546 (pág. 154) · unanime ACUERDO Nº 546 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Grace Chinchilla Villegas, Auditora Interna Municipalidad de Pococí, dice: Oficio…
- Acuerdo 547 (pág. 156) ACUERDO Nº 547 Palabras Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas Villalobos. Procede hacer cordial Invitación Inauguración día Carretera Braulio Carrillo. 28-03…
- Acuerdo 548 (pág. 156) · unanime · aprobado ACUERDO Nº 548 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa Municipal, dice: DACM-057-2017 Asunto: Se S…
- Acuerdo 549 (pág. 157) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 549 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa Municipal, dice: DACM-051-2017 “Siempre apo…
- Acuerdo 550 (pág. 170) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 550 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa Municipal, dice: DACM-031-2017 Asunto: Conv…
- Acuerdo 551 (pág. 185) · unanime · aprobado ACUERDO Nº 551 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Dra. Elibeth Venegas Villalobos Alcaldesa Municipal, dice: DACM-052-2016 Asunto: Adenda a…
- Acuerdo 552 (pág. 201) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 552 Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos, Alcaldesa Municipal, dice: DACM-044-2017 Asunto: Se S…
- Acuerdo 553 (pág. 202) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 553 Se conoce nota para este Concejo suscrita por Dra. Elibeth Venegas Villalobos. Alcaldesa Municipal, dice: DACM-060-2017 Asunto: REGLAME…
- Acuerdo 554 (pág. 250) · unanime ACUERDO Nº 554 CONVOCATORIA A SESIÓN: El señor Presidente Eliecer Araya Brenes, procede a convocar Sesión Extraordinaria para el día Viernes 21-04-201…
- Acuerdo 555 (pág. 251) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 555 MOCIÓN: Por la Reg. Ginnette Sequeira Granados, Reg. Pdte. Eliecer Araya Brenes. CONSIDERANDO: Que existe presupuesto por ejecutar para…
- Acuerdo 556 (pág. 251) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 556 MOCIÓN: Por la Reg. Patricia Aguilar Araya. CONSIDERANDO: Que el distrito de La Colonia es un distrito nuevo, y que en este sector hay …
- Acuerdo 557 (pág. 252) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº 557 MOCIÓN: Por la Reg. Ovidio Vives Castro. CONSIDERANDO: Que. Días atrás se recarpeteo el camino 7-02-008 en Coopevigua Uno, se trabajó e…
- Acuerdo 558 (pág. 252) ACUERDO Nº 558 MOCIÓN: Presentada por los Reg. Ginnette Sequeira Granados, Reinado Benavides, avalada por Reg. Freddy Hernández Miranda, Maricruz Chav…
PAGINA N°1 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N°23 ORDINARIA. 27-03-2017
SESION ORDINARIA. N°23 DEL 27-03-2017, INICIADA A LAS 18:00
HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES, CON LA
SIGUIENTE ASISTENCIA:
===============================================================
REGIDORES DIRECTORIO REGIDORES SUPLENTES
Johnny Vargas Arrieta Arelys Fernández Chaves
Patricia Aguilar Araya Osael Campos Bolaños
Ovidio Vives Castro Mariela Monge Araya
Virginia Hernández Rivera (Sust. Bernardo Antonio Veach Davis)
Ginnette Sequeira Granados Luis Gdo. Venegas Ávila
Reinaldo Benavides Vargas Marta Salgueras Vásquez
Eliecer Araya Brenes (Quien Preside) Oscar Garro Rojas
Freddy Hernández Miranda Mª de los Ángeles Núñez Fuentes
Maricruz Chaves Alfaro Domingo Matarrita Gutiérrez
=====================================================
SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE
Geison Valverde Méndez Lucy Barrantes Jiménez
Johnny Córdoba Hernández Katherine Mendoza Montero
Luis Ángel Rodríguez González Dafne Padilla Monge
José A. Chavarría Villarreal Ana Patricia Rosales Valverde
Javier Jiménez Villalobos
Joel Umaña Salazar Lisseth Monge Araya
GUILLERMO DELGADO ELIBETH VENEGAS
OROZCO. VILLALOBOS
SECRETARIO ALCALDE MUNICIPAL
=====================================================
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°2 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
ORDEN DEL DÍA
Acuerdos ARTÍCULO
502 al 514 I Atención al Publico
Lectura, Discusión y Verificación del
515 II Acta N°21 Ordinaria del 13-03-2017.
516 al 546 III Correspondencia
547 al 554 IV Asuntos de la Sra. Alcaldesa
555 al 558 V Mociones
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°3 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
ARTICULO I
Atención al Público.
ACUERDO Nº 502
Reg. Patricia Aguilar Araya.
Había hecho la observación en una sesión, que era sano que se presentara los
documentos de cuál es el comité, como queda conformado, y cuáles son los proyectos en
sí que van a presentar, porque se había expuesto que era sano para el mismo comité y
también para conocimiento en si del Concejo Municipal.
Mejoras de Calle Puerta del Sol.
Código de camino 7-02-214.
Cuadrante Calle Urbana, Astúa Pirie.
Presentamos el proyecto de mejoras de la calle Barrio Puerta del Sol, que pretende
resolver distintas problemáticas, acumuladas durante muchos años.
PUNTO NUMERO: 1
Solucionar el tema de las aguas pluviales, puesto que se presenta el problema de
inundación de ocho casas.
PUNTO NUMERO: 2
La construcción de una acera, ya que es de suma importancia por la necesidad de adultos
mayores, personas discapacitadas y una gran afluencia de niños.
PUNTO NÚMERO 3:
Construcción de cunetas para el desagüe de aguas pluviales a nivel general.
PUNTO NÚMERO 4:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°4 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Renovación del antiguo y obsoleto alcantarillado, ya que el mismo esta desactivado por
antigüedad y obstrucción.
PUNTO NÚMERO 5:
Asfaltado general de la calle en su totalidad.
PUNTO NÚMERO 6:
Reductores de velocidad de vehículos para atenuar la accidentabilidad de transito
Este proyecto se plantea al Consejo Municipal, dejando claro que ya hemos abordado el
tema, en el plano organizativo y de contactos con empresas y productores relacionados
con la solución. Todo este adelanto se realizó con denuedo en un tiempo aproximado de
tres meses de anticipación, con el fin de que su desarrollo sea exitoso.
Este proyecto ha sido organizado y coordinado por Lilliam Granados Villanueva de
Territorio Seguro Eben-Ezer y cuenta con el total respaldo de la ciudadanía del Barrio
Puerta del Sol
Sin más por el momento, me despido.
Lilliam Granados Villanueva.
El señor Presidente Eliecer Araya Brenes procede a juramentar a las siguientes personas
para que formen parte de la Comisión de del Barrio Puerta del Sol
Nombre N° Cédula.
Lilliam Granados Villanueva 6 0262 0753
Kenyi Fabiola León Rivera 7 0164 0890
Gladys Flora Morera Vargas 1 0392 0167
Sheiris Juliette García Herrera 7 0189 0124
Darwin Jiménez Núñez 7 0147 0086
Rolando Alexander Herrera Solera 7 0191 0782
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°5 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Quedan Debidamente Juramentados:
ACUERDO Nº 503
El señor Presidente Eliecer Araya Brenes procede a juramentar a las siguientes personas
para que formen parte de la Comisión Pro mejoras Barrio San Gabriel La Colonia.
Nombre N° Cédula.
Kattia Yessenia Sánchez Segura 1 1093 0599
Leidy Vanessa López Leiva 1 1191 0592
Kendal Gerardo Blanco Marín 6 0286 0550
Ivannia Bonilla Ureña 1 1213 0161
Reiner Andrey González Hernández 7 0148 0869
Sherley Patricia Valenciano Aguilar 7 0155 0666
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°6 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Quedan Debidamente Juramentados:
ACUERDO Nº 504
El señor Presidente Eliecer Araya Brenes procede a dar un minuto de Silencio por la
muerte de una persona en accidente a la entrada del Hospital Guápiles.
ACUERDO Nº 505
Se presenta ante este Concejo el señor Domingo Pérez Chavarría Vive-Presidente Comité
Urbanización Los Molinos de San Martín, dice:
Atención José Domingo Pérez Hernández
Reciban un cordial saludo y nos sentimos orgullosos de tener nuevamente aquí en esta
municipalidad del Cantón de Pococí, igualmente a su personal. Así un cordial saludo para
este Concejo Municipal, recordándole con todo respeto en el acta número 4 extraordinaria
del 20 de enero de 2017, no se encuentra nuestra petición del Comité de la Urbanización
Los Molinos de San Martín, solicitando como punto único: dos tres hidrantes y mover el
que se encuentra en una calle mal ubicado porque la calle tiene 3 metros 20 cm de ancho
y en una emergencia, el carro de bomberos no puede dar vuelta. Esto se encuentra frente
a la pulpería Sandra y un hidratante frente a la Escuela Líder del Asentamiento San Martín
y en una emergencia por tres tragedia y este servicio señor don Miguel con todo respeto
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°7 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
se pagando hace 7 años y no se da, tenemos confianza en que usted nos da un buen
servicio y compromiso con los vecinos del cantón de Pococí.
Reg. Eliecer Araya Brenes.
Nosotros todos pagamos A y A para que nos pongan hidrantes, nosotros no podemos
poner hidrantes ni exigirle a nadie pero si vamos a servir de gestores con A y A para que
les pongan los hidrantes, hay una ley del INS y de Bomberos, porque ellos tienen ciertas
medidas donde tiene que ir un hidrante, a donde tiene que ir el otro, nosotros vamos a
servir de gestores con A y A para que haga la revisión , si ustedes ven que no tienen
hidrantes deben de solicitarlos a A y A.
Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas Villalobos.
Decirle a don Domingo que si es importante que nos traiga la notita, tenemos a la
Presidenta Ejecutiva el Jueves a las cinco de la tarde, pero si es importante una carta
como ustedes de comité organización hacen la solicitud y nosotros con mucho gusto
damos el seguimiento.
Reg. Freddy Hernández Miranda.
Saluda, dada la importancia creo yo y la transcendencia que tiene la solicitud del señor
Domingo me parece muy coherente, no necesariamente tiene a través de un órgano que
se busque una solicitud de esas sino cualquier ciudadano de este Cantón sea habitante o
visitante a él tiene más bien el compromiso de velar ojala por el entorno donde vive, avalo
la solicitud que dice el señor para que huella y pedirle a la señora Yamileth Astorga el fin
de semana que anda por acá, no solo ese me parece que ese podría hacer uno de los
muchos puntos que hace falta en el cantón.
Como bien lo dice don Eliecer se están pagando impuestos, pero yo al menos siempre he
cuestionado que no veo los suficientes hidrantes y gracias a Dios no se nos ha presentado
calamidades respecto a temas de incendio y demás, pero ante un eventual problema mejor
anticiparlo, que esa solicitud sea trasladada a la Presidente Ejecutiva de A y A.
Quiero adicionar que nos presente Acueductos y Alcantarillados un informe que con base
al ingreso del impuesto que se le está cobrando a todos los habitantes para la instalación
de hidrantes en la zona, que nos haga un informe de cuantos hidrantes, se han colocado
en el Cantón de Pococí.
Sr. José Domingo Pérez Hernández
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°8 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Otros punto, cuando cortan ellos el agua, tienen una orden de dejar a setenta y cinco
metros una paja de agua, “no lo hacen “dejan a esa familia sin el aseo, sin alimentación,
sin nada, y eso no se debe de hacer porque gracias al señor tenemos agua invierno y
verano, es injusticia que a una mujer se le vaya a dejar una paja de agua a setenta y cinco
metros, luchemos para que se le deje la paja de agua en el mismo medidor en donde ella
lo necesita ahí, eso se da cuando hay recortes de agua, es injusto y es una estafa que a
ellos por tres días le cobren una recarga de cinco mil seiscientos colones ¢5.600.00 eso
no puede ser en el cantón de Pococí, ni en ningún lado.
Reg. Eliecer Araya Brenes.
Don Domingo vamos a consultarlo con la señora Astorga que va a estar el fin de semana
y podemos evacuar muchas dudas con ella.
Reg. Johnny Vargas Arrieta.
Saluda, Realmente yo comparto el criterio de don Freddy, yo creo que nos vamos a
encontrar sorpresas, porque déficit tanto en lo que es el abastecimiento de agua, también
el déficits es sobre hidrantes porque esto me lo han comunicado muchas comunidades de
la bajura y además como apagamos un incendio donde hay deficiencia de agua en algunos
sectores con las venditas organizaciones de acueductos rurales.
Yo creo que no hay presión ahí tampoco como para que trabaje un vendito hidrante,
entonces por ahí es parte de la justificación de la falta de atención que debe tener muestra
institución, hacia todo el pueblo del Cantón de Pococí, creo que esto debe incluirlo Garro
que está en la comisión, un día de estos nos reunimos y hubo acuerdo importantes en
relación al agua, y a las empresas que no pueden trabajar en el Cantón, no pueden
urbanizarse y todo el tema ya lo estamos manejando la comisión y se le está dando
seguimiento, para tenerle una respuesta a la señora Presidenta Ejecutiva.
Reg. Patricia Aguilar Araya.
Saluda, Se ha venido hablando mucho de este tema, porque fueron temas concretos que
quedaron de solucionar y realmente no se le ha dado solución, que dicha que ya los
compañeros lo pidieron, hay algo también que quería adicionarle porque me encontré la
gente de cascadas que estuvo ese día aquí y realmente no se les ha dado respuesta con
lo del agua, hay que tenerlo en cuenta todos los temas que se vieron ese día y los acuerdos
que se tomaron con la señora Presidenta, para que se le vuelva a decir que es lo que
realmente ellos acordaron que se le iban ayudar a las personas y realmente no se ha
ejecutado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°9 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Reg. Freddy Hernández Miranda.
Que sea sesión el viernes 31-03-2017, se habrá aquí y se nombra en comisión para ir al
campo, que el secretario nos acompañe y abra una acta de esas visitas, que quede
registrado en el acta y el Canal 36 nos acompañe en la gira, porque quedaría constancia
antes del inicio de la gira, se abre y nos iríamos de gira con la presidencia ejecutiva, para
que quede registrado en actas porque es sumamente importante porque deja huellas
plasmado que efectivamente quienes fueron y que fue lo que se solicitó en el campo donde
visitaron, porque hay veces las palabras dicen que se las lleva el viento, como dicen los
chinos papelitos hablan y creo que quede evidencia escrita en un acta me parece que es
la forma correcta y hacer las visitas.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Propuesta presentada por el Reg. Freddy
Hernández Rivera, Sesión para el día 31 de marzo 2017 a las 8:00 am. y Gira con la
señora Ejecutiva de A y A. Se Dispensa del trámite de Comisión, Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 506
Reg. Freddy Hernández Miranda.
En vista que tenemos una situación con el tema de seguridad, que se ha venido
dilucidando en días anteriores y que inclusive vienen los compañeros de proveeduría y se
había trasladado el documento a la comisión de Jurídicos, yo quisiera que podamos los
de la comisión de Jurídicos, atender a los señores de proveeduría en la oficina de
secretaria y de ahí no atrasar nosotros la atención a las comunidades y poder hacer las
preguntas pertinentes para tener claridad con respecto al tema y venir y explicar a los
compañeros y demás, y no les faltaríamos el respeto a las comunidades que vienen desde
largo y hacen el esfuerzo por estar acá y nosotros atendemos a los señores de la
proveeduría municipal para plantear todas las preguntas y respuestas que nosotros
queremos sobre el tema en cuestión.
El señor Presidente Eliecer Araya Brenes da la autorización para que se reúna la comisión
de Jurídico y atiendan a señores del Depto. de Proveeduría Municipal de Pococí con
respecto a la problemática de Seguridad Mpl, cubriendo así por el tiempo requerido la curul
de los Propietarios, los Regidores Suplentes.
ACUERDO Nº 507
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°10 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Se Presenta ante este Concejo, la Señor Jhonny Acevedo Director de la Banda Municipal
de Pococí, dice:
El motivo de nosotros es agradecerles este uniforme nuevo de la banda, el nuevo que
ustedes nos financiaron y queremos agradecerle, es importante que el pueblo vea que se
invierte en cultura esa fue la intención de traer el grupo, obviamente no trajimos toda la
banda, queremos agradecer musicalmente ese gesto que tuvieron con nosotros.
Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas Villalobos.
Agradecer y felicitar a esta representación de nuestra banda municipal, al profesor
Jhonny, nos sentimos muy orgullosos con esta banda y otras bandas de nuestro cantón
esto es cerrar una puerta a las drogas, a la delincuencia, y abrir una puerta a la cultura y
a la oportunidad que nuestros jóvenes se sientan útiles a la vez que todo podamos disfrutar
esa música, sigan delante de parte de la Alcaldía, del todo el Concejo Municipal nosotros
estamos con un interés muy grande de apoyar la cultura en este Cantón.
Yo quiero agradecer personalmente que ustedes han interpretado el himno de nuestro
cantón, ese himno que más bien les hemos pedido que nos ayuden con una grabación,
para poderlo distribuir en todos los centros educativo de nuestro cantón, porque es parte
de lo nuestro es el orgullo del cantón de Pococí, queremos promover aprendernos el
himno, cantarlo y dedicarle de verdad a nuestro cantón que ya casi cumple 106 años,
muchas bendiciones y adelante jóvenes.
Reg. Ovidio Vives Castro.
Saluda, Felicitar a los muchachos, al profesor, a los padres de los muchachos, escucho
cada historia sacrificio que hacen muchos jóvenes adolescentes, de donde vienen, como
hacen para poder pagar sus pasajes, como hacen para poder pagar sus pasajes de
regreso hacia sus casas, y limitancias que tienen muchas veces para poder llegar a
representarnos dignamente a nuestro cantón fuera de esta provincia, decirles que ustedes
van a seguir contando con el apoyo de este Concejo Municipal, sé que lo han hecho las
administraciones anteriores los Concejo anteriores, nosotros vamos a seguir
colaborándoles, sabemos que necesitan instrumentos muy importantes y también valiosos
en precios, no hay ningún problema aquí estamos para ayudarles en su momento cuando
se requiera.
Yo sé que uno de los sueños que tienen sus muchachos, es representarnos ante el festival
de la luz en San José en algún momento y desde ya yo me pongo a sus órdenes para que
podamos tener un enlace con la Vice- Alcaldía de San José, con el mismo Jhonny Araya
para poderles recibir en San José, ya he tenido conversaciones con los dos diputados de
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°11 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
nuestra fracción para que las puertas se nos abran y en su momento ser tomados en
cuenta esta banda que sé que suena con mucha calidad y suena por todo lado y nos ha
representado en muchas partes de este país, y ojala soñar que pronto puedan estar en
San José en el festival de la luz y porque no en algún momento internacionalmente
podernos irnos a representar en Centro América o Sur América, departe de persona
muchachos jóvenes ustedes saben lo han escuchado y lo han visto profeso pueden contar
con nuestro apoyo felicitaciones.
Reg. Pdte. Eliecer Araya Brenes.
Felicitarlos son el orgullo de este cantón y que sigan adelante.
------------------------------------------------------------UL----------------------------------------------------
ACUERDO Nº 508
Se Presenta ante este Concejo, la señora Iveth Mora Román Asada el Rotulo, dice:
Vengo en vez de la señora Dora Araya Serio, pido una disculpa ella no pudo estar presente
hoy, vengo con mi equipo de trabajo, la Asada del Rotulo, ellos son los representantes de
esa asada y nosotros venimos a pedirles a solicitarles una ayuda para concretar un
proyecto que tenemos del enmallado del tanque de elevación de nuestra asada, ya la
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°12 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
propiedad estaba cercada, hay gente bastante dañina y poco a poco se fueron cortando
los hilos y ahora solo están los postes.
En el tanque por más que la asada ha querido cerrarle el paso, hay niños que se suben te
hablo de 8 años, 7 años, y el tanque tiene treinta (30) metros de altura, la preocupación
de la Asada es precisamente eso, porque el único que va hacer culpado ahí va hacer la
Asociación y se ha hecho por humanamente posible se han puestos letreros.
La asada tiene sus ingresos, que para mantener al día la asada con lo que es el ICE, el
Ministerio de Trabajo, las pólizas laborables, y los gastos que tiene pues apenas da para
el suministro básico.
Reg. Ovidio Vives Castro.
Saluda, Sabemos que operar una asada los costos son muy elevados acá y en cualquier
parte del país, muchas veces la gente no tiene la noción de pensar primeramente antes
de hablar y muchas veces se apresuran y lo que dicen son ladrones, y no es así porque
los que hemos estado muchas veces en juntas directivas de Asociación de Desarrollo
Integral o administrativas o colegio y asadas, sabemos el sacrificio que conlleva el trabajo
en la comunidad en su momento le dije que con mucho gusto esta municipalidad, en su
momento les ha ayudado a más de una asada, son recursos que ustedes pagan con los
impuestos que tenemos que devolverle en mejoras al pueblo, así es lo que necesitamos
es saber si trae alguna proforma, cuanto es que son los costos que se requieren, quiero
invitarla para que este fin de semana viene la Presidenta Ejecutiva del A y A a Pococí,
doña Yamileth viene con su equipo de trabajo para este Concejo y va hacer visita de
campo el viernes por la mañana, talvez se saque alguna ayuda para ustedes, ustedes
pueden contar con el respaldo de esta Municipalidad y en especialmente con este Concejo
Municipal.
Señora Iveth Mora Román Asada.
Hay gente que nos está pidiendo agua, pero el A y A nos dijo paren de previstas, porque
si ese pozo colapsa, ustedes están en problemas, entonces nosotros molestamos a dona
Yamileth con una nueva perforación de un pozo, si cabe la posibilidad. La proforma que
nosotros traemos tiene un valor de ¢2.876.000.00, yo agradezco que a nosotros nos
donaron una oficina, les agradezco mucho esa donación.
Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas Villalobos.
Saluda, sobre la solicitud que le hicieron a doña Yamileth, si ustedes nos pueden dejar
una copia ese día el jueves vamos a tenerla acá, con mucho gusto le damos seguimiento
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°13 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
a esa solicitud tan importante, no solamente de ustedes sino a otras comunidades,
nosotros estamos ya por iniciar los presupuestos participativos que es donde ustedes el
pueblo, los grupos organizados presentan sus solicitudes para que se incluyan en el
presupuesto Municipal.
Sr. Pdte. Eliecer Araya.
Siempre cuando cortan el agua a algún abonado, acueductos deja una paja de agua pero
no donde cortaron el agua.
Señora Iveth Mora Román Asada.
De hecho en la Ley de agua dice que hasta un máximo de 100 mts. A 100 metros de la
propiedad se tiene que poner, no dice altura ni caudal de agua, o sea puede la altura de
un lapicero y el chorro puede ser a gotas. Lo que pasa es que la gente en ese campo se
abusa.
Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas V.
Hace poco nos llegó una información muy triste de una vagoneta que parece que se quedó
sin frenos y atropelló y mató a una persona frente al Hospital. Entonces quiero pedir un
minuto de silencio porque imagínese el dolor tan grande que hay de las familias, no se la
persona que conducía la vagoneta también pero es algo que acaba de suceder, entonces
me parece que mínimo hacer un minuto de silencio.
Se procede a dar un minuto de silencio por el fallecimiento de la persona en el
accidente de la vagoneta que quedó sin frenos. (Se desconoce el nombre de la
persona).
------------------------------------------------------------------UL-------------------------------------------------
ACUERDO Nº 509
Se Presenta ante este Concejo, el señor Luis Enrique Calero Alemán, Céd. 7-068-660
Barrio Los Maderos, dice:
La participación mía aquí es por el Barrio Los Maderos, mi compañero va hacer la
exposición, aparte de eso queremos la juramentación del Comité organizado la semana
pasada.
Sr. Isac Rodríguez (Barrio Los Maderos)
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°14 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Me gustaría empezar por la solicitud de la Juramentación, para luego exponerle nuestra
iniciativa y nuestra necesidad como vecinos muy cercanos del Barrio Los Maderos.
Procede con la exposición:
Nosotros estamos con la necesidad de la acera que nos lleva desde el Pani hasta el final,
contempla también parte del trayecto del Colegio
Son Seis puntos los que nos gustaría nosotros pedirles muy respetuosamente
1-Aceras del Pani a la Planta de tratamiento, a mano derecha de sur a norte. Así como la
acera de la entrada de los departamentos El Mesías al Liceo.
2-Un puente en la Entrada 2 y 4 y el paso al Liceo.
3-Asfaltado a la carretera principal y la calle del Liceo, así como tratamiento a las entradas.
4-Área de parque, alcantarillado del lote para el parque.
5-Barrio Organizado – Identificar las calles.
6-Botadero de basura clandestina.
Reg. Pdte. Eliecer Araya Brenes.
Aquí se ha estado trabajando con los diferentes comités y Asociaciones, con los proyectos
participativos donde se les entrega una formula a cada comité y la llenan con las
necesidades que ustedes tengan y quedan participando en el presupuesto, ese
presupuesto se ve este año, que después del dos de mayo, se van a entregar esas
fórmulas para que todos participen, ustedes ponen las prioridades, ustedes traen varios
puntos, por ejemplo con la demarcación de la calle eso es con el COSEVI, en coordinación
con la Municipalidad, estamos viendo a ver si se firma un convenio con el COSEVI para
desmarcar las calles ya que es muy importante en realidad las calle no están marcadas
en muchos sectores, sé que tienen necesidades en todo el Cantón, estamos anuentes a
responder y ayudar, pero en una forma ordenada, yo sé que tienen necesidades pero la
municipalidad no tiene el dinero como decir abrir una caja y aquí vamos a resolver el
problema, pero si ustedes participan en los presupuestos van a tener ese derecho porque
ustedes ya ponen las prioridades, como hay quedarles a todos los siete distritos que tiene
el cantón entonces se van sacando lo que son prioridades, estamos viendo cómo
resolvemos los problemas de todos los vecinos.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°15 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
PROPUESTA.
Reg. Osael Campos Bolaños
Saluda, si me parece que es importante que se tomara un acuerdo, que se visitara el lugar
de parte del ingeniero de la Municipalidad de obras civiles, para que les haga una
propuesta a ustedes como comité cuanto es lo que mide la acera, cuanto seria el
presupuesto que se destine para eso, lo de las alcantarillas cual es el tamaño y cuantas
serían las que ocupan, igual lo de la carretera, como dice el señor Presidente aquí todo
tienen que tener un orden, entonces seria para futuros proyectos para incluirlo en el
presupuesto participativo y que ojala ya vaya definido cuanto son los metros de cada obra
y el presupuesto que se le asigne a cada una para que no vaya hacer que al final les falte
presupuesto para concluir una obra y puedan ustedes estar conformes, sería la propuesta
para que el ingeniero pueda hacer la visita a ese sector.
Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas Villalobos.
Saluda, de hecho es así como lo manejamos, pedirles el número de teléfono para pedirle
a un ingeniero que los visite, vamos a coordinar y seguir trabajando de la mano.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la propuesta del Reg. Osael Campos
Bolaños, para que se haga una visita por parte del ingeniero Mpl, y se traslada a la
oficina de la señora Alcaldesa para que coordine.
El señor Presidente procede a Juramentar al Comité de Barrio Los Maderos.
Puesto Nombre N°Cédula.
Presidente Lorenzo Montiel Bogantes 7-207-566
Vice-Presidente Isaac Rodríguez Moreno 11086-102
Secretaria: Judith Arias Herrera 9-060-832
Asistente de Secretaria Anny Morales Alvarado 7-273-270
Tesorera Mauren Portuguez Chavarría 2-560-982
Fiscal Gerardo Picado Rosales 6-183-804
Vocal I Adela Calderón Méndez 3-189-762
Vocal II Orlando Chavarría Varela 5-162-939
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°16 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Quedan Debidamente Juramentados.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°17 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°18 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
ACUERDO Nº 510
Se Omite.
ACUERDO Nº 511
Se Presenta ante este Concejo, el señor Eduardo Jiménez Oviedo, cédula N°7-072-783,
Inundación Calle Vargas, dice:
Soy vecino de Calle Vargas, lo de nosotros es muy sencillo porque ya está más
adelantado, hemos llenado el formulario de presupuesto de aceptación de presupuesto ya
está en la Municipalidad, pero ocupamos de la ayuda para que nos hagan una visita a
calle Vargas para que nos asesores de que si lo que nosotros colocamos en el formulario
de Presupuesto, están todas las fotografías, incluso en la oficina del Ingeniero Brandon
está el archivo digital con todas las fotografías y videos, prácticamente está bien
documentado lo que queremos es la asesoría.
Hemos escuchado que este fenómeno del niño para este año nos va a afectar bastante.
Para este huracán que pasó “OTTO” si se nos inundó bastante a nosotros. El problema
que tenemos desde hace muchos años, es porque gracias a Dios en Guápiles tenemos
dos nacientes, una que nace en el hotel Suerre y otra que nace bajando ahí por el INS.
Todo el año tienen agua y ellas convergen propiamente en el barrio de Calle Vargas y
Calle Quirós que van a dar a la Expo Pococí.
En la última afectación aproximadamente unas 40 viviendas fueron afectadas donde les
entró el agua, incluso hay una carretera que está deteriorada completamente.
Otra cosa, nos enteramos que el AyA tiene un proyecto no sabemos para qué es, pero
imaginamos que es para una tubería nueva. Ellos van a romper la carretera del INS hacia
el norte, toda esa carretera la van a romper hasta no sé cuántos metros hacia abajo del
barrio Calle Vargas, esa información si nos la dijeron porque estuvieron midiendo unos
topógrafos y propiamente el proyecto es porque los dos pasos de carretera que había
hecho la Municipalidad hace unos años en el gobierno que estuvo don Manuel Hernández,
esos dos pasos de calle los cajones están funcionando perfectamente pero hay un
problemita ahí que si ocupamos la visita para que nos orienten para ver qué es lo que nos
está afectando a nosotros.
Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°19 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Saluda, con mucho gusto nosotros vamos a hacer la visita, ya de hecho usted nos entrega
un informe que ya el ingeniero Brandon lo tiene entonces con mucho gusto vamos a hacer
la visita para brindarle la asesoría que usted necesita y motivarlos a seguir adelante.
Síndico Geison Valverde Méndez.
El Concejo de Distrito se había priorizado uno de esos proyectos que era todo lo de las
alcantarillas de ellos. Eso viene en presupuesto 2017, toda esa parte que estaba para
alcantarillas porque ya está todo eso en Obras Civiles, entonces yo no sé si dentro de la
programación se utiliza para el presupuesto porque el Presupuesto existe. Entonces que
es Presupuesto 2017 para ejecutarlo porque si son bastante grandes las inundaciones ahí,
ya que se le dio contenido presupuestario para este año para que si le sigan el hilo los
ingenieros a ese proyecto.
Sr. Pdte. Eliecer Araya.
En el presupuesto hay que esperar que los ingenieros como decía el compañero Geison
le den seguimiento a eso para cuando ese dinero entre darle la continuidad.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°20 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°21 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°22 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°23 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°24 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°25 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°26 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°27 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°28 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la oficina de la Alcaldesa para la
respectiva coordinación de la visita.
ACUERDO Nº 512
Se Presenta ante este Concejo, la señora Carmen Godínez céd. 1-242-735, en su
representación hace uso de la palabra el señor Gerardo Días Madrigal, céd. 1-392-581,
dice:
Saluda, doña Carmen me ha dado la palabra porque ella tiene un hijo que se separó de la
señora hace varios años y lo que ella quiere es ayudar a su hijo porque en la separación,
un hijo de él por voluntad propia se vino a vivir con él. Él casi no puede trabajar porque le
sucedió un accidente en una moto y está arrimado aquí en una casita que le prestan.
Entonces mi suegra tiene un lote en Bella Vista y ella quiere estar al margen de la ley como
debe ser y solicitarles para ver si se le puede dar la escritura por medio de la Municipalidad
por un acuerdo que aquí hay, ya yo lo pasé con mi hija Karina en el gobierno de don Emilio
Espinoza y entonces ella me pidió la ayuda para que ustedes vean el caso de ella.
Nota de Secretaría se adjuntan documentos que aporta la señora:
Srs. Municipalidad de Pococí
Yo Carmen Amador Godínez ced. 1-0242-0735, vecina de la Leona Bella Vista, dueña de
un lote en el mismo lugar deseo donárselo a mi hijo Carlos Figueroa Amador, céd. 7-061-
0183 ya que él tuvo un accidente y no puede trabajar, además tiene a cargo un niño hijo
de él mismo y está separado de su mujer. Ella vive en Guadalupe y mi hijo le presta una
vivienda en Bella Vista.
Esperando le den un bono para casa hago esta donación y espero de la Municipalidad
toda la colaboración posible.
Agradezco la ayuda brindad, presentamos pruebas adjuntas:
Carta Venta de Lote
Acuerdo Municipales para escritura
Planos
Epicrisis etc.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°29 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°30 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°31 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°32 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°33 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°34 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°35 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°36 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°37 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°38 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°39 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°40 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°41 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°42 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°43 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°44 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°45 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°46 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°47 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°48 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Hace uso de la palabra el
Reg. Ovidio Vives C.
Yo diría que como ya es un tema que fue tomado en la Administración pasada y es un
trámite meramente administrativo entonces sería pasarle este documento a la señora
Alcaldesa para que ella lo vea con las personas indicadas y puedan hacer contacto con el
señor o con la señora para ver qué resolución tienen de este caso.
Sr. Gerardo Días Madrigal
Yo les cedí a mi hija Karina Días Figueroa lo mismo que mi suegra está solicitando y en el
acuerdo, el abogado hizo los papeles y aquí están para que los tomen como ejemplo o
como guía porque a mí se me hizo un poquito difícil, porque el abogado aquí hizo y tuvimos
que ir donde otro abogado después. Entonces aquí están artículos y todo de la
municipalidad donde se le hizo la escritura debidamente gracias a la Gestión que me vi
favorecido, mi hija tiene su casita dada por el bono que es lo que mi suegra tiene su casita
dada por el bono que es lo que mi ex suegra quiere solicitar para su hijo.
Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas Villalobos.
En este caso específico de doña Carmen con mucho gusto, déjenos los documentos, si
es importante porque ya hay un acuerdo del Concejo anterior para poder resolverles,
entonces le vamos a dar el seguimiento. Hay que revisar cómo podemos ayudarles para
que puedan tener la escritura.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°49 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Revisar la forma legal y de esta forma que ustedes puedan tener su casita de bono pero
igual si necesito algo del Concejo yo misma lo solicitaré.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Traslada a la señora Alcaldesa para su análisis.
ACUERDO Nº 513
Se Presenta ante este Concejo, el señor Reyner Vega Calvo, céd. 7-100-631, dice:
Saluda, el motivo de mi visita hoy aquí es por un problema que tengo en Cascadas como
dirigente comunal, pertenezco a la Junta de Desarrollo y también como vecino, vengo a
tocar el tema sobre el camión recolector de basura. El por qué Cascadas, nosotros
viviendo a 4 o 5 kilómetros de Guápiles de Pococí, el por qué motivo no nos dan el camión
recolector de basura al pueblo de Cascadas.
A como ustedes pueden ver y muchos que nos visitan en Cascadas, lo que es la calle del
Mall viejo hacia adentro por Cascadas 5 que se llama Calle Los Almendros y ruta C80 que
es la vía principal que se abrió ahora que comunica hacia la Colonia.
Ustedes pueden ver el montón de basuras de los vecinos que están tirando, tal vez no
sean vecinos de Cascadas, tal vez sean personas que vienen de afuera a tirar basura a
Cascadas.
Entonces yo vengo a solicitarles con mucho respeto a ver que se puede hacer con este
problema que nosotros tenemos en Cascadas. Yo vengo porque un día me levanté a las
5:00 de la mañana, un domingo y solamente de lo que es de Cascadas 5 hacia el plantel
de los Badilla saqué tres pick up llenos, tuve que irlos a depositar y le solicité permiso a
las personas que viven en el Prado para depositarlo en una canasta que hay ahí. Yo
vengo a solicitarles con mucho respeto a todos, el por qué motivo no pueden meter el
camión de basura en Cascadas.
Ahora, “Pollo” recoge la basura en Cascadas, pero solamente le recoge al que le paga y
el que no le paga, no le recoge la basura. Pero vengo a decirle al Concejo Municipal que
todas las casas que están habitadas en Cascadas, si por ejemplo nos van a dar el carro
recolector de basura, entonces que a todas las casas se les cobre el bien inmueble de
recolección de basura a cómo tiene que ser y les solicito con todo respeto el camión
recolector de basura para Cascadas.
Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°50 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
En esa misma preocupación hemos estado conversando con el señor Ovidio Vives que ha
estado muy interesado en el tema también, sobre el tema de recolección de residuos en
Cascadas y lo hemos estado comentando también con otros compañeros que muestran
mucho interés sobre el tema; Debe de hacerse primero un censo, y ya se tiene
contemplado la elaboración de un censo, a partir de ahí ya se comienza a tratar de ver
cómo se da el servicio, igual se está proyectando también para el presupuesto la compra
de dos camiones recolectores, porque ahorita la capacidad que tenemos no es suficiente
para llegar a todas las comunidades, eso no quiere decir que no estamos haciendo nada,
si se está presupuestando la compra de dos camiones al igual que el censo.
Reg. Reinaldo Benavides.
Saluda, desde hace tiempos la comunidad de Cascadas merece que pase el camión
recolectando los desechos sólidos.
Ayer que andaba trabajando por la democracia en Cascadas, muchos vecinos me pedían
esa solicitud, es por eso que le hago la solicitud a la señora Alcaldesa.
Yo les explicaba a los vecinos que desde hace tiempos se quiere hacer eso sin embargo,
tal vez no contamos con el camión pero eso es un servicio que hay que brindarle a esa
comunidad.
Reg. Ovidio Vives C.
Saluda, señor Reiner bienvenido, ayer se le nombró como vicepresidente en la Asamblea
General que tuvimos y salió todo muy bien.
Esto es un tema que se viene hablando desde hace años en nuestra comunidad y para
nadie es un secreto la cultura que tenemos los ticos. Siempre hay personas que por
formación, cultura y por muchas cosas, le es más fácil botar la basura a la calle, a los ríos,
que pagar una cuota mensualmente y que se le lleven al vertedero.
Es lamentable que en Cascadas, más de una vez hemos hecho campañas con la Junta y
los vecinos y hemos recogido muchas bolsas, pero la solución no es esa.
Me di a la tarea de abrir unas bolsas y vi que lo que contenía son productos muy caros y
ciento que si pueden pagar ¢4.000 por mes. Y por ejemplo el ICE si no se paga la luz
inmediatamente cortan el servicio, igual el AyA. Pero con la basura no.
Quiero aclarar que durante muchos años el servicio de transporte Hernández, más
conocido como “Pollo” ha dado mucha eficiencia en el sector que recogen de La Colonia,
Palma Dorada y otros puntos más y obviamente como es un servicio privado el que paga
se le recoge y el que no paga se lo dejan ahí.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°51 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Aquí venimos entrando al punto muy importante es responsabilidad de la Municipalidad
velar también de recoger los residuos sólidos de todos los habitantes. Muchas veces por
falta de presupuesto, de capacidad y de vehículos es que no se atienden a ciertas
comunidades. Yo esperaría que pronto podamos tener una solución a este gran problema
porque son aproximadamente 580 viviendas que tenemos en nuestra linda comunidad de
casi 2.100 habitantes y yo siento que sí tenemos la capacidad de poder pagar. Tengo la
información que aproximadamente solamente el 50% pagamos el servicio de recolección
de residuos sólidos, el otro 50% posiblemente algunos lo botaran en la calle, otros se unen,
hacen campaña con otros a la par para que se lleven una sola. Pero es preocupante
porque no solo la votan sino que la están quemando también.
Otros andan recogiendo chatarra y fácilmente llegan y las tiran al río, entonces hay que
ver de qué forma señora Alcaldesa buscamos la solución en conjunto con el departamento
que le compete y de parte de nosotros para poder darle una solución a este problema que
no solo es de Cascadas sino del cantón.
Por mi parte y como lo dijo la señora Alcaldesa, ya lo hemos conversado meses atrás y
esto es de mucho cuidado, no es que tenemos que entrarle ya para mañana que ingrese
el carro recolector, sino que hay que hacer un buen estudio técnico, análisis para
determinar en qué momento podemos entrar y también conversar con la empresa que
brinda ese servicio privado en esa comunidad. Reyner una vez más te agradezco y te
felicito porque es la voz del pueblo que estás representando acá.
Reg. Supl. Mariela Monge A.
Nosotros los ciudadanos somos los vigilantes de nuestras comunidades y el tema de
residuos sólidos también nos compete a nosotros como ciudadanos y a la Municipalidad
cumplir con lo que dice la Ley.
Pero si quisiera señora Alcaldesa y ahora que está la comisión de la GIRS, es que
consideren el artículo 75 y 76 del Código Municipal donde se dice y se habla de los lotes
baldíos.
Siento que cuando se haga ese estudio y ese censo, responsabilicen a los dueños de
propiedades, aquellas propiedades que muchos les toca sufrir con ese lote que tienen a la
par que los dueños no viven ahí y no se hacen responsables.
Y hay mucha gente tranquila también que se van y como ven los lotes solos, tiran las
basuras ahí y los que vivimos a la par somos los que debemos ser vigilantes de que esos
lotes no se llenen de basura ni de maleza porque nosotros somos los que nos
perjudicamos y esos artículos que nos respaldan pues ahí dice donde se debe de cobrar
y se le exige al dueño.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°52 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Decirle a Reyner que él como miembro de la Asociación cumple una función muy
importante y también debemos de denunciar a esas personas, si los vemos y sabemos
quiénes son, denunciémoslos porque para eso se les cobra una multa también.
Sr. Reyner Vega Calvo.
Sobre este tema doña Elibeth, yo para limpiar Cascadas ocuparía un camión bien grande,
quería ver si usted me podía facilitar o prestarnos el camión recolector por lo menos un
día, para recoger toda la basura que hay en la entrada de Cascadas 5 sobre el puente Los
Almendros, sobre la calle principal y dentro de Cascadas lo que está sobre las calles. Para
hacer una limpieza y yo me comprometería ir con los muchachos que ustedes me digan
qué día va a ir el camión y me comprometo a tener por lo menos dos personas para limpiar
todo lo que está tirado sobre la vía de Cascadas Cinco y sobre la escuela.
Síndico Jose Alexis Chavarría.
Saluda, no puedo pasar por alto este tema, mi comunidad de Palermo está pasando este
gran problema de los desechos sólidos. Yo deseara pedirle a la señora Alcaldesa a ver
cómo nos puede ayudar para meter ese camión de la basura a nuestro distrito de Palermo
ya que este pueblo es bastante viejito desde 1990 la urbanización Barrio Palermo y Boreal,
necesitamos ese carrito de la basura porque vieras como tiran la basura a las calles
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Traslada a la señora Alcaldesa para su análisis.
ACUERDO Nº 514
Se presenta ante este Concejo el señor Virgilio Campos Mena, de la Asociación de
Desarrollo San Martín, dice:
Nosotros la Asociación de Desarrollo Específica pro Mejoras San Martín, les saluda
atentamente y la vez exponemos el caso siguiente:
Nuestra Asociación con cédula jurídica 3002-391-103 tenemos el territorio que nos
pertenece y nos preocupa mucho el caso que se nos ha presentado por muchos años de
la comunidad vecina conocido como Urbanización Los Molinos y pertenecen a la
Asociación del Molino y no a San Martin.
Esta comunidad nunca no ha ayudado en nada por el contrario siempre obstaculizan las
gestiones u obras que deseamos realizar, llegando al término de formar un Comité de
caminos y ponerle el nombre de Comité de Caminos Barrio San Martín y en otra parte nos
hacen una denuncia hacía DINADECO donde ya cambia el nombre a Comité de Caminos
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°53 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
La Urba y Barrio San Martín y nosotros nunca hemos tenido relación con dicho comité ni
hemos perdido tiempo con ellos.
Por cuanto, la Asociación de Desarrollo Específica pro Mejoras San Martín solicita para
salvar responsabilidades que este Comité deba cambiar el nombre de inmediato, que en
su territorio hagan lo que ellos quieran, ya que las pruebas indican que eso existe trinquete,
que fue juramentado en la Municipalidad y del cual exigimos una copia del documento que
presentaron para que realizaran dicha juramentación.
El Consejo Municipal debe solicitarle el documento de respaldo donde se indique la
Asociación a los que pertenecen ellos, como todo comité. Ya la Asociación había
presentado uno solicitud similar anteriormente y quienes firman son los responsables de
cualquier cosa que suceda más adelante.
Esto fue un acuerdo tomado en firma por la asociación el día 09 de marzo 2017 en acta
328, en acuerdo número 3, en el Salón Comunal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°54 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Saluda,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°55 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Trasladar al depto. de Jurídicos municipalidad de
Pococí.
ARTICULO II
Lectura, Discusión y Verificación del Acta N°21 Ordinaria del
13-03-2017.
ACUERDO Nº 515
Se conoce el Acta N°21 Ordinaria del 13-03-2017, dice:
El Regidor Freddy Hernández Miranda se acoge al Artículo 48 del Código Municipal, vota
la Reg. Maria DE Los Ángeles Núñez Fuentes.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el Acta N°21 Ordinaria del 13-03-2017, Se
dispensa del Trámite de Comisión, Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ARTICULO III
Correspondencia
ACUERDO Nº 516
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos,
Coordinadora de Patentes, dice:
Oficio N°09
Sirva la presente para saludarlos y a la vez detallarles la liste de patentes, para su
respectivo referéndum, que cuenta con los respectivos requisitos.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°56 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Exp Solicitante Nº de Tipo de Dirección Finca
cédula patente
Guápiles,
71 Torres 701210846 Soda 250 mts sur 123679-
Solano de la U 000
Grehibin “Chayo” Latina
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 517
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos,
Coordinadora de Patentes, dice:
Oficio N°09
Sirva la presente para saludarlos y a la vez detallarles la liste de patentes, para su
respectivo referéndum, que cuenta con los respectivos requisitos.
Exp Solicitante Nº de Tipo de Dirección Finca
cédula patente
Cariari, 150
72 Navarro 204720451 Ciclomts norte de 26896-
Molina Iveth la Iglesia 000
“Bray” Católica de
Astua Pirie
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 518
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos,
Coordinadora de Patentes, dice:
Oficio N°09
Sirva la presente para saludarlos y a la vez detallarles la liste de patentes, para su
respectivo referéndum, que cuenta con los respectivos requisitos.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°57 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Exp Solicitante Nº de Tipo de Dirección Finca
cédula patente
Guápiles,
73 Howell Ryan 184001032 Casa de 150 mts 63786-
Michael Empeño oeste del 000
INS
“Presta Me”
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 519
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos,
Coordinadora de Patentes, dice:
Oficio N°09
Sirva la presente para saludarlos y a la vez detallarles la liste de patentes, para su
respectivo referéndum, que cuenta con los respectivos requisitos.
Exp Solicitante Nº de Tipo de Dirección Finca
cédula patente
Comercializació Jiménez,
74 Araya Arias 304660805 n al por menor costado 43878-
Yendell de alimentos de norte de la 000
origen animal escuela de
Jiménez
“Distribuidora de Centro
Pollo y Huevos
Araya”
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 520
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos,
Coordinadora de Patentes, dice:
Oficio N°09
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°58 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Sirva la presente para saludarlos y a la vez detallarles la liste de patentes, para su
respectivo referéndum, que cuenta con los respectivos requisitos.
Exp Solicitante Nº de Tipo de Dirección Finca
cédula patente
Peluquería Guápiles,
75 Cruz Morales 205110668 25 mts 28441-
Fidelia “Sala de Belleza oeste y 120 000
Elegant Desing” mts sur de
las Oficinas
del Pani
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 521
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos,
Coordinadora de Patentes, dice:
Oficio N°09
Sirva la presente para saludarlos y a la vez detallarles la liste de patentes, para su
respectivo referéndum, que cuenta con los respectivos requisitos.
Exp Solicitante Nº de Tipo de Dirección Finca
cédula patente
Bazar Cariari, de
76 Aparicio 701660362 la clínica de 44205-
Chaves “Gael Store” la C.C.S.S. 000
Wendy 50 mts este
frente al
parque.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 522
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos,
Coordinadora de Patentes, dice:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°59 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Oficio N°09
Sirva la presente para saludarlos y a la vez detallarles la liste de patentes, para su
respectivo referéndum, que cuenta con los respectivos requisitos.
Exp Solicitante Nº de Tipo de Dirección Finca
cédula patente
Guápiles, en
77 El Éxito 3101265235 Tienda de Ropa Plaza Caribe 145940-
Betancur y frente al 000
Asociados “Pretty Woman” Estadio Ebal
S.A. Rodríguez
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 523
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos,
Coordinadora de Patentes, dice:
Oficio N°09
Sirva la presente para saludarlos y a la vez detallarles la liste de patentes, para su
respectivo referéndum, que cuenta con los respectivos requisitos.
Exp Solicitante Nº de Tipo de Dirección Finca
cédula patente
Sala de Belleza Guápiles, 1
78 Serrano 701490880 km norte de 65-001
Padilla Ange “Centro de cementerio
Belleza Kairos”
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 524
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos,
Coordinadora de Patentes, dice:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°60 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Oficio N°09
Sirva la presente para saludarlos y a la vez detallarles la liste de patentes, para su
respectivo referéndum, que cuenta con los respectivos requisitos.
Exp Solicitante Nº de Tipo de Dirección Finca
cédula patente
Restaurante
Guápiles, 75
79 Cordero 110830266 mts sur y 75 4803-
Rojas “Restaurante La mts oeste del 018
Rolando Terraza” Banco
Nacional
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 525
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Lcda. Vera Jiménez Villalobos,
Coordinadora de Patentes, dice:
Oficio N°09
Sirva la presente para saludarlos y a la vez detallarles la liste de patentes, para su
respectivo referéndum, que cuenta con los respectivos requisitos.
Exp Solicitante Nº de Tipo de Dirección Finca
cédula patente
Restaurante
Guápiles, 75
8 Cordero 110830266 mts sur y 75 4803-
Rojas “Categoría C” mts oeste del 018
Rolando Banco
Nacional
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar el refrendo de la patente. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 526
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Emilio Acuña Vargas, Dpto
de Proveeduría, dice:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°61 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Oficio DPM 01/24032017
Asunto, Aclarar temas Relacionados con la Licitación Abreviada N° 2017LA-000002-
CL01. Contratación de los Servicios de Seguridad y Vigilancia para la institución
periodo 2017.
Respetable Señor,
El motivo de la presente es con la finalidad de solicitar audiencia por tiempo aproximado
de 15 minutos, para ser atendidos en la Sesión que se llevará a cabo el próximo lunes 27
de Marzo del corriente.
El asunto a tratar es con la finalidad de aclarar a la opinión pública y a ustedes respetable
CONCEJO temas referente a la Licitación Abreviada N° 2017LA-000002-CL01 para el
proyecto. Contratar Empresa que Brinde los Servicios de Seguridad Privada para la
Institución.
Participa de la palabra:
Lic. Manuel Emilio Acuña Vargas Proveedor Municipal.
Saluda, nosotros nos venimos a referir concretamente a la Licitación Abreviada 02 de
este año 2017 y el asunto a tratar es la Seguridad y contratar los servicios de 8
funcionarios que nos brinden el servicio de Seguridad en la Institución en el Plantel
Municipal y uno acá en el parqueo de este Concejo.
A groso modo, nosotros le comentamos que invitamos a 9 empresas de seguridad de
distintos lugares del país y de esos 9 oferentes solo 2 participan, uno fue Fico y la otra se
llama EYS seguridad.
De esos dos oferentes, pedimos una garantía de participación del 1% tal como lo indica
la Ley en el artículo 38 y tenemos un rango de un 1% a un 5%, por ser muy elevados los
montos estimamos que un 1% era prudente para la garantía de participación.
Fico oferta por ¢69.600.000,00 (sesenta y nueve millones seiscientos mil colones) y el 1%
de la garantía fue seiscientos noventa y seis mil colones.
La otra empresa que se llama EYS Seguridad oferta por ¢72.000.000,00, no se por qué
motivo, la oferta aporta una garantía de participación de ¢15.000 (quince mil colones).
Obviamente muy atinada la participación en el momento de la apertura del acta, Fico ataca
a la otra empresa y le dice que con esa garantía no le cubre para participar, y por ende no
podría participar en dicha licitación.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°62 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
También la ley en el artículo 38 dice que la garantía es subsanable si esta alcanza hasta
un 80%.
Les comentamos y aquí traemos unas recomendaciones y aclaraciones a dicho proceso
que se las voy a entregar al señor presidente y tengan un mejor criterio y se sirvan aprobar
o improbar dicha licitación.
Si hubo un mal manejo de conceptos, pues si hay más de un oferente o un oferente que
sea, no se puede declarar infructuoso el proceso. Infructuoso es cuando algo no da fruto.,
se podría declarar nulo u otro proceso pero infructuoso no.
Lic. Ronald Quirós Sub-Proveedor
Como decía Manuel, el procedimiento se realizó por el dinero que se presupuestó,
correspondía a una licitación abreviada.
En el artículo 98 de la Ley de Contratación Administrativa establece que como un mínimo
se debe invitar 5 potenciales proveedores del bien o Servicio, en el caso de este proceso
se invitaron 9 empresas.
El proceso se recibió una oferta válida, la otra se considera como una oferta no admisible
porque no cumple con el requisito mínimo que es el 1% que establece la ley. Entonces a
la hora de revisar la única oferta admisible que es la de Fico, los compañeros determinan
que cumple con lo solicitado en el cartel, además se ajusta al contenido presupuestario y
por eso es que se envía al Concejo para su análisis y adjudicación con base a la
recomendación siguiendo la parte técnica.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°63 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°64 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°65 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°66 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Participan de la palabra
Reg. Freddy Hernández M.
Saluda, agradece el trabajo de los colaboradores de Proveeduría. Explica que ya antes se
había juzgado el tema de la Adjudicación de la Seguridad y que el lunes pasado se trajo a
colación aquí al Concejo y se decidió pasarlo a la comisión de Jurídicos para ver el tema
de fondo, para asegurarse que cumpliera cabalmente la empresa adjudicada por parte de
la Administración. (Explica ampliamente los puntos tomados en cuenta por la comisión de
Jurídicos a la hora del análisis).
Así mismo se tomaron unas propuestas como la que hizo el regidor Vargas, que ojalá más
adelante se dé la práctica se presenten los expedientes al Concejo y a la Comisión de
Jurídicos antes de traerlos al Concejo para ser revisados y después venir a simplemente
a cumplir el acto de refrendar lo adjudicado por la Administración.
Y fue así como tomamos la decisión de refrendar por parte de la comisión de Jurídicos la
adjudicación por parte del departamento de Proveeduría a la empresa Ganadora del
mismo.
Reitero, porque nos dimos a la tarea de hacer las preguntas y llegamos a la conclusión
que cumplían todos los estándares, la empresa de legales para ser adjudicado a ellos. El
tema de seguridad Municipal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°67 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Creo que este ejercicio es importante, es beneficioso para todos, nutre, porque hay
muchas cosas que no sabíamos, hoy sabemos un poquito más, sobre todo en temas
legales que constantemente hay que estar absorbiendo porque están cambiando día a
día.
Entonces bajo ese escenario, ese contexto, valoramos el trabajo de los compañeros de
Proveeduría, verificamos si efectivamente estábamos dentro del plazo legal para refrendar
y efectivamente ellos nos dicen: hay que tener claridad en un asunto y es que técnicamente
no tenemos oficiales en este momento.
En lo personal hago la salvedad, yo he preguntado en los departamentos si la empresa ha
incumplido algo escrito en el contrato, me dicen que nunca, que el trabajo que se ha hecho
es bueno y que inclusive están por debajo del precio de mercado de algunas otras
empresas.
Entonces valoramos que esto podría tener consecuencias civiles, administrativas, e
inclusive penales si con esto nosotros ocasionaríamos en detrimento de la seguridad,
tomáramos un acuerdo contrario. Porque habría que armarlo muy bien técnicamente si le
decimos que no, cuando los compañeros nos están diciendo a todo lo que se objetó, ellos
salvaron todas las dudas.
Ahorita el razonamiento mío de votarlo a favor es porque vemos que está blindado legal y
técnicamente el proyecto de financiamiento para la seguridad Municipal. Son 4 puestos
donde tiene que haber seguridad 24 horas, son 4 personas por turno y también alberga
suplencias.
Yo me siento satisfecho y estoy listo para votarlo positivamente con todo lo que aducen
los compañeros de Proveeduría y principalmente por un asunto de seguridad pública que
podríamos exponer eventualmente o comprometer no solo los bienes sino también se
estaría legislando en detrimento de la seguridad personal.
Bajo ese contexto tomamos el acuerdo los compañeros de Jurídicos, lo votamos por
unanimidad con base a los argumentos, y el fundamento además de los documentos que
nos dieron.
Esa fue la votación, la recomendación nuestra de que efectivamente con base a la
justificaciones técnicas y con base al criterio legal y técnico del departamento de
Proveeduría, votarlo positivamente y no ir contrario a lo que todos nosotros quisiéramos
que no haya inseguridad en este cantón.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°68 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Que quede en actas mis palabras ya que es un informe de comisión, e igual por escrito o
verbal quedando en actas tiene igual validez que fue por unanimidad el acuerdo que
tomamos en la Comisión de Jurídicos y por lo tanto le damos el aval de inmediato.
Reg. Johnny Vargas.
A mí me preocupa mucho cuando nos tildan de corrupción al Concejo Municipal, porque
aquí estamos involucrados los 9 cuando en las redes sociales nos tratan tan mal y este
contrato ustedes lo hicieron perfecto, no tiene ningún daño, ningún defecto y al contrario,
que doloroso hubiera sido ver a cinco regidores votando en contra este contrato y que
fueran demandados por la empresa porque el contrato llena todos los requisitos legales
que manda la Ley de Contratación Administrativa.
Por eso doña Elibeth, yo presenté una moción en la comisión de jurídicos para que a todos
los departamentos se les notifique que es mejor pasarlo por este filtro que quieren los
señores en la comisión de jurídicos, los futuros contratos que vengan acá para que se les
dé una pequeña revisión y que cuando ya se suben al Concejo que ya esté superada
cualquier duda que tenga la comisión de jurídicos.
A mí no me gusta meterle más trabas a los trámites pero si me molesta que a raíz de este
Contrato que se desaprobó hace una semana, se pusiera en tela de duda la honradez de
ustedes como funcionarios que están haciendo el trámite y se puso en duda la
honorabilidad del Concejo.
Reg. Ginnette Sequeira G.
Saluda, lo que quiero externar a los ciudadanos que nos ven es que el lunes anterior y que
yo fui una de las que también me opuse a aprobar este contrato es porque siempre lo he
dicho: “Cuando algo no me queda claro, yo no lo voy a votar”, cuando yo necesito la
información yo la tengo que saber, tengo que saberla para poder votar un argumento. Así
fuera un documento que venga por un millón de colones o por cien millones de colones
tiene que venir claro para mí para yo poderlo votar a favor o en contra.
Estoy segura de que cuando vea alguna anomalía que yo tenga el argumento para hacer
de conocimiento de este Concejo y haya que anular cualquier convenio o contrato yo lo
voy a hacer de conocimiento. Pero también estoy clara que no tenemos ahorita activos en
la seguridad vigente porque no tenemos un contrato aprobado, estamos y no estamos con
el tiempo, realmente no lo tenemos como para poder decir que es necesario hacer una
licitación nueva porque realmente lo que se hizo está a derecho, entonces con base a eso
es que yo doy mi voto positivo.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°69 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Reg. Freddy Hernández Miranda.
Que el documento que presentaron ellos que quede en actas que ese es el raciocinio por
la cual lo votamos positivamente, no importa que quede doble si es necesario porque ahí
es donde viene estipulado el marco de la ley del cual fue objeto la contratación.
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-048-2017
Asunto: Se solicita Adjudicar y acuerdo de pago.
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 192 folios,
correspondiente a la Licitación Abreviada No. 2017-LA-000002-CL01, Contratación de los
Servicios de Seguridad y Vigilancia para la institución periodo 2017, solicitud presentada
por el MBA. Mauricio Garita Varela, Coordinador de Hacienda Municipal.
A la hora de la apertura se recibió oferta de las empresas:
• Consultoría & Inversiones Fico S.A, oferta por un monto de ¢69.600.000.00, con
certificaciones completas.
• Servicios Especiales de Seguridad EYKS S.A, oferta por un monto de
¢72.000.000.00, con certificaciones completas. (Oferta inamisible por no cumplir con la
garantía de Participación)
De acuerdo al análisis y revisión del proceso, por parte del MBA. Mauricio Garita Varela,
Coordinador de Hacienda Municipal, determino que la empresa: Consultoría & Inversiones
Fico S.A, cumple con todo lo solicitado en el cartel, oficio visible en el folio no. 162.
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se adjudique y autorice a la señora Alcaldesa a pagar
a la empresa:
• Consultoría & Inversiones Fico S.A, por un monto de ¢52.200.000.00 (cincuenta
y dos millones doscientos mil colones exactos) por un periodo de nueve meses
(Abril a Diciembre del 2017) monto que se ajusta de acuerdo al contenido
presupuestario existente por recomendación del MBA. Mauricio Garita Varela,
Coordinador de Hacienda Municipal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°70 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se Adjudica y se Autoriza a la señora Alcaldesa
pagar a la Empresa Consultoría & Inversiones Fico S.A, por un monto de
¢52.200.000.00 (cincuenta y dos millones doscientos mil colones exactos) por un
periodo de nueve meses (Abril a Diciembre del 2017) monto que se ajusta de acuerdo
al contenido presupuestario existente por recomendación del MBA. Mauricio Garita
Varela, Coordinador de Hacienda Municipal. Según Licitación Abreviada No. 2017-
LA-000002-CL01, Contratación de los Servicios de Seguridad y Vigilancia para la
institución periodo 2017, Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
Razonamiento de voto positivo por parte del Concejo en Pleno.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°71 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°72 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°73 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°74 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
--------------------------------------------------------UL--------------------------------------------------
ACUERDO Nº 527
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Lic. Manuel Emilio Acuña Vargas, Dpto
de Proveeduría, dice:
Refiérase al Oficio DPM-02-24032017
Asunto: Aclaración por parte de la UNIDAD DE PROVEEDURÍA
“Censo de Bienes y Servicio Catastro 2017 (Guápiles)”
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°75 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°76 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°77 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°78 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°79 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°80 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Mayoría de 7 Votos a Favor, 2 en Contra SE ACUERDA: Se autoriza la
contratación y el pago a la señorita Jessica Villalobos López Cédula 7-0240-0438
según lo solicitado por el Lic. Manuel Emilio Acuña Vargas Proveedor Municipal en
el oficio DPM-02-24032017.Los regidores Reinaldo Benavides y Patricia Aguilar
votan en contra. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°81 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
ACUERDO Nº 528
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Mercedes Peñas Domingo, Primera Dama,
dice:
Reciba un cordial saludo. Por este medio me permito convocarle a reunión en Casa
Presidencial para el abordaje de temas prioritarios con Gobiernos Locales de la provincia
de Limón.
La reunión se realizará el martes 28 de marzo de 2017, a las 12md.
A continuación remitimos la agenda con los temas propuestos por las alcaldías, con el fin
de poder avanzar en el desarrollo integral de la provincia.
De ante mano agradecemos su buena disposición.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar viáticos y transporte al Reg. Freddy
Hernández Miranda. Dispénsese del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO Nº 529
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Gerardo Fuentes González, Alcalde
Municipal de Guácimo, dice:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°82 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°83 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°84 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°85 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°86 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conoce.
ACUERDO Nº 530
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Marlene Jiménez Pérez, Secretaria
Consejo Intermunicipal, Caproba, dice:
Reciban un cordial saludo y así mismo les informo que por directriz de la Presidencia
del Consejo Intermunicipal se les convoca a sesión ordinaria 02-2017, la cual se llevara
a cabo el día sábado 25 de marzo al ser las 11:00 am en la Sala de Sesiones de la
Federación.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar viáticos y transporte, a los directivos
municipales en Caproba.
ACUERDO Nº 531
Se conoce nota para este Concejo suscrita por M.S.c. Yamileth Astorga Espeleta,
Presidenta Ejecutiva, dice:
Oficio PRE-2017-00202.
El mimo como sigue:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°87 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°88 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°89 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se traslada Oficio a la comisión Municipal del
Agua.
ACUERDO Nº 532
Se conoce nota para este Concejo suscrita por MSc. Hazel Díaz Meléndez Directora de
La Defensoría de los Habitantes, dice:
Oficio N°03094-2017-DHR
El mismo como sigue:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°90 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°91 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°92 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Traslada Oficio N°03094-2017-DHR a la Señora
Alcaldesa Elibeth Venegas Villalobos.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°93 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
ACUERDO Nº 533
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Daniela Castillo Romero, Área
Administrativa UNED, dice:
El Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local de la Universidad
Estatal a Distancia, tiene el gusto de invitarle a participar en el Foro Nacional "Modelo de
Gobierno Local en Costa Rica". La actividad se realizará el jueves 30 de marzo del
presente año, a las 9:30 a.m. en el Paraninfo Daniel Oduber Quirós, sede central de la
UNED, Mercedes de Montes de Oca.
Este evento tiene como objetivo analizar de manera integral, los aportes de mejora al
Modelo de Gobierno Local que resultaron de los Foros Regionales que desarrolló el
Instituto el año anterior, en las seis regiones del país.
El Foro contará con la presencia de autoridades nacionales, locales y representantes de
instituciones nacionales.
Para el Instituto, es un honor poder contar con su valiosa presencia. Agradecemos
confirmar su asistencia con Daniela Castillo a los teléfonos 2280-8130 /2280-8135 o al
correo dcastillor@uned.ac.cr antes del 20 de Marzo.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conoce.
ACUERDO Nº 534
Se Conoce nota para este Concejo suscrita por el señor Gerardo Vargas Varela, Diputado
Fracción Frente Amplio, dice:
GW-FFA-0048-2017.
Reciban un cordial saludo y a la vez me permito solicitar la sala de sesiones del Concejo
Municipal para el día 22 de abril del presente, a las 2:00 pm.
La razón de la mi solicitud es por la visita de la señora Yamileth Astorga Espeleta quien
atenderá a varias ASADAS del cantón de Guácimo y de Pococí para que expongan sus
situaciones, esto facilita que las ASADAS no tengan que desplazarse hacia San José para
estos trámites comprendiendo la problemática que ello implica.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°94 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la solicitud para el préstamo de la Sala de
Sesiones el día 22-04-2017 a las 14:00 horas.
ACUERDO Nº 535
Se conoce nota para este Concejo suscrita por las Regidoras Maricruz Chaves Alfaro,
Ginnette Sequeira, dice:
INFORME DE MINORIA
Se abre la sesión al ser las 4:05 pm en la sala de Sesiones del Consejo Municipal, con las
regidoras Gina Sequeira y Maricruz Chaves, siendo esta la tercera convocatoria pues en
otras ocasiones no se ha llegado al cuórum. Entonces se sigue la reunión con las
presentes para hablar de dicho Reglamento para el otorgamiento de licencias para ventas
ambulantes y permisos de uso en el cantón de Pococí.
Se comenta la inquietud con respecto al reglamento en el punto de permisos sanitarios de
funcionamiento del Ministerio de Salud con respecto al mismo y de la negativa a otorgar
los permisos que corresponden a estas personas se hace la necesidad de expresarle al
Ministerio de Salud nos expresen los puntos por los cuales no otorgan dichos permisos.
Se pide en forma respetuosa que la persona encargada del Ministerio de Salud en la
Región de Pococí nos explique de forma escrita el ¿porqué? no extendió los permisos a
los vendedores ya que está estipulado en el Reglamento para otorgamiento de licencias
para ventas ambulantes y permisos de uso en el Cantón de Pococí en el artículo 3 inciso
5.
Esto con el fin de tener el conocimiento y poder realizar el análisis y las acciones que sean
pertinentes con base a la ley. Se cierra la sesión al ser las 4:40 pm.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conoce.
ACUERDO Nº 536
Se conoce nota para este Concejo suscrita por MBA. Karen Porras Arguedas, Directora
Ejecutiva, dice:
Reciba un cordial saludo de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL) y el Centro
de Estudios y Capacitación Cooperativa CENECOOP R.L.
La UNGL y el CENECOOP R.L. en un esfuerzo por desarrollar políticas públicas de
juventud, se unieron para crear el proyecto En mi Cantón #SeHablaJoven. La finalidad de
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°95 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
este fue construir una política pública de juventud, en esta primera etapa en los cantones
de: Acosta, Atenas, Paraíso, Oreamuno, San Pablo, Santo Domingo, Santa Cruz, Tilarán,
Nicoya, Siquirres y Talamanca, en concordancia con la Política Nacional de Juventud
2014-2019 implementada por el Consejo de la Persona Joven (CPJ).
Ante lo expuesto el próximo sábado 22 de abril, se llevara a cabo la entrega final del
documentos de los 11 cantones participantes en esta primera etapa y se les presentara el
proyecto a los demás Gobiernos Locales, por esta razón le invitamos nos acompañe en
esta presentación la cual se va a realizar en las instalaciones del Centro Nacional de
Cultura (CENAC), Antigua Fábrica Nacional de Licores en San José a partir de las 9:30
a.m.
Para efectos de confirmaciones puede hacerla a los teléfonos 2528-5820 exts. 117- 125,
2290- 4147,2290-3806 o a los correos mhaug@ungl.or.cro mcognuck@cene.coop.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conoce y se traslada al síndico Geison Valverde
Méndez y a la Presidenta de la Persona Jovén Maria del Carmen Chacón. Dispénsese
del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Atenderla en la sesión
del día 03-04-2017.
ACUERDO Nº 537
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Jeannette Crawford Stewart, Secretaria del
Concejo a.i Guácimo, dice:
SMG, Oficio #270-2017, el mismo como sigue:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°96 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°97 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Dispénsese del Trámite de Comisión.
Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 538
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Municipalidad de Pococí, dice:
Invitación Celebración de los 30 años de la apertura de la Carretera Braulio Carrillo, el día
28 de Marzo 2017 Hora: 09 am.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Queda abierta la invitación. Se Dispénsa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°98 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
ACUERDO Nº 539
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la señora, MBa, Karen Porras Arguedas
Presidenta Junta Directiva Nacional, RECOMM, dice:
Reciban un cordial saludo de la Red Costarricense de Mujeres Municipalistas (RECOMM).
De conformidad con los estatutos de la RECOMM y según acuerdo de la Junta Directiva
Nacional, nos complace invitarles a participar de la IX Asamblea Nacional, la cual se
realizará en el Hotel Holiday Inn San José Downtown Aurola el día 31 de marzo de 2017
a partir de las 8:30 a.m.
En forma respetuosa les solicitamos respetuosamente hacer de conocimiento la presente
misiva a las señoras regidoras miembras de su Consejo Municipal a fin de que participen
de esta importante actividad.
Así mismo se les recuerda que esta actividad está dirigida a todas aquellas mujeres
Municipalistas y ex Municipalistas que estén asociadas a la RECOMM.
Para confirmar su participación le rogamos comunicarse con la señora Xenia Donato al
2290-3806 o al correo electrónico xdonato@ungl.or.cr
Reg. Ginnette Sequeira Granados.
Para lo de la Recomm, yo quisiera pedir para mí viáticos y transporte, porque voy a ir por
aparte.
Síndica Katherine Mendoza Montero.
Saluda, para informarle a la compañera Regidora Ginnette, que si hay una buseta que está
aquí a las seis de la mañana, nos dan desayuno, y nos dan almuerzo, están los gastos
pagos, ya todas las compañeras saben.
Reg. Freddy Hernández Miranda.
Se le aprueban viáticos y transportes, y cada quien hace la justificación en el cobro, lo que
necesitan es nada más el acuerdo, no necesariamente cuando dicen que dan el café o el
almuerzo, no necesariamente no se le pueden generar los viáticos porque la persona
puede perfectamente comer o almorzar en otros tiempos de horarios y demás o
simplemente no le gusta lo que están dando ahí, es un derecho que tiene porque va en
representación municipal, es de acuerdo de la investidura y el reglamento lo faculta, lo que
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°99 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
necesita es el acuerdo de parte de nosotros, porque estaríamos nosotros en detrimento
nuestro tomando acuerdos, ojala todos anduvieran en ministerios, embajadas, en
consulados generando proyectos y buscando financiamiento para los demás, yo me alegro
cuando alguien dice que va para la Junta de Protección Social a sacarle un poco de plata
para una buseta, para una escuela, para alguna institución, o un Hogar de Ancianos, por
lo menos reconocerle lo mínimo que son los viáticos.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
El Regidor tiene derecho a sus viáticos, y así como va representado la municipalidad, que
se le paguen los viáticos y transporte, si dan comida y si a uno no le gusta pues no se la
come, y come la que la ley le permita de acuerdo a los viáticos.
Reg. Eliecer Vargas Arrieta.
La cuestión es que si hay una buseta, y se le da transporte a una sola persona y si todos
dijeran lo mismo.
Reg. Ginnette Sequeira Granados.
Para que no quepa la duda, es sencillo tengo un hijo y es menor de edad, yo tengo que
llevarlo a la escuela yo a las seis de la mañana no me puedo ir, yo puedo irme en otro
transporte y llegar allá simplemente por medio propios, es simplemente que estoy pidiendo
el acuerdo por ese motivo, ya la compañera me había externado de que existían los
transportes y demás, pero si no los puedo ser de uso pues yo puedo transportarme en los
medios que yo tenga disponible.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Queda abierta la invitación, que se paguen viáticos
y transporte.
ACUERDO Nº 540
Se conoce nota para este Concejo suscrita por, dice:
COMENTARIO.
Síndico Geison Valverde Méndez.
Si me da mucha pena por los otros miembros del comité de la Persona Joven, aparte que
es un comité voluntario somos una comisión permanente del Concejo Municipal y
reglamentada por la ley de nosotros que es la 8261, pero sin embargo es tipo voluntariado,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°100 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
nadie tiene una remuneración al respecto, ahora que la compañera Regidora saca a relucir
que la señorita Maria del Carmen llega a las reuniones y talvez no llegan todos los
integrantes, no cumple cuórum, se hacen las convocatorias sin conceso, nada más la
compañera sita reunión a tal día a tal hora, y no se hace la consulta si personas que tienen
que trabajar o tienen que estudiar, por ejemplo mi horario de trabajo normalmente es en
el horario que ponen las reuniones, yo no puedo faltar a mi trabajo por ir a una reunión del
Comité de la Persona Joven a diferencia del Concejo Municipal, no quiero que piensen
que los otros compañeros de persona joven son personas irresponsables, o que no les
interesa realizar los proyectos de juventud por ejemplo, hoy nos reunimos en la tarde
algunos que podíamos no todos de los chicos de colegio están en el Colegio y otros están
trabajando para ir avanzando en el proyecto que tenemos que presentarlo el fin de mes.
Reg. Maricruz Chaves Alfaro.
Yo lo digo por justa razón porque la presidenta ya me ha dicho en varias ocasiones, que
ella pide y muchas personas no llegan, no se hace cuórum, no se puede hacer un proyecto
donde solamente como que está dividido a la mitad entonces no entiendo la acción,
entiendo claramente sobre la acción que usted dice con respecto a voluntariado y demás,
pero entiendo que las personas que vienen aquí y se juramentan es porque tienen todo el
peso de la ley encima con respecto a una comisión que se está juramentando aquí con
respecto a toda ley.
Entonces si ella está llamando para que lleguen yo creo que a las seis de la noche que es
donde ella está pidiendo que llegue cómo es posible que esos estudiante es estén a esas
horas, o por los menos que indiquen que no van a llegar, eso sería señor presidente, en
su momento si le voy a pedir que le den un espacio a la compañera, porque ella me pidió
un espacio para externar el asunto, porque creo que el proyecto tienen que votarlo
también, lo que tengo entendido si no se vota no hay ninguna proyección de la persona
joven.
Reg. Pdte. Eliecer Araya Brenes.
Yo creo que esto no es una comisión, sino una organización por lo tanto debe de tener
estatutos, que se apliquen los estatutos a los que no llegan o no justifican por no haber
llegado.
Síndico Geison Valverde Méndez.
Como se trabaja se hacen algunos grupos locales, durante el día, en las reuniones ya
ordinarias del comité se envía los avances que se trabajan por el ejemplo durante el día
de hoy, se envía para que sea revisado, no es que se decide entre unos cuantos, sino que
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°101 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
eso pasa por todos, se envían los correos electrónicos para que vayan haciendo
revisiones, vayan haciendo aportes, la señorita presidenta nada más dice el día y la hora
que se hace la reunión, ahora con la nueva reforma a la ley que hubo el comité es una
comisión permanente del Concejo Municipal, nada más que está regulado por la ley 82
sesiones o reglamento claramente con todos sus estatutos y todo nada que el simple
hecho de las dos reuniones, nada más que no todos los compañeros no pudieron asistir,
nada más que solo este mes fueron dos reuniones que se solicitaron que no pudieron ir
todos los chicos, cada cabeza es un mundo yo justifique lo mío está dentro de mi horario
laboral, el horario que ella quiso, los chicos cada quien hablo con ella después de sus
cosas.
Reg. Pdte. Eliecer Araya Brenes.
Yo recomendaría que se reúnan y que se pongan de acuerdo, quienes pueden para tal
día y tienen que llegar a tomar consenso.
Reg. Maricruz Chaves Alfaro.
El día tres de abril viene la Municipalidad de Guácimo, una sesión ordinaria para poder
atenderla ese lunes.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Para que se invite la Presidenta de la Persona Joven
Maria del Carmen Chacón, para sea atendida para el día 03-04-2017.
ACUERDO Nº 541
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Yanory Meza Duran, Presidenta de APAZA,
dice:
La Asociación de Personas con Autismo de la Zona Atlántica (APAZA) con cedula jurídica
3-002- 645593.Le saludamos y deseamos éxito en su trabajo.
Por este medio, les hacemos una cordial invitación para que el domingo 02 de abril día
mundial de la concienciación sobre el Trastorno del Espectro Autista, nos puedan
acompañar a la actividad. Se llevará a cabo en el parque de Guápiles a las 3:00pm.
y así darle un reconocimiento públicamente por el apoyo y compromiso que ustedes han
tenido hacia nosotros.
En nombre de las personas con Discapacidad, a la cual representamos muchas Gracias
por la atención y esperamos su presencia
Para mayor información al 89879879 con Yanory Meza Duran
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°102 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conoce.
ACUERDO Nº 542
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Edgar Villarreal Ruiz, Alcalde a.i,
dice:
DA-272-2017
Sirva la presente para saludarle, desearle éxitos en sus labores y a la vez realizar entrega
de la llave del vehículo municipal asignado al Concejo Municipal con las siguientes
características:
Automóvil Todo Terreno 4 puertas 4X4, Land Cruiser Prado TX color Plateado, número de
motor 1KD2678888, año 2017
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conoce.
ACUERDO Nº 543
Se conoce nota para este Concejo suscrita por el Ing. Edgar Villarreal Ruiz, Alcalde a.i,,
dice:
DACM-054-2017
Mediante la presente se remite el oficio DHM-14-2017 del señor MBA. Mauricio Garita del
Departamento de Hacienda Municipal, corresponde a un informe de los rubros
desembolsados al Comité Cantonal de Deportes durante el año 2016, aportes ordinarios
y extraordinarios.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°103 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°104 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°105 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°106 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conoce.
ACUERDO Nº 544
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Grace Chinchilla Villegas, Auditora
Interna Municipalidad de Pococí, dice:
Oficio N° AI-076-2017
Asunto: Remisión proyecto de resolución
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°107 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
En el año 2015 la Contraloría General de la República emitió las Directrices para la
solicitud y asignación de recursos a las Auditorías Internas, mediante resolución R-DC-
OI0-2015 del 06 de febrero de 2015 y publicadas en La Gaceta N.° 48 del 10 de marzo de
2015, las cuales determinan los criterios básicos de análisis y gestión de la dotación de
recursos a las Auditorías Internas, a fin de asegurar razonablemente que estas cuenten
con los recursos para el cumplimiento de sus objetivos, normativa que es de carácter
vinculante para esos órganos de fiscalización interna, los jerarca s y los titulares
subordinados de los entes y órganos sujetos a la Ley General de Control Interno, así como
a otras instancias de dichos sujetos cuando tengan injerencia en la dotación y gestión de
recursos a las Auditorías Internas.
Que las citadas Directrices para la solicitud y asignación de recursos a las Auditorías
Internas, establecen en el punto "1.4 Regulación interna, la cual corresponderá al jerarca
promulgar las disposiciones institucionales para regular el procedimiento, los plazos y el
trámite interno de las solicitudes de dotación de recursos para la Auditoría Interna, ya sea
mediante una regulación específica o incorporando en las existentes los diferentes tópicos
contemplados en estas directrices. A los efectos, procederá la coordinación pertinente con
la Auditoria Interna durante la preparación de las regulaciones. 11 (El subrayado no es del
original)
Esta auditoría, considerando la multiplicidad de asuntos que debe atender el Concejo
Municipal, y dado que la normativa prevé la coordinación de este Despacho con el Jerarca,
para la elaboración del cuerpo normativo interno que regula dicho procedimiento de
asignación, ha procedido, con el acompañamiento de la asesoría especializada, a elaborar
la siguiente propuesta de resolución que se denomina: "RESOLUCIÓN PARA REGULAR
EL PROCEDIMIENTO, PLAZOS Y EL TRÁMITE INTERNO DE DOTACIÓN Y
EJECUCIÓN DE RECURSOS PARA LA AUDITORÍA", la cual consta de dos
documentos, el primero relativo a normas generales y el segundo que incluye los procesos
y plazos de implementación, todo lo cual les pongo conocimiento para el respectivo
análisis, discusión y aprobación posterior.
No omito manifestar que esta auditoría se pone a disposición de ustedes para cualquier
aclaración, que permita cumplir con el requisito que las normas de control emitidas por la
Contraloría General de la República exigen.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°108 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°109 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°110 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°111 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°112 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°113 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°114 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°115 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°116 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°117 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°118 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°119 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°120 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°121 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°122 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°123 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°124 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°125 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°126 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°127 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°128 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°129 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°130 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°131 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°132 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°133 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°134 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Reg. Freddy Hernández Miranda.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°135 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
A lo que pude captar, es con el tema que la señora Auditora tiene que sentarse en primer
instancia con el Concejo, la ley de control interno es la que regula ciertas actividades de
la auditoria interna de cada Municipalidad y ellos obedecen las directrices de la Contraloría
que obviamente son vinculantes en temas financieros.
Me parece que las auditorias antes, no le tomaban parecer ni a la comisión de hacendarios,
ni al Concejo a la hora de establecer su presupuesto, a lo que capte ahora tiene que
pasarlo ellos y pasarlo y sentarse con hacendarios, y la misma Contraloría les está
solicitando eso, tiene que de solidarse el presupuesto a la auditoria en la comisión de
hacendarios y por ende después votarse o vece detalles si se aprueba o no en su totalidad
parcial o nada para hacer incorporado en presupuesto del siguiente año eso es lo que
capte.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Copia a cada regidor y se traslada a la Comisión de
Hacendarios. Dispénsese del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO Nº 545
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Grace Chinchilla Villegas, Auditora
Interna Municipalidad de Pococí, dice:
Oficio N° AI-037-2017
Asunto: Advertencia
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°136 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°137 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°138 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°139 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°140 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°141 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°142 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°143 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°144 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°145 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°146 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°147 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°148 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°149 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°150 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°151 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°152 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°153 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°154 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se Conoce.
ACUERDO Nº 546
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la MSc. Grace Chinchilla Villegas, Auditora
Interna Municipalidad de Pococí, dice:
Oficio N° AI-020-2017
Asunto: Seguimiento de Recomendaciones.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°155 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Se le traslada a la Comisión Municipal de
Cementerios y que le den tramite al oficio.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°156 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
ARTICULO IV
Asuntos de la Sra. Alcaldesa.
ACUERDO Nº 547
Palabras Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas Villalobos.
Procede hacer cordial Invitación Inauguración día Carretera Braulio Carrillo.
28-03-2017, en el Centros de Guápiles frente tienda Ebal Rodríguez.
ACUERDO Nº 548
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-057-2017
Asunto: Se Solicita Adjudicar y acuerdo de pago.
Respetables señores:
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 30 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2017-CD-000063-CL01, cambio de aceite y
reparación de equipo (6 vagonetas scania, 8114) solicitud presentada por el Ing. Freddy
Rivera Varela, Coordinador de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal.
A la hora de la apertura se recibió oferta de la empresa:
Eurobus Sociedad Anónima
• Cambio de Aceite, oferta por un monto de ¢2.416.176.00 (dos millones cuatrocientos
dieseis mil cientos setenta y seis colones exactos).
• Unidad SM 6284, oferta por un monto de ¢759.103.66, (setecientos cincuenta y nueve
mil ciento tres volones exactos).
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°157 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
• Unidad SM 6280, oferta por un monto de ¢823.770.92, (ochocientos veintitrés mil
setecientos setenta colones con 92/100).
Unidad SM 6279, oferta por un monto de ¢861.649.22, (ochocientos sesenta y un mil
setecientos cuarenta y nueve colones con 22/100).
Unidad SM 6283, oferta por un monto de ¢861.649.22, (ochocientos sesenta y un mil
setecientos cuarenta y nueve colones con 22/100).
Unidad SM 6282, oferta por un monto de ¢442.003.67, (cuatrocientos cuarenta y dos mil cero
cero tres colones con 67/100).
Unidad SM 6281, oferta por un monto de ¢861.649.22, (ochocientos sesenta y un mil
setecientos cuarenta y nueve colones con 22/100).
De acuerdo al análisis y revisión del proceso, por parte del el Ing. Freddy Rivera Varela,
Coordinador de Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, determino que la empresa:
Eurobus S.A, cumple con todo lo solicitado en el cartel, oficio visible en el folio No.28.
POR TANTO:
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la
empresa:
Eurobus S.A, por un monto de ¢7.026.001.91 (siete millones cero veinte seis mil cero
cero un colon con 91/100) monto de acuerdo al contenido presupuestario existente, por
recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela coordinador Unidad Técnica
Municipalidad de Pococí.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza a la señora Alcaldesa a pagar a la
empresa: Eurobus S.A, por un monto de ¢7.026.001.91 (siete millones cero veinte
seis mil cero cero un colon con 91/100) monto de acuerdo al contenido
presupuestario existente, por recomendación del Ing. Freddy Rivera Varela
coordinador Unidad Técnica Municipalidad de Pococí. Compra Directa N° 2017CD-
000063-CL01, Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO Nº 549
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-051-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°158 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Asunto: Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Colegio
Universitario de Limón y la Municipalidad de Pococí.
Estimados señores:
Mediante el presente oficio se solicita que se autorice a la Alcaldesa a firmar Convenio
Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Colegio Universitario de Limón y la
Municipalidad de Pococí, con el objetivo de que se puedan establecer alianzas
estratégicas y las bases para una cooperación recíproca, que permita la promoción y
realización de actividades mediante el intercambio de información, capacitación y asesoría
técnica.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°159 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°160 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°161 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°162 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°163 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°164 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°165 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°166 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°167 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°168 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°169 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza a la señora Alcaldesa Firmar Convenio
Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Colegio Universitario de Limón y la
Municipalidad de Pococí, Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°170 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
ACUERDO Nº 550
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-031-2017
Asunto: Convenio Interinstitucional entre la Junta de Administración Portuaria y Desarrollo
Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), Municipalidad de Pococí y el Instituto de
Desarrollo Rural (INDER)
Estimados señores:
Mediante el presente oficio se solicita que se autorice a la Alcaldesa a firmar Convenio
Interinstitucional entre la Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico
de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), Municipalidad de Pococí y el Instituto de
Desarrollo Rural (INDER), con el objetivo de crear un convenio que permita establecer
alianzas estratégicas para el desarrollo de proyectos en conjunto.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°171 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°172 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°173 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°174 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°175 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°176 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°177 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°178 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°179 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°180 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°181 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Participan de la palabra:
Reg. Freddy Hernández Miranda.
Yo insisto que la cultura de que las instituciones triangulen de esta forma obviamente
maximiza los recursos, no tengo inconveniente con los convenios, por supuesto que si me
cae en las manos tengo que ver ciertos detalles en cuestión de números vayan orientados
a que nos convenga verdaderamente como lo estipula el termino un convenio, yo en lo
personal no le veo, si me preocupa Alcaldesa que aquí dice que tiene que cumplir con más
de siete mil metros de material, y que no están colocando alcantarillas, las tres
instituciones dicen que sin alcantarillas, aquí hemos hablado que tiene que ir alcantarillado
porque si no lo va a lavar, debería establecerse Alcantarillas beneficio de la misma obra,
porque si no va a la lavar la calle, lo que se haga hoy sin alcantarillas estamos listos, y son
siete mil seiscientos ochenta metros de graba hasta veinte centímetros.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°182 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Yo le hago números a casi ocho mil metros, estamos hablando de cubrir una gran cantidad
de espacio, pero sin alcantarilla se podría ir al caño, todo el esfuerzo y todo el material, en
cuanto a la comisión dice que se tiene que formarse una comisión yo deciárea que algún
compañeros de acá, hay gente muy calificada para estar es esa comisión, Jhonny, Vives,
Patri, Reinaldo, las compañeras aquí a mi derecha, hasta síndicos y demás que queden
en esa comisión, porque puede ser garante de que efectivamente se esté haciendo bien y
nos traigan un informe. Creo que es pertinente que alguno del Concejo este en esta
comisión para levar el día a día de este convenio y las obras en el campo.
Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas Villalobos.
Efectivamente el señor regidor tiene mucha razón en tema de ecuación de aguas, de
hecho fue uno de los temas que yo personalmente lo expuse, porque lo que queremos es
hacer un buen trabajo, lo que ellos nos dicen es que nosotros aportamos las alcantarillas
y ellos con la maquinaria nos ayudan para hacer lo que haya que hacer, la idea más bien
seria que quede la adecuación de aguas de una vez.
De hecho fue uno de los temas que nosotros comentamos con ellos, que ojala que esos
caminos queden con la adecuación de aguas, hay presupuestos participativos haya
algunos montos que serían utilizados precisamente para el mejoramiento vial, pero tiene
mucha razón en esto y si quieren formar la comisión perfectamente nosotros estamos
acostumbrados trabajar en equipo y entre más haya gente aquí deseosa de participar de
parte nuestra bien venidos.
Síndico Luis A. Rodríguez
Yo tengo una nota del departamento de INDER, en donde está incluido Maravilla, donde
le manda la Municipalidad subsistir y ahí no aparece, cosa que en el documento INDER
me da si aparece Maravilla incluido y ahí no aparece, yo en el documento tengo, Millón,
San Jorge, Camuro, Aguas Fría, Paraíso, Nuevo Amanecer, Maravilla, Rescate y la Lucha,
por eso es que reclamo.
Reg. Ginnette Sequeira Granados.
Siempre nos ha preocupado que en los convenios la parte que compete y que va a
comprometer a la Municipalidad de verdad tengamos respuesta a ese compromiso, si
habíamos analizado de ante mano ya lo externo el compañeros y se va a invertir dinero
en un material que no nos garantiza el drenado con las alcantarillas, usted dice que
nosotros vamos como Municipalidad a facilitar las alcantarillas y que Japdeva va aponer
lo que es la maquinaria, pero siempre lo he dicho papelitos hablan, y si no viene ahí que
Japdeva se va a comprometer con la maquinaria para intervenir el camino en ese sentido.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°183 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Habría que incorporarlo para que ya esté bien establecido y no tengamos después una
inconveniencia y desperdicio de recursos porque van a estar las calles sin el alcantarillado
correspondiente que es lo más lógico y lo tradicional que pasa por acá, que normalmente
se intervienen caminos hasta se les hace un levantamiento equis pero no tienen un buen
cuneteado, no tienen un buen alcantarillado que haga el trabajo que tienen que hacer con
respecto a las aguas, entonces en ese sentido si me parece que estaría un poquito
incompleto ese convenio, que se le tenga que incorporar ese punto en específico.
Reg. Jhonny Vargas Arrieta.
Yo le recomiendo a los señores Regidores, que como hay duda que lo devolvamos y no lo
aprobemos nada más así de fácil, unos quince días, puede ser un mes, pueden ser tres
meses, no se preocupen ya yo me canse de oír alegatos que no tienen ningún asidero,
considero que el único alegato que habido valido en este tema es el que dijo el compañero
Freddy Hernández.
A mí me preocupa mucho profundamente, cuando y no quiero ofender, este convenio lo
analizo los ingenieros del INDER, el Ingeniero de Japdeva, el ingeniero de la
Municipalidad, si por alguna razón Maravilla no parece ahí fue por algún problema de
distancias de materiales etc, etc, por lo que sea, a mí lo que me preocupa aquí en el
Concejo es la desconfianza de ese tipo de cosas.
Entonces devuélvanlo, atrásenlo quince días, y si quieren un mes, ya yo no quiero meter
más la mano porque considero que eso es argumentos que no le veo significancia y aquí
lo único que vamos hacer es perjudicar a los pueblos y no se preocupen no hay problema,
después veremos cuando traigamos a toda esa gente, investiguemos a los ingenieros,
investiguemos a todo el mundo porque tomaron esa decisión, y dentro de un mes lo
volvemos aprobar no se preocupen, lo que pasa que para esa época vamos a estar en
invierno y ya no se va poder trabajar, esa es la situación por eso es la premura horita de
la Alcaldesa de correr porque horita es el tiempo para hacerlo y es el momento para
poderlo realizar, talvez no lo blinda la señora alcaldesa en ese sentido, primero
aprovechamos los recursos que está dando INDER que son hasta poquillos,
aprovechamos a Japdeva que está metiéndose una programación, porque Japdeva no ha
querido ayudarnos así puntualmente como debería estarnos ayudando, el tracto no lo
quisieron aprobar, no sé si por politiquería, o porque lo proponía yo, pero no importa estoy
buscando la manera de buscar un tractor en algún lado y yo alguna hora hago un camino
bien tractoreado como debe ser para que ustedes se den cuenta de la calidad de trabajo
que vamos hacer con un tractor. Y si alguna vez vamos hacer algo serio va hacer eso,
pero tranquilos yo creo que no son momentos para hacer trabajos, mejor paralicemos toda
la Municipalidad, a la Alcaldesa para que no haga más trabajos en los caminos, porque a
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°184 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
mi me molesta estos razonamientos, la adecuación de aguas yo te la acepto nada más, el
Concejo no serio en un trabajo que han hecho un montón de ingenieros de tres
instituciones y ahora lo echan abajo porque la señora Regidora o los demás que no quieren
aceptarlo pues échenlo abajo por Dios y seamos serios.
Reg. Freddy Hernández Miranda.
Uno lee y siempre hablo yo de la preesposición, de hecho al inicio expuse que a mí me
encantan yo celebro los convenios, para buscar mecanismos de magnificar los recursos,
uno trata de colaborar de buscar que vaya bien y yo siempre utilizo un término “que vaya
bien blindado” porque que vaya hoy y no nos lo devuelvan por algún detalle, ese asunto
metámosle un transitorio, una adición donde se establezca por escrito, que la
Municipalidad se compromete con las alcantarillas.
Porque la misma administración, estaría en un estado de indefensión que no pueda ir a
invertir en el marco de este convenio si no está establecido en blanco y negro acá, pero
me parece cualquier adición que venga a mejorarlo que quede en el acta, que quede en
el acuerdo y el secretario lo adicione que se aporten las alcantarillas para todo ese trabajo.
Participan de la Palabra.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
Reg. Supl. Domingo Matarrita G.
Reg. Ginnette Sequeira Granados.
Reg. Jhonny Vargas Arrieta.
Reg. Patricia Aguilar Araya.
Reg. Pdte. Eliecer Araya Brenes.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza a la señora Alcaldesa Firmar Convenio
Interinstitucional entre la Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico
de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), Municipalidad de Pococí y el Instituto de
Desarrollo Rural (INDER), y con la adición de la Municipalidad de Pococí en aportar
material y alcantarillas. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo
Definitivamente Aprobado.
El señor Presidente procede a conformar comisión para que den seguimiento al
desarrollo de los proyectos con Japdeva, INDER.
Comisión con los Regidores:
Jhonny Vargas Arrieta
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°185 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Ovidio Vives Castro
Ginnette Sequeira Granados.
Quedan Debidamente Juramentados.
ACUERDO Nº 551
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Dra. Elibeth Venegas Villalobos
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-052-2016
Asunto: Adenda al Convenio de Cooperación Institucional entre el Ministerio de
Justicia y Paz y la Municipalidad de Pococí. Y la Carta de Entendimiento
Estimados señores:
Mediante el presente oficio se solicita que se autorice a la Alcaldesa a firmar Adenda al
Convenio de Cooperación Institucional entre el Ministerio de Justicia y Paz y la
Municipalidad de Pococí, Y la Carta de Entendimiento; esto con el objetivo de que se
puedan establecer alianzas estratégicas y las bases para la administración del Centro
Cívico por la Paz.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°186 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°187 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°188 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°189 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°190 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°191 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°192 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°193 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°194 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°195 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°196 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°197 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°198 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°199 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°200 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°201 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad Se Acuerda: Se Autoriza a la señora Alcaldesa firmar Adenda al
Convenio de Cooperación Institucional entre el Ministerio de Justicia y Paz y la
Municipalidad de Pococí para la creación del Centro Cívico por la Paz. Y la Carta de
Entendimiento. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
ACUERDO Nº 552
Se conoce nota para este Concejo suscrita por la Dra. Elibeth Venegas Villalobos,
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-044-2017
Asunto: Se Solicita Adjudicar y acuerdo de pago.
Adjunto a la presente, encontrara copia del expediente el cual consta de 64 folios,
correspondiente a la Compra Directa No. 2017-CD-000046-CL01: compra de Plays
Infantiles para uso de los parques de Cariari y La Rita, solicitado por la Lic. Mauren Monge
Bolaños.
En el momento de la apertura se recibe oferta de la empresa:
Enmadera S.A, oferta por un monto de ¢6.736.300.00 (seis millones setecientos treinta y
seis mil trecientos colones exactos) aportando certificaciones completas según cartel.
•
De acuerdo al análisis y revisión de la oferta por parte de la Administración oficio visible
en los números 59-60-61-62, indica que la oferta de la empresa: Enmadera S.A, cumple
con lo solicitado en el cartel.
POR TANTO
Se le solicita al Concejo Municipal, se autorice a la señora Alcaldesa a pagar a la empresa:
Enmadera S.A, por un monto de ¢7.261.300.00 (siete millones doscientos sesenta y uno
mil trecientos colones exactos) monto que se ajusta de acuerdo al contenido
presupuestario existente por recomendación de Líe. Mauren Monge Bolaños.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se autoriza a la señora Alcaldesa a pagar a la
empresa: Enmadera S.A, por un monto de ¢7.261.300.00 (siete millones
doscientos sesenta y uno mil trecientos colones exactos) monto que se ajusta de
acuerdo al contenido presupuestario existente por recomendación de Líe. Mauren
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°202 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Monge Bolaños. Compra Directa N° 2017CD-000046-CL01, Se Dispensa del Trámite
de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 553
Se conoce nota para este Concejo suscrita por Dra. Elibeth Venegas Villalobos.
Alcaldesa Municipal, dice:
DACM-060-2017
Asunto: REGLAMENTO AUTÓNOMO DE ORGANIZACIÓN Y SERVICIO DE LA
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ.
Respetables señores:
Mediante la presente se hace entrega para su aprobación el REGLAMENTO AUTÓNOMO
DE ORGANIZACIÓN Y SERVICIO DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ, mediante el
oficio DACM-022-2017 se convocó para el a reunión a los miembros de la Comisión de
Gobierno y Administración, y se invitaron a ASEMUPO y a SUTRAM para la revisión del
Reglamento.
POR LO TANTO
Se solicita al Honorable Concejo la aprobación del REGLAMENTO AUTÓNOMO DE
ORGANIZACIÓN Y SERVICIO DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ.
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ REGLAMENTO AUTÓNOMO DE ORGANIZACIÓN Y
SERVICIO DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
En uso de las facultades conferidas en el artículo 4 del Código Municipal, inciso a), y la
Ley General de la Administración Pública, la Municipalidad de Pococí emite este
reglamento.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°203 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que con el fin de garantizar mayor eficiencia en el servicio que brinda la
Municipalidad de Pococí, es necesario procurar el máximo aprovechamiento de los
recursos humanos y materiales con que cuenta este Gobierno Local.
SEGUNDO. Que para dar cumplimiento con los cometidos que, por imperativo
constitucional y legal, competen a este Municipio, es necesario que existan regulaciones
que determinen las relaciones de servicio entre esta Municipalidad y sus funcionarios (as),
en el entendido de que éstos (as), como servidores (as) municipales deben procurar el
beneficio de la comunidad en la realización de los fines públicos.
TERCERO. Que si bien los servidores (as) de la municipalidad deben procurar que
prevalezca el fin público sobre cualquier otro, este hecho no los (as) exime de su condición
de trabajadores (as) y, como tales, poseen una serie de derechos irrenunciables que les
han sido conferidos por nuestro ordenamiento jurídico, y la Convención Colectiva vigente,
los cuales deben ser reconocidos en su relación de servicio.
CUARTO. Que los y las trabajadores (as) municipales tienen el deber y el derecho de
conocer las normas a las que están sujetos (as) en virtud de su relación de servicio.
QUINTO. Que el presente reglamento cuenta con la aprobación del Concejo Municipal.
SE DECRETA
El siguiente Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Municipalidad de
Pococí.
CAPÍTULO I PRINCIPIOS Y PROPÓSITOS QUE INSPIRAN ESTE REGLAMENTO
Artículo 1.- Son principios que inspiran este reglamento y que deben orientar las labores
de la Municipalidad y sus servidores (as), el servicio al usuario, la armonización de los
procedimientos, la simplificación, la flexibilidad, la eficacia, el trabajo en equipo, la
proporcionalidad, y el apego a las más estrictas normas de ética en el ejercicio de la
función pública, así como el respeto a la dignidad y a los derechos del trabajador (a), con
acatamiento riguroso del principio de legalidad, principio de continuidad y los principios
generales del Régimen Municipal. Así como con la aplicabilidad del concepto de
polifuncionalidad y el servicio cliente-ciudadano como objetivo primordial en la prestación
de servicios.
Artículo 2.- Son principios éticos del servidor (a) municipal los siguientes:
a. Orientar el ejercicio de la función municipal hacia la satisfacción del bien común,
que es su fin principal y esencial. Para ello la función municipal tenderá al mantenimiento
y aplicación de los valores del trabajo, seguridad, justicia, solidaridad, paz, libertad, y
democracia.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°204 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
b. La lealtad, la eficiencia, la probidad, el respeto a la autoridad, a los contribuyentes,
hacia los demás funcionarios y la responsabilidad, son valores fundamentales e
intrínsecos al ejercicio de la función pública municipal.
c. También se tendrán presentes los principios del servicio público. Los deberes y
prohibiciones que deben acatar los (as) funcionarios (as) municipales se fundamentan en
esos valores y principios.
d. El funcionario (a) es un servidor (a) de los administrados del cantón de Pococí, y
en particular, de cada individuo o administrado que con él o ella se relacione en virtud de
la prestación del servicio y de la función que desempeña, la cual debe atender de una
manera integral con aplicación plena de sus conocimientos, aptitudes, actitudes y valores.
e. El funcionario (a) municipal estará siempre presto a adquirir nuevos y mejores
conocimientos, que completen aquellos que ya posee, con el propósito de brindar siempre
el mejor servicio a la comunidad. La formación y la capacitación permanente, promovida
por la administración, se complementarán con el trabajo en equipo, para que comparta los
conocimientos que ha adquirido con sus compañeros (as) de trabajo, lo cual será esencial
para la buena marcha de todas las dependencias del Gobierno Local.
CAPÍTULO II
DISPOSICIONES GENERALES Y DEFINICIONES
Artículo 3.- El presente Reglamento Autónomo de Organización y Servicios regulará las
relaciones de trabajo, el funcionamiento, el servicio entre la Municipalidad de Pococí, sus
servidores (as) y los administrados, de conformidad con el ordenamiento jurídico y la
Convención Colectiva vigente, siendo de acatamiento obligatorio para todos los
funcionarios (as).
Artículo 4.- La municipalidad propiciará la efectiva vigencia de los principios universales
del Derecho Laboral y aplicará las sanciones pertinentes a los responsables por la
violación de dicha normativa, atendiendo el debido proceso.
Artículo 5. - Para todos los efectos legales que se deriven de la aplicación de este
reglamento, debe de entenderse por:
a) Municipalidad: La Municipalidad de Pococí, sus dependencias actuales y futuras.
b) Alcalde (sa): El máximo jerarca administrativo de la Municipalidad de Pococí.
c) Vice-Alcaldes (as): Los dos Alcaldes (sas) que sustituirán al Alcalde (sa) Municipal
en sus ausencias temporales o definitivas.
d) Funcionarios (as): La persona física que presta a la Municipalidad en propiedad o
interinidad, sus servicios materiales o intelectuales, o de ambos géneros, a nombre y por
cuenta de ésta, en virtud de un acto válido y de eficaz investidura, que es nombrado de
acuerdo con los requerimientos que sobre la materia establece el Código Municipal. Los
términos "servidor (a) público (a), “empleado (a) público (a)”, “encargado (a) de servicio
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°205 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
público”, "agente público (a)”, funcionario (a) público (a), y demás similares se consideran
equivalentes al de funcionario (a) municipal.
e) Reglamento: El presente Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la
Municipalidad de Pococí.
f) Régimen municipal: La forma de gobierno, de regirse la Municipalidad de Pococí.
g) Recursos humanos: Proceso, unidad o departamento administrativo encargado de
la ejecución de las actividades, tareas, y funciones relacionadas con la administración de
recursos humanos de la municipalidad. Tendrá una nomenclatura y representación en el
mapa básico de procesos de la municipalidad.
h) Concejo: Concejo Municipal del Cantón de Pococí.
Artículo 6.- Los Coordinadores (as), jefaturas o encargados (as) de unidades o
departamentos y todos aquellos (as) funcionarios (as) que tengan bajo su responsabilidad,
tareas de administración o supervisión de personal, son responsables ante el Alcalde (sa)
o Vice Alcalde (sa) designado (a), de velar por la correcta aplicación de todas las
disposiciones de este reglamento.
CAPÍTULO III
ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN
Artículo 7.- La administración Municipal de Pococí está integrada por:
■ Un cuerpo deliberativo denominado Concejo Municipal e integrado por Regidores
(as) Propietarios (as), y Suplentes, cuyas atribuciones se encuentran establecidas en el
artículo 13 del Código municipal.
■ Un Alcalde (sa) Municipal, y dos Vicealcaldes (as), que tienen las obligaciones,
potestades y responsabilidades derivados de los artículos 17 y demás del Código
Municipal, artículos 101 y 103 de la Ley General de la Administración Pública, y demás
leyes conexas que rijan sobre la materia.
■ Un (a) Auditor (a) nombrado (a) por el Concejo Municipal, cuyas obligaciones se
encuentran indicadas en el artículo 52 del Código Municipal, y la Ley 8292 Ley General de
Control Interno.
■ Un (a) Contador (a) nombrado (a) por el Concejo Municipal, cuyas obligaciones se
encuentran indicadas en el artículo 51 del Código Municipal.
■ Coordinadores (as), jefaturas o encargados (as) de unidades o departamentos,
intermedios y demás funcionarios, que componen las distintas unidades administrativas,
técnicas y operativas, que conforman la estructura organizacional de la municipalidad;
cargos que serán nombrados (as) por el Alcalde (sa) Municipal tal y como lo Establece la
Legislación vigente en la materia.
Artículo 8.- La Municipalidad de Pococí mantendrá actualizado un Manual de
Organización y Funcionamiento cuya aplicación será responsabilidad del Alcalde (sa)
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°206 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Municipal. Para su reforma requerirá del estudio técnico pertinente, el aval del coordinador,
o jefatura inmediata y el alcalde (sa), y refrendado por el Concejo Municipal.
Artículo 9.- El Alcalde (sa) municipal, es el enlace entre el Concejo I y los servidores (as)
de la comunidad, él o ella es el funcionario (a) de mayor jerarquía administrativa dentro de
la Institución, por lo que toda información por parte de la administración que sea dirigida
al Concejo ha de ser remitida por su despacho. A él o ella corresponde la presentación
ante el Concejo de toda iniciativa y de los informes que presente la administración ante
dicha instancia.
CAPÍTULO IV
DEL PROCESO, UNIDAD O DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS Y
JURÍDICOS
Artículo 10. - El proceso de recursos humanos funge como asesor del sistema de
administración de recursos humanos de la Administración Municipal, por tanto, cumplirá y
ejecutará todas las funciones, tareas, y actividades propias de la administración de
recursos humanos asignado por el ordenamiento jurídico y la especialidad.
Artículo 11. - El Proceso de Recursos Humanos llevará a cabo las actividades de control
sobre la aplicación de las sanciones disciplinarias que se establecen en este reglamento.
Podrá conformarse como órgano director del procedimiento o formar parte de uno, cuando
así lo disponga el Alcalde (sa).
Artículo 12. ■ El Proceso de Recursos Humanos de la Municipalidad será responsable de
elaborar y custodiar física o digitalmente, el expediente personal y el respaldo de cada uno
de los funcionarios (as), y de mantener al día los archivos de los documentos pertinentes
que estos y estas aportan, así como de preservar su confidencialidad.
Artículo 13. - Los expedientes del personal deberán contener todos aquellos documentos
y datos que sirvan para determinar el historial de la relación de servicio y será
responsabilidad del funcionario actualizar el suyo.
Artículo 14. - El Proceso de Recursos Humanos confeccionará un prontuario con el
propósito de llevar un registro expedito de todos aquellos datos y registros derivados de la
relación de servicio en asuntos tales como: asistencia, evaluación del desempeño,
aspectos disciplinarios, capacitación recibida, calidades y otros del funcionario o
funcionaria.
Artículo 15. - Es deber de cada coordinación de las diferentes unidades administrativas
de la municipalidad, enviar copia al expediente personal de los funcionarios (as), de
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°207 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
aquellas gestiones que dentro de su ámbito de competencia puedan generar actos
jurídico-administrativos.
Artículo 16. La información contenida en el expediente y prontuario personal es de
carácter confidencial y sólo tendrán acceso a ella los funcionarios (as) que los requieran
exclusivamente para labores propias del cargo, además del servidor (a) o su representante
legal, debidamente acreditado como apoderado. Sin perjuicio del derecho a la información
del administrado conforme al ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 17. - La Unidad de Servicios Jurídicos Internos brindará todo el apoyo legal según
indica el Manual Puestos de la Municipalidad.
CAPÍTULO V
PRINCIPIOS ÉTICOS DEL FUNCIONARIO (A) MUNICIPAL
Artículo 18. - Son principios éticos de la función pública y del servidor (a) los siguientes:
a. El ejercicio de la función pública, la cual debe orientarse a la satisfacción del bien
común, que es su fin esencial. Para ello la función pública propenderá a la actualización
de los valores del trabajo, seguridad, justicia, paz, libertad y democracia.
b. La lealtad, la eficiencia, la probidad y la responsabilidad, son valores
fundamentales que deberán estar presentes en el ejercicio de la función pública. También
se tendrán en cuenta los principios del servicio público. Los deberes y prohibiciones que
deben acatar los funcionarios (as) públicos (as) se fundamentan en esos valores y
principios.
c. El funcionario (a) público (a) es un servidor (a) de los administrados en general y
en particular, de cada individuo o administrado que con él o ella se relacione en virtud de
la prestación de servicio y de la función que desempeña.
d. El servidor (a) público (a) debe actuar en forma tal que su conducta pueda admitir
el examen público más minucioso. Para ello, no es suficiente la simple observancia de la
ley, deben aplicarse también los principios de la ética del servicio público, regulados o no
de modo directo por la normativa.
Artículo 19. - Los principios éticos del servicio público tienen como función inspirar la
confianza de los ciudadanos para fortalecer la credibilidad en el gobierno, sus gestores, e
instituciones, con el objetivo de facilitar a los gobernantes el cumplimiento de los diversos
fines estatales en beneficio de la comunidad.
CAPÍTULO VI
DEBERES ÉTICOS DEL SERVIDOR (A) MUNICIPAL
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°208 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Artículo 20 - Todo servidor(a) debe acatar los siguientes deberes, sin perjuicio de todos
los demás establecidos por la ley y este Reglamento:
a. Deber de lealtad: Todo servidor (a) debe ser fiel a los principios éticos del servicio
público, le debe lealtad a la institución.
b. Deber de eficiencia: Todo servidor (a) debe cumplir personal y eficientemente la
función que le corresponde en la institución en las condiciones de tiempo, forma, y lugar
que determinen las normas correspondientes y de acuerdo con las siguientes reglas:
1. Usar el tiempo laboral realizando siempre su mejor esfuerzo, en la forma más
productiva posible y en el desarrollo de las tareas que corresponden al cargo con el
esmero, la intensidad y el cuidado apropiado.
2. Esforzarse por encontrar y utilizar la forma más eficiente y económica de realizar
sus tareas, así como para mejorar los sistemas administrativos y de atención al usuario en
los cuales participa. Esto lo puede realizar mediante sugerencias e iniciativas explícitas a
sus superiores.
3. Velar por la conservación de los útiles, objetos y demás bienes que integran el
patrimonio de la municipalidad y el de los terceros que se pongan bajo su custodia, y
entregarlos cuando corresponda.
4. Hacer uso razonable de los útiles y materiales que se le proporcionen para realizar
sus tareas, procurando dar a cada uno de ellos el máximo rendimiento y menor desperdicio
posibles.
c. Deber de probidad: Todo servidor(a) debe de actuar con honradez, en especial
cuando haga uso de recursos públicos que le son confiados para el cumplimiento de los
fines municipales, o cuando participe en actividades o negocios de la administración que
comprometan esos recursos.
d. Deber de responsabilidad: Todo servidor(a) actuará con claro sentido del deber
que le corresponde para el cumplimiento del fin público que compete a la municipalidad y
de las consecuencias que el cumplimiento o incumplimiento de ese deber conlleva en
relación con ese cometido institucional.
e. Deber de confidencialidad: El servidor(a) debe guardar discreción con respecto a
todos los hechos e informaciones de los cuales tenga conocimiento en el ejercicio o con
motivo del ejercicio de sus funciones, independientemente de que el asunto haya sido
calificado o no como confidencial por el superior, salvo en el caso de que sea autorizado
para dar informaciones y sin perjuicio del derecho de información del administrado,
conforme al ordenamiento jurídico vigente.
f. Deber de imparcialidad: El servidor(a) debe ejercer el cargo sin discriminar en
cuanto a las formas y condiciones del servicio a ninguna persona por razón de raza,
género, religión, nacionalidad, situaciones económicas, ideología o afiliación política.
g. Deber de conducirse apropiadamente frente al público: Todo servidor(a) debe
observar frente al público, en el servicio y fuera de él, una conducta correcta, digna y
decorosa, evitando actitudes que puedan socavar la confianza del público, la integridad
del funcionario y la municipalidad.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°209 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
h. Deber de conocer prohibiciones y regímenes especiales que puedan ser
aplicables: Todo servidor(a) debe conocer las disposiciones legales y reglamentarias
sobre incompatibilidad de acumulación de cargos, prohibiciones por razón de parentesco
y cualquier otro régimen especial que le sea aplicable y asegurarse de cumplir con las
acciones necesarias para determinar si está o no comprendido en algunas de las
prohibiciones establecidas en ellos.
i. Deber de objetividad: El servidor(a) siempre debe emitir juicios objetivos sin
influencia de criterios personales o de terceros no autorizados por la administración y se
abstendrá de participar en cualquier decisión cuando exista violencia moral sobre él o ella
que pueda hacerle incumplir su deber de objetividad. Queda a salvo su deber de
obediencia al superior en los términos previstos en la Ley General de la Administración
Pública.
j. Deber de comportarse con decoro y respeto: Todo servidor(a) debe ser justo (a),
cuidadoso (a), respetuoso(a) y cortés en el trato con los usuarios(as) del servicio, sus
jefes(as), colaboradores(as) y compañeros(as).
k. Deber de denuncia: Es obligación de todo(a) servidor(a) formular la denuncia
correspondiente ante la autoridad competente, cuando en el ejercicio de su cargo tenga
conocimiento de cualquier irregularidad en perjuicio de los funcionarios y de la
municipalidad.
CAPÍTULO VII
OBLIGACIONES DE LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS
Artículo 21. - Además de las que expresamente regula el Código de Trabajo, son
obligaciones de los trabajadores(as): a) Prestar los servicios personalmente, en forma
regular y continua, de acuerdo con el respectivo contrato o relación laboral, y lo establecido
en la Convención colectiva vigente, dentro de la jornada de trabajo, bajo la dirección del
patrono o de sus representantes, a cuya autoridad están sujetos en todo lo concerniente
al trabajo.
b) Ejecutar las labores que se les encomienden, siempre que sean compatibles con
sus aptitudes, estado y condición, con la intensidad, cuidado, dedicación y esmero
apropiados, en forma, tiempo y lugar convenidos, concentrando la atención en la labor que
está realizando, a fin de que la misma resulte de la mejor calidad posible.
c) Observar durante el trabajo buenas costumbres y disciplina, portar el uniforme
oficial y vestir en forma correcta y acorde con las labores que desempeña.
d) Guardar al público, en las relaciones con él, motivadas por el trabajo, la
consideración debida, de modo que no se origine queja justificada por mal servicio,
maltrato o falta de atención.
e) Seguir todos los sistemas que permitan el máximo de orden y aseo, en beneficio
de la rápida atención al público.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°210 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
f) Restituir al patrono los materiales no usados, y conservar en buen estado los
instrumentos, útiles, herramientas, maquinaria, y equipos que se les faciliten para el
trabajo, en el entendido de que no serán responsables por el deterioro normal ni el que se
ocasione por caso fortuito, fuerza mayor, mala calidad, o defectuosa confección, debe el
funcionario (a) comunicar al superior inmediato, cualquier avería o desperfecto de los
elementos anteriores de manera inmediata al momento de conocimiento de los mismos,
por vía escrita, caso contrario será responsable por el aumento del daño en los objetos de
trabajo ante la omisión del informe.
g) Responder económicamente de los daños que causen intencionalmente o que se
deban a su negligencia o descuido manifiesto y absolutamente inexcusable, en los
términos señalados en el artículo 36 del Código de Trabajo.
h) Guardar discreción sobre asuntos relacionados con su trabajo o vinculados con
otras dependencias municipales, cuya divulgación pueda usarse contra los intereses de la
municipalidad.
i) Reportar al jefe o encargado inmediato los daños o imprudencias que otros
compañeros causen en perjuicio de la Municipalidad.
j) Rendir los informes que se les soliciten en los plazos establecidos por ley, o los
solicitados por el jefe inmediato, en la forma y dentro del plazo indicados.
k) Tomar pedidos o mensajes en forma clara y completa.
I) Observar rigurosamente las medidas preventivas que acuerden las autoridades
competentes y las que indique el patrono o la Comisión de Salud Ocupacional cuando
haya sido instaurada, para la seguridad y protección personal de ellos, sus
compañeros(as) de trabajo y de los lugares donde laboran, así como acatar y hacer
cumplir las medidas que tiendan a prevenir el acaecimiento de accidentes del trabajo y
enfermedades profesionales.
m) Cuidar, resguardar, preservar y emplear debidamente los recursos públicos
municipales.
n) Además de las obligaciones señaladas, las demás estipuladas en el presente
reglamento.
CAPÍTULO VIII
OBLIGACIONES DE LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS CON AUTORIDAD
ADMINISTRATIVA, TÉCNICA O DE AMBOS TIPOS
Artículo 22. - Además de lo contemplado en el artículo anterior y en el presente
reglamento, los funcionarios(as) que ocupen cargos con autoridad administrativa, técnica
o de ambos tipos, están obligados a:
a. Diagnosticar periódicamente, y evaluar según lo establecido por este reglamento
en conjunto con el proceso de Recursos humanos, en forma objetiva y veraz las
características del desempeño de todos sus colaboradores, tanto en el aspecto técnico
como administrativo y brindarles o gestionar la capacitación que requieran.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°211 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
b. Preparar informes y reportes con la correspondiente periodicidad sobre la marcha
de su respectiva unidad o proyecto; o en forma inmediata, sobre cualquier hecho relevante
que requiera pronta solución.
c. Observar que se cumplan las normas de disciplina y asistencia de sus
colaboradores (as).
d. Planificar, orientar, y guiar a sus colaboradores (as) para que las actividades y
procesos asignados se desarrollen conforme a las normas de eficiencia y calidad
deseadas.
e. Dictar las disposiciones administrativas y aplicar las sanciones disciplinarias
correspondientes según este reglamento, necesarias para la buena marcha del equipo de
colaboradores.
f. Planear y programar, en los niveles que lo exijan, las condiciones del entorno y las
acciones estratégicas y operativas pertinentes, además de formular los anteproyectos de
presupuesto correspondientes.
g. Velar para que los funcionarios(as) bajo su coordinación y supervisión cumplan con
las obligaciones señaladas y no incurran en las conductas prohibidas por el CAPÍTULO X
de este reglamento.
h. Efectuar la calificación y evaluación del desempeño de los colaboradores (as) en
forma objetiva, puntual y veraz, y enviar en el plazo estipulado los documentos y reportes
que al efecto se establezcan.
i. Atender las observaciones, ideas e inquietudes del equipo de colaboradores (as) y
buscar la pronta solución a las gestiones que le formulen, siempre y cuando procedan
dentro del ámbito de su actividad y conforme al ordenamiento jurídico establecido, y a la
disponibilidad financiera.
j. Velar para que las relaciones interpersonales sean cordiales y se desarrollen dentro de
los cánones del respeto mutuo.
k. Crear un equipo de colaboradores(as) con capacidad de autodirección y autocontrol.
I. Crear y mantener una cultura de trabajo orientada a estimular en sus
colaboradores(as) el trabajo en equipo, sustentado en un enfoque de procesos y productos
y en una vocación de creatividad y anticipación a los cambios.
m. Cumplir con todas las responsabilidades que se le confieran.
n. Velar para que sus subordinados (as) disfruten de sus vacaciones de modo tal que no
se produzcan acumulaciones indebidas de estas.
o. Brindar especial atención a los servidores (as) en los aspectos propios de su
desempeño durante el período de prueba.
p. Cumplir con sus funciones sin sujeción a los límites de la jornada establecida por este
Reglamento, cuando fuere necesario, respetando lo establecido en dicha materia por el
Código de Trabajo y las directrices de la Contraloría General de la República.
q. Elevar a decisión del Alcalde (sa), al término improrrogable de tres días a partir del día
en que tuvo conocimiento, las faltas graves en que incurrieron los servidores a su cargo.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°212 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
r. Cumplir con todas las demás obligaciones propias de su cargo, según lo establecido por
el ordenamiento jurídico y los manuales respectivos.
CAPÍTULO IX
DE LAS OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES Y SERVIDORAS QUE CONDUCEN
VEHICULOS
Artículo 23. - Sin perjuicio de otras obligaciones señaladas en este Reglamento y
cualquier reglamentación interna al respecto y en las leyes de tránsito, son obligaciones
específicas de quienes manejan vehículos de la Municipalidad:
a) Mantener al día la licencia de conducir en la categoría correspondiente.
b) Tratar con absoluto esmero y cuidado los vehículos de la Municipalidad, de modo
que estos no sufran más daños y desperfectos que los debidos a la acción del tiempo y
del trabajo normal; responderán por ellos cuando sean ocasionados por culpa o dolo, sin
perjuicio de las sanciones aplicables.
c) Abstenerse de ingerir licor o drogas cuando están en servicio y no manejar bajo los
efectos de estos, o a velocidades que dadas las circunstancias puedan motivar accidentes
de tránsito. El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones dará base hasta para la
eventual sanción de despido.
d) Impedir la conducción de los vehículos que les han sido encomendados, a
personas, ajenas a la Municipalidad, o que no estén debidamente autorizadas.
e) No transportar en los vehículos de la Municipalidad a personas ajenas al servicio,
excepto aquellos casos que hayan sido aprobados por la autoridad competente.
f) Revisar con la regularidad aconsejable el vehículo y reportar a quien corresponda
en forma inmediata los desperfectos que note y los ruidos que escuche y que hagan
presumir la existencia de un daño.
g) Limitar el recorrido del vehículo al estrictamente necesario para proporcionar el
servicio requerido por la Municipalidad y no ocuparlo en menesteres personales o ajenos
en general a este.
h) Asumir la responsabilidad del equipo, llantas de repuesto y demás accesorios y
herramientas del vehículo, durante el tiempo que permanezca bajo su cuidado;
responderán por cualquier pérdida ocasionada por culpa o dolo o en el caso de no
reportarlo según se establece en el art. 21 inc. F).
i) Reportar inmediatamente a su superior jerárquico cualquier reparación o accidente
de tránsito que sufra, suministrando información lo más detallada y completa posible sobre
la hora, lugar y circunstancias propias del accidente, el nombre o nombres de personas
lesionadas o atrapadas, testigos, características del otro vehículo si fuere del caso,
fotografías y en general todo tipo de detalles pertinentes.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°213 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
j) Respetar en todos sus extremos la Ley de Tránsito por Vías Públicas, Terrestres y
Seguridad Vial, reglamentos, los manuales y demás indicaciones giradas por los
superiores respectivos.
CAPÍTULO X
PROHIBICIONES PARA LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS
Artículo 24. - Está prohibido a los servidores (as) de la Municipalidad:
1. Lo indicado en el artículo 72 del Código de Trabajo.
2. Actuar en el desempeño de sus cargos, con fines distintos de los encomendados
en sus contratos de trabajo.
3. Tener obligaciones laborales en otras entidades, públicas o privadas, o adquirir
compromisos con evidente superposición horaria a su contrato laboral con la
municipalidad.
4. Participar en actividades vinculadas con empresas o intereses privados que
puedan causar evidente perjuicio a los municipales o competir con ellos.
5. Utilizar o distraer los bienes y recursos municipales en labores, actividades y
asignaciones privadas distintas del interés público.
6. Durante los procesos electorales, ejercer actividad política partidaria en el
desempeño de sus funciones y durante la jomada laboral; así como violar las normas de
neutralidad que estatuye el Código Electoral.
7. Aceptar dádivas, obsequios o recompensas que se les ofrezcan como retribución
de actos inherentes a sus empleos.
8. Solicitar o percibir, sin la anuencia expresa del Alcalde (sa), subvenciones de otras
entidades públicas por el desempeño de sus funciones.
9. Penar a sus subordinados para tomar contra ellos alguna represalia de orden
político electoral o violatoria de cualquier otro derecho concedido por las leyes.
10. Usar el poder oficial o la influencia que surja de él, para conferir o procurar servicios
especiales, nombramientos, o cualquier otro beneficio personal que implique un privilegio,
a sus familiares, amigos o cualquier otra persona, medie o no remuneración.
11. Emitir normas en su propio beneficio.
12. Usar a título oficial, los distintivos, la papelería o el prestigio de la oficina pública
para asuntos de carácter personal o privado.
13. Usar los servicios del personal subalterno, así como los servicios que presta la
institución a la que sirve, para beneficio propio, de familiares o amigos, salvo el derecho
personal que pueda corresponderle.
14. Participar en transacciones financieras utilizando información de la Municipalidad
que no es pública
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°214 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
15. Aceptar pago u honorarios por discurso, conferencia o actividad similar, a la que
haya sido invitado a participar en su calidad de funcionario municipal.
16. Llevar a cabo trabajos o actividades, remuneradas o no, fuera de su empleo que
estén en conflicto con sus deberes y responsabilidades municipales, que generen motivo
de duda razonable sobre la imparcialidad en la toma de decisiones que competen al
empleado (a), salvo excepciones admitidas por la ley. Actuar como agente o abogado de
una apersona, salvo las excepciones de ley, o si el interesado es cónyuge, hermano
ascendiente o descendiente, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad
inclusive, en reclamos administrativos o judiciales contra la entidad a la que sirve.
17. Solicitar a gobiernos extranjeros o a empresas privadas, colaboraciones especiales
para viajes, becas, hospitalidades, aportes en dinero u otras liberalidades semejantes,
para su propio beneficio o para otro funcionario (a), aún cuando sea en funciones del
cargo.
No opera esta disposición cuando se pida colaboración a varias entidades para la
celebración de actividades de beneficencia organizadas por una entidad pública, o cuando
se trate de programas de capacitación de personal que justifiquen esa colaboración a
criterio del Alcalde (sa).
18. Efectuar o patrocinar para terceros, trámites o gestiones administrativas, que se
encuentren o no directamente a su cargo, fuera de los cauces normales de la prestación
del servicio o actividad, de forma tal que su acción implique una discriminación o favor del
tercero.
19. Dirigir, administrar, patrocinar, representar o prestar servicios, remunerados o no,
a personas de existencia física o jurídica, que gestionen o exploten concesiones o
privilegios de la Administración, o que fueren proveedores o contratistas.
20. Solicitar servicios o recursos especiales para la institución, cuando dicha
aportación comprometa o condicione en alguna medida la toma de decisiones.
21. Hacer abandono o dejar de hacer las labores encomendadas sin causa justificada,
o sin permiso expreso del responsable de la actividad donde se encuentre ubicado.
22. Incumplir las órdenes de los superiores jerárquicos, cuando sean propias de su
competencia, salvo excepciones establecidas por ley.
23. Divulgar el contenido de informes o documentos confidenciales, así como hacer
público cualquier asunto de orden interno o privado de la oficina, sin la autorización
correspondiente.
24. Ingerir licor o presentarse en estado de embriaguez, drogadicción, o cualquier otra
condición análoga, en las distintas dependencias de la Municipalidad.
25. Utilizar o ceder útiles, herramientas y equipo de cualquier tipo, suministrados por
la Municipalidad, para objeto distinto de aquel al que están oficialmente destinados.
26. Portar armas de cualquier clase durante las horas de labor, salvo que ellas sean
requisito derivado del desempeño de su cargo.
27. Recoger o solicitar, directa o indirectamente, contribuciones, suscripciones o
cotizaciones de otros compañeros (as); o realizar colectas, rifas o ventas de objetos dentro
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°215 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
de las oficinas, salvo las excepciones muy calificadas, autorizadas por el Alcalde (sa),
según sea el caso.
28. Ampararse en la condición de funcionario (a) de la Municipalidad o invocarle para
obtener ventajas de cualquier índole, ajenas a las funciones que se le han encomendado.
29. Ejercer actividades profesionales cuando las mismas riñan con el ejercicio de las
funciones que se estén desempeñando, o violen la prohibición que imponga la ley para el
ejercicio liberal de la profesión, o violen los deberes del régimen de dedicación exclusiva,
o servir de mediadores para facilitar a terceros sus actividades profesionales, valiéndose
para ello del cargo o posición que ocupa.
30. Salvo lo previsto en la ley, hacer reclamos u otras gestiones similares a favor de
los particulares, en forma directa o indirecta, contra las diversas dependencias de la
Municipalidad; llevar contabilidades o practicar auditorajes, excepto en cuanto a los
negocios propios, de su cónyuge, ascendientes, descendientes y colaterales, hasta el
tercer grado por consanguinidad o afinidad, debiendo comunicarlo a las autoridades
respectivas.
31. Ejercer presión, hostigar, acosar, tomar represalias contra compañeros (as), para
obtener provecho personal en acciones relacionadas con credos políticos, religiosos,
sexuales, económicos y de cualquier otra índole.
32. Fumar en el centro de trabajo. Salvo en el lugar destinado para ello por Ley.
33. Hacer propaganda religiosa o contraria a las instituciones democráticas.
34. Extraer de la Municipalidad documentos, expedientes, equipo, o en general
cualquier bien de la Municipalidad, aunque sea para dar cumplimiento a labores de la
Municipalidad, sin autorización expresa y previa del Alcalde (sa).
35. Tratar de resolver por medio de la violencia de hecho o de palabra las dificultades
que surjan con jefes, servidores o usuarios.
36. Consumir café, refrigerio o comidas fuera del horario previsto para ese propósito,
o en los lugares designados para ello.
36. Incurrir en prácticas laborales desleales.
37. Nombrar a funcionarios (as) con parentesco de consanguinidad o afinidad en línea
directa o colateral hasta tercer grado inclusive con el jefe inmediato o con los superiores
de este en el respectivo Proceso o Unidad.
38. Realizar acciones u omisiones tendientes a obstaculizar el normal desempeño de
las labores a cualquier funcionario de la Municipalidad.
39. Aquellas otras que se estipulen por medios administrativos y jurídicos, y las demás
incluidas en la legislación existente al respeto y que no se hayan considerado en este
artículo.
CAPÍTULO XI
DE LOS DEBERES DE LOS SERVIDORES (AS) DE LA MUNICIPALIDAD
Artículo 25. - Son deberes de los servidores (as) de la Municipalidad:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°216 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
a) Respetar este reglamento, así como cumplir las obligaciones vigentes en sus
cargos.
b) Prestar los servicios contratados con absoluta dedicación, intensidad y calidad,
responsabilizándose de sus actos y ejecutando sus tareas y deberes con apego a los
principios legales, morales y éticos.
c) Guardar la consideración debida al público, atenderlo con diligencia, afán de
servicio y buen trato.
d) Garantizar, a la administración municipal la integridad y fidelidad en su trabajo, sea
este de la naturaleza que sea, en aras de lograr el cumplimiento de los objetivos y la misión
de la municipalidad.
e) Cuidar, resguardar, preservar y emplear debidamente los recursos públicos
municipales.
f) Observar en su trabajo buenas costumbres y disciplina, así como un trato
respetuoso para sus compañeros(as) de trabajo, superiores y autoridades.
g) Responder por los daños o perjuicios que puedan causar sus errores o los actos
manifiestamente negligentes propios de su responsabilidad.
h) Guardar discreción sobre asuntos relacionados con su trabajo o vinculados con
otras dependencias municipales, cuya divulgación pueda usarse contra los intereses de la
municipalidad.
i) Sugerir, en el momento oportuno y ante la instancia administrativo-jerárquica
correspondiente, lo que considere adecuado para el mejor desempeño de sus labores.
j) Desempeñar dignamente sus cargos,
k) Portar la identificación oficial de la institución.
CAPÍTULO XII
DE LA UTILIZACIÓN DEL SOFTWARE Y EQUIPO DE CÓMPUTO
Artículo 26. - Sin perjuicio de otras obligaciones señaladas en este Reglamento, el
Reglamento para el uso de los equipos de cómputo y programas informáticos de la
Municipalidad de Pococí y cualquier reglamentación interna al respecto, el software por
utilizar en cada equipo de cómputo, propiedad de la Municipalidad de Pococí, deberá
contar con las respectivas licencias; en caso de que un funcionario(a) incluya software
¡legal o prohibido, este será borrado de forma inmediata y se procederá con la sanción
establecida en el artículo 158 del presente reglamento.
Artículo 27. - Los usuarios de los equipos no podrán mantener documentos de carácter
personal o de cualquier otro tipo que no se relacionen estrictamente con la función
municipal. Para éstos efectos, los funcionarios(as) encargados(as) de los sistemas de
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°217 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
cómputo de la Municipalidad, podrán realizar revisiones del equipo al azar y sin previo
aviso.
Artículo 28. - Para efectos de protectores y refrescadores de pantalla, podrán utilizarse
únicamente los definidos por la Municipalidad, en concordancia con la normativa interna o
gubernamental que exista para ello.
Artículo 29. - El uso de Internet y correo electrónico está permitido solo a los
funcionarios(as) autorizados(as) para ello, quienes deberán ajustarse a los indicadores
definidos por la municipalidad. En caso de que se demuestre abuso en su utilización, de
acuerdo con el análisis de las bitácoras registradas por los encargados de la informática
en la municipalidad, se sancionará verbalmente; en caso de reincidencia, se sancionará
conforme lo establecido en este reglamento y las demás normas supletoria. De igual
manera, en caso de que se compruebe que un funcionario (a) este accediendo páginas
clasificadas como pornografía o que atenten contra la moral y las buenas costumbres, se
aplicará la sanción escrita cuando sea por primera vez y si reincide, se le suspenderá sin
goce de salario, de acuerdo con el artículo 149 inciso c) del Código Municipal.
Artículo 30. - Al funcionario (a) que se demuestre haber estado jugando en horas de
oficina se le sancionará con una llamada de atención verbal cuando sea por primera vez,
y si reincide se procederá conforme lo establecido en el artículo 159 de este reglamento.
CAPÍTULO XIII SECCIÓN I
DE US RELACIONES DE SERVICIO, LA SELECCIÓN DE PERSONAL Y EL MANUAL
DESCRIPTIVO DE
PUESTOS
Artículo 31. - Las relaciones de servicio entre los servidores(as) municipales y la
Municipalidad de Pococí, se regirán por las disposiciones del Código Municipal, Código de
Trabajo, Ley General de la Administración Pública, Ley de la Administración Financiera,
Ley de Contratación Administrativa, Ley de Salarios, la Convención colectiva vigente,
Leyes Supletorias y conexas, y los derechos adquiridos por instrumentos anteriores a este
Reglamento.
Artículo 32. - Son servidores(as) municipales los nombrados de acuerdo con el artículo
125 del Código Municipal y que satisfagan los requisitos que establece el Manual de
Puestos de la Municipalidad, el artículo 111 de la Ley General de la Administración Pública
y lo estipulado en el artículo 118 del Código Municipal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°218 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Artículo 33. - Todo trabajador(a) debe estar amparado(a) al contrato de trabajo o acción
de personal que contenga el salario devengado, especificando el salario base y pluses
salariales.
Artículo 34. - Las personas que ingresen al servicio de la Municipalidad, lo harán mediante
nombramientos, o contrato por tiempo indefinido, o por tiempo determinado, conforme a
las siguientes disposiciones:
a) Por tiempo indefinido: Se firmarán con aquellos trabajadores(as) indispensables
para satisfacer las necesidades propias permanentes de la Municipalidad, que hayan
cumplido con todos los requerimientos establecidos para el ingreso al Régimen Municipal;
de acuerdo con lo contemplado en la Carrera Administrativa Municipal.
b) Por tiempo determinado: Se firmarán con los trabajadores(as) que ejecuten
temporalmente las labores de quien o quienes se encuentren disfrutando de vacaciones,
licencias por incapacidad u otra situación análoga, así como aquellos casos excepcionales
en que su contratación resulte procedente conforme a la naturaleza de los servicios que
se van a prestar.
Estas contrataciones se regirán por los mecanismos existentes al efecto:
1- Suplencias: Forma de sustituir temporalmente al titular de un cargo, sea por licencia
con o sin goce de sueldo, vacaciones o incapacidad. La suplencia debe ser por un periodo
predefinido que deberá constar en el contrato de trabajo que se firme con el suplente. En
los casos que se pretenda contratar a un funcionario(a) de la misma municipalidad, en la
partida de suplencias, este de previo debe romper la relación laboral, por medio de
renuncia o permiso sin goce de salario.
2- Servicios especiales: Modalidad de contratar recursos humanos en el área técnico-
profesional; para cubrir necesidades temporales que no excedan de un año de acuerdo
con lo establecido en el artículo 118 del Código Municipal.
3- Jornales ocasionales: Personal no profesional, ni técnico, ni administrativo, que
eventualmente presta servicios a la entidad en trabajos de tipo manual, cálculo se
establece tomando como base las horas o días trabajados o la tarea realizada. La relación
laboral de quienes se contratan en forma ocasional, no puede exceder de los plazos que
determinan las leyes existentes.
4- Por obra determinada: Se realiza para satisfacer necesidades que eventualmente
se presentan en la institución y en la cual, sin previa fijación de tiempo, el objeto de la
prestación personal de servicio subordinando será la obra producida.
5- Funcionarios(as) de confianza: Son funcionarios(as) de confianza los
contratados(as) a plazo fijo por las partidas de sueldos por servicios especiales o jornales
ocasionales, para brindar servicio directo al Alcalde (sa), el Presidente(a) y
Vicepresidente(a) Municipales y a las fracciones políticas que conforman el Concejo
Municipal.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°219 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Artículo 35. - Corresponde al Alcalde (sa) Municipal o quien este(a) haya delegado esa
función, realizar nombramientos, promociones y remoción de los empleados municipales,
así mismo, los empleados(as) ocasionales contratados(as) con cargo a las partidas
presupuestarias de Servicios Especiales o Jornales Ocasionales. Con excepción de los
empleados(as) que dependan directamente del Concejo Municipal.
Artículo 36. - La descripción de las actividades de los puestos que se hace en el Manual
Descriptivo de Clases y Puestos de la Municipalidad, es tan solo la representación del
puesto, pero debe de representarse el mínimo de requisitos necesarios para cubrir las
necesidades del puesto. Cualquier aplicación del mismo es válida en la medida que guarde
relación con la capacidad del funcionario (a) y naturaleza del puesto que ocupa. El servidor
(a) tendrá la obligación de prestar servicios en diferentes tareas dentro de la misma clase,
según determine la Municipalidad de conformidad con el Manual Descriptivo de clases de
Puestos, a fin de garantizar un conocimiento integral de las diferentes operaciones con
base en la aplicación del concepto de polifuncionalidad. La Municipalidad, previo
cumplimiento del debido proceso, con la debida justificación y con fundamento en los
principios que inspiran este reglamento, podrá cambiar el horario, el lugar de trabajo y
otros aspectos de la prestación de servicio, siempre que no cause un perjuicio grave al
trabajador (a) podrá también temporalmente trasladar al servidor (a) a otras dependencias
de la Municipalidad, según criterios técnicos de rotación. Podrá reubicar a los funcionarios
(as) dentro de sus diferentes dependencias, de acuerdo con las disposiciones del Código
Municipal, este reglamento y la convención colectiva.
SECCIÓN II
DE LA SELECCIÓN DE PERSONAL
Artículo 37. - Con las salvedades expresas en el Código Municipal, y la Convención
colectiva vigente, el personal de la Municipalidad será nombrado y removido por el Alcalde
(sa) Municipal, o en quien él o ella haya delegado dicha función, previo informe técnico
respecto a la idoneidad de los aspirantes al cargo, efectuado por el Proceso de Recursos
Humanos.
Artículo 38. - El personal de esta Municipalidad se seleccionará por medio de pruebas de
idoneidad, a las cuales se admitirá únicamente a quienes satisfagan los requisitos mínimos
prescritos en el Manual de Clases de Puestos. Las características de estas pruebas y los
demás requisitos corresponderán a los criterios actualizados de los sistemas modernos de
Reclutamiento y Selección y corresponderán a reglamentaciones específicas que aplicará
el Proceso de Recursos Humanos de la Municipalidad.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°220 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Artículo 39. - La Municipalidad para efectos de Reclutamiento y Selección de Personal,
mantendrá actualizado un Manual, que fijará las pautas para garantizar los
procedimientos, la uniformidad y los criterios de equidad que exige la normativa legal.
Artículo 40. - No podrán ser empleados (as) de la Municipalidad quienes sean cónyuges
o parientes, en línea directa o colateral hasta tercer grado inclusive, de alguno de los
concejales, el Alcalde (sa), el Auditor (a), los Coordinadores (as) del Proceso de Recursos
Humanos, ni en general de los encargados(as) de escoger candidatos para los puestos de
la municipalidad. La designación de alguno(a) de los funcionarios (as) enunciados en el
párrafo anterior no afectará al empleado (a) de la municipalidad cónyuge o pariente de
alguno de ellos nombrados con anterioridad a la entrada en vigencia del presente
reglamento.
Artículo 41. - Si quedare una plaza vacante en la Municipalidad de Pococí deberá llenarse
de acuerdo con las siguientes normas:
a) Mediante ascenso directo del funcionario (a) calificado para el efecto y si es del
grado inmediato anterior.
b) Ante inopia en el procedimiento anterior, para lo cual se convocará a concurso
interno entre todos los empleados(as) de la municipalidad.
c) De mantenerse inopia en la instancia anterior, se convocará a concurso externo
publicado por lo menos en un diario de circulación nacional y con las mismas condiciones
del concurso interno.
Artículo 42. - Con base en el resultado de los concursos aludidos en los incisos b) y c) del
artículo anterior, el Proceso de Recursos Humanos presentará al Alcalde (sa), una terna
o nómina de elegibles. Lo anterior según lo establecido por la convención colectiva vigente.
Sobre esta base el Alcalde (sa) escogerá al sustituto. Sin embargo, el Alcalde (sa);
mientras se realiza el concurso interno o extemo puede autorizar el nombramiento o
ascenso interino de un trabajador(a) por un plazo máximo de dos meses, prorrogables en
caso necesario.
Artículo 43. - El servidor (a) que concurse por oposición y cumpla con lo estipulado en el
Código Municipal, quedará elegible si obtiene una nota mayor o igual a 70 y mantendrá
esta condición por el término de un año, contado a partir del momento en que se le
comunique. Previo informe, consulta de permutas y traslados horizontales de los
servidores(as) con sus Jefes inmediatos el Alcalde podrá autorizar estos movimientos,
siempre que no les causen evidente perjuicio y cuando satisfaga una necesidad real de la
municipalidad.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°221 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Artículo 44. - Todo funcionario (a) de la Municipalidad de Pococí deberá pasar
satisfactoriamente un periodo de prueba de hasta tres meses de servicio, contados a partir
de la fecha de vigencia del acuerdo de su nombramiento.
SECCIÓN III
DEL MANUAL DESCRIPTIVO DE PUESTOS
Artículo 45. - La Municipalidad de Pococí tendrá un Manual de Clases de Puestos con
base en el Manual General, éste se elaborará con base en procesos y subprocesos,
utilizando la concepción de polifuncionalidad, con el propósito de impulsar una
modernización en la Municipalidad. La Municipalidad no podrá crear plazas sin que estén
incluidas en el Manual, los perfiles ocupacionales correspondientes, con base en el estudio
técnico y demás requisitos del Manual.
CAPÍTULO XIV
DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA
Artículo 46. - De acuerdo con lo establecido en el Código Municipal, la carrera
administrativa se regirá por las normas establecidas en el Código Municipal, en los
artículos 115 al 145.
Artículo 47. - Se establece la Carrera Administrativa Municipal, como medio de desarrollo
y promoción humanos. Se entenderá como un sistema integral, regulador del empleo y las
relaciones laborales entre los servidores(as) y la administración municipal.
Artículo 48. - La municipalidad se regirá conforme a los parámetros establecidos para la
Carrera Administrativa. Los alcances y las finalidades se fundamentarán en la dignificación
del servicio público y el mejor aprovechamiento del recurso humano, para cumplir con las
atribuciones y competencias de la municipalidad.
Artículo 49. - Quedan protegidos por el Código Municipal, este Reglamento y la
Convención colectiva vigente, todos los trabajadores(as) de la Municipalidad
nombrados(as) con base en el sistema de selección por mérito, garantes de las
responsabilidades derivadas de tal acto y renumerados por el presupuesto de la
municipalidad.
Artículo 50. - Los servidores(as) interinos(as) de la municipalidad y el personal de
confianza no están amparados por los derechos y beneficios de la Carrera Administrativa
Municipal. Aunque desempeñen puestos comprendidos en ella.
Artículo 51. - Para ingresar a la Municipalidad de Pococí se requiere:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°222 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
a) Satisfacer los requisitos mínimos que fije el Manual Descriptivo de Puestos para la
clase de puesto de que se trata.
b) Demostrar idoneidad sometiéndose a las pruebas, exámenes o concursos
contemplados en este reglamento.
c) Ser escogido(a) de la nómina énviada por el Proceso de Recursos Humanos.
d) Prestar juramento ante el Alcalde (sa) Municipal, como lo establece el artículo 194
de la Constitución Política de la República.
e) Firmar una declaración jurada garante de que sobre su persona no pesa
impedimento legal para vincularse laboralmente con la administración pública municipal.
f) Llenar cualesquiera otros requisitos que disponga en lo sucesivo este reglamento
u otras disposiciones legales.
CAPÍTULO XV
DE LA CAPACITACIÓN Y LAS BECAS
Artículo 52. - Conceptos:
Actividades De Capacitación: Se considerarán actividades de capacitación todas aquellas
que permitan al funcionario(a) adquirir conocimientos, desarrollar habilidades y destrezas
así como actitudes favorables para el puesto o para un puesto por ocupar, de igual o mayor
categoría, que serán promovidas por la administración.
Actividades de Capacitación y Formación programadas: Se considerarán actividades de
capacitación y formación programada, todas aquellas en que la municipalidad mediante el
Proceso de recursos humanos, determine por medio de un estudio las necesidades en
materia de capacitación y para su satisfacción elaborará un plan cuyos objetivos tiendan
a su solución.
Actividades de Capacitación no programadas: Se considerarán actividades de
capacitación no programadas todas aquellas que el Proceso de recursos humanos no
contemple en sus programas regulares, pero que su contenido sea de interés para la
Municipalidad. Estas actividades pueden ser organizadas y ofrecidas por otras unidades
administrativas (Despacho del alcalde (sa), coordinaciones y unidades) o por organismos,
instituciones, empresas, compañías, sociedades, u otras, ajenas a la municipalidad, donde
para su realización debe mediar la aprobación del Proceso de Recursos Humanos.
Actividades de Capacitación Escolarizadas: Se considerarán actividades de capacitación
escolarizadas o de formación todas aquellas que se realizan en forma sistemática,
ordenada y secuencial en una carrera determinada que otorga un grado académico de
estudios reconocidos. Se contemplan la educación general básica, enseñanza media,
carreras técnicas, universitarias, para-universitarias y de especialización o cualquier otra
denominación análoga.
Actividades de Capacitación no Escolarizadas: Se considerarán actividades de
capacitación no escolarizadas todas aquellas que se realizan fuera de un sistema
escolarizado, sin que obedezcan a una carrera determinada, ni al otorgamiento de un
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°223 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
grado académico, que permitan a los funcionarios (as) adquirir conocimientos para el
puesto o para un puesto por ocupar, de igual o mayor categoría. Se reconocerán como
actividades de capacitación no escolarizadas los cursos, seminarios, congresos, charlas,
pasantías, visitas de observación, jornadas, mesas redondas o cualquier otra
denominación análoga.
Actividades de Inducción: Se considerarán actividades de Inducción todas aquellas que
permitan al funcionario (a) adquirir conocimientos en torno a la municipalidad a fin de
acelerar y facilitar el proceso de identificación y aceptación de esta. Estas serán no
escolarizadas y programadas únicamente por el proceso de recursos humanos.
Becas: Se considerarán becas aquellas facilidades y financiamientos otorgados por la
municipalidad a sus funcionarios (as), para la participación en actividades de capacitación
y formación.
Becas para capacitación: Se considerarán becas para capacitación todas aquellas
otorgadas a funcionarios para su capacitación o formación programadas o autorizadas por
el Proceso de recursos humanos.
Beca como incentivo: Se considerarán becas como incentivo a las becas otorgadas a
funcionarios para que realicen estudios escolarizados y no escolarizados en actividades
de capacitación no programadas.
Financiamiento de la actividad: Se considerara financiamiento al pago total o parcial de
conceptos como salario, matricula, derechos de estudio, derechos de examen, material
didáctico, hospedaje, alimentación, transporte, tesis.
Financiamiento del material didáctico: Se considerará como financiamiento del material
didáctico al pago total o parcial de documento, folletos, fotocopias o bibliografía que sea
necesaria para la consecución de los objetivos de la capacitación o formación, según lo
determine el Proceso de recursos humanos, previo estudio.
Artículo 53. - Se establece el presente capítulo para la capacitación y formación de los
funcionarios(as) de la Municipalidad de Pococí, a desarrollarse, ya sea en el país o en el
exterior, y a la adjudicación de becas en la materia propia del quehacer municipal. Esta
formación o capacitación puede ser financiada de forma total o parcialmente, tal y como
más adelante se verá.
Artículo 54. - El financiamiento total o parcial de la participación de los funcionarios (as)
de la Municipalidad de Pococí, en cursos de capacitación o de formación profesional,
técnicas, o básica, que se lleven a cabo, quedará sujeto a que existan las disponibilidades
presupuestarias suficientes.
Artículo 55. - Tendrán derecho a la capacitación los funcionarios (as) que cumplan con
los siguientes requisitos, según sea el caso:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°224 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
a) Para actividades de capacitación orientadas al puesto de trabajo, haber aprobado
el período de prueba y laborar para la municipalidad a tiempo completo. Se excluyen de
esta disposición las actividades de inducción que se desarrollarán durante el período de
prueba.
b) Para actividades de capacitación orientadas a otro puesto de trabajo que el o la
solicitante desee ocupar, se requieren laborar en plaza fija a tiempo completo por más de
dos años y haber obtenido en la última evaluación del desempeño una calificación mayor
o igual al 70%.
c) Para actividades de formación, laborar para la municipalidad a tiempo completo.
d) Para incentivo a funcionarios (as), laborar en propiedad a tiempo completo, haber
aprobado el período de prueba, una calificación mayor o igual al 70% en la evaluación del
desempeño y la aprobación del Alcalde (sa) previo informe del Proceso de Recursos
Humanos.
Artículo 56. - Todo programa de capacitación, en que organismos o instituciones públicas
o privados, ofrezcan becas o bien la municipalidad las otorgue, se canalizará a través del
Proceso de recursos humanos.
Artículo 57. - Es obligación de los empleados de la municipalidad, recibir la capacitación
programada por el proceso de recursos humanos.
Artículo 58. ■ Los funcionarios designados para un evento de capacitación, no podrán
solicitar la participación en eventos no programados que coincidan con el calendario y
horario establecido por el proceso de recursos humanos, salvo en situaciones imprevistas,
por lo que la jefatura y el proceso de recursos humanos valoren la circunstancias o
conveniencias que promuevan un probable cambio.
Artículo 59. - Una vez programada las actividades de capacitación, notificadas las
respectivas coordinaciones designadas y notificados los funcionarios (as) para la
participación, no se concederá licencia con o sin goce de salario que coincida con el
período que se desarrolle la actividad.
Artículo 60. - La funcionaría que esté embarazada no podrá ser elegida para participar en
actividades de capacitación o formación durante el lapso de la licencia por maternidad,
salvo certificado médico que la habilite.
Artículo 61. - La municipalidad brindará el tiempo necesario, transporte y viáticos a sus
funcionarios para la participación en actividades de capacitación o formación de acuerdo
a la tabla de viáticos vigente, sujeto a contenido presupuestario.
Artículo 62. - La inasistencia injustificada de un funcionario (a) a un evento de
capacitación o la obtención de una evaluación deficiente por ausencias, le imposibilitarán
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°225 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
de asistir a próximas actividades de capacitación como incentivo, por espacio de 6 meses.
Además, una vez firmado el formulario de inscripción y asistencia a la capacitación, si el
funcionario (a) decide no asistir sin tener una causa de justificación como enfermedad o
imposibilidad repentina, deberá cancelar el costo correspondiente a su asistencia a la
actividad de formación. Para esto, el Proceso de Recursos Humanos le comunicará por
escrito al funcionario (a) su decisión y este (a) tendrá 5 días hábiles para presentar la
justificación, de no hacerlo se procederá a rebajar del salario el monto indicado. De previo,
el Proceso de Recursos Humanos deberá emitir un acto motivado en el que se justifique
la decisión tomada.
Artículo 63. - Aquellos empleados contratados interinamente, podrán recibir capacitación
para mejorar su trabajo, previa solicitud escrita de la coordinación respectiva y la
autorización del Proceso de Recursos Humanos.
Artículo 64. - La Municipalidad de Pococí otorgará becas a sus funcionarios (as) para la
participación en actividades de capacitación o formación según la programación
establecida como incentivo. El tiempo máximo de la beca estará en función a lo que dure
la actividad de capacitación o formación.
Artículo 65. - Las becas deberán gestionarse mediante solicitud escrita dirigida al Proceso
de recursos humanos. Debe indicar una justificación, el lugar donde se llevará a cabo la
capacitación, programa de estudio, grado académico, horario, costos de matrícula, pago
de mensualidad y otros costos de estudio, así como indicar claramente el lugar que
señalará para recibir notificaciones en caso de encontrarse fuera del país, debe indicarse
que ese lugar es firme y valedero para recibir notificaciones a pesar de que se encuentre
en el exterior.
Artículo 66. - La Municipalidad concederá las facilidades suficientes y necesarias a
aquellos funcionarios(as) que participen en actividades de capacitación en el extranjero:
dichas facilidades consistirán en cubrir total o parcialmente según las circunstancias del
caso, y las necesidades Institucionales, el financiamiento de los costos de:
A- Los pasajes de ida y regreso en clase económica.
B- Costos de transporte dentro del país donde se realizara la capacitación.
C- Hospedaje y alimentación D- Derecho de matrícula E- Derecho de exámenes F-
Material didáctico
G- Seguro de viaje (únicamente por el tiempo que dure el evento)
Artículo 67. - El funcionario (a) becado (a) deberá, una vez concluida su participación,
rendir un informe al Proceso de Recursos Humanos sobre la capacitación recibida por el
otorgamiento de la beca y estar en disposición de trasmitir los conocimientos adquiridos
cuando dicho Proceso lo requiera.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°226 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Artículo 68. - En el caso en que se detecte y demuestre falsedad de información o
documentos presentados para solicitar beca posterior a que se haya adjudicado, deja sin
efecto la adjudicación, y en el caso en que se esté gozando de la beca, ésta
automáticamente se interrumpe, debiendo el funcionario (a) retribuirle a la Municipalidad
en un solo monto y en un periodo no mayor de 30 días hábiles, contados a partir de la
fecha de notificación, el financiamiento otorgado.
Artículo 69. - Quedará libre de los compromisos adquiridos ante la adjudicación de una
beca, el funcionario (a) que interrumpa sus estudios por prescripción médica. El
funcionario (a) tendrá que presentar al Proceso de recursos humanos certificado médico
extendido por la Institución de salud estatal.
Artículo 70. - El Proceso de Recursos Humanos para adjudicar una beca a un funcionario
(a) municipal deberá preparar un estudio y presentarlo al Alcalde (sa) para su adjudicación
con los siguientes aspectos:
A- Aplicación de la beca para el puesto que ocupa el solicitante
B- Evaluación del desempeño, que en todo caso sea igual o superior al 70% en el último
año.
C- Expediente de personal en lo que se refiere a las sanciones aplicadas en el último año.
D- Asistencia y resultados de su participación en los eventos de capacitación programadas
por el Proceso de Recursos Humanos en el último año.
E- Aprobación o recomendación de la jefatura inmediata sobre la beca solicitada.
Artículo 71. - La municipalidad suspenderá el disfrute de una beca a un funcionario (a)
que incumpla cualquiera de los siguientes casos:
A- Si el becario (a) interrumpe los estudios o cambia de centros de estudio sin la
autorización correspondiente.
B- Si el becario(a) fuere expulsado del centro donde realiza estudios.
C- Si pierde un curso del programa de estudios.
D- Si incumple las reglas de urbanidad, responsabilidad y honradez o afecte la imagen de
la Municipalidad.
Artículo 72. - La municipalidad programará y presupuestará mediante el Proceso de
Recursos Humanos becas de capacitación o formación acordes con las necesidades
detectadas y prioridades en las distintas unidades de la Institución, en coordinación con el
Despacho del Alcalde (sa), y las coordinaciones de unidades.
Artículo 73. - El Proceso de Recursos Humanos analizará si la actividad propuesta
responde a la programación establecida, y si el funcionario (a) seleccionado (a) reúne los
requisitos que este Proceso establezca para la aceptación de su participación.
Artículo 74. - Las becas como incentivo comprenderán:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°227 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
A- Beca I: Permiso con goce de salario por la fracción de jornada o a tiempo completo.
B- Beca II: Financiamiento del 60% de los costos de los estudios.
C- Beca III: Financiamiento del 100% de los costos de los estudios.
Artículo 75. - Si se incumple una beca como incentivo otorgada a un funcionario (a), este
(a) quedará sujeto a:
A- No solicitar becar como incentivo, durante un año a partir de la fecha en que recibió la
notificación del Proceso de Recursos Humanos.
B- Retribuir a la Municipalidad, en un periodo no mayor a los 30 hábiles días de la fecha
de la notificación, la suma otorgada en los estudios hasta ese momento, en un período y
montos iguales a los que se le adjudicó.
Artículo 76. - Para que la Municipalidad otorgue una beca como incentivo, o evento
programado por el Proceso de Recursos Humanos, deberá existir aprobación del Alcalde
(sa).
Artículo 77. - La municipalidad por medio de la Hacienda municipal, adjudicará una partida
presupuestaria anual para la capacitación, formación y becas como incentivo, al proceso
de recursos humanos, para la concesión y administración de tales propósitos.
Artículo 78. - Cualquier procedimiento no contemplado en el presente capítulo se regulará
según corresponda, por las normas establecidas en los reglamentos internos o extemos
con excepción de la materia sancionatoria Este capítulo no riñe con el Reglamento de
Becas de la Municipalidad de Pococí, por no regular lo referente a las becas del artículo
VIII de la Convención Colectiva de este Gobierno Local, sin embargo, ese reglamento
privará ante cualquier conflicto con el presente.
Artículo 79. - El presente capítulo solo podrá ser modificado por acuerdo del Concejo
Municipal y a solicitud del Alcalde (sa) municipal.
CAPÍTULO XVI
DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
Artículo 80. - Los servidores (as) de la Municipalidad, tendrán de acuerdo con el Código
Municipal, una evaluación y calificación de sus servicios. Para tales efectos el Proceso de
Recursos Humanos confeccionará los formularios y los modificará si fuera el caso, previa
consulta al Alcalde (sa).
Artículo 81. - La evaluación o calificación anual de servicios servirá como reconocimiento
a los servidores (as) para estimular y lograr una mayor eficiencia así como factor a
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°228 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
considerar en el proceso de reclutamiento y la selección, la capacitación, los ascensos, el
aumento de sueldo, la concesión de permisos y las reducciones forzosas de personal.
Artículo 82. - Para evaluar y calificar al servidor (a) en su desempeño general, se utilizarán
las categorías de Regular, Bueno, Muy Bueno y Excelente. La evaluación y calificación de
servicios se hará efectiva en la primera quincena del mes de junio de cada año y será
responsabilidad del Proceso Recursos Humanos velar porque cada coordinador, cumpla
esta disposición reglamentaria.
Artículo 83. - La evaluación y calificación de servicios en la Municipalidad de Pococí,
deberá darse a los servidores (as) nombrados (as) en propiedad que durante el año hayan
trabajado continuamente.
Artículo 84. - Cuando el servidor (a) no haya completado un año de prestar servicios en
el momento de la evaluación, se observarán las siguientes reglas:
a) El servidor (a) que durante el respectivo período de evaluación y calificación de
servicios anual haya cumplido el período de prueba pero no haya completado un semestre
de prestación de servicios, será calificado provisionalmente, y deberá calificársele en
forma definitiva durante la primera quincena del mes de enero siguiente. De no reformarse
la calificación provisional en este período, será considerada definitiva.
b) Si el servidor (a) ha estado menos de una año pero más de seis meses a las
órdenes de un mismo coordinador, a él corresponderá evaluarlo.
c) Si el servidor (a) ha estado a las órdenes de varios coordinadores durante el año
pero con ninguno por más de seis meses, lo evaluará y calificará el último coordinador con
quien trabajó tres meses o más.
Artículo 85. - El desacuerdo entre el coordinador (a) inmediato (a) y el colaborador (a) en
relación con el resultado de la evaluación y calificación de servicios, será resuelto por el
Alcalde (sa) de la Municipalidad, previa audiencia a todas las partes interesadas.
Artículo 86. - Cuando el resultado de la evaluación y calificación de servicios anual del
servidor, (a) sea de Regular dos veces consecutivas, el hecho se considerará falta grave,
y se actuará conforme a lo establecido, por parte de! Alcalde (sa) en este reglamento
CAPÍTULO XVII
DE LOS SUELDOS Y SALARIOS, INCENTIVOS Y OTRAS COMPENSACIONES
ECONÓMICAS
Artículo 87. - Los sueldos y salarios de los servidores (as) de la Municipalidad de Pococí
se regirán de la siguiente forma:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°229 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
a) Ningún servidor (a) devengará un sueldo inferior al mínímo o correspondiente al
desempeño del cargo que ocupa.
b) Los sueldos y salarios de los servidores (as) de la Municipalidad de Pococí, serán
determinados por una escala de sueldos, que se fijará con sumas mínimas y máximas
correspondientes a cada categoría de puestos.
c) Para determinar los sueldos y salarios, se tomarán en cuenta las condiciones
presupuestarias de la Municipalidad, el costo de vida en las distintas regiones, los salarios
que prevalezcan en el mercado para puestos ¡guales y cualesquiera otras disposiciones
legales en materia salarial.
Artículo 88. - En adelante la Municipalidad seguirá aplicando las sumas y porcentajes de
aumento de salarios a todos sus empleados en las mismas condiciones y cantidades como
mínimo, que rijan para los empleados públicos del poder central y lo establecido
principalmente en la Convención Colectiva vigente. Las partes (Funcionarios (as) -
Municipalidad), para la ejecución de los aumentos de salario superiores a lo decretado,
firmarán un convenio de trabajo, concretando dicho aumento, según lo establecido en la
convención colectiva y la costumbre de la institución.
Artículo 89. - La municipalidad reconocerá un 3% (tres por ciento) anual sobre el salario
base, denominándose anualidad, por cada año de servicio, sin límite de tiempo.
Artículo 90. - El pago de salario del personal municipal se hará en forma bisemanal,
dependiendo del grupo laboral, depositándose en la cuenta respectiva del funcionario (a)
en alguno de los bancos o instituciones financiera.
Artículo 91. - La compensación económica por concepto de Prohibición del Ejercicio
Liberal de la Profesión, se regulará conforme con las disposiciones de la Ley N° 5867 del
15 de diciembre de 1975 y sus reformas y la normativa existente sobre la materia.
Artículo 92. - Los funcionarios (as) podrán acogerse o no al pago por concepto de
Dedicación Exclusiva, de acuerdo también con el interés que en ello tenga la
Administración, y tendrán derecho al pago de la Carrera Profesional de conformidad con
la normativa vigente.
Artículo 93. - La Municipalidad para efectos del pago de la Prohibición, la Dedicación
exclusiva y la Carrera Profesional, y la Disponibilidad, se regirán con base en el
reglamento, reformas y la normativa existente sobre la materia.
Artículo 94. - Solo se retribuirá el recargo de funciones cuando sea por períodos mayores
de un mes y se pagará con fundamento en la diferencia existente entre el salario base del
puesto que ocupa el funcionario (a) y el salario base del puesto con recargo; así como el
cumplimiento de los requisitos legales y académicos del puesto a recargar.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°230 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Artículo 95. - Los funcionarios (as) que deban viajar dentro o fuera del país en el ejercicio
de sus funciones tendrá derecho a gastos de transporte y viáticos consistentes en pasajes,
alimentación y hospedaje, los cuales regirán de acuerdo a la tabla emitida por la
Contraloría General de la República. Los viáticos no se considerarán salario para ningún
efecto legal.
CAPITULO XVIII
DE LA SALUD OCUPACIONAL Y EL EQUIPO DE TRABAJO
Artículo 96. - Es deber de la Municipalidad, procurar el bienestar físico, mental y social de
los funcionarios (as), para lo cual deberá mostrar especial atención e interés en todo lo
relacionado con la salud ocupacional.
Artículo 97. - El Proceso de Recursos Humanos, a través del Subproceso de Salud
Ocupacional elaborará e implementará el programa de salud ocupacional que cubra a
todas las dependencias de la Municipalidad, de conformidad con el artículo 288 de la Ley
sobre Riegos de Trabajo, número 6727 de 24 de marzo de 1982 y sus reformas.
Artículo 98. - La Municipalidad a través del Subproceso de Salud Ocupacional, dentro de
sus posibilidades materiales y presupuestarias reales, brindará los servicios médicos
requeridos a todos los funcionarios (as) de la Municipalidad.
Artículo 99. - La Municipalidad tomará las medidas necesarias, tendientes a proteger
eficazmente la vida, salud y la integridad física y moral de los funcionarios (as),
manteniendo en adecuado estado lo relativo a:
a) Edificaciones, instalaciones, equipo y materiales para la protección personal.
b) Suministros, uso, mantenimiento de equipos y materiales para la protección
personal.
Todos los servidores (as) deberán ser informados de los riesgos que para su salud
conlleva su trabajo. Se deberá además informar de todo factor de riesgo conocido o
sospechoso en el ambiente de trabajo que puede afectar su salud o la del resto de
compañeros (as) de trabajo.
Artículo 100. - La Municipalidad promoverá, fortalecerá la creación y funcionamiento
oficial de Comisiones de Salud Ocupacional del Trabajo, para que se capaciten en
prácticas para la salud ocupacional, emergencias y riesgos del trabajo; que sirvan de
retroalimentación al resto de los funcionarios (as) respecto a la difusión y práctica de
métodos y sistemas técnicos de prevención en esta materia, en forma permanente.
Artículo 101. - La Municipalidad de Pococí deberá adoptar las medidas necesarias para
los servidores (as) cuya permanencia no sea aconsejable, por razones médicas, en un
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°231 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
puesto que entrañe exposiciones a los riegos de su trabajo debiendo en este caso,
proceder al traslado del funcionario (a) a un puesto más adecuado.
Artículo 102. - Las Comisiones de Salud Ocupacional, en coordinación con las
autoridades superiores de cada dependencia de la Municipalidad, podrán realizar acciones
de formación humanística, intelectual, estética, deportiva y recreativa que permiten el
desarrollo de actitudes proactivas hacia el trabajo.
Artículo 103. - Todo funcionario (a) grupo u organización de los servidores (as) de la
Municipalidad tendrá derecho a presentar las quejas y propuestas tendientes a mejorar las
condiciones laborales a la Comisión de Salud Ocupacional, la cual deberá pronunciarse
en los plazos establecidos en la Ley General de la Administración Pública.
CAPÍTULO XIX
DE LOS DERECHOS DE LOS SERVIDORES (AS)
Artículo 104. - Los servidores (as) de la Municipalidad gozarán de los siguientes derechos
además de los dispuestos en otras leyes y la convención colectiva vigente:
a) No podrán ser despedidos(as) de sus puestos a menos que incurran en las
causales de despido que prescribe el Código de Trabajo y conforme al procedimiento
señalado en el artículo 150 del Código Municipal, así como lo establecido en la convención
colectiva.
b) La municipalidad podrá finalizar los contratos de trabajo con responsabilidad
patronal, fundamentada en estudios técnicos relacionados con el cierre de programas, la
reducción forzosa de servicios por falta de fondos o la reorganización integral de sus
dependencias que el buen servicio público exija. Ningún trabajador(a) despedido(a) por
esta causa podrá regresar a la municipalidad, si no hubiere transcurrido un período mínimo
de un año, a partir de su separación.
c) El respeto a sus derechos laborales y reconocimiento por el buen desempeño.
d) Contarán con una remuneración decorosa, acorde con sus responsabilidades,
tareas y exigencias tanto académicas como legales. Disfrutar de vacaciones anuales
según el tiempo consecutivo servido, de conformidad con el capítulo XX del presente
reglamento y la convención colectiva vigente.
e) Podrán disfrutar de licencia ocasional de excepción, con goce de salario o sin él,
según las disposiciones Reglamentarias vigentes.
f) Podrán gozar de licencia para asistir a cursos, siempre que sus ausencias no
perjudiquen evidentemente el servicio público, de acuerdo con el presente reglamento.
g) La Municipalidad definirá políticas y promoverá la asignación de recursos para
fomentar el desarrollo y la formación de su personal, dando facilidades, asignando partidas
presupuestarias y otorgando licencias con goce de salario, orientadas a mejorar el recurso
humano de sus áreas, técnicas, administrativas y operativas.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°232 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
h) Tendrán derecho a una evaluación anual del desempeño de sus labores.
i) Toda servidora embarazada o que adopte a un menor de edad gozará de la
licencia, los deberes y las atribuciones prescritas en el artículo 95 del Código de Trabajo.
Durante el plazo de la licencia, la municipalidad le pagará el monto restante del subsidio
que reciba de la Caja Costarricense de Seguro Social, hasta completar el ciento por ciento
(100%) de su salario.
CAPÍTULO XX
DE LAS VACACIONES
Artículo 105. - Los servidores (as) de la Municipalidad disfrutarán de vacaciones anuales
renumeradas de acuerdo con las siguientes normas y lo establecido en la Convención
Colectiva vigente:
a) Si hubieren trabajado de cincuenta semanas a cuatro años y cincuenta semanas,
gozarán de quince días hábiles de vacaciones.
b) Si hubieren trabajado de cinco años y cincuenta semanas a ocho años y cincuenta
semanas, gozarán de veintidós días hábiles de vacaciones.
c) Si hubieren trabajado nueve años o más, gozarán de treinta días hábiles de
vacaciones.
El derecho a vacaciones se tiene cualquiera que sea la modalidad de la relación laboral
del servidor (a) con la Municipalidad y aunque no preste servicios todos los días de la
semana laboral, ni la totalidad de la jornada ordinaria.
Artículo 106. - Para obtener derecho a la vacación anual, es necesario que el funcionario
(a) haya prestado sus servicios durante cincuenta semanas continuas. Sin embargo si por
cualquier causa no completara ese plazo por terminación de su relación de servicio, o ante
vacaciones colectivas que deba dar la municipalidad únicamente para efectos de pago:
a) Un día por cada mes de trabajo, en los casos en que se haya cumplido las
cincuenta semanas de servicios.
b) Uno punto veinticinco (1.25) días por cada mes trabajado, en los casos en que
correspondiera disfrutar de quince días hábiles de vacaciones.
c) Uno punto sesenta y seis (1.66) días por cada mes trabajado, en los casos en que
correspondiera disfrutar de veintidós días hábiles de vacaciones.
d) Dos puntos veintinueve (2.29) días por cada mes trabajado, en los casos en que
correspondiera disfrutar de treinta días hábiles de vacaciones.
Para la determinación de los días hábiles, se excluirán los días de descanso semanal y
los fijados establecidos por el artículo 147 del Código de Trabajo y los días de asueto que
conceda el Poder Ejecutivo, siempre que el asueto comprenda a la dependencia y el
funcionario (a) que se trate.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°233 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Artículo 107. - Los (as) responsables de las dependencias de trabajo de la Municipalidad,
señalarán la época en que los funcionarios (as) disfrutarán de sus vacaciones, tratando de
que no se altere la buena marcha de las funciones encomendadas, ni que sufra
menoscabo la efectividad del descanso. La fijación deberá hacerla dentro de las ocho
semanas siguientes al día en que se cumpla el derecho de disfrutar sus vacaciones. Si
transcurridas las ocho semanas no se ha fijado la fecha correspondiente, el funcionario (a)
podrá solicitarlas por escrito ante el (la) coordinador (a) correspondiente de la dependencia
respectiva, en tal caso, se deberá conceder el disfrute de vacaciones de inmediato. Si el
(la) coordinador (a) no las otorga en el tiempo estipulado en el párrafo anterior, podrá el
servidor (a) reportar esta situación al Proceso de Recursos Humanos, quien previa
consulta al Alcalde (sa) procederá a otorgar las vacaciones e iniciará el proceso
correspondiente para determinar las eventuales responsabilidades del (la) coordinador (a)
(infractor), lo anterior en consonancia con la Convención Colectiva vigente.
Artículo 108. - Las vacaciones se deberán gozar sin interrupciones salvo, cuando así lo
convengan las partes, y siempre que se tratare de labores de índole especial, que no
permitan la ausencia prolongada del funcionario (a) y su presencia se considere necesaria
para la buena marcha del servicio. Las boletas de vacaciones serán autorizadas por los
(las) coordinadores de las dependencias, quienes enviarán copia al Proceso de Recursos
Humanos para los registros pertinentes.
Artículo 109. - Del total que le corresponde, el servidor (a) deberá disfrutar al menos de
quince días hábiles cada año, período que es incompensable. Cuando el servidor (a) lo
solicite, la Municipalidad lo acepta por razones de conveniencia institucional y exista
disponibilidad presupuestaria, se podrá compensar económicamente el resto de las
vacaciones a que tiene derecho el servidor (a) en forma total o parcial, observando la
legislación vigente al respecto.
Artículo 110. - El pago de las vacaciones se hará con base en el promedio de los salarios
ordinarios y extraordinarios devengados por el servidor (a) durante las cincuenta semanas
anteriores a adquirir el derecho, o durante el tiempo que le diera el derecho proporcional.
Artículo 111. - Si durante el disfrute de sus vacaciones el servidor (a) se enferma o
accidenta y es incapacitado (a) para trabajar por la Caja Costarricense del Seguro Social
o el Instituto Nacional de Seguros, el periodo se interrumpe. Los días que falten de disfrutar
se concederán al término de la incapacidad.
Artículo 112. - Cuando se presente un caso de emergencia o de urgencia en el trabajo y
se considere que la solución del problema podría estar en el regreso inmediato del servidor
(a) en vacaciones, podrá pedirse a éste (a) su regreso, sin que ello represente obligación
para el servidor (a) o represalias en su contra. Si está anuente, se interrumpirá el disfrute
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°234 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
por todo el tiempo que sea necesario, y al término de la situación que la originó, continuará
el servidor (a) el disfrute de su derecho.
Artículo 113. - Cuando el servidor (a) desempeñe labores técnicas o profesionales que
dificulten su reemplazo, podrá la Municipalidad acumularle las vacaciones por un periodo.
Es obligación de todo (a) responsable de dependencias de la Municipalidad, el no permitir
que se acumulen dos o más periodos de vacaciones.
Artículo 114. - A efecto de determinar las cincuenta semanas de servicios continuos para
tener derecho a vacaciones, no se computará los periodos de suspensión de la relación
de servicio, salvo las siguientes excepciones:
a) Licencia por maternidad.
b) Incapacidad por enfermedad y por riesgos de trabajo.
c) Licencia por adopción de hijos (as) menores de tres años en los términos de la Ley
de Protección Social de la Mujer.
d) Permisos con goce de salario.
CAPÍTULO XXI
DE US LICENCIAS CON Y SIN GOCE DE SALARIO
Artículo 115. - Siendo un derecho del funcionario (a) de la Municipalidad, podrá solicitar
licencia ocasional o de excepción en los siguientes casos: Las licencias por regla general,
serán sin goce de sueldo, no obstante tratándose de casos especiales contemplados en
el Código Municipal, podrán concederse con el disfrute de la retribución correspondiente.
a) Situaciones familiares del servidor (a):
Por nacimiento de un hijo (a), el trabajador (a) gozará de 3 días hábiles libres, también
tendrá 3 días hábiles libres por muerte del abuelo (a) del trabajador (a).
Por nacimiento de un hijo, la trabajadora gozará de un mes pre natal, y 3 meses post natal,
con goce de salario completo.
Es entendido que cuando la CCSS, brinde alguna subvención a dicha trabajadora, la
municipalidad pagará el otro porcentaje del salario, hasta completar el 100 % del mismo,
el lapso de los meses indicados.
Por muerte del conyugue, padres, hijos o hermanos se darán 7 días hábiles al
trabajador(a).
Por enfermedad de hermanos, padres, hijos o conyugue se darán permisos hasta por 5
días.
Por matrimonio del trabajador(a), la municipalidad le dará 8 días hábiles.
Por citas judiciales, el tiempo que sea necesario, justificando posteriormente mediante
comprobante de la autoridad judicial correspondiente.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°235 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
La municipalidad otorgará permiso hasta por 2 días a todos aquellos choferes que tengan
que renovar su licencia; esto con la justificación respectiva. En cuanto a los demás
trabajadores que deseen tener su licencia, se pondrán de acuerdo con el Alcalde para el
disfrute de los días necesarios.
La municipalidad pagará a sus trabajadores todos los días feriados señalados en el artículo
148 del Código de Trabajo. Además dará asueto a todos sus trabajadores, 2 días hábiles
para las fiestas Expopococí, cada año, tomando en cuenta los días de asueto por ley.
b) Actividades Sindicales:
La Municipalidad dará permiso con goce de salario a todos los afiliados al sindicato para
que asistan a las asambleas y reuniones que efectué el sindicato de la siguiente forma:
Un día por cada asamblea general, hasta dos asambleas por año.
Para reuniones extraordinarias se otorgará permiso hasta por 4 veces al año, de las 13
horas en adelante. El sindicato comunicará al Alcalde, con no menos de 15 días hábiles
de anticipación al disfrute del permiso para las asambleas generales y con no menos de 5
días hábiles para las reuniones extraordinarias.
Para reuniones ordinarias de la junta directiva del sindicato, la Municipalidad concederá a
todos los miembros directivos, permiso de 2 horas hábiles por quincena.
La Municipalidad dará permiso de un día hábil por quincena, a un miembro de la junta
directiva, para qué atienda labores sindicales.
La municipalidad concederá permiso con goce de salario a no más de 2 trabajadores
designados por el sindicato, para que asistan a cursos de capacitación sindical en el
extranjero.
Estos permisos serán por un máximo de un año para cada uno de los trabajadores, y el
salario se reconocerá de la siguiente forma:
Permisos para cursos de un año 3 meses de salario.
Permisos para cursos de 6 meses 2 meses de salario.
Permisos para cursos de 3 meses 1 mes de salario.
c) Otras actividades del servidor (a)
1- El Alcalde (sa) podrá otorgar licencias que no excedan de tres meses, para que los
funcionarios (as) acojan las invitaciones de gobiernos o de organismos internacionales,
para viajes de representación o participación en seminarios, congresos o actividades
similares.
2- Hasta por quince días al servidor (a) que haya sido designado para representar al
país, tanto en el interior como en el extranjero, en actividades culturales, académicas o
deportivas; siempre y cuando se aporte certificación del Ministerio de Cultura, Juventud y
Deportes de la oficialidad del evento y de la escogencia del funcionario para dicho evento.
d) En los demás casos de licencias
1- Serán otorgadas por él (la) responsable de la Dependencia, quien dependiendo del tipo
de licencia solicitada por el servidor (a) procederá a trasladar la petición al Proceso de
Recursos Humanos, para determinar, si será otorgada sin goce de sueldo, con goce de
sueldo o se deducirá de su periodo de vacaciones, en este último caso el número de días
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°236 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
de la licencia no podrá exceder del número de días de vacaciones con que cuenta el
funcionario (a) en el momento de otorgarse el permiso. El servidor (a) deberá presentar
los documentos probatorios pertinentes, los cuales el Coordinador (a) de la dependencia
enviará junto con la boleta de concesión de la licencia al Proceso de Recursos Humanos
para su archivo en el expediente personal.
Las licencias y permisos deberán entenderse sin perjuicio a lo estipulado en la Convención
Colectiva que privará en caso de conflicto.
Artículo 116. - No obstante lo establecido en el artículo anterior, el Alcalde (sa) podrá
conceder licencias sin goce de sueldo y prorrogar las mismas, mediante resolución interna
y con apego estricto a las siguientes disposiciones:
a) Hasta seis meses para asuntos personales, la cual podrá ser prorrogada por seis
meses más en casos muy especiales.
b) Hasta un año para:
1) Asuntos graves de familia, tales como enfermedad, convalecencia o tratamiento
médico, cuando así lo requiera la salud del funcionario (a).
2) Realización de estudios académicos en materias, especialidades o campos de
indudable interés para la municipalidad, a nivel superior de pregrado, grado o postgrado,
o a nivel técnico que requiera de la dedicación exclusiva del funcionario (a) durante la
jornada de trabajo.
3) Para la ejecución de proyectos experimentales dentro de un traspaso de
actividades del sector municipal hacia el privado, que haya sido aprobado por el Alcalde
(sa) y que implique el desligamiento del funcionario (a) de la municipalidad.
c) Hasta por cuatro años si el funcionario municipal fuera nombrado en un puesto de
elección popular o de confianza, prorrogable hasta por un plazo igual.
d) Toda solicitud de licencia sin goce de salario o prórroga de la misma, requerirá la
presentación de los documentos en que se fundamenta, la cual, para su trámite debe de
hacerse con un mes de antelación ante las instancias indicadas. Transcurrido el mes sin
que exista resolución por parte de la administración, se entenderá autorizada la licencia o
prórroga.
CAPÍTULO XXII
DE LAS INCAPACIDADES PARA TRABAJAR
Artículo 117. - La Municipalidad reconocerá las ausencias al trabajo del servidor (a)
motivadas por incapacidad para trabajar, ya sea por enfermedad, maternidad o riesgo
profesional, y se sujetará las siguientes disposiciones:
a) Por visitas al médico tanto de INS, como CCSS, la Municipalidad pagará el tiempo
necesario, siempre que sea justificado.
b) Por incapacidad de la CCSS de menos de 4 días la Municipalidad pagará al
trabajador(a) 100 % del salario.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°237 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
c) Por incapacidades de la CCSS, después de 4 días la Municipalidad pagará al
trabajador(a) el porcentaje necesario hasta completar el 100% del salario y por el tiempo
que dure la incapacidad.
d) Tratándose de incapacidad para trabajar por riesgo profesional se tomará lo
dispuesto en el artículo 235 de la Ley Sobre Riesgo del Trabajo, número 6727 de 4 de
marzo de 1982 y sus reformas, garantizándose en todo caso el pago del 100% del salario.
En todo lo que no se encuentre aquí expresamente regulado respecto de las
incapacidades, se consideraran disposiciones supletorias del presente Reglamento, el
Reglamento para la extensión de incapacidades a los Trabajadores (as) Beneficiarios (as)
del Régimen de Enfermedad y Maternidad y el Reglamento General de Riesgo de Trabajo
y las interpretaciones que de los mismos expida la Caja Costarricense del Seguro Social.
En ningún caso de incapacidad para trabajar por enfermedad, maternidad o riesgo
profesional, el monto del subsidio que pague la respectiva institución aseguradora sumado
al que pague la Municipalidad, podrá exceder el monto del salario del servidor
(a)-
CAPÍTULO XXIII
DE LA JORNADA DE TRABAJO
Artículo 118. - La jornada de trabajo será de Lunes a Viernes, bajo el siguiente horario:
1. Peones de sanidad (se considerarán en esta clasificación, los empleados en
labores insalubres, aplicadores de herbicida, limpieza de alcantarillas, aguas negras, etc.)
de 6:00 A.M. a 12:00 M.D. por ejecución de labor. Jomada continua con derecho a 0:15
minutos para tomar café, a las 8:00 A.M.
2. Peones de campo, de 6:00 A.M. a 13:00 P.M., con derecho a 0:15 minutos para
tomar café a las 8:00 A.M.
3. Los empleados de recolección de basura, seguirán la jornada que indica la
costumbre.
4. Trabajadores de maquinaria de 6:00 A.M. a 2:00 P.M. con una hora para tomar
alimentos.
5. Empleados Administrativos, conserjes, inspectores, caminero, de 8:00 A.M. a
15:00 P.M., con una hora para almorzar, alternándose para cumplir jornada continúa.
Artículo 119. - Se considera tiempo efectivo de trabajo aquel en el que los trabajadores
permanezcan bajo las ordenes o dirección inmediata o delegada del patrono.
Artículo 120. - La Municipalidad de Pococí, podrá modificar, previa negociación con la
Junta directiva del SUTRAM, transitoria o permanentemente los horarios establecidos en
este reglamento, siempre que circunstancias especiales así lo exijan y no se cause grave
perjuicio a los trabajadores ni contravenga lo dispuesto en la Convención Colectiva
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°238 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
vigente. El cambio será comunicado a los trabajadores afectados con un mínimo de 3 días
de anticipación.
Artículo 121. - Cuando necesidades imperiosas de la Municipalidad lo requieran, los
trabajadores tienen la ineludible obligación de laborar en horas extraordinarias, salvo
impedimento grave, hasta por el máximo de horas permitido por la Ley; sea que la jomada
ordinaria sumada a la extraordinaria no podrá exceder de doce horas diarias. En cada
caso concreto el patrono comunicará a los trabajadores, con la debida anticipación, la
jornada extraordinaria que deben laborar, pudiendo tenerse la negativa injustificada a
hacerlo, como falta grave, para efectos de sanción.
Artículo 122. - Cuando necesidades imperiosas de la Municipalidad lo exijan, todo
trabajador (a) podrá ser requerido por sus superiores para realizar temporalmente
cualquier otra labor adicional o diferente, compatible con sus fuerzas, aptitudes, estado o
condición, que sea del mismo género de las que forman el objeto de la relación laboral y
para la que fue contratado, siempre que la misma no exceda de un mes.
Artículo 123. - Excepto que los trabajadores permanezcan en el centro de labores, bajo
las órdenes del patrono, no se considerará tiempo efectivo de trabajo aquél durante el cual
se suspendan las labores por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, siempre que dicha
suspensión no exceda de un día. La Municipalidad, podrá convenir con los trabajadores
en reponer las horas perdidas, con el propósito de completar la jomada ordinaria semanal,
siempre y cuando tal prestación de servicios se lleve a cabo dentro de la misma semana
en que ocurrió el hecho.
CAPÍTULO XXIV
DEL RÉGIMEN Y CONTROL DE ASISTENCIAS, AUSENCIAS Y LLEGADAS
TARDÍAS
Artículo 124. - El registro de asistencia y puntualidad al trabajo se hará, para todos los
trabajadores de la municipalidad, por medio del reloj marcador digital que registra la huella
de la mano, que para ese fin se encuentra instalado a la entrada del centro de labores, o
por cualquier otro dispositivo de control que en el futuro se instaure por la Administración.
Artículo 125. - Cada huella registrará la marca del trabajador(a) a quien corresponde,
debiendo tener el cuidado, de que el mismo dispositivo le indique el registro correcto de la
marca.
Artículo 126. - Salvo los casos previstos en este Reglamento, la omisión del registro a
cualquiera de las horas de entrada o de salida, hará presumir la inasistencia a la
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°239 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
correspondiente fracción de jomada, siempre y cuando el trabajador(a) no la justifique a
más tardar en la fracción de jornada siguiente a aquella en que sucedió el hecho.
Artículo 127. - El trabajador(a) que por dolo o culpa altere el dispositivo, incurrirá en falta
grave a sus obligaciones laborales y se hará acreedor a:
1. Si se demuestra conducta dolosa:
a) Suspensión hasta por ocho días, la primera vez; y
b) Despido sin responsabilidad patronal, la segunda vez.
2. Si se demuestra culpa grave:
a) Amonestación por escrito, la primera vez; y
b) Suspensión hasta por ocho días, la segunda vez
Artículo 128. - No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, dejará de imponerse la
sanción disciplinaria si el trabajador(a) que, por error involuntario causo una alteración al
dispositivo, debiendo de informar del hecho a quien corresponda a más tardar en el curso
de la jomada de trabajo siguiente a aquélla en que se dio el suceso.
Artículo 129. - Las asistencias al Seguro Social o al Instituto Nacional de Seguros, cuando
sean en horas laborales, se considerarán como licencias con goce de salario, debiendo
presentar el respectivo comprobante, y presentarse en el tiempo prudencial a su puesto
de trabajo una vez atendido por la entidad de salud correspondiente.
Artículo 130. - Las disposiciones contenidas en este reglamento sobre el procedimiento
disciplinario y remoción también serán aplicadas a los funcionarios (as) que dependan
directamente del Concejo Municipal y será este órgano colegiado el responsable de su
aplicación y ejecución. Los empleados (as) ocasionales contratados (as) con cargo a las
partidas presupuestarias de servicios especiales o jornales ocasionales, no estarán
sujetos al presente procedimiento disciplinario.
Artículo 131. - Se considera ausencia la inasistencia a un día completo de trabajo. La falta
a una fracción de la jornada se computará como la mitad de una ausencia. Dos mitades
de una ausencia, para efectos de este reglamento, se computarán como una ausencia. La
municipalidad no estará obligada a pagar el salario que corresponda a las ausencias,
excepción hecha de los casos señalados por la Ley y este Reglamento.
Artículo 132. - Las ausencias injustificadas computables al final de un mismo mes
calendario, se sancionarán conforme lo señala el inciso 2 del artículo 158 de este
reglamento.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°240 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Artículo 133. - Las ausencias por enfermedad deberán ser comprobadas, mediante
dictamen médico expedido por la Caja Costarricense del Seguro Social, el Instituto
Nacional de Seguros o por cualquier otro medio idóneo aceptado por la Municipalidad.
Artículo 134. - Se considera llegada tardía el ingreso al trabajo después de la hora exacta
señalada para el inicio de las labores.
Artículo 135. - Las llegadas tardías injustificadas, computables al final de un mismo mes
calendario, se sancionarán conforme lo establece el inciso 1 del artículo 158 del presente
reglamento.
Artículo 136. - Cuando se produzca una llegada tardía injustificada superior a quince
minutos, se deberá descontar ese tiempo del salario del funcionario (a) infractor (a).
CAPÍTULO XXV
DEL USO DEL UNIFORME
Artículo 137. - La Municipalidad de Pococí es una institución descentralizada que, como
ente con organización formal, considera de utilidad pública el dotar a su personal
permanente, de un uniforme que permita la fácil identificación por parte del público, así
como evitar el fomento de diferencias de tipo social que creen divisiones odiosas entre sus
funcionarios (as).
Artículo 138. - Uniformes: Es el conjunto de prendas que los funcionarios (as)
municipales, deben vestir para el desempeño de las actividades laborales.
Artículo 139. - Se dotará a todos los trabajadores sin excepción de un uniforme por año
consistente en el caso de las mujeres, de dos pantalones o enaguas cuyo largo será “largo
corte español a la rodilla”, dos blusas y dos pares de zapatos. A los varones, dos
pantalones, dos camisas y dos pares de zapatos.
Artículo 140. - Los materiales con que se fabricarán las prendas, serán todos de buena
calidad y se contratará su confección y compra siguiendo las disposiciones del código
municipal, la ley de contratación administrativa y la Convención Colectiva vigente.
Artículo 141. - Este uniforme se entregará a cada empleado (a) por parte de la
proveeduría municipal en la primera semana del mes de abril de cada año, salvo caso
fortuito o fuerza mayor.
Artículo 142. - La escogencia del color del uniforme y el tipo material con que se
confeccionará las prendas estará a cargo por una comisión designada por el Alcalde (sa)
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°241 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
municipal, esta comisión estará compuesta por 3 miembros: 1 representante del sindicato,
y 2 representantes asignados por el alcalde (sa). Esta comisión presentará al Alcalde (sa)
la propuesta de uniforme y de haber de un año a otro, cambios sustanciales como color y
tipo de prendas, deberán ser aprobadas por el Alcalde (sa). Sin embargo, con el fin de
utilizar los uniformes hasta el fin de su vida útil, en la medida de lo posible, estos se
mantendrán sin variación a través del tiempo.
Artículo 143. - A cada labor se le asignará un tipo de uniforme adecuado a sus actividades.
En este sentido, el estilo y color variaran según sean:
- Administrativos
- Técnicos (Inspectores)
- Operativos
Artículo 144. - Cada empleado (a) será responsable del buen uso que se le den a las
prendas. Por tanto, queda prohibido el ingreso a lugares no compatibles con la ley, la moral
y las buenas costumbres, portando el uniforme municipal, salvo en labores relativas al
cargo.
Artículo 145. - Queda prohibido donar o vender las prendas de los uniformes, así sean
estas de años anteriores, ni aun cuando estén en mal estado.
Artículo 146. - El uniforme será de uso obligatorio para todos los empleados (as)
municipales durante todos los días de la semana, salvo autorización firmada por el Alcalde
(sa).
Artículo 147. - El no uso del uniforme por primera vez sin la justificación debida se
considerara falta leve por lo que procederá la amonestación verbal. Se impondrá
amonestación por escrito cuando el servidor haya merecido 2 advertencias orales por
parte del jefe inmediato, durante un mismo mes calendario.
Artículo 148.- Uso de accesorios complementarios al uniforme deberá ajustarse a este, a
la moral y las buenas costumbres.
CAPÍTULO XXVI
DEL ABANDONO DEL TRABAJO Y SANCIONES
Artículo 149. - Se considera abandono del trabajo, dejar de hacer, dentro de la jornada
de trabajo, la labor objeto del contrato o relación laboral. Para efectos de calificar el
abandono no es necesario que el trabajador (a) salga del lugar donde presta sus servicios,
sino que basta que de modo evidente abandone la labor que le ha sido encomendada.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°242 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Artículo 150. - El abandono del trabajo sin causa justificada o sin permiso del superior
inmediato, cuando no implique mayor gravedad de conformidad con las circunstancias del
caso, y no amerita una sanción mayor, se sancionará conforme con lo dispuesto en el
inciso 3 del artículo 158 del presente reglamento.
CAPÍTULO XXVII
DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y DISPOSICIONES VARIAS DE US MEDIDAS
DISCIPLINARIAS
Artículo 151. - La inobservancia de los deberes y obligaciones o la violación de las
prohibiciones por parte de los funcionarios (as) de la municipalidad en el desempeño de
sus funciones, las cuales se encuentran debidamente establecidas en el Código Municipal,
el Código de Trabajo, y este reglamento, se sancionará de acuerdo con la gravedad de la
falta cometida y siguiendo el procedimiento que en adelante se indica.
Artículo 152. - De acuerdo con el artículo anterior y el artículo 149 del Código Municipal,
las sanciones por aplicar se clasifican en:
a. Amonestación verbal.
b. Amonestación escrita.
c. Suspensión del trabajo sin goce de salario hasta por quince días.
d. Despido sin responsabilidad patronal.
Para efectos de aplicar una sanción, la reincidencia se considerará de acuerdo con la falta
cometida en un lapso de un mes o tres meses. Tales sanciones no se aplicarán atendiendo
estrictamente el orden en que aquí aparecen, sino a lo reglado en cada caso según la
gravedad de la falta y al debido proceso, acorde con el artículo 150 del Código Municipal,
cuyas puniciones se harán de conocimiento del Proceso de Recursos Humanos.
Artículo 153. - La amonestación verbal se aplicará:
a. En los casos de falta leve.
Artículo 154. - La amonestación escrita se aplicará:
a. Cuando como lo señala el artículo 149 del Código Municipal, el servidor(a) haya
merecido dos o más advertencias orales durante un mismo mes calendario, o cuando
las leyes del trabajo exijan que se le aperciba por escrito antes del despido, y en los
demás casos que determinen las disposiciones reglamentarias vigentes, que debe
imponerse tal sanción.
Artículo 155. - La suspensión sin goce de salario se aplicará hasta por quince días,
excepto cuando una disposición legal determine lo contrario en los siguientes casos:
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°243 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
a. Cuando el servidor (a), después de haber sido amonestado (a) por escrito, reincida
con la misma falta, dentro de un plazo de tres meses a partir de esa amonestación.
b. Cuando el servidor (a) haya sido amonestado (a) por escrito por tres faltas
diferentes, dentro de un plazo de tres meses a partir de la aplicación de la última sanción.
Artículo 156. - El despido se efectuará sin responsabilidad patronal en los siguientes
casos:
a. En los casos de falta grave previstos en este reglamento.
b. En los casos excepcionalmente previstos en este reglamento.
c. Cuando el funcionario(a) incurra en alguna de las causales previstas en el artículo
81 del Código de Trabajo, artículo 148 del Código Municipal y otras disposiciones conexas
y supletorias.
d. En los casos anteriores, el Alcalde (sa) podrá aplicar una sanción de suspensión,
de conformidad con el artículo anterior, valorando las circunstancias atenuantes que se
presenten en cada caso, y tomando en consideración aspectos tales como: la magnitud
del daño, tanto patrimonial como de la imagen institucional, causado a la municipalidad, el
grado de culpabilidad o dolo que determine la jerarquía del funcionario(a), su nivel de
responsabilidad dentro de la municipalidad, y los antecedentes de su expediente personal,
observando los principios de razonabilidad y proporcionalidad.
Artículo 157. - Para aplicar cualquier sanción disciplinaria, deberá abrirse un
procedimiento administrativo disciplinario de conformidad con el artículo 150 del Código
Municipal, para lo cual el Alcalde (sa) o el Concejo Municipal, nombrará o designará el
Órgano Director que corresponda, sea unipersonal o colegiado. El expediente que se
levante al efecto, servirá de base para la resolución final del órgano decisor, y se
conservará en los archivos del Proceso de Recursos Humanos o del Concejo Municipal
según sea el caso.
Artículo 158. - Se aplicarán las siguientes sanciones específicas:
1. Para llegadas tardías injustificadas en un mismo mes calendario:
a. Por dos: amonestación verbal.
b. Por tres: amonestación escrita.
c. Por cuatro: suspensión por tres días.
d. Por cinco: suspensión por quince días
e. Por seis o más: despido sin responsabilidad patronal.
2. Ausencias injustificadas en un mismo mes calendario:
a. Por media ausencia: amonestación escrita y el rebajo de media jomada.
b. Por una completa o dos medias ausencias: suspensión hasta por tres días y rebajo
correspondiente al tiempo no laborado.
c. Por tres medias ausencias alternas: suspensión hasta por seis días y el rebajo
correspondiente al tiempo no laborado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°244 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
d. Por una y media ausencia consecutiva, o dos alternas completas: suspensión hasta
por ocho días y el rebajo correspondiente al tiempo no laborado.
e. Por cuatro o más medias ausencias, por dos ausencias consecutivas, o por más
de dos ausencias alternas en un mismo mes calendario: despido sin responsabilidad para
la municipalidad.
3. Abandono injustificado del trabajo:
a. Amonestación escrita la primera vez.
b. Despido sin responsabilidad patronal la segunda vez.
Estas faltas se computarán, para efectos de reincidencia, en el lapso de tres meses.
4. Violación de las disposiciones de los artículos 22 y 23 (excepto del inciso c), 26 y
27
a. Primera vez: suspensión hasta por quince días.
b. Segunda vez: despido sin responsabilidad patronal.
5. Conductas definidas como causa justa o falta grave en los artículos 23 inciso c) y
24, así como lo estipulado en el Código de Trabajo, despido sin responsabilidad patronal
para la municipalidad.
Artículo 159. - Tanto la amonestación verbal como la escrita, relacionadas con aspectos
disciplinarios ajenos a las faltas por inasistencia al trabajo, serán realizarán conforme al
artículo 149 del Código Municipal.
Artículo 160. - Otras sanciones: Si la falta no tiene una sanción específica, se aplicarán
las siguientes:
a. Amonestación verbal: cuando el funcionario (a), en forma expresa o tácita, cometa
alguna falta leve.
b. Amonestación escrita: cuando el funcionario (a) cometa falta leve por segunda vez o
incurra por primera vez en una falta considerada de cierta gravedad.
Artículo 161. - Respecto del servidor (a) que incurra en las causales que se dirán, sin
perjuicio de cualquier otra prevista en las leyes y reglamentos laborales y en este
reglamento, podrá acordarse la gestión de despido para que pueda ser removido (a) de
su puesto sin responsabilidad para la municipalidad; siendo causas justas las siguientes:
a. Las contenidas en el artículo 81 del Código de Trabajo.
b. Las contenidas en el artículo 369 del Código de Trabajo.
c. Sufrir arresto o prisión preventiva por más de tres meses.
d. Cuando el servidor (a) incurra por tercera vez en una de las faltas consideradas de
cierta gravedad.
e. El retraso injustificado en los procedimientos en que intervenga.
f. Cuando el servidor (a) acceda, sin la autorización correspondiente y por cualquier
medio, a los sistemas informáticos utilizados por la municipalidad.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°245 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
g. Cuando el servidor (a) se apodere, copie, destruya, inutilice, facilite, trasfiera, o
tenga en su poder sin autorización de la autoridad correspondiente, cualquier programa
de computación y base de datos, utilizados por la municipalidad.
h. Cuando el servidor (a) dolosamente dañe los componentes materiales o físicos de
los aparatos, las máquinas o los accesorios que apoyen el funcionamiento de los sistemas
informáticos diseñados para las operaciones de la municipalidad o para el trabajo diario
de cuadrillas, con cualquier propósito.
i. Cuando el servidor (a) facilite el uso del código y la clave de acceso asignados para
ingresar en los sistemas informáticos de la municipalidad, para que otra persona los use.
j. Cuando el servidor (a) actúe como cómplice o instigador (a) de las conductas y hechos
previstos en los incisos f), g), h), y el i) anteriores.
k. Por inhabilitación para el desempeño de cargos públicos, decretada por sentencia firme
de la autoridad competente.
I. Cuando el servidor (a) colabore o facilite de manera directa o indirecta, por acción
u omisión de cualquier forma, el incumplimiento de la obligación tributaria de los
administrados.
m. Cuando el servidor (a) oculte o destruya información, libros contables, bienes,
documentos, registros, sistemas, programas computarizados, soportes magnéticos u otros
medios de trascendencia municipal o tributaria en las investigaciones y los procedimientos
municipales o tributarios.
n. Cuando el servidor (a) divulgue, en cualquier forma o por cualquier medio, la cuantía u
origen de las rentas o cualquier otro dato que figure en las declaraciones, o permita que
estas o sus copias, libros o documentos que contengan extractos o referencia de ellas,
sean vistas por personas ajenas a las que la Administración Tributaria haya encargado
para tal efecto.
o. Cuando el funcionario (a) efectúe un registro de asistencia que no sea el suyo, o
consienta o solicite a otro que le registre su marca de asistencia.
p. Cuando el funcionario (a) viole la confidencialidad en el procedimiento por casos de
hostigamiento o acoso sexual.
CAPÍTULO XXVIII
RIESGOS DEL TRABAJO
Artículo 162. - De acuerdo con lo que disponen los artículos 193 y siguientes del Código
de Trabajo esta municipalidad tendrá asegurados a sus trabajadores contra riesgos del
trabajo por medio del Instituto Nacional de Seguros.
Artículo 163. - Según el artículo 195 del Código de Trabajo: "Constituyen riesgos del
trabajo los accidentes y enfermedades que ocurran a los trabajadores, con ocasión o por
consecuencia del trabajo que desempeñen en forma subordinada, y remunerada, así como
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°246 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
la agravación o reagravación que resulte como consecuencia directa, inmediata e
indudable de esos accidentes y enfermedades."
Artículo 164. - De conformidad con el artículo 196 del Código de Trabajo: "Se denomina
accidente de trabajo a todo accidente que le suceda al trabajador como causa de la labor
que ejecuta o como consecuencia de ésta durante el tiempo que permanezca bajo la
dirección y dependencia del patrono o sus representantes y que puede producirle la
muerte o pérdida o reducción, temporal o permanente de la capacidad para el trabajo.
También se calificará de accidente de trabajo, el que ocurra al trabajador en las siguientes
circunstancias:
a. En el trayecto usual de su domicilio al trabajo y viceversa, cuando el recorrido que
efectúa no haya sido interrumpido o variado, por motivo de su interés personal, siempre
que el patrono proporcione directamente o pague el transporte, igualmente cuando en el
acceso al centro de trabajo deban afrontarse peligros de naturaleza especial, que se
consideren inherentes al trabajo mismo. En todos los demás casos de accidentes en el
trayecto, cuando el recorrido que efectúe el trabajador no haya sido variado por interés
personal de éste, las prestaciones que se cubran serán aquellas estipuladas en el Código
de Trabajo y que no hayan sido otorgadas por otros regímenes de seguridad social, parcial
o totalmente.
b. En el cumplimiento de órdenes del patrono, o en la prestación de un servicio bajo
su autoridad, aunque el accidente ocurra fuera del lugar de trabajo y después de finalizar
la jornada.
En el curso de interrupción del trabajo, antes de empezarlo o después de terminarlo, si el
trabajador se encontrare en el lugar de trabajo o en el local de la empresa, establecimiento
o explotación, con el consentimiento expreso o tácito del patrono o sus representantes.
d. En cualquiera de los eventos que define el inciso e) del artículo 71 del Código de
Trabajo.”
Artículo 165. - Según el artículo 197 del Código de Trabajo: "Se denomina enfermedad
del trabajo a todo estado patológico, que resulte de la acción continuada de una causa,
que tiene su origen y motivo en el propio trabajo o en el medio y condiciones en que el
trabajador labora, y debe establecerse que éstos han sido la causa de la enfermedad.”
Artículo 166. - De acuerdo con lo que establece el artículo 284 del Código de Trabajo, la
Municipalidad de Pococí está obligada a:
a. Permitir a las autoridades competentes la inspección periódica de los centros de
trabajo y la colocación de textos legales, avisos, carteles y anuncios similares, referentes
a salud ocupacional;
b. Cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias para la capacitación y
adiestramiento de los trabajadores, en materia de salud ocupacional;
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°247 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
c. Cumplir con las normas y disposiciones legales y reglamentarias sobre salud
ocupacional; y
d. Proporcionar el equipo y elementos de protección personal y de seguridad en el
trabajo y asegurar su uso y funcionamiento.
Artículo 167. - Son obligaciones del trabajador (a), además de las que señalen otras
disposiciones de la Ley de Riesgos del Trabajo y de este reglamento las siguientes:
a. Someterse a ios exámenes médicos que establezca el Reglamento de la Ley u
ordenen las autoridades competentes, de cuyos resultados deberá ser informado;
b. Colaborar y asistir a los programas que procuren su capacitación, en materia de
salud ocupacional;
c. Participar en la elaboración, planificación y ejecución de los programas de salud
ocupacional en los centros de trabajo; y
d. Utilizar, conservar y cuidar el equipo y elementos de protección personal y de
seguridad en el trabajo, que se le suministren.
Artículo 168. - Además de otras que establece este reglamento está terminantemente
prohibido a todo trabajador (a):
a. Impedir o entorpecer el cumplimiento de las medidas de salud ocupacional;
b. Remover, sin autorización, los resguardos y protecciones de las máquinas, útiles
de trabajo e instalaciones;
c. Alterar, dañar, destruirlos equipos y elementos de protección personal, de
seguridad en el trabajo o negarse a usarlos sin motivo justificado;
d. Alterar, dañar o destruir los avisos y advertencias sobre condiciones, sustancias,
productos y lugares peligrosos;
e. Hacer juegos o dar bromas que pongan en peligro la vida, salud e integridad
personal de los compañeros de trabajo o de terceros; y
f. Manejar, operar o hacer uso de equipo y herramientas de trabajo para las cuales
no cuenta con autorización y conocimientos.
CAPÍTULO XXIX
DE LA TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE SERVICIO
Artículo 169. - Los funcionarios (as) regulares terminarán su relación de servicios con la
Municipalidad cuando se dé uno de los siguientes supuestos:
a) Renuncia del funcionario (a).
b) Despido del funcionario (a) por parte de la Municipalidad, para lo que debe existir
de previo, resolución de los Tribunales de Trabajo o de la Municipalidad, según
corresponda.
c) Traslado del funcionario (a) a otra institución del Estado.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°248 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
d) Fallecimiento del funcionario (a).
e) Jubilación del servidor (a).
f) Invalidez total o permanente del servidor (a) debidamente declarada.
g) Nulidad del nombramiento.
h) Cuando el servidor (a) se acoja a un programa de movilidad laboral voluntario.
Artículo 170. - En el caso de los funcionarios (as) interinos (as) terminarán su relación de
servicio:
a) Cuando el (la) titular de un puesto se reintegre al mismo, ya sea por un vencimiento
de permiso o licencia que disfrutaba, o porque no se superó el periodo de prueba
correspondiente, o porque su ascenso interino llegó a su vencimiento.
b) Cuando se escoja de la terna o nómina el candidato (a) para ocupar su puesto en
propiedad.
c) Cuando el interino (a) incurre en falta grave o en causal de despido, en cuyo caso
debe garantizarle el debido proceso.
d) Cuando por razones técnicas, el puesto que ocupa se reestructura y varían las
condiciones y requisitos y el funcionario (a) no reúna los mismos.
e) Renuncia del servidor (a).
f) Jubilación del servidor (a).
g) Invalidez total o permanente del funcionario (a) debidamente declarada.
Artículo 171. - En el caso de los funcionarios (as) nombrados a plazo fijo, u obra
determinada, la relación de servicio se terminará:
a) Por vencimiento del plazo en que fue nombrado (a), o terminación respecto de él
(ella) de la obra para cuya realización fue contratado (a).
b) Cuando por disposiciones técnicas, el puesto que ocupa se reestructure y varíen
las condiciones y requisitos y no reúna los mismos.
c) Que incurra en causal de despido para lo cual debe garantizarse el debido proceso.
d) Renuncia del funcionario (a).
e) Fallecimiento del funcionario (a).
f) Jubilación del funcionario (a).
CAPÍTULO XXX
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
Artículo 172. - El Alcalde (sa) Municipal y el Concejo, resolverán en primera instancia, en
atención a los funcionarios (as) a su cargo.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°249 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Artículo 173. - Para los procedimientos administrativos se aplicará el artículo 150 del
Código Municipal, la Ley General de la Administración Pública, la Convención Colectiva y
el presente reglamento en lo que corresponda.
Artículo 174. - Los servidores (as) Municipales podrán ser removidos de sus puestos
cuando incurran en las causales de despido que determinan el artículo 81 del Código de
trabajo, el Código Municipal, y el presente Reglamento. El despido deberá estar sujeto a
las siguientes normas:
El despido deberá estar sujeto tanto al procedimiento previsto en el Libro II de la Ley
general de la Administración Pública, como a las siguientes normas:
a) En caso de que el acto final disponga la destitución del servidor(a), este podrá
formular, dentro del plazo de ocho días hábiles contados a partir de la notificación
del acto final, un recurso de apelación para ante el Juzgado de Trabajo, el cual
agotará la vía administrativa.
b) En el caso de que transcurra el plazo de ocho días hábiles sin que el Alcalde(sa) o
el Concejo Municipal dé trámite al recurso de apelación, remitiendo además el expediente
administrativo cuando el recurso sea admisible, respetando lo dispuesto en el artículo 150
del Código Municipal.
Lo anterior será también de aplicación para los casos de suspensiones sin goce salarial.
CAPÍTULO XXXI
DISPOSICIONES VARIAS
Artículo 175. - Las sugerencias de los funcionarios (as) y, en general, toda aquella
intervención o aporte suyo que estimule su iniciativa personal, así como su eficiencia y el
mejoramiento de las condiciones de sus servicios, deberán ser atendidas por los
responsables de las dependencias, programas o equipos de trabajo.
Artículo 176. - Todas las quejas, peticiones, reclamos, sugerencias, entre otras
intervenciones, surgidas en la relación de servicio, pero que no se circunscriba a aspectos
disciplinarios, deberán ser dirigidas a los responsables de dichas dependencias,
coordinadores (as) de unidad, dirección o equipos de trabajo de la municipalidad, según
el caso, en forma respetuosa objetiva y comedida.
Artículo 177. - Ante la falta de disposiciones de este reglamento aplicables a un caso
determinado, deben tenerse como normas supletorias el Código Municipal, el Código de
Trabajo, la Ley General de la Administración Pública, la Convención Colectiva, los
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°250 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Convenios Internacionales de la Organización Internacional del Trabajo, ratificados por la
Asamblea Legislativa y las demás leyes y reglamentos conexos.
Artículo 178. - La Municipalidad se reserva el derecho de adicionar o modificar en
cualquier momento las disposiciones de este reglamento, cumpliendo con lo dispuesto por
el artículo 136 inciso e) de la Ley General de la Administración Pública.
Artículo 179. - Se derogan todas las disposiciones de igual o inferior rango que se le
opongan.
Artículo 180. - El presente reglamento entrará en vigencia en la fecha que indique el
acuerdo de aprobación del Concejo Municipal. Y se procederá a reproducir y entregar un
ejemplar a los funcionarios (as) municipales.
Participan de la palabra:
Reg. Freddy Hernández.
Lo revisó el Sindicato y los trabajadores?
Sra. Alcaldesa Elibeth Vengas.
Si, está revisado por ellos.
Reg. Freddy Hernández.
En todo caso si es un reglamento podría estar sujeto a modificación por parte nuestra.
Señor Secretario que quede en actas la pregunta y la respuesta.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Aprobar el REGLAMENTO AUTÓNOMO DE
ORGANIZACIÓN Y SERVICIO DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ. Se Dispensa del
Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 554
CONVOCATORIA A SESIÓN:
El señor Presidente Eliecer Araya Brenes, procede a convocar Sesión Extraordinaria para
el día Viernes 21-04-2017. En atención a la Ministra Justicia y Paz Cecilia Sánchez.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°251 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la sesión Extraordinaria para el día viernes
21-03-2017 a las 6:00 PM, en la Sala de Sesiones Municipal de Pococí, en atención a
la señora Cecilia Sánchez, Ministra de Justicia y Paz.
ARTICULO V
Mociones.
ACUERDO Nº 555
MOCIÓN:
Por la Reg. Ginnette Sequeira Granados, Reg. Pdte. Eliecer Araya Brenes.
CONSIDERANDO: Que existe presupuesto por ejecutar para los sectores de Torres I y
Palermo del distrito de Cariari.
Que ya se procedió con la contratación de un back hoe, que era lo que hacía falta para
poder avanzar con los trabajo.
Que existen amenazas para bloquear calles de Cariari afectando los festejos comunales
del mes de abril.
MOCIONO: Para solicitar la intervención urgente de los proyectos pendientes de Torres I
y Palermo, siendo estos el asfaltado de Torres I y la colocación de material en Palermo.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción, Se Dispensa del Trámite de
Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 556
MOCIÓN:
Por la Reg. Patricia Aguilar Araya.
CONSIDERANDO: Que el distrito de La Colonia es un distrito nuevo, y que en este sector
hay muchos proyectos de vivienda social.
MOCIONO: Para que la señora Alcaldesa realice las gestiones correspondientes ante
IMAS, para solicitar un CECUDI en este sector de La Colonia.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°252 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción, Se Dispensa del Trámite de
Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 557
MOCIÓN:
Por la Reg. Ovidio Vives Castro.
CONSIDERANDO: Que. Días atrás se recarpeteo el camino 7-02-008 en Coopevigua
Uno, se trabajó en conjunto con los vecinos de la comunidad dicho trabajo por un mal
cálculo no se pudo terminar y hizo falta varios metros de asfalto.
MOCIONO: Para que se termine el recarpeteo en la calle mencionada, según criterio
técnico seria 30 toneladas de asfalto.
Que en la próxima compra de asfalto se programe la colocación del material en este ramal
con código 7-02-008.
Por Unanimidad, SE ACUERDA: Aprobar la Moción, Se Dispensa del Trámite de
Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO Nº 558
MOCIÓN:
Presentada por los Reg. Ginnette Sequeira Granados, Reinado Benavides, avalada
por Reg. Freddy Hernández Miranda, Maricruz Chaves Alfaro, Patricia Aguilar Araya.
RESULTANDO:
1. Que el artículo 11 de la Constitución Política y 11 de la Ley General de la Administración
Pública, regulan el principio de legalidad, el cual motiva para que las decisiones de la
administración pública sean acordes a la ley, en éste caso con fundamento al artículo 118
del Código Municipal, permite la contratación de funcionarios que brinden servicios directo
al Alcalde, el Presidente, Vicepresidente Municipales y las Fracciones Políticas que
conforman el Concejo Municipal.
2. Que la Fracción del Partido Renovación Costarricense (PRC) es consiente que el
Concejo Municipal de Pococí, por la relevancia de las decisiones que toma, éstas
repercuten directa o indirectamente en la Hacienda Pública, específicamente con el buen
uso de los fondos públicos, así como garante de los derechos corporativos del Cantón,
requiere contar con la asesoría jurídica necesaria y dedicada hacia la Presidencia de la
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°253 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Comisión de Hacendaríos, que es Presidida por la Fracción del Partido Renovación
Costarricense PRC.
3. Que la Fracción del Partido Unidad Social Cristianad, es consciente de que el Concejo
Municipal de Pococí, forma parte de la Administración Activa desde el punto de vista
funcional, con una función decisoria, resolutoria donde se decide y por su parte la Alcaldía
ejecuta como Jerarca Administrativo, tal y como lo establece el artículo 169 Constitucional
y el artículo 12 del Código Municipal, así como el artículo 2 de la Ley de Control Interno.
Que como gestores de fondos públicos tenemos la obligación de informar, justificar las
acciones tomadas en beneficio de la comunidad y mantener una comunicación fluida y
oportuna de las decisiones y gestiones que como órgano deliberativo adoptamos, por lo
que requiere la contratación de un profesional en comunicación, imagen, manejo de redes
sociales y apoyo logístico.
CONSIDERANDO:
1. Que la municipalidad de Pococí es miembro activo de la Federación CAPROBA y que
mantiene vigente el convenio intermunicipal para la prestación de servicios profesionales
a través del órgano técnico de la Federación como lo es la UTAMA, servicios que se han
sido recibido a la fecha a satisfacción de la corporación municipal.
2. Que con el fin de que; de los recursos presupuestados por parte de la municipalidad de
Pococí, hacia la Federación CAPROBA a través de su órgano técnico, se realice la
contratación de 2 servicios profesionales, por los restantes meses del año 2017, que en
caso de requerirse realizar una modificación presupuestaria o presupuesto extra ordinario
para dotar de contenido suficiente, se autoriza a la administración para que se nos
presente una modificación para reforzar las partidas necesarias para la consecución de
éstas contrataciones.
Por tanto: Se acuerda, requerir a la Dirección Ejecutiva de la Federación CAPROBA,
iniciar el proceso de contratación administrativa una vez verificado la disponibilidad
presupuestaria y la transferencia de los recursos. Solicitarle al despacho de la Alcaldía
realizar las transferencias correspondientes hacia la Federación CAPROBA, para dar
contenido económico a los procesos de contratación, además de contemplar la
incorporación de recursos económicos en el primer presupuesto extra ordinario 2017, para
respaldar la totalidad de la contratación.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°254 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Comentarios:
Reg. Jhonny Vargas Arrieta:
No es en que este en desacuerdo así de que tengamos un asesor por fracción, porque si
dos fracciones piden los demás tienen derecho, pero sería un ridículo que todas las
fracciones que son siete, tengamos siete asesores en esta municipalidad, por favor eso
yo creo que ya es irrespetar a la gente, al menos yo acepte en un principio que el señor
Presidente tuviera un asesor, porque el Presidente tiene mucho trabajo, porque el
Presidente redunda con muchas citaciones y tiene estar haciéndose muchas
comunicaciones y creo que el asesor que tiene el Presidente municipal ha hecho un
excelente trabajo, pero que facha Libertarios con un asesor, la compañera del PAC con
otro asesor, PRC con otro asesor, Liberación Nacional con otros asesor, por Dios esos ya
es el arcavos, por mí si hay mayoría que lo voten, pero yo no voy a participar de ese festín,
si me dicen todavía que van a meter tres o cuatro funcionarios para que nos ayuden a
recoger basura, o tres o cuatro funcionarios y que los pague Caproba para ir a manejar
vagoneta, y manejar tractores, y todas las necesidades fuertes que necesita esta
Municipalidad yo inmediatamente lo apruebo.
En que no voy hacer tanto en que Caproba nos da el recurso y que no lo aprobemos, pero
por Dios para ir a volar machete al parque de La Rita que esta tan malo de lleno de palos
y que se están cayendo sobre la gente, si Caproba nos va ayudar como para arreglar los
parques inmediatamente yo lo apruebo, o para ir arreglar las maquinas que están varadas
en el plantel, yo en eso lo denuncio ahora y lo voy a seguir denunciando porque no es
ético que se haga esto, porque Maikel perfectamente, yo como regidor en algunas
oportunidades le he pedido que me ayude y nunca se ha negado en ayudarme y yo creo
que ha sido muy gentil en ayudar a muchas cosas del Concejo municipal, así que es una
vergüenza que hoy se esté planteando semejante moción, por mi parte yo lo estoy
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°255 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
haciendo claro no es correcto que tengamos el día de mañana, porque tanto tienen
derecho que pongan dos asesores, como para que le pongan uno a cada fracción, y al
rato van hacer nueve asesores, eso es una vergüenza, yo creo que aquí lo que cabe es
como remunerar a los compañeros suplentes síndicos y todos los compañeros para ver
cómo se pudiera hacer un arreglo con Caproba.
Y que los compañeros suplentes o síndicos, hagan esa labor de asesor y que se les pague
alguito de Caproba, para ponerles una labor también, para que ellos tengan que coordinar
trabajos, tengan que coordinar una serie de cosas, esos es lo que hay que hacer en esta
municipalidad, estos compañeros estimularlos con algo a los compañeros que ya están
electos aquí y que perfectamente podrían hacer un gran trabajo que se les estimulara con
algo y que asuman proyectos importantes.
Como dijo una vez Vives y estoy de acuerdo con él, cuantas embajadas nosotros no
aprovechamos porque nadie va a pedir nada a las embajadas, cuantas instituciones
privadas no vamos a pedir porque no hay quien pida, porque no le alcanza el trabajo a los
señores regidores, al menos a mí no me alcanza y no he necesitado un asesor, aquí está
aprobado una persona más en el Concejo que no se ha ejecutado en eso si doña Elibeth,
para que ayude a las comisiones, si es por usted que es Presidenta de la Comisión de
Hacienda, pues que busquemos como contratar a esa persona para que le ayude a la
señora y a todas las comisiones porque realmente es una persona que se contrata para
manejar todas las comisiones de la Municipalidad, pero un asesor del Regidor por Dios, si
yo necesito un asesor señores definitivamente ni que estuviera manejando sesenta
proyectos cada regidor de esta Municipalidad, así es que yo no estoy de acuerdo y creo
que es una barbaridad que se contraten asesores para los Regidores cuando no se
necesitan.
Reg. Virginia Hernández Rivera.
Yo me acojo al artículo 103 del Código Municipal, y que conste en actas.
Reg. Ovidio Vives Castro.
Si me están preocupando esta situaciones que están pasando ya porque la verdad hay
muchas necesidades, yo no entiendo y quisiera entender pero todos somos diferentes y
tenemos que aceptarnos tales y como somos, pero yo pregunto ¿ A quiénes se van a
contratar cuales personas, cuanto es el monto que se les va a pagar? y si hay dinero, se
dice que se está llamando a una modificación, o sea están preocupados porte tenemos
que hacer una modificación ya para contratar a esta gente.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°256 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Díganme a mí, llamemos ya una modificación porque tenemos puentes que hacer, aceras
que terminar y otras cosas más que necesita este cantón, pero llamar una modificación ya
para meter platas de adonde si estamos endeudados con un montón de comunidades les
estamos debiendo a un montón de comunidades, un montón de proyectos y se les dice
aquí que no hay plata, se está pidiendo una modificación que muy posiblemente va andar
rondando los dieciocho millones de colones por las dos personas, señores ustedes que
nos están viendo en sus casas, ustedes son los que nos están juzgando y tienen toda la
razón de criticarnos también, hay cosas que no se hace bien, de la mejor manera, ahora
creo que toda la fracción de Renovación Costarricense no estamos pidiendo un asesor
que conste, creo que la compañera Ginnette Sequeira que necesita un asistente para que
le ayude en Hacendarios, pero que quede claro o que mis compañeros de la fracción del
PRC me digan si ellos saben que se tomaron en cuenta esto.
A mí no se me tomo en cuenta la compañera vino hace un momento muy respetuosa y me
dijo: y yo en parte le doy a ella la razón porque sé que tiene un cargo muy fuerte, que ha
estado un poco mal porque no se le ha estado dando la información que se necesita para
nutrirse bien y presentarla cuando estamos en la Comisión de Hacendarios, pero esto es
de mucho cuidado aquí se puede abrir una ventana entonces, como dijo el compañero
Vargas entonces vamos a pedir un asesor todos, si fuese ad honorem perfecto, y no es
plata que Caproba nos va a dar, es plata que tiene que salir de aquí y tenemos que tener
mucho cuidado o sea yo no lo veo bien que así tranquilamente digan tomen necesitamos
que nos apoyen para esto, esto y esto.
Tenemos que saber muy bien el compromiso que tenemos desde hace meses con muchas
comunidades, se le deben un montón de presupuestos en proyectos, que me aclare el
Regidor Benavides que es el que está presentando esta moción, cual es el fin siete
regidores, que nos aclaren, porque yo no entiendo, yo lo veo muy irresponsable, y hay
cosas que vienen muy transparentes y lo cuestionan no lo ven bien, lo ven mal entonces,
analicemos primeramente antes de votar esto para ver si hay presupuesto realmente para
contratar estas personas, quiero saber entonces quienes son esos dos funcionarios que
quieren contratar para que vengan a este Concejo.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas.
No sé porque brincan si el suelo esta parejo, no sé porque se asustan, yo no quería
intervenir porque no creí importante, sin embargo vemos cuando se contrata a Heriberto
Araya como un asesor político porque no tiene otro nombre si usted lo solicita que le
traigan la justificación así se llama “asesor político”, entonces no sé cuál es el brinco, si el
Código Municipal lo permite y esto no lo presentamos horita, nosotros lo presentamos
desde setiembre del año pasado, nada más que en el caso mío yo dije se presupuesta el
dinero y va ahí, sin embargo no lo presupuestaron, entonces yo no sé porque se asustan
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°257 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
o se preocupan, si cuando yo fui Presidente Municipal en aquellos entonces que era otra
época, no sé contrataba a nadie, sin embargo son otros tiempos, yo no estoy obligado a
saberlo todo, pero tampoco en un momento jurídico debo desconocer, el Código en su
artículo 118 lo permite, y como les digo esto no es de ahora, esto lo presentamos desde
el año pasado, en esta Municipalidad tenemos como cuatro abogados y se contrata y se
contrata un buffet de jurídicos, nadie brinco, cuando hace seis o siete meses cuando se
iba a presentar que estaba la compañera Alcaldesa y otros Regidores y dijeron que era
una barbaridad y de pronto lo trajeron aquí, entonces no es cosa del otros mundo
simplemente se somete a votación y es una necesidad que uno considera que lo ocupa
punto.
Sra. Alcaldesa Elibeth Venegas Villalobos.
Yo soy muy respetuosa de las decisiones de ustedes y yo sé que todos necesitamos
asesoría, y yo no vengo aquí a ponerme en contra de la solicitud de don Reinaldo ni de
ninguno, a mí sí me preocupa porque cuando uno tiene la carga muy encima y se da
cuenta el montón de comunidades que se visitan y la necesidad que hay en puentes y en
caminos, que hace falta contratar otro equipo en Junta Vial porque queremos trabajar no
solo hasta la una o dos de la tarde, sino hasta las seis de tarde ojala, queremos también
en el tema del otro departamento de proyectos también poder contratar otros equipo para
poder dar abasto.
Entonces yo si hubiera presupuesto yo digo a mí me preocupa de donde vamos a tomar
los recursos, porque se trata de raspar la olla, Brandon vino acá y les dijo a ustedes que
tenemos la necesidad de contratar otros ingeniero porque es una necesidad que tenemos
para poder cumplir con los proyectos, yo no estoy en contra don Reinaldo yo lo respeto
muchísimo y también a la compañera Ginette y yo sé que sí, tienen una necesidad de una
asesoría, a mí lo que me preocupa es de donde vamos a tomar los recursos esa es la
parte que a mí me preocupa.
Y el artículo 103 que doña Viqui precisamente la Regidora dice que se fundamenta en ese
artículo dice: las Municipalidades no podrán efectuar nombramientos ni así compromisos
económicos, si no existiere su partida presupuestaria que ampare el egreso o cuando la
sub partida aprobada este agotada o resulte insuficiente, tampoco podrán pagar con cargo
a una sub partida de egresos que correspondan a otra, la violación de lo antes dispuesto
será motivo de suspensión del funcionario o empleado responsable, y la reincidencia será
causa de separación, esa es mi preocupación no es que estoy en contra, porque ustedes
tienen su derecho, pero yo solamente quiero advertir esa parte con mucho respeto.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°258 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
Por Mayoría de 5 votos a favor y 4 en contra SE ACUERDA: Aprobar la Moción, Los
Reg. Eliecer Araya Brenes, Ovidio Vives Castro, Jhonny Vargas Arrieta, Virginia
Hernández Rivera, votan en contra.
RAZONAMIENTO DE VOTO NEGATIVO:
Por el Reg. Pdte. Eliecer Araya Brenes.
Yo acojo al artículo 103.
RAZONAMIENTO DE VOTO NEGATIVO:
Por el Reg. Ovidio Vives Casto.
Al no ver claro ningún presupuesto para contratar este personal, no es que tampoco este
en contra, claro tiene razón Reinaldo de lo que dijo pues obviamente la administración ha
contratado mucha gente también y quizás algunos fuera de horas de trabajo andan
haciendo algo adicional, tienen todo el derecho como cualquier costarricense, pero no lo
veo muy claro esto, no veo el presupuesto reflejado para contratar a estas personas,
vamos a ver que va a pasar más adelante con la Comisión de Hacendarios para ver que
demuestren si está el dinero necesario para contratar a esta persona.
Reg. Freddy Hernández Miranda.
Aquí no aplica el 103, a todas luces no se están comprometiendo recursos, porque no se
está contratando, ni se les debe un cinco, porque eso es que razono el voto positivo,
porque es cuartar la posibilidad que permite el marco de la ley, este país está establecido
por una normativa, mientras cumpla la normativa, yo entiendo que esto ha crecido
muchísimo gracias a Dios en una gestión que hicimos en años anteriores, en tres años
paso de dos mil ochocientos millones a diez mil quinientos millones, quiero ser equilibrado
porque la vida es de pesos y contrapesos.
No necesariamente el acuerdo y todas las opciones que le presentan a uno son las que
uno quiere, pero también yo he dicho, a como yo he dicho que yo necesito una
administración fuerte con todos los departamentos de tal forma que se pueda prosperar
que podamos trabajar y que el departamento que le compete la creación de obras civiles
en el campo, pues que este fuerte, yo siempre le he dicho a la señora Alcaldesa si hay
que contratar a otros profesional, contratemos otro profesional, que en topografía tuvimos
serios problemas desde el principio y que hicimos nosotros, pasamos la opción que el
compañero Wilson llegara ahí.
Vamos mejorando hay que sumar creo firmemente que un departamento inclusive como
Presupuesto o Hacienda, financiero, administración tributaria para decir solos algunos,
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°259 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
pasar el triple de presupuesto que tenemos nosotros para ellos también se les incremento,
entonces eso yo también como creo que la administración, acuérdese que este es un
órgano bifronte, la ejecutivo que es la administración, y nosotros que es el órgano
deliberativo los dos tienen que estar fuertes, lo permite la ley la normativa lo permite, nadie
está pasando por encima de ella el 103 no aplica porque no se están comprometiendo
recursos, lo que escuche de la moción, y lo que analizo, es que la moción lo que dice “que
se incluya en una posible modificación posterior presupuesto ordinario o extraordinario, no
es de acatamiento de una vez que ya ellos van generar un egreso para nada apenas están
iniciando y comienzan después todo el tramite cumpliendo una ley de contratación
administrativa que para todos está claro, creo que yo en lo sucesivo o siempre también he
sido defensor que la investidura de todos ustedes vale y por lo tanto tienen que tener
claridad con respecto a los temas que se tocan aquí.
Solo un ejemplo en las instituciones de este país todas las juntas directivas tienen el asesor
legal, tienen el auditor, y tienen los jefes de departamentos para tomar los acuerdos
correspondientes, entonces dentro de ese marco y ojala, y si les pido que también
podamos nosotros tener acceso a esos asesores para también cuando hay un tema que
hay que dilucidar aquí tomar un acuerdo que sea el pertinente, y que todos salgamos bien
porque todo al fin y al cabo nosotros somos pasajeros y lo que necesitamos es dejar a una
institución mejor de como las encontramos, que quede en actas las palabras mías, no se
lesiona el 103 a todas luces es muy claro y que es la normativa que permite que es el 118.
Reg. Johnny Vargas Arrieta.
Para que consten en actas mis palabras, si acaso llega a pegar eso y yo le voy a dar la
guerra a esto, porque definitivamente no estoy de acuerdo en decirles que estoy de
acuerdo, no, no, estoy en desacuerdo eso es una barbaridad, si acaso pegara entonces
yo le voy a proponer a Caproba que me apruebe mi asesor, pero para que maneje una
niveladora después de las dos de la tarde, gracias.
AL SER LAS VEINTITRES HORAS CON TREINTA Y NUEVE MINUTOS SE LEVANTA
LA SESIÓN
F-ELIECER ARAYA BRENES F-GUILLERMO DELGADO OROZCO
PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIO MUNICIPAL
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.
PAGINA N°260 ACTA N°23 Ordinaria. 27-03-2017
C/c: SRS. REGIDORES, OTROS, ARCH.
“Siempre apoyando el Desarrollo del Cantón”.