Extraordinaria 83 · 2022-11-29
Acta_Extraordinaria_N83_Celebrada_el_29-11-2022.pdf · 154 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 83 del 2022-11-29 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 2544 (pág. 2) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 2544 Se conoce nota suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera alcalde Municipal, teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernmandez…
- Acuerdo 2545 (pág. 11) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 2545 Se conoce nota suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera alcalde Municipalidad de PococíÍ, teléfono: 2712-1108, correo electrónico: ma…
- Acuerdo 2546 (pág. 26) · unanime ACUERDO N' 2546 Se conoce nota suscrita por MSc. Flor María Ramírez Núñez supervisora centros educativos, teléfono: 2710-9039, correo electrónico: sup…
- Acuerdo 2547 (pág. 26) · unanime ACUERDO N* 2547 Se conoce nota suscrita por Sra. Ericka Ugalde Camacho jefa de Área Comisiones Legislativas ll, teléfono: 2243-2194/2243-2438, correo …
- Acuerdo 2548 (pág. 31) · unanime · aprobado ACUERDO N” 2548 Se conoce nota suscrita por el Sra. Natalia Camacho Monge directora Ejecutiva Concejo de la Persona Joven, Teléfono: 2257-1130/2257-08…
- Acuerdo 2549 (pág. 35) · unanime ACUERDO N* 2549 Se conoce nota suscrita por el Foro de Reformas Legales para mejorar la Gestión Municipal un modelo estratégico Correo electrónico: ht…
- Acuerdo 2550 (pág. 36) · unanime · firme ACUERDO N* 2550 Se conoce nota suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaría de Comisiones del Concejo Municipal de Pococí, teléfono:2713656…
- Acuerdo 2551 (pág. 42) ACUERDO N* 2551 Se conoce nota suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaría de Comisiones del Concejo Municipal de Pococí, teléfono:2713656…
- Acuerdo 2552 (pág. 43) ACUERDO N* 2552 Se conoce nota suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaría de Comisiones del Concejo Municipal de Pococí, teléfono:2713656…
- Acuerdo 2553 (pág. 46) · unanime ACUERDO N* 2553 Se conoce nota suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaría de Comisiones del Concejo Municipal de Pococí, teléfono:2713656…
- Acuerdo 2554 (pág. 60) · unanime · firme ACUERDO N* 2554 Se conoce nota suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaría de Comisiones del Concejo Municipal de Pococí, teléfono:2713656…
- Acuerdo 2555 (pág. 67) · unanime · aprobado ACUERDO N?* 2555 Se conoce nota suscrita por Licda. Magally Venegas Vargas secretaria del Concejo Municipal, teléfono: 2711-1227, correo electrónico: …
- Acuerdo 2556 (pág. 74) · unanime ACUERDO N* 2556 Se conoce nota suscrita por Sra. Cinthya Díaz Briceño jefa de Área Comisión Legislativa, teléfono: 2243-2434/2243-2433, correo electró…
- Acuerdo 2557 (pág. 109) · unanime · aprobado ACUERDO N* 2557 Se conoce nota suscrita por Sra. Krisia Montoya Calderón Área de Comisiones Legislativa v, teléfono: 2243-2320, correo electrónico: Kr…
- Acuerdo 2557 (pág. 121) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N* 2557 Se conoce nota suscrita por Sra. Krisia Montoya Calderón Área de Comisiones Legislativa Iv, teléfono: 2243-2320, correo electrónico: K…
- Acuerdo 2558 (pág. 151) ACUERDO N* 2558 Se conoce nota suscrita por Sra. Cinthya Hyman Satchwell presidenta Coordinación Red de Comad Huetar Caribe, correo electrónico: redco…
- ~ Acuerdo (pág. 154) · firme · aprobado enmienda y se aclara que, hubo una confusión en la redacción de la moción y que lo que el regidor expresaba era que nos desafiliáramos de la Federació…
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N?1 ACTA N*83 Extraordinaria. ERIN MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA MUNICIPAL N*83 EXTRAORDINARIA. 29-11-2022 SESION EXTRAORDINARIA. N*83 DEL 29-11-2022, INICIADA A LAS 18:00 HORAS EN LA SALA DE SESIONES MUNICIPALES CON LA SIGUIENTE ASISTENCIA: REGIDORES PROPIETARIOS REGIDORES SUPLENTES Jonnathan García Chévez Osael Campos Bolaños Reinaldo Benavides Vargas Luis Ángel Méndez Araya Dennia Yaslyn Morales Grajal (Quien Preside) Rosbil Danier Arguello Badilla José Antonio Bustos Martínez Randall Torres Barrientos Ovidio Vives Castro Yoseline Rocío Abarca Torres SÍNDICOS PROPIETARIOS SÍNDICOS SUPLENTE Gabriela Madrigal González Greivin Bonilla Sánchez Keylor Andrey Campos Mora (Sust. Carmen Sánchez Navarro) AUSENTES SIN JUSTIFICACIÓN Juan Luis Gómez Gómez Shirley Murillo Flores Bernardo Veach Davis Ana Rita Rodríguez Jiménez Jairo Antonio Ojeda Aburto Jorge Humberto González Calderón Flor lveth Peraza Campos Alejandra Sancho Bravo Rita Marcelly Umaña Valverde Javier Jiménez Villalobos Alfredo Calderón Alfaro José A. Chavarría Villarreal Hilda Zamora Arias Carmen Sánchez Navarro Johanna Flores Rosales José Luis Diaz Valverde Sandra Umaña López Licda. Magally Venegas Vargas Lic. Manuel Hernández Rivera Secretaria Municipal Alcalde Municipal po: AAA ESP Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*2 ACTA N%83 Extraordinaria. q ORDEN DEL DÍA Acuerdos Artículos Puntos a tratar 2544-2545 | Asuntos del Señor Alcalde 2546-al-2558 ; 2558-1 Il Correspondencia Por Unanimidad de 7 Votos presentes, SE ACUERDA: Aprobar el Orden del día y Comprobación de Quorum ARTICULO | Asuntos del Sr. Alcalde ACUERDO N* 2544 Se conoce nota suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera alcalde Municipal, teléfono: 2711-1208, correo electrónico: manuel.hernmandezOmunipococi.go.cr dice: Oficio: DAMCM-0254-2022 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*3 ACTA N%83 Extraordinaria. Asunto: Autorización de acuerdo de pago Compra directa No. 2022CD-000304- 0032000702, “Compra de estaciones de reciclaje para el programa de educación ambiental”. j 9 Municipalidad de Pococí € Despacho del Alcalde AN Teléfono; 2711-1208 Ls Pluyo manuel hernondezQmunipococigo.cr Mrecrieso Guápiles, 28 de noviembre de 2022 DAMCM-0254-2022 Sres. Honorable Concejo Municipal Referencia: Se solicita autorización de acuerdo de pago Compra Directa No. 2022CD-000304:-0032000702, "Compra de estaciones de reciclaje para el programa de educación ambiental" Mediante la presente remito solicitud de acuerdo de pago Compra Directa No. 2022CD-000304-0032000702, "Compro de estaciones de recicloje para el programa de educación ambiental” Sin más por el momento, me despido, iMunicipaliddy fe EN SEG ABR Recibido pot: ea Ñ El día SS Hora e. Y. Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%4 ACTA N%83 Extraordinaria. Municipalidad de Pococí 9 POCOC¿ Compros Publicas Yu a Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 PRA Pluuo ronald.quirosAmunipococi.go.cr Macro er Pa Guápiles, 28 de noviembre del 2022 Señores: Concejo Municipal de Pococí Referencia: Se solicita autorizar acuerdo de pago. Compra Directa No. 2022CD-000304-0032000702, “Compra de estaciones de reciclaje para el programa de educación ambiental" Respetables señores: Una vez realizada la etapa de concurso y apertura de ofertas, por medio de la plataforma electrónica SICOP, se logra determinar lo siguiente. En el acto de apertura de ofertas se realizó electrónicamente en donde participa las siguientes empresas: A1:B F SE RECIBEN LA OFERTA POR PARTE DE LOS SIGUIENTES PROVEEDORES: 1-RECIGLOBAL SOCIEDAD ANONIMA presentó una oferta, por un precio total de £1.950.000, para la compra de basureros en forma de botella plástica. 2-LUIS JAVIER BRENES AVILA presentó una oferta, por un precio total de £1.871.420, para la compra de basureros en forma de botella plóstica. Página1]|7 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*5 ACTA N%83 Extraordinaria. Municipalidad de Pococí sg POCOC ¿ Compras Publicas Yes a Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Ln Paid ronald.quirosAmunipococi.go.cr memos A A Hr ds LÍNEA 2: BASUREROS METÁLICOS EN FORMA DE BOTELLA SE RECIBEN LA OFERTA POR PARTE DE LOS SIGUIENTES PROVEEDORES: 1-ALMACEN EL MEJOR PRECIO DE CARIARI SOCIEDAD ANONIMA presentó una oferta, por un precio total de £1.798.372, para la compra de basureros metálicos en forma de botella. 2-RECIGLOBAL SOCIEDAD ANONIMA presentó una oferta, por un precio total de € 1.540.000, para la compra de basureros metálicos en forma de botella, 3-LUIS JAVIER BRENES AVILA presentó una oferta, por un precio total de £1.142.860, para la compra de bosureros metálicos en forma de botella. LÍNEA 3: PUNTO ECOLÓGICO DE RECICLAJE SE RECIBEN LA OFERTA POR PARTE DE LOS SIGUIENTES PROVEEDORES: l-ALMACEN EL MEJOR PRECIO DE CARIARI SOCIEDAD ANONIMA presentó una oferta, por un precio total de €2.623.901, para la compra de puntos ecológicos. 2-RECIGLOBAL SOCIEDAD ANONIMA presentó una oferta, por un precio total de €2.526.650, para la compra de puntos ecológicos. 3-LUIS JAVIER BRENES AVILA presentó una oferta, por un precio total de (2.471.427, para la compra de puntos ecológicos. ÍNEA 4: B SE RECIBEN LA OFERTA POR PARTE DE LOS SIGUIENTES PROVEEDORES: 1-PRODUCTOS TECNICOS PARA CENTROAMERICA Y El CARIBE PRODUCOL SOCIEDAD ANONIMA presentó una oferta, por un precio total de €1.806.600, para la compra de puntos ecológicos. 2-LUIS JAVIER BRENES AVILA presentó una oferta, por un precio total de (2.571.426, para la compra de puntos ecológicos. Página 2]|7 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%6 ACTA N%83 Extraordinaria. 4 Municipalidad de Pococí POCOC¿ Compras Publicas AN Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 PZA fluye ronold.quirosGimunipococi.go.cr moros e e ida . aa Análisis de las ofertas recibidas: A continuación, se analizan los requisitos de admisibilidad, según la enumeración mostrada el cartel de la compra directa: Requisitos de Admisibilidad Nombre de la empresa 3.1 3.2 3.3 34 3.5 PRODUCTOS TECNICOS PARA CENTROAMERICA Y El CARIBE PRODUCOL SOCIEDAD ANONIMA ALMACEN El MEJOR PRECIO DE CARIARI SOCIEDAD ANONIMA RECIGLOBAL SOCIEDAD ANONIMA LUIS JAVIER BRENES AVILA Especificaciones técnicas Nombre de la empresa línea 1 | línea2 | línea3 | línea 4 PRODUCTOS TECNICOS PARA CENTROAMERICA Y El CARIBE PRODUCOL| NO NO NO SOCIEDAD ANONIMA APUCA. | ARUGA: | ARCA ALMACEN El MEJOR PRECIO DE CARIARI| yo NO SOCIEDAD ANONIMA APLICA APUCA RECIGLOBAL SOCIEDAD ANONIMA NO APUCA Página 3]7 Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N97 ACTA N*83 Extraordinaria. Municipalidad de Pococí 9 POCOC¿ Compras Publicas Yas a Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Ke ronald.quiros(Amunipococi.go.cr Mescrumo Fluye IP o cnn Evaluación de Ofertas. A continuación, se presenta el cuadro comparativo de ofertas: EVALUACION pican Dierta Empresa Criterios Puntaje Total tínea 1 RECIGLOBAL SOCIEDAD ANONIMA so o e $9 tínea 2 AUMACEN El MEJOR PRECIO DE CARIARI SOCIEDAD 68.5 10 o 78,5 ANONIMA REGIGLOBAL SOCIEDAD ANONIMA Lia e > su nea 3 ALMACEN EL MEJOR PRECIO DE CARIARI SOCIEDAD 77 10 o 87 ANONIMA RECIGLOBAL SOCIEDAD ANONIMA ÉS o o eo Línea 4 PRODUCTOS TESNICOS PARA CENTROAMERICA Y El CARIBE PRODUCOL med ho a e SOCIEDAD ANONIMA El oferente PRODUCTOS TECNICOS PARA CENTROAMERICA Y EL CARIBE PRODUCOL SOCIEDAD ANONIMA cumple con los requisitos de admisibilidad, además cumple con las especificaciones técnicos descritos en el cartel para ofertar por la línea 4. El oferente indica que su oferta Únicamente se realiza para la Línea 4. Página 4]7 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%8 ACTA N*83 Extraordinaria. A Municipalidad de Pococí POCOC ¿ Compras Publicos Ys Y Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Lo Fluuo ronald.quirosAmunipococi.go.cr Macmicro ES El oferente ALMACEN EL MEJOR PRECIO DE CARIARI SOCIEDAD ANONIMA cumple con los requisitos de admisibilidad, además cumple con las especificaciones técnicos descritos en el cartel para ofertar por la línea 2 y 3. Para el coso de la línea 3: A pesar de que el oferente no se ajusta al plazo de entrega establecido según especificaciones del cartel, la administración acepta el plazo propuesto por el oferente. El oferente indica que su oferta únicamente se realiza para la Línea 2 y 3. El oferente RECIGLOBAL SOCIEDAD ANONIMA cumple con los requisitos de admisibilidad, además cumple con los especificaciones técnicas descritos en el cortel para ofertar por las líneas 1, 2 y 3, Para el caso de la línea 3: A pesar de que el oferente no se ajusta al plazo de entrega establecido según especificaciones del cartel, la administración acepta el plazo propuesto por el oferente. El oferente indica que su oferta Únicamente se realiza para la Línea 1, 2 y 3. El oferente LUIS JAVIER BRENES AVILA cumple con las especificaciones técnicas, sin embargo, no cumple con los requisitos de admisibilidad, debido a que no indica plazos de entrega, póliza ni decloración jurada de encontrarse al día con el pago de impuestos. Página5]7 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%9 ACTA N983 Extraordinaria. Municipalidad de Pococí S 9 POCOCE Compras Publicas Ys AN Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 ¿[2% fluye ronald.quirosimunipococi.go.cr macro a A Por tanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, autorizar al señor: alcalde, a pagar a favor de la empresa: PLÁST -RECIGLOBAL SOCIEDAD ANONIMA, por un monto total de £1.365.000 (un millón trescientos sesenta y cinco mil colones con cero céntimos), con base en los precios ofertados por la empresa. Se solicita realizar un ajuste con respecto a las cantidades de acuerdo con los precios ofertados: ESTACIONES DE RECICLAJE Canfidad Línea Descripción | Solicitado Ajuste y 10 2 Bosureros Plástico, forma de botella L h LICOS E RECIGLOBAL SOCIEDAD ANONIMA, por un monto total de £1.155.000 (un millón ciento cincuenta y cinco mil colones con cero céntimos) con base en los precios ofertados por la empresa. Se solicita realizar un ajuste con respecto a las cantidades de acuerdo con los precios ofertados: ESTACIONES DE RECICLAJE 2 de 3 Basureros Metálico, forma do botella Página 617 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*10 ACTA N%83 Extraordinaria. Municipalidad de Pococí 9 POCOC¿ Compros Publicas Md a Teléfono: 2713-6561 Ext. 122. Losa Fluyo ronald.quirosmunipococi.go.cr Meco A AP to ES LÍNEA 3: PUNTO ECOLÓGICO DE RECICLAJE ALMACEN El MEJOR PRECIO DE CARIARI SOCIEDAD ANONIMA, por un monto total de €2.249.058,00 (dos millones doscientos cuarenta y nueve mil cincuenta y ocho colones con cero céntimos), con base en los precios ofertados por la empresa. Se solicita realizar un ajuste con respecto a las cantidades de acuerdo con los precios ofertados: ESTACIONES DE RECICLAJE Línea Descripción 3 7 6 Puntos ecológicos, 4 recipientes LÍNEA 4: BASURERO MADERA PLÁSTICA PRODUCTOS TECNICOS PARA CENTROAMERICA Y El CARIBE PRODUCOL SOCIEDAD ANONIMA, por un monto total de €1.806.500 (un millón ochocientos seis mil seiscientos colones con cero céntimos), con base en los precios ofertados por la empresa. Sin más que agregar se suscribe; RONALD QUIROS terasa atatrante pee BRENES (FIRMA) Pos sua masisrars orto Lic. Ronald Quiros Brenes Compras Publicas Municipalidad de Pococí. Página?7]7 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N911 ACTA N9%83 Extraordinaria. Por Unanimidad de 7 Votos presentes SE ACUERDA: Se autoriza al señor alcalde, pagar a favor de la empresa: Línea 1: Basureros plásticos en forma de botella, a la empresa: Reciglobal Sociedad Anónima, por un monto total de (/ 1.365.000 (un millón trecientos sesenta y cinco mil colones con cero céntimos), con base en los precios ofertados por la empresa. Se solicitad realizar un ajuste con respecto a las cantidades de acuerdo con los precios ofertados según cuadro del “Por Tanto”. Línea 2: Basureros metálicos en forma de botella, a la empresa: Reciglobal Sociedad Anónima, por un monto total de (21.155.000 (un millón ciento cincuenta y cinco mil colones con cero céntimos), con base en los precios ofertados por la empresa. Se solicitad realizar un ajuste con respecto a las cantidades de acuerdo con los precios ofertados según cuadro del “Por Tanto”. Línea 3: Punto Ecológico de Reciclaje, a la empresa: Almacén El Mejor Precio de Cariari Sociedad Anónima, por un monto total de (2. 249.058,00 (dos millones doscientos cuarenta y nueve mil cincuenta y ocho colones con cero céntimos). con base en los precios ofertados por la empresa. Se solicitad realizar un ajuste con respecto a las cantidades de acuerdo con los precios ofertados según cuadro del “Por Tanto”. Línea 4 Basurero de Madera Plástica a la empresa: Productos técnicos para Centroamérica y el Caribe PRODUCOL Sociedad Anónima, por un monto total de (1.806.600 (un millón ochocientos seis mil seiscientos colones con cero céntimos con base a los precios ofertados por la empresa. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. ACUERDO N* 2545 Se conoce nota suscrita por Lic. Manuel Hernández Rivera alcalde Municipalidad de PococíÍ, teléfono: 2712-1108, correo electrónico: manuvel.hernandezOmunipococi.go.cr, dice: Oficio: DAMCM-0253-2022 Asunto: Compra directa No. 2022CD-000287-0032000702, (Diseños finales tramitología Edificio Municipal) » > a er k : k Sitio Web: munipococi.go.cr AY A UL - Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*12 ACTA N983 Extraordinaria. 9 Municipolidad de Pococí POCOC ¿ Despacho del Alcalde MN a Teléfono: 2711-1208 PAS Fluye monuelhernondezQmunipococigo.sr memos o aa Guápiles, 28 de noviembre de 2022 DAMCM-0253-2022 Sres. Honorable Concejo Municipal Referencia: Se solicita autorización de acuerdo de pago Compra directa No. 2022CD-000287-0032000702 (Diseños finales y tramitología Edificio Municipal) Mediante la presente remito solicitud de acuerdo de pago Compra directa No, 2022CD-000287-0032000702 (Diseños finales y tramitología Edificio Municipal). Sin más por el momento, me despido. , Lic. Manu: a] ) POcogj/ y Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi lA Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*13 ACTA N*83 Extraordinaria. a Municipalidad de Pococí (7) POCOC¿ Área de Servicios Públicos Ys A) brondon.ogueroOmunipococi.go.cr «Lon Fluyo NO Pococí, 24 de noviembre de 2022 CSP-172-2022 Lic. Ronal Quiros Contratación Pública Asunto: Recomendación de contratación, 2022CD-000287-0032000702 Diseños finales y tramitología Edificio Municipal Para el proceso de contratación indicado en el asunto, indico lo siguiente: 1. Se harevisado la oferta del Ara. Luis Diego Barahona, y cumple con todos los requisitos técnicos solicitados, porlo que se recomienda continuar con el proceso de adjudicación. 2. Se debe realizor la adjudicación del contrato por el monto total ofertado de €159.028.291,75. Por efectos presupuestarios, se debe confeccionar una orden de compra por €127,300.000,00; los restantes 31.728.291,75 se estarían aportando con orden de compra del siguiente año. 3. Enelcoso de los estudios complementarios, conviene a la administración municipal que estos sean ejecutados por el mismo proveedor, debido a que en general se tratan de estudios que por aspectos de eficiencia, oportunidad y conveniencia se deben desarrollar en paralelo con los diseños finales, ya que formarán parte de procesos iterativos entre estos estudios y el desarrollo del diseño; de esta manera se disminuye la complejidad que podría resultar para la administración municipal la gestión de varios contratos con proveedores distintos, lo que podría resultar el riesgo de generar conflictos de comunicación y pérdida de eficiencia que podría impactar negativamente en el desempeño de los resultados deseados. La contratación de estos servicios al mismo proveedor está justificada además en las siguientes consideraciones: Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*14 ACTA N%83 Extraordinaria. - Municipalidad de Pococí Fluye NO + Presupuesto global: en esta contratación el presupuesto se desarrolla en paralelo al diseño de planos y es parte de un proceso iterativo; sus resultados preliminares formarán parte de las revisiones intermedias ejecutadas por la Municipalidad, con lo cual se pueden tomar decisiones de diseño con base en los costos, las cuales impactan el desarrollo de planos constructivos. Para lograr esta interacción con el diseño, es idóneo ejecutarlo junto con los planos constructivos, + Viabilidad Ambiental: este entregable lo conforman estudios que son insumos requeridos pora el diseño constructivo, como lo son estudios de hidrología para el diseño pluvial o de geotecnia para el diseño de fundaciones. Sin los estudios anteriores no es posible llevar a cabo los diseños de los sistemas que requieren dicha información del sitio. Es idóneo contratar este olcance como parte de paquete dada la conveniencia de que los resultados de los estudios técnicos sean incorporados al diseño de manera expedita. + Consultoría en construcción sostenible: las decisiones sobre medidas de construcción sostenible forman parte de las actas iniciales especificados en el cartel, siendo que los requisitos de consumo energético, medidos de mitigación de consumo de recursos naturales, disposición de desechos sólidos y líquidos, equipos para la reducción del uso de aire acondicionado, verificación de la relación muro-ventana, asoleamientos, sistema de tratamiento de aguas residuales, entre otros, determinadas en estas actas, forman parte de la base de diseño e impactarán el resultado en planos constructivos. Así mismo, la consultoría en construcción sostenible formará parte del proceso de diseño en reuniones internas periódicas donde se revisará en conjunto con el equipo diseñador la aplicación de las medidas requeridos para optar por un grado de certificación en construcción sostenible. Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*15 ACTA N*83 Extraordinaria. A Y Municipalidad de Pococí (7) ax A brandon.ogueroOmunipococi.go.cr AA uyo Mr + Tramitología: representa un rubro menor de la contratación, dedicado a recabar documentos relacionados con los trámites para la presentación en APC y a la preparación de un informe que detalle los formularios, insumos y resultados de las gestiones ante instituciones. En algunos casos, como el desfogue pluvial, se requiere información técnica resultante de los diseños, por lo que es idóneo ejecutarlo en paralelo con el diseño constructivo. 4. Los demás requisitos o aspectos técnico - legales establecidos en el cartel por el departamento de Contratación Pública, no forman parte de este análisis, En caso de algún incumplimiento, aplicar lo que indique la norma. Agradeciendo la atención, me despido: Firmado digitalmente por remado Sot BRANDON STEVEN AGUERO MANUEL o MAROTO (FIRMA) HERNANDEZ — tetra ias Fecha: 2022.11.24 14:5207 RIVERA (FIRMA) Dr ci 0600 Ing. Brandon Aguero Maroto, MSc, V.B Lic. Manuel Hernandez Rivera Área de Servicios Públicos Alcalde C. Expediente técnico digital. Sitio Web: munipococi.go.cr / Focebook: OMunicipolidadDePococi | | ! | | ag | | Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi | | Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%16 ACTA N*83 Extraordinaria. 9 Municipalidad de Pococí (7) POCOC¿ Compras Públicas Ys AS : Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Liz MISCO. Fluye ronald.quirosOMmunipococi.go.cr otra ers: Guópiles, 28 de noviembre del 2022 Señores: Concejo Municipal de Pococí Referencia: Se solicita adjudicación y autorización acuerdo de pago. Compra directa No. 2022CD-000287-0032000702 (Diseños finales y tramitología Edificio Municipal) Respetables señores: Que por medio de la plataforma SICOP, se gestionó la contratación bajo la modalidad de compra directa sin concursar, con base al articulo no. 139, inciso b) Bienes o servicios artísticos o intelectuales: La compra, a precio razonable, de bienes o servicios que en virtud de su carácter intelectual o artístico se consideren fuera de competencia. Cuando la obra no haya sido creada, se podrá utilizar un certamen, donde el procedimiento de selección será el juicio crítico de expertos reconocidos en una comisión de no menos de tres integrantes y no más de cinco. En estos casos, las credenciales de los jueces deberán constar en el expediente administrativo.) los “Diseños finales y tramitología para la construcción del nuevo edificio municipal". Se recibió oferta del Arquitecto: -Luis Diego Barahona Ortega, por un monto de €159.028.291,75 (ciento cincuenta y nueve millones veintiocho mil doscientos noventa y un colón con 75/100). Página 1]4 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N77 ACTA N*83 Extraordinaria. 9 Municipalidad de Pococí (7 POCOC¿ Compras Públicos qu AS Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 Fluye ronald.quirosMmunipococi.go.cr "Wes. o coa Análisis de la oferta El análisis técnico realizado por el Ing. Brandon Aguero Maroto, área de servicios públicos determina lo siguiente: 1. Se ha revisado la oferta del Arq. Luis Diego Barahona, y cumple con todos los requisitos técnicos solicitados, por lo que se recomienda continuar con el proceso de adjudicación. 2. Se debe realizar la adjudicación del contrato por el monto total ofertado de € 159.028.291,75. Por efectos presupuestarios, se debe confeccionar una orden de compra por E 127,300.000,00; los restantes 31.728.291,75 se estarían aportando con orden de compra del siguiente año. 3. En el coso de los estudios complementarios, conviene a la administración municipal que estos sean ejecutados por el mismo proveedor, debido a que en general se tratan de estudios que por aspectos de eficiencia, oportunidad y conveniencia se deben desarrollar en paralelo con los diseños finales, ya que formarán parte de procesos iterativos entre estos estudios y el desarrollo del diseño; de esta manera se disminuye la complejidad que podría resultar para la administración municipal la gestión de varios contratos con proveedores distintos, lo que podría resultar el riesgo de generar conflictos de comunicación y pérdida de eficiencia que podría impactar negativamente en el desempeño de los resultados deseados. La contratación de estos servicios al mismo proveedor está justificada además en las siguientes consideraciones: Presupuesto global: en esta contratación el presupuesto se desarrolla en paralelo al diseño de planos y es parte de un proceso iterativo; sus resultados preliminares Página 2]4 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N918 ACTA N9%83 Extraordinaria. 9 Municipalidad de Pococí (7) POCOC¿ Compras Públicas Ys a Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 «¿Sn Pluye ronald.quirosOmunipococi.go.cr “tres” A e CI E pun formarán porte de las revisiones intermedias ejecutadas por la Municipalidad, con lo cual se pueden tomar decisiones de diseño con base en los costos, las cuales impactan el desarrollo de planos constructivos. Para lograr esta interacción con el diseño, es idóneo ejecutarlo junto con los planos constructivos, + Viabilidad Ambiental: este entregable lo conforman estudios que son insumos requeridos para el diseño constructivo, como lo son estudios de hidrología para el diseño pluvial o de geotecnia para el diseño de fundaciones. Sin los estudios anteriores no es posible llevar a cabo los diseños de los sistemas que requieren dicha información del sitio. Es idóneo contratar este alcance como parte de paquete dada la conveniencia de que los resultados de los estudios técnicos sean incorporados al diseño de manera expedita. + Consultoría en construcción sostenible: las decisiones sobre medidas de construcción sostenible forman parte de las actos iniciales especificados en el cartel, siendo que los requisitos de consumo energético, medidos de mitigación de consumo de recursos naturales, disposición de desechos sólidos y líquidos, equipos para la reducción del uso de aire acondicionado, verificación de la relación muro- ventana, asoleamientos, sistema de tratamiento de aguas residuales, entre otros, determinados en estas actas, forman parte de la base de diseño e impactarán el resultado en planos constructivos. Así mismo, la consultoía en construcción sostenible formará parte del proceso de diseño en reuniones internas periódicas donde se revisorá en conjunto con el equipo diseñador la aplicación de las medidas requeridas para optar por un grado de certificación en construcción sostenible. Tramitología: representa un rubro menor de la contratación, dedicado a recabar documentos relacionados con los trámites para la presentación en APC y a la Página 3]4 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N919 ACTA N%83 Extraordinaria. 4 Municipalidad de Pococí (0) POCOCA Compras Públicas Yes a Teléfono: 2713-6561 Ext. 122 «¿Sy Pluye ronald.quirosOmunipococi.go.cr ME Pos AA preparación de un informe que detalle los formularios, insumos y resultados de las gestiones ante instituciones. En algunos casos, como el desfogue pluvial, se requiere información técnica resultante de los diseños, por lo que es idóneo ejecutarlo en poralelo con el diseño constructivo Portanto, se le solicita al Concejo Municipal de Pococí, adjudicar y autorizar al señor alcalde, a pagar a favor de la empresa: -Arq. Luis Diego Barahona, por un monto de £159.028.291.75 (ciento cincuenta y nueve millones veintiocho mil doscientos noventa y un colón con 75/100). Los cuáles serán financiados de la siguiente manera: 1-4 127.300.000.00 (ciento veintisiete millones trescientos mil colones) mediante la constancia presupuestario No. 0375 aprobada el 28 de octubre 2022. 2-4 31.728.291.75 (treinta y un millones setecientos veintiocho mil doscientos noventa € y un colón con 75/100) mediante recursos presupuestarios del año 2023. En vista que el proyecto será ejecutado en varias etapas, iniciando en el año 2022 y finalizando en el año 2023. Sin más que agregar se suscribe; RONALD ORAL UNOS ¡AL pl QUIROS BRENES osa , (FIRMA) Meri 0600 Lic. Ronald Quiros Brenes Compras Públicas Municipalidad de Pococí. Página 4]4 Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*20 ACTA N*83 Extraordinaria. OEA TE Participan de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos Saluda, realmente muy complacido de ver este planteamiento que está realizando la administración, es el resultado de este concurso que se hizo vía Sicop para poder avanzar con los planos y diseños del tan ansiado edificio Municipal. Esperamos hoy con esta aprobación, que ya en abril o mayo dar inicio a este nuevo edificio. Reg. Rosbill Arguello Badilla Saluda, escuchar esto como anteriormente se escuchó lo de solicitarle IFAM los 3.500 millones, para algo tan importante como es la construcción del edificio Municipal de Pococí. Al escuchar este tema y cada vez que se hable de esto, definitivamente tiene que pedir uno la palabra. En mi caso pueden catalogarme como lo que sea, no hay ningún problema, pero es que es una necesidad que tenemos de hablar porque, allá por el año 2013 un Concejo Municipal nos quitó el edificio que había, después de tantos millones que se le habían metido a ese edificio; está bien que estaba declarado inhabitable, está bien que el edificio municipal tenía muchos problemas, pero se había invertido mucho. Repito la historia importantísima, la historia hizo que derribaran un edificio sin tener una nueva casa y hoy, esta fecha será recordada por siempre con la aprobación de ustedes, porque definitivamente ese Concejo Municipal no solamente prometió en una campaña política sino, que está cumpliendo. Y ojalá que este mismo Concejo ponga la primera piedra, pero si no, de todos modos, ya Dios todo lo tiene lo tiene listo. Por eso quise hacer uso de la palabra porque es importante que el pueblo lo sepa, “Que hoy este honorable Concejo va a aprobar esto tan importante que es la casa de todos los vecinos del Cantón de Pococí”. Agradecerle como siempre al Señor alcalde, a los regidores propietarios, a los suplentes, a los síndicos, a todos porque aquí la mejor idea la tiene el que nunca habla y siempre motivo para que todos hagamos uso de la palabra porque, alguno de ustedes tiene esa idea que hace falta al pueblo al pueblo Pococí por el que estamos aquí. g Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*21 ACTA N*83 Extraordinaria. pS Reg. Yaslyn Morales Grajal Me siento muy contenta de que el día de hoy venga esta primera pequeña etapa de un gran proyecto para este cantón. Es necesario irnos de este edificio que ya hemos reiterado varias veces es muy costoso de alquiler mensualmente para los contribuyentes de este cantón y agradecerle al señor alcalde que estamos aquí el primero de mayo del 2022 muy costoso de alquiler mensualmente para los contribuyentes de este cantón, (12 millones de colones más o menos), con demasiadas necesidades para los contribuyentes que tienen alguna discapacidad porque aquí no hay una rampa, a veces a veces el elevador está en malas condiciones, pero bueno, esta es una gran etapa de este proyecto. Felicito todos los compañeros que van a votar positivamente, decirle al señor alcalde una vez más: “Muchas gracias” porque cuando nos sentamos aquí el 01 de mayo del 2020, responsablemente lo primero que hicimos fue ver el plan de trabajo que en campaña propuso, para poder trabajar en base a eso y uno de las de las grandes proyectos que él decía que iba a hacer era construir el edificio municipal y eso es un trabajo en equipo, porque aquí hay ? personas que somos los que tomamos las decisiones para que él ejecute y hemos siempre estado disponibles y dispuestos. Decirle al pueblo de Pococí: “Es hora de tener nuestra casa” y para allá vamos. Ojalá a finales de diciembre del 2023 ver ya obra gris, ver ya una estructura como lo está haciendo hoy el Ministerio de salud, esa esquina va a ser una esquina muy bella, con el edificio del Ministerio de Salud nuevo, con la casa Municipal ahí, los alrededores, el parque que está quedando bellísimo también y para el comercio en sus alrededores eso va a reactivar mucho la economía porque para nadie es un secreto que a la Municipalidad vienen muchos contribuyentes todos los días y eso genera este un desarrollo en la economía. Entonces decirles a todos ustedes Concejo Municipal de esta administración, “"siéntanse contentos de que vamos a seguir haciendo historia como lo hemos hecho desde el primero de mayo del 2020 hasta el día de hoy”. Un Concejo que guardó las banderas políticas en la gaveta y a la Única bandera que prevalece Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*22 ACTA N*83 Extraordinari la del cantón de Pococí y lo hemos demostrado con obras importantes que han estado rezagadas como, por ejemplo: Calle vieja, hoy vemos un puente avanzando, un puente que en otro momento hubiera costado más de quinientos millones pero que esta administración la va a hacer con aproximadamente doscientos millones. Aquí venimos a hacer democracia y a defender los intereses de los ciudadanos según el código municipal en su artículo 1 y olvidémonos de las Administraciones pasada que no hicieron lo que debieron hacer lastimosamente, tres administraciones del partido Liberación Nacional que no pudieron hacer lo que hoy hacemos nueve fracciones políticas, incluido un regidor del partido Liberación nacional, el cual le reconocemos que se ha sumado al trabajo en equipo y que ha querido hacer historia. Ojalá muchos tomen el ejemplo y lo sigan haciendo cuando ya nos vayamos de esta administración. Reg. Luis Ángel Méndez Araya. Saluda, cómo no sumarse a este voto de apoyo, cuando hay un grupo de regidores y hay un alcalde y vicealcaldes enfocados en proyectos tan importantes, proyectos de impacto. Yo siempre he sido al igual que ustedes del pensamiento de que las instituciones deben estar accesibles a la comunidad. Hay muchísimos edificios que se han construido lejos del centro, pero enhorabuena que se ha encontrado un punto de comunicación y se ha llegado a un feliz término para construir nuestra casa, la Municipalidad en el centro, a la par del parque de Guápiles y eso va a traer grandes beneficios a nuestros contribuyentes. Es penoso ver tantas señoras y señores humildes que viajan desde el centro y que no pueden pagar los mil colones del taxi y se vienen caminando hasta acá. Esto es gratificante y debemos sentirnos muy contentos. Yo sé que son Manuel como Alcalde y como jefe de este barco debe sentirse muy orgulloso y no hablo solo de los propietarios sino más bien, de las suplencias y del Concejo en pleno, sentirnos orgullosos de que, al fin hay una esperanza para tener Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI 14). 306.1 PAGINA N*23 ACTA N*83 Extraordinaria. 29-11- 022% _- PSA nuestra casa propia, nuestra municipalidad. Y estemos o no vigentes como regidores, pero como ciudadanos nos vamos a sentir muy orgullosos de tener ahí nuestro edificio, ahí en el centro del Distrito central de nuestro Pococí “Guápiles”. Reg. Jonnathan García Chévez. Saluda, A nivel personal y lo primero que tengo que decir es: “Que Dios bendiga nuestro hogar”, pero que sobre todo bendiga este nuevo hogar que hoy se está siguiendo en la historia de este. Es importante que la ciudadanía tenga presente que se necesitan manos para construir una casa y hoy están sobrando manos y es lo que estamos haciendo, sin embargo, son los corazones y el alma y los sentimientos los que pueden edificar ese hogar. Pienso que debemos desearle bendiciones a todos los que han hecho posible este acto tan importante e histórico y el pasado solamente debe servir para aprender, la experiencia que tiene la administración ha logrado solidificar el objetivo que es el desarrollo de este cantón y las obras se han dado en cada rincón según los recursos que se tengan y hoy, Dios nos ha puesto en este momento del tiempo y de la historia para ponernos de acuerdo por lo que hemos visto en el pasado y eso es lo que debe importar, sin importar quien no está haciendo, qué partido lo hizo o no lo hizo, los momento son momentos de decisiones de controles políticos pero aquí lo que está prevaleciendo es, tener nuestra casa municipal y ahorrar algunos colones a nuestros colaboradores. Felicita a todos y a todas por ese gran trabajo y adelante, a continuar en esa gran historia que se está haciendo en la actualidad. Reg. Randall Torres Barrientos. Yo quería retomar unas palabras que dijo la señora presidenta que me parecen muy oportunas que, con el tema del edificio conlleva la visión del programa de gobierno del alcalde. No se me olvida, cuando hace dos años estábamos planeando hacer el edificio y se nos dieron un montón de situaciones y es hasta ahora que se está plasmando que se haga una realidad. Sitio Web: munipococi.go.cr A < Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*24 ACTA N*83 Extraordinaria. Lo mismo con el parque, la semana pasada pasé que se estaba iluminando el parque y que lindo es ver esa gran cantidad de madres con sus hijos, familias enteras, comiéndose un helado ahí en el parque disfrutando, eso no tiene precio y con eso nos damos como bien pagados porque, a veces no se valora la labor que se hace acá, que hace el alcalde, que hacen los regidores. Realmente si usted analiza estamos a gas pegado, porque no se ha soltado un solo proyecto, se le ha dado seguimiento y hemos entendido que debemos de ser estratégicos, por ejemplo, el tema de calle vieja que es una descongestión a la ruta 32 y los convenios que hemos firmado. Mucha gente nos ha dicho: “ustedes solo están atendiendo gran aglomeración de población” y déjenme decirles que no es cierto, porque hemos estado trabajando donde estaban las calles despedazadas, donde nunca se les había puesto ni una piedra, entonces creo que, al contar con el edificio creo que es contar con esa piedra angular que va a lograr que esa zona central de Guápiles se convierta como en un polo de atracción. Obviamente comercialmente, visualizo que esa zona va a ser una zona donde más se va a acercar el comercio y que lo puede diseminar hacia otras partes del cantón. Entonces estaría yo dando mi voto de apoyo a este proyecto que está siendo sometido a consideración de nosotros como regidores. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Los que están de acuerdo en aprobar el pago para que inicien los planos constructivos de lo que será nuestra casa municipal favor levantar la mano. Por Unanimidad de 7 Votos presentes SE ACUERDA: Se Adjudica y se autoriza al señor alcalde a pagar a favor del señor: Arquitecto Luis Diego Barahona, por un monto total de ( 159.028.291.75 (ciento cincuenta y nueve millones veintiocho mil doscientos noventa y un colón con 75/100). Los cuáles serán financiados de la siguiente manera: (127.300.000.00 (ciento veintisiete millones trecientos mil colones) mediante la constancia presupuestario No. 0375 aprobado el 28 de octubre 2022. y (31.728.291.75 (treinta y un millones setecientos veintiocho mil doscientos noventa y un colón con 75/100) mediante recursos presupuestarios del año 2023. En vista de que el proyecto será ejecutado en varias etapas, iniciando en el año 2022 y finalizando en 2023. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. y k e Sitio Web: munipococi.go.cr Y > $ Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI loo EJS PAGINA N*25 ACTA N*83 Extraordinaria. 29-11-2022% 4 Lic. Manuel Hernández Rivera. Alcalde Municipal. Primero agradecerle a Dios y a todos ustedes por el apoyo y como lo decían ustedes, para este año y gracias a Dios y a los empleados de la municipalidad y al Concejo y los vicealcaldes que, todos han puesto un granito arena, a finales de este año y a principios del próximo año, vamos a poder llevar más de 300 obras, proyectos que se van a ver beneficiadas todas las comunidades a lo largo y ancho del cantón, es un esfuerzo y yo quiero agradecerle a los a los empleados. A todos los departamentos como el comandado por Lisseth y los compañeros de presupuesto y la gente de tesorería, porque al final todos han jugado un roll importantísimo para que esto se lleve a cabo, Ronald y en el departamento de Proveeduría que han ayudado muchísimo para que podamos salir adelante. Ha sido una lucha titánica de ellos y todos para poder sacar todos los proyectos y han tenido que correr y sacrificar sábados y domingos y muchas veces sin horas extras y ahí han estado y el apoyo de ustedes también que ha sido incondicional, porque cuando los hemos necesitado los convocamos e inmediatamente han respondido y solo con la ayuda de Dios y unidos todos podemos salir adelante. Agradecerles a los contribuyentes también porque muchas de esas obras son porque la gente cree en la municipalidad, cree en nosotros y paga sus impuestos y hoy se ven reflejados en más proyectos para el cantón. Hemos traído también convenios que estamos próximos a firmar y que se van a hacer en las partes bajas del cantón de Pococí, que son proyectos importantísimos y esperamos que Dios nos dé la oportunidad para el próximo año poderlos ejecutar. Igual que el edificio Municipal, hoy estamos avanzando otro pasito más para ver si podemos hacer los planos constructivos y posteriormente hacer la Licitación pública que tiene que hacerse para que una empresa o varias empresas participen en la construcción del edificio. También estamos trabajando para que sea a través del IFAM para que nos otorgue el préstamo para la construcción del edificio, todo eso lleva su tiempo y su trabajo y solo unidos y con el esfuerzo de todos podemos llevarlo a cabo. Así es que, muchísimas gracias a todos y a los empleados, todos de alguna u otra manera todos han colaborado. Maikol que es otro que ha estado hasta altas horas de la noche también ha estado ahí viendo a ver cómo nos ayuda, entonces al día de hoy por el apoyo de todos los empleados y el Concejo Municipal y los Ñ Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*26 ACTA N*83 Extraordinaria. vicealcaldes y la secretaría, porque también Magaly es otra, el departamento magaly ha corrido para que salgan las cosas. Yo espero que esos frutos los vamos a ver el próximo año, a finales de este y el próximo año, así es que, muchísimas gracias y que Dios los bendiga a todos. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Efectivamente, darle ese reconocimiento a esos departamentos que han estado de verdad trabajando, no solo por un salario, sino de corazón y muchas veces no son mencionados. Más adelante yo voy a hacer una propuesta a todos ustedes para poder quizás mandarle un reconocimiento a todos esos jefes y sus departamentos. UL -- ARTICULO ll Correspondencia ACUERDO N' 2546 Se conoce nota suscrita por MSc. Flor María Ramírez Núñez supervisora centros educativos, teléfono: 2710-9039, correo electrónico: supervision08.guapilesemep.go.cr, dice: Oficio: SCEC 08-25-2022 Asunto: Traslado de denuncia a la Junta Administrativa del Liceo de Ticabán. Nota de Secretaría: Queda en custodia de la Secretaria Municipal el expediente en formato digital, por ser un tema de confidencialidad hasta su resolución. Por Unanimidad de 7 Votos presentes SE ACUERDA: Se traslada al Lic. Christian Córdoba Oviedo, asesor del Concejo Municipal, para que le dé trámite. ACUERDO N* 2547 Se conoce nota suscrita por Sra. Ericka Ugalde Camacho jefa de Área Comisiones Legislativas ll, teléfono: 2243-2194/2243-2438, correo electrónico: COMISION- GOBIERNOOsamblea.go.cr dice: Sitio Web: munipococi.go.cr a »<. a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*27 ACTA N%83 Extraordinaria. Oficio: AL-CPEMUN-0299-2022 Asunto: Consulta del texto dictaminado Exp.23.302. 7002, 1472 Carmo secretana muvopel - Oubcoh Consulta texto dictaminado Exp. 23.302 Municipaliades Guiselle Hernandez Aguilar <ghernandez0Wasamblea.go.cr> Mar 22 Nov 2022 1106 Para Abangares1 <concejoabingares go (> Abangares2 <henberto cuberoabangr es go (> Acostat «concejo aosta go cr Aosta? <alcaldi acosta go cr> Alajuela? <secretoriacorcejo SP munivlajuela go cr> Alajuela! <emutinez E muniabjueita go Y >Abjueita2 <malpizar munialajuebta go U1> Alvarado! «concejo munidlvarado go cr>Aserril <czuriga muniasenigo cr Aserri2 <gubererDaserri go.cr> ¡Atenas 1 «concejo Patenasmuni go cr Atenas? «alcaldia Patenasmuni go a > Bagacest <secretaiaconcejoibagaces go c1> Bagaces?2 <marias0bagaces go cr> Barva! <alcaldn E munibarvago c1> Barva? «secretaria concejo Ed munibarva go ct > Belén? «ecretarmconcejo 1 Bbelen go «> Belén2 <alcaldesa bed en go (1> Buenos Altest <mmornge BS muribuenosalres go <> Buenos Aires? «herrera munibuenosa10s.g0 cr> 22 de noviembre de 2022 AL-CPEMUN-0299-2022 Señores (as) Concejo Municipal Presente ASUNTO: Consulta texto dictaminado Exp. 23.302 Estimados (as) señores (as): La Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo, en virtud de la moción aprobada en sesión extraordinaria 18, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el texto dictaminado dol Expediento N.* 23.302 "REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 36, 37 Y 37 BIS DEL CÓDIGO MUNICIPAL, LEY N” 7794, DEL 30 DE ABRIL DE 1998 Y SUS REFORMAS', el cual se adjunta. De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital. Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos 2243-2437, 2243-2194, 2243-2438 o al correo electrónico COMISION-GOBIERNOOasamblea,go.cr. De no confirmar el recibido de esta consulta se tendrá por notificado a partir de su envío, siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales. La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas interesadas. Atentamente, Gha Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
Mi lv ¡Q 12 MUNICIPALIDAD DE POCOCI y PAGINA N*28 ACTA N983 Extraordinaria. 29-11-2 224122, 1422 o Exp. 23.302 REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 36, 37 y 37 BIS DEL CÓDIGO MUNICIPAL, LEY N.* 7794, DE 30 DE ABRIL DE 1998, Y SUS REFORMAS ARTÍCULO 4- Se modifica el artículo 36 del Código Municipal, Ley N.* 7794, de 30 de abril de 1998, y sus reformas, para que en adelanto se lea de la siguiente manera: Artículo 36- El Concejo podrá celebrar las sesiones extraordinarias que se requieren, y a ellas deberán ser convocados todos sus miembros con, al menos, veinticuatro horas de anticipación, El orden del día para tales sesiones se señalará mediante acuerdo municipal. Las sesiones extraordinarias que se contemplan en el artículo 30 de esta ley se convocarán siempre que se refieran a: a) asuntos presupuestarios b) materia tributaria c) aprobación o no de planes de desarrollo humano cantonal d) aprobación o no de los planes reguladores 6) asuntos con plazo perentorio, que requieran conocerse en sesión extraordinaria f) conocimiento de dictámenes de las comisiones 9) prevención y atención de emergencia cantonal declarada o no h) la convocatoria dispuesta en el inciso m) del artículo 17 1) Cualquier otro asunto donde medie una urgencia razonable y debidamente justificada, sin excepción. ARTÍCULO 2- Se modifica el párrafo primero del artículo 37 del Código Municipal, Ley N. * 7794, de 30 de abril de 1998, y sus reformas, para que en adelante se lea de la siguiente manera: Artículo 37- Las sesiones presenciales del concejo deberán efectuarse en el local sede de la municipalidad. Sin embargo, podrán celebrarse sesiones en cualquier lugar del cantón, cuando concurran las siguientes circunstancias: L.). ARTÍCULO 3- Se reforma el artículo 37 bis del Código Municipal, Ley N.* 7794, de 30 de abril de 1998, y sus reformas. El texto dirá: Artículo 37 bis- Las municipalidades y los concejos municipales de distrito quedan facultados para realizar de manera excepcional, por razones suficientemente motivadas y justificadas, sesiones municipales de manera virtual a través del uso de medios tecnológicos, cuando asi se determine por acuerdo adoptado por mayoría calificada de dos terceras partes de la totalidad de sus miembros. Tales sesiones se podrán celebrar en dichas condiciones a través de esos medios, en el tanto concurra el cuórum de ley. El medio tecnológico dispuesto por la municipalidad y concejo municipal de distrito deberá garantizar la participación plena de todos los miembros del órgano y todos aquellos que participen de la sesión, la transmisión simultánea de audio, video y datos a todos quienes participen, debiendo respetar el principio de simultaneidad, colegialidad y deliberación del Htps Mastcok off0305 comal VAAQUADIA2QSNDIMA TE ORIO AIM INV WOSY2Z mr miz IG AQAMAZV OP OU 2F Vino Iv 2 Pecocí Pluye o 3 022% _- Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*29 ACTA N%83 Extraordinaria. 224122, 14 22 Catreo socretena marvogal - Odticok órgano colegiado. Asimismo, deberá garantizar la publicidad y participación ciudadana en las sesiones del concejo a través de los medios que considere más efectivos y convenientes, a efectos de que las personas interesadas puedan acceder a ostas para conocer las deliberaciones y los acuerdos, Para que la participación de los miembros del concejo por medios tecnológicos sea válida deberá: 1 Existir una plena compatibilidad entre los sistemas o medios empleados por el emisor y el receptor, pues se debe garantizar la autenticidad e integridad de la participación, voluntad y la conservación de lo actuado. 2- Los miembros del concejo deberán estar ubicados en un lugar, dentro del territorio nacional, disponer de los medios adecuados para estar debidamente conectado al medio tecnológico y estar siempre visibles, disponibles y atentos durante todo el tiempo que dure la sesión virtual. No podrán realizar otra labor privada o pública y no podrán estar de forma simultánea durante el desarrollo de la sesión, en cualquier otro tipo actividad pública o privada. Solamente cuando exista una justificación válida y razonada, sustentada en situaciones especiales o extraordinarias, conocida de antemano por los miembros propietarios y suplentes, garantizando lo dispuesto en el articulo 28 de este Código sin perjuicio del derecho de sustitución de los regidores y síndicos suplentes según lo dispuesto en el artículo 49 y aprobada por mayoría simple del Concejo Municipal, se autorizará que alguno de sus miembros participe, de forma temporal, en las sesiones virtuales del concejo fuera del país. 3- Garantizar las condiciones para asegurar el acceso pleno a la sesión a todas las porsonas integrantes del concejo, propietarios y suplentes. De no ser posible esto, deberá optarse por el traslado físico del recinto, previsto en el artículo 37. El pago de las dietas se regirá, en lo correspondiente, por lo dispuesto en los artículos 30 y 38 de este Código y se justificará únicamente si el miembro participa de la totalidad de la sesión y se mantiene en ella, bajo cumplimiento de los deberes indicados y si, además, se garantizaron los principios de colegialidad, simultaneidad, deliberación y votación. La secretaria del concejo quedará obligada a gestionar lo que corresponda para cumplir lo dispuesto y a dejar respaldo de audio, video y datos, así como para la elaboración del acta correspondiente conforme a lo dispuesto en el articulo 47 de esta ley. Cuando un miembro del concejo participe de forma válida por medios tecnológicos, se deberá considerar como presente para los efectos del último párrafo del articulo 37 y 42 de la Ley 7794, Código Municipal, de 30 de abril de 1998. Cada municipalidad, conforme a sus posibilidades, deberá proveer a los alcaldes y alcaldesas, regidores, suplentes, síndicos y suplentes de los medios, las condiciones y la asistencia necesaria para asegurar su eventual participación en una sesión por medios tecnológicos. tp Hoytook oltcod05 comimal/AAQRADISMZQOSEDIMAT E 80M DG yy IADIA TIAS Y WQSY 22m rela GAQAMZVOPOTUVA A 2 Vimos Iv 2 Y Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*30 ACTA N%83 Extraordinaria. 221172, 14 22 Cares secretana municipal - OLJcok Este mecanismo de sesiones virtuales también podrá ser utilizado por las comisiones municipales contempladas en el artículo 49 de esta loy. Las respectivas comisiones municipales que adopten la implementación de sesiones virtualos deberán garantizar que el medio tecnológico, que se considere más efectivo y conveniente, respete los principios de simultaneidad, colegialidad y deliberación. También se debe garantizar el correcto funcionamiento de las comisiones y el cumplimiento de los principios de publicidad y de participación ciudadana, a efectos de que las personas interesadas puedan acceder a dichas comisiones para conocer las deliberaciones, los actos y los acuerdos que ahí se tomen. Tales actos y acuerdos deberán ser válidos, de manera que se garanlice la continuidad de la actividad administrativa de manera célere y eficaz, y con satisfacción del interés público. Es deber de los miembros que integren las comisiones municipales estar ubicado en un lugar, dentro del territorio nacional, disponer de los medios adecuados para estar debidamente conectado al medio tecnológico y estar visible, disponible y atento durante todo el tiempo que dure la sesión. Solamente cuando exista una justificación válida y razonada, sustentada en situaciones especiales o extraordinarias, conocida de antemano y aprobada por el pleno del concejo, se autorizará, de forma temporal, participar en las sesiones virtuales del concejo fuera del país. Rige a partir de su publicación. Guiselle Hernández Aguilar ASAMBLEA Áreo O 0220210 LEGISLATIVA Comisiones Legiativas 1 Departamento Comirones Legislativas O ohermanderdarambilea go.cr (1500) 2243-2440 https Hostook ola commit AAQHADASNZOSNOM TER IDR OA y MD TMV WOSY 22m miz AQAMA OPTA VA ZP Vrroa Iv 2 Por Unanimidad de 7 Votos presentes SE ACUERDA: Se brinda voto de apoyo. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*31 ACTA N983 Extraordinaria. ACUERDO N” 2548 Se conoce nota suscrita por el Sra. Natalia Camacho Monge directora Ejecutiva Concejo de la Persona Joven, Teléfono: 2257-1130/2257-0891, Correo electrónico: proyectosccpjOcpj.go.cr dice: OFICIO: CPJ-DE-OF-568-2022 Asunto: Acuse de recibido de comunicación municipal sobre la conformación del CCPJ de Pococí periodo 2023-2024. > > Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*32 ACTA N983 Extraordinaria. 7 CJ CoNSaJO Vivir 2022-2026 AN «cultúra A CULTURA AE A EAN? os COSTA RICA 29 de noviembre del 2022 CPJ-DE-OF-568-2022 Señores y Señoras Concejo Municipal Municipalidad de Guácimo Asunto: Acuse recibo de comunicación municipal sobre la conformación del CCPJ de Pococí periodo 2023-2024 Reciban un cordial saludo. Hemos recibido vía correo electrónico el día 29 de noviembre 2022 la documentación en relación al nombramiento del Comité Cantonal de la Persona Joven Pococí para el periodo 2023-2024, aprobado por el Concejo Municipal de Pococí. El Consejo de la Persona Joven les agradece el haber cumplido en tiempo y forma el proceso de Conformación del Comité Cantonal de la Persona Joven. Para efectos de la Ley N* 8261 y sus reformas, el Consejo de la Persona Joven procede a incorporar dicha información en los registros del CPJ para los trámites de aprobación de transferencia de recursos a las municipalidades con destino a la ejecución de los proyectos, planes O programas presentado por el Comité Cantonal de la Persona Joven en el primer trimestre de los años 2023 y 2024. Además, se incorpora la nómina a la base de datos del CPJ para el envío de información relacionada a capacitaciones y temáticas de interés para las juventudes. Es menester recordar que el CCPJ recién nombrado iniciaría funciones a partir del 1* de enero de 2023 y finalizaría el 31 de diciembre de 2024. Para consultas o dudas, favor comunicarse al correo electrónico proyectosccpjOcpj.go.cr Con las mayores muestras de consideración y estima, Firmado digitalmente NATALIA MARIA por AVAL MARA CAMACHO ano MONGE (FIRMA) Fecha:20221129 13:05:22 0600" Natalia Camacho Monge Directora Ejecutiva Consejo de la Persona Joven C.c.p. Sra. Jenny Vargas Castillo, Coordinadora Unidad de Promoción de la Participación Juvenil, CPJ. Archivo San José 2257-1130 / 2257-0891, Guadalupe: 2253-4131/2280-4376 www.cpj.go.cr Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%33 ACTA N%83 Extraordinaria. y o 9 Municipalidad de Pococí e bs Secretaría Municipal ya a Ss € Teléfono/Fox: 2711-1227 «LE, did l Pluye MOCOS paca enanos PAS Guápiles, 22 de noviembre del 2022 CMPL-270-2022 Señor(a): Jean Paul Espinoza Arceyut Consejo Nacional de la Persona Joven proyectosccpiOcpi.go.cr C/c. garagonOcpj.go.cr. Asunto: Nombramiento y Juramentación de los miembros del Comité Cantonal de la Persona Joven en Pococí. Estimados señores: Reciban un cordial saludo, la suscrita Magally Venegas Vargas, en calidad de Secretaria del Concejo Municipal de Pococí y con facultad plena del ejercicio de mis funciones, remito para su conocimiento el nombramiento del Comité Cantonal de la Persona Joven en Pococí. El Concejo Municipal de Pococí, según Acuerdo N*2487, Acta N*81 Ordinaria del 17-11-2022, conoce los nombramientos de los nuevos integrantes del Comité de la persona Joven, los cuales fueron elegidos según lo establecido en la Ley N*8261, sus reformas y reglamentos, quedando nombrados los siguientes: Cómite Cantonal de la Pesona Joven del Pococí Sector omocaina Fecha de Numero de Representado Nacimiento cédula Municipal Maria Belén Arce Lobo 13/2/1999 702660648 Deportivo Gloria Carvajal Rodriguez 24/10/2003 703040109 Colegios Daniela Valverde Picado 25/11/2004 703120709 Colegios Caleb Viales Altamirano 20/6/2006 703240467 Juveniles Fallon Daleska Sosa Campos 2/11/1996 702480242 Juveniles Gerald Steifer Guido Madrigal 28/8/1998 702620774 Religioso Gerald Andrés López Vega 5/1/1989 701880975 Posteriormente en Sesión N*82 Ordinaria del 24 de noviembre del 2022, Acuerdo N*2444, se presentan ante el Concejo Municipal los jóvenes Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI a ACTA N983 Extraordinaria. PAGINA N*34 Ia Cómite Cantonal de la Pesona Joven del Pococí Fecha de Numero de Sector Representado Nombre completo Nai o cédul Teléfono Correo Electrónico Municipal María Belén Arce Lobo 13/2/1999 702660648 $4612977 mbelen1302992gmail.com Deportivo Gloria Carvajal Rodríguez 24/10/2003 703040109 64061362 angelica24carvajalramirezO gmail.com Colegios Daniela Valverde Picado 25/11/2004 703120709 60816210 danielapicado6902gmail.com Colegios Caleb Viales Altamirano 20/6/2006 703240467 71997768 calepeviales09 2gmail.com Juveniles Fallon Daleska Sosa Campos 2/11/1996 702480242 84901562 dscfhalon2gmail.com. Juveniles Gerald Steifer Guido Madrigal 702620774 63337275 is Religioso Gerald Andrés López Vega 701880975 85776782 geraldlv280 hotmail.com 713, Enlace Municipal Maribel Olivas Amaya es _. Esa AE secetariacomisionesOmunipococi.go,cr Correo Grupal CCPJ Alcaldía Manuel Hernández Rivera a Ek 271365: Presupuesto Lisserte Mora Agúero dd ES e HERA Concejo municipal Magally Venegas Vargas 27111227 secretaria(Q2munipococi.go.cr Firmado digitalmente por MAGALLY MAGALLY VENEGAS VENEGAS VARGAS (FIRMA) VARGAS (FIRMA) toaros.osoo" Se conoce. Por Unanimidad de 7 Votos presentes SE ACUERDA: Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi 9 POCOCE Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*35 ACTA N%83 Extraordinaria. 29- m 2022 . rl ACUERDO N* 2549 Se conoce nota suscrita por el Foro de Reformas Legales para mejorar la Gestión Municipal un modelo estratégico Correo electrónico: https://forms.gle/DMPlit2W81s8Kfajp8, dice: Asunto: Invitación a foro Reformas legales para mejorar la gestión Municipal: Un modelo estratégico. Foro Reformas legales para mejorar la gestión municipal Un modelo estratégico 20 ENERO ar CIC ANDE 2023 C él redia Fecha límite de inscripciones: 6 de enero de 2023 https://forms.gle/DMPiT2W8158KfqjP8 INVITAN A Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*36 ACTA N*83 Extraordinaria. Corroo: socrotaria municipal - Outlook IFAMS: (0) ¿ensriruro | INVITACIÓN A FORO Reformas legales para mejorar la gestión municipal: Un modelo estratégico Día: 20 de enero de 2023 Hora: 8:00 am a 5:00 pm Lugar: CIC Ande, Belén, Heredia. Fecha límite de inscripciones: 6 de enero de 2023. Si no visualiza correctamente este mensaje, haga clic aquí IFAM | Moravia, Los Coleglos, Moravia, SAN JOSÉ 10187-1000 Costa Rica Cancelar suscripción secretaria(ymunipococi.go.cr Actualice su perfil | Aviso de datos de Constant Contact Enviado por comunicacionívifam.go.cr en colaboración con G Constant Contact Try email marketing for free today! Por Unanimidad de 7 Votos presentes SE ACUERDA: Queda abierta la invitación. Bridar copia de la información a los regidores Randall Torres Barrientos y José Antonio Bustos Martínez. ACUERDO N* 2550 Se conoce nota suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaría de Comisiones del Concejo Municipal de Pococí, teléfono:27136560. Ext. 133, correo electrónico: secretariacomisionesOmunipococi.go.cr dice: Oficio: 323-2022 Asunto: Entrega de Minuta de la Comisión Especial de Asuntos Religiosos. Sitio Web: munipococi.99.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*37 ACTA N%83 Extraordinaria. Municipalidad de Pococi 1d ld Secretorio Municipal a Telétono/Fax 2111-1227 Ployo mretorialirmunipocotiga.cr ES Guápiles, 25 de noviembre de 2022 Oficio-323-2022 Señores (as): Concejo Municipol Estimados Reciban un cordbal saludo, mediante este oficio hago la entrega de Minuta de la Comisión de Asuntos Reáigiosos, pora conocimiento y aprobación ante el honorable Concejo Municipal Sin más por el momento $e suscribe Maribel Ofvas Amaya Secrelana de Comisiones Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*38 ACTA N%83 Extraordinaria. Minuta Comisión Especial Asuntos Religiosos . e Municipalidad de Pococí POCO ld Secretario de Comisiones del a ee x Concejo Municipol Fluyo Telétono/Fox 2713-6580. Ext 193 TA pacretoriocominionemunipocociao a AA Minuto de la Comisión Especial de Asuntos Religlosos Fecha: 15-11- 2022 Hora inicio: 9:30 a.m. Lugar de Reunión: Presencial en la Sala de sesiones del Concejo Municipal de PococÍ. Asistencia: Reg. Luis Ángol Móndez. Sr, Maiko! Fernández Loría. Asistente de Alcaldia. Sra. Jessica Hemández Alfaro, Cruz Roja de Guápiles Sra. Nancy Araya Moya. Cámara de Comercio. Licda. Victoria Campos Rodríguez. iglesia Aposento Alto Sra, Marilú Herrera Mora. Iglesia Aposento Alto, Sr. Fernando Cordero Fonseca, Iglesia Empoderados de Cristo, Sr. Daniel Bains Robinson. iglesia Aposento Alto, Sr, Victor Loría Mata, Padre Iglesia Catóbica del Guóples, Sr. Hortyng Badilla Miranda. Iglesia Dosis de Amor. Sr. Emesto Álvarez Herrera, Iglesa Comunitaria ICCA. Guápiles. Sr. Jhon Badida M. Iglesia Dosis de Amor. JIAEOBDADADADADADS Reg. Luis Ángel Méndez. Expica a las señoras de la Cruz Roja y la de la Cómara de Comercio sobre el objetivo de la comisión y la nea en la que se está trabajando y que en base a eso es que se les hace la invitación, ya que la Comisión dosoa reafizor una actividad pora el 18 de diciembre del prosente año, dando inicio al ser las 3:00 p.m. en el cual los solicitan del apoyo a elos y que puedan ser participes de la actividad dando las gracias en la misma, ya que la actividad se kama: “Acción de Graclas”. también les dice que la idea es que mediante estas actividades que realiza la Corrisión ye puedan lograr el recatar los valores que se han perdida en el Cantón. "Apoyando el desarrollo de nuestro cantón Ae Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*39 ACTA N%83 Extraordinaria. Minuta Comisión Especial Asuntos Relgioros Externa que dentro de los puntos especilicos de la reunión lo que se quiere 0s que se puedan dar seguimiento a la actividad, ya que esta muy cerca a pocos días de realizarse St, Fernando Cordero Fonseca, Iglesia Empoderados de Cristo, naco que con el terna del sonido se le puede preguntar a Marzoni, pata ver el precio que los puede hacer y las posbiidados que se pueda. 51, Emesto Álvorez Herrera, Iglesia Comunitaria ICCA. Guópiles. sugiere que eso actividad se pueda realizar en el kiosco del parque de Guápies, pero que s se debe de buscar un audio que seo firme y que pueda aguantar la carga Dice que no precisa que suene tan alto, ya que sí es as las personas se alejan mucho, pero si el sonido es bueno y no está tan alto las personas se acercan más, eso os una estrategía que se puede usar, 51, Fernando Cordero Fonseca, lalesio Empoderados de Cristo, Explica que en el osco es dificil que se pueda uliizar, ya que se necesita que exista campo y hay vo a estar ocupado con el portal de navidad que colocan todos los años y 050 abarca mucho campo. . saluda y Yice que par expeñencia eña les puede sugerí que le puedan pedí al colono unas carretas, para que se decoren y que se la pongan unos toldos por sí lueve. También dico que elos tenen contactos y que los puede lacíilor para el alquier del aiquier del sonido y que les puede cobrar menos que Marzoni, So, Jessica Hermónder Alfaro, Cruz Roja de Guáplles, co que la gustara saber ¿en qué pueden elos brindar apoyo? Reg. Luis Ángel Méndez, Comenta que elos lo que avieren es que la Cruz pueda dor apoya, ya que van a hacer muchas personas las que se espera que puedan legar y es buena paro que les puedan ayudar si existiera una emergencia y tambión que elos puedan dar la participación on dar las gracias a Dios por todo. también sobcitor del apoyo par parta de la Cámera de Comercio, que pueda ayudar a soícitor el próstamo de las tarimas y que puedan extermnar las gracias en uno participación. St, Jhon Badillo M, Iglesia Dosis de Amor. ce aue eños van a confirmar yo que en la congragación de elos hay unos miembros que tienen uno trádores y si ellos están de acuerdo en taciilarios. Sra, Nancy Araya Moya, Cámara de Comercio, Comento que es mpodante envar la solicitud para que el tránsito pueda cerrar lo cabe o informarle al colono que a actividad se va a realzar ahí, para que elos sepan que se necesita que so cierro y que no exista en ese mornento el paso de los vehiculos Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*40 ACTA N*%83 Extraordinaria. Minuta. Comisión Especial Asuntos Religiosos También enviar una nota a la Cruz Roja y el tránsito pora puedan estor en la actividad por si sucede algo que no se espera. Sra, Jessica Hernández Alfaro, Cruz Roja de Guáplles, comenta que cuando la cale es Nacional si se debe de pedir permiso ala Dirección de Tránsito, Reg. luis Ángel Méndez, Indica que va a presentar una moción para pedir la solicitud del clerre de esa calle... dice que a él le parece mejorila actividad se realiza en el klosco, ya que todo está más accesible, Sugiere que se debería de lamar a la parsona que esta encargada de la decoración del kiosco con el portal, para ver si existen las posibilidades de coordinarse para que no se use tanto espacio y ellos puedan trabajar en las presentaciones ahí. S1, Malko! Fernández Loría, Asistente de Alcaldia, ico que etos son los que están a cargo de la decoración del kiosco del parque de Guópiles, pero que las decoraciones que se van a colocar son pequeñas, que no cree que les afecte a elos en las presentaciones que van a realizar, también indica que esta actividad ellos la van a incluir dentro del calendario de actividades que la Municipolidad esta elaborando, para que las personas se puedan dar cuenta de todas las que se van a realzar para el mes de diciembre. Reg. Luis Ángel Méndez, informa que ya están listos con el tema de las camisas, los carmós y de las tarimas y que ya se está definiendo el lugar donde se va a realizar, Sr, Jhon Badilla M, Iglesia Dosis de Amor, informa que esta conversando con una persona de la empresa de Marzoni que se encarda de eventos, que les cobra el alquiler del sonido en 300 mil colones más el IVA. informa que elos tienen la contratación con ellos y que va a preguntar en proveeduría si se puede hacer una moditicación al presupuesto que elos tenian contemplado, para adjuntar esa línea y poder ayudarles con el tema del sonido, también que con el tema de la tarima sería bueno que elos puedan consegur una correta y que la alcaldía les puede ayudar con el lowboy. Sr, Herlyng Badilla Mirando. lalesia Dosls de Amor. sug'ere que si es importante que se puedan buscar unos toldos para esas cartas por si llueve y que se pueden decorar para que se vean bonitas. Reg, Luls Ángel Méndez, informa que ya casi teniendo todo solo falta coordinar las presentaciones que se vana llevar a cabo el día de la actividad. “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” SAL MR Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*41 ACTA N%83 Extraordinaria. Minuta Comisión Especial Asuntos Rebgiosos 51, Emesto Álvarez Herrera, talesio Comunitaria ICA, Gyáplles, hice que por parte de la congregación de elos van a realizar tres presentociones en la cual von a porticipar niños, adolescentes, adultos. que eños $e van a coordinar con lo que van O presentar y el hompo que va a tomar cada uno, para que no sean largas. Reg, Luis Ángel Méndez. comenta que es bueno que se traigan las participaciones o realzar, para que se vaya deliniendo el programa, ya que sw debe de trabajar con el factor liempo, ce que la actividad puede durar como dos o tres horas $1, Molko! Fernández Loría, Asistente de Alcaldia, co que va a invitar a lodos los os a vender que van en eso Se Acuerda: Mesa de trabajo para el miércoles 23 de noviembre del 2022, al ser las 9:30 a.m Reg. Luls Ángel Méndez Araya Sra. Maribel Olivas Amaya Moderador de ta Comisión Secretaria de Comisiones de Asuntos Rebgosos del Concejo Municipal “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” 1 la Por Unanimidad de 7 Votos presentes SE ACUERDA: Se nombra al regidor Randall Torres Barrientos como miembro de la Comisión Especial de Asuntos Religiosos. Se aprueba Minuta de la Comisión Especial de Asuntos Religiosos. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*42 ACTA N%83 Extraordinaria. | ACUERDO N* 2551 Se conoce nota suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaría de Comisiones del Concejo Municipal de Pococí, teléfono:27136560. Ext. 133, correo electrónico: secretariacomisionesemunipococi.go.cr dice: Oficio: 325-2022 Asunto: Entrega de Minuta de Mesa de trabajo con los funcionarios del MEP. POCOCÍ Puya Guáplles, 29 de noviembre de 2022 Oficio-325-2022 Señores (as) Concejo Municipal Por Mayoría de 6 Votos a favor, 1 voto en contra (El Reg. José Antonio Bustos Martínez vota en contra) presentes SE ACUERDA: Se conoce y se aprueba la Minuta de Mesa de trabajo con los funcionarios del MEP. Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*43 ACTA N%83 Extraordinaria. ACUERDO N* 2552 Se conoce nota suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaría de Comisiones del Concejo Municipal de Pococí, teléfono:27136560. Ext. 133, correo electrónico: secretariacomisionesemunipococi.go.cr dice: Oficio: 329-2022 Asunto: Entrega de Minuta de la Comisión Especial de Asuntos Religiosos. 1d Municipalidad de Pococi á e Secretorío Municipol a Teléfono/Fax 2711-1227 Le Fluye secretario munipococigocr «ago Guáplles, 29 de noviembre de 2022 Oficlo-329-2022 Señores (as): Concejo Municipal Estimados Reciban un cordial saludo, mediante este oficio hago la entrega de Minula de Mesa de trabajo con la Comisión de Asuntos Rebglosos, para conocimiento y aprobación anto el honorable Concejo Municipal Sin más por el momento se suscribe OS Manbe! Olivas Amaya Secrotanña delComisones Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%44 ACTA N9%83 Extraordinaria. A Minuta. Comisión Especial Asuntos Religiosos . Municipalidad de Pococi pa y Secretaría de Comisiones del a Concejo Municipal fluye Teléfono/Fox 2713-6560. Ext 193 pecretoriocomisionesfimunipacocione “A rs Minuta de la Comisión Especial de Asuntos Religiosos Fecha: 15-11-2022 Hora inicio: 9:30 a.m. Lugar de Reunión: Presencial en la Sala de sesiones del Concejo Municipal de Pococí. Asistencia: Reg. Yasiyn Morales Grajal. Reg. Luis Ángel Méndez. Reg. Supl. Hiida Zamora Arias. Sra. María Paula Rubio Hernández. Cruz Roja de Guápiles Sra. Nancy Araya Moya. Cámara de Comercio. Licda. Victoña Campos Rodríguez. Iglesia Aposento Alto Sra. Maritó Herrera Mora. iglesia Aposento Alto, Sr. Femando Cordero Fonseca. Iglesia Empoderados de Cristo. Sr, Daniel Bains Robinson. Iglesia Aposento Alto. Sr. Victor Loría Mata. Padre Iglesia Católica del Guápiles. Sr. Emesto Álvarez Herrera. Iglesia Comunitaria ICCA, Guópiles. Sr, Geovany Calderón Cascante, Iglesia Aposento Alto. VWVYYVYVYYVWYVWvWYYWY vw Roa. luis Ángel Méndez. sotudo y se procede a trabajar en la coorainación y el plan de trabajo de la actividad a realizane el 18 de diciembre del 2022, iniciando las 3:00 p.m a 5:00 p.m, en el porque de Guópiles, amada “Acción de Graclas”. Una vez ya planteado todos sus puntos de vista y decutido el terna quedo la planificación de ka actividad de la siguiente manera: “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Sitio Web: munipococi.go.cr a “4 A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*46 ACTA N%83 Extraordinaria. ACUERDO N* 2553 Se conoce nota suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaría de Comisiones del Concejo Municipal de Pococí, teléfono:27136560. Ext. 133, correo electrónico: secretariacomisionesOmunipococi.go.cr dice: Oficio: 324-2022 Asunto: Entrega de Minuta de la Mesa de trabajo que se realizó con los funcionarios de CONAPAN y miembros de los diferentes Centros de cuido de Adultos mayores. Guápiles, 25 de noviembre de 2022 Oficio-324-2022 Soñores (as): Concejo Municipal Estimados ec n cordial saludo, mediante este oficio hago la entrega de Minuta de lo Mesa de hot we s0 reofzó con los $ 'ONAPAN y 1 , de cuido de los Adultos mayores, para conocimiento y aprobación anta ol honorable Concejo diferentes Centros Municipal Sn más por el momento se wscribe Maribel Ovas Amaya Secretarña de Corviones Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%48 ACTA N%83 Extraordinaria. Mesa de trabajo con los funcionarios de CONAPAN y los miembros de los diferentes centros de Red de cuido de los Adultos mayores. Reg. Luls Ángel Méndez dice que se les dará espacio para que desarrollen el tema y les agradece. $1, Norven Román de CONAPAN, Dice que con cuentan con ningún cento divrmo y que él es presidente de CONAPAN, el trae la presentación y presenta ofertas para invitaries a participar, dice que es una participación con acompañamiento técnico y explica que esto nació en el año 2006 Ciudades y Comunidades Amigables con las Personas Mayores o... Contextualización EU y 0 Ana Mori de Less es “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” 1 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*49 ACTA N%83 Extraordinaria. Mesa de trabajo con los funcionarios de CONAPAN y los miembros de los diferentes centros de Red de culdo de los Adultos mayores. Visión “Que cada ciudad y comunidad se esfuerce por ser cada vez más amigables con la edad". ... Misión » Inspiras un carmbio al morirá lo que 14 puede hacer y cómo $6 puede hacer + Conectar cudades y comunidades de lado el mundo para tacita el intercaretio de riormación conocimiento y experencia + Apoyar ales ciudados y comunidades para que encuentren adecuadas soluciones innovadoras y basadas en evidencias (coetrastadas) os Indica que las ventajas son unidades de colaboración que muchos se basan en ayudas internacionales y que podrían ayudar y as se abren oportunidades importantes de compartir. Reg. Yastyn Morales Grajal: Le pregunta ¿qué le respondieron los gobiernos locales sobre el proyecto para saber si ellos habían elaborado algo, esto es para que las municipalidades se afiñen y vayan de la mano con las oficinas de ley que se van a crear con oficina del adulto mayor? “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” b: Lol Sitio Web: munipococi.go.cr a d Á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*50 ACTA N*%83 Extraordinaria. Mesa de trabajo con los funclonarlos de CONAPAN y los miembros de los diferentes centros de Red de cuido de los Adultos mayores. St, Norven Román de CONAPAN, explica que es un plus adicional, dice que no es un criterio, pero es necesario tenerlo porque es la tuente en donde se va a nutrir ir de la intormación de la comunidad como tal, Acceso a la información compartida con una comrdad a neral mundi Apoyo de una Red mundial de Aliados, profesionales, Investigadores, expertos y Ventajas de ser Fa de eres arepas con as paras . mayores, miembro -— Reconecimiento y viviMidad de las actividades de la Red y un espacio dedicado a la Red en la web de la OMS "Age-tiend Word", en el que sus mesmbros pueden pretender sus actrndados, logros y entaces a su propia página webo y recursos Oportunidades de colaboración tales como proyectos — mternaciónalos de investigación, publicaciones conguntas, creación de redes y Comparta entro unos y oros “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” A roy há E y Sitio Web: munipococi.go.cr Y - Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*51 ACTA N983 Extraordinaria. Mesa de trabajo con los funcionarlos de CONAPAN y los miembros de los diferentes centros de Red de cuido de los Adultos mayores. Un mundo adaptado a las Personas Mayores De la Idea ...... l Ala Acción CN y Explica los pasos a seguir, para la sotcitud de adhesión a la Red, lo quo debe saber es conocer de que se trala, planificar, actuar que una cuidad amigable rec .. 0.S A “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” NA E Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*52 Pol ¡Qi[pococí |! 1) a / NO38355 MUNICIPALIDAD DE POCOCI q ACTA N983 Extraordinaria. 29-11-2022 %*__- Mesa de trabajo con los funcionarios de CONAPAN y los miembros de los diferentes centros de Red de cuido de los Adultos mayores. Entornos amigables con la edad “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” [ 1 | Sitio Web: munipococi.go.cr JÁ ACUC Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI gol PAGINA N*53 ACTA N9%83 Extraordinaria. 29-11-2022%___* Mesa de trabajo con los funcionarios de CONAPAN y los miembros de los diferentes centros de Red de culdo de los Adultos mayores. Proceso de acreditación Par ors 42% Curso fonalociniento de capacidades. x - SAO Conformación equipo do MÓDULOZ. PLANIFICACIÓN (abajo, Elaboración cronograma de trabajo: Poril'dol cantón. Planificación d6 grupos do trabajo y Bosionos do consulta; Establecimiento de un plen do trabajo: AN] o Le Validado por Presentado al 4 los . Concejo Búsqueda de participantes | Municipal recursos o 25 | “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” E of á Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*54 ACTA N%83 Extraordinaria. Mesa de trabajo con los funcionarios de CONAPAN y los miembros de los diferentes centros de Red de cuido de los Adultos mayores. > Implementación del plan cantonal. + Informes de progreso. - Curmplimientos de criterios de evaluación » informe de resultados e) “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%55 ACTA N*%83 Extraordinaria. acuosa pra Mesa de trabajo con los funcionarios de CONAPAN y los miembros de los diforentes centros de Red de cuido de los Adultos mayores. Estas son los cantones actualmente inscriptos a la red de cuidados amigables. Cantones actualmente adheridos a la Red Cantones actualmente adheridos a la Red “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Pecocí Pluye Corvartes (2972) Santa Distros (2072) Aeparta (2072) Vina? de Coronado (2021) Vaeda (2921) San Caros (1071) Serta Ara 0071) Orotea (2021) Esparza (2021) 10 Alugueta (2021) E Lancoro (2010) Vis (2019) Muritcgso del Cartón de Dota (2019) Mora (2019) Mentes de Oca (2019) Geocia (2010) Moreda (2019) Comidatal (2019) Cantón de Hors (2019) Belén (2019) Municipaidas de Cartago (2018) Canión del Cuarto (2015) SAR Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*56 ACTA N983 Extraordinaria. EAT NOR Mesa de trabajo con los tuncionarlos de CONAPAN y los miembros de los diferentes centros de Red de cuido de los Adullos mayores. Reg. Yaslyn Morales Grajal, comenta que, si no llene ningún costo incluirse, entonces la Municipalidad no hay problemas para incluirse y afirma que tiene un Acuerdo para ayudar a los adultos mayores del cantón, que es por medio de crear una oficina para el adulto mayor, para que se someta a votación ante el Concejo Municipal Y n rajal, comenta que quiere ver una mejor repartición de los recursos que se van a dar al adulto mayor, porque se queda en un solo sector y existen siete distritos, no solo uno o dos. Sr. Norven Román de CONAPAN, «dice que parte de la gia que están haciendo el objetivo principal es seguir conociendo más los diferentes centros de cuido y hacer un diagnóstico ala red de cuido, ya que no crece desde el año 2016, la pobreza crece y los adultos mayores son los que están en pobreza extrema y hay que resolverlo como sea posible. Reg. Yaslyn Morales Grajal. afrma que avieren que se leven en este Municipio invirtió más de cien mil millones, para comprar una propiedad que era para hacer un parque, para personas con discapacidad, indica que no sea dado la oportunidad para para crearlo y muy bueno para el cantón y las personas con discapacidades, dice que les gustaría que piensen en esa tierra que compraron y dividir dos hectáreas para la discapacidad y una para el adulto mayor. "Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” ' Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*57 ACTA N*83 Extraordinaria. Mesa de trabajo con los funcionarios de CONAPAN y los miembros de los diferentes centros de Red de culdo de los Adultos mayores. Sra, Emilla Herrera Mega. CONAPAN, informa que las organizaciones están haciendo un enorme trabajo, que se comprometen por los adultos mayores a partir de las modalidades de un hogar en donde las personas adultas mayores permanecen. Extoma que realmente se vo el interés en los datos presentados por ellos y de las necesidades de las personas en que cuenten con más organizaciones y más gobiernos locales se puede hacer mucho. Afirma que la iniciativa de construir una cuidad amigable es parte de tener infraestructura con servicios de calidad, para las personas adultas mayores, él trabajo de la CONAPAN y la presidenta es también dar recursos que hoy son escasos. Dice que aquí es ponerse de acuerdo, ya que tienen 11 Municipalidades y que CONAPAN les brinda recursos. St, Corlos Molina Moya. CONAPAN, Externo que en materia de las personas adultas mayores es algo que se crece todos los días, una cuarta parde la población costarricense es adulto mayor y dice que va creciendo año con año, por eso vale la pena apoyar estas iniciativas. Sugiere que como Municipalidad es importante que se pongan en contacto con el director, para que les presente un proyecto que puede ser como un centro diurno. Reg. Luis Ángel Méndez, dice que esto es un tema muy frágil por lo que población la que se van a enfocar, esto debe lener una colectación, y que lo importantes es articular con las instituciones para ir creando una cullura en valores en tolerancia, amor, entre otros... Extema que esto se podría realizar en conjunto con todas las Municipalidades en el trabajo con todas las instituciones. Sr, Norven Román de CONAPAN, explica que las campañas son transtormación cullural, esos son unos de los cinco pilares de CONAPAN, Con el SINART y que hicieron un convenio en el cual van a hacer una campaña Nacional que se divulgara a todas las Municipalidades. Reg. Luis Ángel Méndez, indica que tiene un dato de 633 mil adultos mayores, pero que dentro de 10 años va a sobrepasar el millón, “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*58 ACTA N983 Extraordinaria. Mesa de trabajo con los lunclonarlos de CONAPAN y los miembros de los diferentes centros de Red de cuido de los Adultos mayores. Sr. Norven Román de CONAPAN, dice que un_10% de la población hoy en día es adulta mayor y es uno de los crecimientos más altos en Centroamérica. Sr. Gerardo Fernández Gómez. Alcalde de Guácimo, menciona que existen muchos adultos mayores que no tienen pensión del régimen no contributivo todavia y eso es un problema. Externa que él les dice a veces a esas personas o a las comunidades cuando insisten mucho hay que atenderlas, que él conoce Asociaciones de desorrollo en Guácimo que nunca me han pedido nada, Comenta que un día de estos conoció a un presidente de desarrollo, 14 años después, que se estaba quejando de la Municipalidad y que le dijo, "vea ustedes nunca me han pedido ni un viaje de un saco de arena”. Explica que cuando él llego a la Municipalidad de Guácimo el presupuesto eran de 210,000,000 millones que había anual, con un déficit de 89%, más un litigio que tenían y esos 104.000.000 millones, de lo que tenía de los 210.000.000 millones. que era para todo el presupuesto y eso era para general, caminos, recolección, desechos, empleados, agua, luz. teléfono, todo general, Reg. Supl, Hilda Zamora Arlas, comenta que ela está de acuerdo con lo que extema la compañera Prisilla y que ella sabe muy bien hasta donde se pueden evadir las leyes, sin embargo, cree que haciendo una propuesta a nivel de provincia de que todas las Municipalidades de la provincia se apoyen entre sí, porque todos los cantones de la provincia existen problemas con las partes sociales, Dice que en la parte económica siempre y ve que los recursos no alcanzan, y cree que, sien este momento se unen todas las Municipalidades, se puede hacer una propuesta, para que se pueda exonerar alas instituciones de bien social de los cargos que se tienen que pagar, porque la situación económica en la que está el país los recursos no alcanza y la canasta básica cada día aumenta Sra, Anna María Castro, Hogar de Ancianos de Guáplles, dice que está muy contenta de ver el compromiso que la Municipalidad realiza y así mismo espera que el próximo año se pueda trabajar en conjunto, no solo para desarrollar lo de las ciudades amigables que es importantísimo, sino “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón" 3 í Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*59 ACTA N%83 Extraordinaria. Mesa de trabajo con los tunclonarlos de CONAPAN y los miembros de los diferentes centros de Red de cuido de los Adultos mayores. también para ver como llegan a sacar adelante los hogares y de los centros diumos. Tambión dospués pueden pensar on otro proyecto, pero cree que en este momento en lo que se deben de centrar es en los señores que están necesitando, ya que nada hacen pensando en grandes proyectos. si no están dándole el respaldo a los proyectos que se tienen en este momento. ua e pl Reg. Yastyn Morales Grajal Sra. Maribel Olivas Amaya Prosidenta Municipal Socrolaña de Comisionos “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Y A [ (- Por Unanimidad de 7 Votos presentes SE ACUERDA: Se aprueba la Minuta de la Mesa de trabajo que se realizó con los funcionarios de CONAPAN y miembros de los diferentes Centros de cuido de Adultos mayores. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ñ X PAGINA N*60 ACTA N*83 Extraordinaria. 29-1142022 % ACUERDO N* 2554 Se conoce nota suscrita por la señora Maribel Olivas Amaya, Secretaría de Comisiones del Concejo Municipal de Pococí, teléfono:27136560. Ext. 133, correo electrónico: secretariacomisionesomunipococi.go.cr dice: Oficio: 326-2022 Asunto: Entrega de Minuta de la Mesa de trabajo con los personeros del ICE. ' a Municipalidad de Pococí 2351 POCO y Secretaría Municipal ADA de Teléfono/Fox: 2711-1227 «9%, Pluyo secretarioQmunipococigo.cr maespuno Guápiles, 25 de noviembre de 2022 Oficio-326-2022 Señores (as): Concejo Municipal Estimados: Reciban un cordial saludo, mediante este oficio hago la entrega de Minuta de Mesa de trabajo con los personeros del ICE, para conocimiento y aprobación ante el honorable Concejo Municipal. Sin más por el momento se suscribe: Maribel Olivas Amaya Secretaria de Comisiones Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: AMunicipalidadDePococi Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*61 ACTA N*83 Extraordinaria. Municipalidad de Pococí ) LA sat) gu E S Secretaría de Comisiones del a SI DU Concejo Municipal Fluye Teléfono/Fax 2713-6560. Ext:133 ino retoriacomisionesAimunipococi.go.cr Minuta de Mesa de trabajo con el ICE y el Concejo. Fecha: 22-11-2022 Hora inicio: 2: 00 p.m Lugar de Reunión: Modo virtual y presencial en las instalaciones de Concejo Municipal de Pococí. Asistencia: > Lic. Manuel Hernández Rivera. Alcalde Municipal > Reg. Yaslyn Morales Grajal > Sind. Gabriela Madrigal González > Sr. Mauricio Mata Saborío. Personero del ICE > Sr. Bladimir Pérez Chaves. Personero del ICE Reg. Yaslyn Morales Grajal, Explica que el interés de ellos en reunirse es para ver la posibilidad de que se pueda realizar un convenio con el ICE, para poder iluminar las cachas de futbol y de Basketball de diferentes comunidades. Comenta que una que ya tiene todo, pero le falta la luz es la cancha de básquet de la comunidad de la Colonia y la de futbol de San Martín. también dice que la cancha de futbol de Toro Amarillo si cuenta con luz, pero las luces que tiene no alumbran casi, es por lo que quiere ver la posibilidad de que se puedan cambiar los focos en esa cancha. Dice que dentro de las solicitudes de las canchas que se necesitan que realicen estudios para poder iluminarlas están: Astúa Pirie, Sauces y en la comunidad de Cariari en Campo Cinco y Tortuguero. Consulta si se puede hacer un convenio o cómo se puede hacer para minimizar el consumo de electricidad del Estadio Ebal Rodríguez de Guápiles, ya que ellos son los que tiene que estar pagando esos recibos, porque le pertenece a la Municipal, pero el problema está en que casi no se puede utilizar ya que cuando se llega a una cierta cantidad de kilowatt el recibo viene muy alto y eso lo que se “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” PE y Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*62 ACTA N*83 Extraordinaria. | les dificulta, ya que ese dinero si fuera menos entonces el saldo que queda si bajara se podría utilizar en otros proyectos. Lic. Manuel Hernández Rivera, Comenta que por parte de la municipalidad les gustaría que si se pudiera realizar el convenio con esas canchas, que la idea es saber como se puede trabajar que ellos pueden ayudar con materiales o con mano de obra, por eso es por lo que se quiere conocer la posibilidad de que se pueda realizar un convenio la Municipalidad con el ICE. Sr. Mauricio Mata Saborío, Inca que por parte del ICE ya existen convenio, ya que sean realizado por que se ha trabajado con otras Municipalidades y Asociaciones de los diferentes Cantones y que de hecho el año pasado se realizó un convenio con esta Municipalidad para la iluminación del parque de Roxana. Afirma que en otros proyectos que se han realizado con otras Municipalidades, ellos aportan la mano de obra y ellos trabajan con un diseño típico y que también por parte del ICE se brindan los postes, que ellos están a la disposición y que la idea es poder solucionar en conjunto estas necesidades. Dice que en la cancha de Basketball de la Colonia ellos pueden trabajar con luces de parque para que los costos sean más baratos. Comenta que esos estudios de las comunidades antes mencionadas se pueden realizar en conjunto con las Asociaciones de cada comunidad. Afirma que ellos van a realizar trabajo de campo visitando las comunidades antes mencionadas para poder analizar las necesidades de cada una y así lo estarían valorando y de acuerdo con eso enviarían un informe técnico para que se pueda trabajar en conjunto con la Municipalidad. Reg. Yaslyn Morales Grajal, les facilita los nombres y los números de teléfono de cada presidenta de las asociaciones de las comunidades antes mencionadas para que se comunique con ellos y pueden trabajar en conjunto, también solicita que le avisen cuando ellos van a realizar esas vistas para ella poder acompañarlos s Sr. Bladimir Pérez Chaves, externa que de todas las comunidades que tiene que visitar, le preocupa mucho la de Tortuguero, ya que la plaza esta muy cerca de la playa por ser un lugar turístico y si se pone luces en la plaza cuando las tortugas salen a desovar no van a querer por estar iluminado. Es por lo anterior que sugiere que lo correcto sería preguntar primero al MINAE si es correcto iluminar esa cancha. “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*63 ACTA N%83 Extraordinaria. RRE también dice que sería muy importante que entre todos se pudiera trabajar en conjunto con el INDER, ya que ellos pueden ayudar con aportar materiales y así no les salga tan caro a la Municipalidad. Reg. Yaslyn Morales Grajal, indica que mejor se quite de la lista de solicitudes la iluminación de la cancha de Tortuguero, que se trabaje con las comunidades que están a este lado, mientras se le pregunta al MINAE si se puede o no y de acuerdo con los informes que ellos les presenten se procedería más adelante a realizar una nueva solicitud para que se valore. Comenta que se quisiera alumbrar más comunidades y la idea es más adelante que se logre, pero hasta el momento se escogieron estas, ya que son barrios que son más conflictivos. Sr. Bladimir Pérez Chaves, comenta que en las visitas a campo que van a realizarse en esa comunidad se va a valorar los materiales que se necesitan y que también en alguna que ya tengan luces y no sirvan ellos los cambiaría para que sirvan. Lic. Manuel Hernández Rivera, dice que la Municipalidad esta terminando de hacer algunas calles, pero han tenido un poco de atrasos por que existen postes eléctricos donde ellos tienen que pasar con las maquinas para pavimentar las calles. pregunta que es lo que se puede hacer en ese caso, a que ellos necesitan terminar.? Explica que lo que ellos quieren es que se reubique, que ya han enviado cartas al ICE pero que aún no han obtenido respuesta y le solicita al Sr. Mauricio Mata y al Sr. Bladimir Pérez, personeros del ICE, que si les pueden ayudar con dicha solicitud para agilizar los trabajo en las calles de esas comunidades. Reg. Yaslyn Morales Grajal, comenta que mediante los informes presentados por el ICE una vez listos, quieren realizar una convocatoria para invitar a todos los presidentes de las diferentes Asociaciones, para que conozcan de los convenios que tiene el ICE y se puedan ayudar todos. también que cuando se reúnan se estaría llamando al Lic. Christian Córdova Oviedo, abogado de la Municipalidad, para que en conjunto se conozca el convenio y él pueda explicarles para que les quede más claro. Sr. Mauricio Mata Saborío, indica que Una vez que ellos tengan el informe listo lo estarían remitiendo al correo de la secretaria de comisiones, para que se conozca por medio del Concejo Municipal. E “Apoyando el desarrollo de nuestro cantón” Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: OAMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*64 ACTA N*%83 Extraordinaria. Reg. Yaslyn Morales Grajal, pregunta que para cuando ellos calculan que : pueden tener la información lista.2 Sr. Mauricio Mata Saborío, dice que ellos primero tienen que salir al campo para verlo que se necesita y que mediante eso estaría realizando los estudio y los costos de lo que se necesita, por lo que ellos cuando lo tengan listo es que estaría avisando. Yastatl y. (ob Reg. Yaslin Morales Grajal Maribel Olivas Amaya Presidenta Municipal Secretaria de Comisiones Participan de la palabra Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal Yo mandé a llamar al ICE, ya en su momento era algo que el señor alcalde había hablado con el presidente del ICE y esta servidora también, para explorar la Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*65 ACTA N*83 Extraordinaria. posibilidad de suscribir algún convenio para iluminar canchas, ellos vinieron a explicarnos y se tomaron algunos acuerdos por ejemplo que íbamos a llamar a algunos presidentes de Asociaciones para explicarles cuál es el paso a seguir para que ellos también firmen el convenio y puedan iluminar las canchas en lugares problemáticos. Se incluyeron algunos lugares para que les realicen el estudio como por ejemplo Astúa Pirie, Sauces, comunidad de Cariari en Campo Cinco, Tortuguero, San Martín, La Colonia y Toro Amarillo. Ellos nos dijeron que la próxima reunión que tenemos que coordinar, brindáramos una lista. El ICE lo Único que pone son los postes y los transformadores, las luminarias, los cables y la mano de obra la debe de poner la municipalidad o la Asociación. La instalación del poste y el transformador es un gran avance y tiene un costo aproximado de 16 millones de colones. Reg. Randall Torres Barrientos Yo no sé, si aprovechando que se van a volver a reunir con el tema del ICE es que, hoy me invitaron a, doña Yamileth me invitó a sembremos seguridad hoy y dentro de todo el diagnostico que hizo la gente del Ministerio de Seguridad, está que, mucho de los asesinatos que se dan es por faltar de iluminación, en las comunidades, entonces tal vez podríamos aprovechar y ver qué convenio podemos adicionar, si se pudiera. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal ¿Hoy era CCCI e iban a ver el tema de seguridad? Reg. Randall Torres Barrientos Sí, hoy doña Yami me invitó para que estuviera ahí y para que participara como parte de Sembremos Seguridad entonces, yo sí quede bastante impactado con ese informe que dieron, porque otro resultado que en eso sí, yo tengo que aceptar que estamos fallando, es que la gente se está quejando, porque hicieron una cd Sitio Web: munipococi.go.cr Ya e Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*66 ACTA N83 Extraordinaria. encuesta y se quejan de que no tienen lugares de ocio, como que esa situación está generando que los jóvenes acudan a las drogas. Entonces creo que a nosotros nos queda como municipalidad esa brecha que tenemos que ver cómo la vamos cerrando, o vamos abarcando ese objetivo que tiene Sembremos Seguridad. El próximo año se van a hacer varias actividades en varias comunidades y desde ya, yo ofrecí mi apoyo en lo que yo pudiera colaborar en ese tema. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal Gracias, señor vicepresidente, Qué bueno que usted se incluya al trabajo de Sembremos Seguridad, señor vicepresidente, es un tema muy bonito. Yo inicié Sembremos Seguridad este año con la Dra. Mauren Monge, después se sumó doña Yamileth por parte del señor alcalde. Hoy fue invitado el señor Luis Méndez que es parte de eso, lo invitaron a usted, pero quiero dejar constando en actas que la señora vicealcaldesa a mí no me invitó señor alcalde, y yo soy parte. Entonces para que usted le gire instrucciones que la próxima vez que haya una reunión de Sembremos Seguridad, esta presidencia debe ser tomada en cuenta porque yo pertenezco a él. Decirles a los compañeros que se quieran sumar a Sembremos Seguridad que serán bienvenidos, porque este programa necesita bastante recursos y la señora síndica tampoco fue invitada y eso me parece muy descortés porque este Concejo Municipal inició una gran labor en Sembremos Seguridad y ella no se puede venir a tomar atribuciones sin por lo menos tener la cortesía de invitar, pero bueno, haré mi descargo por escrito. Eso no se puede hacer así y lo voy a hacer por escrito y que conste en actas, que hemos tenido hoy una violencia política al no ser invitados los que pertenecemos, por parte de la misma señora vicealcaldesa de este cantón, lastimosamente. Pero bueno, vamos a someter a votación la minuta de la mesa de trabajo, adelante los que van a votar. Con siete votos a favor se aprueba gracias. Yo no estoy jugando ya, voy a ponerme seria con eso. Por Unanimidad de 7 Votos presentes SE ACUERDA: Se aprueba Minuta de la Mesa de trabajo con los personeros del ICE. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*67 ACTA N%83 Extraordinaria. _ ACUERDO N?* 2555 Se conoce nota suscrita por Licda. Magally Venegas Vargas secretaria del Concejo Municipal, teléfono: 2711-1227, correo electrónico: secretariaGmunipococi.go.cr dice: Oficio: CMPL-262-2022 Asunto: Juramentación Personal de Planilla de Plataforma de Servicios para notificaciones de cobro en ventanilla. » »> Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%68 ACTA N*%83 Extraordinaria. Municipalidad de Pococí mn Y € Secretaría Municipal Ys a - , Teléfono/Fox: 2711-1227 6%, Pluye s rioGimunipococigo.cr Maceo Guápiles, 22 de noviembre del 2022 CMPL-262-2022 Señor(a): Concejo Municipal de Pococí Asunto: Juramentación Personal de Planilla de Plataforma de Servicios para notificaciones de cobro en ventanilla. Reciban un cordial saludo, la suscrita Magally Venegas Vargas, en calidad de Secretaria del Concejo Municipal de Pococí y con facultad plena para ejecutar este acto, al ser siete horas cincuenta minutos del veintidós de noviembre de 2022, procedo a Juramentar al personal de Planilla de Plataforma de Servicios de la Municipalidad de Pococí, en acatamiento al acuerdo N*2491, Acta N“8l Ordinaria del 17-11-2022, quedando juramentadas las siguientes personas: Keylin Liliana Jiménez Miranda 7-0197-0212 Ingrid Patricia Mora Salazar 1-0806-0938 Heidy Arce Miranda 7-0086-0553 Ana María Rodríguez Rojas 4-0224-0153 Raquel Rojas Cerdas 7-0181-0132 Sitio Web: munipococi.go.cr / Facebook: (AMunicipalidadDePococi z h Sitio Web: munipococi.go.cr a >] Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%70 ACTA N%83 Extraordinaria. - na Municipalidad de Pococí g S Secretaría del Concejo Municipal qu a Teléfono/Fox: 2711-1227 +5 E A Pluye secretariofQmunipococigo.cr Mrcellos SMP-2415-2022 A AAA Guópiles, 22 de noviembre de 2022 SMP-2415-2022 Señores(as): Lic. Manuel Hernández Rivera Alcalde Municipal Mauricio Garita Varela Administración Tributaria Estimados señores(as): Esperando su oportuna colaboración le transcribo acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pococí en Sesión N* 81 Ordinaria del 17-11-2022, dice: Acta N' 81 Artículo ll Acuerdo N? 2491 Se conoce nota suscrita por Mauricio Garita Varela Administración Tributaria, teléfono: 2713-6510, correo electrónico: mauricio.garitaSmunipococi.go.cr dice: Oficio: AT-84-11-2022 Asunto: Solicitud de juramentación personal Plataforma de Servicios para notificaciones de cobro en ventanilla. Página 1/3 Sitio Web: munipococi.go.cr AN Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N971 ACTA N*83 Extraordinaria. Municipalidad de Pococí y) 7 POCOC¿ Secretaría del Concejo Municipal a Teléfono/Fox: 2711-1227 yes Pluye DEPOCOc SMP-2415-2022 Municipalidad de Pococí Tesorería ¿05 Teléfono: 2713-6510 Ext123 PL edith quesodoOmunipococioo.cr meno HS Guópiles, 15 de noviembre de 2022 AT-84-11-2022 Señores Concejo Municipal Presente Asunto: Solicitud juramentación personal Plataforma de Servicios para notificaciones de cobro en ventanilla. Respetables señores: Con el objetivo de implementar un proceso de notificación dentro de los trámites habituales que se brindan en la Plataforma de Servicios y aprovechar los gestiones que realizan los diferentes contribuyentes que podrían tipificar como elementos interruptores de la prescripción a futuro, solicito de la forma más respetuosa la coordinación para juramentar el personal en planilla de esta dependencia o bien delegar en la secretaría este acto para el mejoramiento de nuestros procedimientos intemos y apoyar la notificación de cobros en ventanilla, cuando se amerite. Atentamente, Página 2/3 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%72 ACTA N983 Extraordinaria. LS Municipalidad de Pococí dd, ! 9 O > Cc Secretaría del Concejo Municipal a y PA Teléfono/Fox: 2711-1227 Pluye secretorio(Gmunipococi.go.cr MuacrAmao SMP-2415-2022 [BR ELIAS Participan de la palabra: Reg. Randall Torres Barrientos. Para hacer la aclaración, todo lo que involucra juramentación tiene que ver con el Concejo Municipal quien es el llamado a hacerlo, pero en muchas ocasiones se delega en una persona para poder facilitar, en este caso estaríamos proponiendo a Magally para que realice el proceso de juramentación y que es sumamente necesario porque muchas veces las deudas municipales prescriben por la inacción de la Administración que no ejerce esa notificación que es necesaria para interrumpir el plazo, porque muchas veces el plazo es de cuatro años y al hacer la interrupción puede mandarse a cobro judicial en una forma más adecuada y más rápida. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Entonces los que estén de acuerdo en delegar a Magally para que juramente a los compañeros de ventanilla favor levantar la mano. Por Unanimidad SE ACUERDA: Se delega a la Licda Magally Venegas Vargas, en calidad de Secretaria del Concejo Municipal de Pococí para que realice el proceso de juramentación al personal en planilla de la Plataforma de Servicios para que se implemente el proceso de notificaciones de cobro en ventanilla, Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Atentamente: Licda. Magally Venegas Secretaria Concejo Municipal Cc/ Archivo Interno. Página 3]3 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%74 ACTA N*83 Extraordinaria. ACUERDO N* 2556 Se conoce nota suscrita por Sra. Cinthya Díaz Briceño jefa de Área Comisión Legislativa, teléfono: 2243-2434/2243-2433, correo electrónico: rrodriguezOasamblea.go.cr dice: Oficio: AL-CPAAGRO-0223 Asunto: Consulta al Exp.23397 LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA. PROYECTO DE LEY LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (MAG) Y DEL SECTOR AGROPECUARIO, PESQUERO Y RURAL Expediente N.” 23.397 ASAMBLEA LEGISLATIVA: l Antecedentes: El Ministerio de Agricultura y Ganadería (en adelante MAG), en la década de los años noventa y principios de la década siguiente, mantenía, en su estructura orgánica y funcional, las áreas de Investigación (Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria “INTA”), Salud y Producción Animal, (Servicio Nacional de Salud Animal “SENASA”) y el Servicio de Sanidad Vegetal (Servicio Fitosanitario del Estado "SFE”), así como la coordinación con los Clubes 4 S, y la Dirección de Pesca y Acuicultura (Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura “INCOPESCA”). En ese momento histórico se consideró darles mayor independencia funcional a dichas dependencias, como órganos de desconcentración mínima o máxima, e instituciones autónomas con las que se permitiera un mayor desarrollo, a fin de cubrir las necesidades que el sector requería. Sin embargo, los cambios ocurridos en los últimos años a nivel global y a lo interno de nuestro país, hacen necesario replantear la forma de organización del sector público costarricense, para dar respuesta al productor nacional, atendiendo las necesidades crecientes, con recursos cada vez más escasos. Entre los elementos a considerar destacan: la situación económica del país, la pandemia por COVID-19 y su afectación directa al sector, la incorporación de Costa Rica a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos “OCDE”, así como el cambio de enfoque impulsado por los entes fiscalizadores internos como la Contraloría General de la República para centrarse en resultados y no en procesos. De conformidad con lo anterior, la gestión de la rectoría y la gobernanza del Ministro de Agricultura y Ganadería debe ser de mayor cercanía con todas las instituciones que conforman el sector, lo que facilitará la toma de decisiones, eliminándose aquellos procesos y procedimientos que generan brecha y no permiten la articulación, siendo que, por el contrario, lo separan y generan mayores recursos y trámites, lo que implica, a su vez, mayores plazos de reacción ante situaciones tales como: atención de emergencias del sector, atención de temas interdisciplinarios, procesos de negociación, superación de obstáculos técnicos, administrativos e Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N975 ACTA N*%83 Extraordina ia. a Expediente N.* 23.397 2 informáticos que se transforman en posibles obstáculos para el logro de los objetivos del Ministerio, volviéndose necesario integrar los servicios de instituciones para reaccionar ante los requerimientos del sector de forma eficiente y expedita. Es necesario considerar que el Estado debe atender los nuevos lineamientos dictados por el Ministerio de Planificación y Política Económica, la Contraloría General de la República, el Ministerio de Hacienda y otras instituciones que generan normativas para disminuir sus egresos. Esto requiere revisar los procedimientos y la distribución de recursos, en aras de la eficiencia, disminuyendo gastos para el Estado y disminuyendo los costos operativos; todo sin desatender las necesidades del sector agropecuario, garantizando eficiencia en la prestación del servicio público. IL Importancia del sector agropecuario, pesquero y rural en Costa Rica y objetivo de la iniciativa El aporte del Sector Agropecuario a la economía nacional es innegable. Produce y abastece la mayor parte del consumo agrícola, pecuario y pesquero del país; sus exportaciones generan recursos económicos y divisas y es el mayor generador de empleo rural, siendo, a su vez, el segundo empleador a nivel nacional. En el 2020, el aporte relativo del Sector Agro (sector primario) al Producto Interno Bruto (PIB) representó el 4,7%. No obstante, el aporte del Sector en la economía nacional debe verse más allá del sector primario; es así cómo, al analizar la contribución por medio de la agricultura ampliada, se estima una participación cercana al 10,0% (sector primario 4,7% y agroindustria 5,1%), siendo la contribución en el total de exportaciones cercana al 41%. Esto se debe al posicionamiento de algunos productos de exportación en el comercio mundial, como la piña, el banano, el azúcar y el café. El sector agropecuario del país representa un motor de la economía costarricense, que se ha adecuado a las demandas del mercado nacional e internacional, que tiene grandes retos por delante y que necesita una institucionalidad aliada, robusta y moderna, que pueda afrontar estas demandas y retos junto con las personas productoras nacionales. Il... Problemática actual y funcionamiento de la institucionalidad Actualmente, el Sector Agropecuario, Pesquero y Rural del Estado Costarricense cuenta con una amplia cantidad de instituciones bajo la rectoría del Ministerio de Agricultura y Ganadería. Cada una de las entidades que conforman el sector agro posee un marco sustentado en leyes, decretos y reglamentos. La estructura legal no es uniforme: tiene entes descentralizados, así como órganos desconcentrados de forma máxima o mínima. Las personalidades jurídicas varían, al igual que su relación con el MAG, lo que se refleja en una dispersión en el manejo presupuestario del sector en su Sitio Web: munipococi.go.cr Y a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%76 ACTA N*83 Extraordinaria. | Expediente N.* 23.397 3 conjunto, y esto claramente atenta contra la unidad de la gestión estratégica del sector y con ello limita la capacidad de rectoría del Ministerio. Dentro del sector se encuentran las siguientes estructuras organizacionales: 1- Como instituciones autónomas: a) La Dirección de Riego y Drenaje del Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Servicio Nacional de Aguas Subterráneas (SENARA), constituida en 1983 con la Ley N.” 6877 “Crea SENARA (Servicio Nacional Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento)”, del 18 de julio de 1983. b) El Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA), que fue creado por la Ley N.” 7384 “Creación del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA)”, del 16 de marzo 1994. c) El Consejo Nacional de Producción (CNP), que fue creado por Ley N.” 2035 “Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción”, del 17 de julio de 1956 y sus reformas y; d) El Instituto de Desarrollo Rural (INDER), que es regulado por la Ley N.” 9036 “Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural”, del 11 de mayo de 2012. 2- El Programa Integral de Mercadeo Agropecuario (PIMA), como institución semiautónoma, creado en 1996, bajo la Ley N.” 6142 “Ley de Creación del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario”, del 25 de noviembre de 1977. 3- El Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA), como Órgano de Desconcentración Máxima, creado a través de la Ley N.” 8149, “Ley del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria”, vigente desde el 05 de noviembre del 2001. 4- La Oficina Nacional de Semillas (ONS), que es una institución estatal descentralizada, semi autónoma, adscrita al Ministerio de Agricultura y Ganadería, creada en diciembre de 1978, a través de la promulgación de la Ley N.* 6289 "Ley de la Oficina Nacional de Semillas” de 04 de diciembre de 1978. 5- Tres órganos de desconcentración mínima, a saber: a) El Servicio Fitosanitario del Estado, que es un órgano adscrito al MAG, creado por la Ley N.” 7664 “Ley de Protección Fitosanitaria”, del 8 de abril de 1997. b) El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), creado por la Ley N.* 8495 “Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal”, del 6 de abril del 2006. : Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N977 ACTA N%83 Extraordinaria. - Expediente N.* 23.397 4 c) Clubs 4 S, que fue creada bajo la Ley N.” 2680 "Crea Fundación Clubes 4-S” del 22 de noviembre de 1960. IV. Análisis de las estructuras organizacionales actuales Las dificultades que enfrenta el sector en su rectoría, llevaron al análisis de las estructuras organizacionales que lo integran, en los diferentes niveles: político, asesor, directivo, operativo departamental, operativo unidades, direcciones regionales, operativo regional y órganos adscritos. Para efectos de este análisis no se consideró el CNP y el INDER, los que, como se expondrá más adelante, se considera deberían conservar su actual naturaleza jurídica. - Nivel político: incluye al Ministro, Viceministros (as), Presidencias Ejecutivas, Juntas Directivas y Direcciones Ejecutivas. Siendo el resultado del estudio que evidencia que existen 12 cargos que se distribuyen en un Ministro y dos Viceministros (as), cinco Direcciones Ejecutivas, dos Gerencias, una Dirección General y una Presidencia Ejecutiva. Lo que muestra una gobernanza débil y muy pocas condiciones para ejercer la rectoría. Además, seis organizaciones cuentan con Juntas Directivas u órganos similares. - Nivel Asesoría: se ha analizado la existencia de 37 unidades asesoras, el 73 % de ellas se concentran en: ocho auditorías internas, seis asesorías jurídicas, seis asesorías de planificación institucional y sectorial, y siete contralorías de servicio. Por ende, hay una duplicación en cuanto a las auditorias, contralorías de servicios, jurídicas y otras unidades asesoras que conforman las organizaciones. Es importante señala que únicamente las unidades de prensa, asuntos internacionales, cooperación técnica y archivo no tienen duplicación en sus funciones. - Nivel Directivo: conformado por 25 direcciones de diferente complejidad. - Nivel Operativo Departamental: incluye los departamentos con diferentes funciones, que suman, en su totalidad, 94 dependencias. - Nivel Operativo de Unidades: cuenta con 67 unidades distribuidas en cada organización. De las siete organizaciones, se cuentan con un total de 25 Direcciones y en tres de ellas se concentra el 68 %, las que corresponden a ocho direcciones del Servicio Nacional de Salud Animal, cinco direcciones de PIMA y cuatro direcciones de SENASA. Se observa una duplicación también en las áreas administrativas y financieras. - Nivel de Direcciones Regionales: cada organización las ha establecido de conformidad con sus competencias, para el desarrollo del trabajo en los niveles locales. En lo referente a Direcciones Regionales, cinco organizaciones cuentan con 37 unidades, que se distribuyen en: ocho del Ministerio de Agricultura y Ganadería, cinco del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, ocho del Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI ACTA N%83 Extraordinaria. A PAGINA N*78 Expediente N.* 23.397 5 Servicio Nacional de Salud Animal, siete del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento y 9 del Club 4 S. - Nivel Operativo Regional: está conformado por las unidades administrativas y técnicas en los territorios, así como ocho Agencias de Extensión Agrícola y, en igual número, las Unidades de Extensión Agrícola, más 16 Departamentos Regionales. También se apoya con 28 unidades administrativas regionales. En el siguiente gráfico se visualiza un consolidado, con el fin de comprender la cantidad de unidades dentro de cada uno de los niveles. Los departamentos, las unidades y las regionales, son los niveles con mayor cantidad y se presentan duplicaciones en algunos casos. Gráfico 1. Unidades organizaciones de las Estructuras Organizativas el Sector Agropecuario Deport: 94 Libido AA Regionales o Direcciones Regionales E Otras Unidades Administrativas Regionales — II 7 E Direcciones Departamentos Regionales Jerarca Agencias Extensión Agríccla Unid. Extensiones Agropecuarias Auditoria Interna Órganos Adscritos Contraloría de Servicios Planificación institucion Asesoria lurídica Junta Directiva Órganos Desconcentrados 'OTRAS UNIDADES ASESORAS Cooperación tecnica Asuntos Intemacionales Archivo general Gestión de Calidad Prensa Secretaria de Planificación A a O cl) e] E) ma. 7 ma 7 m6 6 ma 6 m3 3 m2 .1 .1 »1 11 »1 0 10 20 30 40 50 e 70 s0 Fuente: elaboración propia. Pecocí Pluye 90 100 Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N%79 ACTA N*83 Extraordinaria Expediente N.* 23.397 6 Va Recomendaciones emitidas por órganos externos a) Hallazgos y recomendaciones de la Contraloría General de la República En diciembre del 2020 la Contraloría General de la República emitió un informe * y presentó algunos hallazgos que dan fundamento a este Proyecto de Ley. Dicho estudio se realizó de enero del 2018 a setiembre del 2020 y señala: “El Ministro Rector es el máximo responsable de dirigir y establecer la política agropecuaria y aprobar los planes, programas y proyectos, coordinar, controlar, dar seguimiento y evaluar los procesos de las instituciones, con el apoyo de los órganos de coordinación y planificación antes indicados. Aunado a lo anterior, los organismos del Sector están obligados, cada vez que el Ministro Rector lo solicite, a rendir informes sobre el avance y desarrollo de planes, programas y proyectos agropecuarios ejecutados. Aunado a ello, el ejercicio de la rectoría implica la potestad de ejercer los principios de sostenibilidad, solidaridad, subsidiaridad, inclusión con equidad, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad social?. Esta llamada de atención, correctamente formulada, debe ser contrastada con la compleja y abigarrada estructura del sector y los grados de independencia funcional que la legislación otorga a los diferentes entes que lo conforman. En el "Oficio DM-MAG-858-2020 del 02 de octubre de 2020 se señala la necesidad de replantear la estructura operativa del Sector con base en las necesidades presentes y futuras del sector para lograr un efectivo uso de los recursos presupuestarios, cada vez más restringidos y que prevalezca la condición de Ministro Rector, con el debido respaldo normativo o legal ante las instancias que integran el Sector”. Esto evidencia acotaciones del órgano contralor con respecto a las necesidades de replantear el sector, así como otros aspectos que ha señalado la Contraloría. Al respecto, dicho ente ha dicho: “A nivel institucional no existe una definición conceptual y operativa del valor público que se debe proveer a la población beneficiaria de los servicios que presta el Ministerio. Dicha definición es importante porque permite identificar los procesos institucionales que agregan valor a los insumos recibidos, para transformarlos en los servicios requeridos por la población 1 Informe de auditoría de carácter especial sobre la gestión para resultados del sector agropecuario”, N* DFOE-EC-IF-00024-2020 2 Contraloría General de la República: Informe de auditoría de carácter especial sobre la gestión para resultados del ministerio de agricultura y ganadería-2020 3 Contraloría General de la República: Informe de auditoría de carácter especial sobre la gestión para resultados del ministerio de agricultura y ganadería-2020 > A Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*80 ACTA N%83 Extraordinari PEREZ Expediente N.? 23.397 T meta y cumplir con los objetivos institucionales”*, sin embargo, el plan operativo institucional no tiene implementados los mecanismos de ajuste y mejora continua en la gestión. Este insumo es importante de considerar, ya que por medio de la reforma que se propone con este Proyecto de Ley, se debería alcanzar una mayor calidad de la gestión actual, en la que sean los mecanismos y herramientas internas los que permitan lograr mejores resultados. En el informe de auditoría de carácter especial, sobre la gestión para resultados del MAG, N.” DFOE-EC-IF-00019-2020 del 12 de octubre, 2020, se mencionan aspectos importantes: Sobre el proceso de “planificación estratégica y operativa, no existe una vinculación explícita con las necesidades de la población objetivo, no se considera a las partes interesadas externas en el proceso de planificación institucional, con el fin de incorporar de forma oportuna la participación ciudadana en la identificación de necesidades y la búsqueda de soluciones (...)Existen debilidades en la gestión presupuestaria para resultados, ya que se evidenció que los recursos se asignan sin vincularlos de forma explícita con el logro de los objetivos del Plan Estratégico Institucional. En estos aspectos referentes a la planificación estratégica está vincula la planificación sectorial, la que le compete a SEPSA. Por otro lado, también este informe detecta muy poca participación de la población meta a la que se dirigen las acciones. b) El Estado de la Nación El Estado de la Nación en reiterados informes ha señalado que, pese a los importantes logros ambientales, Costa Rica hace un uso insostenible de sus recursos naturales y del territorio que, medido por la huella ecológica (que compara la brecha entre el uso de los recursos que hace la población y la biocapacidad del territorio), evidencia la existencia de fuertes presiones que comprometen el equilibrio ecológico y ponen en riesgo la integridad del patrimonio natural. Según el Estado de la Nación “(...) La producción agrícola mantiene un peso importante en la economía nacional. Si bien en las últimas décadas Costa Rica privilegió el desarrollo de sectores como servicios, tecnología y turismo, la actividad agropecuaria mantiene un peso importante en la estructura económica nacional. En 2018 aportó 1.589.163 millones de colones al producto interno bruto (4,7%), representó un 43,7% del total de las exportaciones que se realizaron en ese año y 4 Contraloría General de la República: Informe de auditoría de carácter especial sobre la gestión para resultados del Ministerio de agricultura y ganadería-2020 h Sitio Web: munipococi.go.cr a , Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*81 ACTA N*83 Extraordinari Expediente N.* 23.397 8 generó 293.716 empleos". En términos generales, tanto desde la perspectiva macroeconómica como productiva este sector exhibe un desempeño positivo”.* Es por ello que un trabajo articulado, consensuado y con responsabilidad de la población, deberían proporcionar efectos. Sin embargo, deben de existir elementos regulatorios para la población y empresas para considerar un trabajo más efectivo. “Las pocas alternativas para tratar de minimizar las externalidades negativas del uso del suelo agropecuario no se han extendido. Por el contrario, se dan de forma aislada en algunas zonas del país y con pocos incentivos por parte del Estado y el mercado. Bajo estas condiciones, pareciera poco probable que se gesten transformaciones relevantes en este campo. Por lo tanto, resulta necesario buscar salidas prontas y efectivas al dilema que implica producir de forma sostenible”. Tomando en cuenta lo indicado, para afrontar los retos de la agricultura actual es necesario un Ministerio robusto, que permita la gestión coordinada de los recursos hídricos, gestión de fertilizantes y productos fitosanitarios, alertas de enfermedades, adaptación al cambio climático y la trazabilidad del producto, todo lo que se pretende lograr a través de un sector unificado, en el que las potestades de rectoría permitan la eficiencia en la gestión. La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), ha señalado la evidente división institucional del Estado costarricense y la ha definido como: “Una administración pública fragmentada, que se caracteriza por un número importante de organismos subsidiarios de los ministerios del gobierno central y un amplio sector público descentralizado institucional”, la cual impide mejorar la gobernanza pública e incide en la implementación efectiva de políticas públicas y servicios; afectando a su vez, la confianza ciudadana en las instituciones. VI- Presupuesto del sector agropecuario Las reformas relacionadas al manejo presupuestario aprobadas recientemente, por medio de la Ley N.” 9635 "Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” del 3 de diciembre de 2018 y la Ley N.? 9524 “Fortalecimiento del Control Presupuestario de los Organos Desconcentrados del Gobierno Central”, del 7 de marzo de 2018, generan un efecto sobre las razones sociales y económicas de los Ministerios, con 5 SEPSA-Borbón y Mora: Informe Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible 2019 Investigación de base $ Estado de la Nación: Informe Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible 2019 Investigación de base-2019 7 Estado de la Nación: Informe Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible 2019 Investigación de base-2019 8 Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos: Índice general: Informe para el cumplimiento de los Objetivos de desarrollo sostenible-2015-2016 Sitio Web: munipococi.go.cr a , Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*82 ACTA N%83 Extraordinaria Expediente N.* 23.397 9 implicaciones en los superávits y la consolidación de los presupuestos de los Ministerios rectores. Esta legislación hace evidente el interés por buscar nuevos modelos estructurales y de gestión del Estado, reformando uno de sus aspectos: el financiero; es así como la propuesta que se presenta tiende a avanzar y complementar este esfuerzo, avanza de lo financiero a lo administrativo y funcional, así como también permite las acciones concertadas y unificadas de la estructura pública orientada a la agricultura, la ganadería y la pesca. En cuanto al contexto social y sus repercusiones actuales, es importante comprender aspectos relacionados a los cambios en la legislación actual más recientes como lo es, la Ley N.” 9524 "Fortalecimiento del control presupuestario de los órganos desconcentrados del Gobierno Central”, del 7 de marzo de 2018, que indica en su artículo 1” lo siguiente: “Aprobación presupuestaria de los órganos desconcentrados del Gobierno central. Todos los presupuestos de los órganos desconcentrados de la Administración Central serán incorporados al presupuesto nacional para su discusión y aprobación por parte de la Asamblea Legislativa. El Ministerio de Hacienda definirá la forma y la técnica presupuestaria que se deberá aplicar para incorporar los presupuestos antes indicados y brindará, a solicitud del órgano respectivo, el apoyo técnico para facilitar el análisis y la toma de decisiones en el proceso de discusión y aprobación legislativa del presupuesto de la República”. En cuanto al fortalecimiento del control presupuestario de los órganos desconcentrados del Gobierno Central, dispone: “Los presupuestos de los órganos desconcentrados no podrán ser un agregado o un anexo de la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, por el contrario, deben ser parte integral de la misma. El artículo 2 de la Ley 9524 establece que “el titular de cada ministerio y el de los sujetos incluidos en el inciso b) del artículo 1 será el responsable de presentar el anteproyecto de presupuesto al Ministerio de Hacienda”. Lo anterior produce cambios sustanciales en la estructura organizativa de estos órganos desconcentrados, pero también en sus ministerios rectores, incrementando así los niveles de coordinación interinstitucional en la formulación presupuestaria, en la ejecución de recursos y en la evaluación presupuestaria, generando así una mayor vinculación entre los órganos desconcentrados y el Ministerio, que además requiere una integración de servicios, que producirá una reducción de los gastos a nivel institucional. Vil. El proceso de reforma institucional del Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica hacia un modelo moderno, inclusivo y de desarrollo sostenible Una vez expuesta la situación actual del Ministerio, en la que la capacidad de rectoría se encuentra limitada por la gran cantidad de instituciones que conforman el sector y sus dependencias, se tiene claro que, para lograr un proceso de reforma, se requiere eliminar la dispersión institucional, reenfocando la gestión hacia objetivos estratégicos y, sobre todo, dando fuerza a la capacidad de rectoría. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
Pecocí | l A MUNICIPALIDAD DE POCOCI y PAGINA N*83 ACTA N*83 Extraordinaria. _ LEN al Expediente N.* 23.397 10 Acercando la gestión al productor, desarrollando nuevas metodologías y tecnologías en los procesos de extensión agropecuaria, dando una orientación estratégica única para todo el sector y la institucionalidad pública relacionada, y desarrollando las alianzas público-privadas. La adecuación de la Estructura Organizacional en función de la estrategia, es relevante en un proceso de cambio, ya que condiciona el comportamiento de las personas que la componen y permite alcanzar los objetivos y las metas definidas. A partir de esta definición, resulta fácil identificar que la adecuación de la estructura vigente del MAG es un factor necesario de abordar, ya que influiría en el cumplimiento de los objetivos estratégicos. Se pretende organizar el sector en funciones rectoras y operativas: a) Políticas públicas idóneas para desarrollar un sector agrícola, apicultor, pesquero y acuicultor ambientalmente sostenible y económicamente rentable, y la planificación correspondiente, incluyendo las relacionadas al recurso hídrico. b) Regulaciones generales y técnicas, relacionadas con los procesos fitosanitarios, la salud animal, servicios ecosistémicos y cualesquiera otras funciones técnicas. c) Coordinación interinstitucional con el sector.) d) Desarrollo de investigación, innovación, transformación y el uso de los más nuevos avances de la ciencia y la tecnología en los procesos agropecuarios y pesqueros. Así como en el uso y evaluación de semillas. e) Fomentar la adaptación y mitigación del cambio climático. f Registros y controles de moléculas para uso agropecuario, productos de uso en la producción y consumo humano. 9) Favorecer el desarrollo, promoción, fomento y gestión de la actividad agropecuaria en general, incluyendo la agricultura orgánica. h) Desarrollo de la seguridad alimentaria y de los sistemas agroalimentarios sostenibles. i) Promover el desarrollo territorial de la actividad agropecuaria. j) Propiciar el desarrollo de mercados justos y competitivos con un desarrollo de capacidades empresariales en el sector. k) Garantizar acciones de protección del recurso hídrico. Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*%84 ACTA N*%83 Extraordinaria. E _EEE- POT Expediente N.* 23.397 11 ) Administrar un sistema permanente de extensión agropecuaria. m) Gestionar un repositorio de información Agropecuaria. n) Desarrollar y aplicar un sistema de evaluación, rendición de cuentas, seguimiento y cumplimiento de objetivos por parte del Sector. o) Velar y coadyuvar en la aplicación efectiva de los instrumentos legítimos de defensa comercial. En la organización estratégica se busca que los pilares del modelo de gestión de la nueva gerencia pública se basen en las dimensiones cualitativas de la gestión, la participación ciudadana y la transparencia (permitir a los ciudadanos evaluar la calidad, cantidad y oportunidad de los bienes y servicios recibidos); una gestión para obtener resultados, una gestión basada en una cultura de servicio a sus usuarios, una gestión con orientación estratégica y no limitadas por la esclerosis institucional. La reforma propuesta comprende reglas que permiten mejorar la gobernanza del sector, define los órganos que deben pasar a formar parte de la estructura jerárquica del MAG, determina cuáles pasarían de desconcentración máxima a mínima y establece mecanismos que fortalecen la rectoría del MAG. Establece las bases para un mejor uso de los recursos disponibles, bajo una dirección centralizada en el MAG, y mantiene la desconcentración técnica de algunos organismos. Mejora la gobernabilidad, estableciendo una rectoría claramente establecida, orientada a generar resultados, mediante una gerencia flexible que responda al usuario por medio de la búsqueda de la eficiencia y establece la medición individual de desempeño. Los problemas que abarcan la institucionalidad en el sector agropecuario, y que serán superados en esta propuesta, buscan: 1- Una mejor gobernabilidad. 2- Evitar duplicación de funciones y de gestiones. 3- Se centra en la gestión para resultados. 4- Prepara la institucionalidad para la nueva agricultura (4ta revolución tecnológica). 5- Establece una clara rectoría. 6- Promueve las alianzas público-privadas. 7- Integra la conservación del medio ambiente y la biodiversidad, sin desconocer las necesidades productivas en el marco del desarrollo sostenible. Sitio Web: munipococi.go.cr Y L Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*85 ACTA N83 Extraordir Expediente N.* 23.397 12 VIII. Aspectos generales de propuesta de reforma de ley El Proyecto de Ley regula la conformación, organización y objetivos del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural, para asegurar una instancia institucional idónea para la dirección, planificación, coordinación, ejecución, control y evaluación de las actividades públicas propias del sector. Determina que las acciones del sector deben ir dirigidas a propiciar el uso más eficaz y eficiente de los avances científicos y tecnológicos para favorecer la realización del interés general, así como favorecer la participación ciudadana en la toma de decisiones de relevancia para el agro. Con este Proyecto de Ley se pretende que el MAG pueda enfilar sus recursos a las áreas sustantivas y menos a procesos de administración interna. La toma de decisiones se refuerza con los criterios técnicos de los profesionales en cada área y no serán sometidos a criterios o intereses políticos. Se regula la función de rectoría del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural como una potestad irrenunciable e indelegable, que cabe a quien ocupe el cargo de Ministro o Ministra de Agricultura y Ganadería. Esta rectoría implica el ejercicio de las atribuciones de mando, autotutela y dirección administrativa de los órganos del Ministerio, además de las competencias no exclusivas de los órganos desconcentrados. En relación a los demás órganos y entes que conforman el sector, implica las potestades de planificación, coordinación, investigación, regulación y vigilancia, así como la definición de políticas públicas para su permanente modernización y fortalecimiento, sin detrimento de su autonomía y competencias otorgadas por ley. Regula el cargo de Ministro o Ministra de Agricultura y Ganadería como jerarca máximo del Ministerio; órgano con poder de mando sobre todas aquellas instancias del Ministerio, y sobre todas aquellas actividades ajenas a las competencias exclusivas de los órganos desconcentrados del Ministerio. Se le encomienda ejercer la rectoría del sector, suscribir contratos de asociación público privada para el desarrollo de proyectos de interés público en beneficio del agro, representar al Estado de Costa Rica ante los organismos internacionales directamente relacionados con el sector, entre otras. La propuesta de ley permite una restructuración de las instituciones que integran el sector, por esta razón, instituciones como el INTA, la ONS y Clubs 4 S, por las responsabilidades que tienen y las que se les asigna, corresponden a instancias que pertenecerían al ámbito directo de la estructura organizacional del Ministerio. No se justifica que tengan una estructura adicional de apoyo administrativo, legal y político. Son órganos técnicos, lo que implica una unificación de criterios y una reducción en el costo que implica la duplicidad de áreas administrativas. Se reconoce como órganos con desconcentración mínima del Ministerio al Servicio Fitosanitario del Estado, el Servicio de Salud Animal, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y el Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento. Sin embargo, esta desconcentración solamente operará con respecto a las Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*86 ACTA N*83 Extraordinaria. Expediente N.* 23,397 13 competencias técnicas exclusivas confiadas a dichos órganos, de modo que se logra la simplificación de trámites y procesos administrativos, varios de los cuales serían atendidos directamente por los órganos de soporte administrativo del Ministerio. Lo anterior, permite que el Ministro que ejerce la rectoría tenga mayor incidencia en estos órganos, en la toma de decisiones, quitándoles todas las funciones que no son técnicas, lo cual podría desencadenar en un mayor desempeño institucional y mejor uso de los recursos en beneficio de la población y una reducción de trámites en el administrado. En el caso de las instituciones: PIMA, CNP e INDER mantendrán su autonomía, por tener recursos propios, sea por Ley o bien por prestación de servicios, manteniendo el Ministro su debida representación como presidente de las Juntas Directivas. IX. Conclusiones Desde el nuevo marco jurídico que se pretende implementar, el Ministerio podrá brindar un mejor abordaje de temas de interés actual, como el desarrollo de tecnologías en la agricultura, por ejemplo. Este tipo de cambios representan todo un reto, considerando los aportes que pueden otorgar, no solo por parte de los tomadores de decisiones (con el uso de los datos y avances significativos en nuevas opciones), sino también en los territorios, para facilitar las prácticas cotidianas. Con los cambios que se han enfrentado durante la pandemia por la enfermedad de la COVID-19, se ha demostrado que el uso de Internet, plataformas tecnológicas, comerciales y hasta la agricultura, han tenido que adaptarse a las nuevas tecnologías; este último, en especial, ha logrado resaltar en su producción agrícola y en la cadena agroalimentaria. La propuesta de reforma institucional del Ministerio de Agricultura y Ganadería busca adecuar la organización del Estado, para fortalecer el sector agropecuario, dándole una estructura integrada, simple y funcional, buscando una mayor gobernanza que permita al Ministerio, como órgano rector, dirigir, conducir, evaluar y dar seguimiento a las políticas nacionales para el sector y atender sus nuevos retos. La estructura integrada permitirá al Ministerio avanzar hacia nuevas modalidades de los mercados, fortalecer las capacidades empresariales y mejorar la articulación interinstitucional, con la finalidad de tener un sector agropecuario modernizado, eficaz y eficiente. En ese sentido, se realizó un análisis de la funcionalidad de los órganos que integran el Ministerio de Agricultura y Ganadería y el sector, que junto a esta propuesta conforman el “Proyecto de reforma institucional del Ministerio de Agricultura y Ganadería”, con la intención de modificar y mejorar las estructuras internas, renovar los procesos internos y externos, unificar servicios de asistencia técnica de todas ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr a - Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*87 ACTA N%83 Extraordina ¡ Expediente N.” 23.397 14 las instituciones del sector, en beneficio de la simplificación y concentración de trámites, para favorecer al sector productor costarricense. De esta manera, este proyecto de ley unifica el sector, sin dejar de lado las competencias sustantivas de cada una de sus instituciones. Por ejemplo: se mantiene la participación del sector privado y académico en el desarrollo de la investigación, la generación de nuevas tecnologías y a través de la cooperación y de alianzas públicos privadas (APP), para fortalecer los mercados y atender las demandas alimentarias de la población. Este Proyecto tiene como objetivo eliminar la duplicidad de estructuras en las dependencias adscritas al MAG, lo que produciría una reducción de los gastos operativos institucionales y un evidente mejor aprovechamiento del presupuesto. Se trata de aumentar la eficacia y redireccionar la estructura de costos de operación en beneficio de los productores y consumidores. Para lograrlo, es indispensable modificar el marco legal para una gestión institucional más eficiente y eficaz, simple y que amplíe el acceso de los ciudadanos a los servicios que presta el sector. En el momento histórico en que se dio la separación de algunas instituciones del sector no se contaba con el desarrollo tecnológico actual que brinda herramientas que permiten mejorar el control interno, establecer procesos y procedimientos más agiles y eficientes, auditorías más robustas, oficinas de servicio al cliente y contralorías de servicios, proveedurías institucionales digitalizadas a través del uso del Sistema Integrado de Compras Públicas “SICOP”, que entre sus bondades establece mayor transparencia y seguridad en sus compras, economía por la realización de todas sus etapas a través del Sistema y del uso del expediente electrónico, pudiendo agrupar las compras públicas del sector, lo que generará un evidente uso racionalizado de los recursos públicos, asegurando una gestión eficiente de la Administración Pública y una administración con observancia del principio de probidad. Por lo anterior expuesto, el Ministerio ha determinado la necesidad de replantease su organización y funcionabilidad, para una mejor gobernanza, en procura de mayores beneficios para el sector y una utilización eficiente de los recursos. Por último, la estructura propuesta estará basada en las siguientes reglas: a) la estructura debe favorecer un centro de toma de decisiones que busque lograr el cumplimiento de los objetivos que rigen el sector; b) deberá asegurar la regionalización de los servicios que presta el Ministerio; c) debe impedir la duplicidad de funciones por parte de los diferentes órganos del Ministerio, incluidos los desconcentrados; d) permitir un uso más eficiente de los recursos públicos y una más eficaz articulación de esfuerzos para la atención del interés general; e) asegurar el uso de servicios compartidos; y f) la evaluación y revisión permanente de la estructura. Todo lo anterior deberá ser ejecutado mediante la reglamentación, en un plazo de 18 meses, para la plena implementación de los cambios establecidos en el proyecto. Sitio Web: munipococi.go.cr A > Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*88 ACTA N*%83 Extraordin ria Expediente N.* 23.397 15 En virtud de lo anterior, se somete a conocimiento de los diputados y diputadas el siguiente Proyecto de Ley, denominado: LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (MAG) Y DEL SECTOR AGROPECUARIO, PESQUERO Y RURAL. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (MAG) Y DEL SECTOR AGROPECUARIO, PESQUERO Y RURAL TÍTULO | CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1- Creación del Ministerio de Agricultura y Ganadería Se crea el Ministerio de Agricultura y Ganadería, como cartera ministerial encargada de la rectoría del sector agropecuario, pesquero y rural, con el objetivo de liderar la formulación y ejecución de políticas públicas que promuevan la sostenibilidad y desarrollo de dicho sector. ARTÍCULO 2- Creación del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural y su objetivo Se establece, como parte de la Administración Pública y bajo la dirección del Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Sector Agropecuario, Pesquero y Rural, que incluye el subsector acuicultor. Estos tendrán como objeto: a) Asegurar una instancia institucional idónea para la dirección, planificación, coordinación, ejecución, control y evaluación de las actividades públicas, como apoyo al desarrollo y protección de las actividades agropecuarias, pesqueras y rurales en el ámbito nacional. b) Fortalecer, unificar y agilizar el sistema de dirección y planificación nacional, así como coadyuvar a la coordinación de las actividades del Poder Ejecutivo y de las instituciones descentralizadas, con miras a lograr un sector creador y distribuidor de riqueza, innovador en el uso de los mejores avances tecnológicos para la actividad agropecuaria, participativo, con vocación de servicio, inclusivo y basado en el desarrollo sostenible. El Sector Agropecuario, Pesquero y Rural estará dirigido y coordinado por el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Agricultura y Ganadería, de acuerdo con las atribuciones establecidas en esta Ley. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*89 ACTA N*83 Extraordina i Expediente N.* 23.397 16 CAPÍTULO Il DE LA RECTORIA Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ARTÍCULO 3- Rectoría del Ministerio de Agricultura y Ganadería La función de rectoría del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural es irrenunciable e indelegable. Le corresponde ejercerla al titular del Ministerio de Agricultura y Ganadería. La rectoría del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural, implica el ejercicio de las atribuciones de gobernar, dirigir y conducir al conjunto de instituciones o personas y ejercer autoridad en relación con las instituciones y programas mencionados en esta Ley, sobre los que el Ministerio de Agricultura y Ganadería tenga competencia. Entre otras, incluye las potestades de planificación, coordinación, investigación, regulación y vigilancia sobre los órganos y entes que conforman el sector, así como la definición de políticas públicas para la permanente modernización y fortalecimiento de éste. ARTÍCULO 4- Funciones del Ministerio de Agricultura y Ganadería A través de sus funciones rectoras, el Ministerio de Agricultura y Ganadería deberá: a) Elaborar los planes sectoriales necesarios para la buena marcha del sector. b) Preparar, para su aprobación por parte del Poder Ejecutivo, las regulaciones generales y técnicas, relacionadas con los procesos fitosanitarios, la salud animal, y cualesquiera otras funciones técnicas encomendadas al MAG y sus órganos. c) Coordinar esfuerzos con instituciones de la Administración Descentralizada para el logro de los objetivos del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural. d) Apoyar y fomentar la investigación, innovación, transformación y el uso de los más nuevos avances de la ciencia y la tecnología en los procesos agropecuarios y pesqueros. e) Vigilar que el sector actúe eficazmente en la adaptación y mitigación del cambio climático. f) Emitir las reglas que permitan una adecuada valoración de los servicios eco sistémicos que beneficien a los productores del sector. 9) Promover la investigación, uso y evaluación de nuevas semillas, potenciar el uso de semillas criollas, locales o tradicionales, así como el fortalecimiento del sector semillerista costarricense. h) Favorecer la seguridad alimentaria y los sistemas agroalimentarios sostenibles. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*90 ACTA N*83 Extraordinari A A Expediente N.* 23.397 17 i) Propiciar el aprovechamiento del recurso hídrico por parte del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural de manera sostenible. j) Emitir las políticas públicas idóneas para desarrollar un sector agropecuario apicultor, pesquero y acuicultor ambientalmente sostenibles y económicamente rentable. k) Garantizar la prevención y el combate de plagas que podrían poner en peligro la seguridad alimentaria, la producción agrícola y la protección del ambiente. 1) Fomentar el desarrollo, promoción y gestión de la actividad agropecuaria en general, incluyendo la agricultura orgánica, así como la agricultura sostenible, que propicie un balance entre el medio ambiente y la rentabilidad del productor. m) Promover el desarrollo territorial de la actividad agropecuaria, en atención de la función social y económica que este cumple. n) Propiciar el desarrollo de mercados justos y competitivos para la comercialización de productos agropecuarios, propiciando figuras asociativas en los territorios. o) Administrar un sistema permanente de extensión agropecuaria, que abarque a la mayor población de productores posible. La asistencia técnica debe estar dirigida, especialmente, a los micros, pequeños y medianos productores. p) Favorecer el desarrollo de capacidades empresariales en el Sector, que faciliten la integración de las actividades de producción y comercialización. q) Administrar un repositorio de información agropecuaria, así como generar y facilitar la generación de esta información por parte de otras instituciones del Sector. r) Desarrollar y aplicar un sistema de evaluación, rendición de cuentas, seguimiento y cumplimiento de objetivos por parte del Sector. s) Velar y coadyuvar en la aplicación efectiva de los instrumentos legítimos de defensa comercial en favor del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural. t) Se autoriza al Ministerio de Agricultura y Ganadería a cobrar, cuando proceda, bajo el principio de servicio al costo, por los servicios que éste presta, en forma directa o a través de sus órganos desconcentrados. Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N991 ACTA N83 Extraordinaria. Expediente N.? 23,397 18 TÍTULO Il ESTRUCTURA DEL SECTOR AGROPECUARIO, PESQUERO Y RURAL CAPITULO | DEL MINISTRO Y LOS VICEMINISTROS ARTÍCULO 5- Del Titular del Ministerio de Agricultura y Ganadería El Ministro o Ministra del Ministerio de Agricultura y Ganadería será el jerarca máximo del Ministerio. En dicha condición, tendrá poder de mando sobre todos aquellos órganos del Ministerio, según regula el artículo 102 de la Ley N.” 6227 "Ley General de la Administración Pública” de 02 de mayo de 1978. Compete al Ministro o Ministra de Agricultura y Ganadería: a) En su calidad de jerarca del Ministerio, hacer uso de las potestades de mando que le confiere la ley para lograr el cumplimiento de los objetivos del Ministerio y del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural. b) En relación con los órganos desconcentrados, ejercerá dichos poderes de mando en todas aquellas actividades ajenas a las competencias exclusivas que fueron objeto de desconcentración administrativa. c) Ejercer la Rectoría del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural, adoptando todas las medidas de planificación, regulación, supervisión, evaluación y dirección administrativa que le permitan alcanzar los objetivos establecidos en esta ley. d) Suscribir contratos de asociación público privada para el desarrollo de proyectos de interés público en beneficio del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural. e) Representar al Estado de Costa Rica ante los organismos internacionales directamente relacionados con el Sector Agropecuario, Pesquero y Rural, según se defina por Decreto Ejecutivo. f Cualesquiera otras funciones necesarias para lograr el cumplimiento efectivo de los fines del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural, así como las definidas en la Constitución Política y la Ley General de la Administración Pública. Los Viceministros del Ministerio de Agricultura y Ganadería se regirán por las reglas establecidas en la Ley N.” 6227 "Ley General de la Administración Pública” de 02 de mayo de 1978. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*92 ACTA N*83 Extraordinaria Expediente N.* 23,397 19 . CAPITULO Il ORDEN JERÁRQUICO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ARTÍCULO 6- Relación jerárquica En su carácter de jerarca del Ministerio de Agricultura y Ganadería, el titular de la cartera ministerial ejercerá sus atribuciones de mando del Ministerio, que incluyen las potestades de: a) Dar órdenes particulares, directrices, instrucciones o circulares sobre el modo de ejercicio de las funciones de las dependencias del Ministerio. b) Supervisar la acción de los órganos del Ministerio para constatar su legalidad y conveniencia, y utilizar todos los medios necesarios o útiles para ese fin que sean acordes con el ordenamiento. c) Ejercer la potestad disciplinaria en relación con sus subalternos. d) Adoptar las medidas necesarias para ajustar la conducta del inferior a la ley y a la buena administración, revocándola, anulándola o reformándola de oficio, o en virtud de recurso administrativo, e) Delegar sus funciones y avocar las del inmediato inferior, así como sustituirlo en casos de inercia culpable, o subrogarse a él ocupando temporalmente su plaza mientras no regrese o no sea nombrado un nuevo titular, todo dentro de los límites y condiciones señalados por la Ley N.” 6227 “Ley General de la Administración Pública” de 02 de mayo de 1978. f) Resolver los conflictos de competencia o de cualquier otra índole que se produzcan entre órganos del Ministerio. 9) Las definidas en el artículo 28 de la Ley N.” 6227 “Ley General de la Administración Pública” de 02 de mayo de 1978. h) Cualquiera otra definida por Ley. ARTÍCULO 7- Alcances de la relación jerárquica Las potestades de mando con que cuenta la persona jerarca del Ministerio de Agricultura y Ganadería, indicadas en el artículo anterior, las ejercerá con respecto a todos los órganos dependientes del Ministerio. [Con respecto a los órganos desconcentrados del Ministerio, el Ministro o Ministra conservan el poder de mando con respecto a todos aquellos aspectos no contemplados en la competencia o las competencias exclusivas desconcentradas a favor de dichos órganos. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*93 ACTA N983 Extraordinaria. da Expediente N.* 23.397 20 CAPITULO lll DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ARTÍCULO 8- Estructura Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería Mediante decreto ejecutivo se dispondrá la estructura organizativa del Ministerio de Agricultura y Ganadería, la cual deberá basarse en las siguientes reglas: a) Deberá tratarse de una estructura que atienda a la necesidad de contar con un centro de toma de decisiones que busque el cumplimiento de los objetivos que rigen al Sector Agropecuario, Pesquero y Rural. b) Deberá asegurar que los servicios que presta el Ministerio puedan ser ofrecidos en todas las regiones del país, de acuerdo con la regionalización que establezca el Ministerio, en forma efectiva y eficiente. c) La estructura organizativa debe impedir la duplicidad de funciones por parte de los diferentes órganos que conforman el Ministerio, incluidos los desconcentrados. d) Debe permitir un uso más eficiente de los recursos públicos confiados al Ministerio y a los órganos que lo conforman y que permita una más eficaz articulación de esfuerzos para la atención del interés general. e) Los diferentes órganos del Ministerio, incluidos los desconcentrados, deben asegurar el uso de servicios compartidos. f) La organización creada por decreto debe ser periódicamente evaluada y sometida a revisión. CAPITULO IV DE LA CONFORMACION, PROGRAMAS Y MEJOR USO DEL SECTOR AGROPECUARIO, PESQUERO Y RURAL ARTÍCULO 9- Conformación del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural El Sector Agropecuario, Pesquero y Rural estará constituido por todas las entidades o programas públicos que realizan actividades en áreas específicas de la agricultura, la ganadería, la apicultura, pesca marina, la acuicultura y actividades conexas. Se considerarán parte de tales actividades conexas: la investigación, transferencia de tecnología, capacitación de los funcionarios y productores, producción, fabricación, certificación (incluida la orgánica) y distribución, comercialización de insumos; financiamiento y crédito; transformación de productos agropecuarios; precios y comercialización; sanidad animal y vegetal; riego y avenamiento; titulación, colonización y otras acciones orientadas al ordenamiento y Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*94 ACTA N%83 Extraordinaria. Expediente N.? 23.397 21 distribución de tierras, seguros, empleo y desarrollo rural; educación, ingeniería agropecuaria y otras actividades relacionadas con el Sector. ARTÍCULO 10- Órganos desconcentrados del Ministerio de Agricultura y Ganadería El Ministerio de Agricultura y Ganadería estará conformado por todos sus órganos. La desconcentración, únicamente, operará en relación con el ejercicio de las competencias técnicas que fueron separadas por ley de la relación jerárquica del Ministerio de Agricultura y Ganadería. En todas las demás competencias que no fueron expresamente desconcentradas, regirán los atributos propios de la relación jerárquica. Son órganos con desconcentrados mínima del Ministerio de Agricultura y Ganadería los siguientes: a) El Servicio Fitosanitario del Estado, en lo concerniente a las competencias exclusivas establecidas en el artículo 5” de la N.” 7664 "Ley de Protección Fitosanitaria” de 8 de abril de 1997 y sus reformas. Su grado de desconcentración será mínima en lo atinente a sus competencias técnicas exclusivas. b) El Servicio de Salud Animal, con respecto a las competencias establecidas en el artículo 6” de la Ley N.* 8495 "Ley General del Servicio de Salud Animal”, de 6 de abril de 2006 y sus reformas. Su grado de desconcentración será mínima en lo atinente a sus competencias técnicas exclusivas. c) La Oficina nacional de Semillas con respecto a las competencias establecidas en los artículos 1, 2” y 3? de la Ley 8269 “Ley de la Oficina Nacional de Semillas” y sus reformas. Su grado de desconcentración será mínima en lo atinente a sus competencias técnicas exclusivas. ARTÍCULO 11- Organismos y/o programas o actividades del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural Los organismos y programas o actividades del sector son los siguientes: 1- Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y sus órganos. 2- Consejo Nacional de Producción (CNP). 3- Corporación Arrocera Nacional (CONARROZ). 4- Corporación Bananera Nacional (CORBANA). 5- Corporación de Fomento Ganadero (CORFOGA). 6- Corporación Hortícola Nacional. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*95 ACTA N%83 Extraordinaria. ! Expediente N.* 23,397 22 7- Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA). 8- Instituto del Café de Costa Rica (ICAFE). 9- Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar (LAICA). 10- Instituto Nacional de Desarrollo Rural (INDER). 11- Oficina Nacional Forestal, entendiéndose que su participación será asociada a la producción forestal. 12- Fondo Nacional de Estabilización Cafetalera (FONECAFE). 13- Fondo Nacional de Sostenibilidad Cafetalera (FONASCAFE). 14- Cualquier otro organismo público o actividad propia del sector, de conformidad con el artículo 09 de esta ley. El MAG respetará las autonomías, atribuciones y competencias otorgadas por ley especial a los entes públicos del sector, que no sean expresamente modificadas por la presente Ley. ARTÍCULO 12- Mejor uso de los avances científicos y tecnológicos Las acciones de los órganos y entes públicos que conforman el Sector Agropecuario, Pesquero y Rural deben estar enfocadas a propiciar el uso más eficaz y eficiente de los avances científicos y tecnológicos para favorecer la realización del interés general. CAPITULO V PARTICIPACIÓN CIUDADANA ARTÍCULO 13- Participación de las organizaciones representativas del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Constitución Política, las acciones de los órganos y entes públicos que conforman el Sector Agropecuario, Pesquero y Rural, en la medida de lo posible, deben estar enfocadas a propiciar la participación de los productores y de sus organizaciones, en la toma de decisiones de relevancia gremial. ARTÍCULO 14- De las Alianzas Público Privadas Se autoriza al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) para recibir donaciones y para la implementación de alianzas, convenios y asociaciones públicas y privadas para el desarrollo de proyectos de interés público en beneficio del Sector Agropecuario Pesquero y Rural, conforme a las normas que rijan esta materia. Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*96 ACTA N83 Extraordinari IETINIOS Expediente N.* 23.397 23 ARTÍCULO 15- Fondo acumulativo para emergencias El MAG dispondrá y administrará un fondo acumulativo para atender emergencias en materia animal y fitosanitaria. Los recursos del fondo provendrán de empréstitos, donaciones, asignaciones, multas o de cualquier otra fuente legal de financiamiento. Se faculta al Poder Ejecutivo para que negocie empréstitos internacionales con entes internacionales bilaterales, plurilaterales o multilaterales, siempre y cuando dichos fondos sean destinados, única y exclusivamente, a la atención de una [ emergencia regional o nacional debidamente declarada, según el artículo 92 de esta Ley. Dicho fondo podrá ser administrado en un fideicomiso que se constituirá en el reglamento de la presente ley. Los gastos por insumos y personal o ambos, en que incurra el MAG provenientes del fondo para emergencias, no estarán sometidos a las leyes de ordenamiento fiscal. TTITULO lil DE LAS MODIFICACIONES Y LAS DEROGACIONES CAPITULO | MODIFICACIONES ARTÍCULO 16- Modificaciones de la Ley N.” 6227 "Ley General de la Administración Pública” de 02 de mayo de 1978 Se adiciona el inciso 9 al artículo 47 de la Ley N” 6227 Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, para que en adelante se lea: Artículo 47- (+..) 9. El Ministerio de Agricultura y Ganadería tendrá dos viceministerios que nombrará el Presidente de la República de manera que se puedan alcanzar los objetivos del Ministerio. ARTÍCULO 17- Modificaciones de la Ley N.” 8495 "Ley de Salud Animal” de 06 de abril de 2006 Se modifican los artículos 8, 10, 11, 15, y 26 de la Ley N.” 8495 "Ley de Salud Animal”, de 06 de abril de 2006, para que en adelante se lean: Artículo 8- Régimen administrativo El SENASA será un órgano con desconcentración mínima para realizar las competencias exclusivas previstas en el artículo 6” de esta Ley. En su calidad de Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*97 ACTA N%83 Extraordinaria. ] Expediente N.” 23,397 24 órgano técnico, gozará de independencia de criterio en el desempeño de las referidas atribuciones exclusivas. Artículo 10- Estructura orgánica El SENASA contará con los funcionarios necesarios para el cumplimiento de sus funciones exclusivas, previstas en el artículo 6” de esta Ley. La estructura técnica del SENASA será definida en el Reglamento de esta Ley, de acuerdo con la legislación vigente. En lo que atañe a las funciones administrativas no incluidas dentro de sus competencias exclusivas, el SENASA hará uso de los servicios prestados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, de acuerdo con la estructura establecida de conformidad con su Ley orgánica. Artículo 11- Auditoría interna La Auditoría interna del Ministerio de Agricultura y Ganadería tendrá a su cargo las competencias de control interno con respecto al SENASA, de conformidad con lo dispuesto en la Ley general de control interno, N.* 8292, de 31 de julio de 2002. Artículo 15- Autorización para recibir donaciones Autorizase a las instituciones, las corporaciones y los Poderes del Estado para que otorguen donaciones al Ministerio de Agricultura y Ganadería a favor del SENASA y para que el Ministerio las reciba de ellos, así como de otras personas e instituciones privadas, nacionales, internacionales o extranjeras, por cualquier suma o concepto. Artículo 26- Facultad de donar Autorizase al Ministerio de Agricultura y Ganadería para que done a los colegios técnicos agropecuarios, los colegios universitarios, las demás instituciones de educación superior pública y otras organizaciones de interés social sin fines de lucro, cuyo giro ordinario esté acorde con los fines y objetivos de esta Ley, los bienes decomisados por el SENASA o declarados en abandono, una vez que haya comprobado que dichos bienes no constituyen ningún riesgo para la salud humana, la salud animal y el medio ambiente, y que de esos bienes no puede resultar ninguna utilidad para el Ministerio. Si se trata de bienes inscribibles, la donación se hará por medio de escritura pública; en los demás casos será suficiente dejar constancia escrita. Para tales efectos, el SENASA deberá acatar las disposiciones del Reglamento para el registro y control de bienes de la Administración Central, emitidos por los órganos competentes. > q E Sitio Web: munipococi.go.cr AS : Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*98 ACTA N%83 Extraordinaria Expediente N.* 23.397 25 ARTÍCULO 18- Modificaciones de la Ley N.” 7664 "Ley de Protección Fitosanitaria, de 08 de abril de 1997” Se modifican los artículos 4, 63, 64 de la Ley N.” 7664 "Ley de Protección Fitosanitaria, de 08 de abril de 1997”, para que en adelante se lean: Artículo 4- Autoridad administrativa Corresponderá al Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Servicio Fitosanitario del Estado que contará, para el ejercicio de las competencias exclusivas de carácter técnico previstas en el artículo 5 de esta Ley, con desconcentración mínima. La estructura técnica del SFE será definida en el Reglamento de esta Ley, de acuerdo con la legislación vigente. En lo que atañe a las funciones administrativas no incluidas dentro de sus competencias exclusivas, el SFE hará uso de los servicios prestados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, de acuerdo con la estructura establecida de conformidad con su Ley orgánica. Artículo 63- Recursos El Ministerio de Agricultura y Ganadería contará con los siguientes recursos financieros, los cuales serán empleados para financiar prioritariamente las actividades del Servicio Fitosanitario del Estado bajo el principio de caja única del Estado: a) Los ingresos percibidos por concepto de multas o venta de productos decomisados de conformidad con la presente ley. c) Los legados y las donaciones de personas físicas o jurídicas, organizaciones nacionales o internacionales, privadas o públicas, y los aportes del Estado o sus instituciones. d) Ingresos por concepto de registro y certificación de productos orgánicos. e) Ingresos por concepto de servicios para la importación o exportación de productos. Artículo 64- Destino de recursos Los recursos que se obtengan por lo establecido en el artículo 63 y el Transitorio l, serán utilizados para el cumplimiento de los objetivos de esta ley y para fortalecer, desarrollar, actualizar y mejorar los servicios que el Servicio Fitosanitario del Estado presta. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
Pecocí / lv 5 1 MUNICIPALIDAD DE POCOCI NS PAGINA N%99 ACTA N%83 Extraordinaria. 29-11 Expediente N.* 23.397 26 ARTÍCULO 19- Modificaciones de la Ley N.” 6289 "Ley de la Oficina Nacional de Semillas”, de 4 de diciembre de 1978 Se modifican los artículos 1 y 21 de la Ley N.* 6289 "Ley de la Oficina Nacional de Semillas”, de 4 de diciembre de 1978 y sus reformas, para que en adelante dispongan: Artículo 1- Créase la Oficina Nacional de Semillas, como un Órgano de desconcentración mínima del Ministerio de Agricultura y Ganadería, la cual tendrá a su cargo la promoción y protección, el mejoramiento, control, y el uso de semillas de calidad superior, con el objeto de fomentar su uso, para lo que establecerá las normas y mecanismos de control necesarios para su circulación y comercio. Artículo 21- El Ministerio de Agricultura y Ganadería contará con los siguientes recursos financieros, los cuales serán empleados para financiar prioritariamente las actividades de la Oficina Nacional de Semillas y serán administrados por el principio de caja única del Estado: a) Los ingresos por concepto de multas y comisos que perciba por las infracciones a esta Ley. b) Los ingresos por los servicios que brinde la ONS. d) Las contribuciones que reciba de otras instituciones públicas. e) Los legados, donaciones y, en general, toda clase de bienes y derechos que legalmente o por voluntad de particulares le sean proporcionados. f Las contribuciones que reciba de organismos internacionales o de gobiernos de otros países, con los que Costa Rica haya suscrito convenios de colaboración en el campo de la producción de semillas. ARTÍCULO 20- Modificaciones de la Ley N.? 6877 “Crea SENARA (Servicio Nacional Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento)”, de 18 de julio de 1983 Se modifican los artículos 1,2, 3 incisos a), b), f) y k), 4, 7, 12, 16, 17 y 18 de la Ley N.” 6877 Crea SENARA (Servicio Nacional Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento) de 18 de julio de 1983 y sus reformas, para que en adelante dispongan: Artículo 1- Créase la Dirección de Riego y Avenamiento en adelante (DIRA), del Ministerio de Agricultura y Ganadería. Artículo 2- Son objetivos de la DIRA: a) Fomentar el desarrollo agropecuario en el país, mediante el establecimiento y funcionamiento de sistemas de riego y avenamiento. Pluye Nx 20 / 2% Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: (AMunicipalidadDePococi
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*100 ACTA N*83 Extraordinaria Expediente N.* 23.397 27 Artículo 3- Son funciones de la DIRA: a) Proponer y ejecutar una política justa de aprovechamiento y distribución del agua para fines agropecuarios, en forma armónica con las posibilidades óptimas de uso del suelo y los demás recursos naturales en los distritos de riego. b) Desarrollar y administrar los distritos de riego y avenamiento (...) f Adquirir conforme con lo establecido en la Ley 9286, de 11 de noviembre de 2014, bienes y derechos necesarios para establecer, integrar o modificar las áreas de distribución de riego y asentamiento de manera que a una justa distribución de la tierra corresponda una justa distribución del agua. (...) k) Orientar, promover y ejecutar programas nacionales de investigación y capacitación para el desarrollo de todas las actividades relacionadas con el riego y drenaje en coordinación con las dependencias afines de la enseñanza superior. Artículo 4- Corresponderá a la DIRA promover la coordinación y colaboración con otras instituciones y entidades competentes, en las siguientes actividades: a) Mejoramiento, conservación y protección de los suelos en los distritos de riego y avenamiento, así como en las cuencas hidrográficas del país. b) Diseño, construcción y mantenimiento de las obras de riego y avenamiento. c) Prevención, corrección y eliminación de todo tipo de contaminación de las aguas en los distritos de riego. ch) Elaboración y actualización de un inventario de las aguas nacionales, así como la evaluación de su uso potencial para efectos de su aprovechamiento en los distritos de riego. d) Elaboración y mantenimiento de los registros actualizados de concesionarios de aguas en los distritos de riego. e) Aprovechamiento múltiple de los recursos hídricos en los distritos de riego. f Construcción y mantenimiento de las obras necesarias para la conservación y renovación de los mantos acuíferos aprovechables para las actividades agropecuarias en los distritos de riego. Sitio Web: munipococi.go.cr Y E Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9101 ACTA N%83 Extraordinaria. Expediente N.* 23.397 28 Artículo 7-— La DIRA contará con una unidad especializada, a la cual le corresponderá: a) Elaborar, con base en criterios técnicos, los estudios especializados referentes a la conveniencia y procedimiento sobre los cuales se procederá a recuperar, expropiar o comprar las tierras en que asienten o subyazcan recursos hídricos; las tierras en que se construyan obras de riego o avenamiento y las tierras en donde se construyan otras obras y construcciones complementarias, en donde el Estado haga inversiones como carreteras, caminos, puentes, tendido eléctrico y otras. Artículo 12- El Ministerio de Agricultura y Ganadería contará con los siguientes recursos financieros, los cuales serán empleados como prioridad para financiar las actividades del DIRA los cuales serán administrados según el principio de caja única del Estado: a) Los aportes, donaciones, legados y subsidios que reciba de cualquier ente público o privado. b) Los recursos que genere por la operación y administración de los servicios de riego y avenamiento, así como por el importe de las tarifas de riego y avenamiento dentro de cada distrito, debidamente autorizadas por la ARESEP. Por esta actividad de regulación tarifaria, el Ministerio cubrirá el costo de la regulación a la ARESEP. c) Los honorarios que reciba por las asesorías, estudios y obras realizadas según convenios con entidades públicas o privadas. d) Los préstamos nacionales o internacionales que reciba para el desarrollo de obras de riego, avenamiento. e) Los ingresos establecidos en otras leyes y reglamentos, en favor suyo o de las instituciones cuyas funciones asuma. Artículo 16- El DIRA podrá construir las obras necesarias para el establecimiento y funcionamiento de sistemas de riego, avenamiento y control de inundaciones, así como las obras complementarias que hagan posible el mejor aprovechamiento agropecuario de las tierras en los distritos de riego. Todos los propietarios de las tierras afectadas por el riego y por el avenamiento, deberán satisfacer las tarifas que establezca el SNE a solicitud del DIRA. Artículo 17- Se entienden por distritos de riego y avenamiento las unidades físicas técnico-administrativas de carácter agropecuario, en las que existan o se vayan a realizar las obras necesarias para el riego y la conservación adecuada de las tierras en ella comprendidas y aseguren el avenamiento de esas tierras, para efectos de lograr el mayor desarrollo agropecuario, económico y social de tales unidades agropecuarias. Se podrán crear distritos para más de uno de estos fines. Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9102 ACTA N%83 Extraordinaria. Expediente N.? 23.397 29 Artículo 18- Los distritos de riego y avenamiento sólo podrán crearse mediante decreto ejecutivo, a solicitud de la DIRA en las áreas o regiones del país donde el interés público lo requiera, en las cuales se establecerán características técnico- económicas necesarias para su implantación y funcionamiento. ARTÍCULO 21- Modificaciones de la Ley N.” 8488 "Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riego”, de 22 de noviembre de 2005 Se modifica el artículo 4 y se agrega el inciso n) al artículo 14 de la Ley N.* 8488 “Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riego”, de 22 de noviembre de 2005 para que en adelante dispongan: Artículo 4- Definiciones Para efectos de claridad e interpretación de la presente ley, se definen los siguientes conceptos: Inundación: Ocupación por el agua de zonas o áreas que en condiciones normales se encuentran secas. Se producen debido al efecto del ascenso temporal del nivel del río, lago u otro. Articulo 14- Competencias ordinarias de prevención de la comisión La Comisión será la entidad rectora en lo que se refiera a la prevención de riesgos y a los preparativos para atender situaciones de emergencia. Deberá cumplir las siguientes competencias: n) Elaborar y ejecutar programas de prevención y control de inundaciones, además, los sistemas de información necesarios. ARTÍCULO 22- Se modifican los artículos 2 y 3 de la Ley N.” 6142 “Aval Estado al IFAM en Contrato Garantía con BCIE (para Creación PIMA)” del 25 de noviembre de 1977, para que en adelante dispongan: Artículo 2- Para llevar a cabo la realización del proyecto a que se refiere el préstamo que da origen al presente aval otorgado al IFAM, se establece una unidad a cargo del Consejo Nacional de Producción que desarrollará, en apoyo a la comercialización agroalimentaria, el Programa Integral de Mercadeo Agropecuarios, para lo cual creará la Dirección de Mercados Agropecuarios. Artículo 3- Las funciones de la Dirección de Mercados Agropecuario a cargo del Consejo Nacional de Producción, en lo que respecta a la Administración del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario, serán las siguientes: a) Organizar y administrar el Centro Nacional de Abastecimiento y Distribución de Alimentos (CENADA). Sitio Web: munipococi.go.cr AY . Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*103 ACTA N*83 Extraordinaria. Expediente N.* 23.397 30 b) Realizar estudios e investigaciones sobre sistemas de mercadeo de pro- ductos relativos al CENADA con el objeto de introducirles mejoras. c) Proporcionar asistencia técnica a las Municipalidades en la organización, estructura y funcionamiento de sus respectivos mercados. d) Organizar y administrar el Programa Nacional de Ferias del Agricultor. e) Cualesquiera otras que disponga el Consejo Nacional de Producción, vía reglamentaria, que sean necesarias para lograr sus objetivos”. ARTÍCULO 23- Se modifica el inciso j) y se agrega el inciso x) del artículo 5 de la Ley "Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción”, N.* 2035 de 10 de julio de 1956 y sus reformas, para que en adelante disponga: Artículo 5- Para cumplir sus fines, el Consejo Nacional de Producción tendrá como actividades ordinarias, las siguientes: (...) j) Promover la reglamentación de todo tipo de mercados y, en particular, del programa nacional de ferias del agricultor, del cual será su rector y fiscalizador, para que los productores que realmente se dedican a las actividades: agrícola, pecuaria, forestal, de pesca y acuicultura, avícola, agroindustria y artesanía, puedan vender productos de origen agropecuario de consumo popular, y promover o fiscalizar el establecimiento de mercados por medio de organizaciones de productores agropecuarios, asociaciones de desarrollo comunal o cooperativas, que cuenten con la infraestructura mínima necesaria, asignando los espacios de venta a los productores de los sectores antes indicados, que realmente se dedican a dichas actividades, y no a simples intermediarios. Para cumplir con este fin, dispondrá de la colaboración de las instituciones involucradas. x) Administrar el Programa Integral de Mercadeo Agropecuario (PIMA), como una Dirección a su cargo y dentro de su estructura, para lo cual creará la Dirección de Mercados Agropecuarios. pa L Sitio Web: munipococi.go.cr a Ed Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*104 ACTA N*83 Extraordinario. Expediente N.* 23.397 31 ARTÍCULO 24- Se agrega un Capítulo nuevo a la Ley N.? 2035 "Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción” del 17 de julio de 1956, para que en adelante disponga lo siguiente: Capitulo X Titulo Primero Creación del Programa Nacional de Ferias Artículo 56- Créase el Programa Nacional de Ferias del Agricultor, como programa de mercadeo de carácter social, de uso exclusivo para los pequeños y medianos productores nacionales de los sectores de la producción agrícola, pecuaria y forestal, pesca y acuicultura, avicultura, agroindustria y artesanía, en forma individual u organizada con el objeto de poner en relación directa a consumidores y productores, de manera tal que los primeros obtengan mejor precio y calidad, y los segundos incrementen su rentabilidad, al vender de modo directo al consumidor. Artículo 57- El Consejo Nacional de Producción ejercerá la rectoría del Programa Nacional de Ferias del Agricultor por lo cual realizará la fiscalización de la actividad y oficializará la emisión de los carnés de participación en Ferias en el ámbito nacional, brindando además la asesoría técnica en los ámbitos de su competencia. Artículo 58- El Consejo Nacional de Producción en su condición fiscalizadora, podrá suspender la ejecución de actos contrarios a la normativa vigente y las directrices emitidas, para asegurar su implementación, previo otorgamiento del debido proceso. Adicionalmente podrá intervenir la administración de cualquier feria en el país cuando se determinen anomalías graves en su administración; además, cuando las circunstancias lo ameriten, previo cumplimiento de los principios del debido proceso podrá revocar la autorización para administrar la feria y asignar su administración a otro ente administrador. Artículo 59- Corresponderá a la Comisión Nacional del Consumidor (CNC) velar por el cumplimiento de la Ley N.* 7472, “Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor”, de 20 de diciembre de 1994, y su Reglamento, y ejercer las acciones legales correspondientes, en resguardo de los intereses y derechos de los consumidores en las ferias del agricultor. El Ministerio de Seguridad Pública ejecutará la vigilancia y el control policial en las ferias del agricultor. Asimismo, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes fiscalizará el tránsito de vehículos, en la zona donde se realiza la feria del agricultor y ejercerá el control sobre él en los casos que corresponda. Las municipalidades, en su condición de gobiernos locales, coadyuvarán en la promoción y el desarrollo de las ferias del agricultor, así como en la búsqueda de soluciones que garanticen el espacio físico adecuado para el buen desarrollo Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*105 ACTA N*83 Extraordinaria. a Expediente N.* 23.397 32 comercial de las ferias. Las municipalidades que presten el servicio de policía municipal podrán colaborar, en coordinación con las autoridades nacionales, a fin de garantizar la seguridad en las ferias del agricultor. Artículo 60- El Reglamento de la presente Ley establecerá las normas específicas que deberá cumplir el Programa Nacional de Ferias del Agricultor para los efectos de control sanitario, fitosanitario, de calidad, inocuidad y presentación adecuada de los productos comercializados. También este Programa cumplirá lo dispuesto en las normas sanitarias y nutricionales contenidas en la Ley general de salud, los reglamentos técnicos y demás normativa que regula la materia. El Ministerio de Salud velará por el acatamiento efectivo de estas disposiciones. Todos los productos deberán ser nacionales y reunir las condiciones sanitarias ambientales aceptables, a fin de evitar su deterioro y contaminación; deberán presentarse limpios, libres de enfermedades, plagas y residuos químicos, clasificados por la calidad, y con el precio y la unidad de medida en que se venden visibles. Además, los participantes deberán mantener los instrumentos de medición que utilicen en buenas condiciones de funcionamiento y debidamente calibrados. Artículo 61- De los ingresos brutos mensuales que genere cada feria del agricultor, el ente administrador trasladará directamente al CNP un cinco por ciento (5%) para cubrir los gastos administrativos, operativos en la atención del Programa. Asimismo, de la cuota por concepto de participación el CNP, de conformidad con los estudios que le presente cada región, asignará un monto por participante que el ente administrador deberá trasladar al comité regional respectivo, que con base en un presupuesto preparado para ello lo destinará a cubrir los gastos operativos, referidos al adecuado funcionamiento del Programa. Artículo 62- El Reglamento de la presente Ley definirá las condiciones bajo las cuales operará el Programa Nacional de ferias, los Comités Regionales y los entes Administradores de Ferias, así como los requisitos específicos que los sectores productivos deberán cumplir para poder participar en las ferias del agricultor, las prohibiciones y sanciones. Artículo 63- Prohíbase la instalación de ventas ambulantes, estacionarias o miniferias en áreas públicas, a menos de 500 m del sitio donde se realice una feria del agricultor, durante los días y las horas en los que estas se lleven a cabo. El cumplimiento de esta medida será responsabilidad del ente administrador de la feria, en coordinación con la municipalidad respectiva, la cual, a su vez, podrá autorizar excepciones a dicha medida, atendiendo criterios de interés comunal. Artículo 64- La denominación "ferias del agricultor" se reserva para los mercados establecidos de conformidad con la presente Ley; por lo tanto, se prohíbe a personas o entidades no autorizadas utilizarla y explotarla para promocionar sus actividades. Las municipalidades no otorgarán permisos de funcionamiento a establecimientos que incumplan esta disposición. o Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI Ñ , 29-11-2022%__-- PAGINA N*106 ACTA N*83 Extraordinaria Expediente N.* 23.397 33 Asimismo, la utilización de dicha denominación para promocionar actividades que no formen parte del Programa Nacional de Ferias del Agricultor se considerará una infracción contra lo dispuesto en el inciso b) del artículo 34 de la Ley N.* 7472, Promoción de la competencia y defensa efectiva del consumidor, de 20 de diciembre de 1994, en relación con el deber de brindar al consumidor información veraz. Artículo 65- Declárase de interés público y de atención prioritaria del Estado el Programa Nacional de Ferias del Agricultor. Artículo 66- Los precios de venta de los productos agropecuarios contemplados en la lista de precios de referencia para ferias, serán publicados semanalmente por el CNP. La metodología para elaborar esta lista será establecida por el CNP para cada producto. Esta lista de referencia regirá para todas las ferias del país. Artículo 67- Se corre la numeración del capítulo X al capítulo XI. Córrase la numeración del Capítulo XI a partir del artículo 56 y hasta el 61, a fin de que en adelante se lean del 68 al 73. CAPITULO Il DEROGACIONES ARTÍCULO 25- Derogaciones Se derogan las siguientes disposiciones normativas: 1- El Título Segundo y los Capítulos l, Il y Ill de Título Tercero, de la Ley N.? 7064 "Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria y Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería”, de 29 de abril de 1987. 2- Los artículos 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30, 31 y el Capítulo III de la Ley N.* 8495 "Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal”, de 06 de abril de 2006 y sus reformas. 3- Los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23 y 24 de la Ley N.” 6289 "Ley de la Oficina Nacional de Semillas” del 4 de diciembre de 1978 y sus reformas. 4- Los artículos 5, 6, 8, 10, 11, 13, 20, así como los Transitorios 1, Il, 11l, IV y V, todos los de la Ley N.” 6877 “Crea SENARA (Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento)”, de 18 de julio de 1983 y sus reformas. 5- El artículo 4, 5 y el transitorio único de la Ley N.” 6142 “Aval Estado al IFAM en Contrato Garantía con BCIE (para Creación PIMA)” del 25 de noviembre de 1977, 6- Los artículos 65 y 66 de la Ley N.” 7664 "Ley de Protección Fitosanitaria”, del 8 de abril de 1997. Sitio Web: munipococi.go.cr A Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*107 ACTA N*83 Extraordinari Expediente N.* 23,397 34 7- Se deroga la Ley N.” 9056 de 2012 "Reforma Ley N.” 2680 "Crea Fundación Clubes 4-S”, de 23 de julio de 2012. 8- Se deroga la Ley N.* 8533 "Regulación de las ferias del Agricultor”, del 18 de julio de 2006. 9- Se deroga la ley 8149 "Ley del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria”, del 05 de noviembre de 2001. TITULO IV CAPITULO UNICO DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO 26- Reglamentación El Poder Ejecutivo reglamentará esta Ley en el plazo máximo de dieciocho meses, contado a partir de su publicación. Todos los demás decretos ejecutivos necesarios para dar plena aplicación a la presente ley deberán ser emitidos a más tardar, dieciocho meses a partir de su publicación. DISPOSICIONES TRANSITORIAS TRANSITORIO I- En el plazo máximo de dieciocho meses contado a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, deben ser completados y estar en funcionamiento los procesos de reestructuración necesarios para la implementación de esta Ley y su Reglamento. TRANSITORIO ll- Los cambios en el funcionamiento de los órganos que conforman el Ministerio de Agricultura y Ganadería deberán entrar a regir dieciocho meses a partir de la publicación de esta ley. Por tratarse de una norma procedimental, dichos cambios serán de aplicación para los procedimientos administrativos en curso. TRANSITORIO lll- Para la implementación efectiva de los cambios establecidos en esta ley, así como en la adaptación de la estructura organizativa del Ministerio de Agricultura y Ganadería, y de los diferentes órganos regulados por esta ley, se autoriza a la Administración Pública competente para aprobar los traslados horizontales necesarios, de acuerdo con las posibilidades reales de absorción de otras instituciones del Sector Público, incluyendo el personal de los clubes 4s y del INTA. En caso de no ser posible el traslado o la persona funcionaria no resulte conforme, se le deberá respetar sus derechos laborales. TRANSITORIO IV- En cuanto al Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA) pasará a formar parte del Ministerio de Agricultura y Ganadería como la Dirección de Investigación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (DINTA). Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*108 ACTA N*%83 Extraordinari Expediente N.* 23,397 35 TRANSITORIO V- El Consejo Nacional de Producción deberá Reglamentar lo relacionado a la inclusión de la Dirección de Mercados Agropecuarios, además del Programa Nacional de Ferias del Agricultor, en un plazo máximo de 6 meses, así como lo relacionado al personal, con la finalidad de no duplicar instancias administrativas, para lo cual se le autoriza aprobar los traslados horizontales necesarios, de acuerdo con las posibilidades reales de absorción de otras instituciones del Sector Público debiendo respetar los derechos laborales. TRANSITORIO VI- Se autoriza que el personal especializado del Servicio Nacional de Aguas y Avenamiento (SENARA) en materia de Control y Prevención de Inundaciones, sea trasladado a la Comisión Nacional de Emergencias (CNE), para que supletoriamente se encargue de dicha materia. En caso de no ser posible el traslado o la persona funcionaria no resulte conforme, se le deberán respetar sus derechos laborales. TRANSITORIO VII- La nueva relación laboral entre funcionarios de instituciones con personería jurídica y el Ministerio de Agricultura y Ganadería no extingue los derechos anteriores de estas personas, de modo que se entienda como una continuidad laboral. De igual manera, las cargas sociales, pólizas de riegos labores y demás extremos laborales, corresponderá al Ministerio de Agricultura y Ganadería asumirlos. TRANSITORIO VIIl- Los bienes muebles inmuebles y recursos humanos del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria, del Servicio Nacional de Riego y Advenimiento, Clubes 4 s, Oficina Nacional de Semillas, Servicio Fitosanitario del estado, Servicio de Salud Animal, pasaran a formar parte del Ministerio de Agricultura y Ganadería. TRANSITORIO IX- Los bienes muebles e inmuebles y recursos humanos del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario (PIMA) pasaran a formar parte del Consejo Nacional de Producción. Rige en el plazo máximo de dieciocho meses contado a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República, San José, a los doce días del mes de octubre del año dos mil veintidós. RODRIGO CHAVES ROBLES O Sitio Web: munipococi.go.cr a ed Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*109 ACTA N*83 Extraordinaria. Expediente N.? 23.397 36 Víctor Julio Carvajal Porras Ministro de Agricultura y Ganadería NOTAS: Este proyecto no tiene comisión asignada. El texto fue confrontado y revisado por el Departamento de Servicios Parlamentarios, para hacerle los ajustes formales requeridos por el SIL. (Fecha de subido al SIL: 20-10-2022) Por Unanimidad de 7 Votos presentes SE ACUERDA: Se traslada al Lic. Christian Córdoba Oviedo, asesor legal del Concejo, para su análisis. ACUERDO N* 2557 Se conoce nota suscrita por Sra. Krisia Montoya Calderón Área de Comisiones Legislativa v, teléfono: 2243-2320, correo electrónico: Krisia.montoyaGQasamblea.go.cr dice: Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*110 ACTA N983 Extraordinaria. Oficio: AL-CE23167-0204-2022 Asunto: Consulta al Exp. 23450 proyecto de ley “Creación del Ministerio de Territorio, Habitad y Vivienda” 29 de noviembre de 2022 AL-CE23167- 0204-2022 Señores Concejo Municipal ASUNTO: Consulta Exp. 23.450 La Comisión Especial de Reforma del Estado, en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de ley “CREACIÓN DEL MINISTERIO DE TERRITORIO, HABITAT Y VIENDA”, expediente N.* 23.450, el cual se adjunta. De conformidad con lo que se establece en el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vencen el 13 de diciembre de 2022 y, se ser posible, enviar el criterio en forma digital. La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles más, que vencerán el día 23 de diciembre de 2022. Esta será la única prórroga que esta comisión autorizará. Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos, 2243. 2320, o al correo electrónico krisia.montoyaMasamblea.go.cr. De no confirmar el recibido de esta consulta se tendrá por notificado a partir de su envío, siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales. La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas interesadas. Atentamente, k h Sitio Web: munipococi.go.cr Y AD ES í Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9111 ACTA N%83 Extraordinaria. 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook PROYECTO DE LEY CREACIÓN DEL MINISTERIO DE TERRITORIO, HABITAT Y VIVIENDA Expediente N.* 23.450 ASAMBLEA LEGISLATIVA: El Estado costarricense ha demostrado, a lo largo de su historia, una preocupación permanente por el mejoramiento de las condiciones habitacionales de la población. En este afán por proveer a las familias de mejores condiciones de vivienda, la arquitectura institucional del Estado ha variado en el tiempo. Tras 68 años de la creación del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) y de más de 35 años de la creación del Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) y del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (SFNV), así como de la existencia desde hace más de 40 años del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (MIVAH), resulta necesario evaluar su rol e impacto efectivo en las políticas urbanas y de vivienda del país, así como en la reducción efectiva de las problemáticas territoriales y de déficit habitacional presentes en este período. L LA OBLIGACIÓN IMPOSTERGABLE DE REVISAR NUESTRO MARCO INSTITUCIONAL - LEGAL EN MATERIA TERRITORIAL En octubre de 2016, y cumpliendo con el ciclo bidecenal iniciado en 1976 por el Programa ONU- Hábitat, se celebró la IIl Conferencia de la ONU sobre Asentamientos Humanos en Quito, Ecuador (Hábitat 111). La actividad reunió a más de 30 mil participantes de 167 países, con el objetivo de aprobar el relanzamiento del compromiso mundial en materia de desarrollo sostenible, mediante la adopción de la Nueva Agenda Urbana (NAU), por los Estados participantes. Sin duda, uno de los instrumentos más importantes en materia de gobernanza mundial aprobado en los últimos años, cuya finalidad es promover una gestión eficiente y sostenible del suelo en los distintos territorios. La agenda es el resultado de una estrategia impulsada por la ONU, con la finalidad de establecer un marco normativo cada vez más específico respecto a acciones y objetivos concretos que deben procurar llevar a cabo y alcanzar los Estados firmantes, para articular procesos de urbanización que integren el uso racional del suelo urbano, y así equilibrar las condiciones de vida en las ciudades del mundo. Tal y como lo indica el noveno párrafo de la Declaración de QuitoR, la aplicación de la Nueva Agenda Urbana contribuye a la implementación y la localización integradas de la Agenda 2030, y a la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible y sus metas, incluido el objetivo 11 de lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles. Superada la etapa de aprobación de la NAU, actualmente el instrumento se encuentra en su fase de ejecución, sin duda la fase más compleja para los países firmantes, en particular para los países de la región latinoamericana. El proceso obliga a los estados participantes a revisar sus estructuras jurídicas e institucionales, que las conforman, pues gran parte de los países y sus respectivos territorios carecen de los instrumentos necesarios para poder desarrollar los compromisos adquiridos en materia de desarrollo urbano sostenible. En el caso de Costa Rica, y pese a haber transcurrido 6 años de la firma de dicho acuerdo internacional, dicha revisión jurídico-institucional ha sido postergada de forma injustificada por parte de las administraciones de gobierno precedentes, situación que en definitiva no puede continuar, ya que, https://outiook.office365.com/mal/inboxid/AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDKINDgyMy1hMDJiLTM3YWOSYZZmYmIzHNgAQAAFQVUKV60jisnayzW2Fy... 2/31 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*112 ACTA N*83 Extraordinaria. 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook como es bien sabido, la gestión sostenible del territorio y de nuestras ciudades y el acceso a una vivienda adecuada son realidades deseadas, pero todavía lejos de estar concretadas. A partir de una revisión histórica del marco normativo y de las entidades que ostentan competencias en gestión y ordenamiento del territorio, planificación urbana, promoción y financiamiento del mercado de vivienda adecuada y accesible con enfoque social, es posible concluir que una de las principales causas que impiden o dificultan cambiar esta tendencia es, precisamente, el deficiente, confuso y disfuncional marco legal-institucional que rige las tres materias o escalas territoriales, lo que impide lograr uno de los principales paradigmas desarrollados en la NAU, el cual se refiere a la indispensable vinculación o articulación entre las políticas de ordenamiento territorial, desarrollo urbano y vivienda, La problemática particular de gobernanza desde la perspectiva legal-institucional atinente a las materias de ordenamiento territorial, desarrollo urbano y vivienda se refiere al hecho de que se carece en la actualidad de una entidad ministerial debidamente constituida, con amplias competencias para articular de forma integral la gestión del territorio en las diferentes escalas de gestión. Lo anterior se explica a partir de la coexistencia de un ministerio sin ley orgánica constitutiva ni competencias legalmente establecidas (MIVAH) y una institución autónoma (INVU) con las competencias de rectoría en materia de ordenamiento territorial otorgadas por la Ley de Planificación Urbana, pero desprovista de poder político en la práctica y materialmente imposibilitada para ejercer dicha rectoría, al no ser un ente ministerial. Alo anterior es preciso sumar otro elemento, que consiste en lo que se denomina la problemática del sistema de financiamiento nacional de vivienda, gestionado a través de una tercera institución, en este caso el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI). El Banco, pese a tener claramente una naturaleza financiera y no técnica en materia territorial, en la actualidad asume funciones técnicas relacionadas con la aprobación de proyectos habitacionales, los cuales en su mayoría no cumplen con la visión o modelo de vivienda accesible que se debe promover en el marco de la NAU y demás instrumentos internacionales en materia de desarrollo territorial sostenible. Identificados los tres principales actores (INVU, MIVAH y BANHVI), es preciso realizar una breve reseña histórica de cada institución, a efectos de esclarecer con mayor precisión las interacciones existentes entre las mismas. 1- Antecedentes Históricos y Contexto Actual del INVU Desde la década de 1920 aparece la Cooperativa Constructora de Casas Baratas, enfocada en mejorar la condición de vivienda de las familias obreras. Adicionalmente, la Cruz Roja estableció un programa de construcción de viviendas que persistió hasta finales de la década de 1930. Posteriormente, la creación en 1939 de la Junta de Habitación marca un precedente en la atención del tema vivienda por parte del Estado. La Junta de Habitación emprendió la construcción de las viviendas a través de la Dirección General de Obras Públicas, así como a través de constructores privados que participaban en licitaciones públicas. Además, entre sus potestades se encontraban la adquisición de terrenos y la priorización de terrenos de las instituciones del Estado para la construcción de vivienda. Posteriormente, en 1945 se crea por Ley N.? 190 la Cooperativa de Casas Baratas “La Familia”, con el objetivo de “construir en la ciudad de San José casas higiénicas a bajo precio para peones, obreros, artesanos y empleados cuyo sueldo o salario no pase de doscientos cincuenta colones al mes”. La cooperativa se encontraba bajo el control técnico, administrativo y económico de la Junta de Habitación, la cual formaba parte de la Caja Costarricense del Seguro Social. https://outicok.office365.convmail/inboxfid/AAQKADISM2Q5NDMwLTF¡NDKtNDgyMy1HMDJILTM3YWQSYZZmYmIzNgAQAAFQVUKV6OjjsnayzW%2Fy... 3/31 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*113 ACTA N*83 Extraordinaria 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook Con la llegada de la Segunda República, la intervención del Estado en el tema de la vivienda empieza a asociarse con el desarrollo urbano y la infraestructura requerida para un adecuado crecimiento de los centros poblados. El reconocimiento del derecho a la vivienda digna como derecho fundamental, en el artículo 65 de nuestra Constitución Política, ha propiciado la implementación del deber del Estado de proveer de vivienda a los sectores sociales más vulnerables: “El Estado promoverá la construcción de viviendas populares y creará el patrimonio del trabajador” La Ley N.* 1788 de 1954, Ley de Creación del INVU, dispone el mandato expreso de promover el acceso a “mejor habitación y elementos conexos correspondientes”. Esta preocupación por la infraestructura complementaria requerida para mejorar las condiciones habitacionales marca un hito en la política de promoción de vivienda popular, en la medida en que se identifica claramente una vinculación entre vivienda y gestión urbana. En este contexto, el INVU emprendió la construcción de grandes conjuntos de vivienda popular que permitieron a miles de familias acceder a vivienda adecuada. El papel del INVU como desarrollador y promotor de vivienda popular coincidió con el acelerado aumento de la población. En 1956, la población del país era de un millón de habitantes, y la población urbana pasó de un 33% del total nacional en 1950 a un 59% en el año 2000 (INEC). Asimismo, la aprobación de la Ley de Planificación Urbana en 1968 y el establecimiento de la Dirección de Urbanismo del INVU fueron un intento manifiesto de articular la política de producción de vivienda con el interés de planificar y gestionar de forma integrada el territorio. El proceso de habilitación urbana y construcción de viviendas que el INVU generó durante muchos años sentó las bases para la estructuración del tejido urbano y la dotación de servicios que, aún hoy, siguen beneficiando a muchas personas. Adicionalmente, el Sistema de Ahorro y Préstamo del INVU (SAP) continúa a la fecha siendo un instrumento atractivo para las familias que buscan una solución de vivienda mediante el fomento del ahorro, por lo que actualmente el SAP cuenta con 29.958 clientes y 91.172 contratos de ahorro y préstamo suscritos, para una cartera total de crédito de 79.345 millones de colones. Pese a lo anterior, a lo largo de los últimos años el INVU ha sido sometido de forma recurrente a una serie de procesos de reestructuración con el objetivo de reducir su planilla, recortando personal técnico en su mayoría, lo cual ha debilitado su accionar. En cuanto al desempeño histórico del INVU en las materias de ordenamiento territorial y gestión urbana, es preciso indicar que, con la excepción de elaboración del Plan Regional para la GAM en 1982 (PLAN GAM 82), el Instituto tampoco ha logrado promover e implementar otros instrumentos regionales, lo cual, aunado a la problemática histórica en relación con la aprobación y actualización de los planes 3) reguladores en todo el territorio nacional, ampliamente documentadal, refleja una gestión histórica deficitaria. Como ejemplo de lo anterior, es posible citar que en la actualidad la GAM, en su carácter de región más importante del país en términos productivos y poblacionales, no cuenta con un instrumento de planificación regional, como consecuencia de la sentencia número 23.743 del 9 de diciembre de 2020 de la Sala Constitucional. Dicha sentencia parcial anuló el Plan GAM 2013 por ser incompatible con la viabilidad ambiental regional vigente. Como se puede observar, existe una gestión bastante deficitaria en materia de ordenamiento territorial y gestión urbana a escala nacional, producto en gran medida de la coexistencia https://outlook.office365.com/mail/inbox/id/AAQKADIS5M2Q5NDMwLTF¡NDKtNDgyMy1hMDJILTM3YWQSYZZmYmlzNgAQAAFQVUKVGOjjsnayz%2Fy... 4/31 Sitio Web: munipococi.go.cr AY d É Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N*114 ACTA N%83 Extraordinaria. ETNIA 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook de dos entidades con características insuficientes para realizar por separado o en conjunto dicha gestión de forma articulada, situación que ha sido ampliamente comentada y documentada en los últimos años, en diversos estudios y publicaciones, particularmente en los informes anuales del Estado de la Nación 4 2 Antecedentes Históricos y Contexto Actual del MIVAH El MIVAH se explica, en parte, como consecuencia histórica de la década de los años setenta y la creciente preocupación a nivel global por garantizar el acceso a la vivienda digna como un derecho humano básico, atender el crecimiento de los asentamientos informales en condición de tugurio y controlar los efectos de la rápida urbanización, sobre todo en los países en desarrollo. La celebración en 1976 de la primera Conferencia de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos, llevada a cabo en Vancouver, marca un referente en la generación de políticas públicas y el diseño institucional para atender las problemáticas del déficit habitacional y la gestión del hábitat. Se identifica en esta conferencia que el desarrollo urbano descontrolado y el crecimiento de los asentamientos informales se encuentran aparejados con desigualdades en las condiciones de vida, segregación residencial, discriminación, desempleo, marginalización y serias consecuencias ambientales. En línea con la Agenda Hábitat promovida por la ONU en 1979 y mediante Decreto Ejecutivo N* 10299-P, se nombra por primera vez un Ministro de Gobierno sin_cartera de Vivienda y Asentamientos Humanos. Posteriormente, mediante Ley de Presupuesto de la República, en el año de 1980 se establece una línea presupuestaria en el Ministerio de la Presidencia, denominada “Vivienda y Asentamientos Humanos”. Es hasta 1986 que se incluye, en la Ley de Presupuesto N.? 7055, el presupuesto específico para el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. Este mecanismo, con base en la Ley de Presupuesto, se ha venido perpetuando desde la creación del MIVAH, manteniendo su jerarca el estatus de ministro sin cartera, con todas las limitaciones de ley que esto representa. Así, el MIVAH ha sido un ministerio sin cartera, pero con un rol político que le otorga la potestad de generar política pública en la materia de su competencia, así como la definición de prioridades del sector vivienda, incluyendo -pero no limitándose a- los programas y propósitos que deben ser atendidos. En tal carácter, es el encargado de la coordinación política con las otras instituciones que tienen relación con el territorio para la efectiva ejecución de los planes, programas y proyectos del sector. La década de 1980 se caracteriza por una creciente necesidad de vivienda por parte de grupos organizados de la sociedad civil que demandaban una atención por parte de la institucionalidad. A pesar de la aprobación de algunas directrices específicas enfocadas en temas puntuales de vivienda y bono colectivo, no fue sino hasta el año 2013 que el Ministerio oficializa, vía Decreto Ejecutivo N.” 37623 PLAN-MINAET-MIVAH, la Política Nacional de Ordenamiento Territorial 2012-2040, siendo la primera política elaborada por la institución luego de 34 años de existencia. En el año 2014 se aprueba la Política Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos 2013-2030 (Decreto N.” 38209-PLAN- MIVAH), y en 2018 se aprueba la Política Nacional de Desarrollo Urbano 2018-2030 (Decreto Ejecutivo N.? 41.136 MIVAH-PLAN-MINAE-MOPT). Sin embargo, el proceso de evaluación y seguimiento de estas políticas refleja una incapacidad estructural del Ministerio para impulsar su implementación, además de una débil capacidad de planificación sectorial, careciendo de una Secretaría Sectorial formalmente constituida, según lo dispuesto en el Sistema Nacional de Planificación (Ley N.* 5525, de Planificación Nacional). https://outlook.office365.convmai/inbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTFNDKtNDgyMy1hMDJILTM3YWOSYzZmYmIzNgAQAAFQVUKV6OjjsnayzW2Fy... 5/31 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9115 ACTA N983 Extraordinaria 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook El Ministerio de Vivienda está vinculado, por otro lado, a una serie de leyes desarticuladas en tiempo y forma que le asignan competencias puntuales, pero no un carácter de constitución formal. La mayoría de sus potestades están definidas vía decreto ejecutivo, aspecto inconveniente tratándose de un Ministerio sin cartera. Respecto a la falta de una ley constitutiva del MIVAH, la Contraloría General de la República señaló en su informe DFOE-SOC-38-2007 lo siguiente: “En el plano institucional, legal y constitucional, dicha situación implica limitaciones en las atribuciones para materias afectas al principio de reserva de Ley, que a su vez incrementa el riesgo de una duplicidad de funciones con la consecuente incidencia en el gasto público, ya que al no estar formalmente asignadas las competencias, no es posible una delimitación clara de responsabilidades y por tanto, se dificulta la evaluación de resultados y la rendición de cuentas” (el subrayado no es original). Las duplicidades al momento presente no son un riesgo, sino una realidad. La estructura organizacional del sector ha estado caracterizada en los últimos años por el surgimiento de duplicidades entre instituciones, sobre todo entre el INVU y el MIVAH. El Ministerio ha creado, desde su última reestructuración en el año 2012, una serie de departamentos que muestran importantes similitudes, tanto técnicas como formales, con departamentos de la Dirección de Urbanismo y Vivienda del INVU. Esta duplicidad de funciones, advertida anteriormente por la Contraloría General de la República, se hace manifiesta con mayor claridad en los temas concemientes al desarrollo urbano y al ordenamiento territorial. 3- Antecedentes Históricos y Contexto Actual del BANHVI En lo que se refiere al BANHVI y el modelo de financiamiento para fomentar el acceso a vivienda adecuada y accesible, es preciso indicar en un primer término, que mediante la aprobación de la Ley N.2 7052 se crea en 1986 el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (SFNV), como una entidad de interés público, con el objetivo principal, de conformidad con lo indicado en el artículo primero de la citada ley, de fomentar el ahorro y la inversión nacional y extranjera, con el fin de recaudar recursos financieros para procurar la solución del problema habitacional existente en el país. El SFNV está integrado por el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), como ente rector del mismo e institución de “segundo piso”, así como por las Entidades Autorizadas (ventanillas del SFNV), que incluyen a las mutuales de ahorro y préstamo, cooperativas, bancos públicos y privados, organismos públicos, la Fundación Costa Rica-Canadá y las asociaciones solidaristas. La creación del SFNV marca un hito en el desarrollo de políticas públicas para la atención de las necesidades de vivienda. El Banco canaliza, a través de las Entidades Autorizadas, los fondos destinados a vivienda de interés social, constituyéndose en una forma de alianza público-privada a través de la cual se multiplican los esfuerzos y recursos dirigidos a la atención de la vivienda de la población costarricense. El Sistema es definido con un alcance amplio, toda vez que las familias pueden acceder al subsidio según su estrato socioeconómico y su capacidad de pago. El Fondo de Subsidios para la Vivienda (FOSUVI) obtiene sus recursos de un porcentaje girado por el Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares (FODESAF). Adicionalmente, el BANHVI también cuenta con el Fondo Nacional para la Vivienda (FONAVI), cuyo objetivo es colocar recursos para el otorgamiento de crédito de vivienda en las entidades autorizadas. El BANHVI es, por ley, el ente rector del SFNV y, por lo tanto, el depositario y administrador de los recursos que el Estado costarricense destina a los diferentes programas de vivienda. En su condición de instancia de “segundo piso”, coordina con las distintas entidades autorizadas la gestión e impulso de los programas de vivienda y define la reglamentación y métodos que se utilizan para la administración de los recursos y la verificación del cumplimiento de las metas y fines que persigue el SFNV. https:/outicok.office365.com/malVinboxid/AAQKADISM2Q5NDMw!LTFJNDKINDgyMy1hMDJILTM3YWQSY2ZmYmlzHgAQAAFQVUKV6OjisnayzW%2Fy... 6/31 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI PAGINA N9116 ACTA N%83 Extraordinaria. pa AM 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook En el marco del SFNV, es posible observar una paradoja importante, ya que a partir de la rectoría del BANHVI en la materia, la naturaleza del INVU pasa a ser una entidad autorizada más, la cual ve debilitada su capacidad de rectoría en temas de desarrollo urbano y producción de vivienda, funciones que son propias también del Instituto, como ya se indicó previamente. Finalmente, luego de más de 35 años de existencia del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, el balance general del mismo indica que el déficit habitacional y los asentamientos informales no han experimentado variaciones importantes hacia la baja, por lo que, si bien ha sido efectivo en la producción de vivienda, no necesariamente ha atendido de manera directa la reducción de la pobreza. El funcionamiento actual del BANHVI limita su capacidad de promover un desarrollo urbano compacto y sostenible, La Ley del SFNV no le habilita para la promoción o implementación de programas que son necesarios o que podrían complementar los instrumentos existentes, como el ahorro y préstamo, o un programa que permita atender las necesidades o carencias en materia de renovación urbana y mejoramiento barrial en áreas urbanas degradadas. El Banco carece de la posibilidad de establecer mecanismos alternativos para asignar el dominio de los bienes financiados con recursos del FOSUVI. Adicionalmente, de acuerdo con un estudio de prefactibilidad elaborado con apoyo de Naciones Unidas para el mejoramiento y replanteamiento del modelo de financiamiento de crédito para vivienda social en Costa Rica, se ha logrado determinar que territorialmente la colocación de subsidios no corresponde con las regiones donde se ubica la mayor concentración de pobreza. Otro aspecto que incide en los costos asociados a los proyectos que actualmente gestiona el SNFV tiene que ver con el ciclo de vida de los proyectos, especificamente en los siguientes puntos: 1- Aunque los estratos de ingreso más bajo concentran el 46% de los hogares, estos acumulan el 79% de los bonos de vivienda otorgados y el 87% de la inversión. Otros estratos de mayor ingreso, como el 3 y el 4, que comprenden el 26% de los hogares, solamente reciben el 9% de la inversión. 2- Los valores de mercado con que el SFNV adquiere el suelo no corresponden con la realidad de la necesidad social, situación que se vuelve crítica en las áreas urbanas. Esto hace que el peso del valor del terreno en el precio total del proyecto llegue a alcanzar hasta un 40%, lo cual a todas luces es inadecuado. 3- Los costos de introducción de infraestructura son cargados en su totalidad al SFNV. No obstante, el Sistema no ha implementado instrumentos para la captura de ese valor adicional generado. 4- La tramitología del BANHVI encarece el costo significativamente y genera retrasos adicionales asociados a los tiempos de respuesta. 5- El costo de los proyectos financiados por el BANHVI ha aumentado por encima de la inflación en los últimos 10 años y también por encima del costo nominal de la construcción. 6- Otro factor importante a considerar es que el SFNV no ha sido capaz de reducir el déficit habitacional que presenta el país desde hace varias décadas, lo que hace reflexionar sobre la priorización y las estrategias implementadas, así como la capacidad efectiva de impacto en la reducción de la pobreza. P Una institucionalidad fortalecida permitirá tener una labor más eficiente en la ejecución y colocación de recursos y responder de forma más directa a la política pública emitida desde el MIHABITAT. https://ouliook.office365.com/mailinboxid/AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDKINDgyMy1hMDJILTM3YWQSYzZmYmIzNgAQAAFQVUKV6Ojjsnayz%2Fy.... 7131 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
MUNICIPALIDAD DE POCOCI LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE CONTRO INTERNO EN SU ARTÍCULO 22, INCISO E) HACE CONSTAR QUE AQUÍ TERMINA EL LIBRO DE ACTAS TOMO XLI LLEVADO POR: CONCEJO MUNICIPAL DE POCOCI CONFORME DE ACUERDO CON NUESTROS REGISTROS INDIVIDUALES AL FOLIO ASIENTO 52 GUAPILES 12 DE DICIEMBRE DEL 2022 Licda. GRACE NCHILLA VILLEGAS, MSc. AUDITORA INTER!
MUNICIPALIDAD DE POCOCI LA AUDITORIA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD DE POCOCI EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE CONTROL INTERNO EN SU ARTICULO 22, INCISO E) HACE CONSTAR QUE AQUÍ PRINCIPIA EL LIBRO: ACTAS QUE LLEVARA: CONCEJO MUNICIPAL_DE POCOCI CONSTA DE 400 FOLIOS EN PERFECTO ESTADO DE CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA DEBIDAMENTE FOLIADO Y CON EL SELLO DE ESTE DESPACHO, SEGÚN CONSTA EN NUESTRO CONTROL GENERAL DE LIBROS AUTORIZADOS. FOLIO ASIENTO 53 BRE DEL 2022.
PAGINA N9117 P rn inari Expediente N.* 23.397 7- Se deroga la Ley N.” 9056 de 2012 “Reforma Ley N.” 2680 "Crea Fundación Clubes 4-S”, de 23 de julio de 2012. 8- Se deroga la Ley N.* 8533 “Regulación de las ferias del Agricultor”, del 18 de julio de 2006. 9- Se deroga la ley 8149 “Ley del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria”, del 05 de noviembre de 2001. TITULO IV CAPITULO UNICO DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO 26- Reglamentación El Poder Ejecutivo reglamentará esta Ley en el plazo máximo de dieciocho meses, contado a partir de su publicación. Todos los demás decretos ejecutivos necesarios para dar plena aplicación a la presente ley deberán ser emitidos a más tardar, dieciocho meses a partir de su publicación. DISPOSICIONES TRANSITORIAS TRANSITORIO I- En el plazo máximo de dieciocho meses contado a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, deben ser completados y estar en funcionamiento los procesos de reestructuración necesarios para la implementación de esta Ley y su Reglamento. TRANSITORIO Il- Los cambios en el funcionamiento de los órganos que conforman el Ministerio de Agricultura y Ganadería deberán entrar a regir dieciocho meses a partir de la publicación de esta ley. Por tratarse de una norma procedimental, dichos cambios serán de aplicación para los procedimientos administrativos en curso. TRANSITORIO lll- Para la implementación efectiva de los cambios establecidos en esta ley, así como en la adaptación de la estructura organizativa del Ministerio de Agricultura y Ganadería, y de los diferentes órganos regulados por esta ley, se autoriza a la Administración Pública competente para aprobar los traslados horizontales necesarios, de acuerdo con las posibilidades reales de absorción de otras instituciones del Sector Público, incluyendo el personal de los clubes 4s y del INTA. En caso de no ser posible el traslado o la persona funcionaria no resulte conforme, se le deberá respetar sus derechos laborales. TRANSITORIO IV- En cuanto al Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA) pasará a formar parte del Ministerio de Agricultura y Ganadería como la Dirección de Investigación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (DINTA). Viene el Acta del Folio 399, TOMO 41-2022 Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*118 Expediente N.* 23.397 TRANSITORIO V- El Consejo Nacional de Producción deberá Reglamentar lo relacionado a la inclusión de la Dirección de Mercados Agropecuarios, además del Programa Nacional de Ferias del Agricultor, en un plazo máximo de 6 meses, así como lo relacionado al personal, con la finalidad de no duplicar instancias administrativas, para lo cual se le autoriza aprobar los traslados horizontales necesarios, de acuerdo con las posibilidades reales de absorción de otras instituciones del Sector Público debiendo respetar los derechos laborales. TRANSITORIO VI- Se autoriza que el personal especializado del Servicio Nacional de Aguas y Avenamiento (SENARA) en materia de Control y Prevención de Inundaciones, sea trasladado a la Comisión Nacional de Emergencias (CNE), para que supletoriamente se encargue de dicha materia. En caso de no ser posible el traslado o la persona funcionaria no resulte conforme, se le deberán respetar sus derechos laborales. TRANSITORIO VII- La nueva relación laboral entre funcionarios de instituciones con personería jurídica y el Ministerio de Agricultura y Ganadería no extingue los derechos anteriores de estas personas, de modo que se entienda como una continuidad laboral. De igual manera, las cargas sociales, pólizas de riegos labores y demás extremos laborales, corresponderá al Ministerio de Agricultura y Ganadería asumirlos. TRANSITORIO VIII- Los bienes muebles inmuebles y recursos humanos del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria, del Servicio Nacional de Riego y Advenimiento, Clubes 4 s, Oficina Nacional de Semillas, Servicio Fitosanitario del estado, Servicio de Salud Animal, pasaran a formar parte del Ministerio de Agricultura y Ganadería. TRANSITORIO IX- Los bienes muebles e inmuebles y recursos humanos del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario (PIMA) pasaran a formar parte del Consejo Nacional de Producción. Rige en el plazo máximo de dieciocho meses contado a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República, San José, a los doce días del mes de octubre del año dos mil veintidós. RODRIGO CHAVES ROBLES k Ñ Sitio Web: munipococi.go.cr AY > Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PASINANTO MU EAN EiregrditriacL. Expediente N.* 23.397 Víctor Julio Carvajal Porras Ministro de Agricultura y Ganadería NOTAS: Este proyecto no tiene comisión asignada. El texto fue confrontado y revisado por el Departamento de Servicios Parlamentarios, para hacerle los ajustes formales requeridos por el SIL. (Fecha de subido al SIL: 20-10-2022) Por Unanimidad de 7 Votos presentes SE ACUERDA: Se traslada al Lic. Christian Córdoba Oviedo, asesor legal del Concejo, para su análisis. ACUERDO N* 2557 Se conoce nota suscrita por Sra. Krisia Montoya Calderón Área de Comisiones Legislativa Iv, teléfono: 2243-2320, correo electrónico: Krisia.montoyaGQasamblea.go.cr dice: Oficio: AL-CE23167-0204-2022 Asunto: Consulta al Exp. 23450 proyecto de ley “Creación del Ministerio de Territorio, Habitad y Vivienda” v ¿ Sitio Web: munipococi.go.cr a á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*120 29 de noviembre de 2022 AL-CE23167- 0204-2022 Señores Concejo Municipal ASUNTO: Consulta Exp. 23.450 La Comisión Especial de Reforma del Estado, en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de ley “CREACIÓN DEL MINISTERIO DE TERRITORIO, HABITAT Y VIENDA”, expediente N.* 23,450, el cual se adjunta. De conformidad con lo que se establece en el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vencen el 13 de diciembre de 2022 y, se ser posible, enviar el criterio en forma digital. La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles más, que vencerán el día 23 de diciembre de 2022. Esta será la única prórroga que esta comisión autorizará. Si necesita información adicional, le ruego comunicarse por medio de los teléfonos, 2243- 2320, o al correo electrónico krisia.montoyaMasamblea.go.cr. De no confirmar el recibido de esta consulta se tendrá por notificado a partir de su envío, siendo este correo comprobante de la transmisión electrónica, para todos los efectos legales. La seguridad y manejo de las cuentas destinatarias son responsabilidad de las personas interesadas. Atentamente, COMISIONES a LEGISLATIVAS | » ) Comisiones LeglstativaPy2z DE eS pa er SN Sitio Web: munipococi.go.cr AY A Á Facebook: AMunicipalidadDePococi
PAGINA NC a AN EreermsrciacL 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook PROYECTO DE LEY CREACIÓN DEL MINISTERIO DE TERRITORIO, HABITAT Y VIVIENDA Expediente N.” 23,450 ASAMBLEA LEGISLATIVA: El Estado costarricense ha demostrado, a lo largo de su historia, una preocupación permanente por el mejoramiento de las condiciones habitacionales de la población. En este afán por proveer a las familias de mejores condiciones de vivienda, la arquitectura institucional del Estado ha variado en el tiempo. Tras 68 años de la creación del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) y de más de 35 años de la creación del Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) y del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (SFNV), así como de la existencia desde hace más de 40 años del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (MIVAH), resulta necesario evaluar su rol e impacto efectivo en las políticas urbanas y de vivienda del país, así como en la reducción efectiva de las problemáticas territoriales y de déficit habitacional presentes en este perlodo. l LA OBLIGACIÓN IMPOSTERGABLE DE REVISAR NUESTRO MARCO INSTITUCIONAL - LEGAL EN MATERIA TERRITORIAL En octubre de 2016, y cumpliendo con el ciclo bidecenal iniciado en 1970 por el Programa ONU- Hábitat, se celebró la Il Conferencia de la ONU sobre Asentamientos Humanos en Quito, Ecuador (Hábitat 111). La actividad reunió a más de 30 mil participantes de 167 países, con el objetivo de aprobar el relanzamiento del compromiso mundial en materia de desarrollo sostenible, mediante la adopción de la Nueva Agenda Urbana (NAU), por los Estados participantes. Sin duda, uno de los instrumentos más importantes en materia de gobernanza mundial aprobado en los últimos años, cuya finalidad es promover una gestión eficiente y sostenible del suelo en los distintos territorios. La agenda es el resultado de una estrategia impulsada por la ONU, con la finalidad de establecer un marco normativo cada vez más específico respecto a acciones y objetivos concretos que deben procurar llevar a cabo y alcanzar los Estados firmantes, para articular procesos de urbanización que integren el uso racional del suelo urbano, y así equilibrar las condiciones de vida en las ciudades del mundo. Tal y como lo indica el noveno párrafo de la Declaración de Quito, la aplicación de la Nueva Agenda Urbana contribuye a la implementación y la localización integradas de la Agenda 2030, y a la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible y sus metas, incluido el objetivo 11 de lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles. Superada la etapa de aprobación de la NAU, actualmente el instrumento se encuentra en su fase de ejecución, sin duda la fase más compleja para los países firmantes, en particular para los países de la región latinoamericana. El proceso obliga a los estados participantes a revisar sus estructuras jurídicas e institucionales, que las conforman, pues gran parte de los países y sus respectivos territorios carecen de los instrumentos necesarios para poder desarrollar los compromisos adquiridos en materia de desarrollo urbano sostenible. En el caso de Costa Rica, y pese a haber transcurrido 6 años de la firma de dicho acuerdo internacional, dicha revisión jurídico-institucional ha sido postergada de forma injustificada por parte de las administraciones de gobierno precedentes, situación que en definitiva no puede continuar, ya que, https://outlook.office365.com/mail/inboxid/AAQKADISM2Q5NDMwL TF¡NDKINDgyMy1hMDJILTM3YWOQSYZZmYmlzWNgAQAAFQVUKV6OJjjsnayzW2Fy... 2/31 <Q A Sitio Web: munipococi.go.cr AY - Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PANA PAS reacia ci 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook como es bien sabido, la gestión sostenible del territorio y de nuestras ciudades y el acceso a una vivienda adecuada son realidades deseadas, pero todavía lejos de estar concretadas. A partir de una revisión histórica del marco normativo y de las entidades que ostentan competencias en gestión y ordenamiento del territorio, planificación urbana, promoción y financiamiento del mercado de vivienda adecuada y accesible con enfoque social, es posible concluir que una de las principales causas que impiden o dificultan cambiar esta tendencia es, precisamente, el deficiente, confuso y disfuncional marco legal-institucional que rige las tres materias o escalas territoriales, lo que impide lograr uno de los principales paradigmas desarrollados en la NAU, el cual se refiere a la indispensable vinculación o articulación entre las políticas de ordenamiento territorial, desarrollo urbano y vivienda. La problemática particular de gobernanza desde la perspectiva legal-institucional atinente a las materias de ordenamiento territorial, desarrollo urbano y vivienda se refiere al hecho de que se carece en la actualidad de una entidad ministerial debidamente constituida, con amplias competencias para articular de forma integral la gestión del territorio en las diferentes escalas de gestión. Lo anterior se explica a partir de la coexistencia de un ministerio sin ley orgánica constitutiva ni competencias legalmente establecidas (MIVAH) y una institución autónoma (INVU) con las competencias de rectoría en materia de ordenamiento territorial otorgadas por la Ley de Planificación Urbana, pero desprovista de poder político en la práctica y materialmente imposibilitada para ejercer dicha rectoría, al no ser un ente ministerial. A lo anterior es preciso sumar otro elemento, que consiste en lo que se denomina la problemática del sistema de financiamiento nacional de vivienda, gestionado a través de una tercera institución, en este caso el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI). El Banco, pese a tener claramente una naturaleza financiera y no técnica en materia territorial, en la actualidad asume funciones técnicas relacionadas con la aprobación de proyectos habitacionales, los cuales en su mayoría no cumplen con la visión o modelo de vivienda accesible que se debe promover en el marco de la NAU y demás instrumentos internacionales en materia de desarrollo territorial sostenible. Identificados los tres principales actores (INVU, MIVAH y BANHVI), es preciso realizar una breve reseña histórica de cada institución, a efectos de esclarecer con mayor precisión las interacciones existentes entre las mismas. 1- Antecedentes Históricos y Contexto Actual del INVU Desde la década de 1920 aparece la Cooperativa Constructora de Casas Baratas, enfocada en mejorar la condición de vivienda de las familias obreras. Adicionalmente, la Cruz Roja estableció un programa de construcción de viviendas que persistió hasta finales de la década de 1930. Posteriormente, la creación en 1939 de la Junta de Habitación marca un precedente en la atención del tema vivienda por parte del Estado. La Junta de Habitación emprendió la construcción de las viviendas a través de la Dirección General de Obras Públicas, así como a través de constructores privados que participaban en licitaciones públicas. Además, entre sus potestades se encontraban la adquisición de terrenos y la priorización de terrenos de las instituciones del Estado para la construcción de vivienda. Posteriormente, en 1945 se crea por Ley N.? 190 la Cooperativa de Casas Baratas “La Familia”, con el objetivo de “construir en la ciudad de San José casas higiénicas a bajo precio para peones, obreros, artesanos y empleados cuyo sueldo o salario no pase de doscientos cincuenta colones al mes”. La cooperativa se encontraba bajo el control técnico, administrativo y económico de la Junta de Habitación, la cual formaba parte de la Caja Costarricense del Seguro Social. https://ouliook ofice365.com/mailinboxAd/AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDkINDgyMy1hMDJILTM3YWQSY2ZmYmlzNgAQAAFQVUKV6Ojisnayz%2Fy... 3/31 pS Sitio Web: munipococi.go.cr YA - < Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PASINAN23 AN Eee aacL 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook Con la llegada de la Segunda República, la intervención del Estado en el tema de la vivienda empieza a asociarse con el desarrollo urbano y la infraestructura requerida para un adecuado crecimiento de los centros poblados. El reconocimiento del derecho a la vivienda digna como derecho fundamental, en el artículo 65 de nuestra Constitución Política, ha propiciado la implementación del deber del Estado de proveer de vivienda a los sectores sociales más vulnerables: “El Estado promoverá la construcción de viviendas populares y creará el patrimonio del trabajador” La Ley N.* 1788 de 1954, Ley de Creación del INVU, dispone el mandato expreso de promover el acceso a “mejor habitación y elementos conexos correspondientes”. Esta preocupación por la infraestructura complementaria requerida para mejorar las condiciones habitacionales marca un hito en la política de promoción de vivienda popular, en la medida en que se identifica claramente una vinculación entre vivienda y gestión urbana. En este contexto, el INVU emprendió la construcción de grandes conjuntos de vivienda popular que permitieron a miles de familias acceder a vivienda adecuada. El papel del INVU como desarrollador y promotor de vivienda popular coincidió con el acelerado aumento de la población. En 1956, la población del país era de un millón de habitantes, y la población urbana pasó de un 33% del total nacional en 1950 a un 59% en el año 2000 (INEC). Asimismo, la aprobación de la Ley de Planificación Urbana en 1968 y el establecimiento de la Dirección de Urbanismo del INVU fueron un intento manifiesto de articular la política de producción de vivienda con el interés de planificar y gestionar de forma integrada el territorio. El proceso de habilitación urbana y construcción de viviendas que el INVU generó durante muchos años sentó las bases para la estructuración del tejido urbano y la dotación de servicios que, aún hoy, siguen beneficiando a muchas personas. Adicionalmente, el Sistema de Ahorro y Préstamo del INVU (SAP) continúa a la fecha siendo un instrumento atractivo para las familias que buscan una solución de vivienda mediante el fomento del ahorro, por lo que actualmente el SAP cuenta con 29.958 clientes y 91.172 contratos de ahorro y préstamo suscritos, para una cartera total de crédito de 79.345 millones de colones. Pese a lo anterior, a lo largo de los últimos años el INVU ha sido sometido de forma recurrente a una serie de procesos de reestructuración con el objetivo de reducir su planilla, recortando personal técnico en su mayoría, lo cual ha debilitado su accionar. En cuanto al desempeño histórico del INVU en las materias de ordenamiento territorial y gestión urbana, es preciso indicar que, con la excepción de elaboración del Plan Regional para la GAM en 1982 (PLAN GAM 82), el Instituto tampoco ha logrado promover e implementar otros instrumentos regionales, lo cual, aunado a la problemática histórica en relación con la aprobación y actualización de los planes [3] reguladores en todo el territorio nacional, ampliamente documentada””, refleja una gestión histórica deficitaria. Como ejemplo de lo anterior, es posible citar que en la actualidad la GAM, en su carácter de región más importante del país en términos productivos y poblacionales, no cuenta con un instrumento de planificación regional, como consecuencia de la sentencia número 23.743 del 9 de diciembre de 2020 de la Sala Constitucional. Dicha sentencia parcial anuló el Plan GAM 2013 por ser incompatible con la viabilidad ambiental regional vigente. Como se puede observar, existe una gestión bastante deficitaria en materia de ordenamiento territorial y gestión urbana a escala nacional, producto en gran medida de la coexistencia https://outlook.office365.com/mall/inbox/id/AAQKADI5M2Q5NDMwLTFNDktNDgyMy1hMDJiLTM3YWQSYZZmYmIzNgAQAAFQVUKV6Ojjsnayz%2Fy... 4/31 9 / Sitio Web: munipococi.go.cr a dl É Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PASINANTI24_ MIES PAN ErpardirracI 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook de dos entidades con características insuficientes para realizar por separado o en conjunto dicha gestión de forma articulada, situación que ha sido ampliamente comentada y documentada en los últimos años, en diversos estudios y publicaciones, particularmente en los informes anuales del Estado [4] de la Nación. 2- Antecedentes Históricos y Contexto Actual del MIVAH El MIVAH se explica, en parte, como consecuencia histórica de la década de los años setenta y la creciente preocupación a nivel global por garantizar el acceso a la vivienda digna como un derecho humano básico, atender el crecimiento de los asentamientos informales en condición de tugurio y controlar los efectos de la rápida urbanización, sobre todo en los países en desarrollo. La celebración en 1976 de la primera Conferencia de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos, llevada a cabo en Vancouver, marca un referente en la generación de políticas públicas y el diseño institucional para atender las problemáticas del déficit habitacional y la gestión del hábitat. Se identifica en esta conferencia que el desarrollo urbano descontrolado y el crecimiento de los asentamientos informales se encuentran aparejados con desigualdades en las condiciones de vida, segregación residencial, discriminación, desempleo, marginalización y serias consecuencias ambientales. En línea con la Agenda Hábitat promovida por la ONU en 1979 y mediante Decreto Ejecutivo N* 10299-P, se nombra por primera vez un Ministro de Gobierno sin_cartera de Vivienda y Asentamientos Humanos. Posteriormente, mediante Ley de Presupuesto de la República, en el año de 1980 se establece una línea presupuestaria en el Ministerio de la Presidencia, denominada “Vivienda y Asentamientos Humanos”. Es hasta 1986 que se incluye, en la Ley de Presupuesto N.* 7055, el presupuesto específico para el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. Este mecanismo, con base en la Ley de Presupuesto, se ha venido perpetuando desde la creación del MIVAH, manteniendo su jerarca el estatus de ministro sin cartera, con todas las limitaciones de ley que esto representa. Así, el MIVAH ha sido un ministerio sin cartera, pero con un rol político que le otorga la potestad de generar política pública en la materia de su competencia, así como la definición de prioridades del sector vivienda, incluyendo -pero no limitándose a- los programas y propósitos que deben ser atendidos. En tal carácter, es el encargado de la coordinación política con las otras instituciones que tienen relación con el territorio para la efectiva ejecución de los planes, programas y proyectos del sector. La década de 1980 se caracteriza por una creciente necesidad de vivienda por parte de grupos organizados de la sociedad civil que demandaban una atención por parte de la institucionalidad. A pesar de la aprobación de algunas directrices específicas enfocadas en temas puntuales de vivienda y bono colectivo, no fue sino hasta el año 2013 que el Ministerio oficializa, vía Decreto Ejecutivo N.* 37623 PLAN-MINAET-MIVAH, la Política Nacional de Ordenamiento Territorial 2012-2040, siendo la primera política elaborada por la institución luego de 34 años de existencia. En el año 2014 se aprueba la Política Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos 2013-2030 (Decreto N.” 38209-PLAN- MIVAH), y en 2018 se aprueba la Política Nacional de Desarrollo Urbano 2018-2030 (Decreto Ejecutivo N.? 41.136 MIVAH-PLAN-MINAE-MOPT). Sin embargo, el proceso de evaluación y seguimiento de estas políticas refleja una incapacidad estructural del Ministerio para impulsar su implementación, además de una débil capacidad de planificación sectorial, careciendo de una Secretaría Sectorial formalmente constituida, según lo dispuesto en el Sistema Nacional de Planificación (Ley N.* 5525, de Planificación Nacional). https://outlook.office365.com/mail/inboxd/AAQKADIS5M2Q5NDMwLTFNDKtNDgyMy1hMDJILTM3YWQSYZZmYmlzNgAQAAFQVUKV6Ojjsnayz%2Fy... 5/31 Sitio Web: munipococi.go.cr a y - Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N%125 ASIAN ertroordineariacy 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook El Ministerio de Vivienda está vinculado, por otro lado, a una serie de leyes desarticuladas en tiempo y forma que le asignan competencias puntuales, pero no un carácter de constitución formal. La mayoría de sus potestades están definidas vía decreto ejecutivo, aspecto inconveniente tratándose de un Ministerio sin cartera. Respecto a la falta de una ley constitutiva del MIVAH, la Contraloría General de la República señaló en su informe DFOE-SOC-38-2007 lo siguiente: “En el plano institucional, legal y constitucional, dicha situación implica limitaciones en las atribuciones para materias afectas al principio de reserva de Ley, que a su vez incrementa el riesgo de una duplicidad de funciones con la consecuente incidencia en el gasto público, ya que al no estar formalmente asignadas las competencias, no es posible una delimitación clara de responsabilidades y por tanto, se dificulta la evaluación de resultados y la rendición de cuentas” (el subrayado no es original). Las duplicidades al momento presente no son un riesgo, sino una realidad. La estructura organizacional del sector ha estado caracterizada en los últimos años por el surgimiento de duplicidades entre instituciones, sobre todo entre el INVU y el MIVAH. El Ministerio ha creado, desde su última reestructuración en el año 2012, una serie de departamentos que muestran importantes similitudes, tanto técnicas como formales, con departamentos de la Dirección de Urbanismo y Vivienda del INVU. Esta duplicidad de funciones, advertida anteriormente por la Contraloría General de la República, se hace manifiesta con mayor claridad en los temas concemientes al desarrollo urbano y al ordenamiento territorial. 3- Antecedentes Históricos y Contexto Actual del BANHVI En lo que se refiere al BANHVI y el modelo de financiamiento para fomentar el acceso a vivienda adecuada y accesible, es preciso indicar en un primer término, que mediante la aprobación de la Ley N.? 7052 se crea en 1986 el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (SFNV), como una entidad de interés público, con el objetivo principal, de conformidad con lo indicado en el artículo primero de la citada ley, de fomentar el ahorro y la inversión nacional y extranjera, con el fin de recaudar recursos financieros para procurar la solución del problema habitacional existente en el país. El SFNV está integrado por el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), como ente rector del mismo e institución de “segundo piso”, así como por las Entidades Autorizadas (ventanillas del SFNV), que incluyen a las mutuales de ahorro y préstamo, cooperativas, bancos públicos y privados, organismos públicos, la Fundación Costa Rica-Canadá y las asociaciones solidaristas. La creación del SFNV marca un hito en el desarrollo de políticas públicas para la atención de las necesidades de vivienda. El Banco canaliza, a través de las Entidades Autorizadas, los fondos destinados a vivienda de interés social, constituyéndose en una forma de alianza público-privada a través de la cual se multiplican los esfuerzos y recursos dirigidos a la atención de la vivienda de la población costarricense. El Sistema es definido con un alcance amplio, toda vez que las familias pueden acceder al subsidio según su estrato socioeconómico y su capacidad de pago. El Fondo de Subsidios para la Vivienda (FOSUVI) obtiene sus recursos de un porcentaje girado por el Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares (FODESAF). Adicionalmente, el BANHVI también cuenta con el Fondo Nacional para la Vivienda (FONAVI), cuyo objetivo es colocar recursos para el otorgamiento de crédito de vivienda en las entidades autorizadas. El BANHVI es, por ley, el ente rector del SFNV y, por lo tanto, el depositario y administrador de los recursos que el Estado costarricense destina a los diferentes programas de vivienda. En su condición de instancia de “segundo piso”, coordina con las distintas entidades autorizadas la gestión e impulso de los programas de vivienda y define la reglamentación y métodos que se utilizan para la administración de los recursos y la verificación del cumplimiento de las metas y fines que persigue el SFNV. https://outlook.office365.convmaillinbox/W/AAQKADISM2Q5NDMwLTFNDktNDgyMy1hMDJILTM3YWQSY2ZmYmIzMgAQAAFQVUKV6Ojisnayz%2Fy... 6/31 Pecocí Pluye Sitio Web: munipococi.go.cr Facebook: AMunicipalidadDePococi
PASINANS MA ANA fnei9cL. 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook En el marco del SFNV, es posible observar una paradoja importante, ya que a partir de la rectoría del BANHVI en la materia, la naturaleza del INVU pasa a ser una entidad autorizada más, la cual ve debilitada su capacidad de rectoría en temas de desarrollo urbano y producción de vivienda, funciones que son propias también del Instituto, como ya se indicó previamente. Finalmente, luego de más de 35 años de existencia del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, el balance general del mismo indica que el déficit habitacional y los asentamientos informales no han experimentado variaciones importantes hacia la baja, por lo que, si bien ha sido efectivo en la producción de vivienda, no necesariamente ha atendido de manera directa la reducción de la pobreza. El funcionamiento actual del BANHVI limita su capacidad de promover un desarrollo urbano compacto y sostenible. La Ley del SFNV no le habilita para la promoción o implementación de programas que son necesarios o que podrían complementar los instrumentos existentes, como el ahorro y préstamo, o un programa que permita atender las necesidades o carencias en materia de renovación urbana y mejoramiento barrial en áreas urbanas degradadas. El Banco carece de la posibilidad de establecer mecanismos alternativos para asignar el dominio de los bienes financiados con recursos del FOSUVI. Adicionalmente, de acuerdo con un estudio de prefactibilidad elaborado con apoyo de Naciones Unidas para el mejoramiento y replanteamiento del modelo de financiamiento de crédito para vivienda social en Costa Rica, se ha logrado determinar que territorialmente la colocación de subsidios no corresponde con las regiones donde se ubica la mayor concentración de pobreza. Otro aspecto que incide en los costos asociados a los proyectos que actualmente gestiona el SNFV tiene que ver con el ciclo de vida de los proyectos, específicamente en los siguientes puntos: 1- Aunque los estratos de ingreso más bajo concentran el 46% de los hogares, estos acumulan el 79% de los bonos de vivienda otorgados y el 87% de la inversión. Otros estratos de mayor ingreso, como el 3 y el 4, que comprenden el 26% de los hogares, solamente reciben el 9% de la inversión. 2- Los valores de mercado con que el SFNV adquiere el suelo no corresponden con la realidad de la necesidad social, situación que se vuelve crítica en las áreas urbanas. Esto hace que el peso del valor del terreno en el precio total del proyecto llegue a alcanzar hasta un 40%, lo cual a todas luces es inadecuado. 3- Los costos de introducción de infraestructura son cargados en su totalidad al SFNV. No obstante, el Sistema no ha implementado instrumentos para la captura de ese valor adicional generado. 4- La tramitología del BANHVI encarece el costo significativamente y genera retrasos adicionales asociados a los tiempos de respuesta. 5- El costo de los proyectos financiados por el BANHVI ha aumentado por encima de la inflación en los últimos 10 años y también por encima del costo nominal de la construcción. 6- Otro factor importante a considerar es que el SFNV no ha sido capaz de reducir el déficit habitacional que presenta el país desde hace varias décadas, lo que hace reflexionar sobre la priorización y las estrategias implementadas, así como la capacidad efectiva de impacto en la reducción de la pobreza. 7 Una institucionalidad fortalecida permitirá tener una labor más eficiente en la ejecución y colocación de recursos y responder de forma más directa a la política pública emitida desde el MIHABITAT. https:/foulook.office365.com/mail/inboxAd/AAQKADISM2Q5NDMwLTF]NDkINDgyMy1hMDJILTMIYWQSYZZmYmIzNgAQAAFQVUKV6Ojsnayz%2Fy... 7/31 Sitio Web: munipococi.go.cr AN Í Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook La Carta Europea de Ordenación del Territorio, aprobada por el Consejo de Europa el 20 de mayo de 1983 en la ciudad española de Torremolinos, recoge a la fecha la definición más completa de lo que significa o encierra el concepto de ordenamiento territorial: Es a la vez una disciplina científica, una técnica administrativa y Una política concebida como un enfoque interdisciplinario y global cuyo objetivo es un desarrollo equilibrado de las regiones y la organización física del espacio según un concepto rector... Sus características El hombre y su bienestar, as! como su interacción con el medio ambiente, constituyen el centro de toda preocupación de la ordenación del territorio, cuyo objetivo es el de ofrecerle un marco y una calidad de vida que aseguren el desarrollo de su personalidad en un entorno organizado a escala humana. La ordenación del territorio debe ser democrática, global, funcional y prospectiva. Democrática: debe ser realizada de forma democrática para asegurar la participación de la población afectada y de sus representantes políticos. Global: debe tratar de asegurar la coordinación de las distintas políticas sectoriales y su integración por medio de un enfoque global. Funcional: debe terse en cuenta la existencia de conciencias regionales basadas en unos Valores, una cultura y unos intereses comunes, y estos a veces por encima d las fronteras administrativas y territoriales, teniendo en cuenta las realidades constitucionales de los distintos países. Prospectiva: debe analizar las tendencias y el desarrollo a largo plazo de los fenómenos y actuaciones económico, ecológico, social, cultural y medioambiental y tenerlos en cuenta en su aplicación. La ordenación del territorio debe tomar en consideración la existencia de numerosos poderes de decisión, individuales e institucionales, que influyen en la organización del territorio, el carácter aleatorio de todo estudio prospectivo, las limitaciones del mercado, las peculiaridades de los sistemas administrativos, la diversidad de las condiciones socioeconómicas y del medio ambiente. Debe, sin embargo, tratar de conciliar estas influencias del modo más armonioso posible. Objetivos fundamentales La ordenación del territorio establece, paralelamente, que: Teniendo en cuenta los procesos económicos que afectan a toda Europa, las peculiaridades regionales y la importancia del papel de los ejes de desarrollo y de las redes de comunicación, debe controlar el crecimiento de las regiones congestionadas o de aquellas que presenten una evolución demasiado rápida, alentar el desarrollo de las regiones que mantienen un cierto retraso, mantener o adaptar las infraestructuras indispensables para permitir un nuevo impulso de las regiones en decadencia o amenazadas por graves problemas de empleo, principalmente por las migraciones de la mano de obra a nivel europeo. Las regiones periféricas que tienen exigencias especlficas y disponen de un potencial estructural de requilibrio socioeconómico deben estar mejor conectadas con los centros industriales y económicos de Europa. La mejora de la calidad de vida https:/foutiook.office365.com/malVinboxfid/AAQKADISM2OSNDMwLTFINDktNDgyMy1NMDJILTM3YWQSY2ZmYmIzNgAQAAFQVUKVGOjjsnayz%2Fy... 9/31 po Sitio Web: munipococi.go.cr a A < Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*128 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook Favoreciendo la mejora del marco de vida cotidiano, ya se trate de la vivienda, el trabajo, la cultura o el ocio, e incluso de las relaciones en el seno de las comunidades humanas y el crecimiento del bienestar individual por la creación de empleos y de equipamientos económicos, sociales y culturales que respondan a las aspiraciones de las distintas capas de la población y aseguren, por la elección de su localización, una utilización óptima. La gestión responsable de los recursos naturales y la protección del medio ambiente Promoviendo estrategias que permitan reducir al máximo los conflictos que surgen entre las crecientes necesidades de recursos naturales y la exigencia de su conservación, trata de asegurar una administración responsable del marco natural, de los recursos del suelo y del subsuelo, del aire y del agua, de los recursos energéticos, de la fauna y de la flora, dedicando una atención especial a las bellezas naturales y al patrimonio cultural y arquitectónico. La utilización racional del territorio. Persiguiendo los objetivos definidos anteriormente, trata en particular de controlar la implantación, la organización y el desarrollo de los grandes complejos urbanos e industriales y de las grandes infraestructuras, así como la protección de las zonas agrícola s y forestales. Esta ordenación física debe acompañarse necesariamente de una política de suelo con el fin de hacer posible la realización de objetivos de interés general Ll La definición de ordenamiento del territorio transcrita, como es posible observar, incluye pero transciende lo urbano, situación que no es casual, puesto que la planificación o gestión urbana, como también se le denomina al proceso de planificación de las estructuras, procesos y formas urbanas, debe ser concebida a partir de un análisis previo a escala territorial, análisis que en sí mismo es abordado desde la técnica, desde la institucionalidad y desde las políticas públicas en un enfoque triangular. Dicha incorporación de variables de escala regional a la visión urbana es, sin duda, imposible de obviar en la actualidad, partiendo del concepto de que toda realidad urbana se encuentra sumergida dentro de una dinámica regional de la cual no se puede prescindir, entendiendo el concepto de región como unidad geográfica determinada de extensión supra urbana. En ese sentido, lo primero que hay que comprender es que la planificación territorial debe ser elaborada con un horizonte más general pero igualmente prescriptivo, y que en relación con su lugar en el escalafón jerárquico de las competencias sobre planificación del territorio, dichos instrumentos deben ser ubicados en un nivel superior a aquellos de naturaleza local o municipal, los cuales deben ser elaborados a partir de los conceptos de planificación urbana, los cuales sí son aptos para abordar las problemáticas a ese nivel. La planificación territorial debería contar con instrumentos que permitieran hacer de puente con el planeamiento urbanístico, adaptando el planeamiento municipal a determinaciones especificadas a una escala más amplia (que abarque, según los casos, una mancomunidad de municipios, una isla o una región) pues hoy muchos de los problemas e incidencias territoriales desbordan los límites municipales y deben contextualizarse en una escala más amplia..9 La conclusión fundamental que se debe extraer de las definiciones y criterios citados, es que el ordenamiento territorial representa la escala de actuación de mayor jerarquía conceptual, por lo que es a partir de las políticas, normas e instrumentos definidos a esta escala que se deberán formular las demás disposiciones en materia de gestión urbana, asegurando la compatibilidad entre las disposiciones de distinta jerarquía. https://oullook.office365.com/mai/inboxid/AAQKADISM2Q5NDMwLTF¡NOkINDgyMy1hMDJILTM3YWQSYZZmYmIzNgAQAAFQVUKV6Ojjsnayz%2... 10/31 Sitio Web: munipococi.go.cr a e á Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N=129 par rASTA NO Etroorainenoci 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook Este principio metodológico se puede aplicar de igual forma entre las escalas de gestión o planificación urbana y de los proyectos de vivienda, en la medida en que la localización de dichos proyectos impacta de varias maneras al entorno urbano y, por ende, se construye a partir de la vivienda, la ciudad o, lo que es lo mismo, el suelo urbanizado. Como es posible observar, muchos de los conceptos incluidos en la Carta Europea de Ordenación del Territorio, como el uso racional del suelo urbano, el concepto de resiliencia y regeneración, el control del crecimiento en las áreas urbanas, en la actualidad siguen siendo utilizados en la formulación de instrumentos internacionales más recientes, orientados a promover dichas prácticas de desarrollo sostenible con un enfoque más general, tal y como es el caso de la Carta Mundial del Derecho a la Ciudad y la Agenda 2030, entre otros. ll. ANTECEDENTES INSTITUCIONALES QUE ILUSTRAN LA VIABILIDAD DE LA PROPUESTA DE CREACIÓN DEL MIHABITAT Retomando la idea inicial del presente proyecto de ley, el cual va orientado a promover la creación del nuevo Ministerio del Territorio, Hábitat y Vivienda (MIHABITAT), es importante indicar, previo a concluir la exposición de motivos, que lejos de ser una propuesta sin referencias en otras latitudes de la región latinoamericana, se enmarca en una tendencia ya observada en otros países de delegar a una sola institución la planificación de ambas realidades territoriales, la regional-territorial y la urbana, a la cual se le suma además en varios casos la gestión de la vivienda, en términos muy similares o idénticos a los que se proponen por medio de la actual iniciativa. Lo anterior es, por otro lado, una inclusión lógica, dado que el tema de vivienda, sin duda alguna, debe ser contemplado a su vez a la luz de los planteamientos urbanos, en vista de que los proyectos de interés social deben ser ubicados y concebidos a partir de las infraestructuras existentes o, de ser necesario, incluir la construcción y ubicación de dichas infraestructuras. En ese sentido, cabe citar, por ejemplo, que Panamá, país pionero en el istmo en políticas de desarrollo territorial y proyectos de infraestructura como el sistema de metro inaugurado hace pocos años en Ciudad de Panamá, a partir del 2009, en virtud de la ley N.* 61 de 23 de octubre de 2009, reorganizó su antiguo Ministerio de Vivienda para transformarlo en el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial. Dicha reforma estructural estableció, además del cambio de la nomenclatura, la inclusión de un Viceministerio de Ordenamiento Territorial dentro de dicha institución. Dicho viceministerio es descrito, según la página oficial ministerial, como la unidad técnica encargada de elaborar y coordinar los planes de ordenamiento territorial para el desarrollo urbano y de vivienda a nivel nacional y regional, con la participación de organismos y entidades competentes en esta materia. En esta definición oficial de la estructura institucional panameña encargada de plantear el ordenamiento territorial y urbano, se puede apreciar efectivamente cómo se entremezclan funciones y contenidos, de tal forma que los planes de ordenamiento territorial son descritos en función de su rol como instrumento rector para ordenar el desarrollo urbano y las políticas de vivienda. El marco institucional colombiano refleja una tendencia similar a la descrita en Panamá, dado que con la promulgación de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial en el año 2011 se crea el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, a partir de la escisión y unificación de distintos ministerios, El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad pública de orden nacional que tiene como objetivo primordial lograr, en el marco de la ley y sus competencias, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes y proyectos en materia del desarrollo territorial y urbano planificado https://oullook.office365.com/mail/inboxAd/AAQKADISM2Q5NDMwLTFNDKINDgyMy1hMDJILTM3YWQSYZZmYmIzWgAQAAFQVUKVGOjjsnayz%2F... 11/31 sg F k Sitio Web: munipococi.go.cr a 2-4 Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*130 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook del país, la consolidación del sistema de ciudades con patrones de uso eficiente y sostenible del suelo, teniendo en cuenta las condiciones de acceso y financiación de vivienda y de prestación de los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico. Dentro de sus funciones específicas, se detallan acciones directamente relacionadas con el urbanismo, como la función de formular políticas sobre renovación urbana, mejoramiento integral de barrios, calidad de vivienda, urbanismo, construcción de vivienda sostenible, espacio público y equipamiento. De igual forma, tiene competencias para determinar los mecanismos e instrumentos necesarios para orientar los procesos de desarrollo urbano y territorial en el orden nacional, regional y local, aplicando los principios rectores del ordenamiento territorial. El marco competencial de este ministerio es sumamente amplio, dado que abarca en detalle cada particularidad de la planificación urbana, las políticas de vivienda y el ordenamiento territorial a escala regional y nacional propiamente dicha. El caso de Uruguay es interesante de mencionar, dado que, con mucha mayor antelación, ya desde 1990, se creó el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Dicha entidad incorpora el componente ambiental a la organización ministerial, puesto que, conforme al organigrama descrito en su portal oficial, se incluyen las Direcciones Nacionales de Vivienda, de Medio Ambiente y de Ordenamiento Territorial en dicha entidad. En lo que respecta a la planificación urbana, esta es subsumida dentro de la Dirección de Ordenamiento Territorial, la cual de forma expresa implementa acciones para el fortalecimiento en la elaboración de los instrumentos departamentales e interdepartamentales de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible. Otros ejemplos más recientes confirman la tendencia regional a consolidar dichas agendas en ministerios más fuertes que reduzcan las duplicidades y los costos de transacción asociados a la coordinación de entidades previamente escindidas. En el Salvador, en junio de 2009, se fusionó el Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) con el Viceministerio de Vivienda (previamente adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Transporte), dando paso a un Ministerio de Vivienda con mayores competencias tanto de rectoría de política como de implementación. Más recientemente, en junio de 2021, se creó en República Dominicana el Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (MIVED), responsable de coordinar lo que antes se encontraba disperso entre el Ministerio de Obras Públicas y los ya desaparecidos Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) y Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOEB). En Honduras, entretanto, cursa su trámite la implementación de la Ley expedida en febrero de 2020, por medio de la cual se crea la Secretaría de Estado de Vivienda y Asentamientos Humanos (SEVIAH) y se ordena que “todas las funciones en materia de vivienda y asentamientos humanos que se encuentren a cargo de otras secretarías de Estado u otras entidades públicas pasan a ser asumidas por el SEVIAH”. Como se puede observar de los ejemplos citados, existe una tendencia en la actualidad a unificar a nivel ministerial las competencias en materia de ordenamiento territorial y planificación urbana, además del componente de vivienda e incluso el ambiental, que suelen de igual forma incorporarse de manera expresa o residual. Dicha dinámica es totalmente concordante con la evolución territorial y técnico- conceptual en el sentido de que, como ya se ha visto, el urbanismo en la actualidad es un planteamiento a escala local y específico que debe ser interpretado de forma obligada a partir de instrumentos y escalas de mayor alcance territorial. NA UNA NUEVA ESTRUCTURA PARA UN NUEVO MODELO DE GESTIÓN TERRITORIAL: El MIHABITAT https://oullook.office365.com/mal/inboxfid/AAQKADISM2Q5NDMw! TFINDktNDgyMy1hMDJILTM3YWOSYZZmYmlzNgAQAAFQVUKV6O|jsnayz%2.... 1 : Sitio Web: munipococi.go.cr Y > Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*131 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook En el marco de la reforma del Estado, es evidente que los desafíos y los compromisos mencionados en instrumentos internacionales están relacionados entre sí y requieren soluciones integrales. Ante este reto, es preciso adoptar un nuevo enfoque para abordar el sector con eficacia, mediante una institucionalidad que movilice a todos los sectores de la población, que asegure instituciones efectivas, eficientes, que rindan cuentas y que sean inclusivas y accesibles para servir a la población. El presente proyecto de ley busca generar los siguientes cambios estructurales en la gestión del territorio, el hábitat y la vivienda: a) Establecer una cartera a nivel legal que abarque los temas de vivienda, hábitat y territorio, y que cuente con todas las prerrogativas de ley. b) Fortalecer y unificar funciones entre el actual Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos, el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y el Banco Hipotecario de la Vivienda, además del Órgano de Normalización Técnica (ONT). c) Facilitar la elaboración y aprobación de los instrumentos de planificación urbana regional y local. d) Hacer más eficientes los procesos de desarrollo y aprobación de proyectos de vivienda social, mejoramiento de barrios y otorgamiento de crédito para vivienda. e) Elegir y posicionar al jerarca dentro del Consejo de Gobierno, de manera que le permita un trato y coordinación en igualdad de condiciones con otros ministros. Por los motivos y razones expuestas, se somete al conocimiento y aprobación de las señoras y señores diputados el presente proyecto de ley: “CREACIÓN DEL MINISTERIO DE TERRITORIO, HÁBITAT Y VIVIENDA”. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: CREACIÓN DEL MINISTERIO DE TERRITORIO, HÁBITAT Y VIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO EL MINISTERIO ARTÍCULO 1- Creación del Ministerio del Territorio, Hábitat y Vivienda (MIHABITAT) Créase el Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda como órgano del Poder Ejecutivo, en adelante también llamado MIHABITAT, el cual asumirá las funciones y competencias del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y del Banco Hipotecario de la Vivienda, en los términos que establezca la presente Ley. Su domicilio legal será la ciudad de San José, sin perjuicio de que puedan establecerse oficinas o delegaciones en las diferentes regiones del país. ARTÍCULO 2- Rectoría La Ministra o el Ministro del MIHABITAT será, a su vez, Rector/a del Sector a cargo de la materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano y vivienda, sin perjuicio de la denominación que se le otorgue vía reglamentaria por parte de las distintas administraciones del Poder Ejecutivo y, junto con la Presidencia de la República, definirá y formulará las políticas públicas y normas en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos. https://outlook.office365.com/mail/inboxfid/AAQKADI5M2Q5NDMwLTFINDKtNDgyMy1hMDJiLTM3YWOSYzZmYmlzNgAQAAFQVUKV60jjsnayz%2... — 13/31 Sitio Web: munipococi.go.cr a . E Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*132 TAN traerdineriacy 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook Los lineamientos y políticas que dicte el MIHABITAT son de acatamiento obligatorio para todas las instituciones estatales con competencias en materia de ordenamiento territorial y planificación urbana a nivel regional y nacional en el territorio, los que deberán implementarse en sus planes e instrumentos respectivos, e igualmente en el caso de las municipalidades, deberán ser considerados en la formulación de los planes locales de ordenamiento territorial o planes reguladores. ARTÍCULO 3- Creación del Órgano de Valuación Inmobiliaria (OVI) A través del Órgano de Valuación Inmobiliaria, adscrito al MIHABITAT, el Ministerio asume de igual forma las funciones y competencias previamente otorgadas al Órgano de Normalización Técnica (ONT) del Ministerio de Hacienda. A partir de su publicación y entrada en vigor, toda disposición legal, reglamentaria o administrativa que haga referencia al Órgano de Normalización Técnica, deberá leerse, entenderse e interpretarse como referida al Órgano de Valuación Inmobiliaria. ARTÍCULO 4- Objetivos del MIHABITAT Serán objetivos del Ministerio los siguientes: b Sobre la Rectoría del MIHABITAT: a) Ejercer la Rectoría Sectorial, así como del Sistema Nacional del Hábitat, que incluye el Subsistema de Urbanismo y Ordenamiento Territorial (SUOT), el Subsistema de Vivienda y Asentamientos Humanos (SVAH), y el Subsistema de Financiamiento para el Hábitat y el Territorio (SFHT), de manera coordinada con las otras rectorías sectoriales del país. ll Sobre el marco legal-normativo: a) Definir los marcos conceptual y normativo para el desarrollo, cumplimiento y sostenibilidad financiera de las políticas, planes, programas y proyectos en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos. Ml Sobre la planificación en cascada y multinivel: a) Promover y ejercer la coordinación e integración regional y subregional, mediante la formulación, revisión e implementación de instrumentos de ordenamiento territorial y de proyectos estratégicos en las distintas regiones. b) Promover el desarrollo ordenado, sostenible y equilibrado de los territorios, ciudades y asentamientos humanos, mediante un sistema de planificación territorial en cascada y multinivel, que fortalezca las capacidades en materia de gestión urbana y territorial desde la escala nacional, regional, metropolitana y local. c) Definir el marco conceptual y reglamentario para el establecimiento del sistema nacional de ciudades, su escala, características y la articulación que debe existir entre los distintos núcleos urbanos. d) Proponer proyectos, normativa, instrumentos de planificación y de gestión del suelo a escala metropolitana, para de forma concertada con los gobiernos locales, poder atender las necesidades y aprovechar las oportunidades de desarrollo que presentan dichas estructuras territoriales, particularmente en lo que se refiere a la Gran Área Metropolitana (GAM). IV. Sobre vivienda adecuada, visión de hábitat y derecho a la ciudad: a) Promover el desarrollo urbano sostenible, las ciudades compactas y el desarrollo urbano orientado al transporte. https://outlook.office365.com/maiVinbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTF[NDKINDgyMy1hMDJiLTM3YWQSY2ZmYmlIzhgAQAAFQVUKV6Ojjsnayz%2... 14/31 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N9133 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook b) Promover una visión integral de hábitat que incorpore el acceso a suelo urbanizado, a servicios básicos y equipamientos públicos debidamente habilitados, así como el derecho a la ciudad, el cual se deriva del derecho constitucional a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado. c) Promover proyectos de vivienda urbana, inclusiva y sostenible de uso mixto (residencial, comercial y servicios), que a su vez promuevan la recuperación, renovación, repoblamiento y revitalización económica de la ciudad. d) Establecer normas especiales supletorias en materia de renovación urbana, que faciliten la coordinación entre gobiernos locales, el Estado e inversionistas privados. e) Promover la atención de asentamientos informales e irregulares, mediante el diseño de programas que faciliten las reubicaciones, los mejoramientos de vivienda, las mejoras de barrios y la titulación de predios, gestionando tanto el riesgo de dichos barrios como el déficit cualitativo de vivienda. Me Sobre la gestión de recursos: a) Promover la generación y fortalecimiento de instrumentos financieros, de política pública y recursos técnicos que permitan atender de manera efectiva las necesidades en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos b) Procurar el correcto uso de los fondos públicos y la estabilidad y sostenibilidad del Subsistema de Financiamiento para el Hábitat y el Territorio (SFHT), el cual forma parte del Sistema Nacional del Hábitat (SISHABITAT). c) Promover, a través del Órgano de Valuación Inmobiliaria (OVI), adscrito al Ministerio, mayor precisión y homogeneidad en la determinación de los valores del suelo y los bienes inmuebles en todo el territorio nacional por parte de las municipalidades, a efectos de que los recursos provenientes de dichos impuestos sean optimizados para promover una gestión urbana más eficiente por parte de los gobiernos locales. VI. Sobre la estructura interna operativa: a) Organizar la estructura intema operativa del MIHABITAT de manera que se garantice una ejecución efectiva de sus competencias para el cumplimiento de los objetivos que establece la presente Ley, así como de los compromisos y tratados intemacionales suscritos, las políticas y planes oficializados, en coordinación permanente con los otros sectores y niveles del Estado vinculados a la materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos. Vil. Sobre la función pública del urbanismo: a) Promover la correcta articulación y compatibilidad entre las políticas de ordenamiento territorial, desarrollo urbano y vivienda, así como la articulación de éstas con otras políticas sectoriales que tengan influencia directa sobre el territorio. b) Promover y ejercer la función pública del urbanismo, como mecanismo para garantizar el derecho constitucional a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el derecho al agua, el derecho a la ciudad, el derecho a la vivienda, el derecho al hábitat y el derecho de acceso al suelo para todas las personas. https://outlook.office365.com/maiVinbox(d/AAQKADI5M2Q5NDMwLTFNDktNDgyMy1hMDJiLTM3YWQ5YzZmYmIzNgAQAAFQVUKV6Ojjsnayz%2... 15/31 z Sitio Web: munipococi.go.cr AN - < Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N%134 MI DU ASIAN Estroprginerioci. 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook c) Asesorar y colaborar con los gobiernos locales en el fortalecimiento de la gestión territorial 2 municipal, a efectos de que se puedan promover estrategias e instrumentos que permitan atender las necesidades territoriales desde un enfoque de sostenibilidad, derivado de los instrumentos internacionales y nacionales en materia de desarrollo sostenible. d) Garantizar el principio del reparto equitativo de cargas y beneficios en las intervenciones urbanas, así como en los instrumentos de gestión de suelo promovidos por el Ministerio, de forma que se promuevan hábitats más equilibrados y con una adecuada provisión de bienes y servicios para las personas. ARTÍCULO 5- Funciones del MIHABITAT Para el cumplimiento de sus objetivos, el MIHABITAT tendrá las siguientes funciones: a) Ejercer la rectoría del Sistema Nacional del Hábitat. b) Formular las propuestas de política pública en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos, y velar por su cumplimiento. Dichas políticas deberán ser formuladas con un enfoque de coherencia y compatibilidad entre las mismas, así como en relación con otras políticas sectoriales que tengan impacto sobre el territorio, a efectos de garantizar la debida articulación entre las diferentes escalas de planificación territorial. c) Coordinar, dar seguimiento y actualizar las políticas, estrategias, normas, instrumentos, lineamientos y directrices en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos, a efectos de analizar su cumplimiento e impacto en las problemáticas que se pretenden resolver. d) Evaluar sistemática e integralmente la calidad de la infraestructura de las viviendas de interés social, así como de la infraestructura urbana existente en el entorno de estos proyectos, particularmente a partir de las intervenciones urbanísticas realizadas en los asentamientos informales, con el objetivo de promover el mejoramiento barrial. e) Ejercer la supervisión y revisión, así como emitir la política pública orientadora de los proyectos de ordenamiento territorial, desarrollo urbano y vivienda. f Evaluar la efectividad, y promover las modificaciones cuando proceda, de los productos que el Subsistema de Financiamiento para el Hábitat y el Territorio (SFHT) ofrece a la ciudadanía para facilitar el acceso a un hábitat adecuado y una vivienda adecuada, así como realizar las modificaciones correspondientes, según sea el caso. 9) Establecer, a través del Órgano de Valuación Inmobiliaria (OVI), las disposiciones generales de valuación de bienes inmuebles, a efectos de que las mismas se apliquen por parte de las municipalidades en la fijación del impuesto a dichos bienes, así como para otros fines. h) Establecer la política y definir los parámetros y criterios que serán utilizados para la identificación y priorización de las personas beneficiarias de los programas habitacionales financiados por el Subsistema de Financiamiento para el Hábitat y el Territorio. 1) Promover y propiciar convenios con organizaciones nacionales, gobiernos y organismos internacionales relacionados con temas de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos. j) Elaborar los planes de ordenamiento territorial a escala regional que conforman el Plan Nacional de Desarrollo Urbano, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Planificación Urbana, mismos que https://outlcok.office365.com/mail/inboxfd/AAQKADISM2Q5NDMwLTF|NDktNDgyMy1hMDJILTM3YWOSY2ZmYmIzMgAQAAFQVUKV60|jsnayz%2.... 16/31 z Sitio Web: munipococi.go.cr Y A Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N%135__ y ASTANBABstroorgineriecy 29-11-2202 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook. deberán incluir las directrices relativas a las estructuras territoriales y urbanas que presenten una naturaleza supralocal. k) Transversalizar el concepto de la Gestión Preventiva del Riesgo y Adaptación al Cambio Climático en las políticas y proyectos impulsados por el Ministerio, atinentes a promover el ordenamiento territorial y desarrollo urbano sostenible. 0) Transversalizar la perspectiva de género en las políticas y proyectos impulsados por el Ministerio, atinentes a promover el desarrollo urbano y hábitats más equitativos e inclusivos. m) Establecer los lineamientos de planificación urbana a nivel nacional y regional, así como las políticas de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos, a los que las instituciones encargadas de la prestación de servicios públicos deberán sujetarse, sin perjuicio de sus competencias definidas por ley para cada Institución. n) Promover la participación en los procesos de planificación para permitir a la sociedad civil formar parte de la construcción de los instrumentos nacionales y regionales de desarrollo del territorio. 0) Orientar sus acciones con la finalidad de constituir un hábitat adecuado para el desarrollo de las actividades humanas, entendido dicho concepto como la obtención de un mayor bienestar económico y social para los habitantes del territorio nacional, mediante mejores condiciones de habitabilidad y sus elementos conexos necesarios para alcanzar un desarrollo integral, en los ámbitos de educación, salud, trabajo y espacio público adecuado. p) Ejercer las funciones previamente otorgadas al INVU en materia de planificación urbana por la Ley de Planificación Urbana y sus reformas, de conformidad con los términos establecidos en la presente ley. q) Planificar el desarrollo y el crecimiento de las ciudades y de poblados de menor escala, con el fin de promover el mejor uso del suelo, localizar las áreas públicas para servicios comunales, promover e incentivar sistemas funcionales de movilidad terrestre que incorporen la funcionalidad e intermodalidad como principio fundamental, y formular planes de inversión en áreas de uso público para satisfacer las necesidades de la población. ” Promover la constitución de bancos de suelo fiscal que permitan una mayor y más asequible oferta de vivienda de interés social. s) Asesorar a los gobiernos locales y brindar, cuando se requiera, el acompañamiento técnico necesario en materia de planificación y gestión local del territorio, con la finalidad de que se puedan promover modelos territoriales a escala local alineados y estructurados bajo los conceptos, principios y lineamientos establecidos en la Nueva Agenda Urbana, la Carta Mundial del Derecho a la Ciudad, la Agenda 2030, el Acuerdo de París y cualquier otro instrumento, actual o futuro, que promueva sistemas de ciudades sostenibles. t Proporcionar a las personas que carezcan de los recursos necesarios para obtener una solución habitacional adecuada la posibilidad de tener acceso a la misma, a través de su adquisición en propiedad o por medio de la modalidad de arrendamiento, usufructo, contrato de usufructo en proyectos de vivienda cooperativa, o cualquier otro instrumento técnico-legal que permita cumplir con dicha finalidad. Los recursos del sector deberán destinarse, de forma preferente, a atender las necesidades de los quintiles o estratos de menores ingresos, de conformidad con los datos oficiales disponibles en materia socioeconómica, generados por las autoridades competentes. u) Promover y realizar estudios e investigaciones en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos, procurando la divulgación de sus resultados, a efecto de https://ouliook.office365.com/maillinboxfid/AAQKADISM205NDMw!LTFINDKINDgyMy1hMDJILTM3YWQSYZZmYmIzNgAQAAFQVUKV6Ojjsnayz%2... — 17/31 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*136 MI DAS ANSSS, Extroorgineriacy 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook orientar la generación de políticas públicas por parte de otras entidades competentes en materia territorial. v) Asesorar a la Administración Pública, así como a asociaciones, organismos no gubernamentales y otros sujetos de derecho privado con fines públicos, en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos. w) Desarrollar e implementar procesos de capacitación y gestión permanente y periódica en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos. x) Promover el financiamiento para el desarrollo territorial, urbano y habitacional, a través de la formulación de programas de crédito y el otorgamiento de subsidios, con la finalidad de garantizar los recursos suficientes para poder cumplir los objetivos establecidos en la presente Ley. y) Las demás que le correspondan de conformidad con el marco normativo aplicable. ARTÍCULO 6- Competencias El MIHABITAT tendrá las siguientes atribuciones: a) Brindar el apoyo técnico necesario para la elaboración de los planes reguladores, planes de ordenamiento territorial, planes directores, planes maestros o similares, así como proponer la adopción o modificación de los reglamentos necesarios para su aplicación. b) Formular programas y proyectos para la construcción de viviendas adecuadas en términos de calidad y asequibilidad, bajo un enfoque integral de hábitat, que mejoren la calidad de vida de las personas atendiendo la demanda habitacional. Los programas a que se refiere este inciso se ejecutarán en aquellos territorios, cantones y distritos definidos como prioritarios, de acuerdo con la política pública estipulada para tales efectos. c) Ejecutar, en coordinación con los gobiernos locales, el sector privado y otros entes de distinta naturaleza, proyectos de renovación urbana y mejoramiento barrial en las áreas urbanas deterioradas, de conformidad con las disposiciones reglamentarias que se establecerán para este fin. d) Fiscalizar y garantizar que, en el desarrollo y ejecución de los programas de construcción de viviendas promovidos por el Ministerio, las empresas o entidades responsables de dichos proyectos construyan las obras de urbanización, equipamiento urbano y los servicios comunales necesarios. e) Adquirir, por cualquier vía legal ordinaria o mediante alguna técnica de gestión del suelo debidamente regulada, bienes inmuebles para los fines establecidos en la presente Ley. 1 Celebrar los contratos y realizar los actos administrativos, civiles, industriales o comerciales que sean convenientes y/o necesarios para el mejor cumplimiento de sus fines, incluyendo la constitución de fideicomisos, cuya administración financiera y contable podrá ser contratada con las entidades financieras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), sin perjuicio del control que les corresponde ejercer a la auditoría interna del MIHABITAT y a la Contraloría General de la República. 9) Conceder créditos, a través de vehículos financieros de propósito especial, con garantía hipotecaria, para la construcción, reconstrucción, ampliación o renovación de urbanizaciones, barrios o viviendas urbanas o rurales, dentro de las normas reglamentarias que aseguren su positivo beneficio para la comunidad, de acuerdo con los fines que persigue esta Ley. https://outlcok.office365.com/mail/inboxfid/AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDktNDgyMy1hMDJiLTM3YWQSYzZmYmIzNgAQAAFQVUKV6Ojisnayz%2... — 18/31 k Sitio Web: munipococi.go.cr Y 2d 4 Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N9137 ML DUASTIAN8S Extroorgineriocy 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook h) Establecer vehículos financieros de propósito especial, que puedan establecer y gestionar, sistemas de ahorro y préstamos, o de préstamos de forma exclusiva, que se destinen a financiar los proyectos en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano y vivienda. De igual forma, diseñar mecanismos que promuevan el acceso de la población de menores ingresos al mercado de crédito hipotecario, bien sea público o privado, como la garantía por parte del Estado y el apoyo a las cuotas iniciales. ARTÍCULO 7- Organización Para la consecución de sus fines, el Ministerio del Territorio, Hábitat y Vivienda podrá, mediante la reglamentación correspondiente, contar con la organización administrativa interna que sea necesaria, en concordancia con la legislación y políticas financieras correspondientes. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Ley en relación con la creación y funcionamiento del Órgano de Valuación Inmobiliaria (OVI). ARTÍCULO 8- Máxima autoridad del Ministerio El Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda tendrá como máxima autoridad a una persona Ministra o Ministro, que contará con el apoyo de los Viceministerios que se consideren necesarios, además de los órganos y dependencias requeridas para el cumplimiento de sus fines. Los lineamientos y políticas que dicte el MIHABITAT son de acatamiento obligatorio para todas las instituciones estatales con competencias en materia de ordenamiento territorial y planificación urbana a nivel nacional y regional en el territorio, los que deberán implementarse en sus planes e instrumentos respectivos, e igualmente en el caso de las municipalidades deberán ser considerados en la formulación de los planes locales de ordenamiento territorial o planes reguladores. ARTÍCULO 9- Financiamiento Además de las transferencias ordinarias procedentes de la Caja Única del Estado, e incluidas en los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la República, que el Gobierno promueve para el normal financiamiento de los ministerios que conforman el Poder Ejecutivo, el MIHABITAT recibirá los siguientes aportes específicos: El Ministerio de Hacienda trasladará al MIHABITAT el uno por ciento (1%) de lo que cada municipalidad recaude por el impuesto sobre bienes inmuebles, a efectos de proveer a dicho Ministerio del financiamiento requerido para el cumplimiento de sus funciones. Lo anterior, a través del Órgano de Valuación Inmobiliaria (OVI), de acuerdo con las funciones y competencias asumidas por el MIHABITAT y de conformidad con el artículo 3 de la presente Ley. a) El monto por concepto del impuesto solidario que recauden las municipalidades, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo VI de modificaciones y derogaciones de la presente Ley, deberá ser trasladado a MIHABITAT, de forma Íntegra, como parte de las fuentes de financiamiento del Ministerio. b) El veinte por ciento (20%) de las utilidades derivadas de la gestión de crédito promovida por el Ministerio, a través de los vehículos financieros de propósito especial que la Entidad podrá crear, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la presente Ley, para la realización de proyectos territoriales, urbanísticos y habitacionales. CAPÍTULO SEGUNDO ÓRGANO DE VALUACIÓN INMOBILIARIA (OVI) ARTÍCULO 10- Órgano de Valuación Inmobiliaria (OVI) https://outlook.office365.com/mail/inboxid/AAQKADISM2Q5NDMwLTF|NDKINDgyMy1 IMDJiLTM3YWQSYzZmYmIzNgAQAAFQVUKV6Ojisnayz%2... 19/31 e Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*138__ yy ASTANABrorgineriacy 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook El Órgano de Valuación Inmobiliaria (OVI) se constituye como un órgano con desconcentración mínima y adscrito al Ministerio del Territorio, Hábitat y Vivienda. El OVI tendrá la naturaleza de un órgano técnico especializado y asesor obligado de las municipalidades, y tendrá por objeto garantizar mayor precisión y homogeneidad al determinar los valores de los bienes inmuebles en todo el territorio nacional y, de igual forma, procurará la optimización en la administración del impuesto aplicado a dichos bienes, de conformidad con la Ley 7509 del 9 de mayo de 1995. El Órgano de Valuación Inmobiliaria tendrá las siguientes funciones: a) Establecer las disposiciones generales de valuación para el uso común de las municipalidades, a efectos de que las mismas apliquen el impuesto a bienes inmuebles. b) Mantener coordinación estricta con las municipalidades y el Catastro Nacional, para desarrollar en forma óptima la valuación. c) Suministrar a las municipalidades, mediante la publicación de los respectivos reglamentos, los métodos de depreciación, las tasas de vida útil totales y estimadas, los valores de las edificaciones según los tipos, los métodos para valorar terrenos, factores técnicos y económicos por considerar en cuanto a topografía, ubicación, descripción, equipamiento urbano y servicios públicos del terreno. d) Analizar y recomendar la calidad de los avalúos realizados por las municipalidades, con el objeto de aplicar las correcciones necesarias. e) Conocer de otros asuntos que las leyes y los reglamentos le señalen. Para pleno conocimiento de los sujetos pasivos, anualmente las municipalidades deberán publicar en La Gaceta y en un diario de circulación nacional los criterios y las disposiciones generales que dicte el Órgano de Valuación Inmobiliaria (OVI). CAPÍTULO TERCERO SISTEMA NACIONAL DEL HÁBITAT ARTÍCULO 11- Creación del Sistema Nacional del Hábitat (SISHABITAT) Créase el Sistema Nacional del Hábitat, entendido como la articulación integral, organizada, coordinada y armónica de los entes, órganos, estructuras, relaciones funcionales, métodos, procedimientos y recursos de todas las instituciones relacionadas con temas de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos, procurando de igual forma la participación del sector privado y la sociedad civil organizada. Su propósito es la promoción y ejecución de los lineamientos de política pública que habilitan, tanto al Estado costarricense como a los distintos sectores de la actividad nacional, a promover el desarrollo territorial y la planificación urbana sostenible como eje transversal en la función pública, y mejorar las condiciones de hábitat en los asentamientos humanos. ARTÍCULO 12- Conformación del Sistema Nacional del Hábitat El Sistema Nacional del Hábitat está conformado por el Subsistema de Urbanismo y Ordenamiento Territorial (SUOT), el Subsistema de Vivienda y Asentamientos Humanos (SVAH), y el Subsistema de Financiamiento para el Hábitat y el Territorio (SFHT), los cuales a su vez se encuentran conformados de la siguiente manera: a) Subsistema de Urbanismo y Ordenamiento Territorial (SUOT): está conformado por las direcciones, dependencias y unidades del MIHABITAT que integran y articulan las funciones sustantivas y operativas encargadas de la formulación y gestión de las políticas, planes y programas de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, mediante la planificación intersectorial y en cascada. https://outiook.office365.com/maiVinboxfid/AAQKADISM2Q5NDMwLTF[NDKNDgyMy1hMDJILTM3YWQ5YZZmYmIzNgAQAAFQVUKVGOjisnayz%2... 20/31 : Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*139 MI DAS ANS8S, Extroorgineriaci 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook b) Subsistema de Vivienda y Asentamientos Humanos (SVAH): está conformado por las direcciones, dependencias y unidades del MIHABITAT que integran las funciones sustantivas y operativas encargadas de la formulación y gestión de las políticas, estrategias, directrices, de vivienda lineamientos y programas de vivienda y asentamientos humanos, desde una visión de hábitat adecuado y derecho a la ciudad. c) Subsistema de Financiamiento para el Hábitat y el Territorio (SFHT): está conformado por el MIHABITAT, las entidades autorizadas y los vehículos financieros debidamente estructurados para el financiamiento de los proyectos de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos, que el Ministerio deberá promover, de conformidad con sus objetivos, funciones y competencias. ARTÍCULO 13- Rectoría del Sistema Nacional del Hábitat El Ministro o Ministra será el rector del Sistema Nacional del Hábitat. En el cumplimiento de sus funciones, tendrá facultades de convocatoria y coordinación de todas las instituciones públicas, ministerios, instituciones desconcentradas, descentralizadas, autónomas, así como grupos organizados de la sociedad civil que estén relacionados de forma directa o indirecta con los temas de vivienda, asentamientos humanos, desarrollo urbano y ordenamiento territorial. ARTÍCULO 14- Atribuciones del Jerarca Serán atribuciones del Ministerio o Ministra Rector del Sistema: a) Dirigir las políticas del Ministerio y avalar las inversiones y ejecuciones presupuestarias, de conformidad con los planes estratégicos y operativos de la Institución. b) Organizar, vía reglamento, las dependencias y servicios del Ministerio. c) Acordar el presupuesto anual del Ministerio y los presupuestos extraordinarios, y someterlos a la aprobación respectiva en la Asamblea Legislativa. d) Nombrar y remover, según proceda, el recurso humano del Ministerio y asignarle sus funciones y deberes, dentro de las prescripciones de la presente ley. e) Proponer a la Asamblea Legislativa, conjuntamente con la Presidencia de la República, los proyectos de ley que a su juicio sean necesarios para solucionar los problemas de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos. f Dictar, reformar y promulgar los reglamentos internos y externos necesarios para el mejor desarrollo de los fines del Ministerio, así como someter a la Presidencia de la República los que requieran de su aprobación. 9) Autorizar la adquisición, hipoteca, gravámenes y enajenación de bienes, así como contratar empréstitos nacionales o extranjeros. h) Solicitar la expropiación de los terrenos que se estimen necesarios para la realización de los fines del Ministerio, mediante los procedimientos legales vigentes. 1) Avalar, previo estudio técnico, los precios de adjudicación, venta o arrendamiento de las obras realizadas por el Ministerio. https://outlook.office365.com/mailinboxfid/AAQKADISM2Q5NDMwLTF¡NDktNDgyMy1hMDJIiLTM3YWQS5YzZmYmIzWNgAQAAFQVUKVG0Ojisnayz%2... 21/31 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
'/ l PAGINA N%140 y ASTAN8B3 Estroorgineriacy 29 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook 1) Ejercer todas las demás funciones, facultades y deberes que le correspondan, de acuerdo con las leyes y, en general, la supervisión de los servicios y funciones encargados por esta ley al Ministerio, y adoptar todas las demás resoluciones que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines. CAPÍTULO CUARTO FONDO DE SUBSIDIO DEL HÁBITAT ARTÍCULO 15- Establecimiento del Fondo de Subsidio del Hábitat (FONHABITAT) Créase el Fondo de Subsidio del Hábitat, cuyo objetivo será financiar el otorgamiento de subsidios para proyectos de ordenamiento territorial, desarrollo urbano y los programas habitacionales y de mejoramiento de barrios que impulse el MIHABITAT. ARTÍCULO 16- Financiamiento del FONHABITAT El Fondo será administrado por el MIHABITAT y estará constituido por los siguientes aportes: a) Al menos un dieciocho coma cero siete por ciento (18,07%) de todos los ingresos anuales, ordinarios y extraordinarios, del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf). En ningún caso percibirá un monto inferior al equivalente al treinta y tres por ciento (33%) de los recursos que el Fodesaf recaude por concepto del recargo del cinco por ciento (5%) establecido en el inciso b) del artículo 15 de la Ley N* 5662, y sus reformas. b) Donaciones y otros aportes de entes públicos y privados, nacionales o extranjeros. c) Los fondos que reciba mediante convenios con entidades de desarrollo y organismos multilaterales. d) El producto de las ventas de proyectos o intervenciones públicas y servicios de asistencia técnica, entre ellos, un porcentaje de la contribución por mejoras producto de la construcción de infraestructura financiada por el Estado. e) Otros recursos nacionales o internacionales. El MIHABITAT podrá hacer uso de los recursos ordinarios y extraordinarios, bajo la modalidad de presupuesto plurianual, de fondos de deuda con entidades financieras nacionales o extranjeras, suscribir contratos para la formalización de estructuras asociativas público-privadas, obtener acceso a fondos nacionales e internacionales, realizar emisión de bonos y promover la captación de recursos de la cooperación internacional, con la finalidad de dar cumplimiento a sus objetivos, funciones y atribuciones. ARTÍCULO 17- Otorgamiento de subsidios provenientes del Fondo La definición de las modalidades de subsidio, los potenciales beneficiarios, así como los requisitos, procedimientos y demás disposiciones relativas al otorgamiento de subsidios provenientes de este Fondo serán definidos mediante reglamento, el cual será elaborado y aprobado por el MIHABITAT. CAPÍTULO QUINTO OTORGAMIENTO DE FINANCIAMIENTO POR PARTE DEL MINISTERIO ARTÍCULO 18- Creación de Vehículos Financieros para la gestión del crédito de vivienda por parte del MIHABITAT https://outlook.office365.com/mailinboxAid/AAQKADISM205NDMwLTF]NDKINDgyMy1hMDJILTM3YWQSY2ZmYmlzWgAQAAFQVUKV6Ojisnayz%2... 22/31 Sitio Web: munipococi.go.cr Y Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N9141_ y ASIAN Bab troorginerieny 29% 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook Se autoriza al MIHABITAT a constituir uno o varios vehículos financieros de propósito especial, col cualquier entidad bancaria nacional o internacional, con el objetivo de trasladar a esos vehículos, la administración y gestión de los fondos del Sistema de Ahorro y Préstamo (SAP) y del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI) para la ejecución de programas de ahorro y crédito para vivienda mediante banca de segundo piso, así como, en general, el cumplimiento de los fines y objetivos del ministerio. El MIHABITAT, en su condición de rector del Sistema Nacional del Hábitat, se reservará las facultades de dirección establecidas en los artículos 5 inciso b) y c), 6 inciso f), 12 inciso c), 13, 14, 17 y 19 de esta Ley, trasladando las carteras existentes de cada uno de estos fondos al patrimonio transferido a estos vehículos financieros, para su administración y gestión, según las instrucciones giradas al efecto por el MIHABITAT. Las partes deberán incluir dentro del o los contratos, las instrucciones al administrador del vehículo, de manera que se mantenga la naturaleza y finalidad de dichos programas y fondos, adaptados a la operatividad propia de dichos vehículos. La estructuración de los vehículos financieros se realizará mediante norma formulada para tales efectos, se en la cual se deberá asegurar que el Ministerio, a través del Ministro o Ministra rectora, pueda poner a disposición de las entidades autorizadas dichos recursos de forma expedita, para continuar promoviendo la construcción, compra o cualquier otra modalidad de acceso a la vivienda, así como los servicios, equipamientos e infraestructuras vinculadas al hábitat. La definición de los programas, potenciales beneficiarios, así como los requisitos, procedimientos y demás disposiciones relativas al otorgamiento del financiamiento por medio de dichos programas, serán definidos mediante reglamento, el cual será elaborado y aprobado por el Ministerio. El Ministerio establecerá los costos necesarios para el funcionamiento de los vehículos de propósito especial. Estos costos serán por un máximo de un cuatro por ciento (4%) de las sumas administradas y gestionadas de los recursos del Sistema de Ahorro y Préstamo (SAP) y del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI). ARTÍCULO 19- Entidades Autorizadas Las entidades autorizadas apoyarán la implementación de la política del hábitat, incluyendo la canalización de los recursos relacionados con los programas habitacionales. Para los efectos de la presente ley, podrán optar por la condición de entidades autorizadas de conformidad con lo previsto en ella y en sus reglamentos, las siguientes instituciones: a) Las asociaciones mutualistas de ahorro y préstamo, sin perjuicio de lo dispuesto en el transitorio Vil de esta ley. b) Los bancos del Estado y los privados, así como el Banco Popular y de Desarrollo Comunal. c) Las cooperativas, conforme al artículo 102 de la Ley 7052. d) Fundaciones dedicadas a la vivienda y la infraestructura rural y comunal con un patrimonio mínimo equivalente a un millón de dólares, las cuales tendrán las atribuciones descritas en el artículo 81 de la Ley 7052, excepto lo establecido en los incisos a) y ch), y siempre que se sometan a todos los controles contables y financieros o de otro tipo aplicables a las mutuales. e) Otros organismos públicos especializados en el financiamiento de viviendas. 1 Las asociaciones solidaristas, conforme a las limitaciones que se establezcan vía reglamento. 9) Fondos de Ahorro y préstamo. h) Empresas financieras no bancarias. https://outicok.office365.com/mail/inbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTFNDkINDgyMy1hMDJILTM3YWQSYZZmYmIzNgAQAAFQVUKVG0jisnayz%2... 23/31 Sitio Web: munipococi.go.cr a a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook 1) Las demás que autorice el Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda. 1) Otros organismos públicos o privados que tengan como finalidad promover mejores condiciones de desarrollo integral del hábitat, de conformidad con los objetivos plasmados en la presente Ley. El Ministerio deberá otorgar la clasificación de entidad autorizada a aquellas que lo soliciten, de conformidad con los procedimientos, requisitos y condiciones que establezca mediante reglamento. El Ministerio establecerá los costos necesarios para el funcionamiento de las Entidades Autorizadas, los cuales serán cargados al FONHABITAT. Estos costos serán por un máximo de un dos por ciento (2%) de las sumas colocadas por las entidades autorizadas. ARTÍCULO 20- Para la mejor realización de sus objetivos, los vehículos financieros que se constituyan gozarán de la exención de tributos de toda clase, presentes y futuros. Además, tendrá las siguientes prerrogativas: a) Sus operaciones y las que realice con las entidades autorizadas estarán exentas de impuestos, directos e indirectos, nacionales y municipales, incluidos los de papel sellado, timbres fiscales, timbres, derechos de registro y otros cargos de los colegios profesionales y de derechos registrales. Las escrituras y demás operaciones referentes a programas calificados de interés social, de acuerdo con las regulaciones que emita el Mihabitat, devengarán el cincuenta por ciento (50%) de los honorarios profesionales que correspondan. b) Igual exención rige para la emisión y traspaso de los títulos valores que emita o garantice. c) Exención de rendir fianza de costas, de hacer depósitos para lograr embargos preventivos y de hacer depósitos para participar en remates judiciales. d) Inembargabilidad de sus bienes, depósitos, fondos y rentas, salvo que contractualmente renuncie a este beneficio para obtener facilidades crediticias determinadas. Las certificaciones que expida los vehículos financieros de propósito especial, refrendadas por el Mihabitat, tendrán el carácter de título ejecutivo cuando se refieran a obligaciones en favor del vehículo financiero. ARTÍCULO 21- Reglamentación Para efectos de la reglamentación de la organización del Ministerio y su proceso de constitución, se habilitará un plazo de dieciocho meses a partir de la publicación de la presente Ley. CAPÍTULO SEXTO MODIFICACIONES Y DEROGACIONES ARTÍCULO 22- Adiciónese un inciso o) al artículo 23 de la Ley N.” 6227, Ley General de Administración Pública del 02 de mayo de 1978 y sus reformas, para que en adelante se lea: Artículo 23.- 1- Las carteras ministeriales serán: https://outlcok.office365.com/maillinbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTF¡NOkINDgyMy1hMDJiLTM3YWQSYZZmYmIzMNgAQAAFQVUKV6Ojisnayz%2... 24/31 Sitio Web: munipococi.go.cr Ya Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N%143 y traorginari 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook (...) o) Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda. ARTÍCULO 23- Modifíquese la Ley N.? 4240, Ley de Planificación Urbana del 15 de noviembre de 1968 y sus reformas, para que, en todo su texto, así como en toda otra disposición legal o reglamentaria que haga referencia al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, se entienda referida al Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda (MIHABITAT) en su lugar. ARTÍCULO 24- Modifíquese la Ley N.* 7509, Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, del 09 de mayo de 1995 y sus reformas, para que, en todo su texto, así como en toda otra disposición legal o reglamentaria que haga referencia al Órgano de Normalización Técnica (ONT), se entienda referida al Órgano de Valuación Inmobiliaria (OVI) del Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda, en su lugar. ARTÍCULO 25- Refórmese el artículo 15 de la Ley N.* 4240, Ley de Planificación Urbana del 15 de noviembre de 1968 y sus reformas, para que en adelante se lea de la siguiente manera: Artículo 15- Compatibilidad debida entre la planificación local y regional. Reconózcase la competencia y autoridad de los gobiernos municipales para planificar y controlar el desarrollo urbano, dentro de los límites de su territorio jurisdiccional. Dichas competencias deberán ser compatibles con las disposiciones nacionales y regionales y en particular, con lo dispuesto en los instrumentos de planificación regional, y con las políticas y lineamientos que establezca el Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de cumplir los objetivos enunciados en la presente Ley. De conformidad con lo anterior, las municipalidades, con el propósito de planificar su desarrollo urbano, deberán ajustar la formulación de sus planes reguladores, planes de ordenamiento territorial, o cualquier otro instrumento de gestión del suelo en el ámbito local de su jurisdicción, a las estrategias, lineamientos, políticas y normas que al efecto establezca el Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda. ARTÍCULO 26- Refórmese el inciso c) del artículo 5, de la Ley N” 6999, Ley del Impuesto sobre Traspasos de Bienes Inmuebles, del 03 de setiembre de 1985 y sus reformas, para que en adelante se lea: Artículo 5- (-) c) Los traspasos de inmuebles a personas físicas, destinados a vivienda popular. El monto de la exención, así como la lista de las instituciones, serán establecidos conjuntamente por los Ministerios de Hacienda y de Territorio, Hábitat y Vivienda. En el caso de traspasos hechos por empresas privadas, se requerirá una certificación del MIHABITAT, en la que conste que los inmuebles transferidos cumplen con todos los requisitos señalados para la construcción de vivienda popular. ARTÍCULO 27- Refórmese el inciso b) del artículo 67, de la Ley N* 7527, Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, del 10 de julio de 1995 y sus reformas, para que en adelante se lea: Artículo 67- (...) b) Cuando la tasa de inflación acumulada de los doce meses anteriores al vencimiento de cada año del contrato sea mayor al diez por ciento (10%), el Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda, con https://outlook.office365.convmailinbox/i/AAQKADISM2Q5NDMwLTF¡NDKINDgyMy1hMDJILTM3YWOSY2ZmYmIzNgAQAAFQVUKV60jisnay2%2... 25/31 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PASINANTIAS MIA AE rpinescL. 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook base en consideraciones que tomen en cuenta el desarrollo de la actividad de la construcción y el equilibrio necesario entre prestaciones del arrendador y el arrendatario, establecerá el porcentaje adicional de aumento que se aplicará al alquiler de la vivienda, siempre que no sea inferior a ese diez por ciento (10%) ni mayor que la tasa anual de inflación. (...) ARTÍCULO 28.- Refórmese el artículo 11, de la Ley N.? 7769, Ley de Atención a las Mujeres en Condiciones de Pobreza, del 24 de abril de 1998 y sus reformas, para que en adelante se lea: Artículo 11- Listas de participantes Anualmente, en enero, la Comisión Nacional Interinstitucional de Atención a las Mujeres en condiciones de Pobreza deberá enviar, al Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda, la lista de mujeres que participaron en los programas establecidos en la presente ley durante el año anterior. La inclusión en esta lista dará prioridad a las mujeres para ser beneficiarias del bono gratuito de la vivienda, de acuerdo con los requisitos de ley, y dentro de este grupo, una mayor prioridad a las mujeres jefas de hogar, y a las mujeres madres de hijos con alguna discapacidad o necesidad especial. Para el cumplimiento de estas disposiciones, ese Ministerio diseñará un programa específico anual, que deberá presentarse ante la Comisión interinstitucional y será evaluado semestralmente. ARTÍCULO 29- Refórmese el artículo 30, de la Ley N.* 7935, Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, del 25 de octubre de 1999 y sus reformas, para que en adelante se lea: Artículo 30- Deberes del MIHABITAT: El MIHABITAT deberá promover la adjudicación del derecho de uso y habitación de viviendas a favor de las personas adultas mayores que carezcan de ellas. La regulación de este derecho será responsabilidad del Ministerio, según las recomendaciones del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor. ARTÍCULO 30- Refórmese el artículo 23, de la Ley N.” 7509, Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, del 09 de mayo de 1995 y sus reformas, para que en adelante se lea: Artículo 23- Porcentaje del impuesto. En todo el país, el porcentaje del impuesto será de veinticinco centésimas por ciento (0,25%), por millón del valor de la propiedad. Adicionalmente para la propiedad o titularidad de un derecho de uso, goce o disfrute de un bien inmueble de uso habitacional cuyo valor sea superior a 137 millones, se aplicará sobre la tasa recaudatoria de 0,25% un porcentaje adicional, de conformidad con la estructura de aumento progresivo de la tasa, establecida en la siguiente tabla: IBl+Adicional Tarifa Total Hasta ¿137.000.000,00 0,25% Mayor de $137.000.000,00 0,25%+0,25% 0,50% Mayor de ¿344.000.000,00 0,25%+0,30% 0,55% Mayor de ¿691.000.000,00 0,25%+0,35% 0,60% Mayor de £1.036.000.000,00 0,25%+0,40% 0,65% Mayor de ¿1.383.000.000,00 0,25%+0,45% 0,70% Mayor de ¿1.726.000.000,00 0,25%+0,50% 0,75% https://oullcok.office365.com/mail/inbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTFINDKINDgyMy1hMDJILTM3YWQS5YZZmYmIzNgAQAAFQVUKV60jjsnayz%2... 26/31 Sitio Web: munipococi.go.cr AY Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*145_ ¡yy ASTANSBABrtroorgineriocy 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook Mayor de £2.073.000.000,00 0,25%+0,55% 0,80% Los tramos de esta escala serán actualizados por el Poder Ejecutivo en el mes de diciembre de cada año, con fundamento en la variación experimentada por el Índice de precios al consumidor, que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) determine, considerando los doce (12) meses inmediatos anteriores, correspondientes al período comprendido entre el 1% de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso. El porcentaje excedente al 0.25% se deberá transferir al Ministerio de Hacienda, con el objetivo de financiar al Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda. ARTÍCULO 31- Refórmese los artículos 1, 6 y 12 de la Ley 4366, Ley sobre División Territorial Administrativa, para que en adelante se lea: Artículo 1%- Créase la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa, cuya función será la de asesorar a los Poderes Públicos, en asuntos de división territorial administrativa. La Comisión estará integrada por la persona Ministra de Territorio, Hábitat y Vivienda; por el Director del Instituto Geográfico Nacional; y el Director General de Estadística y Censos, quienes podrán hacerse representar por funcionarios de sus respectivos organismos. No se podrán crear provincias, cantones o distritos, sin antes conocer el criterio de la Comisión, a cuyo conocimiento serán sometidos los problemas de la división territorial administrativa. La Comisión podrá solicitar la cooperación de otros organismos públicos, aun autónomos y semiautónomos, y será para todos obligatorios, prestar su colaboración. Todas las solicitudes para estudios de creación de unidades territoriales, problemas limítrofes, etc., serán dirigidas a la Comisión, cuya sede será el Instituto Geográfico Nacional. El Poder Ejecutivo emitirá un reglamento sobre la recepción y despacho de los asuntos sometidos a conocimiento de la Comisión. Artículo 6% Si hubiere disconformidad en las líneas pretendidas por las provincias confinantes, el Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda someterá el problema a estudio del Instituto Geográfico Nacional. El informe del Instituto pasará al conocimiento de la Comisión Nacional de División territorial y con base en lo decidido por ésta, el titular del Ministerio presentará una exposición a la Asamblea Legislativa y un proyecto de ley, en el cual propondrá las líneas que, a juicio del Ejecutivo, fueren más convenientes, La Asamblea Legislativa, con vista de todos los atestados del caso, señalará definitivamente la línea divisoria de las provincias. Artículo 12- Las municipalidades respectivas manifestarán dentro de seis meses del planteamiento de una controversia, a la persona titular del Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda, cuáles son los límites que reconoce o pretende el cantón. La persona titular del Ministerio, pasará dentro de un plazo máximo de tres meses a la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa, un informe técnico legal, con todos los elementos y documentos relacionados con dicho trámite, en el cual aportará su criterio en relación con los límites que reclama cada cantón de su jurisdicción. https://outlook.office365.com/mal/inboxiW/AAQKADISM205NDMwLTFINOKtNDgyMy1hMDJILTMIYWOSYZZmYmIzNgAQAAFOVUKV6OjjsnayzW%2.... 27/31 Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*146 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook La Comisión Nacional de División Territorial Administrativa, en un plazo de tres meses posterior a la recepción del informe técnico legal realizado por el MIHABITAT, presentará a la Asamblea Legislativa una exposición sobre cada caso, con base en el estudio de la Comisión Nacional de División Territorial, y un proyecto de ley, en el cual propondrá la línea que, a juicio de dicha Comisión, fuere más equitativa o conveniente. Los límites de provincias o de otros cantones que hayan sido fijados por ley, deberán respetarse, tanto por el Poder Ejecutivo, como por la Comisión. La Asamblea Legislativa, con vista de todos los atestados y resoluciones anteriores, señalará definitivamente la línea divisoria de los cantones. ARTÍCULO 32- Se deroga el capítulo Quinto de la Ley N.? 7509, Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, del 09 de mayo de 1995 y sus reformas. ARTÍCULO 33- Se deroga la Ley N.* 7052, Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del BANHVI. ARTÍCULO 34.- Se deroga la Ley del Sistema Nacional de Ahorro y Préstamo N.? 4338 del 23 de mayo de 1969 y sus reformas, así como cualesquiera otras que se le opongan a la presente. ARTÍCULO 35- Se deroga la Ley N.* 1788 del 24 de agosto de 1954, y sus reformas; Ley Orgánica del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU). ARTÍCULO 36- Se deroga la Ley N.” 8683, del 19 de noviembre del 2008, y sus reformas; Ley de Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda. CAPÍTULO SÉPTIMO DISPOSICIONES TRANSITORIAS TRANSITORIO |- A efectos de articular todas las acciones necesarias para la puesta en operación del nuevo ministerio, y la formalización de las gestiones administrativas y financieras relacionadas con la restructuración institucional del sector, la presente Ley entrará en vigencia en un plazo de doce meses, posterior a su publicación en el Diario Oficial la Gaceta. TRANSITORIO Il- Debido a las modificaciones y derogaciones dispuestas en esta Ley, a partir de su publicación y entrada en vigor, toda disposición legal, reglamentaria o administrativa que haga referencia al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, al Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos y al Banco Hipotecario de la Vivienda deberá leerse, entenderse e interpretarse como referida al Ministerio del Territorio, Hábitat y Vivienda. TRANSITORIO lll- A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, todos los derechos y las obligaciones contraídos por el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), por el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) y por el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (MIVAH) derivados de contratos de obra, suministros y servicios y cualquier otro, pasarán a ser parte de su patrimonio. Para este fin, las actuales autoridades del MIVAH, INVU y BANHVI prepararán y entregarán un informe de derechos y obligaciones al MIHABITAT y al Ministerio de Hacienda, con al menos seis meses de antelación a la entrada en vigencia de la presente ley, con el fin de garantizar el contenido presupuestario que corresponda. https://oullook office365.com/mai/inboxfid/AAQKADISM2Q5NDMwLTF|NDKMDgyMy1hMDJILTM3YWQSY2ZmYmIzNgAQAAFQVUKV6Ojjsnayz%2... 28/31 Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
A S 5 ¡Qi ; y PAGINA N*147_ yyy ¡y ¡ASTANS8 Extroorginerioc 29142 ' ÁS 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook TRANSITORIO IV- A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, el MIHABITAT queda facultado para apersonarse ante el Registro Nacional, con la finalidad de proceder a formalizar las modificaciones registrales que procedan, a efectos de modificar el nombre del titular registral, en aquellas propiedades en las cuales exista un derecho a título de propietario o acreedor, a favor del BANHVI o del INVU. Todo movimiento registral que deba realizarse, a efectos de la implementación del presente inciso, quedará exento de todo gravamen o impuesto establecido para dichos movimientos, de conformidad con la legislación nacional. TRANSITORIOS V- Todo pasivo o contingencia sobreviniente en favor del INVU o del BANHVI, aprobado por resolución judicial firme y con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, incluido el cobro de honorarios profesionales de abogados o de peritos por procesos judiciales o procedimientos administrativos pendientes, o de cualquier otro tipo, que no estuvieran previamente registrados en el balance de situación de dichas instituciones, deberán ser reclamados y tramitados directamente por el MIHABITAT. TRANSITORIO VI- A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, toda disposición legal, reglamentaria o administrativa que haga referencia al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo o al Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos deberá leerse e interpretarse como referida al Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda (MIHABITAT). El MIHABITAT velará porque las instituciones competentes realicen las modificaciones legales y reglamentarias correspondientes, a efectos de armonizar el marco jurídico aplicable, en un plazo máximo de veinticuatro meses posterior a la entrada en vigencia de la presente Ley. TRANSITORIO VII- Para todos los efectos, el MIHABITAT garantizará los derechos laborales a los funcionarios que actualmente laboran en el INVU, MIVAH y BANHVI, para lo cual éstos realizarán el traslado y transición hacia el MIHABITAT, de acuerdo con un estudio técnico que garantice el cumplimiento de los fines para los cuales se crea el Ministerio. De acuerdo con ese estudio técnico, se Ubicará al personal en los diferentes procesos que se desarrollarán en el MIHABITAT siguiendo criterios de utilidad y necesidad. Adicionalmente, queda autorizada la transferencia de funcionarios públicos a otras instituciones del sector público costarricense donde se requiera suplir necesidades de personal. Todo lo anterior, sin perjuicio de los derechos laborales adquiridos por los trabajadores. Se establece un plazo máximo de doce meses, a partir de la publicación de la presente Ley, y de previo a su entrada en vigencia, para el cumplimiento de lo establecido en este Transitorio. TRANSITORIO VIIl- La Junta Directiva del INVU y su Presidencia Ejecutiva, así como los miembros de la Junta Directiva del BANHVI, continuarán en sus funciones hasta el vencimiento de sus nombramientos, o bien hasta que entre en funcionamiento la nueva estructura. TRANSITORIO IX- Los vehículos financieros de propósito especial deberán ser constituidos y formalizados en un plazo de 12 meses a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley. En tanto no se hayan constituido los vehículos financieros de propósito especial previstos en el artículo 18 de la presente Ley, no se podrá dar traslado definitivo a los recursos incluidos en el SAP del INVU y el FONAVI del BANHVI. De conformidad con lo anterior, el cese y cierre en dichas instituciones no se podrá concretar de forma definitiva en tanto no se haya hecho traslado de los recursos existentes a las estructuras financieras creadas por el Ministerio. El INVU y el BANHVI continuarán ejerciendo sus funciones únicamente en lo que se refiere a la gestión de ambos programas (SAP y FONAVI), para lo cual se deberá garantizar por parte del Estado los recursos presupuestarios necesarios, a efecto de que dichas instituciones puedan cumplir con las funciones administrativas asociadas a los precitados programas durante el año de transición establecido en el presente Transitorio. TRANSITORIO X- Los reglamentos operativos para el otorgamiento de subsidios y el acceso al crédito financiado con los vehículos financieros deberán ser formulados y aprobados en un plazo de https://outlook.office365.com/maiVinbox/id/AAQKADISM2Q5NDMwLTFNDKtNDgyMy1hMDJILTM3YWOSYZZmYmIzNgAQAAFQVUKV6OJjsnayz%2... 29/31 e Sitio Web: munipococi.go.cr a > d Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N*148 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook doce meses a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley. TRANSITORIO XI- Las funciones previamente otorgadas al INVU en materia de planificación urbana, por la Ley de Planificación Urbana y sus reformas, de conformidad con los términos establecidos en la presente ley, serán asumidas por el MIHABITAT. TRANSITORIO XIl- En un plazo máximo de treinta meses a partir de la publicación de la presente Ley, y una vez cumplidas las disposiciones indicadas en el Transitorio IX, se deberán realizar todas las gestiones administrativas necesarias para formalizar de manera definitiva el clerre del INVU, BANHVI y MIVAH. Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República, San José, a los dos días del mes de noviembre, del año dos mil veintidós. RODRIGO CHAVES ROBLES Natalia Díaz Quintana Ministra de la Presidencia Jessica Martínez Porras Ministra de Vivienda y Asentamientos Humanos NOTA: Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión de modemización y reforma del estado que tendrá como meta propiciar un modelo de estado modemo y ágil, que optimice los recursos económicos, humanos y tecnológicos en beneficio de la ciudadanía y fortalezca la estructura democrática de nuestra sociedad, acorde con las demandas actuales de la población, de tal manera que permita mejorar el nivel de vida de los costarricenses. dicha comisión tendrá la potestad de proponer y dictaminar iniciativas de ley relacionadas con la modemización y optimización de la estructura administrativa del estado, y procurará una amplia participación de los representantes del ministerio de planificación nacional y política económica Exp. 23.167 El texto fue confrontado y revisado por el Departamento de Servicios Parlamentarios, para hacerle los ajustes formales requeridos por el SIL. (Fecha de subido al SIL: 17-11- 2022). 29/11/22, 14:02 Correo: secretaria municipal - Outlook ome Montoya Calderón ASAMBLEA rea Comisiones Legislativas IV o Y Pound a Comisiones Legislati o b2i0200 LEGISLATIVA Departamento (ma) krisia.montoyaBasamblea.go.cr Comisiones Legislativas Por Unanimidad de 7 Votos presentes SE ACUERDA: Se conoce. Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N%149 y ASTAN383 Extroprgdineriocy ACUERDO N* 2558 Se conoce nota suscrita por Sra. Cinthya Hyman Satchwell presidenta Coordinación Red de Comad Huetar Caribe, correo electrónico: redcomadhuetarcaribeOhotmail.com dice: Oficio: CRCHCS-10-2022 Asunto: Atención al oficio SMP-2385-2022, en que se comunica la decisión de desafiliarse de la RED HUERAR CARIBE. HE EMOS E o p Cola REGION HUETAR CARIBE (CANTONES PROVINCIA DE LIMON - CANTON DE SARAPIQUI) Oficio CRCHCS-10-2022 28 de noviembre 2022 Señoras y señores Concejo Municipal Municipalidad de Pococí Ss.M. Estimadas señoras estimados señores Por medio del presente reciba un muy cordial saludo de la Red de Comisiones Municipales de Accesibilidad y Discapacidad de los cantones de la Provincia de Limón y el Cantón de Sarapiquí. En atención al oficio SMP-2385-2022, de fecha 16 de noviembre de 2022, en que se comunica la decisión de desafiliarse de la RED HUETAR CARIBE “para que nos permita concentrarnos en la problemática del cantón de Pococí” (el resaltado es propio) hacemos de su conocimiento que el citado oficio fue analizado en el seno de la sesión de trabajo ordinaria de esta Red, realizada el día 25 de noviembre en la Municipalidad de Guácimo. El respecto se acordó lo siguiente. 1. Informarles que se recibe con profunda tristeza la decisión tomada por el Concejo Municipal del cantón de Pococí, comunicada en el oficio de marras. 2. Aclararle al Honorable Consejo Municipal de Pococí, que la Red de Comisiones Municipales de los cantones de la Provincia de Limón y Sarapiqui (RED HUETAR CARIBE) fue creada precisamente para potenciar el trabajo de las comisiones municipales de cada cantón miembro. Por tanto, no es de recibo se insinúe siquiera que la red impide a ningún cantón, incluido Pococí, concentrarse en la problemática de del cantón de Pococí. 3. Consideramos que existe una confusión de funciones y términos dentro del mismo Honorable Concejo Municipal de Pococí, puesto que el acuerdo menciona "Notificar a al Federación...” siendo que la Federación no es parte de la RED COMAD HUETAR CARIBE, sino más bien es un ente asesor, como otros tantos que se tienen. Unido con esto acordamos que, si el Consejo Municipal de Pococí lo tuviese a bien, podríamos participar en una sesión para explicar aspectos propios de la función de Red que consideramos no están del todo claros. Red COMAD Huetar Caribe - Sarapiquí Correo electrónico redcomadhuetarcaribe Ohotmalil.com “En la búsqueda permanente de una región totalmente Inclusiva” Sitio Web: munipococi.go.cr a Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye
RED COMAD REGION HUETAR CARIBE (CANTONES PROVINCIA DE LIMON - CANTON DE SARAPIQUI) 4. Solicitar respetuosamente, al Honorable Consejo Municipal analizar el acuerdo tomado y valorar la posibilidad de modificarlo e integrarse de nuevo a la Red con el vigor y el empeño que siempre lo han hecho en beneficio única y exclusivamente de la población con Discapacidad y Adultos Mayores de este cantón 5. Informar sobre lo actuado por el Honorable Concejo Municipal de Pococí a los miembros de la Comisión Legislativa Permanente Especial de Discapacidad y Adulto Mayor y a la Mesa Caribe, ya que el cantón de Pococí es firmante del Acuerdo Matina del 27 de mayo 2022. Sin otro particular suscriben con consideración y respeto CYNTHIA HYMAN a (FIRMA) 08:4629-1100' Cinthya Hyman Satchwell Presidenta Coordinación Red de COMAD HUETAR CARIBE Cantones Provincia de Limón - Sarapiquí FREDDY JOSE DEL — rimusocgaamenteparic0or CARMEN BADILLA postre ear o BARRANTES (FIRMA) Fecha:202211.29020027-0600 Freddy Badilla Barrantes Secretario Coordinación Red de COMAD HUETAR CARIBE Cantones Provincia de Limón — Sarapiquí CC/ Comisión Legislativa | Permanente Especia de Discapacidad y Adulto Mayor Mesa Caribe Consejos Municipales Provincia de Limón - Sarapiquí Red COMAD Huetar Caribe — Sarapiquí Correo electrónico redcomadhuetarcaribe (Ohotmall.com “En la búsqueda permanente de una región totalmente inclusiva” Participan de la palabra: Sitio Web: munipococi.go.cr YA Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N%151 % traorgir "Sc Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. Yo creo compañeros que, efectivamente ese día tal vez lo mal interpretamos, pero hablando con don Luis que es el presidente de la COMAD, don Luis me decía que, él en la moción lo que quería tratar de decir era que nos desafilliáramos de la Federación y no así de la Red. La Red COMAD es una comisión permanente que lidera el diputado Yonder Salas desde el despacho, entonces no es lo mismo la red que la federación. Entonces no sé si hacemos la enmienda de que hubo una confusión en la redacción de la moción y que lo que el regidor expresaba era que nos desaffiliáramos de la Federación y no de la Red y que vamos a seguir manteniendo la participación en la Red de COMAD Región Huetar Caribe, le doy la palabra al regidor para que nos diga si esa es la voluntad. Reg. Luis Ángel Méndez Araya De mi parte yo les agradezco a ustedes compañeros, el apoyo que eventualmente de una u otra forma han brindado pero, es sabido que hay una gran responsabilidad por parte de mi persona y por parte de la COMAD, una gran responsabilidad ante una población tan vulnerable como lo es la población de personas con discapacidad y no quisiéramos servir de tropiezo para grupos organizados en el cantón y quisiéramos que siga fluyendo la gestión en favor de los más vulnerables de este cantón y tenemos que estar abocados hacia eso entonces, sobre esa línea, tal vez hubo un error de redacción, es a la federación, no a la red en sí. Entonces estaríamos haciendo como Concejo Municipal, haciendo la enmienda que corresponde. Sra. Pdta. Yaslyn Morales Grajal. ¿Alguien más tiene algo que decir?, sino votamos el que se proceda a comunicarles que, la intención del Concejo Municipal era salirse de la federación no de la Red, por tanto, nos mantenemos afiliados a la Red de la Región Huetar Caribe. Los que estén de acuerdo levantar la mano. a 4 Sitio Web: munipococi.go.cr a -d ? Facebook: AMunicipalidadDePococi Pluye
PAGINA N9152 MASA oe reinerisci Por Unanimidad de 7 Votos presentes SE ACUERDA: Una vez analizado el acuerdo -” N*2451 de la Sesión N*79 Ordinaria del 10-11-2022, Se hace la enmienda y se aclara que, hubo una confusión en la redacción de la moción y que lo que el regidor expresaba era que nos desafiliáramos de la Federación y no de la Red Por tanto se informa que el Concejo Municipal de Pococí está en total acuerdo de mantener la participación en la Red de COMAD Región Huetar Caribe. En este mismo acto se aprueba la desafiliación a la Federación de personas con Discapacidad y Adulta Mayor de la Región Huetar Caribe. Notifíquese. Se Dispensa del Trámite de Comisión. Acuerdo Definitivamente Aprobado. AL SER LAS DIECIOCHO HORAS C NAL E MINUTOS SE LEVANTA LA SESIÓN F- Yaslyn Morales Grajal “F- Licda. Magally Venegas Vargas Presidenta Municipal Secretaria Municipal Cc/ Regidores, Otros. ay k a A Sitio Web: munipococi.go.cr Y 0) < l Facebook: (AMunicipalidadDePococi Pluye