Extraordinaria 2 · 2024-02-05

Acta_Extraordinaria_N02_Celebrada_el_05-01-2024.pdf · 101 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal

Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 2 del 2024-02-05 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N1 ACTA N*02 Extraordinaria. |
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
ACTA MUNICIPAL
N*02 EXTRAORDINARIA. 05-01-2024
SESION EXTRAORDINARIA. N*02 DEL 05-02-2024, INICIADA A LAS 14:08 HORAS
EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA:
REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES
Osael Campos Bolaños (Sust. Jonnathan García Chévez)
Juan Luis Gómez Gómez
Reinaldo Benavides Vargas
Luis Ángel Méndez Araya Flor lveth Peraza Campos
Dennia Yaslyn Morales Grajal (Quien Preside) Rosbil Danier Arguello Badilla
José Antonio Bustos Martínez Rita Marcelly Umaña Valverde
Randall Torres Barrientos Geovanny Eliécer Comparaz Gamboa
Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres
Alfredo Calderón Alfaro Hilda Zamora Arias
O A A ]
SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE
Greivin Bonilla Sánchez
Carmen Sánchez Navarro
José A. Chavarría Villarreal Shirley Murillo Flores
Alejandra Sancho Bravo Jorge Humberto González Calderón
NOMBRADOS EN COMISIÓN: AUSENTES SIN JUSTIFICACIÓN
Javier Jiménez Villalobos Ana Rita Rodríguez Jiménez
Johanna Flores Rosales Jonnathan García Chévez
Gabriela Madrigal González José Luis Diaz Valverde
Keylor Andrey Campos Mora
Sandra Umaña López
Jairo Antonio Ojeda Aburto
Licda. Magally Venegas Vargas Lic. Manuel Hernández Rivera
Secretaria Municipal Alcalde Municipal
[> L > de Sitio Web: munipococi.go.cr
Y A h Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*2 ACTA N*02 Extraordinaria.
ORDEN DEL DÍA
Acuerdos Artículos Puntos a tratar
21-22 | Asuntos del Señor Alcalde
23-al-35 ll Correspondencia
ARTICULO |
Asuntos del Sr. Alcalde
ACUERDO N* 21
Se conoce comentario por parte de la Sra. Pata. Yaslyn Morales Grajal, dice:
Saluda, hoy estamos en la sesión extraordinaria número 02 del 05 de enero del
2024, de manera presencial en la sala de sesiones a las 14: 08 minutos se abre la
sesión.
Hay dos puntos a tratar; Asuntos del Señor Alcalde y Correspondencia, los que
estén de acuerdo en que este orden del día se mantenga, sin ninguna otra
alteración, por favor levantar la mano.
Por Unanimidad de 8 votos presentes SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día y
Comprobación de Quorum.
e > fio Sitio Web: munipococi.go.cr
AY a d De Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI MOL
PAGINA N3 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024 + Ma
Hoy tenemos ausentes al regidor Jonathan García y al regidor Osael por lo que la
curul no será ocupada por la fracción del compañero. Vamos a entrar a conocer
asuntos del señor alcalde.
a - UL SARA
ACUERDO N* 22
Se conoce nota suscrita por el Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde Municipal,
teléfono: 2711-12-08, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr ,
dice:
Oficio: DAMCM-0004-2024
Asunto: Acuerdo de pago para la Licitación Reducida No. 2023LD-000322-
0032000702 Contratación de Servicios en Ciencias Económicas y Sociales para
proyecto de Fiscalización y Control Tributario por un periodo de 5 meses solicitado
por el Departamento de Administración Tributaria.
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Y O UNS . Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%4 ACTA N*02 Extraordinaria.
Municipalidad de Pococí
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Pluye monuel hernondez(Qmunipococi.go.cr  morcuuoso
Ra
Guápiles, 5 de enero de 2024
DAMCM-0004-2024
Sres. Honorable
Concejo Municipal
Mediante la presente me permito remitir para el respectivo acuerdo de pago para
la Licitación Reducida No. 2023LD-000322-0032000702 Contratación de Servicios en
Ciencios Económicas y Sociales para proyecto de Fiscalización y Control Tributario
por un periodo de 5 meses solicitado por el Departamento de Administración
Tributaria.
Sin más por el momento, me despido.
e Pococi
ua
Recib
El dia:
Hora:
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: OimMunicipalidadDePocaci
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*%5 ACTA N*02 Extraordinaria.
Ns
Municipalidad de Pococí (7
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>; PO: Compras Públicas
S y. e Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
ronald.quirosQmunipococi.go.cr Pr
Fluye Lp
Guópiles, 04 de enero del 2024
Señores:
Concejo Municipal de Pococí
Referencia: Se solicita autorización de acuerdo pago.
Licitación Reducida No. 2023LD-000322-0032000702, (Proyecto: Contratación de
Servicios en Ciencias Económicas y Sociales para Proyecto de Fiscalización y
Control Tributario por un periodo de 5 meses].
Respetables señores:
El Departamento de Administración Tributaria, por medio Mauricio Garita Varela,
gestionada en la plataforma SICOP, el proyecto: Contratación de Servicios en
Ciencias Económicas y Sociales para Proyecto de Fiscalización y Control Tributario.
A la hora de apertura de ofertas en la plataforma SICOP, se recibieron ofertas por
parte de las empresas:
Conversión
: Má
Posición d Número de la ofarta O Estación: Praclo prosontado' de preclo[USD]w Estado de la oferta
oofortas Y nativas dor :  Focha/hora do Precho de la mejora
del pa 5 * taprasentacióne — Documento adjunto de precios
2023L0-000322-003200 Continúa para estudio de of
4  OT02-Parida 1-Olerta 2 No 108 GO (CRC AZ a
MARCO HAM ROYES 19/12/2023 11:47 Hs
2023LD-000322-003200 7 Continúa para estudio de of
2 DTO2Paridat0lena 1 ño 5d 7.500.000 [CRC] 14.205,89 qna
rod PORO mon : 19/12/2023 09:44 43
2 resultados
Página 1]|3
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*7 ACTA N*02 Extraordinaria.
Municipalidad de Pococí
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> A Teléfono: 2713-6561 Ext. 122
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Figura 2
Participantes Cédula ] Admisble Evalvación
1rtarvín Solar Moraes | 108540054 | y 50%.
captan rut regia la pla MOP [peca nara
Fuente: ofertas en SICOP.
Una vez aplicado los factores de evaluación, Mauricio Garita Varela, recomienda
contratar a la persona: MARVIN SOLANO MORALES, por cumplir con lo solicitado en
el pliego de condiciones.
Por lo tanto, se solicita al Concejo municipal, autorizar al señor Alcalde a pagar a
favor de la persona:
MARVIN SOLANO MORALES por un monto de € 7 500 000,00 (siete millones quinientos
mil colones 00/100), por un periodo de 5 meses, por la Contratación de Servicios en
Ciencios Económicas y Sociales para Proyecto de Fiscalización y Control Tributario.
Sin más que agregar se suscribe;
RONALD QUIROS texto:
PON
Lic, Ronald Quirós Brenes
Compros Públicas
Municipal de Pococí.
Página 3]3
Por Mayoría de 7 votos a favor, 1 voto en contra (vota en contra el regidor Reinaldo
Benavides Vargas) de 8 votos presentes SE ACUERDA: Se autoriza al señor Alcalde
a pagar a favor del señor: Marvin Solano Morales, por un monto de £ 7.500.000,00
(siete millones quinientos mil colones 00/100), por un periodo de 5 meses, por la
Contratación de Servicios en Ciencias Económicas y Sociales para Proyecto de
Fiscalización y Control Tributario, para la Licitación Reducida No. 2023LD-000322-
0032000702. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente
Aprobado.
= L A Sitio Web: munipococi.go.cr
a AY Á Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%8 ACTA N*02 Extraordinaria. 05- or 220245
A == e -
Nota de Secretaría: El regidor Jonnathan García no participa de esta sesión
municipal y su suplente Osael Campos Bolaños aún no se incorpora a la sesión
municipal.
Nota de Secretaría: Al ser las 14:12 ingresa el regidor Osael Campos Bolaños y
ocupa la curul.
ARTICULO ll
Correspondencia
ACUERDO N* 23
Se conoce correo suscrita por el regidor Jonnathan García Chévez, correo
electrónico: jonnathan.garciaGhotmail.com, dice:
Asunto: Justificación por la no participación en la sesión extraordinaria del 05-01-
2024.
Justificación de la no participación en la sesión extraordinaria
Jonnathan Garcia <jonnathan.garciaQhotmail.com>
Vie 05/01/2024 13:08
Para:Secretaria Concejo <secretariaconcejoQ9munipococi.go.cr>
Buenas por este medio quiero justificar que no me presentaré a la sesión el día de hoy 5 de enero del
2024 a las 2:00 pm debido a que coincide con mi jornada de trabajo
MSc. Jonnathan García Chévez
Celular: +506 8522-0459
Nota de Secretaría: También se recibió una llamada telefónica por parte de
Sandra Umaña para justificar su ausencia por interposición horaria.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce. Que conste en actas la justificación del
regidor Jonnathan García Chévez y la síndica Sandra Umaña López, ya que son
educadores.
TO ací Sitio Web: munipococi.go.cr
e pa Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*9 ACTA N*02 Extraordinaria.
ACUERDO N* 24
Se conoce nota suscrita por el señor Gerardo Godínez Picado, cédula: 1-0592-
0209, correo: Gerardo 3770yahoo.es dice:
Asunto: Solicitud de Arreglo de carretera en Barrio Lesville de Roxana.
Sitio Web: munipococi.go.cr
YA Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N%10 ACTA N*02 Extraordinaria.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Ing Olger Gutiérrez Mendoza.
Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Sitio Web: munipococi.go.cr
a Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI LE
_PAGINA No11 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024”
ACUERDO N* 25
Se conoce agenda semanal de mesas de trabajo del Concejo Municipal, dice:
z 4
Municipalidad de Pococí ge
ir Concejo Municipal POCOC¿
a a
MUNIOPALOAD Pluyo
AGENDA SEMANAL
FECHA: VIERNES 05 DE ENERO DEL 2024
MESAS DETRABAJO
SESIONES PRESTAMO DE Moderador de mesa de
COMISIONES
SALA DE SESIONES trabajo
Reg. Yosiyn Morales Grojal
Jueves 11 de enero, 10:00 a.m
Mesa de trabajo personeros de
Claro
Jueves 11 de enero, 1:00 p.m Reg. Yosiyn Morales Grojol
> Mesa de trabajo para el
otorgamiento de permisos para los
artesanos de Guópies en el
porque.
Martes 30 de enero, 10:00 a.m Reg. Yastyn Moroles Grojal.
Mesa de trabajo, realizar un
reglamento de Construcción de q de 1 . + z
Obras Menores.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Dice que la responsable voy a ser yo, pero yo no quisiera ser la responsable de
esto, mejor quisiera que usted señor vicepresidente sea el encargado de esta
mesa de trabajo en temas de jurídicos, por la experiencia y ya que usted es un
abogado, creo que usted lo puede hacer muy bien, entonces esto que se lo
asignen al señor vicepresidente. El que quiera un recordatorio, que le manden una
foto o una copiecita, se lo piden a Magaly.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 9
PAGINA N212 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024 —-
ACUERDO N 26
Se conoce nota suscrita por las señoras Ana Gabriela Zúñiga J, teléfono: 7132-21-
51, presidenta del proyecto y Marielos Jiménez A, coordinadora del Proyecto de
bien social en la comunidad Las Vegas del Tortuguero de Roxana, teléfono: 8549-
71-43, correo electrónico: agabrielazj1981 gmail.com , dice:
Asunto: Solicitud de ayuda para realizar proyecto de bien social para los niños y
adultos mayores de la comunidad Las Vegas de Tortuguero de Roxana.
Las Vegas del Tortuguero
09 de Diciembre del 2023
Señor: (es)
Municipalidad de Pococí
Estimados señores:
Reciban un cordial saludo de parte de todos los vecinos de la comunidad de Las Vegas del
Tortuguero de Roxana.
Los abajo firmantes solicitamos de la manera más respetuosa la ayuda para llevar a cabo un
ptoyecto de bien social para los niños y los adultos mayores de esta comunidad,
El proyecto consiste de un parque y un área o plaza pequeña con la medida de una sintética.
Los niños no tienen donde recrearse y muchas veces tienen accidentes por jugar en las calles
de lastre y a veces hasta se pasan EE balones en la pista. Además, deseamos tener unas aceras
rodeando esa canchita y uno Rito E respaldar y unos Plays para los más pequeños. La
comunidad en si formamos un comité para dar seguimiento a este proyecto.
Ayúdennos por favor, este proyecto es para mejorar muchas cosas, algunos padres mandan o
dejan ir al llano a jugar bola pero ahora con tanta gente mala les da miedo por los asaltos,
raptos de menores y accidentes, ya que la pista es peligrosa.
Seguidamente las personas que nos reunimos y formamos el comité,
citant lios ell aa 1AY3
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del q $L8, 20 1Y 15 Dintoyan (ej o Jara-
57 dente, Jal tamil. Ava (ainia Jos,
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Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N915 ACTA N*02 Extraordinaria.
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A
05-01-2024 -
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada al Ing. Henry Madrigal Calvo y Arnoldo
Monge Jiménez del Área de Planificación y Desarrollo Urbano, para realizar un
estudio sobre lo solicitado por los vecinos de la comunidad de Las Vegas del
Tortuguero de Roxana y presenten un informe al Concejo a la brevedad posible.
Se Dispensa del Trámite de Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
ACUERDO N* 27
Se conoce nota suscrita por el señor Leonardo Reyes Gómez, presidente de la ADI
Primavera, teléfono: 7205-48-36, dice:
Asunto: Solicitud de Niveladora para arreglo de Calle principal Hamburgo-
Primavera 1 y 2.
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Y AID E ¿ Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI y
PAGINA N16 ACTA N*02 Extraordinaria 05-01-2024 |
03 de enero del 2024.
Señor:
Manuel Hernández alcalde municipal
Consejo Municipal Pococi.
CC. A cada Regidor,
Guápiles.
Respetables Señores:
Por medio de la presente les saludamos esperando gocen de excelente motivación tanto
personal, a nivel laboral deseamos éxitos, salud y prosperidad en sus labores diarias en este inicio
de año.
De la misma manera nosotros la Asociación de Desarrollo Integral de las comunidades de
Primavera cedula jurídica 3-002-694893, y Hamburgo cedula jurídica 3-002-359108, ambas del
distrito de la Rita, Pococí, Limón nos dirigimos a ustedes muy respetuosamente para solicitarles de
su colaboración con lo siguiente; solicitamos la niveladora para arreglo de calle principal que
comprende el tramo Cuidadela — Hamburgo, Primavera 1 y 2 hasta, ruta que comprende el acceso
del bus tanto de pasajeros como de estudiantes, si es posible lo solicitamos antes del día de las
votaciones para este 04 de febrero.
Agradecemos de antemano la ayuda que nos pueda brindar, para nuestras comunidades es
de gran importancia llevar a cabo la ejecución de este tipo de proyectos, máxime que comprende el
acceso a cada una de las antes mencionadas.
Presidente Presidente
Leonardo Reyes Gómez Oscar Vega Badilla
7205 48 36 36881998
€ l A ¡es SELLOS
ADI DE PRIMAVERA DE LA
RITA, POCOCÍ, LIMON
CED, JURID, 3-002-694893
le Municipalida9/41
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada a la Administración para su planificación
y así no alterar la programación de la maquinaria. Se Dispensa del Trámite de
Comisión Acuerdo Definitivamente Aprobado.
al q 0 Sitio Web: munipococi.go.cr
A 1.) E Facebook: (AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI ON NS
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PAGINA N917 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024 ---"
ACUERDO N” 28
Se conoce nota suscrita por el Lic. Jorge Hodgson Quinn, presidente del Comité
Cantonal de Deportes y Recreación de Pococí, teléfonos: 2710-3768 / 2710-1789,
correo electrónico: secretariacedrpEgmail.com, dice:
Oficio: CCDRP-389-2023.
Asunto: Modificación 02-2023.
Y Comité Cantonal de Deporles
POCOCI Céd. Jurídica: 3-007-087876
ax e Y ee Teléfono; 2710-37-68 / 2710-17-89
Pluye 27 secretariacedrp ¿gmail.com
CCDRP-389-2023
Guópiles,21 de diciembre de 2023,
CCDRP-389-2023
Señor (a):
Concejo Municipal
Estimado (a) señor (a):
Esperando su oportuna colaboración le transcribo el acuerdo tomado en la
Sesión Ordinaria N*42 realizada el 11 de diclembre del 2023, la Junta Directiva del
CCDR Pococí procede a tomar el siguiente acuerdo:
ACTA ORDINARIA*42 ARTICULO VII ACUERDO N*660
En asuntos administrativos el señor Jonathan Murillo Gómez, Administrador del
CCDR Pococí, solicita lo siguiente:
Asunto: Modificación 02-2023
Página 1/6
*El llenar las manos de los jóvenes de deporte, es poner el deporte en buenas manos”
e
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N918 ACTA N*02 Extraordinaria.
9 VA N Comité Cantonal de Deportes
GCCDRY y Recreación de Pococí
AN ¿ Ni POCOCI y Céd. Jurídica: 3-007-087876
Xy DP Teléfono: 2710-37-68 / 2710-17-89
Pluye ie secretariaccdrpgmalill.com
CCDRP-389-2023
Introducción
El presupuesto de una organización expresa la forma en que se van a aplicar los
recursos disponibles en el futuro para consegulrlos objetivos fijados en la estrategia, por
lo tanto es una herramienta esencial para la buena gestión y control interno de la
institución.
La presente modificación correspondiente a la No.2-2023 del presupuesto
ordinario 2023 del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de PococÍ se realiza de
forma íntegra, revisando cada una de las partidas presupuestarlas para aJustarlas con las
necesidades actuales de la institución. El objetivo de esta modificación es reclasificar
partidas especificas de recursos dados por regidores ala partida de Textiles y vestuarios,
así como recursos específicos del Proyecto Activate.
Página 2|6
“El llenar las manos de los jóvenes de deporte, es poner el deporte en buenas manos"
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*19 ACTA N“02 Extraordinaria. 05- 01-2024%__- ;
Comité Cantonal de Deportes
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éCC "DAY y Recreación de Pococí
N poc Y Céd. Jurídica: 3-007-087876
AS oc
14 Teléfono: 2710-37-68 / 2710-17-89
Pluye 7 secretariacedrp9gmaill.com
CCDRP-389-2023
POcocI
Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Poco
MODIFICACIÓN AL PRESUPUESTO N'8-2022
Justificaciones
Modificación del programa Il:
META DEPORTIVA
Se le da contenido a la partida de seguros, para complementar la poliza del Vehículo, se
disminuye la partida 02-99-99 Otros útiles materiales y suministros de la misma meta en
(350.000,00
META DONACIONES
En miras de cubrir las necesidades en el área deportiva del cantón el señor regidor
Alfredo Calderón Alfaro solicito una modificación para el periodo 2023 de sus recursos
de destino original como Sumas sin asignación Presupuestaria a Textiles y Vestuarios por
41.000.000, a su vez la señora regidora Yaslin Morales, solicito una modificación de los
saldos de sus recursos para trasladarlos también a Textiles y Vestuarios.
Se Caio las siguientes partidas del programa ll:
12 10ca EF]
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E 0
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4 551 EXT E
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193 1000 OMMICES
y EJ 42
00520050] 1000 e,
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Tele Fax 2710-3768 — Pococí, Limón
comitedeportespocociOhotmail.com
Página 3/6
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI NA e
PAGINA N*22 ACTA N*“02 Extraordinaria. 05-01-2024*__-
Comité Cantonal de Deportes
2 con
VCCDRY) y Recreación de Pococí
A k Y, POCOCI) Céd. Jurídica: 3-007-087876
Xi uy Teléfono: 2710-37-68 / 2710-17-89
e Se ú
Pluye =7S secretariaccdrp gmail.com
CCDRP-389-2023
Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pocod.
Ac A REO 10
HOJAS DE TRABAJO
AAA TIA
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se recibe y se aprueba la Modificación
Presupuestaria 2-2023, para que este sea de conocimiento al Concejo Municipal.
Aprobado por los presentes y se dispensa de todo trámite.
Atentamente,
Firmado: ¡me
JORGE Pepin
HODGSON QUIN (FIRMA),
A 6 QUINN (FIRMA) [Scho-20221222
Lié. Jorge Hodgson Quinn
Presidente
CCDR de Pococí
Ci: Archivo
Página 6|6
“El llenar las manos de los jóvenes de deporte, es poner el deporte en buenas manos"
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AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N23 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024 _/
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce y se inserta en actas.
ACUERDO N* 29
Se conoce nota suscrita por Lic. Christian Córdoba Oviedo, Servicios Jurídicos del
Concejo Municipal, teléfono: 2713-6560, ext: 133, coreo electrónico:
christian.cordobafmunipococi.go.cr, dice:
Oficio: SICM-72-2023
Asunto: Respuesta al acuerdo 2266, acta 84 del 30 de noviembre de 2023.
Sitio Web: munipococi.go.cr
Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*24 ACTA N*“02 Extraordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
COC Servicios Jurídicos del Concejo Municipal B ó
a Teléfono: 2713-6560 Ext. 133 ¿Loza
Pluye christian.cordoba(Omunipococi.go.cr mos
1
Guópiles, 21 de diciembre de 2023
SJCM-72-2023
Honorable
Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
Asunto: respuesta al acuerdo 2266, acta 84 del 30 de noviembre de 2023.
Por este medio, procedo a dar respuesta al acuerdo 2266, acta 84 del 30 de
noviembre de 2023, SMP-2352-2023, donde se conoce la denuncia de un munícipe
quien expresa que en el mes de octubre de este año se percató de que los restos
de su madre no estaban en el nicho respectivo, sin haber lranscurrido cinco años
de la inhumación ni que el beneficiario del nicho diera la orden de remover los
restos de la señora.
Como se observa de la denuncia, va dirigida a la Junta Administradora del
Cementerio de Guápiles con copia al Concejo Municipal y al Organismo de
Investigación Judicial, por lo que no existe una pretensión concreta hacia la
Municipalidad de Pococí.
El cementerio de Guápiles está administrado por una junta administradora, la cual
se constituye como una persona jurídica con la capacidad de asumir obligaciones.
Para que un municipe adquiera un derecho para sepultar a un cadáver, es
necesario cumplir con los requisitos del artículo 31 del Reglamento para la
Administración General de los Cementerios Municipales del Cantón de Pococí
(R.A.G.C.M.C.P.), una vez con el derecho, el órgano encargado de la
administración del cementerio deberá incluirlo en el registro que al efecto dispone
Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi
Sitio Web: munipococi.go.cr
AY Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*25 ACTA N*02 Extraordinaria.
Municipalidad de Pococí
9
(O Cc Servicios Jurídicos del Concejo Municipal yu
a Teléfono: 2713-6560 Ext. 133 Laia
Fluye christian.cordoba(Amunipococi.go.cr menes
SCRIRS ————— a
2
el artículo 59 del Reglamento General de Cementerios (R.G.C.) y el artículo 6 inciso
a) del R.A.G.C.M.C.P.
En el momento de una inhumación, el arrendatario o su representante deberá
aportar su permiso por escrito de acuerdo con el artículo 60 del R.G.C. y el órgano
encargado de la administración del cementerio deberá verificar el cumplimiento
del artículo 15 del R.A.G.C.M.C.P.; además, es menester registrar esa innumación
por mandato del artículo 60 recién citado y el artículo 6 inciso b) y c) del
R.A.G.C.M.C.P.; para el caso que nos ocupa, se entiende que se contaba con la
autorización expresa del beneficiario del nicho.
Para efectos de una exhumación (que es el objeto de la denuncia) debe llevarse
un registro según el artículo 6 inciso b) del R.A.G.C.M.C.P., lajunta debe realizar una
verificación en atención al artículo 30 inciso m) del mismo reglamento; en los
artículos 8 y 10 se establece la exhumación por incumplimiento contractual o
vencimiento del contrato, el artículo contiene el procedimiento para las
exhumaciones ordinarias y extraordinarias, y el Capítulo X del R.A.G.C.M.C.P. se
dedica enteramente a las exhumaciones.
Por lo anterior, se estima que el Reglamento para la Administración General de los
Cementerios Municipales del Cantón de Pococí regula el tema de las
exhumaciones, en tal sentido, siendo que la administración del cementerio de
Guápiles está a cargo de una junta, esta es la que debe atender la denuncia para
buscar una solución.
Finalmente, como parte del seguimiento que puede dar el Gobierno Local, este
honorable Concejo Municipal podría solicitar a la junta un informe de lo ocurrido
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AA |
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PAGINA N*26 ACTA N*02 Extraordinaria.
Municipalidad de Pococí
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AY Teléfono: 2713-6560 Ext. 133 ¿Z¿ 2%
Pluye christian.cordoba(Qmunipococi.go.cr marmo
3
con los restos de la madre del munícipe denunciante, y así trasladarle la
información.
Quedando a su disposición, sin más por el momento, me despido.
CHRISTIAN — Firmado
digitalmente por
CORDOBA  cHRISTIANCORDOBA
OVIEDO OVIEDO (FIRMA)
Fecha: 2023.12.21
(FIRMA) 16:29:45 -06'00'
Lic. Christian Córdoba Oviedo
Servicios Jurídicos del Concejo Municipal
Municipalidad de Pococí
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*27 ACTA N*02 Extraordinaria.
Participan de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
En pocas palabras nosotros tenemos entonces que decirle solicitarle a la junta un
informe sobre este caso concreto. Entonces vamos a trasladarle esto a la junta del
cementerio de Guápiles para que nos informe qué pasó con esta situación.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Muchas gracias. No voy a adelantar criterio porque no tengo el informe de la
junta, pero sí creo que es importante valorar si se puede establecer algún tipo de
póliza de fidelidad por el trabajo o la labor que desempeña digamos en este caso
el panteonero y las personas que tienen a cargo el manejo de los cuerpos.
Entonces a mí lo que me preocupa es que bueno ya sucede una situación como
esta pues inclusive esa persona puede pedir daños y perjuicios entonces pueden
condenar a la junta pero al final mamá Municipalidad es la que va a tener que
hacerse cargo entonces, tal vez eh en el tema de que se pueda establecer
alguna póliza que pueda ayudar a tener ahí algún tipo de fondo en caso de que
pase una situación como esa y si no se pudiera la póliza tal vez que ellos vayan
dejando algunas sumas ahí para que puedan tener un respaldo en caso de que
pase una situación y sean autosuficientes. Porque como lo dije al final la que
solidariamente va a tener que responder es la municipalidad de Pococí.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez.
Vean compañeros este Concejo municipal debiera de este reunirse o establecer
un acuerdo para la junta administrativa, ese acuerdo debe de establecer
aclaraciones sobre las inhumaciones porque lo que dice Randall es cierto,
recientemente si ustedes recuerdan el muchacho que vino acá que era agente
de seguridad en la sucursal de la Caja del Seguro Costarricense que está que está
ahí frente a sabores, ese señor ya tiene un proceso adelantado y el contencioso
administrativo le está valorando a él y a diez afectados más una indemnización
que deberá pagar esta Municipalidad.
Si nosotros no le ordenamos a la junta Administrativa del cementerio de Guápiles
que trabaje con cautela, que haga las cosas como lo establece ahí los artículos
que he citado. Entonces eh es muy posible que llegará el momento en que vamos
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*28 ACTA N*02 Extraordinaria
solo a tener dinero para pagar indemnizaciones y no vamos a tener dinero para
hacer proyectos para este cantón.
Entonces este asunto es serio este asunto no es asunto así jugando nos toca a
nosotros que hoy estamos acá presentes llamar al orden a las personas que nos
puedan comprometer el presupuesto municipal y yo creo que le corresponde a
este Concejo o en coordinación con don Manuel, pero sí debemos de establecer
un precedente porque muchas veces la gente que está en los cementerios no se
les asesora bien y resulta que ellos actúan por instinto y verdaderamente esto nos
va a acarrear inversión del pecunio municipal a donde no eh debiéramos invertirlo
en indemnizaciones.
Ya se pagaron cincuenta millones ahí por una burrada del Concejo anterior y de
la junta administrativa del CTP y del comité de deportes y vamos a seguir
indemnizando, porque tengan la seguridad que al ser municipal esto le va a tocar
al a la municipalidad de Pococí indemnizar todos estos casos.
Eso viene ahí, Yaslyn lo leyó, pero tiene su intención, ahoritica no tiene ninguna
denuncia ¿Sí? Ah bueno está en la OIJ exactamente entonces, en el momento
que se tengan el expediente y toda la cuestión acuérdense de mí que las
personas van a elevarlo al Contencioso Administrativo para que se cuantifique eh
los daños y los prejuicios psicológicos que sufren las personas porque, personas
que están trabajando en el cementerio no tienen la capacitación que deben de
tener y le toca a don Manuel como alcalde municipal dictar una directriz que
vaya en una línea de tal manera que estas personas de los cementerios
municipales del cantón de Pococí tengan claro cuáles son sus funciones y todos
los puntos que la limitan para que no nos metan en enredos. Muchas gracias.
Reg. Luis Ángel Méndez Araya.
Saluda, este tema de cementerios ya lo hemos tratado muchas veces acá en este
en este concejo en esta sala es muy delicado. Es un temita bastante espinoso
porque se trata de trabajar con seres humanos. Son restos de seres humanos. Es
un tema bastante espinoso.
Obviamente sabemos que todos los cementerios del cantón tienen un
reglamento, hay un reglamento estándar Cantonal. Pero a su vez cada
cementerio debe contextualizar su reglamento. Por lo tanto, yo creo y debemos
pa es Sitio Web: munipococi.go.cr
Y As ÉL Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PS
N + e
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de estar seguros nosotros como Concejo de que hay un reglamento interno por
parte del de esta junta administrativa del cementerio de Guápiles.
Revisión, yo creo que deberíamos de revisar este reglamento para contemplar lo
que no está contemplado este incluirlo en alguna clausula por ahí para prevenir
todas estas situaciones me preocupa muchísimo ¿Verdad? De que ya haya por
ahí ya denuncias y hasta Contenciosos en esta en esta línea de esta situación del
cementerio Guápiles propiamente dicha porque esto también nos trae
preocupación a todos los cementerios del cantón ¿Verdad? Todos los
cementerios del cantón.
Claro que esta del cementerio de Guápiles es propiamente es administrada
directamente por la municipalidad. Aunque hay una junta administrativa, pero es
como lo decían los compañeros Randall y Juan Luis, es un cementerio
Administrado por una junta una junta, pero quien responde por todo lo que
sucede ahí es la municipalidad por lo tanto ese reglamento debíamos de revisarlo
señora presidenta. Muchas gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Sí, yo creo que vamos a ver Nosotros entramos a esta municipalidad y la junta del
cementerio era un dolor de cabeza, venían más quejas de lo que hoy llegan.
Gracias a Dios tomamos decisiones y hoy tenemos una junta administradora más
responsable, más organizada, subsanaron mucho de lo que la auditoría dijo, ya
tienen hasta cuenta en el banco, la gente puede pagar en Sinpe y ahí van.
Yo creo que deberíamos tener una reunión con ellos para hablar estos temas pero
le vamos a pasar este informe y también la auditora mandó un documento
porque nosotros le habíamos pasado ese caso a la auditoría y dice la auditoría
que, bueno ahí nos cita un montón de artículos ¿Verdad? Eh, pero básicamente
dice que lo siguiente: (la señora presidenta procede a leer el Oficio Al-006-2024
suscrita por la Licda. Sabrina Zúñiga Corrales, el mismo como sigue):
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PAGINA N*30 ACTA N*02 Extraordinaria.
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DE POCO
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pres A
Al contestar refiérase
Al oficio N* Al-006-2024
Guápiles, 05 de enero 2024
Señores
Concejo Municipal
Presente.
ASUNTO: Acuerdo Nro.2266 SMP-2352-2023
Estimado (a) señor (a):
Con oficio SMP-2352-2023 del 8 de diciembre de 2023 se remite a esta Auditoría
Interna la transcripción del acuerdo nro.2266-2023 del acta nro.84 del 30 de
noviembre de 2023 en el cual se aprobó:
“Se traslada a la Licda. Grace Chinchilla Villegas de Auditoría Interna y al Lic.
Christian Córdoba Oviedo de Servicios Jurídicos del Concejo Municipal, para que
investiguen los hechos mencionados en la denuncia contra la Junta Administradora
del Cementerio de Guápiles”.
En virtud de lo acordado, esta Auditoría Interna indagó que el área de Servicios
Jurídicos del Concejo Municipal realizó la valoración del asunto planteado ante el
Concejo, lo cual es consecuente con lo que establecen los artículos 10 y 12 incisos
a) y b) de la Ley General de Control Interno.
El numeral 10 establece la responsabilidad de la administración activa realizar las
acciones necesarias para garantizar el efectivo funcionamiento de su sistema de
control interno y el artículo 12 incisos a) y b) dicen que son deberes del jerarca y de
los titulares subordinados velar por el adecuado desarrollo de la actividad del ente
y de tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de
desviaciones o irregularidades.
También el artículo 17 del Reglamento de atención de denuncias de la Auditoria
Interna inciso b) establece:
Artículo 17. Desestimación o archivo de la denuncia: Procede la desestimación y el
archivo de la denuncia, cuando se presente alguna de las siguientes causales:
Los valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna
Teléfono N* 2711-1701 — Fax 2711-1701
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N931 ACTA N*02 Extraordinaria.
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b) Cuando los hechos presuntamente irregulares ya hayan sido investigados o estén
siendo conocidos por otra instancia con competencia para realizar el análisis y la
valoración, así como para ejercer el control y las potestades disciplinarias atinentes.
Por lo tanto, bajo el esquema de una economía procesal y conforme lo establece el
reglamento de atención de denuncias de esta Auditoría Interna, se estará atenta a
lo que se resuelva por parte de la administración municipal.
Sin más que manifestar y agradeciendo la atención a la presente,
SABRINA Firmado digitalmente
ZUÑIGA por SABRINA ZUÑIGA
CORRALES (FIRMA)
CORRALES Fecha: 2024.01.05
(FIRMA) 12:41:40-06'00"
Licda. Sabrina Zúñiga Corrales
Auditoría Interna
Cc: Archivo
Papeles de Trabajo
1.0s valores éticos no son negociables.
Auditoría Interna
“Teléfono N? 2711-1701 — Fax 2711-1701
Página2|2
Continúa haciendo uso de la palabra:
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PAGINA N932 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024--"
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Entonces aquí lo que nos correspondería es que la Junta directiva nos rinda un
informe de estos hechos y reunirnos con ellos.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Entonces si les solicitamos el informe quiero que venga con varios temas
Específicos. Estamos hablando que se exhumó un cadáver sin tener la autorización
de los familiares, eso es lo que lo que lo que lo que pasó.
Entonces ¿Cómo fue que pasó? ¿Quién tomó la decisión? de exhumar? ¿Hay
algún procedimiento o no? ¿Hay algún registro que sé plantea? ¿Cómo se tiene
identificado y cómo van a hacer para que no vuelva a ocurrir? ¿Verdad? Porque
lo que no se mide lo que no se mide no se controla.
Entonces, si nosotros no establecemos y tenemos claros todos esos aspectos y
otros que se puedan dar en todo ese proceso ¿Verdad? De manejo de cadáveres
de exhumaciones y todo eso.
Eso por un lado y lo segundo es, que nos digan porque el comité del cementerio
tiene personería jurídica instrumental, eso quiere decir que tiene una serie de
capacidades o tiene potestades para poderlo hacer dentro de esas que tiene
que tener su propio equilibrio económico ¿Verdad?
Entonces ¿Qué van a hacer? ¿Para poder hacerle frente a este caso? Si tienen
alguna reserva de tipo económico, porque aquí no se trata de llegar y decir “Mira
ah no yo como comité de cementerios no tengo la capacidad estamos
empezando, llevamos dos años aquí, todavía nos falta, estamos tiernitos o qué sé
yo y no tenemos y municipalidad hace hágase cargo”, como pasó hace un
tiempo creo que se tuvieron que pagar ¿en liquidaciones fue don Manuel que se
pagaron? -
Entonces yo creo que sí están haciendo las cosas bien ¿Verdad? seriamente y
todo, pero hay asuntos específicos por ejemplo que son inclusive reglamentados
que no se están haciendo bien.
Entonces la idea es que se haga con excelencia porque en la medida que lo
hagan bien no nos vamos a ver sometidos a este tipo de situaciones que para mí
son muy delicadas porque eh ¿Cuánto vale verdad? El tema de una exhumación
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PAGINA N933 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024 *_--
de una madre o de un padre o un hijo el valor que tiene para uno ¿Verdad? Todo
el dolor es de tipo sentimental este y eso por eso le decía que puede haber una
en caso de que se someta a algún tipo litigioso puede haber una condenatoria
para la municipalidad y para este este comité.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Entonces vamos a hacer eso vamos a pedirle a la junta que nos dé un informe
sobre esto en quince días vamos a ponerle una fecha porque si no, no va a ser tan
rápido. Que en quince días nos traigan un informe y lo vamos a ver en una
comisión especial y que cuando se le manda la nota a la junta Magaly, que se
tome en cuenta las preguntas sobre los que dijo el señor vicepresidente para que
traigan un informe más robusto.
Vamos a ver ese informe en una comisión, entonces ellos nos van a traer ese
informe escrito y ahí lo vamos a discutir con ellos para poder llegar a un mejor
resolver. Los que estén de acuerdo por favor levantar la mano.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se solicita a la Junta Administradora del Cementerio
de Guápiles que presente un informe detallado sobre los supuesto hechos
planteados en la denuncia de un munícipe quien expresa que en el mes de
octubre del año 2023 se percató que los restos de su madre no estaban en el nicho
respectivo sin haber transcurrido cinco años de la inhumación ni que el
beneficiario del nicho diera la orden de remover los restos de la señora Yolanda
Salazar Murillo quien estaba en el Bloque San Martín, bóveda 70, del señor Claudio
Marín Warren. Que en el informe expliquen al Concejo Municipal ¿Cómo fue que
pasó? ¿Quién tomó la decisión de exhumar? ¿Si Hay algún procedimiento o no?
¿Si Hay algún registro de lo que se plantea? ¿Cómo se tiene identificado y cómo
va a hacer la Junta para que no vuelva a ocurrir esta situación? Que la Junta se
presente ante el Concejo Municipal para discutir el informe con el Concejo
Municipal en una reunión en la sala de sesiones. Se Dispensa del Trámite de
Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Magaly en quince días sería esa reunión y que venga en el informe, puede ser un
jueves antes de la sesión.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*34 ACTA N*02 Extraordinaria.
ACUERDO N* 30
Se conoce nota suscrita por la señora Saray Leandro Mosquera, presidenta de la
Junta Directiva PAC (Artesanos de Pococí, Arte y Cultura), teléfono: 7126-4272,
correo electrónico: artecaribeans20174gmail.com, dice:
Asunto: Solicitud de permiso de parque para Feria Verano Artesanal APAC, 28 de
enero de 9:00 am a 5:00 pm.
04 de Enero del 2024
Artesanos de Pococí Arte y Cultura, APAC
Consejo Municipal de Pococí.
Estimado Señores (as). Un gusto de saludarlos inicio año presente, por este
medio de la presente los Artesanos de Pococí Arte y Cultura estará realizando
una actividad para el 28 Enero en el Parque de Guápiles , la Feria Verano
Artesanal APAC, para celebrar el inicio al año nuevo ,inicia a las 9 a.m. y
finalizando a la 5 p.m.
Le solicitamos permiso para montar los toldos en el parque central y con ello
poder contar con seguridad para los expositores " artesanos y emprendedores" y
público en general que va disfrutar de las exposiciones a realizar en el lugar.
Agradecemos de antemano su colaboración. Esperamos su respuesta .
Atentamente:
Junta Directiva PAC.
Saray Leandro Mosquera. Lw a,
Presidente.
Teléfono 71264272
Correcto electrónico
artecaribeans2017(0gmail.com.
nn k » Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI N
PAGINA N*35 ACTA N*02 Extraordinaria. ] 05-01-2094
Participan de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Bueno nosotros le podemos prestar alrededores del parque, en las canchas no
pueden poner toldos, no pueden meter carros, hay que revisar que para ese día
no haya nada antes de ese día entonces eso le correspondería a Magaly, igual
que firmen el documento que habíamos acordado.
En tema de seguridad nosotros no podemos ponerles seguridad a ellos para ese
evento, tendrían ellos que velar por su propia seguridad y todo lo que ahí pase
sería bajo la responsabilidad de ellos mismos, porque el parque tiene dos guardas,
pero no podemos ponerlos a cuidar, o tal vez estoy entendiendo mal no sé, pero
a lo que yo leí aquí dice que solicitamos permiso para montar los toldos en el
parque central y con ello poder contar con seguridad para los expositores.
Bueno entonces el compañero Rosbill dice que no es que están pidiendo
seguridad, sino que es para ellos contar con seguridad estar resguardado en el
parque entonces, de ser así yo no creo que haya ningún otro problema, pero si
fuera a como yo lo entendí o no sé si alguien más lo entendió así lamentablemente
no pudiéramos colaborarle con seguridad.
Dice que son artesanos de Pococí arte y cultura, es una asociación que se llama
APAC, dice don Rosbill que no tienen comida venden artesanía.
Yo, sí les voy a decir que bueno esas ferias de emprendedurismo pues sí hay que
apoyarlas y todo, pero sílo que está pasando alrededor del parque a mí me tiene
muy preocupada bajo este mismo tema, yo estoy de acuerdo con los Food Trucks
verdad porque están por ley, hay que crearles las condiciones y todo pero ahí en
el parque no solo hay Food Trucks ahora también hay toldos, hay manipulación
de alimentos, hay un sin fin hay un sinfín de situaciones ahí que, yo creo don
Manuel que sí hay que tomar cartas en el asunto eh con ese tema y si las personas
venden algo con un toldo y ponen sillas y todo pues ojalá Diosito les repare para
que puedan tener su Food Trucks y puedan vender como dice la ley, porque la
ley permite los Food Trucks pero no los toldos mucho menos poniendo sillas.
Hay toldos que yo por ejemplo allá por el cementerio que venden carne asada y
parece que la parrilla tiene gas, o sea, Dios libre pase algo este porque tendríamos
ss CA G > Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
DU
PAGINA N*36 ACTA N*02 Extraordinaria. | 05-01-2024--"
nosotros muchos problemas porque a nosotros es que nos toca regular esas ventas
ambulantes que son ilegales, es muy feo decirlo, pero las ventas ambulantes en
este cantón y en el país son prohibidas, están prohibidas.
Entonces yo pienso que deberíamos tener una reunión en el centro cívico con
todas esas personas que están alrededor del parque vendiendo comida y
explicarles cual es la ley del tema de los Food Trucks y darles el reglamento y tal
vez poner a alguien que los ayude, que los asesore, pero no podemos mantener
más ese tema de ventas ambulantes con toldos, con sillas y no se puede, eso muy
feo.
Reg. Randall Torres Barrientos.
Esa señora presidenta es mi preocupación más grande porque esto se salió de las
manos de la municipalidad. Y se salió de las manos de la municipalidad por una
falta de acción, no hacemos absolutamente nada por regular a estas personas
que venden ilegalmente.
Yo no estoy en contra de que puedan pulsearla, todo mundo tiene derecho a
pulsearla. Pero donde yo veo que hay un carro que se parquea no solamente el
food Truck, sino que también el vehículo lo parquea y obstruye la vía ahí mismo en
el parque y cree que ese espacio es suyo y veo un camión estilo de la Pizza Hut
también al otro lado, veo que hay cinco o seis personas que venden helados,
venden postres, venden un montón de cosas que son similares a otros
comerciantes que pagan patente, que pagan la Caja, que pagan pólizas de
riesgos de trabajo, que paga el Ministerio de Hacienda y entonces ahí es donde
yo digo: “Que triste”, que triste porque ahora en fin de año un empresario que
aquí no se atrasaba un solo día en pagar, tenía tres locales y tuvo que cerrar, y
me da tristeza porque muchas veces llegó y me dijo a mí: "vea este, vea aquella
persona vendiendo verduras, vea que el otro camión donde se parqueó allá,
ayúdeme, vea el otro allá y allá” y entonces donde uno viene a la administración,
por ejemplo ahora en noviembre yo vine y le dije al encargado de las patentes,
mira allá donde decía Yaslyn una señora que se le ocurrió poner un toldo
grandísimo que ocupa toda la acera y lo puso durante todo noviembre, todo
diciembre digo yo, seguro era para fin de año para pulsearla algo y ahora en
enero sigue igual. Y cada vez es más grande y con su cocina con gas
exponiéndolo y llego yo y pregunto y me dice: “ah es que hay una ley de ventas
al aire libre” le digo señora, pero esto no es una venta al aire libre, la venta al aire
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*37 ACTA N*02 Extraordinaria.
libre es que yo tengo una acera y la parto en dos y pongo unas sillitas y entonces
yo tengo mí local y entonces tengo que vender café, si tengo que venderle
repostería y todo, pero no, esto no es un changarro, o sea esto es un área pública.
Pero sí, o sea yo con este tema voy a seguir dándole fuerte, siendo incisivo porque
me parece a mí que, si nosotros dejamos que nuestros parques y nuestras ciudades
se conviertan en changarros, nosotros decidimos qué queremos para nuestra
ciudad, nosotros no es posible, imagínate con diez puestos, ahí en el parque ni
siquiera hay servicios sanitarios, hay una generación increíble de basura, hay
problemas de ratas, de problemas a veces uno dice: pero ¿Por qué me enfermé?
Uno no sabe si es por toda la suciedad y todo el montón de cosas, que sí
reconozco que la Muni trata de limpiarlo bien después y todo, pero, esas personas
que están generando toda esa basura no pagan un solo cinco, es que eso es lo
que yo digo, al final si es necesario de una forma ordenada ubicar a estas
personas, pues que se ubiquen, porque todo mundo le gusta comer sus cositas,
pero si todos estamos en un fin de semana usted ve una fila de todos, todos
vendiendo lo mismo, las caldosas y ya ahora ponen unos toldos y ponen todas las
caldosas y a veces uno se tiene que capear las caldosas, entonces, si nosotros no
pensamos inclusive en la parte turística de un turista que quiera venir al parque y
se encuentre con eso, dice diay supuestamente aquí estamos en México o no sé
dónde estamos con los changarros y los puestos ahí que venden el desorden y
toda esa cuestión, esa no es la ciudad que yo aspiro, esa no es la ciudad que
nosotros aspiramos para dejarle a nuestros hijos, no, aspiramos a que nuestra
ciudad sea ordenada, a que nos dé gusto, aunque invitemos a la gente a ir.
Pero para no alargar el tema señora presidenta, a mí me parece que, si son
artesanos y ese tipo de ventas y lo hacen en forma ordenada, yo estaría votando
positivamente pero que sí, quiero dejar constando todas mis palabras del tema
que hay grave, del tema del parque, para mí es una emergencia de tipo
municipal, algo tenemos que hacer y si seguimos igual, pues entonces vamos a
pagar las consecuencias con el resto de los comerciantes.
Porque yo no estoy hablando ahorita de un supuesto, yo estoy hablando ahorita
de ya empresarios que están quebrando que se cansaron que dicen, "ya yo no
puedo luchar contra todo esto y entones mejor cierro” y la perjudicada es la
misma municipalidad porque esa persona como les digo pagaba tres patentes y
las pagaba al día, mientras que atendemos más personas vendiendo ilegalmente
que no pagan absolutamente nada, entonces aquí el llamado es para que estas
sé Sitio Web: munipococi.go.cr
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Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*38 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-20 a
personas, porque es que la Municipalidad no debería ni de buscarlas, estas
personas se deben acercar y decir “Mira, yo vendo ahí pero yo quiero estar a
derecho, yo quiero una patente”, y tener nosotros el instrumento para poder
decirles “vamos a hacerlo así y vamos a hacerlo de forma planificada”.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro.
Saluda, más que todo eh para secundar las palabras del compañero Randall,
para mí es de des motivante ver esas ventas ambulantes porque no es solo porque
ellos vendan, sino porque de ahí nace algunas cuestiones ilícitas por ejemplo, la
droga y otras cosas y también la parte de la salud, no hay servicios sanitarios,
algunos llegan y como eso que dice usted las caldosas ya traen sillas y mesas y
obstaculizan todas las aceras y a veces hasta las carreteras entonces yo me
pongo a ver también lo que sucede allá en Cariari a la par de Palí, tenemos tres
años de estar viendo ahí una acera con frutas y verduras y diay estamos
esperando, porque todo mundo lo ha visto y no sucede nada ahí.
Entonces hacerle un llamado a la parte de patentes para que intervengan ahí.
Muchas gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal.
Okay yo creo que todos coincidimos en que hay que apoyarlos a los que
legalmente quieran constituirse que yo creo que son varios y hasta donde la ley
nos permite que son los Food Trucks, eso es lo que la ley nos permite regular y que
nos permite trabajar con ellos tanto en la municipalidad como como
emprendedores, pero las personas que no quieren invertir en lo que la ley y el
reglamento dice si quieren mantenerse con toldos, con mesas, con sillas, en media
calle, en media acera, pues yo pienso que la Municipalidad va a tener que tomar
acciones y yo creo que deberíamos aprovechar el jueves que vamos a estar
reunidos con los encargados de la parte de patentes viendo el tema de artesanos,
para también tocar este otro tema con los compañeros técnicos para ver qué
solución vamos a darle pronto y poder regular todas esas actividades.
Entonces eh los que estén de acuerdo en que se les de permiso a esta
organización con lo que antes dijimos, que no haya una actividad ya
programada, que no pueden usar las canchas, no pueden usar el tema de meter
carros dentro del parque y que a los alrededores del parque pueden usarlo de la
P O k -» Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N939. ACTA N*02 Extraordinaria.
hora que > ellos dicen y para que puedan este ese día poder trabajar en el parque
Guápiles. Los que estén de acuerdo por favor levantar la mano.
Por Mayoría de 8 Votos a favor, 1 voto en contra (El regidor Reinaldo Benavides
vota en contra) SE ACUERDA: Se aprueba el permiso de uso del parque de
Guápiles (excluyendo las canchas de básquet) a los Artesanos de Pococí Arte y
Cultura (APAC), el día 28 de enero en un horario de 9:00 am a las 5:00 pm para la
realización de la Feria de Verano Artesanal APAC. Se aclara que se prohíbe el
ingreso de vehículos al parque, por lo que el traslado de parlantes o del equipo
necesario para el evento deberán hacerlo de forma manual. Además, es
responsabilidad del solicitante velar por el cuidado de la infraestructura.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro
Gracias eh presidenta sí ¿No? Tal vez para meter una coletilla ahí que se le dé una
copia a los de seguridad que están en el parque para que ellos estén vigilando si
se está cumpliendo con lo con lo debido. Muchas gracias.
Sra. Pata. Yaslyn Morales Grajal.
De acuerdo entonces que se le dé una copia a los de seguridad para que velen
que se cumpla con lo establecido, de no estar en las canchas y todo lo que hemos
dicho aquí el día de hoy. Para que sea un acuerdo firme y dispensado todo trámite
por favor levantarnos la mano.
Por Mayoría de 8 Votos a favor, 1 voto en contra (El regidor Reinaldo Benavides
vota en contra) SE ACUERDA: Se declara el acuerdo como Dispensado del Trámite
de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado.
A - UL ps it
ACUERDO N?* 31
Se conoce nota suscrita por el señor Juan Mora, vicepresidente, señora Zaida
Rodríguez Vargas, tesorera y el señor Paulo Astúa Guzmán, vocal, teléfono: 2710-
0496, correo electrónico: cementerio.guapilesegmail.com, dice:
Asunto: Sobre vallas publicitarios.
£ Coll ES E A Sitio Web: munipococi.go.cr
AY a >) k Facebook: AMunicipalidadDePococi
Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*40 ACTA N*02 Extraordinaria.
Cédula Jurídica: 3-007110802
Telefono:27100496
DE,
Junta Administrativa Cementerio de Guápiles E A 2
JACG cementerio.guapilesegmail.com
2 IEA AN IIA.
Guápiles 20 de diciembre de 2023
Sr. Gerardo Serrano Zúñiga/ y firmantes
Estimados (as) señores (as):
En acatamiento a lo dispuesto en el acuerdo número 205 del acta número
09 ordinaria del Concejo Municipal de Pococí, procedemos a manifestar la
siguiente:
Según nota trasladada por el acuerdo arriba indicado, misma en la
que los firmantes solicitan el retiro de Vallas Publicitarias colocadas en
el muro perimetral del Cementerio. Al respecto esta Junta revisó el
Reglamento y la Ley de Administración de Cementerios y en ningún
artículo se indica que estemos imposibilitados de hacerlo.
La iniciativa nació a raíz de la necesidad de incrementar fondos para
sufragar los gastos del cementerio debido a la alta morosidad de la
que ustedes están enterados.
No omitimos manifestarles que también estamos enviando un oficio al
asesor legal del Concejo Municipal relativo a si estamos procediendo
de manera errónea.
Agradeceríamos su colaboración como ciudadanos y arrendatarios del
Cementerio para que esta emblemática Institución pueda aumentar sus
ingresos.
Se despide cordialmente
po [y El 48 bado
Sr. Juan Mora. a 0 Zaida Rodríguez Vargas
Vicepresidente
- “Tesorera
Ñ
Sr. Paulo AÑiúa Gi Guzmán
Vocal
Cc. Concejo Municipal, archivo
Municipalidad de Bococí
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PAGINA N*41 ACTA N*02 Extraordinaria.
Participa de la palabra:
Reg. Randall Torres Barrientos
A mí me parece que si la junta del cementerio tiene a cargo el manejo del propio
cementerio y de toda esa infraestructura, obviamente que si hay espacios para
vender publicidad, dentro de los lugares que se puedan hacer, más bien uno
debería agradecerle a los comerciantes que están ayudando a generar ingresos
para poder, porque el cementerio a mí me consta que genera mucho gasto,
entonces más bien no veo porque la gente se debería oponer, porque no le está
causando ningún perjuicio y deberían más bien ofrecerle otros espacios ahí que
tengan para poder incrementar los ingresos, gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Okay, bueno se conoce la nota, vamos a esperar a ver que dice el licenciado
Christian para ver qué procede.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se conoce.
ACUERDO N* 32
Se conoce comentario por parte de la Sra. Pdta. Yaslyn Morales, dice:
Aquí tenemos el tema de la calle pública de Astúa Pirie, aunque es más de Cariari
que Astúa, verdad, dice que la solicitud de calle pública calle Los Lagos, Las
Vegas, Astúa Pirie.
Vienen unas cartas, está el informe del 25 de abril del 2023, asunto solicitud
declaratoria de camino público que manda el licenciado Henry Madrigal. Voy a
leer la conclusión, dice que; (nota de secretaría: procede a leer oficio APDU-125-
2023)
“Una vez atendida la solicitud de declaratoria de calle pública citada en el
Acuerdo N*1009 de la Sesión N“38 Ordinaria, de fecha 26 de mayo del 2022, y en
cumplimiento a lo establecido en el Artículo N“5, inciso q, del Reglamento a la
Primera Ley Especial para la Transferencia de Competencias No. 40137 — MOPT, se
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PAGINA N*42 ACTA N*02 Extraordinaria.
realizó la respectiva recopilación de antecedentes y legislación aplicable, así
como el análisis técnico, concluyendo para el presente caso en específico que se
trata de un acceso de carácter privado (servidumbre agrícola), en condiciones
físicas comprometidas (habilitación parcial mediante lastre pobre), carente de
servicios básicos, obras de infraestructura y un sistema adecuado de evacuación
pluvial. La misma tiene un ancho de únicamente 11 metros en su inicio,
posteriormente 14 metros y una longitud de 440 metros (habilitado parcialmente),
sirviendo a 14 segregaciones con 7 viviendas y 8 ranchos tipo cabañas.
Respecto al análisis integral municipal, es una propuesta carente de algún
beneficio urbano municipal, al no crear comunicación entre vías existentes, no
generar cuadrantes, no se constituye en una vía alterna de evacuación,
descongestión vial o alguna otra situación que motive la declaratoria; alegando
el solicitante únicamente un beneficio a la comunidad, el cual técnicamente no
se demuestra. Tomando en cuenta las condiciones actuales del acceso, el
potencial desarrollo residencial que se podría generar sin ninguna planificación
urbana controlada, sin servicios básicos, sin aprobación de las instituciones
competentes y carente de obras de infraestructura; la recomendación colegiada
de los presente servidores es RECHAZAR la solicitud planteada.
Para lo anterior, es importante señalar que la justificante de la solicitud realizada
representa un interés meramente privado, por lo tanto, queda a criterio del
Concejo Municipal validar el presente criterio técnico, o en caso contrario, tomar
en cuenta la importante inversión municipal mínima requerida para acondicionar
el camino con las obras de infraestructura necesarias, según requerimientos del
Proceso de Obra Pública (Tomar en cuenta Resolución N“2021015460 de la Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia / Recurso de Amparo Exp. 21-
008820-0007-CO / Barrio Belén), y emitir un criterio distinto al recomendado.
Todo lo anterior velando por acondicionar dicho acceso con superficies de
rodamiento correctas, elementos para el desplazamiento peatonal adecuado,
accesibilidad en materia de lo establecido en la Ley N*7600, adecuada
evacuación de aguas pluviales, entre otros elementos indispensables para
mejorar la calidad de vida de los habitantes de la zona.
Además, es sumamente importante recordar que, mediante mesa de trabajo
convocada para el día 08 de junio del 2023, en la cual estuvieron presentes el Ing.
Jorge Morales Vargas y el Ing. Mauricio Mata Saborío, funcionarios de la Gerencia
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PAGINA Ne43 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01- 2024
“de Electricidad idad del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), así como Susana
Sánchez Montero, funcionaria de la Región Huetar Caribe del Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA); indicaron que para este
tipo de accesos NO era necesaria la declaratoria de calle pública para la
dotación de servicios básicos, ni tampoco solicitaban dicho requisito para
brindarlo, sino que debían tramitar la constitución de una servidumbre a favor del
ICAA o el ICE, según el servicio solicitado (Ver SMP-1250-2023 / Acuerdo N*1205 —
Sesión N*%44 Ordinaria - Artículo N*44 - Artículo VI)”, esto lo firma don Olger
Gutiérrez y don Henry, ese sería el informe del señor Henry Madrigal.
Posteriormente a eso, sigue una mesa de trabajo y aquí está el informe de la
minuta, estuvieron presentes en la sala de sesiones en esa mesa de trabajo el
regidor Reinaldo Benavides, Ovidio Vives, Juan Luis Gómez de forma virtual, don
Rosbill Arguello Badilla, don Bernardo que no está, mi persona, estuvieron el señor
Jorge Vidas Cubillo y los vecinos de la comunidad que me imagino que eran los
interesados, ahí estaban bastantes vecinos.
Aquí está el informe de la comisión, voy a leer el acuerdo de como quedó el
dictamen, en realidad no es un dictamen porque no era una comisión, era una
mesa de trabajo pero hubo propuestas que quedaron en un acuerdo de los
regidores que estaban presentes en ese momento.
Por mayoría cinco votos a favor y uno en contra, la que votó en contra fue mi
persona, se le recomienda al honorable Concejo que se pueda declarar la calle
pública, ese fue el acuerdo, cinco compañeros de los presentes dictaminaron que
se declare como calle pública dicha propuesta.
Mi persona votó en contra y les voy a decir el por qué, porque el criterio técnico
no es favorable, entonces leyendo todo el informe y viendo algunas cosas de
detalle jurídicos, es por eso que yo voté en contra y estaría hoy el día de hoy
igualmente votando en contra.
En una seguidilla de situaciones, ya le voy a dar la palabra don Rosbill, viene
también dos cartas de los vecinos donde aportan y dice lo siguiente, la entregaron
el 02 de enero, “Mediante la presente comunicado queremos manifestar que
nosotros ahora firmantes somos los herederos del señor Freddy Vega Navarro, el
cual envía fue de las fincas conocidas en ese expediente y donde el mismo envía
plasmó su firma, aceptando que la servidumbre agrícola se convierte en calle
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PAGINA N%44 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01- 2024*_-- ad
EII
"pública de lo cual también damos fe, por lo tanto para nosotros es una a gran.
alegría poder seguir con él tanto anhelo, porque queremos manifestar que tanto
nosotros sus hijos, esposa, estamos totalmente de acuerdo en que la servidumbre
agrícola se convierta en calle pública.
De igual manera nos comprometemos a hacer las mejoras por nuestra parte como
en la amplitud de 14 metros y la acera cuando sea pública.
De antemano les agradecemos la ayuda brindada, sin más por el momento
firmamos abajo todos los que adjuntamos las cédulas”. Entonces ahí viene uno,
dos, tres, cuatro, cinco seis firmas y las cédulas.
Después viene otra carta, igualmente el 02 de enero que dice lo siguiente.
“Adicional a solicitud dada de calle pública, Calle Los Vegas en Astúa Pirie.
Los abajo firmantes adicionamos lo siguiente. Estamos todos de acuerdo para que
la calle se abra el boquete de la entrada a 14 metros en la parte inferior ya que la
parte superior del talud sí tiene y cumple con las medidas indica, además, nos
comprometemos tal como nos pidió el señor alcalde a hacerle las mejoras que se
ocupen; cabe destacar que los que aquí vivimos somos hermanos y familiares por
lo cual para nosotros es muy importante la calle pública para poder darle a
nuestros hijos a donde puedan hacer sus casas y con la tradición de nuestros
padres, a la vez puedan ver que es una calle agrícola, pero no con nuestros
esfuerzos la tenemos muy bonita y lastreada, con sus canales de desagúe. De
antemano agradecemos su atención”.
En esta viene el permiso digamos de la cooperativa Ahorro y Crédito de Grecia,
que es como el acreedor de una de las fincas donde está de acuerdo en que eso
se haga público.
No, solo viene una carta de Corporación Ahorro y Crédito de la comunidad, viene
unas fotocopias de la cédula, viene la personería jurídica, viene una carta de don
Edgar Vega Navarro, el día de hoy me presenté al Banco Hipotecario Davivienda
ubicado en San José donde un funcionario del banco me indicó que se encuentra
cerrado hasta el próximo ocho esto a raíz de las celebraciones, por tanto me
comprometo a entregar la documentación faltante el próximo 08 de enero siendo
que por motivo de fuerza mayor no fue posible entregarlos.
sl C A y Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N*45 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024 ---"
Don Edgar también dice que se ha presentado ante la municipalidad solicitud por
la servidumbre agrícola la cual accede a mi propiedad para que convierta calle
pública para todos los que habitamos en esas propiedades, en vista de que la
mencionada propiedad cuenta con limitaciones de esa identidad solicito muy
respetuosamente la autorización respectiva para presentarla ante la
Municipalidad de Pococí y esta pueda continuar con el trámite y viene aquí lad
limitaciones, nada más y el plano.
¿Don Manuel?
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera
Me parece que lo más recomendable es que esperen a que llegue el documento
del BAHNVI, porque eran varios requisitos que le faltaban cumplir, pero me parece
que ya la mayoría los traen, pero como hay una limitación del BAHNVI, es
necesario la autorización del BAHNVI para poder pasarla de servidumbre agrícola
a calle pública, entonces es mejor que esperen y tomen el acuerdo cuando ya
esté el otro documento.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla
Saluda, siendo yo parte como regidor suplente, digamos que la posición que
apoya la declaratoria de calle pública de esta servidumbre agrícola y ¿por qué
motivo? porque en primer lugar hemos escuchado con atención que hay un
criterio técnico del año 2022 y sobre ese criterio técnico de momento, las
autoridades municipales estarían refiriendo su voto, pero han pasado dos años
desde ese criterio de la administración.
Los vecinos han mejorado su entrada, han lastreado la calle, tienen canalizadas
las aguas, son una familia, hace dos años el criterio era el que escuchamos hace
un momento, pero no se ha hecho una nueva inspección, no se ha hecho una
nueva visita al lugar para corroborar todo lo que en dos años ha mejorado ese
lugar.
Se comprometen y más que compromiso ya han lastreado, ya han invertido, se
dio una mesa de trabajo donde indicamos que no nos oponemos, pero de todas
maneras el que elige es el Concejo, son ustedes, son los regidores propietarios los
que votan a favor o en contra, pero una vez más, la entrada de once metros y los
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PAGINA N%46 ACTA N*02 Extraordinaria.
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
AA
que conocemos el lugar, sabemos que pueden no ampliar a catorce, eso lo
pueden ampliar a mucho más, pero es gestión de lo que he venido diciendo y
que indica el Código Municipal que nosotros promovemos y administramos el
bienestar de los ciudadanos, es mediante ese documento que debe salir de la
administración, ese documento que debe salir del Concejo Municipal donde se
les indique, número uno, deben hacer esto, esto y esto. Número dos, deben de
mejorar esto. Número tres, debe mejorar aquello, porque si no vamos a seguir
como el gato y el ratón y aquí va a venir el Concejo nuevo a partir del 01 de mayo
del 2024 y señores, con todo respeto viéndolos a la cara, esto no se ha definido,
va a seguir el estira y el encoje porque aquí algunos quieren que se apruebe y
otros no quieren que se apruebe, por más documentación que llegue.
Entonces yo simple y sencillamente, le agradezco a Dios la oportunidad de
constituirme en vocero, no solo de ellos, no solo de esta comunidad, sino de todas
las comunidades que necesitan que se les declare calle pública para tener
mejoras y para tener servicios y bendito Dios que las instituciones públicas allá en
esa mesa de trabajo del año 2023, no precise la fecha porque no tengo
documento, me estoy refiriendo a lo que en memoria pude captar de la lectura
de la señora presidente municipal, ofrezco una disculpa porque no tengo el
documento, pero sí escuché claramente que en el 2023 algunas instituciones
indican que ellos no necesitan de algunas cosas que se piden, entonces si es así
pues como mucha más razón se les podría declarar ya la calle pública.
En fin, es una decisión de ustedes, yo no represento, no me han pedido un
represente, pero sí hablo como regidor suplente que soy porque sé que
declarando una calle pública, va a haber no solo ese beneficio de agua potable
y de luz eléctrica que por dicha y gracias a Dios lo tienen, sino que van a haber
otras mejoras que de por sí ya la tienen.
Como siempre respetuoso, muy agradecido señora presidente por permitirme la
palabra, gracias.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Bueno, a ver compañeros yo en el pasado he venido acogiéndome a criterios
técnicos, pero cuando uno ve por ejemplo las situaciones que les voy a ilustrar.
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PAGINA N*47 ACTA N*02 Extraordinaria. _ 05-01-2024*%__--
Cariari, donde vive Alfredo, la municipalidad invierte una cantidad de dinero
aprobada por ese Concejo, en un camino donde a veces no tiene ni cinco metros
de ancho, adoquinado. Donde vive Alfredo, es cierto, yo sé que es cierto.
En La Rita, Barrio Los Cholos se hace en trillos que no tiene ni los cuatro metros, ahí
hace una inversión millonaria la Municipalidad de Pococí y es cierto, no estoy
mintiendo.
Aquí en Guápiles hay calles asfaltadas, que no están ni siquiera codificadas y la
municipalidad ha invertido, cómo es posible que nosotros como Concejo
Municipal y puedo citar un montón más de ejemplos y si aquí hay que echarse un
trabonazo, lo vamos a echar porque entonces yo denunciando las cosas donde
la municipalidad ha invertido una millonada donde no han puesto “pero” para
nada.
Aquí los errores no engendran derecho, entonces pucha un camino que tiene
lastre, que está a más de once metros, ¿cómo es posible que no se pueda crear
público un camino de cuatrocientos y restos de metros? y entonces cómo es el
asunto, esta municipalidad, este Concejo, la administración legisla para beneficio
de unos y en contra de otros, no, aquí la legislación de esta municipalidad tiene
que ser para todos y Manuel sabe que es cierto lo estoy diciendo.
Ahí se adoquinó donde Alfredo, está adoquinado a menos de cuatro metros y Los
Cholos a menos de cuatro metros, inversiones de las aceras y todas las cuestiones,
es una cuestión de usar la lógica. Yo seguiré votando los caminos públicos porque
verdaderamente este cantón lo tenemos agotado y le digo a Henry, le mando un
telegramita a Henry, aquí en la administración pasada ahí frente a Barrio Belén en
La Teresa, ahí en tierra declararon un camino público, que era que en paz
descanse el finado William Núñez entonces ¿cómo es el asunto compañeros?
¿cómo es el asunto? tenemos que ponernos de acuerdo para trazar una línea y
trabajar bajo una línea, pero aquí tanto nosotros como regidores hemos aprobado
proyectos donde no hay excusa y que verdaderamente se puede demostrar y no
es un poquito, es un montón de caminos que esta municipalidad les ha invertido
en obra gris, muchas gracias, señora presidente.
Reg. Reinaldo Benavides Vargas
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*48 ACTA N*02 Extraordinaria.
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Gracias presidenta, mire a través de mi historia siempre he votado para que las
solicitudes de caminos públicos sean aprobados tal y como son.
Inclusive cuando la muni tiene que invertir porque para eso los beneficiarios pagan
impuestos. Cuando algún miembro del Concejo o parte de este Concejo sin
ningún criterio jurídico, se deja o exigirle a un grupo que le traiga una carta de un
Banco de la Vivienda o una cooperativa esto es ilegal, en ninguna parte existe.
Lo único que el BAHNVI, digamos si yo tengo una propiedad que la tengo
hipotecada a un banco y voy a tramitar un bono, ahí sí yo tengo que pedirle al
banco emisor que me dé permiso de ponerle las limitaciones del BAHNVI, pero en
este caso para aprobar una calle no.
Lo que pasa es que cuando se quiere joder, se quiere joder, no sé cómo Henry
dice que ahí no hay los servicios básicos ¿qué carajos le llaman servicios básicos?
si tiene carretera un cien por cien, agua, luz y energía eléctrica. Además que
pagan impuestos y que la calle tiene catorce y que los vecinos están dispuestos a
abrir lo que falta.
Además se deja decir que unas sociedades, pero que esas sociedades tienen
salida por la calle en Sagrada Familia, por lo tanto no hay ningún impedimento,
miren compañeros cuando se quiere ayudar, se ayuda.
Los dueños de esta servidumbre agrícola todos firmaron, no hay “pero”, así es que
si queremos poner “peros” pongamos “peros”, pero es una calle que tiene un cien
por cien de lastre, tiene el agua potable y la luz y que tiene los catorce y once
metros y que además no es ningún requisito jurídico para que se le pida carta de
un banco, el hipotecario que la van a dar, eso no hay ningún problema, porque
cuando obviamente, solamente le pide una carta al banco emisor, si yo tengo un
lote como préstamo de un banco, le pido que me dé una carta para imponerle
las limitaciones del BAHNVl, pero el resto no, esto es ganas de joder, muchas
gracias presidenta.
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera
Si tal vez para para aclarar un poquito, vea Juan, en el caso de las carreteras de
donde Alfredo y las carreteras de La Rita son carreteras que son públicas desde
hace muchos años, o sea aquí no se puede cuestionar o sea si es una carretera
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*49 ACTA N*02 Extraordinaria.
a
de seguridad pública y la declararon hace diez, veinte, treinta años y la hicieron
pública es pública entonces hay que intervenirla.
Además de eso, son calles codificadas, entonces por eso la muni las repara y les
hace reparación, que es la obligación de la muni si la carretera dice que es
pública y si es una calle codificada.
En el caso particular de esta otra que me estoy refiriendo es, yo me di a la tarea
de revisar el expediente. El problema es que una cosa es que las calles que están
declaradas públicas en este momento, para años para atrás y codificadas y
ahora con la ley del informe de la Procuraduría donde dice que la carretera tiene
que ser de catorce metros y cumplir los requisitos, entonces no se puede brincar
el procedimiento, la ley es clara, o sea aquí por más Concejo que haya y por más
alcalde que seamos, aquí hay que cumplir la ley y la ley dice que hay que
cumplirla.
Yo no me opongo a que la calle no se declare pública y yo les expliqué a señores,
ahí estuvimos en la salida y lo que decía Reinaldo, yo me di a la tarea de revisar
el expediente, tenían dos hipotecas entonces yo le dije hay que pedirle al
acreedor porque usted no puede, hay un acreedor sobre esa propiedad, tiene un
derecho, entonces no podemos llegar y limitar al acreedor y decirle, mire aquí voy
a declarar calle pública una servidumbre agrícola y se la voy a pasar a la pública
¿y si el acreedor no está de acuerdo?, entonces hay que pedirle una autorización.
También el expediente, yo revisé, había un sucesorio, entonces hay varios
personas que son beneficiadas de alguien que falleció, entonces también tienen
que estar de acuerdo los herederos, porque con solo uno que diga que no está
de acuerdo en que se declare pública, porque la calle es una servidumbre
agrícola y cuando son servidumbres agrícolas, son lotes mayores de cinco mil
metros y al convertirlos en calles públicas, usted puede hacer un lote de
doscientos metros y podría ser que esa persona que quiera una quinta, no quiera
que se le convierte en un montón de casas de doscientos metros, entonces hay
que tomar en cuenta y tienen que haber un escrito donde firmen todos ellos.
También, haciendo el estudio, había una finca que tenía como once derechos,
entonces hay que revisar si esos onces todos cumplieron, todos firmaron el
documento dijeron mire aquí, están de acuerdo los once porque si hay uno que
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PAGINA N*50 ACTA N*02 Extraordinaria.
DAA
no está de acuerdo, los herederos que tiene un derecho también, no le podemos
pasar por encima este Concejo, ni la alcaldía, entonces hay que verificar eso.
Ellos se fueron, discutieron eso. Con el BAHNVI igual, allá también hay uno que
tenía unas limitaciones del banco, entonces me parece que esas eran las cuatro
cosas que tenían y al inicio, la carretera está a once metros y después al final dice
catorce metros y ellos dijeron bueno, nosotros estamos de acuerdo en correr la
cerca para que quede de catorce, si ellos la corrieron entonces está bien, pero
tiene que estar eso.
O sea, usted no puede llegar y tomar un acuerdo y que la carretera que de 12 y
por otro lado quede de catorce, más adelante vienen los problemas y son los
problemas que vieron ayer en la sesión, que también vinieron los vecinos a
reclamar, sucede igual y en este peor, porque es una servidumbre agrícola y
entonces tienen que estar todos de acuerdo para poder tomar la decisión.
Me parece que ellos, hay que revisar, pero me parece que están cumpliendo casi
un 90% o un 99% de lo que tenían que declarar, entonces al final si está bien y si la
calle la tienen lastreada y cumplieron con las cunetas y eso va a ser secundario,
el ICE va a tener que meter la luz, si no la metieron y después el agua va a tener
acueductos, y con más razón, pero sí verifiquen si todas las firmas están, si todos
están ahí porque con solo uno que se quede y diga que no, después nos van a
demandar a todos, a mí, a ustedes por tomar el acuerdo y a mí por no vetar el
acuerdo, entonces, o sea tenemos que estar a derecho todos.
Otra cosa que no vi ahí es el plano, ellos tienen que entregar un plano de la calle
y si entregan el plano decir, bueno si entregamos el plano y vamos a hacer la
escritura donde le entregamos la calle a la municipalidad para que la
municipalidad una vez que ustedes tomen el acuerdo y se recibe, mande a
publicar en el diario oficial La Gaceta, hay que hacer la declaratoria de la calle,
que eso no está y eso tiene un costo, tienen que asumirlo también ellos.
Las áreas, entonces cuando usted convierte un área, que la pasa de una
servidumbre agrícola a una calle pública, también debe tener un área comunal
independientemente si los lotes son de ellos o no, pero debe haber un área
comunal que responda, ¿qué pasa si no hay un área comunal? más adelante van
a venir a demandar a la muni para que reponga una área que no tienen, porque
al final las cosas se van, usted agarran un terreno ahí y lo vende, hoy estamos pero
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*51 ACTA N*02 Extraordinaria.
mañana no estamos y lo vendemos y los hijos van y lo venden y más adelante en
10, 15 años vienen y dicen mire ¿dónde están las áreas? ustedes hicieron una
aclaratoria y dónde está el área de esta comunidad, los responsables van a ser
ustedes y voy a ser yo, entonces todo eso tiene que quedar claro.
Por eso a mí me parece que al final las cosas habladas se entienden bien, ellos
entendieron y me parece que van a cumplirlo todo, me parece que tiene que
aceptarse ya en la recta, o sea creo que lo Único que le falta y una vez que ya lo
tengan, si se hace la declaratoria, pero mientras que le falten cosas, ustedes
toman el acuerdo, a mí me tocará vetarlo, o sea si no cumple con los requisitos.
En el caso particular de las carreteras que se han arreglado en este cantón, son
calles que tienen diez, veinte, treinta, cuarenta años de existir y que en ese
momento las declararon de cuatro metros, cinco metros, cómo usted va a
desaparecer a los vecinos y decirle mire porque la carretera es de cuatro metros,
usted tiene que hacer una carretera y desaparezca porque vamos a convertir en
catorce, diay ya está, o sea la calle está declarada pública, está decodificada,
todas casi las que encontramos en el cantón, la que no está pública, está
codificada, pero están, entonces hay que repararlas, les toca a ustedes y a mí
repararlas, pero todas esas, por ejemplo la de don Alfredo, la de La Rita, y la
mayoría de todas son públicas y publicadas y por eso es que hicimos la
reparación.
Aquí no se ha hecho más que algo que no sea diferente a lo que a lo que existe,
pero este que estamos hablando ahorita, son calles que pasan, de una
servidumbre van a pasar a calle pública y hay que tener cuidado en esa
declaratoria y cumplir con los requisitos porque si los ingenieros, la parte técnica
dice una cosa y ustedes se apartan de lo técnico, con ese mismo documento que
tienen los ingenieros técnicos, más adelante nos van a llegar y nos van a mandar
a la fiscalía.
Reg. Randall Torres Barrientos
Yo creo que don Manuel abarcó casi que la mayoría de las dudas que tengo yo,
porque en primera instancia, yo tendría que ver ahí digamos dentro de todos los
documentos alguna certificación de un funcionario que nos diga que ya todas las
personas que habitan por ahí, que tienen relación con el tema, firmaron porque
no me queda claro, veo unas firmas por un lado, otras firmas por otro lado.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI e
PAGINA N*52 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024"
El tema del banco, que el mismo señor dice que no le podemos llevar la carta
hasta el lunes, entonces está siendo claro que ahorita en este momento no se
cuenta con ese documento que es importantísimo, ya Manuel lo dijo que hay
intereses de un acreedor e inclusive el tema del BAHNVI y algunas propiedades
pueden tener habitación familiar, entonces no se puede hacer ningún trámite, si
no se cuenta con el consentimiento, en algunos casos hasta del PANI, si hay
menores de edad.
Hay una serie de regulaciones de cuidado que se deben tener, para no hacernos
cometer un error, porque es muy claro que nosotros de acuerdo con el artículo 11
de la Constitución Política, no podemos realizar actos contrarios a la Ley, entonces
si hay regulaciones que ya Manuel las enumero, que son muy importantes, es
importante salvaguardarlo.
Yo creo que hay un gran avance de todo lo que se ha hecho, simplemente lo que
siento yo que hay que ordenar un poquito el asunto para ver si ya se cumple,
entonces inclusive si se adjunta el plano de la calle, se ejecutaría el plano de la
calle como va a quedar y en el acuerdo ¿viene el plano? ¿verdad que no?, es
que yo vi el acta de la comisión y lo que decía el señor era que ellos lo habían
entregado en algún lugar de la municipalidad, pero imagínate lo que
necesitamos es el plano para poder tenerlo a mano porque vamos a autorizar a
Manuel a recibir la propiedad a nombre de la municipalidad, entonces son temas
de tipo de tipo legal, me parece a mí que eso no son de poca minuta, no son
como para minimizarlos, sino que son trascendentales para poder llevar a cabo
este proceso de declaratoria de calle pública para hacerlo bien.
Yo no quiero aprobar por ejemplo una calle que tengan los problemas que ayer
se mencionaron de la calle El Roble, inclusive esta Última parte que decía don
Manuel que la señora dijo del área pública, que no tienen claridad si hay o no hay
área pública y todo ese ese tema, entonces me parece que una vez ordenado
se puede ya someter a votación de este Concejo.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro
Aveces, yo pienso que los mismos ingenieros a veces cometen errores porque ellos
debían de, cuando van a esas giras a observar la calle si se puede hacer pública
o no, ellos deberían darle todos los requisitos que necesitan para que se cumpla y
aquí no más viene el informe de que no es factible que sea declarada pública,
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
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pero nunca le dijeron a los acreedores de la calle pública de que mire, necesita
catorce metros, que falta esto, que falta cosas especiales, ¿el informe lo dice?,
bueno ahí me disculpan porque no he leído, pero si se obstaculiza mucho para
una calle pública y yo pienso que se socializa el desarrollo del cantón también,
porque ahí en esa calle ya hay cabañas para que turistas pasen ahí un rato
agradable y toda la cuestión, entonces ya con una calle pública asfaltada y toda
cuestión, pues se enriquece más el distrito.
Así es que tal vez, no sé habría que verla votación a ver como sale, pero yo estaría
de acuerdo, muchas gracias.
Reg. Ovidio Vives Castro
Saluda, creo que nos faltan tres meses, un poco más de veinticinco días ya para
para imos de acá. Algunas cosas las hemos hecho bien, quizás otros van a medio
palo, quedarán a medio palo por este Concejo Municipal, muchas veces nos
complicamos porque creemos, cada quien pues piensa diferente.
Ayer no sé quien dijo que muchas veces nos ha complicado aquí el asunto, pero
yo creo que ha sido lo contrario, aquí nos hemos puesto de acuerdo en la mayoría,
aquí no hemos querido hacer mal ni daño a nadie, ni a la administración. En otros
tiempos, don Manuel estaría creo que en el hospital, seguramente con otro tipo
de personas que han salido aquí, dándole duro por un montón de cosas que uno
escucha o que muchas veces hacemos un poco mal, pero no porque nos da la
gana.
Qué fácil si esta municipalidad, si este Concejo Municipal tuviéramos ya
reglamentado estas calles, un recibimiento y reconocimiento de calles públicas
del cantón de Pococí. Nos jactamos de que el cantón de Pococí es muy grande,
que somos una súper municipalidad y un súper Concejo y hay varios reglamentos
que no están al día acá, nos ganan un montón de municipalidades en estos temas
de caminos, aquí en la provincia, Siquirres ahí no más, han reglamentado, se han
sentado el departamento Control Urbano, el departamento de Unidad Técnica,
con el Concejo y alcalde y reglamentan y vieras qué fácil, es porque se van a lo
que dicen los requisitos, nada más de ahí no se salen.
Yo escucho que dicen una cosa y dicen otra, requisito de nosotros mismos que
estamos poniendo que no están dentro de la misma Ley de Caminos Públicos o
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declaratoria de caminos públicos y aquí yo puedo mencionar un montón de cosas
más y pedir requisitos, si se me antojan.
Yo creo que aquí, bueno, si no lo hacemos pues nosotros vendrá el nuevo Concejo
Municipal. Algunos candidato que posiblemente van a estar aquí, ya les estoy yo
recomendando algunas cosas importantes que hay que ir haciendo o que vayan
a hacer, desde un inicio y esto es un tema importante para alivio de nuestros
ciudadanos, de mucha gente muy noble que quieren tener su lotecito al día, su
plano, su escritura, pero yo creo presidenta, señor alcalde y los compañeros que
han participado y los que nos están escuchando o viendo desde sus casas, yo
creo que hasta que no haya un reglamento acá, nosotros vamos a aterrizar con
este tema, un reglamento viene a regir, valga la redundancia como se debe
aplicar, recibir, reconocer un camino o una calle pública, en cualquier
circunstancia que lo solicite cualquier persona o cualquier grupo de familia.
Yo espero en Dios que ojalá pues y antes que finalicemos, lo podamos hacer y si
no que venga el nuevo Concejo Municipal a partir del 01 este de mayo, en
conjunto con el alcalde o las nuevas personas que van a estar administrando esta
municipalidad, muchísimas gracias presidente.
Reg. Luis Ángel Méndez Araya
Yo lo que quiero decirles en este caso, es que hoy estaría declinando en la
votación para esta calle y no porque no quiera el desarrollo para Cariari, por
supuesto soy Cariareño, soy bajureño y lo he dicho muchas veces como no apoyar
a nuestra gente, pero aquí debemos de tomar las mejores decisiones, las más
correctas, todo dentro de un marco legal y después no vernos ahí en problemas
como con este tema El Roble.
Ayer cuando hacían la exposición de este caso, yo eché para mi saco y digo Dios
mío, yo no me quiero ver en nada envuelto y haber tomado una decisión que a
la postre tenga que andar ahí en carreras, después sacando la cara o
exponiéndome a críticas y que la comunidad me esté señalando porque tomé
una decisión errónea.
Hay criterios técnicos, sí, sí los hay y los criterios técnicos de alguna forma nos
advierten por ahí, nos iluminan por ahí con esa luz verdecita, de que al final somos
nosotros los que debemos de tomar la decisión, sí, claro que sí y yo lo que digo es
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bueno, que Dios nos ayude a tomar la mejor decisión y no le pido a Dios solo por
mí, sino por todos los regidores propietarios y las suplencias, por todos para que
tomemos las mejores decisiones y el señor alcalde, para que todo se haga
conforme a la ley, para después no tener que andar pagando abogados y
defendiéndonos de una mala decisión, como se han visto muchísimos casos, no
solamente aquí en esta municipalidad, si en otras y hay muchísima jurisprudencia
en esto.
Yo esperaría mejor el cumplimiento de estos requisitos que se le pidieron en la
mesa de trabajo, me parece que no viene contemplado ahí el fraccionamiento
de ley, de ese 10%, no viene contemplado que igual, pero bueno, aquí somos los
que tomamos las decisiones al fin y al cabo, pero que esas decisiones sean
tomadas dentro de un marco de la responsabilidad y dentro de un marco legal,
en donde tome lo mejor para la misma ciudadanía, porque también hay de
alguna forma blindar a la ciudadanía y no exponerlos para que después anden
por ahí en carreras, cumpliendo con algunos requisitos o bien involucrando a la
municipalidad en lo que no se debe, en lo que no se debemos de hacer, como
se ha dado en algunos casos.
Entonces, así que si hoy someten a votación, desde ya este estaría declinando el
voto negativo, muchas gracias.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Yaslyn una pregunta, ¿cuánto tiene el camino de largo?, ahí dice ¿cuánto?
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Dice “La misma tiene un ancho de únicamente 11 metros en su inicio,
posteriormente 14 metros y una longitud de 440 metros (habilitado parcialmente),
sirviendo a 14 segregaciones con 7 viviendas y 8 ranchos...”
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Quiere decir Yaslyn, que ese camino tiene cuatrocientos treinta y siete metros a
catorce metros, esto porque yo lo vi, eso tiene y tiene la entrada que está a tres
metros porque fue la entrada que se hizo en una loma, ustedes saben que cuando
uno baja del puente hay una loma, pero está a catorce metros.
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Ahí tiene que venir el plano que se le dio a Henry y al señor Arnoldo, entonces es
un boquete porque el terreno es quebrado de tres metros que está lastreado, pero
en el momento que uno entrar, inmediatamente el camino es de catorce metros
entonces, más claro no canta un gallo. Se pidieron las firmas de las personas que
ahí vienen, lo que se había pedido, me parece injusto que después de que se
cumpla, ahora se le agregue otra lista más y que se estén pidiendo cosas de más,
pero así de claro está.
Entonces son cuatrocientos treinta y siete metros, en catorce metros y la entrada
por estar en una loma, es un boquete que se hizo para ingreso de tres metros, que
están en tres metros de ancho.
Está de once, pero no el boquete, está de tres metros ¿me explico?, o sea el
camino y la inversión que se le hizo, se le hizo a tres metros nada más, ahí pueden
entrar dos carros a la vez en tres metros porque es una loma.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Nada más para aclarar, que en el informe, no sé por qué no lo vi, pero bueno
ahorita que usted preguntó y buscando, estoy viendo que del 25 de abril del 2023
recomienda rechazar, en abril del 2023. Marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto,
septiembre, octubre, noviembre, siete meses después, el martes, 14 de noviembre,
Henry vuelve a dar un informe técnico, donde vuelve a recomendar rechazar,
entonces para que sepan que hay dos informes en todo este expediente.
Este del 14 de noviembre viene con un poco más de ley, la Ley 5060, Ley de
Planificación Urbana, viene con un poco más de la Ley Orgánica del Colegio de
Ingenieros, Ley de Construcciones, Ley de Adquisiciones, Ley de Aviación Civil,
Institución Acueductos Alcantarillados, Ley de General de Caminos, Reglamento,
Fraccionamiento, Ley, Benemérito del Cuerpo de Bomberos, Ley de Planificación
Urbana y la Ley General de Salud, o sea con más documentación legal
adicionado, entonces nada más para que eso lo tengan ahí, porque no sé por
qué no lo vi cuando leí el primero.
También más adelante, viene el 06 de junio del 2022, donde solicitan la inspección
de la siguiente dirección en sentido hacia Cariari, o sea esto tiene bastante rato
de andar ahí, esta solicitud claro y en todo.
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Lo que yo voy a hacer es hacer un receso porque cuando hay sesión, la
presidencia tiene acceso a leer esto anticipado, yo los he invitado a ustedes a
que lleguen un poco más temprano para que puedan ver los documentos,
algunos pueden llegar y otros no, pero voy a hacer un receso para que el que
quiera ver esto, antes de tomar una decisión, tenga el derecho de leerlo. Voy a
hacer un receso hasta por diez minutos.
Nota de Secretaría: Al ser las 15:33 se procede a un receso, se reanuda la sesión
al ser las 15:46.
Después de haber hecho el receso y corroborar algunas cosas que tenía en duda
los compañeros, este tema lo vamos a posponer el día de hoy para verlo en la
sesión ya sea del martes o del próximo jueves, para que los interesados cumplan
con los requisitos que le hacen falta, que sería un documento y también la entrada
de once metros ponerla a catorce, que eso mañana mismo lo van a hacer.
Vamos entonces a nombrar al síndico de Cariari para que vaya y observe que
efectivamente lo cumplieron y traiga una foto para adjuntarse o que los mismos
vecinos hagan un documento con una fotito, lo traigan para ponerlo al
expediente con el documentito que falta el BAHNVI y lo veremos, si están para el
martes lo vemos el martes y si no, sería el jueves, entonces así va a quedar esto.
Magally lo va a custodiar, no va a quedar en el acta porque no vamos a verlo el
día de hoy, sino que lo vamos a ver posterior.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se nombra en comisión a José Alexis Chavarría
Villarreal, síndico de Cariari, para que fiscalice si realmente los solicitantes de la
Calle Pública, realizaron el ajuste al camino para que el mismo sea de 14 metros.
Que presente informe de comisión. El expediente que contiene cartas e informes
sobre la solicitud de declaratoria de calle pública en costado este del Puente Río
Tortuguero, Astúa Pirie, queda en custodia de la Secretaría Municipal y el mismo
será retomado en una próxima sesión, cuando los solicitantes cumplan con la
totalidad de los requisitos.
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PAGINA N*58 ACTA N*“02 Extraordinaria.
ACUERDO N* 33
Se conoce nota suscrita por el señor Alberto Cabezas Villalobos de la Asociación
Agencia para el Desarrollo Accesible sin Fronteras, correo electrónico:
periodistacostarricense*gmail.com, dice:
Asunto: Preocupación con respecto al Proyecto de Ley N.* 23.763 y el potencial
impacto en el sector cultural y las personas con discapacidad.
23 de diciembre del 2023
Señores (as): Concejo Municipal
Estimados miembros del Concejo Municipal,
Espero que esta carta les encuentre bien y en compañía de sus seres queridos. En calidad de
presidente de la Asociación Agencla para el Desarrollo Accesible Sin Fronteras y miembro de la
COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA FISCALIZACIÓN Y
ACOMPAÑAMIENTO DE LOS PROGRAMAS CREADOS PARA EL CUMPLIMIENTO
DE LA LEY No. 10041, LEY DE EMERGENCIA Y SALVAMENTO CULTURAL, me dirijo
a ustedes para expresar nuestras preocupaciones con respecto al Proyecto de Ley N.* 23.763, su
potencial impacto en el sector cultural y las personas con discapacidad en nuestro país, por lo cual
solicito que se tome un acuerdo municipal para solicitarle a la Comisión de Asuntos Hacendarios de
la Asamblea Legislativa archivar este proyecto de ley.
Compartimos plenamente las inquietudes expresadas por la Comisión Interinstitucional en relación
con este proyecto de ley. Queremos destacar algunos puntos específicos que consideramos cruciales
desde la perspectiva de la accesibilidad y el desarrollo cultural:
Acceso a equipos y servicios para personas con discapacidad: La propuesta de aumento de
impuestos para productos de equipos médicos y dispositivos para personas con necesidades
especiales podría generar desequilibrios en la asignación de recursos, afectando la accesibilidad y
generando posibles desigualdades.
Aumento de costos de producción en arte y artesanía: La imposición de impuestos sobre la
madera en troza impactaría directamente en las industrias artísticas, artesanales, elevando los costos
de producción y limitando el acceso del público a expresiones culturales diversas.
Impacto en el turismo cultural: La imposición de impuestos a los boletos aéreos podría disminuir
la llegada de turistas, afectando negativamente las actividades culturales que dependen de la
afluencia turística para su financiamiento.
Entendemos la importancia de considerar medidas fiscales para el bienestar económico del país,
pero instamos a la Comisión de Asuntos Hacendarios a reflexionar sobre las posibles consecuencias
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/
negativas que estas podrían tener en el sector cultural y en la accesibilidad para las personas con
discapacidad.
Agradecemos su atención a este asunto y quedamos a disposición para cualquier diálogo o
aclaración que puedan necesitar. Confiamos en que, en la toma de decisiones, se ponderará
cuidadosamente la coherencia entre las leyes existentes y las nuevas propuestas legislativas para
asegurar un apoyo continuo y equitativo al sector cultural en Costa Rica.
Quedamos a la espera de una respuesta y agradecemos de antemano su consideración.
ALBERTO - Firmado
digitalmente por
CA BEZAS ALBERTO CABEZAS
VILLALOBOS (FIRMA)
M LLA LO BO Fecha: 2023.12.23
S (Fl RM A) 20:54:19 -06'00'
Alberto Cabezas Villalobos
Presidente
Atentamente,
Asociación Agencia para el desarrollo accesible sin fronteras
Notificaciones: periodistacostarricense(d gmail.com
Adjunto carta enviada por la COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA
FISCALIZACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO DE LOS PROGRAMAS CREADOS PARA EL
CUMPLIMIENTO DE LA LEY No. 10041, LEY DE EMERGENCIA Y SALVAMENTO
CULTURAL a la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa.
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MINISTERIO DE GOBIERNO
CULTURA Y JUVENTUD DE COSTA RICA
COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA FISCALIZACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO DE LOS
PROGRAMAS CREADOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY No. 10041, LEY DE EMERGENCIA Y
SALVAMENTO CULTURAL
22 de diciembre 2023
CFLSC-012-2023
Señoras Diputadas
Señores Diputados
Comisión de Asuntos Hacendarios
Asamblea Legislativa
Sirva la presente para saludarles y comunicarles lo siguiente:
La Ley de Emergencia y Salvamento Cultural N* 10041 tiene como objetivo
principal atender y apoyar al sector cultural que se ha visto afectado por la
emergencia nacional provocada por la pandemia de COVID-19. Esta ley
establece medidas para el apoyo a personas físicas, jurídicas y organizaciones
con fines culturales y artísticos que se han visto afectadas económicamente por
la pandemia.
Esta Comisión Interinstitucional para fiscalización y acompañamiento de los
programas creados para el cumplimiento de la mencionada ley, ve con
preocupación el impacto que algunos puntos del Proyecto de ley 23.763 tendrían
sobre las actividades del sector cultural del país, particularmente en términos de
acceso a recursos, sostenibilidad y desarrollo de actividades artísticas.
El Proyecto de Ley N.? 23.763 propone una serie de medidas fiscales, incluyendo
el aumento de impuestos para la importación y venta de equipos médicos y
dispositivos para personas con necesidades especiales, así como impuestos en
otros sectores, como la transferencia de madera en troza y los boletos aéreos.
Estas medidas podrían afectar directa o indirectamente al sector cultural en
Costa Rica. Por ejemplo:
Aumento de costos de producción en arte y artesanía: La imposición de
impuestos sobre la madera en troza podría impactar en las industrias artísticas
y artesanales que utilizan la madera, potencialmente aumentando los costos de
producción y, en consecuencia, los precios de las obras culturales. Con este tipo
de madera se realizan:
COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA FISCALIZACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO DE LOS
PROGRAMAS CREADOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY No. 10041, LEY DE EMERGENCIA Y
SALVAMENTO CULTURAL— Web: salvamentoOmcj.go.cr
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MINISTERIO DE GOBIERNO
CULTURA Y JUVENTUD DE COSTA RICA
Esculturas de madera,
Utensilios para usos culinarios artesanales (tablas de cortar, cucharas,
recipientes, bandejas etc),
e Elementos decorativos como portarretratos, candelabros, portavelas,
maceteros
Joyería
Mobiliario pequeño (taburetes, percheros, etc)
Juguetes
Artefactos para iluminación
Además, el impacto en el turismo cultural: por medio de la imposición de
impuestos a los boletos aéreos, lo cual podría reducir la afluencia de turistas, lo
que afectaría negativamente a las actividades culturales que dependen del
turismo para su financiamiento. Por ejemplo, en el sector indígena cultural, que
depende del sector turismo internacional en parte para la venta de sus obras de
arte que permite el ingreso económico a sus familias.
En resumen, aunque la Ley de Emergencia y Salvamento Cultural busca apoyar
y reactivar el sector cultural, el Proyecto de Ley N.* 23.763, con sus propuestas
fiscales, podría impactar negativamente en aspectos clave para el desarrollo y
la sostenibilidad de actividades culturales en Costa Rica.
Se reitera que el Proyecto de Ley N.* 23.763 propone medidas fiscales que
podrían generar repercusiones significativas en el ámbito cultural:
Acceso a equipos y servicios para personas con discapacidad: Si bien propone el
aumento para productos de equipos médicos y dispositivos para personas con
necesidades especiales, esto puede generar una percepción negativa para un
sector específico, pero podría desencadenar un desequilibrio en la asignación de
recursos para otros aspectos culturales, generando posibles desigualdades.
Aumento de costos de producción en arte y artesanía: La imposición de
impuestos sobre la madera en troza impactaría directamente en las industrias
artísticas y artesanales que utilizan este material, lo que probablemente elevaría
los costos de producción y, por consiguiente, los precios de las obras culturales.
Esto podría limitar el acceso del público a estas expresiones culturales.
Impacto en el turismo cultural: La imposición de impuestos a los boletos aéreos
podría disminuir la llegada de turistas, afectando negativamente las actividades
culturales que dependen de la afluencia turística para su financiamiento. Esto
reduciría los recursos disponibles para el sector cultural en general.
COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA FISCALIZACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO DE LOS
PROGRAMAS CREADOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY No. 10041, LEY DE EMERGENCIA Y
SALVAMENTO CULTURAL— Web: salvamento(Omcj.go.cr
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MINISTERIO DE GOBIERNO
Y CULTURA Y JUVENTUD DE COSTA RICA
En conclusión, si bien la Ley de Emergencia y Salvamento Cultural busca apoyar
y reactivar el sector cultural, el Proyecto de Ley N.* 23.763, con sus propuestas
fiscales, podría impactar negativamente en aspectos clave para el desarrollo y
la sostenibilidad de las actividades culturales en Costa Rica. Es crucial considerar
la coherencia entre las leyes existentes y nuevas propuestas legislativas para
asegurar el apoyo continuo y equitativo al sector cultural en el país.
Con el fin de que se valore y considere lo aquí expuesto, se despiden
cordialmente,
IRENE OBANDO Famenconanioo
QUIROS QUIROS (FIRMA) HAYDEE DORA rte oOnA COSA
(FIRMA) Fecha:2023.12.22 COSEANI NO Ladera] o!
11:59.55-0600" INDICA (FIRMA) a 1223 13
Irene Obando Quirós Haydée Dora Coseani
Presidenta Secretaria
COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA FISCALIZACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO DE LOS
PROGRAMAS CREADOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY No. 10041, LEY DE EMERGENCIA Y
SALVAMENTO CULTURAL— Web: salvamento(Omcj.go.cr
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Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Yo desconozco ese expediente, por lo que yo no pudiera estar apoyándolo hasta
que no tenga una lectura idónea y total, entonces lamentablemente no conozco
al señor que firma esto, a don Alberto, no es nada personal, no lo conozco, no sé
quién es, pero yo por lo menos no voy a dar un voto de apoyo, rechazar o que se
archive algo que no he leído.
En discusión el documento, okey, suficientemente discutido entonces los que
quieren apoyar esta iniciativa del señor Alberto Cabezas, por favor levantar la
mano, okey ningún regidor municipal de Pococí estaría votando esa propuesta
del señor, entonces quedaría nueve en contra.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se rechaza solicitud realizada por el señor Alberto
Cabezas Villalobos, presidente de la Asociación Agencia para el Desarrollo
Accesible Sin Fronteras.
ACUERDO N?* 34
Se conoce nota suscrita por el Ing. Ulises Álvarez Acosta, secretario general en
representación de la Comisión Plenaria del Ministerio de Ambiente y Energía,
correo electrónico: notificacionesOsetena.go.cr, dice:
Oficio: Resolución N* 2043-2023-SETENA
Asunto: Recurso de revocatoria con apelación en subsidio e incidente de nulidad
en contra de la resolución No. 1756-2023-SETENA. PROYECTO PLANTA INDUSTRIAL
RECICLADORA DE METALES. EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N* D1-21762-2018-
SETENA.
de
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ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-20 F—-7
PAGINA N?64
MINISTERIO DE GOBIERNO SECRETARÍA TÉCNICA
AMBIENTE Y ENERGÍA | DE COSTA RICA / NACIONAL AMBIENTAL
NOTIFICACIONES:
Desarrolladora: mbarboza(Dlegemcr.com notificacionestecnicas(ODcrsostenible.com
goyenaga45(0gmail.com
Apersonados: Manuel.hernandezOmunipococi.go.cr secretaria(Qmunipococi.go.cr
comitevecinosjimenezOdgmail.com
Otros: GCervantes(ice.go.cr jose.sibaja.brenesMuna.cr BPerezCOice.go.cr
Recurrente: litisasesoriajuridica(Qgmail.com
Resolución N* 2043-2023-SETENA
EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL
AMBIENTAL, A LAS 09 HORAS 50 MINUTOS DEL 21 DE DICIEMBRE DEL 2023.
PROYECTO PLANTA INDUSTRIAL RECICLADORA DE METALES.
EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N* D1-21762-2018-SETENA
Conoce esta Secretaría recurso de revocatoria con apelación en subsidio e incidente de
nulidad en contra de la resolución No. 1756-2023-SETENA de las 10 horas con 55 minutos
del 15 de noviembre del 2023.
RESULTANDO
PRIMERO: El día 10 de enero del 2018 ingresó el formulario de Evaluación para el proyecto
Planta Industrial Recicladora de Metales, al cual se le asignó el expediente administrativo
No. D1-21762-2018-SETENA.
SEGUNDO: El día el día 24 de abril del 2018 se realizó inspección al sitio del proyecto y
por medio del oficio No. SETENA-SG-DEA-190-2018 se realizó prevención a la
desarrolladora y se le solicitó información complementaria. Asimismo, mediante el oficio No.
SETENA-DT-DEA-1380-2023 se solicitó ampliación de la información complementaria
aportada.
TERCERO: El día 26 de noviembre del 2018 por medio del oficio No. SETENA-SG-2411-
2018 dirigido a la Directora del Área de Salud de Pococí solicitando información sobre si el
uso de suelo de la propiedad en la que se realizaría el proyecto de marras requería el visto
bueno del Ministerio de Salud. La misma consulta se reiteró por medio del oficio No.
SETENA-DT-DEA-0113-2019 del 22 de enero del 2019 dirigido al Ministerio de Salud.
CUARTO: El día 15 de marzo del 2019 se ingresó al expediente administrativo el oficio No.
DR-HC-0344-2019 en el cual se hace referencia al oficio No. HC-URS-0131-2019 en el que
se indicó:
Es importante mencionar que, el distrito de Jiménez no se encuentra dentro del Plan
Regulador ni de los plazos de zonificación que posee la Municipalidad de Pococí,
por lo que tampoco se cumple lo que establecen los artículos 18 y 20 del Reglamento
de Higiene Industrial del Ministerio de Salud que establecen lo siguiente:
Av. 21, C. 9 y 11, San Francisco de Goicoechea, 100 m. Norte y 100 m. Oeste de la Iglesia de ladrillo
Tel. (506) 2234-3420. Portal https://portal.setena.go.cr. Apartado Postal 5298-1000, San José, Costa Rica.
www.setena.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*65 ACTA N%02 Extraordinaria.
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MINISTERIO DE GOBIERNO SECRETARIA TÉCNICA
AMBIENTE Y ENERGÍA | DE COSTA RICA / NACIONAL AMBIENTAL
Ant. 18: “La localización de los establecimientos industriales deberá ajustarse a
lo establecido en los planes reguladores o planos de zonificación. En ausencia
de un régimen de zonificación vigente, corresponderá al ministerio resolver
sobre el sitio en que pueden instalarse.”
Art. 20: Las industrias peligrosas e insalubres solo podrán establecerse en
zonas o parques industriales, en los que se hayan previsto sitios especiales
para éstas, que contemplen y todos los demás factores pertinentes, entre ellos
el sentido de los vientos y de las aguas, para que los riesgos que generen
queden debidamente confinados dentro de los límites del lore correspondiente
al establecimiento.”
Por lo anterior, es importante destacar que el sitio donde se establecerá la Planta de
Reciclaje de Baterías no se ajusta a la normativa vigente, debido a que no se
encuentra dentro de una zona industrial como se indica en los artículos mencionados
líneas arriba. Además de que dichos residuos se consideran peligrosos y pueden
atentar contra la salud de las personas que viven en las cercanías del lugar.
Sin embargo, debido a que no existe Plan Regulador en el distrito Jiménez, le
corresponde a este Ministerio valorar el Uso de Suelo de la propiedad mencionada
en el oficio No. DPAH-UNSSAH-008-2019.
Por lo tanto, como lo solicitado anteriormente no cumple con la reglamentación
vigente, se define como Visto Bueno NEGATIVO por parte de este ente Rector.
QUINTO: El día 5 de abril del 2019 se emitió la resolución No. 1117-2019-SETENA de las
07 horas con 05 minutos se rechazó la solicitud de Viabilidad Licencia Ambiental y se
ordenó el archivo del mismo, basados en los oficios ingresados en marzo del 2019.
SEXTO: El día 12 de abril del 2019 ingresó el oficio No. MS-DPAH-D-136-2019 del 4 de
abril del 2019 en el cual rectifica su criterio anterior indicando:
Según la solicitada nota, el proyecto cuenta con el Certificado de Uso de Suelo
DPCC-0234-2017 otorgado por la Municipalidad de Pococí.
Al respecto, mediante oficio DPAH-UNSSAH-049-2019 del 8 de marzo del 2019 se
realizó traslado del oficio DH-HC-0344-2019 del 25 de febrero del 2019.
No obstante, mediante oficio DR-HC-0656-2019 de 1* de abril del 2019, el Dr.
Alexander Salas López, Director de la Dirección Regional de Rectoría de la Salud
Huetar Caribe indica que la citada planta no requiere visto bueno de la ubicación
de este Ministerlo para la validación del uso de suelo y que la intervención de
este Ministerio se realizará en el momento en que se tramite el Permiso
Sanitario de Funcionamiento.
Por lo que le solicito dejar sin efecto el oficio DPAH-UNSSAH-049-2019 del 8
de marzo del 2019. (La negrita no es propia del texto original)
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SÉTIMO: La parte desarrolladora presentó revocatoria con apelación en subsidio y aportó
el oficio No. DR-HC-0656-2019 del 1 de abril del 2019 en el que el Ministerio de Salud
indicó:
(...)
Lo anterior corresponde al concepto de ubicación establecido tanto en la Ley General
de Salud como en la reglamentación sanitaria específica emitida por el Ministerio
antes de la promulgación del presente decreto. Esto último referido exclusivamente
a los Permisos Sanitarios de Funcionamiento.
Visto lo anterior, la norma referida brinda de manera taxativa la competencia a los
Gobiernos Locales, para definir la ubicación de las actividades reguladas por el
Reglamento General de Permisos de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de
Salud. En ese mismo sentido es necesario tener en conocimiento y aplicación, que
la Ley General de la Administración Pública en su numeral 60 inciso 1, dispone que
la competencia se limitará en razón de territorio, tiempo, materia y del grado.
Por todo lo anterior expreso reitero que, para la validación de uso de suelo para la
planta de reciclaje de baterías, en el distrito de Jiménez, otorgado por la
Municipalidad de Pococí no se requiere el visto bueno de ubicación del Ministerio de
Salud y nuestra intervención se limitará en una segunda instancia cuando se tramite
el Permiso Sanitario de Funcionamiento.
OCTAVO: El día 29 de mayo del 2019 mediante la resolución No. 1614-2019-SETENA de
las 09 horas 45 minutos se declaró CON LUGAR el recurso de revocatoria con apelación
interpuesto y se devolvió el expediente administrativo al Departamento de Evaluación
Ambiental.
NOVENO: El día 20 de junio del 2019 por medio de la resolución No. 1923-2019-SETENA
de las 09 horas 45 minutos se otorgó la Viabilidad Licencia Ambiental al proyecto de marras.
DÉCIMO: El día 15 de julio del 2019 ingresó recurso de revocatoria con apelación en
subsidio en contra de la resolución No. 1614-2029-SETENA por parte de una opositora al
proyecto. Este recurso fue resuelto como inadmisible por medio de la resolución No. 3357-
2019-SETENA de las 13 horas 55 minutos del 5 de noviembre del 2019, e igualmente en
alzada por medio de la resolución No. 342-2019.MINAE de las 10 horas 30 minutos del 17
de diciembre del 2019.
DÉCIMO PRIMERO: Los días 23 de febrero del 2022 y 4 de marzo del 2022 se recibieron
denuncias en contra del proyecto y por medio de los oficios No. SETENA-DT-ASA-0430-
2022 del 3 de marzo de ese año y SETENADT-ASA-0431-2022 del 4 del mismo mes y año
se solicitaron las pruebas de descargo sobre la denuncia interpuesta.
DÉCIMO SEGUNDO: El día 11 de mayo del 2022 mediante la resolución No. 776-2022-
SETENA de las 10 horas se rechazó la denuncia presentada el día 23 de febrero del mismo
año.
DÉCIMO TERCERO: El día 23 de junio del 2022 se presentó expediente contencioso
administrativo No. 22-002173-1027-CA en el cual se inició proceso de conocimiento y se
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informó sobre la imposición de medida cautelar de paralización por parte del Tribunal
Contencioso Administrativo.
DÉCIMO CUARTO: El día 27 de julio del 2022 mediante la resolución No. 1271-2023-
SEETENA de las 10 horas 25 minutos del 27 de julio del 2022 se comunicó al desarrollador
la medida cautelar de paralización de obras interpuesta por el Tribunal Contencioso
Administrativo.
DÉCIMO QUINTO: El día 3 de agosto del 2022 la desarrolladora presentó recurso de
revocatoria con apelación en subsidio en contra de la resolución supra citada e informó que
las obras de construcción referentes ya habían finalizado por lo cual no hay sentido en la
medida interpuesta.
DÉCIMO SEXTO: El día 2 de noviembre del 2022 mediante la resolución No. 1802-2022-
SETENA de las 10 horas 25 minutos se declaró sin lugar el recurso de revocatoria contra
la resolución No. 1271-2022-SETENA.
DÉCIMO SÉTIMO: Consta a folios 995 y 996 del expediente administrativo oficio No. DAA-
OFI-1745-2022 del 1 de noviembre del 2022 de la Procuraduría General de la República,
en el cual se informa a esta Secretaría que por resolución No. 380-2022-Il del 1 de
noviembre del mismo, emitida en audiencia oral se dejó sin efecto la medida cautelar
impuesta por el TCA, indicándose:
El Tribunal de Apelaciones acogió el recurso de apelación interpuesto por la empresa
desarrolladora IMIM RECYCLING, (...), y en consecuencia dejó sin efecto la
resolución de medida cautelar ante causam adoptada por el juez tramitador del
Tribunal Contencioso Administrativo en auto de sentencia n* 338-2022 de la 16:30
horas del 30 de junio del 2022 puesta en conocimiento a esta Secretaría según oficio
no. DAA-OFl-1001-2022 del 24 de junio del 2022.
DÉCIMO OCTAVO: El día 30 de noviembre del 2022 por medio de la resolución No. 1968-
2022-SETENA de las 10 horas 25 minutos se ordenó dejar sin efecto la resolución No.
1271-2022-SETENA.
DÉCIMO NOVENO: El día 29 de marzo del 2023 se realizó inspección al sitio, lo cual consta
en el acta No. ASA-ACT-INS-0040-2023 y por medio de la resolución No. 0715-2023-
SETENA de las 13 horas del 17 de mayo del 2023 se le ordenó a la desarrolladora la
presentación de un plan de regencia con los cumplimientos ya solicitados, para que fueran
evidenciados en el mismo.
La orden se cumplió por parte de la desarrolladora mediante el informe de regencia
ambiental ingresado por secuencias No. 5924-2023 y 5926-2023 del día 13 de junio del
mismo año.
VIGÉSIMO: El día 25 de setiembre del 2023 mediante oficio No. SETENA-DT-ASA-1874-
2023 se informó a la desarrolladora sobre la presentación de una denuncia interpuesta
contra el proyecto por la construcción del proyecto en zona residencial y por los posibles
problemas que generaría a los vecinos cuando entre en funcionamiento (contaminación
sónica, emisiones de gases, emisiones de material particulado, generación de escorias,
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emisiones de plomo al ambiente, contaminación de ríos, entre otros); para que aportaran
las respectivas pruebas de descargo en seguimiento a la denuncia.
VIGÉSIMO PRIMERO: El día 2 de noviembre del 2023 mediante la resolución No. 1672-
2023-SETENA de las 08 horas 30 minutos se rechazó la denuncia interpuesta. Dicha
resolución se notificó el mismo día.
VIGÉSIMO TERCERO: El día 7 de noviembre mediante la secuencia No. 10958-2023
ingresó a SETENA recurso de revocatoria con apelación en subsidio en contra de la
resolución No. 1672-2023-SETENA.
VIGÉSIMO CUARTO: El día 14 de noviembre del 2023 por medio del oficio No. AJ-0345-
2023 se solicitó criterio técnico para mejor resolver el recurso interpuesto.
VIGÉSIMO QUINTO: El día 6 de diciembre mediante el oficio No. SETENA-DT-ASA-2299-
2023 se brindó el criterio técnico para mejor resolver el recurso de revocatoria.
CONSIDERANDO
PRIMERO: Admisibilidad de los Recursos de Revocatoria
a) Legitimación y capacidad procesal: De conformidad con el artículo 105 de la Ley de
Biodiversidad que establece que Toda persona estará legitimada para accionar en sede
administrativa o jurisdiccional, en defensa y protección de la biodiversidad, se tiene
legitimado al recurrente para la presentación del escrito recursivo interpuesto.
b) Sobre el plazo de interposición de los recursos administrativos: Estos están definidos en
el artículo 346 de la Ley General de la Administración Pública, indicándose que: “Yos
recursos ordinarios deberán interponerse dentro del término de tres días tratándose del acto
final y de veinticuatro horas en los demás casos, ambos plazos contados a partir de la última
comunicación del acto”. En el caso de marras la resolución que se recurre se notificó el día
viernes 2 de noviembre del 2023 y el recurso se presentó el día martes 7 del mismo mes y
año, por lo que se tiene presentado en tiempo.
c) Acto recurrido. El recurso es admisible en aplicación de los artículos 342 y siguientes de
la LGAP, por haberlo dispuesto así la resolución impugnada en el POR SEGUNDO de la
resolución que se recurre.
SEGUNDO: Sobre el fondo del asunto:
De seguido se procede a citar los alegatos presentados en el recurso interpuesto todos
juntos, por lo que más adelante se explicará:
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Primero; Mediante la resolución recurrida se quebranta la disposición de la ley (Ley
Orgánica del Ambiente), que establece que el ambiente forma parte del patrimonio de
todos los seres humanos habitantes de Costa Rica, y que el Estado ineludiblemente tiene
la obligación de participar activamente de su conservación. En virtud de ello los seres
humanos en Costa Rica tenemos el derecho a disfrutar de un ambiente sano a efecto
mejorar la calidad de vida.
Estos son principios que deben regir el actuar administrativo, que se irrespetaron con el
fondo de la resolucion que impugno, y al tratarse de una violación de ley, la resolución
administrativa resulta contraria al ordenamiento jurídico y absolutamente nula, por lo
cual pido se declare como tal.
La Secretaría Técnica Nacional Ambiental tiene funciones básicas, que de acuerdo con el
principio de legalidad administrativa está obligada a cumplir y no puede eludir, y dentro
de ellas están las siguientes obligaciones:
“e) Atender e investigar las denuncias que se le presenten en lo relativo a la
degeneración o al daño ambiental d) Realizar las inspecciones de campo
correspondientes antes de emitir sus acuerdos.”
"Artículo 89 ... deberán realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de las
e«ispostctones legales y reglamentarias en la materta, así como de las resoluciones que
dicte esta secretaría”, En el presente caso, no se realizó investigación alguna.
“Artículo 89 ... deberán realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de las
disposiciones legales y reglamentarias en la materia, así como de las resoluciones que
investigación alguna.
dicte esta secretaría”. En el presente caso, no se reali
Véase que la normativa citada no sólo vbliga a ulender y resolver administrativamente
una denuncia ambiental, sino que establece la obligacón de SETENA, de implementar la
investigación del caso concreto, y con ello de procurar la obtención de la prueba.
De manera que no basta con resolver una denuncia aduciendo ausencia, o el no aporte de
prueba de parte del denunciante, dado que es obligación del Estado participar
activamente en la conservación del medio ambiente y SETENA como parte del mismo,
tiene una función proactiva en la tramitación de las denuncias que recibe.
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La administración en la resolución impugnada, al analizar el hecho denunciado ++1 refiere
que se ha denunciado la ubicación de un proyecto de reciclaje de baterías en una zona no
autorizada.
En el Resultando Segundo se informa que mediante resolución 1923-2019 SETENA del
20 de julio del 2019, se otorgó la viabilidad (Licencia) ambiental al proyecto.
En virtud de este segundo aspecto que se informa, los hechos denunciados conllevan a
una odiosa violación del ordenamiento jurídico en sede administrativa, La investigación y
comprobación de lo hechos de parte de la administración, resuelta ser esencial, vital,
porque son hechos sumamente graves, y por ende debieron investigarse activamente por
SETENA antes de adoptar la decisión final que recurro. Se violó la normativa que
establece las obligaciones de SETENA , la cual adoptó una actitud pasiva en la
prosecución de la investigación de la denuncia, afirmando en la resolución recurrida lo
siguiente:
“El hecho denunciado refiere inicialmente a la ubicación en una zona aparentemente no
autorizada. No obstante, el denunciante no aporta prueba documental que valide la
información expuesta en la denuncia...”
La anterior postura administrativa constituye una violación al Principio Administrativo de
Legalidad, que se desprende del artículo 11 de la Ley General de Administración Pública,
dado que tal y como lo cité anteriormente, es obligación ineludible de SETENA como
administración mantener una posición proactiva en el procedimiento administrativo de
investigación, es decir le corresponde INVESTIGAR lo denunciado, le corresponde
obtener la prueba para afirmar o para descartar, nunca debe alegarse ausencia de prueba
por falta de aporte del denunciante. En cuanto a los particulares pueden aportar la prueba
que estimen conveniente, pero la obligación de investigar reside en la Administración
Pública y por ello es ésta la que debe procurar las probanzas que acrediten o descarten lo
denunciado.
Los acuerdos de los Consejos Municipales son públicos. Es información pública, que se
publicita en la web site, y todos tenemos acceso a los mismos, incluida obviamente la
propia administración pública, quien pudo obtener la información y documentación
necesaria de parte de la Municipalidad de Pococí.
Se refiere en la resolución recurrida que el proyecto de Reciclaje de Baterias está ubicado
en la finca 59899-000, la cual tiene como plano el documento L-1581937-2012, que
ubica la finca en la jurisdicción de Jiménez de Pococí. La anterior es información que la
administración suministra en la resolución impugnada, y que debió ser el punto de partida
de su investigación.
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De la misma informacion indicada, se debió desprender la obligación de SETENA de
comprobación del hecho denunciado, en el sentido de si el Proyecto al cual le dieron
viabilidad ambiental mediante resolución 1923-2019 SETENA del 20 de Julio de 2019,
se ubicaba o no en una zona no autorizada, para lo cual debió solicitar activamente y
como parte de la investigación, y en forma directa a la Municipalidad de Pococí, los
atestados pertinentes que acrediten si dicho Consejo tenía autorizada esa zona geografica
para que pudiese o no implementar ese tipo de proyectos de Reciclaje de Baterías. El
Consejo Municipal de Pocoef tiene la competencia para adoptar esa decisión de
conformidad con lo establecido en el Código Municipal y había acordado no autorizar ese
tipo de proyectos en el Cantón.
El proyecto en ejecución está ubicado en una zona residencial, aunque en el sector no
exíste un plan regulador. Fue por ello, que el Consejo Municipal en uso de sus
atribuciones adoptó un acuerdo prohibitivo para la instalación de este tipo de negocios en
el Cantón. incluido el Distrito de Jiménez. lo cual imposibiltaría la continuidad del
proyecto, y ubicaría el mismo en una zona legalmente no autorizada para su
implementación, y además no resultaría viable al tratarse de una zona residencial, lo cual
debió ser objeto de comprobación por SETENA.
Incluso fue aceptado por el Desarrollador del proyecto en su respuesta a la denuncia, que
la Municipalidad de Pococí les emitió un uso de suclo bajo la condición de obtenerse una
aprobación del Ministerio de Salud. Si dicha condición no se cumplo, la consecuencia es
la imposibilidad de llevar adelante el proyecto, por cuanto carecería de eficacia jurídica el
acto administrativo de otorgamiento del uso de suelo por el ente Municipal.
Como no se realizó realmente una investigación en este específico expediente
administrativo, SETENA no busco los elementos probatorios necesarios para afirmar o
descartar administrativamente nuestra postura.
La Administración (SETENA) descarta su intervención activa, al mencionar en el análisis
ul hecho 1, que el proyecto está construido con permisos, y que ello ya trasciende las
competencias de la Secretaría.
Conforme a nuestro entender jurídico, esa postura es disconforme con el ordenamiento
jurídico, dado que dicha administración si tiene la competencia para investigar el posible
daño ambiental, aunque este no esté materializado, dado que es un daño potencial que
debe investigar como parte del Principio Precautorio, y sobre todo por cuanto existe el
antecedente administrativo de otorgamiento de una viabilidad ambiental en una zona no
permitida, que resultaría ser un acto ilegal, contrario al ordenamiento jurídico, y por ende
la administración no se debe desligar de su deber de investigar.
La viabilidad ambiental es acto administrativo cuestionado mediante la denuncia, al
afirmarse que se autorizó la realización de un proyecto que se ubica en una zona no
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permitida legalmente, por tratarse de una zona residencial y por existir una prohibición a
ese momento específico, emitida por el Consejo Municipal de Pococi.
A parte de lo anterior sobre la ubicación del proyecto, la administración recurrida en su
1
resolución, dice que rechaza el el hecho de iado 1 dando otras r. adici
Antes de comentar esas razones, resulta propio indicar que dicha forma de resolver es
impropia para la sede administrativa, dado que no se trata de aceptar o rechazar un hecho
denunciado porque sería una decisión poco objetiva, sino que conforme a los principios
de la Sana Critica Racional , debe evaluarse la prueba que la misma administración
hubiese ordenad , Y COn rr ñ lógico deductivo luir a partir de la
misma, la comprobación o no del hecho denunciado.
La fundamentación de la resolución recurrida es defectuosa, es errónea por lo indicado.
Como raz icionales para lo que llaman el rechazo de los hechos, en la conclusión
sobre el hecho 1 se cita:
a) Afirma; Se alegan hechos sin fundamento ni prueba.
Tenemos que entender que la prueba se debe desprender del expediente administrativo, y
que es la propia administración (SETENA) quien tiene el deber de investigación e
incorporar dicha prueba, es decir de ordenar y hacer llegar las pruebas pertinentes al
expediente.
b) Afirma; Ademas se realizan supuestos de algo que en campo no ha sucedido y
uo existe prueba documental que valide lo afirmado por los vecinos.
Nuevamente, en virtud del Principio Pr rio, no es ble que el daño
ambiental sea materializado. No se puede poner como condición para investigar, que la
salud del pucblo esté afectada. La administración (SETENA) tiene el deber de investigar
los hechos posibles de llevarse a cabo o suceder que puedan causar el daño ambiental, y
a partir de una deducción científica, debe resolver si existe o no esa probabilidad de daño
ambiental, y luego de ello debe adoptar las medidas de ión las.
Como razones adicionales para lo que llaman el rechazo de los hechos, en la conclusión
sobre el hecho 2 se cita:
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permitidos.
Se afirma que el hecho carece de fundamento porque es una suposición y que por eso es
desproporcional, lo cual resulta ser una conclusión contraria al ordenamiento jurídico.
Nuevamente tengo que reiterar que en virtud del Principio Precautorio, no es
indispensable que el daño ambiental sea materializado. Dasta con que el daño sea posible
desde el punto de vista científico, lo cual se comprueba durante la investigación que debe
llevar SETENA, obteniendo los criterios técnicos respectivos como parte de la prueba
que debo evacuarse durante la investigación, Su deber es investigar,
De igual fosrma los documentos el Convenio de Basilea y los que existen en el
expediente D1-21762-17, permiten realizar las afinmaciones denunciadas, por lo cual no
se puede válidamente afirmar que se trata de meras suposiciones del denunciante. Existe
un grado de probabilidad aceptable de los hechos denunciados, lo cual debió motivar la
investigación y comprobación de los mismos, pero la administración simplemente no
investigó.
Sabemos de antemano que no existe una máquina que sea 100 % de eficiente, y por ello
sabemos que si se emitirán partículas al aire por medio de los sistemas de tratamiento
colocados, y esta razón es suficle
te para ser objeto de la investigación y de la prueba
técnica a ordenar por la administración.
b) Alñrzia la adusinid: ón que lo a permisos y mbicación del proyec
debe canalizarse a la Municipalidad y al Ministerio de Saluda
Como indicamos, nente de la e tencia de esos otros entes, SETENA
somo administración mantiene su competencia para investigar la denuncia del daño
ambiental potencial que se efectuó y para revisar su propia actuación al otorgar la
viabilidad ambiental a la luz de los denu , y la pr que o, evacuar,
En ese sentido la Adminsitración no Ñ su resolucion en forma
quebrantando el deber de fundamentación de sus resoluciones.
Segundos Mediante la resolución recurrida, también acontece un quebranto del artículo
56 del Decreto Ejecutivo número 43898-MINAE-MOPT-MAG-MEIC, dado que el
conocimiento de los hechos denunciados es efectivamente competencia de la Secretaría
Técnica Nacional Ambiental, pero ésta la declina.
Tercero: Es menester reafirmar a algunos aspectos particulares de la resolución, que
hacen ameritar su revocatoria y nulidad.
Se puede observar que en el Resultando primero se acredita que el proyecto fue
tramitado bajo el Código CHLU 3702 que corresponde a reciclaje de metales, mientras que
legalmente debió ser tramitado ante SETENA bajo el código 3830 que se refiere a
Recuperación de materiales (centros de acopio, recicladoras, ...), en donde el Grupo A
(RIESGO ALTO) especifica:
“Establecimientos o actividades de riesgo alto: aquellas actividades o
establecimientos que por sus características representan o pueden
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representar un riesgo potencial en forma permanente a la salud de las
personas o al ambiente”.
AL tratarse de la manipulación del metal tóxico plomo y ácidos, el código especificado
por la empresa y por SETENA está erróneo y eso hace variar el nivel de riesgo que se
debe aplicar y analizar, deviniendo en procedente acoger el Recurso planteado.
Respecto ul puntaje del SIA, que se refiere en el mismo Resultando que fue de 213, es
para solamente entregar una Declaración Jurada de Compromisos Ambientales.
Sabemos que esta Planta de Reciclaje de Baterias, al igual que otras, es de alto ricsgo,
según lo preceptuado en el Convenio de Basilea. Se debe consultar el documento
“Directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional de los acumuladores de
plomo de desecho”, publicado por el Programa de las Naciones Unidas sobre el Medio
Ambiente (PNUMA) y la Secretaría del Convenio de Basilea, donde especifica:
a. — Página 23, b) la apertura manual de los acumuladores —
Fuente de daños para la salud humana y para el medio ambiente
provocados por fuertes derrames y formación de polvo contaminado
con plomo: General la apertura l se lleva a cabo con
herramientas primitivas, los trabajadores están mal protegidos y no se
protege en absoluto el medio ambiente. La situación empeora en el
caso de los acumuladores sellados cuyo drenaje no es fácil, lo que
incrementa extraordinariamente el riesgo de fuertes derrames y daños
para la salud humana. Por lo tanto, este método deberá evitarse a toda
costa.
(tomar en cuenta que la empresa especifica: “Descripción del
Proyecto: (modificada según información aportada el 30 de julio del
2018, folio 217) Una vez recibida la vetaría en el establecimiento,
manualmente se saca el ácido de la batería).
b. Página 37, 101. Por otra parte, las medidas de control permiten
reducir en todo lo posible los errores de procedimiento y los accidentes,
al tiempo que propos sn l l de instrucciones
que, sí se cumplen, reducirán considerabl el riesgo de
contaminación del medio ambiente.
Con esto, y los demás argumentos expuestos en el documento “Directrices técnicas para
el manejo ambientalmente racional de los acumuladores de plomo de desecho”, las
empresas que toman el plomo de las baterías son catalogadas de alto riesgo humano y
ambiental, por lo que una valoración SIA de 213 es demasiado bajo, ya quo se trató como
si fuera recicladora de metales sencillos, y no de plomo.
Una empresa de este tipo debería tener un valor de SIA superior a los 1000 puntos, por lo
que se debería de realizar un Estudio de Impacto Ambiental. Más aún, SETENA solicitó
el cambio de nombre del proyecto, pero no se dio el cambio en el valor del SIA
(SETENA-DT-DEA-1380-2018).
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Por otra parte debo agregar, en tomo a lo que indica la resolución recurrida
RES-1672-2023 en el sentido de que “se alegan hechos sin fundamento ni prueba
alguna, además que se realizan supuestos de algo que en campo no ha sucedido y no
existe prueba documental que valide lo afirmado por los vecinos”, lo siguiente:
Los documentos del Convenio de Basilea y del PNUMA constituyen parte de los
fun les de la d ia, los cuales son insumos básicos para la
instalación de este tipo de empresas y los desarrolladores deberían conocer las directrices
dadas por los órganos competentes para el seguimiento de estas empresas, y obviamente
hablamos de disposiciones técninas que se debe presuponer son del entero manejo de la
administración al resolver, pero que al parecer no lo fueron.
Adi nente a lo indicado sobre hecho de: tl, debo agregar que al no existir
un plan regulador, la empresa que recicla plomo no podría instalarse en la zona indicada,
al ser una empresa de alto riesgo, e según el Convenio de Basilea, y según el artículo 20
del Reglamento de Higiene Industrial, el cual especifica:
“Artículo 20.- Las in las insalubres y pelig, sólo podrán
o parques industriales, en los que se hayan previsto sitios especiales para éstas, que
contemplen el aislamiento necesario y todos los demás factores pertinentes, entre ellos el
sentido de los vientos y de las aguas, para que los riesgos que generen queden
debidamente confirmados dentro de los límites del lote correspondiente al
se en zonas
establecimiento, ”.
Debo señalar, que se lona que “como combustible se tiene planificado utilizar Gas
LP que es el combustible actual más amigable para sistema de combustión y no existe
salida de aguas del proceso a ningún cuerpo de receptor cercano por lo que la
afirmación de contaminación de rios, entre otras posibles afectaciones, no es un hecho
probado”.
Ante tal afirmación, señalo que en el proceso productivo de la empresa se pueden emitir
derrames de lixiviados ácidos por lluvias, por lo que se debe tener un sistema de
contención de derrames, tal sistema no se especifica en el expediente D1-21762-17.
Por último indico que el diseño, la construcción, y la autorización ambiental del proyecto
en si mismo es una violación al ordenamiento juridico, dado que el centro de
almacenamiento (bodega) de la empresa está colocado sobre un río que ilegamente
canalizaron, lo cual constituiye una violación flagrante a una Zona protegida y pública.
El derrame del lixiviado de la escoria con agua de lluvia (nivel de pH semejante a 4)
haría el escurrimiento de los metales adheridos a la escoria por la pendiente del lugar.
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Con fundamento en lo expuesto solicitamos se acoja el Presente Recurso de Revocatoria,
y/o el Recurso de Apelación en Subsidio ante el Ministro de Ambiente y Energía.
Solicitamos revocar y anular la resolución 1672-2023 SETENA de las 8:30 horas del 2
de noviembre del 2023, Solicitamos declarar nula la resolución recurrida 1672-2023
SETENA y la resolución 1923-2019- SETENA del 20 de junio del 2019.
Notificaciones: Las escucho en el correo electrónico litisasesorinjuridica(dgmnil.com
San José 7 de octubre 2023
>
Lic, Jorge Martínez Meléndez 0.2237
ABOGADO
Abogado carne 2237
Inicialmente considera esta Secretaría importante indicar que tal y como consta a lo largo
de todo el expediente administrativo la SETENA ha actuado en total apego a sus facultades
y obligaciones impuestas por los numerales 17 y 83 de la Ley General de la Administración
Pública, como por el Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de
Impacto Ambiental, incluido en el proceso del seguimiento ambiental y la atención de las
denuncias que se han interpuesto en contra del proyecto.
Con respecto a la aplicación de la normativa establecida para la SETENA, esta como parte
de la Administración Pública debe cumplir y adherir su actuar al principio de legalidad que
le impide desaplicar el marco legal y reglamentario. En esa línea, la obligación que tiene la
Administración de cumplir con las normas jurídicas establecidas viene del principio de
legalidad, establecido en el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública
(LGAP), y las funciones de esta Secretaría se circunscriben al actuar acorde con dicho
principio, que establece:
Artículo 11
1. La Administración Pública actuará sometida al ordenamiento jurídico y sólo podrá
realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios públicos que autorice dicho
ordenamiento, según la escala jerárquica de sus fuentes.
2.Se considerará autorizado el acto regulado expresamente por norma escrita, al
menos en cuanto a motivo o contenido, aunque sea en forma imprecisa.
La Procuraduría General de la República ha dispuesto bajo el criterio No. C-0147- 2006,
del siete de abril del año dos mil seis, en el que dispone claramente y con perfecta
descripción lo que engloba el mencionado principio de legalidad, establecido en el artículo
11 de la Ley General de la Administración Púbica, así como los artículos 11 y 13 de la
Constitución Política, y su trascendencia en el ámbito de la Administración Pública:
“(...) Debemos recordar que, en el Estado democrático, el ejercicio del poder es
limitado; está sujeto a reglas previas y precisas, las cuales delimitan la
competencia de los órganos y entes públicos; o sea, que sus potestades están
claramente fijas de antemano, para alcanzar el fin que el ordenamiento jurídico les
impone. “En los términos más generales, el principio de legalidad en el estado
de derecho postula una forma especial de vinculación de las autoridades e
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Instituciones públicas al ordenamiento jurídico, a partir de una definición
básica según la cual toda autoridad o institución pública lo es y solamente
puede actuar en la medida en que se encuentre apoderada para hacerlo por el
mismo ordenamiento, y normalmente a texto expreso -para las autoridades e
instituciones públicas sólo está permitido lo que esté constitucional y
legalmente autorizado en forma expresa, y todo lo que no les esté autorizado
les está vedado”. (Véase el Voto N%440-98 de la Sala Constitucional.)
()
El principio de legalidad ha sido definido como una técnica de libertad y una técnica
de autoridad (GARCÍA DE ENTERRÍA, Eduardo Y OTRO. Curso de Derecho
Administrativo. Editorial Civitas, Madrid-España, reimpresión a la tercera edición,
1980). Lo primero, porque en todo Estado de Derecho el poder está sometido al
Derecho, tal y como se indicó supra. Con base en lo anterior, el Estado sólo puede
expresarse a través de normas habilitantes del ordenamiento jurídico, las cuales
responden a los ideales y a las aspiraciones de los habitantes de las sociedades
democráticas, con lo que se busca evitar actuaciones que afecten las libertades
fundamentales de la persona. El principlo de legalidad constituye un
presupuesto esencial para garantizar la libertad; sin él, el ciudadano estaría a
merced de las actuaciones discriminatorias y abusivas de los poderes
públicos.
Por otra parte, el principlo de legalidad es una técnica de autoridad, porque
gracias a él se le otorgan las potestades Jurídicas a la Administración Pública
para que cumpla con los fines que le impone el ordenamiento jurídico. Desde
esta óptica, el principio de legalidad es una garantía para el administrado, ya que,
gracias a él, la Administración posee los poderes suficientes que le permiten
desplegar las actividades necesarias para satisfacer el interés público. Ahora
bien, sólo es legítimo el utilizar esas atribuciones en los fines que expresa O
implícitamente le impone el ordenamiento jurídico a la Administración Pública,
porque de lo contrario, se caería en vicio de desviación de poder. También, la validez
del uso de esos poderes, está condicionada al ejercicio razonable y donde exista
una relación lógica y justa entre los medios empleados y los fines perseguidos, ya
que, de no ser así, se caería en el vicio de exceso de poder.
Así las cosas, podemos afirmar que la Administración Pública en la sociedad
democrática está sometida al principio de legalidad. Con base en él, aquélla sólo
puede realizar los actos que están previamente autorizados por el ordenamiento
jurídico. En efecto, señala el artículo 11 LGAP, que la Administración Pública debe
actuar sometida al ordenamiento jurídico y sólo puede realizar aquellos actos o
prestar aquellos servicios públicos que autorice dicho ordenamiento, según la escala
jerárquica de sus fuentes.
Por su parte, la Sala Constitucional de Costa Rica, en el voto N* 440-98, ha sostenido
la tesis de que, en el Estado de Derecho, el principio de legalidad postula una forma
especial de vinculación de las autoridades e institución públicas al ordenamiento
jurídico. Desde esta perspectiva, “...toda autoridad o institución pública lo es y
solamente puede actuar en la medida en que se encuentre apoderada para
hacerlo por el mismo ordenamiento, y normalmente a texto expreso -para las
autoridades e instituciones públicas sólo está permitido lo que este
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constitucional y legalmente autorizado en forma expresa, y todo lo que no esté
autorlzado les está vedado-; así como sus dos corolarios más importantes,
todavía dentro de un orden general; el principio de regulación mínima, que
tiene especiales exigencias en materia procesal, y el de reserva de ley, que en
este campo es casi absoluto”. (Véase el voto N* 440-98 de la Sala Constitucional)
En síntesis, el principio de legalidad constituye un presupuesto esencial del Estado
de Derecho y, por ende, del sistema democrático. Ergo, ningún ente ni órgano, que
conforma la Administración Pública, puede actuar si no existe una norma del
ordenamiento jurídico que lo habilite.” (la negrita no es propia del texto original)
De lo anterior deviene la obligación de la Secretaría de velar y aplicar las normas que, de
acuerdo al caso, se hayan establecido dentro del marco del ordenamiento jurídico y por
ende debe respetar la normativa referente a la garantía ambiental.
Ahora bien, en el caso de marras mediante la resolución que se recurre se asevera que la
SETENA no ha cumplido con tal principio alegando que no realizó la debida investigación
en la atención de la denuncia; sin embargo, no se aporta prueba de confirme tal dicho. Sin
omitir que según lo visto en el expediente administrativo se han realizado todos los procesos
necesarios tanto para brindar el debido seguimiento ambiental al proyecto y asegurar el
cumplimiento de los compromisos ambientales.
Para la atención de la denuncia que se rechazó por medio de la resolución que se recurre
se siguió el procedimiento debido y se valoraron los hechos alegados en conjunto con lo
que consta en el expediente administrativo (incluida una inspección al sitio del proyecto,
como parte del seguimiento ambiental, este mismo año) y lo aportado por la parte
desarrolladora, que según se indica en el análisis técnico realizado por SETENA la prueba
material aportada por la empresa desarrolladora valida su actuar dentro de los rangos
permitidos y adhiriéndose a los compromisos ambientales impuestos.
Nótese además que la resolución es clara al indicar que los hechos que se denuncian se
están basando en probabilidades sin aportar fundamento o prueba alguna. Lo anterior sin
mencionar que los alegatos mencionados en el recurso de marras se basan sobre hechos
que ya han sido por demás analizados, evaluados y respondidos por esta Secretaría en
varias ocasiones; sin omitir el hecho de que se pretende traer a análisis aspectos propios
de la etapa de Evaluación Ambiental, que ya está por demás precluida y que por ende no
es procedente entrar a conocer nuevamente a través del presente recurso; y así se reitera
en el criterio técnico para mejor resolver el presente recurso No. SETENA-DT-ASA-2299-
2023 en el cual se explica técnicamente:
Como se observa, el hecho 1 hace referencia a la etapa de evaluación ambiental
de previo a la obtención de la vlabilidad ambiental (VLA), donde consta en el
expediente administrativo todos los estudios técnicos aportados por el equipo
consultor profesional a cargo del expediente, mismos estudios que fueron revisados
por esta Secretaría de previo a la aprobación de la VLA y donde para cada posible
impacto el Desarrollador ha definido medidas ambientales con el fin de mitigar,
compensar o prevenir los efectos sobre el medio ambiente. Esta Secretaría si
revisó el expediente administrativo para valldar la información donde consta
análisis para los posibles efectos detallados en la denuncia, a saber:
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“contaminación sónica, emislones de gases, emislones de material
panticulado, generación de escorlas, emisiones de plomo al ambiente,
contaminación de ríos, entre otras posibles afectaciones”. Todo esto fue
revisado de prevlo a la VLA ambiental, donde en el análisis integral del expediente
se aprobó la VLA mediante la Resolución N%1923-2019-SETENA, del día 20 de junio
del 2019 y notificada el 27 de junio del 2019, Resolución que se encuentra en firme
por lo que es una etapa precluida de la cual no tiene razonamiento alguno que la
administración exija al desarrollador o investigue sobre documentación que consta
en los estudios técnicos desglosados en el expediente.
Para recalcar, cuando esta Secretaría aflrma que “como se mencionó líneas
arriba se alegan hechos sin fundamento ni prueba alguna, además que se
realizan supuestos de algo que en campo no ha sucedido y no existe prueba
documental que valide lo afirmado por los vecinos.” Es justamente porque lo
denunciado no hay prueba alguna de daño ambiental en sitlo y los alegatos
corresponden a una etapa ya superada en el proceso de ElA y que fue
analizada en el proceso de otorgamlento de la VLA. (La negrita no es propia del
texto original)
El recurrente hace mención del principio precautorio para reforzar su dicho, sin embargo,
ese principio por un asunto de legalidad se ha aplicado desde la etapa de Evaluación del
proyecto y hasta el momento actual, por lo cual en su debido momento se ha solicitado la
información adicional necesaria, así como acciones necesarias para cumplir con la
prevención de cualquier posible impacto, tal como establece el principio precautorio. En el
informe técnico para mejor resolver se amplía esta explicación indicándose:
Sobre este punto se recae en básicamente el análisis del punto anterior, el
recurrente hace referencia a supuestos impactos mismos que fueron
analizados en el proceso de ElA, donde se analizaron los estudios técnicos
aportados por el equipo consultor profesional a cargo del expediente, mismos
estudios que fueron revisados por esta Secretaría de prevlo a la aprobación de
la VLA y donde para cada posible impacto el Desarrollador ha definido medidas
ambientales con el fin de mitigar, compensar o prevenir los efectos sobre el
medio ambiente, esta etapa concluyó con la aprobación de la VLA mediante la
Resolución N%1923-2019-SETENA, del dla 20 de junio del 2019 y notificada el 27 de
junio del 2019, por lo que es una etapa concluida. (La negrita no es propia del texto
original)
En cuanto al deber de investigación que menciona el recurrente, este no se ha dejado de
cumplir en ningún momento, incluso la denuncia interpuesta se conoció y se analizó
técnicamente como procede y el hecho de que no se haya resuelto de la forma que los
denunciantes esperaban no significa que no se ha cumplido con el deber de investigación
propias de la atención de una denuncia. Al respecto mediante el oficio No. SETENA-DT-
ASA-2299-2023 se establece:
Se reitera que esta Secretaría procedió a investigar acorde a la información
consignada en el expediente y solicitó las pruebas de descargo acorde a lo
establecido en la legislación vinculante. Así mismo, se recuerda que los procesos
de ElA son procesos predictivos donde se analizan los posibles impactos para el
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desarrollo de una actividad, obra o proyecto, de esta forma se definen medidas
ambientales para prevenir, mitigar o compensar los posibles impactos.
El recurrente afirma que su denuncia tiene altos grados de probabilidad de ser
válida, lo cual es completamente atinado; no obstante, esas probabilidades de
impacto se analizaron en el análisis del ElA y fue Justamente ahí donde se
definieron las medidas para atenuar los posibles impactos, nótese que el
recurrente trae a colación preocupación por impactos que fueron analizados
en el proceso de ElA etapa que concluyó con la obtención de la VLA.
Por otra parte, el hecho 2 expresaba el malestar del denunciante por pruebas de
equipo realizadas en el proyecto y por el alto ruido. Como bien se indicó en la
atención de la denuncia se expresa una probabilidad de predicción de que la
empresa en funcionamiento tendrá niveles de ruldo elevado; no obstante, el
desarrollador aportó pruebas de sonido realizadas en sitlo mismas que
estuvleron acordes a lo que establece la legislación, por su parte el
desarrollador expresa estar anuente a realizar todos los ajustes
correspondientes a fin de mitigar la posible generación de ruido en el área de
proyecto. Es importante aclarar que la gestión ambiental es un proceso dinámico y
por ende puede estar sujeto a modificaciones con el fin primordial de prevenir y
mitigar posibles impactos, por ende, es necesario que la empresa desarrolle las
pruebas y correcciones de caso a fin disminuir posibles efectos negativos, mismos
que a la fecha no son tangibles en el área de proyecto. (La negrita no es propia del
texto original)
El tema de los permisos de ubicación ya ha sido por demás tratado, y así consta en el
expediente administrativo y se ha explicado con amplitud cuáles instituciones son las
competentes, pero para mayor claridad al respecto, en el criterio técnico emitido al efecto
para mejor resolver se reitera:
Como parte de los requisitos de previo a la aprobación de la VLA, se encuentra
presentar el Uso de Suelo Municipal, al momento de la aprobación de la VLA el
desarrollador aportó los permisos municipales correspondientes donde el municipio
brindó visto bueno para el desarrollo del mismo, en el expediente administrativo
constan los siguientes documentos relacionados a Uso de Suelo, emitidos por la
Municipalidad de PococÍ y presentados ante esta Secretaría como parte del proceso
de Evaluación de Impacto Ambiental (ElA):
+ A folio 210, tomo | del expediente administrativo consta el oficio DPCC-0234-
2017, con fecha de 03 de mayo del 2017, firmado por el Ing. Jean Carlo Rulz
Hemández.
+ A folio 253, tomo | del expediente administrativo consta el oficio DPCC-US-
0849-2018, con fecha de 18 de diciembre del 2018, firmado por el Ing. Jean
Carlo Ruíz Hernández.
Posteriormente, la Municipalidad de Pococí otorgó permiso de construcción y el
Ministerio de Salud ha emitido su visto bueno en relación al proyecto en cuestión.
Acá es importante recalcar que SETENA no es un permiso definitivo, por tanto la
obtención de permisos Municipales o de MINSA no están sujetos a SETENA;
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Si posterior a la VLA la Municipalidad de Pococí o MINSA deciden no otorgar
los permisos correspondiente al Desarrollador, es una situación que
trasciende las potestades otorgadas a esta Secretaría y por ende debe
canalizarse hacia los entes competentes como se indicó en la resolución No. 1672-
2023-SETENA de las 8:30 horas del 2 de noviembre del 2023.
Respecto al punto del CIUU, no corresponde a la denuncia original, sino a nuevas
objeciones traídas a colación. Sin embargo, se resalta que corresponde a un tema
de ElA, misma etapa que se encuentra concluida con el otorgamiento de la VLA. (La
negrita no es propia del texto original)
La misma explicación aplica para el tema de la existencia o no de Plan Regulador, es un
tema ya precluido por cuanto ya ha sido analizado en el expediente administrativo y que no
se menciona en los alegatos de la denuncia que generó la resolución que se recurre, con
lo cual no es procedente hacer referencia alguna al respecto, y mediante el criterio técnico
No. SETENA-DT-ASA-2299-2023 se aclara:
El tema es de competencia Municipal; en el proceso de ElA el desarrollador aportó
el Uso de Suelo y bajo esta autorización esta Secretaría otorgó la VLA, si posterior
al otorgamiento de la VLA que se dio en el año 2019, la Municipalidad ha cambiado
su actuar, es este ente que debe actuar conforme a sus competencias.
Además de lo anterior, el recurrente pretende incluir alegatos que no se indicaron en la
denuncia, lo cual no es procedente puesto que, como se indicó supra, está trayendo a
analizar aspectos que ya fueron analizados y explicados en actos anteriores; con lo cual los
temas referentes al puntaje SIA, los códigos utilizados, lo correspondiente al Gas LP y la
ubicación del centro de almacenamiento no son temas que proceda entrar a valorarse en
el presente acto. Al respecto se indica en el informe para mejor resolver No. SETENA-DT-
ASA-2299-2023 lo siguiente, además:
Lo expresado no corresponde a la denuncia inicial y a su vez hace referencia a la
SIA inicial, proceso que corresponde a un tema de ElA inicial, misma etapa que
se encuentra concluida con el otorgamiento de la VLA. (La negrita no es propia
del texto original)
(...)
Hacen referencia a insumos como el convenio de Basilea, mismo que no fue
mencionado en la denuncia inicial por lo que pretende el recurrente incluir
insumos distintos a los aportados iniclalmente en la denuncia. Por demás,
versa sobre los posibles impactos del proyecto mismos que fueron analizados en el
proceso de ElA inicial y en el otorgamiento de la VLA.
(.)
Este es un tema nuevo no presentado en la denuncia inicial que generó la
Resolución 1672-2023-SETENA de las 8:30 horas del 2 de noviembre del 2023, por
lo que no se entrará a conocer por esta Secretaría. Por su parte, se hace referencia
a un tema de ElA inicial que ya fue aprobado vía Resolución Administrativa de VLA.
(..-)
Se aborda un tema nuevo no presentado en la denuncia inicial que corresponde a la
zona de protección de la quebrada declarada por dirección de Aguas, este tema ya
ha sido ampliamente analizado, donde tanto SINAC y DA han tenido participación
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activa y a la fecha es un tema que está pendiente de resolver por parte del Ministerio
Público. El tema relativo a las escorias es un tema nuevo y no corresponde a la
denuncia inicial que generó la Resolución 1672-2023-SETENA de las 8:30 horas del
2 de noviembre del 2023.
De conformidad con todo lo supra explicado, se concluye entonces que sobre la resolución
recurrida no hay fundamento para su revocación, por cuanto en los párrafos anteriores se
comprueba que no lleva razón el recurrente en sus alegatos.
TERCERO: Pretensión
La pretensión de recurrente radica en lo siguiente:
Con fundamento en lo expuesto solicitamos se acoja el Presente Recurso de Revocatoria,
y/o el Recurso de Apelación en Subsidio ante el Ministro de Ambiente y Energía.
Solicitamos revocar y anular la resolución 1672-2023 SETENA de las 8:30 horas del 2
de noviembre del 2023. Solicitamos declarar nula la resolución recurrida 1672-2023
SETENA y la resolución 1923-2019- SETENA del 20 de junio del 2019.
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Abogudo carne 2237
De conformidad con las consideraciones de hecho y derecho, establecidos en el
CONSIDERANDO SEGUNDO de la presente resolución, en cuanto a las pretensiones Del
recurrente esta Secretaría estima que lo procedente es declarar SIN LUGAR el recurso de
revocatoria con nulidad concomitante interpuesto, toda vez que el acto administrativo que
se recurre no solamente cuenta con todos los elementos necesarios para su eficacia
jurídica, sino que además se ha comprobado técnicamente lo resuelto por la SETENA en
la resolución recurrida, sin mencionar que al presente recurso se le agregan aspectos que
ya fueron evaluados y analizados en etapas procesales anteriores ya precluidas y que
pretende incluir en el recurso interpuesto alegatos que no se mencionaron en la denuncia
inicial, lo cual no es procedente.
Únicamente se acoge la pretensión de elevarse al superior jerarca en apelación, de
conformidad con los artículos 87 de la Ley Orgánica del Ambiente, y 349 de la Ley General
de la Administración Pública.
POR TANTO
LA COMISIÓN PLENARIA RESUELVE
En sesión Ordinaria N* 107-2023 de esta Secretaría, realizada el 21 DICIEMBRE del 2023,
en el Artículo No. 16 acuerda:
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PRIMERO: Por las razones de hecho y derecho expuestas, esta Secretaría resuelve
declarar SIN LUGAR el recurso de revocatoria y nulidad concomitante en contra de la
resolución No. 1672-2023-SETENA de las 08 horas con 30 minutos del 02 de noviembre
del 2023, por lo que la misma se mantiene incólume.
SEGUNDO: En aplicación del artículo 87 de la Ley Orgánica del Ambiente, y 349 de la Ley
General de la Administración Pública, por haberse presentado en forma subsidiaria recurso
de apelación, se eleva el expediente para conocimiento del señor Ministro de Ambiente y
Energía.
TERCERO: Toda documentación que sea presentada ante la SETENA puede enviarse al
PORTAL DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS: https://portal.setena.go.cr misma que
deberá indicar claramente el número de expediente, nombre completo del proyecto, el
número de resolución o referencia del número de oficio y debidamente firmado.
CUARTO: Toda documentación que sea presentada ante la SETENA deberá indicar
claramente el número de expediente, el número de resolución y el nombre completo del
proyecto. También se deberá indicar una dirección de correo electrónico, para recibir
notificaciones de parte de esta Secretaría.
QUINTO: Los documentos originales firmados digitalmente (Firma Digital) estarán a
disposición del interesado en la dirección web http://www.setena.go.cr, donde debe ser
verificado por cualquier interesado e instancia pública o privada. Para todo efecto legal de
acuerdo a la Ley 8454 la firma digital emitida por una autoridad certificadora registrada tiene
la equivalencia jurídica de una firma manuscrita, según el artículo 4 que indica: “Artículo
4%—Calificación jurídica y fuerza probatoria. Los documentos electrónicos se calificarán
como públicos o privados, y se les reconocerá fuerza probatoria en las mismas condiciones
que a los documentos físicos” Una copia impresa del documento firmado digitalmente
se archiva como una pieza del expediente administrativo que se encuentra en
custodia de la SETENA. De conformidad con el artículo 8 de la Ley 8220, no
podrá solicitarse al interesado que requiera un trámite la presentación de certificaciones,
copias de información que ya posea otra institución, según los medios legales
preestablecidos.
SEXTO: De conformidad con el artículo 8 de la Ley 8220, no podrá solicitarse al interesado
que requiera un trámite la presentación de certificaciones, copias de información que ya
posea otra institución, según los medios legales preestablecidos.
SÉTIMO: El resultado de la discusión y análisis del caso de marras es: CINCO a favor,
CERO en contra y DOS ausentes, el detalle de la información de dicha votación puede ser
consultada en el acta correspondiente, la cual se encuentra en custodia de esta Secretaría
y es de acceso público.
OCTAVO: Para recibir notificaciones el desarrollador ha indicado en el expediente los
correos electrónicos: mbarboza(Olegemcr.com , notificacionestecnicasOcrsostenible.com
y goyenaga45(Oqmail.com
Av. 21, C.9 y 11, San Francisco de Goicoechea, 100 m. Norte y 100 m. Oeste de la Iglesia de ladrillo
Tel. (506) 2234-3420. Portal https://portal.setena.go.cr. Apartado Postal 5298-1000, San José, Costa Rica.
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Sitio Web: munipococi.go.cr
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PAGINA N*84 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024%__-
PA
MINISTERIO DE
AMBIENTE Y ENERGÍA
NOVENO: Para recibir notificaciones se ha indicado en el expediente los correos
electrónicos:
Apersonados: Manuel. hemandez(Omunipococi.go.cr secretaria(Qmunipococi.go.cr
comitevecinosjimenez(Ogmail.com
GOBIERNO SECRETARIA TÉCNICA
DE COSTA RICA / NACIONAL AMBIENTAL
Otros: GCervantes(Uice go.cr jose sibaja brenesQuna.cr BPerezC/Wice qo.cr
Recurrente: litisasesoriajuridica(Wgmail.com
Atentamente,
FIRMADO DIGITALMENTE
ING. ULISES ALVAREZ ACOSTA
SECRETARIO GENERAL
EN REPRESENTACIÓN DE LA COMISION PLENARIA
Av. 21, C. 9 y 11, San Francisco de Goicoechea, 100 m. Norte y 100 m. Oeste de la Iglesia de ladrillo
Tel. (506) 2234-3420. Portal https/portal.setena.go.cr. Apartado Postal 5298-1000, San José, Costa Rica.
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Participan de la palabra:
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Vienen varias observaciones sobre el tema en discusión, por lo que yo sugiero que
esto lo conozcamos hoy, se inserte en actas, pero que se adjunte al expediente y
que sea discutido en una Comisión Especial que existe del tema, para poder tener
una mejor discusión con el abogado don Christian y posteriormente, ver cuál será
la decisión de este honorable Concejo, referente al tema que nos manda el
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*85 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024 =--
ingeniero Ulises Álvarez Acosta, secretario general en representación de la
Comisión Plenaria.
En discusión de este tema, suficientemente discutido entonces que se le dé una
copia a todos los interesados y lo vamos a mandar a lo que ya dije, al expediente
y posteriormente lo vamos a discutir para tomar decisiones.
Por Unanimidad SE ACUERDA: Se traslada para el expediente del tema y que se
discuta posteriormente en la Comisión Especial.
ACUERDO N* 35
Se conoce comentario por parte de la Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal, dice:
Este es un documento que nos manda el regidor Alfredo Calderón, que dice lo
siguiente.
“Por este medio quiero hacer mi descargo sobre la entrega de manzanas y uvas
en dicha institución.
Resulta que en años anteriores el que daba las boletas para retirar las manzanas
y uvas era el asistente del Alcalde Maikol Fernández mediante la solicitud de una
Asociación.
En esta ocasión el presidente de la asociación se presentó a retirar la boleta para
retirar las uvas y manzanas, esta vez estaban los vicealcaldes Geovanni Rivera y
Yamileth Hidalgo, la secretaria del Alcalde, el asistente Maikol y el señor Alcalde.
Estos hicieron un show político, le dijeron al presidente de la asociación que no se
le podía entregar 70 cajas de manzanas y 70 cajas de uvas y el año pasado si lo
hicieron, solo con la solicitud de la Asociación Integral de Cariari, ¿será porque
estamos en un proceso electoral?
Por motivos personales, me encontraba fuera del cantón, por lo que llame al señor
alcalde, pero no me contesto, procedí a llamar a Yamileth la vice alcaldesa, me
contestó y le pregunte sobre el problema que se dio con el retiro de las manzanas
y uvas, como estaba en la oficina del alcalde, intervino el alcalde, le pregunte
sobre lo sucedido y me contesto lo mismo, que no podía entregar 70 cajas a la
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA No86 ACTA N*02 Extraordinaria.
E
Asociación de Desarrollo Integral de Astua Pirie porque tenía que cuidarse de la
auditora, esto de la auditora todos los años es lo mismo.
Lo que si me preocupa son los cientos de cajas de manzanas y uvas que el Alcalde
entrego o distribuyo a distintas comunidades con transporte de los vehículos de la
Municipalidad.
Lo que más me indigna o me conmueve es que afectó a un sector sensible como
son los niños y adultos mayores y grupos organizadores de las comunidades de
Cariari y la Barra del Colorado y otras comunidades aledañas.
Les pido a los regidores suplentes, síndicos y síndicos suplentes para que alcen la
voz, ustedes son parte de consejo, deben reclamar sus derechos. Como dijo un
compañero "lo que esta manzo, no hay que ponerlo arisco". Espero seguir
manifestándome con las irregularidades que se den en este ayuntamiento.
Hay mucho que acotar en esta ayuda social, por el momento no quiero alargarlo
más. Sugiero que el Señor Alcalde de un informe detallado de la cantidad de
cajas dle manzanas y uvas que le correspondió entregar".
En discusión el documento, ¿don Manuel?
Sr. Alcalde Manuel Hernández Rivera
Yo con todo el respeto que se merece mi compañero Alfredo Calderón, o sea yo
le pediría a Alfredo que se retracte de lo que está poniendo en la nota, porque el
problema es que eso es un delito penal, eso es una injuria, o sea aquí nosotros
hicimos todo transparentemente y ahí está la oficina de Maikol, ahí cerca, ahí está
Yamileth que está cerca de ahí, Giovanni y estaba Yaslyn y ningún carro que yo
sepa utilizamos y yo dije, no, en ningún carro se va a ir a entregar ningunas cajas
de uvas y manzanas, no sé si el departamento de Mauren le ayudó a alguno de
los que tenían ahí, pero lo que es el la municipalidad, los carros administrativos,
ningún salió a entregar ningunas uvas y manzana, entonces aquí no podemos
levantar falsos y decir mentiras.
Se coordinó, la gente venía, las comunidades venían inclusive aquí tengo que yo
les ayudé, o sea les di porque me pidieron transporte, de plata mía, le hice un
depósito a por ejemplo Nuevo Caribe, que es un señor con discapacidad que
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*87 ACTA N*02 Extraordinaria.
Chava le ayudó, pero había que llevar las manzana y él vino, o sea yo puse plata
de mi bolsa para que el señor viniera.
=
Cuando usted se puso de irrespetuoso porque llegó y le faltó el respeto a Maikol,
porque yo le dije no procede, o sea no es posible que una persona una Asociación
de Desarrollo se lleve 70 cajas de uvas y 70 manzanas, solo una asociación para
repartir en jurisdicciones que no es competencia de ellos y se lo aclare a usted y
usted se enojó con Maikol, se enojó conmigo y se enojó con Yamileth.
Fuimos claros, yo dije hay qué hacer, se va a entregar las uvas y las manzanas
transparentemente y así se hizo, se les dieron a Asociaciones de Desarrollo, todos
vinieron, Asociaciones de Desarrollo, Juntas Administrativas y Asociaciones
Deportivas fueron entregadas y ahí está, o sea no tenemos que mentir, ahí está la
lista,
Otras no se han entregado, otros no se dieron, pero se trató de que todas las
Asociaciones, independientemente del color político, porque aquí no venimos a
politiquear, yo no necesito unas cajas de uvas para ir a convencer a la gente, o
sea si usted acostumbra eso U otros compañeros, yo no soy de esos que voy a
engañar a la gente y decirle mire, voy a votar por usted a cambio de que me dé
una uva, no señor, o sea yo no acostumbro a eso y así la gente sabe, los años que
tengo cuando me meto a un partido, yo soy transparente y me gusta ayudar a la
gente.
Conste que esas uvas y manzanas, a pesar de que la auditora dijo y les hizo un
informe a ustedes y si sé que hacerlo vamos a hacer el procedimiento ¿por qué?
porque hay mucha gente con muchas necesidades, mucha gente de la parte
baja para que comerse una uva o una manzana lo hace solo si la muni les ayuda
y es el ejemplo, venía gente en moto que algunos de usted les dieron y se llevaron
una caja de uvas y una manzana, de los asentamientos, de la bajura, las
asociaciones de allá así lo hicieron, pero aquí yo no puedo permitir, ni voy a hacer
o sea, si usted no se retracta, lo voy a pasar a la Fiscalía, o sea yo lo llevo, hago la
denuncia penal porque aquí no pueden estar inventando porque usted estaba
en Guanacaste, entonces si fue alguien a repartir uvas y manzanas en un carro
municipal, fue tal vez el de Mauren y por ayudarle a alguno que estaba ahí y
ocupaba, pero ningún carro, Nano, Powell o los demás, salieron.
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PAGINA N*88 ACTA N*02 Extraordinaria.
Ovidio vino y traía su carro, Juan Luis vino, vinieron cuatro, cinco o seis
asociaciones con ellos y se lo llevaron, todas las que mandó Luis, Marcelly vino
también y todos venían y trajeron transporte para llevarlas y a ese señor que no
podía, le dije a Marcela porque yo no tengo sinpe, yo le dije hágame el depósito
para que él pueda venir a llevárselas.
az
Aquí no podemos llegar y manchar la imagen, aquí estamos en política, pero no
hay que hacer politiquería, o sea aquí estamos, las cosas son totalmente
transparentes y usted no quiso cumplir los requisitos que establece la ley y por eso
es que se enojan, ahí están, ¿todos los demás qué hicieron? lo hicieron y lo
cumplieron y se las llevaron
Inclusive, nosotros les ayudamos a las personas que decían Alfredo nos mandó, yo
les ayudé ¿por qué? porque al final usted no estaba, cómo no puede resolver
usted a la misma asociación que usted mandó, a ese también lo ayudamos y le
dimos para que repartiera también en las comunidades donde él venía, a la
Asociación de Astúa Pirie que fue el muchacho que llegó y también llegaron unos
de Los Lirios que usted mandó también y de Los Lagos y también mandaron a otros
de Campo Uno, a eso se les ayudó que venían, pero eran Asociaciones de
Desarrollo y se les dio a todos parejos. Aquí no decimos usted es de Liberación,
usted es de la Unidad, o sea a todo el mundo parejo, vivieron las asociaciones de
todo el cantón, juntas de educación, de todo el cantón y asociaciones
deportivas.
Entonces, yo lo estimo mucho a usted y le respeto, pero esto no va, o sea para
llegar y manchar la imagen de las demás personas y eso que usted puso en la
nota, si usted no lo hace, lamentablemente yo voy a tener que presentar una
denuncia y usted va a tener que demostrarme lo que usted está diciendo en la
nota.
Alfredo, yo me he llevado bien con usted en estos casi cuatro años y usted me ha
ayudado muchísimo como regidor y yo lo he ayudado como alcalde, siempre nos
hemos llevado bien, o sea, no tiene sentido que nos peleemos a estas alturas. ¿por
qué? por unas cajas de uvas de manzana, que al final, esto que hacemos aquí
hoy, va a perjudicar en el futuro a los que estén aquí, ¿por qué? porque ¿quién
va a tomar decisiones? ¿quién va a querer ayudar? y las comunidades necesitan.
Lamentablemente, las decisiones que tomamos aquí, al final los que salen
perjudicadas son las comunidades y las comunidades más afectadas, pero en
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*89 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-202%__-
a ASA
todo el cantón, todas se beneficiaron, la mayoría, por lo menos un 90% por ciento,
todas fueron ayudadas, no por mí, sino por todos los compañeros, todos los que
tenían ahí, fueron, todos vinieron, pero sí se cumplió, porque se les dijo cumplan la
ley.
Algunos otros compañeros, por ejemplo, yo le decía Chava no puede sacar más
de la cuenta porque usted no puede justificar, entonces la auditora va a tener
razón y nos va a hacer un informe, a otros que llegaron, le dije a Evita Torres que
también que llegó, usted puede como asociación sacar unos para Cariari, para
el hogar de ancianos, pero no puede sacar para otra comunidad y otras más
Asociaciones que también llegaron ahí, yo le decía bueno busquen a otra
asociación y al final lo hicieron así y se ayudaron.
Alfredo yo lo hice y le dije a Maikol, saquen la licitación porque ustedes tomaron
el acuerdo y era injusto que al final, o sea se quedara la gente sin las uvas y las
manzanas, a pesar de que Grace hizo un informe y dijo que no volviéramos a
hacer eso y ella tenía razón y por eso es por lo que tratamos. Inclusive, el finado
Pasta fue otro que también se enojó y yo le dije Pasta, mire tiene que cumplir con
esto y entonces primero se enojó, pero después llegó y me dio la razón, me dice si
usted tienes razón, hay que hacer, hay que cumplir y lastimosamente Dios se lo
llevó y lastimosamente ahí están las uvas y manzanas de Pasta, las que puso ahí
están y muchas están. Las que yo compré, que metí los recursos también
repartimos y ahí quedaron también ahí están, que no se van a girar porque era
por demanda y también me parece que la que tenía Randall presupuestado
también, no se dispusieron, ahí están, otras que les quedaron a Jonathan que
tampoco, no las terminaron de disponer y ahí están.
Yaslyn era otra, ahí están y ahí está el informe claro y transparente, ahí está,
nosotros no tenemos que esconder nada en esta municipalidad porque hacemos
las cosas transparentemente.
Como seres humanos podemos cometer errores, pero no nos préstamos para un
chorizo, a nada aquí, o sea aquí yo quiero dejar claro las cosas y ahorita estamos
en campaña y no se vale que lleguemos y maltratemos a los demás.
Al grupo mío yo le digo muy claro, nosotros vamos a trabajar y vamos a
demostrarle a la gente que vamos a ganar ¿cómo? con sabiduría, sin ofender ni
maltratar a nadie de ningún otro partido. Yo espero que ojalá que los demás
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*90 ACTA N*02 Extraordinaria.
partidos hagan lo mismo, porque no se vale manchar la imagen de las demás
personas y si fueran valientes y ponen una notita así como usted lo hizo, bien, cada
uno es consecuente y cada uno es responsable y si tienen la razón, nos vamos a
ver en los Tribunales y vamos a ver quién tiene razón, usted o yo.
Igual a los otros, yo les digo igual a los demás, porque es muy fácil llegar y manchar
a los demás y bajo un Facebook, es muy fácil, pero hay que ser transparente y yo
Alfredo a usted lo respeto y lo estimo mucho y esto no quiere decir que voy a
prestarme en la enemistad con usted, pero si me gusta ser transparente. Si usted
se enojó por muchas cosas y ponerla a la verdad, o sea en este momento, usted
se enoja conmigo, podría ser que dentro de cinco o seis años si yo lo hubiera
hecho diferente, ahí está la victoria y me llama usted a cuentas y no solo a mí, a
todos porque todos tomaron el acuerdo y a mí por no haberlo vetado y por haber
autorizado y a Maikol por repartir las manzanas y ayudar a hacer la distribución.
Todo lo hicimos por ayudar a la gente y hoy usted se enoja, hace esa nota, pero
puede ser que más adelante me esté agradeciendo porque no va a la Fiscalía,
porque la gente no lo demandó porque no hicimos las cosas mal, así es que
muchas gracias.
Reg. Supl. Rosbill Arguello Badilla
El tema de las uvas y las manzanas se las trae, nos vamos a morir todos y cada uno
de los que estamos en este salón de sesiones y van a seguir los comentarios sobre
las uvas y las manzanas, eso ténganlo seguro lástima que ninguno va a estar para
que se den cuenta de lo que estoy diciendo ahorita en este momento, ¿por qué
motivo? porque siempre aquí en la cuestión política, si la acera se hace por la
derecha, mañana aparecen algunos que la querían por la izquierda. Si se hizo por
la izquierda, pasado mañana aparecen unos que la querían por arriba y si se hace
por arriba, al rato aparecen los que la querían por abajo, este es un lugar político
desde el 01 de mayo del 2020 hasta el 30 de abril del 2024, yo me juramenté y vine
aquí y sabía a lo que venía, a este tipo de cosas, a este tipo de situaciones.
Cada quien es responsable de sus actos, yo respeto lo que dice el señor Alfredo
Calderón, respeto lo que le dice el señor alcalde y respeto a todos porque
tenemos gracias a Dios la libertad de opinión, la libertad de mover esta boca, de
mover la lengua, eso se llama libertad de expresión. Ahora, muy feo suena decirlo,
pero diay entre ellos tendrán que ver cómo llegan a un resultado.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N91 ACTA N*02 Extraordinaria. Ñ
De mi parte, manifestar que me siento muy contento con los compañeros que me
dijeron Rosbill, qué comunidad o qué institución quiere usted colaborar, me
indicaron que no dijera el nombre de ellos y yo soy una persona respetuosa, yo le
agradezco a los compañeros que me ayudaron con la Asociación de Desarrollo
de barrio Los Ángeles que es donde vivo yo, con la escuela de Barrio Ángeles, no
sé si ellos vinieron o no por las uvas, con el Hogar Noa en La Colonia, con unos
niños de San Martín, transporte que hice de este producto a La Pavona que iba
para la barra Tortuguero y ahí queda mi compresión.
Lo demás, lo siento mucho, no sé qué pasó con lo demás, pero doy respuestas
sobre lo que yo participé y lo he venido haciendo siempre, Hogar de Ancianos de
La Colonia, repito le tengo mucho cariño igual al de Guápiles y al de Cariari y al
de La Rita, pero cuando me dan un apoyo a mí, los compañeros pienso en ellos
así como los niños de barrio Los Ángeles y los adultos mayores y lo que mencioné
anteriormente. Muchas gracias, señora presidente.
Reg. Supl. Rita Marcelly Umaña Valverde
Saluda, primero que todo decirles a los compañeros que nosotros los regidores
suplentes y los síndicos, creo que andan por el mismo plano donde hemos estado
nosotros, nunca nos han dado ese espacio de pedir, nosotros hemos venido aquí
y hemos estado con lo que los regidores propietarios nos donen, así hemos podido
colaborar con algunas instituciones y los hemos hecho con muchísimo cariño.
Gracias a los compañeros que igualmente me donaron, sí recibí algunas cajitas y
pude hacer algunas donaciones que me habían solicitado, me siento muy
contenta por eso, no fue mucho, pero lo hice con mucho cariño.
Sí quiero decirle al señor don Manuel, al alcalde, yo sí quiero saber para dónde
iba un carro que cuando yo fui a retirar, estaba lleno un camión y tenía el escudo
municipal y Juan es testigo porque Juan estuvo conmigo, Juan vio ese camión
cargándose, entonces yo sí quiero que don Manuel en cualquier momento me
llame, me diga, me explique por favor porque yo sí lo vi, iba muy lleno y también
lo vi allá por el lado del Humo donde andaba repartiendo. ¿Usted sabe quién es?,
Okay, muy bien. Eso sería y muchísimas gracias, señora presidenta.
Reg. Alfredo Calderón Alfaro
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PAGINA N*92 ACTA N*02 Extraordinaria.
Gracias presidenta, tal vez me dejé llevar por algunos impulsos, pero sí me dijeron,
me llamaron y a cada rato me dijeron esto, esto y esto está sucediendo, pero la
verdad es que no lo vi y yo quiero tal vez pedir algunas disculpas a don Manuel
porque realmente yo con don Manuel siempre le he guardado respeto y sé que
es muy honesto, pero me dijeron, mire esto es como política, entonces uno a veces
se va por los impulsos, pero yo quiero pedirle disculpas a Manuel porque realmente
la verdad que nunca he tenido nada en contra de Manuel y siempre lo he
estimado y sé el respeto que él se merece, gracias.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Gracias a Dios tenía una invitación de la comunidad de Tortuguero y tenía que
salir el jueves en la noche y gracias a Dios salí el viernes a primeras horas de la
mañana.
Yo soy una persona que me caracterizo a lo largo de mi vida de coordinar las
cosas bien y me siento muy satisfecho que sí, con un camión de la Municipalidad
de Pococí, me le ayudaron a cinco asociaciones para que trasladaran esas Uvas
a las diferentes comunidades. Claro que sí, buena gestión que yo me siento
orgullosa que yo pueda hacerla como regidor siempre y cuando yo lo haga en el
tiempo.
Lo había hecho, sabiendo esa invitación que tenían Tortuguero, lo hice con diez
días de anticipación, porque me gusta hacer las cosas bien. Aquí tengo en esta
acta el monto que está para pagar en uvas, que es de cuarenta y tres millones,
aquí está en el acta 74 extraordinaria, hay que ver la liquidación para ver cuánto
paga.
Yo sí quiero aprovechar Maikol, en asuntos de Manuel, porque usted es la mano
derecha de Manuel, yo a usted lo respeto y lo aprecio mucho, pero ayer mientras
estuvimos en sesión, usted hizo esta publicación.
Yo sé que usted está autorizado por Manuel para poner que es Manuel y está bien,
hizo esta publicación donde usted en ese largo comentario, habla de gente del
Concejo. Yo le quiero pedir Maikol, porque usted es conocido en el cantón de
Pococí como el alcaldito, por el gran poder que usted tiene, así es conocido en
toda lado, pero sí quiero decirle que diga nombres porque hacerlo así en el aire,
no está bien Maikol, no está bien, diga nombres porque yo si usted se refiere a mí,
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PAGINA N*93 ACTA N*02 Extraordinaria.
soy el que ha acudido abiertamente a la Sala Constitucional. yo logré que en
Barrio Belén esta municipalidad hiciera Una inversión de cincuenta millones, fui yo
al que hice el recurso de amparo.
Lo mismo del Comité de Deportes, yo he redactado los recursos de amparo y
también he asesorado a la a los diferentes grupos, pero en aras, yo conseguí el
camión con anticipación y agradezco al departamento que me lo prestó y sé que
Manuel va a estar en contra de eso porque eran uvas y manzanas ¿y saben qué?
aquí tengo fotos donde el mismo día en Lagunillas, donde nadie se acuerda, en
Barbado, en Guaraní, en La Fortuna, en Finca Dos, en Finca Uno, en barrio Rubí,
en Balastre, el montón de fotos donde la gente recibió las uvas.
No voy a personificarme yo, fueron cinco miembros de desarrollo, aliados de eso
se le entregó al señor presidente de la Asociación de Desarrollo que no me quiere
mucho, que es de Liberación a don William Hernández se le entregaron cajas
gracias a la ayuda que me hizo Rangel, ese es Juan Luis Gómez.
Muchas veces estas cuestiones mal intencionadas, ponen en jaque a don Ovidio,
que yo lo defiendo porque Ovidio es una persona bien clara acá, lo mismo que
Reinaldo y todos los que estamos acá siempre damos la cara, entonces cuando
usted se refiere a eso Maikol, por favor diga nombre porque es muy feo. Usted
sabe que yo y Manuel lo sabe, a Manuel yo aquí le he votado el 99% de los
proyectos, el 1% que no lo voté porque venía malo y lo demostré, cuando
contrataron un condenado backhoe que tardaba en bajarse del camión y se
desarmaba y eso no está bien, entonces yo lo he hecho y Manuel corrigió, junto
con 8114, las observaciones que yo hice.
Yo siempre hablo para mejorar y cuando hablo y digo que la chancha es blanca
es porque ando los pelos de la mano, entonces yo ni fui a personificarme a repartir
uvas ni manzanas, ni llamé a don Alfredo porque no sabía dónde estaba don
Alfredo, yo estaba con mi familia en Tortuguero y dichosamente me gusta delegar
y hay líderes buenos de la calidad de Walter Mora, de la calidad de Danilo Rangel
de Colinas, de la calidad del Negro Porras, de la calidad de Rocío Rodríguez de
Camuro, de la calidad de William Hernández de Palmitas y puedo mencionar un
montón de líderes que contribuyeron a la distribución donde yo no estuve, gracias
a Dios.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*94 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024. *__-"
A
Así que si me pudiera oír, se los compré y el que me quiera invitar ahí una uvita se
lo agradezco porque me dicen que sobraron, dicen que sobraron mirándole a los
ojos, pero ese es Juan Gómez, siempre he dicho que me gusta hacer las cosas
bien y de frente.
El día que tenga que redactar otro recursos de amparo para defender los
derechos de una comunidad lo voy a hacer, porque estoy en mi derecho, para
eso soy regidor municipal, para venir a hacer aquí las cosas bien, ese es Juan
Gómez, no el Juan Gómez que a veces pinta ahí, por ejemplo, no, Manuel, en una
reunión en Gaviotas, llegaron ahí, pusieron la mesa, compañeros de Manuel
hablando paja de Juan Luis Gómez, Luis y también las mismas personas, el
vicealcalde, a hablar paja y tuvieron que llamarlos al orden, hablando de
Reinaldo y todas esas cuestiones entonces yo quiero...
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Señor Juan Luis, no se salga del tema.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Quiero cerrar mi comentario, decirles que yo soy íntegro y las cosas las hago bien
y ¿sabe qué? yo sé aquí cosas de muchos compañeros que han hecho mal
hechas, sin embargo yo no me desgasto denunciando a un compañero regidor,
esa no es mi función. Claro que yo puedo hacer las denuncias anónimas ante la
Contraloría y toda la cuestión, claro que sí, aquí yo tengo, ahora no son los pelos
blancos, son los pelos negros porque así es el color de la chancha.
Entonces de esta forma yo quiero agradecerle a don Manuel, quiero agradecerle
a los departamentos municipales, miren ya tengo una gira coordinada con un
departamento municipal para ir a ubicar ocho play que se van a destruir en el
cantón, pero coordino con ellos gracias a Dios porque ocupan de la ayuda mía
para ir donde los líderes y con mucho gusto yo estoy ahí.
Así que, aquí hay Juan Gómez para rato, muy posible que me dé unas
vacacioncitas de cuatro añitos que me lo merezco, pero cuando inscriba bien
con un partido, aquí tengo mi campo asegurado porque tengo mis votos en la
bajura y también aquí en la altura en el cantón de Pococí, muchas gracias y no
estoy en política.
GC Sitio Web: munipococi.go.cr
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI NÉN120A/
PAGINA N*95 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024 *__-*
Manuel sabe que yo lo respeto mucho, muchas gracias, señora presidenta.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
¿Quién más iba a hablar? Se me olvidó. Bueno, Maikol no es parte del órgano
colegiado, pero como asistente de don Manuel, yo le voy a dar la palabra porque
es una función que me corresponde. Adelante Maikol.
Lic. Maikol Fernández Loría, asesor de la alcaldía.
Saluda, en casi ocho años que tengo de estar en la municipalidad nunca he
tenido que recurrir digamos a este tipo de comentarios, si la nota no se retira debo
acudir a un Tribunal porque es un delito contra el honor lo que hace don Alfredo.
Lastimosamente, la redacción si se toma y es un documento público
posteriormente, da a entender que tanto don Manuel y mi persona, doña Yamileth
y creo que mencionó a otras personas, incurrimos en una serie de irregularidades
que realmente no son ciertas.
Inicialmente, el año pasado yo no tuve nada que ver con este tema, el año
pasado yo me dediqué exclusivamente al tema de la coordinación de
actividades. El año pasado lo asumió la oficina de Bienestar Social, el antepasado
sí estuve yo con el tema y creo que el primer año de ustedes.
Se han venido dando una serie de comentarios y observaciones que ustedes
saben y una serie de inconformidades con algunas posiciones de la auditoría que
nos han obliga a hacer algunos cambios en el manejo de esto y aquí yo respeto
mucho el trabajo que han hecho algunos de ustedes para coordinar este tema lo
más ágil posible, así como hay otros que ha sido bastante difícil poder salir de eso.
No es un secreto que bueno, tanto Manuel y yo estuvimos aquí la Última semana
del año todavía con ese tema. Nosotros no hemos tenido vacaciones y todavía
esta semana hasta hoy, estuvimos tratando de entregar lo que quedó pendiente.
Incluso ayer, fuera micrófonos, aquí le dijimos a don Alfredo si hoy se podía
coordinar con alguna comunidad que quedara pendiente, ahí está el recurso y si
se podía disponer se disponía. Sin embargo, no es cierto lo que ahí se manifiesta,
yo tampoco quiero hablar más de la cuenta porque si eventualmente tenemos
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI
PAGINA N*96 ACTA N*02 Extraordinaria.
que recurrir a alguna acción legal, tanto como lo indicó Manuel o como yo, pues
es ahí donde se debe demostrar, sin embargo pues ojalá ese no sea el camino.
La intención mía personalmente, cuando me ha tocado asumir este tema por lo
delicado y por lo conflictivo que se ha generado y en este momento, incluso que
hasta anduvo en redes sociales, es una compra pública, está en SICOP, todo el
mundo puede acceder al expediente, era cuidarle la espalda a todos ustedes y
a las mismas comunidades, porque después cuando se presente alguna
denuncia, algún procedimiento, las que tendrán que dar cuenta junto con la
administración y ustedes son las mismas comunidades, entonces para eso está el
respaldo ahí.
El expediente está ahí en la oficina, cada boleta tiene una nota de cada
comunidad, que incluso eso generó también molestia en algunos porque a veces
venían sin la nota y había que devolverlos, tiene la firma mía donde se autoriza la
salida y la firma de la persona que va a recoger. Esa nota ser recogida en el lugar
donde se entregaba y ese es el respaldo de cada una que salió.
Los compañeros que no entregaron, pues no salió el recurso, no se va a pagar, no
tiene por qué pagarse porque nosotros no recibimos el servicio al ser una compra
contra demanda, eso estaba ahí.
De nuevo, yo entiendo que tal vez don Alfredo se le generaron algunos
comentarios que no eran la realidad, yo espero que se pudiera retirar esas
afirmaciones y lamento mucho la situación.
En cuanto a lo que dice don Juan, creo que el 90% de las personas que están aquí
me tienen en Facebook y ayer yo no hice ningún comentario. Si se refiere a una
publicación de don Manuel, pues eso tendría que respondérselo don Manuel a
ver, porque no soy yo tengo acceso a esas redes, entonces yo respondo por lo
que está en mis redes sociales, las mías personales y puede entrar a mi red ahorita
y no hay ningún comentario respecto a ninguna situación, entonces di yo no
podría asumir eso.
Si usted lo interpreta así, pues yo lo lamento mucho, pero las redes son de don
Manuel y no solo yo tengo acceso entonces de yo no podría responder por algo
que no está en mi red social. Eso sería.
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Reg. Luis Ángel Méndez Araya
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Okay, bueno, sin entrar en dimes y diretes y así siendo muy concreto verdad.
Dichosamente, yo le podría preguntar a don Juan en cuanto a que me dé las
fechas y el nombre de las personas que le dijeron que yo estaba haciendo
comentarios de él y de otros compañeros. Dichosamente ese no es mi estilo, Juan,
ese no es mi estilo, usted me conoce desde hace muchos años y ese no es mi
estilo,
El distrito de Cariari y las comunidades vecinas, me conocen como una persona
colaboradora, una persona que ayude en actividades sociales, una persona
siempre anuente en brindar y dar el apoyo a quien más lo necesita, ese soy yo. Así
que si alguien quiere inventar, pues esos ya son artimañas y temas ahí políticos
para manchar la imagen de una persona y eso no se vale.
Si me habla con nombres y apellidos, con mucho gusto le llegamos a esa persona
y que lo confirme don Juan y con todo cariño se lo digo, porque yo a usted lo
conozco desde hace muchos años, hemos sido compañeros de trabajo, lo
aprecio mucho, siempre lo he respetado a usted y a su a su familia, pero esto
vieras que me sorprende montones Juan, gracias Yaslyn.
Reg. Juan Luis Gómez Gomez
Yaslyn, por alusión.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Vea, yo voy a darle la palabra a Juan Luis y con eso cerramos porque la verdad
es que este tema, aquí estamos discutiendo a base de chismes, entonces no
vamos a llegar a nada.
Entonces, yo nada más le voy a dar la palabra a Juan Luis para que cierre y le voy
a preguntar a Alfredo si él se retracta y si retira el documento. Adelante Juan Luis.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
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Alfredo y yo ya lo conversamos, yo sé que Alfredo va a retirar el documento y ya
se retractó también.
La verdad es que aquí estamos entre compañeros y entre compañeros no
podemos majarnos la manguera porque yo podría majar la manguera fuertísimo,
pero no me gusta, yo más bien en la medida de lo posible me hago el loco, a
veces hablo para que la gente se dé cuenta que yo sé, pero yo no vengo a
hacerle daño a Yaslyn, Randall, ni a nadie ¿entiende?
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
¿Por qué menciona mi nombre, no me mencione.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Sí la menciono.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
No, por alusión, no me mencione.
Reg. Juan Luis Gómez Gómez
Bueno, entonces vean lo que les voy a decir, por alusión, don Luis.
Gracias por esa manifestación suya, yo sé la calidad de persona que es uste y
usted sabe que cuando yo hablo es porque digo la verdad. Cuando fueron
ustedes a visitar Astúa Pirie, en Gaviotas, tengo testigos y que después dijeron a
Barrio del Carmen que cambiaron las técnicas y llegaron y pusieron la bandera
del partido y comenzaron ahí. Tal vez usted no habló tanto como lo hizo un
compañero que estaba ahí, que es Giovanny, el poco de poco de cosas que
habló en Las Gaviotas, lo mismo en San Carlos, lo que tiene es que
desgraciadamente la gente conoce mis virtudes y mis debilidades, gracias a Dios
siempre me he ganado el cariño y el respeto de las personas entonces Walter
Mora fue una persona que le llamó la atención en una oportunidad a un
compañero porque estaba hablando papaya, porque llegan a hacer política y
no son políticos, hablando de Benavides, de Juan Gómez y lo llamó al orden, no
a usted, pero a ese compañero que andaba con usted en La Lucha.
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amO
Entonces, yo admiro a Manuel que tiene una elegancia para hacer política, no
anda con chisme ni anda con cuentos y yo también soy igual de elegante, yo
nunca ando hablando mal de ningún compañero en ningún lado. Siempre digo
gracias a los regidores este proyectico llegó aquí, si los regidores no hubiesen
levantado la mano, este proyecto no llega y gracias a que Manuel agiliza aquí
está este proyecto, entonces yo nunca me robo, imagínense este año no me comí
una uva, pero me sentí contento porque uno se desgasta compañeros y a veces
la gente no agradece, uno se desgasta en estas cosas, pregúntele a Manuel
cómo se desgasta uno en estas carajadas, pregúntele a Yaslyn, a ustedes y qué
regala uno, no sabe qué, me fui con mi familia para Tortuguero, allá un relax
riquísimo uno de los mejores hoteles y eso sí lo disfruta uno e familia, no esta
carajada que nos desgasta.
Sí le digo a Manuel con todo respeto, hay compañeritos que se les olvida que
nacieron a la vida política como es Giovanni, que yo lo fui a buscar a la casa, se
le olvida que Yamilette es vicealcaldesa porque yo tomé la decisión, después de
andar cansado buscando la vice alcaldía y dije va su esposa o su hija, decida
usted. Se les olvida esas cosas y las digo porque son ciertas, lo mismo fui a buscar
a don Manuel, fue iniciativa mía y quién no va a saber de la calidad de Manuel y
faltando quince días antes de la inscripción, se metió con el grupo de nosotros,
pero fui de una forma elegante y Manuel negoció y negociábamos, fuimos a
hablar con Giovanny y aquí tenemos a Manuel, gracias a Dios que se ha hecho
un buen trabajo junto con la ayuda de cada uno de ustedes los regidores, ese es
Juan Luis Gómez y aquí hay Juan Luis Gómez para ratos.
La gente que me anda comiendo en las comunidades lo que hace es hacerme
más famoso, porque la gente cree que ir a hacer política, hablando de los
compañeros, ahí llega el olor de la calidad de persona que es esa y por eso yo
llego a las comunidades donde por ejemplo, en una oportunidad hace mucho
tiempo y lo quiero decir, el vicealcalde comiendo en una comunidad que no
conocía porque habíamos hecho un proyecto y resulta que yo no fui porque no
me interesa, pero resulta que de la carne que él comió me mandaron todos los
lomos del cerdo para mi casa para que yo me los comiera y claro, con mucho
gusto yo me los comí. Ese es Juan Gómez, por eso ahí está Manuel que nadie
puede decirle que yo ando hablando mal de Manuel y digo aquí llegó ese
proyecto porque Manuel agiliza, porque los empleados colaboran y así como
lleve las uvas de estos señores con el camión, es porque yo coordino, yo soy una
persona que desde que estoy en primaria, me gustó hacer las cosas
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI NA 12578,
PAGINA N9100 ACTA N*“02 Extraordinaria. 05-01720244+ _-
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elegantemente. Ese sería mi descargo, muchas gracias, señora presidenta, no me
toque la campana.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Yo voy a cerrar diciendo lo siguiente, bueno primero le voy a hacer la consulta a
Alfredo y yo quiero que me respondan por micrófono
Alfredo, ¿retira lo dicho en la carta que usted ha traído el día de hoy o la
mantienen?
Reg Alfredo Calderón Alfaro
Primero que nada, pedir disculpas otra vez a don Manuel y a Maikol y otras
personas que tal vez ofendí, pero sí, retiro la nota que fue leída ahí en la curul de
la presidenta, muchas gracias.
Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal
Okay, debido a que don Alfredo se disculpa y se retracta, ese documento no se
incorporará al acta por un tema de que él retire el documento, pero los
comentarios pues sí porque la ley dice que todo lo que sucede aquí tiene que ir
en el acta literalmente, pero él retira el documento y eso no es algo que no se ha
hecho aquí cuando viene una denuncia, el documento no se inserta y queda
custodiada y él ha retirado el documento para no dañar el honor y la imagen de
las personas.
Habiendo dicho eso, quiero decir lo siguiente, es por eso que es importante y
muchos aquí quizás no les gusta cuando yo digo eso, pero cuando uno decide
darle el apoyo a un tipo de liderazgo, no lo mande a liderar o a gobernar sin las
armas, ¿por qué al Salvador le va bien con el presidente Bukele? porque su pueblo
fue a votar por Bukele y los diputados, tiene el poder en la Asamblea Legislativa y
tiene poder en el ejecutivo, entonces si ustedes quieren ver cambios en este
cantón, no quiebre el voto, vaya y mande a ese gobernante por el que usted
decide votar, con regidores y síndicos para que puedan llevar a cabo el plan de
trabajo.
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MUNICIPALIDAD DE POCOCI NS
Ñ
PAGINA N101 ACTA N*02 Extraordinaria. 05-01-2024. +_
Porque aquí los que estamos sentados el día de hoy, somos nueve fracciones de
diferentes partidos políticos, que pensamos diferente, que queremos hacer cosas
diferentes, algunos se preocupan por el empleo, otros por comercio, otros por las
aceras y las calles, otros por puentes, otros por la parte social, pero al final de
cuentas, nosotros aquí dice el Código Municipal que es la ley, que debemos
legislar en pro del plan de gobierno de la persona que quede como alcalde, así
que yo puedo venir aquí con muchas intenciones, pero sin el plan de gobierno del
señor alcalde electo no está, no se puede hacer, a menos que esté de acuerdo.
Entonces, pueblo de Pococí y compañeros que no vamos a participar en una
reelección, vayamos este 04 de febrero a las urnas y votemos por un liderazgo que
venga con poder, porque sin poder no se puede hacer nada y en este Concejo
somos nueve los que tomamos las decisiones, se necesitan cinco para poder
hacer bien las cosas, que este cantón necesita mucho desarrollo, necesita gente
comprometida, pero sobre todo se ocupa gente honorable que quiera hacer bien
las cosas para mejorar el entorno de nuestros futuros ciudadanos que son nuestros
hijos y nuestros futuros nietos.
- UL o
AL SER LAS DIECISEIS HORAS CON TREINTA Y UN MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN
Va in Ml
F- Yaslyn Morales Grajal AS F- Licda. Magally Venegas Vargas
Presidenta Municipal “> Secretaria Municipal
Cc/ Regidores, Otros.
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